Legislatura XXVIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19180826 - Número de Diario 7

(L28A1P1oN007F19180826.xml)Núm. Diario:7

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 26 DE AGOSTO DE 1918

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XXVIII LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 7

SÉPTIMA JUNTA PREPARATORIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EFECTUADA EL DÍA 26 DE AGOSTO DE 1918

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Son aprobados los dictámenes correspondientes a los siguientes Distritos: 1o. de Campeche, 4o. de Puebla, y 1o. de Sonora.

3.- A discusión el dictamen por el 15 Distrito Electoral del Estado de México. Es presentada una moción suspensiva que es tomada en consideración y aprobada.

4.- Son aprobados los dictámenes por el 11 Distrito de Jalisco y el 2o. de Sonora, previa discusión.

5.- Discusión del dictamen por el 6o. Distrito Federal. Es aprobado nominalmente.

6.- Es discutido y retirado por la Comisión, el dictamen que se refiera al 17 Distrito del Estado de Guanajuato. Es desechada una proposición del C. Rivera Cabrera. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. MONTES FEDERICO

(Asistencia de 136 ciudadanos presuntos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.42 p.m.: Se abre la sesión.

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XXVIII Congreso de la Unión, celebrada el día veinticuatro de agosto de mil novecientos diez y ocho.

"Presidencia del C. Federico Montes.

"En la ciudad de México, a las cuatro y cincuenta y siete de la tarde del sábado veinticuatro de agosto de mil novecientos diez y ocho, con asistencia de ciento veintiocho ciudadanos representantes, según consta en la lista que pasó el C. Secretario Araujo, se abrió la Junta.

"El mismo C. Secretario, leyó el acta de la Junta celebrada el día veintitrés de los corrientes, que se aprobó sin debate, y en seguida se dio cuenta con una proposición signada por los CC. Siurob, Saucedo y Vadillo, tendente a que se suspendiera la disposición del ciudadano Presidente de las juntas preparatorias, que previene se registre en las puertas de esta Cámara a las personas que concurran a las galerías. Dicha proposición fue fundada por el primero de sus firmantes.

"Presidencia del C. Enrique Parra.

"El C. Montes abandonó la Presidencia y pasó a la tribuna para exponer las razones en que se había fundado para dictar esa medida, y pidió a la Asamblea desechara la proposición, a fin de que la Presidencia suspendiese la orden dada cuando lo juzgara conveniente. El discurso del C. Montes fue interrumpido por una voz que se escuchó en las galerías, lo que dio lugar a una moción de orden del C. Díaz González, y a que la Presidencia ordenara la salida de la persona que interrumpió al C. Montes.

"La Asamblea acordó no tomar en consideración la proposición de referencia, y acto continuo la Secretaría pasó a dar cuenta con los dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales que en seguida se enumeran, y los cuales se aprobaron sin debate, a excepción de los relativos al 8o. Distrito de Zacatecas y al 3o. de Tabasco, que dieron lugar a las discusiones que en su oportunidad se describen, después de las cuales, asimismo, fueron aprobados.

"Del 4o. grupo de la Comisión. Elecciones en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Chihuahua. Diputado propietario, C. Alejandro Velázquez; diputado suplente, C. Jesús Gómez Salas.

"Del 3er. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 5o. Distrito Electoral del Estado de Durango. Diputado propietario, C. Marino Castillo Nájera; diputado suplente, C. Antonio Fernández.

"Presidencia del C. Federico Montes.

"Del 4o. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 3er. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo. Diputado propietario, C. Pablo Aguilar; diputado suplente, C. Carlos Hoyo.

"Como después de la votación que aprobó el dictamen anterior, el público hiciese manifestaciones, la Presidencia lo llamó al orden, dando lugar este incidente, a una aclaración del C. Siurob y a que el C. Vadillo contestara una alusión personal. Los conceptos de ambos motivaron aclaraciones del ciudadano Presidente.

"La Secretaría continuó dando cuenta con los dictámenes en cartera.

"Del 3er. grupo de la Comisión. Elecciones en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo.

Diputado propietario, C. Federico de la Colina; diputado suplente, C. Miguel A. Hidalgo.

"Del 4o. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 17 Distrito Electoral del Estado de Jalisco. Diputado propietario, C. Rosendo A. Soto; diputado suplente C. Bruno Marín.

"Del 2o. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 9o. Distrito Electoral del Estado de Michoacán. Diputado propietario, C. José Gaitán; diputado suplente, C. Nicandro Villaseñor.

"Del 3er. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 2o Distrito Electoral del Estado de Zacatecas. diputado propietario, C. Ignacio E. Martínez; diputado suplente, C. Pedro Adame.

"Del 3er. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 7o. Distrito Electoral del Estado de Puebla. Diputado propietario, C. Samuel R. Malpica; diputado suplente, C. Juan Aguilar.

"Del 4o. Grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 8o. Distrito Electoral del Estado de Zacatecas. Diputado propietario, C. Matías Ramos; diputado suplente, C. Lucio Frías.

"A moción del C. Siurob, la Secretaría repitió la lectura de una parte del dictamen, y el C. Blancarte, Presidente de la Comisión ponente, informó en dos ocasiones. El C. Dyer hizo una aclaración y otras los CC. Blancarte y Siurob; de éste contestó una pregunta el citado en seguido término, y luego el C. Siurob impugnó el dictamen, siguiéndole en el uso de la palabra el C. Blancarte, para fundarlo, con lo que se consideró agotado el debate.

"De la 2a. Comisión. Elecciones en el 7o. Distrito Electoral del Estado de México. Diputado propietario, C. Francisco Aguirre León; diputado suplente, C. Jesús Ballesteros.

"Del 1er. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 14 Distrito Electoral del Estado de Jalisco. Diputado propietario, C. José María Cuéllar; diputado suplente, C. Baudelio Bernal, jr

"Del 1er. grupo de la 1a. Comisión. Elecciones en el 3er Distrito Electoral del Estado de Tabasco. Diputado propietario, C. Francisco Castellanos Díaz; diputado suplente, C. Luis Aguilera C.

"El C. Vadillo pidió se leyeran varios documentos que se mencionan en el dictamen, relativos al Partido Radical Tabasqueño, lo que complementó el C. Secretario Villalobos, e hizo observaciones acerca de ellos. El C. Díaz Castellanos habló en pro. Interpeló al C. Vadillo, y éste, al terminar el orador, hizo una aclaración. El C. Olivé, miembro de la Comisión dictaminadora, hizo constar un hecho y rectificó conceptos del C. Vadillo, con lo que se dio por terminada la discusión.

"A las siete y quince de la noche se cerró la Junta y se citó para el lunes veintiséis del actual, a las cuatro de la tarde."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta: ¿Se aprueba el acta? Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Aprobada.

-El C. Secretario Araujo, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.

"5a. Sección.

"H. Asamblea:

"A la 5a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales se la pasó para su estudio el expediente relativo a las elecciones de diputados al Congreso de la Unión verificadas el 28 de julio último en el 1er. Distrito del Estado de Campeche, cuyos documentos fueron examinados detenidamente, encontrándose que se verificaron de acuerdo con la ley y sólo no hubo votación en la decimacuarta sección del Municipio de Campeche, así como no fueron agregadas al expediente citado algunas listas de escrutinio de casillas, pero en el acta respectiva consta el resultado de él.

"Encontrando correcta la referida elección, nos permitimos someter a la consideración de la respetable Asamblea los siguientes acuerdos:

"Primero. Es válida la elección para diputados al Congreso de la Unión verificada el 28 de julio último en el 1er. Distrito del Estado de Campeche.

"Segundo. Se declara diputados a los CC. Arturo Baledón Gil y Alfonso Quintana P., propietario y suplente, respectivamente."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 17 de agosto de 1918.- E. L. Céspedes.- J. Castillo Torre. -C. Galindo."

Está a discusión el dictamen. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 1er. Distrito Electoral de Campeche, los CC. Arturo Baledón Gil y Alfonso Quintana P.

-El mismo C. Secretario, leyendo:

"2a. Comisión Revisora de Credenciales.

"H. Asamblea:

"Se turnó a esta 2a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente electoral formado con motivo de las elecciones verificadas en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla. Examinando con toda minuciosidad, tanto los documentos que forman dicho expediente, como todas las protestas y ocursos recibidos hasta la fecha por la Oficialía Mayor de la H. Cámara y remitidos a esta Comisión, los subscriptos tenemos el honor de informar a la respetable Asamblea haber hecho las observaciones siguientes:

"Cuatro fueron los candidatos que se disputaron el triunfo en los Comicios por la mencionada Entidad Política: los CC. licenciado Luis Felipe Contreras, Rómulo Munguía, José María Sánchez y Rafael Pérez, llevando cada quien su respectivo suplente. A contar por el número de expedientes de casillas que se recibió, funcionaron en el repetido Distrito Electoral sesenta y dos casillas, habiéndose conservado en todas ellas las prescripciones legales de la materia, según consta en la documentación respectiva. No se encontró acta de protesta alguna en ninguna de las casillas de las sesenta y dos casillas electorales que se mencionan, no obstante que en la mayor parte de ellas hubo representantes de los candidatos contendientes, que firman las actas relativas.

"Llegado el momento señalado por la ley, cuarenta y seis presidentes de casillas se reunieron en la cabecera del Distrito Electoral para proceder a la instalación de la Junta Computadora, la que se verificó en todo de apego a la ley, siendo de mencionarse que en el acto de instalación estuvieron presentes los candidatos Contreras, Munguía y representante autorizado de José María

Sánchez, todos los cuales, con el personal instalador, firman el acta de instalación, en el cual no aparecen protesta de ningún género.

Constituida dicha Junta de instalación, se procedió a los trabajos de computación, haciéndose constar en el acta que se levantó con tal motivo que solamente un paquete electoral se encontró que no venía cerrado como lo manda la ley, no obstante lo cual, se computaron, por equidad y de acuerdo con todos los presentes, inclusive los candidatos, los votos emitidos en la casilla respectiva. Protestó el representante del candidato Munguía por el hecho de que uno de los candidatos recibió el duplicado de la documentación de dos casillas electorales, y como quiera que insistió el representante que protestaba, en que dichos paquetes conteniendo el duplicado de la documentación, se abrieron no obstante no venir dirigidos a la Junta Computadora, así se hizo, y como quiera esta Comisión, estimando improcedente la computación de esos duplicados, que suman doscientos ochenta votos, ya se deducen de los candidatos que los obtuvieron. Salvo lo anteriormente expuesto, no hubo ninguna irregularidad durante la computación de los votos.

"Por lo que hace a los ocursos y protestas recibidos en esta Comisión por conducto de la Oficialía mayor, esta Comisión ha hecho un estudio concienzudo de ellos, en virtud del cual y obrando con entera justificación, ha creído pertinente no tomarlos en consideración. Al efecto, dichos documentos son: Un ocurso del C. Roberto Espinosa Bravo, en el que manifiesta que el único lugar de todo el Distrito en que no hubo elecciones fue la ciudad de Texmelucan, y que como allí ganó él, se le tenga en cuenta para declarar la elección en su favor. Otro ocurso del mismo, repitiendo el anterior y haciendo ver a la H. Cámara la conveniencia de que se le acepte en el seno de esta Representación, por ser ingeniero marino; este candidato sólo obtuvo 71 votos en todo el Distrito Electoral; un ocurso del C. Mariano Romero, representante que fue de la candidatura Sánchez, en el que manifiesta adjuntar una serie de protestas de varios pueblos del 4o. Distrito Electoral, porque, según asienta, hubo presión por parte de algunas bandas de alzados para que los pueblos votaran en favor de la candidatura Contreras; a su memorándum acompaña memoriales que asienta ser originales de los pueblos y los cuales pretende aducir como prueba. No obstante que dichos documentos carecen, por su aspecto, de toda autenticidad y, por lo tanto, no pueden hacer prueba plena, esta Comisión, celosa de su cometido, estimó prudente comprobar hasta donde fuera posible, la veracidad o falsedad de esos memoriales y, al efecto, examinados con toda minuciosidad los padrones de los pueblos que se dice protestan, y encuentra que no solamente muchos de los firmantes no aparecen en los padrones, sino que algunos de los que aparecen firmando y, a juzgar por los padrones mismos, no saben leer ni escribir; por otra parte, algunos aparecen escritos por la misma mano, tanto en el cuerpo del ocurso como en muchas de las firmas que lo calzan; y, por último, tres de esos ocursos que se dice son originales, no están calzados por ninguna firma, sino que, con toda malicia, solamente se les agregaron hojas con firmas, quizá recogidas con algún otro objeto que el de protestar; tan es así, que aparecen protestando por la supuesta imposición del candidato Contreras, vecinos y representantes de pueblos en que dicho candidato no obtuvo ni un sólo voto.

"Con tales observaciones, han quedado evidenciados a los ojos de esta Comisión, la absoluta falsedad de estos documentos que se aducen como prueba y que, desde luego, carecen de todo aspecto de autenticidad, como se ha dicho antes.

"Se recibieran también en la Oficialía Mayor de esta Cámara, algunos oficios de remisión de seis paquetes electorales que no pudieron computarse por no haber llegado oportunamente a la Junta, cinco de ellos con votación unánime en favor de la candidatura Sánchez, de pueblos del Departamento de Tlahuapan.

"Esta Comisión procedió desde luego a hacer la computación respectiva, y hechas las adiciones y deducciones que ya se han mencionada resultó que el C. diputado Luis Felipe Contreras, obtuvo cuatro mil setenta y cuatro votos a su favor, contra un mil trescientos setenta y cinco a favor de Sánchez, setecientos sesenta y tres a favor de Munguía, para diputados propietarios, y dos mil quinientos cincuenta y siete y dos mil quinientos quince para los ciudadanos Manuel Montes y Mariano Romero, como suplentes respectivamente.

"Y con apoyo en las anteriores consideraciones y esta Comisión tiene el honor de someter a la liberación de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Son válidas las elecciones verificadas en el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla, el día 28 de julio del año en curso.

"Segunda. Es diputado propietario por el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla, El C. Licenciado Luis Felipe Contreras.

"Tercera. Es diputado suplente por el mismo Distrito mencionado, el C. Manuel Montes."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados.-México a 24 de agosto de 1918. -Andrés Ortiz. -Limón Uriarte. -Gmo. E. Cordero."

Está a discusión el dictamen. ¿Hay algún ciudadano que desee hacer uso de la palabra?

El C. Vadillo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Vadillo.

El C. Vadillo: Si se trata del 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla en que fue candidato el C. Sánchez Pontón, tengo conocimiento de que el C. José María Sánchez va a impugnar esa credencial y en virtud de ello, por indicaciones expresas de este C. Sánchez suplico a la Presidencia se

sirva disponer que se espere la discusión de esta credencial hasta que esté presente el C. Sánchez.

El C. Secretario Araujo: El señor Vadillo cree que se trata del señor Sánchez Pontón; pero se trata del C. José María Sánchez.

El C. Vadillo: Entonces retiro mi moción.

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: A fin de evitar cosas parecidas a esta que acaba de suceder y que constantemente provocan solicitudes pidiendo que se separen expedientes, yo desearía que la Presidencia se sirviera acordar que en lo sucesivo se diera una orden del día, especificando en esa orden que credenciales van a discutirse, a efecto de estar ya preparados los interesados.

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta al C. Rivera Cabrera que con todo gusto accedería a sus deseos, que los considera muy justos, pero que tenga en consideración que las Comisiones entregan sus dictámenes muchas veces ya empezada la sesión y, en consecuencia, no podría leerse la orden del día si no hay credenciales ya de antemano dictaminadas para saberse cuáles son las que han de ponerse a discusión; sin embargo, yo ruego...

