Legislatura XXXIII - Año II - Período Ordinario - Fecha 19291219 - Número de Diario 39

(L33A2P1oN039F19291219.xml)Núm. Diario:39

ENCABEZADO

]

MÉXICO, JUEVES 19 DE DICIEMBRE DE 1929

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II. - PERIODO ORDINARIO XXXIII LEGISLATURA TOMO V. -NÚMERO 39

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 19

DE DICIEMBRE DE 1929

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Cartera.

3.- Sin discusión y con dispensa de trámites se aprueba una iniciativa suscrita por los CC. diputados Vallejo Gómez Alfonso, Zavaleta Rufino, Mendoza González Octavio y Villegas Teodoro E., a efecto de que se celebre una sesión solemne de Congreso General, el 26 del presente mes, en la que se descubrirá el nombre del C. general Alvaro Obregón, inscrito con letras de oro en el recinto de esta Honorable Cámara; y para que se invite a dicha sesión al ciudadano presidente de la República, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al Honorable Cuerpo Diplomático; y a la Cámara de Senadores para que designe un orador para dicho acto. Se nombran las comisiones y como orador oficial al C. diputado Ramírez Alfonso Francisco.

4.- El ciudadano Gobernador electo del Estado de Nayarit, invita a la Honorable Cámara de Diputados a que nombre una comisión de su seno que asista a la toma de posesión de dicho funcionario. Se nombra la comisión. Sigue la cartera. 5.- Sin debate se aprueba un dictamen de la 1a. Comisión de Justicia, que declara justificada la petición hecha por el Ejecutivo de la Unión a efecto de que sea destituído del cargo de magistrado del Distrito Norte de la Baja California, el C. licenciado Fidel Ruiz. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. Sin discusión y con dispensa de trámites, se aprueban las siguientes proposiciones: una del C. diputado Mendoza Daniel, a fin de que se nombre una comisión que se acerque al ciudadano presidente de la República, a pedirle sea ratificada la donación que del terreno "El Diezmo" hizo en el año de 1868 el Gobierno Federal, nombrándose la comisión; y otra suscrita por varios ciudadanos representantes para que se enlute la tribuna de la Honorable Cámara de Diputados, por el fallecimiento del C. licenciado Efrén Rebolledo.

6.- Sin debate se aprueban cinco dictámenes de la 1a. Comisión de Peticiones y nueve de la 2a. que consultan varios acuerdos económicos.

7.- Se considera de urgente y obvia resolución una iniciativa del Ejecutivo de la Unión, en la que pide se le faculte para expedir la Ley sobre Aeronáutica Civil.

A discusión, sin ella, se aprueba en lo general y en lo particular por unanimidad de 146 votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. 8.- Los ciudadanos diputados Ortega Melchor, Sánchez Pineda J. M. y otros ciudadanos representantes, presentan un proyecto de decreto por el que se pensiona a la señora Amalia Moya. Considerando el asunto de urgente y obvia resolución, se pone a debate, sin él, se aprueba y se reserva para ser votado. Sin discusión y con dispensa de trámites, se reservan para su votación tres dictámenes de la 2a. Comisión de Hacienda, que consultan los siguientes proyectos de decreto: uno, que pensiona a las señoritas Victoria, Guadalupe y Gabriela García Cubas y Salazar; otro, que concede pensión a las señoras Josefina Solórzano viuda de Domínguez y Enriqueta Solórzano viuda de Torres, y otro pensionando a los deudos del extinto maestro Carlos J. Meneses; uno, de la 1a. Comisión de Hacienda, que autoriza al Ejecutivo de la Unión para que ministre al Gobierno del Estado de Tamaulipas, la cantidad de $50,000.00, que se destinarán por partes iguales, a la reparación de las carreteras que unen las poblaciones de Tula y Jaumave y de Tula a Ocampo, del Estado de Tamaulipas; uno, de la 1a. de Guerra, que pensiona a las señoritas María de los Angeles Catalina, María Esther y Luz Josefina Pérez Figueroa; otro, de la 2a. Comisión de Guerra, que concede pensión a la señorita Guadalupe Felipa Ramiro. Son aprobados por unanimidad de 145 votos. Pasan al Senado y al Ejecutivo, respectivamente, para los efectos constitucionales.

9.- Recibe el siguiente trámite una iniciativa presentada por el C. diputado Salazar Marciano C., sobre pago de la Deuda Exterior Mexicana: "Primera lectura, e imprímase."

10.- Se considera de urgente y obvia resolución una iniciativa del Ejecutivo de la Unión, en la que solicita se le faculte para expedir la Ley Aduanal. Puesto a discusión, sin ella, se aprueba en lo general y en lo particular, por unanimidad de 146 votos. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. Con dispensa de trámites y sin discusión, se reservan para ser votadas las Leyes de Ingresos de los Distritos Sur y Norte del Territorio de la Baja California. Se levanta la sesión pública y se pasa a secreta.

DEBATE

Presidencia del

C. JOSÉ SANTOS ALONSO

(Asistencia de 146 ciudadanos diputados.)

El C. presidente (a las 18 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Díaz (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXIII Congreso de la Unión, el día diez y seis de diciembre de mil novecientos veintinueve. "Presidencia del C. José Santos Alonso.

"En la ciudad de México, a las diez y siete horas y cincuenta y ocho minutos del lunes diez y seis de diciembre de mil novecientos veintinueve, con

asistencia de ciento cuarenta y cuatro ciudadanos diputados, se abrió la sesión.

"Fue aprobada el acta de la que tuvo lugar el día cinco de los corrientes.

"Cartera:

"Mensaje fechado en Mérida. Yuc., por medio del cual el C. diputado Pedro Solís Cámara solicita que con dispensa de trámites se le conceda licencia por un mes, con goce de dietas.

"Dispensados los trámites, no hubo quien usara de la palabra y se aprobó esta solicitud en votación económica.

"La Secretaría de Gobernación remite, con dos oficios, las iniciativas originales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, referentes a proyectos de decreto en virtud de los cuales se amplían partidas de los Presupuestos de Egresos correspondientes a los años de 1927 y 1928.- Recibo, y a las Comisiones de Hacienda en turno.

"La misma Secretaría remite el proyecto de Presupuesto de Egresos e Ingresos del Distrito Sur de la Baja California para el próximo año de 1930. - Recibo, y a la Sección respectiva de la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Recibieron el trámite de: "De enterado", los siguientes asuntos:

"El ciudadano presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación participa que con fecha 14 de este mes clausuró aquel Alto Tribunal su segundo período de sesiones correspondiente al primer año de su ejercicio.

"La Legislatura de Campeche comunica que con fecha 30 del mes próximo pasado clausuró su primer período ordinario de sesiones de su primer año de ejercicio.

"La Legislatura de Coahuila avisa que el día 7 del actual clausuró el primer período de sesiones ordinarias de su primer año de ejercicio.

"La Legislatura de Chiapas da a conocer la elección de su Mesa Directiva para este mes.

"La Legislatura de Chihuahua, en dos circulares, manifiesta que con fecha 5 del que cursa concedió licencia, hasta por un mes, para estar separado del Poder Ejecutivo del Estado al C. Luis L. León, designando para substituirlo al C. diputado Francisco R. Almada; y que, con fecha 12 también de este mes, aprobó un decreto por el que prorroga su primer período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio.

"La Legislatura de Nuevo León participa que el día 2 de este mes verificó la renovación de su Mesa Directiva.

"La Legislatura de Tabasco, en dos circulares, avisa que el 30 de noviembre último eligió presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva, que funcionarán durante los primeros quince días del presente mes; y que con fecha 14 del actual acordó prorrogar hasta por quince días útiles, el primer período ordinario de sesiones de su primer año de ejercicio.

"La Legislatura de Tamaulipas, también por medio de dos circulares, comunica la elección de su Mesa Directiva para noviembre, así como que, con fecha 30 de este mes, clausuró su segundo período ordinario de sesiones de su primer año de ejercicio legal.

"El C. Macario Gaxiola, gobernador constitucional de Sinaloa, participa que en virtud de licencia que le fue concedida, hizo entrega del Poder Ejecutivo del Estado al C. diputado Emeterio Carlón, quien a su vez avisa haberse hecho cargo del Gobierno en tanto dura la licencia concedida al C. Gaxiola. "Tres circulares del C. Nazario S. Ortiz Garza, en que manifiesta que con fecha 1o. de este mes se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Coahuila y que al día siguiente nombró secretario general y oficial mayor de su Gobierno, respectivamente, a los CC. Guillermo Barchelmann y Joaquín Martínez Chavarría.

"El C. licenciado Valentín Villarreal participa que con fecha 29 de noviembre último, se instaló el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Coahuila, asumiendo él la presidencia del mismo para el período de tres meses, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de esa Entidad.

"El Gobierno del Estado de Veracruz transcribe una nota de los vecinos de la Congregación de Cuyuxquihui, Municipio de Papantla de Hidalgo, relativa a que se reduzcan los impuestos de exportación sobre la vainilla, tabaco, café y frijol. - Recibo, y a la Sección de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El C. diputado César Alayola Barrera formula observaciones a la iniciativa del C. diputado Moisés A. Calderón, relativa a las reformas de los artículos 84 y 85 de la Constitución General de la República. - A sus antecedentes.

"Las señoritas Margarita y Manuela García de la Cadena, nietas del extinto general de División licenciado Trinidad García de la Cadena, solicitan pensión apoyadas por los CC. Gonzálo N. Santos, Rafael Melgar, Carlos Osuna y numeroso diputados más, quienes piden dispensa de todo trámite para el proyecto de decreto que formulan, que está redactado en los siguientes términos:

"Artículo único. En compensación a los eminentes servicios prestados a la patria durante las Guerras de Reforma y de la Intervención Francesa por el C. general licenciado Trinidad García de la Cadena, se concede a las señoritas Manuela y Margarita García de la Cadena, nietas legítimas del mencionado general, una pensión diaria de doce pesos para que la disfruten íntegra mientras no cambien de estado."

"Dispensados los trámites, se puso a debate este proyecto de decreto. No hubo quien usara de la palabra, y se reservó para votarlo después.

"Se dio primera lectura y se dispensó la segunda a cuatro dictámenes de la 1a. Comisión de Guerra y a uno de la 2a. Comisión de Guerra, que terminan con proyectos de decreto en virtud de los cuales, respectivamente, se ratifica el que con anterioridad expidió el Congreso de la Unión, que concede una pensión de cinco pesos diarios a la señora Virginia Montoya viuda de Gámez; y se otorgan pensiones: a la señorita Guadalupe Uría, cuatro pesos diarios, mientras no cambie de estado civil; a los menores Angelina Gabay, seis pesos diarios, y ocho pesos diarios, en partes iguales, a Pedro y Emma Gabay, mientras el varón no llegue a su

mayor edad, y ellas no cambien de estado civil; de cinco pesos diarios, a cada uno de los menores Jesús Demetrio y María Magdalena Ortega, mientras el primero no llegue a su mayor edad y la segunda no cambie de estado civil, y de dos pesos veinticinco centavos diarios a la señora Aniceta Ramírez viuda de Martínez, mientras conserve su actual estado civil.

"Puestos a discusión, sucesivamente, estos proyectos de decreto, no hubo quien usara de la palabra y se fueron reservando para su votación nominal. Recogida ésta sobre los proyectos anteriores, así como respecto del que concede pensión a las señoritas Manuela y Margarita García de la Cadena, reservando con anterioridad, fueron aprobados por unanimidad de ciento cuarenta y siete votos. Pasan al Ejecutivo y al Senado, según corresponde, para sus efectos constitucionales.

"El H. Ayuntamiento de Ecatepec, Morelos, invita a esta H. Cámara para la ceremonia cívica que tendrá lugar próximamente para conmemorar el aniversario del fusilamiento del caudillo de la Independencia Nacional don José María Morelos y Pavón.

"La Presidencia tuvo a bien nombrar en comisión para asistir en representación de esta H. Cámara al acto de referencia, a los CC. diputados Salvador Navarro, Angel Castillo Lanz, Juan R. Delgado, Alfonso E. Plancarte y Antonio León.

"Los vecinos de las colonias Vallejo y prolongación de Valle de Gómez de esta capital, apoyados por la mayoría de la Diputación del Distrito Federal, solicitan se reforme la Ley Orgánica del Distrito Federal en el sentido de que dichas colonias pertenezcan, como antiguamente, a la Delegación de Guadalupe Hidalgo y no al Departamento Central. - Recibo, y a la 1a. Comisión de Gobernación.

"Los vecinos de las Colonias Ex - Hipódromo de Peralvillo, Peralvillo, Vallejo, Valle Gómez y Naza, apoyados por la Diputación del Distrito Federal, solicitan que en el Presupuesto para el próximo año fiscal, figure una partida destinada a dotar a esas colonias de alumbrado público. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El C. Leopoldo Camarena usó de la palabra después de que solicitó la lectura de un documento que se refiere al memorial presentado ante esta H. Cámara con objeto de que se otorgue una pensión a los deudos del extinto maestro Carlos J. Meneses.

"Proposición del mismo C. diputado Camarena, que termina con las siguientes resoluciones:

"Primera. Inclúyase en el Presupuesto de Egresos para 1930, la cantidad de veinte mil pesos, que se destinarán para cubrir el Gran Premio Nacional del presente año.

"Segunda. El discernimiento de este Gran Premio se hará en la última sesión solemne del Congreso General.

"Tercera. Nómbrese un orador de esta H. Cámara con el fin de que pronuncie una breve oración apologética en honor de los agraciados."

"Por lo que hace al primer punto inserto, la Secretaría declaró que pasa a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"Dispensados los trámites sobre los puntos segundo y tercero, se aprobaron sin discusión y la Mesa designó como oradores, para la ocasión de referencia, a los CC. Leopoldo E. Camarena y Alejandro Cerisola.

"El C. diputado Maurilio Vázquez Melo, apoyado por numerosos representantes, presenta una moción tendente a que se incluya en el Presupuesto de Egresos de 1930 la suma de veinticinco mil pesos que se destinarán íntegramente para la construcción y terminación del camino carretero de Tlapa, Guerrero a Puebla. - A la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"La señora Guadalupe Ochoa viuda de Robles Domínguez reitera su solicitud de pensión que tiene presentada ante esta H. Cámara. Numerosos ciudadanos diputados hacen suya esta petición. - A sus antecedentes.

"Dictamen de la Sección de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, sobre el Proyecto de Ley de Ingresos del Erario Federal para 1930.

- Primera lectura.

"Con dispensa de los demás trámites se puso a debate, y sin él, se declaró con lugar a votar, en lo general, por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. A discusión en lo particular, sin ella, se aprobó este Proyecto de Ley por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la misma Sección de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta sobre el Proyecto de Ley del Impuesto sobre el Consumo de la Gasolina. - Primera lectura.

