Legislatura XXVIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19181128 - Número de Diario 85

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ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 28 DE NOVIEMBRE DE 1918

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Año I. - Período Ordinario XXVIII LEGISLATURA Tomo I. - Número 85

SESIÓN ORDINARIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DE 1918

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Es leída y aprobada el acta de la anterior.

2.- Se concede licencia al C. Leobino Zavala. Son aprobados los siguientes dictámenes: de la 2a Comisión de Hacienda, negando la condonación de derechos de importación que pide el C. Agustín Monet, para una maquinaria de molino de harina; de la 2a Comisión de Gobernación para que se expidan las copias que de los padrones de la villa de Tlacotalpa, Tabasco, solicita el C. Diputado Manuel Andrade; de la 1a de Gobernación, para que se expidan las copias de los padrones de las poblaciones de Acaponeta y Tecuala, solicitadas por el C. diputado Espinoza Bávara.

3.- La Comisión de Presupuestos y Cuenta, presenta reformado el inicio (I) de la fracción XIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos que es discutido, y aprobado, así como las fracciones XX y XXXII del mismo artículo. Discusión y aprobación del artículo 2o. Son aprobados sin discusión, los artículos 3o., 4o., 5o. y 6o. Pasa el proyecto de la Ley al Senado para los efectos constitucionales.

4.- Dictámenes aprobados: de la 2a. Comisión de Hacienda, relativo a la pensión que pide la señora Pilar Ortiz viuda de Rivas; de la misma Comisión, relativo a la pensión que pide la señora Salot viuda de Eguía Lis; de la 1a. de Comunicaciones, relativo a la solicitud de la diputación de Nuevo León, consiste en la adición al Presupuesto de Egresos de una partida para la reparación de la carretera de Linares a Matehuala; de la 2a. de Peticiones, para que pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud del C. General de División Francisco Murguía, sobre exención de derechos de importación para algunos objetos de uso particular; de la 1a. de Peticiones, para que pase a la Comisión Inspectora, la solicitud del C. Alberto Lenz, en que pide se le de la parte de los archivos viejos de la Contaduría Mayor de Hacienda; de la 1a. de Justicia, relacionado con dos Proyectos de Ley enviados por el C. Miguel Mejía, que se refiere, el primero, a la unificación de los métodos de enjuiciamiento en materia civil, y el segundo, a la unificación de los Códigos Penales y de las diversas Leyes de Procedimientos en materia penal; de la misma Comisión, relativo a un Proyecto de Ley enviado por el mismo C. Mejía, tendiente a establecer el procedimiento de oficio en todos los negocios judiciales y civiles; de la 2a Comisión de Hacienda, referente a un memorial que dirigió a esta H. Cámara el C. Antonio Miranda, en el que se hacen consideraciones sobre el papel moneda y la Ley de Pagos. Es puesto a discusión y reiterado por la Comisión, el dictamen de la 1a. de Gobernación, referente a un memorial los CC. Miguel Cárdenas, Luis Septién y Leandro Hinojosa, de la Municipalidad de Tacuba, D.F., que dirige a esta Cámara pidiendo resolución sobre algunos puntos relacionados con la renovación de Ayuntamientos. Dictámenes aprobados: de la 3a. Comisión de Guerra, negando la pensión que solicita el C. Paulino Flores; de la misma Comisión, haciendo lo propio respecto de la señora Domitila Araujo; de la misma Comisión, haciendo lo propio con el C. Cleofas Costilla; de la misma Comisión, haciendo lo mismo con el C. Joaquín Soto; de la misma Comisión, haciendo lo propio con los menores Joaquín y Raquel de la Llave; de la misma Comisión, haciendo lo propio con la señorita Elena del Castillo; de la misma Comisión, haciéndolo propio con la señora María Castrejón; de la misma Comisión, haciendo lo propio con la señorita María de la Torre; de la misma Comisión, haciendo lo propio con la señorita María Rechy; de la misma Comisión, haciendo lo propio con las señoritas Francisca y Margarita Gutiérrez; de la misma Comisión, haciendo lo propio con la señorita María Concepción Baz; de la misma Comisión, haciendo lo propio con las señoritas Puga; de la misma Comisión, haciendo lo propio con la señora Flora García; de la 2a. Comisión de Peticiones para que se remita al Ejecutivo, la solicitud de pensión de la señora Piña viuda de Chirino; de la misma Comisión, para que se turne a la respectiva Comisión de Hacienda, la solicitud del C. Antonio Jáuregui, para que se exima de derechos de importación al alcohol que introduzca al país la "Compañía Química Industrial Mexicana, S.A."; de la misma Comisión, para que pase a la de Hacienda en turno, la solicitud de la "Eagle Pass Lumber Co.", pidiendo libre importación de derechos para 1,000 toneladas de ceniza de sosa y 500 de sosa cáustica; de la misma Comisión, para que se devuelvan al C. Juan Waldo Cisneros, algunos documentos que pide; de la misma Comisión, para que pase a la de Hacienda en turno, un memorial que envía el C. Antonio León Carbajal, pidiendo que se autorice el pago de $6,000.00 que se le quedaron a deber al señor su padre, el General de División José M. de J. Carbajal; de la misma Comisión para que se remita el Ejecutivo la solicitud de pensión de la señora Villegas viuda de Lucio; de la misma Comisión, para que pase a la de Hacienda en turno, la solicitud de pensión de la señora Jofre de Grimaldo; de la misma Comisión, para que pase a la de Hacienda en turno, la solicitud de la señorita Josefa Alcocer, en que pide se le paguen los bonos que le adeuda el Erario.

5.- Primera lectura del dictamen de las Comisiones unidas 2a. de Gobernación y 2a. de Puntos Constitucionales, por el que se consulta la no derogación del decreto expedido por el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, que prohibe las corridas de toros en el Distrito y Territorios Federales; así como un voto particular que sobre el mismo asunto formula el C. O'Fárrill.

6.- Es presentada una adición relacionada con el inciso (g) de la fracción XIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, que no es tomado en consideración. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. CÉSPEDES ELISEO L.

(Asistencia de 128 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.28 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintisiete de noviembre de mil novecientos dieciocho.

"Presidencia del C. Emilio Araujo.

"En la ciudad de México, a las cinco y veinticinco de la tarde del miércoles veintisiete de noviembre de mil novecientos dieciocho, con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados, según consta en la lista que pasó el C. Secretario Soto, se abrió la sesión.

"El C. Prosecretario Aguilar leyó el acta de la sesión celebrada el día veinticinco del presente, que se aprobó sin debate en votación económica.

"Los CC. Gómez Gildardo, Álvarez del Castillo y Secretario Soto, introdujeron al salón a los CC. Manuel García Vigil y Abraham Mejía, quienes rindieron la protesta de ley como diputados propietarios al Congreso de la Unión por los Distritos electorales 1o. de Oaxaca y 14 de Michoacán, respectivamente.

"La Secretaría dio cuenta con los documentos siguientes:

"Oficio de la H. Cámara de Senadores, con el que remite el Proyecto de Ley de Organización del Ministerio Público Federal con las modificaciones que le hizo. - Recibo, a las Comisiones unidas 1a. y 2a. de Justicia, e imprímase.

"Tres oficios de la Secretaría de Gobernación, en que acusa recibo de los decretos por medio de los cuales se concedió permiso a los CC. Antonio F. Tijerina, Juan B. Santillanes y Eduardo Barreda, para que puedan aceptar y desempeñar cargos, dependientes del Gobierno de los Estados Unidos de Norte América. - A sus expedientes.

"Comunicaciones de condolencia por la muerte del C. diputado Giffard, que envían las Legislaturas de Sinaloa y Yucatán y el Gobierno del Nayarit. - A su expediente.

"Oficios en que las Legislaturas de Sinaloa y Sonora y el Gobierno del Nayarit hacen presente su condolencia por la muerte del C. diputado Cancela Nogueira. - El mismo trámite.

"Oficio en que la Legislatura de Sinaloa manifiesta que se enteró con sentimiento de la muerte del C. diputado Camacho. - Igual trámite.

"Comunicaciones en que manifiestan su condolencia por la muerte C. diputado Aceves, la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, las Legislaturas de Coahuila, Durango, México, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Veracruz, y los Gobiernos de Aguascalientes, Durango, México, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas. - El mismo trámite.

"Escrito en que el C. diputado Zincúnegui Tercero participa el fallecimiento de su suplente.- De enterado con sentimiento.

"Solicitud del C. Lorandi, a fin de que se le conceda licencia hasta por diez días, con goce de dietas.

"Previa dispensa de trámites, se aprobó sin debate.

"Solicitud del C. Schulz y Alvarez para que se le prorrogue por cinco días la licencia de que ha venido disfrutando.

"En la misma forma que la anterior se aprobó.

"Minuta que presenta la 1a. Comisión de Corrección de Estilo, relativa a la Iniciativa de Ley que autoriza al Ejecutivo para invertir la cantidad de veinte mil pesos para auxiliar a los damnificados del Estado de Tabasco, con motivo del último desbordamiento de río Grijalva.

"Sin discusión se aprobó y la Secretaría declaró que pasaba la iniciativa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"Proposición de los CC. Galindo y Morales Francisco César, para que se celebren sesiones por las mañanas y por las tardes a partir del día dos de diciembre próximo.

"Fue desechada, así que la formuló el C. Galindo y se le dispensaron los trámites.

"Proposición de los CC. Villaseñor Mejía, Saldaña José P. Valadez Ramírez, Soto Rosendo A. y Pesqueira, tendiente a que se celebren dos sesiones diarias, dedicando las de las mañanas a determinados asuntos, así como las de las tardes.

"Después de que la fundó el C. Valadez Ramírez, le fueron dispensados los trámites y, puesta a debate, sus autores obtuvieron permiso de la Asamblea para modificarla en el sentido de que las sesiones por las mañanas tuviesen lugar solamente los martes, jueves, y sábados. El C. Méndez Benjamín sugirió una reforma y luego impugnaron la proposición los CC. Avilés y Toro y la defendieron los CC. Valladares y Valadez Ramírez, con lo que se consideró suficientemente discutida.

"En el momento en que se consumaba la votación económica para resolver el asunto, el C. Valadez Ramírez, debidamente apoyado, solicitó votación nominal. El C. Galindo hizo una moción de orden porque en su concepto no debió ponerse a consideración de la Asamblea esta proposición en vista de que momentos antes se había desechado otra semejante. El ciudadano secretario Soto hizo aclaraciones y la Presidencia accedió a que se recogiera votación nominal, cuyo trámite, una vez que lo impugnaron los CC. García de Alba y Blancarte y lo apoyó el C. Saldaña José P., fue reprobado por la Asamblea. En consecuencia, se votó económicamente la proposición de que se trata, y fue desechada.

"Proyecto de ley firmado por el C. Luis G. Carrión y hecho suyo por el C. Lanz Galera, relativo a que se reformen los artículos 65 y 67 de la fracción IV del 79 de la Constitución, en los términos que el mismo proyecto establece. - A las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación en turno, e imprímase.

"Proyecto de reforma del artículo 94 de la Constitución, subscrito pro el C. Mariel y hecho suyo pro el C. Lanz Galera. - A las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia en turno, e imprímase.

"Dictamen de la 3a. Comisión de Guerra, que consulta un proyecto de ley que estudia la iniciativa del C. Trigo, referente a los requisitos que deben llenarse para formar parte del Ejército o Armada Nacional. - Primera lectura e imprímase.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que concluye con un proyecto de ley en que se concede licencia al C. Domingo Barrios Gómez para usar una condecoración que le confirió el Emperador del Japón. - Segunda lectura y a discusión el primer día hábil.

"Habiéndose dado ya primera lectura y estando impresos y distribuidos el dictamen que consulta el proyecto de reformas a la Ley Constitutiva de la Universidad Nacional, y el proyecto de ley convocado a elecciones en los Distritos Electorales 7o. de Chihuahua, 8o. de Michoacán y Distrito Sur de la Baja California, la Asamblea acordó dispensarles la segunda lectura con objeto de que se discutan el primer da hábil.

"A la Comisión de Peticiones que corresponda, se turnaron los ocursos siguientes:

"Del Presidente Municipal de Puebla, en que pide la condonación de derechos de importación de las placas destinadas a la nueva nomenclatura de aquella ciudad.

"De la Confederación de Sindicatos Obreros establecida en el Puerto de Veracruz, en que pide no se apruebe la federalización de la Ley del Trabajo y se apruebe cuanto antes la ley reglamentaria del artículo 123.

"Del Presidente del Comité Ejecutivo del Congreso Nacional de Ayuntamientos, en que apoya el proyecto que sobre fomento de la agricultura nacional presentó el C. Ignacio Morales.

"Del Secretario General de la Asociación Cristiana de Jóvenes, en que pide la introducción al país, libre de derechos, de los muebles, aparatos, equipo y demás implementos necesarios para establecer una sucursal de la propia Asociación en el Puerto de Tampico.

"Del C. Alfonso Rosenzweig Díaz, en que solicita autorización para usar una condecoración que le confirió el Presidente de República China.

"Del C. José Trinidad Silva, en que pide pensión por la muerte en campaña de su hijo, el Teniente Coronel Técnico José Silva, Sánchez.

"Acordóse agregar a sus antecedentes un escrito de la señora Virginia Jofre de Grimalde, en que reitera la solicitud de pensión que tiene presentada.

"Después de que el C. García Carlos insinuó la forma, a su juicio más conveniente, para llevar a cabo las votaciones tanto económicas como nominales, se aprobó sin debate un acuerdo económico que consulta la 1a. Comisión de Gobernación, relativo a que conceda licencia al C. diputado Alfredo Breceda por el tiempo que dure la comisión que le confiará el Ejecutivo, y se llame a su suplente.

"Asimismo sin debate, - se aprobó el dictamen de la 1a. Comisión de Peticiones que propone se diga a la señora Francisca Suárez de Lemus, que pueda dirigirse al Ejecutivo de la Unión, quien está autorizado para conceder pensiones conforme al decreto de 19 de enero del año actual.

"También se aprobó, después de que hablaron en contra y en pro, respectivamente, los CC. Díaz González y Ángeles, el dictamen de la misma 1a. Comisión de Peticiones que propone se archive el memorial que con sus anexos ha presentado el señor José F. Laris, denunciando atentados cometidos por las fuerzas que operan en el Estado de Michoacán, por no ser competente esta Cámara para conocer y resolver en el asunto.

"Sin que ningún ciudadano hiciera uso de la palabra, la Asamblea otorgó su aprobación a dos dictámenes, uno de la 1a. Comisión de Peticiones y el otro de las Comisiones unidas 2a. de Gobernación y 1a. de Puntos Constitucionales, que respectivamente proponen se devuelvan al licenciado Manuel Bermúdez los documentos que remitió su representada, la señora Guadalupe Nájera viuda de Ortiz con su solicitud de pensión, y que se reserve para cuando se trate la reglamentación completa de la cuestión religiosa, el proyecto de ley presentado en la anterior Legislatura por la mayoría de la Diputación yucateca, relativo a la forma en que debe hacerse uso de los templos destinados al culto público.

"A discusión el dictamen que formula la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales y que concluye con un acuerdo económico que resuelve sea reservado el proyecto de ley presentado en la Legislatura pasada referente a que se declaren beneméritos de la Patria a los CC. Madero y Pino Suárez y se escriban sus nombres con letras de oro en el salón de sesiones de esta Cámara, para acordalo en la forma que sea oportuna tan pronto como se haya adicionado la Constitución General de la República, hablaron en contra los CC. Avilés, Rivera Castillo y Trigo, habiendo contestado el último, una interpelación del C. Blancarte, miembro de la Comisión dictaminadora. El mismo C. Blancarte apoyó el dictamen y contestó interpelaciones de los CC. García Carlos, Ángeles y Rivera Castillo.

"Considerando el dictamen suficientemente discutido, el C. Rocha, debidamente apoyado, pidió votación nominal, que produjo setenta y ocho votos de la afirmativa contra cincuenta de la negativa, por lo que se declaró aprobado.

"Sin discusión igualmente, se aprobó un dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda que oponía se archive, por extemporáneo, el memorial en que el C. Miguel Rebolledo y demás firmantes, propietarios de casas en el Distrito Federal, hacen diversas consideraciones sobre rentas de casa y acerca de la equivalencia del papel moneda en oro nacional.

