Legislatura XXXII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19261210 - Número de Diario 42

(L32A1P1oN042F19261210.xml)Núm. Diario:42

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 1926

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXXII LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 42

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 1926

SUMARIO

1.- Da principio la sesión con la lectura del acta de la celebrada el día anterior; aprobada.

2.- Documentos en cartera. El C. Manuel Mijares V. renuncia la licencia que le fue concedida. Se nombra una comisión que asista a la toma de posesión del C. Ausencio C. Cruz como gobernador constitucional del Estado de Tabasco.

3.- Túrnese a la 2a. Sección Instructora del Gran Jurado el informe que presenta la comisión designada para investigar acerca de las acusaciones hechas al ciudadano gobernador de Querétaro.

4.- Es aprobado, en lo general y en lo particular, el dictamen de las comisiones unidas de Agricultura y Fomento y de Industria y Comercio, sobre el proyecto de Ley General de Sociedades Cooperativas enviado por el Poder Ejecutivo; al Senado.

5.-A moción del C. Joaquín de la Peña, es designada una comisión que se acerque al ciudadano presidente de la República a fin de que evite se sigan cometiendo atropellos en el Estado de Querétaro. Termina la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. EDUARDO C. LOUSTAUNAU

(Asistencia de 161 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 17.45: Se abre la sesión.

- El C. secretario Cerisola, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día nueve de diciembre de mil novecientos veintiséis.

"Presidencia del C. Eduardo C. Loustaunau.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y veinte minutos del jueves nueve de diciembre de mil novecientos veintiséis. se abrió la sesión con asistencia de ciento cincuenta y seis ciudadanos diputados.

"Previa aprobación del acta de la sesión celebrada el día siete del actual, se dio cuenta con los siguientes documentos:

"Telegrama de Chihuahua, en que el C. Nicolás Pérez pide se le prorrogue por diez días la licencia de que ha venido haciendo uso.

"Con dispensa de trámites y sin debate se acordó de conformidad.

"Invitación del C. general de división José Gonzalo Escobar, jefe de la vigésimaquinta Jefatura de Operaciones, para la inauguración del campamento militar que ha sido construido en la plaza de Torreón, Coah.

"Se designó en comisión para asistir a este acto a los CC. Daniel Gutiérrez, Eucario López y Valentín Aguilar.

"Circular del Congreso de Aguascalientes, en que transcribe el dictamen de su Comisión de Puntos Constitucionales, por el que se aprueban las reformas a los artículos 82 y 83 de la Constitución.

-De enterado, y a su expediente.

"Circular del mismo congreso, en que inserta el telegrama de la Secretaría de Gobernación, por medio del cual el Ejecutivo federal reconoció como gobernador de aquel Estado al C. diputado Isaac Díaz de León.- De enterado. "Telegrama de Mérida, Yuc., en que la Legislatura de ese Estado da a conocer el decreto por el que aprobó las reformas de los artículos 82 y 83 de la Constitución."- De enterado, y a su expediente.

"Memorial y numerosos telegramas, en que los telegrafistas federales solicitan que se les aumenten sus emolumentos en un diez por ciento en el Presupuesto para 1927.- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Solicitud del C. Rafael Alvarez y Alvarez, relativa a que se le conceda licencia por tiempo indefinido, si goce de dietas.

"Se le dispensaron los trámites y sin debate se aprobó.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Guerra, que consulta un proyecto de decreto por el que se crea la condecoración "Segunda Invasión Norteamericana" para recompensar a los que defendieron el puerto de Veracruz el 21 de abril de 1914.

-Segunda lectura, y a discusión el primer día hábil.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Peticiones, que propone pase a la Guerra en turno la solicitud de la señora Jesús Araiza viuda de Banderas, para que se decrete a favor de sus hijas, las señoritas Antonia, Laura, Luisa y María Banderas, la pensión de que actualmente disfruta como madre del extinto general Juan M. Banderas.

"Sin debate se aprobó en votación económica.

"Se designó en comisión para asistir a la inauguración de la escuela - granja, de Durango, a los CC. Carlos Andrade, Antonio Garza Castro, Pedro Alvarez y Francisco Silva.

"Dictamen de la 1a. Comisión de Gobernación, que concluye con un proyecto de ley por el que se determina el número máximo de ministros de los cultos en el Distrito y Territorios de la Federación.

"Sin discusión se declaró con lugar a votar en lo general el proyecto de ley por unanimidad de ciento setenta y cuatro votos.

"En lo particular tampoco hubo debate y por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos fue aprobado el repetido proyecto, que pasa al Senado para los efectos constitucionales.

"Para hechos relacionados con los procedimientos de la Compañía de Luz y Fuerza, de la ciudad de Orizaba, Veracruz, los CC. Alberto Méndez R., Guillermo Rodríguez y Eduardo Cortina Usaron de la palabra; el primero contestó interpelaciones de los CC. Cisneros y Altamirano, y el último fue interrumpido por el propio C. Altamirano para dirigirle una pregunta; el C. Ramón Mora hizo una aclaración; la Secretaría leyó un documento y los CC. José Carmen López y Francisco J. González contestaron interpelaciones del C. Altamirano.

"El C. Islas Bravo usó de la palabra para hechos, y el ciudadano presidente hizo una aclaración.

"Con dispensa de trámites y sin debate se aprobó una proposición de los CC. Alejandro Cerisola, Guillermo Rodríguez y otros representantes, tendiente a que se nombre una comisión que se traslade al puerto de Veracruz e informe de los antecedentes que existen relacionados con un amparo que solicitó ante el juez de distrito de ese Estado la Compañía de Luz y Fuerza, de Orizaba, por la suspensión de su contrato, con el fin de que se resuelva lo que en justicia y conforme a derecho proceda.

"La comisión quedó integrada por los CC. Alejandro Cersiola, Guillermo Rodríguez, Eduardo Cortina, Alberto Méndez R. y Andrés E. Gómez.

"A las diez y nueve horas y diez minutos se levantó la sesión." Está a discusión el acta. No habiendo quien la impugne, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

"Pongo en conocimiento de vuestras señorías, para que así lo hagáis saber a los ciudadanos representantes populares, que atendiendo al llamado de la diputación coahuilense y al del H. bloque a que pertenezco, con esta fecha renuncio la licencia que la H. Asamblea se sirvió concederme para estar separado de mi cargo de diputado propietario por el presente período.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 10 de diciembre de 1926.- Manuel Mijares V., diputado propietario por el 3er. distrito electoral de Coahuila."- De enterado. Telegrama procedente de: "Campeche, Camp., 9 de diciembre de 1926.

"Secretario de la Cámara de Diputados Congreso Unión.

"Hoy depositamos correo, certificado, oficio 736, transcribiéndole ocurso este Congreso aprobó reformas artículos 82 y 83 constitucionales. Afectuosamente.- Diputado secretario, J. Cuermina Ruibal.

- Diputado secretario, F. Cuevas S." - De enterado, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Tuxtla Gutiérrez, Chis., 6 de diciembre de 1926.

"Diputado presidente de la H. Cámara Diputados.

"Honrámos comunicar usted que hoy, previas formalidades legales, C. diputado Amílcar Vidal protestó ante esta XXXI Legislatura como gobernador interino, virtud habérsele concedido licencia hasta por un mes al C. gobernador, general Carlos A. Vidal. Atentamente.- Diputado presidente, Ricardo Alfonso Paniagua.- Diputado prosecretario, Florinda Lazos León."- De enterado.

Telegrama procedente de: "Chihuahua, Chih., 6 de diciembre de 1926.

"Ciudadanos diputados secretarios del H. Congreso de la Unión.

"H. Congreso Estado sesión hoy aprobó, mayoría votos, reformas artículos 82 y 83 Constitución general, en reforma aprobadas ya ese alto Cuerpo y Congreso Unión. Comunicámoslo efectos constitucionales consiguientes.- Diputado secretario, Baltasar Romero.- Diputado secretario, M. Federico Hasbach."- De enterado, y a su expediente.

Telegrama procedente de: "Mérida, Yuc., 9 de diciembre de 1926.

"Presidente de la Cámara Diputados Congreso de la Unión.

"Hónrome participarle fecha de hoy, he vuelto a encargarme Poder Ejecutivo esta Entidad, en virtud dar por terminada licencia indefinida concedióme Legislatura local para ausentarme del Estado, verificando entrega respectiva C. profesor Bartolomé García Correa, gobernador constitucional interino. Afectuosamente.- El gobernador constitucional del Estado, Alvaro Torre Díaz." -De enterado.

"La señora Abundia Ortiz, viuda de Flores Cruz solicita pensión por la muerte en campaña de su

hijo el mayor de caballería José Flores Ortiz."- A la 1a. Comisión de Peticiones.

"La señora Amalia Moya solicita pensión por los servicios prestados a la revolución por su extinto padre el general Luis Moya."- A la 2a. Comisión de Peticiones.

Telegrama procedente de: "Villahermosa, Tab., 8 de diciembre de 1926.

"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"Partido presido tiene alto honor invitar esa H. Cámara para acto toma posesión del gobernador electo, ciudadano Ausencio C. Cruz, que, según decreto Cámara local, tendrá verificativo veinticuatro horas día treinta y uno presente mes.- Agradeciéndoles su atención, salúdolos afectuosamente. -Presidente Partido Radical Tabasqueño, Francisco Ortiz."

Se acepta la invitación y la Presidencia ha nombrado para que vayan en comisión, en representación de la Cámara de Diputados, a los ciudadanos David Montes de Oca, Alcides Caparroso, Epifanio Castillo y Luis G. Márquez.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"Los que subscribimos, diputados al Congreso de la Unión y comisionados por esta H. Cámara para transladarnos al Estado de Querétaro, con objeto de investigar y comprobar las violaciones hechas a la Constitución general de la República por el gobernador del mismo Estado. C. Constantino Llaca, y de las que fue acusado ante vuestra soberanía por la H. Diputación de dicho Estado, venimos a manifestar que, conforme a vuestro mandato, nos trasladamos a la ciudad de Querétaro y a las poblaciones de San Juan del Río y Tequisquiapan, no habiendo visitado más lugares por estar convencidos de haber comprobado plenamente que son ciertas las acusaciones presentadas por la H. Diputación de Querétaro en contra del C. gobernador Constantino Llaca, cuyas violaciones a la carta fundamental de la República a continuación pasamos a demostrar:

"Primera violación. Artículo 7o. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia, etcétera.