"Una vez que se dispensaron los demás trámites, no hubo quien usara de la palabra y se declaró con lugar a votar, en lo general, por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. A discusión en lo particular, sin ella, se aprobó por igual número de votos. - Pasa al Senado para los efectos de ley.

"Dictamen de la repetida Sección de Ingresos de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que consulta el Proyecto de Ley del Impuesto sobre la Producción de Petróleo. - Primera lectura.

"Como a los anteriores, a este proyecto se dispensaron los demás trámites y sin que nadie hiciera uso de la palabra se declaró con lugar a votar, en lo general, por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. A debate en lo particular, tampoco hubo quien usara de la palabra y fue aprobado por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Recayó el trámite de "A la Comisión de Puntos Constitucionales en turno e imprímase", a una iniciativa de reformas a los artículos 51 y 58 de la Constitución General de la República, que suscribe el C. diputado Moisés A. Calderón, apoyado por la Diputación de la Baja California, tendente a ampliar el período de funciones de los ciudadanos diputados y senadores al Congreso de la Unión.

"A las diez y nueve horas y treinta y cuatro minutos se levantó esta sesión pública, para pasar a secreta.

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta

si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El mismo C. secretario (leyendo):

La Secretaría de Gobernación remite nuevos proyectos de Presupuestos de Ingresos y Egresos para el año fiscal de 1930, correspondientes al Distrito Sur de la Baja California." - Recibo y a la Comisión que tiene antecedentes.

"La Secretaría de Gobernación transcribe un mensaje del ciudadano Gobernador de Quintana Roo, pidiendo que en el Presupuesto de Egresos de dicho Territorio para el año de 1930 se incluya una partida destinada como ayuda al subcomité de protección a la infancia de esa Entidad." - Recibo y a la Sección de Territorios de la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"H. Asamblea:

"Los suscritos, diputados en ejercicio, ante ustedes venimos a proponer que antes de que se clausure el período ordinario de sesiones se lleve a cabo en una sesión solemne el descubrimiento del nombre del C. general Alvaro Obregón, que esta H. Cámara mandó inscribir con letras de oro en el lugar de honor de este recinto, tal como corresponde al más alto exponente de la Revolución Mexicana.

Siendo patente la admiración y cariño que todos tenemos para el ilustre desaparecido, esperamos que con dispensa de todo trámite se sirvan aprobar los siguientes puntos de acuerdo:

"I. Celébrese una sesión solemne de Congreso General el día 26 de los corrientes en la que se descubra el nombre del C. general Alvaro Obregón, que escrito con letras de oro se encuentra en el lugar de honor de este recinto.

"II. Invítese para dicha sesión al ciudadano Presidente de la República, a los ciudadanos Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al H. Cuerpo Diplomático.

"III. Suplíquese a la H. Cámara de Senadores designe un orador en su representación.

"IV. Desígnese por esta H. Cámara un orador oficial.

"México, D. F., a 17 de diciembre de 1929.

- Alfonso Vallejo Gómez. - Rufino Zavaleta. - Octavio Mendoza González. -Teodoro E. Villegas."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Aplausos nutridos).

Con motivo del acuerdo que se acaba de aprobar, la Presidencia se ha servido nombrar las siguientes comisiones:

Para acompañar al ciudadano Presidente de la República, del Palacio Nacional a esta Cámara, así como en su regreso, a los ciudadanos diputados Gonzalo N. Santos, Gustavo González, Melchor Ortega, Manuel Téllez Sill, Adolfo Vallejo Gómez y secretario Zenón Suárez. Para hacer la invitación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los ciudadanos diputados José Moreno Salido, Luis Alvárez del Castillo, Mariano Torres H., Epifanio Castillo, José Valenzuela y secretario Teodoro E. Villegas. Para participar al Senado el acuerdo anterior, a los ciudadanos diputados Enrique Fernández Martínez, Pedro C. Rodríguez, Melesio Moreno R., Maurilio Vázquez Melo, Enrique Romero Courtade y secretario Luis Díaz; y, como orador oficial, al ciudadano diputado Alfonso Francisco Ramírez.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Debiendo tomar posesión del cargo de gobernador constitucional del Estado de Nayarit por el cuatrienio 1930 - 1933, para el cual fui electo el día 3 de noviembre último por mayoría de votos, me es altamente honroso invitar a esa H. Cámara a fin de que nombre una representación que asista al acto de la toma de protesta que se verificará el día 31 del actual, a las 24 horas ante la IV Legislatura local, en la ciudad de Tepic y pueda dar fe de tal hecho. "Al dar anticipadamente las más expresivas gracias a esa H. Asamblea Nacional por la atención que se sirva dispensarme, protesto a ustedes, ciudadanos Secretarios, las seguridades de mi consideración muy distinguida.

"México, D. F., a 19 de diciembre de 1929. - Luis Castillo Ledón, gobernador electo de Nayarit."

La Presidencia se ha servido nombrar la siguiente comisión, con objeto de que vaya a Tepic:

ciudadanos diputados Enrique Espinosa, Antioco Rodríguez, Juan G. Alvarado, Tomás Tapia, Jesús Vidales M., y Juan Abarca Pérez.

"La Legislatura del Estado de Aguascalientes participa que con fecha 16 de diciembre clausuró el primer período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo y último año de su ejercicio constitucional, dejando integrada su Diputación Permanente con las personas cuyos nombres da a conocer." - De enterado.

"Al ciudadano Secretario de la Cámara de Diputados. - Presente.

"El día 30 de los corrientes, a las 11 horas y en el Centro Cívico "Alvaro Obregón", habrá de efectuarse la solemne sesión de apertura de la Segunda Reunión Nacional de Estadística.

"Y estando prevenido en el artículo 11 de las bases a que se sujetaría dicha Reunión que "los miembros de los poderes federales que lo desearen podrán asistir con el carácter de observadores", me es muy grato al participarlo a usted, rogarle se sirva ponerlo así en conocimiento de los miembros

de esa H. Cámara, en el concepto de que la Oficialía Mayor de la Reunión ministrará, con todo gusto, a los ciudadanos diputados que con el citado carácter se sirvan asistir, los informes, resúmenes y toda clase de datos que soliciten.

"Protesto a usted las seguridades de mi muy atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- El secretario, Jesús S. Soto." - De enterado.

"El C. Francisco Ortiz Monasterio solicita, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, permiso para aceptar y usar sin menoscabo de sus derechos de ciudadano mexicano, una condecoración que le otorgó el Gobierno de la República del Perú." - Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"El C. general Juan G. Cabral solicita, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, permiso para aceptar y usar una condecoración que le confirió el Gobierno de la República del Perú."

- Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Varios vecinos de los pueblos de Cuautepec y Cruz Grande, Gro., solicitan por conducto del diputado Desiderio Borja, que en el Presupuesto de Egresos próximo se incluya una partida de un millón quinientos mil pesos para la construcción de una carretera que partiendo de la costa chica del Estado de Guerrero, se interne en el Estado de Oaxaca." - Recibo y a la Comisión que tiene antecedentes.

"Las señoritas María Luisa y Amalia Pulido Cervantes, apoyadas por la mayoría de la Diputación de Guanajuato, solicitan pensión por la muerte en campaña de su hermano el capitán 1o. Nabor Pulido Cervantes." - Recibo y a la 3a. Comisión de Guerra.

"El C. Alfonso L. Jiménez, apoyado por numerosos ciudadanos diputados, solicita permiso para aceptar una condecoración que le otorgó el Rey de España." - Recibo y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Las señoritas Carmen Sara, Eulalia Josefa, Emma Natalia, Rebeca Isabel, Eva, Judith María Luisa y Flavia Esther Alatriste y del Castillo, solicitan se les pensione en virtud de los servicios que prestó a la Patria su extinto abuelo el C. general don Miguel Cástulo Alatriste." - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El sindicato de Filarmónicos del Distrito Federal, apoyado por la Diputación del Estado de Tlaxcala, solicita que esta Cámara intervenga en el conflicto del vitáfono y que las disposiciones sobre la situación definitiva de los filarmónicos formen parte del Código de Trabajo en elaboración." - Recibo y a las Comisiones que estudian el Código de Trabajo.

"La señora Petra Arriaga viuda de Lerdo de Tejada, solicita aumento de la pensión que actualmente disfruta." - Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El C. doctor J. Honorato Ferreira solicita permiso constitucional para aceptar una condecoración que le confiere la Cruz Roja Portuguesa."

- Recibo y a la Comisión de Peticiones en turno.

"El C. Jesús Rodríguez Muñoz, en representación de sus hermanos menores Elisandro, Refugio, Evangelina e Isabel Rodríguez Muñoz, solicitan pensión para los mismos, por los servicios que prestó a la Revolución su extinto padre el C. general Julián Rodríguez Alvárez." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

"La señorita Julia Zenteno solicita pensión por los servicios que prestó a la patria su extinto abuelo el C. teniente coronel Juan de Dios Zenteno."- Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

Numerosos empleados de diversas administraciones de Correos en la República, solicitan el aumento de sueldos de todos los servidores del Ramo, para el año próximo venidero." - Recibo, y a la Comisión de Peticiones en turno.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Justicia.

"H. Asamblea:

"A la Comisión que suscribe fue turnada la comunicación del Ejecutivo Federal, en la que solicita de esta H. Cámara, la destitución por mala conducta del ciudadano licenciado Fidel Ruiz, magistrado del Distrito Norte de la Baja California. A la instancia mencionada acompañó el señor Presidente de la República, el expediente en el que constan las diversas acusaciones y quejas presentadas contra el magistrado Ruiz, así como las diligencias que para el esclarecimiento de los hechos fueron practicadas por la Procuraduría del Distrito y Territorios Federales.

"Del cúmulo de cargos e imputaciones de toda índole que se hacen al funcionario cuya destitución solicita el Ejecutivo, puede ponerse en claro, y hasta admitirse como cierta la comisión de los hechos delictuosos en unos casos; en otros se encuentra una serie de faltas, así como comprobados ciertos hechos que pugnan con los principios de decreto en que debe inspirarse el comportamiento de un alto funcionario de la administración de Justicia.

"Del primer grupo deben mencionarse, los descuentos que en sus sueldos ha venido haciendo a los empleados de su dependencia, el poseer en la actualidad una fortuna que no corresponde a los emolumentos de que disfruta ni a sus antecedentes económicos (obra en el expediente el certificado fiscal correspondiente); las persecuciones que ha llevado a cabo con los periodistas que han dirigido censuras a su conducta; y el haberse presentado como postor en remates judiciales derivados de negocios de la misma índole y que se han tramitado dentro de su jurisdicción.

"En cuanto al segundo grupo, cabe hacer relación del sinnúmero de personas con quienes lo vinculan lazos de parentesco a las que ha conferido los empleos que de él dependen, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 209 de la Ley Orgánica de Tribunales del Fuero Común. Está igualmente comprobado que Rosa Concha, que figuraba como empleada del Juzgado Menor de Mexicali, faltaba habitualmente a sus labores; y con posterioridad se puso en claro que mantenía relaciones ilícitas con el magistrado Ruiz, lo que se comprueba con la certificación de la Oficina Demográfica de Caléxico, en donde, con el nombre de Fidel Ruiz, hijo, fue registrado un niño, manifestando las personas que acaban de mencionarse, ser sus progenitores, lo que constituye, además, un delito en el vecino país del Norte, por tratarse de una unión ilegítima. Debe catalogarse dentro de este mismo grupo el destinar al comisario del Tribunal a servicios enteramente personales como los de albañilería y en general de cuidado y reparación de las casas del mismo magistrado Ruiz; así como el hecho muy significativo de que gran número de sus empleados se vean obligados a ocupar como inquilinos las casas del mismo letrado.

"De las dos categorías de hechos a que acaba de aludirse, se deduce fácilmente que algunos de ellos envuelven responsabilidades oficiales, por constituir delitos de este género; otros son simples infracciones a la ley penal; las más, faltas, si se toma en cuenta el carácter de alto funcionario del magistrado Ruiz; y fuera de este carácter actos que revelan una total ausencia del más rudimentario sentimiento del decoro, indignos por todos conceptos de quien ostenta una de las más altas investiduras en el orden judicial.

"Pero aun prescindiendo de todas estas consideraciones y principalmente de los elementos de prueba - que son superabundantes, especialmente en orden testimonial y documental-, es necesario recordar los móviles que inspiraron las trascendentales reformas sugeridas por el general Alvaro Obregón y a las que alude el señor Presidente de la República en su criterio que motiva este dictamen; y por ellos se verá que al introducir en la Constitución General las reformas que tan radicalmente transformaron el funcionamiento del Poder Judicial, nunca se propuso el extinto presidente electo establecer un verdadero juicio de responsabilidad, sino señalar un procedimiento que, por lo expedito y eficaz, constituyera una verdadera garantía social, por medio de la pronta eliminación de los funcionarios judiciales, prevaricadores, corrompidos o simplemente descreditados en su reputación, y consiguientemente indignos de la confianza pública. Tal fue el verdadero móvil del general Obregón y así lo dice terminantemente en su iniciativa a la que anteceden conceptos como estos: "Yo creo que el proceso para deponer a un juez por mala conducta, no debe estar sometido a disposiciones infranqueables. Por esta virtud, mi proyecto de reformas considera, que aun cuando debe respetarse la garantía de la inamovilidad judicial, por ser una conquista de la doctrina constitucional incorporada por la Revolución a nuestro Código Político, el procedimiento para garantizar a la justicia contra la mala conducta de los jueces debe ser más expedito y accesible. La enmienda del artículo 111 que propongo, da al presidente de la República la facultad de acusar ante la Cámara de Diputados la mala conducta de los ministros de la Suprema Corte, magistrados del Tribunal Superior y jueces de primera instancia del Distrito Federal y Territorios, independientemente del juicio constitucional de responsabilidad a que están sujetos los funcionarios públicos. En caso de que la Cámara de Diputados y después la de Senadores consideren justificada la acusación. funcionando ambas Cámaras como Jurados de conciencia, quedará privado de su puesto el funcionario acusado.

"Las consideraciones anteriores sirven de fundamento a la Comisión que suscribe para estimar que dentro de los cánones constitucionales y en particular de los principios de saneamiento judicial que han determinado las modificaciones realizadas hasta ahora, es absolutamente justificada la medida adoptada por el Ejecutivo Federal, ya que dentro del programa moralizador de la Revolución debe contarse en primer término el de la administración de justicia no únicamente con un propósito sancionador, sino principalmente para evitar que lacras de esta naturaleza se propaguen mediante la impunidad y puedan corroer más tarde todo el organismo nacional.

