Legislatura XXXIV - Año I - Período Comisión Permanente - Fecha 19310807 - Número de Diario 61

(L34A1PcpN061F19310807.xml)Núm. Diario:61

ENCABEZADO

MÉXICO, VIERNES 7 DE AGOSTO DE 1931

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XXXIV LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 61.

SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN

EFECTUADA EL DÍA 7 DE AGOSTO DE 1931

SUMARIO

1.- Se habré la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Se concede la palabra para hechos al Ciudadano. Diputado. Espinosa y Elenes Liborio y a los Ciudadanos senadores López Fernando y Altamirano Manlio Fabio. La Secretaría da lectura a una iniciativa firmada por la Diputación del Estado de Durango, a efecto de que se declaren desaparecidos los Poderes en dicha Entidad y que se pida la terna respectiva al C. Presidente. de la República, para designar Gobernador Provisional del propio Estado. Se considera el asunto de urgente y obvia resolución. A discusión. Se aprueba. Se hace la declaratoria de que han desaparecido los Poderes del Estado de Durango. El C. Santos Alonso José pide que se nombre la Comisión para solicitar al Ejecutivo., la terna de ley y que la Comisión Permanente se constituya en sesión permanente. Se aprueba y se nombra la Comisión.

3.- A las 12 se constituye la Asamblea en sesión permanente. A las 14.10 se reanuda la sesión. La Secretaría da lectura a la terna enviada por el Ejecutivo de la Unión para nombrar Gobernador Provisional del Estado de Durango. A discusión. Por unanimidad de 23 votos resulta designado el C. diputado Gámiz Lorenzo. Se hace la declaratoria. Se nombra una Comisión para que introduzca al salón al ciudadano Gámiz Lorenzo a rendir la protesta de ley. El C. Gámiz protesta. Se lee la presente acta y se aprueba sin discusión.

4.- Continúa la sesión pública ordinaria. El C. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación participa el fallecimiento del C. Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Licenciado Carlos Salcedo. Trámite: "De enterado con sentimiento."

5.- El C. Presidente de la República, pide a la H. Comisión Permanente la ratificación del nombramiento de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que hizo en favor del C. Ricardo Couto, para substituir al C. Licenciado Carlos Salcedo. A discusión. Votación. Escrutinio. Declaratoria. Se nombra una comisión para que introduzca al salón al C. Licenciado Ricardo Couto a rendir la protesta de ley. El C. Couto rinde la protesta.

6.- El C. Presidente de la República solicita de la H. Comisión Permanente declare desaparecidos los Poderes del Estado de Nayarit, en virtud de la situación que prevalece en dicha Entidad. Se considera el asunto de urgente y obvia resolución. A discusión. La Presidencia hace la declaratoria de que han desaparecido los Poderes del Estado de Nayarit. Se pone a discusión la terna enviada por el Ejecutivo para designar Gobernador Provisional del Estado de Nayarit. Por unanimidad de 24 votos se declara electo Gobernador Provisional del Estado de Nayarit al C. General Juventino Espinosa.

7.- El ciudadano senador Robledo Juan de Dios, pide que se amplíe la convocatoria al periodo extraordinario de sesiones que celebra el Congreso General, con objeto de facultar al C. Presidente de la República para auxiliar a los damnificados de diversas regiones del país. El C. Santos Alonso José, pide que se nombre una comisión que se acerque al Ejecutivo para consultarle el caso. Se nombra la Comisión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. JOSÉ J. REYNOSO

(Asistencia de 22 ciudadanos representantes.)

El C. Presidente (a las 11.32): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Márquez (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Comisión Permanente del XXXIV Congreso de la Unión, el día seis de agosto de mil novecientos treinta y uno.

"Presidencia del C. José J. Reynoso.

"En la ciudad de México, a las diez horas y seis minutos del jueves seis de agosto de mil novecientos treinta y uno, con asistencia de diez y ocho ciudadanos representantes, se abrió la sesión.

"Fue aprobada el acta de la anterior, que tuvo lugar el día veinticuatro del mes próximo pasado.

"La Secretaría dio cuenta con un oficio del C. Presidente de la República por medio del cual, y tras de amplia exposición de motivos, de acuerdo con la fracción V del artículo 76, excita a esta H. Asamblea para declarar desaparecidos los Poderes del Estado de Colima por violación de preceptos constitucionales.

"El C. Santos Alonso, solicitó que este asunto se considerara de urgente y obvia resolución y que con dispensa de todos los trámites se pusiera a debate, a lo que la Asamblea accedió previa consulta de la Secretaría.

"Puesto a discusión, sin ella, la Asamblea resolvió que era el caso de declarar desaparecidos los Poderes del Estado de Colima. La Secretaría hizo la declaratoria correspondiente, así como que se comunicara esta resolución al Ejecutivo Federal, y se le solicitara el envió de la terna correspondiente para nombrar Gobernador Provisional.

"En esas condiciones el C. Presidente concedió un receso.

"Poco después se dio cuenta con el oficio del Ejecutivo Federal, que, por conducto de la Secretaría de Gobernación, remite la terna de que se trata, y que la forman los CC. Pedro Torres O., Miguel Santana y Santiago Rodríguez.

"Y después de un breve cambio de impresiones entre los CC. representantes se procedió a la elección de Gobernador Provisional del Estado de Colima y resultó electo, por mayoría de diez y seis votos, el C. Pedro Torres O., contra un voto que obtuvieron cada uno de los ciudadanos Miguel Santana y Santiago Rodríguez. La Secretaría hizo también la declaratoria de que es Gobernador Provisional del Estado de Colima el C. Pedro Torres O.

