Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171004 - Número de Diario 25

(L27A2P1oN025F19171004.xml)Núm. Diario:25

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 4 DE OCTUBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERÍODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 25

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL DÍA 3 DE OCTUBRE DE 1917

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2. - Se da cuenta con los asuntos en cartera concediéndose licencia al C. diputado Portillo y aprobándose varios dictámenes de las Comisiones de Estado, Puntos Constitucionales, Trabajo y Peticiones.

3. - Se pone a discusión el nuevo artículo 1º presentado por las Comisiones en el proyecto de Ley Orgánica de las Secretarías de Estado. Son separadas algunas partes de dicho artículo y aprobado el resto nominalmente.

4. - Las Comisiones aceptan la modificación sugerida por algunos CC. diputados, en lo que se refiere a la Secretaría de Comunicaciones. se reserva para su votación.

5. - Es discutida la parte del artículo 1º que al Departamento Universitario y de Bellas Artes se refiere. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. SÁNCHEZ PONTÓN LUIS

(Asistencia de 156 CC. diputados.)

El C. Presidente, a las 4.20 p. m.: Se abre la sesión.

El C. Secretario Aranda: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados el día dos de octubre de mil novecientos diez y siete.

"Presidencia del C. Luis Sánchez Pontón.

"En la ciudad de México, a las cuatro y diez y ocho minutos de la tarde del martes dos de octubre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento treinta y seis CC. diputados, según consta en la lista que previamente pasó el C. Secretario Aranda, se abrió la sesión.

"En seguida el mismo C. Secretario leyó el acta de la sesión celebrada el día primero de los corrientes, la cual, sin discusión, se aprobó en votación económica

"El C. Secretario Alonzo Romero dio cuenta con los siguientes documentos:

"Circular de la Legislatura del Estado de Colima, en que participa que acordó se estableciera con las de los demás Estados, el intercambio de leyes que se fueren expidiendo, por lo que ya remitirá a esta H. Cámara las leyes que vayan aprobando. - De enterado y ya se le envía el Diario de los Debates.

"Telegrama procedente de Tlaxcala, subscripto por el C. Luis M. Hernández, comunicando que se hizo cargo del Gobierno de aquel Estado por entrega que de él le hizo el C. general Daniel Ríos Zertuche. - De enterado.

"Oficio de la Legislatura del Estado de Colima, que pone en conocimiento de esta H. Cámara que aquella Legislatura acordó apoyar en todas sus partes la solicitud de la de Zacatecas, relativa a la expedición de la ley que faculta a los Estados para crear su deuda agraria. - Recibo y agréguense a su expediente.

"Solicitud del C. diputados Justo González, para que, con dispensas de trámites y goce de dietas, se le conceda licencia hasta por diez días.

"Una vez dispensados los trámites, sin discusión, fue aprobada en votación económica.

"Telegrama fechado en Morelia, Michoacán, en que la Federación de Estudiantes Michoacanos solicita que esta H. Cámara apruebe la autonomía de la Universidad. - Dígase a los peticionarios que esta H. Cámara prestará la debida atención a su telegrama.

"ESTADO que manifiesta el número de expedientes tramitados por las comisiones respectivas de la Cámara de Diputados en los días del 1º al 30 de septiembre de 1917.

COMISIONES Existencia Pasados TOTAL Despa Pendientes

anterior a comision chados

Gran Comisión... 0 3 3 2 1

Estado,

Departamento

Interior.. 2 13 15 5 10

A la vuelta... 2 16 18 7 11

COMISIONES Existencia Pasados TOTAL Despa Pendientes

anterior a comisión chados

De la vuelta... 2 16 18 7 11

Primera de

Hacienda....... 5 8 13 3 10

Segunda de

Hacienda.... 2 6 8 1 7

Primera y

Segunda

Justicia,

unidas.. 2 1 3 0 3

Primera y

Segunda de

Justicia y

Segunda de

Puntos

Constitucionales,

unidas......... 1 1 2 0 2

Segunda de

Justicia 0 2 2 0 2

Peticiones..... 6 82 88 36 52

Primera de

Puntos

Constitucio-

nales.... 2 4 6 0 6

Segunda de

Puntos

Constitucio-

nales... 1 2 3 0 3

Primera

Agraria

y de

Reglamentación

del artículo

27 constitucional,

unidas.. 0 1 1 0 1

Segunda

Agraria

y de

Reglamentación

del artículo 27

constitucional,

unidas.. 0 1 1 0 1

Primera de

Comunicaciones

e Industria y

Comercio,

unidas. 0 1 1 1 0

Primera de

Guerra. 0 113 113 0 113

Segunda de

Guerra. 0 115 115 0 115

Tercera de

Guerra. 1 115 116 0 116

RAMO SECRETO

Administra-

ción... 0 1 1 0 1

Gran Jurado... 3 2 5 0 5

Totales..... 25 471 496 48 448

México, 1º de octubre de 1917. - A. Magallón, D. S. - M. G. Aranda, D. S."

"Proyecto de decreto subscripto por los CC. López F. Ricardo, Gómez Mauricio, Márquez Rafael, Ruiz José P., Castañeda Austreberto y Saucedo Salvador, a fin de que quede derogado el decreto del C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, fechado el 16 de octubre, en que se prohibe la fiestas de toros. El C. Saucedo Salvador, que constituye diputación por el Estado de Colima, hace constar que firma este documento para el solo efecto de que pase a Comisión. - A las Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y del Interior.

"El C. Manrique, después de haber solicitado la palabra para reclamar el trámite, se desistió de su propósito.

"Dictamen de la. Comisión de Hacienda que termina con un proyecto de ley que concede una pensión vitalicia de diez pesos diarios íntegros, a la señorita Guadalupe Hidalgo y Costilla. - Primera lectura.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que contiene un proyecto de ley por el cual se concede a la señora Luisa Sánchez viuda de Cabrera, una pensión de cinco pesos diarios, mientras no cambie de estado. - Primera lectura.

"Dictamen de las Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, que concluye con un proyecto de ley autorizando al C. Gobernador del Estado de Hidalgo para que forme las fuerzas de seguridad pública de ese Estado, con cargo al Presupuesto de Egresos del mismo. - Primera lectura.

"Dictamen de la 1a. Sección Instructora del Gran Jurado, formulado con motivo de la acusación contra el Gobernador del Estado de Campeche, general Joaquin Mucel, por violaciones a la Constitución y cuyo dictamen reforma el anterior que sobre el mismo asunto presentó la misma Sección Instructora. - Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Hacienda, que consulta el proyecto de ley para conceder pensiones de cinco pesos íntegros diarios, a la señorita Hermila Domínguez y al joven Ricardo Domínguez, hijos del extinto C. Belisario Domínguez. - Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"Acto continuo, y una vez que la Secretaría omitió la lectura por haberse impreso y hecho circular, del dictamen de las Comisiones de Estado, Departamento del Interior, 2a. de Puntos Constitucionales y la. de Instrucción Pública, que consulta el proyecto de ley referente a la Organización de las Secretarías de Estado, dicho dictamen fue puesto a discusión en lo general.

"Usó de la palabra, en contra, el C. Hay, quien fue interrumpido por mociones de orden de los CC. Manrique y Cravioto; en pro lo hizo el C. Medina Francisco, con lo que se consideró suficientemente discutido, procediéndosele a su votación nominal. De ella resultó que se trata, en lo general, por unanimidad de ciento treinta y ocho votos.

"Hecha la declaración correspondiente, fue puesto a discusión en lo particular.

"Abierto el debate acerca del artículo 1º., el C. Mariel habló en contra, y en pro el C. Velásquez, quien fue interrumpido por mociones de orden de los CC. García Eliseo y Manrique, a las que siguieron aclaraciones de la Presidencia; y como de éstas se desprendiera la idea de discutir dicho artículo primero, tratando aisladamente el punto relativo al establecimiento de una Secretaría de Estado, el C. Olivé hizo una aclaración, y otra el C. Presidente; el C. Secretario Aranda dio lectura al artículo 117 reglamentario, después de la cual, la Asamblea, en votación económica, resolvió discutir primero la creación de la Secretaría de Estado.

"El C. Subsecretario del Interior habló en pro, y en contra el C. Cabrera.

"Presidente del C. López Lira Jesús.

"Nuevamente usó de la palabra en pro el C.

Subsecretario del Interior, y en seguida, en contra, el C. Hay.

"El C. Rueda Magro, miembro de las Comisiones dictaminadoras, solicitó y obtuvo permiso de la Asamblea para retirar el artículo 1º del dictamen de que se trata, a fin de presentarlo modificado en la forma que dio a conocer.

"A las seis y cuarenta p. m se cerró la sesión."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

El C. Secretario Magallón: "Secretaría de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. - Sección 1a. - Número 123.

"Para conocimiento de esa H. Cámara de que son dignos Secretarios, tenemos la honra de participar a ustedes que cámara ésta de Senadores eligió para funcionar durante las sesiones del presente mes, la Mesa Directiva siguiente:

"Presidente, C. Amado Aguirre; y Vicepresidentes, CC. Pastor Bautista y José Trinidad Cervantes.

"Protestamos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - México, a 3 de octubre de 1917. - Luis J. Zalce, S. S. - L. Pescador, S. S.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - De enterado.

"Secretaría de Estado. - Estados Unidos Mexicanos. - México. - Negocios Interiores. - Sección 1a. - Mesa 2a. - Número 2281.

"Por el atento oficio de ustedes, número 68, fechado el 18 de septiembre último, se impuso esta Secretaría de que, por unanimidad de 144 votos, fue aprobado por esa H. Cámara, el proyecto de ley concediendo una pensión de $90.00 (noventa pesos) a la señorita Hermila Domínguez, mientras conserve su actual estado civil, e igual cantidad al joven Ricardo del mismo apellido, por todo el tiempo en que curse sus estudios; no concediéndose la misma gracia a la señorita Matilde Domínguez, por haberse tenido conocimiento de que cambió de estado civil; cuyo proyecto pasó al Senado para que surta sus efectos legales.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

"Constitución y Reformas. - México, octubre 1º de 1917. - El Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho del Interior. - Aguirre Berlanga.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - A su expediente.

"Secretaria de Estado y del Despacho de Guerra y Marina. - Departamento de Estado Mayor. - Sección 4a. - Mesa 1a. - Número 26250.

"Para los fines correspondientes, adjunto tengo el honor de remitir a usted en ocho fojas útiles, la solicitud que, por conducto del Cuartel General de Operaciones en Sonora, eleva a esta Secretaría la señora Dolores C. viuda de Salido, a efecto de que se le conceda la pensión correspondiente por la muerte de su esposo, el señor Francisco D. Salido, acaecida en el combate de Cerro Prieto, el día 11 de diciembre de 1910.

"Reitero a usted mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas. - México, septiembre 26 de 1917. - El General Subsecretario, Encargado del Despacho.

"Al C. licenciado Presidente de la Cámara de Diputados. - Presente." - Viene sin firma este oficio y se devuelve.

"H. Legislatura del Estado Libre y Soberano de Veracruz. - Secretaría. - Número

"Hoy, a las seis de la tarde, y de conformidad con el artículo 3º transitorio de la Constitución Política, se declaró instalada la H. Legislatura del Estado Libre y Soberano de Veracruz - Llave, abriendo desde luego su primer período de sesiones ordinarias.

"Lo que me es honroso comunicar a ustedes, para conocimiento de ese H. Cuerpo, remitiéndoles por separado, un ejemplar de la Constitución Política del Estado, aprobada por el H. Congreso Constituyente local.

"Reitero a ustedes mi atenta consideración.

"Constitución y Reformas. - H. Córdoba, a 27 de septiembre de 1917. - Diputado Secretario. - L. G. Carreón.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de la Unión. - México, D. F." - De enterado.

"Telegrama de Tlaxcala, 2 de septiembre de 1917.

"Presidente de la Cámara de Diputados.

"Hónrome comunicar a usted, que hoy, a las once de la mañana y con las formalidades de ley, entregué el Gobierno de este Estado, al C. general Luis M. Hernández, designado para substituirme.

"Respetuosamente. - General y doctor D. Ríos Zertuche." - De enterado.

"H. Cámara:

"Marcelo Portillo, diputado propietario en ejercicio por el 3er. distrito electoral del Estado de Tlaxcala, ante Vuestra Soberanía, con toda atención expone que, necesitando transladarme al municipio de Nativitas, de mi distrito, para ayudar a solucionar el conflicto que se ha suscitado entre mis comitentes y el dueño de la hacienda de Santa Ana Portales, por añejas dificultades que se me han tenido con aquél, a ustedes ruego que con dispensa de todo trámite con goce de dietas, se me conceda licencia de veinte días.

"Protesto a ustedes mi más distinguida consideración.

"México, a 3 de octubre de 1917. - Marcelo Portillo."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Dispensados los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

"C. diputados de H. Congreso General.

"Los subscriptos, que forman parte de la diputación zacatecana, tienen el honor de elevar al conocimiento de esta H. Cámara Legislativa, la iniciativa que al final figura, apoyada en las consideraciones siguientes:

"Los pueblos de la tierra, al apelar a las armas como último supremo recurso para la consecución de su mejoramiento político y social, demuestran que todos los recursos legales han sido agotados, no quedándoles más disyuntiva que, o perecer como Entidad, o reivindicar su soberanía usurpada, haciendo posible el triunfo de sus ideales que mejore su situación anterior.

"Es inconcuso que la Nación, en regímenes pasados, por causas de todos conocidas, y que sería ocioso repetir, fue detenida en todos los órdenes de progreso, por un sistema administrativo que, dorado por la lisonja, sostenido por la conveniencia de unos cuantos, era bueno sólo para el que podía penetrar a los dorados salones donde celebraban su festín los opulentos Heliogábalos.

"Dentro de este régimen criminal y egoísta, los intereses pequeños desaparecieron, la iniciativa personal fue ahogada, la comunidad no existió, el proletario fue olvidado y, a costa del humilde, del laborioso, del ignorado, se levantaron fortunas, se hicieron fabulosas operaciones, que hinchieron las ya repletas arcas de los favorecidos, y al pueblo sólo llegaban las melodías de los grandes saraos, el retintín de las monedas de oro que se encerraban en cajas inexpugnables; sólo percibían el perfume delicado y embriagador de los banquetes que él, el pueblo, el señor, no probó jamás.

"El movimiento libertario de 1910, y el reivindicador de 1913, fueron las clarinadas bélicas que sacudieron al pueblo, haciéndolo poner de pie; al escrutar el horizonte, y al avisar a sus caudillos, que en una mano sostenían la justicia, apoyando la otra en la ley, acudió gustoso a ofrendar su esfuerzo individual, sus recursos y vida, para obtener lo que se le había negado por tantos y tantos años: "Tierra y Justicia".

"Hoy, señores diputados, estamos contemplando el final de esa marcha, digna de la epopeya, estamos frente al apoteosis de la justicia y de la ley que, como agua vivificante, espera recibir el pueblo mexicano.

"Seamos dignos de ese pueblo y de nosotros mismos, démosle lo que, en justicia, le corresponde y a la mayor brevedad posible; y con voluntad y firmeza inquebrantables, sin asustarnos por las trabas que el pasado nos pueda presentar en el porvenir, procedamos sin demora a la realización del supremo ideal nacional, dándole "Tierra y justicia."

"PROYECTO DE LEY

"Se autoriza a los Estados, Territorios y Distrito Federal, para crear su deuda agraria, de entera conformidad con los preceptuando en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, observando las siguientes bases:

"1a. Para los efectos del inciso (e) del artículo de referencia, los estados, Territorios y Distrito Federal, emitirán billetes, que se denominarán "bonos agrarios."

"2a. La deuda a que se contrae esta ley, debe ser directa de los Estados a los latifundistas, y su redención dará principio, vencido el tercer año de la expropiación.

"3a. Los nuevos poseedores de tierras, harán los pagos que les corresponda para la redención de sus parcelas, directamente en las oficinas de los Gobiernos locales que se designen para el objeto. Estos, no distraerán los fondos que se recauden por este concepto, para ninguna otra aplicación, a menos de que, en pago de contribuciones, puedan admitir un tanto por ciento en "bonos agrarios," que cubra perfectamente la cantidad anual que deban pagar a sus acreedores por tierras fraccionadas, con relación al monto del capital y plazo de amortización.

"4a. Los pagos a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, se harán por anualidades vencidas, después del segundo año de posesión

"5a. De conformidad con el párrafo 2º, fracción VII del artículo 27 constitucional, el precio de las tierras será precisamente el que figuraba como valor catastral al ponerse en vigor la Constitución de 1916 - 17, más un diez por ciento. El exceso sobre este valor, que realmente represente la propiedad de que se trata, por las mejoras materiales de beneficio efectivo que se le hubieren hecho posteriormente a la fecha de la asignación del valor fiscal, será lo único que deberá sujetarse a juicio pericial, y a resolución judicial. Esto debe ser hecho con toda diligencia.

"6a. Al practicar el reparto de tierras, las Comisiones agrarias locales, tendrán especial cuidado de valorizar las distintas parcelas, en relación con su calidad, extensión, facilidades de riego y comunicación, de tal manera que, el valor total de las tierras, sea igual al del latifundio a que correspondan.

"Constitución y Reformas. - México, septiembre 28 de 1917. - J. R. Lizalde. - Jairo R. Dyer. - J. Aguirre Escobar. - C. Esparza. - Rafael Márquez. - A. Cienfuegos y Camus. - Enrique Muñoz. - Eduardo Hay. - F. C. Manjarrez. - Domínguez. - Alonzo Romero. - A. Esquivel. - A. Magallón." - A la Comisión especial del artículo 27.

"A la muy H. Cámara de diputados. - Presente.

"Los abajo firmantes, ante ustedes, CC. diputados al Congreso de la Unión, tenemos el honor de poner en vuestro conocimiento los siguientes hechos que, en su mayoría, han sido ya del dominio público, por las crónicas que la prensa ha publicado:

"El día 24 del corriente mes, como a las cinco de la tarde, en la casa número 5 de la calzada de San Antonio Abad, fue asesinado villanamente por un individuo que se hace llamar general y que porta las insignias, de nombre Ángel Pandal, el C. Luis G. Portillo, quien falleció inmediatamente, a causa de las heridas que el primero, de una manera alevosa y premeditada, le infiriera.

