Legislatura XLI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19491229 - Número de Diario 51

(L41A1P1oN051F19491229.xml)Núm. Diario:51

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 29 DE DICIEMBRE DE 1949

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLI LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 51

SESIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 29 DE DICIEMBRE DE 1949

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Se dispensa la segunda lectura a las siguientes iniciativas: de Ley que crea un organismo público descentralizado que se denominará "Comisión Nacional de Maíz", y de Ley para reformar los artículos 5o. y 1o. transitorio de la Ley del Impuesto Predial del distrito Federal, de 30 de diciembre de 1947. Sin discusión se aprueba y pasan al Senado para los efectos constitucionales respectivos.

3.- Se consideran de urgente resolución cuatro proyectos de decreto aprobados por el Senado, dos en que se ratifican decretos expedidos por el Congreso de la Unión y por los cuales se concede pensión a las señoritas Guadalupe Mateos y Vega y Nicandra Guerrero, y los restantes en que se concede pensión a las señoritas Isabel Díaz Gutiérrez y Alejandra Izábal Rojo. Se presentan, además, cuatro dictámenes que contienen proyectos de decreto por los cuales se concede pensión al ciudadano Osías Uribe Guajardo y a la señora Leonor Villegas Magnon y dispensados de la segunda lectura los dos siguientes dictámenes, en cuyos proyectos de decreto también se concede pensión a la señorita María Luisa Gómez Farías de D. y al ciudadano Antonio Ruiz Llamas. Se aprueban y pasan al Senado y al Ejecutivo, según correspondan dichos proyectos, para los efectos constitucionales correspondientes.

4.- Informe de la comisión designada para hacer investigaciones sobre el alto costo de las medicinas. Hacen uso de la palabra los ciudadanos diputados Rafael Corrales Ayala, Manuel Jiménez San Pedro y Efraín Brito Rosado, quien propone y la asamblea aprueba, otorgar un voto de confianza a los integrantes de la comisión, al ciudadano Presidente de la República y a la prensa nacional, por el apoyo y la colaboración prestada para la investigación. Se designa a los autores del informe para que lo pongan en manos del Ejecutivo de la Unión. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del C. FRANCISCO HERNÁNDEZ Y HDEZ.

(Asistencia de 119 ciudadanos diputados).

El C. Presidente (a las 13.35 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Turrent Artigas Francisco (leyendo):

"Orden del Día.

"29 de diciembre de 1949.

"Acta de la sesión anterior.

"Dictamen referente al proyecto que envió la Cámara de Senadores sobre la creación de la Comisión Nacional del Maíz.

"Dictamen acerca de la reforma a la Ley del Impuesto Predial del Distrito Federal.

"El Senado remite proyectos de decreto de pensión a favor de Guadalupe Mateos y Vega, Nicandra Guerrero, Isabel Díaz Gutiérrez y Alejandra Izábal Rojo.

"Dictamen sobre proyectos de decreto por los cuales se conceden permisos a Osías Uribe Guajardo; Leonor Villegas Magnon, María Luisa Gómez y Antonio Ruiz Llamas.

"Informe de la comisión nombrada para hacer investigaciones con motivo del alto costo de las medicinas".

"Acta de la sesión celebrada por la Cámara de Diputados del XLI Congreso de la Unión, el día veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve.

"Presidencia del C. Francisco Hernández y Hernández.

"En la ciudad de México, a las trece horas y veinte minutos del miércoles veintiocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve, se abre la sesión con asistencia de ciento ocho ciudadanos diputados, según declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, celebrada el día veintisiete del corriente.

"Se da cuenta con los asuntos en cartera:

"Oficio del Senado por el que remite el expediente que contiene la minuta del proyecto de la Ley de Pesca de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en dicha Cámara a iniciativa del C. Presidente de la República. Recibo, a la Comisión de Caza y Pesca e imprímase.

"Oficio del Senado con el cual acompaña el expediente que contiene la iniciativa del Ejecutivo de la Unión, aprobada por dicha Cámara, relativa a la expedición de una ley para crear un organismo público descentralizado que se denominará "Comisión Nacional del Maíz". Recibo, a la Comisión de Agricultura y Fomento e imprímase.

"Oficio del Senado por el que devuelve el expediente que contiene el proyecto de Código Sanitario de la Carne y su Industrialización. Recibo, a las Comisiones unidas de Salubridad y Ganadería e imprímase.

"El Ejecutivo de la Unión devuelve con observaciones el proyecto de decreto del Congreso en que concedió una pensión a la señorita Trinidad Soto y Galindo. Recibo, y a la Primera Comisión de la Defensa Nacional que tiene antecedentes.

"El Ejecutivo de la Unión devuelve con observaciones el proyecto de decreto del Congreso que aumentó la pensión de que disfrutan las señoritas Paz Gómez de la Peña, Luz de Alba y Gómez y Dolores de Alba y Gómez. Recibo y a la Segunda Comisión de Hacienda que conoció del asunto.

"El C. Antonio Ruiz Llamas solicita pensión por sus servicios prestados a la Revolución. Recibo y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

"Solicitud de María Luisa Gómez Farías de D., nieta de Don Valentín Gómez Farías, para que se le conceda una pensión. Recibo y a la Comisión de Hacienda en turno.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda en el que, con motivo de haber retirado el Ejecutivo de la Unión las observaciones que había hecho, consulta la aprobación del siguiente punto de acuerdo: "Remítase nuevamente al Ejecutivo el decreto original del Congreso que devolvió con observaciones relativo a la pensión de las señoritas Esther, Judith y Susana Hernández, para los efectos constitucionales. Sin debate, se aprueba el dictamen.

"Dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta que consulta la aprobación del proyecto de Presupuestos de Egresos de la Federación para 1950, enviado por el Ejecutivo. La Asamblea dispensa la segunda lectura y se pone el dictamen a discusión en lo general. Lo impugnan los CC. Juan José Hinojosa, Jaime Robles Martín del Campo y Gonzalo Chapela y lo defienden, hablando cada uno después de los oradores del contra, los CC. José Rodríguez Clavería, Antonio Rocha Jr. y Roberto A. Solórzano. Se declara suficientemente discutido en lo general y se reserva para su votación nominal en dicho sentido. Sin que motive debate en lo particular, se reserva para su votación nominal en lo general y en lo particular.

"Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta en que consulta la aprobación de la iniciativa del Ejecutivo sobre el proyecto del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1950. Se dispensa la segunda lectura. Sin discusión en lo general, se reserva para su votación nominal en dicho sentido. Se pone a discusión en lo particular. Hacen uso de la palabra para proponer algunas modificaciones los CC. Alberto Trueba Urbina y Eduardo Facha Gutiérrez. Defiende el proyecto con el texto presentado el C. Roberto A. Solórzano. Se declara suficientemente discutido en lo particular y se reserva para su votación nominal en el sentido aludido.

"Tres dictámenes de la Comisión de Presupuestos y Cuenta por el que consulta la aprobación de las iniciativas respectivas del C. Presidente de la República, que contiene: proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio Norte de Baja California; proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California y proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, todos para 1950. En cada caso la Asamblea dispensa la segunda lectura y sin que en ninguno de ellos se motive discusión en lo general ni en lo particular, se reservan para su votación nominal en uno y en otro sentidos.

"Se procede a tomar la votación nominal, tanto en lo general, como en lo particular, de los proyectos reservados que son: Presupuesto de Egresos de la Federación; Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal; Presupuesto de Egresos del Territorio Norte de Baja California; Presupuesto de Egresos del Territorio Sur de Baja California y Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, obteniéndose el siguiente resultado: El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal fue aprobado tanto en lo general como en lo particular por cien votos de la afirmativa, contra ocho de la negativa. Los demás proyectos de Presupuesto de Egresos fueron aprobados por ciento cuatro votos de la afirmativa, contra cuatro de la negativa, tanto en lo general, como en lo particular. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

"Tres dictámenes de la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales en los que consulta la aprobación de igual número de proyectos de decreto en que se concede permiso a las personas que a continuación se mencionan, para aceptar y usar las siguientes condecoraciones: al C. Alfonso Guerra, la de la "Orden de Orange Nassau", en el grado de Gran Oficial, que le confirió el Gobierno de Holanda; al C. Armando C. Amador, la de la "Orden de Orange Nassau, en el grado de Gran Oficial del Gobierno de Holanda; y al C. Rafael Fuentes, la de la Orden

"Corona de Bélgica", en el grado de Gran Oficial, del Gobierno de Bélgica. Sin que ninguno de los tres casos motive debate, se reserva para su votación nominal.

"Tres dictámenes de la Primera Comisión de Puntos Constitucionales, en los que consulta la aprobación de igual número de proyectos de decreto en que se concede permiso para usar las

condecoraciones que se mencionan, a las personas siguientes: al C. Manuel Tello, la de la "Orden de Leopoldo II", en el grado de Gran Cruz, del Gobierno de Bélgica; al C. Antonio Martínez Báez, la de la "Orden de Orange Nassau", en el grado de Gran Cordón, del Gobierno de Holanda; y al C. Rafael Fuentes, la de la "Orden de Orange Nassau", en el grado de Gran Oficial, del Gobierno de Holanda. Sin discusión en ninguno de los tres casos, se reserva para su votación nominal.

