Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171130 - Número de Diario 72

(L27A2P1oN072F19171130.xml)Núm. Diario:72

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 30 DE NOVIEMBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO 11. - NÚMERO 72

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL 29 DE

NOVIEMBRE DE 1917

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Se da cuenta con los asuntos en cartera. Primera lectura del dictamen de las Comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, sobre autorización al Gobierno del Estado de Puebla para crear un cuerpo de fuerzas de seguridad pública, devuelto por el Ejecutivo con observaciones.

3.- Continúa la discusión de las adiciones al proyecto de Ley de Secretarías de Estado. Son aprobadas las relativas a los artículos 1o., 6o., 8o., 9o. bis, 10 bis y 7o. Es aprobada otra adición a este último artículo.

4.- Dictamen de la Comisión de Presupuestos, reformado al artículo 2o. de la Ley de Ingresos. Se reserva para su votación. Otro de la misma Comisión sobre el impuesto a que se refiere el inciso B, de la fracción XIII del artículo 1o. de dicha Ley de Ingresos. Dos dictámenes más, de la citada Comisión, relativos, el primero, al impuesto diferencial del tanto por ciento de contribución federal a los propietarios de tierras de plantas fibrosas, tintóreas, resinosas, etc., y ganaderos, arrendatarios, etc., que manifiesten poco capital, el cual fue aprobado, y el segundo referente a la proposición de varios ciudadanos diputados para que se fije renta a los templos destinados al culto. Respecto de este dictamen se presentó una moción suspensiva, la cual después de discutida fue desechada. Continúa la discusión del citado dictamen. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencial del

C. RUEDA MAGRO MANUEL

(Asistencia de 137 diputados.)

El C. Presidente, a las 4.20 p. m.: Se abre la sesión.

El C. Secretario Aranda: "Acta de sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veintiocho de noviembre de mil novecientos diez y siete.

"Presidencia del C. Porfirio del Castillo.

"En la ciudad de México, a las diez y veintiuno de la mañana del miércoles veintiocho de noviembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento veintiséis ciudadanos diputados, según aparece en al lista que pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.

"El mismo ciudadano Secretario dio cuenta con el acta de la sesión celebrada el día veintisiete de los corrientes, la que se aprobó sin debate, en votación económica.

"A discusión el dictamen relativo al proyecto de ley por el que se declara de utilidad pública el cultivo de las tierras de labor, se leyó el artículo 8o., el que se reservó para su votación, sin que nadie hiciese uso de la palabra.

"A consideración de la Asamblea el artículo 9o., fue impugnado por el C. González Jesús M. El C. Siurob, miembro de las Comisiones, habló en pro. y el C. González Jesús M., usó de la palabra para una aclaración e interpeló al C. Neri, quien contestó. El C. Siurob, hizo otra aclaración, y en seguida el C. Arellano refutó el punto de debate. El C. Neri, por las Comisiones, habló en pro, y acto continuo, el C. Cepeda Medrano insinuó una modificación. El C. Vadillo, quien asimismo forma parte de las Comisiones, apoyó el artículo 9o., y luego pasó a la tribuna el C. Figueroa para usar de la palabra, en contra. Siguió una nueva aclaración del C. Siurob, quien invitó a sus compañeros de Comisión, para retirar el artículo a discusión, a fin de modificarlo.

"El C. Cepeda Medrano, otra vez habló en contra y fué interrumpido por una observación del C. Figueroa. De nuevo usó de la palabra en favor del artículo 9o., el C. Vadillo, y luego los CC. Morales Hesse, y Neri, contestaron interpelaciones del C. Figueroa.

"Seguidamente se declaró agotado el debate y se procedió a la votación nominal respectiva, de la que resultó desechado el artículo 9o. por ciento cuatro votos de la negativa, contra treinta y siete de la afirmativa. "Se hizo la declaración de que volvía a las Comisiones para que lo reformaran en el sentido de la discusión.

"El ciudadano Secretario Aranda leyó la orden del día para continuar después esta sesión, la que se suspendió a las doce y ocho minutos y se reanudó a las cuatro y veinte de la tarde, con asistencia de ciento veinticinco ciudadanos diputados, según

consta en la lista que pasó el ciudadano Secretario Aranda.

"El ciudadano Secretario Portes Gil dio cuenta con los documentos siguientes:

"Oficio de la Secretaría de Estado, Negocios del Interior, en que acusa recibo del de esta H. Cámara, relativo al memorial del C. Pedro Monroy. - A sus antecedentes.

"Memorial de un Comité de Guadalupe Hidalgo, Distrito Federal, dirigido al ciudadano diputado Mauricio Gómez, que se refiere a una queja por atropellos de que se dice ha sido víctima el grupo independiente de aquel distrito electoral, y por imposiciones para las próximas elecciones municipales.

- Transcríbase al Ejecutivo.

"Ocurso del Gran Partido Independiente Obrero, en que, por las razones que expone, solicita se tome alguna determinación a fin de que en las próximas elecciones municipales se otorgue toda clase de garantías a los ciudadanos para la libre emisión del voto y para que el sufragio efectivo sea una verdad. - Transcríbase al Ejecutivo.

"Oficio de la Secretaría de Guerra, con el que se remiten los documentos que acreditan como esposa del ciudadano general J. Manuel Sobarzo, muerto en campaña, a la señora Isabel Salido, la que solicita una pensión. - A la 2a. Comisión de Guerra.

"Memorial del Ayuntamiento de Tenosique de Pino Suárez, Tabasco, en el que secunda la petición del Gobierno de ese Estado y del Ayuntamiento de la Municipalidad del Centro, para que se continúen las obras de la Barra de Frontera. - Recibo y Agréguese a su expediente.

"Telegrama procedente de Matamoros, Tamaulipas, en el que el Club Liberal Matamorense, solicita se cumpla en las próximas elecciones municipales, con el artículo relativo de la Constitución y con la Ley Orgánica sobre el particular. - A la Comisión de Peticiones.

"Escrito del ciudadano licenciado José Guerra Alvarado, en el que pide que esta H. Cámara resuelva una consulta sobre la Ley de Pagos, expedida por la Primera Jefatura. - A la Comisión de Peticiones.

"Solicitud del C. Marcos López Romero, para que se le conceda una pensión por haber prestado servicios a la Nación, en el ramo de aduanas, por más de cuarenta años. - A la Comisión de Peticiones.

"Escrito del C. Miguel Martínez, en el que, a nombre de la señorita María Concepción Baz, pide pensión por los servicios que prestó a la Patria, su finado padre, el general de brigada Juan José Baz. - A la Comisión de Peticiones.

"Ocurso en que la señora Elvira Bernal reitera su solicitud de pensión como viuda del teniente coronel Ismael Estrada. - Agréguese a sus antecedentes.

"Petición de la señora Catarina Jiménez viuda de Blanco, a fin de que se tramite cuanto antes, su solicitud de pensión, como madre del general Bonifacio Blanco, y como esposa del general Julián Blanco. - Agréguese a su expediente.

"Solicitud de la señora Luisa Rosas viuda de Ruiz Erdozain, para que se le pensione por haber muerto en campaña su hijo, José Antonio Ruiz Erdozain. - A la Comisión de Peticiones.

"Memorial en que la señora Manuela C. viuda de Pino, pide pensión por los servicios que prestó a la causa constitucionalista su hijo, Carlos Pino Cruz, asesinado por la usurpación huertiana. - A la Comisión de Peticiones.

"Invitación del C. Jesús López Lira, en su carácter de Presidente de la Junta de Constituyentes, a fin de que se nombre una Comisión de esta H. Cámara, que asista a la velada y banquete que tendrán lugar el día 1o. del próximo diciembre, con motivo del primer aniversario de la instalación del Congreso de Querétaro. - De enterado y se designan en Comisión a los CC. Treviño, Hay, Rueda Magro, Vadillo, Rebolledo y Secretario Portes Gil.

"Proposición de los ciudadanos diputados Román y López Lira, que dice en su parte resolutiva:

"Exítese a la Mesa a que cumpla estrictamente con lo prescripto en el artículo 64 constitucional y lo relativo a los artículos 47 y primera parte del 49 del Reglamento."

"Fundada la dispensa de trámites por el C. Román, en votaciones económicas sucesivas se acordó que el asunto era de obvia resolución, y fue aprobada la proposición de que se trata.

"Acto continuo, el C. Rueda Magro pasó a la tribuna para rectificar hechos, y en seguida el ciudadano Secretario Aranda dio lectura a un dictamen que formulan las Comisiones, 2a. de Puntos Constitucionales, de Estado, Departamento Interior, y la. de Instrucción Pública, con motivo de las adiciones y modificaciones propuestas por varios ciudadanos diputados al proyecto de Ley Orgánica de Secretarías de Estado, aprobado ya.

"Propuesta a discusión, la adición al artículo 1o., que propuso el ciudadano diputado Luis Cabrera, relativa a la creación de un Departamento de Contraloría , sin que nadie hiciese uso de la palabra, se resolvió para su votación.

"A consideración de la Asamblea la modificación sugerida por el ciudadano diputado Andrés Ortiz, que consiste en un ordenamiento lógico de los asuntos de la dependencia de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y en que se agregue entre los ramos de dicha Secretaría "Jurisdicción sobre el sistema Hidrográfico del Valle de México." (artículo 6o.), el C. Juan Tirso Reynoso usó de la palabra para hacer diversas consideraciones sobre una adición que propuso tendente a que la Secretaría de Hacienda interiviniera en los manejos de los fondos de los Ferrocarriles Nacionales.

"Contestaron interpelaciones del C. Reynoso los CC. Rueda Magro y Ortiz, el primero a nombre de las Comisiones, y luego ambos hicieron aclaraciones. El C. Reynoso también interpeló al C. Alejandre y contestó a su vez, preguntas que le dirigieron a los CC. Villarreal Jesús J. y Zubaran. El C. Rivera Cabrera hizo una moción de orden a la que siguió una aclaración de la Presidencia y luego terminó su discurso el C. Reynoso.

"El C. Rueda Magro apoyó la modificación que presentan las Comisiones al artículo 6o. y en seguida el C. Presecretario Limón, a solicitud del C. Reynoso, leyó un documento.

"El C. Subsecretario del Interior, usó de la palabra para informar, y el C. Alejandre rectificó hechos e hizo apreciaciones acerca de la adición

propuesta por el C. Reynoso. Este hizo una aclaración , otra el C. Siurob, y acto seguido, rectificó hechos el C. Villarreal Jesús J. El C. Siurob, habló en contra del punto a discusión e interpeló al C. Zubaran, quien contestó. "El C. Sánchez Pontón, miembro de las Comisiones, pronunció un discurso en el que hizo consideraciones acerca de la administración que actualmente se desarrolla en los Ferrocarriles Nacionales, apoyó la modificación al artículo 6o. y solicitó la lectura de un documento que llevó a cabo el C. Secretario Aranda. El C. Zubaran, al comenzar a hablar el C. Sánchez Pontón, le dirigió una pregunta que éste contestó en el curso de su peroración. "El C. Reynoso manifestó que en vista de las razones aducidas por las Comisiones, retiraba la adición que había propuesto.

"Presidencia del C. Rueda Magro Manuel.

"Y una vez que el C. Alejandre rectificó hechos y el C. Ortiz hizo una aclaración, la Secretaría declaró que se reservaba para votarla después, la referida modificación al artículo 6o. del proyecto de Ley de Secretarias. "Asimismo, se reservaron para igual objeto la modificación propuesta por el C. López Lira al artículo 8., el artículo 9o. bis, que lo presentan las Comisiones redactado de mejor manera de acuerdo con las ideas vertidas durante la discusión relativa, y el artículo 10 bis, creado con motivo de la adición propuesta por el ciudadano diputado Luis Cabrera, referente a establecer un departamento de Contraloría, adición que, como se ha dicho modificó el artículo 1o.

"En vista de las razones que expuso el C. Manrique, miembro de las Comisiones, la Asamblea permitió que éstas retiraran del artículo 3o. las palabras "Deuda Pública."

"La Secretaría dio cuenta también con otra modificación que presentan las Comisiones, a fin, de que la Escuela Superior de Comercio y Administración, no forme parte de la Universidad Nacional, sino que pasa a depender de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, modificación que afecta el artículo 7o. El C. Manrique, por los motivos que dio a conocer, se opuso a que se discutiera esta modificación.

"Como hubiese duda respecto de la existencia de quórum, el C. Secretario Aranda, principió a pasar nueva lista, labor que no continuó en virtud de mociones de orden de los CC. Figueroa, Rivera Cabrera y López Lira.

"El C. Pérez Gasga, que también forma parte de las Comisiones, explicó las razones por las que es presentaba esta modificación y al terminar su discurso, contestó dos interpelaciones del C. Manrique.

"El C. Medina Hilario, con motivo de que la Secretaría preguntó si se admitía a debate el punto, hizo una moción de orden a la que siguió una aclaración de la Presidencia. Acto continuo, la Cámara acordó admitir a discusión la proposición de las Comisiones.

"El C. López Lira Pidió se votaran desde luego las modificaciones y adiciones que se había reservado, a lo que se opuso el C. Manrique y con tal motivo hicieron aclaraciones el mismo C. López Lira y la Presidencia.

"A solicitud del C. Manrique, pasó a informar el C. Subsecretario del Interior, quien al concluir, hizo una aclaración solicitada por el C. Cepeda Medrano.

"El C. Secretario Aranda dio cuenta con la minuta que presenta la 1a. Comisión de Corrección de estilo, relativa al proyecto de ley que concede una pensión de cinco pesos diarios, a la señora Carmen Alatriste viuda de Serdán, documento que fué aprobado en votación económica, sin que nadie hiciese uso de la palabra. Se declaró que pasaba al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"A las siete y cincuenta y cuatro de la noche se cerró la sesión, después de que el C. Secretario Aranda leyó la orden del día para la siguiente." Está a discusión el acta.

El C. Blancarte: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Blancarte.

El C. Blancarte: En el acta no se hace constar que pedí la palabra para una moción de orden y se me negó la palabra, ayer, al terminar la discusión; pido que se haga constar.

El C. Secretario Aranda: Se hará constar.

Con la aclaración propuesta por el C. Blancarte, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba el acta. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: "Secretaría de Estado, Negocios del Interior. - Sección primera. - Número 3431.

"Deseando el C. Presidente de la República utilizar los servicios del C. general Federico Montes, miembro de esa H. Cámara, en el desempeño de una Comisión incompatible con el cargo de diputado, el propio Primer Magistrado ha de merecer de ese mismo H. Cuerpo se sirva conceder al expresado señor, licencia por el tiempo que dure su comisión.

"Lo que me honro en decir a ustedes a efecto de que se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara para su resolución, reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.

"Constitución y Reformas. - México, 29 de noviembre de 1917.- El Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho de Interior. - Aguirre Berlanga. - A los ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - A la Comisión de Estado, del Interior.

"Secretaría de Estado, Negocios del Interior. - Sección primera. - Número 3429. "Deseando el C. Presidente de la República utilizar los servicios del C. licenciado Enrique Parra, miembro de esa H. Cámara, en el desempeño de una comisión incompatible con el cargo de diputado, el propio Primer Magistrado ha de merecer de ese H. Cuerpo se sirva conceder al señor expresado, licenciado por el tiempo que dure su comisión.

"Los que me honro en decir a ustedes, a efecto de que se sirva dar cuenta a esa H. Cámara para su resolución, reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.

"Constitución y Reformas. - México, noviembre

29 de 1917. - El Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho del Interior, Aguirre Berlanga.

"A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - A la Comisión de Estado, del Interior.

"Secretaría de Estado, Negocios del Interior. - Sección 1a. - Número 3430. "Deseando el ciudadano Presidente de la República, utilizar los servicios del ciudadano licenciado Flavio Pérez Gasga, miembro de esa H. Cámara, en el desempeño de una comisión incompatible con el cargo de diputado, el propio Primer Magistrado ha de merecer de ese mismo H. Cuerpo, se sirva conceder al expresado señor licenciado Pérez Gasga, licencia por el tiempo que dure su comisión.

"Lo que me honro en decir a ustedes, a efecto de que se sirvan dar cuenta a esa H. Cámara para su resolución, reiterándoles las seguridades de mi consideración distinguida.

"Constitución y Reformas - México, noviembre 29 de 1917.- El Subsecretario de Estado, Encargado de Despacho del Interior. - Aguirre Berlanga. "A los CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente - A la Comisión de Estado, del Interior.

