Legislatura XXXIII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19291007 - Número de Diario 14

(L33A2P1oN014F19291007.xml)Núm. Diario:14

ENCABEZADO

MÉXICO, LUNES 7 DE OCTUBRE DE 1929

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II.- PERIODO ORDINARIO XXXIII LEGISLATURA TOMO V.- NÚMERO 14

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA

7 DE OCTUBRE DE 1929

SUMARIO

1.- Abierta la sesión, se lee y aprueba el acta de la anterior.

2.- Se concede licencia a los CC. diputados Robles Manuel, Cerisola Pedro y Melgoza Florentino.

3.- Documentos en cartera.

4.- Previa dispensa de trámites, se aprueban dos proposiciones del C. diputado Camarena Leopoldo E., pidiendo se nombre una comisión que se acerque al C. Presidente de la República para suplicarle nombre una comisión de ingenieros que proyecte las obras necesarias para impedir las inundaciones en la Vega de Metztitlán, Hgo.; y otra que solicite del propio Ejecutivo de la Unión envié lo más pronto posible una Brigada Sanitaria al mismo lugar, a fin de atacar la epidemia de paludismo que se ha desarrollado en aquella región. Se nombran las comisiones.

5.- Las Comisiones Unidas Especial de Trabajo y 2a. de Puntos Constitucionales piden a la H. Asamblea se les autorice a presentar dictámenes parciales de los capítulos del proyecto del Código Federal de Trabajo. Dispensados los trámites a esta proposición, se aprueba.

6.- Continúa el debate sobre el dictamen de las mismas Comisiones, acerca del Capítulo I, Parte Primera del Libro Primero del Código Federal de Trabajo. A discusión el artículo 1o. Después de que varios ciudadanos diputados hacen uso de la palabra, la Comisión pide permiso para retirar el artículo y presentarlo modificado. Se concede el permiso. A discusión el artículo 2o. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación. A discusión el artículo 3o. Declarado suficientemente discutido, se aprueba por 140 votos de la afirmativa contra 3 de la negativa. La comisión presenta reformado el artículo 1o. a discusión. Considerado suficientemente discutido, se aprueba por unanimidad de 143 votos. Se pone a votación el artículo 2o., resultando aprobado por el mismo número de votos que el anterior. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. ESTEBAN GARCÍA DE ALBA

(Asistencia de 143 ciudadanos diputados.)

El C. presidente (a las 18.20 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Díaz leyendo:

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XXXIII Congreso de la Unión, el día cuatro de octubre de mil novecientos veintinueve.

"Presidencia del C. Esteban García de Alba.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas del viernes cuatro de octubre de mil novecientos veintinueve, con asistencia de ciento cuarenta y tres ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Fue aprobada el acta de la anterior, que tuvo lugar el día treinta de septiembre próximo pasado.

"Cartera:

"De conformidad con la fracción VI del artículo 27 del Reglamento Interior del Congreso, la Secretaría presenta el estado que manifiesta el movimiento de expedientes habido durante el mes de septiembre del año en curso, en las diversas comisiones de esta H. Cámara.- Insértese en el DIARIO DE LOS DEBATES.

"La Secretaría de Gobernación transcribe un mensaje que le dirigió el ciudadano Presidente de la República, de Cárdenas, San Luis Potosí, relacionado con la petición que existe en esta Cámara para que se declare día de fiesta nacional el 12 de octubre en conmemoración del aniversario del descubrimiento de América.- Recibo y a sus antecedentes.

"La H. Cámara de senadores remite, con tres oficios, los expedientes con los proyectos de decreto por los que se conceden pensiones a los menores Manuel Heriberto, Celia María Elisa y Rodolfo Ortega, hijos del extinto C. general Anatolio B. Ortega y a los menores Bertha, Eugenia y Emma Espinosa, por los servicios que prestó a la patria el extinto C. licenciado Francisco Espinosa, así como el relativo que confirma el aumento de pensión a la señora Luz Alcocer viuda de Romero.- Recibo y a las comisiones de Hacienda y Guerra en turno, según corresponde.

"La Legislatura de Chiapas comunica que con fecha 24 de septiembre último, abrió el quinto período extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente.- De enterado.

"La Legislatura de Hidalgo participa que el 26 del mismo, eligió su Mesa Directiva para el mes en curso.- De enterado.

"La Legislatura de Michoacán, en dos circulares, avisa que con fecha 15 de septiembre próximo pasado clausuró el período de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente, y que, al siguiente día, inauguró su segundo

período ordinario de sesiones.- De enterado.

"La Legislatura de Tabasco manifiesta que con fecha 30 de septiembre último, designó presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva que funcionará durante el presente mes.- De enterado.

"Recayó el trámite de "Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno" a los asuntos que siguen:

"La señora Antonia G. viuda del teniente de Caballería Miguel Rodríguez, solicita se le otorgue una pensión.

"La señora Sara Saldívar de Martínez, madre y tutora de los señores Jesús Demetrio y María Magdalena Ortega, hijos del extinto revolucionario Manuel Ortega, solicita se reanude a los mismos la pensión de que venían disfrutando y que les canceló el Ejecutivo.

"Los CC. Rodolfo Z. González, Adolfo P. Alfaro y demás firmantes, solicitan la autorización respectiva para fundar en la ciudad de Guadalajara, Jal., un Instituto Médico Homeopático que será sostenido por iniciativa privada.

"El C. Gonzalo Cámara solicita permiso constitucional para aceptar y usar la condecoración de Comendador de la Real orden de Isabel la Católica, que le confirió el Gobierno español.

"Las señoritas María, Ana y Angela Vázquez solicitan pensión por los servicios que prestó a la Administración Pública su extinto padre el señor don Manuel Vázquez León.

"La señorita María Concepción Iberri solicita pensión como nieta del extinto general, coronel de Ingenieros Ignacio Iberri, y "Los carteros de esta capital, apoyados por numerosos ciudadanos diputados, solicitan se les exima del pago de los uniformes que usan.

"Se dispensaron los trámites y puesta a discusión, sin ella, se aprobó una proposición suscrita por los ciudadanos representantes por el Estado de Chiapas, a efecto de que se nombre una comisión del seno de esta H. Cámara para que deposite una ofrenda floral en la tumba del patriota doctor don Belisario Domínguez, en el aniversario de su muerte.

"La Mesa designó para formar esa comisión a la Diputación chiapaneca.

"Sin que nadie hiciera uso de la palabra, se aprobaron en votaciones económicas sucesivas seis dictámenes: dos de la 1a. Comisión de Guerra en los cuales se resuelve que se aceptan en todas sus partes las observaciones hechas por el Ejecutivo de la Unión a los decretos por los que se pensiona a la señorita Catalina de los Dolores Ruvalcaba y a la señora consuelo Bracho viuda de Gámez Treviño, y cuatro de la 2a. comisión de Peticiones que proponen pasen a las comisiones de Puntos Constitucionales en turno las solicitudes que han dirigido a esta H. Cámara los CC. licenciado Leopoldo Ortiz, Lorenzo Elizaga, general Juan G. Cabral y el Capitán de Navío Guillermo León Tagle.

"A continuación se dio lectura a una proposición de los CC. diputados Guillermo Rodríguez, Pedro C. Rodríguez, Manuel Mijares V., Melchor Ortega, Federico Medrano V. y Gonzalo N. Santos, que en su parte final contiene el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Nómbrese por el ciudadano Presidente de la Cámara una comisión que entreviste al ciudadano Presidente de la República, al ciudadano Secretario de Agricultura y al ciudadano Secretario de Hacienda, para hacerles saber, en la forma más atenta, que la Representación Nacional estima conveniente que algunos, ingenieros de la Comisión de Irrigación sean comisionados para estudiar y proyectar las obras necesarias y convenientes, para aprovechar en la irrigación las aguas de los ríos Actopan, Bobos, Antigua, Jamapa y el Papaloapan del Estado de Veracruz, procurado evitar hasta donde sea posible, las frecuentes inundaciones que ocurren y remitiendo a la mayor brevedad los proyectos y presupuestos correspondientes, a fin de que se consiguen en el próximo Presupuesto las cantidades necesarias para llevar a cabo estas obras."

"Y una vez que la H. Asamblea concedió la dispensa de trámites, se puso a debate. No hubo quien usara de la palabra y se aprobó en votación económica. Para integrar la Comisión de que se trata, la Presidencia nombró a los CC. Federico Medrano V., Alejandro Cerisola, Manuel Mijares V., Guillermo Rodríguez y Manuel Avilés.

"Dictamen de las Comisiones Unidas Especial del Trabajo y 2a. de Puntos Constitucionales, sobre el Capítulo I, Parte Primera del Libro Primero del Proyecto de Código Federal del Trabajo, iniciado ante esta H. Representación Nacional por el ciudadano presidente de la República.

"Puesto a discusión el artículo 1o., usaron de la palabra: en contra el C. Romandía Ferreira y en pro; a nombre de las Comisiones, los CC. Romero Courtade y Mendoza González. El primero contestó interpelaciones de los CC. Bautista, Santos Alonso y Ayala, y presentó por escrito una adición al precepto a debate. Hicieron mociones de orden los CC. Sánchez Lira y Melchor Ortega, después de lo cual fue aprobada una moción suspensiva, una vez que fue tomada en consideración, y que está firmada por los CC. Santos Alonso, Cerisola, Izábal, Sánchez Lira y Luis G. Márquez.

En esa virtud, continuó dándose cuenta con la cartera.

"Se consideraron de urgente y obvia resolución y puestos desde luego a debate, sin él, reservaron sucesivamente para su votación, los siguientes proyectos de decreto:

"El de que es autor el C. diputado Leopoldo E. Camarena, con relación al acuerdo de esta H. Cámara, de fecha 30 de septiembre último, que a la letra dice:

"Único. Se adiciona el Ramo IV del Presupuesto de Egresos vigente con la siguiente asignación:

"4130514. Subvenciones y subsidios.

"V. Al Ejecutivo del Estado de Hidalgo, para ayuda de las víctimas de la inundación en la Vega de Metztitlán. $20,000.00

"El que suscribe, el C. Rutilio Camacho, apoyado por numerosos diputados más, que está concebido en los siguientes términos:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos en vigor que estime conveniente, ministre al Gobierno del Estado de Tamaulipas la cantidad de cincuenta mil pesos, que se destinarán por partes iguales, a la reparación de las carreteras que unen las poblaciones de Tula a Jaumave y de Tula a Ocampo, del Estado de Tamaulipas."

"Y el que firman los CC. Ambrosio Guerrero, Daniel Mendoza Aníbal M. Cervantes, Santiago Salinas y numerosos representantes más, redactado así:

"Único. Se faculta al Ejecutivo de la Unión, para que con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos en vigor, que estime conveniente, ministre al Gobierno del Estado de Querétaro la cantidad de $15,000.00 como ayuda para las víctimas de las inundaciones en el Distrito de Jalpan."

