Legislatura XXXIII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19290912 - Número de Diario 7

(L33A2P1oN007F19290912.xml)Núm. Diario:7

ENCABEZADO

MÉXICO, JUEVES 12 DE SEPTIEMBRE DE 1929

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II- PERIODO ORDINARIO XXXIII LEGISLATURA TOMO V.- NUMERO 7

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 12

DE SEPTIEMBRE DE 1920

SUMARIO

1.- Abierta la sesión, se aprueba el acta de la anterior.

2.- Se concede licencia al C. diputado Otero Jesús.

3.- La Secretaría da cuenta con los documentos en cartera.

4.- Sin discusión, se aprueban tres dictámenes de la 2a. Comisión de Hacienda y ocho de la 1a. de Peticiones, que consultan diversos puntos resolutivos.

5.- Dictamen de la 3a. Comisión de Gobernación proponiendo se declare que el C. diputado Herrera Ernesto Constantino ha perdido su carácter de representante en virtud de estar desempeñado hasta la fecha otro cargo de elección popular. Aprobado sin discusión.

6.- Continúa la cartera. Se nombra una comisión para que asista, en representación de la H. Cámara de Diputados, a la inauguración del Parque Deportivo de la ciudad de Pachuca, Hgo., con motivo de las fiestas patrias.

7.- El Ejecutivo de la Unión remite un proyecto de Ley de Indulto. Considerado de urgente y obvia resolución se pone a discusión y, sin ella, se aprueba por unanimidad de 148 votos. Pasa al Senado.

8.- Se nombra, igualmente, otra comisión para que represente a la H. Cámara de Diputados en la ceremonia que se efectuará en Chapultepec en honor de los Niños Héroes. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. FEDERICO MEDRANO V.

(Asistencia de 145 ciudadanos diputados.)

El C. presidente, a las 18 horas: Se abre la sesión.

- El C. secretario Villegas, leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXIII Congreso de la Unión, el día nueve de septiembre de mil novecientos veintinueve.

"Presidencia del C. Federico Medrano V. "En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y ocho minutos del lunes nueve de septiembre de mil novecientos veintinueve, con asistencia de ciento cincuenta y dos ciudadanos diputados se abrió la sesión.

"Fue aprobada el acta de la anterior, que tuvo lugar el día seis del actual.

"Cartera:

"La Secretaría de esta Cámara, dando cumplimiento a la fracción VI del artículo 27 reglamentario, presenta el estado que manifiesta el movimiento de expedientes habido en la Comisiones de la misma, durante el mes de diciembre de 1928.

-Isértese en el DIARIO DE LOS DEBATES. "La Secretaría de Gobernación transcribe un oficio del ciudadano Gobernador del Distrito Sur de la Baja California, en que solicita reducciones, cancelaciones y ampliaciones de varias partidas del Presupuesto de Egresos vigente del mencionado Territorio.- Recibo y a la 2a. Comisión de Hacienda.

"La Legislatura de Guanajuato comunica que con fecha 5 del actual clausuró el período extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente. -De enterado.

"La Legislatura de Tamaulipas comunica que con fecha 1o. del actual inauguró el segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio legal, y da a conocer los nombres de los diputados que integran su Mesa Directiva. - De enterado.

"El C. Carlos Riva Palacio, gobernador del Estado de México, en mensaje fechado en Toluca, participa que se publicó por bando solemne, el decreto expedido por la Legislatura local que declara gobernador constitucional de esa Entidad al C. Filiberto Gómez. - De enterado.

"Dictamen de la 2a. Comisión de Hacienda, que es su parte final contiene el siguiente acuerdo económico:

"Se aceptan en todas sus partes las observaciones hechas por el Ejecutivo federal al decreto expedido por el Congreso de la Unión para que participen del 2 por ciento sobre derechos de importación los municipios en donde sean causados dichos impuestos. - Archívese el expediente.

"Puesto a discusión, no hubo quien hiciera uso de la palabra y se aprobó en votación económica.

"La Junta Patriótica de la ciudad de Guanajuato invita a esta H. Cámara para que nombre una comisión de su seno que la represente, con motivo de la inauguración, en esa ciudad, del monumento erigido al extinto general Alvaro Obregón.

