Legislatura XXIX - Año I - Período Ordinario - Fecha 19201228 - Número de Diario 99
(L29A1P1oN099F19201228.xml)Núm. Diario:99Colegio Electoral
ENCABEZADO
MÉXICO, MARTES 28 DE DICIEMBRE DE 1920
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXIX LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 99
SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 28 DE DICIEMBRE DE 1920
SUMARIO
1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.
2. - Se recoge la votación pendiente acerca del dictamen relativo al 10 distrito electoral del Estado de Oaxaca, siendo aprobado. Se levanta la sesión para abrir la de Cámara de Diputados.
DEBATE
Presidencia del C. MARTÍNEZ DE ESCOBAR R.
(Asistencia de 127 ciudadanos diputados y presuntos diputados.)
El C. presidente, a las 11.37 a. m.: Se abre la sesión de Colegio Electoral.
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintisiete de diciembre de mil novecientos veinte.
"Presidencia del C. Rodrigo Gómez.
"En la ciudad de México, a las cinco y cuarenta de la tarde del lunes veintisiete de diciembre de mil novecientos veinte, con asistencia de ciento cuarenta y nueve ciudadanos diputados y presuntos diputados, se abrió la sesión.
"El C. Casas Alatriste pidió que se pasara a sesión de Cámara de Diputados, a fin de concluir la discusión de la iniciativa de Ley de Ingresos; y como la Presidencia no accediera, aquél solicitó se hiciera constar su protesta en esta acta. El ciudadano presidente sometió el punto a la resolución de la Asamblea, y ésta determinó que continuara la sesión de Colegio Electoral.
"El acta de la celebrada el día veinticuatro del presente mes se aprobó sin debate y en seguida se puso a discusión el dictamen de la tercera Sección de la primera Comisión de Poderes que propone para diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el décimo distrito electoral de Oaxaca, a los CC. Eduardo Guerrero y Juan Antonio Orozco.
"El C. Porfirio del Castillo solicitó se diera cuenta con otro dictamen sobre este asunto, formulado por el C. Manuel García Vigil. La Secretaría proporcionó un informe a este respecto, y el C. Vasconcelos hizo una aclaración.
"El propio C. Vasconcelos habló en contra del dictamen, interpelando a los CC. Eduardo Guerrero y Manrique.
"El C. Eduardo Guerrero usó de la palabra en pro e interpeló al C. Céspedes, quien contestó.
"Presidencia del C. Aurelio Manrique.
"El C. Huerta impugnó el dictamen. Durante la peroración de este diputado, la Secretaría proporcionó informes a pedimento de los CC. Bordes Mengel y De la Torre, se dieron a conocer varios documentos cuya lectura interrumpió el C. Vasconcelos con una moción de orden, y el C. Cano, a nombre de la sección respectiva, y en virtud de una interpelación del orador, hizo aclaraciones en apoyo del dictamen, contestando preguntas de los CC. Vasconcelos y Leyva.
"Los CC. prosecretario Castrejón y secretario Tirado también hicieron aclaraciones relacionadas con unos informes que acerca del candidato Guerrero se pidieron por telégrafo a Oaxaca.
"Hablaron en pro y en contra, respectivamente, los CC. Bordes Mangel y Vasconcelos; del último contestó una interpelación el C. Ignacio C Reyes.
"El C. Rafael Martínez de Escobar rectificó hechos.
"Con el mismo fin la Presidencia concedió la palabra al C. Cienfuegos y Camus, quien no llegó a hacer uso de ella en virtud de que la Asamblea consideró el asunto suficientemente discutido.
"En votación económica se aprobó la validez de las elecciones y por lo que hace a la proposición de que es diputado propietario el C. Eduardo Guerrero y suplente el C. Juan Antonio Orozco, a pedimento del C. Cosme D. Gómez, debidamente apoyado, se recogió votación nominal de la que se obtuvieron ciento cuatro votos por la afirmativa y diez y nueve por la negativa. En consecuencia, no había quórum.
"A las nueve y cincuenta de la noche se levantó la sesión.
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán ponerse de pie. Aprobada.
Se va a tomar la votación del siguiente punto resolutivo pendiente ayer por falta de quórum.
2o. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Eduardo Guerrero y Juan Antonio Orozco.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
El C. Manrique: Para una moción de orden.
El C. presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Manrique: En nombre de los compañeros que votaron ayer negativamente el dictamen, desisto de la petición de votación nominal para ahorrar tiempo, en vista de que es claro el sentir de la Asamblea.
El C. secretario Valadez Ramírez: Habiéndose retirado la petición de votación nominal, en votación económica se consulta la aprobación de este punto resolutivo. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Aprobado. (Aplausos.)
La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Que son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el 10 distrito electoral del Estado de Oaxaca, los CC. Eduardo Guerrero y Juan Antonio Orozco.
El C. presidente: Se ruega a los ciudadanos diputados y presuntos diputados, se sirvan ocupar sus curules. La Presidencia, con la energía que es pertinente en estos momentos, excita a las comisiones de poderes para que en un término breve, brevísimo, tengan la bondad de dictaminar los expedientes electorales pendientes, pues se corre el riesgo de que llegue el día último y sería vergonzoso para esta Asamblea que quedaran sin dictaminar esos asuntos electorales. Por lo tanto, se ruega a los ciudadanos diputados Bordes Mangel, presidente de la 1a. Sección que tiene dos expedientes pendientes, tenga la bondad de dictaminarlos inmediatamente. (Voces: ¡No está!) Aun cuando no esté. El señor Cano que tiene pendiente uno...
El C. Paz: Para una moción de orden. Respecto a dos expedientes que tiene el señor Bordes Mangel, como yo soy suplente, la Comisión me paso uno de ellos y este mismo día estará presentado a la Asamblea.
El C. presidente: El señor Cano tiene un expediente, el señor Tirado uno, el señor Aurelio Manrique tiene tres, (Siseos.) el señor Portes Gil uno, y el señor Altamirano uno. La Presidencia no tacha a estos señores de negligencia, sólo les ruega que dictaminen a la mayor brevedad y si fuese posible hoy mismo.
El C. Tirado: Para una aclaración, señor presidente. El único expediente que tiene la Comisión de la que soy miembro, está ya dictaminado; en estos momentos se recogen las firmas y entiendo que hoy mismo podrá entrar. Lo tiene el ciudadano Avilés y corresponde a la Baja California.
El C. presidente: Se pasa a sesión de Cámara de Diputados y después seguiremos con los dictámenes.
SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
EFECTUADA EL DÍA 28 DE DICIEMBRE DE 1920
SUMARIO
1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior. Rinde la protesta de ley el C. Eduardo Guerrero, diputado propietario por el 10 distrito electoral del Estado de Oaxaca.
2. - Se recoge la votación pendiente, acerca del inciso (c) de la fracción XIV del artículo 1o. de la iniciativa de la Ley de Ingresos; se aprueba y pasa dicha iniciativa al Senado para los efectos constitucionales. Se da cuenta con los asuntos en cartera, turnándose a la Comisión de Presupuestos y Cuenta dos oficios de la Secretaría de Gobernación que se refieren, respectivamente, a reformas de partidas del Presupuesto de Egresos del Ramo Judicial y al envío del proyecto de Presupuesto de la Dirección General de Educación Pública.
3. - Iniciativa del Congreso de Sinaloa, para reformar el artículo 27 de la Constitución federal; a las comisiones unidas de Agricultura y Fomento y 1a. de Puntos Constitucionales, e imprímase. Solicitud de aumentos de sueldos al personal administrativo de la Dirección Forestal; a la Comisión de Presupuestos y Cuenta. Pasa a la Comisión de Universidad y Bellas Artes un proyecto de ley de varios ciudadanos representantes, para que se reconozcan los estudios hechos y los títulos expedidos en la Escuela Libre de Derecho.
4. - Proposición de numerosos ciudadanos diputados, para que se incluya en el Presupuesto de Egresos la cantidad de un millón de pesos para convertir en carretera moderna el camino nacional de México a Veracruz; a las comisiones unidas de Presupuestos y Cuenta y 2a. de Comunicaciones. Proyecto de ley del C. diputado Gómez Luna, relativo a que se ceda al Gobierno de Sinaloa un terreno para la construcción de una escuela, así como la cantidad de $40,000.00 para dicho objeto. Apoyan esta iniciativa numerosos ciudadanos diputados; a las comisiones unidas 2a. de Hacienda y de Presupuestos y Cuenta.
5. - Es aprobada una proposición del C. diputado Velásquez López, por la que se le concede permiso para desempeñar una comisión del Ejecutivo, llamándose a su suplente. Primera lectura del dictamen de la Comisión de Marina, que consulta una pensión a favor de la señorita Julia Godínez; se le dispensa la segunda lectura; a discusión el primer día hábil. Se turna a las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Gobernación una iniciativa de reformas a los artículos 73, 89 y 92 de la Constitución federal, del C. diputado Paz.
6. - Pasan a la Comisión de Presupuestos y Cuenta dos escritos que se refieren, respectivamente, a una petición de numerosos ciudadanos diputados por Guerrero, a fin de que se autorice la suma de $500,000.00 para construir un muelle fiscal en el puerto de Acapulco, y a la solicitud de varios vecinos de Oaxaca, apoyada por numerosos ciudadanos diputados, para que al estudiarse el proyecto de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial para 1921, se tenga en cuenta
el formulado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Iniciativa del C. Hernández Jerónimo, que hacen suya algunos ciudadanos diputados, para que en el próximo Presupuesto de Egresos se consigne la suma de $80,000.00 destinada a la construcción de una presa para el aprovechamiento de las aguas del río Acatic, Jalisco; el mismo trámite.
7. - Se aprueba y pasa al Senado para los efectos constitucionales, la minuta con el proyecto de ley por el que se otorga pensión a la señorita Julia Iglesias Calderón. Dictamen de las comisiones unidas 1a. de Crédito Público y 1a. de Hacienda, acerca del proyecto de ley del C. diputado Manero, para establecer el Banco de la República; se le dispensan las lecturas, imprímase y a discusión el primer día hábil. Se aprueba una proposición de varios ciudadanos diputados, a efecto de que se discuta a la mayor brevedad el Presupuesto de Egresos del Ramo de Educación Pública. Igualmente es aprobada una moción del C. diputado Sánchez Pablo H., hecha suya por numerosos diputados más, tendente a que se solicite por la vía más rápida, del Gobierno de los Estados Unidos, el indulto para los mexicanos Agustín L. Sánchez y Enrique García.
8. - Primera lectura de los dictámenes de las comisiones siguientes: De la 4a. Sección de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, relativo al Presupuesto del Poder Judicial de la Federación; de la 2a. de Puntos Constitucionales, conteniendo un proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Alberto J. Pani, para aceptar una condecoración del presidente de la República Francesa; de la 2a. de Relaciones Exteriores, que termina con un proyecto de decreto concediendo licencia al C. Carlos R. Menéndez, para desempeñar un cargo consular de Costa Rica, en Yucatán; de la 1a. de Hacienda, que consulta una pensión a favor del C. ingeniero Antonio M. Anza; se les dispensa la segunda lectura y quedan a discusión el primer día hábil.
9. - El mismo trámite que a los anteriores, dióse a los dictámenes siguientes: De la 2a. Comisión de Hacienda, concediendo pensión a las señoritas Rosario y María Ramírez; de la misma Comisión, proponiendo se conceda pensión a la señora Hilaria G. viuda de Oviedo; de la 3a. de Guerra, que termina con un proyecto de decreto otorgando pensión a las señoritas Candelaria y Josefa Escalona.
10. - Se pone a discusión el dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta un proyecto de decreto por el que se reducen los derechos de exportación de ganado vacuno. Se nombra una comisión para que visite al C. diputado Barragán Martín, con motivo de un cuidado grave de familia. Se levanta la sesión.
DEBATE
Presidencia del C. MARTÍNEZ DE ESCOBAR RAFAEL
(Asistencia del mismo número de ciudadanos diputados que estuvo presente en la sesión inmediata anterior de Colegio Electoral.)
- El C. presidente, a las 11:30 a.m.: Se abre la sesión de Cámara de Diputados
- El C. secretario Valadez Ramírez, leyendo:
"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día veintisiete de diciembre de mil novecientos veinte.
"Presidencia del C. Aurelio Manrique.
"En la ciudad de México, a las once y quince de la mañana del lunes veintisiete de diciembre de mil novecientos veinte, con asistencia de ciento veintisiete ciudadanos diputados, se abrió la sesión.
"Sin debate se aprobó el acta de la celebrada el día veinticuatro del mes en curso.
"El C. Tirado informó del resultado de la comisión que se acercó al ciudadano presidente de la República, a fin de pedirle garantías para los partidos políticos del Estado de Puebla.
"El C. Francisco Soto manifestó que no había podido reunirse la comisión designada para solicitar del ciudadano presidente de la República la remoción de la sierra de Puebla del C. general Gabriel Barrios. La Presidencia nombró una nueva comisión formada por los CC. Vadillo, Lechuga, Vito Alessio Robles, Norberto Domínguez, Alvarez del Castillo y secretario Tirado.
"Se dio cuenta con un dictamen de la segunda Comisión de Hacienda, que consulta el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Como recompensa a los meritorios servicios prestados a la patria por el extinto C. José María Iglesias, se concede a su hija, la señorita Julia Iglesias Calderón, una pensión de diez pesos diarios, que le serán pagados sin descuento alguno y mientras conserve su actual estado civil, por la Tesorería General de la Federación.
"Se aprobó, sin discusión, por ciento diez y seis votos de la afirmativa, contra trece de la negativa, de los CC. Acevedo, Avilés, Cuervo, Lira, Leyva, Ortiz, Ramírez Francisco Modesto, Ramos Esquer, Romero, Sánchez Pablo H., Soto Francisco, De la Torre, y Vásquez, y paso a la Comisión de Corrección de Estilo en turno.
"La Comisión de Presupuestos y Cuenta presentó reformados los incisos (b), (c) y (d) de la fracción XIII del artículo 1o. de la iniciativa de Ley de Ingresos, así como el inciso (c) de la fracción XIV del mismo artículo.Asimismo, presentó la Comisión, como artículo 1o. transitorio, el artículo 8o. de su dictamen primitivo.
"Con excepción del inciso (c) de la fracción XIV, se aprobó el dictamen de la Comisión, por ciento treinta y dos votos de la afirmativa, contra dos de la negativa, de los CC. Avilés y Mijares.
"Los incisos y el artículo 1o. transitorio aprobados, están concebidos en éstos términos:
"Artículo 1o.
"Fracción XIII.
"Inciso (b) Contribución federal sobre los enteros hechos en las oficinas recaudadoras de los Estados, Territorios y Distrito Federal y en las de los municipios, que se causará y percibirá a razón del cuarenta por ciento sobre dichos enteros, en la forma prescripta por las leyes vigentes.
"Inciso (c) Impuesto extraordinario de 1921, que se pagará mediante la expedición de certificados especiales, de acuerdo con los artículos transitorios de la nueva Ley del Timbre.
"Inciso (d) Contribución de uno por ciento anual sobre los capitales impuestos o que en lo sucesivo se impongan con garantía hipotecaria o a censo consignativo, que será pagada precisamente por los dueños de capitales, causen o no intereses y cualquiera que sea el motivo del reconocimiento;
aun en el caso de los capitales que, como resto del precio de operaciones de venta que queden reconociendo con hipoteca del inmueble vendido, y en aquel en que, por no admitir la división los bienes de una herencia el heredero o legatario a cuyo favor se haga la adjudicación, reconozca a los demás sus porciones hereditarias, con hipoteca de los mismos bienes. Al efecto, se observarán las reglas siguientes:
"1a. La expresada contribución, tratándose de capitales que estuvieren ya impuestos con anterioridad, comenzará a causarse desde la fecha en que empiece a regir esta ley, y respecto de capitales que en lo sucesivo se impongan, desde la fecha en que se autoricen las escrituras.
"2a. No causan dicha contribución:
"Los capitales pertenecientes a los gobiernos de la Federación, de los Estados o de los municipios;
"Los de las instituciones de Beneficencia e Instrucción Pública o de Beneficencia Privada, reconocidas por el Gobierno de la Federación o de los Estados y que se hallen bajo su vigilancia, así como aquellos cuyos productos se destinen al sostenimiento de las mismas instituciones;
"Los de los Bancos intervenidos por el Gobierno;
"Los de los Bancos refaccionarios, y
"Los demás que exceptúen las leyes especiales.
"3a. En las épocas y plazos que fije el Reglamento respectivo, las oficinas del Registro Público de la Propiedad, los notarios y los dueños de capitales impuestos, manifestarán ante la Secretaría de Hacienda o las oficinas que éste designe, respecto de los capitales ya impuestos y de los que en adelante se impongan, su monto, el tiempo que deba durar la imposición y los demás datos que el mismo Reglamento fije.
"4a. El pago se hará mediante estampillas comunes, habilitadas con la siguiente leyenda: "Capitales."
"5a. El Ejecutivo queda facultado para reglamentar esta contribución y para fijar las penas en que incurran los infractores."
"Artículo 1o. transitorio. Todos los decretos y demás disposiciones de carácter general dados por el Ejecutivo de la Unión en uso de facultades extraordinarias en materia de ingresos, continuarán en vigor en todo lo que no se oponga a la presente ley."
"A discusión del inciso (c) de la fracción XIV, hablaron en contra de los CC. Villalobos y Ramos Pedrueza; el primero fue interrumpido por aclaraciones de los CC. Francisco Trejo y Gandarilla, y el último interpeló a la Comisión dictaminadora, por la que contestó el referido C. Trejo, quien luego paso a la tribuna y sostuvo el punto a debate, siendo interrumpido por aclaraciones de los CC. Gandarilla y Ramos Pedrueza.
"Presidencia del C. Vito Alessio Robles.
"El C. Manrique usó de la palabra en pro, habiéndole interrumpido una interpelación del C. Jesús Z. Moreno.
"Presidencia del C. Rafael Martínez de Escobar.
"Los CC. Cuervo y Ramos Pedrueza interpelaron a la Comisión, contestándoles los CC. Francisco Trejo y Siurob. Este habló luego en pro.
"El C. Felipe de la Barrera impugnó el inciso a debate; el orador interpeló al C. Manrique, quien respondió, y contestó una pregunta del C. Vito Alessio Robles.
"Por último, volvió a usar la palabra el C. Manrique.
"Declarado el asunto suficientemente discutido, se procedió a la votación respectiva, pero ya se había desintegrado el quórum, pues votaron afirmativamente noventa y tres ciudadanos diputados y en sentido contrario, tres.
"A las dos y media de la tarde se levantó la sesión."
El C. presidente: Se ruega a los ciudadanos diputados no abandonen el salón, pues se va a tomar una votación inmediatamente después de aprobada el acta.
El C. secretario Valadez Ramírez: Está el acta a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.
El C. presidente: Encontrándose a las puertas del salón de sesiones el ciudadano diputado Eduardo Guerrero, la Presidencia comisiona a los ciudadanos diputados José Maqueo Castellanos, Modesto Ramírez y prosecretario Camarena, para que lo introduzcan a rendir la protesta de ley.
(Rinde la protesta el C. diputado Guerrero.)
El C. secretario Valadez Ramírez: Se procede a tomar la votación nominal pendiente de la sesión anterior, por falta de quórum, del inciso (c), fracción XIV del artículo 1o. Por la afirmativa.
El C. Villalobos Gumaro: Pido la palabra. Pido que se vote por separado el artículo 4o. de la fracción XIV, en que se rebaja el 10 por ciento a la cerveza, de lo que paga actualmente.
Presidencia del C. MANRIQUE AURELIO
El C. presidente: El Reglamento es terminante en este sentido, ciudadano Villalobos; si hubiese habido una discusión independiente del inciso a que usted se refiere, entonces sí podría hacerse; pero como se ha discutido en conjunto, va a votarse en conjunto, compañero.
