Legislatura XLII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19520821 - Número de Diario 3

(L42A1P1oN003F19520821.xml)Núm. Diario:3

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., JUEVES 21 DE AGOSTO DE 1952.

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I.- PERIODO ORDINARIO XLII LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 3

SESIÓN DE JUNTA PREPARATORIA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS EFECTUADA EL DÍA 21 DE AGOSTO DE 1952

SUMARIO

1.- Se abre la junta preparatoria. Lectura y aprobación del acta de la junta anterior.

2.- Oficio el Senado comunicando la instalación de la Junta Previa y designación de Mesa Directiva a las Juntas Preparatorias. De enterado.

3.- Se presentan 26 dictámenes unitarios de las Comisiones Revisoras de Credenciales, sobre el resultado de las elecciones para diputados federales celebradas el día 6 de julio último en los distritos electorales de la República, que a continuación se expresan: 6o. de Michoacán, licenciado Manuel Hinojosa Ortíz - Alberto Pérez Villanueva, se discute; 2o. de Coahuila, José Villareal Corona - Antonio Alonso; 2o. de Chiapas, Abelardo de la Torre Grajales - Adolfo Celerino López Carpio; 3o. de Chihuahua, Pedro Díaz González - David M. Chávez Guerra; del 18 del Distrito Federal, Rodolfo Echevarría Alvarez - Mario Córdova Curtis; 4o. de Guerrero, José Gómez Velasco - Mario de la O Téllez; 9o. de Veracruz, Roberto Gómez Maqueo - Donaciano Caballero; 4o. de Chihuahua, Luis González Herrera - Justina Loya Chávez; 7o. de Guanajuato, Olivero Ortega Octavio Lizardi; 5o. de Guerrero, Dámasco Lanche Guillén- José Ventura Neri; 11o. de Jalisco, Angel F. Martínez Gutiérrez - Salvador Chávez Magaña; 3o. de Nuevo León, Eugenio Morales Mireles - Ernesto Serna Villareal; 2o. de Tlaxcala, Emilio Sánchez Piedras - Cenobio Pérez Romero; 3o. de Oaxaca, Manuel Aguilar y Salazar - Víctor Díaz Hernández, se discute; 8o. de Guanajuato, Rodrigo Moreno Zermeño - Juan Serrano Delgadillo; 1o. de Hidalgo, Librado Gutiérrez - Eduardo Vergara; 7o. de México, Alfredo Navarrete - Agustín González Argüelles; 1o. de Querétaro, Eduardo Ruiz Gutiérrez - Ricardo Rivas Maldonado; 4o. de San Luis Potosí, Jorge Ferretis- Jacinto Maldonado Villaverde; 1o. de Zacatecas, Alfredo Lozano Salazar - Carlos Zorrilla Enciso; 2o. de Campeche, Leopoldo Sales Rivera - Ermilo Ceh Gamboa; 3o. de México, Fernando Guerrero Esquivel - Adolfo Ramírez Fragoso; 2o. de Morelos, Porfirio Palacios - Vicente Lahera; 1o. de Puebla, Blas Chumacero Sánchez - Jesús Ramos Rodríguez; 7o. de Veracruz, Agustín Ramírez Romero- Manuel Abascal Sherwell, se discute; 16o. del Distrito Federal, Ramón Cabrera Cosío - Angel Ortega Acosta, se discute. Cada caso se aprueba en votación económica y se hace la declaratoria respectiva. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. CAYETANO ANDRADE LÓPEZ

(Asistencia de 130 ciudadanos diputados y presuntos diputados).

El C. Presidente (A las 12.30 horas): Se abre la junta preparatoria.

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"Acta de la Junta Preparatoria de la Cámara de Diputados del XII Congreso de la Unión, celebrada el día diecinueve de agosto de mil novecientos cincuenta y dos.

"Presidencia del C. Cayetano Andrade.

"En la ciudad de México, a las trece horas y doce minutos del martes diecinueve de agosto de mil novecientos cincuenta y dos, se abre la Junta con asistencia de ciento treinta y cinco presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.

"Sin debate se aprueba el acta de la Junta Preparatoria efectuada el día 15 del actual.

"En seguida se da cuenta a la Asamblea con los dictámenes unitarios que rinden las diversas secciones de la Primera Comisión y la Segunda Comisión Revisoras de Credenciales, sobre el resultado de las elecciones para diputados federales celebradas el día 6 de julio último en los distritos electorales de la República que les fueron turnados.

"En votación económica que en cada caso se efectúa, se aprueban los dictámenes que declaran válidas las elecciones a diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, a los ciudadanos que en el mismo orden se expresan en seguida con el distrito respectivo:

"3o. de Guanajuato. Doctor Cayetano Andrade - Antonio Ramírez Maldonado.

"1o. de Campeche. Licenciado Fernando Lanz Duret - Hermilo Salvador Campos.

"3o. de Hidalgo. Licenciado José María de lo Reyes - Leonardo Ramírez.

"1o. de Coahuila. Rafael Carranza Hernández - Jesús Santos Cepeda.

"1o. de Tamaulipas. Licenciado Juan Manuel Terán Mata - Francisco Morales Nuñez.

"4o. de Jalisco. Profesor Ramón García Ruiz- Elías Gómez Rodríguez.

"2o. de Guerrero. Profesor Jesús Matache Román - Alberto Salgado Cuevas.

"1o. de Nayarit. Doctor Jesús Angulo Araico - Juventino Espinosa Jr.

"2o. de Colima. Ingeniero Jesús Robles Martínez - Roberto Pizano Saucedo.

"Único de Baja California Norte. Licenciado Braulio Maldonado Sánchez- Francisco Benítez Méndez.

"1o. de Guanajuato. J. Jesús Lomelín Mancilla - Ignacio Vázquez S.

"2o. de Aguascalientes. Licenciado Benito Palomino Dena - Fernando Ramos Jáuregui.

"3o. de Chiapas. Juan Sabines Gutiérrez - Eduardo Tovar Armendáriz.

"1o. de México Profesor Roberto Barrios Castro - Ingeniero Jesús Alarcón Moreno.

"1o. de Nuevo León. Licenciado Caleb Sierra Ramos - Donato González Castillo

. "1o. de San Luis Potosí. Licenciado Agustín Olivo Monsivais. - J. Jesús Blanco Vega.

"9o. de Puebla. José Ricardi Tirado - José María Arroyo.

"1o. de Sonora. Bernardo Norzagaray Angulo - Alberto Tripp Flores.

"8o. del Distrito Federal. Licenciado Rómulo Sánchez Mireles - José María Valenzuela.

"2o. de Tamaulipas. Doctor Norberto Treviño Zapata - Aureliano Caballero González.

"2o. de Yucatán. Profesor Antonio Bustillos Carrillo - doctor Jorge Martínez Ríos.

"8o. de Oaxaca. Licenciado Manuel Sodi del Valle - Jonás Salinas Narváez.

"La Secretaría, por acuerdo de la Presidencia hizo en cada caso la declaratoria de rigor.

"A las catorce horas con cuarenta minutos se levanta la Junta Preparatoria y se cita para las once del día veintiuno del presente".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- México, D.F.

"CC. secretarios de las Juntas Preparatorias de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

-Presentes.

"Para los efectos legales consiguientes me es grato participar a ustedes que en Junta Preparatoria celebrada el día 15 del actual por ésta Cámara, se designó la siguiente Mesa Directiva que funcionará durante las juntas preparatorias de la misma:

"Presidente, doctor Pedro de Alba.

"Vicepresidente, doctor Alfonso G. Alarcón.

"Secretarios, licenciado Alfonso Pérez Gasga y Francisco García Carranza.

"Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

"México, D.F., a 18 de agosto de 1952.- Pedro de Alba.- Alfonso Pérez Gasca.- Francisco García Carranza".

Trámite.- De enterado.

El C. secretario De los Reyes José María: Se procede a dar lectura a los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas. Sexto de Michoacán:

"2a. Comisión Revisora de Credenciales.

"Honorable Asamblea:

"A esta Segunda Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por acuerdo de esta Asamblea soberana, el expediente integrado en relación con las elecciones constitucionales para diputados federales, propietario y suplente, celebradas el día seis de julio pasado en el sexto distrito electoral del estado de Michoacán.

"De las constancias que estuvieron a la vista se desprende que presentaron objeciones el Partido Acción Nacional en escrito de 6 de agosto, en que solicitó a la Comisión Federal Electoral negara el registro a los candidatos triunfantes, por haber existido hechos violatorios a la Ley Electoral Federal y graves irregularidades en el proceso respectivo. Este partido no presentó ningún principio de prueba que haga presumir la procedencia de su propuesta.

"El Partido Popular igualmente, en escrito de 15 de agosto en curso, solicitó que se negara el registro a los candidatos triunfantes por las razones que en seguida se sintetizan:

"a) Que el Comité Distrital Electoral obstruccionó la labor de los partidos para evitar su participación en la designación de personal de casillas.

"b) Que al levantarse el censo electoral del sexto distrito que se estudia, se cometieron graves irregularidades y deficiencias y se dejaron de entregar innumerables credenciales.

"c) Que en el municipio de Los Reyes no se levantó el padrón y la votación se llevó en listas supletorias mediante presentación de credenciales que fueron repartidas por representantes del P.R.I. y autoridades municipales.

"d) Que el Comité Distrital, entregó la documentación de los municipios de Los Reyes, Cotija, Tingüindín y Tocambo al señor Antonio Calderón para que realizara el fraude electoral en esa región.

"e) Que a pesar de estar cerrado el plazo para la entrega de credenciales de elector, las autoridades y los representantes del P.R.I. las repartieron a millares.

"f) Que como una demostración de esa irregularidad se exhibe la credencial número 31.722,774, en blanco.

"g) Que el Comité Distrital no fijó la relación de ubicación de casillas sino que la entregó simplemente a los partidos.

"h) Que fueron cambiadas de ubicación las casillas números 84, 85, 86 y 87 del municipio de Cotija, instalándose en lugar distinto del acordado.

"i) Que no se instalaron las casillas 18, 19 y 72.

"j) Que las ánforas de las casillas 33 y 34 fueron robadas y se terminó su computación en la Presidencia Municipal.

"k) Que en las casillas números 11, 51, 53 y 90 no se levantaron actas de escrutinio, sino que las levantó el Comité Distrital. Que en la casilla número 90 fungió como presidente el C. Félix Anguiano P., Presidente Municipal.

"j) Que en la casilla número 15 por órdenes del señor Sostenes Mendoza se dejó votar a gran número de trabajadores del campamento del "Cóbano", que no pertenecían a esa sección.

"m) Que en las casillas números 6, 15, 23 y 86 votaron personas sin credencial y en las casillas 1, 21, 14, 23, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 49 y 50 las autoridades municipales, miembros destacados del P.R.I. y las fuerzas federales coaccionaron a los votantes.

"Esta Comisión estudio detalladamente las objeciones presentadas como las pruebas que se aportaron y analizó las repetidas objeciones por el orden en que lo fueron, como sigue:

"a) El acta notarial que presento el Partido Popular sólo comprueba que los partidos no se pusieron de acuerdo en la designación del personal de casillas, habiendo pasado el derecho de hacer esa designación al Comité Electoral Distrital como lo ordena el artículo 24 de la Ley Electoral Federal.

"b) Que en la afirmación que hacen el Partido Popular sobre irregularidades y deficiencias del padrón electoral, no existe ninguna constancia o principio de prueba.

"c) No existe ninguna prueba de que no se haya levantado el padrón en el municipio de Los Reyes ni de que se haya levantado la votación mediante credenciales repartidas por representantes del P.R.I. o autoridades municipales. Lo único demostrado con los documentos que presenta el Partido Popular es que en las casillas 64, 65, 66 y 67 se formaron listas auxiliares en virtud de que no llegaron al poder de los presidentes de casillas las listas del padrón. Como en el caso se trata de una deficiencia administrativa, de ninguna manera puede afectar el derecho constitucional de voto comprobado por los votantes con la presentación de sus credenciales. Los Presidentes de esas casillas, con la facultad que les da la ley en su artículo 87 de resolver bajo su responsabilidad las cuestiones que se susciten, determinaron proceder a la votación en la forma en que se hizo, circunstancia que se aprobó por los representantes de todos los partidos, ya que firmaron las actas respectivas sin objeción, por haberse comprobado los extremos a que se refiere la última parte de la fracción I del artículo 84 de la ley citada.

"La aprobación de los representantes de los partidos a esta forma de votación indica sin ningún género de duda, que este acto se realizó de buena fe en los términos en que aparecen en las actas. La objeción elaborada y representada a posteriori por el Partido Popular carece de fundamento a juicio de esta Comisión.

"d) No está comprobado por el Partido Popular que se hiciera la entrega de la documentación a que se refiere en este punto, ya que el documento que aportó como prueba, lo único que demostró fue que presentó una protesta en ese sentido el 3 de julio de 1952. La Comisión considera infundado este punto de la protesta por falta de prueba.

"e) No quedó comprobado con ningún elemento que las autoridades y representantes del P.R.I., hubiesen repartido miles de credenciales ya que las pruebas aportadas como anexos número 4 por el Partido Popular, lo único que demuestran es que en la casilla 13 votaron diez personas y veintiocho en la número 89, que no estaban dentro de las listas del padrón y que ejercitaron su derecho de voto en los términos del artículo 84 de la ley. La Comisión considera infundado este motivo de queja.

"f) El Partido Popular anexo una copia del acta de clausura de votación de donde aparece que se recogió la credencial de elector número 31.722,774 que fue presentada en blanco por el señor Eleazar Lúa, boleta que no aparece en el expediente. Esta boleta no comprueba como lo pretende el Partido Popular, que se haya hecho un reparto fraudulento de credenciales ni demuestra la probable filiación política del votante, de tal manera que no está probada, en contra de ninguno de los candidatos participantes, la comisión de fraude con la aparición de esa boleta en blanco.

"g) No se comprobó ante esta Comisión que el Comité Distrital no hubiese fijado en los términos de ley la lista de ubicación de casillas, ya que por el contrario, existe en el expediente presentado como prueba por el propio Partido Popular, una relación impresa de las propias casillas, que hace presumir precisamente lo contrario.

"h) Quedó comprobado con la documentación aportada por el Partido Popular, que las casillas del municipio de Cotija, número 84, 85, 86 y 87 se instalaron en lugar distinto al acordado inicialmente por el Comité Electoral Distrital.

Esta Comisión opina que con fundamento en la fracción I del artículo 135 de la ley de la materia, debe anularse la votación recibida en esas casillas y por lo tanto deben restarse a los resultados finales del escrutinio las siguientes cantidades que son las que recibieron en su favor las distintas personas con tendientes en las casillas mencionadas:

"José Ubaldo Jiménez. 21 votos. "Everardo Meza. 13 " "Pablo Zulaica Espinosa. 99 " "J. Jesús Abarca. 91 " "Ramón Ortiz. 156 "

"Alfonso Suárez Madrigal. 142 " "Manuel Hinojosa Ortiz. 490 " "Alberto Pérez Villanueva. 325 "

"i) Las objeciones que se presentan en este punto fueron subsanadas en su oportunidad por la Junta Computadora instalada en los términos de ley. Esta Comisión estima que por tal razón la objeción fue oportunamente atendida y corregidos sus efectos y en consecuencia no afecta ya los resultados finales de la elección.

"j) Esta Comisión estima improcedente e infundada la queja presentada, ya que los representantes de los partidos levantaron acta de la cual consta que los cómputos se hicieron legalmente y con conformidad, según se desprende del anexo número 9 presentado por el propio Partido Popular.

"k) No presenta el partido quejoso ninguna prueba de la irregularidad que asienta ni deja comprobado que el señor Félix Anguiano P. que fungió como presidente de la casilla número 9, fuese el presidente municipal de Peribán.

"l) De las constancias de que puede disponer esta Comisión se desprende que en la casilla número 15 se permitió votar a algunas personas en los términos de la fracción I del artículo 84, sin que se derive de ninguna de esas constancias que hayan votado sin presentar su credencial de elector.

Como por otra parte es imposible conocer el sentido del voto de esas personas, no se puede hacer ninguna corrección numérica sobre los resultados finales obtenidos en esta casilla.

"m) No existe ningún principio de prueba que demuestre que en las casillas que se mencionan hubiesen votado personas sin credencial, ni tampoco existe prueba ni constancia de que las autoridades municipales, destacados miembros del P.R.I. y fuerzas federales hayan coaccionado a los votantes para que depositaran su voto en determinado sentido en las casillas que enumera el Partido Popular. Por falta de prueba considera esta Comisión infundado el punto anterior de la protesta.

"Por todas las constancias estudiadas y las razones que se aducen, esta Comisión estima que el resultado final de los escrutinios, hechas las deducciones que se dejan propuestas en el inciso h), es el siguiente:

Lic. Manuel Hinojosa Ortiz, para diputado propietario. 6,618 votos Alberto Pérez Villanueva, suplente. 6,341 " Ramón Ortiz de Mantellano, para diputado propietario. 3,434 " Alfonso Suárez Madrigal, suplente. 3,177 " Pablo Zulaica Espinosa, para diputa- do propietario. 3.131 " J. Jesús Abarca, suplente. 3,035 " José Ubaldo Jiménez, para diputado propietario. 1,186 " Everardo Meza, suplente. 1,186 "

"Esta Comisión estima que triunfaron en las elecciones constitucionales para diputados federales en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán, el licenciado Manuel Hinojosa Ortiz como diputado propietario y Alberto Pérez Villanueva como diputado suplente. Por lo tanto, propone a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán, el día 6 de julio de este año.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado sexto distrito electoral de la cantidad mencionada, los ciudadanos licenciado Manuel Hinojosa Ortiz y Alberto Pérez Villanueva.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Bernardo Norzagaray Angulo. - Rómulo Sánchez Mireles. - Ernesto Brown Peralta".

El C. Presidente: Está a discusión el dictamen. (Voces: Pido la palabra).

El C. Norzagaray Angulo Bernardo: Para una interpelación, señor Presidente: La Comisión desea preguntar al ciudadano que solicitó el uso de la palabra, si se considera presunto diputado por el sexto distrito de Michoacán y, en caso afirmativo, que muestre el documento que acredite su presencia en este Colegio Electoral.

- El mismo C. Secretario:

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, aclara que el señor Ubaldo Jiménez, presenta una tarjeta de acceso a esta Asamblea para este día.

El C. Presidente: Se han inscrito para hablar en relación con este dictamen, el ciudadano José Ubaldo Jiménez, en contra, y el señor licenciado Manuel Hinojosa Ortiz, en pro.

Tiene la palabra el ciudadano José Ubaldo Jiménez.

El C. Jiménez José Ubaldo: Señores diputados, señores presuntos diputados: Vengo: a impugnar el dictamen que ha emitido la Comisión que ha tratado mi caso. Vengo también como candidato del Partido Popular. El Partido Popular me ha designado su candidato en ese distrito, por que allí, en el distrito de Uruapan, existen grandes fuerzas de ese Partido y existen porque el Partido Popular ha acarreado a su seno a la mayoría de la gente trabajadora, del campo, de los obreros y de los pequeños propietarios de la clase media. Por esa razón el Partido Popular juzgó que en el Distrito de Uruapan debería lanzarse candidato a diputado.

El programa que arrastró a la gente de esa región fue precisamente el del Partido Popular, porque el Partido Popular ha luchado por que en el problema agrario sean repartidas todas las tierras utilizables, a los campesinos auténticos. El Partido Popular ha luchado hasta donde le han alcanzado sus fuerzas, para que todas las comunidades agrarias de ese lugar tengan créditos suficientes, a fin de poder dar a la economía del país más elemento, más artículos de primera necesidad; y ha luchado también por que a todos esos grupos agrarios se les conceda refacción de avío para poder adquirir maquinaria y utilizarla en la mecanización de la agricultura, que es una necesidad urgente para esa región...

