Legislatura XXX - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19230308 - Número de Diario 15

(L30A1P1eN015F19230308.xml)Núm. Diario:15

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 8 DE MARZO DE 1923

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERÍODO EXTRAORDINARIO XXX LEGISLATURA TOMO II. - NÚMERO 15

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 8 DE MARZO DE 1923

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2. - A moción del C. diputado Vásquez Jenaro V., se nombra una comisión para que asista a las ceremonias que se verificarán en Etla e Ixtlán, Oaxaca, los días 18 y 21 de los corrientes.

3. - Iniciativa de la Comisión de Administración de la Cámara de Senadores, relativa a la ampliación de la partida 153 del Presupuesto de Egresos vigente; recibo, y a la 2a. Comisión de Hacienda.

4. - Se aprueba una proposición de numerosos ciudadanos diputados tendiente a que se invite solemnemente a una de las sesiones de esta Cámara, al doctor argentino Alfredo L. Palacios; se nombran dos comisiones al efecto.

5. - Se discute y aprueba el dictamen de las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales, de Agricultura y Fomento y 1a. Agraria, relativo a la solicitud del Ejecutivo en que retira su iniciativa referente a que se le autorizara para legislar sobre Terrenos Baldíos y Nacionales, Colonización, Pesca, Caza y Forestal,

6. - Continúa la discusión en lo particular del dictamen que se refiere al proyecto de Ley del Petróleo. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. VALADEZ RAMÍREZ ANTONIO

(Asistencia de 133 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.12: Se abre la sesión.

- El C. secretario Gandarilla, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día siete de marzo de mil novecientos veintitrés. - Período extraordinario.

"Presidencia del C. Ricardo Covarrubias.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y catorce minutos del miércoles siete de marzo de mil novecientos veintitrés, se abrió la sesión con asistencia de ciento treinta y dos ciudadanos diputados.

"Sin debate se aprobó el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"La Secretaría dio cuenta con los siguientes documentos:

"Oficio de la Cámara de Senadores, en que participa que suspenderá sus sesiones por más de tres días, en virtud de que no tiene asuntos en cartera. - De enterado.

"El Ejecutivo de la Unión, por conducto de la Secretaría de Gobernación, envía una iniciativa ampliando diversas partidas del Ramo Noveno del Presupuesto de Egresos federal vigente, y que adicionan los presupuestos del Distrito Norte de la Baja California y de la municipalidad de Ensenada del propio Territorio. - Recibo, y a la 2a. Comisión de Hacienda.

"Telegrama procedente de Puebla, en que el C. diputado Gilberto Bosques pide licencia por diez días, con goce de dietas.

"Con dispensa de trámites y sin debate, se acordó de conformidad.

"Telegrama de Oaxaca, por medio del cual el diputado Pérez Acevedo pide licencia de quince días, con goce de dietas.

"Igualmente se concedió esta licencia con dispensa de trámites y sin que nadie hiciera uso de la palabra.

"Por unanimidad de ciento cincuenta y dos votos, se declaró con lugar a votar en lo general el dictamen de las comisiones unidas 1a. y 2a. de Petróleo, que consulta un proyecto de Ley Orgánica del artículo 27 constitucional en el ramo de Petróleo.

"La Presidencia nombró en comisión para representar a la Cámara en la inauguración del tramo de La Quemada a Tepic del Ferrocarril Sud Pacífico, a los CC. Cuervo, Apolonio R. Guzmán, Ismael Romero, José Pérez Gil y Ortiz y secretario Esparza Martínez.

"Se dio cuenta con un dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que consulta un proyecto de decreto por el que se establece la partida 162 bis del Presupuesto de Egresos vigente, con ciento veinte mil pesos para pago de sueldos a empleados supernumerarios de la Contaduría Mayor de Hacienda, y se reforman, en los términos que el mismo proyecto establece, la partida 5,484 del Ramo sexto y las partidas 7,594, 7,673 y 7,694 del Ramo Séptimo, también del Presupuesto de Egresos en vigor.

"A solicitud de los firmantes del dictamen, la Cámara dispensó los trámites. Puesto a debate, no

lo hubo, y por unanimidad de ciento cuarenta y nueve votos se aprobó el proyecto y pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

"Se procedió a la elección de presidente y vicepresidentes para el mes en curso, y resultaron electos los CC. Antonio Valadez Ramírez, Mauricio Gómez y Cipriano Villanueva Garza, respectivamente, los dos primeros por mayoría de ciento cincuenta votos y el último por mayoría de ciento veinte votos.

"Los electos tomaron posesión de sus cargos.

"Se puso a discusión el artículo 1o. del proyecto de Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional en el ramo del Petróleo, que consultan las comisiones respectivas en su dictamen.

"El C. Rama contestó una pregunta que a las referidas comisiones dirigió el C. Luis Espinosa. Los CC. Murguía y J. M. Puig y Casauranc, hicieron mociones de orden. Los CC. Luis Espinosa y J. M. Puig y Casauranc hablaron en contra y en pro, respectivamente, del trámite de la Mesa, poniendo a debate el artículo 1o., trámites que la Asamblea aprobó en votación económica, por lo que continuó el debate del referido precepto.

"El C. J. M. Puig y Casauranc hizo observar un error de imprenta que aparece en el dictamen.

"El C. Gómez Campos habló en contra.

"El C. Rama hizo una aclaración.

"Los CC. Luis Espinosa y Fabila también se produjeron en contra.

"En pro lo hizo, a nombre de las comisiones, el C. José Manuel Puig y Casauranc.

"Agotado el debate y con lugar a votar el artículo 1o., los impugnadores retiraron sus objeciones y el precepto se reservó para su votación.

"El artículo 2o. sufrió una modificación que le hicieron las comisiones con permiso de la Cámara y sin debate se declaró con lugar a votar y se reservó para su votación.

"Entróse al estudio del artículo 3o.

"El C. Murguía hizo una moción de orden.

"Con anuencia de la Asamblea, las comisiones modificaron el artículo.

"Los CC. Guillermo Rodríguez y J. M. Puig y Casauranc, hicieron aclaraciones.

"El C. Gómez Campos habló en contra, y sus observaciones fueron aceptadas por los dictaminadores.

"Impugnó el artículo el C. Israel del Castillo, quien fue refutado por el C. J. M. Puig y Casauranc. Este, además, contestó una pregunta que le dirigió el C. Murguía.

"Por último, ocupó la tribuna el C. Luis Espinosa para hablar en contra. El orador, en vista de que era visible la falta de quorum, suspendió su discurso para continuarlo en la sesión siguiente.

"A las veinte horas y cinco minutos se levantó la sesión y se citó para las diez y seis del día siguiente."

Está a discusión el acta. Los ciudadanos diputados que deseen hacer uso de la palabra en contra, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo quien haga uso de la palabra ni en pro ni en contra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada el acta.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"A nombre de los vecinos y autoridades de Etla, Oaxaca, cabecera del distrito electoral que tengo la honra de representar, me es honroso poner en vuestro conocimiento que el día 18 del corriente se inaugurarán en dicha cabecera mejoras materiales muy importantes y que revisten inusitada trascendencia para el progreso material de dicho pueblo.

"Asimismo, me honro en comunicaros que el día 21 de este mismo mes se verificar , con el esplendor que sea posible, una ceremonia cívica en el lugar en que nació el benemérito de las Américas, en San Pablo Guelatao, Ixtlán.

"Para las festividades que se verificar n en Etla e Ixtlán, cumplo el encargo de mis comitentes con transmitir la más formal y atenta invitación a esta H. Cámara, para que se sirva nombrar una comisión que asista a los festejos de que se trata.

"México, marzo 7 de 1923. - Jenaro V. Vásquez."

La Presidencia, siguiendo las prácticas de rigor, nombra la siguiente comisión: Vásquez Jenaro V., Certucha, Barragán, Palencia Fernando, Bravo Gustavo M. y secretario Gandarilla.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. - Comisión Permanente. - Secretaría. - Mesa de Correspondencia. - Número 551.

"Tenemos el honor de remitir a ustedes, por acuerdo de esta Comisión Permanente y para los efectos de ley, la adjunta iniciativa de la Comisión de Administración de la Cámara de Senadores, relativa a la ampliación de la partida número 153 del Presupuesto de Egresos en vigor.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración muy distinguida.

"México, 7 de marzo de 1923. - M. Samayoa, D. S. - Francisco Field Jurado, S. S. - A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presente." - Recibo, y a la 2a. Comisión de Hacienda.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"La prensa de México consigna en sus informaciones el arribo a esta capital del noble luchador argentino, señor doctor Alfredo L. Palacios, diputado al Congreso de aquella República hermana, cuya labor de esperanza y de bien ha llevado al proletariado de su país a una más justa condición, abriendo el camino de su reivindicación.

"Es, en efecto, Alfredo L. Palacios, una de las figuras de más alto relieve intelectual de la Argentina; socialista auténtico, que ha desechado la unilateral forma del lirismo, para entrar en la siembra del practicismo legal, cosechando triunfos definitivos con su trascendentales proyectos, de cuya bondad gozan hoy los braceros, las mujeres y los

niños, antes sujetos a la dureza del maquinismo y a la inicua explotación.

"He aquí por qué los que subscribimos, creyendo interpretar el sentimiento de esta Asamblea revolucionaria, al aquilatar los altos merecimientos de que su vasta acción social le hace acreedor, y atendiendo a las ligas de compañerismo que a dicho señor doctor Palacios nos unen por su gestión como representante del pueblo, así como a la simpatía fraternal hacia la gran República del Plata, presentamos a vuestra consideración el siguiente proyecto de acuerdo económico:

"Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en consideración a la fecunda, labor desarrollada en pro de la clase trabajadora por el infatigable orador argentino, doctor Alfredo L. Palacios, lo invita solemnemente a una de sus sesiones, designándose al efecto las comisiones respectivas."

"Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - México, 6 de marzo de 1923. - Miguel Martínez Rendón. - Eduardo Súllivan. - Jenaro V. Vázquez. - Rafael Pérez Taylor. - J. B. González. - A. Valadez Ramírez. - E. Padilla. - Ricardo Covarrubias. - Enrique M. Barragán. - F. F. Franco. - J. Siurob. - Gabriel Martínez. - Doctor A. E. Vidales. - A. M. Azueta. - A. Casanova C. - A. Altamirano. - M. Dávalos A. - Doctor Carlos Puig y Casauranc. - Pedro Suárez. - F. B. Villegas. - Francisco Z. Moreno. - E. Aguirre. - I. Olivé. - Romeo Ortega. - C. Villanueva Garza. - Jorge Meléndez. - A. Sánchez Rebolledo. - P. I. Chacón. - R. Nieto. - J. M. Díaz. - G. Hernández. - S. López Olivares. - A. J. Valenzuela. - Aurelio Sepúlveda. - Justo A. Santa Anna. - P. Manzano. - José de la Luz Mena. - Gilberto Fabila. - José F. Gómez. - J. Ogarrio Meixueiro. - J. Reyes San Germán. - Luis Torregrosa. - José Castillo Torre. - E. Mena Córdoba. - Mauricio Gómez. - F. Rodarte. - A. G. Castellanos. - J. Certucha. - J. F. Gutiérrez. - F. Gómez."

El C. Martínez Rendón: Pido la palabra para fundar la proposición.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Martínez Rendón.

El C. secretario Gandarilla: En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites; los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión.