La señora Julia A. viuda de Zamora, envía un memorial, en el que pide pensión por los servicios prestados a la Patria por su finado esposo, el teniente coronel de caballería, Luis G. Zamora.

Hacen suyo este memorial los ciudadanos diputados Reynoso, Padilla, Limón, Torres, Pardo, Campero, Peralta, Izquierdo, López Celis, Manjarrez, Arreola R., Pereyra Carbonell, Cienfuegos y Camus, Ruiz, Montiel, Ramírez G., Magallón, Aveleyra, Rueda Magro, Ibarra, Aranda y Manrique.

-A la Comisiones de Guerra y Hacienda, en turno.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: El Club Independiente de la población de Purga, Municipio de Soledad de Doblado, Estado de Veracruz, envía un memorial, en el que se hace una consulta relacionada con las elecciones municipales. - A la Comisión de Peticiones.

"Comisiones unidas, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra. "Señor:

"El Ejecutivo de la Nación, haciendo uso de las facultades que le concede el inciso C del artículo 72 de la Constitución Política, devolvió a esta H. Asamblea, con fecha 3 de los corrientes, el proyecto de ley por el que se autoriza al Gobierno del Estado de Hidalgo a formar, con cargo a su Presupuesto de Egresos, un Cuerpo de Seguridad Pública, haciendo el propio Ejecutivo las observaciones siguientes:

"Que cree conveniente que el H. Congreso se sirva fijar el tiempo durante el cual debe subsistir la autorización concedida al Gobierno del Estado de Hidalgo, así como la cantidad de fuerzas armadas que dicha autorización comprende.

"Las Comisiones, estiman procedentes dichas observaciones, tanto más, que ya se tomaron en cuenta en decretos posteriores, cuando se tratá de idénticas autorizaciones concedidas a los Gobiernos de Puebla y México; y, en tal virtud, estando conformes en que se limite el número de las fuerzas, así como que esta autorización subsista mientras se organicen las Guardias Nacionales de los Estados, someten a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1o. Se autoriza el Gobernador constitucional del Estado de Hidalgo, para que pueda organizar fuerzas de seguridad pública, en el Estado, hasta por tres mil hombres.

"Articulo 2o. Dichas fuerzas dependerán directamente del Gobernador del Estado de Hidalgo, y su sostenimiento será a cargo del Presupuesto de Egresos de dicha Entidad Federativa; pero quedarán sujetas a las prescripciones de la Ley Orgánica y de la Ordenanza Militar en vigor, mientras tanto se reglamenta la Guardia Nacional de dicho Estado.

"Salón de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 28 de noviembre de 1917. - Sánchez Pontón. - Emilio Araujo. - Salvador González Torres. - Enrique Suárez."

- Primera lectura.

- El mismo C. Prosecretario: Continúa la discusión de la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Señores diputados: Debo comenzar por insistir diciendo que el procedimiento seguido por una parte de la Comisión, al solicitar que se reconsiderase un artículo ya aprobado, fué verdaderamente irregular. El artículo 97 del Reglamento dice claramente, al referirse a la manera como deben funcionar las Comisiones, que ellas funcionarán por cita de su respectivo Presidente, y cuando se trata de varias Comisiones unidas, entonces a la colocada en primer término, es a la que se atribuye la primacía, y es el Presidente de esa Comisión el que cita a las demás......

El C. Presidente, interrumpiendo: Acaba de tener noticia de Mesa de que el ciudadano diputado José H. Castro, se encuentra sumamente grave; en esa virtud, comisiona a los ciudadanos diputados Montes y Medina, para que se sirvan pasar a su domicilio a hacerle una visita, en nombre de la Cámara.

El C. Manrique, continuando: Y así ha sucedido, efectivamente. A todas las reuniones de la Comisión, hemos sido citados por nuestro Presidente, doctor Francisco Medina; pero la reunión en que se tomó el acuerdo de solicitar que se reconsiderase el artículo 8o., en lo relativo a la Escuela de Comercio, no se verificó por cita del Presidente Medina. Aún hay más: dos días antes, habíase reunido

la Comisión, para estudiar diversos asuntos, y el compañero Pérez Gasga no inició en el seno de la Comisión el que reconsiderásemos lo referente a la Escuela de Comercio, sino que prefirió hacerlo fuera de la Comisión. Sea de ello lo que fuere, yo no habría insistido en esto, si no hubiera sido porque el compañero Pérez Gasga habló ayer de lo que llamaba una sorpresa; según el compañero, la incorporación de la Escuela de Comercio a la Universidad Nacional, se aprobó en esta Cámara, gracias a una sorpresa, se presentó por sorpresa, y esto es absolutamente inexacto. Es cierto que habíamos prometido al Subsecretario de Gobernación, al Subsecretario de Estado, Departamento del Interior, el estudiar aún más detenidamente el asunto en el seno de las Comisiones; pero la sesión que debió haberse verificado por la mañana, digo, la junta de las Comisiones no llegó a verificarse; posteriormente dos compañeros, Rivera y Medina, prometieron al señor Aguirre Berlanga que el asunto no se discutiría; pero ni Medina ni Rivera solicitaron de la Mesa que se retirase el dictamen. En el momento, pues, de entrar a discusión el proyecto de Ley de Secretaría de Estado, la Secretaría, cumpliendo con su deber, puso a discusión el propio proyecto.

Aún hay más; el señor Aguirre Berlanga había estado al comienzo de la sesión y era de suponer que en ella permaneciese; se retiró porque así le plugo y esto no quiere decir que haya ninguno de nosotros faltado a sus compromisos. Es disculpable la conducta del compañero Pérez Gasga por su deseo de cumplir con una promesa empeñada, pero lo hecho, hecho estaba; ni el compañero Pérez Gasga ni ningún otro miembro de la Comisión había faltado a sus compromisos. Para que veáis que no hubo aquí sorpresa, hasta leer el número 63 del "Diario de los Debates," el correspondiente al 18 de noviembre, que en la parte relativa dice: "Artículo 8o. -lee el Secretario de la Cámara - Corresponde al Departamento Universitario y de Bellas Artes:

"Escuela Superior de Comercio y Administración."

"Las personas que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse. No hay quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación." Verificada la votación, votaron por la afirmativa los siguientes 128 diputados inconscientes, según el compañero don Flavio Pérez Gasga: "Aguirre Colorado, Aguirre Efrén, Aguirre Crisóforo, Alejandre, Andrade, Aranda, Arreola, Avendaño, Barragán Juan Francisco, Barragán Martín, Bello, Benítez Blancarte, Campero, Cancino Gómez, Cano, Cárdenas, Carrillo Eduardo, S., Castañeda, Castillo del, Cepeda Medrano, Céspedes, Cienfuegos y Camus, Córdoba Daniel s., Cravioto, Cristiani, Cruz, Chapa, Dávalos Ornelas, Dávila, Domínguez, Dyer, Echeverría, Fentanes, Fernández Martínez, Figueroa, Gaitán, García Jonás, García Pablo, García Salvador Gonzalo, García Vigil, Gómez S. Emiliano, González Ibarra, González Justo, González Lauro, Gutiérrez Antonio, Gutiérrez Orantes, Hay, Hernández Garibay, Hernández Jerónimo, Hernández Maldonado, Higareda, Izquierdo, Lailon Banuet, Lanz Galera, Lechuga Val, Lizalde, López F. Ricardo, López Ignacio, López Lira, López Miro, López Celis, Manjarrez, Manrique, Manzanilla Tejero, Manzano, Mariel, Márquez Josafat, Márquez Rafael, Medina Francisco, Mendoza, Meneses, Mercado, Moctezuma, Montiel, Muñoz, Narro, Navarrete, Olivé, Ortega, Otero, Porchas, Padrés, Parra, Peña, Peñafiel, Pereyra Carbonell, Pesqueira, Plank, Portillo, Pruneda, Ramírez G. Benito, Ramírez Genaro, Ramírez Llaca, Ramírez Pedro, Rivas, Rivera Cabrera, Rocha, Rodríguez Saro, Rojas Dugelay, Rojas Rafael R., Román, Rosas, Ruiz Alberto, Ruiz Estrada, Ruiz José P., Ruiz Juan A., Sáenz, Saucedo J. Concepción, Saucedo Salvador, Sepúlveda, Silva Jesús, Siurob, Solórzano, Soto, Suárez, Torrez Berdón, Treviño, Urueta, Uruñuela, Vadillo, Valle, Vega Sánchez, Velázquez, Ventura, Villarreal Jesús J., Zapata y Zavala," contra el voto probablemente del único diputado consciente que se hallaba presente a la sesión, el compañero Rueda Magro. Ya veis, señores diputados, que fué sorprendida vuestra buena fe y que, ignorante todos vosotros seguramente de lo que la Escuela Superior de Comercio y Administración significa, cometisteis el dislate de aprobar que perteneciese a la Universidad Nacional.

Pero, para terminar, el proceder por sorpresa y rehuir la batalla, es propio de los débiles y cobardes; y yo, señores diputados, aunque ello parezca jactancioso, no me tengo ni por débil, ni por cobarde. (Aplausos.) Yo, en último término, habría tal vez vacilado, habría rehuído la batalla si se hubiese tratado de contener con algún formidable campeón de la oratoria; pero creedme, dicho sea sin ofenderle, no temo desde esta tribuna al señor licenciado don Manuel Aguirre Berlanga. De manera que no es el temor a los argumentos de este señor el que me hubiera hecho proceder por sorpresa; ya lo veis, ha venido el licenciado Aguirre Berlanga y nada nos ha dicho que no nos lo hubiese ya manifestado en el seno de la Comisión. La formidable argumentación del licenciado Aguirre Berlanga consiste, por supuesto, en comenzar por las palabras sacramentales, podéis ver su discurso de ayer; "El ciudadano Presidente de la República quiere..." ¡Ahora veremos cuantos diputados inconscientes cambian de voto ante esta fórmula formidable!

El C. Salvador Saucedo, interrumpiendo: ¡No seré Yo! Presidencia del C. PÉREZ GASGA FLAVIO

El C. Manrique, continuando: Veamos los argumentos del C. Aguirre Berlanga: nos habla, presentado a manera de un argumento formidable, el de la economía; y es claro, nos hallamos en una situación aflictiva, la penuria del Erario es bastante angustiosa; de manera que el argumento de la economía es poderosísimo. Según el presupuesto antiguo de la Escuela, cuando ella dependía de la Universidad, habría de gastar doscientos cincuenta mil pesos anuales; ahora, bajo la dependencia del señor ingeniero don Alberto J. Pani, Secretario de Industria y Comercio, el presupuesto se ha

reducido a ciento cincuenta mil pesos : ¡cien mil pesos es una economía bastante apreciable en un año, señores diputados! Este no es un argumento, esto quiere decir a lo sumo, compañero Esquivel, que el señor ingeniero don Alberto J. Pani es un hombre más económico que puede serlo el Rector de la Universidad o el anterior Director de la Escuela de Comercio; pero no venimos aquí a legislar ni para Macías ni para Pani; debemos buscar una legislación definitiva. Porque en estos momentos se halla al frente de la Secretaría de Industria y Comercio un hombre laborioso, activo, inteligente, que ha creído poder transformar la Escuela de Comercio y dentro de poco, podemos asegurarlo sin presumir por ello de profetas, dejará el señor Pani la Secretaría, habrá de dejarla tarde o temprano y entonces vendrán acaso un Ministro derrochador, entonces se invertirán los términos de la cuestión y el presupuesto de la Escuela de Comercio puede aumentar a quinientos mil pesos; entonces conviene pasarla a la Universidad regenteada -y ojalá no me equivoque-, por algún Rector económico y honrado; entonces tendremos que deshacer lo que hoy hacemos.

No es así como se procede, señores diputados; lo que debemos examinar es el problema de derecho administrativo, el problema de clasificación de materias, dónde debe estar la Escuela de Comercio, prescindiendo de si el actual encargado de la Secretaría de Industria y Comercio es un hombre económico o si no lo es; esto es algo transitorio y pasajero. Vamos, pues, al argumento, a los argumentos relativos al papel e importancia de la Escuela. Dice el señor Aguirre Berlanga, presentado la cuestión bajo un aspecto que no es el suyo, que no puede ser universitaria una escuela como la de Comercio en la que se estudian taquigrafía, teneduría de libros y escritura en máquina; no es así como deben presentarse las cuestiones, esto quiere decir que no se está convencido de la verdad de nuestra causa. ¡No! ¿Cuál es el verdadero papel de la Escuela Superior de Comercio, que no en vano se llama Escuela Superior? Para el señor Aguirre Berlanga, la Escuela de Comercio es una Escuela secundaria, y esto es inexacto; hay escuelas secundarias, de comercio como la llamada "Doctor Mora," es una escuela comercial situada, como sabeís, en la Avenida de los Hombres Ilustres; ésta sí es una escuela secundaria en la que se amplían, orientándolos hacia el comercio, los conocimientos adquiridos en la escuela primaria; empero, la Escuela Superior de Comercio y Administración, no es una sencilla escuela secundaria; cierto que hay en ella clases libres de taquigrafía, de escritura en máquina, de teneduría de libros, pero esto no constituye el meollo, la médula de la Escuela Superior de Comercio. La Escuela Superior de Comercio si puede científicamente sostenerse que es una facultad universitaria.

Ya la noción del comercio no es la de una enseñanza empírica; un comerciante es algo más que un audaz y listo o vivo, como se dice familiarmente, porque así pueden ser magníficos comerciantes los buenos españoles que vienen a vivir entre nosotros; pero el comercio científico que se funda en la geografía política, en la economía política y en la química industrial, sí es una facultad universitaria; no hay que confundir sus cátedras con los cursos libres de teneduria, taquigrafía, etc., que allí se estudian. El comercio, bien lo sabéis, es una fenómeno harto complicado, es una compleja manifestación de la actividad humana y debe estudiarse a la luz de la ciencia, si queremos formar comerciantes científicos, verdaderos comerciantes, no empiristas que sepan de la teneduría de libros, de la partida doble o simple, sino hombres que consideren el Comercio como un fenómeno social, como un estudio de la producción, de la distribución de la riqueza: éstos serán los verdaderos comerciantes, éstos son los que tendrán que formar la Escuela Superior de Comercio y Administración. Aún hay más: en dicha escuela se estudia la carrera consular, que, además del conocimiento del comercio, exige uno profundo de la geografía política y de lo que se llama conocimiento de efectos, fundado en la física, en la química y en la historia natural; exige también idiomas, los vivos, como el alemán, el inglés, el francés; etc.; exige el conocimiento de la economía política, del derecho civil, del derecho internacional público y privado; tiene, pues, muchos puntos de contacto con la carrera de abogado. De manera que sí puede sostenerse victoriosamente la tesis de que la facultad de comercio es una facultad universitaria. Sentado esto, examinemos las ventajas que habrán de resultar de incorporar la Escuela de Comercio al Ministerio de este nombre. El señor licenciado Manuel Aguirre Berlanga trata de presentarnos este caso como análogo al de la Escuela de Agricultura y Veterinaria, y yo niego la paridad entre la situación de la Escuela de Agricultura con respecto al Ministerio de Fomento y la que habría de guardar la Escuela de Comercio en la Secretaría de este nombre. La Escuela de Agricultura, bien lo sabéis, fué fundada por el Ministerio de Fomento; la Escuela de Agricultura está en íntima relación con el Ministerio de Fomento; los profesores de la Escuela son a la vez empleados de las diversas Direcciones del Ministerio; la Secretaría de Fomento - que conoce las diversas condiciones del país-, puede, en un momento dado, utilizar a los alumnos de su Escuela para llevarlos a determinadas estaciones agrícolas; el Ministerio de Fomento, por la jurisdicción que tiene sobre los terrenos de propiedad federal, por el conocimiento que tiene del clima y de las condiciones agrícolas de las diversas regiones de la República, puede en un momento dado, suministrar a los alumnos de la Escuela la región más beneficiosa para sus estudios; al Ministerio de Fomento toca desde luego indicar en qué regiones del país conviene establecer escuelas de agricultura. Tratándose de la Escuela Forestal, todavía la necesidad de que dependa ésta del Ministerio de Fomento; es aún más elocuente, es aún más palpable; pero tratándose de la Escuela Superior de Comercio, no sucede lo mismo; la Escuela Superior de Comercio ha funcionado y demostrado que podia funcionar independientemente de un Ministerio que no existía; ahora se nos dice que tan pronto como ha llegado la Escuela de Comercio a depender de la Secretaría de este nombre, todo ha cambiado como por ensalmo, como al conjuro de una varita mágica la Escuela de Comercio se ha transformado; esto es algo perfectamente discutible. Comencemos, digamos