"A las diez horas cuarenta minutos se levantó la sesión y se citó para el día siguiente, a las once horas, con objeto de que el mencionado C. Pedro Torres O., rinda la protesta de ley correspondiente." Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Espinosa y Elenes: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Espinosa y Elenes.

El C. Espinosa y Elenes: La diputación del Estado de Durango ha presentado a la consideración de esta Honorable Asamblea una solicitud que tiene como fin único acabar con la situación completamente anómala que prevalece en el Estado de Durango. Podemos afirmar, de una manera categórica, que en el Estado de Durango ha desaparecido el orden constitucional. El ciudadano Gobernador de aquel Estado, sin respetar en lo absoluto nuestras instituciones, la Constitución General de la República y la particular del Estado, ha hecho que desaparezcan, de una sola plumada, quince municipios del Estado por medio de un decreto completamente anticonstitucional que está en pugna abierta con el artículo 115 de nuestra Carta Magna; por medio de sus incondicionales, los diputados locales que lo secundan en su labor nefasta, suprimiendo estos quince municipios y dejándose él, como Gobernador, la facultad de designar a los sustitutos, es decir, estableció en el Estado de Durango verdaderas jefaturas políticas. No sólo a esto se ha concretado la labor del ciudadano Gobernador, ha invadido la esfera del Poder Legislativo expidiendo decretos con supuestas facultades en el ramo de Comunicaciones para expropiar casas y para expropiar fincas. También ha invadido la esfera del Poder Judicial, al grado de que este poder, como podrán verlo ustedes por la lectura de algunos documentos que están anexos a nuestra solicitud, este poder no pudiendo soportar ya las constantes amenazas, las constantes consignas, las constantes persecusiones y represalias en su contra, ha desaparecido; así lo manifiesta terminantemente a la Honorable Comisión Permanente. Pero lo más grave, compañeros, es que en Durango se viola francamente el artículo 130 constitucional, la Ley de Cultos de aquel Estado, que costó mucha sangre, porque los fanáticos apedrearon el palacio de Gobierno queriendo que se derogara el decreto que establece el número de sacerdotes en el Estado. La Ley de cultos establece que debe haber en el Estado veinticinco sacerdotes. Solamente en la capital del Estado funcionan cuarenta y siete; en el resto del Estado, no digamos, porque no sabemos el número. Allí los señores sacerdotes hacen y deshacen a su antojo sin interpretar la ley, con la completa anuencia del ciudadano Gobernador del Estado. Como no quiero que se me crea bajo mi palabra, la Secretaría me va a hacer favor de dar lectura a un documento que no solamente prueba mi aserto, sino que además comprueba de una manera evidente que el ciudadano Gobernador tiene relaciones oficiales con el arzobispo del Estado de Durango. (Voces: Abajo el traidor!). El ciudadano arzobispo del Estado de Durango presentó una moción a la Legislatura del Estado pidiendo que de veinticinco sacerdotes que establece la ley, se aumentaran a doscientos. (Voces: Abajo!) A esta moción se le dió curso en la Legislatura local. El Gobernador mandó llamar a sus incondicionales y no esperó que se turnara a la Comisión que corresponde, sino a una comisión de incondicionales de él. Se dictaminó favorablemente y, en una palabra, señores, se consideró como si el arzobispo tuviera derecho de iniciativa. (Silbidos.) Si estos hechos no ameritan que la Comisión Permanente intervenga de una manera rápida para acabar con este estado anómalo, ustedes lo resolverán; pero yo creo que en el Estado de Durango se deben declarar desaparecidos los Poderes. (Aplausos.)

El C. Secretario García Moisés Rosalío: Se va a dar lectura al siguiente documento dirigido al Congreso del Estado de Durango; dice así:

"El infrascrito arzobispo de Durango ante la Honorable Legislatura del Estado, con toda atención expone lo siguiente:

"La libertad de cultos reconocida por la Constitución Federal vigente sufre en el Estado de

Durango, con respecto a los católicos encargados a mi cuidado, restricciones que pugnan abiertamente con dicha Ley Constitucional y que menoscaban de manera palmaria la igualdad de los ciudadanos ante la Ley, con lamentable mengua de la paz y tranquilidad pública.

"Me refiero en particular al Decreto de la Legislatura Local, expedido el 16 de mayo de 1923, cuya copia acompaña a esta comunicación.

"Dicho Decreto no se ajusta a lo prescrito en la Constitución, que en el párrafo VII del artículo 130 dice así: "Las Legislaturas de los Estados únicamente tendrán facultad de determinar, según las necesidades locales, el número máximo de ministros de los cultos." Y la Secretaría de Gobernación, en la circular número 33 fechada el 15 de agosto de 1929, dice: "Las Legislaturas de los Estados únicamente tendrán facultad de determinar, según las necesidades locales, el número máximo de ministros de cultos."..."por consiguiente, cualquiera disposición que se exceda de esa facultad se debe tener por inconstitucional e insubsistente." Es, pues, notorio, en primer lugar, que la Legislatura Local fué más allá de sus facultades al dar las disposiciones que pueden verse en los artículos II, III, IV y V del citado Decreto.

