Legislatura XL - Año III - Período Ordinario - Fecha 19481013 - Número de Diario 12

(L40A3P1oN012F19481013.xml)Núm. Diario:12

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 1948

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

Director de la Imprenta, Lic. Román Tena. Director del Diario de los Debates, J. Flores Castro

Año III.- PERIODO ORDINARIO XL LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 12

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 13

DE OCTUBRE DE 1948

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Cartera. Se turnan a comisión las solicitudes de pensión del C. Fernando González Mendoza, y del permiso necesario para aceptar y usar condecoraciones de los CC. José García Hoffman y Javier Míreles Peña. Continúa la cartera.

3.- Se turnan a comisión, una solicitud de pensión del C. Antonio T. Alanís, y una proposición para que se conceda un premio en el concurso de productores de maíz.

4.- Atendiendo a una invitación de la Junta Patriótica de Apatzingán. Mich. se designa una comisión.

5.- Previa discusión y modificaciones, se aprueba y pasa al Senado un dictamen sobre el proyecto de ley que crea el Instituto Nacional Indigenista.

6.- Se turna a comisión una proposición del C. diputado Luis Ordorica Cerda para conmemorar el CXXXIV aniversario de la promulgación de la primera Carta Fundamental del país.

7.- Se rechaza una proposición para dejar los asuntos pendientes para otra sesión. Se aprueban y pasan al Senado tres dictámenes, uno, que concede permiso para aceptar y usar condecoraciones a los CC. Jaime Torres Bodet, Manuel Gual Vidal, Pablo Campos Ortíz, José Gorostiza, Rafael Fuentes, Federico Jiménez O'Farril, Rafael Melgar, Germán L. Rennow, Fernando Zárate Meneses, Luis Alamillo Flores y Manuel Martínez Castro; el segundo, que aumenta la pensión de que disfrutan las señoritas Paz Gómez de la Peña, Luz de Alba y Gómez y Dolores de Alba y Gómez; y el tercero, que concede pensión a la señora Rosario Azueta viuda de Aladro.

8.- El C. diputado Manuel Antonio Romero hace uso de la palabra para referirse al problema planteado por los maestros. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. FEDERICO BERRUETO RAMÓN

(Asistencia de 77 ciudadanos diputados).

El C. Presidente, (a las 12.55 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Flores Castro Manuel, (leyendo):

"Orden del Día.

"México, D. F., 13 de octubre de 1948.

"Acta de la sesión anterior.

"Oficios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, dando a conocer la forma en que se rindió homenaje a nuestro país, en ocasión del aniversario de su Independencia, en las Repúblicas de Chile y Bolivia.

"La Secretaría de Gobernación da a conocer las observaciones del Ejecutivo acerca de la pensión aprobada por el Congreso a favor del mayor Fernando González Mendoza.

"La Secretaría de la Defensa Nacional solicita permiso para que dos capitanes del Ejército usen condecoraciones del Gobierno de Guatemala.

"Telegramas del Congreso de Chiapas, participando que abrió un período extraordinario de sesiones para conocer de las elecciones del Poder Ejecutivo, y que declaró Gobernador Constitucional de esa entidad al C. Francisco J. Grajales.

"Circulares de los Congresos de Michoacán, Oaxaca y Tlaxcala, que se refieren a nombramientos de directivas y aperturas de períodos de sesiones.

"Circular en que el C. Mauro Cetina Ferráez participa que se hizo cargo del Gobierno de Yucatán. "Circular en que el C. Rodolfo Leal Isla comunica que fue electo Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León.

"Escrito de los CC. diputados Luna Morales Sepúlveda, Ordorica Cerda y otros, apoyando la

solicitud de pensión presentada por el profesor Antonio T. Alanís.

"La Comisión del Maíz invita a esta Cámara para que conceda un premio en el Concurso de 1948, entre los productores de semilla.

"Invitación de la Junta Patriótica de Apatzingán, Mich., para el acto cívico del día 22 del actual, en conmemoración de la primera Constitución del país.

"Dictamen de las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Asuntos Indígenas acerca de la iniciativa del Ejecutivo que crea el Instituto Nacional Indigenista.

"Proposición del diputado Ordorica Cerda para que esta Cámara celebre sesión solemne el día 22 del actual.

"Dictamen de la Primera Comisión de Puntos Constitucionales, concediendo permiso a varios ciudadanos para usar condecoraciones de gobiernos extranjeros.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda que aumenta la pensión de que disfrutan las bisnietas del licenciado Manuel de la Peña y Peña.

"Dictamen de la Primera Comisión de la Defensa Nacional que pensiona a la señorita Rosario Azueta de Aladro".

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XL Congreso de la Unión, el día ocho de octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.

"Presidencia del C. Federico Berrueto Ramón.

"En la Ciudad de México, a las doce horas y treinta minutos del viernes ocho de octubre de mil novecientos cuarenta y ocho, se abre la sesión con asistencia de setenta y nueve ciudadanos diputados, según consta en la lista que la Secretaría pasó previamente.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Sin discusión, se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día seis de los corrientes.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"Las Legislaturas de los Estados que a continuación se mencionan, informan lo siguiente: de Chiapas, que abrió un período extraordinario de sesiones con el objeto de rendir homenaje a la memoria del senador don Belisario Domínguez; de Jalisco, que inauguró, el 1o. de octubre, el segundo período ordinario de sesiones de su segundo año de ejercicio y da a conocer su Mesa Directiva; y de Puebla, que el 15 de septiembre clausuró el segundo período de sesiones de su primer año de ejercicio, designando previamente a su Comisión Permanente. De enterado.

"El C. licenciado J. Jesús Villaseñor Ayala participa que fue designado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guanajuato. De enterado.

"La señora Catalina Núñez viuda de Ortega solicita se le otorgue una pensión, por los servicios que a la Revolución prestó su esposo el señor general Félix Ortega Aguilar. Recibo y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"El C. diputado Ignacio Gómez del Campo presenta una iniciativa para que se adicione la fracción XXI del artículo 123 constitucional, con objeto de proteger a los trabajadores en el sentido de que no sean despedidos por el patrono por ingresar a una asociación o sindicato. A las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Trabajo en turno e imprímase.

"La Presidencia anuncia que para el día doce de los corrientes se efectuará una sesión solemne en conmemoración del Día de la Raza y designa orador para dicho acto al C. diputado Jesús Medina Romero, encareciendo la puntual asistencia de todos.

"A las trece horas se levanta la sesión y se cita para el martes doce, a las doce horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Aprobada.

- El C. secretario Gómez del Campo Ignacio (leyendo):

"Poder Ejecutivo Federal. - Estados Unidos Mexicanos. - México, D. F. - Secretaría de Relaciones Exteriores.

"C. Presidente del H. Congreso de la Unión. - Ciudad.

"Con el presente oficio me es grato enviar a usted una copia del que, bajo el número 734, dirigió a esta Secretaría nuestra Embajada en la República de Chile, con fecha 23 de septiembre próximo anterior, en que se transcribe la nota que le envió el señor Carlos Atienza P., Vicepresidente de la H. Cámara de Diputados de aquel país, felicitando a nuestro Gobierno y a ese H. Congreso, con motivo del CXXXVIII aniversario de la iniciación de nuestra Independencia.

"Igualmente, me es grato enviarle anexo una copia de la nota número 735 con la que el C. Encargado de Negocios a. i. de México, en Santiago, agradeció el homenaje, manifestando, al mismo tiempo, que ya ponía en conocimiento de ese H. Congreso el contenido de su comunicación.

"Reitero a usted las seguridades de mi consideración muy atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - P. O. del Secretario, el Subdirector General, Carlos Peón del Valle".

"Embajada de México. - Anexo: Copia.

"Santiago, a 23 de septiembre de 1948.

"C. Secretario de Relaciones Exteriores. - México, D.F.

"Me es satisfactorio poner en conocimiento de usted, que con motivo del 138o. aniversario de la Proclamación de la Independencia de México, el señor Carlos Atienza P., Vicepresidente de la H. Cámara de Diputados de Chile -Cámara que se halla en receso por haberse clausurado el período de 1948 y cuyo Presidente está fuera del país- me dirigió la siguiente nota:

"Señor encargado de negocios: en nombre de la corporación que me honro en presidir, me es especialmente grato presentar a V. E. las

congratulaciones que formulamos en la fecha del magno aniversario de la República hermana de México, unida a Chile por tan estrechos vínculos de solidaridad. No podemos menos de mencionar en esta oportunidad, el hecho simbólico que hace que la vida cívica de nuestras patrias hayan nacido y se extiendan en un hermoso y significativo paralelismo. Los próceres que forjaron vuestra libertad, como los nuestros, lucharon por un fecundo afán de justicia social, y vuestra Carta Magna, como la nuestra, contiene una sabia doctrina de redención del hombre por el hombre. Bajo tan nobles auspicios, la amistad mexicana y chilena se ha visto acrecentada en el transcurso del tiempo. En el día de hoy, al rendir homenaje a vuestra patria, nos complacemos en reiterar nuestros votos porque dicho espíritu de solidaridad se vea reforzado en los días venideros, a la par que la grandeza y prosperidad de la tierra mexicana. Ruego a V. E. se sirva transmitir la expresión de estos sentimientos a su Gobierno y a la honorable Cámara de Diputados de México y aceptar las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. (Firma) Carlos Atienza P. - Vicepresidente".

"Muy respetuosamente ruego a ustedes tomar en cuenta las transcritas expresiones de felicitación por cuanto atañe a nuestro Poder Ejecutivo, y también me permito suplicarle quiera disponer que la mencionada nota se haga del conocimiento de nuestra H. Cámara de Diputados.

"Asimismo, me tomo licencia de exponer a usted que esta Embajada acusó recibo de la nota antedicha, en comunicación cuya copia va anexa.

"Reitero a usted las seguridades de mis más obsecuentes atenciones.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.- El Encargado de Negocios a. i. - Gabriel Lucio".

"No. 735/822.3 "48".

"Santiago, a 23 de septiembre de 1948.

"Señor Vicepresidente de la H. Cámara de Diputados:

"Tengo a honra acusar recibo de la conceptuosa nota de fecha 16 del mes en curso, en la cual Vuestra Excelencia, a nombre de la H. Corporación que muy dignamente preside, me expresa sus congratulaciones por la fecha aniversario de la Proclamación de la Independencia de mi país, se refiere en elevados términos a la tradicional amistad chilenomexicana, y formula votos por el robustecimiento de la solidaridad que liga a nuestros pueblos y por la grandeza y ventura de México.

"En mi carácter de representante de México, agradezco a Vuestra Excelencia, con sincera cordialidad tan significativo mensaje que desde luego he transcrito a mi Cancillería con súplica de que también lo haga del conocimiento de la H. Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos, y puedo asegurarle que los nobles sentimientos expuestos en él, son ampliamente correspondidos por el Gobierno y pueblo mexicanos que siempre han profesado a esta fraterna República de Chile profundo afecto, cálida simpatía y alta estimación y que asimismo, anhelan el fortalecimiento de nuestra tradicional amistad.

"Me complace aprovechar la oportunidad para presentar a Vuestra Excelencia los testimonios de mis consideraciones las más atentas y distinguidas. Gabriel Lucio". - De enterado con agradecimiento.

"Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F., - Secretaría de Relaciones Exteriores.

"C. Presidente del H. Congreso de la Unión. - Ciudad.

"Me es grato comunicar a usted que nuestro Embajador en La Paz, informa que con motivo del CXXXVIII aniversario de la iniciación de nuestra Independencia, el Congreso Nacional de Bolivia, a través de sus dos Cámaras, rindió un efusivo homenaje a México, en que se destacan especialmente los discursos pronunciados por las siguientes personas:

"El señor Presidente del Poder Legislativo y Vicepresidente de la República, doctor don Mamerto Urriolagoitia, destacó que México es un país de alto nivel de progreso y de cultura, merced a su espíritu de avanzada y su esfuerzo para cumplir su destino de nación libre y anhelosa de afirmar los sanos principios de la Democracia.

"El senador y ex canciller doctor don Tomás Manuel Elío pronunció palabras de elogio al espíritu mexicano y fue el autor de la iniciativa para que su Cámara celebrara el acto.

"El diputado y jefe de la izquierda revolucionaria, don José Antonio Arze, exaltó las personalidades de don Benito Juárez y don Lázaro Cárdenas, a quienes ser refirió como paladines de los ideales de dignidad e independencia de los pueblos de América.

"Aprovecho la oportunidad para reiterar a usted las seguridades de mi consideración muy atenta y distinguida.

"Sufragio Efectivo. No Reelección. - P. O. del Secretario, el Subdirector General, Carlos Peón del Valle". - De enterado con agradecimiento.

"La Secretaría de Gobernación envía copia del oficio en que el Ejecutivo de la Unión hace observaciones al decreto expedido por el Congreso, en virtud del cual se concede una pensión al C. mayor de infantería, Fernando González Mendoza". - Recibo, y la Segunda Comisión de la Defensa Nacional que tiene antecedentes.

"La Secretaría de la Defensa Nacional, por conducto de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. capitán segundo José García Hoffman y subteniente Javier Míreles Peña, puedan aceptar y usar la condecoración del Mérito Deportivo militar, que les fue conferida por el Gobierno de Guatemala". - Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Tuxtla Gutiérrez, Chis, 11 octubre de 1948.

"Presidente Cámara Diputados H. Congreso Unión. - México, .D. F. - Urgente.

"Satisfácenos comunicar a usted que once horas hoy y conforme artículos 20 y 23 fracción XII Constitución Política local esta H. XLI Legislatura constitucional Estado abrió tercer período extraordinario sesiones correspondientes segundo año su ejercicio legal, con exclusivo objeto erigirse colegio electoral para computar votos emitidos elecciones de Gobernador esta propia entidad, próximo período constitucional y hacer declaratoria respectiva. Muy atentamente. Gabriel Sarmiento, C. diputado Presidente.- Licenciado Milton Castellanos Everardo, diputado vicepresidente. - Manuel J. Camacho, diputado secretario. - Pedro J. Cancino, diputado secretario. - Doctor Humberto Pascasio Gamboa, diputado prosecretario". - De enterado.

"Tuxtla Gutiérrez, Chis., 11 octubre de 1948.

"Presidente de la Cámara Diputados H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

"Satisfácenos participar usted que hoy veinte horas esta H. Legislatura declaró Gobernador constitucional Estado para período comprendido entre primero diciembre próximo y treinta noviembre mil novecientos cincuenta y dos al C. general e ingeniero Francisco J. Grajales. Muy atentamente. Gabriel Sarmiento Camacho, diputado presidente. - Licenciado Milton Castellanos Everardo, diputado vicepresidente. - Manuel J. Camacho, diputado secretario. - Pedro J. Cancino, diputado secretario. - Doctor Humberto Pascasio Gamboa, diputado prosecretario". - De enterado.

"El Congreso del Estado de Michoacán, comunica que fueron designados los CC. diputados Salvador Rivas Olivares y Gabriel Rosales Rodríguez, presidente y vicepresidente, respectivamente, para fungir durante el mes de octubre". - De enterado.

"La XL Legislatura del Estado de Oaxaca, participa que con fecha 16 de septiembre inauguró el primer período ordinario de sesiones, correspondiente a su segundo año de ejercicio y da a conocer su Mesa Directiva". - De enterado.

"La XXXIX Legislatura del Estado de Tlaxcala, participa que con fecha 7 de octubre abrió un período extraordinario de sesiones a que fue convocada por su Diputación Permanente, previa designación de su Mesa Directiva". - De enterado.

"El C. licenciado Mauro Cetina Ferráez, secretario general del Gobierno del Estado de Yucatán, participa haberse hecho cargo del Poder Ejecutivo de dicha entidad, por licencia concedida al Gobernador Constitucional, asumiendo las funciones de la Secretaría General, el oficial mayor C. Pedro Castro Aguilar". -De enterado.

"El C. licenciado Rodolfo Leal Isla participa que fue electo y tomó posesión de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León". -De enterado.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Los CC. diputados Ricardo Luna Morales, Simón Sepúlveda, Luis Ordorica Cerda, Alberto Jaimes Miranda, Ángel Tapia Alarcón, Federico Berrueto Ramón, y Porfirio Palacios, formulan un escrito por medio del cual apoyan la solicitud de pensión que ante esta H. Cámara ha presentado el señor profesor Antonio T. Alanís, acompañando una relación de los documentos que la justifican".- A la Primera Comisión de Hacienda que tiene antecedentes.

"Comisión del Maíz. - Avenida 5 de mayo 19. - México, D. F., a 27 de septiembre de 1948.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Ciudad.

"Durante el año de 1947 la Comisión del Maíz celebró un concurso entre sus productores de semilla, el cual dio por resultado que se llegara a registrar un máximo de 8.5 toneladas por hectárea. En esa ocasión esa H. Cámara tuvo la gentileza de ceder algunos premios que fueron agregados a los premios oficiales, contribuyendo a aumentar el estímulo entre los productores de nuestro alimento básico. Dichos premios fueron entregados por el C. Presidente de la República en ceremonia de la que informamos a ustedes oportunamente.

"La comisión está celebrando el concurso de 1948 sobre las mismas bases y continuando las finalidades que le impuso desde 1947 el Primer Magistrado de la Nación. Por eso, nuevamente volvemos a invitar a esa H. Cámara para que conceda un premio, esperando que al repetir nuestra petición no les causemos una molestia sino que, por el contrario, creemos que interpretarán la intención que tenemos de incorporar su nombre en esta campaña nacional, que tiene interés y resultado generales en el país, para lo cual hemos contado con la preocupación de esa H. Representación por nuestro principal problema agrícola. Como en el año anterior, la cuantía del valor de los premios para el concurso de este año, tiene menor significación y queda enteramente a la voluntad de esa H. Cámara señalarlo, en caso de acceder a esta petición.

