Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171228 - Número de Diario 94

(L27A2P1oN094F19171228.xml)Núm. Diario:94

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 28 DE DICIEMBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II. - NUMERO 94

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CELEBRADA EL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 1917

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Informan de sus comisiones los CC. Román y García.

2. - Es presentado, dispensado de trámites, discutido y aprobado un proyecto de decreto autorizando al Ejecutivo para acordar pensiones mientras se expide la ley respectiva. Pasa al Senado.

3. - Es discutido y aprobado el proyecto de ley sobre Deuda Agraria Federal. Se suspende la sesión.

4. - Reanudada ésta, se da cuenta con los asuntos en cartera. Iniciativa de la diputación de Sonora para que se dedique la suma de $460,000.00 para obras materiales en el puerto de Guaymas y reconstrucción del edificio de la Aduana de Agua Prieta; a la Comisión de Presupuestos. Iniciativa de los ciudadanos diputados Hernández Jerónimo y Córdoba Gabriel J., a fin de que sea modificada en la cantidad de $1.000,000.00, para obras de irrigación en la República, la partida 9,515 del Ramo octavo del Presupuesto de Egresos; a la Comisión de Presupuestos.

5. - Es presentado un proyecto de ley de numerosos ciudadanos diputados por el que se autoriza al Ejecutivo a gastar la cantidad que sea necesaria, con objeto de que se pague a los maestros de las escuelas primarias del Distrito Federal un sobresueldo a partir del 1º. de enero próximo; se le dispensan los trámites y se pone a discusión. A solicitud del C. Rivera, uno de los firmantes, la asamblea concede permiso para que se retire y modifique, presentándose así; es aprobado. El C. Pruneda presenta una adición; no se toma en consideración.

6. - Solicitud de la diputación de Chiapas para que se proceda a discutir el Proyecto de Ley por el que se declara benemérito de la Patria al C. Belisario Domínguez; no se toma en consideración. El C. Limón Cristóbal pide licencia para separarse temporalmente del cargo de vocal de la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda; procédase a la elección del substituto en su oportunidad.

7. - Se da primera lectura al proyecto de ley de la 1a. Comisión de Hacienda, que consulta una pensión a la señora Guadalupe Rojo viuda de Alvarado; se le dispensan los trámites; es puesta a discusión y aprobada; pasa al Senado para los efectos constitucionales.

8. - Continúa la discusión del Presupuesto de Egresos para 1918, Ramo Sexto. La Comisión presenta modificadas, y son puestas a discusión, las partidas 5,469 y 6,580 a cuya votación se procede, junto con las 6,500, 6,506 y 6,581 que estaban separadas, resultando aprobadas. Los CC. Aguirre Colorado y Zapata presentan una iniciativa para que se reconsideren las partes 6,578 y 6,468, la que se toma en consideración. La Comisión pide y obtiene la anuencia de la Asamblea para retirar y modificar la 6,468 y suprimir la 6,578, presentando reformada la primera y lo mismo hace con la 6,569, todas las cuales, a votación, son aprobadas. La Comisión solicita permiso para retirar y suprimir las partidas 5,139, 5,140 y 5,141, lo que se le concede. La misma presenta una adición a la Sección XXXVII con las partidas 5,461 bis y 5,462 bis; se reservan para su votación. Solicitud del C. Otero Juan Manuel para que se reconsideren las partidas 5,198 y 6,572, no tomándose en consideración. Son aprobadas las 5,461 bis y 5,462 bis.

9. - Se pone a discusión el Ramo Quinto. Se levanta la sesión para pasar a secreta.

DEBATE

Presidencia del C. SÁENZ AARÓN

(Asistencia de 128 ciudadanos diputados.)

- El C. Presidente, a las 10.25 a. m.: Se abre la sesión

- El C. Prosecretario Limón: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veintiséis de diciembre de mil novecientos diez y siete. "Presidencia del C. Aarón Sáenz.

"En la ciudad de México, a las diez y veinte de la mañana del miércoles veintiséis de diciembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento veinticinco ciudadanos diputados, según consta

en la lista que previamente pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.

"El mismo ciudadano Secretario dió cuenta del acta de la sesión celebrada el día veinticinco del presente mes, la que se aprobó en votación económica, sin que nadie hiciera uso de la palabra.

"En seguida se pasó a la discusión de las partidas objetadas de la sección XXXV del Ramo Sexto del Presupuesto de Egresos, y una vez que habló en contra el C. Zapata, de las 5,375 a la 5,387, a petición del C. Manrique se acordó suspender la discusión de las partidas objetadas de la sección XXXV, en tanto no estuvieran presentes los miembros de la Comisión de Presupuestos, para informar.

"Se fueron poniendo a consideración de la Asamblea, sucesivamente, las secciones XXXVI, XXXVII, XXXVIII, XXXIX, XL, XLI, XLII, XLIII Y XLIV, las que fueron reservándose para su votación, así que los ciudadanos diputados separaban las partidas que querían objetar.

"Y después de que el C. Rivera, miembro de la Comisión de Presupuestos, a solicitud del C. Rocha, produjo un informe relativo a la sección XLIV, que reformó en su totalidad la Comisión, se procedió a votar todas las secciones de que se ha hecho referencia.

"Por consiguiente, las secciones XXXVI, XXXVIII, XL y XLIV se votaron íntegras.

"La votación dió un resultado de ciento treinta y tres votos de la afirmativa, contra doce de la negativa de los CC. Alonzo Romero, Aveleyra, González Justo, López Lira, Magallón, Manrique, Manzanilla Tejero, Rosas, Ruiz Estrada, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador y Sepúlveda, por lo que se hizo la declaración de aprobación correspondiente.

"A debate las partidas objetadas, de la 5,375 a la 5,387, de la sección XXXV, el C. Manrique habló en contra, y en seguida se consideración suficientemente discutidas y se reservaron.

"A discusión las partidas de la 5,388 a la 5,397 de la misma sección, el C. López Lira impugnó las tres primeras, las que, con permiso de la Cámara, retiró la Comisión definitivamente. El C. López Lira hizo una aclaración y luego se reservaron también estas partidas, es decir, de la 5,391 a la 5,397, toda vez que la Comisión, como se ha dicho, retiró de la 88 a la 90.

"A consideración de la Cámara las partidas de la 5,399 a la 5,447, últimas objetadas de la referida sección XXXV, el C. López Lira solicitó un informe de la Comisión, que proporcionó el C. Rivera, quien, además, contestó una interpelación del C. González Galindo. Asimismo se reservaron esas partidas.

"Una vez que la Asamblea acordó continuara la sesión, no obstante haber llegado la hora en que debía levantarse, se recogió votación nominal, respecto de las partidas 5,152 a 5,138 de la sección XXXVI, que para ese fin se habían reservado en la sesión anterior, y las que fueron aprobadas por ciento once votos de la afirmativa, contra diez y ocho de la negativa de los CC. Aranda, Aveleyra, Figueroa, González Galindo, González Jesús M., González Justo, Ibarra, López Ignacio, López Lira, Manrique, Manzanilla Tejero, Peralta, Ríos Landeros, Robledo, Saucedo Salvador, Torres José D., Vadillo y Zapata.

"La secretaría anunció que se iba a proceder a la votación de las partidas que para ese objeto se habían reservado de la sección XXXV, y que son las siguientes:

"5,179, 5,239 a 5,242; 5,258 a 5260; 5,263 a 5,272; 5,273 a 5,275; 5,277 a 5,283; 5,312 a 5,341; 5,353 a 5,355; 5,387; 5,391 a 5,397 y 5,399 a 5,447.

"Con excepción de las partidas de la 5,375 a la 5,387, para las que pidió votación aparte el C. Zapata, se aprobaron todas las demás, por ciento doce votos de la afirmativa, contra diez y seis de la negativa de los CC. Alonzo Romero, Arellano, Aveleyra, Avendaño, Figueroa, Gaxiola, González Justo, Ibarra, López Ignacio, López Lira, Manrique, Manzanilla Tejero, Ríos Landeros, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador y Vadillo.

"A las doce y veintitrés se suspendió la sesión y se reanudó a las cuatro y veinte de la tarde, con asistencia de ciento veintinueve ciudadanos diputados, según aparece en la lista que paso el ciudadano Secretario Aranda, bajo la presidencia del C. José Rivera.

"El ciudadano Secretario Portes Gil dió cuenta con los documentos siguientes:

"Circular de la Legislatura del Estado de Colima, con la que se remiten un ejemplar de la Constitución Política local, uno del informe rendido por el ciudadano Gobernador y uno de los decretos números 38 y 39, expedidos por ese Poder Legislativo. - Recibo y al Archivo.

"Telegrama del C. Pablo Villanueva, Gobernador del Estado de Chiapas, en que comunica que obtuvo una licencia y entregó ese Gobierno al Secretario General del mismo, C. Manuel Fuentes A. - De enterado.

"Mensaje del C. Manuel Fuentes A., en que avisa que recibió el Gobierno del Estado de Chiapas. - De enterado.

"Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en que se pide, por acuerdo del Ejecutivo, se discuta con dispensa de trámite el asunto relativo a los contratos o convenios que pretenden celebrarse con los señores S. Pearson and Sons Limited para disolver la sociedad denominada "Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec." - A las comisiones que tienen antecedentes.

"La Secretaría hizo una aclaración con motivo de que el C. Ortiz reclamó el trámite.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Concédese a la señora Carmen Bagundo viuda de Blengio una pensión de cien pesos mensuales para su subsistencia y educación y subsistencia de sus hijos, que disfrutará mientras no cambie de estado, y que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación."

"Después de que el C. Zubaran contestó interpelaciones de los CC. González Galindo y Portes Gil, y de que éste hizo una aclaración, se aprobó este proyecto de ley por ciento treinta y un votos de la afirmativa, contra cinco de la negativa de los CC. Chapa, González Ibarra, Robledo y Zavala Leovino.

"Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Proposición subscripta por los CC. Magallón, Villarreal Filiberto C. y cien ciudadanos diputados más, con objeto de que desde luego se discutiera y se votara el dictamen relativo a la Escuela Náutica del puerto de Mazatlán.

"La Asamblea, en votaciones económicas sucesivas, la tomó en consideración y la aprobó sin debate. Por consiguiente, en seguida se puso a consideración de la misma el dictamen de las Comisiones unidas de Marina y Presupuestos, que concluye con este proyecto de ley:

"Artículo 1º. Se establece en el puerto de Mazatlán una Escuela Náutica para hacer en ella los estudios necesarios a la carrera de pilotos y maquinistas de la marina nacional mercante, en un período no mayor de tres años, siendo cincuenta el núcleo de alumnos a quienes se les dará instrucción.

"Artículo 2º. La escuela dependerá directamente de la Secretaría de Guerra y Marina, la que expedirá el reglamento respectivo, en que consten: inscripción de ingreso, plan de estudios y toda clase de requisitos que sirvan para normar su funcionamiento interior.

"Artículo 3º. Quedan derogadas las leyes y disposiciones que de alguna manera se opongan al presente decreto.

"Transitorios.

"Primero. La Escuela Náutica se inaugurará el 5 de febrero de 1918, a cuyo efecto la Secretaría de Guerra y Marina dictará en su oportunidad las providencias del caso.

"Segundo. Queda considerada en la Ley de Presupuestos del año económico de 1918, en su parte relativa, la cantidad de ochenta mil pesos, para el pago del personal directivo, el de profesores y alumnos, así como para todos los demás gastos que demande la escuela; debiendo fijarse en las leyes de Presupuestos subsecuentes, la cantidad que corresponda para el mismo objeto."

"Una vez que el C. López Lira hizo una moción de orden y una aclaración, y otra la Secretaría, y de que la misma leyó el artículo 118 reglamentario, se consideró por la Asamblea que no era de gravedad el asunto y se declaró con lugar a votarlo en lo general, por ciento cuarenta y cuatro votos de la afirmativa, contra uno de la negativa del C. Otero.

"A debate en lo particular, se fueron reservando para su votación, sin que nadie hiciese uso de la palabra, cada uno de los artículos de que se compone este proyecto de ley, que resultó aprobado por ciento cuarenta y ocho votos de la afirmativa, contra uno de la negativa del C. Otero.

"Se declaró que pasaba al Senado para sus efectos constitucionales.

"Presidencia del C. Sáenz Aarón.

"La Secretaría continúo dando cuenta.

"Oficio de la Secretaría de Hacienda, remitiendo el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Secretaría de Gobernación para el año económico de 1918. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos.

"Presidencia del C. Torres José D.

"Proposición de los CC. Zapata y González Jesús M., a fin de que se amplíe el debate acerca de la partida 5,178 del Ramo Sexto del Presupuesto de Egresos.

"Así que fundó la proposición el C. Zapata, quien fué interrumpido por una moción de orden del C. Otero y una aclaración de la Presidencia, la Asamblea acordó tomarla en consideración y se puso a debate.

"Nadie hizo uso de la palabra, y como el resultado de la votación económica a este respecto, que declaró afirmativo la Secretaría, lo reclamaran varios ciudadanos diputados, se nombró para el recuento respectivo a los CC. Peralta, Gutiérrez Dorantes, Cepeda Medrano y Alvarez del Castillo. Del informe de éstos se vino en conocimiento de que solamente había en el salón ciento nueve ciudadanos diputados, por lo que, y para saber de una manera precisa si había quórum, la Mesa dispuso recoger votación nominal, resolución que dió lugar a mociones de orden de los CC. Hay, Chapa y Rivera Cabrera, y a aclaraciones de la Secretaría, después de las cuales se resolvió pasar nueva lista.

"Presidencia del C. Sáenz Aarón.

"Resultó que estaban presentes ciento treinta y seis ciudadanos diputados, y después de mociones de orden de los CC. Rocha y Soto, y de aclaraciones de la Presidencia, se aprobó en votación económica la proposición del C. Zapata, y, en consecuencia, se entró de nuevo al debate de la partida 5,178 del Ramo Sexto del Presupuesto de Egresos, la que, así que la impugnó el C. Siurob y que la modificó la Comisión de Presupuestos reduciendo la cantidad que representa a un millón quinientos mil pesos, se reservó para su votación.

"A continuación se dió cuenta con una proposición de dicha Comisión de Presupuestos, para modificar la partida 5,232 y todas las que en el Presupuesto de Guerra se refieren a tenientes coroneles, asignándoles una cuota diaria de siete pesos ochenta y seis centavos.

"Estas partidas, así modificadas, se reservaron para su votación.

"Asimismo, se fueron reservando para votarlas después, las partidas de que en seguida se hace mención, con el debate a que ellas dieron lugar.

"Las partidas 5,461 y 62, fueron impugnadas por el C. Otero y apoyadas por el C. Rivera, miembro de la Comisión, habiendo contestado el primero una interpelación del segundo.

"La partida 5,469 fué retirada por la Comisión para reformarla, después de que el C. Rivera José contestó una interpelación del C. Siurob, de que éste usó de la palabra para un hecho y de que el C. Otero habló en contra.

"Respecto de la partida 5,599 hablaron en contra los CC. Peña y Hay, y en pro los CC. Rivera José y Zapata, e hicieron aclaraciones los mencionados CC. Rivera y Hay.

"Con relación a las partidas 6,500 y 6,501, nadie usó de la palabra.

"Acerca de la partida 6,503, el C. Rivera contestó dos interpelaciones del C. Zapata.

"El C. Peña renunció a hablar en contra de la partida 6,506.

"La Comisión, con permiso de la Asamblea, modificó las partidas 6,508 y 6,522, en el sentido que insinuó el C. Portes Gil.

"La partida 6,542, presentó la Comisión totalmente modificada, se retiró y se le hicieron nuevas reformas, así que la impugnó el C. Zapata y que el C. Rivera contestó una interpelación del C. Velásquez.

"Los CC. Otero y de la Barrera hablaron en contra de la partida 6,572.

"La partida 6,576 fué impugnada en dos ocasiones por el C. Otero; el C. Rivera produjo un informe

a moción del C. Rocha, y el C. Zapata hizo una aclaración.

"Refutó la partida 6,579 el C. González Galindo; el C. Rivera José contestó interpelaciones de los CC. Hernández Garibay y Manrique y éste hizo una aclaración.

"La partida 6,580 fué retirada por la Comisión, a fin de presentarla después modificada, una vez que habló en contra de ella el C. Otero.

"Los CC. González Galindo y Siurob atacaron la partida 6,581, y la sostuvo el C. Rivera.

"Acto seguido se leyó una adición al Presupuesto del Ramo de que se trata, que presenta la Comisión de Presupuestos, y que se refiere a la creación de una partida de ochenta mil pesos, bajo el número 6,281 bis, para la Escuela Náutica de Mazatlán, de acuerdo con el proyecto de ley aprobado por esta H. Cámara. También esta partida, sin debate, se reservó.

"La Presidencia manifestó que se habían reservado y se iban a votar en seguida las partidas siguientes:

"5,178 de la sección XXXV; 5,232 de la misma sección y todas las relativas a tenientes coroneles y capitanes de fragata; 5,375 a 87 de la propia sección XXXV; 5,461 y 62 de la sección XXXVII; 5.599 de la sección XXXIX; 6,281 bis de la sección XL; 6,500,501,503 y 506 de la sección XLI; 6,508 y 522 y 542 de la sección XLII; 6,572, 576 y 579 de la sección XLIII.

"A petición de varios ciudadanos diputados se reservó para votar separadamente la partida 6,581 y a la del C. Siurob las partidas 6,500 y 506.

"Con estas excepciones , se aprobaron todas las demás a que aludió la Presidencia, por ciento diez y ocho de la afirmativa, contra quince de la negativa de los CC. Alonzo Romero, Cisneros, Echeverría, Figueroa, García Salvador Gonzalo, Gaxiola, González Galindo, Manrique, Manzanilla Tejero, Neri, Sánchez tenorio, Saucedo Salvador, Sepúlveda, Siurob y Vadillo.

"Las partidas que se modificaron en el curso de su discusión, son las 5,178, 5,232 y relativas, 6,508, 6,522 y 6,542.

"El C. Figueroa solicitó se preguntara a la Asamblea si se prorrogaba la sesión, lo que se resolvió en sentido negativo por aquélla.

"A las ocho y cinco de la noche se cerró la sesión."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobada.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Román para informar del resultado de una comisión, permitiéndome advertir que propio ciudadano oportunamente solicitó dar cuenta, no habiéndosele permitido antes, por no interrumpir la discusión.