El C. Zorrilla Rivera Manuel (interrumpiendo): Para una moción. Yo desearía que el candidato se limitara a defender su caso y no venga a hacer propaganda aquí por el Partido Popular.

(Aplausos).

El C. Jiménez José Ubaldo (continuando): Yo creo, compañeros, presuntos diputados, que ustedes deben permitir hablar al contrincante del señor Hinojosa Ortiz y no interrumpirlo, porque es mi iniciación en la defensa del caso. Yo, como miembro de mi Partido, tengo que defender allí y tengo que hacer llegar a ustedes el programa o cuando menos los puntos básicos por los que se luchó en aquella región de Uruapan. Naturalmente que tengo que decir a ustedes estas cosas, por que fue el programa que atrajo a todos los electores detrás de la candidatura del Partido Popular que yo representé allí.

El C. Presidente: La Presidencia excita al orador a que se concrete al punto de discusión.

El C. Jiménez José Ubaldo: De acuerdo, pues, con la moción del señor Presidente, quiero objetar en primer lugar, lo siguiente: desde el nombramiento personal de casillas no se procedió como señala la ley a hacer el nombramiento de este personal, de acuerdo con todos los partidos independientes. Se citó a reunión del Comité Distrital, y con la sola ausencia del representante del P.R.I., a ninguno de los partidos independientes se nos tomó en cuenta y, por lo tanto, el Comité Distrital designó el personal después de que ya tenía estas listas en su poder, de todos los miembros del P.R.I. Por eso los partidos independientes levantamos un acta notarial que adjuntamos en mi documentación.

Yo creo que es una prueba suficiente para demostrar que no se tomó en cuenta a los partidos independientes.

Al levantarse el censo electoral del sexto distrito de Michoacán se cometieron también muchas irregularidades. A la mayor parte de los campesinos no se les empadronó; a la mayor parte de la población no se le empadronó, y a las personas que tuvieron esa suerte, no se les extendió credencial sino a unas cuantas gentes, principalmente a las que estaban dentro del P.R.I. de esto no pudimos arrimar pruebas; pero es conocida de todo el distrito, la forma en que se procedió a hacer el padrón.

En el municipio de Los Reyes, no se levantó el padrón, y sólo hacemos constar, -y lo hacen constar también el presidente y los secretarios de la casilla electoral-. Adjuntamos también las actas 64, 65, 66 y 67, donde el mismo personal acusa que no se le entregó el padrón. No se entregó el padrón, porque no se levantó.

La denuncia que hicimos ante la comisión local y a la comisión Federal Electoral de que al señor Antonio Calderón, jefe de zona ejidal y representante del señor Hinojosa, le fueron entregados los documentos, para que los fuera a repartir a Los Reyes, Cotija, Tringüindín y Tacumbo, naturalmente que esta cosa ya con anticipación se había previsto, pues no se había levantado padrón del municipio de Los Reyes y, por lo tanto, había manera de hacer el fraude. Anexamos nuestra protesta ante el Comité local para demostrar que con anterioridad denunciamos este caso. No obstante de haber estado cerrado el plazo para la entrega de credenciales, las autoridades y representantes repartieron miles de boletas. Eso se comprueba porque llegaron a nuestros oídos, por los miembros elementos que integran el Comité Municipal del P.R.I., que tenía gran cantidad de boletas. Naturalmente, es difícil sacar constancia notarial en estos casos, porque hasta los notarios públicos se negaban a intervenir a dar fe de estos actos. Comprobamos después, ya en las casillas, los días cinco y seis, que estaban repartiéndose credenciales o montones. Pudimos recoger una credencial en blanco, en el municipio de Peribán, que ni siquiera tuvieron tiempo de poner el nombre. En el municipio de Cherán, delante de un servidor de ustedes extendió credenciales el Presidente Municipal.

De todos estos casos, naturalmente, no arrimamos constancias porque el juez estaba interviniendo en la elección, que en este caso era el único que podía probar esta aseveración.

La relación donde se daba a conocer el personal de las casillas y su ubicación, no fue publicada.

Nosotros lo demostramos con el hecho de que cuatro días antes de la elección, a todos los partidos nos fue entregada una copia mimeográfica y no se Público en la forma de mural, como debería ser, para que todos los electores del distrito conocieran la ubicación de las casillas. Es imposible que los electores, el día 6, se hubieran dado cuenta a dónde les iba a tocar votar. Con esta maniobra, muchos ciudadanos se quedaron sin votar. Hubo tal desorientación que llegamos a encontrar ciudadanos que después de estar esperando dos y tres horas para llegar al ánfora, se les decía que no les correspondía en esa casilla.

La votación se llevó a cabo en forma muy lenta y, por lo tanto, no creo que la votación en el distrito haya salido con las cifras que reportó el Comité Distrital.

Sobre el cambio de la ubicación de las casillas números 84, 85, 86 y 87 del municipio de Cotija, no fueron instaladas en el lugar que designó el Comité Distrital; estas fueron instaladas alrededor de la plaza pública del lugar, precisamente para tener mejor control el ayuntamiento y poder coaccionar a los habitantes. Estas actas las adjuntamos a nuestro expediente para probar que a última hora está señalado el lugar de la instalación y que el Comité Distrital se señalo otro lugar.

No se instalaron las casillas números 18, 19 y 72. En la 18 y en la 19, la documentación la traían los representantes del P.R.I., para instalar después, a hora más tarde, cuando ya los representantes nuestros no estaban allí. Esto lo comprobamos en la casilla instalada en Calzonzin, donde llegamos los representantes del Partido Popular y de la Federación de Partidos del Pueblo y del P.A.N., para ver el funcionamiento de las casillas. No se encontraba ninguna documentación pues la traían los señores del P.R.I. en su poder. Entonces levantamos un acta que firmaron los representantes del P.R.I. y no se hizo la elección.

En la casilla 72, que no se instaló tampoco la documentación fue repartida a las demás casillas del municipio de Los Reyes, cosa indebida, pero la Comisión juzgó que era correcta. Comprobamos este hecho con el acta que se levantó en el momento del cómputo en el Comité Distrital.

En las casillas 33 y 34, fueron robadas estas ánforas. La votación se recogió delante de las fuerzas de la policía pública, delante del secretario del Juzgado, en una, y del secretario del Ayuntamiento, en la otra. Cuando se presentaron nuestros representantes en la casilla número 33, no se encontró ninguna documentación; ésta se encontraba en la Presidencia, preparándose para hacer el escrutinio. Con este motivo, levantamos una acta que fue firmada por el personal de la casilla y los representantes de los partidos. Cuando se hizo el cómputo en el Comité Distrital, el paquete de esta casilla se computó.

En las casillas 11, 51 y 53, no fue levantado el escrutinio, y en la 90 el señor Félix Anguiano, Presidente Municipal, estuvo actuando como presidente de la casilla, sin corresponderle.

Un caso donde también se demuestran irregularidades fue en las casillas 1, 21, 14, 19, 23, 24, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 49, y 50. En estas casillas se comprobó que las autoridades municipales de todo el distrito y contados miembros del P.R.I. estuvieron coaccionando a los votantes.

En la casilla 15 se presentó como caso curioso y que se necesita mencionar el siguiente: el señor Sostenes Mendoza con un numeroso grupo de trabajadores del campamento de Cóbano, exigiendo que se dejara votar aunque no estuvieran registrados en la sección del padrón. De ésto elevamos protesta el representante del P. P. y la firmó el presidente de la casilla 15.

Por todo lo anteriormente expuesto, creemos que se ha hecho una violación flagrante a los artículos de la Ley Electoral vigente, número 5, 6, 22 fracción segunda, 45, 49 fracción cuarta; 52 fracción séptima; 56, 61, 63, 73, 82 inciso e); 84 fracción primera; 85, 92, 93 fracción primera, fracción cuarta y fracción séptima; los artículos 96, 97, 103 y 105.

Estos son, en síntesis, los hechos en que hemos basado nuestra defensa y en que también hemos señalado los artículo violados a la ley vigente electoral.

Naturalmente que en estos momentos no voy a discutir las virtudes del señor licenciado Manuel Hinojosa; pero sí quiero dejar asentado que el señor Hinojosa no es bastante conocido en ese distrito, a pesar de que es nativo de allí. El señor licenciado Hinojosa Ortiz tiene muchos años de estar fuera del distrito; nunca ha convivido con los trabajadores del campo y con los obreros. Por esta razón se halla desvinculado de los problemas que atañen a todos los sectores del distrito. Naturalmente que es increíble, con esta impopularidad, que haya obtenido los votos que se le atribuyen. Nosotros, o yo en lo particular, reclamo de ustedes, señores diputados y presuntos diputados, que este dictamen sea estudiado con todo detenimiento, ya que yo tuve el apoyo espontáneo de todas las fuerzas de ese distrito. ¿Por que? Porque siempre he estado en contacto con todos los campesinos de esa región, con los obreros, con la clase media, atendiendo esos problemas.

Tengo veinte años de lucha sobre este particular y, por lo tanto, creo que es suficiente para que el pueblo lo reconozca y, cuando surge uno en estas lides políticas, tenga uno algún apoyo. Por eso hoy, ya para terminar, dejo a la discreción de ustedes si se aprueba el dictamen a favor del candidato del Partido Popular. (Aplausos en las galerías).

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Sánchez Mireles Rómulo: Honorable Asamblea: La Comisión, por mi conducto, hubiera deseado hacer una explicación breve de su dictamen. Han escuchado ustedes la interminable serie de cargos que se lanzan sobre la legitimidad de la elección en ese distrito. Consecuentemente, la Comisión sí se siente obligada, en una forma más detallada de la que se había pensado inicialmente, a la fundamentación de su dictamen.

La Comisión tomó en cuenta para emitir el dictamen que presenta a la soberanía de ustedes, exclusivamente las pruebas presentadas por el candidato del Partido Popular. No aceptamos ni siquiera las pruebas de descargo que el licenciado Hinojosa pensó presentar a nuestra consideración. Preferimos simplemente estimar y considerar el valor probatorio de las presentadas por el Partido Popular.

Quiero iniciar la explicación de nuestro dictamen, tomando como base, no nuestro dictamen, sino precisamente el pliego de impugnaciones presentado por el Partido Popular y las pruebas a que el propio pliego se refiere. Se inicia este pliego petitorio con algunos puntos que la Comisión estimó prudente no considerar en su dictamen. Son puntos, si se puede llamar así, biográficos de los distintos candidatos contendientes. Los consideramos meras opiniones, no sujetas a prueba, y que no influyen en la determinación final de la elección. En tal virtud, esos puntos no los tomamos en consideración. Se alegan los siguientes hechos violatorios: que desde el nombramiento del personal de casillas, el Comité Electoral puso todos los obstáculos para la participación de los partidos independientes en el proceso electoral, y se ofrece como prueba una acta notarial que relata los siguientes hechos: dice el señor notario, licenciado David Gálvez Cárdenas, que:

A petición de varias personas "...me constituía solicitud de los señores doctor Juan Ruiz Cornejo, Zeferino Amezcua Frayle y Apolinar López, Representantes en su orden de los Partidos Políticos Acción Nacional, Federación de Partidos del Pueblo Mexicano y Partido Popular, en las Oficinas del Comité del Sexto Distrito Electoral ubicado en la Avenida Independencia número treinta y uno - A de esta población, con objeto de hacer constar el desarrollo de la sesión en que se nombraría el personal de Casillas para lo cual fueron

citados, y estando presentes los señores Arcadio Méndez, licenciado Luis Loya Villaseñor, Aureliano Aguirre e Ignacio Romero, integrantes de dicho Comité, a solicitud de los interesados se da fe por el suscrito Notario que el Representante del Partido Revolucionario Institucional no se presentó a dicha junta no obstante de que se les esperó cuarenta y cinco minutos, por lo que debido a esa circunstancia no se llevó a efecto la designación del personal de Casillas, igualmente doy fe de que el señor Arcadio Méndez, Presidente del Comité del Sexto Distrito Electoral me mostró la convocatoria de fecha veintisiete de los corrientes en que fueron citados todos los Representantes de Partidos para la celebración de dicha junta. Manifiesta el señor doctor Ruiz Cornejo, que tampoco en la sesión pasada asistió el Representante del Partido Revolucionario Institucional, no citando al Suplente en virtud de que no tiene según información proporcionada por el expresado Comité del Sexto Distrito Electoral.- El suscrito Notario da fe de los hechos anteriores".

La Comisión consideró que esta prueba, prueba precisamente lo contrario que el Partido Popular deseaba demostrar; es decir, que el Comité electoral dio participación a los partidos independientes. La ley, en su artículo 24, dice que si los partidos, todos los partidos no estuviesen de acuerdo en la designación de los representantes de casillas, pasará el derecho de la designación de mutuo acuerdo de personal al propio Comité. El hecho de que no se haya puesto de acuerdo el PRI, no asistiendo, demuestra que cumplió con los términos del artículo 24 de la ley. Por eso pedimos que se deseche este motivo de protesta.

Se alega, en el segundo punto de protesta, que al levantarse el censo electoral del sexto distrito, se procedió con muchas deficiencias, e irregularidades; que se dejaron sin empadronar a muchas personas; que se empadronaron en forma duplicada, etc. etc.

De este motivo de queja no se adujo una sola probanza; no se presentó un sólo principio de prueba y ningún documento que acreditará la procedencia de la queja.

Se dice también, en el tercer motivo, que en el municipio de Los Reyes, no se levantó el padrón y la votación se levantó en listas supletorias, según consta mediante la presentación de credenciales. La Comisión consideró los siguientes puntos de vista legales, derivados de la ley; dice la ley, en primer término, en el artículo 87, que el Presidente de Casilla tiene facultad para resolver los incidentes que se susciten en la casilla y sobre los cuales no exista determinación expresa de la ley.

La propia ley es omisa por lo que hace a la falta material de los padrones en las casillas. Entiéndase bien que no nos referimos a la falta de inclusión de un votante de los representantes en las casillas, sino a falta de toda la lista de padrón; y está comprobado que en estas casillas no se presentaron las listas del padrón, por alguna deficiencia administrativa, cuyos datos nosotros no tuvimos a la vista. Cuando un votante tiene derecho a votar en una sección electoral, dice última parte de la fracción primera del artículo 84, "Tiene derecho a que se le entreguen boletas de elector", y resulta lo siguiente de las probanzas, y es aquí donde llamamos la atención de este Colegio Electoral: por el dicho del Partido Popular, los electores se presentaban con su credencial de votantes, lo que acreditaban que se habían empadronado y demostraba su derecho a votar en esa sección; se les entregaban sus boletas por determinación del presidente de las casillas, y al final de cuentas, cuando se terminó la votación, los representantes de todos los partidos en esa casilla, a excepción de dos de ellos, firmaron de conformidad con el procedimiento. Quiere decir que este procedimiento, seguido en esta casilla, y así lo consideró la Comisión fue un procedimiento de buena fe, aceptado por todo los partidos y que solamente a posteriori; en objeción elaborada en gabinete, sin el conocimiento real y humano de los hechos desarrollados en un casilla electoral, se vino a presentar esta objeción. (Aplausos)

Se dice que se entregó al señor Antonio Calderón, Jefe de Zona Ejidal, la documentación de los municipios de Los Reyes, Cotija Tingüindín y El Cóbano, para mejor realizar el fraude en esta región. Resulta que por probanzas mostradas por el licenciado Manuel Hinojosa, el señor Antonio Calderón fue designado auxiliar de la función electoral, por la Comisión Federal Electoral. Entonces, al recibir la documentación para su distribución en estos distritos, no lo estaba haciendo para realizar un fraude electoral, sino en cumplimiento de la obligación que la propia Comisión Federal Electoral había puesto a su cuidado. Por eso consideramos infundado el motivo de la queja. Además, se adujo como prueba el mensaje en el que aparece que el 3 de julio el Partido Popular se había quejado por la entrega de esta documentación, pero no que este señor no fuese en sí mismo un funcionario electoral o que se hubiese realizado algún fraude, como se pretende. Por estas razones se desestimó también este punto de queja. Se dice en otro punto, que se repartieron millares de credenciales de elector, por miembros del PRI.

Y para verificar el fraude que se atribuye. No existe absolutamente ninguna constancia presentada por el Partido Popular. El Partido Popular presentó dos actas: la de la casilla 13 y la de la casilla 89, en donde aparece, y así lo alega en su escrito, que en la casilla 13 votaron diez votantes, en los términos del artículo 84, es decir, votantes de paso no empadronados, y que en la casilla 89 votaron 28 votantes, en las mismas condiciones. Esto, a nuestro juicio, no prueba de ninguna manera el pretendido fraude que es alega. Lo único que se demuestra es que esas personas votaron fuera de las listas electorales y con el derecho que les da el artículo 84 mencionado. Se presentó una acta de la casilla 84, en donde se dice que se recogió a un votante una credencial en blanco, y de esta credencial en blanco recogida, quiere derivar el Partido Popular un gigantesco fraude de miles y miles de boletas repartidas en blanco, para la realización de un proceso electoral irregular. La comisión tuvo a la vista todas estas consideraciones, y estimó, primero: ¿una boleta

en blanco es como presunción de tipo estadístico para sentar los elementos de un gigantesco fraude. Es muy poca prueba estadística. Es natural que si se hubiese hecho un fraude gigantesco, como se pretende probar, muchas irregularidades de estas hubiesen podido presentarse como ejemplo. Segundo: el hecho de que se halla encontrado una credencial en blanco en manos de un votante de filiación indeterminada, de ninguna manera crea la presunción en principio, de que precisamente el candidato del PRI pudiese realizar un fraude, porque con el mismo derecho podría atribuirse al propio candidato del Partido Popular, el mismo fraude. En consecuencia, consideramos infundada la queja por falta de pruebas suficientes y de presunción auténtica del fraude que se alega.

Se dice que el Comité Electoral no publicó la lista de casillas y hay el principio procesal de Derecho que dice que las pruebas presentadas en contrario, prueban en contra del que las presenta.

Resulta que el Partido Popular nos ha mostrado que no se publicaron en el lugar en que se correspondía las listas de las casillas publicadas por el Comité Electoral. Entonces la comisión, aceptando la prueba presentada por el Partido Popular en aquello que lo perjudica, dio por publicadas las listas de ubicación de las casillas que el Partido alegó para pedir la anulación de las mal instaladas. Por esta razón la Comisión igualmente consideró probada en contra del Partido Popular la impugnación que alega.

En el siguiente punto dice el Partido Popular, que las casillas 84, 85, 86, y 87 del Municipio de Cotija, fueron cambiadas en su ubicación y es en este punto donde presenta la lista publicada de la ubicación de las casillas. Como realmente de la lista aparecía que las casillas se instalaron en lugar distinto de aquel en que se aparecen en la lista, la Comisión consideró prudente estimar esta objeción y se declararon improcedentes y se anularon los votos emitidos en estas cuatro casillas, en los términos que establece la ley. Dice el Partido Popular que en las casillas 18, 19 y 72, no se repartió documentación y que quedaron mal instaladas. En la prueba ofrecida por el Partido Popular, que es el anexo número 8, o sea el acta levantada por la Junta Computadora, se leen los siguientes renglones:

"A continuación, y siguiendo el orden numérico de los paquetes, es decir, de las casillas, corresponde el turno a la 18 en la que no hubo elección por no haberse recibido en este Comité el padrón electoral correspondiente..." etc., etc.

Y más adelante dice: "En seguida correspondió en turno a la casilla número 19 que debió instalarse en la Tenencia de Caltzontzin, lo que no se efectuó por el personal designado, lo que motivó que los representantes de los Partidos PRI, PP y FPPM, de común acuerdo levantaran el acta que se adjunta o exhibe en este acto, habiéndose devuelto la documentación enviada para la elección, lo que motivó que el Partido FPPM protestara, haciéndolo mediante el escrito presentado ante este Comité".