El C. secretario Valadez Ramírez: Por la afirmativa.
El C. Ortiz Manuel: Por la negativa.
(Votación.)
El C. Ortiz Manuel: Votaron por la negativa 4 ciudadanos diputados.
El C. secretario Valadez Ramírez: Votaron por la afirmativa 128 ciudadanos diputados. Ha sido aprobado el inciso (c) de la fracción XIV del artículo 1o. Pasa la Ley de Ingresos al Senado, para los efectos constitucionales.
El C. presidente: Se nombra en comisión para llevar la Ley de Ingresos al Senado, a los ciudadanos diputados Francisco Trejo, Arroyo Ch.
Agustín, Chávez Francisco, Rico G. Manuel, Maqueo Castellanos y secretario Valadez Ramírez.
El C. secretario Valadez Ramírez: Se va a dar cuenta con los asuntos en cartera:
"La Secretaría de Gobernación transcribe, por medio de su oficio número 5,224, fechado el día 14 del presente, un oficio dirigido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pidiendo se reformen algunas de las partidas que figuran en el proyecto de Presupuesto de Egresos del ramo judicial." - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"La Secretaría de Gobernación envía, con su oficio número 5,234, fechado el día 24 del presente, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Dirección General de Educación Pública y sus dependencias, y doce anexos relativos a distintos ramos del mismo Presupuesto de Egresos para 1921." - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"La Secretaría de Gobernación, por medio de su oficio número 6,770, fechado el día 20 de los corrientes, transcribe una nota en que la Secretaría de Relaciones Exteriores comunica que el Consulado de Kansas City, E. U. A., le informa que el general Juan G. Cabral ha sido puesto en libertad con fecha 26 de noviembre." - A su expediente.
"La Secretaría de Gobernación, por medio de su oficio número 6,775, fechado el día 20 del actual, comunica que ya solicitó informes al gobernador de Tamaulipas, con motivo de la queja presentada por el C. Arnulfo Peña." - A su expediente.
"La Secretaría de Gobernación transcribe, por medio de su oficio número 6,757, fechado el día 21 de los corrientes, un oficio que le dirigió la Secretaría de Relaciones Exteriores, comunicando que la Embajada de México en Washington se ocupa ya de gestionar la libertad de los CC. Enrique y Ricardo Flores Magón." - A su expediente.
"La Secretaría de Gobernación, por medio de su oficio número 6,770, fechado el día 20 de los corrientes, transcribe el telegrama que le dirigió el C. diputado Miguel Alonzo Romero, con motivo de la representación que hizo por la expedición en el Estado de Yucatán, de la Ley de Amnistía." - A su expediente.
"El Congreso del Estado de Guerrero comunica, por medio de su oficio, fechado en Chilpancingo, el día 18 del presente, que en la misma fecha clausuró su segundo período, prorrogado, de sesiones ordinarias, dejando nombrada su Diputación Permanente." - De enterado.
"El Congreso del Estado de Sinaloa comunica, por medio de su circular número 6 fechada en Culiacán el día 15 del actual, que en la propia fecha clausuró su primer período ordinario de sesiones dejando instalada su Diputación Permanente." - De enterado.
"El Congreso del Estado de Sinaloa envía, por medio de su comunicación número 508, fechada en Culiacán el día 15 de los corrientes, una iniciativa de reformas al artículo 27 de la Constitución Política de la República." - A las comisiones unidas de Agricultura y Fomento y Puntos Constitucionales en turno, e imprímase.
"La Legislatura del estado de Oaxaca comunica, por medio de su telegrama fechado el día 25 de los corrientes, que ha concedido licencia por seis días al C. gobernador constitucional, general Manuel García Vigil, nombrando para substituirlo al C. Carlos Bravo." - De enterado.
"El C. licenciado Abelardo Medina y Díaz comunica, por medio de su circular número 1, fechada en Tijuana, Baja California, el día 7 del presente, que en la propia fecha tomó posesión del Juzgado 1o. de Distrito de dicho Territorio." - De enterado.
"Los CC. A. Escudero, M. Nava, Jacobo López y quince firmantes más, miembros del Servicio Técnico Forestal dependiente de la Secretaría de Agricultura y Fomento, envían un escrito, por el que suplican que en el Presupuesto de Egresos para 1921 se consigne un aumento equitativo a los sueldos del personal administrativo de la Dirección Forestal." Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
Telegrama procedente de "Guadalajara, Jalisco, a 27 de diciembre de 1920.
"Secretarios de la H. Cámara de Diputados:
"En mayoría cabeceras distritos electorales verificáronse ayer juntas computadoras, bajo la más descarada y brutal presión. En distrito donde mayoría presidentes de casillas electorales nuestros formaban quórum integrar juntas, presidentes municipales negándose instalarlas, en otros con insignificante número presidente casillas instalaron computadoras, otorgando y visando credenciales
vadillistas. Tercer distrito Zoapan, donde figura como candidato a diputado el secretario particular en funciones del gobernador encargado del Poder Ejecutivo local, mandó instalar Junta cincuenta hombres de la policía municipal Guadalajara, los que maüsser en mano disolvieron Junta legal, instalando nueva, apoyados presidente municipal ese lugar, obligando a mayoría presidentes instalar nueva Junta en lugar extraño casa edilicia.
"Mañana enviaremos a usted fotografías donde aparece fuerza armada local. Junta Computadora, sin embargo de los incalificables y monstruosos atropellos nuestros candidatos, portáronse virilmente, instalando juntas computadoras, cuya legalidad se manifiesta por estar integradas con mayoría absoluta, presidentes casillas distrito electoral. Ahualulco, cabecera 11 distrito electoral, donde juega candidatura vadillista del presidente municipal en funciones Guadalajara, señor gobernador Estado envió toda la policía reservada con objeto de hacer presión Junta Computadora. Mucho nos tememos que no obstante la serenidad del gobernador electo, señor Escudero, nuestros numerosos partidarios no toleren grosera imposición. Hacemos de su superior conocimiento que la actitud observada por fuerzas federales en los actos electorales fue y continúa siendo de completa imparcialidad, contrarrestando con las fuerzas municipales y del Estado, que han sido manejadas por los líderes del vadillismo a su antojo. Mañana enviaremos a ustedes información completa sobre forma en que instaláronse y resultado de las juntas computadoras. Por ausencia del presidente del Partido Nacional Jalisciense, licenciado Manuel Alvarez del Castillo. - El secretario, Edgoberto de la Mora." - Recibo.
Telegrama procedente de "Ocotlán, Jalisco, 28 de diciembre de 1920.
"Diputado Juan Bravo y Juárez.- Cámara de Diputados.
"Resultado Junta Computadora presidida Zúñiga Hermosillo, 1,359 sobre enemigo.- Severino Bravo y Juárez.
Telegrama procedente de "Guadalajara, Jalisco, 28 de diciembre de 1920.
"Diputado Basilio Vadillo.- Cámara de Diputados.
"San Gabriel triunfó Santa Ana, Tamazula. López usted allí 17,000 votos completamente comprobados 18 distrito. Salúdolo.- J. M. Otero."
Telegrama procedente de "Guadalajara, Jalisco, a 25 de diciembre de 1920.
"Secretarios de la H. Cámara de Diputados.
"Con esta fecha, este Partido Nacional Jalisciense dirige a sus candidatos triunfantes para diputados al Congreso local, el siguiente telegrama: " Con satisfacción comunícole que por noticias recibidas hasta día de hoy, mi candidatura triunfó completamente en diez y siete de los veinte distritos electorales de Jalisco. Partido Nacional Jalisciense tiene aseguradas trece credenciales de diputados y espera de la patriótica gestión de usted, coopere a obtener credenciales ese distrito. Triunfo tan absoluto ha desmoralizado al enemigo, que está perdiendo el apoyo prestárale Gobierno local por la vigilancia honrada y estricta del Gobierno del Centro. Felicítolo y salúdolo." Lo que me permito transcribir a usted para su conocimiento. Respetuosamente. - S. Escudero." - Recibo.
"Los CC. diputados Portes Gil, Franco Urías Solís, Meza, Camarena, Martínez de Escobar Rafael, Valadez Ramírez, García Socorro y Manrique, apoyados por numerosos ciudadanos representantes más, presentan un proyecto de ley por el que se reconocen los estudios hechos y títulos expedidos en la Escuela Libre de Derecho de la ciudad de México." - A la Comisión de Universidad y Bellas Artes, e imprímase.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"H. Asamblea:
"Los subscriptos, diputados de Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Hidalgo, México y demás firmantes, ante vuestra soberanía respetuosamente exponen lo siguiente:
"Siendo un gran problema nacional la falta de comunicaciones que origina, como en el Puerto de Veracruz, grandes conflictos por la congestión de carga y la falta de medios de hacerla llegar a su destino, por lo que han tenido que suspender sus viajes reglamentarios algunos barcos, por no tener dónde descargar sus mercancías y las costosas demoras por falta de alijo y material rodante, impidiendo todo esto que los comerciantes puedan rebajar los precios en la gran proporción que podrían hacerlo, de no tener estas dificultades.
"Considerando que es nuestro deber hacer todo lo posible por que se abarate el costo de la vida, ya que otras naciones al terminar la guerra europea y para conjurar en lo posible la crisis mundial obrera, han iniciado una gran reducción en los precios, cumple a nuestro deber resolver dentro de las posibilidades del Gobierno, problema de tanta trascendencia, planteándolo en la forma siguiente:
"El Ferrocarril Mexicano, que es el medio más rápido y seguro de comunicación con Veracruz, tiene 425 kilómetros de distancia y no tiene el material rodante necesario para todo el servicio.
"El camino nacional tiene de México a Veracruz 210 kilómetros, que puede reducirse a menos si se corrigen algunas curvas innecesarias que tiene, de donde resulta que por sólo la reducción de la distancia se obtiene una gran economía.
El Gobierno tiene y puede desde luego utilizar un buen número de grandes camiones que sirvieron ayer para llevar por donde transitaban destrucción y muerte, en forma de implementos de guerra y despojos sangrientos del combate y hoy pueden llevar elementos de trabajo y de vida en forma de mercancías y pasajeros.
Por lo tanto, nos permitimos someter a la
consideración de vuestra soberanía la siguiente proposición:
"1o. Incluyese en el actual presupuesto la cantidad de un millón de pesos para convertir en carretera moderna el camino nacional de México a Veracruz.
"2o. Se consideran de utilidad pública las expropiaciones indispensables para corregir la alineación y dar al ancho necesario al camino así como para establecer las estaciones y depósitos donde se necesiten.
"3o. Se autoriza al Ejecutivo para cobrar a los vehículos derecho de tránsito de cuyo producto íntegro se deducirá lo indispensable para los gastos de administración y conservación de la carretera aplicando el resto a prolongar y hacer derivaciones a la misma carretera.
"4o. Se dejará espacio suficiente para el tránsito de acémilas y peatones a quienes no se cobrará derecho alguno.
"5o. Se faculta al Ejecutivo para conceder permisos a empresas de transportes que garanticen los intereses del Gobierno y del público, vigilando por que no se cobre más de cuatro centavos oro nacional por pasajero de capacidad y seis por tonelada de carga por kilómetro, esto como máximum.
"6o. El Ejecutivo someterá a la aprobación de esta Cámara el contrato o contratos que celebre sobre el particular. - México, diciembre 22 de 1920. Se pide dispensa de trámites. - Juan B. Sariol. - Guillermo Rodríguez. - Jesús Z. Moreno. - Enrique Meza. - Leopoldo E. Camarena. - José H. Romero. - Aurelio Manrique. - Aurelio G. Márquez. - Joel Flores. Francisco Reyes. - Manuel Tello. - M. Zapata. - A. Hernández Coronado. - Porfirio del Castillo. - Aurelio M. Aja. - Antonio Ortega. - Ed. G. Cantón M. - Rafael M. González. - Juan Bravo y Juárez. - José G. Zuno. - F. Castrejón. - L. Chávez Franco. - R. V. Balderrama. - I. Peña. - M. G. Rojas. - Flavio B. Ayala. - Pedro de Alba. - Mauro Angulo. - Francisco Garza. - E. Espinosa y E. - S. García G. - Leopoldo Guadarrama. - Felipe de la Barrera. - Godofredo Guzmán Peláez. - E. Olguín. - Procuró Dorantes. - A. Guerrero. - Fidel Guillén. - Macario M. Hernández. - I. del Castillo. - Manuel Rico G. - J. Siurob. - A. E. Rama. - M. Navarro. - Pablo H. Sánchez. - Fernando Aguirre. - J. B. González. - Antonio Díaz. E. von Borstel. - Ed. Laris Rubio. - J. C. Miramontes. - César A. Lara. - Ignacio Luquín. - D. Montes de Oca. - José Castañón. - A. Castillo. - A. Aillaud. - L. Vicencio. - S. Franco Urías. - J. Macías R. - José Gálvez. - Manuel G. Toro. - G. Martínez. - Carlos Cuervo. - E. Gandarilla. - Ignacio C. Reyes. - M. Lomelí. - L. Gámiz. - A. Gutiérrez Castro. - J. R. Berúmen. - E. Aguirre C. - A. Manero. - Antonio Ortega. - José Luis Solórzano. - Joaquín E. Acevedo. - E. M. Barragán. - T. T. Gutiérrez. - Angel Alanís. - A. V. Ramírez. - J. M. Soto. - Salvador Saucedo. - I. Borrego. - Moisés Huerta. - Arnulfo Portales. - B. Ibarra. - G. Villalobos. - Luis L. León. - V. Alessio Robles. - E. Hernández. - Rubén Vizcarra. - J. Prieto Laurens. - Uriel Navarro. - José Méndez. - J. A. Aguilera. - E. L. Céspedes. - Octavio Paz. - Lucas Lira. - Gustavo P. Serrano. - José Leyva. - Leopoldo Estrada. - Carlos Gómez. - Daniel Castañeda Nigra. - Abraham Franco. - F. de la Peña. - M. F. Méndez. - Manuel Franco Cerqueda. - M. Ramírez." - A las comisiones unidas de Presupuestos y Cuenta y 2a. de Comunicaciones.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"H. Asamblea:
"José Gómez Luna, diputado por el 2o. distrito electoral del Estado de Sinaloa, ante vuestra soberanía, respetuosamente expone:
"El Ejecutivo del Estado de Sinaloa, a moción del H. Ayuntamiento de Mazatlán, en ocurso fechado el 19 de noviembre próximo pasado, solicita de la Representación Nacional, ceda a la Entidad referida, el terreno y las ruinas del que fuera cuartel "Rosales" para la creación de una escuela, y se le otorgue una ayuda pecuniaria para llevar a cabo el proyecto que abriga el Gobierno de aquel Estado.
"El terreno que solicita el ciudadano gobernador de Sinaloa, se halla ubicado en el puerto de Mazatlán, el de mayor importancia en el Pacífico, y uno de los que rinden mayores provechos por concepto de impuestos a la nación. No obstante esto, Mazatlán ha sido escasamente atendido por todos los gobiernos, hasta darse el caso de que no haya obras de puerto ni un muelle adecuado para los trabajos de carga y descarga. Por estas consideraciones, y otras de que hablaré después, la petición del gobernador de Sinaloa, que entraña una idea noble, progresista y patriótica, merece ser atendida.
"El cuartel "Rosales", o más bien dicho sus ruinas, se encuentran en una ligera eminencia que con el ensanche de la población ha quedado casi en el centro de la ciudad. Ningún lugar menos adecuado para la edificación de un cuartel, máxime cuando la tendencia actual es la de construir tales edificios alejados de las poblaciones, con propósitos de moralidad, orden e higiene para la tropa. A mayor abundamiento, el Gobierno Federal tiene ya en construcción para sus dependencias civiles en aquel puerto, un edificio de suficiente amplitud para sus necesidades, así es que absolutamente para nada necesita aquel terreno, pues sería a todas luces inconveniente la reconstrucción del mencionado cuartel, tanto más cuanto que para alojar la escasa guarnición que necesita Mazatlán, dispone de un Fuerte situado al N. W. de la ciudad, y que a poco costo puede acondicionarse para alojamiento de la tropa.
"En el puerto expresado, como lo indica la petición, es difícil, por no decir imposible, conseguir en arrendamiento locales que reúnan las condiciones que requiere la higiene pedagógica, y así las escuelas se encuentran en locales inadaptados para el uso a que se les destina con grave perjuicio para la salud de la niñez. Es pues, urgente, proveer al citado puerto de un establecimiento que reúna las debidas condiciones higiénicas y pedagógicas en bien de aquella ciudad industriosa y trabajadora que tan cuantiosamente coadyuva a los gastos nacionales y que como es sabido, ha sido la cuna de la democracia mexicana.
"El gobernador de Sinaloa necesita invertir fuertes cantidades de dinero para la construcción de otros edificios escolares, y como el Erario de aquella Entidad se encuentra en situación precaria por los compromisos que contrajo la administración anterior del general Ramón F. Iturbe, así como por
haber hecho el Tesoro del Estado, en diferentes circunstancias importantes erogaciones por concepto de haberes para las tropas del Ejército federal, y por haber incurrido en gastos relacionados con la Federación, todo lo cual importó fuertes sumas que aún no reintegra el Gobierno del Centro, es de justicia que se otorgue al Gobierno de Sinaloa no solamente el terreno, que puede decirse no representa ningún valor para la nación, sino una ayuda pecuniaria a fin de que el Gobierno de Sinaloa pueda llevar a cabo su proyecto de erigir un establecimiento docente en el lugar expresado.
"Por las razones expuestas y las invocadas por el gobernador del Estado de Sinaloa en su solicitud de 19 de noviembre último, que se turnó a la 2a. Comisión de Peticiones de esta H. Cámara, solicito atentamente se sirva aprobar el siguiente proyecto de ley:
"1o. Se cede en pleno dominio al Gobierno del Estado de Sinaloa, el terreno donde estuvo edificado el cuartel "Rosales" en el puerto de Mazatlán, y que está limitado por las calles Hidalgo, Benito Juárez, República y Febo, terreno que destinará el Gobierno de Sinaloa para una escuela de enseñanza primaria elemental y superior u otro establecimiento docente.
"2o. Se concede al Gobierno del Estado de Sinaloa un subsidio de $40,000.00 (cuarenta mil pesos), que destinará al objeto expresado en el artículo anterior, poniéndose dicha suma desde luego a disposición del Gobierno de aquel Estado.
"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, diciembre 14 de 1920.- José Gómez Luna.
"La diputación de Sinaloa hace suyo en todas sus partes el anterior proyecto.- Francisco Ramos Esquer.- Macedonio B. Gutiérrez.- F. B. Martínez.- J. Joaquín Silva.
"Hacemos nuestro el anterior proyecto de ley.- R. Casas Alatriste.- M. Montero Villar.- Rodrigo Palacio.- Ignacio Luquín.- José C. Miramontes.- L. Vicencio.- D. Montes de Oca.- J. Prieto Laurens.- Tereso Reyes.- J. Macías Rubalcaba.- Lorenzo Gámiz.- R. Balderrama.- Lic. Rodríguez López.- Juan Angel Morales.- Gustavo S. Martínez.- S. Franco Urías.- S. García G.- R. A. Alvarez.- F. González y González.- Gustavo P. Serrano.- Leopoldo Guadarrama.- Manuel Ortiz.- C. Argüelles.- N. Domínguez.- L. Chávez Franco.- F. B. Ayala.- E. del Castillo.- Manuel Rico G.- Leopoldo Estrada.- Lic. Pablo H. Sánchez.- M. Ortiz.- J. B. González.- A. V. Ramírez.- Lucas Lira.- Luis Guzmán.- Miguel G. Calderón.- José H. Romero.- Mauro Angulo.- E. von Borstel.- Luis G. León.- Arnulfo Portales.- Cosme D. Gómez.- Aurelio P. Márquez.- Juan Quiroga.- Franco M. Ramírez.- G. Villalobos.- José Gálvez.- Ignacio C. Villegas.- A. J. Mijares.- Guillermo Rodríguez.- A. Díaz Soto y Gama.- E. Hidalgo Catalán.- Manuel G. Toro.- Joaquín E. Acevedo.- Manuel Franco Cerqueda.- Jaime A. Solís." - A las comisiones unidas 2a. de Hacienda y de Presupuestos y Cuenta.
