Legislatura XXVII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19171230 - Número de Diario 96

(L27A2P1oN096F19171230.xml)Núm. Diario:96

ENCABEZADO

MÉXICO, DOMINGO 30 DE DICIEMBRE DE 1917

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PERIODO ORDINARIO XXVII LEGISLATURA TOMO II.- NUMERO 96

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

CELEBRADA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 1917

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior. Se da cuenta con los asuntos en cartera.

2.- Se procede a la elección de la Comisión Permanente que deberá funcionar durante el receso de las Cámaras. Resultado. Declaratoria.

3.- Es introducida al salón una Comisión del Senado que es portadora del proyecto de Ley de Deuda Agraria de los Estados que fue reformada y aprobada en aquella H. Cámara. El Presidente de dicha Comisión pasa a la tribuna a informar. Contesta el ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados. Se suspende la sesión.

4.- Reanudada ésta, se da cuenta con los asuntos en cartera. La Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, hace suyas las modificaciones hechas por el Senado a la Ley de Deuda Agraria de los Estados y son aprobados los artículos 5o. 6o. y 7o. de dicha ley; pasa a la Comisión de Corrección de Estilo.

5.- Iniciativa de la diputación de Sinaloa para que se adicione el Presupuesto de Egresos en el Ramo de fomento con la partida 9,428 bis; la Comisión de presupuestos la hace suya; a la Comisión de Presupuestos. Es aprobado un dictamen de la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales sobre que no es de tomarse en consideración la consulta que hace a la Cámara el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Iniciativa de la diputación de Chiapas para que se adicionen las partidas 8,129 y 9,428 del Presupuesto de Egresos, para obras materiales y establecimiento de una Escuela de Agricultura e Industria en dicho Estado; a la Comisión de Presupuestos.

6.- Proyecto de ley firmado por numerosos ciudadanos diputados sobre reformas a la Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos; a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales e imprímase.

7.- Se concede licencia al C. Márquez Josafat. Se procede a la insaculación de los ciudadanos que deben substituir a los CC. Rocha José Federico y Céspedes Elíseo L., para integrar la 2a. Sección Instructora del Gran Jurado. Es aprobado un dictamen de la Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, sobre una proposición de la Legislatura del Estado de Zacatecas. Dictamen de las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales para que se constituya el Congreso de la Unión en Colegio Electoral a fin de cubrir las vacantes de los Magistrados y Jueces del Distrito Federal y Territorios; se le dispensan los trámites; a discusión; se pone a votación nominal y por falta de quórum se constituye la Cámara en Junta Previa hasta que se complete éste, lo que, efectuado, se reanuda la sesión con el mismo asunto suspendido. La Comisión solicita permiso para retirar el dictamen; no se le concede. La misma pide que se suspenda la discusión; se acepta. La Mesa designa las Comisiones que deberán comunicar al Senado, al ciudadano Presidente de la República y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la clausura del período ordinario de sesiones en su segundo año de ejercicio, de la XXVII Legislatura. Iniciativa de los CC. Manrique Aurelio, Lizalde J. R., Saucedo J. Concepción y Zavala Dionisio, para que adicione la partida 9,515 del Presupuesto de Egresos, Ramo Octavo, aumentado las cantidades de $300.000.00, $100.000.00 y $400.000.0 para obras materiales en los Estados de San Luis Potosí, Zacatecas y Aguascalientes, respectivamente; a la Comisión de Presupuestos.

DEBATE

8.- Elección de los ciudadanos que integrarán la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura y de los miembros que compondrán la Comisión Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda. Resultado. Declaratoria. Se levanta la sesión.

Presidencia del C. SÁENZ AARON

(Asistencia de 177 ciudadanos diputados.)

(Aplausos y campanilla.)

El C. Presidente, a las 10.25 a. m.: Se abre la sesión.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se suplica a los señores diputados se sirvan ocupar sus curules.

- El mismo C. Prosecretario: "Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día veintiocho de diciembre de mil novecientos diez y siete.

"Presidencia del C. Aarón Sáenz.

"En la ciudad de México, a las diez y veinticinco de la mañana del viernes veintiocho de diciembre de mil novecientos diez y siete, con asistencia de ciento veinticuatro ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasó el ciudadano Secretario Aranda, se abrió la sesión.

"El mismo ciudadano Secretario leyó el acta de la sesión celebrada el día veintisiete de los corrientes, la que fue aprobada sin debate, en votación económica, y dio cuenta con un dictamen de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que contiene el proyecto de decreto siguiente:

"Único. Se concede al C. Carlos Serrano, licencia para que sirva de intérprete a la institución de la Cruz Roja Americana y para que pueda portar el uniforme que usan los miembros de dicha institución."

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra, se aprobó por ciento trece votos de la afirmativa contra diez y seis de la negativa de los CC. Aguirre Colorado, Aranda, Basáñez, Cruz José C., García de Alba, García Salvador Gonzalo, Jurado, Manzanilla Tejero, Méndez, Padrés, Peralta, Pereyra Carbonell, Sánchez Tenorio, Saucedo Salvador, Torres José D. y Villarreal Filiberto C.

"Pasa a la Comisión de Estilo en turno.

"En seguida el ciudadano Prosecretario Sánchez Tenorio leyó una incitativa firmada por los CC. Velázquez, Solórzano, Blancarte, Silva Jesús, Pedroza, Ramírez Genaro, Ventura, Plank, Herrera, Treviño, Bello, Mariel y Aguirre Colorado, relativa a que se faculte al Ejecutivo de la Unión para remover a los Jueces y Magistrados del Distrito Federal y Territorios y nombrar provisionalmente a los substitutos, entretanto se expide la Ley Orgánica de Tribunales del Distrito Federal y Territorios.

"Así que fundó esta iniciativa el C. Velázquez, quien contestó dos interpelaciones del C. Rivera Cabrera; que la Secretaría proporcionó un dato que solicitó el C. López Lira, referente a la fecha en que se remitió al Senado el proyecto de ley a que se refiere la iniciativa, y que el C. García Vigil habló en contra de ella, la Asamblea acordó no tomarla en consideración.

"Los CC. Blancarte y Portes Gil usaron de la palabra para rectificar hechos, y el segundo contestó interpelaciones del primero."

La Mesa ordena que se suspenda la lectura del acta hasta que no haya el orden suficiente y es suplica nuevamente a los señores diputados ocupen sus curules. (Campanilla. Desorden. Murmullos.) Si los ciudadanos diputados no hacen silencio, no podré seguir dando lectura al acta, pues tal parece que nos encontramos en un mercado.

"El C. Rueda Magro hizo una aclaración, una moción de orden el C. Sepúlveda, que motivó aclaraciones de la Presidencia, y en seguida pasó a la tribuna el C. Velázquez, para contestar alusiones personales.

"La Secretaría expresó el motivo por el que no se ponía a debate en esta sesión el asunto del Ferrocarril de Tehuantepec, que figuraba en la orden del día, y acto continuo se pasó a considerar el Ramo Quinto del Presupuesto de Egresos, que se refiere a la Secretaría de Hacienda, el que se declaró con lugar a votarlo en lo general por ciento treinta y dos votos de la afirmativa contra uno de la negativa del C. Manzanilla Tejero.

"Después de que el C. Padilla, miembro de la Comisión de Presupuestos, respondió una interpelación del C. Cepeda Medrano, y de que la Secretaría hizo una aclaración contestando una pregunta del C. Peñafiel, el ciudadano Presidente manifestó que por varios ciudadanos diputados y por la Comisión, se habían separado las partidas siguientes: 4,001, 4,183, a 4,186; 4,192, 4,195 a 4,201; 4,220, 4,224, 4,306, 4,307, 4,366, 4,367, 4,492, a 4,496; 4,549 a 4,551; 4,555, 4,564 y 4,565 a excepción de las cuales se aprobó el Ramo Quinto por ciento veinticinco votos de la afirmativa contra uno de la negativa del C. Manzanilla Tejero.

"A discusión la partida 4,001, por no estar presente el C. Urueta, quien la objetó, se reservó para su votación.

"Respecto a las partidas 4,183 a 4,186, hablaron en contra los CC. Zapata y González Jesús M., y en pro el C. Reynoso, miembro de la comisión

"Con motivo de una moción de orden del C. García de Alba, y por ser visible la falta de quórum, se levantó la sesión a las doce y cuarenta y se reanudó a las cuatro y veintitrés de la tarde, con asistencia de ciento veinticuatro ciudadanos diputados, según aparece en la lista que pasó el C. Peralta.

"La Secretaría dio cuenta con los documentos siguientes:

"Oficio de la Secretaría de Hacienda, con el que se remite el Presupuesto de Ingresos de Comondú y los de Egresos del mismo Ayuntamiento y el de El Triunfo, enviados a dicha Secretaría por el Gobierno del Distrito Sur de la Baja California.- Recibo y a la Comisión de Presupuestos.

"Esquela en que se participa el fallecimiento del C. Tomás Morán, diputado a la Legislatura del Estado de Jalisco.- De enterado con sentimiento.

"Solicitud del ciudadano diputado Luna Enríquez, a fin de que se amplíe por dos meses, sin goce de dietas, la licencia que venía disfrutando.

"Con dispensa de trámites se aprobó sin debate en votación económica.

"Solicitudes de los ciudadanos Izquierdo y Gómez S. Emiliano, con objeto de que se les substituya como miembros de la 2a. Sección Instructora del Gran Jurado, por tener que ausentarse de esta capital durante el receso.

"Se sorteó a los substitutos de entre los ciudadanos que permanecen insaculados en dicha Sección 2a. Instructora del Gran Jurado, y la suerte designó al C. Ruiz Juan A. para cubrir la vacante del C. Izquierdo, y al C. Rocha José Federico en lugar del C. Gómez S. Emiliano.

"Escrito del ciudadano diputado Hay, en que participa que se ausentará durante el receso, a fin de que se elija a la persona que cubra su puesto en la Comisión Inspectora.- Procédase a la elección en su oportunidad.

"Dictamen de las Comisiones unidas de Justicia y 2a. de Puntos Constitucionales, que propone se agregue el memorial en que el Ejecutivo expuso las razones que tuvo para retirar su iniciativa sobre

suspensión de garantías, al expediente formado con tal motivo, y que el mismo se remita al archivo.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra, se aprobó en votación económica.

"Dictamen de las Comisiones unidad, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra, formulado con motivo del proyecto de ley que devolvió el Senado, referente a la autorización al ciudadano Gobernador del Estado de Hidalgo para organizar fuerzas de seguridad en el mismo, y en cuyo dictamen se aceptan las modificaciones que hizo la Cámara colegisladora en el artículo 1º.

"Como nada más fue modificado el artículo 1º., se recogió una sola votación nominal para resolver sobre los dos de que consta este proyecto, el que resultó aprobado por ciento treinta y cuatro votos de la afirmativa contra seis de la negativa de los CC. Céspedes, Cruz José C., González Justo, Ibarra, López Lira y Saucedo Salvador.

"Pasó a la Comisión de Estilo en turno.

"Dictamen de las Comisiones unidas, 2a. de Hacienda, 2a. de Justicia y 2a. de Puntos Constitucionales, que consulta un proyecto de ley relativo a la iniciativa del C. Villarreal Filiberto C., que se refiere al pago de rentas de casas,- Primera lectura, e imprímase.

"El C. Villarreal Filiberto C. solicitó dispensa de trámites con objeto de que se discutiera desde luego este proyecto de ley, a lo que se opuso el C. Padilla; después de aclaraciones de la Presidencia, originadas por interpelación de dicho C. Villarreal, la Asamblea acordó en votación económica, según recuento de votos que llevaron a cabo los CC. Villarreal Filiberto C., Saucedo Salvador, Méndez y Zapata, no dispensar los trámites, por loa que subsistió el trámite de la Mesa.

"Proposición del C. Vadillo para que se adicione al Ramo de Presupuesto de Egresos, relativo a la Secretaría de Fomento, una partida destinada a pagar los miembros de la Comisión Nacional Agraria.- A la Comisión de Presupuestos.

"Minuta de la 2a. Comisión de Corrección de Estilo, que se refiere al proyecto de ley por el que se concede permiso al C. Carlos Serrano para servir de intérprete en la Cruz Roja Americana y usar el uniforme de los miembros de esa institución.

"Sin debate se aprobó y se hizo la declaración de que pasaba el Ejecutivo.

"Dictamen de las Comisiones unidad, 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Guerra.

"Una vez que la Secretaría hizo la aclaración de que este proyecto de ley estaba de acuerdo con la modificación que le hizo la Cámara de Senadores, limitando el número de fuerzas a mil quinientos hombres, se procedió a la votación nominal respectiva, y de ella resultó aprobado por ciento treinta y nueve votos de la afirmativa contra ocho de la negativa de los CC. Bandera y Mata, Céspedes, Cruz José C., Figueroa, García Vigil, González Justo, López Lira y Saucedo Salvador.

"Pasa a la Comisión de Estilo en turno.

"Minuta de la 2a. Comisión de Corrección de Estilo relativa al proyecto de ley por el que se autoriza al ciudadano Gobernador del Estado de Hidalgo para organizar fuerzas de seguridad en el mismo.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra, la Asamblea le otorgó su aprobación y pasó al Ejecutivo.

"Acto continuo se pasó a considerar las partidas objetadas del Ramo Quinto del proyecto de Presupuesto de Egresos, y se fueron reservando para su votación, con el debate que se indica, las partidas de que en seguida se hace mérito.

"Respecto de las partidas 4,183 a 86, que se discutieron en la mañana, se consideró agotado el debate.

"El C. del Castillo atacó las partidas 4,192, 4,195 y 4,196, así que contestó a dos interpelaciones suyas el C. Padilla, miembro de la Comisión de Presupuestos.

"La misma presentó modificadas las partidas 4,197 a 201, respecto a las cuales nadie usó de la palabra.

"El C. Zapata retiró su objeción sobre la partida 4,220, y el C. Cepeda Medrano habló en contra, dos veces, de la 4,244, la que apoyó el C. Padilla.

"Acerca de las partidas 4,306 y 4,307 renunció a hablar en contra el C. del Castillo, y el C. Reynoso, a moción del C. Blancarte, informó respecto de ellas.

"También prescindió el C. del Castillo de atacar las partidas 4,366 y 4,367.

"Las partidas 4,492 a 96 fueron impugnadas por el C. Siurob, del que contestó interpelaciones el C. Reynoso, quien habló en pro. Luego hicieron aclaraciones los CC. Padilla y Siurob.

"Con relación alas partidas 4,549, 4,564 y 4,565, el C. Reynoso contestó dos interpelaciones del C. del Castillo.

"Los CC. Zapata y Siurob refutaron las partidas 4,550, 4,551 y 4,555, acerca de las cuales habló en pro el C. Padilla.

"La Presidencia manifestó que se iban a votar las partidas reservadas 4,001, 4,183, a 4,186; 4,192, 4,195 a 4,201; 4,220, 4,244, 4,306, 4,307, 4,366, 4,367, 4,492 a 4,496; 4,549 a 4,551; 4,555, 4,564 y 4,565.

"A solicitud de los CC. Cepeda Medrano, Zapata y González Jesús M., se separaron para votarlas aparte las partidas 4,183, 4,244, 4,550, 4,555 y 4,565.

"La Comisión presentó las partidas adicionales 4,571 bis, que representa la cantidad de $120,000.00 para doscientas pensiones a los alumnos de la Escuela Normal de Profesores, a seiscientos pesos anuales cada uno, y 4,572 bis, que establece la cantidad de $1.800,000.00 para sobresueldos a los maestros del Distrito Federal, de acuerdo con la tarifa que en la misma partida se menciona.

"Nadie hizo uso de la palabra sobre estas partidas adicionales, las que se resolvió fueran votadas al mismo tiempo que todas las que se apartaron, con excepción, como se ha dicho, de las señaladas por los CC. Cepeda Medrano, Zapata y González Jesús M. para las que pidieron votación aparte.

"Por ciento siete votos de la afirmativa contra diez y ocho de la negativa, de los CC. Arellano, Carrillo Eduardo S., Cisneros, Cruz José C., Figueroa, García Salvador Gonzalo, González Justo, Manrique, Manzanilla Tejero, Pardo, Ramírez Garrido, Rivas Mariano, Ruiz Estrada, Sánchez Tenorio, Saucedo J. Concepción, Saucedo Salvador, Siurob y Vadillo, se aprobaron las partidas 4,001, 4,184 a

4,186; 4,192, 4,195 a 4,201; 4,220, 4,306, 4,307, 4,366, 4,367, 4,492 a 4,496; 4,549, 4,551, 4,564, 4,571 bis y 4,572 bis.

"Las partidas 4,183, 4,244, 4,550, 4,555 y 4,565, resultaron aprobadas por ochenta y un votos de la afirmativa contra cincuenta y uno de la negativa.

"Se declaró que quedaba aprobado el Ramo Quinto del proyecto de Presupuesto de Egresos y que pasaba al Ejecutivo para los efectos consiguientes.

"Se designó a los CC. Hay, Padrés, Gómez Mauricio, Cisneros, Lanz Galera y Secretario Portes Gil para felicitar el día 29 de los corrientes al ciudadano Presidente de la República, con motivo de su onomástico.

"A las siete y cincuenta de la noche se cerró la sesión."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien desee hacer uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada el acta.

El C. Secretario Alonzo Romero: "2a. Comisión de Corrección de Estilo.

"Minuta.

"Proyecto de ley:

"Artículo único. Se autoriza al ciudadano Gobernador del Estado de Puebla para organizar y sostener, con cargo a su Presupuesto de Egresos y mientras se organizan las Guardias Nacionales que previene la Constitución General, un cuerpo de fuerzas de seguridad pública, con el carácter de permanente, las cuales estarán sujetas a la Ordenanza General del Ejército y tendrán la organización que, conforme a la Ley Orgánica en vigor deba dárseles, pudiendo constar hasta de mil quinientos hombres.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 29 de diciembre de 1917.- Elíseo Céspedes.- A. Manrique."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales. (Murmullos y desorden.)

- El mismo C. Secretario: Se suplica a los señores diputados se sirvan prestar atención a este asunto importantísimo:

"Ciudadanos Presidente y diputados:

"Iniciativa de ley y decreto:

"Artículo 1º. Con la aprobación de la H. Cámara de Diputados, con la correspondiente de todos los representantes aquí presentes, se autoriza a la Secretaría de Fomento para que, a la mayor brevedad posible, se instale y se construya en la ciudad de Tacámbaro una buena Escuela Rural Agrícola, con personal competente.

"Artículo 2º. El terreno que se necesita para la mencionada Escuela, que pido se llame "Collados," debe ser expropiado por utilidad pública, aunque tengo la seguridad que cualquiera que sea el propietario, lo cederá con gusto.

"Artículo 3º. Autorizado por la representación del 8º. distrito electoral de Michoacán de Ocampo, os doy mis parabienes sinceros de todos mis comitentes.