- El C. Román: Señores diputados: La Comisión que esta H. Asamblea tuvo a bien nombrar para que comunicara el senado el resultado del acuerdo económico que se tomó en la sesión de la mañana del sábado anterior, cumplió su cometido; dió a conocer a aquella alta representación el acuerdo consistente en que hiciera un esfuerzo poderoso para terminar antes de que concluya el actual período de sesiones, la Ley Orgánica del Fuero Común, con objeto de poder nombrar los Magistrados y Jueces en el Distrito Federal y Territorios. Se dieron a conocer igualmente a la misma Representación los motivos que tuvo esta H. Asamblea para tomar dicho acuerdo, y el ciudadano Presidente de la Cámara de Senadores manifestó que pondría a la consideración de aquella H. Asamblea el acuerdo que ésta había tomado y que se le daría toda la atención que merece.

- El C. Presidente: La Mesa da las gracias a la Comisión que fué al Senado a cumplir con el encargo de esta Cámara.

- El C. García Salvador Gonzalo: Pido la palabra para informar de una comisión.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. García Salvador Gonzalo: En cumplimiento de la honrosa comisión que se sirvió conferirnos el ciudadano Presidente de esta H. Cámara, para visitar al ciudadano diputado Salvador Torres Berdón, tengo la satisfacción de participar a ustedes que cumplimos esta comisión y que el C. Torres Berdón nos suplicó que hiciéramos patente a esta Asamblea su agradecimiento y que a la vez le participáramos que ya se encuentra bastante restablecido.

- El C. Presidente: Teniendo conocimiento la Mesa de que el ciudadano diputado Reynaldo Narro se encuentra enfermo, se designa en comisión a los CC. López Lira, Sepúlveda y Prosecretario de la Barrera, para que le hagan una visita, y teniendo, igualmente, conocimiento de que el C. Lailson Banuet Manuel se halla enfermo, se designan en comisión a los CC. Ortiz, Rocha y Prosecretario Limón, a fin de que le hagan una visita en nombre de esta Cámara

Presidencia del C. RIVERA JOSÉ

- El C. Secretario Portes Gil: "Ciudadanos diputados:

"Los subscriptos, teniendo en consideración el largo período de receso en que va a entrar el Congreso de la Unión; que en caso de que haya período extraordinario no podrá tratarse en él ningún asunto que no esté especificado en la convocatoria; que uno de los principales deberes del Gobierno emanado de la Revolución es auxiliar a los familiares de los que, de uno u otro modo se hayan sacrificado por la misma, y que el Senado de la República no ha comenzado a discutir la Ley de Pensiones, a efecto de que los deudos de militares que tienen derecho a pensión no carezcan de los recursos indispensables para su subsistencia, nos permitimos poner a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Mientras se expide la Ley Orgánica respectiva, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para acordar las pensiones que sean procedentes, únicamente a los deudos de militares y civiles

muertos en campaña durante la Revolución Constitucionalista de 1910 a la fecha, en la inteligencia de que esta autorización se hará extensiva a todas las solicitudes de pensión que se encuentran pendientes tanto en la Cámara de Senadores, como en la de Diputados."

"Pedimos dispensa de todo trámite.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 27 de diciembre de 1917. - Aarón Sáenz. - E. Portes Gil. - Eduardo Hay. - A. Gaxiola."

- El C. Sáenz: Pido la palabra para fundarlo.

- El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

- El C. Sáenz: Ciudadanos diputados: Siendo un asunto de absoluta claridad y de estricta justicia el contenido del decreto que hemos sometido a Vuestra Soberanía, no necesitamos hacer ningún esfuerzo para llevar al convencimiento de ustedes la urgencia, la necesidad y la justicia de aprobar con dispensa de todo trámite, el proyecto de decreto. En efecto, uno de los compromisos y una de las necesidades más urgentes que el Gobierno emanado de la Revolución ha contraído, es el de acudir en auxilio de todos aquellos que han perdido miembros de su familia defendiendo los principios de la causa del pueblo; también, nada más justo que, al consolidarse el Gobierno, después del movimiento glorioso, auxilie a los deudos de todos aquellos que generosamente prestaron su contingente y dieron su sangre, a fin de mitigar, aunque sea en parte, los dolores y los sufrimientos ocasionados por la pérdida de sus familiares. Por todo lo anterior, y siendo el asunto de obvia resolución, ya que, aun cuando esta Cámara aprobó un proyecto de ley sobre pensiones, sobre circunstancias de todos conocidas, ese proyecto no ha sido discutido y no alcanzará el tiempo para que sea aprobado en el Senado, hemos tenido el honor de someter a Vuestra Soberanía el proyecto de que he hablado, para que se autorice al Ejecutivo de la Unión a fin de que, mientras se expide la ley reglamentaria relativa a la concesión de pensiones, él pueda otorgarlas a los deudos de los militares y civiles muertos en campaña; así, el Gobierno emanado de la Revolución saldará uno de sus compromisos y verificará uno de los actos de más estricta justicia. El proyecto de decreto, como en su parte resolutiva expresa, surtirá sus efectos sólo mientras el Congreso de la Unión expide la ley reglamentaria correspondiente. Por tal motivo, y en vista de que estamos muy próximos a entrar en receso, nosotros, con toda dispensa de trámites, nos permitimos suplicar a Vuestra Soberanía se sirva dispensarlos, para que desde luego se ponga a discusión, para que antes de que termine el período pueda pasar al Senado de la República y, previa ratificación del mismo, con dispensa de trámites, sea ley, a fin de que entre a surtir sus efectos desde luego. Rogamos, pues, a la Representación Nacional, que, tomando en cuenta las razones que someramente hemos expuesto, se sirva dar un voto aprobatorio tanto a la dispensa de trámites, como al proyecto que hemos tenido el honor de someter a vuestra consideración. (Aplausos.)

- El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración esta proposición. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Sí se toma en consideración. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera de obvia resolución este proyecto. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Sí se considera de obvia resolución. Está a discusión. El proyecto dice:

"Artículo único: Mientras se expida la Ley Orgánica respectiva, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para acordar las pensiones que sean procedentes, únicamente a los deudos de militares y civiles muertos en campaña durante la Revolución Constitucionalista de 1910 a la fecha, en la inteligencia de que esta autorización se hará extensiva a todas las solicitudes de pensión que se encuentran pendientes tanto en la Cámara de Senadores, como en la de Diputados."

El C. Céspedes: Pido la palabra para una aclaración, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Céspedes: Deseo sugerir a la Comisión o a los proponentes de este proyecto de decreto, se sirvan hacer la aclaración de que no fué Revolución Constitucionalista desde 1910 a la fecha.

El C. Sáenz: Pido la palabra para contestar.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Sáenz: Los proponentes de la iniciativa nos permitimos hacer una observación al proyecto de decreto consistente en cambiar, en lugar de "Ley Orgánica respectiva," la "Ley de Pensiones respectiva," en virtud de que solamente son leyes orgánicas las que reglamentan un artículo de la Constitución.

Por lo que respecta a la observación del compañero Céspedes, creo que no está por demás la designación de Revolución Constitucionalista, aun cuando es cierto, como él dice, que desde 1910 no tuvo ese carácter; pero también es cierto que la revolución que ha venido a significarse por constitucionalista, no es sino una consecuencia y una continuación de la Revolución iniciada en 1910, y creo que en el concepto de todos está que el movimiento iniciado en 1910 y consumado en 1916, es un solo movimiento, una sola revolución que ha tenido la denominación de Constitucionalista, por significarse dentro de esta palabra las tendencias perseguidas por el mismo movimiento. Creo que no habría ninguna dificultad en conservar esa palabra.

El C. Gutiérrez Antonio: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gutiérrez Antonio: Señores diputados: No obstante que el ciudadano Secretario Portes Gil y uno de los autores del proyecto de decreto me han dado explicaciones respecto a que las solicitudes de pensión para inválidos están incluidas en el proyecto, desearía que la Comisión, si así lo estima conveniente, expresara terminantemente que dichas solicitudes de pensiones para inválidos, están incluidas en el presente proyecto de decreto.

El C. Sáenz: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Sáenz: Señores diputados: Refiriéndome a lo manifestado por el compañero Gutiérrez, creo que su observación no es oportuna al tratarse del proyecto de decreto que hemos tenido el honor de someter a la consideración de esta Cámara, pues por lo que respecta a los inválidos, hay ya disposiciones que no necesitan ser reglamentadas por una ley de pensiones, que se refiere exclusivamente

a los deudos, y en la Secretaría de Guerra se está siguiendo invariablemente el procedimiento de conceder su retiro a todos los inválidos, previo el cumplimiento de ciertos requisitos. Por tal motivo, éstos siguen percibiendo sus haberes, y no sólo se les ha concedido su retiro., sino que hay un cuerpo nacional de inválidos a donde ingresan todos aquellos que por diversas circunstancias han quedado inutilizados para el servicio. Así es que los inválidos están percibiendo sus haberes, de acuerdo con disposiciones anteriores que no son materia del proyecto que hemos tenido el honor de someter a vuestra consideración.

El C. Gutiérrez Antonio: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gutiérrez.

El C. Gutiérrez Antonio: Tengo a mi cuidado una solicitud de pensión para un inválido, la cual fué presentada a la Secretaría de Guerra y ésta indicó que debería hacerse la solicitud por mediación de esta H. Cámara; y como los documentos están en poder de la Comisión, en tal caso yo sugeriría a la Comisión se sirviera pasar esos documentos a la Secretaría de Guerra.

El C. Portes Gil: Me permito informar a Su Señoría que, según la Ordenanza General del Ejército, todos los inválidos, todas las personas que presentaron servicios a la Revolución o que los han prestado en guerra extranjera y que han quedado inutilizados para el servicio, tienen su haber que les fija la misma Ordenanza General del Ejército, y, por lo tanto, no tienen derecho a pensión, sino que siguen percibiendo una parte proporcional de los haberes que les corresponden conforme a su carácter; así es que, en mi concepto, lo que debía usted haber hecho, es solicitar de la misma Secretaría de Guerra que a esa persona a que se refiere se le sigan magistrado sus haberes, según se carácter; por eso mismo creo que aquí deben comprenderse únicamente a los familiares de los muertos en campaña durante la Revolución de 1910 a la fecha. (Voces: ¡Muy bien!)

El C. Secretario Portes Gil: La iniciativa, con las modificaciones introducidas con anuencia de la Asamblea, dice así: "Mientras se expide la Ley de Pensiones respectiva, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para acordar las pensiones que sean procedentes, únicamente a los deudos de militares y civiles muertos en campaña durante la Revolución de 1910 a la fecha, en la inteligencia de que esta autorización se hará extensiva a todas las solicitudes de pensión que se encuentran pendientes tanto en la Cámara de Senadores como en la de Diputados."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el proyecto. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.

El C. Blancarte: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Blancarte. (Murmullos.)

El C. Blancarte: Que se le quite al proyecto la palabra "hoy" para no dejar fuera de las facultades del Presidente conceder pensiones a los deudos de los que mueran dentro de la Revolución, de esta fecha en adelante.

El C. Portes Gil: Pues una observación que...

El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: Que es muy pertinente.

El C. Portes Gil: ... o mejor dicho, es conveniente tomarla en consideración, y los proponentes solicitamos de esta Asamblea permiso para retirar la proposición, en tanto se toma en consideración la proposición del C. Blancarte. En votación económica se pregunta a la Asamblea si se concede permiso para retirarla. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede. Se presenta la proposición en la siguiente forma, de acuerdo con la observación hecha por el C. Blancarte:

"Artículo único. Mientras se expida la Ley de Pensiones respectiva, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para acordar las pensiones que sean procedentes, únicamente a los deudos de militares y civiles muertos en campaña durante la Revolución de 1910 a la fecha y a los que en lo sucesivo sucumban en defensa de las instituciones republicanas; en la inteligencia de que esta autorización se hará extensiva a todas las solicitudes de pensión que se encuentren pendientes, tanto en la Cámara de Senadores como en la de Diputados."

En votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. En votación nominal se va a preguntar a la Asamblea si se aprueba. Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Aguirre Colorado: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Secretario Portes Gil: Aprobado el proyecto de decreto por unanimidad de 127 votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

El C. Presidente: La Mesa designa en comisión para que lleven el expediente a la Cámara colegisladora, a los CC. Hay, López Lira, Blancarte, Gárate, Gaxiola y Secretario Magallón.

Presidencia del C. SÁENZ AARÓN

El C. Secretario Alonzo Romero: Proyecto de ley sobre la Deuda Agraria Federal que presenta a consideración de la H. Asamblea la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.

"H. Asamblea:

"En relación con el dictamen presentado por la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 de la Carta Magna, proponiendo a la aprobación de la Soberanía Nacional un proyecto de ley para dotación y restitución de ejidos a los pueblos, de conformidad con el decreto de 6 de enero de 1915; y en relación también, con las leyes que deberá expedir este Congreso en el actual período de sesiones, relativas al fraccionamiento de los latifundios y a la creación de la pequeña propiedad en el Distrito Federal y en los Territorios; la misma Comisión Especial que subscribe, viene a proponer a esta H. Cámara un proyecto de ley creando

la Deuda Agraria Federal a que darán lugar las expropiaciones que, mediante indemnización, deban hacerse, tanto para la dotación o restitución de ejidos en toda la República, como para fraccionamientos de la gran propiedad en el Distrito y en los Territorios Federales.

"El proyecto de ley que se consulta a la H. Cámara, autoriza al Ejecutivo de la Unión para emitir bonos agrarios hasta por quinientos millones de pesos, desde luego, sobre bases que tienden a unificar, hasta donde es posible, las operaciones de la Federación y de los Estados, en cuanto a las emisiones de bonos agrarios en todo el país, para mutua protección de aquéllos en el sostenimiento de su crédito y de su aceptación consiguiente por el público, y en bien de la seguridad y firmeza de la política agraria tanto del Gobierno Federal como del de los Estados.

"En virtud de la consideración anterior, los bonos agrarios representativos de la Deuda Agraria Federal, tienen, respecto de los bonos agrarios de la Deuda de los Estados, las mismas condiciones en cuanto a denominación de las series, número de éstas, réditos, periodicidad del servicio de amortización y del pago correspondiente, por parte de los beneficiarios, para el fondo de redención de la deuda e intereses, etc.

"En cuanto al plazo en que el Gobierno Federal debe amortizar su Deuda Agraria, la ley lo fija en cincuenta años, en tanto que, por lo que hace a la Deuda Agraria de los Estados, éstos tienen constitucionalmente facultades para fijar aquél, dentro de la salvedad de que no será menor de veinte años.

"La razón principal para señalarse un plazo de cincuenta años para la amortización de la Deuda Agraria Federal, es la de que los beneficiarios en dotaciones y restituciones de ejidos, serán únicamente los núcleos de población inferiores, generalmente los de raza indígena, y será preciso que a estos poblados se dé también un razonable término para que puedan solventar sus censos dentro del plazo en que el Gobierno debe pagar al propietario expropiado, y en el supuesto de que las clases inferiores de la población rural mexicana por los sistemas de cultivos y por la misma idiosincrasia ante la lucha por la vida, con dificultad suma pueden constituir un fondo cualquiera mediante los solos elementos de la tierra, tal como lo demuestra nuestra historia de la propiedad territorial en donde la incorporación irrefrenable de la pequeña propiedad en los latifundios prueba ampliamente la incapacidad de nuestros campesinos para resistir económicamente al medio social y subsistir con los rendimientos naturales del cultivo propio.

"Sin embargo de lo anterior, la ley que se propone no incapacita a los Ayuntamientos o a los fraccionistas, cada uno en su caso, para cancelar sus deudas de dotaciones o de fraccionamientos, en tiempo más breve, puesto que la ley señala distintos medios de amortización de bonos, que darán por resultado en que ésta sea más rápida.

"Por las anteriores razones, la Comisión subscripta propone atentamente a la H. Asamblea la aprobación del siguiente

"PROYECTO DE LA LEY SOBRE DEUDA AGRARIA FEDERAL

"Artículo 1º. Se autoriza al Ejecutivo Federal para emitir bonos agrarios hasta por la cantidad de quinientos millones de pesos, conforme a las siguientes bases:

"I. Los bonos se destinarán:

"(a) Al pago de los terrenos que fuere necesario expropiar en toda la República para dotar de ejidos a los pueblos que carezcan de ellos, o restituirlos con pago de indemnizaciones, según el decreto de 6 de enero de 1915.

"(b) Al pago de terrenos que fuere necesario expropiar o fraccionar en el Distrito Federal y en los Territorios de Quintana Roo y de la Baja California, a fin de constituir la pequeña propiedad y de acuerdo con la fracción VII del artículo 27 constitucional.

"II. Los bonos emitidos se harán en denominación de cien, quinientos, mil, cinco mil y diez mil pesos.

"III. El nombre que recibirán estos bonos será el de "Bonos Agrarios de la Deuda Federal."

"IV. El plazo para la amortización será de cincuenta años.

"V. El interés que devengarán los bonos mencionados, será de cuatro por ciento, incluyendo en dicha tasa la parte correspondiente a la amortización.

"VI. El servicio de interés y amortización se hará por semestres, debiendo llevar, por lo tanto, los bonos, cien cupones desprendibles o perforables, para los pagos semestrales.

"Artículo 2º. El fondo de interés y amortización de los bonos agrarios se constituirá:

"I. Por medio de las sumas asignadas en el Presupuesto Federal de Egresos, para el efecto.

"II. Por medio de las cantidades que los Ayuntamientos de los pueblos pagaren anualmente por cuenta de su Deuda Agraria incurrida por las dotaciones o restituciones obtenidas.

"Artículo 3º. Podrán igualmente amortizarse los bonos agrarios:

"(a) Admitiéndolos en los pagos que los Fraccionistas deben hacer por cuenta de las parcelas obtenidas en el Distrito Federal o Territorios.

"(b) Admitiendo los bonos agrarios en pago de los censos que los usuarios de los ejidos deban pagar anualmente a los Ayuntamientos por el usufructo de la tierra.

"(c) Admitiéndolos en pago de una pequeña proporción en la cuota federal que deba pagarse sobre los impuestos a la propiedad raíz.

"Artículo 4º. La emisión de los bonos agrarios solamente se hará en forma de pago a los propietarios de terrenos expropiados para ejidos o para fraccionamientos de la gran propiedad.