Y finalmente: "En cuanto a la casilla 62 de Jesús Díaz del Municipio de Los Reyes se hace constar que no hubo elección por no haber electores, habiéndose hecho la distribución de las boletas que se le habían asignado en las casillas electorales del Municipio de Los Reyes".

Quiere decir que en este punto de la impugnación, ya la propia junta computadora había tomado en cuenta motivos procedentes y no computó las casillas que fueron impugnadas. En consecuencia, resulta inoportuna esta objeción, por haber sido ya objetadas en su oportunidad las irregularidades que se atribuyen.

Se dice que las ánforas de las casillas 33 y 34, instaladas en Cherán, fueron robadas y que la computación se hizo en la Presidencia Municipal. Aparece el anexo número 9 presentado por el Partido Popular. En consecuencia, prueba en contra de él.

Nosotros no consideramos necesario verificar si los representantes de partidos, que firman aquí son auténticos, porque el Partido Popular representó esta prueba. Por lo tanto, para nosotros vale en aquellos aspectos que le perjudica.

"El recuento se llevó a cabo estando a la vista el Presidente de la Casilla, Secretario y Escrutadores; como también los representantes de los partidos en dicha casilla, mediante su acreditación personal, quienes al final de éste firman de conformidad".

Esta impugnación está comprobada precisamente en contra de los intereses del PP por la propia probanza que adujo en su escrito de queja. Se dice que en las casillas 11, 51, 52 y 59 no se levantaron actas de escrutinio, sino que lo hizo el Comité Distrital; pero en estas actas de escrutinio también constan las firmas aprobatorias de los representantes de partidos y, además, se dice que en la casilla 90 fungió como Presidente de la casilla el Presidente Municipal, señor Félix Anguiano P. Ante esta Comisión no se presentó ninguna prueba de que él fuese Presidente Municipal. En consecuencia, por insuficiencia de pruebas, desechamos la impugnación. En la casilla 15 se presentó el señor Sostenes Mendoza, dice el Partido Popular, y ordenó al Presidente de casillas que recibiera la votación de los trabajadores de Cóbano.

Al efecto, yo presenté una constancia en donde se dice que votaron fuera del padrón los trabajadores de este Campamento.

La Comisión no pudo tener pruebas suficientes para saber si esta votación se recibió con credenciales, en los términos del artículo 84, o si se recibió sin credenciales. No estuvimos suficientemente informados, pero concluimos que a pesar de la insuficiencia de la prueba del PP no es posible saber, porqué no existe ningún principio de prueba en beneficio, en beneficio de qué candidatos hubieran votado esos trabajadores y, en consecuencia, no fue posible hacer una anulación en caso de haber procedido del número de trabajadores que votaron en la forma en que lo afirma el Partido Popular.

Las demás impugnaciones son de tipo general;

ya el propio candidato del PP les ha dado a ustedes un panorama general de las constancias y pruebas que la Comisión tuvo para su consideración. Se hacen afirmaciones permanentes de irregularidades; pero no se prueban; se presentan pruebas que no prueban lo que pretende el partido impugnador, y éste fue el panorama de probanza que pudo tener para su consideración la segunda Comisión dictaminadora. Hubiéramos querido quitarles menos tiempo, pero dejamos en esta forma panorámica también a consideración de ustedes el resultado del dictámen.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Hinojosa Ortíz.

El C. Hinojosa Ortíz Manuel: Honorable Colegio Electoral: Voy a procurar ser muy breve. En primer término, deseo aludir a tres hechos concretos referidos tanto en el dictámen como en la defensa de mi opositor. Creo que estas aclaraciones que voy a presentar a ustedes complementan el dictamen y justifican la limpieza de elección que favoreció al Partido Revolucionario Institucional en el sexto distrito, con cabecera en Uruapan, Mich. Respecto a la votación en Los Reyes, el padrón se elaboró en forma global, incluyendo a todos los electores del Municipio, sin hacer la división en secciones. Era imposible manejar el padrón en tal forma. El auxiliar nombrado por el Comité Distrital quedó autorizado para resolver el problema que éste planteaba y, para tal efecto, se convocó a todos los representantes de partidos, de Los Reyes, y con la aceptación de ellos se acordó que mediante la presentación de las credenciales, que son el título para el ejercicio de los derechos cívicos, se admitiera la votación en ese municipio. No hubo pues ninguna irregularidad, sino que se trató de una acto realizado con autorización de un organismo electoral válido y con la aprobación de los representantes de los partidos.

En el asunto de El Cóbano, es un campamento, lo mismo que El Huaco, en donde quedaron inscritos muchos trabajadores de distintas compañías que laboran en la Cuenca de Tepalcatepec, y que se movilizan con frecuencia de un lugar a otro, trayendo gentes empadronadas de otros Estados y a las cuales, no se les podía negar su derecho ciudadano.

Se consultó el caso al Comité Distrital y, con toda oportunidad, se dieron instrucciones al personal de casillas para que se aceptara la votación, por la situación peculiar de los trabajadores de la Cuenca de Tepalcatepec, con la simple presentación de la credencial de elector.

Finalmente, hay un cargo concreto, no suficientemente claro. Se dice que en la casilla 90, un señor presidente municipal fungió como presidente de la casilla y de allí se pretende deducir una especie de confabulación para el fraude. Según consta en el acta, la casilla 90 la ganó el candidato del Partido de Acción Nacional. En consecuencia, no se afecta el sentido de la votación por lo que se refiere al PRI pues en todo caso, si fueron ciertos los hechos denunciados, ésto significaría una confabulación con el Partido Acción Nacional y no con el PRI (Aplausos).

Se ha hecho un análisis muy minucioso de las pruebas. Es evidente que si para exigir un mínimo de derecho se necesita probarlo, con mayor razón cuando se trata de conquistar una representación en el Congreso. Por ello no quiero insistir más en los aspectos que se han presentado a ustedes. Quiero colocarme en la posición de mis impugnadores. Afirma el Partido Popular que ganó la elección en el sexto distrito electoral. Denuncia infinidad de hechos, pretendiendo probar su triunfo, y todos hechos se encaminan a demostrar que el PRI no logró el triunfo y que la votación que lo favoreció, debe nulificarse pero hay la circunstancia de que el Partido Popular, en el sexto distrito, quedó en cuarto y en último lugar. Según las constancia oficiales expedidas por los organismos creados por la Ley Electoral, en primer término está el PRI, en segundo lugar el Partido Acción Nacional y en tercero la Federación de Partidos del Pueblo. Sigamos la corriente al Partido Popular; sigamos su pensamiento y desembocaremos, en el campo de la lógica, en un completo absurdo, y en el campo de la política, en un rotundo fracaso. (Aplausos).

Si todas sus pruebas, si todas sus impugnaciones fueran buenas, lo único que demostraría era la ineficacia de la votación del PRI, pero yo me pregunto, ¿y el PAN? ¿y la Federación de Partidos del Pueblo? ¿También hubo una confabulación entre ellos y las autoridades para dejar en último término al Partido Popular? Indudablemente que sería ingenuo pensar en una confabulación de partidos para poner en último término de la votación, y en cierto modo en el ridículo a un determinado partido. Las actividades políticas, con cualquier nombre que puedan calificarse o clasificarse se encaminan al triunfo de un determinado partido o grupo o de cierto candidato, y no podría pensarse que todos los partidos se han confabulado para dejar a la zaga en la votación del pueblo al Partido Popular.

Resulta, pues, que en la mejor de las hipótesis favorables al Partido Popular, nos encontraríamos con la situación de que está peleando en beneficio de los demás partidos.

La realidad, es ésta: si cabe la expresión, puede afirmarse que el Partido Popular tiene absoluta minoría y es muy difícil dentro de un sistema democrático regido a base de partidos políticos, no dentro de un sistema democrático individualizado, que un partido minoritario pueda hacer una defensa adecuada.

Realmente yo considera mis opositores y admiro el entusiasmo, el valor y coraje con que se presentan a defender una situación tan difícil, llena de obstáculos aún para las más claras inteligencias que quisieran abordar este problema; y precisamente como van a la zaga en las votaciones, acuden a un argumento que pudiéramos llamar el "argumento geográfico". Para quienes hemos tenido la oportunidad de conocer diferentes expedientes y hemos podido leer con detenimiento las impugnaciones del Partido Popular, nos

encontramos siempre con un capítulo de biografías en donde se describe como el mejor de los candidatos al candidato del PP.

No vamos a discutir aspectos personalistas, vamos a seguir la corriente del pensamiento del Partido Popular Socialista y a pensar que en efecto el partido mencionado tiene a los mejores candidatos y sin embargo obtienen las últimas votaciones. Esto, señores, evidentemente quiere decir en todo caso, y es un argumento hasta perjudicial para ese propio partido, que aún con los mejores gallos el Partido Popular pierde. (Aplausos).

El C. secretario De Los Reyes José María: Agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se considera suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba el dictámen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán, el día 6 de julio de este año.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado sexto distrito electoral en la entidad mencionada, los ciudadanos licenciado Manuel Hinojosa Ortiz y Alberto Pérez Villanueva". (Aplausos).

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.--1a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue sometido a la consideración de los suscritos, miembros de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el segundo distrito electoral federal de Estado de Coahuila.

"En el citado distrito se registró la fórmula integrada por los CC. José Villareal Corona y Antonio Alonso, para diputados federales propietario y suplente, respectivamente, sostenida por el Partido Revolucionario Institucional.

"Practicando un minucioso estudio de la documentación contenida en el expediente electoral respectivo, hemos llegado a la conclusión de que la fórmula mencionada es la que obtuvo mayoría de votos, y por lo que se refiere a varias quejas presentadas por el Partido Acción Nacional, consideramos que no contienen pruebas de irregularidades graves en el proceso de la elección, siendo ésta la razón por la que constancia expedida por el Comité Distrital Electoral que se reunió en la Ciudad de Torreón, Coah., cabecera del distrito que nos ocupa fue legalmente registrada por la Comisión Federal Electoral.

"En vista de lo anterior, y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Electoral Federal en vigor, la Comisión somete al ilustrado criterio de la H. Asamblea, solicitando su aprobación, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral federal del Estado de Coahuila.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. José Villareal Corona y Antonio Alonso.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 18 de agosto de 1952.- Juan Manuel Terán.- Ramón García Ruiz.- Jesús Mastache Román".

Está a discusión el dictámen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral del Estado de Coahuila.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. José Villareal Corona y Antonio Alonso". (Aplausos).

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales. Primera Sección.

"Honorable Asamblea:

"A esta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue entregado para dictamen el expediente electoral referente a la elección de diputados propietario y suplente, verificada el 6 de julio del año actual en el segundo distrito electoral federal del Estado de Chiapas.

"Del examen de la documentación que integra dicho expediente y de las demás constancias que obran en el archivo de esta H. Cámara, resulta que el Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos a diputado propietario y suplente respectivamente, a los CC. Abelardo de la Torre Grajales y Adolfo Celerino López Carpio. También aparece que con toda regularidad se verificó la votación, el escrutinio y los cómputos previstos en la Ley Electoral Federal. Los candidatos expresados obtuvieron en los comicios la mayoría de votos o sean 26,349 extremo que resulta de la documentación examinada y de la constancia expedida por el Comité Distrital Electoral a los 13 días del mes del mes de julio de 1952 en San Cristóbal Las Casas, Chis. cuya constancia fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, previo el dictámen respectivo, en los términos del artículo 114 de la Ley Federal Electoral antes citada.

"Por lo expuesto y con apoyo en los artículos

104, 105, 134 y demás relativos de la Ley mencionada, esta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales somete al autorizado criterio de la H. Asamblea, para aprobación en su caso, los siguientes puntos resolutivos

: "Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral del Estado de Chiapas.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Abelardo de la Torre Grajales y Adolfo Celerino López Carpio.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 16 de agosto de 1952.- Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz. - Jesús Mastache Román".

Está a discusión el dictámen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral federal del Estado de Chiapas.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Abelardo de la Torre Grajales y Adolfo Celerino López Carpio". (Aplausos).

- El C. secretario de Los Reyes José María (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales. Primera Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de esta H. Asamblea ha sido sometida a la consideración de los suscritos, miembros de la Sección Primera de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente de las elecciones ordinarias de diputados propietario y suplente, celebradas en el tercer distrito electoral federal del Estado de Chihuahua, con fecha 6 de julio del año actual.

"Del examen y estudio de la documentación contenida en dicho expediente y de la que fue integrada durante el desarrollo del proceso electoral, resulta que en el expresado distrito fue registrada por el Partido Revolucionario Institucional la planilla que integraron los CC. Pedro Díaz González y David M. Chávez Guerra, siendo postulado el primero para diputado federal propietario y el segundo para diputado federal suplente.

"Como consecuencia del cómputo efectuado por el Comité Distrital Electoral en Ciudad Juárez, Chih., fue expedida la constancia de mayoría de votos, en los términos de la fracción VI del artículo 104 de la Ley Electoral Federal en vigor, favoreciendo esta constancia a los miembros de la fórmula postulada por el Partido Revolucionario Institucional. Con fecha 12 del presente mes, la Comisión Federal Electoral acordó se procediera al registro de la expresada constancia, que fue cumplimentado por la Secretaría de la propia Comisión el día 13 siguiente.

"Por otra parte de los informes del registro que se habla en el apartado anterior, procedentes de la Comisión Federal Electoral y que han sido proporcionados, así como de las demás constancias y documentación antecedente, aparece que las únicas observaciones formuladas ante dicha Comisión formuladas por el Partido Popular no son procedentes, por no haber sido presentada ni rendida prueba alguna que pueda acreditar las aludidas observaciones.

"En esta virtud, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente punto de acuerdo:

"Único. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día 6 de julio del presente año en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado de Chihuahua; y son diputados, propietario y suplente, por el mencionado distrito, los CC. Pedro Díaz González y David M. Chávez Guerra.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 18 de agosto de 1952.- Juan Manuel Terán.- Ramón García Ruiz. - Jesús Matasche Román".

Está a discusión el dictámen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Único. Son validas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión celebradas el día 6 de julio del presente año en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado de Chihuahua; y son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Pedro Díaz González y David M. Chávez Guerra". (Aplausos).

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.- Primera Sección.

"Honorable Asamblea:

"Con fecha 15 del actual fue turnado a esta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales el expediente electoral referente a los comicios efectuados el día 6 de julio del año actual en el Decimoctavo Distrito Electoral del Distrito Federal, para la elección de diputados propietario y suplente, del Poder Legislativo Federal.

"Del examen y estudio detenido del expresado y de la documentación que obra en el archivo de esta H. Cámara, aparece que en su oportunidad el Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos diputados propietario y suplente a los CC. Rodolfo Echeverría Alvarez y Mario Córdoba Curtis. Asimismo, de la propia documentación resulta que tanto la preparación de las

elecciones como de la votación, el escrutinio y los cómputos, se realizaron dentro de los términos previstos por la Ley Electoral Federal.

"Como resultado de las elecciones, el Decimoctavo Comité Distrital Electoral del Distrito Federal expidió la constancia de mayoría de votos, con resultado favorable a los candidatos cuyo expediente se examina y estudia. La Comisión Federal Electoral para proceder al registro de dicha constancia, analizó acuciosamente los antecedentes del proceso de la elección.

"Todo lo anterior, con el estudio hecho por los suscritos, pone de manifiesto que los CC. Rodolfo Echeverría Alvarez y Mario Córdoba Curtis, candidatos del Partido Revolucionario Institucional, obtuvieron amplia mayoría en la votación de referencia.

"Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Electoral Federal en vigor, sometemos al ilustrado criterio de la Asamblea para aprobación en su caso, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Decimoctavo Distrito Electoral del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Rodolfo Echeverría Alvarez y Mario Córdoba Curtis.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 19 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz.- Jesús Matasche Román".

Está a discusión el dictámen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Decimoctavo distrito electoral federal del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Rodolfo Echevarría Alvarez y Mario Córdoba Curtis".

(Aplausos).

- El C. secretario De Los Reyes José María (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.- Primera Sección.

"Honorable Asamblea:

"La Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales recibió para dictámen el expediente electoral referente a la elección de diputados propietarios y suplente, verificada el 6 de julio del año actual en el cuarto distrito electoral federal en el Estado de Guerrero.

"Del examen de la documentación que integra dicho expediente y de las demás constancias que obran en el archivo de esta H. Cámara, resulta que el Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos a diputado propietario y suplente, respectivamente, a los CC. doctor José Gómez Velasco y Mario de la O. Téllez. También aparece que con toda regularidad se verificó la votación, el escrutinio y los cómputos previstos en la Ley Federal Electoral.

Los candidatos expresados obtuvieron en los comicios mayoría de votos, o sean 15,100, extremo que resulta de la documentación examinada y de la constancia expedida por el Comité Distrital Electoral a los 13 días del mes de julio de 1952 en Acapulco Gro., cuya constancia fue debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, previo el dictamen respectivo, en los términos del artículo 114 de la Ley Federal Electoral antes citada.

"Por lo expuesto y con apoyo en los artículos 104, 105, 134 y demás relativos de la ley mencionada, ésta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, somete al autorizado criterio de la H. Asamblea para aprobación en su caso, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Cuarto Distrito Electoral Federal de Estado de Guerrero.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. doctor José Gómez Velasco y Mario de la O. Téllez.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 18 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz. - Jesús Mastache Román".

Está a discusión el dictámen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados a Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el cuarto distrito electoral federal del Estado de Guerrero.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. doctor José Gómez Velasco y Mario de la O. Téllez".

(Aplausos).

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.- Primera Sección.

"H. Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a los suscritos, miembros de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el noveno distrito electoral federal del Estado de Veracruz.

"Al hacer el examen cuidadoso de la documentación contenida en dicho expediente, se llegó al conocimiento de que en el citado distrito se registró la fórmula integrada por los CC. Roberto Gómez

Maqueo Donaciano Caballero para diputados federales propietarios y suplentes, respectivamente sosteniendo por el Partido Revolucionario Institucional.

"La constancia expedida legalmente por el Comité Distrital Electoral que se reunió en la ciudad de Veracruz, Ver., cabecera del distrito que nos ocupa, debidamente registrada por la Comisión Federal Electoral, pone de manifiesto que la fórmula mencionada obtuvo en los comicios mayoría de votos.

"Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones relativas de la Ley Federal Electoral en vigor, la Comisión somete al ilustrado criterio de la H. Asamblea para aprobación en su caso los siguientes puntos de acuerdo

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de julio del presente año en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Veracruz.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplentes, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Roberto Gómez Maqueo y Donaciano Caballero.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1952. - Juan Manuel Terán. - Ramón García Ruiz - Jesús Mastache Román".

Está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Aprobado.

"En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara ( leyendo): "Primero.

Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 6 de junio del presente año en el noveno distrito federal del Estado de Veracruz.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Roberto Gómez y Donaciano Caballero". (Aplausos)

El C. secretario De los Reyes José María (leyendo): "1o. Comisión Revisora de Credenciales.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la 2a, la Sección de la 1a Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al cuarto distrito del Estado de Chihuahua, se permite presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan: " Por el PRI, los CC. Luis González Herrera y Justino Loya Chávez; por la FPPM, los CC. Alberto Pérez Pérez y José Varela, y por el PAN los CC. Pilar N. Chávez y Luis Musey.

"Practicado el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia y, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo son los resultados siguientes:

"Candidatos del PRI 15,025 votos: de la FPPM., 1,900, y el PAN, 1,424.

"En consecuencia el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Luis González Herrera y Justino Loya Chávez como diputados propietarios y suplente, respectivamente.

