Legislatura XXVII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19170712 - Número de Diario 81

(L27A1P1eN081F19170712.xml)Núm. Diario:81

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 12 DE JULIO DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERÍODO EXTRAORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 81

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 12 DE JULIO DE 1917

SUMARIO

1. Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Se da cuenta con los asuntos en cartera, concediéndose licencia al C. Robledo.- 2. Discusión de una proposición subscripta por varios CC. diputados, para que sea modificado el artículo 6o. de la Ley de 1o. de mayo de 1916, sobre pertenencias mineras.- 3. Discusión de la fracción XIV del artículo 1o. del dictamen relativo al proyecto de Ley de Ingresos. Se reserva para su votación en unión del inciso E, de la fracción XIII.- 4. Discusión de la fracción XIV. Se reserva para su votación.- 5. Continúa la discusión sobre el inciso B, de la fracción XIII. Es retirado por la comisión a fin de modificarlo. Se suspende la sesión.- 6. Se reanuda aquélla en la tarde. Se da cuenta con los asuntos en cartera. Se concede licencia al C. Gárate. Primera lectura del dictamen de las Comisiones unidas 1a. de Crédito Público y 2a. de Hacienda, relativo al empréstito destinado a la fundación del Banco Único de Emisión. Se concede ampliación de licencia al C. Múgica. Discusión del trámite recaído a un oficio del Ejecutivo, en el que avisa del nombramiento del Gobernador provisional. del Estado de Tamaulipas. Subsiste el trámite después de haber sido rechazado el que se propuso para substituirlo. Se concede licencia al C. Pardo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. NARRO REYNALDO

Asistencia de 164 CC. diputados.)

El C. Presidente, a las 9.15 a, m.: Se abre la sesión de la Cámara de Diputados.

- El C. Secretario Padrés leyó el acta de la sesión anterior. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.

- El C. Secretario Mata dió cuenta con un oficio de la H. Cámara de Senadores, en que se transcribe un dictamen de la Comisión de Justicia de ese Cuerpo colegislador, relativo a la invitación que le dirigió esta Asamblea, para que hiciera suya la protesta y consignación aprobadas, con motivo del atentado que se hizo víctima al C. Jesús Acuña.- De enterado y al archivo.

El C. Manrique: Pido la palabra para una pequeña modificación. ¿Qué no hay antecedentes en este asunto, para que pudiera decirse: "A sus antecedentes?"

- El mismo C. Secretario: El antecedente que hay, C. diputado Manrique, sobre el asunto de que se trata, es el atentado al C. diputado Acuña. La Cámara acordó hacer una protesta e invitar al Senado a que hiciera suya también esa protesta, y la contestación es la que acabó de leer.

El C. Jurado: Que se repita.

- El mismo C. Secretario: Dice así: (Leyó nuevamente el oficio.) El trámite de la Mesa es: "El trámite de la Mesa es: "De enterado y al archivo."

- El C. Secretario mata siguió dando cuenta con los siguientes asuntos en cartera:

Oficio de la H. Cámara de Senadores, acusando recibo del proyecto de ley, sobre validez de actuaciones, practicadas por los magistrados de Circuito, jueces de Distrito, tribunales Superiores de Justicia y jueces de Primera Instancia del Distrito Federal y de los Territorios de la República, así como de las diligencias practicadas por los secretarios y actuarios y demás funcionarios dependientes de los tribunales y jueces de referencia.- A su expediente.

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, haciendo del conocimiento de esta H. Cámara, que es indispensable adicionar a la ley de Ingresos en estudio, una nueva fracción que deberá estar comprendida en el capítulo de "Productos y Aprovechamiento Diversos," y cuya redacción se transcribe en el mismo documento, a fin de que sea tomada en consideración.- A la Comisión de Presupuestos.

Oficio de la Secretaría de Estado, Negocios Interiores, participando que, con la formalidades de ley han tomado posesión los Gobernadores Constitucionales de los Estados de Aguascalientes, Campeche, Colima, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, México,

Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Veracruz y Zacatecas.- De enterado.

Comunicaciones de condolencia por el fallecimiento del C. diputado Miguel Barragán, enviadas por la Legislatura del Estado de Hidalgo, y el C. Gobernador del Estado de Durango.- A su expe- - El C. Hay: Pido la palabra, para reclamar el trámite de la Mesa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.

El C. Hay: Pedí la palabra para reclamar el trámite anterior, que dice: "A su expediente." Debe contestarse: "De enterado, dando las gracias." El referente a la condolencia expresada por la muerte del diputado Barragán.

- El mismo C. Secretario: Todos los oficios en esta forma han sufrido este trámite. Es la contestación a la esquela que envió la Cámara de Diputados a estos señores, y ellos en contestación dan el pésame.

- El mismo C. Secretario: Habiendo recibido noticias que afectan gravemente mis intereses particulares, y siéndome de urgente necesidad una plazo de veinte para el arreglo de los asuntos que los originan, me permito suplicar a la Mesa Directiva, de la manera más respetuosa, se sirva poner a la consideración de la Asamblea, la siguiente solicitud que condensa mi solicitud:

"Única. Se concede al C. diputado Juan de Dios Robledo, una licencia de veinte días, con goce de dietas, cuya licencia regirá desde el día 15 del presente mes "Asimismo suplico a Su Señoría se solicite la dispensa de trámites, y se dé cuenta con esta solicitud a la mayor brevedad posible.

"Protesto a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.- México, julio 11 de 1917.- El diputado por el 9º. distrito, Estado de Jalisco.- J. D. Robledo.

"Al C. Presidente de la H. Cámara de Diputados."

La Mesa, por conducto de la Secretaría, pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites, en la inteligencia que se necesitan las dos terceras partes de los votos de los diputados presentes. Hay mayoría. Se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

- El mismo C. Secretario leyó una invitación a esta H. Cámara, para que concurra a la inauguración del primer Congreso de Comerciantes, organizado por la Cámara Nacional de Comercio de México, que fue comisionada para el efecto por la Secretaría de Industria y Comercio.

La Presidencia nombra en Comisión a los CC. diputados Siurob, Cravioto, Hernández Luis M. y Secretario López Lira para que se sirvan concurrir a esa sesión.

El C. Secretario Mata: "Proposición que hacemos a esta H. Asamblea para que sea modificado el artículo 6o. de la ley de 1o. de mayo de 1916, sobre pertenencias mineras. Dice así con las modificaciones respectivas el artículo relativo:

"Las pertenencias mineras pagarán las contribuciones siguientes:

"Artículo 6o. El impuesto de propiedad de minas se causará en la forma siguiente:

"Minerales de oro, plata, plomo, cobre y zinc.

A. De una a cinco pertenencias a razón de tres pesos anuales por pertenencia, o sea un peso por cada tercio.

B. De seis a diez pertenencias a razón de seis pesos anuales por pertenencia, o sean dos pesos por tercio.

C. De once a cincuenta pertenencias a razón de doce pesos anuales por pertenencia, o sean cuatro pesos por cada tercio.

D. De cincuenta y una hasta cien pertenencias a razón de dieciocho pesos anuales por pertenencia, o sean seis pesos por cada tercio.

E. De ciento una pertenencias en adelante a razón de veinticuatro pesos anuales por pertenencia, o sean ocho pesos por cada tercio.

F. De doscientas una pertenencias en adelante a razón de treinta pesos anuales por pertenencia, o sean diez pesos por cada tercio.

Minerales que no sean de oro o plata.

A. De una a diez pertenencias a razón de tres pesos anuales por pertenencia, o sea un peso por cada tercio.

B. De once a cincuenta pertenencias a razón de seis pesos por pertenencia, o sean dos pesos por cada tercio.

C. De cincuenta y una a doscientas pertenencias a razón de doce pesos anuales por pertenencia, o sean cuatro pesos por cada tercio.

D. De doscientas una pertenencias a quinientas a razón de treinta pesos anuales por cada pertenencia, o sea diez pesos por cada tercio.

E. De quinientas una pertenencias en adelante a razón de treinta y seis pesos anuales por cada pertenencia, o sean doce pesos por cada tercio.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.

"México, julio 10 de 1917.- M. G. Aranda.- J. Siurob.- Francisco Medina.- Manuel Cepeda Medrano.- Eduardo Hay"

Está a discusión en lo general.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Siurob, para sostener la proposición.

El C. Siurob: Señores diputados: Esta proposición, que ya ha sido discutida dos veces ante esta H. Asamblea, está formada precisamente por la condensación de las opiniones más autorizadas emitidas aquí, y habiéndose puesto de acuerdo todos los impugnadores de la proposición primitiva. En efecto, hemos procurado cohonestar todas las opiniones razonables, todas las ideas justas, y hemos llegado a darle cima por medio de esta proposición definitiva. Las objeciones principales que se hicieron fueron las del señor Aguirre Escobar, que calificaban de minerales preciosos en los actuales momentos y en virtud de las circunstancias, el plomo, el cobre y el zinc, únicamente en virtud de las circunstancias y estimaba que debían imponerse los mismos gravámenes que al oro y la plata y colocarlos en idénticas condiciones; esta proposición puede ser verdaderamente razonable y abarcar las regiones de la República que producen oro y plata

y por ser una necesidad imperiosa fue aceptada en la proposición primitiva presentada por mí, y por eso se añadió al oro y la plata, el plomo, el cobre y el zinc. Esta es la primera modificación aceptada entre las objeciones presentadas. La segunda se refería a la objeción presentada por el señor Aguirre Escobar, la objeción consistía en que cien pertenencias no constituían un latifundio minero y que había muchas compañías mexicanas que tenían más de cien pertenencias y, por consiguiente, si se gravaban más de cien pertenencias en adelante, entonces se corría el peligro de gravar a muchas compañías mexicanas. Los que presentamos la proposición primitiva, consideramos que también esta objeción era justa, porque recordamos que en multitud de casos de la República, había compañías mexicanas que tenían más de cien pertenencias, y en virtud de esta circunstancia, aceptamos la proposición del señor Aguirre Escobar, de que se gravara con dos pesos más por cada tercio las pertenencias que fueran más de doscientas en poder de un solo individuo. Estas son las modificaciones presentadas; de manera que espero de esta H. Asamblea se dignará aprobar la proposición tal como está, sin objeción alguna, puesto que condensa las observaciones más atinadas y más justas presentadas por peritos y por individuos verdaderamente conocedores en el asunto.

Después de estas observaciones la Asamblea no tiene más que aprobar este proyecto sin discusión de ninguna especie, puesto que ya ha sido discutido ampliamente.

El C. Blancarte: Pido la palabra, para una interpelación a la Mesa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Blancarte.

El C. Blancarte: Me hiciera favor la Mesa de informarme cómo se puso a discusión el inciso C de la fracción XIII, ¿Tal como lo presentó la Comisión?, pues ahora veo que se va a tratar de otra proposición. Pregunto si desechó o retiró la Comisión el inciso C.

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta al C. Blancarte que la Comisión pidió permiso para modificar el dictamen y lo ha modificado de esta manera, y la Presidencia lo ha puesto a discusión bajo esa forma para no alargar más el debate.

El C. Blancarte: ¿La proposición que se acaba de presentar fue la que la Comisión había presentado? No oí las firmas de la Comisión.

El C. Siurob: Pido la palabra para una moción de orden. Habiendo modificado la Comisión su proposición, que se encuentra ahora enteramente de acuerdo con la proposición presentada, solamente para llenar el trámite, le suplico que se sirva dar una firma, a fin de obviar inconvenientes y facilitar la discusión .

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla, de la Comisión: Señores diputados: Para evitar que se nos tilde como ayer, de estar en desacuerdo, yo agradecería a los firmantes de la iniciativa que se apersonen con los cinco miembros de la Comisión, porque resultando que estando aquí únicamente el C. Basáñez y yo, y debiendo yo hacer una observación, que no se me había mostrado antes previamente, no pude haber dicho que estaba de acuerdo. Yo no quiero que se me siga tildando de inconsecuente con mi criterio, porque no sea yo enciclopédico, porque no reúna en mí todos los conocimientos de las ciencias que tienen contacto con los presupuestos, desde luego renuncio al cargo de miembro de la Comisión para que otro señor más enciclopédico en sus conocimientos me substituya.

El C. Secretario López Lira: La Mesa fue informada de que la Comisión hacía suya esta modificación, y, en ese concepto, la puso a discusión, considerándolo como un dictamen de la Comisión. En vista de que éste no está firmado por la Comisión, se retira de la discusión.

El C. Secretario: Está a discusión la fracción XIV, que dice: "Impuesto adicional de un peso infalsificable sobre los impuestos que cause el petróleo, conforme al decreto de abril 13, y que se cobrará de acuerdo con el decreto de marzo 29 de 1917."

El C. Presidente: En virtud de que la Comisión no se ha puesto de acuerdo en su dictamen sobre el inciso de la fracción XIII, se pone a discusión la fracción XIV del artículo 1o. mientras la Comisión se pone de acuerdo.

- El mismo C. Secretario: La fracción XIV dice así: (Leyó.)

Está a discusión.

El C. Manrique: Que informe la Comisión a ese respecto.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Basáñez: He de informar a esta H. Asamblea que si bien es cierto que se aprobó el impuesto adicional de un peso infalsificable para los derechos de importación, la exportación de metales y petróleos no paga como impuesto, como derecho de exportación; el impuesto lo paga en timbres en una forma especial; por eso hubo necesidad de formular este nuevo inciso, así es que hay necesidad de volver a aprobar este asunto en ese sentido, por que no se hizo en la misma forma el impuesto, uno es en timbres y otro es directamente a las aduanas.

El C. Manrique: Una pregunta: ¿Esos derechos son exclusivamente por concepto de exportación?

El C. Basáñez: Exclusivamente por concepto de exportación, nada más que se causan en timbres.

- El mismo C. Secretario: ¿No hay quien haga uso de la palabra? Se reserva para su votación la fracción XIV.

- El mismo C. Secretario: Se pone a discusión el inciso E de la fracción XIII del artículo 1o., que dice: "Impuesto adicional de un peso infalsificable por cada peso oro, del impuesto que causen el oro y la plata y demás metales destinados a la exportación, conforme a la ley de 25 de marzo de 1905, decreto de 1o. de mayo de 1916, etc., y que se cobrará de acuerdo con el decreto de marzo 29 de 1917."

Está a discusión. ¿No hay quien desee hacer uso de la palabra? Se reserva para su votación.

El C. Secretario López Lira: "Derechos de fundición, afinación y ensaye, conforme al reglamento de 30 de marzo de 1905 y decreto de 1o. de mayo de 1916."

Esta a discusión.

El C. Ibarra: Pido la palabra. Para votar en conciencia nosotros que tenemos conocimientos en materia de legislación y no podemos guardar en la memoria todos los decretos que ha expedido la Primera Jefatura o el actual Presidente de la República, quisiéramos que la Comisión se sirviera hacer una relación sucinta de lo que es el decreto a que se refiere, en que se apoya el artículo. Por ejemplo, en este artículo que está a discusión se habla de un decreto de 1º. de mayo de 1916 sobre afinación, fundición y ensaye de metales. El otro, de 30 de marzo de 1905; que así, sucintamente, para que votemos en conciencia, la Comisión diga qué relación hay en el primer decreto que acabo de mencionar con respecto al de 30 de marzo de 1905.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Ibarra: Pido la palabra, señor Presidente. Desearía, para ilustrar de un modo completo a los que, como yo, desconocen algunas leyes, que la Secretaría dé lectura al artículo 3º. del decreto expedido por el señor Carranza con fecha 1º. de mayo de 1916.

El C. Secretario López Lira: "Artículo 3º. Los derechos de ensaye sólo se causarán cuando esta operación se practique a petición de los interesados, por mandato de la ley o por disposición gubernativa; los derechos de fundición, cuando por falta de homogeneidad de las barras o piezas se necesite fundirlas para su ensaye o valoración; y los derechos de afinación y de apartado, cuando a solicitud de los interesados se practiquen esas operaciones en las oficinas del Gobierno que estuvieren dispuestas para ese servicio.

"El importe de los derechos mencionados en este artículo será fijado en las tarifas que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre la base del costo de las operaciones respectivas."

El C. Padilla, de la Comisión: El decreto de 1º. de mayo de 1916 que desea conocer Su Señoría, es el siguiente.

El C. Ibarra: Moción de orden, señor Presidente. Acaba de leer la Secretaría el artículo relativo del decreto a que hace referencia el señor Padilla y, en consecuencia, lo que quedaría por dilucidar, sería la diferencia que existe entre este artículo 3º. y el decreto de 1º. de mayo con relación al artículo de la ley de 30 de marzo de 1905, que trata sobre la afinación, ensaye, etc., de esta clase de metales.

El C. Padilla, de la Comisión: La diferencia es esta. Decía el decreto:

"Oro y palta a razón de diez por ciento "ad valorem."

Esta es la diferencia sobre el valor del metal.

El C. Secretario López Lira: ¿No hay quien haga uso de la palabra? ¿Se considera suficientemente discutido? En votación económica, los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Está suficientemente discutido. Se reserva para su votación.

- El mismo C. Secretario: Estando presente el C. Subsecretario de Hacienda, continúa la discusión sobre el inciso B. Las personas que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Córdoba Daniel.

