Legislatura XXVIII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19190917 - Número de Diario 14

(L28A2P1oN014F19190917.xml)Núm. Diario:14

ENCABEZADO

MÉXICO, MIERCOLES 17 DE SEPTIEMBRE DE 1919

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS

Año II. - Periodo Ordinario XXVIII LEGISLATURA Tomo III. - Número 14

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 17 DE

SEPTIEMBRE DE 1919

SUMARIO

1.- Se habré la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Oficio de la Secretaría de Gobernación en que acusa recibo del decreto en que se ratifican las partidas 43 y 65 del Presupuesto de Egresos para el presente año, manifestando que el Ejecutivo de la Unión se abstiene de promulgarlo por las razones que expresa; a las comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y de Presupuestos y Cuenta. Impugnado este trámite, después de ser discutido la Mesa lo reforma; a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

3.- Se da cuenta con los asuntos en cartera. -Se concede licencia a los CC. diputados González Marciano, y Silva Federico, cuyo suplente se llamará.

4.- La Comisión de Presupuestos y Cuenta presenta un proyecto de ley para que el Ejecutivo de la Unión deje de tener facultades para legislar en todo lo relativo a presupuestos; dispensado de trámites, es puesto a discusión. 5.- Los CC. diputados Quiroga y Meza presentan una moción suspensiva sobre este asunto, en tanto se recibe el Proyecto de Presupuestos para 1920. Los autores obtienen permiso para retirarla y modificarla, presentándo la nuevamente. Se pone a discusión. -Se levanta la sesión por falta de "quórum."

DEBATE

Presidencia del C. MÉNDEZ ARTURO

(Asistencia de 131 ciudadanos diputados.)

El C. Presidente, a las 4.42 p. m.: Se abre la sesión.

- El C. Secretario Aguilar, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día trece de septiembre de mil novecientos diez y nueve. "Presidencia del C. Arturo Méndez.

"En la ciudad de México, a las cuatro y cincuenta y cinco de la tarde del sábado trece de septiembre de mil novecientos diez y nueve, con asistencia del mismo número de ciudadanos diputados que estuvieron presentes en la sesión de Congreso General inmediata anterior, se abrió ésta de Cámara de Diputados.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión anterior, y se dio cuenta con estos documentos:

"Oficio de la H. Cámara de Senadores, con el que devuelve, reformado, el Proyecto de Ley sobre Deuda Pública Agraria.- Recibo, a las comisiones unidas 2a. Agraria y 2a. de Hacienda, e imprímase.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación, en que manifiesta que el Ejecutivo de la Unión, en vista de las razones que en el mismo oficio se mencionan, retira las iniciativas sobre el Banco Único de Emisión, e Instituciones de Crédito, enviados a esta H. Cámara para su estudio.- A la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Circular de la Legislatura del Estado de México, en que se comunica que se instaló la XXVII Legislatura de ese Estado, y que inauguró su primer período sesiones ordinarias.- De enterado.

"Telegrama procedente de Villahermosa, Tabasco, en que el C. diputado Francisco Castellanos Díaz participa que la Legislatura de ese Estado lo designó gobernador interino del mismo, por lo que pide se llame a su suplente.- A la 2a. Comisión de Gobernación.

"Proposición de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que dice como sigue:

"Pídase atentamente al Ejecutivo de la Unión se sirva enviar a la mayor brevedad posible los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos para el año de 1920, con el fin de que la Cámara de Diputados disponga de tiempo suficiente para estudiar y aprobar dichos presupuestos.

"Previa dispensa de trámites, se aprobó sin debate.

"Proposición del C. José Ignacio Mena, relativa a que se excite a la Gran Comisión para que, a la mayor brevedad proponga al ciudadano diputado que deba cubrir la vacante que hay en la 1a. Comisión de Hacienda.

"Se le dispensaron los trámites después de que su autos la fundó y la Secretaría hizo una aclaración. Puesta a debate, el C. García de Alba la estimó improcedente desde el momento en que la Presidencia tiene atribuciones para hacer esta clase de excitativas. Con este motivo la Secretaría manifestó que oportunamente se había comunicado a la Gran Comisión qué vacantes existen en las comisiones permanentes de esta Cámara; el C. Mena hablo en pro; el C. Francisco César Morales

hizo una aclaración y en seguida la proposición fue aprobada en votación económica.

"Proposición del C. Alejandro Velásquez López, que dice en su parte resolutiva:

"Pídase a las comisiones de Hacienda y Puntos Constitucionales en turno, presente a la mayor brevedad un Proyecto de Ley Orgánica Municipal, asignándose a la vez las contribuciones a que tienen derecho los ayuntamientos, como corporaciones autónomas."

"Puesta a discusión, sin ella, se aprobó en votación económica.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, que consulta un proyecto de ley por medio del cual se concede permiso al C. Félix F. Palavicini para admitir y usar la condecoración de Comendador de la Corona Británica que le confirió el rey de Inglaterra.- Segunda lectura y a discusión en la sesión próxima.

"Recogida la votación nominal que en la sesión anterior quedó pendiente por falta de quórum, acerca del artículo 10 del Proyecto de Ley sobre el Cultivo de Tierras Ociosas, determinó la aprobación de este precepto por setenta y seis votos de la afirmativa contra sesenta y seis de la negativa.

"Votaron por la afirmativa los CC. Aguirre Berlanga, Aguirre León, Alencáster Roldán, Altamirano, Alvarez del Castillo, Amezola, Angeles Jenaro, Araujo Francisco, Balderas Márquez, Baledón Gil, Barragán, Berumen, Bravo Carlos, Breceda, Breña, Cancino, Cárdenas Rafael, Castilleja, Castillo David, Céspedes, Chablé, Escudero, Esparza, Espinosa Bávara, Espinosa Luis, Fernández Ledesma, Fernández Martínez, Gaitán, García Antonino M., García Pablo, García Vigil, Garza, Gil Feliciano, Gutiérrez Antonio, Gutiérrez Atanasio, Hernández Jerónimo, Hernández Loyola, Lazcano Carrasco, León, López Emiliano Z., López Serrano, Maceda, Madrid, Martínez Saldaña, Mejía, Mena, Méndez Arturo, Méndez Fortunato, Mendoza, Meza, Morales Hesse, Mercado, Olive, Parra, Pastor, Pastrana Jaimes, Paz, Peña, Ríos Rafael L. de los, Rocha, Rodríguez Matías, Rojas Rafael, Ruiz H. José María, Ruvalcaba j. Guadalupe, Saldaña José P., Saucedo, Silva Herrera, Silva Jesús, Silva Pablo Soto Rosendo A., Suárez José María, Valladares, Velásquez López, Vilchis, Villalobos y Villaseñor Mejía.

"Votaron por la negativa los CC. Aguilar Pablo, Alarcón, Angeles Carlos L., Avellaneda, Avilés, Barrera Felipe de la, Basañez, Blancarte, Bolio, Bravo Lucas, Carriedo Méndez, Castillo David, Castillo Garrido, Castro Alfonso, Castro Roberto, Cuéllar, Díaz Infante, Fernández Miguel B., Ferrel, Fierro, García Carlos, García de Alba, García José Guadalupe, García Ruiz, Gómez Gildardo, González Galindo, Gutiérrez de Velasco, Jiménez, Macías Juan E., Macías Rubalcaba, Malpica, Mariel, Martínez del Río, Méndez Benjamín, Moctezuma, Molina, Morales Francisco César, O'Fárrill, Palacios Moreno, Pérez Vela, Ramos, Reyes Francisco, Roaro, Rodríguez Herminio, Rodríguez Sabino, Roel, Rojas Rafael R., Romero Cepeda, Rosas, Sánchez Margarito, Sánchez Salazar, Solórzano, Soto José M., Tamez, Tejeda Llorca, Tello, Torre Rómulo de la, Trejo, Treviño, Urdanivia, Vadillo, Valadez Ramírez, Verástegui Franco, Verástegui José y Villela.

"Los artículo 12 y 13, sin debate, se reservaron para su votación y en seguida fueron aprobados en unión del 6o., también reservado, por ciento nueve votos de la afirmativa contra veinticuatro de la negativa.

"Votaron por la afirmativa los CC. Aguirre León, Alarcón, Alvarez del Castillo, Amezola, Anda J. Guadalupe, Angeles Carlos L., Arlanzón, Avilés, Balderas Márquez, Baledón Gil, Barragán, Barrera Felipe de la, Basañez, Bolio, Bouquet, Bravo Carlos, Breceda, Breña, Cárdenas Emilio, Cárdenas Rafael, Carrión, Casas Alatriste, Castilleja, Castillo David, Castillo Garrido Céspedes, Chable, Escudero, Esparza, Espinosa Luis, Fernández Martínez, Fernández Miguel B., Ferrel, Fierro, Gaitán, García Antonino M., García Pablo, García Ruiz, Garza, Gil Feliciano, Gómez Noriega, Gutiérrez Antonio, Gutiérrez de Velasco, Hernández Jerónimo, Iturralde, Jiménez, Lanz Galera, Lara, Lazcano Carrasco, León, Lomelí, López Emiliano Z., López Serrano, Martínez Saldaña, Mejia, Mena, Méndez Fortunato, Mendoza, Moctezuma, Morales Francisco César, Morales Hesse, Mercado, Navarro, O'Fárrill, Olivé, Ortiz, Parra, Pastor, Pastrana Jaimes, Paz, Ramos, Reyes Francisco, Ríos Rafael L. de los, Rodríguez Herminio, Rodríguez Matías, Rodríguez Sabino, Rojas Rafael, Romero Cepeda, Rosas, Ruiz Martínez, Ruvalcaba J. Guadalupe, Saldaña José P., Sánchez Salazar, Silva Herrera, Silva Jesús, Silva Pablo, Siurob, Solórzano, Soto José M., Soto Rosendo A., Suárez José María, Tejeda LLorca, Torre Rómulo de la, Treviño, Trigo, Urdanivia, Vadillo, Valadez Ramírez, Valladares, Velásquez López, Verástegui José, Vilchis Villalobos, Villaseñor Mejía, Villea y Zavala Dionisio.

"Votaron por la negativa los CC. Aguilar Pablo, Aguirre Vito, Blancarte, Bravo Lucas, Carriedo Méndez, Castro Roberto, Cuéllar, Díaz Infante, Fernández Ledesma, García de Alba, Hernández Eulogio, Hernández Loyola, Méndez Benjamín, Molina, Palacios Moreno, Peña, Roel, Rojas Rafael R., Tamez, Tello, Trejo, Uzeta, Verástegui Franco y Zayas.

"La Secretaría declaró que pasaba el proyecto de ley al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dióse cuenta con un oficio de la Secretaría de Gobernación, en que invita a esta honorable Cámara a las ceremonias cívicas que con motivo de las fiestas patrias tendrán lugar los días 15 y 16 del presente mes. La Presidencia designó a los CC. Ramón Blancarte, Manuel Ignacio Fierro, Francisco Tejeda Llorca, Enrique Soto Peimbert, Horacio Uzeta y secretario David Castillo, para que concurran a la ceremonia del 15 en la noche, y a los CC. Amado J. Trejo, Arturo Baledón Gil, Emilio Araujo, Carlos Tamez, José Verástegui y secretario García Ruiz, para que asistan a las ceremonias del día 16.

"A las seis y cincuenta y cinco se levantó la sesión, para pasar a ser secreta."

Está a discusión el acta. ¿No hay quien haga uso de la palabra? En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie.

Aprobada.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Estado Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Sección de Relaciones Interiores y Gobernación.- Número 3,881.

"A los ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados.- Presente.

"Se recibió en esta Secretaría el decreto expedido por esa honorable Cámara, ratificando las partidas 43 y 65 del Presupuesto de Egresos de la Federación en el año 1919, y enviado al Ejecutivo para su promulgación.

"Habiendo dado cuenta al ciudadano presidente de la República con el citado decreto, tuvo a bien acordar, en respuesta, que las razones que le asistieron para formular observaciones al decreto expedido por lo honorable Cámara de Diputados el 31 de diciembre del año próximo pasado, subsisten en su totalidad, lo mismo de carácter económico que las de incompatibilidad con el texto de la Constitución Política del país. Las primeras, no obstantes, podrían vencerse; pero la entidad de las segundas es insuperable, pues estriba en la nulidad substancial de la resolución legislativa.

"El acuerdo de la honorable Cámara, a la cual me es satisfactorio dirigirme, aprobando separadamente y en ley especial, dos de las partidas que figuraban en el presupuesto de egresos para el año fiscal en curso, deja en pie la misma imposibilidad legal, que ha obrado en contra de la cuota de cinco pesos diarios para cada uno de los ciudadanos diputados y senadores. Si el decreto del día 5 del presente mes se redujera al artículo 1o. que fija la citada erogación, el Ejecutivo federal se hallaría en la patente obligación de aprobarlo, en los términos de cualquiera ley; pero su artículo 2o. mantiene la cuestión fuera de la órbita explícita y terminante del Código Supremo, pues previene que los emolumentos de que se trata, deberán ser pagados íntegramente, a contar del 1o. del pasado enero, por lo que el decreto resulta nulo originalmente, de pleno derecho, al contradecir la letra del artículo 127 de la Carta Magna, según la cual, la ley que aumente o disminuya las compensaciones de los funcionarios de nombramiento popular, no produzca efecto en el período en que se ejerzan su cargo. El Ejecutivo, a no mediar el mandato del artículo 2o. del decreto, se vería en el deber ineludible de promulgarlo, para que se cumpliera, de acuerdo con el artículo 127 citado, de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; mas no siéndole dable desmembrar las leyes, se reduce a poner su veto al conjunto, en términos absolutos, ya que a ninguna ley ni autoridad les es permitido hacer nada que pugne con los mandatos de ese Código.

"El concepto de gastos de representación en que se intenta fundar el aumento en la retribución diario de los miembros de ambas cámaras, no basta a librar la cuota votada por los ciudadanos diputados , de su carácter ostensiblemente violatorio de la Constitución, porque dicho concepto no le quita su naturaleza real, tratándose de los miembros del Congreso, cuya representación no implica gastos especiales, según lo demuestra la constante práctica de sus funciones. De manera que el repetido aumento sólo podría percibirse, en realidad, por los servicios públicos desempeñados por los componentes de la Legislatura federal, siendo inadmisible cualquier otro presupuesto.

"Una razón particular que pugna con el mismo concepto de gastos, estriba en que éstos siempre se comprueban, y no se puede concebir que los ciudadanos diputados o senadores quedaran sujetos a comprobar la inversión de la cuota que se pretende añadir a la dotación de que gozan a la fecha.

"Los artículos 87, 97 y 128 de la Constitución Política, incorporan invariablemente en la fórmula de protesta de los servidores de la nación, el compromiso de guardar y hacer guardar aquella Suprema Ley, y el Ejecutivo, celoso de su cometido, nunca promulgará las leyes que contravengan la Carta Magna, cuya inviolabilidad, por otra parte, está sancionada en su artículo 136 de modo formal y las únicas vías para variar su texto son las consagradas en el artículo 135, que estatuye los requisitos de las adiciones y de las reformas.