"Artículo 5º. En los casos de dotación o restituciones de ejidos, una vez decretada en definitiva por el Ejecutivo de la Unión la dotación o restitución solicitada, y fijada por la Comisión Nacional Agraria el monto de la indemnización que proceda, la Tesorería General de la Nación entregará al propietario expropiado los bonos agrarios correspondientes.

"En los casos de expropiaciones para fraccionamiento de los latifundios en los Territorios y en el Distrito Federal, la Tesorería General de la Nación entregará los bonos agrarios al propietario afectado, cuando la autoridad que diga la ley, fije el monto de la indemnizaciones, conforme a lo prescripto por la Constitución General en el artículo 27.

"Artículo 6º. Los bonos agrarios tendrán la garantía del Gobierno Federal, el cual hará el servicio de réditos y amortización.

"Artículo 7º. El Gobierno Federal llevará cuenta, por materias agrarias:

"(a) De los bonos emitidos para la dotación y restitución de ejidos y de los pagos de los Municipios correspondientes a la amortización de los bonos.

"(b) De los bonos emitidos para fraccionamientos en el Distrito Federal y en los Territorios, con su servicio de interés y amortización.

"Artículo 8º. Sobre las bases contenidas en la presente ley, se autoriza al Ejecutivo de la Unión para proceder a la impresión de los bonos agrarios y para reglamentar su emisión; pero en el concepto de que, dichos bonos, empezarán a pagarse por cuenta de expropiaciones, hasta que el Congreso de la Unión haya legislado sobre el fraccionamiento de las grandes propiedades en el Distrito Federal y en los Territorios.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 14 de diciembre de 1917. - La Comisión dictaminadora, B. Vadillo. - Miguel Alonzo Romero. - A. Cienfuegos y C."

Está a discusión en lo general. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse a la Mesa.

El C. Cepeda Medrano: ¿Es primera lectura o segunda lectura?

El C. Presidente: Está a discusión por haberse dispensado la segunda lectura, como se puede ver en el proyecto respectivo.

- El mismo C. Secretario: "Primera lectura, e imprímase. Se dispensa la segunda lectura y a discusión el primer día hábil." La Secretaría manifiesta a Su Señoría que este es el día hábil destinado para la discusión de esta ley.

El C. Cepeda Medrano: Está bien, muchas gracias.

- El mismo C. Secretario: ¿No hay quien haga eso de la palabra?

El C. Cepeda Medrano: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Cepeda Medrano.

El C. Cepeda Medrano: Señores diputados: No soy solamente yo el que lamenta que todos los asuntos en esta Cámara a última hora los estemos festinando, es también el C. Siurob, que hace pocos días después de un discurso aquí larguísimo y que no venía al caso, nos decía que lamentaba profundamente que estén festinando todos los asuntos en esta Cámara. ¿Cómo ha de ser posible, señores diputados, que después de haber perdido lastimosamente nueve meses, vengamos en un día a dictar una ley en unos cuantos minutos, una ley que no tiene previo estudio, porque no hemos tenido el tiempo necesario para consultar todos los tratados de Economía Política y de Derecho..... (murmullos) y todos los que sean necesarios para poder orientarnos? ¿Cómo ha de ser posible que nosotros, dándonos aire de grandes financieros y de grandes economistas, vengamos a dar nuestro voto afirmativo o negativo un una ley que no hemos estudiado debidamente? Yo considero plausible la idea de muchos diputados que a última hora, en los últimos momentos, en la agonía de este período estén dictando leyes a troche y moche, a diestra y siniestra, únicamente con el propósito grandísimo de salvar la responsabilidad. La responsabilidad, señores diputados, no la salvamos, es imposible; la responsabilidad está sobre nuestras conciencias, está en nosotros mismos, que no hemos sabido cumplir con nuestros deberes en nueve meses que hemos tenido de período ordinario. Nosotros, señores diputados, estamos conformes en que queden decretadas la Deuda Agraria Federal y la Deuda Agraria de los Estados, pero queremos que se discuta, queremos que se nos ilustre por todos los hombres de ciencia y de saber que se encuentran aquí en esta Cámara; que nos vengan a demostrar ampliamente, eficazmente, que esta ley reúne todas las condiciones y se adapta al medio en que nos encontramos, porque, naturalmente, que en la forma en que estamos procediendo, como lo han hecho aquí algunos que otros diputados que andan recogiendo firmas entre los miembros de la Cámara, diciéndoles: "Renuncien ustedes al derecho de hacer uso de la palabra en la tribuna, porque no queremos obstruccionar, porque queremos que estas leyes se despachen violentamente, inmediatamente, para salvar nuestra responsabilidad; queremos que ustedes renuncien a ese derecho, el más grande y sagrado que tenemos, para que después todas las leyes pasen aquí sin discusión, para que el Senado se encuentre abrumado de leyes a última hora, que nosotros le hemos mandado, y mañana poder decir: "La Cámara de Diputados sí cumplió con su deber; el Senado no ha cumplido con su deber." No, señores diputados..... (voces: ¡A votar!) es imposible que el Senado vaya a despachar todas las leyes que le hemos mandado en estos días, así a toda carrera, a toda prisa, sin haberlas discutido. No pasarán, imposible que puedan pasar en esa Cámara que, naturalmente, se encuentra formada de hombres, si no más ilustrados, sí más avanzados en ideas y más avanzados en edad (murmullos), con más experiencia y con los deseos más grandes de estudiar a conciencia cada uno de los problemas que se les presenten y no pasarlos, como queremos hacerlo nosotros en esta vez, a toda velocidad. Yo considero, señores diputados, que esta ley tiene muy grandes errores; pero, ¿vamos a discutirla en un momento sin el estudio, sin la debida preparación, sin la especial consulta que debemos hacer en todos los tratados para poder orientarnos? ¿Acaso nosotros nos consideramos lumbreras o nos consideramos hombres de gran saber para poder resolver la cuestión tan trascendental y de importancia significativa para los intereses generales de la Nación en unos cuantos minutos? Veamos, señores diputados, lo que estamos haciendo, veamos que estamos poniéndonos en ridículo, que esta ley, después de pasar al Senado, se nos criticará y se nos censurará acremente nuestro actual modo de proceder. Imposible, señores diputados, que en el Senado vayan a despacharse

estas leyes con la velocidad que nosotros lo pretendemos, ¿por qué?, porque ya no contamos con el tiempo suficiente, porque hemos dejado aquí pasar el tiempo, los nueve meses de sesiones, en chismes, en cuentos, en dimes y diretes, en política de uno y otro lado y en hacer bombo de un partido ¡que es el más liberal, que es el más demócrata, que es el más honrado! en fin, en muchas cosas que diario a diario y aprovechándose de esta tribuna vienen a hacer muchos de los diputados única y exclusivamente para hacer propaganda política; pero ahora, señores diputados, que ya está feneciendo el período de sesiones, ¿cómo ha de ser posible que vayamos a votar esas leyes, así, a toda prisa? ¡no! debemos de meditarlas; si es cierto que se le dispensó la segunda lectura, discutámosla, señores diputados, yo excito a todos los hombres que tengan conocimiento en la materia, a que nos vengan a ilustrar; después de que nos aclaren cada uno de estos puntos, de que nos demuestren a los muchos o pocos ignorantes que nos encontramos en este recinto, que es una ley sabia, conveniente, necesaria, que cada uno de sus artículos está basado en la ciencia, entonces yo seré uno de los primeros que venga a dar mi voto en favor; pero no así como pretende hacerse por la Comisión. Ya hemos dejado pasar dos o tres leyes; ya nos tratan de presentar la Ley del Trabajo; ya nos tratan de presentar la Ley de la Deuda Agraria; ya nos tratan de presentar los Presupuestos a toda velocidad, a toda prisa. ¡Aprobémoslos, señores diputados! ¡Lo que necesitamos es salvar nuestra responsabilidad! (Voces: ¡Ya, ya! ¡A votar, a votar! Desorden y campanilla.)

El C. Manrique: Decidnos algo concreto sobre la ley que se está discutiendo.

El C. Cepeda Medrano, continuando: Recordarán ustedes, señores diputados.... (voces: ¡Uuh! ¡No recordamos! Risas), que cuando se presentó la Deuda Agraria de los Estados, yo fuí uno de los primeros que presentó una moción suspensiva. Como era natural, no se tomó en consideración, en primer lugar porque venía firmada por mí, y en segundo lugar porque se trata de festinar todos los asuntos de esta Cámara; pero hay que reconsiderar este asunto; hay que tratar de nuevo este mismo problema y presentarlo en una forma que pueda llegar a la conciencia de cada uno de los diputados, para que después de la discusión venga la luz. Yo no quiero y no podría aceptar - ni nadie podrá aceptar - , que en todos los proyectos de ley que se nos presenten por las muy sabias y muy honorables Comisiones, vayamos a depositar en ellos toda nuestra confianza y vayamos a dejarles a ellas la responsabilidad, debiendo ser la responsabilidad única y exclusivamente de la colectividad de la misma Cámara de Diputados. Reconsideremos este asunto, señores diputados, y no hagamos alarde de que hemos cumplido con nuestro deber; no, la verdad es que no hemos cumplido con nuestro deber, porque no hemos sabido ni querido cumplir con él, pero si no hemos cumplido con nuestro deber en los nueve meses anteriores, ¿cómo ha de ser posible que en dos, o tres, o cuatro días vayamos a querer dictar cincuenta leyes que tenemos en cartera? Imposible, señores diputados, hagamos lo que humanamente sea posible, hagámoslo conforme a la ley.

El C. Figueroa: Una moción de orden.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Hay. (Aplausos.)

El C. Hay: Francamente, señores diputados, no me explico la actitud del muy ilustre C. Cepeda Medrano. No me la explico, porque no comprendo cómo, habiéndose opuesto en una época a una cuota anual de tres mil pesos para la Biblioteca de esta Cámara, reconoce ahora que no ha tenido tiempo de estudiar los muchos volúmenes que sabe que ya existen en esa Biblioteca, desde el momento que juzga que no es necesario aumentarlos, y si durante ese tiempo no ha querido estudiarlos, culpa de él es, pero no muestra. ¿Por qué razón, ya que él es tan estudioso, ya que él no es afecto a perder el tiempo, por qué razón no estudió una ley semejante y en su oportunidad, adelantándose a las izquierdas, la presentó para que con mayor tiempo hubiéramos estudiado dicha ley? Pero aquí el señor Cepeda Medrano ha venido a hablar en contra, sin hablar en contra. Fijáos que no ha dado un solo argumento en contra de esta ley, ni uno solo, ha sido un enorme globo lleno de aire caliente, que no tiene nada de macizo, de positivo, nada de efectivo. Se ha pronunciado aquí un larguísimo discurso sobre nuestra ignorancia, sobre nuestra falta de experiencia.

El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: Yo siempre me opuse a la ley anterior.

El C. Hay, continuando: ¿Qué acaso lo interrumpí a usted, señor Cepeda Medrano, cuando usted estaba aquí en la Tribuna? Sírvase ser conmigo tan decente como yo lo fuí con usted. (Aplausos.) Pero si yo viniera aquí a hacerlo en la forma que lo hizo el señor Cepeda Medrano, también haría perder el tiempo a esta H. Asamblea; por lo tanto, yo me concreto a pedir lo siguiente: que aquel que venga a hablar en contra, o en pro, haga a un lado las personalidades, que no se preocupe de los grupos políticos que existen en esta Asamblea, y que solamente venga a dar razones efectivas para que se desaprueben o se aprueben los artículos de esta ley, porque de otra manera sí perderemos el tiempo, que es lo que tanto lamenta el señor Cepeda Medrano, lo que tampoco practica para evitar que se pierda. Repito, señor Cepeda Medrano, si usted que tan largos estudios ha hecho en la Biblioteca tan bien provista como es la del Congreso, desde el momento en que no necesita aumentarse con mayor número de volúmenes, encuentra razones poderosas para evitar que esta ley sea aprobada, en buena hora venga usted a hacerlo, independientemente de las personas que la han propuesto, o del lado que pudiera apoyarla; pero si no, consérvese usted en su curul sin decir una palabra y concrétese usted a dar su voto en contra para no hacer perder el tiempo al resto de la Asamblea. Ahora, en lo que se refiere al estudio de esta ley, me voy a permitir decir que es una ley paralela con la Ley de la Deuda Agraria de los Estados, y no veo yo por qué razón hemos dado una ley semejante a los Estados, y no la demos para el Distrito Federal; habría una injusticia, habría un criterio poco equitativo, y, por lo tanto, si hay un paralelismo en las dos leyes, si ya se aprobó una, muy fácil nos será examinar ésta, basándonos en los argumentos que se establecieron

para aprobar la otra, y, en último caso, que se desapruebe, pero vamos a proceder al estudio y no a palabrería vacía como la que ha venido aquí a enunciar el señor Cepeda Medrano.

El C. Secretario Alonzo Romero: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el proyecto de ley, en lo general. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. Se procede a la votación nominal en lo general. (Voces: ¡Muy bien!)

El C. López Lira: Por la afirmativa.

- El mismo C. Secretario: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

- El mismo C. Secretario: Ha sido aprobado el proyecto de ley en lo general, por 133 votos de la afirmativa contra 1 de la negativa del C. Cepeda Medrano.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se procede a la discusión en lo particular del artículo 1º. que dice: (Lo leyó.)

Se va a dar lectura a todo el proyecto y se suplica a los señores diputados que los incisos o artículos que deseen objetar, se sirvan manifestarlo a la Mesa. (Dió lectura al resto del proyecto.)

Nuevamente se invita a los ciudadanos diputados para que se separen los artículos o incisos que deseen objetar.

El C. Manrique: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Solicito que la Comisión se sirva fundar el artículo 1º. El artículo 1º. fija el total de la Deuda Agraria Federal en quinientos millones de pesos y fija, además, un plazo de cincuenta años para la amortización de esa Deuda. Debo creer, como tengo derecho a creer, que la Comisión no haya fijado este plazo, o esta cantidad de quinientos millones de pesos... (Campanilla.)

El C. Presidente: Se suplica al C. Manrique que se limite a separar los artículos que desee objetar y después de pondrán a discusión.

El C. Manrique: Aparto el artículo 1º., pero no con objeto de combatirlo con datos concretos, sino para solicitar, en interés de todos nosotros, que la Comisión se sirva fundarlo diciéndonos por qué fija el total de la Deuda Agraria en quinientos millones de pesos y por qué fija cincuenta años para la amortización, porque, repito, debemos de creer que la Comisión no ha procedido, al hacerlo así, arbitrariamente, sino fundada en el conocimiento de la situación.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

Han sido separados para objetarse, los artículos 1º., 2º., 3º. y 4º. por el C. Velásquez, y el inciso II del artículo 2º., por el C. Cruz. Los demás artículos se reservan para su votación.

El C. Manrique: Solicito se aparte para su discusión el inciso III del artículo 3º.

El C. Presidente: Queda igualmente separado el inciso III del artículo 3º.

El C. Vadillo: Señores diputados: Accediendo con todo gusto a la insinuación del C. Manrique, la Comisión viene a hacer algunas consideraciones acerca de por qué se fijaron los siguientes datos en esta ley; Primero, quinientos millones como monto de la primera emisión que haga el Gobierno Federal para pago de expropiaciones por razón de ejidos y por razón de fraccionamientos de latifundios; y segundo, por qué fijó la cantidad de cincuenta años para la redención total de la Deuda Agraria. La propiedad rústica en nuestro país, juzgada por los datos sumamente defectuosos que existen en los catastros, aparece valuada en la cantidad de mil cuatrocientos veinte millones de pesos. Como vosotros comprenderéis, esta cifra es absolutamente baja; la República es regalada, y cualquier país europeo de menor categoría, valdría seguramente dos o tres veces nuestra República; pero esta concentración de datos que aparecen en los libros que han tratado de valorar la propiedad rústica en México, atendiendo a datos oficiales, tales como el "Boletín" de la Sociedad de Geografía y Estadística del año de 1910, fija en la cantidad de mil cuatrocientos veinte millones la propiedad rústica en México. Partiendo de estos datos, la Comisión razonó de esta manera: es evidente, que la propiedad rústica, desde 1910 a la fecha, ha aumentado en valor, dado que los Gobiernos preconstitucionales y el Gobierno actual han procurado acercar, hasta donde sea posible, el valor catastral de la propiedad, al valor real de la misma, con el objeto de obtener un rendimiento mayor en las contribuciones, por necesidad natural de los mayores gastos que tienen ahora las administraciones, dada la necesidad del aumento de salarios y, en general, del aumento de gastos en una administración más complicada. Por consiguiente, es lícito calcular la propiedad rústica manifestada en el catastro actual, en una proporción aproximada de cuatro a cinco mil millones de pesos. Naturalmente, señores diputados, hay que hacer la salvedad de que estos datos son inciertos, porque nadie tiene datos ciertos acerca de la propiedad de México. De esto despréndanse las siguientes consideraciones: que no toda la propiedad va a ser expropiada y que no toda la propiedad expropiada va a serlo por el Gobierno Federal, sino que los Estados habrán de fraccionar una gran proporción de ésta; por eso fijamos nosotros, aproximadamente, la cuarta parte del valor total de la expropiación que debe hacerse en el país, tanto por razón de los ejidos, cuanto por razón de fraccionamientos hechos por los Estados, y fijamos así, ad vultum tum una cantidad de quinientos millones de pesos, pero es natural que en todo tiempo la Representación Nacional podrá refrendar este impuesto y autorizar otros, quizá hasta disminuirlo, según las necesidades que se vayan presentado en la política agraria, que es nueva en nuestro país y sobre la cual no podemos invocar ningún antecedente. Por esta virtud, señores diputados, la cantidad de quinientos millones de pesos puede ser buena o puede ser mala; pero nadie puede atacarla como mala, porque no tiene nadie datos precisos, matemáticamente hablando, para fijarla. La Comisión ha tenido en cuenta los elementos únicos, la evaluación defectuosa que existe de la propiedad; el cálculo aproximado por el valor de la expropiación hecha por la Federación, será a lo sumo una cuarta parte de lo que deberá ser todo el país en los veintiocho Estados de nuestra República. Refiriéndonos ahora a por qué se fija un plazo de cincuenta años para la redención total de la deuda, los señores economistas

que estén aquí presentes, saben que el cuatro por ciento que se fija como réditos a esta deuda, en cincuenta años, forma exactamente un duplicado del capital que origina estos intereses, y siempre se ha establecido una relación entre ese período y el tanto por ciento de cuatro por ciento que se aplica aquí; pero la razón principal que hemos aducido nosotros, y que aparecen en la exposición de motivos, es la siguiente: que los pueblos indígenas, que van a ser los que realmente resulten favorecidos por la Ley de Expropiación con motivo de ejidos, éstos necesitan un plazo, lo más largo que sea posible, a efecto de que, a título de contribuciones de un censo anual, puedan, en un plazo muy largo, pagar la deuda que se echan encima por los terrenos que se les dan. Los que conozcan bien la situación económica de nuestro país, en cuanto a las clases rurales, comprenderán cómo para ellas es una carga sumamente pesada, aun la simple contribución que pagan en los Estados por razón de predios rústicos; que los indígenas a nada le temen más que a la contribución bimestral y que la manera de justipreciar a los gobiernos, para ellos, no es otra cosa que la contribución; es siempre el barómetro con que juzgan a un gobierno, bueno o malo, si aumentan o si suben las contribuciones, y no por otra cosa, sino porque los indígenas en nuestro país, son incapaces, económicamente, para hacer el capital más mediano con los solos recursos de la agricultura, tal como se encuentra en nuestro país, a base de peonaje.