"Cuando se trataba de llevar a cabo la votación económica para resolver sobre un dictamen de la propia 2a. Comisión de Hacienda relativo a la solicitud del señor Agustín Monet; para introducir libre de derechos la maquinaria para un molino de harina, el C. León H. reclamó el quórum. La Secretaría pasó lista y como de ella resultó que únicamente estaban en el salón ciento tres ciudadanos diputados, se levantó la sesión

siendo las ocho y veinticinco de la noche y se citó para las tres y media de la tarde del día siguiente."

Está a discusión. ¿No hay quién pida la palabra? Se va a recoger la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pié. Hay por la afirmativa sírvase ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Se aprueba el acta.

- El mismo C. Prosecretario: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera.

Telegrama de San Miguel Allende, Gto, 27 de noviembre de 1918.

"Secretario Cámara de Diputados.

"Encontrándome enfermo. gripa, atentamente solicito de esa H. Asamblea con dispensa trámites y goce dietas, licencia hasta seis días para atender salud. - Respetuosamente. - Leobino Zavala."

En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay más de las dos terceras partes de pie. Dispensados los trámites. Está a discusión la licencia. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a recoger la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Se concede la licencia.

"2a. Comisión de Hacienda.

"Señor:

"El C. Agustín Monet, con fecha 30 de octubre próximo pasado; dirigió un memorial a esta H. Representación Nacional, solicitando se le condone la cantidad de ciento ochenta pesos, que por impuestos de importación causó una maquinaria para un molino de harina que introdujo al país por la Aduana de Laredo.

"Alega el recurrente para fundar su solicitud que el decreto expedido por el Ejecutivo de la Unión con fecha 18 de septiembre último, exime de esta clase de impuestos a la maquinaria para el fomento de la agricultura, inclusive la destinada para molinos de harina, y que, aunque dicha introducción la llevó a cabo antes de surtir sus efectos el decreto aludido, cree de justicia que esta H. Asamblea se sirva exirmirlo del pago de derechos de importación.

"La 2a. Comisión de Hacienda, a quien por acuerdo de esta propia Cámara le fue encomendado el estudio del asunto de que se trata, encuentra que efectivamente el decreto expedido por el Ejecutivo de la Unión el 27 de agosto del año en curso, exceptúa de derechos de importación la maquinaria de todas clases para la industria, la minería de todas clases para la industria, la minería o las artes; pero como el solicitante importó dicha maquinaria antes de la expedición de la ley que invoca, la Comisión no cree pertinente concederle la franquicia que solicita, ya que en otros asuntos semejantes se ha dictado la misma resolución.

"Por las anteriores consideraciones, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberana, la siguiente proposición:

"No ha lugar a condonar el importe de los derechos de importación, causados por la maquinaria que para un molino de harina introdujo al país el C. Agustín Monet. Comuníquese al interesado y a la Secretaría de Hacienda.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, a 25 de noviembre de 1918. - C. Galindo. - Marciano González."

- El mismo C. Prosecretario:

Continúa la discusión de este dictamen. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvase pasar a inscribirse. Se va a recoger la votación. Habiendo pedido un ciudadano diputado que se lea la parte resolutiva, se le va a dar nueva lectura. (Leyó la parte resolutiva.) En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvase ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Aprobado el dictamen.

"Segunda Comisión de Gobernación.

"H. Cámara:

"Habiéndose turnado a esta 2a. Comisión de Gobernación, por acuerdo de la H. Asamblea, la solicitud que elevó ante la misma el C. diputado Manuel Andrade, a fin de que se le expidan copias de los padrones electorales de la Villa de Tacotalpa, perteneciente al primer Distrito Electoral del Estado de Tabasco, los suscritos, miembros de la referida Comisión, opinan que no hay inconveniente alguno en resolver favorablemente a lo que en dicha solicitud se pide, puesto que con anterioridad se aprobó un dictamen de esta misma Comisión consultado que fueran expedidas copias certificadas de padrones electorales, que el C. diputado Rodríguez de la Fuente, solicitó también.

"En tal virtud, nos permitimos someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Expídase las copias que de los padrones electorales de la Villa de Tacotalpa, Tabasco, solicita el C. diputado Manuel Andrade.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 21 de noviembre de 1918. - R. Castro. - Antonio Quiroga."

Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a recoger la votación. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Queda aprobado el dictamen.

"1a. Comisión de Gobernación.

"Señor:

"La suscrita Comisión 1a. de Gobernación, recibió, por acuerdo de esta H. Cámara, la solicitud que ante la misma presentó el C. diputado Juan Espinoza y Bávara, a fin de que se le expidan copias certificadas de los padrones y listas electorales, correspondientes a las poblaciones de Acaponeta y Tecuala, del tercer Distrito Electoral del Estado del Nayarit.

"Los miembros de la referida Comisión, opinan que es de accederse a los deseos del C. diputado Espinoza y Bávara y que no hay razón para dejar de resolver en su solicitud favorablemente; permitiéndose, por lo mismo, someter a deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Expídanse las copias de los padrones y listas electorales que, de las Poblaciones de Acaponeta y Tecuala, Nayarit, solicita el C. diputado Juan Espinosa y Bávara.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 21 de noviembre de 1918. - J. M. Álvarez del Castillo. - Marciano González."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer el uso de la palabra pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a recoger la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba el acuerdo. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Se aprueba el acuerdo.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"H. Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, acatando vuestro mandato, sometemos a vuestra consideración el inciso 1, fracción XIII, artículo 1o. de la Ley de Ingresos, modificando en los términos que tuvisteis a bien acordar:

"(1) Impuesto especial del timbre sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique, conforme al decreto de 27 de junio de 1917 modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Artículo 1o. Desde el primero de enero de 1919, el impuesto a las bebidas elaboradas con jugo de maguey llamado pulque y tlachique, se causará en las ventas de primera mano en la forma que lo determine el reglamento relativo, a razón del cincuenta por ciento sobre el precio de venta, y de acuerdo con el reglamento del propio decreto modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Desde el 1o. de enero de 1919 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1o. (modificado) del decreto de 27 de julio de 1917 en toda venta de primera mano o de remesas en consignación de pulque o tlachique, se causará por impuesto especial del timbre el 50 por ciento sobre el precio de venta o del corriente en plaza, sí la mercancía se remite consignada para su realización.

"Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, 27 de noviembre de 1918. - Alfredo Rodríguez. - C. Garza. - E. Soto P."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Pastrana Jaimes.

El C. Pastrana Jaimes: Señores diputados: Soy respetuoso de las decisiones de esta Honorable Asamblea y por eso no hago ninguna observación al fondo de este dictamen; pero sí no estoy conforme en cuanto a la forma, porque implica una extralimitación en las funciones de la Comisión y también una extralimitación en las funciones de la Cámara. ¿La Comisión de Presupuestos tiene facultades para hacer dictámenes en materia que corresponde a la Comisión de Hacienda? Me permito interpelar al señor general Rodríguez que es el autor de este dictamen.

El C. Soto Peimbert: No, señor, soy yo.

El C. Pastrana Jaimes: A cualquiera de los miembros de la Comisión.

El C. Rodríguez Alfredo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Rodríguez Alfredo: ¿Tuviera la bondad el compañero Pastrana Jaimes de repetir la interpelación? pues a la distancia a que me encontraba no la escuché bien.

El C. Pastrana Jaimes: ¿La Comisión de Presupuestos, de la cual forma usted parte, tiene facultad de hacer dictámenes en materia de Hacienda para proponernos la modificación de esta ley?

El C. Rodríguez Alfredo: Como lo dije de manera clara y terminante, mi sentir es que la Comisión de Presupuestos y Cuenta carece de las facultades necesarias para hacer lo que el señor Pastrana Jaimes interroga; a mi juicio, y así lo sostuvo el señor diputado Soto Peimbert, debió el asunto pasar a la Comisión de Hacienda en turno para que ésta emitiera su dictamen en el sentido que a bien lo tuviera y este dictamen haberlo sujetado a la decisión de la Asamblea; pero la misma H. Asamblea aprobó el trámite de la Mesa, de que pasara a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, y ésta, sumisa y obediente de las decisiones de la propia Asamblea no tuvo más que hacer que emitir el dictamen que está a vuestra consideración.

El C. Pastrana Jaimes: Como ven ustedes, uno de los miembros de la Comisión ha confesado que no tenía facultades ni atribuciones para haber presentado este proyecto de ley en la forma en que lo ha hecho. En mi concepto, la Comisión debió haberse limitado a establecer el 50 por ciento sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique y modificar la parte correspondiente en el ramo del Presupuesto; pero no meterse a proponer reformas y derogaciones al decreto que fija el 25 por ciento, porque eso, o lo hace el Ejecutivo o debe hacerlo la Comisión de Hacienda, previo el estudio del decreto respectivo. Así pues, es enteramente ilegal que la Comisión de Presupuestos y Cuenta esté presentando dictámenes que corresponden a la Comisión de Hacienda y qué, sin

estudio, se modifique un decreto cuando no tenía facultades para ello, puesto que no ha pasado por los trámites de ley. La Comisión de Presupuestos y Cuenta debe limitarse, según ya dije, a aumentar el impuesto al 50 por ciento y hacer la modificación conducente en la parte relativa.

Por las razones expuestas, pido a la H. Asamblea rechace el dictamen y prevenir a la Comisión que no debe presentarlo en la forma que sólo compete a la Comisión de Hacienda.

El C. Velásquez López: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Velázquez López: Me permito manifestar a esta H. Asamblea que opino de manera contraria a lo que se ha manifestado, en virtud de que en la Legislatura pasada todos los asuntos relacionados con el Presupuesto y la Ley de Ingresos pasaron a la Comisión que conocía de esos asuntos. Así es que, por la fuerza de la costumbre habida en esta Cámara, creo que el punto que está a debate debe corresponder exclusivamente a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, pero de ninguna manera a la Comisión de Hacienda.

El C. Rodríguez Alfredo: Pido la palabra como miembro de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rodríguez: Voy a contestar al señor Velásquez López, repitiéndole lo que tantas veces he dicho. La misión de la Comisión de Presupuestos y Cuenta no es estudiar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de un impuesto, sino únicamente coordinar los impuestos e incluirlos en el Presupuesto respectivo,. Nosotros, consecuentes con el mandato de la Asamblea, aceptamos hacer el dictamen que está a discusión para después reformar el Presupuesto General de Ingresos en el sentido de que en vez del 25 por ciento que el Ejecutivo propuso y que la Comisión hizo suyo, que importaba la cantidad de seiscientos mil pesos, incluir en la suma total de ingresos la cantidad de un millón doscientos mil pesos; pero las condiciones y estudio de los impuestos competen a la Comisión de Hacienda en turno.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Andrade Priego.

El C. Andrade Priego: Respetable Asamblea:

En primer término la soberanía de la Asamblea resolvió ya que la misma Comisión de Presupuestos fuera la que presentara la modificación del inciso respectivo, en los términos de la discusión; en segundo lugar, hay antecedentes parlamentarios en todas las Legislaturas pasadas, en el sentido de que todas las modificaciones que se hacían a la Ley de Ingresos, la misma Comisión, pues no es otra la más interiorizada del asunto, fuera la que presentara la modificación. Además, yo pregunto: ¿qué intereses se oponen a que la misma Comisión sea la que presente la modificación, tanto más que, como dije antes, ya está resuelto por la soberanía de la Cámara que esa misma Comisión presentara modificado el inciso en los términos de la discusión? manera que en el texto de la Ley de Ingresos puede hacerse contener esa modificación, con los detalles de redacción que la Comisión de Estilo le dé; pero, fundamentalmente, la Comisión de Presupuestos y Cuenta está legalmente capacitada para hacer esa modificación. ¿Qué tiene que venir a hacer la Comisión de Hacienda cuando, por su naturaleza, también es de Hacienda la otra Comisión? Es cuestión de nombres solamente. ¿No es Comisión de Hacienda la Comisión de Presupuestos y Cuenta? Pues entonces, entiendo que ha estado perfectamente espaciada para presentar la modificación del inciso de una ley que, fundamentalmente, estudió la Comisión de Presupuestos y Cuenta. En consecuencia pido, ser legal, la aprobación de esta modificación.

El C. Basáñez: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Basáñez.

- EL C. Basáñez: Ciudadanos representantes: En la Cámara pasada, también a la hora de la discusión de los presupuestos, se presentó una modificación precisamente sobre este mismo asunto, aumentando el 25 por ciento sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique, al 40 por ciento; y la Comisión de Presupuestos y Cuenta lo incluyó en la Ley de Ingresos, la cual pasó al Senado, quien no se ocupó de estudiarla; en consecuencia, no llegó a ser ley. Yo creo que lo que se debe hacer es no modificar la Ley de Ingresos sino hasta que esté aprobada; debe pasarse al Senado separadamente de ley que consulta el 50 por ciento sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique y en el Presupuesto hay que decir que este impuesto debe cubrirse conforme a la ley respectiva que aquí se expida; de lo contrario, no surtirá sus efectos, según lo vimos en la práctica. La Asamblea pasada también se opuso a que fuese el 25 por ciento y al formar el presupuesto incluyó en él el 40 por ciento; pero llegó al Senado y no se estudió; mientras que si enviamos la ley por separado, el Senado tiene la obligación de estudiarla en cualquiera época, aunque deje de estudiar los presupuestos. En vista de lo manifestado, me opongo, no al 50 por ciento, como muchos compañeros lo han creído, sino a la forma que se ha empleado. Repito que debe enviarse la ley por separado, obligando así al Senado a resolver si la aprueba o no y entonces, en caso afirmativo, la Comisión de Presupuestos y Cuenta la incluirá en la parte relativa. Es esto pro lo único que he deseado tomar la palabra.

El C. Pastrana Jaimes: Pido la palabra.

El C. Soto Peimbert: Pido la palabra como miembro de la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Soto Peimbert: Como ya lo dice el dictamen, la Comisión no ha hecho sino acatar el fallo de la Asamblea. Juzga la Comisión, y así lo expresó, que este asunto debiera haber pasado previamente a una Comisión de Hacienda para que rindiera dictamen; pero, contrariamente a nuestro sentir, la Asamblea determinó que fuera la Comisión de Presupuestos y Cuenta la que hiciera la modificación correspondiente. Como al modificar el inciso (1) necesariamente había de hacerse de acuerdo con la ley en que se funda y ésta no es otra sino el decreto de 27 de julio de 1917, su reglamento de 30 del mismo mes y año y disposiciones posteriores, claro es que había que poner en concordancia el aumento sufrido por ese

impuesto con los capítulos que en esa ley y en ese reglamento rezaban con él. En tal virtud, siendo el artículo 1o. del decreto de referencia el que señala el 25 por ciento, claro es que no podía coexistir con esa reforma sin ser modificado aumentándolo también el 50 por ciento, y, como por otra parte, el reglamento de ese decreto de 27 de julio habla en su artículo 1o. que el impuesto que se causará es de 25 por ciento y esto era contradictorio, con lo acordado pro la Asamblea, la Comisión no ha hecho sino facilitar la cosa, poniendo en concordancia las tres disposiciones. Si es o no facultad de la Comisión; ésta no hizo sino acatar el fallo de la Asamblea y, por lo demás, no tiene empeño ni en sostener el dictamen, ni en contradecir las opiniones en contra del propio dictamen. Vuelvo a decir que la Comisión no ha hecho sino acatar el fallo de la Asamblea.

El C. Basáñez: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra para una aclaración del C. Basáñez.

El C. Basáñez: Ciudadanos compañeros: El Presupuesto es una colección de leyes expedidas, en las cuales no se puede consignar una que no sea ley y para que sea ley necesita la aprobación de ambas Cámaras; desde el momento en que vamos a consignar un asunto que no es ley, no podemos hacerlo para consignarlo en el Presupuesto, necesita estar aprobada por ambas Cámaras. Está bueno que la Asamblea quiera que sea el 50 por ciento; conforme a su sentir expreso, esto quedó ya aprobado aquí, pero esa ley hay que pasarla al Senado para poderla consignar después en el Presupuesto de Ingresos, diciendo que la recaudación será conforme al decreto expedido con tal fecha, pero no conforme a una cosa que no es ley, porque aprobada por esta sola Cámara no es ley y no se puede consignar en el compendio de leyes, que es lo que forma el Presupuesto de Ingresos. Hay alguien que dice que Presupuesto es proyecto de ley; es un proyecto que comprende el conjunto de leyes para las cuales la nación cobra sus impuestos, pero en el cual no se puede poner una que no sea.

