Legislatura XXXII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19261005 - Número de Diario 20

(L32A1P1oN020F19261005.xml)Núm. Diario:20

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, MARTES 5 DE OCTUBRE DE 1926

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERÍODO ORDINARIO XXXII LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 20

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 5 DE OCTUBRE DE 1926

SUMARIO

1. - Abierta la sesión, se lee y aprueba el acta de la anterior.

2. - Cartera. Es designada una comisión que asista al sepelio del C. senador Alejandro Martínez Ugarte. Se concede licencia al C. diputado Jesús G. Lizárraga. Primera lectura al proyecto de adición al artículo 43 de la Ley de Amparo, presentado por el C. diputado Felipe Doria; imprímase.

3. - Son aprobados diez y siete dictámenes de las Comisiones de Hacienda y unidas 1a. de Crédito Público y 2a. Agraria, que consultan acuerdos económicos. Se nombra una comisión que visite al C. Juan Madrigal, quien se encuentra enfermo.

4. - El C. Bonifaz y otros miembros de la Asamblea proponen que, a nombre de la Representación Popular, se deposite un exvoto floral sobre la tumba del C. doctor Belisario Domínguez. Se nombra la comisión respectiva. El C. Silvano Sotelo informa de la comisión que se le confirmó. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. NICOLÁS PÉREZ

(Asistencia de 139 ciudadanos diputados).

El C. presidente, a las 17.15: Se abre la sesión.

- El C. Secretario Cerisola, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día primero de octubre de mil novecientos veintiséis.

"Presidencia del C. Nicolás Pérez.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y veinte minutos del viernes primero de octubre de mil novecientos veintiséis, se abrió la sesión con asistencia de ciento cuarenta y dos ciudadanos diputados.

"Se aprobó el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"Dióse cuenta con la cartera:

"Solicitudes de licencia de los CC. Guillermo R. Miller, Cuauhtémoc Ríos y Pedro Suárez, la del primero por un mes, con goce de dietas; la del segundo por un año, sin dietas, llamándose al suplente, y la del último por un mes también, sin goce de dietas y llamándose al suplente.

"Con dispensa de trámites y sin debate fueron aprobados en votaciones económicas.

"Oficio del ciudadano secretario de Agricultura y Fomento, en que invita a esta H. Cámara para la inauguración de la Escuela Central Agrícola de "La Huerta", en el Estado de Michoacán. - Designóse en comisión para asistir a aquel acto a los CC. Melchor Ortega, Bernardo R. Hasbach y Francisco Garza.

"Telegrama de Villahermosa, Tabasco, en que se comunica la elección de Mesa Directiva para octubre, del Congreso de ese Estado. - De enterado.

"Oficio de la Presidencia Municipal de Cuerámaro, Gto. en que se felicita a esta H. Cámara por haber desechado las reformas constitucionales propuestas por el Episcopado. - Recibo, y a su expediente.

"Telegrama de los mecánicos ferrocarrileros de Acámbaro, Gto., en que dicen que felicitan a esta H. Cámara por su actitud en contra del régimen colunguista. - Recibo, y a su expediente.

"Telegrama de Guadalajara, Jalisco, en que el C. Daniel Benítez comunica que el Congreso de ese Estado, con fecha 27 de septiembre último, hizo la declaratoria a su favor para gobernador constitucional de ese Estado, en el cuatrenio de 1927 a 1931. - De enterado.

"Los CC. Ricardo Covarrubias y Gonzalo González pronunciaron discursos impugnando el trámite anterior, que fue substituído por el de "Al Archivo".

"Proposición de los CC. Ricardo Covarrubias, que se nombre una comisión de tres miembros, de Joaquín Vidrio y otros representantes, relativa a esta Cámara para que estudie en el teatro de los sucesos la situación política del Estado de Jalisco e informe a la misma para que tome, dentro de sus facultades, la participación que le corresponde en la resolución de ese conflicto.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó, y la comisión quedó integrada por los CC. Pedro C. Rodríguez, Ricardo Topete y Pablo Baranda.

"Rindieron la protesta de ley los CC. Félix García, Carlos Darío Ojeda y Alberto Loyola, diputados suplentes, respectivamente, por los distritos electorales décimoséptimo de México, tercero de Tamaulipas y décimoséptimo de Guanajuato.

"Ocurso del C. general José Alvarez, jefe del Estado Mayor Presidencial, en que solicita permiso para aceptar una condecoración que le confirió el

rey de Bélgica. - Recibo, y a la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Proyecto de decreto firmado por tres diputados sonorenses y hecho suyo por otros representantes, referente a que se autorice al Ejecutivo de la Unión para que con cargo a la partida que estime conveniente, ministre la cantidad de cincuenta mil pesos para auxiliar a los damnificados de los diversos pueblos del Estado de Sonora que fueron afectados por reciente inundación.

"Con dispensa de trámites y sin debate, se reservó para su votación.