"Consiguientemente y con fundamentos en los artículos 89, fracción XIX y III, párrafo final de la Constitución General de la República, sometemos con la respectiva dispensa de trámites, por tratarse de un caso de urgente resolución, a la consideración de esta H. Cámara la aprobación del siguiente punto de acuerdo:

"Se declara justificada la petición hecha por el Ejecutivo Federal en su oficio del 2 del mes actual, por la que solicita de esta H. Cámara la destitución por mala conducta del magistrado del Distrito Norte del Territorio de la Baja California, licenciado Fidel Ruiz.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., 13

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. Pasa el punto resolutivo al Senado, para los efectos constitucionales.

"H. Asamblea:

"El Ayuntamiento del Municipio Libre del Distrito de Cadereyta de Montes, Estado de Querétaro, se ha dirigido a mí, con mi carácter de representante por el mencionado Distrito, para hacer del conocimiento de esta H. Asamblea lo siguiente:

"Que en el año de 1868, el gobierno que presidía el ilustre patricio licenciado Benito Juárez, cedió al Ayuntamiento de ese lugar, un predio urbano con una extensión de 4,000 metros cuadrados conocido con el nombre de El Diezmo, para instalar una escuela de niñas. Dicha escuela que estuvo sostenida por vecinos de la localidad, funcionó a manos de éstos hasta el año de 1902 en que pasó a depender directamente del Gobierno del Estado. "Posteriormente el Gobierno del Estado proporcionó un local mejor y el antiguo quedó abandonado, no sobrando de él, actualmente, más que ruinas y una sola habitación en regular estado.

"Que la escuela que funciona en este lugar se halla instalada en una casa particular, casa que es inadecuada por todos conceptos para el objeto destinada; por lo que desde luego pensamos en aprovechar el terreno de la antigua casa de El Diezmo, dando principio desde luego a las obras, sin tener autorización del Gobierno Federal, pues creímos que bastaba la donación hecha en 1868; pero con motivo de que el oficio de donación desapareció de esta Presidencia Municipal por haber sido quemado el local por una partida de fanáticos rebeldes el año próximo pasado, nos encontramos con la oposición del jefe de Hacienda de este lugar, pues con fecha 15 del mes de noviembre último, el mencionado jefe de Hacienda ordenó al presidente municipal que se suspendan las obras de construcción mencionadas en el terreno de que se trata por pertenecer dicho terreno al Gobierno Federal, y éste haberlo alquilado, por conducto del jefe de Hacienda, al C. Bardomiano Vega, quien ha instalado, después de algunas adaptaciones a la única habitación que tenía, una pulquería.

"Por lo expuesto, señores diputados, se habrán dado cuenta, de que a mis representados les sobra justicia y razón en lo que solicitan, o sea que se les devuelva el predio denominado El Diezmo, para que sigan construyendo la escuela, que servirá para que en ella desarrollen los maestros una acción educativa más intensa, dentro de la comunidad y dentro del circuito rural, y ésta sea aprovechada por los hijos de los campesinos y de los obreros. "Con este motivo me permito proponer a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, se sirva nombrar una comisión para que se acerque al ciudadano Presidente de la República a pedirle sea ratificada la donación que de el terreno El Diezmo hizo en el año de 1868 el Gobierno Federal, presidido dignamente por el C. licenciado Benito Juárez, a fin de poder edificar la casa para la escuela federal de este lugar y cesen las dificultades con el ciudadano jefe de la Oficina de Hacienda, dándose al Comité Pro - Educación encabezado por el presidente municipal de dicho lugar.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 11 de diciembre de 1929. - Daniel Mendoza, diputado propietario por el 3er. distrito electoral del Estado de Querétaro."

El C. secretario Santoyo: Se pregunta a la Asamblea si se dispensan los trámites a esta proposición. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

La Presidencia se ha servido nombrar la siguiente comisión: ciudadanos diputados Daniel Mendoza, Marciano Salazar, Fernando Arenas, Enrique O. Garza y Raymundo Cervera.

- El C. secretario Díaz (leyendo):

"H. Asamblea:

"Para honrar devotamente al gran poeta hidalguense Efrén Rebolledo, que acaba de morir en la ciudad de Madrid, poeta y diplomático cuyos méritos constituyen una de las más legítimas glorias de México, vengo a proponer a Vuestra Soberanía que, con dispensa de todo trámite, se apruebe la siguiente proposición:

"Durante tres días, a partir de hoy, enlútese la tribuna de la H. Cámara de Diputados de la cual fue miembro muy distinguido el gran poeta hidalguense Efrén Rebolledo, durante la XXVIII Legislatura Federal."

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 12 de diciembre de 1929. - Leopoldo E. Camarena. - Juan R. Delgado. - Liborio Espinosa E. - Moisés R. García. - J. Martínez N. - P. A. Maldonado.

"Hacemos nuestra la anterior iniciativa: Pedro C. Rodríguez. - Vicente L. Benéitez. - Antonio Montes. - Gustavo González. - Enrique Meza. - G. Arenas. - Enrique L. Soto. - J. E. Azuara. - José Castilleja. - Carlos Osuna. - A. Galván. - Francisco Alvárez. jr. - R. Picazo. - G. Macías."

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa sírvense manifestarlo. Dispensados. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Suárez (leyendo):

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La señora Luisa Montes de Oca, viuda del extinto general de brigada José Buenaventura Cueto.

solicita se le cubra íntegra la pensión que le decretó el Congreso de la Unión, con fecha 13 de diciembre de 1913.

"Del estudio que hicimos los suscritos miembros de la 1a. Comisión de Peticiones, a quien por acuerdo de Vuestra Soberanía pasó la mencionada

solicitud, la encontramos en forma legal, por lo que somos de parecer se turne a una de las Comisiones de Guerra, para que sea resuelta en la forma que mejor convenga.

"Con este objeto nos permitimos presentar a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud presentada por la señora Luisa Montes de Oca viuda del extinto general de brigada José Buenaventura Cueto."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - T. E. Villegas. - Luis Díaz." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Para su estudio y dictamen pasó a esta 1a. Comisión de Peticiones, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el escrito que, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, envió el C. Vicente Juárez, pidiendo se le jubile por haber prestado sus servicios en la Administración de Correos de Coscomatepec, Ver., durante 21 años consecutivos.

"Después de haber examinado con detenimiento dicha solicitud, por encontrarla ajustada a los preceptos de la Ley, los suscritos somos de parecer que sea turnada a la Comisión de Hacienda que corresponda, para que ésta determine lo conducente.

"Por este motivo, nos permitimos presentar a la H. Asamblea, para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Hacienda que corresponda, la solicitud que, para su jubilación, presenta el C. Vicente Juárez."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de diciembre de 1929. - T. E. Villegas. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Vuestra Soberanía, con fecha 3 de este mes, acordó turnar a la suscrita Comisión de Peticiones la solicitud de pensión que hace la señorita Petra García San Román, como hija del extinto capitán de Infantería del Ejército Nacional, Antonio Rito García de San Román, quien desde el año 1816, prestó muy importantes servicios a la Nación.

"Hecho el estudio respectivo a esta solicitud y a los documentos que la acompañan, los que suscribimos nos hemos cerciorado de que se hallan perfectamente ajustados a los preceptos legales y de que no hay ningún inconveniente para que sean turnados a la Comisión de Guerra que corresponda, para su debida resolución.

"En tal virtud, nos permitimos consultar a la H. Cámara, para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión que presenta la señorita Petra García de San Román, hija del extinto capitán de la Infantería del Ejército Nacional, Antonio Rito García de San Román."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de diciembre de 1929. - Teodoro E. Villegas. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La 1a. Comisión de Peticiones que subscribe recibió, para su estudio y dictamen, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el ocurso presentado por el C. Luis León, veterano de las guerras de Reforma e Intervención Francesa, a fin de que se le conceda una pensión, en virtud de los servicios que prestó a la Nación en las épocas citadas.

"Como esta solicitud se encuentra en forma legal, los suscritos son de parecer que se haga del conocimiento de alguna de las Comisiones de Guerra, que son las capacitadas para resolver sobre el particular.

"En este sentido se permiten proponer a la H. Cámara conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud que presenta el C. Luis León, veterano de las guerras de Reforma e Intervención Francesa."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - T. E. Villegas. - Luis Díaz." Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"1a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía, la suscrita Comisión de Peticiones recibió, para su estudio y dictamen, el ocurso que con fecha 30 de noviembre último, envió a esta H. Cámara la señora Petra Espinosa, solicitando una pensión por los servicios que a la Revolución prestó su extinto padre, el C. Alejandro Espinosa.

"Hecho el examen respectivo de dicha solicitud, los suscritos son de parecer que se haga del conocimiento de una de las Comisiones de Hacienda, a quienes corresponde resolver sobre el particular.

"Por este motivo se permite presentar a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud de pensión que presenta la señora Petra Espinosa.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - T. E. Villegas. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"A esta 2a. Comisión de Peticiones pasó, por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su respectivo estudio, el escrito que con fecha 30 de noviembre último envió el C. Víctor Hernández Covarrubias, ingeniero y general brigadier, retirado del Ejército, solicitando el permiso constitucional necesario para aceptar y usar la condecoración militar de Oficial de la Orden de Leopoldo, que se sirvió conferirle el Rey de Bélgica.

"Como dicha solicitud se encuentra ajustada a los preceptos legales, y siendo las Comisiones de Puntos Constitucionales las encargadas de resolver sobre el particular, los suscritos somos de parecer que se le turne a una de ellas. "A este respecto, nos permitimos presentar a la deliberación y aprobación de la H. Asamblea el siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales que corresponda, la solicitud que presenta el C. Víctor Hernández Covarrubias.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La señora Ana María Reed viuda de Sánchez de Tagle, en un escrito fechado el 17 de octubre último, solicita se le pague la pensión que ha venido recibiendo como madre de los menores Raúl, Fernando Luis, María Luisa y Ana María de los Angeles Sánchez de Tagle, por los servicios que prestó a la nación su extinto esposo, el C. Agustín Sánchez de Tagle.

"Esta solicitud, que por acuerdo de Vuestra Soberanía fue turnada a la 2a. Comisión de Peticiones, se encuentra ajustada a los preceptos legales, por lo que creemos conveniente se turne a una de las Comisiones de Hacienda, para su debida resolución.

"Con este fin nos permitimos proponer a Vuestra Soberanía, conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud que presenta la señora Ana María Reed viuda de Sánchez de Tagle.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 5 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Peticiones fue turnada, por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su correspondiente estudio, el ocurso que con fecha 27 de noviembre último envió el C. Jesús H. Abitia, solicitando que en el Presupuesto de Egresos del año entrante, se incluya una partida de $60,000.00 para adquirir seis ejemplares de la película cinematográfica, de carácter educativo, que bajo la dirección del extinto C. general Alvaro Obregón, se hizo en los campos de Nainari, R. Y., Sonora.

"Del examen que hemos hecho a esta solicitud, encontramos que está de conformidad con lo preceptuado, por lo que somos de parecer que sea turnada a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, para su resolución.

"Así nos permitimos proponerlo a la H. Asamblea, pidiendo la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, la solicitud presentada por el C. Jesús H. Abitia.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"A esta 2a. Comisión de Peticiones fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su estudio y dictamen, el escrito de la señora Hipólita Pérez viuda de Zárate, en que pide pensión como esposa del extinto teniente de Caballería, Adalberto Zárate, muerto en el combate de Tepatitlán, Jal., el 19 de abril último.

"Como esta solicitud se encuentra en debida forma, los suscritos opinan que se turne a una de las Comisiones de Guerra, a quienes compete resolver sobre el particular.

"En tal virtud se permite proponer a Vuestra Soberanía conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Túrnese a la Comisión de Guerra que corresponda, la solicitud de pensión que presenta la señora Hipólita Pérez viuda de Zárate.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Zenón Suárez. - Ramón V. Santoyo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"La señorita Aurora Encinas, en un escrito fechado el 9 de noviembre último, solicita que se le pensione por los servicios que prestó a la Patria, durante la Intervención Francesa, su extinto padre, el mayor de Infantería, Antonio G. Encinas.

"Esta solicitud, que, por acuerdo de Vuestra Soberanía, fue turnada a la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe, se encuentra ajustada a los preceptos legales, por los que somos de parecer se haga del conocimiento de la Comisión de Guerra en turno, a fin de que sea resuelta en la forma que mejor convenga. "A este respecto, nos permitimos presentar a la consideración y deliberación de la H. Cámara, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud de pensión que presenta la señorita Aurora Encinas.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

El C. secretario Suárez: Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Vuestra Soberanía acordó turnar a la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe, para sus estudio y dictamen, el escrito de la señorita María Soledad Chávez Anaya, en que pide se le pensione como nieta del extinto general Pedro María Anaya.

"Hecho el examen correspondiente a esta solicitud, los que suscribimos no encontramos inconveniente alguno para que sea turnada a una de las Comisiones de Guerra, para su debida resolución.

"En tal virtud, sometemos a la ilustrada deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Guerra en turno, la solicitud de pensión que presenta la señorita María Soledad Chávez Anaya.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Luis Díaz."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía, esta 2a.

Comisión de Peticiones que suscribe, examinó el escrito que los médicos y profesionistas conexos, por conducto de su secretario general, el doctor Lauro Camarillo, enviaron a esta H. Cámara, relativo a la reglamentación del artículo 4o. constitucional.

"Como el asunto a que se contrae dicho escrito está siendo estudiado por las Comisiones Unidas, 1a. de Educación Pública y 1a. de Puntos Constitucionales, somos de parecer se haga de su conocimiento éste que nos ocupa.

"Y así nos permitimos proponerlo a Vuestra Soberanía, pidiendo la aprobación del siguiente acuerdo económico:

"Pase a las Comisiones Unidas, 1a. de Educación Pública y 1a. de Puntos Constitucionales que tienen antecedentes, el escrito de los médicos y profesionistas conexos.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Zenón Suárez. - Ramón V. Santoyo."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"Los CC. Antonio Ramírez y Ramón Cortés Carrillo, administradores de Correos en Pátzcuaro y Acuitzio, Mich., respectivamente, solicitan que en los Presupuestos de Egresos del año entrante, se aumenten los emolumentos de los servidores del Ramo de Correos.

"Esta solicitud, que por acuerdo de Vuestra Soberanía, fue turnada a la Comisión de Peticiones que suscribe, se encuentra en forma legal; y como el asunto a que se refiere es de la incumbencia de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, opinamos que, para su debida resolución, le sea turnada.

"A este efecto, nos permitimos consultar a la H. Asamblea, para su aprobación, el siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, la solicitud que hacen los CC. Antonio Ramírez y Ramón Cortés Carrillo.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"2a. Comisión de Peticiones.

"H. Asamblea:

"A la 2a. Comisión de Peticiones que suscribe fue turnado, por acuerdo de Vuestra Soberanía, el escrito de la señorita Josefina Rivero, en que pide se le conceda una pensión en virtud de los servicios que prestó su extinto padre, el arquitecto José Rivero Heras, como profesor de la Escuela Nacional de Bellas Artes.