- siquiera sea de paso-, que una de las primeras medidas del ingeniero don Alberto Pani, al encargarse, es decir, al quedar bajo su dependencia la Escuela de Comercio, ha sido, lo sabe, por ejemplo, el compañero Rivera, ha sido la de cambiar una buena parte del personal. Esto, señores diputados, obedeció, según expresión del señor Pani, a razones de economía. Perfectamente, pero es muy bien sabido que la buena marcha de una escuela exige que los cambios de personal, que los cambios de métodos, que los cambios de personal se aplacen para la época, es decir, para la llegada de cada nuevo año escolar. Implantar en una escuela un nuevo plan de estudio cuando está próximo a terminar el año escolar; cambiar el personal, suprimiéndolo o reduciéndolo, esto es fatal para la buena marcha de los estudios. Esto, señores diputados, no se mide en dinero: la pérdida que resulta de este trastorno en la marcha de los estudios, si pudiera cuantificarse, medirse en metálico, constituiría seguramente una pérdida muy superior a la escasa economía que pueda obtenerse con la supresión de un número más o menos grande de profesores. De manera que esto, pedagógicamente, constituye un craso error del señor don Alberto Pani, que no puede justificarse por cuantiosa que sea la economía que haya tratado de implantar; pero dejemos esto aparte, y supongamos que la gestión de don Alberto Pani haya sido todo lo brillante que podamos imaginar; ¿don Alberto Pani va a eternizarse en la Secretaría de Comercio? ¿No vendrá más tarde cualquier politicastro de profesión, o cualquiera persona, a destruir lo que su antecesor había hecho? Probablemente sí, y donde tenemos nosotros menos probabilidades de error, de fracaso, es en una institución educativa como la Universidad. Si la Escuela de Comercio es una institución educativa, quiere, exige de nosotros el principio de la división del trabajo, que encomendamos la Escuela de Comercio a una autoridad en materia educativa. confiémosla al Gobierno del Distrito para que la incorpore a sus escuelas técnicas. Este podría ser un término en al cuestión; o confiémosla a la Universidad si aceptamos que la enseñanza de la Escuela Superior de Comercio tiene caracteres universitarios; pero confiar la enseñanza a los Ministerios, es fatal y torpe. De manera que el señor Aguirre Berlanga insiste en la utilidad que resultaría para los propios alumnos, para la buena marcha de la escuela, para la Nación misma, en que la escuela, en que el Ministerio de Comercio, pudiera estar en íntimo contacto con los alumnos de la escuela para en un momento dado utilizar sus servicios, para saber quiénes de ellos sean más aptos y, además, argumenta el Subsecretario del Interior que estando la Secretaría de Estado en íntimo contacto, la Secretaría de Estado de Comercio, en íntimo contacto con los industriales y comerciantes de todo el país, ella podría en un momento dado, apenas saliesen los alumnos de la escuela al terminar su carrera, indicarles qué industriales o qué comerciantes pudieran utilizar sus servicios, y podría también, en un momento dado, proveer a los industriales y comerciantes que así lo solicitasen, de los alumnos que les fueron necesarios para sus trabajos. Esto es cierto, y yo no rehuyo la cuestión ni la discusión en este terreno; pero argumentando así, señores diputados, tendremos que llegar a esta conclusión: los alumnos que se eduquen en la Escuela Nacional de Medicina está destinados, tarde o temprano, a prestar sus servicios en los hospitales, a prestar sus servicios a la salubridad pública, pues, entonces, ¿qué hay de más natural para lograr que sea más íntimo el contacto entre los departamentos del Gobierno que utilicen sus servicios y la escuela que educa a los alumnos, qué solución más acertada que la de dar la Escuela de Medicina al Consejo Superior de Salubridad o al Gobierno del Distrito que tiene a su cargo la Beneficencia Pública? Argumentando así llegaría también a darse la Escuela de Jurisprudencia al Poder Judicial o al Procurador de Justicia y la carrera consular, la incorporaríamos probablemente a la Secretaría de Relaciones y la Escuela de Ingeniería la daríamos a la Secretaría de Comunicaciones o de Fomento y no, señores diputados, no es así como debemos proceder, al resolver este problema de clasificación y división del trabajo, al establecer, porque ello es necesario para la buena marcha de las labores, determinado número de Secretarías y Departamentos administrativos.

El hecho de que establezcamos una Universidad al lado de diversos Ministerios, no quiere decir que levantemos un muro infranqueble entre la Universidad y los diversos Ministerios. Todo lo contrario, señores diputados: en esta compleja organización administrativa, debe haber unidad en la variedad. Este es el desiderátum; habrá diversos departamentos y diversas Secretarías; habrá un Universidad Nacional, pero esto no quiere decir que la Universidad y los Ministerios nada tengan de común entre sí. Todo lo contrario, debemos de fomentar y procurar que haya una íntima relación, un íntimo contacto entre la Universidad y los Ministerios que han de utilizar más tarde los servicios de sus alumnos. De manera que esta buena voluntad tan laudable de la Secretaría de Comercio de utilizar los servicios de los alumnos de la Escuela de Comercio y fomentar así el comercio y la industria nacionales, no cesará porque la Escuela de Comercio pertenezca, como debe pertenecer, a la Universidad Nacional. Todo lo contrario, establezcamos íntima relación de fraternidad, un verdadero cambio de intereses y de ideas entre los Ministerios y los futuros hombres directores de la cosa pública: los actuales alumnos de la Universidad Nacional. Hechas estas consideraciones que son, en mi sentir, bastantes a desvanecer los argumentos del contra, digo, los argumentos del pro, creo, señores diputados, que podemos, en conciencia, ratificar el acuerdo tomado no ha muchos días, acuerdo que quiero suponer, que debo suponer que no habéis tomado inconscientemente, sino con pleno conocimiento de causa. Verdad es que todavía podría argumentarse que aquellos diputados que cambien de parecer, de opinión, no harán nada malo, señores diputados. Los unos nos dirán en defensa de su procedimiento que de sabios es el cambiar de opinión; los otros, que el Ejecutivo lo quiere, que lo quiere el Presidente de la República y que es fuerza hacerlo asi, señores diputados. (Murmullos.)

El C. Secretario Aranda: No habiendo ya ciudadanos diputados inscriptos en contra, se pregunta

a la Asamblea si se considera suficientemente discutido. (Voces: ¡Sí, sí!) Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido.

Presidencia del

C. RUEDA MAGRO MANUEL

El C. Presidente: Tiene la palabra para aclaración el ciudadano diputado Sepúlveda. (Voces: ¡A votar, a votar!)

El C. Manrique: Pido la palabra para una moción de orden. Deseo saber a qué se refiere la aclaración del compañero Sepúlveda.

El C. Presidente: La aclaración del compañero Sepúlveda es respecto al Departamento de Aprovisionamientos Generales.

El C. Manrique: Entonces yo suplico a la Mesa que, por orden, por método, se ponga de una vez a votación este asunto.

El C. Presidente: Me permito informar al compañero Manrique que ya se declaró suficientemente discutido lo relativo a Aprovisionamientos Generales, pero la aclaración del compañero Sepúlveda no sé en qué sentido la haga.

El C. Sepúlveda: Señores diputados: Mi aclaración es sencillamente hacer una interpelación a las Comisiones para que me digan cuál es su objetivo en poner aquí al Departamento de Establecimientos Fabriles Militares el haber quedado autorizado para adquirir las materias primas, maquinaria y demás útiles para el funcionamiento de ese Departamento, desde el momento en que ya se ha creado el Departamento de Aprovisionamientos Generales, creo que es por demás dar estas atribuciones al Departamento de Establecimientos Fabriles, porque en este caso se le dan las facultades al Departamento de Establecimientos Fabriles para adquirir herramienta, maquinaria y demás utensilios necesarios, lo que querría decir que el Departamento de Aprovisionamientos Generales no tendría caso entonces, y quiero hacer yo esta interpelación a la Comisión, para que me conteste qué razones tuvo para poner esto.

El C. Manrique: Favor de repetir en pocas palabras.

El C. Sepúlveda: Deseo hacer esta interpelación a la Comisión: ¿qué motivos tuvo la Comisión para poner aquí al Departamento de Establecimientos Fabriles Militares la autorización para adquirir herramienta, maquinaria y demás elementos necesarios para el funcionamiento de este Departamento? ¿Qué objetivo tiene el Departamento de Aprovisionamientos Generales? ¿No el de aprovisionar a las Secretarías y demás departamentos de todos los útiles necesarios de que haya necesidad para ellos? Y como tiene esta autorización el departamento, quiero que la Comisión me haga favor de aclarar este punto, a qué se atuvo para dar esta autorización al Departamento de Establecimientos Fabriles Militares?

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión para contestar.

El C. Manrique: Señores diputados: Ya es un asunto discutido este que trae de nuevo a colación el compañero Sepúlveda, pero de todas maneras me creo obligado a contestarle. Como sabéis, ha quedado aprobada la existencia de dos departamentos, destinados ambos a proveer al Ejecutivo de los materiales, de los útiles y de las herramientas que necesite para sus labores. De estos departamentos, el llamado de Establecimientos Fabriles y Aprovisionamientos Militares ha de ocuparse exclusivamente de cuestiones militares, de la construcción de armamento, de municiones, de vestuario; en fin, de todo lo necesario para el ejército y la mariana de la Nación...

El C. Sepúlveda, interrumpiendo: ¿Y la herramienta para qué la necesita?

El C. Manrique, continuando: En cambio, el Departamento llamado de Aprovisionamientos Generales estará destinado a proveer a las Secretarías, a las diversas Secretarías de Estado. El Departamento de Aprovisionamientos Generales proveerá a todas las Secretarías de Estado y a todos los Departamentos, con sólo dos excepciones: la primera de ellas es la relativa a la Secretaría de Comunicaciones. Como sabéis está encargada de las obras nacionales , de las diversas construcciones de edificios , de vías de comunicación, etc; y es conveniente que esta propia secretaría se especialice en la adquisición de los materiales para sus obras. Nadie más a propósito que la propia secretaría de comunicaciones para la adquisición del material necesario, por ejemplo, para las obras de los puertos, la adquisición del cemento hidráulico, de la cal, etc; por esto quisimos quitar al departamento de aprovisionamientos generales lo relativo a materiales de construcción que dejamos a la Secretaría de Comunicaciones.

Cosa análoga hicimos tratándose del Departamento de Aprovisionamientos Militares. El Departamento de Aprovisionamientos Militares necesita, por ejemplo, para la fabricación de armamento y para la preparación de proyectiles, materiales cuya adquisición requiere conocimientos técnicos, y la necesidad de aplicar en cada caso el principio de la especialización, de la división del trabajo, nos hizo hallar muy conveniente que la busca de estos diversos materiales, por ejemplo, metales, de determinadas substancias químicas, substancias para la fabricación de explosivos, etc., quedase al cuidado del propio departamento destinado a utilizarlos, cual es el Departamento de Aprovisionamientos Militares. Por estas razones, quitamos al Departamento de Aprovisionamientos Generales, estas dos cosas: material de construcción y herramientas que pudiera necesitar la Secretaría de Comunicaciones, y material, herramienta y maquinaria que necesitara para el desempeño de sus labores el Departamento de Aprovisionamientos Militares; lo contrario, señores diputados, habría sido probablemente muy expuesto a errores y despilfarros. Creo que, con estas aclaraciones, quedan satisfechos los deseos del compañero Sepúlveda

El C. Sepúlveda: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Sepúlveda.

El C. Sepúlveda: Señores diputados: Parece que el sentir de la Asamblea, al aprobar la otra

vez la cuestión del Departamento de Aprovisionamientos Generales, era en sentido general de que fuera un departamento responsable en todo lo que correspondiese para aprovisionar los Departamentos y Secretarías de Estado, y si vamos nosotros a dejarle a cada Departamento las mismas responsabilidades, resulta que el Departamento de Aprovisionamientos Generales no tendrá objeto de ninguna especie, porque si aquí ahora le damos facultades a este Departamento para hacerse de herramienta, y, como dice aquí el dictamen, también a la Secretaría de Comunicaciones, resulta que es por demás el Departamento de Aprovisionamientos Generales. ¿Cuáles son las responsabilidades que, como decía yo antes, debemos dar a este Departamento, si no es para que este mismo Departamento tenga la única responsabilidad, ya sea en cualquier compra o cualquier desecho de alguna Secretaría, para que se repare y así se pueda abastecer de los necesario algún Departamento? Si no tiene este caso, no es lo mismo, ¿y no acabamos de oír, precisamente, los discursos de la sesión pasada, de ayer, referentes al derroche en los ferrocarriles? Y precisamente en este departamento, el fondo principal es para abastecer a todos los departamentos de todo lo necesario que tenga en su poder, y a la vez, recoger todos los desechos que tenga, para que puedan repararse, se reparen y salgan de nuevo, sin necesidad de desperdicio. Si este departamento, como decía el C. Manrique, tuviera en su poder los elementos para hacer los implementos de guerra, no hubiera habido necesidad de hacer una venta de los desechos de los ferrocarriles, como se asegura que se han vendido, sino que este departamento debería tener obligación de recoger precisamente todos esos desechos, como todo lo que corresponde al Gobierno, para que asimismo se aproveche, y en este caso, yo me opongo y suplico a la Asamblea vote por la negativa de estas facultades que le da la Comisión, y que de una vez por todas, quede un departamento que se haga responsable y solidario de todas las compras, de todo lo que se tenga que emplear en las Secretarías de Estado y Departamentos.

El C. Secretario Aranda: Se procede a la votación de las adiciones presentadas por la Comisión a esta ley, que no fueron objetadas.

El C. Manrique: Moción de orden.

- El mismo C. Secretario: "Artículo 1o. Para el despacho de los negocios del orden administrativo de la Federación, habrá siete Secretarías de Estado y cinco Departamentos:

"Los Departamentos serán:

"...

........................................................................... "Aprovisionamientos Generales.

"Industrias Fabriles y Aprovisionamientos Militares.

"Contraloría."

"Artículo 6o. Corresponde a la Secretaría de Comunicaciones y Obras

Públicas: "Costas. "Puertos. "Faros. "Marina Mercante. "Vías navegables. "Obras que se ejecuten en terreno nacionales, bien sea costeados por la Federación o por concesiones otorgadas a particulares.

"Ferrocarriles.

"Caminos carreteros nacionales e Inspección de los privados.

"Caminos carreteros nacionales.

"Construcción y reconstrucción de edificios públicos.

"Monumentos y todas las obras de utilidad y ornamento, costeadas por la Federación, excepto las del ramo de guerra, de carácter estratégico.

"Jurisdicción sobre el sistema hidrográfico del Valle de México.

"Intendencia y obras de conservación en los Palacios Nacional y de Chapultepec.

"Correos Interiores.

"Unión Postal Universal.

"Subvención a vapores y ferrocarriles para verificar transporte de correspondencia.

"Giros postales en el interior de la República.

"Giros postales internacionales.

"Telégrafos y teléfonos federales.

"Concesión para establecer líneas telegráficas y telefónicas particulares y vigilancia sobre ellas.

"Vigilancia de las Líneas telegráficas y telefónicas de los ferrocarriles. "Radiotelegrafía y radiotelefonía.

"Concesión para establecer estaciones inalámbricas y vigilancia sobre ellas.

"Correspondencia con naciones extranjeras para intercambio de mensajes y señales de las estaciones inalámbricas.

"Cables.

"Contratos con compañías telegráficas, telefónicas y cablegráficas internacionales.

"Giros telegráficos. "Artículo 8o. Corresponde al Departamento Universitario y de Bellas Artes: ".............................................................................. "Escuela de Estomatología.

"Artículo 9o. bis. Corresponde al Departamento de Aprovisionamientos Generales, la adquisición por compra o fabricación de todos los elementos necesarios para el funcionamiento de las dependencias del Gobierno Federal, con las siguientes excepciones:

"I. La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas queda autorizada para adquirir los materiales de construcción, la herramienta y la maquinaria necesarios para la construcción de las obras nacionales.

"II. El Departamento de Establecimientos Fabriles y Aprovisionamiento Militares, queda autorizado para adquirir las materias primas, herramientas y maquinaria necesarias para su funcionamiento.

"Artículo 10 bis. Corresponde al Departamento de Contraloría:

"Contabilidad de la Nación.

"Contabilidad y Glosa de toda clase de Egresos e Ingresos en la Administración Pública.

"Deuda Pública.

"Relaciones con la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados" Se procede a la votación nominal.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Por la afirmativa.