"Constitución y Reformas.- México, D. F., diciembre 27 de 1917.- El diputado e ingeniero, Salvador González Torres."

"A los muy dignos y honorables Secretarios de la Cámara.- Presente."

(Risas y voces: ¡Ah, ah!)

El C. Méndez: Moción de orden, señor Presidente. Para preguntar a la Mesa si está en la orden del día esa iniciativa.

El C. Presidente: Es una iniciativa de un ciudadano diputado. La Mesa da cuenta con ella y va a quedar de primera lectura.

El C. Secretario Alonzo Romero: Queda de primera lectura. (Voces: ¡Que la funde! ¡a votar, a votar!)

El C. Secretario Alonzo Romero: "Ciudadanos Presidente y diputados......" Señores: La Secretaría suplica a ustedes muy atentamente no la fatiguen. (Risas.) Para poder vencer esta algazara, necesita elevar su voz a unos cinco mil metros.

"Al Congreso Constituyente tuve el alto honor de presentar una iniciativa de índole feminista, pues lo soy de corazón; no pude sostenerla, fundarla y desarrollar el hermoso y útil tema, porque tuve que venir violentamente a esta capital por un caso grave de familia; por lo tanto, la iniciativa durmió el sueño de los justos, y ahora tengo el gusto de resucitarla, como Cristo a don Lázaro, para que se discuta por la XXVII Legislatura del primer Congreso Constitucional, y que vuestra honorabilidad, con talento, buena fe y entusiasmo, dé una resolución favorable para la reivindicación de nuestras sufridas y virtuosas mujeres, tan patriotas como nosotros mismos, abnegadas y guerreras y valientes como Juana de Arco, como nuestra muy amada Corregidora de la histórica Querétaro; como las tres guerrilleras de más fama, pues hubo varias en nuestra Revolución Constitucionalista, así como también la viuda del glorioso coronel don Pedro Gómez. ¿Por qué, pues, si han sido tan heroicas como muchos hombres, no van a ser capaces de votar y de ser votadas? ¿Por qué, si son instruidas y tienen talento, y conocen, y entienden, y aceptan con cariño y patriotismo nuestra nueva Carta Magna, por qué no les hemos de conceder el derecho de ciudadanía?" (Interrumpiendo la lectura): Si los señores diputados no se sirven guardar silencio, la Secretaría tendrá la pena de no seguir leyendo. (Risas y aplausos.)

"Yo os aseguro que serán aptas, y para que esto sea un hecho, propongo respetuosamente se les concedan todos los derechos del ciudadano hasta 1921, en conmemoración de la fecha gloriosa y de grandes recuerdos, cuando se consumó nuestra emancipación de España, quedando independientes, libres y soberanos. Para entonces, para ese gloriosísimo centenario, os aseguro un éxito colosal para bien y progreso de nuestra gloriosa y bendita Patria.

"INICIATIVA DE LEY.- DECRETO:

"Artículo 1º. Las señoras y señoritas mayores de edad, que sepan leer y escribir y hayan cursado

la instrucción primaria y superior con éxito, podrán votar y ser votadas en las elecciones y para cualquier cargo, adquiriendo estos derechos inalienables el 16 de septiembre de 1921, para que tengan tiempo de prepararse y conocer la ciudadanía.

"Artículo 2º. Serán incluidas y consideradas como ciudadanas, para lo que es necesario reformar e innovar nuestra flamante Constitución de 16-17.

"Artículo 3º. Las señoras y señoritas mayores de edad tendrán la obligación de votar y ser votadas. Los hombres tienen la ineludible obligación y el derecho de votar por las señoras y señoritas en las condiciones ya dichas y ellas también por los candidatos.

"Artículo 4º. Pedimos la dispensa de trámites en lo absoluto, por la premura del tiempo y ser de obvia y urgente resolución."

"Constitución y Reformas.- México, D. F., diciembre 26 de 1917.- El ingeniero y diputado por el 8o. distrito de Michoacán de Ocampo, Salvador González Torres."

"A los muy dignos e inteligentes ciudadanos Secretarios de la Cámara de Diputados.- Presente."- Primera lectura.

- El mismo C. Secretario: En virtud de la algazara que esta H. Asamblea ha provocado, la Mesa ha tomado la determinación de que se lleve a cabo desde luego la elección y después se seguirá leyendo la cartera. (Aplausos y voces: ¡Bravo, bravo! ¡A votar!)

El C. Presidente: La mesa suplica a los ciudadano diputados se sirvan oír lo que la Secretaría va a leer, a propósito de la votación.

El C. Secretario Portes Gil: El artículo 148 del Reglamento, dice así:

"Las votaciones para elegir personas, se harán por cédulas, que se entregarán al Presidente de la Cámara, y éste las depositará, sin leerlas, en una ánfora que, al efecto, se colocará en la mesa."

Se manifiesta, igualmente, a los ciudadanos diputados, que se van a anotar en la lista los nombres de todos aquellos que venga a depositar su voto, en la inteligencia de que, como recordará esta Asamblea, una vez que vote el Presidente, no se admitirá un voto más. (Aplausos.) Además, se suplica a los señores diputados se sirvan entregar a la Presidencia las cédulas respectivas.

El C. Cepeda Medrano: Estoy comisionado por el bloque "Liberal Reformista," para que se sirva usted permitirme pasar a la Mesa con objeto de presenciar la elección.

El C. Presidente: La mesa está dispuesta a permitir que presencien la elección todos los ciudadanos diputados que gusten.

El C. Secretario Portes Gil: Se procede a la votación.

El C. Alonzo Romero: Pido la palabra, señor Presidente. Yo, como Secretario, protesto enérgicamente contra esa solicitud, porque si se me tiene desconfianza, no voy a recoger la votación. ¡Nadie es más honorable que yo! (Voces: ¡Es reglamentario!)

El C. Secretario Portes Gil: La Mesa informa que es la primera en tener confianza de su honorabilidad y de estar convencida de ella; pero también manifiesta que, por virtud de haber distintos bloques en la Cámara, cada uno de los bloques puede pasar a cerciorarse de sus actos, en la inteligencia de que, confía que esto no será desconfianza, sino para tener mayor seguridad, y la misma Mesa demostrar que obra con completa imparcialidad.

Se procede a la votación. (Voces: ¿Qué se va a votar?)

El C. Presidente: Se procede a la votación de los ciudadanos diputados que deben formar parte de la Comisión Permanente. La Mesa suplica nuevamente a los señores diputados se sirvan ocupar sus curules; de lo contrario, tendrá que suspender la elección hasta que guarden la compostura debida.

(Empieza a recogerse la votación.)

El C. Presidente, durante ella: Se suplica a los ciudadanos diputados se sirvan abstenerse de hacer manifestaciones.

(Continúa la votación.)

El C. Secretario Portes Gil: Falta por votar el C. Zubaran, que figura en último término de la lista, y de acuerdo con lo que de antemano se ha prevenido, una vez que él vote, se declarará cerrada la votación. Por lo tanto, se invita a los ciudadanos diputados que aún no han votado, pasen a depositar sus cédulas, pues de lo contrario no les serán admitidas.

(El C. Sepúlveda sube a la Mesa a depositar su cédula. Gritos: ¡No debe admitirse ese voto! ¡Sí, sí! Desorden.)

El C Presidente: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados se sirvan guardar silencio, para consultar si es de admitirse este voto, como procede, según lo antes acordado, en la inteligencia de que el C. Zubaran no ha depositado su voto todavía (Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí! Gritos. Campanilla.) Señores, con gritos no hemos de llegar a ningún acuerdo.

El C. Secretario Portes Gil: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados se sirvan ocupar sus curules. (Voces: ¡Que vote Zubaran! Gritos, desorden.)

- El Presidente: De nuevo se suplica a los ciudadanos diputados se sirvan ocupar sus asientos y guardar compostura.

El C. Cantú: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: No puedo concederle la palabra a Su Señoría hasta que no se siente y guarde orden, juntamente con los demás.

(El C. Zubaran depositó su voto.)

El C. Secretario Portes Gil: Se declara cerrada la votación.

(El C. Rivera Cabrera subió a depositar su cédula. Voces: ¡No, no, no se admite ese voto!)

- El mismo C. Secretario: La Mesa oportunamente llamó a todos los señores diputados para que votaran, advirtiéndose que , una vez que depositara su cédula el último de la lista, no se admitiría ya ningún otro voto; en consecuencia, la Mesa no admite el voto del C. Rivera Cabrera. (Aplausos, siseos, desorden.)

El C. Aguirre Colorado: Pido la palabra para una moción de orden. (Gritos, desorden.)

El C. Presidente: La Mesa no está dispuesta a

continuar la sesión, si los señores diputados no guardan silencio y compostura. (Campanilla.) La Mesa manifiesta nuevamente a los ciudadanos diputados que, de no ocupar sus curules, levantará la sesión.

El C. Hay: Pido la palabra para una interpelación a la Mesa.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Deseo saber el procedimiento que se va a seguir..... (Gritos.) Si se va a continuar en medio de este desorden..... (Confusión.)

El C. Presidente: La Mesa no tiene la culpa de que los ciudadanos diputados no se pongan a la altura de su deber. (Aplausos.)

El C. Rivera Cabrera: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: mientras los Ciudadanos diputados permanezcan parados y no se guarde orden, la mesa no seguirá la sesión

El C. Rivera Cabrera: Yo estoy parado, por que estoy pidiendo la palabra.

El C. Presidente: Suplico al C. Rivera Cabrera que espere un momento a que se restablezca el orden. (Campanilla.)

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: En mi derecho de diputado en ejercicio, yo protesto enérgicamente por la omisión que se quiere hacer de mi voto, porque ni la Mesa, ni toda la Asamblea, pueden arrebatarme la potestad que tengo como diputado para emitirlo; por lo tanto, pido que se considere mi voto....(Gritos: ¡No, no!), o que, de lo contrario, me explique la Mesa en qué fundamento se apoya para desechar mi voto. Ni el acuerdo económico que ha dado el Presidente, ni nada, es bastante poderoso para arrebatare ese derecho; por lo tanto, exijo que se tenga en cuenta mi voto.

El C. Márquez Josafat: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: Se manifiesta al C. Rivera Cabrera que oportunamente la Mesa hizo del conocimiento de la Asamblea que se iba a llamar a los ciudadanos diputados por orden de lista, suplicándoles se sirvieran depositar oportunamente sus votos; y que la Secretaría, antes de proceder a recoger el voto del último ciudadano diputado que figura en la lista, del C. Zubaran, llamó reiteradamente a los ciudadanos diputados que no hubiesen votado. En virtud de no haberse presentado oportunamente el C. Rivera Cabrera, y de acuerdo con la moción presentada anteriormente, la Mesa declaró cerrada la votación, después de recoger el voto del C. Zubaran. La Mesa reconoce que los CC. Rivera Cabrera y Sepúlveda tienen derecho de hacer valer sus votos; pero no quiere ser ella la que decida, sino la Asamblea, para lo cual apela a su decisión.

El C. Rivera Cabrera: Yo no pongo en duda las aseveraciones del ciudadano Presidente; pero lo que yo digo es que ni la Mesa, ni un acuerdo de la Asamblea, pueden arrebatarme el derecho que tengo para votar. Este es un asunto que no debe someterse a la consideración de la Asamblea, sino que, conforme a la ley, debe respetárseme ese derecho. En consecuencia, debe tomarse en consideración mi voto.

El C. Presidente: Señores diputados: La mesa debe llamar la atención al C. Rivera Cabrera, sobre su manera irrespetuosa para la misma. Cuando un diputado no está presente, pierde su derecho para votar..... (voces: ¡Sí estaba presente!), el C. Rivera Cabrera no estaba presente a la hora de la votación, antes de declararse cerrada; no representó debidamente a su Distrito en esta votación, y ya no tiene derecho a votar.

El C. Rivera Cabrera: Señores diputados.....

El C. Presidente: No se le ha concedido la palabra Su Señoría..... (Desorden.)

El C. Rivera Cabrera: Estoy en el uso de la palabra, pero la pido nuevamente.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ancona Albertos: Respetuosamente manifiesto a la Mesa que me parece su procedimiento irregular y atentatorio. Las votaciones no serán cerradas sin que se haga previamente la declaratoria, y hay un artículo reglamentario que previene que ningún diputado debe dejar de depositar su voto. (Aplausos.)

El C. Presidente: Señores diputados: La Mesa va a apelar al superior acuerdo de la Asamblea para que se resuelva este asunto, suplicando a cada uno de los ciudadanos diputados se sirvan guardar serenidad y la compostura debidas, para emitir libremente su voto y a fin de que la Asamblea sea la que decida sobre el particular.

El C. Alonzo Romero: ¡Moción de orden! Antes de que se proceda a preguntar a la Asamblea si toma en consideración el voto del C. Rivera Cabrera, hago constar que el C. Sepúlveda no ha votado y que, por lo tanto, debe preguntarse también si se acepta su voto.

El C. Blancarte: Pido la palabra.

El C. Figueroa: Pido la palabra para una aclaración.

El C. González Jesús M.: El señor Blancarte ha pedido ya la palabra primeramente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Blancarte.

El C. Blancarte: El Reglamento prescribe que las votaciones se terminen una vez una que la Presidencia las declare cerradas. El C. Ancona Albertos ha tocado este punto del Reglamento. La Presidencia manifestó, por conducto de la Secretaría, que, con el voto del C. Zubaran, quedaría terminada la votación.

El C. García Vigil: Pido la palabra.

El C. Figueroa: Vuelvo a pedir la palabra.

El C. Treviño: Con objeto de poner fin a esta discusión, apelo a la honorabilidad de la Secretaría para que diga si declaró o no cerrada la votación.

El C. Secretario Portes Gil: La Secretaría....

El C. Figueroa: Yo también deseo que se haga la aclaración que ha indicado el C. Treviño.

El C. del Castillo Porfirio: Pido que se lea el artículo 142 del Reglamento, que se pretende violar. Me permito suplicar a la Mesa, con toda atención, se sirva decir si el ciudadano presidente y los Secretarios, ya emitieron su voto. (Voces: ¡Ya, ya!)

(El ciudadano Prosecretario Limón iba a principiar la lectura del artículo 142. Voces: ¡No es aplicable!)

El C. Secretario Portes Gil: Se hace notar al ciudadano diputado del Castillo que, en virtud de que la votación se hizo de acuerdo con la lista, la

Mesa votó al tocarle su turno; en consecuencia, no queda ningún miembro de la Mesa sin votar.

El C. Figueroa: ¡Moción de orden!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Figueroa: El ciudadano Secretario Portes Gil, antes de cerrar la votación, llamó a los ciudadanos diputados que no habían votado, y el C. Sepúlveda fue uno de los que vinieron a ese llamado. ¿Por qué razón no se ha considerado el voto del C. Sepúlveda antes de que el C. Zubaran depositara el suyo?

El C. Presidente: La Mesa declara que, efectivamente, antes de que el C. Zubaran depositara su voto, el C. Sepúlveda pidió depositarlo, no habiéndosele permitido, en vista de la actitud amenazante de algunos ciudadanos diputados que pedían que no se admitiera ese voto.

El C. Ancona Albertos: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Ancona Albertos: Señores diputados: Quiero apelar al espíritu recto de un diputado de las derechas que conocen muy bien el Reglamento, para que dé su opinión en este asunto; me refiero al señor diputado Mauricio Gómez.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Mauricio Gómez.

El C. Gómez: Señores diputados: El actual Reglamento no previene de una manera terminante estos casos; en el nuevo, presentado por la Comisión de la que tuve el honor de formar parte, sí se previenen; pero ahora ha sido costumbre, desde las últimas sesiones a la fecha, para evitar ciertos trastornos y escándalos que trae consigo el desacuerdo en la emisión de votos correspondientes a los ciudadanos diputados que no estén presentes, consultar la decisión de la Asamblea. El Reglamento actual, repito, no dice nada a este respecto.

El C. Rivera Cabrera: Ruego atentamente al honorable monitor que está en la tribuna, diga si ese hábito establecido últimamente por la Cámara destruye fundamentalmente el derecho que tengo para que se acepte como bueno mi voto.

El C. Cravioto: Pido la palabra.

El C. Gómez: Señor licenciado Rivera Cabrera: No soy doctor de leyes y, por lo tanto, no puedo contestar a su excelencia. Sólo considero que la Cámara es soberana en sus decisiones; y habiendo tomado ya un acuerdo sobre el particular, creo que ha hecho bien en hacerlo. En mi opinión, sincera y franca en este momento, es que estuvo oportuno el ciudadano Sepúlveda para emitir su voto, pero no así el C. Rivera Cabrera. (Voces: ¡Muy bien! Aplausos.)

El C. García Vigil: ¡Aceptado!

El C. Secretario Portes Gil: La Mesa somete a la consideración de la Asamblea si admite el voto del C. Sepúlveda y desecha el del C. Rivera Cabrera. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aceptado.

El C. Presidente: La Mesa suplica al C. Sepúlveda pase a emitir su voto. (Lo emitió.)

El C. Rivera Cabrera: ¡Reclamo el trámite! (Voces: ¡No es trámite!)

El C. Presidente: La Mesa manifiesta al C. Rivera Cabrera que la oportunidad de hacer su protesta en la forma que la ha hecho ya pasó, por haberse sometido a la decisión de la Asamblea si aceptaba o no su voto, habiendo resuelto negativamente.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra. (Voces: ¡No, no!)

- El Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: Yo siento profundamente que en estos momentos una gran mayoría de la Cámara venga a sentar este precedente para que se arrebate a un diputado el derecho que tiene para emitir su voto. (Gritos. Voces: ¡Bájate!) No quiero bajarme sin protestar enérgicamente por los atropellos hechos a un diputado, privándole de votar. (Gritos.)

El C. Prosecretario de la Barrera: La Presidencia tiene derecho, apoyada en un artículo del Reglamento, para que cuando la Asamblea esté en desorden pueda levantar la sesión. No vamos a poder trabajar en el desorden en que estamos. Suplico a Su Señoría sea más enérgico, para que la Asamblea observe la compostura debida.

El C. Presidente: La Mesa ha suplicado repetidas veces a los ciudadanos diputados, pero como en esta Asamblea todo se hace cuestión de política, no ha querido levantar la sesión para que mañana no vayan a decir algunos ciudadanos diputados que fue por espíritu de partido. (Aplausos.)

El C. Secretario Portes Gil: Se procede al recuento de los votos.

El C. Sepúlveda: Pido la palabra para una aclaración. (Voces: ¡No, ya no!)

El C. Secretario Portes Gil: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados se sirvan guardar el orden debido, en virtud de que se va a proceder al recuento de votos.

El C. García de Alba: ¡Moción de orden! (Voces: ¡Estamos en votación!) Pido que se lea el artículo 149 del Reglamento, que es relativo a la votación.