"H. Asamblea:
"El subscripto, diputado en ejercicio por el 6o. distrito electoral del Estado de Chihuahua, ante vuestra ilustrada consideración, expone:
"Que, en acatamiento al precepto constitucional relativo a los permisos que cada Cámara debe de conceder a sus miembros para que puedan desempeñar empleos o comisiones del Ejecutivo federal, o de los Estados, me permito ocurrir atentamente a esta H. Asamblea, en solicitud de una licencia, que principie el día 1o. de enero próximo, terminando a mi aviso correspondiente a esta propia H. Cámara de Diputados, con el objeto de aceptar y poder desempeñar la comisión que el Ejecutivo federal me ha conferido, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
"Que para los efectos del llamado o simple aviso de mi suplente, se consulte primero a éste mismo cuál de ambos cargos de elección popular acepta, dado que es también diputado propietario en ejercicio al Congreso local del Estado de Chihuahua.
"Con mis consideraciones más debidas.- Pido dispensa de trámites.- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- México, 27 de diciembre de 1920.- A. Velásquez López."
En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Comisión de Marina.
"H. Asamblea:
"La Comisión de Marina que subscribe, se ha enterado con todo detenimiento de la solicitud de la anciana señorita Julia Godínez, así como del expediente en que constan los méritos que contrajo ante la nación el extinto capitán de fragata don Blas Godínez, padre de la mencionada.
"Por las constancias que obran en el expediente que nos ha sido turnado, consta que, efectivamente, la señorita Julia Godínez es hija del capitán de fragata ya expresado, el cual prestó muy loables servicios a la patria. Aparte de algunos de menor importancia, que no mencionaremos, el capitán Godínez tiene en su abono el haber apresado en 1857, siendo comandante del bergantín "Vencedor", a la goleta de guerra "Independencia", barco de los sublevados de Texas. En 27 de noviembre de 1838 y por haber solicitado formar parte de los defensores del castillo de San Juan de Ulúa, estando él libre de todo peligro en Isla del Carmen, fue nombrado para encargarse de la defensa exterior de Ulúa, donde se batió bizarramente contra la escuadra francesa que atacó dicho fuerte. Herido de gravedad en aquella desgraciada función de armas, perdió una mano y una pierna. El contralmirante francés Baudin le ofreció una cantidad, de que el capitán Godínez estaba urgentemente necesitado, pues desde el día de la capitulación carecía de sueldo; pero, obrando con delicadeza y patriotismo, rechazó la suma que se le ofrecía. Del mismo modo rechazó las proposiciones que le hiciera el príncipe de Joinville, de reconocerle su grado,
pagarle su sueldo y darle un puesto en la Armada francesa.
"En 1847 volvió a estar en Veracruz comandando las fuerzas que defendían el baluarte de Santiago, cuando las fuerzas americanas bombardearon el puerto. En septiembre del mismo año concurrió a las acciones del Valle de México y del Molino del Rey, portándose, dice su hoja de servicios, "con valor y honor." El capitán Godínez sirvió a su patria adoptiva (era originario de Cuba), durante 23 años, 7 meses y 27 días.
"Desde el 10 de marzo de 1879, en que murió, su hija Julia, que permanece soltera, ha venido viviendo del fruto de su trabajo sin solicitar nada de la nación, hasta ahora que, agobiada por los años y los padecimientos, invoca los méritos de su padre y solicita una pensión. La Comisión que subscribe considera de justicia su solicitud y propone a la H. Asamblea se sirva aprobar el siguiente proyecto de decreto:
"Único. Por los servicios prestados a la patria por el extinto capitán de fragata Blas Godínez, se concede a su hija Julia Godínez, una pensión de $4.00 diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras no cambie de estado."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 28 de diciembre de 1920.- E. von Borstel.- José Gómez Luna." - Primera lectura.
Se consulta a la Asamblea si dispensa la segunda lectura a este dictamen, a fin de que quede a discusión el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensa la segunda lectura y a discusión el primer día hábil.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"El C. diputado Octavio Paz, secundado por la diputación del Distrito Federal, presenta un proyecto de reformas a los artículo 73, 89 y 92 de la Constitución Política, con el fin de que sea suprimido el Gobierno del Distrito Federal." - A las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación en turno, e imprímase.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Honorable Asamblea:
"El origen de la creación del Gobierno del Distrito Federal no aparece en ninguna de las Constituciones expedidas en nuestro país, anteriores a la de Querétaro; pues ni en la de Apatzingán, de 22 de octubre de 1914; ni en la federalista, de 4 de octubre de 1824; ni en las siete leyes constitucionales de 29 de diciembre de 1836; ni en las Bases Orgánicas de 12 de junio de 1843; ni en la de 1857, se menciona algo siquiera relativo al Gobierno del Distrito Federal; sólo hasta la de 17, es cuando de una manera clara y terminante se expresa la forma de nombrar a este funcionario, cómo debe acordar, de quién debe depender, etcétera, etcétera.
"En cuanto a las leyes secundarias, únicamente aparece en nuestra legislación una que otra disposición, en la que se menciona al Gobierno del Distrito, y más bien en lo referente a sus funciones policíacas, siendo la más importante la relativa a las responsabilidades del gobernador en los delitos oficiales y comunes, en el decreto expedido por santa Anna, en 11 de marzo de 1853, y no fue sino hasta marzo de 1903, durante la administración porfiriana, en que, para quitar toda autonomía a los ayuntamientos, se expidió la Ley de Organización Política y Municipal del Distrito Federal, arrebatándoles sus facultades y estableciendo una Junta de Gobierno, compuesta por el gobernador, el presidente del Consejo Superior de Salubridad y el director general de Obras Públicas.
"El Gobierno del Distrito ha quedado plenamente comprobado en la práctica, que no sólo es innecesario, sino estorboso y perjudicial para el funcionamiento de los demás órganos del Gobierno en lo administrativo, en lo político y en lo económico, pues sus facultades se confunden y, en muchos casos, dan origen a conflictos con los demás poderes y autoridades, dándose casi a diario casos de invasión de atribuciones, ya sea con el Ayuntamiento, con la Secretaría de Gobernación, con el inspector general de Policía, etcétera, etcétera.
"Sus facultades bien pueden pasar, al ser suprimido el Gobierno del Distrito, a la Secretaría de Gobernación, a la de Hacienda, a la Universidad Nacional, etcétera; pues hasta se ha cometido la aberración de que parte de la Instrucción Pública dependa del Gobierno del Distrito. Dicha supresión en nada menoscabará la buena marcha administrativa, sino al contrario, evitaría los conflictos.
"Existiendo en el Distrito Federal el presidente de la República, el secretario de Gobernación, el gobernador del Distrito, el inspector general de Policía, todos ellos con funciones ejecutivas, siempre tendentes a ser dictatoriales, al ser suprimido el Gobierno del Distrito, sería un factor menos de cercenamiento de las libertades públicas, con lo que resultaría un beneficio en lo político para el pueblo, pues es sabido que constantemente ha sido una traba para la autonomía del municipio; y ya lo hemos visto, que cuando se han querido arrancar a éste sus libertades, se han aumentado las facultades del gobernador, y suprimiéndolo por medio de una reforma constitucional, se le evitaría esa tentación al Ejecutivo.
"Por otra parte, en lo económico también resultaría beneficiado el pueblo, pues el Gobierno del Distrito tiene un Presupuesto de Egresos de cerca de doce millones y medio de pesos, tendente a aumentar cada año, y si bien es cierto que la mayor parte de esos egresos pasarían al Ayuntamiento y a las secretarías de Estado, se obtendría, de todas maneras, un grandísimo ahorro en provecho de las diversas municipalidades del Distrito Federal, cuyos ayuntamientos se encuentran ahora en completa bancarrota, pues todos sus ingresos van a dar a la Federación y al Gobierno del Distrito, y al suprimirse éste, sería el primer paso para conquistar lo que ha sido su constante anhelo: La independencia económica, sin la cual es imposible la libertad política.
"Por estas consideraciones y otras muchas más, que serán expuestas en su oportunidad, nos permitimos proponer las siguientes reformas a la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
"Proyecto de reformas a los artículos 73, fracción IV, base 3a.; 89, fracción II, y 92 de la Constitución general de la República, suprimiendo el Gobierno del Distrito Federal.
"Artículo 73. Fracción IV. Base 3a.- Queda suprimido el Gobierno del Distrito Federal. Los de los Territorios estarán a cargo de gobernadores que dependerán directamente del presidente de la República, con quien acordarán por el conducto que determine la ley y serán nombrados por éste. A la mayor brevedad posible se expedirá una Ley de Organización del Distrito y Territorios.
"Artículo 89. Fracción II.- Nombrar y remover libremente a los secretarios del Despacho, al procurador general de la República, a los gobernadores de los territorios y al procurador general de Justicia del Distrito Federal y Territorios; remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes.
"Artículo 92. Todos los reglamentos, decretos y órdenes del presidente, deberán estar firmados por el secretario del Despacho encargado del ramo a que el asunto corresponda, y sin este requisito, no serán obedecidos. Los reglamentos, decretos y órdenes del presidente, relativos a los Departamentos administrativos, serán enviados directamente por el presidente, al jefe del Departamento respectivo."
"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 27 de diciembre de 1920.- 10 distrito, Octavio Paz.- 2o. distrito, Rafael Martínez de Escobar.- 5o. distrito, Rubén Vizcarra.- 9o. distrito, R. Casas Alatriste.- 11 distrito, Prieto Laurens.- 3er. distrito, Hidalgo Catalán.- 4o. distrito, V. Alessio Robles.- 6o. distrito, Rafael Ramos Pedrueza.- 7o. distrito, E. Aguirre Colorado.- 12 distrito, Argüelles.- Gustavo S. Martínez." - A las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales y 2a. de Gobernación, e imprímase.
"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados:
"Los subscriptos, diputados al Congreso de la Unión, considerando que el puerto de Acapulco es uno de los principales de la República y que con la apertura de la carretera que lo unirá con la importante ciudad de Iguala, se intensificará el intercambio comercial entre nuestro país, la parte occidental de los Estados Unidos, Centro y Sudamérica y las naciones del Extremo Oriente, China, Japón, etcétera, etcétera, y considerando que el puerto mencionado carece de un muelle fiscal que facilite la carga y descarga de los buques de gran calado que penetren a su bahía, atentamente sometemos a la muy respetable consideración de la H. Cámara de Diputados, el siguiente punto de acuerdo:
"Único. Autorícese la erogación de $500,000.00 quinientos mil pesos, para la construcción del muelle fiscal del puerto de Acapulco, cantidad que quedará incluida dentro de las erogaciones del Presupuesto del próximo año fiscal."
"Protestamos lo necesario.
"México, a 22 de diciembre de 1920.- U. Lavin.- Fidel Guillén.- I. Cervantes.- Juan B. Salazar.- E. Hidalgo Catalán.- A. Cienfuegos y C.
"Hacemos nuestro el proyecto que antecede.- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, diciembre 24 de 1920.- Luis L. León.- B. de la Vega.- V. Alvarez.- Rodrigo Palacio.- C. Rivera Cabrera.- M. F. Altamirano.- Luis Guzmán.- I. Borrego. - V. Alessio Robles.- L. Aldaco.- N. Domínguez.- E. Bordes Mangel.- Jesús Z. Moreno.- Francisco Castillo.- Manuel Rico G.- Antonio Díaz.- E. von Borstel.- L. Chávez Franco.- B. Vadillo.- R. V. Balderrama.- J. B. González.- L. Vicencio.- Ignacio Luquín.- J. C. Miramontes.- R. Esparza Martínez.- M. Ortiz.- Leopoldo Estrada.- Gustavo P. Serrano.- Godofredo Guzmán Peláez.- A Guerrero.- Clemente Munguía.- J. Aguilera.- Aurelio P. Márquez.- L. Espinosa y E.- M. G. Rojas.- E. M. Barragán.- E. Olguín.- A. Gutiérrez Castro.- Manuel Franco Cerqueda.- Leobardo L. Lechuga.- Gustavo S. Martínez.- M. Ramírez." - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"Las diputaciones de los Estados de Oaxaca y Veracruz, hacen suyo un memorial de numerosos ciudadanos vecinos de Oaxaca, por el que solicitan que al aprobarse el Presupuesto de Egresos del Poder Judicial para 1921, se tenga en cuenta el proyecto formulado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación." - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"El C. Jerónimo Hernández presenta una iniciativa con el fin de que, en el Presupuesto de Egresos se consigne la cantidad de $80,000.00 para la construcción de una presa para aprovechar las aguas del río Acatic, Jalisco. Hacen suya esta iniciativa los CC. diputados Espinosa, Solís, Camarena, Munguía, De la Barrera, Avilés, Céspedes y Trejo Erasmo." - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.
"Minuta.
"Proyecto de decreto.
"Artículo único. Como recompensa a los meritorios servicios prestados a la patria, por el extinto C. José María Iglesias, se concede a su hija, la señorita Julia Iglesias Calderón, una pensión de $10.00, que le serán pagados sin descuento alguno y mientras conserve su actual estado civil, por la Tesorería General de la Federación."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 28 de diciembre de 1920.- J. B. González.- Juan B. Salazar."
Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa,
sírvanse ponerse de pie. Aprobado. Pasa al Ejecutivo para los efectos legales.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Dictamen de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público o sobre la iniciativa del Banco de la República, presentada al Congreso por el C. diputado Antonio Manero.- México, diciembre, 1920.
"A la 1a. Comisión de Hacienda y 1a. de Crédito fue turnado para su dictamen el proyecto de ley para la fundación del Banco Único de Emisión, presentado al Congreso por el C. diputado Antonio Manero.
"Las comisiones que subscriben hacen constar desde luego que si no presentaron dictamen en los términos que marca el Reglamento, fue porque a pedimento del mismo diputado Manero la Cámara acordó esperar por un plazo prudente a fin de que el Ejecutivo del Gobierno pasado enviase a la Representación Nacional un proyecto de ley que anunció los mismos fines y que hubiera servido para ilustrar más ampliamente el debate sobre la materia; pero como hasta la terminación de aquel Gobierno el anunciado proyecto no se presentó al Congreso, y estando por fenecer el período ordinario de sesiones, las comisiones de Hacienda y Crédito Público creen un deber improrrogable rendir el dictamen que la Constitución y los reglamentos previenen sobre la iniciativa que para fundar el Banco de Emisión presenta el C. diputado Antonio Manero.
"Materia de cuidadoso estudio ha sido para las comisiones el referido proyecto y el primer punto considerado como indiscutible ha sido para ellas la necesidad ingente de fundar las nuevas bases del crédito bancario y, en consecuencia, la inaplazable obligación de reglamentar el artículo 28 constitucional, expidiendo la Ley Orgánica del Banco de la República Mexicana.
"Desde que la nación volvió a la vida constitucional en 1917, la reorganización del sistema bancario está siendo una de las más apremiantes necesidades públicas.
"En la moderna organización económica de las naciones, el crédito bancario es el eje en derredor del cual se mueven todas las otras actividades de la vida comercial, industrial y agrícola.
"La fijeza y regularidad de los cambios, la tasa de interés y los tipos de descuento, la facilidad y la multiplicación de las operaciones comerciales, el monto de los precios y de los salarios, toda la vida económica de un pueblo, absolutamente, tiene una relación de dependencia tan estrecha con el crédito bancario, que no puede concebirse en la actualidad a un pueblo, cuya circulación monetaria esté restringida a las especies metálicas y cuyo crédito comercial esté por completo entregado en manos de la especulación y de la usura.
"La falta del crédito bancario en México, tiene a todas las actividades económicas postradas en un verdadero raquitismo. La circulación monetaria no tiene elasticidad, los tipos de interés traspasan los límites de la usura, los precios se sostienen elevadísimos y la agricultura, la minería y la industria sucumben materialmente por la falta de capitales que les impulsen y vigoricen.
"En todos los tonos, durante los tres últimos años, se ha hablado de la necesidad imperiosa de emprender la importante obra, pero hasta la fecha todo había quedado en órbitas de la declamación, a no ser por el proyecto de ley que el presidente Carranza envió a esta Cámara de Diputados y el cual ya dictaminado, aunque con muy radicales reformas por dos legislaturas, fue retirado por aquel Gobierno a fines de 1919, por considerar que sus términos no se ajustaban a las verdaderas necesidades de aquel momento.
" La iniciativa presentada por el C. diputado Antonio Manero, llena muy ampliamente no sólo las necesidades impuestas por el precepto constitucional, sino también las más hondas necesidades económicas del país y desde luego resiste al análisis más minucioso de la legislación comparada, con los mejores ejemplos de bancos que han desarrollado con fortuna sus operaciones en los principales pueblos de Europa y Sudamérica y, por lo tanto, las comisiones, teniendo esto en cuenta, tanto como la axiomática necesidad de instituir cuanto antes el Banco de Emisión que la Constitución previene, pasa al análisis de la mencionada iniciativa, proponiendo su aprobación al Congreso de la Unión, previas las reformas de poco detalle que estas comisiones han creído conveniente hacer a la mencionada iniciativa.
"Para el caso de la constitución del Banco de la República Mexicana, como dice el diputado Manero en la exposición de motivos de su iniciativa de ley, queda solamente un punto de vista particular, que deberá ser también tomado en consideración, y es el que de la reforma a la ley actual de Instituciones de Crédito, significa o debe significar, no solamente una reforma de orden económico, perseguida desde mucho tiempo hace por nuestros economistas, bien patente en las luchas sostenidas por el Banco Nacional y los defensores de este principio en los años en que se preparó la Ley General de 1897, sino una reforma de orden político, sostenida como una necesidad desde los principios de la revolución, con el fin de descentralizar el poder económico de la oligarquía bancaria existente, aun cuando muy quebrantada en el presente, con objeto de abrir las fuentes del crédito y las facilidades de los negocios bancarios a una libre concurrencia, no condicionada a los compromisos de un reducido número de privilegios.
"Todo sistema bancario, sobre todo cuando alcanza un cuarto de siglo como el nuestro, penetra hondamente en las raíces de la economía política, y se liga de tal manera con las fuentes productoras del país, que operar en él una reforma radical, requiere el más grande desapasionamiento; y si alguna ventaja pudiera resultar de que el operar esta reforma se haya dilatado hasta los presentes días, deberá ser la que se lleve a cabo con la más grande serenidad y sin perder de vista los lazos inquebrantables que ligan a todo sistema bancario, bueno o malo, con el crédito interno o internacional del país.
"El crédito de la nueva institución estará ligado de tal manera con el crédito del país, que cualquiera determinación que quebrante éste, recaerá forzosamente sobre aquél, poniendo en gran peligro los primeros pasos del nuevo sistema.
"Solamente la orientación sobre los principios, que no admiten ser formulados al impulso de las
pasiones, marcará una buena senda al Banco de la República Mexicana.
"La primera dificultad surgida en el seno de las comisiones dictaminadoras, fue la de interpretar correctamente el artículo 28 constitucional, cuyo texto algo ambiguo se presta a diversos puntos de vista, según el criterio que se aplique a su comprensión.
"Atendiéndose a la etimología de la palabra "controlar" que el mencionado artículo 28 usa para delimitar las facultades del Estado en la organización del Banco, resulta que bastaría una simple inspección o intervención de vigilancia del Estado en el Banco para que el requisito constitucional quedara satisfecho. En efecto, esta palabra de origen francés no encuentra en la etimología de su propio origen diversa acepción de la que dejamos señalada.