El C. Pardo: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Pardo: Votaron por la negativa los 5 ciudadanos diputados siguientes: Lizalde, Márquez Rafael, Ramírez Genaro, Sánchez José M. y Sepúlveda.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se aprobaron los artículos de cuya votación acaba de tratarse, por 143 votos de la afirmativa, contra 5 de la negativa. (Voces: ¿Seis, seis!) Incluyendo el voto del C. Méndez, da un total de 6 votos por la negativa.

El C. Secretario Aranda: Se procede a la votación del artículo 7o., que dice:

"Corresponde a la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo:

"Escuela Superior de Comercio y Administración."

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Por la afirmativa.

El C. Aveleyra: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Aveleyra: Votaron por la negativa los 27 ciudadanos siguientes: Avendaño, Bravo Izquierdo, Córdoba, Cruz, Fernández Martínez, García Pablo, González Justo, Gutiérrez, Higareda, Lanz Galera, López Ignacio, Manrique, Mariel, Medina Francisco, Medina Hilario, Méndez, Mendoza, Olivé, Pereyra Carbonell, Ribas, Ruiz Estrada, Sánchez José M., Saucedo Salvador, Segovia, Torres Jesús de la, Torres José D. y Zapata.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Aprobado el artículo 7o. por 120 votos de la afirmativa, contra 27 de la negativa.

- El mismo C. Prosecretario: "Señor:

"En vista de las razones expuestas por los ciudadanos diputados Figueroa, Manjarrez y socios, creemos conveniente la creación, dentro de la Secretaría de Industria y Comercio, de una oficina destinada a llevar una estadística o registro de la distribución de las subsistencias de la República, con el fin de poder oportunamente ayudar a los Gobiernos de los Estados y del Distrito y Territorios Federales para que dicten aquellas medidas que las circunstancias exigieren, con el fin de lograr una equitativa distribución de los artículos de primera necesidad, en casos de necesidad.

"Por lo expuesto, sometemos a vuestra consideración el siguiente acuerdo:

"Artículo 7o. Correspondiente a la Secretaría de Industria y Comercio:

".............................................................................. "Inspección de subsistencias........................................."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados. México, 29 de noviembre de 1917. - Aurelio Manrique. - Flavio Pérez Gasga. - Francisco Medina. - A. Esquivel. - M. Rueda Magro. - Eugenio Méndez."

El C. Secretario Aranda: Está a discusión el artículo 7o., a que acaba de darse lectura. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación nominal se pregunta si se aprueba. Se procede a la votación.

El C. Aveleyra: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Por la negativa. (Se recogió la votación.)

- El mismo C. Prosecretario: Votaron por la negativa los ciudadanos diputados siguientes: Basáñez, Céspedes, Cristiani, González Lauro, Lanz Galera, Medina Hilario, Robledo y Zapata.

Total: 8 ciudadanos.

Aprobado el artículo 7o., que se refiere a la Inspección de Subsistencias, por 119 votos de la afirmativa, contra 8 de la negativa, y habiendo sido aprobada la Ley Orgánica de las Secretarías de Estado, pasa al Senado para sus efectos constitucionales, nombrándose en Comisión para que la lleven a la Cámara colegisladora, a los CC. Manrique Aurelio, Alvarez del Castillo, Bello Manuel y Prosecretario Sánchez Tenorio.

- El mismo C. Prosecretario: "Comisión de Presupuestos.

"Señor:

"Esta Comisión ha estudiado detenidamente la proposición presentada a esta H. Asamblea, por el C. A. R. Cárdenas, Presidente Municipal de Nogales, Sonora, en la que se pide se graven con el uno y medio por ciento municipal a los efectos nacionales que se exportan por todas las Aduanas de la República.

"Esta Comisión ha encontrado equitativo el impuesto de que se trata, ya que los exportadores en la actualidad están realizando pingües ganancias, sin que los Municipios donde están ubicadas las Aduanas Marítimas y Fronterizas, perciban ningún ingreso por este concepto, con excepción de la Aduana Marítima de Túzpan, en la que se cobra el dos por ciento adicional, sobre los derechos de exportación a favor de dicho Municipio, por decreto del ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, expedido el 14 de mayo de 1915.

"Por lo expuesto, y a fin de que este impuesto sea cobrado con toda equidad, esta Comisión opina que el derecho de uno y medio por ciento sobre los derechos de exportación a favor de los Municipios, sea cobrado por las Aduanas Marítimas y Fronterizas en los términos similares en que cada una de estas Aduanas verifica este cobro adicional para los derechos de importación, de suerte que aquellas Aduanas que cobren el uno y medio por ciento municipal como derecho adicional sobre los derechos de importación, lo harán extensivo en la misma forma a los derechos de exportación, y las que en su caso cobren el dos por ciento por igual concepto, cobrarán este mismo tanto adicional por los repetidos derechos de exportación, teniéndose presente que este derecho adicional quedará asimilado al que adiciona los derechos de importación, conforme a los decretos de 4 de junio de 1886, 3 de septiembre de 1901, 3 de diciembre de 1902, 13 y 19 de octubre de 1906 y 14 de mayo de 1915.

"En resumen, la Comisión se permite someter a la aprobación de Vuestra soberanía, la siguiente reforma al artículo 2o. de la ley de Ingresos, en esta forma:

"Artículo 2o. El derecho de uno y medio por ciento o de dos por ciento en su caso, que cobran las Aduanas conforme a los decretos de 4 de junio de 1886, 3 de septiembre de 1901, 3 de diciembre de 1902, 13 y 19 de octubre de 1906, a favor de los Municipios, haciéndose extensivo este derecho adicional

en las proporciones fijadas por los decretos anteriores a cada una de las Aduanas para el cobro del tanto por ciento adicional en los derechos de exportación, quedando subsistente el dos por ciento adicional sobre estos derechos que establece el decreto de ciudadano Primer Jefe, de 14 de mayo de 1915, para la Aduana Marítima de Túxpam a favor de este Municipio, así como los derechos de barra que se cobran en Tampico, con arreglo a los contratos celebrados con la misma Compañía del Ferrocarril Central Mexicano, y demás disposiciones relativas seguirán recaudándose y aplicándose a su objeto, sin figurar en la cuenta de Ingresos del Erario. Los derechos de inspección veterinaria, se aplicarán en su totalidad a los inspectores o prácticos que presten el servicio, siempre que unos u otros, no desempeñen algún empleo de la Federación por el cual reciban sueldo, pues en este caso el impuesto total del derecho que se recaude, ingresará al Erario.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 29 de octubre de 1917. - Rubén Basáñez. - J. R. Padilla. - José Rivera. - Juan Tirso Reynoso. - M. M. Prieto."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Zapata: Pido la palabra para suplicar a la Comisión se sirvan fundar su dictamen y ampliarlo.

El C. Presidente: Tiene la palabra de Comisión.

El C. Padilla: Señores diputados: Son tan amplias las condiciones que ha hecho. la Comisión al fundar su dictamen, que cree inútil absolutamente que la funde con razones más extensas; pero en síntesis debo decir al C. Zapata que el uno y medio por ciento municipal o el dos por ciento, en su caso, que se ha cobrado en todas las aduanas sobre derechos de importación, se cree que es absolutamente equitativo y se recarga también a la exportación, ya que la actualidad se ve que ha rendido mayor ganancia a los exportadores que realizan la exportación y que actualmente está tan restringida a causa de la guerra extranjera. Por este concepto hemos creído conveniente que se amplié este pequeño tanto por ciento que en mucho favorecerá a las ciudades porteñas y fronterizas para su desarrollo municipal.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se reserva el artículo de que se trata para su votación.

- El mismo C. Prosecretario: "Comisión de Presupuestos.

"Señor:

"A la comisión de presupuestos fue turnada un proposición subscrita por el ciudadano diputado Eduardo S. Carrillo, en la cual se pide que se exceptúe del impuesto a que se refiere el inciso B de la Fracción XIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 1917 a 1918, al Territorio de la Baja California.

"Esta comisión, teniendo en cuenta que en muchos de los Estados de la Federación, por no decir la mayor parte de ellos, se encuentran en condiciones análogas o más difíciles aún que en la Baja California, ha juzgado que no es equitativo exceptuar del impuesto de la contribución federal a dicho Territorio, pues que los causantes que pertenecen a las entidades que se encuentren también en difíciles circunstancias pedirían con toda justificación que a su vez se les exceptuara de este impuesto.

"Por lo expuesto, la Comisión se permite someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, la siguiente proposición:

"No es equitativo exceptuar del impuesto de la contribución Federal a que se refiere el inciso B, de la fracción XIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos durante el ejercicio fiscal de 1917 a 1918, al Territorio de la Baja California."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 3 de octubre de 1917. - Ruben Basañez. - Juan Tirso Reynoso. - José Rivera. - J. R. Padilla. - M. M. Prieto."

Está a Discusión el dictamen. Las personas que deseen hacer uso de la palabra se sirvan pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Carrillo Luis.

El C. Carrillo Luis: Señores diputados ya que en otra ocasión he tenido oportunidad de referirme al abandono en que se encuentra el Territorio de la Baja California, sus elementos de vida son tan escasos que los ayuntamientos de esos lugares, o de ese lugar, casi no tiene para atender a sus principales necesidades y si, pues, los ayuntamientos del Territorio de la Baja California van a aportar una cantidad a favor del Erario Federal, siendo que necesitan éstos de la ayuda de la Federación, es por esto que he suplicado a Vuestra Soberanía que se exceptúe de este impuesto a los Ayuntamientos de aquella Entidad.

El C. Padilla: Pide la palabra la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla: Señores diputados: La Comisión no ha creído pertinente la solicitud hecha por el representante del Territorio de la Baja California, porque en verdad todos los estados de la República, y muy principalmente el Territorio de Quintana Roo y el nuevo Estado de Nayarit, están en iguales o peores condiciones que el Territorio de la Baja California, sabido que en el Norte de la Baja California hay actualmente un verdadero Panamá, obras grandiosas se están haciendo en provecho de la infinidad de reaccionarios que están explotando precisamente ese enorme filón de oro que constituye la Baja California, allí tenemos placeres de concha perla, tenemos las industrias de pesquería y, en general, yo conozco la Baja California y podemos decir que allí no hay pobres, por lo demás, a los municipios no les vamos a quitar nada, como pretende el compañero Carrillo, puesto que el impuesto adicional es sobre los derechos que se cobren ya sea directa o indirectamente; así es que no vamos a quitar absolutamente nada a los municipios; pero muy justo es que contribuyan con su grano de arena ya que mucho lo necesita la Federación, que los habitantes de Baja California cooperen para le sostenimiento de su presupuesto, que es muy gravoso. Por esto creo que debemos conceder privilegios, porque si los concedemos a Baja California con mucha razón vendrán

a pedir lo mismo el Territorio de Quintana Roo y el Estado de Nayarit que anteriormente recibía un millón quinientos mil pesos del Erario nacional para el sostenimiento de su presupuesto y que está pagando actualmente su cuarenta por ciento adicional. Por lo expuesto creo que estamos en lo justo al hacer este dictamen negativo y pido que se apruebe en este sentido.

El C. Carrillo: Pido la palabra para una aclaración. En mi escrito me refiero exclusivamente al Distrito Sur de la Baja California, que está en condiciones sumamente distintas a las que existen en el Distrito Norte.

El C. Padilla, continuando: Pues repito y quedan en pie mis razones, no ha encontrado equitativo la Comisión que establezcamos privilegios para una zona respecto de otra. Repito, la Baja California en su totalidad cuenta con abundantes recursos; sus industrias períferas en el Sur de la Baja California producen pingües ganancias tanto a los que las explotan en grande escala, como en pequeña escala, tanto en San José del Cabo, como en La Paz, como en Mulegé, tenemos la riqueza perfectamente explotada y puede decirse que es la parte de la República donde se vive con más holgura. Por tanto, la Comisión sostiene su dictamen.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Habiendo sido objeto el dictamen, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba. (Voces: ¡No, no!) Se pregunta, en primer término, si está suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Está suficientemente discutido. En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén de acuerdo en que se apruebe sírvase poner de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario: "Comisión de Presupuesto.

"Señor:

"A esta Comisión fue turnada una iniciativa subscripta por varios ciudadanos diputados en la cual se pide que los propietarios de tierras de plantas fibrosas, tintóreas y resinosas, que no estén cultivadas y cuya extensión exceda de 20 hectárias, paguen el sesenta por ciento de contribución federal, proponiendo asimismo los signatarios de la proposición de referencia, que los ganaderos arrendatarios cuya capital exceda $1,000.00, así como toda clase de contribuciones cuyo capital no exceda de $500.00, sólo pague el veinte por ciento de impuesto federal.

"Esta Comisión ha estudiado detenidamente las anteriores proposiciones y ha llagado a la conclusión de que sería un gran trastorno para las oficinas encargadas de hacer efectivos los impuestos, el establecer contribuciones diferenciales con las que sólo se conseguiría dificultar la incidencia de los impuestos por parte de los causantes y como quiera que toca a las autoridades de los estados de la Federación, imponer las contribuciones que juzgue pertinentes sobre los diversos giros en explotación, la federación debe limitarse a hacer efectivo un tanto por ciento federal sobre los impuestos decretados por las autoridades locales de los Estados.

"En virtud de lo expuesto, esta Comisión tiene el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, la proposición siguiente:

"No es de aceptarse el impuesto diferencial del tanto por ciento de contribución federal que se pide para los propietarios de tierras de plantas fibrosas, tintóreas, resinosas, etc., ni para los ganaderos, arrendatarios y demás contribuyentes que manifiesten poco capital."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 3 de octubre de 1917. - Juan Tirso Reynoso. - Rubén Basáñez. - J. R. Padilla. - José Rivera. - M. M. Prieto."

Está a discusión el dictamen. Las personas que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Córdoba.

El C. Córdoba Daniel S.: Señores diputados: Si otras razones hubieran expuesto los señores de la Comisión, más justas, de más peso, hubieran sido atendibles; pero, simplemente concretándose a no darles trabajo a los recaudadores, no creo justas estas razones que han expuesto los señores de la Comisión. Lo que yo he propuesto, creo que es netamente justo: que el propietario de terrenos de plantas en que no expone ningún capital para su cultivo, sino que simplemente se concreta a explotar esas grandes extensiones de tierra, debe pagar más que aquellos que contribuyen, que aquellos, que introducen capital para cultivar las tierras, y a esos que han puesto capital para cultivar las tierras, se les pone el cuarenta por ciento y a los otros es muy justo que se les ponga el sesenta por ciento. Este sesenta por ciento viene siendo con el objeto de beneficiar en algo a la gran mayoría del pueblo mexicano que tiene quinientos pesos de capital o menos, y esa es la mayoría del pueblo mexicano, tanto arrendatarios como ganaderos, que tienen mil pesos de capital; o como otros -como dije la vez pasada-, que tiene una casita que vale quinientos pesos, por ejemplo, y se les va a cobrar igual a los que pagan el cuarenta por ciento. Que expongan otra clase de razones los señores de la Comisión y no me levantaré a protestar. (Aplausos.)

El C. Padilla: Pide la palabra la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla: Señores diputados: A nadie se le oculta que sencillamente es mostruosa la proposición del compañero Córdoba. Si precisamente ha sido absolutamente imposible en 21 años que llevan las oficinas del Castastro en la República poder valorizar, no la producción, sino las diversas categorías de tierras que tenemos en la República ¿a qué recurso de clasificación debemos apelar para poder clasificar todas las producciones fibrosas, no fibrosas, tintóreas y no tintóreas, etc., para en definitiva poder aplicar el impuesto de una manera equitativa? No se os oculta que de esa manera el impuesto sería absolutamente imposible y es natural dada la tendencia que se tiene por desgracia en nuestro país, en que todo el mundo opina que eludir el pago de los impuestos es una obra que no es reprobable. Todo el mundo, según quiere el compañero Córdoba.

indudablemente manifestará capitales de quinientos a mil pesos y nadie pagará el impuesto. Por lo demás, es absolutamente impracticable; dice que no debemos temer que haya un recargo de contribuciones; pues yo desafío a Su Señoría a que nos muestre un sistema de cobros que fuera viable solamente en algún Distrito con este sistema que Su Señoría propone. Los que conocemos la Legislación Fiscal y los medios de llevar a la práctica los cobros, sabemos cuán difícil es con los medios actuales de que disponemos, hacer efectivo el impuesto. Así es que con este impuesto sería absolutamente imposible que se llevara a cabo la recaudación, y no haremos más que poner trabas para hacer efectivos los impuestos. Por lo tanto, juzgo absurda esa proposición.