"El C. gobernador Llaca ordenó la aprehensión del octogenario impresor señor Jesús A. Sierra, decano del gremio de impresores de la ciudad de Querétaro, quien efectivamente estuvo detenido por más de treinta horas en una asquerosa mazmorra de la cárcel municipal de Querétaro, por orden expresa de Llaca, y durante cuya prisión y no obstante su avanzada edad de ochenta y dos años, sufrió toda clase de vejaciones e insultos de los esbirros del gobernador Llaca.

"Insertamos la declaración rectificada y firmada por el propio señor Jesús A. Sierra, así como una hoja impresa, que, calzada con veintidós firmas correspondientes al total de las personas que encabezan el gremio de impresores de Querétaro, hicieron circular profusamente con el encabezado de "energía protesta" (Véase legajo acusaciones presentadas por A. Romo Ruiz.)

"En diez y ocho de noviembre , a las diez y treinta horas del día, compareció el C. Jesús A. Sierra, de ochenta y dos años, vecino de esta ciudad, y dijo: que el día nueve de diciembre del año de mil novecientos veinticinco, lo aprehendieron, habiendo estado preso veintidós horas, saliendo en libertad bajo fianza; hasta la fecha no se ha terminado el proceso, no pudiendo salir el declarante por estar pendiente y arraigado en esta ciudad por efecto de la misma fianza. Que el gobernador Llaca ordenó que, sin consideración, lo internaran en un calabozo de la cárcel pública. Se ratificó en su dicho y firmo.- Jesús A. Sierra.- Rúbrica.

"Segunda violación. Artículo 24. Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade, etc. Párrafo segundo. Todo acto religioso de culto público debe celebrarse precisamente dentro de los templos, etc.

"1o. Ciertamente que los días ocho y doce de diciembre del año próximo pasado, se celebraron procesiones religiosas en la población de Amealco, cabecera municipal del mismo nombre, las que recorrieron las principales calles del pueblo, y no obstante las protestas que los elementos liberales del lugar hicieron ante las autoridades locales y ante el mismo gobernador Llaca, se repitió la procesión el día doce.

"Se adjuntan dos fotografías de las citadas procesiones y una copia del mensaje de protesta elevado al gobernador Llaca por los vecinos liberales de Amealco, que no se dignó contestar el mencionado funcionario.

"2o. El domingo 27 de junio del presente año, el gobernador Llaca concedió licencia para que los católicos celebraran una manifestación de carácter religioso, protestando contra actos de la Secretaría de Gobernación, por haber ordenado el cierre de los colegios católicos particulares.

"De las averiguaciones practicadas por el agente del Ministerio Público federal, se deduce claramente que Llaca pretendió hacer valer torpemente la soberanía del Estado, frente a las disposiciones legales dictadas por el Ejecutivo de la Unión, por conducto de la Secretaría de Gobernación; que el mismo Llaca agitó a los elementos católicos en contra del gobierno Federal, con sus inoportunas y malévolas declaraciones al periódico local "El Tiempo", de filiación católica y gobiernista; que la manifestación de carácter subversivo, que fue reprimida por las fuerzas federales y en la que corrió sangre de fanáticos y sangre de leales soldados, se fraguó en el despacho del señor licenciado Llaca, en el propio palacio de Gobierno, según declaración del católico corresponsal de "El País", amigo del gobernador.

"Véase copia certificada que el ciudadano agente del Ministerio Público federal remitió por oficio a esta comisión investigadora. Véase igualmente "Rumbos Nuevos", en que la masonería y el delegado general de Educación Pública en el Estado, desenmascararon con pruebas serias e

irrefutables al señor Llaca, por esta violación a la Constitución general, y también existen pruebas e impresos en el legajo de acusaciones presentadas por el señor A. Romo Ruiz. "Tercera violación. Artículo 32 y 33. Los mexicanos serán preferidos a los extranjeros, en igualdad de circunstancias, para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones del Gobierno en que no sea indispensable la calidad de ciudadano, etc. Párrafo segundo del 33. "Es cierto que el súbdito español Manuel Ballina, durante tres meses a contar de octubre a fines de diciembre del año próximo pasado, desempeñó el puesto de delegado municipal de Tequisquiapan, municipio de San Juan de Río, contra la voluntad del vecindario de aquella floreciente población. Esta comisión investigadora tuvo oportunidad de comprobarlo teniendo a la vista documentos que obran en el archivo de la propia delegación, y además por declaraciones de varios vecinos caracterizados que por temor a las responsabilidades de los pseudo agraristas que gobiernan el municipio de San Juan del Río y por ende Tequisquiapan, no quisieron firmar excusándose de hacerlo. "Cuarta violación. Artículo 115. Los Estados adoptarán para su régimen interior la forma de Gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de subdivisión territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, etc. "Efectivamente, en agosto del año pasado, el gobernador Llaca depuso arbitrariamente al H. Ayuntamiento constitucional de San Juan del Río, al que substituyó por un consejo municipal, sin autorización de la Legislatura local. Como comprobantes de esta violación constitucional, se adjunta la declaración ratificada y firmada por los CC. diputados locales Pantaleón García, R. García Vega, A. Romo Ruiz, A. M. Truchuelo, Rafael Monroy, Otilio Trejo y Daniel Rivera, la del C. Próspero Martínez, expresidente municipal de ayuntamiento depuesto y la de algunos testigos. "La comisión que subscribe, consternada por el estado de cosas tan anormal que prevalece en la cabecera municipal de San Juan del Río y población de Tequisquiapan, y suponiendo, como es natural, que la situación es igual o peor en el resto del territorio del mencionado municipio de San Juan del Río, estima conveniente declarar ante la soberanía de esta H. Cámara, que es urgente poner remedio inmediato a la aflictiva situación que prevalece en aquellos lugares y funda su declaración en los tres puntos de vista siguientes: "Primero. Llaca entregó el municipio de San Juan del Río a una fracción de llamados agraristas, perfectamente armados y montados, originarios de una ranchería denominada "El Sitio", única fracción de exagraristas armados, gente absolutamente inculta e incapaz hasta de gobernarse a sí mismo. "Segundo. Por declaraciones de varios testigos, vecinos del lugar, Llaca manifestó públicamente en la estación de San Juan del Río, que deponía el Ayuntamiento constitucional para castigar a aquel municipio que no había querido sufragar por él, y además, porque le convenía tener aquella gente grata, refiriéndose a los armados de "El sitio". "Los hombres de "El Sitio", han dejado de ser agraristas, puesto que por medio de la fuerza obligan a los infelices labriegos de lugares cercanos a que se cultiven parte de sus tierras, la otra parte no se ocupan de cultivarla. En San Juan del Río no existe Gobierno municipal ni cosa que se parezca; reina el terror en el vecindario porque se practica el robo y el asesinato en grande escala. La cárcel municipal, el mercado público, el rastro y el servicio de aguas, están subastados entre los mismos hombres de "El Sitio", en cantidades irrisorias. A la cárcel ingresan cada domingo centenares de indígenas y labriegos de los pueblos y ranchos cercanos, que son puestos en libertad mediante cantidades que fluctúan entre $2.00 y $5.00; al arrendatario de la cárcel es socio del presidente municipal, y el jefe de los de "El Sitio", quien a su vez es dueño de todas las pulquerías de San Juan del Río. Existe constante orgía barata entre las autoridades de lugar y nadie se atreve a estar fuera de su casa después de las 7 de la noche. Ahí se hace vida de sobresalto. Es cierto que los novios pueblerinos necesitan permiso de la Presidencia Municipal para poder platicar con sus novias por la reja. "Quinta violación. Artículo 117. Los Estados no pueden en ningún caso: fracción III, acuñar moneda, emitir papel moneda, estampilla ni papel sellado. "También es verdad que el tantas veces mencionado gobernador Llaca violó este artículo constitucional, según las investigaciones practicadas por esta Comisión entre algunos de los comerciantes de Querétaro, cuyas declaraciones fueron amplias, pero que se rehusaron a firmarlas, por temor a las represalias en perjuicio de sus intereses. Se adjunta en ejemplar de los famosos bonos cuyo estudio, insertado en la acusación de la diputación de Querétaro, da a ésta la razón, y además el comentario respectivo de "Excélsior", de fecha 5 de febrero del año en curso, que se acompaña. "Sexta violación. Artículo 118. Tampoco pueden sin consentimiento del Congreso de la Unión: fracción II, tener en ningún tiempo tropa permanente, etc. "Confirmamos en todas sus partes, la acusación hecha al señor Llaca, por tener tropa armada sin permiso del Congreso de la Unión. "Efectivamente, en San Juan del Río vimos a varios hombres armados, algunos de los cuales nos seguían sin perdernos de vista; y conforme a las declaraciones de algunos vecinos pudimos comprobar que los hombres de "El Sitio", en número de doscientos aproximadamente, bien armados y montados, obedecen a Llaca ciegamente a cambio de "manos libres" en el municipio de San Juan del Río, que Saturnino Osornio, el jefe de estos hombres, les reparte el botín conforme a su dictatorial criterio. "Séptima violación. Artículo 125. Ningún individuo podrá desempeñar a la vez dos cargos federales de elección popular, ni uno de la Federación y otro de un Estado, que sean también de elección, etc. "La violación a este artículo constitucional está plenamente demostrada por existir en el Archivo de la Oficialía Mayor de esta Cámara los comprobantes