"Por lo que se refiere al número máximo de ministros del culto católico, suplico a la Honorable Legislatura, se sirva considerar las siguientes observaciones:

"La Constitución concede, ciertamente, a las Legislaturas de los Estados facultad de señalar el número máximo de sacerdotes en cada Estado; pero no deja a su puro arbitrio el determinar ese número, sino que da una norma, cuya observancia afecta la legitimidad de lo que se acuerde: "Las necesidades locales." Necesidades que, evidentemente, se han de apreciar según la naturaleza del objeto de que se trata, en relación con el número de adeptos, la forma del culto religioso, la extensión del territorio ocupado por dichos adeptos, facilidad de comunicaciones y otras circunstancias parecidas. Ahora bien, el sólo hecho de determinar un número igual de ministros, -veinticinco para cada culto- hace ver que la Legislatura de 1929 no tuvo en cuenta las dichas necesidades locales: Primeramente por lo que hace al número de adeptos, un cálculo sencillísimo basta para convencerse de ello. Según el censo del Estado de Durango hecho en 1910, la relación del número de católicos al de protestantes es de doscientos cuarenta y uno: En consecuencia, por cada ministro protestante debería haber, conforme a ese criterio, doscientos cuarenta ministros católicos por lo menos. Y digo "por lo menos" porque aun hay que tener en cuenta que los protestantes tienen su adeptos en una extensión muy reducida, en tanto que los católicos están diseminados por los 123,520 kilómetros cuadrados del Estado, con el agravante de la enorme dificultad de comunicaciones que hay en casi todas las regiones.

"Por otra parte, las atribuciones del sacerdote católico son distintas y mucho mas laboriosas que la del ministro protestante, como son, entre otras, la administración de los sacramentos a los enfermos, sobre todo, dada la inmensa extensión de nuestras parroquias.

"Además, nuestra diócesis necesita para su servicio en la curia eclesiástica, en el Cabildo Catedral, en los seminarios, etc., gran número de sacerdotes, lo mismo que en determinadas funciones del culto católico, y téngase presente que al Estado no corresponde determinar la forma del culto, como es evidente y lo reconocen los tratadistas de Derecho Constitucional de cualquier creado que sean, sobre todo en un régimen de separación entre la Iglesia y el Estado.

"Por lo demás, los hechos confirman mi razonamiento. Gran número de localidades en el Estado carecen de sacerdotes y los católicos no pueden en esos lugares satisfacer, conforme tienen derecho, sus necesidades espirituales. La misma Legislatura actual de Durango se habrá ya dado cuenta de ello por las numerosas solicitudes que le han dirigido los católicos pidiendo la derogación del citado Decreto. Por mi parte, tengo a la disposición de los señores diputados muchos memoriales calzados por gran número de firmas recibidos de muy distintos puntos del Estado en los que se hace dicha solicitud.

"Y yo personalmente doy a ustedes testimonio de que las necesidades espirituales de mi diócesis apenas podrían atenderse razonablemente con doscientos sacerdotes en el Estado.

"Espero que la Honorable Legislatura del Estado de Durango, inspirándose en un espíritu de conciliación, indispensable para la pública paz y tranquilidad de un régimen institucional, se servirá atender a las justas peticiones de los católicos, en lo relativo al decreto de 16 de mayo de 1923.

"Con esta oportunidad, tengo el honor de manifestar a la Honorable Legislatura de Durango mi atenta y distinguida consideración.

"Durango, a 19 de marzo de 1931.- José María González y Valencia, arzobispo de Durango. (Rúbrica).- A la Honorable Legislatura Local.- Ciudad". Al anterior escrito recayó la siguiente contestación: "Al señor José María González y Valencia, arzobispo del Estado de Durango.- Presente.

"Por acuerdo de esta H. Legislatura nos permitimos acusar a usted recibo de su atento memorial de 19 del mes en curso, por medio del cual solicita de este H. Congreso atienda las peticiones de los católicos, en lo que se refiere a aumentar el número de sacerdotes católicos que ofician en esta Entidad Federativa. Al manifestar a usted que este asunto se turnó a la Comisión de peticiones, le hacemos presente las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Victoria de Durango , a 23 de marzo de 1931.- Erasmo Barraza, D. S.- Manuel Ezquivel, D. S."- (Rúbricas.) En relación con el escrito de José María González y Valencia, la comisión respectiva rindió el dictamen que dice así:

"Estados Unidos Mexicanos.- H. Congreso del Estado.- Durango.

"Ciudadanos diputados:

"A la suscrita Comisión de Peticiones, le fué turnado para su estudio y dictamen un memorial

signado por el señor José María González y Valencia, arzobispo de Durango, por medio del cual solicita atienda este H. Congreso las peticiones de las católicos, en lo que se refiere a aumentar el número de sacerdotes católicos que ofician en esta Entidad Federativa.

"El suscrito es de opinión que se tome en consideración la presente solicitud, y así se da la honra de someterlo a la aprobación de ustedes, señores diputados, con dispensa de trámites, en el siguiente proyecto de acuerdo económico:

"Único. Tramítase la solicitud que en atento memorial de fecha 19 de los corrientes eleva ante este H. Congreso el señor José María González y Valencia, arzobispo de Durango, en el que solicita se atiendan las peticiones de los católicos, en lo que se refiere a aumentar el número de sacerdotes católicos que ofician en esta Entidad Federativa."

"Sala de Comisiones del H. Congreso del Estado.

"Victoria de Durango, 25 de marzo de 1931.- La Comisión de Peticiones, A. García Avila.

"Aprobado contra los votos de los ciudadanos Barraza Miguel, y Reyes. En comisión especial a los ciudadanos Barraza Erasmo, Rivas y J. O. Mejorado." El acuerdo que recayó es el siguiente: Aprobado, contra 2 votos de los ciudadanos Barraza y Miguel I. Reyes.