"La observancia del inciso (b) del artículo 72 de la Constitución, exclusivamente se liga con aquellas leyes que, siendo viables jurídicamente, den lugar a un disentimiento entre la opinión de los dos poderes; mas en absoluto cabe referirla a las leyes viciosas en su origen y en su naturaleza intrínseca, porque sería temerario aceptar que el trámite de sujetar las observaciones del Ejecutivo al voto de las dos terceras partes de la Cámara, subsanase la ilegitimidad cardinal de la ley. Con otro criterio, menospreciando por medio de un trámite externo los mandatos constitucionales, se incurriría en un sistema dictatorial, que ningún poder es capaz de representar, frente a las instituciones republicanas.

"Por lo expuesto, el Ejecutivo de la Unión, que siempre se ha empeñado en cultivar la más cordial armonía entre los poderes, pero consecuente con las obligaciones inherentes a su investidura, se abstiene de promulgar el decreto a que me he venido refiriendo, por ser violatorio de la Constitución General de la República, en los términos anteriormente expresados.

"Lo que me honro en comunicar a ustedes para sus efectos, protestándoles las seguridades de mi consideración, muy distinguida.

"Constitución y Reformas, México, D. F., 15 de Septiembre de 1919.- El secretario, Aguirre Berlanga." (Siseos. Voces: ¡Trámite!)

A las comisiones unidas 1a. de Puntos Constitucionales y de Presupuestos y Cuenta.

El C. Espinosa Luis: Reclamo el trámite.

El C. Lara: Reclamo el trámite.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Espinosa Luis.

El C. Espinosa Luis: Señores representantes: Probablemente el ciudadano presidente de la República, ya que en mi carácter de representante consciente de los derechos del pueblo nunca he seguido el bajo procedimiento de atacar a los empleados del Ejecutivo, es decir, a los secretarios de Estado, no solamente por una consideración de lógica, sino también por una consideración moral, estos individuos no son más que simples empleados del Ejecutivo, sin responsabilidades de ninguna naturaleza

y es por esto que resultaría ilógico dirigirse a los ciudadanos secretarios de Estado para atacar de manera indirecta al ciudadano presidente de la República cuando éste se aparte de su deber como gobernante de un país libre.

Téngaseme, pues, en cuenta, este rasgo de franqueza, ya que mi procedimiento es distinto al de muchos que, no teniendo no sé si falta de entereza para dirigir sus ataques al ciudadano presidente de la República, los enderezan de una manera sangrienta a los ciudadanos secretarios de Estado, que no son más que, como antes dije, simples empleados del Ejecutivo.

En esta ocasión, el ciudadano presidente de la República, tal parece que quisiera resucitar los famosos tiempos de su Alteza Serenísima, don Antonio López de Santa Anna, al venir a hablar aquí de vetos, cuando todos sabemos, señores, que, gracias a la Revolución, el ciudadanos presidente de la República no puede hacer uso de ningún derecho de vetos; ahora no hay más que observaciones, y observaciones que, cuando la Cámara las rechaza, el Ejecutivo no tiene derecho a presentarlas de nuevo, como lo hecho en esta ocasión, pretendiendo pisotear de esta manera la alta y absoluta soberanía de la Representación Popular. ¿De qué viene aquí el ciudadano presidente de la República, por medio del ciudadano secretario de Gobernación, a hablarnos de veto a un mandato expreso y terminante de esta honorable Asamblea? ¿Basado en qué principio constitucional o en qué otra ley viene a invocar aquí ese derecho que no tiene el ciudadano presidente de los Estados Unidos Mexicanos? Yo quisiera que estuviese aquí presente el ciudadano secretario de Hacienda para que contestara a esta interpelación mía, para que dijera en que apoyo legal se basa para venirnos aquí a hablar de veto a una disposición de esta Asamblea, que es soberana, supuesto que es la representación genuina y legítima del pueblo. Pero ya que él no está acá, nosotros debemos hacer comentarios a esta actitud poco airosa del ciudadano presidente de la República; no se trata, señores, de defender aquí esa migaja miserable de $5.00 que algunos compañeros han pedido, y yo digo migaja miserable y hablo de algunos compañeros, porque no hemos sido todos los representantes por unanimidad los que hemos estado de acuerdo con esta iniciativa; yo impugné, dentro de mis escasas facultades, esta iniciativa cuando fue presentada en las postrimerías del año pasado; cuando se presentó nuevamente hace unos cuantos días, yo no estuve presente a la hora de la discusión, y por eso no voté en contra; si hubiese estado presente, hubiera vuelto a votar nuevamente en contra. Pero, señores, no se trata de este pequeñísimo aumento, ni tampoco de si la Asamblea ha procedido torcida o rectamente; se trata de aclarar de una vez por todas si el Poder Legislativo es un poder enteramente igual a los demás otros poderes; si tiene la misma soberanía que aquéllos y si aquéllos tiene el deber imprescindible de respetar al Poder Legislativo.

La actitud del Ejecutivo en este caso es verdaderamente incalificable, porque valiéndose del pretexto del anticonstitucionalidad del decreto que ratifica los dos artículos del Presupuesto de Egresos, viene a demostrarnos que así como no tiene empacho en negarse a promulgar este decreto, tampoco lo tendrá cuando así le convenga para promulgar otros decretos, pongo por caso, el de la Ley del Trabajo. En la prensa hemos visto que se tacha a la Ley del Trabajo, que aun no esta terminada del todo, de anticonstitucional, y, ¿quién nos dice que el ciudadano presidente de la República, queriendo hacerse eco de los intereses de los capitalistas, no va a creer también por uno de esos caprichos tan suyos, que esa ley es anticonstitucional, y va también, como en los tiempos de Su Alteza Serenísima, a ponerle veto a la ley de referencia? Es por esto que yo vengo a hablar en contra del trámite dado por le presidencia de la Mesa. ¿A qué va este decreto o, más bien dicho, este oficio de la Secretaría de Gobernación a las comisiones que se designan? ¿Qué objeto tiene que pase a estas comisiones el documento de referencia? Absolutamente ninguno. Es un trámite ocioso, es un trámite que sale sobrando; aquí no hay más que estudiar la forma de obligar al ciudadano presidente de la República a que de una vez por todas y sin más ambages, proceda desde luego a promulgar este decreto.

Es muy raro, ciudadanos representantes, que el ciudadano presidente de la República, por conducto del ciudadano secretario de Gobernación, nos venga aquí a hablar de violaciones a la Carta Magna, cuando es bien sabido de todos, absolutamente de todos, que el ciudadano presidente de la República se desayuna diariamente con una violación a cualquier artículo de la Constitución de la República! (Aplausos.) Y no quiero, ciudadanos representantes, que se me diga que hablo de memoria: el ciudadano presidente de la República, por medio de sus autoridades subalternas, ha violado infinidad de veces el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Suplico a la Presidencia se digne invitar a la Secretaría a que se sirva dar lectura al artículo 16. (Voces: ¡Una parte!)

- El C. secretario Aguilar, leyendo:

"Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. No podrá librarse ninguna orden de aprehensión o detención, a no ser por la autoridad judicial, sin que proceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal, y sin que estén apoyadas aquéllas por declaración, bajo protesta de persona digna de fe o por otros datos que hagan probable la responsabilidad del inculpado, hecha excepción de los casos de flagrante delito, en que cualquiera persona puede aprehender al delincuente y a sus cómplices, poniéndolos sin demora a disposición de la autoridad inmediata. Solamente en casos urgentes, cuando no haya en el lugar ninguna autoridad y tratándose de delitos que se persiguen de oficio, podrá la autoridad administrativa, bajo su más estrecha responsabilidad, decretar la detención de un acusado, poniéndolo inmediatamente a disposición de la autoridad judicial. En toda orden de cateo, que sólo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehender, y los objetos

que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose al concluirla una acta circunstanciada en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o, en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.

"La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se ha cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y sin exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos a las leyes respectivas y a las formalidades prescriptas para los cateos."

El C. Espinosa Luis, continuando: Del artículo leído se desprende que sólo la autoridad judicial competente está capacitada para privar a un ciudadano de la libertad y de las garantías que le otorga la misma Constitución de la República y, sin embargo, es ya escandaloso, ciudadanos representantes, el número de veces en que el ciudadano presidente de la República ha enviado a muchos periodistas a la Siberia Mexicana, como se ha bautizado a las estériles llanuras del Estado de Chihuahua hechos; a periodistas independientes, para que vayan allí a rectificar tales o cuales hechos con los que ellos se han mostrado inconformes. Si esto no es una de las burlas más sangrientas a la Constitución, yo no sé que pueda serlo ya, ciudadanos representantes. Pero hay todavía más, algo que me apena y que siento dolor al decirlo, más bien dicho, al evocarlo, porque yo también, impulsado por ese alto sentimiento de solidaridad hacia el Ejecutivo, impulsado por ese buen deseo de llevar el humildísimo concurso individual al hombre que regentea los destinos de la Patria, fuí uno de los que, sin meditar, como debía haberlo hecho, dí mí voto afirmativo cuando se trató de concederle al Ejecutivo facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, sin fijarme entonces en que al hacer tal cosa, también me hacía cómplice de una violación a un precepto constitucional. Porque con esas facultades extraordinarias dadas el Ejecutivo en el ramo de Hacienda y que le han servido para legislar, no solamente en ese ramo, sino aun también en el ramo de Guerra, en el ramo de Obras Públicas y en los otros que tiene conexión con la cuestión hacendaría, hemos violado de una manera flagrante el artículo 29 constitucional. Me voy a permitir, para ilustrar más el criterio de la Asamblea, suplicar a la Presidencia que invite a la Secretaría a que dé lectura a los artículo 49 y 29 de la Constitución.

- El mismos C. secretario, leyendo:

"Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

"No podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en el individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a los dispuesto en el artículo 29."

"Artículo 29. En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o cualquiera otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto, solamente el presidente de la República Mexicana, de acuerdo en el Consejo de ministros y con aprobación del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente, a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación. Si la suspensión se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde."

El C. Espinosa, continuando: Ha visto esta honorable Asamblea cómo el artículo 29 constitucional se refiere a facultades extraordinarias que el Legislativo concede al Ejecutivo, pero única y exclusivamente para suprimir las garantías individuales en alguna parte de la República o en toda ésta si fuere necesario; pero yo pregunto: ¿Qué tiene que ver la supresión de las garantías individuales con las facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, que erróneamente hemos dado? Yo consulto aquí la opinión de todos los ciudadanos abogados que tal vez pueden interpretar mejor que yo este artículo constitucional, para que digan si no es este el espíritu de este artículo. Es claro, aquí no hay lugar a duda, el artículo es transparente; no se presta a interpretaciones de ninguna naturaleza. El Ejecutivo tiene derecho para pedir facultades extraordinarias y la Cámara para concedérselas, pero únicamente para el caso preciso de suprimir o suspender las garantías individuales en toda la República o en parte de ella. Nada más. Así pues, el Ejecutivo, abusando de nuestra buena fe, ha venido desde la XXVIII Legislatura a esta Representación con una iniciativa en la cual pedía facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, sin pensar entonces que se violaba la Constitución; en cambio, ahora que la Representación Nacional ha expedido un decreto cuya violación a la Constitución es muy discutible, se dice con tono arrogante, que encaja muy bien en el ciudadano secretario de Gobernación, que no se publica, que no se ejecuta, que no se promulga ese decreto por que es anticonstitucional. Pero hay más, ciudadanos representantes: las fracciones (b) y (c) del artículo 72 constitucional, dicen de una manera también precisa, que "transcurridos diez días de aquel en que fue enviado un decreto al Ejecutivo para su promulgación y no habiendo sido observado por el Ejecutivo ni devuelto a la Cámara de su origen dentro de su término, por ese solo hecho ese decreto es ley"; y es bien sabido de todos que el decreto de referencia fue enviado al Ejecutivo el día 17 de diciembre del año próximo pasado y que no fue devuelto a esta Cámara sino hasta en los primeros días del mes corriente. Queda, pues, demostrado que carece de fundamento legal el Ejecutivo par hacer nuevas observaciones a este decreto y que sin la sanción de él, de hecho ese decreto es ya una ley. ¿Pero, para qué entrar a este terreno de discusiones de orden enteramente legal, si ya hemos visto que el Ejecutivo está dispuesto a dar una bofetada a esta Representación Nacional para, una vez humillada, una vez envilecida,

hacer de ella un instrumento servil de todos sus proyectos, buenos o malos, de gobierno?

Ahora yo hablo a la dignidad de todos los representantes del pueblo, dignidad puesta de manifiesto en más de una ocasión, porque no una, dos, tres o cuatro o más veces los proyectos injustos del Ejecutivo que han sido presentados a la consideración de vuestra soberanía han sido rechazados, y esa actitud digna y viril de vosotros me hace esperar que también en esta ocasión, colocándose a la altura que os marca el deber, sabréis encontrar el remedio para obligar al ciudadano presidente de la República a que deje esa actitud de inconcebible rebeldía ante un Poder que de manera expresa, que dentro de las facultades constitucionales le obliga, le manda y le ordena, de acuerdo con el mismo espíritu de la Constitución, que sin objeciones de ninguna naturaleza debe promulgar ese decreto. Y el espíritu de la Constitución está contenido en estas frases -es una diferencia entre el dictamen relativo al artículo constitucional que se va a leer contenido en la Constitución de 57 y la de 17, pero para no cansar la atención de la Asamblea, me voy a permitir suplicar a la Secretaría que lea nada más la parte relativa al espíritu de la ley, por donde se ve que el Ejecutivo está obligado a promulgar los decretos de esta Cámara cuando se hayan llenado tales requisitos, tal como sucede con el decreto a que me refiero, que no solamente fue decretado sino que ha sido ratificado por la Cámara de Diputados -.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"DIARIO DE LOS DEBATES del Congreso Constituyente.- 38a. Sesión. En la parte relativa, dice: "En la constitución de 1857 era muy restringida la intervención del Legislativo, tan restringida, que casi era nula, y en práctica se vio que no tenía ninguna influencia para la modificación de proyectos de ley que estimara dignos de una reconsideración. Esta base, que ha colocado a nuestros presidentes en la dura alternativa de erigirse en dictadores disolviendo las cámaras populares, o de encontrar en ellas una oposición sistemática que los conduzca a su inevitable caída, ha revelado un gran vicio en nuestra ley fundamental por la falta de organización del veto. Esto lo corrige el inciso (c) del artículo 72 del proyecto, en donde las observaciones que haga el Ejecutivo a un proyecto de ley o decreto, provoca una segunda discusión en ambas cámaras y requiere una nueva aprobación por dos tercios de votos de los individuos presentes en cada Cámara, para que deba promulgarse por el Ejecutivo, sin excusa..."