"Se dio primera lectura y a moción del C. Avilés se dispensaron los demás trámites no habiendo dado lugar a debate, por lo que se reservó también para su votación, el siguiente proyecto de decreto que en dictamen relativo propone la 3a. Comisión de Gobernación:

"Artículo único. Se declara fiesta nacional el 12 de octubre, "Día de la Raza", y aniversario del descubrimiento de América."

"Recogida la votación nominal sobre los cuatro proyectos de decreto reservados, se aprobaron por ciento cuarenta y un votos de la afirmativa contra dos de la negativa. Pasan los tres primeros al Ejecutivo y el último al Senado, para sus efectos constitucionales.

"A las diez y nueve horas y veintiocho minutos se levantó la sesión y se citó para el próximo lunes siete, a las diez y seis horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. Secretario, leyendo:

"México, D. F., a 7 de octubre de 1929.

"H. Asamblea:

"Manuel Robles, diputado en ejercicio por el 10 distrito electoral del Distrito Federal, ante ustedes solicita, con dispensa de todo trámite, le sea concedida una licencia de un mes, con goce de dietas, por tener que ausentarse de esta capital, para someterse a un tratamiento médico; de concedérseme esta licencia, comenzaré a hacer uso de ella a partir del día del presente mes. "Protesto a ustedes mi atención.- Manuel Robles."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se consulta si se concede. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Concedida.

"México, D. F., a 7 de octubre de 1929.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

El suscrito, diputado en ejercicio por el 6o. distrito electoral del Estado de Chiapas, ante ustedes respetuosamente solicita, con dispensa de todo trámite, se lo conceda una licencia con goce de sueldo, por un mes, que se comenzará a contar a partir del día 10 del presente mes, por tener que tratar asuntos de verdadera urgencia que reclaman mi presencia fuera de esta capital.

"Protesto a ustedes mi atención.- Pedro Cerisola."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se consulta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Concedida.

"H. Asamblea:

"El suscrito, diputado en ejercicio por el 16 distrito electoral del Estado de Michoacán, ante Vuestra Soberanía manifiesta: que teniendo necesidad de transladarse a su distrito al arreglo de asuntos familiares que reclaman toda su atención, atentamente solicita una licencia hasta por veinte días, con goce de dietas, que comenzará a disfrutar el 8 del presente mes, solicitando dispensa de todo trámite.

"México, D. F., a 4 de octubre de 1929.- Diputado F. Melgoza."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se consulta si se concede la licencia. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Concedida.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"La Legislatura del Estado de Tlaxcala participa que con fecha 1o. del actual abrió su segundo período ordinario de sesiones, correspondiente al primer año de su ejercicio legal, y da a conocer los nombres de los diputados que integran su Mesa Directiva.- De enterado.

"El gobernador del Estado de Hidalgo solicita se incluya en el Presupuesto próximo una partida de ciento cincuenta mil pesos destinada al desagüe parcial de la laguna de Metztitlán, con la que se evitarán sucesivas inundaciones."- Recibo, y a la Comisión de Presupuestos.

"El C. licenciado G. Vázquez Vela participa que con fecha 4 del actual se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, mientras dura la licencia de diez días que se le concedió al ciudadano gobernador constitucional, ingeniero Adalberto Tejada."- De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos.

"Poder Ejecutivo Federal.- México.- Secretaría de Gobernación.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Para los efectos legales correspondientes, tengo el honor de remitir a ustedes el memorial que el ciudadano Director de Pensiones Civiles de Retiro elevó al ciudadano Presidente de la República, fechado el 3 de julio próximo pasado, proponiendo reformas a la ley que creó la Universidad Nacional Autónoma.

"Suplico a ustedes me acusen el recibo de estilo y les reitero mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., 3 de octubre de 1929.

"Por acuerdo del subsecretario, el oficial mayor, M. Collado."- Recibo y a la Comisión de Universidad y Bellas Artes.

"Estados Unidos Mexicanos.

"Poder ejecutivo Federal.- México.- Secretaría de Gobernación.

"A los ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"Para los efectos legales correspondientes, tengo el honor de remitir a ustedes un Proyecto de la Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo y Presupuesto de Egresos para el mismo, correspondiente al año de 1930.

"Reitero a ustedes mi consideración atenta.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., octubre 4 de 1929.

"Por acuerdo del subsecretario, el oficial mayor, M. Collado."- Recibo y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Telegrama procedente de: "Monterrey, N. L., 5 de octubre de 1929.

"Ciudadano Presidente de la H. Cámara de Diputados .-México, D. F.

"Protestamos enérgicamente por falsas aseveraciones capitalista Joel Rocha en exposición que hizo ante diputados. Seguros estamos de que defendiendo principios revolucionarios habrán tomado su oratoria como palabra hueca. Podemos comprobar que en Monterrey existe problema obrero por ambición desenfrenada patrones, quienes han despedido trabajadores por sólo delito sindicalizarse. Pedimos Justicia.

"Confederación Transportes Comunicaciones.- Confederación Regional Obrera Mexicana.- Federación sindicatos Acero."- A la Comisión que tiene antecedentes.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Honorable Asamblea:

"El suscrito, con su carácter de diputado en ejercicio por el 2o. distrito electoral del Estado de Hidalgo, ante ustedes, con toda atención paso a exponer:

"Que hace unos días presenté ante Vuestra Soberanía, en unión de algunos compañeros diputados de mi Estado, un proyecto de decreto, que fue aprobado, para que el Ejecutivo de la Unión ministrara al Gobierno del Estado, la cantidad de $20,000.00 para que fueran repartidos entre los habitantes de la Vega de Metztitlán que fueron seriamente afectados por la inundación y aliviaran en algo sus necesidades.

"Como la cantidad aprobada fue verdaderamente insignificante, dadas las cuantiosas pérdidas que hubo y siendo muy frecuentes estas inundaciones en esta región, el suscrito se permite solicitar de V. S., que se nombre una Comisión de esta H. Cámara para que entreviste al ciudadano Presidente de la República y le pida, en vista de lo anteriormente expuesto, que nombre una comisión de ingenieros competentes que hagan un estudio detenido e indiquen qué clase de obras se necesitan, a efecto de que se evite, hasta donde sea posible, estas catástrofes, y se aprovechen estas aguas para irrigar dichas tierras, con lo que ganará la producción agrícola, en la inteligencia de que del costo de estas obras, una tercera parte será por cuenta del Gobierno del Estado y otra tercera parte por cuenta de los agricultores de esa zona, con objeto de que el Ejecutivo de la Unión, emplee en dichas obras, la última tercera parte.

"Por las razones anteriormente expuestas, solicito de Vuestra Soberanía, se apruebe, con dispensa de todo trámite, el siguiente acuerdo económico.

"Único. Nómbrese una comisión de esta H. Cámara para que se acerque a entrevistar al ciudadano Presidente de la República y suplicarle nombre una comisión de ingenieros que estudie y proyecte las obras necesarias y convenientes, a efecto de evitar hasta donde sea posible, en lo sucesivo, las inundaciones en la rica Vega de Metztitlán, del Estado de Hidalgo.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del congreso de la Unión.- México, D. F., a 7 de octubre de 1929.- L. E. Camarena."

El C. secretario Santoyo: Se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

De acuerdo con la solicitud que acaba de ser aprobada, la Presidencia se sirvió designar como comisión a los señores diputados Camarena Leopoldo E., Austria Honorato y Medécigo Rosas Jesús.

"Honorable Asamblea:

"El que suscribe, diputado en ejercicio por el 2o. distrito electoral del Estado de Hidalgo, ante Vuestra Soberanía atentamente expone:

"A consecuencia de las graves inundaciones ocurridas hace varios días en la Vega de Metztitlán, del Estado de Hidalgo y que ya es del conocimiento de esta H. Asamblea, en la que aparte de las numerosas víctimas que hicieron y la pérdida de todas las siembras de los habitantes de los pueblos de esa región que los ha dejado en la miseria más completa, hay que agregar una nueva calamidad; con el estancamiento de aguas que no ha sido posible

desalojar, se ha desarrollado una epidemia de paludismo que está causando muchas víctimas entre las pobres familias que habitan esa zona y que de no ponerse inmediatamente el remedio, seguramente que más tarde los resultados serán de graves consecuencias.

"Por estas razones, estimo debe nombrarse una comisión del seno de esta H. Cámara, para que se acerque al ciudadano Presidente de la República y ordene al Departamento de salubridad que se envíe una brigada sanitaria que preste los primeros auxilios.

"Por lo anteriormente expuesto, solicito con dispensa de todo trámite, apruebe V. S. el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Nómbrese una comisión para que se acerque al ciudadano Presidente de la República y suplicarle ordene al jefe del Departamento de Salubridad que envíe lo más pronto posible una brigada sanitaria a la Vega de Metztitlán, Estado de Hidalgo, a combatir la epidemia de paludismo que se ha desarrollado en dicho lugar, con motivo de las últimas inundaciones.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados .- México, D. F., a 7 de octubre de 1929. L. E. Camarena."

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia designa a los ciudadanos diputados Camarena, Austria y Medécigo Rosas, para que integren la Comisión a que se refiere la solicitud ya aprobada.

- El mismo C. secretario, leyendo:

"Cámara de Diputados del congreso de la Unión.

- Comisiones Unidas Especial del Trabajo y 2a. de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de las comisiones Especial del Trabajo y 2a. de Puntos Constitucionales, venimos a solicitar, con dispensa de todo trámite y en virtud de haber sido aprobado en lo general el proyecto de Código Federal del Trabajo, se nos autorice para presentar dictámenes parciales de los capítulos del mismo, con objeto de que sean los que se pongan a la discusión con las modificaciones que en cada caso nos permitamos sujetar a vuestra consideración.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 5 de octubre de 1929.- E. R. Courtade.- E. García de alba.- Octavio Mendoza González.- Alfonso Francisco Ramírez.- Fernando Moctezuma.- Alberto Galván.- E. Cortina."

Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba lo que solicitan las comisiones dictaminadoras, o sea presentar dictámenes parciales a propósito del proyecto de Código del Trabajo. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario: Estando ya impreso y distribuído el dictamen de las Comisiones Unidas Especial del Trabajo y 2a. de Puntos Constitucionales, acerca del capítulo I, Parte primera, del Libro Primero, del proyecto de Código Federal del Trabajo, continúa la discusión en lo particular del capítulo I.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Romandía Ferreira.