"Tres dictámenes de la Segunda Comisión de Hacienda en que consultan la aprobación de igual número de proyectos de decreto por los que se conceden las siguientes jubilaciones de conformidad con la Ley de Jubilaciones a los funcionarios y empleados del Poder Legislativo: a la señora Ricarda Robles Vda. de Sanvicente, empleada de esta Cámara, por la cantidad de $5.86 diarios (dos terceras partes del sueldo de que disfruta actualmente), por los servicios que durante más de veinte años prestó a la Federación; al C. Gustavo Robles Arenas, empleado de la Cámara de Senadores, $28.00 diarios (sueldo de que disfruta actualmente) por los servicios que durante más de treinta años prestó a la Federación, y al C. Joaquín Cacho García, empleado de la Cámara de Senadores, $26.40 diarios (sueldo de que disfruta actualmente) por los servicios que durante más de treinta años prestó a la Federación. Sin que ninguno de los tres casos motive debate, se reserva para su votación nominal.

"Dos dictámenes de la Primera Comisión de Hacienda consultando la aprobación de igual número de proyectos de decreto que conceden: aumento a $15.00 diarios de la pensión que disfrutaba la señorita Carolina Barros Sierra, nieta del licenciado Justo Sierra; y pensión de cinco pesos diarios a cada una de las señoritas Rosa y Carmen Díaz Mirón, hijas de poeta veracruzano don Salvador Díaz Mirón. Sin que ninguno de los dos casos motive debate, se reservan para su votación nominal.

"Dos dictámenes de la Primera Comisión de la Defensa Nacional, que consultan la aprobación de igual número de proyectos de decreto por los cuales se conceden las siguientes pensiones: de diez pesos diarios a la señora Celsa Uresti Vda. de Gómez, por los servicios que prestó a la patria su hijo el general brigadier Félix U. Gómez; y de diez pesos diarios a la señora Elena G. Vda. de Rodríguez, por los servicios que prestó a la patria su esposo el general de, brigada Pablo Rodríguez Salcedo. Sin discusión en los dos casos. se reservan para su votación nominal.

"Se procede a tomar la votación nominal de los trece proyectos de decreto reservados, los que resultan aprobados por unanimidad de ciento dos votos. Pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda, para sus efectos constitucionales.

"Escrito de los CC. diputados Gonzalo Chapela, Juan José Hinojosa, Eduardo Facha Gutiérrez y Jaime Robles Martín del Campo, en que solicitan se excite a la Comisión que deba dictaminar sobre su proposición acerca de que se expida la convocatoria a elecciones extraordinarias para diputados en los distritos séptimo del Distrito Federal y cuatro de Puebla. La Secretaría, por acuerdo de la presidencia, excita a la Segunda Comisión de Gobernación, a la que se turnó el asunto, para que presente su dictamen.

"Iniciativa de los CC. diputados Luis C. Manjarrez y Roberto A. Solórzano que contiene un proyecto de decreto en que se establece la tarifa para el cobro de derechos de inscripción en el Registro Público Cinematográfico. A petición de los promoventes, se considera el asunto de urgente resolución, y sin que motive discusión en lo general ni en lo particular, se procede a su votación nominal en uno y otro sentidos, resultando aprobado el proyecto por unanimidad de ciento cuatro votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda en que se consulta la aprobación de la iniciativa del Ejecutivo de la Unión que contiene un proyecto de ley que adiciona la de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, de 31 de diciembre de 1941, con los Títulos XXXI y XXXII. La Asamblea dispensa la segunda lectura y sin que haya debate en lo general ni en lo particular, se procede a su votación nominal en los dos sentidos, resultando aprobado el proyecto por noventa y cuatro votos de la afirmativa, contra cuatro de la negativa, tanto en lo general como en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

"A las dieciséis horas veinte minutos se levanta la sesión y se cita para el día siguiente a las once horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

- El C. secretario Aguilar José I. (leyendo):

"Comisión de Agricultura y Fomento.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Agricultura y Fomento fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía el proyecto enviado a esta Cámara por la de Senadores para los efectos constitucionales y que se refiere a la ley que crea un organismo público descentralizado que se denominará "Comisión Nacional del Maíz".

"El proyecto de ley que aprobó el Senado de la República es substancialmente el mismo que a esa Cámara colegisladora remitió, en forma de iniciativa, el Ejecutivo de la Unión.

"El objeto de la ley proyectada es establecer, con el carácter de permanente, la Comisión del Maíz, que se creó de manera experimental por decreto de 6 de enero de 1947, y, además, en vista de la experiencia obtenida y de los resultados satisfactorios que alcanzó su funcionamiento, darle las características jurídicas de un organismo descentralizado para funcionar con responsabilidad y patrimonio propios a fin de dedicarse fundamentalmente a la producción, multiplicación,

tratamiento y distribución de semillas de maíz mejoradas o producidas científicamente; fomentar y difundir el progreso técnico de la producción, elevar los rendimientos unitarios y reducir los costos de dicha producción. La iniciativa persigue el propósito de que con el tiempo la Comisión Nacional del Maíz pueda llegar a convertirse en un organismo que se asemeje a los negocios de carácter particular, pero con la amplitud y flexibilidad de actividades y operaciones indispensables a su desarrollo, sin alejarse de sus fines esenciales establecidos en la ley y sujetos, entretanto, al control del Presidente de la República.

"En el articulado del proyecto que estudiamos se fijan, además del carácter jurídico de la institución, sus relaciones con el Poder Público, sus propósitos y funciones, la forma de constituir su patrimonio, las prerrogativas que ha de disfrutar y algunas bases para su régimen interior. Al proyecto del Ejecutivo sólo hizo el Senado de la República modificaciones a los artículos 12, 17 y 19, no esenciales y sí prudentes por cuanto que en lugar de exigir que la Comisión Nacional del Maíz recabe acuerdo del Presidente de la República sólo cuando trate de enajenar bienes inmuebles de su patrimonio que valgan más de $50,000.00 o de arrendarlos por un plazo mayor de tres años, se establece en el nuevo artículo 12 que esa autorización será necesaria en todo caso de enajenación o arrendamiento de sus inmuebles. La modificación introducida al artículo 17 aclara y precisa, sin cambiar la esencia del proyecto de la iniciativa presidencial, y es el sentir de la suscrita Comisión atinado el nuevo texto que aprobó la colegisladora. Lo mismo puede decirse del artículo 19, en el que se determinan con más claridad los motivos de utilidad pública que pueden justificar expropiación de predios cuyas condiciones geográficas, fisicoquímicas o agrícolas las hagan insustituibles para el efecto perseguido para las completas actividades de la Comisión Nacional del Maíz.

"Los suscritos estiman, al igual que las dictaminadoras de la Cámara de Senadores, elogiable por todos conceptos la iniciativa para crear como un organismo permanente la Comisión Nacional del Maíz con las características y bajo las condiciones precisadas en la iniciativa y en las modificaciones a la misma que introdujo la colegisladora; y por tanto someten a vuestra soberanía la aprobación en sus términos del proyecto aprobado por la Cámara de Senadores de la ley que crea el organismo público descentralizado que se denominará Comisión Nacional del Maíz, cuyos términos a continuación reproducimos:

"Proyecto de Ley:

"Artículo 1o. Se crea un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que se denominará "Comisión Nacional del Maíz", y cuyas facultades y atribuciones se señalan en la presente ley.

"Artículo 2o. La Comisión se dedicar fundamentalmente a la producción, multiplicación, tratamiento y distribución de las semillas de maíz mejoradas o producidas científicamente, que debe fomentar y difundir para el progreso técnico de la producción del maíz, y para elevar sus rendimientos unitarios y reducir sus costos.

"Artículo 3o. Se declaran de utilidad pública las actividades de la Comisión Nacional del Maíz, la utilización de suelos y aguas destinadas a su objeto, y el fomento, producción, multiplicación y distribución que haga de las semillas.

"Artículo 4o. La Comisión Nacional del Maíz informar a la Secretaría de Agricultura y Ganadería de sus planes, programas y resultados y recabar de ella los datos, informes y sugestiones que considere necesarios, a fin de que se establezca entre ambas dependencias el indispensable enlace y coordinación de actividades y una eficaz cooperación en sus respectivos esfuerzos.

"Lo dispuesto en este artículo se aplicará en lo conducente a los demás organismos los cuales la Comisión deba tener conexión en el desarrollo de sus trabajos.

"Artículo 5o. La Secretaría de Agricultura y Ganadería y las demás dependencias e instituciones del Gobierno Federal, están obligadas a prestar a la Comisión Nacional del Maíz la colaboración y ayuda en los términos que ésta lo requiera o solicite para el cumplimiento de sus fines. La Comisión, asimismo, recibirá colaboración y ayuda de los Gobiernos de los Estados y de los Municipios, en los términos de los acuerdos y convenios que al efecto celebre.

"Artículo 6o. La Comisión Nacional del Maíz recibirá del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas y de la Oficina de Estudios Especiales de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, o de cualesquiera otros organismos creados para fines similares a ellos, todas las semillas de maíz que hayan mejorado o producido y se destinen a su multiplicación y distribución entre los productores agrícolas, lo cual será hecho por la Comisión.

"Artículo 7o. La Comisión ajustará sus actividades a las necesidades y propósitos agrícolas que le señale el Ejecutivo Federal y de acuerdo con los medios y posibilidades de que dispongan.

"Artículo 8o. La Comisión Nacional del Maíz, para cumplir sus fines, tenderá a asimilar los sistemas o usos generales del comercio para adaptar a ellos progresivamente sus actividades.

"Artículo 9o. La Comisión dependerá del Ejecutivo Federal, que aprobar sus presupuestos, sus planes y operaciones y la aplicación de sus resultados, y fijará las normas de su funcionamiento.

"Artículo 10. La Comisión Nacional del Maíz administrará su patrimonio y podrá obligarse y contratar con los particulares y con las personas físicas o morales de derecho público o privado.

