Legislatura XXXVII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19391130 - Número de Diario 18

(L37A3P1oN018F19391130.xml)Núm. Diario:18

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 1939

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO III. - PERÍODO ORDINARIO XXXVII LEGISLATURA TOMO VI. - NÚMERO 18

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DE 1939

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura y aprobación del acta de la anterior.

2.- Elección de Mesa Directiva para el mes de diciembre próximo. Votación; resultado; declaratoria.

3.- La Cámara de Senadores transcribe un Dictamen que aprobó para crear en el Presupuesto de Educación Pública una Partida destinada a la fundación y sostenimiento de escuelas para ciegos en el país. Pasa a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

4.- La Cámara de Senadores devuelve la Iniciativa de reforma a la Ley de Beneficencia Privada, aprobada por la Cámara de Diputados. Pasa a la Comisión de Beneficencia.

5.- La Cámara de Senadores devuelve, con modificaciones, el Proyecto de Decreto por el que se crea la Orden Mexicana "Maestro Altamirano", así como la Condecoración del mismo nombre. Se considera este asunto de urgente y obvia resolución y sin discusión en lo general y en lo particular se aprueba y pasa al Ejecutivo para los efectos de ley.

6.- La Legislatura del Estado de Colima remite una Iniciativa que modifica la Fracción III del Artículo 115 de la Constitución Federal de la República. Trámite: Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales, e imprímase.

7.- Sin discusión se aprueba un Dictamen de la 2a. Comisión de Trabajo, que consulta acuerdo económico.

8.- El C. Diputado Antolín Jiménez presenta un Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 5o. del Decreto de 1o. de abril de 1937, que creó el impuesto de traslación de dominio de bienes inmuebles para quedar reducido al diez al millar. Pasa a la Comisión de Impuestos.

9.- Los CC. Diputados Ayala Manuel, Torres Luis R. y Pérez Abascal Santos presentan una Iniciativa que consulta Proyecto de Decreto por el que se modifica el artículo 3o. de la Ley de Impuestos sobre Aguamiel y productos de su fermentación. Pasa a la Comisión de Impuestos.

10.- Dictamen de la Comisión de Educación Pública sobre Proyecto de Ley reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales. Trámite: Imprímase, y a discusión en su oportunidad.

11.- Dictamen de la Comisión del Departamento del Distrito Federal, que consulta Proyecto de Decreto por el que se aprueba en todas sus partes el uso que hizo el Ejecutivo de la Unión de las facultades extraordinarias que se le concedieron para legislar en materia de ingresos en los términos del artículo 6o. de la Ley de Ingresos del Departamento Federal, para 1934. Se considera este asunto de urgente y obvia resolución y sin discusión se aprueba. Pasa al Senado para los efectos de ley.

12.- El C. Diputado Alfonso Flores M. solicita que se nombre una comisión que investigue el funcionamiento de la PIPSA. Sin discusión se aprueba y se nombra la comisión.

13.- El C. Diputado Efrén Peña Aguirre solicita que la Cámara nombre una comisión para que en unión de la que nombró el Senado, haga presente su aprobación a la labor eminentemente revolucionaria y constructiva que ha desarrollado el C. Wenceslao Labra, Gobernador Constitucional del Estado de México. Sin discusión se aprueba la proposición y se nombra la comisión.

14.- A discusión en lo general el Dictamen de la Comisión de Vías Generales de Comunicación, que contiene el Proyecto de Ley de Vías Generales de Comunicación. Considerado suficientemente discutido en lo general, se procede a su votación, siendo aprobado por 75 votos de la afirmativa contra 13 de la negativa. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. J. TEOBALDO PÉREZ

(Asistencia de 91 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 18.55): Se abre la sesión.

- El C. Secretario Velarde Adán (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XXXVII Congreso de la Unión, el día veintinueve de noviembre de mil novecientos treinta y nueve.

"Presidente del C. J. Teobaldo Pérez.

"En la ciudad de México, a las diez y ocho horas y cincuenta y cinco minutos del miércoles veintinueve de noviembre de mil novecientos treinta y nueve, se abre la sesión con asistencia de ochenta y nueve ciudadanos diputados.

"Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior efectuada el día veinticuatro de los corrientes.

"La Secretará de cuenta con los siguientes documentos en cartera:

"La Cámara de Senadores remite, para sus efectos constitucionales, la minuta con el Proyecto de Ley que reforma el párrafo primero del artículo 28 de la Constitución General de la República. - Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno, e imprímase.

"La Secretaría de Gobernación remite la siguiente iniciativa de ley subscrita por el C. Presidente de la República:

"Artículo 1o. Se autoriza al Ejecutivo Federal para que emita durante el año de 1940 un empréstito interior que se denominará "Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, 1940", hasta por la suma de treinta millones de pesos, en los mismos términos y condiciones a que se refiere el Decreto de 24 de enero de 1934.

"Artículo 2o. Los fondos que se obtengan del empréstito 1940, se invertirán en las obras de construcción de las carreteras nacionales que designe el propio Ejecutivo Federal y de las que se vienen construyendo en cooperación con los Gobiernos de los Estados.

"Artículo 3o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que celebre los contratos que sean necesarios a fin de que prosigan o inicien las obras en los caminos a que se refiere el artículo anterior, aun cuando la ejecución y pago de ésta abarque un período de tiempo mayor al ejercicio fiscal en el que sean celebrados dichos contratos.

"Artículo 4o. Se faculta al Ejecutivo Federal para reglamentar el manejo de todas las emisiones de Bonos de Caminos de los Estados Unidos Mexicanos, inclusive cuando las inversiones se hagan en caminos por construir en cooperación con los Estados".

"La Cámara considera este proyecto de urgente y obvia resolución, por lo que se pone desde luego a discusión, en lo general, y sin que la motive se reserva para su votación nominal.

"A debate en lo particular, sucesivamente, cada uno de los artículos del proyecto, ninguno es objetado y se reservan para votarlos nominalmente.

"El Ejecutivo Federal envía, por conducto de la Secretaría de Gobernación, una Iniciativa de Ley del Impuesto de la Renta sobre el Superprovecho, a cuyo pago estarán obligados los causantes de la Cédula I del impuesto sobre la Renta, cuyos ingresos anuales sean mayores de cien mil pesos.

"Se considera este proyecto como la resolución urgente y obvia.

"A discusión en lo general, el C. Diputado Antonio S. Sánchez se refiere al artículo 2o. transitorio de la iniciativa, al que considera de carácter retroactivo.

"El C. Diputado Antolín Jiménez pide se turne este proyecto a una comisión dictaminadora, lo que aprobado por la Asamblea, y en consecuencia se rectifica el trámite, acordándose turnar el mismo proyecto a la Comisión de Impuestos.

"El C. Antonio S. Sánchez solicita que la Comisión rinda su dictamen en la próxima sesión de esta Cámara.

"La Secretaría de Gobernación transcribe un oficio del Departamento de Salubridad Pública, en el que presenta sus puntos de vista sobre el proyecto de decreto del Ejecutivo, que reforma los Códigos Penal y Sanitario en materia de profilaxis de las enfermedades venéreas. - Recibo, y remítase original a la Cámara de Senadores donde obra el expediente relativo.

"La Secretaría de Relaciones Exteriores remite circular del Comité Nobel del Parlamento Noruego para que se propongan candidatos al Premio Nobel de la Paz para 1940. - Recibo, y a la Comisión de Educación Pública en turno.

"La Suprema Corte de Justicia de la Nación remite su Proyecto de Presupuesto de Egresos para el año de 1940. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"El C. Rafael R. Ochoa participa que el 21 del actual se hizo cargo, interinamente, del Poder Ejecutivo del Estado de Colima. - De enterado.

"El C. Senador Polioptro F. Martínez, que el 21 del mes en curso asumió interinamente el Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, en virtud de la licencia concedida al Gobernador Constitucional. - De enterado.

"El Departamento del Trabajo y Previsión Social del Estado de Nayarit transcribe la solicitud del Comité pro Preparatoria de la Delegación 111 de la Rama Nacional de Educación Obrera, para que en el próximo Presupuesto Federal se incluya la cantidad necesaria para establecer una Escuela Nacional Preparatoria para hijos de trabajadores. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"La Unión de Propietarios de Casas de la Ciudad de México solicita la reforma del artículo 717 del Código de Procedimientos Civiles. - Recibo, y a la Comisión de Justicia en turno

"El C. Vicente Garrido Alfaro solicita permiso para aceptar y usar la condecoración de la "Orden al Mérito Carlos Manuel de Céspedes", en el grado de Gran Oficial, que le confirió el Gobierno de la República de Cuba. - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Los CC. Diputados Rafael Molina Betancourt y Francisco Mora Plancarte presentan el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que adicione con la cantidad de

cuarenta y cinco mil pesos la partida número 12720237 (Imprevistas) del Ramo XII, Asistencia Pública, del Presupuesto de Egresos de la Federación, en vigor, para que con carácter urgente se ponga a discusión del H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Puebla, Estado del mismo nombre, la suma de cuarenta mil pesos, y de las autoridades municipales de San Pablo del Monte, Estado de Tlaxcala, la de cinco mil pesos, que se destinarán al auxilio de las obras de reconstrucción y reparación de daños ocasionados por la inundación originada en el cauce del río de San Francisco.

"Transitorio.

"Artículo único. Este Decreto deroga en sus términos el anterior aprobado por la Cámara de Diputados, con fecha 12 de septiembre del presente año".

"Con dispensa de trámites y sin discusión se reserva para su votación nominal.

"El C. Diputado Joaquín Jara Díaz somete a la consideración de la Asamblea el proyecto de decreto que en seguida se inserta:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo de la Unión para que adicione el Ramo de Educación Pública del Presupuesto de Egresos de la Federación, vigente, con una partida de quince mil pesos que se destinará a la erección de un monumento al Profesor don Gregorio Torres Quintero".

"También le son dispensados los trámites a este proyecto y sin que origine debate se reserva para votarlo nominalmente.

"Los CC. Diputados Margarito Ramírez, César Martino y numerosos representantes más, presentan un Proyecto de Ley en virtud del cual el Ejecutivo de la Unión podrá conceder la gracia de indulto a los reos de los fueros militar y federal y a los del orden común del Distrito y Territorios Federales, de acuerdo con lo establecido en el mismo proyecto.

"En votación económica se acuerda dispensarle los trámites a este proyecto.

"Sin discusión se reserva para votarlo nominalmente, en lo general.

"A discusión en lo particular los diversos artículos de que consta el proyecto, ninguno de ellos es objetado, y se reservan para su votación nominal.

"El C. Diputado Antolín Jiménez inicia un proyecto de decreto por el que reforman los artículos 6o., fracción 36, incisos I y II, 31, 38, fracción II y 65; se adicionan los artículos 11, fracción II, inciso b), 63, 65 y 65 bis, y se deroga el último párrafo de la fracción XII del artículo 145 de la Ley General del Timbre, de 23 de diciembre de 1931.

"Le son dispensados los trámites a este proyecto por lo que se pone a discusión desde luego, y sin que la motive, se reserva para su votación nominal.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales que termina con el siguiente proyecto de ley:

"Artículo único. Se reforma la fracción X del artículo 73 constitucional, para quedar en los términos siguientes:

"Artículo 73.

"Fracción X..........

"La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, excepto cuando se trate de asuntos relativos a las industrias textil y eléctrica, ferrocarriles y demás empresas de transporte amparadas por concesión federal, minería e hidrocarburos, los trabajos ejecutados en el mar y en las zonas marítimas y por último, las obligaciones que en materia educativa corresponden a los patrones, en la forma y términos que fijen las disposiciones reglamentarias."

"Con dispensa de trámites se pone a discusión y sin que la motive se reserva para su votación nominal.

"La Segunda Comisión de Puntos Constitucionales presenta el siguiente proyecto de declaratoria:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Federal y previa la aprobación de la mayoría de las HH. Legislaturas de los Estados, declara adicionado el párrafo sexto del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

"Artículo único. Se adiciona el párrafo sexto del artículo 27 constitucional, para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 27..................................................................

"En los casos a que refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible, y sólo podrán hacerse concesiones por el Gobierno Federal a los particulares o sociedades civiles o comerciales constituidas conforme a las leyes mexicanas, con la condición de que se establezcan trabajos regulares para la explotación de los elementos de que se trata y se cumpla con los requisitos que provengan las leyes. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, no se expedirán concesiones y la ley reglamentaria respectiva determinará la forma en que la nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos."

"Sin discusión se reserva para su votación nominal.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales que finaliza con un proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Manuel Franco Luna para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, pueda aceptar y desempeñar trabajos permanentes de mensajero, sin carácter oficial alguno, en la Embajada Norteamericana, en la ciudad de México.

"Después de que le son dispensados los trámites y de que no origina debate, se reserva para votarlo nominalmente.

"La Secretaría recoge la votación nominal de los proyectos que para tal efecto se reservaron los que resultan aprobados por unanimidad de votos. Para los efectos constitucionales correspondientes pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda.

"En seguida hace uso de la palabra del C. Jorge Meixueiro para informar del resultado de la comisión que le fue conferida, en unión de otros ciudadanos representantes, para hacer las gestiones conducentes a fin de que el Senado discutiera a la brevedad posible el proyecto de ley sobre conflictos de terrenos comunales que le fue enviado por esta Cámara. Propone el orador que se nombre una

comisión de cuatro ciudadanos diputados para que, de acuerdo con la que designe el Senado, estudien conjuntamente el proyecto en cuestión. "Se aprueba esta proposición y para integrar la comisión relativa se designa a los CC. Diputados Jorge Meixueiro, Nabor A. Ojeda, Alfonso Francisco Ramírez y Francisco García Carranza.

"El C. Antonio S. Sánchez propone se tome el acuerdo de que esta Cámara celebre sesiones diariamente, lo que da origen a una moción de orden del C. Margarito Ramírez y a aclaraciones del C. Celestino Gasca.

"A las veinte horas y treinta y cinco minutos se levanta la sesión."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobada.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

Se va a proceder a verificar la elección de la Mesa Directiva para el próximo mes de diciembre. En consecuencia, se suplica a los ciudadanos diputados que pasen a depositar su cédula.

(Votación.)

Por unanimidad de votos fue aprobada la siguiente planilla para la Mesa Directiva de la Cámara en el próximo mes de diciembre.

Presidente, José Escudero Andrade.

Vicepresidente, Rafael P. Gamboa.

Vicepresidente, Joaquín Jara Díaz.

En consecuencia, se declara que para el próximo mes de diciembre son miembros de la Mesa Directiva de esta Cámara, los diputados mencionados, en los cargos que se señalan.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Cámara de Senadores transcribe un dictamen que aprobó, en el sentido de sugerir a ésta de Diputados la conveniencia de crear en el Presupuesto de Educación Pública, a partir del correspondiente al año entrante, una partida destinada a la fundación y sostenimiento de escuelas para ciegos en el país". - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Cámara de Senadores. - Estados Unidos Mexicanos. - México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"En 29 fojas útiles nos permitimos devolver a ustedes expediente y Minuta Proyecto de Decreto aprobado por esa H. Cámara, que modifica la Ley de Beneficencia Privada del Distrito y Territorios Federales.

"Esta devolución la hacemos a ustedes por haberlo acordado así esta H. Cámara, en virtud de que el propio Ejecutivo de la Unión retiró la iniciativa de que se trata.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., a 27 de noviembre de 1939. - V. L. Benéitez, S. S. - B. Flores, S.S." - Recibo, y a la Comisión de Beneficencia.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D.F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Federal, ya que fue modificada por esta H. Cámara, nos permitimos enviar a ustedes, en siete fojas útiles, el expediente y Minuta Proyecto de Decreto aprobada por la misma, y que se refiere a la creación de la Orden Mexicana "Maestro Altamirano".

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., a 28 de noviembre de 1939. - V. L. Benéitez, S. S. - B. Flores, S. S."

"El H. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:

"Artículo 1o. Se crea la Orden Mexicana "Maestro Altamirano", así como la condecoración del mismo nombre, para los maestros, nacionales o extranjeros, que se distingan en su actuación docente, como recompensa y estímulo a su labor, o que presten al Estado algún servicio eminente, a juicio del C. Presidente de la República.

"Artículo 2o. La condecoración "Maestro Altamirano", consistirá en un medallón redondo, de oro de dieciocho quilates, que ostentará la efigie del Maestro Ignacio Manuel Altamirano y una leyenda alusiva que diga: "Al Maestro Distinguido". Llevará como orla una greca azteca sin fin. Su peso será de veinticinco gramos, oro puro, ley de 0.900 y su diámetro de cuatro milímetros.

"Artículo 3o. Con la condecoración se hará entrega, en todo caso, del diploma correspondiente, en el cual se harán constar los motivos de su otorgamiento.

"Artículo 4o. La Secretaría de Educación Pública determinará las demás características de la condecoración y diploma de que se trata.

"Transitorio.

"Único. Este Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sala de Comisiones del Senado. - México, D. F., a 24 de noviembre de 1939. - J. Castellanos, jr. - A. Hernández Olivé".

Se pregunta a la Asamblea si se considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, se servirán indicarlo. Sí se considera.

Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación. Por la afirmativa.

El C. Secretario Velarde Adán: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Velarde Adán: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: Por unanimidad de votos fue aprobado en lo general el proyecto del decreto. Está a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se crea la Orden Mexicana "Maestro Altamirano", así como la condecoración del mismo nombre, para los maestros, nacionales o extranjeros, que se distingan en su actuación docente, como recompensa y estímulo a su labor, o que presten al Estado algún servicio eminente, a juicio del C. Presidente de la República".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 2o. La condecoración "Maestro Altamirano" consistirá en un medallón redondo, de oro de dieciocho quilates, que ostentará la efigie del Maestro Ignacio Manuel Altamirano y una leyenda alusiva que diga: "Al Maestro Distinguido". Llevará como orla una greca azteca sin fin. Su peso será de veinticinco gramos, oro puro, ley de 0.900 y su diámetro de cuatro milímetros".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 3o. Con la consideración se hará entrega, en todo caso, del diploma correspondiente, en el cual se harán constar los motivos de su otorgamiento".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Artículo 4o. La Secretaría de Educación Pública determinará las demás características de la condecoración y diploma de que se trata".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

"Transitorio.

"Único. Este Decreto entrará en vigor desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación.

Se procede a recoger la votación de los artículos reservados. Por la afirmativa.

El C. Secretario Velarde Adán: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: ¿Falta algún ciudadano de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Velarde Adán: ¿Falta algún ciudadano de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: Por unanimidad de votos fue aprobado el proyecto de decreto. Pasa al Senado para los efectos de ley.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"CC. Diputados Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - México, D. F.

"Esta H. XXXI Legislatura del Estado, en sesión pública ordinaria verificada el día 17 de los corrientes, acordó se enviara a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el Proyecto de Reformas adjunto, relativo al artículo 115 de la Constitución General de la República, mismo éste que el H. Congreso del Estado aprobó con fecha 12 de junio del presente año.

"En cumplimiento al acuerdo anterior, nos permitimos acompañar al presente en cinco hojas, el Proyecto de referencia, para que por el respetable conducto de ustedes se dé cuenta a la H. Cámara.

"Agradecidos por la atención que se dispense a la iniciativa de que se trata, nos es altamente satisfactorio protestarles a ustedes nuestra atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - Colima, Col., 25 de noviembre de 1939. - Firmados: Rafael R. Ochoa, D. S. - J. Trinidad Santa Ana, D. S.

"A las suscritas Comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnado, para su estudio y dictamen, el proyecto de reformas al artículo 115 de la Constitución General de la República presentado por los ciudadanos Diputados Rafael C. Ceballos y Rafael R. Ochoa.

"Las Comisiones, tomando en cuenta la exposición hecha por los exponentes, y considerando:

"I. El artículo 83 de la Constitución General de la República establece que el encargo de Presidente de la República durará seis años. Esta disposición legal fue aceptada mediante reforma que se hizo al citado artículo por decreto publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el 29 de abril de 1933, que entró en vigor desde luego, para que el actual período presidencial quedara comprendido en ella. La reforma citada fue admitida por el H. Congreso de la Unión entre otros motivos, precisamente, porque el desenvolvimiento económico y la prosperidad colectiva de que tanto necesita la nación en la transición de sistemas en que actúa la Revolución,, exigen además de una dedicación decidida para poner en juego cuantos medios presten cooperación con el progreso, contar con el tiempo suficiente que permite consumar el objetivo de esos mismos medios;

"II. La experiencia deja justificado que en la generalidad de las Administraciones Estatales, nunca son suficientes los cuatro años que señala la Constitución del país en su fracción III, para que se dé cima a los anhelos de los jefes de los Ejecutivos locales. Esta misma observación aplicada a los Ejecutivos Federales, plasmó la reforma de la duración del período presidencial hablado líneas arriba; y como en donde hay idénticos motivos de existencia, debe haber igualdad de consecuencias en tratándose de casos análogos, las suscritas comisiones, estiman que no existe motivo alguno para no adaptar esa misma reforma para la gestión administrativa de los Gobernadores de los Estados a quienes el artículo 115 fracción III de la Constitución General de la República, les determina una duración en su cargo no mayor de cuatro años. Por eso se propone, que haciendo uso de la facultad que la H. Cámara de Diputados concede la

fracción III del artículo 71 de nuestra Carta Magna, desde luego se eleve una iniciativa al H. Congreso de la Unión, para que se reforme la fracción legal acabada de mencionar y todas aquellas disposiciones que se opongan a la fijación del período gubernamental de los Gobernadores de los Estados, a un término no mayor de seis años, así como que sólo podrá ser Gobernador Constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo del mismo, es decir, que en la Constitución General de la República quede definitivamente escrito el mismo límite que el que fija la reforma citada al principio para el período presidencial, y que del inciso B fracción III del artículo mencionado desaparezca: "o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección", inscribiendo en su lugar la modificación de origen que se acaba de expresar, y

"III. Estando por celebrarse varias elecciones de gobernadores en el país, el estudio y la aceptación de las reformas de que nos venimos ocupando, son de conveniencia a fin de que se hagan extensivas dichas reformas a los gobernadores que estén por elegirse.