El C. Santos Alonso: Pido la palabra. - El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Santos Alonso. - El C. Santos Alonso: Para que certifique la Secretaría que el documento es auténtico, que trae el sello de la Legislatura y que está escrito en el papel propio de la Secretaría del Congreso de Durango. - El C. Secretario García moisés Rosalío: La Secretaría certifica que, efectivamente, este documento viene escrito en papel oficial y las firmas son auténticas.

El C. López Fernando: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Senador Fernando López.

El C. López Fernando: Señores diputados y senadores, miembros de la Comisión Permanente: Faltaría yo a mi deber, como funcionario y como representante de la Cámara de Senadores, si no hiciera del conocimiento de ustedes lo que me consta en relación con el asunto a debate. En un reciente viaje que hice a Durango, por asuntos particulares, a mediados del mes de febrero, en esos días el Gobernador, José Ramón Valdez, se encontraba aquí en la capital disfrutando de quince días de permiso que le había concedido la Legislatura; pero esos quince días de permiso se emplearon para desvirtuar sus componendas con el clero de Durango. Y digo esto, porque mientras él estaba en la capital de la República, en la capital del Estado de Durango, en el Teatro del Estado, en el Teatro Principal del Estado de Durango se efectuaban dos conferencias, es decir, se celebró primero una conferencia presidida por los arzobispos del Estado de Sonora, del Estado de Sinaloa, del Estado de Chihuahua y del Estado de Durango; los cuatro juntos estuvieron presidiendo ese mitin; como no cupo el público en el teatro tuvieron que repetir ese mitin y desde el escenario lo presidieron los citados arzobispos. Yo no me explicaba porqué el compañero que habló antes de Durango pasó por alto este detalle que es muy importante; lo que quiere decir que había sus componendas con el Gobernador del Estado. Debo aclarar a ustedes la forma como esas conferencias se llevaron a cabo: Antes de esa reunión, el arzobispo de Durango solicitó una entrevista con el Gobernador del Estado, que se verificó en la casa de éste. Cuando nosotros fuimos de México a Durango entonces el Gobernador estaba en Ciudad Lerdo, de donde salió una peregrinación a Durango en un tren especial y con esa misma peregrinación, en ese mismo tren, iba también el Gobernador de Durango de Ciudad Lerdo a Durango. Allí llegó a Durango; estaba todo el pueblo en manifestación con cartelones dando la bienvenida a los peregrinos; entre esos cartelones también los había diciendo:

"Bien venido el ciudadano Gobernador del Estado." (Aplausos y voces: A votar A votar!)

El C. Altamirano Manlio Fabio: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Altamirano Manlio Fabio: Yo quiero hacer esta aclaración. Los compañeros de Durango tienen muchísimos motivos de orden político para atacar la gestión del señor Gobernador. Yo quiero que este debate no descienda a los caracteres de cuestiones políticas, sino que quede asentado aquí, para ejemplo de algún otro gobernador que se atreva a violar las leyes constitucionales, que quede asentado aquí que se le destituye públicamente por mocho; (Aplausos.) que se le destituye exclusivamente por estar en connivencia con el clericalismo, para que otros gobernadores que se atrevan a violar las leyes sepan qué camino van a seguir, y más aún, para que los tibios vayan alejando su tibieza y vayan entrando dentro del carril de la Revolución. (Aplausos.)

- El C. Secretario García moisés Rosalío (leyendo):

"H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

"Los suscritos, en funciones de diputados al Congreso de la Unión por el Estado de Durango, ante esa H. Comisión Permanente con todo respeto comparecemos para exponer:

"Que desde que el ciudadano José Ramón Valdez se hizo cargo del Poder Ejecutivo del Estado de Durango por nombramiento recaído en su favor con el carácter de substituto, se ha venido creando en aquella Entidad una situación completamente anómala provocada por actos de aquel funcionario, que ha dado como resultado que prácticamente hayan desaparecido los Poderes Locales y ello amerita una intervención inmediata de esa H. Comisión Permanente.

"En efecto, estamos en posesión de datos que demuestren que no existe:

"El Poder Legislativo, porque éste ha declinado una buena suma de sus facultades en favor del encargado del Ejecutivo; y algunas otras atribuciones que no se han otorgado a éste, mediante facultades extraordinarias, han sido usurpadas por el C. José Ramón Valdez sin que medie reclamación alguna por cualquiera de los miembros del

Congreso Local. Todo lo anterior lo pone claramente de manifiesto el escrito que bajo anexo número uno acompañamos. "Los Ayuntamientos del Estado están siendo objeto de remociones ordenadas por el C. Gobernador substituto, quien, no conforme con haber suprimido QUINCE de los Ayuntamientos existentes anteriormente, ha ordenado la remoción de los miembros de algunos de los pocos que quedan, como acontece con los de Cuencamé, San Juan de Guadalupe y el de Mapimí; hecho éste que también se corrobora por el mencionado anexo número uno.

"El Poder Judicial se ha visto precisado a desaparecer, como se desprende del mismo anexo, en virtud de que el C. José Ramón Valdez, Gobernador del Estado, da consigna para que determinadas resoluciones se dicten como él quiere; se impone arbitrariamente para que sean designados sus protegidos como Jueces de Primera Instancia y libra órdenes para que sean puestos en libertad procesados, sin que hayan extinguido sus condenas. Esto se desprende del propio anexo número uno y de lo que asienta el señor Gobernador en el Oficio original que se acompaña como anexo número 2.