"Como historia de este escandaloso crimen, que tiene consternada a toda la sociedad de la ciudad de México y aun a la de la República, pasamos a narrar lo siguiente:

"Ángel Pandal, indebidamente haciendo gala de su generalato, ocupaba la casa antes mencionada, contra toda la voluntad de su dueño, señor Sebas Lozoya, del cual era apoderado la infortunada víctima del vil asesino.

"En varias ocasiones, el extinto señor Portillo había gestionado la devolución de dicha casa y, al efecto, logró obtener órdenes sobre el particular, salidas del Departamento de Bienes Intervenidos, de la Secretaría del Interior, del Presidente de la República y del Ministerio de la Guerra; pero todas esas órdenes fueron totalmente desobedecidas por Pandal, quien por toda contestación daba que el que fuera hombre, lo fuera a sacar de esa casa, seguro de que él, con su pistola, sabría matar como pichones a todos o al que fuera a pedir la desocupación de la casa tantas veces citada.

"Cuantas veces el señor Luis G. Portillo trató el asunto con Pandal, éste, de una manera muy altanera y amenazando con pistola en mano al primero, resolvía los tratos que sobre el particular se querían gestionar.

"La premeditación del delito perpetrado el 24 de los corrientes, estaba concebida desde hace tiempo, pues ya de ello obran constancias suficientes comprobadas en el Juzgado 4º de Instrucción. encargado de conocer este crimen.

"El día de los acontecimientos, llegó el señor Portillo a la casa de su suegro, don Apolonio Soto, que es la misma que habitaba Pandal, y ya al salir de ella, con un niño en la mano, llamado Agustín Portillo, el infortunado señor Portillo fue abofeteado por un tal Morales, que, entre paréntesis, goza de libertad, quien a la vez, obedeciendo órdenes de Pandal, cerró la puerta del zaguán, para no dejar salir a Portillo, operación que verificó en compañía de la querida de Pandal y otro individuo; para que después saliera el llamado general con pistola en mano y acribillara a balazos por la espalda, y de una manera que se resiste a narrar, al infortunado señor Portillo. Después, no conforme con crimen tan escandaloso, Pandal siguió disparando, para no dejar que se acercara nadie al cadáver de Portillo, a efecto de que Morales lo despojara de sus alhajas y dinero, y que, en efecto lo hizo.

"Como se verá, este crimen es de los que verdaderamente horrorizan a toda una sociedad que ya anhela con vehemencia la paz y la consolidación de un gobierno que tenga por única norma la justicia y el respeto a la misma sociedad.

"El asunto en cuestión ya es del conocimiento de las autoridades competentes, a las que juzgamos de todo punto honorables y justicieras, para que a la hora del fallo implacable de la justicia, caiga sobre el vulgar asesino y sus cómplices el castigo inflexible de la ley que pena con severidad los asesinatos cometidos con premeditación, alevosía y ventaja.

"Como decimos, estamos seguros de que esto tendrá que ser, si es que hay justicia en nuestra República; Pero como no sería difícil que las maquinaciones infames que en todos estos casos ocurren, jugaran su principal papel ante la justicia, que debe ser inviolable por todos conceptos, nos dirigimos a ustedes CC. representantes del pueblo, para que de una manera clara y terminante hagan ustedes, por los medios que estén a su alcance, que en este caso se cumpla estrictamente con la ley, y no vaya a quedar impune este delito, como otros muchos que, por desgracia, se han dado con bastante frecuencia.

"Estad seguros, CC. representantes del pueblo, que si vosotros tomáis gran participación en los asuntos de un pueblo que os los ha conferido, uno de ellos, el principal, es el de hacer que la justicia se cumpla, mereceréis el aplauso unánime de todos y cada uno de los ciudadanos que, formando un pueblo, os hemos mandado a la Representación Nacional.

"Sería prolijo narrar las virtudes cívicas, conducta intachable, del C. Luis G. Portillo; únicamente nos limitamos a manifestar que fue un luchador incansable, un hombre útil a la sociedad, y un hombre que a costa de constante brega formó un hogar, que hoy queda en la orfandad, debido a la mano asesina, y que pretende la impunidad de su delito.

"No creemos señores diputados, ni por un momento, que la justicia en este caso quede burlada; pero para que ustedes tengan un punto de apoyo más efectivo y seguro, nos dirigimos a vosotros pidiendo con grito de sed y justicia, que hagáis que se cumpla con la ley.

"Protestamos lo necesario.

"México, septiembre 29 de 1917. - Heriberto Castillo. - Raúl Gutiérrez. - Pedro Pallares, y muchas firmas.

"Para los efectos a que haya lugar, hacemos nuestra la presente petición.

"México, 1º de octubre de 1917. - Antonio de la Barrera. - José Manzano. - F. C. Manjarrez. - Eduardo Cisneros. - Marcelo Portillo. - Cayetano Andrade. - Jairo R. Dyer. - A. Magallón. - E. Aguirre. - Miguel Alonzo Romero. - Enrique Muñoz. - M. G. Aranda. - J. Aguirre Escobar y J. López Lira." - Remítase original el presente escrito al C. procurador General de la Nación.

"Señores diputados:

"Se impone la imprescindible e imperiosa necesidad de que una vez más demostréis que estáis con el pueblo, que al ungiros con su voto, demostró que está con vosotros.

"La mejor de estas demostraciones consistirá en tomar medidas enérgicas, que pongan coto a la patente burla que a diario se hace de los mandatos del C. Primer Magistrado de la Nación, una vez que los burgueses capitalistas, dueños de casas, de manera punible están haciendo víctimas de sus obstinados extorsionamientos, a un pobre pueblo abnegado, que entre los horrores del hambre clama justicia y libertad.

"Pues para burla las supremas disposiciones contenidas en el Decreto de 14 de diciembre de 1916, referente a pagos de rentas de casa, han formado aquéllos una "liga" que debe juzgarse inmoral, desde el momento que ahí se ha pactado pedir la rescisión de los contratos de arrendamiento, con objeto de exigir mayor renta que la que se pagaba en 1912; y si los inquilinos no quedan conformes, entonces los propietarios piden la aplicación del

artículo 3032 del Código Civil, pretextando en cada caso que van a hacer uso de sus habitaciones.

"Viene el fallo del C. Juez, condenando con la desocupación o lanzamiento, a un indefenso inquilino, que no tiene por patrimonio más que su honor y su trabajo. Y como esta infame acción es general por parte de la famosa "liga" de propietarios, resulta la muy deplorable consecuencia de que los vecinos lanzados de una casa recurren a la que desocuparon antes, o a otra cualquiera, encontrándose con que una habitación, si este nombre admite esa especie de bohardillas, que en 1912 rentaba diez pesos, ahora deben pagarse quince o veinte, y tres y hasta cuatro meses adelantados en depósito, más un fiador de casa comercial, tan solvente como "La Esmeralda," "El Palacio de Hierro u otra de sus congéneres, y sin no, ¡No hay habitación!

"Este sucio procedimiento, nos inclinamos a creer, que ha tomado ya un cariz subdividido en tres especies: antihumano, antipatriótico y político reaccionario.

"Antihumano, porque llegará el día de que millares de humildísimas familias, que no pueden pagar cuatro o cinco pesos por una de la ya anotadas bohardillas, menos podría pagar treinta o cuarenta, además de la renta adelantada y depósito, elevado a la tercera o cuarta potencia. Dando esto por resultado, que tienen que aglomerarse tres o cuatro familias compuestas de tres, cuatro o numerosos miembros cada una, o vivir en la vía pública, mostrando su miseria y desnudez; y, además, antihumano, ataca a la higiene este proceder, porque el hacinamiento de distintas personas en una sola pieza, Más la malísima alimentación que ha originado la carestía de artículos de primera necesidad, trae consigo a la capital la peste del tifo, viruela, escarlatina, etc.

"Antipatriótico, porque el triste espectáculo que en la vía publica presenta esos desdichados grupos humanos, será una arma de desprestigio para los enemigos del actual Gobierno, para los enemigos del orden, la que esgrimirían sobre todo en el extranjero, sin causarles dolor la patria herida, sin señalar con justicia a los burgueses autores del daño de que se trata y sin colocar al Gobierno en el sitio de la legalidad que le corresponde, ya que no se debe culpar a éste, sino a aquéllos.

"Y político - reaccionario, porque haciendo una revisión en el Registro Público de la Propiedad, se verían que la mayor parte de propietarios de fincas y quintas, son de los protegidos de las odiosas y corrompidas dictaduras porfiriana y huertiana; los cuales individuos, repetimos, se han ligado, en su afán de engolfarse con las acervas lágrimas de un pueblo cansado que no restaña aún sus heridas, y que luchan con su artera y deliberada intención, repetimos, de obstruir en semejante forma la recta marcha de nuestro Gobierno.

"En virtud de todo lo expuesto, a nuestra vez, pedimos a la H. Representación Nacional, que apoye, para que sea sancionada por el Primer Mandatario de la Nación, la iniciativa de ley que a este respecto presentó el C. diputado Filiberto C. Villarreal; pidiendo, además, que se adicione a dicha ley, el condigno castigo a estos burgueses, por sus procedimientos desalmados, exigiéndoles el inmediato reembolso del exceso de los que hayan cobrado por rentas, a razón del cuarenta, cincuenta y setenta y cinco por ciento. Valores que serán integrados en una Sección Inspectora encargada de ventilar estos asuntos, que, al efecto, se establezca en el Gobierno del Distrito.

"Mas como no sería remoto el caso de que al exigir a los propietarios en cuestión el cumplimiento exacto de dicha ley, pretextaran fútiles razones como la de que no podrían someterse a ella en vista de que también tiene que cubrir dizque el crecido impuesto de contribuciones por sus fincas; que no pierdan de vista que éstas, la mayor parte, desde que el pueblo las tomó en arrendamiento hasta la fecha, él ha pagado ya con infinitos sacrificios, tres, cuatro y hasta cinco veces el valor íntegro de la casa en que ha vivido desde tiempo inmemorial.

"Nuestra petición la creemos justa; y, como estamos seguros de que al efectuarse los reembolsos de que se trata, la mayor parte de los habitantes de la metrópoli, resultarán beneficiados, proponemos asimismo que se invité a los que sean patriotas, hoy que la patria lo necesita, a fin de que las cantidades que por tal concepto se reciban, sean distribuidas en la siguiente forma: una tercera parte de ellas sea cedida para el pago del Empréstito Nacional; otra para cubrir los gastos que origine el sostenimiento de la proyectada Sección Inspectora ya citada para no gravar con ello al Erario Nacional, y la última parte, a favor del inquilino interesado.

"Señores diputados:

"Si como esperamos, se logra este acto de justicia y humanidad, habréis cumplido con el lema que nuestro preclaro Presidente ostentó en su bandera al lanzarse a la ansiada reconquista de nuestras libertades y de nuestros derechos: "Todo por el Pueblo y para el Pueblo."

"Constitución y Reformas. - México, D.F., 28 de septiembre de 1917. - Aurelio Saúcos. - Margarita Cos. - Nicolás Landaverde y otras muchas firmas."

"Hacemos nuestro el presente escrito a efecto de que se agregue desde luego al expediente de la iniciativa del diputado Villarreal.

"S. Gonzalo García. - Eugenio Méndez. - A Magallón. - B. Vadillo. - Mariano Rivas. - J. Jesús Ibarra. - M. González. - A. Ruiz Estrada. - Alonzo Romero." - A las Comisiones unidas 2a. de Hacienda, 2a de Justicia y 2a. de puntos Constitucionales, que estudian el proyecto relativo.

"C. Presidente de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión:

"Josefina Salazar y Matamoros, sobrina nieta del general insurgente don Mariano Matamoros, ante la H. Cámara, comparece y dice:

"Que en el mes de febrero de 1911 fui presentada por el Partido Liberal Puro ante el inolvidable apóstol de la Democracia, el señor Presidente don Francisco I Madero, quien me recibió con benevolencia y ordenó al señor Director del Museo, don Cecilio Robelo, se escribiera la biografía de mi citado abuelito. Después presenté mis documentos a la Cámara de Diputados y, por unanimidad de votos, se me concedió una pensión de seis

cientos pesos anuales; gracia que fue ratificada por la Cámara de Senadores.

"Que en la actualidad sólo percibo treinta y seis pesos mensuales, cantidad enteramente insuficiente por la carestía de todos los artículos indispensables para la vida; teniendo que recurrir muchas veces a la caridad pública, por medio de prensa, para atender a mi quebrantada salud, pagar casa y otros gastos indispensables.

"Hoy, alentada por la actividad verdaderamente patriótica de la H. Cámara, no vacilo en suplicar se tenga en cuenta al lado de los grandes méritos de mi abuelo, la triste existencia que arrastra su nieta con la exigua pensión y la creciente carestía de la vida por lo que,

"A esa H. Cámara pide le sea aumentada la pensión que disfruta y se le dé íntegra la cantidad que se le señale.

"En lo que recibirá gracia y favor.

"México, 26 de septiembre de 1917. - Josefina Salazar y Matamoros."

"Hacemos nuestra la solicitud que antecede por creerla de justicia y patriotismo, en vista de los eminentes servicios prestados a la Patria por el general insurgente don Mariano Matamoros, abuelo de la señorita Josefina Salazar y Matamoros, permitiéndonos proponer a esta H. Asamblea se conceda a la solicitante una pensión de $4.00 cuatro pesos diarios.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, D.F., a 27 de septiembre de 1917. - Juan A. Ruiz. - Salvador Saucedo." - A la comisión de Hacienda, en turno.

El C. Ruiz Juan A.: Pido la palabra para leer un documento.

El C. Presidente: Tiene Su Señoría la palabra para la lectura de un documento.

El C. Ruiz Juan A.: ciudadanos diputados: En vista de la solicitud a la que se acaba de dar lectura, de la señorita Josefina Salazar y Matamoros, voy a permitirme dar lectura a una carta que he recibido con el objeto de que la comisión de Hacienda tome nota de ella, así como los ciudadanos diputados, para que, llegado el caso, puedan dar un voto aprobatorio en caso de ser, como se pide, la determinación de la Comisión:

"Su casa, 3a. de Lecumberri número 35, interior 4. - Señor licenciado Juan Ruiz, diputado al Congreso de la Unión. - Presente.

"Muy señor mío de todo mi respeto:

"Me tomo la libertad de dirigirme la presente con el fin de manifestarle que soy la sobrina - nieta del general insurgente don Mariano Matamoros, héroe de nuestra Independencia nacional, la cual recurre a los finos sentimientos que abriga su noble corazón y como un verdadero patriota, a fin de que se sirva usted ayudarme con su poderosa influencia para el objeto que deseo, como usted verá por la solicitud que tengo el honor de acompañarle a fin de que se me mejore en la pensión que hoy disfruto y que en 1912 me fue concedida por el apóstol de la Democracia, don Francisco I. Madero.

"Hoy mi situación es muy dolorosa; sin poder atender a mi enfermedad por falta absoluta de recursos me he visto en casos tan difíciles que muchas veces me ha salvado mi mala situación la fina atención de un señor diputado de la actual Cámara, de quien más tarde, si fuere necesario, daré su nombre; gracias a él, he podido pagar mi casa el mes pasado, y, restando aun tres meses y estoy mortificada para desocupar mi pequeña vivienda. Ya usted comprenderá lo afligida que estaré.

"Le adjunto a usted tres cartas: una del señor Madero cuando me recibió en Palacio, la otra del señor Presidente Carranza, y la del señor Director del Museo, en las que justifican el derecho que tengo para lo que solicito.

"Espero de sus benevolencia se sirva impartir su protección a la desventurada nieta de uno de los héroes que más altos méritos tuvo; doy a usted las más expresivas gracias por todo lo que haga en mi favor.

"Besa su mano. - Josefina Salazar y Matamoros."

Por esto verán ustedes, CC. diputados, las circunstancias en que se encuentra la nieta de uno de nuestros Héroes de la Independencia, por lo cual pido que la Comisión, al ver este asunto, dictamine de una manera favorable y que esta H. Asamblea, llegado el caso, apruebe dicha pensión.

El C. Secretario Magallón: El C. Miguel Rebolledo y siete firmantes más, propietarios de casas en el Distrito Federal, hacen consideraciones relativas a la iniciativa presentada por el C. diputado Villarreal. - A la Comisión de Peticiones.

Varias Señoritas exempleadas de la Secretaría de Guerra y Marina, piden que esta H. Cámara influya ante quien corresponda, para que les sea entregada en bonos, la parte de sus sueldos que les fue descontada. - A la Comisión de Peticiones.

El Presidente Municipal del pueblo de Niltepec, Distrito de Juchitán, Oaxaca, pide la intervención de esta H. Cámara, con el fin de que, un familiar de don Rosendo Pineda, no despoje al pueblo citado de los terrenos que le pertenecen. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Guadalupe Montero, viuda del mayor de Guardia Nacional, Ignacio Ruiz, muerto en campaña contra los yaquis rebeldes, pide se le siga ministrando la pensión que en época anterior venían disfrutando. - A la Comisión de Peticiones.

El C. Franco Verástegui, eleva un ocurso y varios anexos relativos a la iniciativa sobre rentas de casas, y pide se turnen a las Comisiones dictaminadoras. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Francisca M. viuda de Hernández, pide le sean devueltos unos documentos que dice, acompaño a sus solicitud de pensión el 30 de abril de 1912. - A la Comisión de Peticiones.

La señora Natividad Díaz, viuda de Vásquez, pide pensión, por haber muerto en campaña su esposo, el subteniente Luciano Vásquez. - A la Comisión de Peticiones.

"Comisión de Estado, Departamento Interior.

"H. Cámara:

"El C. diputado Benito Fentanes, en telegrama que dirige a esta H. Cámara, pide le sea concedida una ampliación por siete días, con goce de dietas, a la licencia de que disfruta, por tener urgentes asuntos que desempeñar en la ciudad de Jalapa.

"Los subscriptos, miembros de la Comisión de Estado, Departamento Interior, a la que fue turnado el referido telegrama, estiman que es de concederse el permiso solicitado y, en tal virtud someten a la deliberación de esta H. Asamblea, la siguiente proposición:

"Concédase ampliación, por siete días, con goce de dietas, a la licencia que disfruta el C. diputado Benito Fentanes."