El C. Rivera Cabrera, interrumpiendo: Yo creo que no habrá incompatibilidad, señor Presidente, porque previamente podrían designarse los expedientes con cuyas credenciales habría de darse cuenta y dejar para el día siguiente los que se despacharan el día anterior.

El C. Presidente: La Presidencia con gusto accede a los deseos del C. Rivera Cabrera, pero le ruega que haga por escrito su solicitud a fin de que la Asamblea dictamine o acuerde lo necesario.

El C. Secretario Araujo: Está a discusión.

El C. Siurob: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Por no estar aquí el interesado, el C. José María Sánchez, que trajo su credencial, ruego a Su Señoría ordene que se reserve la discusión de este dictamen hasta que él se encuentre presente.

El C. Presidente: Manifiesto a usted que no se trata de la credencial del C. José María Sánchez, sino de la que corresponde al C. Felipe Contreras.

-El mismo C. Secretario: ¿Algún otro ciudadano diputado desea hacer uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria: Son diputados propietario y suplente por el 4o. Distrito Electoral del Estado de Puebla los CC. Luis Felipe Contreras y Manuel Montes.

-El mismo C. Secretario, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- 5o. Grupo.

"H. Asamblea:

"El 5o. Grupo de la Primera Comisión Revisora de Credenciales hizo el estudio respectivo del expediente electoral del 1er. Distrito del Estado de Sonora, encontrando que las elecciones allí celebradas, se sujetaron a la ley electoral vigente, sólo con algunas irregularidades que en seguida se expresan y que no nulifican sino un corto número de votos en favor de la fórmula Gómez Bailón, o sean quince en la primera casilla de Rayón, así como uno en la tercera de oponerse a la misma fórmula y cuarenta a la del C. Luis G. Monzón.

"El candidato vencedor C. Gildardo Gómez, dirigió protesta a la Junta Computadora denunciando algunas irregularidades al artículo 34, por manifestar que el C. Luis G. Monzón no registró su candidatura ni se sujetó a lo dispuesto en el artículo citado; más, como las boletas usadas en la votación sí están autorizadas por la Presidencia Municipal, es de suponer se haya cumplido con lo dispuesto en el inciso (g) del artículo 3o. transitorio de la Ley Electoral vigente, pues caso contrario la Presidencia no las habría autorizado.

"Por su parte el C. Luis G. Monzón entregó una nota a la Comisión que subscribe, denunciando igualmente se cometieron irregularidades en la elección, anotando que el C. Gómez no entregó oportunamente a los Presidentes Municipales las boletas de su candidatura, adjuntando un memorial de la Imprenta Comercial de Cananea, firmado por A. M. Escandón, Gerente de dicha negociación, en el que se dice haberle entregado boletas electorales los días diecinueve al veinticinco de julio último, por lo que dice el peticionario los Presidentes Municipales infringieron la ley, pero como el solo dicho del C. Monzón y la simple constancia de la Imprenta ya citada no son pruebas que deba tomar en cuenta la Comisión y sí estima que fueron entregadas oportunamente las boletas a las Presidencias Municipales del Distrito para su autorización, pues caso contrario desde el mismo día de verificarse la elección o reunirse la Junta Computadora, debió haberse presentado la queja con pruebas fehacientes. También denuncia el C. Monzón que se violó la fracción II del artículo 48, adjuntando al efecto una nota con diez firmas fechado en Cananea, donde se dice no haberse acatado la fracción relativa del artículo citado, pero tampoco hace fe por no estar comprobada la infracción en la forma que dispone la ley.

"Expuesto lo anterior, la Comisión que subscribe estima que las elecciones para diputados al congreso de la Unión verificadas en citado Distrito son válidas, y en esta consideración somete a la aprobación de la respetable Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Es válida la elección para diputados al Congreso de la Unión verificada el 28 de julio último en el 1er. Distrito Electoral del Estado de Sonora.

"Segunda. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por dicho Distrito, los CC. Gildardo Gómez y Ladislao P. Bailón."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 23 de agosto de 1918.-E. L. Céspedes.-C. Galindo. -J. Castillo Torre." Está a discusión el dictamen. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra se

servirán pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietarios y suplente, respectivamente, por el 1er. Distrito Electoral del Estado de Sonora, los CC. Gildardo Gómez y Ladislao P. Bailón.

-El C. Secretario Villalobos leyendo:

"1a. Comisión. - Segundo grupo :

"Del expediente electoral del 15 Distrito del Estado de México se llega a la conclusión que las elecciones verificadas el 28 de julio, se apegaron en lo general a la ley salvo algunas cuantas propuestas presentadas por los candidatos contrarios.

"El número total de votos emitidos en favor del C. Donato Bravo Izquierdo, fue el de 2,759, como diputado propietario, y 2,783 en favor del C. Jesús Sotres y Olaco, como diputado suplente. Igualmente, el C. Juan Contreras A., obtuvo 998 votos como diputado propietario, y 996 el C. Raymundo Chávez Trigueros, como suplente.

"Al C. Bravo Izquierdo le fueron descontados 572 votos, en virtud de que la protesta presentada por los representantes del C. Contreras, llena los requisitos que la ley señala para que hagan prueba plena; de la misma manera, al C. Contreras le fueron descontados 259 votos, teniendo en cuenta para ello, las pruebas fehacientes presentadas por el C. Bravo Izquierdo.

"En consecuencia, el C. Donato Bravo Izquierdo resulta electo diputado propietario y el C. Jesús Sotres y Olaco, suplente, por una mayoría de 2,187 y 2,221, respectivamente.

"Por lo expuesto, sometemos a la consideración de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Es legal la elección efectuada en el 15 Distrito Electoral del Estado de México.

"Segunda. Es diputado propietario por el mencionado Distrito, el C. Donato Bravo Izquierdo.

"Tercera. Es diputado suplente por el mismo Distrito, el C. Jesús Sotres y Olaco."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, 26 de agosto de 1918. Carlos García.- J. Rodríguez de la Fuente."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Velázquez López Alejandro: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Velázquez López: En virtud de que estoy para recibir en breve algunos documentos, con los que voy a impugnar la credencial del C. Donato Bravo Izquierdo, pido se suspenda la discusión de este dictamen hasta que recabe esos documentos. Por lo tanto, suplico atentamente a la Presidencia dé por retirado este asunto, a reserva de traer los documentos de que hice mérito.

El C. Presidente: Suplico a Su Señoría se sirva presentar su moción por escrito, a fin de que se le dé el trámite correspondiente.

-El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Los subscriptos, piden atentamente a la Presidencia de la Mesa de las Juntas Previas, se sirva dar por retirada la credencial del C. coronel Donato Bravo Izquierdo, presunto diputado por el 15 Distrito Electoral del Estado de México en virtud de que ésta va a ser atacada por el C. diputado Alejandro Velázquez López, quien recabará las pruebas correspondientes, determinándose como plazo hasta la sesión del día de mañana.

"México, agosto 26 de 1918.- M. Chávez.- A. Velázquez López."

El C. Velázquez López: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Velázquez López: (Voces: ¡Tribuna, tribuna!) Es breve, señores. He pedido esta moción suspensiva, en virtud de que hasta esta hora no he podido recoger los documentos y las pruebas que están para entregárseme con objeto de atacar la credencial del señor Donato Bravo Izquierdo. Las razones en que fundo mi petición son para mí de alguna trascendencia y de alguna importancia en vista de que en el 15 Distrito Electoral del Estado de México se ha hecho uso de actos improcedentes conforme a la ley y al derecho y, sobre todo, parece que se ha ejercido presión militar por parte del señor coronel Bravo Izquierdo para que la elección recayese a favor de él, violándose de esta manera las disposiciones relativas de la Ley Electoral vigente. Por estas causas, que son de trascendencia, sin duda alguna, he pedido esta moción suspensiva para recabar los datos a que me he referido antes. Considero que el asunto reviste alguna importancia, porque tengo pruebas perfectamente fehacientes, y a reserva de recibir todos los documentos que me van a servir para atacarla, he puesto a la consideración de la Asamblea esta moción suspensiva.

El C. Secretario Villalobos: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, pregunta si se toma en consideración la moción suspensiva. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Sí se toma en consideración. Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Aprobada.

-El mismo C. Secretario, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.- Sección 3a.

"H. Asamblea:

"Examinado por la Comisión que subscribe el expediente relativo a las elecciones verificadas en el 11 Distrito Electoral del Estado de Jalisco, se encontró que obtuvieron votos para diputados propietarios, los CC. Arturo Bouquet, 3,381, e Ismael U. Peña, 1,844; y para diputados suplentes, los CC. M. P. Brambila, 3,510 votos, y Ranfery E. Millán, 1,786; haciendo observar que en un buen número de ciudadanos obtuvieron en este Distrito Electoral, 1 ó 2 a su favor, por lo cual no se mencionan.

"En el expediente aparecen dos protestas de representantes de los candidatos contendientes, pero

que por no reunir las condiciones de ley, esta Comisión no las toma en consideración.

"Por lo expuesto, la Comisión somete a la deliberación de estas H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Son válidas las elecciones para diputados, propietario y suplente, que se verificaron en el 11 Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

"Segunda. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado Distrito Electoral, los CC. Arturo Bouquet y M. P. Brambila."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 26 de agosto de 1918.- A. R. Aceves.- E. Soto P."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo quien se haya inscripto en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 11 Distrito Electoral del Estado de Jalisco, los CC. Arturo Bouquet y M. P. Brambila.

-El mismo C. Secretario, leyendo:

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.

"Sección 1a.

"H. Asamblea:

"Examinado por la Comisión que subscribe el expediente relativo a las elecciones verificadas en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Sonora, se encontró que obtuvieron votos para diputados propietarios los ciudadanos: Gustavo Padrés, 2,215; Ramón M. Bernal, 1,050; Juan de Dios Bojórquez, 574; Limbano Domínguez, 72; y para diputados suplentes, los ciudadanos: Manuel M. Méndez, 2,300 votos; Ramón R. Cruz, 1,105; Guillermo Philips, 300; haciendo observar que un buen número de ciudadanos obtuvieron en este Distrito uno o dos votos a su favor, ya que para diputado propietario, ya para diputado suplente.

"En el acta de la Junta Computadora no aparece ninguna protesta, y es de hacerse notar que la documentación es de todo punto irreprochable, no habiendo ningún incidente digno de tomarse en consideración.

"Por lo expuesto, la Comisión somete a la deliberación de esta H. Asamblea, las siguientes proposiciones:

"Primera. Son válidas las elecciones para diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión, verificadas en el 2o. Distrito Electoral del Estado de Sonora.

"Segunda. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mismo Distrito Electoral, los CC. Gustavo Padrés y Manuel M. Méndez."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 21 de agosto de 1918.- Alvarez del Castillo.- I. Olivé.- Alfonso Fuentes B."

Está a discusión el dictamen. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Soto Peimbert: Pido la palabra en contra.

El C. Alvarez del Castillo: Pido la palabra en pro.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Soto Peimbert.

El C. Soto Peimbert: He pedido la palabra en contra después de haber leído cuidadosamente el dictamen y los expedientes contenidos en el legajo respectivo. Desgraciadamente no pude presenciar la apertura de los paquetes electorales que a las elecciones por el 2o. Distrito de Sonora se refieren; pero he encontrado que adolecen de irregularidades, de las que muy en breve vaís a tener cuenta.

En el acta de la Junta Computadora se asientan los siguientes hechos: Primero: "No habiendo podido determinados presidentes de casillas electorales, ser conductores personales de los expedientes relativos, remitiendo por causa expresada, los expedientes en mención."

Ahora bien; consta en el legajo que la remisión de los expedientes a que se refieren los cargos a que acabo de dar lectura, los hizo el Presidente Municipal de la Municipalidad de Hermosillo, uno, de la Colorada otro y un tercero del mismo Municipio de La Colorada. Yo conozco perfectamente que el solo hecho de que la ley prevenga precisamente que sean los presidentes de casilla los que entreguen los paquetes electorales, debe ser tenido en consideración por las Comisiones Revisoras, y el solo hecho de que esos paquetes no los hayan entregado precisamente los presidentes de las casillas, sino que hayan sido remitidos por interpósita persona y que esta persona sea el Presidente Municipal, hubiera sido suficiente, en mi concepto, para que la Comisión Revisora abriera los paquetes a que he aludido.

Dice también la Junta Computadora que fueron tomados en consideración "algunos otros expedientes que por las citadas causas no fueron presentados oportunamente antes de cerrarse el cómputo general."

La ley es terminante a este respecto; establece que una vez que se ha reunido el cómputo, lo hecho por la Junta Computadora tiene validez y tiene fuerza legal. En consecuencia, es perfectamente discutible el derecho que tengan las Juntas Computadoras para tomar en consideración paquetes electorales después de que se ha cerrado el escrutinio general.

A continuación se encuentra que el expediente de la sección cuarta del Municipio de Guaymas fue recibido en las siguientes condiciones: "Perfectamente cerrado y sin huellas de haber sido abierto, conteniendo además una protesta que el ciudadano Presidente de la Mesa resolvió bajo su responsabilidad, que es de admitirse la votación a que alude la mencionada protesta."

Es una irregularidad dar como prueba fehaciente, como testimonio indubitable, la palabra de honor de un Presidente de casilla, por muy honorable que se le suponga.

En la sección 6a.: "El expediente en buen estado, faltando lista electoral, acta de instalación y modelo D. La lista de escrutinio fue rectificada con las boletas."

Si el expediente vino perfectamente cerrado y hay pruebas inequívocas de que no fue abierto, sólo cabe una suposición perfectamente lógica: la elección se verificó sin padrón, supuesto que el padrón no apareció en el paquete electoral. ¿En manos de quién quedó el padrón? ¿Por qué no se hizo caber el padrón electoral en el paquete respectivo? ¿Cómo se justifica que los votantes son los que tenían derecho a hacerlo; que eran los vecinos de la sección correspondiente?

Pasando por alto diversas irregularidades a fin de no cansar la atención de esta H. Asamblea, me permito, haciendo uso de la expresión que en su caso hizo valer el C. Padrés, decirle con la intención que él quiso dar a sus palabras, que aquí se pudiera encontrar "alguna presión sobre los acontecimientos." Ciertamente que también, usando una frase de él no vendrá aquí postor", sino que vendrá el que tenga derecho conforme a la ley. Por último, para dejar en la conciencia de todos que no es mi deseo devolver al señor Padrés injusticia por injusticia y a fin de que aquellos que han siseado las determinaciones del Partido Liberal Nacionalista encuentren hoy ocasión de rectificar su criterio, les digo que la zozobra que veo pintada en el semblante del señor Padrés, es injustificada; los miembros del Partido Liberal Nacionalista, cuando menos que así lo hemos declarado, y entiendo que todos obraremos en cada caso con absoluta justificación y agregaré que justamente en las irregularidades que anoto, veo la legalidad de la lección del señor Padrés y se ha venido a esta tribuna, aparentemente a atacar esta credencial, ha sido con el único y exclusivo objeto de enseñarle que cuando uno ataca a alguien, debe documentarse, y una vez documentado, si en la conciencia queda la convicción de que es justificada la propia suposición, sostenerla, y si queda la contraria, declararlo, señor Padrés.

Señor Padrés: la elección de usted es limpia y es esa la forma de atacar una credencial. (Aplausos.)

El C. Alvarez del Castillo: Pido la palabra. (Voces: ¡No hay qué defender! ¡A votar, a votar!)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Alvarez del Castillo: Como ninguna de las irregularidades anotadas por el señor diputado Soto Peimbert es causa de nulidad, yo me permito renunciar al uso de la palabra.