"Hecho el estudio de esta solicitud y de los documentos que la acompañan, los suscritos opinamos que, por encontrarse en forma legal, debe ser turnada a la Comisión de Hacienda que corresponda para su debida resolución.

"En tal sentido nos permitimos proponer a la H. Cámara conceda su aprobación al siguiente acuerdo económico:

"Pase a la Comisión de Hacienda en turno, la solicitud de pensión que presenta la señorita Josefina Rivero.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de diciembre de 1929. - Ramón V. Santoyo. - Zenón Suárez."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República. - México, D. F. "Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Considerando que es de urgente necesidad se legisle en todo lo relativo a la Aeronáutica, a la mayor brevedad posible, ya que el auge alcanzado por esta industria hasta la fecha es muy grande y continúa su desarrollo rápidamente, haciendo sentir la necesidad de un conjunto de leyes y reglamentos adecuados, que tiendan a defender los intereses de la nación y de la sociedad;

"Considerando que si no se reglamenta violentamente lo que a esta materia se refiere, se corre peligro de que el amparo de la anarquía existente se formen intereses particulares que más adelante pueden ser, o constituir una rémora que impida se dicte una legislación adecuada;

"Considerando que existiendo una legislación que reglamente todo lo relativo a la Aeronáutica se logrará que todas las personas que se dediquen en cualquiera forma a esta industria, lo hagan sometiéndose a las bases y leyes que se propongan y no de una manera arbitraria y perjudicial, tal vez a sus mismos intereses, ya que fácilmente podrían arruinarse con la competencia;

"Considerando que el Ejecutivo a mi cargo desea poner fin a esta situación que perjudica a la sociedad y que motiva en algunos casos molestias injustificadas a los particulares.

"En uso de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución General de la República, tengo el honor de someter a esa H. Cámara la siguiente Iniciativa de Ley, a fin de que se faculte al Ejecutivo Federal para que se legisle sobre Aeronáutica Civil.

"La iniciativa queda redactada en los siguientes términos:

"Artículo 1o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que, dentro del término de seis meses, expida la Ley sobre Aeronáutica Civil.

"Artículo 2o. Mientras queda en vigor la legislación expresada, podrá el Ejecutivo Federal otorgar las concesiones sobre Aeronáutica Civil, en la forma empleada hasta hoy.

"Artículo 3o. Se revalidan las concesiones que han sido otorgadas por el Ejecutivo Federal.

"Artículo 4o. El Ejecutivo dará cuenta al Congreso del huso que haga de las facultades que en la presente Ley se le confieren.

"Ruego a ustedes se sirvan dar cuenta con la presente a la H. Cámara de Diputados para que si fuere en definitiva aprobada, se promulgue a la mayor brevedad posible, por tratarse de un asunto de gran interés para la Federación y para la sociedad.

"Me es grato renovar a ustedes las seguridades de mis más atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, 10 de diciembre de 1929. - El Presidente de la República, E. Portes Gil."

Se pregunta a la Asamblea si se considera el asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se considera. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Díaz: Por la negativa.

(Votación).

¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Suárez: Aprobado el proyecto de ley, en lo general, por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos.

A discusión en lo particular el artículo 1o., que dice:

"Artículo 1o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que, dentro del término de seis meses, expida la Ley sobre Aeronáutica Civil."

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 2o. Mientras queda en vigor la legislación expresada, podrá el Ejecutivo Federal otorgar las concesiones sobre Aeronáutica Civil, en la forma empleada hasta hoy."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 3o. Se revalidan las concesiones que han sido otorgadas por el Ejecutivo Federal."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 4o. El Ejecutivo dará cuenta al Congreso del uso que haga de las facultades que en la presente Ley se le confieren."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos reservados de que consta el proyecto.

Por la afirmativa.

El C. secretario Díaz: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Suárez: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Ha sido aprobado en lo particular el proyecto de ley por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos de la afirmativa. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El C. secretario Suárez: (Leyendo):

"H. Asamblea:

"La señora Amalia Moya ocurrió a esta Cámara en solicitud de pensión por la muerte en campaña de su padre el C. general Luis Moya, quien sucumbió el 8 de mayo de 1911 en Sombrerete, Zacatecas, combatiendo contra fuerzas porfiristas.

"Esta Cámara, después de la tramitación correspondiente, resolvió que la interesada hiciera sus gestiones ante el Ejecutivo Federal por estar comprendida su solicitud en la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacionales. Así lo hizo la señora Moya, pero el Ejecutivo de la Unión, no obstante haber reconocido los meritorios servicios que a la causa de la Revolución prestó el C. general Luis Moya, encontró que no podía expedir el decreto en beneficio de la señora Moya, en virtud de que hay un precepto en la citada Ley de Retiros y Pensiones que establece que los derechos que la misma concede, prescriben si dentro de los cinco años siguientes a la muerte del militar no se eleva a la Secretaría de Guerra la solicitud de pensión correspondiente.

"Por lo tanto, dado este inconveniente, es al Congreso de la Unión a quien toca hacer una obra de justicia concediendo una pensión a la hija del insigne revolucionario don Luis Moya.

"La interesada ha formado un minucioso expediente, que hemos tenido a la vista, en el cual comprueba con certificados valiosos su identidad, así como los eminentes servicios del desaparecido y aún la señora Moya acompaña una copia certificada de las diligencias de Información ad perpetuam, levantadas con la intervención del Ministerio Público Federal por el Juzgado de Distrito Supernumerario del Estado de Coahuila, para acreditar su honestidad y buena conducta.

"En virtud de todo lo expuesto, venimos a solicitar ante Vuestra Soberanía que sirva otorgar su aprobación al siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que a la causa revolucionaria prestó el C. general brigadier Luis Moya, se concede a su hija la señora Amalia Moya, una pensión de seis pesos diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación en tanto la interesada no cambie de estado civil.

"Pedimos, en vista de los pocos días de sesiones que quedan para concluir el actual período ordinario, que este asunto se considere de urgente y obvia resolución para votarlo desde luego.

"Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de diciembre de 1929. - Melchor Ortega. - J. M. Sánchez Pineda.- Pedro C. Rodríguez. - Manuel Avilés. - L.E. Camarena. - A. Vallejo G. - Luis Díaz. - J. Abarca Pérez."

El C. secretario Díaz: Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si considera el asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Sí se considera.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Hacienda fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía el expediente con la minuta del proyecto de decreto ratificado por la H. Cámara de Senadores, en virtud del cual se aumenta a la cantidad de cinco pesos diarios la pensión que actualmente disfrutan las señoritas Victoria, Guadalupe y Gabriela García Cubas y Salazar, hijas del extinto ingeniero don Antonio García Cubas.

"Los suscritos han estudiado con todo detenimiento los motivos que impulsaron a la Cámara Colegisladora para conceder el beneficio de que se trata y los encuentra en todo ajustados a la equidad, por lo que se permite el honor de someter a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Para compensar los servicios prestados a la Nación por el distinguido sabio ingeniero don Antonio García Cubas, se concede una pensión de cinco pesos diarios a cada una de sus hijas Victoria, Guadalupe y Gabriela García Cubas y Salazar, que percibirán íntegramente y les será pagadas por la Tesorería de la Federación, mientras no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de diciembre de 1929. - Enrique L. Soto. - J. J. Yáñez M."

Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura, con objeto de que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de Vuestra Soberanía tomado en sesión del 3 de los corrientes, fue turnado a la Comisión de Hacienda que suscribe, el expediente con la minuta del proyecto de decreto ratificado por la H. Cámara de Senadores, en virtud del cual se concede una pensión de dos pesos diarios a cada una

de las señoras Josefina Solórzano viuda de Domínguez y Enriqueta Solórzano viuda de Torrez, biznietas de la Corregidora de Querétaro doña Josefa Ortiz de Domínguez.

"Estudiadas con toda atención las razones que tuvo el Senado para ratificar el decreto mencionado, los suscritos las encuentran justificadas y están de acuerdo en que se concede a las peticionarias la pensión que solicitan, por lo que se permiten el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a las señoras Josefina Solórzano viuda de Domínguez y Enriqueta Solórzano viuda de Torres, una pensión de dos pesos diarios a cada una de ellas, como recompensa a los servicios prestados a la Patria por la Corregidora de Querétaro, doña Josefa Ortiz de Domínguez. Esta pensión la pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación mientras no cambien de su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de diciembre de 1929. - Enrique L. Soto. - J. J. Yáñez M."

El C. secretario Díaz Luis: Primera lectura.

En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura para que entré desde luego a discusión.

Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la suscrita 2a. Comisión de Hacienda fue turnado para su estudio y dictamen el expediente formado con la solicitud que hacen los profesores Rafael J. Tello, Gustavo E. Campa, Manuel M. Ponce y otros firmantes numerosos, para que el Congreso de la Unión conceda una pensión a la viuda e hijas del maestro Carlos J. Meneses.

"No vamos a referirnos a los eminentes servicios del desaparecido quien formó a varias generaciones de músicos que dan prestigio a la Nación mexicana, porque sus méritos son bien conocidos de todos, solamente haremos mención de las constancias que se encuentran en el expediente, comprobando el legítimo parentesco de sus deudos y la difícil situación económica en que se encuentran.

"Por tal motivo consideramos de justicia que la Nación imparta alguna ayuda a las huérfanas de tan insigne desaparecido, y para el efecto, tenemos el honor de someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Articulo único. Por los méritos del extinto maestro Carlos J. Meneses se concede a la señora Luz de la Peza viuda de Meneses y las señoritas Luz, Elena, Clementina y María Teresa Meneses, una pensión de diez pesos diarios, que será pagada por la Tesorería General de la Nación, íntegramente y por partes iguales, mientras las interesada conserven su actual estado civil. "Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del congreso de la Unión. - México, D. F., a 6 de diciembre de 1929. - F. J. González. - Enrique L. Soto. - J. J. Yáñez M."

Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura para que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Hacienda que suscribe fue turnado para su estudio y dictamen el expediente formado con las objeciones que el Ejecutivo Federal hizo al decreto de esta Cámara por el que se le autoriza para manifestar al Gobierno de Tamaulipas la cantidad de cincuenta mil pesos para la reparación de las carreteras entre Tula y Jaumave y entre Tula y Ocampo, de ese mismo Estado.

"Por el minucioso estudio que hicimos de este asunto, llegamos al convencimiento de que las observaciones mencionadas en nada desvirtúan los motivos que tuvo esta Cámara para decretar esta erogación, pues las carreteras mencionadas necesitan una inmediata reparación, ya que son el único medio que hay para comunicarse en centros industriales, agrícolas y comerciales de aquella región.

"Por tal motivo, somos de parecer que debe ratificarse el Decreto objetado y al efecto, tenemos el honor de someter a la consideración de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que con cargo a la partida del Presupuesto de Egresos en vigor, que estime conveniente, ministre al Gobierno del Estado de Tamaulipas la cantidad de cincuenta mil pesos, que se destinarán por partes iguales, a la reparación de las carreteras que unen las poblaciones de Tula y Jaumave y de Tula y Ocampo, del Estado de Tamaulipas.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 6 de diciembre de 1929.-F. J. Bórquez. - S. Salinas." Primera lectura . En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura para que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa se sirvan manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"1a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"La Cámara de Senadores remitió a ésta, para los efectos constitucionales, el expediente con la minuta del proyecto de decreto ratificado, por el cual se aumenta a la cantidad de tres pesos cincuenta centavos diarios, la pensión de que actualmente disfrutan las señoritas María de los Angeles Catalina, María Esther y Luz Josefina Pérez Figueroa.

"El proyecto de que se trata fue turnado a la Comisión de Guerra que suscribe, la cual, después de hacer un minucioso estudio de los fundamentos que tuvo la Colegisladora para ratificar dicho decreto, ha llegado el convencimiento de que es de toda justicia conceder el aumento que solicitan las peticionarias, por lo que se permite el honor de someter a la aprobación de Vuestra Soberanía el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se aumenta en tres pesos cincuenta centavos diarios, a cada una de las señoritas María de los Angeles Catalina, María Esther y Luz Josefina Pérez Figueroa, la pensión que disfrutan por los servicios que prestó a la patria el insigne patriota C. general de División José Pérez Figueroa. Esta pensión la pagará íntegramente la Tesorería General de la Nación, mientras conserven su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 16 de diciembre de 1929.-P. Giner D. - José Zataray." Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura para que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"2a. Comisión de Guerra.

"H. Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la 2a. Comisión de Guerra, tenemos el honor de rendir ante Vuestra Soberanía el dictamen correspondiente a las observaciones que el Ejecutivo Federal hizo al Decreto del Congreso de la Unión, por el que se concedió una pensión de cinco pesos diarios a la señorita Guadalupe Felipa Ramiro.

"Por el minucioso estudio que hicimos de este asunto, llegamos al convencimiento pleno de que las observaciones antedichas en nada desvirtúan los motivos que tuvo el Congreso para conceder este beneficio, pues el capitán Antonio Ramiro, padre de la interesada, prestó tan importantes servicios a la patria, combatiendo la Intervención Francesa, que sería injusto dejar desamparada a su hija, cuya situación económica es muy penosa.

"Por las razones expuestas, opinamos que debe ratificarse el Decreto objetado, a cuyo afecto nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. En atención a los servicios que prestó a la patria el extinto capitán 1o. Antonio Ramiro, se concede a su hija, la señorita Guadalupe Felipe Ramiro, una pensión de cinco pesos diarios, que le será cubierta por la Tesorería General de la Nación, mientras conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 29 de noviembre de 1929. - R. Picazo. - Rafael Cal Y Mayor."

Primera lectura. En votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura para que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se procede a recoger la votación nominal de los decretos reservados. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Díaz Luis: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? ¿Falta algún ciudadano diputado ciudadano para votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Por unanimidad de 145 votos fueron aprobados los proyectos reservados. Pasan al Ejecutivo y al Senado, respectivamente, para los efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"Ciudadano Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Presente. - México, D. F.

"Tengo el alto honor de acompañar a usted, una iniciativa de Ley sobre el pago de la Deuda Exterior Mexicana, para que sea puesta a la consideración de la H. Asamblea.

"Protesto a usted lo necesario.

"México, D. F., 3 de diciembre de 1929. - M. C. Salazar."

"Iniciativa presentada ante la H. Cámara de Diputados por el C. coronel Marciano C. Salazar, diputado al Congreso de la Unión por el distrito de Tamazunchale, S. L. P., sosteniendo la necesidad de elevar a la categoría de ley un proyecto para hacer más eficaz y más pronto el pago de la Deuda Internacional e intereses que pesa sobre la familia mexicana.