El C. Espinosa, continuando: El artículo, pues, es terminante. Cuando se han llenado las condiciones que previene el inciso (c) del artículo 72, el ciudadano presidente de la República está obligado, SIN EXCUSA, así lo dice de manera terminante el texto, a promulgar este decreto. ¿De dónde, pues, si no también mediante una violación a esta misma Constitución, es como se opone el ciudadano presidente a hacer esta promulgación? ¿Y vamos nosotros, representantes del pueblo, víctima eterna de todos los dictadores, del pueblo que ha puesto en nosotros todas sus esperanzas, a permitir que se siga violando este texto supremo que cuesta al pueblo tantos cientos de vidas y tantos ríos de sangre? Estoy seguro de que no será en esta ocasión como ha creído el ciudadano presidente de la República, cuando podrá servirse de esta Cámara como de un instrumento para satisfacer todos sus caprichos.

Pero hay que meditar un poco, ciudadanos representantes, acerca de las consecuencias funestas y fatales a que nos llevaría una actitud sumisa ante esta violación, por parte del Ejecutivo, al texto constitucional. Como antes expuse, el presidente de la República carece del derecho de veto y no tiene más que el derecho de observaciones, observaciones que no tenidas en consideración, que rechazadas de nuevo por la Cámara que expidió el decreto, quedan sin efecto ninguno y que al Ejecutivo no le queda más recurso que el de promulgar aquella ley. ¿Qué sucedería, señores representantes, si en esta ocasión nosotros nos doblegásemos sumisos a las pretensiones, a los caprichos del Ejecutivo, y mañana cuando se tratase de una ley de verdadera trascendencia, no viniese, con el mismo pretexto, a decir que tampoco promulgaba aquella ley, por que era anticonstitucional? Y naturalmente, como ahora es la primera vez que se presenta un caso de esa naturaleza, es cuando nosotros, procediendo con toda la entereza de que somos capaces, procediendo con toda la energía a que estamos obligados, debemos imponernos y no permitir, aun a costa de nuestra vidas, que se siente un precedente tan funesto, porque después el Ejecutivo no tendría más que invocar este hecho de sumisión vergonzosa de la Legislatura, para decir: "En tal fecha se hizo tal cosa y, por lo tanto, estoy autorizado a pedir que ahora se haga los mismo." Así, pues, yo suplico que los ciudadanos representantes se fijen mucho en estas fatales consecuencias, que aquí el reto que nos hace el Ejecutivo es a muerte; la Legislatura quedará muerta si consiente en que el Ejecutivo le dé esta puñalada, porque no puede considerarse de otra naturaleza. Si nosotros, por el contrario, procedemos con toda rectitud; si nosotros llamamos al Ejecutivo al terreno de esta conciliación que él invoca; si nosotros le hacemos ver con razones que está equivocado y que si no obedece a la presión de un capricho sino a una buena intención, debe considerar el oficio que nos ha enviado por conducto de la Secretaría de Gobernación y convenir con el Poder Legislativo en que está éste en lo justo y que, por lo tanto, no debe haber más que promulgar el decreto de referencia; que si él lo juzga anticonstitucional, debe tener en cuenta que, con las observaciones hechas al primer decreto de referencia, su responsabilidad histórica, porque, como es bien sabido, el ciudadano presidente de la República, conforme a la Constitución de Querétaro, está a salvo de ser acusado por delitos oficiales. Así pues, ni siquiera puede invocar una responsabilidad histórica, y ya sabemos qué gran prostituta es la Historia, que a los hombres más villanos ha llevado a la excelsitud de la gloria por uno de tantos golpes de fortuna. Pero nosotros de ninguna manera debemos prestarnos a esta maniobra; debemos decirle al Ejecutivo que dentro del decoro, de la dignidad que corresponde a cada Poder - que

son iguales entre sí -, dentro de las facultades que les marca a cada uno de ellos la Constitución, él debe reconsiderar este acuerdo, sin que exija de nosotros el sacrificio vergonzoso y humillante de irle a pedir misericordia, y que tenemos derecho a exigirle conforme a la ley, que promulgue sin más objeciones este decreto, ya que la Constitución dice que, cuando se han llenado los requisitos que exige la fracción (c) del artículo 72, debe hacerlo sin excusas de ninguna naturaleza, y sin protestas de ningún género - agrego yo -. (Aplausos.)

El C. secretario Aguilar: El trámite propuesto por el C. Espinosa, dice así: "Dígase al Ejecutivo, en respuesta a su oficio de fecha 15 de los corrientes, relativos a las observaciones que por segunda vez hace el decreto que ratifica las partidas 43 y 65 del Presupuesto de Egresos de la Federación en el año de 1919, que esta Cámara se abstendrá de legislar, sin perjuicio de seguir efectuando sesiones, hasta que él promulgue el decreto de referencia.

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.

- México, D. F., a 17 de septiembre de 1919.- Luis Espinosa."

El C. presidente: Tiene la palabra el C. García de Alba.

El C. García de Alba: Señores diputados: Parecerá extraño a ustedes que venga yo a defender este trámite, que consiste en que pase a la Comisión de Puntos Constitucionales el escrito en que el Ejecutivo de la Unión nos da cuenta del cuartelazo, esa es la palabra, cuartelazo, que le ha dado a la Cámara. (Aplausos.) Y voy a decirles a ustedes por qué quiero que se dé este trámite. Inconcusamente que la ley que consagra los $5.00 para los ciudadanos diputados -y yo lamento tener que venir en está ocasión -, es una ley, porque así lo sanciona la fracción (b) del artículo 72. El Ejecutivo tiene derecho, por una sola vez - no al veto, esa es cuestión de palabras -, a hacer observaciones a una ley que dé la Cámara para que pase a la , de su origen con esas observaciones pero como dice el artículo 71, Fracción (c) una vez que la Cámara por mayoría de las dos terceras partes, ratifica de nueva cuenta esta ley, desde el momento en que salga de la Cámara será ley. Por otra parte, el artículo 89, fracción I, a la letra dice:

"Artículo 89. Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:

"I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia." Es novísimo este procedimiento, señores diputados - algo así tan raro como la famosa "Doctrina Carranza" en derecho internacional -, con el que quiere tapar un agujero con otro agujero; es rara la comparación, pero es muy exacta. La Cámara dice: "El Ejecutivo ha violado la Constitución General de la República"; y el Ejecutivo, para evitar que viole la Cámara la Constitución de la República, incurre en una violación constitucional, la violación de la fracción I del artículo 89. Por otra parte, ¿quién nos habla de violación constitucional? El Ejecutivo de la Nación, el que manda a viajes de rectificación a los pobres periodistas faltos de garantías; el que en uso de las facultades extraordinarias en Hacienda, hace y deshace en el ramo de Hacienda y en todos los ramos, y con las mismas facultades del ramo de Hacienda. ¿Qué apoyo constitucional tiene? ¿El 29? Claramente decimos que no tiene ese apoyo constitucional, porque en el artículo 29 se consagra la suspensión de las garantías y, como una consecuencia para hacerle frente al problema, como una consecuencia de la suspensión de las garantías, las facultades extraordinarias en todos los ramos; pero esas facultades extraordinarias en el ramo de Hacienda, son algo novísimo que, esgrimido por alguien que es irresponsable, viene a dar el resultado que está dando: una "puñalada de pícaro" a la Cámara de Diputados.

Habló largamente el compañero Espinosa respecto a la división de poderes. Efectivamente, señores diputados, los tres poderes son iguales en su esfera de acción. ¿Con qué derecho un Poder, como el Poder Ejecutivo, viene a decirle a la Cámara de Diputados: "Esta ley que tú has dado, es ilegal y no la promulgo", si no tiene razón para ello, si no tiene derecho para ello, porque somos iguales? Si ya la facultad que le ha dado la Constitución la ejercitó - como es la de hacer observaciones -, una vez que la Cámara ratifica su acuerdo, no tiene más que promulgar ese decreto. Aquí debemos considerar nosotros dos puntos de vista: el punto de vista económico, que está salvado, y el punto de vista constitucional, que es el que me ocupa. En el punto de vista económico, el Ejecutivo mismo, a sus íntimos, a los que van a pedirle la consigna y a pedirle el consejo, el Ejecutivo les ha dicho: "Voten una partida global, y yo la apruebo, y se reparten ustedes a prorrata, como les toque."

Pero no es ese el punto, señores diputados; el punto es de derecho constitucional; el punto constitucional es de formidable trascendencia política para el futuro. El hecho de que el Ejecutivo de la Unión le diga a la Cámara: "Tú no puedes legislar sino como yo quiera, pues, de lo contrario, no te promulgo tus decretos, porque soy irresponsable", porque los pobres que hicierón el Código de Querétaro -como dijera Alvarez del Castillo -, lo hicierón irresponsable en un artículo constitucional - artículo 108 constitucional -:

"...El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la Patria y delitos graves del orden Común."

Quiere decir que la Constitución de Querétaro autoriza al Ejecutivo a violar la Constitución del día a la noche, como lo está haciendo, sin que tengamos derecho ni siquiera de acusarlo. Por eso es que yo pido a ustedes - y todo esto lo digo de oficio a la Comisión de Puntos Constitucionales para que todo esto se los trasmita al presidente de la República - que pase a la Comisión. - El C. Trejo: Pido la palabra, señor presidente.

El C. presidente: Se le concederá a usted después. Tiene la palabra el C. Lara.

El C. Lara: Señores diputados: Ya hasta parecería inútil que yo venga a sostener aquí que no de se debe dar el trámite que la Mesa le dio al escrito de la Secretaría de Gobernación, porque en todas las conciencias de los señores diputados está que el que ha violado la Constitución, precisamente ha sido el señor presidente

de la República. A nosotros se nos tacha de inconstitucionales, porque hemos votado un decreto por medio del cual nos hacemos una asignación de $5.00 diarios de gastos de representación y, en cambio, el ciudadano presidente de la República pide gastos de representación y nos dice a renglón seguido que: "no es posible que sea eso como gasto de representación, porque los señores diputados y los señores senadores tendrían que comprobar el uso que hicieran de esos gastos de representación."

Esto, señores diputados, causa risa, más bien dicho causa repugnancia. El Estado Mayor Presidencial, señores diputados, como usted en saben, tiene sus emolumentos por el desempeño de comisiones; el ciudadano jefe del Estado Mayor Presidencial tiene la suma de $20.00 diarios como retribución por esa comisión; tiene, además, $10.00 diarios para gastos de representación; tiene, además, $200.00 cada uno de los jefes y oficiales del Estado Mayor...

El C. García de Alba, interrumpiendo: ¡Y manos libres!

El C. Lara, continuando: que se cargarán en la partida de $30,000.00 anuales que está a cargo del jefe de Estado Mayor Presidencial. ¿Cuándo han rendido cuenta de la inversión que le dan a esos fondos los ciudadanos miembros del Estado Mayor Presidencial? Nunca, señores; ni lo harán. La verdad de las cosas es que el tacharnos el ciudadano presidente de la República la anticontitucionalidad de la ley que acabamos de ratificar el día 5 del corriente, es completamente discutible.

El ciudadano presidente de la República sí ha violado la Constitución dos veces en este mismo decreto; el ciudadano presidente de la República, al hacer las observaciones a la ley, si la consideraba aislada, lo debió haber hecho el día 28 de diciembre; si la consideraba englobada, debió haberlo hecho también el 28 de diciembre; pero no debió haber promulgado ni una sola de las partidas del Presupuesto de Egresos, porque por este hecho ha violado la Constitución. La segunda vez que ha violado la Constitución ha sido cuando, a pesar de la ratificación de la Cámara de Diputados y siendo una ley de hecho, y debiéndola promulgar sin ningún género de pretextos, como dice el inciso (c) del artículo 72 constitucional, no la ha promulgado. No se nos puede tachar, señores diputados, de interés personal, y le voy a decir a ustedes por qué: se podría creer que nosotros, con el interés de recoger los $5.00 diarios que nos hemos asignado, venimos aquí a atacar al ciudadano presidente de la República, porque no quiere promulgar una ley que de hecho es ley; no, señores; alguien ha dicho aquí que el ciudadano presidente de la República ya ha ofrecido decretar, por medio de sus facultades extraordinarias, una ley por virtud de la cual se nos asignan a nosotros dos o tres mil pesos, no se cuánto; y si nosotros tuviéramos interés, si nada más el interés fuera el que nos guiara al venir a refutar la actitud del Ejecutivo, pues, hombre, tomaríamos esos dos o tres mil pesos y dejaríamos a un lado el decreto que acabamos de ratificar y que el ejecutivo no quiere promulgar. Y esta actitud del ciudadano presidente de la República, ciudadanos diputados, yo no la concibo más que de una manera: el presidente de la República dice: "yo no les promulgo esta ley, ¿y qué me hacen? ¡Yo tengo las bayonetas!" ¿y que vamos a llegar al triste espectáculo, señores diputados, de que en un país que se llama libre, de que en un país que se llama democrático, de que en un país donde se dice que hay una Representación Nacional, para que esta Representación Nacional pueda hacer valer sus leyes, necesita también tener las bayonetas para apoyarlas? (Aplausos.) Es muy triste, señores diputados; pero ya que de rectificaciones se trata, debemos nosotros mandar al ciudadano presidente de la República a hacer una rectificación constitucional, porque precisamente es lo que él no ha podido hacer, como le decía muy bien el C. licenciado Angeles. Yo por eso me opongo al trámite de la Mesa. ¿Qué va a hacer a la Comisión de Puntos Constitucionales el oficio de la Secretaría de Gobernación? ¡Pues no va a hacer nada! Sencillamente, si no ha podido hacer nada en el ánimo del presidente una ley que ha ratificado ya para cubrir los preceptos constitucionales, si no ha podido hacer nada esa ley, ¡pues, hombre!, señores diputados, ¿qué va a hacer la Comisión de Puntos Constitucionales? Absolutamente nada. Ese escrito, ese oficio debe ir al cesto y después nosotros debemos tomar una determinación que nos lleve a salvaguardar los altos intereses que esta Representación Nacional debe defender, para que así cumpla con lo que el pueblo le ha conferido al darle su representación en está honorable Asamblea. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra en pro, el C. Trigo.

El C. Trigo: Ciudadanos diputados: Acabamos de escuchar con motivo de este asunto, que en el fondo es verdaderamente trivial -me refiero tomando como fondo los $5.00-. (Voces: ¡No! ¡No! Siseos.)

Ciudadanos diputados: tened un poco de paciencia y sisead después todo lo que os venga en gana, pero oídme primero; pegad, pero escuchad. (Risas y aplausos.)

Sigo insistiendo en que el asunto en el fondo es trivial, y sigo sosteniendo también que los ciudadanos diputados que me han precedido en el uso de la palabra no han hecho hasta ahora una sola cosa más que hacerles plataforma a los señores ministros de Hacienda y de Gobernación; a uno y a otro se les está dando en esta Asamblea tal carácter terrible, tal forma brutal, que casi hemos llegado a declarar que los señores Aguirre Berlanga y Cabrera son los amos y dueños de México, y es por esto por lo que atacamos constantemente a estos dos señores....(Murmullos y voces: ¡No es cierto!)

El C. Espinosa Luis, interrumpiendo: ¿Me permite una aclaración?