Por esta razón, siendo que ellos tienen que pagar un censo anual para redimir la deuda que se echan encima con la dotación de tierras que se les dé, se necesita que este pago que hagan anualmente, sea proporcionado a su deuda, pero calculado a un plazo largo. La Constitución, acerca del plazo, dice que éste no será menor de veinte años, y de allí para adelante, este Congreso tiene facultades amplias para señalar el plazo que guste. El señor Manrique se imagina, probablemente, o tal vez no se imagina, que ha de ser forzosamente que en cincuenta años paguen y que no podrán hacerlo en un tiempo menor; pero si el señor Manrique se sirve leer, verá que los bonos agrarios podrán ser redimidos en otras formas, como lo dice el artículo 3º., admitiéndolos en pagos de las mismas fracciones, eso es en caso de expropiación, o bien admitiendo los bonos agrarios en pago de los censos que los usuarios de los ejidos deben pagar anualmente a los Ayuntamientos por el usufructo de la tierra.

Cuando discutíamos la Deuda Agraria de los Estados, vimos que un fraccionista puede obtener los mismos bonos que están en poder del propietario expropiado y con ellos pagar; es un modo indirecto de cancelar más pronto los bonos de la Deuda Agraria que están depositados en los propietarios expropiados. La misma operación financiera pueden hacer los Ayuntamientos, adquiriendo rápidamente de manos del propietario expropiado los mismos bonos que estén en su poder para cancelarlos ellos mediante los pagos que hagan a la Secretaría de Hacienda.

Voy a poner un ejemplo: supongamos que el pueblo de Tolimán, del Estado de Jalisco, hubiese obtenido ejidos y tuviese que pagar al Gobierno Federal la cantidad de veinte mil pesos anuales conforme a un censo que pagarían cada uno de los beneficiarios de aquellos ejidos; el Ayuntamiento puede obtener del propietario expropiado, que podría ser, por ejemplo, el señor Salazar, obtener los mismos bonos y entregarlos a la Secretaría de Hacienda conforme a las finanzas del mismo Ayuntamiento, y de esa manera, si había sido calculada la deuda en cincuenta años, podía hacerla hasta en menos de veinte años. ¿Por qué? Porque los Ayuntamientos en cada caso, según sus diferentes condiciones económicas en que están los pueblos, darían facilidades a éstos mediante el inciso que acabamos de examinar, para que esta deuda agraria se cancelase más pronto. De manera que el sistema que propone la Comisión para una cancelación de la deuda, repito, tiene dos fases: la legal, que es de cincuenta años, durante la cual pueden los Ayuntamientos más pobres, los pueblos en último grado de indigencia como los tenemos en el centro del país, por ejemplo, la clase otomíe, que es la más infeliz de nuestro país, obtenerlos para el pago de sus tierras que obtengan en un plazo así de largo. ¿Que estos censos son contra el Ayuntamiento? ¿No son redimibles porque perezca el usuario? Algún jurisconsulto podría levantarse de su asiento y decirnos: si perece el que tiene la tierra, según la jurisprudencia usual, cuando tratándose de un censo, perece la cosa o perece el individuo, ese censo se redime ipso facto; pero aquí el censo contra el Ayuntamiento queda latente por parte de los herederos que hereden la tierra o de los que tengan el usufructo de la tierra obtenida; de manera que el plazo de los cincuenta años no debe alarmar a la Asamblea en ninguna forma, porque este plazo va contra el Ayuntamiento y este Ayuntamiento es una institución que calculamos que no puede morir; por consiguiente, no puede caducar y no queda redimida la deuda si no es hasta que se pague. Esta es la fase legal, la fase práctica es la que tienen en la realidad de la vida práctica, estas deudas irán a ser canceladas más brevemente, porque damos salida a los bonos en otras formas, tales como la de cancelarlos el Gobierno como pago de contribuciones en una parte o bien admitiéndolos como pago mismo de las deudas, obteniéndose los bonos de los mismos tenedores de este papel. Creo yo que en estos términos quedan contestadas las insinuaciones del C. Manrique, pero si no está satisfecho el compañero, podrá insistir para ver en qué punto es en el que quiere tener más opiniones de la Comisión.

El C. Manrique: Pido la palabra para una nueva interpelación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: El artículo 27 constitucional dice que durante el próximo período constitucional, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados, en sus respectivas jurisdicciones, expedirán leyes para llevar a cabo el fraccionamiento de las grandes propiedades, con las bases siguientes: y una de ellas, la letra D, dice así: "El valor de las fracciones será pagado por anualidades que amorticen capital y réditos en un plazo no menor de veinte años, durante el cual el adquiriente no podrá enajenar aquéllas."

Sírvase explicarnos el señor Presidente de la

Comisión, si no hay contradicción entre este precepto constitucional y el plazo de 50 años fijado por la propia Comisión.

El C. Vadillo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: El señor Manrique alude al fraccionamiento de latifundios, pero este es otro asunto. Primeramente aludió al artículo 3º., en donde se habla de la cancelación de la Deuda Agraria por razón de ejidos, pero esto, como vosotros la sabéis bien, porque esto lo hemos explicado mucho aquí, tienen dos faces de política agraria: una es la de ejidos y otra es la de por fraccionamiento. El señor Manrique acaba de citar las leyes sobre fraccionamiento y para cancelar las deudas sobre fraccionamiento en el Distrito Federal y Territorios, es procedente aplicar el inciso (a) del artículo 3º. que dice: "Admitiéndolos en los pagos que los fraccionistas deban hacer por cuenta de las parcelas obtenidas en el Distrito Federal o Territorios."

De suerte que el C. Manrique, cuando invoca a los fraccionistas de parcelas, de latifundios, se pone en el caso especial de que se trata de fraccionar latifundios en el Distrito Federal, y Territorios, y yo me estoy refiriendo a los dos casos, tanto al fraccionamiento de latifundios, cuanto a la dotación de ejidos a los pueblos. Ahora, no hay una contradicción, porque la Constitución señala un plazo no menor de 20 años, es decir, que con tal de que no se fije un plazo menor de veinte años, es constitucional fijar el plazo que tenga a bien este Congreso.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Velásquez. (Voces: ¡Orden del día!) La Mesa se permite suplicar a los ciudadanos diputados consientan en que se prolonguen las sesiones en las mañanas hasta la una, con objeto de aventajar más en nuestros trabajos.

El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se consulta a la Asamblea si concede que las sesiones se prolonguen hasta la una del día, de hoy en adelante. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se aprueba.

El C. Velásquez: Señores diputados: Yo me permito hacer algunas observaciones al artículo 1º. con el propósito de ver si la H. Comisión las tiene en cuenta, porque a mi entender tiene gran influjo. Dice el artículo 1º.: "Se autoriza al Ejecutivo Federal para emitir bonos agrarios hasta por la cantidad de quinientos millones de pesos, conforme a las siguientes bases:"

Ya el C. Manrique se fijaba en esto, pero yo hago esta observación: es una deuda. Primero debe saberse cuánto se debe y en seguida se arbitran los medios para pagar, se entra en arreglos con los acreedores. Esto es lo lógico y lo radical, pero lo que ha contestado el señor Vadillo me hace fuerza, influye en mi ánimo, para creer que sería infinita la cantidad que se fijara; pero hay esta observación: entonces, que se ponga aquí que se faculta al Ejecutivo para hacer una primera emisión de bonos hasta por quinientos millones de pesos; esto salva la dificultad y hará entender al público que sabemos cómo se da una ley; no se puede fijar por ahora; bien, pero debemos responder a la emergencia actual necesaria para la Nación, deben ser indemnizados. Que se fije una cantidad y que se defina lo que se debe, porque no se sabe, pero desde luego que la Nación haga la primera emisión. ¿Lo que se debe será de quinientos millones? Con esto se satisface esa exigencia racional, primero saber lo que se debe y en seguida acordar la manera de pagar. Hago esa observación a la fracción, al inciso (b) de la fracción I. Dice: "Al pago de terrenos que fuese necesario expropiar o fraccionar..." Esto, que parece que es una nimiedad, tiene su influjo, aquí hay una expresión adversativa "expropiar o fraccionar," se fracciona y se expropia, no se va a fraccionar o expropiar.

El C. Vadillo: ¿Me permite la palabra para explicar?

El C. Velásquez: Si, señor.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: Se dice "para expropiar o fraccionar." Estas palabras, en el curso de la ley significan las dos faces de la política agraria que tiene que seguir el Gobierno Federal: expropiar, para ejidos y fraccionar, para fraccionar los latifundios. Eso se ha querido expresar aquí. Dice: "Para el pago de terrenos que fuere necesario expropiar o fraccionar..." Son dos cosas.

El C. Velásquez: Pues yo entendía esto: que sujetándonos a lo que dice el artículo 27 en esta parte: "Las leyes de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada." Esto se refiere a la expropiación, y aquí como el mismo artículo habla de fraccionamientos, entendía yo que se refería a esa manera de proceder al expropiar y en seguida fraccionar los terrenos; pero si ese es el sentir de la Comisión, está perfectamente, y solamente insisto en el otro punto: que se autorice al Ejecutivo para hacer la primera emisión hasta por quinientos millones de pesos, porque esto deja la puerta abierta a otras emisiones, por una parte, y por otra, da a entenderse que aun cuando por ahora el legislador no puede saber cuál es la cantidad, que pueda saber como ha de pagarla; si prevemos que sea más, que se diga que la primera emisión, porque esto es lo racional; de otra manera parece que se fija un límite y, realmente, es indefinido, trae la desconfianza, cuando menos, de entenderse que no supimos acudir a esa cantidad emergente, por ahora, ni definir con precisión. Es la única observación que me permito hacer a la H. Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: La Comisión está de acuerdo en hacer la explicación que pide el C. Velásquez y se va a solicitar permiso para retirar y modificar el artículo 1º., que va a proponer en los siguientes términos: "Se autoriza al Ejecutivo Federal para emitir, por primera vez, bonos agrarios hasta por la cantidad de quinientos millones de pesos, etc."

El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se consulta a la Asamblea si concede permiso a la Comisión para retirar esa parte del proyecto y presentarla modificada, tal como ha indicado el C. Velásquez. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede permiso.

La Comisión presenta modificado el artículo en la forma siguiente: "Se autoriza al Ejecutivo Federal para emitir, por primera vez, bonos agrarios hasta por la cantidad de quinientos millones de pesos, conforme a las siguientes bases: "Todo lo demás, como está.

Está a discusión el artículo tal como lo ha presentado la Comisión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? Se reserva para su votación. Está a discusión en lo particular el artículo 2º. que dice:

"Artículo 2º. El fondo de interés y amortización de los bonos agrarios se constituirá:

"I. Por medio de las sumas asignadas en el Presupuesto Federal de Egresos, para el afecto.

"II. Por medio de las cantidades que los Ayuntamientos de los pueblos pagaren anualmente por cuenta de su Deuda Agraria incurrida por las dotaciones o restituciones obtenidas."

El C. Presidente: Tiene la palabra, en contra, el C. Velásquez.

El C. Velásquez: Me permito hacer esta observación al artículo 2º.: ¿De dónde emerge para los Ayuntamientos la deuda agraria? Porque hasta ahora no ha habido ley para los Ayuntamientos deban pagar esa deuda agraria. Por supuesto que ellos reciben fondos de los que hayan obtenido terrenos por dotación o restitución, pero no se ha dicho hasta ahora, y es necesario en este caso que se exprese, que las cantidades que los pueblos tengan que pagar por los terrenos adquiridos, las satisfarán ante los Ayuntamientos; porque yo les recuerdo a ustedes que los Ayuntamientos van a ser entidades autónomas, según el artículo 115 constitucional, y aquí, como se está legislando para el Distrito Federal y Territorios, no entiendo cómo vaya a imponer el legislador esta obligación al echarles una deuda, su deuda agraria. Es necesario que haya una ley que diga que los Ayuntamientos serán deudores desde ahora por las cantidades que los pueblos de su jurisdicción den por los terrenos que hayan adquirido y, en ese caso, ya los Ayuntamientos tendrán que hacer abonos como quiere la H. Comisión. Por de pronto, es necesario hacer constar esta obligación para que sea un precepto legislativo, porque aquí se preceptúa que los Ayuntamientos deben de pagar su deuda agraria y los Ayuntamientos no tienen deuda agraria, no son representantes de los adquirentes, les vamos a quitar esa representación en este caso, porque no se les ha dado en ninguna ley, la ley apenas admite personalidad jurídica que no tenían antes, y si a esa personalidad vamos a imponerle ha obligación única de que tenga una deuda, es necesario que haya una ley que lo diga, si no, vamos a herir la autonomía, la soberanía de esos Municipios, vamos a echarles una deuda agraria. Yo llamo la atención de la Cámara y de la Comisión sobre este particular que se de mucha trascendencia; los Ayuntamientos no deben ser a los que se les ha de echar esa deuda, porque hay sus suficientes, señores, los Ayuntamientos no cumplirán con su deber ni cumplirán con esta misión en cincuenta años. ¡Quién sabe hasta dónde vayan a dar esos bonos, y esa deuda será siempre para esos pueblos! En cincuenta años estos infelices no serán propietarios, porque no podrán enajenar, porque la Constitución así lo prescribe y es necesario que esa deuda sea racional y consecuente con nuestra Constitución y con las leyes sociales. Hay necesidad de hacer al mexicano, al pobre mexicano, propietario; mientras no lo hagamos propietario, no tendrá tierras y en cincuenta años, interviniendo el Ayuntamiento como deudor obligado, no se salvarán esos propietarios. Yo suplico a la Comisión se sirva atender estas razones, que son muy atendibles. El Ayuntamiento no se subroga en el interés del propietario para pagar sus deudas, eso es imposible, eso es injusto y es una ilusión. El Ayuntamiento tiene sus finalidades propias cuando son buenos, y cuando son malos, perversas, y al propietario no se le salva, él está pagando y en cincuenta años, dos o tres generaciones nuevas no acaban de pagar esa deuda. No se podrá titular propietario si no se le dieran esas tierras, no hay que llevar esas deudas a los Ayuntamientos; yo suplico a la Cámara se fije en estas observaciones y a la Comisión que se sirva proponernos algo que sea consecuente con estas ideas.

El C. Vadillo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: Señores diputados: La Constitución señala a los ayuntamientos facultades legales para adquirir, poseer y administrar bienes; por consiguiente y correlativamente, los ayuntamientos tienen facultad para contraer deudas, como las tiene la Nación, como las tienen los Estados, como las tiene toda autoridad representante de una colectividad legal. Precisamente la Ley de Ejidos que acabamos de aprobar no es otra cosa que la confirmación de este derecho, dado por la Constitución, que tienen las colectividades para adquirir bienes. Si no hubiera este derecho, entonces los ejidos no podrían darse ni restituirse a las antiguas comunidades, por lo menos transitoriamente, mientras disfrutan de la tierra en común. Por consiguiente, esta observación u objeción de orden constitucional del C. Velásquez, no tiene razón de ser. Recuerde la H. Asamblea que toda la ley de Ejidos que aprobamos no es otra cosa que la consagración del derecho de la comunidad, de la colectividad para adquirir bienes. Señalamos nosotros en esa ley siete hectáreas por cada jefe de familia, tomamos como entidad la familia, no el individuo. Señalamos luego el derecho de adquirir, a todas las colectividades desde los condueñazgos, tribus, rancherías, etc.; luego se infiere que estamos considerando a la colectividad como entidad capaz legalmente para obligarse, para tener propiedades, para administrar y, por consiguiente, para ser sujeto de deuda.

Además, si hubiese alguna dificultad de orden administrativo para hacer efectiva esta deuda, es evidente, como lo insinúa el C. Velásquez, que habrá de haber leyes que rellenen la política financiera con leyes agrarias, leyes de orden reglamentario que nunca quedan completas, sino con el curso de los años y ya en la vida práctica y éstas tendrán que hacerlas las Legislaturas que vengan.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra del inciso II el C. Cruz.

El C. Cruz: ciudadanos diputados: Como las observaciones que me había propuesto hacer al inciso II del artículo 2º. que está a discusión son en el fondo las mismas que por vía de interpelación

ha hecho el C. Velásquez, me abstengo de hacer uso de la palabra para evitar pérdida de tiempo.

El C. Secretario Alonzo Romero: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 2º. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. Se reserva para su votación.

Está a discusión en lo particular el artículo 3º. que dice:

"Artículo 3º. Podrán igualmente amortizarse los bonos agrarios:

"(a) Admitiéndolos en los pagos que los fraccionistas deban hacer por cuenta de las parcelas obtenidas en el Distrito Federal o Territorios.

"(b) Admitiendo los bonos agrarios en pago de los censos que los usuarios de los ejidos deban pagar anualmente a los Ayuntamientos por el usufructo de la tierra.

"(c) Admitiéndolos en pago de una pequeña proporción en la cuota federal que deba pagarse sobre los impuestos a la propiedad raíz."

El C. Presidente: Tiene la palabra para una interpelación el C. Velásquez.