"La Mesa designó, para integrar la comisión

de que se habla a los CC. Enrique Fernández Martínez, Adolfo Vallejo Gómez y Ramón Velarde.

"A las diez y ocho horas y quince minutos se levantó la sesión pública, para pasar a secreta."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"H. Asamblea:

"Encontrándose mi salud seriamente quebrantada, y necesitando por lo menos un mes para atenderme debidamente, atentamente ruego a Vuestra Soberanía se sirva concederme, con dispensa de trámites, una licencia por el término expresado, o sea por todo el mes de octubre, con goce de dietas.

"México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Jesús Otero."

En votación económica se consulta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"La señora Rosa M. viuda de Quintero solicita pensión por los servicios que prestó a la nación su extinto esposo el teniente coronel médico cirujano José N. Quintero." - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El C. Rafael Cordero Sevilla, ex oficial mayor de la Contaduría Mayor de Hacienda, solicita se le cubra la cantidad de $600.00 que se le adeuda por diferencias de sueldo, en virtud de haber estado desempeñando el puesto de contador mayor por ministerio de ley en el año de 1925," - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El C. Roberto Ramos, empleado de la Biblioteca Nacional, solicita permiso del Congreso de la Unión para aceptar el cargo de bibliotecario del Ministerio de Relaciones de Guatemala, sin perder su calidad de mexicano." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"Las señoras Ignacia y Fautina Alvárez solicitan que la Cámara apruebe el proyecto de decreto enviado por el Senado de la República, en virtud del cual se les concede pensión. -A la Comisión que tiene antecedentes.

"El C. ingeniero Faustino Roel envía un escrito pidiendo que la moneda de oro de cincuenta pesos, llamada centenario, lleve en lo sucesivo la efigie del C. general Alvaro Obregón y se denomine "Obregón." - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"La señorita Leandra Casanova solicita pensión por los servicios que prestó a la Patria su extinto padre el capitán 2o. de Caballería Pablo Casanova." -Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"Varios campesinos, propietarios de terrenos en el pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, D. F., solicitan la derogación del artículo 46 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, en vigor." - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El ciudadano Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca participa que con fecha 8 de agosto fue designado el C. licenciado Mauro Ortega, magistrado propietario del mismo Tribunal." - De enterado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"2a. Comisión de Hacienda.

"Señor:

"A esta 2a. Comisión de Hacienda fue turnado, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el expediente que contiene la solicitud del C. José María Chacón para que se le conceda por el Congreso de la Unión una pensión vitalicia por los servicios que durante veintisiete años prestó en el Observatorio Astronómico de Tacubaya.

"La Comisión opina que este asunto no está dentro de las facultades del Congreso, toda vez que existe la Ley de Pensiones Civiles de Retiro de 12 de agosto de 1925, la cual relevó desde su creación, al Poder Legislativo del conocimiento de estos casos, dejando sólo para la Representación Nacional la facultad de conceder una gracia de esta naturaleza cuando se trate de eminentes servicios prestados a la Patria.

"En esa virtud, nos permitimos someter a la consideración de esa H. Asamblea el siguiente punto resolutivo:

"Dígase al C. José María Chacón que por no estar dentro de las facultades de la H. Cámara de Diputados, no es posible concederle la pensión que solicita.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 11

de diciembre de 1928.-M. Balderas. - J. J. Yáñez M."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía, nos fue turnado el expediente que contiene la solicitud que hace la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro para que esta H. Cámara le remita el expediente relativo a la pensión del C. Zenón Villegas.

"Como no encontramos inconveniente en acceder a la petición de la oficina mencionada, nos permitimos someter a Vuestra consideración el siguiente acuerdo económico:

"Remítase a la Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro el expediente relativo a la pensión del C. Zenón Villegas que obra en el archivo de esta H. Cámara, el cual fue solicitado en oficio número 1975 de fecha 2 de agosto último por la citada Dirección.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 7 de septiembre de 1929.-M. Balderas. - J. J. Yáñez M."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A los suscritos miembros de la 2a. Comisión de Hacienda nos fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la solicitud que hace la Sociedad Infantil "Mejoras y Caridad", de Matachic, Chih., para que esta H. Cámara le proporcione ayuda pecuniaria a fin de construir una escuela en dicha localidad.