"Por otro lado, la ideología del precepto en el Constituyente de 1917 parece más bien pronunciarse en la acepción de que el control debe ser ejercido económicamente, puesto que siendo facultad privativa del Estado la emisión de billetes y no habiendo precepto táctico de que pueda delegarla, el buen sentido indica que es el Estado el que tenga un control material, o sea económico, en la regulación y producción de la moneda fiduciaria, debiendo en consecuencia extender el Estado su intervención en el Banco hasta la subscripción de una parte del capital que le procure el control en cuestión.
"El proyecto enviado por el presidente Carranza consultaba la creación de un verdadero Banco de Estado, y las comisiones dictaminadores en 1917 y 1918 fueron adversas a ese propósito, estando no obstante de acuerdo en que el Gobierno debería subscribir y pagar un 50 por ciento al menos del capital, ejerciendo además un control de vigilancia por medio del nombramiento de cierto número de consejeros, y de una junta especial de vigilancia.
"Las comisiones creen que esta parte capital queda perfectamente solucionada en los términos marcados por la iniciativa que se dictamina.
"En efecto: La necesidad legal de dar el control administrativo y económico al Gobierno en el Banco, puede suscitar cierta resistencia en el capital particular para concurrir a la subscripción de las acciones del Banco, tanto porque forzosamente el capital particular hará la mayor resistencia para procurar ganar todas las ventajas, cuanto por la fundada desconfianza que pueden inspirarle desafortunados manejos de administraciones pasadas que pudieran humanamente volver a repetirse.
"Es, pues, indispensable, conceptuando que la mejor interpretación del artículo constitucional es la de que le control debe ser económico y administrativo, que se aumente la eficacia de éste siempre que se debilite aquél, tal como lo consulta la iniciativa del diputado Manero en las bases para la formación del capital y en aquellas que sustentan la forma en integrar el Cuerpo Administrativo del Banco.
"La iniciativa de referencia, sin constituir el Banco bajo las bases S. A., concede de hecho al Banco tal organización, declarando que el Banco es persona jurídica desde su fundación y colocando al Estado en la categoría de un simple accionista de S. A.
"Además: Como debe preverse que la institución queda sufrir ningún descalabro desde sus principios, la iniciativa de ley ha dejado una verdadera libertad de acción económica en la formación del capital de tal manera que sean los elementos naturales de nuestra economía pública y de los mercados mundiales los que automáticamente determinen las proporciones en que el capital se subscribirá, marcando sólo una línea primordial de conducta al imponer al Estado la obligación de subscribir el 50 por ciento del capital dentro de un término de seis meses o sacar a subscripción pública las acciones que no hubiera podido pagar en ese término.
"Las comisiones en este punto creen hábilmente previstos los diversos casos que pueden presentarse en la subscripción del capital, máxime cuando la misma iniciativa deja al Gobierno la facultad de tratar particularmente con cada uno de los Bancos existentes, mediante contratos especiales, la forma de incorporación al Banco Emisor, colocando en igual caso a las instituciones de crédito del Gobierno creadas como organismos más o menos transitorios por pasadas administraciones.
"Respecto de la relación entre la emisión de billetes y las existencias en caja, las comisiones encuentran que la iniciativa es excesivamente previsora y aun desconfiada, pues si bien es cierto que en las condiciones de renacimiento del crédito bancario la buena práctica aconseja usar de la mayor cautela para no exponer a los billetes a un a inesperada inconversión, por otro lado las modernas teorías aconsejan no tener el metálico sino como una verdadera reserva de conversión quedando la verdadera garantía de la circulación fiduciaria en los documentos de cartera que originan realmente la mencionada emisión de títulos fiduciarios.
"Estando pues, conformes a reducir la ley a términos prudentes y conservadores en materia de emisión, proponemos a la H. Asamblea la reforma de la base 20, haciendo que sirvan también como garantía de emisión y en igual proporción de 50 por ciento que la iniciativa señala para los metales acuñados, todas las barras de oro en las arcas del Banco computándolas por su valor en moneda de oro del sistema mexicano vigente.
"A la consideración de las comisiones se presentó la idea de marcar la relación de 75 centigramos de oro puro por peso mexicano que previene la actual ley monetaria, como base para la computación de las monedas y metales en barras en reservas; tal cual lo consultan algunos proyectos no oficiales que las comisiones han tenido a la vista; pero no se han determinado a injertar en la iniciativa tal idea porque sería prejuzgar de la invariabilidad de nuestro sistema monetario o bien dejar supeditada constantemente a la reforma de la ley monetaria la reforma de la unidad de 75 centigramos de oro como base para la computación de las diferentes operaciones de relación consignadas en la Ley del Banco de la República.
"Motivo también de reforma es en el sentir de las comisiones la base 35 que prescribe el reparto de utilidades, pues si bien es cierto que la mayor moderación y economía deben presidir a ese reparto, tal como lo previene la iniciativa encuentran, por otro lado, que se hace necesario interesar al Consejo Directivo del Banco en las mismas
utilidades no sólo por ser rigurosamente justo, sino por ser práctica aceptada en todas las instituciones de este índole y porque es evidente que el Directivo del Banco pondrá mayor eficacia en su gestión estando interesado, aun cuando sea en mínima parte en las utilidades, que si queda sujeto simplemente a los honorarios que le señalen los Estatutos.
"Por consiguiente, las comisiones proponen que de la parte que la iniciativa señala para el reparto a los accionistas se tome un 5 por ciento de las utilidades totales para repartir a prorrata de honorarios entre el Directorio.
"Las comisiones consideran también que corresponde a los empleados también una parte importante en los trabajos y el éxito que pudiera tener la institución, así como tienen presente que todas las doctrinas modernas incluyen en las participaciones de utilidades a quienes trabajan para obtenerlas; por lo tanto, proponen que la misma base 35 sea adicionada destinando otro 5 por ciento para repartir en proporción de sus respectivos sueldos entre todos los empleados del Banco de la República.
"Es razonable que estando vigente la ley de Contraloría y activo el mencionado departamento, la iniciativa prevenga que las funciones de intervención con el Banco queden a cargo del Contralor General, pero las comisiones, deseando que las funciones de inspección del Banco sean encomendadas a persona lo más independiente posible del Poder Ejecutivo de la nación, a fin de dar así mayor garantía a las operaciones del Banco y a la confianza que el público deposite en el mismo, creen que deberán desempeñarse tales funciones por un inspector general del Banco de la República nombrado por la Cámara de Diputados a propuesta en terna del Ejecutivo y el cual tendrá la facultad de nombrar a los inspectores de las sucursales cuyo cuerpo será distinto del que dependiente de la Secretaría de Hacienda sirva para hacer la intervención en los demás bancos de acuerdo con las leyes respectivas.
"Entre las facultades concedidas por la iniciativa al Ejecutivo en el artículo 2o., base A, para la formación del capital del Banco, las comisiones que subscriben creen deber sugerir la conveniencia de aplicar a la primera subscripción del capital los diez millones que el Presupuesto de Egresos próximo señala para indemnizaciones a los bancos existentes, pues ciertamente mayor beneficio recibirá el país y el Estado de esta aplicación que de saldar una mínima parte de los créditos de los bancos que seguramente habrá formas más justas y ventajosas qué iniciar para saldar tales créditos.
"Las comisiones dictaminadoras tienen, pues, la convicción de que previas las tres reformas apuntadas, los términos de la iniciativa del C. diputado Manero son previsores, científicos y se ajustan a la experiencia práctica de las instituciones similares en el extranjero, y creen que la institución del Banco de Emisión sobre la presente ley podrá airosamente combatir las dificultades que se le presenten si se llenan los cuatro requisitos que el C. diputado Manero apunta al final de la exposición de motivos de la iniciativa y que son:
"1o. Que al ser discutida la ley no se tenga en cuenta sino los más altos intereses económicos del país, olvidando ya sea momentáneamente las tendencias de grupo y las pasiones de partido.
"2o que el Poder Legislativo y el Ejecutivo hagan patriótica obra de concordia y no rompan la unidad gubernativa que debe presidir a toda gran empresa de economía política como es instituir el Banco de la República.
"3o. Que el capital particular pese y estime las conveniencias incontables que pueden resultarle de concurrir a la formación del capital del Banco, tanto como negocio propiamente dicho cuanto como empresa de orden público en beneficio del país entero.
"4o. Que el Banco esté gobernado con probidad, rectitud y pericia, pues esta condición será suficiente si se lleva con verdadero patriotismo para hacer triunfar al Banco de la República aun cuando nazca en las más precarias circunstancias y contra la oposición de propios y extraños.
"Con tales antecedentes sometemos a la deliberación de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de ley:
"Ley Orgánica del Banco de la República.
"Artículo 1o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 y la cláusula X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada el 5 de febrero de 1917, se faculta al Poder Ejecutivo para establecer un Banco Privilegiado de Depósitos, Descuentos y Emisión, bajo la denominación de "Banco de la República Mexicana", con sujeción a las siguientes bases, que constituirán su Carta Orgánica:
"Base 1a. El domicilio legal del Banco y su Administración Superior, estarán en la ciudad de México.
"Base 2a. El Banco establecerá a la mayor brevedad sucursales o agencias en todas las capitales de los Estados y de la República y en las plazas que considere conveniente, por sus necesidades económicas.
"Igualmente designará agentes o corresponsales en el extranjero, de acuerdo con sus necesidades mismas.
"Base 3a. El Banco de la República, desde el día de su instalación, será considerado persona jurídica, capaz de todos los derechos y obligaciones que establecen su Ley Orgánica y demás leyes de la nación.
"Base 4a. Durante cincuenta años no podrá otorgarse a ninguna otra institución los privilegios y prerrogativas que por esta ley se conceden al Banco de la República Mexicana.
"El Congreso de la Unión, terminado dicho plazo, acordará la renovación o modificación de dichos privilegios, en la forma que a bien tuviere.
"Del capital del Banco de la República.
"Base 5a. El capital del Banco se elevará a la suma de cien millones de pesos, oro nacional, y será representado por un millón de acciones de cien pesos cada una, divididas en dos series: A y B, de cincuenta millones de pesos.
"a) La serie A de estas acciones será subscripta por el Estado, de acuerdo con la ley que se expedirá oportunamente.
"b) La serie B será subscripta públicamente, pudiendo tomar parte en dicha subscripción, los bancos y particulares nacionales y extranjeros.
"Base 6a. Queda facultado el Estado para
subscribir las acciones de la segunda serie que no hubiesen sido subscriptas públicamente, siempre que el montón de la seria A haya quedado totalmente cubierto de acuerdo con la ley respectiva.
"Base 7a. El capital podrá ser aumentado en la suma y forma convenientes, tan luego como las condiciones del Banco lo requieran, y previa autorización del Poder Legislativo.
"Base 8a. La serie A de acciones que se entregue al Estado, será depositada en la Tesorería de la nación, con intervención del inspector general del Banco de la República, y dichas acciones no podrán ser enajenables o transferibles sin previa autorización legislativa; y en ningún caso servirán como garantía de operaciones financieras.
"Base 9a. La serie de acciones B serán al portador y estarán sujetas en su redacción a los términos de la ley general en esta clase de valores.
"Base 10. Las acciones de la serie B son enajenables por todos los medios que reconoce el Derecho.
"Base 11. Las cantidades aportadas por el Gobierno para la formación del capital no serán por ningún concepto retiradas, ni comprometidas en forma alguna por el mismo Gobierno, siendo la supervigilancia y manejo de dichos fondos, de la exclusiva competencia de la institución.
"En iguales condiciones quedarán los capitales aportados por la subscripción pública.
"Base 12. Los tenedores de acciones de la serie B serán considerados por los efectos de los derechos representados por ellos, como mexicanos, exclusivamente sujetos, por consecuencia, a la Constitución Política mexicana y demás leyes del país.
De la emisión y fondos de garantía
"Base 13. De acuerdo con los artículos 28 y 73, fracción X de la Constitución de la República, se otorga al Banco el privilegio de emitir billetes de Banco en los Estados Unidos Mexicanos, cuyos billetes tendrán valor de 5, 10, 20, 50, 100, 500, y 1,000 pesos oro nacional.
"Base 14. Los billetes del Banco de la República tendrán curso legal en todo el país, y serán canjeables por monedas de oro nacional, a la par, a la vista y al portador en la matriz del Banco.
"Las sucursales y agencias estarán obligadas a canjear tan sólo los billetes que hubiesen puesto en circulación mediante su resello respectivo.
"Base 15. En los billetes deberá expresarse en castellano la obligación de pagarlos en efectivo por su valor nominal, a la par y a su presentación en las oficinas del Banco.
"Asimismo constará la fecha de emisión, la serie y el número a que pertenezca el billete y las firmas del presidente del Banco, del cajero y del contralor general de la nación, debiendo ser autógrafa por lo menos una de ellas.
"Base 16. Los billetes del Banco de la República no devengarán réditos y serán imprescriptibles mientras subsista la institución, pudiendo tan sólo prescribir cinco años después de la declaración de quiebra o liquidación del Banco.
"Base 17. La emisión tendrá prelación absoluta sobre todas las otras deudas del Banco, con excepción de los casos siguientes:
"a) Los créditos de dominio, sobre los bienes materia del contrato o de la operación, conforme a las leyes civiles y Código de Comercio;
"b) Los créditos hipotecarios en los que la hipoteca se haya registrado con anterioridad a la operación en virtud de la cual el Banco hubiese adquirido la finca hipotecada;
"c) Los adeudos al Fisco federal, al de los Estados o a los ayuntamientos, cuando tales adeudos procedan de contribuciones causadas en los últimos tres años. Los adeudos al Fisco causados por distinta procedencia, tendrá prelación absoluta que les corresponda según las leyes.
"Base 18. El Banco está obligado a pagar los billetes deteriorados que le presente el público, siempre que conserve perfectamente inteligibles la numeración, la serie, el valor y las firmas que esta ley determina.
"Base 19. El Banco está obligado a retirar de la circulación los billetes deteriorados, procediendo a su incineración, de acuerdo con los reglamentos.
"Base 20. El monto de la emisión no podrá exceder del duplo de las cantidades que en moneda de oro nacional o extranjero, o en barras del mismo metal, existan en las arcas del Banco, ni podrá pasar del triple del capital exhibido.
"Para computar el valor de la moneda extranjera, se tomará siempre su valor a la par en oro con la moneda nacional; y las barras se computarán por el valor que tengan en la misma moneda de oro nacional.
"Base 21. La emisión de billetes estará confiada a un departamento especial del Banco, el cual estará vigilado; cuya supervigilancia corresponderá al inspector general del Banco de la República, en los términos que marquen los estatutos.
"Base 22. Los depósitos a vista o plazo no mayor de tres días vista, gozarán de una garantía especial de 50 por ciento en oro nacional o en valores de inmediata y segura realización.
"De las operaciones que puede realizar el Banco.
"Base 23. El Banco podrá efectuar las siguientes operaciones:
"a) Emitir billetes, de acuerdo con la presente ley.
"b) Descontar giros, pagarés y demás documentos de comercio a plazo fijo o con amortizaciones pre - estipuladas.
"c) Acordar créditos en cuenta corriente.
"d) Hacer anticipos con caución prendaria de fondos públicos, y acciones y obligaciones de inmediata y segura realización.
"e) Comprar y vender, por cuenta propia, toda clase de valores de oro, plata y otros metales preciosos, y por comisión, títulos de deuda, acciones de compañías, bonos, títulos hipotecarios y toda clase de acciones y obligaciones de sociedades mercantiles;
"f) Hacer operaciones de cambio sobre las plazas del interior o del extranjero y conceder cartas de crédito sobre las mismas, pudiendo, al efecto, situar fondos o valores en poder de sus corresponsales, que deberán ser siempre instituciones de reconocida solvencia y reputación.
"g) Recibir depósitos a plazo, en cuenta de cheques, o a la vista, con interés o sin él.
"h) Redescontar las carteras de otros Bancos y su propia cartera.
"i) Prestar sobre warrants, o depósitos de mercancías.
"j) Efectuar las demás operaciones conferidas a este Banco como concesiones o privilegios por esta misma ley.
"k) Habilitar o auxiliar el establecimiento de cajas rurales en el país, en los términos que acuerde la ley respectiva.
"l) Rentar o adquirir en propiedad los inmuebles necesarios a sus oficinas y demás dependencias.
"m) Cualquiera otra clase de operación exclusivamente bancaria, de las que no estén prohibidas por esta ley;
"n) Acordar créditos a los empleados, de acuerdo con sus emolumentos o sueldos, moralidad y firmas que pudieran garantizar su solvencia.
"o) Instituir una Caja de Ahorros, Auxilios y Pensiones para los miembros de la institución, con los fondos que señala esta ley, en la forma que acuerden los estatutos.
"p) Establecer un Clearing House, de acuerdo con los estatutos.
"Base 24. Los documentos descontados estarán subscriptos, como mínimo, por tres firmas de reconocida solvencia y en obligación mancomunada y solidaria.
"Base 25. Los anticipos sobre cauciones, préstamos, créditos en cuenta corriente, fijación de tipos de descuento, aplicación de intereses por depósitos y designación de intereses recíprocos o diferenciales, serán acordados por el directorio, en la forma que marquen los estatutos.
"Base 26. Toda operación de crédito acordada por el Banco, aun cuando sea con garantía metálica o de cualquiera otra clase de valores, no podrá acordarse por un plazo mayor de noventa días, y los requisitos para la renovación, serán estrictos y estarán determinados por los estatutos.
"Operaciones prohibidas para el Banco:
"Base 27. Queda prohibido al Banco de la República:
"a) Hacer préstamos al Gobierno federal por cantidades mayores que las autorizadas por esta ley.
"b) Hacer préstamos a los gobiernos de los Estados o a los municipios o gobiernos extranjeros y a sociedades o individuos que radiquen fuera del país.
"c) Hacer operaciones de préstamo y descontar o negociar documentos de crédito a plazo mayor o con número de firmas independientes que las fijadas para los descuentos y redescuentos por esta ley.
"d) Hacer operaciones hipotecarias.
"e) Hipotecar sus propiedades y dar en prenda su cartera.
"f) Dar sus billetes en prenda o depósito y contraer obligaciones sobre ellos.
"g) Aceptar cheques o libranzas en descubierto.
"h) Tomar parte directa o indirectamente en operaciones comerciales o industriales de cualquier naturaleza que sean.
"i) Hacer préstamos a personas o sociedades que no tengan constitución legal en el país independientes de sus casas matrices en el extranjero.
"j) Hacer operaciones de seguro.
"k) Adquirir, por cualquier título, bienes raíces, con excepción de los necesarios a sus oficinas y dependencias ya expresados por esta ley y con aquellos a que hace referencia la base 29.
"l) No podrá comprar sus propias acciones ni practicar operación alguna con garantía de ellas.
"m) Hacer operaciones de la competencia de los Bancos hipotecarios, refaccionarios o agrícolas, ni de cualquier otro de diferente naturaleza que pudiera existir como consecuencia de la reforma a la Ley General de Instituciones de Crédito vigente.
"n) Hacer operaciones de bolsa por cuenta propia, con valores no cotizados en las bolsas oficiales, con excepción de la compraventa de metales preciosos.
"o) Hacer préstamos para fomentar, a sabiendas, con valores no cotizados oficialmente, operaciones de bolsa.
"p) Acordar créditos a los directores, gerentes o administradores del Banco, como únicos signatarios del documento materia de la operación.
"Base 28. El Banco sólo podrá aceptar garantía hipotecaria cuando venga a menos el crédito de que disfrute alguna de las firmas que hubieren subscripto las obligaciones que posea, y estará obligado a hacer efectivo el crédito a más tardar dentro de los noventa días contados del vencimiento de la obligación.
"Base 29. El Banco podrá adjudicarse o recibir bienes raíces como cobro de sus créditos; pero está obligado a enajenarlos dentro de un año, como máximum, de efectuada la adquisición.