El C. Cepeda Medrano: Moción de orden, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cepeda Medrano para una moción de orden.

El C. Cepeda Medrano: Aunque la Asamblea ha aprobado que la sesión se prolongue hasta la una de la tarde, la mayor parte de esos señores que lo han aprobado se han salido del salón. En este momento acabo de contar a los señores diputados y solamente 95; no hay quórum.

El C. Presidente: La Mesa va a ordenar llamar a los señores diputados que se encuentran fuera del salón, algunos de los cuales están en la Tesorería.

El C. Secretario Alonso Romero: La Mesa consulta al ciudadano diputado Velásquez si todavía va a hacer la interpelación en lo que se refiere al artículo 3º.

El C. Velásquez: Señores diputados: Yo insisto en llamar la atención de la honorable Comisión para que se sirva redactar en otros términos esté artículo, porque esto es fundamental, es constitucional. Los Ayuntamientos no deben a esos propietarios y si por este inciso vamos a convertir a los Ayuntamientos en deudores, se lesionan los principios más rudimentarios del derecho. ¡Cómo vamos a hacer que ellos paguen la deuda de los pueblos? Que pague el deudor y el deudor son los pueblos, los pobres que han adquirido esos terrenos; que ellos sean los que paguen, los Ayuntamientos no van a pagar y el pobre va a sufrir la injusticia de que un Ayuntamiento se eche sobre sus fondos y nunca cubrirá la deuda el pobre. En esto, el pobre queda cotorreado por el Ayuntamiento de que en Ayuntamiento se eche sobre sus fondos y nunca cubrirá la deuda el pobre. En esto, el pobre queda tutoreado por el Ayuntamiento y ¿de dónde emerge esta disposición? ¿a que principios obedece? Es una representación ilegal. El individuo no está llegado en esto con el Ayuntamiento, ¿cuál es el que debe pagar sus deudas? No es su representante el Ayuntamiento, ¡de dónde viene esta disposición? No se satisfacen las miras de la Nación y se pone en peligro al individuo, que en cincuenta años van a pasar tres generaciones y no va a ser propietario nunca, porque no solventará su deuda. Dejemos a la iniciativa individual este hecho, este derecho civil, que el deudor pague y no otro. El Ayuntamiento recibirá el dinero y no pagará y la deuda permanecerá insoluta en perjuicio de los pobres a quienes la Nación tiene que ver y nosotros tenemos el deber sagrado de hacerlo propietario y no se le hace propietario en esos cincuenta años. Eso es lo que me permito expresar a la honorable Comisión y me permito también llamar la atención de los ciudadanos diputados para que al votarse este artículo se tenga en cuenta esto.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: El C. Velásquez parece estar muy impresionado porque algún Ayuntamiento no pudiera pagar o no quisiera pagar; esto es evidentemente una excepción del caso general, Cuando los Ayuntamientos son los que piden tierras para los pueblos y ellos autorizan, conforme a la ley que demos, que den el censo y autorizan la designación oficial que tiene el pueblo solicitante, etc., se hacen solidarios de la petición; por consiguiente, es lógico creer que se harán solidarios de la obligación correspondiente; pero en los casos excepcionales en que un Ayuntamiento no pague, pagará la Federación, porque por eso se establece en un artículo posterior que la Federación es responsable de los propietarios de la tierra. Ahora, si un Ayuntamiento, no paga en un año, pagará en otro y la secretaría de Hacienda llevará la cuenta a ese ayuntamiento , pero tendrá facultades coercitivas de las de orden económico, que son muy conocidas en las relaciones de la secretaría de Hacienda con los ayuntamientos, de manera que la excepción no puede fundar una objeción sería, porque esa objeción no podrá formar regla general, a no ser que fuera muy importante y que estuviera muy bien probada; pero en ese caso de excepción siempre los intereses del propietario quedan salvaguardados por la garantía del gobierno federal, el cual sí pagará, porque dado el movimiento de estos bonos agrarios en toda la república, por unos que no paguen habrá otros que sí lo hagan y siempre habrá un excedente en la Secretaria de Hacienda, dado que ésta admitirá los bonos como contribuciones por la propiedad. De suerte que yo no veo en esta objeción del C. Velásquez sino un espíritu de prudente exageración, pero nada más; dificultades de este orden existen en dondequiera que existen intereses, pero no por eso podemos nosotros abstenernos de hacer responsables a los Ayuntamientos de la deuda que ellos contraigan cuando autoricen las solicitudes de los pueblos para obtener tierras colectivamente. En la comunidad no puede haber otro representante que el representante de la comunidad que es el Ayuntamiento. Si las tierras son puestas a título de comunidad, la deuda tiene que ser pagada a título de comunidad, la deuda tiene que ser pagada a título de comunidad por el representante de la colectividad que es el Ayuntamiento.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Velásquez.

El C. Velásquez: No son atendibles las razones del señor Presidente de la Comisión, porque aquí hay algo más: supongamos que esas tierras expropiadas reportan un gravamen, que hay una acreedor, hay un hipoteca, hay un acreedor hipotecario

y si a este acreedor le va a quedar subrogada su deuda en el Ayuntamiento y que quedan cincuenta años para que en esos cincuenta años la deuda vaya bien, a los cinco o cuatro años legítima e indiscutiblemente no podemos negar el derecho que tiene ese acreedor para que se le pague, vamos a prorrogarlo por cincuenta, veinte o diez años, pero siempre fuera del plazo señalado, y no se ha dicho aquí cómo quedan los acreedores, porque el artículo 4º. dice que los bonos serán solamente para pagar a los propietarios, y si ya hubo una sentencia, una declaración judicial que diga que hay que pagar esa deuda al acreedor hipotecario, ¡qué vamos a hacer; decirle: "el Ayuntamiento es ya tu deudor?"

La otra razón que dice el C. Vadillo, de que los Ayuntamientos se han interesado, es muy fácil interesarse en adquirir una deuda, pero para pagarla cambia la situación, cambia la disposición. Yo revelaría ahora mucho interés por contraer una deuda de cien mil pesos; pero, ¡se podría saber si tendría el mismo interés para pagarla? Es distinta la condición y la intención del que pide fiado y del que paga. Yo me refiero a que el Ayuntamiento, ante la Constitución y ante todas las leyes, no es el representante de las deudas que tiene cada individuo; este abismo no puede salvarlo la Comisión sin ponerse en flagrante contradicción con todo lo más elemental de la justicia. No veo por qué el Ayuntamiento debe pagar, por qué la Federación tenga que pagar, si el que adquirió esa deuda es el que debe pagarla, racional y justamente. ¡Por que no se le impone al acreedor la obligación de pagar ¡Es un interés muy sagrado y supremo el de que cada quien posea un pedazo de tierra, pero este interés no puede reemplazarlo el Ayuntamiento, ni ninguna otra comunidad. Estamos discutiendo la ley, veamos la manera de subsanar sus defectos, para no ponerla en pugna con los más elementales principios de la justicia.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: El señor Velásquez toma muy al pie de la letra lo que yo digo cuando expreso que los Ayuntamientos son los responsables de la deuda; pero el inciso (b) del artículo 3º. dice: "Admitiendo los bonos agrarios en pago de los censos que los usuarios de los ejidos deban pagar anualmente a los Ayuntamientos por el usufructo de la tierra."

Son los usuarios los que pagan, únicamente la cuestión es que el Municipio y el Ayuntamiento es el intermediario responsable, nada más. Efectivamente, no son los Ayuntamientos los que van a pagar, porque no tendrían de donde pagar, sino el usuario es quien positivamente paga en deuda, pero como se obtuvo a título de comunidad, el representante de la colectividad, el legalmente representante es el Ayuntamiento, y éste tendrá que ser el responsable ante la Federación para el pago., Únicamente es ésta la cuestión acerca de quién es el representante ante la Secretaría de Hacienda, pero no el que paga, porque no tendría de donde pagar, porque es el usuario el que paga, el Ayuntamiento se limita a eso. De manera que no hay objeción, puesto que establece claramente el inciso que el usuario es quien debe pagar, pero es responsable anta la Secretaría de Hacienda el Ayuntamiento.

El C. Secretario Alonzo Romero: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo.

El C. Manrique: Yo había pedido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Ciudadanos diputados: Después que el artículo 2º. de la ley establece cuales son las sumas que han de dedicarse principalmente para el pago de la deuda, para la amortización de la deuda, el artículo 3º. nos habla de algunos otros medios que secundariamente se ponen en juego para amortizar esta deuda; me refiero especialmente al inciso (c) del artículo "Podrán, igualmente, amortizarse los bonos agrarios," dice el artículo 3º.: "(c) Admitiéndolos en pago de una pequeña proporción en la cuota federal que deba pagarse sobre los impuestos a la propiedad raíz."

Mi observación no es, acaso, de trascendencia, pero conviene perfeccionar un tanto el artículo. Me parece que es arbitrario fijar que la proporción en que deben entrar estos bonos en pago de la cuota federal sobre la propiedad raíz, es arbitrario, digo, el estatuir que la proporción ha de ser forzosamente pequeña, desde el momento en que precisamente, al decir que la proporción ha de ser pequeña, prevemos que puede ser grande; aparte de que el término "pequeño," tiene una relatividad que no se nos escapa, yo creo que conviene dar mayor amplitud a la ley. Efectivamente, puede convenir a la política financiera del Ejecutivo o del Gobierno, en su caso, admitir los bonos en una proporción grande, con objeto de amortizar la deuda en años en que las finanzas presenten un estado bonancible, y entonces, esta proporción prohibiría recibir los bonos en gran proporción en un veinte o veinticinco por ciento; sería preferible redactar este artículo en esta forma: "Admitiéndolos en la proporción que determine la Ley de Ingresos correspondiente, en el pago de la renta federal, sobre los impuestos a la propiedad raíz.

Deseo que la Comisión se sirva contestar.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: ¡Que por qué se pone en este inciso que ha de ser una cuota pequeña? Es porque no podría ser de otra manera. la Federación no puede admitir que en sus cajas lleguen a figurar grandes cantidades de papel. Las contribuciones de la propiedad raíz en toda la República tienen un objeto bien definido en el Presupuesto, y únicamente en tiempo de bonanza podría la Federación admitir una enorme cantidad de papel, dado el que las contribuciones obtenidas por razón de la propiedad en toda la República, son en gran escala y sumamente importantes para los gastos de la Nación. De consiguiente, siempre tendrá que ser una pequeña proporción, y hay peligro de exponer las finanzas de la Nación, pues podría algún Ministro de Hacienda, desatentadamente, para facilitar la pronta cancelación de la Deuda Agraria, poner en peligro los servicios nacionales. Es mejor, es más revolucionario, es más moral que los latifundistas se esperen, a que la Nación se espere. Por consiguiente, siempre la Nación podrá recibir

sólo una pequeña proporción. Ahora, dado el que esta palabra "pequeña," es relativa, el Ministro de Hacienda, cada año, podrá juzgar qué cantidad es la pequeña de esta cuota.

El C. Carrillo: pido la palabra, para una interpelación.

El C. Presidente: Tiene la palabra, para una interpelación, el C. Carrillo.

El C. Carrillo: El artículo 3º., en su inciso (c), establece, al tratar de la amortización de los bonos, admitirlos en pago de una pequeña proporción en la cuota federal que deba pagarse sobre los impuestos a la propiedad raíz, y siendo así que el artículo 1º. establece que los bonos de menor valor serán de cien pesos, ¿cómo se efectuarán esos pagos tan pequeños, en la proporción de que habla ese inciso? Quiero que se precise.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Vadillo: Esta objeción ya había sido hecha, como recordará la Asamblea, cuando se discutió la Deuda de los Estados, y ya se explicó por qué razón no pueden ponerse los bonos a menos de cien pesos, a efecto de que estos bonos no vayan a pasar a manos del proletariado; pero el señor Carrillo puede comprender perfectamente bien, que un individuo dueño de una industria o de un latifundio, que tenga que pagar a la Federación, por ejemplo, cinco mil pesos cada bimestre, que si los hay en nuestro país, bien puede pagar con bonos de cien pesos esa suma.

El C. Carrillo: Pido la palabra. Para aquel propietario que tenga que pagar menor cantidad de esos cien pesos, ¡como hará para efectuar el pago de esa pequeña cantidad?

El C. Vadillo: Con permiso de la Presidencia. Yo ruego a usted que ponga un caso concreto. Para un individuo que tuviera que pagar, ¿qué cantidad, por ejemplo?

El C. Carrillo: Pongamos noventa pesos por bimestre; esa pequeña cantidad que debe pagar con bonos, ¡cómo debe efectuarse si es que el de menor valor es de cien pesos?

El C. Vadillo: Ese propietario puede no pagar bonos, porque esto es potestativo, no es obligatorio, por eso dice que la Federación, puede admitirlos, pero no está obligada a admitirlos; si un individuo tiene que pagar cien pesos en metálico, pero si a un contribuyente le conviene pagar en bonos, por que los haya adquirido a menor precio del latifundista expropiado, entonces la Federación puede admitirlos.

El C. Secretario Alonzo Romero: No habiendo más oradores inscriptos, en pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie.

El C. Cepeda Medrano, interrumpiendo: Señor Presidente, no puede hacerse esa declaración, porque no hay quórum.

El C. Presidente: Su Señoría puede reclamar el quórum a su debido tiempo; pero no debe estar interrumpiendo constantemente.

El C. Cepeda Medrano: Estoy en mi derecho.

El C. Presidente: Se va a proceder a la votación de los artículos no objetados y con esto se sabrá si hay quórum o no.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se va a proceder a la votación de los artículos no objetados.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Vadillo.

El C. Vadillo: Únicamente, señores diputados, se habló del artículo 1º. y la Comisión estuvo de acuerdo en hacerlo una modificación, y después de hacer esa modificación, nadie habló en contra. En cuanto a las demás observaciones, fueron de detalle y se refirieron a interpelaciones que quedaron contestadas. En tal virtud, procede que se voten todos los artículos.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se procede a la votación de todos artículos que integran esta ley en solo acto. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se procede a la votación de todos los artículos de esta ley en un solo acto. Por la afirmativa.

El C. Manrique: Por la negativa.

(Se procede a la votación.)

El C. Manrique: Votaron por la negativa los ciudadanos Carrillo Eduardo S., Cepeda Medrano y Zavala Leovino.

Total: 3

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Y existiendo 126 votos por la afirmativa se aprueba el proyecto de ley, el cual, habiendo sido aprobado en todos sus particulares y con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pasa al Senado para los efectos que ella consigna.

El C. Secretario Aranda: "Orden del día 27 de diciembre, a las cuatro de la tarde: Continúa la discusión de Presupuestos y sesión secreta."

El C. Presidente, a la 12.55 p . m: Se suspende la sesión para reanudarla a las cuatro de la tarde.

(Asistencia de 125 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.21 p. m: Se reanuda la sesión.

El C. Secretario Aranda: " H. Asamblea:

" Los que subscribimos, diputados en ejercicio al actual Congreso de la Unión por el Estado de Sonora, con la debida atención, nos permitimos someter a Vuestra Soberanía se digne aprobar la suma de $460,000.00 (cuatrocientos sesenta mil pesos) oro nacional, de los cuales se destinará la cantidad de $400,000.00 (cuatro cientos mil pesos) para la construcción de un muelle de hierro y cemento, obra de dragado, así como para terraplenes, en el puerto de Guaymas, Estado de Sonora; permitiéndonos manifestar que el presupuesto manifestado por el ingeniero que actualmente dirige algunas obras en el referido puerto, es de medio millón; y la cantidad restante de $60,000.00 (sesenta mil pesos), para la construcción de un edificio y compra de mobiliario de la Aduana de Agua Prieta, del mismo Estado, pues el edificio anterior fue totalmente devastado por un incendio.

"Con toda sinceridad nos permitimos exponer a Vuestra Soberanía, que, por una mal entendida modestia, habíamos guardado reserva sobre este particular; pero que, tomando en consideración la

difícil situación económica por que atraviesa en la actualidad nuestro caro Estado, el que durante todo el período revolucionario ha contribuido con toda clase de elementos hasta quedar agotado, pasando sobre él una enorme deuda con tal motivo; creemos de justicia, no ya sólo por la necesidad que se tiene de erogar los crecidos gastos a que aludimos en la presente solicitud, que esta H. Legislatura se sirva conceder la solicitada por los firmantes, en atención a las razones anteriormente expuestas.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión - México, D.F., 27 de diciembre de 1917. - C. Plank. - J. M. González. - G. Padrés. - Angel N. Porchas."

"Hacemos nuestra la anterior iniciativa. - Aarón Sáenz. - Eduardo Hay. - Juan M. Otero. - Vidal Garza Pérez. - J. Siurob. - Tomás Valle. - Juan A. Ruiz." - A la Comisión de Presupuestos.

"H. Asamblea: "Siendo la agricultura la vida y engrandecimiento de nuestra República, la que indudablemente resucita el problema económico, y sabedores que el Gobierno preconstitucional emprendió obras importantísimas de irrigación, como son la del Plan de San Juan del Río, en el Estado de Querétaro, y el aprovechamiento de las aguas de la presa Elefhant Butt, en Estados Unidos; siendo estos dos importantes proyectos los que deben atenderse de una manera especial, pues en el primero serán irrigadas la cantidad de 37,000 hectáreas de terreno, que estando ligadas dichas obras con la Laguna de Yuriria, que irrigará parte de los Distritos de Celaya, Silao, y probablemente hasta el de Acámbaro; y el segundo, serán irrigadas la cantidad de 18,000 hectáreas de terreno.

"En este último proyecto sólo habrá que construir únicamente una boca - toma en la acequia madre, de Ciudad Juárez, y lo canales de conducción para el riego de los valles de Ciudad Juárez, Guadalupe y San Agustín, existiendo actualmente varios canales; pero siendo insuficiente su capacidad, es urgente ampliarlos y reunir los existentes por medio de canales nuevos.

"Los proyectos de San Juan del Río, por su importancia, también el Gobierno hoy constituido desea prestarles gran atención.

"Por lo expuesto, pedimos a Vuestra Soberanía, con dispensa de todo trámite, apruebe la siguiente proposición:

"Única, Modifíquese la partida 9,515 en la cantidad de $1.000,000.00, para las obras de irrigación de la República, del Ramo octavo del Presupuesto de Egresos."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, diciembre 27 de 1917. - Diputado Jerónimo Hernández. - Diputado Gabriel J. Córdova.". - A la Comisión de Presupuestos.