de que el señor Llaca estuvo cobrando sueldos como diputado hasta el mes de noviembre y al mismo tiempo percibiendo sueldos como gobernador como se comprueba con el documento que se acompaña, extendido por el C. administrador de Rentas Eladio Cabrera, nombrado por el propio gobernador Llaca. "Véase la copia del expediente sacada de su original, que obra en el Archivo de esta H. Cámara. "Las pruebas documentales que adjuntamos a este informe, son únicamente las que corresponden a la comprobación legal, de las siete violaciones hechas a la Constitución general de la República, por el C. Constantino Llaca, gobernador de Querétaro; pero un informe por separado que a continuación rendimos, aparecerán un buen número de pruebas documentales de índole moral, que demuestran hasta la evidencia el desbarajuste que significa para el Estado de Querétaro, el Gobierno del citado funcionario, tanto en el orden político como en el administrativo. "Por lo expuesto, ciudadanos diputados, tenemos la íntima convicción de haber cumplido con nuestro deber, al rendir este informe, basado en la más estricta verdad, no omitiendo manifestar a vuestra soberanía, que durante nuestra estancia en Querétaro, San Juan del Río y Tequisquiapan, se presentaron a declarar un gran número de personas de diferentes convicciones en el orden político y social, sin que uno solo de los declarantes lo hubiera hecho en defensa del C. Llaca. incluso los CC. diputados locales Severiano Montes, Jesús Berriolope, Teodomiro Domínguez, Paulín y Fernando Islas, quienes hicieron declaraciones confidenciales a esta comisión investigadora en contra del ya citado gobernador constitucional Llaca, y que junto con los también CC. diputados locales Inocencio Ramírez, Constantino Maldonado y Juan Bermúdez, fueron acusados de complicidad con Llaca, por la H. diputación de Querétaro. "Protestamos a esta H. Cámara de nuestra más atenta y distinguida consideración. "Salón de Sesiones, Cámara de Diputados, a 30 de noviembre de 1926.- Gilberto Fabila.- J. Santos Alonso.- P. Baranda.- F. Ramírez Escamilla." "H. Asamblea: "Como adición al informe de carácter legal que la subscrita comisión investigadora de ciudadanos diputados al Congreso de la Unión rindió ante vuestra soberanía, en relación con la acusación presentada por la H. diputación de Querétaro, en contra del gobernador de aquel Estado, C. Constantino Llaca, por las siete violaciones hechas por este funcionario a la Constitución General de la República, venimos, por medio de este informe de carácter moral, a ampliar las investigaciones que se sirvió confiarnos esta H Cámara: " No siendo de nuestra incumbencia juzgar los actos del gobernador Llacan, sino únicamente investigar si eran ciertas las diversas acusaciones presentadas en su contra, y procurar, además, interpretar el verdadero sentir de la opinión pública en el Estado que él gobierna, para ilustrar el criterio de esta H. Representación Nacional, a continuación insertamos la relación de las diversas quejas que nos fueron presentadas, adjuntando a cada una la comprobación respectiva: "La serie de acusaciones presentadas a nosotros por los diversos componentes sociales, excepto la clase acomodada, en la que, naturalmente, predomina el elemento católico y ultra clerical, que según parece, están conformes con el Gobierno del C. Llaca, puede clasificarse en dos órdenes: político y administrativo. "Creemos oportuno advertir a vuestra soberanía que solamente daremos cuenta de las acusaciones que hemos comprobado como palmarias, desechando toda una serie de datos y declaraciones que nos fueron proporcionados en las tres poblaciones que visitamos, Querétaro, San Juan del Río y Tequisquiapan. "En el orden político: "Indudablemente que la queja unánime del pueblo queretano en contra de su gobernante, es la falta de respeto absoluto para el voto público, porque no hay un solo Municipio libre en el Estado de Querétaro. De los siete municipios que tiene, a saber: Querétaro, San Juan del Río, Cadereyta, Amealco, Colón, Tolimán y Jalpan, en los tres primeros, que son los más populares, Llaca substituyó a los ayuntamientos constitucionales por consejos municipales, formados por elementos incondicionales de su Gobierno y de su persona (se adjuntan comprobantes números 1, 2 y 3); en Amealco se impuso, con auxilio de la fuerza armada de los "exagraristas" de "El Sitio", a un Ayuntamiento de latifundistas y clericales exaltados (Véanse fotografías de las procesiones religiosas, que se encuentran adjuntas a nuestro informe de carácter legal); en Colón y Tolimán, pueblos fanáticos por excelencia, según declaraciones de varios testigos, fue conculcado el voto popular y entregados sus ayuntamientos a latifundistas; se nos informó que en Colón gobierna un sacerdote, cura del pueblo inmediato. llamado Soriano. "El municipio de Jalpan, hace dos años que se encuentra substraído a la influencia del Gobierno local, del que dependía económicamente; actualmente se basta por sí mismo, Llaca nunca ha podido dominarlo, y según el jefe de las operaciones en el Estado, es el único municipio que vale la pena en el Estado de Querétaro (se adjunta comprobante número 4). "Pero hay un hecho insólito en todos esto casos, que merece urgentemente la atención de esta H. Representación Nacional, y es la actuación del Consejo Municipal de San Juan del Río, impuesto por el señor Llaca y formado, como ya dijimos en nuestro informe de carácter legal, por un grupo de hombres incultos, que dejaron, de ser agraristas para convertirse en políticos de profesión, y que han hecho de aquel municipio, el más rico del Estado, un verdadero feudo que explotan a sus anchas, sin ley y sin conciencia, solapados naturalmente, por el citado gobernador Llaca, que es la única fuerza política (fuerza política armada) que le obedecen en "aquella Entidad" (se adjunta comprobante número 5, que es el informe de la comisión auxiliar de la que subscriben, formada por los CC. diputados José María Tapia y Carlos Aragón).

"Son públicos y notorios los desaciertos del gobernador Llaca, por lo que se refiere a su política clerical, cuyo error fundamental consistió en haber pretendido hace valer la soberanía del Estado que él gobierna, en contra de las disposiciones legales emanadas de la Secretaría de Gobernación, relacionadas con el cierre de los colegios católicos que no se habían ajustado a los preceptos legales; además de las pruebas concretas que hemos adjuntado al informe anterior y que arrojan de plano la responsabilidad sobre el señor Llaca, de los hechos que ocurrieron durante la disolución de la manifestación católica que él prohijó, por las fuerzas federales, adjuntamos a continuación los siguientes documentos que cobraran la "unión" del citado gobernador con los elementos católicos exaltados de aquella población y del Estado en general: "Comprobante número 6.- Petición de algunos comerciantes de Querétaro, desafectos al Gobierno del C. Llaca, en la que piden garantías al ciudadano general jefe de las operaciones militares, para sus vidas y establecimientos, señalado al tantas veces citado señor Llaca como instigador del movimiento clerical. "Comprobante número 7.- Declaración de los CC. J. Félix González y Baltasar R. Jiménez, por la que acusan de clericales a las autoridades de la Delegación de El Pueblito, dependiente del municipio de Querétaro, manifestó que en vez de verificarse una ceremonia cívica con motivo de la inauguración de las obras de reparación llevada a cabo en la Casa Municipal, se llamó a un sacerdote para que bendijera el local reconstruido. "Comprobante número 8.- Declaraciones de los CC. Vicente R. Zuñiga y Gregorio Reséndiz, en el mismo sentido que los anteriores. "Comprobante número 9. Fausto Rodríguez, originario de El Pueblito, declara también, bajo su firma, que un agente de la policía reservada fue a invitarlo en unión de varios compañeros de parte del gobernador, para tomar parte en una manifestación de protesta por el cierre de colegios; que fueron creyendo que se trataba de alguna cosa seria, pero que al llegar al palacio de gobierno, que era donde se encontraban los manifestantes, oyeron gritos de "viva Cristo rey", "viva Llaca", "muera Calles". Que son víctimas de constantes atentados por parte del delegado municipal, y que hace constar su energía protesta por la conciliación del voto popular, puesto que por el distrito de El Pueblito, salió electo diputado Fernando Isla, que obtuvo únicamente cuarenta y un votos. Firmaron como testigos, porque les consta todo lo asentado, los señores Jesús A. Sierra y Diego Martínez. "Comprobante número 10. Diego Martínez ratifica bajo su firma que los policías y regidores de Querétaro le dieron propaganda impresa para la manifestación clerical. "Comprobante número 11. Guadalupe Hernández, de la Cañada, municipio de Querétaro, declaró bajo su firma que el delegado municipal Julio Belsagui es cuñado del cura del lugar, llamado Jesús Urías; el tesorero municipal. José Lugo, es el cantor de la iglesia: el receptor de rentas, Alfonso Lugo, hijo del anterior, es el sacristán de la iglesia; que todos éstos se levantaron en armas hace poco tiempo al grito de "Viva Cristo rey" y "Viva Llaca", "Muera Calles", y que Alfonso Lugo aun permanecer detenido en la jefatura de Operaciones. Que a los vecinos de la Cañada se les encarcela con frecuencia. "Comprobante número 12. Expulsión de Llaca de la masonería. Decreto de la "Gran Logia Valle de México". Textual, "Único: Se expulsa para siempre de la orden al aprendiz masón Constantino Llaca, actual gobernador de Querétaro, por apóstata, perjuro e indigno de pertenecer a nuestra augusta institución. Transitorio. 1o. Este decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación. 2o. Suplíquese a las grandes potencias masónicas del Universo, la circulación del gran decreto en sus respectivos territorios. Dado, firmado y sellado, etc...en México, a los 30 días de junio de 1926.- El Gran Maestro, firma.- Ante mí el Gran Secretario, firma." "Esta comisión investigadora estima, junto con los declarantes, que el gobernador Llaca, lejos de ser un católico convencido, es solamente un instrumento de la reacción y del clero. "Comprobante número 13. Ejemplar número 65 del periódico local "El Tiempo", de filiación clerical (su director Manuel Anaya es caballero de Colón) y subvencionado por el Gobierno del señor Llaca, quien hace declaraciones arrojando la responsabilidad de los sangrientos sucesos que se desarrollaron con motivo de la manifestación religiosa, sobre la Secretaría de Gobernación. "Que el Gobierno constitucional del señor Llaca funciona ilegalmente, se desprende de la forma irregular como está integrada actualmente la Legislatura local, la que debe estar constituida por 16 diputados locales, pero Llaca, que según informes de numerosos declarantes y por amplios comprobantes que existen en la Secretaría de Gobernación, no solamente burló el sufragio efectivo en diez de los diez y seis distritos, sino que nulificó las elecciones en cuatro de éstos, se puso de acuerdo con la mayoría de la Legislatura para dejarla integrada únicamente por doce diputados, con el deliberado propósito de hacer nuevas elecciones en los cuatro distritos nulificados, cuando mejor le conviniera. Diez meses después de estar funcionando la Legislatura únicamente con doce diputados, cinco de éstos intentaron derribar al gobernador Llaca, y al no haberlo conseguido, los siete restantes, los desaforaron con el apoyo y por instrucciones del Ejecutivo del Estado; pero como el quórum legal es de nueve, resulta ilegal este desafuero por parte de los siete, quienes más tarde calificaron también ilegalmente, las elecciones de los cuatro distritos nulificados anteriormente, de donde resulta que de los once diputados que forman la Legislatura de Llaca, solamente siete son realmente diputados (?), y no constituyen quórum legal, según dictamen emitido por la mencionada Legislatura de los once. (Se adjunta legajo de comprobantes número 14.) "Las persecuciones de los enemigos políticos del actual Gobierno de Querétaro , se suceden sin interrupción, no solamente en el municipio de San Juan del Río, en el que priva el terror en su forma más execrable, impuesto por los hombres de "El Sitio", sino en todas partes del Estado, excepto