El C. Secretario Villalobos: No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta: ¿se aprueba el dictamen? Los que estén por la afirmativa, se servirán poner de pie. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que son diputados, propietario y suplente, por el 2o. Distrito de Sonora, los CC. Gustavo Padrés y Manuel M. Méndez.

-El C. Secretario Araujo, leyendo:

"1a. Comisión.- Segundo grupo.

"Aparece del expediente de elecciones celebradas en el 6o. Distrito Electoral del Distrito Federal, que las elecciones adolecieron de las siguientes irregularidades, y comprobadas todas con documentos fehacientes, y contra las cuales se hicieron valer las protestas correspondientes.

"Llama desde luego la atención, y toca en primer lugar este punto la Comisión que subscribe, por la gravedad del hecho, que el C. Ernesto Santillana, candidato para diputado suplente por el mencionado Distrito, fue mandado a aprehender por orden del Juzgado 6o. Auxiliar, sin explicar el mandamiento el motivo de la aprehensión. No pudo ser ejecutada esa orden, por haberse ocultado el C. Santillana, quien pasadas las elecciones concurrió al Juzgado de que se ha hecho mérito, espontáneamente, y no pudo obtener que se le hiciera saber el motivo del procedimiento en su contra ordenado. Esto hace presumir que se trata de un atentado, por lo que la Comisión estima que es el caso de aplicar el artículo 122 de la Ley Electoral vigente, debiendo ser consignada la autoridad respectiva, sin más trámite.

"El Presidente de la primera casilla electoral, C. Manuel Ortiz J., mismo que fungió con tal carácter en la Junta Computadora, dio como domicilio la casa número 11 del callejón de Sombrereros, y en el expediente aparece una constancia firmada por el Subcomisario de la 6a. Demarcación de Policía, en la que se afirma que por informes de un enviado de la Comisaría, no es exacto que el C. Ortiz viva en el domicilio indicado. Esta constancia no prueba plenamente; pero sí amerita que se abra una averiguación para que se determine si el señor Ortiz ha ocurrido o no en la pena que establece el artículo 76 de la ley citada.

"La casilla número 3 no fue instalada en el lugar designado en la lista de ubicación, así como en el número 4, cuya Presidencia fue asumida por el C. Enrique Godínez, que no era vecino de la sección, por lo que también es aplicable al caso el artículo 76 ya citado.

"Iguales consideraciones deben hacerse respecto de la instalación de la casilla número 9, donde fungió como Presidente el C. Refugio Carranza, no vecino de la sección.

"Los miembros de la casilla número 14 presentaron una declaración, estimando nula la votación efectuada en esa casilla, por haber concurrido a votar la oficialidad del Grupo C de la Legión de Honor, a las órdenes del general Villela, y otro grupo de soldados a la órdenes del capitán Alfredo Arroyo, escuchando los funcionarios de la casilla, cómo uno y otro jefe ordenaban que se votara por las boletas que contenían el círculo rojo. Las firmas que calzan esa manifestación, no están autenticadas; pero como el documento no ha sido objetado de falsedad, la Comisión lo estima fehaciente y, por tanto, declara que es el caso de la fracción II, del artículo 104 de la Ley Electoral y, por tanto, son nulas las elecciones de esa casilla.

"Aparece también que un empleado del Ayuntamiento, encargado de distribuir credenciales, sin identificar a los interesados las distribuía y aun llegó a ofrecer al C. Santillana una destinada a Basilio Ríos Ramos, dándole a la vez una moneda de cinco pesos. Este acto constituye un delito previsto y penado por la ley; por lo que debe hacerse consignación ante la autoridad judicial del mencionado empleado del Ayuntamiento.

"Todas las gravísimas irregularidades de que se

ha hecho mérito, sólo tienen como sanción las penas que establece la Ley Electoral y el Código Penal; pero no invalidan las elecciones, con excepción de las efectuadas en la casilla número 14, como se ha dicho; y como el cómputo da el triunfo al C. licenciado Miguel Gómez Noriega, pues deducidos los 275 votos que obtuvo en la casilla 14, quedan todavía a su favor 1,069 válidos contra 945 del C. Severino Bazán y 406 del C. General García Vigil; deduciendo al C. licenciado Alberto Sánchez de la Vega de 1,332 votos, 268 invalidados, le quedan 1,064 contra 859 del C. Ernesto Santillana y 408 del C. Martín F. Reyes, la Comisión que subscribe somete a la decisión de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Es válida la elección efectuada en el 6o. Distrito Electoral del Distrito Federal.

"Segunda. Es diputado propietario por el mencionado Distrito, el C. licenciado Miguel Gómez Noriega.

"Tercera. Es diputado suplente por el mismo Distrito, el C. Alberto Sánchez de la Vega.

"Cuarta. Consígnese a las autoridades competentes los hechos delictuosos denunciados y comprobados en el expediente electoral."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados.- México, 22 de agosto de 1918. Carlos García.- J. Rodríguez de la fuente."

Está a discusión el dictamen. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, se servirán pasar a inscribirse.

El C. Siurob: Pido la palabra en contra. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra, el C. Siurob.

El C. Siurob: (Aplausos al subir el orador a la tribuna.) Honorable Asamblea: Benjamin Franklin, el sabio, uno de los primeros sabios de la nación americana refiriéndose a los individuos que obraban siempre mal, expuso un principio que se me ha quedado muy grabado desde la infancia. Decía: "Sí los hombres malos comprendieran la ventaja que resulta de obrar bien, serían hombres de bien por picardía." Se me ha ocurrido esta máxima, porque a ninguna persona puede ser mejor aplicada que al C. Gómez Noriega. El C. Gómez Noriega, desde el año pasado, lanzó su candidatura por el mismo Distrito y, desgraciadamente, cometió los mismos chanchullos, las mismas faltas; ejerció la misma presión y tuvo el mismo deseo innoble de inutilizar a su contrario valiéndose de las fuerzas, sin luchar francamente con él, cara a cara, ni como acostumbraban los hombres leales, sino aprovechándose de la presión enorme, de la fuerza terrible que todo lo arrolla, de la fuerza terrible que pisotea los más sagrados derechos y sirviéndose de las ventajas que le daba su posición, valido de las actuales autoridades que no saben comprender cuáles son aquellos hombres de que se necesitan rodearse; que no quieren entender que los que han servido a una dictadura, servirán a mil, como el que hace un canasto, hará miles; así como el que ha estado siempre por convicción y por su propia hombría del lado de la justicia, no se torcerá y seguirá constantemente el camino recto de la lealtad y de la justicia. Por fortuna, la misma Comisión Revisora confiesa claramente, y establece como un hecho positivo que el C. Santillana fue amenazado de prisión dos días antes de las elecciones por el Juez Sexto Auxiliar, amenaza que, por lo demás, es muy curiosa.

Suplico se ordene a la Secretaría lea lo que dijo el Juez al señor Santillana cuando dos días después de las elecciones se presentó a inquirir la causa de la orden de prisión.

-El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"XVII. Adjunto se encuentra copia del oficio que el ciudadano Juez 6o. Auxiliar dirigió a la Inspección General de Policía , por el que se ve que, con fecha 26 de julio próximo pasado, se ordenó mi aprehensión, por supuesto delito que no he cometido. Por conducto del C. José Bernal Castillo, Presidente del 6o. Consejo Electoral, supe el día 26 a que me refiero, se había girado orden de aprehensión en mi contra, por lo que me aconsejaba ese Presidente de Consejo me escondiera, para no ser aprehendido. Pasadas las elecciones, me presenté al Juzgado 6o. Auxiliar, y en esa oficina he encontrado varias veces a la mayor parte de los individuos que formaron la Mesa de la Junta Computadora del 6o. Distrito, así como al C. José Bernal Castillo y licenciado Alberto Sánchez de la Vega, Presidente del 6o. Consejo Electoral y candidato a diputado suplente por el mismo Distrito, respectivamente. En esa oficina se me dijo que la acusación en mi contra no valía la pena, pues que ya pasadas las elecciones, y en vista del resultado de las mismas, ya no tenía objeto; en seguida se giró oficio -cuya copia acompaño-, a la Inspección General de Policía, dándoseme copia certificada de él y diciéndome verbalmente el ciudadano Secretario del Juzgado: que ya no se me molestaría más. Hago advertir que no he declarado ni se me ha careado con alguno de mis gratuitos acusadores -pues en el mismo Juzgado se me aseguró que son varios-.

" -El C. Siurob: Ya oís, ciudadanos diputados esta declaración: ¡Al señor Santillana el Presidente del Consejo Electoral le aconsejó se escondiera porque había una orden de aprehensión en su contra! Hay que advertir que el señor Santillana es un honrado obrero, en un obrero joven, y como no conoce todavía la manera de defenderse contra esta clase de intrigas, contra esta clase de sucias pasiones, optó por esconderse, porque, indudablemente, antes que la credencial, antes que todo, estaba el no dar una gravísima pena a su familia; no sabía si le iba a suceder a él lo mismo que al obrero Velasco, que estuvo años y meses enteros en la Penitenciaría, sin que se le tomara declaración, sin que se hiciera ninguna diligencia en el proceso de que se encontraba afectado.

Terminan las elecciones y se tiene el descaro de decirle, en ese mismo Juzgado, que era una causa que no valía la pena -su acusación-, que su acusación era insignificante y que una vez pasadas las elecciones y, sobre todo, en vista del resultado, que podía irse tranquilamente a su casa. (Siseos.) ¿Es esto honrado? ¿Es esto justo? ¿Es esto lo que tienen derecho a esperar esos obreros que fueron a conquistarse con la sangre de los batallones rojos, una poca de libertad para nombrar a sus mandatarios? (Aplausos.) Se trataba de un obrero y, en este caso, el señor Armando Ostos, el

siervo de las pasadas dictaduras, el hombre de la eterna librea.... (Aplausos), el hombre de la eterna librea, fue el agente electoral; porque así como ahora vemos que se nombran dictadorcillos del tráfico, que se suben a manera de Tancredos en la mitad de las calles para dirigir el paso de los carruajes.... (Aplausos), así también se nombran dictadorcillos electorales al estilo Armando Ostos, para que lleven la batuta y para que dirijan todos los movimientos de la imposición. Así fue el caso del señor Gómez Noriega; el señor Gómez Noriega creyó que los obreros estaban como en los tiempos pasados, en que se les mandaba de leva, como se hizo cuando fue Secretario del Gobernador huertista de San Luis Potosí. (Aplausos.) El señor Gómez Noriega se acordó de que los obreros antes eran carne de cárcel, carne de escarnio, y se olvidó de que ya pasó esa época, de que se inaugura una nueva, o, por lo menos, queremos que se inaugure, para que los obreros tengan derechos, para que sus derechos sean amparados por la ley y para que esos derechos no pasen desapercibidos en una Asamblea como ésta, compuesta de ciudadanos conscientes, que vienen a cumplir con sus deberes como representantes legítimos del pueblo de la República. Con sólo ese caso basta para nulificar toda esa elección. Como este caso ya está perfectamente claro, no voy a necesitar probarlo, desde el momento en que la misma Comisión lo admite. Sí, pues, la Comisión lo admite, ya no necesito insistir en ninguna prueba, sino sólo lo que se requiere es aplicar el artículo legal. La fracción VIII del artículo 104 de la Ley Electoral, dice así... Suplico que la Secretaría le dé lectura.

-El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Artículo 104. Son causas de nulidad de una elección: "VIII. No haberse permitido, de hecho, a los representantes de los partidos políticos o de los candidatos independientes, ejercer su cargo."

El C. Siurob: Es exactamente el caso; a un representante de un partido político, y no sólo representante, sino candidato del Partido Liberal Obrero, unido al liberal Estudiantil, se le impide de hecho ejercer su cargo, mediante una amenaza inminente, mediante una amenaza amparada por una orden de prisión, mediante una amenaza que fue real, positiva y enteramente cierta. De manera que si se trató de efectuar la aprehensión dos días antes de las elecciones, se comprende el objeto deliberado de tomar preso a un individuo para que no pudiera hacer valer sus derechos en las elecciones que iban a verificarse dos días después. Esta sola causa de nulidad basta para nulificar toda la elección; el artículo es claro y expreso y el que no quiera entenderlo, es porque quiere negar que hay luz en este aposento; el que no sienta en el interior de su conciencia la certidumbre de esta verdad, es porque no quiere comprenderla; el que se atreva a negar la justicia de esta aseveración, es porque tiene intenciones de que no se haga justicia.

Pero hay más todavía, conciudadanos. Examinemos poco a poco muchas cosas que se le olvidaron a la honorable Junta Revisora. Desde luego tenemos la casilla número 3, la que, contra lo que previene la ley, no se instaló en el lugar designado: la votación debe, pues, considerarse nula, en virtud del artículo 104, fracción VI; este también es un hecho claro, es un hecho patente, allí mismo, en el acta de instalación, dice dónde se instaló, y como ese lugar no le correspondía, conforme a la lista de los lugares en que deben instalarse las casillas, debe desde luego declararse formalmente nula.

En la casilla número 6, el C. José Longoria, con violación del artículo 30 de la Ley Electoral, pues es empleado del Gobierno, funcionó como Presidente de la casilla; por lo tanto, la votación de esta casilla debe declararse nula, de acuerdo con el artículo 104, fracción IV.

En las casillas número 7 y 8 votaron armados los gendarmes que pertenecen a la 6a. Comisaría y, formados con la consigna de que lo hicieran por el sello rojo y esos mismos fueron después a votar a la casilla número 15; este hecho es muy fácil de comprobar, basta ver los nombres de los individuos que votaron en la casilla número 15 y de los que votaron en las 7 y 8, para convencerse de que fueron los mismos gendarmes que votaron en una y en otra parte. Si la Honorable Comisión no se ha dado cuenta de esto, yo le suplico muy atentamente se digne revisar en esta parte el expediente relativo.

En la casilla número 13 el Presidente de la casilla se llevó para su establecimiento, que era una pulquería de la región, el expediente y sin haber querido dar copia del resultado del escrutinio a los representantes de los partidos, se encerró, hizo su cómputo y fijó en la puerta de la casilla el resultado en virtud del cual el señor Gómez Noriega había obtenido 104 votos y la fórmula Bazán - Santillana, 128 votos; pero esto no es lo más curioso, lo más curioso, es que el jueves primero del actual se presentó este Presidente en el lugar donde se reunió la Junta Computadora preguntando por el C. Bringas representante del Partido Liberal Nacionalista y Secretario del Juzgado 6o. auxiliar, el juzgado aquel de la aprehensión, y le preguntó que qué había con los documentos que obraban en su poder; entonces el referido Presidente salió acompañado del señor Bringas y a poco se volvió dando cuenta del resultado que había sido de 141 votos por la fórmula Gómez Noriega y para la fórmula Bazán - Santillana 97 votos, es decir, un resultado enteramente diferente del resultado que se había fijado en la puerta del lugar donde se instaló la casilla. ¿Qué es lo que prueba esto? Lo que prueba sencillamente es que aquellas ánforas fueron violadas, que aquellos expedientes fueron tergiversados y fueron tergiversados a instancias del mismo Secretario del Juzgado 6o., que ya había cometido la violación referida con anterioridad.

En la casilla número 23, y de esto no nos habla la Comisión; la casilla número 23 que se instaló legalmente a las nueve de la mañana, fue clausurada una hora después por el señor Don José Bernal Castillo, urgido por los señores Gómez Noriega y el famoso Ostos, y fue clausurada ¿sabéis por qué? Porque había más de trescientos obreros que iban a votar en contra del señor Gómez Noriega. ¿Y sabéis cuál fue la causa? Pues sencillamente que el Presidente de aquella casilla no tenía

credencial para elector, aunque era de allí de la sección. Esa fue toda la causa. Y ¿Qué derecho tenían estos ciudadanos para impedir que los otros se instalaran en casilla electoral? ¿Qué derecho tenían para disolver aquella casilla? Y, sin embargo, fue únicamente por venir en nombre de la autoridad, por venir en nombre del Gobierno, por ser Munícipe el señor Gómez Noriega, abusando de su cargo de Munícipe. Se disolvió aquella casilla y trescientos obreros, compañeros del señor Santillana, que tenían perfecto derecho para votar, se quedaron sin votar, sin haber cumplido con los derechos de todo ciudadano. (Siseos.)