El C. Pastrana Jaimes: Pido la palabra.

El C. Andrade Priego: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Andrade Priego.

El C. Pastrana Jaimes: Yo la pedí primero, señor Presidente.

- El señor Presidente tiene la palabra el C. Pastrana Jaimes.

El C. Pastrana Jaimes: Señores diputados: Vuelvo a repetir que soy el primero en respetar las decisiones de esta Asamblea y seré también el primero en seguir sosteniendo el impuesto del 50 por ciento sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique, pero no estoy de acuerdo con la forma que ha empleado la Comisión de Presupuestos y Cuenta, porque no es la legal ni la debida. Ya el C. diputado Basáñez ha sido bastante explícito y claro para que no sigamos discutiendo sobre este particular; en la Ley de Ingresos sólo se citan los decretos a las leyes ya hechas, ya promulgadas debidamente y que están en vigor. Me voy a permitir interpelar al señor licenciado que vino a atacarme, esperando que me hará favor de contestar. Señor diputado Andrade Priego, si viera usted todos los ramos del Presupuesto, desde el inciso (a). (b), (c). etc., ¿encontraría en ellos las leyes que motivan los impuestos?

El C. Andrade Priego: Con permiso de la Presidencia. Sí, señor, allí figuran.

El C. Pastrana Jaimes: ¿Está todo el cuerpo de las leyes?

El C. Andrade Priego: Sí, señor.

El C. Pastrana Jaimes: Está equivocado su Señoría, están invocadas las leyes y sus modificaciones; pero no las leyes mismas.

El C. Andrade Priego: Es lo mismo.

El C. Pastrana Jaimes: No es lo mismo. La Comisión de Presupuestos y Cuenta debió haber modificado dos partidas: una que dice: "Pulque y Tlachique, con un promedio mensual de.......$45,000.00....", puesto que esta partida implica el 25 por ciento, y habiéndose aumentado al doble, el rendimiento también se duplicará; y luego el inciso (1), haciendo la modificación correspondiente; pero no traer un proyecto de ley para que se incluya en la Ley de Ingresos, porque esto es enteramente absurdo y fuera de orden. No me opongo a la reforma, sino lo que quiero es que haga debidamente; deseo que se hagan las modificaciones del Presupuesto y que se presente por separado la ley que implica el 50 por ciento para que sea también aprobada en esta Cámara.

El C. Andrade Priego: ¡Una interpelación! Con permiso de la Presidencia. En primer término, como antes decía, la Asamblea aprobó el trámite de la Presidencia dado en el sentido de que el Proyecto de Ley de Ingresos pasara a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, para modificarlo en el sentido de la discusión. Este trámite fue aprobado y ahora la Comisión misma presenta su modificación en el sentido de la discusión. A mayor abundamiento, el artículo 6o. de ese mismo proyecto de ley, que el señor Presidente leyó en la sesión pasada y que es exactamente aplicable al caso, dice:

"Todos los decretos y demás disposiciones de carácter general, dados por el Ejecutivo de la Unión en uso de las facultades extraordinarias y en materia de ingresos, continuarán en vigor en todo lo que no se oponga a la presente Ley."

Nosotros estamos dando esta misma ley, pero para 1919; de modo, pues, que el texto y el espíritu del artículo 6o. de esta ley, no da la idea exacta de que podamos modificar en cualesquiera de sus términos, las leyes todas invocadas en la Ley de Ingresos, Porque, ¿cómo vamos a poder incluir en el texto de la Ley de Ingresos esa modificación? Yo insisto en que está resulto por la Asamblea que la Comisión presentara la modificación en el sentido de la discusión.

El C. Pastrana Jaimes: No me opongo a que figure en la Ley de Ingresos la modificación, quiero que se ponga en la Ley de Presupuestos, pero que sea en la debida forma. Por eso indicaba yo que debe modificarse el inciso (1) haciendo alusión nada más a la ley ésta; pero lo que la Comisión nos propone, es que en la Ley de Presupuestos se incluya todo esto.

El C. Andrade Priego: Es cuestión de palabras.

El C. Pastrana Jaimes: No es cuestión de palabras. En la ley de presupuestos no puede figurar esta ley; debe ir separado. voy a leer a usted el inciso (1), tal como lo propone la Comisión Dice:

"(1). Impuesto especial del timbre sobre ventas de primera mano de pulque y talchique, conforme al decreto de 27 de junio de 1917 modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Artículo 1o. Desde el 1o. de enero de 1919, el impuesto a las bebidas elaboradas con jugo de maguey llamado pulque y tlachique, se causará en las ventas de primera mano en la forma que lo determine el reglamento relativo, a razón del 50 por ciento sobre el precio de venta, y de acuerdo con el reglamento del propio decreto modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Desde el 1o. de enero de 1919 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1o. (modificado) del decreto de 27 de julio de 1917 en toda venta de primera mano o de remesas en consignación de pulque o tlachique, se cansará por impuesto especial del timbre el 50 por ciento sobre el precio de venta o del corriente en plaza, si la mercancía se remite consignada para su realización."

¿Todo esto debe incluirse en la Ley de Presupuestos? lo que debe incluirse nada más es la modificación que corresponde al 50 por ciento y por separado la ley impone el 50 por ciento.

El C. Andrade Priego: Es cuestión de más o menos palabras.

El C. Pastrana Jaimes: No, es cuestión de forma; no hay que confundir la Ley de Presupuestos no las leyes de impuestos, que son distintas. Es cuestión de forma.

El C. Andrade Priego: Si yo no estoy confundiendo. Con más o menos palabras ha podido la Comisión hacer la modificación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Vadillo.

El C. Vadillo: Señores diputados: En alguna forma se explica este enredo a que ha dado lugar en la discusión pasada el que haya sido desechado uno de los incisos de la ley. Cuando la Ley de Ingresos es atacada por algunos miembros de la Asamblea, puede serlo pro tres razones: primero, porque quiera la Asamblea desechar algún capítulo de ingresos de una manera completa y absoluta; segundo, porque la Asamblea desee que se aumente el impuesto sobre determinada materia, y, tercero, porque la Asamblea pretenda que se disminuya el monto del ingreso acerca de determinado punto. En el primer caso, es decir, cuando la Asamblea o algunos miembros de la misma victoriosamente atacan el capítulo correspondiente de los ingresos, el fallo de la Asamblea, la votación equivale por sí misma a una derogación completa de aquella ley que dio origen a ese impuesto; y acerca de este particular, esa ley queda derogada por el mismo hecho del voto negativo de la Asamblea. Pero cuando algún miembro de ella victoriosamente logra que la H. Cámara rechace el tanto por ciento numérico de un impuesto, sea por que pide el aumento o porque pide la diminutación, parlamentaria y reglamentariamente, si la Asamblea está de acuerdo con el que ataca los impuestos, ello equivale a proponer una modificación de una ley anterior; por consiguiente, según el Reglamento, esa modificación debe presentarse por escrito al final de la discusión, siguiendo los trámites ordinarios, a mi juicio. Tenemos aquí precisamente el caso: ha sido desechado por la Asamblea el 25 por ciento sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique; algunos individuos atacaron este inciso proponiendo que fuese aumentado; algunos, no todos, están de acuerdo en que sea el 50 por ciento, y claro está que no por haber sido desechado de 25 por ciento quiera decir esto que la Asamblea toda haya aprobado el 50 por ciento, puesto que unos diputados presenten el 40 por ciento y otros el 50 por ciento. Quiere decir esto que ni la Comisión ni nadie puede saber reglamentariamente cuál es el sentir de la Asamblea, una vez rechazado el 25 por ciento; hasta ahora solo sabemos que la Asamblea no aceptó que fuera el 25 por ciento; pero nadie ha aprobado por ese sólo hecho que ya esté aprobado el 50 por ciento; claro es que esto será objeto de una reglamentación correspondiente. Entonces el Reglamento previene, evidentemente, que esto sea objeto de una discusión especial al final de la discusión de la Ley de Ingresos y que aquellos individuos que vinieron a atacar acá la Ley, en cuanto a este inciso, sean los obligados a presentar esa modificación. Yo sostengo que el Presidente de la Asamblea cuando un individuo viene a atacar la Ley de Ingresos, debe tener en cuenta qué inciso es y qué naturaleza de discusión será la que naturalmente se presente a ella. Si se trata de una modificación, el ciudadano Presidente de la Mesa debe pedir que se presente por escrito, a fin de que sea discutida al final de la ley y si ataca en general todo el inciso, si por sí mismo indica que quiere la nulificación de la ley respectiva, que dio origen a este ingreso, entonces el voto negativo de la Asamblea es por sí mismo el voto que deroga la Ley de Ingresos correspondiente.

El segundo punto que deseo tratar, suponiendo que ello sea útil en estos momentos, es que no es la Comisión de Presupuestos, ni es la Comisión Hacendaria la que tiene que presentar, según el Reglamento y tal cual yo lo interpreto, esas modificaciones a la ley, sino aquellos individuos que se han inscripto para atacar el inciso correspondiente. Por consiguiente, y en concreto, pido a la Mesa que se sirva dar el trámite de que aquellos individuos que han atacado el inciso correspondiente a esta discusión, presenten una modificación por escrito a fin de que sea discutida al final de la discusión de la Ley de Ingresos; la Cámara únicamente ha dado su fallo en el sentido de que no se aprobara el 25 por ciento; que estos individuos presenten un proyecto de ley del tenor del decreto correspondiente fije un cuota mayor o menor, según ellos lo quieran.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Rodríguez de la Fuente.

El C. Rodríguez de la Fuente: Señores representantes: Tuve la satisfacción de acatar el inciso que en estos momentos se debate, en la sesión verificada el día de corrientes, en el

sentido de que no fuese el 25 por ciento de contribución federal el que se aplicase al pulque y al tlachique, sino el 50 por ciento, y el C. Malpica, que habló en los mismos términos que yo sobre este asunto, vino a sostener en esta tribuna igualmente el 50 por ciento. Esto quiere decir que nadie absolutamente trató aquí de que fuese el 30 o el 40 por ciento y la Asamblea se dio exacta cuenta de que los oradores que atacaban ese inciso se referían a que se aumentase el 25 al 50 por ciento. (Voces: ¡Es cierto¡ Una vez que la Asamblea pro noventa y tantos votos desechó el inciso que presentara aquí la Comisión de Presupuestos y Cuenta, quiso decir que la Comisión indudablemente tenía que modificar el inciso respectivo en el sentido de la discusión. ¿Cuál fue el sentido de la discusión? Entiendo y creo que en la mente de todos ustedes está que fue que se aumentase el 25 por ciento a un 50 por ciento de contribución federal sobre las primeras ventas de pulque y tlachique. ¿Tiene o no la Comisión de Presupuestos y Cuenta de la facultad de venir a modificar este artículo? Es lo que en estos momentos se debate; creo que indudablemente tiene de sobra razón y la tiene lo siguiente: hemos desentido el Proyecto de Ley de Ingresos, en lo general, ahora hemos venido discutiendo en lo particular el mismo proyecto y llegamos a la discusión del artículo que se refiere al impuesto del pulque y tlachique; si este artículo al discutirse en lo particular es retirado, la Comisión, en lugar de decir que deberá recaudarse conforme al reglamento y decreto de 1917, sostiene el reglamento y el decreto, nada más que modificado en la cuota señalada; es decir, ahora la Comisión únicamente dice que no es el 25 por ciento sino el 50 por ciento; en consecuencia, entiendo que al pasar el Proyecto de Ley de Ingresos a la Cámara de Senadores para su discusión, solamente la Comisión modifica el inciso respectivo y establece lo que se marca en el dictamen. Por lo tanto, no hay lugar a dudas sobre el particular, puesto que la misma Comisión es la obligada a presentar ante Vuestra Soberanía el dictamen modificado en los términos de la discusión: eso es lo que ha hecho la Comisión. Sin el voto reprobatorio que dio la Asamblea al inciso respectivo en la sesión a que me refiero, derogó indudablemente esa disposición, y ya algunos oradores del pro, el señor Andrade Priego ha sostenido que el artículo 6o. de la misma Ley de Ingresos nos manifiesta que

"Todos los decretos y demás disposiciones de carácter general, dados por el Ejecutivo de la Unión en uso de las facultades extraordinarias y en materia de ingresos, continuarán en vigor en todo lo que no se oponga a la presente Ley."

Y claro que la ley o el decreto de 1917 que se refiere al pulque y tlachique se opone indudablemente con lo que vuestra Soberanía acordó en una sesión anterior; por lo tanto, la Comisión tiene fundamentos sólidos para presentarnos modificado ese asunto en el sentido en que lo ha presentado a Vuestra Soberanía, y que espero la aprobéis.

El C. Avellaneda: Para una Aclaración, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Avellaneda para una aclaración.

El C. Avellaneda: Es, en mi concepto, demasiado tarde todo lo que se diga a este respecto, puesto que los oradores del contra, tanto señor Vadillo como el señor Pastrana Jaimes, debían haber atacado el trámite de la Mesa consistente en que volviera a la Comisión el inciso, para ser reformado en el sentido de la discusión; así es que todo lo que se diga es superfluo e innecesario. Debían de haber atacado el trámite de la Mesa.

El C. Rodríguez Alfredo: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Rodríguez Alfredo: Para aclarar al señor Avellaneda que el trámite de la Mesa fue impugnado por el señor Soto Peimbert; así es que no como asevera el señor Avellaneda, sale sobrando lo que aquí se diga a este respecto; las razones se adujeron en su oportunidad y la Asamblea acordó lo que a bien tuvo. En estas condiciones, la Comisión de Presupuestos y Cuenta se vio obligada, por respecto y obediencia, a hacer el dictamen que está a la consideración de ustedes.

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo más oradores inscritos ni en pro ni en contra, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se considera el punto suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Hay mayoría. Está suficientemente discutido. En votación nominal se va a consultar sí se aprueba. (Voces: ¡Qué se lea¡). Se va a dar nueva lectura.

El C. Prosecretario: leyendo.

" H. Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, acatando vuestro mandato, sometemos a vuestra consideración el inciso (1), fracción XIII, artículo 1o. de la Ley de Ingresos, modificado en los términos que tuviese a bien acordar:

"1. Impuesto especial del timbre sobre ventas de primera mano de pulque y tlachique, conforme al decreto de 27 de junio de 1917 modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Artículo 1o. Desde de enero de 1919 el impuesto a las bebidas elaboradas con jugo de maguey llamado pulque y tlachique, se causará en las ventas de primera mano en la forma que lo determine el reglamento relativo, a razón del 50 por ciento sobre el precio de venta, y de acuerdo con el reglamento del propio decreto modificado en su artículo 1o. en los siguientes términos:

"Desde el 1o. de enero de 1919 y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1o. (modificado) del decreto de 27 de junio de 1917 en toda venta de primera mano o de remesas en consignación de pulque o tlachique, se causará pro impuesto especial del timbre el 50 por ciento sobre el precio de venta o del corriente en plaza, si la mercancía se remite consignada para su realización."

El C. Secretario Soto: Por la afirmativa.