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Para una aclaración tiene la palabra Su Señoría.

El C. Cepeda Medrano: Me voy a permitir demostrar al señor Padilla que tiene razón y que no puede aplicarse el sesenta por ciento que pide el señor diputado Córdoba juntamente con otros señores diputados. A esas plantas fibrosas y tintóreas que son de fácil explotación y que más bien dijeramos, de producción espontánea en muchisimos lugares, no puede aplicarse el sesenta por ciento porque sería, como ha dicho el señor Padilla, enorme ese impuesto. Hay que tomar en consideración que los Estados, debido a la liberad que tienen para establecer sus impuestos, están en la obligación de imponer impuestos sobre la producción, y no se considera como una alcabala, porque no puede considerarse como alcabala y en esa consideración los Estados vienen gravando a todos esos artículos de producción fácil y considerándolos como productos naturales, los viene gravando con impuesto en relación al capital y en relación a los productos que reciben los capitalistas; en consecuencia, deben quitarse al señor Córdoba esos temores de que no va a ser debidamente gravado, por el contrario, va a ser debidamente gravado, porque una parte le impone la Federación y la otra parte va a imponerla el Gobierno de cada uno de los Estados por la libertad económica que tienen, por la libertad de hacienda que se les ha dado, y ese impuesto vendrá a nivelar el sesenta por ciento que pide el compañero Córdoba. Si en algunos Estados no se ha hecho actualmente, es debido a la deficiencia en el sistema fiscal que tenemos; pero el señor Subsecretario de Hacienda, o el señor Subsecretario del Interior, licenciado Manuel Aguirre Berlanga, por indicación del señor Presidente de la República, ha girado a todos los Gobernadores de los Estados y a todos los señores diputados, un estudio, un proyecto para nivelar la Hacienda Pública en la República Mexicana y en esas condiciones, si todos vamos a tomar en consideración algo de las opiniones del señor licenciado Aguirre Berlanga y muchas de las opiniones de las distintas partes de la República y de otras partes del mundo, indudablemente que vendrán a nivelarse los impuestos y no habrá razón para que vengamos a fijarnos solamente en un producto. No debe haber en el impuesto esas diferencias, ni mucho menos debe haber en los impuestos fiscales esa clase de condescedencia, a todos debemos medirlos con la misma vara y no estoy de acuerdo y a este efecto le hice las mismas explicaciones al señor Córdoba cuando presentó esa proposición.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Córdoba Daniel S.

El C. Córdoba Daniel S.: Señores diputados: Casi puede decirse que la palabra que emplea el señor Padilla de mostruosa, me hace otra vez ocupar esta tribuna. Lo monstruoso es esto: ir con la rutina. Si esta Revolución ha costado tantas vidas, y del pueblo principalmete, del pueblo trabajador de los campos, debemos beneficiarlo hasta donde nos sea posible. Casi puede decirse que esto se refiere a la segunda parte de la proposición, que es la mayoría, los pequeños propietarios cuyo capital no llega a quinientos pesos; el otro caso lo puse con objeto de que se equilibrara esta rebaja de contribuciones del capitalista en pequeño, y por esa razón, a esos que tienen productos naturales que nada les cuesta, les agregaba el sesenta por ciento, quedando entonces con el sesenta, otros con el cuarenta, que son los agricultores, y con veinte los pequeños propietarios.

Yo quiero que mediten ustedes, como dije la otra vez, con todo detenimiento sobre este asunto y voten en contra de la proposición de la Comisión.

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra en pro.

El C. Padilla: Pide la palabra la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Padilla: En verdad me sorprende la pertinacia de nuestro querido compañero Córdoba, en no aceptar las razones que ha tenido la Comisión. Señores diputados: Es obvio que la Federación no puede imponer impuestos diferenciales; en todo caso, que el señor Córdoba se dirija a las diversas entidades que están encargadas de gravar directamente, y si una entidad, en su carácter libre y soberano, exime a tal o cual producto, la Federación, naturalmente no cobrará nada; si el impuesto es pequeño, la Federación en concordancia con su tanto por ciento, impondrá uno, pequeño naturalmente.

El C. Córdoba, interrumpiendo: Para una interpelación.

El C. Padilla: Un momento, nada más que termine. Por lo mismo, los impuestos directos solamente los imponen los Estados; la Federación no puede menos que cobrar un tanto por ciento invariable en todas las contribuciones que se cobran en los Estados; supongamos, por ejemplo, que en Yucatán se grava el henequén con una cuota más o menos alta; pues sobre eso se aplica el cuarenta por ciento que cobra la Federación. Lo mismo sería sobre piedra, que sobre oro purísimo que se explote; la Federación no puede establecer diferencias; si el señor Córdoba quiere que se proteja al pequeño industrial, tendrá que recabar, naturalmente, de los Estados, que son libres y soberanos, que modifiquen esos impuestos en la proporción que crea pertinente y, sobre esos impuestos, tendrá el porcentaje federal que recaer de una manera invariable, como ha sostenido la Comisión.

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra.

El C. Córdoba: Señor Padilla: ¿es cierto que aquí, en la Cámara, se ha venido sentando el precedente de dictar leyes, con objeto de que las Legislaturas locales tomen el ejemplo? De allí que también juzgo necesario que se haga esa clasificación, para que las Legislaturas locales tomen en consideración esto.

El C. Padilla: Voy a contestar a su Señoría. Este caso no es al que se refiere su Señoría, puesto que no se trata de un impuesto local; los impuestos locales no podemos aplicarlos, puesto que son de la soberanía de los Estados, la invadiríamos si llegarámos a hacerlos; la Federación no puede cobrar más que su porcentaje general a las contribuciones que se decreten en los Estados, y sobre esto no podemos hacer ninguna modificación. - El C. Córdoba: Para una aclaración. No he dicho que vayamos a imponer contribuciones en todo el país, sino que sentemos el precedente, haciendo la clasificación aquí, en el Congreso General, para que las Legislaturas locales tomen más o menos en consideración eso, al tratar de imponer sus contribuciones.

El C. Padilla: Repito a Su Señoría que no tenemos facultad nosotros más que para sentar el impuesto federal, que debe ser constante e invariable, y la ilustrada Asamblea, en todo caso, puede sancionar o reprobar el dictamen de la Comisión.

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Zapata.

El C. Zapata: Señores diputados: Las razones que ha dado la Comisión son, en verdad muy atendibles y de peso; pero como quiera que el señor Córdoba ha insistido en su proposición, principalmente bajo el punto de vista de que deben pagar al sesenta por ciento los terrenos, los explotadores de plantas tintóreas y resinosas, me permito hacer presente a esta Asamblea que, en mi concepto, es un error del compañero Córdoba, el que comete proponiendo que se grave con un sesenta por ciento al explotador de esas materias, considero que es un error, debido a que el compañero Córdoba, sin duda alguna, ignora cuál es el trabajo y el gasto que requiere la explotación de plantas tintóreas y resinosas. Entre las primeras, tenemos el palo de tinte, que es bien sabido que existe en gran abundancia en mi Estado, en el Estado de Campeche; pues bien; señores diputados la explotación del palo de tinte, requiere más capital y requiere más trabajo que cualquiera otro cultivo de los comunes y corrientes de la tierra. No es que a la orilla de un río se va a quitar un árbol y se va a sacar determinado número de quintales o de toneladas de palo de tinte, esos árboles están muy adentro del río; traer una tonelada de palo de tinte hasta la orilla del río, es un gasto muy fuerte y requiere mucho trabajo y que requiere una administración muy especial y siempre costosa. La explotación por ejemplo, del árbol de hule, que es resinoso, la explotación de chicle, requiere, a su vez, gastos de mucha mayor consideración; los chicleros sin duda alguna que son, digamos, los jornaleros que ganan mayor jornal en todas las industrias extractivas o de cualquier género, que éstas sean, porque van a exponer directamente su vida. Necesitan ir tierra adentro, en bosques en donde no hay agua potable, en donde hay animales de todas clases, chicos y grandes, pero en todos atentan contra la salud y la vida de los desgraciados que se aventuran a extraer esas resinas, y resulta esa explotación de esos árboles, repito, muchísimo más cara que cualquiera explotación de un terreno, ya sea en cultivo de maíz, de alfalfa o cualquiera otra clase de cultivo.

En mi concepto, para poder ser justos, habría que disminuir, no aumentar la cuota que pagan los que se dedican a esta clase de explotaciones; pero yo opino, como la Comisión, que cualquiera diferencia que pongamos, no tiene ninguna razón de ser juzgada fiscalmente, porque se presta a un gran número de dificultades para poder recaudar el impuesto.

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra para un hecho.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: No habiendo ningún otro orador inscripto en contra....

El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: Para un hecho.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Cepeda Medrano: Señores diputados: Fui el primero que, cuando se pretendió aplicar el sesenta por ciento de contribución federal a todos los productos nacionales, que vino a ponerse a la iniciativa del Ejecutivo. En este caso, que presenta nuevamente el sesenta por ciento para los impuestos federales el señor diputado Córdoba, también vengo a oponerme a este impuesto y voy a referirme a un hecho muy significativo. ¿Sabe el querido compañero Córdoba como se va a cobrar el cuarenta por ciento federal sobre todos los impuestos que van a señalarse?

El C. Córdoba: Nunca he sido oficinista, pero me supongo como se ha de cobrar.

El C. Cepeda Medrano, continuando: Muchas gracias. El cuarenta por ciento, querido compañero, va a cobrarse en esta forma: las Legislaturas de cada uno de los Estados, van a dictar la Ley de los Ingresos y Egresos; en esa Ley de Ingresos se va a estipular qué cobros tienen que hacerse a todos los productos naturales que tiene cada uno de los Estados, y a la industria y al comercio. Si la Legislatura local del Estado de Tamaulipas aplica cien pesos por la extracción de cada tonelada de ixtle o por producción, entonces tendrá que pagar el cuarenta por ciento, y allí está en la Legislatura local del Estado de Tamaulipas, allí está el quid del negocio, y es a la que se debe usted dirigir, a la que debe hacer su proposición, no a la representación Nacional, que nada absolutamente tiene que ver con este impuesto; se estableció que deberían pagar el cuarenta por ciento, y no podemos modificar de un momento a otro.

El cuarenta por ciento que se va a cobrar, se va a cobrar sobre el impuesto federal que señale la Legislatura local del Estado, ya sea al ganado, ya sea a las plantas fibrosas y textiles, ya sea a la industria y al comercio, y la Legislatura local del Estado de Tamaulipas puede aumentar o disminuir, según sea la riqueza, y según sean las necesidades y según sea el interés de aquel Estado, puede aumentar o disminuir ese impuesto para que resulte gravado

o para que resulte sin ningún gravamen. En consecuencia, señor compañero Córdoba, no hay razón para que a esa Representación se dirija una solicitud de esta especie, debe dirigirse, y yo lo felicito a usted muy sinceramente por esta iniciativa, pero no es aquí, es la Legislatura local del Estado.

(Aplausos.)

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: En virtud de no haber otro orador en contra.....

El C. Córdoba, interrumpiendo: Sí hay. (Sube a la tribuna Campanilla.)

El C. Presidente: Se llama la atención al C. Córdoba de que no se le ha concedido la palabra.

El C. Córdoba: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C Córdoba: El ciudadano diputado Cepeda Medrano, casi se concretó a hablar de los productos naturales; pero habló de los pequeños propietarios a que me refería. ¿Qué me dice el ciudadano Cepeda Medrano a este respecto?

El C. Cepeda Medrano: ¿Cuál es su pregunta?

El C. Córdoba: ¿No se benefician los pequeños propietarios con esta contribución que propongo?

El C. Cepeda Medrano: Con permiso de la Presidencia. No se beneficiarían absolutamente en nada, señores diputados, los pequeños propietarios, lo que íbamos a hacer era corromperlos, porque todo el mundo sabe perfectamente bien que al que se roba siempre es al Erario, es al Fisco, pues todos los que hemos administrado la Hacienda Pública, sabemos que desde el más humilde hasta el más poderoso, todos pretenden robar al Fisco, y si nosotros damos facilidades para que oculten su capital, diciéndoles que a los que tengan menos capital de mil pesos o de quinientos pesos invertidos en semovientes, industrias, que esos deben pagar el veinte por ciento, sencillamente lo que vamos a hacer es decirles a esos pequeños propietarios: ahora las leyes fiscales son para tí, ahora tú puedes ocultar tu capital diciendo que tienes mil pesos, nosotros no vigilaremos a los grandes capitales, a esos los fiscalizaremos, a esos les aplicaremos todo el rigor de la ley. No se trata de eso, señores, en el ramo de Hacienda no hay política, únicamente justicia, y el que no se porta en esa forma en ese ramo, no es un buen servidor del Gobierno.

El C. Córdoba, continuando: Me voy a concretar a esto: las autoridades siempre vigilan por qué cantidad hacen sus manifestaciones los contribuyentes y ¡ay de aquel que trate de ocultarlo! Esto se ha estado haciendo, no simplemente en la capital de la República, sino en todo el país. El temor que dice el señor Cepeda Medrano no puede existir.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: No hay ningún otro orador en contra, y, en consecuencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Voces: ¡Que se lea!) La parte resolutiva del dictamen dice:

"No es de aceptarse el impuesto diferencial del tanto por ciento de contribución federal que se pide para los propietarios de tierras de plantas fibrosas, tintóreas, resinosas, etc., ni para los ganaderos, arrendatarios y demás contribuciones que manifiesten poco capital."

El C. Córdoba: Suplico atentamente se dé lectura al proyecto de ley presentado por mí y otros diputados. (Voces: ¡Ya no hay caso!)

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: A petición del C. Córdoba se da lectura al proyecto presentado por él y por otros ciudadanos diputados, cuyo proyecto dice: "Los que subscribimos, diputados al Congreso General, atentamente sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, las siguientes adiciones al inciso B, fracción XIII, del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, que se acaba de aprobar:

"I. Los propietarios de tierras, de plantas fibrosas, tintóreas y resinosas, que no necesiten cultivo y cuya extensión exceda de veinte hectáreas, pagarán el sesenta por ciento de contribución federal.

"II. Los ganaderos arrendatarios cuyo capital no exceda de mil pesos, así como toda clase de contribuyentes también cuyo capital no exceda de quinientos pesos, sólo pagarán el veinte por ciento de impuesto federal."

En votación económica se consulta si se aprueba el dictamen de la Comisión. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario: "Comisión de presupuestos:

"Señor:

"La Comisión que suscribe ha meditado serenamente la adición propuesta por algunos señores diputados, referente a que se establezca en el ramo de "Productos de Bienes Inmuebles de la Nación," que comprende la Ley de ingresos, las rentas que deberán pagarse por el uso de los templos destinados al culto católico.

"No se escapa al criterio de los subscritos que, por una parte, si el uso de los templos causara alguna renta en favor de la Hacienda Pública Federal, está podría obtener un ingreso anual de importancia que serviría para los enormes gastos que demandan los servicios públicos de la situación actual; y por la otra parte, que quizás pudiera suceder que, como consecuencia de las aludidas rentas, se lograra en cierto modo la disminución de los feligreses, y por ende, menos sería cada día la concurrencia de los hombres de nuestro pueblo a las ceremonias de culto. Pero, estudiada dicha adición a la luz de los antecedentes constitucionales y de las innovaciones consignadas en la nueva Carta Fundamental de 1917, la Comisión ha encontrado: "(a) Que la ley de 25 de septiembre de 1873 sobre adiciones y reformas a la Constitución de 1857, y la Ley Orgánica de esta reforma, de 14 de diciembre de 1847, establecieron en favor de la Nación, el dominio directo de los templos que, conforme a la ley de 12 de julio de 1859, fueron nacionalizados y que se dejaron al servicio del culto católico, pero a la vez previnieron que el uso exclusivo, conservación y mejora de dichos templos serian de las instituciones religiosas mientras se decretaba la consolidación de la propiedad. Al mismo tiempo, dichas leyes determinaron que los expresados templos estarían exentos de contribuciones, salvo cuando fueren construídos o adquiridos nominal o determinantemente por uno o más particulares que conservaran la propiedad de ellos, sin transmitirla a una

sociedad religiosa. En una palabra, a la luz de dichas leyes, y mientras éstas estuvieron en vigor es inconcuso que el uso de los templos en favor de las instituciones religiosas no podía sujetarse a ninguna remuneración a cargo de éstas.