"Por lo expuesto antes, las Comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, se permiten someter a la consideración y aprobación de la H. Cámara de Diputados el siguiente proyecto:

"Primero. Elévese ante el H. Congreso de la Unión la iniciativa que demandan las consideraciones anteriores, en la siguiente forma:

"a) Artículo 115. Fracción III. Párrafo tercero.

"Los Gobernadores de los Estados durarán en su encargo no más de seis años".

"b) Artículo 115. Fracción III. Párrafo segundo del inciso B).

"Sólo podrá ser Gobernador Constitucional de un Estado, un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo del mismo.

"Segundo. Solicítese la cooperación de las HH. Legislaturas de los Estados para que se solidaricen con la presente iniciativa.

"Salón de Comisiones del H. Congreso del Estado. - Colima, Col., a 10 de junio de 1939. - Firmados: Presidente, Rafael C. Ceballos. - Rafael R. Ochoa. - J. Trinidad Santa Ana. - Santiago Sánchez. - Gabriel Córdoba".

Trámite: Recibo, a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno e imprímase.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"2a. Comisión de Trabajo.

"Honorable Asamblea:

"Con fecha 19 de marzo de 1935, la Convención de Obreros y Campesinos de Ciudad Madero, Tams., se dirigió a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, solicitando se reformara la Ley Federal del Trabajo en el sentido de que no se reconociera personalidad a los sindicatos minoritarios.

"La 2a. Comisión de Trabajo que suscribe y a la cual le fue turnada para su estudio y dictamen la solicitud de referencia, estima que semejante reforma vendría a establecer una situación anárquica entre los trabajadores afiliados a distintas centrales que prestan sus servicios en una misma fábrica, industria o taller, y sentaría un funesto precedente contrarevolucionario que torcería la línea de conducta que hemos venido siguiendo a través del movimiento obrero de México.

"Sosteniendo este criterio venimos a someter a Vuestra Soberanía el siguiente acuerdo económico:

"Dígase a la Convención de Obreros y Campesinos de Ciudad Madero, Tamps., que sería anticonstitucional negar personalidad a los sindicatos minoritarios, y que por lo tanto la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión no puede introducir a la Ley Federal del Trabajo la reforma que se propone. Archívese el expediente."

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., 18 de noviembre de 1939. - Antonio S. Sánchez. - J. Ignacio Lizárraga."

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Aprobado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"H. Cámara de Diputados:

"Con apoyo en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, vengo a poner a vuestra consideración el siguiente proyecto de reforma a la Ley de Traslación de Dominio en vigor.

"El decreto de 1o. de abril de 1937, grava a la traslación de dominio de bienes inmuebles en el Distrito Federal con un impuesto de quince al millar sobre el precio asignado al inmueble.

"Es inconcuso que por tan elevado porcentaje de impuesto, el causante trate de eludir el pago y por lo mismo se presente el caso que en las operaciones de compraventa los contratantes fijan en las escrituras relativas menor cantidad que el valor real de la operación, pero esto no es lo grave, sino que debido al alto porcentaje del impuesto, el número de operaciones ha bajado notablemente como puede verse por las estadísticas del Departamento Central que acusa en el ejercicio fiscal de julio de 1937 a junio de 1938, 11,292 operaciones. correspondiendo una recaudación de $82.785,953.07 y de julio de 1938 a junio de 1939, 9,334 operaciones con una recaudación de $74.552,316.61, o sea una diferencia de 1,962 operaciones y de impuesto $8.233,636.46, de lo que se desprende tanto para beneficio del Gobierno como para el causante, la necesidad de bajar ese porcentaje cuando menos en un diez al millar.

"Por lo anteriormente expuesto me permito pedir vuestra aprobación, solicitando la dispensa de trámite al siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo único. Se reforma el artículo 5o. del Decreto de 1o. de abril de 1937, que creó el impuesto de traslación de dominio de bienes inmuebles, para quedar como sigue:

"Artículo 5o. El impuesto sobre traslación de dominio, se causará a razón de diez al millar sobre

la base que corresponda de acuerdo con el artículo 7o. de esta Ley".

"Transitorio.

"Artículo único. Este Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

"México, D. F., 30 de noviembre de 1939. - Antolín Jiménez". - A la Comisión de Impuestos.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presente.

"Los suscritos, diputados en ejercicio, por el presente, sometemos a la consideración de Vuestra Soberanía lo siguiente:

"Al enfrentar la realidad mexicana, nos encontramos ante la necesidad de lograr un mejoramiento en la producción nacional y mejor capacidad de nuestros sistemas de transporte, sin que para lograr tal objetivo se desatiendan otros importantes renglones al desviar corrientes presupuestales necesarias.

"Siendo la base de la producción nacional la producción rural, ésta es la que debe ser incrementada, partiendo de la constitución de estaciones de maquinaria agrícola que multipliquen el trabajo del campesino, los rendimientos del suelo, las superficies cultivadas y los volúmenes obtenidos.

"En virtud de lo anterior, el Poder Público tiene el indeclinable e ingente deber de procurar al sector agrícola una ayuda efectiva que venga a evolucionar su técnica y su volumen productivo; pero para ello es digno de tomarse en consideración la realidad viviente de nuestro sistema de producción agrícola, que, a decir verdad, es deficiente por su falta de técnica y medios de producción, independientemente del medio económico, y es por ello por lo que es urgente tomar medidas que den los resultados apetecidos, es decir, un rendimiento que haga la explotación de la tierra estimulante.

"Al problema anterior, debemos agregar la deficiencia de nuestra actual Marina Mercante, que por su función se encuentra con fuerte nexo desde el punto de vista económico; no desconocemos que el Gobierno Federal ha dispuesto preferente atención al problema agrícola de acuerdo con la posibilidad económica de que dispone.

"Importa, pues, encontrar una fuente de ingresos, siempre y cuando las nuevas cargas no se traduzcan en perjuicio social, y sí benéficas para el conglomerado nacional; de acuerdo con tal tesis, y de conformidad con el plan de lucha social contra el alcoholismo llevado a cabo por el actual régimen, y siendo el pulque uno de los agentes de tal vicio, es de sugerirse se aumenten los gravámenes que pesan en su venta, ya que esta forma de tributación no es antieconómica. El promedio de producción anual de litros de pulque en la República, de 1929 a la fecha, ha sido alrededor de 190 millones de litros, los que con una carga adicional de $0.05 (cinco centavos) por litro producido, originaría un ingreso medio de $9.500,000.00 (nueve millones quinientos mil pesos) anuales, que podrían ser base bastante para el fin buscado.

"En tal virtud, y por las consideraciones anteriormente expuestas, sometemos a vuestra consideración el siguiente Proyecto de Decreto:

"Único. Se modifica el artículo 3o. de la Ley de Impuestos sobre Aguamiel y productos de su fermentación, de la manera siguiente:

"El impuesto se causará en la venta de primera mano, a razón de $ 0.08 (ocho centavos por litro) y se pagará en timbres".

"Transitorio: El impuesto a que este Decreto se refiere, se causará desde el primero de enero de 1940.

"México, D. F., 30 de noviembre de 1939. - Manuel Ayala. - Luis R. Torres. - Santos Pérez A." - A la Comisión de Impuestos.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Educación Pública.

"H. Asamblea:

"A la 1a. Comisión de Educación Pública, fue turnada para su estudio y dictamen, el Proyecto de Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales, respecto del ejercicio de las profesiones técnicas científicas, que fue forjado durante una Asamblea de Profesionistas, convocada por la Universidad, y que hizo suyo, y presentó el C. Diputado Adán Velarde.

"Esta Comisión juzgó indispensable, al emprender el estudio de proyecto de tanta trascendencia, examinar, después de cuidadoso análisis, todos los diferentes proyectos que legislaturas anteriores han presentado, y que constituyen posiblemente, el expediente más voluminoso en poder de comisión alguna.

"Después de este estudio comparativo, la Comisión estima, que es el proyecto presentado por el Diputado Velarde, con las modificaciones que la Comisión juzgó necesarias hacer, y que más adelante se enumeran, el que en forma integral resuelve mejor este asunto, de acuerdo con nuestro actual orden social, sin ocultársele que cuando nuestras instituciones sufran la transformación profunda y completa a la cual todos aspiramos, la perfecta socialización y estadización de las profesiones será su resultado inmediato.

"La Comisión afirma categóricamente que no debe demorarse por más tiempo la reglamentación profesional en México, que es urgente la expedición de ley que la ordene, no para la creación de casta privilegiada profesional, no con el criterio individualista de las mal llamadas profesiones "liberales", sino como indispensable defensa de la salud, la vida y los intereses materiales de la colectividad, que deberán estar en manos de gentes técnicas y científicamente preparadas.

"El proyecto estudiado, ofrece aspectos verdaderamente positivo, como conquistas sociales, desde luego destruye la anarquía que en esta legislación otorga la Constitución a los Estados; sabida es la enorme cantidad de títulos expedidos arbitrariamente por los Gobernadores en Estados donde ni siquiera existen planteles que garanticen la expedición de dichos títulos. Uniformará planes y programas de estudios. Crea una Oficina Nacional,

para el registro de escuelas y títulos profesionales, que la Comisión juzga indispensable que dependa directamente de la Secretaría de Educación Pública, discrepando del texto del proyecto que la declara autónoma; juzga que es atribución exclusiva del Estado dicho registro. Es por ello que modifica el artículo 18 del Capítulo V del Proyecto asentado: Artículo 18. Se establecerá una oficina que se denominará "Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales" y que dependerá de la Secretaría de Educación Pública. Así como el artículo 19, del mismo Capítulo, que dirá: Artículo 19. La Dirección de esta Oficina, estará a cargo de un representante del Gobierno, que será nombrado por la Secretaría de Educación Pública, auxiliado por dos funcionarios, uno de los planteles de Enseñanza Preparatoria y Profesional y otro de la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas....

"El proyecto obliga a los profesionistas y estudiantes, a prestar servicio social a las colectividades, como justa correspondencia de la instrucción recibida por el Estado, de donde se deduce la necesaria reforma del artículo 5o. de la Constitución. Este servicio permitirá una mejor distribución de profesionistas.

"El repetido proyecto, formula además, todo un capítulo, el undécimo, de las responsabilidades en beneficio directo de la colectividad, que moralizarán al profesionista, y que según la magnitud de su falta, caerá bajo el castigo directo de la ley, o bien será inhabilitado o sancionado en el ejercicio de su profesión.

"Por último, no deja el proyecto de avocarse el estudio del difícil problema del período transitorio de desorden, diversidad de casos, etc., al del futuro de unidad y ordenamiento tratándolo con mesura.

"Por todo lo expuesto nos permitimos proponer a la consideración y aprobación de Vuestra Soberanía, y con las modificaciones ya enumeradas, el Proyecto de Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales, respecto del ejercicio de las profesiones técnicocientíficas, formulado por la Asamblea de Profesionistas, convocada por la Universidad que dice:

"Proyecto de Ley Reglamentaria de los artículos 4o. y 5o. constitucionales, respecto del Ejercicio de las Profesiones Técnico Científicas.

"Capítulo I.

"De las profesiones técnico científicas que requieren título para su ejercicio.

"Artículo 1o. Las profesiones técnicocientíficas que requieren título para su ejercicio, son las siguientes: la de Abogado; la de Actuario; la de Agrónomo; la de Arquitecto; la de Cirujano Dentista; la de Contador Público; la de Economista; la de Enfermera; la de Ensayador Metalurgista; la de Ingeniero Químico; la de Maestro de Arte; la de Marino; en sus diversas ramas; la de Médico Cirujano; la de Médico Veterinario; la de Partera; la de Piloto Aviador; la de Profesor de Instrucción Primaria; la de Químico - farmacéutico - biológico; la de Químico; la de Trabajador Social y cualquiera otra que la ley determine para satisfacer una necesidad social.

"Se entiende por ramas de una profesión las actividades profesionales así clasificadas y que se distinguen concretamente por las enseñanzas universitarias y técnica vigentes al entrar en vigor la presente Ley.

"Por tanto, toda persona que sin el título respectivo legalmente expedido y debidamente registrado, ejerza las anteriores profesiones o se atribuya el carácter de profesionista, incurrirá en las penas que la ley señale.

"Artículo 2o. Se concede acción pública para denunciar a los individuos que, sin título legalmente expedido y debidamente registrado, ejerzan o pretendan ejercer cualesquiera de las profesiones a que se refiere el artículo anterior.

"Artículo 3o. La preparación y el ejercicio del profesorado de la Enseñanza Primaria se registran por las leyes especiales sobre la materia, en atención a que el Estado se ha reservado la facultad exclusiva de impartirla, fomentarla y dirigirla.

"Capítulo II.

"De la preparación profesional.

"Artículo 4o. Los grados de educación primaria y secundaria, se impartirán a los aspirantes a profesionistas, en la forma que para todos los habitantes de la República lo establezcan las leyes respectivas.

"Artículo 5o. La enseñanza preparatoria y profesional, se impartirá, precisamente, en los planteles oficiales o particulares oficialmente reconocidos conforme a esta Ley.

"Artículo 6o. Los planes de estudio para la enseñanza preparatoria y profesional, tendrán una uniformidad y extensión mínimas en toda la República.

"Serán establecidos por Congresos Reguladores de la Enseñanza y del Ejercicio Profesionales, integrados por representantes de cada una de las Escuelas, Colegios, Institutos, Planteles y Facultades de enseñanza preparatoria y profesional, de las Asociaciones Gremiales de Profesionistas y de las de Estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley.

"Artículo 7o. Los Congresos a que se refiere el artículo anterior, se reunirán cada cuatro años en el lugar que se designe, y se ocuparán del estudio de los problemas relativos a la preparación y al ejercicio profesionales. Las resoluciones que adopten estos Congresos serán ejecutadas por los planteles de enseñanza preparatoria y profesional, por las Asociaciones Gremiales de Profesionistas y por la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales.

"En los casos de reforma de la presente Ley, estos mismos Congresos serán órganos de consulta necesaria.

"Artículo 8o. Los planes de estudio determinarán el tiempo que deba durar en cada caso la preparación profesional y orientarán esa preparación hacia la mayor eficiencia técnica.

"Artículo 9o. La preparación que se imparta para las ramas derivadas de una forma general de profesión, tendrá una base de enseñanza común a

todas ellas, constituída por las asignaturas fundamentales de la profesión general.

"Capítulo III.

"De los planteles de preparación profesional.

"Artículo 10. Los planteles de enseñanza preparatoria y profesional podrán ser oficiales o particulares. Serán oficiales, los establecidos y sostenidos por los gobiernos Federales o de los Estados, y particulares, los establecidos por iniciativa privada. Unos y otros deberán ajustarse a la presente Ley y los segundos podrán disfrutar de subvenciones oficiales.

"Artículo 11. Los planteles de enseñanza preparatoria y profesional deberán tener, en cuanto a sus elementos materiales y humanos una uniformidad mínima en toda la República. Esta uniformidad, será establecida por los Congresos Reguladores a que se refiere el segundo párrafo del artículo 6o. de la presente Ley.

"Artículo 12. Se reconoce como planteles de enseñanza preparatoria y profesional de las profesiones enumeradas en el artículo 1o., las Escuelas, Colegios, Institutos, Planteles y Facultades oficiales o particulares oficialmente reconocidos, que actualmente existen en la República.

"Artículo 13. Los planteles de enseñanza preparatoria y profesional deberán reunir los siguientes requisitos:

"I. Que la ley o el acto de particular que los establezca, los doten de recursos pecuniarios suficientes para su conservación y sostenimiento;

"II. Que posean edificio escolar adecuado;

"III. Que disponga de eficaces medios auxiliares de enseñanza y experimentación;

"IV. Que tengan un número de profesores no menor de cincuenta por ciento de las diferentes materias que en ellos se enseñen, y

"V. Que los sueldos de que disfruten los profesores por cada materia, en ningún caso sean inferiores al salario mínimo.

"Artículo 14. Los planteles de enseñanza preparatoria y profesional están obligados:

"I. A hacerse representar en los Congresos Reguladores de la Enseñanza y del Ejercicio Profesionales, y al cumplir los acuerdos que tomen los mismos en materia de preparación profesional;

"II. A respetar y reconocer mutuamente los estudios similares o equivalentes que se hayan hecho en los mismos, y

"III. A revalidar a los mexicanos por nacimiento los títulos o certificados de estudios que obtuvieren en universidades extranjeras, siempre que llenen los siguientes requisitos:

"a) Haber hecho los estudios correspondientes a la profesión de que se trate, de acuerdo con el plan de la Universidad que hubiere expedido el título.

"b) Comprobar que tales estudios son equivalentes a los que exigen los programas aprobados para la profesión similar en la República.

"c) Sustentar examen de las materias que exijan los planes de estudio y programa de la República, y que no estén incluidos en los de la Universidad extranjera de que se trate, y en este caso sustentar el examen profesional respectivo.

"d) Haber prestado el servicio social de estudiantes, que corresponda, en los términos de esta Ley.

"Capítulo IV.

"De la expedición de títulos profesionales.

"Artículo 15. Tienen facultad exclusiva y obligación de expedir títulos para ejercer cualesquiera de las profesiones a que se refiere el artículo 1o., los planteles de preparación profesional reconocidos en el artículo 12 y los que se creen en lo futuro en los términos de esta Ley.

"Artículo 16. No podrá expedirse título profesional alguno, ni certificado de estudios, sino a las personas que hayan cumplido previamente las formalidades, requisitos y condiciones que establece la presente Ley.

"Artículo 17. La persona o personas que a nombre de cualesquiera de los planteles de enseñanza preparatoria y profesional mencionados expida un certificado de estudios o un título profesional en contravención a lo dispuesto en el artículo anterior, independientemente de la responsabilidad penal en que incurran por los delitos que cometan, sufrirán una sanción, consistente en multa de doscientos a cinco mil pesos y destitución del puesto que desempeñen.

"Capítulo V.

"Del registro de escuelas y títulos profesionales.

"Artículo 18. Se establecerá una oficina que se denominará "Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales" y que dependerá de la Secretaría de Educación Pública.

"Artículo 19. La dirección de esta oficina estará a cargo de un representante del Gobierno que será nombrado por la Secretaría de Educación Pública, auxiliado por dos funcionarios, uno, de los planteles de enseñanza preparatoria y profesional, y otro de la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas. El representante del Gobierno Federal será nombrado por conducto de la Secretaría de Educación Pública. El representante de los planteles de enseñanza preparatoria y profesional será designado por los Congresos Reguladores de la Enseñanza y del Ejercicio Profesionales de la terna que presente la Universidad Nacional de México; y la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas designará el tercero.

"Artículo 20. La sede de esta oficina será la capital de la República, y para su mejor funcionamiento, podrá establecer en otras ciudades del país dependencias suyas, organizadas bajo el mismo principio de representación corporativa, determinando en cada caso la jurisdicción territorial que les corresponda.

"Artículo 21. Son facultades y obligaciones de la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales:

"I. Registrar los títulos profesionales que se le presenten acompañados de las siguientes constancias:

"a) Certificado de los estudios preparatorios y profesionales correspondientes a la carrera de que se trate.

"b) Copia certificada del acta de examen profesional.

"c) Certificado de los trabajadores realizados con el carácter de servicio social;

"II. Expedir al interesado la cédula personal

correspondiente, con efectos de patentes para el ejercicio profesional y para su identidad en toda la República;

"III. Llevar expediente de cada profesionista, cuyo título registre, anotando en aquél las sanciones que se impongan al profesionista por suspensión en el ejercicio de su profesión o en el desempeño de algún cargo, por inhabilidad para ejercer la profesión, o por ilegalidad de su título;

"IV. Llevar lista de los profesionistas que no ejerzan la profesión;

"V. Publicar en los periódicos de mayor circulación todas las resoluciones denegatorias de registro de títulos;

"VI. Cancelar el registro de los títulos de los profesionistas condenados judicialmente a inhabilitación en el ejercicio, y publicar profusamente dicha cancelación;

"VII. Determinar la sede y forma en que los estudiantes deban cumplir su servicio social;

"VIII. Llevar estadística de la distribución de profesionistas;

"IX. Llevar registro de los planteles de enseñanza preparatoria y profesional de la República, con sus programas, planes de estudio y su personal docente;

"X. Llevar registro de las Universidades o Escuelas profesionales extranjeras, cuyos planes y programas de estudio sean similares a los establecidos en el país;

"XI. Publicar en el mes de enero de cada año, lista de los profesionistas titulados en los planteles de preparación profesional de la República durante el año anterior;

"XII. Proporcionar informes en asuntos de su competencia, y

"XIII. Las demás que le fijen las leyes y reglamentos.