"Dos dictámenes de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales, tres de la Primera de Puntos Constitucionales y uno de la Segunda y Relaciones Exteriores, que consultan proyectos de decreto por medio de los cuales se conceden los siguientes permisos:

"Al C. Rodolfo Becerra Soto, para que acepte y desempeñe el cargo de delegado del Gobierno del Ecuador al Segundo Congreso Postal Panamericano, que se reunirá próximamente en esta capital;

"Al C. Basilio Vadillo para que acepte y use la condecoración de la Gran Cruz de la Orden de San Olav, que le otorgo el rey de Noruega;

"Al C. Gabriel A. Parrodi, para que acepte y use la condecoración de Caballero de la Orden del Condor de los Andes, que le confirió el Gobierno de Bolivia;

"Al C. Fernando Matty, para que acepte y use la condecoración de Caballero de Primera clase de la Real Orden de San Olav, otorgada por el Gobierno de Noruega;

"Al C. Carlos Puig y Casauranc, para que acepte y use la condecoración de primera clase del Tesoro Sagrado, que le concedió el Gobierno del Japón, y

"Al C. Luis L. Ochoa, para que acepte el nombramiento de canciller del Consulado del Perú en Tampico, Tams.

"Estos proyectos estaban de primera lectura; en votación económica se les dispensó la segunda, y se pusieron a debate. No hubo quien hiciera uso de la palabra y en unión del proyecto para auxiliar a los damnificados de Sonora, fueron aprobados por unanimidad de ciento cuarenta y cuatro votos. Este último paso al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, y los demás al Senado.

"A las diez y ocho horas y cincuenta y cinco minutos se suspendió la sesión y se paso a Colegio Electoral.

"A las diez y nueve horas se reanudó la sesión.

"Rindieron la protesta de ley los CC. Teódulo Gutiérrez y Francisco Garza Nieto, diputado suplente el primero por el cuarto distrito electoral de Sinaloa, y diputado propietario el ultimo por el quinto distrito electoral de Nuevo León.

"A las diez y nueve horas y cinco minutos se levantó la sesión."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"El ciudadano presidente del Senado de la República, licenciado José D. Aguayo, tiene la pena de participar a usted que hoy, a las 3 horas, falleció el C. Alejandro Martínez Ugarte, primer senador por el Estado de Aguascalientes.

"México, D. F., 5 de octubre de 1926." - De enterado, con sentimiento.

La Presidencia nombra en comisión a los ciudadanos Silvestre Dorador, Manuel Riveros, A. Ramos Cristiani, Samuel Espadas C., Francisco Hernández y Garza Nieto, para que asistan a los funerales en representación de esta Cámara.

Telegrama procedente de: "Cananea, Son., 3 de octubre de 1926.

"Presidente H. Cámara Diputados.

"Teniendo urgentes asuntos que atender, suplícole se me conceda un mes permiso a partir el día 10 próximo. Atentamente. - Diputado, J. G. Lizárraga."

Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de la de Gobernación, solicita se conceda al C. Gabriel A. Parrodi el permiso constitucional necesario para aceptar el cargo de delegado de la República de Bolivia al Segundo Congreso Postal Panamericano." - Recibo, y a la 2a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"La Legislatura del Estado de Aguascalientes propone para magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al C. licenciado Juan de la Cruz García, en substitución del extinto C. licenciado Ernesto Garza Pérez." - Recibo, y resérvese para el Congreso General.

"El C. diputado Felipe Doria presenta un proyecto de adición al artículo 43 de la Ley de Amparo." - Primera lectura, e imprimase.

(El proyecto de referencia dice:)

Proyecto de reforma que el C. Felipe Doria, diputado al H. Congreso de la Unión, por el 18 distrito electoral del Estado de Guanajuato, presenta a la consideración de la H. Asamblea de la Cámara de Diputados, respecto del artículo 43 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 104 constitucionales.

Dos son los polos sobre los que debe girar toda buena administración de justicia: rectitud y prontitud. Hay quienes opinen favorablemente

respecto de la prontitud con que debe administrarse justicia, o, en otros términos, son innumerables las opiniones en el sentido de que por buena administración de justicia debe entenderse aquella cuyos procedimientos son tan rápidos y breves, que determinen la pronta solución de las controversias judiciales, aun cuando de este modo se sacrifique más o menos la rectitud de la aplicación de la ley. Por el contrario, existen opiniones en el sentido de que por buena administración de justicia debe entenderse aquella en que la aplicación de la ley debe hacerse con la más absoluta rectitud, aun cuando para obtener tal cosa se haga uso de procedimientos tardíos y dilatados. La sola exposición de estas opiniones hasta para hacernos comprender que la adopción inmoderada de cualquiera de esos dos sistemas, se traduce necesariamente en graves defectos para la administración de justicia. Por consiguiente, la sabiduría del legislador consiste en adunar, en cuanto sea posible, dichas opiniones, hasta lograr que la administración de justicia se imparta con prontitud, pero sin perjuicio de la rectitud; y que la administración de justicia se imparta al mismo tiempo con rectitud, pero sin llegar al extremo de que los procedimientos que se empleen, redunden en demoras de tal magnitud, que hagan de la justicia algo inaplicable por ineficaz.