"(b) Que la citada Ley Orgánica de 14 de diciembre de 1874 debe considerarse derogada por ser incompatibles sus disposiciones con las innovaciones que sobre la materia han sido consignados en los artículos 27 y 130 de la Constitución de 1917. Esto es: que, conforme a la Constitución, ha quedado perfectamente consolidada la propiedad de los templos en favor de la Nación, y, por lo mismo, ya no corresponde el uso exclusivo, la conservación y mejora de los templos a las asociaciones religiosas; lo que significa que pudiera sostenerse la procedencia de que el uso de los templos cause rentas; y "(c) Que acatando el espíritu de las leyes liberales que motivaron la apropiación de los expresados templos, que más bien consistió en reducir a la impotencia económica al clero secular, enemigo constante de las instituciones republicanas, que hacer una fuente de lucro de los inmuebles apropiados; y, acatando igualmente las prevenciones de los artículos 27 y 130 de la Constitución vigente, que han consolidado en favor de la Nación la Nación la propiedad de los templos y tampoco permiten que éstos sean la misma fuente de lucro, puesto que obligan al Gobierno Federal a destinarlos al ejercicio del culto en el número que estime conveniente y a destinar los que no fueren útiles para el culto, exclusivamente a los servicios públicos de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, es inconcuso que se carece de facultades para imponer al uso de ellos renta alguna, con tanta mayor razón cuanto que dichos templos tienen la característica de pertenecer a la categoría de bienes del dominio público o de uso común. "Por todo lo expuesto, tenemos el honor de someter a la deliberación y aprobación de Vuestra Soberanía, la siguiente proposición:

"Única. No es de aprobarse la iniciativa presentada por un grupo de diputados que consulta la imposición de rentas a los templos destinados al culto."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 10 de octubre de 1917.-R. Basáñez. - Juan Tirso Reynoso. - J.R. Padilla. - José Rivera. - M. M. Prieto."

Está a discusión el dictamen.

El C. Manjarrez: Pido la palabra, señor Presidente. Para suplicar atentamente a Su Señoría pida a los miembros de la Comisión que funden este dictamen.

El C. Reynoso: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Reynoso: Señores diputados: La Comisión de Presupuestos quiso ser bastante amplia en su dictamen para que en el mismo se fundamentara la proposición que hace a esta H. Asamblea. La Comisión ha estudiado este asunto bajo tres puntos de vista: el constitucional, el económico y el político. Como decimos en el dictamen, el artículo 27 de nuestra Constitución ha consolidado en favor de la Nación todos los templos de la República y claramente expresa que esto no debe ser una fuente de lucro. Efectivamente, los templos están considerados en la categoría de bienes del dominio público o de uso común y ¿cómo vamos a imponer una renta a estos bienes de uso común? La Constitución obliga al Gobierno federal a destinar esos templos al ejercicio de los cultos. La mente de don Benito Juárez, al expedir el decreto de 1859, decreto que fue elevado a la categoría de ley en 1873 por el Congreso General, indudablemente que no fue otra sino, como decimos en el dictamen, la idea de reducir a la impotencia al clero, quitarle armas al enemigo. Ahora el Gobierno tiene el control de los templos; la Constitución autoriza al mismo a ceder los templos que estime convenientes, de manera que el Gobierno federal pueda destinar el resto de los templos a escuelas, cuarteles, oficinas públicas, etc., y bien sabido es, señores diputados, que la incidencia del impuesto repercute en mucho mayor cantidad que la que exige al verdadero contribuyente; de tal manera que si fuéramos a tener un ingreso de diez millones de pesos conforme a esta ley, con toda seguridad que los curas sacarían más de veinte millones y ese impuesto que se pretende sería el pueblo católico mexicano, que es un su mayoría, el único que pagaría esa renta. Yo deseo que todos los compañeros de esta Cámara se despojen de cualquier pasión, de cualquier sectarismo, como lo ha hecho la Comisión, que ha hecho, como dice el principio de su dictamen, ha estudiado serenamente este asunto bajo los tres puntos de vista que he citado, y que de su fallo aprobatorio a este dictamen. Hagamos algo práctico, expidamos leyes que beneficien realmente a la Nación y no a determinada clase social; tenemos una gran responsabilidad ante la historia, porque esta Cámara que ha sido engendrada por la Revolución, es la que debe poner el cimiento al nuevo edificio social y sin pasiones, serenamente, meditemos los problemas que tenemos enfrente, para que siquiera se diga de nosotros que fuimos buenos ciudadanos. Si queréis meditar serenamente este asunto, que se imprima y se suspenda la discusión por ahora para que tengamos tiempo de estudiar y meditarlo, pues la Comisión no tendrá ningún inconveniente en aceptar esto. Si se han formado ya un criterio sobre el particular, ruego a ustedes den su voto aprobatorio al dictamen. (Voces: ¡Sí, si! ¡No, no!)

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se ha presentado la siguiente moción suspensiva:

"Señor:

"Los subscriptos nos permitimos proponer una moción suspensiva en la discusión del dictamen de la Comisión que se niega a imponer rentas a los templos.

"Salón de sesiones, noviembre 29 de 1917.-J. Jesús Ibarra. - R. Aveleyra. - Eugenio Méndez. - E. Céspedes. - A. Ruiz Estrada."

(Voces: ¡Que la funden!) En votación económica se pregunta a la Asamblea....

El C. Medina Hilario: Pido la palabra. Ruego atentamente a la Presidencia que invite a uno de los autores de la moción, a fundarla.

El C. Presidente: Tiene la palabra alguno de los firmantes de la moción presentada. - El C. Méndez: Señores diputados: (Voces: Tribuna!) Señores diputados: La trascendencia misma del asunto que está a discusión es la que originó la

moción suspensiva que hemos tenido el honor de someter a la consideración de ustedes; es un punto enteramente nuevo el que somete a vuestra consideración la Comisión; se han convergido para la resolución de este asunto la legislación antigua, las Leyes de Reforma elevadas a constitucionales por el señor Lerdo y los preceptos actuales del artículo 27 de la Constitución, de tal manera que se necesita hacer un estudio que pudiera llamarse de legislación comparada entre la legislación vieja y la nueva para poder llegar a una resolución verdaderamente constitucional, práctica y conveniente para los intereses de la Nación. Desde luego los afirmantes de la moción suspensiva creen que sí es posible, estudiando con calma el asunto, llegar a la imposición de esa renta a los templos y como no están lo suficientemente preparados en este momento para contender con los miembros de la Comisión que sí vienen preparados; es por ello por lo que nos permitimos hacer la moción suspensiva que esperamos se apruebe por la cordura de vuestra honorabilidad. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Lailson Baunet, en contra.

El C. Lailson Banuet: Señores diputados: Creo que no sería necesario aplazar la discusión de este asunto, desde el momento en que las razones que da la Comisión para sugerir la idea de que se aplace y que no sé si a eso obedeció que se hiciera esta moción, no son de tomarse en cuenta. El clero es algo que no produce más que males, aquel que rece que pague, es muy natural, señores; como el que toma pulque paga el impuesto del pulque y el que vive en casa paga la contribución de la casa; eso es muy natural. Yo creo que está contribución está perfectamente razonada; si con esto va a reducirse el número de templos, creo que la Nación ganará y debe ponerse a discusión y que esa caterva de flojos produzca algo una vez a la humanidad. (Aplausos.)

El C. Manjarrez: Para una moción de orden, señor presidente:

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manjarrez: Habiendo hablado un orador en pro y uno en contra de la moción suspensiva, conforme al Reglamento, sólo corresponde que Su Señoría pregunte a la Asamblea si queda aceptada o no la moción suspensiva.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se toma en consideración la moción suspensiva. (Voces: ¡No, no! ¡Sí, si!) Sí se toma en consideración. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra del C. Padilla.

El C. Padilla: Señores diputados: Únicamente quiero poner a la consideración de Vuestra Soberanía que no tenemos delante más que un mes de actuación en esta Cámara, que tenemos que discutir, además de las innumerables leyes que solamente hemos principiado, toda la Ley de Egresos que trata de doce mil partidas; por tanto, debemos proceder desde luego a discutir, ya que estamos todos perfectamente posesionados de nuestros argumentos, esta proposición que ahora hemos presentado a vuestra consideración y que, de una vez, se acepte o se deseche, porque estas mociones suspensivas no han hecho hasta ahora más que entorpecer nuestras labores y hacer que el pueblo mexicano diga que no hemos hecho nada. Por tanto, pido que entre al tapete la discusión.

El C. Siurob: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Zapata.

El C. Manjarrez: Reclamo el orden, señor Presidente. ¿Qué el señor Zapata se ha inscripto?

El C. Presidente: Está inscripto.

El C. Manjarrez: Acaba de hablar un orador en contra, no es posible.

El C. Presidente: Pueden hablar dos oradores en contra. Tiene la palabra el C. Zapata.

El C. Zapata: Casi, señores diputados, es para repetir a ustedes lo que ha dicho el ciudadano diputado Padilla; no vale la pena suspender la discusión de la Ley de Ingresos, que tenemos prisa ya por expedir, para hacer un estudio constitucional muy profundo sobre si procede o no procede votar el impuesto a los templos. Creo que, en general, es un asunto en que, más o menos, todos estamos preparados. El dictamen de la Comisión me parece a mí bastante fundado; yo seré, si acaso no hay quien defienda el dictamen de la Comisión, uno de los que defiendan este dictamen, porque yo me conceptúo, señores diputados, un liberal a mi modo (risas), que, en mi concepto, es el modo mejor de ser liberal. Cuando yo me encuentro con un señor vestido de sotana, no me dan ganas de comérmelo, absolutamente, exactamente como si lo encontrara de frac o como si lo encontrara con una guerrera; me es exactamente igual; no tengo yo ni una animosidad especial contra los que visten sotana, ni una ínquina; probablemente sea esto obra del medio que me vio crecer, que es un medio en que absolutamente no existe el espíritu religioso; por estas circunstancias, yo soy una persona que está en condiciones de ver esta clase de asuntos completamente desligada de todo sentimiento religioso; tampoco soy protestante, ni soy católico, ni profeso absolutamente ninguna religión; pero no odio a ninguna ni a ningún religioso. Por lo demás, el punto principal es éste: estamos discutiendo adiciones de la Ley de Ingresos, y lo correcto es que expidamos esa Ley de Ingresos; si mañana los señores diputados que tienen interés en que se ponga una contribución a los templos..... (Voces: Ya no es tiempo!) sí es tiempo, señores; una vez aprobada la Ley de Ingresos, los diputados que tengan interés en que se ponga una contribución a los templos, pueden proponer la iniciativa correspondiente; no hay ningún inconveniente para ello. Suplico que, desde luego, dictemos la Ley de Ingresos; tenemos que tratar pronto la Ley de Egresos, en la cual está comprometido el honor de esta Cámara. Hace cinco, seis, ocho o más días, que la prensa se está ya ocupando de discutir si es bueno, que los diputados aumenten sus dietas; si esto es inmoral, si esto es atentatorio, si esto es un fraude a la Nación o si no lo es. La discusión se ha entablado en la calle, y todavía nosotros no podemos acabar de discutir la Ley de Ingresos, para poder pasar a ocuparnos de la de Egresos, en la cual indiscutiblemente necesitamos estudiar la proposición relativa,

si es que algunos señores diputados, en efecto, la han presentado, aunque he sabido hoy que se ha dictaminado ya sobre ella. Estaba olvidando este detalle, porque lo acabo de recoger.

Como digo, es indispensable que pasemos a la Ley de Egresos y discutamos de toda preferencia la cuestión de las dietas de los diputados, porque ya nuestro honor anda por la calle a mal traer; ya hasta el Subsecretario de Hacienda se ha permitido dar su opinión sobre si sería o no conveniente que los diputados se aumentaran sus dietas.....

(Voces: !Nadie le hace caso!), sin perjuicio de que el mismo señor Subsecretario haya enviado a esta Cámara un proyecto de ley para aumentar los sueldos que deben percibir él y el Presidente de la República. Conque, señores diputados, yo los invito a trabajar y a pasar fácilmente sobre estas cosas, por las cuales debemos pasar. (Aplausos.)

Presidencia del C. PÉREZ GASGA FLAVIO

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano diputado Manjarrez.

El C. Manjarrez: Nada tiene que ver en estos momentos el asunto de las dietas, traído aquí casi de las orejas, como se dice vulgarmente, por el señor diputado Zapata; nada absolutamente tiene que ver aquí ese asunto. Yo creo que no es conveniente, no es honrado, que los diputados, aprovechándose de cualquiera ocasión, anticipen sus opiniones, pretendiendo llevar a la conciencia de sus colegas, cierta tendencia, cuando no está a debate un asunto; el asunto que está a discusión es éste: si se discute hoy mismo el dictamen de la Comisión, relativo a los templos, o si no se discute. La misma Comisión dictaminadora, por boca del diputado Reynoso, decía aquí: "El problema es arduo, el problema debe ser meditado con todo el tiempo que reclama, el problema no se puede resolver así, en un momento." Este dictamen no se ha repetido, este dictamen lo hicieron las Comisiones para ellas; desde el 10 de octubre que se rindió, no se ha podido todavía, o por una omisión o por cualquiera otra circunstancia, no se ha repartido; pero el caso es que, en este momento, nos encontramos frente a un problema bastante arduo; no lo va a resolver simplemente la Ley de Ingresos, claro está que no; esto va más hondo, amerita la reglamentación del culto, y allá vamos; pero si desde luego vamos a sentar el principio de que se cobre un impuesto a las pertenencias de la Nación, el caso, desde el punto de vista constitucional, no es ilegal, allá iremos a demostrarlo; pero, señores diputados, no es posible que entremos en consideraciones con un dictamen muy amplio, bastante razonado, muy bien documentado y que se nos mete aquí en un momento dado, así nada más: Discútase y apruébese. ¡No! La Comisión ha sido suficientemente honrada y por eso por boca del diputado Reynoso, ha dicho: "Estamos dispuestos a que los oradores del contra, es decir, los que quieren que se cobre el impuesto, se documenten debidamente, como nosotros estamos documentados;" sí, señores, y ese acto de honradez de la Comisión, debemos de aplaudirlo, y por eso nosotros pedimos, para que las fuerzas estén equiparadas, tanto las de la Comisión como las de los oradores del contra, que se suspenda un día la discusión de este asunto. ¡Qué nos importa! ¿Que hay muchas leyes en cartera? ¿Que hay poco tiempo? Tenemos muchas leyes también en cartera y también urgentes; no discutamos ésta, pasemos a una de esas leyes importantes que están en cartera.

¿Que nos quita el tiempo? Nada, absolutamente; ese tiempo no lo perdemos. Así, pues, suplico que, por caballerosidad de la Asamblea y a fin de borrar que pueda meditarse debidamente este asunto, se apruebe la moción suspensiva.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Ciudadanos diputados: El proyecto de ley que se presenta en este momento a vuestra consideración, es uno de los de cepa absolutamente revolucionaria que va a acabar con uno de los últimos prejuicios que quedan en nuestra legislación, en todo lo que se refiere al poder temporal de la Iglesia. No hace mucho, hablando con un viejo reaccionario de mi tierra, Querétaro, donde abundan, me referí a cierto sacerdote a quien era necesario que se procesara por su conducta inconveniente y violatoria de las leyes; y me decía: "¿Y qué tiene que meterse el Gobierno con los sacerdotes, cuando debe ser absolutamente independiente de la religión? Este mismo criterio que existe cuando se trata de los delitos, existe también tratándose de las propiedades. La secta católica en la República, esta perfectamente convencida de que los bienes de que se trata, son en realidad de la propiedad del clero y de los creyentes. que no pertenecen a la nación, si no que son la exclusiva propiedad del clero y los creyentes. En tal concepto, es el resto de las pasadas ideas sobre este particular lo que hace creer que la Nación no tiene derecho a cobrar rentas sobre los templos; ya que es tiempo de que rompamos con estas viejas tradiciones. el principal argumento perfectamente falso; nos dice la comisión que son bienes de uso común: ¿ de uso común de quién? ¿ de todos los habitantes de la República? no, porque hay gran número...

El C. Padilla, interrumpiendo: ¡a moción de orden!