"Al agradecer a ustedes su atención a la presente, nos es grato reiterarles con nuestra estimación, las seguridades de nuestra distinguida consideración y aprecio.

"El Presidente de la Comisión, senador Gabriel Ramos Millán". - A la Comisión de Administración para que resuelva el caso de acuerdo con el precedente establecido.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo del Estado. - H. Ayuntamiento.- Apatzingán, Mich. - 1814 - 1948. - Junta Patriótica pro 22 de octubre. - Portal Morelos No. 9 .-Apatzingán, Mich., a 4 de octubre de 1948.

"H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión . - México, D. F.

"Es motivo de gran satisfacción para esta H. Junta que tenemos el honor de presidir, invitar a esa H. Cámara de Diputados en forma muy cordial y atenta, a presidir el acto cívico que para conmemorar el CXXXIV aniversario de la primera Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tendrá verificativo en esta ciudad, a las 11 horas del día 22 del actual, conforme al programa especial que oportunamente enviaremos a esa H. Cámara.

"Esta propia Junta, se ha venido preocupando para que este acto tan trascendental, se celebre con el mayor lucimiento posible, recordando al pueblo en un acto de justicia, la memoria del caudillo y estadista que asombró al mundo: MORELOS.

Es por ello, que encarecemos a esa H. Representación Nacional, aceptar esta invitación, para que presida la ceremonia de referencia.

"Nos es muy grato protestar a esa H. Cámara nuestros respetos.

El Presidente de la H. Junta, Antonio Tinajero Guisar.- El Presidente Municipal, Antonio León Sifuentes.- El Secretario de la H. Junta, profesor Enrique Arcila N. - El Secretario del H. Ayuntamiento, Samuel Mejía Ríos".

El C. Presidente: Para asistir al acto cívico a que se refiere la invitación que acaba de leer la Secretaría, se designa la siguiente comisión: diputados Pascual Aceves Barajas, Luis Ordorica Cerda, Francisco Núñez Chávez, Jesús Medina Romero, Enrique Bravo Valencia y Horacio Tenorio Carmona.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a. de Gobernación y de Asuntos Indígenas, unidas.

"Honorable Asamblea:

"Las comisiones 1a. de Gobernación y la de Asuntos Indígenas, unidas, tienen el honor de rendir ante vuestra soberanía, el dictamen correspondiente a la iniciativa de ley enviada por el C. Presidente de la República proponiendo la creación del Instituto Nacional Indigenista.

"Dicha iniciativa obedece, en lo general, a un loable propósito de prestar la mayor atención posible, para su estudio y mejoramiento, a los núcleos indígenas que existen en el país, y en lo particular, a la finalidad concreta de cumplir la parte relativa a una convención de carácter internacional, derivada de resoluciones adoptadas en el Primer Congreso Indigenista Interamericano efectuado en Pátzcuaro, Mich. en abril de 1940.

"Para ambos efectos, se crea el organismo especializado que se denomina Instituto Nacional Indigenista, que por razones de lógica, se examina en primer término, en este dictamen, desde el punto de vista particular que se mencionó o sea en cuanto a su existencia convencional, para contemplarlo una vez fijado este origen, en su otro aspecto, el general o sea en la orientación de su funcionamiento incluyendo en éste un principio de aplicación práctica de las investigaciones científicas realizadas.

"Desde la VIII Conferencia Panamericana reunida en Lima, Perú, el año de 1938 quedó establecida la conveniencia de estudiar la creación de un instituto que se ocupara de estudiar los elementos humanos autóctonos de América.

"Con este antecedente, fue aprobada dos años más tarde, en el Primer Congreso Indigenista de Pátzcuaro, la resolución que da origen al Instituto Indigenista Interamericano, como consta en el punto LXXI del acta final de aquella reunión.

"La existencia legal de dicho Instituto, se obtuvo por medio de una convención suscrita por los países interesados, en la que ratificaron sus propósitos fundamentales coincidentes, según los términos que a continuación se transcriben:

"Los Gobiernos de las Repúblicas Americanas animados por el deseo de crear instrumentos eficaces de colaboración para la resolución de sus problemas comunes, y reconociendo que el problema indígena atañe a toda América; que conviene dilucidarlo y resolverlo y que presenta en muchos de los países americanos modalidades semejantes y comparables: reconociendo, además, que es conveniente aclarar, estimular y coordinar la política indigenista de los diversos países, entendida ésta como el conjunto de desiderata, de normas y de medidas que deban aplicarse para mejorar de manera integral la vida de los grupos indígenas de América, etc...."aprobó la creación del Instituto y propuso la celebración de una convención al respecto".

"Así quedó legalmente constituido un organismo interamericano, es decir, de carácter continental, con sede en la ciudad de México por acuerdo tomado en mismo Pátzcuaro.

"Tanto en las atribuciones y facultades del instituto indigenista interamericano, señaladas en el acta final del Congreso mencionado, como en la convención internacional posterior, se citan otros institutos, de carácter nacional, filiales del interamericano, a los que se encomienda la misión de contribuir, igualmente, al estudio y resolución de los problemas indígenas; pero con referencia exclusiva al país en que funcionen.

"La fracción VI del acuerdo correspondiente al punto LXII que obra en el acta final de Pátzcuaro, dice lo siguiente:

"VI. Autorizar, de acuerdo con los gobiernos respectivos el establecimiento de Institutos

Nacionales, filiales del Instituto Indigenista Interamericano".

"En la convención que estatuye el Instituto Indigenista Interamericano, se dice sobre los organismos filiales de que se trata, lo siguiente:

"Los gobiernos contratantes acuerdan elucidar los problemas que afectan a los núcleos indígenas en sus respectivas jurisdicciones, y cooperar entre sí sobre la base del respeto mutuo de los derechos inherentes a su completa independencia para la resolución del problema indígena de América; por medio de reuniones periódicas, de un Instituto Indigenista Interamericano, y de Institutos Indigenistas Nacionales, cuya organización y funcionamiento están regidas por la presente convención". Y en el artículo X de la propia convención se encuentra expuesto lo que sigue acerca de los Institutos Indigenistas Nacionales:

"1o. Los países contratantes organizarán en la fecha que les parezca conveniente, dentro de sus respectivas jurisdicciones, un Instituto Indigenista Nacional, cuyas funciones serán, en lo general, estimular el interés y proporcionar información sobre materia indígena a personas o instituciones públicas o privadas y realizar estudios sobre la misma materia de interés particular para el país.

"2o. Institutos Nacionales serán filiales del Instituto Indigenista Interamericano, al que rendirán un informe anual.

"3o. El financiamiento, organización y reglamentación de los Institutos Nacionales, serán de la competencia de las naciones respectivas".

"En lo expuesto están contenidos los fundamentos del Instituto Indigenista Nacional que el Ejecutivo de la Unión propone, por lo que ve a la existencia de dicho organismo, como efecto de una obligación nacional contraída, siendo de mencionarse que, en el último considerando de la iniciativa, consta el dato de que otros países americanos que suscribieron la convención, ya han creado sus Institutos Nacionales y se encuentran funcionando conforme a sus normas respectivas.

"Ahora corresponde examinar la integración del instituto de acuerdo con las funciones que se le encomiendan. Estas funciones van más allá de la pura investigación, no se detienen en la especulación ni se limitan a obtener conclusiones de carácter teórico, sino que, con fines eminentemente prácticos, se busca una aplicación del trabajo, científico. Es en las fracciones III, IV y VII del artículo segundo del proyecto que se dictamina en donde queda definida la tendencia a establecer las facultades que tiene el instituto, de promover, coordinar y en ocasiones ejecutar las medidas que éste apruebe en su seno o le encomiende el Ejecutivo para mejoramiento real de los grupos indígenas. La conveniencia de estas medidas, entre las que figura la realización de obras materiales, tiene como garantía la adopción de un plan anual de trabajo, como lo establece el artículo octavo; la realización de estudios previos conforme a las facultades del artículo segundo, las cuales adquieren posibilidades de aplicación cuando los apruebe el Consejo, como se desprende de los artículos noveno y décimo, y la forma de integrar este consejo, con representantes de diversos organismos oficiales, semioficiales y particulares que por su propia índole están en condiciones de aportar su colaboración al fin común que es objeto del instituto. En efecto, éste se constituye con un Director y un Consejo, como lo disponen los artículos sexto y séptimo, estando integrado el consejo por representantes de los organismos que en seguida se mencionan:

"Secretaría de Educación Pública, a través de la Dirección que hoy se llama de Asuntos Indígenas.

"Secretaría de Salubridad y Asistencia.

"Secretaría de Gobernación.

"Secretaría de Agricultura.

"Departamento Agrario.

"Banco de Crédito Ejidal.

"Instituto Nacional de Antropología e Historia.

"Universidad Nacional Autónoma de México.

"Instituto Politécnico Nacional.

"Un representante de las Sociedades Científicas que se dediquen preferentemente a estudios antropológicos.

"Acerca de la integración del consejo, las comisiones que dictaminan se permiten proponer una adición, que se refiere a la Secretaría de Recursos Hidráulicos, por considerar que esta Dependencia del Ejecutivo desempeña funciones indispensables para los fines del instituto tal como se han concebido en el desarrollo práctico de sus conclusiones científicas. En consecuencia, se agrega a la lista de representantes que integran el consejo conforme al artículo séptimo, el representante de la secretaría mencionada.

"Esta forma de integración del consejo y el nombramiento del Director del Instituto que hace el C. Presidente de la República de entre las personas que se hayan distinguido en cualesquiera de las actividades técnicas relacionadas con las funciones del organismo, presentan las posibilidades de coordinación en los trabajos que éste desarrolle, circunstancia que es la esencia del artículo decimosegundo, el cual dispone que las Secretarias y Departamento de Estado, aporten al Instituto Nacional Indigenista la colaboración necesaria para que se realice el plan aprobado por el consejo. La segunda parte de este artículo decimosegundo tiene un alcance económico fundamental, disponiendo que en los presupuestos respectivos de las Secretarías y Departamentos de Estado se hagan figurar las cantidades necesarias para la realización de ese plan de trabajo, elaborado por sus representantes, en el seno del consejo de que forman parte.

"Es conveniente insistir sobre la trascendencia del precepto que acaba de examinarse, porque su cumplimiento entraña la única posibilidad de obtener un buen resultado en los propósitos en que está inspirado el proyecto, La dinámica del instituto, como ya se dijo, requiere para ser útil en un grado que tenga consecuencias benéficas en la vida nacional, que se conviertan sus investigaciones en medidas prácticas, adecuadas, en los medios físico y

humano de los indígenas, y sólo con una previsión económica bastante puede alcanzarse esa finalidad, independientemente del patrimonio del instituto destinado para su sostenimiento como organismo. Esa previsión económica de carácter presupuestal está comprendida en el considerando sexto, en el cual afirma el C. Presidente de la República, justamente, que los problemas que afectan a los núcleos indígenas "sólo pueden ser resueltos por la acción coordinada de las distintas dependencias del Gobierno Federal" y de otras que se mencionan.

"En el acta final del Congreso Indigenista de Pátzcuaro, existe un antecedente sobre la aplicación de las investigaciones. En la fracción II de las atribuciones y facultades del Instituto interamericano, se habla de "iniciar, dirigir y coordinar investigaciones y encuestas científicas", dividiéndolas en las "que tengan aplicación inmediata a la resolución de los problemas indígenas", y en las "que ayude al mejor conocimiento de los grupos indígenas, aunque no tengan aplicación práctica inmediata". Las comisiones que dictaminan citan este antecedente porque fortalece el criterio que en esa parte sustenta el proyecto, ya que el instituto nacional creado por éste, es filial del Instituto Interamericano a que se refiere la transcripción.

"Las propias comisiones tienen otra adición que proponer, sin que ésta afecte el contenido de la ley en formación, sino que se refiere a la conveniencia de derogar las disposiciones en vigor que pudieran interferir su exacto cumplimiento. No obstante que la ley posterior deroga a la anterior, es preferible eliminar cualquier obstáculo haciendo derogación expresa, en términos generales, de aquellas disposiciones que se opongan, agregando un segundo artículo transitorio, para tales efectos.

"Han sido examinadas las características del proyecto de ley que propone la creación del instituto indigenista nacional. La vigencia de este ordenamiento permitirá emplear la técnica para profundizar el conocimiento de la realidad social mexicana en su escenario geográfico y en su población, concretamente aplicada a los núcleos indígenas y a las zonas en que habitan, para resolver los problemas que afecten a aquéllos en sí mismos y en sus relaciones con los demás miembros de la nacionalidad, así como para que aprovechen de la mejor manera posible, los recursos naturales con que cuenten éstas.

"No puede omitirse mencionar como funciones muy importantes del instituto, la difusión del resultado de sus investigaciones y la de ser órgano de consulta de las instituciones oficiales y privadas en las materias de su competencia.

"Tampoco puede dejar de mencionarse que los grupos indígenas suman alrededor de cuatro millones de individuos y que a nuestro régimen democrático interesa atenderlos, considerando sus rasgos culturales propios, que contribuyen estos grupos autóctonos a dar fisonomía a nuestra patria, y que son indiscutiblemente raíz de nuestra nacionalidad.

"Por las razones expuestas, venimos a someter a la consideración de la H. Asamblea, la siguiente iniciativa de ley que crea el Instituto Nacional Indigenista.

"Artículo 1o. Se crea el Instituto Nacional Indigenista, con personalidad jurídica propia, filial del Instituto Indigenista Interamericano y con sede en la capital de la República.

"Artículo 2o. El Instituto Nacional Indigenista desempeñará las siguientes funciones:

"I. Investigará los problemas relativos a los núcleos indígenas del país; "II. Estudiará las medidas de mejoramiento que requieran esos núcleos indígenas; "III. Promoverá ante el Ejecutivo Federal, la aprobación y aplicación de estas medidas; "IV. Intervendrá en la realización de las medidas aprobadas, coordinando y dirigiendo, en su caso, la acción de los órganos gubernamentales competentes; "V. Fungirá como cuerpo consultivo de las instituciones oficiales y privadas, en las materias que, conforme a la presente ley, son de su competencia; "VI. Difundirá, cuando lo estime conveniente y por los medios adecuados, los resultados de sus investigaciones, estudios y promociones, y "VII. Emprenderá aquellas obras de mejoramiento de las comunidades indígenas, que le encomiende el Ejecutivo, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Indígenas.

"Artículo 3o. El instituto estará capacitado para adquirir y administrar bienes y formará su patrimonio con los que en seguida se enumeran:

"I. La cantidad que anualmente le fije como subsidio el Gobierno Federal, a través de su presupuesto de egresos; "II. Con los productos que adquiera por las obras que realice y por la venta de sus publicaciones, y "III. Los que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquier otro título de personas o de instituciones públicas o privadas.

"Artículo 4o. Los bienes que lleguen en esta forma a constituir el patrimonio del instituto, no podrán ser gravados ni enajenados por él mismo, sin previa autorización del Gobierno Federal y sujetándose en todo caso para tales enajenaciones o gravámenes, a las disposiciones que rijan a los bienes nacionales, calidad que en todo tiempo conservarán esos bienes.

"Artículo 5o. El instituto quedará integrado por el Director y un Consejo, además del personal técnico y administrativo que requieran sus actividades.

"Artículo 6o. El Director del Instituto será designado por el C. Presidente de la República, de entre aquellas personas que se hayan distinguido en cualesquiera de las actividades técnicas que se relacionen con las funciones propias del instituto; le corresponderá la representación legal de éste y será el ejecutor de los acuerdos del Consejo.

"Artículo 7o. El consejo será presidido por el director y estará integrado por representantes de las Secretarías de Educación Pública (Dirección de Asuntos Indígenas), Salubridad, Gobernación, Agricultura, Recursos Hidráulicos y Departamento Agrario y por representantes designados por el Banco de Crédito Ejidal, Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Universidad Nacional

Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional, así como por un representante designado por las sociedades científicas que se dediquen preferentemente a estudios antropológicos.

"Artículo 8o. El Director del Instituto planteará cada año al consejo, el plan de acción y las investigaciones técnicas que la correspondan, conforme a los términos de la presente ley. El consejo aprobará, a más tardar el mes de septiembre, el plan que desarrollará en el siguiente año.

"Artículo 9o. El consejo se reunirá mensualmente en sesión ordinaria y en sesión extraordinaria cada vez que para ello sea convocado por el director, debiéndose celebrar las sesiones ordinarias precisamente en las fechas que al efecto se fijen en el calendario que oportunamente se forme.

"Artículo 10. En las sesiones del Consejo, las decisiones se adoptarán a mayoría de votos y en caso de empate el director tendrá voto de calidad.

"Artículo 11. Será facultad del Director del Instituto someter a la decisión del Consejo la contratación del personal técnico necesario para el desarrollo de sus actividades. Este personal técnico será contratado por tiempo limitado para la realización de trabajos determinados.

"El Tesorero del Instituto será nombrado por el Presidente del mismo, con aprobación del consejo.

"En consejo tendrá derecho a mandar practicar, cuando lo juzgue conveniente, una auditoría sobre el manejo de los fondos del instituto. Cada año será obligatorio nombrar un auditor que compruebe la correcta aplicación de los fondos.

"El personal administrativo quedará sujeto a contrato de trabajo por el tiempo que sean necesarios sus servicios.

"Artículo 12. Las Secretarías y Departamentos de Estado prestarán al Instituto Nacional Indigenista, la colaboración necesaria para la realización del plan de trabajo que sea aprobado por el consejo.