El C. Trigo: Puede usted hacer cuantas quiera compañero Espinosa; pero si seguimos por ese camino, vale más que venga usted a la tribuna.

El C. Espinosa Luis: Es por que era oportuna en este momento.

El C. Trigo, continuando: Desde luego tenemos que el compañero Espinosa, muy justamente indignado -yo no niego la justificación de su indignación -, se sale del punto a discusión, puesto que se está discutiendo el trámite que la Mesa ha dado, es decir, si el asunto debe pasar a la Comisión de Puntos Constitucionales, o no; no se trata por el

momento de analizar la constitucionalidad o anticonstitucionalidad del acuerdo del Ejecutivo; por lo tanto empezamos por colocarnos fuera del punto a debate y si seguimos bordando por este camino, naturalmente que no llegaremos jamás a una conclusión. Estimo, naturalmente - y estoy dispuesto a sostenérselo al talentosísimo licenciado Cabrera y al no menos talentoso e infundioso licenciado Aguirre Berlanga-, que el presidente de la República no tiene ningún derecho jurídico para juzgar lo constitucional o anticonstitucional de una ley expedida por el Congreso de la Unión. Quien dice Congreso de la Unión, dice en este caso Legislatura, es decir, de la Cámara de Diputados, legislar sobre esta materia. Pero si queremos nosotros tomar desde luego una determinación sobre la rodilla, si queremos guiarnos únicamente por nuestros impulsos de momento, es casi seguro, señores diputados, que no llegaremos a una conclusión satisfactoria ni tampoco a una solución benéfica ni para el país, ni para la Cámara de Diputados, ni para el Ejecutivo, ni para nadie. La experiencia nos ha enseñado - y bien amargamente por cierto -, que esta manera de tomar determinaciones desde aquí, las que después terminan de manera violenta, casi siempre traen procedimientos que no en todas la ocasiones se ajustan a los límites de la ley. Yo creo que ningún trabajo cuesta a esta honorable Representación esperar a que la Comisión de Puntos Constitucionales resuelva. Podrá suceder lo que decía algún compañero - El que acaba de bajar de la tribuna -, que el Ejecutivo después de esto diga: "No promulgo la ley." Y yo pregunto lo mismo que preguntaba el ciudadano diputado que hablaba hace un momento: "¿Qué vamos a hacer entonces?" Lo que el C. Espinosa dice, equivale, señores, a tanto, como a un golpe de Estado. (Murmullos.)

El C. Bolio, interrumpiendo: ¡Ya es tiempo!

El C. Trigo, continuando: Yo no se que el Poder Ejecutivo pueda gobernar a un país sin cámaras, es decir, sin Poder Legislativo, dado nuestro sistema de gobierno. (Murmullos.) por lo tanto, si empezamos nosotros por marcharnos, porque se suspendan las sesiones o porque no legislemos aun cuando no se suspendan las sesiones, equivale esto a decir que la Cámara dejará de ser Cámara, es decir, que el Poder Legislativo deja de ser Poder Legislativo, puesto que no teniendo las cámaras más función que legislar, dejando de legislar deja de existir el Poder Legislativo. El compañero Bolio dice que "ya es tiempo de hacerlo"; yo creo que no es tiempo de hacerlo, C. Bolio. Si hubiésemos tenido en muchas ocasiones la cordura que casi siempre nos ha hecho falta, si en todas las ocasiones de nuestra vida hubiésemos podido juzgar serenamente de lo que está más allá de nuestras narices, seguramente que no hubiésemos tenido los descalabros y golpes que constantemente hemos tenido. No se trata de resolver el porvenir de los doscientos y pico de diputados, no se trata de resolver si Carranza es un caprichoso o no lo es; es que detrás de nosotros están 14.000,000 de habitantes que tiene derecho de que se piense detenidamente adónde se les va a llevar y, a pesar de que el C. Bolio dice que "ya es tiempo", yo puedo asegurar que después de una determinación como está de la Cámara, la revolución latente en México necesariamente traerá como consecuencia la caída del Gobierno, y no veo yo que la salvación de México, a pesar de lo que digan los diputados, esté en la caída de Venustiano Carranza como presidente de la República. Tenemos desde luego un precedente, ciudadanos diputados, y voy a leerlo, o más bien dicho, voy a referirme a él, más que por otra cosa, con el deseo de que las palabras vertidas por nosotros aquí, lleguen al ciudadano presidente de la República y que se convenza de que en esta Asamblea, pese a todo lo que la prensa dice con esa manera tan extraña de interpretar las cosas y volverlas a presentar bajo aspecto tan distinto, no es exacto que el Poder Legislativo o la Cámara, llevada en esta ocasión de un interés bastardo, no pretenda conciliar los intereses con él para el mejoramiento del Gobierno y el sostenimiento de ese mismo Gobierno.

Tenemos el Antecedente de la XXVI Legislatura; cuando los ciudadanos diputados de aquella Legislatura se aumentaron por concepto de gastos de representación a $8.50 diarios sus dietas, el señor Madero, presidente en aquel entonces, de la República, hizo objeciones a esta Cámara casi idénticas a las del C. Carranza, y hay un párrafo que está casi copiado de esta misma determinación de aquel entonces. Decían las objeciones que el señor Madero hizo el decreto de aquel entonces, o al proyecto de ley que le envió la XXVI Legislatura: "Según el precepto constitucional citado, incumbe exclusivamente a la Cámara de Diputados aprobar el presupuesto anual de gastos. En Ejercicio de esa facultad, es evidente que la misma Cámara puede modificar, adicionar y reformar dicho presupuesto, no sólo porque dentro de un mismo orden de ideas, quien puede lo más puede lo menos, sino porque según la fracción (f) del artículo 71 de la Constitución, en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observará los mismos trámites establecidos para su formación. Si, pues, el Presupuesto de Egresos no pasa al Senado para su discusión, tampoco debe pasar cualquier decreto que no entrañe más que una reforma del mismo presupuesto, como siempre se ha acostumbrado. Mas hay que advertir que el decreto de que se viene hablando no es una simple adición al presupuesto de Egresos. Para juzgarlo así basta atender a sus términos. En primer lugar, otorga a los señores diputados y senadores el derecho de percibir determinada cantidad por gastos de representación, no habiendo ley anterior que así lo establezca. En segundo lugar, el mismo decreto establece que esos gastos de representación han de satisfacerse, no sólo por lo que mira al presente ejercicio fiscal, que es a lo que se extiende el Presupuesto de Egresos, sino a todo el tiempo que dure el XXVI Congreso de la Unión. Por último, se declara que tales gastos son renunciables. Ya se ve como no se concreta la Cámara a adicionar el presupuesto, sino que se extiende a preceptos que sin duda deben ser materia de una ley discutida y aprobada por ambas cámaras."

Después de esa objeción se pasó este asunto a una Comisión de la que formaban parte don José Natividad Macías.

actual rector de la Universidad, y del señor don Alfonso Cravioto, que ocupa un puesto en el gobierno del señor Carranza. (Voces: ¡No! ¡es senador!) Y estos señores, lo mismo que el licenciado Trejo y Lerdo de Tejada que también dictaminó, decían:

"El Ejecutivo establece por otra parte que la resolución de esta Cámara tiende, aunque no lo diga claramente, a establecer un aumento de sueldos y estos como la ley se ha hecho según precedentes que el mismo poder cita con la concurrencia de las dos cámaras. Las comisiones creen que en este punto tampoco es procedente la observación del Ejecutivo, porque cuando se acordarón la leyes de 16 de noviembre de 1896, 4 de junio de 1897 y 28 de mayo de 1907 aumentando sueldos al ciudadano presidente de la República, magistrados de la Suprema Corte de Justicia, etc., concurrierón en efecto las dos cámaras porque en realidad se dictaron preceptos de orden permanente que debiendo cumplirse "aun después del ejercicio fiscal durante el que se acordarón" no fueron ni pudieron ser una Ley de Egresos que es la que constitucionalmente compete de un modo exclusivo a esta Cámara popular." Siguen algunas consideraciones de orden constitucional y después de todo esto, el ministro de Hacienda, Ernesto Madero, remitió a esta Cámara el siguiente oficio que es fundamento más claro y preciso que obliga al Ejecutivo a seguir los mismos pasos que siguió el señor Madero en aquel entonces:

"Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público.- México.

"Al acusar recibo de su atenta nota número 94, del 4 del actual, en la cual se sirven remitir, para los efectos constitucionales, el decreto que aprobó esa honorable Cámara, ampliando las partidas números 33 y 55 de la Ley de Presupuesto de Egresos vigente, a fin de que se abonen gastos de representación a diputados y senadores, me es honroso manifestarle, por acuerdo del presidente de la República, que, en cumplimiento del precepto contenido en el inciso (c), artículo 71 de la Constitución, reformada el 13 de noviembre de 1874, y fracción I del artículo 85, con esta fecha se promulga y manda publicar el expresado decreto para sus efectos.

"Protesto a ustedes las seguridades de mi consideración muy distinguida.

"México, 8 de noviembre de 1912.- Ernesto Madero.

"A los ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presente." Como se ve, ciudadanos diputados, si hubo anticonstitucionalidad que, repito, no creo jurídicamente capacitado el presidente de la República para declarar esto, ni analizarlo; si hubo anticonstitucionalidad, el presidente de la República ya hizo uso del único derecho que le quedaba; no el de veto, como erróneamente se le ha llamado, que no existe en México, sino el de observaciones y, en consecuencia, no le resta más que una sola cosa: cumplir, puesto que la Constitución de 17 tiene un inciso exactamente igual a la de 57, que dice:

"Artículo 72, inciso (c):

"Artículo 72......

"(c) El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo será devuelto, con sus observaciones, a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta, y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionada por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación.

"Las votaciones de ley o decreto serán nominales."

Como se ve, la Constitución es decisiva, es precisa, no deja lugar a interpretaciones, puesto que no le da al presidente esa facultad; pero si bien es cierto que en todo esto estoy de acuerdo con el ciudadano Espinosa y con el compañero Lara y los demás que han hablado, desde luego no estoy conforme con ese procedimiento tan rápido que se le quiere dar a esta cuestión para declarar aquí mismo, después de leído el documento de la Secretaría de Gobernación, que la Cámara debe suspender sus sesiones en tanto que el Ejecutivo no cumpla con esto. Yo creo que lo razonable, lo lógico, lo cortés, por último, es seguir el trámite de la Mesa: que pase a las comisiones, que las comisiones estudien y después de que dictaminen, votemos el dictamen de la Comisión en la forma que se estime pertinente. Por lo que decía el C. Espinosa que hay ocasiones en que lo honrado es atacar al señor Carranza, yo me voy a limitar a hacerle una única observación, aun cuando, repito, entiendo que es muy noble y muy leal, cuando menos, su proceder, porque así se dirige abiertamente a la cabeza, ¿pero cree el estimable compañero Espinosa que el señor Carranza tiene aprobado su curso de Derecho Constitucional? Seguramente que no, y el señor Carranza en este asunto ha tenido que guiarse del consejo de un abogado. Tiene dos allí: tiene al señor Cabrera, de un talento indiscutible e indiscutido....

El C. Lara, interrumpiendo: ¡De Maquiavelo!

El C. Trigo, continuando: No como Maquiavelo, señores, porque no tengo derecho a confundir a aquel señor confundiendo la política de Maquiavelo con la del licenciado Cabrera. Por lo tanto, si el señor Aguirre Berlanga y el señor Cabrera son abogados, y se presume lógica y razonablemente que son ellos los que deben haber emitido su dictamen técnico, ¿por que no querer extender también las piedras que se lanzan a estos ciudadanos, sino circunscribirse únicamente a Venustiano Carranza? ¡Irresponsables! De acuerdo con lo que el compañero Mena dice atrás de mí. Sí; de acuerdo con nuestra Constitución, todos, absolutamente todos, del presidente de la República abajo; pero, naturalmente que no por esto debemos ensañarnos nosotros con un señor Cabrera, que por muy Cabrera que sea, no veo por qué debe molestar tanto la atención de esta Asamblea. ¿Que el señor Cabrera nos ataca en la prensa? ¿Que el señor Cabrera hace una verdadera campaña de prensa contra el Legislativo? Yo ya lo decía esta mañana: "Vamos a votar una partida en el Presupuesto para que la Cámara de Diputados pueda pagar prensa también con qué contrarrestar esa campaña periodística." Eso es muy lógico. Si ya hemos comenzado en el camino de la inmoralidad, si ya se está dando el

caso bién triste de que se haga campaña periodística contra todo un Cuerpo, contra un Poder, ¿por qué este mismo Poder no ha de poder pagar en la misma moneda? Yo creo que el día -y esto lo digo sin intención de molestar a nadie, y basándome únicamente en lo que un cronista de prensa me decía esta mañana en los escaños de la Cámara- decía: "Los cronistas no estamos mal impresionados contra la Cámara, mentira; nosotros tenemos nuestra impresión personal; pero esa impresión personal queda sujetada al juicio del editor, que tiene sus más o menos componendas con el Gobierno y que no puede atacarlo abiertamente ni seguir abiertamente el criterio de ustedes." (Aplausos. Voces: ¡Nombres!) No estoy autorizado para darlos, señores diputados, porque esta plática era entre amigos y yo no tengo el derecho de lanzar un cargo contra un amigo. Me hacía presentes esas condiciones.... (Voces: ¡Nombres!) Es inútil que insistan, ciudadanos diputados, tengo el mismo criterio del señor Carranza, excesivamente caprichoso; de manera que es difícil que los diga. (Aplausos.) Yo estimo, señores representantes, que debemos no perder nuestra ecuanimidad en el asunto que se discute; yo apelo honradamente, sinceramente, al deseo que es de presumirse en todos los diputados, de hacer obra útil y de pensar en el más allá de sus actos, para que se piense serenamente si conviene que se dé el trámite de la Mesa, que esto pase a Comisión, que la Cámara dictamine y después discutamos. Mientras queramos resolver las cosas sobre las rodillas, ciudadanos diputados, no iremos a una conclusión práctica. Por mucho que los desahogos influyan, por mucho que los desahogos consuelen el espíritu, no es por medio de desahogos que pueden presumirse hijos del despecho, como debemos nosotros legislar en esta Cámara. Si el Ejecutivo ha cometido un acto malo, si el Ejecutivo ha cometido un error, hagámoselo ver hasta el último momento; pero no vayamos por esto, sencillamente por un error, a la conclusión de que debemos ir a un golpe de Estado, que sumiría necesariamente al país en el caos más desesperante y de donde quizá no podríamos salir conservando nuestra integridad nacional.

El C. Lara: ¿Me permite una interpelación?

El C. Trigo: Cuantas usted desee.

El C. Lara: Ya que el C. diputado Trigo se muestra contrario a los procedimientos rápidos, yo quisiera hacerle esta pregunta: ¿tiene usted la bondad de decirme si cree que se puedan llenar las funciones legislativas de la Cámara de Diputados, una vez que el Ejecutivo la ha desconocido, no queriendo promulgar el decreto que ya constitucionalmente es ley?