El C. Siurob, continuando: ... Si resolvemos desde luego el dictamen, compañero (dirigiéndose al C Padilla), y sé la moción de usted en qué consiste, si resolvemos el dictamen, no es para decir que es un asunto ni tan difícil, ni tan complicado o que no lo pueda resolver una Asamblea perfectamente revolucionaria de una sola vez, sino que necesita largos estudios; esta Asamblea perfectamente revolucionaria y consciente de su deber, no necesita hacer grandes estudios para rechazar este dictamen que niega a la nación el derecho de imponer una contribución sobre los templos, no necesita largos estudios, porque en la conciencia de todos los revolucionarios está de que ya es tiempo que la Nación acredite perfectamente el derecho que tiene para sacar algún provecho de esos vastos millones que se encuentran esparcidos en forma de templos. Esta es una ley revolucionaria que debe discutirse precisamente durante este período

ordinario; vosotros sabéis que quizá el próximo Congreso, bajo el auspicio de gobernadores, en una buena parte cuando menos, transigentes y muchos absolutamente reaccionarios, con la manera como están violándose una de las principales garantías que nos otorga la Constitución, que es la libertad de sufragio, vosotros sabéis que el próximo Congreso ya no será revolucionario, si no es que absolutamente reaccionario. Es tiempo, pues, de que se discuta, de preferencia a estas pesadas leyes de presupuestos, que no podemos nosotros discutir siquiera en estos momentos porque están rigiendo circunstancias perfectamente anormales, es tiempo de que discutamos leyes revolucionarias, de que discutamos las leyes revolucionarias que tenemos en cartera : la Ley de Responsabilidades a los autores del cuartelazo, la Ley de Reglamentación del 6 de enero, la 6 la Ley sobre la Fundación del Banco Único, la Ley de Suspensión de Garantías, la Ley sobre Fraccionamiento, la Ley Moratoria, la ley sobre reglamentación del artículo 123; todas éstas son las leyes revolucionarias a las que debemos dedicar nuestra preferente atención durante los pocos días que nos faltan en nuestras labores parlamentarias, y no debemos dedicarnos a discutir leyes como las de presupuestos, acerca de las que no podemos decir una cosa en definitiva, porque las condiciones del país son todavía anormales y por eso hemos estado de acuerdo en conceder facultades extraordinarias al Ejecutivo en el ramo de Hacienda. ¿Para qué venir a limitar esas facultades, si en nuestra conciencia está que el país no entra aún en su marcha regularizada? No entremos en discusiones bizantinas que nos van a quitar una buena cantidad de tiempo, discutamos las leyes revolucionarias, tracemos un programa para los pocos días que nos faltan, si no queremos cargar con la responsabilidad de un gran número de males que sobrevendrán al país por falta de reglamentación de leyes esencialmente revolucionarias y que necesitamos llevar ya a la práctica, si no queremos que el pueblo reniegue de la Revolución, viendo que de ella no ha recibido más que perjuicios y ninguno de los bienes que tiene derecho a esperar, ya que ha contribuído a ello con sus esfuerzos y con sus sufrimientos.

Esta ley, señores diputados, es la que va definitivamente a demostrar ante la faz de la Nación que las iglesias todas, de cualquier secta que fueran, son en lo absoluto de la Nación, que la Nación tiene perfecto derecho para hacer sentir allí esa posesión que tiene de esos bienes, por medio de una contribución; no se pide que esa contribución sea exagerada, ni poca ni mucha, pero hay que sentar el principio, hay que desenraizar esta última raíz que tiene todavía el conservatismo en el ánimo de los sectarios religiosos en México, que consiste en creer que el Gobierno no tiene derecho efectivo a la posesión de los templos, sino que el clero y los sectarios católicos son los únicos que tienen derecho de poseerlos o de administrarlos.

Así, pues, ciudadanos diputados, si estamos para rechazar el dictamen que nos presenta la Comisión, no necesitamos gran estudio, no necesitamos mayor discusión que consultar en lo íntimo de nuestro criterio revolucionario y los que somos en lo absoluto independientes de toda secta religiosa, pensar que es muy justo que los que especulan con el dinero del público, paguen una parte de ese dinero a la Nación, y los sectarios religiosos; pensar que la Nación tiene en efecto la posesión de aquellos templos, porque el pueblo es el que con su dinero ha ido dando centavo a centavo, extraviado por las ideas de todas las sectas religiosas, ha ido construyendo aquellos monumentos erigidos a los errores de nuestros antepasados y que ya es tiempo de que se conviertan en monumentos erigidos al porvenir de las razas venideras; es tiempo, ciudadanos diputados, que rechacemos desde luego ese dictamen de la Comisión y que no se empiece con mociones suspensivas que sólo acusan miedo de abordar los problemas revolucionarios, que sólo acusan el temor de llegar a una resolución definitiva, cuando se trata de asuntos que ya es tiempo de llevar a la práctica, para que no se diga que la Revolución ha venido únicamente a contemplar el espectáculo de lágrimas y de sangre de todo un pueblo, sin procurar llevar a las masas una parte de los bienes que tienen derecho a esperar de nosotros. (Aplausos.)

Presidencia del

C. RUEDA MAGRO MANUEL

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Ibarra.

El C. Ibarra: El compañero Manjarrez ha expuesto ya algunas de las razones que tuvimos para presentar esta moción suspensiva. Les ruego que hagan hincapié en el hecho, no sólo de no haberse distribuído, sino de no haberse impreso el dictamen en su oportunidad para su estudio. Es verdad, como dice el compañero Siurob, que este asunto puede resolverse desde luego si atendemos, antes que nada, a nuestras convicciones revolucionarias, a los móviles que nos han llevado a esta lucha libertaria que acaba de terminar.... (voces: ¡No ha terminado!) o que quizá no termina aún. La moción suspensiva fue hecha al calor de la primera impresión, de la impresión que nos dejo el hecho de que no tuviéramos conocimiento claro de los fundamentos de este dictamen, porque todos sabemos que no hace la misma impresión un dictamen leído de prisa por un Secretario en la tribuna, máxime cuando se está distraído en las curules, que cuando ha sido impreso y leído, dado que deben leerse asuntos de tanta importancia como éste. Sólo el calor de esa impresión de momento nos hizo presentar esta moción y no el miedo para atacar la resolución de este asunto, como pareció indicarlo el diputado Siurob.... (Voces: ¡Como lo dijo!) No podemos tener miedo de tratar estos asuntos quienes, como muchos de los que hemos firmado esta moción, hemos acompañado al mismo Cuerpo de Ejército en que militó el general Siurob y hemos con ese Cuerpo de Ejército hollado iglesias y echado a pastar nuestros animales en los mismos tabernáculos; no podemos tener miedo, no podemos tener miedo de tratar un asunto que se relaciona con el clero que ha sido enemigo de la revolución; por eso yo rechazo, pediría respetuosamente,

atentamente, al compañero Siurob, que desechara de su mente la idea de que nosotros, por temor de entrar de lleno al estudio de este asunto, hayamos presentado esta moción suspensiva. Es claro que, como ha dicho el señor Siurob, las iglesias han sido declaradas de un modo absoluto, de un modo categórico, por la Constitución, como propiedad de la Nación. Hace pocos momentos un compañero, haciendo una comparación muy atinada, me decía que por qué la Nación tiene en sus manos el derecho de establecer todas las modalidades necesarias para su desarrollo en las regiones comprendidas en cincuenta kilómetros adentro de la frontera o cerca de las costas; la Constitución ha declarado cuáles zonas son absolutamente nacionales, y en esas zonas la Federación tiene absoluto derecho de mandar, tiene absoluto derecho de imponer contribuciones, de distribuirlas en la forma que lo considere conveniente. El artículo 27 de la Constitución, señores, declara de un modo terminante que: "Los templos destinados al culto público, son de la propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deban continuar destinados a su objeto." En consecuencia.....

El C. Medina Hilario, interrumpiendo: ¿Qué culto?

- El C. Ibarra, continuando:....A todos los cultos, naturalmente que al decir culto público, se refiere a todas las sectas. La proposición objeto del dictamen no era proposición, señor licenciado Medina, que se dirigiera exclusivamente a imponer contribuciones o rentas a los templos del culto católico; esa proposición abarca a todos los cultos, porque de un modo general dice, se refiere a los templos destinados a toda clase de cultos, a cualquier culto; en consecuencia, no se ataca solamente de un modo exclusivo a la religión católica o a un culto determinado en este caso, sino a todos los cultos, porque todos los templos son propiedad de la Nación. Yo estoy plenamente seguro de que si nosotros nos guiamos en estos instantes por nuestros antecedentes revolucionarios, por nuestras convicciones e ideas de progreso invívitas que la revolución llevó a cabo o intenta llevar a cabo hasta la fecha, nosotros votaremos seguramente en contra de este dictamen presentado por la Comisión, que es un dictamen seguramente conservador, que es un dictamen inspirado todavía en viejos prejuicios que no ha sido posible desarraigar de algunos espíritus, que si es cierto que son algo revolucionarios, todavía conservan cierto respeto atrasado, apolillado, para esas instituciones, considerando que es impolítico ocuparse de esta materia tan importante para el porvenir del pueblo mexicano. Veamos este punto de vista educativo, desde el punto de vista político, porque hay que preocuparse por la emancipación intelectual de los humildes, por la emancipación intelectual y moral de los de abajo. En consecuencia, la medida debe tener ese carácter político, ese carácter depurador de salud pública. Yo por mi parte, no tengo empeño en sostener esta moción suspensiva, sino sólo he querido que pudiera rebatirse de igual a igual la Comisión; si los compañeros que conmigo la firmaron están dispuestos a retirarla, por mi parte no tendré ningún inconveniente en aprobarlo, con la esperanza de que esta Representación Nacional estará a la altura de su deber, acordándose que ha nacido al calor de la Revolución y que está constituído en su mayoría por hombres que han venido de ella misma. Por lo tanto, no temo que aquí se niegue el derecho que la Revolución tiene de restringir hasta donde sea posible ese culto nefasto para nuestra Nación, que se ha convertido en un verdadero poder político.

Así, pues, tomando en consideración que antes que diputados hemos sido revolucionarios; tomando en consideración que aquí hemos venido para hacer cristalizar en leyes los anhelos de la Revolución; tomando en consideración que cada uno de los ciudadanos diputados se ha compenetrado suficientemente del asunto por haber sufrido durante tantos años la ominosa tiranía moral y la tiranía intelectual desarrollada por todos los clérigos de todos los cultos de nuestro pobre pueblo mexicano; tomando en consideración que todos los diputados se han convencido de que es preciso poner un hasta aquí al poderío político de ciertas religiones y tomando en consideración también las ideas que están empapadas en el espíritu del artículo 27 de la Constitución, que declara terminantemente que todos los templos destinados a cualquier culto son de propiedad de la Nación, yo espero fundadamente que, dando una muestra de radicalismo revolucionario, sin temores de ninguna complicación, porque así como en años anteriores, así como en la Reforma hubo un pequeño grupo de hombres que se enfrentaron con el poderío clerical y que lo hicieron morder el polvo, así en último análisis, en último caso, los hombres de esta Representación Nacional, sin temores al futuro o complicaciones de ninguna naturaleza, cualquiera clase de complicaciones en materia de conflictos religiosos, votemos en contra de este dictamen y estemos dispuestos, como los de 57, a ir en un momento dado adelante, hasta consumar la obra de desfanatización de nuestro pueblo. (Aplausos.)

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: No habiendo ningún otro orador inscripto ni en pro ni en contra, en votación económica se consulta a la Asamblea si considera suficientemente discutida la moción suspensiva, Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.....

El C. Basáñez, interrumpiendo: Pido la palabra para rectificar un hecho.

El C. Presidente: Estamos en votación EL C.Basaéz, dirigiéndose al ciudadano presidente: Antes de la votación he pedido a usted la palabra.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio, continuando: ....Se considera suficientemente discutida la moción suspensiva. En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba. (Voces: ¡No!) Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se aprueba la moción suspensiva.

(Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra del dictamen el ciudadano diputado Manjarrez.

El C. Manjarrez: El diputado Reynoso, miembro de la Comisión dictaminadora que pasó a esta tribuna a fundar su dictamen, en realidad nos presentó unos razonamientos tan débiles que no es posible, no es posible en lo absoluto tomar en consideración serias argumentaciones para rebatirlos.... (Voces: ¡Aaah!) El dictamen de la Comisión se

funda en los artículos 27 constitucional y 130 de la propia Constitución; pero precisamente en esos mismos artículos nos debemos basar nosotros para demostrar a esta Asamblea que no es anticonstitucional en manera alguna el que se cobren impuestos a los templos por el culto de cualquier orden que fueran. La fracción II del artículo 27 de la Constitución dice lo siguiente: "II. Las asociaciones religiosas denominadas Iglesias, cualquiera que sea su credo, no podrán en ningún caso tener capacidad para adquirir, poseer o administrar bienes raíces, ni capitales impuestos sobre ellos; los que tuvieren actualmente, por sí o por interpósita persona, entrarán al dominio de la Nación, concediéndose acción popular para denunciar los bienes que se hallaren en tal caso. La prueba de presunciones será bastante para declarar fundada la denuncia. Los templos destinados al culto público, son de la propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deban continuar destinados a su objeto." Como se ve, en esta fracción en que se fundan los miembros de la Comisión no se pone taxativa alguna.....

El C. Secretario Aranda, interrumpiendo: Se suplica a los ciudadanos diputados que escuchen al orador.

El C. Manjarrez, continuando: Digo que no se pone taxativa alguna al Gobierno Federal para que imponga una contribución a esos bienes, que ya se han declarado, no ahora, sino desde la época de la Reforma, bienes nacionales. El artículo 130 dice en la parte relativa: "Corresponde a los Poderes Federales ejercer en materia de culto religioso y disciplina externa, la intervención que designen las leyes."

Desde luego, precisamente el artículo 130 es el que da facultades a esta Representación Nacional para establecer la manera como debe ejercerse el culto; y en este artículo se basa la proposición que hicimos para que el Gobierno pueda imponer una contribución al clero; después viene el argumento de orden económico de la Comisión. La Comisión no estima conveniente imponer contribuciones a los cultos; pero no dice por qué. Aquí nosotros, desde que inició la discusión de la Ley de Ingresos, hemos estado aprobando día por día, cada vez que llega al tapete la discusión, esa misma ley, una serie de impuestos; es natural que el Gobierno ha tenido en estos momentos de enorme crisis que recurrir a todos los medios para hacerse de elementos; la alabanza del debe y del haber está profundamente desnivelada y las Comisiones, para ver de procurar la nivelación de esa balanza del Erario Federal, nos ha propuesto contribuciones a la luz, a los anuncios y otras más y más gabelas al pueblo mexicano; pero se han olvidado absolutamente de imponer una contribución a los fanáticos. Es preciso que el paso del Erario Federal lo lleven los viciosos y los fanáticos. Por otra parte, si los templos son propiedad de la Nación, ¿por qué la Nación no ha de tener en todo tiempo el derecho muy suyo de cobrar alguna renta por un edificio que es de su absoluta pertenencia? ¿O niega la Comisión que las iglesias sean propiedad de la Nación? Si esto hicieran, serían seguramente un argumento conservador; pero no es eso, nadie absolutamente puede negarlo y, por lo mismo, está perfectamente fundado.

Ahora, desde el punto de vista político, ¿qué miedo tienen las Comisiones? Decía el señor Reynoso que sería nada más malquistar a la Revolución, echarle enemigos; ¿y qué nos importa?; ¡que aparezcan de una vez todos los que han de ser nuestros enemigos!, si alguna vez hemos de abordar el problema revolucionario, no nos importa que se nos presenten, cualesquiera que sean, nuestros enemigos. Ya es tiempo, señores diputados, de que, como decían los compañeros Ibarra y Siurob, vayamos poniéndoles más y más trabas a los cultos de todas las sectas que fueren, ya es tiempo de que vayamos imponiéndoles contribuciones de que vayamos reglamentado el culto, de que vayamos haciendo todo eso, para ver procurar, para ver de aniquilar el tremendo poderío que han ejercido en nuestro país todos los frailes de todas las religiones. - El C. Presidente tiene la palabra, en pro, el C. Manrique Aurelio. - EL C. Manrique: señores diputados: ya al iniciarse esta discusión ya que ha definir credos y tenencias, no falta algún compañero que entre en bromas y veras diga la verme subir a la tribuna: "Ya asomo la oreja de fraile" (risas); pero ello me tiene muy sin cuidado, porque.....

El C. Rojas Rafael, interrumpiendo: ¿Porque eres valiente! (Risas.)