"Artículo 11. El patrimonio de la Comisión Nacional del Maíz se integrará con los bienes inmuebles, muebles, subsidios, cantidades presupuestales, donaciones, créditos, fideicomisos y demás que se destinen al cumplimiento de sus fines.

"Artículo 12. La Comisión requerirá autorización expresa y previa del Ejecutivo Federal para vender o arrendar bienes inmuebles que formen parte de su patrimonio.

"Artículo 13. Son atribuciones de la Comisión Nacional del Maíz:

"I. Recibir de las instituciones de investigación científica las semillas de maíz cuya producción o multiplicación y distribución deba realizarse en los términos de esta ley;

"II. Elaborar los planes de producción y multiplicación, de ampliación agrícola y de distribución de las semillas de maíz, necesarios a la realización de sus fines;

"III. Fomentar la producción, multiplicación y distribución de estas semillas, mediante campañas de alcance nacional;

"IV. Contratar con los agricultores la producción y multiplicación de las semillas y distribuir entre los mismos las que produzca o multiplique;

"V. Determinar los precios para el mercado, de las semillas que produzca o multiplique;

"VI. Adquirir fertilizantes y maquinaria adecuada y distribuirla a los productores agrícolas que trabajen dentro de sus planes;

"VII. Difundir conocimientos, sistemas o procesos técnicos de manera que los agricultores y los ejidatarios, los agrónomos y los maestros colaboren en los trabajos de la Comisión y se beneficien en sus propias actividades relacionadas con los fines de esta ley;

"VIII. Refaccionar y aviar la producción y multiplicación de semillas de maíz mejoradas o producidas técnicamente, siempre que se destinen a la producción y no al consumo;

"IX. Gestionar crédito para los agricultores que se dediquen a producir, destinadas a su siembra, las semillas de maíz mejoradas o producidas técnicamente;

"X. Procurar que la actividad bancaria de las instituciones nacionales o privadas se dirija hacia la producción y multiplicación de las semillas de maíz destinadas a la siembra;

"XI. Colaborar, tan ampliamente como lo requieran sus programas, con las instituciones u organismos técnicos o de investigación científica, nacionales y extranjeros, principalmente para aprovechar los resultados de la ciencia y de la técnica en el mejoramiento de la producción del maíz; y promover, fomentar o auxiliar la formación de centros de experimentación agrícola o de investigación científica relacionados con su objeto;

XII. Auxiliar a los particulares que se dediquen a la especialidad de producir o multiplicar semillas de maíz destinadas a su siembra;

"XIII. Maquilar o prestar servicios a los particulares en sus plantas industriales, dentro de los fines de la presente ley;

"XIV. Fomentar la organización de negocios agrícolas que se dediquen a producir semillas de maíz destinadas a la siembra;

"XV. Organizar la venta de semillas de maíz destinadas a la siembra, de modo que vaya siendo realizada progresivamente por los particulares;

"XVI. Establecer la división de zonas, de las regiones agrícolas del país, conforme a los fines de propagación de la semilla del maíz y a las características de las semillas que posea la propia Comisión;

"XVII. Fomentar el establecimiento de sistemas de seguros agrícolas en favor de los productores de semillas de maíz que trabajen dentro de sus planes;

"XVIII. Establecer y promover el establecimiento de plantas o instalaciones para el tratamiento o industrialización de semillas de maíz, producción de fertilizantes o de parasiticidas, o de cualesquiera otros elementos que concurran al mejoramiento de la producción maicera;

"XIX. Crear comisiones estatales o municipales del maíz, como órganos de colaboración y propaganda para coordinar las actividades de los particulares y de las autoridades con los fines de la Comisión, y

"XX. Fomentar, sostener y ayudar a publicaciones periódicas especializadas en relación con los fines de esta ley.

"Artículo 14. La Comisión Nacional del Maíz estará integrada por tres vocales designados por el Presidente de la República, siendo uno de ellos el Director, otro el vocal de Administración y el tercero el vocal de Asuntos Técnicos.

"La propia Comisión designará el personal técnico y administrativo que se requiera para el desarrollo de sus trabajos y formulará su reglamento interior.

"Artículo 15. El Director, juntamente con cualesquiera de los otros dos vocales, tendrá la representación jurídica de la Comisión. Ambos firmarán los documentos en que ésta contraiga obligaciones o derechos y cualesquiera otros en que de alguna manera deleguen facultades de la Comisión o la representación de la misma. En las facultades del Director, los otros dos vocales, conjuntamente tendrán la representación de la Comisión en los términos anteriores.

"Artículo 16. La Comisión formulará su presupuesto anual y lo someterá a la aprobación del C. Presidente de la República.

"Artículo 17. La Comisión tendrá preferencia para el otorgamiento de crédito en las instituciones nacionales de crédito; para el establecimiento de campos de reproducción, multiplicación de semillas de maíz o para llevar a cabo siembras que deban efectuarse. Lo anterior se aplicará tanto en los créditos que solicite directamente cuanto en aquéllos que gestione en favor de agricultores y ejidatarios comprendidos en sus planes de labores, de acuerdo con el programa anual de trabajo, que haya sido aprobado por el C. Presidente de la República, en los términos del artículo 9o. de esta ley.

"Artículo 18. La Comisión tendrá preferencia para adquirir los fertilizantes que produzca cualquiera empresa de participación estatal. El sistema de vigilancia de los organismos descentralizados y de las empresas de participación estatal cuidará, conforme a sus facultades, del cumplimiento de esta disposición.

"Artículo 19. Cuando para la realización de las funciones de interés público que tiene encomendadas la Comisión, necesite ocupar predios cuyas condiciones geográficas, fisicoquímicas o agrícolas los hagan insubstituibles para el efecto, y no fuere posible adquirir tales predios por transacción comercial, la propia Comisión solicitar , en los términos

de la ley de la materia, la expropiación de dichos predios, para cuyo efecto se considera como causa de utilidad pública la anterior circunstancia.

"Artículo 20. Los predios agrícolas que pertenezcan a la Comisión Nacional del Maíz y sean destinados a campos de trabajo, de investigación, producción y multiplicación de semillas, serán inafectables para fines agrarios, en los términos del Código de la materia.

"Artículo 21. La Comisión organizará anualmente concursos o certámenes nacionales o regionales para premiar a los productores de maíz que hayan laborado dentro de sus planes.

"Artículo 22. El Ejecutivo Federal expedirá las disposiciones reglamentarias de esta ley.

"Transitorios.

"Artículo primero. Esta ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

"Artículo segundo. El entrar en vigor la presente ley se liquidará la Comisión del Maíz creada por decreto del Ejecutivo Federal de 6 de enero de 1947, procediéndose a formar un balance de sus bienes, derechos y obligaciones el que será sometido a la aprobación del Ejecutivo Federal. El activo neto que se deduzca de ese balance incrementar el patrimonio de la Comisión Nacional del Maíz.

"El fideicomiso construido por el Gobierno federal con el Banco Nacional de Crédito Agrícola y Ganadero, S. A., en beneficio de la Comisión del Maíz, quedará extinguido.

"Artículo tercero. Se aprueba la inversión hecha por el Ejecutivo Federal atráves de la Comisión del Maíz, en los términos del decreto de 6 de enero de 1947.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 29 de diciembre de 1949.- Comisión de Agricultura y Fomento: Norberto Aguilar Palancares.- Othón Herrera y Cairo.- Miguel Angel Cortés.- Sup., Blas Bocardo".

- El mismo C. Secretario: Primera lectura. Por encargo de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura al proyecto de ley. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura.

"Está a discusión, en lo general, el dictamen de la Comisión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo respectivo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, dio lectura a todos los artículos que forman esta iniciativa de ley y que se encuentran insertos al ponerse la misma a discusión en lo general; poniéndolos a discusión uno por uno y no habiendo sido objetados, se reservan para su votación nominal).

Se va a proceder a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Ramírez Valadez Guillermo: Por la negativa.

(Votación).

El C. secretario Aguilar José I.: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Ramírez Valadez Guillermo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Aguilar José I.: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación).

Por unanimidad de ciento diecinueve votos, fue aprobado el dictamen en lo general y en lo particular. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

- El C. secretario Suárez Ocaña Rafael (leyendo):

"Comisión de Impuestos.

"Honorable Asamblea:

"Fue turnada a la Comisión de Impuestos que autoriza el presente, la iniciativa del señor Presidente de la República para obtener reformas a la Ley del Impuesto Predial del Distrito Federal de fecha 30 de diciembre de 1947

. "Son tres disposiciones de la citada ley las que constituyen la materia de la reforma contenida en el proyecto, esto es, los artículos 5o. y 34, y el 1o. transitorio de la Ley del Impuesto Predial del Distrito Federal.

"En el artículo 5o., correspondiente a la ley de referencia se establecía, que el avalúo de los predios ubicados en el Distrito Federal, debería practicarse por peritos designados por los Colegios de Ingenieros y Arquitectos, a solicitud del Director del Impuesto sobre la Propiedad Raíz, a quien la propia ley prohibía intervenir en el nombramiento de dichos peritos.

"En el proyecto se expresa que la mencionada ley no podía aplicarse en todas sus partes, a virtud de no existir la valuación encomendada a las personas que designen los referidos colegios y, consiguientemente, no ser posible la aplicación del sistema de tributación fiscal establecido en la citada ley.

"Y como medida de corrección viene a proponerse que los avalúos se practiquen por la Dirección del Impuesto sobre la Propiedad Raíz, la que utilizaría los servicios de profesionistas titulados miembros de los organismos formados por ingenieros y arquitectos.