"Las Secretarías y Departamentos de Estado que hayan aprobado el plan por medio de sus representantes en el consejo, harán figurar en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias para la realización de dicho plan, y no podrán disponer de dichas partidas para otro objeto.

"Artículo 13. El instituto, como dependencia del Gobierno Federal, gozará de franquicia postal y telegráfica y del descuento que a aquellas corresponde en las vías generales de comunicación.

"Artículo 14. Las operaciones en virtud de las cuales el instituto adquiera bienes de instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras o bien particulares, estarán exentas de toda clase de contribuciones, impuestos o derechos.

TRANSITORIOS

"Primero. Durante el presente año el Ejecutivo fijará al instituto el subsidio que estime pertinente, a reserva de que el año próximo, se considere dicho subsidio en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

"Segundo. Se derogan las disposiciones legales anteriores, que se opongan a la presente ley.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

"México, D. F., 13 de octubre de 1948. - Primera Comisión de Gobernación, Eugenio Prado. - Abraham González Rivera. - Comisión de Asuntos Indígenas, Nicolás Zapata. - Jaime Llamas García. - Esteban Marín Chaparro".

El C. Presidente: Para apoyar el dictamen que acaba de leer la Secretaría, relativo al proyecto de ley que crea el Instituto Nacional Indigenista, se concede la palabra al C. diputado Luis Díaz Infante.

El C. Díaz Infante Luis: Señores diputados: Me voy a permitir recalcar algunos de los puntos fundamentales tratados en el dictamen de las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Asuntos Indígenas, a mi modo de ver acucioso y completo, sólo para explicar brevemente la génesis y la trascendencia de la ley que crea el Instituto Nacional Indigenista.

Nuestros gobiernos revolucionarios siempre han tenido el imperativo categórico de preocuparse por el mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos indígenas del país, procurando estudiar con empeño y con el mejor propósito los problemas que les afectan, tanto en el orden espiritual y material, como en los de orden económico y cultural.

Fue por eso que México convocó al Primer Congreso Indigenista Internacional que sé celebró en Pátzcuaro en abril de 1940. De ese Congreso surgió la creación del Instituto Indigenista Internacional que con sede en la ciudad de México, tiene el propósito de estudiar conjuntamente con los demás países de América que tienen problema indígena, el mejoramiento de sus aborígenes, ya que se trata de un problema que afecta a toda la América.

Del mismo Congreso Internacional de Pátzcuaro emanó la creación de diversos institutos nacionales indigenistas en cada uno de los países que intervinieron en el Congreso Internacional. El propósito de la creación de estos institutos locales, frente al instituto continental, es de armonizar las actividades relacionadas con el mejoramiento de los indígenas de todos los países americanos.

En virtud de ese convenio signado por todos los países que intervinieron en el Congreso Interamericano, fue por lo que el Ejecutivo mandó al Congreso de la Unión, inicialmente a esta Cámara, el proyecto de ley que crea el Instituto Indigenista de México.

De acuerdo con el articulado que se propone, el instituto nacional indigenista desempeña las siguientes funciones:

Investigación de los problemas relacionados con los grupos de indígenas del país; estudiar las medidas de mejoramiento de los mismos, y promover ante el Ejecutivo la aprobación y aplicación de tales medidas y coordinar la acción de las dependencias del Gobierno que intervienen.

Por último, la ley le señala al propio instituto facultades de orden consultivo y de difusión cuando lo estime conveniente de los problemas,

estudios y demás actividades del Consejo del propio instituto.

Esta institución tendrá un patrimonio propio que administrará con plena autonomía; sus bienes serán inalienables, y sólo podrán ser gravados previa autorización del Gobierno Federal.

La integración del instituto se hará con un Director que nombrará directamente el Presidente de la República y un Consejo que será integrado con representantes de las Secretarías de Gobernación, Agricultura, Educación, Departamento Agrario. Salubridad y con la adición de Recursos Hidráulicos que propone el dictamen; además, con representantes del Banco de Crédito Ejidal, del Instituto Nacional de Antropología e Historia, de la Universidad Autónoma de México, del Instituto Politécnico Nacional, y por un representante que designen las sociedades científicas que se dedican preferentemente a estudios antropológicos.

Continúa el articulado de la ley fijando las normas bajo las cuales debe funcionar ese Consejo; establece un control de fondos, así como exención de contribuciones, impuestos o derechos y la franquicia telegráfica y postal.

Como se ve, con la intervención de los representantes de las Secretarías de Estado que integran el Consejo, lo que se pretende es fortalecer o reforzar la acción estatal para que resulte práctica la ayuda que trata de darse a esos cuatro millones de autóctonos, de indígenas, que viven en zonas inhospitalarias del país.

Con estos antecedentes creo sinceramente que debemos aprobar con aplauso la iniciativa del Ejecutivo, que no tiene otra finalidad que prestar todo su apoyo a nuestros aborígenes, cumpliendo así con una obligación de carácter internacional y con una obligación todavía más profunda: la de cumplir con uno de los más caros postulados de la Revolución mexicana.

El C. Chávez Velázquez Bernardo: Desearía hacer una pregunta a la comisión si no considera omisión no haber incluido entre los representantes al Consejo a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, dada la importancia vital que tienen las vías de comunicación, y que son necesarias para los indígenas como sucede en el Estado de Chiapas, por lo tanto, creo que sí necesitan la colaboración de la Secretaría de Comunicaciones. Yo creo que sí hubo omisión.

El C. Díaz Infante Luis: Me voy a permitir contestar la interpelación del señor diputado doctor Chávez, diciéndole que todas las Secretarías de Estado deben coadyuvar con el Instituto Nacional Indigenista, aunque el Consejo se forma solamente con representantes de algunas de ellas; pero esto no quiere decir que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas no tenga, cuando así se determine por el Consejo, la obligación de ayudar a los núcleos indígenas haciendo para éstos los caminos y las vías de comunicación a que usted se refiere.

En efecto, el artículo 12, dice: "Las Secretarías y Departamentos de Estado prestarán al Instituto Nacional Indigenista la colaboración necesaria para la realización del plan de trabajo que se haya aprobado por el Consejo". De tal manera que todas las Secretarías, inclusive la de Comunicaciones y Obras Públicas, están comprendidas dentro de esta disposición, para ayudar al Instituto Nacional Indigenista.

El C. Chávez Velázquez Bernardo: Pero hay omisión al no establecer que la Secretaría de Comunicaciones tenga un representante especial dentro del Consejo.

El C. Díaz Infante Luis: Estimo que el Consejo debe estar integrado por el menor número de representantes de las Secretarías de Estado y que sólo deben integrar el Instituto Nacional Indigenista, las más adecuadas, porque si no, el Consejo tendría que estar formado por todas las Secretarías y Departamentos de Estado que son muchos, complicándose el trabajo; pero dejo a la Asamblea que resuelva lo que estime pertinente.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Se va a proceder a la votación, en lo general, del dictamen de la comisión. Por la afirmativa.

El C. secretario Flores Castro Manuel: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Flores Castro Manuel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

Por unanimidad de setenta y nueve votos fue aprobado el dictamen de la comisión, en lo general.

El C. Presidente: Está a discusión el dictamen en lo particular.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Pido la palabra en contra de los artículos 2o., 3o., inciso III, 4o, 7o., 8o. y 12 en su segundo párrafo.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. En contra, el diputado Ramírez Munguía.

El C. Anguiano Victoriano: Pido la palabra para pronunciarme en contra, en lo particular, de un artículo que voy a apartar; el 7o.

El C. Presidente: Están inscritos en contra los diputados Ramírez Munguía y Victoriano Anguiano. En pro, la Comisión.

El C. Santoyo Ramón V.: Pido la palabra para una moción de orden. Señor Presidente: en mi concepto una vez apartados por los ciudadanos diputados que hablen en contra de los artículos por ellos señalados, procede, en mi humilde concepto, poner a discusión el primero de los artículos apartados y sólo así se puede establecer el pro y el contra. Claro que la Comisión en todo caso tendrá que responder.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Artículo 1o. Se crea el Instituto Nacional Indigenista, con personalidad jurídica propia, filial del Instituto Indigenista Interamericano y con sede en la Capital de la República".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Artículo 2o. El Instituto Nacional Indigenista desempeñara las siguientes funciones:

"I. Investigará los problemas relativos a los núcleos indígenas del país; "II. Estudiará las medidas de mejoramiento que requieran esos núcleos indígenas; III. Promoverá ante el Ejecutivo Federal, la aprobación y aplicación de estas medidas; "IV. Intervendrá en la realización de las medidas aprobadas, coordinando y dirigiendo, en su caso, la acción de los órganos gubernamentales competentes; "V. Fungirá como cuerpo consultivo de las instituciones oficiales y privadas, en las materias que, conforme a la presente ley, son de su competencia; "VI. Difundirá, cuando lo estime conveniente y por los medios adecuados, los resultados de sus investigaciones, estudios y promociones, y "VII. Emprenderá aquellas obras de moramiento de las comunidades indígenas, que le encomiende el Ejecutivo, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Indígenas".

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Señores diputados: Dí mi aprobación al dictamen que se va a discutir en su aspecto general, porque efectivamente, es una necesidad en nuestro Continente y principalmente en nuestro país, que exista un órgano que provea a las necesidades y a la resolución de los problemas de ese grupo de indígenas que en nuestro México se cuenta por millones. Pero al estudiar el articulado, se ve que la ley o sea el proyecto que propone el Ejecutivo, carece de cierta técnica porque no existe ningún artículo, y esto habría de ser en el artículo segundo, en que se señalara con precisión cuál es el objeto de la ley que se propone.

En ese artículo únicamente se habla de las medidas por las cuales se faculta al instituto por crearse y en ellas no encontramos, principalmente, dentro del concepto de mejoría de estos núcleos indígenas, la verdadera incorporación de los mismos a la hispanidad. No se habla en ninguna de las medidas que pueda poner en práctica el instituto, de alguna precisamente que tienda a incorporar a la sociedad mexicana a esos indígenas que, si bien merecen respeto en su cultura, en sus costumbres en cuanto estén ajustadas a la moral, deben incorporarse al resto de la sociedad mexicana para que ésta se defina siempre como única y como formando un solo país.

Así es que habiendo modificado la comisión dictaminadora la frase que venía en el proyecto de que el instituto solamente iba a crearse en bien de las comunidades indígenas, y se aceptó la frase de núcleos indígenas, queda por precisar en algún inciso del artículo 2o., que entre las medidas que debe emplear el instituto en bien de esos grupos y en bien de la nación, está la de incorporarlos a la sociedad mexicana, a la nación, diríamos, para que venga a forjarse una verdadera unidad democrática.

Así es que mi objeción al artículo 2o., depende, principalmente, de que se ponga un inciso en el mismo artículo, señalando entre las medidas que debe poner en práctica el instituto, la que acabo de mencionar.

Me reservo hablar de los incisos III y IV de ese mismo artículo para cuando me ocupe de las objeciones al artículo octavo, por estar relacionados esos incisos con la facultad que el artículo octavo da al Director del Instituto y más aún al Consejo que va a dirigir el instituto, de estudiar y aprobar el plan a seguir el año siguiente, dentro de los objetivos de la ley y dentro de los fines del instituto.

Vienen en seguida las objeciones al artículo 3o.

El C. Santoyo Ramón V.: Está a discusión el 2o., nada más.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Ante la observación que me hace el diputado Santoyo, concreto mi objeción al artículo 2o., en el sentido de que se adicione con un inciso en que de manera expresa se indique que las medidas que se toman son las de incorporar esos núcleos indígenas a la sociedad mexicana para la unidad nacional.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Santoyo.

El C. Santoyo Ramón V.: Señores diputados: Otra vez una ausencia de técnica jurídica en opinión del señor licenciado Ramírez Munguía puede frustrar al intento de mejorar las razas indígenas del país. Estoy seguro que los núcleos indígenas del país están cansados de técnica jurídica y lo que quieren es una cooperación rápida y eficaz para su verdadero mejoramiento.

Basta leer, señores diputados, las fracciones que integran el artículo 2o. que objeta el señor licenciado Ramírez Munguía para considerar que no tiene razón. Son siete fracciones, nada menos; siete, y en todas ellas se habla de mejoramiento en las diversas formas en que el Ejecutivo plantea esta cuestión y que las comisiones aprobaron y someten a la consideración de la Asamblea.

Estas fracciones voy a repetirlas para que vean ustedes si carece de objetivo concreto, como él dice, el Instituto Indigenista Nacional:

"I. Investigará los problemas relativos a los núcleos indígenas del país; "II. Estudiará las medidas de mejoramiento que requieran esos núcleos indígenas; "III. Promoverá ante el Ejecutivo Federal, la aprobación y aplicación de estas medidas; "IV. Intervendrá en la realización de las medidas aprobadas, coordinando y dirigiendo, en su caso, la acción de los órganos gubernamentales competentes; "V. Fungirá como cuerpo consultivo de las instituciones oficiales y privadas, en las materias que, conforme a la presente ley, son de su competencia; "VI. Difundirá, cuando lo estime conveniente y por los medios adecuados, los resultados de sus investigaciones, estudios y promociones, y "VII. Emprenderá aquellas obras de mejoramiento de las comunidades indígenas, que le encomiende el Ejecutivo, en coordinación con la Dirección General de Asuntos Indígenas".

Al contenido de estas siete fracciones no les concede en realidad ninguna importancia el señor licenciado Ramírez Munguía. El se ha ocupado en lo que pudiera llamarse la política indigenista y sobre la política indigenista voy a permitirme suplicar a la Secretaría dé lectura a la parte correspondiente de la Convención Internacional que aprobó la existencia del Instituto Interamericano y de los institutos nacionales, pero quiero explicar con mayor amplitud este punto: no es fácil, señores, reducir a fórmulas exactas como si se tratara de recetas de cocina, lo que debe hacerse para que los grupos indígenas de México y de toda la América tengan el mejoramiento que necesitan y aporten a la vida nacional de sus propios países todo el esfuerzo de que son capaces para el mejoramiento económico de la nación a que pertenecen. Esta política indigenista no está definida; precisamente para eso son las reuniones de que se ha venido hablando; para eso fue una Convención Internacional que hubo en Perú, en 1938; para eso fue el Congreso Indigenista que hubo en Pátzcuaro, en 1940; para eso se constituyó el Instituto Interamericano con sede en la capital de la República mexicana; para eso se instituyen -y ese es el motivo de nuestro debate- los institutos nacionales en cada uno de los países de la América y, repito, esto se hizo a través de un convenio de carácter internacional suscrito por todas las naciones de América. Voy a pasar a la Secretaría la memoria de esa Convención.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Los Gobiernos de las Repúblicas americanas animados por el deseo de crear instrumentos eficaces de colaboración para la resolución de sus problemas comunes, y reconociendo que el problema indígena atañe a toda América; que conviene dilucidarlo y resolverlo y que presenta en muchos de los países americanos modalidades semejantes y comparables; reconociendo, además, que es conveniente aclarar, estimular y coordinar la política indigenista de los diversos países, entendida ésta como conjunto de desiderata, de normas y de medidas que deben aplicarse para mejorar de manera integral la vida de los grupos indígenas de América, y considerando que la creación de un Instituto Indigenista Interamericano fue recomendada para su estudio por la Octava Conferencia Internacional, reunida en Lima, en 1938, en una resolución que dice: "Que el Congreso Continental de Indianistas estudie la conveniencia de establecer un Instituto Indianista Interamericano y, en su caso, fije los términos de su organización y dé los pasos necesarios para su instalación y funcionamiento inmediatos", y considerando que el Primer Congreso Indigenista Interamericano, celebrado en Pátzcuaro, en abril de 1940, aprobó la creación del instituto, y propuso la celebración de una Convención al respecto..."

"Los Gobiernos contratantes acuerdan elucidar los problemas que afectan a los núcleos indígenas en sus respectivas jurisdicciones, y cooperar entre sí sobre la base del respeto mutuo de los derechos inherentes a su completa independencia para la resolución del problema indígena en América, por medio de reuniones periódicas, de un Instituto Indigenista Interamericano, y de Institutos Indigenistas Nacionales, cuya organización y funcionamiento serán regidos por la presente Convención, en los términos que siguen:..."

El C. Santoyo Ramón V. (continuando): Como ustedes ven, señores diputados, la política indigenista de los diversos países se entiende por las desiderata de las normas y medidas que deban aplicarse para el mejoramiento integral de los indígenas. Sólo en esos términos puede expresarse un hombre que alcanza a comprender en toda su profunda importancia y como problema complejo la realidad social de un país; y como sobre la realidad social de nuestro país en particular vamos a estar bordando durante este debate, quiero de una vez, señores diputados, dejar perfectamente establecido qué es la realidad social de nuestro país y no va a ser con mi propio criterio, no va a ser una fórmula de mi invención, como lo quiere el señor licenciado Ramírez Munguía; va a ser la transcripción exacta de una opinión de uno de los indigenistas más laboriosos y más ilustres de México, el señor doctor Manuel Gamio. Creo que esta precaución de mi parte nos va a ahorrar muchas palabras en el curso de esta discusión. Está publicada en una revista de sociología, que es el primer número de esa publicación. Dice así:

"Creemos que la realidad social es el conjunto de hechos y fenómenos actuales y pretéritos que han caracterizado y caracterizan la estructura y el funcionamiento de nuestra población. También podría definírsele, aunque con más amplitud y perspectiva, como la integración de todos los hechos y fenómenos referentes a la evolución de la sociedad mexicana, considerada en sí misma y en sus relaciones con el ambiente geográfico".