Ahora bien; de todos nosotros es bien sabido que el recurso de amparo se esgrime frecuentemente por los litigantes, no precisamente como arma de defensa contra los actos atentatorios de las autoridades, sino como instrumento de chicana para hacer nulatoria o dificultosa la aplicación de la ley, desvirtuando de este modo una de nuestras instituciones más sabias, con mengua de la pronta y recta administración de justicia federal.

El artículo 43 de la Ley de Amparo establece una serie de casos respecto de los cuales el juicio de amparo es improcedente, con lo cual seguramente quiso el legislador, por una parte, restringir el abuso de dicho juicio, y por otra, evitar resoluciones judiciales exclusivamente ilusorias, que sólo redundarían en ridículo de la administración de justicia. Sin embargo, es evidente que las limitaciones establecidas por el mencionado artículo 43, no han sido suficientemente numerosas, ni previsoras en el sentido de imposibilitar el uso del recurso de amparo en casos notoriamente frívolos e improcedentes. Pero como no es mi interés hacer un estudio general de dicha ley, con objeto de proponer todas las reformas que se impone introducir en la misma, sino solamente añadir un único caso más de improcedencia, paso a continuación a ocuparme exclusivamente de este punto.

La fracción VIII del artículo 43 de la Ley de Amparo establece que éste es improcedente cuando la improcedencia resulte de alguna disposición de la ley. Pero en la práctica acontece que aun cuando la improcedencia del amparo resulta consecuencia de disposiciones expresas de otras leyes, los jueces de distrito, no solamente dan entrada a las demandas de amparo, sino que aun conceden éste fundándose en el estribillo de que el amparo es del interés público y que, por consiguiente, no es válida su renuncia. En efecto, la legislación de todos los Estados de la República establece que no es válida la renuncia de las leyes en general ni la especial de las leyes prohibitivas o de interés público, y, por consiguiente, aceptando que el amparo es una cuestión de orden público, nunca se acepta la validez de su renuncia; de aquí precisamente la necesidad de que por una ley federal se establezca el caso o los casos en que sea posible renunciar a dicho recurso y, por consiguiente, se pueda deducir cuándo el amparo es improcedente por haberse renunciado a él. En las legislaciones existentes en los Estados de la República sobre cuestiones de trabajo, se establece que en contra de los laudos definitivos pronunciados por las juntas centrales de Conciliación y Arbitraje, no cabe más que el recurso de responsabilidad. Por consiguiente, de acuerdo con la referida fracción VIII del artículo 43 de la Ley de Amparo, éste es improcedente porque su improcedencia resulta, como ya se ha dicho, de una disposición expresa de la ley. Sin embargo, si el agraviado por el laudo de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje ocurre a la vía de amparo, los jueces de distrito le dan entrada invariablemente a las demandas respectivas, y aun se dan casos, por consiguiente, de que se imparta el amparo y la protección de la justicia federal a quienes han resultado perjudicados con el laudo arbitral por alguna violación de las leyes, de fondo o del procedimiento. Prácticamente esto da lugar a irreparables perjuicios en muchos casos totalmente injustos. Como mi afán es el de referirme exclusivamente a las cuestiones de Conciliación y Arbitraje, paso a exponer más claramente mi pensamiento. Supongamos que un obrero ocurre ante la Junta Central de Conciliación, demandando tal o cual cantidad, de su patrón, por tal o cual concepto. Los esfuerzos conciliatorios de la Junta Municipal resultan inútiles, porque las partes no se ponen de acuerdo y aceptan expresamente éstas que pase el asunto a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje, consintiendo previamente en aceptar el laudo que se pronuncie. Tramitado el negocio en todas sus partes, se pronuncia un laudo favorable para el obrero y condenatorio para el patrón; pero como generalmente éste dispone de elementos, ocurre a la vía de amparo, con cualquier pretexto, alegando que no se le recibió esta prueba, que no se aplicó exactamente aquella disposición, que se hizo caso omiso de tal o cual argumento, o en fin, se vale de cualquier cosa para eludir en definitiva, o al menos, para aplazar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el laudo arbitral. Mientras tanto, el obrero no percibe oportunamente la indemnización que reclamó; y cuando el amparo se falla definitivamente por la Corte, después de dos o tres años de entablada la querella, el obrero se ha marchado del lugar, se ha olvidado del asunto o hasta ha fallecido, perdiendo de este modo toda fe en la justicia y no llevando otra cosa en su seno más que un profundo desencanto y hondo rencor contra sus opresores, con evidente perjuicio de la ansiada armonía entre capitalistas y trabajadores.