"La Comisión estima procedente la reforma sobre este artículo 5o., por el hecho de establecer un medio más práctico para la ejecución de los acuerdos que tiendan a fijar el valor de los bienes que deben servir como base para el pago de los impuestos sobre la propiedad inmueble del Distrito Federal; permitiéndose esta Comisión variar los términos de la última parte del indicado artículo 5o. en el sentido se que la expresada Dirección utilice siempre profesionistas titulados y de preferencia a los organizados dentro de los Colegios de Ingenieros y Arquitectos.

"Es materia de reforma el artículo 34 de la Ley del Impuesto Predial, al proponerse en el proyecto una adición que se contiene en estos términos:

"Artículo 34...

"VIII. Las casas habitación propiedad de personas que hayan sido o sean titulares del Poder Ejecutivo Federal, ya sea que estén registradas a su propio nombre o a nombre de sus esposas o hijos".

"La suscrita Comisión considera que no debe aceptarse la adición propuesta, por respetarse el acuerdo tomado por esta honorable Asamblea al discutir la iniciativa presidencial de reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, de fecha 5 del mes en curso; de cuya discusión se tuvo el acuerdo de suprimir la propuesta fracción IX del artículo 182, en la cual se establecía una exención igual a la amparada por la fracción VIII que aquí se cita y cuya redacción es exactamente la misma.

"Lo anterior se contiene en el acta levantada con motivo de la sesión celebrada por esta Cámara, el 27 del presente mes.

"Por último, se propone como materia de reforma al artículo 1o. transitorio de la referida Ley del Impuesto Predial, que mientras no entren en vigor los avalúos previstos por la ley, los predios no valuados continuarán causando el impuesto predial que ampara la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, de fecha 31 de diciembre de 1941, estableciéndose como una consecuencia de situación semejante, la obligación para el causante de manifestar todos los contratos de arrendamiento que se celebren de acuerdo con el artículo 145 de la citada Ley de Hacienda.

"La reforma abarca también lo que a diferencias, por concepto del mismo impuesto predial, aludía la anterior disposición, mejorando el procedimiento anterior, la Comisión estima, que procede la reforma propuesta a dicho artículo 1o. transitorio, respetando su redacción con sólo una pequeña adición en la última parte del inciso b) al sustituir el término "cualquiera que sea el período que corresponda" por "cualquiera que sea el período legal" por considerarlo más adecuado al sistema de la reforma.

"Por las anteriores consideraciones, esta Comisión de Impuestos, se permite proponer a la honorable Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de Ley que reforma la del Impuesto Predial del Distrito Federal, de 30 de diciembre de 1947:

"Artículo único. Se reforman los artículos 5o. y primero transitorio de la Ley del Impuesto Predial del Distrito Federal, de 30 de diciembre de 1947, para quedar como sigue:

"Artículo 5o. El Director del Impuesto sobre la Propiedad Raíz es la autoridad competente para ordenar la práctica de avalúos, para dictar los instructivos internos que fijen las reglas de valuación y sus modificaciones y para determinar las zonas o secciones que deban valuarse.

"Para expedir los instructivos internos que fijen las reglas de valuación y sus modificaciones, se oirá previamente la opinión de los colegios de ingenieros y arquitectos, de los bancos hipotecarios que operen en el Distrito Federal y de las agrupaciones de propietarios de bienes inmuebles, registradas en la Tesorería del Distrito Federal, los que dentro del término de diez días siguientes a la fecha en que sean notificados de los proyectos respectivos, deberán formular las observaciones que estimen pertinentes. Transcurrido ese plazo, el Director del Impuesto sobre la Propiedad Raíz dictará dichos instructivos.

"Los avalúos se practicarán por la Dirección del Impuesto sobre la Propiedad Raíz, la que utilizará los servicios de profesionistas titulados, y de preferencia los que sean miembros de los colegios de ingenieros y arquitectos.

"Artículo primero transitorio. Mientras no entren en vigor los avalúos previstos por esta ley, se observarán las reglas siguientes:

"a) Los predios no valuados conforme a esta misma ley continuarán causando el impuesto predial de acuerdo con las disposiciones de la ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, de 31 de diciembre de 1941, que deberán seguirse observando en lo que no se opongan a lo dispuesto en este artículo. En consecuencia, los causantes deberán manifestar todos los contratos de arrendamiento que celebren, en los términos del artículo 145 de dicha Ley de Hacienda. La falta de manifestación de los contratos dará lugar a la aplicación de las sanciones que establece la citada Ley de Hacienda.

"b) A partir del 1o. de enero de 1950 no se girarán diferencias por concepto de impuestos prediales, correspondientes a períodos anteriores al 1o. de enero de 1947, salvo que haya habido ocultación, de parte del causante, respecto a las condiciones del predio, que den motivo al aumento de la cuota de dicho impuesto; pero, por lo que hace a diferencias ya giradas y cuyas boletas se encuentren en caja, deberán cobrarse por la Tesorería del Distrito Federal, cualquiera que sea el período legal.

"c)Deber n girarse y cobrarse las diferencias que procedan, en los casos de cambios en la situación de los predios o de alteración de las bases del impuesto, ocurrido el 1o. de enero de 1947 al 31 de diciembre de 1949.

"d) A partir del 1o. de enero de 1950, todos los hechos que ocurran durante los primeros nueve meses de cada año y que cambien la situación de los predios o que, por cualquier motivo, produzca la alteración de las bases para el pago del impuesto predial, surtirán efectos, para la modificación de la cuota que deba cubrirse de acuerdo con estos cambios o alteraciones a partir del 1o. de enero del año siguiente al que estos ocurran. Cuando tales hechos tengan lugar en los últimos tres meses de cada año, comenzarán a surtir efectos, para los fines indicados, un año después de la terminación de dicho trimestre.

"Transitorio.

"Artículo único. Esta ley entrará en vigor a partir del 1o. de enero de 1950.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 29 de diciembre de 1949.- Saturnino Coronado Organista".

"Primera lectura. Por encargo de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa

la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura.

Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal, en lo general.

Está a discusión en lo particular.

(La Secretaría, de conformidad con el artículo 97 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, dio lectura a las dos fracciones que forman el artículo único de estas reformas a la Ley del Impuesto Predial del Distrito Federal y que se encuentran insertas al ponerse la misma a discusión en lo general, poniéndolas a discusión una por una y no habiendo sido objetadas se reservan para su votación nominal).

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto. Por la afirmativa.

El C. secretario Ramírez Valadez Guillermo: Por la negativa. Votación.

El C. secretario Suárez Ocaña Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Ramírez Valadez Guillermo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Suárez Ocaña Rafael: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

Votación.

Por unanimidad de ciento diecinueve votos fue aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

- El C. secretario Aguilar José I. (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. Presentes.

"Para los efectos constitucionales remitimos a ustedes el expediente con la minuta del proyecto de decreto aprobado por esa H. Cámara, por el que se ratifica el decreto expedido por el H. Congreso de la Unión, por el que se concede pensión de $ 12.00 diarios a la señorita Guadalupe Mateos y Vega.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., a 26 de diciembre de 1949.- Adolfo López Mateos, S. S.- Demetrio Flores Fagoaga, S. S.".

Se pregunta a la Asamblea si considera de urgente y obvia resolución el proyecto de decreto. Los que estén por que así se considere, sírvanse manifestarlo en la forma acostumbrada. Se considera de urgente y obvia resolución.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Estados unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D. F.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. Presentes.

"Para los efectos constitucionales remitimos a ustedes expediente conteniendo la minuta del proyecto de decreto por el que se ratifica el aprobado por el H. Congreso de la Unión, por el cual se concede a la señorita Nicandra Guerrero, descendiente directa del Generalísimo don Vicente Guerrero, una pensión de $ 5.00 diarios.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

"México, D. F., a 26 de diciembre de 1949.- Adolfo López Mateos, S. S.- Demetrio Flores Fagoaga, S. S.".

Se pregunta a la Asamblea si este asunto se considera de urgente y obvia resolución. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se considera de urgente y obvia resolución.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D. F.

"Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"La señorita Isabel Díaz Gutiérrez, hija legítima del extinto coronel veterano superviviente de las Guerras de Intervención Martín Díaz Gutiérrez, se dirigió a esta H. Cámara solicitando pensión por los servicios eminentes que dicho coronel prestó a la patria.

"La Comisión ha hecho detenido estudio de la solicitud y encontrando plenamente justificado el conceder la pensión de referencia, se permite someter a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los eminentes servicios prestados a la patria por el extinto coronel veterano superviviente de las Guerras de Intervención, Martín Díaz Gutiérrez, se concede a su hija legítima, la señorita Isabel Díaz Gutiérrez, una pensión de $ 6.00 diarios que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Senadores.

"México, D. F., a 26 de diciembre de 1949.- La Comisión: Antonio Canale.- Adelor D. Sala.- Gustavo Díaz Ordaz".

En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera de urgente y obvia resolución este asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se considera de urgente y obvia resolución.

Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D. F.

"Comisión de Hacienda.

"H. Asamblea:

"A la suscrita Comisión de Hacienda fue turnada por acuerdo de vuestra señoría, para estudio y dictamen la solicitud de pensión de la señorita Alejandra Izábal Rojo veterana de la Revolución durante el primer período.