"Todo lo anteriormente expuesto constituyen flagrantes violaciones a la Constitución General de la República y a la Particular del Estado, por lo que consideramos que es llegado el caso de que se haga la declaratoria a que se contrae el artículo 76 fracción V de nuestra Carta Magna.

"Pero lo que es aún más censurable es la conducta abiertamente clerical observada por el C. José Ramón Valdez y secundada por la Legislatura Local. En efecto, como puede verse por el anexo número tres que original acompañamos, el arzobispo de aquel Estado elevó una solicitud a la Cámara de Diputados pidiendo el aumento del número de sacerdotes, de (25) que establece la Ley en vigor, a (200), aduciendo razones tales como que tal medida se hace necesaria para que se CONSERVE LA PAZ Y TRANQUILIDAD PUBLICAS. Tal petición, por haber sido firmada por un arzobispo no debió tramitarse, sino desecharse de plano por ser de las comprendidas dentro del artículo 130 de la Constitución General de la República, ya que se gestionaba en nombre de la Iglesia Católica; pero el C. Gobernador llamó a su oficina a uno de los diputados incondicionales suyo y le recomendó que se obsequiara esa promoción y así fue como se emitió dictamen por una Comisión especial, en el sentido de que era de tomarse en cuenta aquella solicitud y que deberían tramitarse las peticiones de los católicos sobre igual tendencia. Ese dictamen fue puesto a discusión y sin ella fué votado afirmativamente según puede notarse por la razón marginal hecha por el Oficial Mayor. Pero no fue esto todo, sino que la recomendación del C. Gobernador fue más allá, pues recomendó que para que se dictaminara en el fondo, se designara una comisión especial, ya que la de Puntos Constitucionales no le merecía confianza y la consigna fué obedecida mansamente. Véase la razón marginal a que antes nos hemos referido.

"Por otra parte, es público y notorio que el C. José Ramón Valdez, Gobernador Substituto del Estado de Durango, mantiene relaciones particulares con el arzobispo de aquella Entidad y que ni siquiera procura ocultar que muy a menudo éste come en la casa de aquél.

"No creemos preciso ampliar más este escrito con otro buen número de irregularidades y atropellos, porque los documentos que acompañamos ponen de manifiesto, en forma meridiana, lo que acontece en aquel Estado.

"Con fundamento en los razonamientos expuestos y en las disposiciones legales invocadas, nos permitimos consultar a ustedes los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Se declaran desaparecidos los Poderes del Estado de Durango.

"Segundo. Pídase terna al C. Presidente de la República para la designación de un gobernador Provisional, como lo manda el artículo 76 de la Constitución General de la República.

"Concluimos pidiendo a ustedes muy respetuosamente que, por tratarse de un asunto de urgencia, se dispensen los trámites a esta solicitud. "Protestamos a los HH. Miembros de esa H. Comisión, las seguridades de nuestra alta consideración y respeto.

"México, D. F., a 7 de agosto de 1931.- Diputado Liborio Espinosa y E.- L. Gámiz.- Clemente S. Ceniceros.

"Otro sí: El ejemplar del periódico oficial que se acompaña muestra quiénes integran el Tribunal de Durango." Dicho documento dice así:

"Artículo 3o. Se declaran electos Magistrados, Propietarios y Supernumerarios para integrar el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a los ciudadanos siguientes: "Propietarios:

"1o. C. Licenciado Alejandro Altamirano.

"2o. C. Licenciado Roberto G. Muñoz.

"3o. C. Licenciado Vicente Guerrero.

"4o. C. Licenciado Pedro Alvárez.

"5o. C. Licenciado Juan Fernández Albarrán.

"6o. C. Licenciado Felipe Villarreal.

"Supernumerarios:

"1o. C. Licenciado Jorge Díaz.

"2o. C. Licenciado Ramón Duarte Alvarado.

"3o. C. Licenciado Fernando Mijares.

"4o. C. Licenciado Eduardo G. Cadaval.

"5o. C. Licenciado Celso Enríquez.

"6o. C. Licenciado Carlos Espeleta.

"Artículo 4o. Los Magistrados electos durarán en su cargo durante el periodo constitucional que termina el 31 de julio de 1935." Se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se considera el asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Voces: ¡Sí!) Se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. (Voces: ¡Sí!) Aprobado. En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que han desaparecido los Poderes del Estado de Durango. (Aplausos.)

El C. Santos Alonso: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Santos Alonso.

El C. Santos Alonso: Para suplicar se nombre a la Comisión que vaya a solicitar del Ejecutivo la terna correspondiente y que, mientras tanto, se constituya la Asamblea en sesión permanente.

El C. Secretario Márquez Luis G.: Por acuerdo de la Presidencia, se nombra en comisión a los ciudadanos Diputados Santos Alonso José, Senadores Altamirano Manlio Fabio y Suárez Zenón, y Diputado secretario Márquez, para que vayan a entrevistar al Ejecutivo con objeto de pedirle la terna para Gobernador del Estado de Durango.

El C. Santos Alonso: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Santos Alonso: Suplico, señores, que se ponga a votación que se constituya en sesión permanente la Asamblea, mientras regresa la Comisión. (Voces: ¡Sí!)

El C. Presidente (a las 12): Se constituye esta Asamblea en sesión permanente, y se suspende la sesión mientras regresa la Comisión.

El C. Presidente: Se reanuda la sesión.

- El C. Secretario Moisés Rosalío García (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México.- Secretaría de Gobernación.

"A los CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de al Unión. - Presentes.