"Concesiones privilegios y exenciones
"Base 30. Se acuerda al Banco de la República el privilegio de emitir billetes, de acuerdo con la presente ley.
"El Banco será el depositario de todos los fondos que el Gobierno no deposite en la Tesorería de la Nación.
"Se encargará de la concentración y situación de fondos de todas las oficinas del Gobierno.
"Del servicio de la deuda pública en el interior y en el extranjero.
"Será el comisionado del Gobierno para todos los pagos que deban hacerse en el exterior y, en general, para cualesquiera operaciones bancarias que el servicio público requiera.
"Será preferido para intervenir en toda clase de operaciones financieras del Gobierno.
"El Banco podrá ser también el establecimiento en que se hagan los depósitos de numerario, títulos de crédito o metales preciosos que se manden hacer por ley federal, por contratos con el Ejecutivo o por disposiciones de las autoridades judiciales o políticas del país.
"Base 31. El Gobierno abonará al Banco un tanto por ciento como pago de diversos servicios antes expresados, de acuerdo con los contratos especiales que se lleven a cabo.
"Base 32. Los créditos del Banco tendrán el carácter de preferentes sobre los demás, con excepción de los fiscales y, en caso de controversia, estará sujeta a la jurisdicción federal.
"Base 33. Las fincas que ocupe el Banco y sus sucursales, en caso de ser de su propiedad, así como
las operaciones bancarias que realice, estarán exentas de toda clase de impuestos federales y locales.
"Esta última exención no tendrá efecto cuando el impuesto corresponda a la parte contratante con el Banco, de acuerdo con las leyes fiscales.
"Base 34. No están comprendidos en la exención a que se refiere la primera cláusula de la base anterior, los impuestos municipales.
"Del reparto de utilidades
"Base 35. Las utilidades líquidas que resulten de las operaciones del Banco se distribuirán en la forma siguiente:
"a) 10 por ciento reservas.
"b) 5 por ciento para el Consejo de Administración.
"c) 5 por ciento para los empleados del Banco, repartiéndose en proporción a sus sueldos.
"d) Fondo auxilios.
"e) Reparto accionistas.
"Base 36. Los dividendos correspondientes a las acciones del Gobierno servirán para amortizar la parte no exhibida de su capital, de acuerdo con la ley respectiva a que se contrae la fracción (a), base 5a.
"De la Administración del Banco
"Base 37. La Administración superior del Banco estará regida por once representantes propietarios y once suplentes de las acciones del propio Banco, bajo la denominación del Directorio de Banco de la República, y el cual estará domiciliado en México.
"Base 38. Los directores serán designados en asamblea general de accionistas, de acuerdo con los estatutos, por lo que respecta a la acciones subscriptas de la serie B, y dichos directores serán en número de cinco propietarios y cinco suplentes, debiendo hacer un depósito de cien acciones del propio Banco antes de tomar posesión de su cargo.
"El Senado de la República, a propuesta en terna del Ejecutivo, nombrará seis directores propietarios y seis suplentes.
"Base 39. Los directores nombrados por el Gobierno y los representantes de las acciones de la serie B, tendrán exactamente las mismas atribuciones y derechos que señalan los estatutos, se renovarán cada tres años y serán reelegibles.
"Base 40. El Directorio elegirá anualmente de su propio seno, un miembro que fungirá como presidente del Directorio y que a la vez tendrá el carácter de presidente del Banco de la República.
"Base 41. El Directorio designará un gerente y dos o más subgerentes y nombrará el personal de la casa matriz y de las sucursales, de acuerdo con lo dispuesto por los estatutos.
"Base 42. Las faltas temporales o definitivas de los directores, las suplencias, emolumentos y demás condiciones de funcionamiento del Directorio, serán previstas por los estatutos del Banco de la República.
"Base 43. No podrán ser miembros del Directorio:
"a) Dos o más personas que formen parte del Consejo de Administración de otros bancos.
"b) Dos o más personas que pertenezcan a una misma sociedad mercantil.
"c) Los que se hallen en estado de quiebra, suspensión de pago, o no se encuentren expeditos en sus derechos civiles.
"d) Cualquier empleado o funcionario público que no sea de elección popular.
"c) El presidente de la República y los ministros de la Suprema Corte de Justicia.
"Base 44. El Directorio del Banco será responsable personal y solidariamente de las operaciones que autorice fuera de las prescriptas por esta ley.
"Intervención y relaciones del Estado con el Banco
"Base 45. El Banco abrirá una cuenta corriente al Gobierno federal, bajo bases estrictamente bancarias, cuyo monto en ningún caso excederá del 15 por ciento del capital exhibido y con intereses recíprocos, 1 por ciento menores de los señalados para el público, pero en ningún caso superiores al 6 por ciento anual.
"Base 46. La supervigilancia del Banco corresponde al inspector general del Banco de la República, que será nombrado por la Cámara de Diputados, a propuesta en terna del Ejecutivo, y durará tres años en su encargo.
"Base 47. El inspector general ejercerá personalmente sus funciones en la casa matriz.
"Base 48. El Cuerpo de Inspectores que ejerza en las sucursales del Banco, dependerá del inspector general, y sus miembros serán nombrados y removidos libremente por el inspector general, debiendo corresponder en número al de sucursales establecidas.
"Base 49. Son obligaciones de los interventores:
"a) Dar fe de la exhibición total o parcial del capital del Banco.
"b) Intervenir y autorizar los balances y cortes de caja mensuales y el balance general anual.
"c) Exigir comprobación cada vez que lo estimaren conveniente, de las existencias metálicas y operaciones de crédito.
"d) Cuidar estrictamente de sujetar a esta ley la relación entre el moto de la emisión y las reservas metálicas.
"e) Certificar y presenciar la cancelación, incineración y destrucción de los billetes, cupones o cualquiera otra clase de títulos emitidos por el Banco, en los términos en que acuerden los estatutos.
"f) Llevar un libro especial de cuenta y razón de los títulos emitidos o retirados por el Banco con su autorización.
"g) Asistir a los remates y sorteos que lleve a efecto el Banco en sus operaciones.
"h) Comunicar a la Cámara de Diputados las observaciones que considere oportunas para el recto cumplimiento de esta ley y funcionamiento del Banco.
"Los inspectores subalternos tendrán las mismas obligaciones en sus respectivas sucursales, pero no podrán dirigirse a la Cámara de Diputados, sino por conducto del inspector general.
"Base 50. El inspector general y los inspectores no podrán desempeñar otro cargo público, ni ser accionistas o acreedores del Banco.
"Base 51. El capital del Banco garantiza sus operaciones, pero su emisión de billetes gozará además de la garantía del Estado.
"Disposiciones generales
"Base 52. Al vencimiento de un plazo de operación de crédito hecha con garantía prendaria, el Banco podrá vender la prenda por medio de corredor titulado o de dos comerciantes de la localidad al precio del día; pudiendo adquirirla en compra o corresponsabilidad propia y de los corredores. El Banco podrá cobrar facturas y recibir o rematar las mercancías si estas facturas fueren la garantía otorgada como prenda.
"Base 53. Cuando el precio de la garantía baje al extremo de no cubrir la deuda, más un 10 por ciento, el Banco requerirá por escrito y con certificado de dos corredores titulados al deudor, procediendo al remate de la misma garantía, si el deudor se negase a dar la supletoria dentro de un plazo de cinco días.
"Base 54. Cuando la prenda fuese en valor nominativo, se hará la transferencia en los términos de ley común, pero recibiendo el deudor un resguardo del Banco, expresando el motivo de la transferencia.
"Base 55. Si el remate de una garantía excediere del adeudo, el Banco devolverá al deudor el excedente, pero procederá contra él en caso de no cubrirse el adeudo con el producto del remate.
"Base 56. Para los efectos de la presente ley deben considerarse como valores realizables los siguientes:
"a) Los títulos de deuda pública mexicana.
"b) Los bonos de naciones o sociedades extranjeras que se capitalicen a 4 por ciento o tipo menor en las bolsas oficiales donde estén cotizados.
"c) Los bonos hipotecarios de bancos de concesión federal.
"d) Las acciones u obligaciones emitidas por las sociedades nacionales o extranjeras, siempre que estén cotizados en bolsas oficiales y que hayan reportado dividendos o abonado rédito, durante los tres años anteriores a la fecha de la aceptación del Banco.
"Base 57. Los depósitos sin interés serán créditos preferentes contra el Banco, sobre cualesquiera otros, a excepción de los señalados en la base 17.
"Base 58. El Banco publicará mensualmente un balance y un arqueo de caja y anualmente un balance general en la forma determinada por los estatutos.
"Base 59. El ejercicio del Banco abrirá y terminará con el año civil.
"Facultades al Ejecutivo
"Artículo 2o. Se faculta al Ejecutivo:
"a) Para arbitrar fondos para la formación del capital del Banco, ya destinando a ese objeto algunos bienes nacionales y parte de los ingresos, ya mediante la contratación de un empréstito exterior o interior, con objeto de poder iniciar ante el Congreso de la Unión la ley a que se refiere la base 5a., fracción (a). Para cerrar la contratación del empréstito interior o exterior, se requiere la previa aprobación del Legislativo.
"b) Para aprobar los estatutos del Banco cuyas cláusulas fundamentales queden fijadas en la presente ley, y que serán formulados por el 1er. Directorio.
"c) Para iniciar ante el Congreso la reforma a la Ley General de Instituciones de Crédito vigente, en lo relativo a los bancos de emisión y en todo aquello que juzgare necesario para el buen funcionamiento de la nueva organización bancaria.
"d) Para llevar a cabo contratos con los bancos existentes a fin de facilitar el cumplimiento de esta ley, de aprovechar los elementos sanos y de arraigo que considere conveniente, para la restauración de crédito bancario.
"e) Para proponer al Senado y a la Cámara de Diputados las ternas a que se refieren las bases 38 y 46, tan luego como sea aprobada la ley a que se refiere la fracción (a) de este mismo artículo.
"Artículo 3o. Quedan derogadas todas las disposiciones y leyes que se opongan a la presente.
"Artículos transitorios
"Artículos 1o. El Banco podrá iniciar sus operaciones tan luego como se encuentre subscripto el 50 por ciento de su capital inicial.
"Artículo 2o. Mientras el Estado sea accionista del Banco, la Contaduría Mayor de Hacienda examinará anualmente la contabilidad y el estado del Banco, expidiendo un informe escrito y firmado, que se publicará conjuntamente con la Memoria del Directorio.
"Artículo 3o. Conforme vaya subscribiéndose la serie B de acciones, irán siendo designados los directores que tienen su representación, conforme a la base 38; pero sólo podrá ser electo uno por cada cien mil acciones subscriptas.
"Artículo 4o. Para el caso de autorización del Legislativo con el fin de enajenar las acciones de la serie A, a que hace referencia la base 8a. del artículo 1o., el mismo Legislativo determinará la forma de control del gobierno en el Directorio del Banco, de tal manera, que pueda ejercer una acción eficaz en cumplimiento del artículo 28 constitucional.
"Artículo 5o. Si las acciones de la serie A fueren enajenadas conforme a lo previsto en la base 8a. del artículo 1o., los billetes que emita el Banco no seguirán gozando de la garantía del Estado a que se refiere la base 51 del propio artículo 1o.
"Artículo 6o. Para que el Legislativo pueda autorizar la enajenación de la serie A de acciones, ya sea total o parcialmente, y hacer las modificaciones a que se refieren los dos artículos anteriores, se necesitará que haya transcurrido el término de dos años desde la promulgación de esta ley y que en dicho término el Gobierno se haya encontrado absolutamente imposibilitado para exhibir total o parcialmente el capital que debe subscribir al expedirse esta ley.
"Artículo 7o. Las instituciones de crédito, creadas como organismos interinos por el Gobierno podrán refundirse con el Banco, de acuerdo con leyes expedidas previamente, o deberán liquidarse en la forma prevista por sus propias leyes.
"Artículo 8o. El Ejecutivo dará cuenta al
Congreso de la Unión del uso que haga de las facultades que la presente ley le confiere.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 20 de diciembre de 1920.- Gustavo S. Martínez.- Juan Zubaran.- Fco. Trejo.- Ignacio Borrego.- R. Casas Alatriste."
En votación económica se consulta si se dispensan las lecturas, mandándose imprimir y quedando listo para discutirse el primer día hábil. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Hay mayoría de pie. Se aprueba que se dispensan las lecturas, se manda imprimir y queda listo para discutirse el primer día hábil.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"H. Asamblea:
"Es perfectamente conocido de esta H. Cámara de Diputados el lamentable estado que guarda la educación pública, tanto en las escuelas que dependen de la Universidad Nacional como en las que dependen de la Dirección General de Educación, con especialidad en lo relativo a los sueldos que disfruta el personal docente que en ellas presta sus servicios.
"Como en los nuevos presupuestos, las autoridades escolares proponen un aumento de sueldo al profesorado, de preferencia al que trabaja en las escuelas primarias, que son las escuelas genuinamente populares, y proponen, además, la creación de 25 escuelas por ser insuficiente el número de las que existen para satisfacer en lo posible las necesidades de la población escolar, nos permitimos someter a vuestra soberanía, previa dispensa de trámites, la siguiente proposición:
"Única. Dado el poco tiempo de que disponemos y siendo la educación pública el ramo que más debe merecer nuestra atención, discútase a la mayor brevedad posible el de la Dirección General de Educación Pública."
"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 27 de diciembre de 1920.- Juan B. Salazar.- José Gálvez.- Leobardo L. Lechuga.- Leopoldo E. Camarena.- Aurelio M. Aja.- Franco. López Soto.- Antonio Ortega.- Porfirio del Castillo.- Fidel Ramírez M.- Andrés Gutiérrez Castro.- E. Hernández.- Claudio N. Tirado.- Joaquín E. Acevedo.- Francisco Modesto Ramírez.- Jaime A. Solís.- U. Lavín.- F. Castrejón.- N. Domínguez.- E. von Borstel.- E. Hidalgo Catalán.- Godofredo Guzmán Peláez.- Francisco C. Reyes.- Pablo H. Sánchez.- A. Castillo.- Manuel Rico G.- C. Carlos Cuervo.- M. Montero Villar.- Leopoldo Estrada.- J. Macías R.- S. Serrano Hermosillo.- L. Chávez Franco.- J. C. Miramontes.- Fidel Guillén.- Fdo. Aguirre C.- Dr. V. del Pino.- Carlos Gómez.- L. Espinosa y E.- Cosme D. Gómez.- Tereso Reyes.- Leopoldo Guadarrama.- Atanasio Gutiérrez.- E. Olguín.- Procuró Dorantes.- Clemente Munguía.- Francisco Garza.- C. Garza.- F. Ramírez Luque.- Manuel Franco Cerqueda.- Eliseo L. Céspedes.- J. M. Vergara.- Rodrigo Palacio.- P. Carriedo Méndez.- A. E. Rama.- Juan B. Sariol.- Uriel Navarro.- E. Portes Gil.- Jesús Z. Moreno.- José R. Colón.- S. García G.- Juan Quiroga.- Francisco Castillo.
"Nota. En el supuesto de que el proyecto de Presupuesto de la Dirección General de Educación Pública no haya sido recibido en las dependencias de esta H. Cámara, nos permitimos proponer a vuestra soberanía que se autorice a la subcomisión correspondiente para que se sirva formularlo, recabando, al efecto, los datos necesarios, de la oficina respectiva."
En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Salazar.
El C. Salazar: Honorable Asamblea: La proposición que presento a la consideración de vosotros, por sí misma se justifica y se apoya. El gremio que más sufre en la actualidad, es el de los profesores, no sólo los que prestan sus servicios en las escuelas universitarias, sí que también los que prestan sus servicios en las escuelas elementales. Los Presupuestos que la Dirección General de Educación envió a esta honorable Asamblea proponiendo un aumento de sueldo, a fin de que de alguna manera....(Murmullos.)
El C. presidente, interrumpiendo: Ciudadanos diputados: La Presidencia les suplica presten atención al orador.
El C. Salazar, continuando: Decía yo que es necesario que hagamos justicia a este gremio tan vilipendiado, caricaturizado en la prensa y aun en los teatros. El otro punto, que es sobre el que llamo la atención de vuestras señorías, es el relativo al estado doloroso que guarda la educación en el Distrito Federal. (Voces: ¡En todas partes!) Para ser breve voy sólo a dar lectura a unos datos que obtuve en la Dirección General:
"En 1903 había en el Distrito Federal 332 escuelas; en 1905 había 352; en 1910, 667, y en 1912, 711, más 200 escuelas rudimentarias, que por aquella época se fundaron.
"El presupuesto de 1912 fue de ocho millones.
"En 1920, el número de escuelas, incluyendo las particulares, es de 129. Las de la ciudad de México no llegan a 100, y el Presupuesto para 1921 no pasa de tres millones y medio.
"Si consideramos en un 20 por ciento de la población total el número de niños en edad escolar, tenemos una población de 200,000 niños.
"Hay capacidad sólo para 50,000. Quedan sin recibir educación, 150,000.
"Con la creación de 25 escuelas, según el nuevo Presupuesto, se benefician 10,000 niños, quedando 140,000 sin educación."
Ahora bien; fíjense ustedes en este dato completamente desconsolador: En 1920 el número de escuelas, incluyendo las particulares, es de 129; las escuelas que hay en la capital de la República no llegan a 100; por consiguiente, si tenemos en consideración el número de alumnos en edad escolar, considerando el 20 por ciento de la población total, tendremos doscientos mil niños en edad escolar; de éstos, sólo reciben instrucción actualmente, cincuenta mil y quedan sin recibir instrucción ciento cincuenta mil alumnos. La Dirección General propone la creación de veinticinco escuelas más, para poder dar educación a diez mil alumnos más; por
consiguiente, es de obvia resolución este problema. No basta la política de pensamiento, la política lírica, es necesario que nuestra obra sea obra de acción, obra de voluntad en pro de las clases sociales; por consiguiente, sin comentarios, porque estos datos son elocuentísimos, yo pido que vuestra soberanía dé un voto aprobatorio a la moción que hemos presentado; de lo contrario, no nos sentiremos tranquilos mientras no resolvamos estos problemas, la cual será para nosotros un potro de tormento. Hay ciento cincuenta mil niños que no reciben educación, y para vergüenza de nosotros, el Presupuesto de 1912 fue de ocho millones de pesos; el de 1914, de catorce millones de pesos y actualmente no llega a tres millones; es vergonzoso esto. (Aplausos.)
El C. secretario Valadez Ramírez: No habiendo más oradores inscriptos, en votación económica se consulta si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobada.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"Honorable Asamblea:
"Pablo H. Sánchez, diputado en ejercicio por el 3er, distrito electoral del Estado de Jalisco, con el mayor respeto expongo:
"Por la prensa nacional y extranjera tengo conocimiento de que todas las colonias hispanas de Nueva York, están formulando una petición al gobernador Smith, para salvar de la silla eléctrica a los mexicanos Agustín L. Sánchez y Enrique García, en la cárcel de Sing, de aquella ciudad; el movimiento iniciado en favor de los dos mexicanos sentenciados a muerte, ha comenzado a dar buenos resultados, gracias a la publicidad que la prensa dio a estas gestiones; un número considerable de personas se ha presentado a las oficinas del doctor Luis Lara Pardo para ofrecer su cooperación, y en estos momentos se está preparando una petición en forma, que será enviada la semana próxima al gobernador del Estado de Nueva York, solicitando la revisión del proceso o, si esto no es posible, la conmutación de la pena.
"La petición estará lista para firmarse, el lunes próximo, y se invita formalmente a los hispanoamericanos y a los mexicanos en particular, para que se adhieran a la solicitud y la firmen.
"El cónsul general de México, don Ramón P. de Negri, continúa sus gestiones con toda actividad. Ha enviado una persona de confianza que visite a los reos y ha telegrafiado a la Federación Americana del Trabajo, pidiendo su ayuda. La Federación ha contestado que está dispuesta a ayudar en estas gestiones. El mismo señor cónsul general recibió copia de la petición que por el indulto de los reos ha hecho la Unión de Trabajadores a que pertenecen.