Después de la lectura de estas definiciones tan completas y tan exactas del doctor Gamio, pienso, señores compañeros, que ustedes no podrán tener en cuenta las objeciones del señor diputado Ramírez Munguía, porque estas manifestaciones generales de lo que es la vida humana en relación con el medio geográfico, insisto, no se pueden reducir ni a fórmulas para recetas de cocina ni a notas musicales.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Ramírez Munguía, en contra.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Como siempre, el señor diputado Santoyo cuando ocupa la tribuna tiende, si no precisamente a suprimir la estancia en ella de los diputados oposicionistas, porque eso no sería posible, sí a traer a colación, cada vez que habla, de que Acción Nacional nunca tiene razón en lo que dice.

Y ahora, en lo que toca al que habla, se le hace el cargo de que ya está cansado y no digo a quienes me escuchan, sino al pueblo de México y no solamente así definido, sino al grupo indigenista, que ya está cansado de los técnicos, y como este es generalmente el tema que yo acepto en mis intervenciones en esta Cámara, tal parece que debía yo pedir perdón a ella con un remordimiento de conciencia, porque estoy desempeñando un papel que

no corresponde a la representación que se me ha dado.

Sin embargo, con la venia de ustedes y muy principalmente del señor licenciado Santoyo, quien se da mucho atractivo porque es hombre inteligente, es hombre culto y sabe de sus deberes parlamentarios, voy a insistir en mi objeción, diciendo únicamente esto: ¿por qué los autores del proyecto que está discutiéndose no tomaron en cuenta la opinión que acaba de leerse para formular en un sólo precepto de dos líneas, si se quiere, que el instituto, entre las medidas que emplee en bien de los núcleos indígenas sea una de ellas la medida necesaria para incorporar a los grupos indígenas a una vida real que dé unidad a la nación mexicana? ¿Por qué no se hizo eso? ¿Qué inconveniente hay en que de una manera precisa se diga que el instituto no buscará únicamente el mejoramiento material de los núcleos indígenas, sino principalmente esa incorporación? Puede ser que por no haberse logrado ésta hasta ahora, por no habernos interesado debidamente, porque se han dado leyes diluidas como ésta que no han tenido el resultado que se busca...

- El C. Santoyo Ramón V. (interrumpiendo):

¿Me permite, señor licenciado?

El C. Ramírez Munguía Miguel: Sí señor licenciado, con mucho gusto.

El C. Santoyo Ramón V.: Señor licenciado: me resta usted entusiasmo al contestarme con tanta melancolía. Sin embargo, voy a a decir a usted lo siguiente, y con sus propias palabras voy a explicarle por qué no puede establecerse un sentido definitivo de lo que se va a hacer con relación a los núcleos indígenas. Usted hace gravitar toda su política indigenista -ya dije en qué consistía- en la incorporación de los grupos indígenas, es decir, usted es unilateral. No se ha probado ni por la ciencia ni por los interesados ni por nación alguna que haya una sola fórmula para resolver el problema de los indígenas, que sea precisamente la incorporación. Habrá casos en que lo mejor será que conserven ellos su fisonomía propia y auxiliarlos, beneficiarlos y mejorarlos dentro de esa condición de rasgos peculiares de su nacionalidad mexicana en el aspecto que corresponda.

Ya ve usted, señor diputado, cómo no es posible aceptar a título ni siquiera de sugestión lo que usted está estableciendo que sea precisamente la incorporación de los indígenas, la fórmula para integrar la nacionalidad mexicana.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Ya escucharon ustedes las razones en contra que formuló el señor licenciado Santoyo y que habría sido mejor que las hubiera expuesto en la tribuna al interrumpir la exposición que se venía haciendo.

En cuando a mi forma melancólica de contestarle, ¿qué puedo yo decir ante el vigor que el señor licenciado Santoyo tiene habitualmente? Podríamos decir, que ni él se lo ha formado ni yo tampoco. (Risas).

Así es que insisto en mi objeción. Creo que el artículo objetado, o sea el segundo del proyecto, ganaría mucho para definir el objeto de la ley y el objeto para el cual es creado el instituto, señalando en un inciso esa medida que por más que se diga, ni peca contra el respeto que debe tenerse a los antecedentes de idioma y de costumbres en cuanto que estas últimas sean morales, que tengan los indígenas, y si se lograría que esa separación que al través de los tiempos ha existido entre la raza autóctona nuestra, la raza mestiza y aun la raza blanca propiamente dicha, entre nosotros, no subsistiera, y así se lograría con ello, con la labor del instituto, la verdadera unidad nacional.

- El mismo C. Secretario:

Se pregunta a los ciudadanos diputados si consideran suficientemente discutido el artículo 2o. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se declara suficientemente discutido.

Se va a proceder a su votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Flores Castro Manuel: Por la negativa.

(Se inicia la votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Elorduy Aquiles?

El C. Elorduy Aquiles: Voto a favor del dictamen, pero con la adición del señor licenciado Ramírez Munguía.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿En pro, como lo presenta la Comisión, o en contra?

El C. Elorduy Aquiles: Como lo presenta la Comisión y además con la adición del señor Ramírez Munguía.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Apoya el dictamen de la Comisión, o no?

El C. Elorduy Aquiles: Apoyo el dictamen de la Comisión, y además con la adición del señor licenciado Ramírez Munguía. (Risas). (Continúa la votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Flores Castro Manuel: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

Fue aprobado el artículo 2o. por setenta y cinco votos de la afirmativa contra cuatro de la negativa.

El C. Gómez Maganda Alejandro: Una aclaración: Son solamente tres votos los del contra, porque el voto del señor diputado Elorduy es en favor del dictamen.

- El mismo C. Secretario (rectificando): Fue aprobado el artículo 2o. por setenta y seis votos de la afirmativa contra tres de la negativa.

"Artículo tercero. El instituto estará capacitado para adquirir y administrar bienes y formará su patrimonio con los que en seguida se enumeran:

"I. La cantidad que anualmente le fije como subsidio el Gobierno Federal, a través de su Presupuesto de Egresos;

"II. Con los productos que adquiera por las obras que realice y por la venta de sus publicaciones, y "III. Los que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquier otro título de personas o de instituciones públicas o privadas".

Está discusión.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Señores diputados: Tengo que comunicar a ustedes que minutos antes de que empezara la sesión de hoy, me fue satisfactorio encontrar en una dependencia de esta sala de sesiones a dos miembros distinguidísimos de la Comisión dictaminadora y a ellos les anuncié que iba a tomar la palabra en contra, como habitualmente lo hago, respecto al dictamen que se había firmado y se me insinuó que dijera qué ideas tenía yo en contra de este dictamen y sólo alcancé por razón de tiempo a decirles que era indebido el uso de la frase comunidades indígenas que venía empleándose en el proyecto; y debo decirles a ustedes que me sorprendió que haya logrado convencer a los miembros de la Comisión para que aceptaran el cambio de la frase de comunidades indígenas por "núcleos indígenas"; y digo que me sorprendió porque veo que fuera de este recinto es más accesible el criterio de los señores diputados que dictaminan, que cuando vienen aquí a la tribuna a sostener su dictamen.

No alcancé en esa conversación que tuve con los señores diputados a fundar como lo vengo a hacer en estos momentos, la objeción que indiscutiblemente procede respecto al inciso III del artículo 3o. que da facultad a este instituto que va a fundarse para que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquier otro título, de personas o de instituciones públicas o privadas, bienes que van a constituir el patrimonio del mismo instituto.

Para que se vea cómo esa capacidad de adquisición es anticonstitucional, debemos tener muy en cuenta el artículo 1o. del proyecto que dice: "Se crea el Instituto Nacional Indígena con personalidad jurídica propia, filial del Instituto Indigenista Interamericano". Se trata, pues, de dar capacidad para adquirir bienes, inclusive bienes raíces, a una institución que por ser filial del Instituto Indigenista Interamericano tiene con una nacionalidad que no corresponde a la nacionalidad mexicana, una capacidad que no puede incluirse en manera alguna dentro de los preceptos que en pro de ella pudieran citarse y que principalmente consisten en el inciso I del artículo 27 constitucional que dice que sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas, etc. o para obtener concesiones de explotación de minas, aguas, combustibles, etc. Si bien es cierto que en el inciso III de este mismo artículo se habla de instituciones de beneficencia pública o privada que tengan por objeto el auxilio de los necesitados, la investigación científica, la difusión de la enseñanza, la ayuda recíproca de los asociados o cualquier otro objeto lícito, que pueden adquirir los bienes que necesiten para el objeto por el cual están constituidas esas instituciones, dentro de ellas no puede caber el Instituto Indigenista que crea esta ley; y sí tenemos el inciso VI del mismo artículo que establece que: "Fuera de las corporaciones a que se refieren las fracciones III, IV y V así como de los núcleos de población que de hecho o por derecho guarden el estado comunal, o de los núcleos dotados, restituidos o constituidos en centro de población agrícola, ninguna otra corporación civil podrá tener en propiedad o administrar por sí bienes raíces o capitales impuestos sobre ellos, con la única excepción de los edificios destinados inmediata y directamente al objeto de la Institución".

Indiscutiblemente que el instituto que va a fundarse no constituye una dependencia oficial o dependencia gubernamental; o si va a constituirse con esa característica, no puede ser filial del Instituto Interamericano, porque este último, precisamente por su índole, no tiene una nacionalidad fija ni menos puede tenerla el instituto que se va a formar y al cual expresamente se le llama filial del Instituto Interamericano. Si es así, no es posible que subsista el inciso III del artículo 3o. que capacita al Instituto para ser dueño de bienes, cualquiera que sea su naturaleza, dentro de la clasificación jurídica de bienes muebles o inmuebles que se le den por herencia, legado o donación. En esa virtud, objeto el inciso III por pecar, en cuanto a la capacidad que se otorga al instituto que se forma, contra la constitución que nos rige.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el ciudadano diputado Santoyo.

El C. Santoyo Ramón V.: Me permito aclarar, señores compañeros, que no soy miembro de las comisiones dictaminadoras; tengo solamente un gran interés en sostener el dictamen y así lo hago.

Tampoco en esta ocasión tiene razón el señor licenciado Ramírez Munguía. Voy a leer completo el artículo 3o. y en seguida leeré el 4o., que dan una explicación plena de la situación que guarda el instituto:

"Artículo 3o. El instituto estará capacitado para adquirir y administrar bienes y formará su patrimonio con los que en seguida se enumeran:

"I. La cantidad que anualmente se fije como subsidio el Gobierno Federal, a través de su Presupuesto de Egresos; "II. Con los productos que adquiera por las obras que realice y por la venta de sus publicaciones, y "III. Los que adquiera por herencia, legados, donaciones o por cualquiera otro título de personas o de instituciones públicas o privadas".

Ahora, la explicación plena a través de la lectura del artículo 4o., que dice:

"Los bienes que lleguen en esta forma a constituir el patrimonio del instituto, no podrán ser gravados ni enajenados por el mismo, sin previa autorización del Gobierno Federal y sujetándose en todo caso para tales enajenaciones o gravámenes, a las disposiciones que rijan a los bienes nacionales, calidad que en todo tiempo conservarán esos bienes".

En consecuencia, son bienes que están dentro del patrimonio de la nación. Es inaceptable, señores, que ahora nos resulte el instituto que va a estudiar la población indígena de México, con una nacionalidad distinta a la que forman los señores diputados que aprueban la ley, a la de los señores senadores que la aprobarán seguramente, al Ejecutivo que la propone y a los Secretarios de Estado y jefes de Departamento que integran el propio instituto.

Señores, recuerden ustedes que el Presidente de la República nombra al Director del instituto; que forman parte de este instituto, como representantes las personas que designen la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Agricultura y Ganadería, el Departamento Agrario, la Universidad Nacional, el Instituto Politécnico y las Sociedades Científicas, todos nombrarán su representante con el objeto de estudiar la antropología, la sociología y en general todas las ciencias llamadas sociales. A este organismo el señor licenciado Ramírez Munguía lo ha calificado como no mexicano. No sé a que nacionalidad le simpatice que sea el instituto; pero es muy mexicano. Yo estoy absolutamente seguro que ustedes no pueden aceptar ese cambio de nacionalidad que por exceso de técnica calculista pretende darle el señor licenciado...

El C. Ramírez Munguía Miguel (interrumpiendo): ¿Me permite usted interrogarle, señor licenciado Santoyo. Le ruego me haga favor de explicarme el alcance que tiene la frase o el concepto de "filial" del Instituto Indigenista Interamericano que usa el artículo 1o.; si por razón del uso de esta frase no tenemos un principio para definir la nacionalidad del instituto. - El C. Santoyo Ramón V.: Pierda usted cuidado, señor licenciado. Por esa palabra "filial" no pierde su nacionalidad el instituto indigenista. Se la voy a explicar:

La Convención Internacional suscrita por México, se rige por disposiciones que obran en la propia Convención y a propósito de la existencia del instituto indigenista nacional, dice lo siguiente: "Los países contratantes organizarán en la fecha que les parezca conveniente, dentro de sus respectivas jurisdicciones, un instituto indigenista nacional, cuyas funciones serán, en lo general, estimular el interés y proporcionar información sobre materia indígena a personas o instituciones públicas o privadas y realizar estudios sobre la misma materia, de interés particular para el país".

Esta es la regla general. Luego viene la adición que tanto le apura al señor licenciado Ramírez Munguía:

"Los institutos nacionales serán filiales del Instituto Indigenista Interamericano, al que rendirán un informe anual".

"3o. El financiamiento, organización y reglamentos de los institutos nacionales, serán de la competencia de las naciones respectivas". Será de la competencia de las naciones respectivas.

No sería posible que por una palabra -"filial"-, se fuera a cambiar la nacionalidad del instituto y no formara parte del Gobierno aun cuando el Presidente de la República nombre al Director del instituto y lo integren representantes de las Secretarías de Estado. A lo único que obliga la palabra "filial" es a rendir un informe anual; no creo que porque el instituto nacional escriba una carta muy larga y pormenorizada de sus labores al instituto interamericano va a perder su nacionalidad ni tampoco a no poder administrar los bienes que forman su patrimonio y que, como dice la ley, en todo caso son de la nación.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Márquez Riacho.

El C. Márquez Riacho Luis: Tengo entendido que en los artículos que están discutiendo los señores diputados Ramírez Munguía y Santoyo, podría ser oportuna una proposición que en realidad al principio no supe en qué momento deba hacerla. Con el objeto de evitar confusiones con la denominación de Instituto Nacional Indigenista, yo quisiera proponer que en el caso de México, nosotros, que estamos capacitados para hacerlo, lo denomináremos Instituto Mexicano Indigenista; sin que el hecho de que los demás institutos pertenecientes al Interamericano, que existen en los demás países de América y se llaman Instituto Nacional Indigenista, nos obligue, a tomar la misma denominación. Podría en este caso modificarse la iniciativa sólo en ese aspecto: de que sea Instituto Mexicano Indigenista con el objeto de precisar el caso particular de cada uno de los demás países.

Si es tomada en cuenta mi proposición y se considera oportuna, ruego a la Presidencia la incluya.

El C. Presidente: La comisión tiene la palabra.

El C. Santoyo Ramón V.: Yo creo que es una mera sutileza la del compañero Márquez Riacho. Nosotros dejaríamos en cierto modo de cumplir con una obligación contraída al emplear otra denominación que en realidad no mejora la que se ha empleado al comprometernos a fundar un Instituto Indigenista Nacional. Lo nacional, es lo que corresponde a la nación en contraposición con el extranjero; no creo que agregue, repito, ningún nuevo concepto el cambio que propone mi estimado amigo, el señor diputado Márquez Riacho. Yo ruego a la Asamblea que continuemos en los mismos términos que acabo de expresar.

El C. Presidente: Tiene el C. diputado Márquez Riacho, la palabra.

El C. Márquez Riacho Luis: Acabo de descubrir que una mera sutileza me indujo a hacer esta proposición; pero en realidad pues, yo creo que sería más claro, más categórico, más preciso, que nosotros llamáramos Instituto Mexicano Indigenista a la organización nuestra y voy a citar un breve antecedente que puede servir de base o para orientar al compañero Santoyo.

Recuerdo que hace poco el Ejecutivo propuso que al Ejército Nacional -como se había venido llamando al Instituto Armado de México- se le llamara Ejército Mexicano; y quiero aclarar que en todos y cada uno de los países existe un ejército nacional, claro, las fuerzas armadas de la nación; pero en cada caso llevan la denominación

del país a que pertenecen para el caso precisamente de las relaciones internas del país.

De modo es que la sutileza a que él se refiere no ha sido en mi caso un simple aspecto de terminología, sino algo que creo será preciso y aclara, más todavía, la denominación de la organización que vamos a fundar.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Santoyo.

El C. Santoyo Ramón V.: Yo no discuto el nombre que se le haya dado al ejército. Solamente quiero aclarar al compañero Márquez Riacho, que no sé si exista algún compromiso para que el ejército mexicano se llame de determinada manera. Creo que es una cosa relativa a la soberanía de la nación, y que en este caso sí existe el compromiso de llamarle Instituto Indigenista Nacional.