"Señores diputados:

"Hay problemas trascendentales en México que, por su magnitud, nos sentimos algo así como cohibidos al pretender abordarlos. El principal de ellos, y entro de lleno a tratarlo, es la enorme Deuda Externa que pesa sobre los hijos de México y que pesará sobre las generaciones futuras, cercanas, si no hacemos un esfuerzo, cuanto, antes, para solucionar tal problema.

"Tengamos el valor suficiente de ocuparnos de él y veámoslo frente a frente, para estudiar desde luego su solución efectiva. Y, al decir que nos ocupamos de solucionar el problema de la Deuda Externa, no quiero dar a entender que nuestros gobiernos revolucionarios hayan descuidado asunto tan importante, quiero sencillamente llamar atenta y respetuosa la atención para que este Alto Cuerpo ayude más, si cabe, el supremo Gobierno en el empeño de disminuir, cuanto antes, la enorme Deuda Extranjera, haciendo esfuerzo que propendan a aumentar las sumas que por concepto de pagos e intereses se abonan periódicamente para la amortización de ésta.

"No voy a cansaros con la historia y proceso evolutivo de la Deuda Extranjera que pesa sobre nuestra Patria, ni entraré en especulaciones más o menos adaptables acerca de teorías de economía política; lejos de mí, también, entrar a hacer juicios

críticos comparativos de lo que ocurre o ha ocurrido en otras naciones del mundo civilizado, cuando se han visto en similares condiciones a las que atraviesa nuestra Patria en este minuto histórico, pues aun cuando fueran ilustrativos para nuestro caso concreto, demandaría el hacerlo tiempo y espacio.

Empero, sí es del resorte de esta iniciativa hacer exposición brevísima de algunas consideraciones pertinentes, las cuales en el decurso de las discusiones parlamentarias tendré el honor de ampliar y, si fuese necesario, publicaré un folleto para su mejor entendimiento.

"La capacidad potencial de México, sus inagotables fuentes de riqueza, muchas de ellas apenas explotadas o no explotadas en lo absoluto, las energías de diversos factores de producción apenas estimuladas, el turismo pongo por caso, etc., etc., nos viene a probar que al amparo de gobierno a la vez que patriotas, inteligentes y de irreprochable moralidad, la situación económica de la República Mexicana se orientará en una vía de intensa prosperidad, dentro de la cual se puede responder decorosamente no sólo a las necesidades interiores del país, sino muy airosamente a la Deuda Internacional.

"¿Cuál sería, entre otras cosas, la fórmula de cooperar con mayor eficacia y sabiduría a nuestros gobiernos en la solución de este problema? "Permitidme que, a pesar de mi humildad y la escasísima preparación que poseo, me atreva a consignar aquí, de manera y forma brevísima, algunas ideas que separadamente tocaré, las cuales fundamentarán el proyecto de ley con que termino esta exposición, proyecto que someto a la sabia y discreta consideración de vosotros para la consecución de esta labor.

"Existe en nuestro medio social una tendencia, que, en rigor, se ha tornado en una plaga: la empleomanía.

A medida que vallamos desterrándola, haremos un gran beneficio a la sociedad y por ende a la Patria.

"El parasitismo sobre el Erario es algo que día a día aumenta aterradoramente por las características que va tomando: todos quieren vivir del Presupuesto; muchos, machísimos sin la menor preparación técnica o cultura. Cabe pensar que el mexicano independiente, es decir, aquel que no gravita sobre el Fisico, por ese simple hecho ya demuestra su mayor patriotismo, porque con su trabajo independiente aporta, como causante de contribuciones su óbolo ante el altar de la Patria, y, por el contrario, aquel que gravita sobre el Presupuesto, es una carga más o menos leve o menos útil. En todo caso, debemos aligerar en lo dable esa carga; claro es y bien entendido, con la conservación eficiente de los servicios públicos. De ahí la urgente necesidad de reajustes equitativos en los Presupuestos Fiscales y la reducción de dotaciones excesivas y desproporcionadas; de ahí el imperativo categórico de suprimir multitud de empleos absolutamente inútiles.

"Recomendando al Poder Ejecutivo policía activa y estricta vigilancia en las oficinas públicas - en algunas de las cuales por diversos conceptos se filtran, como es notorio, los dineros de la Tesorería Nacional, ora por inmoralidad de empleados superiores que patrocinan amigos y amigas para que perciban sueldos que no trabajan, sea por artificio de otros que se ingenian la manera de hacer aparecer gastos que no existen, etc., etc-, se logrará mayor moralidad, mayor producto en los ingresos.

"Plausible fuera, pues, la redacción de Presupuestos de Egresos haciendo reajustes equitativos, suprimiendo empleos del todo inútiles, con lo cual lógicamente se obtendría un sobrante o superávit anual, que en algún porcentaje podría aplicarse a la amortización de la Deuda de que hacemos mérito.

"No creo que sea un sacrificio el imponer un descuento mensual de un día de haber a todos y cada uno de aquellos que por la misma razón que reciben el beneficio del Tesorero Público, son los que mayor obligación adquieren de cooperar a soliviantar las penurias del Fisico. Por este motivo entre otros muchos, así se demanda en el proyecto de ley de esta iniciativa.

"Impuestos.

"No soy partidario, en este evento, de la imposición de nuevas contribuciones sobre las espaldas del pueblo ya arto de ellas, y las cuales con todo linaje de sufrimientos, soporta apenas, empero, sí sostengo que las contribuciones que pesan sobre renglones que aportan a la sociedad márgenes de vicio, ora directa o indirectamente, deben castigarse con un máximo de impuesto. Así, la industria de alcoholes y bebidas espirituosas, las empresas importadoras de licores, los expendedores de éstos (cantinas, expendios, etc., etc.) Los productores de pulques y vendedores de éstos; las fábricas de tabacos y cigarrillos, los importadores de tabaco, en cualquier forma que ésta sea, etc., deben contribuir con el nuevo impuesto a la finalidad deseada. Por eso figuran en el proyecto de ley como causante de tal contribución, la cual vendrá a adicionarse al rendimiento de las otras para ayudar a la amortización de la Deuda que nos ocupa.

"Es de suponerse que supuesto el irreprochable manejo de los fondos por concepto de egresos al Presupuesto, hechos los reajustes equitativos, suprimidas las partidas de gastos innecesarios o superfluos, suprimidos los empleos inútiles, obtenido el rendimiento de otros rubros de entrada fiscal con la creación de nuevas fuentes en el gravámen nacional de actividades que todavía no hubiesen contribuído a los gastos públicos, de fijo quedará un superávit al final de cada año económico. De este superávit se tomará una parte proporcional, la cual se aplicará, sin sacrificio alguno, a aumentar el acervo que servirá para la amortización de la Deuda Internacional. Tal es el espíritu que se persigue, por lo cual figura asimismo, en el proyecto de ley, la partida correspondiente.

"Ahora bien, de calcularse es que en un lapso de una generación y en la hipótesis de que el país conserve la tranquilidad que se ansía por todos los buenos mexicanos al calor de las nuevas instituciones democráticas que ha conquistado nuestro movimiento social revolucionario, el cual paulatinamente ha venido rehabilitando nuestro crédito hacendario, puede afirmarse que el pueblo se habrá desahogado, en muchísima parte, de la aterradora carga que pesa sobre la Nación con esta ingrata Deuda Internacional, en el evento de aceptarse la

iniciativa que me honro en elevar ante vosotros, o toda otra que resuelva el problema planteado.

"Paso ahora, señores, a transcribir las cifras relativas a nuestra Deuda Internacional, la cual quedó consolidada a virtud del oneroso convenio conocido con el título "De la Huerta - Lamont" de fecha 22 de junio de 1922, cuyo convenio afortunadamente sufrió la enmienda de 23 de octubre de 1925, y que cristalizó en el Decreto del H. Congreso de la Unión expedido en fecha 7 de enero de 1926

"Monto total a que habría ascendido el día 31 de diciembre de 1925, la parte de la Deuda Pública incluída en el convenio "De la Huerta- Lamont," si éste no hubiera sido enmendado $ 1,561.438,348.00 "Adeudo de los ferrocarriles por capital e intereses, que fue desincorporado de la Deuda Pública Federal, por la enmienda Pani y que debe descontarse del monto anterior ,, 671.236,456.11 "Monto a que quedó reducida el 31 de diciembre de 1925, por efecto de la enmienda Pani la parte de la Deuda Pública incluída en el convenio "De la Huerta - Lamont ,, 890.201,891.89

"Es mi modesto sentir y pensar, que la política hacendaria de la Revolución debe cristalizar en proporcionar a la Patria el más alto crédito posible, tanto dentro como más allá de nuestras fronteras.

Reconquistar ese crédito es labor que, por igual, nos compete y debe preocuparnos hondamente a cuantos somos moradores de esta tierra mexicana.

"De ese crédito estamos por el momento carentes -franco es confesarlo - no sólo por las trepidaciones políticas con que nos sorprenden a menudo revueltas intestinas, sino por la apatía nuestra de no preocuparnos con mayor entereza y patriotismo en el cumplimiento de nuestras obligaciones, cuando de nuestros compromisos exteriores se trata. Reconozcamos, con dolor intenso, que nuestro crédito en el extranjero no es de lo más envidiable, y, sí urge, de toda urgencia, que levantemos ese crédito por amor patrio, mayor es nuestro deber si lo miramos al través del prisma de nuestra defensa e integridad nacional. "A nadie se oculta en México -ha dicho un prominente publicista - el peligro que corremos con la proximidad del coloso del Norte, junto al cual, y por triste que sea decirlo, hay que confesar que no representamos sino el papel de un niño o de un pigmeo. El dolorisisimo recuerdo de la guerra inícua de 1847, que nos costó la mitad de nuestro territorio, es causa más que bastante para suscitar inquietudes y temores, que nada tienen de ilegítimo ni de infundado,"

"Consecuentemente, el clarísimo objetivo de nuestra política internacional debe consistir, a toda hora, en primer término, crecer, desarrollarnos, fortalecer nuestro organismo nacional y adquirir preferentemente alto crédito, que debemos sostener incólume a todo precio lícito y a despecho de cualquiera adversidad.

"Por otra parte, no puede reputarse un país independiente - máxime si es débil - mientras pese sobre de él una deuda extranjera enorme.

"No cabe relegar al terreno de la deuda que aquellas naciones que especialmente cimientan su administración pública en la clara visión de una política económica a base de sistemas y métodos técnicos apropiados al medio ambiente, han brillado en la historia siendo altamente respetadas: sus problemas financieros han sido bellamente resueltos, trayendo consigo prosperidad real para sus pueblos y firme crédito en el exterior. Huelga recordar ejemplos.

"El crédito financiero de un país es un incentivo cierto que atrae elementos extraños, a granel, para vigorizar la vida económica de aquel país. Es de verse cómo afluyen capitales e inmigran hombres de empresa que aportan sangre y actividades a la nación rica en crédito, en sus múltiples radios de acción.

"Por lo tocante a nuestro México actual, en que al abrigo de orientaciones benéficas de democracia, se abren nuevas fuentes de riqueza y producción, - El turismo- ya en su cuna entre ellos, las recientes leyes de inmigración, serán de seguro factores que contribuirán a fortalecer nuestro crédito y a rendirnos nuevos rubros de producción.

"H. Cámara de Diputados:

"Temo haber distraído demasiado vuestra benévola atención, pero sea en gracia a la trascendental importancia del asunto al cual me he referido y del que honradamente me siento poseído.

No creo que se tomen mis palabras de esta iniciativa más que en el camino recto de un acendrado sentimiento de patriotismo, sentimiento que en conversaciones con muchísimos ciudadanos mexicanos, vibra y palpita lleno de ansias porque algún día pueda nuestro México ostentarse ante el mundo civilizado libre de compromisos que pudieran poner en peligro su integridad territorial.

"Así pues, por todo lo anteriormente considerado, y estimándolo patriótico para la nación, vengo respetuosísimo a solicitar de vosotros tengáis a bien estudiar el siguiente proyecto de ley y corridos los trámites legales lo elevéis a la categoría de decreto legislativo.

"INICIATIVA DE LEY

"Artículo 1o. A todos los empleados públicos que por este concepto perciben sueldo de la Federación, de los Estados y de los Municipios; así como también al Ejército, con excepción de los que entran en las categorías de clases y tropa, se les descontará un día de sueldo por cada tres decenas.

"Artículo 2o. A las industrias de alcoholes y bebidas espirituosas, a los importadores de licores, expendios de éstos, a los fabricantes de pulques y expendios de éstos, se les aumentarán las contribuciones que actualmente pagan, al doble de ellas.

"Artículo 3o. A las fábricas de cigarros, cigarrillos, etcetera, a los tabacos importados elaborados o no, cualquiera que sea su manufactura, se

les aumentarán las contribuciones al doble de las que actualmente pagan.

"Artículo 4o. Del superávit que arrojen cada fin de año los presupuestos fiscales, se tomará un setenta y cinco por ciento que quedará en depósito en tesorería para el objeto que a continuación se dice:

"Artículo 5o. El descuento de que habla el artículo 1o. de esta Ley, las nuevas contribuciones que crean los artículos 2o. y 3o. y el setenta y cinco por ciento del superávit de que habla el artículo 4o., se depositarán en la oficina ad - hoc, y el monto que rindan se adicionará, año con año, a las partidas establecidas hasta hoy para el pago que amortiza la deuda externa mexicana e intereses de ésta, en los términos y condiciones que el Poder Ejecutivo haya celebrado con los banqueros extranjeros.

"Artículo 6o. La H. Cámara de Diputados nombrará periódicamente comisiones que se encarguen de inspeccionar el estricto cumplimiento de esta Ley, tanto en lo referente al manejo de fondos como en lo que atañe a la aplicación de éstos, para el fiel y exclusivo objeto a que se destinan.

"Esta Ley comenzará a surtir sus efectos desde el 1o. de enero de 1930. "Protesto lo necesario.

"México, D. F., 3 de diciembre de 1929. - M. C. Salazar, diputado y coronel."

- Primera lectura e imprímase.

- El C. secretario Suárez (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México. - Secretaría de Gobernación. - Muy urgente.

"A los ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos del artículo 71 constitucional, tengo la honra de remitir a ustedes la iniciativa de ley de fecha 7 de los corrientes, que presentó el Ejecutivo de la Unión para que se le concedan facultades a fin de expedir la Ley Aduanal e introducir en la misma, durante el año de 1930, las reformas que estime convenientes.

"Suplico a ustedes acusarme el recibo correspondiente, y aprovecho la oportunidad para reiterarles las seguridades de mi consideración distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - México, D.F., a 18 de diciembre de 1929. - El ciudadano subsecretario, encargado del Despacho, F. Canales."

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México. - Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

"México, D. F., a 7 de diciembre de 1929.

