Legislatura XXXVIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19421211 - Número de Diario 23

(L38A3P1oN023F19421211.xml)Núm. Diario:23

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., VIERNES 11 DE DICIEMBRE DE 1942

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III. - PERÍODO ORDINARIO XXXVIII LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 23

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 11 DE DICIEMBRE DE 1942

SUMARIO

1. - Se abre la sesión. Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior.

2. - La Cámara de Senadores participa que eligió presidente y vicepresidentes de su Mesa Directiva para el mes en curso; remite un proyecto de decreto por el que se concede permiso constitucional al C. general Alberto Salinas Carranza; envía un proyecto que concede pensión a la señorita Celia Iglesias, y transcribe unas proposiciones del C. senador Nabor A. Ojeda, que se refieren a distintas erogaciones para solucionar problemas agrarios de salubridad pública. Los tres proyectos pasan a las comisiones respectivas.

3. - Estado que manifiesta el número de expedientes tramitados por esta Cámara durante el mes de noviembre último. Insértese en el DIARIO DE LOS DEBATES.

4. - Pasa a la Comisión de Relaciones Exteriores la solicitud de permiso constitucional del C. Tomás Rueda.

5. - Cartera.

6. - Proyecto de decreto de la Legislatura del Estado de Tlaxcala para que todos los elementos sociales cedan gratuitamente una hora diaria de trabajo o de uso de instalaciones industriales. Pasa a la Comisión de Hacienda en turno.

7. - Continúa la cartera.

8. - Pasa a la Comisión de la Defensa Nacional en turno la solicitud de pensión del C. Pedro Ortiz.

9. - Continúa la cartera.

10. - Pasan a las comisiones respectivas la solicitud de pensión de la señora Soledad Seañez viuda de Villa, y el proyecto de decreto por el que se aprueba el convenio concertado por el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público y el Comité Internacional de Banqueros con Negocio en México.

11. - Proyecto que adiciona la Ley de Vías Generales de Comunicación con el artículo 593. El C. diputado Bernardo Chávez solicita la dispensa de trámites. Se dispensan. Se reserva para su votación. Dictamen que consulta un proyecto de declaratoria por el que se reforman los artículos 82, fracciones V y VI, y 115, párrafo tercero de la fracción III de la Constitución General de la República, y dictamen que consulta un proyecto que exime del pago de impuestos a algunas empresas mercantiles e industriales que se dediquen al comercio de aparatos de calefacción. Se recoge la votación nominal de estos proyectos. Se aprueban. Pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda.

12. - Dictamen que consulta un proyecto de ley que municipaliza el servicio de panteones en el Distrito Federal. Se aprueba y pasa al Senado.

13. - El C. diputado Reynaldo Lecona Soto pide se dé curso a un pliego de acusaciones en contra del C. licenciado Octavio Vejar Vázquez. Al margen de este asunto hacen uso de la palabra varios ciudadanos diputados y el C. Alejandro Carrillo propone que se invite al C. Secretario de Educación Pública a que informe sobre la orientación de la enseñanza y se dé un voto de confianza al C. diputado Leobardo Reynoso. Se aprueban estas proposiciones.

14. - Se designa una comisión para que asista a la ceremonia que se efectuará con motivo del sacrificio del generalísimo José María Morelos y Pavón. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. JOSÉ GÓMEZ ESPARZA

(Asistencia de 90 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 12.40): Se abre la sesión.

- El C. secretario Gutiérrez Roldán Emilio (leyendo):

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XXXVIII Congreso de la Unión, el día veintisiete de noviembre de mil novecientos cuarenta y dos.

"Presidencia del C. Jacinto López.

"En la ciudad de México, a las trece horas del

viernes veintisiete de noviembre de mil novecientos cuarenta y dos, se abre la sesión con asistencia de ochenta y nueve ciudadanos diputados, como consta en la lista que el C. secretario Luis Márquez Ricaño pasó previamente.

"Es leída y aprobada, sin que nadie la objete, el acta de la sesión anterior que se celebró el día veinticuatro de los corrientes.

"En seguida se da cuenta a la Cámara con los documentos en cartera:

"La Secretaría de Gobernación remite, para los efectos constitucionales correpondientes, el proyecto de Ley Forestal de los Estados Unidos Mexicanos que presenta el C. Presidente de la República. - Recibo, a la Comisión de Agricultura y Fomento, e imprímase.

"El C. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación remite el proyecto de Presupuesto de Egresos del Poder Judicial de la Federación para el año de 1943. - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

"La Legislatura del Estado de Aguascalientes participa que, con fecha 21 del actual, falleció el C. Enrique M. del Valle, diputado a la misma Legislatura. - De enterado con sentimiento.

"El C. Gobernador del Estado de Nayarit invita a esta Cámara al acto en que rendirá ante la Legislatura local el informe del primer año de su administración. Se designa en comisión a los CC. Manuel Bernardo Aguirre, Cuauhtémoc Ríos Martínez y secretario Mariano Samayoa.

"El C. diputado Alfonso Corona del Rosal presenta una iniciativa que reforma el Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia del Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, reimplantando la pena de relegación. - A la Comisión de Justicia en turno, e imprímase.

"El C. diputado Carlos Samaniego G. presenta un proyecto de decreto que reforma el artículo 91 y la fracción XX del 111 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de mejorar la condición económica de los trabajadores. - A la Comisión de Trabajo en turno, e imprímase.

"El C. diputado Jacinto López presenta un proyecto que reglamenta el funcionamiento de los aparatos electromecánicos de música en el país. - A la Comisión de Gobernación en turno, e imprímase.

"El C. teniente José C. Parra Armendáriz solicita, en su carácter de Secretario General de la Unión Fraternal Jalisciense de Militares Retirados, y con motivo de las observaciones que hizo el Ejecutivo al proyecto de decreto que reforma el artículo 6o. de la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada nacionales, que se expida un nuevo decreto concediendo un aumento en su pensión a los militares inválidos - Recibo, y a la Segunda Comisión de Hacienda que tiene antecedentes.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales sobre el relativo proyecto enviado a esta Cámara por el Senado de la República, dictamen que finaliza con el siguiente acuerdo económico:

"Único. No considerando procedente el texto del proyecto de Ley Reglamentaria de las fracciones V y VI del artículo 76 constitucional, por las razones expuestas en este dictamen, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, devuélvase el expediente a la H. Cámara de Senadores".

"Se pone a discusión, y sin que la motive, es aprobado en votación económica.

"Dictamen de la Comisión de Vías Generales de Comunicación sobre la iniciativa que el C. Presidente de la República sometió a la consideración del Congreso, y que termina con un proyecto que reforma los artículos 1o., fracción VII, y 166, fracción III de la Ley de Vías Generales de Comunicación, y adiciona el artículo 9o. de la misma ley.

"Previa dispensa de trámites y sin discusión, en lo general ni en lo particular, se reserva para votarlo nominalmente.

"Dictamen de la Segunda Comisión de la Defensa Nacional que concluye con el proyecto de decreto que a continuación se inserta:

"Artículo único. Se modifica el decreto del Congreso de la Unión publicado en el "Diario Oficial", de 12 de diciembre de 1936, por el que se concedió una pensión a la señora Austreberta Rentería y a sus menores hijos Hipólito y Francisco Villa, para quedar en los siguientes términos:

"Por los servicios que prestó a la Revolución el C. general Francisco Villa, se concede a la señora Austreberta Rentería viuda de Villa una pensión de diez pesos diarios, mientras conserve su actual estado civil, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación".

Se pone a discusión el anterior proyecto, y sin que sea objetado, se reserva para su votación nominal.

"Dictamen de la Primera Comisión de Hacienda que pone a la consideración de esta Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los servicios que prestó en defensa de la patria el extinto C. Gonzalo Cozar Vela, se concede a su madre, la señora Eleuteria Vela viuda de Cozar, una pensión de cien pesos mensuales, que le será pagada íntegramente por la Tesorería de la Federación".

"Sin discusión se reserva para votarlo nominalmente.

"Dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores que termina con el proyecto de decreto que sigue:

"Artículo único. Se concede permiso al C. Gabriel R. Barranco para que, sin que pierda su ciudadanía mexicana, acepte y desempeñe las funciones de vicecónsul honorario de los Países Bajos en el puerto de Veracruz, Ver."

"Se reserva para votarlo nominalmente, después de que no origina discusión.

"La Secretaría recoge la votación nominal de todos los proyectos que para este fin se han reservado, los que resultan aprobados por unanimidad de ochenta y nueve votos. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

"En seguida se procede a la elección, por cédula,

de Presidente y vicepresidentes de esta Asamblea para el mes de diciembre próximo y, por unanimidad de noventa votos, resultan electos, presidente, el C. José Gómez Esparza, y vicepresidentes, los CC. Ezequiel Selley y José Jiménez Acevedo.

"La Secretaría hace la declaratoria correspondiente.

"Acto continuo, el C. diputado Rubén Figueroa manifiesta que la comisión que designó esta Cámara para estudiar el problema de los autotransportes en el Distrito Federal, en próxima sesión rendirá su dictamen completo y documentado, con especial referencia al uso de planillas para el pago de pasajes en dichos autotransportes.

"A moción del mismo C. diputado Figueroa, la Cámara acuerda conceder al personal dependiente de la misma un período de vacaciones de diez días en los mismos términos en que se conceden a los empleados del Poder Ejecutivo.

"En seguida, el C. diputado Julio López Silva hace uso de la palabra y manifiesta que algunos empleados secundarios de la administración pública no atienden debidamente a los miembros del Poder Legislativo cuando éstos ocurren a tratar asuntos relacionados con los distritos que representan, y pide se nombre una comisión que solicite del C. Presidente de la República que gire una circular a las dependencias oficiales para que no se repitan esos hechos.

"Sin discusión se aprueba esta proposición, y para integrar la comisión relativa se designa a los CC. diputados Eduardo Hernández Cházaro, Julio López Silva, Luis Quintero Gutiérrez, Rafael Otero y Gama y secretario Mariano Samayoa.

"A las trece horas y cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Aprobada.

El C. secretario Salazar Florencio (leyendo): "Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"Para conocimiento de esa H. colegisladora, nos permitimos comunicar a ustedes que en sesión celebrada el día 24 del mes que termina, esta Cámara de Senadores tuvo a bien designar la Mesa Directiva que deberá funcionar durante el próximo mes de diciembre, como sigue:

"Presidente, C. licenciado y senador Esteban García de Alba; vicepresidentes, C. licenciado y senador Arturo Martínez Adame, C. doctor y senador Benjamín Almeida jr.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., 30 de noviembre de 1942. - Licenciado Fernando Magro Soto, S. S. - Doctor Ramiro Tamez, S. S." - De enterado.

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores.

"Ciudadanos secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

"En 3 fojas útiles y para los efectos constitucionales nos permitimos acompañar expediente y minuta proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano general Alberto Salinas Carranza para que, sin perder su calidad de ciudadano mexicano, acepte y use la medalla de la Orden del Quetzal, que tuvo a bien otorgarle el Gobierno de la República de Guatemala.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., 4 de diciembre de 1942. - Licenciado José Castillo Torre, S. S. - Doctor Ramiro Tamez, S. S." - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Para los efectos constitucionales y en siete fojas útiles nos permitimos enviar a ustedes expediente y minuta proyecto de decreto ratificado por esta Cámara, ya que el Ejecutivo de la Unión hizo observaciones al original y concede una pensión de $ 7.00 diarios a la señorita Celia Iglesias.

"Reiteramos a ustedes nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., noviembre 25 de 1942. - Licenciado José Castillo Torre, S. S. - Ramiro Tamez, S. S. - Recibo, y a la 1a. Comisión de Hacienda que conoció del asunto.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Cámara de Senadores transcribe las proposiciones que aprobó del C. senador Nabor A. Ojeda, y que se refieren a distintas erogaciones para solucionar problemas agrarios, indígenas, de irrigación y de salubridad pública". - Recibo, y a la Comisión de Presupuestos y Cuenta.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"ESTADO que manifiesta el número de expedientes tramitados en el mes de NOVIEMBRE de 1942, por las Comisiones Permanentes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión:

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- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Secretaría de Relaciones Exteriores remite original la solicitud del C. Tomás Rueda, para que se le conceda permiso para ejercer las funciones de Vicecónsul Honorario de Suecia en el puerto de Mazatlán, Sin." - Recibo, y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Chiapas avisa que eligió presidente y vicepresidentes de su Mesa Directiva para el mes en curso". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Chihuahua participa que concedió licencia para separarse de su puesto, a partir del 18 de noviembre anterior, al C. gobernador de la misma entidad, C. Alfredo Chávez, designando, para substituirle, al C. licenciado Alberto de la Peña Borja". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Morelos informa que eligió presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva para el mes en curso". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Nayarit comunica que el 1o. de los corrientes inauguró su primer período ordinario de sesiones, correspondiente al segundo año de su ejercicio". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Sinaloa participa que eligió su Mesa Directiva que actuará durante el presente mes". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Tamaulipas comunica que, con fecha 27 de noviembre, designó su Comisión Permanente que funcionará durante el próximo receso". - De enterado.

"La Legislatura del Estado de Oaxaca participa que eligió presidente y vicepresidente de su Mesa Directiva, para funcionar durante los primeros dieciséis días del corriente mes". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (Leyendo):

"La Legislatura del Estado de Tlaxcala inicia ante el Congreso de la Unión un proyecto de decreto para que todos los elementos sociales cedan gratuitamente una hora diaria de trabajo o de uso de instalación industrial, para que el producto se ponga a disposición del C. Presidente de la República con destino a las clases necesitadas o al presupuesto de guerra". - Recibo, y a la Comisión de Hacienda en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Veracruz participa la designación de su Mesa Directiva para el corriente mes". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La Legislatura del Estado de Veracruz envía, original y con certificados anexos, un escrito en que la Federación de Ligas del Sector Popular del Estado de Veracruz solicita se conceda una pensión al C. Pedro Ortiz, por los servicios que prestó a la patria durante la Intervención Francesa". - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"El C. licenciado Alberto de la Peña Borja participa que, con fecha 26 de noviembre, asumió interinamente el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, en virtud de la licencia concedida al C. Gobernador Constitucional". - De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"La señora Soledad Seañez viuda de Villa solicita pensión por los servicios que prestó a la Revolución su extinto esposo, el C. general Francisco Villa". - Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

- El C. secretario Márquez Ricaño Luis (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación. - México, D.F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Con el presente me permito remitir a ustedes el proyecto de decreto que el C. Presidente de la República somete a la consideración de esa H. Cámara, por el que se aprueba el convenio concertado por el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Comité Internacional de Banqueros con negocios en México.

"Reitero a ustedes mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo, No Reelección.

"México, D. F., a 3 de diciembre de 1942. - El Subsecretario, licenciado Fernando Casas Alemán".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.

"El Ejecutivo de mi cargo, en ejercicio de la facultad que le concede la fracción I del artículo 71 constitucional, somete a la consideración del H. Congreso el convenio celebrado el día 5 del mes en curso entre el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación de nuestro país, y el Comité Internacional de Banqueros con negocios en México, que tiene por objeto proponer a los tenedores de títulos representativos de las diversas emisiones que forman nuestra Deuda Exterior, un plan para su ajuste y pago.

"El convenio citado, cuyas principales características se expresan adelante, es el resultado de negociaciones mantenidas por mi Gobierno desde que se inició, pues al suscrito no ha escapado en ningún , momento la conveniencia que para el crédito de México y consiguientemente para el desarrollo económico y la prosperidad de la República, significa lograr para este viejo problema una solución que, sin imponer al país cargas excesivas que el mismo no estaría en disposición ni en aptitud de asumir, sea, sin embargo, equitativo y por tanto aceptable para nuestros acreedores.

"I. Antecedentes. Al suspenderse en 1914 los servicios de nuestras deudas, éstas estaban formadas de la siguiente manera:

"1. Deudas garantizadas:

"a) Deuda Exterior Consolidada del 5%, 1899. Esta emisión se hizo con el fin de aprovechar la existencia en los mercados internacionales de capital a tipos más bajos de interés, y llevó la mira, por una parte, de convertir los empréstitos de 1888, 1890 y 1893, que tenían tasas de 6%, y por la otra de consolidar ciertas obligaciones del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec. Su circulación asciende a dólares 48.292,711. El empréstito debía quedar totalmente redimido el 1o. de enero de 1945 y está garantizado con el 62% de los impuestos de importación y exportación.

"b) Deuda Exterior del 4% oro, de 1910. Tuvo por objeto convertir la deuda del 5% de 1899; finalidad que sólo se logró en un 50% aproximadamente. Su circulación ha ascendido a dólares ... 50.688,126. Se le asignó como garantía la misma que el empréstito de 1899, o sea el 62% de los impuestos de importación y exportación. Este empréstito vence también el 1o. de enero de 1945.

"c) Bonos del Tesoro de los Estados Unidos Mexicanos, 6%, 1913, 10 años. Este empréstito, aun cuando fue emitido por el llamado Gobierno de Huerta, quedó reconocido parcialmente en los convenios de que más adelante se hablará, en virtud de que el producto de la parte reconocida se destinó a redimir los Bonos del Tesoro del 4 1/2% emitidos en 1912 por el Gobierno de don Francisco I. Madero y algunas otras obligaciones suscritas por gobiernos legítimos. Su circulación asciende a d ó l a r e s 29.100,000 y tiene por garantía el 38% de los impuestos de importación y exportación no afectos por la garantía concedida a las emisiones de 1899 y 1810. Este empréstito venció el 31 de mayo de 1923, pero por el convenio de 6 de julio de 1922 se prorrogó hasta el 1o. de enero de 1933.

"2. Deudas no garantizadas:

"a) Empréstito municipal del 5% de la ciudad de México (1899). Es a cargo del Distrito Federal. Tuvo por objeto cubrir las obras del desagüe del Valle de México. Este empréstito venció el 1o. de junio de 1928, pero se considera prorrogado hasta el 1o. de enero de 1933, de acuerdo con las estipulaciones del convenio de 1922. Su circulación es de libras 1.385,500.

"b) Bonos oro 4 1/2% de la Caja de Préstamos para Obras de Irrigación y Fomento de la

Agricultura, S.A., 1908. Estas obligaciones fueron originalmente suscritas por la Caja de Préstamos con la garantía del Gobierno Federal y, en virtud de ella, el propio Gobierno se hizo cargo de ellas en el convenio de 23 de octubre de 1925, transformándolas así en deuda propia. Su circulación asciende a dólares 21.788,100. Vence el 1o. de noviembre de 1943.

"c) Deuda Exterior del 4% oro de 1904. Tuvo por objeto cubrir el importe de algunas obras materiales, como el Hospicio de Niños, el Hospital General, parte del Teatro Nacional, etc. Su circulación asciende a dólares 37.037,500 y vence el 1o. de diciembre de 1954.

"d) Deuda Interior Consolidada del 3%, 1885. Tuvo por origen la consolidación ordenada por Ley de 22 de junio de ese mismo año, en la que se refundieron diversas obligaciones provenientes de la llamada "deuda inglesa" y algunos otros compromisos interiores. Su circulación es de pesos ... 41.796,250.

"No tiene establecida anualidad fija, pues los contratos originales sólo estipularon que sus títulos representativos serían recibidos en pago de terrenos nacionales, de bienes nacionalizados y hasta un 5% en cumplimiento de obligaciones fiscales. Consecuentemente, no tiene fijado plazo de amortización.

"e) Deuda Interior Amortizable del 5%, 1894. Esta deuda fue creada en virtud de Ley de 6 de septiembre de ese año, con el propósito de consolidar diversas obligaciones de carácter interior, cubrir subvenciones a líneas ferrocarrileras y pagar diversas obras consideradas de utilidad pública. Su circulación asciende a pesos 94.298,200.