"Sala de Comisiones de la Cámara de diputados del Congreso de la Unión. - México, 2 de octubre de 1917. - Francisco Medina. - Flavio Pérez Gasga .- J. M. A. del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobando el dictamen.

"Comisión de Estado, Departamento Interior.

"H. Cámara:

"Fue turnada a esta Comisión de Estado, Departamento Interior, un telegrama procedente de Zacatlán, Puebla, del C. diputado Lauro González, en el que comunica no poder asistir a las sesiones de esta H. Cámara, por estar enfermo, y pide se le conceda el tiempo necesario para atenderse.

"Los subscriptos, miembros de la referida comisión, en vista de que el C. diputado González, en su telegrama no precisa el número de días que necesita, dada su honorabilidad, estimamos conveniente se amplíe el permiso hasta por un mes, con goce de dietas, considerando que el solicitante hará uso del tiempo indispensable para su restablecimiento.

"En tal virtud, tenemos la honra de someter a la deliberación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Concédase al C. diputado Lauro González, un mes de licencia, con goce de dietas, para atender a su salud.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 2 de octubre de 1917. - Francisco Medina. - J. M. A. del Castillo - Flavio Pérez Gasga."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba, Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Primera de Puntos Constitucionales y Primera de Trabajo y Previsión Social.

"H. Asamblea:

"A estudio a las comisiones unidas de la. de puntos constitucionales y 1a de trabajo y previsión social, el ocurso en que el sindicato mexicano de electricistas, por conducto del secretario general, solicita de la cámara de diputados se les dé a conocer una amplia interpretación, de las disposiciones contenidas en el artículo 123 de la constitución de la república, a afecto de allanar algunas dificultades que tiene pendientes con la Compañía Mexicana de Luz y Fuerza Motriz S.A.

"Como puede verse en el escrito presentado por el mencionado Sindicato de Electricistas, que obra a fojas uno del expediente relativo, la consulta no se contrae a determinados casos de aplicación del artículo 123 Constitucional, sino a este precepto en toda su amplitud, lo que pone a las Comisiones en imposibilidad de dar satisfacción a las pretensiones del Sindicato referido, pues para ello sería necesario hacer un comentario detallado, un estudio analítico, de las múltiples disposiciones que contiene, de los muchos problemas que específicamente abarca, aun cuando genéricamente considerado sea uno solo: el problema obrero.

"Como quiera que la ley reglamentaria del precepto constitucional de que se trata, está en estudio y en vías de expedirse por el Congreso de la Unión, éste será, sin duda alguna, esto es la expedición de dicha ley, el único medio de satisfacer los deseos expuestos por el mencionado Sindicato, en el ocurso que motiva este dictamen.

"En consecuencia, sometemos a la ilustrada Asamblea, que apruebe la siguiente proposición:

"Dígase al Sindicato Mexicano de Electricistas de esta capital, que está por expedirse la ley orgánica del artículo 123 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, y en ella encontrará la interpretación amplia que solicita del precepto relativo, así como su fácil aplicación para que no sean ilusorios los derechos de los obreros frente al capital, conquistados por la Revolución en la Carta Magna de 1916 - 17."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, a 25 de septiembre de 1917. - Rafael Martínez de Escobar. - J. C. Saucedo. - E. Neri. - J. González. - M. Rueda Magro."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Señor:

"La 2a. Comisión de Puntos Constitucionales de esta Cámara, ha tenido a la vista un memorial en que, varios vecinos del pueblo "Jesús María," municipalidad de Aguascalientes, piden a esta H. Cámara de Diputados declare que: el C. Juan López está inhabilitado para desempeñar el cargo de diputado al Congreso local, conforme al artículo 10 transitorio de la Constitución General de la República.

"Considerado de Comisión que este H. Congreso no es competente para conocer el asunto de que se trata, por juzgar, en primer lugar, que: la H. Legislatura de Aguascalientes es soberana en cuanto se refiere a la calificación de las elecciones de sus miembros respectivos, y, en segundo lugar, que en el caso de estar comprendido el C. Juan López,

como se pretende en el artículo 10 transitorio de nuestra Constitución General, tampoco tendría este H. Congreso facultad para juzgarlo, ni existe todavía la ley reglamentaria a este respecto para que fuera aplicada por las autoridades competentes, tenemos el honor de someter a la deliberación de esta H. Asamblea, el siguiente acuerdo:

"Único. Con inserción de este dictamen, comuníquese a los firmantes de esta solicitud que: H. Congreso de la Unión no tiene facultades para conocer en el asunto a que se refiere."

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 26 de septiembre de 1917. - L. Sánchez Pontón. - Emilio Araujo. - Enrique Suárez."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisiones de Estado, Departamento Interior, y 2a. de Puntos Constitucionales.

"H. Asamblea:

"Se turnó a estas Comisiones una solicitud del C. Martín F. Reyes, en que pide la pronta expedición de la ley orgánica del Municipio libre para el Distrito Federal.

"Estas Comisiones estiman, que habiendo sido nombradas por la Cámara de Diputados, Comisiones especiales que se encarguen de presentar proyectos de leyes reglamentarias de artículos constitucionales, es a ellas a las que compete dictaminar sobre el asunto en cuestión; Y, en tal virtud, tienen el honor de someter a la consideración de la H. Asamblea, la siguiente proposición:

"Pase a la Comisión que estudia los proyectos de leyes reglamentarias de artículos constitucionales, la solicitud que dirige a esta Cámara el C. Martín F. Reyes."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 29 de septiembre de 1917. - Francisco Medina. - Flavio Pérez Gasga - L. Sánchez Pontón. - Emilio Araujo. - Enrique Suárez."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones:

"Señor:

"La señora Gabina Vasconcelos viuda de Cruz, solicita que esta H. Cámara decrete a su favor una pensión por la muerte de su esposo, el capitán primero Pedro Cruz, a consecuencia de heridas recibidas en campaña.

"La comisión ha examinado la solicitud de referencia y encontrándola en la forma requerida por la ley, no tiene ningún inconveniente en proponer a los CC. diputados la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud que eleva a esta H. Cámara la señora Gabina Vasconcelos viuda de Cruz."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General, - México, 1º de octubre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A estudio de la Comisión que subscribe pasó el ocurso que eleva a esta H. Cámara el C. Secundino Flores, superviviente de la jornada del 5 de mayo de 1862, pidiendo se le conceda una pensión o se le haga un donativo.

"La Comisión, teniendo en cuenta que el ocurso del C. Flores se encuentra en la forma prescripta por la ley, somete a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, el ocurso que eleva a esta H. Cámara el C. Secundino Flores."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 26 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"El C. coronel Alberto Salinas, por su propio derecho, y como representante de los CC. capitanes Felipe Carranza. Benjamín J. Venegas y Guillermo Villasana, pide autorización para usar una medalla que les fue concedida por el Gobierno de la República de El Salvador.

"Esta H. Asamblea, durante el período extraordinario, acordó pedir al C. Salinas documentos que comprobaran su aseveración, contestando éste que, en virtud de habérseles sido impuesta la condecoración personalmente por el C. Presidente de aquella República, no se les dio ningún documento.

"En vista de lo anterior, tenemos la honra de sujetar a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Puntos Constitucionales que corresponda, el expediente formado con motivo de la solicitud del C. coronel Alberto Salinas."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 1º de octubre de 1917. - Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"La señora María Sandoval, viuda del C. general Francisco de p. Méndez, solicita se la conceda una pensión por los servicios que éste prestó a la patria.

"La Comisión, teniendo en cuenta que el asunto a que se refiere este dictamen es del resorte de

la Comisión de Guerra, así como que la solicitud y los documentos que la acompañan se encuentran en la forma que la ley marca, no tiene inconveniencia en someter a la consideración de esta ilustrada Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de la señora María Sandoval viuda de Méndez."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 26 de septiembre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de piel. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"Esta H. Asamblea acordó turnar a la Comisión que subscribe la instancia que presenta la señora Catarina Jiménez viuda de Blanco, Pidiendo pensión como esposa que fue del C general de brigada y Gobernador provisional del Estado de Guerrero, Julián Blanco, y como madre del C. general Bonifacio Blanco.

"La Comisión ha encontrado en toda forma la solicitud a que se refiere, y, en tal concepto, propone a esta H. Asamblea, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de la señora Catarina Jiménez viuda de Blanco."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 1º de octubre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A la Comisión que subscribe fue turnado, por acuerdo de esta H. Asamblea, el escrito que presenta la señora María Calderón viuda de Mayo, pidiendo se le abonen los emolumentos que ha dejado de percibir como pensionista del Erario.

"Tomando en consideración que el escrito objeto de este dictamen, se encuentra en la forma que la ley previene, los subscriptos no tienen inconveniente alguno en consultar a esta H. Asamblea la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, el escrito presentado a esta H. Cámara por la señora María Calderón viuda de Mayo,"

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 1º de octubre de 1917. - E. Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

"Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A estudio de Comisión de Peticiones, se sirvió mandar a pasar esta H. Cámara, la solicitud presentada por la señora Tomasa Alvarado viuda de Sánchez, a fin de que se le conceda una pensión por la muerte de su esposo, el cabo primero del 4º Cuerpo Rural, Liborio Sánchez, acaecida en acción de Guerra .

"En concepto de la comisión que subscribe, la solicitud de la señora Alvarado se encuentra en forma que la ley señala y, por tanto, se honra en consultar a Vuestra Soberanía, la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud que eleva a esta H. Cámara, la señora Tomasa Alvarado viuda de Sánchez."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 24 de septiembre de 1917. - El Portes Gil. - C. Rivera Cabrera. - Porfirio del Castillo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

El C. Presidente: Continúa la discusión del artículo 1º del proyecto de ley de la organización de las Secretarías de Estado en la parte que fue retirada ayer por las Comisiones para presentarla modificada.

El C. Secretario Magallón: "Artículo 1º para el despacho de los asuntos del orden administrativo de la Federación, habrá siete Secretarías de Estado y tres Departamentos:

"Las Secretarías serán:

"Negocios Interiores.

"Relaciones Exteriores.

"Hacienda y Crédito Público.

"Guerra y Marina.

"Agricultura y Fomento.

"Comunicaciones.

"Industria, Comercio y Trabajo.

"Los Departamentos serán:

"Universitario y de Bellas Artes.

"Salubridad Pública.

"Aprovisionamientos generales.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 3 de octubre de 1917. - Eugenio Méndez. - Emilio Araujo. - J. M. A. del Castillo. - F. Medina. - M. Rueda Magro. - A. Esquivel. - José Rivera."

El C. Hay: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Suplico a la Comisión me diga por qué prefirió el nombre del Interior en vez del nombre de Secretaría de Gobernación.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Alvarez del Castillo, de la Comisión: Efectivamente, el nombre que conviene es el de Secretaría de Gobernación, en vista de que en el artículo 127 constitucional se habla de la Secretaría de Gobernación. En consecuencia, las Comisiones

no tienen inconveniente ninguno en adherirse al texto de la Constitución.

El C. Manjarrez: Pido la palabra para una interpelación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manjarrez para una interpelación.

El C. Manjarrez: Suplico atentamente a la Comisión se sirva decirme por qué pospuso a la Secretaría de Relaciones, que siempre ha estado como la primera en el orden de ellas.

El C. Presidente: ¿Ninguno de los miembros de la Comisión desea hacer uso de la palabra?

El C. Manrique: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Señores: Contestando gustosamente a la interpelación del compañero Manjarrez, debemos decirle que creíamos indicado que en la necesaria jerarquización de las diversas Secretarías de Estado, asumiese la Secretaría del Interior la Máxima representación que correspondiese a esas Secretarías, el primer lugar en el orden jerárquico. Creo que es lógico el proceder así; en realidad...

El C. Medina Hilario, interrumpiendo: ¡No debe haber ningún orden jerárquico!

El C. Manrique, continuando: Bien, pero desde el momento en que se quiere establecer determinado orden, que es preciso enumerar estas diversas Secretarías en determinado orden, ya que es fuerza adoptar algún orden, preferimos establecer un orden lógico, y éste nos parece que consiste en colocar, digo, por lo que se refiere a la Secretaría del Interior, creemos lógico que esta Secretaría ocupe el primer lugar. Efectivamente, las Secretarías del Interior y del Exterior desempeñan ambas funciones, esencialmente Políticas, pero la importancia de los asuntos encomendados a la Secretaría del Interior es indudablemente superior a la que corresponde a la Secretaría del Exterior. Efectivamente, un país puede hallarse aislado del resto del mundo, como lo ha estado prácticamente México en época muy reciente, y, sin embargo, la Secretaría del Interior debe subsistir. Más importa a la vida de la Nación las relaciones recíprocas de las diversas partes que la componen, de las diversas entidades federativas, que las relaciones de la Nación considerada como conjunto con las diversas naciones del globo. Esta es la razón que creemos sencilla, digo, esta es la sencilla explicación que podemos dar al compañero Manjarrez para haber colocado la Secretaría del Interior precediendo a la Secretaría de Relaciones Exteriores. Si se compara esta organización con la de otros países, se verá, verá el compañero Manjarrez, que la idea, por otra parte, no tiene nada de nuevo, sino que ha sido ya aceptada por otras naciones.

El C. Ortiz Andrés: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ortiz Andrés: Desearía saber por qué la Comisión suprime el antiguo nombre de Secretaría de Comunicaciones y obras Públicas, que es el que efectivamente le corresponde a esa Secretaría, según lo demuestra el artículo 6º de la misma ley, en la cual entran no sólo Comunicaciones, sino también Obras Públicas.

El C. Secretario Magallón: la Mesa manifiesta, por conducto de la Secretaría, que, a fin de proceder con el debido orden, suplica a los CC. diputados se sirvan apartar los incisos que deseen impugnar para ir discutiéndolos uno por uno.

El C. Ortiz Andrés: ¿Qué no está a discusión el artículo 1º.?

El C Presidente: Manifiesto a Su Señoría que el artículo 1º está a discusión, pero ayer la Asamblea se sirvió acordar que se discutiera inciso por inciso. Si usted desea apartar alguna fracción, puede hacerlo.

El C. Ortiz Andrés: Entonces pido que se aparte la de Comunicaciones.

- El mismo. C. Secretario: Está a discusión el inciso I relativo a Negocios Interiores. - El C. Neri: Señor Presidente: Un miembro de las Comisiones estimó que las que las razones del C. Hay eran aceptables y dijo que no tenía inconveniente en cambiar el nombre de esa Secretaría. por tanto, pido a la Comisión que se sirva pedir permiso para retirar el dictamen y ponerlo como se acaba de indicar.

El C. Manrique: Las Comisiones, de acuerdo con la ya expresado por ellas, solicitan permiso de la Asamblea para hacer la necesaria modificación, retirando previamente el artículo.

- El mismo C. Secretario: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede permiso a las Comisiones para retirar el artículo. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Concedido.

- El mismo C. Secretario: Ha quedado modificado únicamente con la palabra "Gobernación." Está a discusión.

El C Rivera Cabrera: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: Aun cuando en el presente caso es realmente fácil, por orden no deben festinarse los retiros que se hagan de los dictámenes, puesto que al volverse a presentar son nuevos dictámenes que deben sujetarse a todos los trámites que marca el reglamento respectivo; por lo tanto, yo creo que en el presente caso se están festinando el asunto poniéndolo desde luego a discusión, sin darle toda la tramitación que el mismo reglamento demanda.

El C. Neri: Pido la palabra para una aclaración, señor Presidente.

El C. Presidente: Para una aclaración tiene la palabra el C. Neri.

El C. Neri: No tiene razón el C. Rivera Cabrera, porque las Comisiones bien pueden disponer de quince días o del tiempo que ellas crean necesario para presentar modificado su dictamen; de suerte que han hecho muy bien en presentarlo desde luego. (Voces: ¡Bien, bien!)

El C. Presidente: La Mesa cree, como el ciudadano diputado Neri, que las Comisiones pueden presentar los dictámenes en la forma que lo han hecho, sin necesidad de que sufran nuevos trámites, puesto que únicamente ha sido cuestión de palabras la modificación.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra nada más para hacer las debidas aclaraciones.

El C. Presidente: tiene la palabra para hacer aclaraciones el C. Rivera Cabrera.

El C. Rivera Cabrera: Las Comisiones ciertamente tienen la facultad de presentar sus dictámenes dentro de los quince días que marca el reglamento, pero las Comisiones no pueden obligar a la Cámara para que inmediatamente entre al estudio de los nuevos dictámenes que se presenten, puesto que pueden traer ideas nuevas que merezcan nuevo estudio y para lo cual se necesite algún tiempo. Esta es la reclamación que yo hice y que creo perfectamente cuerda y en orden. (Siseos.)

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta que no encuentra ningún artículo en el reglamento para ceñirse a este procedimiento.

El C. Secretario Magallón: Por lo tanto, está a discusión.

El C. Chapa: ¿Qué artículo?

- El mismo C. Secretario: El inciso I, que se refiere a la Secretaría de Gobernación, Dice así: "Las Secretarías serán: Gobernación."

Han sido apartados los incisos relativos a Comunicaciones y al Departamento Universitario y de Bellas Artes. ¿Hay algún otro ciudadano diputado que desee apartar alguno de los demás incisos?

El C. Treviño: Aprovisionamientos Generales.

- El mismo C. Secretario: Ha sido apartado también el relativo a "Aprovisionamientos Generales."

¿No hay quien haga uso de la palabra para discutir los demás incisos no objetados, que dicen: Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Guerra y Marina, Agricultura y Fomento, Industria, Comercio y Trabajo y Departamento de Salubridad Pública?

El C. Hay: Suplico a la Comisión me informe por qué llama a la Secretaría de Comunicaciones solamente de Comunicaciones, y no le da también el nombre de Obras Públicas.

El C. Presidente: Manifiesto a Su Señoría que este inciso ha sido separado para discutirse en su oportunidad.

- El mismo C. Secretario: Se va a proceder a la votación nominal de los demás incisos relacionados con el artículo 1º, que no han sido objetados y que son: Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Guerra y Marítima, Agricultura y Fomento, Industrial, Comercio y Trabajo, y Departamento de Salubridad Pública.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se procede a la votación.