"Artículo 22. Para los efectos de las fracciones III Y IV del artículo anterior, las autoridades que impongan sanciones a los profesionistas, deberán comunicarlas a la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales.

"Capítulo VI.

"De las asociaciones de profesionistas.

"Artículo 23. Todos los profesionistas de una misma rama constituirán en la República una sola y única asociación, gobernada por un consejo, compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, dos Secretarios propietarios y dos suplentes, un Tesorero y un Subtesorero, que durarán dos años en el ejercicio de su encargo, y nunca podrán ser reelectos.

"El consejo será electo por mayoría mediante voto individual, escrito y público que cada profesionista emitirá desde el lugar en que se encuentre por envío postal certificado, con acuse de recibo a la sede de la Asociación Gremial o de la Sección Estatal, en su caso.

"Las asociaciones se denominarán: "Asociación Gremial de (nombre de la profesión)". Cada asociación tendrá Secciones Estatales gobernadas en igual forma que la Asociación Gremial.

"Artículo 24. Todo profesionista, por el solo hecho de obtener su título, se considerará de pleno derecho incorporado a la Asociación Gremial respectiva, con ello la obligación de contribuir al sostenimiento de la misma, de acuerdo con los estatutos respectivos.

"Artículo 25. Cada Asociación Gremial se dará sus propios estatutos, sin contravenir las disposiciones de la presente Ley.

"Artículo 26. Las Asociaciones Gremiales de Profesionistas tendrán las siguientes facultades y obligaciones:

"I. Hacerse representar en los Congresos Reguladores de la Enseñanza y del Ejercicio Profesionales;

"II. Intervenir en la celebración de los planes de estudio de su profesión;

"III. Formar listas de sus miembros por especialidades, para llevar el turno conforme al cual deberá prestarse el servicio social;

"IV. Anotar anualmente los trabajos desempeñados por los profesionistas en el servicio social;

"V. Formar listas de peritos profesionales, por especialidades, que serán las únicas que sirvan oficialmente;

"VI. Denunciar ante los Tribunales de la República el delito de usurpación de profesión, coadyuvar para su castigo y promover la cancelación de los registros de los títulos profesionales expedidos ilegalmente;

"VII. Llevar un registro de las actividades profesionales de cada uno de sus miembros, a fin de poder hacer entre ellos la distribución de pasantes;

"VII. Intervenir, a petición del profesionista, en los casos de conflicto por cobro de honorarios, entre él y su cliente;

"IX. Velar por que los puestos públicos en que se requieren conocimientos propios de determinada profesión, estén desempeñados por los técnicos respectivos con título legalmente expedido y debidamente registrado;

"X. Denunciar y exigir públicamente la separación de los profesionistas que utilicen en su provecho el puesto que desempeñen con menoscabo de la justicia o de la moralidad;

"XI. Expulsar de su seno, por el voto de las dos terceras partes de sus componentes y previo el juicio de responsabilidad respectivo, a sus miembros que, por ejercer actos que merezcan pública reprobación, desprestigien y deshonren su profesión;

"XII. Llevar estadísticas especiales sobre el movimiento de oferta y demanda de profesionistas en las distintas regiones del país, con objeto de ilustrar el estudio de los problemas de distribución y limitación del profesionismo;

"XIII. Defender la reputación y cuidar de la ética y eficiencia profesionales de sus agremiados;

"XIV. Establecer y aplicar sanciones contra los profesionistas que faltaren al cumplimiento de sus deberes profesionales y gremiales, siempre que no se trate de actos u omisiones que deban sancionarse por autoridades;

"XV. Contribuir al sostenimiento de la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas, de acuerdo con los estatutos que la rijan;

"XVI. Gestionar el registro de los títulos de sus componentes, y

"XVII. Las demás que les fijen la ley y los estatutos.

"Artículo 27. Las Asociaciones Gremiales constituyen la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas, que estará gobernada por una Junta Directiva integrada por un representante de cada asociación gremial, de entre los cuales se elegirá por mayoría absoluta de votos: un presidente, un vicepresidente, dos secretarios y un tesorero, que formarán el Comité Ejecutivo, fungiendo los demás como vocales.

"Los miembros de la Junta Directiva durarán dos años en su cargo, y nunca podrán ser reelectos.

"Los miembros del Comité Ejecutivo se renovarán cada año, y tampoco podrán ser reelectos.

"Artículo 28. La Junta Directiva de la Federación Nacional expedirá los estatutos que la rijan, sin contravenir la presente Ley.

"Artículo 29. La Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas, tendrá los siguientes deberes y derechos:

"I. Orientar, coordinar, organizar y realizar la defensa de los intereses comunes, materiales y morales de los profesionistas mexicanos, individualmente considerados, y de las asociaciones gremiales que la constituyen;

"II. Velar por el prestigio moral y social de las profesiones comprendidas en esta ley, procurando su evolución, a fin de que estas satisfagan siempre su función social y que el país cuente con profesionistas capaces y honorables;

"III. Intervenir y resolver los conflictos intergremiales de los profesionistas;

"IV. Delimitar los campos de acción profesional en los casos de interferencia; "V. Promover en forma práctica la difusión de la cultura en beneficio de las clases populares;

"VI. Enjuiciar y sancionar a las directivas de las Asociaciones Gremiales que infrinjan las disposiciones de la presente Ley, o que desobedezcan las resoluciones de la Federación Nacional;

"VII. Dirigir y realizar la acción colectiva de los profesionistas, fomentando la solidaridad de sus miembros y asociaciones gremiales, entre sí y con el resto de la clase trabajadora;

"VIII. Proponer de su seno a las personas que por razón de notoria competencia deben desempeñar las comisiones científicas que confiera el Estado en el país o en el extranjero, y

"IX. Las demás que fijen la ley y los estatutos.

"Artículo 30. Tanto las Asociaciones Gremiales como la Federación Nacional tienen personalidad jurídica y capacidad para adquirir y administrar los bienes necesarios destinados a su objeto y fines conexos. Corresponde al presidente de unas y otra la representación legal de las mismas.

"Artículo 31. Con el objeto de crear y mantener entre los profesionistas vínculos de recíproca dependencia económica que constituye un verdadero aliciente de la organización profesional, la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas estará obligada:

"I. A organizar y mantener en el seno de cada una de las agrupaciones que la constituyen, por lo menos, una Sociedad de Crédito Popular en los términos de la legislación respectiva;

"II. A fundar y mantener, bajo el principio de organización mutualista, una Caja de Ahorros de los profesionistas, y

"III. A organizar y mantener en el seno de cada una de las Agrupaciones Gremiales que la componen un sistema de Seguro Social de los profesionistas para casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.

"Artículo 32. Es obligación legal de todo profesionista, pagar las cuotas que se destinen a los objetos señalados en las fracciones II Y III del artículo anterior y la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas tiene la facultad legítima de exigir el pago de dichas cuotas.

"Capítulo VII.

"Del servicio social de estudiantes y profesionistas.

"Artículo 33.. Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años de edad, ejerzan o no, están obligados a prestar servicio social.

"Artículo 34. Se entiende por servicio social el trabajo de carácter profesional que obligatoriamente y mediante retribución ejecuten o presten los estudiantes y los profesionistas en interés del pueblo, de la sociedad o del Estado.

"Artículo 35. Los planes de preparación profesional, según la naturaleza de la profesión y de las necesidades sociales que se trate de satisfacer, exigirán de los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, como requisito para otorgarle el título, que presten servicio social durante un tiempo no menor de seis meses, ni mayor de dos años.

"No se computará en el término anterior, el tiempo que por enfermedad u otra causa grave el estudiante permanezca fuera del lugar en que deba prestar el servicio social.

"Artículo 36. Los profesionistas prestarán por riguroso turno, a través de la Asociación Gremial respectiva, servicio social consistente en la resolución de consulta, ejecución de trabajos o aportación de datos obtenidos como resultado de sus investigaciones o del ejercicio profesional.

"Artículo 37. Los profesionistas están obligados también a servir como auxiliares de los institutos de investigación científica, proporcionando los datos o informes que éstos les soliciten.

"Artículo 38. Los profesionistas están obligados, además, a rendir cada tres años a la Asociación Gremial respectiva, un informe sobre los datos más importantes de su experiencia profesional, o de su investigación durante el mismo período, con expresión de los resultados obtenidos.

"Artículo 39. Cuando el servicio social absorba totalmente las actividades del estudiante o del profesionista, la retribución respectiva deberá ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades.

"Artículo 40. En circunstancias de peligro nacional derivado de conflictos internacionales, todos los profesionistas, estén o no en ejercicio, deberán quedar a disposición del Gobierno Federal, para que éste utilice sus servicios.

"Capítulo VIII.

"Del ejercicio profesional.

"Artículo 41. Para ejercer en la República

cualquiera de las profesiones técnico - científicas a que se refiere la presente Ley, se requiere:

"I. Ser mexicano por nacimiento y mayor de veintiún años;

"II. No pertenecer al estado eclesiástico;

"III. Poseer título legalmente expedido y debidamente registrado;

"IV. Obtener cédula personal con efecto de patente de ejercicio expedida por la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales.

"V. Estar registrado en la Asociación Gremial respectiva, y

"VI. Haber prestado el servicio social.

"Artículo 42. Ningún extranjero podrá ejercer en la República las profesiones técnico - científicas que son objeto de esta Ley. Sólo por excepción, podrán ejercerlas, llenando los requisitos del artículo anterior, los extranjeros naturalizados que hubieren hecho toda su carrera en los planteles educativos de la República, bajo la precisa condición de que en sus países de origen se conceda igual derecho a los profesionistas mexicanos.

"Artículo 43. Sólo por excepción, podrá la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales de acuerdo con la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales, conceder permiso temporal para ejercer alguna profesión de las que son objeto de esta Ley, a los profesionistas extranjeros residentes en la República, que sean víctimas, en su país, de persecuciones políticas.

"Artículo 44. Para que un mexicano por nacimiento pueda ejercer una profesión con título obtenido en el extranjero, deberá cumplir con los requisitos que establece la fracción III del artículo 14 de la presente Ley.

"Artículo 45. Los extranjeros y los mexicanos por naturalización, que posean título de cualquiera de las profesiones que comprende esta Ley, sólo podrán:

"I. Ser profesor de especialidades que aún no se enseñen en la República, o en las que acusen indiscutible y señalada competencia en concepto de la Asociación Gremial respectiva;

"II. Ser consultores o instructores destinados al establecimiento, organización o instalación de planteles de enseñanza civil o militar, y laboratorios o institutos de carácter esencialmente científico, y

"III. Ser directores técnicos de obras o de trabajos de exploración o explotación de los recursos naturales del país, y en cuya ejecución sean insubstituibles por mexicanos por nacimiento, a juicio de la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales.

"Artículo 46. El ejercicio de las actividades que limitativamente concede el artículo anterior a los extranjeros y mexicanos por naturalización, será en todo caso de carácter temporal y estará sujeto a las condiciones que imponga el Ejecutivo Federal.

"Artículo 47. El anuncio o la publicidad que un profesionista haga de sus actividades, no deberá rebasar los conceptos de ética profesional que establezca la Asociación Gremial respectiva.

"Artículo 48. Las Asociaciones Gremiales establecerán qué aspectos del ejercicio profesional pueden ser ejecutados libremente, mediante retribución, por los estudiantes que cursen los dos últimos años de su carrera.

"Artículo 49. Los profesionistas podrán prestar servicios gratuitos en los casos que determine la Asociación Gremial respectiva y a los demás profesionistas en mutuo servicio profesional.

"Artículo 50. Los profesionistas que ejerzan en calidad de asalariados, o al servicio del Estado, quedan sujetos, por lo que a ellos se refiere, a los preceptos de la Ley Federal del Trabajo y al Estatuto Jurídico de Servidores del Estado, respectivamente, y, por lo tanto, podrán formar parte de los sindicatos que agrupen a aquellos trabajadores, sin perjuicio de ser miembros de su Asociación Gremial.

"Artículo 51. Las autoridades judiciales y administrativas de la República, y los establecimientos públicos, oficiales y particulares, donde por razones de interés social o científico deba intervenir o utilizarse los servicios de cualquier profesionista de los que comprende esta Ley, sólo admitirán a los que tengan título legalmente expedido y debidamente registrado.

"En consecuencia, tienen obligación de rechazar la intervención de personas que carezcan de título bajo pena de incurrir en ilimitada responsabilidad solidaria por los daños y perjuicios que con ello se originen.

"Artículo 52. La infracción a lo dispuesto en el artículo anterior por parte de las autoridades, se sancionará con multa de cien mil pesos y suspensión hasta por seis meses, que se aplicarán al funcionario responsable. La reincidencia se castigará con destitución del cargo.

"Cuando la infracción fuere cometida por los directores técnicos de los establecimientos mencionados, se castigará con multa de cien a mil pesos y separación, en su caso.

"Artículo 53. Los profesionistas que desempeñen un cargo público, judicial o administrativo, no podrán ejercer su profesión libremente en los casos en que la Ley se los prohiba, o cuando, en concepto de la Asociación Gremial respectiva, haya incompatibilidad entre el ejercicio libre y el desempeño del cargo.

"No es incompatible el libre ejercicio de la profesión con el desempeño de un cargo de elección popular, o de carácter docente.

"Artículo 54. Los profesionistas podrán asociarse para ejercer ajustándose a las prescripciones de esta Ley; pero la responsabilidad en que incurra será siempre individual.

"Las sociedades de fines profesionales que tengan a su servicio a profesionistas, sujetos a sueldo, están obligados a hacerlos participar en las utilidades.

"Artículo 55. Las personas que hayan obtenido título de alguna de las profesiones a que se refiere el artículo 1o. y que sirvan en el Ejercicio Nacional, podrán ejercer civilmente sin perjuicio de sus obligaciones con aquél y ajustándose a las prescripciones de esta Ley.

"Artículo 56. Fuera de las limitaciones consignadas en la presente Ley, el ejercicio profesional es libre en sus diversas manifestaciones.

"Capítulo IX.

"De las profesiones en particular.

"Artículo 57. Una persona no podrá ejercer más de una sola profesión de las enumeradas en el artículo 1o de esta Ley.

"El individuo que posea título de dos o más profesiones, deberá optar por el ejercicio de una de ellas, manifestándolo así a la Asociación Gremial respectiva. El mismo tendrá el derecho de renunciar al ejercicio de la profesión que haya elegido y optar por el de otra cualquiera de las que posea título, mediante aviso con seis meses de anticipación a la Asociación Gremial.

"Artículo 58. La Federación Nacional de Asociaciones Gremiales tendrá facultad para delimitar los campos de ejercicio profesional. En consecuencia, los titulares de cada profesión están obligados a acatar sus decisiones.

"Artículo 59. Para dictar los reglamentos especiales de cada profesión, el Ejecutivo Federal oirá siempre a las Asociaciones Gremiales respectivas.

"Capítulo X.

"De las obligaciones del Estado para con los profesionistas.

"Artículo 60. Tanto el Gobierno Federal, como los locales y municipales, para el mejor desempeño de los puestos públicos que requieran los conocimientos propios de las profesiones a que se refiere esta Ley, utilizarán profesionistas titulados.

"Artículo 61. En los puestos públicos en que se ejerzan funciones profesionales y que no requieran, conforme al artículo, ser desempeñadas por profesionistas titulados, sólo se admitirán, con carácter o denominación de "Auxiliares", o "Ayudantes", a los estudiantes regulares de los dos últimos años de la carrera respectiva.

"Artículo 62. El Estado, en interés de la colectividad, deberá solicitar de las asociaciones gremiales, ternas de candidatos para cubrir las vacantes de puestos de carácter esencialmente técnico, que puedan o deban desempeñar profesionistas titulados.

"Capítulo XI.

"De las responsabilidades en el ejercicio profesional.

"Artículo 63. Todos los profesionistas serán moral, civil y penalmente responsables por lesión, menoscabo o pérdida de la salud, de la libertad, de la vida, del honor, de los bienes y de los derechos que infrinjan en su ejercicio profesional a los particulares, a la sociedad o al Estado, por actos u omisiones que impliquen negligencia, impericia, temeridad o mala fe.

"La responsabilidad será exigible a petición de parte afectada, o del Ministerio Público.

"La responsabilidad moral será sancionada por la asociación gremial respectiva. La responsabilidad civil se traducirá en el pago de los daños y perjuicios que se originen.

"Artículo 64. Los delitos que cometan los profesionistas en el ejercicio de la profesión, serán castigados por las autoridades, competentes con arreglo al Código Penal.

"Artículo 65. Las asociaciones gremiales podrán imponer, por vía de sanciones a las responsabilidades de carácter moral, según la gravedad del caso, previo el juicio respectivo: apercibimiento, amonestación y extrañamiento público.

"Artículo 66. La resolución firme de la autoridad judicial que inhabilite a un profesionista para ejercer su profesión, obliga a la asociación gremial respectiva, a decretar su expulsión.

"Artículo 67. Las asociaciones gremiales, en los casos en que se exija responsabilidad civil o penal a uno de sus miembros, tendrán obligación de resolver, mediante juicio, si coadyuvan en la acusación o en la defensa.

"Artículo 68. Los profesionistas serán también civilmente responsables de las faltas que cometan, en el desempeño de trabajos profesionales, los auxiliares o empleados que estén bajo su inmediata dependencia o dirección.

"Transitorios.

"Artículo 1o. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Artículo 2o. Esta Ley deroga todas las leyes y disposiciones de carácter general que se le opongan o la contradigan. No deroga las disposiciones especiales contenidas en leyes de carácter federal o local, que hayan creado Universidades, Colegios, Escuelas, Institutos, Planteles y Facultades de enseñanza preparatoria y profesional.

"Artículo 3o. El primer Congreso Regulador a que se refiere el artículo 6o. de esta Ley, será convocado por la Universidad Nacional de México, y se reunirá durante el año de 1940.

"Artículo 4o. Entretanto no se establezcan los planes de estudio en los términos del artículo 6o. de la presente Ley, a partir del 1o. de enero de 1940 se adoptarán los actuales vigentes en los planteles de enseñanza preparatoria y profesional del Distrito Federal.

"Para la enseñanza preparatoria y profesional de Médico Cirujano, se adoptarán en la República y en el Distrito Federal, los planes vigentes en la Escuela Nacional de Medicina; para la de Agrónomo, los de la Escuela Nacional de Agricultura de Chapingo, Mex.; y para la de Marina, en sus diversas ramas, los que actualmente se siguen en la República.

"Artículo 5o. Mientras los Congresos Reguladores establecen la uniformidad a que se refiere el artículo 11 de esta Ley, esa uniformidad tendrá como base las condiciones que reunen los planteles de enseñanza preparatoria y profesional del Distrito Federal. Se concede un plazo de dos años a los planteles de enseñanza preparatoria y profesional de toda la República, para que se ajusten a tales condiciones.

"Articulo 6o. Entretanto se reune el Primer Congreso Regulador, el representante de los planteles de enseñanza preparatoria y profesional, en la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales, lo designará la Universidad Nacional de México. E ínterin se constituye la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales de Profesionistas, el representante de ésta en dicha oficina, lo designará la Confederación Nacional de Asociaciones de Profesionistas.

"Artículo 7o. Todos los planteles de enseñanza profesional o las autoridades de la República, en su caso, están obligados a remitir a la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales, en un término de noventa días, una lista completa de los títulos profesionales que

hubieren expedido durante los últimos veinticinco años.

"Artículo 8o. Los títulos profesionales que con anterioridad a esta Ley hubieren sido legalmente expedidos, surtirán todos sus efectos; pero para que sus poseedores puedan ejercer conforme a esta Ley, deberán registrarlos en el término de un año en la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales.

"Artículo 9o. Para los efectos del artículo anterior, se presumen legales, salvo prueba en contrario, los títulos profesionales expedidos por las autoridades de los Estados en donde existan o hayan existido planteles de preparación legalmente establecidos.

"Artículo 10. Se presumen ilegales, los títulos profesionales que hubieren sido expedidos por autoridades de los Estados donde no hubieren existido en la fecha de su expedición, planteles de preparación profesional.

"La única prueba capaz de destruir esta presunción será la que acredite que el interesado hizo los estudios preparatorios y profesionales correspondientes a su carrera, en planteles debidamente autorizados de cualquier otro lugar de la República.

"Artículo 11. Son nulos de pleno derecho, los títulos profesionales que hubieren sido expedidos por autoridades en ejercicio de facultades extraordinarias o como consecuencia de una ley privativa.

"Artículo 12. Todos los títulos profesionales que hubieren sido expedidos y registrados sin estricta sujeción a las leyes de instrucción pública y de preparación profesional que han regido la materia, sin perjuicio de las penas en que hayan incurrido los interesados por los delitos que hubieren cometido, serán nulos de pleno derecho, y por tanto, la autoridad que los haya registrado procederá a cancelar su registro, haciendo pública la declaración respectiva.

"Si la autoridad a quien se impone esta obligación no lo hiciere de oficio, las asociaciones gremiales tendrán derecho a exigirlo.

"Artículo 13. A los mexicanos por nacimiento que actualmente ejercen con título obtenido en el extranjero, se les concede un plazo de tres años para satisfacer las condiciones que exige la fracción III del artículo 14 de la presente Ley.