"f) y g) Bonos del Estado de Veracruz, 5%, 1901 y 1906. Estos bonos fueron emitidos para cubrir el importe de las obras de saneamiento de las ciudades de Veracruz y Puerto México, respectivamente. La circulación de los primeros asciende a pesos 831,200 y la de los segundos a pesos 664,000. Son amortizables mediante la aplicación del 2% sobre los derechos de importación causado por las mercancías que se introducen por las Aduanas de esos puertos.

"h) Bonos del Estado de Tamaulipas, primera serie, 5%, 1902. Tuvieron por objeto cubrir parte de las obras de saneamiento del puerto de Tampico. Su circulación asciende a pesos 741,500 y se amortiza también con el 2% adicional.

"i) Bonos del Estado de Tamaulipas, segunda serie, 5%, 1906. Su circulación asciende a pesos. . . 796,600 y es redimible de igual manera que la anterior.

"j) Bonos del Estado de Sinaloa, 5%, 1907. Fueron emitidos para cubrir el importe de las obras de saneamiento del puerto de Mazatlán. Su circulación asciende a pesos 466,700 y se redime como las precedentes.

"k) Empréstito de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, 1902. Estas obligaciones quedaron a cargo de la Federación por virtud del contrato rescisorio celebrado con la Compañía del mencionado Ferrocarril en 1918. Su circulación asciende a libras 1.918,600. Están afectos a su pago los bienes e ingresos netos de la línea y vencen el 30 de junio de 1953.

"l) Empréstito del 4 1/2% de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, 1908. Tiene el mismo origen que el anterior. Su circulación es de libras 381,800 y vence también el 30 de junio de 1953;

"II. A partir de la suspensión, el Gobierno Mexicano ha llevado a cabo, en distintas épocas, esfuerzos para reanudar los servicios. Los más importantes han sido los siguientes:

"1. Convenio de 16 de junio de 1922. Este convenio, aprobado por Ley de 29 de septiembre del mismo año, comprende las deudas que se listan en la primera parte de esta nota, con excepción de los bonos de la Caja de Préstamos, convierte todas ellas a moneda americana e incorpora al pasivo del Gobierno el de los Ferrocarriles, que sólo por capital asciende, según ese convenio, a dólares ... 242.361,000. De este modo el total de la deuda reconocida - sólo por capital - se fija en dólares 507.457,000.

"En este convenio el Gobierno Federal se comprometió a cubrir íntegramente capital e intereses a partir de la época de la suspensión. El Comité, por su parte, en esencia recomendó a los tenedores de bonos:

"a) Recibir en pago de los intereses vencidos y pagaderos hasta el 2 de enero de 1923, inclusive, certificados A y B que serían redimibles en cuarenta anualidades a partir del 1o. de enero de 1928 y hasta el 1o. de enero de 1968.

"b) En cuanto a los intereses corrientes, aceptar por un plazo de cinco años - 1923 a 1927 - su pago parcial en efectivo, que se tomaría de las entregas en oro a que el Gobierno se comprometió por ese lapso, y el resto mediante títulos (scrip) pagaderos a veinte años y los cuales no causarían ningún interés durante los primeros cinco años, pero sí, a razón del 3% durante los quince restantes. La parte correspondiente a pagos en efectivo se ampararía con "certificados de efectivo" ("cashwarrants") redimibles en cada uno de los años de vigencia del convenio. El Gobierno tendría la opción de comprar los "scrips" en el mercado para su cancelación, en la forma que conviniera con el Comité, o mediante aviso, a razón de 105 más intereses insolutos.

"c) El Gobierno se obligó a entregar, durante el primer año del convenio, treinta millones de pesos oro y en los sucesivos a hacer exhibiciones mayores en cinco millones cada una, en tal forma que el pago para el quinto año -1927- fuese por lo menos de cincuenta millones de pesos oro. A este fin afectó: el producto total de los derechos de exportación del petróleo y del impuesto del 10% sobre las entradas brutas de los ferrocarriles, así como las utilidades líquidas de éstos, si las hubiere.

"d) A partir de 1928 se reanudaría el servicio de las deudas conforme a los contratos primitivos; pero si por cualquier motivo el convenio no se llevara adelante, los tenedores de bonos reasumiría sus derechos contractuales.

"El Gobierno cumplió con este convenio el año de 1923, pero al siguiente consideró que no era

posible llevarlo adelante debido a los trastornos que sufrió la paz en el país y a otras circunstancias y por Decreto de 30 de junio de 1924 suspendió una vez más el servicio de la Deuda Exterior.

"2. Convenio de 23 de octubre de 1925. Este convenio, aprobado por Decreto de 7 de enero de 1926, tiene las siguientes características:

"a) Desincorpora la Deuda de los Ferrocarriles, con excepción de los intereses correspondientes a los años de 1923 a 1925 - que importan pesos 63.964,674 -, y en cambio incluye los bonos de la Caja de Préstamos de 1908.

"b) Establece que los fondos mínimos de 1924 y 1925 habrán de diferirse y liquidarse, a partir de enero de 1928, en un período de ocho años, causando un interés de 3% anual. Dichos fondos mínimos montaban a setenta y cinco millones de pesos oro.

"c) Reduce, como efecto de la desincorporación de la deuda ferrocarrilera, los fondos mínimos de 1926 y 1927 a pesos oro 21.385,690 y 22.023,802, respectivamente, conservando la garantía del impuesto de exportación del petróleo y otorgando una limitada a dólares 5.000,000 sobre el de producción. Los excedentes de los fondos entregados por el Gobierno sobre los compromisos frente a los tenedores podrían usarse en comprar en el mercado "cashwarrants" "scrips" y certificados de intereses atrasados.

"Como se ve, el convenio conserva la obligación de México a pagar íntegramente capital e intereses de las deudas desde la suspensión de 1914, si bien otorga diversas esperas parciales al Gobierno, con el compromiso de éste de reasumir en 1928 los servicios totales conforme a los contratos primitivos.

"A fines de 1927 el Gobierno considera, una vez más, que las obligaciones contraídas exceden a su capacidad y suspende nuevamente los servicios. Esta suspensión habrá de prolongarse, ya ininterrumpidamente, hasta hoy.

"Al producirse la suspensión quedan en poder del Comité ciertas sumas que éste mantiene. Dichas sumas habrán de ser después materia de litigio de que, en su oportunidad, se hablará.

"3. Convenios de 25 de julio de 1930 y de 29 de enero de 1931.

"La Ley de 25 de enero de 1929 autorizó al Ejecutivo Federal para consolidar las deudas exteriores en una sola emisión, cuya anualidad estuviese dentro de la capacidad de pago del Gobierno de la República y sin que el plazo de reembolso fuese menor de cuarenta y cinco años, ni la tasa de interés mayor del 5% anual. En ejercicio de esta autorización se celebró con el Comité Internacional de Banqueros primero el convenio de 25 de julio de 1930 y más tarde el de 29 de enero de 1931, ninguno de los cuales, a propuesta del mismo Ejecutivo, fue ratificado por el Congreso.

"El primero de los convenios citados contiene las siguientes estipulaciones fundamentales:

"a) Se llevaría a cabo una emisión por dólares 267.493,240 a cuarenta y cinco años, dividida en dos series de aproximadamente el mismo monto cada una, destinadas a canjear los títulos primitivos; el interés pactado es de 5% a partir del quinto año, por lo que respecta a la Serie "A", y del sexto año por lo que hace a la "B". Durante los primeros años, el interés varía entre el 3 y el 4%.

"b) Los intereses vencidos, calculados hasta el 1o. de enero de 1931, se estiman en: dólares 211.107,944. El Gobierno se obliga a recibir los títulos representativos de estos intereses cubriendo el 1 y el 2% de "certificados de intereses atrasados." emitidos conforme al convenio de 1922 y el 10% por los restantes, lo que arroja un total de dólares 11.755,000 que se cubrirían en cinco años, afectando parcialmente las entregas en oro a que el Gobierno se comprometió.

"c) El Gobierno enteraría, durante los cinco primeros años, diez semestralidades, cuyo monto sería de dólares 6.250,000 durante los semestres del primer año y se incrementaría en dólares 250,000 para cada uno de los semestres de los años siguientes, de modo que, a partir del quinto año y hasta el 45, México haría pagos por dólares 15.000,000.

"d) Las entregas del Gobierno se destinarían, en primer término, al pago de los intereses corrientes y su saldo a construir un fondo de amortización que, a condición de que el servicio de intereses se mantuviese al corriente, se emplearía en compras en el mercado de los títulos convertidos y los sobrantes de cada año, que no fuesen inferiores a dólares 50,000, a redimir por sorteo tales bonos. Durante los primeros cinco años, como ya se indicó, una parte de las entregas estaría destinada a la compra de los documentos representativos de intereses atrasados.

"e) El Gobierno hizo un anticipo de dólares 5.000,000 a cuenta de la primera anualidad.

"f) Se dio la garantía de las recaudaciones aduanales, estableciendo que esta garantía no afectaba los derechos soberanos de México para llevar a cabo la recaudación, aun cuando éste asumió el compromiso de entregar los ingresos al Banco de México, quien efectuaría mensualmente la separación de las cantidades necesarias para el cumplimiento de las anualidades estipuladas.

"La firma de este convenio coincidió con el agravamiento que, como consecuencia de la crisis de esa época, tuvo el funcionamiento del patrón monetario oro que regía conforme a la Ley de 13 de noviembre de 1918. El premio que las monedas de oro tenían sobre las de plata desde 1922 tendía rápidamente a incrementarse y el Gobierno consideró que, de llevar adelante el convenio, la situación se haría todavía más difícil al encarecerse el stock de las primeras.

"En esas condiciones se celebra el nuevo convenio de 29 de enero de 1931, que fundamentalmente tiende a diferir por dos años la nueva emisión y los pagos a los tenedores y a estipular que durante ese plazo el Gobierno haría depósito en moneda de plata por el valor aproximado de las anualidades en oro a que se había comprometido en el año anterior. El Comité de Banqueros, por su parte, aceptó que los 5.000,000 de dólares oro depositados, se convirtiesen a pesos de plata que se utilizarían para hacer compras de dólares si la situación de los cambios permitía que éstos se adquirieran a un tipo no superior a dólares 0.4525 por

un peso de plata. El 1o. de enero de 1933, cualquiera que fuese la situación de los cambios, los fondos se convertirían a dólares y el Gobierno Mexicano cubriría cualquier diferencia.

"El nuevo convenio tampoco pudo llevarse adelante porque el Gobierno pronto advirtió que la situación monetaria, lejos de evolucionar hacia una revaluación de los pesos de plata frente a los signos de oro, se modificaba en sentido contrario por los efectos que la crisis mundial producía sobre nuestra balanza de pagos y sobre la economía interior; vino a la reforma monetaria de julio de 1931 y meses más tarde el Gobierno propuso al Congreso que no aprobara los convenios anteriores. Con el Comité de Banqueros se concertó una promesa de convenio el 22 de diciembre de 1931 que debería de formalizarse con anterioridad al 1o. de enero de 1934 siempre que a más tardar el 1o. de julio de 1933 México depositara dólares 5.000,000. Este convenio ya no llegó a celebrarse.

"4. Negociaciones de 1937 y principios de 1938.

"En esta época se celebraron negociaciones para un nuevo convenio. Por primera vez se reconoce que es necesario hacer reducciones de capital y no solamente de intereses. Llega incluso a admitirse que México pague un peso por cada dólar, pero el abandono del tipo de cambio de 3.60 por una parte, y por la otra la situación desfavorable para la economía mexicana que se produce por la reducción de nuestras exportaciones y la fuga de capitales, obligan a suspender los arreglos.

"III. Litigio de Nueva York.

"Como se ha indicado antes, al suspenderse la ejecución del convenio de 1922 reformado en octubre de 1925, quedaron ciertos fondos en poder del Comité Internacional de Banqueros. Su monto exacto no ha sido depurado, pero asciende aproximadamente a dólares 6.500,000.

"En 1932 el citado Comité promovió ante los tribunales de Nueva York un juicio sobre rendición de cuentas, solicitando instrucciones de dichos tribunales acerca de si tales fondos debían ser repartidos, y con qué criterio, entre los tenedores de las distintas deudas mexicanas o, eventualmente, si debían ser devueltos al Gobierno. Nuestro país se apersonó a ese litigio reclamando su inmunidad jurisdiccional por estar interesado en el fondo de que se trata de modo que lo hacía una parte necesaria en el juicio. Se obtuvo resolución favorable en primera instancia, pero en apelación interpuesta por algunos tenedores de bonos, la Corte de Apelaciones del Estado de Nueva York resolvió que México debía probar su interés en el fondo y no limitarse a reclamar su inmunidad jurisdiccional. Con este motivo volvió el asunto a la Suprema Corte de Nueva York, la que después de examinar diversas pruebas estimó que por la naturaleza del acto en virtud del cual México entregó los fondos, y que dicha Suprema Corte reputó como un fideicomiso (trust), nuestro Gobierno no tiene un interés directo en dicho fondo, sino solamente los tenedores de los bonos. Esta resolución fue apelada por México y deberá ser revisada por la división de apelaciones de la Suprema Corte.

"Entretanto, el juicio de rendición de cuentas ha seguido su curso sin que se haya dictado todavía resolución definitiva.

"IV. El convenio de 5 de noviembre de este año,

"Las características del convenio cuya aprobación se solicita, son fundamentalmente las siguientes:

"1. El capital de las deudas no emitidas originalmente en dólares, se convierte a esta moneda a los tipos de 4.85 pesos por dólar y 4.03 dólares por libra esterlina en lugar de dos pesos por dólar y 4.85 dólares por libra, que habían sido la base de los convenios de 1922, 1925 y 1930.

"Esta forma de computar el capital de las deudas provoca ya reducciones de importancia, especialmente en las deudas Consolidada de 1885 y Amortizable de 1894: la primera, que figura en los convenios anteriores con un monto de dólares .. 21.151,000, se reduce a dólares 8.617,783 y la segunda de dólares 46.455,000 a dólares 19.442,928.

"El monto total, que en el convenio de 1930 se estima todavía en dólares 274.669,270 se reduce a dólares 230.631,974.

"2. Determinando así el capital, se propone una quinta de modo que México no pagará sino un peso por cada dólar, aunque como es natural, y dado el carácter internacional que desde las leyes de 1922 y 1925 - suspendidas en sus efectos pero no disputadas en su legitimidad - se reconoció a todos estos empréstitos, nuestro país se obliga a pagar el capital reducido a elección de los tenedores en pesos o en dólares a la paridad actual de 4.85 independientemente de que ella varíe en el futuro. Por los demás, esta franquicia debe reputarse como una justa compensación a los acreedores por la quita. El monto de las obligaciones de México será, pues, en moneda nacional, de pesos 230.361,974.

"3. México cubrirá intereses por el capital ajustado a una tasa que, considerando el total de las obligaciones, es en promedio de 4.35% anual lo que, en el supuesto de que el total de los bonos en circulación se acojan al convenio, implica un cargo anual por intereses a partir del año próximo, por una suma nunca mayor de pesos 10.000,000.

"La tasa antes señalada es, como dice, tasa promedio, por lo que algunas de las deudas - a propuesta del mismo Comité aprobada por México - devengarán un interés mayor y otras un interés menor. Es mayor el interés de las deudas exteriores garantizadas, que son la Exterior Consolidada de 1889, la de oro de 1910 y los Bonos de 1913, porque los tenedores, además de la quinta que hacen en el capital, renuncian implícitamente a su garantía. El interés menor corresponde a las deudas originalmente contratadas en pesos y a las del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, y ello es justo ya que por lo que hace a estas últimas, no fueron en su origen adeudos directos del Estado y, por lo que respecta a las primeras, debe considerarse como una compensación por el beneficio de cubrir el capital ajustado en moneda extranjera, cuando las deudas tuvieron inicialmente el carácter de interiores. (Pues incluso el saldo de la llamada "deuda inglesa" consolidada en la de 1885 perdió su carácter exterior por un decreto del Presidente Juárez).

"De este modo, las deudas garantizadas redituarán al 115% de las tasas de sus contratos de emisión, las no garantizadas pero contratadas originalmente en moneda extranjera al 0.69% también de las tasas primitivas y las últimas al 0.56%.

"4. Los documentos justificativos de los intereses causados hasta este año, (entre los que se incluyen los certificados de intereses atrasados, los "scrips" y los certificados de efectivo no cubiertos por las entregas que México hizo entre 1922 y 1928) serán adquiridos en el momento de la aceptación del convenio por cada tenedor:

"a) Al 1% por lo que se refiere a los intereses 1923 a 1942 no pagados con las entregas hechas conforme a los convenios de 1922 y 1925;

"b) 2/10 de 1% para los certificados de intereses atrasados emitidos en 1922, clase A, o para los cupones equivalentes de bonos no depositados; y

"c) 1/10 de 1% los certificados clase B o cupones relativos. "Esta cláusula implica una cancelación casi total de los intereses vencidos, que montan a dólares 278.901,396. Por esos compromisos México pagará - como máximo - algo más de dólares 2.000,000 con cargo, en definitiva, casi íntegramente, al fondo objeto del litigio de Nueva York.

"5. A partir de 1948, el Gobierno se obliga a hacer en el mercado compras de bonos correspondientes a las deudas garantizadas a lo menos por dólares 5.000,000 de valor facial, o lo que es lo mismo, de pesos 5.000,000 del capital ajustado.

"Adviértase que México no se obliga a ninguna amortización de capital antes de 1963, aunque sí podrá hacer rendiciones anticipadas si es conveniente para los intereses nacionales. También puede efectuar compras en el mercado que, como es obvio, tendrán que ser una base inferior que la que se toma en cuenta en el ajuste de capital.

"6. Los bonos de las deudas garantizadas que estén en circulación el 1o. de enero de 1963 serán entonces redimidos a su valor ajustado, pero el Gobierno tiene el derecho de hacer en todo caso rendiciones anticipadas. Esto permitirá una conversión en el futuro si ello llega a ser conveniente por cualquier motivo.

"7. Los bonos de todas las deudas no garantizadas deberán estar redimidos a más tardar el 1o. de enero de 1968. El Gobierno, sin embargo, podrá hacer compras en el mercado empleando sus propios fondos o rendiciones anticipadas a condición, por lo que hace a éstas, de que haya redimido ya las deudas garantizadas.

"8. Sólo tendrán derecho a los beneficios del convenio los bonos registrados conforme a los decretos de 4 de agosto y 24 de octubre de este año que lo acepten entregando al agente del Gobierno los documentos representativos de intereses causados hasta 1942. A los bonos así presentados se les pondrá un sello que los identifique.

"De los bonos del enemigo se ocupa más adelante esta nota.

"9. El Gobierno celebrará un contrato con el Pan american Trust Company, que fungirá en Nueva York como agente financiero del Gobierno Mexicano. El convenio entrará en operación previa declaratoria del Gobierno cuando haya sido aceptado por el veinte por ciento de los tenedores cuando menos, o incluso por un número inferior de tenedores, si así acuerda con el Comité.

"10. El juicio de rendición de cuentas ante los tribunales de Nueva York continuará, pero el Comité presentará una propuesta para que los fondos materia del litigio se utilicen: hasta en un 20% para los gastos que demande la ejecución del nuevo convenio, después a la compra de los documentos representativos de intereses causados hasta 1942 a las cuotas de que antes se ha hablado y el resto al pago de las futuras anualidades de intereses en la proporción que corresponda a cada bono. Solamente los tenedores de bonos depositados conforme al convenio de 1922 que expresamente declaren que aceptan esta distribución tendrán derecho a acogerse al convenio. De este modo los fondos de Nueva York reducirán los compromisos inmediatos del Gobierno, el que, sin embargo, se reserva el derecho de continuar la apelación interpuesta contra la resolución de la Suprema Corte de Nueva York para reclamar la inmunidad jurisdiccional de México.