El C. Presidente: Pasamos a la discusión del artículo 3o. porque en realidad la observación del ciudadano diputado Márquez Riacho cabría en el artículo 1o. que no fue separado. Continúa en el uso de la palabra el ciudadano diputado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Señores diputados: Creo que pocas ocasiones son tan propicias como ésta para encontrar en la exposición hecha por el señor licenciado Santoyo, un argumento más a la objeción que yo he presentado al inciso III del artículo 3o. y es ésta: que él nos ha leído allí una de las obligaciones que tendrán los institutos fundados en cada país, de rendir un informe al Instituto Indigenista Interamericano. Esa información, señores diputados, no puede tener, una manera alguna, tan sólo el carácter de un informe estadístico o historial, sino que indiscutiblemente por medio de ese informe el Instituto Interamericano tiene derecho para hacer observaciones al funcionamiento de cada uno de los institutos filiales; y, por otra parte, repugna que dentro de este informe pudiera un Instituto Interamericano hacer observaciones de tal importancia que vinieran a modificar quizá la tesitura misma de la ley que crea el instituto. De tal manera que ese hecho de estar obligados los institutos nacionales a rendir informes al interamericano, funda precisamente mi creencia de que no se trata aquí de un instituto mexicano; pero, más todavía, el artículo 1o. que no se ha atacado, da personalidad jurídica propia al instituto que va a fundarse y esa personalidad se une al carácter filial del propio instituto. Yo no sé en que forma pudiéramos decir que no estamos aquí sino dando capacidad -contra el artículo 1o. constitucional- a una organización que no tiene carácter mexicano y que, por consiguiente, no puede adquirir bienes raíces...

El C. Díaz Infante Luis (interrumpiendo): ¿Me permite usted una pregunta? - El C. Ramírez Munguía Miguel: Con todo gusto.

El C. Díaz Infante Luis: Nada más para preguntar a usted si no estima lógico y claro que cuando el artículo 1o. se refiere a que el instituto mexicano sea filial del interamericano es por lo que toca a la cuestión ideológica para mejorar las condiciones de las clases autóctonas; pero en lo que hace al patrimonio de cada instituto, es completamente independiente el de México que el de Colombia, que el de todos los países que integrarán el Instituto Interamericano; es decir, que cada instituto tiene su propio patrimonio, pero en eso no es filial el de México del Interamericano, sino por lo que toca a la política indigenista, a la colaboración de todos los países de América para mejorar la situación del indio en cuanto a su civilización, a su cultura, etc.; pero -repito- el patrimonio corresponde a cada país; cada país y cada instituto tienen su patrimonio independientemente de los demás.

El C. Ramírez Munguía Miguel (continuando): Señor licenciado: Yo no estoy de acuerdo en que esa sea la acepción que debemos darle a la palabra "filial". No es propio ni adecuado el uso de la palabra "filial" para hablar de identidad de los institutos en cuanto a ideología. El carácter filial de una institución viene a indicar que forma parte de una institución mayor, de una institución que tiene jurisdicción más amplia y que tiene identidad y objeto ciertamente, pero que también vincula a esa agrupación filial con la que pudiéramos llamar institución matriz de la mismo. Consiguientemente, sería impropio que sólo por ideología, por igualdad de ideología se tuviera que usar la palabra filial en el caso. Ese es mi objeción.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Elorduy.

El C. Márquez Riacho Luis: Señor Presidente: desde mi curul estoy pidiendo la palabra para una aclaración.

El C. Presidente: Después de que termine el licenciado Elorduy.

El C. Márquez Riacho Luis: Yo con mucho gusto le concedo la palabra al licenciado Elorduy.

El C. Elorduy Aquiles: Pedí la palabra por que se está discutiendo la fracción III y en ella se autoriza al instituto para tener bienes raíces por herencia o en alguna otra forma, por eso quiero la aclaración de atentamente suplico a la comisión tenga la bondad de hacer sobre la contradicción que yo encuentro con la fracción III del artículo 27 constitucional que dice así: "Las instituciones de beneficencia, pública o privada que tengan por objeto el auxilio de los necesitados, la investigación científica, la difusión de la enseñanza, la ayuda recíproca de los asociados, o cualquier otro objeto lícito, no podrán adquirir más bienes raíces que los indispensables para su objeto, inmediata o directamente destinados a él;...".

Todos sabemos, digo, por lo menos los abogados, que este inciso se ha interpretado en el sentido de que todas estas corporaciones no pueden tener más bienes que el edificio donde trabaja su administración. Por el texto de esa fracción se entiende eso; se entiende así de la frase: "los bienes directamente necesarios para su objeto", que en este caso serán los bienes, por herencia, que adquiera el Instituto Indigenista y, por eso, yo clasifico al Instituto Indigenista como una de las

corporaciones a que se refiere la fracción III del artículo constitucional que he leído, porque va a tener una misión enteramente de protección, de civilización, una misión altruista, etc. etc. y creo que, en consecuencia, debe aclararse por qué motivo faculta el proyecto al Instituto Indigenista para adquirir bienes raíces.

Ya he dicho yo por ahí en algún artículo de periódico y en algún discurso de algún mitin, que a mí me han puesto el apodo de abogado y voy a demostrar que es apodo porque si fuera abogado no tendría necesidad de preguntar a la Comisión, muy especialmente al señor licenciado Díaz Infante a quien considero un verdadero jurisconsulto, si existe una ley que obligue a las corporaciones que tengan bienes raíces por herencia y que, por lo mismo, es inevitable para ellas, porque si alguien les deja en su testamento un bien, no tendrán más remedio que ser propietarias de ese bien; si hay alguna ley -entiendo que la hay- que obligue a esas corporaciones a vender esos bienes en determinado plazo, precisamente para no contrariar el texto constitucional. Si fuera así entonces no habría ningún inconveniente en aprobar el dictamen como está presentado, es decir, el proyecto de ley, porque querría decir que no habría contradicción con el texto constitucional, simplemente con adquirir bienes por herencia; pero como están obligadas a venderlos en determinado tiempo, caen dentro de la facultad de tener capitales impuestos. Por supuesto mi objeción no es rotunda ni terminante, porque, repito, no conozco en estos momento, no sé si existe esa ley de cortapisa para la adquisición de bienes; entiendo que se dio como ley de extranjería para prohibir a los extranjeros que tuvieran bienes raíces durante mucho tiempo, y de adquirirlos por herencia, inmediatamente tendrían que venderlos. Ruego a la comisión tenga la bondad de informar sobre este particular.

El C. Díaz Infante Luis: Yo, como el señor licenciado Aquiles Elorduy, tampoco tengo en estos momentos certeza de que exista la ley a que él se refiere, en el sentido de que los bienes inmuebles pueden venderse para que, convertidos en dinero, se inviertan en mejorar o beneficiar a las clases indígenas, como en este caso se trata; lo que sí me permito hacer observar al señor licenciado Aquiles Elorduy es que el Instituto Indigenista Nacional no es un organismo descentralizado, sino centralizado y que los bienes que adquiera, serán bienes de la nación. Tan es así, que el Gobierno tiene control sobre esos bienes y el instituto no los podrá enajenar sin el permiso del Gobierno Federal.

Creo que sí existe la ley que se invoca, pero si no existiera, considero que no hay inconveniente legal en que el instituto pueda aceptar bienes por donación, legado o testamento, los cuales se podrán convertir, si así se creyera necesario en dinero.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Aguirre Delgado.

El C. Aguirre Delgado Jesús: Tengo entendido, señor licenciado Elorduy, que no es la única institución que no formando parte del engranaje del Gobierno, tiene bienes. Podemos citar el caso de la Universidad.

El C. Aquiles Elorduy: Precisamente, yo supongo que la Universidad no puede tener esos bienes.

El C. Aguirre Delgado: Sí los tiene.

El C. Aquiles Elorduy: Sí los tiene, pero inconstitucionalmente.

El C. Santoyo Ramón V.: ¿Me permite una pregunta?

El C. Aquiles Elorduy: Con mucho gusto.

El C. Santoyo Ramón V.: Con todo respeto pregunto a usted a cuál de las instituciones de que habla la fracción III del artículo 27, asimila usted el Instituto Indigenista Nacional?

El C. Aquiles Elorduy: A una institución benéfica, una institución que va a procurar la mejoría de todas las clases autóctonas, para sacarlas de un estado de incivilización, de miseria y ruina: es una institución benéfica, si no de beneficencia propiamente hablando, sí es una institución benéfica que se ha creado para esos fines.

El C. Santoyo Ramón V.: Si en eso consiste la duda que usted manifiesta para considerar al instituto como capacitado o no para tener bienes, no creo que sea una institución de beneficencia, lo rechazo, porque en realidad no es esa la idea con relación a los grupos indígenas. No es un auxilio a los necesitados.

Lo rechazo igualmente. No es puramente la investigación científica; no es el instituto un grupo de sabios que se dediquen a simples investigaciones y que no tengan una realización práctica en la vida nacional. La difusión de la enseñanza

El C. Aquiles Elorduy (interrumpiendo): O cualquier otro objeto lícito.

El C. Santoyo Ramón V. (continuando): Para dilucidar esto ruego a la Secretaría que lea la página séptima del dictamen, segundo párrafo, en donde está expresado cómo se forma un plan de trabajo, cómo se desarrolla el plan de actividad y cómo están las Secretarías de Estado obligadas a considerar dentro de sus presupuestos, que nosotros aprobamos, una cantidad necesaria para la realización de las obras en el aspecto que ellas les corresponda, obras materiales benéficas para los núcleos indígenas; forma parte del Gobierno, es el Gobierno el Instituto, de tal manera que no creo que haya duda sobre el particular; no es de ninguna de las instituciones que tienen prohibido el manejo de fondos; repito, es el propio gobierno funcionando al través de un organismo especializado para beneficio de los grupos indígenas.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Párrafo segundo de la página siete (leyendo):

"Es conveniente insistir sobre la trascendencia del precepto que acaba de examinarse, porque su cumplimiento entraña la única posiblidad de obtener un buen resultado en los propósitos en que está inspirado el proyecto. La dinámica del instituto, como ya se dijo, requiere para ser útil en un grado que tenga consecuencias benéficas en la

vida nacional, que se conviertan sus investigaciones en medidas prácticas, adecuadas, en los medios físicos y humano de los indígenas, y sólo con una previsión económica bastante puede alcanzarse esa finalidad, independientemente del patrimonio del instituto, destinado para su sostenimiento como organismo. Esa previsión económica de carácter presupuestal está comprendida en el considerando sexto, en el cual afirma el C. Presidente de la República, justamente, que los problemas que afectan a los núcleos indígenas "sólo pueden ser resueltos por la acción coordinada de las distintas dependencias del Gobierno Federal" y de otras que se mencionan.

El C. Elorduy Aquiles: Mi querido señor licenciado: no estoy convencido de que no haya ambigüedad en el texto y no vayamos a exponernos a un conflicto. Además, este precedente de que puede tener ese instituto bienes raíces, a mí me hace comezón por lo que se pueda venir más adelante con otras corporaciones y, en consecuencia, yo votaré en contra de ese inciso por esa cuestión política.

El C. Márquez Riacho Luis: Observo que al hacer uso de la palabra dos o tres señores diputados debaten en torno de la situación legal o jurídica que pudiera tener el instituto nacional indigenista. No soy abogado y desde luego al insistir en mi proposición anterior de darle la denominación o la característica de organización mexicana, tal vez podría ser la resolución de ese conflicto en tratándose de una organización de carácter nacional, ya fuera en el aspecto de adquirir bienes o en otro de carácter internacional, porque al denominarse Instituto Indigenista Mexicano estaría amparado y protegido por las leyes del país. Por otro lado, si no planté este caso con oportunidad al discutirse el artículo 1o., fue por que hasta cuando fueron discutidos, posteriormente, los artículo 2o. y 3o., surgió en mí la idea, la necesidad de precisar que sea Instituto - Indigenista Mexicano por las razones que he expuesto y por otras muchas que seguramente no escapan al análisis de los señores diputados.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Gómez del Campo.

El C. Gómez del Campo Ignacio: Yo estoy en contra de la redacción de ese precepto porque creo que contraría una disposición constitucional. Al hablar la Constitución de instituciones de beneficencia o corporaciones que no pueden poseer bienes raíces sino los inmediatamente necesarios para los fines de su instituto, quiere decir que previenen que toda institución que no sólo tenga fines de beneficencia o enseñanza, sino que tenga cualquier otro fin lícito, está incapacitada para poseer bienes raíces; y tal como se encuentra redactado el precepto, se entiende claramente que pueden poseer no sólo esos bienes raíces necesarios e inmediatos para los fines de su institución, sino otros más; y yo diría, para conciliar el espíritu de este precepto con la disposición constitucional, que se expresara que podrían tener bienes raíces por medio de herencia, legado, etc. pero dentro de las restricciones de la Constitución, y hago esta aclaración más todavía, porque hace más de un año presenté a esta Cámara una iniciativa, pidiendo que se reformara ese precepto constitucional con el objeto de que a las instituciones que se dedican a fines de beneficencia o a fines de enseñanza, se les diera o se les reconociera el derecho de poseer un patrimonio de bienes raíces.

Así es que yo creo que debe aclararse ese precepto, diciendo que dentro de los preceptos de la Constitución que se refieren concretamente a ese particular, pueden adquirir bienes raíces por medio de herencias, legados o donaciones.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado, Santoyo.

El C. Santoyo Ramón V.: Seré muy breve sobre el punto a debate. No estoy conforme -ya lo manifesté- con lo dicho por el estimable señor licenciado Elorduy, ni tampoco con lo que dijo aquí últimamente mi amigo Gómez del Campo. Ya me había referido a lo expuesto por el señor licenciado Ramírez Munguía. El artículo 13 del proyecto, por la redacción que tiene, deja absolutamente aclarado lo que es el instituto. Lo contradictorio en el debate parece que se plantea en esta forma: o es una dependencia del Gobierno Federal es decir el mismo, o es una institución que cabe dentro de las que señala el inciso III del artículo III del artículo 27. Yo lo he afirmado y voy a demostrar que es el propio Gobierno Federal el que tiene esos bienes. Ya dije que tiene el carácter de bienes nacionales por la propia declaración del artículo que se discute; pero ahora voy a leer el artículo 13 que dice:

"El instituto, como dependencia del Gobierno Federal, gozará de franquicia postal y telegráfica y del descuento que aquéllas corresponde en las vías generales de comunicación."

Aquí está expresado en una forma absolutamente clara que es una dependencia del Gobierno Federal. Entonces, si se había planteado la cuestión sobre si era dependencia del Gobierno Federal o una institución de las que señala el inciso III del artículo 27, aclarado este punto, ruego a ustedes dar su voto aprobatorio al mismo.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por acuerdo de la Presidencia, se pregunta a los ciudadanos diputados si consideran suficientemente discutido el punto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Está suficientemente discutido. Se va a proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Magro Soto Fernando: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Magro Soto Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por setenta y cuatro votos de la afirmativa

contra cuatro de la negativa, se aprueba la fracción III del artículo 3o. del proyecto de ley a discusión.

"Artículo 4o. Los bienes que lleguen en esta forma a constituir el patrimonio del instituto, no podrán ser gravados ni enajenados por el mismo, sin previa autorización del Gobierno Federal y sujetándose en todo caso para tales enajenaciones o gravámenes, a las disposiciones que rijan a los bienes nacionales, calidad que en todo tiempo conservarán esos bienes".

El C. Presidente: A discusión el artículo 4o. Está inscrito en contra el ciudadano diputado Miguel Ramírez Munguía y tiene el uso de la palabra.

- El. C. Ramírez Munguía Miguel: La objeción que paso a formular contra el artículo 4o. del proyecto que se discute, tiene como principal fundamento el siguiente caso: que el Instituto, desde el momento en que tiene personalidad jurídica según el artículo 1o. del propio proyecto, cualquier cosa que venga a pertenecerle, será él y no la Federación el que puede considerarse como dueño de los bienes respectivos.

Sobre este particular, si consideramos nosotros que la Federación es la que adquiere esos bienes, desaparece entonces la personalidad jurídica que se atribuye al instituto en el inciso I, porque entonces tendríamos dos entidades considerándose propietarias de un mismo bien: la nación que se estima como dueña de esos bienes por el hecho de intervenir en las designaciones del consejo que rige el instituto, así como porque las Secretarías y Departamentos de Estado colaboran con aquél, y el instituto que por la personalidad jurídica que se le otorga también se consideraría dueño de tales bienes. De tal manera que yo estimo que los bienes que adquiera el instituto no son bienes nacionales como son aquellos así denominados dentro de la terminología en la Ley General de Bienes Nacionales.

Consecuentemente, impugno ese artículo y más teniendo en cuenta la construcción que se le dio a la última frase del mismo. Dice así:

"Los bienes que lleguen en esta forma a constituir el patrimonio del instituto, no podrán ser gravados ni enajenados por el mismo, sin previa autorización del Gobierno Federal y sujetándose en todo caso para tales enajenaciones o gravámenes, a las disposiciones que rijan a los bienes nacionales, calidad que en todo tiempo conservarán esos bienes".

¿Qué alcance tiene esta última frase? "que en todo tiempo", ¿mientras estén en el patrimonio del instituto? Yo diría que de todas maneras es redundante el artículo porque ya sabemos por la Ley General de Bienes Nacionales, que mientras estén en el patrimonio de la nación, tienen carácter de bienes nacionales ¿o puede ser que sigan siendo bienes nacionales aun cuando salgan del patrimonio del instituto? Es algo incomprensible.

Más sí quiero, señores, que nos fijemos cómo el autor de ese artículo duda de la misma afirmación que al final hace, desde el momento en que por todas las frases anteriores dice: "son inalineables e ingravables", y se enajenan será con el asentamiento o aprobación del Poder Ejecutivo; entonces si la idea del legislador o iniciador del proyecto era la de que se trataba de bienes nacionales, bastaba tan sólo decir que los bienes eran nacionales para que ya se supiera en qué condiciones jurídicas estaban colocados los bienes y cuáles eran los trámites necesarios para enajenarlos; pero no es así, ya que el mismo autor de ese artículo al no estar seguro de darle ese calificativo, creyó necesario formular el artículo en los términos en que está redactado para darle ese carácter a los bienes que pertenezcan al instituto, de bienes que no pueden enajenarse porque el Ejecutivo lo apruebe y, todavía más, viene en esa forma imprecisa de su última frase a decir que serán bienes nacionales en todo caso.