Esta situación, vivamente expuesta con el ejemplo que antecede, no obedece a otra cosa fundamental que a la falta de una disposición legal que expresamente determine la improcedencia del amparo en casos como el de que se trata. Claro está que

no faltan opiniones en el sentido de que tal disposición estaría en pugna con las garantías individuales consagradas por nuestra Carta Magna, y sobre todo, que tal disposición no tendría validez alguna, puesto que no son renunciables las disposiciones prohibitivas o de interés público. Pero si examinamos atentamente este argumento, pronto advertiremos que no se trata sino de una palabrería sofística, que no solamente no tiene ninguna razón de ser, sino que está en verdadera pugna con los principios fundamentales del derecho y con la realidad de los hechos. En efecto, si las partes interesadas en un juicio arbitral han consentido expresa y previamente en someterse a la decisión arbitral, ¿cuál será la razón para revelarse en contra de esa resolución, por el solo hecho de que el laudo es desfavorable? Indudablemente que se alegrarán, como ya se ha dicho antes, violaciones del procedimiento, inexacta aplicación de las leyes y, en fin, toda una serie de ataques a las garantías consagradas por la Constitución General de la República. Pero ya se ha visto que todas estas argumentaciones no tienen en el fondo otra razón de ser que la de eludir el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el laudo arbitral o, cuando menos, que la de aplazar indefinidamente el cumplimiento de esas obligaciones con la esperanza de que, con el tiempo como auxiliar, pueda burlarse ese mismo laudo. Indudablemente que habrá, como existen de hecho, casos en que la ley no se haya aplicado en toda su esplendorosa exactitud, con tanta más razón cuanto que la justicia es humana y por consiguiente susceptible de equivocarse. Por eso los partidarios de la escuela que sustente el criterio de que la administración de justicia es mejor cuando se imparte con tan celosa rectitud, aunque sea con mengua de la prontitud del procedimiento, prefieren que existan recursos inacabables con tal de que esa administración de justicia se imparta rectamente. Y si bien es cierto que es muy loable esta ambición, ya hemos visto cómo prácticamente, lejos de redundar en provecho y beneficio del pueblo, se traduce en una verdadera dificultad insuperable que ocasiona muchos más perjuicios de los bienes que se persiguen. En otros términos, y esta es esencialmente la tesis que por el presente proyecto sostengo, es preferible, a pensar de los inconvenientes a que puede dar lugar, que se establezca, de una vez por todas, que contra los laudos definitivos pronunciados por las juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje, es improcedente el recurso de amparo, o lo que es lo mismo, estimo y propongo que el artículo 43 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 104 constitucionales, debe adicionarse estableciendo que el amparo no procede contra los laudos de dichas juntas centrales, cuando la parte agraviada ha consentido previa y expresamente en someterse a la decisión de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje.

En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto y en concepto del promovente, el mencionado artículo 43 de la Ley de Amparo debe adicionarse con la siguiente fracción: "IX. Contra los laudos definitivos pronunciados por las juntas centrales de Conciliación y Arbitraje, siempre que la parte quejosa se haya sometido expresamente a aceptar el laudo." - México, D. F., septiembre 27 de 1926. - Felipe Doria.

------- "El C. coronel Francisco J. Aguilar solicita permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración de comendador de la Corona de Italia, que se sirvió conferirle el Gobierno de aquel país." - Recibo, y a la 1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Michoacán de Ocampo. - Ayuntamiento de Tlazazalca. - Estados Unidos Mexicanos. - Sección de Estado. - Núm. 325.

"Ciudadano presidente de la H. Cámara de la Unión. - México, D. F.

La H. Comuna de esta población, que interinamente tengo el honor de representar, felicita cordialmente, por el digno conducto de usted, a los miembros de la honorable XXXII Legislatura Nacional, por el heroísmo con que de plano han rechazado el absurdo escrito que ante la misma elevaron los representantes del Clero mexicano.

"En nombre de la citada agrupación y en el mío propio, me es altamente honroso protestar a ese ilustre Congreso mis distinguidas atenciones.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Tlazazalca, septiembre 27 de 1926. - El presidente municipal interino, Cliserio Cano." - Recibo, y a su expediente. (Aplausos).

"Sociedad Liberal "Melchor Ocampo". - Cuerámaro, Gto.

"Ciudadano presidente del Congreso de la Unión. - México, D. F.

"Bien compenetrados estáis los legisladores de 1926 a 1928 de las Cartas Magnas del 57 y 1917, u obras de alta moral social, política y religiosa, que vosotros, fieles intérpretes del sentir íntimo del pueblo mexicano, independido ya de la influencia clerical extranjera, habéis ahora sostenido y reivindicado tan sabias y perfeccionistas leyes, rechazando con dignidad y patriotismo las absurdas y retardatarias peticiones del abominable Episcopado mexicano. Más plegue a la ineludible ley del progreso, que lejos de efectuarse tan irritantes e insanos deseos de los solicitantes teócratas, antes bien sean las bases que auguren la emancipación mexicana, del Vaticano.

"En ese concepto, y por vuestra serena y enérgica actitud tomada ante la cínica aberración católica, al Comité Anticlerical de la Sociedad Liberal "Melchor Ocampo", le es honroso felicitar muy calurosamente a vosotros, egregios diputados del actual Congreso de la Unión.

"Por la verdad contra el error. - Cuerámaro, Gto., 29 de septiembre de 1926. - El vicepresidente, C. Aguirre S. - El secretario, P. Gasca." - Recibo, y a su expediente. (Aplausos).

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Los miembros que integran esta 2a. Comisión de Hacienda han decidido que todas las solicitudes de pensión existentes en su poder y que no se refieran a deudos de ciudadanos que hayan prestado servicios eminentes a la nación, sean desechadas y devueltos sus documentos a los interesados, con la indicación de que deben hacer sus gestiones ante la Secretaría de Hacienda, por conducto de la Dirección General de Pensiones, oficina que funciona de acuerdo con lo prescrito por la ley expedida el 12 de agosto de 1925. Otro tanto han creído que debe hacerse con los escritos pidiendo jubilación, que también tienen para dictaminar.