"11. El Gobierno Mexicano ha manifestado su intención de presentar, dentro de seis meses, un plan para el arreglo de la deuda de los Ferrocarriles Nacionales de México, y el Comité, por su parte, ha prometido disolverse dentro de seis meses de la declaratoria de que el convenio ha entrado en operación y, en todo caso, cuando termine el litigio pendiente por los fondos en su poder. A partir de entonces las relaciones serán directas entre nuestro Gobierno y los acreedores.

"12. Al igual que se ha estipulado en ocasiones anteriores, y como es lógico, se establece en el convenio que el incumplimiento del Gobierno hará que los tenedores recuperen sus derechos conforme a los contratos primitivos, y

"V. Explicando el contenido del convenio, el Ejecutivo considera oportuno exponer:

"1. Por qué ha celebrado una vez más un arreglo con el Comité Internacional de Banqueros en lugar de hacer una oferta directa a los tenedores de bonos mexicanos.

"2. Cuál es la situación en que quedan los bonos sujetos a la jurisdicción del enemigo.

"3. Las circunstancias que a su juicio hacen particularmente aconsejable el ajuste de estos viejos compromisos de México en la hora actual.

"4. Las ventajas del convenio para los tenedores.

"1. Aun cuando el Comité Internacional de Banqueros es un simple intermediario, ha demostrado, en ocasiones anteriores, poder obtener la conformidad de la mayoría de los tenedores de bonos con sus propuestas. El convenio de 1922 fue aceptado por aproximadamente el 98% de los tenedores.

"Además, la participación de dicho Comité, del que forman parte algunas de las principales casas bancarias que intervinieron en las emisiones primitivas, y con el que incluso el Gobierno Mexicano ha tenido diferencias de criterio en años pasados es, para los tenedores que no podrían contar con medios suficientes de información, una

garantía de que las propuestas que se les hacen son, dentro de las naturales limitaciones que imponen la capacidad de pago del Gobierno Mexicano y la situación creada por la larga suspensión de los servicios, las más favorables que pueden obtener.

"2. Los bonos del enemigo. Según estimaciones que se han llevado a cabo, bonos mexicanos por valor nominal de cincuenta a sesenta millones de dólares - computando conforme a los convenios anteriores - se encuentran en la Europa continental dominada por los países del Eje.

"Esta circunstancia hacía preciso tomar medidas encaminadas a evitar que cualquier convenio de ajuste y pago beneficiara a las naciones agresoras. Tales medidas se ameritaban, además, para obsequiar una recomendación de la reciente Conferencia Interamericana sobre Sistemas de Control Económico y Financiero relativa a evitar la importación a las naciones americanas de valores poseídos por personas sujetas a la jurisdicción de los miembros del pacto tripartita y a controlar el efectivo a que por capital e intereses tengan derecho los titulares.

"Esa es la explicación de los decretos de 4 de agosto y de 24 de octubre últimos, que ordenaron un registro actualmente en curso de ejecución.

"De este modo no serán los países enemigos los que aprovechen el nuevo convenio, sino que, en todo caso, la conformidad por los bonos europeos - con excepción de los ingresos y de los que, limpios de origen, se hallen en países neutrales - la dará el fiduciario que, en ejercicio de su soberanía, designe el Estado Mexicano, a reserva de lo que en definitiva se resuelva posteriormente por el Congreso. Este fiduciario será también quien reciba los pagos a que tales bonos corresponda por cualquier concepto.

"3. Oportunidad del convenio. El examen de la historia del problema de nuestra Deuda Exterior en los últimos veinte años revela que los convenios de 1922, 1925 1930 y 1931 no tuvieron el éxito que de ellos se esperaba debido a que, por un lado, los compromisos que México asumió estaban por encima de la capacidad financiera del Estado, pero, además, y esto es cierto, sobre todo en 1930, a que se contrajeron obligaciones considerables de pagar moneda extranjera en momentos en que la situación de nuestra balanza de pagos era desfavorable y tenía que saldarse con fuertes exportaciones de oro; fenómeno que en esa época, que corresponde al último y más accidentando período del patrón oro en México, tenía repercusiones interiores sobre la moneda y el crédito y, en consecuencia, sobre la situación económica general que la exposición de motivos de la Ley de 25 de julio de 1931 reconoce y explica. Esas repercusiones habían sido aliviadas en años que coinciden con la vigencia de los convenios de 1922 y 1925 acuñando monedas de plata, mismo recurso al que habría de volver a apelarse en 1932, pero que en 1931 se proscribió en absoluto en un esfuerzo para sostener y elevar el valor del peso.

"Hoy la situación es diversa. Nuestro sistema monetario tiene una flexibilidad y una autonomía con que no contaba cuando se celebraron los convenios anteriores. Además, como resultado principalmente de la mejoría de algunas de nuestras exportaciones, de las restricciones del Gobierno norteamericano que dificultan las importaciones a México y de la repartición y venida de nuevos capitales, los recursos del Banco de México en divisas extranjeras, que constituyen la reserva monetaria del país, se han venido incrementando en forma muy considerable, al grado de ser ya los más altos en la historia de la institución. Si nuestros recursos en monedas extranjeras se ven incrementados por exportaciones de mercancías e importaciones de capitales y las importaciones de artículos de consumo y equipo se dificultan, es notorio que México, al igual que lo están haciendo otros países que se hallan en situaciones similares, debe esforzarse por cancelar, o a lo menos, repatriar sus deudas exteriores, tanto públicas, como privadas, pues de este modo su capacidad de crédito se encontrará fortalecida después de la guerra.

"Lo anterior, sin olvidar que los compromisos que México asume, y que, como se ha expuesto, no excederán de pesos 10.000,000 hasta 1948 (salvo los enteros que como anticipo tengan que hacerse en 1943 para cancelar los intereses vencidos) y a partir de entonces y hasta 1962 cuando más de pesos 5.000,000 adicionales (cantidades que se irán reduciendo al disminuir las obligaciones de intereses por la amortización de bonos) son incapaces, por su cuantía, de provocar ninguna alteración de importancia en la balanza de pagos de nuestro país, aun admitiendo que, como es previsible, la situación cambie después de la guerra. Máxime cuando sólo una parte de esos fondos deberá convertirse a moneda extranjera, en virtud de que una proporción ya importante de las deudas se encuentran en México y otra, también considerable, queda sujeta al régimen sobre bonos del enemigo que antes se explicó.

"Desde otro punto de vista, el convenio representa una nueva manifestación concreta del interés que el Gobierno Mexicano tiene para todo aquello que, aun cuando en forma indirecta, fomente la armonía que debe existir con los países a cuyo lado está el nuestro en la actual contienda mundial.

"4. Beneficios para los tenedores. Por último, es conveniente indicar que el convenio, si bien es muy favorable para México, ofrece ventajas ciertas para los tenedores, sobre todo si se considera que dados los largos años transcurridos desde la suspensión de los servicios lo probable es que la mayoría de los actuales titulares sean distintos de los suscriptores primitivos. Así planteadas las cosas, como es preciso hacerlo en un plano de realidades, el convenio implica un claro mejoramiento de la situación que existe, pues los tenedores empezarán a recibir sus pagos por intereses y esto, como es natural, repercutirá en las cotizaciones de los valores, que han sido hasta hoy la única forma de recuperación de sus inversiones. Por otra parte, México, según se dijo, les garantiza el pago tanto en dólares, como en pesos, por lo que ya no les afectaría futuras devaluaciones posibles de nuestra moneda y, en cambio se beneficiarían si en un futuro remoto el peso se revaluara frente al dólar. El

actual Gobierno reiteradamente ha declarado que no piensa en semejante revaluación, a pesar de la creciente fortaleza de la reserva monetaria, pero es innegable que la situación - y sobre todo la política del Estado - pueden variar entre esta fecha y 1962, ó 1968.

"Por las consideraciones que preceden, y para los efectos de la fracción VIII del artículo 73 constitucional, someto a ustedes el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se aprueba el convenio concertado el día 5 del mes en curso por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en representación del Gobierno Mexicano, y el Comité Internacional de Banqueros con negocios en México, que fija las reglas para el ajuste del capital e intereses pago de los siguientes empréstitos:

"1. Deuda Exterior Consolidada del 5%, 1899.

"2. Deuda Exterior del 4%, oro, 1910.

"3. Bonos del Tesoro de los Estados Unidos Mexicanos, 6%, Serie "A", 1913.

"4. Empréstito municipal del 5% de la ciudad de México (1889).

"5. Bonos oro 4 1/2 de la Caja de Préstamos para Obras de Irrigación y Fomento de la Agricultura, S. A., 1908.

"6. Deuda Exterior del 4% oro de 1904.

"7. Deuda Interior Consolidada del 3%, 1885.

"8. Deuda Interior Amortizable del 5%, 1894.

"9. Bonos del Estado de Veracruz, 5%, 1901.

"10. Bonos del Estado de Veracruz, 5%, 1906.

"11. Bonos del Estado de Tamaulipas, primera serie, 5%, 1902.

"12. Bonos del Estado de Tamaulipas, segunda serie, 5%, 1906.

"13. Bonos del Estado de Sinaloa, 5%, 1907.

"14. Empréstito de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, 5%, 1908.

"15. Empréstito del 4 1/2% de la Compañía del Ferrocarril Nacional de Tehuantepec, 1908.

"Artículo 2o. El Ejecutivo tomará todas las medidas que conduzcan a la mejor ejecución de las estipulaciones de dicho convenio y a la mayor seguridad de los intereses nacionales.

"Transitorio.

"Único. Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial".

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 26 de noviembre de 1942. - El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Manuel Ávila Camacho. - El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Suárez". - Recibo, y a las comisiones unidas de Crédito y de Hacienda y de Puntos Constitucionales en turno, e imprímase.

- El C. secretario Salazar Florencio (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - Secretaría de Gobernación. - México, D. F.

"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"Con el presente me permito remitir a ustedes proyecto de decreto que el C. Presidente de la República somete a la consideración del H. Congreso de la Unión, por el que se adiciona la Ley de Vías Generales de Comunicación en vigor, con el artículo 593 que autoriza a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Pública para imponer sanciones pecuniarias a los trabajadores de las empresas sometidas a dicha ley cuando resulten personalmente responsable de faltas en el servicio.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., diciembre 5 de 1942. - El subsecretario, licenciado Fernando Casas Alemán".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"H. Congreso de la Unión. - Presente.

"Manuel Ávila Camacho, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que me concede la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política Federal, y

"Considerando: Que es una necesidad social y económica adoptar las medidas adecuadas para mejorar en todos sus aspectos la prestación de los servicios de las empresas ferrocarrileras, con el fin de dar seguridad y facilidades a los embarcadores y pasajeros;

"Considerando: Que de tiempo atrás se viene observando cierta indisciplina entre el personal que presta sus servicios en las vías generales de comunicación, indisciplina que, en ocasiones, ha sido causa de accidentes de consideración y de entorpecimiento en el servicio público de los transportes;

"Considerando: Que particularmente en las líneas férreas de la República se opera en difíciles condiciones debidas al mal estado de las vías y de las instalaciones fijas, y a la escasez de material rodante y fuerza motriz suficientes; que tal situación se agrava por la falta de control de la autoridad administrativa sobre las actividades de las empresas ferrocarrileras, y de éstas con respecto a la conducta de sus trabajadores, pues con frecuencia acontece que las órdenes giradas por la Secretaría de Comunicaciones tendientes a lograr una mejoría en los servicios, no se cumplen por desobediencia de las empresas o por negligencia de los trabajadores, quienes desatienden las instrucciones que al efecto se les comunican;

"Considerando: Que la autoridad administrativa dispone, como único medio para remediar esta situación, de la facultad de imponer sanciones pecuniarias a las empresas de ferrocarriles, en los términos de la vigente Ley de Vías Generales de Comunicación;

"Considerando: Que el interés público exige ampliar las facultades administrativas de que se trata, con objeto de que, en los casos mencionados , sea posible sancionar a los directamente responsables de la falta, pudiéndose lograr este propósito sin lesionar en forma alguna las legítimas conquistas de los trabajadores exigiendo que, antes de imponerles alguna sanción, se justifique plenamente la responsabilidad en que hayan incurrido;

"He tenido a bien someter a la consideración de ese H. Congreso el siguiente proyecto de decreto:

"I. Se adiciona la Ley de Vías Generales de Comunicación con el siguiente artículo:

"Artículo 593. Los trabajadores de las empresas de vías generales de comunicación que resulten personalmente responsables de faltas cometidas en la prestación del servicio público, o de desobediencia a las órdenes que dicte la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, serán sancionados por dicha dependencia del Ejecutivo, con multa hasta de $ 1,000.00 (mil pesos), que se impondrá con audiencia de los afectados y previa la comprobación de la falta o desobediencia cometidas".

"México, Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y dos. - Licenciado Juan Rebolledo Clemente, Jefe del Departamento Jurídico. - General de división Manuel Ávila Camacho, Presidente de la República".

El C. Chávez Bernardo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Chávez Bernardo: No ha pasado inadvertido para ustedes el interés que tiene el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo de la Unión para su discusión y, en su caso, aprobación respectiva. En virtud de que, día a día, la República está sufriendo calamidades sin cuento por el deficiente manejo de los transportadores de las vías generales de comunicación, ya sea en las vías férreas, en las vías terrestres, en las fluviales o en las marítimas, encontramos un sinnúmero de accidentes, debidos muchas veces a los malos manejos de los transportadores. Vemos, por lo que respecto al servicio de carga, que se pierden, por ejemplo, las frutas y las legumbres, y en casos en que se transporta maquinaria, hemos visto que se pierden grandes cantidades por los descuidos y esos malos manejos de que estoy hablando.

En tales condiciones y observando el interés público que en estos momentos reclama el país para que se tenga especial cuidado en todo lo que atañe a las vías generales de comunicación, vengo a someter a Vuestra Soberanía la siguiente proposición: que se declare de urgente y obvia resolución y se dispensen los trámites al proyecto de ley enviado por el Ejecutivo de la Unión que sanciona a los trabajadores que resulten responsables de faltas cometidas en el servicio.

El C. secretario Salazar Florencio: Se consulta a la Asamblea si considera este asunto de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se considera. Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Para su estudio y dictamen fue turnado a la suscrita 1a. Comisión de Puntos Constitucionales, el expediente y Minuta Proyecto de Declaratoria de reforma de los artículos 82, fracciones V y VI; y 115 párrafo tercero de la fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviados por el Senado de la República.

"Esta Comisión estima que debe aprobarse el proyecto de declaratoria mencionado toda vez que las reformas constitucionales que contiene fueron estudiadas detenidamente y aprobadas ya por esta H. Cámara de Diputados en sesión celebrada el día 3 de octubre de 1941. El Senado les otorgó su aprobación el día 7 de noviembre del mismo año y veintitrés legislaturas locales manifestaron su audiencia a las mismas reformas.

"En atención a lo anterior, esta Comisión se permite someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de declaratoria:

"El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las Honorables Legislaturas de los Estados, declara reformados los artículos 82, fracciones V y VI; y 115, párrafo tercero de la fracción III de la propia Constitución, en los términos que siguen:

"Artículo primero. Se reforman las fracciones V y VI del artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos que siguen:

"Artículo 82. Para ser Presidente se requiere:

"V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección".

"VI. No ser Secretario o Subsecretario de Estado, Jefe o Secretario General de Departamento Administrativo, Procurador General de la República, ni Gobernador de algún Estado o Territorio, a menos de que se separe de su puesto seis mese antes del día de la elección, y

"Artículo segundo. Se reforma el párrafo tercero de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos que siguen:

"Los Gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de seis años".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 19 de octubre de 1942. - Alberto Trueba Urbina. - José Alfaro Pérez. - Manuel Rueda Magro".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Comisión de Impuestos.

"Honorable Asamblea:

"A la Comisión de Impuestos que suscribe se turnó, para su estudio y dictamen, el expediente que contiene el Proyecto de Decreto enviado por el Ejecutivo de la Unión y aprobado por esta H. Cámara de Diputados el 11 de septiembre próximo pasado, para eximir del pago del impuesto a empresas mercantiles e industriales, a personas físicas o morales establecidas en el Distrito Federal que se dediquen a la fabricación o al

comercio exclusivos de aparatos de calefacción destinados a unos domésticos, en los que no se emplee, como combustible, carbón vegetal; y que, por haberlo modificado, devolvió la H. Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Federal.

"La modificación consiste en precisar, dentro del artículo 1o. del Proyecto de Decreto, que el plazo para gozar de la exención de que se trata no se contará, como se proponía, del 1o. de mayo al 31 de diciembre de 1942, sino que abarcará un período de ocho mese computables a partir de la fecha de la publicación de este decreto en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Considerando que están plenamente justificadas las razones en que se basó la H. Cámara Colegisladora para hacer la modificación mencionada, esta Comisión las acepta en todas sus partes, y, en tal concepto, se permite someter a Vuestra Soberanía para su aprobación, con dispensa de trámites, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo 1o. Se exime del pago del impuesto a empresas mercantiles e industriales, por un período de ocho meses computables a partir de la fecha de la publicación de este decreto en el "Diario Oficial" de la Federación, a las personas físicas o morales establecidas en el Distrito Federal que se dediquen a la fabricación o al comercio exclusivos de aparatos de calefacción destinados a usos domésticos, en los que no se emplee, como combustible, carbón vegetal.

"Artículo 2o. La Dirección de Tesorería del Departamento del Distrito Federal, previa solicitud de los interesados, declarará la exención, una vez que se le compruebe que se está dentro de las condiciones señaladas por el artículo anterior".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de noviembre de 1942. - Manuel Chávez. - Juan N. García. - Rubén Figueroa".

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

"Artículo 1o. Se exime del pago del impuesto a empresas mercantiles e industriales, por un período de ocho mese computables a partir de la fecha de la publicación de este decreto en el "Diario Oficial" de la Federación, a las personas físicas o morales establecidas en el Distrito Federal que se dediquen a la fabricación o al comercio exclusivos de aparatos de calefacción destinados a usos domésticos, en los que no se emplee, como combustible, carbón vegetal".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. La Dirección de Tesorería del Departamento del Distrito Federal, previa solicitud de los interesados, declarará la exención, una vez que se le compruebe que se está dentro de las condiciones señaladas por el artículo anterior".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder a recoger la votación nominal, en lo general y en lo particular en su caso, de los dictámenes reservados para este efecto. Por la afirmativa.

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Salazar Florencio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Salazar Florencio: Por unanimidad de 92 votos han sido aprobados los proyectos reservados para este fin. El proyecto que adiciona con el artículo 593 la Ley de Vías Generales de Comunicación, pasa al Senado, y los dos restantes, al Ejecutivo, para sus efectos constitucionales.

- El C. secretario Salazar Florencio (leyendo):

"Comisión del Departamento del Distrito Federal.

"Honorable Asamblea:

"Suscrita por algunos CC. diputados fue presentada a esta H. Legislatura una iniciativa que termina con un proyecto de ley encaminado a municipalizar el servicio de panteones en el Distrito Federal.

"Formado el expediente respectivo Vuestra Soberanía acordó turnarlo a esta Comisión del Distrito Federal, la que, en acatamiento de las disposiciones reglamentarias, tiene el honor de rendir el presente dictamen, después de hacer el estudio correspondiente.

"Uno de los principales objetos de la iniciativa antes mencionada, es hacer que el Estado cumpla con la función primordial que tiene de mantener el orden material en la colectividad, atendiendo los servicios públicos, que, sin duda, debe ser una de sus mayores preocupaciones, a fin de derramar la fuerza gubernamental entre todas las clases sociales, desentendiéndose por completo de todo aquello que pueda ser motivo de distinción en cuanto a rangos y condiciones.