En las casillas números 1, 5, 6, 9 y 13 los miembros de las casillas no vivían en la sección donde se iban a instalar esas casillas; esto es fácil de comprobarse por los padrones en que constan los nombres de dichos ciudadanos que se busquen los nombres de estos ciudadanos en los padrones respectivos de la sección y allí se verá que estos ciudadanos no estaban inscriptos dentro de los padrones y, por consiguiente, no podían haber integrado la Mesa y si se nulificó la casilla número 23 por esta causa, de igual modo deberían haberse nulificado todas estas casillas, precisamente por haberles faltado este requisito.

En una de las casillas el general Humberto Villela, pasando lista a sus soldados en número de trescientos formaditos y con los oficiales armados, se presentó a exigir que se permitiera votar a todos aquellos soldados; entonces dijo el Presidente que se retiraran los oficiales armados y que si los soldados se presentaban formados y los oficiales armados, conforme al artículo 59 no podían presentarse allí a votar; pero llegó el señor Inspector de Policía, (no me refiero al señor general Marciano González, sino al señor general Flores) y dijo que debían recibirse los votos de aquellos soldados y ejerciendo presión sobre el Presidente de la casilla y temiendo éste que más tarde le recayeran algunas responsabilidades, en contra de la ley admitió que votaran todas aquellas fuerzas, no obstante que iban formados los soldados, bien armados y que iban dirigidos por los oficiales que iban armados también. (Siseos de las galerías.) Este es el tipo de la presión oficial, este es el tipo de los antiguos soldados, que sirvieron al pueblo para adquirir su libertad, que sirvieron al pueblo para exponer su vida, para ir a exponer su pecho ante las balas de la dictadura y que hoy bajo el mando de jefes que no comprenden ni saben cumplir sus verdaderas obligaciones, van a las casillas electorales, van a servir de carne de tiranía (Aplausos y siseos.) es decir, elementos contrarios a la verdadera democracia, a esa democracia que venimos persiguiendo desde hace tanto tiempo, a ese sufragio efectivo por el cual se viene luchando desde hace tantos años, desde hace tantos lustros y por el cual el pueblo mexicano ha sacrificado la vida de quinientos mil de sus hermanos y todavía estamos viendo que hasta un tiranuelo, un cacique para venir a destruir esa misma libertad y que aun hoy en plena época constitucional no pueden conseguir todavía que refrenen sus ansias de predominio, que refrenen sus alientos de violación, ciudadanos como el señor Gómez Noriega, a quien no le basta que se le haya demostrado en las elecciones pasadas que no es digno de representar a su Distrito; que no basta que se le haya expulsado de esta Cámara, atendiéndose a un criterio que, por más que ya ha sido desechado, es perfectamente justo. (Aplausos, siseos.)

La nulificación de todas esas casillas de que acabo de hablar, dan el triunfo al C. Santillana, pero por si esto no bastara, bastaría el simple hecho de no habérsele dejado ejercer su cargo como candidato independiente; esta es una causa perfecta de nulidad, por consiguiente, yo apelo a la honorabilidad de Vuestras Señorías, yo apelo a vuestra justificación y no os pido que apliqueís el criterio político, porque ese yo lo reservaré para otros ciudadanos que más lo merecen y por ahora sólo pido que apliqueís el justo, el honrado, el rectísimo criterio legal, esa sola bandera, aun cuando no sea más que esa, aunque yo sé perfectamente que la ley no es todo el derecho, aunque yo sé perfectamente que lo que dijo el gran Hugo, es una verdad: "Que el derecho es lo que debe ser y la ley es lo que puede ser," aunque yo sé perfectamente que si la ley viene a traducir las costumbres de los pueblos convertidos en actos o hechos obligatorios, yo sé perfectamente que la ley no es todo el derecho, que la ley tiene requicitos, que la ley tiene escollos, que la ley pugna en muchos casos con la justicia, con la libertad y con la conveniencia de los pueblos; yo sé perfectamente y si no allí está el caso: ¿Creéis honestamente, honradamente, conciudadanos, que la ley ha sido cumplida en dos siquiera de los Estados de la República? No, y sin embargo, ¿Por qué no se ha aplicado el escalpelo inexorable de la ley sobre todos y cada uno de los expedientes? No se ha aplicado, porque si se hubiera aplicado, el cincuenta por ciento de las credenciales hubiera sido nulificado. ¿Y por qué no habéis aplicado con justicia el escalpelo legal a todas esas credenciales? Habéis tenido razón, conciudadanos, porque en el caso en que la ley ha sido mal conocida, en que la ley es deficiente, en que el pueblo no está capacitado todavía para aplicarla en toda su rigurosa exactitud, en ese caso el legislador debe atenerse el espíritu de las instituciones, el legislador debe ver que la ley pugna en aquel caso con los ideales de libertad y de justicia, pugna con la idiosincracia de un pueblo y de una raza y así no es posible obtener la aplicación exacta de la ley, porque ésta conduciría a la peor de las ruinas, a que naufragaran en el mar del rigorismo necio y estúpido nuestras instituciones.

Por tanto aplicad, pues, siquiera relativamente, la ley, en estos casos gordos como este en que se presenta una violación tan flagrante, una violación enorme, en casos en que un hijo del pueblo, un humilde obrero, sin más amparo que su propio derecho, sin más amparo que sus hermanos que lo han acompañado en el taller, quiere venir a representar a su gremio en esta Cámara, dadle el triunfo sobre el hijo de la aristocracia, sobre el hijo de la tiranía, sobre un ciudadano que se ha demostrado aquí la vez pasada conculcando la ley, en que también se valió de los mismos procedimientos y vaya al señor Gómez Noriega mi consejo: "Si los hombres comprendieran la ventaja que les resulta en ser hombres de bien, serían hombres de bien por picardía!" (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Gómez Noriega.

El C. Gómez Noriega: No sé yo, señores diputados y presuntos diputados, cómo el señor Siurob que admira tanto al ilustre norteamericano que aconsejaba al mundo que los hombres debieran ser buenos, siquiera por picardía, el señor Siurob, que lleva latente ese sano consejo en el corazón, sigue siendo malo por maldad. (Aplausos y siseos.) Ustedes han visto al doctor Siurob y cuando pidió la palabra para hablar en contra de mi credencial, yo automáticamente tomé un papel y un lápiz; pero en el transcurso de su discurso me convencí de que toda la peroración del señor doctor Siurob no debía ni siquiera tener el honor de tomarse en consideración. (Aplausos. Siseos. Campanilla.) No, señor doctor Siurob; yo le he escuchado a usted todas sus sandeces con suma atención, como a un gran orador, usted tenga la bondad de escuchar la respuesta que le voy a dar. Ustedes, señores diputados y presuntos, han visto cómo el señor doctor Siurob ha estado aquí leyendo un memorial que le han entregado para que hiciese la defensa de mi contrincante, el señor obrero Santillana; no le constan al doctor Siurob todos los hechos que me ha imputado a mí, que son perfectamente falsos, como lo voy a demostrar, uno por uno, y ha demostrado una vez más el doctor Siurob no ser un hombre de honor ni un hombre formal, porque, señores, yo pregunto... (Siseos.) y ruego a la Asamblea que si ha tenido la paciencia, la Cámara y algunos señores que ocupan las galerías, de escuchar al doctor Siurob, tengan siquiera la paciencia también de escucharme a mí que igual derecho tengo para hacer mi defensa. (Aplausos. Voces. Campanilla.)

Dice el doctor Siurob que el señor mi contrincante Santillana fue detenido por orden de un Juzgado; esto es, el 6o. Auxiliar, y no pudiendo - todavía le queda algo de pundonor en su conciencia -, no pudiendo el doctor Siurob descargar toda la responsabilidad en mi persona, dejó nada más correr el velo y presentar el acto atentatorio sin decir quién es el responsable para que psicológicamente se vea al candidato Gómez Noriega valiéndose de artimañas edilicias para hacer que el C. Santillana fuese hecho prisionero a fin de obtener la ganancia en las elecciones, como si la prisión o la libertad del C. Santillana hubiese venido a pesar en el resultado de las elecciones, a significar el triunfo en la contienda electoral. No seáis tan cándido, señor doctor Siurob. Es efectivamente cierto que el señor Santillana fue mandado detener, y esto lo supe, porque, como candidato, mis partidarios me lo notificaron inmediatamente, e inmediatamente yo hice todos los esfuerzos posibles para que el señor Santillana no fuese hecho prisionero. (Siseos.) Esta es la verdad y no me importa que la verdad sea siseada, silbada o aplaudida, la verdad siempre triunfa, a pesar de todos los cataclismos de la humanidad. (Aplausos. Siseos.)

Dice el doctor Siurob, y esto lo dice con cierto tono revolucionario, que en la casilla número 14, señores diputados y presuntos diputados, se presentó el general Villela para que sus soldados votasen en la casilla número 14; pues bien; ni se presentaron todos los soldados que manda el general Villela, ni fue el general Villela al frente de los soldados, ni fueron armados, ni fueron todos los que votaron allí, ni votaron todos los soldados que están con el general Villela. Dice que llevaba trescientos soldados y esto no es culpa de usted, señor doctor Siurob, es culpa de quien le dio a usted este memorándum falso, dice que trescientos soldados y en esa votación aparezco yo con ciento setenta y dos votos nada más. ¿En dónde están? Si usted quiere ser un hombre formal y quiere que se le respete y se le guarden consideraciones, debe usted observar una conducta moral de hombre siquiera sensato, porque con esto da usted lugar a que hoy o mañana, un día u otro, le digan a toda voz y con toda irrespetuosidad cuatro frescas que le han de poner a usted muy caliente, señor doctor Siurob. (Aplausos. Siseos.)

Ahora. señores, opino que aquí queda demostrado el otro hecho también falso, lo poco sensato para esa gran personalidad radical en el ambiente revolucionario de México, aquí queda demostrada esa poca formalidad, esa poca seriedad que hacen al hombre autoridad en cualquier asunto social. Señores, dice el doctor Siurob: "¿Cómo, señores, vais a permitir que venga aquí Gómez Noriega, ese que cree que el pueblo sólo sirve para echar leva, como lo hizo él cuando fue Secretario General de Gobierno en tiempo de Huerta en San Luis Potosí?" Y a semejante aseveración falsa contestó inicuamente contra mí, contestó toda una galería en aplausos llenos de entusiasmo por la aseveración del doctor Siurob, y ahora, señores, para echar abajo semejante aseveración, semejante embuste por completo, pido a la Secretaría se sirva dar lectura a estos dos telegramas que están aquí. (Voces. Aplausos.)

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"México, 24 de agosto de 1918.- Telegrama urgente.

"Señor Gobernador del Estado de San Luis Potosí.- S. L. P.- Palacio de Gobierno.

"Ruégole atentamente se digne decirme por esta vía, lo más pronto que le fuere posible, como un señalado favor, si en los archivos del Gobierno de ese Estado a su digno cargo, existe alguna constancia de que haya sido yo Secretario de Gobierno u Oficial Mayor en tiempo de Huerta o haya desempeñado algún empleo por insignificante que sea, en esa época o en cualquiera otra. Dígnese contestar: Rosas Moreno 51. salúdelo afectuosamente.- Miguel Gómez Noriega." Telegrama de "San Luis Potosí, 25 de agosto de 1918.- Licenciado Miguel Gómez Noriega.- Rosas Moreno 51.

"En archivos Gobierno mi cargo no existe constancia alguna de que haya sido usted Secretario de Gobierno u Oficial Mayor del mismo durante la usurpación huertista o en otro tiempo. Refiérome atento mensaje usted ayer y salúdolo afectuosamente.- Gobernador I. C. del Estado, S, Martínez."

(Siseos. Aplausos.)

El C. Gómez Noriega, continuando: ¡Hombre! yo pregunto, señores, cuando un hombre, señores de las galerías, señores diputados y presuntos, cuando un hombre hace una imputación de esta magnitud y se le demuestra con esta magnitud su falsedad, no sé, cómo se quedará el espíritu

humano encarnado en la naturaleza física de ese hombre! (Aplausos y siseos.)

Y si hechos como estos, que he demostrado perfectamente falsos, son la base para creer todos los demás detalles falsos que ha hecho descargar sobre mí el señor doctor Siurob, entonces, señores, no quiero ser muy latoso ni árido, entonces permitidme que al bajar de esta tribuna arranque una página de la anecdótica historia y diga con Guillermo Tell cuando lanzada su fecha sobre la manzana de la discordia que un monstruo había colocado sobre la cabeza de su hijo: "Perezca mi nombre y muera todo mi prestigio, con tal de que se salve la democracia." Así pues, señores diputados o presuntos diputados, apuntad sobre mí vuestras lanzas para destruirme, apuntad sobre la manzana de la discordia, mi credencial, que un monstruo bueno, el pueblo, ha colocado en mis manos y matadme, que nada valgo, que nada significo, matadme diciendo: muera Gómez Noriega en medio de su insignificancia, con tal de que la democracia se salve. (Aplausos. Siseos.)

El C. Siurob: Pido la palabra para rectificar unos hechos. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Siurob: Los hechos que voy a rectificar son muy sencillos: que el señor Gómez Noriega fue Secretario de Gobierno, yo no lo he dicho, sino que fue Secretario Particular. (Siseos.) Pido al señor Secretario que traiga el "Diario de los Debates" del año pasado, en que se discutió la credencial del señor Gómez Noriega, y allí aparecen todos los comprobantes de que el señor Gómez Noriega fue Secretario Particular del Gobernador de San Luis. Segundo, cuando yo dije que había habido soldados que habían ido a votar a esta casilla, formados y mandados por oficiales armados, también el hecho consta en el expediente respectivo, yo no dije que votaron todos, porque eso no me constaba, (Voces: ¡Ah!) porque no podía haberme constado, pero eso no quiere decir que no votaron allí en esa forma y, por consiguiente, la aseveración hecha por mí basta para nulificar efectivamente los votos de esa casilla. (Siseos. Aplausos.)

El señor Gómez Noriega no destruyó en lo absoluto el hecho de que su contrincante, por el hecho de haber sido amenazado, hubiera estado imposibilitado para ejercer su cargo en las elecciones como diputado independiente y si su contrincante no pudo ejercer su cargo como candidato a diputado en aquellas elecciones, subsiste la causa de nulidad consignada en la Ley Electoral; por consiguiente, no ha destruido en lo absoluto el principal y fundamentalísimo cargo de la nulidad de esas elecciones y no sólo no lo ha destruido, sino que lo ha corroborado, porque él mismo ha dicho que fue a hacer gestiones para que saliera el C. Santillana. (Aplausos.) Es muy fácil al señor Gómez Noriega ir a hacer gestiones para que saliera su contrincante, desde el momento que ya no podía perjudicarlo, pues fue un rasgo de compasión. Dijo: "Al fin ya está perdido, al fin este hombre ya naufragó en el mar de la política turbia. Ahora me toca a mí congraciármelo, ahora me toca a mí atraérmelo, ahora me toca decirle que voy a ayudarle a salir del atolladero, con objeto de que no me ataque en la próxima Cámara de Diputados, por sí o por medio de alguna persona que vaya a representarlo en sus derechos." Quería usted conformar a ese obrero para que ese obrero no exhalara su virulencia y no viniera a atacarlo desde esta tribuna. Se ha pegado usted chasco, señor Gómez Noriega. (Aplausos.) Los obreros, cuando tienen conciencia de que defienden la justicia, el obrero mexicano ha dado pruebas innegables de su energía, de su lealtad a los principios, y lo mismo sabe ir a una cárcel a permanecer allí largos años, que ir a las antiguas tinajas de San Juan de Ulúa, o a tomar el rifle para ir a defender la legalidad en los campos de batalla. (Aplausos.) He demostrado, cuidadanos diputados, por la rectificación de todos los hechos apuntados por el señor Gómez Noriega, de los únicos a que se quiso referir, pues hay que notar que no insistió en todas las demás casillas, acerca de las cuales alegué nulidad, he demostrado palpablemente que el señor Gómez Noriega con toda su buena voluntad y con todo su buen arrepentimiento en los actuales tiempos, de su vida pasada, no puede ser diputado a la XXVIII Legislatura, porque no tiene la verdadera sanción del pueblo mexicanos. (Aplausos.)