"Ciudadanos Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"El Ejecutivo de mi cargo en uso de la facultad que le otorgó el artículo 71 de la Ley de Ingresos para el año de 1928, expidió el 18 de abril del mismo año, la Ley Aduanal destinada a substituir a la antigua Ordenanza General de Aduanas Marítimas y Fronterizas, para realizar una imprescindible reforma en los procedimientos aduanales, a efecto de ajustar éstos a las necesidades del comercio y a las exigencias del Fisco Federal.

"La vigencia de dicha Ley, ha sido propuesta por diversos decretos, con objeto, por una parte, de reformar oportunamante las tarifas de importación para que pueda llevarse a cabo sin trastorno alguno la supresión de las facturas consulares y del impuesto sobre certificación de éstas, prevista en la nueva Ley, y por la otra, de estudiar algunas sugestiones recibidas en la Secretaría de Hacienda, relativas a la conveniencia de introducir algunas reformas en el articulado para completar la transformación de los procedimientos en materia aduanal.

"El estudio de la tarifa y el de las modificaciones aludidas está ya terminado, por lo que el Ejecutivo de mi cargo espera que para el año próximo podrá ponerse en vigor la nueva legislación; con este objeto es preciso introducir oportunamente las modificaciones a que antes se ha hecho referencia, para lo que es conveniente expedir de nuevo la Ley Aduanal, a fin de que no existan disposiciones reformatorias dispersas en el momento en que entré en vigor.

"Por otra parte, si se tiene en consideración la complejidad de las operaciones que dicha Ley está destinada a reglamentar, es de preverse que no obstante los detenidos estudios que se efectuaron al formularla, al aplicarse a algunas situaciones concretas, se pondrá de manifiesto la necesidad o conveniencia de introducir algunas modificaciones, por lo que parece prudente que el Ejecutivo Federal quede facultado para ello durante el año de 1930. "En atención a lo expuesto, me permito a elevar a la consideración de esa H. Cámara, por conducto de ustedes, ciudadanos Secretarios, y en uso de la facultad que no concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de la República y para los efectos señalados en el inciso A), del artículo 72, la siguiente iniciativa de Ley:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

"Artículo 1o. Se faculta al Ejecutivo de la Unión para que expida la Ley Aduanal.

"Artículo 2o. Asimismo se faculta al Ejecutivo para que introduzca en dicha Ley, durante el año de 1930, las reformas que estime convenientes.

"Artículo 3o. El Ejecutivo dará cuenta al H. Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que le concede la presente Ley."

"Reitero a ustedes, ciudadanos Secretarios, las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - El presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, E. Portes Gil. - El secretario de Hacienda y Crédito Público, L. M. de Oca."

Se pregunta a la Asamblea si se considera el asunto de urgente y obvia resolución. los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Considerado de urgente y obvia resolución. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez Zenón: Por la negativa.

(Votación). - El C. secretario Díaz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos fue aprobado en lo general el proyecto de decreto.

Está a discusión en lo particular el artículo 1o.

Dice:

"Artículo 1o. Se faculta al Ejecutivo de la Unión para que expida la Ley Aduanal."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserve para su votación.

"Artículo 2o. Asimismo se faculta al Ejecutivo para que introduzca en dicha Ley, durante el año de 1930, las reformas que estime conveniente."

Está discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserve para su votación.

"Artículo 3o. El Ejecutivo dará cuenta al H. Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que le concede la presente Ley."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación de los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez Zenón: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Díaz: ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? ¿Falta algún ciudadano diputado por votar? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos fue aprobado en lo particular el proyecto de ley.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

"Comisión de Presupuesto y Cuenta. - Sección de Territorios.

"H. Asamblea:

"A la sección respectiva de la Comisión de Presupuestos Y Cuenta, fue turnado, por acuerdo de Vuestra Soberanía, para su estudio y dictamen, el Proyecto de Ley de Ingreso correspondiente al Distrito Sur de la Baja California, que envió el Ejecutivo de la Unión.

"Después de estudiar con detenimiento este Proyecto, la Comisión creyó conveniente hacerle algunas ligeras modificaciones y, haciéndolo suyo, tiene el honor de someter a la ilustrada deliberación y aprobación de la H. Asamblea, el siguiente Proyecto de Ley de Ingresos del Gobierno del Distrito Sur del Territorio de la Baja California para el año de 1930.

"Artículo 1o. Durante el ejercicio fiscal de 1930, se cobrarán y recaudarán en el Distrito Sur de la Baja California, los impuestos, derechos, productos, participaciones, subsidios y aprovechamientos siguientes:

"A. Impuestos.

"I. Sobre la propiedad raíz rústica por su valor fiscal; "II. Sobre la propiedad raíz urbana; "III. Sobre el comercio y la industria; "IV. Sobre plantas de beneficio y establecimientos metalúrgicos; "V. Sobre casas de alojamiento, hoteles, casas de huéspedes, mesones o posadas;

"VI. De policía; "a) Diversiones públicas; "b) Juegos permitidos; "c) Portación de armas; "d) Música; "e) Rifas, y "F) Manejo de vehículos de propulsión mecánica.

"VII. De salubridad sobre: "a) Permiso para establecer carnicerías, establos, expendios de leche, y toda clase de bebidas y comestibles; "b) Tolerancía de la prostitución. "VIII. De tránsito de vehículos. "B. Derechos.

"I. De legalización de firmas; "II. De inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; "III. De inscripción en el registro de vehículos; "IV. De inscripción en el registro de fierros y señales.

"C. Productos. "I. De venta de papel especial para actas del Registro Civil; "II. De la imprenta del Gobierno; "III. De las plantas de luz eléctrica de La Paz y San José del Cabo; "IV. De la planta de agua potable de San José del Cabo; "V. De los bienes muebles e inmuebles pertenecientes al Gobierno; "VI. De la venta de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes al Distrito; "VII. Del arrendamiento de los bienes pertenecientes al Distrito; "VIII. De cauciones cuya pérdida fuere declarada; "IX. De mercados; "X. De rastros; "XI. De panteones.

"D. Participaciones. "I. Todas las que las leyes vigentes concedan a los Municipios del Distrito, y las que en lo sucesivo les otorguen;

"II. En el impuesto federal sobre la producción de metales y compuestos metálicos;

"III. En el impuesto federal sobre herencias y legados;

"IV. En el impuesto federal sobre donaciones;

"V. Veinticinco por ciento en el precio obtenido por la venta de terreno nacionales comprendidos dentro del Distrito;

"VI. Veinticinco por ciento en el precio de venta de terrenos baldíos, excedencias y demasías ubicadas dentro del Distrito y que se enajenen conforme a la ley;

"VII. Cincuenta por ciento de los productos que la Federación recaude por arrendamiento y explotación de terrenos nacionales comprendidos en el Distrito;

"VIII. Cincuenta por ciento del monto de los impuestos que la Federación obtenga por la explotación de la pesca, buceo, salinas, canteras y demás recursos naturales comprendidos dentro del

territorio, incluyendo permiso para explotación de ballenas, registro de artes y embarcaciones de pesca y cuotas de inspección y de vigilancia de esa explotación;

"IX. Cincuenta por ciento de los productos que la Federación recaude por uso de las aguas nacionales comprendidas dentro del Distrito;

"X. Cincuenta por ciento de la recaudación que la Federación obtenga en el Distrito por contribución federal.

"E. Subsidios.

"Único. El que señale el Presupuesto de Egresos de la Federación que rija en 1930, para que el Gobierno del Distrito cubra las diferencias que resulten entre sus ingresos y egresos.

"F. Aprovechamientos diversos.

"I. Compensación por servicios públicos que deban enterar las empresas o compañías con arreglo a sus concesiones y contratos respectivos;

"II. Sucesiones y donaciones a favor del Erario;

"III. Herencias a favor del Fisco;

"IV. Multas que se impongan por autoridades judiciales o administrativas, conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes o que en lo sucesivo se dicten;

"V. Recargos;

"VI. Rezagos de créditos, impuestos, derechos, productos, participaciones o aprovechamientos no cubiertos en años anteriores a la Tesorería General o las Tesorerías Municipales;

"VII. Reintegros de alcances o liquidaciones de cuentas o de cualesquiera otras obligaciones que conforme a la Ley correspondan al Fisco;

"VIII. Uno y medio por ciento de honorarios que correspondan al Gobierno del Distrito por amortización de estampillas del impuesto federal del Timbre. El Gobierno del Distrito distribuirá en la forma que estime conveniente los productos de este uno y medio por ciento entre los empleados que hagan la amortización, y "IX. Ingresos y aprovechamientos no especificados.

"Artículo 2o. La recaudación de todos los ingresos comprendidos en el artículo anterior, se hará de conformidad con lo que prevengan las leyes de Hacienda y demás leyes y disposiciones vigentes, aplicables a cada uno de los conceptos productores del ingreso con las modalidades que expresan los artículos siguientes:

"Artículo 3o. La base para el cobro de impuestos sobre la propiedad raíz rústica y urbana que señala el rubro A, fracción II, del artículo 1o. será el valor fiscal que se haya fijado o fije a los predios en revalúo ordenado en 1926 aumentando en un diez por ciento.

"Cuando se trate de predios que pertenezcan a una sucesión que tenga tres años de abierta sin haberse terminado por partición y adjudicación de bienes, el impuesto se causará a razón de diez al millar sobre los predios urbanos y de doce al millar sobre los predios rústicos, desde que se cumplan los citados tres años y hasta la fecha en que se concluye, como se indica, el respectivo juicio sucesorio.

"Artículo 4o. El impuesto sobre el comercio y la industria se causará por las ventas o consignaciones para su venta que efectúen los agricultores, comerciantes o industriales, con excepción de los mineros, en las fincas o establecimientos de su propiedad y en general por todos aquellos que hagan ventas de efectos de comercio con carácter lucrativo.

"El impuesto se causará sobre el importe de las ventas o consignaciones para su venta, anuales, a razón de dos por ciento, con excepción de las que no exceden de 500 pesos al año y de los efectos siguientes, que causarán las cuotas que a continuación se indican, sobre el total de ventas anuales, cualquiera que sea su monto:

"Tabacos, diez por ciento.

"Tomate, $0.10 centavos por cada caja hasta de quince kilogramos.

"Queso, $1.00 (un peso) por cada cien kilogramos.

"Ganado vacuno, exclusivamente, $1.00 (un peso) por cabeza.

"Panocha, $0.40 (cuarenta centavos) por cada carga de ciento quince kilogramos. "Alcohol, por kilogramo legal $1.00 "Cerveza de barril, por litro ,,0.10 "Cerveza de botella, por litro ,,0.30

"Vinos comprendiéndose los de mesa (blanco, tinto, seco o dulce), y el Vermouth y el Byrrh, $0.10 (diez centavos) por kilo legal.

"Las demás bebidas alcohólicas, $1.50 (un peso cincuenta centavos) kilo legal.

"Artículo 5o. Con excepción de los productos que se dejan consignados en el artículo anterior, no pagarán ningún otro impuesto los agricultores por la venta de sus cosechas y demás frutos de sus predios.

Tampoco se causará el impuesto sobre ventas, por las que se hagan de cueros sin curtir, de concha, de perlas y de materiales curtientes.

"Tratándose de mercancías despachadas en consignación para su venta, el impuesto se pagará dentro de un plazo que no excederá de tres meses desde la fecha de la salida de las mercancías de la finca agrícola, comercial o industrial de que se trate.

"Artículo 6o. Los talleres de artes y oficios y cualquier establecimiento o giro en que no se hagan ventas, así las profesiones o ejercicios lucrativos, pagarán sobré el capital invertido o de acuerdo con su importancia, una cuota mensual de $0.50 a $200.00, según la tarifa que se fijará previamente para una junta integrada por dos representantes de todos los causantes y por el tesorero general del Distrito.

"Artículo 7o. El Ejecutivo del Distrito reglamentará el impuesto sobre el comercio y la industria y sobre el alcohol y bebidas alcohólicas, gravadas en este Presupuesto, sujetándose a las bases siguientes:

"a) Para el pago del impuesto, los causantes quedan obligados a presentar manifestaciones dentro de los términos que fijen las disposiciones reglamentarias de la presente Ley.

"b) Las manifestaciones de los causantes serán calificadas por la Junta Calificadora de cada circunscripción rentística.

"c) Las inconformidades de los causantes con las resoluciones de la Junta Calificadora, serán conocidas en última instancia por la Junta Revisora que se instalará en la capital del Distrito, en el concepto de que no serán revisadas las calificaciones cuando excedan solamente de un diez por ciento o menos a las cantidades declaradas por los causantes.

"d) El término para presentar inconformidades ante la Junta Revisora, es el de diez días, contados desde la fecha de la notificación, para los causantes de La Paz, y para los foráneos el mismo, aumentado en un día por cada veinte kilómetros de distancia.

"e) Sólo las reclamaciones que se formulen contra las resoluciones de las Juntas Calificadoras, depositándose en efectivo el valor del impuesto y garantizándose el pago de los recargos y multas, motivarán la suspensión del procedimiento de cobro.

"f) Cuando no se presenten las declaraciones oportunamente, la Junta Calificadora procederá de oficio y en igual forma se procederá cuando ante la misma Junta o ante la Revisora no aclaren los causantes sus declaraciones o no comprueben los datos discutibles de las mismas, y

"g) El impuesto deberá pagarse por bimestres adelantados, en los primeros diez días de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.

"Artículo 8o. Los notarios y jueces que actúen por receptoría, no podrán autorizar en sus protocolos ni inscribir en el Registro Público de la Propiedad, escrituras o testimonios respectivamente, de traspaso, venta o enajenamiento de negocio agrícolas, mercantiles o industriales, sin que previamente se les presente una certificación que compruebe que los otorgantes se encuentran al corriente en el pago de contribuciones por la negociación de que se trate.

"Artículo 9o. El impuesto sobre las plantas de beneficio y establecimientos metalúrgicos a que se refiere el artículo 1o., rubro A fracción IV, se cobrará de acuerdo con lo prevenido en el artículo 23 de la Ley de Impuestos a la Minería, de 29 de abril de 1927.

"Artículo 10. El impuesto sobre casas de alojamiento, será a razón de $1.00 a $20.00 mensuales, según la importancia del establecimiento.

"Artículo 11. El impuesto de policía sobre las diversiones públicas y juegos se causará a razón de $1.00 a $50.00 por una sola vez o mensualmente, según la tarifa que expida el Ejecutivo del Distrito; sobre la portación de armas, se cubrirá anualmente la cantidad de $10.00 (Diez pesos); sobre música, en las cantinas, hoteles, salones de recreo y casinos, según la clase e importancia, de $1.00 a $5.00 diarios. Por manejo de vehículos de propulsión mecánica, se pagará anualmente $3.00.