El C. Martínez Rendón: Honorable Asamblea: Llego hasta esta tribuna parlamentaria animado de una gran fe y de una gran confianza en esta Asamblea revolucionaria. Sé que la proposición que aquí se ha presentado tendrá que ser aprobada por vosotros, por sus lineamientos generales y porque no es sino un homenaje no sólo al Genio argentino, sino también al pueblo de aquel noble país. Seguramente que de todos ustedes, compañeros, es conocida de sobra la figura de Alfredo L. Palacios como uno de los más fuertes socialistas de la América española. Su labor en la Cámara argentina desde 1904 hasta 1913, fue una labor pujante, viril, decidida, enorme. Si se tienen en cuenta todas las leyes a que dio origen esta misma labor parlamentaria, Alfredo L. Palacios, como decimos en esa iniciativa, es un socialista auténtico, es un razonador, es un espíritu perfectamente equilibrado, que ha podido dar a su país una gran tranquilidad en forma de leyes, perfectos casi, en la cuestión social.

Yo creo, como he dicho al principio, que todos ustedes conocen la labor de Alfredo L. Palacios y, por si hubiere algún compañero que por sus arduas labores no haya podido detenerse un punto en el desenvolvimiento del socialismo argentino, quiero leer someramente alguna de las iniciativas que él propuso allá, en dos años, en la Cámara. Tengo en mis manos un libro que se llama "Dos años de acción socialista." Este libro es la labor de Palacios durante esos dos años y se refiere a las siguientes leyes:

"Legislación en favor de la mujer

"I. Trata de blancas; "II. Divorcio, y "III. Derechos civiles de la mujer.

"Legislación del trabajo

"I. Seguro sobre accidentes; "II. Descanso hebdomadario; "III. Agencias gratuitas de colocaciones; "IV. Medidas de seguridad en el trabajo; "V. Reforma relativa a salarios, y "VI. Inspección y vigilancia de las fábricas.

"Legislación agraria

"I. bienes inembargables; "II. Arrendamiento de tierras, y "III. Los colonos de la Pampa.

"Educación

"I. La escuela laica, y "II. Sueldos y jubilaciones del Magisterio.

"Encarecimiento de la vida

"I. Derechos de Aduana; "II. Gastos excesivos, y "III. El 2 por ciento adicional.

Alcoholismo

"I. Impuesto a las tabernas; "II. El ajenjo, y "III. Impuesto al ajenjo.

"Leyes de residencia y de seguridad social

"I. Ley de Residencia, y "II. Ley de Seguridad Social....." etcétera.

Sería muy larga toda la lista que yo podría leer y a que se refiere este libro. Seguramente que también es conocido de ustedes el incidente que separó a Palacios de la Cámara argentina. Fue una lucha parlamentaria en la cual, defendiendo al Partido

Socialista Argentino, vióse envuelto en un duelo. Como los estatutos del Partido Socialista de aquel país prohiben el duelo, fue separado de aquel mismo partido, y él, entonces, en un gesto caballeresco, declinó su curul en aquella Cámara. Entonces se celebraron en Argentina grandes manifestaciones en su honor; la misma prensa refiere cómo más de veinte mil obreros, más de veinte mil almas lo esperaban cuando bajaba de la tribuna, cuando hacía su renuncia; veinte mil almas que lo celebraron entusiastamente, y cómo todos los cronistas de la prensa, encabezados por Lugones, Jiménez, Rojas, por personalidades tan significativas como las que acabo de señalar, le dieron varios festivales en su honor. Yo no quiero citar todas las palabras que se pronunciaron en aquellas convivialidades en honor suyo, y quiero referirme únicamente a algunas palabras pronunciadas por don Leopoldo Lugones, que fue uno de los que iniciaron esta manifestación en honor de Palacios. Dice él:

"Van también implícitos en ello nuestro homenaje a la conducta de una pieza, nuestra solidaridad con la actitud del indomable caballero, nuestro voto de simpatía hacia el luchador cuya entereza es la plancha de acero estoico mordida con gallardía viril por el rasgo de la estampa mosquetera."

Creo, señores diputados, que este homenaje que nosotros proponemos le haga la Cámara nuestra, es altamente significativo y de una gran justicia, puesto que todos reconocemos en él al primer socialista de América. Efectivamente, tanto por su labor como por su tiempo, fue en 1904 cuando apenas en Argentina empezaba a surgir, en una de tantas manifestaciones, el Partido Socialista, cuando llegó él y ocupó por primera vez, como socialista ya, una banca en aquella Cámara; que yo sé bien que sus palabras no se han de quebrar en las fronteras argentinas; yo sé bien que las palabras que él dijo han llegado hasta muchos de nosotros en la magnífica forma de sus bellas oraciones; yo sé bien que esta Cámara las recogerá y las debe recoger porque este momento, señores, es un momento de orientación social y seguramente que nos dirá aquí, como dirá también en sus conferencias públicas, nos dará un gran aliento al socialismo, al socialismo perfecto que estriba en reivindicación de los de abajo. Yo sé, señores, que con el homenaje que tributemos aquí a Palacios, no sólo lo hacemos a él, sino que también lo hacemos al genio argentino que produjo a Rivadavia y a Sarmiento y a tantos que encaminaron el movimiento social en aquella República. Pido, pues, a ustedes, compañeros, que den su voto aprobatorio a la iniciativa que hemos presentado.

El C. secretario Gandarilla: Habiendo fundado la comisión su proyecto de acuerdo económico, se suplica a los diputados que deseen hablar en pro o en contra, se sirvan pasar a inscribirse.

El C. Pérez Taylor: Pido la palabra. Señores diputados:

Después de las vehementes palabras pronunciadas por el compañero Martínez Rendón, considero que ya esta proposición se encuentra perfectamente aferrada en vuestras conciencias; pero también considero que así como a uno de los exponentes más puros del habla castellana, al ilustre dramaturgo don Jacinto Benavente, se le ha rendido toda clase de elogios y se le ha rendido toda clase de homenajes, es necesario que la tribuna parlamentaria voltee también la cornucopia de su admiración en pro de ese exponente de la cultura argentina, que se llama el licenciado Alfredo L. Palacios. Claro es que estas proposiciones así tomadas a la ligera, muchas veces por esos profundos escepticismos que tenemos y que han sido causantes de ellos muchos extranjeros que han venido aquí a vivir a costa nuestra, para después ir al extranjero y hablar en contra de nosotros, como lo hizo el insigne novelista Vicente Blasco Ibáñez, necesario también que aquí en la Cámara, por tratarse de un tribuno, por tratarse de uno que lleva por sí la bandera, o sea el portaestandarte de las ideas nuevas en la República Argentina, nosotros pensemos un poco y hagamos algo de filosofía, algo de esa filosofía que el maestro Vasconcelos los enunciaba en uno de sus discursos con motivo de cierta fiesta nacional. El licenciado Vasconcelos enunciaba el siguiente principio, creo que se trataba de un homenaje a la memoria de don Benito Juárez, y decía el licenciado Vasconcelos como preámbulo de su discurso: ya es tiempo de que estas ceremonias no sean para adular a hombres que fueron; es necesario que estas ceremonias tengan cierta finalidad educativa, y esta finalidad educativa consiste sencillamente en que los pueblos se vayan perfeccionando conforme a las doctrinas enunciadas por el patricio don Benito Juárez. Y parafraseando este preámbulo del licenciado Vasconcelos, yo vengo a esta tribuna a decir más o menos lo mismo: No se trata, es decir, se trata en el fondo de hacer el elogio y rendir homenaje a un exponente de la cultura argentina, pero que este homenaje sirva también a todos nosotros para pensar un poco sobre la trascendencia del mismo homenaje. Es cierto que la humanidad ha atravesado por una multitud de obstáculos para llegar a la libertad pública y lo que es algo más fundamental que la libertad pública, a la libertad individual. Recorremos la época del paganismo, la época del paganismo llena de dulzura y llena de encantos, en donde los oradores áticos entusiasmaban desde el Aereópago a la multitud de Atenas, que iba en pos de aquella elocuencia divina de Demóstenes; entonces se adoraba, como todos vosotros sabéis, a los divinos dioses del Olimpo, y Zeus, el que recogía las nubes, es el ensueño de aquel enorme poeta llamado Homero. Después del paganismo, cuando se creía en aquel encanto de los dioses, vino el Cristianismo, surgió la personalidad de Constantino y vinieron después las cruzadas con Godofredo de Bullón y Boemundo, con Ricardo I, Corazón de León, con aquellos papas formidables que podían el dominio temporal y el dominio eterno; el dominio en el cielo y el dominio en la tierra, y Gregorio VII e Inocencio III, fueron el alma de aquellas memorables cruzadas, que todavía a través de la Historia pasan por nuestros ojos como leyendas inconmensurables de hechos heroicos; y después de las cruzadas tuvimos aquel resurgimiento soberbio del renacimiento, aquel Cosme de Médicis el Magnífico; y después de aquella época, en donde se querían afinar la antigüedad

y las doctrinas de Platón con las doctrinas de Jesucristo, la multitud, los pueblos despertaron con los cañonazos y formidables del 93, y entonces la figura de aquel enorme tribuno, Mirabeau, hizo levantar a todos los pueblos de Francia y estremecer en los cimientos a todos los tronos de la Europa, de que por fin iban a existir nuevos procedimientos, nuevas idealidades y nuevos fines para ordenar la marcha eterna y definitiva de los pueblos. Y después de aquellas libertades políticas y de aquellas libertades más o menos líricas, nos encontramos en el siglo XX; el siglo XX no es el siglo del paganismo, no es el siglo de las cruzadas, no es el siglo del renacimiento, es el siglo de las libertades políticas, es el siglo del trabajo, es el siglo del yunque, es el siglo de la fragua, es el siglo del campesino, el siglo del capital y del trabajo. Por eso, cuando viene aquí un exponente de la cultura argentina, el licenciado Alfredo L. Palacios, nosotros no podemos menos que rendirle el tributo de la admiración, y más que tributo - es necesario decirlo -, para nosotros, que somos los civiles, para nosotros que profesamos la cultura y el amor y la fe del pensamiento, este hombre que ha liberado a su pueblo de la tutela capitalista, y que, como un nuevo Hércules, ha blandido su clava para echar abajo a monstruos y tiranos, nosotros estamos obligados a rendirle un lírico homenaje. Porque el guerrero, señores diputados, el militar, señores diputados, el militar es aquél que lleva tras de sí la aureola y el prestigio de todo un pueblo; el militar es aquél que se estremece con ese palpitar del corazón de las multitudes que se agita en medio del estrépito marcial de las batallas, y cuyas narices se inflan en medio de la pólvora que surge en los combates. Quizás los militares muchas veces se quejan de que sus pedestales sean un poco débiles para responder al prestigio enorme de sus encantos bélicos; ¡pero el civil! Si el militar tiene, en cambio, el amor, la admiración de multitudes, son los que arrastran tras de sí las caudas interminables de ejércitos triunfantes, en cambio, el civil, cuántas veces se encuentra inadaptado, incomprendido al ambiente! Por esto, señores diputados, porque el licenciado Alfredo L. Palacios es un civil, es en estos momentos y se me representa una especie de un fresco del renacimiento, un fresco en donde se pintan sencillamente a la mujer en estado interesante que tiene que trabajar para la manutención de aquella criatura que tiene que llegar alguna vez a pedirle a sus mamás de madre cariñosa la propia vida; del otro lado es el trabajador tuberculoso, ese trabajador que ha dejado toda su vida, todos sus entusiasmos, todas sus ilusiones, allá en la fábrica, y que después no tiene por premio sencillamente más que una patada del capataz para irse a morir de hambre fuera de la fábrica; y del otro lado tenemos al campesino, al que con el azadón rompe bajo los rayos del sol, la gleba interminable, la gleba dura y ese campesino también cuando ve que la semilla fructifica, tiene muchas veces que dejar el campo para que venga el terrateniente a disfrutar de sus sudores y a disfrutar de sus trabajo. Y Alfredo L. Palacios sencillamente, señores diputados, ha hecho leyes para beneficiar a unos y a otros; pero aparte de esto hay también algo interesante, la parte diplomática, la parte diplomática, porque aquí ya no hablo de la patria, hablo de algo más grande, hablo de la América, de la América con sus héroes, de la América con sus educadores, de la América con sus educadores, de la América con sus tribunos. Así pues, el homenaje a Alfredo L. Palacios no será solamente un homenaje a Alfredo L. Palacios: será un homenaje a la América Española, y así de esta manera pongamos nuestro grano para que sea una realidad el ensueño sublime de Simón Bolívar, para que no haya más que un corazón que palpite desde el Golfo de México hasta las sempiternas nieves del Sur. (Aplausos.)