El C. Manrique, continuando: ....¡No!, sino porque sé qué es lo que pienso en lo íntimo de mi ser. Ya veis, señores diputados, cómo esta Asamblea esencialmente pasional comienza a agitarse al solo anuncio de estas cuestiones; indico es seguro este apasionamiento de la Asamblea, de la importancia, de la delicadeza de la ley. Por eso estábamos de acuerdo en que se suspendiese; asuntos de menor importancia se ha suspendido para dar tiempo a que, impreso el dictamen, fuese leído por unos y por otros, por tirios y troyanos. Creo, señores diputados, que el dictamen de la Comisión está perfectamente fundado, si bien está incompleto, puesto que la Comisión de Presupuestos creyó tal vez que debía ante todo estudiar el asunto desde el punto de vista económico y por eso sólo se limitó a esto; únicamente el diputado Reynoso, en la exposición verbal de motivos amplió un tanto la cuestión tocando muy atinadamente otros aspectos del asunto. Comenzamos por el problema, en apariencia más importante, en realidad secundario, que se refiere al punto de vista económico; y puesto que se trata de una Ley de Ingresos, nada más natural que estudiar a la luz economía política la medida que se nos propone. Creo, sin embargo, y los iniciadores estarán de acuerdo conmigo, que más que de una medida económica, se trata de una medida esencialmente política; por esto el punto de vista político - social es el más importante, lo mismo para los adversarios que para los defensores del dictamen. No obstante, como se quiere disfrazar o más que disfrazar, diré, porque acaso fuera injusto el vocablo, que se quiere corroborar, robustecer, las razones de índole política con otras de orden económico, hay que tratar también de desvanecer éstas. ¿Cuál es el criterio que debemos tener presente en el momento de establecer un impuesto, en el momento de fijar una contribución sobre determinado ramo o aspecto de la riqueza pública? Creo que ante

todo y sobre todo debemos gravar la producción, gravar la riqueza que produce y no la riqueza muerta, sino la que es fuente de riqueza. De manera que es perfectamente lícito gravar la importación y explotación de metales; gravar, por ejemplo, el comercio interior, dentro de determinados límites claramente definidos por la economía, esto es lícito, gravar la producción misma; pero corremos el riesgo de incurrir en absurdos económicos gravando aspectos de la vida nacional o riqueza nacional improductiva.

Así por ejemplo, y ya que aquí paréceme que fue el compañero Ibarra el que habló de impuestos a los anuncios, no sé si fue él o algún otro compañero, el compañero Manjarrez, sabéis perfectamente que desechamos el impuesto al anuncio por antieconómico, porque lejos de gravar una producción gravaba el esfuerzo mismo tendente a esa producción; pero concretémonos a estudiar el asunto a discusión: La pertinencia de gravar la riqueza innegable, constituída por los templos de la Nación. Que los templos son una propiedad nacional, esto no está ya en tela de juicio, esta es cosa perfectamente definida por la ley y por los hechos; de las Leyes de Reforma a la Constitución de 17 mucho se ha avanzado en este sentido, está cada vez mejor definido, está cada vez mejor definido, está cada vez más claramente estatuído que los templos son de propiedad de la Nación. ¿Tiene, empero, el Gobierno razones suficientes para gravar esta riqueza pública constituída por los templos? ¿Son los templos una riqueza productiva?... (Voces: ¡Sí, sí!) Sí, contestáis quienes habéis examinado la cuestión superficialmente; no, me contestaís si la hubiéseis examinado más a fondo. ¿Son los templos una riqueza productiva? Insisto en mi pregunta. No lo son; si, pues, no lo son, - y más tarde diré por qué no lo son-, sería impolítico, sería antieconómico el gravar esta riqueza nacional. También son de propiedad de la Nación, señores diputados, también son de uso común los porque, los paseos, ¿y por qué no se ha ocurrido hasta hoy a legislador ninguno el imponer una contribución a los paseos públicos?

El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: ¡Porque nadie los explota!

El C. Manrique, continuando: ¿Y no son acaso los paseos públicos una necesidad nuestra; no vamos allí a respirar a bocanadas el aire libre y vivificador? Seguramente que sí; son propiedad de la Nación, son de uso común, pero no se ha ocurrido a ningún legislador gravar su uso, por la sencilla razón de que no se trata de ninguna riqueza productiva; por el contrario, sabemos que el ciudadano y conservación de los bosques, de los parques y jardines, es una fuente de gastos para el Gobierno; corresponden, sin embargo, a una necesidad pública y de ahí que no se graven ni se puedan gravar. Pero examinemos también otro aspecto de la cuestión ya estudiado muy atinadamente por la comisión, es saber, compañero prieto, lo que se llama la incidencia del impuesto. no necesito extenderme en consideraciones sobre el asunto, porque bien sabéis lo que es con estas palabras se significa; bien saben los compañeros Sánchez y Saucedo que, como consecuencia de la inevitable ley de la economía política, la incidencia del impuesto, la contribución aparentemente destinada a sufragarse por el productor, es en realidad pagada por el consumidor. Como consecuencia de este fenómeno de incidencia o de reflexión, al imponerse una renta al administrador de los templos, los verdaderos causantes de la contribución, los pagamos como se dice familiarmente, serían precisamente los feligreses, serían el pueblo pobre. Empero, como consecuencia de esta misma incidencia del impuesto, como el impuesto no habría de pagarlo directamente al fisco el feligrés, sino habría de pagarlo al clero, éste diría a sus feligreses: "de hoy más debo pagar los templos, aquí está este cepillo, aquí esta alcancía para que en él deposites tu óbolo." Y el pueblo pobre depositaría la renta y la depositaría con creces. Ya veo que se adelanta la objeción, señores diputados: que establezca el gobierno un sistema de inspección sobre estas rentas, sobre ingresos de los templos, y se habría evitado todo inconveniente; pero esto es absolutamente teórico, fuera de que aparte de ser improductivo e ineficaz, sería, menester el crear un verdadero ejército de inspectores de templos, ejército que naturalmente no trabajaría gratis, et amore si no naturalmente por la debida remuneración y serían de ver, señores diputados, las fabulosas ganancias que habría de obtener el fisco. Pero desentendámonos de esta consideración y desentendámonos también del problema constitucional, que yo no abordo por dos razones: "la primera porque no hay campanas," me diría algún compañero, es decir, porque no conozco sobradamente el asunto; la segunda, porque, concediendo al compañero Manjarres y a los demás autores de la proposición que fuese perfecta y claramente constitucional el imponer una renta a los templos, conociendo esto, digo, todavía quedaría por examinar la conveniencia, la utilidad para el legislador de dictar la medida; no todo lo que permite la constitución debe hacer un político hábil y sagaz y conocedor de la mentalidad y de la psiquis del pueblo para que legisla; la Constitución permite muchas cosas, señores diputados, pero las leyes, las leyes fatales e inexorables de la sociología nos impiden dictar ciertas medidas, aún cuando la Constitución nos permitiese; debemos examinar a la luz la historia nacional, a la luz de nuestros antecedentes, teniendo en consideración la mentalidad, no de los 250 diputados aquí presentes, sino teniendo en consideración la mentalidad del pueblo mexicano, entendiendo por pueblo, sobre todo, sus clases populares, la conveniencia y la justificación de expedir una ley en este sentido. Este es el verdadero problema, este es el asunto que debemos abordar con toda serenidad y serenidad, por supuesto, no excenta de apasionamiento, pero apasionamiento refrenado constantemente por la experincia y por la verdad.

El compañero don Froylán Manjarrez comete un error al creer que esta medida ha de ser fructuosa en benéficos resultados; sabéis muy bien que se pueden establecer impuestos con dos propósitos, con dos fines: el primero, como frente de recursos; quiere el Gobierno contar para sus gastos con cantidades suficientes y grava, por ejemplo, la importación y la exportación; grava también el comercio interior. Pero puede también el legislador proponerse otra cosa, modificar las costumbres y los vicios sociales; entonces, en realidad, el impuesto no tiene

por objeto enriquecer al Erario, sino producir determinado cambio de modalidades del pensar o sentir nacionales. Ejemplo de esta segunda categoría de impuestos: el impuesto que con tanto calor hemos defendido sobre los alcoholes; hemos querido aumentar progresivamente el impuesto sobre la venta de alcoholes, ¿y hemos querido con esto aumentar los ingresos del Fisco? No esto sería sólo una consecuencia enteramente secundaria; lo que hemos querido con esto, imitando a otros países, ha sido limitar la venta de alcoholes y combatir el alcoholismo en nuestro pueblo. Hay en este ejemplo una perfecta analogía con lo que quiere el diputado Manjarrez; para él, lo mismo que para otros muchos que participan de su pensar, la costumbre de frecuentar los templos es un vicio como otro cualquiera; para el compañero don Froylán Manjarrez son esencialmente idénticos el templo y la pulquería. Este es vuestro pensamiento, compañero Manjarrez. Luego si el alcoholismo es un vicio social, si esta plaga social se puede eficazmente combatir por medio del impuesto, y entre paréntesis, ya sabéis que la tesis es discutida y que aquí quienes quisimos combatir el alcoholismo por medio del impuesto sufrimos no pocos ataques de los oradores del contra; si, pues, -continúo el período interrumpido-, quisimos combatir el alcoholismo por medio de impuestos, combatamos también el fanatismo estableciendo una renta a los templos, y es claro que constituyendo ahora el impuesto como un obstáculo más para asistir a los templos, natural es que haya quienes por no poder sufragar este gasto se abstengan, es claro, de ir a los templos; este es vuestro pensamiento compañero Manjarrez; pero aparte de que sería discutible si efectivamente iba a conseguirse lo que se proponía, vamos también a considerar si efectivamente es cierta la aparente paridad entre la pulquería y el templo, entre el alcoholismo y el espíritu religioso. Es necesario, en primer lugar, que nos preguntemos si de veras esta medida logrará los propósitos que nos trazamos o sí, por el contrario, no habrá de ser contraproducente.

Creo, señores diputados, que si no sois simplemente teóricos, sino que habéis vivido de veras al lado de vuestros comitentes y pulsado sus sentimientos y su manera de pensar, estaréis de acuerdo conmigo en que, medidas de esta naturaleza, al menos por el momento -acaso a la larga diesen un futuro beneficioso-, señor Manjarrez, son absolutamente contraproducentes.

Exaltando el sentimiento tan susceptible y tan delicado de nuestro pueblo, que más que de mentalidad está casi exclusivamente dotado de sentimentalidad, no lograremos, ciertamente, nuestro propósito, señores diputados, sino, acaso, enriquecer aún más de lo que afirmamos que están, a los clérigos; aparte de esto, creo que el compañero Manjarrez comete un lamentable error, comete una confusión, al no saber distinguir entre fanatismo y espíritu religioso. El fanatismo, señores diputados, es algo perfectamente condenable; yo creo que no hay en esta Asamblea, ni podría haber, quien levantase su voz en esta tribuna en defensa del fanatismo.....

El C. Saucedo Salvador, interrumpiendo: ¡Vos!

El C. Manrique, continuando: Es que el compañero don Salvador Saucedo no aprende todavía a distinguir entre estos sinónimos: fanatismo y religiosidad, pero son cosas muy diversas, compañero Saucedo; si confundís el fanatismo con la religiosidad, entonces sí soy, desde esta tribuna, un defensor del fanatismo; si establecéis entre esos conceptos una fundamental distinción, entonces, señor Saucedo, no estáis en lo justo. Pero, en fin, el espíritu religioso, señores legisladores teóricos, el espíritu religioso, señores legisladores empíricos, el espíritu religioso, señores legisladores que créis que con leyes sólo con leyes se puede cambiar a nuestro antojo la manera íntima de ser de un pueblo; el espíritu religioso no es cosa de que un pueblo se desprende fácilmente..... (Voces: ¡Poco a poco!)

Las religiones - y me dirijo en este momento a los positivistas de la Cámara-, son un fenómeno social en la vida de los pueblos; a la luz de la sociología, es éste un fenómeno como otro cualquiera, digno de estudio y de observación, como las guerras, como el comercio, y tantas y tantas formas de la actividad humana; el espíritu religioso tiene razón de ser; el espíritu religioso ha escrito muchas páginas de la historia de la humanidad y no se desarraiga fácilmente, no se combate con leyes. Para creer que puede transformarse a un pueblo con leyes, es necesario ignorar lo que es la ley, lo que debe ser la ley y cómo se engendra la ley. Montesquieu, el formidable autor del espíritu de las leyes, y Gustavo Le Bon, entre los modernos, admiten la influencia recíproca de las costumbres sobre las leyes y de éstas sobre aquéllas; que resultan históricamente de la costumbre; la costumbre se establece y tarde o temprano acaba por codificarse; acaba, como decía el diputado Ibarra, por cristalizarse en una ley; pero si la costumbre no existe, si la manera de pensar y de sentir de un pueblo no se transforma, no podemos reformarla con sólo una ley distanciada de esa manera de sentir y de pensar; esto sería absurdo y apartarse de la realidad. Para ninguno de nosotros, probablemente, es una necesidad acudir a un templo a elevar una plegaria a algún Dios; para ninguno de nosotros, señores diputados, es esto una necesidad; pero a la manera como nosotros tenemos necesidades intelectuales, a la manera como saboreamos una función las páginas de un libro, placer desconocido para muchos que no saben de esta poderosa necesidad intelectual, de esta misma manera, señores diputados, y así como sería absurdo el negar a otras necesidades sensuales o físicas que nosotros conocemos..... (Voces: ¡Aaah! Risas. Murmullos!). Así como, señores diputados, quien vive sólo una vida exclusivamente animal, ignora los goces de la vida intelectual, y, sin embargo, ¿Le concederíamos a un campesino el derecho de dudar de las necesidades de la vida intelectual? De la misma manera, señores diputados, nosotros, que no sentimos ya o que acaso la sentimos en una forma muy otra, la necesidad de cultivar el espíritu de religiosidad, no tenemos derecho ninguno, señores diputados, para negar esa necesidad de cultivar el espíritu de religiosidad que sienten muchos millones del pueblo mexicano......

El C. Guerrero, interrumpiendo: ¡Es fanatismo!

El C. Manrique, continuando: Es fanatismo, dice el compañero Guerrero; distingamos entre fanatismo,

es decir, exageración y perversión del sentimiento religioso, y ese mismo sentimiento religioso legítimo, inalienable, inarrancable del espíritu humano. Señaladme si queréis, señores diputados, que está en vuestra mano el hacerlo, como un fanático; pero yo os digo una sola cosa: estas disposiciones, esta clase de legislación, es nacida de un fanatismo, al revés también son fanaticos quienes quieren hacer desaparecer a todos los que no tienen su propia manera de pensar; también son fanáticos quienes propone esta clase de legislación: distingamos entre el fanatismo, mal social que debe combatirse atinadamente con la ciencia y con la idea, y el espíritu religioso, que es para todos nosotros profundamente respetable.

El C. Secretario Aranda: Habiendo transcurrido la hora reglamentaria, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si está de acuerdo en que se prorrogue la sesión. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se prorroga. (Voces: ¿Cómo no?)

El C. Fernández Martínez, interrumpiendo: Reclamo la votación.

El C. Presidente: ¿Algún ciudadano diputado desea reclamar la votación?

El C. Figueroa: Reclamo la votación.

El C. Secretario Aranda: Sí se prorroga la sesión.

El C. Bravo Izquierdo: Moción de orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Bravo izquierdo para una moción de orden.

El C. Bravo Izquierdo: Tengo entendido que no hay quórum.....(Voces: ¡Sí hay!) y por otra parte, hay varios oradores incriptos todavía, entre los cuales me encuentro yo: creo que esta discusión, por consiguiente, no podrá terminarse hoy. Yo suplicaría, en este caso. a la Asamblea, que se suspendiera por hoy esta discusión, para concluirla con toda detenimiento mañana.

El C. Sánchez Tenorio: Es notoria la existencia de falta de quórum. (Desorden, murmullos, confusión. Campanilla.)

El C. Hay: Para una moción de orden. Habiendo transcurrido las cuatro horas reglamentarias es obligatorio, por parte de la Mesa, preguntar a la Asamblea el autoriza que se prolongue la sesión. (Desorden, murmullos y voces: ¡Ya se preguntó! Campanilla.)

El C. Presidente: (Campanilla.) La Presidencia manifiesta a Su Señoría que precisamente es lo que acaba de votar la Asamblea, que se prolongue la sesión. (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí! Desorden.)

El C. Secretario Aranda: Habiéndose reclamado la votación, se repite. Los que estén por la afirmativa, es decir, por que se prorrogue la sesión, se servirán poner de pie. (Desorden y confusión.) No se prolonga. (Murmullos, desorden y campanilla.) " Orden del día 30 de noviembre, a las 10 a. m.: "Continúa la discusión del Proyecto de Ley de Tierras Ociosas."

El C. Presidente, a las 8.02 p. m.: Se levanta la sesión.