"Dentro de los términos a que pretende someterse la Comisión que subscribe, hay que desechar buen número de peticiones que se han presentado ante esta Cámara, y si vuestra soberanía acepta el criterio que tenemos sustentado ante vosotros, hemos de merecerle dé su aprobación al siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a la señora Amelia Esquer, viuda de Ramírez y a los señores Porfirio Villagrán, Julián Mirabal, Enrique Arteaga, Manuel Trinidad Román, Jesús Santaella, Julián Badillo, Luis G. Ezquerro y José Vera, que hagan sus gestiones de pensión o jubilación, según su caso, ante la Secretaría de Hacienda, por conducto de la Dirección General de Pensiones."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 1o. de octubre de 1926. - Gilberto Fabila. - A. Méndez M."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"El C. Jesús González Requejo, elevó ante esta Cámara una solicitud pidiendo se le conceda pensión por haber prestado sus servicios en el ramo de Aduanas.

"Existe en la Secretaría de Hacienda la Dirección General de Pensiones, dependencia en donde se tramitan en la actualidad todas las solicitudes de la índole de la que nos ocupa, existiendo en este caso, además, la circunstancia de que el peticionario es justamente un exempleado dependiente de Hacienda. En consecuencia, estimamos que el interesado debe dirigirse a la oficina mencionada, ya que a ésta, por otro lado, le será más fácil recabar con rapidez todos los documentos que legalicen la solicitud del C. González Requejo, mismos que dicho señor se olvidó de remitir a esta Representación Nacional.

"Por lo expuesto, proponemos a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente punto de acuerdo:

"Dígase al C. Jesús González Requejo que envíe a la Dirección General de Pensiones su solicitud de pensión, y devuélvansele los documentos que obran en el expediente respectivo."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 1o. de octubre de 1926. - Gilberto Fabila. - A. Méndez M."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"la Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea :

"Ante esta Representación Nacional, el señor licenciado Felipe Landgrave elevó una solicitud de jubilación por haber prestado más de cuarenta años consecutivos sus servicios a la Administración pública federal.

"La comisión de la Legislatura próxima pasada, a la que tocó dictaminar sobre el escrito del licenciado Landgrave, fue de opinión que la jubilación de este señor había de ser con la cantidad de $3.50, 50 por ciento del último sueldo que disfrutó el solicitante; pero el interesado no estuvo conforme con la cuota que se le asignó y consiguió que el dictamen correspondiente no se presentara a la consideración de esta Asamblea; y, por último, retiró todos los documentos que había anexado a su escrito.

"En vista de lo anterior y como el expediente que se formó con este motivo obra en poder de esta 1a. Comisión de Hacienda, venimos a proponer que den ustedes autorización para que sea archivado, sirviéndose aprobar el siguiente acuerdo económico:

"Archívese el expediente que obra en poder de la 1a. Comisión de Hacienda, formado con motivo de la solicitud de jubilación del C. licenciado Felipe Landgrave."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Un grupo de diputados a la XXXI Legislatura del Congreso General presentó ante esta H. Cámara un proyecto de decreto por el cual se modificaba aumentándola, la pensión de que disfruta a la fecha la señora María Kleryan, viuda del C. Benito Juárez, jr.

"La cuota que la Federación abona diariamente a dicha pensionista, es la de $8.25 diarios, cantidad que, a juicio de los subscriptos, es suficiente para que viva en forma decorosa la señora Kleryan y por esta razón viene a proponer ante ustedes el siguiente acuerdo económico:

"Se desecha el proyecto de decreto presentado ante esta Cámara por varios diputados a la XXXI Legislatura del Congreso General, por el que se aumentaba hasta $5,000.00 anuales la pensión de $3,000.00, de que a la fecha goza la señora María Kleryan viuda de Juárez."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa. sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Durante el segundo período de sesiones de la XXXI Legislatura del Congreso de la Unión, el señor senador don Alejandro Martínez Ugarte envió a esta Cámara un proyecto de Ley de Jubilaciones y de Pensiones para los Profesores Federales y sus familiares, proyecto que hicieron suyo un buen número de representantes en ambas Cámaras.

"El proyecto de que se trata es de fecha 6 de octubre de 1925; es decir, que llegó a esta Cámara después de haber sido expedida la Ley General de Pensionados Civiles de Retiro, actualmente en vigor. Por esta razón, la comisión respectiva de la pasada Legislatura no llegó a emitir dictamen sobre el proyecto del senador Martínez Ugarte, y esta comisión que subscribe, en vista de que el tantas veces mencionado proyecto es extemporáneo, opina que debe archivarse, y si vuestra soberanía está de acuerdo sobre esta opinión, hemos de merecerle que apruebe el siguiente acuerdo económico:

"Archívese, por extemporáneo, el proyecto de Ley de Jubilaciones y de Pensiones para los Profesores Federales y sus familiares, que presentó el 6 de octubre de 1925 ante esta H. Cámara el C. senador Alejandro Martínez Uguarte."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía, esta 1a. Comisión de Hacienda que subscribe, conoció de la solicitud de jubilación elevada ante esta H. Representación Nacional por la señorita Emilia García.