"Hecho el estudio correspondiente, la Comisión encuentra que la solicitante fue durante los años de 1908 y 1910 eficaz colaboradora de su señora madre Guadalupe Rojo viuda de Alvarado, que editaba en la ciudad de Guadalajara el periódico de oposición al régimen porfirista "Juan Panadero", afrontado con entereza juntamente con la señora viuda de Alvarado, vicisitudes, persecusiones y privaciones en la lucha de preparación del movimiento revolucionario y de que sus actividades fueron en 1910 de franca colaboración con la Revolución encabezada por el C. Francisco I. Madero.

"Por lo anterior, la Comisión considera de justicia someter a la aprobación de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede a la señorita Alejandra Izábal Rojo una pensión de $ 8.00 diarios por sus servicios prestados a la Revolución, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación, mientras la interesada conserve su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Senadores.

"México, D. F., a 28 de diciembre de 1949.- La Comisión: Antonio Canale.- Adelor D. Sala.- Gustavo Díaz Ordaz".

En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera de urgente y obvia resolución este asunto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se considera de urgente y obvia resolución. Está a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Con fecha 6 de octubre del año en curso, vuestra soberanía acordó turnar a la suscrita Segunda Comisión de la Defensa Nacional, para su estudio y dictamen al expediente formado con la solicitud del C. capitán primero de caballería, retirado, Osías Uribe Guajardo, a fin de que se le aumente la pensión que actualmente disfruta.

"Hemos examinado atentamente la documentación que integra el expediente de referencia, llegando a las siguientes conclusiones:

"Primera. Que el expresado militar percibe en la actualidad una pensión de $ 195.00 mensuales, que le fue otorgada por la Secretaría de la Defensa Nacional.

"Segunda. Que el monto de la pensión fue asignado de acuerdo con el sueldo que el expresado militar disfrutaba en la época en que le fue concedido el retiro.

"Tercera. Que por la documentación a que hemos hecho referencia se llegó al conocimiento de que este militar tiene méritos para haber obtenido no sólo la pensión que le fue asignada, ya que tomó parte en numerosos hechos de armas en defensa del movimiento revolucionario de México y de las instituciones del país, sino que es acreedor a una mayor recompensa, ya que se encuentra en aflictiva situación económica que no le permite atender a su delicado estado de salud, consecuencia de las heridas que recibió en las distintas campañas en que tomó parte. Los hechos de armas a que hacemos referencia están debidamente comprobados con documentos que certifica la Secretaría de la Defensa Nacional.

"Por lo anteriormente expuesto, la Comisión estima justificada la petición de el señor Osías Uribe Guajardo y en esa virtud se permite proponer la expedición de un decreto que venga a favorecer en forma más efectiva a este ameritado revolucionario, y sometemos a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios que prestó a la Revolución el C. capitán primero de caballería, retirado, Osías Uribe Guajardo, se le concede una pensión de $ 450.00 (cuatrocientos cincuenta pesos), mensuales, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., diciembre 21 de 1949.- Norberto López Avelar.- Ignacio Morales Altamirano.- Nemesio Viveros Rodríguez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Primera Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra soberanía acordó turnar a la suscrita Primera Comisión de Hacienda el expediente que contiene la minuta del proyecto de decreto aprobado por la H. Cámara de Senadores, por el cual se concede una pensión vitalicia a la señora Leonor Villegas Magnon.

"La señora Leonor Villegas Magnon, como lo comprobó plenamente la H. Colegisladores, prestó servicios a la Revolución, especialmente en la frontera norte y al lado de los generales Francisco Villa, Eulalio Gutiérrez, Antonio I. Villareal, Alvaro Obregón y otros, y ahora que se encuentra sin los recursos necesarios para su sostenimiento e imposibilitada para trabajar por su avanzada edad, merecedora es a que la nación acuda en su auxilio.

"Por estas consideraciones, la suscrita Comisión hace suyo el proyecto de la H. Colegisladora y se permite proponerlo a vuestra consideración en los siguientes términos:

"Artículo único. Por los importantes servicios prestados a la Revolución por la señora Leonor Villegas Magnon, se le concede una pensión vitalicia de $ 10.00 diarios que le serán cubiertos íntegramente por la Tesorería General de la Nación,

mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., 27 de diciembre de 1949.- Esteban Uranga.- Juan José Torres Landa.- Quintín Rueda Villagrán".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien lo impugne se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la Segunda Comisión de Hacienda el escrito de la señorita María Luisa Gómez Farías de D., en que solicita se le conceda una pensión como nieta de don Valentín Gómez Farías.

"Hecho el estudio correspondiente y tomando en cuenta que el Congreso ha venido concediendo pensiones a los descendientes de Valentín Gómez Farías y que la peticionaria se encuentra en la actualidad en condiciones económicas muy difíciles, la Comisión estima que debe gozará de igual gracia por tratarse de la nieta de uno de nuestros más ilustres hombres.

"En esta virtud nos permitimos proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, para su aprobación en su caso, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Se concede una pensión de $200.00 mensuales a la señorita María Luisa Gómez Farías de D. como nieta de don Valentín Gómez Farías, que le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación, mientras la interesada no cambie su actual estado civil.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., 29 de diciembre de 1949.- Agustín Aguirre Garza.- José Rodríguez Clavería.- Domitilo Austria García".

"Primera lectura. Por encargo de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

"Primera Comisión de la Defensa Nacional.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a esta Primera Comisión de la Defensa Nacional el expediente que contiene la solicitud del C. exteniente coronel de caballería, Antonio Ruiz Llamas, para que se le conceda una pensión como recompensa a los servicios que prestó a la Revolución.

"Habiendo estudiado con todo detenimiento los antecedentes del solicitante, llegamos a la conclusión que desde el año de 1910 ingresó a las filas del movimiento libertador, habiendo tomado parte en diferentes hechos de armas al lado del general Cástulo Herrera. Más tarde, fue incorporado al Estado Mayor del señor D. Francisco I. Madero, habiendo luchado contra las fuerzas de Pascual Orozco. Por dos veces tuvo a su cargo la Jefatura de Policía en Chihuahua y en Ciudad Juárez, sirviendo con toda lealtad al Gobierno de D. Venustiano Carranza, por lo que se le recompensó nombrándolo Director de la Escuela de Artes y Oficios en la Ciudad de Chihuahua.

"En la actualidad el solicitante se encuentra en muy difícil situación económica, pues dada su avanzada edad y a su quebrantada salud, se encuentra imposibilitado para trabajar y atender sus más ingentes necesidades.

"Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión estima de justicia acudirá en ayuda de un ciudadano que durante toda su vida ha luchado por defender los principios democráticos del país, y en tal virtud sometemos a la consideración de la honorable Asamblea, para su aprobación, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único. Por los importantes servicios prestados a la patria por el C. exteniente coronel de caballería Antonio Ruiz Llamas, se le concede una pensión de $15.00 (quince pesos diarios), que le será pagada íntegramente, por la Tesorería General de la Nación.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., diciembre 29 de 1949.- Leobardo Limón Márquez.- Lucio M. Rebolledo.- Luis Núñez Velarde".

Primera lectura. Por acuerdo de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de todos los proyectos de decreto reservados para tal objeto. Por la afirmativa.

El C. secretario Suárez Ocaña Rafael: Por la negativa.

(votación).

El C. secretario Aguilar José I.: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Suárez Ocaña Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

El C. secretario Aguilar José I.: Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(votación).

Por unanimidad de ciento dieciocho votos fueron aprobados los proyectos de decreto reservados.

Pasan al Senado y al Ejecutivo, según corresponda, para sus efectos constitucionales.

- El mismo Secretario: El último punto de la orden del día, es el siguiente:

"Informe de la Comisión nombrada para hacer investigaciones con motivo del alto costo de las medicinas".

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Rafael Corrales Ayala.

El C. Corrales Ayala Rafael: Honorables señores diputados: "La Comisión designada para estudiar el problema creado por el alza del precio de los productos medicinales, ha llegado al fin de los trabajos que fueron emprendidos para estudiar, primero, la naturaleza y características peculiares del mercado de las medicinas, y segundo, para proponer un conjunto de posibles soluciones tendientes a evitar el encarecimiento inmoderado de los artículos que conservan la salud y combaten las enfermedades del pueblo de México.

El presente informe habrá de referirse, en primer término, al método empleado en la obtención de datos indispensables para integrar un conocimiento claro de la forma en que se opera en el importante sector comercial de las medicinas. Asimismo, en la parte primera de este informe se hará la síntesis de los resultados obtenidos.

La investigación de los hechos hubo de realizarse mediante consulta escrita o verbal a quienes se estimó conocedores, o a quienes probaron tener un interés legítimo en presentar puntos de vista. Como conclusión inferida de los hechos que la Comisión pudo precisar el temor de sus investigaciones, el mecanismo económico del mercado de las medicinas y las características de la regulación jurídica que hasta la fecha se han intentado imponerle, ofrecen el siguiente cuadro. Por primera vez en el país, los precios máximos de los productos medicinales fueron fijados por la autoridad mediante decreto de 27 de septiembre de 1942, publicado en el "Diario Oficial" de 3 de octubre siguiente. Antes de esa fecha el mercado había sido libre.

Una vez establecidos los tipos máximos de precio y durante el tiempo que media entre la fecha en que comenzó a regir la disposición antes aludida y la desaparición del Departamento de Salubridad Pública, los precios se mantuvieron estables y las prevenciones que los regían se hicieron cumplir con rigor. Fue después de creada la actual Secretaría de Salubridad y Asistencia, a cuya competencia se encomendó la función reguladora de que se trata, cuando se autorizaron los primeros aumentos al precio máximo de ciertos productos medicinales; de entonces acá, los industriales de este ramo, organizados dentro de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación y los distribuidores mayoristas, con muy contadas excepciones, han venido buscando el medio de obtener cualesquiera de estos dos fines: o el que mas conviene a sus intereses de especulación comercial, que es la antigua falta de control oficial sobre los precios, o en todo caso la gradual autorización para ir aumentando precios por grupos de productos.