"Para los efectos de la fracción quinta del artículo setenta y seis de la Constitución General de la República, y en relación con la resolución que se acaba de dar a conocer al señor Presidente de la República, declarando la desaparición de Poderes en el Estado de Durango hecha por esa H. Comisión Permanente, el Ejecutivo de la Unión, por mi conducto, se permite proponer para Gobernador Provisional de la citada Entidad Federativa, la siguiente terna:

"Diputado Lorenzo Gámiz, C. Clemente Ceniceros, y Diputado Miguel Barraza.

"Al suplicar a ustedes se sirvan dar cuenta al referido Ejecutivo con los acuerdos que dicten sobre el particular, les reitero las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 7 de agosto de 1931.- El Subsecretario de Gobernación, Encargado del Despacho, Octavio Mendoza González." Está a discusión.

El C. Presidente: Se dan cinco minutos para que se pongan de acuerdo.

El C. Secretario Moisés Rosalío García: Se procede a recoger la votación.

El C. Presidente: Se cierra la votación. Se nombra al Senador Suárez y al Diputado Gómez para hacer el escrutinio. (Escrutinio.)

El C. Secretario Moisés Rosalío García: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que por unanimidad de veintitrés votos ha sido electo Gobernador Provisional del Estado de Durango el ciudadano Lorenzo Gámiz. (Aplausos.) Se nombra una comisión formada por los CC. Santos Alonso, Altamirano Manlio Fabio, Robledo y Fernando López, para que lo acompañen a rendir la protesta de ley. Protesta. (Aplausos.)

El C. Secretario García: Se procede a dar lectura al acta de la sesión permanente.

"Acta de la sesión permanente celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el día siete de agosto de mil novecientos treinta y uno.

"Presidencia del C. José J. Reynoso.

"En la ciudad de México, a las doce horas y dos minutos del viernes siete de agosto de mil novecientos treinta y uno se constituyó la Asamblea en sesión permanente a moción del C. Santos Alonso, con objeto de recabar del C. Presidente de la República la terna para nombrar Gobernador Provisional del Estado de Durango, por haber declarado esta H. Comisión Permanente, en la sesión pública inmediata anterior, que han desaparecido los Poderes del Estado de Durango., para cuyo efecto se nombró una comisión, integrada por los CC. Santos Alonso, Altamirano, Espinosa y Elenes, Suárez y Secretario Márquez.

"Poco después volvió la repetida comisión, con el oficio en que el Ejecutivo envía la terna de que se trata y que la forman los CC. Lorenzo Gámiz, Clemente Ceniceros y Miguel Barraza.

"Puesta a discusión, sin ella, y después de un cambio de impresiones, se procedió a la votación por cédula y resultó designado, por unanimidad de veintitrés votos el C. Lorenzo Gámiz, según el escrutinio verificado por los CC. Zenón Suárez e Ignacio Gómez A.

"La Secretaría hizo la declaratoria de rigor.

"Rindió la protesta de ley, como Gobernador Provisional del Estado de Durango el C. Lorenzo Gámiz, a quien introdujo al salón la comisión nombrada al efecto e integrada por los CC. Santos Alonso, Manlio Fabio Altamirano, Fernando López y secretario Juan de Dios Robledo.

"Se leyó la presente acta."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente: Se levanta la sesión permanente y se reanuda la pública.

- El C. Secretario García Moisés Rosalío (leyendo):

"Telegrama procedente de: "México, D. F., 2 de agosto de 1931.

"C. Presidente de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.- Presente.

"Tengo la pena de comunicar a usted que hoy a las once horas veinte minutos falleció el C. Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Licenciado Carlos Salcedo.

"Atentamente.- El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Julio García."- De enterado con sentimiento.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F.

"A la H. Comisión permanente del Congreso de la Unión.- Presente.

"Habiendo fallecido en esa capital el día 2 del mes en curso el C. Licenciado don Carlos Salcedo, Magistrado de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, de acuerdo con la facultad que al Ejecutivo concede la fracción XVIII del artículo 89 de la Constitución General de la República, tengo el honor de manifestar a esa H. Comisión Permanente que he designado para que lo sustituya, al señor Licenciado don Ricardo Couto, quien reúne todos los requisitos de ley.

"En tal virtud, atentamente ruego a esa H. Comisión Permanente se sirva aceptar dicho nombramiento en los términos de la fracción V del artículo 79 y tramitarlo en la forma que dispone el artículo 96 de nuestra Carta Magna.

"Protesto a esa H. Comisión Permanente las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., 4 de agosto de 1931.- El Presidente de la República, Pascual Ortiz Rubio."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se va a proceder a la ratificación de la designación hecha. (Votación.) La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que por unanimidad de 23 votos fué ratificado el nombramiento de Magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en favor del C. Licenciado Ricardo Couto.

El C. Presidente: Se nombra en comisión a los ciudadanos Senadores Neri, Diputado Simón y Secretario Márquez para acompañarlo a protestar. (Protesta.)

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- Presentes.

"La difícil situación que prevalece en el Estado de Nayarit, con motivo de las continuas disensiones surgidas entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo de dicha Entidad, ha revestido en estos últimos días caracteres de tal gravedad, que ameritan y justifican la intervención de la Federación para remediar un grave mal que amenaza seriamente el orden y la tranquilidad públicos y que cada vez se aleja más de los senderos de la Ley.

"Conforme a la Constitución Política del Estado de Nayarit, el Congreso del Estado se compondrá de representantes electos popularmente en número no menor de quince. (Artículo 26 Constitucional Local.)