"Opinamos que no es posible proveer a lo pedido por no contar el Presupuesto de esta Cámara con una partida que pueda reportar el gasto. En tal virtud, nos permitimos someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la Sociedad Infantil "Mejoras y Caridad", de Matachic, Chih., que no es posible concederles la ayuda pecuniaria que solicitan, por no disponer esta H. Cámara en su Presupuesto de una partida que reporte esta clase de erogaciones.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de septiembre de 1929.-M. Balderas. - J. J. Yáñez M."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El C. secretario Santoyo, leyendo:

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La iniciativa que envió a esta H. Representación Nacional, con fecha 24 de abril último, el ciudadano Salvador Villaseñor, tendente a reformar el artículo 84 de la Constitución General de la República, a fin de que esté en concordancia con las modificaciones que se hicieron al artículo 83 del mismo ordenamiento, fue turnada, para su estudio y dictamen, a la suscrita Comisión de Peticiones.

"Del examen que han hecho los suscritos a la citada iniciativa, encuentran que reúne los requisitos necesarios y que el asunto a que se contrae es del resorte de las Comisiones de Puntos Constitucionales que tienen antecedentes, por lo que se permiten proponer se les turne para su estudio y resolución.

"En tal virtud, tenemos el honor de presentar a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a las Comisiones Unidas 1a. y 2a. de Puntos Constitucionales, la iniciativa de reformas al artículo 84 constitucional, que presenta el C. Salvador Villaseñor."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 10 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"El escrito de la señora María Magdalena Contreras viuda de Cuenca, de fecha 9 de julio del corriente año, en el que solicita se le otorgue una pensión por los servicios que prestó a la Administración Pública su extinto esposo, el C. Justino Cuenca, por acuerdo se Vuestra Soberanía, fue turnado a la suscrita Comisión de Peticiones, para su estudio y dictamen.

"Habiendo hecho el examen de rigor al escrito de la peticionaria, encontramos que carece de los documentos que son indispensables para su tramitación, por lo que somos de parecer se pidan a la citada señora viuda de Cuenca.

"Por lo que nos permitimos proponer a la H. Cámara, conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la señora María Magdalena Contreras viuda de Cuenca, que no se dará curso a su solicitud de pensión mientras no envíe los documentos necesarios que la justifiquen."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"En la sesión celebrada el día 2 de los corriente, Vuestra Soberanía tuvo a bien acordar que se turnara a la 1a. Comisión de Peticiones, el escrito de la Cámara Nacional de Comercio de Nuevo Laredo, Tamps., con el que acompaña un Proyecto de Tributación tendiente a simplificar y disminuir los impuestos actuales del país.

"Como del examen que hizo la suscrita Comisión halló que el citado proyecto reúne los requisitos legales y que el asunto a que se contrae es de la exclusiva competencia de las Comisiones de Hacienda, proponemos pase a una de ellas para su estudio y resolución.

"Por lo que tenemos el honor de someter a la consideración y aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda que corresponda, el Proyecto de Tributación que envía a esta H. Representación Nacional, la Cámara de Comercio de Nuevo Laredo, Tamps."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"El oficio número 16,519, girado por la Sección Administrativa de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el que se transcribe la petición que hace el C. Pedro de la Sota para que, sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, se le conceda el permiso constitucional necesario para aceptar el cargo de Cónsul General ad - honórem de la República del Perú en México, D. F., pasó para su estudio y dictamen, por acuerdo de Vuestra Soberanía, a esta 1a. Comisión de Peticiones.

"Estando en forma legal la citada solicitud, esta Comisión se permite el honor de presentar a la ilustrada consideración y aprobación de esta H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Relaciones Exteriores en turno, la solicitud que hace el C. Pedro de la Sota."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La solicitud que envió a esta H. Cámara el ciudadano Subsecretario de Relaciones Exteriores, con su oficio número 13479, girado por la Sección Administrativa, a fin de que se le conceda el permiso constitucional respectivo al C. Rafael Ferrer Berrón, para que pueda aceptar el cargo de Cónsul honorario de Bélgica en la ciudad de Campeche, con jurisdicción en los Estados de Tabasco y Campeche, fue turnada para su estudio y dictamen, por acuerdo de Vuestra Soberanía, a la suscrita Comisión de Peticiones.