Así pues, la elevación en los precios de los medicamentos no es un hecho insólito y de aparición intempestiva en la vida económica del país, sino el resultado de una política sostenida y constante por parte de quienes militan en este sector de la industria. Sin embargo, es conveniente hacer notar que actualmente la elevación en los precios acusa mayor intensidad, porque el reajuste de nuestra divisa en su relación de cambio frente al dólar, ha sido un buen pretexto y una amplia oportunidad para aducir razones que aparentemente fundamentan la elevación de precios de los productos medicinales.

Los hechos que en seguida se examinan, propenden a demostrar las siguientes afirmaciones: que la industria de productos medicinales y su comercio al mayoreo, rinden utilidades muy altas respecto del capital invertido y de la velocidad de su giro; que la condición en que subsisten los laboratorios pequeños, que son muy numerosos, es dependencia económica respecto de sus distribuidores comerciales, quienes se reservan la mayor parte de la ganancias; que la utilidad de los grandes laboratorios es tan satisfactoria, que algunos de los más importantes entre ellos no han alterado sus precios, y han hecho pública, de modo más o menos informal, la seguridad de que no pretenderán aumentarlos; que el hecho mismo de ser amplísimas las utilidades en este ramo, proporciona a quienes lo explotan, medios muy eficaces para influir sobre la opinión y para engendrar actitudes de resistencia contra la tendencia moderadora de los precios.

Las altas utilidades que al grande laboratorio y al distribuidor poderoso rinde su comercio, quedan evidenciadas del siguiente modo. Hay que advertir que la industria de que se trata es una verdadera industria armadora o de montaje, como podría ser en México la constructora de automóviles, pues la de productos medicinales importa del extranjero casi la totalidad de sus materias elementales y aquí las combina, diluye o aglutina, envasa y pone en el mercado, previo registro sanitario, en vez de fabricar en el país las substancias terapéuticamente activas que constituyen el meollo de su producción industrial.

Del carácter anteriormente apuntado se desprende de que se trata de una industria de montaje y no de una verdadera industria de transformación y tiene dos repercusiones económicas de singular importancia. La primera consiste en el capital relativamente pequeño que necesita una industria armadora, en comparación con el que habría de necesitar una industria que elaborara sus propios elementos de combinación. La segunda, determina una modalidad muy singular de competencia económica en el mercado, pues en realidad no compiten productos que ganen la plaza en función de su mayor o menor calidad, pues se trata de productos prácticamente iguales entre sí, que provienen de la combinación de las mismas substancias, importadas del extranjero y solamente diferenciables por los distintos nombres y marcas que cada una de las negociaciones que los producen les adicionan; esto trae como consecuencia que la especulación mercantil se realice, entre otras vías, por el acreditamiento de los marbetes y no por verdadero celo en conseguir la mejor calidad de los productos.

Para apoyar la anterior afirmación debe indicarse que en el catálogo de precios máximos correspondiente al año de 1942, se incluyen alrededor de treinta y tres mil artículos nominalmente distintos entre sí, y sin embargo, todos ellos podrían

reducirse a un número relativamente corto de generalidades farmacológicas, partiendo de su actividad terapéutica.

La pequeñez de capital que dejamos asentada y la especulación mercantil, concurren a elevar los beneficios de industriales y distribuidores. De ello podría obtenerse fácil comprobación con solo investigar el capital con que iniciaron sus actividades hace muy pocos años, laboratorios bien conocidos, y el que actualmente giran.

Quedando reducida la competencia en el mercado de las medicinas a una guerra a muerte entre marcas y envases, es elevadísima la suma de dinero que se invierte en propaganda, fundamentalmente la que va dirigida a obtener la aceptación de los productos por parte de los médicos. Y es así, como el renglón más importante de gastos de publicidad consiste en la distribución gratuita y continua al cuerpo médico, de muestras que se acumulan como verdadero aluvión en los consultorios de los facultativos y que la mayor parte de las veces queda sin empleo práctico. Es fácil explicarse que sólo quienes cuentan con muy bastas utilidades pueden apelar a este costosísimo método de conquistar mercado.

Otro hecho que pone de relieve el volumen de utilidades obtenido en este sector de la industria, puede inducirse de los considerables descuentos que laboratorios y casas mayoristas ofrecen a las instituciones oficiales compradoras de medicinas, como el Instituto Mexicano del Seguro Social, los hospitales, los cetros de higiene, etc. De donde se sigue que sólo una industria que recoge amplias ganancias está en aptitud de hacer tan generosa concesión, sin que se quebrante su legítimo interés. Es tan noble el ramo, que hay negociantes que importan las substancias elementales y las dan a maquilar a laboratorios establecidos, dueños de maquinaria adecuada, para después distribuir el producto a las farmacias y droguerías. Y, en esta larga cadena de intermediarios, todos reciben utilidad remuneratoria. Por otra parte, la comisión recibió repetidos y fehacientes testimonios de que hay otro método, a todas luces ilícito, para incrementar ganancias y el cual es empleado de manera general por algunos industriales. Tal método consiste en la baja dosificación de las substancias farmacológicamente activas en el producto, respecto de las que aparecen impresas en su fórmula; y debe agregarse que no exíste actualmente manera alguna eficaz de inspeccionar cada unidad que sale al mercado.

Para probar que la gran mayoría de los laboratorios son pequeños y están sometidos al periodo económico de sus distribuidores, basta considerar que estos constituyen un número reducido de negociaciones que distribuyen los diversos medicamentos procedentes de un numeroso grupo de fabricantes de escaso capital.

Los grandes laboratorios venden directamente sus productos al comercio de menudeo, saltando sobre el intermediario, porque no han menester de su auxilio económico. De lo dicho aquí se desprende cuál es el mecanismo del ramo de productos medicinales: un puñado de laboratorios fuertes, en contacto inmediato con bodegas, farmacias y droguerías, y una nube de pequeños laboratorios echados en manos de contadísimas casas distribuidoras. Lo expuesto hasta aquí permitir estimar en qué medida pueden ejercer presión de muy diversa índole, negocios cuya utilidad es muy superior a la que obtienen otros de capital semejante.

"Durante la reunión de mesa redonda que se efectuó en el Salón Verde de esta H. Cámara, el 16 del corriente, la Comisión fue advertida de dos argumentos que generalmente se utilizan para demostrar que las altas ganancias de la industria se emplean en buena parte en obras de trascendencia social. Los laboratorios manifiestan frecuentemente que una parte de las utilidades es destinada a la investigación científica y otra, no menos importante, sirve para auxiliar en sus gastos a algunas asociaciones profesionales. Pero es de notarse que el costo de las actividades anteriormente aludidas, tiene que ser de suyo muy pequeño junto a las utilidades brutas, porque se trata de investigaciones practicadas, no por industrias que transforman los productos de la naturaleza hasta hacerlos utilizables por el hombre, sino que es una investigación que, con muy contadas y honrosas excepciones, se encamina más bien a encontrar la combinación de elementos ya conocidos, para presentar nuevas fórmulas que obtengan mayor demanda. De modo que la empresa productora, por lo general recibe de inmediato el fruto económico de su esfuerzo científico.

"Por cuanto a las donaciones que se hacen en favor de grupos profesionales organizados, el ejemplo que se citó en la Junta de mesa redonda, da idea de su insignificancia; se informó de un donativo de $150,000.00 al que contribuyeron proporcionalmente cincuenta laboratorios.

"Ante el panorama que actualmente ofrecen la industria y el mercado de las medicinas y que hemos procurado caracterizar en páginas anteriores, de acuerdo con las investigaciones realizadas, la comisión puntualiza las siguientes medidas tendientes a reprimir o evitar las especulaciones inmoderadas e ilícitas en este sector de la economía nacional:

"Primera: La comisión descarta la posibilidad de regresar al mercado libre en que los precios sean sólo el fruto del juego de la oferta y la demanda. La ausencia de una regulación oficial en ese campo, no haría sino cimentar la fuerza de las grandes empresas que operan en el mercado. Sólo así se explica que el mercado libre constituya la finalidad que con mayor ahínco ha venido buscando la industria de las medinas. Aceptar este punto de vista sería contrariar una política continua, que desde 1942 ha logrado defender al público, siquiera parcialmente, de espoleaciones ominosas, muy principalmente durante los años de la guerra.

"Segunda. La comisión informa a la H. Cámara de diputados haber sido admitida y aprobada su proposición consistente en constituir una empresa de intervención estatal, que opere en el sector de la industria químicofarmacéutica.

"No se trata ya de un simple proyecto o

sugestión, sino de un organismo cuya creación a sido aprobada por el Ejecutivo a virtud de un acuerdo ya publicado en el "Diario Oficial".

"La comisión que en estos momentos informa, entrevistó al señor licenciado Ramón Beteta, titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien después de recibir y acoger la proposición tendiente a crear la empresa de intervención estatal a que hacemos referencia, precisó los lineamientos que ella habrá de tener y que sólo podrán ser desenvueltos pormenorizadamente en los estudios económicos y jurídicos que realicen los técnicos que se encarguen de darle forma.