"El Artículo 35 de la Constitución Local, reformado por Decreto número 364 de 27 de abril de 1925, determina que el Congreso del Estado durará en el ejercicio de sus funciones y se renovará en su totalidad cada cuatro años, que se contarán desde el primero de diciembre hasta el treinta de noviembre de los años respectivos.

"El Decreto número 733 de 15 de enero de 1930 reforma la Constitución del Estado de Nayarit en el sentido de que el Congreso del Estado se compondrá de siete representantes electos popularmente (Artículo 26 reformado), pero naturalmente se entiende que la reforma entrará plenamente en vigor al expirar el actual periodo electoral de cuatro años.

"De manera que constitucionalmente el Congreso del Estado de Nayarit se compone de quince representantes aun cuando en los Presupuestos de Egresos, y por razones que es ocioso enumerar, solamente figuren trece señores diputados. "Para que el Congreso Local funcione normalmente es requisito indispensable, por mandamiento constitucional y por prevención reglamentaria, que haya la asistencia de más de la mitad del número total de diputados. (Artículo 32 de la Constitución Local y 35 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de Nayarit.)

"Luego se ha hecho indispensable la concurrencia de nueve representantes para constituir el quórum legal.

"Ahora bien, como consencuencia de las desavenencias y del mal entendimiento que se ha provocado entre el señor Luis Castillo Ledón, Gobernador del Estado, y un grupo de diputados, el Congreso no ha podido desarrollar su función legislativa ni en muchas ocasiones ha funcionado legalmente, como le consta a la Secretaría de Gobernación, y se desprende con toda evidencia de los voluminosos expedientes formados con tan penoso motivo.

"No obstante la recta conducta y la buena fe que el señor Gobernador ha impreso en todos los actos de su Gobierno, se ha visto entorpecida completamente por las maniobras de un grupo de políticos, con detrimento de la buena administración y de los servicios públicos, creando una situación ilegal y violenta que ha venido preponderando en la región de Nayarit con notorio desquiciamiento del orden social, traducido en la inquietud y en la zozobra reinantes en ese Estado, sin que hayan dado resultado provechosos y prácticos los reiterados esfuerzos hechos por la Secretaría de Gobernación para solucionar un conflicto que cada vez se endereza con más enconado apasionamiento y con mayor vehemencia entre los grupos disidentes.

"En la actualidad han sido suspendidos en el ejercicio de sus funciones seis diputados a la Legislatura Local y llamados los suplentes en forma irregular, a fin de proporcionar un quórum ficticio, contrario a los postulados de la Ley y a las prácticas democráticas, sin tomar en consideración que el Estado de Nayarit acaba de nacer a la vida constitucional como Entidad independiente, y que precisamente su condición de Benjamín en el concierto de la familia mexicana, impone de parte de su Gobernante mayor celo patriótico, mayor ponderación, mayor juicio y cordura para evitar el triste espectáculo que desde hace tiempo viene contemplando la República.

"Despejadas las causas aparentes que se dan como pretexto para mantener viva la discordia y acrecentar las disensiones, se revela a la más simple observación que el profundo malestar que impera en las esferas oficiales de Nayarit no proviene precisamente de la penuria del Erario, ni de la Crisis económica, sino de las ambiciones, de las

impaciencias que despierta el futurismo político, y no es necesario una gran dosis de perspicacia para predecir que si la tremenda situación que predomina en esa región no recibe un enérgico e inmediato remedio de parte de la Federación, se va a llegar a los más sensibles extremos, casi siempre acompañados de efusiones sangrientas, que agregarán una página de dolor y vergüenza a la trágica historia de Nayarit.

"Es de todo punto evidente que se han agotado todos los medios de persuasión y de convencimiento, que hasta ahora sólo han servido para hacer resaltar la intransigencia y el divorcio de voluntades que deberían acoplarse en el desenvolvimiento de una útil y generosa gestión administrativa, y ante la imposibilidad de lograr un entendimiento y de establecer la armonía, es llegado el momento de emplear el procedimiento drástico que las circunstancias reclaman.

"Una fracción del Congreso Local, que no forma mayoría legal, se ha colocado en una actitud de reto y de predominio, inaugurando un régimen de intolerancia y de arbitrariedad, como lo demuestra la expedición y publicación de decretos ampliando algunas partidas del Presupuesto de Egresos en los precisos momentos en que es más angustiosa la situación económica del Erario.

"Por otra parte, la fracción disidente del Congreso Local pugna por contrarrestar las maniobras de sus colegas, con perjuicio de los intereses públicos y denuncia la comisión de malos manejos, y la circulación de hojas sueltas y manifiestos, más o menos vehementes y apasionados, son elementos de perturbación, de inquietud y de desorientación que irán aumentando a medida que se desborden los enconos y se acrecienten y multipliquen las actividades políticas, y semejante situación, por sus características de insensatez y de imprudencia no puede, no debe prolongarse por más tiempo.

"Llegando al análisis sereno de la cuestión, se impone a la observación el caso de que tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo del Estado de Nayarit han venido funcionando irregularmente y sin ajustar algunos de sus actos a las normas constitucionales y a los preceptos legales que debieron regirlos; y que no obstante la intervención amistosa de esta Secretaría, los conflictos no sólo desaparecen, sino que revisten aspectos cada día más graves y alarmantes, y sería perfectamente condenable que por extremada condescendencia se hiciera interminable la miserable condición en la que actualmente se debate el pueblo nayarita, cuando se ha perdido la noción exacta de las atribuciones funcionales, cuando continuamente, y de manera recíproca, se invaden las esferas de la acción legislativa y de la acción gubernativa, cuando se ha desbaratado el concepto del respeto a la autoridad y cuando en todas las Municipalidades del Estado cunde el desconcierto y se entroniza la anarquía.