El C. Prosecretario de la Barrera: "Artículo 149. Concluida la votación, uno de los Secretarios sacará las cédulas una después de otra, y las leerá en alta voz, para que otro Secretario anote las nombres de las personas que en ellas aparecieren y el número de votos que cada una le tocare. Leída la cédula, se pasará a manos del Presidente y los demás Secretarios, para que les conste el contenido de ella y puedan reclamar cualquiera equivocación que se advierta. Finalmente, se hará la regulación de votos y se publicará la votación.

El C. Presidente: La Mesa suplica al C. García de Alba se sirva decir por qué ha pedido la lectura de ese artículo, si ha habido violación de parte de la Mesa o por qué motivo.

El C. García de Alba: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García de Alba: Ninguna de las votaciones por cédulas que se han verificado en la Cámara durante este tiempo, han sido conforme al Reglamento. Hay dos ánforas y debe computarse cada una de ellas por separado, sacando un Secretario las cédulas y leyéndolas en voz alta para que otro Secretario anote los nombres y pasándolas al Presidente y demás Secretarios para que les conste el contenido de ellas y puedan reclamar cualquiera equivocación. Pido que no se computen las dos ánforas a la vez como se ha hecho en las sesiones pasadas. (Voces de las izquierdas: ¡Ni así ganan!)

El C. Urueta: ¡Que se le dé gusto a ese hombre célebre!

El C. Hay: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Deseo que la Mesa declare de antemano si en el caso de que alguno de los candidatos no tenga mayoría absoluta, toda la votación se declarará nula o solamente la de aquellos candidatos que no obtuvieren la mayoría. Esto es perfectamente claro; pero cuando no se arreglan las cosas de antemano, compañeros diputados, después surge toda clase de dificultades.

El C. Presidente: Creo interpretar el sentir de la Asamblea, manifestando que en caso de que algunos diputados no tengan mayoría absoluta, la votación se repetirá sólo entre los que no la hayan obtenido. (Voces: ¡Bien! Aplausos.)

(Se empezó a hacer el cómputo de las cédulas.)

El C. Cravioto, interrumpiendo: Pido la palabra para una proposición.

(El ciudadano Secretario Portes Gil continúa leyendo las cédulas.)

El C. Cravioto, interrumpiendo: Para hacer una proposición que ahorra tiempo.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Cravioto. (Voces: ¡Estamos en votación! Murmullos.)

El C. Villarreal: Moción de orden.

El C. Cravioto: Voy a hacer una proposición práctica que garantiza los intereses de todos los bloques y al mismo tiempo salva el tiempo de la Asamblea. (Voces: ¡Está bueno!) Yo he seguido la votación con el reloj en la mano, y se tarda poco más o menos en la forma en que se está haciendo el registro, un minuto diez segundos por cada cédula. Hay doscientos votos; quiere decir que sólo en este registro se van a ir tres horas. Yo iba a proponer esto: la mayoría de las cédulas corresponden a dos votaciones: las cédulas verde y las cédulas blanca y roja. Que la Secretaría nada más tuviera cuidado de las cédulas independientes. Hay representantes de los dos bloques en la Mesa; así es que están defendidos los intereses de las dos candidaturas. Basta que se enumere el primer nombre de cada cédula, de la roja o de la verde, para hacer el registro y la Secretaría leer nada más las cédulas independientes. (Voces: ¡Hay blancas de las dos!) Bueno, por eso en esa forma se pueden ahorrar cuando menos dos horas. (Voces: ¡Está bueno!)

El C. Presidente: La Mesa consulta a la Asamblea...

El C. Hay, interrumpiendo: Para una moción de orden.

El C. Presidente: Para una moción de orden tiene la palabra el C. Hay.

El C. Hay: Antes de que se decida esta proposición, que me parece muy oportuna en el fondo, es conveniente llamar la atención sobre algunos detalles: primero, que las dos agrupaciones políticas que están aquí representadas, o los dos bloques políticos, tienen cédulas blancas. Por lo tanto, sería preciso que la Secretaría dijera alguna otra denominación, por ejemplo, izquierdas y derechas, porque el color no es suficiente para distinguir de los demás; que se haga únicamente con las cédulas, que no tengan ningún nombre modificado, y que cualquier cédula, por el sólo hecho de tener algún nombre cambiado, deberá leerse íntegra.

El C. Secretario Portes Gil: En ese sentido ha interpretado la Mesa la proposición del C. Cravioto, tanto más cuanto que aquí hay representantes de todos los bloques, y ellos harán las observaciones cuando se le pase a la Secretaría hacerlo. En votación económica se pregunta si se acepta la proposición. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

El C. Secretario Portes Gil: Radical Reformista. (Leyó.) (Voces: Más aprisa, más aprisa!) No se puede ir tan de prisa, en virtud de que el ciudadano diputado Aranda está anotando a cada nombre una raya para saber quiénes tienen mayoría absoluta y quiénes no.

El C. Hay: Señor Presidente: Sugiero que se llamen "izquierdas" o "derechas" para mayor claridad.

(Continúa y termina el cómputo.)

El C. Presidente: La Mesa suplica a los ciudadanos diputados, que, después de que conozcan el resultado de la votación se sirvan permanecer en el salón por tener que recibir una Comisión del Senado.

El C. Secretario Portes Gil: El resultado de la votación es la siguiente:

Francisco Medina, 100; Ramón Blancarte, 101; Efrén Aguirre, 99; Ortiz, 98; Céspedes, 99; Elíseo García, 97; Velázquez, 100; Alvarez del Castillo, 98; Manzano, 97; Cristiani, 96; Mariel, 100; Carbonell, 98; Araujo, 98; Cravioto, 99; Olivé, 97; Ramírez Genero, 1; Ventura Simón, 1; Dávila Cosme, 1; Cámara Nicolás, 1; Rueda Magro, 115; Alberto Román, 113; Eduardo Neri, 116; Vidal Garza Pérez, 114; Jesús López Lira, 114; Luis Sánchez Pontón, 111; Cleofas Echeverría, 109; José Rivera, 114; Manuel García Vigil, 111; Adolfo Cienfuegos y Camus, 113; Benido Ramírez G., 114; Arturo Ruiz Estrada, 113; Froylán Manjarrez, 113; Juan Ruiz, 114; Porfirio del Castillo, 112. (Aplausos.)

El C. Presidente: La Mesa declara, en consecuencia, que han sido electos para formar parte de la Comisión Permanente los ciudadanos:

Manuel Rueda Magro, Alberto Román, Eduardo Neri, Vidal Garza Pérez, Jesús López Lira, Luis Sánchez Pontón, Cleofas Echeverría, José Rivera, José Rivera, Manuel García Vigil, Adolfo Cienfuegos y Camus, Benito Ramírez G., Arturo Ruiz Estrada, Froylán C. Manjarrez, Juan A. Ruiz y Porfirio del Castillo.

(Aplausos y voces: ¡Viva el P. L. C.!)

- El mismo C. Presidente: La Mesa designa en comisión para que introduzcan al salón una Comisión del Senado de la República, a los CC. Márquez Rafael, Alvarez del Castillo, Cruz José, Martínez de Escobar, Federico, Escudero Salvador y Prosecretario Magallón.

(La Comisión del Senado es introducida. Aplausos y voces: ¡Viva Monzón!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Presidente de la Comisión del Senado.

El C. Senador Monzón: Ciudadanos diputados: En pocas palabras voy a manifestar a ustedes el

asunto que ha traído a vuestra consideración la Comisión que me honro en presidir. El proyecto de ley que crea la Deuda Agraria de los Estados y que esta H. Cámara de Diputados envió a la de Senadores para su consideración y estudio, se discutió arduamente debido a la ruda oposición que le hicieron algunos elementos que no están aún emancipados de los prejuicios del pasado. (Aplausos estruendosos.) Pero a pesar de esa ruda hostilidad, logramos que la ley fuera aprobada en todos sus artículos. Sin embargo, se le hicieron dos brevísimas modificaciones: la una tan insignificante, que realmente, pues... es del resorte de la Comisión de Estilo; la otra presenta alguna importancia. Brevemente haré constar en qué consisten: el artículo 6º. original dice así: "La emisión de los bonos agrarios de los Estados sólo se hará en forma de pagos al propietario de terrenos expropiados, de entera conformidad con el párrafo II de la fracción VII del artículo 27." Se sobreentiende que se refiere al párrafo II de la fracción VII del artículo 27 de la Constitución General de la República, lo cual no se hizo constar y que aquí aparece. La segunda es la siguiente: decía el artículo 7º. original lo que sigue: "Los bonos agrarios tendrán la garantía del Gobierno del Estado que los emita, etc." La modificación que se implantó torna al artículo en la forma que sigue: "Los bonos agrarios estarán garantizados con la hipoteca de las tierras respectivas y tendrán, además, la garantía del Gobierno del Estado que los emita." (Aplausos.)

Estas fueron las modificaciones insignificantes que sufrió este proyecto de ley y el Senado espera de vuestra diligencia y reconocido patriotismo que las toméis en consideración con dispensa de trámites, con el fin de que esta ley pueda votarse en el período que está por expirar.

Al hacer entrega a vuestro digno Presidente de estos documentos, debo hacer presentes a ustedes las manifestaciones que os envían los venerables miembros de la Cámara de los ancianos, de la confraternidad que ellos abrigan hacia ustedes. (Aplausos.)

El C. Presidente: La Cámara de Diputados ha recibido con profunda satisfacción el proyecto de ley que crea la Deuda Agraria de los Estados, que el Senado de la República tuvo a bien aprobar con las modificaciones a que se ha aludido, secundando en esto la labor iniciada en esta Cámara y entrañando el proyecto de ley una de las aspiraciones más legítimas del movimiento libertario y sancionando el Gobierno emanado de la Revolución una de las promesas más caras para el país. La Cámara de Diputados expresa su más sincero agradecimiento a los ciudadanos senadores por la acogida que se sirvieron dispensar al proyecto y tengo la seguridad que hoy mismo, con dispensa de todo trámite, serán aprobadas las modificaciones que introdujo el senado al proyecto de ley, para que surta sus efectos legales antes de que expire el período constitucional de esta Cámara. La Mesa de la Cámara de Diputados, en nombre de la misma, ruega a la Comisión del Senado se sirva hacer presentes a aquel alto cuerpo, la consideración y confraternidad que en el seno de la Cámara Popular existe para aquel cuerpo colegislador. (Aplausos.)

(La Comisión del Senado abandona el salón.)

El C. González Jesús M.: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra Su Señoría.

El C. González Jesús M.: He solicitado la palabra con objeto de pedir la dispensa de trámites a fin de que pase el proyecto de ley que nos acaba de venir del Senado, a la Comisión respectiva. (Voces: ¡No, no; sí se le dispensan los trámites!)

El C. Manjarrez: Pido la palabra.

El C. Presidente: La Mesa va a turnar el expediente a las Comisiones que tienen antecedentes y espera que en la sesión de esta misma tarde presenten el dictamen para que, con dispensa de trámites, sea aprobado.

El C. Secretario Aranda: "Orden del día 29 a las 4 p. m. Sesión secreta. Sesión pública: Elección de la Comisión Instaladora para la XXVIII Legislatura. Elección de Presidente y vocales 1o. y 2o. de la Comisión Inspectora. Continúa a la discusión de Presupuestos de Egresos."

El C. Presidente, a la 1.47 p. m.: Se suspende la sesión para reanudarla a las 4 p. m.

El C. Presidente, a las 5.23 p. m.: Se reanuda la sesión.

El C. Secretario Aranda: "Secretaría de la Cámara de Senadores del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.- Sección 2a.- Número 102.

"Habiendo sido modificado el proyecto de ley sobre Deuda Agraria de los Estados, tenemos el honor de devolverlo a esa H. Cámara de Diputados, por el digno conducto de ustedes, para los efectos constitucionales.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.- México, a 28 de diciembre de 1917.- Luis J. Zalce, S. S.- J. Silva, S. S.

"A los ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presente."- A la Comisión Especial del artículo 27.

El C. Vadillo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Vadillo: Señores diputados: La Comisión Especial a la que se turna esta ley modificada por el Senado, atenta a las razones que expuso la Comisión que de aquella Cámara trajo acá el proyecto modificado, ha resuelto hacer suyas las observaciones hechas por la alta Cámara y, en tal concepto, solicito, como miembro de la Comisión, que se dispensen todos los trámites y entre a discusión la ley con las modificaciones que trajo del Senado.

- El mismo C. Secretario: "Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.

"H. Asamblea:

"La Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional, hace suyas las modificaciones que el H. Senado hizo a los artículos 5º., 6º. y 7º. del proyecto de ley sobre Deuda Agraria de los Estados, y pide atentamente que, declarando el asunto de obvia y urgente resolución, se proceda desde luego a discutirlo y votarlo.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 29 de diciembre de 1917.- La Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.- B. Vadillo.- M. Alonzo Romero.- A. Cienfuegos y Camus."

Esta discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación nominal se consulta si se aprueba.

El C. Secretario Alonzo Romero: El Senado trae a vuestra consideración los artículos 5º., 6º. y 7º. modificados en la siguiente forma:

"Artículo 5º. También podrán amortizarse los bonos agrarios, admitiéndoles a la par:

"(a) En un tanto por ciento, que se fijará en cada Entidad Federativa, como pago de contribuciones al Estado;

"(b) En un tanto por ciento, que se fijará en cada Entidad Federativa como pago, por parte del fraccionista al Estado, del valor de parcela obtenida.

"Artículo 6º. La emisión de los bonos agrarios de los estados, sólo se hará en forma de pagos al propietario de terrenos expropiados, de entera conformidad con el párrafo II de la fracción VII del artículo 27 de la Constitución General de la República.

"Artículo 7º. Los bonos agrarios estarán garantizados con la hipoteca de las tierras respectivas, y tendrán además la garantía del Gobierno del Estado que las emita, el cual publicará semestralmente nota de las propiedades fraccionadas y de las parcelas adjudicadas, así como del servicio de amortización de su Deuda Agraria y de los intereses de ella."

Están a discusión los artículos tal como los ha remitido el Senado de la República. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra servirán pasar a inscribirse. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación nominal se va a pregunta si se aprueban.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Se procede a la votación. Por la negativa.

El C. Saucedo Salvador: Por la afirmativa. (Se recogió la votación)

- El mismo C. Prosecretario Atento al resultado de la votación, se aprueban las modificaciones hechas por el senado por los artículos 5º. 6º. y 7º., por unanimidad de 151 votos. Pasa a la Comisión de Estilo para los efectos conducentes.

- El mismo C. Prosecretario: "Los subscriptos, miembros de la diputación de Sinaloa, nos permitimos proponer la siguiente adición al Presupuesto de Egresos en el Ramo de Fomento:

"Partida número 9,428 bis. Para la fundación de escuelas - granjas en el Estado de Sinaloa. . . . $150,000.00."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del congreso de la |Unión.- México, diciembre 29 de 1917.- Mariano Rivas.- A. Gaxiola jr.- E. Leyzaola.- A. Magallón.- F. C. Villarreal."

"La Comisión acepta y hace suya la presente adición.- México, diciembre 29 de 1917.- J. R. Padilla.- M. M. Prieto.- J. T. Reynoso.- Rubén Basáñez.- José Rivera."

El C. Secretario Alonzo Romero: "Señor:

"A la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales pasó el oficio número 4,943 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en el que hacen la siguiente consulta:

"El Juez 5o. de lo Civil dirigió a este Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal un oficio que con el acuerdo que a él recayó, son como sigue:

"En el cuaderno de prueba del demandado en el juicio sumario que por desocupación sigue ante este Juzgado de mi cargo el señor Leopoldo Río de la Loza, contra don Alberto Limón, se ha acordado dirigir a usted el presente, como tengo el honor de hacerlo, a fin de que por su digno conducto se pida informe a la alta Cámara de Diputados para que manifieste si los actos ejecutados por el ciudadano, Primer Jefe, Encargado del Poder Ejecutivo, durante el período preconstitucional, y que no se refiere a materia hacendaria, deberán sujetarse a la ratificación del Poder Legislativo.

"Lo que tengo el honor de comunicar a esa superioridad, a fin de que se sirva acordar se libre el oficio respectivo a la H. Cámara de Diputados, para recabar el informe de referencia; suplicándole que una vez que tenga contestación, se sirva transcribirla a esta mismo juzgado.

"Protesto a usted mi atenta y distinguida consideración y respeto.

"Constitución y Reformas.- México, octubre 3 de 1917.- El Juez 5o. de la Civil. - Trinidad González de la Vega."- Rúbrica.

"Como se pide.- Octubre ocho de mil novecientos diez y siete.- Rúbrica del señor Presidente.- F. Castera."- Rúbrica.

"Habiendo los subscriptos estudiado debidamente la consulta anterior, estiman que esta Cámara no está facultada legalmente para convertirse en cuerpo consultor de las autoridades encargadas de impartir la justicia y más si atiende a que la presente consulta fue motivada por la petición de uno de los litigantes en vía de prueba, siendo un principio de derecho que sólo los hechos son materia de prueba y solamente lo es el derecho cuando se base en leyes extranjeras; por tales razones, tenemos el honor de someter a la consideración de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo:

"Único. No es de tomarse en consideración la consulta que a esta Cámara hace el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en oficio número 4,943 de fecha 10 de octubre del corriente año."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 28 de diciembre de 1917.- Emilio Araujo.- L. Sánchez Pontón."- Primera lectura.

El C. Sánchez Tenorio: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Sánchez Tenorio.

El C. Sánchez Tenorio: Para solicitar atentamente se dispensen todos los trámites a este dictamen a fin de que se ponga desde luego a discusión, y solicito el uso de la palabra para fundar la dispensa de trámites.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra, para fundar la dispensa de trámites, el C. Sánchez Tenorio.

El C. Sánchez Tenorio: Señores diputados:...(Campanilla.)

El C. Presidente: Tratándose de un acuerdo económico, está a discusión.

- El mismo C. Secretario: En tal virtud, se invita a los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, que pasen a la Mesa a inscribirse. No habiendo ningún orador inscripto, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario: "Honorable Asamblea:

"Como representante del Estado de Chiapas no podemos ver con indiferencia lo que a su progreso y bienestar se relaciona y aprovechando la oportunidad que nos proporciona la discusión del Presupuesto de Egresos que deberá regir en el próximo año fiscal de 1918, tenemos el honor de hacer ante esta H. Asamblea una petición que a la vez que interesa grandemente al progreso de Chiapas, es de interés general para la República.

"Es para vosotros bien sabido que el lejano Estado de Chiapas se anexo por el espontáneo voto de sus habitantes, manifestando en el memorable plebiscito de septiembre de 1824, a la Nación mexicana, para compartir con ella su destino, y desde aquella época, que Chiapas recuerda con cariño, ha venido reportando nuestro Estado, como los demás de la República, los crecidos gastos de la Federación, y cada vez que ésta ha necesitado hombres para constituir el Ejercito ya para mantener el orden interior, como para defender el honor y la integridad de la República, Chiapas no ha escatimado su contingente de sangre, dado siempre con la mayor abnegación y patriotismo, como lo testifican los veteranos chiapanecos de la jornada del 5 de mayo y de la Reforma, que aún viven de sus recuerdos; Chiapas pues, que ha sabido compartir con México todas las penas en los momentos más críticos de su historia, es justamente acreedora de que a la hora del progreso, se le tenga también en cuenta, que cese ya ese olvido en el que por largos años se le tuvo por parte del Gobierno del centro, ya que su espontaneidad al unirse a México, así como sus grandes riquezas naturales, que, estimuladas, serían también una gran riqueza para el país, la hace acreedora a mejor suerte.