El C. Romandía Ferreira: Señores diputados:

El interesante aspecto que presentó la Asamblea parlamentaria el viernes último, demuestra a las claras el profundo interés con que ha tomado el debate del Código del Trabajo. Antes de entrar en materia quiero suplicar a los señores de la Comisión que si, como dijo el estimable periodista revolucionario, Joaquín Piña, encontraran alguna agresividad en mis palabras, la dispensen y crean sinceramente que no se trata de agresividad, mucho menos personal, contra ninguno de ellos, a quienes estimo profunda y sinceramente; que es una manera de ser peculiar en mí, el hablar un poco vehemente, pero que no hay en ello, absolutamente, el deseo de ofender a ningún miembro de la Comisión, ni menos a la Cámara. Siendo así voy a entrar al debate.

Son dos las objeciones fundamentales que arguyó la Comisión en ocasión pasada, para demostrar que la adición que yo proponía al artículo no tenía razón. La primera, esgrimida por el presidente de la Comisión Especial del Trabajo, consistente en que se trataba con ella de abrirle paso al derecho privado; que en realidad se trataba del derecho individualista, que se oponía, dice, al Derecho Público Industrial. Y la segunda, que ya se encuentra comprendido absolutamente todo en las cuatro fracciones del artículo 1o., como lo propone la Comisión.

Voy a demostrar dos cosas: primera: que el criterio de la Comisión es estrecho, retrógradamente individualista, y segunda: que ya tengo dos casos concretos en este momento, que han sido hallados por un miembro de la Cámara, y que no están comprendidos en las cuatro fracciones propuestas.

De esta manera probaré a mi interpelante del viernes, el señor Santos Alonso, cómo por más sabios que sean los legisladores, cómo por entendidos que se crean en una materia, siempre puede escapar a la previsión humana algún caso no comprendido dentro de la ley cuando se enumera, cuando se pretende encerrar la vida entre las pastas engomadas de un librejo. Y voy a demostrar que es muy viejo, que es retrógradamente individualista el criterio de la Comisión, leyendo nada más el "proyecto de asociación" presentando por un ciudadano del Estado de Jalisco hace ciento seis años, es decir, un siglo y seis años más es decir, allá por la época en que Iturbide y Vicente Guerrero se dieron su famoso abrazo en Acatempan; voy a demostrar que desde entonces se sostenía ese criterio de supuesta perfección que aquí ha venido

a sostener la Comisión. Está en el Boletín de la Secretaría de Gobernación, página 68, Tomo Tercero número 1, y dice: "Proyecto de contrato de asociación para la República de los Estados Unidos de Anáhuac, formulado por un ciudadano del Estado de Jalisco en el año de 1823 y sometido a los Estados". Comienza la enunciación como todas las leyes de aquel entonces: "Nos, los habitantes de la República de los Estados Unidos de Anáhuac, a saber: Los de México, Querétaro, Michoacán, San Luis Potosí, etcétera". Y así continúa hasta que se incluye San Salvador, Nicaragua y Honduras, que en esa época estaban, como ustedes saben, adheridos a la República. Y vean ustedes cómo arguye el ciudadano del Estado de Jalisco, que sería, si viviera, el más ardiente partidiario del presidente de la Comisión en este caso, porque desde entonces él creyó que las leyes podían ser perfectas y completas, exactas e infalibles, y que nada podía acontecer en la vida futura que no estuviese previsto.

Dice el artículo 7o. de este "Proyecto de Contrato de Asociación", lo que sigue: "El Código Nacional se tendrá por perfecto cuando sea tan verdadero en todos sus artículos que todas y cada una de las leyes que contenga sólo sean la expresión de las leyes naturales; cuando sea tan completo que abrace todos los ramos de la prosperidad social sin que el más pequeño de ellos deje lugar a la arbitrariedad e ignorancia de la autoridad, que son el verdadero origen del despotismo; cuando sea tan exacto que todos los artículos de sus capítulos no presenten más que una cadena de proposiciones que, partiendo de un principio de justicia generalmente reconocido, no sean más que una serie de consecuencias deducidas las unas de las otras hasta en sus últimos pormenores....y en fin, cuando sea tan uno...., etcétera, etcétera.

Como se ve, ya en el año de 1823, había en Jalisco un individuo que pretendía hacer leyes perfectas exactas, completas; y esa es la pretensión que anima en estos momentos a la Comisión Especial de Trabajo en el dictamen que discutimos. Y por ahí se va, pretendiendo encerrar, como dije antes, en un proyecto de contrato de asociación, lo que es la vida.

También en la Constitución de 1824, es decir, un año después, se pretendía legislar para siempre, es decir, que la evolución de la vida no modificara para nada la Ley, cuando en el artículo 3o. de esa Constitución se dice:

"....III. La religión de la nación mexicana es y será, perpetuamente, la católica, apostólica y romana. Se prohibe el ejercicio de cualquiera otra." Pretender que en una ley todo esté previsto; pretender que una ley sea perfecta y comprenda casuísticamente todo lo que pueda ocurrir en el futuro, es un disparate; por eso yo he propuesto una fracción V para el artículo 1o., que comprenda lo que se haya escapado a la Comisión en forma general, sin concretar.

Ya en aquella época existían legisladores que pretendían legislar para siempre en un país. Como ustedes saben, la Constitución de 1857 vino a echar por tierra ese artículo III que antes leí y a establecer otro principio consistente en que: no habría religión del Estado en México y que el ejercicio de la religión, el culto, era absolutamente libre; y que cada quien podría profesar la creencia que mejor le acomodare. Demostrando, pues, que ya en 1823 se pretendía, con un individualismo cerrado, con un criterio estrecho, oponer la ley a la vida, voy a demostrar ahora que precisamente vine sosteniendo un criterio profundamente nuevo, socialista, cuando dije que hay necesidad de dejar la ley abierta a la evolución natural de las cosas, a la vida que brota en las calles y no pretender encerrarla en las pastas de un libro, como antes dije, (Una voz: ¡ Librejo, dijiste!) Bueno librejo.

Y la cita que voy a hacer es nada menos que de un autor que tanto venera la Comisión: se llama Consentini: "La Reforma de la Legislación Civil y el proletariado", de donde casi tomó íntegro su primer dictamen la Comisión, a cuando menos se inspiró en estas ideas. (Voces: ¡Pruebas!) Traigan el dictamen y les digo cuántas partes han sido tomadas. (Murmullos). La aprobación del proyecto en general, contiene grandes ideas copiadas de aquí. Usted mismo lo declaró en privado ahí.

El C. Romero Courtade, interrumpiendo: No, señor.

El C. Romandía Ferreira, continuando: Dice Consentini esto, tratándose de la Ley: "¿Existen lagunas en el orden jurídico? O en otros términos: ¿Dispone el juez de una regla aplicable a cada caso, puesto que está obligado, por su cargo, a decidir en cada caso a él sometido y aplicar una regla para cada uno de ellos?" Y agrega: "No solamente existen lagunas, sino que esto es inevitable, porque ¿cómo podría el legislador prever y para ello mismo regular, todos los casos que se presenten en lo futuro, y todas las relaciones sociales complicadas y múltiples, que brotan de las formas nuevas y cada vez más variables de la coexistencia?"

Dice en otra parte: "Hace falta considerar que el derecho sigue y a menudo con retraso, el movimiento social. Por lo mismo cada sistema jurídico presenta y presentará siempre lagunas".

Yo creo que se entiende, toda la Cámara comprende perfectamente, aunque sus miembros no sean abogados, qué es lo que se entienda por "lagunas" en el orden jurídico....

El C. Abarca Pérez, interrumpiendo: ¡Cómo no, donde hay agua! (Risas.)

El C. Romandía Ferreira, continuando: Y continúa: "el movimiento cooperativo se desenvuelve con rápida y maravillosa intensidad y desde este momento la legislación interviene para regularle y hacerle entrar en el terreno jurídico. El movimiento obrero se desarrolla en formas complejas y he aquí que la legislación pone todos sus tentáculos en acción para gobernarle y dirigirle hacia fines sociales."

Y ahora, por ejemplo, que está desarrollando con tenaz perseverancia y con esperanzas de éxito, este gran progreso de nuestro siglo, la aviación, ¿no resultará también cuando se haya llegado a un fin positivo, una orientación nueva en las relaciones sociales y no germinarán, nuevamente también nuevas relaciones jurídicas? Ahora viene aquí un libretista rabioso citado por Consentini, a sostener lo que sigue: "Donati sostiene un primer absurdo respecto a las fuentes.

Sostiene que si el orden jurídico es un orden completo por contener una regla para cada caso posible, no podría jamás contener reglas relativas a los casos en un principio desprovistos de reglamentación jurídica." Vean ustedes cómo éste Donati sería un partidario decidido de la Comisión, por que cree que el orden jurídico es completo, que la vida no puede presentar ninguna laguna ni ninguna cosa nueva a la legislación.

Y después - ya habla Consentini - el socialista, criticando a Donati, dice:

"Esta es una opinión paradógica (la de Donati), a la cual llega a fuerza de lógica partiendo del principio del Estado necesariamente completo en todo orden jurídico. Siendo así, hay evidentemente nuevas leyes que no hacen sino transformar una regla jurídica preexistente, pero hay otras leyes que, o bien consideran bajo un nuevo aspecto las instituciones y relaciones ya tomadas en consideración por leyes precedentes o bien retienen hechos y relaciones que no caen por completo bajo el imperio de la Ley. Cuando se promulgó, por ejemplo, la ley sobre los pobres en Inglaterra o la ley sobre las obras piadosas acerca de la prostitución en Italia, o cuando se legisle sobre las relaciones jurídicas que se derivan de la aviación, no se han formulado o no se formularán reglas exnovo?"

No quiero cansar a la Asamblea insistiendo en este aspecto, pero creo haber demostrado - y lo voy a probar con la Constitución en la mano - al señor licenciado Romero Courtade, lo que sigue:

El C. Romero Courtade, interrumpiendo: ¿Y por qué a mí?

El C. Romandía Ferreira: Porque es usted el presidente de la Comisión y el que ha sostenido el criterio de perfección. En el artículo 123 de la Constitución, se deja en la imposibilidad de enumerar todos los casos, un último caso general para que puedan caber las conquistas futuras de los obreros. Y no me va a decir usted que el artículo 123 no es socialista o que es derecho privado individualista.

Dice:

"Artículo 123. Fracción XXVII. Serán condiciones nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato:

"a) Las que estipulen una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo;

"b) Las que fijen un salario que no sea remunerador a juicio de la Juntas de Conciliación y Arbitraje;

"c) Las que estipulen un plazo mayor de una semana para la recepción del jornal", etc., y "h) Todas la demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio de los trabajadores...."

"Todas las demás", es decir aquí cabe la posibilidad de que se establezcan nuevas normas y de que nuevas estipulaciones vengan a favorecer a los obreros.

¿Y eso dónde puede hacerse? En las leyes.

Demostrado ya con la lectura anterior que no fue criterio individualista, retrasado, como decía la Comisión, sino criterio eminentemente socialista y nuevo el que me inspiró, e individualista y retrógrado el que inspiró a la Comisión, voy a entrar a otro punto, al segundo.