El C. Secretario Pesqueira: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Secretario Soto: Votaron afirmativamente los CC. Aguirre Vito, Álvarez del Castillo, Anda, Andrade Carlos L., Ángeles Genaro, Arriaga, Avellaneda, Barragán, Bolio, Bouquet, Bravo Lucas, Breceda, Cancino, Carriedo Méndez,

Casas Alatriste, Castillo David, Castro Alfonso, Castro Roberto, Colina, Cornejo, Chablé, Esparza, Fernández Miguel B. Ferrel, Fierro, Fuentes Barragán, García Pablo, García Ruiz, Gil, Gómez Cosme D., Gómez Gildardo, Gómez Noriega, Gutiérrez Antonio, Gutiérrez Atanasio, Gutiérrez Atanasio, Gutiérrez de Velasco, Herrera, Iturralde T., Lara, León, Lomelí, López Emiliano Z., Maceda Macías Rubalcaba, Madrid, Mancisidor, Mariel, Márquez Galindo, Martínez Saldaña, Medina, Mena, Méndez Fortunato, Mendoza, Moctezuma, Morales Sánchez, Mejia Abraham, Navarro, Ocampo, Ortiz, Padrés, Paz, Peña, Pérez Carbajal, Quiroga, Rebolledo, Ríos Rafael L. de los, Rivera Castillo, Rodríguez de la Fuente, Rodríguez Herminio S., Rodríguez Sabino, Romero Cepeda, Ruiz de Chávez, Ruiz H., Ruvalcaba J. Guadalupe, Saldaña, Sánchez Salazar, Solórzano, Soto José M. Suárez, Tejeda, Tello, Toro, Torres Garza, Treviño, Urdanivia, Uzeta, Valadez Ramírez, Velásquez Juan, Verástegui José, Vilchis, Villaseñor Mejia, Villela, Zerecero y Zincúnegui Tercero. Total 96.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron negativamente los CC. Aguilar Antonio, Aguilar Pablo, Aguirre León, Alarcón, Alcocer, Alejandre, Altamirano, Arlanzón, Arrioja Isunza, Avilés, Baledón Gil, Barrera, Basáñez, Blancarte, Bravo Izquierdo, Breña, Cabrera, Camarena, Carrión, Castillo, Garrido, Castillo Torre, Céspedes, Escudero, Espinosa, Bávara, Espinosa y Elenes, Fernández Martínez, Flores, Gaitán, Galindo, Gámez, García Carlos, Garza, Guerrero, Leal, Martínez Ignacio, Méndez Benjamín, Méndez Pánfilo, Morales Francisco César, Morales Hesse, Ordorica, Palacios Moreno, Pérez Vela, Pesqueira, Ramos, Reyes Rafael, Roaro, Rodríguez Alfredo, Rodríguez Matías, Rosas, Soto Peimbert, Soto Rosendo A., Torre Rómulo de la, Vadillo, Vásquez Genaro V., Velásquez López, Verástegui Franco, Villaseñor Salvador, Villela, Zavala Leobino, y Zayas. Total 60

Ha sido aprobado el dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que reforma el inciso (1) de la fracción XIII del artículo 1o. (Aplausos.)

El C. Secretario: Está a discusión la fracción XX del artículo 1o. de la Ley de Ingresos, separado por el C. Basáñez. Los que deseen hacer uso de la palabra se servirán pasar a inscribirse.

El C. Basáñez: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Basáñez.

El C. Basáñez: Ciudadanos representantes: Según el sentir que ha tenido la Comisión para las discusiones del Presupuesto de Ingresos, no debía yo venir a atacar este inciso de la citada ley, pues no se trata aquí de hacer modificación alguna a la forma de cobrar, pues conocido es de todos vosotros que cuando alguna oficina o taller de la Nación hacer trabajos particulares, se cobra conforme el trabajo que se hace y no siguiendo tarifas especiales más que en determinados casos. Vengo a atacar este inciso por estar calculados sus productos en sólo diez mil pesos. Dice el inciso XX en la parte relativa a servicios públicos:

"Productos líquidos del arsenal del dique flotante de Veracruz y del varadero de Guaymas, conforme a las reglamentos respectivos,"

Y para este inciso se calculan solamente diez mil pesos al año, sólo los puertos del dique de Veracruz deben producir a la Nación veinte veces más, cuando menos, pues en lo que el dique tiene tarifas, que es en lo relativo a subir los buques al dique, bajarlos a las estadías que en él que se tienen, cobra el dique variablemente entre cien a quinientos pesos por subirlos y entre cien y quinientos para bajar un barco. Además, por el tiempo que dura en el dique paga determinada cantidad. El dique de Veracruz se dedica a componer y reformar casi todos los buques que hacen servicio de cabotaje en el Golfo de México y por datos que he recibido del mismo Arsenal, tengo conocimiento de que sus productos no bajan, por servicios particulares, de doscientos mil pesos.

El C. Rodríguez Alfredo, interrumpiendo: ¿cada cuándo?

El C. Basáñez, continuando: cada año. Además, este dique hace trabajos a otras Secretarías, las cuales tienen partidas especiales para reparación de los barcos que pertenecen a sus dependencias, tales como la de Comunicaciones. Además junto al dique está el Arsenal que también se consulta aquí. El Arsenal hace trabajos a particulares, bastantes, constantemente.......

El C. Rodríguez Alfredo: Para una interpelación, con permiso de la Presidencia.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rodríguez Alfredo: ¿Podría decirme Su Señoría si tiene seguridad de que el dique a que se está refiriendo está en condiciones de ser explotado? Pues la Comisión tiene conocimiento de que el dique se encuentra en tan malas condiciones, que no da ningún rendimiento y que su reparación costaría mucho dinero.

El C. Basáñez, continuando: El dique de Veracruz, efectivamente, no está en buenas condiciones y como está en servicio público, necesita una reparación efectivamente ese dique, bastante grande, pero esto no quiere decir que no se tenga al servicio. Cualquiera que haya pasado por el puerto habrá visto que constantemente hay allí buques. El Arsenal Nacional, como dije antes, tiene unos grandes talleres de fundición, herrería, hasta carpintería tiene y en infinidad de casos mandan hacer allí los particulares sus trabajos. Lo que ha pasado con el dique y el Arsenal de Veracruz es sencillamente lo siguiente: la vez pasada también se consultó aquí una cantidad ínfima en relación con sus productos y esto para no hacer aparecer en los Presupuestos de Egresos grandes cantidades para el pago de sus obreros y de su personal. Yo tengo en mis manos documentos, o copias, mejor dicho, de listas de raya del Arsenal Nacional de Veracruz, las cuales importan semanariamente quince mil pesos, lo que calculado en un año arroja poco más o menos setecientos veinte mil pesos. En el Presupuesto de la vez pasada consultaron una partida sólo de doscientos mil pesos para ese trabajo y, ¿cómo es posible que el dique, produciendo tan poco, pueda producir esos gastos, y no estando más que una partida de doscientos mil pesos sea cubierta una partida de setecientos veinte mil pesos, poco más o menos? Así es que como la Asamblea ha juzgado que sólo cuando se trata de modificar alguna ley se venga a tratar aquí los asuntos del

Presupuesto, yo esto no lo vengo aquí a decir más que como una aclaración y, digamos, una protesta por la cantidad que se dice produce el dique y para que se tenga en consideración a la hora que se tenga que consultar los Presupuestos de Egresos, que yo quiero que allí figuren los egresos que verdaderamente tiene el Arsenal Nacional.

El C. Prosecretario Aguilar: No estando ningún otro orador inscrito ni en pro ni en contra, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se declara suficientemente discutido. Se reserva para su votación la fracción XX.

Está a discusión la fracción XXXII del artículo 1o., separado por el C. Alatriste. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse.

El C. Casas Alatriste: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Casas Alatriste.

El C. Casas Alatriste: Honorables representantes: El inciso que separé de esta Ley de Ingresos dice textualmente:

"Derechos de pesca, buceo y similares, conforme a las leyes, reglamentos, contratos vigentes, circular número 6 de la Secretaría de Fomento de fecha 21 de junio de 1916, tarifa de 20 de agosto de 1918 y disposiciones posteriores."

Estas leyes han dado lugar, señores diputados, a graves conflictos entre los pescadores en pequeño y los agentes encargados de la recaudación de esos impuestos que, por otra parte, no producen sino la insignificante cantidad de seis mil pesos al año, según valorización hecha por el Ejecutivo y aceptada por la Comisión que hoy presenta este dictamen; en consecuencia, venía yo a solicitar de Vuestra Soberanía la supresión de este inciso, porque el ingreso que reporta a la Federación por este concepto no compensa ni con mucho los trastornos que sufren los pescadores en pequeño, pero un miembro de la diputación de Sinaloa, el C. Félix A. Mendoza, ocurrió al Ministerio de Fomento y Agricultura y allí fue informado de que estaba en estudio un proyecto de ley tendiente a hacer las modificaciones necesarias para evitar las dificultades que he dejado señaladas. En consecuencia, señores diputados, no tiene ya objeto que yo venga a impugnar este inciso y sólo me permito excitar de la manera más respetuosa desde este tribunal al señor Ministro de Fomento y de Agricultura a fin de que se sirva dar cuanto antes cima a la labor que se ha impuesto de reformar esas circulares y esos decretos.

El C. Rodríguez Alfredo: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rodríguez Alfredo: A mi entender, dado lo exiguo de la cantidad que por concepto del impuesto percibe el Ejecutivo, creo que no es la mente del Ejecutivo otra que la de imponer determinadas cuotas, por pequeñas que ellas sean, con objeto de facilitar en una mañana la reglamentación debida del buceo. Creo que debe la Representación Nacional aceptar tal como se presenta el inciso a discusión, en la inteligencia de que dicho impuesto no tiene más objeto, como ya lo dije antes, que evitar los abusos a que la libertad absoluta de buceo se prestaría. La costa del Pacífico es grandemente codiciada y el Gobierno de la Unión tiene tanto por respetar a la Soberanía Nacional, cuanto por la guarda debida de los intereses, de poner ciertas taxativas a los abusos a que pueda prestar la libertad absoluta en el buceo. Ya lo habéis oído, señores el diputado Casas Alatriste ha dicho que el señor Ministro de Fomento está estudiando una iniciativa para presentarla a vuestra consideración, con objeto de evitar las posibles dificultades y que los derechos de buceo se perciban en la forma debida.

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo más oradores inscriptos en pro o en contra, se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se considera suficientemente discutida la fracción. Los que estén por la afirmativa sírvase poner de pie. Se declara suficientemente discutida. Habiendo pedido el C. Casas Alatriste la supresión de esta fracción XXXII, y no habiendo sido, propiamente hablando, una objeción, la del C. Basáñez, puesto que se limitó a hacer una aclaración exponiendo su opinión personal, se consulta a la Asamblea si en una sola votación nominal se consulta la aprobación de las fracciones XX y XXXII. En votación económica se consulta la aprobación de este trámite. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Se tomará la votación de las dos fracciones en un solo acto. Se va a proceder a la votación nominal. Se suplica al C. García de Alba auxilie a la Secretaría. (Voces: ¡Qué se lean!)

El C. Secretario Pesqueira: Se va a proceder a la votación de las fracciones XX y XXXII del artículo. 1o., que dicen:

"XX. Productos líquidos del arsenal del dique flotante de Veracruz y del varadero de Guaymas conforme a los reglamentos respectivos."

"XXXII. Derechos de pesca, buceo y similares, conforme a las leyes, reglamentos, contratos vigentes, circular número 6 de la Secretaría de Fomento de fecha 21 de junio de 1916, tarifa de 20 de agosto de 1918 y disposiciones posteriores."

Por la afirmativa.

El C. García de Alba: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. García de Alba: Votaron por la negativa los CC. Mariel y Basáñez.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la afirmativa 140 ciudadanos diputados. Quedan aprobadas las fracciones XX y XXXII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos.

Ha sido votado en su totalidad el artículo 1o. de la Ley de Ingresos: en consecuencia, está a discusión el artículo 2o. Los que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. El artículo 2o. dice así:

"Artículo 2o. El derecho de uno y medio por ciento, de dos por ciento, o de dos y medio por ciento en su caso, que cobran las Aduanas conforme a los decretos de 4 de julio de 1896, 3 de septiembre de 1901, 3 de diciembre de 1902, 13 y 19 de octubre de 1906 y 20 de noviembre de 1917, a favor de los Municipios, asimismo el de dos por ciento adicional a la exportación, que en virtud del acuerdo del ciudadano Primer Jefe, de 14 de mayo de 1915, cobra la de Tuxpan a favor de ese Municipio, así como los derechos de barra que se cobran en Tampico

con arreglo a los contratos celebrados con la Compañía del Ferrocarril Central Mexicano y demás disposiciones relativas, seguirán recaudándose y aplicándose a su objeto, sin figurar en la cuenta de Ingresos del Erario. Los derechos de inspección veterinaria, se aplicarán en su totalidad a los inspectores o prácticos que presenten el servicio, siempre que unos y otros no desempeñen algún empleo de la Federación, por el cual perciban sueldo; pues en ese caso el importe total del derecho que se recaude, ingresará al Erario."

Está a discusión.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Basáñez.

El C. Basáñez: Ciudadanos Representantes: Habéis oído el inciso a discusión, o, mejor dicho, el artículo de la Ley de Ingresos a discusión, que trata de un impuesto especial que tiene la importación, de mercancías, a la República, a favor de los Municipios de los puertos.

Llevado por el criterio de la Cámara, que es el de que se pueden modificar las leyes, he venido yo precisamente a atacar este inciso, no para que se derogue, sino, por lo contrario, buscando un beneficio para los Municipios de los puertos de nuestra República, que todos sabemos están bien exhaustos sus tesoros. Habéis aprobado hace algunos días el sesenta por cierto que pesa casi directamente sobre los Municipios; en cambio, yo deseo que ahora aprobéis el que este impuesto sea hecho extensivo a la exportación, porque si las mercancías que vienen a nuestro país, aquellas que va a consumir nuestro pueblo, tienen este impuesto de importación que recae sobre el mismo pueblo, justo es que las mercancías que van a consumir los pueblos extranjeros tengan este impuesto también. Esto es justo, porque es un impuesto que recae, no sobre nuestro pueblo, sino sobre pueblos extranjeros. Que a la exportación se haga extensivo en el tanto por ciento que se cobra por la importación en las aduanas de nuestra República, que se haga extensivo a la exportación en favor de los Municipios, para que se ponga en la misma ley. Por lo expuesto yo pido a la honorable Cámara se fije en la importancia del impuesto a discusión y emita su voto en ese sentido. Yo propuse el día 20 ó 25 de septiembre, el que se aumentase, es decir, el que se hiciese extensivo este impuesto a la exportación, y veo que la Comisión no se sirvió tomar en consideración en el dictamen este asunto, ni en pro ni en contra. Yo deseo interpelar a la Comisión para que me diga pro qué no tomó en consideración la posición que hice a la Cámara y que fue turnada a esa honorable Comisión.

El C. Garza Candelario: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Garza Candelario: La Comisión tiene el acuerdo de pasar esa solicitud del señor Basáñez a la Comisión de Hacienda, para que dictamine en el sentido que corresponda y crea conveniente, por que la Comisión no cree que pueda decretar impuestos especiales en tratándose de Municipios, porque sería únicamente para los Municipios de los puertos y, sobre todo, que no tiene facultades para hacerlo.

El C. Basáñez, continuando: Decía usted que la Comisión tiene proyectado o pensado regresar esta iniciativa a la Comisión de Hacienda; no la ha regresado. Honorable Representación: Habéis oído de boca de la Comisión, que una iniciativa presentada el 25 de septiembre y que fue turnada inmediatamente a ella, aún no resuelve y tiene pensado turnarla a una Comisión de Hacienda, por que no tiene facultades; creo yo que si la Comisión no se conceptuaba con facultades para dictaminar sobre este asunto, debió desde luego, haber devuelto este proyecto, no a la Comisión de Hacienda, sino a la Cámara, para que ella le diese otro trámite: ni aún la Comisión pudo haberlo hecho, porque esa designación se hizo con acuerdo expreso de la Cámara y, desde el momento en que nadie reclamó el trámite para que pasara a una Comisión de Hacienda, desde el momento en que la misma Comisión, porque debe haber estado en esta Cámara, aceptó que se pasara a ella, debió haber dado un dictamen en pro o en contra, pero haberlo consignado, porque hace más de un mes que tiene en su poder ese dictamen. (Voces: ¡Dos!) Hace dos meses. Yo pido a ustedes que se fijen en la trascendencia de mi proposición, que desechen este artículo para que sea modificado en ese sentido es un gran beneficio que se hace a los Municipios de los puertos, a aquellos Municipios que son las puertas que tenemos abiertas al extranjero y que debemos buscar por todos los medios, beneficiarios en alguna forma, para que se engrandezcan, para que se embellezcan. Yo me dirijo a todos aquellos diputados que principalmente vienen representando Estados que tienen por linderos el mar y que tienen puertos, porque va precisamente en beneficio de esos Municipios - puertos, y, en general, a toda la honorable Representación, para que deseche ese artículo para modificarlo en el sentido que propongo, dados que ya hemos sentado el precedente de modificar el relativo al pulque.