"Como la solicitante tiene en su hoja de servicios sólo veinte años de trabajar en el magisterio, y como este tiempo lo dedicó a la enseñanza en algunos Estados de la República, sin que, en consecuencia, sea esta Cámara la capacitada legalmente para decidir la petición de que hablamos, y como, por último, la señorita García ha retirado de esta comisión los documentos que había presentado para justificar su solicitud, estimamos que es de negársele la gracia que solicita y pedimos a vuestra soberanía dé su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la señorita Emilia García que no es de la competencia de esta Cámara otorgar la gracia de pensión que pide. Archívese el expediente formado con motivo de esta solicitud."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La Cámara de Senadores, con fecha 15 de octubre de 1925, remitió a esta de Diputados un proyecto de ley suspendiendo los efectos de la de Pensiones Civiles de Retiro, expedida el 12 de agosto del mismo año, por el Ejecutivo.

"Sobre este proyecto de Ley no fue posible que la interior Cámara emitiera opinión, y el expediente respectivo paso a esta comisión, la que, por ser extemporáneo el asunto a que se contrae el referido proyecto de ley, propone a vuestra soberanía tenga a bien aprobar el siguiente acuerdo económico:

"Archívese, por extemporáneo, el expediente formado con el proyecto de ley enviado por la Cámara de Senadores, suspendiendo los efectos de la de Pensiones Civiles y de Retiro, expedida por el Ejecutivo el 12 de agosto de 1925."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A fines del año próximo pasado, la señora María Luisa del Valle, viuda del teniente del Servicio Médico Militar, José Simón González, elevó un memorial a esta H. Cámara de Diputados, solicitando una pensión.

"Por acuerdo de vuestra soberanía, tocó conocer de este asunto a la 1a. Comisión de Hacienda que subscribe, la que hizo un estudio minucioso de los documentos que acompañó la señora del Valle a la solicitud de referencia.

"Las condiciones del Erario Nacional, no permiten, de momento, nuevas erogaciones, y es por este motivo que esta comisión se ve en el caso de desechar la petición que se le formula.

"Por tal concepto, tiene el honor de someter a la aprobación de vuestra soberanía, el siguiente punto resolutivo:

"Dígase a la señora María Luisa del Valle viuda de González, que por las condiciones que atraviesa el Erario Federal, no es posible acceder a su solicitud de pensión como viuda del teniente del Servicio Médico Militar, C. José Simón González."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señora María del Refugio Gándara viuda del senador suplente por Aguascalientes, C. Vidal Roldán Ávila, presentó ante esta Cámara una solicitud de pensión por la muerte de su citado esposo.

"Hasta la fecha, que esta comisión sepa, no existe precedente de que se haya otorgado pensión a los deudos de ningún miembro del Poder Legislativo, propietario o suplente, y a la fecha, la ley general de Pensiones Civiles de Retiro en vigor establece excepción de los diputados y senadores para gozar de los beneficios de la misma.

"Por lo expuesto, creemos que no es de atenderse la solicitud de la señora María del Refugio Gándara viuda de Roldán Ávila, y que debe hacérsele conocer así, probando, para el caso, el siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a la señora María del Refugio Gándara viuda del senador suplente Vidal Roldán Ávila, que no procede la solicitud de pensión que elevó a esta Cámara."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Las señoritas Carmen y Concepción Gómez Zavala, presentaron ante esta Cámara una solicitud de pensión como hijas del extinto profesor licenciado Tomás V. Gómez.

"Revisados los documentos que acompañaron las peticionarias para fundar su demanda, la comisión se ha encontrado con que todos los empleos que sirvió el extinto fueron dentro del Estado de Jalisco, así como en instituciones educativas particulares de dicha Entidad federativa, y, en consecuencia, si son de tomarse en consideración los servicios del desaparecido, no es a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión a la que corresponde conocer de la solicitud que nos ocupa. En esta virtud, proponemos a esta H. Asamblea la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Dígase a las señoritas Carmen y Concepción Gómez Zavala, que dirijan a quien corresponda la solicitud de pensión que enviaron a esta Cámara como hijas del extinto profesor licenciado Tomás V. Gómez, quien prestó sus servicios en el Estado de Jalisco."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señora Ignacia Guevara, viuda del pagador Carlos Herrera Guevara, en escrito del año próximo pasado presentó a esta Cámara una solicitud de pensión.

"Los subscritos son de opinión que aun en los casos en que más justificadamente se hagan solicitudes de esta naturaleza, hay que proceder de tal suerte que el Erario no se vea gravado con nuevas erogaciones; y como en el presente caso no puede alegarse siquiera que los servicios del extinto pagador hayan sido de alguna importancia o trascendencia, estimamos que debe desecharse la petición presentada y así nos permitimos consultarlo a vuestra soberanía por medio de la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a la señora Ignacia Guevara, viuda de Herrera, que no procede la solicitud de pensión que presentó ante esta Cámara."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

Estando enfermo de gravedad el compañero Juan Madrigal, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, nombra en comisión a los ciudadanos Pedro Palazuelos y Teodoro Villegas para que pasen a visitarlo.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señora Herminia Lacunza, viuda de Otero, como biznieta del héroe de la Independencia general Hermenegildo Galeana, presentó ante esta Cámara una solicitud de pensión, la que, por acuerdo de vuestra soberanía, se turnó para ser dictaminada por esta Comisión.