"Hallándose la mencionada solicitud sujeta a los preceptos legales, esta Comisión se permite presentar a la ilustrada consideración de Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Relaciones Exteriores en turno, la solicitud presentada por el C. Rafael Ferrer Berrón.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen pasó, por acuerdo de Vuestra Soberanía, e esta 1a. Comisión de Peticiones, el escrito de la señora Carlota Hernández viuda de García, en el que pide se le otorgue una pensión por los servicios que prestó en el Ejercito Nacional su extinto esposo, el coronel Adolfo G. García.

"Al examinar con detenimiento esta solicitud, los suscritos no encontramos los justificantes de rigor, por lo que somos de parecer que se suspenda su tramitación, hasta que la peticionaria envíe los documentos necesarios.

"Por este motivo nos permitimos consultar a la H. Asamblea, la aprobación del siguiente acuerdo económico.

"Dígase a la señora Carlota Hernández viuda de García que envíe los documentos necesarios que justifiquen la solicitud de pensión que tiene presentada, sin cuyo requisito no podrá seguir tramitándose.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía, fue turnado a la 1a. Comisión de Peticiones que suscribe, para su estudio correspondiente, el escrito que con fecha 27 de agosto último, envió la señora Juana Trujillo viuda de Iberri, en el que solicita una pensión por los servicios que prestó en el Ejército,

su extinto esposo, el general de brigada Adolfo Iberri.

"Del examen que han hecho los suscritos de esta solicitud, encuentran que reúne los requisitos necesarios y siendo el asunto a que se refiere de la competencia de la Comisiones de Guerra, nos permitimos proponer pase a alguna de ellas para su estudio y resolución.

"En tal virtud, presentamos a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud que presenta la señora Juana Trujillo viuda de Iberri por los servicios que prestó en el Ejército su extinto esposo, el general de brigada Adolfo Iberri.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 10 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Peticiones que suscribe fue turnada por acuerdo de Vuestra Soberanía, la iniciativa que el C. Clemente L. Gómez, presidente municipal de Ciudad Valles, S. L. P., envió a esta H. Representación Nacional, pidiendo que se tomen las medidas necesarias para decomisar los fondos que los autores de injustificados movimientos armados depositen en Bancos extranjeros, y se destinen para adquirir implementos agrícolas.

"Siendo el asunto a que se contrae dicha iniciativa de la incumbencia de las Comisiones de Gobernación la suscrita de Peticiones opina se turne a alguna de ellas, para su debida resolución.

"Por lo expuesto, nos permitimos presentar a la consideración de la H. Asamblea, para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Gobernación que corresponda la iniciativa del C. Clemente L. Gómez, presidente municipal de Ciudad Valles, S. L. P. "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 10 de septiembre de 1929.- Luis Díaz. - T. E. Villegas."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"3a. Comisión de Gobernación.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la 3a. Comisión de Gobernación, sujetan a la consideración de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 62 y 125 de la Constitución Federal de la República, que en virtud de que el ciudadano diputado Ernesto Constantino Herrera ha estado desempeñando el puesto de presidente municipal del Ayuntamiento de Tapachula, Chis., como lo demuestran los documentos que obran en el expediente, a fin de que se dé ante la nación un ejemplo de moralidad en quienes primero están obligados a darlo y una muestra de respeto a las leyes, que protestamos cumplir, proponemos a la H. Asamblea la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

"Unión. En virtud de que el C. diputado Ernesto Constantino Herrera al desempeñar hasta la fecha el cargo de presidente municipal del Ayuntamiento de Tapachula, Chis., demuestran haber optado por dicho cargo en lugar del de diputado, y de acuerdo con lo expresado por los artículos 62 y 125 de la Constitución que a la letra dicen:

"Ningún individuo podrá desempeñar a la vez dos cargos federales de elección popular, ni uno de la Federación y otro de un Estado que sean también de elección; pero el nombrado puede elegir entre ambos el que quiera desempeñar". Hágase la declaratoria por esta H. Asamblea de que el ciudadano diputado Ernesto Constantino Herrera ha perdido su carácter de representante en la Cámara popular.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de septiembre de 1929.- Manuel Avilés. - F.Aldaco."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Secretaría de Gobernación transcribe un mensaje que de Mérida, Yuc., dirige al ciudadano Presidente de la República la Liga Acción Social, en que solicita se declare fiesta nacional el 12 de octubre en conmemoración del descubrimiento de América." - Recibo, y a la Comisión de Gobernación en turno. Telegrama procedente de: "Pachuca, Hgo., 12 de septiembre de 1929.