en el municipio de Jalpan, y éste por estar limpio de llaquistas. "Comprobante número 15. En el orden administrativo, es verdaderamente escandalosa la actuación personal del señor Llaca y la de sus colaboradores "En este sentido palidecen todos los demás errores cometidos por el gobernador de Querétaro, no obstante lo graves que son, y a continuación damos cuenta de nuestras investigaciones practicadas en este orden de cosas. "Aparte de la emisión de papel moneda y de haber estado cobrando sueldos como diputado al Congreso de la Unión y como gobernador, violaciones a la Carta Magna que ya figuran en nuestro informe de carácter legal, el gobernador Llaca ha cometido los siguientes delitos: "Comprobante número 16. Ejemplar número 25 del diario oficial "La Sombra de Arteaga". Decreto número 14. Artículo único. Se confieren facultades extraordinarias al Ejecutivo del Estado, para que gestione el cobro de los impuestos que adeuda la testamentaría Torres Adalid, siempre que el entero que haga dicha sucesión no sea inferior a la suma de $30,000.00 (treinta mil pesos), al contado y en efectivo. "La testamentaría Torres Adalid, de esta capital, debía al Gobierno de Querétaro la suma de $158,000.00 (ciento cincuenta y ocho mil pesos), por concepto de impuestos sobre herencia, y por esta importante suma consiguió autorización el señor Llaca de la Legislatura local, autorización para liquidarla con la cantidad de $30,000.00 (treinta mil pesos). Esta escandalosa operación se llevó a cabo en la forma siguiente: un licenciado exdelahuertista llamado Rafael Ángel Frías (candidato de Llaca a la XXXII Legislatura por el cuarto distrito electoral de Querétaro, que jamás visitó ni conoce) arregló directamente con la sucesión Torres Adalid la cancelación de sus deudas con el Gobierno queretano, por la cantidad de $90,000.00 (noventa mil pesos, oro nacional), quedando comprometido el abogado Frías, corredor de este negocio, a aceptar el uno y medio de descuento para conseguir esta cantidad, que no tenía en efectivo la mencionada testamentaría; así es que el ya citado licenciado Frías, apoderado del señor Llaca, recibió la suma de $76,500.00 (setenta y seis mil quinientos pesos), de los cuales, según el decreto número 14, solamente entregó al Gobierno que él preside $30,000.00 (treinta mil pesos), ignorando esta comisión el paradero de los ,46,500.00 (cuarenta y seis mil quinientos pesos) restantes. Es de suponerse que en este sucio negocio tomó participación la mayoría de la Legislatura local. "El resto de la comprobación de este delito de peculado lo está gestionando la comisión con la testamentaría Torres Adalid, por conducto de la Secretaría de Gobernación. "Comprobante número 17.- Declaración de varios diputados locales y de otras personas, denunciando que el C. Constantino Llaca, al tomar posesión del Gobierno de Querétaro, se encontró con que había un depósito de dinero en efectivo por valor de $30,000.00 (treinta mil pesos), propiedad del Gobierno queretano, en la fábrica de mosaicos del ingeniero "Salvador Alvarez, que el antecesor de Llaca había depositado con el propósito de emprender obras de drenaje en la capital del Estado Una cláusula del contrato celebrado entre el anterior gobernador de Querétaro y el ingeniero Alvarez, que debería ser el contratista de las obras del drenaje, estipulaba que si por cualquier circunstancia el Gobierno del Estado retiraba toda o parte de dicha cantidad para otra cosa que no fueran las obras del drenaje, el Gobierno perdería la suma de $10,000.00 (diez mil pesos), que quedarían a beneficio del ingeniero Alvarez. Como Llaca retirara el depósito en cuestión para otros objetos ignorados hasta la fecha, toda vez que fue acusado por parte de la Legislatura local a la Secretaría de Gobernación, ante cuyos agentes no pudo comprobar el señor Llaca la intervención de dichos fondos, el señor ingeniero Alvarez se quedó con los diez mil pesos, que por contrato le correspondían, y el Gobierno perdió los $30,000.00 (treinta mil pesos) del depósito, que era el producto de la venta de las líneas telefónicas del Estado a una compañía americana. La comisión que suscribe está gestionando de dicha Secretaría una copia del expediente voluminoso que en ella existe en contra del gobernador señor Llaca. "Comprobante número 18.- Ejemplar 42, del diario oficial de Querétaro, "La Sombra de Arteaga", Ley número 10.- Artículo 1o. "Se adiciona la fracción VII del artículo número 42 de la Ley General de Hacienda, en los siguientes términos: Fracción VII. Para los extranjeros y nacionales radicados en el extranjero, que heredan en virtud de parentesco, excepción hecha de los comprendidos, etc." "El 10 de octubre del corriente año murió en Veracruz el súbdito español Cipriano Bueno, quien poseía una fortuna consistente en bienes raíces y acciones de la Compañía Hidroeléctrica Queretana y de Minas, valuada aproximadamente en. . . $400.000.00 (cuatrocientos mil pesos.) "Tan pronto como se supo en Querétaro el fallecimiento del señor Bueno, quien había otorgado su testamento en favor de la Universidad de Oviedo, España, se lanzó por el Gobierno de Querétaro una ley, que es público, y notorio en la capital de aquel Estado que fue hecha después del fallecimiento del señor Bueno, poniéndole fecha anterior (4 de octubre, véase el texto de la Ley número 14), para apoderarse del cincuenta por ciento de la fortuna del finado. "Tan pronto como se supo el fallecimiento en Veracruz del súbdito español don Cipriano Bueno, quien había otorgado su testamento en favor de la Universidad de Oviedo, se lanzó una ley, que es público y notorio fue hecha después del fallecimiento de dicho señor, poniéndole fecha anterior para apoderarse el Gobierno de Llaca, de la mitad de los bienes del testador. "Pero el señor Bueno había modificado su testamento y dejó sus bienes a uno de sus sobrinos y algunos legados a las beneficencia de Veracruz y de Querétaro y a algunos de sus sobrinos. "Entonces el Gobierno de Querétaro, o sea Constantino Llaca, por medio de su procurador de Justicia, que no es abogado titulado, como lo manda