El C. Córdoba Daniel: Señores diputados: Vengo a esta tribuna, no precisamente por la filípica que nos echó quién sabe que día el compañero Magallón, vengo porque es un asunto de suma importancia el que está a debate. Soy de un Estado, de Tamaulipas, que es netamente agricultor y ganadero, y allí en ese Estado hay diferentes contribuyentes, unos que son dueños de la tierra y otros que son arrendatarios, y entre esos dueños de la tierra, hay unos que la cultivan y otros que simplemente explotan sus productos, los que la madre naturaleza da espontáneamente sin necesidad de que se invierta trabajo y capital para que se den mejor los productos de la naturaleza, como son las plantas textiles; los otros contribuyentes son los arrendatarios, por ejemplo, los ganaderos en pequeño; estos ganaderos en pequeño pagan diferentes contribuciones, unas las pagan al Estado, otras al Municipio, otras al dueño de la tierra y, por último, al Gobierno Federal; así es que son cuatro contribuciones, y los dueños de la tierra simplemente pagan tres: al Estado, al Municipio y al Gobierno Federal. Así es que esos arrendatarios son los que están en más aflictivas condiciones. Por otra parte, señores diputados, los grandes latifundistas, en nuestra actual Revolución, son los que han estado en contra de ella; en tiempo de Huerta fueron los que apoyaron con todas sus fuerzas, con toda su adhesión, con dinero y armas en mi Estado, y creo que ha sido en todo el país. Vemos que cuando cayó Madero, y eso me consta porque lo ví, muchos de esos grandes latifundistas aplaudieron la caída del Gobierno mártir. (Risas.) Los que fueron a la lucha no fueron precisamente los grandes latifundistas, fueron simplemente los obreros de los campos, los arrendatarios, y, por consiguiente, a ellos todavía les siguen esas gabelas más fuertes aún, que a los que han contribuído al desastre nacional. De allí, señores, que yo y otros diputados sometemos a la consideración de ustedes, una adición al proyecto de ley que se discute, en el inciso B, y es poco más o menos en estas condiciones: (Leyó.)

Esto lo sometemos a la consideración de la Asamblea para que lo tenga en cuenta en lo referente al inciso que se discute, del artículo 1o. La contribución del sesenta por ciento no la creo injusta para los grandes latifundistas, para los grandes capitalistas; pero sí para los pequeños propietarios y para los arrendatarios de la grandes tierras. Quiero que aquí no se vea a un compañero de cierto grupo, que viene a hablar en pro de los intereses del pueblo; quiero que aquí se vea a un representante del pueblo; por eso me dirijo a todos para que estén de acuerdo en votar a favor del proyecto que presentamos.

E C. Presidente: No habiendo orador en pro, se concede la palabra, en contra, al C. diputado Cruz.

El C. Cruz: Señores diputados: No soy un ecónomo, como podrá comprenderse inmediatamente; pero, obligado por el deber imprescindible que tengo de ver por los intereses del pueblo, como su representante en esta H. Asamblea, me voy a permitir refutar el inciso B a discusión, por considerarlo sobremanera oneroso para los intereses de que

ya he hablado. Si los ideales socialistas que profeso pudieran ser una realidad efectiva en estos momentos y principalmente por lo que se refiere a la cuestión de impuestos, yo atacaría hasta procurar tirar de cuajo el impuesto a que nos referimos; pero ya que esto no es posible, procuraré siquiera buscar una especie de unión entre la impalpabilidad de mis sueños como idealistas y la efectividad, más bien dicho, la realidad de las cosas tal como se presentan en los asuntos, en las cuestiones reales de la vida económica, tanto individual como colectiva.

No cabe duda que, como lo han expresado en esta tribuna los oradores que han hablado en contra del inciso en cuestión, esto no es solamente oneroso para los intereses del Municipio, sino que viene a caer expresamente como una carga que no podrán soportar los pequeños contribuyentes de los municipios, los cuales se encuentran sobremanera recargados con las contribuciones que, tanto el Estado como los mismos municipios, les han impuesto últimamente. El estado que guardan estas Entidades Federativas, en la actualidad no es un secreto para nosotros; y por lo que respecta a los municipios del Estado de San Luis Potosí, principalmente los que se encuentran comprendidos en el valle de San Luis, la situación es verdaderamente penosa y aflictiva. La escasez de las lluvias, principalmente debido a que el cielo es sobremanera ingrato, hace que los pequeños agricultores no levanten cosechas de ninguna naturaleza, es por esto que el impuesto adicional de un sesenta por ciento no podrán de ninguna manera los pequeños agricultores y los pequeños comerciantes soportarlo. Ahora bien, yo quisiera que me dijese la Comisión de Prepuestos si sabe cuales son los impuestos municipales que gravan los municipios actualmente. (Voces: ¡No lo sabe!) Entiendo que en muy poco se ha variado el impuesto municipal, señores diputados; yo recuerdo que en algunos municipios los impuestos que gravan son los que se refieren a los capitales menores de trescientos pesos, en otros los menores de cuatrocientos y en otros los menores de quinientos. Por aquí podrá verse, señores, que este impuesto general se refiere a los pequeños terratenientes., a los que tienen una pequeña parcela, o bien a los que poseen un pequeño comercio; de aquí resulta que los perjudicados en este caso van a ser los que no tienen absolutamente ningún capital. Más aún: Siguiendo el estudio de los impuestos municipales y pasando de los impuestos de las fincas rústicas y urbanas a los impuestos sobre abastos, sobre multas, sobre panteones, etc., etc., que generalmente cobran los municipios, resulta que todos esos pagos tienen que hacerlos generalmente los desheredados, los pobres, los que en estos momentos se encuentran en la más espantosa miseria y sin trabajo; de tal manera, que como ya he dicho antes, este impuesto no solamente resulta oneroso, sino imposible, como ya lo han dicho en este lugar otras personas que han hablado sobre este mismo asunto. Ahora bien, hemos escuchado en este mismo lugar, la opinión expuesta por algunos señores representantes tratando del impuesto progresivo por lo que se refiere a las cuestiones mineras, al impuesto minero. Y si esta manera de aplicar el impuesto de manera progresiva, si bien es cierto que no resuelve la cuestión, si bien es cierto que no mejora las necesidades como deseáramos, y el estado por que atraviesa la mayoría del pueblo proletario, cuando menos lo alivia en parte. ¿Y por qué no hacemos lo posible, señores representantes, por estudiar de una manera detenida para aplicarlo en este caso al impuesto, a los impuestos municipales y del Estado? Yo creo que se podría hacer, y yo invito a la Comisión y a los señores representantes que tengan buena voluntad para resolver esta importante cuestión, para hacer una clasificación de esos impuestos, proponiendo desde luego que los impuestos municipales queden exentos del sesenta por ciento, y si por motivo de las circunstancias pecuniarias, por las necesidades del Erario para cubrir los egresos, es necesario que se graven los demás impuestos, que esto nada más se refiera a los impuestos que impone el Estado a los capitales mayores de quinientos pesos. Estas ideas que vengo a exponer, como ustedes habrán visto perfectamente, no están basadas en una experiencia más o menos bien cimentada que digamos, ni revelan un estudio detenido acerca de la cuestión económica; pero sí creo firmemente que ponen de manifiesto la buena voluntad que tengo para resolver esta cuestión y procurar ayudar, en la medida de mis escasas aptitudes, a la resolución de este importante problema, y, más que todo, a procurar que el impuesto a discusión del sesenta por ciento, no perjudique a los pequeños terratenientes ni a los pequeños comerciantes y, en general, a los proletarios de los municipios que tengo el honor de representar. Así es que si mi proposición es aceptada, yo suplico a las Comisiones se sirvan estudiarla repitiendo lo que ya he dicho, que los impuestos municipales queden exentos de esta gabela, porque es una verdadera gabela el sesenta por ciento.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Zapata.

El C. Zapata: Señores diputados: Conforme a la ley de Presupuestos del año de 1912, la renta del Timbre se esperaba produjera la cantidad de cincuenta y siete millones de pesos; esta renta del Timbre se compone de productos de impuestos por tabacos, alcohol, hilados y tejidos, contribución federal y otras cosas. Conforme a los presupuestos enviados ahora a la Cámara, se espera que esta renta del Timbre produzca treinta y dos millones de pesos, y en esa renta del Timbre también entiendo están comprendidos los productos por impuestos de tabacos, alcohol, hilados y tejidos y lo que respecta a la contribución federal. En el año de 1912, no estoy perfectamente al tanto de esto, pero entiendo que la contribución federal era únicamente de treinta por ciento sobre los enteros que se verificaban en las oficinas recaudadoras de los Estados y de los Municipios; en consecuencia, si debemos aceptar que los impuestos se han doblado paulatinamente, los impuestos que se recaudan en las oficinas de los Estados o Municipios, porque cada uno de ellos ha ido aumentando sus impuestos, se supone que se ha doblado, entonces la misma contribución de treinta por ciento federal sobre estos impuestos; debe producir exactamente el doble,

y si admito que no se trata de hilados y tejidos, de tabaco y alcohol, que también se han doblado esos impuestos, sino puramente los de contribución federal, en ese caso con el puro treinta por ciento debía quedarse doblada la suma que se colectaba en 1912, y en lugar de treinta y dos millones de pesos debía producir hoy sesenta y cuatro millones de pesos. Bueno, es natural.....

El C. Padilla, de la Comisión, interrumpiendo: Una aclaración al orador. Ha sufrido una equivocación lamentable Su Señoría, al asentar las cifras que acaba de dar a la Asamblea. Según datos estadísticos, que sirvieron para la formación del Presupuesto de Ingresos, la renta del Timbre, en el ejercicio de 1912 a 1913, alcanzó la suma de veinticinco millones, doscientos ochenta y cinco mil pesos, y según los cálculos que se hacen, incluyendo todas las adiciones con que se ha dado cuenta a la Cámara, alcanza la suma de cincuenta y siete millones quinientos mil pesos. Cosa es esta contraria a lo que se Su Señoría ha asentado.

El C. Zapata: No, señor, me refería yo a la ley que mandó aquí el Ejecutivo en 1912, al proyecto de ingresos. En el proyecto de Ley de Ingresos de 1912, se dice, respecto de la renta del Timbre, que la iniciativa la estima en treinta y dos millones y la Comisión la redujo a treinta millones. En esta cuestión, millón más o millón menos tiene poca significación. Esto es lo que mandaba el Ejecutivo, y únicamente lo defiendo para que no se crea que yo deliberadamente doy un dato falso a la Asamblea. Si en lugar de producir treinta y dos millones, como esperaba el Ejecutivo en 1912, produjo veinticinco millones, todavía estoy dentro del cálculo, porque si estos veinticinco millones se hubieran obtenido con el puro treinta por ciento que ya digo, no es solamente el treinta por ciento la contribución federal que compone esos veinticinco millones, sino todas las otras contribuciones que se recaudan en forma de decreto. Entonces, doblando eso puramente, es decir, dejando el mismo treinta por ciento sobre los enteros a los Estados o municipios, debíamos tener una cantidad de cincuenta millones por la razón muy sencilla de que cuando menos los Estados y municipios han doblado sus impuestos. Naturalmente que debemos suponer que los enteros a los Estados y municipios han bajado algo, porque hay muchas industrias y hay muchos trabajos que se han suspendido; pero la diferencia es verdaderamente notable, porque si bien es cierto que han bajado algunas industrias, se han suspendido algunos trabajos, se han dejado de hacer, la producción ha sido menor también; es cierto que algunos Estados han doblado y algunos triplicado y algunos hasta cuadruplicado en sus impuestos, quizá han formado impuestos nuevos. Esto me ha llegado a mí a producir la idea de que probablemente el Ejecutivo, al mandarnos la proposición de aumentar los impuestos al sesenta por ciento, se haya fundado sobre los datos anteriores. Deseo, pues, sobre este particular, interpelar al señor Ministro, al señor Subsecretario de Hacienda, en los términos siguientes: Señor Subsecretario de Hacienda, en esta Cámara no hay nadie que se precie de financiero; pero todos creemos, señor, que estamos obligados a penetrar en esta cuestión de impuesto hasta donde nos sea posible, porque es precisamente el principal deber que aquí nos ha reunido y para que la Asamblea pueda darse cuenta de lo que va a votar; yo seré el primero en votar si me convencen los datos que dé Su Señoría. Deseamos saber qué cantidad se producía por concepto de contribución federal en el año de 1912 y qué cantidad se espera que produzca hoy; sobre qué cantidades se calculaba en 1912 ese tanto por ciento, sobre qué cantidades de intereses a municipios y Estados se calcula hoy el sesenta por ciento.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Subsecretario de Hacienda.

El C. Subsecretario de Hacienda: Señores diputados: La Secretaría de Hacienda, al discutir sus presupuestos, calcula notoriamente bajo un criterio conservador (voces: ¡No se oye, no se oye!), en virtud de que es de elemental prudencia no hacernos ilusiones en materia de presupuestos. Se calcularon aproximadamente los mismos impuestos del Timbre que en el año normal de 1912 a 1913. El impuesto de veinte por ciento federal que regía en aquella época producía aproximadamente seis millones de pesos. Calculamos en la actualidad este ejercicio, de dieciocho millones de pesos. Ciertamente que el señor licenciado Zapata, haciendo los cálculos de este impuesto y de las innovaciones decretadas en materia del Timbre, calculaba que podía obtenerse un rendimiento de cincuenta a sesenta millones de pesos; pero la verdad es que, a pesar de los impuestos locales que han aumentado los Estados y los Municipios racionalmente, no puede esperarse un aumento de tal cuantía, porque una gran parte del país se encuentra paralizada o en explotación muy deficiente. Por lo tanto, creo que para no hacernos ilusiones, es racional calcular un ingreso por la materia del Timbre, igual que en los tiempos normales. Me parece que en la discusión de los presupuestos, muchos de los señores representantes han perdido de vista que estamos en épocas enteramente anormales, lo que nos obliga en ocasiones a apartarnos algún tanto de los principios económicos, que un sistema ideal de ingresos exigiría para echar mano de los recursos más expeditos, a fin de allegar los elementos que requiere la República para el restablecimiento de la paz. Si la necesidad de allegarse recursos no fuera apremiante para el Gobierno, si no hubiera un déficit tan importante en los presupuestos, seguramente sería la ocasión de dedicarnos exclusivamente a reformar nuestro sistema fiscal, exclusivamente desde el punto de vista más justo y equitativo y menos oneroso para las clases asalariadas. Desgraciadamente tenemos que dedicar nuestros esfuerzos a allegar los recursos en la forma más expedita y más fácil para llenar el déficit que tenemos. Los déficits hasta ahora se han venido cubriendo con préstamos que hemos exigido a los bancos de emisión. En épocas normales, para allegarse recursos, más bien dicho, para los gastos extraordinarios de la Nación, se recurría generalmente a procedimientos extraordinarios, como son los empréstitos. Desgraciadamente, no podemos saber todavía si la Nación va a conseguir los préstamos a que aluden las recientes iniciativas del Ejecutivo; por otra parte, los préstamos que nos pueden hacer los bancos de emisión, tendrán que suspenderse en un plazo muy breve en virtud de que están para agotarse

los fondos existentes por consiguiente, las necesidades del Ejecutivo vienen siendo cada vez más imperiosas y hay que calcular los ingresos sin contar con los préstamos de los bancos y con el empréstito exterior; si se consigue el empréstito, las condiciones del país se convertirán de anormales en normales, y entonces podremos reducir muchos de los impuestos actuales, quitar muchos capítulos de la Ley del Timbre y substituirlos por otros impuestos más, en consonancia con la ciencia económica. A este respecto, la Secretaría de Hacienda tiene en estudio, más bien dicho, tiene ya terminado el estudio de una ley general federal sobre los impuestos a utilidades o ingresos. Como los señores representantes saben, este género de impuestos es el empleado en años recientes por los países más avanzados en la materia. Este proyecto será enviado en breve a la Cámara para que Vuestra Soberanía lo discuta, será para modificar algunos impuestos; los ingresos actuales casi montan a la suma de los ingresos de los tiempos normales; esto es en verdad consolador, pues podemos fundadamente abrigar la esperanza de que también es un futuro muy próximo, cuando ya las fuentes de riqueza de la Nación se exploten en la escala correspondiente, pueda Vuestra Soberanía dedicarse a estudiar una organización fiscal más en consonancia con la época presente. Nuestro sistema de impuestos federales, puede decirse que es bueno en lo general; necesita reformas, naturalmente; pero como se ha tratado en este recinto sobre materia fiscal desde el punto exclusivo de los principios, voy a hacer algunas breves consideraciones antes de referirme exclusivamente a los puntos a debate. La propensión natural de los contribuyentes combatidos por los diversos intereses encontrados en materia financiera, los hace buscar la incidencia del impuesto, es decir, arrojar la carga de los impuestos sobre la clases generalmente las más débiles económicamente. Por otra parte, las fuerzas éticas que trabajan en el seno de las sociedades, producen una fuerza encontrada que viene a equilibrarse, de esta lucha, que ya dura por centurias, se ha llegado a la conclusión de que los impuestos más racionales y justos son aquellos que tienen por base la posibilidad del contribuyente para pagar en la misma relación de sus posibilidades para sostenerse a sí mismos. De allí la conveniencia del impuesto a que antes me he referido, el impuesto sobre utilidades que en breve será enviado a Vuestra Soberanía. Se ha discutido en este recinto sobre las diversas materias de impuestos; se ha discutido sobre los impuestos directos, indirectos y aun sobre el impuesto único a la tierra. Los impuestos directos en diversas épocas y países han recibido la sanción de los legisladores como absolutamente preferentes, porque se juzgaba que la incidencia era más fácil en esta materia de impuestos. En otras épocas se ha dado preferencia absoluta a los impuestos indirectos. En realidad no puede decirse absolutamente que sea bueno o malo el impuesto que sea directo o indirecto: Esto depende exclusivamente de la clase de impuestos de que se trate. El impuesto directo, si es un impuesto sobre el trabajo o los trabajadores, necesariamente tendrá que ser malo, aunque se trate de un impuesto directo, y el impuesto indirecto, un impuesto indirecto sobre el lujo, tendrá indudablemente que ser bueno, aunque sea un impuesto indirecto. Los socialistas y los propugnadores del impuesto único abogan por la abolición de los impuestos indirectos. En realidad no tienen razón, porque puede llegarse a un sistema perfectamente justo y definido, impuestos directos gravando casi exclusivamente los artículos de lujo. El impuesto único a la tierra, en realidad a través de los años no ha podido resistir las pruebas de la experiencia ni las luces de la ciencia económica. Ya a fines del siglo XVIII, Voltaire, con su ironía sangrienta, refería aquel episodio del gran señor cargado de riquezas que encuentra en su camino a un pobre labrador labrando su parcela y se burla de él, aduciendo que él por su ignorancia recibe el peso de los tributos, mientras que el gran señor, cuya riqueza no consiste en tierras, escapa a los rigores del Fisco. Puede decirse que en la actualidad es mucho mayor la riqueza mueble que ha venido siendo aumentada durante los últimos siglos, que la riqueza representada por la tierra; precisamente los impuestos indirectos tuvieron origen y aplicación práctica y extensiva en una nación cuya riqueza consistía exclusivamente en riqueza mueble: Holanda, en los siglos XVI y XVII estaba a la cabeza de las naciones en el ramo comercial e industrial. Indudablemente los legisladores holandeses vieron que la mayor parte de la riqueza escapaba a la acción del Fisco en virtud de que la teoría reinante, entonces era la de que los impuestos deberían ser directos sobre la propiedad. Holanda fue la primera que se vió obligada a adoptar el sistema de impuestos indirectos sobre la riqueza mueble, que era mucho mayor que la riqueza raíz de la nación. En impuestos y cuando se trata de algo notoriamente injusto, es contra producente repentinamente variar la forma de impuestos, puesto que los impuestos antiguos por la naturaleza de las cosas encajan en la opinión y vienen haciéndose cada vez mejores. Sigler, el ilustre profesor de Economía de la Universidad de Colombia, dice que ningún impuesto puede ser tachado de conservador. Tiene esta frase: "los impuestos son como los vinos: Mientras más viejos, mejores.