"Por otra parte, se ha tenido muy en consideración la desventaja de que el propio Estado, como institución, siga fomentando en nuestro medio la participación de la actividad privada en la realización de los servicios públicos, no obstante que hay determinados servicios para la ejecución de los cuales, dada su naturaleza, no es obstáculo el hecho de que se presten por medio de contratos otorgados a particulares, pero, en cambio, muchos otros hay en que los contratistas anteponen su interés al del público, que con este motivo reciente perjuicios considerables.

"Los panteones en el Distrito Federal, casi en su totalidad, han sido explotados por empresas particulares, algunas de ellas extranjeras, mediante concesiones que les fueron otorgadas por

administraciones anteriores, renovadas continuamente por la del Distrito Federal. La inmoderada explotación que esas empresas hacen del dolor humano cobrando cuotas exageradas por los servicios que prestan es otro de los factores que mueven a los iniciadores de la ley a que nos venimos refiriendo ya que hasta ahora no se ha logrado unificar las tarifas por servicios de inhumaciones, exhumaciones, etc., que son aplicadas por los propietarios de los negocios de panteones, de conformidad con la categoría de cada uno de ellos, circunstancia que viene a ocasionar también una diversidad en los impuestos que por este concepto deben cubrirse a la Tesorería del Departamento del Distrito Federal, pues en tanto que el Panteón de Guadalupe, por ejemplo, cubre por ese concepto el 30% de la cantidad que recibe por el servicio que presta, el Panteón Español tiene asignado hasta el 33% de sus entradas, y el Francés sólo paga el 20% de su recaudación.

"En la actualidad ninguno de los panteones que están regenteados por particulares tiene establecido, como era de justicia que lo tuvieran, un servicios social que beneficie a la clase desamparada, siendo esta la razón de que solamente aquellos que disponen de recursos pecuniarios en abundancia puedan obtener facilidades y rapidez en el servicio de esos establecimientos; los menesterosos que carecen de esos recursos tropiezan con innumerables dificultades para conseguir la inhumación de sus familiares. Este servicio ha llegado a hacerse mercantil en tal extremo, que en numerosas ocasiones se explota la angustia de las familias que en momentos dolorosos no escatiman esfuerzos para cumplir con una necesidad humana tan imperiosa como es la de sepultar a sus muertos.

"Con fecha 23 de julio del año en curso, se publicó en el "Diario Oficial" de la Federación el Reglamento de las Constituciones y de los Servicios Urbanos en el Distrito Federal que en su Capitulo XXIII establece que los cementerios podrán ser municipales o construidos y administrados por particulares; por consiguiente, está en desacuerdo con la iniciativa que se dictamina que tiene como finalidad primordial la expropiación de los panteones particulares, pasando a manos de la Administración del Departamento del Distrito Federal, a fin de corregir todas las deficiencias que anteriormente se han expresado y otras más que en su amplia exposición de motivos insertan los autores del proyecto.

"En el expediente relativo a esta iniciativa la Comisión encontró un memorial suscrito por el Secretario General y el del Exterior del Sindicato de Trabajadores del Departamento del Distrito Federal, Sección No. 7, en el que hacen la sugestión de modificar los artículos 11, 15, fracción VI; 26 y 2o. transitorio del proyecto, con el objeto de garantizar los intereses de los propios trabajadores y asegurar el beneficio que les concede los artículos 660 y 661 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal por lo que hace a la obligación que el Departamento del Distrito tiene de proporcionar gratuitamente el servicio de panteones a sus trabajadores y a sus familiares. Lo anterior es por lo que hace a los ya citados artículos 11, 15, fracción VI, y 26; en cuanto al artículo 2o. transitorio el Sindicato de Trabajadores del Departamento del Distrito Federal propone que se determine con precisión y exactitud el término para la entrega de los bienes que actualmente pertenecen a los panteones que funcionan fuera del control del Departamento del Distrito Federal. Este deseo de los mencionados trabajadores está ya satisfecho, toda vez que el artículo 1o. transitorio del proyecto que a continuación se inserta establece claramente como plazo máximo el de tres años para la terminación definitiva de los contratos concesiones otorgados a particulares para la explotación del servicio de panteones.

"Estima la Comisión que puede accederse a la petición de los trabajadores del Sindicato del Departamento del D. F., por considerar que es de justicia, ya que lo que pretenden es en favor de los intereses de la colectividad y en esa virtud ha hecho a los artículos ya citados las modificaciones necesarias con el fin antes indicado.

"Los suscritos proponen asimismo la inserción de un artículo transitorio que derogue el Capítulo XXIII del Reglamento de la Constitución y de los Servicios Urbanos en el Distrito Federal que anteriormente se ha citado y en esa virtud, hecha la anterior exposición, someten al ilustrado criterio de esta H. Asamblea, para su aprobación, en su caso, el siguiente proyecto de Ley que Municipaliza el Servicio de Panteones en el Distrito Federal.

"Capítulo I.

"Disposiciones generales.

"Artículo 1o. Se declara municipal el servicio de panteones en el Distrito Federal; en consecuencia, las inhumaciones, exhumaciones, cremación de cadáveres y demás servicios de panteón serán realizados, en dicha circunscripción, sólo en los cementerios establecidos por el Departamento del Distrito Federal o en los que establezca, en lo sucesivo, dicha dependencia.

"Artículo 2o. Solamente el Departamento del Distrito Federal podrá establecer, en el Distrito Federal, nuevos cementerios, bajo la vigilancia del Departamento de Salubridad por cuanto se refiere a las medidas de higiene y salubridad que sea necesario adoptar en dichos establecimientos.

"Artículo 3o. El Departamento de Salubridad podrá ordenar la ejecución de obras o reparaciones que considere necesarias para el mejoramiento higiénico de los cementerios, en los términos de lo dispuesto por el Código Sanitario.

"Artículo 4o. No podrán establecerse cementerios en el interior de la ciudad de México o sus colonias; los que posteriormente se funden deberán estar, por lo menos, a trescientos metros de distancia del último grupo de casas construidas.

"Artículo 5o. Queda absolutamente prohibido otorgar concesiones o celebrar contratos con empresas privadas o con particulares para el establecimiento o explotación de panteones en el Distrito Federal, siendo nulas y, por lo tanto, sin ningún valor las que llegaren a verificarse en contravención a esta disposición.

"Artículo 6o. Tampoco pueden concederse autorizaciones para llevar a cabo inhumaciones en

cementerios distintos a los establecidos y administrados por el Departamento del Distrito Federal.

"Artículo 7o. La organización y funcionamiento de los cementerios del Distrito Federal se regirá por las disposiciones de esta ley, y, en su defecto, por las relativas del Código Sanitario y del Reglamento Federal de Inhumaciones, Exhumaciones, Conservación y Traslación de Cadáveres, en lo que no se oponga a la presente.

"Capítulo II.

"De la administración de los panteones.

"Artículo 8o. El manejo y administración de los panteones en el Distrito Federal corresponde, de manera exclusiva, a las autoridades del Departamento del Distrito Federal.

"Artículo 9o. Los servicios de panteón a que se refiere el capítulo anterior serán prestados directamente por el mencionado Departamento del Distrito Federal, por conducto de la oficina respectiva que tenga a su cargo este ramo y bajo la vigilancia estricta de la Junta Consultiva a que se contrae el artículo siguiente.

"Artículo 10. La administración de los panteones del Distrito Federal será dirigida por una Junta compuesta de cinco miembros y que se denominará Junta Consultiva de Panteones.

"Artículo 11. La Junta Consultiva de Panteones será integrada en la forma siguiente: por el C. Director de Obras Públicas y Servicios Urbanos del Departamento del Distrito Federal; por el C. Jefe de la Oficina de Panteones del mismo Departamento; por un representante del Departamento de Salubridad Pública; por un miembro del Consejo Consultivo de la ciudad de México, que será designado al efecto por este organismo y por un representante de los trabajadores organizados del ramo de Panteones, designado por ellos mismos.

"Artículo 12. La Junta Consultiva de Panteones será presidida por el C. Director de Obras Públicas y Servicios Urbanos, y fungirá como Secretario de la misma el Jefe de la Oficina de Panteones del Departamento Central.

"Artículo 13. La Junta Consultiva de referencia se reunirá en sesiones ordinarias, cada quince días por lo menos, y en sesiones extraordinarias tantas veces cuantas sea necesario, a juicio del Presidente de la misma, o a moción de tres de sus miembros.

"Artículo 14. Las personas integradas de dicha Junta percibirán como compensación por sus servicios la cantidad de veinticinco pesos por cada una de las sesiones, ordinarias o extraordinarias, a que concurran. La Tesorería del Departamento del Distrito Federal cubrirá estos honorarios a los interesados en la forma legal que sea correspondiente.

"Artículo 15. Son obligaciones y facultades de la Junta Consultiva de Panteones las siguientes:

"I Concurrir a las juntas que se celebren y discutir en ellas las medidas oportunas para la buena marcha de los cementerios del Distrito Federal;

"II. Vigilar que la administración local de los panteones se verifique de acuerdo con los lineamientos de esta ley;

"III. Discutir y aprobar las tarifas que deben ponerse en vigor en los cementerios del Distrito Federal, por concepto de compensación de los servicios de panteón que en ellos se preste;

"IV. Proponer al Departamento del Distrito Federal las medidas que estimen pertinentes y las reformas a los reglamentos que consideren convenientes para el mejoramiento del servicio de panteones;

"V. Inspeccionar, por conducto de la persona o personas que designen para el caso, los diversos cementerios del Distrito Federal, a fin de dictar las órdenes que sean necesarias para el funcionamiento regular del servicio;

"VI. Denunciar las deficiencias del servicio y las faltas cometidas por los encargos de la prestación del mismo al Jefe del Departamento del Distrito Federal, a fin de que este funcionario proceda desde luego a subsanar las primeras y a castigar las segundas, ciñéndose en todo a las disposiciones del Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión y al Reglamento Interior del Trabajo en lo relativo a los trabajadores de que se trata;

"VII. Dictar los reglamentos a que deberá sujetarse el régimen interior de los panteones;

"VIII. Fijar el fondo de previsión que el Departamento del Distrito Federal deba destinar para la conservación de los panteones particulares que esa dependencia reciba como consecuencia de la municipalización decretada en esta ley;

"IX. Estudiar y resolver todos los casos que le sean sometidos por el Departamento del Distrito Federal, por otras autoridades o por el público en general, referentes a cuestiones que sean de su competencia;

"X. Dictar el reglamento orgánico al cual deba sujetarse la prestación del servicio social establecido por esta ley en beneficio de las clases pobres, y

"XI. Las demás que le señale, con especialidad, las leyes respectivas.

"Artículo 16. La ejecución inmediata de las disposiciones y resoluciones de la Junta Consultiva se llevará a cabo por conducto de la Oficina de Panteones del Departamento del Distrito Federal.

"Artículo 17. La propia Oficina de Panteones está en la obligación de informar oportunamente a la Junta Consultiva del estado que guarden los cementerios del Distrito Federal y de las irregularidades que en ellos observe, a fin de que pueda tomar las resoluciones indispensables para la administración eficaz del servicio.

"Capítulo III.

"Del cobro de cuotas por el servicio de panteón.

"Artículo 18. Los ingresos por concepto de cuotas compensatorias del servicio de panteón, en los cementerios del Distrito Federal, serán percibidas por el Departamento Central por conducto de su Tesorería y en la forma establecida por la Ley de Hacienda en vigor para la recepción general de los ingresos.

"Artículo 19. Al servicio de panteones deberá destinarse, cuando menos, el setenta y cinco por ciento de la recaudación que se verifique en los cementerios del Distrito Federal, a efecto de que las reparaciones, construcciones y mejoras que tengan que verificarse en ellos no sufran demora en su oportuna ejecución.

"Artículo 20. La Tesorería del mismo Departamento constituirá un fondo de previsión, a disposición de la Junta Consultiva de Panteones, para conservar los cementerios particulares que sean entregados al Departamento, en ejecución de la presente ley.

"Artículo 21. Las partidas destinadas a la construcción de nuevos panteones y a la reparación o conservación de los existentes serán utilizadas por la Junta Consultiva de Panteones y la Tesorería entregará las cantidades correspondientes contra libramientos que serán expedidos por la Oficina de Panteones, previo acuerdo de la Junta.

"Capítulo IV.

"De la prestación gratuita del servicio.

"Artículo 22. El servicio de panteones es de carácter social y humano; por lo tanto, se prestará gratuitamente a quien justifique plenamente la falta de recursos económicos suficientes para pagar el importe de las cuotas señaladas por las tarifas que se pongan en vigor, estableciéndose así un servicio social en beneficio de las clases pobres.

"Artículo 23. Para gozar del beneficio otorgado en el artículo anterior, será indispensable presentar una solicitud a la Oficina de Panteones del Departamento del Distrito Federal, en la cual se acrediten los siguientes extremos:

"I. Que el jefe de la familia a la cual pertenezca el cadáver cuya inhumación se pretenda tiene ingresos menores de noventa pesos mensuales;

"II. Que no tiene otros medios de subsistencia más que su trabajo personal;

"III. Que el sepelio del difunto se verifica con gastos que no asciendan a la cantidad de cuarenta pesos;

"Artículo 24. Presentada la solicitud, la Oficina de Panteones procederá, con la urgencia que el caso requiera, a verificar la investigación correspondiente, y si de ella resulta la comprobación de los requisitos de que habla el artículo anterior eximirá desde luego, del pago de cuota por el servicio de inhumación solicitado.

"Artículo 25. El servicio gratuito establecido en este capítulo, será prestado en la sección del panteón o panteones que previamente tenga designado el Departamento del Distrito Federal, y se entenderá que no goza del privilegio de la perpetuidad.

"Artículo 26. Fuera de los casos determinados en artículos precedentes, no se hará excepción de ninguna clase en el pago de las cuotas establecidas por las tarifas respectivas y por lo mismo, a nadie podrá eximirse del referido pago, salvo en los casos señalados por los artículos 660 y 661 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal.

"Capítulo V.

"Artículo 27. Se declara la caducidad, por causa de utilidad pública, de las concesiones o contratos vigentes en la actualidad relativas a explotación de cementerios en el Distrito Federal.

"Artículo 28. Como consecuencia de la anterior disposición, quedan obligados los actuales contratistas o concesionarios a entregar al Departamento del Distrito Federal, en el término que esta autoridad fije al efecto, las secciones del cementerio, de cuya concesión se trate, en la que se hayan efectuado inhumaciones o vendido fosas así como edificios y dependencias que estén afectos a esas secciones.

"Artículo 29. Los interesados podrán reclamar judicialmente, dentro de treinta días posteriores a la fecha en que les sea notificado el acuerdo de cancelación por el Departamento del Distrito Federal, el pago de la indemnización que les corresponda, cuyo monto se establecerá mediante avalúo de los bienes que los concesionarios o contratistas entreguen al Departamento, de cuyo importe se deducirá el valor, que fijen los peritos nombrados al efecto, de los gastos de conservación de los comentarios entregados al Departamento del Distrito Federal. Si los gastos de conservación, que en el futuro tendrá a su cargo la dependencia mencionada, importaren suma mayor de la que arroje el valor de los bienes recibidos de los contratistas, se obligará a éstos a verificar el pago respectivo, para lo cual el reclamante tendrá que otorgar fianza suficiente, a juicio del juez del conocimiento, para garantizar esta posible responsabilidad; la constitución de la fianza requerida se llevará a cabo al tiempo de proponer la demanda, sin cuyo requisito no se mandará tramitar la reclamación.

"Las reclamaciones de esta especie se substanciarán en la vía sumaria, ante cualquiera de los Jueces de lo Civil de esta capital, observándose las disposiciones relativas del Código de Procedimientos Civiles.

"Artículo 30. Si con motivo de la municipalización decretada en el artículo primero de esta ley tuviera que verificarse expropiaciones de terrenos, construcciones, derechos y en general de cualquier clase de bienes muebles o inmuebles pertenecientes a particulares y que estén afectos a servicios de panteón, en el Distrito Federal, se declara que esas expropiaciones son de utilidad pública.

"Artículo 31. Las expropiaciones mencionadas en el precedente artículo, se llevará a cabo por declaración que haga el Departamento del Distrito Federal, por los conductos debidos, y en la forma que previene la ley de la materia con sujeción, en todo caso, a las bases que fija a esa dependencia su Ley Orgánica y con cumplimiento de lo previsto por el párrafo quince del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

"Transitorios.

"Primero. Las sociedades, empresas y en general los particulares que en uso de concesiones o contratos, con antigüedad de cinco años, estén prestando actualmente el servicio de inhumaciones en los panteones cuya explotación les haya sido concedida por el Departamento del Distrito Federal, pondrán seguir operando en esos cementerios, en las mismas condiciones determinadas por sus contratos respectivos, durante el plazo que en cada caso les señale el Departamento mencionado, no pudiendo ser ese plazo mayor de tres años.

"Segundo. Se deroga el capítulo 23, "Cementerios", del Reglamento de las Construcciones y de los Servicios Urbanos en el Distrito Federal,

publicado en el "Diario Oficial" No. 20, de 23 de junio de 1942.

"Tercero. El Ejecutivo Federal procederá a expedir los reglamentos, acuerdos y demás disposiciones necesarias para el exacto e inmediato cumplimiento de esta ley.

"Cuarto. Los derechos y prestaciones de los trabajadores, adquiridos a través de sus contratos colectivos, serán respetados y continuarán disfrutando de ellos íntegramente.

"Quinto. Esta ley entrará en vigor en la fecha de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación".

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - México, D. F., a 9 de noviembre de 1942. - Cesar M. Cervantes. - Aarón Camacho López. - Lamberto Zuñiga".

En votación económica se pregunta si se dispensan los trámites. Los que estén por la afirmativa se servirán indicarlo. Se dispensan los trámites. Está a discusión en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserve para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, conforme al artículo 97 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a cada uno de los artículos de este proyecto de ley, del 1o. al 31., y del 1o. al 5o. transitorios, ya insertos al ponerse a discusión en lo general, sometiéndolos a discusión en lo particular, uno por uno, y reservándolos, sin debate, para su votación nominal).

Se va a proceder a recoger la votación nominal, en lo general y en lo particular, del dictamen de la Comisión del Departamento del Distrito Federal. Por la afirmativa.

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: Por la negativa. (Votación.)

El C. secretario Salazar Florencio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Salazar Florencio: Por unanimidad de 89 votos fue aprobado el proyecto de ley. Pasa al Senado para los efectos constitucionales correspondientes.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Señor Presidente, pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Reynaldo Lecona Soto.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Señores diputados con todo respeto les pido a ustedes su atención un momento para tratar un asunto que aparentemente es baladí, es intranscendente, pero que en el fondo, para mí es de vital importancia, es de vital importancia para mí e importante también para todos ustedes y para la nación entera.

Con fecha 15 de abril del corriente año me permití dirigir esta Honorable Cámara el escrito a que voy a dar lectura:

"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"Reynaldo Lecona Soto, diputado federal en ejercicio, ante Vuestra Honorabilidad, con toda atención, comparezco a exponer:

"Para los efectos legales a que haya lugar, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados de la Federación, vengo a denunciar hechos probablemente constitutivos de delitos y faltas oficiales, previstos y sancionados por los artículos 13 y 17 de esta ley.

"Hechos.

"Primero. En mi carácter de diputado federal, fui llamado aproximadamente por 800 jefes de familia de la Colonia Azteca de esta ciudad, para darme cuenta de las condiciones en que viven los habitantes de la misma.

"Mi recorrido por la Colonia me permitió advertir condiciones de vida miseria que reclaman angustiosamente la atención de las autoridades. En esa Colonia viven los trabajadores en barracas carentes de todo servicio de urbanización. Se carece de agua, drenaje, alumbrado, pavimento, banquetas, etc., en contraste con la comodidad de las colonias aristocráticas de la ciudad, y ello no obstante, los vecinos de la Colonia Azteca, viven con entusiasmo y simpatía hacia el Gobierno, confiando en que el Ejecutivo, a través del Departamento del Distrito Federal, les llevará pronto los servicios de urbanización de que carecen.