El C. Trigo: Pido la palabra. La pregunta del compañero Lara peca de capciosa. (Voces: ¡Sí! ¡No!) Peca de capciosa, porque parte de la base de que en este mundo todos somos infalibles; de que nadie puede cometer un error; de que nadie puede tener un error de apreciación.

El C. Lara, interrumpiendo: Dos errores.

El C. Trigo, continuando: Podrán ser media docena, compañero. ¿Por qué si hay todavía expedientes de que echar mano, si podemos ir a la conciliación, por qué, repito, no hemos de ir a ella? ¿Qué, necesariamente para ser diputado, para conservar nuestra popularidad, para ser estimados del pueblo, es necesario venir a gritar aquí mueras a Carranza, abajo Carranza y otras cosas así? Pues entonces, ¿por qué no discutir serenamente, por qué no dejar que la Comisión dictamine serenamente, ya que entre ella hay elementos de competencia reconocida? Y entonces, ya que esa Comisión nos presente un dictamen, entonces sabremos sobre qué bordar, sabremos sobre qué hablar. Espere Su Señoría que el Ejecutivo diga: "Yo no reconozco al Poder Legislativo."

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Trejo.

El C. Trejo: Señores diputados: Comienzo por lamentar que este asunto se haya tratado hoy que las comisiones de Presupuestos iban a presentar a la consideración de Vuestra Soberanía un proyecto de ley, y lo lamento, porque seguramente mañana dirá la prensa o dirá el público que las comisiones de Presupuestos, al presentar a vuestra consideración un proyecto de ley de trascendencia, no han sido inspiradas por el bien, sino que solamente han sido llevadas de malas pasiones, que podrán calificarse como desquite. Casi, ciudadanos diputados, la Comisión de Presupuestos se va a encontrar, después de esto, en el caso de retirar su iniciativa, para que mañana no haya malas interpretaciones.

(Voces: ¡No! ¡No!) Yo, ciudadanos diputados, me voy a oponer al trámite de la Mesa, pero no en cuanto a que se pase a comisiones, sino en cuanto a que pase a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

El trámite de la Mesa es que pase a las comisiones 1a. de Puntos Constitucionales y de Presupuestos y Cuenta y voy a fundar mi oposición al trámite en lo siguiente: La Comisión de Presupuestos, ciudadanos diputados, solamente tendría que conocer de este expediente en lo que toca al asunto de gastos de representación, y creo, ciudadanos diputados, que tanto para la Comisión de Presupuestos como para toda la Asamblea, el asunto de los gastos de representación está fallado en definitiva y ha terminado. Hoy se presenta un asunto absolutamente nuevo y es éste: el Ejecutivo de la Unión cree que tiene facultad para poner el veto a las leyes que le vayan de la Cámara o del Congreso; este es el punto que nosotros debemos resolver.

Yo les suplicaría a los señores diputados que no vieran en esta discusión el deseo bajo de llenar nuestros bolsillos con $5.00, si es que con $5.00 pudieran llenarse; ya lo dijeron aquí algunos ciudadanos diputados; no $5.00 podríamos tener nosotros abatiendo la cerviz o claudicando de nuestros principios libertarios; no, señores, podríamos tener mucho más, si nosotros quisiéramos. Pero hoy no se trata de eso, ciudadanos diputados, se trata de saber si la Cámara puede legislar y si las leyes que dé la Cámara deben ser promulgadas o no deben ser promulgadas. (Aplausos.)

Yo bien sé, señores diputados, que mañana la prensa, por eso que decía hace un momento aquí el compañero Trigo, dirá que la Asamblea Legislativa ha perdido toda la tarde; que la nación ha erogado $6,000.00, y todo porque los ciudadanos diputados ambicionamos a todo trance percibir $5.00. Pero no, señores, la tarde no se ha perdido, no se ha gastado inútilmente el dinero que por dietas debemos cobrar el día de hoy. No, señores: se trata en este momento de sentar el precedente

definitivo. Es indispensable que se sepa de una vez por todas, si el Congreso es o no es. (Aplausos.)

El punto es sumamente grave, ciudadanos diputados. Quiero que por un momento olvidéis que los ciudadanos diputados y los senadores estamos interesados económicamente en esta cuestión. Quiero que no hagáis apreciación por un solo momento de esas cantidades que, por gastos de representación, debemos percibir, y que vengamos simple y sencillamente al punto constitucional. Hablaba yo con el ciudadano presidente de la Cámara, y me decía:

- "Yo he pasado a la Comisión de Presupuestos este expediente, porque el decreto que la Cámara aprobó contiene dos partes: una relativa a la ratificación de los gastos de representación, y la otra porque se refiere al artículo 2o., en que se previene que los emolumentos deben ser pagados íntegramente desde el 1o. de enero, y este es un asunto nuevo." No, señores diputados no es un asunto nuevo. El Ejecutivo de la Unión, en sus apreciaciones de fecha 1o. de septiembre, hizo a los presupuestos tres clases de observaciones: una, relativa a los $5.00 de gastos de representación; otra, relativa a que él no quiere percibir los $167.00 que se le asignan como emolumentos; y la tercera, a la Ley de Egresos, que dice el Ejecutivo que "no se encuentra en el caso de pagar íntegramente a los representantes de los poderes Legislativo y Judicial, porque esto establecería un privilegio en favor de estos representantes del pueblo, de estos funcionarios, una diferencia con respecto a los demás"; y la Comisión de Presupuestos y Cuenta, unida a la de Puntos Constitucionales, el 5 de septiembre hizo el estudio de las tres clases de observaciones, y recordáis que entonces se ratificó la parte relativa a los gastos de representación, que se dijo que el Ejecutivo si no quiere cobrar, que no cobre, pero nosotros no lo podemos obligar, y se dijo también que ahora los representantes del Poder Legislativo, de la misma manera que los representantes del Poder Judicial, tengan facultad de cobrar íntegros sus emolumentos, para que puedan asegurar su independencia económica. Ciudadanos diputados: véis claramente que el artículo no es nuevo; ese artículo 2o. puesto en el decreto de 5 de septiembre, no es sino la ratificación de un artículo similar contenido en la Ley de Egresos que se mandó el día último de diciembre del año pasado. Por esta razón insisto en que este expediente no debe volver a la Comisión de Presupuestos y Cuenta; el asunto de Presupuestos ha terminado en definitiva; los ciudadanos diputados cobrarán o no; ese es un punto aparte. Hoy debe pasar nada más a la Comisión de Puntos Constitucionales, para que ella diga qué cosa es lo que debe hacer la Cámara en estos momentos.

Ya está establecido el conflicto y es necesario buscarle una solución. Necesitamos saber en definitiva si las leyes que expedimos han de ser promulgadas, porque de lo contrario, creo que huelga que sigamos expidiendo leyes que van a mandarse al cesto de la Presidencia de la República. (Aplausos.)

El C. Espinosa Luis: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Espinosa Luis: Ciudadanos representantes:

Vengo a rectificar un hecho que de ninguna manera debo dejar pasar desapercibido: el compañero Trigo ha declarado hace un momento desde esta tribuna que nosotros pretendemos, con el trámite que he propuesto, dar un cuartelazo al Ejecutivo.

Este es un hecho absolutamente falso. El Ejecutivo, al negarse a promulgar el decreto relativo a los gastos de representación de los ciudadanos diputados, se ha acercado más a los linderos de un cuartelazo, que nosotros al proponer que esta Cámara no legisle más sin interrumpir por ello sus sesiones, supuesto que con esto no hacemos otra cosa que colocarnos en las mismas condiciones en que el Ejecutivo se coloca con relación a nosotros; pero de esto a un cuartelazo, hay una diferencia inmensa, y no me explico cómo el diputado Trigo, que siempre se ha mostrado en esta tribuna sereno y ecuánime al tratar muchos asuntos, ahora viene a confundir de una manera tan lamentable una actitud decorosa con un cuartelazo, que es cosa muy distinta. Pero quiero aceptar por un momento y nada más dentro del terreno de las suposiciones, que fuese cierto, porque, ¿quién dice que el presidente no nos llevará hasta allá, es decir, hasta obligarnos a un cuartelazo? ¿Que, el compañero Trigo dentro de su alma de revolucionario, dentro de su criterio de Representante, no cree que nosotros tendríamos la obligación, la ineludible obligación de ir hasta a la Revolución nuevamente para obligar a un ciudadano presidente que se quisiera hacer dictador, a que no lo fuese? Yo acudo a la honorabilidad del compañero Trigo para que me conteste si él no estaría dispuesto a ofrecer otra vez su vida en aras de la libertad patria.

El C. Trigo: Pido la palabra para contestar la interpelación, ciudadano presidente.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Trigo: Compañero Espinosa: Yo iría a la revolución nuevamente si se tratara de volver a conquistar libertades para nuestro pueblo, pero no estoy dispuesto a arrastrar a un pueblo a la revolución de nuevo, por asuntos en que hay más apasionamiento que justicia.

El C. Espinosa, continuando: El compañero Trigo no ha contestado la pregunta que me permití hacerle y lo lamento, porque con esto deja muy menguada esa gallardía que ha demostrado en muchas ocasiones defendiendo los derechos del pueblo y ha dicho que no arrastraría a este mismo pueblo a una lucha para defender intereses mezquinos que obedecen más bien a pasiones que a criterios bien intencionados, y no es esa la pregunta que yo he querido hacerle; yo me he referido de una manera concreta: el presidente de la República le niega al Congreso la facultad de hacer leyes, más bien dicho, que no promulga las leyes que esta Representación elabora, ¿no es tanto como desconocerla, no es tanto como darle un cuartelazo? y entonces, ¿qué es lo que a nosotros corresponde? ¿no es tanto como obligársenos a ir a la revolución? Claro que sí; eso no lo puede negar absolutamente nadie, pero no se trata de eso; aquí no hemos venido ninguno de nosotros a gritar: ¡muera Carranza!, como lo ha dicho el compañero Trigo...

El C. Trigo, interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación?

El C. Espinosa, continuando: No sé con qué intención; aquí no hemos venido nosotros a

vomitar denuestos en contra del señor presidente de la República; aquí hemos venido a proceder con toda energía, con la energía de que somos capaces, para pedir que el ciudadano presidente de la República cumpla con su deber, y nada más; no se trata aquí de venir a gritar mueras a Carranza, supuesto que esta en tribuna es respetable por mil conceptos, no es un lugar de plazuela adonde se vengan a vomitar esa clase de injurias; sobre todo, no hace falta. La oposición, y lo digo por mí, que se hace en esta tribuna, no es la que muchos creen, la que tiene a derribar al ciudadano presidente de la República. ¡Menguado criterio de los que así piensan! No, señores; los que hemos visto la realidad de las cosas; los que hemos visto lo que entraña la política en el fondo, no podemos venir a hacer oposición en esta tribuna para derrocar a un gobierno tan firme y tan estable como el del C. Venustiano Carranza; venimos sólo con la sana intención de marcarle sus errores y hacérselos ver para que los corrija; pero de esto a quererlo derribar del puesto en que cuerda o erróneamente lo ha colocado el pueblo, hay mucha diferencia. No entiendo la oposición como la entiende el compañero Trigo. Cuando se trata de derribar a un hombre, como cuando se trató de derrocar al usurpador Victoriano Huerta, entonces, yo, que tenía 5 años menos que ahora, comprendí que mi papel no estaba en ir a gritar a las plazuelas y en buscarme un puesto como representante en la tribuna para derrocar al usurpador; comprendí que mi papel estaba en las sierras de mi Estado y allá me fuí con un rifle en la mano a levantar a los hombres que me quisieron seguir: así entiendo la oposición cuando se trata de derribar a un mal gobernante. Y si esa fue mi actitud, juro por mi honor que ahora no estaría aquí sino en mi terrunó, con un rifle en la mano, invocando a los míos para que me siguieran en una justa reivindicadora. Pero no se trata de eso y por lo que a mí respecta, vendré cuantas veces crea que el ciudadano presidente de la República se separa de la senda del deber; cuantas veces crea que el ciudadano presidente de la República no cumple con lo que manda la Constitución, que en estos momentos la bandera de la Revolución, porque dígase lo que se quiera, en medio de tantas claudicaciones, en medio de tantas abyecciones políticas, en medio de tantas componendas, lo único que cristaliza la aspiración sublime que llevó al pueblo a la lucha, es la Constitución de Querétaro. Muchos son sus errores y muchas sus deficiencias, si se quiere; pero es la ley suprema que cristaliza los anhelos de un pueblo por tanto tiempo envilecido y engañado. Así pues, termino diciendo que no está en nuestro ánimo el venir a dar un cuartelazo el ciudadano presidente de la República, ya que la actitud de él tiene más tintes de cuartelazo hacia el Poder Legislativo que la que nosotros asumimos ahora para con el Ejecutivo. Esta es la verdad de las cosas, ciudadanos representantes, y querer decir lo contrario, es faltar a la verdad.

Yo he propuesto un trámite que, bueno o malo, a mí me ha parecido que es el que conviene dada las características que ha tomado este conflicto entre el Ejecutivo y el Legislativo; podré estar en un error, tal vez sea lo debido pedir amparo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación; tal vez sea que la Comisión de Puntos Constitucionales a la que se piensa turnar este asunto, resuelva que por última vez se inste al Ejecutivo a que sin excusa ni pretexto ninguno proceda a promulgar ese decreto basándose en los antecedentes a que precisamente hacía referencia el compañero Trigo hace un instante; tal vez sea en definitiva, no el cuartelazo, sino la actitud indispensable y digna de desconocer al Ejecutivo si él se obstina en desconocernos a nosotros.

El C. Trejo: ¿Me permite una aclaración? (Voces: ¡Ya! ¡Ya!) Unicamente una cosa: ha estado usted muy bien, compañero; nada más que yo no hablé de cuartelazo, fue el diputado García de Alba.

El C. secretario Aguilar: Habiendo hablado los oradores que marca el reglamento y no teniendo la Presidencia empeño en sostener su trámite en la forma íntegra en que lo dictó, lo reforma en este sentido: A la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

El C. García de Alba: ¡A la que tiene antecedentes! Pido la palabra para pedir.....

- El mismo C. secretario, interrumpiendo: A la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

El C. García de Alba: ¡Ahora sí!

- El mismo C. secretario: En votación económica se consulta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Legislatura del Estado de Jalisco comunica, por medio de su circular número 9, que con fecha 3 del presente abrió un período extraordinario de sesiones."- De enterado.

"La Legislatura del Estado de Jalisco comunica, por medio de su circular número 10, fechada el día 10 de los corrientes, que en la misma fecha clausuró su segundo período de sesiones extraordinarias."- De enterado.

"El C. general P. Elías Calles comunica, por medio de su oficio fechado en Hermosillo el 1o. de septiembre, que en la propia fecha hizo entrega del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, al C. Adolfo de la Huerta."- De enterado.

"El C. Adolfo de la Huerta comunica, por medio de su circular número 169, que con fecha 1o. del presente se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora."- De enterado.

"Telegrama procedente de Villahermosa, Tab., septiembre 14 de 1919.