Cuando el señor licenciado Santos Alonso, estimable compañero de Cámara, me interpelaba el viernes pasado, me dijo: "Señáleme un caso concreto que se haya escapado a los legisladores, a la Comisión especial y entonces creeré que tiene razón en proponer una quinta fracción general o la supresión total del artículo, por inútil."

Yo en ese momento le dije que carecía de la capacidad suficiente para, en un momento dado, decirle cuáles eran los casos que se habían escapado a la Comisión, pero que podía darse ese caso y que, de todas maneras, era conveniente pusiésemos esa fracción allí para no cerrar el paso a la evolución del derecho obrero. Y aquí el señor licenciado Praxedis Balboa, miembro prominente de la redacción del Código de Trabajo y de su estudio, me va a hacer el favor de decirme, como hace un momento me lo dijo, si no ha encontrado ya en pocas horas dos casos que no están comprendidos en las cuatro fracciones propuestas, y conste que hoy lunes ya encontramos lo que el viernes no pudimos encontrar de momento. Y casos semejantes pueden darse para el futuro.

¿Puede el señor licenciado Balboa decir a la Asamblea cuáles son los casos no previstos que ha encontrado?

El C. Balboa: Contestando la pregunta que formula el compañero Romandía Ferreira, debo manifestar que lo relativo a Agencias de Colocaciones y Responsabilidades de Funcionarios, no puede, de ninguna manera, encajar dentro de los requisitos que se establecen en el artículo 1o. como lo propone la Comisión y que, por lo tanto, yo abundó en la opinión del compañero Romandía Ferreira: que ese artículo, redactado en la forma en que se encuentra, está incompleto, porque no abarca todas las cuestiones de que trata el Código de Trabajo.

El C. Romandía Ferreira: Muchas gracias.

Agencias de Colocaciones y Responsabilidades de Funcionarios no están comprendidas en las cuatro fracciones. Por eso señalaba yo la posibilidad de que, a pesar de la sabiduría de la Comisión, algo se hubiese escapado. ¿Por qué? Porque los legisladores de todo el mundo han dicho que es imposible evitar las lagunas en el derecho, en el terreno jurídico.

Yo sostengo criterio contrario a la Comisión en esta vez, pues considero que el Derecho Industrial es derecho privado y no público, de orden público, de interés público, pero no Derecho Público.

El Derecho Público se ocupa exclusivamente de organizar el Estado, y aun cuando el artículo 123 figura en nuestra Constitución, ya alguna vez le hemos negado ese carácter, -y el señor licenciado Vera Estañol, que es autoridad en la materia, considera que no son de derecho constitucional el artículo 27 ni el 123 por su contenido, a pesar de que nosotros, por razones de orden histórico y práctico que todos conocemos, los hemos incluído allí -; creo que la Asamblea se ha penetrado que no se trata de mostrar si la Comisión tiene más o menos sabiduría que el resto de la Asamblea, y la misma Comisión debe convenir en que todos somos falibles.

Si los curas dicen que el Papa es infalible, y nosotros nos reímos de ese concepto a pesar de que

sólo se refiere a cuestiones espirituales, ¿qué habremos de decir de cuestiones materiales, de casos de legislación? En resumen, sí cabe el peligro que yo he señalado; si la Asamblea, según el cuentecito que le colgaba a Aristóteles el compañero Romero Courtade, diciendo que un buey voló, acepta la posibilidad de que fuera cierto, vamos a ponernos en el caso de que pudiera volar el buey. (Risas).

El C. Santos Alonso, interrumpiendo: O nosotros, sin ser bueyes. (Risas).

El C. Romandía Ferreira, continuando: O que volemos nosotros, sin ser bueyes, como dijo el compañero Alonso. Hace cerca de treinta años hubiéramos creído un disparate, un absurdo, pensar que pudiera hacerse, como lo hizo Lindbergh, un viaje a Europa en un día; pero quién sabe si con el tiempo nos encontremos por la mañana en Samborn's y podamos decir: "Hasta luego, compañero, que voy a Washington; a la tarde nos vemos." Puede suceder, puede presentarse este caso; ya se ha estado estudiando el vuelo de la gaviota y se ha hecho un avión que vuela igual a las gaviotas. ¿Quién puede detener el progreso social? Nadie, absolutamente nadie. Pues igual ocurre en la legislación.

Para terminar, voy a insistir en este aspecto: yo no he encontrado en toda mi vida de abogado, un solo código en que se defina el objeto del mismo. Simplemente se dice: "Es de observancia general en la República; se aplicará por tales y cuales autoridades."

El nuevo Código Penal, que por cierto es muy malo, publicado el día de ayer o de anteayer, dice:

"Este Código se aplicará, primero, por las autoridades del orden común; segundo, por las autoridades del orden federal....", etcétera. Pero no dice:

"Este Código tiene éste o este otro objeto".

¿Por qué entonces se pretende encerrar en una definición todo el objeto del Código del Trabajo? Seguramente que algo se quedará fuera, o tendrá que ser la definición un verdadero discurso.

Para esos casos está la exposición de motivos.

Por lo anterior, yo propongo a la Cámara, ya sea que se me ordene por la Asamblea que retire la proposición en el sentido de que se agregue la fracción que pido, diciendo: "Y en general todos los demás casos que afecten las relaciones entre el capital y el trabajo no previstos en las fracciones anteriores", o que se suprima de plano el artículo 1o. por inútil; si la Asamblea no quiere retirar el artículo 1o., cuando menos que se agregue otra fracción que diga: "Y en general, todos los demás casos que afecten las relaciones del capital y el trabajo y que no estén previstos en las fracciones anteriores", porque así no cerramos este Código a la vida siempre cambiable.

Terminada mi exposición a este respecto, me permito sugerir a la Comisión esto: que cuando vea que uno de nosotros le hace una sugestión, no crea que se trata de hacer privar criterio propio contra viento y marea, sino que esa sugestión está inspirada en el deseo de que salga el Código lo mejor posible en beneficio del país; que no tratamos aquí de demostrar que somos sabios, pero que ella, la Comisión, se coloque también en ese humilde papel de oidora, de escuchante de las opiniones que aquí se emitan. De otro modo, yo habré de creer -porque esa impresión me causó la terminante declaración del compañero Mendoza González el viernes cuando dijo: ¡A votar! ¡A votar!- que este señor, estimable compañero mío, quiere colocarnos a los diputados en aquella situación de que hablara el famoso Marqués de Croix, ministro de Carlos III, cuando hablando para los habitantes de la Nueva España, dijo esta frase conocida que figura en todos los textos de historia: "De una vez para lo sucesivo, sepan los súbditos del Rey de España, que nacieron para callar y para obedecer, y no para discutir los asuntos del Gobierno". (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra el C. Santoyo en pro.

El C. Santoyo Ramón V.: Ciudadanos diputados:

Yo creo que las comisiones encargadas de elaborar el dictamen que está a discusión no tienen la facultad, por encima de la condición que tenemos de humanos, de hacer obras perfectas, ni tampoco de crear el aplauso universal en todos sus actos. Muy bien que venga a discutirse su dictamen, y para eso lo hicieron, pero yo quiero decir a ustedes la impresión que me ha causado esta discusión; concretando un poco más, lo que vino a decir el señor licenciado Romandía Ferreira. Se trata, señores compañeros, de un detalle, de una última y adicional fracción en un artículo del Código del Trabajo que es de urgente promulgación.

Se trata, insisto, de una cosa insignificante, y ya el señor Romandía Ferreira, hecho un espadachín, ha venido aquí a tirar estocadas llenas de ironía a la Comisión, a la Honorable Comisión que ha trabajado en forma verdaderamente laboriosa, y dígalo si no toda la Asamblea. (Aplausos.) ¿Qué va a suceder, señores compañeros, a la hora en que estemos discutiendo en esta Representación Nacional un asunto de fondo, una cuestión importante, uno de los pilares, digamos así, en que descansa toda la teoría del Código del Trabajo? ¿Qué vamos a hacer nosotros a la hora que se venga a discutir aquí acerca de la huelga, a la hora que se venga a discutir sobre el contrato colectivo de trabajo, puntos de doctrina, puntos importantes de doctrina? Ese día el señor Romandía Ferreira nos va a leer en esta tribuna la Biblioteca Nacional.

Yo sí hablo en nombre de la vida, en nombre de la que crece no en las banquetas, como él dice; no en las banquetas donde se paran los fifíes afuera de Samborn's, sino que hablo en nombre de la vida del obrero, de la vida de las fábricas. Los obreros nada saben del vuelo de las gaviotas ni de los cuentos del Marqués de Croix. Ellos, lo que quieren, es que exista un Código del Trabajo y no que se pierda el tiempo leyendo libros con un tono cinematográfico y con palabras que están llenas de zumo de adormideras. (Risas). No tiene derecho ningún miembro de la Representación Nacional para venir a echarle en cara a la Comisión que de este libro o del otro tomó las grandes ideas de su dictamen; las grandes ideas las habrá de tomar de donde sea necesario y sobre esta acusación de plagio muy pronto vamos a demostrarle al señor Romandía Ferreira - y digo demostrarle porque me uno a la Comisión en la responsabilidad en que

pueda incurrir en su dictamen -, vamos a demostrarle que es un calumniador....

El C. Romandía Ferreira, interrumpiendo: Pido la palabra. Para decirle a este señor que retire, conforme al Reglamento, sus palabras dentro de la Asamblea.

El C. Santoyo: Yo se lo digo a usted, señor Romandía Ferreira, donde usted guste.

El C. Romandía Ferreira: Pero afuera; aquí, en la Asamblea, respeto.

El C. Santoyo: Creo que el cargo que usted hace a la Comisión ha sido, repito, un cargo de espadachín, enteramente innecesario.

El C. Romandía Ferreira: Eso no tiene importancia....

El C. Santoyo, continuando: La Comisión ha venido a laborar con absoluta buena fe, y usted la coloca en un plano que no es admisible en los hombres caballerosos.

El C. Romandía Ferreira: Pido a la Presidencia que, por respeto a la Asamblea, retire el orador las palabras dichas aquí. Que me las diga fuera si quiere, pero no aquí.

El C. Santoyo: Yo se las digo donde usted guste.

El C. Romandía Ferreira: ¡Muy Bien! (Murmullos.)

El C. Santoyo, continuando: Volviendo al punto que estaba a discusión, insisto yo en que los obreros de las fábricas no saben del vuelo de las gaviotas ni de los cuentos del Marqués de Croix; es preciso que el Código del Trabajo sea discutido rápidamente.... (Voces: ¡No! ¡No! ¡No!) No está reñida la rapidez con el cuidado. Yo quiero que dentro del profundo cuidado, dentro del profundo cuidado y dedicación de todos nosotros, esté la rapidez, y quiero entender por esto, no la precipitación, sino el ahorro de tiempo; que no se pierda el tiempo en cuestiones baladíes....