"Artículo 12. El impuesto de salubridad se causará:

"a) Sobre permisos para establecer carnicerías, a razón de $5.00 a $20.00; establos, de $5.00 a $20.00; expendios de leche, de $2.00 a $10.00; expendios de alcohol y bebidas alcohólicas al por mayor, de $100.00 a $500.00 y al por menor, de ... $250.00 a $500.00 y restaurants, fondas y figones, de $1.00 a $10.00 En todos estos casos, el permiso deberá ser expedido por el Gobierno del Distrito, previa opinión favorable del Departamento de Salubridad y la cuota que se fije se causará anualmente, señalándose según la importancia del giro de que se trate.

"b) Sobre la tolerancia de la prostitución, de $10.00 a $200.00 mensuales como compensación a los servicios médicos y de policía que se presten a cada una de las causas en que aquélla se ejerza.

"Artículo 13. El impuesto sobre tránsito y vehículos se causará mensualmente y por cada uno como sigue:

"a) Sobre carros de tracción animal, de dos ruedas $ 1.00 De cuatro ruedas ,, 2.00 "b) Sobre vehículos de propulsión mecánica, hasta de cuatro asientos, para pasajeros ,, 6.00 De mayor cantidad para pasajeros ,, 7.00 Trucks o camiones de carga, hasta una tonelad ,, 7.00 Y de mayor capacidad ,, 8.00 "c) Sobre bicicletas ,, 1.00

"Artículo 14. Por la legalización de firmas se pagarán $ 2.50 (Dos pesos cincuenta centavos). No causan este derecho la legalización de certificados de actas del Registro Civil, de certificados expedidos por autoridades escolares sobre derechos relativos a la instrucción primaria y la de documentos de interés oficial que expidan las autoridades federales y del Distrito.

"Artículo 15. Por derecho de inscripción en el Registro de Vehículos se pagarán: si son de tracción animal, $1.00 por el primer año o fracción, y $0.50 por refrendo anual, y si son de propulsión mecánica, $3.00 por el año o fracción, y $1.00 por el refrendo anual. El Ejecutivo del Distrito expedirá todas las disposiciones relativas a inscripción, manejo y tránsito de vehículos.

"Artículo 16. Por derechos de inscripción en el Registro de Fierros y Señales se pagarán $ 6.00 cada cinco años, incluyendo la expedición del título, y por cada duplicado del mismo, $ 3.00.

"Artículo 17. El papel especial para actas del Registro Civil se venderá a razón de $0.50; en el concepto de que será obligatoria la expedición del certificado del acta respectiva por cada nacimiento que se registre, sin más pago que el de la hoja, estando obligados los oficiales del Registro Civil, bajo pena de cinco pesos de multa, que se duplicará en caso de reincidencia, a entregar a los interesados el certificado de que se trata dentro de los cinco días siguientes al registro del acto.

La expedición de cualquier certificado de actas del Registro Civil, previa entrega de la hoja especial, será enteramente gratuita, quedando abolido todo otro pago, cualquiera que sea su concepto.

"Artículo 18. El Ejecutivo del Distrito expedirá las tarifas y condiciones en que se proporcionará servicio por las plantas eléctricas de la Paz y San José del Cabo y la de agua potable de este último lugar, en el concepto de que cualquiera reforma que se haga a esas tarifas y condiciones, surtirá

efectos de un mes después de publicadas en el Boletín Oficial.

"Artículo 19. Los expedidos o puestos: en los mercados públicos, pagarán una cuota de $0.10 a $2.00 por metro cuadrado, en la vía pública en los lugares que señalen las prevenciones de policía, el doble de la cuota anterior, y en los zaguanes o accesorias, de $0.20 a $2.00 La cuota anterior se causará diariamente y se fijará según la importancia del giro.

"Artículo 20. La matanza de ganado en los rastros o lugares autorizados causará un derecho de $2.00 por cabeza de ganado vacuno, y de $0.30 por cada cabeza de ganado de otras clases, pero si la matanza se hace fuera de las poblaciones y exclusivamente para el consumo particular, se pagará la mitad de las cuotas anteriores.

"Artículo 21. El producto de los panteones se regirá por las disposiciones que dicte el Ejecutivo del Distrito, en el concepto de que las cuotas que se cobren no excederán de las siguientes:

"1a. clase. Fosa de 2 metros. Perpetuidad $ 60.00

"1a.. ,, ,, ,, 2 ,, Por 5 años. ,, 30.00

"1a. ,, ,, ,, 1.20 ,, Perpetuidad ,, 30.00

"1a. ,, ,, ,, 1.20 ,, Por 5 años. ,, 20.00

"2a. ,, ,, ,, 2 ,, Perpetuidad ,, 20.00

"2a. .,, ,, ,, 1.20 ,, ,, ,, 10.00

"3a. ,, ,, ,, 2 ,, ,, ,, 10.00

"3a. ,, ,, ,, 1.20 ,, ,, ,, 5.00

"4a. ,, ,, ,, 2 ,, ,, ,, 2.00

"4a ,, ,, ,, 1.20 ,, ,, ,, 2.00

"La fosa común se concederá gratuitamente.

Artículo 22. Las participaciones a que se refiere el artículo 1o., rubro D, en sus fracciones I, III, y IV, se percibirán con estricta sujeción a las disposiciones de las respectivas leyes federales vigentes.

"La participación establecida en el mismo artículo 1o., rubro D, fracción II, se cobrará por el Gobierno del Distrito, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Ley de Impuestos a la Minería de 29 de abril de 1927, que se declaran aplicables al Distrito.

"Artículo 23. La Tesorería de la Federación, las Aduanas Marítimas y Oficina Federal de Hacienda en el Distrito, y los Consulados de San Diego y los Angeles, California, Estados Unidos de América, que son las Oficinas Federales receptoras correspondientes, practicarán dentro de los primeros quince días de cada mes las liquidaciones respectivas para determinar las cantidades que correspondan al Gobierno del Distrito por concepto de participaciones a que refiere el artículo 1o., rubro D, en sus fracciones V, VI, VII, VIII y IX, poniendo desde luego a su disposición esas cantidades, sin perjuicio de que sean remitidos para su revisión a la Secretaría de Hacienda, ejemplares por triplicado de las liquidaciones y al Departamento de Contraloría, los documentos que su Ley Orgánica determine.

"Articulo 24. La participación en la recaudación que se obtenga por contribución federal, que causan los enteros que se hagan al Gobierno del Distrito, será liquidada y pagada por la Oficialía Federal de Hacienda en el mismo, dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que se reciba los talones respectivos que comprueban la amortización.

"Artículo 25. Los ingresos procedentes de operaciones de crédito o de contratos celebrados durante el año fiscal en que deba regir esta Ley y que por razón de su carácter accidental no estén comprendidos expresamente en ninguno de los ramos de recaudación normal que en ellas se enumeran, se registrarán en una cuenta especial bajo el titulo de "Ingresos Extraordinarios".

"Artículo 26. Todos los causantes de contribuciones por cualquier concepto que sea, tiene la obligación de efectuar los enteros respectivos en la Tesorería General o en las Oficinas Recaudadoras correspondientes, precisamente del día 1. al día 10 de cada mes o del bimestre que corresponda, incurriendo en un recargo de uno por ciento por cada mes o fracción de retardo. Este uno por ciento se calculará sobre el monto de la contribución que haya dejado de cubrirse oportunamente.

"Artículo 27. El Ejecutivo del Distrito queda facultado para expedir toda las disposiciones reglamentarias de la presente Ley.

"Artículo 28, Se faculta al Ejecutivo del Distrito para condonar los rezagos y recargos, que correspondan a su Erario, siempre que se compruebe debidamente a juicio del mismo Ejecutivo, la insolvencia del causante.

"Transitorio. Esta Ley entrará en vigor el 1o.

de enero de 1930.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 26 de diciembre de 1929. - Nemesio Vargas. - F. J. Bórquez."

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites a este dictamen para que entré desde luego a discusión. Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Se dispensan los trámites.

Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Comisión de Presupuestos y Cuentas. - Sección de Territorios.

"H. Asamblea:

"A la suscrita Sección de Territorios de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, fue turnado el expediente que se formó con el Proyecto de Ley de Ingresos del Distrito Norte de la Baja California para el año de 1930, enviado por el Ejecutivo Federal.

"Por el detenido estudio que hicimos de este asunto, llegamos al convencimiento de que el citado proyecto se encuentra cuidadosamente elaborado, de acuerdo con las necesidades de aquella región y estado de absoluta conformidad, no tenemos inconveniente en hacerlo nuestro en todas sus partes.

"En tal virtud, tenemos el honor de proponer que Vuestra Soberanía, previa dispensa de todos los trámites, apruebe el Proyecto de Ley de Ingresos del Gobierno del Distrito Norte de Baja California, para el año de 1930, tal como fue presentado por el Ejecutivo de la Unión.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso General. - México, D. F., a 19 de

diciembre de 1929. - Nemesio Vargas. - Flavio J. Bórquez."

"Proyecto de Ley de Ingresos del Gobierno del Distrito Norte del Territorio de la Baja California para el año de 1930.

"Artículo 1o. Durante el ejercicio fiscal de 1930, se cobrarán y recaudarán por el Gobierno del Distrito Norte de la Baja California, los impuestos, derechos, productos, participaciones y aprovechamientos siguientes:

"A) Impuestos. "1. Propiedad raíz (rústica y urbana.) "2. Comercio e industria. "3. Alcohol y bebidas alcohólicas. "4. Plantas de beneficios y establecimientos metalúrgicos. "5. Vehículos y expedición de placas. "6. Juegos y diversiones públicas. "7. Tolerancia.

"B) Derechos. "2. Exhortos y legalización de firmas. "2. Registro Público de la Propiedad y del Comercio. "3. Licencia para la portación de armas. "4. Mercados y comercio ambulante. "5. Rastros. "6. Panteones. "7. Registro Civil. "8. Hospitales. "9. Aguas potables. "10. Planta de luz eléctrica de Ensenada.

"C) Productos. "1. Papel especial para actas de Registro Civil. "2. Sobre los bienes muebles e inmuebles pertenecientes al Gobierno del Distrito. (Arrendamientos.)

"3. Sobre la venta de bienes muebles e inmuebles pertenecientes al Gobierno del Distrito.

"4. Por cauciones cuya pérdida fuere declarada.

"5. Urbanización.

"6. Venta de estampillas especiales para el impuesto adicional sobre producción de cerveza.

"7. Adjudicación de lotes de terreno.

"8. Almacenes de Depósitos del Gobierno.

"D) Participaciones sobre los impuestos de la Federación.

"1. Sobre la producción de metales y compuestos metálicos.

"2. Sobre herencias y legados.

"3. Sobre sucesiones y donaciones.

"4. Veinticinco por ciento en la venta de terrenos baldiós, excedencias y demasías ubicadas dentro del Distrito y que se enajenen conforme a la Ley.

"5. Veinticinco por ciento sobre el precio obtenido por la venta de terrenos nacionales comprendidos dentro del Distrito.

"6. Veinticinco por ciento de los productos que la Federación recaude por el arrendamiento y explotación de terrenos nacionales comprendidos en el Distrito.

"7. Cincuenta por ciento del monto de los impuestos que la Federación obtenga sobre todo ingreso por la explotación de la pesca, buceo, salinas, canteras y demás recursos comprendidos dentro del Distrito.

"E) Aprovechamientos.

"1. Compensación por servicios públicos que deben enterar las empresas y compañías con arreglo a sus concesiones y contratos respectivos.

"2. Herencias a favor del Fisco.

"3. Multas que se impongan por autoridades judiciales o administrativas conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes o que en lo sucesivo se dicten.

"4. Recargos.

"5. Rezagos de créditos, impuestos, derechos, participaciones, productos o aprovechamientos no cubiertos en los años anteriores.

"6. Reintegros de alcances o liquidaciones de cuentas o de cualesquiera otras obligaciones que conforme a la Ley correspondan al Fisco.

"7. Ingresos y aprovechamientos no especificados.

"8. Horarios que corresponden al Gobierno del Distrito por amortización de estampillas del Impuesto Federal del Timbre. El Gobierno del Distrito distribuirá en la forma que lo estime conveniente los productos de estos honorarios entre los empleados que hagan la amortización.

"Artículo 2o. La recaudación de todos los impuestos comprendidos en el artículo anterior, se hará de conformidad con lo que prevengan las Leyes de Hacienda y demás leyes y disposiciones vigentes, aplicables a cada uno de los conceptos productos del Ingreso.

"Artículo 3o. El impuesto sobre el Comercio y la Industria a que se refiere el artículo 1o., letra A, fracción II, se cobrará de acuerdo con lo que establece la Ley de Hacienda del Distrito con la modificación de que los establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas no serán calificados conforme tal ordenamientos y causarán las siguientes cuotas mensuales:

CANTINAS Cuota

minima

"De 1a. clase $ 800.00

"De 2a. clase ,, 500.00

"De 3a. clase ,, 250.00

EXPENDIO POR BOTELLAS CERRADAS

"DE 1a. clase $ 300.00

"De 2a. clase ,, 200.00

"De 3a. clase ,, 100.00

RESTAURANTS CON EXPENDIO DE VINOS Y LICORES

"De 1a. clase $ 900.00

"De 2a. clase ,, 200.00

"De 3a. clase ,, 100.00

"Artículo 4o. Todos los cosecheros de algodón deberán pagar por concepto de impuesto de $0.25 por cada paca de 220 kilos, y $1.50 por

cada tonelada de mil kilos de semilla de algodón; considerándose en todo caso, que el exportador es el que vende estos productos.

"Artículo 5o. El impuesto sobre el alcohol y bebidas alcohólicas según el artículo 1o., letra A, fracción III, se cobrará de acuerdo con lo prevenido en la Ley de Hacienda del Distrito.

"La producción de alcoholes y bebidas alcohólicas en el Distrito, se causará conforme a la siguiente tarifa:

Litro

"Alcohol $ 0.75

"Aguardiente, mezcal, tequila y sotol ,, 0.40

"Wiskey, cognac y ajenjo ,, 1.00

"Licores de todas clases, gotas amargas y vinos espumosos ,, 0.80

"Vinos que provengan de la fermentación directa del jugo de uva Excentos

"El ciudadano gobernador del Distrito Norte de la Baja California, expedirá las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para efectuar la recaudación de este impuesto.

"Artículo 6o. El impuesto sobre Plantas de Beneficio y Establecimientos Metalúrgicos a que se refiere el artículo 1o., letra A, fracción IV, se cobrará de acuerdo con lo prevenido en el artículo 23 de la Ley de Impuestos a la Minería de 29 de abril de 1927.

"Artículo 7o. El impuesto sobre el tráfico de vehículos en el Distrito, tiene el carácter de anual, con excepción de lo que establece el artículo 23 del Reglamento de Tráfico de 1925, de municipalidad de Mexicali, que será enterado cada mes, por cada vehículo de alquiler, previamente a la revista que se le practicará según ordena dicho artículo.