- El mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"En previsión de que sea posible llegar a la discusión de los Presupuestos de las Municipalidades del Distrito Federal, donde están incluidas las partidas referentes a los maestros de las escuelas primarias, y teniendo en cuenta los emolumentos tan mezquinos que perciben los encargados de preparar a los hombres del mañana, nos permitimos proponer a esta H. Asamblea que, con dispensa de todo trámite, por ser de obvia y urgente resolución, se sirva aprovar el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1º. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para gastar la cantidad que sea necesaria con objeto de que se pague a los maestros de las escuelas primarias del Distrito Federal, un sobresueldo, en relación con las cuotas asignadas en los Presupuestos de los Municipios, de acuerdo con la tarifa siguiente:

"A los directores de escuelas superiores, el treinta y cinco por ciento.

"A los directores de escuela elemental y jardines de niños, cincuenta por ciento.

"A los directores de escuelas nocturnas, ayudantes de escuelas superiores, elementales, jardines de niños y nocturnas, el sesenta y cinco por ciento.

"Artículo 2º. Esta ley comenzará a surtir sus efectos el 1º. de enero de 1918"

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 27 de diciembre de 1917. - Manjarrez. - José Rivera. - Alberto Román. - A. Esquivel.- Eliseo García. - Manrique. - M. Guerrero. - Jonás García. - N. Cámara - M. García Vigil. - José Luis Figueroa. - B. Vadillo. - R. de la Torre. - G. Padrés - Joaquín Lanz Galera. - Salvador Saucedo. - A. Cienfuegos y Camus. - Rafael Márquez. - Rafael Martínez de Escobar. - Marcelo Portillo. - Crisóforo Aguirre. - Alberto Ruiz. - Amadeo Betancourt. - Daniel Téllez Escudero. - José Pereyra Carbonell. - R. Basáñez. - J. Paredes Colín. - J. G. García. - Alvaro Pruneda. - José Federico Rocha. - Nicasio Jurado. - Manuel Cepeda Medrano. - A. Velásquez. -

Rodríguez Saro. - F. M. de Escobar. - López Lira. - A.M. Peña. - Carlos R. Montiel."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites a esta solicitud. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. Está a discusión. Las personas que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.

El C. Rivera José: Pido la palabra para fundar la proposición.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rivera José.

El C. Rivera José: Señores diputados: Un numeroso grupo de diputados ha firmado esta solicitud, que tiende a expedir una ley con objeto de beneficiar a los maestros de escuela, que hasta hoy han percibido sueldos tan mezquinos, que muchas veces percibe más un obrero cualquiera, un obrero de los más insignificantes, que los mentores de la niñez. Temerosos los diputados que hemos firmado esta proposición de que no lleguemos a la discusión de los Presupuestos de los Municipios, y temerosos también de que quién sabe hasta qué punto esta Cámara pueda reformar los Presupuestos de Egresos de los Municipios, hemos querido que la Congreso de la Unión expida una ley autorizado al Ejecutivo para que gaste la cantidad necesaria con objeto de que se pague a los maestros de las Escuelas Primarias del Distrito

Federal un sobresueldo en relación con las cuotas asignadas en los Presupuestos de los Municipios. Como es sabido, los Municipios carecen de fondos, el Gobierno Federal los ha estado auxiliando para erogar esos gastos y creemos que los Municipios no podrán mejorar los sueldos a los maestros. Así, pues, el único capacitado para ello es el Ejecutivo de la Unión y por eso hemos formulado este proyecto de ley que comprende sólo dos artículos. Pido a Vuestra Soberanía que lo aprobéis, a fin de salvar a la niñez de la ignorancia, porque muchos maestros, en vista de los sueldos tan exiguos, han estado desertando de las escuelas; por patriotismo os pido un voto aprobatorio. (Aplausos.)

El C. Lanz Galera: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Lanz Galera: Señores diputados: He pedido la palabra con el objeto de adicionar el proyecto de ley haciéndolo extensivo al profesorado de los Territorios Federales, en virtud de que se encuentra en situación verdaderamente angustiosa, aun más difícil que la que guarda el de esta capital; es bien sabido que en los Territorios, por la falta de vías de comunicación, artículos de primera necesidad, consiguiendo los que pueden obtener a precios muy elevados. Por lo tanto, me permito suplicar a la Asamblea se sirva aprobar que se haga extensiva esta ley al profesorado del los Territorios.

El C. Rivera José: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera José: Como uno de los iniciadores del proyecto de ley, pido permiso para hacer la modificación que acaba de indicar el ciudadano diputado Lanz Galera.

El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si concede permiso a los firmantes de la iniciativa para retirarla y reformarla en el sentido que expresa el C. Lanz Galera. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede el permiso. Los firmantes la modifican en este sentido:

"H. Asamblea:

"En previsión de que no sea posible llegar a la discusión de los presupuestos de las Municipalidades del Distrito Federal donde están incluídas las partidas referentes a los maestros de las escuelas primarias y teniendo en cuenta los emolumentos tan mezquinos que perciben los encargados de preparar a los hombres del mañana, nos permitimos proponer a esta H. Asamblea que con dispensa de todo trámite, por ser de obvia y urgente resolución, se sirva aprobar el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que a partir del 1º. de enero de 1918 pueda gastar la cantidad que sea necesaria con objeto de que se pegue a los maestros de las escuelas primarias del Distrito y Territorios Federales, un sobresueldo, en relación con las cuotas asignadas en los Presupuestos de los Municipios, de acuerdo con la tarifa siguiente:

"A los directores de escuelas superiores, el treinta y cinco por ciento.

" A los directores de la escuela elemental y jardin de niños cincuenta por ciento.

"A los directores de escuelas nocturnas, ayudantes de escuelas superiores, elementales, jardines de niños y nocturnas, el sesenta y cinco por ciento."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 27 de diciembre de 1917. - Manjarrez., - José Rivera. - Alberto Román. - A. Esquivel.- Eliseo García. - Manrique. - M. Guerrero. - Jonás García. - N. Cámara. - M. García Vigil. - José Luis Figueroa. - B. Vadillo. - R. de la Torre. - G. Padrés. - J. R. Lizalde. - Eduardo Cisneros. - José D. Aguilar. - Joaquín Galera. - Salvador Saucedo. - A. Cienfuegos y Camus. - Rafael Márquez. - Rafael Martínez de Escobar. - Marcelo Portillo. - Crisóforo Aguirre. - Alberto Ruiz. - Amadeo Betancourt. - Daniel Téllez Escudero. - José Pereyra Carbonell. - R. Basáñez. - J. Paredes Colín. - J. G. García. - Alvaro Pruneda. - José Federico Rocha. - Nicasio Jurado. - Manuel Cepeda Medrano. - A. Velásquez. - Rodríguez Saro. - F. M. de Escobar. - López Lira. - A. M. Peña . - Carlos R. Montiel."

Está a discusión. ¡No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Pruneda: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Pruneda: Compañeros diputados: La iniciativa no puede ser mejor intencionada; pero yo creo que hace falta algo para redondear el asunto convenientemente. Nosotros, que legislamos para el Distrito y Territorios Federales, en este momento nos hemos olvidado de los profesores de las Estados, y aunque no concierne a nosotros directamente legislar sobre los Estados, bien podemos, como Cámara General de la República, como Representación General de la Nación, lanzar una iniciativa a fin de que los Congresos locales atiendan la instrucción primaria, que está en circunstancias deplorables, en peor estado que en el Distrito Federal y Territorios; que procedan a hacer el mismo aumento de sueldos a los profesores, porque bien sabido es, compañeros, que en algunos Distritos, como el que represento yo, hay profesores que ganan $0.50 diarios, y es natural pensar que con $0.50 diarios, dadas las circunstancias actuales, un profesor no puede vivir, a pesar de que viva en un pueblo y esté reducido a comer tortillas y los demás alimentos que usa el pueblo de las haciendas y rancherías; es imposible que a un profesor de instrucción primaria le alcance para sus gastos más precisos el sueldo tan corto de que disfruta. La Cámara, obrando revolucionariamente y como es debido, puede muy bien hacer una excitativa a las Legislaturas de los Estados, a fin de que este asunto, que aquí se aprobará con toda seguridad, sea también tratado en los Congresos locales y así todos los profesores de la República reciban el aumento de sueldo que indica la iniciativa y mejoren, como es justo, en su situación económica. Pido, pues, que aprobéis que se haga esta excitativa a los Congresos de los Estados.

El C. Secretario Aranda: No habiendo más oradores inscriptos ni en pro ni en contra, se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Suficientemente discutido. Se procede a la votación nominal

El C. Portes Gil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Portes Gil: Como la iniciativa entraña una erogación que constará en el Presupuesto, pido a la Mesa se sirva hacer que la Comisión haga el cálculo de lo que va a costar el aumento y votemos después la partida juntamente con las demás no objetadas del Presupuesto, ya que ésta no lo ha sido tampoco. Creo que no puede ni debe ser materia de una ley especial este gasto, sino de una partida del Presupuesto, como cualquiera otra erogación, mediante el cálculo que haga la Comisión de Presupuestos. Por eso no tiene objeto votarla desde luego, sino que debe juntarse con las demás no objetadas. Someto esto a la consideración de la Mesa.

- El Mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición que acaba de formular el C. Portes Gil.

El C. Rivera José: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera José: Yo interpelo, con permiso de la Presidencia, al C. Portes Gil, para que me diga en qué Presupuesto podemos poner ese aumento.

El C. Manrique: Para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique para una moción de orden.

El C. Manrique: Me permito hacer notar que ya se declaró suficientemente discutido este asunto:; la idea del compañero Portes Gil puede se motivo de una proposición o de una nueva adición hecha por escrito, pero la moción de que se trata está ya suficientemente discutida y debe proceder a votarse.

El C. Portes Gil: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Portes Gil.

- El C. Portes Gil. Las circunstancia de que haya sido suficientemente discutida no evita que esta partida se vote con otras partidas del Presupuesto no objetadas; así es que puede procederse a la votación tanto de ésta como de otras muchas, como dije antes, mediante un cálculo que haga la Comisión de Presupuestos. Respecto a lo que me dice el C. Rivera, debo manifestar que realmente me pone en un aprieto, pues si las escuelas primarias dependen de los Municipios, indudablemente que los Municipios son los facultados para disponer de su Hacienda Pública, de acuerdo con sus mismas determinaciones; así es que esto podría cargarse muy bien a gastos extraordinarios del Ejecutivo, dedicados para pago de empleados que dependen del Municipio, como son los profesores de instrucción primaria; yo creo que muy bien podría hacerse esto así y evitarnos perder aquí una hora para votar una partida especial, pudiendo votarse con otras muchas.

El C. Rivera José: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra

El C. Rivera José: El C. Portes Gil sabe bien que ya el Presupuesto de Egresos del Ejecutivo está en manos del Ejecutivo, ya no está en manos de la Cámara, en primer lugar; en segundo lugar , esto lo hemos hecho en prevención de que quizá ya no lleguemos a los Presupuestos de Egresos de los Municipios; en tercero, nosotros damos este paso porque queremos que no vaya a quedar el maestro sin una mejoría y queremos que esto sea motivo de un decreto que, como ven ustedes, es muy lacónico, consta de un artículo, decreto que, por otra parte, vendrá a dignificar al maestro que aquí en México desgraciadamente es visto con menosprecio; ya lo vemos que para votar este decreto, porque ya no hay ningún Presupuesto en que incluir esta partida. (Voces: ¿A votar!)

El C. Secretario Aranda: Se procede a la votación nominal.

El C. Rivera José: Pido la palabra

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera José: Con objeto de evitar pérdida de tiempo, me permito proponer que se reúnan los dos artículos en uno para que se efectú una sola votación.

- El mismo C. Secretario: El proyecto que va a votarse queda en los términos siguientes:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, a partir del 1º. de enero de 1918, pueda gastar la cantidad que sea necesaria con objeto de que se pague a los maestros de las escuelas primarias del Distrito y Territorios Federales, un sobresueldo, en relación con las cuotas asignadas en los presupuestos de los Municipios, de acuerdo con la tarifa siguiente:

"A los directores de escuelas superiores el treinta y cinco por ciento.

"A los directores de escuelas elementales y jardines de niños, cincuenta por ciento.

"A los directores de escuelas nocturnas, ayudantes de escuelas superiores elementales, jardines de niños y nocturnas, el sesenta y cinco por ciento."

Se procede a la votación nominal. Por afirmativa.

El C. Paredes Colín: Por la negativa.

El C. Pruneda: Moción de orden! Hay una proposición mía como adición a la ley y la Presidencia no se ha servido darle el curso debido.

El C. Presidente: Mucho extraña a la Mesa que el C. Pruneda le haga tal imputación, cuando conforme al Reglamento las adiciones se dan a conocer después de votarse definitivamente una ley o un decreto; por tal motivo, no tiene razón Su Señoría en su observación.

El C. Pruneda: Se han hecho ya adiciones, sin votarse definitivamente las leyes.

(Se recogió la votación de los ciudadanos diputados.)

El C. Secretario Aranda: Aprobada la iniciativa par 131 votos de la afirmativa contra 3 de la negativa de los CC. Manzanilla Tejero, Portes Gil y Sáenz Aarón. Pasa a la Comisión de Estilo.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cravioto.

El C. Cravioto: Señores diputados: Yo creo que la Cámara de Diputados acaba de aprobar un disparate constitucional y por eso vengo a hacer una rectificación a fin de que los proponentes del proyecto de ley aprobado aclaren el punto. Dice lo que hemos aprobado

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que, a partir del 1º. de enero de 1918, pueda gastar la cantidad que sea necesaria con objeto de que se pague a los maestros de las

escuelas primarias del Distrito y Territorios Federales, un sobresueldo, en relación con las cuotas asignadas en los Presupuestos de los Municipios, de acuerdo con la tarifa siguiente:"

En la breve exposición de motivos que precede a este proyecto de ley dicen los signatarios que esto se hace en prevención de que no sea posible llegar a la conclusión de los Presupuestos de las Municipalidades del Distrito Federal, y yo creo esto anticonstitucional porque existe la libertad municipal y está en la Constitución perfectamente determinado, por un artículo expreso, que los Ayuntamientos son libres para administrar su Hacienda, con excepción de la determinación de impuestos que sí es facultad legislativa de la Cámara, y yo pregunto: en estas condiciones constitucionales, ¡qué tenemos nosotros que ver con los sueldos de los maestros de escuela que son exclusivamente municipales?

Es un verdadero disparate constitucional lo que hemos hecho. Yo llamo respetuosamente la atención de la Cámara para que se sirva reconsiderar el asunto. Esto de todos modos, aunque lo hayamos aprobado, por violar el sistema municipal, por violar flagrantemente un artículo expreso de la Constitución es nulo desde luego, yo llamo la atención de la Cámara sobre esto, que es grave, para que se sirva reconsiderar el punto.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Manrique.

El C. Manrique: Yo creo, señores diputados, que las objeciones del compañero Cravioto sólo tienen una fuerza aparente. Es cierto, los Municipios son libres para manejar, para repartir sus ingresos, pero, como sabéis, son las Legislaturas locales y el Congreso de la Unión cuando se trata del Distrito Federal y Territorios, quienes están facultados para aprobar los Ingresos, en tanto que una vez aprobado que los Municipios cuenten con determi- nada fuente de ingresos, es exclusiva competencia de cada Municipio decidir la manera como deben de distribuir, como deben repartir estas sumas; pero no es esto de lo que se trata. No hay precepto ninguno que nos prohiba, y aun puede hacerse caber dentro de nuestras facultades y de las del Ejecutivo. Como el suministrar un auxilio pecuniario a los Municipios que lo soliciten. Sabemos perfectamente que la Hacienda de los Municipios está en bancarrota; que los sueldos de los maestros de Escuela dependientes del Municipio son verdaderamente exiguos. En estas circunstancias, el Ejecutivo Federal , que tiene a su disposición elementos pecuniarios de que los Municipios carecen, puede en todo tiempo suministrar una ayuda pecuniaria a manera de subvención, a los Municipios que lo solicitaren. Yo creo que este es el espíritu de la ley que acabamos de aprobar, y en este sentido creo que no hemos cometido disparate ninguno, sino que hemos estado dentro de la ley y dentro de nuestras facultades.

El C. Secretario Aranda: Se ha presentado la siguiente adición:

"H. Cámara:

"Como adición a la ley que se ha presentado para el aumento de sueldo a los profesores, propongo:

"Que se haga una excitativa a los Congresos locales de toda la República para que proceda a hacer un estudio, a fin de dar mismo aumento a los profesores de los Estados.

"México, 27 de diciembre de 1917. - Alvaro Pruneda."

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Pruneda.

El C. Pruneda: Compañeros diputados: Esta proposición para adicionar la proposición aceptada por la Cámara, tiene muchas razones de ser y creo que será aceptada por la Asamblea, dado que ella no entraña más que justicia para el profesor pobre, para el profesor que está en circunstancias deplorables que no puede igualarse en cuestión de circunstancias al profesor que vive en los Territorios, y principalmente a los que viven en la ciudad de México, en el Distrito Federal. A nadie se escapa que los profesores de los Estados, de las rancherías, de los pueblos, de las congregaciones, adonde apenas si es posible pagar $0.50, como he dicho antes, están en circunstancias de no poder subsistir y, por tanto, al retirarse de las escuelas, son los niños los únicos que sufren la falta de un mentor que, como mentor, es el que hace el espíritu del hombre. Si esta proposición no se acepta, de seguro que al saber las Cámaras de los Estados que ha habido una proposición en esta Cámara para que las Legislaturas de los Estados estudien en la forma que crean conveniente un aumento de sueldos para sus profesores, creo que la aceptarán, no obstante que esta Asamblea, indiferente a la instrucción general de los niños de la República, no la aceptará. Yo sé perfectamente que hay algunos Distritos...

El C. Plank, interrumpiendo: ¡Me permite el orador una interpelación?