"Artículo 14. Se concede a los planteles de enseñanza preparatoria y profesional existentes en la República, un plazo de seis meses para obtener su registro de la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales.

"Artículo 15. Entretanto se organizan las asociaciones gremiales, los interesados podrán obtener directamente el registro de sus títulos y la expedición de su cédula personal.

"Artículo 16. Para los efectos del artículo 20 de esta Ley, el Ejecutivo de la Unión ampliará con la debida oportunidad el Presupuesto de Egresos de la Federación, con las partidas que fueren necesarias para la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Control y Registros de Escuelas y Títulos Profesionales y sus dependencias.

"Artículo 17. Para la formal constitución de las asociaciones gremiales, las asociaciones de profesionistas de cada rama, con existencia de por lo menos un año anterior a la fecha de vigencia de esta ley, deberán nombrar, dentro de los treinta días siguientes, un representante propietario y un suplente que, reunidos, constituirán la comisión organizadora de la asociación gremial respectiva.

"Esta comisión se reunirá en la Oficina Nacional de Control y Registro de Escuelas y Títulos Profesionales, debiendo formar el censo de los profesionistas en ejercicio, en un plazo no mayor de tres meses. Durante este plazo la comisión provocará el registro de los títulos legalmente expedidos a fin de que en el censo sólo figuren los profesionistas que hayan obtenido ese registro.

"Vencido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la comisión convocará a elecciones del primer consejo de la asociación gremial correspondiente. La convocatoria contendrá: a) Número y denominación de los miembros del consejo. b) Fecha de apertura y cierre del período de registro de planillas, el cual no podrá ser menor de quince días ni principiará antes de los treinta días siguientes a la primera publicación de la convocatoria. c) Dirección postal a donde deben ser remitidos los votos d) Fechas de apertura y cierre del período de votación que no podrá ser menor de ocho días. e) Requisitos para tener derecho a votar.

"La misma comisión hará el cómputo, publicará la declaratoria e instalará el Consejo.

"Instalados los Consejos, designarán su representante y se constituirá la Federación Nacional de Asociaciones.

"Artículo 18. En aquellos Estados de la República donde el Número de profesionistas de una o más ramas no sea mayor de diez, aquéllos podrán constituir una Asociación Gremial Mixta de Profesionistas que mantendrá relaciones directas con la Federación Nacional de Asociaciones Gremiales, sin perjuicio de la obligación individual de los profesionistas para pertenecer a su respectiva asociación gremial.

"Artículo 19. Los estudios preparatorios y profesionales que se hubieren hecho con anterioridad a esta ley en los planteles de la República, con estricta sujeción a las leyes de instrucción pública y de preparación profesional que rigen la materia, serán válidos; pero para que el interesado pueda obtener el título respectivo, deberá satisfacer los requisitos que establece la presente Ley.

"Artículo 20. Las personas que comprueben haber hecho estudios completos, preparatorios y profesionales, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en la época en que se hicieron tales estudios y que además acrediten haber practicado constantemente la profesión, tendrán derecho a sustentar examen profesional y a que se les expida el título correspondiente sin necesidad de hacer estudios diversos de los exigidos en aquellos programas.

"Artículo 21. A las personas que actualmente ejerzan como ingenieros o como químico - farmacéutico biólogos, sin el título respectivo, pero que hayan hecho estudios preparatorios y profesionales incompletos y que comprueben haber ejercido durante diez años, se les concede un plazo de dos años para que regularicen sus estudios, los terminen y

obtengan su título, tiempo durante el cual les serán respetados sus derechos adquiridos.

"Si las mismas personas, sin haber hecho estudios profesionales, hubieren ejercido durante quince años consecutivos, podrán ser considerados en lo futuro, como auxiliares de los profesionistas titulados y trabajarán bajo la responsabilidad de éstos.

"Artículo 22. Para los efectos de esta Ley se considerarán como Ingenieros Químicos a los profesionistas que posean título de Químico Técnico, como Químicos a los que posean título de Químico Petrolero y como Ensayadores Metalurgistas a los que poseen título de Químico Metalurgista.

"Artículo 23. Para los efectos de esta ley se considerará como químico - farmacéutico - biólogo a los profesionistas que posean título de Farmacéutico o de Químico - farmacéutico.

"Artículo 24. Se concede un plazo de un año a los directores y gerentes de establecimientos públicos y privados que utilicen los servicios de personas que carezcan de título y que conforme a esta Ley deban poseerlo, para substituirlos.

"La contravención a lo dispuesto en el párrafo anterior se castigará con multa de cien a mil pesos y destitución, en su caso.

"Artículo 25. Se concede un plazo de seis meses a los individuos que posean dos o más títulos de las profesiones a que se refiere esta Ley para que, conforme al artículo 55, opten por la que deseen seguir ejerciendo.

"Artículo 26. Todos los plazos que se conceden en los anteriores transitorios, se contarán a partir de la fecha en que entre en vigor la presente Ley.

"Sala de comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D.F., a 30 de noviembre de 1939. - Joaquín Jara Díaz. - Galo Soberón y Parra. - Josué Escobedo".

Trámite: Imprímase, y a discusión en su oportunidad.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión del Departamento del Distrito Federal.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue turnada a la suscrita Comisión del Departamento del Distrito Federal la iniciativa de Ley que, con fecha 5 de octubre de 1934, envió a esta H. Cámara de Diputados el C. Presidente de la República, en aquella época, solicitando se aprobara el uso que hizo de las facultades extraordinarias que se le concedieron, en los términos del artículo 6o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para 1934.

"Esta comisión hace suya la iniciativa de Ley del Ejecutivo, y, en esa virtud, se permite someter a la consideración de esta Asamblea, para su aprobación, el siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo único. Se aprueba en todas partes el uso que hizo el Ejecutivo de la Unión de las facultades extraordinarias que se le concedieron para legislar en materia de ingresos, en los términos del artículo 6o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, para 1934.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 8 de noviembre de 1939. - J. Jesús Rico. - Jesús Yurén Aguilar. - José Aguilar y Maya".

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera este asunto de urgentes y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa. Se servirán manifestarlo. Sí se considera.

"Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se procede a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. Secretario Velarde Adán: Por la negativa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa¿

El C. Secretario Velarde Adán: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa¿ Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: Por unanimidad de votos fue aprobado el Proyecto de Decreto.

Pasa al Senado para los efectos de ley.

El C. Flores M. Alfonso: Pido la palabra

El C. Presidente: Tiene usted la Palabra.

El C. Flores M. Alfonso: Señores diputados. Hace algún tiempo que el Gobierno Federal, con el objeto de lograr el abaratamiento del papel y de combatir el entonces odioso monopolio de San Rafael, pidió la creación de la Importadora Papelera, que viniera a producir papel suficiente para poder abaratar el empleado en los periódicos y en los libros de cultura, con el objeto de que la cultura popular fuera difundida, y no se tropezara con los obstáculos con que en aquella ocasión se tropezaba para este objeto, por todos conceptos plausibles; pero es el caso de que con la aprobación de la Papelera Importadora actual, la situación se ha puesto más delicada que anteriormente, a tal grado que el papel ha escaseado, los periódicos se han visto obligados a disminuir su tiraje y tamaño por la falta de papel. Los órganos mismos con que cuenta la Revolución para difundir sus ideas se han visto en cierto modo obstaculizados, entiendo yo que por la mala administración de la Pipsa.

A mayor abundamiento, la actual administración de la Pipsa se ha dedicado a ayudar en forma descarada a los órganos que combaten al actual régimen y a la Revolución. Yo podría citar hechos concretos de mis afirmaciones; pero prefiero que la Cámara, después de una minuciosa investigación de los hechos que aquí denunció, pueda dar su opinión al señor Presidente, y si es necesario, opinar por la desaparición de este órgano que ha traído resultados contraproducentes para los que fue creado.

También quería decir a ustedes, porque creo que es de mi deber hacerlo, que la actual Dirección de la Papelera Importadora ha llegado a tal grado en su afán de servir a la reacción de México, que protege en una forma descarada a elementos que no quiero mencionar, pero que todo mundo sabe

que viven de la Papelera y que están atacando sistemáticamente al régimen que tienen obligación de defender, o cuando menos de callar errores, errores que todo mundo sabe que no existen.

Tiene la Papelera actualmente un serio conflicto con sus trabajadores, porque éstos se han visto atropellados en sus intereses por el afán inmoderado de lucro de su actual gerente, de no muy limpios antecedentes y de historia política, porque todo mundo sabe quién es este señor y cómo actuó en la Presidencia Municipal de México, cuando desgraciadamente los destinos de la ciudad estuvieron en sus manos. (Voces: ¿Quién es?) El señor Saldaña Galván. Como no quiero ampliar opiniones que pudiera creerse que son aventuradas, pido a esta Cámara que nombre una comisión para que investigue el funcionamiento de la Pipsa y que investigue, sobre todo, el proceder o manera de obrar del actual Gerente, y que después dé su informe, para que la Cámara esté en posibilidad de decir su última palabra, si es necesario, al señor Presidente de la República. (Aplausos).

El C. Secretario Aguirre Carlos: Está a consideración de la Asamblea la proposición del compañero Alfonso Flores M. No habiendo quien haga uso de la palabra, se pregunta si se aprueba. Aprobada. Se nombra en comisión a los CC. Diputados Alfonso Flores M., Efrén Peña Aguirre, Damián L. Rodríguez, León García, Vicente Aguirre y Margarito Ramírez.

El C. Peña Aguirre Efrén: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Peña Aguirre Efrén: Señores diputados: Hace algunos días el Senado de la República hizo público en reconocimiento por la buena labor desarrollada por el Gobernador Constitucional del Estado de México. Nosotros, que hemos estado en contacto con esos problemas del Estado de México y que vimos que fue con justicia ese reconocimiento, vengo a proponer a ustedes, compañeros, que se nombre una comisión para que se adhiera a la del Senado y vaya a hacerle al Gobernador también patente nuestro reconocimiento por la labor eminentemente revolucionaria que ha hecho. Ha estado enteramente respaldado por los compañeros de la CTM., ha estado respaldado por todo el campesinado del Estado de México, y a la luz de todos se ha conducido con honradez y dinamismo. Por tanto, suplico que se nombre una comisión.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Está a consideración de la Asamblea la proposición del C. Diputado Peña Aguirre. Los que estén por que se apruebe la proposición, sírvanse indicarlo, en votación económica.

El C. Ramírez Margarito: Que vaya él solo.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Con la adición del compañero Margarito Ramírez, en votación económica se pregunta si se aprueba la proposición del compañero Diputado Peña Aguirre. Aprobada.

Aprobada la proposición, se designa para llevar a cabo la adhesión, a los CC. Alfonso Flores M., Adán Velarde y Julián Cacho.

El C. Secretario Velarde Adán: Señores diputados: Se pregunta a la Asamblea si se dispensa la nueva lectura a la Ley Federal de Vías de Comunicación, que ya se leyó el día 24, para ser aprobada en lo general. Ahora se pregunta si se dispensa la nueva lectura. Dispensada.

Está a discusión en lo general.

- El C. Diputado Ramírez Alfonso Francisco. Pido la palabra con el objeto de que la Comisión funde la ley, por tratarse de algo de suma trascendencia. De acuerdo con el artículo 108, tengo derecho a que se me conceda el uso de la palabra. Hay que explicar cuáles son las ventajas de esta ley y las deficiencias de la ley vigente, a efecto de que la Asamblea quede compenetrada de este punto y precise si la discusión en lo general implica únicamente la conveniencia de tratar la ley o significa también el compromiso de que se aprueben estos lineamientos o fundamentos generales, de modo que después no puedan reservarse artículos para discutirlos en general.

El C. Lombardo Toledano Luis: Señores diputados....

El C. Amilpa Fernando (interrumpiendo): Señor Presidente, pido la palabra. Pido que se me anote solamente para interpelar a la Comisión después de que haga uso de la palabra.

El C. Lombardo Toledano Luis: Señores diputados: la Comisión de Vías Generales de Comunicación de esta H. Cámara, comisión que yo presido, recibió del Ejecutivo Federal el proyecto de Ley de Vías Generales de Comunicación que encierra, a juicio de la Comisión, problemas importantísimos para la economía del país y que ha estudiado con todo detenimiento, oyendo las opiniones de todos los sectores del país, a los cuales afecta esta ley.

La Comisión ha tenido interés en escuchar las opiniones de todos los directamente afectados, y para el efecto desde hace varios meses convocó en el Salón Verde de esta Cámara a estas personas con el objeto de que con toda libertad vinieran a presentar sus puntos de vista.

La Comisión escuchó con toda amplitud las opiniones de los sectores patronales, de los sectores obreros, de las distintas dependencias del Ejecutivo Federal, de los Gobiernos de los Estados, y ha procurado armonizar estos intereses buscando la mejor forma de que se expida una ley que venga a favorecer a los intereses generales del país.

El proyecto del Ejecutivo encerraba, a juicio de la Comisión, problemas que de haberse aceptado tal y como estaban propuestos, hubieran causado graves perjuicios, tanto al sector patronal como al sector de trabajadores; es decir, al conglomerado, que en este caso es el que resulta el más interesado en esta cuestión.

La Comisión, una vez escuchadas las opiniones de todos los sectores interesados, mandó imprimir su dictamen; pero no obstante lo anterior, ha seguido escuchando hasta la fecha las opiniones

emitidas últimamente por todos los sectores interesados.

La misma Comisión ha reservado, ha apartado diversos artículos, de los que están impresos en el dictamen, y entre ellos, principalmente, el capítulo que se refiere a caminos

La Comisión declara en este momento que el capítulo de caminos, tal como está escrito en este momento, no es la opinión definitiva de la Comisión. Sigue escuchando la Comisión las opiniones de los sectores de trabajadores que pertenecen a la organización a la que yo pertenezco también, y a los trabajadores que no están dentro de esta organización.

Todos ellos han expresado su opinión de que el dictamen en este capítulo perjudica a sus intereses, y el propósito de la Comisión no es el de perjudicar los intereses de los trabajadores sino, por el contrario, de favorecerlos en todo lo posible. La Comisión declara una vez que el capítulo referente caminos puede sufrir serias modificaciones que vengan a ponerse en consonancia con los intereses de los trabajadores del país. Estima la Comisión que con lo antes expuesto debe aprobarse en lo general la ley y así lo pide atentamente a los señores diputados, en la inteligencia de que el proyecto de ley puede ser modificado en todos aquellos artículos en que lesione intereses y en capítulos enteros que puedan producir ese mismo resultado.

El C. Sánchez Antonio: Pido la palabra.

El C. Presidente: tiene usted la palabra.

El C. Sánchez Antonio: Compañeros diputados: la Comisión que dictaminó la Ley de Vías Generales de Comunicación solicita la aprobación en lo general de ese dictamen. Al haber solicitado la palabra en contra no lo hice para oponerme a tal solicitud, sino simplemente para externar puntos de vista que es necesario aclarar para que en el curso de las discusiones posteriores no vayamos a caer en el vicio en que hemos caído en otros años de sesiones, pretendiendo coartar el derecho de objetar partes generales de ley con el pretexto de que hemos aceptado esta ley en una aprobación general. No quiero referirme a casos particulares porque ustedes los conocen. El año próximo pasado siempre encontramos estas objeciones cuando no estábamos de acuerdo con determinados aspectos de las potencias presentadas. En consecuencia, estamos de acuerdo en que se apruebe esta Ley en lo general, siempre que tengamos el derecho de discutir el título de la ley y cada uno de sus artículos por el orden en que se encuentran consignados en el dictamen de la Comisión, aun cuando esos artículos tengan principios generales que norman la estructura de esta Ley. Hecha esta aclaración, creo de justicia exponer a ustedes que la Comisión Dictaminadora se ha preocupado por escuchar la opinión de empresas, de particulares y de obreros, así como de los compañeros diputados que han demostrado interés en exponer sus puntos de vista en el curso de las discusiones; se nos escuchó antes de formular el dictamen juntamente con las representaciones de empresas y de obreros. Posteriormente se nos dio a conocer el dictamen mediante la edición que hizo la Cámara, y encontramos con sorpresa que muchos puntos de vista discutidos en esas reuniones, y muchas opiniones no se tomaron en consideración. (Aplausos en las galerías.)

Esto, señores, no es mala fe de la Comisión. Se trata de una ley en donde el aspecto técnico es de tal naturaleza intrínseco en la ley, que no es posible que una Comisión de tres personas pueda abarcar todos los aspectos de esta Ley. (Aplausos en las galerías.)

El C. Rincón Juan (interrumpiendo): Pido la palabra para una moción de orden. (Voces: ¡No hay desorden¡) Sí lo hay. Ha puesto la Secretaría a discusión, en lo general, un dictamen. El Diputado Sánchez ha pedido la palabra en contra, y total: está hablando en pro. Que fije su petición de orador en la Cámara.

El C. Sánchez Antonio: Yo creo, compañeros diputados, contestando al compañero Rincón, que no estoy desviando el debate ni alabando el dictamen. Estoy diciendo que el dictamen carece de técnica. Ese es un punto general. Estoy diciendo también que el dictamen no ha tomado en consideración todos los puntos de vista expuestos en las juntas a que convocó la propia Comisión. (Aplausos.) Si el Reglamento de la Cámara me permitiera entrar a analizar cada uno de los puntos de la ley, yo dejaría satisfecho al compañero Rincón. (Aplausos nutridos en las galerías) Pero considero que ningún compañero diputado tiene derecho en este momento de venir a analizar cada uno de los preceptos particulares de ley y sí tocar los puntos generales de la misma, que es lo que estoy haciendo. Ya tendremos oportunidad, compañeros, cuando venga la discusión en lo particular, de entrar a analizar los diferentes problemas.

Continúo tratando las generalidades de la ley. Esta ley, compañeros, ha suscitado mucho interés en la opinión pública. Es una ley de la que están pendientes todos los sectores que intervienen en la vida económica del país; es una ley que no podemos aprobar a la ligera. No se justifica la aprobación de ninguna ley a la ligera; pero menos en este caso en que se trata de la vida económica del país. (Nutridos aplausos en las galerías.)

Nosotros, compañeros, abordaremos la tribuna sin temor a las suspicacias que circulan en la opinión pública. Defenderemos nuestras opiniones con todo valor, porque - hay que confesarlo -, tratándose de estas leyes de tal importancia, nos encontramos que la actitud que tomamos como diputados y que toma la Legislatura, da lugar a suspicacias de sectores que se encuentran en la oposición. Si nosotros por atender el qué dirán de la opinión pública no afrontamos estos problemas con toda entereza, no estamos cumpliendo con nuestro deber. En consecuencia, como ya se hizo con relación a leyes pasadas, como se hizo ya cuando al Estatuto Jurídico, vendremos a exponer nuestros puntos de vista. Si estamos en un error, lo reconoceremos, nos convenceremos con las razones que se expongan en contra. Hay un punto que en mi concepto sí es de carácter general y que debe exponerse desde este momento. Lo digo, porque varios compañeros de Cámara, al cambiar impresiones antes de iniciarse esta discusión, exponían sus puntos de vista con relación al título de la ley. La Comisión le

cambió el nombre de Ley de Vías Generales de Comunicación, por el nombre de Ley Federal de Vías de Comunicación. En nuestro concepto este título está fuera de la Constitución. La Constitución faculta al Congreso Federal para legalizar sobre vías generales en la nación y debemos atenernos a este término que es más amplio que el de vías federales. Fuera de esto, lo demás que viene de la ley es motivo de discusión en lo particular.

Vuelvo a insistir sobre mis apreciaciones en cuanto al trabajo de la Comisión y que tuve que cortar por las interpelaciones que se me hicieron. Estimamos que la comisión ha procedido con toda buena fe y con toda honradez al desarrollar sus trabajos; estimamos que las deficiencias en la labor de la Comisión se deben al carácter técnico de esta Ley, comprobado por nosotros mismos, que muchas veces hemos estudiado un precepto, lo hemos repasado y no entendemos su alcance hasta que técnicos en la materia nos han dado la interpretación de esos artículos. En consecuencia, una ley de esta naturaleza adolece de muchos defectos y nosotros mismos en el curso de las discusiones vamos a tener necesidad de recurrir a las luces de los técnicos en estas diferentes ramas de comunicación, para poder fijar con precisión el alcance de esta Ley y sus preceptos. Muchas veces he oído expresiones en contra de la Comisión diciendo que ha aceptado los puntos de vista de determinados interesados, de compañías, por ejemplo, que porque reforma el proyecto del Ejecutivo al aceptar los puntos de vista de las compañías. Debemos confesar que muchos de los que estuvimos en la Comisión en el momento en que los técnicos representantes de las empresas presentaban sus objeciones por falta de conocimientos no captábamos, no llegábamos a captar el fondo del asunto y creíamos y creemos que la razón estaba de parte de ellos, como en muchos artículos existía; muchas veces pensábamos, creíamos, que beneficiábamos los intereses obreros intercalando en la Ley artículos en los cuales tomábamos en cuenta exclusivamente los intereses de los trabajadores, pero desentendiéndose de los intereses generales, de los intereses de la nación. Esto es muy propio del ambiente en que se actúa, de los razonamientos expuestos según los interesados que los exponen; pero la labor de nosotros, como legisladores, debe ser cohonestar los intereses privados, ya sea de los trabajadores o de las empresas, con los intereses generales de la nación, que es lo que viene a normar, podemos decir, lo que viene a ser la trama de esta Ley de Vías Generales de Comunicación; los intereses generales de la nación. En muchos puntos de vista estaremos en contra de la Comisión, porque la Comisión ha tomado en cuenta, a veces exclusivamente, los intereses de los trabajadores, desentendiéndose de los intereses generales. (Aplausos en las galerías.)