Decía, al referirme ahora al sesenta por ciento federal que parece excesivo a muchos de los señores representantes, en rigor es excesivo; pero hay que ver que son excesivas también las necesidades de la República y que hay que tomar dinero de donde se pueda. Yo creo que muchos de los señores representantes que impugnan este impuesto, no propondrán ningún otro impuesto más racional y justo para que todos los habitantes de la República contribuyan a las necesidades del Gobierno Federal. Con este impuesto federal, sobre impuestos locales y municipales, contribuyen todos, absolutamente lo mismo el que paga el impuesto directo, que el paga el impuesto indirecto; lo mismo el que paga sobre herencias y legados, o por otros ramos municipales o locales. Indudablemente se ve patente el desparramiento racional que se hace en toda la República; dudo que se encuentre otro impuesto que mejor satisfaga la necesidad de un desparramamiento equitativo e igual en toda la República. Hay que tener en cuenta que los Estados han estado reformando más o menos bien sus avalúos

sobre la propiedad raíz. Indudablemente los impuestos sobre la propiedad raíz resienten mayor volumen de impuestos locales. Por tanto, este impuesto federal puede decirse que en última instancia es un impuesto directo sobre el valor de la propiedad raíz, en su mayor parte al menos; pero hay otro argumento de mucho más peso: En épocas pasadas los Estados sostenían guardias nacionales con sus propios recursos y esas guardias eran muy eficaces para el aseguramiento del orden y la pacificación de la República. En la actualidad, la Federación hace exclusivamente ese servicio, y justo es que los Estados contribuyan por igual a este servicio. Ha sido un error creer que los Estados o Municipios van a contribuir directamente para la Federación, y creo que no hay un solo señor representante que no sepa el procedimiento que se sigue: Los municipios, ni siquiera pasa por sus arcas el dinero con que contribuyen, porque la contribución federal que va a pagar al Municipio el causante, compra los timbres en la Administración Federal y se adhieren al recibo del Municipio. Por tanto, no se grava al Municipio, se grava a los contribuyentes. Por tanto, no veo la razón esencial, no veo la razón para conceder privilegios: Todos están en igual caso y todos tienen la misma obligación. El C. Manrique, según ví en la prensa de esta mañana, se refirió ayer a la libertad de los municipios citando el caso de los municipios de Castilla y Aragón antes de la dominación de los monarcas germanos. En realidad, el impuesto actual es la mejor prueba en contra de la argumentación del señor Manrique. Efectivamente, en la forma actual la Federación no se inmiscuye en lo más mínimo con los impuestos del Municipio. En cambio, la manera como los monarcas germanos quitaron su libertad a esos municipios de Castilla y Aragón, fue arrebatándoles primero su libertad en materia económica, y aquí la Federación no interviene en lo más mínimo. Es el contribuyente quien compra sus timbres y el Municipio no tiene ninguna influencia. El impuesto federal se calculaba en tiempos normales - me refiero al sesenta por ciento -, en seis millones de pesos. En la actualidad ese impuesto lo hemos calculado en dieciocho millones de pesos, un poco bajo, es posible que sea mayor; pero, como antes dije, precisa ser conservador para no hacerse ilusiones. El cincuenta por ciento está ya rigiendo desde hace aproximadamente cuatro o seis meses; de suerte que en realidad el aumento que se propone es de diez por ciento, que equivale a un millón ochocientos mil pesos, que es muy digno de tomarse en consideración, dadas las necesidades del Erario en la actualidad. Aun cuando no está en este momento al debate, voy a referirme al impuesto sobre minas. En mi concepto, la forma actual en que se cobra el impuesto a las pertenencias mineras no puede ser ni más justo ni más equitativos; creo sinceramente que es uno de los triunfos de la Revolución, porque se logran quitar los privilegios que tenían las grandes empresas, y queda establecido el principio de la progresividad en el impuesto. Con anterioridad a marzo de 1905, digo, con anterioridad a marzo de 1915, el impuesto sobre pertenencias mineras se pagaba en esta forma: Seis pesos anuales por pertenencias, desde una hasta veinticinco, y tres pesos anuales desde veinticinco en adelante. Por tanto, era una regresividad en favor de los grandes mineros. En marzo de 1915 se expidió en Veracruz un decreto que estableció doce pesos por pertenencia de una hasta diez; quince pesos de una hasta veinte; dieciocho pesos de una hasta cincuenta, y veinticuatro pesos de cincuenta en adelante. En realidad cuando el estudio más detenido de esta cuestión nos hizo ver que había una injusticia en ello, porque resulta que la inmensa mayoría de compañías mineras explotan un número aproximadamente de cien a doscientas pertenencias, resultaba que salían gravadas con una cuota casi insignificante. Es por esto que después de detenidos estudios, de conferencias con todos los actuales mineros y capitalistas, se llegó a la conclusión de que la forma racional era proteger un poco más al pequeño minero y no subir la cuota sino a los que tengan un número bastante mayor de pertenencias; es por eso que en marzo de 1916 quedó en definitiva establecido el impuesto en la siguiente forma; De una a diez pertenencias, seis pesos; de once a cincuenta, doce pesos; de cincuenta y una a cien, dieciocho pesos; de ciento una en adelante, veinticuatro pesos; esto para minerales de oro y plata y para los que no sean de oro y plata: De una a cincuenta, seis pesos; de cincuenta y una a doscientas, doce pesos; de doscientas una a quinientas, dieciocho pesos; y de quinientas en adelante, veinticuatro pesos al año. Algunos de los señores representantes opinan porque aún se reduzca la cuota para los pequeños mineros y se aumente para los grandes. En realidad, yo creo que la reducción no vale ni la pena de tomarse en consideración. En efecto, el señor general Siurob hacía la observación de que poniendo por cinco pertenencias, tres pesos al año, se beneficiaría al pequeño minero. En realidad, un pequeño minero que posee cinco pertenencias tendría que pagar dos cincuenta al mes, o sea ocho centavos diarios, con la cuota actual vigente. Si hay un minero que no pueda pagar ocho centavos diarios por impuestos, vale más que se quite de minero y que se ponga de jornalero; no vale la pena esa reducción. En cuanto al aumento para los grandes mineros, para las grandes empresas, creo que sería matar la gallina de los huevos de oro. En efecto, hemos visto el fenómeno de que con las cuotas actuales muchas de las compañías poderosas han abandonado sus pertenencias por las que no pagan en la actualidad y han caducado. Esas pertenencias en su gran mayoría no han sido denunciadas, lo que demuestra que no es costeable su explotación. La compañía "Cananea Copper Co.," de Sonora, con las cuotas vigentes, tendría que pagar trescientos treinta y seis mil pesos al año, y a pesar de que es una compañía muy poderosa y tiene grandes utilidades, creo que la cuota es demasiado alta, no podría pagar más, supuesto que con la actual no esta conforme y ha paralizado sus trabajos. El señor Aguirre Escobar hacía la observación de que debe equipararse al impuesto al mineral de oro y plata con algunos otros como de cobre, plomo y zinc. Este es un asunto que también la Secretaría de Hacienda estudió muy detenidamente y se vino a la conclusión de que esos minerales, por su pobreza y por la gran extensión de terreno que necesitan, merecen

una protección de la Federación en relación con los minerales de oro y plata. Esto se estudió con toda conciencia, citando a muchos mineros de toda la República, y se llegó a esta conclusión de acuerdo con ellos. Juzgo que no es el momento de que se haga una modificación en tal sentido; por tanto, señores diputados, creo que la forma más racional es que se aprueben los dos incisos a discusión en la forma propuesta por el Ejecutivo.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. diputado Vadillo.

(Aplausos.)

El C. Vadillo: Señores diputados: Para el punto de vista especial que yo he defendido al discutirse esta Ley de Ingresos y con relación al inciso B que está especialmente a discusión, el discurso del respetable funcionario que me acaba de preceder, comprende tres partes: Primera, una muy discreta lección acerca de los rudimentos de economía política en cuanto a la significación que tienen para la vida administrativa y para la economía en general los impuestos directos e indirectos. Segunda, una defensa desde el punto de vista oficial, también discreta y acertada en su género, de la Ley de Ingresos a debate; y tercera: Una justificación del inciso B en cuanto se refiere a los enteros hechos en las oficinas recaudadoras por razón de contribuciones del Estado y de los Municipios, etc. Por lo que hace a la primera parte del discurso del C. Subsecretario de Hacienda, no puedo estar yo conforme con ella; pero este es un punto de doctrina casi resuelto ajeno a la discusión en una Cámara legislativa. Voltaire, a principios del siglo XVIII, efectivamente, se burlaba del impuesto único en aquella época de efervescencia científica revolucionaria; pero, señores diputados, Voltaire se burlaba absolutamente de todos y desearíamos muchas veces que el espíritu eminentemente mordaz, eminentemente sutil a la reforma universal, de Voltaire, hubiese encarnado hoy en algunos de los espíritus modernos y lo tuviéramos en México para saber de cuántas cosas se burlaría ese eminente crítico de aquel siglo. El impuesto único tenía mucha razón quizá para ser criticado a principios del siglo XVIII cuando estaba en germen, cuando la doctrina empezaba a divulgarse, cuando todavía tenía que sufrir esa especie de pulimento que todas las doctrinas han recibido en el curso de los siglos cuando han sido expuestas a la crítica universal y de ellas han salido después el extracto útil para los pueblos mismos; pero desde que el impuesto único fue esbozado por aquel célebre hacendista anterior a la Revolución, Turgot, y que precisamente lo proponía a Luis XVI como un remedio preventivo contra la catástrofe de la monarquía debido a la Revolución Francesa, ese impuesto único ha sufrido en más de un siglo todas la críticas, todos los juicios acerca de ello y en este momento está establecido con éxito en ocho de las provincias del Canadá y en algunas provincias tiende a extenderse poco a poco, a pesar de las críticas violentas de los regímenes burocráticos del mundo que están sentados sobre la contribución de la riqueza, es decir, sobre uno de los ejercicios más últiles de la libertad humana, en cuanto a la subsistencia social. Efectivamente, para un hacendista y para un hacendista obligado a la defensa de una administración, los impuestos más viejos, es decir, los más prestigiados, los que dan un rendimiento más fácil, más cómodo sin mayor máquina administrativa de solución popular, tienen que ser seguramente los más aceptables; quiero decir, estos son los términos de un hacendista oficial; los términos de un crítico hacendario serían éstos: Aquellos impuestos que el pueblo soporta más humildemente, es decir, en aquellos impuestos sobre los cuales la mano de hierro del Fisco, puede sin mayores protestas por la costumbre o por la fatalidad de los pueblos, extraer de los pueblos sin que éstos se levanten y protesten, estos son, efectivamente, los mejores y tienen al paladar administrativo ese exquisito gusto de los vinos viejos; y contra esa comparación del señor Subsecretario de Hacienda, yo no pudiera hacer otro comentario que el siguiente: Señor Subsecretario de Hacienda, el pueblo tiene derecho a renunciar la copa de esos añejos y sabrosos vinos para los Gobiernos. (Aplausos.) Acerca del punto concreto a debate, señores diputados, hay que hacer las siguientes observaciones sobre las cuales pido atentamente la inteligente colaboración del C. Subsecretario de Hacienda para que las resuelva o nos ayude a resolverlas. Los catastros en toda la República, ya se sabe bien que están perfectamente mal hechos. No es cierto que lo estén al grado en que se ha dicho aquí para deturpar al impuesto único; a mí me consta que en el Estado de Veracruz, por informes que me han dado algunos diputados, en esa Entidad existen catastros tal vez de los mejores que haya en la República; en el Estado de Jalisco, desde hace veinticinco años se vienen perfeccionando los catastros; en el Estado de Colima, el Gobierno revolucionario tiene el honor de haber sido el que empezó a hacer ese catastro y el haberlo dejado casi terminado en un año de trabajo continuo; en la mayor parte de los Estados de la República existen catastros, aunque sean malos; pero desde luego podemos afirmar que existen y que éstos son malos en general. Ahora bien, señores diputados, cuando yo proponía a Vuestra Soberanía la aceptación de un principio, el impuesto único, es decir, la tendencia práctica a este futuro régimen rentístico de los pueblos, el argumento principal que se adujo fue el de que no existen catastros buenos, y ahora que se trata de la imposición de un impuesto sumamente exagerado, como el sesenta por ciento, se van a fundar esos impuestos sobre un catastro perfectamente malo. Lo pésimo de los catastros en la República consiste en lo siguiente: En que no existe la medición exacta de la tierra ni existe la valoración equitativa de la misma. Por lo que hace la tierra ella no está medida, como a todos nos consta. Los españoles la dieron a los pueblos sin medirla, de cerro a cerro fue el ejido de cada población. Cuando después en el curso de los siglos los criollos primero y los mestizos después, lograron distribuírsela en la forma viciosa en que está, tampoco se hizo una medición correcta de esa tierra. Por consiguiente, los catastros no tienen las mediciones correctas, por lo menos relativas, porque en ningún país del mundo existe la tierra bien medida ni tampoco existe la valoración de esa misma tierra para estos pagos, primero, porque la tierra jamás está valorada exactamente, y segundo, porque el valor de la tierra es un valor en aumento constantemente;

pero en México, por un vicio social, perfectamente sabido por todos ustedes, la tierra no solamente no está valorada, sino que existe por una verdadera inmoralidad una valoración catastral que va directamente contra los intereses populares, que incide, sencillamente en contra del pequeño propietario. Cualquiera de vosotros podrá legalizar en su pueblo o en su Estado el siguiente hecho: Un individuo que posee una parcela de tres hectáreas de terreno, la valora, al manifestarla en las oficinas recaudadoras, honradamente si no por honradez que tenga, porque la supremacía del agente fiscal es tal, que puede efectivamente obligar al individuo aquel a que su tierra tenga un valor casi igual al valor real de la tierra, mientras que debido al pésimo régimen porfiriano y a causas históricas superiores al régimen de don Porfirio Díaz, el hacendado, el gran terrateniente, puede valorar su tierra en lo que le parece; de tal manera, que no existe una proporción ante las oficinas catastrales entre una pequeña propiedad y una gran propiedad. Ahora bien, señores diputados, existiendo esa desproporción, era un impuesto general para los grandes y para los pequeños propietarios, es perfectamente inicuo, es absolutamente falto de equidad. Toda la sabiduría de la Secretaría de Hacienda, la de los Estados, la de los Municipios, no puede destruir un derecho social que es causa de la Revolución. Luego si al hacer esta legislación fiscal no se tiene en cuenta el hecho capital revolucionario, no se puede decir que sea una legislación siquiera inteligente. Nosotros tenemos derecho de exigir a la Secretaría de Hacienda, no que transforme el sistema rentístico, absolutamente, no que cambie las condiciones económicas del Fisco, no que cambie las condiciones económicas del pueblo, porque esto es imposible; pero sí tenemos el derecho de exigirle enérgicamente que se ponga algo de inteligencia para llegar a los fines revolucionarios esenciales. Esto es evidente; yo señores, al atacar este inciso y al venir a atacar como lo he hecho en algunos casos la Ley de Ingresos, lo hago, lo confieso con toda honradez, por la pasión que siento por los principios revolucionarios y por el deseo sano de que el Gobierno emanado de esa Revolución se consolide. Yo he visto u oído en esta tribuna huecas argumentaciones de sonaja a favor del Gobierno constituído; pero no he visto la inteligencia necesaria para que ese Gobierno se consolide dentro de la justicia y de la inteligencia. Por ejemplo, señores, yo no digo que los ricos de la República habrán de levantarse en armas cuando se les imponga el sesenta por ciento en los impuestos; fortuna y no poca para los pueblos que jamás haya habido un plan revolucionario en la historia humana que se haya dictado a la luz de la ciencia del tanto por ciento de interés, ni jamás en la historia de los pueblos podemos nosotros encontrar una bandera revolucionaria arrastrada popularmente con el signo de pesos por enseña; es una fortuna que los ricos jamás sean revolucionarios y ellos resisten estoicamente a los gobiernos mientras no puedan comprar a los ejércitos. Está bien, pero señores, yo me opongo a esta ley, porque no traerá la revolución armada, pero traerá otra revolución peor, la revolución del desprecio. Los pueblos que después de una revolución verdaderamente económica, de médula económica a favor de los pequeños propietarios, los Gobiernos que empiezan por dar una ley peor a las leyes que se echaron a abajo mediante esa misma revolución, esos Gobiernos adquieren inmediatamente el desprecio popular; no la ira siquiera, el desprecio popular. (Aplausos.) Y ¡ay, señores, de aquellos gobiernos que adquieren el desprecio de los pueblos! como las rocas minadas por la sal silenciosa de los mares, un día ruedan al abismo sin tener siquiera la gloria del ruido, la gloria del estruendo. Así los gobiernos, cuando menos lo esperan, se sienten sin la base de la aceptación popular. Yo me opongo a esta ley en defensa del mismo Gobierno revolucionario, porque creo que la Revolución, que ha sido mi bandera y mi corazón, debe salir avante en contra de la ignorancia, en contra de la precipitación y sobre todo en contra del apasionamiento por una ley inicua. (Aplausos estruendosos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el diputado Esquivel.