"Por las razones anteriores y tenidos en cuenta que no hay protestas u objeciones apoyadas en pruebas que justifiquen la existencia de irregularidades suficientes para invalidar la elección o que desvirtúe el cómputo a que se ha hecho referencia, -la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo: "Primero.

Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el seis de julio próximo pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de Chihuahua.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Luis González Herrera y Justino Loya Chávez.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1952. - Manuel Hinojosa Ortiz. - José Angulo Araico. - Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el seis de julio próximo pasado en el cuarto distrito electoral del Estado de Chihuahua.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Luis González Herrera y Justino Loyo Chávez". (Aplausos).

El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo): "1o. Comisión Revisora de Credenciales. - 2a Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue el expediente electoral correspondiente al 7o. distrito electoral del Estado de Guanajuato se permite presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Por el PRI, los CC. Oliverio Ortega y Octavio Lizardi; y por el PAN, los CC. José María Alvarez y Mariano González Sánchez.

"Practicando el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que

la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia; y finalmente el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los siguientes resultados:

"Candidatos del PRI 8,259 y 8,186 votos, respectivamente.

Candidatos del PAN 5,906 y 5,728 votos, respectivamente. En consecuencia el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Oliverio Ortega y Octavio Lizardi, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"Por las razones expuestos y teniendo en cuenta que no hay protesta u objeción apoyadas a prueba justificaciones la existencia de irregularidades suficientes para invadir la elección, o que desvirtúen el cómputo a que se ha hecho referencia, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año en curso en el séptimo distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplentes, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Oliverio Ortega y Octavio Lizardi.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - Manuel Hinojosa Ortiz. - José Angulo Araico. - Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año en curso en el séptimo electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplente respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Oliverio Ortega y Octavio Lizardi".

El C. secretario De los Reyes José María (leyendo): "1o. Comisión Revisora de Credenciales. - 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos miembros de la Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al 5o. distrito electoral del Estado de Guerrero, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Por el PRI, los CC. Dámaso Lanche Guillén y José Ventura Neri; por la FPPM, los CC. Fiacro Jiménez Jiménez y Arnulfo Rojas Miranda; y por el PAN, los CC. José María Altamirano Carranza y Albino R. Ortega.

"Practicando un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones de llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia; que, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los siguientes resultados: "Candidatos del PRI, 28,921 votos.

"Candidatos de la FPPM, 3,221 VOTOS.

"Candidatos del PAN, 87 VOTOS.

"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Dámaso Lanche Guillén y José Ventura Neri, como diputados propietarios y suplente, respectivamente.

"Por las razones anteriores y teniendo en cuenta que no hay protestas u objeciones apoyadas en pruebas que justifiquen la existencia de irregularidades suficientes para invadir la elección, o que desvirtúen el cómputo a que se ha hecho referencia, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año actual en el quinto distrito electoral del Estado de Guerrero.

"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado, distrito electoral, los CC. Dámaso Guillén y José Ventura Neri.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 19 de agosto de 1952. - Manuel Hinojosa Ortiz. - José Angulo Araico. - Jesús Robles Martínez".

Esta a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año actual en el quinto distrito electoral del Estado de Guerrero.

"Segundo. Son diputados propietarios y suplentes. respectivamente, por el mencionado distrito electoral, respectivamente, por el mencionado distrito electoral. los CC. Dámaso Lanche Guillén y José Ventura Neri".

(Aplausos).

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"1a Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"En consecuencia del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscriben procedieron al estudio del expediente relativo a la elección que

para Diputados al Congreso de la Unión tuvo lugar el domingo seis de julio del año en curso en el 11o. distrito electoral del Estado de Jalisco.

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Por el PRI, los CC. Angel F. Martínez Gutiérrez y Salvador Chávez Magaña; por la FPPM, los CC. Leoncio Rosas Zepeda y Juan Guerra Arizo; por el PAN, los CC. Francisco G. Morett y José Jiménez, y por el PP, los CC. Francisco González: Fregoso y Fernando P. Cruz.

"Practicado un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó acabo siguiendo las normas legales y vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizan sin incidentes de importancia, y, finalmente, el Comité

Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:

"Candidatos del PRI, 12,147 votos.

"Candidatos de la FPPM, 2,079 votos.

"Candidato del PAN, 1,619 votos.

"Candidatos del PP, 151 votos.

"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Angel F. Martínez Gutiérrez y Salvador Chávez Magaña, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"El PAN denunció algunas anomalías ocurridas en las casillas números 2, 3, 4, 5, 6, 11, 12, 13, 37, 78, 79, 82, 84 y 88, y la FPPM objetó la casilla número

8 y las instaladas en "Lagunillas" y "Puerta de Vega"; pero aun suponiendo, sin conceder, que fueran ciertas y que estuvieran probadas tales irregularidades, no se modificara el sentido de la elección, supuesto que, descontando los votos que arrojan las casillas mencionadas, todavía el candidato del PRI, a quien se le otorgó la constancia de haber obtenido mayoría de votos, resulta con la más alta votación del distrito.

"Por las razones anteriores, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el seis de julio anterior en el 11 distrito electoral del Estado de Jalisco.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Angel F. Martínez Gutiérrez y Salvador Chávez Magaña.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 21 de agosto, de 1952. -Manuel Hinojosa Ortiz. -José Angulo Araico. -Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primera. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el seis de julio anterior en el 11 distrito electoral del Estado de Jalisco.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Angel F. Martínez Gutiérrez y Salvador Chávez Magaña".

(Aplausos).

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Por el PRI, los CC. Eugenio Morales Morales y Ernesto Serna Villarreal, por el PP, los CC. Gustavo Morales González y Martiniano Treviño Cárdenas; por el PAN, los CC. Jesús F. Carlos Muñiz y Salvador Sánchez Mejorada; y por la FPPM, los CC. Gustavo Morales González y Leopoldo Treviño González.

"Practicando un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia, y, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:

"Candidatos del PRI, 15,540; del PP, 993; del PAN, 651, y de la FPPM, 609.

"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Eugenio Morales Morales, y Ernesto Serna Villarreal, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"Tanto el PAN. como el PP. hicieron referencia a una serie de hechos que en su concepto viciaron la elección; pero como ninguno de ellos aportó pruebas para demostrar sus afirmaciones y no aparecen en el expediente datos que hagan fundadamente suponen la existencia de irregularidades que pudieran afectar la validez de la elección o modificar el sentido de la votación consignada en el cómputo hecho por el Comité Distrital respectivo, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Eugenio Morales Morales y Ernesto Serna Villarreal.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 21 de agosto de 1952. -Manuel Hinojosa Ortiz. -José Angulo Araico. -Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 6 de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Nuevo León.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Eugenio Morales Morales y Ernesto Serna Villarreal".

(Aplausos).

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los que suscriben, miembros de la 2a. Sección de la 1a,. Comisión Revisora de Credenciales a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al 2o. distrito electoral del Estado de Tlaxcala, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Por el P.R.I., los CC. Emilio Sánchez Piedras y Cenobio Pérez Romero; por la F.P.P.M., los CC. Daniel Morales Herrera y Cruz Reyes H.; por el P.A.N., los CC. Juventino Sánchez V. y Manuel Cano S.; por el P.P., los CC. Mario González Bernard y José Rojas B. y por el P.N.M., los CC. Alberto Suárez L. y José Bonilla G.

"Practicando un estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia, y finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:

"Candidatos del P.R.I., 18,825 votos.

"Candidatos de la F.P.P.M., 4,996 votos.

"Candidatos del P.P., 370 votos.

"Candidatos del P.A.N., 295 votos.

"Candidatos del P.N.M., 29 votos.

"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Emilio Sánchez Piedras y Cenobio Pérez Romero, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"Por las razones expuestas y teniendo en cuenta que las protestas y objeciones formuladas por el P.P., no constituyen prueba alguna que pudiera afectar la validez de las elecciones ni el resultado del cómputo, la suscrita Comisión propone a esta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito electoral los CC. Emilio Sánchez Piedras y Cenobio Pérez Romero.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 20 de agosto de 1952. -Manuel Hinojosa Ortiz. -José Angulo Araico. -Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión que tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral los CC. Emilio Sánchez Piedras y Cenobio Pérez Romero". (Aplausos).

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales, 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos miembros de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales a lo cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al tercer distrito electoral del Estado de Oaxaca se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía el siguiente dictamen.

"El Comité Distrital Electoral, con fecha 13 de julio último se reunió para efectuar el cómputo, entregando la constancia de haber obtenido mayoría de votos a los candidatos del PRI: Según consta en el acta respectiva, los demás partidos políticos presentaron objeciones y protestas que se anexaron a dicha acta y con posterioridad aportaron nuevas pruebas y alegaciones a la Comisión Federal Electoral.

"Un minucioso análisis de este expediente lleva a la conclusión de que ocurrieron irregularidades suficientes para presumir que el cómputo hecho por el Comité Distrital es inaceptable y que la mayor votación expresada legalmente favorece a los CC. Manuel Aguilar y Salazar y Víctor Díaz Hernández, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"Por las razones expuestas, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para

diputados federales celebradas el seis de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Oaxaca.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Aguilar y Salazar y Víctor Díaz Hernández.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -México, D. F., a 21 de agosto de 1952. -Manuel Hinojosa Ortiz. -José Angulo Araico. -Jesús Robles Martínez".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Tiene la palabra en contra el ciudadano Marcial Pérez Velásquez.

El C. Pérez Velásquez Marcial: Honorable Representación Nacional: Comparezco ante nuestra soberanía para reclamar el triunfo de la planilla de diputados federales que sostuvo el Partido Popular en el tercer distrito electoral del Estado de Oaxaca. En esas elecciones jugaron cuatro planillas para diputados federales, sostenidas por los diversos partidos políticos contendientes.

Para calificar una elección, indiscutiblemente tenemos que atenernos a dos criterios: primero, el criterio legal y segundo, el criterio político. Ya el Partido Popular presentó ante la Comisión Federal Electoral las pruebas suficientes para demostrar todas las irregularidades y violaciones a la Ley Electoral, cometidas en las elecciones de referencia. Tan graves fueron estas denuncias, que la misma Comisión Federal Electoral tuvo que negar el registro de la credencial fraudulenta presentada por los candidatos del P.R.I. Entonces, señores, el criterio legal está suficientemente explicado y admitido y aun en el escueto dictamen que se acaba de leer se afirma que se cometieron serias irregularidades que seguramente burlaron la soberana voluntad de mi pueblo. Si; no nos queda ya discutir más el criterio legal porque ya desde por anticipado está aceptado, ahora tendremos que atenernos únicamente al criterio político, es decir, a ver cuáles son las personalidades de los candidatos y cual es el ambiente que se respiró en el lugar de la elección.

Ustedes saben, honorables señores diputados y presuntos diputados, que mi tierra acaba de vivir una de las epopeyas más gloriosas de una lucha ciudadana, repudiando a un gobernador que trataba de asfixiar la raquítica economía local, por medio de arbitrarios impuestos. Ustedes saben muy bien que desde entonces priva en mi tierra una era de terror y angustia, con las represalias que se hicieron sentir a raíz de aquel movimiento. En estas condiciones y en esta ambiente se realizaron las elecciones federales y es claro que el gobierno local no escatimó esfuerzo alguno ni tuvo recato en tratar de burlar la soberana voluntad del pueblo, recurriendo a los más sucios expedientes.

En esta forma, también mi partido presentó mi candidatura como diputado propietario, y la candidatura del señor profesor Luciano Nuñez Col, como suplente, y nos presentamos a pelear el voto de nuestros conciudadanos; pero no fuimos allí nada más porque el Partido Popular nos hubiese elegido: fuimos también porque desde hace mucho tiempo venimos sirviendo con lealtad y cariño a nuestro pueblo, como lo prueban diferentes actividades de carácter social, en el distrito, que hemos desarrollado.

Algún diputado acaba de decir en esta tribuna que los datos biográficos de los candidatos no tienen absolutamente ninguna importancia. Eso no es verdad, porque es precisamente la personalidad de los candidatos lo que norma el criterio de las grandes masas para ungirlos con sus votos.

Yo me presenté a la campaña electoral del tercer distrito electoral de mi Estado, con los siguientes antecedentes: médico gratuito de la Confederación de Trabajadores de México, cuando esta poderosa central se fundó en Oaxaca: médico gratuito de la Confederación Campesina Mexicana, al nacer esta organización en 1927 y cuando era un delito tener ideal socialistas y había que pagar la renta, curar a los enfermos y sacar a los compañeros presos en las cárceles; asesor técnico también gratuito, de los obreros, en sus demandas ante las juntas de conciliación y arbitraje; perito médico gratuito de los mineros de Natividad, en sus demandas ante las juntas de Conciliación y Arbitraje, por inutilización y por incapacidad profesional. Todos estos documentos que prueban estas actividades, se encuentran el la Dirección General de Profesiones, donde tuve que entregarlos al solicitar mi cédula profesional. También desempeñé el cargo de presidente municipal en Oaxaca en el año de 1949, y durante tres meses y medio saqué a flote las finanzas municipales que recibí con un déficit de 30 mil pesos; hice una casa hogar, la única obra que existe en Oaxaca, realizada por las administraciones municipales de 1940 a la fecha; aumenté los salarios de los jornaleros al servicio del Ayuntamiento; expedí un estatuto jurídico para garantizar los derechos de los empleados al servicio del Ayuntamiento. Todas esas actividades constan al hoy diputado Manuel Sodi del Valle, que en aquella administración actuó como síndico primer constitucional.

Cuando el conflicto del pueblo de Oaxaca en contra del general Sánchez Cano, por aquellos impuestos odiosos que trató de establecer, fui el presidente de la Unión Oaxaqueña formada por los oaxaqueños residentes en México, que fueron en auxilio de sus paisanos que presentaron una acusación que dio base que el Gobierno Federal intervinieran y saliera del Poder aquel funesto gobernante.

Y en la lucha maravillosa de mi pueblo, que acaba de pasar, he sido vicepresidente del Comité de Defensa de mi pueblo, para ayudarlo a sacudirse el yugo de una administración funesta; estamos logrando que salgan a la luz pública los enjuagues y malos manejos, en todos los periódicos de la nación. Con esos antecedentes me presenté a la lucha electoral para demandar el voto de mis conciudadanos, para seguir sirviendo con lealtad, con decoro y cariño. Fui allá y era natural que si yo era uno de los líderes del movimiento de defensa de nuestro pueblo, tenía que contar con la animadversión del gobierno que no escatimó esfuerzos para ahogar o para guillotinar la soberanía voluntad del pueblo; y el lógico pensar, señores diputados y presuntos

diputados, que el pueblo, salvo que sea un ingrato, tiene que ungir con su voto, como en efecto lo hizo, a sus auténticos defensores, a los oaxaqueños que nunca hemos traicionado los ideales de justicia de nuestro pueblo y que siempre le hemos servido con lealtad, con cariño, con entusiasmo y con decoro. (Aplausos en las galerías)

Mi pueblo, señores diputados y presuntos diputados, es un pueblo que da tristeza decirlo, pero que permanece a la vera de las conquistas de la Revolución, porque ha tenido la desgracia de ser azotado por pésimos gobernantes, salvo una honrosa excepción. Mi pueblo necesita, y él lo sabe porque ha dado un ejemplo maravilloso de civismo, el esfuerzo continuado, eficaz, valiente decidido de sus buenos hijos. Y es natural que cuando a la lucha vamos elementos de distintos partidos políticos a solicitar su voto el pueblo tenga confianza en nosotros y nos unja con su maravillosa voluntad; y también es natural que el gobierno local, entonces jefaturado por el nefasto Mayoral Heredia, tenga que hacer todo lo posible para ahogar esa voluntad ciudadana enmascarándola, mintiendo a sabiendas y a la luz de la verdad. (Aplausos en las galerías)

Por esto, señores diputados y presuntos diputados, si esta Cámara de Diputados en la auténtica representación del pueblo, si aquí deben venir los hijos de las provincias de México en donde palpita el alma de México, lozana y brillante, que va en busca de la luz y de mejores conquistas, entonces, señores, en esta Cámara de Diputados debe entrar el auténtico defensor de los derechos del pueblo y el auténtico oaxaqueño que ha sido sostenido por el Partido Popular. (Aplausos en las galerías)

Yo quiero pedir a ustedes, señores diputados y presuntos diputados, que mediten seriamente sobre la enorme responsabilidad que se tiene en estos momentos decisivos para el porvenir de mi tierra. El nuevo gobierno necesita de la colaboración de todos los buenos oaxaqueños. Claro está que por mis antecedentes, por mi identificación con mi pueblo, esa colaboración la seguiré dando sea o no diputado, porque para mi la mayor satisfacción, el mayor anhelo, es seguir la trayectoria del verdadero y auténtico patriotismo que hasta estos momentos mi país ha vivido.

Yo pido, entonces, que la Comisión me diga cuales son las razones de carácter político que tuvo, cuáles los antecedentes, cuál es la hoja de servicios en favor del pueblo, que se tuvieron en cuenta para producir el dictamen, que se acaba de leer. Es un dictamen en donde sin más ni más, a las volandas, se aceptan irregularidades cometidas en el proceso electoral y, al final de cuentas, con una aseveración o con una sola afirmación se da el triunfo a los candidatos del P.A.N. Y yo señores, afirmo desde esta tribuna que no hay nadie que goce de la auténtica simpatía del pueblo sino la planilla de candidatos a diputados federales que sostuvo el Partido Popular. Mi suplente, señores, es el señor profesor Luciano Muñoz Col, director del periódico "El Pueblo", paladín esforzado de la causa popular de Oaxaca, que mereció el honor de ser aceptado para ser casi asesinado y que si se salvó de esta circunstancia fue por la defensa decidida y valerosa de mis paisanos, pero no se escapó de recibir lesiones de importancia.

Señores la provincia está esperando justicia, pero justicia auténtica, no la justicia que se haga a través de compromisos de carácter político. Yo ya lo sabía; desde antes sabía que la P.A.N., se le iba a dar la diputación por Oaxaca del tercer distrito electoral, por su actitud ante el movimiento de huelga que acaban de realizar mis paisanos; pero también sabía que como oaxaqueño auténtico no podía abandonar las trincheras de mi pueblo, no podía defraudar sus entusiasmos, no podía ser desleal con sus principios y, por eso, nuevamente fui a luchar; no por la ventaja personal de ser diputado sino para tener el honor de representar a ese pueblo maravilloso y ejemplar, para poder servirle con lealtad, cariño y entusiasmo desde otra posición más desahogada y en donde posiblemente fuera más fructífera mi labor.

Esta es la situación, señores diputados y presuntos diputados. Ustedes tienen, cada quien que viene de la provincia, tienen sobre todo compromisos ineludibles con el pueblo. Si esta representación debe ser la auténtica manifestación de la voluntad del pueblo, entonces, señores, ustedes tienen que hacer justicia, rechazando ese dictamen escueto y dando el triunfo a la planilla que tuve el honor de encabezar. Salud. (Aplausos en las galerías) - El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Angulo Araico José: Hemos escuchado con positiva satisfacción la brillante pieza oratoria del señor doctor Pérez Velásquez. Los méritos personales de los candidatos, las Comisiones no los discuten. Nuestra misión es completamente fría: contar votos, y los votos en este distrito correspondieron en su mayoría al candidato del P.A.N. Por eso se formuló el dictamen en esa forma y se sujeta así a vuestra soberanía.

El C. secretario De los Reyes José María: Como se ha agotado el registro de oradores, se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Sí se considera suficientemente discutido. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado. En consecuencia la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara: (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el seis de julio último en el tercer distrito electoral del Estado de Oaxaca.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Aguilar y Salazar y Víctor Díaz Hernández".