El C. Prosecretario Aguilar: No habiendo más oradores inscritos ni en pro ni en contra, en votación económica se consulta si se considera suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvase ponerse de pie. Suficientemente discutido. En votación nominal se va a consultar si se aprueba. Se procede a recoger la votación nominal.

El C. Secretario Pesqueira: Se procede a la votación del artículo 2o. Por la afirmativa.

El C. Prosecretario Malpica: Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Prosecretario Malpica: Votaron por la negativa los CC. diputados siguientes: Aguirre Vito, Alejandre, Altamirano, Basáñez, Casas Alatriste, Castillo, David, Escudero, Espinosa Bávara, Fernández, Martínez, Fuentes, Barragán, García Ruiz, López Emiliano Z., Mancisidor, Martínez Saldaña, Méndez Benjamín, Pesqueira, Roaro, Ruiz H., Trigo y Valadez. Total, 20 votos.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la afirmativa 117 ciudadanos diputados. Queda aprobado el artículo 2o. de la Ley de Ingresos.

Está a discusión el artículo 3o., que dice:

"Artículo 3o. Los ingresos procedentes de operaciones de crédito o de contratos celebrados durante el año fiscal en que debe regir esta ley y que por razón de su carácter accidental, no están

comprendidas expresamente en ninguno de los ramos de recaudación normal que en ella se enumeran, formarán una sección especial separada de la cuenta del Erario, bajo el título de "Ingresos extraordinarios."

Los que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Está a discusión el artículo 4o., que dice:

"Artículo 4o. Las cantidades expresadas en moneda mexicana que deban recaudarse en el extranjero por virtud de la ley o de contrato, podrán percibirse en moneda del país donde se haga la recaudación, y a menos de precepto o pacto en contrario, la conversión de moneda mexicana en moneda extranjera, se hará según las equivalencias de moneda que fijo la Secretaría de Hacienda."

¿No hay quien haga uso de la palabra? Se reserva para su votación.

Está a discusión el artículo 5o., que dice:

"Artículo 5o. Los ingresos que en los casos en que se lo permite la ley, se recauden en títulos de deuda pública, no figurada en las cuentas correspondientes a los incisos relativos del artículo 1o. de esta ley, sino que serán considerados en un estado especial de a cuenta general del Tesoro."

Los que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de las palabra se reserva para su votación.

El artículo 6o. dice:

"Artículo 6o. Todos los decretos y demás disposiciones de carácter general, dados por el Ejecutivo de la Unión en uso de facultades extraordinarias y en materia de ingresos, continuarán en vigor en todo lo que no se oponga a la presente ley."

Está a discusión. Los que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se votará con los demás separados. Se va a proceder a la votación nominal de los artículos 3o., 4o., 5o. y 6o. Por la afirmativa.

- El C. Morales Francisco. Por la negativa.

(Se recogió la votación.)

El C. Morales: Votaron por la negativa 4 ciudadanos diputados.

El C. Secretario Pesqueira: Votaron por la afirmativa 135 ciudadanos. Queda aprobado el dictamen de la Ley de Ingresos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

- El C. Secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"Señor:

"Doña Pilar Ortiz dirigió, con fecha 21 de septiembre del año próximo pasado un memorial, en el cual pide le sea aumentada la presión que actualmente disfruta y que le fue concedida por el Ejecutivo de la Unión, cómo viuda del C. licenciado Manuel Rivas, por los servicios que este último prestó a la Patria.

"La Comisión que subscribe, teniendo en cuenta que el propio Ejecutivo dispone de una partida que le otorgó el artículo 17 de la Ley de Egresos vigente, destinada a recompensar los servicios de sus servidores, opina que este mismo Poder puede decretar el aumento de la pensión que goza la peticionaria.

"Por lo expuesto, nos permitimos proponer a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la señora Pilar Ortiz, viuda del C. licenciado Manuel Rivas, se dirija al Ejecutivo de la Unión en solicitud del aumento de la pensión que disfruta, en virtud de tener este Poder facultades para hacerlo."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 25 de noviembre de 1918. - Marciano González. - C. Galindo."

Está a discusión el dictamen de la Comisión. Los que deseen hacer uso de la palabra pueden pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"Señor:

"Doña Dolores Salot viuda de Eguía Lis, dirigió a esta Representación Nacional, con fecha 10 de marzo del presente año, un ocurso, por el cual solicita pensión por los servicios prestados a la Patria por su esposo, el C. licenciado Joaquín Eguía Lis.

"Refiere la peticionaria, para fundar su solicitud, que el ciudadano Presidente de la República se sirvió otorgarle a su esposo, el licenciado Joaquín Eguía Lis, una pensión de retiro con goce de la mitad de los honorarios que percibía como Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, como lo comprueba con el oficio número 86 - 1, de fecha de septiembre del año de 1914. Que dicha pensión fue suspendida al morir su ciudadano esposo y que, encontrándose en la actualidad en condiciones aflictivas, suplica a esta honorable Cámara le conceda la prerrogativa de seguir disfrutando dicha pensión.

"La Comisión 2a. de Hacienda, a quien por acuerdo de esta propia Cámara, le fue encomendado el estudio del asunto de que se trata, juzga que los servicios prestados a la Nación por el extinto licenciado Joaquín Eguía Lis son importantes y que, por lo mismo, ameritan una recompensa; pero como esta honorable Cámara carece de facultades para conceder pensiones, opina que la recurrente debe dirigirse al Ejecutivo de la Unión, ya que este Poder, apoyado en el artículo 17 de la Ley de Egresos vigente, puede resolver sobre el particular.

"Por lo expuesto, nos permitimos someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la señora Dolores Salot, viuda del C. licenciado Joaquín Eguía Lis, que se dirija al Ejecutivo de la Unión en demanda de lo que solicita, en virtud de tener este Poder facultades para resolver pensiones de esta índole."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 25 de noviembre de 1918. - Marciano González. - C Galindo."

Está a discusión el dictamen. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Señor:

"A la 1a. Comisión de Comunicaciones se turnó la solicitud de la Diputación de Nuevo León, consiente en la adición del Presupuesto de Egresos del Ramo de Comunicaciones y Obras Públicas una partida de $40,000.00 para la reparación de la carretera de Linares a Matehuala.

"Esta Comisión considera de vital importancia la reparación aludida, dado que ella redundará en beneficio no solo del comercio sino en cualquiera otro orden de actividad en las comunicaciones.

"Sin embargo, como para aprobar el gasto a que se contrae la solicitud es preciso conocer de antemano un dictamen técnico originado del estudio hecho sobre el camino mismo, esta Comisión estima conveniente tener a la vista el estudio practicado por un ingeniero y, en este sentido, ha hecho sus gestiones ante la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas para poder presentar su dictamen en el sentido conducente.

"Al efecto, tiene la honra de dar a conocer a esta R. Asamblea la siguiente comunicación dirigida por el ciudadano Subsecretario de Comunicaciones, que a la letra dice:

"Señor Presidente de la 1a. Comisión de Comunicaciones de la Cámara de Diputados.

"Con referencia a la conversación que se sirvió usted tener con el subscripto en lo relativo al reconocimiento del camino de Linares a Matehuala, me es grato manifestar a usted, suplicándole se sirva hacerlo del conocimiento de es H. Comisión, que queda nombrado para hacer el reconocimiento preliminar del camino el señor ingeniero Jorge Núñez, quien próximamente saldrá para esa región. Atentamente suplico a usted se sirva recomendar a dicho ingeniero con las autoridades y personas interesadas en la reparación del camino, a fin de que se sirvan darle la ayuda moral y material que necesite para el mejor desempeño de su comisión. Reitero a usted mi atenta y distinguida consideración. Constitución y Reformas, México, 22 de noviembre de 1918. - El Subsecretario E. del D., Manuel Rodríguez Gutiérrez."

"En consecuencia, esta Comisión somete a la consideración de la H. Cámara de Diputados la siguiente proposición:

"Espérese el estudio practicado por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas para que sirva de base al dictamen que en su oportunidad presente la 1a. Comisión de Comunicaciones, sobre la solicitud de la reparación de la carretera de Linares a Matehuala.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados, México, 22 de noviembre de 1918. - Emiliano Z. López. - L. Breña. - C. Molina."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra ni en pro ni en contra, se va a recoger la votación. En votación económica se consulta si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa se servirán poner se pie. Se aprueba la proposición.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Comisión 2a. de Peticiones.

"Señor:

"En telegrama fechado en la ciudad de Chihuahua el día 27 de octubre último, el ciudadano general de División Francisco Murguía solicita la exención de derechos de importación que causan en la Aduana Fronteriza de Ciudad Juárez, algunos muebles y maneje para uso particular del peticionario.

"Esta Comisión estima que el solicitante ha llenado todos los requisitos legales al hacer su solicitud, y por tanto no tiene inconveniente en someter a la consideración y aprobación de esta H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda que corresponda, la solicitud del ciudadanos general de División Francisco Murguía."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 16 de noviembre de 1918. - Manuel Andrade. - J. Pesqueira."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado el acuerdo.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Comisión 1a. de Peticiones.

"Señor:

"El señor Alberto Lenz, propietario de la fábrica de papel "Loreto," en memorial que eleva a esta H. Asamblea, pide que se le venda parte de los archivos viejos e inútiles de la Contaduría, pues careciendo de material para la continuación de sus trabajos industriales, se verá en peligro de suspenderlos en breve plazo, con perjuicio de la clase obrera.

"Como asunto semejante, consultando por la Secretaría de Hacienda, ha sido turnado a la Comisión Inspectora, para que previo el estudio relativo, proponga lo conveniente, nos permitimos someter a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión Inspectora, para los efectos a que haya lugar, la solicitud que antecede del señor Alberto Lenz, en que pide se le venda parte de los archivos viejos e inútiles de la Contaduría Mayor de Hacienda."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 19 de noviembre de 1918. - Carlos L. Ángeles. - O M. Trigo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado.

- El mismo C Secretario, leyendo:

"1a. Comisión de Justicia.

"Señor:

"La Comisión de Peticiones por acuerdo de la H. Asamblea turnó a esta 1a. Comisión de Justicia el expediente formado con los dos proyectos de ley que envió a esta H. Cámara, el C. licenciado Miguel Mejía, relativos el primero a la unificación de los métodos actuales de oficiamiento en materia civil, y el segundo, a la unificación de los Códigos Penales y de las diversas Leyes de Procedimientos en materia penal.

"La Comisión hizo un cuidadoso estudio de estos proyectos y como aún no ha sido aprobado por la H. Cámara de Senadores el proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial del Fuero Común en el Distrito Federal y Territorios, cree conveniente reservar estos Proyectos hasta que sea expedida dicha ley, por lo que se permite someter a la aprobación de Vuestra Soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Reserve este expediente hasta que sea expedida la Ley Orgánica del Poder Judicial del Fuero Común."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 19 de noviembre de 1918. - E. Arrioja Isunza. - Francisco Araujo."

Esta a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se aprueba el dictamen.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Comisión 1a. de Justicia.

"Señor:

"El C. licenciado Miguel Mejía, con fecha 13 de diciembre de 1917 próximo pasado, envió a esta H. Cámara, un proyecto de ley relativo a establecer el procedimiento de oficio en todos los negocios judiciales y civiles, y el cual fue turnado a esta Comisión.

"La Comisión después de estudiarlo detenidamente y teniendo en cuenta que hasta la fecha no ha sido aprobado por la H. Cámara de Senadores el proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial del Fuero Común, estima que debe reservarse hasta que dicha ley sea expedida, y por tanto se permite someter a la aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"No habiendo sido aprobada aún por el Senado, la Ley Orgánica Judicial del Fuero Común, resérvese este expediente hasta que dicha ley se expedida.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 19 de noviembre de 1918. - E. Arrioja Isunza. - Francisco Araujo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se consulta si se aprueba este acuerdo. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se aprueba el dictamen.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"Señor:

"El C. Antonio Miranda, vecino de la ciudad de Pachuca, dirigió con fecha 9 de septiembre, de 1917, un memorial en el cual hace diversas consideraciones sobre el papel moneda.

"El C. Miranda relata un caso particular, consistente en que las negociaciones mineras de dicho lugar solicitaron del comercio papel moneda a cambio de libranzas, de las cuales el ocursante posee algunas, y pide a la honorable Cámara se tomen en consideración estos hechos para cuando se expida la Ley de pagos correspondiente.

"La Comisión es de parecer que citado memorial se reserve para cuando se haga el estudio de la Ley de Pagos y, en esa virtud somete a la aprobación de esta respetable Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Resérvese el memorial que dirigió a esta honorable Cámara el C. Antonio Miranda, relativo a la Ley de Pagos, para cuando esta Asamblea legisle sobre el particular."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 18 de noviembre de 1918. - Marciano González. - C. Galindo.

Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba este acuerdo. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Se aprueba el acuerdo.

- El C. Secretario , leyendo:

"1a Comisión de Gobernación.

"Señor:

"Al estudio de la subscripta Comisión 1a. de Gobernación, pasó el memorial que los CC. Miguel Cárdenas, Luis Septién y Leandro Hinojosa, dirigen a esta honorable Cámara, en nombre y representación, según dicen, de los habitantes de la Municipalidad de Tacuba, D. F., y en el que piden que esta honorable Representación Nacional resuelva sobre los siguientes puntos de consulta:

"Primero. ¿Qué ley debe aplicarse a la renovación de Ayuntamientos, la última sobre elecciones de Poderes Federales, o la de abril de 1917, hecha por el Gobierno del Distrito?

"Segundo ¿para las elecciones deben tomar parte activa los Consejos de Municipio para hacer la distribución de casillas y nuevo empadronamiento?

"Tercero. ¿Los derechos políticos de los electores en los próximos comicios, pueden ser materia de amparo?"

"Los subscriptos, miembros que integren la referida Comisión de Gobernación, opinan que debe contestarse a los CC. Cárdenas y socios, manifestándoles, con respecto a los puntos que consultan: que la ley que se aplicará en las próximas elecciones municipales será la de 1862, cuyo reglamento acaba de promulgarse; que los Consejos de Municipio no tendrán ingerencia alguna de estas elecciones, y que los derechos políticos de los electores no pueden ser materia de amparo, ya que nuestra Constitución claramente establecen los casos en que puede emplearse tal recurso.

"En tal virtud, se permiten someter a la deliberación y aprobación de la honorable Asamblea, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Dígase a los CC. Miguel Cárdenas y socios, en respuesta a su memorial, que debe aplicarse a la renovación de Ayuntamientos la ley de 13 de diciembre de 1862, con su reglamentación promulgada por el Gobierno del Distrito el día 8 de los corrientes.

"Segundo. Que en las próximas elecciones municipales ninguna ingerencia pueden tener los Consejos de Municipio, y

"Tercero. Que los derechos políticos de los electores en los próximos comicios, no son materia de amparo."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de noviembre de 1918. - J. M. A. del Castillo. - Enrique Parra."

Está a discusión.

El C. Fernández Martínez: Pido la palabra para una interpelación a la Comisión.

El C. Presidente: Tiene la palabra para una interpelación a la Comisión, el C. Fernández Martínez.

El C. Fernández Martínez: Atentamente ruego a la Comisión se sirva darme el fundamento de su última premisa, esto es, que los derechos políticos.....( Voces: ¡No se oye! ¡Tribuna!) Suplico atentamente a la Comisión tenga a bien decirme el por qué de la última parte de su dictamen, esto es, que no es materia de amparo la violación de los derechos políticos electorales, pues según me parece, la suprema corte de Justicia tiene sentada otra tesis.

El C. Álvarez del Castillo: Pido la palabra. Me permito manifestar al C. Fernández Martínez que no dan lugar al amparo aquellos artículos que no están comprendidos en las garantías individuales.