"H. Cámara de Diputados.

"Tengo el honor de invitar a esta H. Cámara de Diputados para que se sirva asistir por medio de sus representantes, a la inauguración del Parque Deportivo que como un número del programa de las fiestas patrias tendrá lugar el 15 del actual a las diez horas.- Gobernador constitucional, ingeniero Bartolomé Vargas Lugo."

La Presidencia ha nombrado la siguiente comisión: Olivares Daniel, Cruz Juan y Villegas Otilio.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de gobernación.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Tengo el honor de remitir a ustedes, por triplicado, un proyecto de Ley de Indulto que el ciudadano Presidente de la República presenta a esa H. Cámara de Diputados, permitiéndome suplicar a ustedes, de la manera más atenta, se sirvan acusarme el recibo correspondiente.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 6 de septiembre de 1929.- El subsecretario encargado del Despacho, F. Canales."

Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República. - México, D. F. "A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Iniciativa de ley referente a un indulto general.

"Considerando: El Ejecutivo federal desea solemnizar el aniversario de la consumación de la Independencia de México en forma noble y elevada que dé plena satisfacción a los sentimientos de humanidad y al mismo tiempo beneficio a un número considerable de individuos, que en un momento de extravío o víctimas de la mala educación y de circunstancias diversas, se hicieron acreedores al castigo de la ley y sufren la pena correspondiente. Indudablemente que el principio de autoridad no está en pugna con la gracia de indulto, que por el contrario es una de la manifestaciones supremas de la soberanía nacional, y puede servir para grabar en el corazón de los mexicanos el recuerdo de una fecha memorable.

"Por otra parte, es notorio que los rigores del sistema penitenciario, y las pésimas condiciones de higiene, moralidad y asistencia material en las que han vivido los delincuentes, hacen que las personas que éstos sufren no estén en relación directa con las mareadas en la ley, ni respondan por su duración al pensamiento que inspiró al legislador al decretarlas, pues la penalidad de hecho es mucho más aflictiva que la de derecho.

"Las consideraciones anteriores han impulsado al Ejecutivo de la Unión a solemnizar el CXIX aniversario de la proclamación de la Independencia de México, concediendo el indulto a los reos a que se refiere esta iniciativa, mediante ley que al efecto expida el Congreso Federal.

"Es de presumirse que la Cámaras legisladoras compartirán los mismos sentimientos que abriga el Ejecutivo y decretarán el indulto general que por esta iniciativa se promueve.

"Ley de Indulto.

"Artículo 1o. El Ejecutivo de la Unión concederá la gracia de indulto a los reos federales, militares y del orden común del Distrito y Territorios Federales, en los casos de que habla los artículos siguientes:

"Articulo 2o. Gozarán de los beneficios de esta Ley:

"I. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una pena no mayor de dos años, si para el 30 de agosto del corriente año de 1929 han extinguido una quinta parte de aquélla; "II. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una pena mayor de dos años y que no exceda de diez, si para la fecha expresada en la fracción anterior, han extinguido una cuarta parte de la pena impuesta; "III. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una condena mayor de diez años, si en la misma fecha mencionada han extinguido una tercera parte de la pena impuesta, exceptuando a los que les haya sido conmutada la de muerte por la prisión extraordinaria; "IV. Los reos que habiendo sido condenados a la pena de muerte, les haya sido conmutada por la de prisión extraordinaria, si en la fecha mencionada hubieren extinguido la mitad de ésta, y "V. Los procesados cuyas causas no hubieren sido falladas el 30 de agosto del año actual, no obstante haber transcurrido el término que para la instrucción del proceso fija la fracción VIII del artículo 20 constitucional y que debieran encontrarse comprendidos dentro de lo dispuesto en las fracciones anteriores, tan luego como queden a disposición del Poder Ejecutivo.