la Constitución, en vez de defender a los legatarios y, sobre todo, a las beneficencia de Veracruz y Querétaro, como lo prescribe la ley, está sosteniendo la tesis de que todos los actos de los notarios de Veracruz son nulos, porque no hacen la protesta constitucional cada vez que reciben una Notaría, y de esa manera y con el pretexto de interpretar una ley federal, como es el artículo 128 de la Constitución, están usurpando facultades de la Federación y también atacando la soberanía de otros Estados para interpretar la Constitución, mientras no esté reglamentado ese proyecto, y con esas agravantes, que por sí solas constituyen nuevos delitos, no se da en Querétaro cumplimiento a los artículos 121 y 133 constitucionales. "El testamento de don Cipriano Bueno Fernández otorgado en Veracruz, ante el notario público en ejercicio, legalizado, en su testimonio, por el Gobierno de ese Estado, hecho con todas las formalidades legales, es desconocido en Querétaro por el Ministerio Público, siguiendo instrucciones del Ejecutivo, y , por los mismo, éste viola los artículos 121 y 133 de la Constitución federal de la República, dándose el espectáculo insólito de reponerse en Querétaro el pacto federal, pues los Estados quedan desconocidos por el de Querétaro, cuyo gobernante, por medio de sus empleados, desconoce la fe que debe darse a los actos públicos de otros Estados, a quienes pretende sojuzgar y para ello usurpa también las facultades de la Federación, con lo cual también rompe el pacto federal, pues el Ejecutivo de un Estado no puede arrebatarse sus facultades a la Federación, ni menos para que le sirvan de pretexto para violar los artículos 121 y 133 de nuestra suprema ley. "Violación tan monstruosa y con el deloso fin de apoderarse de gran parte de los bienes de la sucesión, jamás se había presenciado en la República. (Es copia del informe rendido a esta comisión por el apoderado de la testamentaría de don Cipriano Bueno)." - El C. secretario Ortega, continuando la lectura: "Comprobante número 19.- Francisco Velázquez Sánchez, vecino de Querétaro, declara, bajo su firma, cónstale que de 80 gendarmes autorizados por la ley de Ingresos Municipales, sólo están en servicio 30, no obstante que la Tesorería paga los 80; que de los 50 restantes, unos son "aviadores" y otros los tiene el gobernador en sus huertas como peones, o bien en sus obras como albañiles; que el regidor llamado Gonzalo Lugo es también el inspector de Policía, en cuya dependencia municipal presta sus servicios toda la familia Lugo, a saber: Jesús Lugo, Luis Lugo, Evaristo Lugo, Razo, cuñado de Lugo, y Olvera, también cuñado de Lugo; que el ex tesorero municipal, Braulio M. Guerra, ahora diputado local, descargó de los libros de la Tesorería, antes de separarse de ella y por orden de Llaca, la cantidad de $16,000.00 (diez y seis mil pesos); que el actual diputado local y expresidente municipal, Miguel Herrara, tiene también colocado en el municipio a su padre y muchos hermanos y que el personal de empleados que manejan los fondos municipales no están afianzados. "Comprobante número 20.- Vicente Herrera declara, bajo su firma, que unos parientes de Llaca apellidados Beltrán, asesinaron a una señora del mismo apellido para heredarla, y cuyo crimen ha dado impune. "Comprobante número 21.- Los señores Pantaleón García, ingeniero M. Rivera y Gregorio Reséndiz, declara, bajo su firma, lo siguiente: que el gobernador, Constantino Llaca, violando al artículo 106, fracción III y el 119 de la Constitución local, ha nombrado procurador de Justicia al señor Manuel M. Borga, que no tiene título de abogado y si es un ebrio consuetudinario, que en todos los ramos de recaudación municipal se cometen graves fraudes al Erario; que no se observa al artículo 130 de la Constitución general, porque muchos diputados locales y empleados públicos de categoría son Caballeros de Colón, y hacen otras declaraciones, que ya han sido consignadas en este informe. "Comprobante número 22.- Se insertan íntegros tres párrafos de la carta del señor Héctor Hernández, expresidente municipal de Silao, Gto., que ponen de manifiesto la falta de moralidad que caracteriza al funcionario de que nos venimos ocupando: Fui presidente municipal de Silao cuando había pasado una o dos administraciones municipales después de la de Llaca; por tanto, al llegar allí, no llevé prejuicio alguno y por eso me creo capacitado para darle una imparcial apreciación de los hechos. Durante el ejercicio de mi cargo, me di cuenta de que la administración del señor Llaca fue sencillamente desastrosa para el municipio, porque la cuestión económica fue un completo desbarajuste; se les debía dinero a todos los empleados, no se atendía ningún servicio público, no se llegó a hacer ninguna mejora y fue público y notorio que el señor Llaca se dedicó a proteger a los abigeos, rateros y gente de dudosa conducta, todo esto solapadamente, lo que le trajo la mala voluntad del jefe de operaciones, señor general Gallegos, por las continuas quejas que este señor recibía de él y la comprobación de que muchos robos eran encontrados en el municipio y solapados allí. Se me refirió que cuando la consagración del monumento a Cristo rey en el cerro del Cubilete, solapó a todos los clericales, lo que le valió una energía reprimenda del general Obregón, y su conducta fue siempre turbia, pues que por un lado exaltaba al peonaje y por el otro lado protegía a los hacendados engañando a unos y a otros. Esto es todo lo que yo puedo decir y que me consta, pues aunque se decían cosas peores, no pude comprobarlas y por eso no me hago solidario de ellas. "Comprobante número 23.- Copia de un telegrama cuyo original obra en el archivo del doctor Siurob, en que se demuestra claramente la filiación política de Constantino Llaca, relacionada con el movimiento revolucionario general. "Comprobante número 24.- Dos ejemplares del periódico gobiernista "El Tiempo" subvencionado por el señor Llaca y dirigido por un Caballero de Colón, señor Manuel Anaya, en los que se insulta a esta H. XXXII Legislatura del Congreso de la Unión y a la comisión investigadora que subscribe. "HH. miembros de la Representación Nacional: Con este segundo informe de la serie de delitos

llevados a cabo impunemente por el C. Constantino Llaca, gobernador constitucional de Querétaro, en complicidad indiscutible con la mayoría de la Legislatura local, creemos haber completado la investigación que iniciamos y comprobamos debidamente en el primer informe de carácter legal rendido a vuestra soberanía, el cual forma parte también de este expediente. "Sólo deseamos que la minuciosa labor que con todo ciudadano nos propusimos desarrollar para investigar, tanto las violaciones hechas a la Constitución General de la República, como la serie de delitos que debidamente hemos comprobado y descrito para ilustrar el criterio de esta H. Cámara, cometidos por el citado gobernador de Querétaro en complicidad con la espuria Legislatura local, sirva de algún alivio a la espantosa situación que actualmente padece el pueblo queretano. -Gilberto Fabila.- J. Santos Alonso.- P. Baranda.- R. Ramírez Escamilla."- A la Segunda Sección Instructora del Gran Jurado.

- El C. secretario Cerisola, leyendo: "H. Asamblea: "A las subscritas comisiones unidas de Agricultura e Industria y Comercio, fue turnado, para su estudio y dictamen, el proyecto de ley general de sociedades cooperativas, que se ha servido enviar el Ejecutivo federal y que, como su nombre lo indica, establece las bases para la formación, y los términos en que deben funcionar las sociedades cooperativas que se establezcan o que estuvieren ya funcionando, constituidas con capital particular. "Resulta casi pueril ponderar la importancia de este proyecto de ley, ya que no existe en nuestro país, con excepción de las anticuadas disposiciones relativas del Código de Comercio, ninguna ley que defina el propósito económico social de las sociedades cooperativas. Las escasas disposiciones de la ley que creó el Banco Nacional de Crédito Agrícola, S.A., y otras derivadas de ésta, deben ser consideradas como lo dice justificadamente la misma exposición del proyecto que comentamos, como leyes de excepción dictadas con el propósito de crear instituciones especiales, sin que puedan tomarse en cuenta como prescripciones relativas al crédito cooperativo general. "El proyecto del Ejecutivo, breve pero completo no sólo ha cuidado la forma de organización y funcionamiento de las sociedades cooperativas propiamente dichas, es decir, de las sociedades cooperativas de responsabilidad solidaria e ilimitada, sino también las asociaciones de sociedades cooperativas que, participando en su esencia del funcionamiento económico social del cooperativista moderno, forman un lazo de unión entre las primeras y las instituciones de crédito organizadas todavía bajo el sistema del crédito burgués, indispensable para el funcionamiento del Estado mientras éste no transforme sus bases y sus finalidades de un modo completo. "Hecha este distinción, el mismo proyecto clasifica las sociedades cooperativas por los elementos que las integran y por su finalidad: cooperativas agrícolas, cooperativas industriales y cooperativas de consumo; y cooperativas de crédito, de producción, de trabajo, de seguros, de construcción, de transporte, de venta en común y de compra en común, respectivamente, fijando con tal claridad las normas a que deben sujetarse estas instituciones, que creemos será verdaderamente difícil un extravío en cuanto a su tendencia, y muy difícil una equivocación en su funcionamiento. "Por lo que hace a las garantías que esta Representación Nacional debe cuidar se establezcan con precisión para los que inviertan su dinero o unan su esfuerzo al esfuerzo de otros, en esta clase de sociedades, debemos consignar con satisfacción, que el proyecto del Ejecutivo fija de un modo muy claro la responsabilidad de los directores de las sociedades cooperativas y la intervención del Estado en los manejos de los directores de éstas, por conducto de la institución ya establecida para la vigilancia de las instituciones de crédito, o sea, la Comisión Nacional Bancaria. "Un capítulo que nos parece importante por cuanto a que simplifica, facilitando toda clase de operaciones, los trámites hasta hoy establecidos para el perfeccionamiento de ciertas operaciones conforme a las leyes vigentes, es el relativo al Registro Público de las sociedades cooperativas, que mediante acuerdos sencillos de carácter administrativo, suprimen la función del notario y otras de las funciones tardadas en su tramitación y costosas para el público. "Finalmente, creemos que en la sanción que acuerda el artículo 86 del proyecto, privado de su naturaleza privilegiada a las sociedades cooperativas que no se ajusten al mismo, haciéndolas depender del derecho común, es una sanción eficaz que obligará a todo mundo a acogerse a la nueva ley, fomentando así, de un modo indirecto, la creación de las sociedades cooperativas. "Creemos los subscritos que es inútil hacer una exposición doctrinaria respecto de lo que significa en los actuales momentos el crédito cooperativo, por estimar que todos los miembros de la República Nacional conocen la trascendencia de esa función, y lo que significará para nuestro país el establecimiento de un nuevo camino de liberación económica de todas las clases sociales y especialmente el proletariado. "Por tanto, consideramos que la Representación Nacional debe de dar su voto favorable al proyecto de ley del Ejecutivo, y así lo consultamos, haciéndolo nuestro y pidiendo a esa H. Asamblea la dispensa de todo trámite." "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 9 de diciembre de 1926.- Por la Comisión de Agricultura, Leopoldo Zincúnegui Tercero.- L. Sánchez Mejorada.- Ramón Ramos.- Por la Comisión de Industria y Comercio, Joaquín de la Peña.- Luis G. Márquez." Se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión en lo general. - El C. Zincúnegui Tercero: Pido la palabra para fundarlo.