El C. Fernández Martínez: Pido la palabra. Para manifestar a la honorable Comisión que creo que la interpretación de las leyes sólo compete a los tribunales de justicia y no a esta respetable Asamblea; por tal motivo, creo que no esta en su papel dictado un dictamen como lo hace en su última parte.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Andrade Priego.

El C. Andrade Priego: Respetable Asamblea: He pedido la palabra en contra del tercer punto resolutivo de este dictamen. que dice que: "los derechos políticos electorales en los próximos comicios, no son materia de amparo." Yo individualmente tengo la misma opinión que emite la Comisión en ese punto del dictamen, pero la Asamblea no puede resolver esto de una manera definitiva, porque implica la interpretación de una ley, y el inciso (f) del artículo 72 constitucional dice que en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación. Los solicitantes piden la interpretación constitucional de ese caso, y para que llegara a ser absolutamente una resolución de observancia general el concepto que entraña la parte resolutiva, debería seguir los mismos trámites que una forma constitucional, es decir, debería pasar, después que nosotros resolviéramos el caso, al Senado, y después a las demás Legislaturas, siguiendo el proceso que la Constitución establece para resolver las interpretaciones de las leyes. De modo, pues, que aparte de que el asunto entraña una resolución de consecuencias muy graves, yo creo que se trata de dar en este concepto una interpretación a la ley, que nosotros no podemos resolver por una simple votación económica. Me opongo, pues, a que votéis ese punto resolutivo.

El C. Fernández Martínez: ¡Muy bien!

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Villalobos.

El C. Villalobos: Señores representantes: Me vengo a oponer también a que sea aprobado este dictamen, porque además de que la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales ha sentado ya precedentes sobre el particular en virtud de los cuales quedó definitivamente sentado que esta Cámara no es un cuerpo consultivo al que puedan acudir los ciudadanos de la República demandando su opinión sobre la observancia o interpretación de la leyes, además de eso que es de carácter general, tengo que oponerme en el presente caso porque tratándose, como se trata aquí, de opinar sobre el reglamento que regirá las próximas elecciones municipales en esta ciudad, este reglamento ha sido expedido por el Ejecutivo de la Unión reformando el de 1862 que sirvió hasta para las elecciones próximas pasadas. De ese reglamento no hemos tenido nosotros conocimiento sino por el conducto por el que todos los ciudadanos tienen conocimiento, es decir, por la publicación que se ha hecho de él "Diario Oficial de los Estados Unidos Mexicanos." En consecuencia, si nosotros opinamos que para estas elecciones debe regir tal o cual reglamento, en realidad no hacemos sino evitarle el trabajo al ciudadano de leerlo, reconociendo que por la publicación de él en el "Diario Oficial" no está obligado él a su observancia y no debe tener un conocimiento, por lo menos ficticio, legalmente ficticio de su expedición. Por todos estos motivos, creo yo que en este caso, consecuentes con el criterio que se ha seguido en los demás, nosotros deberemos rechazar este dictamen, expresando con esto nuestra opinión de que esta Cámara está facultada exclusivamente para expedir leyes o decretos con exclusión de cualquiera otra resolución.

El C. Álvarez del Castillo: Pido la palabra. La Comisión lo único que trató fue de contestar atentamente el oficio (Voces: ¡Tribuna!) que fue enviado por estos señores; pero ahora solicita permiso de la Asamblea para retirar el dictamen, porque no tiene interés ninguno en sostenerlo.

El C. Prosecretario Aguilar: Habiendo solicitado uno de los miembros de la Comisión permiso para retirar el dictamen a debate, en votación económica se consulta a la Asamblea si concede este permiso. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Se concede el permiso.

- El C. Prosecretario Aguilar, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"El C. Secundino Flores ocurrió a esta honorable Cámara con fecha 1o. de mayo de 1917, con objeto

de que se decrete a su favor una pensión por los servicios que prestó a la Patria como superviviente de la jornada del 5 de mayo de 1862.

"La Comisión que subscribe, después de hacer el estudio correspondiente de los documentos que acompañó a su solicitud el expresado C. Flores, encuentra que son muy justificados las demandas del peticionario; pero en cuenta de dichos documentos se llenan los requisitos establecidos por la Ley de Pensiones en vigor, es de parecer que se niegue al recurrente la gracia que solicita.

"Por lo expuesto, nos permitimos someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No hay lugar, por ahora, a conceder al C. Secundino Flores la pensión que solicita por los servicios que prestó a la Nación en el año de 1862.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 19 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a recoger la votación. En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba este acuerdo. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. (Voces: ¡Qué se vuelva a leer!) Volvió a leer la parte resolutiva.)

Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. A los ciudadanos que levantan la mano se suplica ponerse de pie. Se suplica que no se sienten los ciudadanos que estén de pie para poder estimar la mayoría.

El C. Chávez Manuel: Reclamo la votación.

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se comisiona a los CC. Castillo Torre y García Pablo, el primero para que cuente a los que están de pie y el segundo a los que están sentados. Los señores comisionados manifiestan que hay 65 ciudadanos sentados y 78 ciudadanos de pie; en consecuencia, queda aprobado el acuerdo. Se ruega a los señores Álvarez del Castillo, Andrade y Pastrana Jaimes se sirvan ocupar sus curules.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"Doña Domitila Araujo, por ocurso dirigido a esta honorable Cámara con fecha 7 de agosto del presente año, solicita se decrete a su favor una pensión como recompensa a los servicios prestados a la Patria por su finado esposo el general Pomposo González del Campillo.

"La Comisión 3a. de Guerra, a quien por acuerdo de esta propia Asamblea le fue encomendado el estudio del citado ocurso, hizo un examen minucioso de las diversas constancias que obran en el expediente respectivo, las cuales en su concepto, no llenan los requisitos que establece la Ley de 29 de mayo de 1896, y por lo mismo es de parecer que no procede la pensión solicitada.

"En tal virtud, nos permitimos someter a la aprobación de esta respetable Asamblea el siguente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder a la señora Domitila Araujo la pensión que solicita, por los servicios prestados a la Patria por su extinto esposo el general Pomposo González del Campillo.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 19 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a recoger la votación. En votación económica se consulta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"El C. Cleofas Costilla, presentó ante esta honorable Cámara de Diputados, con fecha 14 de agosto de 1917, un ocurso, por el cual pide se decrete a su favor una pensión como recompensa a los servicios que prestó a la Patria en las guerras de Reforma e Intervención.

"La documentación que corre agregada al expediente, en concepto de la Comisión de Guerra que subscribe, es deficiente y, por consiguiente, no llega los requisitos que establece la Ley de 29 de mayo de 1896.

"Por lo expuesto, la propia Comisión opina que debe de negarse la pensión solicitada y, en ese concepto, se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder al C. Cleofas Costilla la pensión que solicita, por los servicios prestados a la Patria en las guerras de Reforma e intervención."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 19 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner en pie. Se aprueba el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"A la 3a. Comisión de Guerra que subscribe fue turnada para su estudio la solicitud de Patente de Retiro que el C. teniente Joaquín Soto dirigió a esta honorable Cámara, con fecha 31 de octubre del año próximo pasado.

"La Comisión no puede entrar en consideraciones de ningún género, porque entre las facultades que la Constitución General de la República concede al Congreso de la Unión, no se halla ésta; por lo que se permite someter a la aprobación de esta honorable Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Dígase al C. Joaquín Soto que no ha lugar a se petición, en virtud de no ser de la competencia del Congreso de la Unión, debiendo dirigirse a quien corresponda."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 19 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Esta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se consulta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner en pie. Se aprueba el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"Los menores de edad, Joaquín y Raquel de la Llave, dirigieron con fecha 5 de junio de 1917, a esta honorable Representación Nacional un ocurso, por el cual piden se decrete a su favor una pensión como recompensa a los servicios prestados a la Patria por su extinto padre, el general retirado Joaquín de la Llave.

"A la Comisión 3a. de Guerra fue turnado el ocurso de referencia, la que después de estudiar detenidamente los documentos que obran en el respectivo expediente, es de parecer que se niegue dicha pensión, toda vez que los citados documentos no llenan los requisitos fijados por la Ley de Pensiones en vigor y, en ese concepto, se permiten el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora a conceder a los menores Joaquín y Raquel de la Llave la pensión que solicitan, como recompensa a los servicios que prestó a la Patria su extinto padre, el general Joaquín de la Llave."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 19 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"A la 3a. Comisión de Guerra fue turnado para su estudio y resolución el expediente número 5, formando con la solicitud de pensión que elevó ante esta honorable Cámara, por conducto de la Secretaría de Guerra y Marina, la señorita Elena del Castillo, hija del teniente coronel ex - federal Pablo del Castillo, por los servicios que prestó este último a la Nación.

"Después de hacer el correspondiente estudio de las constancias que acompañó la peticionaria, y que corren agregados en el expediente, la Comisión encuentra que tales documentos no llenan los requisitos que establece la Ley de 29 de mayo de 1896, y por esta razón opina que no procede la pensión solicitada.

"Por lo expuesto, nos permitimos someter a la deliberación y aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder la pensión que solicita la señorita Elena del Castillo, por los servicios prestados a la Patria por su finado padre, el teniente coronel ex - federal Pablo del Castillo."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"Doña María Castrejón, ocurrió ante esta honorable Cámara de Diputados, con fecha 17 de abril del presente año, con objeto de que se decrete a su favor una pensión como recompensa a los servicios que prestó a la Patria su estimado señor padre, el teniente Miguel Castrejón.

"Hecho el estudio respectivo de la documentación que adjuntó la señora Castrejón a su solicitud la Comisión que subscribe opina que debe negarse la pensión de referencia en vista de que dicha documentación no reúne los requisitos fijados por la Ley de Pensiones en vigor y, en ese concepto, se honra en someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No hay lugar, por ahora a otorgar a la señora María Castrejón la pensión que solicita, por los servicios Prestados a la Patria por su extinto padre, el teniente Miguel Castrejón."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"La señorita María de la Torre, hija de la finada señora Cruz Moreno, ocurrió a esta H. Representación Nacional con fecha 16 de junio de 1917 solicitando se le pase la pensión que disfrutaba su expresada señora madre, viuda ésta del teniente del tren de transportes Marcos de la Torre que fue muerto por los indios rebeldes de Yucatán el 22 de agosto de 1916.

"La Comisión que subscribe, a la que pasó el ocurso de referencia, hizo un estudio minucioso de los documentos que acompañó a su solicitud la peticionaria, los cuales no llenan los requisitos establecidos por la Ley de Pensiones en vigor, por ser éstos sumamente deficientes.

"Por lo expuesto, esta propia Comisión se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder la pensión solicitada por la señorita María de la Torre como hija de la señora Cruz Moreno viuda ésta del teniente Marcos de la Torre."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"La señora Inés Rechy, dirigió a esta H. Cámara de Diputados con fecha 6 de marzo del presente año, una solicitud por el cual pide pensión por los servicios prestados a la Patria en las guerras de Reforma e Intervención, por su finado esposo el teniente Manuel Camargo.

"La Comisión que subscribe, a quien por acuerdo de esta honorable Asamblea le fue encomendado el estudio de la citada solicitud, revisó minuciosamente cada uno de los documentos agregados a expediente respectivo, los cuales en su concepto son deficientes y, por consiguiente, no llenan los requisitos estatuidos por la Ley de Pensiones en vigor.

"Por lo expuesto, la propia Comisión estima que no procede la pensión solicitada y en ese concepto se honra en someter a Vuestra Soberanía la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder la pensión que solicita la señora Inés Rechy, por los servicios prestados a la Patria por su extinto esposo el teniente Manuel Camargo."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"Las señoritas Margarita y Francisca Gutiérrez, con fecha 9 de abril del presente año, dirigieron a esta H. Asamblea una solicitud por la cual piden pensión por los servicios prestados a la Patria por su afinado hermano el general José María Gutiérrez.

"La solicitud de referencia fue turnada para su resolución a la Comisión de Guerra que subscribe, la que después de estudiar los documentos que acompañaron las peticionarias, encuentra que no llenan los requisitos establecidos por la Ley de Pensiones en vigor por esta circunstancia no creen pertinente otorgar la pensión solicitada.

"Por las anteriores consideraciones no permitimos el honor de someter a la aprobación de esta respetable Cámara el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder la pensión que solicitan las señoritas Francisca y Margarita Gutiérrez, por los servicios prestados a la Patria por su finado hermano el general José María Gutiérrez."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

3a. Comisión de Guerra:

"Señor:

"La señorita María Concepción Baz, por conducto de su apoderado el señor Miguel Martínez, dirigió con fecha 22 de noviembre de 1917 a esta H. Asamblea, una instancia por la cual pide se le conceda una pensión, por los servicios prestados a la Patria por su finado señor padre, el general de brigada Juan José Baz.

"La Comisión 3a. de Guerra que le tocó conocer de la repetida instancia, para emitir su dictamen procedió a revisar minuciosamente todos los documentos que acompaño el recurrente, los cuales en su concepto no llenan los requisitos establecidos por la Ley de 29 de mayo de 1896, y por lo mismo, opinan que en el presente caso no procede la gracia solicitada.

"Por lo expuesto nos permitimos el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder a la señorita María Concepción Baz la pensión que solicita, por los servicios prestados a la Nación por su extinto padre el general de brigada Juan José Baz.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo.

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"Las señoritas María M., María Guadalupe, Lucia y Rosa Puga, dirigieron con fecha 7 de agosto de 1917 a esta H. Representación Nacional, un ocurso por el cual piden seguir disfrutando de la pensión de que gozaba el finado teniente coronel Lucio Puga, como hijas legítimas del expresado militar.

"El ocurso de referencia se tornó para su resolución a la Comisión de Guerra que subscribe, la cual, después de hacer una minuciosa revisión de las constancias que acompañaron a su solicitud las expresadas señoritas Puga, opina que en el presente caso no procede la pensión por no llenar los requisitos que establece la Ley de 29 de mayo de 1896 y en ese concepto se permite proponer a Vuestra Soberanía la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder a las señoritas María M., María Guadalupe, Lucía y Rosa Puga, la pensión que disfrutaba su extinto padre el teniente coronel Lucio Puga."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"3a. Comisión de Guerra.

"Señor:

"La Señora Flora García, dirigió con fecha 17 de diciembre del año pasado a esta H. Cámara de Diputados, un ocurso por el cual solicita se le conceda una pensión por los servicios prestados a la Patria por su finado esposo el teniente coronel Pedro Plasencia.

"Las demandas de la peticionaria en concepto de la subscrita Comisión son justas; pero como la documentación que acompaña no llena los requisitos que establece la Ley de 29 de mayo de 1896, esta propia Comisión se ve en la necesidad de negar dicha pensión a la ocursante y en ese concepto suplica a la Asamblea se sirva aprobar el siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar, por ahora, a conceder pensión a la señora Flora García, por los servicios prestados a la Nación por su finado esposo el coronel retirado Pedro Plasencia."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 18 de noviembre de 1918. - Luis Espinosa. - D. Bravo Izquierdo."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? Se va a proceder a la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones.

"Honorable Cámara:

"Al estudio de la subscripta 2a. Comisión de Peticiones, pasó el escrito que presenta la señora Dolores Piña viuda de Chirino, pidiendo que esta H. Cámara decrete a su favor una pensión por la muerte de su esposo el C. Mauricio Chirinos, acaecida al prestar sus servicios a los Ferrocarriles Constitucionalistas.

"Teniendo en cuenta esta Comisión que el decreto de 19 de enero del corriente año, autoriza al Ejecutivo de la Unión para conceder pensiones a los deudos de militares y civiles que murieron prestando sus servicios a la Causa Constitucionalista, tiene el honor de someter a la aprobación de esta H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Remítase al Ejecutivo de la Unión la solicitud de pensión de la señora Dolores Piña viuda de Chirino."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 25 de noviembre de 1918. - R. de los Ríos. - J. Pesqueira. - Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra? Se va a proceder a la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones:

"Señor:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía se turnó al estudio de la 2a. Comisión de Peticiones, el memorial que eleva el C. licenciado Antonio Jáuregui, pidiendo se exima de derechos de importación al alcohol inutilizado para bebidas alcohólicas, que introduzca al país la "Compañía Química Industrial Mexicana." S. A., para la fabricación de sus productos.