"Hecho el estudio del escrito respectivo, los que subscribimos, ateniéndonos a las disposiciones legales vigentes, somos de opinión que no puede otorgarse la gracia solicitada, en virtud de que los beneficios de las leyes relativas sólo alcanzan hasta los nietos de los causantes, y en consecuencia,

solicitamos la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"No ha lugar a conceder la pensión que solicita la señora Herminia Lacunza, viuda de Otero, por no estar dentro de lo prescrito por las leyes vigentes sobre pensiones. Comuníquese a la interesada."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La subscrita 1a. Comisión de Hacienda recibió, para su estudio y dictamen, la solicitud de pensión elevada a esta Representación Nacional por la señora Aurea Delgado, viuda del escritor Heriberto Frías.

"La Comisión no desconoce que las razones aducidas por la solicitante están por completo justificadas; pero se encuentra impedida para acceder a lo solicitado por la crisis económica que atraviesa el Erario Federal.

"En tal virtud, tiene el honor de proponer a la aprobación de vuestra soberanía el siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a la señora Aurea Delgado, viuda de Frías, que no es posible concederle la pensión que solicita, por la situación económica que atraviesa el Erario de la nación."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnada, para su estudio y dictamen, a la subscrita 1a. Comisión de Hacienda, la solicitud de pensión de la señora Valentina Gómez Farías de García, a nombre propio y en el de la señora Concepción Gómez Farías, viuda de Carrere, nietas del general don Valentín Gómez Farías.

"Estudiada la petición de las interesadas, los subscritos han encontrado que la razón en que se fundan para hacer su demanda es justa, ya que los servicios prestados a la nación por don Valentín Gómez Farías son de los de valor innegable; pero en atención a la penuria del Erario Federal no es posible, de momento, conceder la gracia solicitada, y en esta virtud proponemos a la consideración de esta Asamblea el siguiente punto de acuerdo:

"Dígase a las señoras Valentina Gómez Farías, viuda de García, y Concepción Gómez Farías, viuda de Carrere, que la penuria del Erario Federal impide, de momento, acceder a su solicitud de pensión."

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso Federal. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A esta 1a. Comisión de Hacienda correspondió conocer de la solicitud de aumento de jubilación que presentó el C. Miguel Mejía a principios del año actual.

"Los subscritos tenemos ya sustentado ante esta Asamblea, el criterio de economías que debe seguirse en el ramo de pensiones y jubilaciones, y consecuentes con él, creemos de nuestra obligación desechar la solicitud del peticionario, y así lo proponemos a vuestra soberanía, por medio del siguiente acuerdo económico:

"Dígase el señor Miguel Mejía que, por las malas circunstancias económicas de la nación, no es posible por ahora concederle el aumento de la jubilación que disfruta."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señora Graciana Ausencia Juárez presentó ante estas Cámara un escrito en el que, por decir que es hija natural del benemérito Benito Juárez, pide que se le conceda pensión.

"Al escrito de referencia, la peticionaria no acompaño ningún documento que de manera legal justifique su aserción, y los subscritos, que no han tenido elementos en qué basarse para establecer la razón que pueda asistir a la peticionaria, se ven en el caso de desechar la demanda de la señora Graciana Ausencia Juárez, y así tienen el honor de proponerlo a vuestra soberanía, solicitando la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la señora Graciana Ausencia Juárez que, por no comprobar debidamente el parentesco con el benemérito Benito Juárez, no es de accederse a su solicitud de pensión."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D.F., a 29 de septiembre de 1926. - Enrique L. Soto. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"Comisiones Unidas 1a. de Crédito Público y 2a. Agraria.

"H. Asamblea:

"El Ejecutivo de la Unión, en uso de las facultades extraordinarias que se le concedieron en el ramo de Hacienda, promulgó el 2 de marzo del año actual la ley de Crédito Agrícola.

"Anteriormente a esta fecha, el C. Pedro Merla presentó a esta Cámara un proyecto de ley para el establecimiento del Sistema Federal Refaccionario, relacionado con la Agricultura, sin que esta misma Cámara haya resuelto oportunamente nada sobre este proyecto, el cual, por resultar a la fecha extemporáneo, venimos a proponer a vuestra soberanía que sea archivado, aprobando para el caso el siguiente punto de acuerdo:

"Archívese, por extemporáneo, el proyecto de ley para el establecimiento del Sistema Federal Refaccionario, presentado por el C. Pedro Merla ante esta Cámara."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D.F., a 24 de septiembre de 1926. - Guillermo Miller. - Domingo P. Acosta. - Francisco A. Rivera. - Victorino Flores."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"El subscrito, diputado por el 4o. distrito electoral de Chiapas, ante vuestra soberanía se permite respetuosamente exponer.