"Diputado secretario de la honorable Cámara de Diputados.

"Hónrome participar a usted que hoy, previas las formalidades de ley, híceme cargo de este gobierno, en virtud de licencia concedida por honorable XXVI Legislatura este Estado al gobernador constitucional interino, C. Esteban Abreu Domínguez. Atentamente, el gobernador constitucional interino, F. Castellanos Díaz."- Recibo, y al Archivo.

"Telegrama procedente de Frontera, Tabasco, septiembre 15 de 1919.

"Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso Unión.

"Por decreto número 14, expedido por Congreso local 5 corrientes, declaróse capital Estado este puerto, trasladándose aquí poderes legítimos, derrocados por cuartelazo militar en Villahermosa.

"Comunicolo su conocimiento y efectos. Salúdolo. Gobernador constitucional interino, licenciado Tomás Garrido."- Recibo, y al Archivo.

"Telegrama procedente de San Luis Potosí, S. L. P., septiembre 16 de 1919.

"Honorable Cámara de Diputados.

"Hónrome comunicar usted, por acuerdo XXVI Legislatura del Estado, haber abierto hoy primer período de sesiones ordinarias. Atentamente, J. C. Cruz, D. P.- Pedro Noyola, D. S.

"Nota: Depositado hoy 16."- Recibo, y al Archivo.

El C. Zavala: Reclamo al trámite.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Telegrama procedente de San Luis Potosí, S. L. P., septiembre 15 de 1919.

"Honorable Cámara de Diputados.

"Honrámonos comunicar a ustedes haber quedado instalada anoche XXVI Legislatura del Estado.

Atentamente.- J. C. Cruz, D. P.- Pedro Noyola, D. S.- Alberto I, Limón, D. S."- Recibo, y al Archivo.

"Telegrama Procedente de San Luis Potosí, S. L. P., septiembre 15 de 1919. "Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Nos es honroso comunicar a ese respetable Cuerpo que hoy, previas las formalidades de ley, abrió la XXVII Legislatura Constitucional del Estado su primer período de sesiones extraordinarias. Atentamente.- D. S., licenciado Leopoldino J. Ortiz.- D. S., Lauro S. Segura."- Recibo, y al Archivo.

"Telegrama procedente de San Luis Potosí el 16 de septiembre de 1919.

"Señor presidente honorable Cámara de Diputados.

"Al Congreso Unión:

"Hónrome comunicar a usted, para conocimiento ese honorable Congreso, que ayer, a las once de la mañana y previas las formalidades legales y solemnidad debidas, se instaló, en el local acostumbrado, el honorable XXVI Congreso Constitucional de esta entidad federativa, bajo la presidencia del C. general Manuel C. Larraga.

"Atentamente Gobernador interino constitucional del Estado, coronel Mariano Flores."- Recibo, y al Archivo.

"Telegrama procedente de Monterrey, N. L., 17 de septiembre de 1919.

"Ciudadano presidente de la Cámara de Diputados.

"Ruego a usted que, por conductos debidos, someta consideración esa honorable Asamblea solicitud mi nombre, licencia ocho días, sin dietas, para poder atender asuntos particulares. Sírvase aceptar expresión mi gratitud. Pido dispensa de trámites.

Atentamente, Marciano González.

En votación económica se pregunta si se concede la dispensa de trámites a esta solicitud de licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Concedida.

A discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Concedida.

- El mismo C. secretario. leyendo:

"A los ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados.- Presente.

"Con fecha 13 del mes en curso, he sido llamado por el ciudadano oficial mayor, encargado del Despacho de la Secretaría de Guerra y Marina, para ofrecerme una comisión en el ramo de Guerra; y siendo ésta incompatible con mi puesto de diputado, por el digno conducto de ustedes solicito respetuosamente de esa honorable Asamblea, licencia ilimitada para separarme del puesto que ocupo, suplicando a la vez dispensa de todo trámite.

"Al protestar a ustedes mi atenta consideración, aprovecho la oportunidad para dar a todos mis compañeros las demostraciones de mi gratitud por las consideraciones que de todos ellos he recibido.

"Constitución y Reformas.- México, D. F., 17 de septiembre de 1919.- General Federico Silva."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. A discusión. ¿No hay quien pida la palabra? En votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Concedida. Se llamará al suplente.

- El mismo C. secretario, leyendo.

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Honorable Asamblea:

"La Comisión de Presupuestos y Cuenta ha llegado al convencimiento de que si el Ejecutivo de la Unión continúa haciendo uso de las amplísimas facultades extraordinarias que le concedió el Congreso para legislar en materia de Hacienda, todo trabajo relativo a la expedición de los presupuestos que deban regir en el año de 1920, no tendrá razón de ser.

"La Comisión de Presupuestos y Cuenta quiere llegar a pensar que el ciudadano presidente de la República, no obstante funestos precedentes establecidos, promulgará las leyes de Ingresos y de Egresos que le envíes, pero tiene la convicción íntima de que quizá al día siguiente de que esas leyes estuvieren en vigor, serían derogadas o reformadas al arbitrio del representante del Poder Ejecutivo, resultando con ello nula la labor de los comisionados, que es intensa, y el trabajo de la Cámara de discutir y aprobar los dictámenes relativos, que es arduo y dilatado.

"Los comisionados para dictaminar en cuestión de Presupuestos y Cuenta nos reunimos el 15 de septiembre y tomamos el acuerdo unánime de informarnos acerca de si el Ejecutivo de la Unión continuará legislando en materia hacendaría.

"Y como la seguridad respectiva sólo la tendremos cuando veamos promulgada la ley que suprima o restrinja el uso de esas facultades, y ya que estamos convencidos de que la expedición de una ley es obra de muchos días y quizá de muchas semanas, nos vemos en la necesidad de proponer a Vuestra Honorabilidad, para que sea discutido y aprobado, dispensándole todos los trámites de reglamento, el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. El Ejecutivo de la Unión deja de tener facultades para legislar en todo lo relativo a presupuestos

"Transitorio. Esta ley estará en vigor desde el día de su publicación."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 17 de septiembre de 1919.- R. A. Soto.- L. Bravo.- Amado J. Trejo.- M. I. Fierro.- José Ignacio Mena."

El C. Fierro Manuel I., miembro de la Comisión: Pido la palabra.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Fierro Manuel I., Ciudadanos representantes: Una coincidencia desgraciada ha hecho que en esta misma sesión se presenten, tanto la contestación del ciudadano presidente de la República a un decreto de la Cámara, como esta proposición que la Comisión de Presupuestos somete a Vuestra Soberanía. Digo desgraciada coincidencia, porque esto va a dar motivo a falsas interpretaciones; va a creerse que este es el primer motivo o la primera represalia que toma la Cámara contra el Ejecutivo. (Voces: ¡No! ¡Que lo crean!) Ya el señor licenciado Trejo expuso hace un momento que la Comisión casi se sentía movida a retirar esta proposición. los miembros de esta honorable Asamblea que fuimos honrados por Vuestra Soberanía para integrar la Comisión de Presupuestos y Cuenta, nos hemos impuesto cabalmente de la alteza y dificultades de nuestra misión; hemos comprendido que nuestro deber no está sólo en presentaros los proyectos del Ejecutivo en el ramo de presupuestos, subscriptos solamente por nuestras firmas; estamos convencidos de la necesidad que hay de entrar a un estudio tan profundo, a un análisis tan detallado de la materia, como lo permita el plazo perentorio de que dispone la Cámara para resolver sobre este particular; estamos convencidos de que hay graves errores que reformar en estas leyes; que hay en el presupuesto de ingresos cargas pesadísimas que estamos en el deber de aligerar; que en el presupuesto de egresos hay muchos canales de derivación de los fondos públicos, que estamos en la obligación de tapar.

Como comprenderéis esto requiere un trabajo arduo y un trabajo concienzudo. Seguramente, ciudadanos diputados, que no se escapa a vuestra ilustrada consideración, el que esta honorable Cámara tendrá forzosamente que resolver por uno de los términos de esta disyuntiva: o Ley de Presupuesto de Egresos, o facultades extraordinarias. Yo os pregunto: ¿qué objeto tiene que la Comisión de Presupuestos y Cuenta se engolfe en estudios y reformas de esta ley? ¿Que objeto tiene que la honorable Representación Nacional se enfrasque en el estudio y discusión de esta propia ley, si al fin y al cabo, en virtud de las facultades extraordinarias, el Ejecutivo federal puede modificarse, según su opinión, todas y cada una de las partidas? Ruego a la honorable Asamblea tenga la deferencia de prestarme un poco de atención, dada la trascendencia de este asunto; es conveniente que todos los ciudadanos diputados se enteren profundamente de la importancia trascendental de este problema que debe ser de previa resolución. Insisto en mi pregunta: ¿qué objeto tiene que perdamos el tiempo discutiendo los presupuestos, si al fin y al cabo éstos pueden ser modificados, esto, es, pueden no ponerse en vigor? ¿No será preferible que nos ocupemos de resolver las iniciativas que hay en la Secretaría, muchas de ellas dictaminadas y otras por dictaminarse? ¿No es preferible que consagremos nuestros esfuerzos en algo que sea más eficiente y más útil? Un ciudadano diputado dice "que si no es útil". Evidentemente no es útil, no pueden coexistir las dos cuestiones, debemos decidirnos forzosamente por uno de los términos de la disyuntiva: o Ley de Presupuestos, o facultades extraordinarias, sin remedio.

La Comisión de Presupuestos ha creído conveniente saber de antemano si debe o no enfrascarse en el estudio de los presupuestos, y no tiene otro medio a su alcance para cerciorarse de esto, que el proponerse a vuestra consideración este proyecto de ley quitando al Ejecutivo las facultades extraordinarias en la materia de presupuestos. A algunos ciudadanos representantes les ha parecido no ser conveniente que este proyecto se resuelva con dispensa de trámites; esto señores representantes desean que este proyecto pase por todo el proceso reglamentario para resolverse. Hay un motivo más que ha obligado a la Comisión a pedir la dispensa de trámites, y es el siguiente: la resolución de la materia de presupuestos es ardua y dilatada; la Comisión necesita contar con un plazo amplio y bastante para entregarse a su estudio y resolución; como éste es un proyecto de ley, tendrá que pasar a la Cámara colegisladora, en donde tendría, a su vez, que seguir el proceso reglamentario, y por

esto hemos creído conveniente el solicitar de Vuestra Soberanía la dispensa de trámites para este asunto, esto, es, que sea resuelto desde luego, sin pasar a ninguna Comisión. El plazo constitucional de que disponemos para resolver el asunto de los presupuestos, es excesivamente corto y, por consiguiente, debemos dar a este asunto la mayor rapidez posible.

La Comisión de Presupuestos se ha formado el firme propósito de entregar de lleno, con entusiasmo y con ahínco firmes, a resolver todos los asuntos de su cometido: ha iniciado ya el estudio de muchas reformas en nuestro sistema de presupuestos; ha iniciado también el estudio de una ley que tiende a establecer la fiscalización de los fondos públicos por medio de la Cámara de Diputados.

La Comisión quiere que de una vez se inicien todas las reformas de moralización administrativa; quiere desterrar en lo posible muchos males que están sentando carta de naturalización en nuestro país, que ya hoy, por desgracia, casi puede llamársele:

"La República de los Panamás". Es por esto que la Comisión espera de Vuestra Soberanía que déis vuestro voto afirmativo, tanto a la dispensa de trámites, como el proyecto que se somete a vuestra consideración. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Angeles Carlos.

El C. Angeles Carlos L.: señores compañeros:

Estoy de acuerdo en el fondo con el proyecto que nos presenta la Comisión de Presupuestos y Cuenta; estoy de acuerdo también en todos los fundamentos que nos ha expuesto por conducto del compañero Fierro; pero dada la coincidencia de que se ha tratado un asunto que ha originado un conflicto entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo... (Voces: ¡No le hace!) debemos darle el mismo trámite que se dio al asunto anterior, para que se vea que no obramos con precipitación y a la ligera, sino que obramos concienzuda y patrióticamente y para que no se nos vengan las responsabilidades consiguientes por un acto que estoy lejos de suponer mal intencionado en los compañeros; pero que la opinión pública, que no puede estar al tanto de los detalles respecto a la manera como se ha elaborado este proyecto, pudiera achacarnos bajas pasiones y creer que tomamos desquites contra el Ejecutivo. Por este motivo pido que también se someta este asunto, como el anterior, a los trámites reglamentarios.

El C. secretario Aguilar: En votación económica se consulta a la Asamblea si concede la dispensa de trámites, en el concepto de que se necesitan las dos terceras partes de los votos de los ciudadanos presentes. Sí se concede la dispensa de trámites.

Está a discusión. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar a inscribirse...

El C. Rodríguez de la Fuente: ¡Reclamo el quórum!

El C. secretario García Ruiz: Habiendo reclamado el quórum el C. Rodríguez de la Fuente, se procede a pasar lista.

(Se pasó lista.)

- El mismo C. secretario: Hay una asistencia de 137 ciudadanos diputados; hay quórum. Está servido el C. diputado Rodríguez de la Fuente.

La Presidencia suplica a los señores Diputados se sirvan ocupar sus asientos.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. diputado Trigo.

El C. Trigo: Ciudadanos diputados: Estoy plenamente convencido de que tratar en estos momentos no ya de justificarse, porque no se trata de eso, sino levantar en esta tribuna la voz para hablar de algo que pueda ser favorable al Ejecutivo, es sencillamente atraerse las censuras de la Asamblea, los siseos consiguientes y por ende la falta absoluta de atención de los señores representantes, (Voces: ¡No! ¡No!) Desde luego yo me permito hacer a la Comisión de Presupuesto y Cuenta la siguiente interpelación: ¿estima que si restringimos o retiramos las facultades extraordinarias en Hacienda al Ejecutivo Federal, éste va a poder desarrollar su labor gubernativa? (Voces: ¡Sí! ¡Sí!) Estoy preguntando a la Comisión.

El C. Fierro Manuel I.: Pido la palabra como miembro de la Comisión.

El C. Trejo: Pido la palabra, señor presidente, para contestar la interpelación del ciudadano Trigo.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Trejo.

El C. Trejo, miembro de la Comisión: Ciudadano diputado Trigo: como quiera que actualmente el ciudadano presidente de la República, en uso de las facultades extraordinarias que esta Asamblea le concedió, mejor dicho, que el Congreso le concedió, ha legislado en materia de presupuestos hasta fin de año, es decir, tiene su legislación que estará en vigor hasta el 31 de diciembre, y a contar del día 1o. de enero habrá una nueva legislación que nosotros tenemos la obligación de dar; yo creo, ciudadanos diputados, que el señor presidente de la República no tendrá ninguna dificultad si se le restringen las facultades extraordinarias. (Aplausos.)