El C. Romandía Ferreira, interrumpiendo: ¡Que no se discuta a la Comisión, porque es guanajuatense!

El C. Santoyo: Por eso puedo decir verdades, porque soy guanajuatense.

El C. Romandía Ferreira: ¡Y yo sonorense, y no me rajo! (Murmullos.)

El C. presidente: La Presidencia suplica que no se interrumpa al orador.

El C. Santoyo, continuando: Quiero explicar, estimables compañeros, que la rapidez a que yo me refiero, es solamente para el efecto de no perder el tiempo en discusiones que no tienen importancia.

Repito que existen puntos de verdadero interés, en que las pasiones habrán de chasquear más de lo que chasquean en estos momentos, y para eso debemos nosotros guardar nuestra pólvora y no gastarla en infiernitos.

Para terminar, señores, quiero suplicar a ustedes que si en alguna manera mi peroración fue descortés para la Asamblea, se sirvan disculpar a su servidor. (Aplausos).

El C. presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano Alejandro Cerisola.

El C. Cerisola: Señores diputados: Aunque yo estoy de acuerdo con el filósofo griego que decía que el que sabe definir merece el bien de los dioses, creo que el temor del opositor señor licenciado Romandía Ferreira es pueril. Se trata aquí, en el artículo 1o., de enumerar las materias de que es objeto este Código especial, es decir, el que nos mandó el Ejecutivo de la Unión, y en la enumeración que en el artículo 1o. hace la Comisión, están comprendidos todos y cada uno de los puntos que el mencionado Código encierra. No se trata de enumerar aquí, compañero Romandía, todas las modalidades que en el futuro pueda presentar el trabajo; se trata de enumerar, como decía antes, las materias del Código. Si en el futuro vinieran nuevas modalidades que no encajaran dentro de las normas que el Código establece, entonces no solamente el artículo 1o. tendría que modificarse, tendría que venir articulado nuevo, capítulos nuevos de este asunto y automáticamente quedaría modificado el artículo 1o. Debemos considerar, señores diputados, que no es muy difícil, para el que ha leído el Código, saber cuáles son las materias que trata y enumerarlas, como sabemos lo ha hecho la Comisión. Yo creo que estamos perdiendo el tiempo - es mi opinión sincera y así lo expreso - en discusiones bizantinas sobre este artículo 1o., que a nada práctico conducen.

Los trabajadores, los obreros, la nación entera, están pidiendo con insistencia la expedición del Código; no perdamos el tiempo en palabrerías que a nada práctico conducen; no perdamos el tiempo queriendo incluir dentro de las materias que el Código señala, asuntos que no señala el mismo Código. Cuando sea necesario hacer nuevos capítulos, se aumentarán y entonces, automáticamente, se modificará el artículo 1o. Tal como está aprobémoslo y dediquemos nuestro tiempo de sesiones a tratar asuntos de verdadera importancia, como son los que contiene el Código del Trabajo. (Aplausos.)

El C. presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Romero Courtade: Señores diputados:

Con toda ponderación la Comisión ha estudiado el proyecto de Código Federal del Trabajo. No ha sido Guanajuato solamente el que ha puesto su empeño, ha sido la Comisión toda; lo mismo el compañero Galván que el compañero Plancarte; lo mismo el compañero Guillermo Rodríguez que el compañero Cortina; lo mismo el compañero García de Alba que el compañero Ramírez Alfonso Francisco, todos los componentes de la Comisión han emitido en su seno, desapasionadamente, con un interés alto, el de la patria, sus puntos de vista.

La Comisión ha tenido en cuenta la voz grande, omnipotente, de la Revolución y ha recordado de una manera continua la frase de nuestro embajador y literato, cuando dice:

"Hay de aquel que en la senda cierra el oído ante la voz tremenda; hay del que escuche la voz y no comprenda...."

Y la Comisión ha creído escuchar la voz y comprender su significado. No es, pues, como dice el compañero Romandía Ferreira, sólo Guanajuato, que por pertenecer yo a aquella entidad, tal vez a mi Estado se refirió....

El C. Romandía Ferreira, interrumpiendo: Pido la palabra. Para decir a usted que no he querido

en manera alguna injuriar a Guanajuato. Entre la Diputación de Guanajuato tengo excelentes amigos, especialmente usted y el señor licenciado Mendoza González. Si yo mencioné a Guanajuato fue porque el señor licenciado Santoyo se dirigió a mí, con tanto coraje, acusándome de calumniador, porque eran miembros de la Diputación de Guanajuato a quienes yo había atacado, es decir, que yo no creo que nadie pretenda esto: monopolizar la sabiduría. Ruego a la Diputación de Guanajuato que si cree que otra fue mi intención, acepte mi excusa, excepto el señor Santoyo. (Risas.)

El C. Romero Courtade, continuando: Acepto y agradezco la explicación. El saber no tiene patria, compañero, y por eso me llamaba la atención la afirmación de usted. La Comisión viene con la atención profunda de siempre, a sostener su dictamen.

Creo, como ha afirmado el compañero Cerisola, que es ésta una cuestión baladí, sin importancia, sin significación y sin trascendencia mayor. Ha explicado la Comisión qué es lo que contiene el Código; viene, en este artículo 1o., indicando cuál es el contenido de todo él. Cree que ha hecho un resumen, lo más completo posible. Se le ha observado lo de las agencias de colocaciones. Estas vienen, empero, a tratar de regular relaciones entre el capital y el trabajo, y eso está previsto en una de las fracciones.

Por otra parte, debo decir a los señores compañeros, que como ha observado el señor doctor Cerisola, y refiriéndome a la argumentación del estimable compañero Romandía Ferreira, hecha tanto en esta ocasión como en la anterior, que de seguirse su criterio tendríamos que dejar un capítulo en blanco, compuesto de quién sabe cuántas hojas, para radio, aviación y todos los progresos que después vinieran; y esto es un poco difícil.

El C. Romandía Ferreira: O no ponerlos.

El C. Romero Courtade, continuando: Y no traemos un profeta en ancas. ¿Cuánto van a abarcar esas hojas en blanco que va a tener el proyecto? Es imposible preverlo. La observación del compañero Balboa es fundada en cuanto se refiere a la responsabilidad de los funcionarios, y la Comisión, con toda atención y con todo respeto a la Asamblea, viene a pedir permiso para retirar el artículo 1o. y adicionarlo en forma que venga a quedar comprendido este aspecto en la fracción II del mismo, añadiéndole: "organizar y determinar las funciones y responsabilidad de las autoridades encargadas de aplicar sus preceptos."

El C. Balboa: ¿Me permite?

El C. Romero Courtade: Sí, señor.

El C. Balboa: Decía usted hace un momento que lo relativo a Agencias de Colocaciones podría quedar comprendido en las normas jurídicas que rigen las relaciones entre patrones y trabajadores.

Yo lamento no sustentar el mismo criterio que su señoría en este particular; pero si hubiera de prevalecer ese criterio suyo, yo también, con el mismo, sostendría que establecer los requisitos a que deben sujetarse los sindicatos obreros y patronales para poder ejercitar los derechos que la Ley les concede, puede también entrar dentro de ese criterio, en la primera fracción; porque a los sindicatos se les fijan derechos frente al capital, porque el sindicato, además de ser una asociación de obreros, ejerce funciones frente al patrón, y allí están marcados en los mismos capítulos, los derechos que éstos tienen con respecto al patrón; y si vamos a establecer esta relaciones del sindicato frente al patrón para tenerlas como una norma general que pudiera ser comprendida dentro de la fracción I, yo aceptaría, siguiendo vuestro criterio, que la fracción I está definiendo también la III.

El C. Romero Courtade: Lamento no participar del criterio del compañero Balboa, ya que, si estudia detenidamente los términos en que está concebida la fracción III, verá que solamente se refiere a las condiciones que los sindicatos obreros o patronales deben llenar para ejercitar los derechos, no para ponerlas ellos mismos. Hay esa lamentable confusión. Repito: la Comisión, con toda atención y a fin de adicionar con ese aspecto muy atendible, muy cuerdo, que ha presentado el compañero Balboa, pide, repito, permiso para retirar el artículo 1o. y adicionar, en la fracción II, cuanto se refiere a la responsabilidad de los funcionarios.

El C. Sánchez Lira: ¿Me permite una interpelación?

El C. Romero Courtade: Las que usted guste, compañero, si el señor Presidente lo autoriza.

El C. Sánchez Lira: ¿Usted cree que perjudicaría al fondo del artículo 1o. la adición que propone el compañero Romandía Ferreira?

El C. Romero Courtade: Creo que es la repetición de lo que dice la fracción I, compañero.

El C. Romandía Ferreira: ¿Me permite? Voy a preguntarle esto: ¿Cómo va a ser la repetición si precisamente la fracción que proponemos el compañero Bonifaz y yo, dice: "Y en general todos aquellos casos que afecten a las relaciones del capital y el trabajo no previstos." ¿Cómo puede estar previsto lo que no está previsto? Es decir, que nosotros nos colocamos en el caso de que no esté previsto.

Ya el viernes el señor licenciado Santos Alonso sostenía que todo estaba previsto, y apenas hoy, tres días después, aparecieron dos casos. Yo no tengo interés en sostener mi criterio ni en hacerlo triunfar; sólo quiero que todo salga lo mejor posible.

Quiero decir nada más esto: que si ya aparecieron dos cuestiones que, como nos dice el doctor Cerisola - él no sabía -, ya aparecieron dos casos que no estaban previstos en la fracción anterior, ¿no pueden presentarse dentro de seis meses o dentro de un año casos imprevistos, que pueden dar lugar a un debate de abogados chicaneros que arguyan que lo que no está previsto no puede ser materia de este Código? Por ejemplo, el servicio doméstico no está consignado allí.

Lo que yo deseo, simplemente, es que la Ley salga lo mejor posible.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Romero Courtade: A efecto de ganar tiempo, como dice el compañero Cerisola, la Comisión se permite retirar el artículo 1o. a discusión, para presentarlo modificado, solicitando desde luego la autorización respectiva de la Asamblea,

(Aplausos).

El C. secretario Díaz: En votación económica se consulta a la Asamblea si se permite retirar a la Comisión el artículo 1o. a debate, con objeto de presentarlo modificado. Los que estén por la afirmativa

sírvanse manifestarlo. Se permite a la Comisión retirar el artículo 1o., para presentarlo modificado.