Yo quiero que nos pongamos a meditar, señores, sobre ese artículo y que, cuando menos, si es que llega a establecerse que es la Federación y no el Instituto la que adquiere la propiedad de los bienes a que éste se le dan, nos fijamos en su última frase para que digamos que vamos a aceptarla diciendo que son bienes nacionales, en todo tiempo, los que pertenezcan al instituto de tal manera que lo sigan siendo aún en el supuesto de que dejaran de pertenecer al mismo instituto.

Creo, pues, que debamos reconsiderar la redacción de ese artículo y reconocer que, cuando menos, su última frase es impropia, porque no podrán seguir siendo bienes nacionales aquellos que se hayan enajenado legítimamente por el instituto, y, sin embargo, la frase así lo da a entender, por hallarse muy mal redactada seguramente, por eso reclama precisión en sus conceptos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Díaz Infante, en pro.

El C. Díaz Infante Luis: Yo entiendo que este artículo está redactado en la forma en que se encuentra, para ser congruente con el artículo 3o. Si hemos aceptado, al discutir la fracción III del artículo 3o., que el instituto puede adquirir bienes por herencia, legados o donaciones y que esos bienes pertenecen a la nación por ser en cierto modo el instituto dependencia económica de la Federación, tenemos que admitir como complemento o corolario, que el instituto no puede disponer libremente de esos bienes puesto que está bien claro que los mismo son de la Federación. De esa manera el control de dichos bienes lo tiene el verdadero dueño, la Federación. No se deja al Instituto Indigenista disponer de ellos libremente, porque, repito, el instituto debe acatar lo que resuelva su consejo a través de las dependencias del Ejecutivo. Si el Gobierno Federal estima, a través de sus representantes de las Secretarías de Estado, que no debe disponer de esos bienes, el instituto no podrá hacerlo; si el propio gobierno considera que por la finalidad que se persiga debe disponerse de esos bienes en beneficio de los indígenas, entonces sí podrá disponer de ellos.

En cuanto a la frase última, que dice; "calidad que en todo tiempo conservarán esos bienes", a que se refiere el licenciado Ramírez Munguía, no

le veo ninguna importancia, pues no es sino una frase que le da énfasis al contenido del artículo. Quiere decir que en todo caso es el Gobierno Federal el que puede disponer de esos bienes y nunca el Instituto Indigenista Nacional. Es puro valor enfático lo que tiene esa frase; con ella y sin ella, no dice el artículo ni más ni menos. De manera que estimo que en los términos propuestos, debe ser aprobado este artículo, salvo el mejor parecer de la Asamblea.

El C. secretario Gómez del Campo: Se pregunta a los ciudadanos diputados si consideran suficientemente discutido el artículo 4o. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Está suficientemente discutido. Se va a proceder a su votación nominal. Por la afirmativa.

El C. secretario Margo Soto Fernando: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Magro Soto Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por setenta y siete votos de la afirmativa contra uno de la negativa, fue aprobado el artículo 4o. del proyecto de ley a discusión.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los artículos 5o. y 6o. que forman este proyecto de ley, y que se encuentran insertos al ponerse el mismo a discusión, en lo general; poniéndolos a discusión uno por uno, y no habiendo objeciones se reservan para su votación nominal).

"Artículo 7o. El consejo será presidido por el Director y estará integrado por representantes de las Secretarías de Educación Pública (Dirección de Asuntos Indígenas), Salubridad, Gobernación, Agricultura y Departamento Agrario y por representantes designados por el Banco de Crédito Ejidal, Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional, así como por un representantes designado por las sociedades científicas que se dedique preferentemente a estudios antropológicos".

El C. Presidente: Está a discusión. Inscritos en contra, los ciudadanos diputados Ramírez Munguía, Victoriano Anguiano y Nabor Ojeda. Tiene la palabra el ciudadano diputado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Retiro la petición que había formulado, puesto que los señores que se oponen coinciden conmigo en lo mismo. Por tanto y para no cansar la atención de la Asamblea, me abstendré de hacer uso de la palabra.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Victoriano Anguiano.

El C. Anguiano Victoriano: Señores diputados: Considero que están ustedes fatigados por la discusión habida esta mañana; pero considero también que la cuestión que voy a plantear en relación con el artículo 7o. del proyecto de ley, es de suma importancia y ruego a ustedes su benevolencia y atención para ello.

Consideré inútil y desatentado oponerme en lo general a todo el proyecto de ley que crea un Instituto Indigenista, porque su creación deriva de un convenio interamericano, de un compromiso de nuestro Gobierno; pero siempre he estimado que esta discriminación, que esta manera tutelar de tratar al indígena, como si fuera un hombre inferior de otro hemisferio o de otra sustancia cósmica, ha sido el error fundamental para resolver el problema de los grupos aborígenes.

Yo recuerdo el ampuloso congreso indigenista de 1940, realizado en el maravilloso paisaje de Pátzcuaro, al cual asistí, y sentí una profunda . tristeza cuando me di cuenta que exigían que los descendientes de los grupos aborígenes, de las praderas de los Estados Unidos, de los indios piel roja y de otros grupos aborígenes, debían presentarse con sus indumentarias originales como para ser objeto de observación y darle colorido a una feria en que, precisamente, el que iba a animar la feria era el hombre desvalido, el indígena, y los sabios los antropólogos, los antropometristas, los psícologos, etc., parecían observar, como animales raros a los indios purépechas y parecía que querían contemplar cómo reaccionaba un indígena ante el hombre blanco, ante un fotógrafo americano, ante una comida servida a la europea, ante un estrado donde estaban los hombres dirigentes de la fiesta indígena para discutir inútilmente los problemas que son secularmente de hambre, de miseria y de dolor. Pero en fin, un poco a la manera americana que tiene "reservaciones" y que tiene un departamento indígena, se trató el problema. De allí habíamos de copiar también nosotros la existencia de un Departamento Indígena, y con la misma lógica, podríamos proclamar, la creación de un departamento de mestizos o de un departamento de blancos y otro de mulatos o un departamento de negros. Pero ¿por qué esa discriminación y ese tutelaje constante al tratar de los grupos humanos indígenas?

Pues bien, el instituto ha de crearse, y examinando yo el proyecto de ley, veo que en sus objetivos tiene algunas cuestiones, señala algunas claridades prácticas, estudia las necesidades de los grupos indígenas para proponer medidas y aplicarlas coordinadamente con los Departamentos y Secretarías de Estado que allí mismo se señala. Esto es ya algo. Hablar de medidas prácticas, benéficas, de acción coordinada para remediar las aflicciones y necesidades del hombre indígena ya es un paso práctico que se aparta de la declamación, del tutelaje y de la suficiencia de las instituciones científicas que quedan en los gabinetes o salones de investigación. Por eso aprobé en lo general la creación del instituto.

Pero ahora me encuentro que el órgano de

discusión, de planeación y de decisión de las medidas prácticas establecidas por el artículo 7o. es un consejo; en que se toma en cuenta a a diversas Secretarías de Estado, nada menos que aquellas que se supone que dentro de sus actividades o de sus funciones van a poder realizar las medidas aconsejadas por los sabios dentro del mismo consejo; forman parte también, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional. A estas instituciones que tienen la posibilidad de prestar su concurso en las técnicas a seguir, se agrega un representante, designado por las sociedades científicas que se dedican preferentemente a estudios antropológicos. Pero se vuelve a olvidar la presencia del hombre indígena en un consejo que va a discutir, a decidir y a actuar sobre sus propios problemas.

Es verdad que pueden hacerse muchas objeciones a la idea de que un consejo de carácter técnico tenga representantes de los grupos indígenas; dirá ¿cómo va a discutir un chamula, un tarasco o un mixteco - zapteca con don Manuel Gamio, con don Alfonso Caso, con don Salvador Toscano o con cualquier otro de los hombres de ciencia que vayan allí? ¡Es absurdo! No es absurdo. Absurdo es seguir condenando al indígena, a un plano de inferioridad al apartarlo de sus propios problemas y poner éstos en manos de gentes llenas de sabiduría, con mucha capacidad de trabajo, pero sin el contacto efectivo con las realidades lacerantes de los grupos indígenas.

Yo, pues, hago la objeción fundamental a este artículo 7o. que olvida -diría yo- la voz y la presencia de los grupos indígenas que son el objeto de este Instituto. No hay ley perfecta, no hay obra humana impecable y no se podría objetar ¿cómo van a ser designados en este caso los representantes de los indígenas. Hay centenares de hombres indígenas. Ese es precisamente uno de los aspectos más complejos del problema: si porque son muchos, si porque están dispersos, si porque son deficientes las vías de comunicación, si porque no saben muchos hablar el español, si porque se han dedicado a estudios de antropología, sociología o economía política, se les va a apartar de un Instituto que va precisamente a operar sobre ellos, entonces no se hará más que otra institución literaria, hueca, con ampulosidad, pero sin un sentido humano, sin una finalidad amplia y prufunda que pueda abarcar todos los problemas del hombre que va a tratar de salvarse.

Yo pienso que el problema de la diversidad y multiplicidad de las razas o de los núcleos indígenas es inferior al pecado que se cometería volviéndose a tratar otra vez con ese criterio tutelar, como a menores de edad en que todo lo que son lo reciben del hombre blanco o mestizo. Si en el mismo proyecto se dice: son raíces de la nacionalidad, es una afirmación exacta. El hombre de México tiene raíces múltiples. Por eso no me admira todo el grandioso espectáculo de la Revolución mexicana y todas las conmociones de mi país, porque tiene la raíz de las culturas aborígenes espléndidas, milagrosas donde hubo una concepción cosmológica, donde hubo conocimientos astronómicos, matemáticos, organizaciones militares, estructuras económicas, prodigios de arte en todas sus manifestaciones; y luego la otra raíz maravillosa del conquistador, del hombre del Renacimiento, que era un conjunto de esencias étnicas que aquel pasado que venía desde los romanos y visigodos hasta los judíos. Por eso tratamos de que el hombre mexicano se nutra de sus raíces, de eso que llamamos el mexicano, y por eso esa raíz olvidada del indígena no debe seguir siendo tratada así como un objeto de las instituciones de beneficencia, como un menor de acción del Gobierno y del Estado.

Han demostrado que en cuanto tienen oportunidad esos hombres, los de los núcleos aborígenes de México, de ir a las escuelas superiores, a la Universidad, de salir del país, de tener otros recursos para que nutran su capacidad artística y creadora, han podido y pueden brillar y alcanzar alturas tan grandes como cualquier hombre de la Universidad. El indio es igual a cualquier otro hombre del planeta; no lo discriminemos, diciendo que en ese Consejo sólo discutan los sabios y representantes de las Secretarías del Estado, que al concurrir lo harían con criterio burocrático, con criterio simplemente formulista. Hay que oír la voz de los que sufren los problemas que tratan de resolver, de los que necesitan de la acción del Instituto, de la acción del Gobierno y del Estado.

Yo oí a algunos miembros de la comisión decirme: son cientos de grupos indígenas y en el caso de que intervengan en la política ¿se interesarán por enviar representantes? Creemos que no; pero si se les hace sentir -y esto será un gran impulso psicológico y moral- que son tomados en cuenta en un Instituto que va a tratar sus problemas, ellos se sentirán enaltecidos, impulsados con un gran aliento étnico y entonces se buscaría ya la manera, en una ley reglamentaria, de establecer las áreas de las culturas aborígenes, de los restos de las culturas aborígenes, mejor dicho, que por su importancia es muy sencillo establecer: la mixteco - zapoteca, la totonaca, la purépecha, la maya - quiché, la náhoa del Valle de México, la arcaica y llena de miseria y dolor de los otomíes, y después la de algunos grupos indígenas que esparcidos por todo lo ancho del territorio nacional se hallan; y establecer también en esa reglamentación cómo han de ser seleccionados o designados los representantes y cómo también, para no decir cómo van a intervenir en las discusiones técnicas, intervendrán en las discusiones de carácter práctico, en la adopción de medidas respecto a una zona; por ejemplo, si el Gobierno decide estudiar las necesidades del área mixteco - zapoteca, que un representante o dos de esa área cultural indígena, venga al seno del Consejo a exponer de viva voz las necesidades más urgentes, las miserias ancestrales, lo que a ellos les duele más en carne y en espíritu, para que eso sea lo que tome en cuenta el Instituto Indigenista. No hay pues, cosas infranqueables, no hay ningún obstáculo insuperable. La ley reglamentaria se encargará de desarrollar lo que en principio

propongo que conste en el artículo 7o., de que además de los representantes de estas Secretarías de Estado, de las sociedades científicas, de las instituciones antropológicas, de las Universidades, etc., figuren representantes de los núcleos indígenas más importantes, que serán designados y participarán en la forma y términos que señale el reglamento de la presente ley, en las discusiones y determinaciones del Consejo.

Creo que con esta aclaración no debe rechazarse esta adición al artículo 7o. Vuelvo a decir: nosotros estamos animados de una voluntad firme, de una conciencia clara por resolver uno de los problemas más graves no sólo de México sino de América, y no grave intrínsecamente, sino grave por la técnica que se ha empleado en resolverlo.

Siempre me ha parecido irónica aquella frase de incorporar a los indios a la civilización occidental como si ésta fuera un dechado de perfecciones y los indios la criatura inferior. Yo he dicho siempre que en lugar de incorporarlo, lo que debe hacerse es llevar los beneficios, la técnica renovada y las excelencias de la civilización occidental a los grupos humanos indígenas; es decir el que se sienta superior, el que crea tener lo mejor y más perfecto, debe ir hacia sus hermanos pobres, miserables, atrasados por toda una herencia de subyugaciones, y enseñarles a levantarse en la vida moral y económica.

Si en lugar de haberse gastado durante un sexenio inútilmente cuatro millones de pesos cada año, es decir, veinticuatro millones de pesos en total, para sostener un Departamento de Asuntos Indígenas, a la manera americana; si se hubieran aplicado en esos seis años, cada año, cuatro millones de pesos, por ejemplo, un año a los maya - quiché, otro a los totonacas, etc., etc., sin burocracia, sin contratistas rapaces, sin filtraciones, y se hubieran hecho escuelas, introducido agua potable, dotado de energía eléctrica, el indio estuviera redimido en bastantes proporciones, a pesar del Departamento de Asuntos Indígenas. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Ramón V. Santoyo.

El C. Santoyo Ramón V.: Señores compañeros: Declaro que estoy impresionado por las palabras del señor compañero Anguiano y digo en serio que esta fecha es como una prolongación de la de ayer que fue la fiesta de la raza. Pero no obstante su emotividad y profundas verdades que en fondo de su peroración encuentro, pienso que no es posible, que no es conveniente hacer la adición que él propone. Sin embargo, yo voy a proponer una adición dentro del sentido del discurso del señor licenciado Anguiano: él habla de Ley Reglamentaria. Es indudable que habrá Ley Reglamentaria para lo que estamos debatiendo. El habló -y en esto que me lo perdone- pero también hizo él mismo una discriminación al decir que figurando como miembro del Consejo un representante indígena solamente se le permitiera exponer su criterio en asuntos prácticos, no en otro género de discusiones. El mismo encuentra la imposibilidad de realizar en toda su amplitud el deseo, la necesidad ingente de ayudar a los núcleos indígenas de México.

Por eso, señores, considero que no es conveniente dar una representación dentro del Consejo a los grupos indígenas. Lo que él planteó, en forma sencilla, yo puedo plantearlo así: la elección de ese representante indígena para el seno del Consejo sería algo sumamente difícil. Todos tenemos contacto más o menos con núcleos indígenas, con mestizos, con campesinos y vemos como para una elección cuántas dificultades se presentan y como ocurre que cuando se trata, dentro de ellos mismos, de un cargo público, de una jerarquía, en un comisariado ejidal, se transforman a veces en dramas aquellos actos que deberían tener una sencillez democrática. Son numerosas, muy numerosas las comunidades indígenas que existen en el país. Aun cuando él habla de vastas zonas, menciona siete u ocho; de tal manera que ya duplicaríamos el número de representantes, porque supongo que cada una de esas zonas tendría un representante; ya duplicaríamos, repito, el número de miembros del Instituto. Además de las dificultades que entraña la burocracia que cuando es muy numerosa, se duplican esas dificultades de funcionamiento.

No es, insisto, un grupo de sabios que se dedica deportivamente a la especulación de lo que quiere el Presidente de la República y de lo que ha entendido la comisión que debe hacer, no; por eso se han establecido las finalidades de orden práctico como resultado de esos estudios, la aplicación inmediata de realidades que modifican las condiciones físicas y que mejoran las humanas de los indígenas. En consecuencia, si el mismo compañero Anguiano nos habla de las leyes reglamentarias, dejemos para que allí se tome la opinión de los núcleos indígenas y propongo que la adición a este artículo sea en el sentido de que las leyes reglamentarias tengan en cuenta la opinión o la soliciten -ya será cuestión de redacción de los comisionados para ello- y tomen en cuenta la información que para el desarrollo práctico de las obras manifiesten los propios interesados.