"Después del examen de rigor, esta Comisión estima que el memorial antes citado se encuentra dentro de las prescripciones legales y, por tanto, es de parecer que se turne a quien corresponda, consultando para el efecto, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la respectiva Comisión de Hacienda la solicitud del C. Antonio Jáuregui, para que se exima de derechos de importación al alcohol inutilizado para bebidas alcohólicas, que introduzca al país la "Compañía Química Industrial Mexicana, S. A."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, 25 de octubre de 1918. - R. de los Ríos. - J. Pesqueira. - Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra ? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie.

El C. Andrade Priego: El trámite es solamente para que pase a Comisión. No está resuelto el asunto.

El C. Prosecretario Aguilar: Hay mayoría. Se aprueba el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones.

"Señor:

"L: compañía maderera "Eagle Pass Lumber," establecida en la ciudad de Piedras Negras, Coah., con fecha 30 de octubre del corriente año dirige a esta Representación Nacional un escrito en el que solicita se le conceda la libre importación de mil toneladas métricas de ceniza de sosa y quinientas de sosa cáustica.

"Esta Comisión no tiene inconveniente en turnar el citado memorial a quien corresponda, toda vez que reúne los requisitos exigidos por la ley y, por tanto, se permite someter a la consideración

de esta honorable Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud que presenta la "Eagle Pass Lumber Co.," relativa a que se le conceda la libre importación de mil toneladas de ceniza de sosa y quinientas de sosa cáustica."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 25 de octubre de 1918.-R. de los Ríos.- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra ? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario. leyendo:

"2a Comisión de peticiones.

"Señor:

"Se turnó a la 2a. Comisión de Peticiones que subscribe, la solicitud que con fecha 16 de los corrientes envía a esta honorable Cámara el C. Juan Waldo Cisneros, para que le sean devueltos algunos documentos que acompaño a la solicitud de pensión que presentó a esta honorable Cámara el día 14 de septiembre último, a la cual recayó el acuerdo de que se dirigiera el Ejecutivo.

"Esta Comisión no encuentra inconveniente alguno en acceder a lo solicitado por el C. Cisneros y, por tanto, pide a la honorable Asamblea dé su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Devuélvanse al C. Juan Waldo Cisneros los documentos que acompaño a su solicitud de pensión, fechada el día 14 de septiembre último."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 25 de noviembre de 1918.- R. de los Ríos .- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Esta a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra ? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones.

"Honorable Cámara:

"El C. Antonio Carbajal eleva un memorial en el que pide que esta honorable Cámara autorice el pago de la cantidad de $6,000.00 que se quedaron a deber al señor su padre, el general de división José M. de J. Carbajal, por gastos de viaje a los Estados Unidos, en el desempeño de una comisión especial que le confirió el Presidente don Benito Juárez, en el año de 1865.

"Como el memorial que motiva este dictamen se encuentra ajustado a la ley, esta Comisión no tiene inconveniente alguno en pedir se apruebe el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda que corresponda, el memorial que con fecha 9 de los corrientes envió a esta honorable Cámara el C. Antonio León Carbajal"

"Sala de Comisiones de la Cámara de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 25 de Noviembre de 1918.- R. de los Ríos.- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien haga uso de la palabra ? En votación económica se pregunta si se aprueba. los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado el dictamen.

-El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones.

"Señor:

"A la subscripta Comisión de Peticiones pasó para su estudio y dictamen, el escrito que presenta la señora Francisca Villegas viuda de Lucio, solicitando una pensión por la muerte de su esposo, el maquinista de los Ferrocarriles Constitucionalistas Francisco Lucio, ocurrida en el cumplimiento de su deber.

"En vista de que el ciudadano Presidente de la República está facultado por el decreto de 19 de enero del año en curso para acordar las solicitudes de pensión que presenten los deudos de los militares o civiles muertos durante la Revolución de 1910 a la fecha esta Comisión tiene el honor de someter a la aprobación de la honorable Cámara, el siguiente punto de resolución:

"Único. Remítase al Ejecutivo de la Unión la solicitud de pensión de la señora Francisca Villegas viuda de Lucio, por la muerte de sus esposo, el maquinista de los Ferrocarriles Constitucionalista C. Francisco Lucio."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 25 de noviembre de 1918.- R. de los Ríos.- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra ? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. Hay mayoría. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a. Comisión de Peticiones.

"Señor:

"En la sesión que esta honorable Cámara celebró el día 20 de los corrientes se acordó turnar a la subscrita 2a. Comisión de Peticiones, el escrito que envía la señora Virginia Jofre de Grimaldo, solicitando que se le conceda una pensión vitalicia.

"La Comisión estima que esta solicitud está apegada a los requisitos legales y, por lo tanto, somete a la consideración de Vuestra Soberanía, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud de la señora Virginia Jofre de Grimaldo."

"Sala de Comisiones de la "Cámara de Diputados del Congreso General.- México 25 de noviembre de 1918.- R de los Ríos.- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Está a discusión. ¿No hay quien pida la palabra?. Se va a proceder a la votación. En votación económica.

se pregunta si se aprueba. los que estén por la afirmativa sírvanse poner de pie. Hay mayoría. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"2a Comisión de Peticiones.

"Honorable Asamblea:

"En oficio fechado el 28 de octubre próximo anterior, la señorita Josefa Alcocer pide se le autorice se le hagan efectivos los bonos que le adeuda el Erario, de la pensión que tiene asignada, en vista de la situación aflictiva por que atraviesa.

"La Comisión que suscribe, a quien tocó conocer este asunto, ha estudiado el escrito en cuestión, y como quiera que, en su concepto, reúne los requisitos necesarios, se permite someter a la consideración y aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud que presenta la señorita Josefa Alcocer para que se le paguen los bonos que le adeuda el Erario."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México 25 de noviembre de 1918.- R. de los Ríos.- J. Pesqueira.- Manuel Andrade."

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra se va a recoger la votación. En votación económica se pregunta si se aprueba. los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Comisiones unidas 2a. de Gobernación y 2a. de Puntos Constitucionales.

"Señor:

"Se turnó a estas Comisiones unidas 2a. de Gobernación y 2a de Puntos Constitucionales al expendiente formando con motivo del Proyecto de Ley que presentaron varios ciudadanos diputados a la pasada Legislatura, relativo a que se derogue el Decreto expedido por el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del poder Ejecutivo de la Unión, que prohibe las corridas de toros en el Distrito Federal y Territorios y que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 11 de octubre de 1916.

"Al mencionado expediente, y por acuerdo de esta honorable Asamblea, se agregó una solicitud del C. Juan Silveti, matador de toros, en la que pide la derogación del decreto de referencia o a no ser posible esto, un permiso especial para la celebración de dos corridas de beneficencia en la plaza. "El Toreo" de esta capital, proponiendo que los productos brutos de esas dos corridas sean entregados el Departamento de Salubridad Pública, a fin de que sean destinados a compartir la actual epidemia de gripa.

"Los subscritos diputados, que forman la mayoría de las expresadas Comisiones, habiendo hecho un detenido estudio tanto del Proyecto de Decreto presentado a la Legislatura pasada, como de la solicitud del señor Silveti, han estimado que en el Decreto del ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo, que prohibe en su artículo 1o. las corridas de toros en el Distrito y Territorios Federales, y que hace en su artículo 2o. esa misma prohibición de una manera transitoria para toda la República, en tanto se restablece definitivamente el orden constitucional en cada uno de los Estados que la forman, dejando a la soberanía de éstos el adoptar el criterio que crean conveniente, fue un gran paso en el orden cultural, y ya que existe esa disposición legal que acabó con la insana costumbre de hacer del sufrimiento de seres animados y del peligro inminente que en ella corren los seres humanos un motivo de regocijo público, que está en desacuerdo con los más elementales principios de moralidad que mandan no causar daños innecesarios a ningún ser viviente, ni aún a las plantas mismas y no causar tampoco la muerte de ningún animal ni mucho menos del hombre, cuando no sea absolutamente indispensable o necesaria, sería a todas luces inmoral y deshonesto dar un paso atrás derogando ese Decreto y crear nuevamente con toda conciencia por parte del Estado una fiesta que en la misma España de donde es originaria, ha sido calificada por los pensadores y por la gente culta como una fiesta bárbara.

"Esta consideración primordial en contra del Proyecto que se estudia, esto es, inmoralidad que encierra la fiesta en taurina sus múltiples detalles, creemos que no requiera gran esfuerzo de demostración para llevarla al ánimo de la honorable Cámara, ya que la cultura general de la Asamblea hará que se convenga desde luego en que un espectáculo en el que forzosamente debe hacer sangre y sol, como dicen sus más ardientes partidarios, en la que se hiere despiadadamente a una fiera y aún se llega a aplicarle fuego para hacerla más feroz, hasta llevarla con engaños al público sacrificio de su vida, en la que se entregan a esa ferocidad indefensas cabalgaduras que caen mortalmente heridas ante el regocijo público y en la que seres humanos se juegan constantemente la vida para divertir con ello a los espectadores, es indiscutiblemente un espectáculo bárbaro como lo han calificado muy justamente toda Europa y aún una parte de la misma España y altamente inmoral ya que encierra una falta absoluta al supremo respeto que merece la vida en general.

"Ahora bien, ¿el Estado tiene entre sus funciones la función moralizadora? Estas Comisiones creen que sí. El Estado no sólo está obligado a prestar los servicios públicos materiales necesarios para la vida de un pueblo, sino que, como centro directo o coordinador, tiene también el supremo deber de llevar a ese mismo pueblo por la senda del progreso; y he ahí la función educativa dentro de la cual está la moralizadora, por que como los individuos amorales, los pueblos amorales no recorren fácilmente esa senda ni llega a la prosperidad.

"¿No está evidentemente en desacuerdo la fiesta taurina, dada su inmoralidad, con la educación moral que se imparte a los niños en las escuelas públicas?

"¿No es el criterio moral que se inculca en los cerebros juveniles la no destrucción, no sólo de los animales sino aún de las cosas mismas, cuando no hay para ello un motivo que la justifique debidamente como es el deber de llenar una necesidad imperiosa?

"La fiesta taurina con ese lujo se sangre sin el cual no se la concibe, e instituída legalmente, echaría por la tierra todas las doctrinas morales que se enseñaran en los planteles de educación y sería el mentís más elocuente que diera el mismo Estado a las teorías que pregonan los comisionados por él para impartirla.

"El estado ha hecho muy bien, pues, por lo que respecta al orden moral y a su función educativa, al prohibir la fiesta de los toros.

"Pero hay otro punto que las Comisiones han tenido muy en cuenta para estimar que la fiesta de que se trata no debe permitirse, y es, desde el punto de vista material o económico, el perjuicio que la cría de ganado bovino para la lidia causa a la agricultura nacional.

"En España, en donde los datos que se tomen a este respecto pueden darnos una idea bastante aproximada o que nos sirve al menos para formar un criterio a falta de datos tomados en nuestro medio, de calcula que la cría y sostenimiento de una res brava para la lidia, cuesta tanto como la cría de 50 bueyes para la agricultura.

"Suponiendo que esa relación resulte exagerada para México, puesto que aquí son pocas las haciendas ganaderas de ganado bravo que se dedican de una manera técnica, podríamos decir, a la cría de ese ganado, sí es evidente que los elementos de todo género que en ello se empleen, harán falta para la cría de ganado bovino que sirva, dados nuestros procedimientos agrícolas, para labrar y fertilizar tantos campos sin cultivo por falta de ese gran auxiliar del agricultor, el buey.

"Todas las argumentaciones que pudieran hacerse a favor de la fiesta taurina, caen por tierra, a juicio de estas Comisiones, si se tienen en cuenta las consideraciones anteriores, que han llevado a la mayoría que subscribe la convicción más firme de que no es de restablecerse el reinado de la fiesta taurina en las diversiones públicas, al menos en el Distrito y territorios Federales, ya que no puede legislarse en esta materia en los Estados de la Federación, que son libres y soberanos en su régimen interior.

"Por otra parte, la proposición del señor Silveti ha sido considerada en sí misma como buena y como altruista por el fin benéfico que encierra, pero la misma mayoría cree que ya se ha destruído definitiva y legalmente el espectáculo de los toros y ya que han establecido en sus consideraciones anteriores que es espectáculo inmoral, no debe permitirse que se proporcione al público, aun cuando fuere en una dosis tan corta como la de dos corridas, y aun cuando el fin inmediato de éstas sea el de hacer una obra benéfica.

"Por todo lo expuesto, tenemos la honra de someter a vuestra elevada consideración, las siguientes

"PROPOSICIONES:

"Primera. No es de tomarse en consideración la iniciativa presentada por varios cuidadanos diputados a la pasada Legislatura, para que sea derogado el decreto expedido por el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, que prohibe la fiesta de toros en el Distrito y Territorios Federales.

"Segunda. No es de considerarse al C. Juan Silveti, matador de toros, el permiso que solicita para celebrar dos corridas de toros de beneficencia, en la plaza "El Toreo" de esta capital, por existir prohibición legal absoluta acerca de esta clase de espectáculos.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 27 de noviembre de 1918.- Marciano González.- Emilio Araujo.- Enrique Parra.- Eduardo Arrioja Isunza."

(Durante la lectura: Fuertes aplausos. Siseos. Voces: ¡Bravo, bravo! ¡No, no! ¡Sí, sí!)

El C. Presidente, durante la lectura: La Presidencia manifiesta a los señores diputados que sólo se trata de la primera lectura; hay tiempo sobrado para estudiar el asunto, a fin de que en su oportunidad se apruebe o se rechace.

El C. Prosecretario Aguilar: Hay un voto particular sobre el asunto, al que se va a dar lectura (Aplausos nutridos).

"VOTO PARTICULAR"

"Señor:

"El subscripto ha tenido que disentir del dictamen formulado por la mayoría de las Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y la 1a, de Gobernación, acerca del Proyecto de Decreto presentado por varios miembros de la XXVII Legislatura relativo a que se derogue el decreto expedido por el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, que prohibió las corridas de toros en el Distrito y Territorios Federales.

"El subscrito, después de hacer un minucioso estudio sobre el particular, considera y dice:

"Que aun cuando este espectáculo, moralmente hablando, tenga algunos inconvenientes y escrúpulos por lo que respecta a las sociedades protectoras de animales, instituídas en los países más cultos de la tierra, las referidas corridas de toros no son anticonstitucionales, porque el Congreso Constituyente de Querétaro rechazó, el 25 de enero de 1917, por 98 votos contra 54, la iniciativa que pedía la prohibición constitucional de esta diversión en toda la República, y como en el sentir del subscrito la mente de los constituyentes al discutirse la Carta Magna vigente fue la federalización de nuestro sistema gubernamental, es completamente ilógico, desde el punto de vista doctrinal constitutivo, prohibir este espectáculo en la Metrópoli dejando a todos los Estados de la República la facultad de permitirlos o no, y es por lo tanto risible que dichas corridas de toros estén prohibidas en México y puedan verificarse en Tlalnepantla y Texcoco, pues considerando este espectáculo inmoral, la prohibición debería extenderse a toda la jurisdicción del territorio nacional;

"Es desgraciadamente, a todas luces, visto la penuria por que atraviesa el Erario Nacional. Las corridas estaban antiguamente gravadas con el

quince por ciento sobre las entradas brutas; posteriormente este impuesto se elevó al veinte por ciento; pero ahora, en nuestro actual régimen constitucionalista, creador del Municipio Libre, grava doblemente este espectáculo con el veinte por ciento sobre la entrada bruta por impuesto municipal, es decir, para el Ayuntamiento libre de la ciudad de México, y el sesenta por ciento federal para el Gobierno General, de manera que financieramente hablando, al derogarse el decreto de la Primera Jefatura, los ingresos sobre el particular tienen positivo interés, pues las empresas que exploten este negocio deberán pagar en total un treinta y dos por ciento sobre sus entradas brutas, resultando, conforme al cálculo de lo que producía anteriormente por impuesto este espectáculo, que el Ayuntamiento percibirá alrededor de doscientos mil pesos al año y la Tesorería de la Nación sobre ciento veinte mil pesos, también al año, o sea un total el que darán por impuestos las corridas de toros de trescientos veinte mil pesos anuales, o sean mil pesos diarios, que ningún espectáculo produce este contingente al Erario, y como este cálculo está basado en los precios de los boletos de entrada en épocas anteriores, es de suponerse que en la actualidad ascenderá a mucho más, dado el que todas las diversiones en lo general han alcanzado un precio mucho más elevado;

"Es notorio, y en este sentido se está atacando actualmente al Ayuntamiento de la capital, el que esta Corporación no puede proveer a su subsistencia económica; consiguientemente, ha estado necesitando la ayuda pecuniaria del gobierno General, y es por esto por lo que dicho Ayuntamiento se ha visto en la imprescindible y dolorosa necesidad de abandonar el ramo de instrucción pública por no poder pagar cumplidamente los sueldos de los profesores del ramo;

"La pompa con que se verifica este espectáculo demanda fuertes gastos para la empresa y para los espectadores, por eso vemos que se ocupan vehículos y todos los medios de transporte, se establecen vendimias y en general especulan por este medio un número crecido de familias quienes indiscutiblemente hay que proteger desechando la mala impresión que causa la muerte de unos cuantos toros y caballos. Por lo que toca a los accidentes causados con este motivo, es inferior el porcentaje a los que ocasionan los deportes aceptados en toda Europa como son carreras de automóviles, de caballos, foot - ball y el pugilato. Es de tenerse en muy alta consideración la disminución de criminalidad en los días feriados en que se celebran las corridas de toros, pues las estadísticas nos demuestran una manera elocuente que tanto las comisarías como los hospitales de sangre reciben para su conocimiento y en su seno, menor número de corrigendos y lesionados.