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"1a Comisión Revisora de Credenciales. -3a Sección.

"Honorable Asamblea:

"A los suscritos, miembros de la 3a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía el

expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 6 de julio próximo pasado en el 8o. distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Al hacer el examen cuidadoso de la documentación contenida en dicho expediente, se llegó al conocimiento de que el citado distrito contendieron las fórmulas integradas por los CC. licenciado Rodrigo Moreno Zermeño, como diputado propietario, y Juan A. Serrano Delgadillo, como suplente, que sostuvo el Partido Revolucionario Institucional; Roberto Martínez García, como propietario, y Salvador Morales, suplente, apoyados por la Federación de Partidos del Pueblo Mexicano y Eutiquio Hernández Valona, propietario y Carlos Quintanar Nieto, sostenidos por el Partido Acción Nacional. Consta igualmente en dicha documentación que los CC. Moreno Zermeño y Serrano Delgadillo obtuvieron mayoría de votos, por lo que estimamos que la fórmula integrada por los mismos obtuvo el triunfo.

"En tal virtud, y no habiéndose registrado irregularidades en el proceso electoral, nos permitimos someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el domingo 6 de julio próximo pasado en el 8o. distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciados Rodrigo Moreno Zermeño y Juan A. Serrano Delgadillo.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., a 16 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. -J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primera. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el domingo 6 de julio próximo pasado en el 8o. distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. licenciado Rodrigo Moreno Zermeño y Juan A. Serrano Delgadillo. (Aplausos)

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Vuestra soberanía acordó turnar a la Comisión Revisora de Credenciales que suscribe, para estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones verificadas el domingo 6 de julio de este año, en el primer distrito electoral del Estado de Hidalgo, para designar diputados al Congreso de la Unión. El ejercicio de la función electoral se desarrolló con apego a la ley de la materia, habiendo jugado cuatro fórmulas integradas en la siguiente forma: CC. Librado Gutiérrez Eduardo Vergara; Domingo de Guzmán Ramírez - Arturo Soto Parra: Lucio Rosales Yañez - Patricio Torres Tovar: Pedro Cruz Saavedra - Antonio Flores Roldán: correspondiendo el triunfo a los CC. doctor Librado Gutiérrez, como propietario y Eduardo Vergara, como suplente.

"Fueron examinadas las objeciones presentadas por el precandidato Lucio Rosales Yañez en su escrito de fecha 15 del actual, juntamente con la documentación anexa al mismo: habiendo encontrado esta Comisión que las aseveraciones que se hacen sobre irregularidades en el desarrollo de la elección carecen en absoluto de comprobación legal por lo que estimamos que deben declararse improcedentes dichas objeciones y reconocerse el triunfo de los ciudadanos antes mencionados.

"Consecuentemente, venimos a someter a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:

"Primera. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el día 6 de julio de este año en el primer distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Librado Gutiérrez y Eduardo Vergara.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., a 19 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. -J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero: Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el día 6 de julio de este año en el primer distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Librado Gutiérrez y Eduardo Vergara". (Aplausos)

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"A esta Comisión Revisora de Credenciales se turnó para estudio y dictamen el expediente electoral correspondiente a las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, efectuadas el domingo 6 de julio del año en curso, en el 7o. distrito electoral del Estado de México.

"Del estudio hecho por los suscritos se llega al conocimiento de que en este distrito se registraron las siguientes fórmulas: Alfredo Navarrete - Agustín González Argüelles; Aradio Haro Cisneros - Arnulfo Mendoza Reynosa; Felipe Vera Pérez-

Miguel Bedolla Iglesias; Manuel Ruiz Carrillo - Jesús Días Reyes y Alberto Mejía Silva - Carlos Sarabia Someta Couto.

"Del examen de los documentos se desprende también que las elecciones se desarrollaron normalmente, sin ningún incidente de importancia, y que la fórmula Navarrete - González Argüelles obtuvo una mayoría de 23,494 votos.

"En vista de lo expuesto, nos permitimos someter a vuestra aprobación los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión efectuadas el día 6 de julio próximo pasado en el 7o. distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Alfredo Navarrete y Agustín González Argüelles

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., a 16 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. -J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados al Congreso de la Unión efectuadas el día 6 de julio próximo pasado en el 7o. distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Alfredo Navarrete y Agustín González Argüelles. (Aplausos)

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"El expediente que se formó con la documentación relativa a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Querétaro, fue turnado, para estudio y dictamen, a la suscrita 3a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"Pudo comprobar la Comisión, a través de los documentos relativos, que en el citado distrito contendieron las siguientes candidaturas para diputados propietario y suplente, respectivamente: CC. Eduardo Ruiz Gutiérrez y Ricardo Rivas Maldonado; Enrique Jiménez Torres y Guillermo Galván; Lauro Cabrera Hurtado y Antonio Cortés Medina Corona.

"Asimismo, pudimos comprobar que el proceso electoral se desarrolló con toda normalidad y de acuerdo con lo que sobre el particular establece la Ley Electoral Federal en vigor; habiendo correspondido el triunfo a los CC. Eduardo Ruiz Gutiérrez con 17,263 votos, para diputado propietario, y Ricardo Rivas Maldonado con 17,196 votos, para diputado suplente.

"En virtud de lo expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a vuestra consideración los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Querétaro.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Eduardo Ruiz Gutiérrez y Ricardo Rivas Maldonado

. "Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., 16 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. -J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio del año en curso, en el primer distrito electoral del Estado de Querétaro.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Eduardo Ruiz Gutiérrez y Ricardo Rivas Maldonado". (Aplausos)

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"La Comisión que suscribe viene a emitir el dictamen correspondiente a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.

"A través de la documentación que nos fue entregada por la Oficialía Mayor de esta H. Cámara, pudimos comprobar que en el mencionado distrito contendieron las siguientes fórmulas para diputados propietario y suplente, respectivamente: Jorge Ferretis - Jacinto Maldonado Villaverde; Salvador Penilla López - Alfredo Flores Ramírez y Eulalio Cifuentes de León - Félix Castillo Durán.

"Durante la función electoral no se registraron irregularidades y sí se desarrolló está con estricto apego a la ley de la materia; habiendo obtenido mayoría de votos la fórmula Ferretis - Maldonado Villaverde.

"En tal virtud, la suscrita Comisión se permite someter a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieren

verificativo el día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Jorge Ferretis y Jacinto Maldonado Villaverde.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., 16 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. - J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en

votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 6 de julio de este año en el cuarto distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Jorge Ferretis y Jacinto Maldonado Villaverde".

(Aplausos)

- El C. secretario Carranza Hernández Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisadora de Credenciales. -3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Acordó turnar vuestra soberanía a la suscrita 3a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, para estudio y dictamen, la documentación que produjo la función electoral del 6 de julio de este año en el primer distrito electoral del Estado de Zacatecas para designar diputados al Congreso de la Unión.

"En cumplimiento de este acuerdo, la Comisión dictaminadora viene a informar a ustedes que en el citado distrito se registraron estas fórmulas: Alfredo Lozano Salazar - Carlos Zorrilla Enciso; José Alvarado Ortiz Elías - Francisco Martínez Juárez; Manuel Rangel Martínez - Rafael Contreras Contreras y Antonio Luna Moreno; que en el desarrollo del proceso electoral se observaron con toda regularidad los requisitos que sobre el particular establece la ley de la materia, y que al verificarse el cómputo total de los votos emitidos, éstos favorecieron las candidaturas de los CC. Alfredo Lozano Salazar y Carlos Zorrilla Enciso, como diputados propietarios y suplentes, respectivamente.

"Atentos a las anteriores consideraciones, venimos a solicitar de esta H. Asamblea la aprobación de los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el día 6 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Zacatecas.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito, los CC. Alfredo Lozano Salazar y Carlos Zorrilla Enciso.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

-México, D. F., 19 de agosto de 1952. -Braulio Maldonado Sández. -J. Jesús Lomelín. -Benito Palomino Dena".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia la presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativos el día 6 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Zacatecas.

"Segundo. Son diputados propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito, los CC Alfredo Lozano Salazar y Carlos Zorrilla Enciso".

(Aplausos)

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"Sección Cuarta.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, que se verificaron el día 6 de julio próximo pasado, en el segundo distrito electoral del Estado de Campeche.

"De la documentación tenida a la vista aparece que fueron registrados los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes en el distrito de referencia:

"Por el PAN, Hortensio Montero Lavadores - Celso Chin Cahuich; por el PRI, Leopoldo Sales Rovira - Emilio Ceh Gamboa, y por la FDPP, Antonio Chable - Albino Chan Meneses.

"Considerando que los actos preelectorales se ajustaron estrictamente a las prescripciones de la Ley Electoral Federal; que el acto de la elección transcurrió con absoluta normalidad; que el día 13 del mismo mes se reunió el Comité Distrital Electoral, en los términos de la precitada ley, con el objeto de verificar el cómputo de la votación recibida y que el mismo organismo electoral otorgó a los CC. Leopoldo Sales Rovira y Ermilo Ceh Gamboa, respectivamente, la constancia de mayoría de votos por este distrito, con una pluralidad de 8,936 votos; que no existen objeciones o protestas de los partidos contendientes y que la constancia de mayoría de votos se encuentra registrada bajo el número 3, con fecha 11 de agosto actual por la Comisión Federal Electoral; nos permitimos someter a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito federal electoral del Estado de Campeche.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito, los CC. Leopoldo Sales Rovira y Ermilo Ceh Gamboa, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 18 de agosto de 1952. -La Comisión: Juan Sabines Gutiérrez. -Roberto Barrios - Caleb Sierra Ramos".

Esta a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

"En consecuencia la presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito federal electoral del Estado de Campeche.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito los CC. Leopoldo Sales Rovira y Ermilo Ceh Gamboa, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

El C. secretario Carranza Hernández Rafael: (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales. -Sección Cuarta.

"Honorable Asamblea:

"La suscrita Cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales recibió por vuestra soberanía para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron lugar el 6 de julio del corriente año en el tercer distrito electoral federal del Estado de México.

"Conforme las constancia que obran en poder de la Comisión, se desprende que en este distrito jugaron como candidatos a diputados propietarios y suplentes, respectivamente, los ciudadanos Leopoldo Treviño Aguilar y Abel González S., por el PP.; Felipe Vera Rojas y Fidel Bedolla Iglesias por la FDPPM.; y Fernando Guerrero Esquivel y Adolfo Ramírez Fragoso por el PRI.

"El Comité Distrital, en cumplimiento del artículo 104 de la Ley Federal Electoral, celebró sesión el domingo 13 de julio próximo pasado, con asistencia de los representantes del PP PAN PRI Y FDPPM, levantando el acta de cómputo total de la elección en la cual consta que el licenciado Fernando Guerrero Esquivel y Adolfo Ramírez Fragoso obtuvieron mayoría de votos conforme al siguiente resultado: Fernando Guerrero Esquivel y Adolfo Ramírez Fragoso, 18,155 votos; Felipe Vera Rojas y Fidel Bedolla Iglesias, 2,764; Leopoldo Trejo Aguilar y Abel González S., 176. Dicha acta fue firmada por todos los representantes de partidos que concurrieron a esta junta, como testimonio de conformidad. La Comisión Federal Electoral, a su vez, registró bajo el número 45, a fojas 7 del libro de registro, con fecha 12 del corriente la constancia de mayoría de votos que el Comité Distrital expidió a favor de la fórmula Fernando Guerrero Esquivel - Adolfo Ramírez Fragoso.

"Los CC. Leopoldo Trejo Aguilar y Abel González S., en escrito de 15 de agosto solicitan al Colegio Electoral se declare nula la votación que el Comité Distrital Electoral hizo aparecer en favor de los candidatos postulados por la FDPPM. y por el PRI., por haber sido fabricada, según ellos, en las Presidencias Municipales y en el Comité Distrital Electoral del citado tercer distrito. Dicha solicitud es inadmisible, ya que la fundamentan, primordialmente, en la parcialidad que según ellos observaron las autoridades municipales y Electorales Federales a favor de dos partidos, sin que presenten pruebas de ello y por que es ilógico suponer que pueda existir parcialidad a favor de los partidos políticos.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la respetuosa consideración de la honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el tercer distrito Electoral federal del Estado de México.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito aludido, los CC. Fernando Guerrero Esquivel y Adolfo Ramírez Fragoso, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1952. La Comisión. - Juan Sabines Gutiérrez.- Roberto Barrios. - Caleb Sierra Ramos".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia la presidencia, por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el tercer distrito electoral federal del Estado de México.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito aludido, los CC. Fernando Guerrero Esquivel y Adolfo Ramírez Fragoso, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"Sección Cuarta.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por vuestra soberanía para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión tuvieron verificativo el domingo 6 de julio próximo pasado, en el segundo distrito electoral del Estado de Morelos.

"Del estudio que con todo detenimiento se hizo de la documentación respectiva, aparece que fueron registrados los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes en el distrito citado:

"Por el PAN, Froylán Moore López - Andrés Aurelio Salazar; por el PRI, Porfirio Palacios - Vicente Lahera; por el PP, Agustín Cordero Navarro - Ricardo Domínguez Mondragón, y por la FDPPM, José Rodríguez Ramírez - Quintín González N.

"Tomando en cuenta que los trabajos anteriores a la elección fueron llevados a cabo con absoluto apego a lo que fija la Ley Electoral Federal; que la misma elección transcurrió con toda normalidad; que el Comité Distrital Electoral se reunió el día 13

del citado mes, observando en todo las prescripciones legales correspondientes para verificar el cómputo de la votación recibida y que, como consecuencia el mismo organismo electoral que otorgó a los CC. Porfirio Palacios y Vicente Lahera respectivamente la constancia de mayoría de votos por ese Distrito, con una pluridad de 10,640 votos; que al no registrarse objeciones o protestas de los partidos que contendieron y que la constancia de una mayoría de sufragios se encuentra registrada bajo el número 7, a fojas 1 del libro de registro respectivo, con fecha 11 del corriente por la Comisión Federal Electoral, nos permitimos someter a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito electoral federal del Estado de Morelos.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito los CC. Porfirio Palacios y Vicente Lahera, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1952. La Comisión. - Juan Sabines Gutiérrez.- Roberto Barrios. - Caleb Sierra Ramos".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia la presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

(leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el segundo distrito federal Electoral del Estado de Morelos.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito los CC. Porfirio Palacios y Vicente Lahera, propietario y suplente, respectivamente".

(Aplausos)

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - Sección Cuarta.

"H. Asamblea:

"A la suscrita cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por vuestra soberanía para estudio y dictamen, el expediente relativo a las elecciones que para diputados, propietarios y suplentes, respectivamente, al Congreso de la Unión, tuvieron lugar el domingo 6 de julio del corriente año, en el primer distrito electoral federal del Estado de Puebla.

"Del examen practicado a la documentación tenida a la vista, se desprende:

"I. Fueron registrados los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes, como sigue: por el PAN, Eligio Sánchez Larios - Antonio Cortés Serrano; por el PRI, Blas Chumacero Sánchez - Jesús Ramos Rodríguez; por el PP, Enrique Aguirre Carrasco - Facundo Salas Juárez, y por la FDPPM, Guillermo Treviño Flores - Ignacio Pérez Cabrera;

"II. El Comité Distrital Electoral cumplió con las disposiciones señaladas en los artículos 73 y 75 de la Ley Electoral vigente, como se comprueba con las publicaciones que en el diario "El Sol de Puebla" hizo con fecha 1o. y 20 de junio de la relación de casillas, ubicación e integrantes de las mismas;

"III. Las casillas electorales funcionaron conforme a lo dispuesto en su parte relativa por la precitada Ley Electoral como consta de las actas de escrutinio levantadas en cada una de ellas, mismas que vienen firmadas de conformidad por los representantes de los candidatos contendientes, sin que en ninguna de ellas se haga constar que hubo incidente u objeción algunas;

"IV. El Comité Distrital Electoral en cumplimiento con el artículo 104 celebró sesión el domingo 13 de julio próximo pasado, con asistencia de los representantes de los mencionados partidos, levantando el acta de cómputo total de la elección en la cual consta que el C. Blas Chumacero Sánchez obtuvo mayoría de votos, conforme al siguiente resultado: del PAN, Eligio Sánchez Larios con 3,861 votos y Antonio Cortés Serrano con 3,722; del PP, Enrique Aguirre Carrasco con 721 y Facundo Salas Juárez 697; de la FDPPM, Guillermo Treviño Flores con 4,337 e Ignacio Pérez Cabrera con 4,174 y del PRI, Blas Chumacero Sánchez con 11,681 y Jesús Ramos Rodríguez con 11,257. Dicha acta fue firmada por todos los representantes, como testimonio de conformidad, y

"V. El Partido Acción Nacional, con fecha 16 del actual, se dirigió a este H. Colegio Electoral ratificando un memorándum que, según ellos, obra en este expediente. Cabe hacer notar que en la documentación que integra el expediente relativo al distrito de que se trata no existe dicho memorándum, suponiendo que éste haya sido presentado a la Comisión Federal Electoral, el cual no es de tomarse en cuenta en vista de que la misma Comisión Federal, al conceder el registro a la constancia de mayoría de votos que el Comité Distrital expidió a favor del C. Blas Chumacero Sánchez, tuvo que haber considerado como carentes de fuerza las objeciones que en el ya referido memorándum fueron presentadas.

"Como consecuencia de lo anterior, la constancia de pluralidad de votos fue registrada bajo el número 70, a fojas 2 del libro de registro de constancias, con fecha 12 del corriente por la Comisión Federal Electoral.

"Por todo lo anteriormente expuesto, la Comisión que suscribe se permite someter a la recta consideración de la honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el primer distrito electoral federal del Estado de Puebla.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito mencionado los CC. Blas Chumacero Sánchez y Jesús Ramos Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20

de agosto de 1952. - La Comisión: Juan Sabines Gutiérrez. - Roberto Barrios.- Caleb Sierra Ramos".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia la presidencia, por conducto de la Secretaría, declara

(leyendo):

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el primer distrito electoral federal del Estado de Puebla.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito mencionado, los CC. Blas Chumacero Sánchez y Jesús Ramos Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

- El C. secretario De los Reyes José María (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales. - Sección cuarta.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Cuarta Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para estudio y dictamen el expediente relativo a las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, verificadas con fecha 6 de julio del corriente año, en el séptimo distrito electoral del Estado de Veracruz.

"De las constancias tenidas a la vista se encuentra que fueron registrados como candidatos a diputados propietarios y suplentes en el distrito de referencia, los siguientes ciudadanos:

"Por el PAN, Rafael García Oliveros - Luis Fuentes Cicero; por el PRI, Agustín Ramírez Romero - Manuel Abascal Sherwel; por el PP, Manuel Mendoza Cruz - Benito Hernández García, y por la FDPPM, Ignacio Villegas Sandoval - Julio Moreno Rosas.