El C. secretario Gandarilla: No habiendo más oradores inscriptos ni en pro ni en contra, en votación económica se pregunta si se aprueba el proyecto de acuerdo económico. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, y en vista del resultado de la votación, tiene a bien designar a los siguientes ciudadanos diputados: Martínez Rendón, Torregrosa, Rodarte, González Guerrero, Rodríguez Guillermo y secretario Samayoa, para que se acerquen al licenciado y diputado Alfredo L. Palacios a hacerle la invitación a nombre de esta Cámara, y al mismo tiempo para pedirle indique la fecha en que puede pasar a esta Cámara; y también la misma comisión queda designada para introducir al invitado de honor. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, designa igualmente a los ciudadanos diputados Torregrosa y Pérez Taylor para que hagan uso de la palabra con este motivo, en la sesión de referencia.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales, de Agricultura y Fomento y 1a. Agraria.

"H. Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a las comisiones unidas 2a. de Puntos Constitucionales, Agricultura y Fomento y 1a. Agraria, el oficio número 1,998, de la Secretaría de Gobernación, en que transcribe el acuerdo del presidente de la República, para retirar la iniciativa de ley enviada con anterioridad a esta H. Cámara, por la que pide autorización para dictar, con el carácter de provisionales, las leyes de Terrenos Baldíos y Nacionales, de Colonización, de Pesca, de Caza y Forestal.

"Las subscriptas comisiones hicieron un estudio detenido del asunto puesto a su consideración, y encuentran que aun no existe texto especial en qué fundar la facultad del Ejecutivo de la Unión para retirar su iniciativa después de haber convocado a sesiones extraordinarias al Congreso, es de derecho consuetudinario que aquél que presenta la iniciativa, tiene la facultad de retirarla. Aun cuando reconocemos, también, para los efectos que pudieran invocarse como procedentes, que es la soberanía de la Cámara la que una vez reunida y en funciones puede aceptar o rechazar la iniciativa presentada, y coincidiendo en sus resultados la solicitud del ciudadano presidente

con el dictamen que estas mismas comisiones presentaron, negando facultades extraordinarias que el Ejecutivo solicitó, proponemos a la H. Asamblea la siguiente resolución:

"Única. Es de aceptarse el retiro de la solicitud que sobre facultades extraordinarias para legislar en Terrenos Baldíos y Nacionales, Colonización, Pesca, Caza y Forestal, hizo el ciudadano presidente de la República a esta H. Asamblea con fecha 6 de febrero anterior."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F. a 7 de marzo de 1923. - E. Padilla. Gilberto Fabila. - M. Hernández Galván. - Carlos Cuervo. - A. R. Guzmán. - Miguel Calderón."

Está a discusión. El ciudadano diputado Gandarilla respetuosamente solicita de los miembros de la comisión, que pase a fundar su dictamen alguno de ellos.

El C. Hernández Galván: Honorables compañeros:

Es bien poco lo que puede decirse para fundar el dictamen, porque, en concepto de la comisión que lo formula, la resolución presentada, más bien dicho, la resolución que se consulta es obvia. En efecto, todos ustedes saben que inmediatamente que se dio a conocer ante la honorable Cámara de Diputados la solicitud que presentó el Ejecutivo conforme a las facultades que le concede el artículo 71 de la Constitución para legislar, entre otras cosas, sobre caza, pesca y terrenos baldíos, se formó, podemos decir, un ambiente parlamentario que fue decididamente contrario a la solicitud del Ejecutivo. Sucedió que, según parece, en la Asamblea donde fue presentada la moción del Ejecutivo no pudo conseguirse el quorum reglamentario para votarse la iniciativa, o más bien dicho, para votar el dictamen que siguió a esa iniciativa. Transcurridos algunos días y después de percatarse el presidente de la República de que, en efecto, había un ambiente parlamentario enteramente adverso a lo que él quería, se ha manifestado completamente partidario de la armonía entre los poderes y manifestar de una manera categórica en le oficio transmitido por la Secretaría de Gobernación, y en el cual se funda el dictamen que presentamos, manifiesta categóricamente que, en vista del ánimo que reinaba entre los señores diputados, retiraba su proposición. Según parece, algunos diputados se lamentan de que en la sesión anterior a ésta, en la que se trató de la petición de facultades extraordinarias, no haya de una buena vez la comisión apelado al mandato del artículo 49 constitucional para negar de plano las facultades extraordinarias; pero hay que ver que por los dos caminos, por el parlamentario y por el de la mera convicción del Ejecutivo, hemos llegado a lo que se deseaba: que no se trate semejante asunto en estas sesiones extraordinarias, por más de que dicho asunto sea una parte de la convocatoria para dicho período de sesiones extraordinarias. Sólo me resta añadir que, conceptuando el artículo 71 francamente la facultad de iniciar leyes, como un derecho constitucional, en efecto, quien tiene ese derecho constitucional debe tener también, como corolario, la facultad de desistirse - podemos decirlo así - de que se trate legislativamente el asunto que él al principio inició. Si algún compañero desea explicaciones sobre este particular, la comisión está dispuesta a hacerlas.

El C. Gandarilla: De acuerdo en que el que tiene derecho de iniciar leyes, tiene también el derecho de retirar sus iniciativas; pero quiero que me diga su señoría, ya que tan bondadoso ha sido al hacer ese ofrecimiento, si se sienta este procedente - o al menos debe saberlo la opinión pública y todos los ciudadanos representantes -, quiero suponer, señor compañero y licenciado Galván, que el Ejecutivo hubiese pedido retirar su iniciativa, ¿por el hecho de que una diputación hiciese suya esa iniciativa, debería seguirse tratando a pesar de que el Ejecutivo no quisiera? Sí o no.

El C. Hernández Galván: Evidentemente que sí, compañero; porque entonces, aparte de que había ejercitado, aunque después lo retirara, el derecho de iniciativa al Ejecutivo, también lo había ejercitado. haciendo suyo ese proyecto, la diputación, pues todos sabemos que tiene derecho de iniciativa.

El C. Gandarilla: Gracias, compañero; era lo que quería que constara en el DIARIO DE LOS DEBATES.

El C. Hernández Galván: Por otra parte, en materia de procedentes debo añadir que, en realidad, el dictamen que ahora presentamos los de las comisiones unidas, no sentaría precedente de ninguna especie, porque aquí hacemos una combinación de razones; hacemos nuestra, con toda amplitud, la razón parlamentaria que colectivamente tuvo la Cámara al declararse la vez anterior en contra del proyecto del Ejecutivo; y, por otra parte, también reconocemos que ha coincidido el reconocimiento que ha hecho al Ejecutivo de la inoportunidad de su solicitud, con esa voluntad de la Cámara de Diputados. Por consiguiente, creemos que el dictamen en la forma en que está, tiende a salvar todos esos escollos, muy principalmente de que en lo futuro se alegra lo que aprueba la Cámara, lo que resuelva la Cámara, respecto a este dictamen como un precedente parlamentario.

El C. Barón Obregón: Pido la palabra. Yo suplicaría a la honorable Asamblea que tuviera en cuenta que el ciudadano presidente de la República, si bien tiene el derecho de retirar la iniciativa que había presentado a esta honorable Cámara de Diputados, para lo cual fue convocada a período extraordinario de sesiones, a la Asamblea le asiste también el derecho de cumplir con sus obligaciones, y una de ellas es también votar esas leyes, que ya la nación está pidiendo con toda urgencia; en consecuencia, si el ciudadano presidente de la República ha presentado una moción suspensiva del proyecto que envió, pues está bien, son precedentes establecidos y no tenemos que discutir gran cosa; pero sí la Cámara debe, en este caso por decoro propio, nombrar una comisión que se acerque al ciudadano presidente de la República a indicarle la necesidad de dictar estas leyes, ya que la Cámara está en completo acuerdo de trabajar y laborar y ya que estas leyes son tan importantes para la nación. En consecuencia, habiendo también un precedente del ciudadano presidente de la República de que en otras ocasiones ofreció a la

Cámara que nombraría una comisión con objeto de que formulara una ley que no tuviera gran discusión aquí y que fuera de resultados benéficos para el país, debemos dirigirnos en estos momentos al ciudadano presidente de la República para hacerle esta manifestación de la necesidad que hay de votar estas leyes. Por ahora no nos queda más que votar afirmativamente el dictamen de la comisión, porque es lo lógico y es lo cuerdo; pero esto no quiere decir que la Cámara se quede con los brazos cruzados; disponemos de un buen tiempo y creo que lo podemos aprovechar.

El C. secretario Gandarilla: ¿Ningún otro ciudadano diputado desea uso de la palabra en este asunto? No habiendo más oradores en pro ni en contra, se consulta a la Asamblea si considera el asunto suficientemente discutido.

El C. Fabila: Para una aclaración, señor presidente.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Fabila, para una aclaración.

El C. Fabila: Como lo expuesto, por el compañero Barón implica una proposición, ruego a su señoría le manifieste que la presente en concreto por escrito.

- El mismo C. secretario: La Presidencia declara, de acuerdo con las respetuosas indicaciones del ciudadano diputado e ingeniero Gilberto Fabila, que quedan, desde luego, a salvo los derechos del diputado Barón para presentar su proposición en la forma que se indica. En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el asunto. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Suficientemente discutido. En la misma forma se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado el dictamen.

- El mismo C. secretario: Continúa la discusión de la Ley del Petróleo. Artículo 3o. Habiendo quedado en el uso de la palabra en la sesión anterior el ciudadano diputado don Luis Espinosa, puede y tiene derecho a seguir en el uso de la palabra, en los términos del Reglamento.

El C. Espinosa Luis: Ciudadanos representantes: Ofrecí ayer atacar el artículo 3o. en una forma seria y concisa, y también hice notar a vuestra soberanía que este artículo es, en mi concepto, el de más trascendencia, el de mayor importancia.

Por esta razón os ruego, de la manera más atenta, que tengáis la bondad de prestarme vuestra atención, a efecto de que mi humilde esfuerzo no sea estéril en este caso.