El C. Pruneda: Un momento. Yo sé perfectamente que en algunos Estados y en algunos Distritos ha habido con anterioridad, desde que la Revolución puso sus plantas en esas tierras, ha habido aumento de sueldo a los profesores de la de las escuelas, pero no en todas partes, señores diputados, es de lo que menos se preocupan las Legislaturas locales, de hacer ese aumento que no viene a redundar más que en beneficio de la niñez, que será la que haga Patria más tarde. Naturalmente que si en el Estado de Sonora los profesores ganan más dinero que en el Distrito Federal, y ya lo sabía yo, sabía perfectamente que el general Plank me quería hacer esa interpelación, a ese respecto puedo decir a ustedes que no todos los Estados de la República son el Estado de Sonora, donde tiene un Gobernador que ha nacido del pueblo, que se ha preocupado por el mismo, por los suyos. No todos los Estados de la República han podido hacer un aumento que les permita vivir, con ese aumento, a sus profesores, ni en todas partes se han preocupado por el profesorado, que es el que guía a la niñez por buen sendero, ni en todas partes, como en el Estado de Sonora, se ha podido hacer ese aumento que beneficia, no al profesorado en lo particular, sino a la niñez en lo general. En otros Estados mejor se ha procurado proponer una industria en la que va a lucrar un pariente de un Gobernador o un individuo allegado a él, ya sea por cuestión de sangre o por cuestión de amistad a los primeros mandatarios del Estado;

esas concesiones han preocupado grandemente a los Gobiernos, porque de allí sacan grandes productos que mañana, cuando salgan del Gobierno, los harán ricos y lo suficientemente fuertes para emprender cualquier negocio y separarse de la vida pública; nunca se han preocupado porque la instrucción sea efectiva en sus Estados. ¿Por qué si esta Cámara es popular, si es la Representación genuina del pueblo de toda la República, por qué nosotros no vamos a poder hacer una invitación, excitar a las Legislaturas locales de los Estados que hagan un estudio conveniente y aumenten debidamente los sueldos a los profesores a fin de que no vivan en ese estado de miseria en que actualmente se encuentran? ¡Acaso, señores, en algunas partes no solamente se le paga al profesor $30.00, ó $20.00, ó $15.00 mensuales, sino que hay partes, grandes regiones de la República, donde no hay ni siquiera profesores y los niños llegan a la mayor edad, como en Querétaro, según me dice el señor de la Torre, llegan a la mayor edad sin saber ni siquiera la o por lo redondo, como se dice vulgarmente? Porque como vemos, en el Estado de Querétaro, de donde es el diputado de la Torre, - que se encuentra indignado porque no hay profesores en su Distrito - , vemos a un Gobernador del Estado que en lugar de preocuparse por la instrucción pública para mejoramiento de la niñez, que es, como he dicho antes, la fuerza, la vida de las generaciones venideras, los que harán Patria, ¿por qué en lugar de preocuparse por el mejoramiento de los profesores, que es el mejoramiento de la niñez, se ha preocupado, como he dicho antes, él Gobernador de Querétaro, por hacer negocios y en hacerse el concesionario del juego en todo el Estado? (Una voz: ¡No es cierto!) Yo no sé quién dijo que no es cierto, ¿por qué hay un Perusquía en Querétaro que, en lugar de llevar a su Estado por el buen sendero de la educación y llevar a la niñez por una línea que le podrá dar el mejoramiento intelectual y social, solamente ha procurado llevar a sus padres al vicio, imponiendo el juego en todo el Estado? ¡por qué la Cámara, haciéndose eco de las frases que la Revolución prepotentemente ha clamado durante toda la época de revuelta, no lanza una excitiva y una invitación a las Cámaras locales para mejorar la situación de los profesores? Yo no veo que haya ninguna causa que ameritara que no se aceptase esta proposición puesto que verían las Legislaturas de los Estados que el Congreso General una vez más se preocupaba por la niñez, que será la que dé los hombres para el futuro y hará de ellos los buenos individuos que respetarán a su Patria, la harán grande y progresista.

El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si se toma en consideración la adición propuesta por el C. Pruneda. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. (Voces: ¿Que se lea!) La adición dice:

"H. Cámara:

"Como adición que se ha presentado para el aumento de sueldo a los profesores, propongo:

"Que se haga una excitativa a los Congresos locales de toda la República para que procedan a hacer un estudio, a fin de dar ese mismo aumento a los profesores de los Estados.

"México, a 2 de diciembre de 1917. - Alvaro Pruneda."

Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se toma en consideración.

- El mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"En días pasados la Secretaría dió cuenta con un dictamen que presentó la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, relativo a que sea inscripto con letras de oro en el recinto de esta H. Cámara, el nombre ilustre del senador por el Estado de Chiapas, doctor don Belisario Domínguez, como justo homenaje a su memoria; y siendo ya un asunto perfectamente conocido por la Asamblea, se acordó dispensarle la segunda lectura, a efecto de que se discutiera en el primer día hábil; como hasta la fecha no se ha discutido este asunto, que seguramente ya no provocará ningún debate, los subscriptos, miembros de la diputación del Estado de Chiapas, atentamente pedimos se ponga desde luego a discusión el referido dictamen, en la inteligencia que esta discusión no entorpecerá en nada la resolución de los arduos problemas de que actualmente se está ocupando la H. Cámara.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 27 de diciembre de 1917. - Gutiérrez Dorantes, - Ricardo Carrascosa. - Enrique Suárez. - Emilio Araujo. - Isaac Rojas."

Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración. los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Voces: ¿Que se lea!)

El C. Presidente: La proposición consiste en que la diputación de Chiapas suplica se ponga a discusión el proyecto de ley declarando benemérito de la Patria al C. Belisario Domínguez.

- El mismo C. Secretario: Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se toma en consideración.

- El Mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"Con apoyo del artículo 82 del Reglamento interior del Congreso, en virtud de ser absolutamente indispensable mi presencia al lado de mi familia parte del tiempo del período del receso de esta H. Cámara, respetuosamente solicito de la propia Representación Nacional, se sirva concederme una licencia, nombrándose al efecto persona que me substituya interinamente en mi carácter de vocal de la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda, en el concepto de que dicha licencia empezará a contarse desde la fecha en que yo considere necesaria mi separación

"Protesto a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"México, a 21 de diciembre de 1917. - C. Limón." - Procédase a la elección del substituto en su oportunidad.

El C. Méndez: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Méndez: Entiendo que está en cartera un dictamen de la 1º. Comisión de Hacienda, relativo a una pensión que varios ciudadanos diputados pedimos para la vieja periodista independiente, señora Guadalupe Rojo viuda de Alvarado. Esa iniciativa obtuvo dictamen favorable de la 1a. Comisión de Hacienda, y pido que le dé la primera lectura a ese dictamen, porque, estando - como estamos - , próximos a concluir nuestro periodo de sesiones ordinarias, sería completamente anodino dejar este asunto a mitad de los trámites.

El C. Presidente: La Mesa se permite informar a la Asamblea que, efectivamente, existe un dictamen de la 1a. Comisión de Hacienda por medio del cual se concede una pensión de $4.00 diarios a la señora Guadalupe Rojo viuda de Alvarado, pero que la Mesa, atendiendo el acuerdo de esta Asamblea, no ha querido poner a discusión otro asunto en la Orden del Día, sin previo acuerdo de la Cámara. Por tal motivo, se va a consultar si es de ponerse a discusión el dictamen a que alude el ciudadano diputado Méndez.

- El mismo C. Secretario: Se consulta a la Asamblea si se le da primera lectura al dictamen que consulta la pensión a la señora Rojo viuda de Alvarado. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. No se le da primera lectura.

El C. Sánchez Tenorio: Reclamo la votación. (Voces: ¿Sí, sí! ¿Reclamo la votación Murmullos.)

El C. Saucedo: Que se repita la votación.

- El mismo C. Secretario: Habiendo duda sobre el resultado de la votación, se suplica a los ciudadanos que estén porque se de primera lectura a este asunto, se sirvan poner de pie. Los que estén porque se de la primera lectura, háganme favor ponerse de pie.

El C. Urueta: ¿La Orden del Día, señor!

El C. Presidente: Siendo notoria la mayoría, la Secretaría va a dar primera lectura al dictamen. (Voces: ¿No! ¿Sí, sí)

El C. Urueta: ¡Para qué es la Orden del Día? (Murmullos)

- El mismo C. Secretario: "Comisión 1a. de Hacienda:

"Señor:

"A la Comisión que subscribe fue turnado el expediente en que veintinueve miembros de esta H. Cámara de Diputados, solicitan una pensión para la señora Guadalupe Rojo viuda de Alvarado.

"Esta Comisión ha estudiando el memorial que elevan los señores diputados, y lo encuentra razonable para conceder una pensión a la señora Rojo viuda de Alvarado; entre otras razones se exponen la de que el señor Casimiro Alvarado, fundador en 1882 del periódico "Juan Panadero," desarrolló en dicho órgano una labor política contra la dictadura de Porfirio Díaz. Que en 1894 dicho periódico empezó a editarse en la ciudad de México, hasta 1899, en que dejó de existir el señor Alvarado, por enfermedad que contrajo en las diversas ocasiones en que estuvo preso; De 1899 en adelante, la señora Rojo viuda de Alvarado, asumió la dirección y responsabilidad del periódico "Juan Panadero," imprimiéndolo con el cariz político de oposición a la Representación Nacional hay personas que conocen con mejores detalles la labor comprendida entre 1905 a 1910, cuando ya alboreaba la idea revolucionaria.

"La Comisión considera elevada la pensión que solicitan los firmantes de este memorial, dado que, en su concepto, interpreta los deseos de la Representación Nacional, de premiar los esfuerzos de sus hijos que han laborado por las libertades patrias, cuando éstos se encuentran imposibilitados de poder sostener las exigencias de la vida, se permite proponer a vuestra consideración, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Concédase una pensión vitalicia de cuatro pesos diarios, a la señora Guadalupe Rojo viuda de Alvarado, que le serán íntegramente pagados por la Tesorería General de la Nación."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados. - México, a 26 de diciembre de 1917. - Juan Zubaran. - G. Padrés." - Primera lectura.

El C. Méndez: Pido la palabra

. - El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Méndez.

El C. Méndez: Una vez que la Asamblea ha tenido la bondad de permitir la primera lectura de este dictamen, yo me permitiría suplicar que se dispensaran todos los trámites, a efecto de entrar a la discusión de él, con el objeto de ver si es aprobado y ganar tiempo, llevándolo al Senado para que pueda convertirse en ley.

- El mismo C. Secretario: Se consulta a la Asamblea si se le dispensan los trámites para que pase desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie en la inteligencia de que se necesitan las dos terceras partes. Si se dispensan los trámites. Está a discusión.

¡No hay quien haga uso de la palabra?

El C. Urueta: ¿Para qué? - El C. Presidente: Está en discusión.

El C. Urueta: Pido que se funde el dictamen.

El C. Méndez: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Méndez.

El C. Urueta: Pido la palabra en contra.

El C. Méndez: Señores diputados: Aun cuando yo no soy miembro de la Comisión dictaminadora, voy a permitir fundar este dictamen en breves palabras. La agraciada con la pensión concedida es la señora doña Guadalupe Rojo viuda de Alvarado. Todos los señores diputados que hayan tenido conocimiento de la lucha política antiporfirista del 90 al 910, conocerá el nombre de esta señora. Fue ella durante unos veinte años la directora política del periódico semanario "Juan Panadero," que hizo una labor de oposición honrada y tenaz al Gobierno del general Díaz. En esta Asamblea nos encontramos el señor diputado por Tabasco, Ramírez Garrido, y quien tiene el honor de dirigiros la palabra, y conocimos, siendo estudiantes, la labor desarrollada por esta señora. Tuvimos el honor de colaborar en el semanario durante nuestra época estudiantil, y conocimos la honradez política de esa señora. Esta dama encuéntrase ahora en la vejez y creemos que así como se han concedido numerosas pensiones a diversos individuos y a diversas personas en

general, más o menos merecedoras, creemos que una dama que ha consagrado toda su vida, que tuvo la osadía y el valor de enfrentarse con el viejo dictador, es merecedora y digna de la pensión que un grupo de diputados hemos solicitado para ella. No me explico yo la oposición del señor licenciado Urueta, él, que fue uno de los precursores de esa Revolución maderista, debe conocer y debe estar enterado de los méritos que engalanan a la señora Rojo viuda de Alvarado.

Entiendo yo que la pequeña exposición que acabo de hacer bastará para llevar al conocimiento de vuestra honorabilidad el voto aprobatorio que hemos pedido los firmantes de esta iniciativa para este proyecto de ley.

El C. Secretario Aranda: Se consulta a la Asamblea si considera de gravedad el asunto. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Suficientemente discutido. Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Saucedo Salvador: Por la negativa.

Se recogió la votación.

El C. Saucedo Salvador: Contra 8 de la negativa de los CC. Betancourt, Chapa, García Pablo, García Vigil, González Ibarra, Malpica, Pardo y Urueta.

El mismo C. Secretario: Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario: Continúa la discusión del Presupuesto.

El C. Secretario Portes Gil: Se va a proceder a la votación de la partidas 6,500, 6,506 y 6,581, cuya separación se pidió. La Comisión presenta modificadas las siguientes partidas:

"Comisión de Presupuestos.

"Después de haber escuchado las razones expuestas en pro y en contra de algunas partidas, la Comisión se permite presentar estas modificaciones de la manera siguiente:

ESCOLTA PARA LOS COMISIONES INSPECTORAS DEL EJERCITO Dar doble click con el ratón para ver imagen

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"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 27 de diciembre de 1917. - Rubén Basáñez. - José Rivera. - M. M. Prieto."

Están a discusión esas dos partidas. No habiendo ningún orador en contra, se va a proceder a la votación de esas dos partidas, a más de la 6,500, 6,506 y 6,581. Se procede a la votación. Por la afirmativa.

El C. Saucedo Salvador: Por la negativa.

- El mismo C. Secretario: Aprobadas las partidas por 120 votos de la afirmativa, contra 5 de la negativa de los CC. Cruz, Manrique, Manzanilla T Tejero, Saucedo J. Concepción y Saucedo Salvador.

- El mismo C. Secretario: "Señor:

"Atentamente rogamos a la H. Asamblea se sirva reconsiderar las partidas números 6,578 y 6,468.

"México, a 26 de diciembre de 1917. - Ernesto Aguirre. - Julio Zapata."

Las partidas son las siguientes: La 6,578, dice:

"Para gastos extraordinarios relacionados con la ocupación militar de Quintana Roo, $365,00.00" La 6,468 dice: "Para el pago del veinticinco por ciento sobre los haberes del personal de la armada, comisionados precisamente en el Territorio de Quintana Roo, $49,600.00."

El C. Zapata: Señores diputados: Conforme habéis oído, la lectura que dió la Secretaría la partida 6,578 se refiere a lo siguiente: "Para gastos relacionados con la comisión militar de Quintana Roo, $365,000.00." Cuando se discutió esta partida no teníamos datos ningunos acerca del significado real de estos gastos que se consultaban. Posteriormente hemos sabido, el señor diputado Aguirre Colorado y yo, que no hay absolutamente que hacer gastos extraordinarios de ninguna clase en el Territorio de Quintana Roo. Las tropas que están ahí, están, como en el resto de la República, con sus haberes completos; no hay erogaciones distintas. Antes de hoy, había ahí un ferro- carril, que era sostenido por las fueras que ocupaban aquel Territorio. Actualmente no existe ese gasto; de manera que la cantidad de $365,000.00 es absolutamente innecesaria y debe ser rechazada. En cuanto a la otra partida, 6,468, habla del pago del veinticinco por ciento sobre los haberes del personal de la Armada, comisionados precisamente en el Territorio de Quintana Roo. Como sabéis, estos marinos ganan $1.00 diarios y es absolutamente imposible que en el Territorio de Quintana Roo pueda vivir esta gente con $1.00 diario o con $1,25 diarios, que es lo que da el Presupuesto. De todos vosotros son conocidas las condiciones de vida del Territorio de Quintana Roo, unos, porque habéis estado ahí, y otros, porque habéis tenido conocimiento de las críticas circunstancias de aquella región. Nosotros pedimos que ese reconsidere esta partida y que se fije siquiera un cin- cuenta por ciento en lugar de un veinticinco; de manera que en lugar de que sea $1.25, sea $1.50, y que se rechace la partida 6,578. que habla de gastos extraordinarios sobre la ocupación militar del Territorio de Quintana Roo, para lo cual se pone una cantidad de $365,000.00, que es innecesario gastar.

El C. Secretario Portes Gil: Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración la proposición de los CC. Zapata y Aguirre Colorado referente a que se reconsideren las partidas de que se trata. Los que estén de acuerdo se servirán poner de pie. Sí se toma en consideración.

El C. Rivera José, miembro de la Comisión: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Rivera José: La Comisión ha tomado datos sobre lo expuesto por el C. Zapata y están de acuerdo los datos del C. Zapta con la verdad; por tanto, la Comisión hace suyas las modificaciones que propone el C. Zapata, es decir, que se suprima la partida 6,578 y que se aumente en cambio un veinticinco por ciento a la marinería que presta sus servicios en Quintana Roo.

El C. Secretario Portes Gil: La Comisión solicita permiso para retirar esas partidas. Los que lo concedan se servirán poner de pie. Se concede el permiso. Las presenta modificadas en la forma siguiente: la partida 6,468: "Para el pago del cincuenta por ciento sobre los haberes de la Armada comisionada en el Territorio de Quintana Roo" y suprime la partida 6,578. Están a discusión.

- El mismo C. Secretario: No habiendo ningún orador inscripto en contra...

El C. Lanz Galera, interrumpiendo: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿En qué sentido?

El C. Lanz Galera: Para hacer una ampliación y en pro del dictamen.

- El mismo C. Secretario: No habiendo oradores en contra, la Secretaría va a preguntar si se considera suficientemente discutido.

El C¿ Lanz Galera: pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra Su Señoría.

El C. Lanz Galera: Señores diputados: He pedido la palabra en contra de las nuevas partidas que se han reconsiderado conforme las presenta la Comisión, por no considerarlas equitativas. Sí estoy conforme desde luego con el retiro de la partida número 6,573 que dice: "Para gastos relacionados con la ocupación militar de Quintana Roo,......$365,000.00."