"Del examen cuidadoso del expediente integrado con las actas de escrutinio levantadas en cada una de las casillas que funcionaron en el distrito electoral; con la constancia de mayoría de votos expedida por el Comité Electoral Distrital; con una copia certificada del estudio formulado por la Comisión Federal Electoral y con el escrito de queja formulado por el C. Manuel Mendoza Cruz, candidato a diputado federal, propietario por dicho distrito postulado por el PP; se está en posibilidad de concluir que el proceso electoral se ajustó a las prescripciones de la Ley Electoral Federal; que el acto de la elección transcurrió con absoluta normalidad como se comprueba con las actas de escrutinio en las que no constan incidentes y a las que no vienen agregadas protestas; el día 13 del mismo mes se reunió en cumplimiento de las prescripciones legales relativas el Comité Distrital Electoral, con el objeto de verificar la votación emitida, habiendo expedido constancias de mayoría de votos a los ciudadanos Agustín Ramírez Romero y Manuel Abascal Sherwel, por haber obtenido pluralidad de 30,405 votos; que las objeciones y protestas formuladas con fecha 14 del presente mes por el C. Manuel Mendoza Cruz, candidato a diputado federal postulado por el PP, no son fundadas, porque se refieren, en parte, a diversos hechos ocurridos durante el proceso electoral sin que exhiba pruebas de haber objetado oportunamente y en los términos de la ley a los integrantes del Comité Distrital Electoral a quienes acusa de parcialidad, y como por otra parte dicho ciudadano pretende que se nulifiquen también las votaciones que obtuvieron los candidatos postulados por el PAN, y por la FDPPM, que según el cómputo hecho por el Comité Distrital lo superaron en votación, no sería lógico suponer que dicho Comité Distrital hubiera procedido con parcialidad a favor de tres partidos, por lo tanto no son de considerarse fundadas las quejas de referencia, máxime que la constancia de mayoría de votos fue registrada por la Comisión Federal Electoral bajo el número 95, con fecha 13 de agosto actual, razones por las cuales nos permitimos someter a la consideración de la honorable Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el séptimo distrito federal electoral del Estado de Veracruz.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito, los CC. Agustín Ramírez Romero, y Manuel Abascal Sherwel, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1952. - La Comisión: Juan Sabines Gutiérrez.- Roberto Barrios. - Caleb Sierra Ramos".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Tiene la palabra en contra el ciudadano Manuel Mendoza Cruz.

El C. Mendoza Cruz Manuel: Honorable Asamblea, para el Partido Popular es un honor que se le hubiera permitido el venir a impugnar el dictamen del séptimo distrito de Veracruz. Para mí en lo personal también es satisfactorio, toda vez que soy un trabajador voceador de prensa y que la lucha me ha traído a este lugar a impugnar el triunfo que se da al candidato del Partido Revolucionario Institucional.

No tendría porqué venir a ocupar esta tribuna objetando el dictamen, si no tuviera razón para hacerlo. Principiaré por tachar de parciales a los señores que integraron el Comité Distrital Electoral. Quiero manifestar a ustedes que el señor licenciado don Luis Gámez Grajales es director de la Escuela Secundaria y Preparatoria de la ciudad de Orizaba; el doctor René Bustos Castro, es jefe de los Servicios Coordinados de Salubridad y Asistencia del mismo lugar, y el doctor Agustín Kraus, persona muy honorable, pero que por principio de cuentas estuvo, a la llegada del señor don Adolfo Ruiz Cortines, a la convivialidad que se le sirvió, quiere decir que es un partidario del Partido Revolucionario Institucional y, por consecuencia, no puede ser del Comité Distrital. En esas condiciones, nosotros objetamos, mediante escritos que

presentamos a la consideración de ellos mismos, que no estábamos de acuerdo con su actuación; pero ésto, como es natural, para el Partido Popular, tuvo que ser nulo.

La parcialidad manifiesta estuvo desde que se instaló el Comité, porque no se nos tomó en cuenta no obstante que habíamos presentado el registro de las candidaturas nuestras. Es más, en el transcurso de la lucha que nosotros entablamos con el Comité Distrital, hicimos ver que no estaba cumpliendo con la ley, toda vez que ni siquiera había publicado la ubicación de casillas del distrito electoral y principalmente en la cabecera de Orizaba. Con muchas futilezas, nos informaba dicho Comité Distrital que no podría hacerlo, porque no tenía tiempo, que estaban trabajando. Nosotros pensamos que todos debemos trabajar, pero una cosa es trabajar y otra violar la Ley Electoral en que estaban ellos metidos.

Así llegamos al nombramiento de los presidentes y del personal de casillas. Nos presentamos el día de la junta, con nuestras listas, con el fin de proporcionarlas al Comité Distrital. Desgraciadamente, como es natural, fueron rechazadas y hasta posteriormente, dos días después, fueron admitidos, ya solamente para llenar un requisito, lo que demostraba desde ese punto de vista que querían nombrar el personal que fuera todo del Partido Revolucionario Institucional.

Si esto no fuese suficiente, señores diputados y presuntos diputados, llegó el día de la elección y vimos con toda pena cómo el propio presidente del Comité Distrital recorría casilla por casilla con el propósito de dar instrucciones a dichos presidentes de casillas, a manera de que se votara por determinada fórmula. Yo personalmente estuve a reclamarle su proceder y me indicó que lo hacía para ayuda en parte a acelerar los trabajos; y en el proceso de la votación del día 6, se instalaron dobles casillas, como la segunda y la tercera. En el transcurso de la mañana del día 6 se nos manifestó que cada casilla era para acelerar la votación del grupo del Sindicato de Cerveceros; se nos dio, por ejemplo, de la dos, un domicilio particular, que no era admisible ir a aquel lugar, pero que en fin así lo determinó la Comisión. La casilla 3 se nos dijo que se iba a poner en Poniente siete número 37, y tampoco se instaló ahí, sino en otra casa particular, en la Avenida Poniente 11. Quiere decir, entonces, que el fraude electoral estaba preparado desde un principio, con el propósito de no darnos cabida dentro de la lucha electoral. Sabíamos perfectamente bien que una lucha de nosotros contra el PRI, era una lucha contra gigantes, si ustedes lo entienden así, de David y Goliat; pero teníamos el valor civil para enfrentarnos a una situación favorable para ustedes y desfavorable para nosotros, toda vez que teníamos a las autoridades en contra, tanto de la cabecera del distrito como de los demás pueblos circunvecinos. No obstante ésto, hicimos ver a estos señores que no estábamos conformes con su proceder, y ya les digo cuál fue la contestación.

Llegó la tarde del día seis, día de la elección, y entonces estos señores, con toda desfachatez y con toda sangre fría, emplearon la camioneta del Departamento de Salubridad Pública del lugar para levantar algunas de las casillas y llevar las urnas al Comité coordinador del PRI y otras al Comité Distrital. Luego el recuento no fue hecho en el lugar que marca la ley, que debe ser en las casillas, sino que fue hecho en lugares completamente distintos a los que ya he mencionado.

No obstante eso, al hacer el recorrido por los pueblos donde se instalaron (en cada pueblo una casilla) pudimos constatar que solamente había votación para el partido de la Federación de Partidos del Pueblo, para el PAN y para nosotros del PP. Desgraciadamente, las autoridades, convertidas en clubes políticos, nos indicaron que podíamos retirarnos de ese lugar porque tenían instrucciones de arriba para corretearnos o apresarnos.

Prueba de ello es que todavía se encuentra latente el caso del general Cándido Aguilar; pero no voy a defender ese caso sino el del PP. En esas condiciones desfavorables tuvimos que "apechugar" con una especie de derrota aparente. Sabe bien mi contrincante a quien vengo a impugnar su credencial, el señor Ramírez Romero, que me merece atención, pero que en la lucha política estamos completamente distantes; que los pueblos fuera de la cabecera de Orizaba, no son del PRI sino de los partidos contrarios, donde el general Aguilar tiene influencia política sobre todos los grupos, sobre los campesinos y sobre todos esos grupos dispersos.

Nosotros podíamos agregar que sobre ese aspecto el PRI jamás pudo triunfar en todo el distrito de Orizaba. A eso se debe -y lo sabe el señor Agustín Ramírez Romero- que también en Río Blanco, Nogales y Santa Rosa son feudos, válgaseme la frase, son feudos que ellos detentan con el propósito de que nadie llegue a entrar en esos lugares. Yo lo digo porque vivo ahí, tengo muchísimos años, desde la Revolución, que me separé de ella y quedé en el distrito de Orizaba; he convivido con ellos los del pueblo; yo recorrí patio por patio casa por casa, buscando el apoyo del pueblo porque mi posición de trabajador me permite entrar en todos esos lugares.

Yo preguntaría al señor Ramírez Romero, si él conoce siquiera una cuarta parte de la ciudad de Orizaba; la conoce superficialmente, la conoce porque va a Orizaba, pero jamás ha convivido con el pueblo y nosotros, los del Partido Popular sí hemos convivido con el pueblo.

Yo voy a citar unas frases del señor Lic. Ortiz. Decía entre, otras cosas:

"daremos el juego al Partido Popular para que traiga sus mejores hombres y queda al último, queda a la zaga". No, señores, yo quiero declarar una cosa: el Partido Popular jamás traerá a sus mejores hombres, porque yo no soy uno de los mejores, soy de la clase baja, del pueblo. Quiere decir que no trae a elementos capacitados; trae elementos trabajadores, elementos de pueblo. Esos no son los mejores hombres, pero también digo otra frase: "admiro la actitud del Partido Popular, porque viene a batallar aquí a esta tribuna". Y nosotros sí estamos dispuestos a aceptar esa frase, porque en el Partido Popular existen hombres de lucha, hombres del pueblo, hombres que saben cuál es la realidad y la necesidad. Yo,

cuando he ganado nueve centavos durante la dictadura, entonces sentí el latigazo que era la dictadura. Hoy gano lo que desgraciadamente me tiran las empresas periodísticas, el pequeño porcentaje que nos dan. Jamás un gobierno, jamás la representación nacional han hecho algo porque ese gremio al cual pertenezco y que me honra pertenecer a él, se ha tomado en cuenta.

Cuántas veces hemos visto qué cantidades de dinero, qué edificios se gastan las empresas de periódicos, y en cambio, a nosotros los humildes voceadores de la prensa, nos tiran miserables migajas de pan. Eso me obligó a aceptar la postulación del Partido Popular.

Sabemos muy bien que el pueblo de Orizaba, el pueblo del VII distrito tiene sed de libertad, tiene sed de justicia, porque es un pueblo que está sojuzgado desde hace muchos años por determinadas gentes, y me voy a reservar los nombres, porque señores, sé que con ésto estoy sellando mi tumba ya que he tenido el valor civil para venir a decirle a la representación nacional cuál es la verdadera situación que prevalece allí provocada por unas cuantas gentes.

Hace muchos años fueron asesinados algunos obreros. Hay muchas viudas todavía y niños en la orfandad, y jamás se le ha hecho justicia a un pueblo que ya la necesita. Sabemos muy bien de una masacre y que hubo hace varios meses en Ciudad Mendoza. ¿Qué se ha hecho, qué han dicho los periódicos para criticar ese hecho y pedir justicia para el pueblo? Nuestra representación nacional y el Gobierno, jamás ha hecho justicia.

Por eso vengo a impugnar un dictamen, porque no está ajustado a la realidad. Si bien es cierto que el señor Agustín Ramírez Romero obtuvo oficialmente una mayoría de sufragios, jamás la ha obtenido en realidad, porque la que obtuvo se la compusieron en las casillas.

Se nos negó el derecho a votar, y allí se sacó a algunos de nuestros representantes a empellones. Se hizo todo lo que se pudo por obtener un triunfo, que en el caso de mi contrincante no es triunfo, porque lo sabe él, ya que están otros partidos adelante también en la votación, y esto lo sabe; lo sabe perfectamente.

Ante esta situación, señores diputados y presuntos diputados, yo pido a nombre del Partido Popular y en el mío propio, que se deseche el dictamen, y que si no se nos da el triunfo, cuando menos se anulen las elecciones, para unas nuevas a que deban convocarse.

Se violó la Constitución y se violó la Ley Electoral, se hicieron los paquetes a puerta cerrada; no se nos permitió la entrada, presentamos nuestras protestas; no fueron admitidas. La parcialidad manifiesta del Comité Distrital Electoral en el séptimo distrito fue patente; la ley dice terminantemente:

"No deben ser funcionarios públicos los que integren un comité Electoral Distrital" y, en cambio, nuestras protestas, no obstante nuestro dicho, jamás se tomaron en cuenta. ¿Qué significa ésto señores representantes? ¿Váis a aprobar una credencial que no llena los requisitos legales y que sólo se obtuvieron a base de fuerza, a base de presión, donde existe una guardia de corps que está detrás del candidato, que está haciendo presión? Aquí hay representantes obreros ya aprobados como diputados; lo saben ellos. Pero, en cambio, no dicen nada. Entonces, quiere decir que cada uno solamente busca algo para él y el bien para él. El Partido Popular no lucha por un bien personal; lucha por un programa general, y en ese programa general no trae a sus mejores hombres. Si ustedes quieren, traerá a los peores; pero batalladores, que no cejarán ni un ápice, porque nosotros no hemos hecho presión ante nadie y los votos obtenidos por nosotros son voluntarios, no sacados a fuerza u obligados a base de la cláusula de exclusión para buscar que todos los ciudadanos conscientes e inconscientes tengan que votar en favor de determinada planilla.

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión.

El C. Sierra Ramos Caleb: Compañeros miembros del Colegio Electoral: Propiamente la Comisión no necesita hacer la defensa de su dictamen. Las impugnaciones que presenta el candidato del P. P. deben considerarse sobre la base de su afirmación de reconocimiento, de que el PRI obtuvo la mayoría de sufragios a favor de sus candidatos; que hubo serias irregularidades en el proceso electoral, no está probado por el Partido Popular ni por sus candidatos. No tenemos en el expediente una sola constancia por la que se pueda colegir que los miembros del Comité Distrital no reúnen los requisitos que la ley establece para ser miembro del Comité Distrital Electoral. No hay una sola constancia de la cual se pueda encontrar que se cometieron las violaciones a la ley como estima el candidato del PP que se cometieron.

Estamos cometiendo el error substancial de considerar como válidos solamente los elementos de prueba puramente verbales, demagógicos; los argumentos de tipo biográfico a que ya también se refería el compañero, licenciado Hinojosa, los elementos de carácter biográfico en los cuales la autobiografía viene a resultar una simple escaramuza especulativa, porque no debemos olvidar que la alabanza en boca propia es vituperio. De tal manera que la Comisión no necesita defender su dictamen. Está reconocido por el propio candidato del PP que los candidatos del PRI obtuvieron la mayoría de sufragios; y no está probado, por que no hay ningún elemento probatorio en el expediente, que se hayan cometido las violaciones o irregularidades que se mencionan en el proceso electoral ni en el acto mismo de la elección, en el distrito que se está estudiando.

De tal manera que la Comisión sostiene su dictamen y lo somete a la consideración de la Asamblea. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Agustín Ramírez Romero.

El C. Ramírez Romero Agustín: Ciudadanos diputados y presuntos diputados: El que les habla es obrero de la fábrica de Río Blanco; y como decía un miembro de la Comisión que ha dictaminado, juzgado en realidad el resultado de la elección del 7o. distrito, él es quien ha esbozado en contra de Agustín Ramírez Romero pero que en su biografía no podrán tacharlo, sino señalarlo como un trabajador que vive de la misma fuente de trabajo donde ha laborado durante largos años.

Como obrero, como elemento de principios revolucionarios y fiel intérprete de una ley elaborada por el Ejecutivo, hoy representando un régimen democrático nuestro muy digno licenciado don Miguel Alemán, nos dimos cuenta que con esta ley no podía haber fraudes, nos dimos cuenta de que con el mecanismo de esta elección tenía que imponerse la voluntad del pueblo, y, por lo tanto, eso es lo que se ha estado sucediendo aquí y hasta hemos tenido la oportunidad de que desgraciadamente entre los actores que ha traído el Partido Popular figure un elemento obrero que viene con indumentaria de trabajador; pero está mintiendo ante ustedes, porque si antes era obrero, a la fecha es un comerciante.

Se dice que Agustín Ramírez Romero, presunto diputado, no conoce la ciudad de Orizaba. Primeramente tenemos que aclarar que no es suficiente el que conociera yo la ciudad de Orizaba: tenía que conocer geográficamente lo que era el séptimo distrito electoral del Estado de Veracruz (aplausos en galerías), y también reconocer los principio del Partido Revolucionario Institucional, en donde se nos ha sometido a diferentes pruebas para ver si en realidad contamos con el respaldo de nuestros conciudadanos, por eso nos dimos a la tarea de ir a visitar los pueblos más apartados del centro y de la cabecera del distrito, y esto es lo que con orgullo venimos a decirles, que conocemos las necesidades que existen en los lugares como es la región de Zotorico, en donde sí va a ser posible la visita a esos lugares a través del camino que se está construyendo, cosas que no podrá decir el candidato del Partido Popular, porque desgraciadamente tenemos que hablar de que deben haber escogido no a sus mejores elementos sino a sus mejores actores y posiblemente artistas, para ver si podían en un momento sugestionarse a un conjunto de ciudadanos que por muchas razones deben haber adquirido el respaldo de los habitantes de los distritos que vienen representando.

Voy a simplificar el debate, primeramente, haciendo notar que para participar en la elección del séptimo distrito del Estado de Veracruz tuve que posesionarme bien de lo que era la Ley Federal Electoral. Luego tuve que interrogar a los trabajadores del sindicato al cual pertenezco, del sindicato de trabajadores en general de la Compañía Industrial de Orizaba que está integrado por más de dos mil trabajadores. Después de haber tenido ese respaldo, tuve que darme a la tarea de ir interrogando a los demás elementos del sector obrero, hasta haber obtenido ese respaldo en su totalidad, y ese orgullo sí lo tengo de que hayan reconocido los compañeros del sector popular, que necesitamos antes que todo la unidad para poder hacer algo en bien de la comunidad a la que venimos representando.

Luego se habla de actos violatorios que no constan ni pudieron siquiera haber obtenido una información verídica. Nosotros tenemos la lista autorizada por personas que nuestro mismo oponente manifestaba que son personas ajenas al sector popular. ¿Cómo podrían ser partidarias de un sector obrero, cuando son profesionistas, personas honorables que no podrían poner en tela de juicio sus actos a cambio de la personalidad que pudiera tener Agustín Ramírez Romero? Repito, no soy sino un trabajador de la fábrica de Río Blanco. Después de ésto, vino el resultado que ustedes conocen, donde se asevera que es el general Aguilar quien tiene ahí un dominio, cosa inexacta, porque si tuviera un dominio como pretendió con elementos armados, hubiera amedrentado, hubiera logrado amedrentar a algunos de los campesinos de aquellos pueblos; pero no podría amedrentar a los elementos de principios revolucionarios como son los obreros de la región de Orizaba y campesinos, porque estamos seguros de eso. Por ello los campesinos y obreros de la región de Orizaba, así como del sector popular, ya sabedores de que es por demás sostener una situación contraria, no hicieron mal uso de una libertad que nos ha caracterizado en ese lugar y así es como tenemos que manifestar a ustedes que tuvimos el respaldo de esos tres sectores y tenemos la seguridad de que ha hecho justicia la Comisión al producir su dictamen, teniendo a la vista la documentación correspondiente.

Y si esta discusión ha dado oportunidad de afirmar que el Partido Popular no escogió a sus mejores hombres, puede ser ¡qué cosas excepcionales!, que haya escogido a sus mejores actores, a sus mejores artistas, que creyeron que podrían impresionar aquí con declaraciones falsas, porque de la estadística que se recogió de la votación, en realidad el PP es el único que figura con escasa votación. En algunos lugares ni siquiera un voto tuvieron, porque conocen quiénes son sus efectivos representantes nacionales. (Aplausos)

-El mismo C. Secretario: Habiéndose agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de la Secretaría, declara (leyendo):

"Primero: Son válidas las elecciones de diputados federales verificadas el día 6 de julio del corriente año en el séptimo distrito federal electoral del Estado de Veracruz.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el citado distrito, los CC. Agustín Ramírez Romero y Manuel Abascal Sherwel, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

-El C. secretario Carranza Rafael Hernández (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. -Sección 4a.