Antes de empezar mis impugnaciones, quiero hacer una brevísima rectificación, mejor dicho: una aclaración al señor compañero José Manuel Puig y Casauranc. El sostenía ayer que dentro de los derivados del petróleo no sólo se cuentan treinta o cuarenta substancias, como yo aseguraba, sino que el número puede ser infinito. A este respecto debo decir al compañero Puig que yo me refería a productos derivados del petróleo crudo, y no a los productos del petróleo en todas sus manifestaciones. Claro es que un químico dentro de su laboratorio puede hacer con los componentes básicos del petróleo, verdaderos prodigios y hacer miles de composiciones; pero yo no pude referirme a esto, ciudadanos representantes, porque esto no es materia de la ley que nosotros estamos reglamentando; en cambio, dentro del petróleo crudo, en su estado natural, sí existen substancias derivadas inmediatamente, en número de cincuenta, catalogadas por un eminente geólogo, por Eduardo N. Wilson y que, con su connotación comercial, voy a permitirme señalar a la Asamblea. Hago a un lado sus denominaciones técnicas, porque esto sería demasiado largo. Entre estos cincuenta productos hay los siguientes:

"Aceite de pulir, aceites reducidos, aceite de Sherwood, aceite solar, aceites minerales y combustibles, aceite de parafina, aceite de perfumería, albertita, antharaxolita, asfalto, astaki, bencina, bencina pesada, benzolina, cera de parafina, cera amarilla, ceresina, cimógeno, dopplerita, clarita. esencia de motor, esencia de petróleo, éter de petróleo, fichtelita, gas natural, gasolina , gilsonita, grahamita, hatchettita, idrialina, impsomita, kerosena, lámina de parafina....." etcétera, etcétera.

Estas son las cincuenta derivaciones inmediatas de petróleo crudo, que son a las que yo me referí ayer, confesando el mismo autor que pueden contarse hasta doscientas cincuenta, más o menos; pero que no tienen la importancia que las cincuenta que ya aquí señalo.

Hago esta aclaración no como una vanidad ni como un simple amor propio, sino para que vea el compañero Puig que tenía yo razón y que era necesario hacer esa salvedad, así como yo desde luego declaro que él está en lo justo si se refirió a las fórmulas químicas que pueden desarrollarse por medio de los componentes esenciales del petróleo.

Objeto, desde luego, la primera parte del artículo 3o., porque su redacción, en mi concepto, no sólo tiene vicios de forma, sino de fondo, que pudieran dar margen a interpretaciones que constituirían de seguro verdaderos problemas jurídicos,. problemas que debemos a toda costa evitar, para que esta ley tenga fácil aplicación. Dice la parte primera:

"El derecho de explorar y explotar el subsuelo se adquirirá originariamente del Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaria de Industria, Comercio y Trabajo, mediante concesiones que se otorgar n, en cada caso, bajo las siguientes bases:"

Y luego:

"Fracción I. Se otorgarán a individuos o sociedades, mexicanos o extranjeros..."

Aquí está, en mi concepto, el error. Tal parece, al leerse esta parte, que las concesiones se otorgarán a individuos o sociedades mexicanas o extranjeras, a individuos mexicanos o a sociedades extranjeras. Así se entiende de una manera bien clara, y yo entiendo que aquí hay una ambigüedad y que ésta debe aclararse de tal manera, que no venga a ser motivo de interpretación, sino que tenga una aplicación directa y precisa.

Me permito sugerir a la respetable comisión, que acepte esta forma, que no es mía; es del eminente abogado don Manuel de la Peña: "Se otorgarán a sociedades mexicanas constituídas conforme a las leyes mexicanas, o a individuos nacionales o

extranjeros. A estos siempre que cumplan con los requisitos exigidos por el inciso I del artículo 27 de la Constitución". Yo creo que en el fondo es lo mismo que la comisión pide, pero que, en cambio, la corrección que propongo es impecable, clarísima y definida.

Yo quisiera saber si la comisión está dispuesta a aceptar la reforma que en este capítulo propongo.

El C. Rama Aquilino: Para contestar la interpelación del ciudadano Espinosa.

El C. presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Rama: Lo que ha dicho el ciudadano Espinosa es la verdad. Desde luego hace varios días nosotros hemos estado hablando con algunos compañeros y les hemos dicho que esa es la correcta interpretación que, efectivamente, reconocemos que se presta a ambigüedades como está redactado. Hace un momento, cuando el compañero me interpelaba, le dije exactamente lo que acaba de decir el señor Espinosa. Así es que a reserva de que yo consulte con los compañeros de comisión, que creo estarán conformes, puesto que no es más que una modificación de carácter gramatical, la aceptamos desde luego, señor compañero.

El C. Espinosa Luis: Muchas gracias. Ahora, ciudadanos representantes, entro al punto esencial, al de más fondo, al mayor importancia del artículo 3o.: al de adquirir la explotación del petróleo por concesión mediante denuncio y no simplemente por concesión, como lo propone la comisión dictaminadora. Probablemente, ciudadanos representantes, esta tarde vengamos - no se si los miembros de la comisión o el que habla - a bailar, no la danza de los guajolotes, que dijera en sesión memorable Luis Cabrera, sino la danza del petróleo, de los millones o de los coyotes, porque éste va a ser el tópico, el argumento toral de la comisión, para defenderse.

La comisión ha esbozado desde el principio de estos debates que se opone a que las concesiones se otorguen por medio de denuncio, porque el denuncio es propicio a las especulaciones coyoteriles. Es probable, ciudadanos representantes, que las comisiones tengan razón, pero de cualquier manera yo haré un esfuerzo para demostrar que es preferible, por mil conceptos, la forma de denuncio a la forma de simple concesión.

Probablemente, entre vosotros, hay muchos que saben la manera de adquirir una concesión: saben las gestiones, conocen la tramitación; ya se sabe que esto se hace por medio de concurso; concurren ante la Secretaría respectiva los interesados, haciendo proposiciones en sobres cerrados, que se abren conjuntamente; y el que hace proposiciones mejores es el favorecido, a ése se le otorga la concesión. Esto es, ciudadanos representantes, dentro del formulismo que se ve; pero dentro del formulismo que no se ve está una urdimbre de intereses, de influencias que hacen torcer los derechos de los solicitantes, intereses que se defraudan casi siempre por los más hábiles o por los más poderosos.

Desde este punto de vista el modo de adquirir las concesiones en general es vicioso, es imperfecto y es verdaderamente peligroso; pero óigase bien, he dicho: este medio para conseguir las concesiones en general. Ahora vamos a ver qué resultaría de las concesiones en particular para explotar subsuelos. Desde luego viene a nuestra mente que dejando el artículo como está, las concesiones se adquirían, es conquistarían - esta es la palabra propia -, en mi concepto, por medio de estos tres elementos: por medio de la influencia, por medio del dinero, o por medio del favoritismo. Los tres medios igualmente reprobables, porque colocan en condiciones desventajosas a todas aquellas personas o empresas honorables y de buena voluntad que quieran invertir su dinero y su actividad en las especulaciones petroleras.

Si el medio que se elige para adquirir la explotación de petróleo es el de la influencia, debemos imaginarnos que sólo podrán adquirir las concesiones aquellos hombres que sean amigos de secretarios de Estado, aquellos hombres que estén apoyados por los partidos políticos más fuertes. por los gobernadores de Estados, en fin, por los hombres más prominentes del Poder público.

Está claro que el trabajador, que el hombre honrado y competente, el hombre de empresa que no tenga contacto con la política, jamás podrá contar con esta clase de influencias para adquirir una concesión.

Si nosotros, señores, vemos el segundo elemento, el del dinero, elemento corruptor con el cual se consigue todo, entonces vendremos a reconocer en justicia que las concesiones petroleras sólo serán otorgadas a los que tengan dinero bastante para corromper la conciencia de los hombres encargados de otorgar estas concesiones. Y vuelvo a hacer la aclaración de que no me refiero a los hombres que están actualmente en el poder, sino que yo en este caso, al sostener y defender mi tesis, no veo hombres, veo instituciones, veo administraciones corrompidas que podrán existir, si se quiere, dentro de un tiempo bastante largo, pero que podrán ser, por desgracia, una realidad. Entonces, señores, serán nada más los privilegiados del oro, serán únicamente los millonarios, serán los potentados los que tengan la facilidad de explotar el petróleo.

Si nos fijamos en el tercer elemento veremos, ciudadanos representante, que entonces se adquirir por favor, por gracia, ya sea del representante del Ejecutivo, o del representante de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, encargado de otorgar las concesiones.

Este último procedimiento, ciudadanos representantes, será de seguro el más fácil, pero traerá también, como funesto resultado, el que las concesiones para explotar el subsuelo sólo serán otorgadas a un número reducido de favoritos, a unos cuantos privilegiados, en contra del derecho de todos los demás mexicanos o extranjeros que quieran dedicarse a esta explotación.

El C. Barón Obregón, interrumpiendo: ¡Muy bien!

El C. Espinosa Luis, continuando: Esto es, ciudadanos representantes, por lo que hace a los defectos que le encuentra el que habla, al artículo 3o. en lo que se refiere a la concesión sin denuncio. Ahora vamos a ver el argumento del contra. Los estimables compañeros de la comisión sostienen que concediéndose la facultad de explotar el subsuelo por medio de denuncio, se abre las puertas

a los coyotes. Esto, ciudadanos representantes, podrá ser cierto; pero hay que ser francos, hay que ser sinceros: el mexicano, el único provecho que obtiene de la industria petrolera en la actualidad, es precisamente el que adquiere por medio de esto que se llama "coyoteo". Yo no sé hasta dónde esta actividad será noble y honrada, pero sí se sabe que por ahora las explotaciones se hacen únicamente con capital extranjero; que el capital mexicano es insignificante en las inversiones petroleras, y que la única utilidad efectiva es la de aquellos mexicanos que se dedican a tramitar concesiones de petróleo.

Y conste - lo declaro de una manera pública y solemne - que yo nunca he hecho una sola tramitación para que se me otorgue una concesión. Tengo encargo de proponer terrenos petroleros que existen en mi Estado; tengo hasta muestras de petróleo que se filtra en la superficie, y por escrúpulo, ciudadanos representantes, ni he querido asociarme con nadie, ni he ido a ofrecer ante ninguna Secretaría los terrenos que tengo encargados, ni he buscado socios influyentes para arreglar esas concesiones. Esto lo he hecho para conservar mi criterio independiente, para sentirme, como me siento en este momento, verdaderamente libre y poder con la franqueza que lo hago exponer mis ideas sobre el particular.

¡Los coyotes! ¿Pero en qué parte de la Administración pública no existen los coyotes? Yo quisiera que los estimables miembros de la comisión me dijeran si no existen los coyotes lo mismo en la Secretaría de Hacienda procurando el arreglo de asuntos más o menos difíciles, principalmente el de los bonos, de los célebres, de los famosos, de los nunca bien ponderados bonos. ¿Qué no hemos visto acaso durante la administración de Carranza a las mujeres de conducta dudosa ser los agentes principales de esta clase de negocios en muchas de las secretarías? Entiendo que esto no lo podrá negar nadie. ¿Qué, acaso no es proverbial que en las oficinas del ayuntamiento hay una mafia de individuos, verdaderos coyotes, que se encargan de arreglar las licencias de todo género? Esto se ha hecho ya un verdadero modo de vivir y, sin embargo, no he sabido hasta ahora que esta clase de especuladores sean castigados, ni aun siquiera perseguidos; y fíjese en la diferencia que puede haber y que de seguro hay entre estos coyotes de ínfima clase y entre los mexicanos que en mi concepto no merecen ese nombre denigrante de coyotes, sino de hombres que se dedican a servir de intermediarios a extranjeros para ver qué provecho sacan.