"Pero su atraso intelectual así como la falta absoluta de comunicaciones en sus regiones más ricas, son las causas principales de que permanezca estacionaria y de que su progreso sea sumamente lento; y si por lo pronto, y dadas las circunstancias económicas y difíciles por las que atravesamos, no reclamamos para Chiapas vías férreas o grandes erogaciones en la construcción de nuevos caminos y establecimientos de instrucción que le serían sin duda de grande utilidad y que para otros Estados sí han existido, sí pedimos una pequeña aplicación de las partidas destinadas en el Presupuesto Federal, a la construcción de vías de comunicación así como al impulso y fomento de la instrucción pública, ampliación que para la Nación constituirá un pequeño sacrificio, susceptible de erogarse un pequeño sacrificio, susceptible de erogarse a pesar de las circunstancias precarias de nuestro Erario y que, destinados a los objetos que solicitamos, será de muy grande importancia y de muy provechosos frutos.

"En Chiapas existe un camino carretero construido hace unos cuantos años, que desde la última estación ferroviaria, Arriaga, atraviesa el Estado casi en su línea diagonal, pasando por los importantes valles de Jiquipilas y Cintalapa, y por las poblaciones de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas de Corzo, San Cristóbal las Casas y Comitán, hasta llegar a la frontera de Guatemala, el único camino de importancia general, puesto que por allá se le da salida a la mayor parte de los productos de aquellas regiones; este camino, por diversas causas y por haber sido imposible al Erario Local procurar su costosa conservación, se encuentra en malísimas condiciones, sus puentes han sido destruidos en su mayoría y se necesitan construir otros sobre los numerosos arroyos que lo interceptan; urge, pues, su reparación para conservarle a Chiapas su vía principal de comunicación y evitar que se encuentre aislada del resto de la República.

"Nadie ignora la cantidad de indígenas que en el analfabetismo más completo existe en Chiapas, de tal suerte, que su proporción es la de dos terceras partes de su población total aproximadamente; estos individuos que habitan en Chiapas casi apartados de toda civilización, cultivan diversas industrias rudimentarias y se dedican a la agricultura en pequeño por procedimientos completamente inadecuados, y todas estas actividades debidamente estimuladas, lo cual por lo costoso ha sido imposible afrontar al Erario del Estado que siempre ha sido pobre, sacará a todas esas tribus de su estacionarismo, y podrían ser en el transcurso de algunos años, factores útiles para el progreso del país, ya que son razas sanas y vigorosas que carecen en lo absoluto de la instrucción.

"Una escuela que a la vez que impartiera los elementos de la instrucción y los preparara y estimulara en la industria y en la agricultura, sería sin duda de importancia capital, y contribuiríamos en la resolución del problema indígena de la Nación, que en Chiapas principalmente se manifiesta más intrincado y profundo.

"Por las razones ya expuestas y existiendo en el proyecto de Presupuesto presentado a esta H. Cámara y de cuya discusión se ocupa actualmente, la partida número 8,129 y la número 9,428 para vías de comunicación y para fomento e impulso de las escuelas federales, pedimos muy atentamente a la H. Asamblea tome en consideración los fundamentos de esta solicitud, y acuerdo adicionar las referidas partidas en las cantidades de setenta y cinco mil pesos cada una de ellas, que se destinarán exclusivamente para la reparación y conservación de la importante carretera a que antes hemos hecho mención, así como para el establecimiento en el lugar que el Gobierno lo estime conveniente, del Estado de Chiapas, de una escuela agrícola industrial para indígenas, y en tal virtud, respetuosamente sometemos a la ilustrada consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:

"Se adicionan las partidas número 8,129 y 9,428 del Presupuesto de Egresos, de las cantidades de $75,000 cada una de ellas, que deberán destinarse respectivamente a la reparación y conservación

de la vía carretera que une la ciudad de Comitán de Domínguez con la estación Arriaga del Ferrocarril Pan - Americano del Estado de Chiapas; y para el establecimiento y sostenimiento de una Escuela Agricultura e Industria para indígenas del propio Estado."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, diciembre 27 de 1917.- Diputado por el primer distrito electoral de Chiapas, Emilio Araujo.- Diputado por el 2o. distrito electoral del Estado de Chiapas, Enrique Suárez.- Estamos conformes y apoyamos la presente solicitud: R. Gutiérrez, diputado por 7o. distrito.- M. G. Galindo.- J. D. Robledo.- J. Olivé.- R. A. Soto.- Manrique.- 5o. distrito electoral. Ricardo Carrascosa.- J. B. Treviño.- J. P. Alejandre.- 3er. distrito electoral.- Isaac Rojas.- F. Mercado.- Mauricio Gómez.- Manuel Cepeda Medrano.- Rafael Cano.- Efrén Rebolledo.- Salvador Saucedo.- Diputación de Colima.- Jonás García.- Rafael Félix Arellano.- J. Arellano.- J. López Lira.- J. Siurob.- F. M. de Escobar.- J. M. González.- M. A. Peralta.- Eugenio Méndez.- E. L. Céspedes.- H. Medina.- Benito Ramírez G..- Pablo García.- E. Portes Gil.- L. Sánchez Pontón.- Pedro Ramírez.- J. D. Ramírez Garrido.- Eduardo Hay.- Miguel Alonzo Romero.- B. Vadillo.- Manzano.- Andrés Ortiz.- A. M. Peña.- M. G. Aranda.- Antonio de la Barrera.- Elíseo García. - José García de Alba.- J. Silva Herrera.- M. Barragán.- Rafael Márquez.- E. C. Sánchez Tenorio.- E. S. Carrillo.- Simón Ventura.- J. Pesqueira.- J. M. A. del Castillo.- Juan M. Otero.- C. Ramírez Llaca.- Gabriel J. Córdoba."

(Voces: ¡Que la funde Suárez!)

- El mismo C. Secretario: La Secretaría manifiesta a esta H. Asamblea, que en virtud de que este proyecto de ley a que se va a dar lectura tiene una exposición de motivos demasiado amplia pero elegantemente descripta, pasará al "Diario de los Debates" y únicamente la Secretaría dará lectura a los artículos que se refieren al proyecto de ley de Reformas a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.

(En virtud del trámite dicho, se inserta íntegro a continuación el proyecto de que se trata:)

"H. Asamblea:

"Los subscriptos diputados, vienen a presentar a la consideración de la H. Asamblea, la siguiente iniciativa de reformas a la Constitución General de la República.

"La sola idea de cambiar el sistema político que rige actualmente nuestras Instituciones, ha despertado inmenso interés de todos los elementos que se preocupan por el bienestar y el progreso del país, entusiasmos por una parte, temores por otra, han encontrado ancho campo para emitir su juicio acerca de tan trascendental iniciativa como es la que iniciara un grupo de diputados de este XXVII Congreso de la Unión.

"Nada extraño tiene que del seno de la Cámara de Diputados del primer Congreso post - revolucionario, integrado en sus cuatro quintas partes por elementos jóvenes y por ende radicales y progresistas, haya surgido la tal esperada iniciativa de cambiar el régimen presidencial que han venido consagrando nuestras Constituciones y, que últimamente no sólo ha ratificado la de 1917, sino que agregó a aquel viejo sistema nuevos elementos de conservación y poder.

"Entre la juventud de la República, cuya inteligencia ha sido desarrollada dentro de las ideas más progresistas de las naciones europeas y fortificada por la observación directa de las grandes transformaciones operadas a fin del siglo pasado y en los años que vienen transcurridos del presente, fue causa de profunda sorpresa y de positiva decepción ver cómo el Constituyente triunfó en Querétaro el año próximo pasado, integrado en su mayor parte por elementos salidos de las falanges revolucionarias y cuya sola tendencia se suponía ser la encauzar a la Nación por los nuevos senderos fijados por las ideas políticas modernas, detenidas artificiosamente por un poder dictatorial durante más de un cuarto de siglo y a las cuales el triunfo de la Revolución abría amplísimos horizontes, no sólo rechazó con inaudita festinación la iniciativa presentada por algunos miembros del Congreso acerca del sistema parlamentario, sino que con igual facilidad aceptó las reformas consultadas por el proyecto presentado, relativo a consolidar y fortalecer el régimen presidencial. En cambio, todos los elementos observadores del país, en el que se ha arraigado profundamente la idea parlamentaria, no sólo como resultado racional y lógico de la evolución política de los pueblos, sino como un eficasísimo remedio a nuestro revolucionarismo crónico, tuvo la visión clara de que, sobre este punto, de tan capital importancia, la Constitución de Querétaro no sólo no se colocó a la altura de las ideas económicas y sociales que en ella tuvieron cabida, sino que retrogradó a épocas anteriores a la Constitución de 17. Ya desde entonces esas ideas eran impulso, anhelo y finalidad de las clases intelectuales de México.

"Debemos recordar a este respecto que la idea política propagada en todas las formas posibles por los hombres del cientificismo, fue la de asegurar enfáticamente que la Constitución de 57 era por avanzada, inadecuada a nuestro pueblo, a quien solo servía para exhibirlo en el extranjero al igual que un traje de luces; idea que, por supuesto, no tenía otro objeto que el de justificar la violación continua, deliberada y total de nuestra Carta Magna.

"El criterio revolucionario, reconociendo ciertas ideas avanzadas que tuvieron cabida en la Constitución de 57, no ocultaba las grandísimas y trascendentales deficiencias de este Código tanto por lo que hace a la parte política como a la parte social, y, por lo tanto, la verdadera tendencia revolucionaria ha sido la de transformar la Constitución de 57 en un sentido más avanzado en todos los órdenes de ideas, pero muy principalmente en el orden político que es y debe ser siempre el punto capital de toda Constitución.

"No obstante, el resultado de las reformas hechas en Querétaro, puede concretarse en estas breves palabras: fortaleció el Poder Ejecutivo, consagrando el régimen presidencial como una reforma ideal y definitiva para nuestro pueblo, a la vez

que dio entrada a importantes conquistas en el terreno social reclamadas urgentemente por la opinión pública.

"El interés de los elementos progresistas del país se reconcentra ahora en los problemas que contienen las siguientes interrogaciones:

"I. ¿El régimen político adoptado por la Constitución de 1917 se adapta al grado de evolución alcanzada por el pueblo mexicano en el período de sesenta años transcurridos desde la última Constitución?

"II. ¿La transformación política del pueblo mexicano ha quedado por completo retrasada con respecto a la económica y social?

"III. Las condiciones políticas creadas por las revoluciones acaecidas después de la Constitución de 57, por los gobiernos dictatoriales y, por último, por las luchas cuyos programas trató de consagrar la Constitución de Querétaro, reclaman un régimen más avanzado que el presidencial, o por el contrario, han creado en el ánimo del pueblo la idea de acrecentar los recursos del Poder Ejecutivo en relación con los otros dos Poderes?

"IV. "¿Las condiciones políticas del pueblo mexicano, reclaman el régimen parlamentario y éste resuelve los problemas urgentes planteados en la actualidad?

"Preguntas son todas éstas que reclamarán estudio prolijo de nuestra historia durante más de medio siglo, y la crítica profunda y serena de los antecedentes que nos pueden suministrar la observación del lento desarrollo operado en nuestra Patria durante las épocas expresadas. En la imposibilidad de hacer ese estudio, hemos de concretarnos a tratar siquiera sea de una manera concisa el problema concretado en la última interrogación.

"No cabe dudar que, a pesar de todos los ataques dirigidos en el terreno científico y en el político a las Instituciones democráticas, la evolución del pueblo se dirige a su conquista por un sendero lento y doloroso, pero fatal. El desarrollo de las Instituciones democráticas supone, como factor indispensable, la intervención cada día más efectiva y eficaz del pueblo en el Gobierno del país.

"De ahí que, ejercido por la mayor parte de los pueblos el derecho de darse leyes por medio de su representante libremente electo, se encuentre insuficiente el campo de acción legislativo, ya que esta esfera de la dirección y administración del Estado, representa una parte que está lejos de ser preponderante. La observación ha demostrado que no obstante que en el sistema republicano se deposita una parte del poder en el Ejecutivo que es también electo por el pueblo, la condición misma de su funcionamiento le permite, no solamente divorciarse a menudo de la norma política que originará su elección, sino que en muchas ocasiones la oposición es absoluta al grado de que el pueblo indignado contra aquél a quien antaño ovacionara y en quien depositara su confianza ilimitada, empuñar el arma para imponer su opinión dando de mano a todos los recursos legales, ya que los depositarios del Poder Ejecutivo, una vez ungidos por el voto de sus conciudadanos, creen tener un derecho adquirido, sin condiciones de ningún género, a permanecer en el puesto durante todo el período constitucional, si acaso su voluntad no llega a ser tan preponderante que llegue a imponer su estancia ilimitada en el poder.

"El Presidente de la República, dentro de este régimen consagrado por nuestra Constitución, tiene amplio libertad para designar a sus Secretarios del Despacho y a todos los empleados de la Administración. Haciendo uso de esta facultad constitucional, el mandatario ungido por el pueblo forma una extensa o sólida red en toda la Nación, cuya única tendencia, cuya única voluntad, es la tendencia y la voluntad presidencial. Dentro de esa compacta red, obediente a la menor indicación de un hombre, se elaboran los grandes fenómenos sociales y se deciden los sagrados destinos de la Patria. Justo a esta voluntad, que gobierna toda la Administración Pública; que decide a la vez la suerte de la Nación al dirigir las relaciones internacionales y ordena el más insignificante acto de policía interior en defensa de la propia sociedad, el Poder Legislativo, encerrado en su recinto, donde la palabra Ley parece recordar continuamente al representante del pueblo que su única misión es la de elaborar decreto tras decreto, sin que siquiera deba importarle el puntual cumplimiento de sus disposiciones, representa una suma de fuerza completamente mezquina y sin importancia en al dirección de los asuntos públicos.

"De esta observación verídica ha nacido, como resultado racional de la evolución política, la necesidad de que la Representación Popular tenga intervención en la esfera administrativa ya que, de acuerdo con la vieja teoría de la división de los tres Poderes, el Presidente no representa sino la acción meramente ejecutiva de las disposiciones de la Representación Popular. En una palabra, el pueblo, por lo que hace a la Administración Pública, no puede resignarse a ejercitar su soberanía de una manera periódica por medio de la elección, viéndose obligado a prescindir de toda manifestación de su soberanía, durante el período presidencial y, por lo tanto, exige que los poderes que se les confiera a sus representantes en las Cámaras, se extienden a algo más que al de elaborar leyes: al de intervenir en la ejecución de ellas y en la administración general de los negocios públicos.

"Esta necesidad es la que ha determinado la intervención de los parlamentos en el Poder Ejecutivo, y especialmente en el Consejo de Ministros.

"Por otra parte, si ha de atenderse a consolidar los poderes públicos, si a la vez que se trata de hacer efectiva la Representación Popular en la esfera más amplia, se ha de procurar la conservación del poder Ejecutivo, todas las corrientes de ideas convergen al mismo punto que antes se ha precisado. No necesitamos ocurrir a extraños ejemplos sobre este particular, ya que, para el menos conocedor de nuestra historia política, es una verdad que la mayor parte de nuestras evoluciones se han propuesto desconocer y derrocar al Presidente de la República, a quien siempre se ha estimado responsable de los abusos y errores del Gobierno, por la suma de fuerzas que se deposita en sus manos, y muy rara vez se ha dirigido contra los otros Poderes.

"Por lo tanto, salvar al Ejecutivo es poner en resguardo la persona del Presidente de la República; conservar el orden general de un país, es alejar

del peligro la persona del Primer Mandatario; evitar que la oposición política ponga en peligro la estabilidad de un régimen constitucional, es sustraer de los ataques de los partidos políticos al depositario del Poder Ejecutivo; impedir, en una palabra, la lucha de las ideas y la transformación racional de un pueblo tenga como único blanco en sus ataques al Presidente de la República, es colocar al Primer Mandatario en un terreno distinto de aquel en que, las pasiones encontradas, las ideas opuestas, los criterios diversos, se disputan a diario la hegemonía en la política nacional. No es otro el criterio que ha dominado en los pueblos europeos y sólo así puede explicar la conservación de las monarquías en naciones tan cultas y tan intelectuales como Inglaterra, Alemania, España e Italia sólo así puede explicarse la normalidad con que se substituye a los Presidentes de la República Francesa, no obstante que, en torno de la silla presidencial, se alterna vertiginosamente ideas conservadoras e ideas radicales, según el deseo y el sentir de la opinión pública.

"Los dos postulados del régimen parlamentario son, pues: la mayor intervención del pueblo en los asuntos públicos; segundo, la preservación del Presidente de la República en todo cambio político.

"Ahora bien, nos resta preguntar: ¿en México son dos necesidades imperiosas las contenidas en los anteriores postulados? Con verdadero gusto escucharemos las voces que celosamente se han levantado en defensa del arcaico sistema presidencial, contestando nuestra interrogación.

"¿Qué es lo que se dice, pues, en contra de las ideas parlamentarias? Los principales conceptos expresados por el actual Presidente de la República en el proyecto de Constitución presentado a la Asamblea de Querétaro, en apoyo del régimen presidencial, nos dicen lo siguiente:

"Que los pueblos americanos de origen español, necesitan todavía de gobiernos fuertes, capaces de contener dentro del orden, a poblaciones indisciplinadas, dispuestas a cada instante y con el más fútil pretexto, a desbordarse, cometiendo toda clase de desmanes. Advierte a continuación, que no debe tomarse por gobierno fuerte al gobierno despótico, porque ha sido causa de que el pueblo oscile continuamente entre la dictadura y la anarquía , para evitar lo cual, debe enseñarse al pueblo que no es posible ejercer la libertad sin saber usar de ella, o lo que es lo mismo , que la libertad tiene por condición de su ejercicio, el orden, siendo éste la base sobre la cual debe construirse el gobierno de dichos pueblos.