"Honorable Asamblea:

"Habiéndose turnado a esta 4a. Sección de la 1a. Comisión dictaminadora de credenciales el expediente relativo a las elecciones para diputados federales por el 16 distrito electoral del Distrito Federal, y hecha una revisión minuciosa de la

documentación entregada, del examen practicado se desprende lo siguiente:

"I. De conformidad con el artículo 68 de la Ley Electoral Federal, fueron registrados por los partidos nacionales reconocidos, los siguientes candidatos a diputados: por el PAN, José Quijano Legarreta Federico Ibarra Gómez por el PRI, Ramón Cabrera Cosío - Angel Ortega Acosta; por el PP, Enrique Ramírez y Ramírez - César Laguaa Esquivel: por el PNM, Nicolás Mariscal y B. José Aragón Mojica, y por la FDPPM, Ramiro A. Godoy - Aurelio Bárcenas Espinosa;

"II. El proceso electoral, según las constancias tenidas a la vista, se sujeto a las previsiones de la Ley Electoral y la votación se recibió en treinta y tres casillas, sin que se tengan pruebas de que hayan ocurrido incidente que la viciaran o invalidaran:

"III. Durante la sesión del día 13 de julio de corriente año el Comité Distrital Electoral del 16 distrito del Distrito Federal procedió a hacer la computación a que se contrae el artículo 104 de la Ley Electoral Federal; desprendiéndose de las constancias que obran, el siguiente resultado: José Quijano Legarreta, propietario, 3,224 votos; Federico Ibarra Gómez, suplente, 3,123; Ramón Cabrera Cosío, propietario, 9,257; Angel Ortega Acosta, suplente, 8,609; Enrique Ramírez y Ramírez, propietario, 985; César Laguna Esquivel, suplente, 934; Nicolás Mariscal y B., propietario, 846; José Aragón Mojica, suplente, 733; Ramiro A. Godoy S. Propietario, 4,344; Aurelio Bárcenas Espinosa, suplente, 4,047;

"IV. Presentadas ante la Comisión Federal Electoral para registro las constancias de mayoría de votos extendidas a favor de los CC. Ramón Cabrera Cosío y Angel Ortega Acosta, en sus respectivos caracteres de candidatos a diputados propietario y suplente, la mencionada Comisión, por unanimidad, otorgó registro a favor de los citados señores candidatos, anotándose bajo el número 119 del libro respectivo, con fecha 12 de agosto del presente año, y

"V. Del análisis de los documentos remitidos, y en especial de las protestas hechas valer por los diversos partidos contendientes, se desprenden los siguientes resultados:

"a) Las protestas presentadas por el PRI, en contra del registro como candidatos a diputados suplentes de los CC. José Aragón Mojica y Aurelio Bárcenas Espinosa, deben desecharse por intranscendentes, de conformidad con el resultado obtenido en la elección, el cual es favorable a los candidatos del PRI.

"b) Las protestas hechas valer por el PAN, durante el proceso electoral, deben desecharse con fundamento en la aceptación que el mencionado partido hizo respecto al registro de la constancia de mayoría de votos ordenado por la Comisión Federal Electoral.

"c) Respecto de las protestas presentadas por los partidos Popular y FDPPM, durante el proceso electoral, deben desecharse porque aun la procedencia de ellas no variaría en lo absoluto el resultado de la elección. A mayor abundamiento, cabe manifestar que las protestas en cuestión no han sido apoyadas en ningún elemento probatorio que permita apreciar la procedencia de las mismas.

"De conformidad con el informe rendido por el Comité Distrital Electoral del 16 distrito del Distrito Federal, al haberse aprobado por unanimidad de votos de los partidos contendientes la proposición de que no se computara en el caso concreto la votación recogida en la casilla 25, y no obstante la constancia expedida por el propio Comité Distrital Electoral, de que los votos que arrojó la Sección 25 fueron legalmente emitidos y por ello deben computarse, por haber aparecido la documentación de la mencionada casilla en las propias oficinas del Comité el mismo día de la computación, esta 4a. Sección de la 1a. Comisión Dictaminadora de Credenciales considera innecesario complementar la computación obtenida de la casilla 25 del 16 distrito electoral del Distrito Federal por considerar que los votos de referencia no implican variación alguna respecto al resultado de la elección.

"No existiendo, por consiguiente, principio de prueba alguna que permita estimar procedentes las protestas hechas ni mucho menos que ponga en tela de juicio la legalidad de las elecciones realizadas el día 6 de julio del presente año, en el 16 distrito electoral del Distrito Federal, se proponen los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el 16 distrito electoral del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito mencionado los CC. Ramón Cabrera Cosío y Angel Ortega Acosta, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.

"México, D. F., a 20 de agosto de 1952. -La Comisión: Juan Sabines Gutiérrez. -Profesor, Roberto Barrios. -Licenciado, Caleb Sierra Ramos". Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Tiene la palabra en contra el ciudadano Enrique Ramírez y Ramírez.

El C. Ramírez y Ramírez Enrique: Ciudadanos diputados: Vengo ante ustedes a defender los votos legítimos de los ciudadanos del 16 distrito electoral del Distrito Federal, depositados en favor de los candidatos del Partido Popular. Sin jactancia, pero con toda claridad y firmeza debo decir a ustedes que yo no sería capaz de venir a esta tribuna a reclamar una victoria si estuviera convencido, si tuviera en mi conciencia la convicción de que el dictamen presentado corresponde a la realidad. Yo no sería capaz de eso, no solamente porque no deseo manejar mi vida política sosteniendo una falsedad, sino porque deseo y lo haré, guardar todo respeto a ustedes y a mi condición de miembro y Secretario General del Partido Popular.

Por otra parte, me siento obligado a hacer una aclaración, una aclaración peculiar a este caso, una aclaración que si ustedes lo consideren, tiene

también más que ver con mi conciencia que con el hecho político que estamos discutiendo: pero creo que tengo derecho a hacerlo.

El candidato del Partido Revolucionario Institucional en el 16 distrito del Distrito Federal, es el señor licenciado Ramón Cabrera Cosío. No tenía yo el gusto de conocerlo directamente sino hasta estos instantes; pero conozco mucho su apellido, mucho, y quiero decir que ninguna palabra mía quisiera manchar siquiera la reputación, el brillo, la honra del glorioso apellido de Luis Cabrera, padre de mi opositor, en el 16 distrito. Lo digo porque es la verdad. Me encuentro entre los discípulos de Luis Cabrera, y creo que un día, en estos muros del Congreso de la Unión, un día de justicia, el nombre de Luis Cabrera deberá figurar allí junto a los nombres de Ponciano Arriaga, de Francisco Zarco y do otros de nuestros próceres.

No; no quiero tocar el nombre de Luis Cabrera al contrario lo saludo como a uno de los grandes constructores de la nación, como uno de los hombres cuyo pensamiento, cuya cultura, cuyo valor civil, cuya acción, han influido decisivamente en la vida de México durante este medio siglo, y han contribuido darnos esta patria y la esperanza de una mejor; por eso hecha esta salvedad, quiero presentar el caso del décimo sexto distrito.

La Comisión Federal Electoral, ante la cual mi partido presentó un alegato señalando las principales irregularidades cometidas en el proceso electoral no fue tomado en cuenta, y por eso he esperado la posibilidad de llegar a esta tribuna para presentar una síntesis, aunque antes quiero decir algo sobre lo que ha sido citado aquí por algunos de los señores diputados del PRI. Algo que es muy importante, algo que es medular y fundamental He escuchado esta mañana la repetición constante de dictámenes cuyo leitmotiv es el siguiente: no hay pruebas; o bien las pruebas de la oposición no son suficientes o no son para tomarse en cuenta Y he escuchado al señor licenciado Hinojosa, de Michoacán, dirigir a los miembros del Partido Popular una piadosa apología:

"Ustedes son casi héroes porque vienen a luchar contra una montaña pero es muy difícil luchar en esas condiciones". Esto es muy importante; el propio licenciado Hinojosa ha suscitado entonces el problema fundamental de este debate.

Efectivamente, ¡qué tremendo es luchar contra esta montaña! Pero nosotros, los miembros del Partido Popular, no somos los héroes de esta lucha contra esa montaña, los héroes de esta lucha son los cientos de miles de mexicanos, que quieren libertad democrática en México. (Aplausos) Esos son los héroes; nosotros somos muy modestos militantes de esta gran causa. Y es realmente difícil, señores del PRI, porque ustedes tienen el Poder, ustedes tienen la Comisión Federal Electoral, ustedes designaron los comités locales, los comités distritales, el personal de las casillas, y el Colegio Electoral se integra con una mayoría absoluta o con la unanimidad de ustedes. Y es ante ustedes, ante quienes tenemos que presentar las pruebas. Y son ustedes los que tenían la posibilidad de permitirnos que estas pruebas existieran y fueran contundentes, y son ustedes los que han hecho la ley, una ley que no retorciendo la lógica se puede sostener que sea una ley que no permite el fraude. No; no podemos engañarnos. ¿Para qué nos engañamos? Estamos ante el destino del país, no estamos en un juego de niños. Si la ley fuera perfecta, si el sistema electoral del país fuera indiscutible, si hubiese un régimen verdadero de partidos políticos, si hubiese por lo menos cierta posibilidad de lucha, podrían haber muchas pruebas, podrían haberlas y serían contundentes y entonces las discusiones de este Colegio Electoral podrían realizarse en el plano estricto de la legalidad. Pruebas: recuento de votos, etc., etc. Pero este plano no es el que corresponde a la realidad. No es verdad, no es verdad.

Aquí hay una verdad que se requiere sostener desde la tribuna, pero la nación entera sabe que hay otra verdad, Se quiere descubrir en los dictámenes un sistema electoral perfecto, a la Suiza, y este sistema electoral por desgracia, no existe todavía en México, no existe después de cuarenta años de Revolución mexicana. Si afirmamos que existe, es que queremos engañarnos a nosotros mismos y pretendemos engañar a los demás. Existe un sistema imperfecto, más que imperfecto, un sistema electoral formado por un sólo partido con el propósito natural de conservar indefinidamente el Poder, y, aparte de eso, tenemos una realidad en el país de un pueblo que todavía no está educado para la función electoral de un pueblo escéptico y de un pueblo que a voces se expresa con amargura, como una señorita secretaria de una secretaría de Estado, que a los cuantos días después de las elecciones preguntaba a la hora de poner el lema oficial: señor ingeniero ¿todavía le pongo eso de sufragio efectivo a los escritos?

Esa es la realidad.

Si ustedes nos piden pruebas, ustedes saben que son pruebas que hemos tenido poca oportunidad de recoger, porque cuando se cometen los fraudes, sobre todo si los realizadores del fraude están bien entrenados, se cuidan mucho de dejar huellas y pruebas del fraude. Si ustedes quieren arrinconarnos y someternos a eso, simplemente lo que ustedes quieren es constituir un poder legislativo completamente en manos del partido oficial, y eso es muy importante.

El Partido Revolucionario Institucional dice que es un gigante y que los partidos de la oposición sobre todo el Partido Popular, son pigmeos; pero a veces ustedes dan la impresión de que son un gigante que quiere pelear con los supuestos pigmeos exigiéndoles a los pigmeos que se amarren las manos y se venden los ojos. (Aplausos)

Yo no vengo aquí a discutir un caso personal, yo no tengo lo que mi maestro y mi jefe llamó la fiebre de diputado; tengo otra fiebre: la fiebre de servir a mi pueblo. La de diputado no la padezco pero lo que sí nos importa es plantear este caso por primera vez ante la Representación nacional; ante ustedes, miembros del PRI, se los planteamos a la faz de la nación, para que nuestra palabra quede como una constancia, no solamente aquí sino ante todos los mexicanos: qué, ¿desean ustedes continuar el régimen de un solo partido en el Poder, continuar el régimen de partido único? ¿continuar el sistema de un Congreso constituído por un

solo partido, más medio diputado, o dos diputados o cinco diputados de los partidos de la oposición para cubrir las apariencias? ¿Eso es lo que se desea? ¿Ese es el resultado de la ciencia política de los directores del PRI? ¿Eso es lo que ustedes quieren? No; llamamos a ustedes la atención, respetuosamente, como compatriotas: No es este el camino. Ustedes pueden arrojarnos encima la montaña de papeles legales, y desde luego defender la vigencia de esos papeles legales con la fuerza del Estado y...

El C. Sánchez Mireles Rómulo (interrumpiendo): Deseo hacer una pregunta: Dentro de su disertación, como opina el presunto, señor Ramírez y Ramírez, que el partido mayoritario, si no tiene constancia de mayoría de votos de los candidatos de la oposición, ¿debe inventárselos?

El C. Ramírez y Ramírez Enrique: Yo creo que la pregunta es pueril, porque la podría transformar en las siguientes palabras: Si el PRI no tiene votos mayoritarios, ¿debe seguir inventándolos? (Aplausos en la galerías) No, señores representantes; agradezco al Colegio Electoral que me haya permitido venir aquí, pero me creo en la absoluta obligación de plantear el problema, no en los términos pequeños de una ironía inconsútil que no viene al caso cuando se tratan los grandes problemas del país; el problema es un problema que tiene que ver con el presente y con el porvenir de México. Ustedes que son los aspirantes, yo diría: más que los aspirantes, los hombres del poder para los próximos seis años, ¿quieren darle al próximo gobierno, al gobierno de los seis años futuros, una situación continua de malestar público, de perturbación, de oposición del pueblo al gobierno, aunque está oposición quiera acallarse y quiera simularse?, ¿o quieren ustedes una verdadera reconciliación nacional y una unión del gobierno con las fuerzas populares, sin sectarismo, sin capillas? Si esto es así, la unión nacional no se puede fundar sobre las convenciones, sobre los carros completos de partido; se tiene que fundar sobre el ejercicio de una verdadera democracia.

Si la Ley Electoral fuera irreprochable, malamente podríamos hacerle objeciones de otro tipo. Si la Ley Electoral fuera como un espejo que reflejara realmente la realidad del país, no le podríamos hacer objeciones. Le hacemos objeciones porque es un clamor nacional, que México es un país de fraude electoral y debe dejar de serlo. Esta es la verdad. México es un país de fraude electoral. Esta verdad es dura, es triste y es amarga, pero es la realidad. A eso nos referimos nosotros cuando presentamos no los papeles, sino lo que es más que los papeles: los documentos vivos que son realidad del país.

El señor licenciado Luis Cabrera, padre de mi opositor, declaró cinco días antes de la elecciones, que...

El C. Ramón Cabrera Cosío (interrumpiendo): Moción de orden. ¿Se discute la credencial de Luis Cabrera o la credencial del licenciado Ramón Cabrera?

El C. Ramírez y Ramírez Enrique (continuando): Tengo derecho a invocar el nombre de Luis Cabrera, porque es uno de los constructores de mi país, como tengo derecho de invocar el nombre de Hidalgo y el de Juárez.

El C. Presidente: Se suplica al orador se concentre a la cuestión del dictamen.

El C. Ramírez y Ramírez Enrique: El señor licenciado Luis Cabrera declaró unos días antes de la elección, con su perspicacia, que si la elección se hiciera por aclamación de las masas, triunfaría el licenciado Lombardo. (Silbidos y aplausos en las galerías). Sin embargo, quedó en el último lugar de la votación en todas los doce mil y pico de casillas de la República, quedó en cuarto lugar. Esto, el dictamen, señores, puede estar muy bien presentado, puede estar muy bien defendido, pero esto no puede ser aceptado ni creído por el pueblo de la República.

Refiriéndome al caso concreto del 16 distrito. En ese distrito la irregularidad principal consta de las listas presentadas en las casillas de los votantes. La irregularidad principal en este distrito fue la siguiente: una cantidad enorme de votos de personas que no habitan en el 16 distrito electoral. En ese lugar votaron los del Colegio Militar bajo el título de que estaban comisionados en el distrito; en ese distrito votaron las guardias presidenciales; solamente en la casilla instalada cerca de la residencia presidencial, la votación fue aproximadamente de dos mil votos y en su mayor parte fue de militares, de militares que no habitaban en ese distrito. Hubo también millares de votos de los llamados "turistas", de personas que viven en otras regiones del país, pero que por equis causa estaban allí y votaron. Hubo votación de multitud de comisionados de la Presidencia de la República. En ese distrito, los representantes del Partido Popular, en numerosas casillas, fueron expulsados a la hora de la instalación de esas mismas casillas, pretextando que su credencial no estaba sellada, aunque sí firmada por el presidente del Comité Distrital y más tarde fueron expulsados también a la hora del escrutinio.

Los escrutinios se realizaron en una forma muy irregular en la mayoría de los distritos, bajo la presión del personal de la casilla y de los representantes del candidato Cabrera y del Partido Revolucionario Institucional. En muchas casillas los escrutinios se hicieron, como ya dije, sin la presencia de los representantes del Partido Popular y en una forma apresurada, impidiendo comprobar exactamente en favor de quién estaba emitido el voto electoral y nulificando votos con ínfimos pretextos, del Partido Popular y, en cambio, tolerando y pasando votos en favor del Partido Revolucionario Institucional, que tenían irregularidades.

En la totalidad de las casillas fue violado el secreto del voto y hubo presión de los miembros de las casillas para que votaran en favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

Estas fueron las Irregularidades en esas casillas y otras más que están consignadas en el escrito entregado a la Comisión Federal Electoral. Como ustedes ven, se trata del mismo mosaico de irregularidades que hubo en todos los distritos del

país o en una gran mayoría de ellos, salvo el muy peculiar de que en el 16 la elección fue decidida por personas que no habitan en ese distrito. Este es el caso; pero yo, señores, para terminar quiero decir a ustedes que vengo a defender sólo con mi caso, una parte de los casos del Partido Popular.

Nosotros representamos una porción del pueblo, más grande o más pequeña, ¿importa eso? Está a discusión y puede ser discutido, pero es una oposición respetable, una porción importante de la oposición del pueblo de México, y pedimos que esa porción del pueblo de México esté representada en la Cámara de Diputados.

Se ha dicho que somos un partido que hace el juego al partido del Gobierno. Yo quiero declarar desde esta tribuna, que nuestro partido es un partido plenamente independiente. Esa línea la seguimos durante toda la campaña, y no hicimos el juego al Gobierno, pero tampoco lo hicimos al general Henríquez Guzmán. Nuestra política es una política sustentada en nuestro programa y en nuestro principio, porque queremos tener una representación suficiente y cabal en esta Cámara, porque somos eso: una fracción de nuestro pueblo; representamos una oposición al estado actual de cosas, pero una oposición constructiva, una oposición leal y clara.

Yo no he venido aquí para pedir, en nombre de mi partido, clemencia, ni dádiva; he venido a pedir a ustedes que reconozcan la representación que nuestro pueblo ha concedido a nuestro partido y que con ese paso y con la admisión de diputados de todos los partidos existentes en México, comience a constituirse un verdadero Congreso, representativo de la nación mexicana. Nosotros queremos venir aquí a discutir los problemas de la nación; estamos deseosos de enfrentar nuestra verdad a la verdad de ustedes, a la verdad de Acción Nacional a la verdad de la Federación de Partidos del Pueblo, a la verdad de todas las corrientes de opinión del pueblo de México, porque creemos que sólo en esta lucha, en este diálogo, en este choque de las ideas puede avanzar nuestro pueblo por el camino de la democracia.

Nosotros, señores, nos oponemos a cualquier indicio de dictadura en el país. Si yo he hablado aquí así, es porque, permítanme recordarles, miembros del partido, y ustedes han tenido expresiones alarmantes para el pueblo de México, hace unos años el actual gobernador del Estado de Guerrero llegó a decir que al partido oficial solamente lo quitarían el Poder por medio de las bayonetas, y éste era una contravención a nuestra Constitución de la República que ordena que el Poder debe transmitirse pacíficamente, y hace unos cuantos días un señor senador ha dicho que la democracia, como la entiende su partido, es la democracia de todo o nada. Esto quiere decir dictadura; esto quiere decir azuzamiento al descontento popular.