"Recientemente esta ola turbia y desquiciadora del orden social ha alcanzado al Poder Judicial, algunos de cuyos miembros han sido removidos sin justificación de ninguna especie y no es concebible que pueda vivir normalmente y desarrollarse un pueblo que carece de los elementales atributos de la justicia.

"La triste y lamentable historia de Nayarit desde que surgió a la vida constitucional con calidades de soberanía interior, y la larga lista de sus gobernantes en un corto periodo de tiempo, muy a las claras revelan que es indispensable una escrupulosa revisión de leyes y normas políticas a fin de evitar la confusión y el desorden que imperan en esa región y que alcanzan por igual a todos sus organismos, y por estas consideraciones, ampliamente fundadas en las constancias que obran en los voluminosos expedientes formados al respecto y por las experiencias desprendidas de la observación personal, necesariamente tendrá que llegarse a la conclusión de que en un lento pero efectivo suicidio, han desaparecido los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado de Nayarit.

"Por lo expuesto, este Ejecutivo de mi cargo estima que es llegado el caso de aplicar las prevenciones contenidas en la fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Castillo de Chapultepec, D. F., a 6 de agosto de 1931.- El Presidente de la República, Pascual Ortiz Rubio.- El Subsecretario de Estado y del Despacho de Gobernación, Octavio Mendoza González." En votación económica se pregunta a la Asamblea si este asunto se declara de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se declara de urgente y obvia resolución. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que han desaparecido los Poderes del Estado de Nayarit.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.- México, D. F.

"A los CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos de la fracción V del artículo 76 de la Constitución General de la República y en relación a la declaratoria de desaparición de Poderes del Estado de Nayarit hecha por esa propia. H. Comisión, el Ejecutivo de mi cargo se permite proponer para Gobernador Provisional de la citada Entidad Federativa, la siguiente terna:

"C. General de Brigada Juventino Espinosa.

"C. General Manuel E. Ulloa.

"C. General Esteban Baca Calderón.

"Al suplicar a ustedes se sirvan dar cuenta a este Ejecutivo con los acuerdos que dicte sobre el particular, les reitero a las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"Castillo de Chapultepec, D. F., a 6 de agosto de 1931.- El Presidente de la República, Pascual Ortiz Rubio.- El Subsecretario de Estado encargado del Despacho de Gobernación, Octavio Mendoza González." Está a discusión. No habiendo quien haga uso

de la palabra, se procede a tomar la votación por cédulas. (Votación.)

El C. Presidente: Se comisiona a los ciudadanos Aradillas Manuel y Alayola Barrera para que hagan el escrutinio. (Escrutinio.)

El C. Secretario García Moisés Rosalío: La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara que ha sido electo Gobernador Provisional del Estado de Nayarit, el ciudadano General de Brigada Juventino Espinosa, por unanimidad de 24 votos.

El C. Altamirano: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Senador Altamirano.

El C. Altamirano: Compañeros diputados y senadores: Es absolutamente conocido de todos ustedes que, hasta la fecha, en el Estado de Nayarit no se ha hecho ninguna Revolución. Por lo tanto, queremos expresar al Gobernador electo por la Permanente, nuestro deseo para que comience a laborar en pro de los ideales revolucionarios. Precisamente el Diputado Trejo me acaba de informar que la casa Aguirre tiene un latifundio de más de trescientas mil hectáreas. En consecuencia, es llegado el momento de que entre la Revolución al Estado de Nayarit. Este es mi deseo, compañeros, ¡y que no se vendan a la casa Aguirre!

El C. Presidente: La Presidencia manifiesta a la Asamblea que por no encontrarse en este recinto el C. General de Brigada Juventino Espinosa, electo Gobernador Provisional del Estado de Nayarit, oportunamente lo citará para que rinda la protesta de Ley.

El C. Robledo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Senador Robledo.

El C. Robledo: Con motivo de las grandes inundaciones habidas en diversos lugares de la República, pedí la palabra para sugerir la conveniencia de que se nombre una comisión que se acerque al Ejecutivo de la Unión para solicitar la ayuda de la Federación en favor de los damnificados; ampliándose, al efecto, los términos de la convocatoria al periodo extraordinario de sesiones.

El C. Santos Alonso: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Diputado Santos Alonso.

El C. Santos Alonso: Me permito manifestar al compañero Robledo que se va a solicitar de la Permanente la ampliación del periodo de sesiones extraordinarias para que la Cámara de Diputados acuerde determinada cantidad destinada a auxiliar a los damnificados por las inundaciones, y con objeto de que el Ejecutivo no vaya a decir que no tiene fondos para eso. Así es que estamos de acuerdo con el compañero Robledo y vamos a pedir la ampliación del periodo extraordinario.

El C. Secretario García Moisés Rosalío: Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si aprueba la proposición de los compañeros Robledo y Santos Alonso. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente: Se nombra en comisión a los CC. Senadores Neri y Robledo y a los CC. Diputados Santos Alonso y Márquez, con objeto de que vayan a entrevistar al C. Presidente de la República para solicitar su ayuda en favor de los damnificados por las últimas inundaciones. No habiendo más asuntos de qué tratar, se levanta la sesión. (14.30.) TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

Director, Jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.