El C. Esquivel: Señores diputados: Yo considero que es de lamentarse que cuando se trate de resolver una cuestión concreta, una cuestión precisa, los señores oradores, a pretexto de cualquier cosa, vengan a hablarnos de asuntos diferentes de aquellos que están precisamente a debate. Yo, siguiendo estas ideas, me concretaré únicamente al inciso B que se está discutiendo. Creo yo sinceramente que el sesenta por ciento federal es sumamente gravoso para los ciudadanos de la República, y a este fin insisto con el señor licenciado Julio B. Zapata y para con el señor Subsecretario de Hacienda, para que nos diga en concreto cuáles son los fundamentos de orden económico que el Gobierno ha tenido para mandar ese proyecto de ley. Es claro, señores, que si la Representación Nacional llegara a aprobar ese inciso, sería de resultados realmente antieconómicos. El señor diputado Antonio Gutiérrez sabe perfectamente bien cómo la región lagunera, cómo la ciudad de Torreón, principalmente el comercio de aquella ciudad, no puede ya soportar ni siquiera los impuestos de carácter exclusivamente municipal y hasta han pretendido muchos señores comerciantes cambiar sus establecimientos a alguna ciudad del Estado de Durango, Lerdo o Gómez Palacio. El señor diputado Avendaño, con precisión y con buen juicio, nos habló ayer de las dificultades que se tenían actualmente en el Estado de Oaxaca, principalmente en la capital de aquel Estado, y nos demostró con datos concretos y evidentes cómo las propiedades rústicas y urbanas de aquel Estado, de seguir la secuela que venimos estudiando, ni siquiera podrían cubrir los impuestos con los rendimientos totales de esas propiedades.

De manera que ya que el señor Subsecretario de Hacienda se encuentra presente ante la Cámara de Diputados, yo me permito indicarle con todo respeto y con toda consideración, que nos diga en concreto cuáles son las razones que el Gobierno ha tenido de orden económico, para imponer este impuesto sobre los impuestos municipales; porque es claro que el señor Subsecretario de Hacienda, como todos nosotros en lo particular, tenemos la obligación de trabajar inteligentemente, patrióticamente para beneficiar con esto a nuestras clases

proletarias, y principalmente al Gobierno, cuya consolidación deseamos. Decía, pues, que este asunto quede claro y que no nos metamos a discutir aquí sobre la conveniencia o inconveniencia del impuesto único, sobre si es posible o no es posible el impuesto directo o indirecto o consideraciones de otra especie que no están a debate. La Cámara desea saber de una manera clara y precisa la conveniencia del impuesto del sesenta por ciento sobre las rentas municipales; aclarando este punto, que es lo que nos preocupa en este debate, a tal grado, que ayer se suspendió esta discusión y se citó expresamente al Subsecretario de Hacienda para que informara terminantemente sobre este asunto, yo me permitiría hacer algunas interpelaciones al señor Subsecretario de Hacienda en relación con la ley de impuestos con relación al artículo 27 de la Constitución; pero a efecto de no salirme del asunto a debate, como llevo dicho, lo dejaré para después de que este asunto quede perfectamente claro, como lo exige, más que la Cámara de Diputados, como lo exigen los intereses nacionales.

El C. Secretario López Lira: Habiendo hablado más de seis oradores en contra y no habiendo inscripto ninguno en pro, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el inciso B. En votación económica, los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.

El C. Siurob: Pido la palabra en contra.

El C. Aguirre Colorado: Moción de orden. El diputado Esquivel acaba de ratificar las interpelaciones que hacía el licenciado Zapata al señor Subsecretario de Hacienda y que no ha contestado.

El C. Aguirre Escobar: No ha contestado.

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a Su Señoría que el señor Subsecretario de Hacienda no desea contestar.

El C. Secretario López Lira: En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el inciso B. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No está suficientemente discutido. Continúa el debate.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el diputado Zapata.

El C. Zapata: Señores diputados: Hemos escuchado con atención casi religiosa al señor Subsecretario de Hacienda, y hemos hecho perfectamente bien.

Esperábamos que él nos trajera luces amplias para informar nuestro criterio en este asunto. Yo pedí al señor Subsecretario de Hacienda números, porque los números son los que debemos tomar en cuenta. No ha sido muy extenso sobre este particular el señor Subsecretario, pero ha dicho algo. Nos ha dicho aquí que, con arreglo a la ley que regía en el año de 1912, la Federación recaudaba seis millones de pesos por concepto de contribuciones federales sobre enteros hechos en los Estados o Municipios, y estos seis millones de pesos los obtenía la Federación con el impuesto de veinte por ciento de contribución federal. En consecuencia, con el sesenta por ciento que ahora propone el Ejecutivo, y suponiendo que existieran los mismos enteros, tendría la Federación los dieciocho millones de pesos que desea de este impuesto. Como todos ustedes saben, los impuestos se ha duplicado; si se han duplicado los impuestos, entonces con el sesenta por ciento tendremos treinta y seis millones de pesos,. Si no se han duplicado, si se han triplicado, como en muchos casos ha sucedido, con este impuesto tendremos cuarenta y cuatro millones de pesos. Quiero suponer, pero no sólo suponer, sino aceptar, que muchos impuestos no entran ahora actualmente como entraban en 1912, por la suspensión de la actividad comercial e industrial y demás de la República; pero entonces, si se considera que son únicamente la mitad, entonces obtendremos con el sesenta por ciento, veintidós millones de pesos; pero esto tampoco es exactato, señores diputados, porque a las fuentes de ingresos que se ha seguido en los Estados y en los Municipios, se han aumentado otra fuentes de ingresos también; debemos calcular que, más o menos, la recaudación de los Estados es la misma hoy que la que existía en el año de 1912, porque de otro modo no me explico cómo podrían vivir los Estados. Además, debemos tomar en cuenta, señores diputados, el dato que nos ministra el señor Subsecretario de Hacienda; nos dice que con el veinte por ciento en el año de 1912, se obtenían seis millones de pesos, y entonces yo multiplico seis por cinco y encuentro treinta millones, es decir, treinta millones de pesos era la cantidad que sufragaban los gastos todos de todos los Estados de la República, no me lo explico. No quiere decir esto que yo dude, en ninguna forma, de lo que expresa el señor Subsecretario de Hacienda; me complazco en aceptar que él dice estrictamente la verdad, de acuerdo con los datos que tiene; pero yo no puedo concebir que treinta departamentos de la República hayan podido vivir en el año de 1912 con treinta millones de pesos. Este es un dato que yo creo sencillamente erróneo. Si los enteros en los Estados y en los Municipios pasan, como forzosamente tienen que pasar, de treinta millones de pesos, entonces el veinte por ciento sobre treinta millones sería seis millones de pesos para el año de 1912; pero como en este año las necesidades de los Estados los han obligado a aumentar impuestos, quiere decir que, cuando menos, debemos calcular, señores diputados, que haya una entrada de cuarenta a cincuenta millones de pesos. Cuando muy menos sesenta millones de pesos para el funcionamiento de toda la República, para las atenciones de las administraciones de los Estados y los diversos departamentos. Bajo este concepto, señores diputados, es absolutamente inadmisible la contribución del sesenta por ciento sobre todos esos enteros. Vengo a proponer a la H. Asamblea, con los números mismos que nos ha dado el señor Subsecretario de Hacienda, que bajemos la cuota de sesenta a cuarenta por ciento. No podemos pretender, señores diputados, no debemos, señores diputados, en ninguna forma, exigir del pueblo más de lo que sea estricta y absolutamente indispensable. Ciertamente que la Nación, que el Gobierno necesita mucho dinero, señores; pero es muy cierto también que las condiciones de todos los habitantes de la República son fatales en estos momentos, y exigirles ahora una cantidad de impuestos que no son absolutamente necesarios, es más que cometer una notable injusticia, y no sé si realmente, señores, podamos cometer esta injusticia es

decir, si la puede cometer el Gobierno. En cuanto a nosotros, nuestro deber, nuestro imprescindible deber, es no exigir del pueblo sino aquello que sea absolutamente indispensable de momento. Si más adelante, señores diputados, las condiciones de la República exigen que, a nuestra vez, pidamos mayores impuestos al pueblo, entonces los pediremos. Por hoy, creo que, con el cuarenta por ciento de contribución sobre los enteros a los Estados y Municipios, será muy suficiente, y aún así, quién sabe si podrá soportarlo la Nación. (Aplausos.)

Presidencia del C. AGUIRRE ESCOBAR JUAN

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el diputado Montiel.

El C. Montiel: Señores diputados: Después de la cátedra que nos ha dado el señor Subsecretario de Hacienda..... (Voces: ¡No se oye!) Yo siento mucho no poder hablar más recio. Después de la cátedra que nos ha dado el señor Subsecretario de Hacienda, no puedo menos que hacer uso de la palabra para venir a hablar a ustedes de mi experiencia como Recaudador de Rentas. Durante tres años he sido Recaudador de Rentas en el Distrito de Tuxtepec, en el Estado de Oaxaca, y he podido observar las distintas evoluciones que ha tenido el impuesto de la contribución federal . En un principio, cuando estuvo el veinte por ciento, fue pagado con gusto por todos los causantes; después que sufrió algunas alteraciones, siguió siendo pagado este impuesto con el mismo gusto, en el concepto de que se pagaba únicamente con papel, ya sea de la emisión de Veracruz o infalsificable; a ellos importaba muy poco el valor, porque estaba muy depreciado; pero cuando se trató de la contribución en oro nacional, entonces fue muy difícil el cobro, no solamente de los impuestos de la Federación, sino de los impuestos del Estado, absolutamente difícil. Voy a poner un caso: El Banco Internacional e Hipotecario de México, que se encuentra aquí radicado en alguna de las avenidas de la ciudad, tiene una propiedad en Tuxtepec por valor de ciento veinte mil pesos. Pagando el veinte por ciento federal en el primer bimestre, tendría que pagar doscientos pesos de contribución y cuarenta pesos oro nacional en estampillas; ahora bien, las alteraciones que sufrió este impuesto son las siguientes: Según el decreto de 9 de junio, expedido por el C. Presidente de la República, el Banco Internacional e Hipotecario de México tendrá que hacer los siguientes pagos: en el cuarto bimestre de 1917 doscientos pesos oro nacional y cuarenta de estampillas; en el quinto bimestre doscientos oro nacional y sesenta de estampillas; en el sexto bimestre doscientos pesos oro nacional y ochenta de estampillas; en el primer bimestre de 1918 doscientos pesos oro nacional de impuesto y cien pesos de estampillas, y en el segundo y tercer bimestres de 1918 pagará cuatrocientos pesos de impuestos y doscientos cuarenta de estampillas. Total: Pagará de impuestos en un año mil setecientos veinte pesos, existiendo una diferencia de doscientos ochenta pesos, que es lo que aumenta la contribución federal. Si simplificamos esta cantidad a una pequeña propiedad, resulta que también viene la simplificación y el impuesto es sumamente gravoso, señores; resultado, el Banco Internacional e Hipotecario, como la mayor parte de los propietarios en la actualidad, no pueden explotar esas propiedades, no les producen absolutamente nada; de donde resulta que no pagan. El cobro de esos impuestos es enteramente ilusorio. Justifico que en junio del año pasado llegó a reunir la cantidad por impuestos, en un solo bimestre, de ochenta mil pesos; en el mes de enero, en dinero efectivo solamente pudo reunir la irrisoria suma de mil quinientos y tantos pesos. En consecuencia, yo creo que con este aumento progresivo de la contribución federal, el Gobierno no va a resolver el problema económico. Es casi imposible; la práctica lo demuestra, señores. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Siurob.

El C. Siurob: CC. diputados: Verdaderamente me siento cohibido para hablar en este caso, por haberme precedido la voz altamente elocuente y verdaderamente reveladora de profundos estudios en este ramo, tanto el señor Subsecretario de Hacienda, como del señor compañero Vadillo. Sin embargo, por haber sido yo uno de los que desde el principio atacaron el sesenta por ciento aplicado a los Municipios y por haber sido yo también uno de los que propusieron la modificación en la ley minera, tengo necesidad de volver a esta tribuna precisamente para hacer ver a ustedes la injusticia de las argumentaciones en contra de nuestra observación y la ventaja inmensa que resulta, tanto para el prestigio del Gobierno como para el alivio de los verdaderos intereses populares en aceptar las modificaciones que nosotros hemos propuesto. El señor Subsecretario de Hacienda no nos ha dado más que una sola razón para que el impuesto de sesenta por ciento sobre contribuciones de los Estados y Municipios subsista y es la ingente necesidad que tiene el Erario nacional de subvenir a nuevas erogaciones, a erogaciones extraordinarias que naturalmente tienen que hacer llegar al seno del tesoro nacional cantidades extraordinarias también. Pero no ha entrado el señor Subsecretario de Hacienda en los detalles acerca de la recaudación municipal. Nos ha dicho que este impuesto del sesenta por ciento es justo, porque es una de las viejas tetas del presupuesto, es un impuesto que versa exclusivamente sobre la tierra, y esto no es cierto en la parte que se refiere al Municipio, como voy a demostrarlo. Los impuestos municipales, señores, no son impuestos prediales; los impuestos municipales rezan sobre el agua, sobre la luz, sobre el comercio, sobre multas, en una palabra, no versan en lo absoluto, no tienen en absoluto que ver con los predios, ni rústicos ni urbanos; cae, pues, por su base, la argumentación del Señor Nieto cuando dice que el sesenta por ciento aplicado a contribuciones municipales cae sobre la tierra o versa exclusivamente sobre la tierra; en cambio, voy a demostrar la absoluta inconveniencia de este impuesto por dos razones capitales: Primera, porque hay mucha materia contribuyente que está