"Se ha enviado una circular a todas las asociaciones de habla española en Nueva York, pidiéndoles también su cooperación. La mayor parte de ellas a prometido enviar un telegrama al gobernador del Estado, pidiendo clemencia y justicia para los dos sentenciados. El gobernador no ha contestado todavía el telegrama que en igual sentido dirigió el señor Cónsul Negri, y esto se considera de un buen augurio, pues indica que el alto funcionario tiene la cuestión en estudio y todavía no ha dado una decisión. Es claro que, si el gobernador no estuviera dispuesto a considerar el asunto favorablemente, ya habría dado una decisión adversa.
"El general Alvaro Obregón, presidente de la República Mexicana, ha telegrafiado al señor cónsul general, recomendándole que no deje ningún resorte ocioso para salvar la vida de los dos reos. La prensa, con el objeto de suministrar una amplia información a sus lectores, envió un redactor para que se entrevistara con los sentenciados en la prisión de Sing Sing, el cual ha condensado sus opiniones en la forma siguiente:
"Sin pruebas. Desde los ya lejanos días, desde la época romántica, en que el genio de Víctor Hugo hubo de conmover su época con la reconstrucción psicológica de los últimos días de un condenado a muerte, magistralmente expuesta en el diario de "Claudio Ceux", hasta hoy, resulta por fuerza el candidato al suplicio, provisto de una personalidad en extremo interesante. No es, pues, el deseo de servir un plato fuerte al lector sufrido, ni por la morbosa curiosidad que tantas veces que el periodista se afane en informaciones dramáticas en aras de un público insaciable, por lo que se escribe este reportaje. En una celda de Sing Sing hay dos mexicanos, los que por la justicia humana, sin la que no habría sociedad posible, esperan la ejecución de terrible fallo, que habrá de llevarlos a la silla eléctrica dentro de breves semanas.
"Uno de ellos, el que ayer entrevistamos ha sido condenado, en virtud de lo que en la legislación de este país se llama "Circunstancial Evidence", en la nuestra denomina "Indicio o indicios vehementes de prueba", la que supone en nuestro Código, falta de "Convicción". En otras palabras, el reo no ha confesado ninguna ocasión su culpabilidad, por más que existan indicios vehementísimos de la misma, que también pueden haber sido amañados diabólicamente por el destino en una de sus trágicas muecas con que acostumbra regalar a los mortales en el umbral."
"En vista de la anterior relación hecha por el periódico "El Universal", yo ruego e invito a la honorable Asamblea para que solicite del Gobierno americano se sirva conceder a los dos mexicanos el indulto o la conmutación de la pena contra ellos decretada.
"Pido que con dispensa de trámites se haga tal solicitud por la vía más rápida
"Salón de Sesiones del Congreso Nacional.- México, 28 de diciembre de 1920.- Pablo H. Sánchez."
"Hacemos nuestra la anterior petición.- Tereso Reyes.- Leopoldo Estrada.- V. Rivera.- J. C. Miramontes.- A. Díaz Soto y Gama."
En votación económica se consulta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensan los trámites. Está a discusión la proposición que, en síntesis, es la siguiente que se mande por la vía más rápida una solicitud al Gobierno americano para que conceda el indulto o la conmutación de la pena a los dos mexicanos que están próximos a sufrir la pena capital en una silla eléctrica, a ser electrocutados. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba la proposición. Los que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobada.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"La Sección 4a. de la Comisión de Presupuestos y Cuenta presenta su dictamen relativo al Presupuesto de Egresos del Poder Judicial de la Federación para el año de 1921."
En votación económica se pregunta si se dispensan las lecturas, a fin de que se discuta el primer día hábil. Los que estén por afirmativa, se servirán ponerse de pie. Aprobado el trámite de la Mesa.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"H. Asamblea:
"A esta 2a. Comisión de Puntos Constitucionales, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente formado con un ocurso que a esta respetable Cámara dirigió, con fecha 3 de diciembre del año en curso, el C. Alberto J. Pani, y en el cual solicita de la misma Representación Nacional, la licencia respectiva para aceptar la Cruz de Comendador de Honor, con que se ha servido distinguirlo el señor presidente de la República Francesa, a fin de no perder por ello su calidad de ciudadano mexicano, de acuerdo con lo prescripto en el artículo 37, fracción II.
"La misma Comisión ha estudiado con el detenimiento que el caso requiere el asunto en cuestión, y encontrando que no hay inconveniente legal alguno para conceder al ocursante lo que solicita, se honra en proponer para su deliberación y aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede al C. Alberto J. Pani la licencia correspondiente para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte la Cruz de Comendador de Honor, con que se ha servido agraciarlo el ciudadano presidente, de la República Francesa."
"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 27 de diciembre de 1920.- Leopoldo Estrada.- E. Arrioja Isunza." - Primera lectura.
En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
- El C. secretario Tirado, leyendo:
"2a. Comisión de Relaciones Exteriores.
"H. Asamblea:
"A esta 2a. Comisión de Relaciones Exteriores, fue turnado el escrito del C. Carlos R. Menéndez, fechado en la ciudad de Mérida, Yucatán, el 28 de septiembre último, por el cual solicita el permiso constitucional respectivo, de acuerdo con lo que previene el artículo 37, fracción II, de la Constitución general de la República, para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul ad honorem de la República de Costa Rica, en Yucatán.
"La misma Comisión ha estudiado con el detenimiento que el caso requiere, el asunto en cuestión, y encuentra que no hay inconveniente legal alguno para conceder al solicitante lo que pide. Por tal motivo, se permite el honor de proponer a vuestra deliberación y aprobación, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede al C. Carlos R. Menéndez, el permiso constitucional respectivo, para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, acepte y desempeñe el cargo de cónsul ad honorem de Costa Rica, en Yucatán."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión .- México, a 27 de diciembre de 1920.- A. Cienfuegos y Camus.- Reinaldo Esparza Martínez." - Primera lectura.
Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensa la segunda lectura. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, se servirán ponerse de pie. Se dispensa la segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"1a. Comisión de Hacienda.
"H. Asamblea:
"A la 1a. Comisión de Hacienda fue turnado el expediente relativo a la solicitud de pensión vitalicia que hace la Asociación de Ingenieros y Arquitectos en favor del señor ingeniero Antonio M. Anza, y que hacen suya treinta y tres ciudadanos diputados.
"Examinados cuidadosamente los diversos ocursos por otras asociaciones y por grupos representativos del profesorado y alumnos de la Escuela Nacional de Ingenieros, de los personales técnicos de diversas secretarías del Estado y de numerosos profesionistas diseminados en el interior de la República, hemos encontrado que están enteramente de acuerdo los firmantes, que son cerca de 400, en que es un acto de justicia rendir un tributo a la constancia, acrisolada honradez y reconocida competencia del señor ingeniero Anza, por los importantes servicios que ha prestado a la nación por más de 40 años. Durante este lapso de tiempo no ha interrumpido su labor más de cinco veces, tres de las cuales fueron ocasionadas por licencias que se le concedieron por causa de enfermedad comprobada, según los certificados médicos que hemos tenido a la vista, y las otras dos por desempeñar comisiones de nuestro Gobierno en el extranjero; estas dos últimas, por lo tanto, no constituyen una interrupción en sus servicios a la patria.
"Hemos examinado cuidadosamente la hoja de servicios del señor ingeniero Anza, que viene debidamente documentada, y de todos estos estudios se desprende que sus meritorios trabajos en favor de la nación, son más que suficientes para hacerlo acreedor a que se le otorgue la jubilación que la ley les concede a todos aquellos que cumplen 30 años de servicios; pero como en este caso el período pasa de 40 años, y está fuera de toda duda la rectitud y celo demostrado por el honorable anciano que hoy se encuentra incapacitado para seguir desempeñando sus labores en pleno, por estar físicamente agotado, nos parece que, sin concederle el sueldo íntegro que solicita la Asociación de Ingenieros y
Arquitectos, sí es justo aumentarle ligeramente la mitad del sueldo que le correspondería al retirarse a descansar, por lo cual nos permitimos someter a la consideración de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede al señor ingeniero don Antonio M. Anza una pensión vitalicia de $20.00 diarios, por más de 40 años de servicios a la nación, que le serán pagados por la Tesorería General de la Nación, sin descuento alguno."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, a 27 de diciembre de 1920.- Juan Zubaran.- Francisco Trejo." - Primera lectura.
En votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"2a. Comisión de Hacienda.
"H. Asamblea:
"La señora Rosario A. viuda de Ramírez, con fecha 3 de septiembre del corriente año, ocurrió ante la H. Representación Nacional, solicitando para sus hijas Rosario y María Ramírez, nietas del extinto licenciado Ignacio Ramírez, una pensión que les permita subvenir a sus más imperiosas necesidades.
"Invoca la peticionaria, para fundar su petición, los meritorios servicios que prestara a la patria el C. Ramírez, colaborador de la Reforma y miembro muy distinguido del Congreso Constituyente de 1857.
"Hecho el estudio respectivo, la Comisión cree inútil entrar en amplias consideraciones sobre el particular, ya que de todos es bien conocida la utilidad de los eminentes servicios que el desaparecido prestara a la nación, por lo que estima de justicia conceder la pensión solicitada, teniendo, ademas en cuenta, la crítica situación por que atraviesan las nietas del Nigromante.
"En tal virtud, se permite someter a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede a las señoritas Rosario y María Ramírez, mientras conserven su actual estado civil, una pensión de tres pesos diarios a cada una, que pagará íntegra la Tesorería General de la Nación, como recompensa a los servicios prestados a la patria por su finado abuelo, el C. licenciado Ignacio Ramírez."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 27 de diciembre de 1920.- S. Franco Urías.- A. Manero.- Octavio Paz." - Primera lectura.
En votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura a este proyecto de decreto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
- El mismo C. Secretario, leyendo:
"2a. Comisión de Hacienda.
"H. Asamblea:
"Con fecha 11 de octubre del año en curso, la señora Elodia G. viuda de Oviedo presentó a la consideración de la H. Asamblea un ocurso, por el cual pide que, en recompensa a los servicios que prestara a la Revolución su extinto esposo, el C. Manuel Oviedo, se decrete a su favor una pensión que le permita subvenir a sus necesidades y a las de sus dos pequeñas hijas.
"Expone, para fundar su petición la señora Oviedo, que su esposo fue asesinado la noche del 19 de febrero de 1913, en el interior de la Ciudadela, por orden del general Manuel Mondragón, profanándose su cadáver en tal forma que no pudo ser identificado entre los demás que allí se encontraban. Concluye la recurrente manifestando que su citado esposo consagró toda su juventud y todas sus energías en favor del movimiento libertario que encabezara don Francisco I. Madero, sucumbiendo en defensa de él.
"La Comisión, creyente de justicia ayudar a los deudos de los hombres que se sacrifican por el bien de la patria, no tiene inconveniente alguno en dictaminar en sentido favorable esta petición, por lo que se permite someter a vuestra aprobación el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se concede a la Señora Elodia G. viuda de Oviedo, mientras conserve su actual estado civil, una pensión de cinco pesos diarios, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Federación, en recompensa a los servicios que prestara a la nación su finado esposo, el C. Manuel Oviedo."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 27 de diciembre de 1920.- A. Manero.- S. Franco Urías.- Octavio Paz." - Primera lectura.
En votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa a este proyecto de decreto la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se le dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil
- El mismo C. secretario, leyendo:
"3a. Comisión de Guerra.
"Honorable Asamblea:
"Estudiado por la subscripta 3a. Comisión de Guerra el expediente formado con motivo de la solicitud en que las señoritas Candelaria y Josefa Escalona piden a la H. Representación Nacional se les otorgue una pensión por los servicios que prestó a la patria el C. coronel José María Escalona, padre de las solicitantes, hemos encontrado que, por los documentos que obran en el expediente de referencia, se comprueba que, en realidad, los servicios prestados a la nación por el citado coronel Escalona, fueron importantes y dignos, por lo mismo, de ser recompensados.
"La Comisión considera obvio pormenorizar los hechos de armas y acciones de guerra en que tomó parte el militar aludido, ya que todos éstos constan en la respectiva hoja de servicios, que corre agregada a este expediente.
"Teniendo en cuenta, además, que la H. Cámara
ha otorgado ya algunas pensiones a deudos de militares que se encontraban en circunstancias más o menos semejantes, consideramos de justicia que la solicitud de las señoritas Escalona se resuelva favorablemente, y así nos permitimos consultarlo al pedir la aprobación del siguiente proyecto de ley:
"Artículo único. Se concede una pensión de cuatro pesos diarios a las señoritas Candelaria y Josefa Escalona, hijas del extinto coronel José María Escalona, que se repartirán por partes iguales, y que les serán pagados por la Tesorería General de la Federación, mientras conserven su actual estado civil."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 29 de diciembre de 1919.- Luis Espinosa.- Miguel Rosas."
"H. Asamblea:
"Estudiado por los subscriptos el dictamen que antecede, formulado por 3a. Comisión de Guerra de la XXVIII Legislatura, lo hemos encontrado fundado y, por lo mismo, lo hacemos nuestro en todas sus partes, suplicando a la H. Asamblea se sirva sancionarlo, dándole un voto aprobatorio.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General.- México, 29 de septiembre de 1920.- Macario M. Hernández.- Israel del Castillo.- M. Montero Villar." - Primera lectura.
En votación económica se consulta a la Asamblea si se le dispensa a este proyecto de decreto la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Se le dispensa la segunda lectura. A discusión el primer día hábil.
- El mismo C. secretario, leyendo:
"2a. Comisión de Hacienda.
"H. Asamblea:
"A la 2a. Comisión de Hacienda fue turnado el expediente relativo a la iniciativa subscripta por el C. diputado Gustavo P. Serrano y hecha suya por los CC. diputados Froilán C. Manjarrez y Luis A. Aldaco, tendente a reducir los derechos de exportación de ganado vacuno.
"Examinados los cuatro ocursos que los ganaderos de Altar, Magdalena, Nogales y Ures, dirigen a esta Cámara, pidiendo la rebaja de derechos de exportación que apoyan los autores de la iniciativa, hemos encontrado que las razones expuestas son del todo justificadas y que, siendo el espíritu de esta Cámara el proteger toda clase de industrias, y muy en particular aquellas que, como la agricultura y la ganadería, son de interés nacional, hemos resuelto apoyar dicha iniciativa, ya que no se protege el interés de determinado grupo solamente, sino que también el Fisco resultará beneficiado, por el indudable aumento de exportación que vendrá como consecuencia de la rebaja solicitada; exportación que, que de otro modo, no se verificaría, y sí se correría el riesgo de que los ganados que no pueden ser transportados hacia el interior de la República, perecieran, debido a la escasez de lluvias durante la pasada estación y la presente.
"Por otra parte, hemos visto que, tanto el gobernador del Estado de Sonora, como la Legislatura local del mismo, en telegrama dirigido al ciudadano presidente de la República, hacen constar la urgente necesidad que hay de venir en la ayuda de la importante industria ganadera, rebajando los impuestos exorbitantes que hasta aquí han pesado sobre ella y que fueron motivados en años pasados, tanto para subvenir a las necesidades de la revolución, como para impedir que, por temor de perder los ganados, sus dueños los exportaran en su totalidad al extranjero.
"En atención de lo anteriormente expuesto, nos permitimos proponer a vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:
"Artículo único. Se reducen los derechos de exportación de ganado, en los siguientes términos:
"Machos menores de un año, prohibida.
"Machos mayores de uno y hasta dos años, $5.00.
"Machos mayores de dos años y hasta tres años, $7.50.
"Machos mayores de tres años, $10.00.
"Hembras mayores de ocho años, $10.00.
"Hembras menores de ocho años, prohibida."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 17 de diciembre de 1920.- A Manero.- S. Franco Urías."
Está a discusión. La Secretaría, por orden de la Presidencia, va a dar nuevamente lectura al punto resolutivo.
"Proyecto de decreto.
"Artículo único. Se reducen los derechos de exportación de ganado, en los siguientes términos:
"Machos menores de un año, prohibida.
"Machos mayores de uno y hasta dos años, $5.00.
"Machos mayores de dos años y hasta tres años, $7.50.
"Machos mayores de tres años, $10.00.
"Hembras mayores de ocho años, $10.00.
"Hembras menores de ocho años, prohibida."
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, 17 de diciembre de 1920.- A. Manero.- S. Franco Urías."
Está a discusión. No habiendo ningún ciudadano diputado que desee hacer uso de la palabra, se procede a la votación.
El C. Zincúnegui Tercero: Pido la palabra para que la Comisión funde ese dictamen. Hay que fijarse en que eso puede ser un negocio colosal.
El C. presidente: Se invita a la Comisión de Hacienda que siga el dictamen, a fundarlo.
El C. secretario Tirado: Se suplica al ciudadano Manero pase a fundar el dictamen. (Murmullos y desorden).
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Serrano, autor de la iniciativa, por habérsela cedido el ciudadano Manero.
El C. Serrano Gustavo P: Honorable Asamblea: Es este asunto de aquellos que necesitan muy pocas palabras para fundarlo. La situación de los ganaderos de Sonora es particular; tienen una gran cantidad de ganado que no se puede consumir localmente y que no es posible prácticamente traerlo a los mercados del interior de la República, tanto por la falta de vías de comunicación, cuanto porque aquellos ganados, en este año, por la falta de lluvias durante el verano y durante el invierno, no está en condiciones de ser transportado a largas distancias, ni muchos menos en épocas como la actual, en que no se dispone de carros de ferrocarril suficientes
para hacer este movimiento. El único mercado que ha tenido siempre el ganado de Sonora ha sido el americano, y como actualmente en Estados Unidos ha venido una enorme baja en los precios de dicho ganado y como, por otra parte, los Estados Unidos tienen pendiente de aprobación una iniciativa que tiende a gravar todos los artículos de primera necesidad, y en particular el ganado, con un 30 por ciento ad valorem, resulta que si este ganado no se exporta a los Estado Unidos inmediatamente, no se consumirá, ni se traerá al interior de la República, ni se exportará a los Estados Unidos, y más de la mitad tendrá que morir, sin que resulte ningún beneficio para nadie. Antiguamente el ganado estaba exento de todo derecho de exportación, pero por necesidades de la revolución se creyó conveniente ponerle cuotas que fueron elevándose sucesivamente, hasta llegar un momento en que esas cuotas de exportación, unidas a las elevadas contribuciones extraordinarias que tenía y a los gastos de factura y demás que tienen que erogar en documentos al ser exportado, llegó a ser más de un 50 por ciento de recargo sobre el valor del precio del ganado, y yo pregunto si hay algún otro artículo en la República que esté tan gravado como lo está actualmente el ganado.
Los demás Estados de la República pueden mover fácilmente su ganado hasta los diversos mercados; pero esto para el de Sonora es muy difícil, y en los actuales momentos casi imposible hacerlo. Yo personalmente he tratado de investigar las condiciones de los mercados del interior, para aconsejarles a los ganaderos que lo trajeran para acá; pero todos mis esfuerzos se han estrellado ante las condiciones actuales. Por lo tanto, el Fisco, si no se exporta el ganado, no recibirá ni un solo centavo, mientras que, reduciendo moderadamente las cuotas de exportación, se beneficiará el Fisco y se beneficiará el Estado de Sonora. Los demás ganados de la frontera que pueden ser exportados, indudablemente que no lo serán, dado que el precio de la capital de la República y algunos Estados del interior, es superior al precio americano; por consiguiente, no es lógico suponer que vayan a vender una mercancía a donde se les paga más mal. Ahora bien; la minería actualmente atraviesa por una crisis grave, y se trata de protegerla, quitándole todos los gravámenes que pesan sobre ella. El caso de la ganadería es más grave, porque de la suspensión de un trabajo en una mina, no se sigue pérdida posterior, como no sea la que resulte inmediatamente, como consecuencia de ella, mientras que la suspensión de la exportación de ganado, implica la muerte de dicho ganado, y de aquí a que se vuelva a reponer pasarán muchos años. Yo no creo que absolutamente nadie se pueda oponer a esta iniciativa de la diputación de Sonora, que viene simplemente a apoyar la resolución del Congreso del Estado de Sonora, del gobernador del Estado, los cuales, a su vez, apoyan a los ganaderos de aquella región. Como no quiero ser muy largo, simplemente deseo hacer saber que, para evitar pérdida de tiempo, estoy dispuesto a contestar cualquiera interpelación, cualquiera aclaración sobre el asunto, que deseen hacer los señores diputados.