(Se recogió la votación.)

- El mismo C. Secretario: Han sido aprobados por unanimidad de 152 votos, los incisos que se refieren a Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Guerra y Marítima, Agricultura y Fomento, Industrial, Comercio y Trabajo, y Departamento de Salubridad Pública.

- El mismo C. Secretario: está a discusión el inciso que se refiere a Comunicaciones; los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, tengan la bondad de pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Andrés Ortiz.

El C. Ortiz: Señores diputados: Son dos palabras únicamente las que tengo que decir, porque algunos miembros de las Comisiones ya me manifestaron su conformidad para agregar a esta Secretaría de Comunicaciones, "Obras Públicas," que es el nombre que efectivamente le corresponde. En efecto, en el artículo 6o. de la ley que estamos discutiendo, en el cual vienen los negocios que corresponden a esta Secretaría, se dice :

"Corresponde a la Secretaría de Comunicaciones:

"Costas.

"Puertos.

"Vías navegables.

"Ferrocarriles y tranvías.

"Puentes.

"Calzadas, etc., etc.

Y luego dice:

"Monumentos y edificios Públicos y obras de utilidad y ornato costeados por la Federación.

"Conserjería y obras en el Palacio Nacional y en el de Chapultepec."

Yo creo, señores diputados, que el nombre de una Secretaría de Estado debe de corresponder a las labores que abarque y, por lo tanto, no quedaría completo con el nombre de Secretaría de Comunicaciones, sino más bien quedaría, en todo caso, con el nombre de "Obras Públicas" solamente; pero, para evitar dificultades de orden administrativo, lo más adecuado es que quede como estaba antiguamente y que es: "Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas," y así me permito proponerlo a la Comisión, para que lo agregue.

El C. Medina Francisco: Pido la palabra.

El C. Presidente: Como miembro de la Comisión, tiene la palabra el C. Medina Francisco.

El C. Medina Francisco: He pedido la palabra para solicitar de la Asamblea el permiso para retirar este inciso y añadirle: "y Obras Públicas," puesto que la Comisión está de acuerdo con el diputado Ortiz.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se pregunta a la Asamblea si da permiso para que se retire el inciso que se refiere a Comunicaciones. (Voces: ¡Si!) En votación económica se pregunta si se concede. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se concede el permiso.

Se ha presentado el inciso modificado en la forma siguiente: "Comunicaciones y Obras Públicas." Está a discusión. ¿Ningún ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra? Se reserva para su votación.

- El mismo C. Secretario: Está a discusión el inciso que se refiere al Departamento Universitario y de Bellas Artes. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Fernández Martínez: Piso que se lea. (Voces: ¡Que se lea!

- El mismo C. Secretario: Eso no más dice.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. diputado Isaac Olivé.

El C. Olivé: Señores diputados: He tomado la

palabra en contra, en lo relativo al inciso que se refiere al Departamento Universitario, porque yo estimo que el establecimiento de los Departamentos, con excepción del Departamento de Salubridad, que la Constitución expresamente establece, no son constitucionales. Este punto fue discutido en el Senado, y la Comisión no aceptó precisamente el dictamen del Senado y presenta el suyo, en los siguientes términos: "La Comisión de esta H. Cámara dice: "consideran que si los artículos 90 y 92 de la Constitución no indican de una manera precisa el número de Departamentos Administrativos que pueden establecerse, no prohiben su existencia."

Como ustedes acaban de oír, señores diputados, el argumento principal que la Comisión presenta para sostener la constitucionalidad del Departamento, es el siguiente: "La Constitución no prohibe los Departamentos Universitarios." Veamos, señores diputados, si este argumento que la Comisión presenta, es realmente aceptable por la Asamblea. Para aceptar este argumento que presenta la Comisión,, de que, puesto que la Constitución no prohibe los Departamentos Universitarios, podemos nosotros establecerlos, si necesitaría, señores diputados, para que esta proposición la aceptásemos, que fuera cierta esta proposición en general, que indudablemente está por encima y establece este principio: los miembros de la Comisión dicen: "todo lo que la Constitución no prohiba, puede hacerlo el Congreso General." Este es el principio que tienen y que proponen las Comisiones, porque de otra manera no podríamos argumentar en el sentido de que los Departamentos Universitarios son constitucionales, porque la Constitución no lo prohibe. ¿Es cierto, señores diputados, de que el Poder Legislativo puede hacer todo lo que la Constitución no prohibe? Indudablemente que no. ¿Por qué? Porque tenemos, señores diputados, que nuestra Constitución ha aceptado en su forma de Gobierno el federal , y la forma de Gobierno Federal, señores diputados, lejos de aceptar para el Poder Legislativo los poderes ilimitados, establece, precisamente, la tesis contraría. La Constitución establece para el Poder Legislativo los poderes limitados, y si la Constitución acepta entonces que el Poder Legislativo no tiene más facultades que las que expresamente le ha conferido, ¿cómo vamos, nosotros, señores diputados, a aceptar que los Departamentos Administrativos son constitucionales únicamente porque la Constitución no los prohibe? Como he dicho, para que este argumento de las Comisiones fuera cierto, se necesitaría que fuera cierto también el argumento de que el Poder Legislativo puede hacer todo aquello que no prohibe la Constitución, es decir, aceptar para el Poder Legislativo los poderes ilimitados.

Los poderes ilimitados, señores diputados, únicamente corresponden al poder soberano y en nuestra forma de gobierno no hay más soberano que el pueblo, señores diputados, el pueblo no ha delegado su soberanía. Si la delegara en el Poder Legislativo, entonces, señores, indiscutiblemente que nosotros tendríamos facultades para aceptar los departamentos administrativos, aun cuando la Constitución no lo estableciera expresamente ni lo prohibiera, pero el pueblo no ha delegado en el Poder Legislativo su soberanía, sino únicamente ha delegado determinadas facultades. Esto es, señores, lo que la teoría en derecho constitucional admite y esto es lo que la constitución también admite, y prueba de ello, señores diputados, que la Constitución en su artículo 42 establece, primero, la forma de gobierno republicano, democrático, representativo federal. Conforme a esta forma que acepta el Gobierno, como decía, entonces, señores, aceptamos la forma democrática. La base esencial de la democracia, señores diputados, es, como decía, la soberanía; pero la soberanía en México se la reserva únicamente el pueblo, y entonces al Poder Legislativo no le quedan más facultades limitadas. Por eso ven ustedes, señores diputados, cómo el artículo 73, al hablar de las facultades del Congreso, las que concede al Poder Legislativo, dice: "El Congreso tiene facultades..." es decir, señores diputados, el Poder Legislativo no tiene más facultades que las que el artículo 73 le ha conferido. Después, al hablar la Constitución del Poder Ejecutivo, en el artículo 89, dice: "Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes..." Ven ustedes entonces, señores diputados, cómo entre nosotros el Presidente de la República, que es otro de los Poderes Federales, solamente tiene facultades limitadas. Tenemos también, señores diputados, que al Poder Judicial solamente le concede facultades ilimitadas a la Constitución, es decir, el Poder Judicial federal, señores diputados, no puede hacer sino aquello a que está facultado expresamente por la Constitución. Pero aún más señores diputados, tenemos un artículo que es el 124, que dice: "Las facultades que no estén expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados."

Aunque este artículo en la Constitución de 57 era más claro, porque allí decía: "A los Poderes Federales," sin embargo, señores diputados, aquí en este artículo precisamente, la Constitución de la República ha determinado expresamente que los Poderes Federales no tienen más facultades que las que concede la Constitución. Los poderes ilimitados no están en manos del Poder Legislativo Federal; los poderes ilimitados están precisamente en manos de los Poderes Legislativos locales. Los Poderes de los Estados sí pueden argumentar en esta forma. Señores diputados, yo me explico que una Legislatura de un Estado diga: "Nosotros podemos hacer esto porque la Constitución no lo prohibe;" porque los Poderes de los Estados no tienen facultades limitadas; los Poderes de los Estados precisamente se consideran con facultades ilimitadas, porque el Pacto Federal así lo dice. Señores diputados, por eso yo considero como falsa la argumentación de la Comisión, esa argumentación de la Comisión que es precisamente que el Poder Legislativo Federal tiene facultades ilimitadas. Señores diputados, vuelvo a repetir que esa argumentación en manos de la Legislaturas de los Estados es perfectamente aceptable y verdadera. Pero esa argumentación esgrimida por la Comisión del Poder Legislativo Federal no tiene facultades ilimitadas, como lo ha demostrado con la Constitución. Esto, por lo que toca a la parte

constitucional; también dicen los señores de la Comisión: "Por el contrario, la reconocen desde el momento que el artículo últimamente invocado habla de esa clase de instituciones, y cuando se refiere a ellas no lo hace, teniendo en cuenta exclusivamente los Departamentos Judicial y de Salubridad; porque si es verdad que este último debe establecerse por mandato expreso de la Constitución, aquél no puede tener vida constitucional como emanación directa de este Código, porque está prohibido por él, establecer la Secretaría de Justicia, y la Procuraduría de la República tiene su función netamente definida, diferente de la de un verdadero Departamento Administrativo. Por lo tanto, al hablar de plural el precepto citado de Departamentos Administrativos, claramente indica que se pueden establecer los que sean necesarios, cuando los asuntos que les deban corresponder no sean de tal naturaleza importantes que ameriten la formación de una nueva Secretaría." Es decir, señores diputados, el segundo argumento de la Comisión es éste: el artículo 92, dice la Comisión al hablar de los Departamentos Administrativos, está redactado en plural; si está redactado en plural, dicen las Comisiones y no hay más Departamento Administrativo que el Consejo Superior de Salubridad y la Procuraduría de la República, no podemos admitirla como Departamento, porque tiene funciones definidas. Entonces - dicen las Comisiones -, tenemos que aceptar que la Constitución admite, naturalmente, que haya otros Departamentos Administrativos que no sean el Consejo Superior de Salubridad, porque entonces no se explicaría, - dicen las Comisiones -, cómo ese artículo está redactado en plural. Ese es el argumento que presentan las Comisiones en segundo lugar, es decir, la redacción en plural del artículo 92 de la Constitución. Esa redacción es plural, señores diputados, del artículo 92 de la Constitución, yo me la explicaba únicamente como un descuido del Congreso Constituyente, y nunca como una argumentación de las Comisiones, porque el artículo 90, que es el orgánico precisamente del Poder Ejecutivo de la Federación, dice lo siguiente: "Artículo 90. Para el despacho de los negocios del orden administrativo de la Federación, habrá un número de Secretarios que establezca el Congreso por una ley, la que distribuirá los negocios que han de estar a cargo de cada Secretaría." Como ven ustedes, señores diputados, el artículo verdaderamente orgánico del Poder Legislativo solamente nos habla de las Secretarías de Estado, no nos habla de Departamentos Administrativos y realmente yo no me explicaba cómo era posible que el Congreso Constituyente, deseando establecer en la organización del Ejecutivo una novedad, como era el establecimiento de los Departamentos Administrativos, digo que yo no me explicaba, señores diputados, cómo no había puesto naturalmente esos Departamentos, es decir, había establecido en el lugar que le correspondía la existencia de esos Departamentos, en el artículo 90 que es el único orgánico del Poder Ejecutivo. Por esas razones, es decir, y porque el artículo 92 es un artículo secundario que únicamente se refiere a los requisitos que deben tener los decretos, órdenes y reglamentos que expida el Presidente de la República, digo, siendo este artículo secundario que tiene por fin únicamente establecer qué requisitos debe llenar un decreto, un reglamento o una orden del señor Presidente de la República para ser obedecido, no me explicaba yo, señores diputados, cómo el Congreso Constituyente hubiera venido a establecer los Departamentos en este artículo; yo me explicaba, como digo, la redacción en plural de este artículo, como un mero descuido del Congreso Constituyente. Afortunadamente, señores diputados, la lectura de las sesiones en el Congreso Constituyente, de los artículos relativos, 90 y 92, vino a confirmar lo que acabo de decir, que realmente fue un descuido, señores diputados, la redacción del artículo 92 y que por lo mismo no lo podemos tomar como un argumento. La Comisión del Congreso Constituyente, de la cual formaba parte el señor diputado Hilario Medina, presentó modificados al Congreso Constituyente los artículos 90 y 92; la modificación que le hacían al artículo 90 del proyecto de constitución presentado por el Primer Jefe a la Comisión, era muy importante. Allí es donde encontramos precisamente la idea por primera vez en México, señores diputados, de establecer la organización del Poder Ejecutivo, la novedad de los Departamentos Administrativos. ya verán ustedes cómo la explicación de la redacción del artículo 92 es muy sencilla y, por lo mismo, no puede servir de argumento a las Comisiones. El proyecto que la Comisión presentó al Congreso Constituyente, dice lo siguiente: "Artículo 90. Para el despacho de los negocios de competencia del Poder Ejecutivo, habrá las siguientes secretarías: de Estado, de Hacienda y Crédito Público; de Tierras y Aguas, Colonización e Inmigración, Trabajo, Industria y Comercio; de Comunicaciones y Obras Públicas; de Guerra, de Marina."

El constituyente quería establecer en la Constitución las Secretarías de Estado que iba a haber. Después dice: "Habrá también Departamentos Administrativos dependientes directamente del Presidente, para los ramos de Correos y Telégrafos, de Salubridad General e Instrucción Pública, y los demás que lo requieran.

"La ley determinará la distribución de los negocios, tanto con relación a las Secretarías, como de los Departamentos Administrativos, tomando los negocios de que deban ocuparse de los que hayan quedado al conocimiento de las Secretarías."

Naturalmente era una consecuencia lógica que si los miembros de la Comisión reformaron el Artículo 90 del proyecto del Primer Jefe, reformaran también el artículo 92, y por eso lo pusieron en estos términos:

"Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, deberán ir firmados por el Secretario del Despacho encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin estos requisitos no serán obedecidos. Los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, relativos al Gobierno del Distrito Federal y a los Departamento Administrativos, serán enviados directamente por el Presidente al Gobernador del Distrito y al Jefe del Departamento respectivo."

Este es el proyecto de la Comisión de Constitución, presentado a la consideración de la Asamblea en el Congreso Constituyente, y ese proyecto no fue aceptado por la Asamblea.....

El C. Medina Hilario, interrumpiendo: ¿Por qué?

El C. Olivé, continuando: Porque sencillamente no estaban de acuerdo con él

El C. Medina Hilario: Todos estábamos de acuerdo con él.

El C. Olivé, continuando: Aquí tengo la discusión precisamente,. Este proyecto, señores diputados, lo presentó la Comisión en estos términos: Decía la Comisión que en el Poder Ejecutivo se encuentran dos clases de funciones.

El C. Secretario Portes Gil: La Presidencia llama al orden a los señores diputados, y que se sirvan oír al orador.

El C. Olivé: La Comisión de la Constitución, señores diputados, fundaba su proyecto de este artículo así: que en el Poder Ejecutivo se encuentran dos clases de funciones, las funciones políticas y las funciones administrativas. Decía que para las funciones políticas era conveniente establecer Secretarías de Estado y para las administrativas era conveniente establecer Departamentos Administrativos. La idea me parece realmente bastante aceptable. Cuando se discutió este asunto en el Constituyente, señores diputados, realmente el artículo era bueno en su esencia, que era el establecimiento de los nuevos sistemas de departamentos en la organización del Poder Ejecutivo; allá en el Constituyente se habló de la suerte que iba a correr la Secretaría de Instrucción Pública, y sobre eso versó el debate; por un desorden en la discusión no se fijaron los constituyentes en que había un punto también esencial, que era la cuestión de la Secretaría de Instrucción Pública, puesto que se quitaba para que la reglamentara este Congreso, y tienen ustedes que después de haberse discutido ampliamente lo relativo a la Secretaría de Instrucción Pública, la Comisión pidió permiso para retirar este proyecto; el proyecto fue retirado, señores diputados, y ¿qué cosa se aceptó? se aceptó el artículo 90 que presentó el C. Primer Jefe; ese artículo 90 está en los mismos términos, es decir, nada nos hablaba, no se tenía la intención de hacer del Departamento Administrativo una organización del Poder Ejecutivo; naturalmente, señores diputados si la Comisión retiró en el Constituyente su proposición, si el Constituyente aceptó el proyecto que presentaba el Poder Ejecutivo, en cuyo proyecto no se hacía mención del Departamento, ni se tenía idea de aceptar ese Departamento, ¿qué cosa aceptó el Constituyente, señores diputados? No fue precisamente el sistema de que haya únicamente Secretarías y no haya Departamentos; indiscutiblemente que si el Constituyente hubiera estado de acuerdo, señores diputados, en que hubiera Departamentos Administrativos, el Constituyente hubiera aceptado esa idea y, entonces, se hubiera reformado el artículo en el sentido de que no se nombrara Secretaría; pero el Constituyente no hizo esto, aceptó que la Comisión retirara el artículo y aprobó el artículo del C. Primer Jefe y, como digo, en ese artículo no hay ni siquiera el pensamiento de establecer el Departamento. Ven ustedes, señores diputados, cómo el espíritu de la Constitución es que no haya Departamentos Administrativos; el Consejo Superior de Salubridad fue discutido mucho antes, señores diputados, de que se aprobara este artículo; así es que, entonces, la aprobación del Consejo Superior Salubridad, como un Departamento que no está aprobado tampoco como Departamento en el Constituyente, sino como Consejo General, es otra cosa; se habló ahí de Departamento de una manera secundaria; ven ustedes, señores diputados, cómo realmente en el constituyente no podemos encontrar el espíritu de que exista el departamento administrativo, sino, al contrario, es muy clara la intención del Constituyente, señores diputados. Yo quisiera que tuviéramos tiempo de leer la discusión y se convencieran de cómo realmente no pudieron decir que el espíritu del Constituyente establecía la existencia del Departamento Administrativo. El artículo 90 voy a probar que fue un descuido en el Constituyente su votación, señores diputados, o el artículo 92. En el Congreso Constituyente el C. diputado Rivera Cabrera, voy a decir textualmente lo que dijo: (Leyó.)