Sigue a discusión el artículo 2o., que dice:

"Artículo 2o. Los preceptos de este Código son de observancia general en toda la República, correspondiendo su aplicación a las autoridades locales y federales que establece, en los casos y términos que el mismo señala."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión el artículo 3o., que dice:

"Artículo 3o. Estarán sujetos a las disposiciones del presente Código todos los trabajadores y los patrones, inclusive el Estado (la Nación, las Entidades Federativas y los Municipios), cuando tenga el carácter de patrón. Se considera que el Estado asume este carácter, cuando tiene a su cargo empresas o servicios que puedan ser desempeñados por particulares."

Está a discusión.

El C. Meixueiro: Para hacer una proposición.

(Voces: ¡Pido la palabra!)

El C. presidente: Se abre la inscripción de oradores.

El C. Meixueiro: Nada más es para suplicar a la Asamblea.... (Campanilla).

El C. presidente: Se suplica al compañero Meixueiro pase a inscribirse. Tiene la palabra en contra el ciudadano Fernández Martínez.

El C. Fernández Martínez: Señores diputados:

Me he inscrito en contra del artículo 3o., porque creo que en la parte donde define al Estado como patrón no está perfectamente claro. Dice así: "Se considera que el Estado asume este carácter, cuando tiene a su cargo empresas o servicios que puedan ser desempañados por particulares."

Tenemos, por ejemplo, el servicio de telégrafos, que puede ser desempeñado por particulares, lo mismo que el servicio de teléfonos. Y el Estado puede proporcionar estos servicios no como patrón, sino como servicios públicos. También tenemos el servicio de aguas que en muchas partes, principalmente en los minerales, son servicios particulares; es patrón el que regentea este servicio, y, en cambio, en otros casos, el Estado como servicio público lo presta.

Yo quisiera que la Comisión estudiara este punto y aclarara más esto, que puede prestarse a interpretaciones

Yo entiendo que no puede estimarse al Estado como patrón, cuando presta un servicio que puede prestar un particular, y que no lo hace como patrón sino como servidor del pueblo. Yo entiendo que dejando solamente la parte que define al Estado, quitándole la palabra "servicios", quedaría bien el artículo.

El C. Romero Courtade: Señores diputados: La Comisión lamenta disentir del criterio del compañero Fernández Martínez, ya que creo que debemos de dar la mayor suma de facultades, sin que se subvierta la finalidad del Estado, a los obreros del mismo.

La iniciativa del señor Presidente de la República, con una gran amplitud de criterio y con una alteza de miras que la Comisión, como esta Honorable Cámara, ha estimado profundamente, determina con toda claridad que cuando no se trate de una función originaria o que corresponda esencialmente al Estado, deben otorgarse a los servidores públicos todas las características del obrero en general.

¿Por qué no hacer que los compañeros de Artes Gráficas, cuya función no es esencial del Estado ni originariamente corresponde a éste, tengan los beneficios de la Ley? ¿Por qué no hacer que los maestros de escuela, como han sostenido en su congreso recientemente celebrado, queden comprendidos entre los preceptos mismos de la Ley? ¿Por qué restringir más allá de lo que debe ser, de lo que es y se realiza? Coahuila nos ha puesto el ejemplo; Puebla lo ha seguido. ¿Por qué obrar con un criterio restrictivo, terminantemente restrictivo, nosotros que nos preciamos de revolucionarios y que estamos constantemente indicando que debe darse al servidor la mayor suma de beneficios y facultades? Se me dice de los telégrafos, y olvida lamentablemente el compañero que existe un artículo, el 28 constitucional, que los declara monopolio de Estado y que por tanto no pueden quedar comprendidos aquí.

El C. Fernández Martínez: ¿Y los teléfonos?

El C. Romero Courtade: Los teléfonos son servicios públicos, y aun cuando usted no le guste, están sujetos a las disposiciones del artículo 123 y no pueden declararse en huelga así como así, sin llenar los requisitos de aviso previo y demás que se establecen en el propio artículo.

Creo, señores diputados, que el artículo está amplio, es general, está bien concebido y amerita su aprobación, aprobación, repito, que el señor Presidente de la República ha solicitado, tomando en cuenta los orígenes, antecedentes y funciones del Poder Público.

El C. presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Zavaleta.

El C. Zavaleta Rufino: Señores diputados: No vengo a esta tribuna precisamente a hablar en contra del artículo 3o. que se discute, vengo solamente a hacer una aclaración que se impone y a pedir también respetuosamente a la Comisión dictaminadora otra declaración que en seguida expresaré.

Nadie de vosotros ignora, compañeros, que la Confederación de Obreros y Campesinos de Oaxaca presentó algunas observaciones al Código del Trabajo ante la Comisión dictaminadora. Entre esas objeciones aparece la que se hace al artículo 3o. del mismo Código, pidiendo que a los servidores del Estado se les considerara como trabajadores u obreros y que disfrutaran de los mismos derechos de los demás trabajadores.

Quiero, pues, también que todos ustedes sepan que la Confederación de Partidos Socialistas de Obreros y Campesinos de Oaxaca, no se inspiró en móvil político de ninguna naturaleza para hacer esa objeción; que tampoco se basó en fundamentos constitucionales que dieran lugar a más o menos largas discusiones, que quiso evitar, en un asunto de tanta trascendencia, como es la discusión del Código de Trabajo. La Confederación, señores, al hacer esa solicitud, se basó única y exclusivamente en el punto de vista social: el mayor bien para el mayor número, y por eso deseaba que el mayor número de trabajadores estuvieran considerados

entre las obligaciones y derechos que el Código de Trabajo estipula para los demás trabajadores.

La Diputación de Oaxaca ha recibido instrucciones expresas de la Confederación de Partidos Socialistas de Obreros y Campesinos, para declarar terminantemente que al hacer esa objeción solamente se inspiró en los postulados sociales antes expresados, y que cualquiera que sea la denominación que en el terreno socialista se le quiera dar a la objeción, no tuvo más móvil que buscar el mayor bien posible para el mayor número de trabajadores. Ahora bien, la Diputación de Oaxaca, haciéndose eco del sentir de la referida Confederación, vería con agrado y desea que los derechos que se concedan a los servidores del Estado se establezcan en un código especial, llámese Ley del Servicio Civil o de empleomanía; para nosotros el nombre es lo de menos.

Lo que nos interesa es que los derechos de los servidores de la Nación se establezcan y se reconozcan en una ley, pues sería verdaderamente penoso que nosotros, dejáramos a los servidores del Estado como siempre, esperando y esperando que su situación mejore para cuando se expida una nueva ley, es decir, por tiempo indefinido.

Yo he sido empleado y sé lo que se sufre en la empleomanía; yo he oído, de labios de mis compañeros de oficina estas palabras: "para triunfar, esperemos que podamos luchar como luchan nuestros hermanos los obreros." Y como en este momento vienen a mi memoria esas frases llenas de fe y esperanza, yo digo a vosotros, compañeros diputados: apresurémonos a expedir la ley relativa tan pronto como se termine la expedición del Código del Trabajo. No matemos esas esperanzas, que cuando está pronta la voluntad, no escasean los caminos.

Señores, he dado a conocer a ustedes cuál es el sentir de la Confederación de Obreros y Campesinos de Oaxaca y de la Diputación oaxaqueña; ahora, muy en lo personal, voy a referirme a la declaración que suplico respetuosamente a la Comisión dictaminadora se sirva hacernos. Todos sabemos, señores diputados, que entre los servidores del Estado no sólo hay oficinistas y obreros o trabajadores que sirven al Estado en plena función de gobierno, sino que también hay muchos que realmente debieran denominarse obreros más bien que empleados y que desempeñan funciones de muy distinta naturaleza, funciones, trabajos que no afectan en lo absoluto a la función gobierno ni a la vida misma del Estado, como son los mozos, albañiles, trabajadores, mecánicos, barrenderos, jardineros, etc. Los trabajos de estos señores y la interrupción de sus servicios que en nada afectarían la función gobierno, ni afectarían tampoco la vida del Estado; por tanto es justo que figuren estos señores en el Código del Trabajo, puesto que desempeñan las mismas funciones, tienen los mismos riesgos, sufren los mismos accidentes que los demás trabajadores. Nadie podrá negar que no hay diferencia entre un albañil que se cae de un edificio oficial y otro que sufre un accidente en un edificio comercial. Por estas consideraciones, ruego atentamente a la Comisión dictaminadora se sirva hacernos la declaración pedida a fin de que conste en el DIARIO DE LOS DEBATES y no haya lugar a dudas posteriormente en la aplicación de la Ley. (Aplausos).

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Meixueiro.

El C. Meixueiro: Señores compañeros: Se discutía aquí el artículo 3o. del Proyecto del Código Federal del Trabajo y encontramos que quienes vienen a impugnar este artículo, en realidad no presentan objeción alguna seria, sino que, por el contrario, se limitan a hacer patente, a expresar desde esta tribuna el deseo que en cada uno de nosotros se encuentra ya, y el deseo que viene en la exposición de motivos que hace el Ejecutivo de la Unión, cuando dice que debe darse una ley de servicio civil para que los empleados del Gobierno también disfruten de todas las prerrogativas a que tienen derecho; pero seria mal visto de parte de nosotros, así lo creo, que no entrásemos por un momento un poquito al fondo de la cuestión y tomásemos las dos objeciones principales que se oponen para aprobar el artículo 3o. tal como lo presenta la Comisión en su dictamen. Esas dos objeciones principales son las siguientes: la primera, que dentro de los términos del artículo 123 de la Constitución General de la República se considera a todos los servidores, ya sean del Gobierno o particulares, del mismo modo y con las mismas prerrogativas y ventajas, que ese fue el espíritu que animó a los constituyentes y que de ninguna manera pueden excluirse del Código de Trabajo las ventajas, las facilidades que se dan como obreros a los servidores del Gobierno. La segunda que presenta, si mal no recuerdo, la Confederación Regional Obrera Mexicana, es la siguiente: que no va de acuerdo con la tendencia socialista de nuestros días de declarar al Gobierno no como patrón sino en unos cuantos de sus aspectos y negarle a los servidores de él las ventajas de que gozan los demás obreros asalariados. Pues bien, señores compañeros, respecto de la primera objeción que se hace en los términos siguientes, de que el artículo 123 sólo excluye en su fracción XVII a los servidores de la Nación cuando son asimilados al Ejército o en caso de guerra, debo contestar que de ninguna manera ese artículo 123 fue hecho para todos, fueran servidores de la Nación o servidores de particulares. En primer lugar, el espíritu que animó todos los discursos del Constituyente, al margen del artículo 5o. de la Constitución General de la República, que es donde se han venido a dilucidar las cuestiones del trabajo, el espíritu que campeó en todos esos discursos se refiere, al hablar de obreros asalariados, no a aquellos que sirven a la Nación, al Gobierno, sino a aquellos que están a sueldo dado por empresas particulares. En segundo lugar, señores, si fuera esa la interpretación, la que pretende la Confederación Regional Obrera Mexicana, si fuera esa la interpretación que debiera darse al artículo 123 constitucional, yo pregunto a las compañeros obreros: ¿qué piensan que sucedería si a la Nación, como empresa, como patrón, se le marcara la obligación de que en el caso de estar sus oficinas dentro de las poblaciones, como lo estipula la fracción XII del artículo 123, de proporcionar habitación a cada uno de sus empleados, cuando estos fueran en número mayor de cien? Cada Secretaría necesitaría tener

edificios especiales a cargo de la Nación, del Estado, que pesarían directa o indirectamente sobre los contribuyentes. ¿Qué piensan los compañeros obreros que hacen esta objeción, cuando lean la fracción XX del propio artículo 123? Dice así:

"Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo se sujetarán a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje, formada por igual número de representantes de los obreros y de los patrones y uno del Gobierno."