El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Rodríguez Guillermo.
El C. Rodríguez Guillermo: Con la clara exposición que se ha servido usted hacer de la necesidad que existe de proteger la exportación del ganado de Sonora, he quedado convencido; pero el decreto que se propone, de rebaja en la exportación, es general, y yo quisiera, para votar a conciencia, que se me dijera si en los Estados del interior de la República, por ejemplo en Veracruz y Chiapas, no traería como consecuencia el hecho de favorecer esta exportación que el pueblo de México se quedara sin carne o que tuviera que pagarla a grandes precios, porque tengo entendido que debemos, primero, proteger a los de casa que a los de fuera. Yo he visto, en Veracruz precisamente, exportar cuando la guerra europea, grandísimos cargamentos de frijol y de otros cereales; en cambio, el pueblo del Estado de Veracruz hacía cola para conseguir estas mercancías, y no quiero que esto suceda.
El C. Serrano: Voy a contestar con todo gusto la interpelación enteramente atinada del compañero Rodríguez. Efectivamente; es cierto lo que él dice de esos abusos que se cometieron durante la guerra europea; pero en el caso actuales muy diferente. En primer lugar, el precio actual que alcanza el ganado en la capital de la República es superior al que alcanza en Estados Unidos; por consiguiente, no es lógico suponer que se vaya a llevar una mercancía que aquí vale más, hasta el extranjero, donde vale menos. Si no se trae el ganado de Sonora para acá, no es porque los ganaderos de allá no lo deseen, sino por las dificultades que existen en las comunicaciones, por falta de carros oportunos, por la falta de pasturas a buen precio en el camino, por las dificultades que hay para sacarlo de Sonora, introducirlo a los Estados Unidos y volver a internarlo en México; porque también sería imposible traerlo por mar; son dificultades prácticas del momento. Por último, por esta circunstancia: El año fue pésimo en Sonora, no llovió durante los meses de julio, agosto y septiembre y no ha llovido en invierno tampoco; lo cual quiere decir que aquellos ganados no tienen pastos suficientes para poderse sostener, están flacos. Ya comprenderá el compañero Rodríguez lo que significaría traer miles y miles de cabezas de ganado flaco a la capital de la República: se moriría una gran parte en el camino. Por otra parte, hay ganados de aquella zona que al instalarse en los pastos, en los abrevaderos que hay en las cercanías de la capital, perecen. Por consiguiente, no se pueden exponer aquellos ganaderos a venir a perder su ganado en el camino. En cuanto a los ganados de otras partes de la República, pues no es lógico suponer que se vayan a exportar, por las razones antes dichas; sin embargo, los ganaderos de Sonora siguen trabajando activamente para vencer las dificultades de orden práctico que se han presentado para traer sus ganados, y creo que, si el Gobierno más tarde los ayuda y hay los carros y todas las facilidades, ese ganado vendrá acá, no porque se les aconseje, sino porque ellos son los primeros en desear a un mercado mejor que el americano. Creo que he contestado la interpelación del señor Rodríguez.
El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Leopoldo Zincúnegui Tercero.
El C. Zincúnegui Tercero: Señores diputados: Comienzo por hacer notar que este decreto que ha pretendido pasar la Comisión en una forma rápida
y violenta, sin que hubiera debates de por medio, es un decreto que, en términos generales, dice lo siguiente:
"Artículo único. Se reducen los derechos de exportación de ganado, en los siguientes términos:
Machos menores de un año............................................Prohibida. Machos mayores de uno y hasta dos años...................$ 5.00 Machos mayores de dos años y hasta tres años..........$ 7.50 Machos mayores de tres años..........................................$ 10.00 Hembras mayores de ocho años.......................................$ 10.00 Hembras menores de ocho años.......................................Prohibida.
"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, 17 de diciembre de 1920. - A. Manero. - S. Franco Urías."
Es decir, que este decreto, como no se especifica aquí que regirá exclusivamente para el Estado de Sonora, donde sí creo que deben tomarse en cuenta las razones que expresa la Comisión, debe ser reformado antes de votarse, precisando que esta reducción de derechos es exclusivamente para el Estado de Sonora, porque de los contrario afectaría todo el problema de la ganadería de la República; y aunque en el Estado de Sonora, por circunstancias especiales, es conveniente la exportación del ganado, en muchos Estados del resto del país sería perjudicial. Creo inútil insistir en que se afectaría hasta la misma agricultura, quiero decir, la pequeña agricultura, la cual, como saben ustedes, atraviesa desde hace varios años, por difíciles circunstancias, debido a la falta de ganado para laborar esa pequeña tierra, ya que los pequeños terratenientes no pueden erogar gastos en maquinaria. Me parece que esta pequeña observación bastará para que la Asamblea se fije en que el decreto no debe ser votado en los términos generales en que lo presenta la Comisión, sino especificando de una manera definida y absoluta, que la rebaja en los impuestos será exclusivamente para el Estado de Sonora, que es el afectado por la crisis a que se refirió la Comisión.
El C. Moreno: Pido la palabra para una aclaración.
El C. presidente: Tiene usted la palabra.
EL C. Moreno: La aclaración que quería yo hacer es preguntar a los autores de esa iniciativa si saben que los Estados de Veracruz, Oaxaca, Puebla y otros que no conozco, pero que quizá se encuentran en las mismas condiciones con motivo de los últimos acontecimientos revolucionarios que conmovieron al país durante diez años, la industria ganadera ha extinguídose casi totalmente, de tal manera que ahora se comienza a fomentar en esos Estados de alguna manera la repoblación de la ganadería. Decía el ciudadano Zincúnegui Tercero con mucho acierto, y puedo decirlo, no como una sencilla aprobación, sino porque conozco el punto de que se trata, que, efectivamente, en el Estado de Sonora sí produciría resultados fecundos en bienes el proyecto de ley que se está debatiendo; pero una ley de esta naturaleza, dejando abierta una válvula a la insaciable sed de acaparar fortunas para los que tienen medios de explotar el ganado en los Estados de Veracruz, Oaxaca y Puebla, que se encuentran en esas condiciones, facilitándose la extracción de ese ganado de esos Estados, yo creo, señores representantes, que los resultados en un tiempo más o menos breve serían perfectamente desastrosos. Yo pregunto a los autores de la iniciativa si para formularla han tenido en cuenta las condiciones en que se encuentran los Estados de la República que acabo de mencionar, y si para hacer esa misma iniciativa han tenido siquiera algunos datos de referencia, si no estadísticos, de la cantidad de ganado que existe en esa región.
El C. Serrano: Datos estadísticos no hemos tenido, señor Moreno, porque no existen en ninguna parte. Las referencias a que usted se refiere sí las hemos tenido. Sabemos que en muchos Estados de la República la ganadería ha padecido de tal manera, que ha quedado reducida a una pequeña fracción de lo que antes era. Nosotros no queremos que salga el ganado, pero pregunto: Si el ganado en el interior de la República vale más que en el extranjero, ¿será lógico suponer que se vaya a vender al extranjero cuando en casa vale más? Si presentamos la iniciativa de carácter general, ha sido por no pedir algo en beneficio exclusivo del Estado de Sonora; pero si la Asamblea está dispuesta a que sólo a Sonora se le conceda esa franquicia, por mi parte no tengo inconveniente. No creo, sin embargo, que habiendo poco ganado en Querétaro, por ejemplo, y habiendo un precio alto en la capital de la República, los queretanos vayan a exportar su ganado a los Estados Unidos, donde cuesta menos y donde es más difícil llevarlo, porque tan difícil es llevar ganado de aquí para allá, como traerlo de allá para acá. Creo que no es perjudicial la cuota general para no pedir un beneficio particular en pro del Estado de Sonora, y en cuanto a los demás Estados, cabe decir que, teniendo un alto precio en la capital de la República, ¿a quién se le va ocurrir llevar ganado adonde está más lejos y donde vale menos? Si la Asamblea acepta que sea esa cuota exclusiva para el Estado de Sonora, lo acepto con todo gusto.
El C. Zincúnegui Tercero: ¿Me permite una aclaración el ciudadano Serrano?
El C. Serrano: Sí, señor.
El C. Zincúnegui Tercero: Si ese decreto fuera algo transitorio, sería yo el primero en aceptarlo; pero es que queda vigente como un decreto a través del tiempo. Usted sabe, compañero Serrano, que todos los fenómenos que se están produciendo actualmente en lo que respecta a la alimentación, en lo que abarca toda la economía política en general, están sujetos a variaciones, y en el día de mañana, si por cualquier circunstancia cambiaran las de ahora, podría ser entonces este decreto perjudicial; precisamente para evitarlo, más vale ver las cosas antes y no tener que lamentarlas después.
El C. Serrano: Voy a contestar. En primer lugar, tal vez no se fijó el ciudadano Zincúnegui en que en Estados Unidos se trata, y casi es seguro que será aprobado, de que se graven las importaciones de materias de alimentación con un impuesto fuerte, casi prohibitivo, para que no entren a los Estados Unidos; al ganado se trata de ponerle un impuesto de 30 por ciento ad valorem. De manera que el ganado mexicano será casi imposible que entre a Estados Unidos, supuesto que va a reportar un impuesto excesivo; así es que a la ganadería mexicana se le va a atacar allá y ahora se le está
atacando aquí. Debo decir una cosa, no como criterio de la Comisión , ni como criterio de la diputación de Sonora, sino como criterio exclusivamente personal mío, por el cual asumo exclusivamente la responsabilidad yo. Mi criterio es que todos los artículos para protegerlos, para que se produzcan en grande escala y para que se puedan exportar, no deben gravarse exorbitantemente; las cuotas que ha tenido la ganadería son verdaderamente exorbitantes, prohibitivas. Yo no creo que resulte una protección para una industria gravándola en una forma muy gravosa. La ganadería ha llegado al caso de gravársele en el momento de la exportación, nada más en el momento de la exportación, después de haber cubierto todas las contribuciones ordinarias y extraordinarias, las municipales, del Estado, federales, todos los impuestos sobre terrenos, etcétera, en el puro momento de la exportación, se le ha grabado con un 50 por ciento de lo que vale y no me parece que esto sea un estímulo para la ganadería que cuesta tanto trabajo desarrollar. Yo no he visto una sola medida de estímulo para la ganadería, no solamente en Sonora, sino en ninguna parte de la República. Ese es mi criterio personal.
El C. Moreno: ¿Me permite usted una pregunta? Si a juicio de su señoría es prácticamente imposible la exportación de nuestro ganado, ¿cuál es el objeto de la proposición que se hace, de que se le exima del impuesto correspondiente?
El C. Serrano: Voy a decirlo a usted. Yo creo esto: Que se exportase el ganado solamente en aquellos lugares que se encuentran en condiciones semejantes a las del Estado de Sonora. Yo no sé si en el Estado de Tamaulipas, en los ranchos del Norte o en los Estados de Coahuila, de Nuevo León, en la frontera, por estar distantes del Ferrocarril Mexicano y encontrarse cercanos a los americanos, se vean en la imposibilidad práctica de traer al interior de la República ese ganado y entonces tendrán que venderlo en donde se los puedan comprar. Por eso fue que presentamos la iniciativa con carácter general; pero repito que nosotros estamos dispuestos a aceptar que esa reducción en los derechos de exportación de ganado sea sólo para Sonora. El caso de Sonora debo aclararlo un poquito más: Con motivo de la revolución, el ganado ha sufrido no solamente por las necesidades de la revolución los gravámenes que ha tenido, sino que también por los robos que han cometido a la sombra de la revolución muchas partidas de bandidos, digamos así, y de algunos que no son bandidos, sino que tenían un fierro y dos o tres reses y ahora tiene cincuenta o cien; de manera que la ganadería por este motivo se halla en un estado verdaderamente lamentable allí. Me dice el señor Moreno que no he contestado la aclaración; es probable que no la haya entendido, pero si me hace el favor de repetirla, con todo gusto me extenderé más. (Voces: ¡Ya se fue!)
El C. Céspedes: Pido la palabra para una aclaración. Voy a contestar. El compañero Serrano acaba de decir que ellos presentaron su iniciativa con carácter general, es decir, para obtener la reducción de impuestos a la exportación de la ganadería, en general, en la República; y de la parte expositiva de este dictamen parece desprenderse que únicamente la Comisión trata de favorecer con su decreto al Estado de Sonora y, en consecuencia, la Comisión no dictaminó en forma procedente lo pedido por el señor Serrano y socios. Quisiera que la Comisión tuviera la bondad de explicarnos los fundamentos de ese dictamen; qué quiso decirnos. Pido que se lea la parte expositiva.
El C. Serrano: Voy a contestar. El Congreso de Sonora y el Ejecutivo del mismo Estado apoyan a todos los ganaderos de allá que piden la reducción de impuestos; de manera que la iniciativa de la diputación de Sonora viene reforzada con argumentos exclusivos para el Estado de Sonora. Nosotros hemos creído, como dije antes, que no nos convenía pedir una disposición que produjera beneficios solamente a Sonora, y por eso es que tanto nosotros como la Comisión, decidimos que todos aquellos lugares que se encontraran en las mismas condiciones de Sonora, gozaran de la franquicia; pero, repito, si la Asamblea cree que no es conveniente favorecer a otras regiones de la República, a pesar de las razones expuestas, pues entonces que se dicte la medida únicamente para Sonora. Usted, ciudadano Céspedes, como diputado que es por Tamaulipas, puede saber si existen en la frontera de ese Estado algunos puntos incomunicados con el interior de la República y que no pueden, por lo tanto, traer acá su ganado, por lo que se ven obligados a exportarlo a Laredo, San Antonio u otros puntos de los Estados Unidos.
El C. Gálvez: ¿Me permite usted una pregunta?
El C. Serrano: Sí, señor.
El C. Gálvez: He estado en Sonora y he visto la exportación de ganado. La mayor parte del ganado que se exporta a los Estados Unidos no es de Sonora, sino de Sinaloa.
El C. Serrano: Me permito contestar que el señor Gálvez está perfectamente equivocado, bastándome indicarle que el ganado de Sinaloa tiene prohibición de entrar a los Estados Unidos, porque está infestado de garrapata tejana y otras enfermedades; se le suele embarcar, pero en pequeñísimas cantidades, después de haber sufrido dos o tres cuarentenas dentro del Estado de Sonora, para ser sacrificado inmediatamente; de modo es que el ganado de Sinaloa no pasa por Sonora sino en cantidades limitadísimas. El ganado que se exporta en Sonora es de los distritos del Norte del Estado, y nada más, porque el de los distritos del Sur del Estado de Sonora están también sujeto a cuarentena y no se le permite pasar por la misma cuarentena.
El C. Castillo Francisco: ¿Me permite el señor orador? Se fue el señor Moreno que le hizo a usted una interpelación, a la cual, según dijo, no había usted contestado, y usted pidió después que se la repitiese. El señor Moreno decía lo siguiente: Que si usted decía que en los Estados Unidos estaban gravados los artículos alimenticios y entre ellos el ganado, si allá sufría una fuerte cuota, ¿por qué, pues, entonces, a pesar de esa fuerte cuota quería que se le eximiera, porqué solamente al Estado de Sonora deberá eximírsele de esa contribución? Eso era lo que decía el ciudadano Moreno. Si en los Estados Unidos hay cuotas fuertes para que se lleve el ganado, ¿por qué se quiere meter el ganado a los Estados Unidos que se encuentra en condiciones muy especiales?
El C. Serrano: Compañero Castillo: Esas cuotas no están en vigor todavía. Antiguamente en los
Estados Unidos existía una cuota que variaba entre tres y cuatro dólares por cabeza al importarse; pero desde 1913, con objeto de estimular la entrada de artículos de primera necesidad a los Estados Unidos y de abaratar la vida, se suprimió ese impuesto, y entonces el ganado entraba libre, sin ningún gravamen. Actualmente se está discutiendo en el Congreso Americano esa medida de gravarlo con el treinta por ciento, que no está aprobado todavía. Los ganaderos de Sonora y algunos de Arizona, están dirigiéndose al Gobierno de Washington, al Gobierno americano, y se han dirigido a mí también en lo particular para que nuestro Gobierno gestione cerca del de Washington que decrete que el impuesto del treinta por ciento ad valorem que amenaza al ganado al entrar a los Estados Unidos, se exima de ese impuesto. Por consiguiente, lo primero que queremos es que se nos ayude en nuestro país; si logramos que se reduzca el impuesto en México, seguiremos trabajando para que el Gobierno de Washington exima de ese gravamen a nuestro ganado. Esto quiere decir que esto será sencillamente la primera parte de la batalla; la segunda tendrá que seguirse librando todavía.
El C. Laris Rubio: Ha expresado usted que en Sonora hay congestión de ganado y está usted conforme también en que en el interior de la República, por el contrario, hay carencia absoluta de ganado. En esas condiciones, ¿el ganado de Sonora no puede traerse al interior de la República para provocar la competencia?
El C. Serrano: Ya lo he explicado anteriormente. Hemos hecho todo lo posible para traerlo; pero no se han logrado vencer las dificultades que son muchas. Ya expliqué que aparte de que no se dispone de carros suficientes, resulta muy costoso y peligroso traer ganado de allá, porque o se muere en el camino, o a su llegada aquí, porque no está aclimatado, ni está acostumbrado a tomar estas aguas, ni estos pastos. Durante el año actual, ni en julio, ni en septiembre, ni en agosto, que es la temporada de lluvias, ha llovido, y en la temporada actual de invierno tampoco ha llovido; por consiguiente, esos ganados están flacos y no pueden resistir una caminata de quince a veinte días; mientras que si se mandan a los Estados Unidos, como allá se dispone de toda clase de elementos, pueden hacer en buenas condiciones el viaje y llegar a los lugares donde se efectúa su engorda, a fin de ser sacrificado cinco o seis meses después. En nuestro país, repito, no disponemos de estos elementos y el ganado de Sonora que se quiere traer al interior de la República, tiene que salir primero a los Estados Unidos por Nogales o Naco, después entrar por Ciudad Juárez y luego continuar su camino al centro del país, haciendo un larguísimo viaje de muchos días. Ya se hizo un ensayo y estamos pendientes del resultado a fin de que si es satisfactorio, se establezca un intercambio comercial, y estoy empeñado en que ese experimento resulte favorable para que no sólo se beneficie Sonora, sino todo el pueblo de la República, trayendo nuestro ganado acá.
El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Mijares.
El C. Mijares: Honorable Asamblea: Creo que ustedes no pusieron la debida atención a la explicación que hizo el ciudadano Zincúnegui Tercero. Efectivamente, este dictamen establece la salida casi libre de todo el ganado de la República, porque únicamente se cobran cinco, siete o diez pesos, respectivamente, por las cabezas de ganado, según los años que tengan y esto en toda la República, sin limitar, sin especificar que se trata sólo del ganado de Sonora. Es ésta, a mi parecer, si este dictamen se aprueba, una medida peligrosísima que dictaremos en contra del proletariado general de la República, porque es lógico que valiéndose de la baja del impuesto, saldrá todo el ganado para los Estados Unidos y nos quedaremos sin carne, es decir, que por beneficiar a los industriales ganaderos, vamos nosotros a empeorar la situación del proletariado nacional que actualmente, en la mayoría de la República, está ganando un salario de setenta y cinco centavos que no le es suficiente ni siquiera para comprar un kilo de carne.