"Estamos enteramente de acuerdo, por lo que respecta a que los pueblos americanos de origen español, han oscilado continuamente entre la dictadura y la anarquía no han sabido ejercitar la libertad dentro del orden, y por lo que se refiere a que esos pueblos necesitan todavía de gobiernos fuertes. Pero ¿cuál es el remedio que se aconseja para evitar que ese gobierno fuerte degenere en dictatorial y para que la libertad no se convierta en anarquía? ¿En qué debe consistir la fuerza de los gobiernos? ¿Cuál es el orden que debe presidir al funcionamiento de los poderes públicos? Prolijas consideraciones pueden hacerse sobre estos problemas, pero nos limitaremos a expresar las siguientes opiniones: Para mantener a los gobiernos en un término que se encuentra tan distanciado de la dictadura como de la anarquía, es indispensable hacer orgánico el funcionamiento de los partidos políticos, que son los órganos mediante los cuales se expresa la opinión de los pueblos respecto a la cosa pública. Así la observación del movimiento sociológico nos revela que, al perderse los regímenes absolutos, el gobierno de los pueblos, para evitar que los impulsos de la opinión los llevara a la anarquía, tuvo que organizarse sobre el reconocimiento de los partidos políticos y conforme a la doctrina, ya universalmente adoptada. de la alternabilidad de dichos partidos del gobierno. La fuerza de los gobiernos en nuestro concepto, no puede consistir ni en la amplitud de facultades del Ejecutivo, ni en el apoyo de poderosos ejércitos, ni en el control que ejerza por medios puramente artificiales, sobre las fuerzas de un país. La única fuerza que puede apoyar a un gobierno, dentro de la concepción moderna del Estado y de las exigencias de los individuos cada vez más capacitados, social y políticamente, es el apoyo de la opinión pública. Esta opinión, que en la realidad se manifiesta de mil maneras, dentro del orden legal y político, sólo puede concebirse como la conformidad de las mayorías parlamentarias, genuinas representantes del pueblo, con los procedimientos, principios y tendencias del Poder Ejecutivo. Respecto al orden de que se ha hecho mención, estamos seguros de que nadie pretenderá que sea aquella paz artificial que se hace constituir en la obediencia ciega a los dictados de un solo hombre, en el silencio de los ciudadanos por lo que hace a las cuestiones públicas en la atrofia de todo sentimiento noble encaminado a desenvolver un pueblo en el sentido de su engrandecimiento y poderío. El orden no puede ser sino la regulación de todas las actividades individuales, el funcionamiento legal de todas las agrupaciones constituidas para defender un ideal, en la discusión serena y profunda de todas las iniciativas que tengan origen en los componentes de una Nación y, sobre todo, en el respecto al dictado de la soberanía popular, expresado por medio de sus legítimos representantes.

"Otra de las ideas presidenciales contrarias al régimen parlamentario es la siguiente: La elección directa del Presidente y la no reelección, conquistas obtenidas por la Revolución de 1910, dieron sin duda fuerza al Gobierno de la Nación. La reforma que ahora propongo coronará la obra. El presidente no quedará más a merced del Poder Legislativo; él no podrá invadir fácilmente sus atribuciones.

"Al leer las anteriores palabra, parece sino que las últimas revoluciones se han dirigido contra alguna Cámara opresora que hubiere invadido repetidas veces las atribuciones del Poder Ejecutivo o que hubiera violado las leyes fundamentales del país asumiendo un poder tiránico, absurdo en una colectividad; pero, afortunadamente, no hay un solo ciudadano en la República que ignore que las últimas revoluciones se organizaron para derrocar Presidentes que absorbieron, en su afán autocrático, las atribuciones de los otros Poderes e hicieron de la Representación Nacional una farsa grotesca y de la Constitución un harapo sangriento.

"Hace notar también la parte expositiva del proyecto de Constitución a que venimos refiriéndonos, que el régimen parlamentario es un sistema exótico, propio tan sólo de los pueblos cultos y de orígenes diversos al nuestro. Y agregar que la única manera de evitar los males que acarrearía la adopción de un tal sistema político, es "constituir el Gobierno de la República, respetando escrupulosamente esa honda tendencia a la libertad, a la igualdad y a la seguridad de sus derechos que siente el pueblo mexicano, porque las naciones, medida que más avanzan, más sienten la necesidad de tener su propia dirección para poder conservar y ensanchar su vida, dando a todos los elementos sociales el complemento de sus derechos y todas las ventajas que de ellos resultan, entre otros, el auge poderoso de la iniciativa individual."

"Estas últimas ideas que hemos transcripto parecen más adecuadas a defender nuestra tesis que a apoyar el régimen presidencial, ya que esa honda tendencia a la libertad, a la igualdad, y a la seguridad que siente el pueblo mexicano; la necesidad de tomar su propia direcciones para conservar y ensanchar sus vida y el desarrollo de la iniciativa individual, no podrá satisfacer en el terreno político, si no es reconociendo el funcionamiento legal de los partidos y dándoles acceso a la Administración del Estado, a fin de que los principios que cada uno sustente puedan probar su eficacia en el terreno práctico. Solamente queremos refutar una idea de las mencionadas, y es la relativa a que el régimen parlamentario es propio de pueblos de origen diverso al nuestro, sin necesidad, para ello, de entrar a estudiar los antecedentes históricos y la psicología colectiva de los pueblos europeos de origen latino y de los hispano - americanos en que estamos comprendidos, sino bastándonos con señalar el auge poderoso y los evidentes resultados benéficos que tal sistema ha tenido en Francia, España e Italia, el poco desarrollo que ha alcanzado en Alemania e Inglaterra y la ninguna aceptación que tiene en los Estados Unidos de Norteamérica. En cambio, el ejemplo que nos ofrece esta última nación. podría servir perfectamente para sostener la tesis contraria, o sea: que el régimen presidencial es más propio de países de diverso origen, en los que el carácter de sus ciudadanos, la falta de vehemencia en las pasiones políticas y la poca tendencia al absolutismo de parte de sus gobernantes hacen posible la coexistencia de la libertad y el orden dentro del régimen presidencial. Por supuesto, que de nada valdría citar en apoyo de este sistema, por lo que hace al origen de nuestro pueblo, el que todas las repúblicas indohispanas lo conserva en sus instituciones, pues que todas ellas, sin excepción, se ha encontrado en condiciones semejantes a las nuestras durante el pasado siglo; es decir, sujeta a un caciquismo crónico, con el mal endémico del caudillaje asomando a cada esfuerzo por la libertad y debatiéndose por salir del analfabetismo y de la miseria generales a que han estado condenados por sus malos gobernantes.

"Para fundar esta trascendental reforma por lo que hace a la adaptabilidad a nuestro medio, basta con mencionar dos caracteres psicológicos de nuestro pueblo: en general los hombres que ascienden al poder y ocupan los altos cargos de la Administración, tienden inevitablemente al despotismo y a la inamovilidad, y por reacción natural ante el anterior fenómeno, el pueblo, no bien acaba de encumbrar a sus prohombres, les retira su confianza y asume una actividad hostil o francamente rebelde. Si estas características son verdaderas, como en verdad lo son, ¿no será un seguro remedio para los constantes choques entre el pueblo y sus mandatarios un sistema que, como el parlamentario, satisface las justas exigencias de la opinión pública y hasta constituye una válvula de seguridad para las velocidades que son atributo clásico de las multitudes?

"Por otra parte, ¿la vigilancia directa del pueblo sobre sus gobernantes ejercida mediante la Representación Nacional, no garantiza suficientemente la realización de los principios políticos, la labor persistente y eficaz en los manejos todos de la Administración? Creemos firmemente que sí: que el régimen parlamentario es el único medio de curar nuestros males endémicos, que ya constituyen un carácter social, porque no es sólo un sistema adaptable a nuestro medio, sino enteramente necesario sus instituciones políticas.

"Resta el último argumento que con más frecuencia se esgrime en contra de nuestra tesis, y es el relativo al grado de cultura de nuestro pueblo en relación con un régimen tan avanzado como el parlamentario. Es de todo punto evidente, que si las instituciones políticas de los pueblos se normaran conforme al grado inferior de cultura de sus agregados o siquiera con relación a la cultura media, la mayor parte de las naciones no habrían salido aún de la parroquia primitiva y algunas solamente hubieran avanzado a la monarquía teocrática o militarista. Por el contrario, la observación nos demuestra que las formas políticas adoptadas responden, en la generalidad de los casos, al nivel superior de los componentes sociales, sin que desconozcamos que esto a dado lugar a grandes luchas de clase y prolongados trastornos. Pero no puede ser de otro modo: si los progresista, los reformadores de una sociedad, se vieron obligados a moverse en un medio hecho a imagen y semejanza de los estultos y estancados, tendrían forzosamente que perecer por inadaptación o emigrar a otros pueblos . Y para esos mismos ignorantes y retardados, ¿dónde estaría el estímulo para su acción, el acicate para su esfuerzo, el impulso para su desarrollo, la meta para su progreso y mejoramiento?

"Hay que recordar que así como la misión de la ley es consagrar las costumbres, pero despojándolas de todos sus factores perversos marcado un ideal de evolución, también las instituciones políticas de los pueblos deben amoldarse a su carácter y temperamento, pero marcándoles un ideal de perfección hacia el cual debe tender todos sus esfuerzos. No de otro modo las elevadas ideas de los enciclopedistas y de los precursores del siglo tomaron cuerpo en los intelectuales de la Convención Francesa, realizando la República sobre las ruinas de la Monarquía. No de otro modo los intelectuales de España arrancaron de las manos de Fernando VII moribundo, el centro del absolutismo para poner en su lugar a la Constitución.... Siguiendo la misma

ruta, el Japón relegó a sus leyendas las tradiciones de los viejos las instituciones más avanzadas de Europa y la vieja China despertó de su sopor milenario al fulgor de una aurora republicana....

"Y qué mucho si en estos momentos asistimos a la transformación republicana del gran pueblo moscovita que, en medio a la grave amenaza exterior, no vaciló en arrojar a la sagrada y arcaica persona del Czar a los mismos presidios de Siberia , antes albergue de demócratas y anarquistas!

"Quién podrá afirmar ante esos hechos que las instituciones políticas han sido alguna vez adaptadas al nivel inferior de cultura de los pueblos! ¡Quién se atreverá a asegurar que para establecer el régimen republicano, el representativo o el parlamentario se hace necesario que todos los ciudadanos de un pueblo sean capaces de desempeñar acertadamente los cargos de Presidente, diputado o Ministro!

"No los que tal afirmen tratarán solamente de detener el progreso, mediante vanos esfuerzos que no podrán contener la inmensa potencia reformadora que traen consigo las nuevas generaciones mexicanas......

"Ellas han visto, asombradas, las maravillosas transformaciones de los pueblos como Alemania, Italia, Estados Unidos y el Japón. Ellas han visto con orgullo, alzarse en tierras hermanas, el Sol argentino y la Estrella chilena. Ellas han visto, en nuestros propios campos empurpurados por la sangre indígena, alzarse las banderas pregonando el advenimiento de la Libertad y de la Democracia y están resueltas, ensayando un gesto propio, a arrancar el triunfo de ese sacrificio aunque para ello sea necesario arrancar de raíz el árbol secular!

. "Los subscriptos, al introducir las reformas necesarias a nuestra Carta Magna a fin de implantar el régimen parlamentario, ha tenido que trocar nuevos artículos que directa o indirectamente se relacionan con el funcionamiento de las Cámaras y la organización del Poder Ejecutivo. Fue de parecer que las Cámaras tengan sus facultades exclusivas y que no colaboren en la formación de las leyes, sino en contados casos expresamente determinados, pues es notorio los defectos del sistema bicamarista tal como se encuentra establecido en la actualidad.

"Llamarán poderosamente la atención todos los preceptos relativos al Poder Ejecutivo y especialmente los que reglamentan el Consejo de Ministros, ya que no existen en ninguna de las Constituciones europeas. Pero la Comisión ha creído indispensable formular con carácter de leyes, todas las prácticas políticas que se observan en los países parlamentarios para la designación del Consejo de Ministros, renuncia de sus miembros, relaciones con la Cámara de Diputados y efectividad en las responsabilidades, etc., pues de otro modo, sin precepto escrito, no se llegaría a observar las prácticas adoptadas en otros pueblos o el funcionamiento del Gobierno estaría expuesto a multitud de irregularidades.

"El análisis de cada una de las reformas propuestas ameritaría un detenido estudio dentro de la esfera constitucional y política, que la Comisión no puede consignar en esta exposición de motivos que ha tratado especialmente de apoyar la necesidad de la reforma dentro de un criterio puramente político más que legal; pero estima la misma Comisión que posteriormente y para el conocimiento de la Cámara de Senadores y de las Legislaturas de los Estados, puede agregar dicho estudio detallado de los artículos cuya reforma se consulta.

"Los subscriptos tiene la seguridad de que, no obstante su creencia acerca de lo conveniente y oportuno de esta iniciativa, encontrará graves tropiezos durante su fatigosa y difícil tramitación legal. Tal vez fracase en ese largo camino por no poder salvar escollos ajenos a las consideraciones que exclusivamente deben fundar su aprobación o reprobación. Sin embargo, estos temores no deben arredrarnos, ya que si en un futuro próximo no llegamos a ver implantadas las reformas que tan urgentemente demandadas la opinión sensata del país, al menos habremos expuesto, durante nuestro paso por la Representación Nacional, la expresión franca y concreta de nuestras convicciones.

"Los subscriptos creen haber cumplido con su deber hasta donde sus facultades se lo han permitido; pero recomiendan a los honorables miembros del bloque Parlamentarista, consideren con todo detenimiento y serenidad las reformas propuestas a fin de que la iniciativa que se presente a la Cámara esté exenta de los errores en que involuntaria pero seguramente habrá incurrido.

"Por todo lo anterior, los subscriptos presentan a la consideración de la H. Cámara el siguiente

"PROYECTO DE LEY DE REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"Artículo 1º. Se reforman los artículos constitucionales 37, 50, 51, 65, 66, 67, 68, 69, 70,71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83,89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 108 y 109, en la forma y términos siguientes:

"Artículo 37, fracción II. Por servir oficial o extraoficialmente al gobierno de otro país, o admitir de él condecoraciones, títulos o funciones sin previa licencia del Parlamento, exceptuando los títulos literarios, científicos y humanitarios, que pueden aceptarse libremente; y

"CAPITULO II

"Del Poder Legislativo

"Artículo 50. El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos, se depositan en un Parlamento compuesto de dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.

"Artículo 51. El Parlamento se compondrá de representantes de la Unión que será electos cada cuatro años y se renovarán por mitad cada dos años.

"Sección I

"De la elección e instalación del Congreso.

"Artículo 52. (Igual.)

"Artículo 53. (Igual.) "Artículo 54. (Igual.) "Artículo 55. (Igual.) "Artículo 56. (Igual.) "Artículo 57. (Igual.) "Artículo 58. (Se suprime. Habla de lo que aquí se expresa en el artículo 51.) "Artículo 59. (Igual.) "Artículo 60. (Igual.) "Artículo 61. (Igual.) "Artículo 62. (Igual.) "Artículo 63. (Igual.) "Artículo 64. (Igual.)

"Artículo 65. El Parlamento se reunirá los días 1o. de marzo y 1o. de septiembre de cada año, y cerrará respectivamente sus sesiones, el 30 de junio y el 31 de diciembre; pero estos períodos podrá prolongarse, mediante un acuerdo del Parlamento , el tiempo que éste estime necesario para despachar los asuntos que estando en cartera no hayan tenido resolución o los que, sin estarlo, se consideren de urgencia.

"En el primer período de sesiones, el Parlamento se ocupará:

"De revisar la cuenta pública del año anterior, que será presentada a la Cámara de Diputados dentro de los diez primeros días de la apertura de sesiones. La revisión no se limitará a investigar si las cantidades gastadas están o no de acuerdo con las partidas respectivas del Presupuesto, sino que extenderá al examen de la exactitud y justificación de los gastos hechos y a las responsabilidades a que hubiere lugar.

"No podrá haber otras partidas secretas fuera de las que se considera necesarias con ese carácter en el mismo Presupuesto, las que emplearán los Ministros por acuerdo escrito del Presidente del Consejo.

"En el seguro período de sesiones el Parlamento se ocupará:

"De examinar, discutir y provocar el Presupuesto del año siguiente, y decretar los impuestos necesarios para cubrirlo.

" Y en ambos períodos:

"De estudiar, discutir y votar las iniciativas de ley que se presenten, y resolver los demás asuntos que le corresponden conforme a esta Constitución.

"Artículo 66. El Parlamento puede clausurar o suspender sus sesiones antes de la fecha que señala esta Constitución; pero si las dos Cámaras no estuvieren de acuerdo en poner término o en prorrogar un período de sesiones, se resolverá el caso en sesión de Parlamento.

"Artículo 67. El Parlamento tendrá sesiones extraordinarias cada vez que la Comisión Permanente lo convoque para ese objeto, ya sea por iniciativa propia o por sugestión de Ejecutivo, previamente considerada y apropiada por la misma Comisión Permanente.

"La Comisión puede convocar a una sola Cámara a sesiones extraordinarias cuando se trate de un asunto exclusivo de ella.

"Artículo 68. Las dos Cámaras residirán en un mismo lugar y no podrá transladarse a otro sin que antes convengan en la traslación, tiempo y modo de verificarla, designado un mismo punto para la reunión de ambas. Pero si conviniendo las dos en la traslación, diferente en cuanto al tiempo, modo y lugar, se resolverá el caso en sesión de parlamento.

"Ninguna Cámara podrá suspender sus sesiones más de tres días, sin consentimiento de la otro.

"Artículo 69. A la apertura de las sesiones ordinarias del Parlamento, correspondiente al primer período del año, el Presidente de la República deberá asistir y presentar un informe por escrito, amplio y circunstanciado, de la gestión política y administrativa del Ejecutivo. Cuando la convocatoria a sesiones extraordinarias haya sido sugerida por el Ejecutivo, a la apertura de ellas se presentará el Presidente de la República, para exponer al Parlamento o a la Cámara de que se trate, las razones o causas que hicieron necesaria su convocación y el asunto o asuntos que ameriten una resolución perentoria.

"Artículo 70. Toda resolución del Parlamento tendrá el carácter de ley o decreto. Las leyes o decretos se comunicarán al Ejecutivo firmados por los Presidentes de ambas Cámaras y por un Secretario de cada una de ellas, y se promulgarán en esta forma: El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos decreta: (texto de la ley o decreto.)"

"SECCIÓN II

"De la iniciativa y formación de las leyes.

"Artículo 71. El derecho de iniciar leyes o decretos compete:

"I. Al Presidente de la República. "II. Al Presidente del Consejo. "III. A los miembros del Parlamento. "IV. A las Legisladoras de los Estados.

"Las iniciativas que presenten el Presidente de la República, el Presidente del Consejo, las Legislaturas de los Estados o las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a Comisión. Las presentadas por los diputados y senadores se sujetarán a los trámites que designe el Reglamento de debates.

"Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, principiando, en todo caso, en la de Diputados, y observándose el Reglamento de debates.

"(a) Aprobado el proyecto de ley o decreto en la Cámara de Diputados, pasará para su discusión a la Cámara de Senadores. Si ésta lo aprobare, se remitirá el Ejecutivo, quien, si no tuviere observaciones que hacer, lo publicará inmediatamente.

"(b) Si el Ejecutivo tuviere observaciones que hacer al proyecto, lo devolverá con ellas a la Cámara de Diputados dentro de los diez días útiles. Si corriendo ese término el Parlamento hubiere de cerrar o suspender sus sesiones éste las prolongará únicamente el tiempo necesario para que se venza dicho plazo.