El C. Trigo, continuando: El ciudadano Trejo, que ni siquiera escuchó mi interpelación, dando muestras de talento se ha salido por la tangente y me contestó con un espíritu distinto del que yo le presenté. Yo no quería decirle al señor Trejo, más bien dicho, a la Comisión, no le pregunté si el Ejecutivo podría gobernar porque tenga la partida X para Guerra, la partida Z para Gobernación; yo le pregunté que si sin esas facultades extraordinarias, dada la situación actual del país, la situación política, podría gobernar. No he preguntado precisamente que por qué le falta éste o aquel subsidio, de tal o cual ramo de la administración....

El C. Trejo, interrumpiendo: Pido la palabra para contestar.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Trejo.

El C. Trejo: Considero, ciudadano diputado Trigo, que si el ciudadano presidente de la República tiene como condición indispensable, condición sine qua non para gobernar, aumentar diariamente las partidas del Presupuesto vigente, de $200,000.00, por ejemplo, como esa que hay de fletes y pasajes, a dos millones quinientos mil pesos, entonces no podrá gobernar.

El C. Trigo: Muchísimas gracias por la respuesta, ciudadano diputado Trejo, y ratifico mis conceptos de hace un momento: hablar en estos momentos en que soplan aires de fronda desde esta

tribuna en pro de algo que signifique apoyo al Ejecutivo, es enajenarse las voluntades de la Asamblea; sin embargo, yo no he venido aquí precisamente a hablar en pro de esto o aquello, sino a sostener mi criterio, aun suponiendo que este criterio sea erróneo. Esta mañana casualmente estaba yo en el Salón de Sesiones de esta Cámara cuando el ciudadano licenciado Trejo expresaba la idea de traer a discusión esta cuestión y yo consideré muy justa en el fondo la petición del ciudadano Trejo, me adherí en aquel momento a ella, pero después el mismo diputado Trejo me hizo reflexionar cuando hace un momento en esta tribuna decía: "¿cómo vamos a entender, cómo se va a tomar la proposición que en estos momentos hace la Comisión de Presupuestos y Cuenta sobre facultades extraordinarias, después de la cuestión que ha tratado aquí, dejando en pie, dejando precisamente en pie el conflicto entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo?" Ese razonamiento del licenciado Trejo es el que me ha obligado a venir hablar en contra de esta proposición. Desde luego reconozco que si la facultad extraordinarias amplísimas subsisten, no hay razón para que discutamos los presupuestos; perfectamente de acuerdo. Desde el momento en que tenemos que partir lógicamente de que de nada serviría el que aprobáramos nosotros este o aquel ramo hacendario, si el Ejecutivo a las veinticuatro horas, ¡qué digo! a la media hora de promulgar el decreto, en virtud de sus facultades extraordinarias podría derogar aquellas partidas aprobadas por nosotros y disminuirlas o aumentarlás a su criterio, indudablemente que partiendo de esta base la Comisión está en lo justo y tiene perfecta razón; pero en las condiciones en que en estos momentos está colocada esta Cámara de Diputados, más bien dicho, en las condiciones en que el Ejecutivo la ha colocado, yo estimo que es necesario fijarnos detenidamente en lo que está discutiéndose y cómo vamos a resolver esta cuestión. Por fortuna la Asamblea ha tenido la cordura de querer agotar hasta el último cartucho para no llegar al conflicto que ya tenemos en pie con el Ejecutivo. Hasta ahorita la Asamblea parece mostrarse dispuesta, si a mano viene, a hacer el sacrificio de un poquillo de amor propio para llegar a la solución satisfactoria de la cacareada cuestión de los $5.00 que tenemos pendiente, pero si en seguida de esto y a raíz de que aún no se llega a una solución, cuando acabamos de entregar a una Comisión el asunto para que vea la manera de resolverlo, vamos a tomar otra determinación que, a pesar de que yo sé que la Comisión no tiene esa intención, sí puede tomarse o se tomará como una represalia, ¿adónde vamos a parar?

El C. Fierro, interrumpiendo: Señor presidente: Pido la palabra para una interpelación al orador.

El C. presidente: Si el orador lo permite.

El C. Trigo: Sí, señor.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Fierro.

El C. Fierro: ¿Cree el C. diputado Trigo que si la Comisión de Presupuestos presenta este proyecto dentro de quince días, variará la interpretación que se le dé en público a nuestra actitud?

El C. Trigo, continuando: Dentro de quince días, señor diputado Fierro, no tendremos más que haber llegado: o el Ejecutivo promulga el decreto de esta Cámara, y desaparece por completo el conflicto, o la Cámara continúa en el camino que ha seguido y rompe abiertamente con el Ejecutivo, cosa que no hará, a pasar de las razones del diputado Fierro. De manera que, en uno o en otro caso, ya tenemos perfectamente bien definida nuestra posición.

El C. Trejo: Para una interpelación, señor presidente.

El C. presidente: Si el orador lo permite.

El C. Trigo: Señor diputado Trejo: Se la concedo a usted; pero les ruego a todos los compañeros que me hagan de golpe las interpelaciones, para seguir hablando después.

- El C. Trejo ¿Cree el C. diputado Trigo que la Comisión de Presupuestos se ha inspirado en la resolución, mejor o peor que pueda tener esto, o se ha inspirado en algo que es lo que manifiesta en su exposición de motivos?

El C. Trigo, continuando: El C. Trejo sigue no escuchándome. Acabo de decir, hace un momento, con frase muy clara y precisa, que yo reconocía que la Comisión de Presupuestos estaba en lo justo al presentar esta solicitud. Si el compañero Trejo no lo escuchó, le repito mis frases. Yo al hablar en contra de esta iniciativa, hago sencillamente una sugestión, que la Cámara tiene derecho a rechazar o a aceptar, pero que está en la obligación de escuchar; porque, a pesar de todo lo que se diga, el asunto es demasiado serio para resolverlo así, sobre la rodilla, con la facilidad asombrosa con que se quiere resolverlo. Repito que el C. diputado Trejo está en lo justo; si hay facultades extraordinarias no hay razón para seguir discutiendo los presupuestos; pero yo repito: ¿es este el momento oportuno para traer esta cuestión a debate? (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí!) No veo yo, ciudadanos diputado Trejo, a pesar de los buenos deseos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que por este sólo deseo, los presupuestos se aprueben y para el 1o. de enero......

El C. Trejo, interrumpiendo: Presente Su Señoría una moción suspensiva.

El C. Trigo: Ya ve el señor Trejo que hemos llegado a la misma conclusión, que recurrimos a la moción suspensiva, cuando no había necesidad de llegar a ella y sí, en cambio, vamos a dar pruebas con esto de que queremos aprobar esa moción y que se tome -porque no creo yo que se tomará de otra manera -, como una represalia para el Poder Ejecutivo.

El C. Trejo, interrumpiendo: Presente Su Señoría una moción suspensiva.

El C. Trigo, continuando: Repito que yo vengo a exponer aquí reflexiones; no veo por qué obligarme al deseo exclusivo del señor Trejo, y sí le ruego que me escuche y después exponga las ideas que crea conveniente. No es esta una cuestión personal, no es esta una cuestión en que habremos de reñir el diputado Trejo y yo; por el contrario: no veo yo por qué nos hemos de dirigir los insultos que a diario se dirigen desde esta tribuna.....

El C. Trejo, interrumpiendo: Yo no lo insulto a usted.

El C. Trigo, continuando: Pero es que el señor diputado Trejo coge ese camino acre: "Presente una moción suspensiva. Yo le mando a usted que presente una moción suspensiva." (Voces: ¡No! ¡No! Siseos.) Repito, y se lo repito principalmente al señor García de Alba, que yo vengo a exponer ideas; tengo el derecho de que la Asamblea me escuche, y ella está en su derecho de aceptarlas o rechazarlas. Por tanto, yo me he limitado a hacer esta sencilla reflexión, a pesar de que, repito, los oposicionistas de última hora, aquellos que cuando había una abrumadora mayoría de 178 ciudadanos diputados no clamaban contra el Ejecutivo, ahora sí protestan en todos los tonos, se indignan, vociferan porque quisieran que llegáramos a la "débacle". (Voces: ¡Somos libres!)

El C. Trejo, interrumpiendo: Yo voté contra las facultades extraordinarias. (Voces: ¡Somos libres!)

El C. Trigo, continuando: Indudablemente que somos libres, señor doctor Gómez; pero pocos son los diputados, como el C. diputado Trejo, que se opuso a las facultades extraordinarias. Usted votó como voté yo, y votamos por dos motivos: o porque no nos dimos cuenta de lo que hacíamos, o porque sencillamente no queríamos darnos cuenta de ello. (Siseos.) Aquí siseamos constantemente y clamamos ahora, ahora que ya no hay aquella mayoría abrumadora; decimos que el Ejecutivo no nos quiere tomar en serio..... ¡Claro, si la culpa ha sido nuestra! Si desde el primer día nos hubiéramos a las facultades extraordinarias y no viniéramos a escoger el momento actual, que parece una represalia, para venirnos a oponer a ello, hubiera estado la Cámara más en su papel oponiéndose aquella vez con abrumadora mayoría, y no ahora.

El C. Gómez Gildardo, interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación?

El C. Trigo: Sí, señor.

El C. Gómez Gildardo: Con permiso de la Presidencia. Señor trigo: Quiero que me diga usted si es constitucional permitir esas facultades extraordinarias. El señor presidente de la República nos ha dado una buena lección hoy; es decir: les ha dado una buena lección a las Cámaras; ha dado una buena lección a los que han opinado por los $5.00, y esa lección consiste en que nos sujetemos estrictamente a la Constitución y cumplamos con ella, señor Trigo; no venga usted a hablar de más.

El C. Trigo, continuando: Está visto que el espíritu bélico se ha apoderado de los ciudadanos representantes. El C. diputado Gómez, para preguntarme si son constitucionales las facultades extraordinarias, me coloca una magnífica regañada.

¡Gracias, papá! Pero voy a responder al bilioso diputado Gómez. Señor diputado Gómez: Esto no es regaño; las facultades extraordinarias son perfectamente anticonstitucionales; hemos violado la Constitución a este respecto, no sólo la XXVIII, sino también la XXVII y la XXVI legislaturas.... (Voces: ¡La XXVI, no!) Bueno, estoy de acuerdo; retiraré lo de la XXVI, pues no es cosa de discutir eso; estamos de acuerdo.

Señor diputado Gómez: Para aplacar las iras de usted - si en algo se pueden aplacar -, ¿el hecho de que se viole una vez una ley, significa el hecho de que se siga violando? Pero yo creo que al aceptar la lección que, como usted dice, acaba de darnos el Ejecutivo, ¿podemos aceptarla al mismo tiempo que hacemos una acre censura? El ha dicho que no promulgará una sola ley anticonstitucional, y queda obligado materialmente a no aprobar las facultades extraordinarias, si es que quiere ser consecuente con un criterio; si es que quiere ser consecuente con sus principios. ¿por qué, pues, ciudadanos diputados, no le damos ese lugar al Ejecutivo para que demuestre su amor a la Constitución?

El sabe, como lo sabemos todos, que las facultades extraordinarias son anticonstitucionales; nos ha dicho que no se aprobará un sólo decreto o una ley que sea anticonstitucional; así, pues, si le concedemos las facultades extraordinarias, de acuerdo con este criterio necesariamente tendrá el Ejecutivo que rechazar también eso. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Sí! ¡Sí! ¡Ya las ha aprobado por dos veces! Campanilla.)

Es penoso, ciudadanos diputados, que aquí se olvide tan a menudo el "Carreño"; está uno hablando y lo están interrumpiendo. Tenga usted paciencia, señor García de Alba; ya podrá Su Señoría venir a la tribuna a clamar; pero escúcheme usted, déjeme acabar siquiera.

No quiero, ciudadanos diputados, seguir ganándome reprimendas, como la del abuelito Gómez, ni quiero tampoco seguir desesperando al compañero García de Alba, a quien ya atropelladamente le salen las palabras de la boca; para concluir me limitaré a hacer esta única reflexión que, repito, le dirijo al mimo diputado Trejo, a quien por muchos conceptos yo estimo. Yo creo, señor diputado Trejo, que, a pesar de lo justo, de lo honrado, porque reconozco que es usted honrado al firmar esa solicitud, el momento actual es el menos indicado para que vayamos a esta conclusión, puesto que no habrá más que agravar la situación actual que ya hemos creado, o que se nos ha creado. Yo apelo a la serenidad de mis compañeros, para que piensen que no resolvemos solamente las facultades extraordinarias, sino que tocamos en el fondo, algo mucho más trascendental y mucho más grave.

El C. secretario García Ruiz: Se ha presentado la siguiente moción suspensiva, con la que se va a dar cuenta.

"Honorable Asamblea:

"En vista de la trascendencia del asunto que está a debate, y estimando que el momento actual es absolutamente inadecuado para hacer un estudio sereno del mismo, con fundamento en la parte final del artículo 107 reglamentario, nos permitimos proponer la siguiente moción suspensiva:

"Suspéndase la discusión del proyecto de ley presentado por la Comisión de Presupuestos y Cuenta, en tanto se recibe el Proyecto de Presupuestos para 1920."

"Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados.- 17 de septiembre de 1919.- Antonio Quiroga.- Enrique Meza."

El C. García de Alba: Pido la palabra en contra.

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Quiroga.

El C. Quiroga: Señores representantes.

- El mismo C. secretario, interrumpiendo: La Presidencia ruega nuevamente a los ciudadanos representantes se sirvan prestar atención al orador.

El C. Quiroga, continuando: No sé cómo puedan ustedes interpretar mi actitud al hacer la proposición a que se acaba de dar lectura, y pueden suponer que es algo ambigua esta posición política en que yo me he colocado; pero nada más distante de la verdad si se tiene en cuenta mi obra en esta Legislatura, que siempre se ha basado en la independencia más absoluta. Después de esto me creo con derecho a hablar y a que todos ustedes me juzguen con la ecuanimidad necesaria y con el prejuicio más benévolo en esta ocasión.

No considero el momento oportuno para discutir la suspensión de las facultades extraordinarias al Ejecutivo, porque no podía haberse presentado una proposición de una Comisión dictaminadora en un momento más inoportuno, más capcioso y más intencional. ¿Cómo vamos a justificar nosotros ante la opinión pública que en estos momentos al resolver un asunto de tal trascendencia no obramos apasionadamente o no obramos con represalia? ¿Con qué derecho vamos a alegar nosotros ante la opinión pública, que hemos sabido portarnos con serenidad? No habría razón política que justificara nuestra conducta y, por eso, porque considero yo que este punto de vista no puede apartarse exclusivamente de la discusión de las facultades extraordinarias en Hacienda, considero que está fuera de punto el que esta Cámara de Diputados, después de establecer un conflicto con el Ejecutivo, venga a discutir si son o no de quitarse las facultades extraordinarias al mismo. No crean ustedes que me pueda hacer temer el fin a que nos pueda llevar nuestra actitud, lejos de esto; pero no es por mí por quien temo, es que he visto que cuando se trata de situaciones decididas, la mayor parte no sabe afrontar las consecuencias, y yo no quiero exponerme al ridículo, ni estoy dispuesto a afrontar las consecuencias. Por lo demás, mi proposición es enteramente justificada, viene la discusión de este asunto a propósito del envío de los presupuestos por el Ejecutivo y, es natural, que si nosotros presentamos la discusión en una forma insólita, como se quiere presentar ahora, no puede tener más de un sólo aspecto político.