Nosotros nos erguimos contra eso como mexicanos, y les pedimos a ustedes reflexión y prudencia para organizar, de una vez por todas, la vida de México sobre bases democráticas. Yo sé que en ustedes cuenta el interés de partido, y sé qué difícil es presentarse a un cuerpo colegiado exigiendo que ustedes cedan su verdad ante la nuestra; pero a pesar de todo, porque veo brillar una luz ardiente en el futuro, la libertad de mi pueblo, vengo aquí a reclamar ante ustedes el reconocimiento de nuestra legítima victoria. (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión

El C. Sabines Gutiérrez Chávez Juan: Compañeros del Colegio Electoral:

Estamos en la Cámara de Diputados, no en la plaza de Santo Domingo (Desorden en las galerías)

Hemos escuchado las brillantes palabras del señor Enrique Ramírez y Ramírez. Desgraciadamente no estamos en un jurado de oratoria; estamos en el Colegio Electoral, y venimos a dictaminar sobre el resultado de las elecciones en las que el pueblo depositó su voto a favor de las personas en quienes confió su representación, y no en la de los mejores habladores. (Aplausos).

Las palabras del señor Enrique Ramírez y Ramírez son fórmulas verbales que no constituyen pruebas ni testimonio. No venimos a hacer teatro sino a juzgar sobre documentos. En el XVI distrito electoral funcionaron treinta y tres casillas; en la mayor parte de ellas, no en todas, porque el Partido Popular quizás no tuviera elementos para designarlo los había representantes del Partido Popular. En todas ellas, a excepción de siete casillas, firmaron los representantes del Partido Popular de conformidad con las actas de escrutinio. Aquí están las actas y aquí están las actas y aquí están las firmas. En las siete casillas en las cuales hay protestas, si quisiéramos podríamos todavía nulificar los votos que obtuvo en éstas el licenciado Cabrera, no los de ellos, ni los candidatos de los demás partidos. Los votos en estas casillas suman dos mil cuatrocientos treinta y uno, que restándolos a los nueve mil doscientos cincuenta y siete votos que en su totalidad sacó el licenciado Cabrera, le quedarían todavía seis mil ochocientos veintiséis contra mil siete votos del señor Ramírez y Ramírez. Por lo tanto, cabe hacer constar aquí que es falsa la aseveración del señor Enrique Ramírez y Ramírez. Por lo tanto, cabe hacer constar aquí que es falsa la aseveración del señor Enrique Ramírez y Ramírez. Por lo tanto, cabe hacer constar aquí que es falsa la aseveración del señor Enrique Ramírez y Ramírez de que hubiesen sido expulsados los representantes de su partido. Todos ellos firmaron las actas de escrutinio. En consecuencia la Comisión que presido confirma su dictamen. Y es verdad que es tremendo luchar contra la montaña porque la montaña es el pueblo, es la verdad y es la Revolución (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano licenciado Ramón Cabrera Cosío.

El C. Cabrera Cosío Ramón: Honorable Asamblea: Causóme extrañeza, ante todo, la ausencia de los datos biográficos del señor don Enrique Ramírez y Ramírez, preclaro defensor de los intereses obreros. Yo no quiero que ustedes crean que es cualquier gallo al que se le hace una mala jugada. Me voy a permitir extractar algunos pequeños datos de él: nace posiblemente en la ciudad de México, ¿correcto? En el año de 1928, a la tierna edad de 13 años, es vasconcelista; en el año de 1930 forma parte de la Federación de Estudiantes Revolucionarios. De 1930 a 1932 se matricula en el Instituto de Artes Plásticas para justificar su carácter de estudiante, forma parte de la Alianza Mexicana de Escritores y de Estudiantes Revolucionarios; se trata de un individuo que en 1915 todavía

no llegaba a la Revolución. Está vez se acoge al amparo de Silvestre Revueltas; tiene especial predilección por la música y los músicos.

De 1934 a 1935 actúa como cédula juvenil en el Partido Comunista; en 1935 se matricula en la Escuela Secundaria Nocturna de las Calles de Regina; no sé en qué año se matricula, si en primero, segundo o tercero; en 1936 sigue matriculado en Regina; y así sigue en 1937 y 1938; insiste en seguir matriculado como estudiante, con una constancia digna de todo alabo. (Risas) Claro que la calidad de estudiante le permite la percepción de ingresos económicos a través de sus brillantes trabajos como célula; en el año de 1938 en agosto, comienza a actuar como Secretario oculto del cerebro de don Vicente Lombardo Toledano honra y fe del pueblo, pero no actúa públicamente porque tiene que hacer las encomiendas que su maestro le da, para que su maestro pueda quedar oculto, y no se le pueda echar en cara que ha sido célula del Partido (cuando digo el Partido, les suplico que como es tan conocido, ya sabemos que es el Partido Comunista).

En 1938 escribe su obra maestra: Carta Abierta a Vasconcelos; lo pone verde al señor Vasconcelos después de haber sido vasconcelista, y se le publica en la Revista "Futuro".

En 1938, sin haber presentado exámenes en esa nocturna tan grande, se convierte en profesor de la Universidad Obrera; en el mismo año obtiene su aceptación como joven, a los 25 años, y concurre como delegado al Segundo Congreso Mundial de la Juventud; en aquella época el señor Ramírez era muy

"yankófilo", porque lo había invitado la señora Rooselvelt, y entonces queda opacado por no dominar el idioma inglés.

En 1939, sigue actuando como Secretario de don Vicente Lombardo Toledano, y públicamente trabaja en la CTM como auxiliar de la Secretaría de Acción Juvenil; en 1940, al fundarse el periódico "El Popular", actúa como redactor; en el mismo año es aceptado públicamente por el maestro como su secretario particular.

Al venirse la ruptura entre los grupos comunistas, formó parte del llamado grupo Moreno, que duró poco tiempo. De 1941 a 1944, continuó siendo secretario particular de Lombardo; pero en 1944, al dejar el licenciado Toledano la Secretaría General de la CTM, con una terquedad digna de mejor causa sigue de secretario de don Vicente.

En 1948, al romper don Vicente con la CTM, sigue como secretario particular de don Vicente; en el mismo año se funda el PP y, además de actuar como secretario particular de don Vicente Lombardo, se le designa Tesorero del PP; y en 1950 recibe la oportunidad de conocer Europa. Marcha el glorioso 20 de noviembre de 1950, y se escapa de caer en La Habana. Posiblemente llegó tarde o tiene una intuición de la oportunidad el señor, como vamos a demostrar que ha llegado tarde también a las elecciones en el XVI distrito electoral.

Entonces conoce Londres, Varsovia y París, si no voy equivocado.

En 51 y 52 se le unge como secretario general del Partido Popular y continúa siendo secretario particular de don Vicente Lombardo Toledano. El señor se considera un autodidacta, autodidacta en otros tiempos, y en la Universidad donde yo estudié se les daba ese nombre a los fósiles que se pasaban autodidacteándose cuatro años en la Secundaria y doce o catorce años como secretario de un político. He allí la personalidad de mi opositor. La mía no es ninguna; el origen de mi nacimiento no tuve la culpa yo; tampoco tengo la culpa de ser hijo de un hombre conocido. Tengo la satisfacción de que sepan quién es mi padre, respeto el nombre de mi padre. Respeto el nombre de mi padre, igual que creo que todo mexicano debe hacerlo; me atuve a los ingresos económicos de él, hasta que me dio mi profesión. A partir de entonces he vivido de mi trabajo como litigante.

Ahora, analizaremos el proceso electoral. Primero, problema jurídico. Los actos preelectorales, el Partido Popular no concurre; no se tomó el trabajo de revisar el padrón electoral y ni siquiera se tomó el trabajo de recorrer el candidato Ramírez y Ramírez el distrito, y por eso ahora viene a decirnos que votaron allí comisionados del Colegio Militar. Por si no lo sabe el señor Ramírez y Ramírez, el Colegio Militar continúa y continuará algún tiempo en la calzada México - Tacuba, que está enclavada en el distrito, es decir, que el señor no conoce ni su distrito. En segundo lugar, los guardias presidenciales que tanto le molestan, estaban mal empadronados en el XVIII distrito, secciones IX y X, y por instancia personal del que habla, no del partido, porque del partido después hablaremos de él, se devuelven al XVI distrito, por vivir en el distrito, ya que los soldados tienen que vivir en los cuarteles y no en las oficinas de los partidos; entonces se les devuelve al XVI distrito y se les notifica a cada uno de los cuerpos presidenciales que están viviendo en el XVI distrito.

Si no se ha dado una vuelta el señor Ramírez y Ramírez por el distrito, que sepa que por la calzada de Madereros existen los cuarteles de Guardias Presidenciales; también existe el Panteón Civil; pero de eso no echamos mano

. (Risas).

Entonces vienen los integrantes de casillas. El Partido Popular no objeta a los integrantes de casillas. Las únicas objeciones fueron hechas por el representante de Acción Nacional y por el que habla, estas últimas en forma notarial, porque el Comité Distrital, aun tratándose de un candidato impuesto, como supone el señor Ramírez que soy yo, se negó a recibir las objeciones que hice sobre los integrantes de casillas y tengo constancias notariales, tanto de las rectificaciones al padrón electoral, como de las objeciones al personal de casillas.

El día 2 de julio, vencido el plazo, se presentó el otro valor, pero ínfimo, el tribuno del pueblo, al Comité y pide que le dejen poner el personal de la casilla 32, porque allí va a votar el Presidente. Se le olvida al señor decir que eso lo debía haber dicho desde el día 15, de acuerdo con los textos de la ley. Con posterioridad se prepara el

Partido Popular para dar la batalla con los conceptos prefabricados de cédula, fraude, imposición popular, dados.

Entonces nombra representante en todas las casillas. Si algunas actas no vienen firmadas, es porque los representantes tenían instrucciones de no firmar; concurren todos sus representantes. Están en toda la votación; van a la Comisión local o Distrital Federal el día 13 de julio, y están presentes en la Comisión todo el tiempo que dura la labor de computación.

El señor dice que las pruebas solamente se obtienen a través del PRI. Por lo general, las pruebas se obtienen con técnica, dedicación y un poco de trabajo, señor. En este pequeño rollito que presento a ustedes y que la técnica moderna ha inventado, están grabadas las discusiones de los señores representantes del PP y de la Federación de Partidos del Pueblo, del PAN, del PRI y del Partido Nacionalista durante la discusión del escrutinio el día 13 de julio, y lo pongo a disposición del señor Ramírez y Ramírez para que lo escuche cuando tenga un poco de tiempo, porque este rollito dura media hora en la exposición auditiva.

Respecto de trabajos electorales, el señor Ramírez y Ramírez se concreta a hacer unos papelitos, una forma. En eso hay que reconocer que tuvieron bastante cabeza; son buenos tipógrafos; usaron el mismo tipo, y pegaron esos papelitos en los postes.

Ahora lamento que la táctica de lucha me haga hablar al último, porque la táctica de hambre que han de tener ustedes por lo avanzado de la hora, se me va a volver en contra, pero ni modo.

La razón del triunfo del PRI no sólo en el 16o. distrito, es que en primer lugar es un partido. Agrupa sectores diversos. En segundo lugar, piensa antes de actuar; presenta fórmulas combinadas, en esta parte y en especial en la parte que más debe dolerle del 16o. distrito al señor Ramírez y Ramírez, que es la región de Santa Julia. El que habla no tiene ningún triunfo, ningún valor, ninguna actividad, ninguna cosa que echársele encima como cosa de él. Santa Julia se ganó por una razón, señores:

Cuando se viene a la tribuna a impugnar al candidato de un partido, hay que recordar que no jugaron candidatos, sino que los partidos presentaron planillas. Yo no sé si por tener desconocimiento el señor Ramírez y Ramírez hasta de las personas que integraron las planillas representada por los partidos, o como mi suplente es obrero, no le interesan a él los obreros, pues él ha vivido al servicio de la causa obrera, perdón porque se le olvidó mi suplente. Mi suplente no conoce Europa, sino Estados Unidos, por un asunto de familia, en que tuvo que pagar él sus propios gastos. Sus datos biográficos:

"Nacimiento: 2 de octubre de 1912, Celaya, Gto.

"Primeros estudios escolares en el Internado de San Juan de Dios en Celaya, Gto. 2o. de primaria.

Escuela Pino Suárez en Peralvillo hasta 4o. año, no pudiendo seguir estudiando por tener que trabajar a la edad de 10 años.

"Del año de 1923 a 1926 trabajó de aprendiz en diferentes talleres.

"1927 trabajó dos años en las minas del Real del Monte y Pachuca, hasta el año de 1928.

"De 1929 a 1931 en la fábrica de Manteca Vegetal Copo de Nieve, en Santa Julia".

Yo no sé si cuando fue a Varsovia conoció alguna mina, pero trabajó un poco después en una; en 1932 ingresó a la Compañía Hulera Euzkadi, y trabajó nada más 20 años: "sus domicilios: un año vive en Laguna de Términos 310; tres años en Bahía de San Hipólito No. 53.

Cinco años en Bahía de las Palmas No. 2.

Dos años en Lago Silverio No. 50.

Cuatro años en Laguna de Términos No. 333, Int. 13.

Radicando actualmente en la Calle de Torquemada No. 107".

En el trabajo se llevó no un mes y medio y tres discursos de demagogia, sino que se llevó tres, cuatro y once años de la vida de un hombre que no tiene nada que le puedan achacar y que siempre, como obrero, ha contribuido con sus cuotas, muchas de las veces, para pagar viajes a Europa. (Aplausos). Ese señor se llama Angel Ortega Acosta, y aparte de haberme honrado él como suplente, me he visto honrado posteriormente con él como amigo (Aplausos). Allí, al fondo del salón tienen presente al señor Angel Ortega Acosta. (Aplausos). Si le ven las manos, tiene callos, no le huelen a "Café París". (Aplausos).

Ahora lamento que no vayan ustedes a comer, señores, pero necesito referirme al Sermón de la Montaña que nos echaron. Primero, el Partido Popular presentó un alegato ante la Comisión Federal Electoral. Ya empieza la actividad del partido. Desgraciadamente esta actividad es postmortum. El señor murió el 6 de julio en las urnas y quiere revivir el 6 de agosto en las componendas. No se va a poder.

Segundo: El leitmotiv del dictamen -es alemán, no es inglés, porque el inglés no lo domina- es que no hay pruebas o son insuficientes. Si el señor quiere darle una repasadita a las pruebas, pues he venido con la mitad de ellas y hay otra mitad allá abajo de la cubierta de la tribuna.

Lucha contra la montaña. Ya no se acuerda que en los años 30, 32, 35 y 38 era gran partidario de la montaña y de la Tesorería General de la Nación, de esa montaña...

El C. Ramírez y Ramírez Enrique (interrumpiendo): ¡Miente usted y ha mentido todo este tiempo!

El C. Cabrera Cosío Ramón (continuando): Igual que usted. Las pruebas se fabrican con trabajo.

La Ley Electoral es pésima; fue aprobada por el Senado, en donde la hicieron innumerables senadores, a proposición de nuestro querido maestro, en el año de 1946, cuando todavía pensaba usted con la montaña.

La verdad es que cada quien tiene su verdad. Me acuerdo de un político tabasqueño que decía: "di tu verdad". La verdad no es más que una, pero puede haber verdades prefabricadas. La verdad

prefabricada que todo mundo sabe, que está en la conciencia de todo mundo, desgraciadamente yo no me he podido enterar de ella porque yo no leo "El Popular". (Risas).

No hay democracia en México. Menos habrá democracia en México sino hasta que las organizaciones de carácter político obtengan su dinero de los mexicanos, piensen en favor de los mexicanos y vivan para los mexicanos. (Aplausos).

El Partido Revolucionario Institucional es un gigante, el partido Popular, es un pigmeo. Si yo hubiera hecho esa alusión, hasta me acusarían de majadero por el 1.60 de estatura de mi contrario.

¿Qué pensaba en 1930 a 1948 mi contrario, mientras estaba de pasante, de estudiante, respecto de los partidos de régimen único?

Se equivocó diciendo que somos responsables de la marcha de México los próximos seis años. Todavía no es diputado y ya se quiere ampliar el término el señor. Se quiere reconciliar con el Gobierno, desde luego, a costillas de que truenen a Cabrera. (Risas). Pero no, porque en ese distrito votó el Colegio Militar, al amparo de la orden de servicio. Votaron las guardias presidenciales y centenares de turistas, grandes elementos de turistas, que son 46 elementos de la policía que votaron en la sección 21, por estar en la estación inalámbrica, propiedad del Gobierno Federal.

¿Quería, entonces que la estación inalámbrica estuviera a cargo, en su vigilancia, del Comité Central Ejecutivo del Partido Popular?

"Expulsión de representantes del PP". La Comisión ya aclaró que no es cierto. "No hubo secreto del voto".

"Se votó por consigna"; "se hicieron presiones". En primer lugar, tan hubo secreto del voto, que muchas de las casillas que fueron favorables a la Federación de Partidos del Pueblo (a la que no le hacían el juego) sí las firmó, y en otras no.

Mi carácter de hijo del señor licenciado Cabrera, como dije, no es imputable a mi voluntad. Muy orgulloso estoy de él. Si yo hubiera adoptado o dejado que el señor licenciado Cabrera, intelectualmente me adoptara durante 18 años como su protegido y su secretario particular, tendría yo la culpa en lo personal de mis ligas con él.

Segundo, el partido Popular ni es partido ni es popular. Es una fraccioncita que se hizo del sector popular del PRI. Ahora cuenta con uno que otro cañero bastante conocido por allá por el Papaloapan; contaba con unos pocos elementos del Río Yaqui y uno que otro algodonero de Torreón. De campesinos, no le conozco otros. Ah, sí, perdón, los del distrito de Orizaba, del candidato que no conocía el camino que va de Orizaba al pueblo de que habló el compañero cuando se discutió otro dictamen.

Posiblemente ahí tengan tres o cuatro ejidatarios más. Cuentan con muchos intelectuales; demasiado cerebro; demasiada brillantez y preparación.

Resultados prácticos, ninguno. Todo se les va en estar jugando a ver quién piensa más. Yo creo que consumen una gran cantidad de cafiaspirinas que no van a encontrar en las farmacias para los dolores de cabeza y después es popular. Su popularidad parte de venir a usar como tribuna publicitaria la tribuna de la Cámara, exclusivamente, o de hacer declaraciones en el organismo de publicidad que tienen.

Para no cansarlos y terminar, y en vista de que creo que la mayoría de ustedes conoce un juego de tipo capitalista muy mexicano, pero muy capitalista, que se llama la pelea de gallos, les diré tan sólo que a ustedes les consta que cuando un gallo tan bueno como el que tenemos, pierde, es porque se le cae la navaja, no es culpa del gallo, es culpa del amarrador. (Aplausos). Lo que quisiera yo saber es si el amarrador ese que era tan bueno, buenísimo, pues no le fallaba una y siempre se adelantaba a todas las centrales obreras, si ya perdió aptitudes, ¿se retira de los gallos? O lo que es peor: el amarrador que es bueno y a su gallo se le cae la navaja, pues a lo mejor apostó al gallo contrario. Muchas gracias. (Aplausos).

-El mismo C. Secretario:

Habiéndose agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se considera suficientemente discutido. Se pregunta en votación económica si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

(leyendo).

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 6 de julio del corriente año en el XVI distrito electoral del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados a la H. XLII Legislatura por el distrito mencionado, los CC. Ramón Cabrera Cosío y Angel Ortega Acosta, propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos).

El C. Presidente (a las 16.25 horas): Se levanta la sesión y se cita para mañana a las 12 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"