El C. Gómez Noriega: Señores presuntos diputados: (Siseos.) Son muy curiosas y muy gratas todas estas controversias, porque se oye al pro y se oye al contra, si no queréis más que oír al contra, le quitáis la hermosura. Yo quiero suplicar a la Presidencia tenga la bondad de encarecer a la diputación de San Luis Potosí, que se pongan de pie un cuarto de minuto. Suplico a la honorable diputación de San Luis Potosí, que se ponga de pie un segundo. (Tres cuidadanos presuntos diputados por San Luis se ponen de pie.) Muy bien, señores; gracias. Por vuestro honor, hacedme esta consideración, que he de agradecer toda mi vida: vosotros que me conocéis desde que llegué en 1910 a San Luis Potosí a continuar mis estudios, ¿fui Secretario de algún Gobernador alguna vez?

- Los tres CC. presuntos diputados: No, señor. (Aplausos.)

El C. Siurob: Pido la palabra para la lectura de un documento.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Trigo Octavio.

El C. Trigo Octavio: Señores representantes: Cuando se convocó a elecciones para diputados, allá en el lejano Estado de Chihuahua, en donde estuvimos en situación bien difícil por cierto y nos ocupábamos en hechos prácticos, de algo noble y grande, como es pacificar aquella región, con todas las tropas a la orden del general Murguía, al lanzar mi candidatura no fue con la idea de venir a tomar poses para atraerme aplausos de las galerías, ni tampoco vine para seguir esa labor de oposición que bien puedo llamar acomodaticia y que solamente tira a propender, es decir, a animar los deseos naturales de nuestro pueblo para ser enemigo de todo lo que es Gobierno, de todo lo que es legal y de todo lo que está constituido. (Aplausos.)

El señor doctor Siurob, a quien conozco sólo por referencias, puesto que pasé por Guanajuato después de que él dejó de ser Gobernador de aquella Entidad, (Aplausos.) aun hace un momento en esta tribuna acaba de evocar la memoria del gran norteamericano Franklin. Creo, señores, que en aquellos momentos los huesos de Franklin debieron

haber crujido en su sepultura (aplausos), y si efectivamente el adagio, la máxima que nos ha recordado el señor Siurob le viene a alguien como cruz en torre o piedra en ojo de boticario, es al señor doctor Siurob. (Aplausos.) Se ha dicho hasta la saciedad que aquí únicamente se va a discutir bajo el criterio legal; es decir, que nos vamos a atener a la ley única y exclusivamente; yo creo, como el doctor Siurob, que si fuéramos a analizar los antecedentes políticos del ochenta o noventa y cinco por cierto de los que estamos aquí, no habría Legislatura para el próximo período. (Aplausos.)

Nos dice el señor Siurob que el obrero, señor Santillana, a quien tampoco tengo el honor de conocer, si se tiene en cuenta que desde hace dos años que estoy en Chihuahua y apenas tengo ocho de haber venido a la Capital (murmullos y risas), ante el temor de ser preso se escondió y, ¿esto es, señores, dar una demostración de energía y de saber defender los derechos de los ciudadanos?, indudablemente que no. Allá en Chihuahua, cuando lanzamos nuestra candidatura, Enríquez nos persiguió a casi todos.... (Una voz: ¡No es cierto!)

El C. Trigo, continuando: Sí es cierto, y en aquel momento, señores, ninguno de los diputados por Chihuahua se acobardó, y conste, señores que estábamos en Sierra, a diez y ocho leguas de la capital del Estado de Chihuahua. (Voces: ¡Uuuh!) Ahí está la diputación de Chihuahua. Yo creo que si el señor Santillana tiene la conciencia de que cumplía con su deber no debió haberlo intimidado el atropello, puesto que el atropello mismo lo hubiera conducido hasta la curul que hoy ocupa el señor Gómez Noriega, porque ante tal prueba, la Asamblea seguramente se hubiera visto obligada a reconocer el chanchullo... (Aplausos. Siseos.) Señores de las galerías: yo vengo a decir aquí la verdad y no me bajaré hasta no haberlo conseguido. (Siseos.) Decía yo que, como se ha dicho aquí sí se viene a discutir bajo el punto de vista legal, salen sobrando los ataques que se dirigen al señor Gómez Noriega, convirtiendo esta tribuna, en vez de lo que debe ser, en un sitio en donde cada representante de la República debe venir a elevar su voz para el bien del pueblo y no a despedir el baho de estercolero, que solamente tiene alguna injuria, haya o no razón para ello, únicamente por arrancar un aplauso y venir siempre a censurar al Gobierno, venga o no al caso la censura. (Aplausos.)

Ya que de censuras hablamos, y descendiendo al terreno nimio acerca de la crítica del Tancredo, como califica el señor Siurob, me permito recordarle que en los Estado Unidos, un país en el que se presume de democracia y libertad, esos mismos Tancredos están en cada esquina y a nadie se le ha ocurrido protestar contra esos Tancredos, ni censurar al Gobierno por ellos. (Aplausos. Siseos.)

Creo que el señor Gómez Noriega ha contestado de una manera perfectamente clara y precisa a todos los cargos que le ha hecho el señor Siurob y lo ha demostrado con documentos, mientras el señor Siurob no prueba abiertamente, como se debe probar, con hechos, que el señor Gómez Noriega es un canalla, que no tiene derecho a sentarse en esa curul, y es inconcuso que el señor Gómez Noriega le dedique los mismos epítetos al mismo señor, porque lo ha calumniado, y eso le consta a toda la Asamblea. Repito, sale sobrando que prolongue demasiado este mal pergeñado discurso, sale sobrando que haga perder el tiempo a la Asamblea, y si vamos a juzgar bajo el punto de vista legal, o sea el jurídico, creo que el dictamen de la Comisión debe ser aprobado por todos nosotros, haciendo abstracción de si el señor Gómez Noriega fue huertista, o el señor Siurob revolucionario, puesto que respecto a uno y a otro mucho habría que decir, señores. (Siseos. Aplausos.)

El C. Siurob: Pido la palabra, señor Presidente: (Voces: ¡No, no! ¡Sí, Sí!)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Por fortuna, señores diputados, aquí sí puede venir el pueblo del 6o. Distrito Electoral; nos está escuchando el pueblo del 6o. Distrito Electoral, porque aquí están muchos de sus representantes, que han tenido interés en venir a oír la discusión de esta credencial.

El C. Gómez Noriega: Yo también traigo los míos.

El C. Siurob: Sus manifestaciones son elocuentes, ellas demuestran que el C. Gómez Noriega no goza de simpatías en aquel Distrito. Pero hay más, ninguno de los oradores que me han precedido en el uso de la palabra, ha demostrado que el señor Santillana no hubiera tenido orden de aprehensión en su contra, ninguno ha demostrado que no se le hubiera inhabilitado, y como está todavía existente el hecho de que se le inhabilitó para ejercer sus funciones como ciudadano, puesto que había una orden de aprehensión en contra suya, persiste la causa de nulidad. Aquí está la Ley Electoral, artículo 104, fracción VIII:

"No haberse permitido, de hecho, a los representantes de los partidos, políticos o de los candidatos independientes, ejercer su cargo."

No se ha desbaratado, pues, ninguna de las aseveraciones mías; se nota el deseo tanto del señor Gómez Noriega, como de la persona que lo sucedió en el uso de la palabra, se nota el deseo, digo, de no tocar los detalles, sino de pasar como sobre ascuas y de venir a hablar aquí de vanidades, de circunstancias que no vienen al caso, puesto que no se trata de mi credencial, sino de la de Gómez Noriega, para querer desvirtuar los hechos, que son tan claros, y son tan patentes y ciertos, que toda la Asamblea necesitaría estar ciega física e intelectualmente. para no comprender que son ciertos. (Aplausos.)

Respecto a la imputación sobre asuntos de Guanajuato, puede el señor que la ha hecho concretarla, que yo se la contestaré; por ahora no ha concretado ninguna, y esa sí es una prueba de falta de prueba, esa sí es una prueba de que no es consciente siquiera de lo que dice ese caballero, supuesto que no se atreve a concretar ninguna de las falsedades que él me imputa; a él y a todos los que quieran imputármelas, ya les dije desde el otro día que podían hacerlo y que estoy dispuesto a contestar todas esas imputaciones. En lo que se refiere a la censura que yo he hecho, dice él, de los ciudadanos directores del tráfico, yo no los he censurado, yo únicamente he hecho una comparación alusiva a ellos, pero yo, por el

contrario, creo que el señor Inspector de Policía ha hecho perfectamente en ponerlos, que están muy en su lugar y que se ven muy estéticos, así como se veía perfectamente antiestético el señor Armando Ostos andando de aquí para allá en un automóvil lleno de papeles y con la consigna en el cerebro, y como el señor Gómez Noriega se veía también antiestético yendo a las casillas a hacer presión, con voces acaloradas y ademanes descompuestos, para obligar a los Presidentes de las casillas a que cometieran violaciones a la ley. (Aplausos.)

El C. Trigo: Señor doctor Siurob: cuando se discuta la credencial de usted, concretaré los cargos. (Voces: ¡Aaah!)

El C. Garza Candelario: Pido la palabra para rectificación de hechos.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Garza Candelario: Ciudadanos diputados y presuntos diputados: El doctor Siurob, quien ha dicho perfectamente bien que los obreros, cuando defienden sus derechos, están para ser oídos por todo el pueblo, yo digo también que están aquí para ser oídos por todos los presuntos diputados y diputados aprobados aquí, de toda la República. A eso venimos y estamos dispuestos a probar y probaremos, en cuanto termine nuestra labor, que así es. Se ha dicho que solamente una Asamblea ciega, y se refería a todos los que estamos aquí, no ve las pruebas contundentes para la separación de esta Representación Nacional, del señor Gómez Noriega; perfectamente bien, aquí estamos y hemos llegado de diversas partes de la República, algunos de muy lejos, otros de muy cerca, apenas pudimos saber, apenas llegamos a comprender... (Siseos.)

Si digo "otros de cerca," es porque, estando así sabemos algo de la política de México, sabemos algo de lo que hubo de bueno y de malo, mientras que el que viene de Sonora, de Tamaulipas, de Chihuahua o de la frontera, que están bastante lejos, no saben lo que pasa en México (siseos), y a eso me refiero. La Asamblea no está ciega, la Asamblea está juzgando uno por uno de los actos que se nos vienen a demostrar aquí perfectamente. pero conforme a la misma Ley Electoral se nos deben venir a señalar pruebas. Si el doctor Siurob, en uno de los hechos que dice quiere probar ante la Asamblea, nos dijo que una de las casillas no fue establecida en el lugar dicho de antemano por la primera autoridad, o por la autoridad correspondiente, perfectamente bien, es una causa de nulidad de las elecciones verificadas en esa casilla; pero ¿por qué el presunto diputado señor doctor Siurob, no nos trajo un aviso de esos mismos que reparte el Presidente Municipal, para que hubiera mostrado o señalado dónde había sido y ese lugar no era el que estaba impreso allí y sancionado por la firma del Presidente Municipal?...(Siseos.)

Bueno, señor, suplico que como esto durante todos los días de discusión que hemos oído, nos han venido con muchas pruebas escritas, pero ninguna sancionada por quien corresponde... (Siseos.) sobre esto sí, señores; sobre esto recuerdo yo que no sé qué credencial se discutía, se nos leyeron un sin número de cantidades de supuestas votaciones en las casillas; si fue así, señores, qué censuráis de estos hechos, ¿por qué no levantaron un certificado perfectamente auténtico de cada una de las casillas electorales? (Siseos.) ¿qué no tenían representantes? si tienen la conciencia perfecta de que ganaron las elecciones, deben tenerla también perfecta de que perdieron por torpeza. La Asamblea está para oír y para criticar hechos, pero perfectamente comprobados con pruebas auténticas. Nosotros estamos oyendo las discusiones; generalmente son los diputados de México los que luchan con todos los que vienen de la República de los demás lugares de la República. (Siseos.) Está bien dicho, señores, aunque lo siseen, nosotros estamos allí para oír pruebas y para decidir, pero ¿es posible que porque un señor diputado que estimamos mucho, aunque no traiga pruebas perfectamente notables, auténticas, (Siseos. Campanilla) vayamos a cambiar nuestra opinión nada más porque nos dice? Entonces sí seríamos borregos.... ( Risas, Siseos.) como nos ha dicho el señor diputado Vadillo, a quien reconozco porque nos ha dado ese calificativo, no lo admito, ni lo admitiré nunca tampoco. (Siseos. Campanilla.)

El C. Siurob: Pido la palabra para hacer una interpelación al orador. ¿Me permite que lo interpele, compañero? Señor compañero: Lo juzgo a usted una persona de muy buena fe y que quiere convencerse de la verdad, pero quiero que usted me diga, señor compañero, lo siguiente: suponga usted que hubiera estado en el caso del C. Santillana, que dos días antes de la elección, siendo usted un obrero pobre, no teniendo amparo de ninguna especie, porque los obreros no lo tienen, siendo un hombre que no tiene dinero para defenderse ante los tribunales, que no tienen un abogado, que no cuenta con un abogado que lo defienda, suponga usted que el Presidente del Consejo Electoral viene y le dice: "Señor diputado, usted va a ser aprehendido, aquí hay una orden del juez fulano y en virtud de esa orden lo van a aprender a usted; usted sabe que no tiene quien lo defienda, usted sabe que si va a la cárcel se va a estar allí durante meses sin tomarle una sola declaración y que su familia va a quedar desamparada, que sus hijos no van a tener qué comer, usted no tiene ninguna esperanza de salir de allí hasta que buenamente quieren darle la justicia, usted se encuentra en esas circunstancias ¿ puede ordenar y organizar su campaña, tener representantes en todas las casillas y tener listas minuciosas de las que usted hablaba?

El C. Garza Candelario: En primer lugar la Ley Electoral dice que no se pone preso a nadie el día de las elecciones. (Risas.) En segundo lugar, usted, como defensor de él, le debía de haber aconsejado que fuera a la cárcel. (Risas. Siseos.) Sí, señores, así nos hubiera venido a convencer de que era perfectamente cierto lo que pasó.

El C. Siurob: Señor diputado: Si el señor diputado Gómez Noriega lo confiesa, que fue a sacarlo, que fue a hacer gestiones en su favor.