También tenemos que proponer no sólo modificaciones, sino adiciones generales a esta Ley, porque queremos una ley más amplia; no queremos sólo que el Estado tenga facultad de inspección, de revisión; queremos que el Estado asuma toda su responsabilidad, queremos que el Estado esté al tanto de la conservación y del progreso de estas vías de comunicación, que son la vida del Estado mismo. No queremos una ley a medias, queremos una ley amplia y, en consecuencia, yo concluyo manifestando que el dictamen necesita un estudio amplio, modificaciones en muchas partes y ampliaciones en otras. Propongo.....

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel (interrumpiendo): Una interpelación. El objeto de mi interpelación, compañero Sánchez, es evitar las discusiones bizantinas, que quizás vendrían de no detener la atención, siquiera un momento, en palabras suyas que, a mi juicio, no están perfectamente meditadas.

Dijo usted en la iniciación de su perorata que, a su juicio, el nombre de la ley no es adecuado. Fincó usted, para mí sobre muy precarias razones, esta afirmación y quiero que usted tenga la generosidad de no llevarnos a discusiones estériles, atendiendo a los siguientes razonamientos......

El C. Sánchez Antonio: (interrumpiendo): ¿Me permite que lo interrumpa, compañero Menéndez¿ Si esa intercalación que hice en mi peroración con relación al nombre de la ley se estima por la Asamblea que pueda discutirse en lo particular, la retiro desde ahora para no entrar en mayores argumentaciones y dejaremos que la ley se discuta en lo particular íntegramente, desde su título, y termino.....

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel (interrumpiendo): A mi juicio, no es pertinente lo que propone el compañero Sánchez, porque está sujeta a votación en lo general la Ley de Vías Generales de Comunicación, y no es posible que mañana olvidemos que hemos aprobado en lo general la ley titulada "Vías Generales de Comunicación". Me parecería una cosa de poco juicio decir mañana, en debate posterior, que necesitamos reconocer que la Ley de Vías Generales de Comunicación no fue aprobada en lo general, cuando sí lo fue. Por eso yo quiero hacer a usted, compañero Sánchez, este razonamiento, que es muy breve: "Vías Generales de Comunicación, y al decirlo así, no impide que un proyecto de ley con el nombre de Vías Federales de Comunicación, sea discutido en la Cámara y sea promulgado para que rija en el país. No; porque frente a lo general, lo federal es cosa circunscrita; es cosa reducida. La ley que se debate se refiere a las Vías de Comunicación que la Federación tiene bajo su cuidado. No legaliza esta ley sobre los caminos vecinales - digamos - legista, sí, sobre los caminos de jurisdicción federal.

El C. Sánchez Antonio: ¿Me permite que le interrumpa? Entonces estamos de acuerdo en que se discuta el título de la ley

- El. C. Ramírez Margarito (interrumpiendo): ¿Me permite, compañero Sánchez?....

- El. C. Lombardo Toledano Luis (interrumpiendo): La Comisión acepta que la ley se llame "Vías de Comunicación".

El C. Sánchez Antonio: Entonces no hay problema. En esas condiciones, compañeros, termino concretando que estoy de acuerdo con la aprobación de la Ley de Vías Generales de Comunicación, en lo general; pero la Cámara en lo general y cada uno de los diputados en lo particular, conservamos el derecho de objetar todos y cada uno de los

artículos de este proyecto de ley, de este dictamen. La discusión en lo particular debe llevarse a cabo artículo por artículo. Si el proyecto o el dictamen no incluye puntos de vista generales, ya sea porque no los tenía el proyecto del Ejecutivo, o ya sea porque los haya retirado del proyecto del Ejecutivo, conservamos nosotros el derecho para adicionar ese dictamen; y, finalmente, pido que no entremos hoy a la discusión ni a la aprobación de ninguno de los artículos de la ley, para que así tengamos tiempo de organizar nuestros trabajos en las sesiones subsecuentes.

El C. Mora Plancarte Francisco: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Mora Plancarte Francisco: Pedí la palabra para una moción de orden. Pido que la discusión se lleve a cabo con arreglo al Reglamento, es decir, con inscripción de oradores del pro y del contra, y que no nos veamos en el caso de otros oradores que digan que van a hablar en el pro y a la vez atacan al proyecto. Es necesario que se tenga una absoluta claridad en la posición de los oradores. Yo pido, pues, que se abra la inscripción del pro y del contra. (Voces: Ya están inscritos).

El C. León García: Que se lea la lista de oradores.

El C. Sánchez Antonio: Yo pido que se ponga primero a votación mi proposición última.

El C. Meixueiro Jorge: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Meixueiro Jorge: Compañeros diputados: me inscribí en pro del dictamen considerando que al discutirse en lo general y al haberse inscrito algunos camaradas en contra, iban a atacar básicamente, fundamentalmente, los principios que norman el espíritu entero del proyecto sometido a nuestra consideración; pero como ya lo expuso el mismo camarada Sánchez, no vino a hablar en contra de ese espíritu de la ley, sino que quiere reservarse para él y para todos los demás diputados el derecho que ya nos concede el propio Reglamento de la Cámara y nuestras leyes, en el sentido de exponer cada uno su criterio respecto de los diversos puntos que integran las disposiciones que vamos a discutir.

Yo quiero en lo general, sí, llevar al ánimo de los camaradas estas razones que me parecen básicas para aceptar y aprobar en términos generales el dictamen de la Comisión. Este dictamen lleva como mira, como lo lleva también el proyecto enviado por el Ejecutivo, el propósito de intervenir más directamente en los servicios públicos, en todo aquello que se refiere a las Vías generales de comunicación, para hacer que esos servicios públicos sean satisfechos en una forma mejor, para evitar y destruir todo aquello que se oponga al bienestar colectivo en los que se relaciona con la explotación de los mismos servicios públicos; para destruir los privilegios de todas aquellas empresas, de todas aquellas gentes que vienen medrando al amparo de disposiciones legales en vigor y que quitan lo que debe ser patrimonio de la colectividad, patrimonio de la Nación, para llevarlo a las esferas del patrimonio individual; para hacer que los elementos, que todos los mexicanos que tengan por cualquier motivo que disfrutar o que sean afectados por estos servicios públicos que se trata de reglamentar, tengan las mayores garantías posibles y no, por ejemplo, que estén pagando un doble servicio público telefónico, cuando es natural y lógico que con un solo pago puedan tener ese servicio, interviniendo la Administración en la forma que debe intervenir. El espíritu de la ley es ese, pues; el espíritu de la Comisión, o más bien dicho, del dictamen presentado por la Comisión, es el mismo que norma el proyecto enviado por el Ejecutivo: dar una mayor intervención al Estado para evitar situaciones de injusticia social, dar una mayor intervención al Estado para hacer que el servicio público se satisfaga en una forma mejor; evitar que los intereses de los trabajadores, de los que prestan su esfuerzo en los servicios públicos, económicamente para beneficio exclusivo de unas cuantas personas; hacer que la Nación disfrute de una situación mejor a través de disposiciones mejores. (Aplausos nutridos).

Es honroso, compañeros, para mí el despertar esta pequeña agitación en las galerías de la Cámara, porque significa que el interés mismo de los factores aquí representados dentro de nuestra economía, viene a ser afectado por la ley, y nosotros creemos que frente a esos intereses hay otros que es necesario defender a toda costa, puesto que actuamos en un parlamento revolucionario y puesto que somos responsables ante nuestras entidades sociales respectivas y estamos legislando para la colectividad mexicana con la mira inevitable de todo hombre de convicción social, de hacer que terminen las injusticias sociales para dar mayores beneficios a la colectividad mexicana. (Aplausos).

No hay porque reservarse el derecho de atacar determinados puntos del proyecto de ley de Vías Generales de Comunicación. Ese derecho lo tenemos todos los ciudadanos diputados, y yo mismo en muchas ocasiones tomaré la palabra para tratar de esforzarme por hacer un poquito más radical esa ley, no por demagogia, sino porque es la convicción que me trajo a esta cámara y porque considero que así cumplo con el deber de representante de una colectividad social. Camaradas: son éstas razones que informan básicamente el dictamen; es por esto por lo que pedimos que se apruebe en lo general y ya en el momento oportuno iremos dando nuestros puntos de vista y exponiendo nuestra propia convicción desde esta tribuna, para tratar de modificar esta ley para que sirva en una forma mejor al propósito que tuvo el Ejecutivo al enviar el proyecto que tuvo la Comisión al dictaminar en la forma en que lo ha hecho.

El C. Falcón Ismael: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Falcón Ismael: Considero que después de haberse despachado un cúmulo inmenso de leyes que afectan hondamente al desenvolvimiento de la vida nacional en todos los aspectos, es positivamente dignificante para esta Asamblea, tener oportunidad en estos momentos, con la intervención de la opinión pública, que es exponente del juicio crítico de toda la Nación, de venir a discutir una ley que positivamente viene a marcar en

forma definitiva nuevos derroteros y senderos para el desenvolvimiento de la vida nacional; pero debo declarar categóricamente en estos momentos, que el primer orador que habló, inscrito en contra del dictamen de la Comisión, tuvo la finalidad definitiva y absoluta de acabar con la discusión en el momento de hacer uso de la palabra, de acabar con la discusión definitivamente; y al acabar con la discusión, al acabar un orador, significa darle la razón y aprobación al dictamen, y al pro en esta discusión. Y debo denunciar categóricamente que las explicaciones de Licenciado Sánchez, sobre de que no se entrará en la discusión en lo particular, eran tendenciosas, eran con el objeto de evitar que los oradores del contra rechazáramos este dictamen en estos momentos. El Licenciado Sánchez pudo haber llevado a cabo su maniobra, si otro de los oradores del pro, en estos momentos, no hubiera venido a dejar la puerta abierta para una discusión libre, sin cortapisas, digna de un parlamento revolucionario. Agradezco al Diputado Meixueiro que tratando el asunto de los teléfonos, de paso haya dejado la puerta abierta para discutir libremente a los oradores del verdadero contra de este dictamen que nadie entiende, y así nos haya dado la oportunidad de hacer uso de la palabra con toda la amplitud que la trascendencia de este asunto amerita en estos momentos.

La Ley de Vías Generales de Comunicación, que yo personalmente considero es la que está a discusión y que no pasará a ser Ley de Vías Federales de Comunicación hasta que esta H. Cámara no acepte, junto con el Senado, que se reforme el título de la iniciativa del Ejecutivo Federal, es un compendio legislativo que abarca tan grandes y tan profundamente arraigadas situaciones de interés público, que informa el movimiento y el desarrollo mismo de la vida del país, para la economía, que ha provocado esta ley un escándalo muy grande y un escándalo muy trascendental; pero, señores diputados, una ley para la cual la Comisión necesitó dos años para estudiarla, considero que en manera alguna puede discutirse en quince días de sesiones; una ley para la cual para dictaminar sobre la cual, la Comisión tardó dos años, en manera alguna puede impedirse a los miembros de esta Cámara, por respeto y decoro para la Revolución misma, por respeto y dignidad para el Parlamento mexicano, por dignidad para el país, por el prestigio mismo de las instituciones revolucionarias de México, no debe coartarse en manera alguna la libertad de los miembros de esta Cámara para discutir y analizar todos los aspectos que entraña tanto en lo general como en lo particular este proyecto de legislación. Muy grandes, muy hondas y muy trascendentales críticas se han hecho al proyecto que estamos discutiendo en estos momentos. Ella ha sido motivo de escándalo y en algunas ocasiones se han lanzado exabruptos, se han lanzado declaraciones intemperantes y violentas en contra de los miembros de esta Cámara; pero ahora, cuando en el terreno de la discusión expongamos cada quien nuestras razones, indudablemente que la Cámara de Diputados de la XXXVII Legislatura, después de estudiar esta ley, tendrá que salir más honrosamente cubierta con el manto de su propia honradez y con el manto intachable de su rectilínea actitud revolucionaria, y con el sagrado recuerdo de que los que integraron esta XXXVII Legislatura supieron cumplir con su deber en todo caso y momento.

Por eso, señores, en estos momentos más que nunca quiero llamar la atención a los elementos revolucionarios integrantes de esta Legislatura sobre lo que ya en otras ocasiones se ha dicho: que despachar las leyes a la carrera, sin análisis y sin libre discusión, ha convertido al Gobierno Federal o al Ejecutivo de la Unión en un verdadero dictador del país, sujeto a las críticas reaccionarias (Aplausos nutridos).

Haciendo la comparación lógica, indispensable, para discutir en lo general el dictamen de la Comisión, debemos decir categóricamente que se contradice en todos y cada uno de sus párrafos, que se contradice substancialmente en todas y cada una de las premisas que viene sustentando. Debemos decir que el dictamen se encuentra modificado y que completa, absoluta y diametralmente está en contra del criterio del Ejecutivo en lo que afecta a los intereses generales; que hondamente perjudica al futuro de los habitantes de la Nación; debemos decir que este dictamen rechaza en lo absoluto la mayoría de los aspectos de interés público, de criterio también del Ejecutivo Federal, y nosotros, en esta discusión, debemos hacer una comparación juiciosa, razonable y serena, y debemos decir, para que este dictamen, si es posible, no pase a discusión en lo general, debemos decir que la Comisión durante dos años no pudo rendir su dictamen; debemos decir que la Comisión, en primer lugar, violó el Reglamento de la Cámara de Diputados, pues cuando dio el trámite la Mesa Directiva de esta Cámara de "imprimase y repártase este dictamen", ya estaba impreso y todos los traíamos en el bolsillo, en la última sesión en que se leyó el dictamen.

Debemos decir que este dictamen ha sido hecho a la carrera, y que el artículo del proyecto de la Comisión, no coincide en manera alguna con los argumentos del dictamen mismo. El dictamen cita, entre otras cosas, la reforma a la fracción V y a la fracción I del artículo 51. Este artículo 51, en la nueva ley, no tiene fracción V ni fracción I. Cita también el artículo 52 y tiene uno que leer todo el proyecto para venir a caer en la cuenta de que es el artículo 58 el que quiso citar la Comisión. Cita el criterio del Ejecutivo diciendo que los servicios públicos, como son las vías federales de comunicación; que las transmisiones eléctricas son asuntos de interés nacional y que como servicios públicos deben ser socializados, y viene de una vez por todas en un úcase, que ha hecho estremecer a la República entera, a declarar que se solidariza con el criterio del Ejecutivo en el sentido de defender los intereses del proletariado, y defiende esta comisión a su manera los intereses de proletariado, porque declara, entre otras cosas, que los accionistas de la Compañía de Tranvías economizan cuatro mil pesos por cada kilómetro de pavimento que tendrían obligación de poner. Así es que resulta que la Compañía de Tranvías es proletaria y que los accionistas de Londres y del

Canadá son proletarios. (Aplausos). Y declara que las empresas de teléfonos, cuyos accionistas son los condes y los marqueses de Suecia, son proletarios; y declara que son proletarios Emilio Azcárraga, y declara capitalista y enemigo del proletariado al que sólo tiene un camión que vale cuatro o cinco mil pesos. (Aplausos nutridos en las galerías).

Si discutir en lo general es discutir el espíritu y la letra del dictamen de la comisión; si discutir en lo general es discutir las bases y las argumentaciones fundamentales en que la Comisión se ha fundado para reformar el proyecto del Ejecutivo Federal, entonces, discutiéndolo en estos detalles y en esos puntos fundamentales de la Comisión dictaminadora, llegamos a la conclusión de que este dictamen está hecho siguiendo en todo el criterio del Ejecutivo Federal, que aquí dice en el párrafo cuarto de la cuarta página. (leyó).

El espíritu de la iniciativa de ley es proteger al proletariado; el espíritu de la ley es proteger al trabajador; pero tiende a la socialización misma de los servicios públicos y de las vías generales de comunicación que afectan muy hondamente la vida nacional; y de acuerdo con el espíritu del dictamen y de la ley misma, en el dictamen, después de que en sus artículos 152, 153 y 154 viola la soberanía de los Estados, acaba con la autonomía de los Municipios y es atentatoria del artículo 115 constitucional; después de eso, señores diputados, el Ejecutivo dice en su proyecto de ley: "es forzosa la intercomunicación de las líneas telefónicas, el enlace, a despecho de cualquier argumentación, y aquí el dictamen de la Comisión dice: "Será obligatorio el enlace mientras las posibilidades técnicas lo permitan, mientras el enlace no perjudique a esa propia transmisión". Quiere decir, señores, que con un cable viejo, que con un conmutador más viejo, con cualquier aparato de transmisión eléctrica, hasta con un simple transformador habrá suficiente para que las compañías telefónicas, que son proletarias según esta Ley, economicen un millón y medio de pesos al año mediante quince mil subscriptores que se retirarán mediante la iniciativa del Ejecutivo Federal. Discutiendo en lo general este dictamen que, repito, en primer lugar adolece del defecto de que viola el Reglamento de la Cámara, por el hecho de que ya estaba impreso y circulando antes de que la Mesa Directiva diera el trámite de "Imprimase" y "repártase"; adolece el dictamen, repito de traer cambiado totalmente, en su "Exposición de Motivos", el articulado mismo de la ley; se citan artículos que no confrontan con la ley; está hecho el dictamen en una forma que ni la misma Comisión lo entiende, y esa Comisión que estuvo dos años para formular este proyecto de ley, esa Comisión, ha pedido, ha pretendido que esta ley se despachara con toda rapidez; y aquí los señores diputados son testigos de que cuando un grupo de legisladores nos opusimos categóricamente, encabezados por el Diputado León García, a que se concediera la dispensa de trámites de ley, la Comisión en estos momentos consideraba que debía aprobarse con dispensa de trámites una ley en la que ellos han estado dos años discutiéndola meses y meses para luego presentar que es un batidero de artículos, que es de hecho una mescolanza de artículos que nadie entiende; y así la propia Comisión pretendía el viernes que concediéramos dispensa de trámites.

En estas condiciones, siendo ininteligible el proyecto, habiendo sido impreso a espaldas del reglamento de la Cámara, no dando lugar al estudio por parte de los Diputados, ni habiendo oportunidad de que confronte el propio articulado con los argumentos de la Comisión, yo no sé como podríamos entender esa ley y ese dictamen en brevísimo tiempo, si ellos en dos años no pudieron estar debidamente capacitados para presentarla siquiera en forma bien fundada.

Quiero repetir, señores diputados, que la iniciativa del Ejecutivo Federal obligaba a las compañías de tranvías de la República a pavimentar a cada lado de la vía, cien centímetros o sea un metro al margen de la vía, y el dictamen de la Comisión solamente dice sesenta centímetros. Hablando en castellano....

El C. Sánchez Antonio (interrumpiendo): Para una interpelación sobre ese punto. Como usted no asistió, a pesar del interés que tiene sobre la ley....

El C. Falcón Ismael (interrumpiendo): Ni usted tampoco.

El C. Sánchez Antonio: Yo sí asistí y lo pueden comprobar los representantes de los trabajadores y de Empresas, y la propia Comisión, que merece fe; que diga si asistí o no.

El C. Lombardo Toledano Luis: Sí.

El C. Sánchez Antonio: Se modificó en virtud de la opinión de técnicos que estuvieron presentes y que envió Comunicaciones; pero como en las discusiones posteriores a la formulación de este dictamen hubo oposición de parte nuestra se oyeron nuestras razones y se modificó aumentándose al metro, como lo dice la iniciativa del Ejecutivo. En consecuencia, compañero Falcón, yo creo que usted no tiene razón en ese punto. Yo suplico a la mesa que si vamos a entrar a la apreciación de cada uno de los artículos, nos saldremos de la discusión general. Vuelvo a insistir en mi proposición: ese es un artículo que ha quedado modificado y que está de acuerdo con la iniciativa del Ejecutivo.

El C. Falcón Ismael: ¿Sí pero dónde está? Enséñemelo aquí en el dictamen, que es donde debe constar, y no en el arreglo entre amigos con la Comisión.

El C. Sánchez Antonio: Ya dí a usted la explicación de por qué se cambió.

El C. Lombardo Toledano Luis: No podría yo informar sobre los quinientos y tantos artículos que forman el proyecto.

El C. Falcón Ismael: Yo estoy discutiendo en lo general.

El C. Lombardo Toledano Luis: Se está discutiendo artículo por artículo. La Comisión acepta el criterio del Ejecutivo en el sentido de que debe ser un metro.

El C. Falcón Ismael: Espero que la Cámara, al igual que la Comisión, acepte el criterio del Ejecutivo en el sentido de que la colectividad toda, no sólo la que habita en el Distrito federal, obtenga los beneficios derivados de la intención profundamente socialista del Presidente de la República al presentar en esas condiciones este dictamen. Siga la Comisión - digo - solidarizándose con el Ejecutivo, o sin hacerlo, acepte todas las modalidades que beneficien el interés público. Pero debo declarar, señor Licenciado Sánchez, que yo no tengo por qué admitir como reformas legales las que ustedes han concretado en el cónclave de amigos; porque aquí dice que deben ser sesenta centímetros. (Aplausos.)