Y claro que lo estuvo el artículo 92 con el artículo 90 del proyecto de esa misma Comisión, porque la Comisión, en su artículo 90, establecía, naturalmente, el sistema de Departamentos, por eso reformó el artículo 92. Hablando de los Departamentos, si la Comisión entonces había retirado el artículo 90, era lógico que retirara el artículo 92, porque tiene mucha relación, como decía el C. Rivera Cabrera en el Constituyente. Dice el artículo 92:

"Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente deberán estar firmados por el Secretario del Despacho encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos. Los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, relativos al Gobierno del Distrito Federal y a los Departamentos Administrativos, serán enviados directamente por el Presidente al Gobernador del Distrito y al Jefe del Departamento respectivo."

Es natural, señores diputados, que si el Congreso Constituyente había reprobado el proyecto de las Comisiones, había aceptado el proyecto del C. Primer Jefe, en el cual, si no se ve, no se consignaban los Departamentos Administrativos, era Lógico y natural que tuvieran en cuenta para su votación el artículo 92. Al C. Rivera Cabrera se le contestó que no tenía ninguna relación el artículo 90 con el 92, cosa injusta, porque sí tenía relación. De allí viene que se separó el artículo 92 y el artículo 84. El artículo 92 se votó con otros artículos, y allí tenéis cómo en la Constitución está el artículo 92 en la forma en que lo presentó la Comisión, muy malamente, porque la Comisión en el congreso Constituyente no había aceptado el establecimiento de los Departamentos Administrativos, y era lógico que el artículo 92 hubiera sido reformado de acuerdo con el artículo 90. Ya ven ustedes, señores diputados, que el artículo 92 es un descuido del Congreso Constituyente al votarlo en esa forma. No podemos, estando las cosas como acabo de indicar a ustedes, aceptar el artículo 92 por su redacción y forma al hablar de los Departamentos Administrativos, ni que sea un argumento para las Comisiones en pro de los Departamentos Administrativos, de una manera indefinida, ¿por qué? porque es un artículo votado de una manera inadvertida en el congreso Constituyente, porque tampoco la Comisión en su primer argumento tiene razón, ¿por qué? Porque, como dije el principio, los Poderes no le corresponden al Ejecutivo, que es el único argumento

que podría servir de base al Constituyente de que podían ser aceptados los Departamentos Administrativos, porque no está aprobado por el Constituyente.

Esas son las razones constitucionales que yo tengo para oponerme a la aprobación de los Departamentos Administrativos, es decir, la Primera razón constitucional es esta: el Poder Legislativo no tiene poderes ilimitados, si el Poder Legislativo tiene poderes limitados, no podemos aceptar nosotros los argumentos de las Comisiones de que se pueden instituir los Departamentos Administrativos; ¿por qué? porque no está aprobado por las Comisiones. El segundo de los argumentos que nos presenta la Comisión, y no presenta otro, señores diputados, es la redacción plural del artículo 92 - ya acaban de ver ustedes cómo se aprobó el artículo 92 - como ese artículo 92 no puede indicarse nunca, no podemos aceptar nunca en el artículo 92 la existencia del Departamento Administrativo; ¿por qué? porque está perfectamente claro, señores diputados, cuál es la intención del Constituyente en materia del Departamento Administrativo. El Constituyente no lo aceptó; aquí está el Diario de los Debates, señores diputados.

Ahora, señores diputados, pasemos a hablar concretamente del Departamento Universitario. Yo tengo la convicción de que realmente no es constitucional la aprobación del Departamento Universitario, pero aun más, veamos qué pasó también en el Constituyente con la cuestión de la Secretaría de Instrucción Pública, señores diputados, y cuál fue realmente el criterio que tuvo el Constituyente cuando se discutió este punto tan importante. Aun en el supuesto de que la mayor parte de los señores diputados no estén de acuerdo con las razones que acabo de exponer acerca de la anticonstitucionalidad del Departamento Administrativo, todavía tengo algunas otras razones que exponer acerca del Departamento Universitario y de Bellas Artes. Ustedes saben, señores diputados, que en la República casi todas las escuelas realmente han sido un fracaso. ¿Por qué han fracasado las escuelas? ¿Ha sido realmente por sus métodos pedagógicos, por su reglamento o por sus planes de estudio? Pues quizá en gran parte, señores diputados, sea ésta una de las causas que han contribuido al fracaso tan grande y tan lamentable de todas las escuelas en general, partiendo de la instrucción primaria hasta la profesional; pero yo creo que realmente hay un factor más importante y ese factor es precisamente el de la elección de los elementos que deben tomar parte en las escuelas. Todos ustedes saben perfectamente que los profesores de todas las escuelas eran nombrados por el Ejecutivo, que naturalmente el Ejecutivo, es decir, la Secretaría de Instrucción Pública aquí en México, al hacer la designación, no tenía en cuenta la competencia de la persona que iba a nombrar como profesor, únicamente tenía en cuenta la recomendación que se le hacía, y, sobre todo, las cuestiones políticas que a él le interesaban; es decir, en todas las escuelas el profesor se nombraba teniendo en cuenta más la cuestión política que la cuestión de competencia, que es lo único que debe interesar en este caso; la elección del profesorado es un factor importantísimo en el progreso de una escuela, es un factor indispensable, señores diputados. El profesor, señores diputados, que no conoce la materia que va a tratar o que no toma empeño por enseñar a la juventud, es un profesor que indudablemente, señores diputados, sacará muy malos alumnos. Yo me acuerdo que cuando fui alumno de la Escuela de Jurisprudencia, teníamos algunos profesores malos por incompetentes, malos por flojos y no hay peor cosa, señores diputados, que el mal ejemplo. Naturalmente el profesor que llegaba a la clase tarde, que no se preocupaba por enseñar al alumno, es un profesor que, lejos de hacer nacer el amor al estudio, es un profesor que hace que el alumno sea perezoso, porque sabe que el profesor será benévolo y que saldrá aprobado al fin del año. Otros profesores eran muy malos porque eran incompetentes; esto, señores diputados, era porque los profesores que abundaban en las escuelas, en su elección no se tenía en cuenta la competencia, sino únicamente la cuestión política. Esto, señores diputados, es lo que ha influido en el fracaso de las escuelas. Es decir, el fracaso de las escuelas profesionales y primarias en México, se debe al factor principal que se tenía en cuenta entonces y que era el factor político. Por eso se discutió en el Congreso Constituyente si era inconveniente o no que la Secretaría de Instrucción Pública se suprimiera o no y cuál había de ser la suerte que corriera la Universidad Nacional. Al discutirse este punto de la Universidad Nacional, es decir, al discutirse la supresión de la Secretaría de Instrucción Pública, se trató de hecho la suerte que correspondía a la Universidad Nacional. Allí, en el Congreso Constituyente, señores diputados, el ingeniero Palavicini hizo esta declaración: que cuando él estuvo en la Secretaría de Instrucción Pública se vio obligado a expedir un nombramiento en favor de un profesor en materia de Economía Política y dijo que este profesor era incompetente y que, por tanto, tenía naturalmente la mala voluntad de los alumnos y que fueron los alumnos ante él para que retirara el nombramiento de este profesor; pero como al ingeniero Palavicini tenía un compromiso político en sostener ese director, se vio obligado a decir a los alumnos que no podría retirar al profesor porque era un compromiso político. Los alumnos fueron a la escuela a decírselo y entonces el profesor se retiró. Este hecho lo cito a ustedes porque significa, porque viene a corroborar lo que acabo de decir; en la época de la dictadura los profesores no hacían la instrucción pública teniendo en cuenta la competencia de los maestros, sino la competencia de los alumnos; ahora en la época revolucionaria los nombramientos de profesores, señores diputados, se continúa el mismo sistema, tendrán que hacerse en la misma forma, porque tienen, por ejemplo, que si aceptamos nosotros el Departamento Universitario, con establecer el Departamento Universitario, no establecemos la libertad de la Universidad, porque la ley que creó la Universidad, la hace una dependencia completa del Ejecutivo; nosotros tenemos una Universidad completamente atada al Poder Ejecutivo; si la

Universidad, por la ley que la creó es una esclava del Poder Ejecutivo, y es natural, señores diputados, que si nosotros aceptamos el Departamento Universitario, en ese caso no habremos dado un paso en pro se la libertad de la Universidad Nacional, porque continuará el mismo sistema, continuará la Universidad Nacional ligada en la misma forma en que lo estaba antes al Poder Ejecutivo, y, entonces, señores diputados, el anhelo que perseguimos aquí que es dar libertad a la Universidad Nacional, quedará frustrado. Allá en el mismo Constituyente, el ingeniero Palavicini declaró que en vista precisamente de los fracasos.... (siseos.) Señores diputados, ustedes sisearán, pero la verdad de las cosas es que en el Constituyente las declaraciones que el ingeniero Palavicini hizo en pro de la libertad de la Universidad son muy aceptables y como las ideas, señores, no tienen patrimonio, debemos aceptarlas nosotros, aun cuando el ingeniero Palavicini las haya dicho. (Voces: Mañana en "El Universal." El ingeniero Palavicini, señores diputados, para aclarar el punto de la Universidad Nacional, que fue tan discutido en el Constituyente y que no se sabía precisamente en dónde ponerla, dijo estas palabras, que en vista de la influencia política que se veía que tenía que ejercer forzosamente en la escuela del Ministro de Instrucción Pública o el Jefe del Departamento Universitario, y de que recibía continuamente recomendaciones de los generales para que nombrara en tal o cual escuela a determinado individuo como profesor, se vio obligado, autorizado por el C. Primer Jefe entonces, a hacer la declaración de que la Universidad Nacional era libre; que siendo libre la Universidad Nacional no podría naturalmente el Ministerio de Instrucción Pública intervenir en el nombramiento de los profesores.

Ven ustedes, señores diputados, cómo entonces, en el Constituyente, se hizo la declaración de que la Universidad Nacional debe ser libre, ¿por qué nosotros vamos a maniatar a la Universidad Nacional, haciendo de ella un Departamento Universitario? ¿Por qué vamos nosotros, señores diputados, a contrariar la voluntad, la idea que predominó en el Constituyente, que es hacer libre al Departamento Universitario, porque la única idea que hubo en el Congreso Constituyente para suprimir el Departamento de Instrucción Pública, no fue únicamente que el Departamento de Instrucción Pública tuviera una esfera de acción solamente en el Distrito Federal y Territorios; allá se habló de que las escuelas superiores no dependerían del Ejecutivo y el Ejecutivo no tenía que intervenir. Si la Universidad va a ser libre, si va a depender del Ayuntamiento, ¿por qué vamos a tener una Secretaría? Ven ustedes, señores diputados, que con la supresión de la Secretaría de Instrucción Pública en el Constituyente, no sólo influyó la idea de que la Secretaría tenía una esfera de acción limitada, sino que se tuvo en cuenta que la Universidad Nacional debe ser libre. Ya ven ustedes, señores diputados, cómo entonces el espíritu del Congreso Constituyente fue la idea de sostener la libertad de la Universidad Nacional. ¿Vamos nosotros, señores diputados, a sostener esa libertad de la Universidad Nacional, vamos nosotros a establecer esa libertad estableciendo el Departamento Universitario? No, porque supongo que los señores diputados habrán leído la ley y habrán visto que en esta ley la Universidad Nacional no es libre, no es independiente. Si entonces la idea del Constituyente fue hacer libre la Universidad Nacional, si la Universidad Nacional no es libre actualmente, ¿por qué la ley lo prohibe? ¿Entonces por qué vamos a aceptar la idea del Departamento Universitario? Esta es una idea muy mala. (Siseos.) Ahora bien, señores diputados, si el Departamento Universitario no debe existir, si no debe existir, ¿debemos aceptar la idea del Senado, de que pase a depender de la Secretaría de Gobernación? No; ¿por qué? porque con eso no se lleva a cabo la idea que predominó en el Congreso Constituyente, de aceptar la libertad de la Universidad Nacional, porque, naturalmente, dependiendo la Universidad Nacional de la Secretaría de Gobernación, no se consigue absolutamente su independencia, sigue estando ligada al Ejecutivo, como está. Entonces, ¿cómo debemos hacer para establecer la libertad de la Universidad? Pues por medio de una ley, pero como no estamos tratando de esa ley relativa, sino de la colocación que deben tener todos los ramos que tiene el Ejecutivo a su cargo, ¿qué debemos hacer? La opinión mía es la siguiente: Suprimir el Departamento Universitario, tal como lo propone la Comisión, establecer la Dirección General de Bellas Artes, que es lo que el Congreso Constituyente aceptó. (Aplausos y siseos en las galerías.)

El C. Secretario Portes Gil, interrumpiendo: La Mesa exhorta a las galerías que se sirvan cumplir con el reglamento y que se abstengan de hacer manifestaciones.

El C. Presidente: Suplico igualmente, a los señores diputados, se sirvan guardar compostura.

El C. Olivé, continuando: Si el pensamiento del Constituyente fue establecer la independencia de la Universidad, señores diputados, entonces lo lógico, lo que debemos hacer nosotros mientras no se expida naturalmente esta ley que establezca la libertad de la Universidad, es reconocer en un artículo transitorio del estado actual de cosas. Yo entonces propongo a la H. Asamblea que, en lugar de aprobar el Departamento Universitario, que se proponga la creación de una Dirección General de Bellas Artes, que es el pensamiento del Constituyente, que se apruebe un artículo transitorio, en que se diga que, mientras se declara por el Congreso, mientras se expide la ley por el Congreso, que la Universidad Nacional continuará con las mismas dependencias que las leyes que la rigen actualmente establecen con el Poder Ejecutivo. Con esto, señores diputados, se allana esta cuestión; al votar nosotros la libertad del Departamento Universitario, en ese caso creemos, o yo no lo creería así, pero muchos tienen la creencia de que votan por la libertad de la Universidad Nacional; creyendo los ciudadanos diputados que votan por la libertad de la Universidad nacional, es indiscutible que ya no se ocuparán en adelante de conceder

la verdadera libertad, que quizá la quitarán entonces, ya que esta establecido así de una manera definitiva, si nosotros lo reconocemos. En ese caso, señores diputados, si expedimos un artículo transitorio, nosotros mismos lo recordaremos a cada momento, que la Universidad Nacional no es libre, que necesita tener libertad, que la posición de la Universidad es falsa, porque únicamente hay un artículo transitorio y que, sobre todo, está pendiente de expedirse la ley relativa. Estas son las razones que tengo para pedir que no se apruebe el Departamento Universitario.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Alvarez del Castillo, miembro de la Comisión.

El C. Alvarez del Castillo: Señores representantes: Para proceder con orden, con la mayor brevedad que me sea posible, voy a hacer referencia primero a algunos de los conceptos que el señor general don José Siurob virtió desde esta tribuna en reciente sesión; después, de una manera también brevísima, haré hincapié en los escrúpulos constitucionales del señor diputado por el Estado de Oaxaca, don Isaac Olivé, y, finalmente, me referiré al proyecto de ley del Senado de la República. Con irreprochable atención escuchamos antes de ayer del señor diputado Siurob, un elocuentísimo discurso, abundante en conceptos luminosos, en peregrinos juicios filosóficos, en trascendentalísimas revelaciones pedagógicas; pero, a decir verdad, las pruebas expuestas, las razones emitidas por el señor diputado Siurob no llevaron el convencimiento a nuestros espíritus y sí produjeron en éstos una confusión anárquica. No supimos qué fue lo que nos quiso probar el señor diputado Siurob; rectifico, sí nos probó, hasta la evidencia, su animadversión profesional, su animadversión africana hacia ciertos personajes de la política militante, que ni viene a cuento mencionar, ni mucho menos discutir en esta ocasión, en que se trata de resolver uno de los aspectos más interesantes del problema educativo nacional. No es, señor diputado Siurob, estableciendo premisas de cálidos y desenfrenados personalismos, estableciendo premisas de intereses políticos de partido, como han de resolverse las cuestiones generales de la Patria. Existe en algunos señores representantes del pueblo, una marcadísima tendencia a personalizar todas las cuestiones, aun las de orden meramente científico, y de ahí que esta H. Asamblea, en varias ocasiones, se vea envuelta en una verdadera, en una lamentable desorientación intelectual. No es mi intención seguir al C. Siurob en todas sus apreciaciones ocurrentísimas, por más que haga un verdadero "tour de force," un verdadero esfuerzo por abstenerme de comentar las apreciaciones del C. Siurob, y más que todo, su encantador, su graciosísimo programa médico - muscular (risas), porque, la verdad, señores diputados, no hay tiempo que dedicar a todos estos asuntos. Las críticas del C. Siurob al programa de la Escuela de Altos Estudios, son materia muy extraña a la que debemos tratar por esta vez; ello no obstante, el señor diputado Siurob sí nos hizo una proposición que, aun cuando se refiera directamente a la Ley Orgánica de la Universidad Nacional, no deja de relacionarse con la cuestión que está a debate.

Nos proponía el señor diputado Siurob que entre otra cosas, el nombramiento, mejor dicho, la elección del profesorado universitario y del Rector de la Universidad fuese hecho por las Cámaras. Yo estoy cierto de que cuando el señor diputado Siurob tenga conocimiento de que en la Ley Orgánica Universitaria que está en cartera se propone la organización de un Consejo Universitario que esté capacitado precisamente para elegir a los miembros del cuerpo docente y para proponer al Ejecutivo en terna a catedráticos respetables por su ciencia vastísima y por su talento preclaro para que el Ejecutivo designe, a su vez, de esta terna, al que ha de ser Rector de la Universidad Nacional; estoy cierto, repito, que el señor diputado Siurob reconsiderará esta su insensata opinión, porque, señores, si el Congreso fuere el encomendado o el encargado de hacer la elección, estaría cierto que año tras año los grupos parlamentarios se pondrían en movimiento para emplear toda clase de recursos políticos, a fin de sacar avante a su candidato que debería encargarse de la Rectoría de la Universidad. Este candidato no sería el más subordinado al grupo parlamentario que lo eligiese.