"(c) Devuelto el proyecto de ley o decreto a la Cámara con las observaciones hechas por el Ejecutivo, deberá volver a ser discutido por ésta, y si fuese confirmando nuevamente, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

"(d) Las votaciones de ley o decreto será nominales.

"(e) Si algún proyecto de ley o secreto fuese desechado en sus totalidad por la Cámara de Senadores, volverá a la de Diputados, con las observaciones que aquélla le hubiere hecho. Si examinado de nuevo fuese aprobado por la mayoría de los miembros presentes de ésta, pasará al Ejecutivo para los efectos de la fracción (a); pero si se reprobase, no podrá a presentarse en el mismo período de sesiones.

"(f) Si un proyecto de ley o decreto fuese desechado en parte o modificado, o adicionado por la Cámara de Senadores, la nueva discusión, en la Cámara de Diputados, versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna, los artículos aprobados. Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara de Senadores fuesen aprobadas por la mayoría de los votos presentantes en la de Diputados, mayoría de los votos presentes en la de Diputados, se pasará todo el proyecto al Ejecutivo, para los efectos de la fracción (a). Si las ediciones o reformas hechas por la Cámara de Senadores, fuesen reprobadas por la mayoría de votos de la de Diputados, volverá a aquélla para que tomo en consideración las razones de ésta, y si por mayoría absoluta de votos preséntese se desecharen en esta segunda revisión dicha o reforma, el proyecto, en lo que haya sido aprobado por ambas Cámaras, se pasará al Ejecutivo, para los efectos de la fracción (a). Si la Cámara de Senadores insistiera por la mayoría absoluta de votos presentes, en dichas adiciones o reformas, volverá éstas a ser consideradas en la de Diputados, y si en esta última discusión fuesen nuevamente rechazadas por ésta, el proyecto de ley o decreto pasará sin ellas al Ejecutivo, para los efectos de la fracción (a).

"(g) En la interpretación, reforma o derogación de las leyes, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

"(h) Todo proyecto de ley o decreto que fuese desechado en la Cámara de Diputados, no podrá volver a presentarse en el mismo período de sesiones.

"(i) Toda resolución de la exclusiva competencia de la Cámara de Diputados, tendrá también el carácter de ley o decreto.

"(j) El Ejecutivo de la Unión no puede hacer observaciones a las resoluciones del Parlamento o de alguna de las Cámaras, cuando ejerza funciones de cuerpo electoral o de jurado, lo mismo que cuando la Cámara de Diputados declare que debe acusarse a alguno de los altos funcionarios de la Federación por delitos oficiales.

"Tampoco podrá hacerlas a los decretos de convocatoria a sesiones extraordinarias que expide la Comisión Perramente.

"SECCIÓN III

"De las facultades del Parlamento

"El Parlamento tiene facultades:

"I. Para admitir nuevos Estados o Territorios a la Unión Federal.

"II. Para erigir los Territorios en Estados, cuando tengan una población no menor de ochenta mil habitantes y los elementos necesarios para proveer a su existencia política.

"III. Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes, siendo necesario al afecto:

"1º. Que la fracción o fracciones que piden erigirse en Estados, cuenta con una población de ciento veinte mil habitantes por lo menos.

"2º. Que se compruebe ante el Parlamento que tienen los elementos bastantes para proveer a su existencia política.

"3º. Que sean oídas las Legislaturas de los Estados de cuyo territorio se trate, sobre la conveniencia o inconveniencia de la creación del nuevo Estado, quedando obligadas a dar su informe dentro de seis meses, contados desde el día en que se les remita la comunicación respectiva.

"4º. Que sea votada la erección del nuevo Estado por dos terceras partes de los diputados y senadores presentes en su respectivas Cámaras.

"5º. Que la resolución del Parlamento sea ratificado por la mayoría de las Legislaturas de los Estados, previo examen de la copia del expediente, siempre que hayan dado su consentimiento las Legislaturas de los Estados de cuyo territorio se trate.

"6º. Si las Legislaturas de los Estados de cuyo territorio se trate, no hubieren dado su consentimiento, la ratificación de que habla la fracción anterior, deberá ser hecha por las dos terceras partes del total de las Legislaturas de los demás Estados.

"IV. Para arreglar definitivamente los límites de los Estados, terminado las diferencias que entre ellos se susciten sobre las demarcaciones de sus respectivos territorios, menos cuando esas diferencias tengan un carácter contencioso.

"V. Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación.

"VI. Para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal y Territorios, debiendo someterse a las bases siguientes:

"1º. El Distrito Federal y los Territorios se dividirán en Municipalidades, que tendrán la extensión territorial y número de habitantes suficientes para poder subsistir con sus propios recursos y contribuir a los gastos comunes.

"2º. Cada Municipalidad estará a cargo de un Ayuntamiento de elección popular directa.

"3º. El Gobierno del Distrito Federal y los de los Territorios estarán a cargo de Gobernadores que dependerán directamente del Presidente del Consejo. El Gobernador del Distrito Federal acordará con el Presidente del Gabinete, y los de los Territorios por el conducto que determine la ley. Tanto el Gobernador del Distrito Federal, como el de cada Territorio, serán nombrados y removidos libremente por el Presidente del Consejo.

"4º. Los Magistrados y los Jueces de Primera Instancia del Distrito Federal y los de los Territorios, serán nombrados por la Cámara de Diputados erigida en Colegio Electoral en cada caso.

"En las faltas temporales o absolutas de los Magistrados, se substituirán éstos por nombramientos de la Cámara de Diputados, y en sus recesos, por nombramientos provisionales de la Comisión Permanente.

"La Ley Orgánica determinará la manera de suplir a los Jueces en sus faltas temporales y designará la autoridad ante la que se les exigirán las responsabilidades en que incurran, salvo lo dispuesto por esta misma Constitución, respecto de responsabilidad de funcionarios.

"5º. El Ministerio Público en el Distrito Federal y en los Territorios estará a cargo de un Procurador General que residirá en la ciudad de México, y del número de agentes que determine la ley, dependiendo dicho funcionario directamente del Presidente del Consejo de Ministros, quien lo nombrará y removerá libremente.

"VII. Para declarar la guerra en vista de los datos que le presente el Ejecutivo.

"VIII. Para levantar y sostener el Ejército y la Armada de la Unión y para reglamentar su organización y servicio, conforme a las siguientes bases:

"(a) El reclutamiento se hará por servicio militar obligatoria universal.

"(b) La Administración del Ejercito corresponde en el tiempo de paz y guerra al Ministerio del Ramo.

"(c) Para el mando y técnica del Ejército se instituye el Gran Estado Mayor General.

"(d) El Gran Estado Mayor General estará integrado por todos los generales del Ejercito y una oficialidad técnica, y el nombramiento del Jefe de esta Corporación se hará en escrutinio secreto y sin previa discusión, por todos los generales de división.

"(e) Las corporaciones de jefes y oficiales titulados de Estado Mayor, dependerán en tiempo de paz y guerra del Gran Estado Mayor General.

"(f) En caso de movilización, el Jefe del Gran Estado Mayor General, será considerado generalísimo en jefe del Ejercito, y el Ministro de la Guerra se subordinará a él, pasando a ser el jefe de los servicios de retaguardia en general.

"IX. Para dar reglamentos con objeto de organizar, armar y disciplinar la Guardia Nacional, reservándose a los ciudadanos que la formen, el nombramiento respectivo de jefes y oficiales, y a los Estados la facultad de instruirla conforme a la disciplina prescrita por dichos reglamentos.

"X. Para formar su reglamento interior y tomar las providencias necesarias, a fin de hacer concurrir a los diputados y senadores ausentes y corregir las faltas u omisiones de los presentes.

"XI. Para constituirse en Colegio Electoral y nombrar a los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

"XII. Para aceptar las renuncias de los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

"XIII. Para constituirse en Colegio Electoral y elegir al ciudadano que debe substituir al Presidente de la República, ya sea con carácter de substituto de provisional, en los términos de los artículos 84 y 85 de esta Constitución.

"XIV. Para aceptar la renuncia del cargo de Presidente de la República.

"XV. Para expedir todas las leyes que sean necesarias con objeto de hacer efectivas las facultades anteriores y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.

"Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

"I. Erigirse en Colegio Electoral para ejercer las atribuciones que la ley le señala respecto a la elección de Presidente de la República.

"II. Vigilar por medio de una Comisión de su seno, el exacto desempeño de la Contaduría Mayor de Hacienda.

"III. Nombrar, por conducto de la misma Comisión, a los jefes y demás empleados de esa oficina.

"IV. Discutir el Presupuesto anual de gastos, decretado primero las contribuciones que, a su juicio, deban imponerse para cubrir aquél.

"V. Para dar bases sobre las cuales el ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la Nación; para aprobar o reprobar esos mismos empréstitos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional.

"VI. Para expedir aranceles sobre el comercio extranjero. En el comercio de Estado a Estado no se establecerá restricciones.

"VII. Para legislar en toda la República sobre minería, comercio, industria, instituciones de crédito y para establecer el Banco de Emisión Único en los términos del artículo 28 de esta Constitución.

"VIII. Para dictar leyes sobre ciudadanía, naturalización, emigración e inmigración y seguridad general de la República.

"1º. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Consejo de Ministro, sin intervención de ningún Ministerio, y sus disposiciones generales serán obligatorias en todo el país.

"2º. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, el Departamento de Salubridad tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente del Consejo.

"3º. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del país.

"4º. Las medidas que el Consejo de Salubridad haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de substancias que envenenan al individuo y degeneran la raza, serán después revisadas por la Cámara de Diputados en los casos que le competan.

"IX. Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación y sobre postas y correos; para expedir leyes sobre el uso de aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal.

"X. Para establecer casas de moneda, fijar las condiciones que ésta debe tener, determinar el valor de la extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas.

"XI. Para fijar las reglas a que deba sujetarse la ocupación y enajenación de terrenos baldíos y el precio de éstos.

"XII. Para definir los delitos y faltas contra la Federación de fijar los castigos que por ellos deban imponerse.

"XIII. Para conceder amnistías por delito cuyo conocimiento pertenezca a los Tribunales de la Federación.

"XIV. Para expedir y reglamentar la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor.

"XV. Para constituirse en Colegio Electoral y

nombrar a los Magistrados y Jueces del Distrito Federal y Territorios.

"XVI. Para aceptar las renuncias de los Magistrados y Jueces del Distrito Federal y Territorios y nombrar los substitutos de dichos funcionarios en sus faltas temporales o absolutas.

"XVII. Para establecer escuelas profesionales de investigación científica, de Bellas Artes, de Enseñanzas Técnica, Escuelas prácticas de Agricultura, de Artes y Oficios, Museos, Bibliotecas, Observatorios y demás institutos concernientes a la cultura superior general de los habitantes de la República, entretanto dichos establecimientos puedan sostenerse por la iniciativa de los particulares sin que esas facultades sean exclusivas de la Federación. Los títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata sufrirán sus efectos en toda la República.

"XVIII. Para examinar la cuenta que anualmente debe presentar el Ejecutivo, debiendo comprender dicho examen no sólo la conformidad de las partidas gastadas por el Presupuesto, sino también la exactitud, justificación y comprobación de tales.

"XIX. Para crear y suprimir empleos públicos de la Federación y señalar, aumentar o disminuir sus dotaciones.

"XX. Para reglamentar el modo como deban expedirse las patentes de corso; para dictar leyes según las cuales deban declararse buenas o malas las presas de mar y tierra y para expedir las relativas al derecho marítimo de paz y guerra

. "XXI. Para conocer de las acusaciones que se hagan de los funcionarios públicos por delitos oficiales, y en su caso formular acusación ante la Cámara de Senadores y erigirse en Gran Jurado para declarar si ha o no lugar a proceder contra alguno de los funcionarios públicos que gozan de fuero constitucional cuando sean acusados por delitos del orden común.

"XXII. Para otorgar o retirar su confianza al Presidente del Consejo o a cualquier miembro del Gabinete. En el segundo caso el censurado tendrá obligación de admitir inmediatamente de sus cargo.

"XXIII. Para interpelar al Presidente del Consejo a los miembros del Gabinete sobre cualquier asunto de sus cargo.

"XXIV. Para pedir al Ejecutivo o directamente a cualquier jefe de fuerza auxilios suficientes para garantizar su soberanía e independencia en casos necesarios.

"XXV. Para dar órdenes al Ejército o a las Guardias Nacionales, cuando haya desaparecido el orden legal en el Poder Ejecutivo.

"XXVI. Para prolongar los períodos de sesiones con objeto de tratar asuntos de su exclusiva competencia.

"XXVII. Las demás que le confiere expresamente esta Constitución.

"Artículo 75. La Cámara de Diputados al aprobar el Presupuesto de Egresos no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley, y en caso de que por cualquier circunstancia se omita fijar dicha remuneración, se entenderá por señalada la que hubiere tenido fijada en el Presupuesto anterior o en la ley que estableció el empleo.

"Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

"I. Aprobar los tratados y convenciones diplomáticas que celebre el Presidente del Consejo con las potencias extranjeras.

"II. Ratificar los nombramientos que el Presidente de la República haga de Ministros Plenipotenciarios, Agentes Diplomáticos, Cónsules Generales, generales y demás jefes supremos del Ejército y Armada Nacional en los Términos que la ley disponga.

"III. Ratificar los nombramientos que el Presidente del Consejo haga de los empleados superiores de Hacienda.

"IV. Autorizar al Presidente del Consejo para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del país, el paso de las extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otras potencias por más de un mes en aguas nacionales.

"V. Dar su consentimiento para que el Presidente del Consejo pueda disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos Estados, fijando la fuerza necesaria.

"VI. Declarar cuando hayan desaparecidos todos los poderes constitucionales de un Estado, que es llegado el caso de nombrarle un Gobernador provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales del mismo Estado. El nombramiento del Gobernador se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente del Consejo con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos por la Comisión Permanente conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado no podrá ser electo Gobernador Constitucional en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las Constituciones de los Estados no prevean el caso.

"VII. Erigirse en Gran Jurado para conocer de los delitos oficiales de los altos funcionarios de la Federación.

"VIII. Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los Poderes de un Estado cuando alguno de ellos ocurra con ese fin al Senado o cuando con motivo de dichas funciones se haya interrumpido el orden constitucional mediando un conflicto de armas. En este caso, el Senado dictará su resolución sujetándose a la Constitución General de la República y a la del Estado.

"IX. Las demás que la misma Constitución le concede.

"La ley reglamentará el ejercicio de estas dos últimas facultades.

"Artículo 77. Cada una de las Cámaras puede sin la intervención de la otra:

"I. Dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior.

"II. Comunicarse con la Cámara colegisladora y con el Ejecutivo de la Unión por medio de Comisiones.

"III. Nombrar los empleados y hacer el reglamento interior de su secretaría.

"IV. Expedir convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus respectivos miembros.

"V. Ejercitar todas las funciones que expresamente demarca esta Constitución.

"SECCIÓN IV

"De la Comisión Permanente

"Artículo 78. Durante el receso del Parlamento habrá una Comisión Permanente compuesta de 45 miembros de los 30 serán diputados y 15 senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de las sesiones.

"Artículo 79. La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le confiere estas Constitución, tendrá las siguientes:

"I. Prestar su consentimiento para el uso de la Guardia Nacional en los casos de que habla el artículo 76, fracción IV.

"II. Recibir en su seno la protesta del Presidente de la República, de los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de los Magistrados del Distrito Federal y Territorios, si éstos últimos funcionarios se encontraren en la ciudad de México.

"III. Determinar sobre todos los asuntos que queden sin resolución en los expedientes, a fin de que en el inmediato período de sesiones sigan tramitándose.

"IV. Convocar a sesiones extraordinarias en el caso de delitos oficiales o del orden común cometidos por el Presidente de la República, por el Presidente del Consejo, por los Ministros de Estado o los Ministros de la Suprema Corte, y delitos oficiales federales cometidos por los Gobernadores de los Estados siempre que esté ya instruido el proceso por la Comisión del Gran Jurado; y en todos los casos que lo estime necesario.

"CAPITULO III

"Del Poder Ejecutivo

"Sección I

"Artículo 80. Ejercitará el Poder de la Federación el Presidente de la República por conducto del Consejo de Ministro en la forma que establece esta Constitución.

"Artículo 81. La elección de Presidente de la República será directa y en los términos que disponga la Ley Electoral.

"Artículo 82. Para ser Presidente de la República se requiere:

"I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce de sus derechos e hijo de padres mexicanos por nacimiento.

"II. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.

"III. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección.

"IV. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de ningún culto.

"V. No pertenecer ni haber pertenecido al Ejercito en los 4 años anteriores al día de la elección.

"VI. No haber figurado directa o indirectamente en alguna asonada, motín o cuartelazo.

"Artículo 83. El Presidente de la República entrará a ejercer su cargo el 1o. de diciembre, durará en él 4 años y nunca podrá ser reelecto.

"El ciudadano que substituyere al Presidente Constitucional en caso de falta absoluta de éste, no podrá ser electo Presidente para el período inmediato.

"Tampoco podrá ser reelecto Presidente para el período inmediato el ciudadano que fuere nombrado Presidente Interino en las faltas temporales del Presidente Constitucional.

"Artículo 89. Son facultades y obligaciones del Presidente de la República:

"I. Nombrar al individuo que con carácter de Presidente del Consejo deba formar el Gabinete.

"II. Comunicar al Parlamento, esa designación.

"III. Solicitar, en su caso, de la Cámara de Diputados, la prórroga de tiempo que el Presidente del Consejo considere necesaria para integrar el Gabinete.

"IV. Pedir o aceptar la renuncia del Presidente del Consejo en el caso de que la Cámara de Diputados le retire su confianza a éste.

"En este caso dicha renuncia se considera como presentada por todo el Gabinete y el Presidente de la República deberá nombrar a la persona que deba presidir el nuevo Consejo, dentro de los tres días siguientes a la renuncia del dimitente.

"V. Nombrar los Embajadores, Ministros Plenipotenciarios, Agentes Diplomáticos y Cónsules Generales con aprobación del Senado.

"VI. Nombrar con aprobación del Senado y por conducto del Gran Estado Mayor los generales del Ejército y jefes superiores de la Armada Nacional con arreglo a las leyes.

"VII. Disponer por conducto del Gran Estado Mayor General del Ejército de la fuerza armada permanente de mar y tierra para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.

"VIII. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos previa ley del Parlamento.

"IX. Cuando la Cámara de Senadores no esté en sesiones, el Presidente de la República podrá hacer provisionalmente los nombramientos de que hablan las fracciones V y VI a reserva de someterlos a la aprobación de dicha Cámara cuando esté reunida.

"X. Pedir a la Comisión Permanente que convoque a sesiones extraordinarias cuando él lo juzgue necesario, exponiendo los motivos que amerite tal convocatoria.