"Artículo 8o. Los vehículos particulares hasta de cuatro pasajeros y los de carga hasta de una tonelada, pagarán por semestre adelantado la suma de $9.00. Los vehículos de más de cuatro pasajeros y los de carga de más de una tonelada, pagarán al semestre la suma de $12.00.

"Artículo 9o. Los vehículos a que se refiere el artículo anterior pagarán, si se ponen al servicio del público, además, las siguientes cuotas semestrales:

"Los de cuatro pasajeros o menos y los de

carga hasta una tonelada de

capacidad $ 6.00

"Los de más de cuatro pasajeros y los de

carga de más de una tonelada de

capacidad ,, 10.00

"Artículo 10. Los carros de tracción animal que sólo trafiquen entre los ranchos y haciendas, sin hacerlo habitualmente en centros poblados, pagarán al año, por semestre adelantado:

"Chicos de cuatro ruedas $ 2.50

"Grandes de cuatro ruedas ,, 3.50

"Los de dos ruedas Exentos

"Artículo 11. Los carros llamados Racas, destinados exclusivamente al transporte de algodón o semilla del mismo, causarán cada uno, un impuesto dentro del año fiscal de que se trate, cualesquiera que sean las fechas en que se pongan en servicio y en que sean retirados, de $20.00. "Artículo 12. Cualquier otro carro o vehículo no comprendido en las disposiciones anteriores, pagará la cuota mensual o semestral que determine el ciudadano delegado del Gobierno en su jurisdicción respectiva, tomando en cuenta las semejanza con los anteriormente especificados, así como el uso a que se destinen.

"Artículo 13. Los propietarios de vehículos tienen la obligación de proveerse de las placas de registro respectivas, las cuales se obtendrán de la Tesorería General del Distrito o sus dependencias, previo el pago de la suma de $4.00.

"Artículo 14. Los juegos y las diversiones públicas causarán los siguientes impuestos:

"1. Billares. "De 1a. clase, cada mesa, mensualmente $ 10.00 "De 2a. clase, cada mesa, mensualmente ,, 5.00 "2. Boliches, cada mes ,, 7.50 "3. Juegos de cartas o de otras combinaciones, se cobrará de acuerdo con estipulaciones que se establezcan en el contrato - concesión respectivo. "4. Máquinas sorteadoras de moneda, se cobrará de acuerdo con las cuotas que establezca el Gobierno del Distrito. "Los juegos de cartas y las máquinas sorteadoras de moneda sólo podrán establecerse previa la autorización del Gobierno del Distrito. "5. Loterías chinas, pagarán de acuerdo con las estipulaciones que se establezcan en el contrato respectivo. "6. Carreras de caballos o de perros. "Pagarán de acuerdo con las estipulaciones que se establezcan en el contrato respectivo. Agencias donde se crucen apuestas, el diez por ciento sobre las mismas. "7. Peleas de gallos, por función ,, 10.00 "8. Establecimientos que ocupen bailarinas o entretenedoras, $ 50.00 mensuales, cada una "9. Salones de baile o cabarets, de $50.00 a $150.00 por mes. "10. Orquestas, $2.00 por mes. "11. Empresas de cinematógrafo, $2.00 diarios. "12. Teatros, el tres por ciento sobre la entrada bruta. "13. Circos, corridas de toros de cualquier género, así como jaripeos, cinco por ciento sobre la entrada bruta. "14. Pugilatos, luchas greco-romanas y espectáculos similares de lucro, diez por ciento sobre la entrada bruta.

"En funciones que no sea de beneficio particular, el dos por ciento de la entrada bruta. "15. Rifas, cien por ciento sobre el monto de las acciones, billetes o boletas vendidas. "16. Agencias de loterías, que no sea la Nacional para la Beneficencia Pública o las comprendidas en la fracción V del artículo 14 de esta Ley, pagarán mensualmente de $15.00 a $30.00 "Artículo 15. Las Casas de tolerancia causarán un impuesto mensual como sigue: Máximo Mínimo "En la ciudad de Mexicali. $ 2,500.00 1,500.00 "En otros lugares del Distrito 1,800.00 500.00

"Artículo 16. Además del impuesto anterior, los propietarios de las casas de tolerancia, están obligados a pagarlos sueldos que a juicio del Gobierno del Distrito, sean necesarios para la vigilancia.

"Artículo 17. Por derechos de exhortos y legalización de firmas se pagarán $2.00; no causando este derecho la legalización de certificados extendidos por autoridades escolares sobre hechos relativos a la Instrucción Primaria y la de los documentos de interés oficial que expidan las autoridades federales del Distrito.

"Artículo 18. Por derechos de portación de armas se cobrarán anualmente la cantidad de $10.00.

"Articulo 19. El derecho de establecer mercados de cualquier clase es propio y exclusivo del Gobierno del Distrito, sujetándose a las disposiciones que establece el Reglamento de Mercados para la Municipalidad de Mexicali, expedido en 26 de noviembre de 1925.

"El comercio ambulante se regirá por lo que establece el Reglamento respectivo de 24 de noviembre de 1928 para la Municipalidad de Mexicali, y tanto la venta de mercancías en vías públicas, sin puesto fijo, como los puestos fijos en las aceras, etc., a que se refiere la fracción III del artículo 1o. del citado ordenamiento y que no giren un capital mayor de $200.00, quedan sujetos al pago del impuesto de mercados en la proporción de diez a cincuenta centavos diarios, según su importancia.

"Artículo 20. El pago de la renta de los puestos anteriores y de los cuartos exteriores del mercado, así como los lugares adyacentes a dicho mercado se sujetará a las cuotas que fije la Tesorería General del Distrito.

"Artículo 21. La Inspección General de Policía o los delegados del Gobierno en sus respectivas Demarcaciones, extenderán las licencias para los vendedores ambulantes, de acuerdo al Reglamento de 24 de noviembre de 1928, así como para la instalación de puestos fijos en las aceras, en las puertas de las casas o de otros establecimientos mercantiles y en cualquier otro lugar de la vía pública, siempre que en cada caso, el capital no sea mayor de doscientos pesos, pues si lo fuere, la licencia será extendida por la Tesorería General del Distrito.

"Artículo 22. El cobro de los impuestos y rentas a que se refieren los artículos anteriores, se hará diariamente por los recaudadores, de conformidad con el Reglamento ya mencionado.

"Artículo 23. El sacrificio de toda clase de ganado se sujetará a lo que determine el Reglamento para el servicio del Rastro, expedido por la Municipalidad de Mexicali, el 21 de enero de 1920, causando los impuestos por degüello, inspección y piso, según la siguiente clasificación:

"Por una res de ganado vacuno $ 6.00

"Por una res de ganado porcino " 5.00

"Por una res de ganado cabrío o lanar " 1.50

"Por una ternera " 3.50

"En todo caso en que se use agua

caliente, se pagará además " 2.00

"Artículo 24. Cuando los delegados del Gobierno concedan permiso para el sacrificio de animales dentro de un radio de 20 kilómetros fuera del Rastro de su respectiva jurisdicción, conforme al artículo 1o. del Reglamento respectivo, además de las cuotas fijadas anteriormente, con excepción de la que se establece para el pago del agua caliente, se causará:

"Por cada cabeza de ganado vacuno o

porcino $ 3.00

"Por una ternera " 2.00

"Por una cabeza de ganado lanar o

cabrío " 1.00

"Artículo 25. Para los mataderos autorizados fuera del radio demandado en el artículo anterior, regirán las cuotas establecidas para el Rastro de la ciudad, con excepción de la que se refiere el pago del agua caliente.

"Artículo 26. Las inhumaciones, exhumaciones, traslado de restos, etc., causarán las cuotas que fija la tarifa del Reglamento de 20 de febrero de 1920, expedido para la Municipalidad de Mexicali.

"Los cementerios de propiedad particular se sujetarán a lo dispuesto por el Reglamento respectivo, y pagarán además, la cuota mensual que fije el Gobierno del Distrito.

"Artículo 27. En el Registro Civil se cobrarán las cuotas a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Relaciones Familiares, con la excepción que se contrae en el mismo precepto.

"Artículo 28. Los enfermos distinguidos que sean atendidos en los hospitales de la ciudad de Mexicali, pagarán las cuotas que establece la tarifa para los departamentos de distinción de acuerdo con los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento para los hospitales "Mexicali" y "Civil Baja California."

"Artículo 29. Los pagos por servicios de agua potable, serán enterados en la Tesorería General del Distrito o de sus dependencias, del 1o. al 10 de cada mes, de acuerdo con las cuotas que establezca la citada Tesorería General. Pasada esta fecha causarán un recargo del diez por ciento y si llegado el día 20 no se ha cubierto el pago, se cerrarán los servicios, causando la cuota de un peso adicional, por la apertura del medidor.

"Los demás casos que se presenten en este servicio quedarán sujetos al Reglamento respectivo.

"El servicio de alumbrado eléctrico de la ciudad de Ensenada, lo proporcionará la planta de la citada población, propiedad del Gobierno del Distrito, cobrando las cuotas que determinan la tarifa respectiva.

"Artículo 30. Todos los habitantes del Distrito, propietarios de predios urbanos o poseedores de ellos, están obligados a pagar proporcionalmente la parte que les corresponda del valor de las mejoras materiales que se ejecuten para la urbanización de la poblaciones; tales como drenaje, pavimentación, embanquetados, etc., a cuyo efecto el ingeniero de la ciudad, de acuerdo con la comisión que nombre la Tesorería General, fijará la cuota correspondiente a cada uno de los causantes que tengan sus predios dentro de la parte beneficiada con las mejoras de que se trate, debiendo la propia Tesorería notificar oportunamente a los mencionados causantes.

"Artículo 31. El impuesto adicional sobre producción de cerveza se causará y recaudará de acuerdo con el Decreto de 14 de enero de 1928.

"Artículo 32. La adjudicación de lotes de la Sección 3a. de la ciudad de Mexicali, se hará de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento respectivo, aprobado el 4 de febrero de 1927; en consecuencia se establecerá una tarifa de precios de los predios de que se trata y conforme a ella, y a las bases de dicho Reglamento, se formularán los contratos de adjudicación.

"Artículo 33. La adjudicación de lotes de la Sección 1a. de la ciudad de Mexicali, se hará de conformidad con las bases que se fije la Comisión del Fundo Legal de la expresada Sección 1a. creada al efecto por el Gobierno del Distrito, por acuerdo del 29 de julio de 1927.

"Artículo 34. Mientras la Comisión Fundo Legal mencionada en el artículo anterior no fije las bases de tarifa a que deban sujetarse las operaciones de adjudicación de lotes de la Sección 1a., regirán para los adjudicatarios de lotes en dicha Sección, las cuotas siguientes por concepto de expedición de títulos y mensura; las que hacen extensivas a los adjudicatarios de lotes de otras Secciones de la ciudad de Mexicali y de toda la Delegación, a saber:

"Por expedición de título de cada lote o predio .. $ 18.00 "Por reexpedición de títulos .. " 15.00 "Por mensura de un lote que no sea de la Sección 3a. .. " 10.00

"Artículo 35. Los derechos de almacenaje se causarán de acuerdo con la tarifa aprobada por el Gobierno del Distrito "Artículo 36. Las participaciones a que se refieren las fracciones II y III del artículo 1o., inciso D), se percibirán con estricta sujeción a las disposiciones de las respectivas leyes federales vigentes.

La participación establecida en la fracción I, inciso D), del citado artículo, se cobrará por el Gobierno del Distrito de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 de la Ley de Impuestos a la Minería de 29 de abril de 1927, que se declaran aplicables al Gobierno del Distrito.

"Artículo 37. Las Oficinas Receptoras Federales correspondientes practicarán dentro de los primeros quince días de cada mes, las liquidaciones respectivas para determinar las cantidades que correspondan al Gobierno del Distrito, por concepto de las participaciones a que se refieren las fracciones IV, V, VI Y VII del artículo 1o., inciso D), poniendo desde luego a su disposición esas cantidades, sin perjuicio de que sean remitidos para su revisión, a la Secretaría de Hacienda, ejemplares por triplicado de las liquidaciones, y al Departamento de Contraloría los documentos que su Ley Orgánica determine.

"Artículo 38. Por cada título de propiedad de marcas y señales de ganado que se expidan, se causará un impuesto de $ 10.00.

"Artículo 39. Por cada corte de leña, se pagará $ 1.00 por tonelada.

"Artículo 40. Las licencias para perros, según lo prevenido por el Reglamento de Policía, causarán un impuesto anual de $4.00.

"Artículo 41. Las construcciones en las que los andamiajes o escombros obstruyan el tráfico de peatones o carruajes, causarán impuesto de $ 0.20 a $ 1.50 diarios, según la extensión que ocupen.

"Artículo 42. Los postes dentro de la ciudad de que hagan uso las Empresas o Compañías que explotan fuerza motriz, luz eléctrica, telégrafos o teléfonos, causarán un impuesto, por cada poste, de $ 1.00 anual.

"No causarán este impuesto, los postes pertenecientes a la Federación y al Gobierno del Distrito, ni los que pertenezcan a negociaciones de juridicción Federal, de acuerdo con el artículo 8o. de la Ley de Comunicación Eléctrica.

"Artículo 43. Por licencia e Inspección de instalaciones eléctricas, causarán las cuotas que señalan el Reglamento de 17 de febrero de 1920, para la ciudad de Mexicali.

"Artículo 44. Los ingresos procedentes de operaciones de crédito o de contratos celebrados durante el año fiscal en que deba regir esta Ley y que por razón de su carácter accidental no estén comprendidos expresamente en ninguno de los Ramos de recaudación normal que en ella se enumeran, se registrarán en una cuenta especial, bajo el título de "Ingresos Extraordinarios."

"Artículo 45. Todos los causantes de contribuciones, por cualquier concepto que sea, tienen la obligación de efectuar los enteros respectivos en la Tesorería General o en las oficinas recaudadoras correspondientes, precisamente del día 1o. al 10 de cada mes de bimestre, incurriendo en un recargo de dos por ciento por cada mes o fracción de retardo.

Ese dos por cientos se calculará sobre el monto de la contribución que haya dejado de cubrirse oportunamente; quedando facultado el ciudadano Gobernador del Distrito, para distribuir el cincuenta por ciento sobre el recargo que se aplique a los causantes morosos, entre los empleados que verifiquen el cobro.

Se pregunta a la Asamblea si se dispensan todos los trámites para que pase desde luego a discusión.

Los que estén por la afirmativa se servirán manifestarlo. Dispensados. Está a discusión en lo general.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

El C. presidente. (a las 19.25 h.): Se da por terminada la sesión pública y se pasa a sesión secreta a petición de algunos compañeros diputados.