El señor doctor Siurob, como buen doctor, nos quiere matar al paciente paulatinamente. Encierra, señores diputados, una gran enseñanza aquella anécdota de Vital Aza: Vivía Bretón de los Herreros en uno de los departamentos de una privada; el doctor Mata vivía en otro departamento de la misma privada. Es el caso que los amigos y los admiradores del poeta festivo solían confundir las habitaciones del doctor, del poeta, con las del doctor Mata. Excusado es decir que el doctor Mata, muy serio y muy laborioso, dábase por aludido con aquellas frecuentísimas equivocaciones, y para poner un hasta aquí a aquellas interrupciones a sus preparaciones químicas, puso este letrero en las afueras de su habitación:

"En esta habitación no vive ningún Bretón."

Acercáronse al poeta sus amigos, dándole festivamente la noticia de aquella ocurrencia del bueno del doctor, y entonces, Bretón de los Herreros que no era nada de dejado, puso este verso en las afueras de su habitación:

"Vive en esta vecindad cierto médico poeta, que al fin de cada receta pone: Mata; y es verdad!"

En el mismo caso está el C. Siurob. nos quiere extender una receta en donde aplique una fórmula médico - higiénica - muscular, con la cual nos envenene poco a poco, es decir, con lujo de paciencia el organismo universitario. Si nosotros atendiésemos los consejos del señor Siurob, si aceptásemos su proposición, entonces consagraríamos de hecho esa incompetencia administrativa de que nos habla el ilustre Fagué, y llegaríamos a introducir el partidarismo político en el seno universitario.

Señor diputado Siurob: el ideal de los miembros todos de las Comisiones unidas, a las cuales tengo el honor de pertenecer, es que la autonomía universitaria sea absoluta; pero ante la imposibilidad

de que la Universidad tenga hoy por hoy vida económica propia, los miembros de las Comisiones han hecho todo lo que ha estado de su parte para que la Universidad en sus relaciones con el Ejecutivo, estén lo más distanciadamente posible de la esfera política. Este modo de pensar, este criterio sano y sincero de los miembros de la Comisión, es lo que nos ha valido los durísimos reproches de usted en la sesión a que ha hecho referencia, revelándose en esta vez, estimable compañero, más inquisidor que el mismo Torquemada.

Respecto de las dudas, de los temores constitucionales del señor diputado Olivé, únicamente me permitiré manifestar, puesto que el señor licenciado Rueda Magro, miembro de la Comisión, va a tratar esta materia en una forma más concienzuda y más documentada, únicamente me permitiré, digo, manifestarle al señor compañero que ninguno de los argumentos que expuso en esta tribuna tiene fuerza legal. La razón es muy sencilla, basta leer con atención el artículo 92 constitucional, en que se hable de los Departamentos Administrativo, para reconocer que sí tienen razón de ser todos los Departamentos. Ustedes se extrañan de que el artículo 73 constitucional habla del Consejo de Salubridad General; es indudable que debería de hablar, puesto que allí los constituyentes trataron de demarcar las facultades, de señalar las obligaciones del Consejo Superior de Salubridad en los casos epidémicos. Porque con la lógica del señor diputado Olivé llegaremos a esta conclusión abominable: según el señor Olivé, todo aquello que no esté señalado o, mejor dicho, que no esté enumerado expresamente en el Código Fundamental, no es constitucional. ¿No es así? Es así que las Secretarías de Estado no están enumeradas expresamente en el Código Fundamental, luego las Secretarías de Estado no tienen fuerza legal....

El C. Olivé, interrumpiendo: Lea el artículo 90.

El C. Alvarez del Castillo: El artículo 90 es una autorización a la manera que es también una autorización la que da el artículo 92 constitucional. Me dicen que cuando se trató este asunto en el Congreso Constituyente, se preceptuaba en el artículo 90 la organización de tres Departamentos Administrativos, que después se reformó este artículo en la forma en que lo hemos visto y que el artículo 92 quedó tal como las Comisiones lo presentaron. ¿No es así, señor diputado Chapa?

El C. Chapa: Sí, señor.

El C. Alvarez del Castillo: ¿No es así, señor Medina?

El C. Medina: Sí, señor.

El C. Alvarez del Castillo: En consecuencia, si este artículo 92 se refería a tres Departamentos, al Departamento de Correos y Telégrafo, al Departamento de Salubridad y al Departamento de Instrucción Pública, y el artículo quedo en vigor claro está que si tiene fuerza constitucional el departamento de Instrucción Pública . Con esta salvedad de antes hubiese quedado en pie el artículo propuesto por la Comisión Constituyente, de que hubiese tres Departamentos Administrativos, entonces estaría perfectamente limitado el número de Departamentos. La diferencia de que ahora no esté limitado es indeterminada, puede ser desde uno hasta el infinito. (Risas.)

Ahora me voy a referir muy brevemente a la opinión de los miembros del Senado. Uno de los cargos, señores diputados, más graves y que con mayor insistencia hacen los enemigos del actual Gobierno Constitucional a los miembros que lo forman, es el de la incompetencia administrativa. Si bien es cierto que este cargo tiene su fondo de justicia, puesto que los hombres de la Revolución casi en su totalidad carecemos de preparación administrativa, también es verdad que a medida que pasa el tiempo, este cargo se hace menos justificado, ya que los revolucionarios conscientes de la trascendencia de su misión, substituyen con actividad, con observación con buena voluntad y con mucho espíritu práctico, la cualidad que caracterizaba a los funcionarios de los regímenes pasados: una empleomanía de muchos años en su hoja de servicios en punto a achaques administrativos.

Pero no es suficiente que el funcionario sea capaz en el desempeño de su cometido, en el ejercicio de sus funciones; es menester que las leyes que han de guiar sus actos, que han de regir sus procedimientos sean practicables, y que las instituciones en las cuales va a emplear sus energías, a desarrollar su programa, a acudir, en una palabra, tengan una organización tal de buen sentido, que hagan eficaces los esfuerzos del funcionario, y notoriamente útil y fructuosa su colaboración en el Gobierno. Toca a las Cámaras colegisladoras distinguir con estas condiciones, con estas cualidades indispensables las leyes y disposiciones de la República para satisfacer en este orden de cosas los supremos anhelos de la Revolución. Sustentando este criterio, no puede menos de causarnos una profunda extrañeza la resolución de la Cámara de Senadores al determinar que esa importante institución de la República que se llama Universidad Nacional, dependa de una Secretaría de Estado. ¿Saben los conspicuos miembros del Senado lo que es una Universidad y lo que significa su acción en la vida social de los pueblos? Debemos suponer que sí lo saben ¿cómo es posible que hayan votado un artículo que incapacita prácticamente tanto a la Secretaría de Estado como a la propia Universidad en lo que respecta al cumplimiento de sus sagrados deberes para con la patria? He allí, señores diputados, a los venerables miembros de la Cámara alta iniciar al Gobierno de la Revolución, no de mala fe, pero sí por una ligereza inexplicable, en el desbarajuste administrativo. ¿En dónde está, yo pregunto, ese hombre excepcional, ese político enciclopédico, ese candidato prodigio para una Secretaría de Estado que al mismo tiempo que dedique una atención inquebrantable, inteligente en la marcha general de la política, de las Entidades Federativas compenetrándose de sus aspiraciones, de sus tendencias y necesidades, sea capaz de compenetrarse de la orientación cultural de las labores universitarias, no perder de vista la gestión del Rector de la Universidad y de los profesores universitarios y resolver en una ocasión angustiosa cuestiones verdaderamente trascendentales y verdaderamente arduas de carácter pedagógico? Por otra parte, ¿podría la Universidad Nacional funcionar eficientemente, desempeñar su papel brillantemente, realizar sus arduos y trascedentalísimos fines bajo la férula política de un centro

como es una Secretaría de Estado? A este propósito no puedo menos de sacar a colación la época en que el Gobierno del Distrito dependía de una Secretaría de Estado, de la Secretaría de Gobernación. Entonces los jefes de sección de la mencionada Secretaría, en lugar de atender debidamente las labores que les estaban encomendadas y que se referían a los Estados, dedicábanse a intrigar abiertamente al Gobierno del Distrito, y de estas consideraciones del medio administrativo del Distrito Federal, de cuando en cuando giraban órdenes al Gobierno del Distrito que hacían temblar el edificio del Palacio Municipal. Igual cosa sucedería si la Universidad Nacional dependiese de una Secretaría de Estado; la institución más respetable de la República estaría a merced del capricho, cuando no de la cortedad intelectual y de las intrigas palaciegas de un jefe de sección; y si el Gobierno del Distrito ha obtenido una emancipación para hacer más efectiva su actuación gubernamental ¿cómo es posible que se trate de esclavizar a una institución que tiene mayor importancia y significación que el Gobierno del Distrito? No cabe ni siquiera compararlas, ya que la Universidad Nacional ha de realizar sus altos fines, ha de cumplir con su cometido, debe nada menos que re presentar la cultura del pueblo mexicano, debe de forjar en sus alas severas el pensamiento de la patria y el alma nacional. Pero existen razones de orden científico mucho más poderosas que las que acabo de señalar. Un pueblo, señores diputados, en cualquier época de su vida de progreso acepta un grupo de ideas generales cuyo conocimiento ha adquirido por medio de la experiencia; este grupo de ideas generales es lo que constituye la filosofía de ese pueblo en una etapa determinada; esta filosofía ofrece varios aspectos, ya de cuerpo de contacto, ya de cuerpo de doctrina, ya de manifestación de ideales. Pues bien, señores diputados, determinar con sabiduría los principios, las verdades, los ideales que dan vida a esa filosofía popular, organizar científicamente la cultura social, es lo que en esencia constituye la misión universitaria, y de ahí que se diga que la tendencia de las actuales Universidades es servir de instrumento de acción social, de instrumento de aplicación para la resolución de los problemas más delicados y vitales que afectan a una sociedad.

Ahora bien, con los triunfos que la ciencia moderna ha obtenido sobre los prejuicios escolásticos de antaño, debe operarse un cambio radicalísimo en la Constitución científica de la Universidad. Ya no es el dogmatismo teológico con sus rancias ideas, con sus métodos retardatarios, con sus programas inquisitoriales el que sienta sus reales en las aulas universitarias, no, es la filosofía científica la que con nobles propósitos y sabios métodos de experimentación ha echado abajo, ha derrotado revolucionariamente los caducos grupos de ideas, las anticuadas filosofías literarias especulativas y místicas; es la filosofía científica la que proclama en su bandera el principio universitario de reformas; la Universidad como propagandista e intérprete de la filosofía popular y cultura social debe regirse por el gran principio de evolución. De acuerdo con estas innovaciones fundamentalísimas en la vida universitaria, la Universidad de México debe ser eminentemente reformista, reformista en sus planes, en sus programas, en la orientación cultural que marca a facultades e institutos, y, en general, a todos los establecimientos de investigación científica que están y deben de estar encomendadas bajo su dirección; pero antes que todo, la Universidad debe ser nacional, es decir, mexicana. Una Universidad será tanto más benéfica a un pueblo cuando mejor se adapte al medio social en que funcione. Se objetará, señores diputados, que no tenemos antecedentes culturales, aceptado; pero eso no quiere decir que estemos incapacitados para asimilar la cultura científica, que estemos incapacitados para imprimir un sello fisonómico especial a la resolución de problemas que afectan a nuestro bienestar, a nuestro nacionalismo y civilización. En su consecuencia, la Universidad Nacional, además de ser un centro de propaganda cultural y una máquina en donde se elaboran maestros muy acabados y una encauzadora de las corrientes pedagógicas que tengan su origen en facultades e institutos, será también ante el mundo entero el símbolo de la cultura mexicana. ¿Cómo podrá la Universidad Nacional realizar fines tan altos y proyectos tan decisivos para la intelectualidad de la República? De un modo muy sencillo, con el estímulo de la libertad; ya que su independencia económica no es posible hoy por hoy por razones insuperables, que sea un hecho su autonomía técnica, que con ella saldrá avante en su enorme y dificilísima tarea; pero que no se pretenda mutilar su iniciativa sujetándola a una Secretaría de Estado, que respeten sus fueros, que no se cometa con ella un infanticidio, que no se le dé muerte cuando acaba de salir del claustro materno de la Revolución, que le ha dado una nueva vida, vida práctica y vigorosa. Si somos nosotros, señores diputados, vulnerables en la acción como representantes para hacer obra de libre pensamiento en beneficio de la Patria, que ella también, la Universidad, sea invulnerable en su esfuerzo, invulnerable en su programa, en su actuación nacionalista, en su actuación de puro y desinteresado patriotismo.

Señores diputados: votad el artículo 1º. de las Comisiones en lo que al Departamento Universitario respecta en la forma en que está pensado, porque es lo justo, porque es lo revolucionario, porque es lo patriótico; de esta manera la Revolución Mexicana probará ante el supremo tribunal de la historia de la actual humanidad, que mientras los pueblos más viejos y más cultos del mundo civilizado se debaten furiosamente en formidable y horrible conflagración, en virtud de un capricho de expansionismo brutal de la destructora, de la zapatista Alemana (aplausos y siseos) ella, la Revolución de México, consciente y gloriosa, después de destrozar en épicas jornadas los moldes viejos que impedían en la República el desenvolvimiento, la armonía de sus instituciones democráticas, dedícarse hoy por hoy sinceramente, ecuánimemente a realizar los ideales de bienestar, los ideales de cultura y de progreso. De esta manera, señores diputados, ese canto mefistofélico de entona la reacción de dentro y fuera de la República, de nuestra incompetencia administrativa, se perderá impotente y miserable en medio de los

acordes del himno a la ciencia, que brotará a raudales de las aulas universitarias, de esas aulas benditas amparadas y dignificadas por el Gobierno emanado de la Revolución del pueblo. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Candor Guajardo.

El C. Guajardo: Voy a ser breve, señores diputados... (Voces: ¡No, no! ¡Largo!) Yo creo que constitucionalmente la ley que está a debate puede crear o dejar de crear el Departamento Universitario. No es por esto por lo que vengo a combatir tanto la opinión del Senado como la opinión de la respetable Comisión de la Cámara de Diputados. De conformidad con el artículo 14 transitorio de la Constitución de la República no debe existir la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes. El Senado, en su minuta de ley, pretende crear nuevamente nada menos que la Secretaría de Instrucción Pública, con el agravante de quererla supeditar a una Secretaría que no tiene nada que ver con el perfeccionamiento de la cultura nacional. Efectivamente, la Secretaría de Instrucción Pública entre nosotros, como en todos los países confederados, no tiene en su control más que las escuelas de la capital y de los Territorios; en nuestro país uno de los Territorios fue declarado Estado; las escuelas primarias dependen de una Dirección General, las escuelas superiores se unieron para formar la Universidad Nacional y dice el Senado; ahora la Universidad Nacional pasa a depender de una Secretaría de Estado, es decir, la Secretaría de Instrucción Pública, aunque reducida, pasa a ser Secretaría de Instrucción Pública, pero supeditada a una Secretaría de Estado y que el artículo 14 se quede pidiendo la supresión de la Secretaría de Instrucción Pública. La Comisión en su exposición de motivos dice lo siguiente:

"Se establece el Departamento Universitario de Bellas Artes en la forma propuesta por el Ejecutivo, y no como dependiente de la Secretaría de Estado, porque, según el espíritu de la Constitución, no debe depender la instrucción de ningún Ministro, sino de una manera directa del Jefe del Gobierno de la Nación."

Yo creo, señores, que la Instrucción Pública y especialmente la Universidad no deben depender ni siquiera indirectamente del Presidente de la República, ni siquiera del Presidente de la República, debe emanciparse totalmente de la tutela del Gobierno. (Voces: ¿Cómo?) Los señores encuentran como principal obstáculo para el sostenimiento de la Universidad, la parte económica. Yo voy a demostrar que este es el momento más factible para el Gobierno para que proporcione los fondos necesarios, para que no gaste ni un solo centavo el Gobierno en el sostenimiento de la Universidad y pueda obtener su independencia en su más alto grado.

Tengo conocimiento de que antes del año de 1868 más de 20 escuelas de la capital, superiores y primarias, tenían fondos propios; el Gobierno de aquella época recogió esos fondos y dispuso de ellos. No haremos más que devolver a la Universidad Nacional los fondos que fueron substraídos o recogidos y que pertenecían a las escuelas... (Voces: ¿Cuánto era?) y proporcionarlos a la Universidad para su sostenimiento. Parece difícil que el Gobierno en los actuales momentos pueda hacer eso, voy a hacerles ver que ni necesita el Gobierno de un empréstito, ni alterar sus presupuestos para proporcionar, no esa cantidad, sino una cantidad mayor que sirva para fomentar debidamente la cultura nacional en la Universidad. El Gobierno preconstitucional del Estado de Michoacán, por mi conducto, el año pasado, rindió un informe detallado al entonces Primer Jefe del Ejército Constitucionalista en el que manifestaba detalladamente la propiedad raíz que poseía el clero en aquel Estado y que, de conformidad con el nuevo catastro ascendía a la respetable suma de treinta y dos millones de pesos, oro nacional. En consecuencia, el Gobierno o la Revolución puede disponer de esos fondos, porque constitucionalmente pertenecen a la Nación y ponerlos al servicio de la Universidad. Con esto logrará dos cosas, primera: quitar el principal elemento de combate de que siempre se ha aprovechado y sigue aprovechando el clero para combatir las instituciones democráticas, y segunda: logrará dar la autonomía que desea la Universidad Nacional. Es por esto, señores, por lo que pido que se rechace el dictamen de la Comisión y se decrete que parte de los bienes nacionales conquistados ahora por la Revolución, pasen a ser dependencia de la Universidad Nacional para su completa autonomía. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Velásquez.

El C. Rueda Magro: Pido la palabra, señor Presidente; soy de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C, Rueda Magro, miembro de la Comisión.

El C. Rueda Magro: CC. Diputados:.... (Voces: ¡Duro y a la cabeza!)

El C. Medina Hilario: Duro y largo; ahora es rigor ser largo.