sujeta al mismo tiempo a la contribución del Estado y del Municipio, y esta materia contribuyente tendrá que contribuir al mismo tiempo con el sesenta por ciento por la parte que se refiere al Municipio y la parte que se refiere al Estado. Voy a citar un caso concreto: hay muchos Municipios de la República que tienen un impuesto de repartición al comercio; los Estados también tienen el impuesto de repartición al comercio. Estos impuestos de repartición, como ustedes saben perfectamente, se hacen en la siguiente forma: de la ciudad, por ejemplo, de Irapuato, se va a sacar la cantidad de ochenta a cien mil pesos anuales; entonces se cita a los comerciantes y se les dice: repártanse ustedes este impuesto, y ellos, entre los mismos comerciantes, como ellos conocen la importancia de cada uno de ellos, como ellos conocen las utilidades y demás circunstancias, se reparten el impuesto; pero como lo mismo hace el Municipio que hace un impuesto de repartición también para el comerciante en la misma forma que lo hace el Estado, tendremos que el comercio quedaría gravado al mismo tiempo por parte del Estado y por parte del Municipio. Eso ya está sucediendo. Perfectamente. Pues si a este doble impuesto lo gravamos todavía con el sesenta por ciento por parte del Municipio y con el sesenta por ciento por parte del Estado, señores, habremos echado la carga más pesada sobre el comercio. De manera que aquí tienen ustedes las dos razones capitalísimas por las cuales no debe ser aprobado el impuesto del sesenta por ciento sobre las contribuciones municipales. La primera, porque estos impuestos no versan sobre la tierra, sino que versan sobre las contribuciones especiales del Municipio que no son prediales, o que por excepción en algún Municipio de la República podrían ser prediales; y segundo, que no puede ser que se grave con un impuesto tan recargado y por dos capítulos a una misma materia. Contribuyen, como por ejemplo, el comercio, y en el mismo capítulo que el comercio podría ser la industria, una fábrica, por ejemplo una fábrica de jabón, la fábrica de pieles de Irapuato, pongamos por caso; la fábrica de hilados y tejidos de Soria. Esta fábrica le paga al Municipio inmediato una contribución; le paga al Estado de Guanajuato otra contribución por el mismo concepto que la anterior y sería injusto que se le recargara el sesenta por ciento sobre cada una de esas contribuciones, con lo cual verdaderamente se haría imposible el trabajo en esa fábrica. Nos dice el señor Nieto que los catastros de los Estados han sido mal hechos. Esta es una verdad; pero mal hechos son los catastros de toda la República y de muchas naciones del mundo y lo seguirán siendo, porque es imposible conocer de una manera estricta y absoluta el valor de la propiedad. Sabemos que todo catastro absoluto es imposible; el catastro relativo sí es posible y tan se ha hecho un catastro así que voy a citar cifras y datos concretos. En el Estado de Guanajuato la propiedad toda, tanto rústica como urbana, importaba ciento veinte millones de pesos; estos son datos concretos, que como Gobernador que fui de ese Estado los someto a la respetable Asamblea. Ahora, después del catastro, importa la propiedad trescientos noventa millones, es decir, se ha más que triplicado, y eso que cuando yo abandoné al Gobierno del Estado por renuncia que hice de ese cargo, todavía no se había completado aquel catastro: de manera que ese catastro, por mal hecho que esté, siempre ha triplicado y casi cuadruplicado el valor de la propiedad. De manera que es un valor más o menos aproximado al que verdaderamente representa, puesto que está en la mente de todo el público y principalmente del hacendista, que la propiedad estaba gravada antes en su valor fiscal únicamente por la cuarta parte de su valor verdadero, es decir, de su valor representativo. En estas condiciones, señores, puede decirse que aunque el catastro esté mal hecho, sin embargo ha aumentado mucho el valor de la propiedad y, por consiguiente, la carga del sesenta por ciento puede parecer y es sin duda verdaderamente excesiva. Pero yo no quiero insistir sobre el sesenta por ciento aplicado a la propiedad; yo no voy a hablar sobre el sesenta por ciento federal aplicado a la contribución de los Estados; en cambio, sí creo que indefectiblemente debemos descargar al Municipio cuando menos de un veinte o treinta por ciento de esta contribución por las razones aducidas, porque este impuesto municipal no es predial; segundo, porque este impuesto grava mucha materia contribuyente que ya está gravada por los Estados. Estoy convencido, no creo que el impuesto al Municipio traiga complicaciones hacendarias en el seno del Municipio; pero también debe estar convencida la Asamblea y en absoluto todo el pueblo mexicano, de que esta contribución del sesenta por ciento es absolutamente injusta aplicada al Municipio, puesto que no versa sobre la tierra, sino que versa sobre algo que va a contribuir a la comodidad de los ciudadanos; el Municipio es aquella parte de la Nación que sirve para hacer, en cuanto sea posible, la felicidad del ciudadano dentro de la vida urbana, y en estas condiciones, señores, lo que se grava directamente son las facilidades que tienen los ciudadanos para vivir; si actualmente nos estamos quejando de la falta de higiene que reina en nuestras ciudades, si actualmente nos estamos quejando de que nuestro pueblo no se baña, de que es sucio, y es uno de los defectos con que lo marcan y tildan los extranjeros, debemos descargar al Municipio para que dé mayores facilidades al pueblo para proveerse de lo que forma la vida, de lo esencial para la felicidad del pueblo, que es la luz, el agua, todas las circunstancias de la salubridad publica, y si gravamos precisamente la contribución por todos estos capítulos, contrariaremos uno de los principios, uno de los ideales de la Revolución, que es precisamente convertir al pueblo mexicano en un verdadero pueblo, en un grupo de ciudadanos que estén a la altura de todos los pueblos civilizados, porque llene perfectamente tanto sus necesidades individuales como sus derechos de ciudadano. Creo haber convencido a la Asamblea de que desde este punto de vista no se debe aceptar el sesenta por ciento sobre las contribuciones de los Municipios; ahora voy a pasar a la cuestión minera. (Voces: ¡No está a debate!) Habló sobre ella el señor Subsecretario de Hacienda. (Voces: ¡No está a debate!) Entonces única y exclusivamente me concreto a pedir a la Asamblea que repruebe el inciso C, para que después sea aceptada la proposición presentada. (Aplausos.)

El C. Secretario López Lira: La Comisión solicita permiso para retirar el dictamen en lo que se refiere al inciso B. En votación económica se pregunta a la asamblea si concede permiso a la Comisión para retirar este dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Si se concede permiso.

El C. Presidente, a las 11.30 a.m.: Habiendo un asunto urgente de que tratar, se levanta la sesión pública para pasar a secreta.

Presidencia del C. NARRO REYNALDO

(Asistencia de 166 CC. diputados.)

El C. Presidente, a las 4.15 p. m.: Se reanuda la sesión.

- El C. Secretario Mata dio cuenta con una circular de la Secretaría del H. Congreso del Estado de Sinaloa, manifestando que con fecha 2 del presente mes, empezó ese Congreso sus funciones de Constituyente, en las cuales durará hasta el 15 de septiembre próximo, continuando en sus funciones ordinarias, por el período que le corresponde, con el carácter de XXVII Legislatura Constitucional de aquel Estado.- De enterado.

"C. Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Presente.

"Raúl Gárate, diputado propietario por el 3er. distrito electoral del Estado de Tamaulipas, por el digno conducto de usted y con el respeto debido, me permito solicitar de la H. Asamblea, que, con dispensa de todo trámite, se sirva concederme una licencia por quince días, con goce de dietas, para trasladarme a Tamaulipas, pues graves cuidados de familia me obligan a ello.

"Protesto a usted mi atenta consideración.

"Constitución y Reformas.- México, julio 12 de 1917.- Raúl Gárate."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites, en la inteligencia que se necesitan las dos terceras partes para concederla. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Se concede la licencia. (Aplausos.)

"1a. Comisión de Crédito Público y 2a. de Hacienda.

"Señor:

"Las Comisiones unidas, 1a. de Crédito Público y 2a. de Hacienda, han estudiado, con la atención que merece, el proyecto de ley que el Ejecutivo se ha servido consultar a esta Cámara con fecha 6 del presente, relativo a la contratación de un empréstito, ya sea en el interior o en el exterior, hasta por la suma de cien millones de pesos oro, para la fundación del Banco Único de Emisión que prescribe nuestra Carta Fundamental.

"No es el caso de discutir las ventajas que tiene la institución del Banco Único de Emisión, ni las razones históricas que justifican el pensamiento de los constituyentes al intentar remediar la situación financiera y económica del país, a todas luces injustas, irregular y atentatoria contra los intereses públicos; tanto porque consagraba el monopolio en favor de particulares, cuanto porque vivieron siempre fuera de todo impuesto y gravamen fiscal; además de que la complacencia del Poder Público fue tan lejos, que aun se cuidó poco de que existiera en poder de las instituciones bancarias, la garantía efectiva en metálico que la ley prevenía como una condición indispensable para el funcionamiento de tales establecimientos financieros.

"Es de todos conocida la existencia de un gran volumen de papel circulante que existía poco antes de la Revolución, y en muchos casos con un crédito ficticio, que solamente por la situación financiera bonancible de un país joven que ofrecía a los cuatro vientos sus riquezas potenciales, podía conservarse a pesar de su base inestable. Pero, como decimos antes, todas estas razones más bien deben tenerse como antecedentes justificativos del precepto constitucional, que como motivos de la iniciativa de ley que se consulta.

"Existiendo el precepto en el artículo 28 constitucional, relativo a la creación del Banco Único de Emisión, no toca al Ejecutivo ni a esta Representación Nacional más que discernir si es llegado el momento de darle vida efectiva a tal precepto, tanto porque las condiciones financieras interiores y exteriores sean favorables, como porque sus resultados sean ventajosos para resolver la situación económica del país.

"Sin duda que la solución del problema económico para la Revolución hecha Gobierno, es, en estos momentos, una de las cuestiones más trascendentales por resolver y que indefectiblemente influirá de un modo poderosísimo en la realización de las reformas consagradas en los principios avanzados de nuestra Constitución. El Ejecutivo lo deja entrever en su iniciativa; no se trata puramente de adquirir un empréstito, no tan sólo de adquirir la especie metálica para fundar una institución de crédito; se trata de sentar las bases del Banco Único de Emisión, en las que interviene, como factor importantísimo, la contratación del empréstito. La ley de organización del mencionado Banco a que la iniciativa hace referencia, nos informará sin duda de todos los elementos económicos que se movilizarán, manejarán y servirán de garantía para tal institución. Alrededor de esta institución gravitará el crédito público de la Nación, será la columna en que se apoye nuestro movimiento industrial y el desarrollo intensivo de nuestra agricultura; será el regulador de las operaciones de cambio; el estímulo para el fomento de nuestra riqueza minera; será, en fin, el centro alrededor del cual graviten todos los factores de la vida económica del país.

"Sin duda que es muy justificada la prudencia del Ejecutivo al intentar primero obtener el empréstito y después sentar las bases de la organización del banco único de emisión, pues que seguir un procedimiento distinto sería intentar organizar una institución que carecería de la fuerza esencial para su funcionamiento, que lo es el capital efectivo. Por otra parte, bien pudiera suceder que en la organización del propio Banco

se encontrara la garantía del capital que se propone contratar y, por consiguiente, el contrato de empréstito será uno de los elementos de organización de la institución de referencia.

"Por último, el Ejecutivo, en la parte final de su exposición, manifiesta que todo arreglo lo someterá a la consideración del Congreso antes de llevarlo a efecto; pero como, en nuestro sentir, pudiera objetarse que el proyecto de ley que consulta no lo expresa así con toda claridad, con el fin de prevenir objeciones nos permitimos hacer una modificación al mencionado proyecto, que tiende a su mayor claridad y que sometemos a vuestra consideración.

"El proyecto de ley de la parte relativa dice: "Pero cualesquiera arreglos que celebre, deberá someterlos al Congreso de la Unión, antes de que se lleven a cabo, para que éste los tome en consideración al estudiarse la ley de organización del Banco Único de Emisión;" y, en nuestro concepto, resaltará más el propósito del Ejecutivo, expresando que deberá someterlos al Congreso para su aprobación, a la vez que para que esta H. Asamblea pueda tomarlos en consideración al estudiar la Ley de Organización del Banco Único de Emisión.

"El Congreso da la autorización al Ejecutivo para verificar los arreglos preliminares; pero esto no implica la renuncia, de parte del Congreso, de la facultad que le otorga la fracción VIII del artículo 73 constitucional, facultad que importa al mismo tiempo un deber ineludible en relación con las altas funciones que le están encomendadas y cuya abdicación no sería justificable ante la Historia; por lo demás, como antes decimos, la exposición de motivos parece perfectamente clara a este respecto, y, a mayor abundamiento, las demás iniciativas de contratación de empréstitos enviadas últimamente por el Ejecutivo, expresan con toda claridad el propósito que tiene de someter a la aprobación del Congreso todo arreglo preliminar.

"En tal concepto, las Comisiones unidas, 1a. de Crédito Público y 2a. de Hacienda, opinan que es de concederse al Ejecutivo de la unión las facultades que solicita a fin de hacer los arreglos preliminares para la contratación de un empréstito hasta por la cantidad de cien millones de pesos oro, ya sea en el interior o en el exterior, destinados a la fundación del Banco Único de Emisión a que se refiere el artículo constitucional respectivo, sometiendo dichos arreglos previamente a la aprobación del Congreso, el que los tomará en consideración al estudiar la Ley Orgánica de la Institución de referencia y, por tanto, somete a la aprobación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo para conseguir, ya sea en el interior o en el exterior, un empréstito hasta por la cantidad de cien millones de pesos oro, destinados a la fundación del Banco Único de Emisión de la República Mexicana, y para estipular términos, condiciones de pago, etc., pero cualesquiera arreglos que celebre deberá someterlos al Congreso de la Unión para su aprobación, antes de que se lleven a cabo, a fin de que éste los tome en consideración al estudiarse la Ley de Organización del Banco Único de Emisión."

"Salón de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, julio 12 de 1917. - Alberto Román.- Vidal Garza Pérez.- J. Silva Herrera.- J. R. Padilla.- J. R. Basáñez."- Primera lectura, e imprimase.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"Por acuerdo de la H. Cámara fue turnado a la Comisión de Peticiones el ocurso que, con fecha 20 de junio último, eleva la señora Agustina Alcaraz viuda de García, pidiendo pensión por los servicios que prestó a la patria su difunto esposo, el mayor Luis García.

"Más tarde, la misma señora, dirigió un memorial a la Cámara, solicitando le sean devueltos los documentos que presentó y retirando su petición.

"La Comisión, después de estudiar el caso, llegó a la conclusión de que no existe impedimento legal para acceder a lo solicitado por la señora viuda de Alcaraz, teniéndose como insubsistente el ocurso que había presentado con anterioridad.

"Por tanto, somete a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"De conformidad con el ocurso de la señora Agustina Alcaraz viuda de García, de 9 del corriente, devuélvanse los documentos que presentó solicitando una pensión y quede insubsistente su petición de 20 de junio último."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 12 de julio de 1917.- J. López Lira.- Miguel Alonzo Romero."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

"Comisión de Estado, Departamento Interior.

"H. Asamblea:

"Fue turnada a esta Comisión de Estado, Departamento Interior, una solicitud del C. diputado Francisco J. Múgica, pidiendo le sea concedida una ampliación a su licencia hasta el día 15 del actual para finalizar el arreglo de sus asuntos políticos en el Estado de Michoacán.

"Esta Comisión, en vista de las razones que expone el C. diputado Múgica en su escrito, estima conveniente le sea concedida dicha ampliación y somete a la deliberación de la H. Cámara, la siguiente proposición:

"Concédase al C. diputado Francisco J. Múgica, ampliación a la licencia de que disfruta, hasta el 15 del actual, sin goce de dietas."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, julio 11 de 1917.- Francisco Medina.- Flavio Pérez Gasga.- J. M. A. del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra?

El C. Gómez Emiliano: ¿Es con goce o sin goce de dietas?

- El mismo C. Secretario: Sin goce de dietas. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A esta Comisión fue turnado el memorial subscripto por veintisiete vecinos de Tapachula, Estado de Chiapas, en el que se protesta por los procedimientos que sigue la Agencia Forestal de aquella

población. Como los firmantes expresan en su memorial, que ya se dirigieron en los mismos términos al C. Gobernador del Estado y al C. Secretario del Despacho de Fomento, a quienes, de una manera más directa, compete el conocimiento de este asunto; sujetamos a la deliberación de Vuestra Soberanía el acuerdo económico que sigue:

"No ha lugar a lo solicitado por los CC. Manuel Chacón Cárdenas, José Adriano y veinticinco firmantes más, por no ser asunto de la competencia de esta Cámara."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 12 de julio de 1917.- J. López Lira.- Miguel Alonso Romero."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

"Comisión de Estado, Departamento Interior.- H. Cámara:

"A la Comisión de Estado, Departamento Interior, fue turnado un telegrama procedente de Mazatlán, del C. diputado Froylán C. Manjarrez, en que solicita la ampliación a la licencia que disfruta por el tiempo indispensable, mientras hay vapor para regresar a esta capital.

"Los subscriptos, miembros de la referida Comisión, consideramos innecesaria la prórroga a que se hace mención, por estar ya en ésta el interesado, y sometemos a la deliberación de esta H. Asamblea la siguiente proposición:

"Archívese este expediente, por encontrarse en esta capital el interesado."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, 11 de julio de 1917. - J. M. A. del Castillo.- Francisco Medina."

(Voces: ¡Ya está aquí!) Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

- El mismo C. Secretario: "Secretaría de Estado.- México.- Negocios Interiores. - Sección 1a.- Número 318.

"Tengo el honor de poner en conocimiento de esa H. Cámara de Diputados, que con fecha 9 del presente mes, el C. Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se sirvió nombrar Gobernador provisional del Estado de Tamaulipas, al C. general Alfredo Ricaut.

"Reitero a ustedes mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.- México, julio 10 de 1917.- El Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho del Interior, Aguirre Berlanga. (Rúbrica.)

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes."

El trámite de la Mesa, es: "De enterado."

El C. Chapa: Reclamo el trámite, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: El nombramiento.....(Voces: ¡Tribuna, tribuna!) Señores diputados: El nombramiento de un Gobernador hecho por el Presidente de la República en esta forma, es perfectamente anticonstitucional. (Aplausos y voces: ¡Muy bien!) Yo suplico a la Secretaría dé lectura a una proposición que presentamos dos diputados de Tamaulipas esta mañana y con la que se iba a dar cuenta en la sesión de esta tarde.

El C. Secretario Mata: La Mesa debe decir que tiene en cartera el oficio del C. Chapa. El oficio dice así:

"H. Asamblea:

"Atentamente pedimos a Vuestra Soberanía que, con dispensa de todo trámite, se apruebe la siguiente proposición:

"Interpélense al Ejecutivo para que informe a esta H. Cámara de Diputados, por conducto de uno de sus Secretarios de Estado, acerca de los hechos siguientes:

"1º. Si es verdad que acaba de ser nombrado, por el señor Presidente de la República, Gobernador interino del Estado de Tamaulipas, el C. general Alfredo Ricaut.

"2º. En caso afirmativo, que se sirva informar el propio Ejecutivo con qué facultades hizo este nombramiento."

"Salón de Sesiones, julio 12 de 1917.- Pedro A. Chapa.- 1er. distrito electoral de Tamaulipas.- Daniel S. Córdoba.- 2º. distrito electoral de Tamaulipas."

El C. Chapa: El caso que nos ocupa en esta ocasión es análogo al del Estado de Guerrero; solamente que en aquel caso se trataba de un Secretario de Gobierno que tomaba el cargo de Gobernador, mientras el Gobernador salía a batir fuerzas rebeldes. La Cámara de Diputados aprobó una proposición de que se excitase al Senado para que cumpliese con la Constitución y nombrarse a los Gobernadores interinos de las ternas que presentase el Ejecutivo. El Senado contestó en una forma muy pusilánime. En el Senado pasa lo que aquí, señores.....(voces: ¡no, no!), solamente que con más fuerza. Ya ningún diputado puede tener una idea propia que sea un poco diferente a la del Ejecutivo, sin que se le diga que es un obstruccionista o un despechado. (Aplausos nutridos.) Igualmente, yo creo que tampoco hay derecho a llamar a un diputado cuyas ideas coincidan con las del Ejecutivo en algunos casos, incondicional o sea servil....