El C. presidente: Tiene la palabra la comisión. - El C. Zincúnegui Tercero: Señores representantes: Toca a las comisiones unidas de Agricultura y Fomento, venir a esta tribuna a defender el proyecto de ley general de cooperativas, en un momento en que la Asamblea parece que se encuentra aún bajo la influencia desfavorable del largo expediente que acaba de leerse. Esto no obstante, dada la nobleza de la causa que venimos a defender las comisiones en esta tribuna, no dudo que la Asamblea será lo suficientemente benévola para escuchar hasta el fin. Si en alguna ocasión podría decirse con absoluta firmeza que una ley viene a llenar una necesidad social, económica y política, es en el caso actual en lo que se refiere al proyecto del Ejecutivo. Pocas palabras tendría que agregar la comisión a la amplísima exposición de motivos hecha por el Ejecutivo y al dictamen redactado por la misma comisión, si no creyera de todos modos necesario sentar algunas premisas y basar sus doctrinas en lo que se refiere al cooperativismo en México. Se nos acusa, no sin razón, señores representantes, de que México es un país que adolece de legislomanía aguda; y no sin razón decía yo, porque, efectivamente, ya sea por las necesidades que la revolución ha traído al revolver todos los principios en que se basaba la antigua legislación, ya bien sea por las aspiraciones cada día crecientes del pueblo, que trata de rectificar los errores del pasado y prever los del porvenir, en México ha ocurrido el fenómeno de una legislación variadísima, pero que en el fondo obedece a una necesidad ingente: la de crear el México del provenir, es decir, la del México a base de una legislación que responda a verdaderas necesidades, alejada de todo idealismo que no sea práctico, que no responda a esas mismas necesidades. Desde el siglo pasado, el año 1844 más o menos, época en que aparecieron en Inglaterra las primeras cooperativas en la población de Rochdale, cerca de Manchester, a la fecha, esta iniciación dentro del cooperativismo ha venido sufriendo una larguísima evolución, evolución que ha traído consigo el convencimiento de las masas populares de la necesidad de agruparse en torno del cooperativismo; no del cooperativismo mal entendido que fundar a en México Prieto Laurens y socios, que partían del error básico de considerar que las cooperativas de consumo debían ser las que originaran más tarde las de producción, etcétera; no, señores, la idea predominante de los tratadistas modernos es, como explicaré a ustedes brevemente con posterioridad, la de que el cooperativismo debe ser comprendido en todas sus variadísimas formas: cooperativismo a base de producción, a base de consumo y a base de industrialismo. Sería muy difícil en unas cuantas palabras que vertiera aquí la comisión, hacer una exposición amplia acerca de este problema que, por lo demás, ya tiene bastante semilla sembrada en el ánimo del pueblo; pero como decía hace breves momentos, es necesario que la comisión, para fundar su dictamen y decir por qué ha hecho suyo en todas sus partes el dictamen del Ejecutivo, exprese aquí cuál es su manera de pensar, aún cuando sea a grandes rasgos. Sin confundir, como confundió lastimosamente el "Cooperativista" la doctrina cooperativista a base de simple consumo -porque nosotros estamos con el Ejecutivo al pensar que el cooperativismo debe ser integral, completo y no aislado, como ocurriera en México cuando se trató de implantarlo con Prieto Lurens-, hemos venido notando, compañeros, los que en alguna forma nos hemos interesado por estos problemas, que, equivocadamente quizá, muchos de los que pretendieron aparecer como cooperativistas; hacían sino prestarse a los manejos del capital, algo parecido a lo que ocurre con algunas llamadas cooperativas existentes en México y en otros países: cooperativas a base de unos cuantos capitalistas que se reúnen para explotar el esfuerzo común, pero sin que las ganancias o beneficios vayan a beneficiar a esa masa común, sino exclusivamente a los cuantos capitalistas que se reúnen bajo el nombre de cooperativas. Pondré un caso práctico de lo que ocurre a ese respecto en México: la llamada sociedad cooperativa de ebanistas. Como ustedes saben, compañeros, no hay tal sociedad cooperativa; se trata de unos cuantos capitalistas que han puesto al servicio de una industria determinado capital, pero cuyas ganancias no benefician a los obreros: los obreros que forman parte de esa cooperativa tienen el simple carácter de asalariados. Es por lo que en cierta forma se confirma la teoría de Lassalle -conocida por la "ley de bronce"-, acerca de que la baja en el precio de la alimentación del pueblo trae forzosa y necesariamente una baja en la tasa de los salarios. Todas estas pequeñas cosas que en apariencia no afectan en el fondo, en la parte medular, el problema del cooperativismo, han sido estudiadas, desmenuzadas, en el proyecto del Ejecutivo, y es por eso que en forma metódica, en forma amplísima, en forma absolutamente justiciera ha tratado de que los productos de las cooperativas y que las utilidades de las cooperativas vayan a llenar el fin para el que las crea esta ley, esto es, para el beneficio común y no para el beneficio de unos cuantos. Podrían citar a ustedes infinidad de datos estadísticos acerca de la importancia que en el mundo entero ha tenido el cooperativismo desde el primer tercio del siglo pasado hasta nuestros días; podría causar a ustedes con la enumeración de datos estadísticos que en el debate de esta naturaleza casi resulta sobrando, toda vez que la ley se defiende por sí misma y toda vez que en el ánimo de la Asamblea debe estar ya imbíbita la idea de que es una necesidad nacional el que encarillemos, el que encaucemos las fuerzas del cooperativismo hacia el verdadero cauce por que deben caminar, esto es, dentro de una ley que las sujete, que las reglamente, que evite que se representen a todos los abusos a que han venido dando lugar las falsas interpretaciones y que, como la misma ley lo previene y lo sanciona, no puede tener derecho de considerarse como sociedad cooperativa ninguna de las agrupaciones que no llene los requisitos de esta misma ley, esto es, ninguna agrupación que no cumpla con la parte básica, esencial de las cooperativas, de producir para el beneficio

común, ya que ese beneficio común es obtenido por el esfuerzo de todo. En consecuencia, compañeros, y a reserva de que si en la Asamblea existen algunas objeciones por parte de algunos de los miembros me reserve venirlas a contestar más tarde, quiero suplicar a ustedes que tomen en cuenta la necesidad de que este proyecto de ley pase cuanto antes al Senado, a efecto de que antes de terminar el período pueda entrar en vigor esta ley. Pido a ustedes, compañeros, se sirvan dar su voto aprobatorio en lo general, a reserva de que en lo particular, si alguno de los ciudadanos representantes desea presentar alguna iniciativa de ley, pueda la comisión, en su oportunidad, escucharlo debidamente. La comisión no desearía retirarse de esta tribuna sin poner de manifiesto la colaboración inteligente que han tomado tanto en esta ley, como en lo relativo a la confección en lo general del dictamen, los inteligentes compañeros Lombardo Toledano y Treviño, a quienes la comisión agradece desde esta tribuna su valiosa colaboración. (Aplausos.) - El C. Fabila: Para interpelar a la comisión. - El C. presidente: Tiene usted la palabra. - El C. Fabila: A título de ilustración me voy a permitir hacer algunas interpelaciones a la comisión. Según parece, el proyecto del Ejecutivo es el resultado de un estudio minucioso que se ha hecho sobre las experiencias cooperativas realizadas a la fecha. Como quiera que el cooperativismo en México es una teoría relativamente nueva, que en algunas ocasiones ha estado de moda... (Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Son interpelaciones. Como quiera que el compañero...(Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Son interpelaciones. El lugar de la tribuna es el del compañero Zincúnegui... (Voces: ¡Tribuna!) Son interpelaciones. Como quiera qué el compañero Zincúnegui Tercero...(Voces: ¡Tribuna! ¡Tribuna!) Como quiera que el compañero Zincúnegui Tercero se ha referido también a que en tiempo del "Cooperativista" se mal interpretó la verdadera teoría cooperativista actual, y como quizá, por último, que en aquella mala interpretación, según el decir del compañero Zincúnegui, tomé participación yo, la tomó el compañero Soto y Gama, a quien yo no veo presente en esta ocasión, y la tomaron algunos otros compañeros que tal vez se encuentren todavía en esta Cámara, deseo saber si las comisiones están en aptitud de contestarme si el proyecto del Ejecutivo corresponde a toda las disposiciones que en materia cooperativista están en vigor, a las que sobre el particular ha dictado el Ejecutivo actual y a las que dictó el Ejecutivo anterior; o si este proyecto está en oposición en todo o en parte a las disposiciones en vigor. Desearía que el compañero Zincúnegui nos hiciera una breve reseña de cuáles son las disposiciones que existan actualmente en materia cooperativa y, por último, desearía que me hicieron favor de decirme qué resultados han dado las circulares -no recuerdo su número, pero entiendo que son dos- expedidas por la Comisión Nacional Agraria, relativas a la implantación de sociedades cooperativas en los ejidos. - El C. Zincúnegui Tercero: La comisión va a tener el gusto de contestar, con la mayor amplitud posible, el estimado compañero Fabila. Comenzaré por rectificar el concepto acerca del Partido Cooperativista, tal como lo expuse desde esta tribuna, es decir, que equivocadamente, como ocurrió, por ejemplo, en Alemania y en Inglaterra, donde se tomó el problema cooperativista nada más bajo el punto de vista de cooperativas de consumo, cosa que evolucionó más tarde, porque el compañero Fabila sabrá que, por ejemplo, en Francia se fueron creando después otras fases del cooperativismo, las sociedades cooperativas de crédito, etcétera, etcétera. La comisión hacía referencia a que en México, el problema del cooperativismo no había sido tomado más que bajo una de sus fases, esto es, la fase del cooperativismo del consumo. Estas fueron las doctrinas asentadas por los cooperativistas en aquel entonces, salvo que la memoria me sea infiel, confundiendo lastimosamente en este caso el hecho de creer que el problema cooperativista tenía por base fundamental, es decir, el proceso cooperativista de consumo, siendo así que la comisión, de acuerdo con el Ejecutivo, piensa que las cooperativas de consumo deban ser una resultante de las cooperativas de producción, de las cooperativas industriales, etcétera etcétera. En consecuencia, si el compañero se sintió lastimado por lo que dije a ese respecto, le manifiesto que esta fue mi intención al expresar en esta tribuna que se había sufrido ese error en esta tribuna que se había sufrido ese error en tiempo del Partido Cooperativista. En cuanto a que las prescripciones de esta ley.- El C Fabila interrumpiendo: Me permite el compañero - El C. Zincúnegui Tercero, continuando: Compañero, sírvase usted escuchar hasta el final. Si las prescripciones de esta ley están en contraposición a la circular respectiva, yo deseo manifestar al compañero Fabila, que son cosas muy distintas las cooperativas agrícolas a que se refiere la citada circular, porque esta ley se refiere a las cooperativas del capital particular, y las cooperativas agrícolas son con capital del Gobierno, compañero Fabila. Por otra parte, esta Ley sobre sociedades cooperativas, ley general, será la encargada de hacer que entren al carril de una legislación única toda clase de sociedades cooperativas con capital particular. Las cooperativas con capital del Gobierno son algo distinto, sobre lo que no estamos legislando en estos momentos, compañero. (Aplausos.) - El C. Fabila: Agradezco al compañero Zincúnegui esta aclaración... - El C. presidente, interrumpiendo: La Presidencia ruega al ciudadano diputado Fabila que pase a la tribuna. - El c. Fabila: Es muy corto, señor presidente, no vale la pena. (Pasa a la tribuna.) Agradezco a las comisiones su explicación, y voy a decir por qué la solicité. Si bien es cierto que el Partido Cooperativista se valió de la doctrina cooperativa para pretender adquirir más fuerza en el país, también lo es que en aquella ocasión el que habla y algunas otras personas, entre ellas el compañero Soto y Gama, con absoluta buena fe y con absoluta