"XI. Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los Tribunales Federales y a los sentenciados por delitos del orden común en el Distrito Federal y Territorios.

"XII. Nombrar y remover libremente al Procurador General de la República, a los Gobernadores del Distrito Federal y Territorios, al Procurador General de Justicia del Distrito Federal y Territorios, remover a los empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión cuyo nombramiento o remoción no esté determinada de otro modo en la Constitución o en las leyes.

"XIII. Nombrar a los empleados superiores de Hacienda con aprobación del Senado.

"XIV. Las demás que les confiere expresamente esta Constitución.

"SECCIÓN II

"Del Consejo de Ministros

"Artículo 90. Para el despacho y tramitación de los negocios del Poder Ejecutivo de la Federación habrá un Consejo de Ministros integrado por un Presidente y el número de Ministros que establezcan el Gobierno por una ley, la que distribuirá los negocios que han de estar a cargo de cada Ministerio.

"Artículo 91. Para ser Presidente del Consejo de Ministros se requiere:

"I. Ser miembro del Parlamento y tener 30 años cumplidos.

"II. No haber sido nunca ministro de algún culto religioso.

"Artículo 92. Para ser miembro del Gabinete se requiere:

"I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener 25 años cumplidos.

"II. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de ningún culto.

"III. No haber figurado directa o indirectamente en alguna asonada, motín o cuartelazo.

"Artículo 93. El Consejo de Ministros se constituirá del modo siguiente:

"I. El Presidente de la República nombrará a la persona que con carácter de Presidente del Consejo deba formar el Gabinete dentro de los tres días siguientes a su designación.

"II. Si dentro de este plazo el individuo designado no hubiere podido formar el Gabinete, el Presidente de la República nombrará a una nueva persona, salvo que aquél obtenga de la Cámara de Diputados una prórroga que deberá pedir por conducto del Presidente de la República debidamente fundada. Esta prórroga no podrá exceder de 5 días.

"III. Una vez integrado el Consejo de Ministros, el Presidente de la República lo comunicará a la Cámara de Diputados dando cuenta del personal que lo integra, a fin de que ésta sancione total o parcialmente dicha designación.

"Si el nuevo Gabinete no hubiere obtenido la confianza de la Cámara de Diputados, el Presidente de la República, dentro de los tres días siguientes nombrará una nueva persona que deberá integrarlo en los términos que indica la fracción I.

"IV. Los miembros del Gabinete que no desempeñen puestos públicos, prestarán la protesta ante el Presidente del Consejo en los términos constitucionales.

"V. Una vez constituido el Gabinete, el Presidente del Consejo procederá a dar a conocer su programa político a la Cámara de Diputados.

"Artículo 94. Son facultades y obligaciones del Presidente del Consejo:

"I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Parlamento o la Cámara de diputados proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

"II. Disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación en los términos que previene la fracción IV del artículo 76.

"III. Conceder patentes de corso con sujeción a las bases fijadas por la Cámara de Diputados.

"IV. Dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las potencias extranjeras sometiéndolos a la aprobación del Presidente de la República y a la ratificación del Parlamento.

"V. Pedir a la Comisión Permanente que convoque a sesiones extraordinarias exponiendo los motivos de dicha solicitud.

"VI. Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.

"VII. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación.

"VIII. Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado con arreglo a la ley respectiva a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.

"Artículo 95. Los Ministros del Consejo serán solidariamente responsables de sus actos políticos y administrativos, e individualmente de sus actos personales ante la Cámara de Diputados.

"Artículo 96. Cuando en Consejo de Ministros deban tratarse asuntos de carácter internacional, concurrirán a las juntas el Presidente de la República, el Jefe del Gran Estado Mayor General del Ejército y las Comisiones de Relaciones Exteriores del Parlamento.

"Artículo 97. Los Ministros del Gabinete, luego que se abran los períodos de sesiones ordinarias, darán cuenta al Parlamento, del estado que guarden sus respectivos Ramos.

"Artículo 98. La Cámara de Diputados y la de Senadores podrán citar a los Ministros y al Presidente del Consejo para que informen cuando se discuta una ley, se estudie un negocio relativo a su Ministerio, o cada vez que lo estimen conveniente.

"Artículo 99. Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente del Consejo deberán estar firmados por el Ministro del Ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos. Los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente del Consejo, relativos al Gobierno del Distrito Federal y a los Departamentos Administrativos, serán enviados directamente por aquél al Gobernador del Distrito o al Jefe del Departamento respectivo.

" TITULO IV

"De la responsabilidad de los funcionarios públicos

"Artículo 108. El Presidente del Consejo, los miembros del Gabinete, los senadores y diputados del Parlamento, los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Procurador General de la República, son responsables por los delitos, faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de su cargo, y por los delitos comunes que cometan durante el tiempo de ese mismo cargo.

"Los Gobernadores de los estados y los diputados a las Legislaturas Locales son responsables por violaciones a la Constitución y leyes federales.

"El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por violaciones a la Constitución y leyes federales, por traición a la Patria y delitos graves del orden común.

"Artículo 109. Si el delito fuere común, la Cámara de Diputados, erigida en Gran Jurado, declarará por mayoría absoluta de votos del número total de los miembros que la formen, si ha o no lugar a proceder contra el acusado.

"En caso negativo no habrá lugar a ningún procedimiento ulterior y no podrá volverse a instruir proceso al acusado por el mismo delito, ni durante el tiempo de su encargo, ni cuando haya dejado de tener fuero.

"En caso afirmativo, el acusado queda por el mismo hecho separado de su encargo y sujeto desde luego a la acción de los Tribunales comunes, a menos que se trate del Presidente de la República, pues en tal caso sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores, como si se tratare de un delito oficial

. "Artículo 2º. Pasa a ser artículo transitorio la parte final de la fracción IV del inciso IV del artículo 73, que dice:

"A partir del año de 1923, los Magistrados y los Jueces a que se refiere este inciso, sólo podrán ser removidos de sus cargos si observan mala conducta y previo el juicio de responsabilidad respectiva, menos que sean removidos a empleo de grado superior. A partir de la misma fecha, la remuneración que dichos funcionarios percibirán por sus servicios, no podrán ser disminuida durante su cargo."

"Artículo 3º. Se reforman todos los artículos constitucionales que mencionen al Congreso General, substituyendo esta designación con la de Parlamento.

"Artículo 4º. Los artículos marcados actualmente en la Constitución con los números 94 y siguientes, cambiarán su numeración por la que les corresponda, después de hacerse las adiciones y reformas mencionadas en los artículos anteriores.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos diez y siete.- L. Sánchez Pontón.- A. Manrique.- F.C. Manjarrez.- R. Aveleyra.- Rafael Martínez de Escobar.- Miguel Alonzo Romero.- J. M. A. del Castillo.- M. García Vigil.- A. Cienfuegos y Camus.- J. B. Treviño.- M. A. Peralta.- A. Ruiz Estrada.- E. Neri.- Salvador Saucedo.- López Lira.- José Luis Figueroa.- José Rivera.- J. R. Padilla.- J. Ramírez Garrido.- A. Magallón.- B. Vadillo.- Justo González.- J. M. González.- J. Siurob.- G. Padrés.- J. C. Cruz.- Antonio Navarrete.- Rafael Márquez.- E. Gómez S.- J. R. Lizalde.- Ernesto Aguirre.- J. C. Saucedo.- Francisco Arreola R.- Aarón Sáenz.- G. Malpica.- F. M. de Escobar.- M. Hernández Garibay.- S. G. García.- J. C. Echeverría,- Vega Sánchez.- Benito Ramírez G.- J. Aguirre Escobar.- Enrique Sánchez Tenorio.- Alfonso Pardo.- J. T. Reynoso.- Juan A. Ruiz.- M. Rueda Magro.- Antonio Ancona Albertos.- Pedro Ramírez.- A. Pruneda.- J. P. Alejandre.- M. Gómez.- J. Jesús Ibarra." - A las Comisiones unidas de Puntos constitucionales, e imprímase.

- El mismo C. Secretario: "Comisión de Estilo. - Minuta.- Proyecto de ley sobre Deuda Agraria de los Estados.

"Artículo 1º. Se faculta a los Gobernadores de los Estados de la República para crear su Deuda Agraria, de conformidad con el inciso (e), fracción VII del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tan pronto como las Legislaturas respectivas hayan expedido las leyes necesarias para la creación de la propiedad menor, por el fraccionamiento de los latifundios.

"Artículo 2º. La Deuda Agraria de los Estados estará representada por los bonos agrarios de una emisión única en cada Entidad, y su monto se calculará en la suma necesaria para el pago de todas las propiedades mayores que deban fraccionarse en cada Estado.

"Artículo 3º. Los bonos agrarios de los Estados estarán sometidos a las siguientes bases:

"(a) Los bonos se destinarán exclusivamente al pago de los terrenos que fuere necesarios expropiar a fin de constituir la propiedad menor.

"(b) Los bonos emitidos se harán en denominaciones de cien; quinientos, mil, cinco mil y diez mil pesos;

"(c) El nombre que recibirán estos bonos será el de "Bonos Agrarios del Estado de...";

"(d) El plazo para la amortización de los bonos agrarios no será menor de veinticinco años y el interés que devengarán los bonos mencionados será de cuatro por ciento, incluyendo la parte correspondiente a la amortización;

"(e) El cobro de intereses y de amortización se hará por semestres, debiendo llevar los bonos cupones desprendibles o perforables para los pagos semestrales. El pago empezará a hacerse a contar del segundo año de contraída la deuda.

"Artículo 4º. El fondo de interés y amortización de los bonos agrarios se constituirá:

"I. Por medio de sumas asignadas en el Presupuesto de Egresos del Estado respectivo.

"II. Por medio de las cantidades pagadas anualmente al Estado por los adjudicatarios de fracciones de latifundios, a contar del segundo año de la adquisición, cantidades que serán proporcionadas a la deuda, con sus intereses, de cada fraccionista, calculando su pago total en un plazo no menor de veinte años.

"Artículo 5º. También podrán amortizarse los bonos agrarios, admitiéndolos a la par:

"(a) En un tanto por ciento que se fijará en cada Entidad Federativa, como pago de contribuciones al Estado;

"(b) En un tanto por ciento que se fijará en cada Entidad Federativa como pago, por parte del fraccionista al Estado, del valor de la parcela obtenida.

"Artículo 6º. La emisión de los bonos agrarios de los Estados, sólo se hará en forma de pagos al propietario de terrenos expropiados, de entera conformidad con el párrafo II de la fracción VII del

artículo 27 de la Constitución General de la República.

"Artículo 7º. Los bonos agrarios estarán garantizados con la hipoteca de las tierras respectivas, y tendrán además la garantía del Gobierno del Estado que los emita, el cual publicará semestralmente nota de las propiedades fraccionadas y de las parcelas adjudicadas, así como del servicio de amortización de su Deuda Agraria y de los intereses de ella.

"Artículo 8º. Sobre las bases de esta ley se autoriza a los Gobiernos constitucionales de los estados para proceder, desde luego, a la impresión de los bonos agrarios de cada Entidad, los cuales empezarán a pagar cuando las Legislaturas respectivas, cumpliendo con la fracción VII del artículo 27 constitucional, hayan legislado sobre el fraccionamiento de la gran propiedad.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 29 de diciembre de 1917.- E. Céspedes.- A Manrique."

Está a discusión la minuta. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.

El C. Cepeda Medrano: ¡Que la funden! ¿Es un proyecto de ley?

El C. Presidente: En una minuta de ley que presenta la Comisión de corrección de Estilo solamente para la cuestión de redacción.

- El mismo C. Secretario: ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

El C. Cepeda Medrano: No hay quórum, señor Presidente.

El C. Sánchez Tenorio: Sí hay quórum. Solamente un espíritu obstruccionista puede obligar al C. Cepeda Medrano a decir que no hay quórum.

El C. Presidente: Se va a mandar llamar a los señores diputados que se encuentran en los pasillos.

- El mismo C. Secretario: "H. Asamblea:

"El subscripto, diputado por el 9o. distrito electoral del Estado de Veracruz, tiene el honor de manifestar a Vuestra Soberanía que haciendo uso de la licencia otorgada a los miembros de esta Cámara, desempeñará una comisión del Ejecutivo y, en consecuencia pide, por lo tanto, con dispensa de todo trámite, por ser de obvia resolución, la aprobación del siguiente acuerdo:

"Llámese al C. Augusto Aillaud, suplente por el 9o. distrito de Veracruz, para que otorgue la protesta de ley."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México a 29 de diciembre de 1917.- Josafat Márquez."

(Voces: ¡Que la funde!)

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobada.

El C. Lailson Banuet: Reclamo la votación.

El C. Presidente: Si insiste Su Señoría en reclamar la votación, la Secretaría va a preguntar nuevamente si se dispensan los trámites.

- El mismo C. Secretario: Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie, en la inteligencia de que se necesitan las dos terceras partes. Sí se dispensan los trámites. En votación económica se pregunta si se concede la licencia. Sí se concede.

- El mismo C. Secretario: "Señor:

"El que subscribe, diputado por el 10o. distrito electoral del Estado de México, ante Vuestra Soberanía manifiesta con todo el respeto debido, que no habiendo solicitado ninguna licencia durante la actuación de la XXVII Legislatura, no ha tenido tiempo de arreglar varios asuntos que tiene pendientes para el distrito que representa; que todos esos asuntos los tiene reservados para ocuparse de ellos durante el receso y que por tales causas tendrá que salir de esta capital.

"Ahora bien, como en la sesión celebrada ayer quedó designado miembro de la 2a. Comisión Instructora del Gran Jurado, y, según las razones que anteriormente ha manifestado, tiene que salir de esta ciudad, se permite ponerlo en vuestro conocimiento para que, en cumplimiento de lo prevenido por el artículo 82 del Reglamento de la Cámara, se proceda a la insaculación correspondiente, para que sea substituido en la Comisión de referencia.

"México, diciembre 29 de 1917.- José Federico Rocha."- Procédase a la insaculación.

"H. Asamblea:

"El que subscribe, Presidente de la 1a. Sección Instructora del Gran Jurado, ante Vuestra Soberanía, por el presente ocurre a exponer:

"Que teniendo necesidad de ausentarse de esta capital durante el período del receso que se inaugura el 1o. del entrante mes de enero, circunstancia que me coloca dentro del texto de la segunda parte del artículo 82 del Reglamento del Congreso, solicito se haga el nombramiento de la persona que deba substituirme

. "Protesto lo necesario.

"México, a 29 de diciembre de 1917.- E. L. Céspedes."- Procédase a la insaculación.

El C. Manrique: Para una moción de orden, señor Presidente: Con objeto de evitar que vuelva a repetirse lo que acaba de suceder, que se insacule a personas que momentos después no digan que también, como aquellos que se excusaban, han de salir de la capital y, en consecuencia, no podrán desempeñar el cargo, yo creo que es conveniente que la Secretaría, antes de proceder a sortear los nombres de los señores diputados insaculados, solicite de ellos que nos manifiesten aquí, públicamente, si han de permanecer en la ciudad o salir de ella, porque de lo contrario, si sale otra persona, mañana podrá excusarse, y éste será tiempo perdido.

El C. Presidente: La Mesa se permite manifestar al C. Manrique, que los ciudadanos diputados que forman parte de la Secciones Instructoras

del Gran Jurado, están autorizados, conforme al Reglamento, para comunicar a la Cámara si van a permanecer o no durante el receso en esta capital, y mientras duren las sesiones de este período, la Mesa tiene que proceder a la insaculación; cuando este período termine, probablemente no podrá concedérseles licencia a los ciudadanos diputados que soliciten separarse.

El C. Secretario Alonzo Romero: Se procede a la insaculación, en la inteligencia de que los señores diputados que a continuación va a leer la Secretaría, son los que existe: Carlos R. Montiel, Gonzalo Lechuga Val, Juan A. Ruiz, Pablo García, José Gaitán, Rafael Martínez y Cosme Dávila.

El C. Ruiz Juan A.: Pido la palabra, señor Presidente: Para manifestar a la Presidencia que yo salí electo para formar parte de una Comisión del Gran Jurado, y creo no poder formar parte de ella.

El C. Presidente: En vista de los manifestado por el C. Ruiz, ya se le suprime de la lista. Se invita al C. Cecilio Garza González para que pase a la Mesa para sacar a los jurados insaculados. (El C. Garza González sacó una cédula): Gonzalo Lechuga Val. (El C. Garza González sacó otra cédula): En virtud de haberse excluido al C. Juan Ruiz A., y ser el segundo que ha salido, se va a proceder a la repetición. (El C. Garza González sacó otra cédula): Rafael Martínez. Gonzalo Lechuga Val y el C. Rafael Martínez, substituirán a los CC. Rocha y Céspedes

- El mismo C. Secretario: "Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27 constitucional.

"H. Asamblea:

"Para su estudio, fue turnada a la subscripta Comisión Especial de Reglamentación del artículo 27, la iniciativa de la Legislatura del Estado de Zacatecas, proponiendo que se autorice a aquel Estado para crear su deuda agraria, a efecto de fraccionar los latifundios y dar origen a la pequeña propiedad.

"Como esta H. Cámara ha aprobado ya un proyecto de ley relativo a la misma materia a que se refiere en su iniciativa la Legislatura dicha, cree la Comisión subscripta, que no procede ya la autorización especial pedida por el Congreso local del Estado de Zacatecas y, por virtud de esto, proponemos a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la H. Legislatura de Zacatecas que ya esta H. Asamblea ha aprobado un proyecto de ley, autorizando a los Estados para crear su deuda agraria."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 28 de diciembre de 1917.- La Comisión dictaminadora, Miguel Alonzo Romero.- B. Vadillo.- A. Cienfuegos y C."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario: "Comisiones unidas de Puntos Constitucionales....." (Desorden campanilla.)

El C. Presidente: La Mesa suplica a los señores diputados se sirvan presentar atención al dictamen a que se va a dar lectura por la Secretaría, por ser de importancia.

- El mismo C. Secretario: "Comisiones unidas de Puntos Constitucionales.

"Señor:

"La II. Cámara de Senadores aprobó, con fecha 23 de noviembre del año en curso, un proyecto de ley que consta de dos artículos; en el primero, se pide que se constituya el Congreso de la Unión en Colegio Electoral, a fin de cubrir las vacantes de Magistrados y Jueces de Primera Instancia del Distrito Federal y territorios, haciendo los nombramientos respectivos, con el carácter de interinos; y en el segundo, se establecen los requisitos que deben reunir los electos, mientras se expide la Ley Orgánica del Fuero Común, que debe regir en esas Entidades Federativas.

"Estamos de acuerdo las Comisiones dictaminadoras en que se aprueba el proyecto de la ley relativo, pero creemos que debe preverse, en caso de que durante el receso del Congreso de la Unión, puedan presentarse casos de falta temporal o absoluta de los Jueces de Primera Instancia, sin que se pueda saber que autoridad debe hacer los nombramientos de dichos funcionarios, por la falta de la expedición de la Ley Orgánica.