El día 7 de octubre actual es aniversario de la muerte del doctor Belisario Domínguez, y con tal motivo, pido que se nombre una comisión de esta Cámara para que lleve una ofrenda floral a la tumba del mencionado mártir nacional.

"Pido dispensa de trámites.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, octubre 5 de 1926. - E. Bonifaz. - N. Pérez. - Hacemos nuestra la anterior petición: Amet Ramos Cristiani. - Doctor Ulises Vidal. - Jesús Salas B. - L. Mayoral Pardo. - Pedro Alvarez. - A. Arenas. - Silvestre Dorador."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, nombra en comisión para llevar la ofrenda flora, a los ciudadanos diputados Pedro Alvarez, Evaristo Bonifaz, Lorenzo Mayoral Pardo, Manuel Magaña, Max. Cenobio Robles y Garza Nieto.

El C. presidente: Tiene la palabra para informar el presidente de la comisión que fue a Cuautla.

El C. Soto Silvano: Honorable Asamblea:

El veintinueve del mes pasado tuvimos el honor de ser nombrados por vuestra soberanía para asistir a las fiestas que, año por año, se celebran en la heroica Cuautla, Morelos, con motivo del natalicio del generalísimo don José María Morelos y Pavón. Al cumplir con satisfacción del cometido, cábeme el gusto de manifestaros que el presentarnos en aquella ciudad, fuimos perfectamente bien recibidos, tanto por las autoridades civiles como por las militares. el señor gobernador de aquel Estado os envía repetidas gracias y, a la vez por nuestro conducto, os manda también un saludo efusivo, haciendo votos por vuestra felicidad. (Aplausos.)

El C. presidente, a las 17.50: Se levanta la sesión de Cámara, y se erige la misma en sesión de Colegio Electoral.

SESIÓN DE COLEGIO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 5 DE OCTUBRE DE 1926

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2. - Sin debate es aprobado del dictamen relativo al 2o. distrito electoral de Guerrero. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. NICOLÁS PÉREZ

(Asistencia: la misma de la sesión de Cámara anterior).

El C. presidente, a las 17.50: Se abre la sesión de Colegio Electoral.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de Diputados del Congreso de la Unión, el día primero de octubre de mil novecientos veintiséis.

"Presidencia del C. Nicolás Pérez.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y cincuenta y cinco minutos del viernes primero de octubre de mil novecientos veintiséis, se abrió esta sesión con el mismo quórum que hubo en la inmediata anterior de Cámara de Diputados.

"Fue aprobada el acta de la sesión celebrada el día anterior.

"Sin discusión se aprobaron los dictámenes que tratan de las elecciones en el quinto distrito electoral de Nuevo León y en el cuarto de Durango. El primero otorga el triunfo a los CC. Francisco Garza Nieto y Jesús Garza Martínez, como diputados, propietario y suplente, respectivamente, y el último declara la nulidad de las elecciones y que se convoque para nuevos comicios.

"A las diez y nueve horas se levantó la sesión para reanudar la de Cámara de Diputados."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se

pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Comisión Revisadora de Credenciales. - Cuarta Sección.

"Honorable Asamblea:

"A esta Cuarta Sección de la 1a. Comisión de Poderes Federales de la XXXII Legislatura fue turnado, para su estudio y dictamen, el expediente relacionado con las elecciones para diputados, propietario y suplente, al Congreso de la Unión, efectuadas el día 4 de julio último en el 2o. distrito electoral del Estado de Guerrero.

"Las elecciones se celebraron sin incidentes dignos de tomarse en consideración, habiendo obtenido en ellas la votación siguiente: cuatro mil ochocientos sesenta y cuatro votos en favor de la fórmula José Castilleja y Jesús I. Salgado; un mil ciento setenta y ocho votos, en favor de la fórmula Camerino T. Ocampo y Adrián Gómez, y, en número mucho menor, obtuvieron también algunos votos las fórmulas Castorela y Lagunas Govantes.

"En tal virtud, la comisión tiene que conceder, desde luego, el triunfo a los CC. José Castilleja y Jesús I. Salgado, haciéndolo así, en efecto, para el primero, pero no para el segundo, quien es actualmente diputado al Congreso local del Estado de Guerrero, y quien, por concepto de elecciones municipales, está legalmente impedido para desempeñar el cargo de diputado suplente al Congreso de la Unión.

"Por consiguiente, la comisión se permite proponer los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados, propietario y suplente, en el 2o. distrito electoral del Estado de Guerrero, al Congreso de la Unión.

"Segundo. Es diputado propietario por el expresado distrito, el C. profesor José Castilleja.

"Tercero. Es diputado suplente por el mismo distrito, el C. Adrián Gómez."

"Sala de Comisiones del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., a 5 de octubre de 1926. - La Comisión. - Rafael V. Balderrama. - W. Labra. - A. González."

- El mismo C. secretario: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos.)

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el 2o. distrito electoral del Estado de Guerrero, los ciudadanos José Castilleja y Adrián Gómez. (Aplausos.)

El C. presidente, a las 17.55: Se levanta la sesión y se cita para mañana a las diez y seis.