El C. Garza Candelario: El señor Gómez Noriega dice que no lo vio, ni mucho menos fue a sacarlo, que quiso ir a ver para que no lo pusiera en la cárcel. (Voces: ¡Ah, ha!) Sí, señor Rivera Cabrera, allí está el señor Gómez Noriega que lo diga, Bueno, con la interpelación esa que usted

me hace, dígame si no estaría perfectamente cierto, si no hubiera probado usted que tenía razón, si nos hubiera dicho que lo tenían preso. Ya digo yo que los que estamos en la Asamblea y que no conocemos la política de México, no venimos a hacer...(Siseos.) Sí, señores, me refiero a la Municipalidad de México, no venimos a hacer obra en contra de los obreros, nunca la hemos hecho y venimos nosotros aquí porque nos han mandado los obreros.... (Siseos.) Sí, señor, y estamos dispuestos a respetar sus candidatos cuando así sea de ley, cuando tengan verdaderamente la razón. Nuestra labor lo comprobará; ahora, sí digo yo que a todos los señores de la oposición que no son más que ciertos.... es decir, contados (Voces: ¡Aah!) cuando vuelvan a invocar a la Asamblea, para que no tengan ustedes el mal concepto de todos los que la formamos y que es cierto y verdadero que no nos conocen ni los conocemos nosotros, que nos traigan pruebas y estaremos dispuestos a oírlas y a acatarlas, pero no por el sólo deseo de ellos, vamos a cambiar un camino que hemos llevado de antemano por la ley y únicamente por la ley. (Siseos y voces: ¡Uuh!)

El C. Secretario Araujo: No habiendo ningún otro orador inscripto ni en pro ni en contra, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse poner de pie. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba.

El C. Siurob, interrumpiendo: Pido votación nominal. Suplico a siete ciudadanos se dignen apoyarme. (Lo hacen varios ciudadanos.)

El C. Secretario Araujo: Se procede a la votación nominal.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, suplica atentamente a los CC. Díaz González, Lorandi, García de Alba y Saucedo se sirvan auxiliar a la Secretaria a recoger la votación. Se procede a la votación.

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a las galerías que no permitirá ninguna manifestación en pro ni en contra a la hora de la votación.

(Se recoge la votación.)

El C. Secretario Araujo: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar?

El C. Secretario Lorandi: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar?

- El mismo C. Secretario: Se procede a la votación de la Mesa. (Se recogió.) Votaron por la afirmativa, ciento nueve ciudadanos diputados. (Siseos en las galerías.)

El C. Lorandi: Votaron por la negativa, nueve ciudadanos diputados. (Aplausos en las galerías: ¡No hay quórum!)

- El mismo C. Secretario: Como de la votación se desprende que no hay el suficiente número de diputados para que haya quórum, se va a pasar lista para comprobar éste.

El C. Lorandi: (Pasó lista ¿Falta algún ciudadano diputado por pasar lista? Hay 139 ciudadanos diputados. Hay quórum.

- El mismo C. Secretario Se procede de nuevo a la votación.

El C. Basáñez: para una moción de orden. En virtud de que no se declaró cerrada la votación, yo pido que la Secretaría pregunte qué individuos faltan de votar y cómo emiten su voto para que se computen en la lista.

(Voces: ¡No, no! ¡Sí, sí!)

- El mismo C. Secretario: La Mesa, estimando los precedentes que hay sobre el particular, estima que debe sujetarse a nueva votación, (Voces: !Sí!) y por acuerdo de la misma Mesa, se da lectura a los artículos siguientes:

"Artículo 142. La votación nominal se hará del modo siguiente:

"I. Cada miembro de la Cámara, comenzando por el lado derecho del Presidente, se pondrá en pie y dirán en alta voz su apellido, y también su nombre si fuere necesario para distinguirlo de otro, añadiendo la expresión sí o no;

"II. Un Secretario apuntará los que aprueben y otro los que reprueben;

"III. Concluido este acto, uno de los mismos secretarios preguntará dos veces en alta voz si falta algún miembro de la Cámara por votar; y no faltando ninguno, votarán los secretarios y el presidente;

"IV. Los Secretarios o Prosecretarios harán en seguida la computación de los votos, y leerán desde las tribunas, uno los nombres de los que hubiesen aprobado y otro el de los que reprobaren; después dirán el número total de cada lista y publicarán la votación."

"Artículo 156. Cuando llegue el momento de votar, los Secretarios lo anunciarán en el salón y mandarán que se haga igual anuncio en las salas de desahogo. Poco después comenzará la votación.

"Artículo 157. Mientras ésta se verifica, ningún miembro de la Cámara deberá salir del salón ni excusarse de votar."

La Presidencia ruega a los ciudadanos diputados que durante la votación no abandonen el salón. Se procede a la nueva votación. Por la afirmativa.

El C. Lorandi: Por la negativa. La Presidencia suplica a los ciudadanos diputados no abandonen el salón durante la votación.

( Se tomó la votación.)

- El mismo C. Secretario: ¿No hay otro ciudadano diputado que falte por votar?

El C. Lorandi: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar?

El C. Secretario Araujo: Votaron por la afirmativa los CC. Aceves, Aguilar Pablo, Alcocer, Alejandre, Altamirano, Alvarez del Castillo, Alvarez Ricardo, Andrade Priego, Angeles, Araujo Emilio, Araujo Francisco, Arriaga J. Issac, Arrioja Isunza, Avellaneda, Balderas Márquez, Baledón Gil, Bandera y Mata, Barragán, Barrera de la, Basáñez, Berumen, Bolio, Bouquet, Bravo Carlos, Bravo Izquierdo, Breña, Cabrera, Camacho, Cancela Nogueira, Cantú, Carreón Donaciano, Carrión Luis G., Carriedo Méndez, Castellanos Díaz, Castilleja, Castillo David, Castillo Torre, Castro Alfonso, Castro Roberto, Contreras, Cornejo, Cravioto Gallardo, Cuéllar, Chávez, Díaz González, Esparza, Espinosa y Elenes, Ferrel, Fontes, Gaitán, Gámez Gustavo, García Carlos, García de Alba, García José Guadalupe, García Pablo, García Ruiz, Garza, Gil, Gómez Gildardo, Guerrero, Gómez Cosme D., Hernández Eulogio, Hernández Jerónimo, Hernández Loyola, Herrera

Julio, Herrera Samuel L., Huerta, Iturralde T., Jiménez Rafael, Lazcano Carrasco, Lomelí, López Ponciano, López Teófilo, Lorandi, Macías Rubalcaba, Machorro y Narváez, Madrid, Malpica, Mancisidor, Márquez Galindo, Martínez del Río, Martínez Ignacio E., Mena, Méndez Arturo, Méndez Benjamín, Méndez Fortunato, Meza, Molina, Montes, Morales Sánchez, Navarro, Ocampo, Olivé, Ordorica, Oropeza, Orozco Muñoz, Ortiz Andrés, Ortiz José de la Luz, Perea Ruiz, Palacios Moreno, Parra, Patiño, Paz, Peña, Pérez Carbajal, Pérez Vela, Pesqueira, Quiroga, Ramos, Rebolledo, Rivera Castillo, Roaro, Rodríguez Alfredo, Rodríguez de la Fuente, Rodríguez Herminio S., Rodríguez Matías, Rosas Miguel, Ruvalcaba, Soto, Saldaña, Schulz y Alvarez, Silva Federico, Silva Herrera, Silva Pablo, Solórzano José I., Soto José M., Tamez, Tejeda, Toro, Torres José T., Trejo, Treviño, Trigo, Urdanivia, Uzeta, Valadez Ramírez, Vásquez, Velásquez López, Verástegui, Vilchis, Villalobos y Villaseñor Mejía.

Total, 142 ciudadanos diputados.

El C. Lorandi: Votaron por la negativa los CC. Dyer, García Vigil, González Jesús N., Reyes Rafael, Saucedo, Siurob, Torre Rómulo de la y Vadillo. Total, 9 ciudadanos diputados.

El C. Padrés: Pido la palabra. Reclamo mi voto.

El C. Lorandi: Efectivamente, el C. diputado Padrés votó por la negativa. (Risas.)

El C. Secretario Araujo: En vista de la votación, se aprueba el dictamen y la Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria: Son diputados, propietario y suplente, por el 6o. Distrito del Distrito Federal, los CC. Miguel Gómez Noriega y Alberto Sánchez de la Vega. (Aplausos y siseos. Silbidos en las galerías.)

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"1a. Comisión.- 2o. grupo.

"Los que subscriben, miembros integrantes de la 1a. Comisión, segundo grupo, para la revisión de credenciales, después de estudiar detenidamente el expediente electoral correspondiente al 17 Distrito Electoral del Estado de Guanajuato, estimamos que las elecciones efectuadas el 28 del mes de julio del año en curso, fueron apegadas a la Ley Electoral vigente, habiéndose llenado, en consecuencia, todos y cada uno de los requisitos señalados en la misma.

"Del cómputo practicado aparece que el C. licenciado Ernesto Alcocer obtuvo una mayoría absoluta de votos, sobre los sufragios en favor de su contrario; igual caso sucedió con el C. licenciado Pantaleón, Delgado; y aun cuando en el expediente respectivo aparece un telegrama firmado por el C. Roberto Sepúlveda, en que se queja de que el Gobernador del Estado le ministró una escolta al C. Alcocer, para hacer su propaganda, resulta que, el hecho no está comprobado ni es motivo de nulidad.

"Por lo expuesto, sometemos a la consideración y deliberación de la H. Asamblea las siguientes proposiciones:

"Primera. Es legal la elección efectuada en el 17 Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.

"Segunda. Es diputado propietario por el mencionado Distrito, el C. licenciado Ernesto Alcocer.

"Tercera. Es diputado suplente por el mismo Distrito, el C. licenciado Pantaleón Delgado."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 16 de agosto de 1918.- Carlos García,- J. Rodríguez de la Fuente. - Jenaro Palacios Moreno."

Está a discusión el dictamen.

El C. Siurob: Pido la palabra en contra, señor Presidente. (Aplausos y siseos en las galerías.)

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra, el C. Siurob.

El C. Siurob: Honorable asamblea: Aun cuando ya debía estar perfectamente convencido del espíritu que aquí reina, aun cuando ya la honorable Asamblea ha dado pruebas de lo que puede dar de sí por el momento y en las actuales circunstancias en que están revisándose las credenciales de todos los ciudadanos presuntos diputados, oponiéndome a los consejos de los mismos ciudadanos de mi partido, que me dicen que debo abandonar una tarea para mí ingrata, en virtud de la cual, ciudadanos que no han ido a la luz, se atreven a venir a vejar, a insultar a un hombre que no tiene otro mérito que venir a defender aquí la verdad, que no tienen otra circunstancia favorable sino haber considerado que era justo, que era honrado tomar las armas en defensa de su patria (toses), a pesar de que sé que se acomularán conmigo los odios políticos de los ciudadanos presuntos, a quienes vengo a atacar; por encima de todo eso vengo a esta tribuna y seguiré viniendo a defender todas las credenciales que tengan justicia, por la única y sencilla razón que para eso me ha confiado su representación el pueblo del 3er. Distrito del Estado de Querétaro. (Aplausos de las galerías.) La ventaja para vosotros, conciudadanos, es que todo ha sido muy bien preparado; el señor Presidente, en las discusiones anteriores sabía muy bien las credenciales que yo iba a atacar y precisamente por eso las ha apartado para ponerlas todas juntas al debate al mismo día, es decir, para que el mismo día tenga yo que venir cuatro, cinco o seis veces a esta tribuna con el objeto de producir en la Asamblea el natural cansancio que provoca la voz de un solo orador y producir en las tribunas el natural sentimiento de aversión contra un individuo a quien se puede creer que únicamente por el deseo de venir a hablar a esta tribuna es por lo que asciende a ella; pero ninguna de estas circunstancias me retraerá en lo absoluto de venir a hacer aquí uso de mi derecho.

El caso del señor Alcocer es el mismo del señor Gómez Noriega. Ayer, es decir, el año pasado, se lanzó también candidato por el mismo Distrito y no obstante que ni por el número de votos ni a pesar de la presión que ejerció como Secretario de Gobierno en aquella época, ni por la circunstancia de que la Honorable Asamblea de la XXVII Legislatura lo expulsó de aquí de esta Asamblea como si fuera un hueso de fruta, no obstante estas circunstancias, hoy insistió el señor Alcocer, encontrándose en las mismas circunstancias o parecidas a las de aquella época, y redoblando sus actividades de imposición en el Distrito mismo por el que pretendió elegir en la Legislatura pasada, con una agravante, que después de la elección pasada,

y habiendo visto los CC. Alcocer, los hermanos Alcocer, muy conocidos ya en la República, habiendo visto que no había salido el señor su hermano, ejercieron las más terribles represalias sobre los habitantes de aquel Distrito. (Una voz: ¡Me consta!) Multitud de obreros se vieron despedidos de las minas de Pozos; multitud de obreros se vieron encarcelados, otros sufrieron los más crueles atropellos como para indicarle al pueblo que en la próxima vez era necesario cuidarse, que en la próxima vez el pueblo debía ir temblando a las casillas electorales, si es que quería volver a dar su voto por el C. Sepúlveda. (Aplausos en las galerías.) Esto, moralmente, es la primera causa de nulidad, porque si las violaciones, si las presiones ejercidas en aquella época fueron de tal naturaleza que amedrentaron a los habitantes del Distrito, eran de tal naturaleza, que todavía se estaban consumando muy poco tiempo antes de verificarse esta segunda elección, lo natural es suponer que los habitantes de aquel Distrito no iban a exponerse todos en masa, aquellos humildes obreros analfabetos que de por sí no tiene el valor civil suficiente para enfrentarse a las autoridades, que de por sí sienten el amor patrio de una manera tan arraigada como lo sentimos nosotros, y esto es natural .. (Siseos, Aplausos.) es muy natural, ciudadanos, no os extrañéis de ello; si no lo sienten, es porque cada quien ama a la Patria precisamente por ese ambiente en que se ve colocado, porque la Patria es el hogar, porque la Patria son las circunstancias que rodean a uno; porque la Patria es el ambiente que respiramos, el trabajo que nos proporciona el sudor de nuestro rostro y que nos sirve para nuestra alimentación; porque la Patria son todas las circunstancias que contribuyen a hacer la vida noble, a hacer la vida amable, y aquel desdichado que no tienen con qué subvenir a sus necesidades, que tiene a sus hijos habitando una humilde choza por donde se filtran todas las interperies, que tiene a su esposa tendida en un jergón, enferma, en muchísimas ocasiones sin tener una medicina que llevarle para curar su enfermedad, no puede sentir el amor patrio tan arraigado como nosotros que tenemos por fortuna muchas comodidades y muchas circunstancias que nos hacen la vida amable, que nos hacen la vida por mil títulos estimable. Por consiguiente, no es de extrañar, ciudadanos diputados, que aquellos hombres humildes no sientan el patriotismo de una manera tan arraigada ni estén dispuestos a hacer tantos sacrificios como nosotros pudiéramos en nuestro caso. En el caso nuestro, cuando nosotros nos enfrentamos con alguna autoridad, cuando luchamos por determinado derecho, lo más que nos puede suceder es que se nos sigan persecuciones, pero en la generalidad de los casos no llega la persecución hasta el grado de hundirnos para siempre en la cárcel, de hacer perecer a nuestros familiares por el hambre y despojarnos en lo absoluto de lo más caro de la vida.

Y para demostrar a ustedes que sí ha habido presión allá y que sí ha comenzado a consumarse venganzas después de esta última elección, pido a la Secretaría que se digne leer los siguientes comprobantes. (Voces: ¡Uh!)

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Ciudadano Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

"Para que tenga a bien acordar el trámite que corresponda en el caso, me permito transcribir a usted dos mensajes telegráficos y una carta que acabo de recibir procedente del Mineral de Pozos, Guanajuato, donde se pone de manifiesto no sólo la falta absoluta de garantías, sino una era feroz de represalias iniciada por autoridades del Estado, contra quienes ejercitando sus derechos cívicos no votaron en favor de la persona del hermano del Gobernador del Estado en las pasadas elecciones.