El C. Rueda Magro, continuando: Han hablado en el curso de esta sesión dos ciudadanos diputados en contra del artículo 1o. de la ley de Secretarías presentada por las Comisiones dictaminadoras de esta H. Cámara, oponiéndose a dicho artículo en la parte relativa al establecimiento del Departamento Universitario y de Bellas Artes señores, el señor Olivé y el señor Guajardo, han mutilado el dictamen de las Comisiones, han leído lo que les ha parecido conveniente; el primero, para justificar la inconstitucionalidad del establecimiento del Departamento Universitario y el señor Guajardo sólo y exclusivamente para decir que tanto puede establecerse el Departamento Universitario como no puede establecerse. En efecto, las Comisiones dictaminadoras han dicho, por lo que al Departamento respecta, que el artículo 90 constitucional establece que la división del trabajo administrativo del Poder Ejecutivo de la Unión, se hará en una ley especial que organizará las Secretarías del Despacho. En efecto, en ese artículo no se habla del Departamento Administrativo.

El artículo relativo, que se presentó por la Comisión de Reformas en el Congreso Constituyente, decía que se establecerían tales y cuales Secretarías de Estado y, además, determinado número de

Departamentos Administrativos, y los enumeró. Al terminar el artículo relativo del dictamen se dice que, además de los Departamentos Administrativos que ahí se establecían, que eran Telégrafos, Correos, Salubridad e Instrucción Pública, se podía establecer mayor número de Departamentos Administrativos. Uno de los miembros de la Comisión de Reformas en el Congreso Constituyente, difirió de la idea de la mayoría de la Comisión e hizo voto particular, indicando que se haría la separación de las funciones político - administrativas en Secretarías de Estado, y los asuntos neta y exclusivamente administrativos en Departamentos, pero sin establecer de una manera precisa cuáles serían las Secretarías que se pudieran establecer y cuáles los Departamentos Administrativos que era imprescindible crear. Ambos artículos no pasaron así como fueron presentados en la discusión del Congreso Constituyente, sino en la forma en que se encuentra establecida en el artículo 90, es decir, así:

"Para el despacho de los negocios del orden administrativo de la Federación, habrá un número de Secretarios que establezca el Congreso por una ley, la que distribuirá los negocios que han de estar a cargo de cada Secretaría."

Y el 92 así: "Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, deberán estar firmados por el Secretario del Despacho, encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos. Los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, relativos al Gobierno del Distrito Federal y a los Departamentos Administrativos, serán enviados directamente por el Presidente al Gobernador del Distrito y al jefe del Departamento respectivo."

Eso quiere decir, señores, como lo dijo acertadamente el senador Novelo, en la discusión de la alta Cámara colegisladora, que, relacionando ambos artículos con el transitorio 14 de la Carta Magna, habrá tantas Secretarías de Estado cuantas quiéranse establecer, pero con el límite de que no se establecerán ni Secretarías de Justicia, ni Secretarías de Instrucción Pública; pero que habrá un número indeterminado, indefinido, si así se quiere, de Departamentos Administrativos; pero con el límite de que no dejará de establecerse el Departamento de Salubridad, porque de una manera directa lo establece la Constitución en artículo 73, fracción XVI. Por eso las Comisiones han dictaminado en el sentido de que haya determinado número de secretarías, en la forma que ya se ha aprobado y, además, el Departamento Administrativo de Salubridad; pero no es este el capital argumento que las Comisiones han expuesto en su dictamen para sostener la constitucionalidad del Departamento Universitario y de Bellas Artes.

Creí que el señor diputado Guajardo leería en toda su extensión el párrafo relativo, y sólo leyó la primera parte de él, que dice así:

"Se establece el Departamento Universitario de Bellas Artes en la forma propuesta por el Ejecutivo, y no como dependiente de la Secretaría de Estado, porque, según el espíritu de la Constitución, no debe depender la instrucción pública de ningún Ministerio, sino de una manera directa del jefe del Gobierno de la Nación."

Esto leyó el señor diputado Guajardo; la Constitución, señores, no establece de una manera terminante que la instrucción debe depender del Ejecutivo: el artículo 14 transitorio de la Constitución dice que no habrá Secretaría de Estado de Instrucción Pública, y es natural que así debía ser; pero el artículo 73, en su fracción VII dice que será competencia del Congreso General el establecimiento de escuelas superiores de investigación científica, museos, etc., entretanto la iniciativa particular los establece y sostiene y, además, que estos institutos, una vez establecidos, deben tener competencia general en toda la República, pero sin que sea forzosa e indispensablemente una facultad exclusiva de la Unión. ¿Esto qué quiere decir, señores diputados? Que puede haber una Universidad Nacional en la forma de Departamento Administrativo, y que ésta puede establecer una Universidad en Guadalajara, una Universidad en Oaxaca, o una Universidad en cualquiera otra parte del territorio de la República; pero sin que esto quiera quitar al Estado la facultad de establecer Universidades por su parte, ni a la iniciativa particular, que es a quien toca dar y sostener esta clase de instrucción. ¿Sostenida una Universidad particular en cualquiera parte de la República, establecida por el Congreso General una escuela de investigación científica, la va a dejar abandonada a su propia voluntad, la va a dejar volando, como dijéramos vulgarmente? No, señores diputados, debe estar sujeta en alguna forma a alguno de los Poderes mediante los cuales el pueblo ejerce su soberanía. ¿Será posible que la Universidad Nacional dependa del Poder Legislativo? ¿Será posible - y esto sería la mayor aberración -, que dependa del Poder Judicial? Indispensablemente tiene que depender del Poder Ejecutivo, que es quien está en mejores condiciones para ejercer la vigilancia debida sobre la Universidad; ¿por qué? porque constitucionalmente tiene facultades el Congreso de establecer las escuelas de investigación científica, sólo mientras la iniciativa particular las establezca; cuando esto suceda, desaparecerá esa facultad y entonces la Universidad será libre y autónoma, como es el desiderátum de todos los partidos de esta Cámara y de todos los alumnos de la Universidad Nacional. Entretanto debe haber cierta subordinación, y si no es la subordinación en cuanto a la parte técnica, sí en cuanto a la parte económica, porque el Ejecutivo de la Unión tiene que sostenerla. En esa virtud, establecer por una ley una Universidad con una independencia económica técnica, sería violar la Constitución, porque sólo da esa facultad para el Congreso General, mientras la iniciativa particular funda escuelas de altos estudios e investigación científica.

Estas son las razones que las Comisiones tuvieron para establecer el Departamento Administrativo de Instrucción Pública y Bellas Artes, en la forma que lo han hecho, y por eso, en nombre de esas Comisiones, pido que otorguéis un voto afirmativo a esta parte del dictamen. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Aurelio Velásquez.

El C. Velásquez: Señores diputados: Vengo a exponer mi opinión franca y sincera, no emanada

de consignas ni sugestiones extrañas a mi conciencia. Entiendo que la cuestión es de mucha trascendencia, por la siguiente razón: se trata de la institución que ve a la cultura nacional, se trata de la institución que va a echar la semilla en los corazones de la juventud, que espera ansiosa la resolución de este problema de tanta importancia; pero entiendo también que no se ha tocado la cuestión en su verdadero punto; no se nos ha dicho lo que es la Universidad, la relación que tiene con la sociedad, y para esto es de método hablar; primero, de lo que es la Universidad con relación al Estado, a la sociedad: es una cuestión social; segundo, la constitucionalidad, que se ha tocado tan malamente; tercero, la política, que han tocado con acierto, que han tocado con patriotismo, que tocó el doctor Siurob al hablar de que la Universidad actual no satisface los fines revolucionarios, y cuarto, el punto de vista legal, porque aquí se han confundido, se ha hablado del plan de esa Universidad, que es obra legislativa, que debe ir la acción del Poder Legislativo a fundamentar esa institución, para que satisfaga altos y esenciales fines.

Tratar separadamente cada una de estas cuestiones es desentrañar el problema, es ponerlo en orden para resolverlo. La cuestión social, señores, es esta: no es verdad eso que se ha dicho de la Universidad así en términos generales, no; en la sociedad, en todas las sociedades se presentan estos fenómenos; la vida política de ellas, la vida económica, la vida del derecho, la vida moral, la vida religiosa, la vida de la ciencia, la vida del arte. ¿Quién realiza todos esos ideales, quién realiza todas esas actividades de la especie humana? La política, el Gobierno; la económica, el pueblo; el derecho, el orden general del derecho está encomendado todo al Poder Público; el derecho es lo que constituye el Estado, el Estado reunido, el derecho, el imperio para armonizar otras esferas de la actividad humana; la religiosa está encomendada a la conciencia y se han fundado iglesias, la ciencia ha fundado escuelas. Bien, y ¿qué relación tiene la ciencia con el estado social en general? Esto: - oídlo, señores, para partir de allí, esta es la base fundamental - el espíritu humano buscando la verdad, buscando las leyes que rigen a la naturaleza, quiere encontrar el medio de hacer que esa naturaleza se ponga a su servicio para satisfacer sus necesidades y elevarse sobre la animalidad a un fin racional, al goce de la vida en su mayor amplitud en el tiempo y en el espacio; esta es la verdad de los hechos, a eso va la ciencia, el arte, la expresión sensible del pensamiento humano, expresado en ese mismo pensamiento de una manera filosófica, o es visión benéfica en el propio corazón del mundo bello, dice un escritor moderno. Bien, si la ciencia y el arte tienen esas finalidades, ¿qué relación tienen con la sociedad en general? La cultura de la ciencia y el arte presentados por la Escuela, este es el fin. Cuando la iniciativa individual es suficiente, como en algunos pueblos, cuando se bastan por sí mismos, viene la Universidad a representar la ciencia y el arte y, entonces, llega a este concepto: la autonomía de la Universidad. Así pasó en los pueblos griegos; pero ustedes saben cuál ha sido la marcha de la humanidad; viene la religión católica tergiversando las ideas de su divino fundador y abrogándose la facultad de enseñar al mundo: vino la universidad religiosa supeditando la ciencia y el arte. ¿Las consecuencias? Obscuridad completa. Viene luego el impulso del renacimiento, la resurrección del espíritu clásico y, entonces, nacen las universidades libres de Italia, que fracasaron por espíritu de partidarismo y de proselitismo. Viene después la reforma encabezada por Lutero, y Alemania es la primera que funda universidades dominadas por el Estado, porque era protestante, y surge la universidad protestante, una tervigersación de las miras de la Universidad. Me refiero a la Universidad alemana de entonces, señores. Más tarde los pueblos, siguiendo su marcha ingente e incontrastable del progreso, hacen que el Gobierno se percate de esto: el espíritu humano no siempre está en aptitud en algunos pueblos para que por la iniciativa individual se establezcan los altos cuerpos científicos. Entonces, el Estado tiene interés en la cultura humana, en que el individuo, en todas sus manifestaciones, propenda a alcanzar el conocimiento de las leyes naturales para poner la naturaleza a su servicio y obtener el mayor perfeccionamiento, es decir, aquí en el mundo el goce de la vida en toda su intensidad; entonces surgió esta idea: sostener un centro universitario que tenga por objeto llegar a esa finalidad científica y a la de la belleza para levantar al pueblo. La Universidad debe ser el guardián del alto patrimonio intelectual humano, debe ser el cuerpo que haga que las ciencias progresen, que se apliquen y se perfeccionen; este debe ser el ideal, este es el ideal y no otro. Hay momentos - y aquí está el punto que ha tocado el señor doctor Siurob -, en cuanto la vida nacional se sobrepasa en su marcha, da un paso rápido como en estos momentos, como van a oírlo ustedes: es necesario que marchen paralelamente la ciencia y la vida política de esa nación y, entonces, la Universidad debe ser esto: Acoger también las nuevas ideas que el pueblo, que la Nación entera ha abarcado con fe y con sacrificio, con sangre y como expresión de la aspiración universal del pueblo mexicano. Entonces, conservadora, es decir, guardadora - para no perturbarse con esa palabra -, guardadora del alto patrimonio científico y artístico, impulsora para el progreso de ese patrimonio científico y artístico, aplicadora de ese progreso, esta es la finalidad. Bien, como en México la iniciativa individual no ha llegado a formar universidades, si no sean las religiosas que ya saben ustedes cuál ha sido su resultado, el Gobierno debe tomar a su cargo, no como lo hizo Porfirio Díaz para ostentación al celebrar el centenario de la Independencia, no; hay que ir al fondo, a la esencia misma de la Universidad, a lo que la constituye, para un pueblo, para que satisfaga sus aspiraciones. Entonces queda esto: La Universidad debe ser la guardadora del patrimonio intelectual humano y artístico, nacional, mexicano; debe ser la que imprima el progreso. Vamos a ver si la Universidad tal como está ha cumplido; vamos a ver si tenemos derecho para que se lleve allí la mano legislativa; ¿pero separar todas esas cuestiones? Yo apunto la social, porque así debe ser primero para resolver las otras; entonces la Universidad aquí creada con fondos de la Nación entera, con fondos del pueblo, creada, sostenida, mantenida por él con esta finalidad, también nacional, popular, incontrastable, innegable,

que guarde el alto patrimonio intelectual y artístico, que aplique los progresos de la ciencia, que los haga aplicables y que la haga adelantar, esto debe exigir el Estado; si no lo exige tal cosa como su finalidad, queda trunca, según las aspiraciones nacionales, se burla la institución. Así debe ser la Universidad considerada bajo el punto de vista social. Vamos ahora al Constitucional: Sentado que depende en su vida económica y en sus finalidades la universidad, del pueblo, de la soberanía, debe cumplir también con la misión que le exige. Sentado esto, vamos a la base constitucional. ¿Bajo qué dirección, o, mejor dicho, quién tiene que ver con la Universidad? ¿El municipio? No; ¿el Estado? tampoco; ¿los Poderes Federales? ¿cuál de ellos? El Poder Judicial aplica la Ley a casos concretos; el Legislativo considera las necesidades populares y dicta leyes en casos concretos. La instrucción, la educación, la cultura, deben ser determinadas por el Poder Legislativo, y el Ejecutivo tiene que cumplir las leyes dictadas por aquél; deben, por consiguiente, depender del Poder Ejecutivo. Se presenta este caso constitucional: se suprimió la Secretaría de Instrucción Pública, que era la que tenía relación jurídica racional. Las Secretarías de Estado no se establecen a capricho; hay un bloque de asuntos administrativos; pero estos asuntos se clasifican, se distinguen, se especifican y se van colocando en grupos; cada Secretaría tiene su grupo de materias conexas; a la Secretaría de Instrucción debería aplicarse la materia de la Universidad. Nuestro artículo 14 transitorio suprimió la Secretaría de Instrucción Pública. No olvidéis que quedamos en que debe ser el Poder Ejecutivo el que tenga la vigilancia administrativa y la Nación entera el derecho de ver si la universidad ha cumplido su finalidad esencial, social y política; eso es indiscutible. Debe el Poder Ejecutivo intervenir, ¿cómo? ¿por un Ministerio, por una Secretaría de Estado o un Departamento? Esto es nimio. Ninguna Secretaría tiene relación con la Universidad. ¿Un Departamento? Sí. Si se quiere que la Universidad satisfaga sus fines políticos, sociales, nacionales, de ser guardadora de la ciencia y propulsora del progreso, debe también, para cumplir mejor su institución, en cuanto al método, el procedimiento, a las formas, a la manera de buscar las leyes de la naturaleza, en cuanto a la manera de enseñar y procurar que haya enseñanza, debe ser autónoma; aquí está la autonomía de la Universidad, así como por ejemplo en la iglesia que pretendemos que viva entre el Estado, no debe intervenir el Gobierno en el dogma, debe cuidar sólo que con sus actos no perturbe el orden público; la Universidad tiene otras finalidades; guardadora, el Gobierno y la sociedad tienen derecho de decirle si ha guardado la ciencia; tienen derecho de decirle si ha hecho el progreso de la ciencia, qué propulsión le ha dado a esa ciencia, vamos a ver, desde que está establecida. Bien, si debe gozar de cierta autonomía, en un Ministerio no puede tener esa autonomía, imposible, ni tiene relación con ninguno de los Ministerios cuya creación hemos votado en estos momentos, no; entonces que se un Departamento, que se entienda con el Ejecutivo directamente, no tiene ningún inconveniente para su autonomía. Fijaos que la autonomía en este caso principia, se insinúa para el orden administrativo; si se quiere que sea, pues, el Ejecutivo, esta es la cuestión constitucional; lo demás es inútil, son nimiedades, alguien ha de intervenir, porque el pueblo es el que paga, el que hace subsistir esa Universidad, y el pueblo tiene derecho de que llene sus finalidades y esas finalidades no las llena si no hay quien las vigile. Indudablemente yo no digo que vayan a enseñar; pero sí que vigile el Gobierno, el pueblo entero, si ha cumplido su misión soberana, incontrastable, nacional, patriótica; si ha cumplido, entonces, la cuestión constitucional es que sea un Departamento, el Universitario, no hay ningún inconveniente, no se rompe el orden constitucional; al contrario, se confirma el espíritu de la Constitución; alguien debe intervenir no es una Secretaría, porque ninguna relación tiene la Universidad con las Secretarías creadas, que sea un Departamento para que conserve algo más de autonomía, ¿por qué conserva esa autonomía el Departamento de Salubridad? Por lo ingente, por la premura de algunas medidas y ustedes saben que en el orden racional de establecerse el Gobierno, si es el Presidente uno solo es por la rapidez, por la decisión, porque no delibera, sino que ejecuta inmediatamente; pues en el orden universitario también es necesario que haya vigilancia, que haya inmediata relación con la Universidad. Esta es la razón substancial, elemental, para admitir que sea Departamento; en ese caso ha estado bien la Comisión.

Vamos al punto político: ustedes saben cómo se han desarrollado las ciencias en el orden matemático. En orden matemático mucho tiempo hace, y desde la iniciación de la evolución matemática, no ha intervenido el espíritu metafísico para resolver sus problemas; en el orden astronómico fue condenado alguien porque no creía en las ideas homocéntricas ni geocéntricas.... (Voces: ¡Galileo!) Sí, Galileo fue condenado por una Universidad. La lucha del espíritu humano ha sido siempre para desprenderse de la religión como insuficiente para explicar los fenómenos de la naturaleza, dar de pie con las concepciones metafísicas como incapaces y absurdas para interpretas las leyes del orden universal; sólo el orden positivo ha satisfecho las exigencias de la vida. Pero no todas las ciencias han seguido su curso, vinieron las ciencias físicas y encontraron muy serios obstáculos; ustedes saben cómo las Universidades rechazaron la invención de Fulton; en el orden químico, no se admitió el progreso de esa ciencia de las leyes moleculares que descubrió; vinieron las ciencias fisiológicas y biológicas y siempre hubo un espíritu metafísico oponiéndose al progreso de las ciencias. En las ciencias morales, jurídicas y sociales, las Universidades han sido el propugnáculo de la metafísica y de las religiones; ahí se han escondido como en su última trinchera para defenderse de todos los ataques de las ciencias modernas. En la ciencia jurídica todavía se dice que justicia es diversa de los actos justos y otras cosas, que hay un Dios para embarazar el progreso humano. Allí está el error, cuando la Universidad acoge esos conceptos, se opone al espíritu moderno y al progreso y las ciencias morales son las más susceptibles. Si no, decidamos, vamos al caso. La Universidad en este ingente movimiento nacional que ha costado cien mil víctimas.... (Voces: ¡Más!)