El C. Sánchez Tenorio, interrumpiendo: ¿Y cuándo coinciden sistemáticamente?

El C. Chapa, continuando: Cuando coinciden sistemáticamente entonces sí es un incondicional y un servil. (Aplausos.) Ahora bien, señores, la contestación del Senado es completamente pueril; se me ocurre a mí como cuando a un chiquillo a quien se le dice: "Enderézate la corbata," y contesta: "Me la enderezaré cuando me dé la gana." Y, en efecto, contesta el Senado que cumplirá con su deber cuando viniera el caso; pero no respondieron, no tuvieron una decisión diciendo por ejemplo que el Ejecutivo había tenido derecho para nombrar a los Gobernadores preconstitucionales y que éstos siguieran en sus funciones para que en caso de que se viese obligado a nombrar después del 1º. de mayo a un Gobernador, presentaría sus ternas al Senado; esto es lo razonable. Ahora bien, es incomprensible la actitud del Ejecutivo en este caso; por conveniencia propia hubiera podido presentar el nombre del general Ricaut y de otras personas de toda su confianza en una terna al Senado, y entonces el Senado decidiría quién era el Gobernador interino, y este Gobernador interino sería

constitucional, tendría mayor fuerza. Yo no vengo a hablar aquí en contra del general Ricaut, creo que es un general honrado que iría al Estado de Tamaulipas a cumplir con sus obligaciones, que sería completamente imparcial, puesto que dio muestras de imparcialidad en el Gobierno de Nuevo León durante las elecciones pasadas.

El C. Garza Pérez, interrumpiendo: Me consta.

El C. Chapa: Me merece todo respeto el general Ricaut; solamente vengo a defender una fórmula constitucional; después, señores, se pediría amparo, se desconocerían las elecciones que se han de verificar el 29 de este mes, y ya es penoso que, dado lo reñído de la contienda, vaya a haber desórdenes y muertos; pero más penoso sería que se declarase toda esa elección nula y que se volviese a hacer de nuevo. Quiero hacer presente a esta H. Asamblea que es la primera vez que vengo a protestar de las cosas que pasan en mi Estado; los únicos que protestan a diario son los clubs laristas, porque se ven perdidos completamente; nosotros no necesitamos de gobernadores benévolos a nuestro candidato, nosotros tenemos toda la opinión del pueblo tamaulipeco, que sabrá sacar avante, a pesar de todo, a su candidato popular. Nosotros no tenemos una imposición, señores diputados, aunque estoy seguro que en el caso del general Ricaut no sucedería, no trataría de hacer la imposición y no la tenemos porque, ¿figúrense ustedes!, habiendo en cada Municipio cincuenta o cien soldados a las órdenes de dicho general, en cambio hay dos o tres mil rancheros montados y armados! Así es que la imposición es imposible; pero pasando al caso que nos ocupa, debo decir que la proposición que sometemos a la aprobación de esta H. Asamblea está dentro de la ley. Solamente me voy a permitir suprimir la primera parte de la proposición, que dice: "Pregúntese al Ejecutivo si es verdad que acaba de ser nombrado por el C. Presidente de la República, Gobernador interino del Estado de Tamaulipas el general Alfredo Ricaut," puesto que el mismo Presidente acaba de dar parte de este nombramiento, y dejamos lo siguiente: "Que se sirva informar al propio ejecutivo con qué facultades hizo este nombramiento." Yo sé que van a venir oradores del contra a decirme que la Cámara de Diputados no tiene el derecho de interpelar al Ejecutivo, pero la constitución, el Reglamento en primer lugar en su artículo 56., dice: "Cuando un Secretario de Despacho sea llamado al mismo tiempo por ambas Cámaras, el Presidente de la República podrá acordar que concurra a la que crea más necesario o conveniente, y a la otra asistirá alguno de los otros Secretarios a quien designe para este objeto."

En este caso se llama al Secretario de Gobernación para que venga a informar a la Cámara. El artículo 93 constitucional dice: "Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el período de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos. Cualquiera de las Cámaras podrá citar a los Secretarios de Estado para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio relativo a su Secretaría."

El inciso II del artículo 77 constitucional dice que una de las facultades de la Cámara es comunicarse con la Cámara colegisladora y con el Ejecutivo de la Unión. Así es que yo me pongo al trámite de la Mesa y propongo en su lugar que se nombre una Comisión para que dé cuenta al Ejecutivo del acuerdo que se ha tomado en esta Cámara, de interpelarlo para que se sirva informar con qué facultades hizo el nombramiento de Gobernador interino del Estado de Tamaulipas a favor del C. general Alfredo Ricaut. Es necesario, señores diputados, que dejemos a un lado todas las banderías políticas, todos los partidos, todo el sectarismo de partido y unánimemente aprobarnos este acuerdo para que siente precedente. (Aplausos.)

El C. Secretario López Lira: ¿No hay quien pida la palabra sobre el trámite de la Mesa?

El C. Chapa: Para una aclaración. Para aclarar esto.....

- El mismo C. Secretario: La Mesa va a reformar el trámite.

El C. Chapa: Solicitamos solamente nosotros que el Ejecutivo informe, porque dicen algunas personas que toca al Senado decir si está bien o no está bien hecho el nombramiento; nosotros solicitamos solamente que informe el Ejecutivo con qué facultades, basado en qué artículo de la Constitución se ha hecho el nombramiento de Gobernador interino de Tamaulipas.

- El mismo C. Secretario: La Mesa, en vista de la objeción que ha hecho el C. Chapa, reforma su trámite cambiándolo por el siguiente: "Interpélese al Ejecutivo de la Unión....(Voces: ¿No, no!)

El C. Presidente: La Presidencia ordena que la Secretaría lea el trámite de la Mesa y después Sus Señorías pueden inscribirse en pro o en contra.

- El mismo C. Secretario :.... sobre los fundamentos constitucionales que tuvo para acordar el nombramiento de Gobernador de Tamaulipas, en favor del C. Alfredo Ricaut.

"El C. Hay: Moción de orden. ¿Cuál es el trámite que se le dio hace un momento ?

- El mismo C. Secretario volvió a leer el trámite.

El C. Hay: ¿Ese es el trámite? Pido la palabra en contra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C Hay: De acuerdo con el artículo constitucional correspondiente, la Cámara de Diputados tiene facultades para interpelar al Ejecutivo, llamando al Secretario que corresponda; pero vamos a suponer que el señor Secretario, o Subsecretario Encargado del Despacho del Interior viene a informar que precisamente el Ejecutivo hizo el nombramiento como el señor Chapa nos lo indica, y una vez que estemos informados, ¿qué hacemos si no tenemos facultades para nada? ¿Por qué razón? Yo me permito sugerir a los señores firmantes que tomen ese documento y se lo dirijan al Senado, porque el Senado puede interpelar al Ejecutivo. El Ejecutivo le puede informar, por conducto de la Secretaría correspondiente, y entonces el Senado ya puede tener una actuación directa. Nosotros no podemos tratar, no estamos facultados para hacerlo, y en esa forma los señores firmantes pueden realizar más rápidamente lo que desean, sin entorpecer las labores de la Cámara ni alargar indefinidamente la labor. No es que yo me oponga absolutamente a que se logren los deseos de los señores firmantes; precisamente es para facilitar la resolución

del asunto que nos han presentado aquí. Me permito interpelar al señor Chapa.

El C. Chapa: Con permiso de la Presidencia.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chapa: Nosotros deseamos saber cuál es el artículo en que se ha fundado el Ejecutivo para hacer este nombramiento. Deseamos que la Cámara se ilustre, pues probablemente existe un artículo en la Constitución que nosotros no conocemos. Así es que el trámite de la Mesa es correcto: se va a nombrar una Comisión que se acerque al Ejecutivo y le suplique mande al Secretario de Gobernación que venga a decir que con qué fundamento de ley se ha hecho este nombramiento.

El C. Hay: ¿Y por qué razón- yo me permito interpelar a Su Señoría -, suponiendo que nos da el artículo en que se fundó para hacer el nombramiento o que no hay ningún fundamento razonable ni legal, qué cosa podemos hacer en ese caso si no estamos facultados para hacer nada? Tenemos que recurrir entonces al Senado de todos modos. ¿Y por qué ir por ese camino? Yo propongo esto, porque me parece más práctico: que los señores firmantes se dirijan directamente al Senado para que el Senado haga la interpelación correspondiente. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Neri.

El C. Neri: Señores diputados: El C. diputado Chapa ha sido bastante explícito y claro para explicar a la Asamblea que sólo desea saber juntamente con la Asamblea, en qué artículo constitucional se ha fundado el Ejecutivo para nombrar un Gobernador dentro del período constitucional. Hay antecedentes parlamentarios, señores diputados, en el sentido de que siempre que se tenga sospechas de violación flagrante a la Constitución, de que siempre que haya un asunto de interés público, de que siempre que haya alguna cuestión de interés para la Patria, la Cámara de Diputados debe tener conocimiento de ese asunto o de esa cuestión, para que esa misma Cámara de Diputados sepa a qué atenerse. Cuando se disolvió la Legislatura del Estado de Querétaro se dio el caso de que se le interpelara al Ejecutivo, quien informó, por conducto del Ministro de Gobernación de aquella época, de los motivos que había tenido para disolver esa Cámara. Ahora se trata de un Gobernador que acaba de ser nombrado dentro del período constitucional; pueda ser que el Ejecutivo haya tenido razón para nombrar a este Gobernador; pero yo, el señor Chapa y muchos de la Cámara, no sabemos si realmente el Ejecutivo ha tenido razón para nombrarlo; puede ser que buscando en la Constitución se encuentre algún precepto o buscando en medio de los razonamientos jurídicos se encuentre alguna razón que dé al Ejecutivo facultades para nombrar a ese Gobernador; eso queremos saber, si el Ejecutivo tuvo razón para nombrar a ese Gobernador; muy bien, demos el trámite de enterado de esto; pero si no sabemos que el Ejecutivo tuvo razón o facultades para nombrar a ese Gobernador, ¿por qué razón la Cámara no va a preguntar al Ejecutivo qué razón tuvo para hacer ese nombramiento? Es lo único que se puede hacer; está bien dado el trámite de la Mesa. Por lo demás, la forma para entenderse con el Ejecutivo ya la sabemos; si la Asamblea aprueba este trámite irá una Comisión a comunicarle al Ejecutivo que la Cámara de Diputados desea saber qué razones ha tenido para hacer el nombramiento del Gobernador provisional del Estado de Tamaulipas.

Este caso es enteramente sencillo, yo entiendo que el trámite de la Mesa es enteramente correcto. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C de la Torre Jesús.

El C. de la Torre: Señores diputados: El artículo constitucional que se refiere a que el Presidente de la República haga los nombramientos de los Gobernadores de los Estados, se refiere única y exclusivamente para cuando hayan desaparecido los poderes constitucionales de un Estado; yo creo que en el Estado de Tamaulipas no había tales poderes constitucionales. (Voces: ¡No, no!) - El C. Chapa: ¿Cómo no ?

El C. de la Torre Jesús: Seguro que no habían sido electos constitucionalmente, habían sido nombrados por el Presidente de la República; pero no habían sido electos....

El C. Chapa: En 1913 desaparecieron los poderes....

El C. de la Torre Jesús: .....esto mismo prueba que no los había. De manera que no es el caso de que el Presidente de la república se sujete a la fracción V del artículo 76 constitucional. Yo creo que no tiene razón la Cámara de interpelar al Presidente de la República, puesto que la Constitución no tiene ningún artículo que le prohiba nombrar un Gobernador en estas condiciones cuando sea necesario.....

El C. Manjarrez, interrumpiendo: Pido la palabra para una interpelación.

El C. de la Torre Jesús: Diga usted.

El C. Manjarrez: Pido la palabra para una interpelación; el orador lo consiente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manjarrez.

El C. Manjarrez: Ruego atentamente al orador se sirva explicarnos si hay o no poderes constitucionales en el Estado de Tamaulipas.

El C. de la Torre Jesús: Yo creo que no, porque desde el momento en que no ha habido elecciones....

El C. Manjarrez, interrumpiendo: Luego entonces han desaparecido los poderes.

El C. de la Torre Jesús: Antes del período en que funge el señor don Venustiano Carranza como Presidente de la República.... (Voces y murmullos.) Bueno, de todas maneras yo creo que no hay razón para interpelar al Presidente de la República en este caso.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en pro, el C. Aguirre Escobar.

El C. Aguirre Escobar: Señores diputados: Nunca había sido el trámite de la Mesa más justo, más equitativo que el que se acaba de dar. Si desgraciadamente tenemos una Constitución que en el orden político constituye en una nulidad completa a la Representación Nacional, al Poder Legislativo. ¿por qué razón vamos a renunciar al único derecho que nos queda, al derecho individual, al derecho que, como ciudadanos, tenemos en esta Asamblea, ya que como diputados no servimos para nada? (Risas.) El trámite de la Mesa es simple y sencillamente hacer una pregunta al Ejecutivo,

decirle en virtud de qué precepto constitucional ha hecho el nombramiento de Gobernador de un Estado, y vienen los señores del contra, viene mi estimado amigo el señor general Hay a decir que no estamos conformes. Yo bien lo sé que como diputado, y conmigo todos ustedes, después de nuestras funciones legislativas en este Congreso no servimos para el Ejecutivo más que como grupo consultivo para casos de necesidad, cuando la Patria se vea en peligro, para venir a consultar entonces nuestra opinión para hundir o para salvar a la Patria; para eso servimos nosotros, y malamente hemos consignado en la Constitución que está dividida en tres poderes la Representación del Poder Federal de la República; no es cierto, tiene poderes la Suprema Corte como representante del Poder Judicial, tiene poder en demasía el Poder Ejecutivo, y nosotros, señores, ¿en dónde radica nuestro poder? ¿Qué hacemos nosotros? ¿Para qué servimos? (Voces: ¡Para nada! ¡Para ganar los veinte pesos! ¿Para cobrar las decenas!) Vamos al caso a debate. ¿No creen ustedes que los constituyentes de Querétaro no hayan tenido noción de esto, no se hayan dado cuenta de esto desde la época aquella en que tuvimos el honor de formar parte de aquel Congreso? No, señores, fuimos allí y conscientes de esta falta, conscientes de esta anomalía, firmamos la Constitución de 1916 - 17; no pudimos hacerlo de otra manera, señores, toda vez que los hombres que fuimos a formar parte de aquel Congreso no teníamos más que una condición: ser revolucionarios y ser honrados; pero íbamos allí convocados por un grupo de pérfidos, por un grupo encabezado por José Natividad Macías, empeñados en hacer una Constitución en sesenta días. (Aplausos.) Por tal razón, cuando se viene un trámite de esta naturaleza, el Ejecutivo, con todo ese inmenso poder que nosotros le hemos dado en la Constitución de 1916 - 17, nos habla encaramado allá en la cúspide donde está colocado por su poder y nos habla a nosotros, a los de abajo, a los infelices que no tenemos el derecho de acción, más que el derecho de hablar aquí y que nadie nos oiga, porque no nos oyen más que esos cuantos individuos que están allí (señalando las tribunas), y que ojalá que ellos pudieran hacer que su voz llegara a las lindes de la República para que vieran que estamos dentro de una dictadura constitucional y malamente de un poder representativo de tres poderes. (Aplausos y siseos.) Yo no acepto el trámite como una imposición al Ejecutivo; yo no acepto el trámite como tratando de un poder a otro, porque yo sé muy bien que el Poder Legislativo en México no existe, es decir, como poder de acción, como poder que pueda disponer de una fuerza para hacer respetar sus derechos; pero sí apoyo el trámite como la representación de la dignidad individual de cada diputado, diciéndole al Ejecutivo: "¿Con qué derecho pisoteas la Constitución, toda vez que en el Estado de Tamaulipas no existe, porque así le consta a la Nación, un poder constitucional que pueda estar fundado en la actual Constitución?" Y si ha dejado de existir: "¿Con qué derecho te abrogas los derechos que sólo corresponden al Senado de la República?" En este sentido y solamente en esa manera de ver las cosas, es como apoyo el trámite de la Mesa: que se diga al Ejecutivo, no por medio de un oficio, no, señores, que se diga al Ejecutivo por medio de una Comisión, que la Representación Nacional, que los individuos que están representado aquí al pueblo de la Nación, van allí, pues de rodillas no, señores, porque es indigno de un mexicano ir a presentarse de rodillas ante nadie, sino que un grupo de individuos que están alojados en la casa que forma esquina con las calles del Factor y Donceles, le pide a usted, señor, como ciudadanos, no como Congreso, se sirva decirnos en virtud de qué preceptos, de qué principios ha nombrado usted Gobernador para el Estado de Tamaulipas. (Aplausos.) Es una triste irrisión que nosotros estemos aquí diciendo que somos un poder de la Nación. ¿Qué podemos hacer nosotros, señores, si hasta para mandar una Comisión al Ejecutivo hay individuos que se vienen a oponer aquí? ¿Cuál es esa virilidad? ¿Para qué servimos nosotros, señores? Es triste y vergonzoso que un país que blasona de libre, un país que en la reputación internacional está tan alto, vengamos a dar un espectáculo como el que estamos dando aquí, de infelices. Yo guardo para el Ejecutivo el mayor respeto que se puede, porque su labor como constitucionalista, como defensor de la nacionalidad y como defensor de la reputación de México en el concierto universal, ha puesto el nombre de México muy alto; pero en el orden interno, señores, no puedo decir lo mismo. Así es que, dado el mal causado, dado que estamos en un período en que no existen más que dos poderes en la República que son el Judicial y el Ejecutivo, yo pido que la congregación de hombres que estamos aquí y que no somos más que diputados para legislar y para servir de consultores cuando el Ejecutivo lo necesite en un período crítico de la vida nacional, siquiera como hombres, como ciudadanos de la República, autoricemos que vaya una Comisión a decirle al Ejecutivo en virtud de qué facultades ha nombrado a un Gobernador para el Estado de Tamaulipas. (Aplausos.)