"Agotados los recursos legales, por la falta de garantías, toca a la Representación Nacional exigir de quien corresponda el respeto a las garantías individuales y a los derechos de los ciudadanos.

"Primer mensaje.- Pozos, Guanajuato, Vía San Luis de la Paz, Gto.- 12 de agosto de 1918.- Teniente coronel y diputado Roberto Sepúlveda.- Cámara de Diputados. - Empiezan represalias. Destituyeron profesores Rodríguez y Rangel sin pagarles. - Urgen garantías.- Moisés Trejo."

"Segundo mensaje.- Pozos, Guanajuato, Vía San Luis de la Paz, Gto. -1 5 de agosto de 1918.- Teniente coronel y diputado Roberto Sepúlveda.- Cámara Diputados. - Fuerzas del Estado cometen atropellos. Tunales preso en cuartel. Posponen autoridad municipal.- Moisés Trejo."

"Carta relacionada con los mensajes.

"Mineral de Pozos, agosto 14 de 1918.

"Señor teniente coronel y diputado al Congreso de la Unión, Roberto Sepúlveda.- México, D. F.

"Muy estimado señor representante de este Distrito:

"Los acontecimientos se recrudecen en ésta, desde que usted se fue. Las persecuciones y atropellos están a la orden del día. A los profesores Petronilo Rodríguez y Adalberto Rangel los destituyeron de su empleo sin causa justificada, sino que únicamente por estar investigando el pago de sus sueldos que se les adeuda desde un mes y medio o quizá por el hecho de no haber sido simpatizadores del hermano del Gobernador, y por tal motivo no tienen ni qué comer y mucho menos con qué emigrar para otra parte en busca de trabajo. Los soldados de Alcocer o, más bien, los rurales del Estado desarrollando papeles de esbirros están cometiendo toda clase de abusos, atropellando a las mismas autoridades, pues han llegado al extremo de haber aprehendido a varios operarios que no simpatizaron con el hermano del Gobernador y los han apaleado en el cuartel y en estos momentos se llevan a otros y a uno apellidado Tunales, a quien ya trían de encargo, y como no pudieron llevárselo entre tres soldados, tuvieron que echarle encima toda la gente armada y, naturalmente, entre tanto soldado tuvieron que golpearlo, atropellándolo hasta dominarlo y se lo llevaron. Una vez en el cuartel lo volvieron a golpear, pues en estos momentos que escribimos a usted sabemos que están golpeando a un grupo de obreros. A nosotros excusamos decirle que también nos traen en sus listas y esperamos que en cualquier momento cometan con nosotros los mismos atropellos; así es que suplicamos a usted atentamente que si de usted está remediar nuestra situación o, en caso contrario, no pueda, díganoslo luego para emigrar a otra parte, porque aquí la vida

ya no es posible. No somos dueños los habitantes de este Distrito de salir aun de nuestras casas, por que a todas partes nos siguen los soldados, los que, como dijimos antes, no hacen caso de las autoridades y ellos se han tomado atribuciones que nunca han llegado a tener y no parece sino que estamos bajo la Ley Marcial y que las garantías han desaparecido para nosotros completamente. En espera de su grata contestación y de que dé usted cuenta a quien le corresponde, esperamos nos importa la justicia necesaria, porque los castigos a que estamos sometidos son como el que en estos momentos pasa el obrero Tunales, después de la golpiza de ayer, ahora le dieron en el cuartel cincuenta cintarazos y han dicho a las autoridades que no lo darán libre, antes se lo llevarán para Guanajuato... (ilegible) de ellos mismos y de los habitantes de este Distrito.

"Respetuosamente.- León Rangel, y siguen ochenta firmas.

"Sus comitentes de este Distrito.

"Suprimo la firma de la carta anterior, para evitarles persecuciones, en caso de que se hagan tales acontecimientos del dominio anterior, digo, público, pues lo único que deseo es que los elementos de la XXVII Legislatura que aún funcionan en la Honorable Comisión Permanente, contesten con un trámite acertado al grito lastimero de los villanamente perseguidos, que claman pidiendo justicia.

"Protesto a usted mi respetuosa consideración.

"Constitución y Reformas.- México, a 19 de agosto de 1918.- El diputado."

El C. Siurob, continuando: El original de este documento obra en la Secretaría, está en el expediente; de manera que las personas que quieran pasar a verlo, pueden hacerlo inmediatamente. (Voces: ¡ Firmas, firmas!) Lo firman León Rangel y ochenta firmas más. La Honorable Comisión Revisora señalaba como otra de las causas de nulidad de esta elección, el hecho de que el C. Alcocer fuera acompañado de fuerzas armadas y decía que no existía ningún comprobante de este hecho; suplico también a la Secretaría se sirva leer este documento. (Voces: ¡Pruebas, pruebas!) Aquí están las pruebas.

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Al margen un sello que dice: "Cárcel Municipal.- Mineral de Pozos.- Estado de Guanajuato."

"A pedimento del C. teniente coronel Roberto Sepúlveda, se saca copia simple del libro de novedades habidas en esta Comandancia, como sigue:

"El jueves 25 del presente, como a las siete de la noche, se dio cuenta a esta Comandancia, que se encontraban en el punto llamado "La Pilarica," cuatro individuos armados, así como otros cuatro en el punto llamado "El Señor de los Trabajos", ambos al mando de un mayor; al practicar las investigaciones necesarias, resultó que era gente que venía a las órdenes del C. licenciado Ernesto Alcocer.

"Pozos, Guanajuato, julio 26 de 1918.- El Comandante de Policía, J. Isabel González.

"Al C. teniente coronel Roberto Sepúlveda.- Presente."

El C. Siurob: Aquí está otro comprobante.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Un sello que dice: "Cárcel Municipal.- Mineral de Pozos.- Estado de Guanajuato."

"A pedimento del C. teniente coronel Roberto Sepúlveda, se saca copia simple del libro de novedades habidas en esta Comandancia durante las elecciones del día 28 del presente, como sigue:

"El sábado 27 del presente, a las doce de la noche, tuvo conocimiento esta Comandancia, de la llegada de un grupo de soldados armados, y previas las investigaciones, era una escolta que llegaba de San Luis de la Paz, escolta perteneciente a fuerzas del Estado y al servicio del C. licenciado Ernesto Alcocer, y que debido a que entraban por diversas bocacalles del mercado "Zaragoza", y dando parte al Presidente Municipal, de la presencia de éstos, más tarde, a la una de la mañana regresaron a San Luis de la Paz, incorporándose a ellos un capitán apellidado Arbizu y Froilán Zamora, escribiente del Juzgado de Primera Instancia de San Luis de la Paz, que se encontraban en este mineral con el carácter de propagandistas y representantes de unas casillas de las elecciones que se verificarían al día siguiente, cuyos individuos vinieron a ésta a trastornar el orden público, quienes estos últimos, con la escolta del C. Alcocer, regresaron a San Luis, habiendo renacido el orden y sin otras novedades.

"Pozos, Guanajuato, julio 29 de 1918.- El Comandante de Policía, J. Isabel González."

El C. Siurob: Ya veis, pues, ciudadanos diputados, cómo sí existen comprobantes y pruebas autorizadas de que el C. Ernesto Alcocer anduvo acompañando de soldados durante toda su propaganda. De manera que estos hechos demuestran claramente que el señor Alcocer ejerció presión, con lo cual se violó el artículo 115 y por lo cual debe declararse nula la elección, en virtud de la fracción II del artículo 104, que dice:

"Artículo 104:................................................................ ...............................................................................

"II. Haber mediado cohecho, soborno o presión de alguna autoridad, para obtener la votación en favor de determinado candidato..."

Pero vamos a otras pruebas. La elección está plagada de tantos defectos e imposiciones, que verdaderamente no sé cómo el C. Ernesto Alcocer se ha atrevido a venir a esta Honorable Asamblea, trayendo una credencial que no, como dijeron en la pasada Legislatura, chorrea fraude, sino que chorrea presión. Se ve claramente el ambiente oficial; se palpa tras de esa imposición, no al Presidente Municipal de aquellos lugares, sino al Jefe Político; se adivina tras del candidato aparentemente democrático y popular, al primer esbirro, al hermano de don Ernesto, el Gobernador de Guanajuato, que hizo velar todos los elementos de fuerza disponibles para cometer sus atentados. (Aplausos.)

El C. licenciado Ernesto Alcocer era Secretario Particular de su hermano el Gobernador, en los momentos en que se verificaba la elección; y no sólo, sino que ni antes, ni en ninguna época renunció ese cargo, pues si aparece en poder de la Comisión Revisora un escrito que dirigió el propio general Alcocer, diciendo que el señor licenciado Ernesto Alcocer no era su Secretario, por

haberle concedido licencia, aquí hay documentos enteramente auténticos, por los que consta que este señor siguió ejerciendo el cargo expresado y que lo estaba ejerciendo en los momentos de verificarse la elección. (Aplausos.)

Para ese hecho yo interpelo al señor Presidente de la Comisión, para que me haga el favor de mostrarme el certificado del señor Gobernador, general Alcocer, diciendo que el señor su hermano era su Secretario Particular.

El C. García Carlos, Presidente de la Comisión: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. García Carlos: Efectivamente, señor doctor Siurob, con fecha 13 de abril de 1918 fue girado un oficio del señor Gobernador interino del Estado, Fernando Alcocer, al C. licenciado Ernesto Alcocer, en el que dice lo siguiente:

"Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guanajuato.- Estados Unidos Mexicanos.

"Por las razones que usted aduce en su oficio fecha de ayer, este Gobierno de mi cargo ha tenido a bien admitirle la renuncia que en el cargo de Secretario Particular hace, haciéndole presente las más expresivas gracias por la lealtad y eficacia con que lo ha desempeñado.

"Constitución y Reformas.- Guanajuato, abril 13 de 1918.- El Gobernador interino del Estado, coronel F. Alcocer.

"Al C. licenciado Ernesto Alcocer.- Presente."

"El C. Siurob, continuando: Ese documento es muy viejo, honorable, honorabilísimo señor licenciado García; aquí hay otro documento más reciente en el que demuestra que el señor licenciado Ernesto Alcocer sí era Secretario Particular del señor su hermano, con lo cual resulta que o ha mentido el señor general y licenciado Alcocer, o ha usurpado el puesto de Secretario Particular del Gobernador del Estado de Guanajuato al señor su hermano licenciado Ernesto Alcocer. Pido a la Secretaría que tenga la bondad de leer este documento. (Aplausos.)

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Secretario Particular.- Gobierno de Guanajuato.- Julio 17 de 1918.

"Guanajuato, julio 17 de 1918.- Señor Jesús Pérez Vela.

"Muy estimado y fino amigo:

"La señora Francisca Cisneros, portadora de ésta, estuvo en ésta y me suplicó le dijera a usted, como lo hago, que se tome la molestia de ayudarla en el asunto que verbalmente le tratará.

"Le anticipo las más cumplidas gracias y me repito su atento y afectísimo amigo.- E. Alcocer."

El C. Siurob, continuando: Aquí tienen ustedes el documento sellado con el sello de la Secretaría Particular del Gobierno del Estado de Guanajuato. (Aplausos.) Y por si no bastara ese hecho, aquí está otro oficio dirigido al mismo ciudadano Pérez Vela por el señor Secretario de Gobierno, en el que le recomendaba a la misma persona y para el mismo objeto.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Secretaría del Gobernador del Estado de Guanajuato.- Sección 1a. - Gobernación.- Número 745.

"La señora Francisca Cisneros ha solicitado del Gobierno se influya con la Presidencia Municipal de su digno cargo para que se le permita continuar sosteniendo su casa de asignación en el lugar en que la tiene actualmente y el mismo Gobierno, tomando en consideración las razones que la señora Cisneros expone y que tal vez son conocidas de esa Presidencia, recomienda a usted que en caso de que la referida petición no sea en perjuicio de la moralidad pública, se acceda a ella.

"Reitero a usted las seguridades de mi atenta consideración.

"Constitución y Reformas.- Guanajuato, a 17 de julio de 1918.

- El Oficial Mayor encargado del Despacho de la Secretaría, licenciado Lucio Berlanga.

"Al ciudadano Presidente Municipal de Celaya.- Guanajuato."

El C. Siurob, continuando: Como ustedes observarán, es la misma persona a la que se recomienda en los dos oficios, con el objeto de que se le impartiera toda clase de facilidades para establecer una casa de asignación en la ciudad de Celaya. Pero todavía existe otro comprobante expedido por el ciudadano Juez de Distrito del Estado de Guanajuato que, por consiguiente, tiene fuerza legal.

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Congreso de los Estado Unidos Mexicanos.- Comisión Permanente.- Al margen un timbre de a cincuenta centavos cancelado con un sello que dice: "Secretaría de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México." - Al centro:

"El que subscribe, Secretario de esta H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión, certifica:

"Que en el archivo de esta Cámara de Diputados existe la minuta de un telegrama que dice textualmente:

"Un sello. - "Secretaría de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -México.- De México a Guanajuato.- 14 de junio de 1918. - Ciudadano Juez de Distrito.- Sírvase decirme esta vía qué ciudadanos ocupan los puestos de Gobernador ese Estado y su Secretario Particular.- Salúdolo. - El Secretario, López Lira." - Rúbrica.- Un sello. - "Telégrafos Nacionales.- México.- Despacho de Telegramas."

Así como un mensaje en contestación del anterior que a la letra dice:

"República Mexicana.- Telégrafos Nacionales.- Telegrama recibido en México, D. F.- Guanajuato, 15 de junio de 1918. - 37 OFF. - 3.40 D. - 10.25. a. m.- Secretario Cámara de Diputados, Dr. J. López Lira.- Por error anoche contesté al licenciado López Lira telegrama de usted, Gobernador propietario, licenciado Agustín Alcocer, continúa actualmente como Secretario y por ministerio de ley, Fernando Alcocer, y secretario particular licenciado Ernesto Alcocer.- Salúdolo.- El Juez de Distrito, Agustín Téllez."

"Y a solicitud del C. Roberto Sepúlveda, se extiende el presente en la ciudad de México, a los diez y nueve días del mes de agosto de mil novecientos diez y ocho.- J. López Lira, D. S. "

El C. Siurob, continuando: fijaos bien, señores, hay dos constancias: una expedida el día 17 de junio del corriente año, y otra, el 19 del mismo

mes, certificada por el C. Juez de Distrito, Agustín Téllez. Por todas estas consideraciones, y por documentos muy posteriores a los que posee la Comisión, se comprueba que el C. Ernesto Alcocer era Secretario Particular de su estimable hermano en el Gobierno de Guanajuato, en la época de las elecciones, por lo cual estaba comprendido entre los invalidados para ser electos, en virtud de lo que dicen los artículos relativos de la Ley Electoral:

"Artículo 43. Es nula la elección de diputado y de senador que recaiga:

"I. Sobre militares en servicio activo en el Ejército Federal o sobre los que tengan mando en la policía, en la gendarmería rural o sobre cualquiera fuerza pública en el Distrito donde se haga la elección, salvo que unos y otros se hubieren separado noventa días antes del día en que ella se verifique;

"II. Sobre Secretarios o Subsecretarios de Estado, Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a menos que se hayan separado definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección."

Según se ha demostrado ya, el C. Ernesto Alcocer no se separó de su encargo noventa días antes de la elección, y por esta misma razón es nula, de acuerdo con el artículo 104 de la misma Ley, que dice:

"Artículo 104. Son causas de nulidad de una elección:

"I. Estar el electo comprendido en alguna de las causas de inelegibilidad, o carecer de los requisitos exigidos por la ley para poder ser electo Presidente de las República, diputado o senador, según la elección de que se trate."