El C. Lombardo Toledano Luis (interrumpiendo): Precisamente la Comisión está aquí presente para eso: para informar.

El C. Falcón Ismael: Encantado, señor Presidente, y se lo agradezco. Quiero reiterar y quiero insistir en que el Licenciado Sánchez no quiere que se discuta artículo por artículo, pero quiero recordarle que no era oportuno llamarme la atención cuando yo, como orador registrado en contra, estoy hablan do en contra, y no como él, que habló en pro haciéndose aparecer como orador del contra. No veo por qué al señor Licenciado Meixueiro no se le impidió que hablara de teléfonos y a mí sí se me tacha.....

El C. Meixueiro Jorge (interrumpiendo): Para una aclaración. Yo cité el caso de los teléfonos como un simple ejemplo del punto en el cual no estaba de acuerdo con la Comisión; pero fue como un ejemplo, no como objeciones.

El C. Falcón Ismael: Yo cité también como un ejemplo la cuestión del pavimento, con la cual no estoy de acuerdo, y así cité el asunto de las radiodifusoras y de los teléfonos; y me parece que en el terreno de los ejemplos tanto derecho tiene el pro como el contra para citar ejemplos; ¿o no?

El C. Cacho Julián: La Mesa comunica al orador que de acuerdo con el Reglamento, le quedan cinco minutos para hacer uso de la palabra. Concrete sus puntos.

El C. Falcón Ismael: Aclarado, pues, compañeros, que conforme al reglamento de la Cámara, a mí me quedan solamente cinco minutos para decir la verdad sobre este punto. (Aplausos en las galerías.)

Entre otras cosas, después de este dictamen no lo entiende ni la misma Comisión, después de que la comisión se apartó del espíritu del Ejecutivo, porque el proyecto de éste dice (éste también es un ejemplo, señor Meixueiro), dice: "Las empresas propietarias o concesionarias de vías generales de comunicación deberán rendir, cada tres meses, un informe de su contabilidad y de sus utilidades", el dictamen de la Comisión dice que debe ser cada año, porque técnicos vinieron a convencerla de que así fuera. Los técnicos podrán convencer a la Comisión, y yo estoy convencido y lo garantizo plenamente de que la Comisión ha obrado con honradez, con estricta y absoluta moralidad.

No vamos a discutir en estos momentos las declaraciones de un señor a quien políticamente yo considero desequilibrado, como es el general Sánchez Tapia. Es muy respetable este señor por todos conceptos; pero discutiendo asuntos de interés públicos y técnico como este de Vías Generales de Comunicación, ha dado un brinco, un asalto, y ha demostrado tanta falta de reposo y serenidad, que a mí me pareció que estaba en un momento de desequilibrio. Soy el primero en reconocer que la Comisión dictaminadora ha obrado con estricta moralidad y absoluta honradez; soy el primero en reconocer todo esto, y quiero que por ningún momento los miembros de la Comisión vayan a interpelar que los quiera acusar de que haya habido ni la más mínima ni leve inmoralidad, ni el más leve descuido en aspectos de interés nacional de parte de ellos; pero yo considero que no estaban debidamente preparados los miembros de la Comisión para discutir esos aspectos, y es justo que ahora, si alguno quiere decir algo técnicamente, debe de hacerlo con toda claridad.

El C. Sánchez Antonio: Una aclaración...

El C. Falcón Ismael: No la permito. Así pues, un dictamen que la Comisión ha rendido después de dos años de estudio, no podemos ahora los diputados, tan sólo después de tres días de impreso y distribuído, no podemos discutirlo juiciosamente, y más aún cuando la Comisión ha tenido el descuido de ni siquiera poner este articulado en forma que se pueda entender. Por estar hecho a la carrera, y por demandarse su aprobación inmediata en una sola sesión, con dispensa de trámites y pretender que pase, a despecho de todos los intereses nacionales y de los puntos de vista de los diputados, por eso nosotros, los oradores del contra, venimos a declarar aquí que estamos contra eso. Y solamente pido esto: que haya en esta Cámara, siquiera sea una vez más, como cuando el Estatuto jurídico, la libertad necesaria, y no demandar por el Licenciado Sánchez, cuyo pacto con la Confederación Nacional Campesina lo obliga a firmar este dictamen con los de la C. T. M.; no demandado por la Confederación Nacional Campesina, que nos han gritado que ellos están comprometidos a firmar este dictamen......

El C. Sánchez Antonio: Exijo una interpelación porque se está faltando a la verdad. (Dirigiéndose al orador). Usted utiliza todos los medios y llega hasta la calumnia para venir a conquistar aplausos. Usted está faltando a la verdad. Yo le sostengo la verdad como hombre. El hecho de que las centrales tengamos nuestras relaciones afines, no quiere decir que estemos comprometidos a opinar como opinen tres miembros de una comisión que pertenecen a una central.

El C. Falcón Ismael: Usted, Licenciado Sánchez, me dijo anoche en el Salón Amarillo, que por solidaridad los miembros de la Confederación Nacional Campesina estarían con el dictamen de la Comisión, miembros de la C. T. M.

El C. Sánchez Antonio: Vuelvo a insistir en que está usted faltando a la verdad.

El C. Falcón Ismael: Yo lamento que tenga usted tan mala memoria.

El C. Sánchez Antonio: Falcón estuvo en la junta del Salón Amarillo y se dio cuenta de cuál fue la discusión allí, y ahora viene afirmando todo lo contrario de lo que oyó.

El C. Falcón Ismael: No, señor; yo lamento la amnesia que se le ha provocado al Licenciado Sánchez de anoche para acá. Para terminar, quiero llamar la atención de ustedes sobre este proyecto de ley que nadie le entiende. Los oradores del contra nos solidarizamos con la actitud de todos los miembros de ésta Cámara y la aprobamos en lo general, pero siempre que por decoro en el Parlamento Nacional se nos permita discutirla ampliamente en todos y cada uno de sus artículos. Sí la Comisión nos garantiza esto, no tenemos inconveniente en que se apruebe en lo general. Si el señor Lombardo Toledano y el señor Presidente no me llaman la atención constantemente para coartarme el derecho de la palabra, nosotros los del contra aceptamos en lo general el dictamen.

El C. Lombardo Toledano Luis: La Comisión, ya lo expresé en la tribuna, tiene interés en que se discuta cada artículo de la ley y cada capítulo con la amplitud que sea necesaria, con objeto de que se voten de acuerdo con la voluntad de las mayorías aquí reunidas.

El C. Falcón Ismael: Habiendo esa libertad para discutir, los elementos inscritos en contra del dictamen estamos de acuerdo, o el que habla cuando menos, en que se apruebe en lo general el dictamen de la Comisión.

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel: Parece que no hay motivo para continuar el debate. Ciertos compañeros diputados, por anhelos no muy explicables si no es ateniéndonos a la psicología del hombre que busca aplausos, pretenden ir a la tribuna para decir al final de su peroración que están de acuerdo con el dictamen. Como esto es lo que sustantivamente está a discusión, yo pido a la Mesa que aclare convenientemente cuáles son los alcances de una aprobación en lo general del proyecto a discusión, para evitarnos escuchar oratoria, que no es muy amable que digamos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gasca, en pro.

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel: Yo pido antes que la Presidencia de la Cámara fije los alcances de lo que significa la aprobación en lo general del proyecto a discusión. Si unos y otros, esto es, oradores del pro y del contra están de acuerdo con los alcances que fije la Presidencia de la Cámara, está de más cualquier debate.

El C. García León: Pido la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. García León: Esta es una auténtica discusión baladí. Han hablado dos oradores en contra, para al final manifestar que están de acuerdo con que se apruebe el dictamen de la Comisión. No habiendo contra, es ocioso continuar una discusión porque nadie se opone a la aprobación del dictamen en lo general. Es ocioso insistir en que se aclare reiteradamente una cosa que está establecida clara y categóricamente en la ley y en el Reglamento. La Ley establece y también el Reglamento que rige las deliberaciones de esta Cámara, que las aprobaciones en lo general se refieren exclusivamente a la necesidad de expedir determinada reglamentación, determinada ley, y si los oradores del contra están de acuerdo en que la ley de vías Generales de Comunicación es de imperiosa necesidad porque lo exigen las aspiraciones y necesidades de núcleos importantes de la población, ¿a qué discutir esto? Si el proyecto original del Ejecutivo y el dictamen de la Comisión tienen defectos, éstos serán discutidos en lo particular. Yo, pues, invito a los compañeros a que se serene esta discusión y, despojándonos de todo exhibicionismo y del deseo de conquistar aplausos. Volvamos los ojos a la realidad y a la respetabilidad de esta Cámara y aprobemos en lo general el dictamen, para pasar a discutir después minuciosamente cada uno de sus aspectos.

Quiero, compañeros, manifestar, ya que ha habido alusiones a la organización a que pertenezco, que la Confederación Nacional Campesina no tiene particular empeño en que la ley tenga determinada fisonomía, sino que solamente beneficie al mayor número de trabajadores que forman parte del servicio de transportes; que la Confederación Nacional Campesina desea traer aquí su contingente a través de quienes la representamos, para que la ley llene una función social de la manera más eficiente posible. Así, pues, rechazamos cualquier cargo pérfido que a este aspecto se refiera y simplemente quiero hacer un llamado al sentido de responsabilidad de los señores diputados que sostengan el pro o el contra del dictamen en lo general, a que este asunto que es de interés general como todos lo reconocemos, y de carácter técnico, se debata en un terreno de ponderación y respeto absoluto para servir mejor al pueblo mexicano que venimos a representar aquí. (Aplausos).

El C. Presidente: La Mesa cree pertinente poner a la consideración de la Asamblea, que se anoten los oradores que estén en contra de que se apruebe el dictamen en lo general, así como los oradores del pro, y si cree la Asamblea necesario que siga la discusión de este punto.

El C. García León: Insisto en mi moción de orden, en virtud de que ha habido contra; que se pregunte a la Asamblea si está agotado el debate y se pase a votación en lo general.

El C. Amilpa Fernando: La proposición del compañero García me parece ideal si se trata de realizar una labor legislativa serena y completa. Pero la proposición del compañero García adolece de este defecto: se anticipa a los acontecimientos. Si porque dos oradores han estado de acuerdo en que se expida la ley, se forma criterio de pensar por los demás, me parece inadecuado el procedimiento. Entonces, no pudiendo saber cómo hablarán los oradores que estamos inscritos en contra, daría por resultado que se nos coartara el derecho de hacer uso de la palabra. Solamente que se pudiera tener la evidencia de cómo pensamos, entonces la Presidencia podría poner a consideración la proposición del compañero León García. De consiguiente, de manera fraternal pido al compañero León García que por los razonamientos que él ha expuesto y en vista de que estoy inscrito en el contra, retire su proposición para que se me permita hacer una exposición de cosas fundamentales que me parece necesario que conozca la Asamblea.

El C. García León: Pido la palabra. Yo no tengo el menor deseo, ni ninguno de los miembros del

grupo de que formo parte, de coartar la libertad de expresión de nadie, ni de impedir que esta ley se debata hasta su mas insignificante palabra. Estoy de acuerdo con el compañero Amilpa en que el debate continúe; fuí yo de los que más insistí en que no se dispensaran los trámites y que se discutiera de acuerdo con el Reglamento. Por lo tanto, estoy de acuerdo con el compañero Amilpa, solamente haciendo esta salvedad: han hablado los del contra y solamente tiene derecho a hablar uno más en el contra; que ahora el orador que hable en contra lo haga positivamente en contra.

El C. Presidente: Entonces quedan inscritos: en contra, Acosta, Amilpa y Falcón; en el pro, los compañeros Gasca y Mora Plancarte nada más.

El C. García León: Pido la palabra para aclaración. Han hablado dos oradores en contra y yo insisto en que solamente tiene derecho a hablar uno nada más, y si la asamblea lo cree conveniente, que sigan hablando más; pero que nos ajustemos al Reglamento.

El C. Gasca Celestino: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Gasca Celestino: Con el propósito de evitar una falsa interpretación sobre el hecho de haber venido a la tribuna, voy a hacer una aclaración terminante; voy a hablar en pro del dictamen desde el punto de vista general. No voy a tratar de particularizar artículo alguno; voy a hablar desde el punto de vista general, porque, entiendo, y ya se dijo repetidas veces, que este es el objeto de la discusión. ¿Se acepta o no se acepta aprobar la ley en lo general? Antes de entrar en el fondo de las ideas que voy a exponer sobre mi deseo de defender desde el punto de vista general esta Ley, quiero hacer algunas apreciaciones que considero necesarias por cuanto a lo mucho que se ha dicho dentro y fuera de la Cámara respecto de esta Ley.

En esta Ley, como en todas, se juegan intereses de distintas categorías. Unas veces las leyes defienden los intereses de los capitalistas y otras veces las leyes, como las nuestras, revolucionarias, dadas en esta Cámara, tratan de defender los intereses de los trabajadores del país. Me permito hacer esta advertencia, porque los compañeros que están en la galería y cuya presencia yo respeto y aplaudo, traen seguramente un propósito ya perfectamente definido, y ese propósito es lo que ha hecho que sólo determinados elementos que han abordado esta tribuna sean aplaudidos. Yo no voy a pretender conquistar aplausos; voy simple y sencillamente a decir lo que considero mi verdad a través de la obligación que tengo de defender intereses de la organización a que pertenezco.

Han habido - decía yo -, alrededor de esta Ley, infinidad de acusaciones, infinidad de defensas en cuanto a que la ley se apruebe como el Ejecutivo o como la Comisión la presente, o no se apruebe. Se ha dicho, y esto muchos de los compañeros diputados presentes lo saben, que algunos intereses de los que se consideran afectados por la ley han tenido el desprendimiento de ofrecer dinero a determinados elementos de esta propia Cámara. Este dicho yo lo rechazo de una manera categórica, porque conozco individualmente a los miembros de esta Cámara y considero que nadie sería capaz de aceptar un solo centavo por venir a defender un acto de justicia o por venir a prestarse a un acto de injusticia. En honor de la Cámara hago de una manera categórica esta afirmación: si ha habido malévolamente intenciones de macular la conducta de esta Cámara diciéndose que hay elementos llamados a recibir dinero para defender a las empresas que se consideran afectadas, aun cuando esto pudiera ocurrir, yo respondo de la honradez de los compañeros que integran la XXXVII Legislatura. (Aplausos.)

Entonces habremos de afirmar esta otra cosa: cualesquiera que sean las razones de los intereses que afecta esta Ley, o que simplemente se crean afectados por esta Ley, no necesitan derramar ni un solo centavo en ninguno de los diputados, porque no estamos aquí para recibir dinero del público cuando se trata de defender intereses particulares del público; estamos para defender intereses de la nación, y aunque hubiese el propósito de repartir dinero, no habría elemento de la XXXVII Legislatura que manchara sus manos con ese dinero.

El C. Menéndes Reyes Miguel Angel: ¿Me permite una interpelación el orador?

El C. Gasca Celestino: Con mucho gusto.

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel: Ha hablado usted, mi respetado y muy querido amigo, acerca de versiones que flotan en el ambiente, dentro y fuera de la Cámara; pero yo quisiera que usted fuera lo suficientemente generoso para decirnos - claro que teniendo en cuenta su criterio, que nosotros participamos, en el sentido de que ninguno de los componentes de la XXXVII Legislatura es capaz de caer en esa situación - ¿quién, qué organismo, qué empresa sería la que pudiera ofrecer el cohecho que usted ha mencionado?

El C. Gasca Celestino: Me voy a permitir reponer al compañero Menéndez. No me siento, por respeto a mi propia moralidad, obligado a decir qué clase de empresas, porque no trato de traer a la discusión en esta Cámara si hay o no empresas que quieran hacer esto. Me he hecho eco de una versión que dentro y fuera de la Cámara usted como yo estamos reconociendo, y como pudiera ser que esas versiones sin fundamento alguno fueran creídas por alguna parte de la sociedad en el país, es por lo que he creído pertinente hacer esta aclaración. Primero, para repetir - porque quiero dejar estas ideas perfectamente sentadas -: la Cámara XXXVII está compuesta por miembros incapaces de aceptar corromper su doctrina revolucionaria por cualquier cantidad de dinero. Segundo: cualesquiera que sean los intereses que se consideren afectados por la ley, no necesitan pagar a nadie dinero, porque para eso estamos aquí. Bastaría que expresarán sus razones para que, consideradas por la Cámara, ésta las aceptará o rechazara. Queda complacido el compañero Menéndez.

El C. Menéndez Reyes Miguel Angel: No mucho, mi general , pero agradecido, sí.

El C. Gasca Celestino (continuado): Ya la Comisión, cuando le tocó hacer uso de la palabra, expuso aquí en forma clara que cuando estuvo estudiando la ley llamó a los distintos sectores que consideró interesados o que pudieran ser

beneficiados o afectados por la ley. Se escuchó a cada uno de ellos; se oyeron sus razones, entendido que el llamamiento de la Cámara hizo, o mejor dicho, que hizo la Comisión de la Cámara para escuchar las opiniones de los factores interesados en la Ley, no fue ni con mucho con el propósito de que todo lo que pidieran a la Comisión se pusiera en la Ley. El compañero Falcón acusa a la Comisión de que en el dictamen no figura todo lo que se dijo en esas juntas privadas a que citó la Comisión.

El C. Falcón Ismael (Interrumpiendo): Una aclaración. Fue el Licenciado Sánchez quien dijo eso.

El C. Gasca Celestino (Continuando): Quiero refrescarle la memoria al compañero Falcón. El fue quien lo dijo.

El C. Falcón Ismael: yo nunca asistí a las juntas.

El C. Gasca Celestino: Entonces mal hace usted en afirmar una cosa que no oyó.

El C. Falcón Ismael: yo no he afirmado eso. A la versión taquigráfica.

El C. Gasca Celestino: Esto puede ser que sea verdad porque la Comisión no cito a los elementos afectados por la ley para hacer con sus argumentos la ley, ni para dictaminar con sus solos argumentos la propia ley; invitó para escuchar las distintas defensas que pudieran hacerse en aquellos sectores afectados por la ley y algunas de esas formas de defender los intereses que se sintieran afectadas por la ley, figura en el dictamen; de manera que no es exacto que no haya servido de nada, como se ha querido dar entender, el hecho de que se haya citado a los elementos a quienes me he referido.

Se ha tachado también por los elementos del contra, a la Comisión, de pretender pasar con dispensa de trámites esta ley, y esto muchos compañeros aquí presentes saben que no es exacto. Hay la intención de trabajar lo más que sea posible en la ley, no solo porque el tiempo que queda a esta legislatura es bien poco, si no porque hay otras muchas leyes que es necesario despachar. La violencia en este caso no significa, ni con mucho, el deseo que la Ley se apruebe sin la meditación y sin el juicio debidos. Entonces queda desechada la versión de que se ha pretendido despachar esta ley con violencia que, llevada a grado tal, no permitiera que nadie se diera cuenta de ella. La Ley se discutirá todo lo necesario; la Ley será desmenuzada en todo lo que precise, según el criterio de cada uno de los diputados de la XXXVII Legislatura que se interesan en esta Ley. Entonces hay que borrar la impresión que pudiera quedar en el ánimo de los compañeros y de las galerías, de que se trata de festinar está Ley. No es exacto y prueba de ello es que estamos discutiéndola.

La Ley en lo general, los principios que la norman, son los siguientes: crear por medio de las vías de comunicación, o mejor dicho, conseguir con las vías de comunicación, un franco y racional desarrollo de las riquezas del país. Es uno de los fundamentos de la Ley, es una de las cosas básicas de la Ley en lo general, que precisa que se dé una Ley para poder desarrollar con mayor efectividad y mediante disposiciones perfectamente meditadas las vías de comunicación del país, eso nadie puede discutirlo; es necesario. Luego, entonces precisa que se dé la Ley de Vías Generales de Comunicación o la Ley de Vías Federales de Comunicación, como se quiera entender. ¿que otra cosa persigue la Ley? El control de estas vías en cuanto al servicio social que al país deban prestar. Creo que tampoco nadie podrá oponerse a este principio general de la Ley. ¿Quién es el órgano indicado de acuerdo con nuestras leyes, de acuerdo con nuestro sistema de gobierno, para que controle de una manera eficaz y efectiva que garantice a la vez de los intereses de la riqueza nacional? El Gobierno.

Entonces este otro principal general es de tal manera importante en la ley, que yo juzgo que ninguno de los compañeros podrá oponerse a que se apruebe en lo general, puesto que este es otro de los principios necesarios para que la propia ley pueda ser eficaz en su desarrollo y en su aplicación. Que se necesita como aspecto general también de la ley que haya una intervención directa del Gobierno Federal en el aspecto de nuestra necesidad de defensa en el país, misión encomendada a la Secretaría de la Defensa Nacional, también nadie puede discutir este principio general de la Ley. El Gobierno necesita intervenir por medio de la Secretaría de la Defensa Nacional a fin de determinar cuando conviene o no que una ley de vías de comunicación se establezca, o no se establezca con tales o cuales modalidades.

¿Quien de los compañeros puede oponerse a que este otro principio general quede en manos del Gobierno? Entiendo que ninguno.