En mi concepto, señores diputados, estoy conforme con la partida, porque está de más, toda vez que en el Territorio apenas hay una escasa guarnición en virtud de que el Distrito centro, que es la zona peligrosa, por ser donde están los indios, por razones de orden político les ha sido entregada a ellos; actualmente existe allí únicamente una pequeña guarnición. Respecto de la otra partida para el pago, ampliando a un veinticinco por ciento los haberes del personal de la Armada, no estoy conforme con ella y precisamente he pedido la palabra en contra, en virtud de que opino que la haga extensiva la Comisión también a la tropa y oficialidad de la guarnición de esa misma plaza, porque se encuentran en las mismas condiciones que el personal de la Armada. Por este concepto pido a la Comisión se sirva retirar la partida y hacerla extensiva también a la guarnición que radica actualmente en el Territorio.

El C. Rivera José: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Rivera José: Ya la Comisión iba a hacer una solicitud semejante, pero ésta tiene que ser sobre la partida 6,596 que se refiere al Ejército de tierra, a jefes, oficiales de Estado Mayor, individuos de tropa del Ejército y asimilados que presentan sus servicios en el Territorio de Quintana Roo, partida 6,569.

El C. Secretario Portes Gil: La Comisión solicita permiso para retirar la partida 6,569 a fin de presentarla modificada en la misma forma que la 6,468. En votación económica se consulta si se concede el permiso. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se concede el permiso.

- El Mismo C. Secretario: La Comisión presenta las partidas de que se trata modificadas en la siguiente forma: la 6,468 aumentando en un veinticinco por ciento o sea en un total de cincuenta por ciento los haberes del personal de la Armada comisionados en Quintana Roo, y la partida 6,569

en igual forma o sea aumentando un cincuenta por ciento a los generales, jefes y oficiales del Estado Mayor, individuos de tropa y asimilados que presten sus servicios en el mismo territorio, un aumento de un cincuenta por ciento en total. Asimismo suprime la partida 6,578.

Están a discusión estas modificaciones.

No habiendo ningún orador inscripto, se va a proceder a la votación nominal.

Por la negativa.

El C. Manjarrez: Por la afirmativa.

(Se recogió la votación.)

- El mismo ciudadano diputado: Aprobadas por 124 votos de la afirmativa, contra 2 de la negativa de los CC. Sepúlveda y Urueta.

El C. Saucedo Salvador: Reclamo mi voto por la negativa.

El C. Urueta: ¿Cuántos votos?

El C. Manjarrez: 124 por la afirmativa contra 3 de la negativa de los CC. Sepúlveda, Urueta y Saucedo Salvador.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Rivera José: En vista de que los talleres de Estado Mayor de la Secretaría de Guerra pasaron a formar parte de la imprenta que tiene la Secretaría de Hacienda, hay tres partidos que significan un gasto de $7,683.25, y que se pueden ahorrar, porque este personal sale sobrando según datos fidedignos que tiene la Comisión, datos verdaderamente oficiales y los puestos son: un director, un tenedor de libros y un ayudante del mismo, porque los talleres de la Secretaría de Guerra sólo se redujeron a un taller de fotograbado que tiene un fotograbador, un retocador y un ayudante del mismo. Por tanto, la Comisión suplica a la Asamblea se sirva permitir que suprima estas tres partidas, que es una economía.

El C. Secretario Portes Gil: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede el permiso solicitado por la Comisión para retirar y suprimir las tres partidas a que se ha hecho mención. (Voces: ¡Qué números!) 5,139, 5,140 y 5,141. Los que concedan el permiso se servirán poner de pie. Se concede el permiso. Se suprimen las partidas.

- El mismo C. Secretario: Se consulta a la Asamblea en votación económica si toma en consideración la siguiente adición que propone la Comisión y que dice:

"H. Asamblea:

"La comisión de Presupuestos se permite proponer a Vuestra Soberanía, la aprobación de las siguientes partidas, relativas al Ramo de Guerra y Marina:

"Sección XXXVII.

"Partida 5,461 bis. Sobresueldo de los veintiocho arrendadores que anteceden, cuota diaria, $2.00.

"Partida 5,462 bis. Sobresueldo de los treinta y ocho amansadores que anteceden, cuota diaria, $2,00.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.

- México, diciembre 27 de 1917.- J.T. Reynoso.-Rivera.- Padilla."

(Voces: ¡No, no!)

Está a discusión el dictamen de la Comisión.

No habiendo ningún orador inscripto, se reservan estas partidas para su votación.

- El mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"Atentamente suplico a esta H. Cámara se sirva reconsiderar las partidas número 5,198 y 6,572, por ser, en mi concepto, insuficientes.

"México, 27 de diciembre de 1917.- Juan Manuel Otero."

Se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. (Voces: ¿Qué partidas?) Las partidas 5,198 y 6,572. En votación económica se pregunta si se toma en consideración. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se toma en consideración.

- El mismo C. Secretario: Se procede a la votación de las partidas 5,461 bis 5,462 bis que propone la Comisión. Por la negativa.

El C. Saucedo Salvador: Se procede a la votación nominal. Por la afirmativa.

(Se recogió la votación.)

- El mismo C. Secretario: Aprobadas por 113 votos de la afirmativa contra 11 de la negativa de los CC. Cruz, Figurera, García Salvador, González Galindo, González Justo, López Ignacio, Manzanilla Tejero, Saucedo J. Concepción, Saucedo J. Concepción, Saucedo Salvador, Sepúlveda y Zavala Dionisio.

Queda aprobado el Ramo Sexto, pasando al Ejecutivo para los efectos legales.

El C. Secretario Alonzo Romero: "Comisión de Presupuestos.- Ramo Quinto.

"La Comisión ha estudiado el proyecto del Ejecutivo, relativo al Presupuesto del Ramo Quinto (Secretaría de Hacienda y Crédito Público), y, como en las demás Secretarías, ha querido hacer todas las economías posibles, teniendo en cuenta la situación por que atraviesa el país.

"La Comisión consulta una disminución de diez pesos al sueldo del Secretario de Estado y, en consecuencia, presenta modificada la partida 4,001, con un sueldo de cincuenta pesos para dicho funcionario.

"La partida 4,002 la presenta reformada en treinta y cinco pesos diarios como sueldo para el Subsecretario; asimismo, la partida 4,010 la presenta disminuida a veintiséis pesos.

"La Comisión consulta un aumento a los sueldos de los mozos, a dos pesos, y, en consecuencia, presenta modificadas las partidas marcadas con los números 4,021, 4,119, 4,120, 4,121, 4,155, 4,156, 4,218, 4,237, 4,238, 4,305, 4,442, 4,450, 4,458, 4,459, 4,462, 4,467, 4,474, 4,483, 4,491 y 4,405.

"La Comisión consulta, igualmente, la disminución de los sueldos de los Directores de Ramo, y, en consecuencia, presenta las partidas 4,122, 4,221, 4,243, 4,308 y 4,332 modificadas en el sentido de que queden asignados los emolumentos a dichos Directores en veintiséis pesos.

"La Comisión ha notado una diferencia considerable entre el sueldo del Tesorero General de la Nación con el del Subtesorero; pues mientras al primero se le asigna en el proyecto del Ejecutivo, en la partida 4,158, cuarenta pesos diarios, al Subtesorero se le asignan veintidós; la Comisión consulta un aumento a veintiséis pesos diarios para el sueldo de este último, considerándolo con el sueldo fijado a los Jefes de Departamentos.

"Se consulta una disminución de seis mil pesos a la partida 4,183, que se refiere a la adquisición de muebles, máquinas de escribir y útiles de escritorio para la Tesorería General y, por consiguiente, se presenta modificada dicha partida en diez y ocho mil pesos.

"La partida 4,125 la presenta la Comisión en la siguiente forma: pagadores auxiliares, en las necesidades de la campaña, sesenta mil pesos.

"La Comisión ha estimado que, dada la responsabilidad que tienen los Jefes de Hacienda, por tener éstos a su cargo las oficinas concentradoras de los fondos federales en las diversas zonas de la República, deben estar mejor remunerados para que el personal se seleccione en concordancia con la delicadeza de estos cargos. En este concepto, la Comisión consulta un aumento equitativo para los Jefes y Contadores de las Jefaturas de Hacienda, en la forma siguiente: los Jefes de Hacienda de primera clase, veinte pesos diarios, en lugar de diez y seis pesos cincuenta centavos, que les asignaba el proyecto del Ejecutivo; diez y ocho pesos para los jefes de segunda, en lugar de doce que tenían asignados; quince pesos para los de tercera, en lugar de diez pesos cincuenta centavos, y doce pesos para los de cuarta, en lugar de nueve. El aumento para los Contadores, es: dos pesos más a los Contadores de primera; un peso cincuenta centavos para los de segunda; veinte centavos a los Contadores de tercera, así como a los de cuarta. Se consulta, además, la modificación de que, en lugar de cuatro Jefes de primera clase, sean seis, en virtud de considerarse como de primera clase, las Jefaturas de Hacienda de Jalisco y Nuevo León, que antes eran de segunda, y que, por la importancia de los fondos que manejan y el recargo de labores, justifican este ascenso; por lo mismo, se disminuyen a seis las Jefaturas de segunda, en lugar de ocho, que consultaba el proyecto, y, en consecuencia, quedan reformadas las partidas 4,197, 4,198, 4,199, 4,200, 4,201, 4,202, 4,203, 4,204, 4,205, 4,206, 4,208, 4,209, 4,211, 4,212, 4,213, 4,214, 4,215, 4,216, 4,217 y 4,218, según la forma en que se expresa en el dictamen, a fin de adaptar las Jefaturas de Hacienda a las necesidades del momento. El aumento de sueldos a los Jefes de Hacienda es del todo equitativo, puesto que estas oficinas son las encargadas de concentrar los fondos de las aduanas, principales del Timbre y demás oficinas federales, manejando, por lo mismo, cantidades muy superiores a las de los empleados de las oficinas depositarias, como en el caso en que se encuentra el Jefe de Hacienda de Veracruz que, mientras el Administrador de la Aduana tiene un sueldo de treinta pesos diarios, al Jefe de Hacienda correspondiente se le asignan diez y seis pesos cincuenta centavos. Cree, pues, la Comisión, que el aumento de estos empleados a veinte pesos diarios, es enteramente equitativo; lo mismo puede decirse de los demás Jefes de Hacienda de la República.

"En cuanto a la Dirección General de Aduanas, la Comisión ha estudiado detenidamente la proposición del C. Francisco Múgica, Administrador de la Aduana de Veracruz, en la cual consultaba que se suprimiera la Dirección General de Aduanas, substituyéndola por un Departamento de Aduanas que estuviera incluido en el personal de la propia Secretaría de Hacienda. Manifiesta el señor Múgica que la Dirección fue creada por la Ley de 19 de febrero de 1900; que no existen exigencias del servicio que justificaran esa ley, y, sobre el particular, no está en lo cierto el señor Administrador Múgica, pues basta leer la ley que él cita para encontrar en la exposición de motivos las causas, perfectamente fundadas, que determinaron el establecer esta oficina; se dice en el primero y segundo considerando: "que para la mejor y más eficaz vigilancia de los servicios de la Administración, conviene establecer centros directivos que tengan conocimiento perfecto y oportuno de todas las operaciones practicadas por las oficinas a las cuales están encomendados aquellos servicios. Que esta conveniencia es más notoria respecto de los servicios aduanales, ya se considere su importancia como fuente de recursos fiscales, etc., etc., siendo, por lo mismo, necesario concentrar en una oficina la Dirección e Inspección de las Aduanas de la República, atribuciones que hoy ejercen, separadamente, la Secretaría de Hacienda y la Tesorería General de la Nación," y en el tercero y cuarto considerandos: "que desapareciendo esta división de atribuciones, y concentrándolas en una sola oficina, ésta podrá, con más oportunidad y eficacia, vigilar los intereses fiscales y cuidar del buen servicio de aduanas, así como de la uniformidad de sus procedimientos e inspeccionándolos con frecuencia, etc., etc.,;" "que por el aumento de los asuntos aduanales, a consecuencia del tráfico comercial del país, no es fácil que la Secretaría de Hacienda, sobre la cual pesa gran número de atenciones, conozca inmediata y directamente de todos los pormenores y tramitación económica de los asuntos que se relacionan con el servicio de aduanas, y se hace necesario, por tanto, encomendar estos detalles a otra oficina de dicha Secretaría, etc., etc." He ahí que claramente explica cuáles fueron los móviles que determinaron la fundación de la Dirección de Aduanas. Por otra parte, la idea no era nueva, pues en el año de 1895, ya el Oficial Mayor de la Secretaría de Hacienda, señor Emiliano Bustos, dijo en un informe al entonces Ministro de Hacienda: "Es necesario una Dirección de Aduanas, y se entiende por directivo y administrativo que todas las aduanas revisen sus operaciones y glosa, reglamenten sus servicios, practiquen la visita de los derechos de importación y exportación, y cuando el débito o ingreso de aquellas oficinas formen la cuenta general de los ingresos y egresos, y después de depuradas las cuentas de aquellas oficinas remitan sus cuentas generales ya depuradas y justificadas legalmente para su revisión a la oficina que centralice la contabilidad general del Erario.

"La Comisión ha estimado que no es de tomarse en cuenta tal iniciativa, en virtud de que, dada la organización de nuestro sistema aduanero, las aduanas tienen establecidas sus relaciones con la Dirección General, según los servicios que establece la Ordenanza General de Aduanas; de tal manera, que no se podría suprimir esta Dirección sin trastornar por completo todo el sistema de organización de las Aduanas Marítimas y Fronterizas establecidas por la Ley Orgánica vigente. La Dirección General de Aduanas, por medio de sus diversas secciones, resuelve las consultas que sobre expedientes, clasificaciones arancelarias, reconocimiento de muestras,

etc., etc., le envían las diversas aduanas de la República, reservándose solamente algunas cosas de orden superior, que son acordadas y resueltas por la Secretaría de Hacienda.

"Por todas estas razones, y a fin de no entorpecer la buena marcha de un ramo tan importante, de cuya perfecta organización se esperan los mejores rendimientos en provecho de la Hacienda Pública, la Comisión sostiene la planta de la Dirección General de Aduanas, en la forma consultada por el Ejecutivo, haciendo, únicamente, unas ligeras modificaciones a las partidas 4,237 y 4,238, que se refieren, respectivamente, a siete mozos y tres encuadernadores, para los cuales la Comisión consulta un aumento de cuarenta centavos diarios.

"En la Sección de Aduanas Marítimas y Fronterizas, la Comisión ha hecho las modificaciones pertinentes, en virtud de que se consulta la supresión de la Aduana de Importación de la ciudad de México, por considerarla absolutamente ociosa, ya que solamente fue establecida para favorecer los intereses del comercio de esta capital. La Secretaría de Hacienda ha estado conforme en que se suprima esta oficina a partir del día 1o. de enero del año próximo, y solamente consulta que, durante un trimestre, continúe prestando sus servicios el personal necesario para la liquidación de las operaciones pendientes en esta Aduana, para cuyo efecto se consulta una partida adicional, bajo el número 4,305 bis, de diez mil pesos.

"Por motivos de la supresión de la Aduana de Importación, se suprime del Presupuesto General un Administrador de segunda, un contador de segunda, un oficial de tercera, dos oficiales de quinta, cinco escribientes de primera, ocho escribientes de segunda, tres vistas de segunda, un tesorero de segunda, un alcalde de tercera, un cabo de a pie de primera, ocho celadores de a pie de tercera y cuatro vigilantes, correspondientes, a las partidas 4,244, 4,250, 4,257, 4,259, 4,260, 4,262, 4,263, 4,267, 4,271, 4,276, 4,287, 4,294 y 4,304.

"Las partidas 4,247 y 4,253. las presenta modificadas la Comisión, en virtud de que se omitió en el Proyecto del Ejecutivo, un Administrador de Aduanas de quinta, así como un contador de la misma categoría.

"La partida 4,279 se presenta también modificada, en el sentido de que en lugar de una plaza de comandante de resguardo, sean cinco, que se considerarán en la gendarmería fiscal, para las cuatro, quedando una plaza destinada al jefe de dicho servicio.

"Las partidas 4,298, 4,299, 4,300 y 4,301, se presentan aumentadas, pues en el proyecto del Ejecutivo, tienen asignadas cantidades muy reducidas, en concepto de sueldos, y la Comisión ha deseado equiparar dichos sueldos con los que tienen asignados los mismos empleados en la marina mercante.

"También se consultan pequeños aumentos a los sueldos correspondientes a las partidas 4,302 y 4,303.

"Se consulta un aumento a la partida 4,328, en el sentido de que se les asigne a los inspectores del Timbre dos pesos cincuenta centavos diarios como viáticos, quedando dicha partida con una asignación de cien mil pesos.

"La Comisión consulta un aumento a las partidas 4,532, 4,537 y 4,539, teniendo en cuenta la importancia de la Agencia Financiera de México en Nueva York y la carestía de la vida que se ha dejado sentir en dicha ciudad.

"En el Proyecto del Ejecutivo, los sueldos correspondientes a los empleados de la Agencia Financiera en el Paso, Texas, aparece con una notable desproporción, comparados con los de la Agencia en Nueva York, y, en tal concepto, la comisión, con el fin de equipar los sueldos mencionados, presenta modificadas las partidas 4,542, 4,544, 4,545, y 4,547.

"Con el objeto de hacer disminuir, hasta donde sea posible, las partidas globales que consulta el Ejecutivo, la Comisión propone que la partida 4,549 quede con una asignación de cien mil pesos. Por igual razón, consulta una disminución de veinticinco mil pesos en la partida 4,551, quedando, en consecuencia, con una asignación de setenta y cinco mil pesos.

"Se consulta, igualmente, una disminución de veinticinco mil pesos en la partida 4,563; por lo tanto, la Comisión se permite asignarle la cantidad de veinticinco mil pesos.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 24 de diciembre de 1917.- Rubén Basáñez.- Juan Tirso Reynoso.- José Rivera.- M. M. Prieto."

El C. Urueta: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Urueta: Suplico a la Mesa se aparte la partida relativa al sueldo del Subsecretario de Hacienda.

El C. Presidente: Se hará en su oportunidad.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se va a dar cuenta con las partidas modificadas por la Comisión:

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El C. Aguirre Colorado, interrumpiendo: ¿Cómo puede ser que los bogas de segunda ganen más que los de primera?

- El mismo C Secretario: La comisión me informa que ratifica el sueldo que ganan los bogas de segunda, diciendo que es de $2.20 diarios. (Siguió leyendo.)

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- El C. Presidente, a las 7:15 p.m.: Se levanta la sesión pública, para entrar a secreta.