"Segundo. Visité la escuela del lugar y pude darme cuenta de sus condiciones: se halla instalada en unos "jacalones" particulares, algunos de ellos sin muros, otros sin techos y los más, sin bancas ni asientos de especie alguna. La población escolar es de 500 alumnos que se sientan en piedras y escriben sobre las piernas. Los mejor acondicionados, tienen un cajón de pupitre. Los educando en sus diversos ciclos de educación primaria, vienen recibiendo sus enseñanzas conforme al sistema de coeducación que vino a prohibir la Ley de Educación Pública vigente. No existen más servicios sanitarios que dos cajones y las fosas carecen de las condiciones que deben reunir para que se utilicen adecuadamente.

"Tercero. En cumplimiento de mis deberes de ciudadanía acepté de buen grado la representación que me confirieron los vecinos de dicha colonia, para gestionar ante las autoridades competentes, el alivio de tal situación. Recibí el pliego de súplicas a las autoridades y, compenetrado de su justicia y términos respetuosos, ofrecí tramitarlo y ejercer el mandato que se me otorgaba.

"En estas condiciones, entregué al licenciado Octavio Véjar Vázquez, Secretario de Educación Pública, el escrito de referencia, haciendo uso de la representación que se me confirió por los vecinos de la colonia y, para el mejor éxito de la gestiones, supliqué a la autoridad mencionada, visitar esta zona el día que tuviera a bien fijar.

"No obtuve respuesta a la instancia y presenté un segundo escrito suplicatorio que contenía las peticiones de los padres de familia, encaminadas

a resolver el problema de sus hijos, los escolares de la colonia.

"Entre estos dos escritos y la fecha, han transcurrido aproximadamente dos meses.

"No obstante el transcurso del término, nada contestó el Secretario de Educación Pública.

"Cuarto. Ante el hermetismo del licenciado Véjar Vázquez, me hice acompañar de los CC. diputados Cesar Cervantes y Aarón Camacho López, presidente y secretario, respectivamente de la Comisión Camelar del Departamento del Distrito Federal. Después de innumerables dificultades con los mozos de oficio y del Secretario Particular del susodicho funcionario, logré llegar al despacho de éste, justamente con los mencionados CC. diputados Cervantes y Camacho.

"Desde que estuvo a nuestra vista, me dio la impresión de encontrarse bajo la influencia de tóxicos o en estado de excitación nerviosa. Y sus gesticulaciones, la expresión de su fisonomía y sus frases, producían la sensación de encontrarse ante un individuo megalómano y alejado de sus facultades.

"Quinto. Por considerar que en lo personal no fuera grata mi expresión al Secretario de Educación, supliqué al diputado Cesar Cervantes entregar un tercer escrito a dicho funcionario, en el cual se expresaban nuevamente los clamores de los vecinos, de los padres de familia de la colonia y del profesorado de la misma.

"Con todo desprecio y con claro ánimo de ofendernos, se negó a recibir la petición escrita que se le llevaba. Como verbalmente intentara renovar la súplica de que visitara la colonia para que apreciara la denegación de justicia que cometía, lleno de indignación expresó que no me reconocía personalidad ni como ciudadano ni como diputado para gestionar las instancias que se le habían llevado, ni tampoco para hacerle invitación, a fin de que visitara la Colonia Azteca. Esto último lo profirió en modulaciones en su voz que denotaban claramente su deseo de despreciar la representación que llevaba y de causarme ofensa.

"Sexto. En los escritos que se presentaron por mí al Secretario de Educación se usaron términos de comedimiento y respeto. Mis entrevistas fueron asimismo de respeto y atención y las súplicas que verbalmente le hice, confirmando y exponiendo el contenido de los memoriales, también fueron de consideración y cortesía, y las súplicas eran precisamente encaminadas a resolver un problema de las atribuciones de la autoridad ante la que se presentaba.

"Ante estos acontecimientos, me veo precisado a exponer a Vuestra Soberanía mi súplica expresa de que, de existir elementos para hacerlo, se instruya el proceso correspondiente al C. Octavio Véjar Vázquez, Secretario de Educación Pública, con arreglo a los artículos 26, 27, 36, 37 y concordases de la Ley de Responsabilidades ya mencionada.

"En apoyo de mi petición respetuosa, a continuación me permito expresar las consideraciones que estimo son conducentes a la incoación del procedimiento.

"Consideraciones legales.

"a) Nuestra organización política, como lo previene la Carta Magna, implica el cumplimiento de un orden jurídico, como expresión de la voluntad del pueblo, en quien radica la soberanía y la creación de los órganos necesarios para le ejercicio del Poder Público.

"b) En oposición a los regímenes despóticos, en donde la regla normativa y la función de autoridad son atributo personal del déspota, en un sistema democrático y constitucional como el de México, se requiere que cada órgano del Estado limite el ejercicio de sus atribuciones a lo previsto por la ley y realice las funciones que ésta le encomienda.

"Para decirlo con el eminente constitucionalista de Burdeos, el profesor Duguit, el Estado y sus autoridades no se justifican por su poder de mando, sino cabalmente por la realización de los servicios públicos encomendados a los gobernantes.

"c) Por esto el hombre escogido para desempeñar una función pública, debe comprobar, mediante su actuación que tiene, las cualidades supuestas en él, para hacerlo merecedor de su investidura y constituirse en un ejemplo constante de virtudes cívicas para hacerse digno de la respetabilidad y simpatía populares. Por esto, también, nuestras leyes obligan a los funcionarios y empleados a tratar con respeto a los peticionarios.

"d) El desprecio, dice el preámbulo de la Ley de Responsabilidades, a los problemas del pueblo, por parte de los malos funcionarios, cuando no son denunciados aquéllos y castigados éstos, conduce a los gobernados a la rebeldía como único medio de libertades de ellos; o lo orienta a la abyección, como resultado de un sometimiento impotente, manteniendo, siempre, un estado latente de rencor y de inconformidad que lo lleva a considerar a los gobiernos no como órganos del Estado instituido para su beneficio, sino como instrumentos de un régimen de opresión y despotismo. De ahí que la Constitución Federal y las leyes secundarias obliguen a los funcionarios a impartir justicia con toda brevedad; de ahí, también, que sea un delito el de abusar de la autoridad.

"Derecho.

"I. En los términos del artículo 9o. de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, corresponde al Secretario de Educación Pública la atención al servicio público de educación.

"II. Es un servicio público la educación que se imparta en el Distrito Federal. (Artículo 3o. de la Ley de Educación);

"III. El Estado tiene el deber de organizar y sostener los establecimientos educativos. (Artículo 6o. de la Ley de Educación);

"IV. Los artículos 8o. y 35 constitucionales reconocen como prerrogativas de los individuos y ciudadanos el derecho de petición y obliga el primero de estos preceptos a los funcionarios a dictar acuerdos en cada petición y a comunicarlos en breve término a los peticionarios. En relación con el término breve, señalado por el artículo 8o. constitucional, la Ley de Responsabilidades, en su artículo 18, fracción XXXVI, fija un plazo de 30 días;

"V. Son delitos de los altos funcionarios de la Federación:

"I. El ataque a las instituciones democráticas; V. La violación de garantías individuales, y VII. Las omisiones de carácter grave, si motivan un trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones. Y son faltas oficiales las infracciones de la Constitución o leyes federales no previstas en el artículo 13 y 17 de la Ley de Responsabilidades;

"VI. Las sanciones por los delitos oficiales son: destitución del cargo e inhabilitación para obtener empleos. Las faltas oficiales se castigan con suspensión del cargo. (Artículo 15 y 17 de la invocada ley, y

"VII. El procedimiento se rige por las normas contenidas en el Título Tercero de la Ley de Responsabilidades.

"Como la actitud del Secretario de Educación Pública, descrita en esta querella, implica violación a los artículos 8o., 35, 39 y 128 constitucionales y el mismo funcionario incurrió en los casos previstos por la Ley de Educación, estimo posible la comisión de hechos punibles por parte del licenciado Octavio Véjar Vázquez, y me veo en el caso de rogar a Vuestra Honorabilidad iniciar el proceso que le resulte.

"Protesto a V. H. mis respetos.

"México, D. F., a 15 de abril de 1942. - Reynaldo Lecona Soto".

Esta comunicación, señores diputados, fue recibida en la Secretaría de la Cámara en día 16 del mismo abril, según consta al margen del propio escrito con el sello de la Secretaría de la Cámara.

Y hago esta aclaración, porque la prensa capitalina del día 17 afirmaba que en esa fecha aun no se recibía mi escrito consignatario en las oficinas de la Cámara de Diputados.

Importantes publicaciones de la ciudad de México, importantes por su seriedad, importantes por su imparcialidad, como son la revista "HOY" y el diario "El Universal", días después pudieron constatar, pudieron comprobar mis asertos, que dio a conocer la prensa, y estas publicaciones con toda valentía, con todo sentido de responsabilidad dieron informaciones al respecto.

"Muestro a ustedes una información gráfica de la revista "HOY" que es muy elocuente. En ella aparece, precisamente, uno de los educando de la escuela de la Colonia Azteca sentado, no en un banco de madera, sino en un conjunto de pedazos de ladrillo como yo lo asentaba y como lo indiqué al Secretario de Educación Pública que se encontraba en esa escuela. Aquí tienen ustedes, compañeros diputados, la información gráfica de la revista "HOY". El título de estas fotografías dice así; todos ustedes lo habrán visto en la revista:

"En numerosas escuelas del Distrito Federal, los niños no solamente van sin desayunar, sino que tienen que llevar ladrillos o simples piedras para sentarse. ¿Por qué? Porque la Secretaría de Educación no tiene dinero para comprar bancos escolares. En la fotografía de la derecha el lector podrá ver cómo los niños no solamente aprenden nociones de escritura y aritmética, sino también cómo construir con piedras y pedazos de ladrillos una columna para sentarse".

Posiblemente el Secretario de Educación Pública, meditando sobre su error, días después de que presenté la consignación a esta Honorable Cámara, recorrió algunas escuelas del Distrito Federal, algunas escuelas de colonias proletarias, de colonias humildes, de colonias indigentes, de colonias humildes que tienen derecho a que se atiendan sus peticiones; y en esa ocasión el señor licenciado Véjar Vázquez no se hizo acompañar de diputados federales, no se hizo acompañar de funcionarios del Gobierno. El señor licenciado Véjar Vázquez tampoco se hizo acompañar de representantes de organizaciones de trabajadores; el señor licenciado Véjar Vázquez se hizo acompañar de connotados capitalistas de México, se hizo acompañar de los capitalistas extranjeros Prieto y Suárez, uno dueño de la Fundidora de Monterrey y otro propietario de la fábrica "Eureka". Es lógico suponer que estos señores no pueden sentir cariño, no puedan tener interés por los problemas de México. Sin embargo, estos señores ofrecieron, según la reseña periodística que me voy a permitir mostrar a ustedes, señores diputados, cooperar para resolver esos problemas.

Dice "El Universal" de 9 de mayo del presente año, después de publicar algunas fotografías precisamente de la escuela de la Colonia Azteca, en donde aparece el señor Secretario de Educación Pública y esas personas, capitalistas españoles que forman parte de la Comisión de Fomento de la Iniciativa Privada:

"Escuelas que avergüenzan. Fueron visitadas ayer por el Secretario de Educación y por la Comisión de Fomento de la Iniciativa Privada.

"Muy interesante fue la gira efectuada ayer por el Secretario de Educación Pública licenciado Octavio Véjar Vázquez, quien acompañado por los miembros de la Comisión de Fomento de la Iniciativa Privada y redactores de periódicos y revistas visitó algunos establecimientos escolares en diversos barrios de la ciudad, a fin de darse cuenta de las condiciones materiales que ofrecen. Entre los representantes de la Comisión estuvieron los señores ingeniero Gustavo Serrano, Presidente del Comité Educacional de Iniciativa Privada; Carlos Prieto, de la Fundidora de Monterrey; licenciado Miguel N. Lira, Evaristo Araiza, Manuel Suárez y otros. Después de darse cuenta del lamentable estado de los planteles educativos, los miembros del comité determinaron llevar a cabo una sesión con todos los miembros integrantes del comité para exponerles la necesidad de que se inviertan fondos con que cuentan capitalistas e industriales, en la mejora de las escuelas.

"..... pero la que seguramente se lleva el campeonato de falta de salubridad y comodidad es la escuela 464 de la Colonia Azteca, pues más que escuela parece una mazmorra del siglo pasado. Consta de un galerón donde materialmente se apretujan cerca de cien alumnos, al grado de que un vecino del establecimiento, haciéndose cargo de la tremenda forma en que se imparte la enseñanza, ha prestado una recámara para que sea utilizada como aula con la condición de que por la mañana los escolares saquen los muebles a un patio y por la

tarde los vuelvan a poner en su lugar. En esta escuela los chicos se sientan en el suelo".

No tengo conocimiento, compañeros diputados, de que a la fecha la Secretaría de Educación Pública haya tomado medidas enérgicas o algún acuerdo para remediar la situación en que se encuentran, no solamente las escuelas, sino el procedimiento pedagógico en las del Distrito Federal. Es lamentable esto, señores diputados, porque la Secretaría de Educación Pública no cumple con su deber; no cumple con su deber ni hace nada; mejor dicho -rectifico-, sí hace mucho, compañeros. Voy a ser sincero con ustedes. Sí hace mucho la Secretaría de Educación Pública: hace política. En la Secretaría de Educación se incuban procedimientos políticos futuristas; y así vemos cómo el señor Secretario de Educación Pública, aprovechando el puesto que el Ejecutivo le ha otorgado, la alta investidura que tiene, hace política para llegar al Gobierno del Estado de Veracruz. (Voces: ¡Sí es cierto!)

Y no solamente el Secretario de Educación Pública, compañeros. También un señor profesor, un señor general, un señor licenciado y no sé qué otro título tenga, a lo mejor hasta de nobleza: un señor Bonilla; lo que sí es cierto es que el Subsecretario de Educación Pública, aprovechando también su puesto oficial remunerado por el pueblo de México, que la Revolución le ha conferido para que dignamente la represente, hace política con miras al Gobierno del Estado de Puebla.

Pero no son solamente las altas autoridades de Educación Pública las que hacen política, señores diputados, desoyendo, desvirtuando la política austera, la política sensata del señor Presidente de la República, sino que son también empleados secundarios, como Gómez Arias, licenciado de membrete, como el señor licenciado Gómez Arias, Secretario Particular del Ministro, quien encamina sus trabajos para ser diputado, en la próxima Legislatura, por un distrito del Estado de Oaxaca.

Y no sólo Gómez Arias, también el señor Benito Coquet, Director de Acción Extraescolar y Estadística de la Secretaría de Educación, pretende ser diputado por Jalapa, Estado de Veracruz. ¡Eso sí hace la Secretaría de Educación Pública, y hace más todavía, señores diputados! Hay que confesarlo con valentía en esta tribuna; hay que decir la verdad, le duela a quien la duela. La Secretaría de Educación Pública trabaja porque divide al pueblo, divide al profesorado, divide al Magisterio, a los trabajadores de la enseñanza, que en estos momentos, más que nunca, tienen encomendada la misión posiblemente más grande de la historia de México: la de orientar a la niñez, la de orientar al pueblo de México, porque ellos son los que llegan a los lugares más lejanos de nuestro país. (Aplausos nutridos y voces de las galerías: ¡Viva Lecona Soto!) La Secretaría de Educación divide a los trabajadores de la enseñanza, porque forma grupos de incondicionales, grupos anodinos para enfrentarlos a las organizaciones magisteriales ya constituidas, a las organizaciones magisteriales ya reconocidas, amparados por el Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Es mentira, señores diputados, que la Secretaría de Educación Pública haya pretendido en alguna ocasión armonizar, acercar a los trabajadores de la enseñanza. Todo lo contrario, ha tratado de alejarlos, ha tratado de dividirlos, porque en la Secretaría de Educación Pública se sigue la torpe política maquiavélica de "divide y reinarás". A la Secretaría de Educación Pública no puede convenirle nunca que exista un solo organismo dentro de la propia Secretaría que haga valer los derechos de los trabajadores de la enseñanza.

La Secretaría de Educación Pública también, señores diputados, ha engañado al profesorado de México, principalmente al profesorado rural, por haberse acordado un aumento raquítico de salarios, aunque a la fecha no se les ha podido proporcionar por el papeleo y por la mala fe de los funcionarios de la Secretaría. Es así como vemos fallidas las esperanzas del profesorado rural en ese aumento raquítico, raquítico probablemente para nosotros, pero muy considerable para los educadores de México.

Veamos ahora cuál es el criterio personal y oficial del señor Secretario de Educación Pública con respecto a ese profesorado rural, cuáles son sus pretensiones, cuáles son los anhelos del señor Secretario de Educación Pública.

En la ciudad de Saltillo, el día seis de diciembre, en este mes, el señor Secretario de Educación Pública decía a un redactor del periódico "Excélsior": "El maestro rural - decía el nueve de los corrientes el señor Secretario de Educación Pública - debe ser el más preparado de todos. Sin embargo no lo es, por falta de espíritu, por ausencia de virtudes, por no tener apego a su profesión; en una palabra, el maestro rural no ha cumplido, no cumple con su misión".

El señor Secretario de Educación sí tiene derecho para juzgar a los trabajadores de la enseñanza diciendo que son ineptos.

Señala Véjar Vázquez los principales defectos de que adolece el hombre que sale al campo a enseñar:

"Le falta al maestro rural la bondad, la virtud, el ideal que impulsa al misionero: hacer el bien. El misionero, por sobre dificultades e incomodidad, no vacila en adiestrarse en la sierra, en penetrar hasta los más apartados rincones del país.

"El misionero es el maestro ideal para el campo: no es mercenario; sí humano; no se arriesga por obtener beneficios personales, sino por brindárselos al prójimo".

Y es natural, señores diputados, todos lo sabemos, porque representamos distritos de todos los Estados del país.

Los maestros rurales, señores diputados, tienen un salario misérrimo, que no les permite vivir siquiera modestamente. Son los comisariatos ejidales, son los pueblos, las comunidades las que en muchas ocasiones les proporcionan su alimentación y alojamiento. Y dice el señor Secretario de Educación: "El misionero es el maestro ideal para el campo. No es mercenario". ¿Quiere decir que el profesor rural, interpretando esta afirmación a contrario sensu, sí es mercenario. Y miente

cuando asevera y afirma que el profesorado rural de México es mercenario.

"El misionero sí es humano. No se arriesga por obtener beneficio personal, sino por brindárselo al prójimo". Y con esto, señores diputados, lo que quiere el Secretario de Educación Pública es reimplantar en México la enseñanza católica, la enseñanza eclesiástica, porque pide misioneros para substituir al profesorado rural, que tan alta misión tiene que cumplir en los campos de México.

Al efecto, me voy a permitir desde esta tribuna decir al señor Secretario de Educación Pública, que desconoce la Constitución Política que nos rige, porque ésta, en su artículo 5o. dice:

"Artículo 5o. Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno conocimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.

"En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas, los de jurados, los cargos concejales y los cargos de elección popular, directa o indirecta, y obligatorias y gratuitas, las funciones electorales.

"El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación, o de voto religioso. La ley, en consecuencia no permite el establecimiento de órdenes monásticas...."

Así lo dice la Constitución en su artículo 5o., y el señor Secretario de Educación pretende reimplantar en la ciudad de México, so pretexto de que la juventud mexicana se va a estudiar a los seminarios de los Estados Unidos, pretende que mañana o pasado sean los seminaristas los que vayan a substituir al profesorado rural de México.