Conclusión: son tres, entonces los principios fundamentales sobre los cuales la Ley gira y si, como entiendo, ninguno de los compañeros puede estar en contra de estos principios generales, yo considero que sí debemos aprobar en lo general esta ley, para discutir después todo lo que se quiera y con la libertad que nosotros sabemos usar, cada uno de los artículos por distintos compañeros que se interesen en esta discusión. Entonces, para no distraer más la atención compañeros diputados, yo pido, con el propósito de ceñirme a los treinta minutos que me ha dicho la Presidencia de la Cámara, que no es necesario hacer explicaciones más amplias sobre estos puntos fundamentales de la Ley, para que nosotros lo aprobemos en general en esta sesión, y así pido que se haga.

El C. Acosta Miguel N.: Pido la Palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Acosta Miguel N.: Voy a intentar y a conseguir ser lo mas conciso lo más breve posible. Deseo llegar a los puntos medulares de lo que estamos d discutiendo, despojándonos absolutamente de toda oratoria y de todo adorno. Vengo ha hablar en contra del dictamen de acuerdo con la propia comisión que después de muchos meses de estudiar la Ley y de producir un dictamen, viene ahora a atacar su propio dictamen, y en contra de lo que había tratado de pasar como un dictamen sesudamente estudiado, juicioso, y que respondía a las necesidades del país.

Deseo llamar la atención de mi General Gasca,

con toda atención y respeto, que efectivamente estamos discutiendo esta ley; pero no por voluntad de la comisión, que si no es por la oportuna intervención de algunos de los compañeros, entre ellos León García, se pasa esa ley con dispensa de trámites y estaría yo con todo valor legal apachurrando la vida e intereses de fuertes sectores nacionales. La Comisión pues, sí tuvo el deseo de "meter un caballazo", porque vino a pedir dispensa en trámites. Tan inteligente y oportuna intervención....

El C. Gasca Celestino (interrumpiendo): ¿Esta usted conforme en que no se haya hecho?

El C. Acosta Emilio N.: Sí, señor.

El C. Lombardo Toledano Luis: ¿Me permite el orador una declaración?

El C. Acosta Emilio N.: Compañero: Aquí este dictador (refiriéndose a la presidencia) me puso treinta minutos que debo aprovechar y no puedo conversar con usted. Si usted quiere, platicaremos a la salida.

El C. Lombardo Toledano Luis: (Interrumpiendo). Quiero manifestar al señor General Acosta que efectivamente el compañero César Martino, miembro de la Comisión, tenía la intención de que se aprobara la Ley en lo general o que se aprobara la Ley en dispensa de trámites; pero yo, Presidente de la misma, nunca exprese a nadie la intención de hacer tal cosa. Si el señor General Acosta oyó de mis labios decir tal cosa, yo le suplico que me lo diga.

El C. Acosta Emilio N.: No señor. Hablé de la comisión sin personalizar al señor Lombardo ni al ingeniero Cesar Martino.

El proyecto original de la Ley de Vías Generales de comunicación fue elaborada por la secretaría que tiene a su cargo esta importante rama: Comunicaciones; y se trató de que el señor presidente de la República la promulgara durante el período que tenía facultades extraordinarias, y el señor General Cárdenas demostró un profundo respeto a nuestras leyes e instituciones, y a la vida del país, y dos consecutivas ocasiones se negó a promulgar este decreto haciendo uso de facultades extraordinarias, y después de estudiarlo.

Quiero recordar esto para que quitemos el banderín de que debemos aprobar esta ley porque la mandó el presidente de la República. (Aplausos.)

El propio General Cárdenas no estaba totalmente de acuerdo con el proyecto original. (Voces: ¡arriba el general Cárdenas¡ ¡Vivan los hombres de Coahuila!

Yo estoy en contra absolutamente en contra del proyecto presentado por la comisión, desde la cruz a la fecha, porque el proyecto que nos presenta no es un proyecto, si no un cuaderno con apuntes, enmendaduras y borrones. (Siseos, aplausos, campanilla.)

El C. Presidente: La Presidencia suplica silencio a las galerías.

El C. Acosta Emilio N.: Quiero aclarar a las galerías que cada ocasión que interrumpan me privan del derecho de hablar, porque este dictador me puso treinta minutos. (Aplausos.) Después del proyecto presentado....

El C. Presidente: La mesa aclara el señor General Acosta que no es dictadura de la mesa sino que es el reglamento de la Cámara. (Aplausos.)

El C. Acosta Emilio N.: Después de presentarse el proyecto, ha sufrido reformas, posteriores. Malamente puede aprobarse un proyecto que nadie sabe cómo está ni cómo es, ni de que consta. Es un proyecto que debe rechazarse porque no hay congruencia en su articulado, porque no dice lo que dice, si no que dice lo que van a decir después, y no podemos aprobar una cosa que van a reformar posteriormente.

El señor licenciado Alfonso Francisco Ramírez tuvo la fraternal exigencia de pedir al compañero Lombardo que no expusiera la filosofía que estructuraba el proyecto sobre Ley de Vías Generales de Comunicación, y el compañero Toledano no se concreto a decirnos, naturalmente, que la filosofía que sustenta está en la exposición de motivos. La exposición de motivos nos dice qué es lo que se pretende y por qué se ha legislado así; pero tampoco se puede creer en la exposición de motivos, porque se refiere a artículos que no figuran siquiera en el proyecto que se presenta. De suerte que no hay congruencia ni en la exposición de motivos ni entre los artículos entre sí, ni relación de los reformados con los que se van a reformar posteriormente. Por eso me opongo a que un dictamen presentado tan descabelladamente sea aprobado por esta H. Cámara. Yo hago un elogio de la conducta seguida por la Comisión dictaminadora al llamar, para tomar consulta, a todos los sectores afectados con este proyecto de ley; revela con ello que se da cuenta perfecta de que nosotros no hemos venido aquí a legislar como sabios, si no como un reflejo del pueblo que nos envía, y que nuestra obligación no es legislar aceptando la responsabilidad a través de nuestra sabiduría, si no captando los anhelos y los problemas del pueblo y realmente legislando el pueblo a través de nosotros, que solamente estatuimos las leyes, pero que las elabora el pueblo diciéndole sus necesidades. Yo alabo la conducta de la Comisión en ese sentido; pero si se toma en cuenta lo que el pueblo dice, la ley debe responder a la voz del pueblo. Si con una ley vamos a legislar en favor de la nación, la ley debe responder a la voz de la nación. No voy, como el compañero Falcón, y como el compañero Sánchez, a referirme a ningún artículo; quiero tratar el asunto de la ley solamente en lo general.

Una de las cosas únicas que se traducen en la elaboración de este dictamen, es un claro deseo de socializar, de sovietizar, de dar la intervención directa al Estado en todos los servicios públicos, dejándole el derecho de administrar nuestros actos privados, nuestra vida económica, y nuestro trabajo personal, y en lo general, con esta tesis sustentada por el proyecto, yo estoy en absoluto desacuerdo. Cuando un pueblo permite que en lugar de un estatuto escrito, de una legislación concienzuda, lo gobierne el criterio de un hombre, llámese como se le llame, de un hombre, póngasele el titulo que ustedes quieran se llama un dictador, y el pueblo que lo obedece es un esclavo, y yo no deseo para México llegar a una situación de esta naturaleza. Por eso estoy absolutamente en contra del dictamen

formulado. El compañero General Gasca ha aseverado, y entiendo que también lo hizo el compañero Falcón, no recuerdo si también el compañeros Sánchez se refirió a lo mismo, en el sentido, de que alguna personas enemigas de está Cámara, o personales enemigos de algunos de sus componentes, han propalado la idea de que se puede comprar a un diputado, y Gasca a respondido como todo un compañero, negando que haya dinero posible para comprar la conciencia de un hombre libre, y los diputados de este congreso somos todos hombres libres. No creo que haya alguien que lo intenten quien lo acepte, pero si hay dinero de por medio, mi General Gasca, no dinero para comprar actualmente una situación, sino para prevenirse a robar mañana a un pueblo al que nosotros encadenaremos al yugo de los explotadores si nosotros aprobamos una ley de sovietización. (Aplausos y siseos).

Yo estoy en la tribuna de la Cámara y tengo el derecho de decir toda mi verdad pero fuera de la tribuna de la Cámara También sostengo todo lo que digo en ella, porque tengo derecho de sostener la verdad, mi verdad. (Aplausos en las galerías).

A través del deseo de monopolizar determinado servicio público en los caminos y de entregarlo a determinadas cooperativas de forzosa organización, privamos del derecho de iniciativa a sus componentes. Hay un individuo con todo el dinero para organizar una cooperativa para ganar en ella millones de pesos. (Aplausos, siseos, Voces: ¿Quién es?)

No sé el primer nombre de él; su apellido es Basurto y con la firma "De la Lama y Basurto". (Aplausos). Este señor, en conversación que yo conozco, ha externado que con dos millones de pesos que tiene listos, monopolizará la venta de automóviles, de accesorios, y llantas de todo lo relativo a las cooperativas que se organicen cuando esta ley salga a la luz. no se ha atrevido a buscar un diputado para comprarlo; pero ha aprovechado la ingenuidad - digamos - de algunos de nosotros, para meternos consejas y más consejas de que se debe legislar en esa forma.

Si el proyecto presentado por la Comisión dictaminadora se acepta; si nosotros sovietizamos estos servicios y esclavizamos a estos trabajadores, nos convertimos, sin recibir dinero, mi General Gasca, en cómplices de esos canallas explotadores que viven desde hace mucho tiempo explotando al país. (Aplausos).

Por todas estas razones yo pido a esta asamblea que rechace el dictamen, que niegue el derecho de ser ley a un dictamen que no está ni siquiera compaginado en sus artículos, y yo pediría, además, para evitarnos perder tiempo, porque voy a exponer un aspecto: Vamos suponiendo que ustedes aprueben en lo general este dictamen y que esta Cámara estudia detenidamente, artículo por artículo, la titulidad de este dictamen. ¿Cuándo acabamos? Son quinientos y tantos artículos, ¿Cuando acabamos? Yo pediría que, metiéndonos aun terreno practico y sin herir absolutamente en lo más remoto a la Comisión Actual de Vías Generales de Comunicación, sino para aliviarla en su trabajo, que está Cámara nombrara un grupo de diputados, no para asesorarla, sino para auxiliarla en su labor, y que se encerrara diariamente en su labor hasta terminar un dictamen de acuerdo con el criterio de la Asamblea; que en lugar de mandarlo a imprimir, lo mandáramos sacar en mimeógrafo para tenerlo pronto en la mano y entonces podríamos estudiar capítulos enteros y estar prontamente de acuerdo en lo que debamos legislar. Por las dos razones dichas, yo propongo a la Asamblea que se rechace el dictamen. No hay derecho a presentar un dictamen con el cual la propia comisión no está de acuerdo. Ya ni ellos creen en su verdad, ¿Cómo vamos a creer en nosotros? (Risas y aplausos en las galerías).

Yo pido que se amplíe está comisión con cuatro, seis, ocho o diez diputados, para que se encierren diariamente a trabajar y para que, representando el sentir general de todas las tendencias de esta Legislatura, nos presenten en un término perentorio un proyecto de dictamen que responda al sentir de esta Asamblea y a las necesidades todas del país. (Aplausos).

El C. Secretario Aguirre Carlos: La mesa recuerda a la Asamblea el acuerdo anterior de que hablasen tres oradores en pro y tres en contra, pero ya hay una proposición.

El C. Amilpa Fernando: Moción de orden. La Mesa está faltando al Reglamento de la Cámara. El artículo 114 del reglamento establece que deben ser seis oradores en pro y seis en contra.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Es que no hay suficientes oradores para el Pro y, por consiguiente, tampoco para el contra. Hay un acuerdo de la Asamblea. (Voces: No hay ningún acuerdo).

El C. Celestino Gasca: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Gasca.

El C. Gasca: Antes de que tome la palabra el orador que sigue, me permite hacerle una pregunta, mi General Acosta, con las súplica muy atenta de que se sirva contestarme. El señor General Acosta, con la honradez que le caracteriza ha venido ha hacer una denuncia en contra de un señor Basurto, tratando de controlar el financiamiento de las cooperativas en caso de que la ley se apruebe, en caso de que se apruebe el dictamen como la Comisión lo presenta; pero en cambio hay otros elementos, otra empresas también, que se interesan porque la ley no se apruebe como la ha presentado la comisión en su dictamen, y mi pregunta al General Acosta, a quien respeto y estimo, es ésta: si vamos a estar haciendo aprecio a todos los intereses que se encuentran siempre en todos los negocios, ¿podremos legislar o no podremos legisla? Hay otras empresas que se interesan porque la ley no se apruebe como la presenta la Comisión ¿Qué vamos a hacer?

El C. General Acosta Miguel: Yo quise denunciar ante ésta representación, porque la juzgo una futura amenaza para los trabajadores de determinados sectores de los caminos. Y reconozco y entiendo que aquí en esta misma Cámara he atacado a ese monopolio o empresa a que usted se refiere. Yo estoy en desacuerdo absoluto en que entreguemos a los trabajadores a los explotadores sino que legislemos en forma que cada individuo tenga el derecho de defender sus

intereses, su trabajo, su pan, pero que la ley lo garantice. (Aplausos en las galerías. Campanillas).

El C. Mora Plancarte Francisco: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Mora Plancarte Francisco: Compañeros diputados: tengo la impresión de que en el curso de esta discusión nos hemos desviado a lo que debe ser la médula de ella. Estamos discutiendo si la Ley de Vías Generales de Comunicación remitida por el ejecutivo y dictaminada por la Comisión, debe ser o no aprobada en lo general, si no que han descendido a particularidades y pormenores de la misma ley, y han anticipado una discusión que tendría que venir después, y en estas condiciones, realmente el pro no tiene objeciones que presentar. Cuando una ley se ataca en general, no se puede atacar más que por dos conceptos: porque la ley no se necesita o por que la ley que existe es buena. Ninguna de estas dos premisas ha sido sostenida por los oradores del contra. Ellos han atacado puntos concretos de la ley y se olvidan de que la aprobación de la ley en lo general no implica la aprobación o reprobación de esos puntos que atacaron. eso será materia de discusión posterior, de discusión al votar la ley en lo particular.

Yo, compañeros diputados, para fundar mi petición de que la ley se apruebe en lo general, me concreto a estos dos puntos. ¿Está en la conciencia de ustedes la necesidad de unas Ley de Vías Generales de Comunicación? Indudablemente que si lo esta. ¿Reconocen ustedes que toda la situación de hecho creada en la industria del transporte es indebida? Indudablemente que tenemos nosotros un monopolio en ésta industria y que tenemos que desbaratarlo por medio de una ley justa. (Voces: ¡No! Siseos, desorden prolongado, campanilla).

El C. García León: Una moción de orden. Suplico a la presidencia que ordene a la secretaría dé lectura a la parte relativa del reglamento que autoriza la entrada de personas ajenas, a las galerías, y que cuando esas personas no se ajustan al Reglamento, se les puede obligar ha abandonar el salón.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Se suplica a las galerías guarden el orden y respeto debido o se verá obligada la directiva a mandarlas desalojar el salón de acuerdo con el Reglamento.

El C. Mora Plancarte Francisco: Quiero hacer una reflexión sobre la actitud de las galerías. La Cámara de diputados, compañeros, tiene dos misiones: es Cámara Federal para legislar en toda la República y es Cámara Local para legislar en el Distrito Federal. Nosotros en estos momentos estamos discutiendo en derredor de una ley de interés nacional, en derredor de una ley que interesa lo mismo a los trabajadores de Sonora que a los de Yucatán; de una ley que lo mismo toca a Tamaulipas como a Michoacán y Jalisco, como a todas las regiones de la República. ¿Creen ustedes, compañeros diputados, que en las galerías se encuentran en estos momentos representantes de toda la República¿ (Voces en las galerías: ¡Si!) Indudablemente que no, compañeros; indudablemente que las galerías están llenas de elementos del Distrito Federal, que ni con mucho representan las tendencias de todo el país. Por eso estoy seguro de que en la conciencia de ustedes no influirá en lo mas mínimo la actitud de las galerías.

Volviendo al tema que me ocupa insisto, compañeros diputados, en que la aprobación de la ley en lo general no implica que vayamos a dar a esa misma ley determinadas modalidades. La aprobación de la ley en lo general constituye simplemente la afirmación del Congreso de que es necesaria una ley de Vías Generales de Comunicación; pero no entra a las particularidades de esa misma ley. Sobre el particular me voy a permitir dar lectura al artículo 117 del Reglamento que estatuye lo que he afirmado:

"Artículo 117. Declarado un proyecto suficientemente discutido en lo general, se procederá a votarlo en tal sentido, y si es aprobado, se discutirán en seguida los artículos en particular. En caso contrario, se preguntará, en votación económica, si vuelve o no todo el proyecto a la Comisión. Si la resolución afirmativa, volverá, en efecto, para que lo reforme, mas si fuere negativo, se tendrá por desechado".

Es pues inconcuso que nosotros, si sentimos la necesidad de una Ley de Vías Generales de Comunicación, debemos aprobarla desde luego en lo general, aun cuando después, al estudiar el dictamen minuciosamente, lo modifiquemos de acuerdo con el sentir que en nuestro concepto convenga mejor.

En su impresionante discurso el General Acosta nos afirma que un señor Basurto está disponiendo ya de dos millones de pesos para controlar cooperativas que se formen al amparo de la nueva ley. Esto, compañeros diputados, es algo futuro que no representa un peligro; ¿piensan ustedes que el Gobierno Federal va ser tan ingenuo, al promulgarse la Ley de Vías Generales de Comunicación de permitir a un explotador de esta naturaleza que vaya a controlar las cooperativas¿ Indudablemente que no; el gobierno Federal ha mostrado suficiente inteligencia y habilidad para ir quitando por medios administrativos a todos estos explotadores, y lo que sería interesante es que nos dijera el General Acosta aquí cual es el nombre del individuo que actualmente esta explotando el esfuerzo de los trabajadores, del individuo que está enriqueciendo al amparo del transporte y de la mala legislación.

El C. Maldonado Víctor Alfonso: ¿Me permite el orador una interpretación?

El C. Mora Plancarte Francisco: Si, compañero.

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Quiero preguntarle al compañero Mora Plancarte, es decir, quiero hacerle estas tres preguntas: Primera: Si se debe aprobar un dictamen tachado de inconstitucionalidad. Si o no. Segunda....

El C. Mora Plancarte Francisco: ¿Cómo quiera usted que le conteste una por una?

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Si señor.

El C. Mora Plancarte Francisco: El hecho de que se apruebe....

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Es

categórica mi pregunta: ¿Se debe aprobar un dictamen que adolezca de inconstitucionalidad? ¿Sí o no?

El C. Mora Plancarte Francisco: El dictamen no adolece de inconstitucionalidad.

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Voy a probar que sí adolece. Segunda, al discutir un dictamen en lo general, lógicamente no se va abarcar en la discusión la totalidad de los artículos y un solo artículo puede ser básico para destruir todo el contenido de la ley ¿Si o no?

El C. Mora Plancarte Francisco: No; el hecho de que se apruebe una ley en lo general, no quiere decir que no se puedan rechazar todos los artículos en lo particular.

El C. Maldonado Víctor Alfonso: La ley del trabajo modificara substancialmente todo el derecho obrero; lo que quiere decir que un puro artículo puede cambiar todo el aspecto de una ley. Imagínese usted, por ejemplo, que la Ley del Trabajo....

El C. Mora Plancarte Francisco: interpretaciones concretas. Va una.

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Yo quiero demostrar esto: Como abogados, desde luego que nosotros sabemos que lo mas importante en derecho son las personas de derecho; que lo más importante en derecho industrial; son los sujetos de derecho industrial; que al hablar de derecho de gentes, lo más importante es la existencia de los Estados soberanos como sujetos de derecho internacional; entonces al hablar de la Ley de Vías Generales de Comunicación, lo más importante son las personas que va a perjudicar o a beneficiar ese derecho. Nosotros desde luego aceptamos que la Ley General De Vías de Comunicación es un servicio social, es un servicio público. Cuando esa ley viene a establecer un privilegio en favor de un sector es una ley anticonstitucional en su base, anticonstitucional en las personas que van a desarrollarla, anticonstitucional....

El C. Mora Plancarte Francisco (interrumpiendo): Ya de interpelación basta. Voy a contestar a Maldonado. El compañero Diputado Licenciado Maldonado está en un error. Yo sostengo mi tesis primitiva: el aprobar una ley en lo general sólo dice que se va a legislar sobre esa materia. nosotros,, al aprobar esta ley en lo general nos comprometemos y aceptamos producir una ley sobre comunicaciones; pero no decimos en qué sentido. Claro que no vamos, después de aprobar la ley sobre comunicaciones, a legislar como trabajo, como él decía. (Aplausos).

El C. Maldonado Víctor Alfonso: Era un ejemplo.

El C. Mora Plancarte Francisco: Espero la interpelación del General Acosta.

El C. Acosta Emilio N.: Me pregunta usted, compañero, si conozco el nombre de otra persona que este explotando a los trabajadores. Yo lo conozco, pero quien quiera que sea, estaría en contra de él. Voy hacer una pregunta. Yo hago la aclaración del peligro futuro que existe....

El C. Mora Plancarte Francisco (interrumpiendo): Y yo señalo el actual.