"Por lo que respecta a la solicitud que el C. Juan Silveti, matador de toros, eleva a esta H. Asamblea pidiendo permiso para verificar exclusivamente dos corridas de toros con el nobilísimo objeto de dedicarlas a la Beneficencia Pública ahora que esta grande institución demanda el auxilio de todos los buenos mexicanos, el que suscribe no ha vacilado en poner a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

"PROYECTO DE DECRETO:

"Artículo único. Se deroga el decreto expedido por el ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, fechado el 11 de octubre de 1916, que prohibió la fiesta de toros en el Distrito y Territorios Federales."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 16 de noviembre de 1918.- E. O, Fárril."- Primera lectura, e imprímase.

El C. Lorandi, durante la lectura: ¡En Veracruz no hay toros!

El C. Morales Hasse: ¡Pero sí hay bueyes!

- El mismo C. Prosecretario: Primera Lectura, e imprímase.

- El mismo C. Prosecretario, leyendo:

"Los subscritos, diputados al Congreso de la Unión, considerando de elemental justicia que los Municipios deben percibir una parte de los gravámenes que los Estados hacen a los minerales, me permito someter a la atenta consideración de esta honorable Cámara, la siguiente modificación al artículo 7o de la Ley de Impuestos que se relaciona con el inciso (g) del dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta en los términos siguientes:

"Artículo 7o. Los Estados no podrán gravar las minas, o la explotación o producción de éstas, cuando fueren de oro, cobre, plomo, y, en general, de todas aquellas sustancias que, conforme al artículo 27 de la Constitución, tiene dominio directo sobre ellas la Nación, sino únicamente con un solo impuesto que se fijará sobre el valor del metal o de las substancias explotadas sin deducción de costos, y el cual nunca podrá exceder del dos por ciento (2%) de ese valor.- Cuando las minas o minerales no sean de oro o plata los Gobernadores de los Estados podrán gravarlos con la mitad de la cuota que asigna esta ley a dichos minerales, pero siempre que esa mitad no exceda del dos por ciento (2%) que como máximo se señala. De este gravamen los Municipios percibirán el cincuenta por ciento. Quedará por lo tanto, terminantemente prohibido, cualquiera otro impuesto, excepto el del Timbre, sea cual fuere la denominación que pueda dársele, sobre extracción, producción o utilidad de las minas, capitales invertidos en ellas, acciones y títulos mineros y translación de dominio de las propiedades mineras, así como las acciones relativas a ellas, denuncios, posesiones, organización de compañías mineras, expedición de títulos o acciones y demás trámites necesarios para la adquisición de las propiedades mineras. En cuanto al petróleo y sus derivados refinería y empresas de explotación, de yacimientos petrolíferos o relacionadas directamente con esta industria, los Estados podrán o no gravarlos con impuesto, según lo determine la ley relativa.

"Constitución y Reformas.- México, 28 de noviembre de 1918.- D. Zavala.- Antonio Gutiérrez.- José Ignacio Mena.- L. Espinosa y E."

El C. Presidente: Como la Presidencia, respecto a la Ley de Ingresos, dio el trámite de : "Pase al Senado para los efectos constitucionales," la proposición presentada, que entraña una reforma del inciso (g) demanda un dictamen, previos los trámites reglamentarios, e implica también la detención de la Ley de Ingresos, es decir, la no remisión de ella al Senado, en tanto no se dictamine sobre estas reformas. Por esa consideración, la Presidencia va a consultar a la Asamblea, por conducto de la Secretaría, si es de tomarse en consideración esta proposición, para detener el envío de la Ley de Ingresos.....( Voces: ¡No! ¡Sí! ¡Que la funde!) De lo contrario, la Ley será remitida.

El C. Quiroga: ¡En contra!

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se toma en consideración esta proposición. Los ciudadanos diputados.... (Campanilla).

El C. Zavala Dionisio: ¡Reclamo el trámite!

El C. Presidente: Tiene usted la palabra para fundar su proposición.

El C. Zavala Dionisio: Señores diputados: Esta modificación a la Ley de Ingresos fue presentada oportunamente, o sea conforme al Reglamento de la Cámara; pero los señores que se preocupaban porque hubiera corridas de toros, inmediatamente indicaron a la Presidencia que se diera lectura, en primer lugar al dictamen sobre las corridas de toros y a última hora a éste. (Voces: ¡No! ¡Se leyeron antes como veinte dictámenes! Campanilla.)

El C. Presidente: La Presidencia hace la aclaración a la Asamblea, de que la proposición del C. Zavala fue presentada cuando ya había terminado la lectura de varios dictámenes que consultaban acuerdos de carácter económico y, en consecuencia, cuando la Presidencia ya había hecho la declaratoria a que se ha referido respecto a la Ley de Ingresos, esto es: "Pase al Senado para los efectos constitucionales."

El C. Zavala, continuando: Ahora se trata de saber si la proposición está conforme al Reglamento de la Cámara....(Voces: ¡No!) Vamos a verlo. (Dirigiéndose al C. Prosecretario Aguilar) : Señor Prosecretario: ¿tiene usted la bondad de darle lectura a este artículo del Reglamento?

El C. Prosecretario Aguilar, leyendo: "Artículo 122. En la sesión en que definitivamente se vote una proposición o proyecto de ley, podrán presentarse por escrito adiciones o modificaciones a los artículos aprobados."

El C. Zavala: Ahora, señores, ¿de qué se asustan los diputados si este artículo lo han aprobado y entraña nada menos que una modificación trascendental, urgente y necesaria, tendiente nada menos que a dar vida a los Municipios....?

El C. Quiroga: ¡Y matar al Estado!

El C. Zavala Dionisio: No, señor.

El C. Quiroga: Ya lo demostraré.

El C. Zavala: Yo aseguro que muchos de los diputados no se dieron cuenta de lo que esta ley o este artículo dice en su final y dice así: (Leyó la parte fin al de la proposición.) El artículo 7o., tal como se ha aprobado, en su último párrafo dice: "Los Municipios en ningún caso podrán percibir impuestos por ningún título o denominación sobre la minería."

¿No es atentatorio que los gobiernos de los Estados y la Federación sean los únicos que perciban contribuciones de los productos que de los terrenos de los municipios se extraén? (Voces: ¡Se extraen!)

Es lo mismo, vale que estoy hablando con personas inteligentes que se dan cuenta del fondo de lo que digo. Ahora, señores diputados, les suplico que estudien este asunto detenidamente; ya la Asamblea está cansada por todo lo que aquí se ha tratado y creo, así como estimo que opinan muchos diputados, que esta modificación es urgente y necesaria. Básteme por ahora decir esto para no cansarlos más, y a la hora de la discusión veremos si estoy o no en lo justo....(Voces: ¡No hay quórum! )

El C. Quiroga: Pido la palabra en contra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Quiroga: Señores representantes: La Reforma que se pretende hacer en este impuesto o, mejor dicho, la implantación que se pretende hacer de este impuesto, tengo obligación de impugnarla por ser diputado del Estado de México....(Campanilla)

El C. Basáñez: ¡Moción de orden!

El C. Quiroga: Yo pregunto a la Presidencia si para demostrar que esta proposición no es de tomarse en consideración, no debo hablar sobre su contenido y juzgarla conforme a mi criterio.

El C. Presidente: Puede usted continuar.

El C. Quiroga, continuando: La Presidencia me permite continuar en el uso de la palabra en la forma en que lo estaba yo haciendo. Quiero demostrar, así en lo general, que esta proposición no debe tomarse en consideración y, como decía yo a ustedes, me veo obligado a hablar en contra como diputado que soy por el Estado de México, que es uno de los centros mineros de más importancia ¿Cómo se va a dejar la contribución primera al Municipio, si todos los presupuestos, absolutamente todos los presupuestos del Estado pasan por un crisol, que es la Legislatura local? La Legislatura local compensa en buena forma todos los ingresos para distribuirlos convenientemente, de tal manera que asigna al Estado con sus Presupuestos de Ingresos, determinada cantidad de determinada fuente y asigna al Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento las cantidades que cree que son suficientes para su sostenimiento. De manera que no es el Ejecutivo del Estado el que únicamente va a legislar sobre lo suyo, sino que la Legislatura Local legisla sobre todos los ingresos del Estado. Con esta consideración, claro que la Legislatura local debe tener en cuenta los egresos del Estado y los egresos del Municipio, para determinar cuáles son los ingresos que corresponden a cada una de estas dos instituciones. El Gobierno del Estado naturalmente necesita muchos mayores gastos que el Municipio y pregunto yo: ¿por qué no han de ser estos ingresos para el Estados, que tiene que distribuir sus egresos en todos los municipios y no que pertenezcan a un solo municipio y sea él el privilegiado en ese Estado por el solo hecho de que tiene varias minas en sus terrenos? Les pongo a ustedes este caso que me consta: en el Estado de México existen los distritos de El Oro, el de Sultepec, y el de Temascaltepec como centros mineros, en esos distritos si fuésemos a dejarles la contribución a los municipios, tendríamos con que ningún

municipio estaría mejor que ellos, ellos estarían mejor que el Gobierno del Estado y entonces el Gobierno del estado se vería privado de las fuentes de ingresos de mayor consideración y para ello me permito darles a ustedes este dato enteramente concreto: el Gobierno del Estado de México percibe de contribución por las minas de El Oro únicamente la cantidad aproximada de diez mil pesos cada decena, es decir, que solamente las minas de El Oro le dan una tercera parte de lo que necesita en su presupuesto de egresos para gastos de la Secretaría General. Esto hará ver a ustedes todo la trascendencia que tiene el punto, porque en el caso concreto a que me refiero se vería el Estado imposibilitado para cubrir sus egresos, desde el momento en que la mayor fuente de ingresos es el mineral de El Oro. En determinada época en que por circunstancias especiales no se ha pagado la contribución que corresponde a los hacendados del Estado, únicamente se ha podido sostener el presupuesto de egresos a medias en el Estado con mineral de El Oro. Si fuésemos a permitir que los municipios percibieran estos ingresos, únicamente el mineral de El Oro tendría dinero en abundancia, sería el único que podría vivir en todo el Estado, sacrificándose todo el resto del estado. Además, dejando ese privilegio, en El Oro sobraría dinero y los demás distritos se estarían muriendo de hombre. Quiero hacer presente, además, otra consideración: que entiendo que nosotros podemos legislar en el Distrito Federal y en los Territorios, pero ¿con qué derecho decimos nosotros a los Gobiernos de los estados, mejor dicho, más que a los Gobiernos de los Estados, a las Legislaturas locales, que no pueden hacer su presupuesto de ingresos conforme lo desean, sino que nosotros les ponemos determinadas condiciones, es decir, que al Gobierno del Estado se le quitan determinadas contribuciones y se asignan a los municipios? Yo pregunto: ¿en qué ley se basan los señores que calzan con su firma esta proposición para legislar en los Gobiernos de los Estados, para imponerles a las Legislaturas locales la obligación de quitarle una contribución al Estado y dársela al Municipio? Estas consideraciones que presento me hacen ver este asunto demasiado serio, debe de pensarse más que en nada porque va a sacrificar a muchos de los Gobiernos de los Estados, que no podrán vivir. (Voces: ¡Son impuestos federales!) Esto hará ver a ustedes la trascendencia del asunto y pido a la honorable Asamblea recapacite sobre él para dar su fallo equitativo.

El C. Prosecretario Aguilar: Por disposición de la Presidencia se va a dar lectura al artículo 123 del reglamento. "Artículo 123. Leída por primera vez una adición y oídos los fundamentos que quiera exponer su autor, se preguntará inmediatamente si se admite o no a discusión. Admitida, se pasará a la Comisión respectiva; en caso contrario, se tendrá por desechada." Con fundamento en este artículo se va a preguntar a la honorable Asamblea si de admite a discusión esta proposición para que pueda pasar a la Comisión respectiva.

El C. Andrade Priego: Moción de orden, en cuanto al trámite.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Andrade Priego para una moción de orden.

El C. Andrade Priego: Preguntando yo al señor Presidente si la resolución de la Asamblea dada en el sentido de que se admite a discusión, detiene el curso de la Ley de Ingresos o no.

El C. Presidente: La presidencia reitera una vez más lo que dijo hace un momento: si la Asamblea admite a discusión este asunto, con fundamento en el artículo 123 del Reglamento pasa a discusión y la Ley de Ingresos tiene que detenerse aquí hasta cuando la Comisión rinda ese dictamen.

El C. Andrade Priego: ¿Por qué? Oportunamente estaré contra ese trámite.

El C. Presidente: La Presidencia recuerda a la Asamblea que con toda oportunidad hizo la declaratoria de que esta ley se declaraba totalmente votada y que pasaba al Senado para los efectos constitucionales; de manera es que si ustedes votan que este asunto se admita a discusión y que pase a la Comisión para que rinda su dictamen resolutivo resuelve a la vez que la ley se detenga. (Voces: ¡No, no!)

El C. Prosecretario Aguilar: En votación económica se consulta si se admite a discusión la proposición. Los que estén por la afirmativa se servirán poner de pie. No se admite a discusión. Se considera desechada.

El C. Presidente: Para una aclaración tiene la palabra el C. Basáñez. (Voces: ¡No, no!)

El C. Basañez: No se trata de una aclaración, se trata de una interpretación a la Mesa. El artículo 73, fracción VI en lo relativo a las facultades del Congreso dice: "Para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal y Territorios." Mi interpelación consiste en esto: Estamos a 28 de noviembre, hemos acabado de discutir la Ley de Ingresos de la Federación y quiero que la Presidencia me informe si el Distrito Federal y las Municipalidades de él han presentado sus presupuestos de ingresos ya a esta honorable Representación Nacional.

El C. Presidente: La Presidencia informa al C. Basañez que los presupuestos a que se refiere no han llegado a poder de la Cámara.

El C. Basañez: Sirvan estas mis palabras para excitar atentamente al Gobierno del Distrito, así como a los Presidentes Municipales, para que a la mayor brevedad posible envíen estos presupuestos que tienen que ser aprobados por el Congreso de la Unión.

El C. Presidente: Habiendo transcurrido la hora reglamentaria y no habiendo más asuntos de qué tratar en esta sesión, se levanta ésta y se cita para mañana a las tres y media de la tarde para sesión de Cámara de Diputados, con la siguiente orden del día:

"Proyecto de ley autorizando al C. Domingo Barrios Gómez para aceptar una condecoración que le confirió el Gobierno del Japón. Proyecto de decreto convocando a elecciones extraordinarias de diputados en los Distritos Sur de la Baja California, 7o. de Chihuahua y 8o. de Michoacán. Proyecto de Ley para combatir el analfabetismo en México." (8.38 p.m.)