Que ha hecho un piélago de sangre de los mexicanos, que es un torrante de lágrimas insecable, que es un clamor inmenso de las viudas, la Universidad, ¿Cómo ha seguido este movimiento, qué ha hecho en este caso para seguir el espíritu mexicano? En el orden social ha llegado alcanzar el mayor perfeccionamiento a que puede aspirar un pueblo; será teórico ahora, pero está santificado con muchas víctimas, hay un altar inmenso levantado a los que se han sacrificado, y es necesario que se cumpla la finalidad, infaliblemente. ¿Cómo se ha respondido a eso? ¿Hay un liberal aquí empapado en el sentimiento divino, divino es, señores, el sentimiento de darle vida al hombre, el derecho a la vida no estaba reconocido por las instituciones ni lo reconocen ninguna como nuestras instituciones; el derecho a la vida es darle la felicidad, darle de comer al hombre; esta es la gran obra del movimiento revolucionario mexicano, así está consignada aquí, esa propiedad entrañada, enraizada hace siglos para hacer que el hombre no tuviera, que el pobre, el miserable, no tuviera, como el tigre, un abrigo, o como el pájaro un nido, sino que viviera bajo el techo ajeno; no trabajar como no lo ha hecho nadie hasta ahora. ¡Qué diferencia hay entre los peones de Amílcar y los peones de la actualidad! A los peones de Amílcar les tapaban la boca para que no recibieran el polvo de la harina, y, en cambio, dejaban libres a las bestias; ¿Qué toca al obrero, qué queda al pueblo de lo que produce con sus sudores y su trabajo, en donde ha pasado generaciones olvidado, en donde ha habido miseria, en donde sus hijos nunca han tenido la sonrisa de la felicidad de la abundancia? Eso ha sentido el pueblo mexicano. ¿A esta Revolución ha respondido la antigua Universidad con eso? ¿Qué, alguna vez alguna obra salida de la Universidad ha respondido a esa exigencia humana, divina, nacional, santificada con el holocausto de muchas víctimas? No, y a eso tenemos derecho de que responda, es el punto que tocaba el doctor Siurob. Bien, señor, ¿Pero eso será cuestión de introducirla en la ley que discutimos ahora para decir que un Departamento, que se forme un Departamento con la Universidad? No, por eso subvierten a las nociones, que por eso hay esa discrepancia en el modo de pensar; no debemos hoy dar a la ley; debemos decir cuáles son los fines de la Universidad. Algo más señores, yo no vengo a atacar aquí personalidades, soy ajeno a eso, yo me refiero a que la obra en general no ha respondido, no, y no ha respondido, porque ya saben cómo no ha respondido; no me refiero a personalidades; pero vamos a dar la ley y allí tenemos derecho y justo, incontrastable, de fijar qué condiciones debe tener la Universidad. Oid expender un argumento que decía: "No, ¡Que competentes va a ser los diputados para fijar cualidades a un candidato universitario" Se ha confundido lamentablemente, ahí está el error, el sofisma; nosotros no hemos podido calificar a un Ministro de la Suprema Corte de Justicia, y, sin embargo hemos tenido faculta para elegirlo. El derecho de elección es una cosa y las aptitudes para hacerla son otras; no vamos a examinar a los universitarios, sino a exigirles determinen cualidades, y, es claro, que podemos determinar, entre las cualidades de un juez o de un magistrado, que tenga práctica, un título, etc., y del mismo modo pudiéramos exigir a los universitarios que tengan aptitudes, reveladas en una obra original, en algo que demuestre sus conocimientos, así como otras cualidades, la revolucionaria - fijáos bien -, allá iba el diputado Siurob y con razón.

Ahora, que no nos enlacen una Universidad que no responde a esos fines, con la Universidad que nosotros queremos; esa debe ser obra nacional. ¿Se creerá que es una pretensión insensata? No es verdad. Tenemos derecho a que en el concierto nacional no haya obstáculos insuperables que se opongan a la marcha incontrastable de las finalidades a que aspira la Revolución; tenemos derecho a esperar del elemento intelectual, de esa juventud en que corre la sabia de la vida y debemos confiar en que ella vaya a poner la simiente en el pueblo; no dejemos extraviar esa juventud, tiene derecho a pedirnos el pan de la instrucción, pero que sea la que necesitamos: que cese la metafísica de retumbar en las aulas, porque no ha hecho progresos; ningún metafísico ha sido autor de un progreso humano de los que han beneficiado la especie; ninguna religión ha hecho eso; acuérdense de Galileo; el dogma no ha sido suficiente, sólo es suficiente la experimentación y el raciocinio bien aplicado, el espíritu positivista. Esa juventud en la que nosotros tenemos nuestras más gratas esperanzas, ahí donde todo es ingenuidad y cuyo corazón está abierto a los sentimientos más altos y delicados, tiene derecho a que le llevemos el germen bendito de la instrucción con una ley que declare autonomía a la Universidad en su manera de desenvolver las ciencias, en su manera de desenvolver las ciencias, en su manera de presentar las artes. Esa es la autonomía; en ese sentido hablar de autonomía absoluta cuando necesita para vivir de recursos de la Nación, de recursos del Estado y de recursos de los contribuyentes es una contradicción como dicen los metafísicos: "in terminis;" necesita que se le dé y dicen que es autónoma, no es verdad, esa es una aberración, necesita primero que se tenga la conciencia de lo que es una Universidad para que satisfaga sus fines esenciales y nacionales y que se pongan a cubierto de las trabas que se le pueden poner en los ministerios, propendiendo cada día más a su autonomía en su manera de obrar en el orden técnico; tercero, que sea una ley la que determine esa finalidad definida completamente, que sea una ley la que determine las cualidades que debe tener el que vaya a ocupar tan alto, tan trascendental puesto.

Esta es mi manera de ver, si yo me he equivocado, señores, he hecho lo que he podido, así he pensado, así he aprendido, así lo siento; vosotros sabéis si en estos momentos después de votar esto, hemos de admitir ese Departamento, olvidando que debemos en el acto dar una ley, una ley que fije las atribuciones de esa Universidad, que determine las cualidades que deben tener los que vayan a ocupar ese alto puesto que instruya a la juventud; pero lo queremos de cierta manera, que la ciencia penetre en los corazones reunidos, que haga la comunión santísima de la ciencia; el altruismo del pueblo ha pagado muy caro ese anhelo nacional, es necesario cumplirlo, esa es la misión, señores, no mezclar los asuntos, Tenéis razón, la liberta de la Universidad étnica, vigilancia del Gobierno y que dé cuanto esa Universidad

debe dar si ha cumplido con su misión nacional y científica: colocarla en el lugar que le corresponde, llevarle a la niñez, a la juventud ávida de sentimientos nobles y generosos, lo que ha pedido el pueblo mexicano en dos o tres años de lucha sangrienta y con tantos sacrificios; tener derecho a que se cultive, a que se imparta la ciencia allí en el foco de donde procede ese raudal de sentimientos, porque la ciencia debe ir acompañada de altruismo, de las miras técnicas que ahora tiene la ciencia social, racional y voluntaria. con una finalidad elevadisima: no queremos cuerpos de sabios para que sean sabios ellos solamente; que derramen su ciencia en la juventud y que esa juventud vaya a esparcir esa semilla de oro para hacer fructificar el árbol santo de la felicidad del pueblo. (Aplausos.)

El C. Manrique: ¿Ya va a terminar la sesión? (Voces: ¡Ya debe terminar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Manrique: Yo la pido, como miembro de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Siurob: Señor Presidente, ya me había usted concedido la palabra.

El C. Presidente: A los miembros de la Comisión debe concederse en todo caso la palabra.

El C. Manrique: Señores diputados: Muy brevemente voy a exponer algunas ideas acerca de la existencia del Departamento Universitario. Como se ha querido envolver, como es natural que suceda y sucede siempre, como se ha querido confundir el problema a discusión con las personas que defienden el dictamen; como se han confundido y tornado inseparables los ataques a tal o cual miembro de la Comisión y los ataques al dictamen mismo, perdonaréis que confunda los argumentos que tocan al fondo mismo de la cuestión con breves rectificaciones a alusiones personales del compañero José Siurob. He sido blanco de algunos ataques y puedo aseguraros que no...

El C. Siurob: ¡Moción de orden! El reglamento dice que las Comisiones tienen derecho de hacer uso de la palabra para apoyar un dictamen, siempre que no haya hablado una persona en pro; como ya ha hablado el pro el C. Velásquez, me corresponde, conforme al reglamento, hablar.

El C. Manrique: ¿Podría citar el C. Siurob el artículo en que se apoya?

El C. Siurob: Ya se va a leer por la Secretaría.

El C. Blancarte: ¡Moción de orden! sólo puede interrumpirse al orador para mociones de orden. en casos que no es precisamente el que indica el C. Siurob.

El C. Presidente: Los miembros de las Comisiones tienen una voz informativa en los debates de los asuntos que están a discusión y en que ellos hayan dictaminado; en todo tiempo tienen derecho de hablar y el reglamento mismo fija que pueden hablar más de dos veces cualquiera de los miembros de la cámara. En este caso se considera que los miembros de las Comisiones tienen una voz informativa de importancia y que debe oírseles en todo caso aun alterado el orden mismo de la discusión, sea en pro o sea en contra.

El C. Siurob: Me permito hacer una rectificación al señor Presidente. El espíritu del reglamento es que los miembros de las Comisiones tengan voz cuando les corresponda, es decir, hablando en pro del dictamen; por eso el mismo reglamento concede la facultad de hablar hasta más de dos veces sobre un mismo asunto, porque pueden hace uso de la palabra en pro varias veces para informar cuando sea necesario; además, el C. Manrique no pidió la palabra para informar, y, por último, está haciendo uso de la palabra para contestar alusiones personales cuando el la pidió en pro. Por todas estas razones creo que me corresponde el uso de la palabra. El artículo 97 del reglamento es claro y terminante: No se debe alterar el orden, pido que se lea el artículo 97.

El C. Presidente: La Secretaria dará lectura al artículo 97.

El C. Secretario Portes Gil: "Artículo 97. los miembros de la Cámara hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el Presidente por el orden de las listas."

El C. Siurob: Pido que se lea también e artículo 99, que es el que invoca la Presidencia.

- El mismo C. Secretario: "Artículo 99. Los individuos de la Comisión y el autor de la proposición que se discuta, podrán hablar más de dos veces. Los otros miembros de la Cámara sólo podrán hablar dos veces sobre un asunto."

El C. Siurob, continuando: Apoyado en esos artículos, C. Presidente, pidió que se me conceda el uso de la palabra.

El C. Blancarte: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Blancarte.

El C. Blancarte: Para que se lea el artículo 103 de reglamento.

El C. Presidente: La Secretaría va a dar lectura a ese artículo.

- El mismo C. Secretario: "artículo 103. Comenzada la discusión, ningún individuo puede pedir la palabra si no en voz baja y acercándose al Presidente, ni se podrá interrumpir al que habla, bajo pretexto alguno, a no ser para reclamar el orden."

El C. Siurob: Fundado en todos esos artículos. C. Presidente, reclamo el orden, y pido, conforme a ese orden establecido en el reglamento, que se me conceda el uso de la palabra.

El C. Martínez de Escobar: ¡Para mañana!

El C, Manrique: Yo pido a mi vez a la Presidencia se sirva ordenar que se lea al artículo 101 reglamentario.

- El mismo C. Secretario: "Artículo 101. Los individuos de la Cámara, aun cuando no estén inscritos en la lista de los oradores, podrán pedir la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales."

" Artículo 111. Antes de cerrase en lo general la discusión de los proyectos de ley, podrán hablar seis individuos en pro y otros tantos en contra, además de los miembros de la Comisión dictaminadora y de los Ministros. En los demás asuntos que sean económicos de cada Cámara, bastará que hablen tres en cada sentido, a no ser que ésta acuerde ampliar el debate,"

- El C. Siurob. Pido la palabra para reclamar el orden, señor Presidente.

El C. Presidente: La Presidencia no tiene empeño

ninguno en sostener el trámite que dio, concediendo la palabra al ciudadano Manrique, y sujeta su decisión a la aprobación de la Asamblea.

- El mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si continúa el orador en el uso de la palabra. Los que estén afirmativamente se servirán poner de pie. (Voces: ¡Vamonos, vamonos!)

El C. Martínez de Escobar: Que se levante la sesión.

El C. Siurob: Reclamo el orden.

El C. Presidente: Estamos en votación.

El C. Siurob: Es precisamente para reclamar el orden. La votación todavía no se verifica. El reglamento, que es una ley, está por encima de las resoluciones de la Cámara. (Siseos.)

El C. Presidente: Suplicaría al C. Siurob que, en obvio de dificultades, diga cuál es el artículo que se está violando al haber concedido la palabra al C. Manrique.

El C. Siurob: El artículo 97.

El C. Manrique: Estando en el uso de la palabra, que me ha sido concedida por la Presidencia......

Ç - El C. Presidente: Aún no se la concedido la palabra.

El C. Alonzo Romero: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: El reglamento dice clara y terminantemente que, en toda discusión, pueden hacer uso de la palabra seis oradores en pro y seis en contra, además de los miembros de la Comisión y de los Ministros de Estado. Ese "además indica que si los miembro la comisión piden la palabra, naturalmente ya no hablarán los oradores alternativamente, porque al hablar aquellos, tienen que alterarse el orden de los oradores en pro y en contra.

El C. Alonzo Romero: ¡Moción de orden! Entiendo que cuando hay dos diputados que piden la palabra al mismo tiempo y uno de ellos forma parte de la Comisión, de preferencia la Presidencia tiene que permitir a éste que hable; pero si de antemano se ha inscripto algún diputado, la Presidencia no tiene facultad para impedirle que hable en el momento que le corresponde un turno.

El C. Medina Hilario: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Medina Hilario: Las Comisiones, y ésta en una práctica parlamentaria que tengo derecho a invocar, porque en estas cuestiones, ante todo, rigen los precedentes, las Comisiones tienen derecho a hablar cuantas veces quieran en el curso de un debate, y esta especie de privilegio que les ha concedido la ley, tiene por objeto que las Comisiones estén en aptitud de elegir el terreno en el momento en que deben entrar a discutir, porque ellas se supone que van a dar ilustración a la Asamblea sobre puntos que han estudiado más especialmente que cualquier otro miembro de la Cámara; de manera que, en todas las Asambleas, se ha observado este precedente y no hay razón para que en esta vez no se observe; lo que dice el ciudadano diputado Alonzo Romero no es exacto; aun cuando se haya inscripto un orador, un miembro de las Comisiones no tiene la obligación de ir a inscribirse y, por lo tanto el derecho de solicitar el uso de la palabra en el momento en que lo juzgue oportuno. El Ciudadano presidente debe mantener en el uso de la palabra al ciudadano Manrique. (Aplausos.)

El C. Siurob: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Zubaran: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra para una moción de orden el ciudadano Siurob.

El C. Siurob: Es una sorpresa jurídica la que quiere dar en estos momentos el ciudadano diputado Medina Hilario, interpretado el reglamento de una manera capciosa. El artículo 97, de una manera perfectamente clara y terminante, dice que hablarán alternativamente en contra o en pro, y no dice de ninguna manera, ni ningún artículo lo dice tampoco - que me lo cite cualquiera de los señores diputados -,que se deba preferir a las Comisiones cuando ya haya hablado algún individuo en pro; mucho menos dice que se pueda romper el orden alternativo.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Zubaran para una moción de orden.

El C. Zubaran: La Moción que pido al señor Presidente, es para apoyar en parte lo que acaba de decir el C. diputado Medina. Las Comisiones pueden hacer uso de la palabra en cada momento para ilustrar el criterio de la Asamblea, para hacer rectificaciones de hechos, pero para hacer uso de la palabra en pro del dictamen, supuesto que ya antes se había concedido el uso de la palabra a un diputado, miembro de la Comisión, que estaba inscripto. El C. diputado que esta en la tribuna puede hablar para rectificar hechos.

El C. Presidente: Por eso se va a repetir la votación.

El C. Secretario Portes Gil: Los que crean que deba seguir en el uso de la palabra el C. Manrique, sírvanse poner de pie.

El C. Alonzo Romero: ¡Moción de orden! No hay quórum. (Voces: ¡Vamonos!)

El C. Manrique: Señores diputados.....

El C. Siurob: Reclamo la votación, que se vuelva a hacer....(Siseos y voces: ¡No hay quórum!)

El C. Presidente: En vista de que se ha manifestado que no hay quórum, se procede a pasar lista.

- El C. Prosecretario Muñoz pasó lista.

- El mismo C. Prosecretario, al estar pasando lista: Se suplica a los diputados guarden silencio, para oír los que contestan. (Voces: ¡Ya son las ocho! ¡Vamonos!)

El C. Presidente: En vista de no haber quórum y haber transcurrido el tiempo reglamentario, se va a dar lectura a la orden del día para mañana.

El C. Secretario Aranda: "Orden del día para mañana:

"Discusión del proyecto de ley relativo a la pensión destinada a los hijos del senador don Belisario Domínguez.

"Continúa la discusión del dictamen sobre el proyecto de Ley Orgánica de las Secretarías de Estado."

El C. Presidente, a las 8.05 p. m.: se levanta la sesión y se me cita para mañana a las cuatro de la tarde.

El Jefe de la Sección de Taquigrafía,

JOAQUÍN Z. VALADEZ.