Consta pues, que el C. Ernesto Alcocer ejerció presión en toda su propaganda, puesto que andaba acompañado de soldados armados; segundo: que era Secretario Particular y, por consiguiente, no era elegible.

Ahora vemos a seguir con todo el sinnúmero de violaciones. La quinta casilla instalada debe nulificarse, puesto que se instaló en la Presidencia Municipal. Además. hay un precedente en este mismo Honorable Asamblea; una de las casillas de la elección del señor Soto Peimbert se nulificó por esta misma causa y en virtud de esa nulificación se dio el triunfo a otro candidato suplente del que había triunfado aparentemente; de manera que con apoyo en un precedente dentro de esta misma Asamblea y dentro de esta misma Legislatura, pido que se nulifique la quinta casilla electoral del 17 de Distrito Electoral del Estado de Guanajuato.

No traen ninguna acta de instalación las casillas números 14, 18, 19 y 23 y todos los documentos de esta última son de puño y letra del Visitador de las Presidencias Municipales.

En las casillas números 24, 26 y 30 el acta de instalación dice que se instalaron en la casa de la hacienda. Ahora bien; conforme al artículo que voy a leer de la Ley Electoral, toda elección o toda casilla electoral que se instale dentro de la casa de una hacienda, debe ser declarada nula en virtud de esa misma Ley Electoral. Suplico a la Secretaría se digne leer el artículo 48.

- El C. Secretario Araujo, leyendo:

"Artículo 48. Las casilla electorales no podrán instalarse ni en casa habitadas por funcionarios o empleados del Gobierno, ni en haciendas o fincas de campo que disten menos de cinco kilómetros de alguna cabecera del Municipio, pues entonces en la cabecera deberá instalarse la casilla, y reunirán, además, los requisitos siguientes:

"I. El local será suficientemente amplio para poder colocar en él todo lo necesario para el fácil cumplimiento de las operaciones electorales;

"II. En cada casilla electoral se colocará una mesa, asiento para un elector y los útiles de escritorio necesarios, suficientemente apartada del personal de la casilla y lo más a cubierto que se pueda de las miradas del público, a fin de que el voto que se emita permanezca secreto. La administración pública podrá construir uno o más gabinetes o comportamientos aislados y cerrados, sin comunicación entre sí ni con el exterior, más que con la puerta de entrada, con el mismo objeto de emitir el voto secreto. En caso de que las haciendas o fincas de campo distaren más de cinco kilómetros de la cabecera del Municipio o de la sección inmediata, la casilla electoral no podrá instalarse en la casa o dependencias de la finca, sino en cualquier otro sitio público, siendo obligatorio, sin embargo, para el propietario de aquélla, proporcionar a la Mesa de la casilla los elementos útiles a que se refiere la fracción II de este artículo."

El C. Siurob, continuando: Aquí tienen ustedes, ciudadanos presuntos diputados, que en todas estas casillas, vuelvo a repetir cuáles son: la 24, la 26 y la 30, las actas de instalación dicen que se instalaron en la hacienda, en el casco de la hacienda y, por consiguiente, deben ser declaradas nulas y no las declaró nulas la Honorable Comisión, indudablemente por la circunstancia de haber tenido demasiados expedientes, pues yo no la culpo en lo absoluto sobre este particular.

El señor Presidente de la Comisión me merece todo concepto de honorabilidad; estoy satisfecho de él y únicamente comprendo que no pudo haberse fijado en tanto detalle, por la circunstancia de que son muy numerosos los expedientes que se han sometido a su consideración. Instaladas, pues, allí las casillas, son nulas, puesto que el caso está comprendido en el artículo 104, fracción VI, de la Ley Electoral, que dice:

"Artículo 104.......................................................

"VI. Haberse instalado la casilla electoral en distinto lugar y condiciones diferentes a las señalados de la Ley;"

Y sigamos adelante. El señor Sepúlveda, candidato contrario del señor Alcocer, sí registró debidamente a tiempo oportuno, es decir, dentro del plazo legal, su candidatura; mientras que el C. Alcocer no se inscribió sino hasta la víspera de las elecciones, cuando ya estaba cerrado el registro. Suplico al ciudadano Presidente de la Comisión me presente el acta de inscripción de la candidatura independiente del C. Ernesto Alcocer.

El C. García Carlos: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García Carlos: Me reservo contestar al C. Siurob cuando termine su alocución; sin embargo, puedo decirle desde luego que todos los documentos

mentos relativos a este asunto se encuentran en el expediente que está a disposición de Su Señoría.

El C. Siurob: Suplico a usted me ayude a buscar ese documento.

El C. García Carlos: Con mucho gusto.

El C. Siurob (pasado un rato): Hemos buscado sin encontrar nada; no existe, por lo tanto, el documento en virtud del cual haya registrado su candidatura el C. Ernesto Alcocer; al paso que sí existe el documento en virtud del cual se inscribió como candidato al C. Sepúlveda. Y sin embargo, el C. Alcocer gozó de todas las prebendas y facilidades de ley, como si fuera candidato independiente o de partido, legalmente registrado. Se ve palpablemente la intención decidida de favorecer al C. Ernesto Alcocer y la intención de éste de no cumplir con la ley. ¿Qué le costaba haber ordenado que lo inscribieran con todas las formalidades legales? ¿Qué le costaba haberse tomado la molestia, por conducto de algún partidario, de que se hubieran reunido siquiera cincuenta gendarmes vestidos de paisanos, para que hubieran ido a registrar su candidatura? (Aplausos.) Pues no, el señor Ernesto Alcocer, irrespetuoso de la ley, como son todos aquellos que confían en algo que no es legal, se desdeño de ir a inscribir su candidatura.

En la casilla número 31 no se llegó a instalar ninguna casilla y, sin embargo, aparece un expediente completo con votos y listas de escrutinio con todos los modelos del arte..... (Siseos. Silbidos y campanilla.)

En la casilla número 24 no hay ningún habitante, porque el rancho de San Angel Inn ha sido incendiado y destruido por los bandoleros y, sin embargo, aquí aparecen 80 votos a favor del señor licenciado Ernesto Alcocer..... (Voces: ¡Uuh, uuh!)

En la casilla que se instaló en El Bozo, que fue la 22, lugar por donde han pasado y existen todavía los bandoleros y donde no sé cómo pudieron haberse verificado las elecciones, a pesar de ello aquí aparecen votantes que aparecen también en la casilla número 12, lo cual es muy fácil de comprobar: basta ver el expediente de una casilla y el expediente de la otra, ver quiénes votaron en parte y quiénes en una otra y se verá que los mismos que aparecen como votantes en una casilla, aparecen como votantes en la otra, con doble lista de escrutinio, con doble expediente y con doble número de votos a favor del C. Ernesto Alcocer.

Como testimonio de que realmente se ha ejercido presión y represalias contra los ciudadanos que no votaron por los candidatos del C. Ernesto Alcocer en todo el Estado, voy a permitirme interpelar a todos los ciudadanos diputados del mismo Estado de Guanajuato, que estoy seguro han sido testigos sobre el particular. Al señor Roaro, con permiso de la Presidencia, me permito interpelarlo. ¿Está aquí? (El C. Roaro se levanta de su cural.) C. Roaro: ¿es cierto que se pretendió ejercer con usted presión y venganzas por haber salido electo en su Distrito, dándose una orden de aprehensión contra usted, por el simple hecho de que usted se negó a ir al llamado del Gobernador, y que este hecho se consumó siendo usted ya diputado electo?

El C. Roaro: Sí es cierto. (Aplausos.)

El C. Siurob, continuando: ¿Es cierto, C. Roaro, que después de las pasadas elecciones se han ejercido miles de venganzas sobre todos los individuos que no votaron por las candidaturas oficiales?

El C. Roaro: También es cierto. (Aplausos.)

El C. Siurob: Gracias. Está en el mismo caso el señor Benjamín Méndez; yo me permito interpelarlo, para preguntarle si le consta alguno de estos hechos, si actualmente es cierto o no que se están ejerciendo venganza en el Estado de Guanajuato contra los que no votaron por las candidaturas oficiales.

El C. Méndez Benjamín: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Méndez: En el Distrito de Dolores Hidalgo se ejercen actualmente venganzas y represalias contra los que votaron a favor de mi candidatura. (Aplausos.)

El C. Siurob: Voy a suplicar a la Secretaría dé lectura a otro documento, en el cual consta quiénes fueron los ciudadanos representantes y miembros activos de la propaganda efectuada por el licenciado Ernesto Alcocer.

- El C. Secretario Villalobos, leyendo:

"Los que subscribimos, miembros del partido político "Libres de San Luis", y representantes de la candidatura independiente de los CC. Roberto Sepúlveda y Moisés Trejo, para diputados propietario y suplente al Congreso de la Unión, en las elecciones verificadas el domingo 28 de julio del presente año, protestamos enérgicamente, con fundamento en el artículo 115 (ciento quince) de la Ley Electoral vigente, por haberse presentado a las casillas electorales instaladas en esta Municipalidad y en la de Mineral de Pozos, con carácter de representantes de la candidatura Alcocer, empleados públicos de diversas oficinas del Gobierno del Estado, como son los siguientes: De la Comisión Local Agraria, Prisciliano Acevedo, Rafael Corrales y Carlos Herrera; de la Secretaría General de Gobierno, Alberto Malo, licenciado Miguel M. Morán, Agente del Ministerio Público; Froylán Zamora, escribiente del Juzgado de Primera Instancia y Jenaro Mendoza, Receptor de Rentas; este último giró una circular a los vecinos caracterizados del Mineral de Pozos, quienes se reunieron en los salones de la Presidencia Municipal de ese lugar, con el objeto de formar un club político para sostener la candidatura Alcocer.

"Por lo expuesto se deja ver que hubo presión de parte de las autoridades del Estado, para obtener la votación en favor de la candidatura Alcocer, lo que tenemos el honor de poner en el superior conocimiento de esa H. Cámara, manifestando que esta nuestra protesta, no nos fue admitida en la Junta Computadora, por la presión antes dicha.

"Constitución y Reformas.- San Luis de la Paz, Guanajuato, agosto 2 de 1918.- Gabino H. Flores. - Luis R. Rodríguez.- Alberto G. Herrera.- T. González.- J, Jesús Balderas.- Gonzalo González Jáuregui.- Francisco Alcocer.- H. Vargas.- Francisco Puente." - (Dos firmas ilegibles.)

El C. Siurob, continuando: Con todos estos hechos, ya es tiempo de que se acaben las farsas; ya es tiempo de que los honorables representantes levanten la cabeza y se pongan a reflexionar si es justo, si es honrado aprobar una credencial como la del C. Alcocer. ¿En qué criterio se van a basar

los ciudadanos diputados para admitir una credencial así? ¿En el criterio legal? Aquí está la ley hablando por muchos de sus artículos; aquí está la ley hablando por boca de tantos documentos; aquí está la ley solicitada humildemente por los ciudadanos que están siendo perseguidos porque fueron a depositar su voto de acuerdo con el sufragio libre, en contra de una presión prepotente, de una presión ejercida por la fuerza de las armas, por la fuerza del miedo; por la fuerza del dinero y por todas las presiones que pueden ejercerse sobre el pueblo. Yo pregunto a esta Honorable Representación si en este caso no va a ser justiciera; no pido criterio absolutamente político; pido criterio legal; no pido gracia para un contrincante, pido justicia, esa justicia de que tiene hambre el pueblo mexicano, esa justicia que se le ha restado en tantas ocasiones..... (aplausos), esa justicia que no se consigue ante los jueces de Primera Instancia o ante los jueces de Distrito, porque todos están bajo las órdenes de los gobernadores, porque, la mayoría no cumplen con su deber; proque con muy honrosas excepciones, todos nada más están dispuestos a acatar la orden del amo, como en los tiempos porfirianos, como si eso fuera lo único que se hubiera ganado después de haber ido al pueblo a los campos de batalla a exponer su pecho para que se le hiciera justicia. (Aplausos.)

Yo pido respetuosamente a la Comisión se digne retirar este dictamen, porque hombres honrados como lo es el C. García y como lo es otro de sus compañeros, el C. Rodríguez de la Fuente..... no me refiero yo al otro juez, porque el otro no es digno de ser juez, el C. Palacios Moreno. (Aplausos.) No me refiero yo a ese juez, porque no es ni siquiera digno de ser ciudadano..... (aplausos); no me refiero a ese juez, porque un partido político que se respete no debe poner como juez de hombres honrados a un individuo que ha violado todas las leyes del país, a un individuo que tiene una acusación por estafa, a un individuo que ha ido con todas las banderías políticas, sin rubor de ninguna especie; a un individuo que se presenta aquí confiado en que se va a esgrimir únicamente el criterio legal, sin pensar que el criterio legal no es todo el derecho ni toda la justicia, y que no es justo que al pueblo mexicano se le niegue el derecho político, que es precisamente el que acaba de conquistar con la ola de sangre de quinientas mil vidas..... (Voces: ¡Muy bien! Aplausos prolongados.) Termino, pues, pidiendo a la Honorable Comisión se digne retirar este dictamen. (Aplausos.)

El C. García Carlos, Presidente de la Comisión: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. García Carlos: Honorable Asamblea: En vista de que los documentos a que ha dado lectura el señor doctor Siurob, no se encontraban en poder de la Comisión, ésta, que me honro en presidir, suplica atentamente a la Asamblea se sirva concederle que retire por hoy su dictamen. (Voces: ¡Muy bien! ¿Bravo! ¡Bravo! Aplausos ruidosos y prolongados.)

El C. Siurob: Pido la palabra, ciudadano Presidente, únicamente para una moción.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Siurob.

El C. Siurob: Para pedir un aplauso unánime de toda la Asamblea, para el honorable Presidente de esa Comisión. (Aplausos nutridos.)

El C. Secretario Araujo: En vista de lo manifestado por el ciudadano Presidente de la Comisión, se pregunta a la Asamblea si concede permiso para retirar el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Sí se concede el permiso. (Aplausos estruendosos.)

-El mismo C. Secretario: Se ha presentado la siguiente proposición:

"Honorable Asamblea:

"Atentamente suplico a Vuestra Soberanía se sirva acordar se posponga la discusión de aquellas credenciales cuyo apartamiento fuere pedido por algún miembro de esta propia Honorable Asamblea, en la inteligencia de que tal práctica ha sido observada en las Legislaturas anteriores.

"México, agosto 26 de 1918.- C. Rivera Cabrera."

El C. Rivera Cabrera: Pido la palabra para fundar la proposición.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rivera Cabrera: Sucede a menudo que, cuando la Secretaría da cuenta con el dictamen de una credencial, algún compañero pide se aparte, para que oportunamente sea discutido, cuando los interesados se encuentren presentes. A veces el ánimo de la Asamblea es favorable a estas peticiones y otras veces ha sido desfavorable. efecto que se siente una regla general, suplico se apruebe la proposición hecha. (Gritos en la galerías: ¡Fuera Alcocer, fuera!)

El C. Presidente: Hago presente a las galerías que semejantes gritos no son dignos de la cultura de un pueblo como el mexicano. Si la Presidencia ha tolerado, contra lo prescripto en el Reglamento, manifestaciones desordenadas, ruega a las galerías no vuelvan a incidir en iguales faltas, suprimiendo en lo futuro todo motivo de desorden, para no verse en el caso de obrar en la forma enérgica que determina la ley.

El C. Alcocer: Pido la palabra para rectificar hechos. (Siseos. Voces: ¡Fuera, fuera!)

- El mismo C. Secretario: Se pregunta a la Asamblea si se tomo en consideración la proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. No se toma en consideración.

El C. Presidente, a las 8.40 p. m.: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cuatro de la tarde.