El C. Díaz Infante Luis: Para una aclaración. Como lo dijeron los compañeros Anguiano y Santoyo, sería el desiderátum de todos el encontrar la fórmula de la representación de los diversos grupos indígenas dentro del Consejo; pero ante la imposibilidad material de que así ocurra, que no piensen los compañeros que no se podrán atender las necesidades de los núcleos o de cada uno de los grupos indígenas, pues el Consejo, consciente de sus funciones y de su responsabilidad, hará uso de la facultad que le otorga la fracción I del artículo 2o. que dice precisamente, que investigará los problemas relativos a las comunidades indígenas del país. Para hacer la investigación y el estudio de esos problemas ¿no va a llamar a los dirigentes de los indígenas para que opinen de sus propios problemas? ¡No es entonces cuando las comunidades se harán oír? Lo malo sería que las comunidades jamás expresaran su opinión. Pero si las comunidades van a ser escuchadas por medio de un órgano que va a conectarse con las clases indígenas para que éstas expongan sus necesidades, sus problemas, entonces propiamente no hay dificultad. No creo que haya, como lo expresa el compañero

Anguiano, un olvido para las clases indígenas y que éstas no sean escuchadas, pues repito, que sí pueden ser escuchadas y atendidas en las investigaciones que el Instituto practique para estudiar los problemas de cada zona.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Nabor Ojeda.

El C. Ojeda Nabor: Señores diputados: al abordar la tribuna de la Cámara quiero hacer hincapié en que vengo a pagar el tributo que debo a mi raza. He oído el pro y el contra; me opuse al artículo segundo, precisamente porque en esta Asamblea, en el proyecto de ley que se nos propone, se trata otra vez de poner en manos de gentes extrañas a la raza indígena, institutos que van a pecar de una curiosidad insana para investigar los problemas de nuestra raza.

Desde el derecho de conquista en que se acalló a la raza indígena, desde que esta raza ha sido sojuzgada, ha creído la raza blanca ser superior, la que debe dominar y la que debe hacer del indio, en sus intereses, todo lo que le venga en gana. Esto es mentira; esto no debe ser; eso no lo puede consentir la Revolución mexicana. Otra vez desde los procuradores españoles que nombraba la Corona o más bien los Virreyes de España para componer los intereses de los indígenas, se trató de crear un Instituto para tratar de investigar los mismos intereses ajenos a todas aquellas gentes que nada tenían que ver con esos mismos intereses.

La Revolución obtuvo un tributo muy fuerte de la raza indígena y ustedes creen que la raza indígena ¿fue a la Revolución para defender los intereses de los mestizos, para defender los intereses de los españoles, para defender a sus mismos verdugos? No, señores. La raza indígena fue a la Revolución para defender sus propios intereses...

El C. Gómez Maganda Alejandro: ¿Me permite una interrogación? Sólo le suplico tenga la bondad de sacarme de una duda: ¿Qué entiende su señoría por indígena?

El C. Ojeda Nabor A.: Por indígena entiendo yo la raza que descubrieron los españoles, entiendo yo, de una manera equivocada, pues lo que ellos trataban de discutir eran las Indias Orientales; pero indígena, propiamente dicho, entiendo que es el autóctono de una región, es la gente que vive en un continente o región muy especial y que se le denomina originario de una región.

El C. Gómez Maganda Alejandro: No se diferencia mucho la acepción que el señor diputado Ojeda y el que habla tenemos sobre dicho término; pero entonces me choca un poco que se le esté dando la connotación a la palabra indígena, de indio, cuando el diccionario simple y llanamente dice que indígena es "nativo de".

El C. Ojeda Nabor A.: La pregunta del compañero Gómez Maganda, no tendía sino a interferirme, como siempre se ha hecho, en mi exposición de los problemas indígenas; pero yo decía esto: la raza indígena fue -tenemos muchas pruebas, muchos datos, que será largo enumerar y claro que no voy a cansar a la Asamblea-, a la Revolución a defender sus propios intereses, porque creía que había llegado el momento de poder hablar claro, de poder combatir una situación para que se tomara en cuenta a todos los grupos; pero es que ahora volvemos a las andadas. Ahora se trata de poner un grupo de sabios que todavía no se han cansado en cuatro largos siglos de estudiar al indio; todavía no se han cansado de investigar cosas esos señores sabios que jamás han llevado un pedazo de pan a los indígenas de México ni un pedazo de ropa para cubrir sus desnudeces. Al indio se le toma como toman los estudiantes de medicina un cadáver, y esas cosas son tristes, son verdaderamente tristes. El licenciado Anguiano ha planteado una parte de la cuestión; al licenciado Santoyo le asalta la sombra de los tumultos indígenas al hacer valer a los indígenas sus derechos. Nos habla de que provocarán dificultades; de que dentro de sus elecciones o dentro de sus cosas los indígenas provocarán dificultades a las autoridades; el mismo concepto del Conquistador (risas), el mismo concepto del esbirro español, el mismo concepto del capataz gachupín (risas); el mismo concepto del jefe político de Porfirio Díaz, cuando el caciquismo consignada a los indios al Valle Nacional, a Yucatán y a las filas del Ejército; y hago este recuerdo, señores, porque nunca se le ha querido dar, lo que realmente le pertenece al indio. Todos nosotros, españoles y mestizos, búscanos la manera de tener al indio como menor de edad. Yo recuerdo también, compañeros, que en mi pueblo, como decía el diputado Anguiano, cuando fuimos a Pátzcuaro, se decían los mismos conceptos: el sabio debe investigar si el indio tiene color en la piel, si viste de manera, si habla el dialecto antiguo ó si ya se relajó el dialecto, si vive todavía en las chozas de sus antepasados o si ya tomó una indumentaria distinta; pero el indio se interrogaba: bueno y ¿yo qué como, yo qué visto, cuál es la facilidad que me dan ustedes para que entre al concierto de esa civilización a la cual me invitan, a ese consorcio en que constantemente me están reclamando, si ustedes mismos me tratan como menor de edad y no me dan los derechos que tengo legalmente conquistados?

El C. Márquez Riacho Luis: ¿Me permite una aclaración?

El C. Ojeda Nabor A.: Compañero, déjeme terminar.

El C. Márquez Riacho Luis: Es una aclaración. pertinente.

El C. Nabor A. Ojeda: No, compañero.

El C. Márquez Riacho Luis: Muchas gracias por su caballerosidad.

El C. Ojeda Nabor A.: Aquí no se trata de caballerosidad; aquí se trata de defender los intereses de los indígenas y recordando yo una anécdota del general Obregón, en cierta ocasión, y la digo en relación con lo que el compañero Santoyo ha referido: Estaba en una audiencia el general Obregón y había muchos que ya lo conocían desde pequeño, aquéllos que siempre andan diciendo que jugaron a las canicas con los presidentes, y estaban esperando; por allí había una comisión de calzonudos, como decimos nosotros los mestizos,

del Estado de Morelos, si mal no recuerdo, o de mi Estado, no lo recuerdo bien; pero los recibió el general Obregón, y aquéllos, que habían jugado a las canicas con el general Obregón, después de tres horas de esperar, le dijeron: ¡pero hombre, nos tienes tres horas esperando y sin embargo recibes luego a los calzonudos! Y les contestó el general Obregón, con aquel ingenio propio de él: "Estos calzonudos han esperado tres siglos y ustedes a cada rato están conmigo".

El C. Márquez Riacho Luis: Moraleja.

El C. Ojeda Nabor A.: La moraleja es que el compañero me quiso distraer para no tratar el problema que yo estaba exponiendo. (Risas).

De manera que volvamos al punto. El licenciado Santoyo se escandaliza de que se les nombre un representante a los indígenas.

El C. Santoyo Ramón V.: ¿Me permite, compañero?

El C. Ojeda Nabor A.: No, Compañero. Le niego a usted ese derecho.

Los indios han dado pruebas en toda nuestra Historia de algo superior y han dado hombres ejemplares porque no puede negarse en nuestros tiempos, que no hayan dado hombres ejemplares como Benito Juárez.

- Una voz: Como usted.

El C. Ojeda Nabor A.: No, compañero; yo soy muy humilde.

Otra cosa más de que se escandaliza el compañero Santoyo. ¿Acaso la civilización antigua del Imperio Mexicano no le da un antecedente al licenciado Santoyo de lo que pudieron ser los descendientes del Imperio Mexicano? ¿Cree que el espíritu del Imperio Mexicano, cree que el espíritu de nuestra raza todavía no anima a muchos indios en México? Todavía se ven las caras boncíneas de esos indígenas que vienen desde la sierra y que se pegan materialmente a las escuelas rurales, a los institutos, a la Universidad, al Politécnico y ¿no nos va diciendo eso la capacidad mental de esos indígenas? ¿Acaso el licenciado Santoyo se refiere a que todos nosotros, muchos mestizos, somos incapaces de reconocer una situación? No, señores; hay indígenas capaces, hablando en su propio idioma, que pueden representar a su raza, y eso es muy sencillo: el Gobierno nacional los ha organizado en muchas partes del país; en muchas regiones se organizan congresos indígenas y en muchas regiones no concurren nada más los indígenas de una sola raza; concurren ya varias razas a esos congresos. ¿Qué de nuevo tendría que en esos congresos indígenas que ha presenciado la República eligieran un representante común de todas esas razas y fuera un representante ante el Instituto Mexicano o ante el Instituto Nacional de investigación indigenista? Por eso yo me opuse al artículo 2o. porque veo que es una amenaza, que es una nueva amenaza que tal vez desvíe la verdadera resolución de los problemas indígenas. Mientras a los indígenas se les siga tratando como a menores de edad y se pretenda crear al efecto un Departamento Indígena que haga las veces de una institución de beneficencia, mientras no se resuelvan por los propios interesados, sus problemas, jamás los sabios incorporarán la raza indígena a la civilización Muchos de los que me escuchan son indígenas y recordarán como aquéllos ingenieros de la Agraria, que sabían perfectamente bien que las comunidades indígenas no les tenían confianza porque jamás sabían cuáles eras sus títulos, ni siquiera se los enseñaban, y esto que tenían siglos peleando sus colindancias, peleando sus propiedades; que recuerden estos sabios cuánto trabajo les cuesta leer los códices como para convencer a los indígenas que deben traerlos a los museos a fin de que se conviertan en un patrimonio de la nación; en fin, un montón de más detalles.

¿Cómo creen los sabios y la burocracia que desde México van a poder resolver esos problemas si no cuentan con la voluntad de los interesados? A eso vengo, precisamente a oponerme a que ya no se siga discriminando a los indígenas de el Ejecutivo lo dice en sus cuatro considerandos qué se va ocupar el Instituto Indigenista; y si de eso se va a ocupar el Instituto Indigenista, vamos a cometer otro grave error en contra del despertar natural de la raza indígena nuestra, que ya se viene ocupando de sus propios problemas, pues en muchas partes del país son los indígenas los que están rigiendo sus propias comunidades y están tomando parte activa en los negocios públicos.

Yo me opongo todavía a que, por ejemplo, en la región de Tlapa aun se siga pensando que el Secretario debe ser mestizo, gente que hable español, mientras la comunidad no sabe español, pues con esto no puede haber unión entre gobernados y gobernantes y esos Secretarios no hacen más que el papel de intermediarios y, mientras tanto, la raza indígena, este núcleo indígena permanece uraño, permanece callada ante los problemas que se presentan. Nosotros debemos borrar estas cosas; esta es la oportunidad de que venga la raza indígena a resolver sus propios problemas.

¿Qué miedo se le tiene a la raza indígena? ¿Cuál es el prejuicio que existe al respecto? ¿Todavía nos va a guiar el color de la piel? ¿Se pretende seguir imitando a los yankis enviando a los indígenas a las reservaciones? No, señores, eso es cruel y la Revolución no se hizo para crucificar a los indígenas ni para satisfacer la curiosidad de los sabios, sino para resolverles los problemas reales que les aquejan.

Todavía tenemos en muchas regiones del país indígenas que ganan doce centavos diarios por tres sombreros de petate que hacen para mantener cinco o seis indígenas que dependen de ellos, y éstos ¿los vamos a entregar a los sabios? ¿Esto lo van a remediar los sabios? ¿Cuándo el Gobierno de México y la Revolución van a levantar a la raza indígena y le van a dar el derecho a que tienen lugar en todos los órdenes, en esta Institución?

Yo reclamo, pues, esta situación: que se nombren representantes indígenas legítimos en congresos de cada raza o de cada región y que éstos nombren su representante común; si ustedes quieren uno o dos, pero que alguna vez se oiga en ese

recinto de sabios a esos representantes, porque aquéllos nada más se atienen a los antecedentes históricos sin dar ninguna resolución práctica; que se tenga en cuenta a la raza indígena y se nombren sus representantes; y que se le quiten al licenciado Santoyo sus aspavientos de que tal vez no podrán nombrar sus delegados o representantes porque serán incapaces para resolver sus problemas. Están muy equivocados, señores, muy equivocados están todos los que piensan así, y no tienen razón al pensar así porque tienen un pasado los indígenas que ya quisiera España, cuando vino a conquistar a México; hubiera querido tener, como otras naciones, el pasado histórico de la raza indígena. Es por esto que vengo a pagar con mi intervención, un poco del tributo que debo a mi raza.

El C. Santoyo Ramón V.: Señores diputados: Estoy convencido de que el diputado don Nabor Ojeda no escuchó la lectura del dictamen y que hizo caso omiso de la exposición de motivos que contiene el proyecto del señor Presidente. El quiso pronunciar un discurso de mitin por allí entre los límites de Oaxaca y Guerrero, y no es esta una forma práctica de laborar en el Congreso de la Unión.

Por otra parte, él tuvo a bien recordar el chotís de Agustín Lara y llamarme "más castizo que la calle de Alcalá". (Risas). Pero no, señores; debo reaccionar de la siguiente manera: confieso que tuve una reserva mental cuando expuse mi opinión después del discurso del compañero Anguiano. Tengo que resolverme a dejar esa reserva mental y decir que no me escandalizo de la dificultad para la designación de un representante de los núcleos indígenas; lo que he querido evitar, lo que no dije entonces y ahora declaro, es que procede y procederá siempre liberar a los grupos indígenas de la intervención y de la influencia de los Nabor Ojeda que capitalizan los intereses de los indígenas en los puestos públicos y otras actividades.

El C. Ojeda Nabor A. (interrumpiendo): ¡ Miente usted !

El C. Santoyo Ramón V. (continuando): Yo no sí si mentiré; pero no hubo una razón expuesta aquí, y a ello me atengo: hubo falsedad, hubo demagogia, hubo falta de comprensión para un hombre de la Cámara que ha defendido en lo general y en lo particular todo lo expuesto en el dictamen y en la exposición que contiene el proyecto de ley enviado por el señor Presidente. Por eso creo que el señor Ojeda no se dio cuenta de lo que pasaba aquí y quiso a toda costa hablar de su situación indígena, que o sabemos qué tanto por ciento tenga. No es serio lo dicho por el señor Ojeda: él considera que la reunión de sabios del Instituto Indigenista va a tener una gran colaboración con los representantes indígenas, y si esto se aprueba, como yo lo deseo sinceramente, de cualquier manera propuse una adición.

Me impresionaron las palabras del compañero Anguiano; pero rechazo todo el fárrago de conceptos del señor Nabor Ojeda, que no es ni indio, ni indigenista y que simplemente aprovecharía la elección de representantes en sus fines particulares de eterno candidato al Gobierno del Estado de Guerrero.

El C. secretario Magro Soto Fernando: Por acuerdo de la Presidencia, la Secretaría se permite informar a la Asamblea que la comisión de Gobernación, a la cual fue turnada esta iniciativa de ley, está conforme en que se adicione el artículo 7o. con la proposición hecha por el señor diputado Anguiano, en los términos siguientes: "por representantes de los núcleos indígenas siguientes: "por representantes de los núcleos indígenas más importantes que serán designados y participarán en la forma y términos que señale el reglamento de la presente ley".

Además, la comisión está conforme también en que forme parte del Consejo, agregada a las demás Secretarías que ya están incluidas, la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

El artículo 7o. queda redactado así:

"Artículo 7o. El Consejo será presidido por el Director y estará integrado por representantes de las Secretarías de Educación Pública (Dirección de Asuntos Indígenas), Salubridad, Gobernación, Agricultura, Recursos Hidráulicos, Comunicaciones y Obras Públicas y Departamento Agrario y por representantes designados por el Banco de Crédito Ejidal, Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Politécnico Nacional, por un representante designado por las sociedades científicas que se dediquen preferentemente a estudios antropológicos y por representantes de los núcleos indígenas más importantes que serán designados y participarán en la forma y términos que señale el reglamento de la presente ley".

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Artículo 8o. El Director del Instituto planteará cada año al Consejo, el plan de acción y las investigaciones técnicas que le correspondan, conforme a los términos de la presente ley. El Consejo aprobará, a más tardar el mes de septiembre, el plan que desarrollará en el siguiente año".

El C. Presidente: Está a discusión. Tiene la palabra en contra el señor licenciado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Señores diputados: Como fue ya aprobado el artículo 2o. que según lo expresé al discutirse en los incisos II y III creía que estaban en oposición con el artículo 8o., en virtud de que este último de autonomía al Instituto, o sea al Consejo que lo dirige, para estudiar y aprobar los planes de acción que habrán de ejecutarase, y en el inciso II y en el III del artículo 2o. se establece que estas medidas deberán sujetarse a la aprobación del Poder Ejecutivo Federal, encuentro que la autonomía establecida en el artículo 8o. sufre una disminución de tal suerte que aun cuando el Consejo apruebe determinado plan, será el Ejecutivo quien tenga la última palabra, lo que es contrario a la misma autonomía que el autor del proyecto de ley ha querido dar a esta Institución; pero como ya se aprobó el artículo 2o., en los términos en que está concebido, tan sólo me permito indicar cómo resolverse esa

oposición de conceptos que acabo de mencionar, ya sea en el reglamento o ya sea adicionando el artículo 8o. en el sentido de que la aprobación que dé‚ el Consejo a determinado plan de actividades quedará sometido de todas maneras a la ratificación del Poder Ejecutivo Federal. Consecuentemente, bien puede decirse que ya no cabe la objeción que me respectivo del reglamento para el Gobierno Interino

El C. secretario Magro Soto Fernando: Retirada la objeción se reserva el artículo 8o. para su votación nominal.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los artículos 9o., 10 y 11 del proyecto de ley, y que se encuentran insertos al ponerse la misma a discusión en lo general; poniéndolos a discusión uno por uno, y no habiendo objeciones se reservan para su votación nominal).