buena voluntad colaboramos en la formación de un proyecto de Ley de formación Cooperativas que fue aprobado por la Cámara y está en el Senado. De manera que al recibir la crítica justificada a ese proyecto, proveniente del diputado Zincúnegui, no es al Partido Cooperativista al que yo vengo a querer disculpar de sus intenciones más o menos equivocadas o aviesas, sino que quiero poner a salvo la buena voluntad y la buena fe con que Soto y Gama y yo y algunos otros trabajamos en ese primer intento de implantación de las doctrinas cooperativas en México. Por último, quiero aclarar al compañero Zincúnegui, que ya desde entonces, desde que formulamos en 1923 ese primer proyecto que está en el Senado, por ideas del compañero Soto y Gama se puso en ese proyecto el cooperativismo integral que, según he entendido, es lo que persigue ahora el Ejecutivo y lo que sostiene la comisión. De manera que ya desde entonces los que pensábamos, ajenamente a la política, en el cooperativismo, estábamos en lo justo pretendiendo que se estableciera en México el cooperativismo integral. (Aplausos.) - El C. secretario Cerisola: No habiendo más oradores inscritos, se procede a recoger la votación nominal en lo general. - El C. secretario Ortega: Por la afirmativa. - El C. secretario Cerisola: Por la negativa.(Votación.) - El c. secretario Ortega: Votaron por la afirmativa ciento cuarenta y cuatro ciudadanos diputados. En consecuencia, quedó aprobado en lo general. - El C. secretario Cerisola: Está a discusión en lo particular el título preliminar. Los ciudadanos diputados que deseen objetar alguno de los artículos, sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo ningún orador inscrito, se reserva para su votación. A discusión en lo particular el título I. Los ciudadanos que deseen objetar algún artículo. sírvanse pasar a inscribirse. No habiendo objeciones, se reserva para su votación. A discusión en lo particular el título II, de la misma súplica. No habiendo oradores inscritos, se reserva para su votación. La comisión ha agregado una adición en forma de artículo, al artículo 63, adición que dice: "Se adiciona al proyecto de Ley General de Sociedades Cooperativas, que deberá intercalarse a continuación del artículo 63. "Artículo 64. Queda facultada la Secretaría de Agricultura y Fomento para autorizar a las sociedades cooperativas que tengan como accionistas a cooperativas agrícolas locales, para recibir en depósito, a plazo fijo o en cuenta corriente, los fondos ejidales de aquellos ejidos que estén dentro de su radio de acción y para que puedan expedir finanzas a favor de los tesoreros de los comités particulares administrativos o de las comisarías ejidales de los ejidos que estén también dentro de su jurisdicción, cobrando las primas que apruebe la propia Secretaría de Estado.- Leopoldo Zincúnegui Tercero." Está a discusión la adición. - El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión para fundarla. - El C. Zincúnegui Tercero: Ciudadanos representantes: Vuelvo a molestar la atención de ustedes por breves momentos para suplicarles la aprobación de este artículo adicional cuya justicia salta a la vista. Es perfectamente conocido de ustedes, compañeros, que en todos los ejidos, por razón natural y económica, existen fondos ejidales que la ley obliga a depositar en determinados Bancos capitalistas, es decir, Bancos burgueses; y siendo así que la nueva Ley General de Sociedades Cooperativas faculta a las sociedades que tengan como accionistas cooperativas locales, a la creación de Bancos, nada más justo que todos los fondos de la propiedad ejidal que iban o deberían ir a dar a Bancos burgueses, vayan a fomentar el capital de los Bancos creados por sociedades cooperativas, así como los fondos que por motivo de garantía para los administradores de los ejidos exige la ley. En consecuencia, el que habla cree que es justicia que esos fondos, en lugar de ir a dar a manos burguesas, vayan a enriquecer el fondo común de los Bancos, que serán los directamente encargados de llevar a cabo las gestiones económicas en lo relativo a las sociedades cooperativas. - El C. Fabila: Deseo saber qué razones han tenido las comisiones para no establecer una diferenciación nominal o nominativa entre sociedades cooperativas integradas por sociedades. ¿Cuál es la diferencia nominal que le van a dar a estas dos sociedades, o si no creen que se vaya a prestar a confusiones esta igualdad de nombres? - El C. Zincúenegui Tercero: La Comisión va a tener el gusto de contestar al compañero Fabila, expresando que ya la misma ley especifica debidamente cuáles son las sociedades locales y cuáles son las sociedades que tienen entre sí, entre sus miembros, como accionistas, a las sociedades cooperativas locales. Esto es: se forman dos clases de cooperativas: una -vamos a suponer- sociedad cooperativa agrícola. Estas sociedades cooperativas agrícolas, para no verse en la necesidad de recurrir al capital burgués directamente, porque entonces vendrían a caer bajo las garras del capitalismo, recurren al procedimiento de asociarse a un núcleo fuerte y poderoso, formado por las mismas sociedades cooperativas generales, esto es, las que no sólo tienen entre sus miembros una sola cooperativa, sino que cuenta con el capital y con la acción conjunta de las demás cooperativas. Me voy a permitir hacer del conocimiento del compañero Fabila que esta iniciativa, presentada en estos momentos, equivocadamente se ha dicho que es por la Comisión: la iniciativa es del que habla. En consecuencia, a la Comisión no debe cargársele este pecado, si es que existe alguno al presentar la iniciativa. La Comisión desearía que el compañero Fabila expresa con más precisión qué es lo que desea saber. - El c. Fabila Con precisión, compañero, lo que yo pregunto es lo siguiente: esta ley es para sociedades cooperativas en general; pero va a haber dos clases de cooperativas: una integrada por individuos y otra integrada por sociedades cooperativas a su vez. Yo pregunto: ¿no va a establecer esta ley un nombre para las sociedades cooperativas

integradas por individuos y otro nombre para las sociedades cooperativas integradas por sociedades cooperativas a su vez? Eso es lo que yo pregunto.

El C. Zincúnegui Tercero: Pues la misma ley establece perfectamente ya cuáles son las sociedades....

El C. Fabila: ¿Qué diferencia de nombres?

El C. Díaz León Víctor: Una aclaración.

El artículo 63 dice claramente:

"Las sociedades cooperativas que tengan como accionistas a cooperativas locales agrícolas o industriales, podrán tomar la denominación de bancos, con la condición de que a continuación del nombre de la institución se exprese que es cooperativa e inscribiendo las iniciales S. C. L. o S. C. I., según que la responsabilidad sea limitada o ilimitada."

Es decir, que en la ley se establecen las condiciones que deben llenar una y otra clase de sociedades cooperativas; se hace la definición de ellas; pero ya se establece claramente en el artículo 63 que las cooperativas locales agrícolas o industriales se denominarán Bancos.

El C. Fabila: Eso es lo que yo preguntaba.

El C. secretario Cerisola: No habiendo quien objete el Título Segundo ni la adición propuesta por el diputado Zincúnegui, se reservan para su votación. Se pone a discusión en lo particular el Título Tercero. Los ciudadanos diputados deseen hacer uso de la palabra, objetando algún artículo, se servirán pasar a inscribirse. No habiendo quien lo objete, se reserva para su votación. Se pone a discusión el Título Cuarto. No habiendo quien lo impugne, se reserva para su votación. Título Quinto. A discusión en lo particular. "De las sanciones."

No habiendo oradores inscritos, se procede a recoger la votación nominal de la ley, en lo particular. Por la afirmativa. Se súplica al secretario Melchor Ortega se sirva auxiliar a la Secretaría. Se ruega a los ciudadanos diputados Espinosa y Elenes y Luis G. Márquez se sirvan auxiliar a la Secretaría a tomar la votación, e igual súplica se hace a los ciudadanos diputados Baranda y Melgar Rafael. Por la afirmativa.

El C. secretario Ortega: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Cerisola: Fue aprobado el proyecto de ley, en lo particular, por unanimidad de 152 votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. La Presidencia nombra en comisión, para llevarlo al Senado, a los ciudadanos diputados Zincúnegui Tercero, Lombardo Toledano Vicente, Treviño Ricardo, Fabila Gilberto y secretario Torregrosa.

El C. presidente: Tiene la palabra para hechos el ciudadano Joaquín de la Peña.