De hecho, señores diputados, nos quedan unos cuantos días para terminar nuestro mandato constitucional. (Voces: ¡Unos cuantos meses!) De hecho, vuelvo a repetirlo, pues yo no dije que de derecho, nos quedan unos cuantos día para terminar nuestro mandato constitucional. Y yo quiero, señores diputados, llevarme la profunda satisfacción siquiera, de haber atendido al clamor de los colonos de la Colonia "Azteca". Quiero sentirme satisfecho de haber escuchado las peticiones de esos compañeros, con los que continuamente estoy en contacto. Es por esto que con todo comedimiento, con todo respeto, vengo ante Vuestra Soberanía, a suplicar a mis compañeros, apelando al compañerismo que siempre nos ha unido, y también, hay que decirlo, al sentido de responsabilidad que todos ustedes tienen como miembros de esta alta Cámara, para que se dé cumplimiento al artículo 26 de la Ley de Responsabilidades, que dice:

"Artículo 26. De toda instancia o escrito que se reciban en la Cámara de Diputados, bien sea procedente de particulares, de algún juez o del mismo interesado, que se relacione con la responsabilidad de algún alto funcionario de la Federación, se dará cuenta en sesión secreta y se turnará a la Comisión Instructora, la que deberá rendir su dictamen en el término de quince días, salvo que la naturaleza del asunto amerite que se amplíe el plazo, a juicio de la propia Comisión Instructora".

Yo no tengo conocimiento de que en alguna sesión secreta, porque casi a todas he asistido, se haya tratado este asunto.

Así, pues, compañeros diputados, yo pido con todo respeto, con toda atención, a ustedes, que se cumpla con el artículo 26 de la Ley de Responsabilidades. Ya en el curso de las investigaciones que se practiquen podrá el señor licenciado Véjar Vázquez mandar o venir a producir aquí sus apreciaciones respecto a nosotros los diputados, apreciaciones que yo juzgo, que yo estimo que en mucho menoscaban la responsabilidad de esta Cámara; y entonces ya veremos si nosotros los diputados estamos en el papel en que él nos ha querido colocar de irresponsables, de parásitos, como me lo dijo a mí, o bien el señor licenciado Véjar Vázquez es un inepto y es un político profesional. (Aplausos nutridos).

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el diputado Meraz Nevárez.

El C. Meraz Nevárez Braulio: Señores diputados: he escuchado con profundo interés la intervención, en esta tribuna, del compañero ingeniero Lecona.

El compañero Lecona nos manifiesta que hace aproximadamente seis meses presentó a la Secretaría de la Cámara un ocurso en el que consigna hechos que él considera que pueden servir de fundamento para iniciar una investigación y, en su caso, una consignación del Secretario de Educación Pública.

El compañero Lecona ha abundado, durante su discurso, en razones para pedir que la Sección Instructora del Gran Jurado se aboque al estudio del caso que él plantea.

Lástima que sea después de tanto tiempo cuando el compañero Lecona viene a pedirnos nuestra solidaridad para que este asunto se ventile. Sin embargo, y aun cuando él mismo manifestó que quedan tan pocos días para que termine el período ordinario de sesiones, considero que la moción del compañero Lecona merece nuestro más franco respaldo en el sentido de que se investigue, en el sentido de que se consigne, si el resultado de la investigación así lo amerite, a un funcionario público.

El C. Lecona Soto Reynaldo (interrumpiendo): ¡Consignado está!

El C. Meraz Nevárez Braulio: Pues quiero aclarar al compañero Lecona que, seis meses después, es cuando viene a pedir la intervención de la Cámara. No recuerdo que en ningún momento, antes de ahora, hubiera usted venido a pedir la atención de la Asamblea para tratar este asunto. Si usted presentó su moción por escrito hace seis meses y tenía tanto interés, como debió haberlo tenido y como creo que lo tiene, debió haber insistido con valentía, con entereza, para que ese asunto se tratara aquí. No es, sino hasta ahora, cuando lo hace, seis meses después y, ¿por qué no decirlo?, en ocasión de que en el Senado de la República se ha

hecho mención de que en la Cámara de Diputados se evita a sus miembros, en la tribuna, que hagan uso del fuero constitucional de que están investigados; es decir, se les ha impuesto la renunciación, según la declaración de un componente del Senado, de sus derechos. Yo lamento, repito, que sea hasta ahora cuando el compañero Lecona Soto venga a pedir la solidaridad nuestra. Sin embargo, de antemano, tiene el compañero Lecona Soto mi respaldo para pedir que se llame y se investigue si el Secretario de Educación Pública es responsable.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Pido la palabra para contestar.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Lecona Soto Reynaldo: En primer lugar, le hago la aclaración, con todo respeto, al compañero Meraz Nevárez - quien ya me ha concedido que se la haga, señor Presidente -, de que yo no he pedido respaldo ni solidaridad de la Cámara; he pedido escuetamente que se cumpla con el artículo veintiséis de la Ley de Responsabilidades de funcionarios, que dice que la Cámara, en sesión secreta, turnará a una de las secciones del Gran Jurado cualesquiera consignación que se presente en contra de un alto funcionario de la Federación. Si con anterioridad no había planteado yo este problema en la tribuna de la Cámara, se debió, única y exclusivamente, a que yo pensé, si usted quiere románticamente, que aquí en la Cámara se iba a dar curso a trámite legal a todo escrito, a toda petición que se presentara sobre este particular. Sin embargo, he visto con tristeza que, a pesar de haber transcurrido, como usted lo dice, más de seis meses, mi instancia no ha tenido curso legal. Eso no es culpa mía, sino de la Secretaría, que, en lugar de tramitar los asuntos, los archiva para que duerman el sueño del justo. (Aplausos).

El C. Meraz Nevárez: Yo pienso, compañero Lecona, que usted ha faltado a su deber cuando ha dejado transcurrir seis meses para pedir que se trate un asunto que usted consideró importante. Si por primera vez se desatiende, si es que usted ve que transcurre un tiempo más o menos conveniente, el prescrito por la ley, usted debió insistir. ¿Por qué seis meses después y sólo cuando un senador ha manifestado que aquí se coarta la libertad de expresión, viene usted a justificar, felizmente a dar un mentís a quien ha dicho que en la Cámara de Diputados se coarta la libertad de expresión? (Aplausos). ¡ Mienten quienes hayan asegurado que en la Cámara de Diputados se coarta la libertad de expresión! Celebro que usted sea quien dé un mentís...

El C. Lecona Soto Reynaldo: Eso no está a discusión. Reclamo el orden, señor Presidente.

El C. Presidente: No hay desorden. Que siga en el uso de la palabra el diputado Meraz Nevárez.

El C. Lecona Soto: Sí hay desorden. No expone argumentos en contra de mi tesis.

El C. Meraz Nevárez Braulio: He dicho que estoy de acuerdo en que se consigne al Secretario de Educación Pública.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Si está de acuerdo, ¿para qué hace usted uso de la palabra en contra?

El C. Meraz Nevárez Braulio: Sin embargo, señor diputado Lecona, es hasta ahora, repito una vez más, cuando se le ocurre venir a tratar este asunto. Los asuntos de importancia de la colectividad merecen atención preferente y constante. Creo, por otra parte, que ningún diputado se habrá de oponer a que el asunto de que se ha ocupado el compañero Lecona se turne a Comisión, y de que se sigan todos los trámites. En eso estoy enteramente de acuerdo. Pero viene al caso referir, porque tiene conexión con el asunto, que el compañero Lecona Soto ya ha venido a tratar en la tribuna un hecho registrado en una de las últimas sesiones del Senado, en la que uno de sus componentes manifestó que en la Cámara de Diputados se cometían injusticias, tales como privar a los diputados de la facultad de hablar libremente, del derecho del fuero...

El C. Reynaldo Lecona Soto: Reclamo el orden, señor Presidente.

El C. Meraz Nevárez (continuando): Incidentalmente quiero referir a ustedes, compañeros diputados, muy a pesar de la oposición del diputado Lecona, un hecho que considero importante, porque estimo que encierra una crítica, una censura injusta para la Cámara de Diputados.

Decía que en una de las últimas sesiones del Senado alguno de sus miembros manifestaba - por deferencia para el compañero Lecona me abstengo de mencionar el nombre -, decía que un señor senador no tuvo el menor reparo en declarar desde la tribuna del Senado que en la Cámara de Diputados se cometen injusticias, al grado de que no se permitía el uso de la palabra a los diputados, y aludía, hilando cabitos, a su hermano el diputado Lecona. Tal parece, según lo expuesto por el senador Lecona, que su hermano se fue a quejar con él de que no lo dejaban hablar aquí. (Risas). Y yo quiero recordar hechos, quiero recordar que a esta tribuna hemos venido todos los diputados que, considerando de importancia algún asunto, quisimos hacerlo del conocimiento público. Aquí, yo afirmo, jamás se ha coartado la libertad de expresión a nadie. Lo afirmo con la autoridad moral que me da el hecho de haber causado, de haber censurado públicamente a algún funcionario público miembro del Gabinete, como lo es el licenciado Suárez y como lo es también el licenciado Gaxiola cuando me ocupé del asunto petrolero.

Recuerdo también, entre otros casos, los cargos y la intervención del diputado señor Cervantes en contra del Secretario de Economía. Ahí está un testigo para que diga si es cierto lo que afirma el senador Lecona, que aquí se coarta la libertad de expresión.

Entre otros casos, recuerdo también que el compañero Carrola Antuna, en ocasiones ha venido a hacer pública su protesta por la conducta de algunos funcionarios públicos. Está de testigo también él para que diga si en alguna ocasión se le privó del derecho de hacer pública su protesta. Muchos otros casos que sería cansado enumerar, vienen a demostrar que la apreciación ligera, infundada del senador Lecona, carece de importancia, carece de razón.

La Cámara de Diputados ha conservado, en todo momento, relaciones de estrecha amistad con la Cámara de Senadores; pero la circunstancia de que uno de sus miembros haya lanzado una apreciación injusta, torpe, contra el gobierno interior de la Cámara, me hacen venir a elevar mi protesta en esta tribuna, para que se consigne en el DIARIO DE LOS DEBATES, por la apreciación del senador Lecona.

Aquí no se ha coartado la libertad de expresión a nadie. Miente, repito, quien lo ha dicho. Y cuando, por otra parte, el señor senador Lecona carece de autoridad moral para censurar los actos de la Cámara de Diputados en su gobierno interior, cabe recordarle, como lo hice hoy por la prensa, su actitud y su conducta en el caso de la consignación que se hizo del senador Ortega Zavaley. El senador Lecona formaba parte de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión que conoció de las acusaciones enderezadas en contra del senador Zavaley como presunto responsable del asesinato de Alejo Pérez; y el senador Lecona tenía la obligación ineludible de asistir a las sesiones, de intervenir.

Y si los procedimientos que se emplearon en aquella ocasión por la Permanente fueron, a su juicio, irregulares, debió haber ido al seno de la Comisión Permanente para tratar de que se rectificaran y para corregirlos; pero no fue esa la conducta del senador Lecona Soto. El hacía en secreto, pudiéramos decir, la crítica a los procedimientos empleados por la Comisión Permanente. Desde lejos y a hurtadillas, declaraba a los periodistas que él no estaba de acuerdo; y no era ese el lugar en donde el senador Lecona debía tratar de corregir esos defectos, a menos que en el seno de la Permanente se le coartara el derecho de expresar su punto de vista.

Yo, repito: vengo a sentar mi protesta en la tribuna en la Cámara de Diputados por la afirmación hecha por el senador Lecona Soto, pues considero que esa afirmación lesiona gravemente la respetabilidad y el decoro de la Cámara y de todos sus componentes. Por esa razón quiero pedir a ustedes, señores diputados, que se sirvan apoyar mi protesta y declarar, para que conste en el DIARIO DE LOS DEBATES, y para que se tome como una decisión que se consigne en el propio Diario, nuestra protesta por la forma torpe e injusta en que el senador Lecona Soto se expresó desde la tribuna de la Cámara de Senadores.

A nosotros no debe preocuparnos la controversia entre el Senado y los señores magistrados. Manifestamos nuestro más profundo respeto a sus puntos de vista. Allá ellos. Y en todo caso, que sean los mismos los que lleven por el camino más conveniente la discusión; pero como en esa sesión, repito, se señalo a la Cámara de Diputados, diciéndose que uno de sus componentes o elemento directivo del Control Político de la propia Cámara privaba a los diputados del uso de la palabra, y por los datos que he venido recogiendo, se refiere el senador Lecona a su hermano el diputado Reynaldo Lecona Soto, yo celebro que él haya sido, personalmente, quien dé un mentís al señor senador Lecona.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado López Arias. Y se dispone que todos los ciudadanos que no sean diputados o senadores, se sirvan abandonar el salón.

El C. Lecona Soto: Pido la palabra para el mismo asunto.

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: Con anterioridad se han inscrito los oradores que han de hacer uso de la palabra en el mismo asunto. Tiene la palabra el diputado López Arias.

El C. Corona del Rosal Alfonso: ¡Para una moción de orden! a menos que el compañero López Arias vaya a hablar sobre este mismo asunto. La petición final del diputado Lecona Soto fue en el sentido de que se cumpliera con el artículo 26 de la Ley de Responsabilidades; es decir, que su acusación se turne para que sea vista en sesión secreta. Me parece que ese es el espíritu del artículo.

El C. Chávez Bernardo: Reclamo el quórum. Es inútil discutir un asunto, si no hay quórum. (Voces: ¡Sí hay quórum!)

El C. Reynoso Leobardo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Reynoso Leobardo: Compañeros: yo estimo que el asunto que planteó aquí el señor diputado Lecona, por ahora, puede darse por concluido con que se turne el escrito que él acaba de leer a la Comisión Instructora.

El C. Corona del Rosal Alfonso: Esa es exactamente la moción de orden que iba a hacer.

El C. Reynoso Leobardo: Después de que esto haga la Secretaría, si la Asamblea está de acuerdo, que yo le suplico que lo esté, sigan los oradores en el uso de la palabra con el otro asunto. (Aplausos).

El C. secretario Salazar Florencio: Se pregunta a la Asamblea si está de acuerdo con que se turne el asunto a la Sección Instructora del Gran Jurado. (Voces: ¡Sí!) Aprobada la petición.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Pido la palabra.

El C. Presidente: Ya está votado el asunto.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Nada más pido la palabra para hacer una aclaración.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado López Arias.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Quiero hacer una aclaración nada más, señor Presidente. (Voces: ¡Ya se votó!) Se está diciendo que no se coarta la libertad de expresión.

El C. Reynoso Leobardo: No se coarta, pero espere un momento.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado López Arias.

El C. López Arias Fernando: No cabe duda, compañero Lecona, que con la vara que midas serás medido. (Risas y aplausos). Y digo esto porque me sucedió lo mismo: yo hacía la lucha por hacer una aclaración y no me dejaron hacerla, y el más apasionado de ellos era el compañero Lecona. Con todo cariño, compañero. (Risas).

Señores diputados: Estamos terminando una de las jornadas parlamentarias que, en mi concepto, ha sido de las más importantes en la historia

parlamentaria de nuestro país, y vamos a dar punto final a nuestra actuación con sesiones donde se afirme la postura de todos y cada uno de los señores diputados que integramos la treinta y ocho Legislatura. Quiero referirme principalísimamente al hecho denunciado aquí por el señor capitán Meraz Nevárez.

Desde luego, rechazo no la afirmación, la insinuación que el señor senador Lecona Soto se permitió hacer en el Senado de la República respecto a la conducta que los diputados hemos tenido en el desarrollo de nuestras funciones. No acepto, por ningún concepto, que el señor diputado Reynoso, Presidente de la Comisión de Control, haya impedido a algunos de los miembros de esta Legislatura que vinieran a la tribuna de la Cámara para exponer, con todo valor y con todo conocimiento de causa, sus puntos de vista respecto a los problemas nacionales.

Digo esto con íntima satisfacción, porque desde esta tribuna he combatido dictámenes que han venido de la Presidencia de la República, y recuerdo aquel que se refería a la centralización de la enseñanza, el que se refería a la cuestión de los bancos capitalizares y otros muchos en que hemos tenido oportunidad de intervenir.

Posiblemente no hayamos tenido la capacidad bastante para que nuestras proposiciones alcanzaran éxito en la conciencia de los demás señores representantes del pueblo.

Yo en lo personal manifiesto que jamás el diputado Reynoso se acercó a mí para criticarme cuando vine a la tribuna a exponer mis ideas.

Yo creo, señores diputados, que el problema abordado por nuestra colegisladora ha sido importante. Estos hechos fueron tratados, si no profundamente en esta Cámara, sí cuando menos fueron planteados. Cuando discutimos nosotros la reimplantación de la pena de muerte, discutimos acerca de la bondad de la función judicial de nuestros tribunales. Los ciudadanos senadores, claro está, se dedicaron exclusivamente a abordar este problema; pero ello no faculta a ningún representante del pueblo, aunque sea senador, para señalarnos a nosotros algún acto indebido e indecoroso de que pudiéramos avergonzarnos mañana o pasado. Aquí hemos señalado nosotros con toda claridad la posición que la Cámara de Diputados ha adoptado y la posición que cada uno de sus miembros ha tenido respecto a los problemas sometidos a su conocimiento.

Claro está que, por razones de índole administrativa, por razones de índole interna, la Cámara de Diputados funciona en determinada forma. Todos hemos aceptado que, por razón de relaciones intersecretariales o de los demás poderes respecto de la Cámara de Diputados, exista una comisión que pueda coordinar las funciones y actividades de los representantes populares con los demás órganos de la Federación; pero no aceptamos en ninguna forma esta crítica acerba que hace un compañero senador. Hemos hecho uso de nuestras facultades diáfanamente, con todo valor, con toda claridad, y rechazamos, o cuando menos rechazo yo, la aseveración que se hace en el sentido de que se nos ha sujetado a determinado cartabón para expresar las ideas según convengan o no en determinado momento.

Yo quiero, aprovechando la oportunidad de estar en la tribuna de la Cámara y por ser esta mi convicción, aportar algunos casos que vengan a confirmar el criterio de la opinión pública o de la conciencia nacional, respecto a la cuestión debatida en el Senado de la República. Creo - y esto sí lo afirmo con absoluto conocimiento de causa - que el único entre los demás senadores capacitado para juzgar de las actividades del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal era el señor licenciado Lecona Soto, por razón de sus funciones y actividades. Cuando uno viene a la tribuna a lanzar un cargo, justo es que traiga las pruebas necesarias, los medios de convicción debidos, para formar el ambiente propicio y convencer a los que están oyendo y que no conocemos la trama judicial; pero cuando se lanzan cargos únicamente por lanzarlos, puedo decir con justicia que ese individuo es criticable.

Hecha esta aclaración o explicada la conducta personal mía, que implica también la conducta de la Cámara de Diputados, a la que me honro en pertenecer, creo que todos los actos que hemos llevado a cabo en esta Cámara, aun más, el que acaba de ejecutar el diputado Lecona Soto, son la afirmación rotunda y categórica de que pueden exponer con todo valor y sin cortapisas de ninguna naturaleza el pensamiento nacional, el pensamiento personal, desde la tribuna de la Cámara.

Concedida la palabra por el señor Presidente de la Cámara para hechos, quiero auxiliar con toda serenidad al Senado de la República, porque no quiero desconectarme de una de las discusiones más importantes que ha tenido esta Cámara de Diputados. Yo sí voy a señalar hechos concretos para demostrar no que en lo general los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal sean individuos incapaces o ineptos para ejercitar las funciones que les fueron encomendadas, pero que sí hay algunos que lo son. Y quiero hacerlo porque la prensa de la capital ha estado llamando la atención no sólo de los representantes del pueblo, sino de todos los órganos judiciales y del Estado respecto de este asunto importantísimo.