"Artículo 3o. El indulto a que se refieren los artículos anteriores, sólo se concederá a los reos que no estén considerados como reincidentes en la correspondiente sentencia ejecutoria y siempre que comprueben haber observado buena conducta positiva.

"Artículo 4o. Quedan exceptuados de la gracia de indulto, los reos a que alude el artículo 112 de la Constitución General de la República.

"Artículo 5o. El indulto a que se contrae esta Ley, no comprende las penas de inhabilitación para el ejercicio de profesiones, derechos civiles y políticos, y para desempeñar determinado cargo o empleo a que hubieren sido condenados los reos, y las cuales, con arreglo a las disposiciones vigentes, sólo se extinguen por la amnistía o por la rehabilitación.

"Artículo 6o. A los reos civiles del orden común y federal que, gozando de la gracia de indulto que concede esta Ley, reincideren en los términos preceptuados por el artículo 29 del Código Penal, se les aplicarán las penas que determina el artículo 217 del propio Código, aumentadas en una tercera parte. Igual aumento sufrirán los reos militares que reincideren en las mismas circunstancias, cuando haya motivo para castigarlos como reincidentes, según los artículos 29, 30, 31 y 217 del Código Penal Militar.

"Artículo 7o. Para el cumplimiento de esta Ley, el Ejecutivo Federal girará las órdenes correspondientes, por conducto de la Secretaría de Gobernación, cuando se trate de reos federales o del orden común del Distrito y Territorios Federales, y por conducto de la Secretaría de Guerra y Marina, cuando se trate de reos militares.

"Artículo 8o. Los reos que se consideren comprendidos en esta Ley y quieran disfrutar de los beneficios que la misma concede, deberán ocurrir por escrito ante la Secretaría de Estado que corresponda, de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, comprobando su buena conducta positiva, acompañando copia certificada de la ejecutoria correspondiente e informe del jefe de la prisión acerca del término de la pena que hayan extinguido, pudiéndoceles relevar de presentar tales justificantes cuando ya obren en la Secretaría respectiva o haya la posibilidad de que la misma los recabe con rapidez directamente.

"Artículo 9o. Las oficinas judiciales y administrativas que reciban solicitud de constancias necesarias para la obtención de indulto, deberán expedirlas de toda preferencia.

"Artículo 10. El indulto de que trata esta Ley, será concedido sin perjuicio de la responsabilidad civil en que hubieren incurrido los reos.

"Artículo 11. Exclusivamente para los efectos de la aplicación de esta Ley, se entienden modificadas las disposiciones que con ella pugnen.

"Por lo tanto, ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con el presente a la H. Cámara de Diputados y suplicar a la misma tenga a bien acordar la dispensa de todo trámite, para que si la iniciativa que el presente oficio contiene fuere en definitiva aprobada, se promulgue a la mayor brevedad posible.

"Me es grato renovar a ustedes las seguridades de mi más atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 6 de septiembre de 1929.- El presidente de la República, Emilio Portes Gil.":

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se considera el Proyecto de Ley de Indulto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución.

Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal, en lo general. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Garza: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Santoyo: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Fue aprobado el Proyecto de Ley de Indulto, en lo general, por unanimidad de 146 votos. La misma Ley se pone a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. El Ejecutivo de la Unión concederá la gracia de indulto a los reos federales, militares y del orden común del Distrito y Territorios Federales, en los casos de que hablan los artículos siguientes." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. Gozarán de los beneficios de esta ley:

"I. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una pena no mayor de dos años, si para el 30 de agosto del corriente año de 1929 han extinguido una quinta parte de aquélla; "II. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una pena mayor de dos año y que no exceda de diez, si para la fecha expresada en la fracción anterior, han extinguido una cuarta parte de la pena impuesta; "III. Los reos que en virtud de sentencia ejecutoria se encuentren cumpliendo una condena mayor de diez años, si en la misma fecha mencionada han extinguido una tercera parte de la pena impuesta, exceptuando a los que les haya sido conmutada la de muerte por la de prisión extraordinaria; "IV. Los reos que habiendo sido condenados a la pena de muerte, les haya sido conmutada por la de prisión extraordinaria, si en la fecha mencionada hubieren extinguido la mitad de ésta, y "V. Los procesados cuyas causas no hubieren sido falladas el 30 de agosto del año actual, no obstante haber transcurrido el término que para la instrucción del proceso fija la fracción VIII del artículo 20 constitucional y que debieran encontrarse comprendidos dentro de lo dispuesto en las fracciones anteriores, tan luego como queden a disposición del Poder Ejecutivo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Artículo 3o. El indulto a que se refieren los artículos anteriores, sólo se concederá a los reos que no estén considerados como reincidentes en la correspondiente sentencia ejecutoria y siempre que comprueben haber observado buena conducta positiva."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Artículo 4o. Quedan exceptuados de la gracia de indulto, los reos a que alude el artículo 112 de la Constitución General de la República."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 5o. El indulto a que se contrae esta ley, no comprende las penas de inhabilitación para el ejercicio de profesiones, derechos civiles y políticos, y para desempeñar determinado cargo o empleo a que hubieren sido condenados los reos, y las cuales, con arreglo a las disposiciones vigentes, sólo se extinguen por la amnistía o por la rehabilitación."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 6o. A los reos civiles del orden común y federal que, gozando de la gracia de indulto que concede esta ley, reincidieren en los términos preceptuados por el artículo 29 del Código Penal, se les aplicarán las penas que determina el artículo 217 del propio Código, aumentadas en una tercera parte. Igual aumento sufrirán los reos militares que reincidieren en las mismas circunstancias, cuando haya motivo para castigarlos como reincidentes, según los artículos 29, 30, 31 y 217 del Código Penal Militar."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 7o. Para el cumplimiento de esta Ley, el Ejecutivo Federal girará las órdenes correspondientes, por conducto de la Secretaría de Gobernación, cuando se trate de reos federales o del orden común del Distrito y Territorios Federales, y por conducto de la Secretaría de Guerra y Marina, cuando se trate de reos militares.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 8o. Los reos que se consideren comprendidos en esta ley y quieran disfrutar de los beneficios que la misma concede, deberán ocurrir por escrito ante la Secretaría de Estado que corresponda, de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, comprobando su buena conducta positiva, acompañando copia certificada de la ejecutoria correspondiente e informe del jefe de la prisión acerca del término de la pena que hayan extinguido, pudiéndoseles revelar de presentar tales justificantes

cuando ya obren en la Secretaría respectiva o haya la posibilidad de que la misma los recabe con rapidez directamente."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 9o. Las oficinas judiciales y administrativas que reciban solicitud de constancias necesarias para la obtención de indulto, deberán expedirlas de toda preferencia."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 10. El indulto de que trata esta Ley, será concedido sin perjuicio de la responsabilidad civil en que hubieren incurrido los reos."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

"Artículo 11. Exclusivamente para los efectos de la aplicación de esta Ley, se entienden modificadas las disposiciones que con ella pugnen."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación.

Se procede a recoger la votación, en lo particular, de todos los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Garza Enrique O.: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Santoyo: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.) Por unanimidad de 148 votos fue aprobada la Ley de indulto remitida por el Ejecutivo. Pasa al Senado para los efectos correspondientes.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Poder Ejecutivo Federal. - Estados Unidos Mexicanos.- México.

"Departamento del Distrito Federal.

"Dirección de Acción Cívica de Reforma y Cultural.

"Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados.- Presente.

"Tengo la honra de comunicar a usted, que esta Dirección ha organizado una ceremonia para conmemorar la heroica defensa de Chapultepec, que se efectuará el próximo día 13, a las 10:30, en la Tribuna Monumental de Chapultepec y en la Terraza de las Pérgolas del Castillo.

"Dada la importancia cívica que tiene esta conmemoración me permito suplicar a usted se digne designar una comisión que concurra a este acto y deposite una ofrenda floral ante el monumento de los Niños Héroes.

"Agradeciendo mucho la deferencia de usted, le reitero las seguridades de mi muy atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 7 de septiembre de 1929.-S. Rubio."

La Presidencia ha designado la siguiente comisión: ciudadanos diputados Carlos Puig Casauranc, Castellanos C. Ariosto y Soto Enrique L.

El C. presidente, a las 18.57 h.: Se levanta la sesión y se cita para el martes próximo a las 16 horas.