Además, ciudadanos diputados, si se establece solamente esta reforma de ley para beneficiar al Estado de Sonora, irán de los Estados limítrofes de Sinaloa, de Durango y de Chihuahua los ganaderos al Estado de Sonora, para poderlos exportar al precio que marca la nueva cuota que se establece con esta ley. Por lo tanto, como nos debemos de fijar para ir remediando nuestras condiciones, para ir remediando a nuestro pueblo y, sobre todo, ver la manera como hacemos posible que con los setenta y cinco centavos o un peso que actualmente se paga a los jornaleros les sea suficiente para vivir como se vivía en tiempos normales, es indispensable, digo, que veáis la manera de ver cómo se van rebajando los precios de las mercancías que forman las de primera necesidad, para que nuestro pueblo no sufra lo que actualmente está sufriendo. Yo considero que con la rebaja al 40 por ciento que sufrió el impuesto federal, que con la exención de impuestos que se hizo a los metales, y que con las medidas proteccionistas que se están tomando para que suba el algodón, ya es suficiente demostración de que estamos pensando detenidamente las cosas para beneficiar a ese gran grupo capitalista que azota a la República. Ahora toca a nosotros fijarnos exclusivamente en la manera de beneficiar al obrero, en la manera de beneficiar al consumidor en general y creo que la única manera como podemos hacer esto, es evitar que lo poco que tenemos en la República, que puede servir para el alimento, no salga de aquí. De esta única manera podemos nosotros responder a los anhelos que actualmente tiene el proletariado y de esta única manera seremos capaces de ir rebajando el costo de la vida que, hoy por hoy, se hace insoportable. Ya nos hemos fijado en determinadas ocasiones en que no es únicamente el costo de las materias primas lo que hace que se eleve la vida; no, señores; están de por medio los grandes intereses del capitalismo, que día a día quiere acaparar las riquezas a cambio del sudor de los mexicanos; así vemos que, no obstante el constante descenso en el precio de las materias primas, los productos manufacturados, los cereales y toda clase de alimentos están valiendo el mismo precio que tenían en diciembre del año pasado. Por eso vengo a pedir a la honorable Asamblea que deseche este dictamen que, aunque fuera únicamente para el Estado de Sonora, pero que no la es, podría traer como consecuencia que todo el ganado de la República se
llevara a Sonora para de allí importarse al extranjero con cuotas bajas. Además, quiero hacer una rectificación a lo que dijo el compañero Serrano. Es mentira que en los Estados Unidos valga menos el ganado; es mentira porque solamente para beneficiar los cueros, para beneficiar todo lo que tiene de por sí el ganado, fuera de la carne, el consumo de Estados Unidos es superior al de la República Mexicana; allí se beneficia desde el hueso hasta la piel, convirtiéndose el cuero en zapatos y es así cómo viene al país para ser vendido a precios sumamente caros. Esta es una verdad como hay pocas y es justo que los C. diputados no se dejen sorprender por las palabras del señor Serrano, que no ha tenido en esta ocasión la medida justiciera con que siempre ha venido a defender sus proyectos en esta tribuna. Por lo tanto, creo que la Asamblea debe desechar este dictamen para que la Comisión, que está a cargo del señor Manero, que es docto en cuestión económica, sepa hacer un dictamen un tanto más concienzudo como lo piden los altos intereses de la República. (Aplausos)
El C. Zincúnegui Tercero: Una interpelación al Ciudadano Serrano.
El C. Colón: ¡Moción de orden!.
El C. presidente: Tiene la palabra para moción de orden.
El C. Colón: Al principiarse estos trabajos se suplicó a los iniciadores del proyecto, que fundaran el estudio que habían hecho sobre él; después se convino en que la Comisión que había hecho el estudio sobre este proyecto, expusiera sus motivos; se ha extraviado la discusión. Creo que lo que ha dicho el Sr. Serrano es bastante para ilustrar a esta Asamblea. Ahora toca a la Comisión fundar su dictamen con el fin de que de una manera reglamentaria se abran los debates, porque sino, se pierde lastimosamente el tiempo.
El C. presidente: La Presidencia manifiesta al Ciudadano Colón, que la Comisión cedió el turno al Diputado Serrano, quien, como autor de la iniciativa, está bien documentado. Ya se abrieron los debates formalmente y hay un registro de oradores. Han hablado en contra los Ciudadanos Diputados Zincúnegui Tercero, en 1er. término; Mijares y Céspedes, y en pro, el Ciudadano Serrano, quien, como autor de la iniciativa, puede hablar dos veces.
El C. Zincúnegui Tercero: Moción de orden, señor presidente. Toda vez que el señor Serrano en la tribuna no sólo habla como fundador de esa iniciativa de decreto, sino a nombre de la Comisión, tienen la obligación de contestar las interpelaciones que se le hagan. Yo deseo, señor Serrano, que diga usted a la Asamblea a cuánto asciende el monto de esas reducciones que se han hecho en los impuestos.
El C. Serrano: Es precisamente lo que iba a decir para aclarar al compañero Mijares. Compañero Mijares: Yo reconozco la buena intención de usted al defender los intereses del proletariado, que nadie los ataca; pero desgraciadamente usted es el que está mal informado y no se fijó precisamente en esa observación que acaba de hacer el compañero Zincúnegui Tercero. Las cuotas que piden los ganaderos son estas: Que en lugar de quince pesos que pagan por los de tres años, y doce y centavos por los de dos, y así sucesivamente, quince en los de tres, doce en los de dos, diez en los de uno y dos años, y prohibida la exportación de un año abajo, y prohibida también la exportación de las hembras menores de ocho años para que no se acaben las crías y que únicamente se exporten las hembras mayores de ocho años, es decir, las que ya lógicamente se supone que están en peligro de perecer; los ganaderos de Sonora han estado dirigiéndose al señor presidente de la República y a los diputados de Sonora, pidiendo que se pongan 5 pesos en general por cabeza. Yo podría apoyar está iniciativa de los ganaderos con acopio de razones; pero he querido tomar un término medio entre los intereses particulares del Estado de Sonora y los intereses generales de la nación: En lugar de apoyar aquello, he pedido el término medio, que se rebajen simplemente cinco pesos a la cuota vigente, y también quiero que me diga el señor Mijares si será posible, comercialmente hablando, que es como se debe estudiar la cuestión, si será posible que se lleve ganado, no digamos de Chiapas, no digamos del Distrito Federal, que es adonde debe venir, sino siquiera de Chihuahua a Sonora para lograr cinco pesos, pues el flete de ese ganado, de Chihuahua a Sonora, sería mucho mayor que los cinco pesos que se piden de reducción. De manera que es absurda la argumentación del Ciudadano Mijares. En cuanto al de Sinaloa, ya he repetido que ese ganado está en cuarentena; no se permite que pase a Estados Unidos, sino después de sufrir una serie de reglas, que sería prolijo enumerar.
El C. Mijares: ¿Sabe usted., compañero Serrano, cuánto ha disminuido el ganado en el país durante estos años de revolución y de guerra europea, en que se ha exportado la mayor parte de ese ganado que había aquí?
El C. Serrano: No lo sé, como no lo sabe usted, ni nadie; simplemente sabemos que ha disminuido notablemente. Por lo demás, repito, estoy enteramente dispuesto a aceptar que la franquicia sólo sea para Sonora; si de la discusión, ustedes creen que esa sea la mejor solución, la acepto.
El C. Zincúnegui Tercero: En último resultado, eso sería anticonstitucional.
El C. Serrano: La necesidad se impone sobre la Constitución. Cuando una región peligra, se dictan medidas especiales, como en Caléxico; ya hemos visto que cuando se necesitó dictar disposiciones privativas para una región de la Baja California, así se hizo, y así se puede hacer ahora en Sonora, en el caso actual. Además, como estas tarifas se revisan de tiempo en tiempo, en realidad tendrán un carácter transitorio.
El C. Siurob: Pido la palabra para una aclaración.
El C. presidente: Tiene usted la palabra.
El C. Siurob: Ustedes saben, ciudadanos diputados, perfectamente bien, que los ganados tienen precios muy bajos en los Estados del Sur de la República, hasta el grado de que se pueden conseguir, por ejemplo, en Oaxaca y en otras regiones, a precios mucho más bajos que los que tienen, supongamos, en la capital y en los mismos Estados Unidos; en esa forma no sería extraño que al hacerse una rebaja de impuestos, fuera costeable el envío de ganado al país vecino. Hemos observado que aquí faltan ganados no sólo para el Rastro, sino también para la agricultura, y muy especialmente para ella.
¿Quién no sabe que actualmente una yunta vale doscientos cincuenta o trescientos pesos, yuntas que antes valían cien pesos cada una? Lo que el compañero viene a proponer facilitaría, en cualquiera forma, la salida de animales fuera del territorio nacional, y nosotros, en mi concepto, no debemos consentir ninguna medida, ni chica ni grande, ni temporal ni definitiva, que venga a facilitar la salida de animales de trabajo, puesto que estamos tratando de crear el pequeño agricultor, y la pequeña agricultura no podrá existir mientras estén tan altos los precios de los animales de trabajo. Por el contrario, desde el punto de vista de la ganadería, importa que no salgan animales de ganado mayor fuera del territorio de la República. Y por todas estas razones, yo creo que por todos estos conceptos, debemos oponernos a cualquiera medida, sea transitoria o definitiva, que tienda a favorecer la salida de ganado fuera del país. Me permito citar datos concretos: Están entrando para el Rastro de México animales importados hasta desde Texas. ¿No es vergonzoso, no es triste que, siendo nosotros un país que tiene tan grandes extensiones de dehesas y de tierras, no es vergonzoso que nosotros vayamos todavía a rebajar las cuotas de exportación, para que acabemos de quedarnos sin el ganado suficiente para la alimentación del país y para las necesidades de nuestra agricultura? Por otra parte, me permito señalar estos hechos, que son interesantes, para que se difundan en toda la República: La Secretaría de Agricultura y Fomento renta terrenos nacionales en proporción que varía, con diversos Estados, desde treinta mil hectáreas hasta cinco mil hectáreas, en los Estados del Centro, y treinta mil en los Estados limítrofes para pasteo, es decir, para cuestiones de ganadería. La renta es en la proporción de treinta centavos por hectárea; en esta forma, la Secretaría a hecho cuanto ha estado de su parte para favorecer la ganadería, y si nosotros fuéramos a rebajar este impuesto, equivaldría a contrarrestar la labor que en favor del desarrollo de la ganadería está haciendo la Secretaría de Agricultura y Fomento. De manera que ésta es una razón; cuando una rama del Gobierno está tendiendo, como la Secretaría de Agricultura y Fomento, a favorecer el desarrollo de la ganadería, nosotros la contrariamos con la rebaja de las cuotas de exportación; se restringe lo mismo que el Gobierno está queriendo hacer por otro lado, y sería una labor completamente opuesta de una parte del Gobierno frente a otra. Por todas estas razones, yo estimo que no debemos rebajar ni un ápice las cuotas de exportación; al contrario, hacerlas casi prohibitivas.
El C. Serrano: La primera parte de lo que dice el diputado Siurob es enteramente cierta. Respecto de los terrenos nacionales que tiene la Secretaría de Agricultura y Fomento para arrendar...
El C. Siurob: Son cincuenta millones de hectáreas.
El C. Serrano: Aun cuando fueran quinientos millones de hectáreas. Sí, señor Siurob, esto es cierto, como también es cierto que hay numerosas solicitudes en Sonora para arrendar esos terrenos, cosa que es magnífica; pero el compañero Siurob ignora que para poder aprovechar un terreno de esos, en primer lugar, la tramitación es larga, desde el momento en que se hace la solicitud; en segundo lugar, suponiendo que instantáneamente se pusiera al solicitante en posesión de los terrenos, éste necesita, desde luego, agua, que en Sonora es muy difícil encontrar; se necesitan pozos muy profundos o represas que garanticen el agua para todo el año y se necesita un sinnúmero de obras y de mejoras que no se pueden hacer con carácter de transitorias; por otra parte, quisiera el señor Siurob me dijera si es vergonzoso para los ganaderos de Sonora, que no vengan a vender su ganado al interior de la República porque no pueden. Saben ellos perfectamente que se está trayendo aquí ganado americano; luego, si lo venden para Texas o Arizona, con más razón lo habrían de querer traer para acá, pero no pueden. Los ganaderos son los más interesados en traerlo, y han hecho muchas gestiones para allanar las dificultades, pero no han tenido éxito. Por mi parte, he estado gestionando la manera de traer esos ganados sin haber podido vencer esas dificultades que hay para el efecto y que son muchas, las que ya no quiero repetir para no cansar a esta Asamblea; de manera que si no viene ese ganado, es en verdad porque no ha sido posible; precisamente la argumentación del ciudadano Siurob viene a dar la razón a los ganaderos de Sonora. El precio del ganado en Estados Unidos es más bajo que el que tienen en México, puesto que se está trayendo de allá para acá.
El C. Siurob: Entonces ¿por qué se pide la reducción de la cuota?
El C. Serrano: Porque aquel ganado está flaco y no puede sacrificarse ni mandarse al interior de la República porque se muere en el camino.
El C. Siurob: ¿Me permite usted una observación?
El C. Serrano: Sí, señor.
El C. Siurob: Compañero, los campos de Chihuahua necesitan cultivo. Con motivo de la intensa época revolucionaria en aquella zona, faltan animales de trabajo, debido a sus precios exorbitantes; las reses pueden llevarse perfectamente de Sonora a Chihuahua por tierra, y no me diga que no cuando aquí vienen partidas de consideración desde puntos lejanos. Voy a citarle casos en que se han traído animales de trabajo desde Zacatecas por tierra. Vaya el compañero, cuando guste, a la vecina población de Tlalnepantla y verá pasar innúmeras cantidades de ganado tanto mular, como cabrío o ganado de pelo para el centro de la República, y que viene desde Zacatecas, desde San Luis Potosí, en cantidades considerables y que es costeable la introducción.
El C. Serrano: Pero no tiene que atravesar la sierra, señores y principalmente en invierno que es tan frío, y que, por lo mismo, se morirá ese ganado. Señor, cuando el ganado está gordo y fuerte, puede viajar; pero cuando está en las condiciones actuales, no puede, señor. Ahora, por último, si la Asamblea rechaza la proposición, más tarde, cuando se sepa la mortandad de ganado que va a haber en Sonora, como la hubo hace tres años, por hambre, porque no tiene qué comer ese ganado, entonces la responsabilidad será de la Cámara de Diputados.
El C. Castillo Francisco: Pido la palabra para una aclaración. ¿Me permite la Comisión una aclaración? En apoyo de lo que dice el señor Siurob, yo
entiendo que si la revolución de diez años ha traído en todos los Estados un decrecimiento en el ganado vacuno, es evidente que por circunstancias muy especiales creo yo que en el de Sonora debe estar floreciente la ganadería. Pero yo no creo eso, yo creo que en el Estado de Sonora, donde la revolución ha causado tantos daños como en todos los demás, creo que allí la ganadería está en iguales condiciones que en los demás Estados y que si hay algo de por medio no es más que el interés de los comerciantes, que necesitan exportar el ganado porque saben que con esto sacan pingües beneficios, y así vamos a ver que no se trata de beneficiar a la ganadería, sino que se trata de beneficiar a unos cuantos comerciantes que van a sacar el ganado y a comprárselo a los mismos labradores haciéndoles proposiciones buenas para quitarles su ganado que tienen para el trabajo. Eso sucede en el Estado de Oaxaca y eso lo podrá decir el Diputado Vasconcelos, que últimamente ha estado en ese mismo Estado. Se ha restringido allí la exportación de ganado del mismo Estado, porque los comerciantes van a sacárselo hasta los mismos labradores, haciéndoles buenas proposiciones, naturalmente. En esas condiciones pues no es la ganadería la que se va a beneficiar, sino unos cuantos comerciantes nada más, que son los que están interesados en sacar el ganado de un lugar para otro. Por lo demás, voy a permitirme decir al ciudadano Serrano que en el Estado de Oaxaca, de la costa del Sur, y lo pueden decir varios diputados de allá, no salieron antes de 1910 menos de ocho o diez mil cabezas de ganado transportado de Teziutlán. Allí pueden estar los diputados del Estado de Puebla, para que digan si son o no los comederos donde se engorda al ganado y para atravesar no solamente caminos buenos, sino malos, como son los de la Mixteca y los de la sierra hasta llegar a Teziutlán; serán quinientos kilómetros aproximadamente y, sin embargo, a pie hace el ganado el recorrido; de manera que no hay ninguna objeción para que el ganado de Sonora, que está cerca de Chihuahua, pueda pasar a este Estado en pocos días. Se ve, pues, que aquí sólo se busca, no el interés de la ganadería, sino el interés de algunos comerciantes que quieren sacar pingües utilidades de la exportación.
El C. Serrano: Voy a contestar. El señor Castillo ignora que la mayor parte de los ganados de Sonora pertenecen a pequeños ganaderos, quienes no pueden exportar ganado a los Estados Unidos por sí solos, por el sinnúmero de dificultades que presenta la exportación; en estas circunstancias, ¿cómo quieren ustedes que puedan traer su ganado al interior de la República? Para esto tendría que recorrer el ganado, en territorio americano, no menos de quinientos kilómetros, y luego, de El Paso a acá, bien sabe el señor Castillo que hay dos mil kilómetros, y el ganado flaco, que apenas puede andar unos cincuenta kilómetros para embarcarse, no podría resistir y se moriría en el camino. No se trata de favorecer el interés de los comerciantes en ganado, sino el de los pequeños productores, que son los que más incapacitados están para traer su ganado; y entienda bien el señor Castillo que si viene ganado de Sonora, no será el que mande un propietario que tenga cincuenta o cien reses, por que está absolutamente imposibilitado; sino el que traiga un tren con un número considerable de ganado, porque de otra manera no sería costeable.
El C. Siurob: Una aclaración. (Voces: ¡A votar!)
El C. presidente: Todavía no se ha agotado la lista de oradores.
El C. Siurob: El compañero Serrano debe aconsejar a sus amigos ganaderos, que lleven todo su ganado a Tepic, adonde pueden mandarlo por ferrocarril, a fin de mandarlo después a Jalisco, donde pueden venderlo, así como en todas las zonas del centro de la República, en cuyas regiones están valiendo un precio exorbitante las yuntas para el trabajo. Sepa el compañero, por ejemplo, ya en Irapuato vale un peso el kilo de carne; que en todas esas regiones faltan animales para el trabajo y que seria un pingüe negocio para los ganaderos que traten de exportarlo a los Estados Unidos, por ahorrarse un poquito de esfuerzo para traerlo al centro de la República, donde podrían obtener precios que llenaran sus bolsillos.
El C. Serrano: Voy a contestar, señor Siurob: Los esqueletos no pueden barbechar, y serían esqueletos los que traeríamos desde Sonora, por ahora. Más tarde yo seré el primero en hacer esta propaganda; pero mientras los ganaderos de Sonora no tengan vías de comunicación, mientras este ganado esté en las condiciones en que se encuentra, vale más que se logren los cueros en Sonora y no que venga a morir aquí, después de un largo viaje, que acarrea pérdidas muy grandes.
El C. presidente: Se suspende la sesión y se cita para la tarde, a las cinco y media. (Voces: ¡A votar! ¡A votar!) Habiendo tenido conocimiento la Presidencia de que el ciudadano diputado Martín Barragán ha perdido a su señora madre, la Presidencia cree cumplir con un deber de compañerismo designado para que lo visiten, en nombre de la Cámara, a los ciudadanos Leopoldo Zincúnegui Tercero, Flavio Ayala, Leopoldo Vicencio y prosecretario Castrejón. Se suspende la sesión y se cita para la tarde, a las cinco y media en punto. (1.45 p. m.)