Señores diputados: Hace alrededor de siete meses falleció en esta capital la señora viuda de Levy; dejó en los bancos un capital de seiscientos mil pesos. No existen herederos, y el juez quinto de lo Civil designó albacea provisional a un señor licenciado González Terán. Posteriormente lo removió de su cargo; después lo volvió a nombrar; luego lo volvió a quitar, y en esta última vez el albacea provisional ocurrió a la Sala del Tribunal para que revocara la designación del juez que conoció de este asunto, o sea el quinto de lo Civil. La Sala revocó la resolución del Juez quinto de lo Civil y dictó una resolución en estos términos: "Desígnese y consérvese en su puesto, en vía provisional, al señor licenciado González Terán, en tanto se presentan los herederos".

El señor Juez Quinto de lo Civil, pasando sobre las resoluciones del superior jerárquico, el Tribunal

Superior, rectificó la resolución del Tribunal y volvió a remover al albacea. El Procurador General de Justicia consignó al Juez Quinto de lo Civil; el Magistrado del Tribunal Superior de Justicia, juez instructor, le declaró auto de formal prisión de acuerdo con la Ley de Responsabilidades. El juez pidió amparo y el Juez de Distrito le negó el amparo, que está ventilándose en la Suprema Corte de Justicia. Pero entonces la resolución que violaba la del Tribunal, pasó nuevamente a la Sala por apelación, y la Sala del Tribunal, violando todos los conocimientos jurídicos que un abogado debe tener, confirmó la resolución del Juez de Primera Instancia que motivó el auto de formal prisión que pidió el Procurador General de Justicia y que el propio Tribunal decretó.

Estos, señores senadores - también me refiero a ellos -, son cargos concretos que el señor licenciado Lecona Soto tenía la obligación de haber presentado a la consideración del Senado. Esto es conocimiento de hechos.

¿Por qué lanzar un cargo únicamente porque sí? Poner en predicamento a un funcionario judicial designado por esta propia Cámara sin poder justificarle que está violando la ley o que se está saliendo de sus facultades, no es cumplir con su deber, ni siquiera darse cuenta del problema que está debatiéndose.

En consecuencia, señores diputados, yo hago a la vez que la protesta por las palabras en mi concepto, a mi juicio, ligeras del señor senador, la denuncia de un hecho concreto, porque el único heredero de los seiscientos mil pesos de la sucesión de la viuda de Levy, que no tiene herederos, es la Beneficencia Pública.

Yo quiero hacer la denuncia de este hecho para que la Comisión de Beneficencia se haga cargo del mismo, se acerque a la Beneficencia y recoja este dinero que es del Estado y no de gentes que están haciéndose ricas a costa de bienes, que no han sabido defender las gentes que tienen obligación de hacerlo.

Así es que dicho todo esto, pongo en conocimiento de usted lo que expongo: mi protesta por la manifestación ligera del señor senador y el hecho que denuncio. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Lecona Soto.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Señores diputados: me sorprende primeramente la tolerancia de la Presidencia cuando se estaba discutiendo precisamente mi proposición concreta en el sentido de que se diera cumplimiento al artículo 26 de la Ley de Responsabilidades, porque el señor Presidente de la Cámara concedió la palabra al compañero diputado Meraz Nevárez para otro asunto completamente distinto.

¡Qué fácil es venir a través de un discurso lírico a esta tribuna a asentar falsedades! Es muy fácil cuando no hay sentido de responsabilidad. Yo quiero, con todo el comedimiento y con toda la atención y el respeto que me merecen el señor diputado Meraz Nevárez y el señor diputado y licenciado López Arias, decir lo siguiente alrededor de este nuevo tópico, de este nuevo asunto que se está debatiendo en estos momentos.

Voy a refrescar la memoria de estos compañeros con un recuerdo amargo, amargo para mí y amargo también para los interesados y probablemente para todos aquellos señores diputados que conocieron de estos casos.

Yo recuerdo la censura, yo recuerdo inclusive la amenaza que se cernió sobre la cabeza, sobre la persona del señor diputado Manuel Bernardo Aguirre cuando éste, en épocas pasadas, en el primer año de ejercicio de esta Legislatura, emitió algunas opiniones a la prensa con respecto al Partido de la Revolución Mexicana.

Yo recuerdo también con amargura, compañeros diputados, cómo esta Cámara tomó el acuerdo de dar un voto de censura a uno de nuestros compañeros más luchadores, a uno de nuestros compañeros que más se ha distinguido en su labor revolucionaria, para remediar todos los problemas sociales del Distrito Federal: el compañero Cesar Cervantes. (Aplausos en las galerías).

Se le dio un toque de atención al diputado Cervantes por sus actividades; se le dio un voto de censura porque hizo declaraciones a la prensa. Están muy equivocados los compañeros Meraz Nevárez y licenciado López Arias; probablemente su apuntador no le dio bien los datos. Al efecto, me voy a permitir leer literalmente lo que la prensa seria de México consigna como declaraciones del senador Lecona, en la última sesión de la alta Cámara.

Dice así la parte conducente:

"Llegó su turno al senador Noé Lecona. Como los senadores anteriores tuvo apreciaciones enérgicas para la justicia, no sólo del Distrito Federal, sino de todo el país, en donde los principios de derecho se conculcan con alarmante frecuencia. Más extensamente se refirió a la actitud del Tribunal cuando éste estudió la propuesta para que el senador Hinojosa fuera desaforado y consignado. Esta, desgraciadamente, dijo, no es una actitud aislada, tiene antecedentes..."

¡Oíganlo bien los señores diputados!

"Un representante popular amenazó con consignar a otro diputado por el delito de haber expresado sus opiniones sinceras acerca de la conducta de un funcionario público..."

"Me refiero, - dice el senador Lecona Soto - al Jefe del Control Político de la Cámara de Diputados".

El C. Meraz Nevárez: ¡Una interpelación!

El C. Lecona Soto: Cuando termine, entonces puede usted venir a la tribuna a hacerme las que guste.

El C. Meraz Nevárez: Iba a hacérsela en este momento.

El C. Lecona Soto: En este instante no le concedo ninguna aclaración ni ninguna interrupción.

"...y ante tamaño desacato, creo que no sólo debemos enfocar nuestro esfuerzo contra quienes en el Tribunal Superior de Justicia querían vulnerar la inviolabilidad de los representantes federales, sino contra los funcionarios de otros sectores como el que trataba de dejar sentado el más

funesto precedente contra la libertad humana, n el último receso del Congreso General.

"Abogó por que no sólo se atendieran los efectos de la bancarrota judicial, sino las causas sociológicas que la motivan; a la miseria con que se retribuye a los jueces, a las precarias condiciones en medio de las cuales trabajan.

"Fue a la tribuna el senador Joaquín Martínez Chavarría. Este representante en un candente discurso sostuvo que la bancarrota de la justicia no es local del Distrito Federal, sino que tiene ramificaciones nacionales. Dijo que era ya un estribillo muy socorrido que invocando los deberes de unidad nacional, tratasen de escudarse todo género de inmoralidad. Los gobernadores, dijo, invocan la unidad nacional, para imponer ayuntamientos y los economistas también la invocan para autorizar o ver con buenos ojos que el pueblo sufra miseria y privaciones. Si los Magistrados del Tribunal Superior desean saber si deben renunciar, que esto no lo consulten al Presidente de la República, que lo consulten al pueblo que por todas partes clama: justicia, justicia, justicia.

"Al principiar esta reseña transcribimos el concepto principal en que su también vehemente discurso dijo el senador Fernando Magro Soto. Parte de ese concepto tuvo este otro: "Todavía el pueblo de México no tiene fe en la justicia".

No tocaba a mi juicio, señores diputados, como lo insinuó el compañero López Arias, al senador Lecona presentar casos concretos, porque casos concretos, momentos antes, los había presentado el señor senador e ingeniero Hinojosa, autor de la iniciativa de reformas al Código Penal y de Procedimientos Penales del Distrito Federal.

Por otra parte, quiero aclarar que se ha desvirtuado completamente lo dicho por el senador Lecona Soto en la tribuna de la Cámara de Senadores. No habló de mordaza ni habló de coartar, como se vino a asentar en esta tribuna, la libertad de expresión de los compañeros.

El C. Meraz Nevárez Braulio (interrumpiendo): Hablo de que lo asustaron a usted, habló de amenazas.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Lo voy a demostrar, a ver si esto no es amenaza. Yo no hablo líricamente; yo hablo con documentos, con pruebas.

El C. Meraz Nevárez Braulio: Conteste como contestaría un hombre de honor al interpelarlo. Usted está hablando por voz de ganso. (Aplausos. Desorden).

El C. Presidente: Se suplica a las galerías guarden compostura.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Están aplaudiendo nada más, señor Presidente. No molestan a nadie.

El C. Márquez Ricaño Luis: Son porras.

El C. Lecona Soto Reynaldo: No los conozco.

El C. Márquez Ricaño Luis: Son porras, hay que ser serios.

El C. Lecona Soto Reynaldo: ¿Qué, es coartar la libertad de expresión de las ideas cuando alguien aplaude?

El C. Márquez Ricaño Luis: Cuando se traen porras.

El C. Lecona Soto Reynaldo: No los conozco. El "Universal" del viernes 17 de abril de 1942, trae una nota periodística que dice: "No ha recibido la Cámara la acusación contra el licenciado Véjar Vázquez". ¡Mentira! ¡Mentira! porque he demostrado que el día 16, un día antes, la Secretaría de la Cámara ya había recibido mi oficio consignatorio. "El Presidente de la Comisión de Control Político de la Cámara de Diputados, Leobardo Reynoso, nos hizo ayer declaraciones en el sentido de que hasta esta fecha no se había recibido documento alguno en contra del Secretario de Educación Pública licenciado Véjar Vázquez, ni en la Oficialía Mayor ni en la Secretaría de la Legislatura. Sin embargo - dijo el diputado Reynoso - se esperará un plazo razonable para que el acusador del funcionario aludido, diputado Reynaldo Lecona Soto, presente su denuncia. Después, el asunto seguirá su proceso legal". Proceso legal que no siguió, por lo menos hasta el presente, según lo he demostrado también, a menos de que en alguna acta de sesión secreta aparezca que ese asunto se turnó a alguna de las Secciones del Gran Jurado, de que no tengo conocimiento.

El C. Meraz Nevárez Braulio: (interrumpiendo): ¿Quiere decirnos cuál es la amenaza?

El C. Lecona Soto Reynaldo: "... seguirá el proceso ordinario para deslindar responsabilidades de acusado y acusador". Quiere decir que el Presidente del Control Político de la Cámara presumía que un diputado en ejercicio del derecho constitucional de censurar, de consignar a un funcionario público, a un alto funcionario de la Federación, puede incurrir también en responsabilidad por el hecho de no tener la razón o de no poderle comprobar que ha cometido una violación a la Constitución o a sus leyes reglamentarias.

Esto, compañeros, en buen castellano, en español, para los compañeros que hayan ido a la escuela, quiere decir que es una amenaza; entraña una amenaza el hecho de que mañana o pasado se me pueda poner a mí en un predicamento al decir: como acusaste a Véjar Vázquez y no se pueden comprobar los cargos, entonces a ti se te consigna. Esto, señores diputados, a mi juicio, a mi buen entender, es una amenaza, es una amenaza contra la libertad de expresión. Además, hace un momento he dado casos concretos.

Por otro lado, en el Senado no se dijo que se coartaba la libertad de expresión en la Cámara de Diputados. He leído las declaraciones del senador Lecona Soto. Se dijo que se amenaza a un diputado - palabras textuales que están en la prensa de la capital -.

Ahora, si se quieren desvirtuar esas expresiones, yo dejo al juicio sereno de los diputados que juzguen de esa situación, a ver quién tiene la razón.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Betancourt Pérez.

El C. Betancourt Pérez Antonio: Señores diputados: Voy a intervenir en este problema que podríamos calificar como un acto retrasado e inoportuno de solidaridad familiar. (Risas).

La prensa de ayer publicó una información

relativa a la sesión celebrada en el Senado de la República, sesión en la cual el senador Lecona Soto, hablando del precedente establecido para coartar la libertad de expresión del pensamiento, hablaba del caso que hemos aclarado de su hermano, el compañero diputado Lecona Soto, que había sido amenazado cuando trató de consignar a un funcionario público. El compañero Lecona Soto, tratando de curarse en salud, después de más de ocho meses, viene a presentar el caso que entonces no fue resuelto o no siguió su curso legal.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Pensé que la Secretaría conocía el reglamento.

El C. Márquez Ricaño Luis: Una aclaración a Lecona Soto. Estoy en posibilidad de demostrar al compañero Lecona Soto, hasta la evidencia, que la Secretaría en funciones jamás ha decidido la consignación a que se refiere, y que no estamos dispuestos a permitir que, por sorpresa, se esté dando la impresión de que nosotros hemos ocultado un documento o no le hemos dado el trámite debido, pues siempre acostumbramos cumplir con nuestro deber y conocemos el reglamento también como él, que fue Secretario. La Secretaría dice que no lo tiene en su poder.

El C. Betancourt Pérez Antonio: Decía yo que hace largos ocho meses que el compañero Lecona Soto presentó en épocas de sesiones ordinarias su consignación, y que no es sino hasta hoy cuando se acuerda de ella, alegando que pensaba que la Secretaría debió haber cumplido con su deber. Sabemos por experiencia que cuando tenemos verdaderamente interés en un problema, estamos, día a día, cerca de la Secretaría o de la Oficialía Mayor, insistiendo para que se trate en su oportunidad, y si no estamos de acuerdo, tenemos oportunidad de hablar en la tribuna para expresar nuestra inconformidad. Este es uno de los casos de inconformidad muy retardada, y es sospechoso que se presente hoy al día siguiente del caso presentado en el Senado.

Decía yo, que el compañero Lecona Soto, tratando de curarse en salud, presentó hace unos breves instantes el caso de hace ocho meses, el caso del señor licenciado Véjar Vázquez. Y quiero declarar al diputado Lecona Soto y a las galerías, que no sé si son porras traídas por él o por sus amigos, que la mayor parte de los diputados aplaudimos las palabras del diputado Lecona Soto, cuando hizo censuras al señor licenciado Véjar Vázquez.....

El C. Lecona Soto: ¡Al grano!

El C. Betancourt Pérez: El grano lo decido yo, no el diputado Lecona Soto. Lo aplaudimos, porque estamos de acuerdo en muchas de las cosas que ha dicho él, porque es necesario que sepa la opinión pública del país y los respetables ciudadanos que ocupan las galerías, que el caso presentado como bueno era para amparar una idea falsa expuesta por el hermano del señor diputado Lecona Soto en el Senado.

El C. Lecona Soto Reynaldo: ¡Porras!

El C. Betancourt Pérez Antonio: Si el compañero Lecona Soto llama porras a los diputados....

El C. Lecona Soto Reynaldo: A uno nada más.

El C. Betancourt Pérez Antonio: Quiero contestar algunas de las cosas expuestas por el compañero Lecona Soto. En primer lugar protesto, como lo han hecho algunos compañeros, ante la afirmación o ante la insinuación velada de que ha habido mordaza en la Cámara de Diputados. Si hay algún compañero que lo diga por experiencia propia ¡peor para él! Peor para el compañero que diga: "yo fui amordazado y por eso no pude hablar"; porque la prueba es que cuando se ha querido hablar, se ha hablado y el diputado Lecona Soto lo ha podido hacer con absoluta libertad. En segundo lugar, protesto porque en el caso personal mío, como en el de muchos compañeros, hemos venido a exponer aquí cuantas veces hemos querido nuestras opiniones.

Quiero citar algunos casos de mi propia experiencia. En una ocasión abordé desde esta tribuna el problema, delicado internacionalmente, del Chamiza.

Yo pensaba, como pienso hoy, que dadas las buenas relaciones que existen entre México y Estados Unidos, debería haberse resuelto este problema pendiente. No tuve ninguna mordaza para exponer este problema.

En el caso particular del licenciado Véjar Vázquez, quiero recordar, compañeros, que yo sistemáticamente, podríamos decir, y por la misma profesión que sigo y por el cargo que tengo de Presidente de la Comisión de Educación Pública y porque creo que Véjar Vázquez es un incapacitado en materia pedagógica y porque creo que no sigue la política señalada por el señor Presidente de la República, he hecho en repetidas ocasiones censuras públicas, cuando he dictaminado sobre alguna ley, con le mesura correspondiente y la investidura que tengo, he hecho censuras a Véjar Vázquez y nunca se me ha insinuado que no hiciera censuras de la actuación del licenciado Véjar Vázquez.

El compañero Lecona Soto leyó, para confirmar que él sufrió amenaza cuando la consignación del licenciado Véjar Vázquez, cuando pretendió consignar al licenciado Véjar Vázquez, una publicación hecha en "El Universal", respecto a unas declaraciones que se dice fueron hechas por el diputado Leobardo Reynoso.

Compañero Lecona Soto: yo estoy también acostumbrado a hacer uso de recortes de periódicos. Lo único que procuro es enterarme en días anteriores o posteriores, de si no hubo alguna nueva aclaración por la prensa, para basarme en ellas. Las declaraciones que leyó el compañero Lecona Soto no están firmadas, no son textuales de las hechas por el diputado Leobardo Reynoso, y tanto no lo fueron, que a los pocos día apareció en el mismo "Universal" una rectificación firmada por el diputado Reynoso, a la cual me voy a permitir dar lectura:

"A propósito de una nota que apareció en la edición de "El Universal", correspondiente al 18 del mes en curso, en la cual se dice que fueron comentadas desfavorablemente en la Cámara de Senadores las últimas declaraciones del señor diputado Leobardo Reynoso, Presidente de la Comisión de Control Político de la Cámara de Diputados, este representante nos hizo las siguientes declaraciones:

"Por el respeto que me merece la H. Cámara de Senadores y por el compañerismo que me liga con sus miembros, voy a emitir algunos conceptos en relación con los supuestos comentarios que a mis últimas declaraciones publicó "El Universal" del día 18 del mes en curso, en la última plana de su primera sección, y digo supuestos comentarios porque tengo conocimiento de que éstos fueron inspirados por el licenciado y senador Noé Lecona Soto, habiendo puesto mucho de su cosecha el reportero que redactó la nota respectiva, pues además de que conozco la manera de pensar de los señores senadores sobre este asunto, he cambiado impresiones con la mayor parte de ellos, especialmente con los senadores León García, Eugenio Prado, F. Palomo Valencia y otros destacados miembros del Senado, quienes no están de acuerdo con el punto de vista expresado en la información aludida; por otra parte, como en esos comentarios se tergiversan malévolamente los conceptos emitidos por mí, no es creíble que la mayoría de los señores senadores torciera el sentido de tales conceptos".

"Refiriéndome, en concreto, al caso diputado Lecona Soto - Véjar Vázquez, que motivó mis declaraciones y los supuestos comentarios a que me refiero, debo decir que jamás he pretendido en lo más mínimo coartar a dicho representante su libertad de expresión. El acusa al señor Ministro de Educación Pública de haber infringido el artículo 8o. constitucional y otros de la ley de Responsabilidades; y, o el señor Ministro es responsable del delito que se le imputa, o el señor diputado Lecona Soto está atribuyéndole hechos falsos. Sobre este particular, no puedo emitir anticipadamente opinión alguna y será la Sección Instructora respectiva del Gran Jurado la que en su oportunidad ejercerá las funciones que le concede la Ley de Responsabilidades, y la Cámara de Diputados, la que en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 74 constitucional, en su fracción V., resuelva la procedencia o improcedencia de la consignación del Ministro Véjar Vázquez y en este último caso, si se presenta..." Aquí está la amenaza a que se refiere Lecona Soto.

"...será la opinión pública la que juzgue severamente la ligereza del acusador".