- El C. Acosta Emilio N. (Continuando):. para una gran cantidad de trabajadores, y cité el caso del señor Basurto. Usted me dice, usted asegura que es candidez mía, porque el gobierno intervendría evitando esa explotación, yo voy a preguntarle: ¿hemos podido evitar la explotación que bajo una ley muy parecida estableció el monopolio de azúcar y el de alcoholes? Viven explotando al pueblo y no hemos podido derrumbarlos. (Aplausos).

El C. Mora Plancarte Francisco: No podría en este momento, porque sería salirnos del punto a debate. ocuparme del monopolio del azúcar; pero sí del de transportes; y yo, al referirme a las palabras del General Acosta, quise hacer notar, que, entre una explotación actual, verdadera, que se siente, que se palpa, y una amenaza futura, debemos preferir terminar con la explotación actual, y no asustarnos con la amenaza de la explotación futura.

El C. Acosta Emilio N.: Con las dos debemos terminar.

El C. Mora Plancarte Francisco: Además, el General Acosta tiene derecho a venir a la tribuna a impugnar los artículos que en su concepto fomentan esa explotación; pero no a atacar la ley en lo general. Si el cree, como yo estoy convencido que existe la necesidad de dictar una ley, sea como sea....

El C. Acosta Emilio N.: (Interrumpiendo): Yo tengo el derecho de atacar ese dictamen.

El C. Mora Plancarte Francisco: Insisto, pues, compañeros diputados en la aprobación en lo general del dictamen. Es necesario, porque en la conciencia de todos está que debemos producir un conjunto de leyes sobre vías de comunicación. Las particularidades de los artículos serán discutidas después. Les llamo la atención finalmente sobre que si rechaza el dictamen en lo general, esto significa, que el congreso estima que no es necesario esta ley. Está a discusión un solo punto: ¿Es necesaria o no la ley? En mi concepto la Ley es necesaria, y por eso pido a ustedes un voto aprobatorio en lo general para la ley. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. Amilpa.

El C. Amilpa Fernando: Compañeros diputados: posiblemente sea fácil suponer por algunos de ustedes, pensar, imaginar, que al abordar esta tribuna, inscrito en el registro de los oradores del contra, existe un completo divorcio en idea y en acción con uno de mis compañeros de diputación y de lucha, el compañero Luis Lombardo Toledano, que ha suscrito un dictamen que contiene disposiciones que en algunos aspectos consideramos están incompletas, si se trata de hacer de la industria del transporte una institución de verdadero beneficio social, un recurso de cooperación al engrandecimiento del país y un recurso y ayuda para la emancipación de los trabajadores. Nada más inexacto. La situación de las diversas leyes que nosotros hemos tenido que estudiar y que votar no nos permiten siempre, por el cambio diario de ellas, adoptar una conducta con la cual pudiéramos principiar desde que conocemos un proyecto del Ejecutivo, y pudiéramos terminar una vez leído y suficientemente discutido el dictamen de alguna comisión en relación con ese proyecto.

Por eso se operan diferentes actitudes; se

operan diferentes cambios y divergencia de opinión entre compañeros de una misma diputación; pero de ninguna manera puede ser este hecho síntoma o causa determinante de un completo desacuerdo o divorcio de la acción fundamental que como miembros de una Central Obrera debemos realizar los diputados de la C. T. M. en el seno de la XXXVII Legislatura. Lo que ocurre en lo siguiente: que el ejecutivo mando un proyecto de Ley de Vías Generales de Comunicación. Nosotros los componentes de la C. T. M. nos hemos preocupado por que el Comité Ejecutivo de nuestra Confederación tenga siempre a la mano los proyectos que envía el ejecutivo con el objeto de que sean sometidos al estudio de técnicos e especializados en las diversas materias, para que sea conocido su criterio, con objeto de que sea conocido y estudiado nuestro criterio, y de ésta suerte es como venimos a discutir en defensa o ataque a un dictamen propuesto en relación con tal o cual proyecto del Ejecutivo.

En relación con la Ley de Vías Generales de Comunicación, el ejecutivo mando un proyecto que desde luego fue boletinado por la Confederación de Trabajadores de México a todos los organismos, que controla, federaciones Estatales, federación de industrias y otras clases de organismos que controla, de los cuales es la célula el sindicato. Las diversas ramas de trabajadores: marina, petróleo, comunicaciones telefónicas, comunicaciones por radio, etc. hicieron al Comité Ejecutivo sus objeciones; pero no así los compañeros de la rama de transportes, ya que por lo que hace el sistema de explotación que el Ejecutivo proponía como base de sustentación del sistema de transporte de pasajeros y carga, consideraban los trabajadores que no lesionaba sus intereses. Está es la razón por la cual el Comité Ejecutivo y nosotros mismos no hicimos hincapié respecto a la necesidad de encuadrar el capítulo relativo de la ley, de encuadrar el capitulo relativo del dictamen con tales o cuales principios que nosotros considerábamos de garantía para los intereses de los trabajadores que representamos y que consideramos era necesario consignar como una garantía para hacer de la industria del transporte una institución y una obra de beneficio social que verdaderamente contribuya al enriquecimiento del país y a la emancipación de los mismos trabajadores.

La FROC del Distrito Federal, a la que pertenezco, no hizo ninguna objeción al proyecto del ejecutivo, pero con posterioridad se obtuvieron noticias en el sentido de que el Ejecutivo había cambiado de criterio y que por lo que hace al sistema que reconoce como legítimo para permitir la explotación del transporte de pasajeros y de carga, sustentaba un nuevo criterio que descansaba en encuadrar la explotación del sistema de transporte dentro de las normas que dan vida a las instituciones de carácter cooperativista. La iniciativa no fue conocida por nosotros en vista de que por razones obvias, no se consideró necesario imprimirlo y repartirlo entre nosotros los diputados. En estas condiciones, nosotros esperábamos el dictamen de la comisión con el objeto de conocer cuál era su criterio y con vista a los intereses que se nos tienen encomendados, obrar dentro del debate. Posteriormente a esta situación, la prensa de la Capital, sin que nadie lo esperara, público un reglamento que nosotros consideramos anticonstitucional y lesivo a los derechos de los trabajadores camioneros por nosotros representados y que maneja otros vehículos de transporte, por que ese reglamento da al Estado, atribuye al Estado, un poder que no tiene y que consiste en determinar cuando el lo estime conveniente , mediante la existencia de un reglamento, cómo un asalariado a dejado de serlo, para convertirse en otra cosa distinta de un asalariado. (Aplausos.)

Es un error; permitir estas cuestiones daríamos margen al desenfreno de la dictadura mas aprobiosa, que haría imposible la existencia de los sindicatos revolucionarios, ni hoy bajó el régimen del presidente Cárdenas, sino mañana o pasado, si desgraciadamente la situación fuera adversa a la revolución. (Aplausos).

Cuando nosotros tuvimos en nuestras manos el dictamen el jueves de la semana pasada y vimos su contenido, no encontramos diferencia entre el contenido del dictamen y del Reglamento, ese reglamento que, como digo a ustedes, no sabemos quién lo hizo.

Los reglamentos que por lo general pueden afectar las actividades de intereses de determinados conjuntos sociales y que con su esfuerzo contribuyen a dar vida a la industria, al comercio y a todas las fuentes de riqueza de nuestro país, han sido objeto siempre de estudio concienzudo, con observación de partes de titulares de diversas Secretarías, de los puntos de vista de los afectados, y así se ha oído a los panaderos, a los carboneros, a los lecheros, y se ha oído a multitud de gentes que, como digo, con esfuerzo personal, y cooperación contribuyen al progreso de nuestro país. En esta ocasión se hizo abstracción por completo del elemento camionero, del elemento chofer; se hizo abstracción por completo y el reglamento apareció diciéndose el Estado: "Yo tengo derecho a decir que tu dejas de ser asalariado porque así conviene a mis intereses, porque así se me ha ocurrido". (Aplausos).

¿Cuál es la situación que tenemos entonces enfrente? Permitir la vigencia de este reglamento implica para nosotros la condición fundamental, que nos coloca dentro del terreno de la lucha como elementos de impulso al cumplimiento del programa de la Confederación de Trabajadores de México, que tiene como finalidad la transformación del régimen capitalista, a la abolición del régimen de la propiedad privada.

Nosotros hemos sostenido que dentro del sistema cooperativista, el esfuerzo de los trabajadores no puede de ninguna manera hacer ese propósito, y si no combatimos al cooperativismo no lo aceptamos tampoco como una de las fórmulas definitivas, para la realización de nuestro programa. El cooperativismo lo aceptamos (aplausos nutridos) como una de tantas fórmulas, como una de tantas teorías, como una de tantas doctrinas de lucha del proletariado, auxiliares para la satisfacción de determinadas necesidades; pero de ninguna manera, de arma definitiva en sus propósitos de realizar la transformación del régimen capitalista. (Aplausos).

Así pues, nosotros recogemos las opiniones de los compañeros camioneros. No había tomado participación en las discusiones que se celebraron en el salón Verde, por falta de tiempo, y como digo a ustedes, no considerábamos que era necesario hacerlo. Yo no soy marino, yo soy electricista, no conozco de radio, no conozco de teléfonos. El capítulo que a mi me podía interesar era el de los camiones, porque fuí camionero, y ese capítulo no se afecto por la comisión ni merecía critica. Esperábamos que, en vista de las argumentaciones de los trabajadores, en el momento preciso la Comisión hiciera consideración y acopio de los datos necesarios para ratificar o rectificar su criterio; de consiguiente, no juzgamos necesaria nuestra presencia allí, pero el tiempo transcurre y la vigencia del Reglamento coloca a los trabajadores en una situación de inquietud tal, que están en peligro sus intereses y este peligro y esta preocupación se acentúan más cuando estamos en vísperas, o en el debate de una ley que no es sino confirmación de lo que establece el Reglamento, y que no es, en nuestro concepto, sino un error cometido de buena o mala fe, pero al fin y al cabo un error que puede redundar en perjuicio de los trabajadores y queremos que lo mismo el reglamento de Tránsito que la Ley de Vías Generales o Federales constituyen, como digo, un elemento, un instrumento en poder del Estado, para poder abatir a todas aquellas instituciones, llámense como se llamen, que impidan el cumplimiento del programa de la Revolución; estamos nosotros por el hecho de aportar nuestra cooperación y nuestra experiencia, a la producción de una ley que venga a ser, como digo, de la industria del transporte una institución que sea un valor positivo dentro del progreso del país. Los intereses de los terceros, de personas que son ajenas a nuestra lucha, de personas que no conviven nuestra filosofía, de personas que no conviven nuestros sentimientos, personas con quienes siempre hemos estado en pugna, porque no han querido convencerse de que bajo otros planos de justicia social puede realizarse la mejor vida de nuestro país, estas personas no nos interesan. A nosotros nos interesa fundamentalmente que como quiera que salga la Ley de Vías Generales de Comunicación, no se lesionen los intereses de los trabajadores. Esto es todo. Nos preocupa fundamentalmente, también, el bienestar de la nación, y si el bienestar de la nación depende del esfuerzo organizado, disciplinado, del esfuerzo inteligente de elementos bien intencionados, para hacer de nuestra patria una patria fuerte y libre, estamos por el hecho de que se respeten esas instituciones, pero que no se les consagre como valores definitivos, como punto de sustentación de los valores de nuestra nacionalidad, por que estamos en plena lucha contra el régimen capitalista, que es la base de sustentación de esos organismos.

La Comisión Dictaminadora tuvo hace pocos días conocimiento, por un telegrama que le fue girado por la FROC del Distrito Federal, de que tenía el propósito que la comisión conociera las razones que tenia que argüir un respetable número de trabajadores revolucionarios, y que, como digo a ustedes, se hizo patente la necesidad de hacerlas públicas y llevarlas hasta el seno de la Comisión, cuando salió el reglamento de Tránsito que vulneraba los derechos de los trabajadores y da al Estado facultades que no le competen de acuerdo con nuestras leyes, y la Comisión nos ha atendido.

¿Qué cómo se ha interpretado nuestra actitud? Pues como casi siempre se hace en estos casos Quienes no tienen criterio suficiente para pensar que la resistencia que se oponga a su criterio sólo puede vencerse con razones no han tenido empacho en dar nuestra actitud una interpretación torcida. Sin embargo, de eso, no somos niños de teta; tenemos muchos años en la lucha; yo fuí chofer de esa particular, fuí mecánico, fuí chofer, del servicio de Limpia y Transportes y a orgullo lo tengo; fuí también chofer camionero y a orgullo lo tengo también. Mi lucha contra los patronos, contra el régimen capitalista, me ha hecho probar el pan amargo de la huelga y mi nombre ha sido puesto en la lista negra para que no se me diera trabajo. He luchado siempre con tesón, con entusiasmo y con fe y dentro de la lucha he podido contrariar intereses de determinados elementos poderosos y si he merecido su calumnia, por fortuna también he merecido el aplauso caluroso de amigos y compañeros, a quienes mi actuación personal ha podido favorecer, de aquellos que todavía llevan el pan a sus hijos como producto de la lucha y de mi fe y reconocimiento por su entusiasmo y convicciones revolucionarias. Están contratos colectivos de trabajo en las líneas de camiones del distrito Federal, en los cuales mi voto ha sido decisivo, y pudo no haberlo sido si yo hubiera desviado mi linea de conducta. Establecidas estas cuestiones, vengo a obrar con absoluta libertad de criterio; pensando tal vez que pueda aplaudírseme, y esto no me servirá más que de estímulo si el aplauso es justificado y tiene buena intención, pensando tal vez que pueda atacárseme, pero teniendo la plena convicción de que dejando sentadas mis ideas en el diario de los Debates, cualquiera que sea la suerte que corra el proyecto de Ley de Vías Generales de Comunicación, mi experiencia, mi buena fe, mi entusiasmo, mi amor a la causa que profeso, han de darme tarde o temprano la razón. Ni una sola de mis palabras es producto de una mala intención o de un propósito inconfesable, ni uno solo de los renglones del proyecto que presentamos a la CTM., como punto de vista de la CTM, en unión de los compañeros Gasca y algún otro compañero de la FROC, será producto de una situación inconfesable ni propósito avieso de algo pecaminoso; será indudablemente el producto de nuestra experiencia y de nuestra fe. ¿Qué salimos derrotados? es posible; ¿Que salimos triunfantes? tanto mejor; ¿que nuestra idea triunfa? muchísimo mejor. Tengo la plena seguridad de que tenemos un porcentaje considerable de posibilidades de éxito. Que no triunfe nuestra idea, pero que se establezca como base de sustentación, en el sistema de transportes, el sistema de cooperativas, y si da malos resultados para mañana o pasado, nosotros habremos tenido la satisfacción y yo personalmente de haber cumplido con mi deber; de haber hecho entre tanta marejada de insultos de halagos o de actitudes más o menos tendenciosas y

críticas, lo único que puedo hacer por mi gremio: hablar con verdad y dar un paso decisivo en el momento en que estaba próximo a salvarse. Esto el lo único que me preocupa. (Aplausos).

¿Por qué será - preguntarán algunos -, que estos señores sienten la necesidad de hablar de sus cosas personales para justificar actitudes públicas? ¿Por qué ha de ser?: porque nos hemos impuesto el deber de realizar una labor de conjunto con el Gobierno del Presidente Cárdenas, con el régimen liberador de nuestra patria; de ninguna manera de instrumento de agresión para nadie. Un régimen que pasará a la historia, sintiendo nosotros no llevar tanta admiración del pueblo, nosotros los representantes populares, si se quiere por nuestros errores y defectos, como lo llevará Cárdenas durante toda su vida y más allá de su vida. Y si esto es una necesidad, y si estamos empeñados en una acción política, compañeros, que habrá de tener trascendencia nacional, y sentar bases para el futuro de México, yo hago promesa formal, compañeros con quienes he debatido aquí calurosamente, (me acuerdo del Estatuto Jurídico) que posiblemente me acarreó mala voluntad entre quienes no supe tratar con decencia o con el respeto debido; yo ofrezco a ustedes, compañeros obrar en un plano de serenidad. Solamente quiero esto: que quede sentado tanto mi criterio como el de los compañeros de diputación, para salvar responsabilidades. No vamos a hacer de nuestras ideas, ni a casarnos con ellas, no vamos hacer un baldón para traer aquí intrigas, discordias y división. No vamos hacer una pelota que nos aventemos aquí cada quien con objeto de procurar por todos los medios posibles herir a quien no piense como nosotros. Quedará en está discusión nuestra opinión de qué es lo único que puede contribuir en estos momentos en que el Presidente Cárdenas se propone reconstruir la patria, para hacer del servicio de transportes una de las legítimas aspiraciones en beneficio del pueblo y de la patria.

Pertenezco a una organización clasista que no en ésta, si no en muchas ocasiones y desde esta tribuna, a través de nosotros, y por medio de la prensa en el Salón Verde por medio de sus representantes, y por medio de declaraciones ha hecho patente este propósito fundamental: la Confederación de Trabajadores de México que no es el cooperativismo elemento que debe anteponerse a la lucha sindical para lograr la transformación del régimen capitalista. Por eso estoy en contra del dictamen, porque sustenta el criterio de que a base del régimen cooperativo puede realizarse una de las etapas de la independencia del proletariado. Discutidas estas cosas en lo particular, se impone. La comisión haciendo honor a su desinterés y a la honradez reconocida por los compañeros que están de acuerdo con ella y que no lo están, poseída del firme propósito de procurar por todos los medios posibles que esta ley constituya algo en que pueda honrar a la Legislatura, ha ofrecido que no se opondrá, primero, a la discusión de uno por uno de los artículos de esta Ley; Segundo, al derecho que nosotros no tenemos de hacer, de prometer modificaciones de estilo, de puntuación, de contenido y de fondo, así se trate de un renglón, así se trate de un artículo, de un capítulo, o así se trate de toda la ley si es necesario, en bien de los intereses de la patria. Entonces, si eso es así, si no me he equivocado, en el propósito que he señalado, me lo aclarara. Ahora, si esta es la actitud de la Comisión, no tengo por que tener preocupaciones para el futuro.

El C. Lombardo Toledano Luis: Así es.

El C. Amilpa Fernando: Muchas gracias. Entonces tengo la convicción de que oportunamente podremos exponer nuestros puntos de vista, de manera muy especial por lo que hace a la explotación de los caminos, en el articulado que ha separado la Comisión, con objeto de poderse documentar debidamente y producir un dictamen que pueda satisfacer las necesidades nacionales. Ahora vuelvo a reiterar mi propósito de que por ningún motivo rompamos la unidad revolucionaria dentro de esta Cámara; no hay nada que valga la pena, frente al futuro de la patria y de la Revolución, más que la satisfacción del deber cumplido, y esto debe llevarnos siempre por delante: ¿que aceptamos los puntos de vista? en buena hora; ¿que cometimos un error? hemos de sentirlo mucho; pero siquiera que nos llevemos la satisfacción de que este debate fue todo lo juicioso que la situación requería y procuremos por todos los medios posibles ponernos en paz con nuestra conciencia misma y que agotemos hasta el último momento de nuestra paciencia para oír a todos los diputados, que todos ellos son dignos de respeto y de estimación. Por otra parte, yo agradezco a ustedes la atención con la que se me ha oído y reitero mis propósitos de cooperar en esta vez, en esta jornada, con ustedes, para realizar algo que sea en beneficio de la Revolución. (Aplausos).

El C. Lombardo Toledano Luis: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Lombardo Toledano Luis: Soy, es decir, antes que ser diputado era yo miembro de la C. T .M. y estoy aquí para defender los intereses revolucionarios que sustenta la C. T .M. por lo tanto, yo declaro en este momento que me hago solidario que de las palabras que el compañero Amilpa ha vertido aquí, y en mi calidad de diputado y en mi calidad de presidente de la Comisión Dictaminadora yo estaré absolutamente de acuerdo en todas las determinaciones que tome la central a que pertenezco. Esto es lo único que quería decir a ustedes.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Se consulta a la asamblea si considera suficientemente discutido en lo general el proyecto de la Comisión. Los que estén por la afirmativa, se servirán manifestarlo. Sí se considera. Se procede a la votación nominal, con excepción del capitulo de caminos, que queda separado. (Voces: ¡No!) Se consulta nuevamente a la Asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general el Proyecto sobre Ley de Vías Generales de Comunicación. Se procede a la votación nominal.

El C. Maldonado Víctor Alfonso (interrumpiendo): No hay quorum. Hay 53 Diputados y pido que la prensa dé cuenta de esto. No hay quórum para

tomar esa votación. (Voces: Si hay. Ese estribillo ya es viejo. Desorden. Campanilla).

El C. Mondragón Ramírez Jesús: Pido a la presidencia que haga salir del salón a las personas que no sean diputados. (Voces: ¡A votar!) que los que no sean diputados abandonen, por lo menos, las curules.

El C. Secretario Aguirre Carlos: Se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la Afirmativa.

El C. Secretario Velarde Adán: Por la Negativa.

(Votación).

El C. Secretaria Aguirre Carlos: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la Afirmativa?

El C. Secretario Velarde Adán: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. Secretario Aguirre Carlos: Setenta y cinco votos por la afirmativa.

El C. Secretario Velarde Adán: Trece votos por la negativa.

El C. Presidente (a las 20.37): Por mayoría de votos se declara aprobado el dictamen en lo general. (Aplausos).

Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 17 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

El Director, Jefe de la Oficina, JOAQUÍN Z. VALADEZ.