Aquí estaría el Gobierno como patrón, compañeros; tendría dos representantes; luego entonces que el Gobierno decidiera de una vez. Si seguimos examinando las fracciones del artículo 123, encontraremos en los discursos que al margen de él se pronunciaron en 1917, que impiden que el Gobierno sea considerado como patrón. Observemos, además, que de conceder los mismos privilegios al obrero que al empleado a las órdenes del Gobierno, impondríamos una carga de tal modo absurda al Gobierno de la República, que nosotros mismos después nos arrepentiríamos cuando tuviésemos que votar nuevos impuestos para que la Nación pudiése sobrellevar esa carga. En segundo lugar, compañeros, la objeción sería que podría tomarse por el momento es esta otra: Que el proyecto va en contra del espíritu socialista que nos anima actualmente. La misma Confederación que presentó esta serie de objeciones nos dice, entre otras cosas, que ese socialismo debe entenderse como la serie de facilidades a la colectividad, con las restricciones necesarias para la vida de la misma, pudiendo poner como punto principal esa serie de restricciones que se hacen a las libertades colectivas o a las libertades individuales. Pues bien, señores, la Comisión al presentar su dictamen como lo presentó se ha guiado por ese espíritu: el de restringir donde es necesario restringir; el de prohibir donde es necesaria la prohibición; el de no dar las libertades que no han sido, que no son verdaderamente necesarias de darse. Por lo demás, estimables compañeros, debo advertir una cosa: nosotros debemos entender como uno de los puntos principales de orgullo obrero y de orgullo nuestro también, que el Derecho Industrial en nuestro país va haciéndose a base de un derecho consuetudinario previo; que no es el derecho industrial de nosotros, el derecho obrero de nosotros, lo que han sido la mayoría de nuestras leyes que van forjándose nada más en la mente de los legisladores y que no encuadran con la realidad. No, aquí estamos tomando de la realidad lo que vamos a plasmar en normas, aquí estamos sacando de la realidad de la vida práctica lo que va ser el precepto absoluto de la ley. Pues bien, señores entre nosotros nunca ha sido costumbre que los servidores del Gobierno sean considerados como obreros y es necesario seguir lo que nos ha marcado la costumbre; y para que el orgullo quede en las masas obreras y entre nosotros también, debemos entender que el día que conquisten los servidores del Gobierno el derecho a las prerrogativas de que gozan los obreros, la Cámara de Diputados, que seguirá siendo revolucionaria, habrá de darles el derecho que ellos hayan conquistado. (Aplausos.)

El C. Camarena: Señores diputados: Hay para mí en el artículo que está a discusión un punto sumamente interesante. Efectivamente, como se acaba de indicar aquí en esta tribuna, hace poco tiempo se efectuó en la capital de la República un Congreso de Maestros, del cual todos ustedes tuvieron conocimiento, porque la prensa de la capital dio a conocer sus trabajos en forma amplia, y en él se trataron asuntos de suma trascendencia para el porvenir del profesorado; y uno de los puntos que se trató allí fue éste: nombrar una comisión con el fin de que se acercara a la Honorable Cámara de Diputados a fin de suplicarle que tuviera en cuenta uno de los anhelos de un grupo muy respetable de ese profesorado que estuvo allí en el Congreso, consistente en que se considerara a los maestros exactamente con las mismas prerrogativas que los trabajadores tienen. Esta idea se discutió ampliamente en el seno del congreso y logró abrirse paso, logró triunfar. Como está a discusión el artículo 3o., entiendo que viene muy a propósito hacer una pregunta a la Comisión, y como veo que en seguida el licenciado Romero Courtade, miembro prominente de esa Comisión, va a venir a la tribuna para contestar algunos de los puntos de la discusión anterior, deseo suplicarle que, en nombre de loa Comisión, tenga la bondad de indicarme si es posible que a los maestros que han sufrido mil vejaciones, que han tenido un verdadero calvario y que desean asegurar su estabilidad en alguna forma y tener armas con qué defenderse; si los maestros podrán quedar comprendidos dentro de esta ley, asimilados a los obreros, con todos los derechos de que éstos disfrutan, incluyendo hasta el derecho de huelga. Resultaría en vano recordar a ustedes que tengo el honor y el orgullo de ser maestro, y que esta ocasión vengo representando a todos mis compañeros de grupo. De manera que al hacer uso de la palabra brevemente en esta ocasión, lo hago como un representante de los maestros, pidiendo desde luego a la Honorable Representación Nacional se sirva tener en cuenta los anhelos del profesorado para que en una forma o en otra se tomen en consideración sus propósitos dentro de este período ordinario de sesiones, de tal manera que si es posible considerar y aprobar la petición que formularon aquí, ante la Honorable Cámara de Diputados, dentro de la Ley del Trabajo se haga así; y si no, entonces que la Comisión se sirva indicar en qué forma se va a resolver este asunto. De todas maneras, me hago intérprete del sentimiento y de los propósitos del profesorado al querer tener una previsión y una arma de defensa para sus propios intereses.

El C. Romero Courtade: La Comisión se permite informar al compañero, señor profesor Camarena y al compañero Zavaleta, - primero al segundo que al compañero Camarena - que los servicios de limpia en la ciudad por ejemplo, los desempeñados por obreros, han sido y siguen siendo considerados como relaciones entre patrón y trabajador. En nuestra capital de la República lo vemos a diario realizado, lo vemos a diario efectuándose. Es más, voy a citar uno de tantos precedentes que se han sentado recientemente en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que reviste un interés capital

y en donde se ve la alteza de miras del señor Presidente: un individuo fue separado de la oficina del Control Eléctrico, ocurrió a la Junta se declaró competente para conceder del negocio, lo tramitó bajo todas sus normas y, por último, falló que el Control debía reponer en su puesto a aquel empleado o indemnizarlo con tres meses de salario. Al ir a ejecutarse esta resolución de los tres meses de salario, la Secretaría de Hacienda indicó que no había partida a qué cargar esa suma de dinero y el presidente Portes Gil, dijo: "Cúbrase". Tiene perfectamente sentado un criterio sobre el particular, lo mismo que en lo relativo a limpias, jardines, etcétera.

El señor profesor Camarena debe recordar que en seno del Congreso de Maestros se estudió esta función, se dijo que no era función del Estado sostener escuelas; que en el artículo 3o. de la Constitución General de la República procedieron con gran acierto; que el artículo 3o., repito, establece que la enseñanza que se imparta en las escuelas públicas debe ser laica; luego no limita a éste la facultad de tener escuelas. Segundo, dice que los padres tienen la obligación de enviar a sus hijos a escuelas públicas o privadas. Y, por último, el artículo 73, en su parte final confiere al Congreso de la Unión facultades para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, etcétera. No es función esencial, original del Estado y por eso los maestros, a mi juicio con grande acierto, se estimaron, como yo lo estimo, comprendidos dentro del artículo 3o. tal como lo propone la Comisión. (Aplausos).

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Orozco.

El C. Zavaleta: Para una aclaración. La Diputación oaxaqueña se siente satisfecha con las declaraciones hechas por el compañero Romero Courtade porque era el único deseo que tenía: que se hiciera la aclaración respectiva de que todos esos servidores del Gobierno cuyos servicios no afectan en nada la buena marcha administrativa, cuando se interrumpen, estaban incluídos en el Código del Trabajo.

El C. Orozco David: Señores compañeros: Estoy de acuerdo en los términos en que la Comisión propone el artículo 3o. a discusión, porque debemos tomar las cosas tales como son en el momento en que se legisla. Conociendo nuestro medio y nuestra situación, cómo se ha formado la burocracia actual, cómo se nombra a los empleados de Gobierno, la falta de carrera civil, de escalafones que existe en nuestra organización administrativa y burocrática; si se concedieran desde luego las mismas facultades de organizarse a los empleados civiles como a los obreros, en este caso serían los actuales empleados los que se sindicaran y resultaría no un Gobierno constitucional, conforme a las teorías que hoy imperan, sino un Gobierno entrante, el jefe de un ministerio, tendría que gobernar con una masa burocrática organizada, y sus órdenes, en todo el escalafón de papelaje que se hace, se perderían por los acuerdos de los sindicatos, de sus inferiores, a quienes no se podría remover libremente. Hay, además, otras causas de orden social, de la marcha que el Gobierno debe dar a su administración, a la educación popular, a la corriente revolucionaria. En la actualidad, compañeros, en algunas Secretarías de Estado todavía quedan restos de elementos reaccionarios, de mala fe, que están allí emboscados, y sería esa burocracia la que dominaría y el sistema de gobierno sería burocrático en vez de representativo popular. Un médico amigo mío que se dedica al psicoanálisis, señalando las lacras de la burocracia, me decía que haciendo una estadística, había cifras pavorosas de altos empleados y secundarios también, que tienen grandes habilidades, pero que son invertidos. Quería él ver cuáles eran esas habilidades. Esto es cierto. Por lo que ve al Congreso de Maestros que acaba de pasar, efectivamente hubo ideas claras y lúcidas y se trató de puntos trascendentales para la educación y en bien de los propios maestros. Desgraciadamente ese Congreso, -y para el compañero Camarena debe ser muy conocido el caso - lo dirigió un elemento que no es profesor: Lombardo Toledano. Fue el tuerto entre los ciegos, él fue quien dirigió todo ese Congreso de Maestros, él fue quien impuso sus deseos, él fue quien impuso su criterio y sus tendencias político - futuristas....

El C. Camarena: En algunos puntos nada más.

El C. Orozco, continuando: Pues algunos maestros festivos lo dicen, que es el tuerto entre los ciegos. Es lo que tenía que decir.

El C. secretario Díaz: Habiendo hablado todos los oradores inscritos para el artículo 3o., en votación económica se pregunta si se considera el asunto suficientemente discutido. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. Se procede a recoger la votación nominal del artículo 3o. (Voces: ¡Falta el 2o.!) Como el artículo 2o. no tuvo debate y el 3o. Por la afirmativa.

El C. secretario Santoyo: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Díaz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Quedó aprobado el artículo 3o. por 140 votos de la afirmativa contra 3 de la negativa.