"Creemos que, supuesto que el artículo 73, fracción VI, inciso IV, párrafo 2o. de la Constitución, establece que la Ley Orgánica dicha, determinará la autoridad que debe hacer los nombramientos en los casos de falta temporal o absoluta de los Jueces de Primera Instancia, no hay inconveniente en conceder esa prerrogativa, mientras la Ley Orgánica que se expida no diga otra cosa, a la Comisión permanente del Congreso de la Unión, ya que, constitucionalmente, tiene facultades para nombrar los magistrados en los mismos casos, y debe observarse la regla de derecho que dice: "quien puede lo más, puede lo menos."

"Por tanto, con dispensa de trámites, proponemos a Vuestra Soberanía para su aprobación, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo 1º. Constitúyase el Congreso de la Unión en Colegio Electoral, a fin de cubrir las vacantes de los Magistrados y Jueces de Primera instancia del Distrito Federal y Territorios, haciendo los nombramientos respectivos con el carácter de interinos.

"Artículo 2º. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, durante el receso de éste, nombrará, también con el carácter de interinos, a los Magistrados y Jueces de Primera Instancia que falten temporal o absolutamente.

"Artículo 3o. Entretanto se expide la Ley Orgánica de la Administración de Justicia, serán requisitos indispensables para ser Magistrado o Juez; ser ciudadano mexicano y tener título de abogado, con cinco años de ejercicio de la profesión."

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión - México, 29 de diciembre de 1917,- M. Rueda Magro.- Rafael Martínez de Escobar.- L. Sánchez Pontón.- E. Araujo."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Sí se dispensan los trámites. (Voces: ¿No, no!)

El C. Rocha: Reclamo la votación.

El C. Rueda Magro: Pido la palabra para fundar la dispensa de trámites.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rueda Magro.

El C. Rueda Magro, miembro de la Comisión: Señores diputados: Es absolutamente urgente la aprobación de esta ley que viene del Senado, supuesto que trata de ver si es posible que antes de que se concluya el actual período de sesiones, se suplan las vacantes de un Magistrado del Tribunal Superior y dos Jueces de Instrucción. El señor licenciado Sánchez, senador representante de Oaxaca en la Cámara alta, demostró ante Vuestra Soberanía de absoluta urgencia de expedir la Ley Orgánica del Fuero Común, y, sin embargo, el día de ayer ha votado en contra de que se discuta esta ley.

Nosotros, miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, estamos de acuerdo en los dos artículos que aprobó la Cámara de Senadores y solamente hacemos una adición para el objeto de que durante el receso surgen vacantes absolutas o temporales, pueda la Comisión Permanente hacer nombramientos provisionales entretanto se reúnen las nuevas Cámaras. En esta virtud, solicito de Vuestra Soberanía que se sirva dispensar los trámites a esta ley para que se apruebe o se rechace inmediatamente.

El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie, si tienen la bondad. Sí se dispensan los trámites. (Voces: ¿No, no!)

El C. García de Alba: Reclamo la votación.

El C. Neri: El señor García de Alba está equivocado, únicamente se necesitan las dos terceras partes cuando se presenta una proposición por la primera vez y se pide que se dispensen los trámites para que pase a Comisión; pero aquí se trata de dispensar solamente la segunda lectura.

El C. Presidente: Siendo exacto lo manifestado por el señor diputado Neri, yo creo igualmente que no se necesitan las dos terceras partes por tratarse de la dispensa de la segunda lectura de un dictamen de la Comisión. (Voces: ¡No, no!) La Mesa invita al C. García de Alba a que señale el artículo del Reglamento que previene lo contrario.

El C. García de Alba: En todas las votaciones de dispensa de trámites deben ser las dos terceras partes; quiero que se me señale el artículo que diga lo que expresa el señor licenciado Neri.

El C. Presidente: ¿El ciudadano diputado García de Alba insiste en reclamar la votación de que no hay mayoría manifiesta? La Mesa manifiesta que visiblemente hay las dos terceras partes de pie.

El C. Secretario Alonzo Romero: La Mesa, por conducto de la Secretaría, declara que están dispensados los trámites. Esta a discusión en lo general. No habiendo quien hago uso de la palabra, se procede a la votación nominal en lo general.

El C. Prosecretario Limón: Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Sánchez Tenorio: Por la negativa.

(Se procedió a recoger la votación.)

El C. Presidente, durante la votación: Como visiblemente los ciudadanos diputados de la derecha están descompletando el quórum, si los diputados siguen saliendo del salón, se levantará la sesión.

(Se siguió recogiendo la votación)

El C. Presidente, a la 7.13 p. m.: Como del resultado de la votación se ve que no hay quórum, se constituye la cámara en junta previa hasta que se integre.

El C. Secretario Portes Gil, pasados algunos minutos: La Mesa advierte a los ciudadanos diputados que ya no se tratará en esta sesión el asunto que se estaba discutiendo, a fin de que los que no quieran aprobarlo vuelvan al salón y completen el quórum, siquiera para ocuparnos de otros asuntos.

El C. Presidente: Se nombra en Comisión a los ciudadanos diputados Martínez de Escobar y Manrique, por una parte; y, por otra, a los CC. Sánchez Tenorio y Cruz José C. para que inviten a los ciudadanos diputados que están fuera a que vuelvan a ocupar sus curules, y se comisiona también a los CC. Rocha y García Pablo con igual objeto.

El C. Prosecretario Limón: Se procede a pasar listas (Pasó lista.) Hay una asistencia de 126 ciudadanos diputados; hay quórum.

El C. Presidente, a las 7.23 p. m.: Se reanuda la sesión y tiene la palabra el C. Rueda Magro.

El C. Rueda Magro: Ciudadanos diputados: Las Comisiones de Puntos Constitucionales habían dictaminado en el expediente que vino de la H. Cámara de Senadores, en el sentido de que constituyeran las Cámaras en Congreso General para hacer la elección de un Magistrado y dos Jueces de Instrucción que están faltando. Esto es absolutamente indispensable, porque hace muchos meses que la 2a. Sala no funciona, habiendo individuos que están bajo la acción de la justicia y bajo la férula de los Jueces que han renunciado, sin que tengan ahora quien tramite sus causas. En consecuencia, si este proyecto de ley que hemos presentado si se aprobase hoy y pasara al Senado para su sanción, podría el Congreso General reunirse el próximo lunes con objeto de cubrir las vacantes que existen con notorio perjuicio de la justicia. Se daba facultad a la Comisión Permanente para el caso de que resultase alguna vacante, no para hacer ningún nombramiento, porque no puede admitir renuncias, en consecuencia si no admitir renuncias mal podrá exigirlas y hacer nombramientos, solamente para el caso de muerte o para algún caso accidental que pudiera presentarse; sin embargo, como comprendemos que es absolutamente imposible que pase esta ley, por la marcada hostilidad de las derechas, la retiramos y que las responsabilidades vengan sobre quienes vinieren, si es que la justicia continúa como en la actualidad está. (Voces: ¿No, no!)

El C. Sánchez Tenorio: Me opongo a que se retire.

El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede permiso a la Comisión para retirar el dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se concede el permiso.

El C. Rueda Magro: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rueda Magro: Para suplicar que se

suspenda la discusión de esta ley, entretanto vemos si es posible ponernos de acuerdo con todos los señores diputados, a fin de ver si por patriotismo aprueban o no esta ley.

El C. Secretario Alonzo Romero: En votación económica se pregunta a la Asamblea si concede a la Comisión que se suspenda la discusión de este dictamen. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Si se concede el permiso.

El C. Presidente: Teniendo que clausurarse en cumplimiento de un precepto constitucional el próximo día 31, el período ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio de la XXVII Legislatura del Congreso de la Unión, la Mesa designa en comisión para que lo participen así al Senado, a los CC. Ruiz Estrada, Figueroa, Aguirre Crisoforo, Mendoza Francisco, Olivé, y Secretario Magallón; para que lo participen al ciudadano Presidente de la República, a los CC. Neri Eduardo, Martínez de Escobar Rafael, Moctezuma José, Peña Aurelio, Cantú José y Secretario Aranda, y para que lo participen a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los CC. Román Alberto, Reynoso, Cravioto, Castañeda, Ruiz Juan A. y Prosecretario Sánchez Tenorio.

El C. Secretario Alonzo Romero: El ciudadano diputado Aurelio Manrique y numerosos ciudadanos diputados más, presentan una proposición para aumentar en trescientos mil pesos la partida número 9,515 del Presupuesto de Egresos para 1918, dedicados al fomento de las obras de irrigación en San Luis Potosí,- A la Comisión de Presupuestos.

- El mismo C. Secretario: La Mesa manifiesta a la Asamblea que la sesión del Congreso General del lunes próximo será a las cinco de la tarde.

- El mismo C. Secretario: El ciudadano diputado J. R. Lizalde y numerosos ciudadanos diputados más, presentan una proposición para aumentar la partida 9,515 del Ramo octavo del Presupuesto, en la cantidad de cien mil pesos, destinados a la construcción de tres presas en el Estado de Zacatecas.- A la Comisión de Presupuestos.

"Secretaría de Estado y del Despacho de Guerra y Marina.- Departamento de Establecimientos Fabriles e Industriales Militares.- Escuela y Talleres de Aviación.- Sección Administrativa.

"Debidamente autorizado por el ciudadano general, Jefe del Departamento de Establecimientos Fabriles e Industriales Militares, tengo la honra de dirigir a usted esta comunicación, para que, por su digno conducto, haga en mi nombre a ese H. Cuerpo Legislativo que usted preside, una formal invitación para una visita a la Escuela y Talleres de Aviación, en donde se efectuarán algunos vuelos en su honor el día 3 de enero de 1918, a las siete y media a. m.

"Para tal objeto, y en caso de que la H. Cámara de Diputados se digne aceptar esta invitación, haré los arreglos necesarios a fin de que a las siete en punto del día fijado estén en la plaza de la Constitución dos tranvías especiales a disposición de tan distinguidos visitantes.

"Había sido mi intención desde hace tiempo el invitar a los señores diputados de la Unión a la Escuela y Talleres que presido; pero en vista de que estaba por tratarse en el seno de la H. Asamblea el Presupuesto de dicho Establecimiento, creí que podría ser mal interpretada mi intención, y es por eso que ahora, al haber terminado el Congreso su período ordinario de sesiones, me permito hacerla para que cada uno de los miembros de esa H. Asamblea pueda llevar al punto de la República que representa la buena nueva de que en México se trabaja con entusiasmo y con éxito en la industria indiscutiblemente más moderna que se conoce, y, por lo mismo, de algo que interese a la República entera.

"Protesto a usted, señor Presidente, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Constitución y Reformas.- México, diciembre 29 de 1917.- A. Salinas, coronel director.- Al ciudadano Presidente del H. Congresos de la Unión, general Aarón Sáenz.- Presente."

El trámite es: Que se haga del conocimiento de los ciudadanos diputados para que asistan los que gusten.

El C. Hay: Pido la palabra.

- EL C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Hay: Señores diputados: Me permito reforzar la invitación cordial que ha hecho a esta Cámara el coronel Salinas para visitar los campos y talleres de aviación, porque se trata de que os deis cuenta de la nueva arma de que dispondrá el Ejército Nacional, la que es de mucha importancia; y no sólo por eso, sino porque hay que observar los progresos alcanzados, resultando muy conveniente que cada uno de vosotros lleve a sus Estados la buena nueva de que aquí en México se está haciendo una labor tan perfecta en lo relativo a aeroplanos, como la que puede efectuarse en cualquier país del mundo. Esto no es una echada, como vulgarmente se dice, es la verdad; y para que podáis convenceros de ello, es preciso que vayáis a los campos y talleres de aviación para convenceros por vuestros propios ojos. Es algo admirable, algo que no tenemos en ninguna parte de la República; son unos talleres modelo. Creo que es un acto de justicia el que hacemos a esos luchadores que continuamente están exponiendo su vida para ofrendarla en un día determinado a la Patria; es un homenaje de simpatía y un acto de cordialidad el que esta Cámara ejecutarán al aceptar la invitación que con toda cordialidad también se le ha hecho. Por eso ruego a los señores compañeros que no falten y que se despeguen de las sábanas el jueves 3, bastante temprano, para poder estar listos a las siete de la mañana, que es la hora de la salida de los tranvías, porque es mejor hora para que se efectúen los vuelos en el Valle de México, a efecto de que puedan presenciar esos interesantes vuelos.

El C. Siurob: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Me permito sugerir la

conveniencia que se conteste dando las gracias por la invitación que nos hace.

El C. Secretario Portes Gil: La Mesa ya iba a hacer del conocimiento de la Asamblea el trámite de este asunto, que es como sigue: "Que se haga del conocimiento de los señores diputados y que se conteste de enterado con agradecimientos."

- El mismo C. Secretario: Los ciudadanos diputados J. C. Saucedo y Dionisio Zavala, apoyados por varios ciudadanos diputados más, presentan una proposición para que se aumente la partida 9,515 del Presupuesto en la cantidad de $400,000.00, destinados a la construcción de la presa de Santiago, de Aguascalientes.- A la Comisión de Presupuestos.

- El Mismo C. Secretario: En virtud de que la hora es bastante avanzada y de que están pendientes en cartera tres proyectos de ley, uno relativo al reconocimiento de estudios de la Escuela Médica Militar; otro relativo a la Ley Sobre Caminos Carreteros, del C. Andrés Ortiz, y otro que se refiere a la extención de derechos de unas placas para las calles de la ciudad de Puebla, la Mesa se permite consultar a la Asamblea si se suspenda la lectura de estos proyectos de ley, a fin de proceder a la elección de la Comisión Instaladora para la XXVIII Legislatura y para el nombramiento de los miembros de la Comisión Inspectora de la Contaduría. Mayor, en la inteligencia de que la Mesa hace esta consulta, porque una gran mayoría de ciudadanos diputados están viniendo con iniciativas y más iniciativas y no se ha podido dar curso a los asuntos para que fue citada esta Asamblea.

- El C. Zubaran Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Zubaran: Yo suplico a la Mesa que consulte a la Asamblea acerca de la petición que hay allí de una señora Puga relativa a la exención de derechos de unas placas para la ciudad de Puebla; que se ponga desde luego a discusión inmediatamente, porque de otra manera no tendrá efecto; el asunto a que me refiero tiene precedentes y en el dictamen de la Comisión en que se autoriza la exención de derechos de esas placas, que son de utilidad pública, se pone un artículo económico en que se comunica al Ayuntamiento que han sido exceptuadas del pago de derechos.

El C. presidente: La Mesa se permite manifestar a la Asamblea que, conforme a la orden del día, debe procederse hoy a la elección de la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura y de los miembros de la Comisión Inspectora; la Mesa está dispuesta a cumplir con la orden del día y suponer los asuntos en cartera, porque se han hecho interminables las solicitudes presentadas. Espero que la Asamblea manifestará estar de acuerdo con el trámite de la Mesa. (voces: ¡Sí, sí!)

El C. Zubaran: El dictamen relativo a la exención de ...

El C. Presidente, interrumpiendo: El trámite de la Mesa es que se proceda a la votación.

El C. Secretario Portes Gil: Los diputados que aprueban el trámite de la Mesa se servirán poner de pie. Aprobado. Se consulta a la Asamblea si en una sola votación se nombran tanto a los miembros de la Comisión Inspectora, como a los de la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se hará una sola votación. Se va a proceder a ella.

El C. Hay: ¡Moción de orden! Pido que nombre la Mesa personas que vigilen sus manejos, para evitar cualquiera duda y desconfianza.

El C. Presidente: La Mesa invita a un ciudadano diputado de cada bloque con objeto de que pasen a la Mesa a presenciar la votación, en la inteligencia de que las cédulas de la Comisión Instaladora se depositarán en la ánfora de la izquierda; y las de la Comisión Inspectora, en la de la derecha.

(Se recogieron las votaciones.)

El C. Secretario Portes Gil: Se procede a hacer el cómputo de los votos.

El C. Hernández Garibay, interrumpiendo: Para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra para una moción de orden.

El C. Hernández Garibay: Con el objeto de evitar pérdida de tiempo, yo me permito sugerir a la Mesa que se haga la votación lo mismo que en la mañana; nomás "derechas" e "izquierdas," y apartándose las que estén cambiadas.

El C. Presidente: La Mesa invita a los ciudadanos diputados que pertenecen a los distintos bloques, a que pasen a presenciar el cómputo de los votos. Se invita al C. García de Alba. (Voces de las izquierdas: ¡Uuuh! Murmullos)

El C. García de Alba: Declino el honor que me hace la Presidencia.

El C. Aguirre Colorado: Pido la palabra. Me extraña sobremanera que la Mesa tome semejantes acuerdo, supuesto que la Asamblea la ha designado y ha tenido en ella amplia confianza.

El C. Presidente: Continúa el recuento de votos. (Los ciudadanos Prosecretarios Sánchez Tenorio y Limón verificaron el recuento.)

El C. Secretario Aranda: El resultado de la votación es el siguiente: Para la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura; Presidente, C. Aarón Sáenz, obtuvo 99 votos; el doctor Siurob, para Vicepresidente, 99 votos; el doctor Alonzo Romero, para primer Secretario, 99 votos; el C. Guajardo Candor, para segundo Secretario, 99 votos. El C. Cravioto, 32 votos; Francisco Medina, 32 votos; Blancarte, 32 votos; Manzano 32 votos.

El C. Rueda Magro: El resultado de la votación para miembros de la Comisión Inspectora de Hacienda, es el siguiente:

Arreola Rubio, 98 votos; Porfirio del Castillo, 96; Cienfuegos y Camus, 98; Sepúlveda Roberto, 1, para el lugar que ocupa el C. Porfirio del Castillo; y Miguel Peralta, para el mismo lugar, 1; (toses) Céspedes, 33; Mariel, 33; Ortiz Andrés, 33.

El C. Presidente: La Presidencia declara que han sido electos para integrar la Comisión Instaladora de la XXVIII Legislatura, los CC. Sáenz, como Presidente; Siurob, como Vicepresidente; Alonzo Romero, como primer Secretario, y Candor

Guajardo, como segundo Secretario. y para integrar la Comisión Inspectora de Hacienda, los ciudadanos Cienfuegos, Arreola y Porfirio del Castillo.

El C. Secretario Aranda: "Orden del día 30 de diciembre, a las 10 a. m.: Discusión del proyecto de ley autorizando al Ejecutivo para disolver la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec.

" Continúa la discusión del Presupuesto de Egresos."

El C. Manrique: Para una moción de orden.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Manrique: Yo me permito suplicar a la Presidencia que por conducto de la prensa se haga saber que mañana tendremos sesión, teniendo en cuenta que la mayor parte de los diputados se han ausentado del salón. (Voces: ¡Ya lo saben! Murmullos.)

El C. Presidente, a las 8.25 p. m.: Se levanta la sesión y se cita para mañana, a extraordinaria, a las diez de la mañana.