"Artículo 12. Las Secretarías y Departamentos de Estado prestarán al Instituto Nacional Indigenista, la colaboración necesaria para la realización del plan de trabajo que sea aprobado por el Consejo.

"Las Secretarias y Departamentos de Estado que hayan aprobado el plan por medio de sus representantes en el Consejo, harán figurar en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias para la realización de dicho plan, y no podrán disponer de dichas partidas para otro objeto".

El C. Presidente: Está a discusión. Tiene la palabra el C. diputado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Pocas palabras voy a expresar en relación con el motivo de objeción que encuentro para el segundo párrafo del artículo 12, y me limito a decir ésta: dice el párrafo segundo que:

"Las Secretarías y Departamentos de Estado que hayan aprobado el plan por medio de sus representantes en el Consejo, harán figurar en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias para la realización de dicho plan, y no podrán disponer de dichas partidas para otro objeto".

Ese artículo, en mi concepto, tiene un enunciado que debe aclararse: no es conveniente que las Secretarías y Departamentos de Estado para poder señalar alguna partida en su presupuesto que sirva para la realización de tal o cual plan de acción, exija que sus representantes hayan aprobado ese plan de acción dentro del Consejo, porque ya sabemos perfectamente que en toda agrupación, el voto de la mayoría es el que se tiene en cuenta para aprobar o no, tal o cual punto a discusión, y el párrafo segundo exige que sus representantes hayan aprobado ese punto. Mi objeción consiste en que se diga que las Secretarías tendrán, dentro de sus presupuestos, señaladas las partidas necesarias para la realización de aquellos planes que haya aprobado el Consejo, no que hayan aprobado los representantes de las Secretarías o Departamentos. Sería también un medio muy fácil de boycotear cualquier actividad del Instituto con sólo alegar que el representante de tal o cual Secretaría que por la naturaleza de la medida deba intervenir, no aprobó tal medida.

Consiguientemente, mi objeción consiste en que se diga que las Secretarías y Departamentos de Estado harán figurar en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias para la realización de dicho plan, y no podrán disponer de esas partidas para otro objeto, suprimiendo la frase "que hayan aprobado planes por los respectivos representantes del Consejo".

El C. Díaz Infante Luis: La Comisión acepta la reforma que usted propone, señor licenciado Ramírez Munguía.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Muy agradecido, señores.

El C. Santoyo Ramón V.: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene usted la palabra.

El C. Santoyo Ramón V.: Estoy de acuerdo con su proposición, absolutamente de acuerdo. Es materia de redacción a lo que me voy a referir; que en vez de decir "dicho plan", se diga "el plan aprobado"; es una minucia; pero me parece que es la forma gramatical que le corresponde.

El C. Ramírez Munguía Miguel: Muy agradecido, señores diputados, por la bondad de ustedes en escuchar esta exposición de motivos en una sesión, diría -la primera de este período- de las más largas, pero que, también creo, de las más interesantes. (Aplausos).

El C. secretario Magro Soto Fernando: Aceptada por la comisión la modificación hecha al artículo 12, éste queda redactado en la siguiente forma:

"Artículo 12. Las Secretarías y Departamentos de Estado prestarán al Instituto Nacional Indigenista, la colaboración necesaria para la realización del plan de trabajo que sea aprobado por el Consejo.

"Las Secretarías y Departamentos de Estado harán figurar en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias para la realización del plan aprobado y no podrán disponer de dichas partidas para otro objeto". Se reserva para su votación nominal.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, da lectura a los artículos 13 y 14 que forman este proyecto de ley y que se encuentran insertos al ponerse el mismo a discusión, en lo general; poniéndolos a discusión uno por uno, y no habiendo objeciones se reservan para su votación nominal).

Se procede a recoger la votación de todos los artículos no objetados y de los reservados.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por la afirmativa.

El C. secretario Magro Soto Fernando: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Márquez Ricaño Luis: Para una aclaración pido la palabra; ¿me la permite, señor Presidente?

El C. Presidente: Estamos en votación.

El C. Márquez Ricaño Luis: Mi voto es en pro;

pero necesito hacer una pequeña aclaración. No veo razón para que se me impida.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Márquez Ricaño.

El C. Márquez Ricaño Luis: Como no pude dar mis razones porque el señor diputado Ojeda que estaba en la tribuna me negó la oportunidad, voto en pro y aprovecho el momento para declarar que protesto -y pido que se asiente mi protesta- por los conceptos demagógicos y fuera de tono sustentados por el diputado Ojeda y porque, además, su discurso encierra una crítica velada a la política indigenista del régimen de la Revolución que se ha preocupado por tratar de resolver el problema indigenista.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa. (Votación).

- El mismo C. Secretario: Los artículos reservados y los no objetados fueron aprobados por unanimidad de 79 votos.

En consecuencia, se declara que fue aprobada en lo particular la iniciativa de ley que crea el Instituto Nacional Indigenista. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presentes.

"El día 22 del actual es el CXXXIV aniversario de la promulgación de la Primera Carta Fundamental del país.

"Considero que esta Cámara debe conmemorar actos como el señalado, de la mejor manera posible. Es indudable que en la historia de un país su nacimiento a la vida constitucional constituye uno de los acontecimientos más grandiosos.

"En la historia de México, en plena lucha por la Independencia Nacional, combatían heroicamente las fuerzas populares por conquistar la independencia y la autonomía nacionales, al mando del gran capitán y estadista genial que se adelantó un siglo a su época, por sus ideas económicas y sociales, sentando las bases de la vida institucional y del régimen jurídico, en lo que después habría de ser el Estado mexicano, promulgando la Primera Constitución.

"En consecuencia, como representante del VIII Distrito del Estado de Michoacán ante este H. Congreso, cuya cabecera es Apatzingán, lugar donde nació la primera Carta Magna del país, me permito, por conducto de ustedes, señores Secretarios, poner a la consideración de la H. Cámara, a la cual me honro en pertenecer, las siguientes proposiciones:

"Primera. Que se celebre una sesión solemne en conmemoración de la promulgación de la primera Ley Fundamental del país, nombrándose al efecto un orador de nuestro H. Cuerpo, y haciendo una invitación a la H. Cámara de Senadores, para que ella designe otro.

"Segunda. Que se nombre una comisión de compañeros diputados y senadores, que se traslade a la población de Apatzingán, el día 22 de este mes, para que asistan a los actos oficiales que se celebren allá, en representación del H. Congreso de la Unión. "Tercera. Que se mande imprimir en los talleres gráficos de la Cámara el texto de la Constitución de 1814.

"Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

"México, D. F., 11 de octubre de 1948.- Luis Ordorica Cerda". - A la Comisión de Gobernación en turno.

El C. Romero Manuel Antonio: Quiero decir al señor Presidente y a la Asamblea que si hay algunos asuntos pendientes en la orden del día, creo que pueden quedar para la otra sesión, y ruego que se me permita hacer uso de la palabra en asunto tan importante como es la petición de los maestros, relativa al aumento de sueldo.

El C. Presidente: Está a la consideración de la Asamblea la proposición del ciudadano diputado Romero Manuel Antonio.

Tiene la palabra el C. diputado Gómez Maganda.

El C. Gómez Maganda Alejandro: Solamente para que no se supriman los asuntos pendientes de la Orden del Día, con los cuales se puede seguir dando cuenta y que después haga uso de la palabra el ciudadano diputado Manuel Antonio Romero (Voces: Muy bien).

El C. Presidente: Continuamos con la orden del día.

- El C. secretario Magro Soto Fernando (leyendo):

"1a. Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Por conducto de la Secretaría de Gobernación, la de Relaciones Exteriores ha solicitado el permiso constitucional correspondiente, para que los CC. Jaime Torres Bodet, licenciado Manuel Gual Vidal, licenciado Pablo Campos Ortiz, José Gorostiza, licenciado Rafael Fuentes, Federico Jiménez O'Farril, general Rafael Melgar, Germán L. Rennow, general Fernando Zárate Meneses, general Luis Alamillo Flores y mayor Manuel Martínez Castro, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les fueron conferidas por los Gobiernos de Guatemala, Ecuador, Cuba, Holanda y Estados Unidos de Norteamérica.

"La suscrita comisión estima que debe concederse el permiso que se solicita, y, en tal virtud, para dar cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Federal, venimos a someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede permiso para que acepten y usen las condecoraciones que en seguida se mencionan, sin perder la ciudadanía mexicana:

"Al C. Jaime Torres Bodet, la "Orden del

Quetzal", en el grado de Gran oficial, del Gobierno de Guatemala.

"Al C. licenciado Manuel Gual Vidal, la Orden.

"Al Mérito", en el grado de Gran Oficial, del Gobierno del Ecuador.

"Al licenciado Pablo Campos Ortiz, la Orden Nacional "Carlos Manuel de Céspedes", en el grado de Gran Oficial, del Gobierno de Cuba.

"Al C. José Gorostiza, "La Orden del Quetzal", en el grado de Comendador, y la Orden "Al Mérito", en el grado de Gran Oficial, de los Gobiernos de Guatemala y Ecuador, respectivamente.

"Al C. licenciado Rafael Fuentes, la "Orden del Quetzal", en el grado de Comendador, del Gobierno de Guatemala.

"Al C. Federico Jiménez O'Farril, la Orden del "León Neerlandés", en el grado de Gran Cruz, del Gobierno de Holanda.

"Al C. general Rafael Melgar, la Orden de "Orange Nassau", en el grado de Oficial, del Gobierno de Holanda.

"Al C. Germán L. Rennow, la Orden de "Orange Nassau", en el grado de Oficial, del Gobierno de Holanda.

"Al C. general Fernando Zárate Meneses, la Orden "Abdón Calderón", en el grado de Primera Clase, del Gobierno del Ecuador.

"Al C. general Luis Alamillo Flores, la Orden "Abdón Calderón", en el grado de Primera Clase, del Gobierno del Ecuador.

"Al C. mayor Manuel Martínez Castro, la "Legion of Merit", en el grado de Segunda Clase, del Gobierno de los Estado Unidos de América.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 7 de octubre de 1948.- Francisco Sarquís Carriedo. - Agustín Olivo Monsiváis. - Braulio Maldonado".

- El mismo C. secretario: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"2a. Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"Las señoritas Paz Gómez de la Peña, Luz de Alba y Gómez y Dolores de Alba y Gómez, en escrito de fecha 6 de los corrientes, solicitan se les aumente la pensión de $3.00 a cada una, de que vienen disfrutando como descendientes del señor licenciado don Manuel de la Peña y Peña, decretada con fecha 10 de febrero de 1933 y publicada en el "Diario Oficial" número 37 del propio mes y año.

"Como razones principales en que se apoyan su solicitud, sostiene las de su avanzada edad, el estado de pobreza en que se encuentran y el alto costo de la vida en México, lo que aunado a que se trata de las descendientes de uno de nuestros más ilustres Presidentes a quien don Justo Sierra tributó el más cálido homenaje en la Velada que antes sus restos se verificó el 2 de enero de 1895, nos hace estimar que son merecedoras a que se les conceda el aumento solicitado.

"En esta virtud, nos permitimos someter a vuestra soberanía para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de Decreto:

"Artículo primero. Se deroga el decreto de fecha 10 de febrero de 1933, publicado en el "Diario Oficial" de la Federación número 37, de fecha 13 del mismo mes y año, por lo que se concedió una pensión de $3.00 diarios a cada una de las señoritas Paz Gómez de la Peña, Luz de Alba y Gómez y Dolores de Alba y Gómez.

"Artículo segundo. Por los servicios que prestó a la Patria el extinto C. licenciado Manuel de la Peña y Peña, se concede a sus bisnietas las señoritas Paz Gómez de la Peña, Luz de Alba y Gómez y Dolores de Alba y Gómez, una pensión de siete pesos diarios a cada una, que les será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación mientras las interesadas conserven su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., 17 de diciembre de 1947.- Braulio Maldonado.- Juan Gutiérrez Lascuráin. - Vidal Díaz Muñoz".

Está a discusión. No habiéndola, se reserva para su votación nominal.

"1a. Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"La señora Rosario Azueta viuda de Aladro, se dirigió a esta H. Cámara, solicitando se le conceda una pensión, como recompensa a los heroicos servicios que prestaron a la patria, su padre el extinto contraalmirante Manuel Azueta y su hermano, el teniente de marina José Azueta Abad, durante los trágicos días de 1914, en que las fuerzas norteamericanas invadieron el Puerto de Veracruz. La Diputación del Estado de Veracruz, apoya esta solicitud.

"Aun cuando consideramos innecesario hacer hincapié en la patriótica participación de ambos en contra del invasor que violaba la soberanía nacional, esta Comisión cree oportuno recordar que el 21 de abril de 1914 el contraalmirante Manuel Azueta fue quien realmente, asumió el mando de los contingentes civiles y navales que defendieron tan gloriosamente el honor nacional, y que el teniente de marina, José Azueta Abad, después de la estoica defensa que hacía del Puerto, caía acribillado a balazos, muriendo a consecuencia de esas heridas el día 10 de mayo del mismo año.

"En virtud y en reconocimiento al heroísmo con que ellos lucharon en defensa de nuestra nacionalidad, debemos tomar en consideración, además que la solicitante es una señora que pasa de los 60 años de edad, y que se encuentra físicamente imposibilitada para trabajar ya que mientras lo pudo hacer, jamás solicitó ni obtuvo ninguna ayuda económica, por todo esto la Comisión viene a someter a vuestra consideración el siguiente Proyecto de Decreto:

"Artículo único. Por los heroicos servicios que prestaron a la patria el Contraalmirante Manuel

Azueta y el teniente de marina José Azueta Abad, durante la intervención americana de 1914, se concede a la señora Rosario Azueta viuda de Aladro, hija del primero y hermana del último, una pensión vitalicia de $ 20.00 (veinte pesos diarios), que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F.,7 de octubre de 1948.- Josué Benigos H. - Roberto J. Rangel.- Alfonso Hernández Torres".

Está a discusión. No habiéndola, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder la votación de los tres dictámenes reservados para su votación nominal.

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por la afirmativa.

El C. secretario Magro Soto Fernando: Por la Negativa.

(Votación)

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: ¿Falta algún ciudadano Diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Magro Soto Fernando: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa? Se procede a recoger la votación de la Mesa. (Votación.)

El C. secretario Gómez del Campo Ignacio: Por unanimidad de 78 votos aprobados los proyectos de decreto. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Manuel Antonio Romero

El C. Romero Manuel Antonio: Ciudadanos diputados: Seguramente que ustedes han leído en la prensa las amplias informaciones relativas al conflicto planteado por al sección IX del Sindicato de Trabajadores de la Educación, con motivo de las peticiones de aumento de sueldo.

Me permito hacer uso de la palabra con el fin de decir que estoy seguro que esta Asamblea ha visto con simpatía la causa de los maestros. He cambiado impresiones con un grupo de diputados y estamos de acuerdo en que realmente tanto los maestros como la burocracia al servicio de la nación recibe emolumentos escasos que les impiden vivir con suficiente holgura, como fuera de desearse, dado el hecho de que la carestía de la vida es indiscutible; pero ustedes saben, como yo, que la nación es pobre y que en el Presupuesto de Egresos de la nación no es posible señalar sueldos y salarios a la altura de las necesidades de aquellos que sirven a la nación mexicana.

Ahora bien, los maestros insisten en que sea tomada en cuenta su demanda de aumento de sueldos en el momento actual, cuando estamos a dos y medio meses del final del año y cuando nos encontramos con que la Cámara de Diputados aprobó -y está vigente- la Ley de Egresos de 1948 que fijan la forma en que se han de ser pagados los sueldos de los maestros.

En consecuencia, habiendo una ley vigente que fija la forma en que han de ser cubiertos esos sueldos, esta Cámara está imposibilitada para encontrar un fundamento legal que autorice un aumento de sueldos y, en consecuencia, el Poder Ejecutivo no puede aumentar los sueldos en la forma que lo desean los maestros.

Por estas circunstancias, creo que es necesario decir con toda claridad, no solamente a los maestros, sino también a las sociedades de Padres de Familia y al pueblo entero de México, que esta Cámara está segura de que el Señor Presidente de la República simpatiza con la causa de los maestros, como ha sido declarado ya por el Primer Magistrado recientemente y, por lo tanto, que al elaborarse los nuevos Presupuestos de Egresos, allí se tomarán en cuenta las demandas de los maestros, en la medida que sea posible, en un perfecto entendimiento entre el Poder Ejecutivo y la Cámara de Diputados.

Por lo tanto, señores diputados, creo que debemos en este momento de declarar que la Cámara de Diputados reconoce que el sector magisterial del país ha desarrollado una labor honrosa, preparando a las nuevas generaciones que la nación mexicana está en deuda con el magisterio; que la nación mexicana reconoce que en las jornadas de la Revolución los maestros han dado una aportación de la más alta calidad y que, en la medida de lo posible, serán satisfechas las justas aspiraciones del magisterio. Eso es lo que quería decir. (Aplausos.)

- El presidente (a las 16.40): Se levanta la sesión y se cita para el viernes próximo a las doce horas, rogando a los señores diputados puntual asistencia.