Por más que se busque no puede tener más que una consecuencia política, mientras que si este asunto se discute cuando vengan los primeros presupuestos del Ejecutivo.... (Voces: ¡No vendrán!) entonces ya estaríamos en ocasión de discutir si se entra de lleno a la discusión de esos mismos o si se suspenden las facultades extraordinarias al Ejecutivo. Como ustedes ven, aquí yo no expreso mi opinión de si son de quitarse o no al Ejecutivo las facultades extraordinarias, esa es cuestión de que en su oportunidad me ocuparé; pero sí urge precisar la situación política de esta Cámara de Diputados respecto al Ejecutivo y por el camino que váis, por el camino que ha trazado la Comisión presentando esta proposición, no podía ser más impolítico, no podía revestir más falta de tacto, no podía ser más inconsecuente con la armonía que debe de reinar entre los poderes de la Unión. Cuando no se tenga la seguridad ni siquiera de la suerte de esta proposición, cuando no se tenga ni siquiera la esperanza de poder llegar hasta el fin, no deben presentarse esta clase de proposiciones en una forma tan aislada, tan insólita, como dije antes, porque, de lo contrario, nosotros justificadamente habremos sido colocados en el ridículo a que en muchas ocasiones nos ha llevado injustificadamente; pero quiero poner en este momento el punto que señale la línea de conducta que nosotros debemos de trazarnos. Si no sabéis todo el carácter que se necesita para afrontar una situación de tal naturaleza, si no podéis comprender hasta dónde se necesita entereza para estrellar a todos los obstáculos, si no conocéis a vosotros mismos, ¿por qué presentáis una proposición y queréis que se ponga a discusión así de una manera tan festinada, tan absurda y tan inoportuna?....

El C. García de Alba, interrumpiendo: ¿Me permite una interpelación?

El C. Quiroga: Sí, señor.

El C. García de Alba: Me hace usted favor de decirme, ¿qué plazo pone en su moción suspensiva?

El C. Quiroga: He dicho: "En tanto se presenten los presupuestos de 1920, (Siseos.) porque la conducta seguida siempre por el Ejecutivo, según informes que tomé -porque hablo a sabiendas, señor García de Alba -, según informes que tomé en la Oficialía Mayor, esos presupuestos se presentan en los primeros días de septiembre o primeros de octubre. Siempre han llegado los primeros presupuestos, lo que pasa es que unos llegan primero y otros llegan después.... (Voces: ¡Ah! ¡Ah! ¡Ah!) no llegan todos juntos.... ¡Voces: Ah!) No llegan todos juntos.

El C. García de Alba: Llegan hasta diciembre.

El C. Quiroga, continuando: Pero al llegar el primer Presupuesto enviado por el Ejecutivo , entonces estamos en condiciones de discutir el asunto a debate. Tengo la seguridad absoluta de que los presupuestos vendrán dentro de unos cuantos días, y entonces para que no se pueda ligar el momento político actual con el venidero, estamos en ocasión de discutir si se suspenden las facultades extraordinarias al Ejecutivo, o no. ¿Por qué festinar, por qué precipitar esto que es un acontecimiento político de alta trascendencia, por qué queremos obrar así, inconscientemente? Porque yo tengo la seguridad de que después de que obremos conscientemente, procedemos en otra forma muy distinta y quizá entonces yo me encastillaría en que no se le dieran facultades extraordinarias al Ejecutivo; pero entonces vería con gran decepción que muchos de los que ahora de una manera apasionada, festinada, quieren que se le quiten las facultades extraordinarias al Ejecutivo, entonces los veré yo votar en pro de las facultades extraordinarias.

Yo estoy acostumbrado siempre a salvar mi personalidad cuando no encuentro forma de que se salve una colectividad, y por esto en esta ocasión quise presentar esa moción suspensiva, porque quiero salvar el ridículo en que esta Representación se colocaría en caso de discutir, de rechazar o de aceptar la proposición presentada por la Comisión de Presupuestos y Cuenta. - El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Mena.

El C. Mena: Honorable Asamblea: Voy a decir a ustedes que necesito hacer un esfuerzo

sobrehumano para guardar en estos momentos la serenidad que el caso requiere y la que yo protesto ha guardado la Comisión entera. Al empezar a hacer uso de la palabra el apreciable compañero que me precedió, bajaba algún compañero que no hace al caso decir su nombre, y le decía al doctor: "Hable usted una hora; bueno, vamos, para que pierdan."

(Voces: ¡Y no la habló!) Y yo le dije a este compañero: "No se trata aquí de que perdamos o de que ganemos, muy lejos está de nuestra mente el venir a sostener un capricho; la Comisión ha visto que desde el principio en la primera vez que perdimos a esta Asamblea que pidiese al Ejecutivo en la forma más correcta, el que nos mandase los presupuestos para el mejor desempeño de nuestra comisión, bien vio desde entonces la Asamblea que nuestro propósito no era otro que el decidido de trabajar. Ahora no nos mueve otro móvil, sino el mismo de hacer una labor efectiva, eficiente en la presentación de proyectos de ley para ingresos y egresos que bien sabéis ya vosotros en esta vez que es muy dilatado, muy laborioso, muy largo el hacer eso, y lo decía en aquel momento al compañero:

"Yo exijo de usted que crea en la honradez que hemos tenido los miembros de la Comisión y yo al subscribir ese proyecto de ley", y se lo dije, porque ni él ni ninguno de los compañeros tiene derecho, ni respecto de mí, ni respecto de los cuatro miembros restantes de la Comisión, de dudar de un solo acto de su honradez.

En su principio pensó la Comisión seguir este camino, preguntar a la Asamblea cuál es el camino que tomará a este respecto, ¿dejará las facultades extraordinarias al Ejecutivo en materia de Hacienda o no las dejará? Si las deja, no tiene objeto que nos causemos semana tras semana y mes tras mes discutiendo partidas que no tendrán ningún resultado práctico, puesto que una hora después, un mes o un día -no hace al caso - después de promulgada será derogada en aumento o en disminución por el Ejecutivo, según le convenga; por consiguiente, este ímprobo trabajo de la Cámara será absolutamente perdido. Pero esa pregunta, aun cuando pudiese sernos contestada, no nos serviría para un fin práctico y verdadero, porque si en el momento en que se pusiese a discusión se votaba en sentido contrario, habríamos hecho perder a la Asamblea el tiempo, que es lo que precisamente no queremos nosotros, señores; nosotros no tenemos un empeño decidido en que al Ejecutivo se le quiten las facultades extraordinarias en Hacienda, no lo penséis así. Hemos cogido ese camino para que, quiero repetirlo, os convenzáis de cuál es el íntimo sentir nuestro. Hemos seguido ese camino porque solamente así podremos estar convencidos de que debemos o no dar estos proyectos de ley sobre esta materia tan trascendental; por lo demás, si es o no del momento quitar las facultades extraordinarias al presidente de la República, esa será cuestión de una discusión especial.

Hechas estas digresiones, voy a decir a ustedes cómo es que yo me pongo a esta moción suspensiva: adolece, en primer lugar, del gravísimo defecto de no fijar un plazo, no digo razonable, sino que ninguno fija para que discutamos el conceder o no las facultades al Ejecutivo, sino que dice:

"Hasta en tanto se reciban los proyectos de Presupuesto para el año de 1920." El señor doctor que hizo esta proposición y que la fundó no es que ignore... no quiero exaltarme como él se exaltó y tachar de absurda su proposición, no, seguramente que él no recuerda que la Cámara tiene la facultad clara, que la tiene completa, toda entera para presentar por medio de sus comisiones sus presupuestos de Egresos que deben regir en cada uno de los ramos de la administración pública. No estamos precisamente obligados a que el Ejecutivo nos mande esos presupuestos, para aprobarlos, adicionarlos y reprobarlos; seguramente que también nosotros podemos, y no solamente podemos sino que debemos hacerlo, porque el compañero debe recordar que el año pasado el Presupuesto de Guerra que valía ciento y tantos millones de pesos, nos vino en los últimos días de diciembre, cuando era imposible que la Comisión pudiera hacer nada, no digo ya la Asamblea. Así pues, si él hubiera puesto, como entiendo que ya lo hizo, el plazo de diez días, todavía sería de aceptarse, pero ni así, señores; si la Asamblea se ha abocado ya al conocimiento de este asunto, yo creo, yo quiero creer firmemente que en la mente de cada uno de los ciudadanos diputados está el sentir de que en este momento de ningún modo deben sembrarse pasiones; se trata de un asunto demasiado trascendental para que nos dejemos guiar por pasiones tan mezquinas, como dijo el doctor Quiroga, desgraciadamente así lo dijo y yo no creo que usted quisiera juzgar así a los demás compañeros, porque usted mismo no puede permitir que se les juzgue así.

Así pues, ciudadanos diputados, yo me opongo a esta moción suspensiva, porque cuando ya la Asamblea se ha abocado a su conocimiento y estudio, yo creo que debemos seguir por ese camino.

Seguramente que los miembros de esta Asamblea tendrán en cuenta para resolver, solamente los dictados de su conciencia y no conforme a las pasiones. Para terminar diré que el mismo doctor Quiroga ya dijo que es capciosa la forma y el momento de presentar esta moción. Cada uno de los miembros de la Comisión puede decir, y muchos de los compañeros nos oyeron hablar desde hace días, que queríamos hacer esto; sino que resultó que estábamos esperando la contestación del Ejecutivo y no quisimos esperar, y tan no es política esta cuestión, y tan estamos desligados de lo que pudiera significar una cuestión política para el proyecto de ley que proponemos, que es precisamente por esto por lo que no queremos retardar su discusión, porque en absoluto podía mover nuestra manera de pensar y de sentir a este respecto, lo que el Ejecutivo haga o deje de hacer respecto de los cinco pesos. Yo quiero protestar a ustedes una vez más en mi nombre y en el de la Comisión, que estamos absolutamente apartados de la pasión y es sobre estas bases que yo pido que entremos desde luego a la discusión de este problema, porque como quiera que sea, aun en el supuesto de que no podría ser hoy, sino que sería mañana cuando resolviéramos esta cuestión y en caso de que la Asamblea tuviera a bien votar afirmativamente, entonces pasaría al Senado; bien sabido es que la Cámara de Senadores de mayores largas, más tiempo a la

discusión de los asuntos que tiene encomendados; allí se pasaría seguramente una semana, después iría al Ejecutivo de la Unión, el Ejecutivo de la Unión seguramente, están seguros, le haría observaciones, volvería a esta Cámara que tendría que reconsiderar y estudiar nuevamente y volvería al Senado y por último al Ejecutivo. En todo este tiempo ¿no creen los firmantes que se han pasado, no digo diez días, sino un mes y quizá más? Los señores firmantes de esta proposición y todos los miembros de esta honorable Asamblea deben considerar que restarnos un mes es restarnos muchísimo tiempo; nosotros nos hemos propuesto hacer una labor de honradez y enteramente eficiente; necesitamos ir a investigar a los ministerios, a los departamentos de Estado, a las oficinas; saber, hasta donde sea posible, de una manera verdadera y efectiva, por qué y para que se han de gastar los $200.000,000.00 ó $300.000,000.00 que vale el Presupuesto de un año de la República. Por consiguiente, quitarnos un mes es muchísisimo tiempo, un tiempo precioso que no podríamos recuperar, puesto que el día 31 de diciembre tendremos que cerrar nuestro período de sesiones ordinarias. Así pues, ya habéis visto que no es festinar el asunto, puesto que tendríamos un mes para que se resolviera, y ese mes nos hace mucha falta para dar leyes verdaderamente honradas y justas.

El C. García de Alba: Pido la palabra para una moción de orden.

El C. Quiroga: Para evitar a mi proposición toda sospecha tendenciosa, pido a esta honorable Asamblea retirarla para reformarla en el sentido de que tenga un término de diez días. (Voces: ¡Bueno! ¡Bueno!)

El C. secretario García Ruiz: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se le concede permiso al autor de la proposición para reformarla como indica. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. (Voces: ¿Cómo?) Para retirarla y reformarla como indica.

Concedido.

La presenta en la siguiente forma:

"Moción suspensiva:

"Suspéndase la discusión del proyecto de ley presentado por la Comisión de Presupuestos y Cuenta, por un término de diez días."

- El mismo C. Secretario: Habiendo hablado los oradores que indica el reglamento, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se toma en consideración. (Voces: ¡Nominal!) Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie.

Sí se toma en consideración.

Está a discusión. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra, sírvanse pasar para inscribirse.

Se han inscripto los CC. Casas Alatriste y Avellaneda en pro; ninguno en contra.

El C. Saldaña: ¡En contra!

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el C. Saldaña: Ciudadanos diputados: Las mismas causas que argumentó aquí el compañero Mena para rechazar la primera proposición presentada por los señores que firman ésta, serían de argumentarse en esta vez. Debemos, señores diputados, tomar en consideración que el estudio de los presupuestos no es obra de un mes ni de dos, es poco el período de 4 meses para discutirlos como se debe. En todas partes del mundo la principal función de la Cámara de Diputados es precisamente la discusión de los presupuestos, porque ahí está justamente la vida de la nación, ahí es donde se sabe si puede o no vida independiente, puesto que se trata del punto económico. Nosotros aquí jamás hemos sabido lo que significan los presupuestos de la República Mexicana, ni en la época de Porfirio Díaz, ni ahora tampoco; entonces porque era un dictador, y ahora porque es Venustiano Carranza y porque tiene facultades extraordinarias en Hacienda. Nosotros no debemos hacernos cómplices, señores diputados, de este estado caótico....

El C. Baledón Gil, interrumpiendo: Reclamo el quórum.

El C. secretario García Ruiz: Habiendo reclamado el quórum el C. Baledón Gil, se procede a pasar lista. (Voces: ¡No! ¡No! Lo que quieren es que nos vayamos. ¡Vámonos!) La Presidencia ordena a la Secretaría pase lista y ésta no puede hacer otra cosa.

(Se empezó a pasar lista.)

El C. Rocha, interrumpiendo: ¡Moción de orden! Señor Presidente: es manifiesta la falta de quórum; en consecuencia, también es inútil que pase lista el ciudadano secretario. Pido, por tanto, que se levante la sesión y se lea la Orden del Día.

(Se concluyó la lista.)

- El mismo C. Secretario: Hay una asistencia de 83 ciudadanos diputados. No hay quórum.

Orden del Día para mañana a las cuatro de la tarde: "Continúa la discusión de la moción suspensiva sobre el proyecto de ley presentado por la Comisión de Presupuestos y Cuentas.

"Asuntos de particulares.

"Contrato celebrado entre el Ejecutivo de la Unión y el representante de la Agencia "Dun y Compañía."

- Proyecto de Ley Orgánica del Artículo 4o. Constitucional."

El C. presidente, a las 7.50 p.m.: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las cuatro de la tarde.

Dar doble click con el ratón para ver imagen