Yo creo que esto es lícito, que esto es honrado. Haciendo a un lado, pues, lo que tenga de denigrante la palabra "coyote", que yo no la creo justa ni aplicable a los mexicanos que se dedican a los negocios de petróleo, no veo que pueda tener absolutamente nada de malo ni de inmoral el que los mexicanos se dediquen en la medida de sus esfuerzos y de su capacidad a intervenir en los negocios petroleros.

¿Qué garantiza más los derechos de los hombres de empresa, la concesión conseguirá por medio de la gracia del que gobierna, del dinero o de la influencia, o la que se consigue por medio de un derecho Consagrado por el denuncio? Es indudable, ciudadanos representantes, que la garantía es completa y absoluta por medio del denuncio. Todos vosotros sabéis cómo se tramita un denuncio: Hay en las oficinas un registro donde se anota el día, la hora en que se presenta con su escrito el que solicita una concesión y naturalmente el que llega primero es asentado en primer lugar, y el que llega en segundo, tercero o cuarto, en el turno que le corresponde. Y conforme a un principio general de Derecho muy conocido, el que es primero en tiempo, es primero en derecho. Esto desde luego ya es una patente que garantiza esa presunción de derecho del solicitante, más bien dicho, no presunción, sino derechos legítimos; y se le da como comprobante, para no ser burlado, para no ser engañado un recibo amparado por un sello fechador que indica el día y la hora en que fue presentada y entregada su solicitud.

Entiendo, ciudadanos representantes, que este procedimiento sí es justo. Yo no quiero ofender, ni tengo por qué hacerlo, a los honorables y estimables compañeros firmantes de este dictamen. Tengo la esperanza de que ellos comprenderán que los que no queremos dejar la industria petrolera en días futuros en manos de hombres inmorales que hagan de este fabuloso negocio un negocio personal, tenemos empeño en que no se otorgue la facultad de explotar el subsuelo por medio de una simple concesión sino que sea, además, concesión por medio de denuncio. Yo creo, ciudadanos representante, que esto es honesto, que esto es moral, que esto es patriótico.

El C. Barón Obregón: ¿Me permite una interpelación el ciudadano Espinosa?

El C. Espinosa: Con todo gusto:

El C. Barón Obregón: Con permiso de la Presidencia. Yo estoy completamente de acuerdo con usted, compañero Espinosa, en gran parte de los conceptos que ha manifestado a la Asamblea; pero voy a darle algo en que pensar, y quiero que usted exponga, clara y terminantemente ya, su tesis con estas palabras que le voy a indicar: ¿Puede usted engranar el denuncio de un fundo petrolero? ¿Qué considera usted por fundo petrolero? ¿Cómo podría usted evitar que en los propios denuncios hubiera coyotería? Estas tres respuestas nos servirán para orientar a la Asamblea, porque es necesario que la Asamblea comprenda que no es ese el procedimiento precisamente para dictar una ley cuerda y razonable, ley que está exigiendo el país, pero no en la forma que la ha presentado la comisión. Estoy completamente de acuerdo con usted y combatiré a la comisión sobre que no es esa la forma de concesiones dadas por un dictador secretario de Industria y Comercio facultado por el Poder Ejecutivo de la Unión; ¡eso es un verdadero descabello de esta honorable Asamblea! De manera que para que tengamos aquí sobre qué discutir y bases firmes, quisiera preguntar al ciudadano Espinosa si cree que pueda existir el denuncio en algo que no se puede palpar y ver; y a continuación que medite sobre esto muy importante, sobre los capitales que se invierten en la industria petrolera, sobre el caso aquél de que brote un pozo en determinado lugar y a continuación se vengan cuarenta o cincuenta denunciantes pequeños para estorbar la producción petrolera. Debemos convenir en que no es la labor de esta

Cámara sino la de facilitar hasta donde se pueda la explotación en beneficio de la nación, más nunca impedirla. Quisiera que nos hiciera favor de explicarnos algo sobre este asunto la comisión.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Me permito ampliar la interpelación para obviar tiempo. No se haga el ciudadano Espinosa la ilusión de pensar que el diputado Barón Obregón está de acuerdo con él. El diputado Barón Obregón es enemigo tanto de las concesiones como de los denuncios; es una añagaza del compañero Barón Obregón. Este compañero lo que desea es algo que el compañero Espinosa, que ha hablado en contra de las comisiones, no puede desear porque es un verdadero revolucionario. El ciudadano Barón Obregón quiere que se subsistan los contratos entre particulares y que respeten en absoluto.

El C. Barón Obregón: Es la única llave moralizadora de la administración.

El C. Espinosa Luis: Advierto con profunda pena que no estoy dispuesto a atender ni a uno ni a otro, y les ruego que tengan la bondad de dispensarme. Hay algunas cosas que me pregunta el compañero Obregón que las sabe todo el mundo, como es ésta: que qué es un fundo petrolero, etcétera. No acepto ni tolero estas preguntas. Me choca que se me estén enseñando caminos cuando yo sé cuál es el que debo seguir. (Aplausos.) Por esta razón ruego a los estimables compañeros que me perdonen el que no conteste a sus preguntas.

He indicado, ciudadanos representantes, lo que es la forma de adquirir concesión por denuncio y lo que es la forma de adquirir concesión por favoritismo. Ahora, señores, yo pregunto a la comisión - y le ruego que me conteste honradamente -, si cree que no puede existir el coyoteo adquiriéndose el derecho de explotar el subsuelo por concesión graciosa, ya sea del Ejecutivo o del secretario de Industria y Comercio. Le ruego que me conteste de una manera franca y leal.

El C. Rama: Para contestar, señor presidente. ¡No le parecería a usted mejor, señor compañero Espinosa, que se le fuera a contestar en conjunto, puesto que sus objeciones son de peso, y no por el sistema de interpelaciones que hacen perder demasiado tiempo a la Asamblea? En la inteligencia de que si usted insiste, con todo gusto le contestaremos.

El C. Espinosa Luis: Agradezco al compañero Rama su indicación y espero que en tiempo oportuno rebata mis argumentos. Tiene razón.

Voy a decir, ciudadanos representantes, y a de mostrar que el coyoteo existe tanto en la forma de denuncio como en la forma de simple concesión, con esta diferencia enorme, trascendentalísima: que en la forma de denuncio son los mexicanos ya experimentados, son los mexicanos de lucha, son los mexicanos activos los que pueden sacar alguna ventaja tramitando estas concesiones; haciéndose las concesiones por favoritismo y no por denuncio, existir un coyoteo, si no en mayor número, sí deslumbrante: será un coyoteo de frac, en lugar del coyoteo de americana. ¿Quién nos dice, señores, que no los altos políticos, los hombres que ocupan altos puestos, ser n los que mediante una tajada vayan a hacer trabajos para que un amigo o pariente, o un socio, adquieran una concesión? ¿No ser este un coyoteo más o menos disimulado? ¡Claro que sí, ciudadanos representantes! ¡Quién nos asegura que no intervendrá hasta el mismo secretario de Estado, hasta los parientes o los amigos íntimos del secretario de Estado, para que se adquiera una concesión que no sea en forma de denuncio? Es claro, señores, que tenemos derecho a suponer que sí intervendrán estos familiares del secretario de Estado y aun el mismo secretario de Estado para favorecer aun amigo, para favorecer a un socio, a uno que esté de acuerdo con él en esta clase de explotaciones. Unos son coyotes porque así se les ha querido dar en llamar, porque abiertamente viven de eso; los otros no vivirán de eso porque tendrán altos puestos, dinero de sobra, serán los todopoderosos, pero sí en el fondo serán la misma cosa, porque tendrán participaciones fabulosas en estas especulaciones a cambio del servicio que pongan a disposición del amigo a quien ayudan.

Estas son cuestiones tan elementales, tan claras, tan sencillas, que estoy seguro de que no necesito insistir con nuevos argumentos para llevar a vuestra conciencia la convicción íntima, robusta y firme de que la concesión solamente graciosa es verdaderamente monstruosa, porque se presta a toda clase de favoritismos, porque se presta a llegar hasta a la ignominia para explotar la riqueza más fabulosa, la industria más importante que tiene el país.

Por esto pido que se rechace este artículo o cuando menos esta parte del artículo y que se reforme en este sentido: "El derecho de explorar y explotar el subsuelo se adquiere mediante concesiones de la Secretaría de Industria y Comercio, que se otorgarán precisamente por denuncio y bajo las siguientes bases: "las mismas que enumera la comisión, pero con estas reformas: "Fracción A. del inciso II". Dice: "Sin la parte que impone que los interesados establezcan trabajos regulares en la forma y plazos que los reglamentos respectivos señalen al efecto y otorguen las garantías necesarias". Fíjense bien: "otorguen las garantías necesarias". No olvidemos que el Ejecutivo de la República, conforme al artículo 73 constitucional. tiene facultad para dictar reglamentos, para hacer los reglamentos de estas leyes reglamentarias y él, por tanto, puede poner aquí requisitos entre los que se me ocurre este: "depositar fuertes cantidades de dinero como garantía para cumplir las obligaciones que contrae el concesionario; y si este depósito, si esta garantía va a hacerse forzosamente en metálico y es una cantidad muy grande, se incapacita al propietario de una superficie, al poseedor de un pequeño capital para que pueda dedicarse a la explotación del petróleo. En cambio favorecería de una manera decidida al gran capitalista, porque aunque le exija medio millón de pesos en depósito, lo dar con mucha facilidad su puesto que, como es inmensamente rico, para él nada significar este medio millón de pesos. Es exactamente el mismo caso que denunció Barón Obregón desde esta tribuna refiriéndose al caso de Juan Felipe. Yo creo que este inciso quedaría perfectamente bien como estaba al principio, sin agregarle esta última parte: "....y que se otorguen las garantías necesarias."

Pido, pues, a la comisión que quite esta última parte y a la Asamblea que vote en contra de esta fracción.

La fracción "C" dice que el término de concesión no exceder de cincuenta años, según nueva proposición de la comisión. Yo entiendo, ciudadanos representantes, que esta fracción debe quitarse por las razones que expuse ayer, esto es, porque existe en el artículo 5o. la declaración expresa de que se confirman los derechos de los concesionarios anteriores a 1917. No puede existir una fracción como la "C", que es una verdadera modificación y que, por lo tanto, desvirtúa el deseo de la comisión de confirmar derechos adquiridos. Yo entiendo, ciudadanos representantes, que confirmación quiere decir rectificación absoluta, plena, de derechos, sin condiciones y sin taxativas de ninguna naturaleza. Si este es el espíritu de la comisión, ella convendrá en que la razón me asiste y de seguro suprimirá esta fracción "C".

Creo, ciudadanos representantes, haber demostrado, aunque de una manera ruda y poco elocuente, la necesidad de que este artículo sea reformado. Es indispensable, en mi concepto, que las concesiones se otorguen por medio de denuncio y espero de vuestra soberanía honradez y patriotismo bastantes para que rechace este artículo 3o. fundamental de la Ley del Petróleo, porque solamente así habremos cumplido con nuestro deber de representantes y habremos hecho verdadera labor de patria.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Guerra José Angel, en contra.