El C. De la Peña Joaquín: Compañeros:

He pedido hacer uso de la palabra para fundar una petición que debo hacer ante esta honorable Cámara, relacionada con el informe rendido por la honorable comisión investigadora que fue a Querétaro, naturalmente sin perjuicio de que surta sus efectos lo antes posible la espléndida labor informativa que escuchamos, rendida por la comisión; y es preciso que esa labor surta efectos para que sea castigado el gobernante más inepto y más cínico de los que actualmente gobiernan los diferentes Estados de la República; pero antes permítaseme cumplir con un deber de compañero y de amigo para otorgar a la comisión en general, y a cada uno de sus miembros en lo particular, un sincero voto de agradecimiento en nombre del pobre pueblo queretano, tan oprimido, y en el mío propio, muy modesto, por esa labor informativa que llevaron a cabo para ayudar al pobre pueblo de Querétaro a romper sus cadenas. Quisiera, señores diputados, entrar de lleno a fundar mi petición, la que tengo la seguridad de que obtendrá toda la benevolencia de ustedes, no solamente porque en sí es demasiado justa, sino también porque afortunadamente la acusación prestada por la diputación de Querétaro en contra del gobernador del mismo Estado ha sido vista con simpatía por la mayor parte de los señores representantes. Pero hay algo, camaradas, que por dignidad me obliga, desgraciadamente en contra de mi voluntad, a pronunciar nuevamente desde esta tribuna el nombre de Constantino Llaca, que mejor debiera figurar en la relación penal de las Islas Marías, que en la lista de gobernadores que actualmente rigen los destinos de los diferentes Estados de la República. (Aplausos.) Sinceramente, camaradas, no desearía esgrimir nuevos argumentos en un asunto que aparentemente tiene el aspecto de personal, pero que no lo es, y no lo es porque vengo a esta tribuna a protestar contra ciertos falsos ataques que a mi modesta persona ha hecho el gobernador de Querétaro en la mezquina prensa local, mezquina porque él mismo la paga y la dirige. No estoy de acuerdo con estas acusaciones porque no vengo a atacar a Llaca por enemistad personal; declaro ampliamente ante la Representación Nacional que jamás he tenido ningún disgusto con él, y también afirmo que es mentira que yo le deba ningún servicio, por insignificante que sea, ni que él me lo deba a mí; yo vengo a atacar a Llaca por tirano, por inmoral y por malversado de los fondos públicos de mi Estado, para no decirle claramente que por ladrón; y lo ataco también por enemigo y tránsfuga de la revolución, como estaré siempre dispuesto a atacar, cada vez que la razón y la necesidad me lo impongan, a todos los tiranos, desde los más encumbrados hasta los más humildes, cuando sean enemigos del orden, de las instituciones, y, sobre todo, de los sagrados intereses que defiende mi grupo. (Aplausos.)

Sobre la petición que voy a hacer ante vuestra soberanía, debo manifestar que es absolutamente necesaria la intervención de esta honorable Cámara para romper las cadenas de toda una serie de sufrimientos que viene padeciendo el municipio de San Juan del Río, cuyo distrito electoral está a cargo de los compañeros de la Alianza, y que actualmente se encuentra gobernado por un grupo armado de rancheros que en otra época fueron agraristas, pero ya no lo son porque han dejado el cultivo de la tierra para dedicarse al cultivo de la

política de extorsión, que practican como amos y señores que son de aquel desventurado municipio, sin más ley que su ignorancia y con el supremo argumento de sus doscientos rifles, asesinan, incendian y roban con la protección que les imparte Llaca y con la impunidad que él mismo les imparte también, para tenerlos incondicionales y utilizarlos no solamente en el papel de esbirros, sino también como electos imposicionistas en Querétaro, porque es la única fuerza armada de campesinos que existe en el Sur del Estado. Nada de particular tendría, compañeros, que un grupo de campesinos estuvieran al frente de un municipio, puesto que no sería el único caso en la República y ni siquiera en el Estado de Querétaro; pero cuando este grupo se olvida que su encumbramiento se lo debe a la revolución y necesariamente cae en sus vicios y en sus hábitos de origen, hábitos que fomenta un malvado como Llaca parra utilizarlos como instrumentos del mal, aunque después se hundan bajo el peso de sus propios errores, entonces este grupo se convierte, necesariamente, en factor de desprestigio para la misma revolución y azote para todos los hogares que están ubicados dentro del territorio que domina. El informe de la comisión investigadora es bastante claro y preciso para demostrar que los hombres de "El Sitio" bajo cuya fécula el gobernador Llaca ha puesto el municipio de San Juan del Río, extorsionan por igual a las tres clases sociales; a los ricos, porque se les imponen multas, la mayor parte de las veces injustificadas; además, se les roban sus ganados y se les roban sus semillas, y muchos robos de esta naturaleza van a depositarse a la ranchería de "El Sitio" que, prácticamente, es una fortaleza, y adonde pueden ir a buscarlos las personas que los han perdido, pero que difícilmente pueden salir de allí. a los componentes de la clase media se les extorsiona porque se les considera, en todo caso, como reaccionarios, aunque no lo sean; se les excluye constantemente de los puestos públicos, y para que no protesten, para que no se quejen, alguna que otra vez se les agasaja con una paliza, o bien se les encarcela, y una vez encarcelados se les humilla en esta forma: se les obliga a cargar el "caballo", y el "caballo" es un barril doble que sirve de drenaje a los presos de ambos sexos que están en la cárcel municipal de San Juan del Río. Pero lo que verdaderamente causa grima, lo que es demasiado ignominioso es que la conducta que siguen hombres con las masas campesinas que, por su incultura, por su ignorancia y por su ancestro de esclavos, no pueden protestar contra todos los procedimientos que les imponen las autoridades municipales de San Juan del Río. Todos los pequeños pueblos, las rancherías y las haciendas que rodean San Juan del río, se proveen, como es natural, de esta población; y por esta circunstancia cada domingo llegan de cinco a seis mil campesinos de ambos sexos a proveerse de lo que necesitan a dicho lugar. Entonces muchos de ellos son encarcelados por los esbirros del presidente municipal, con quien, según los informes de la comisión investigadora, el contratista de la cárcel municipal, que está en arrendamiento, comparte el producto de las multas que se imponen a estos infelices para obtener su libertad. Y es así cómo doscientos o trescientos labriegos que caen cada domingo a la cárcel municipal a quienes se quita de uno a dos pesos, según las misérrimas posibilidades de estos infelices campesinos, proporcionan pingües ganancias a las autoridades municipales de San Juan del Río. Esto, compañeros, es lisa y llanamente faltar a las garantías individuales para que no se nos diga que en Querétaro se observa fielmente la Constitución general de la República.

Pero todo esto palidece en comparación con los incendios de las chozas y de las rancherías enteras de los pobres campesinos que no quieren solidarizarse con el grupo de armados, cuyo grupo armado, ha establecido un nuevo sistema de organización sui géneris, que consiste en que todos los afiliados a ellos mismos - y, dicho sea de paso, el noventa y cinco por ciento de los que están afiliados lo están por miedo al grupo armado -, tienen la obligación de solidarizarse, como ellos dicen, es decir, de hacerse cómplices de sus errores y sus delitos, sin otra ventaja que tener la obligación de trabajar gratis durante cierto tiempo en el cultivo de los ejidos de "El Sitio", porque los jefes de "El Sitio" alegan que no tienen tiempo para cultivar sus ejidos por las grandes obligaciones que les proporciona la política. Todo esto, compañeros, es sencillamente insoportable.

Yo creo que por una elemental piedad, no digamos ya por el cariño y el respeto que debemos sentir para los principios revolucionarios, la Cámara de la Unión tiene la obligación imprescindible de poner su valiosa influencia para que cese este estado de cosas. Yo no sé si estará presente el compañero Santos Alonso o algún miembro de la comisión. Yo le fuego al compañero Santos Alonso que tenga la bondad de informar a la Asamblea si no es verdad que aquello es un ambiente irrespirable; que a las siete de la noche ya no existe una sola alma en la calle, y que los únicos establecimientos que permanecen abiertos en toda la población, son las pulquerías del presidente municipal, que, naturalmente, son la mayor parte, cuyas pulquerías están provistas de sendas pianolas que provocan la orgía barata y que imponen el escándalo del vecindario. ¿Es cierto, compañero?

El C. Santos Alonso: Sí, señor, es cierto.

El C. de la Peña Joaquín: Le ruego al compañero Ramírez Escamilla que también nos informe, como miembro de la comisión, si no es verdad que ante ustedes fueron a declarar los testigos presenciales de la ranchería de "Paso de Mata", sobre los excesos cometidos por los hombres de "El Sitio", única exclusivamente por el grave delito de no solidarizarse con ellos.

El C. Ramírez Escamilla: Efectivamente, compañeros, desde nuestra llegada a San Juan del Río notamos el ambiente de opresión terrible que allí existe. Es materialmente insoportable la vida, y todo los habitantes de ese desdichado municipio se encuentran aterrorizados por los actos vandálicos de este mal llamado agrarista Saturnino Osorio. Fue muy difícil para la comisión obtener informes, debido al temor sembrado por este cabecilla, porque no se le puede llamar de otra manera, y tuvimos que esperar a que llegara

la noche para que a hurtadillas y escondiéndose, fueran las personas a rendir sus informes ante esta comisión. Es de hacerse notar que entre todos los ciudadanos de San Juan del Río, solamente uno, por su avanzada edad y ya como desengañado de la vida, ofreció su declaración bajo su firma, sabiendo que probablemente su vida la perdería al día siguiente; pero hizo la reflexión, y dentro de su filosofía de anciano, que al fin y al cabo la vida le importaba poco y la muerte no lo perjudicaba en nada. (Aplausos.)

El C. de la Peña Joaquín: Pues bien, compañeros, en mi concepto el único que puede remediar esa situación infernal es el ciudadano presidente de la República; y yo pido con el mayor respeto a esta honorable Asamblea, que se sirva designar una comisión de ciudadanos diputados que se acerquen a él para pedirle que intervenga a fin de que cese aquella situación anormal. En esta forma creo que la Representación Nacional habrá cumplido con un deber y quedará enarbolado en alto el pabellón de esta misma Representación Nacional y también de la revolución.(Aplausos.)

El C. secretario Cerisola: La Secretaría, por orden de la Presidencia, consulta si se toma en consideración lo propuesto por el ciudadano diputado De la Peña. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se toma en consideración. (Aplausos.) La Presidencia nombra en comisión para que se acerquen al ciudadano presidente de la República, con el objeto indicado, a los ciudadnos Melchor Ortega, Ramón Anaya, José María Tapia y López Miro. (Aplausos.)

- El C. presidente, a las 19:35: Se levanta la sesión y se cita para el próximo lunes a las 16 horas, dándose cuenta con el dictamen de la Primera Sección Instructora del Gran Jurado, relacionado con el asunto de Guanajuato.