"Fuera del caso a que me refiero, creo pertinente manifestar que la responsabilidad de un funcionario público está en relación directa con la importancia de su investidura. Y esa responsabilidad puede ser exigida o por las autoridades correspondientes, o por la opinión pública. Sería absurdo pensar que un senador o un diputado, por el sólo hecho de serlo, pudieran plantear problemas al Gobierno de que forma parte, tomando para ello causas baladíes, sin incurrir en responsabilidades. ¿O qué, acaso el fuero que otorga la Constitución en beneficio del pueblo, puede emplearse para atribuir sin derechos alguno, la comisión de un delito, a cualquier funcionario público por motivos meramente personales? La responsabilidad es una cortapisa, que nosotros mismos debemos ponernos, para no abusar de nuestra investidura, ni poner en peligro la armonía que debe haber entre los tres Poderes de la Unión.

"Y cuando hablé de deslindar responsabilidades entre acusado y acusador, no me referí a las que pudiera tener el señor diputado Lecona Soto, por el hecho de haber emitido una opinión o lanzado un ataque contra el señor Ministro de Educación Pública, como torcida y malévolamente lo escribe el reportero de "El Universal", sino a las en que pudiera incurrir por imputar la comisión de un delito oficial a un miembro del gabinete presidencial; para el caso de que no llegare a probar esa imputación.

"Conozco el patriotismo de los señores senadores y sé muy bien que sus deseos son los mismos que nos animan a la inmensa mayoría de los diputados, esto es, dar un apoyo franco y abierto al señor Presidente de la República para que salga avante, como está saliendo, en estos momentos de prueba para nuestro país, frente al conflicto mundial".

Si el compañero Lecona Soto tomó como amenaza el hecho de que el diputado Reynoso declarara que la opinión pública iba a censurar la ligereza del acusador, en eso todos absolutamente, con amenaza o sin ella, sabemos que esa es la responsabilidad que tenemos.

Yo quiero con este documento que he leído y que quiero anticiparme al compañero Lecona, yo, al leer la noticia ayer, me dirigí al compañero Reynoso preguntándole a qué caso se refería; traté de encontrar copia de las declaraciones y acudí al Secretario del diputado Reynoso, sin conocimiento de éste, para que me diera referencia de los hechos y me proporcionó la copia de la publicación hecha en "El Universal".

De suerte, compañero Lecona Soto, que si su hermano el señor senador Lecona Soto, para dar argumentos en relación con el incidente que se ha provocado con los representantes de la justicia, se quiso referir al caso de amenaza hecha a usted, estas declaraciones del diputado Reynoso son suficientes para demostrar que la única amenaza fue la de la opinión pública y a la opinión pública no debemos temerle cuando procedemos con razón y con justicia.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Esa es una copia hecha en máquina.

El C. Betancourt Pérez Antonio: Compañero, tómese el trabajo de comprobarlo, si no, mañana o en la próxima sesión yo se la presento. Yo le aseguro que es cierto porque soy caballero y no voy a acudir a una cosa falsa. Le concedo la palabra al compañero Lecona Soto para decir si hay falsedad aquí.

El compañero Lecona Soto no se atreve a hacer una afirmación categórica a este respecto, ¿por qué? Porque a pesar de que era su caso, no leyó estas declaraciones a los dos o tres días siguientes, menos después de ocho meses, si no se presenta ese asunto en el Senado.

Señores, para terminar, quiero decirles a ustedes que este es un caso de solidaridad familiar.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Cervantes.

El C. Cervantes Cesar M.: Señores diputados: Sólo tomo la palabra para hacer una aclaración.

El señor Betancourt Pérez ha hablado de porras y yo quiero que el señor Betancourt Pérez rectifique este concepto, pues las personas que ocupan las galerías son trabajadores de los panteones y colonias que han venido a esta Cámara como vinieron el día de este mes a presenciar el debate y a tener la satisfacción de haber oído que los señores diputados aprobasen la iniciativa de ley de los señores diputados Hernández Cházaro e Ismael Lozano.

Quiero hacer esta aclaración porque es necesario que se dé a estos trabajadores el respeto que se merecen porque no son porras, ni han sido traídos para venir a aplaudir a ningún diputado.

Quiero aclarar a los señores diputados, y muy especialmente al señor Betancourt Pérez que jamás he traído porras a la Cámara; porque porras quiere decir que el ciudadano que las trae las paga para que, inconscientemente, vengan a aplaudir algo.

Soy el primero en venir a declarar categóricamente, porque es de justicia, que nunca se me ha coartado la libertad de expresión, porque no lo permitiría, porque dejaría de ser diputado el día en que se me coartara ese derecho. Con esa misma franqueza con que vengo a decir esto, protesto enérgicamente por los conceptos del diputado Betancourt Pérez al calificar él, que se llama revolucionario, a gentes humildes, como porras pagadas. (Aplausos en las galerías).

El C. Betancourt Pérez Antonio: Para dar satisfacción al compañero por la mala interpretación que ha hecho de mis palabras, le diré que, si mal no recuerdo, en primer lugar, me felicito de haberle dado la oportunidad al compañero de ganarse los aplausos de los amigos de costumbre que trae. En segundo término, creo que dije en una parte de mi discurso: "estimables ciudadanos que ocupan las galerías". Eso lo recuerdo. Y fui a consultar la versión taquigráfica. Posiblemente, por los aplausos, no se escuchó esto, y sólo se oyó "porras". No he citado en absoluto al compañero Cervantes, y allí está la versión taquigráfica de los debates; pero él se puso el saco....

El C. Cervantes Cesar: Me puse el saco porque me venía.

El C. Betancourt Pérez Antonio: Posiblemente dije: "porras traídas por el compañero Lecona o por alguno de sus amigos". Allí está la versión taquigráfica de mi discurso. Repito que dije: "estimables ciudadanos que ocupan las galerías". Aunque esto no excluye la posibilidad de que entre ellos haya también porras.

El C. Lecona Soto Reynaldo: Usted les llamó porras, compañero, y hay que tener el valor civil de confesarlo.

El C. Betancourt Pérez: Lo que dije está en la versión taquigráfica y eso lo sostengo en cualquier terreno. El que quiera, puede revisar dicha versión.

El C. Carrillo Alejandro: Señores diputados: Está por concluir la labor de la XXXVIII Legislatura. En esa virtud, es conveniente pensar, con mayor cuidado que nunca, cada uno de los actos que los hombres que la integramos hemos de realizar antes de que concluya nuestra tarea como representantes del pueblo de México.

Me he permitido venir a ocupar brevemente la atención de ustedes con motivo de los asuntos que han sido abordados y discutidos desde esta tribuna. Me guía, al hacerlo, única y exclusivamente cuidar, con esmerado empeño, el prestigio de esta Legislatura y la responsabilidad personal de cada uno de sus miembros. Yo no quiero, compañeros diputados, que mañana, al hacerse la historia de nuestra actuación, se encontrara en ella un solo borrón, una sola mancha, por pequeña que ella fuera. Usar de la tribuna de la Cámara para desahogos personales o para asuntos de índole mezquina, sería un baldón para esta Legislatura, baldón al cual no estoy dispuesto a contribuir.

Por esa causa, en virtud de que hemos aprobado la proposición del compañero Lecona Soto en el sentido de que los trámites de rigor se sigan en relación con la consignación que él ha hecho, considero prudente reclamar que no debemos por ningún motivo, minimizar el asunto a debate. Espero que no se trate de una consignación hecha por un diputado porque haya tenido un disgusto o un pleito personal con un Ministro. Si esa es la causa que el compañero Lecona Soto tiene para impugnar la conducta de Véjar Vázquez, yo Alejandro Carrillo, soy el primero en estar en contra de la consignación; pero si la consignación obedece a otros motivos que lleven a la Cámara a analizar seria y profundamente la conducta del Ministro de Educación Pública, el que habla está dispuesto a sostenerla, a pedirla, independientemente de la personalidad del funcionario público aludido.

Yo creo, compañeros, que mucho más que saber si un Ministro recibe a un diputado con malas maneras, nos interesa saber cuál es la conducta oficial, la labor que desarrolla ese funcionario. Hoy se ha hablado en esta tribuna de una cuestión trascendental. A fuer de honrados, de sinceros, debemos afirmar que hay una inquietud profunda, existe una inquietud verdadera en el pueblo de México con relación a la conducta del señor Secretario de Educación Pública. (Aplausos nutridos).

Que no se tomen mis palabras como una cuestión de carácter personal. Quiero atestiguar, ante la Representación Nacional, que el actual titular de la Secretaría de Educación Pública sólo ha tenido deferencias extraordinariamente gentiles para el que habla, deferencias que inclusive juzgo - falsa modestia aparte - no merecer. No me guía, pues, al hablar en esta tribuna, ningún empeño menor, ningún propósito mezquino. Hago público mi reconocimiento por la conducta comedida, por la conducta de caballero cabal que el licenciado Véjar Vázquez ha tenido siempre para conmigo cada vez que he ocurrido a su oficina, a la que sólo he visitado para plantearle asuntos de interés nacional. Aclaro, pues, que lo que me interesa es discutir la conducta oficial de un funcionario público del Gobierno de nuestro país.

Por ventura para México, por ventura para los revolucionarios, ya ha pasado la época de los funcionarios intangibles. Tenemos como garantía , el deseo mil veces expresado por el señor Presidente de la República, Manuel Ávila Camacho, de que

todos los funcionarios públicos estén sujetos a la crítica de los ciudadanos de México.

Quiero insistir, compañeros diputados, que lo que interesa a los revolucionarios es saber, no sólo en el caso de Véjar Vázquez, sino en el caso de todos los funcionarios públicos, altos o bajos, grandes o pequeños, si están o no cumpliendo debidamente con su deber; estoy seguro de que, lo que interesa a la Cámara fundamentalmente, no son los aspectos - perdóneme el compañero Lecona Soto - menores que a mi juicio motivaron la consignación, si existen o no suficientes bancos en las escuelas. Por desgracia, compañeros, este es un problema que ha existido siempre en nuestro país. Cuando era otro el titular de Educación, esos problemas los exhibían ciertos sectores como si fueran de la responsabilidad personal del Ministro de Educación Pública, sólo porque era otro también su modo de pensar. No caigamos en ese lamentable error. A nosotros nos interesa saber si el licenciado Véjar Vázquez, como Ministro de Educación Pública, está resolviendo el problema de la educación de México de la mejor manera posible.

Lo hemos dicho ya en diversas ocasiones; dos grandes problemas tiene la patria: el problema económico, el problema creado por la miseria de las masas, el problema del hambre que todavía existe en grandes núcleos de nuestra población (aplausos) y el problema, igualmente importante, de forjar la conciencia de los mexicanos.

Si estamos empeñados en dar de comer al que no ha podido hacerlo, tenemos también la obligación de orientar debidamente, de educar convenientemente a los mexicanos.

Por esa causa, compañeros diputados, el problema aquí planteado es más hondo de lo que a primera vista pudiera creerse. Necesitamos saber si los dos aspectos fundamentales del problema educativo están siendo resueltos debidamente. En primer término está la cuestión relativa a la técnica de la enseñanza. No es este, por desventura, un congreso de pedagogos; es la nuestra una asamblea de representantes del pueblo. Pero aquí, entre nosotros, están varios maestros, profesionistas, diputados capaces de estudiar y conocer de estos problemas. Es necesario repetir que existe inquietud entre muchos diputados, los que sistemáticamente han estado haciendo objeto de su crítica constructiva al Secretario de Educación Pública, por los métodos pedagógicos que ha impuesto en el campo de la enseñanza.

Pero independientemente del aspecto técnico de la educación, que es muy importante, - pues ustedes saben bien que no se improvisan los pedagogos de la noche a la mañana - está el aspecto trascendental de la orientación filosófica de la enseñanza. Qué queremos que sea, que piense el hombre mexicano? Cómo lo vamos a orientar? Aquí es donde existe un abismo profundo entre el modo de pensar del señor Secretario de Educación Pública y el pensamiento de los revolucionarios mexicanos. (Aplausos).

En diversas ocasiones ha afirmado el señor Secretario de Educación Pública que nuestra historia es una sucesión de pugnas permanentes, de luchas estériles, de odios infecundos. Esas palabras las hemos oído también de labios de los jerarcas visibles, una secta antimexicana cuyo nombre no queremos mencionar aquí para no manchar la tribuna de la Cámara de Diputados. Y las hemos oído también de labios de individuos que se han improvisado directores de importantes instituciones educativas, quienes casi a diario repiten la muletilla de que México ha perdido 130 años en luchas estériles, debido a que torció el camino de su gran destino histórico al separarse del Imperio Español y proclamar su independencia política. Se descubre, por qué no decirlo, una peligrosa similitud entre el criterio del licenciado Véjar y el de esos hombres que no son, que no pueden ser fieles voceros del pensamiento, de los ideales del pueblo de México. Es pertinente recordar hay que, cuando el Presidente Ávila Camacho pronunció su histórico discurso del 15 de septiembre, refutó patriótica y brillantemente los falsos argumentos de esos negados de las esencias mexicanas, afirmando que hemos vivido entre la sangre y el dolor durante 130 años, es porque hemos preferido ser rebeldes a ser esclavos.

Juzgo, pues, compañeros, que el problema fundamental, el problema hondo, el problema esencial es el relativo a la orientación, al rumbo filosófico que ha de darse a la escuela mexicana. Por esa causa, considero, que la Cámara debe interesarse preferentemente por este problema, desdeñando asuntos menores. No hagamos descender la preocupación de la Cámara ocupándonos de cuestiones mezquinas, de asuntos intranscendentes. Seamos celosos del prestigio de esta Legislatura y de nuestra responsabilidad personal.

Creo, compañeros, que poco problemas interesan tanto, que tanto apasionan - esta es la palabra - al pueblo de México, como el problema de la educación pública. Y si somos dignos representantes de ese pueblo, ¡qué menos que pedirle al Secretario de Educación Pública que nos informe, que nos esclarezca que nos explique la razón de ser de un discutible gestión, que venga ante nosotros como funcionario que es de un régimen democrático. En este recinto, respetuosa y democráticamente, nosotros debatiremos con él sobre estas cuestiones trascendentales que hoy sólo hemos esbozado a fin de que el pueblo entero de México esté debidamente informado sobre estos asuntos de palpitante interés nacional! (Aplausos).

Yo creo, pues, ser fiel intérprete de mis compañeros de Cámara, cuando pido, en nombre del prestigio y de la responsabilidad de esta Legislatura, que tengamos cuidado con nuestros actos; que si lo que nos interesa y preocupa es realmente el problema de la educación nacional, que así lo digamos, que no minimicemos nuestra conducta ocupándonos de asuntos mezquinos, de cuestiones personales. El asunto que me he permitido plantear es de interés vital para el país. Que el funcionario encargado hoy de los asuntos educativos de México nos dé a conocer su pensamiento, nos diga cuáles son las normas que ha impuesto a la enseñanza. Si nos demuestra que ha cumplido con su deber, si nos convence de que ha interpretado fielmente la

Reforma Educativa de la Revolución Mexicana, le daremos nuestra aprobación.

Ahora, compañeros diputados, me ocuparé de otro asunto desligado totalmente de esta cuestión, pero que por su índole especialista lesiona seriamente el decoro de la actual Legislatura. No puedo afirmar, porque no estuve presente en ella, cuál fue la forma en que se desarrolló la última sesión del Senado; conozco sólo la versión publicada por los periódicos capitalinos, pero como quiera que aquí se les ha considerado periódicos serios, juzgo que podemos aceptar como verdadera lo que en ellos se ha publicado. En muchos de ellos se consignó la frase. vertida por un senador, de que en la Cámara de Diputados se nos ha coartado el derecho de expresión.

Compañeros diputados: esta acusación nos debe afectar profundamente. No me interesan cuestiones personales ni voy a formular acusación en contra de ningún señor senador de un modo concreto. Sólo me interesa que en la historia de la XXXVIII Legislatura quede asentado en el DIARIO DE LOS DEBATES, que uno de sus miembros, el más modesto, el más humilde, el menos merecedor quizás del honroso cargo de representante del pueblo, jamás ha recibido una consigna con objeto de que no expresa libremente su pensamiento. Si así fuera, señores diputados, hubiera preferido renunciar al derecho que tengo de sentarme en una cruel, porque considero que cuando los hombres son dignos - y la dignidad es cualidad esencial que deben tener los representantes del pueblo - mal merecerían el respeto de sus conciudadanos si llegan a este recinto a comerciar con sus ideas y a trocar su silencio por motivos mezquinos de conveniencia material. Por esa causa quiero aclarar esto. Recuerdan los señores diputados, y lo sabe el pueblo de México, que el que habla en estos momentos en muchas ocasiones, ha discrepado del sentir y del pensar personales del compañero Leobardo Reynoso, Presidente de la Comisión de Control Político de la Cámara. Siempre que eso ha ocurrido, he venido a la tribuna a decir mi pensamiento de un modo libre, sin coacción, sin amenaza de ninguna especie.

Yo quiero también que la Cámara tome nota de esta actitud nuestra, porque hablo en estos instantes no sólo en mi calidad de diputado, sino como Presidente del Sector Obrero cuando afirmo que a nuestro Sector el diputado Leobardo Reynoso jamás le ha obligado a aceptar su pensamiento. Nosotros hemos procedido con absoluta, auténtica libertad, y quiero que esto conste para satisfacción nuestra y para prestigio de la XXXVIII Legislatura.

Yo considero, compañeros diputados, que cuando un hombre cotiza sus ideas en el mercado de los apetitos materiales, pierde la dignidad, y cuando ese hombre es a la vez representante de un pueblo, pierde también la vergüenza. Vender la conciencia es el peor delito que se puede atribuir a un representante del pueblo.

El que habla, que ha expresado libremente su pensamiento, como a todos consta, pues basta recordar lo que aquí en esta tribuna afirmé al contestar el mensaje del señor Presidente de la República Manuel Ávila Camacho, el primero de septiembre de mil novecientos cuarenta y uno, discurso que aterrorizó a tanto traficante de la Revolución, hoy quiero, con ese derecho, con esa autoridad moral que da su actuación, pedir en nombre de los que no hemos recibido consigna, para pensar, que se dé un voto de confianza y de adhesión al compañero Leobardo Reynoso, por la conducta que ha seguido al frente del importante puesto en el cual le hemos colocado, libre y espontáneamente los diputados de la XXXVIII Legislatura. (Aplausos nutridos).

El C. secretario Márquez Ricaño Luis: Se pregunta a la Asamblea si se toman en consideración las dos proposiciones concretas del ciudadano diputado Alejandro Carrillo, la primera en el sentido de que se invite al ciudadano Secretario de Educación Pública para que venga a informar a esta tribuna de la Cámara de Diputados sobre su Ministerio, y la segunda, el voto de confianza que se concede al diputado Leobardo Reynoso como Jefe de Control Político de la Cámara. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se toman en consideración. Están a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueban. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobadas.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.- Secretaría de Educación Pública.

"Al C. diputado Jacinto López. - Presidente de la Cámara de Diputados. - Presente.

"Para conmemorar dignamente el aniversario del sacrificio del generalísimo don José María Morelos, el día 22 del presente a las 9.30 horas, tendrá lugar solemne ceremonia con la asistencia del señor Presidente de la República, en San Cristóbal Ecatepec, Estado de México.

"Tenemos el honor de invitar, por su conducto a la Honorable Cámara de Diputados suplicándole muy encarecidamente sea servida designar una comisión que la representante y deposite ofrenda floral en ese acto.

"Reiteramos a usted nuestra más distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., 9 de diciembre de 1942. - El Secretario de Educación Pública, licenciado Octavio Véjar Vázquez. - El Gobernador del Estado de México, licenciado Isidro Fabela. - El Presidente Municipal de San Cristóbal Ecatepec, Maurilio Ortega".

El C. Presidente: Se nombra en comisión a los ciudadanos diputados Otilio Villegas, Raúl Serrano T. y secretario Luis Márquez Ricaño.

El C. Presidente (a las 16): Se levanta la sesión y se cita para el martes próximo a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"

EL Director, Jefe de la Oficina, JUAN ANTONIO MOLL.