"Podemos sintetizar el espíritu y la finalidad de esta empresa tendrá, del modo siguiente:

"La empresa en cuestión orientar su actividad y funcionamiento a la consecución de tres objetivos fundamentales: a) Producción en gran volumen de algunos de los medicamentos que, de acuerdo con la ciencia más adelantada, se utilizan para combatir las enfermedades más generalizadas, principalmente aquellas que más atacan a nuestro pueblo; b) incremento de la fabricación de productos farmacéuticos en general; c) Elaboración de materias primas propias de la industria químicofarmacéutica, aprovechando los recursos naturales del país y especialmente las plantas medicinales que se producen en México en variedad y proporción considerables.

"Su patrimonio habrá de formarse con los bienes, derechos y patentes que constituyan el activo de las negociaciones que por estar en manos del enemigo al sobrevenir la guerra, fueron intervenidas por el gobierno de México, y confiadas en fideicomiso de la Nacional Financiera, S. A. Tales negociaciones son las siguientes: "Casa Bayer, S. A.", "Instituto Behring de Terapéutica Experimental, S. R. L.", Merck - México, S. A.", "Química Schering Mexicana, S. A.", "Beick Félix y Cía." S. en C. "Laboratorios Codex, S. A.", "Gran Droguería del Refugio, S. A." y "Droguería Stein, S. A.".

"Adelantándose a posibles críticas que quizá se formulen para desvirtuar los sanos motivos que inspiran la creación de la nueva empresa, la comisión tiene especial interés en subrayar que no se trata de un organismo ideado para ejercer una competencia desleal a las empresas particulares, tal como sólo podría ocurrir en el caso de que dicha empresa no hubiese de buscar utilidades; pero de ningún modo habrá de esgrimir ese medio de competencia, pues aspirará a la ganancia estrictamente legítima, la que, por otra parte, habrá de invertir en su propio fomento y en la investigación científica.

"La empresa de intervención estatal ser un medio regulador, por cuanto permitierá al Estado courcer directamente y en forma pormenorizada el movimiento de costos en este sector de la industria, y asimismo el Estado podrá estar en condiciones de presentar una línea de medicamentos al alcance de los sectores más pobres del pueblo mexicano, con la competencia equilibradora que ello implica.

"Además de las finalidades ya enunciadas anteriormente, la nueva empresa cubrirá otro importante sector de actividad económica, a través de órganos idóneos encargados de distribuir los productos de los laboratorios pequeños, que generalmente, como ya se dejó asentado en páginas anteriores, caen en manos de acapadores poderosos que los esquilman. A este fin, la empresa de referencia aprovechará la estructura y el prestigio de algunas negociaciones de las que pasarán a formar parte de su patrimonio, que como la firma Stein, han operado como casas distribuidoras.

"La comisión declara por último, en lo que concierne a la empresa de intervención estatal, que no se ha tenido la intención de crear un organismo burocrático más, sino una empresa que sea el medio idóneo para iniciar una nueva política económica en el ramo de que se trata.

"Tercera. La comisión estima que el sistema regulador de los precios por parte de la autoridad administrativa, habrá de fincarse sobre la base de la auditoría de costos, como requisito previo para autorizar cualquier elevación de precios que se solicite.

"Un sistema así abriría el camino para obtener un control efectivo sobre los precios de las medicinas y dejaría, además, abierta la posibilidad para que los interesados hicieran valer razones convincentes ante la autoridad a fin de probar que en determinados casos las nuevas condiciones de los mercados imponen costos de producción incompatibles con los precios oficiales de venta. Como se ve, el sistema no puede ser más lógico, ni más justo para conciliar debidamente el celo del Estado por proteger el interés general por una parte y, por la otra, el interés legítimo de las empresas.

"Cuarta. A efecto de llevar a cabo una revisión de los precios que actualmente rigen en el mercado y saber cuales son los que obedecen a una especulación inmoderada, las negociaciones deberán ser requeridas para exhibir su contabilidad de costos a fin de apreciar cómo era la estructura de los mismos, antes del reajuste de nuestro peso frente al dólar y como es en la actualidad, después de ese reajuste.

"Quinta. Las declaraciones contables a que se hace referencia, debida y auténticamente documentadas, deberán ser sometidas al examen de peritos en contabilidad de costos, al servicio del Estado.

"Sexta. Para hacer posible y práctica la auditoría, habrán de formarse grupos genéricos de productos para escoger el medicamento tipo que sirva de base a la investigación contable, pues llevarla a cabo en cada uno de los numerosos productos contenidos en el catálogo de precios máximos, sería tarea laboriosísima y muy tardada.

"La clasificación que se propone, habrán de practicarla facultativos y laboratoristas especializados, al servicio de la autoridad, y podría realizarse empleando como cuadro sistemático en que figura anexo al informe y que ha servido en sus trabajos interiores a las oficinas que regulan los precios.

"Séptima. La Comisión señala la conveniencia de negar toda autorización de aumento y aun la

cancelación de los ya concedidos, a las empresas que se negaren a justificar del modo apuntado sus pretenciones de encarecimiento.

"Octava. Ser conveniente revisar el mínimum de exigencias técnicas que se imponen a toda negociación que desea ostentarse como laboratorio de productos medicinales, no para obstruir al negocio de capital pequeño en beneficio de la grande empresa, sino al exclusivo efecto de exigir a todos, laboratorios pequeños y grandes, acondicionamiento técnico y el equipo mecánico que, como mínimo, debe corresponder a la función productora de medicamentos.

"Al realizar una inspección tendiente a comprobar las condiciones en que trabajan los laboratorios y demás establecimientos relacionados con el comercio de las medicinas, deber n tenerse en cuenta las prescripciones contenidas en el capítulo XI del proyecto de Código Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos, si es que tal proyecto llega a convertirse en ordenamiento legal.

"Por último, la comisión turnará a la consideración del Ejecutivo, a través de los órganos idóneos, las sugerencias de carácter técnico que ha podido recoger durante sus trabajos de investigación entre los diversos cuerpos profesionales con que ha estado en contacto.

"Tales sugerencias pueden reducirse a tres fundamentales:

"Primera. Deberá estudiarse hasta qué punto es posible suprimir o reducir al mínimo el reparto de muestras que como medio de propaganda realizan los laboratorios entre el cuerpo médico, y que ellos aducen como motivo determinante en el aumento de sus costos.

"Segunda. Deberá estudiarse también hasta donde es posible propiciar la mayor utilización médica de las fórmulas que se llaman magistrales, sin que ello signifique operar un retroceso en el empleo de los medios curativos.

"Tercera. La autoridad administrativa, al llevar a cabo una inspección en la contabilidad de costos, deberá tener en cuenta que muchas empresas están llevando el control de su giro económico de acuerdo con sistemas contables definitivamente superados, sistemas que determinan falsedades y equivocaciones en el cálculo de los costos. Así ocurre que el consumidor de productos medicinales est pagando un "plus" que no le corresponde, porque se comete el error de incluir los gastos de venta y muchas veces hasta los gastos de administración dentro del costo de los artículos, que, de acuerdo con la técnica económica, sólo debe ser determinado por precio de materias primas, salarios y gastos de elaboración. Resulta por tanto infundado que los gasto de propaganda, principalmente la distribución gratuita de muestras, se consideren como factor concurrente en el aumento del costo de los productos. Es obvio que los gastos de venta y los gastos de administración sólo se pueden cubrir cuando la diferencia entre el precio de venta de un artículo y su costo, permite hacerlos, pero sin elevar el precio de antemano, al simple capricho de las empresas.

"La comisión que recibió de la H. Cámara de Diputados el encargo de investigar el encarecimiento de las medicinas, no puede concluir el presente informe sin dar las más cumplidas gracias por la desinteresada y eficaz colaboración que recibió de importantes asociaciones profesionales vinculadas con el mercado de las medicinas, muy principalmente de la H. Federación Médica del D. F., de la Confederación Médica de la República y de la S C R E L, S. A. de C. V., que en todo momento estuvieron dispuestas a prestar su ayuda en el plano de mayor altura y seriedad. Desea dejar constancia también de su agradecimiento más cumplido para la prensa nacional, que en este delicado problema ha estado siempre en el sitio que le corresponde como defensora de los intereses del pueblo de México.

"La tarea que tuvo a su cargo la comisión que hoy termina sus trabajos, hubo de enfrentarse a un problema complejo, cuyas grandes dificultades comenzaron desde la etapa de simple acopio de datos, y se vieron aumentadas superlativamente cuando llegó la hora de señalar un conjunto de soluciones. La comisión sabe bien que su labor adolece probablemente de muchas deficiencias en función del intrincado problema que tuvo que estudiar, pero al mismo tiempo le queda honda satisfacción de haber afrontado todas las complejidades inherentes al mercado de las medicinas, con la convicción de que se trataba de un problema cuya solución es de positiva importancia para el bienestar del pueblo mexicano, y, en esa convicción, todos los que subscribimos el presente informe, encontramos la fuente de mayor aliento para superar nuestras limitaciones en presencia de la dimensión y la gravedad del problema. (1)

"Lic. Rafael Corrales Ayala.- Lic. Milton Castellanos E.- Lic. Manuel Jiménez San Pedro.- Dr. Teódulo Gutiérrez L.- Dr. J. Jesús N. Noyola.- Prof. Samuel Espadas Centeno".

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Jiménez San Pedro.

El C. Jiménez San Pedro Manuel: Señor Presidente. Señores diputados: Hago uso de la palabra por dos impulsos fundamentales. En primer lugar, para agradecer a ustedes la alta distinción que en lo personal tuvieron para los miembros de la comisión investigadora del alto costo de las medicinas, y la confianza que, al darnos esa misión, ustedes depositaron en nosotros.

En segundo lugar, para acatar un íntimo aliento de mi conciencia ante la gravedad y la seriedad del problema que nosotros examinamos.