El C. Guerra José Angel: Como la objeción que tenía que hacer era la relativa a la fracción tercera del artículo, y esa objeción ya la hizo el ciudadano Espinosa y la comisión convino en modificar los términos de esa fracción, renuncio a hacer uso de la palabra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano López Lira.

El C. López Lira: Por la misma razón, señores diputados, renuncio al uso de la palabra, teniendo en cuenta el ofrecimiento de la honorable comisión de reformar la fracción primera del artículo que se discute, de acuerdo con los términos del artículo 27 constitucional, expresando que se otorgarán las concesiones a los individuos mexicanos o a sociedades mexicanas constituídas conforme a las leyes del país o a los individuos extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales y renunciar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a las concesiones.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Cerecedo Estrada.

El C. Cerecedo Estrada: Señores diputados: He escuchado con toda atención los debates en pro y en contra de este artículo, y a pesar de la vibrante y elocuente oratoria del estimable y respetable doctor Puig Casauranc, sigo en la creencia de que este artículo es arbitrario y anticonstitucional. Se ha hablado del coyotaje, se ha hablado de la cuestión internacional, y se ha hablado de otras tantas cosas y en cambio, se ha pasado por alto al pequeño propietario, a quien no se ha tenido absolutamente en cuenta sino de una manera muy relativa y problemática. Creo que el objeto de este proyecto de ley reglamentario es esclarecer muchos puntos y allanar dificultades, definiendo de manera clara y precisa el verdadero espíritu del cacareando artículo 27. Pero esta ley no viene más que a confirmar que nuestras leyes, en su mayoría, son manojos de chanchullos y que nosotros, en vez de allanar dificultades, lo que hacemos en realidad es acumularlas. La Constitución respeta y defiende con ahínco en el artículo 27, fracción I, la propiedad privada, y en su fracción II dice que la expropiación sólo puede hacerse por causa de utilidad pública y previa indemnización.

Es axiomático que la exploración y explotación del petróleo imposibilita la de la superficie del predio en que aquéllas se verifican, y no me dejará mentir el diputado por el distrito de Valles: que en la Ciénega, compañero Altamirano, tan pronto como tome el carácter de ley este proyecto, indudablemente que será objeto de concesión, y allí está tan dividida la propiedad, como lo está, en general, en la Huasteca; se verificar un verdadero despojo. En la Huasteca está muy dividida la propiedad. Desde el momento en que una compañía o una particular obtenga una concesión, se posesionará de la pequeña propiedad, y como es incompatible cualquier otro trabajo con el de exploración y explotación del petróleo, queda, de hecho, despojado el pequeño propietario. Como la concesión dura dos años, le queda la única probabilidad de que, al cabo de ese tiempo, si hay producción, obtenga el cinco por ciento, y si no, se le dice secamente: "¡Usted dispense." Yo creo que deberíamos tomar en consideración la cuestión de la exploración y la explotación, pues esta ley trata globalmente los distintos ramos de la industria petrolera y, al proceder en esta forma, autorizada el desojo, como lo he probado. Yo, sobre todo, defiendo al pequeño propietario, porque al terrateniente, al que tiene miles de hectáreas, nada le importa que le ocupen cincuenta o cien hectáreas; en cambio, al que tiene diez o veinte y se las ocupan, sencillamente lo despojan, y la Constitución es terminante es este sentido. Yo suplico a la comisión me diga si puede separar la cuestión de la exploración y de la explotación, presentándola en dos artículos. Interpelo a la comisión en este sentido.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Habíamos pensado, compañero, contestar a todas las argumentaciones - que son todas muy semejantes - en globo, para abreviar este debate.

- El C. Cerecedo Estrada, interrumpiendo; De una vez, para ver si puede continuar el debate, o no.

El C. Rama: Pasa esto, honorable compañero: Las contestaciones que tendrían que dar las comisiones en estos casos, serían un verdadero discurso; son asuntos muy serios y tenemos que contestar globalmente. Le suplicamos haga todas sus objeciones, en la inteligencia de que contestaremos una por una.

El C. Del Castillo Israel: ¡Moción de orden! Señores diputados: No es, como las comisiones asientan, que están reuniendo todas las objeciones que estamos haciendo al artículo 3o., para contestarlas después. El Reglamento terminantemente

dice que las comisiones deben contestar inmediatamente después de ser interpeladas; pero quiero, una vez que las comisiones no quieren contestar a la sana duda del compañero Cerecedo Estrada, aclarársela yo. Usted, compañero, á con mucha razón, pide que la comisión aclare en qué forma quedan garantizados en el proyecto los pequeños propietarios, cuando se vayan a hacer exploraciones. En un artículo posterior de la ley se define la industria petrolera como la exploración, explotación, etcétera, del petróleo, y se define como de utilidad pública, y una vez aprobado ese artículo si se estima que es de utilidad pública la industria petrolera, no podrán esos pequeños propietarios ser, como usted dice, despojados, sino que ellos cederán sus terrenos, previa indemnización.

El C. Cerecedo Estrada: Precisamente, insisto en que la comisión resuelva este asunto, a reserva de aclarar lo anticonstitucional del proyecto de ley. Creo que este proyecto de ley tiene por objeto reglamentar el artículo 27 y no reformarlo. El artículo 27 dice:

"La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional, corresponde originalmente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada."

En su fracción II dice:

"Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización."

El Código Civil, que es por el que se rige la propiedad privada, dice que toda expropiación debe ser por causa de utilidad pública y previa indemnización. Ahora, la misma Constitución defiende con ahínco al pequeño propietario, y en este proyecto de ley se le ataca, despojándolo de un derecho legalmente adquiriendo conforme a la propia Constitución. Dice:

"La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptible de apropiación, para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación. Con ese objeto se dictar n las medidas necesarias para el fraccionamiento de los latifundios; para el desarrollo de la pequeña propiedad; para la creación de nuevos centros de población agrícola con las tierras y aguas que los sean indispensables; para el fomento de la agricultura y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Los pueblos, rancherías y comunidades que carezcan de tierras y aguas, o no las tengan en cantidad suficiente para las necesidades de su población, tendrán derecho a que se les dote de ellas, tomándolas de las propiedades inmediatas, respetando siempre la pequeña propiedad.

"Por tanto....." etcétera.

Aquí también, señores, al tratar la cuestión petrolera, planteamos otros problemas que, francamente, no los plantea la Constitución y, por lo tanto, debemos desecharlos. Se habla de nacionalización del subsuelo, y la Constitución es terminante en ese sentido . La cuestión petrolera está, como decía el compañero Gómez Campos, extractada de la legislación minera. En cambio, cogemos otras cosas al caso, para hacer verdaderos atropellos. En lo relativo al petróleo dice la Constitución:

"Corresponde a la nación el dominio directo de todos los minerales o substancias que, en vetas, mantos o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos......"

Y el subsuelo es componente enteramente del suelo, no es distinto; así es que yo creo que debemos sujetarnos a la Constitución y no tratar de atropellarla. Insisto en que la comisión defina esto que acabo de decir, para ver si continúa el debate.

El C. Puig y Casauranc José Manuel: Señores diputados: El compañero Cerecedo Estrada no ha leído, probablemente, con atención, el proyecto de ley. Los pequeños propietarios, por quienes tanto se preocupa, son defendidos en este proyecto de ley, quizá hasta contraviniendo un poco el espíritu del artículo 27 constitucional, es decir: se ha llegado al extremo de generosidad a que puede llegarse. A menos de pasar por el concepto expresos y terminante de que el subsuelo es propiedad de la nación, no podría conceder más al pequeño propietario. Cuando el compañero Cerecedo Estrada hablaba en esta tribuna, por un fenómeno de transformación, veía perfilarse sus rasgos como si hablara en esta tribuna en vez del diputado Cerecedo Estrada, el general Peláez. Exactamente esas fueron las razones y la bandera del general Peláez durante el término de la revolución en la Huasteca: los pequeños propietarios, los despojados, sin que, por supuesto, esto fuera obstáculo para que ellos, los pelaecistas, despojaran a los pequeños propietarios a base de treinta - treinta.

Los pequeños propietarios quedan defendidos en esta ley por los conceptos siguientes: Primero, cuando el terreno se considera petrolífero y cuando alguien solicita una concesión, el superficiario tendrá derecho de obtener la concesión y de ejercitar su derecho de preferencia durante tres años. Las comisiones, que habían puesto un año en su dictamen inicial, precisamente para favorecer más a los pequeños propietarios de terrenos petrolíferos, aumentaron el plazo a tres años. No es verdad que los pequeños propietarios no podrán obtener concesiones porque no tengan influencia, porque si se trata de un terreno deseable, como ellos tienen tres años para obtener esa concesión y durante ese plazo no se puede dar la concesión a nadie, ni a Doheny, si el petrolero tiene interés en obtener petróleo, se podrá de acuerdo con el superficiario y obtendrá de ésta la venta de sus derechos de primacía, cosa perfecta dentro de la ley. De manera que los pequeños propietarios están perfectamente defendidos, porque ellos durante tres años podrá obtener la concesión de su fundo y cuando no la obtuvieron por desidia o porque no hubiere habido nungún interesado durante los tres años para obtener su fundo petrolífero, todavía tendrán el cinco por ciento del producto líquido al haber petróleo, y eso del desaprovechamiento total de la superficie por la explotación del petróleo no es verdad; los que conocemos los campos petrolíferos sabemos de sobra que a doscientos

metros de un pozo petrolero hay un espléndido platanar. Por lo mismo, es un perjuicio muy relativo que sufrirá el dueño mientras transcurran los tres, cuatro o cinco meses - término máximo de la perforación de un pozo -,mientras empieza a recibir su regalía de cinco por ciento del producto bruto, regalía que basta para hacer millonaria a una familia que obtenga un pozo de veinticinco a cincuenta mil barriles; ese perjuicio de tres meses no significa nada para el provecho que traería a la nación. Por tanto, esta defensa de los pequeños propietarios que hace el compañero Cerecedo Estrada, resulta verdaderamente exagerada: están ya protegidos al máximum de protección que puede dárseles dentro del espíritu del artículo 27 constitucional. De paso aprovecharé la oportunidad para contestar al compañero Espinosa la única objeción verdaderamente seria. Dice el compañero Espinosa, que para evitar coyoteos e inmoralidades sería conveniente decir: "...por concesiones que se otorgarán por denuncio". Las comisiones desde ayer manifestaron que desean que en este artículo se exprese: "...por concesión en concurso",y el compañero Espinosa sabe que el concurso protege mucho más eficazmente que cualquier denuncio. El denuncio, señor compañero Espinosa, es hecho, constante y únicamente, por coyotes; el concurso es algo serio, algo perfectamente honorable: se hace un concurso mediante una reglamentación correcta, se presentan proposiciones, y la proposición que convenga y defienda más los intereses de la nación, es la que se acepta. Claro que eso en el supuesto de un Gobierno honorable, pero si se trata de un Gobierno no honorable que vaya a hacer componendas, que vaya a hacer un concurso falso, que vaya a otorgar la concesión por favoritismo, entonces lo mismo sucedería con el denuncio. Las leyes, por buenas que fueran, serían perfectamente inútiles en tratándose de gobiernos inmorales o de la venalidad de las personas encargadas de aplicarlas.

El C. Cerecedo Estrada: Ante todo voy a hacer la aclaración de que la sospecha del doctor Puig y Casauranc respecto a Peláez, no es de tomarse en cuenta, pues no siquiera lo conozco y, además, mi manera de ser y proceder está bien definida.