El C. Hay: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Señores: El compañero Aguirre Escobar ha dicho que estamos en un período de dictadura constitucional, muy cierto, señores diputados. ¿Pero quién tiene la culpa de esto si no el Congreso Constituyente? (Aplausos.) ¿Por qué razón si el Congreso Constituyente estableció una dictadura constitucional con carácter de provisional, con carácter de temporal, con carácter de momentánea, si se quiere llamarla así, ¿por qué razón se ha constituido eso, ha actuado en esa forma el Congreso Constituyente y nos impone esa forma de Gobierno temporal? ¿por qué razón se nos exige ahora que nos salgamos de la Constitución que nos tiene marcado este procedimiento? Yo lo único que quiero es que nos apeguemos a la Constitución y la Constitución no nos da en estos momentos facultades para interpelar al Ejecutivo sobre este asunto. Quiero aceptar que nos dé las facultades para interpelarlo; pero viene el Ejecutivo, nos informa, por conducto de su Secretario correspondiente, y nos dice que ha violado la ley, ¿y qué le vamos a hacer nosotros? Absolutamente nada; de acuerdo con la Constitución, señor Chapa, no podemos hacer nada; lo que podemos hacer es dirigirnos al Senado

y decirle que obre de acuerdo con las facultades que el Congreso Constituyente le dio mediante esta misma Constitución; por lo tanto, nosotros nos salimos de nuestra esfera de acción si para este asunto nos dirigimos al Ejecutivo; lº lo que debemos hacer es dirigirnos al Senado preguntándole con qué facultades el Ejecutivo hizo ese nombramiento; el Senado entonces se dirigirá al Ejecutivo de acuerdo con la Constitución, porque es de las facultades exclusivas del Senado este asunto, porque estamos en un período de tiranía constitucional, sí, señores, y esta tiranía constitucional tendrá que subsistir mientras subsista el período extraordinario en que nos encontramos en este momento. Por lo tanto, si estamos en estas condiciones, yo acepto perfectamente y yo firmaría esa interpelación con los señores diputados, si se hiciera en la debida forma, es decir, preguntar al Senado que diga por que razón ha permitido que se viole la Constitución, si es que se ha violado; preguntando al Senado en qué cree que se ha basado el Ejecutivo para hacer ese nombramiento, y ya el Senado, que tiene facultades en este asunto, parece, de acuerdo con el artículo 76 en su fracción V, ya al Senado le corresponde preguntar al Ejecutivo el por qué ha nombrado un Gobernador sin someter al Senado previamente la terna correspondiente. En esta forma no nos habremos salido de la Constitución. Nos lamentamos, como se lamentan todos, de que el Congreso Constituyente nos haya dejado un período por el cual actualmente atravesamos. El Senado puede llenar perfectamente los requisitos todos que Su Señoría exige; puede contestar, y si acaso no puede contestar, puede interpelar al Presidente de la República, al Ejecutivo, y, entonces, puede obrar, puede actuar; pero, ¿de qué sirve que a nosotros nos contesten, si de todos modos, en caso de que nos conteste el Ejecutivo que ha violado la ley, no tenemos otro remedio que dirigirnos al Senado?

El C. Córdoba, interrumpiendo: ¡Entonces nos retiramos!.....

El C. Hay, continuando: No tenemos facultades ni siquiera para eso, porque este artículo no está violando nada que corresponda a la Cámara de Diputados. Corresponde y compete única y exclusivamente al Senado, y el Senado es el que tiene que cumplir en este asunto, y por eso, atentamente, como de Poder a Poder, nos dirigimos a él, porque el hecho de que nosotros seamos un Poder, no quiere decir que podamos hacer todo absolutamente. Nuestra potencialidad es limitada, nuestra actuación es limitada, y tan tiránico sería el Ejecutivo en hacer un nombramiento que no esté de acuerdo con la ley, como nosotros con pretender hacer cosas que no estén de acuerdo con la ley. Si nosotros queremos exigir al Ejecutivo que se apegue a la ley, apeguémonos nosotros a ella, ¿y cómo podemos? Por los conductos que he indicado: que el grupo de diputados que lo desee o la misma Cámara -acepto yo que lo haga la Cámara -, que la Cámara se dirija al Senado pidiéndole que investigue el por qué de ese nombramiento, en qué se fundó el Ejecutivo para hacerlo. Entonces el Senado interpelará al Ejecutivo, y una vez que haya tenido la contestación, el Senado nos podrá contestar a nosotros, y fíjense ustedes, señores diputados, que no quiere decir esto que considere que no tengamos derecho para interpelar al Ejecutivo, lo tenemos amplísimo; pero para este asunto es innecesario, es inútil, y yo creo que una Cámara seria no debe hacer nunca cosas innecesarias ni cosas inútiles; debemos seguir la ley en una forma que sea conveniente para los intereses del pueblo; el interpelar al Ejecutivo y hacer que nos conteste por medio de su Secretario encargado del Despacho del Interior, no beneficia en nada al pueblo; pero dirigirnos al Senado y obligar o invitar al Senado a que actúe en la forma que le corresponde, de acuerdo con la Constitución, eso sí puede traer beneficios directos para el pueblo, es decir, para el Estado de Tamaulipas; es por eso por lo que yo me permito votar en contra del trámite de la Mesa, porque creo que es innecesario obrar en esta forma, y porque más fácilmente podemos llegar al objeto que deseamos por conducto del Senado.(Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Martínez de Escobar.

El C. Martínez de Escobar: Honorable Asamblea: Las Cámaras que no respiran un ambiente de libertad, son como los hombres que carecen de virilidad: inservibles. Esta tribuna, señores diputados: es la más alta, la más elevada de las tribunas públicas, puesto que es la tribuna popular dignificada y ennoblecida por medio de una representación que constituye la Cámara de Diputados, representando inmediata y directamente al pueblo mexicano. Yo creo, señores diputados, que el venir aquí el señor general Hay, mi distinguido y respetable amigo, al decir que nos dirijamos primero a la Cámara de Senadores para que nos diga en virtud de qué se ha nombrado Gobernador provisional en el Estado de Tamaulipas, yo creo, estoy seguro que ha sido más bien una ironía finísima, un sarcasmo agudo y una burla penetrante del señor Hay a la Cámara de Senadores.....

El C. Hay, interrumpiendo: No, señor.

El C. Martínez de Escobar: Si no es así, así tenemos, señores diputados, que tomar nosotros esas palabras honradas y sinceras del diputado Hay, porque una dolorosa experiencia, dolorosa para los hombres que sí sienten un potentísimo impulso de libertad en todo su ser íntimo, porque sí tenemos nosotros por medio de una dolorosa experiencia, el conocimiento perfecto de que aquella Cámara de Senadores no representa absolutamente nada que pueda tener un pequeñísimo perfume a Revolución. (Aplausos y siseos.) Nos ha venido demostrando la Cámara de Senadores en cada uno de sus actos, que allá está condensada la Reacción dentro de la Revolución, y estamos demostrando los diputados que aquí, en cada uno de nosotros, está perfectamente integrada la Revolución en el campo de las ideas sociales y muy particularmente políticas. Yo fui el que aquí, en esta Cámara, presentó la iniciativa, hace poco más o menos dos meses, diciendo que se invitara a la Cámara de Senadores a efecto de que declarara que era llegado el caso de que habían desaparecido los poderes constitucionales de los Estados y que lo declarara así para que pidiera inmediatamente las ternas a que se refiere la Constitución, al Presidente de la República. Y si allá, señores diputados, inmediatamente

se hubiera tratado esta cuestión, yo os aseguro que aquella iniciativa que unánimemente fue aprobada en esta Cámara, habría sido aprobada también, pero a los dos o tres días, porque dieron mucho tiempo para esa discusión, es indudable que aquellos señores senadores, quizá por aquel local estrecho, sombrío, lleno de tinieblas en que respiran esos señores senadores, y obedeciendo a un sentimiento añejo y a una idea enmohecida y pasada, se fueron acercando poco a poco a ver qué pensaba el Ejecutivo sobre esta cuestión, y luego, no votaron los señores senadores, sino sencillamente votó el Ejecutivo, porque en ese momento así le convenía votar. (Aplausos.) Esta es la verdad, señores, quieran que no quieran. Yo no vendré jamás a esta tribuna el día que la tribuna enmudezca, yo no vendré jamás a esta tribuna el día que no puedan decirse verdades, sin que esto signifique, bajo ningún concepto, obstrucción, pues ya vamos a demostrar a la Cámara, el señor licenciado Acuña, uno de los hombres que ha sido más escarnecido por esa prensa vilipendiada, que se le ha dicho obstruccionista, y otro que tiene el honor de ser miembro del Partido Liberal Constitucionalista, vamos a presentar un dictamen de una manera inmediata y directa, de acuerdo con el Ejecutivo en un asunto de trascendencia importantísima, porque en este caso el Ejecutivo está enteramente identificado con el movimiento revolucionario, pero cuando se presenta un caso en el que el Ejecutivo no está íntimamente fusionado con el movimiento revolucionario, no es obstrucción ni oposición, sino sencillamente dar desahogo al sentimiento revolucionario que aun está palpitante en la atmósfera nacional. ¿Cómo, señores diputados, vamos a dirigirnos al Senado, puesto que nos contestó ya el Senado que él cumpliría cuando lo creyera conveniente, con el artículo constitucional y en los casos particulares que se le fueran presentando? ¿Para qué vamos a hacer una labor estéril? ¿Para qué nos vamos a dirigir al Senado? ¿Qué nos va a contestar el Senado? Lo que nos contestó hace poco; por lo menos, que se diga que en los anales parlamentarios de esta Cámara, que en esta Legislatura por lo menos, en esta Legislatura sí hubo hombres que supieron sentir y pensar libremente; de manera que debemos dirigirnos, supuesto que la Cámara de Senadores no supo cumplir con su deber, debemos dirigirnos directamente al Presidente de la República, a quien todos respetamos y queremos, y por lo mismo queremos que respete la Constitución; debemos dirigirnos al Presidente de la República para preguntarle: "¿En virtud de qué facultades habéis nombrado al señor X para Gobernador provisional de tal Estado?" ¿Por qué dice el señor Hay que no tenemos facultad para ello? Le echa la culpa al Congreso Constituyente. No, señor, está usted equivocado, demasiado hicimos en el Congreso Constituyente los que allí acudimos, y por ningún motivo, y bajo ningún concepto, leyendo todas las páginas que integran el Diario de los Debates, puede encontrarse que se prohibió a esta Cámara y en este período el que podamos dirigirnos al Presidente de la República, preguntándole en virtud de qué facultades hizo este nombramiento. Yo no encuentro prohibición de ninguna especie, no era necesario ni indispensable que se consignara un artículo especial en la Constitución para cada caso, en todos los actos que se vengan suscitando en la vida política y social de un pueblo; se presentan multitud de casos que no puede prever la conciencia del legislador, y para esto están las Cámaras. Se me dirá: ¿qué artículo de la Constitución es el que faculta a ustedes para que se dirigían al ejecutivo? existe un artículo, creo que el 93 de la Constitución, que se refiere a las interpelaciones que puede hacer la Cámara al Ejecutivo o directamente a los secretario de estado; pero suponiendo que no existiera ese artículo, ¿qué, no tenemos nosotros históricamente el conocimiento de que multitud de veces, a través de las anales parlamentarios de la República Mexicana, ha interpelado la Cámara de Diputados al Ejecutivo, y el Ejecutivo ha enviado a uno de sus Ministros para que conteste esa interpelación? ¿Qué clase de régimen es el régimen que reina entre nosotros?

Se me dirá que no es el régimen parlamentario, que es el único en el que están obligados los ministros a ir directamente a la Cámara de Diputados a contestar. Pues tampoco es, señores diputados, entre nosotros, el régimen netamente presidencial. Quiero que se alcen algunos individuos aquí y me digan que estoy diciendo una mentira, que aquí no es un régimen presidencial el que existe entre nosotros, ni es un régimen netamente parlamentario, es un régimen semi - parlamentario, y semi - presidencial. Nosotros no tenemos el régimen que existe en los Estados Unidos, que es el régimen presidencial en que nunca las Cámaras pueden comunicarse con los Ministros, ni los Ministros tienen en el seno de la Asamblea una discusión con los diputados. Siempre las Cámaras se dirigen directamente al presidente, y éste es el que por escrito contesta a las Cámaras. Cuando hay necesidad de ponerse en contacto con un secretario de Estado o recíprocamente, que un secretario quiere saber algo de las Cámaras, siempre se hace por un conducto del Presidente. Entre nosotros ya hemos visto que aquí, constantemente, ya en la época del señor Madero, ya en todas las épocas pasadas, aun en la época del mismo dictador, en que sólo había aquí, como decía un diputado en el Congreso Constituyente, "una asamblea de perros mudos," hay antecedentes relativos a esta cuestión, han venido a informar aquí los Secretarios de Estado cuando los ha interpretado la Cámara. ¿Por qué vamos a decir que no tenemos facultades para hacerlo en virtud de que no existe un texto expreso, un texto escrito que así lo mande, que así lo ordene? (Voces: ¡Sí existe!) A pesar de que se me dice que sí existe, yo creo que no es aplicable en este caso. Indudablemente no lo es, pero de ninguna manera apruebo el que no podamos hacerlo en un caso como este; paro más arriba del texto rígido, del texto escueto, está la jurisprudencia parlamentaria a través de todos los congresos mexicanos que nos están gritando que sí tenemos facultades amplias para hacer aquello y que no se venga a decir aquí que estamos en sesiones extraordinarias y que no podemos hacer eso en un caso de trascendental importancia como este, que no puede ser previsto por el legislador. Por sentido común, por lógica natural, sí tenemos facultades y no vamos a estar hojeando tal página de la

Constitución, la palabra, el verbo, para ver si lo tenemos o no. En la conciencia de todos está que se ha nombrado un Gobernador, que con ese nombramiento se ha infringido y se ha violado la Constitución de la República, que el Senado, cobardemente, cobardemente - escuchad bien -, no hace caso de los mandatos de la ley, sino de los mandatos única y exclusivamente del Ejecutivo. Si, pues, tenemos todos esos hechos, entonces, ¿qué le queda al pueblo mexicano? Para que se vea que hay hombres que todavía sienten hondamente en su fuero interno la Revolución y que exteriorizan sentimiento por medio de sus actos externos en la Cámara; que la Cámara de Diputados obra con dignidad y constitucionalmente, aunque no exista ese texto expreso, ese texto rígido que raquíticamente quieren hacer valer aquí algunos señores diputados. Yo os invito, pues, señores diputados a que por todas esas consideraciones votéis todos de conformidad con la proposición del C. diputado Chapa, del C. Chapa que nunca ha venido aquí a hacer obstrucción al Ejecutivo, que no está haciendo oposición en estos momentos ni la estoy haciendo yo ni podríamos hacerla, porque, ¿cómo podríamos hacerla a un Gobierno que ha emanado de nuestra voluntad, si nosotros hemos ido a darle nuestro voto, si tendremos que ir con él, si lo sentimos de corazón y de cerebro? De manera que no puede existir esta idea en el cerebro de ninguno de los señores diputados. En cambio, será una gran desilusion y una gran desesperanza que por este temor de que se crea que se está haciendo obstrucción, llegaran ustedes, señores diputados, contra los sentimientos democráticos, contra las ideas revolucionarias, contra la actuación política honrada, que debemos tener los diputados para ser consecuentes con el voto que tantos y tantos ciudadanos han dado para venir a esta Cámara, si vosotros votáis en contra del C. Chapa, no habréis cumplido con vuestro deber, y entonces la Revolución es una mentira, entonces la Revolución no existiría, demostremos que sí existe la Revolución y que existen hombres dispuestos a hacer que la Revolución satisfaga todas y cada una de nuestra necesidades. Si la Constitución se viola, si no hacemos siquiera algo para que no se viole, por lo menos que conste que los diputados hemos cumplido con nuestro deber, aunque esos señores senadores no la estén cumpliendo, como no cumplen con su deber. Yo pido un voto aprobatorio y estoy seguro que así serán los dictados de vuestra conciencia y las palpitaciones de vuestra alma. (Aplausos.)

El C. Hay: Para unas aclaraciones que son pertinentes al asunto.

El C. Presidente: Tiene la palabra.