Antes, como ya quedó implícito en el informe que acaba de leerles el señor licenciado y diputado Corrales Ayala, deseo expresar desde esta tribuna el más profundo y el más alto de mis personales agradecimientos para esos héroes anónimos que, con nosotros, han trabajado íntimamente en la resolución de ese problema, para esos hombres en cuyas espaldas y en cuyas conciencias pesa una de las más altas responsabilidades de ciudadanía y de la conciencia nacional. Me refiero a los (1) Véase Apéndice.

porteros de la prensa nacional que con su pluma y su aliento le están diciendo paso a paso al pueblo de México que ya México se ha transformado y que vive en estos instantes realmente una vida institucional, una vida que obedece a los impulsos de un país que se transforma ante la magia de un hombre que no descuida ni desatiende ninguno de los segundos de su vida para poner al servicio de la patria lo mejor de su existencia, lo más puro y lo más legítimo de su juventud: Miguel Alemán.

Mi agradecimiento a los periódicos de México, y no tan sólo a los periódicos de la capital, sino a las revistas y a la heroica y valiente prensa de la provincia, que en estos momentos nos han dado el más legítimo y magnífico de los alientos para seguir guiando nuestros pasos en la investigación de este problema. Y viéndolo desde este ángulo, yo ahora, con la más alta de las satisfacciones pido a ustedes, compañeros de Cámara, que con un aplauso entusiasta le digamos a la prensa nacional: "Muchas gracias por su cooperación para el enaltecimiento y la grandeza de la patria. Muchas gracias por habernos impulsado en la más pura , en la más alta de nuestras aspiraciones al servicio del pueblo de México, al estudiar este problema que nos ocupa".

Después, tengo también que expresar a instituciones tan valiosas y de tal personalidad social como es la gloriosa Confederación de Trabajadores de México que nos alentó en el paso decisivo en nuestra investigación de este problema; a la Confederación Nacional de Organizaciones populares, a la Confederación Nacional Campesina, a la Federación de Médicos del Distrito Federal, a la Confederación Médica de la República Mexicana y a los Sindicatos de Obreros de Laboratorios y de Farmacias del país; para todas estas instituciones -repito-, mi más cordial y más alta muestra de agradecimiento.

Por el carácter mismo, por los fines sociales tan altos y tan elevados que llena la industria farmacéutica del país, por estar fincada en un horizonte rodeado y multiplicado por un pueblo enfermo, porque indudablemente que el pueblo de México es un pueblo que padece físicamente, un pueblo en donde la mayor parte de sus habitantes, señores, tienen que enfermarse porque les hace falta la alimentación vital; un pueblo, señores, en donde realmente se ve descarnada una gran verdad y una insólita realidad; un pueblo que tiene que gastarse los emolumentos de su esfuerzo y de su trabajo que exceden a seis meses, en casos, para poder salvar de las garras de la muerte a lo más íntimo, a lo más caro de sus sentimientos: la niñez.

No es la clase media, señores, no es la clase medio burguesa ni las clases elevadas quienes resisten esta embestida de estos señores que forman la Cámara de la Industria Farmacéutica del país que para mí, son las gentes que están traficando con lo más caro y lo más puro de mi pueblo: la miseria corporal y el dolor humano de un pueblo, sobre los que hincan sus garras tan sólo impulsadas por obtener día a día más ganancias ilícitas en sus negocios de producción de artículos farmacéuticos.

México, ya no es horizonte ni es campiña en que insaciables tiburones de los negocios, gentes de la Cámara y de la industria puedan desconsideradamente hincar sus garras para seguir exprimiéndolo.

Esta Comisión, de la que me tocó el alto honor de ser partícipe, tuvo que sufrir - y lo digo a voces ante esta tribuna - la embestida del soborno y del cohecho; y para los que trataron de sobornarnos, les digo desde esta tribuna que los funcionarios de México, los hombres de la generación de Miguel Alemán, somos políticos no por profesión ni por fines inconfesables; los miembros del PRI los que surgimos de la Revolución somos políticos porque hemos obedecido al más caro, al más sagrado y al más legítimo de nuestros alientos: poner nuestra esfuerzo personal, nuestros sacrificios y nuestra vida misma para elevar el nivel integral del pueblo de México, de esta tierra que llamamos nuestra querida patria mexicana.

Por ello, señores diputados, tengo también aquí que reconocer lo siguiente: ¡Qué hubiésemos hecho nosotros sin la palabra y el consejo valioso del señor Presidente de nuestra comisión! Mi voto de confianza para el señor licenciado y diputado don Rafael Corrales Ayala quien siempre, tal vez por nuestra juventud, nos alentó y nos condujo por los caminos que dieron por resultado ese brillante informe - que para mí lo es - y que él acaba de leer a ustedes. ¡Qué hubiésemos hecho también, sin el aliento de Gutiérrez Laura, de Jesús Noyola, de Espadas Zenteno de la juventud vibrante, limpia y pura de Milton Castellanos! Para ellos, pues, para ustedes periodistas de México, para los representantes de las más altas organizaciones del país y para los hombres buenos de México, mi saludo y mi agradecimiento. Muchas gracias.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano diputado Efraín Brito Rosado.

El C. Brito Rosario Efraín: Señores diputados: Había decidido después de mis últimas intervenciones en los debates de esta Cámara, no volver a participar en ellos durante este periodo. Lo había decidido por diversas razones, la principal de ellas, por la capacidad, por el número, por la calidad intelectual y moral de quienes vinieron a esta tribuna en un plan de altura y con palabra clara y feliz debatieron durante este período camaral todos problemas de la nación. Sin embargo, en este día rompo la resolución tomada porque el asunto que se est tratando en estos momentos, el informe que ha leído el compañero diputado Corrales Ayala, es no solamente un informe para aclarar ante ustedes una situación escabrosa y llena de problemas, como era la del tráfico y la venta de medicinas, sino que encierra (debemos subrayarlo) una verdadera lección de ética política que enaltece a esta Cámara.

Yo seguí relativamente de cerca los trabajos de la Comisión; por la prensa, por pláticas con los miembros de la comisión y por pláticas también con las partes con quienes ellos tuvieron relación, de los trabajos que iban realizando, y pude darme cuenta, señores diputados, de los escollos, de los altibajos y de las grandes dificultades

que tuvieron que vencer: dificultades de orden técnico, dificultades también de orden político. Pero la más grande de ellas, y que es para mí un motivo de satisfacción y un motivo de orgullo para esta Legislatura, fue la dificultad de orden moral. Porque cerca de estos seis miembros cuyo dictamen acabamos de escuchar, cantaron muy frecuentemente las sirenas de la tentación y, para orgullo nuestro, ellos supieron rechazar esa tentación y poner ante todo el prestigio de nuestra Cámara y el beneficio de nuestro pueblo. Por eso vengo a esta tribuna a pedir que en este día, de una manera concreta, se otorgue un voto de confianza para los señores compañeros que integraron esa comisión. (Aplausos).

Un voto de confianza caluroso y entusiasta, compañeros, porque así como artículo esta comisión, estoy seguro que actuaría cualesquiera de los señores diputados que forman esta Legislatura.

Sentimos que vivimos en México una hora nueva y que el nivel moral y político se va elevando. Hombres nuevos de hondo perfil ético llegan a la escena política y van depurando al viejo ambiente un tanto corrompido. El sentido del deber y una mejor preparación intelectual van sustituyendo a viejas corruptelas y vicios que parecían insuperables. Esto viene a reiterarlo el dictamen, y viene a reiterar también cuánto puede hacerse cuando colaboran fuerzas dominantes con un alto propósito de beneficio nacional; y junto a ellos, la prensa nacional. Ellos lo han dicho, y si no lo hubieran dicho, nosotros lo sabríamos porque hemos seguido paso a paso las informaciones periodísticas. La prensa ha dado una valiosísima cooperación para que este asunto llegara a una solución feliz.

Vemos también que con grandeza de miras, con desinterés, la prensa estuvo apoyando en todo momento a la comisión dictaminadora. Fue pues el triunfo de la comisión un triunfo también de la prensa nacional. Y hemos de referirnos también de la prensa nacional. Y hemos de referirnos también de la comprensión amplia y a las miras profundas de las necesidades populares con que reiteró su alta categoría política el Primer Magistrado de la Nación, el señor licenciado Alemán, que supo dar a la comisión el apoyo que necesitaba y merecía, que supo alentarla y comprenderla y dictar inmediatamente medidas que vinieron a corroborar lo que la misma comisión había realizado. Yo, pues, señores, pido a ustedes un voto de confianza para el señor Presidente de la República, para la prensa nacional, para la comisión que rindió el dictamen y cuya lectura escuchamos y, sobre todo, por la gran lección moral que hemos presenciado, porque en este caso para fortuna nuestra, quienes participaron en la solución de este asunto supieron estar más cerca que de las aureas tentaciones de los poderosos del dolor de los humildes, del dolor de nuestro pueblo. (Aplausos).

El C. Presidente: En votación económica se pregunta a los ciudadanos diputados, si se concede un voto de confianza a la comisión, al señor Presidente de la república y a la prensa nacional que participó tan brillantemente en el trato de este problema. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

Con fundamento en la fracción II del artículo 77 de nuestra Constitución, se designa en comisión a los ciudadanos diputados autores de este informe para comunicarse con el Ejecutivo de la Unión y poner en sus manos este documento, a fin de que lo tome en cuenta o no, según lo estime pertinente el propio Ejecutivo.

(A las 15.20 horas) se levanta la sesión y se cita para mañana viernes 30, a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"