El C. Puig y Casauranc José Manuel, interrumpiendo: ¡No es sospecha!

El C. Cerecedo Estrada, continuando: Respecto a que no he leído el dictamen, lamento que el doctor Puig y Casauranc lo haya olvidado más, siendo autor del proyecto incurre en lamentable y sería contradicción. Aquí dice:

"Abandonamos el criterio sustentado, tanto por la comisiones de la XXIX Legislatura como por las de la H. Cámara, Colegisladora, en materia de denuncios, por considerar que el denuncio, es decir, la formalidad del denuncio se presta a una serie de especulaciones inmorales perjudiciales, tanto para el superficiario como para el verdadero industrial; especulaciones que son aprovechadas por corredores o intermediarios que no aportan a la industria del petróleo ninguno de los elementos de la producción: capital o trabajo. Seguimos el criterio de las comisiones de la pasada Legislatura en lo referente a reconocer un porcentaje de la producción, el 5 por ciento bruto, a favor del superficiario, en calidad de indemnización; pues consideramos que es muy difícil o casi imposible fijar el valor real de un terreno petrolífero para fundar el precio de la expropiación, y además, tenemos en cuenta, fundándonos para ello en la observación de los hechos, que el terreno petrolífero deja de ser susceptible de explotaciones agrícolas o ganaderas, de tal manera que en una extensión considerable alrededor de un pozo petrolero no es posible la existencia de las industrias referidas."

Esto dice en su parte expositiva el autor y ahora nos viene saliendo con que es posible; vean ustedes que él es el que ésta desconcertado y no yo. Respecto a las concesiones y a los denuncios, es de sobra conocido que las concesiones se hacen a los compadres y a puerta cerrada. El que no tenga una influencia no podrá obtener una concesión; en cambio, puede denunciar y obtener un derecho por medio del denuncio; pero como las comisiones ha ofrecido tomar en consideración las indicaciones de algunos compañeros, me abstengo de tratar este punto, e insisto en que debe separarse la exploración y la explotación petrolera por las razones que ha expuesto la misma comisión, referentes a que las exploraciones y explotaciones del petróleo imposibilitan la explotación de la superficie del predio en que se verifica.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Murguía Salvador.

El C. Murguía: Señores diputados:

Muchas objeciones tenía que hacer al artículo 3o. a debate, pero los oradores en contra que me han precedido han hecho muchas de ellas; pero aunque en el fondo estoy de acuerdo con dicho artículo, me voy a permitir sugerir a las comisiones la conveniencia de dividir, como dice el compañero Cerecedo Estrada perfectamente, la exploración y la explotación del petróleo, porque aun cuando el compañero Certucha de una manera privada me ha dicho que la exploración no significa nada, yo creo que sí, señores diputados. Aunque el compañero Puig y Casauranc crea que la exploración se concreta a un "pic - nic" de cualquier geólogo es una chapopotera, yo tampoco estoy de acuerdo con ello. Creo que la explotación es la preparación para saber si es costeable perforar o localizar un pozo en tal o cual terreno; por tal motivo, es verdaderamente esencial el que la explotación se defina de una manera terminante y delimitada para que podamos ir poco a poco evitando el acaparamiento indefinido de los terrenos nacionales y de los terrenos particulares en poder de las compañías extranjeras. Uno de los grandes errores que han tenido los concesiones en tiempo de don Porfirio, y prácticamente llevadas a cabo en tiempo de Carranza, es ese: el de no delimitar de una manera terminante el terreno donde deben hacerse las exploraciones. Y voy con números a demostrar a la Asamblea que ésta es una objeción de peso: La Compañía "El Aguila" tiene cuatro concesiones del año mil novecientos seis, en esta forma - fijaos bien, señores diputados - :

"Terrenos nacionales baldíos y subsuelo de lagos, lagunas en departamento Sur Tamaulipas, valles de San Luis Potosí, Veracruz, Tabasco, Campeche y Chiapas."

Al amparo de estas concesiones dadas en el año de 1906, la Compañía "El Aguila" hizo sus exploraciones; pero esas exploraciones ha permanecido secretas, y no sólo, sino que el país no ha podido aprovechar nada absolutamente de esas concesiones; en cambio, la Compañía "El Aguila", ha aprovechado la exploración en terrenos nacionales para ir, poco a poco, adquiriendo terrenos particulares a bajo precio; y allí, señores, es donde tiene la Compañía "El Aguila" cincuenta y cuatro pozos en producción. ¡ Y sabéis, los pozos que ha perforado es zona federal¿ Tres, y están agotados, y desde un principio era pequeñísima la producción y casi no costeaba. De manera que no ha hecho más que taparle, como se dice vulgarmente, el ojo al macho para no despertar suspicacias a los gobiernos revolucionarios; pero en cambio ha aprovechado, como decía antes, la exploración de esos terrenos nacionales para ir adquiriendo a bajos precios los terrenos particulares. Yo creo, concretando, que la ley debe tratar separadamente la exploración dando un plazo improrrogable para que se lleve a cabo esa exploración y naturalmente dentro de la exploración que señale el interesado, antes de fenecer ese plazo, dónde quiere perforar y después que venga la perforación, dando otro plazo también para la perforación. El compañero Puig y Casauranc en la sesión pasada emitió sus conceptos respecto a un proyecto que el licenciado Luis Cabrera había enviado a uno de sus amigos que cree que nos tiene prejuicios para su persona y que sólo ve en él un verdadero revolucionario y un individuo de mentalidad muy alta. Ese proyecto lo he leído con todo detenimiento y me voy a permitir leer la parte que sobre exploración y explotación tiene ese proyecto para que la Asamblea se dé cuenta de que el licenciado Cabrera, revolucionario, tiene razón.

"La exploración es el antecedente necesario, un medio preparatorio de la futura adquisición de uno o varios pozos. Es lógico, pues, que también esté abierta francamente a todos sin distinción y sin limitaciones.

"La limitación a diez mil hectáreas no podrá impedir el acaparamiento de reservas en manos de los extranjeros, sino que sólo permitir el manejo paulatino y la equidad en la distribución de los permisos facilitando la tramitación administrativa.

"Estos permisos de exploración, cuya duración debe extenderse cuando menos a dos años, son los que harán las veces del fundo petrolero superficial que los interesados procurar n adquirir a modo de reservas. Es por eso necesario que estén debidamente delimitados y determinados.

"Nada habría tan absurdo como seguir el vicioso sistema que se adoptó para las concesiones en la época del general Díaz por círculos o regiones y que de hecho se continuó en época de Carranza al concederse zonas de exploración indefinidas entre tal o cual latitud. Las consecuencias de tales sistemas no podrían ser otras que las que fueron: Acaparamiento indefinido sin ningún provecho para el país, monopolios cuya duración no ha podido cortarse, y exploraciones que de hecho han permanecido secretas y que sirvieron solamente como medio de orientarse para adquirir terrenos particulares en los lugares donde había indicios de petróleo. Ni un solo pozo ha llegado a abrir "El Aguila"..." - Esto es falso acabo de demostrar que hubo tres; pero era la producción tan pequeña, que luego se agotaron - "...en los terrenos federales que se le permitió explotar, y sin embargo, todos los que posee los localizó utilizando las concesiones de exploración, pero los abrió en terrenos de particulares adquirido a bajo precio.

"El sistema que se adopta aquí requiere desde luego que la zona de exploración esté bien definida.

"La extensión máxima de cada zona podía parecer excesiva, pero teniendo en cuenta que se trata de un permiso de exploración temporal, desaparece toda objeción, sobre todo si se piensa que no sería posible establecer limitación en cuanto al número de zonas que una misma persona pudiera solicitar."

Aquí el licenciado Cabrera expone la conveniencia de limitar el terreno y de poner plazo para llevar a cabo la exploración. En cuanto a la delimitación del terreno, él opina - y yo estoy de acuerdo - que sean cinco fundos, es decir, diez mil hectáreas. Esto es, en concreto: El Gobierno dice: "Yo te doy la concesión para que explores en diez mil hectáreas, en dos años, y en dos años tienes que hacer la exploración, y antes de terminarse este plazo debes localizar en dónde vas a perforar." Y después dice: "La explotación la llevarás a cabo en el término de tres a cinco años - un plazo más o menos razonable - y dentro de esos tres o cinco años tienes que llevar a cabo la perforación." Con estos plazos no se forza la producción del petróleo, como con el de dos años que fija la comisión en la ley, porque en dos años tendríamos que festinar la explotación del petróleo, y así quedaría perfectamente definida cuál sería la forma de que el Gobierno se diera cuenta en dónde se explota y cuáles son los terrenos que están comprometidos para la explotación, y también se dé cuenta cuándo pueden ser perforados. Decía antes que tenía que hacer muchas objeciones al artículo 3o., pero que ya había sido hechas; al discutirse la ley en lo general, me permití hacer tres interpelaciones a las comisiones unidas del Petróleo, y el compañero y doctor Puig y Casauranc con ese motivo produjo un brillante discurso, y en él dijo que en alguno de los puntos que yo trataba era verdaderamente vago, tal como se trataba en la ley; pero en concreto no me respondió a ninguna de las tres interpelaciones. Yo no quise insistir en esa vez, porque no quería entorpecer la discusión de la ley en lo general, y estaba íntimamente convencido de que habría ocasión en la discusión de cada uno de los artículos de exponer mis ideas sobre este asunto. Yo creo, señores, que la ley deba de seguir un sistema; ese sistema es resolver separadamente los tres puntos que, como decía yo, considero torales en la reglamentación del artículo 27 en lo referente al petróleo; esos tres puntos son: la titulación , y en la titulación, como decía yo antes, está el sistema de exploración, de localización, perforación y explotación, del petróleo; el otro, que es el relativo a los impuestos, y el 3o. que se refiere a la protección de los derechos de adquiridos, de intereses creados tanto de los superficiarios como de los industriales petroleros. Y decían en aquella vez que este es uno de los puntos que debe de tocar la ley con más tacto, por que en la defensa y en los intereses adquiridos, de los

intereses creados y derechos adquiridos, está el punto principal para que la ley sea ley, porque de otra manera todos los que tienen derechos y todos los que tienen intereses creados, no harán caso de la ley y dirán: mis títulos son mejores que la ratificación de esta ley; yo no tengo por qué ratificarlos con nadie; mis títulos , con las leyes anteriores de 1917, son tan buenos como los que me puedan dar y no necesito confirmarlos. Por tal motivo, yo creo que las comisiones deben fijar un sistema concreto al resolver de una manera separada los tres puntos a que me refiero. El artículo 3o. a discusión, como decía antes, lo he impugnado, y solamente me permito surgir a las comisiones que esos puntos de exploración y de explotación sean tratados separadamente con objeto de evitar el acaparamiento indefinido de esos terrenos en poder de las compañías extranjeras, tanto de los que tienen ya acaparados, como de los futuros acaparamientos.