La Comisión presenta reformado el artículo 1o. en los siguientes términos:

"Artículo 1o. El objeto de este Código es:

"I. Fijar normas jurídicas que rijan las relaciones entre patrones y trabajadores y reglamentar legalmente las condiciones en que el trabajo deba realizarse;

"II. Organizar y determinar las funciones y las responsabilidades de las autoridades encargadas de aplicar sus preceptos;

"III. Establecer los requisitos a que deben sujetarse los sindicatos obreros y patronales para poder ejercitar los derechos que la Ley les concede, y

"IV. Fijar el procedimiento para la aplicación de esta Ley y las sanciones aplicables a la infracción de sus disposiciones."

Está a discusión.

El C. Romandía Ferreira: Pido la palabra en contra.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Romandía Ferreira.

El C. Romandía Ferreira: Señores diputados:

Voy a ser brevísimo. Simplemente quiero hacer notar que el señor doctor Cerisola vino aquí a dar algunas razones, ignorante de las objeciones que había encontrado el señor diputado Balboa; él mismo nos dijo que no sabía que se hubieran encontrado nuevas después del viernes. Simplemente quiero salvar la responsabilidad personal que cada uno tenemos, porque hay que insistir en esto: venir a hablar a la tribuna no es exhibicionismo, ni un derecho; es una obligación que contrajimos al se electos diputados del Congreso de la Unión, porque para eso vienen los legisladores a exponer sus ideas. Quiero hacer hincapié en que no he lanzado ninguna injuria a los miembros de la Comisión, y ya al principiar a hablar dije que si en alguna forma se consideraba que la manera de expresarme era un poco irónica, era así mi manera de ser, porque no podía yo, por ejemplo, como acostumbran algunos seminaristas, contestar como en el Catecismo del Padre Ripalda: "¿Cuántos son los mandamientos de la ley de Dios, niño?" -"Son diez padre". ¡No, señores! Vamos a poner toda nuestra juventud, toda nuestra fe en la Revolución, todo nuestro deseo de servir al país al formular esta ley. Yo no vengo en manera alguna con el propósito de derrotar a la Comisión; lo que menos me interesa es esto; pero sí insisto en que después de que la Asamblea dos veces ha encontrado el dictamen de la Comisión no ajustado a la realidad, después de que se tuvo que retirar el viernes; después de que se ha tenido que retirar hoy para hacerle modificaciones, insisto en que si encontró el diputado Balboa dos aspectos que no habían sido considerados el viernes pasado, no se puede decir, como se dijo, que la obra era perfecta. Vuelvo a insistir en que el sistema de enumeración en una ley es absolutamente peligroso, y no estoy de acuerdo con el criterio del compañero Cerisola, cuando dice que simplemente dentro de lo contenido en el Código, pues precisamente dentro de lo contenido en el Código encontramos que faltaban dos aspectos y puede presentarse este otro caso que consiste en esto: el artículo 1o. en la forma de cuatro fracciones en que está concebido, pude cerrar el paso a la formación del derecho consuetudinario obrero. Recalco este aspecto, porque ustedes saben perfectamente que antes de que existiera la legislación del trabajo, desde 1917 y especialmente durante el Gobierno del general Obregón y del general Calles, que prestó todo su apoyo a las organizaciones obreras, se viene formando el derecho consuetudinario. Las razones de la delegación obrera son éstas; ellos dicen: nosotros no queremos que el Estado cierre el paso a lo que nosotros podamos lograr dentro de las conquistas obreras y digo esto: si mañana hay la posibilidad de que cierta jurisprudencia obrera se venga creando y hay necesidad de que esa jurisprudencia se adicione al Código, será imposible hacerlo, porque los abogados chicaneros se acostumbrarán a decir que en la materia del Código de Trabajo no están comprendidas tales y cuales cosas; por tal motivo, dirán ellos, nosotros no oponemos y pedimos amparo contra la disposición que ordena aplicarlo. En esas condiciones yo insisto en este punto nada más.

Yo creo que no tiene razón la Comisión al haber hecho asunto de amor propio conmigo; que se desentienda de mí; que se desentienda absolutamente de quién soy; que no tome en cuenta la poca simpatía que pueda tener entre ellos, sino simplemente esto: que se trata de servir al país. Y en estas condiciones es preferible hacer una ley que tenga la flexibilidad necesaria para que no se oponga al paso de la vida, que es aplastante, que no podrá detenerse por el Código; pues de otro modo, lo único que ocurrirá es que el Código quedará fosilizado y petrificado al igual que aquellos artículos de las constituciones de 24, de 36 y de 43 que determinaban que la religión católica era y sería perpetuamente la del pueblo mexicano. Vino la de 57, las ideas de la Reforma derribaron aquéllas y hubo necesidad de hacer un nuevo Código para cambiar el contenido de aquellas constituciones. Es preferible, pues, para mí, que se adicionara el artículo a discusión con una fracción general diciendo: y, en general, todos los demás casos que afecten a las relaciones del capital y el trabajo, no previstas en las fracciones anteriores. Es todo lo que tengo que decir.

El C. presidente: Tiene la palabra el ciudadano Orozco.

El C. Orozco: Señores compañeros: La discusión que apasionó en momentos pasados, en realidad no tendría motivo para ser así, puesto que se trata casi de un asunto técnico, que el compañero Cerisola tocó muy acertadamente, diciendo - no sé si con las mismas palabras - que era cosa de sabios o de dioses encontrar definiciones. Y efectivamente, señores, conforme a las reglas lógicas del entendimiento, definir un nombre general, pongamos por ejemplo el Código de Trabajo, es expresar toda la connotación de esa palabra o de ese nombre general, y podríamos decir: el Código de Trabajo es el que se refiere a esto, y vaciar en la misma definición todo el Código. Sería, dentro del aspecto de nuestro Código, una definición perfecta.

Dentro del orden lógico, las reglas lógicas del pensamiento dicen que para definir un nombre debe expresarse el género propio y la diferencia. Esto como regla escolástica que ni los siglos ni la sabiduría han cambiado y que los explotaron esta materia encuentran deficiente, porque en las altas categorías no hay género próximo, ni en las íntimas especies hay diferencia. En consecuencia, para definir una palabra como lo ha hecho acertadamente la Comisión, que ha tomado únicamente uno de los aspectos de la ley, es decir, el objeto de ella y su artículo 1o. es tan amplio que cualquiera circunstancia que no estuviera prevista en la propia definición, cabría en ella, porque es altamente general. Posiblemente la Comisión, siguiendo las reglas lógicas del entendimiento, se ha fijado en los puntos salientes dentro de las normas jurídicas del Código para expresar cuál es el objeto del que nos ocupa y ha dicho con toda claridad en la fracción I: "Fijar normas jurídicas que rijan las relaciones entre patrones y trabajadores y reglamentar legalmente las condiciones en

que el trabajo deba realizarse". En este primer inciso caben con toda amplitud todas las relaciones entre el capital y el trabajo, entre la armonía de ambos, que es una de las partes que ha impresionado a nuestro entendimiento en esta materia, y por eso la Comisión lo ha expresado así con toda precisión y con toda razón lógica. De la exploración de todo el Código, que sería la definición perfecta, se encuentra como parte saliente también, como parte substancial e importante: "organizar y determinar las funciones y responsabilidades de las autoridades encargadas de aplicar sus preceptos." 7Y como un punto medular, no únicamente del Código, sino de todo el movimiento obrero, del sindicalismo, se expresa también, para darle mayor fuerza, para robustecer más el primer inciso, que propiamente es la definición en cuanto al objeto del Código: "Establecer los requisitos a que deben sujetarse los sindicatos obreros y patronales para poder ejercitar los derechos que la ley les concede". Esta fracción III, lógicamente, no es más que un llamamiento a la atención de lo que nos está ocupando, definir un aspecto de ella que ha impresionado fuertemente a nuestro conocimiento lógico, al estudio general del Código que ya aprobamos en lo general, y es, pues, muy lógico que se exprese así, no como una limitación a otras circunstancias, a otras relaciones entre obreros y patrones, sino como un punto saliente de nuestro Código, porque era imposible sintetizar en pocas frases todo el objeto de nuestro Código. Para poder hacer una cosa lógica, tendríamos que vaciar todo nuestro Código y en la imposibilidad de hacerlo, las reglas lógicas expresan las modalidades salientes de ellas, y la Comisión lo ha hecho con razón y con lucidez.

Otro de los puntos que expone la Comisión en los objetos del Código, en esta definición informal que da al Código del Trabajo, presenta otro aspecto interesante, otro aspecto de impresión al entendimiento y a la síntesis de todo lo que es el Código de Trabajo, y expresa el procedimiento:

"IV. Fijar el procedimiento para la aplicación de esta Ley y las sanciones aplicables a la infracción de sus disposiciones."

Yo encuentro arreglado a las normas lógicas y arreglado a las reglas del pensamiento lo que ha hecho la Comisión en esta definición informal - que así lógicamente la considero -, refiriéndose al objeto de la Ley del Trabajo. Y los abogados saben muy bien, no ignoran que en las reglas del derecho, una enumeración como la actual no es limitativa, es únicamente enunciativa y así lo repiten los tratadistas en los colegios, en los libros de texto: que únicamente las excepciones deben tomarse al pie de la letra, tratándose de aplicaciones jurídicas o de derecho. En consecuencia, ha caído en un error el compañero Romandía Ferreira - y yo creo que de buena fe -, tal vez por ignorancia de la exploración general del derecho, de las normas que en los prolegómenos se aprenden en el primer año de jurisprudencia. De manera que yo creo que, con un aplauso a la Comisión, debemos aprobar este artículo tal como nos lo presenta.

El C. Romero Courtade: La Comisión, para ser muy breve, nada más quiere decir lo siguiente: que cree que se encuentran ya comprendidos en la fracción I del artículo 1o. todos los aspectos que se pueden presentar, y que la observación del compañero Romandía Ferreira me parece que debía ser motivo del capítulo en donde se habla de los juzgadores, los que van a aplicar la ley, para que en los nuevos casos que se presenten tomen todo lo que la fracción I enuncia. Esto, repito, más bien debe dirigirse a los jueces y a los tribunales de arbitraje que van a resolver estas cuestiones.

El C. secretario Díaz: Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se considera suficientemente discutido el artículo 1o. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Suficientemente discutido. Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 1o. Por la afirmativa.

El C. secretario Santoyo: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Díaz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.) Se declara aprobado el artículo 1o. reformado, por unanimidad de 143 votos.

Se pone a votación el artículo 2o., que fue reservado para votarse. Por la afirmativa.

El C. secretario Villegas: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Díaz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

Por unanimidad de 143 votos, fue aprobado el artículo 2o. del Código Federal del Trabajo.

El C. presidente (a las 20.28 h): Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 16 horas.