El C. Hay: El señor compañero Martínez de Escobar cree sin duda que yo expresé la idea o asenté la teoría de que no tenemos derecho para interpelar al Ejecutivo. Muy lejos estoy de pensar eso, señores diputados, yo he dicho que tenemos derecho para interpelar al Ejecutivo; pero que la interpelación en este caso no conduce a nada efectivo, porque la interpelación debe hacerse al Senado; si el Senado, por otro lado, no cumple, ya entonces sabremos nosotros hacer una queja en la debida forma y protestar en la forma que se considere más conveniente en contra de la falta de cumplimiento del Senado. El hecho que asienta el señor Martínez de Escobar, el hecho de que el Senado en otras ocasiones no haya cumplido con su deber, no nos da el derecho para juzgar de antemano que en esta ocasión no va a cumplir con su deber, porque eso sería tanto como ignorar por completo en el futuro todas nuestra relaciones con el Senado, porque ya de antemano damos por sentado que el Senado no va a cumplir con su deber; si lo interpelamos y no obra de acuerdo con la ley, entonces ya tendremos derecho, y yo seré uno de los que hagan cargos al Senado, porque el compañero Martínez Escobar recordará que hace algunos días, y por una cosa de menor importancia que esto, no me mordí la lengua para decir a algunos señores senadores que no cumplieron con su deber al no asistir puntualmente a la cita. Nosotros, según dice el señor Martínez Escobar, debemos de cumplir con nuestro deber, eso es lo que quiero, que cumplamos con nuestro deber, que hagamos esto de acuerdo con nuestro deber y de acuerdo con la Constitución, que interpelemos al Senado, y que después de actuar ya estaremos nosotros para aplaudir o censurar su actuación; pero yo lo que pido es que no nos salgamos de nuestro deber y que no lo abandonemos; que sigamos la ley en debida forma, porque de otra manera seria violar esa Constitución que, aunque yo no firmé allá en Querétaro, si estoy perfectamente dispuesto y deseoso de sostener y de apoyar en todo y por todo. Precisamente por esa Constitución que yo respeto - y, entre paréntesis, una Constitución hecha por compañeros a quienes aprecio mucho -, y admitiendo que ha sido una labor muy bella, una labor extraordinaria, teniendo en cuenta el tiempo tan pequeño, tan insignificante que tuvieron para poder hacer una obra como esta, no quiere decir esto, por otro lado, que yo no pueda permitirme el hacer una crítica, porque no están bien definidos o que no están de acuerdo con los principios netamente revolucionarios, y en eso, estoy seguro de que están de acuerdo algunos constituyentes y serán los primeros en procurar modificarla cuando llegue el tiempo; pero, en general, la Constitución dada merece nuestra admiración. No es una crítica, por lo tanto, general a la Constitución, a los constituyentes, tan no es eso, que yo soy el primero en pedir que se observe al pie de la letra y es todo lo que yo vengo a pedir a ustedes, señores diputados.

El C. Secretario López Lira: Habiendo hablado en contra los CC. Hay, dos veces.....(voces: ¡Tres veces!), Jesús de la Torre, en pro, y además los CC. Neri, Aguirre Escobar y Martínez de Escobar.....(Voces: ¿Quiénes faltan?) Están inscriptos los CC. Córdoba y Cienfuegos en pro, los CC. Blancarte, García Jonás, Cravioto y Parra en contra. Teniendo en cuenta el artículo 20 del Reglamento, que expresa que cuando se trate de trámites de la Mesa pueden hablar solamente dos oradores en pro y dos en contra, que no obstante esto, la Mesa ha concedido un turno más a dos señores diputados, se pregunta a la Asamblea si considera suficiente discutido el trámite de la Mesa. En votación económica, los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Está suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba el trámite de la Mesa. Los

que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Voces: ¡No, no, votación nominal!)

El C. Córdoba Daniel S.: Pido votación nominal. (Voces: ¡No, no!) Hay más de siete ciudadanos que me apoyan.

- El mismo C. Secretario: En votación nominal se pregunta si se aprueba el trámite de la Mesa, que dice: "Interpélese al Ejecutivo de la Unión sobre los fundamentos constitucionales que tuvo para acordar el nombramiento de Gobernador de Tamaulipas, en favor del C. Alfredo Ricaut."

El C. Prosecretario Ancona Albertos: El trámite que se va a votar es el siguiente: (leyó.)

Se procede a la votación nominal.

(Comienza la votación.)

El C. Prosecretario Villarreal, durante la votación: Conforme al Reglamento, la Presidencia ordena que diga a los señores diputados que tienen la obligación de levantarse y dar su nombre.

(Continúa la votación.)

- El mismo C. Prosecretario: Votaron por la negativa los CC. diputados siguientes: Aguilar, Aguirre Berlanga, Alejandre, Alvarez del Castillo, Araujo, Arlanzón, Avendaño, Avilés, Bandera y Mata, Barragán Juan Francisco, Barragán Martín, Barrera, Bello, Benítez, Betancourt, Blancarte, Breceda, Cano, Cárdenas, Carrillo Eduardo S., Carrillo Iturriaga, Córdova, Cravioto, Cristiani, Dávalos Ornelas, Díaz González, Domínguez, Dyer, Escudero, Fentanes, Gaitán, Gámez Gustavo, Gámez Ramón, García Jonás, García Salvador Gonzalo, Gómez S. Emiliano, González Casimiro, González Marciano, González Torres, Guerrero, Gutiérrez Antonio, Hay, Hernández Garibay, Hernández Jerónimo, Hernández Luis M., Lanz Galera, Lechuga, Val, Leyzaola, López F. Ricardo, Manrique, Mariel, Márquez Josafat, Martín del Campo, Mata Luis I., Medina Francisco, Medina Juan, Méndez, Meneses, Moctezuma, Ortega José M., Ortega Rafael, Ortiz, Otero, Padilla, Paredes Colín, Parra, Pedroza, Pérez Brambila, Pesqueira, Pruneda, Ramírez Genaro, Ramírez Llaca, Rebolledo, Robles Domínguez, Rocha, Rosas, Sánchez Pontón, Silva Jesús, Soto, Suárez, Téllez Escudero, Torre Jesús de la, Torre José D., Treviño, Uruñuela, Velásquez, Ventura, Villarreal Jesús J., Villaseñor y Zavala.

El C. Bravo Izquierdo: Reclamo mi voto, que fue por la negativa y no consta mi nombre allí. (Voces: ¿Cuántos fueron los votos?)

El C. Prosecretario Villarreal: Un momento. Al final de la lista se dará la votación de la afirmativa y de la negativa.

El C. Secretario López Lira: Votaron por la afirmativa.....

El C. Silva Herrera: Pido la palabra. Falta mi voto por la negativa.

- El mismo C. Secretario: No estaba usted aquí, señor.

El C. Prosecretario Villarreal: ¿Estaba usted dentro del salón de la Cámara? - El C. Silva Herrera: Estaba yo en el salón verde. (Voces: ¡Ah, ah!)

El C. Secretario López Lira: Señor diputado Silva Herrera: La Mesa me ordena manifestar a usted que la interpretación del Reglamento fue que no se admitiera ningún voto después del de el C. Presidente.

El C. Silva Herrera: Estaba trabajando en una Comisión. (Voces: ¡No le hace!)

- El mismo C. Secretario: Por eso anuncia la Secretaría las votaciones. Votaron por la afirmativa los siguientes CC. diputados: Acuña, Aguirre Colorado, Aguirre Crisóforo, Aguirre Escobar, Alonzo Romero, Ancona Albertos, Aranda, Arrazola, Arreola R., Aveleyra, Cámara, Campero, Cancino Gómez, Cienfuegos y Camus, Cisneros, Córdoba, Cruz, Curiel, Chapa, Echeverría, Esparza, Esquivel, Fernández Aurelio M., Fernández Martínez, Figueroa, Garza González, Garza Pérez, Gaxiola, González Justo, Hernández Ernesto, Hernández Maldonado, Ibarra, Jurado, Lailson Banuet, Leyva, Limón, Lizalde, López Ignacio, López Lira, López Miro, Magallón, Manjarrez, Márquez Rafael, Martínez de Escobar, Mata Filomeno, Mendoza, Montiel, Muñoz, Narro, Navarrete, Neri, Padrés, Pardo, Pérez Gasga, Pineda, Plank, Portillo, Ríos Landeros, Rivas, Rueda Magro, Ruiz Estrada, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sánchez Tenorio, Saucedo J. Concepción, Saucedo Salvador, Sepúlveda, Vadillo y Villarreal Filiberto C.

Votaron por la afirmativa 68 ciudadanos diputados.

El C. Prosecretario Villarreal: Por la negativa, 89. (Aplausos.)

El C. Secretario López Lira: Reprobado el trámite de la Mesa. La Mesa reforma su trámite en el sentido de darlo: "de enterado."

El C. Hay: Reclamo el trámite. Pido que el trámite se transcriba al Senado, para que el senado haga las averiguaciones correspondientes.

- El mismo C. Secretario: La Mesa sostiene su trámite. Las personas que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Hay.

El C. Hay: Señores diputados: Me opuse terminantemente al trámite de la Mesa, porque me parece improcedente en este caso particular hacer una interpelación al Ejecutivo sobre el asunto de que se trata; pero no es preciso que la Cámara abandone por completo los intereses nacionales, y digo por completo, porque en algunos casos no podemos ocuparnos de ellos directamente, pero sí lo podemos hacer indirectamente, nos podemos interesar por el Estado de Tamaulipas, indirectamente podemos y debemos naturalmente interesarnos por la legalidad del nombramiento del Gobernador actual, y por lo tanto, debemos de recurrir a los medios que estén a nuestro alcance, a los medios legales, a los medios que nos permite usar la Constitución vigente, y estos son: dirigirnos al Senado para que éste, a la mayor brevedad posible, haga la averiguación correspondiente, para que el Senado a la mayor brevedad posible dé los trámites necesarios a efecto de que el Ejecutivo haga el nombramiento de Gobernador según la ley lo manda. Con esto verán los señores diputados que, cuando uno viene a hablar en pro o en contra de un determinado dictamen, no lo hace uno con espíritu obstruccionista en algunos casos, ni de incondicional en otros. Yo aquí no soy más incondicional que con la ley, y, por tanto, pido yo que dentro de la ley y de acuerdo con los intereses del pueblo del

Estado de Tamaulipas, hagamos esa excitativa al Senado, pidiéndole que a la mayor brevedad posible dé los trámites necesarios a efecto de que dentro de un plazo muy corto, pueda haber un Gobernador en el Estado de Tamaulipas, que vigile la elección y que sea nombrado de acuerdo con la ley. (Voces: ¡Muy bien! y siseos. Varios CC. diputados piden la palabra. Campanilla.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado García Jonás.

El C. García Jonás: Señores diputados: Yo creo que el trámite que por segunda vez ha dado la Mesa es el justo y conveniente, toda vez que lo que los diputados, señores Chapa y Córdoba por Tamaulipas, proponen en contra de la actitud del Presidente de la República al nombrar al general Ricaut, Gobernador del Estado de Tamaulipas, creen ellos que era contrariar un precepto constitucional y para ello entiendo que se fijaban en la cláusula, en el inciso V del artículo 76, que dice: "Declarar cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado.."

¿Qué poderes constitucionales del Estado de Tamaulipas han desaparecido? (Voces: ¿Todos!) El señor Chapa y otros me decían hace un momento que desaparecieron los poderes constitucionales desde 1913. Está bien; pero en seguida se inició un período preconstitucional que todos conocemos y en el cual período preconstitucional, el jefe de la revolución tuvo el poder y el derecho de nombrar gobernadores en todos los Estados de la Federación.

El C. Córdoba, interrumpiendo: Pero ya como Presidente no.

El C. García Jonás: Debemos hacer notar que en ese período preconstitucional se satisficieron todas y cada una de las necesidades de todos los Estados de la República; si nosotros queremos ahora con esta Constitución que comenzó a tener efecto el 1º. de mayo, queremos remediar un estado de cosas en el Estado de Tamaulipas, un estado de cosas antiguo, podemos decir, del Estado de Tamaulipas, es querer darle a esta Constitución un efecto retroactivo y yo creo que esta cláusula V a que me he referido, tiene que ver con el período constitucional que ha comenzado de hecho el 1º. de mayo, cuando los Estados de la Federación hayan entrado en el régimen constitucional, cuando los Estados de la Federación todos hayan entrado en este período y se dé el caso una vez instalados, instituidos todos los poderes de esos Estados, que desaparezcan esos Estados, que desaparezcan esos poderes bien constituidos por elección popular y en virtud del apoyo que da esta Constitución, que hayan desaparecido por revuelta interior en alguna de esos Estados, entonces sí creo que tienen derecho de llamar y de pregonar los diputados de referencia ese artículo Constitucional para que esos poderes constituidos desaparecidos en tal o cual Estado sean substituidos, especialmente el Gobernador del Estado, por nombramiento que el Senado haga en virtud de una terna que presente al Ejecutivo, pero para el Estado de Tamaulipas no ha llegado el período constitucional con el cual tenga que ver este artículo constitucional. Por lo tanto, señores diputados, yo creo que está en lo justo el Presidente de la República....

El C. Córdoba Daniel S., interrumpiendo: Para una interpelación....

- El C. García Jonás, continuando:... cuando no hace otra cosa que substituir un Gobernador preconstitucional con otro que vaya a garantizar los intereses de las elecciones populares que están prestas a verificarse en aquel Estado. Por lo tanto, creo que debemos apoyar el trámite de la Mesa cuando se dá el aviso a esta H. Cámara de haber sido nombrado Gobernador de aquel Estado al general Ricaut en substitución del Gobernador preconstitucional, general Osuna. - El C. Córdoba Daniel S.: Para una interpelación al orador.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

(El orador no consintió en la interpelación.)

El C. Córdoba Daniel S.: Señores diputados: Cuando se ha tratado de chismes o de hacer bombo por algunos clubes de mi Estado, no he venido a esta tribuna porque no creo que esta tribuna parlamentaria se constituye en una vil tribuna de club. Ahora, señores, al venir a secundar el trámite de la Mesa, es porque siquiera nos quede ese derecho de llegar hasta el Senado con nuestra proposición. En Tamaulipas, en tiempo de Huerta cogió más incremento la revolución cuando llegó un Gobernador extraño al Estado, Rábago. Ahora que fue Gregorio Osuna, que aunque es del Estado de Tamaulipas siempre había estado alejado de él, estaban completamente descontentos todos los habitantes de allá porque creían que era extraño a nuestro Estado; pasivamente puede decirse, que lo habían estado soportando por tanto tiempo, pero, en fin, era de nuestro Estado. Ahora va el general Ricaut, él no es de nuestro Estado, y, señores, los tamaulipecos, como quizás todos los demás de los Estados, tenemos un sentimiento localista bien entendido y no queremos en ningún sentido tener un Gobernador extraño a nuestro Estado. De allí que venga yo a levantar mi protesta contra ese Gobernador. Por otra parte, y esto lo dije ante el Presidente de la República, es un fenómeno extraño, en mi Estado casi todos los empleados federales, los de la Aduana, los de Correos, los de inmigración, desde Laredo hasta Reynosa, y lo digo porque he andado allí, todos están a favor del general López de Lara, es un fenómeno extraño que no me puedo explicar; así lo dije al Presidente de la República y así lo doy a conocer ante la Representación Nacional. Ahora argumentaban algunos partidarios del general César López de Lara, y hasta el mismo Presidente de la República, que casi todos los presidentes municipales del Estado de Tamaulipas apoyaban al general Caballero, y yo le dije: "Señor, todavía se explica que los presidentes municipales apoyen al general Caballero, porque esos presidentes han salido de clubs políticos y naturalmente se inclinan por donde está el pueblo, a favor de tal o cual candidato"; por consiguiente, yo suplico a todos los señores diputados que sentemos un precedente; no solamente por mi Estado hablo, sino por todos los demás Estados, que este trámite de la Mesa no sea así, sino que apoyo el trámite del C. Hay, o la proposición de él.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ancona Albertos.

El C. Ancona Albertos: Señores diputados: Más bien que hablar en pro del trámite..... (Voces: ¡Tribuna, tribuna!) Más que hablar en pro del trámite de la Mesa, señores, me sube a esta tribuna el deseo de borrar la impresión que hubiera causado en la Asamblea la proposición hecha por el C. ingeniero Hay. El C. ingeniero Hay, cuando se discutió el anterior trámite, entre otros razonamientos, decía, quizá con justa razón, que era inútil que la Cámara de Diputados interpelara el Ejecutivo, puesto que no tendría ningún efecto práctico; ahora, señores diputados, conociendo como ya conocemos el criterio del Senado en este asunto, ¿cree la Cámara que pueda ser de utilidad práctica dirigirse al Senado? (Voces: ¡No, no!) Ya en otras circunstancias, cuando la Cámara de Diputados se ha dirigido al Senado a fin de que se restableciera el orden constitucional en los Estados en la forma que previene la Constitución, terminantemente, el Senado contestó que él cumpliría con este deber cuando lo creyera conveniente. De una manera terminante se lo dijo así a la Cámara. El señor Jonás García dice que no se ha restablecido el orden constitucional en la República; pero es lo cierto que el artículo 1o. de la Constitución dice que entra en vigor la Constitución desde el 1o. de mayo actual, y en lo que se refiere a los Gobernadores de los Estados, a los Gobernadores preconstitucionales, el orden constitucional no se ha establecido allí en la forma que determina la Constitución, porque hasta la fecha no ha querido el Senado. No es, pues, pertinente la moción del C. Hay.

El C. Secretario López Lira: Habiendo hablado dos oradores en pro y dos en contra, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el trámite de la Mesa. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Está suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba el trámite de la Mesa. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se aprueba el trámite de la Mesa, que dice: "De enterado".

- El mismo C. Secretario: "Teniendo urgente necesidad de salir de esta capital al arreglo de asuntos urgentes de familia, me permito solicitar de Vuestra Soberanía una licencia, hasta por veinte días, con goce de dietas, suplicando se dispensen los trámites a esta mi petición.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi particular estimación.

"México, 12 de julio de 1917.-El diputado por el 4o. distrito electoral del Estado de Oaxaca.-Alfonso S. Pardo.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.-Presentes."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si dispensa los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Sí se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede la licencia.

El C. Presidente, a las 6 p.m.: Se levanta la sesión pública de la Cámara de Diputados, para pasar a sesión secreta.

El Jefe de la Sección de Taquigrafía.

JOAQUIN Z. VALADEZ.