El C. Certucha: ¡Para una interpelación, con permiso de la Presidencia! Compañero Murguía: Como el tema principal de su peroración ha sido el distingo entre explotación y exploración me permito llamar su atención sobre que en el artículo 3o se dice: " el derecho de explorar y explotar el subsuelo, se adquiere mediante concesiones." Después, en el artículo 10, la última parte dice que cada fundo petrolífero debe ser objeto de una concesión y, por último, en los casos de caducidad - artículo 20, uno de los más importantes de esta ley - se dice que es una de las causas de caducidad, la segunda, no haber iniciado los trabajos de explotación dos años después de otorgada la concesión, salvo lo dispuesto en el artículo 15. Esto quiere decir muy claramente que se conceden dos años para la exploración y que después de dos años se deben iniciar los trabajos de explotación; no precisamente ponerse el terrenos en explotación, sino iniciar los trabajos de explotación, y usted sabe que iniciar los trabajos de explotación pueden ser la construcción de un camino, apertura de brechas, localización de un campamento, de una torre, en fin, lo que se llama localizar un pozo. Por consiguiente, creo que la ley distingue, señala los campos de lo que es exploración y de lo que es explotación y más aún: señala plazo para la exploración y para la explotación. Yo suplico a usted que, si se fija en esto, se dé por satisfecho de lo que acaba de objetar.

El C. Murguía: En verdad, compañero Certucha, la ley en distintos artículos, uno aquí y otro allá, fija el plazo para la explotación, es decir, para que se hagan los trabajos formales, pero en dos años; por eso ya he expresado que el tiempo que de la comisión, y así lo hice notar, que en el artículo 20 estaban los dos años, es demasiado pequeño, porque se festina la explotación del petróleo.

El C. Certucha, interrumpido: Para iniciar los trabajos.

El C. Murguía, continuando: Para iniciarlos dos años. Naturalmente, la explotación va a ser la de cincuenta años, descontados los dos años, es decir, cuarenta y ocho. Pero también en esto me da la oportunidad el compañero Certucha de decirle que el fijar de una manera terminante el plazo para la duración de la concesión, es absurdo y lo voy a demostrar. En la mayor parte de los contratos que van a reconocer en la ley, se dice de una manera terminante, en una cláusula que voy a permitirme leer al compañero Certucha, y verá que tengo razón, en una de esas cláusulas de los contratos que se van a reconocer conforme al artículo 5o. de la ley formada por ustedes, se dice:

"El término por el cual X concede a Z los derechos expresados, será el de treinta años, contados desde la fecha en que se formalice el contrato que se promete; pero quedará entendido que, si al finalizar esos treinta años hubiere aún alguno o algunos pozos en producción o cualquiera de los productos antes mencionados, en cantidades costeables, ese contrato se prorrogará durante todo el tiempo que dicho pozo o pozos o productos se encuentren en cantidades comercialmente explotables."

De manera que esto va a ser indefinido.

El C. Rama: ¿Y qué?

El C. Murguía: Y vamos a colocar de una manera desventajosa, de una manera falta de equidad a los que les vamos a reconocer derechos antes de 1917, que a los que los adquieran después. De manera que los que los adquieran después, no van a tener más que cincuenta años, y yo pregunto a la comisión: y después, y todavía habiendo ahí petróleo, ¿qué se hace? ¿Pasa a poder de la nación? Esa es, precisamente, una de las confiscaciones que mayores dificultades traer a la nación.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Rodríguez Guillermo.

El C. Rodríguez Guillermo: Señores diputados: Lamento que la aridez de este debate traiga como consecuencia natural, el cansancio en todos los señores diputados; por esta razón no nos damos cuenta verdadera de la trascendencia del asunto que estamos discutiendo. Posiblemente al dejar la tribuna se intente preguntar a la Asamblea, cansada, si el asunto está suficientemente discutido; y, por salir del paso, tal vez mucho me temo que se conteste que sí está suficientemente discutido; por esta razón ruego a mis queridos compañeros que, aunque perdamos tres días en la discusión de este artículo, nos demos cuenta de que de él depende nada menos que el mayor provecho que pueda obtenerse de esta fabulosa riqueza del petróleo, en beneficio de la nación. Reclamo también la mayor atención de la comisión, porque voy a exponer argumentos nuevos; no voy a defender a los pequeños propietarios: voy a tratar el asunto bajo un punto de vista más radical que el que pudieran tener los mismos comisionados.

Dice el artículo a discusión que se otorgarán las concesiones a mexicanos o extranjeros, con estas únicas condiciones: que se establezcan trabajos regulares y que las concesiones caducarán en un término que no exceda de cincuenta años. Este artículo sin garantías para la nación, revela que los señores de la comisión no se preocuparon por obtener el mayor provecho posible, la mayor garantía en beneficio de la República, y voy a demostrarlo: todos sabemos la renuncia, todos sabemos la hostilidad manifiesta de los petroleros a someterse a pagar las contribuciones que les impone el Gobierno de la República, y nosotros estamos obligados a salvar estas dificultades, para que se presenten

en lo futuro; yo considero que la única forma de salvar esta dificultades, es combinar en tal forma la ley, que los mismos interesados, es decir, las mismas compañías petroleras establezcan entre ellas mismas el deseo de dar a la nación el mayor rendimiento. Por esto, establecería el artículo en esta forma; diría: las concesiones se otorgarán por subasta pública, quiero decir, no a puerta cerrada, como hemos visto frecuentemente otorgar las concesiones; sino prevía la suficiente publicidad por medio de la prensa, siquiera por un plazo mínimo de dos meses, de manera que las compañías interesadas en obtener estas concesiones, mejoraran las condiciones favorables de Gobierno.

Que estableciéramos también en esté artículo derechos de preferencia, más o menos en esta forma que se dijera: en igualdad de circunstancias, tendrán preferencia los mexicanos; segundo: se concederá derecho preferente a la compañía que ofrezca refinar y elaborar sus productos dentro del territorio mexicano, porque debemos tener presente la escasez de trabajo, debemos tener presente que nosotros exportamos la materia prima para que tengan trabajo en los Estados Unidos los trabajadores americanos, y debemos procurar que en México existan nuevas industrias, y está es la oportunidad. Claro que no podríamos exigir a las compañías que forzosamente elaboraran en México, sus podríamos establecer una pugna entre ellas mismas, sí podríamos establecer una especie de competencia para que aquella compañía que ofreciera una ventaja más para el Gobierno, ya sea elaborando sus productos: pero sí sus productos de refinería en México o aceptando pagar mayor porcentaje de contribución, se le diera el derecho de preferencia......

El C. Rama, interrumpiendo: ¿Me permite usted una interpelación, señor compañero? Con permiso de la Presidencia. Señor compañero: todo lo que usted dice encuentra eco en la Comisión del Petróleo; efectivamente; todas esas ventajas que usted ha propuesto, deben obtener para la patria, deben obtenerse para el país; pero mi interpelación consiste en esto: ¿qué entiende usted, señor compañero, por concurso? ¿Qué es concurso, si no es el conjunto de todas esas ventajas? ¿qué quiere decir concurso, si no que se otorgará la concesión a quien dé mayores ventajas? ¿Y no dice usted que lo que necesita provocar es la competencia? ¿Cree usted, señor compañero, que pueda existir mayor competencia que en una convocatoria de concurso para otorgar tal o cual concesión? Yo le ruego al señor compañero que medite sin apasionamientos en este asunto y verá cómo esa objeción, cuando menor esa, la retira porque no tiene razón de ser.

El C. Rodríguez Guillermo, continuando: Señores, puedo asegurar que no hablo sin fundamento. Conozco varios concursos en los cuales se ha dado la preferencia a quienes ha preferido el jefe del departamento, que hace aquella convocatoria. La prueba es muy reciente en los ferrocarriles: se convocó para otorgar la concesión de la sección de equipajes y fuí testigo de varios proponentes que mejoraron las condiciones y, sin embargo, como el que calificó aquel concurso fue precisamente el jefe de los ferrocarriles, le dio la concesión a quien le dio la gana. Es por esto que propongo en la ley, no únicamente la palabra en que se diga "se otorgarán por concurso o subasta", exijo más claridad, exijo condiciones precisas, de manera que se sepa diáfanamente, cristalinamente qué se entiende por mayor o menor preferencia. Además - y aquí voy a tratar un punto fundamental -, no debemos olvidar que aun en la nación imperialista de los Estados Unidos, los representantes del pueblo se preocupan por evitar el monopolio de las diversas industrias, el monopolio de las diversas industrias, manufacturas de aquel poderoso país; y este artículo se presenta nada menos a que una sola compañía absorba todas las concesiones por esta sencilla razón: ya hemos visto en la concesión de Juan Felipe, cómo se imponía a los peticionarios más pobres la condición precisa de que depositaran tres millones de pesos en la Secretaría de Industria y Comercio; ¿qué compañía pequeña, qué pequeños propietarios que apenas comiencen pueden estar en condiciones de hacer este depósito? Esta condición era desde luego darle la preferencia a "El Aguila", como sucedió. Pues en igual forma, quedando al arbitrio de la Secretaría de Industria y Comercio dar la preferencia, otorgar las concesiones como le perecieran, seguramente serían los amigos, seguramente serían los que pudieran pagar más los favorecidos con estas concesiones. Y si esto no dañara al pueblo de México, pues podía pasar; pero tenemos un caso práctico que lo he sabido de labios del mismo compañero Certucha; nos decía: una compañía petrolera tratando de establecer la competencia de sus productos en México, habían traído numerosos carros de gasolina para venderlos a un precio mínimo, para venderlos al precio de catorce centavos en la ciudad de México, favoreciendo con esto a todos los que se decidan a las empresas de transporte de gasolina; pero ante esta competencia, desde luego la compañía de "El Aguila" decretó una rebaja de más consideración, de manera que hiciera quebrar a aquella otra compañía que venía a hacerle competencia. Luego que pudo eliminar a esa compañía competidora, volvió a subir los precios, que son caros artificialmente. No debemos olvidar ni un momento que siendo México un país esencialmente petrolero, no podemos utilizar la gasolina en los tractores e implementos de agricultura, sencillamente porque no es costeable empleando ese procedimiento moderno. Debemos tener presentes todas estas cosas para procurar que en esta ley se ponga el remedio radical a todos estos males de que estamos convencidos; y no lo hacemos, si ponemos como única restricción, como pueril restricción que se efectúen trabajos regulares y que termine la concesión cuando más a los treinta años, es demostrar o muy poca preocupación por los intereses de la República. (Voces: ¡No quorum!) Oigo algunas voces que dicen que ya quorum y tal vez yo estoy de acuerdo con ellos; pero considero de tanta trascendencia el debate, que prefiero que se aplace. Vuelvo a renovar mi súplica a mis queridos compañeros, de manera que no permitan por ningún motivo que, por cansancio o por lo que ustedes quieran, por aburrimiento de las palabras incoherentes

de este modestísimo representante, que no permitan, digo que este debate termine al bajar yo de la tribuna, que se alargue todo lo que sea necesario, porque de una buena reglamentación depende que la República llegue a la prosperidad que merece, o se desaproveche vergonzosamente, por la negligencia de sus representantes, todo el beneficio que se pudiera obtener de esta riqueza con la explotación del petróleo. Así es que, señores, haciéndome eco de ese ciudadano que, cansado o convencido de que hay quorum, así lo ha manifestado, yo secundo esa proposición y digo a la Presidencia que si cree que no hay quorum, suspenda la sesión, quedando yo en el uso de la palabra. (Voces: ¡No! ¡No! ¡Acabe usted!)

El C. Barón Obregón: Yo reclamo el quorum a fin de que el ciudadano diputado Rodríguez mañana continúe en esta discusión.

El C. secretario Gandarilla: en virtud de las indicaciones de algunos compañeros, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que, dada la trascendencia del asunto y a fin de que todos los ciudadanos representantes o la mayoría de ellos estén presentes, se va a levantar la sesión.

El C. presidente, a las 19.22: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis.