Legislatura XLIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19550823 - Número de Diario 5

(L43A1P1oN005F19550823.xml)Núm. Diario:5

Colegio Electoral

ENCABEZADO

MÉXICO, D.F., MARTES 23 DE AGOSTO DE 1955

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLIII LEGISLATURA TOMO I.- NÚMERO 5

QUINTA JUNTA PREPARATORIA

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 23

DE AGOSTO DE 1955

SUMARIO

SUMARIO

1.- Se abre la junta preparatoria . Lectura de la Orden del Día, Lectura y aprobación del acta de la junta anterior.

2.- Se aprueban los siguientes dictámenes de las Comisiones Revisoras de Credenciales en que se declaran válidas para Diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente respectivamente, con indicación del Distrito Electoral:

5o. de Michoacán Alfonso Sánchez Flores y Luis Patiño Carrillo, aprobado después de haber sido discutido. Se hace la declaratorio respectiva.

1o. de Tamaulipas: José Cruz Contreras Gamboa y Cipriano Montemayor González, aprobado sin discusión. Se hace la declaratoria respectiva.

6o. de Michoacán: ingeniero Roberto González Zamudio y Cornelio Méndez Gómez, discutido y aprobado. Se hace la declaratoria respectiva.

4o. de Jalisco: profesor Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas, aprobado sin discusión. Se hace la declaratoria respectiva.

4o. de Hidalgo: coronel Agustín Mariel Anaya y profesor Florentino Gómez Estrella, discutido y aprobado. Se hace la declaratoria respectiva.

1o. de Nayarit: licenciado Felipe Ibarra Partida y José María Zamorano Aguirre, aprobado sin discusión. Se hace la declaratoria respectiva.

1o. de Michoacán: profesor Enrique Aguilar González y María Dolores Pacheco Gaytán, discutido y aprobado. S e hace la declaratoria respectiva. Los dos dictámenes siguientes se aprueban sin discusión:

4o. de Guanajuato: Manuel Padilla Villa y Aurelio García Sierra, y 4o. de México: licenciado Mario Colín Sánchez y Alfonso Valencia Medrano. Se hace separadamente la declaratoria respectiva.

2o. de Chihuahua: Manuel Villa Atayde y Feliciano Morales García, discutido y aprobado, se hace la declaratoria respectiva. Sin objeciones fueron aprobados los 2 dictámenes siguientes:

2o. de Hidalgo: profesor Manuel Sánchez Vite y profesora Angela Barrientos, y

2o. de México: Luis Berroeta Valencia y Benito Ortega Monroy. Se hace separadamente la declaratoria respectiva.

7o. de México: coronel Rubén Osuna Pérez y Arcadio Escalante Cortés, aprobado con discusión. Se hace separadamente la declaratoria respectiva.

2o. de Puebla: Manuel Rivera Anaya y Carlos Rosas Mendoza, aprobado con discusión. Se hace la declaratoria respectiva.

1o. de Campeche: Tomás Aznar Alvarez y licenciado Felipe Rubio Ortíz, discutido y aprobado. Se hace la declaratoria respectiva.

2o. de Tlaxcala: Samuel Ortega Hernández y Antonio de la Lanza Monterrubio. Varios ciudadanos, presuntos diputados, discuten el dictamen. La Presidencia hace un llamado a los asistentes y una declaración sobre la actuación, de aquélla. Considerado suficientemente discutido el dictamen, se aprueba la declaratoria respectiva.

1o. de San Luis Potosí: licenciado Jesús Medina Romero y Miguel Angel Alvarez Sánchez aprobado sin discusión. Se hace la declaratoria respectiva.

15o.del Distrito Federal: Jorge Ayala Ramírez y Aristeo Ponce Huerta, aprobado sin discusión. Se hace la declaratoria respectiva. Se levanta la junta.

DEBATE

Presidencia del

C. JOSÉ LÓPEZ BERMÚDEZ

---

(Asistencia de 136 ciudadanos presuntos diputados).

El C. Presidente ( a las 11.45 horas): Se abre la junta preparatoria.

- El C. Secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"Orden del Día.

"23 de agosto de 1955

"Acta de la junta anterior.

"5o. de Michoacán.

"1o. de Tamaulipas.

"6o. de Michoacán.

"4o. de Jalisco.

"1o. de Nayarit.

"1o. de Michoacán.

"4o. de Guanajuato.

"4o. de México.

"2o. de Chihuahua.

"2o. de Hidalgo.

"2o. de México.

"7o. de México.

"2o. de Puebla.

"1o. de Campeche.

"2o. de Tlaxcala.

"1o. de San Luis Potosí.

"15o. de D.F."

"Acta de la Junta Preparatoria de la H. Cámara de Diputados del XLIII Congreso de la Unión, celebrada el día veintidós de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco.

"Presidencia del C. José López Bermúdez.

"En la ciudad de México, a las once horas y treinta minutos del lunes veintidós de agosto de mil novecientos cincuenta y cinco , se abre la Junta con asistencia de ciento veintinueve ciudadanos presuntos diputados, según consta en la lista que previamente pasó la Secretaría.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Se aprueba, sin discusión, el acta de la Junta Preparatoria efectuada el día diecinueve del corriente.

"Se da cuenta con los dictámenes que rinden las Comisiones Revisoras de Credenciales, por los que se declaran las válidas las elecciones de diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, a los ciudadanos que en el mismo orden se expresan a continuación con indicación del distrito electoral que representan.

"Los primeros catorce dictámenes que no fueron objeto de impugnación , en votaciones económicas sucesivas quedaron aprobados, haciéndose asimismo la correspondiente declaratoria en cada caso:

"17o. del Distrito Federal. Alfonso Ituarte Servín y Ubaldo Vargas Martínez.

"8o. de Oaxaca. Angel J. Arreola Martínez y Leopoldo Jiménez Córdova el dictamen contiene un tercer punto resolutivo que dice que: habiendo fallecido EL C. Angel J. Arreola Martínez propietario, entra en ejercicio desde luego el C. Leopoldo Jiménez Córdova.

"4o. de Veracruz Rosendo Topete Ibáñez y Prisciliano Nava Vay.

"3o. de Nuevo León. Rafael González Montemayor y Heliodoro Lozano González.

"1o. de Oaxaca. Adolfo Gurrión Gurrión y Bulmaro A. Rueda.

"8o. de México Leonardo Rodríguez Alcaine y Santiago Montes Cerros.

"7o. de Guanajuato. Jesús Madrigal Yañez y Miguel Roncal Genner.

"5o. de Hidalgo. Miguel Gómez Mendoza y Gabriel Parrodi Casaux.

"5o. de México. Gregorio Velázquez Sánchez y Juan Gómez Gómez.

"11o. de Jalisco. Francisco Galindo Ochoa y José Ramos Gómez.

"4o. del Distrito Federal Salvador Carrillo Echeveste y Joaquín del Olmo.

"1o. de Baja California. Emilio Hernández Armenta y Roberto Canett González.

"5o. de Veracruz. Raúl Navarro Chanes y Mario de la Garza Castro, y

"3o. de Michoacán. Antonio Arriaga Ochoa y Victoriano Cázares Sánchez.

"2o. de Michoacán. Agustín Carreón Florián y María Dolores Tregoni de Rivas. Es impugnado este dictamen por el C. Leopoldo Medina Sotelo y defendido a nombre de la Comisión dictaminadora, por el C. Carlos Ramírez Lodewig. Considerado suficientemente discutido el punto, en votación económica se aprueba el dictamen. Se hace la declaratoria correspondiente.

"Los dos dictámenes siguientes que consulta la aprobación de las siguientes fórmulas, sin haber sido objeto de impugnación, en votación económica se aprueba; haciéndose en cada caso la correspondiente declaratoria:

"3o. de Yucatán José Manuel López Lliteras y Gustavo Flota Rosas y el

"4o. de San Luis Potosí. José de la Luz Blanco Govea y Narciso García Tovar.

"2o. de Querétaro. Rosalío Herrera Maldonado y Palemón Ledesma Ledesma. Impugna este dictamen el C. Jorge Manuel Marrón E., y en defensa, a nombre de la Comisión, habla el C. Carlos Ramírez Ladewig. Considerado suficientemente discutido el asunto se pone a votación el dictamen, el que es aprobado en votación económica; haciéndose a continuación la declaratoria de rigor

"4o. de Coahuila Antonio Hernández Méndez y Juan F. Villarreal. Sin que sea objetado este dictamen, en votación económica se aprueba y se hace la declaratoria respectiva.

"2o. de Nuevo León, Leopoldo Banda Romero y Jesús Malacara García. Impugna el dictamen el C. Patricio Aguirre Andrade, quien, interrumpido por los asistentes a las galerías, motiva la intervención de la Presidencia para hacer un llamado a la ciudadanía de los asistentes a dichos lugares. Por la Comisión, en pro del dictamen, hace uso de la palabra el C. Marcos Carrillo Cárdenas. Considerando la Asamblea que el asunto ha sido suficientemente discutido y en votación económica aprueba el dictamen. La Secretaría, por acuerdo de la Presidencia, hace la declaratoria de rigor.

"Los dos dictámenes siguientes sin haber sido motivo de objeciones son aprobados haciéndose, en cada caso, la correspondiente declaratoria:

"2o. de Oaxaca Graciano Federico Hernández López y Zeferino González Diego, y

"2o. de Zacatecas. Gonzalo Bretado Sánchez y Rafael Yáñez Sosa.

"1o. de Sinaloa. Eliseo Galaviz Bernal y Ramón López Gutiérrez. Impugnada el dictamen el C. Sóstenes García Ceceña. La Presidencia interviene para hacer un llamado a los asistentes a las galerías y somete a la consideración de la Asamblea si el orador debe continuar en el uso de la palabra. Rechazado que fue, habla en pro del dictamen. el C. Alfonso Sánchez Madariaga. Considerado el caso suficientemente discutido, se pone a votación el dictamen, el cual es aprobado en votación económica; haciéndose a continuación la declaratoria de rigor.

"Sin discusión se aprobaron seguidamente los tres dictámenes que a continuación se mencionan; haciéndose la correspondiente declaratoria a cada dictamen.

"2o. de Aguascalientes. Alberto Alcalá de Lira y Alfredo de Lara Isaacs.

"3o. de Tamaulipas, Jesús Betancourt Vergara y Florentino López Mireles, y

"1o. de Zacatecas, Roberto del Real Carranza y Alfonso J. Cardona Peña.

"6o. de Jalisco. Francisco Rodríguez Gómez y Flavio Ramírez Alvarez. Habla en contra del dictamen el C. Andrés Ituarte Servín, a quien la Presidencia hace algunas aclaraciones durante su intervención. Se presenta una moción suspensiva firmada por el C. Patricio Aguirre Andrade, a la que la Secretaría da lectura, y puesta a consideración de la Asamblea, es desechada. Considerado el asunto suficientemente discutido, se aprueba el dictamen y se hace la declaración de rigor. "Los dos dictámenes siguientes, que no fueron motivo de impugnación al ser puestos a debate, en votación económica se aprueban, haciéndose la correspondiente declaratoria en cada caso:

"1o. de Nuevo León. Angel Lozano Elizondo y Luis Díaz de León Arrieta, y

"1o. de Puebla Salvador Lobato Jiménez y Rodolfo Arriaga Martínez.

"4o. de Nuevo León. Margarita García Flores y Roberto M. González Gutiérrez. Puesto a discusión el dictamen hacen uso de la palabra los CC. Felipe García Guajardo en contra; Carlos Román Celis, en pro, a nombre de la Comisión dictaminadora; Patricio Aguirre Andrade en contra, y Margarita García Flores, en defensa del dictamen. considerado el asunto suficientemente discutido se pone a votación el dictamen, el cual es aprobado; haciéndose a continuación la declaratoria respectiva.

"2o. de Baja California. Guilebaldo Silva Cota y Abelardo Rodríguez Ortega. Habla en contra del dictamen el C. Manuel Sierra Macedo quien pide se aplace la discusión de este dictamen. La Presidencia hace algunas aclaraciones y somete a la consideración de la Asamblea lo solicitado anteriormente. Rechazada que fue dicha moción suspensiva se aprueba el dictamen y se hace la declaratoria de rigor.

"A las quince horas y cincuenta y cinco minutos, agotados todos los dictámenes a discusión, se levanta la Junta y se cita para el día siguiente a las once horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"1o. la Comisión Revisora de Credenciales.

"1a Sección.

"Honorable Asamblea"

"Los suscritos, miembros de la primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, se permiten rendir ante Vuestra Soberanía el presente dictamen relativo a las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se verificaron el 3 de julio del presente año en el quinto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"En dicho distrito contendieron los siguientes candidatos: los CC. Alfonso Sánchez Flores y Luis Patiño Carrillo por el Partido Revolucionario Institucional, y los CC. Alberto Barragán Degollado y Prisciliano Sahagún de la Parra por el Partido Acción Nacional.

"Del examen de la documentación que obra en el expediente respectivo, se desprende que el proceso electoral se desarrolló de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley Electoral Federal, sin que las objeciones presentadas por el PAN desvirtúen el resultado de la elección.

"En efecto, el Comité Distrital Electoral durante la sesión verificada en los términos del artículo 104 de la Ley Electoral Federal, hizo el siguiente cómputo: Alfonso Sánchez Flores, candidato propietario del PRI, 23,383 votos; Luis Patiño Carrillo candidato suplente del mismo partido, 22,987 votos; Alberto Barragán Degollado, candidato propietario del PAN , 3,084 votos; Pricilíano Sahagún de la Parra, candidato suplente del mismo partido.

"El acta del cómputo total de votos aparece firmada de conformidad por los representantes de los partidos contendientes y se hace constar en ella que no se presentó ninguna objeción durante la sesión de referencia. Lo que indica claramente que, por haber firmado de conformidad el acta aludida, el PAN aceptó satisfactoriamente el resultado de la votación en el distrito electoral que nos ocupa.

"Con posterioridad, el Secretario General del Partido Acción Nacional presentó escrito de objeciones ante la Comisión Federal Electoral, solicitando que se negara el registro de las constancias de mayoría de votos expedidas en favor de los candidatos del PRI, por supuestas irregularidades y violaciones durante el proceso electoral. Sin embargo, la Comisión de referencia concedió el registro de dichas constancias en favor de los CC. Alfonso Sánchez Flores y Luis Patiño Carrillo,

considerando que las objeciones mencionadas carecen de fundamento legal y no invalidan, por lo tanto, el resultado de las elecciones.

Con fecha 15 del presente mes, el C. Rául Velasco Zimbrón en carácter de Secretario General del PAN, presentó nuevo, escrito ante este Colegio Electoral pretendiendo hacer valer, en ocho fojas escritas a doble espacio, las mismas objeciones presentadas ante la Comisión Federal Electoral. Del análisis detenido de dicho escrito, se llegó a la conclusión de que no son de tomarse en cuenta las objeciones contenidas en el mismo por las siguientes razones: 1o. Por ser extemporáneas la mayor parte de ellas, supuesto que, de ser ciertos los hechos que se invocan, debieron plantearse en su oportunidad ante los organismos electorales establecidos para el efecto de acuerdo con las disposiciones que la ley de la materia; 2o. Por no ofrecer pruebas fehacientes que demuestren la razón de sus dichos; y 3o. Por no existir en el expediente relativo elemento alguno que pudiera desvirtuar el resultado de la elección.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos proponer a vuestra consideración los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el quinto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Alfonso Sánchez Flores y Luis Patiño Carrillo, propietario y suplente respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1955.- Salvador Pineda Pineda.- Telésforo Reyes Chargoy.- Joaquín Bates Caparroso."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: La Presidencia hace saber que se ha registrado para impugnar el dictamen, el ciudadano Alberto Barragán Degollado, candidato de Acción Nacional. Tiene la palabra.

El C. Barragán Degollado Alberto: Otros de los candidatos de mi Partido Acción Nacional, han dicho que ya esperaban el dictamen de la Comisión. Yo realmente no esperaba ese dictamen, por que yo sí presenté pruebas.

Se habla de que en el quinto distrito electoral de Michoacán se efectuaron las elecciones el 3 de julio conforme a la ley. En algunos Municipios de Michoacán, ¿se puede decir que hay algo que se efectúe conforme a la ley? donde ni los diputados ni los licenciados son necesarios, porque no hay leyes ni quien las entienda; no se necesitan, porque vale más una recomendación política que todas las leyes juntas.¿ Como se puede hablar en algunos Municipios del quinto distrito, de que se efectuaron las elecciones legalmente? Se nos han pedido pruebas, pruebas y más pruebas; se presenta y no se toman en cuenta. Sin embargo, voy a hacer referencia a algunas de las pruebas presentadas por mi partido.

¿No será prueba el acta notarial de Zamora y Jacoma, dos municipios distintos de mi distrito, donde se hace constar que el propio día de las elecciones, en un caso no se habían fijado las listas del personal de casilla? ¿No será prueba suficiente la presentación de las actas de la Comisión Local Electoral de Morelia, en que se comprueba absolutamente que el personal del Comité Distrital de Zamora que firmó las autorizaciones para el personal de casillas, no era ni fue nunca Presidente del Comité Electoral de Zamora? Sucedió este caso concreto: en el distrito quinto de Michoacán, no se había registrado candidato por Acción Nacional, sino hasta el último día en que se cerraron las inscripciones de candidatos. Creyendo los contrincantes del Partido de la imposición que iba a jugar solo, nombró un comité distrital con personas realmente honorables, tal como marca la ley, y sin partidarismo, pero cuando supo que Acción Nacional había lanzado candidato, sin que nadie supiera por que motivo, se canceló el registro de los integrantes del Comité y se nombró otro y eso no se supo o si se supo no se acordó en ninguna sesión del Comité Local de Morelia.

Acción Nacional se quejo y se nombró otro Comité Distrital, pero aquel Comité que no tenía ninguna autoridad, ya había nombrado en forma completamente parcial al personal de todas las casillas, y ese personal de casillas fue el que actúo. Se publicó la lista preventiva, que estaba ya firmada por el licenciado Chávez y Chávez, como Presidente, quien nunca fue miembro autorizado del Comité Distrital de Zamora.

Si éstas no son pruebas, quizá es que no hayan visto bien los señores de la Comisión Local, esos documentos.

Hay, además, otra prueba irrefutable: un acta de la tercera casilla, de la Tercera Sección, del Municipios de Jiquilpan. En esa acta, firmada por todo el personal de casilla, se asienta que hay dos ánforas para las elecciones, una para el PAN. y otra para el PRI; se asienta en esa misma acta, que siendo la Tercera Sección, se está votando con el padrón de la sexta.

Esas actas las recibió la Comisión ¿No son pruebas esas actas? Ahora hay otras pruebas más Todas son actas notariales con las que se demuestra el clima de violencia que reinó en el Municipio de Venustiano Carranza, pues se llegó al grado de que personalmente el diputado local por aquel distrito, Cortés Pérez, me echó fuera de la casilla a que se hacía referencia, de la primera de Venustiano Carranza; iba en compañía de otras personas, armadas todas ellas, y en forma soez se me expulsó de la casilla, porque estaba presentado una protesta, debido a que en la mesa donde se efectuaban las elecciones estaban grandes escudos del PRI. marcados y llegaba una persona a votar y decían: Así se vota. También se nos expulsó de las otras casillas por la misma razón

En el Municipio de Cojumatlán se llego a hacer uso de las armas para hacer firmar las actas finales a uno de los representantes de nuestro partido. Después, esto fue el domingo, un día después por el hecho de haber sido representante nuestro en una casilla fue asaltado en la vía pública y de eso hay acta testimonial y tiene la Comisión.

¿No son pruebas éstas, señores? ¿Qué otra clase de pruebas se pueden pedir en un ambiente de violencia en un ambiente de temor a la represalia; qué otras pruebas se pueden pedir si estamos aquí para pedir justicia? Es que realmente hace falta mucha justicia en algunos municipios del quinto distrito electoral de Michoacán, donde los políticos se suceden unos a otros dentro de ellos mismos y hay casos en que los hijos han heredado los puestos de los padres. ¿Es así como el régimen actual quiere que se mejoren las cosas? ¿Quieren que se mejore la administración pública sin tomar en cuenta las pruebas reales que ha presentado mi partido para este caso? Entiendo que al rechazarse estas pruebas que en si harían cambiar inmediatamente el resultado del dictamen, es por una razón: por que se duda de su autenticidad. Me refiero exclusivamente no a las actas notariales ni a esa acta de Jiquilpan ni a las demás actas del mismo lugar de Jiquilpan en que hubo dos ánforas en cada una de las casillas. Todo eso se hace constar en las mismas actas que tiene la Comisión; me refiero a las pruebas que presentamos nosotros con actas testimoniales. Estas actas testimoniales se ponen en duda e ignoro yo el motivo. Los señores de la Comisión, posiblemente, estaban en sus distritos atendiendo lo suyo y no se dieron cuenta de si pudo ser cierto o no; pero aquí en esta Asamblea hay dos personas que sí sabemos que realmente ocurrió eso: el candidato contrincante mío que estuvo en el distrito y yo. Y señores, voy a hacer una petición que no podrá negar esta Asamblea y es la siguiente: yo afirmo que en la casilla primera de Venustiano Carranza se me injurió y expulsó; afirmo que en Jiquilpan hubo dos ánforas en cada una de las casillas, que tenían marcado PRI y PAN; afirmo que en el Municipio de Cojumatlán de Régules, a mano armada se obligó a uno de nuestros representantes a firmar el acta y al día siguiente fue asaltado y lo sabe mi contrincante igual que yo. Yo pido a él que venga aquí a desmentirme aquí a esta tribuna, que no vaya a salir con palabrerías en este punto; quiero que venga a esta tribuna a desmentirme y si me desmiente, quiere decir que él o yo estamos faltando a la verdad; después, que se investigue este caso en forma minuciosa, entonces que se me procese, y en caso de que él haya faltado a la verdad, sencillamente que se cambie el dictamen. Cualquier decisión que tome la Asamblea a este respecto, no me desilusionará en la lucha que hemos emprendido por México. Estamos decididos a seguirla haciendo. Si esto, a pesar de todo lo que hemos trabajado, es insuficiente, no quiere decir sino que necesitamos trabajar todavía mucho más de lo que hemos hecho a la fecha.

Ayer uno de los oradores lanzó un reto: que se examinaran los documentales. Aceptamos los de Acción Nacional ese reto, pero no como un recurso de oratoria, quiero yo hacerlo, sino ahora mismo: que el candidato contrincante mío suba aquí y diga si he faltado a la verdad.(Aplausos)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión en defensa de su dictamen.

El C. Pineda Pineda, Salvador: Honorable Asamblea: resulta, por lo demás innecesario ponerle un tono de debate parlamentario a esta Asamblea deliberante, porque pese a las afirmaciones gratuitas de los candidatos de Acción Nacional, éste no es un circo romano, porque aquí no luchan los gladiadores contra los abisinios o los esclavos de Bactrania. Es ésta una lucha, y eso si merece subrayarse con énfasis especial: una lucha de principios, en la que estamos empeñadas dos posturas diferentes frente al destino de México. No luchamos por interese personales. Escúchenlo bien nuestros opositores del Partido Acción Nacional, con quienes muchos de ellos nos ligan afectos personales. No se trata de individualizar cuestiones, sino de defender principios, y para eso y por eso, el pueblo todo de Michoacán nos ha enviado aquí a defender sus principios y a postular su causa. (Aplausos)

No necesita Alfonso Sánchez Flores candidato del Partido Revolucionario Institucional, por el quinto distrito electoral de Michoacán, venir aquí para contestar los argumentos débiles, pálidos e inconsistentes del señor, Alberto Barragán Degollado, porque no es lo mismo anunciar como heraldo de los anuncios comerciales el " chocolate Abuelita" en su radiodifusora del quinto distrito electoral de Michoacán, a venir aquí a postular con verdades intransferibles, cuál es la situación que impera en aquel Estado de la República.

Las pruebas a que se ha referido Barragán Degollado constan y existen en el expediente para demostrar, que el triunfo legítimo en el quinto distrito electoral, corresponde a los candidatos del Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos)

Y las pruebas a las cuales se ha sujetado el dictamen que la Comisión ha emitido, son justamente las que la Ley Electoral señala. No podemos, ni con mucho aceptar como válidos los argumentos particulares esgrimidos por la oposición, por que quiérase que no la Ley Federal Electoral, con todas sus deficiencias, si se quiere, es el único ordenamiento legal al cual la Comisión Revisora de Credenciales estaba obligada a sujetarse y todos los dictámenes se sujetan a las pruebas existentes en el expediente; pruebas contundentes del triunfo de Alfonso Sánchez Flores en el quinto distrito electoral de Michoacán son, por ejemplo, los paquetes electorales en que consta el resultado de la votación en todas y cada una de las 116 casilla que fueron instaladas. Pruebas contundentes son las actas de cómputo final hechas por el Comité Distrital Electoral, organismo autorizado por la ley para hacer el recuento de los votos correspondientes. Pruebas definitivas de la afirmación de Barragán Degollado son que los representantes del PAN firmaron de conformidad el acta de cómputo final, y si eso, para los ilustres abogados de Acción Nacional no constituye una confesión que es prueba definitiva, no sé entonces adónde nos vamos a remitir. No tenemos la culpa de que la apreciación de la prueba, como abogados acostumbrados a las pequeñas maniobras, las valoricen desde su punto de vista y no desde el punto de vista legal. Si la Ley Electoral, como ellos dicen es deficiente en este aspecto, nosotros no tenemos por qué aceptar su dicho; que promuevan aquí la reforma a la

Ley Electoral y veremos cuál será el resultado del debate parlamentario.

En consecuencia, el dictamen está sujeto a las pruebas documentales existentes en el expediente respectivo. Las afirmaciones de irregularidades en el proceso electoral hechas aquí por el candidato de Acción Nacional, no constituyen más que un simple dicho de persona, porque en todo caso, y escúchenlo bien los doctores y abogados de Acción Nacional, la Ley Electoral señala un procedimiento a seguir, que es como en el juicio de amparo: primera, segunda y tercera instancia. Si en el momento oportuno, por ejemplo, no hacen valer los argumentos de no instalación de casillas, de falta de probidad en los representantes de los partidos contendientes y en los representantes de las casillas, la misma Ley Electoral señala un procedimiento de queja ante el Comité Distrital y ante la Comisión Federal Electoral. No tenemos la culpa de que el término transcurra para que vengan aquí después a inventar el procedimiento viciado desde el principio de la elección. Nunca acabaríamos en definitiva de juzgar sobre las irregularidades o violaciones durante el proceso electoral si fuéramos a hacer la historia desde el principio hasta el fin. Si ellos aceptaron en su oportunidad deficientemente o no, que no existen pruebas de su afirmación en cuanto al funcionamiento de las casillas y el nombramiento de personal de las mismas, no tienen por qué venir ahora, sin prueba alguna de su conformidad, a decir que desde un principio el proceso estuvo viciado.

En consecuencia no tenemos para que entrar en el detalle minucioso de las afirmaciones gratuitas que hace el candidato de Acción Nacional. Queremos establecer simplemente que es una afirmación gratuita y, por lo tanto, sospechosa de que en Michoacán no existe ni impera el procedimiento de la legalidad, y yo pregunto al señor Barragán Degollado: ¿ha tenido en alguna ocasión de parte de las autoridades municipales, de cualesquiera de los municipios del quinto distrito electoral o del gobierno del Estado de Michoacán alguna hostilidad para dedicarse a sus actividades políticas o particulares.?.

El C. Barragán Degollado Alberto: Sí señor... (Desorden en las galerías).

El C. Pineda Salvador (continuando): Miente, además cuando afirma que los puestos se transmiten por herencia, porque en Michoacán impera, eso sí el principio de la libertad de opinión y de creencia; pero sobre todo el principio de la voluntad mayoritaria, y no tenemos la culpa de que ellos, siendo una minoría con intereses confesionales manifiestos, no hayan podido lograr que el Estado de Michoacán les entregue la voluntad popular.

¡Miente! porque en frecuentes ocasiones - ellos lo saben bien - ha habido en las Legislaturas al Congreso de la Unión, representantes del partido Acción Nacional por el Estado de Michoacán , y ellos son la mejor demostración, entre otros el diputado Chávez González, de que en su Estado jamás ninguna autoridad municipal ni siquiera la del distrito que él mismo representa, le han cometido el más leve, el más mínimo acto de hostilidad.

Por eso menospreciamos la afirmación, por gratuita. En Michoacán sí impera la ley y el respeto a la creencia y a la opinión de los demás. (Aplausos)

Hasta la saciedad está probada en el dictamen la legalidad de la elección en el quinto distrito electoral. Las violaciones o irregularidades o motivos de perjuicio personal para el candidato de la oposición, no constituyen mas que armas políticas a la hora de la argumentación parlamentaria; pero no existe en el expediente prueba alguna de que en lo personal ellos, sus representantes, hayan sufrido por parte de las autoridades municipales o electorales algún acto de hostilidad.

No podrían ni con mucho, obtener mayoría de votos en el quinto distrito electoral, porque Acción Nacional apenas si logró nombrar 72 representantes para las 116 casillas que funcionaron. ¿Como querían que las actas de escrutinio aparecieran todas firmadas de conformidad, si en algunas de ellas no lograron acreditar representantes? Pero tenemos en el expediente respectivo pruebas contundentes de su conformidad al formular muchas de las actas de escrutinio.

Además, y esto es lo más importante, el quinto distrito electoral del Estado de Michoacán, con cabecera en Zamora, es un distrito esencialmente agrario; allí cuenta la voluntad de los campesinos que han recibido beneficios de la Revolución. El caso de la Ciénega de Chápala y Valle de Zamora, es la mejor contestación al Partido Acción Nacional, porque no han logrado pese a sus maniobras y a su proselitismo interesado, interesar a la mayoría de los ciudadanos de esa jurisdicción. En Vista Hermosa, en Negrete, en Briseñas, en Cojumatlán, en Jiquilpan, en Sahuayo, en Villa de Mar, y en casi todos los distritos electorales, no existen más que una sola voluntad, la de la Revolución en marcha, la del pueblo consciente de sus deberes. (Aplausos)

Por eso, honorable Asamblea, la Comisión pide que se apruebe el dictamen de conformidad, porque los argumentos débiles de la oposición, no desvirtúan ni con mucho el resultado de las elecciones. Por eso afirmamos contundentemente - habrá oportunidad de confirmarlo aquí - que el quinto distrito electoral, como todo el Estado de Michoacán, seguirá adelante, pensado que en la Bandera de México existe un color fundamental, el color de la hermandad, por el trabajo y la decencia. (Aplausos)

El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se considera suficientemente discutido.

También en votación económica, se pregunta si se aprueban. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el quinto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados al congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Alfonso Sánchez Flores y Luis Patiño Carrillo propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales.

"1a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"A esta Primera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales fue turnado para estudio y dictamen, por acuerdo de vuestra soberanía, el expediente correspondiente a las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, efectuadas el domingo 3 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Tamaulipas.

"Del estudio hecho por los suscritos, se llega al conocimiento de que en el mencionado distrito se registraron las siguientes formas:

"Por el Partido Revolucionario Institucional, el C. José Cruz Contreras Gamboa, como propietario, y el C. Cipriano Montemayor González, como suplente; y por el Partido Nacionalista de México, el C. Samuel Tijerina López, como propietario, y el C. Pedro Miranda Solís, como suplente.

"Del examen minucioso de la documentación que contiene el expediente, se llega a la conclusión de que el acto electoral se desarrolló siguiendo en todo las disposiciones establecidas por la Ley Electoral Federal en vigor, y del informe rendido por el Comité Distrital se desprende que a la sesión celebrada el día 10 de julio pasado en los términos del artículo 104 de la ley de la materia, sólo asistió el representante del PRI, sin que hubiera concurrido el representante del Partido contendiente mencionado. Consecuentemente hecho el recuento correspondiente, se computaron 73,762 votos para los candidatos del PRI y 733 para los del PNM. "Considerando legal el resultado de la votación, la Comisión Federal Electoral registró en su oportunidad las constancias de mayoría de votos en favor de los CC. Contreras Gamboa y Montemayor González.

"Por lo que antecede y estimando además que en el expediente no se encuentran irregularidades ni violaciones a la Ley Electoral Federal, la suscrita Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio de año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Tamaulipas.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. José Cruz Contreras Gamboa y Cipriano Montemayor González, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D.F., a 20 de agosto de 1955.- Salvador Pineda Pineda.- Télesforo Reyes Chargoy.- Joaquín Bates Caparroso".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se consulta a la Asamblea si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Tamaulipas.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. José Cruz Contreras Gamboa y Cipriano Montemayor González, propietario y suplente, respectivamente."

--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales

"Sección Segunda

"Honorable Asamblea:

"Con fundamento en el artículo 5o. del reglamento para el Gobierno interior del Congreso General, vuestra soberanía turnó para estudio y dictamen, a la suscrita Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente y la documentación formulados como resultado de la elección que para diputados federales se realizaron en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Está Comisión, al realizar minucioso estudio de dichos documentos y expediente, llego a las siguientes conclusiones"

"1o. Se registraron, cumpliendo con lo que al respecto establece la Ley Electoral Federal, por los partidos políticos nacionales, las siguientes planillas de candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente.

"Por el Partido Revolucionario Institucional los CC. ingeniero Roberto González Zamudio y Cornelio Mendez Gómez.

"Los CC. Esteban de la Parra Guízar y doctor Gabriel Núñez Muro, sostenidos por el Partido Acción Nacional.

"Por el Partido Popular, los CC. Enrique López Ferreira y Mauro Rosas Cupa.

"2o. Atentos al artículo 79 de la Ley Federal Electoral, se instalaron en el distrito a estudio 112 casillas, las cuales, según revela la documentación, funcionaron sin incidente alguno.

"3o. Se emitieron, según consta en el acta del Comité Distrital Electoral, 35,223 votos para diputados propietarios y el mismo número de votos para diputados suplentes, los que tienen la siguiente distribución:

"Para la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por los CC. ingeniero

Roberto González Zamudio y Cornelio Méndez Gómez 25,464 votos.

"Para la planilla sostenida por el Partido Acción Nacional y formulada por los CC. Esteban de la Parra Guízar y el doctor Gabriel Núñez Muro, 7,734 votos. "Para los CC. Enrique López Ferreira y Mauro Rosas Cupa, candidatos del Partido Popular, 2,025 votos.

"4o. Con fundamento en el cómputo a que hemos hecho mención, el Comité Distrital Electoral extendió constancia de mayoría de votos para la fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional e integrada por los CC. ingeniero Roberto González Zamudio y Cornelio Mendez Gómez.

"5o. La Comisión Federal Electoral, el 3 de agosto del corriente año realizo el estudio de los comicios efectuados el 3 de julio en el sexto distrito electoral federal del Estado de Michoacán, y resolvió otorgar registro a las constancias de mayoría de votos que el Comité Distrital extendiera en favor de los CC. ingeniero Roberto González Zamudio y Cornelio Mendez Gómez, candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente.

"6o. La Secretaría General del Partido Político Acción Nacional, presentó ante este Colegio Electoral escrito en que hace una serie de impugnaciones, tanto a los trabajadores preelectorales realizados respecto al sexto distrito del Estado de Michoacán, como a las elecciones mismas que el 3 de julio se realizaron en dicho distrito. El escrito en cuestión, encierra exactamente las mismas impugnaciones que el escrito que fuera presentado anta la Comisión Federal Electoral por Acción Nacional y que la propia Comisión desechara en su dictamen fechado el 3 de agosto.

"Las objeciones que se vienen estudiado pueden resumirse de la siguiente manera: que las listas del padrón nacional electoral, no fueron entregadas a tiempo; que no se admitieron representantes del Partido Acción Nacional; que no se recibieron protestas; que el secreto del voto no fue guardado: que en muchas casillas, sin mencionarlas exactamente, no se efectúo el escrutinio, pues se llevaron el ánfora antes de terminar la votación; que circularon carros de sonido el día de la elecciones, realizado propaganda a favor del Partido Revolucionario Institucional; una vez más sin especificar, se dice en el escrito que hubo mayor número de votantes que de empadronados.

"Acción Nacional no aporta ninguna prueba de sus objeciones, siempre generalizadas, y, por lo tanto, negativas para su investigación.

"Al no existir principio de prueba alguna que permitan estimar procedentes las protestas e impugnaciones hechas ni mucho menos que llegue a poner en tela de juicio de legalidad de las elecciones realizadas el día 3 de julio del presente año en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán, nos permitimos proponer al recto criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H. XLIII Legislatura, se efectuaron el pasado 3 de julio en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados al honorable Congreso de la Unión los CC. ingeniero Roberto González Zamudio y Cornelio Méndez Gómez, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D.F. a 23 de agosto de 1955.- La Comisión: Carlos Román Celis. - Emilio Martínez Manautou.- Roberto Herrera León".

Está a discusión el presente dictamen.

El C. Presidente: La Presidencia informa que se ha registrado para hablar en contra, el ciudadano Enrique López Ferreira, del Partido Popular. Tiene la palabra.

Se pregunta si está presente en el salón, la persona que solicitó hablar en contra del dictamen. No estando presente el candidato que se había registrado para impugnar el dictamen, tiene la palabra el ciudadano Sierra Macedo, del partido Acción Nacional.

El C. Sierra Macedo Manuel: Yo le ruego al señor Secretario que tenga la bondad de leer este documento.

El C. Secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Con permiso de la Presidencia, voy a dar lectura al siguiente documento: "Yo, José Zacarías Valencia...

El C. Pineda Pineda Salvador (interrumpiendo): moción de orden: Cojumatlán pertenece al distrito electoral que se acaba de tratar. En consecuencia no tiene que ver con el dictamen a discusión.

El C. Presidente: La Presidencia hace saber a los señores representantes de Acción Nacional que si el documento se refiere a otros distritos, su oportunidad no es ésta. ( Aplausos)

El C. Sierra Macedo Manuel: Efectivamente, este documento se refiere al quinto distrito electoral del Estado de Michoacán que acaba de ser tratado. El señor licenciado Pineda no encontró ningún documento...

El C. Pineda Pineda Salvador (interrumpiendo): Insisto en la moción de orden, señor Presidente.

El C. Presidente: La Presidencia atiende la moción de orden y vuelve a insistir ante el orador que no es este el momento de tratar ese asunto porque no se trata del distrito ni del dictamen que él debe impugnar. (Aplausos)

El C. Sierra Macedo Manuel: Me permito hacer notar a la Presidencia que los señores de las Comisión dictaminadora, y no quiero generalizar, no todos ellos, algunos cuando suben a la tribuna no se dedican únicamente a defender su dictamen, sino que vienen incluso a tomar posición completamente demagógicas y ajenas al caso a tratar. Esta Asamblea ha trabajado en contra de los más elementales principios del derecho. En esta Asamblea ustedes son jueces y parte. Los señores de las Comisiones dictaminadoras

son los encargados en este proceso de dictar la sentencia y es verdaderamente absurdo que siendo los jueces, demuestren su simpatía o antipatía a un partido. Los señores miembros de la Comisión deben referirse exclusivamente a los hechos de impugnación sin hacer demostración de simpatía o antipatía por alguno de los partidos.

Quiero también hacer notar a la Presidencia de esta Asamblea las irregularidades y discriminaciones que ha habido aquí para otros partidos. Las galerías de este recinto... (desorden en las galerías).

El C. Pineda Pineda Salvador: ¿Me permite una aclaración el orador?

Hago notar que teniendo la vista hacia las galerías, se puede ver que todos los aplausos son unánimes cuando se habla de uno de los partidos: el PRI.

El C. Presidente: La Presidencia, para una moción de orden: el reglamento prohibe los diálogos; si ha contenido la moción es en atención al respeto y a la verdad. No están a discusión los asuntos, que él está tratando aquí. Se suplica al orador, en atención al artículo 105 del reglamento, se ciña al dictamen, impugnándolo, puesto que para eso se ha anotado.

El C. Sierra Macedo Manuel: La moción la dejo de todos modos pendientes y espero que el día de mañana no se repita más.

El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Se pregunta si está suficientemente discutido el dictamen, en votación económica. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

También en votación económica, se pregunta si es de aprobarse. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero: Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H. XLIII Legislatura, se efectuaron el pasado 3 de julio en el sexto distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados al honorable Congreso de la Unión, los CC. ingeniero Roberto González Zamudio Y Cornelio Méndez Gómez, propietario y suplente respectivamente, por el mencionado distrito".

--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"la Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"A esta 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales fue turnado por vuestros mandato, el expediente relativo a las elecciones efectuadas el día 3 de julio próximo pasado para elegir diputados federales por el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco y tras de hacer una revisión detenida de la documentación entregada, se llegó al conocimiento de las siguientes consideraciones:

"De conformidad con la Ley Electoral Federal fueron registrados por los partidos políticos nacionales reconocidos, los siguientes candidatos a diputados propietarios y suplentes, respectivamente. Por el Partido Revolucionario Institucional, Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas; por el partido Acción Nacional, J. Jesús Estrada Hernández y Feliciano Rosales Ordórica. Los Partidos Popular y Nacionalista de México, no registraron candidatos.

"El Comité Distrital Electoral, en acta levantada el día 10 de julio , dio a conocer el resultado del cómputo total, que es el siguiente: para la planilla Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas, del PRI, 24,832 y 23,835 votos respectivamente; y para la fórmula J. Jesús Estrada Hernández y Feliciano Rosales Ordorica, del PAN, 4,078 y 4,163 votos, respectivamente. El mencionado Comité Distrital con base en los datos citados extendió constancia de mayoría de votos en favor de los CC. Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas.

"El 10 de agosto, la Comisión Federal Electoral, al estudiar los comicios del día 3 de julio, efectuados en el cuarto distrito de Jalisco, otorgó el registro de ley a las constancias de mayoría de votos de los candidatos antes mencionados.

"Figura en el expediente estudiado, el escrito del Secretario General del Partido Acción Nacional en el que se objetan tanto los actos preelectorales, como el electoral. En ese escrito se dice que profesores de escuelas oficiales, encargados de realizar el empadronamiento de los ciudadanos, ocurrían a los hogares que consideraban simpatizadores del PRI y realizaban doble empadronamiento de quienes en ellos vivían.

"De las aseveraciones anteriores, el Partido objetante no ofrece pruebas fehacientes de los cargos hechos. Por otra parte, es sabido que el Registro Nacional de Electores estuvo atendiendo a su debido tiempo todas las objeciones relacionadas con el empadronamiento de la ciudadanía.

"La Secretaría General del Partido Acción Nacional impugna los trabajos preelectorales con hechos baladíes, como lo es, por ejemplo, el que se refiere a que el candidato del PRI usó para su propaganda un camión sin placas de la Misión Cultural Motorizada, número 3. Por otra parte, se dice que en algunos lugares no se publicaron los nombres de los funcionarios de casillas y como única prueba se adjunta acta notarial que da fe de que esas listas faltaron en edificios públicos, en portales y en la plaza central. Consideramos que la objeción debe desestimarse porque el acta no prueba que las publicaciones, no se hayan hecho los días 5 y 19 de junio; además, esa acta contradice lo que prueban las constancias que se tienen a la vista, enviadas por el Comité Distrital, las que establecen que las publicaciones fueron hechas de acuerdo con Ley Electoral Federal.

El escrito de Acción Nacional pretende hacer ver que el derecho de voto secreto se violó durante las elecciones del cuatro distrito de Jalisco, con una protesta suscrita por su representante ante la casilla 12, protesta en la que se dice "haber votado a la vista de todos".

Independientemente de que esa protesta no prueba el hecho, este aisladamente considerado, no puede tomarse en cuenta como base invalidar o anular las elecciones del 4o. distrito electoral de Jalisco.

"En conclusión, las objeciones hechas por el Partido Acción Nacional fueron desechadas por esta Comisión, en virtud de que a ninguna de ellas se adjuntaron pruebas fehacientes que nos pudieran llevar a la certeza de que la violación se cometió.

"No existiendo, por consiguiente, principio de prueba alguna que permita estimar procedentes las protestas e impugnaciones hechas ni mucho menos que ponga en tela de juicio la legalidad de la elección realizada el día 3 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco, nos permitimos proponer al ilustrado criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año, en el cuarto distrito electoral del Estado de Jalisco.

"Segundo. Son diputados a la H. XLIII Legislatura del Congreso de la Unión por el mencionado distrito, los CC. Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F. a 22 de agosto de 1955.- La Comisión: Carlos Román Celis.- Emilio Martínez Manautou .- Roberto Herrera León".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado

La Presidencia por conducto de esta Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año en el cuatro distrito electoral del Estado de Jalisco.

"Segundo. Son diputados a la H. XLIII Legislatura del Congreso de la Unión, por el mencionado distrito, los CC. Diego Huízar Martínez y J. Jesús Toledo Villegas, propietario y suplente, respectivamente".

--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"la Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por mandato de vuestra soberanía, fue turnada para estudio y dictamen, a la suscrita 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, el expediente y la documentación relativos a las elecciones que para diputados federales, propietario y suplente respectivamente, tuvieron lugar el pasado día 3 de julio en el cuarto distrito electoral del Estado de Hidalgo.

Cumpliendo con las disposiciones relativas a la Ley Federal Electoral, los partidos políticos registraron los siguientes candidatos:

"Los CC. Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella, por el Partido Revolucionario Institucional; y a los CC. Raúl Sáenz Andrade y Manuel Rivera Andrade, por el Partido Acción Nacional.

"Los Partidos Nacionalistas de México y Popular, no registraron candidatos. "La Comisión, al realizar minucioso glosa de la documentación a la vista, colige como resultado lo siguiente:

"Con absoluto apego a la ley de la materia se llevaron a cabo los trabajos preelectorales tales como el registro de candidatos, la publicidad al número de casillas electorales y su ubicación; las listas de electores que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Federal Electoral, se distribuyeron antes del día 15 de junio.

"Igualmente, la elección tuvo lugar con pleno orden y sin que se registraran incidentes dignos de mencionarse, lo que se demuestra por el contenido de las actas de escrutinio levantadas en las 94 casillas que funcionaron en el distrito a estudio.

"El día 10 de julio, el Comité Distrital Electoral realizó sesión a la que fueron citados los representantes de los partidos que contendieron, habiéndose examinado los paquetes electorales y hecho el cómputo de la votación con el siguiente resultado:

"Para la fórmula Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella, sostenida por el Partido Revolucionario Institucional, 40,047 votos. "Para la fórmula Raúl Sáenz Andrade y Manuel Rivera Andrade, sostenida por el Partido Acción Nacional, 1,144 votos.

"La Comisión Federal Electoral en sesión celebrada el día 10 de agosto, al calificar el acto electoral realizado el día 3 de julio en el cuarto distrito del Estado de Hidalgo, determinó otorgar registro a la constancia de mayoría de votos extendida a la fórmula Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella, por ser incontrovertible el hecho de que la mencionada fórmula sostenida por el Partido Revolucionario Institucional había tenido mayoría de votos.

"Figura en la documentación un escrito del C. Raúl Velasco Zimbrón, Secretario General del Partido Acción Nacional, conteniendo las objeciones a las que en seguida se hace mérito.

"Se arguye en el escrito en cuestión el que no fueron instaladas un número determinado de casillas y se acompaña la lista de las misma. Consideramos que la lista desde ningún punto de vista es demostrativa de la instalación de las casillas que en ella se mencionan. Por otra parte, existen en la propia documentación, datos de que las casillas, impugnadas por Acción Nacional, sí funcionaron pero su instalación se realizó entre las diez y once de la mañana. Sabemos que es común en este proceso electoral que alguna o algunas de las casillas, no se instalaron precisamente a la hora que marca la ley; pero consideramos que si al

cabo funcionaron y recibieron la votación de la ciudadanía, automáticamente deben darse por desechables tales objeciones.

"Si los representantes de Acción Nacional determinaron retirarse de las casillas objetadas, haciendo caso omiso de su obligación de vigilar todo el proceso electoral, creemos que ese solo hecho, no les permite opinar a ciencia cierta sobre un resultado final que no presenciaron.

"En el mismo escrito de Acción Nacional se objeta el procesos electoral en el municipio de Huejútla. Se dice que en las casillas instaladas en dicho municipio se presionó a la ciudadanía a votar en tal o cual sentido, que no fue secreta ni libre la votación, que a personas sin credencial alguna se les permitió depositar su voto.

"Esta generalización no creemos pueda llegar a aceptarse, puesto que no señalan hechos concretos de votación o violaciones a alguno o algunos de los preceptos legales, y no se concibe que por este procedimiento, fuera factible llenar un acto electoral que adolece de faltas tan imprecisamente señaladas.

"No existiendo, por consiguiente, principio de prueba alguna que permita estimar procedentes las protestas e impugnaciones hechas ni mucho menos que pongan en tela de juicio la legalidad de las elecciones realizadas en el cuarto distrito electoral del Estado de Hidalgo, proponemos al ilustrado criterio de vuestra soberanía, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año en el cuarto distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados al honorable Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión. - México, D.F. a 22 de agosto de 1955.- La Comisión: Carlos Rodríguez Celis.- Emilio Martínez Manautou.- Roberto Herrera León".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: La Presidencia informa a esta Asamblea que se ha registrado en contra el ciudadano Patricio Aguirre Andrade, de Acción Nacional. Tiene la palabra.

El C. Aguirre Andrade Patricio: Es muy fácil venir a decir que las pruebas presentadas no son suficientes y son falsas; pero quisiéramos tener a uno de esos señores de las distintas comisiones en una región de aquellas en que es difícil llegar, que están alejadas, retiradas y aisladas de los ámbitos del centro de la capital y en extensiones en que impera el caciquismo para la explotación del hombre. Este distrito, con cabecera en Huejutla, es una de las zonas de la Huesteca hidalguense que siempre han estado sujetas a estos caciquismos y que es el motivo de la miseria y del desprecio para los derechos del hombre.

En todas las regiones de muchos Estados las condiciones de irregularidades son las mismas y las tendremos que repetir en todos los casos en que hemos estado pidiendo justicia, por que están apoyados por todas las autoridades, no solamente municipales, sino también en algunos casos por las autoridades federales, como en este caso, ustedes comprenden que es muy fácil para un representante, como decía el señor Pineda y Pineda, en la primera instancia, o sea en la casilla electoral, presentar un documento de protesta y que no lo tomen en consideración y que después tranquilamente se diga: los representantes de Acción Nacional no presentaron ninguna protesta. Señores: si esta es una forma de hacer una auténtica democracia, también lo dejo al juicio de ustedes.

Por todos estos antecedentes ocurridos en el caso de la elección en este distrito, venimos a pedir a la Comisión se sirva anular esas elecciones y convocar nuevamente a otras que se realicen con apego a la Ley Electoral.

El C. Presidente: Tienen la palabra la Comisión para defender el dictamen.

El C. Herrera León Roberto: Honorable Asamblea: contestando al señor Patricio Aguirre Andrade, diremos que no habrá discursos floridos. En mismo periodística hemos ido a Huejutla, no ahora, sino hace muchos años y hemos visto la lucha que lleva a cabo dicho municipio para sobrevivir; hemos sabido también de las peticiones del señor Gobernador del Estado de Hidalgo, don Quintín Rueda Villagrán para lograr que se realice la carretera de aquel lugar a Pachuca. Queriendo conocer a fondo la idea de los habitantes de Huejutla, hemos venido, también en misión periodística, recorriendo año tras año, acompañados de esas peregrinaciones que hacen los campesinos del lugar, desde Huejutla, a pie, hasta la Basílica de Guadalupe y en estos casos, en todas estas cosas que realizan esas gentes perfectamente alejadas de la capital de la República, tal como lo expone el señor Aguirre Andrade, nunca hemos encontrado la menor huella del Partido Acción Nacional.

La Comisión dictaminadora, la segunda Comisión dictaminadora del expediente relativo al cuarto distrito electoral de Hidalgo, ha obrado con absoluta equidad, con absoluta justicia. Nosotros quisimos conocer directamente el expediente, por que se refería a Huejutla, pueblo lejano de la capital, y que también conocemos. Por tal motivo, damos, en primer lugar, las ventajas posibles a Acción Nacional, al dictamen donde ellos - firmando por el señor doctor Velasco Zimbrón - exponen lo siguiente:

"El Comité Distrital Electoral del cuarto distrito del Estado de Hidalgo, correspondiente al municipio de Huejutla publicó el aviso a que se refiere el artículo 73 de la Ley Electoral Federal, anunciando que se instalarían quince casillas.

"No obstante lo anterior, no se instalaron la mayor parte de las casillas, o sean, las casillas 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, frustrando así el voto de los electores empadronados en estas secciones.

"Como prueba de esta falta de instalación de casillas, se exhiben: el aviso publicado por el Presidente Municipal del lugar, anunciando la

instalación de quince casillas electorales y designando el lugar donde estarían establecidas; y 93 credenciales de elector correspondientes a la 9o. sección cuyos titulares no pudieron votar por falta de casillas.

"La casilla electoral No. 1 se instaló hasta las 10.30 de la mañana, o sea dos horas y media después de la hora que fija la Ley Electoral Federal.

"El notario del lugar se rehusó a levantar el acta correspondiente, no obstante haber sido requerido para ello por los representantes de Acción Nacional, alegando el referido funcionario que levantaría el acta hasta que estuviera instalada la casilla.

Como prueba de lo anterior, se acompaña una acta levantada por los dos representantes del PAN, por un representante del candidato del PAN y por otros cinco vecinos del lugar en cuya acta se hace, constar lo anterior".

No hemos tenido ocasión hasta esta vez de tomar la palabra, pero ya conocemos que es como un disco rayado estar oyendo a Acción Nacional siempre las mismas cosas que no se instalaron las casillas, que faltó tiempo, que no llegaron a la hora, que no estuvieron presentes; pero sin ningún fundamento, ninguna base legal por lo que se refiere a la candidatura por el cuarto distrito de Hidalgo, de los señores Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella. Prácticamente en la defensa nuestra ni siquiera cabe la discusión. La votación habla por sí sola: por Agustín Mariel Anaya, 40,147 votos y por Acción Nacional, 1,144 votos.

Creemos que el triunfo legítimo del Partido Revolucionario Institucional no puede ni siquiera ser objetada y que los candidatos o representantes de Acción Nacional se ponen en evidencia objetando triunfo tan legítimos como el del cuarto distrito del Estado de Hidalgo. Eso es todo. (Aplausos)

El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: En votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.- Sí se considera suficientemente discutido.

También en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sirvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año en el cuarto distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados al Honorable Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente por el citado distrito, los CC. Agustín Mariel Anaya y Florentino Gómez Estrella".

--- - El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo)

"la Comisión Revisora de Credenciales. 2a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Se ha recibido en la suscrita. 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, para el correspondiente estudio y dictamen, el expediente formado con motivo de las elecciones que, para diputados federales, se celebraron en el primer distrito del Estado de Nayarit, el 3 de julio próximo pasado.

"En los comicios de referencia participaron como candidatos a diputados, propietarios y suplentes, respectivamente, los CC. licenciado Felipe Ibarra Partida y José María Zamarano Aguirre, sostenidos por el Partido Revolucionario Institucional; y los CC. Francisco Alegría Rosas y Soledad Martínez Aguilar, sostenidos por el Partido Popular.

"Previo estudio de los documentos tenidos a la vista que forman el expediente general de las citadas elecciones, se desprenden que los actos preelectorales, las elecciones del 3 de julio y los trabajos de la Junta Computadora, se desarrollaron enteramente ajustadas a lo dispuesto por la Ley Federal Electoral vigente.

"El acta levantada el día 10 de julio del año en curso, con motivo de la computación total de la elección para diputados federales en el primer distrito electoral del Estado de Nayarit, da cuenta de que la votación se distribuyó en la siguiente forma:

"Para diputados propietarios: "Licenciado Felipe Ibarra Partida, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 28,194 votos. "Francisco Alegría Rosas, candidato del Partido Popular, 405 votos.

"Para diputados suplentes: "José María Zamorano Aguirre, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 27,845 votos. "Soledad Aguilar Martínez, candidato del Partido Popular, 394 votos.

"De conformidad con los ordenamientos legales de la Comisión Federal Electoral con fecha 27 de julio del presente año extendió registro correspondiente a la constancia de mayoría de votos expedida en favor de los candidatos licenciado Felipe Ibarra Partida y José María Zamorano Aguirre.

"En consecuencia, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración vuestra, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H. XLIII Legislatura tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Nayarit.

"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los C.C.. Felipe Ibarra Partida y José María Zamorano Aguirre.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1955.- La Comisión: Carlos Román Celis.- Emilio Martínez Manautou.- Roberto Herrera León".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si lo aprueba. Los que

estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados federales a la H. XLIII Legislatura tuvieron lugar el día 3 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Nayarit.

"Segundo. Son diputados al H Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el citado distrito, los CC. Felipe Ibarra Partida y José María Zamorano Aguirre". (Aplausos)

----- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"La Comisión Revisora de Credenciales. 2a Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por vuestro autorizado acuerdo fue pasado a los suscritos, miembros de la 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisadora de Credenciales, el expediente electoral número 84, relativo a las elecciones efectuadas el 3 de julio próximo pasado, para la renovación del Poder Legislativo Federal, en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Del examen y estudio del expediente y de la documentación que obra en el archivo de esta H. Cámara, resulta que en el expresado distrito electoral, el Partido Revolucionario Institucional registró como candidatos a diputados, propietario y suplente, respectivamente, a los CC. Prof. Enrique Aguilar González y profa. María Dolores Pacheco Gaytán.

"El Partido Acción Nacional, a los CC. ingeniero Jaime A. Sandoval Hernández y Luis Murillo del Razo.

- El Partido Popular, a los CC. Luis Jacobo García y Angel Baltasar Barajas. "La preparación de las elecciones, la votación, el escrutinio y los cómputos respectivos, se efectuaron normalmente, por lo que el Comité Distrital Electoral reunido en la ciudad de Morelia, cabecera del expresado distrito, expidió legalmente la constancia de que se habla el artículo 114 de la Ley Electoral Federal vigente, en favor de los CC. profesor Enrique Aguilar González y profesora María Dolores Pacheco Gaytán, la cual fue firmada de conformidad por los representantes de los partidos contendientes y debidamente registrada en esta ciudad de México, con fecha 12 de agosto del presente año, por la Comisión Federal Electoral.

"El Cómputo total de la elección se distribuyo de la siguiente manera: "Diputados Propietarios:

"C Profesor Enrique Aguilar González, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 19,164 votos.

"C. Ing. Jaime A. Sandoval Hernández, candidato del Partido Acción Nacional, 9,236 votos.

"C. Luis Jacobo García, Candidato del Partido Popular, 1,034 votos. "Diputados Suplentes:

"C. Profa. María Dolores Pacheco Gaytán, candidato del Partido Revolucionario Institucional, 19,033 votos.

"C. Luis Murrillo del Razo, candidato del Partido Acción Nacional, 9,059 votos.

"C. Angel Baltasar Barajas, candidato del Partido Popular, 1,280 votos.

"Con fecha 15 de Agosto, el Secretario General del Partido Acción Nacional, presentó ante este Colegio electoral un escrito de objeciones, que no es sino una copia del que fue presentado ante la Comisión Federal Electoral con fecha 26 de julio de 1955. Por medio de ese escrito, Acción Nacional solicita que esta honorable Asamblea declare nulos los votos que aparecen emitidos en favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán, aduciendo para él, supuestas irregularidades y violaciones cometidas durante el proceso electoral.

"La Segunda Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales considera que las objeciones presentadas no aportan prueba alguna y carecen de fundamento legal, por las siguientes razones:

"I. Porque no presentan ninguna prueba fehaciente que ponga de manifiesto la verdad de los cargos formulados, y

"II. Porque al verificarse que las objeciones del Partido Acción Nacional, carecen en absoluto de comprobación legal, toda vez que aportan elemento alguno que pudiera alterar el resultado de las elecciones del 3 de julio y vienen a ser, por tanto, objeciones del todo improcedentes, estima la Comisión que debe reconocerse el triunfo de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, y en consecuencia venimos a someter a vuestra consideración, los siguientes puntos resolutivos.

"Primero. Son válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Enrique Aguilar González y María Dolores Pacheco Gaytán.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión. "México, D. f., a 22 de agosto de 1955. - La Comisión, Carlos Román Celis. - Emilio Martínez Manautou. - Roberto Herrera León."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: La Presidencia informa que se ha registrado para impugnar el dictamen, el ciudadano Jaime Sandoval Hernández, candidato de Acción Nacional. Habiéndose registrado también el ciudadano Alfonso Ituarte Servín, se le concede el uso de la palabra para impugnar el dictamen del primer distrito electoral de Michoacán.

El C. Ituarte Servín Alfonso: Efectivamente, tenemos necesidad de estarnos refiriendo de manera constante al mismo asunto, algo que les parece un disco rayado. El disco rayado es el de la situación que impera en todo el país, por los sistemas de

imposición que impiden al ciudadano emitir libremente su opinión. ¿Por qué tenemos que referirnos a esta situación nacional que priva en todos los distritos? Es por esto en que insistimos y en que nuestra insistencia parece ser disco rayado: tenemos que repetir que el padrón electoral, no obstante que se muestran respetuoso de la ley, no se entregó en su debido tiempo, lo que nos impidió hacer la revisión legal a que tenemos derecho y nos impidió también conocer todas las fallas que a título de muestreo encontramos, en donde se pudo realizar el padrón electoral.

Tenemos que repetir también que la integración de los Comités que vigilen el proceso electoral en todas partes, en el distrito federal, en Michoacán, en todas partes, en toda la nación, adoleció de muchos sistemas viciosos, gentes incondicionales del PRI... (Desorden en las galerías) Francamente el ciudadano libre no tiene ocasión de defenderse de una manera eficaz. Llegamos a los Comités Distritales y nos encontramos con la realidad. La ley dice que el comité Distrital debe llamar a los partidos contendientes y pedirles listas para integrar el personal de casilla. Nos encontramos siempre con la consigna: 85% para el PRI. Claro no hay acuerdo. El Comité Distrital de los designa entonces, pero sólo con gentes de la imposición.

En este caso particular encontramos en el expediente el dato siguiente: la Comisión local estuvo formada por elementos incondicionales del PRI. Como Presidente, Alberto Terrazas, quien fue Presidente Municipal de Morelia apoyado por el partido oficial; como secretario Antonio Chávez, quien ha sido candidato del PRI en ejercicio anterior. El señor Chávez está en un negocio controlado por el Gobernador del Estado, y así sucesivamente todos los elementos de la Comisión local forman parte del PRI y se nos habla del respeto a la ley.

Con qué sorpresa recibe el ciudadano libre estas opiniones tan claramente manifestadas de respeto a la ley. Respeto a la ley cuando conviene; pero en cuanto puede significar una situación de peligro para el régimen, entonces se aplica en forma que aplasta a la voluntad nacional.

Se dice que no significamos nada, que nuestro partido no tiene resonancia. Sin embargo ¿por qué tanta precaución? ¿Por qué este control absoluto de las galerías? ¿No es suficiente la mayoría aplastante de presuntos diputados del PRI? ¿Es necesario el control de tarjetas de sindicato para el acceso a estas galerías... (Desorden en las galerías)

El C. Presidente: La Presidencia pide respeto al orador.

El C. Ituarte Servín Alfonso (continuando): Ustedes tienen la seguridad de entrar de todas maneras con sus tarjetas.

En todas las casillas de este distrito se cometieron las violaciones de rigor: se recogieron credenciales, se impidió votar libremente a los ciudadanos, a la hora del escrutinio se encontraron boletas en cantidades mayores a los ciudadanos empadronados en las casillas. En fin, todas las violaciones que constituye el disco rayado que tiene que referirse al mismo procedimiento seguido en todo el país. Por eso señores, venimos en última instancia en un plan de serenidad, a pedir que se reconsidere este caso para que se resuelva en justicia.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Pineda Pineda.

El C. Pineda Pineda Salvador: En el tono de la más absoluta ponderación, pero con la pasión propia de quien sabe lo que dice y hace lo que piensa, vengo otra vez a esta tribuna parlamentaria, porque nunca, pese a la frecuencia del tópico, acabaremos de hablar con justicia y con valor de michoacanos. (Aplausos)

Nunca - y antepongo el respeto que me merece la oposición -, como ahora, se advierte que en el primer distrito Electoral del Estado de Michoacán han cometido un grave error anacrónico: dos etapas habría que distinguir en el primer distrito electoral de Michoacán: aquella estampa de la antigua Valladolid, donde nació entre pañales de seda el criollo don Agustín de Iturbide, y estampa dulce y luminosa de la ciudad de Morelia, que lleva hoy por hoy el nombre de uno de los próceres más ilustres de la Historia Nacional. (Aplausos)

Si el señor Jaime A. Sandoval, ingeniero especialista en construcciones urbanas, hubiese jugado en la antigua Valladolid de don Agustín de Iturbide, seguramente que la mayoría de votos le hubiera beneficiado, pero se le olvidó que figuró apenas como contrincante del profesor Enrique Aguilar Gómez, en la incomparable Morelia de los hombres de la revolución y del trabajo.

(Aplausos) Pensaron y creyeron que con unos cuantos votos conseguidos a base de su conocida táctica de confundir, como dijera las gentes de mi distrito, la tesis de la conquista del poder, con la doctrina de la salvación de las almas, iban a lograr obtener mayoría de votos de la ciudadanía de Morelia.

(Aplausos)

Ni para qué mencionar detalladamente ese largo e interminable escrito de palabras, de números y de datos, que no dicen, como siempre, más que lo que a ellos se les ha ocurrido pensar, pero que no prueba ni con mucho la invalidez de la elección. Basta con afirmar que el resultado de la votación demuestra palpablemente las diferencias que existen entre el arraigo de un candidato y el desarraigo del otro. Pecaríamos de inmodestia si hiciéramos aquí un encendido elogio de la trayectoria política, social y personal del profesor Enrique Aguilar. Sus testimonios de educador en diferentes sitios de la República, pero especialmente su dedicación constante en favor de la niñez desvalida de la ciudad de Morelia y de todo el Estado de Michoacán donde se encuentran dispersas generaciones de maestros que han pasado por su cátedra, pintan claramente su condición de hombre militante en las causas nobles del Estado; y 19,164 votos en favor de Enrique Aguilar González contra 9,236 de Jaime A. Sandoval, no indican ni manifiestan más que la desproporción entre la popularidad del uno y la impopularidad del otro.

Yo pregunto cómo en una ciudad como Morelia, donde las elecciones se ajustaron en todo y por todo a las disposiciones de la Ley Electoral, podían

obtener mayoría de votos los candidatos de Acción Nacional, si la pobreza de su personalidad se exhibe en este boletín que ellos publican en la referida ciudad de Morelia y cuyos antecedentes redactados en un periodismo que no sé si calificar de torpe o de insignificante, definen así la personalidad del señor ingeniero Jaime A. Sandoval. No sé si el error tipográfico proviene de sus antecedentes de estancia en los Estados Unidos. (Desorden en las galerías)

Profesionistas estimado en los círculos sociales y políticos morelianos, ocupó las presidencia del Club de Leones y fue también presidente de la Sociedad de Padres de Familia de esa ciudad de Morelia, cargos distinguidos que aseguran su militancia en las causas nobles.

La insignificancia de esa votación, pese a todo, indica seguramente y lo reconocemos leal y paulatinamente, que en la ciudad de Morelia tienen algunas gentes que formaron en el Partido de Acción Nacional; pero el primer distrito electoral no es solamente la ciudad de Morelia, con tal de que ahí cuenten, frente a unos cuantos jóvenes del Seminario Tridentino, los numerosos estudiantes de la ilustre Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. (Aplausos)

Y como si esto no fuera suficiente, en los nueve municipios que integran el primer distrito, la militancia de los hombres que viven de su trabajo en el campo, es indiscutible en las filas del Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos)

Tenemos la convicción de que ni de nombre el señor ingeniero Sandoval conoce -para él este es un dato insignificante, pero para nosotros posiblemente de mucha importancia - lugares como San Diego Undameo y otros que no hay para qué enumerarlos todos y cada uno de ellos, si su único conocimiento del primer distrito del Estado de Michoacán se refiere exclusivamente a la ciudad de Morelia.

Por lo tanto, no hay ni para qué ahondar en los detalles. Basta con impugnar por infundado el cargo que ha venido a hacer aquí el señor diputado Ituarte Servín. Es inexacto que la Comisión Local Electoral haya estado integrada por elementos incondicionales del PRI.; y aún cuando así fuera, yo pregunto con fundamento en qué artículo de la Ley Electoral, un ciudadano que milita en las filas de un partido nacionalmente registrado, está incapacitado para formar parte de los organismos electorales.

El señor Alberto Terrazas, Presidente de la Comisión Electoral del Estado de Michoacán, es un industrial independiente; mentira que haya militado en las filas del Partido Revolucionario Institucional. Lo mismo puede afirmarse e invoco a la honradez y testimonio de los michoacanos de Acción Nacional aquí presentes, si el licenciado Antonio Chávez, que fungió como Secretario de dicha Comisión ha desempeñado alguna vez un puesto en el Partido Revolucionario Institucional.

Finalmente, a falta de Argumentos sólidos en que fincar la impugnación, viene el señor diputado Ituarte Servín - que me imagino que no conoce ni de vista el Estado de Michoacán - a afirmar que el señor Miravel, que fungió como vocal de la citada Comisión, están en un negocio con el señor Gobernador del Estado.

Si ellos dicen que tienen pruebas para todo lo que afirman, los retamos manifiesta y públicamente a que traigan aquí las pruebas, para que demuestren que en la actividad industrial que tiene en la ciudad de Morelia el señor Miravel, tiene alguna participación el Gobierno del Estado de lo contrario queda, como de costumbre , en simple afirmación de parte.

Por eso señores diputados, el dictamen sobre el primer distrito electoral de Michoacán no ofrece dudas ni sospechas posibles. Primero por la legalidad en el resultado de la elección; segundo por la calidad del candidato del Partido Revolucionario Institucional, y tercero y finalmente, porque Morelia es y será el corazón y el cerebro de nuestro ilustre Estado de Michoacán, y defenderemos, airosa, limpia y desinteresadamente a nuestra novia inolvidable de color de piedra. (Aplausos)

El C. Presidente: Está en el uso de la palabra el ciudadano Sandoval Hernández.

El C. Sandoval Hernández Jaime A: Se ha hablado aquí de exhibir pruebas. Existen en el Colegio Electoral un voluminoso expediente de pruebas, pero eso no sirve para nada; no aquí.

Hemos oído a Salvador Pineda Pineda, venir a exigir pruebas. Palabras, palabras y más palabras. Propaganda; y hace bien el señor Pineda Pineda en hablar mucho, porque todas sus palabras habladas o escritas le han valido una curul, que no le dio el pueblo de Michoacán. (Aplausos en las galerías) Miente el señor Pineda Pineda cuando dice que yo no arraigo en Morelia, en el primer distrito, y lo demostraré. Miente el señor Salvador Pineda Pineda cuando afirma que el Presidente del Comité Distrital no fue parcial. El licenciado Jesús Aguilar Ferreira, hace tres años tuvo el mismo cargo y fue destituído por chanchullero.

En cuanto al Presidente de la Comisión local, señor Alberto Terranzas, me merece respeto, no así el secretario que manejó la Comisión, porque no la manejó el Presidente. El señor Antonio Chávez ha figurado como candidato del PRI (Aplausos en las galerías). Y ahora otro aplauso para él también, pues ha figurado como candidato sinarquista... (Desorden en las galerías) A un individuo que se acomoda en esa forma, según le conviene, no se le puede llamar de otra manera más que de un convenenciero y éste está a las órdenes de quien lo manda. En este caso, de quien lo puso como secretorio de la Comisión local del Estado de Michoacán.

Dicen que no tengo arraigo en Morelia y que no conozco mi distrito. tengo 20 años de vivir en Morelia, mis hijos han nacido y se han educado en la gloriosa ciudad de Morelia, a la que quiero entrañablemente. Y dice el señor Sánchez Pineda...

El C. Pineda Pineda Salvador (interrumpiendo): Una aclaración al orador. Mi nombre es Salvador Pineda Pineda y no Sánchez Pineda.

El C. Sandoval Hernández Jaime A. (continuando): Yo conozco lugares como San Diego Undameo,

y con el respeto que me merece mi contrincante, el señor Aguilar González, quiero decir que hice una campaña caballerosa; debo decirles que la campaña para diputados la hice no en las presidencias municipales no con los profesores de las escuelas la hice en las plazas públicas y en las rancherías.

(Desorden en las galerías)

El C. Presidente: Suplico una moción de orden. La Presidencia exige respecto al orador, quien en obediencia al reglamento, está impugnando el dictamen como es su deber.

El C. Sandoval Hernández Jaime A. (continuando): Tan conozco a las gentes del distrito que sometí al Comité Distrital una lista de 114 representantes de casillas, de aquellas que residían efectivamente en las secciones que les correspondían. El Partido Revolucionario Institucional, no teniendo suficientes elementos para representantes, acudió al procedimiento de mandar representantes de otras secciones.

Ahora en cuanto a referirme a pruebas, serán muy numerosas. Básteme con decir que en la computadora se presentó un escrito de objeciones que contenía 14 hojas, objetando 86 casillas, una por una. ¿Esas no son pruebas? Pero cuando acepté mi candidatura para diputado, les prometí a las gentes de mi distrito que defendería el caso hasta la última instancia. Estoy aquí a cumplir esa promesa; no con la esperanza de que se cambie el dictamen, eso sería mucho. No se puede esperar de un Colegio Electoral parcial, que un dictamen sea cambiado aquí; ha sido parcial el proceso electoral desde su principio hasta el fin; pero en justicia a este Colegio Electoral hago una petición y es ésta: que este honorable Colegio Electoral investigue si es cierto o no que el señor profesor Aguilar sirvió a un gobierno extranjero en los años de 1946 y 1947, cuando era Presidente del Gobierno comunista de Venezuela Romulo Gallegos y que si es cierto que sirvió a ese Gobierno, que exhibía las constancias del permiso que le otorgó el Gobierno de México para servir a ese Gobierno porque de otra manera está incapacitado para ser diputado.

Dicen a que no tengo arraigo en Morelia. Si estos señores que afirman tal cosa anduvieran únicamente por las calles de la ciudad verían mas de medio centenar de edificios construidos por mí; verían que durante esos 20 años he dejado una huella, no únicamente en la burocracia, porque nunca he servido en la burocracia, sino en el trabajo. El señor Pineda Pineda se refería a que se necesitan hombres de trabajo y debo decirle al señor Pineda Pineda que toda mi vida yo he sido trabajador.

(Una voz: ¡Ha sido sacristán)

No he sido sacristán, pero si lo hubiera sido, a mucha honra lo tendría. Es preferible ser sacristán y actuar con las convicciones del hombre y no servir a una teoría exótica de una nación extranjera.

Y para terminar, señores únicamente me resta hacer hincapié en mi petición: el Gobierno de México tiene facilidad para investigar si es cierto o no que el candidato del PRI sirvió a un gobierno extranjero; si es cierto, entonces que exhiba constancia del permiso para hacerlo. Muchas gracias (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el ciudadano Enrique Aguilar González, candidato del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Aguilar González Enrique: Señor ingeniero Sandoval: no se construye patria poniendo como pedestal para lo que debe ser un altar, la calumnia y la mentira, y esto lo voy a demostrar. No he de ocuparme de los cargos que lanzaron a muchos de los señores que aquí se cita y de quienes dice ser su amigo. No sé dónde existe la amistad, esencia misma del amor, cuando ataca a aquél de quien se dice ser su amigo, y luego nos dice aquí que el Terrazas no se ocupa porque le merece respeto. Quiere decir que las otras personas, conciudadanos nuestros, por el hecho de estar en un partido oponente, no le merece respeto. Salvador Pineda Pineda ha pedido aquí que se justifique que el gobernante de mi Estado está en un negocio con el señor Miravel y estoy seguro que no lo van a comprobar, como no pudieran comprobar la extranjería de un señor de allá de Chiapas, pues recuerden que según un acta de nacimiento, ese señor a quien se acusaba de extranjero, era muy mexicano.

He de referirme por orden a las impugnaciones de mi oponente y quiero aquí agradecerle que él haya dicho la única verdad: que de mi parte hubo caballerosidad en la justa electoral, porque yo no, señor Sandoval, golpeé a un pobre hombre que iba pegando papeles en las esquinas; yo no lo llevé al interior de un carro para ponerle la pistola en el pecho amenazándolo. Yo fui caballero y efectivamente obtuve un triunfo rotundo en las elecciones, pues la totalidad estuvo en mi favor y sólo el Padre Carrillo, de San José, tuvo treinta y tres votos porque llevó a treinta y tres "hijas de María" a votar en las casillas... (Desorden en las galerías) (Aplausos)

Yo no golpeé, señor ingeniero Sandoval, a un hombre, que yo no sé si por simpatía a una causa noble estuvo con el PRI; yo no sé si el iría porque había hambre en su hogar y el pegar un papel le daba una tortilla para la boca de sus hijos, y vos, señor con toda esta cosa, venís a la tribuna a decir que no mentís. No lo confundo a usted, señor, le conozco.

Ahora, en el mismo tono, él dice que cuenta con veinte años de arraigo en Morelia. Veinte años, pero son veinte años que no han construído por dentro a una persona; veinte años que han servido para levantar edificios que prostituyen el nombre barroco de la "Rosa Morelia"; Veinte años para levantar un edificio que es fraude: el colonia californiano, que ha venido a manchar la línea pura de México, trasplantado de Yanquilandia, para después venir a Morelia a construir el insulto a su recia arquitectura. Yo no me ufanaría de eso, señor ingeniero Sandoval.

Y ahora viene el siguiente punto acerca de que yo no hice propagandas en todo mi distrito. Señor ingeniero Sandoval: usted sabe que miente. Voy a deciros a dónde fue usted de todo el distrito, y yo sería capaz, como en mis días de escuela, de interrogarle a usted para que me dijera siquiera los

nombres de los municipios que yo le señalara aquí, sin consultar un fárrago preparado aquí, en una oficina de México, sin clima artificial, pero preparada aquí en México.

Visitó este señor, de mis nueve municipios, - porque siento al distrito como mío, puesto que allí soy lo poco que soy - visitó Quiroga en compañía de estas personas: Luis Torres, Manuel Torres, Gerardo y él, tres del PRI que se le metieron a su conato del PAN, para informarme lo que acontecía allí. Nueve más, once más, eran 17 y un día llegó a Quiroga la Magnifica, a Quiroga la tierra de mis padres. Allí llegó, mandó preparar una comida y la recepción fue tan espontánea en gracia a sus merecimientos, que fue a comer a Chupícuaro. ¡Sí o no, señor!

Y allí presentó un proyecto magnífico del fondo mismo donde se llena el vaso del agua de Pátzcuaro, ese espejo michoacano donde sembrara amor Vasco de Quiroga, y decía él: "Hemos de sacar de las linfas puras del lago, el agua que ha de abastecer a Quiroga, a Santa Fe, a San Andrés, a San Jerónimo y a Zirándaro; hemos de llegar a la parte más alta de Santa Fe, para que por gravedad surta la sed de aquellos pueblos"; y una de las gentes que iba allí le dijo: "Mi querido señor ingeniero Sandoval: ¿Por qué en lugar de presentar usted el proyecto por qué no lo financia? Nosotros presentaremos el proyecto".

Otro lugar que visitó fue Zitzeo. En Zitzeo llegó este señor días después de la visita de una alta dignidad eclesiástica; a pesar de ello no pudo reunir a nadie. De allí pasó a otro sitio y allí tampoco pudo reunir a nadie; me refiero al criadero de reses de Tafetán. Después intentó una visita y llegó rápidamente a Tarímbaro y nada. ¡Cómo es posible, sin conocer el problema de los pueblos, sin conocer el distrito, pretender el honor, el inmenso honor de representar la voluntad de un distrito electoral! Y sabe el ingeniero Sandoval que digo verdad, porque él sabe que yo recorrí cada uno de los lugares que componen mi distrito; él lo sabe.

Pero hay algo más todavía: hablemos de mi arraigo. Yo soy una gente que fui a estudiar, becado a Morelia; yo hice mi carrera en Morelia y allí ocupé hasta el cargo de Director de Educación; después segui trabajando fuera de la ciudad de Morelia, trabajé en todo el Estado de Michoacán y mi orgullo más grande es haber enseñado a mis alumnos a decir verdad; por eso me ve usted en tribuna, esclavo de la misma. (Aplausos)

Y ahora, amigos míos, voy a hablar del final. Ha sido, señor ingeniero, para mí, un inmenso orgullo, el haber servido a uno de los gobiernos de América, como el que jefaturaba un orgullo de América: Rómulo Gallegos. (Aplausos) Y para que usted esté informado y no sea la calumnia la que pretenda darle fuerza a Acción Nacional, infórmese usted, señor, de lo que pasó entonces.

Eramos requeridos, por el gobierno de don Rómulo Gallegos, tres personas. De ellas, dos personalidades respetadas en México: Cuarón González, que iba como consejero de bancos y de policía bancaria a Venezuela; el señor Marte R. Gómez, que iba como consejero de Agricultura y su servidor, como consejero de Educación. (Aplausos)

Lo que usted ignora es una cosa, señor, que me obliga a decir. El gobierno de Venezuela, de cancillería a cancillería, solicitó mi presencia y entonces me ofrecían a mi cierta cantidad en dólares, que he de decirla: dos mil quinientos dólares mensuales, casa y automóvil. Entonces yo decliné, ingeniero Sandoval, el hacer el contrato por tres años, de cancillería a cancillería y con mi modesto puesto de maestro de México fui a Venezuela.

Entonces, en esas condiciones, no he sido un consejero; no era más que una gente que iba a prestar la experiencia de México para aconsejar exclusivamente la experiencia de un instituto mexicano: el Instituto Federal de Capacitación, del cual yo fui fundador. (Aplausos) y debéis saber, señor ingeniero Sandoval, que en estas condiciones un mexicano puede ir a cualquier país por que se asiste, como yo asistí, a un Congreso de Consulta Latinoamericano, al cual asistía la UNESCO y la Unión Panamericana y yo iba en calidad - óigalo usted bien - de delegado por México a ese Consejo y en esas condiciones pude entregar la experiencia de mi patria, a beneficio de la patria de Bolívar, presidida por el ilustre don Rómulo Gallegos. (Aplausos)

El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de la Secretaría, hace la siguiente declaratoria:

"Primero. Son Válidas las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el día 3 de julio próximo pasado en el primer distrito electoral del Estado de Michoacán.

"Segundo. Son diputados, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Enrique Aguilar González y María Dolores Pacheco Gaytán".

- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"1a. Comisión revisora de Credenciales. 1a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"A los suscritos miembros de la 1a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, les fue turnado para estudio y dictamen el expediente relacionado con las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión se efectuaron el domingo 3 de julio del corriente año, en el cuarto distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Contendieron en el distrito electoral que nos ocupa, los CC. Manuel Padilla Villa y Aurelio García Sierra, por el Partido Revolucionario Institucional; y por el Partido Acción Nacional, los CC. Marcelino García Navarro y Fidela Sánchez Reyes.

"Hecho el estudio detenido de las constancias y documentos que obran en el expediente, se deduce que el acto electoral se desarrolló siguiendo

las disposiciones establecida por la Ley Electoral Federal en vigor, y, en consecuencia, el Comité Distrital correspondiente expidió constancias de haber obtenido mayoría de 39,225 votos a los CC. Manuel Padilla Villa y Aurelio García Sierra, como diputados, propietario y suplente, respectivamente. Según el cómputo, los candidatos del PAN lograron 4,315 votos.

"Los suscritos estiman que las objeciones presentadas por el representante del PAN ante el Comité Distrital Electoral de referencia, no son de tomarse en cuenta por ser extemporáneas muchas de ellas, supuesto que, en todo caso, debieron valer en su oportunidad ante los organismos electorales establecidos de acuerdo con la ley de la materia. Además, el representante del partido aludido no ofrece pruebas fehacientes para demostrar la razón de su dicho o la existencia de violaciones al proceso electoral.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el cuarto distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Padilla Villa y Aurelio García Sierra, propietario y suplente respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1955. - Salvador Pineda Pineda. - Telésforo Reyes Chargoy. -Joaquín Bates Caparroso".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el cuarto distrito electoral del Estado de Guanajuato.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Padilla Villa y Aurelio García Sierra, Propietario y suplente, respectivamente". (Aplausos)

- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"la Comisión Revisadora de Credenciales. 2a. sección.

"Honorable Asamblea.

"En cumplimiento del acuerdo dictado por vuestra soberanía, los que suscribimos miembros de la 2a. Sección de la 1a. Comisión Revisadora de credenciales, procedimos al estudio del expediente relativo a la elección para diputados al Congreso de la Unión, que tuvo lugar el día 3 de julio del año en curso, en el cuarto distrito electoral del Estado de México.

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que en seguida se mencionan:

"Licenciado Mario Colín Sánchez y Alfonso Valencia Medrano por el Partido Revolucionario Institucional y Patrocinio Becerril Ordoñez y Tomasa Jaramillo de Moreno por el Partido Popular.

"Después de practicar estudio completo de la documentación que nos fue turnada, se concluye que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales fijadas y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes y que, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:

"Para los candidatos del PRI Mario Colín Sánchez y Alfonso Valencia Medrano, 42,436 votos y para los candidatos del PP, Patrocinio Becerril Ordóñez y Tomasa Jaramillo de Moreno, 365 votos.

"Para candidatos no registrados, 11 votos.

"Ninguno de los partidos nacionales formuló objeción alguna ante esta Comisión en contra del registro legal que en las constancias de mayoría de votos expedidas en favor de los candidatos del PRI llevó a cabo la Comisión Federal Electoral con fecha 28 de julio de 1955.

"Por las razones anteriores expuestas venimos a someter, en consecuencia, ante la soberana decisión de esta honorable Asamblea, los siguientes puntos resolutivos.

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso, en el cuarto distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Mario Colín Sánchez y Alfonso Valencia Medrano.

"Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

- México, D. F., a 20 de agosto de 1955. - La Comisión: Carlos Román Celis.

- Emilio Martínez Manautou. - Roberto Herrera León".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 3 de julio del año en curso, en el cuarto distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Mario Colín Sánchez y Alfonso Valencia Medrano". (Aplausos)

- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"La Comisión Revisora de Credenciales. 3a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la 3a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, a la cual fue turnado el expediente electoral correspondiente al segundo distrito electoral del Estado de Chihuahua, se permiten presentar a la consideración de vuestra soberanía, el siguiente dictamen:

"En el distrito electoral de referencia contendieron los partidos y candidatos que a continuación se mencionan:

"Por el PAN, los CC. Fernando Ramírez Vargas y Adolfo Gómez Gándara; por el PRI, los CC. Manuel Villa Atayde y Feliciano Morales García.

"Practicado el estudio minucioso de la documentación que nos fue turnada, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de importancia y, finalmente, el Comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados siguientes:

"Candidatos del PAN, 7,212 y 7,160 votos, respectivamente; del PRI, 29,883 y 29,883 y 29,542 votos respectivamente.

"En consecuencia, el Comité Distrital expidió constancia de haber obtenido mayor número de votos en las elecciones en favor de los CC. Manuel Villa Atayde y Feliciano Morales García, como diputados propietario y suplente, respectivamente.

"El Partido de Acción Nacional objetó algunos procedimientos y pidió la nulidad de la elección. Las protestas del mismo partido se hacen consistir en que las ánforas en tres casillas se instalaron en el interior de la casa separada del zagúan donde estaba instalada la casilla, y algunas otras irregularidades durante la votación, pero no teniendo en su favor elemento alguno de comprobación de los hechos.

"Por las razones anteriores, la suscrita Comisión propone a vuestra soberanía los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio próximo pasado, en el segundo distrito electoral del Estado de Chihuahua.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Villa Atayde y Feliciano Morales García.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 22 de agosto de 1955. - Julián Rodríguez Adame. - Carlos Ramírez Ladewig. -Marcelina Galindo Arce".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Tiene la palabra en contra el ciudadano Patricio Aguirre Andrade, de Acción Nacional.

El C. Aguirre Andrade Patricio: Nuevamente señores, en las mismas condiciones y en las mismas circunstancias que la mayoría de las representaciones en los distintos distritos electorales. Pero aquí traemos un caso curioso, extraordinariamente curioso. Los cómputos se hicieron exactamente el día 10 de julio en las oficinas centrales aún de los municipios más alejados de la cabecera, por ejemplo, el de Guadalupe Hidalgo, municipios que para llegar a ellos, es necesario atravesar la Sierra Madre Occidental y muchos de ellos están a una distancia mayor de doscientos kilómetros; pero ese cómputo se hizo el 10 de julio y no faltó uno de los paquetes que no estuvieran perfectamente cerrados. Pero hay más, tan perfectamente condicionados, que en algunas de las casillas, por ejemplo, de San Francisco del Oro, con el número de electores, de 381, se encontraron 539 votos. En la casilla número 11, con 308 electores, se encontraron 435 votos. En la número 12 de Guadalupe Hidalgo, con 324 electores y 458 votos. En esto, señores, ustedes pueden hacer su juicio de cómo debe llamarse a esto.

Pero hay más todavía: en este distrito, como en la casilla número 14 de Parral, alguna persona, un elector, con la energía suficiente, hizo que se abriera la urna y se encontró que tenía votos en número de 112, que se hicieron anular por esta razón.

Todo esto para ustedes, posiblemente, señores de la Comisión, son cosas normales y que la Ley electoral aprueba; pero quisiera también referirme a que tenemos la creencia de que el señor candidato por el partido de ustedes, no es o no tiene, mejor dicho, arraigo en la localidad, puesto que creo que hace más de seis meses ha estado empleado en la CEIMSA en otro distrito. Dejo entonces a la Comisión que emita su juicio.

El C. Presidente: La Comisión tiene la palabra en defensa de su dictamen.

El C. Ramírez Ladewig Carlos: Honorable Asamblea: la intervención del miembro de Acción Nacional, que me antecedió en el uso de la palabra, tuvo la virtud de ceñirse al dictamen. Por eso lo felicito. Sin embargo, quiero hacerle saber que en cuanto a los puntos de objeción que ha presentado al dictamen, en unos casos es la primera vez que los oímos y en la mayoría de los casos a que hace referencia, no existe prueba alguna en el expediente. En el último de los casos, nos dice en su objeción que el candidato por el Partido Revolucionario Institucional no residió en ese distrito. No existe absolutamente ni siquiera una protesta, no digamos prueba de esta aseveración del miembro de Acción Nacional.

También nos dice que en algunas casillas se hizo el cómputo en diverso lugar de la Junta Computadora, el mismo 10 de julio. Le respondo lo mismo. Ni siquiera dentro de sus protestas, viene esa objeción y mucho menos podrían encontrarse probados. Por estos motivos no creo que se haya impugnado el dictamen y en cuanto a las aseveraciones de que en tres casillas es mayor la votación que el empadronamiento, quiero contestarle que tampoco presentó pruebas de ello y que, sin embargo, la Comisión podría haber tomado en consideración estas objeciones, pero, ¿cómo van a tomarse en consideración si aún aceptando todas

sus protestas, esto no afectaría en nada el resultado de la elección? La votación fue de 27,000 contra 7,000 votos aproximadamente. Voy a darle exacta para no equivocarme: a votación fue de 29,883 por los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, y de 7,212 por los candidatos del PAN. Repito, aún aceptamos sus objeciones y tomándolas como válidas, esto no afecta para nada el resultado de la elección.

Yo creo, honorable Asamblea, que los presuntos diputados del Partido Acción Nacional y los diputados de Acción Nacional, no vienen a esta tribuna a impugnar los dictámenes; vienen a esta tribuna con fines partidaristas, como lo comprueba el hecho de que impugnan aún los dictámenes más claros.

Hay que recordar que en los casos de sus distritos que han sido ya aprobados por esta Asamblea, se les aceptó, se les hizo válida, o más bien dicho se aprobó la validez de la elección, fue calificada por esta Asamblea favorablemente, sin vacilaciones, a pesar de que en esos casos la votación fue considerablemente apretada. Por lo tanto, repito, no considero que el dictamen haya sido impugnado. Muchas gracias.

El C. secretario Corrales Ayala Rafael: Se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

También en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio próximo pasado, en el segundo distrito electoral del Estado de Chihuahua.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Manuel Villa Atayde y Feliciano Morales García". (Aplausos)

--- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales. 5a. Sección.

"Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía, la 5a. Sección de la 1a. Comisión Revisora de Credenciales, se abocó el estudio del expediente relacionado con la elección que para diputados al H. Congreso de la Unión, se celebró en el segundo distrito electoral del Estado de Hidalgo, el día 3 de julio del corriente año.

"Habiendo hecho el estudio de la documentación que integra el expediente de referencias, se somete el presente dictamen a la consideración de la H. Asamblea, bajo las siguientes bases:

"1a Se registraron como candidatos: por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. profesor Manuel Sánchez Vite, como propietario y profesora Angela Barrientos Montiel, como suplente; por el Partido Acción Nacional los CC. Estuardo Soto Ortuño, como propietario y Javier Chávez Omaña, como suplente; por el Partido Nacionalista de México, los CC. Antonio Cortes Verduzco, propietario y Pedro Méndez Rivas, suplente.

"2a. En los 16 municipios que comprenden el distrito de referencia, se instalaron 91 casillas, cumpliéndose estrictamente con la ley; en las casillas intervino el personal previamente designado por el Comité Distrital Electoral no registrándose ningún incidente, y transcurriendo la votación dentro del mayor orden, sin protestas por parte de los partidos contendientes.

"3a. El día 10 de julio se llevó a cabo el cómputo general de la votación emitida, con citación de los representantes de los partidos, concurriendo únicamente los del Partido Revolucionario Institucional y del Nacionalista de México, ante quienes se procedió a abrir los paquetes electorales recibidos, los que se encontraron sin alteración, obteniéndose el cómputo total como sigue:

"Para la fórmula sostenida por el Partido revolucionario Institucional, 39,682 votos; para la fórmula sostenida por el Partido Acción Nacional, 449 votos; para la fórmula sostenida por el Partido Nacionalista de México, 267 votos; se registraron también 82 votos emitidos para el Partido Popular, y 9 votos para candidatos independientes innominados.

"4a Consecuente con lo anterior, se levantó el acta respectiva sin protesta ni objeción alguna, y por lo mismo, se expidió constancia de mayoría de votos a favor de los CC. profesor Manuel Sánchez Vite y profesora Angela Barrientos Montiel, propietario y suplente, respectivamente, constancia que fue registrada ante la Comisión Federal Electoral y ante esta H. Cámara de Diputados.

"5a. En escritos del 11 y 20 de julio anterior, el Partido Nacionalista de México presenta objeciones que esta 5a. Sección no estima procedentes, por no acompañarse elemento alguno probatorio que las justifique, por lo que esta propia 5a. Sección considera válida las elecciones e incontrovertible el sufragio emitido en el distrito ya mencionado.

"Con apoyo en los anteriores antecedentes, se someten a la consideración de vuestra soberanía, los siguientes puntos de acuerdo:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la unión, por el mencionado distrito, los CC. profesor Manuel Sánchez Vite y profesora Angela Barrientos Montiel, como propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de agosto de 1955. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Carlos Valdés Villarreal. - Guillermo Quevedo Moreno".

Está a discusión el presente dictamen. No habiendo quien solicite hacer uso de la palabra, en

votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el segundo distrito electoral del Estado de Hidalgo.

"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión por el mencionado distrito, los CC. profesor Manuel Sánchez Vite y profesora Angela Barrientos Montiel, como propietario y suplente, respectivamente." (Aplausos)

- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"1a. Comisión Revisora de Credenciales 5a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"La 1a. Comisión Revisora de Credenciales, 5a. Sección, se abocó el estudio del expediente relacionado con las elecciones que para diputados al Congreso de la Unión, tuvieron verificativo el día 3 de julio anterior, en el segundo distrito electoral del Estado de México.

"Del estudio de la documentación mencionada, se desprende que en los comicios aludidos se registraron las siguientes candidaturas:

"Por el Partido Revolucionario Institucional, los CC. Luis Berroeta Valencia, como propietario y Benito Ortega Monroy, como suplente, y los CC. profesor Reyes Vázquez Rivera, como propietario e Higinio Esquivel García, como suplente, por el Partido Popular. Los demás partidos no registraron candidatos.

"De acuerdo con las constancias que obran en el expediente, las elecciones se verificaron sin incidentes de ninguna naturaleza y las casillas electorales fueron instaladas y funcionaron con estricto apego a la ley.

"El día 10 de julio se inicio ante el Comité Distrital la Junta Computadora, cuyos resultados después de comprobar que los paquetes electorales se encontraron sin alteración alguna, fueron los siguientes: CC. Luis Berroeta Valencia, propietario y Benito Ortega Monroy, suplente, del Partido Revolucionario Institucional, 41,566 votos; CC. Prof. Reyes Vázquez Rivera, propietario, e Higinio Esquivel García, suplente, del Partido Popular,.... 1,301 votos; para candidatos no registrados del Partido Acción Nacional, 631 votos; para candidatos no registrados del Nacionalista de México, 126 votos e innominados, 69 votos.

"Como consecuencia de lo anterior se extendió constancia de mayoría de votos a favor de los CC. Luis Berroeta Valencia y Benito Ortega Monroy, como propietario, y suplente respectivamente, habiéndose registrado dicha constancia posteriormente ante la Comisión Federal Electoral el 26 de julio del corriente año y bajo el No. 14.

"Por todo lo anterior, esta Comisión Revisora estima que no existe motivo fundado alguno que haga variar la expresión de la ciudadanía que con su sufragio favoreció a la fórmula sostenida por el Partido revolucionario Institucional y se somete a la consideración de esta H Asamblea, los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas la selecciones verificadas el día 3 de julio último, en el segundo distrito electoral del Estado de México.

"Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, propietario, y suplente, respectivamente, los CC. Luis Berroeta Valencia y Benito Ortega Monroy.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de agosto de 1955. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Carlos Valdés Villarreal. - Guillermo Quevedo Moreno."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara: "Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio último en el segundo distrito electoral del Estado de México. "Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Luis Berroeta Valencia y Benito Ortega Monroy." (Aplausos) --- - El C. secretario Ruiz Vasconcelos, Ramón, (leyendo)

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"5a. Sección.

"Honorable Asamblea:

"La Primera Comisión Revisora de Credenciales, Quinta Sección, se abocó al estudio del expediente que contiene los documentos relativos a la elección que para diputados al Congreso de la Unión, tuvo verificativo el día 3 de julio anterior, en el séptimo distrito electoral del Estado de México.

"Del estudio de referencia, se desprende que se registraron de conformidad con la Ley Electoral Federal, las siguientes candidaturas:

"Por el Partido Revolucionario Institucional: coronel Rubén Osuna Pérez, como propietario, y el C. Arcadio Escalante Cortés, Suplente.

"Por el Partido Popular: Reyes Hurtado Rosales, como propietario, y Faustino García Becerril como suplente.

"Por el Partido Nacionalista de México: Arq. Alfonso Rojas W., como propietario y Tte. Corl. Eugenio Núñez O., Suplente.

"El día 3 de julio pasado, se llevaron a cabo las elecciones y el día 10 del mismo mes se practicó el cómputo total de la elección, con los siguientes resultados:

"Para la fórmula constituída por los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, 38,162 votos; para la fórmula de los candidatos del Partido Nacionalista de México, 572 votos, y para la fórmula del Partido Popular, 240 votos; se

computaron también 23 votos para candidatos no registrados e innominados.

"Cabe observar que en el acto de la computación de votos, estuvieron presentes los candidatos de los tres partidos contendientes, así como los representantes de los mismos, sin que durante el desarrollo de la computación, alguno de ellos hubiera hecho ninguna observación. El acto se llevó a cabo dentro de un ambiente de extrema cordialidad entre los candidatos, quienes posaron ante las cámaras fotográficas que había en el local respectivo, y obran en el expediente tales pruebas.

"Como con posterioridad se recibieron escritos de objeciones del Partido Nacionalista de México y del Partido Popular, esta Quinta Sección se abocó el estudio de las mismas, sin haber encontrado elementos que hagan variar la legalidad del sufragio y el cómputo total de la elección.

"Por todo lo anterior, sometemos a la ilustrada consideración de vuestra soberanía el presente dictamen con los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado, en el séptimo distrito electoral del Estado de México, para diputados federales.

"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. coronel Rubén Osuna Pérez y Arcadio Escalante Cortés.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de agosto de 1955. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Carlos Valdés Villarreal. - Guillermo Quevedo Moreno".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: La presidencia informa que está registrado el ciudadano Alfonso Rojas W., del Partido Nacional Mexicano.

El C. Rojas Wiessand Alfonso: Honorable Asamblea: señores diputados electos: Soy yo posiblemente el más joven ciudadano que ha contenido en la actual campaña política de los representantes del pueblo en esta XLIII Legislatura. Soy revolucionario. porque siento dentro de mí la influencia, la herencia de la sangre de mis antepasados que también lo fueron; soy revolucionario porque lo siento en mi sangre, porque he revolucionado al lado de los constructores de México, la Revolución constructiva del México de hoy.

Iniciada la vida ciudadana en el año 1951, sintiendo en mí la inquietud de ser útil a México dentro de mis actividades, iniciamos un movimiento en la Escuela Nacional de Arquitectura, porque en los talleres de la escuela se estudiaban los problemas reales de México, y en el Congreso Panamericano de Arquitectura, el equipo nuestro, que fue formado por puros compañeros, todos jóvenes, presentaron una ponencia titulada "La Arquitectura y el Turismo en la Planificación de América".

Analizando en nuestro Estado la situación actual, mi oponente y un servidor, el señor coronel Rubén Osuna Pérez, candidato por el Partido Revolucionario, yo no he encontrado en la persona de mi oponente ninguna objeción. Hemos desarrollado ante nuestros pueblos una campaña de alta política que demuestra que no estamos luchando por una curul, sino por ellos, por los pueblos, por nuestro México.

Todas las tendencias de nuestra nacionalidad, actualmente se manifiestan en mayor o menor grado, en la imperiosa necesidad de planear y realizar programas de mejoramiento colectivo, que nos conduzcan a buscar la fórmula técnica que haga efectiva esta demanda.

Hemos Iniciado en nuestro distrito una campaña, como he dicho antes, de alta acción política. No hemos ni una sola vez insultado a nadie, ni personalmente ni nuestros partidarios. Nos hemos unido con el fin de realizar un programa que está en marcha, un programa que inicié yo hace dos años en una forma personal y con una inquietud muy grande.

Yo miré nuestras tierras las huellas humanas que han dejado nuestros antepasados y veo en ellas una herencia de triunfos pretéritos, y nadie se da cuenta de esto ni de muchos otros problemas que dejaron sentir su influencia en el devenir de los años.

Señor coronel osuna: en forma particular quiero invitarlo a usted a que me apoye y realice usted mi programa, que apoye usted a nuestros pueblos. Muchas gracias. (Aplausos en las galerías)

El C. secretario Ruiz Vasconcelos, Ramón: En votación económica se pregunta si se considera suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

También en votación económica se pregunta si es de aprobarse. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de esta Secretaría, declara:

Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado, en el séptimo distrito electoral del estado de México, para diputados federales.

Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. coronel Rubén Osuna Pérez y Arcadio Escalante Cortés. (Aplausos)

--- - El C. secretario Corrales Ayala, Rafael (leyendo):

"Primera Comisión revisora de Credenciales.

"Tercera Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a los suscritos, miembros de la Tercera Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente relativo a las elecciones que para la renovación del Poder Legislativo Federal se efectuaron el día 3 de julio del presente año, en el segundo distrito electoral del Estado de Puebla.

"De las constancias que tuvo a la vista para estudio esta Comisión, se desprende que el Partido Acción Nacional presentó objeciones al proceso y al resultado de la elección.

"El Partido Acción Nacional Objetó la validez de la elección por haber encontrado, según dice, irregularidades en la formación del padrón electoral y objeciones sobre la idoneidad del personal integrante del Comité Distrital; del personal de las casillas y objeciones al funcionamiento de las mismas.

"Dichas objeciones se hacen consistir en la parcialidad al nombrar como funcionarios de casillas a personas pertenecientes a la organización sindical FORC; a que el padrón electoral fue levantado por el empleados a sueldo de los candidatos del PRI; que se permitió votar a personas no residentes de la sección y en algunos casos a residentes fuera del distrito.

"Estudiadas minuciosamente las constancias que se tuvieron a la vista, así como las que remitió la Comisión Federal Electoral a este H. Colegio para estudio, no pudieron encontrarse pruebas que fundamenten las protestas y objeciones.

"Participaron en la elección los siguientes candidatos sostenidos por los partidos que a continuación se expresan:

"CC. Manuel Rivera Anaya y Carlos Rosas Mendoza, como candidato propietario y suplente, respectivamente, sostenidos por el Partido Revolucionario institucional; Miguel López González Pacheco y Raquel Bueno de Serrano, para propietario y suplente, respectivamente, por el Partido Acción nacional; e independientes las fórmulas: Alejandro González Aja y Gustavo Ariza Rueda; Manuel Guarneros y Humberto Guarneros; Luis Rivera Terrazas y licenciado Aguirre Beltrán.

Del cómputo total de las actas de escrutinio se desprenden que los CC. Manuel Rivera Anaya y Carlos Rosas Mendoza, candidatos a diputados propietario y suplentes, respectivamente, por el Partido revolucionario Institucional, obtuvieron una mayoría de 9,005 votos. La fórmula Miguel López González Pacheco y Raquel Bueno de Serrano, del Partido Acción Nacional, obtuvo 4,042 votos y las demás fórmulas citadas 1 voto cada una.

"Vistas las anteriores consideraciones, esta Comisión se permite someter a esta H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas en el segundo distrito electoral del Estado de Puebla, el día 3 del presente año, para diputados al H. Congreso de la Unión.

"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Manuel Rivera Anaya y Carlos Rosas Mendoza.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de agosto de 1955. - Julián Rodríguez Adame. - Carlos Ramírez Ladewig. -Marcelina Galindo Arce".

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Está registrado para impugnar el dictamen, el ciudadano Miguel López González Pacheco, del Partido Acción Nacional.

El C. López González Pacheco Miguel: Honorable Asamblea: vengo a cumplir con el postrer deber que me impone la honrosa designación de haber sido postulado por Acción Nacional, como candidato por el segundo distrito electoral de Puebla. Tuve también la honrosa designación de haber sido representante del partido ante la Comisión local Electoral.

Se dice que no hay pruebas en el expediente; ¿qué no bastan las copias certificadas que sesión a sesión hicimos levantar en esa Comisión local Electoral? ¿Qué no bastan las impugnaciones que día tras día hacíamos en esa Comisión, formada por individuos faltos de toda dignidad y decencia? ¿Qué no vio la Comisión dentro de las constancias electorales, que cuando se le interpelaba a la Comisión local acerca del nombramiento de los funcionarios distritales, ignoraba su personalidad, y contrariaban flagrantemente el artículo 19, en relación con el 20 de la Ley federal Electoral? La Comisión local Electoral de Puebla, con ciencia infusa, designó como presidente del segundo distrito a un diputado federal suplente, a una lideresa de Educación y a un líder del Seguro Social; y cuando vieron que llevábamos a los notarios de Puebla para que atestiguaran, el vocal renunció vergonzosamente.

¿Qué no vio tampoco la Comisión dictaminadora, esa fabulosa acta que obra en el expediente, en que el representante del partido oficial pidió la mayoría de los funcionarios de casilla para el mismo partido? ¿Y tampoco se les ocurrió revisar después casilla tras casilla y cómo fueron designados ordenada y minuciosamente los líderes de la central que apoyaban a mi contrincante?

A pesar de que nosotros propusimos hombres íntegros y honrados que desempeñan esa función electoral, la Comisión cerró los ojos y los oídos debido a las consignas, y a ninguna de las personas que propusimos las que pusieron en las casillas.

Y Así fue como llegamos al día de las elecciones: con las casillas perfectamente controladas y distribuídas científicamente. En la primera sección había meseros de la FROC; en la segunda, nixtamal de la FROC; en la había covadonga de la FROC, que eran del distrito de Tlaxcala, hasta eso no eran de

Puebla. Y cuando la elección iba a dar término a las cinco de la tarde, el pavor entró en el corazón de aquéllos que sentían tambalearse la curul y en jeeps y atropellando la gente, se robaron las ánforas.

¿Qué tampoco existen las actas notariales en que constan esos atropellos y la actuación de la policía del estado de Puebla o la consignación ante el Juzgado de Distrito?

Regresaré a la Universidad de Puebla, de la que por honra soy catedrático y en el patio de la Universidad levantaremos una pira donde quemaremos los textos, porque aquí han transmutado las leyes y como norma fundamental han puesto el fraude.

Pero no es el problema personal mío el que se viene a discutir aquí. Cumplí con mi misión y estoy satisfecho, pues es la voz de Puebla que por primera vez resuena en este Colegio Electoral; es Puebla con sus problemas; es Puebla, con 1.600,000 habitantes, que todavía tiene 800,000 analfabetas, y quiero preguntar: ¿Cuántas escuelas construyen

en Puebla? Pero todavía faltan otros doscientos mil que se quedan sin instrucción.

Así podríamos ir enumerando todos los problemas tan tremendos que tiene el Estado de Puebla. Pero fuera de esta tribuna hay también otras tribunas en donde pueden resonar la voz de los nombres limpios. La patria no es patrimonio de grupos; es una perfecta creación en la que todos debemos intervenir y todos debemos poner nuestra participación en esa creación eterna.

Por eso regreso satisfecho a mi ciudad. Que vean mis conciudadanos que cumplí con la honrosa designación que me dieron de llegar hasta este último momento de este proceso electoral.

Y a la Comisión dictaminadora, que ha pedido pruebas, se las hemos dado por kilos y constan en el expediente. Yo les pido unos gramos de justicia y equidad en mi caso. (Aplausos en las galerías)

El C. Presidente: Tiene la palabra la Comisión para defender su dictamen.

El C. Rodríguez Adame Julián: Honorable Asamblea: la Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora viene a prestar ante vuestra soberanía las pruebas que obran en el expediente. No vamos a salirnos del estricto cometido que nos corresponde como miembro de una Comisión dictaminadora. No buscaremos argumentaciones políticas sino estrictamente examinaremos si el proceso electoral se ajustó a los términos de la ley y, en su caso, se hubo violaciones a esta ley.

Existen dos documentos fundamentales que estructuran el proceso electoral: el escrutinio final y la constancia de la mayoría de votos.

En el expediente obran el acta de escrutinio final firmada por los representantes de los partidos contendientes: el Partido denominado Institucional y el Partido Acción Nacional. Consecuentemente, aquí está el reconocimiento del triunfo al candidato del Partido Revolucionario Institucional. (Aplausos)

Como consecuencia del estudio del expediente y del escrutinio final de la votación, la Comisión Federal Electoral otorgó la constancia de mayoría que obra en el expediente. El candidato de Acción Nacional ha hecho mención de las objeciones, observaciones y protestas presentadas por el partido durante los trabajos preelectorales, electorales y posteriores a la elección.

Las observaciones justas, fundadas en Derecho, fueron atendidas durante el proceso preelectoral. Así es como se informa que se modificaron, se cambiaron representantes de casillas, en las peticiones que el Comité Distrital consideró justificadas. Después que esas listas fueron modificadas, fueron publicadas en tiempo y en forma. Las observaciones relativas a que figuraron en el proceso electoral miembros del Partido Revolucionario Institucional y de la FROC, son cargos que por improcedentes no deben ser analizados; en concreto, fueron ciudadanos en pleno ejercicio de sus derechos y sin que la ley les hubiese prohibido aceptar el mandato y cumplir con tal función cívica. Respecto al régimen de votación, podría decir a ustedes que si se considerasen justas las observaciones, si los votos que el PAN considera dudosos se restasen de la votación final, todavía el candidato del PRI saldría de todos modos victorioso.

En un estudio hecho con democracia política, con extraordinaria riqueza política, se podría llegar a conjeturar que podrían producirse 2,997 votos al PRI y le quedarían 6,038 votos para enfrentarlos a 4,043 que el PRI no necesita objetar.

Tan sólo se presentaron observaciones en siete casillas. Los partidos contendientes tuvieron representantes en todas y cada una de las casillas y los representantes del PAN en cada casilla firmaron la respectiva acta de escrutinio total. Se dice, además, que se robaron las ánforas y ésto se pretende demostrar con la visita que hizo un notario de la ciudad de Puebla, después de las cinco de la tarde. La ley señala que si a las cinco de la tarde la votación ha concluído, puede levantarse la casilla y levantarse el acta respectiva. El notario visitó un reducido grupo de casillas y efectivamente encontró que la votación había concluído, pero sin que esto signifique violación a la ley, porque fueron visitas hechas después de las cinco de la tarde.

Se dice que las ánforas fueron robadas y no depositadas en determinado lugar. La ley establece que el presidente de casillas es responsable de su respectivo paquete y que está obligado a presentarlo al domingo siguiente para el escrutinio final. Los paquetes fueron recibidos sin alteración; se hizo el recuento de todos los votos, estuvo representada la prensa de Puebla, se tomaron fotografías y se firmó de conformidad el acta final de escrutinio.

Del examen final del expediente nos encontramos conque tan sólo se aportó una prueba y se siguió un procedimiento notarial que pudo haber sido una prueba, pero que fue un requisito, una exigencia que no estaba prevista por la ley, por haber sido hecha sin demostrar que las casillas no hubiesen operado normalmente.

Durante el proceso electoral, los representantes del Comité Distrital estuvieron recorriendo todas y cada una de las 44 casillas que se instalaron en la capital de Puebla y no se encontraron cosas serias, sino solamente algunos incidentes que ocurrieron de segundo o tercer orden, pero fueron dictadas las medidas que el caso requería.

Consecuentemente, vengo a informar en nombre de mi sección dictaminadora que no existe en el expediente prueba alguna que invalide el triunfo del candidato del PRI. Muchas gracias. (Aplausos)

El C. secretario Corrales Ayala Rafael: Habiéndose agotado el registro de oradores, en votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido este caso. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido. En votación económica se pregunta también si se aprueba el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia, por conducto de esta Secretaría, hace la siguiente declaratoria:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas en el segundo distrito electoral del Estado de Puebla, el día 3 de julio del presente año, para diputados al H. Congreso de la Unión.

"Segundo. Son diputados federales, propietario y suplente, respectivamente, los CC. Manuel Rivera Anaya y Carlos Rosas Mendoza." (Aplausos)

- El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón (leyendo):

"la. Comisión Revisora de credenciales.

"la sección.

"Honorable Asamblea:

"Los suscritos, miembros de la Primera Sección de la primera Comisión Revisora de Credenciales, se permiten rendir ante vuestra soberanía el dictamen relativo al expediente que les fue turnado con motivo de las elecciones verificadas el día 3 de julio del presente año en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.

"En dicho Distrito participaron los siguientes candidatos:

"Los CC. Tomás Aznar Alvarez y Felipe Rubio Ortiz por el PRI; Arturo Casanova Gutiérrez y Eugenio Quijano Romero por el Partido nacionalista de México.

"Del estudio de la documentación que obra en el expediente respectivo, se desprende que el proceso electoral se desarrolló conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Electoral Federal, sin que se registraran incidentes ni se presentaran objeciones de ninguna naturaleza.

"El acta del cómputo total de votos, levantada durante la sesión respectiva celebrada por el Comité Distrital Electoral, se encuentra firmada de conformidad por los representantes de los candidatos y partidos contendientes, haciéndose constar en ella que no se presentó ninguna protesta. Consecuentemente hecho el recuento correspondiente, se computaron 12,965 votos para los candidatos del PRI y 852 votos para los candidatos del PNM.

"Considerando la legalidad del resultado de la votación, la Comisión Federal Electoral registró de conformidad las constancias de mayoría de votos expedidas en favor de los CC. Aznar Alvarez y Rubio Ortiz.

"Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esa H. Asamblea los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.

"Segundo. Son diputados al Congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral, los CC. Tomás Aznar Alvarez y Felipe Rubio Ortiz, propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

"México, D.F. a 20 de agosto de 1955 . - Salvador Pineda Pineda. - Telésforo Reyes Chargoy. - Joaquín Bates Caparroso. Está a discusión el presente dictamen.

El C. Presidente: Se ha registrado el ciudadano Arturo Casanova Gutiérrez, candidato del Partido Nacionalista Mexicano, para impugnar el dictamen.

El C. Casanova Gutiérrez Arturo: Señores diputados. Honorable Congreso de la Unión. Conglomerado social que me escucha: por primera vez en mi vida ocupo esta tribuna de las grandes eminencias de la política nacional mexicana, y vengo con la convicción de hombre, de indio, de trabajador, a decir la verdad, la auténtica verdad.

Vengo a impugnar el dictamen porque carece de fuerza. Todos los funcionarios protestan al hacerse cargo de sus puestos cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes que de ella emanen en esto me fundo y digo: el artículo 55 de la Constitución, en su fracción III, no permite al ciudadano indigno Tomás Alvarez, ser diputado, porque no es originario de Campeche, no llena los requisitos indispensables de los seis meses que marca la ley. Naturalmente que vengo en nombre de 22,000 campesinos del Estado de Campeche, a defender el primer distrito electoral.

Vengo con la satisfacción más grande de cumplir con un deber sagrado para con mi patria chica, para ese girón de tierra que es Campeche y que también pertenece a nuestra patria, y que tan destrozada y desgarrada ha sido por los traidores a la Revolución, como por los piratas, y prueba de ello es, señores , que el señor presidente de la República ordenó se practicaran investigaciones confidenciales y allí está el fraude cometido a la Nación: primero, 17 millones de pesos al Comité Chiclero y a miles de trabajadores; segundo, el barco pirata "Mayab", de los contrabandistas que apoyaron en su campaña al ciudadano Aznar Alvarez y que son procesados por fraude a la Nación.

Puedo manifestar categóricamente que en la campaña electoral desarrollada el día 3 de julio en el Estado de Campeche, nosotros dimos una cátedra de civismo. Me crucé de manos y saludé al señor Aznar Alvarez y luchamos cambiando nuestros pensamientos, nuestra inteligencia con las armas de los opresores del gobierno nefasto de López Hernández, quien hiciera presión y enfocara sus armas, sus ametralladoras, también contra mi, el tristemente célebre Mario

Mena, Director de tránsito de Campeche. Pero el pueblo respondió unánimemente. Ahí está Mario Mena Hurtado desmantelando el alumbrado eléctrico de Campeche para prohibir que se diera el mitin; ahí está la policía Judicial, ahí están en ese rincón de la república los que dan tormento en la Judicial.

¿Por qué no he de decirlo? ¿Por qué no manifestar lo que sucede en esta región? Sería un delito que perjudicaría al mismo señor Alvarez, si dijese mentira.

Es un caso quizás típico; pero es un campesino el que viene a someter a la digna consideración del Congreso de la Unión mi caso para que deliberen con toda firmeza y resuelvan sobre el primer distrito electoral.

Jugué auspiciado por el partido Nacionalista Mexicano y lo hice con la profunda satisfacción de respetar todas las ideologías de los partidos,

porque cada uno piensa ayudar y cooperar con la patria y con nuestro gobierno y, por tanto, deben expresar libremente sus ideas.

Por eso es que yo, en nombre de los campesinos, en nombre de los campechanos, vengo, como antes dije, no a quemar el incienso de la adulación; no vengo a que se me regale una curul que sé que me corresponde; pero si por ironías del destino no me la dan, caerá en manos del señor Aznar Alvarez.

Yo no traigo, señores, ningún lenguaje florido, porque no conozco el romanticismo; Vengo a hablar en nombre de los campesinos porque siento el dolor de ellos mismos arrinconarse en mi persona, contra la mafia organizada en Campeche de ladrones y bandidos.

Allí están, señores, los procesos ante el agente del Ministerio Público Federal, ante el Juzgado de Distrito de Campeche, de los barcos de los contrabandistas.

De dos millones quinientas mil hectáreas de terreno, le dieron a dos compañías los dos millones y el saldo, compañeros, que corresponde a los ejidatarios del Estado de Campeche, fueron traficados y fueron despojados, teniendo un fraude el ejido, mejor dicho los 26 ejidos de Campeche de 72 millones de pesos. ¿Por qué no decirlo? Hay que ser leal, porque la lealtad es el principal factor, quien no es leal es un traidor.

No tengo yo, señores, más que la firme convicción de servir a mi patria chica, que ha sido desgarrada. No tengo yo más razón que la que los campesinos exponen. Debe oírse, señores diputados, debe hacerse justicia a ese pedazo de tierra que es Campeche. ¿Por qué no hacerlo? Está la situación del Estado de Campeche en manos de 100 monopolistas y somos 122,000 habitantes; ahí está el fraude cometido el ferrocarril del sureste, allí están los comprobantes, allí está, compañeros, precisamente lo que significa la falta de cumplimiento y un fallo que tiene el gobierno cuando dice: "no me emociono; lo que digo es la misma causa de ustedes, es una causa brillante".

No vengo, señores, a expresar términos injuriosos ni vengo a ofender a nadie. La ideología del partido es muy grande, pero vengo a decir la auténtica verdad: Tomás Aznar Alvarez no puede ser diputado por el distrito de Campeche, por esta razón: decía antes que existía un fraude. Efectivamente, un extranjero, en combinación con los contrabandistas de esa entidad federativa, recibieron el respaldo de López Hernández, Gobernador que termina y que pasará bajo la sombra del olvido en la historia de Campeche.

Quiero decir también que el 3 de julio la Policía del Estado, la Judicial y los Directores de Tránsito, todos estuvieron con el equipo arrollador en contra de mis partidarios; pero afortunadamente el pueblo cuando estalla no hay quien lo aguante, y allí está Alvarez, allí está el licenciado Carlos Sansores Pérez que luchó por la misma causa, que sabe que Campeche produce 62,000 toneladas de maíz que dejan siete millones de pesos. ¿En dónde está el dinero? No está en Campeche, está en la Habana, en las Lomas de Chapultepec y en Durango .

Es por eso que lleno de la convicción de hombre, estoy con la plena seguridad de que si el congreso estudia y ve que existe el argumento para que me otorgue el triunfo, me lo otorgue, y si no, que se lo otorgue el señor Tomás Alvarez. No importa que no sea originario de Campeche, no importa que no haya nacido ni haya tenido residencia allí. Nosotros, los campechanos, no sabemos mas que sembrar la flor de la gratitud y es por eso, señores diputados, que mi caso lo vuelvo a recalcar: de acuerdo con la constitución Política Mexicana, en su artículo 55, fracción III, mi contrincante no llenó los requisitos indispensables. Después, la satisfacción más grande para mi ha sido ocupar esta tribuna, para que vea el pueblo campechano que he venido a cumplir con un deber de ciudadano, no con interés político ni bastardo, porque soy hombre de campo y hombre de lucha.

Allí en la selva ahora hay 5,000 chicleros que no me dejarán mentir, que no tienen contrato colectivo, que no tienen maíz, que están luchando, haciendo peticiones inútiles porque no se les escucha. Ese el gobierno de López Hernández y su mafia. Tengo pruebas evidentes, porque la investigación la realizaron unos detectives y así se descubrió que después del asalto de los piratas de hace seis años, llegaron los piratas extranjeros y campechanos a destruir mi patria chica.

Así es que, señores, queda al criterio de ustedes este asunto, pero me llevo la satisfacción de que estos 10 ó 15 minutos los consagro al pueblo campechano, cuna del gran maestro de las Américas, el maestro Justo Sierra, quien dijera y hago mía esta frase: "El pueblo campechano tiene hambre y sed de justicia".

El C. Presidente: tiene la palabra el ciudadano Aznar Alvarez.

El C. Aznar Alvarez Tomás: Honorables compañeros: supliqué a la Comisión y a la Presidencia me permitiera contestar al señor Casanova, porque tenía interés especial en ello. En primer lugar, el señor Casanova no se refirió al dictamen en lo más absoluto, no se refirió a las elecciones de campeche nada más que de pasada. Se refirió a la situación que priva en mi Estado y se refirió a ella como me podía haber referido yo.

Yo soy tal vez el que más siente que prive esa situación en Campeche, pero ¿qué culpa tengo yo? Yo no soy ni del actual gobierno ni tengo qué ver nada con él; no tengo ninguna liga con las gentes a que se ha referido. Se viene a referir aquí en esta forma, no sé si con el afán de sorprender a ustedes, o ignoro con qué afán, pues no tengo absolutamente ninguna liga con esas gentes.

El se refiere a contrabandistas; él se refiere a la explotación inmoderada de los montes; él se refiere a muchas situaciones anómalas que tal vez priven en Campeche; pero no tengo que ver absolutamente nada con esto.

En primer lugar, siento mucho que el señor Casanova se refiera a los rapamontes, porque

indiscutiblemente él es uno de los rapamontes de Campeche. El señor Casanova y Rubén Quijano son explotadores de madera en Campeche y allí están los registros en la Forestal a la disposición de ustedes en cualquier momento. Era natural que el señor Casanova se desviara de la cuestión de las elecciones, lléndose por otro lado, puesto que no le convenía tratar este asunto y las pruebas aquí están. Voy a darles a ustedes algunos datos. El primer distrito Electoral de Campeche consta de cuatro municipios y voy a leer a ustedes la votación que obtuvo el señor Casanova en esos cuatro municipios: en el del Carmen, Partido Revolucionario Institucional, 5,482 votos; el señor Casanova, 89 votos. Municipio de Campeche, PRI, 4, 482 votos; señor Casanova, 687 votos; Municipio de Empalizada, para el PRI, 1,708 votos señor Casanova , cero votos. Por último, Municipio de Champotón para el PRI, 1,293 votos; para el señor Casanova, 78 votos.

Y él es el que dice que viene representando aquí a 20 mil campechanos. Si los veinte mil campechanos hubieran querido que los representara, le hubieran dado su voto, lo hubieran apoyado para que pudiera venirlos a representar aquí dignamente. Realmente se ha abusado de esa gran libertad de expresión de palabra, de la cual debemos estar orgullosos todos los mexicanos, y se abusa viniendo a decir aquí mentira y media, se abusa viniendo a decir aquí lo que no existe. Quisiera, como un dato especial y complementario, decir a ustedes esto: el señor Casanova es de un pueblo vecino a Campeche que se llama China; en ese pueblo, el señor Casanova obtuvo 32 votos, o sea que ni la familia votó por él. Aquí está el acta de escrutinio firmada por los representantes personales de Casanova y el Partido Nacionalista Mexicano, donde reconocen una votación de 12,965 votos a mis favor, contra 852 votos a favor del señor Casanova.

Como dato complementario, porque es muy importante y simpático manifestarlo, les voy a decir esto: mientras el señor Arturo Casanova, candidato propietario del Partido Nacionalista Mexicano obtuvo 852 votos, su suplente obtuvo 930, o sea que es más popular su suplente que él.

Aquí tienen ustedes toda esta documentación. Les voy a leer una, porque sería muy largo leer todas. ¡Nada más imagínense ustedes cómo en Campeche, se aprecia a Arturo Casanova! Quiso nombrar representantes en las casillas electorales y nombró al azar a las personas que creyó más convenientes. En un escrito dicen esto: Y quiero aclararle que soy Tomás Aznar Alvarez no Tomás Alvarez.

"Palizada, Cam., julio 4 de 1955.

"Sr. D. Tomás Aznar Alvarez,

Diputado federal electo por el 1er. distrito.

Hotel "López"

Campeche, Cam.

Estimado compañero:

Al enviarle la presente juntamente con nuestro saludo fraternal, le manifestamos que con sorpresa hemos recibido un nombramiento como representantes personales del señor Arturo Casanova Gutiérrez, quien dice ser Candidato del Partido Nacionalista Mexicano para diputado federal por el primer distrito de esta entidad federativa.

Como no conocemos al citado candidato e ignoramos quien pueda ser y más aún, siendo nosotros miembros del Partido Revolucionario Institucional y amigos y simpatizadores desde el principio de su candidatura, ya que es proveniente de la genuina voluntad del pueblo campechano y porque es usted verdadero amigo del Sr. licenciado Alberto Trueba Urbina, Gobernador electo de nuestro Estado de ninguna manera aceptamos tal designación y la repudiamos y, al contrario, el día de ayer dimos toda nuestra colaboración para el desarrollo de las elecciones donde el pueblo paliceño le manifestó su simpatía y adhesión, a usted y al licenciado Felipe Rubio".

Como ustedes ven, no pudo ni nombrar siquiera representantes en sus casillas. Ahora bien, el señor Casanova dice que no soy campechano. Parece mentira que él ha vivido en Campeche tantos años, no sepa que en Campeche hay una colonia que se llama "Tomas Aznar", que hay un jardín que se llama "Tomás Aznar", porque no sólo yo soy de Campeche, sino que toda mi familia es de campechanos, a quienes el pueblo de Campeche ha querido, ya que ha puesto el nombre de mis antepasados a esos jardines y a esas colonias.

No quiero cansarlos mucho a ustedes, pero sí quiero, manifestar esto: en Campeche ningún partido que llegue de momento con un candidato, podrá hacer nunca nada. El Partido Nacionalista de México nunca ha tenido allí un solo representante, sino que a la hora de la elección a unas cuentas horas antes de que se cerrara el registro de candidatos, registró al señor Casanova. Sentimos verdaderamente eso, porque si no la justa hubiera sido más democrática, porque ese señor no era conocido. El Partido Nacionalista Mexicano no es conocido. Así es que realmente no hubo oposición. Para terminar, quiero manifestar esto: desde 1933 vengo siendo miembro de los partidos de la Revolución, el Partido Revolucionario Institucional actualmente, porque en Campeche sentimos que esos partidos son los que representan realmente a la Revolución son los herederos de la Revolución, son los que deben velar por ella y por eso en Campeche el 90% de la ciudadanía es miembro del Partido Revolucionario Institucional.

(Aplausos)

El C. secretario Ruiz Vasconcelos Ramón: Agotado el registro de oradores en votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, Sírvanse manifestarlo.

Suficientemente discutido. También en votación económica se pregunta si es de aprobarse el dictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobado.

En consecuencia, la Presidencia por conducto de esta Secretaría, hace la declaratoria siguiente:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 3 de julio del año en curso en el primer distrito electoral del Estado de Campeche.

"Segundo. Son diputados al congreso de la Unión por el mencionado distrito electoral. los CC. Tomás Aznar Alvarez y Felipe Rubio Ortiz, propietario y suplente, respectivamente".

(Aplausos)

- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"Honorable Asamblea:

"En acatamiento al acuerdo expreso de nuestra soberanía, la 5a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, se abocó el estudio del expediente en el que se contienen la documentación a las elecciones para diputados federales en el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala, que se llevaron a cabo el día 3 de julio del presente año.

"Habiéndose hecho el estudio detallado de la documentación de referencia, se advierte:

"Se registraron como candidatos los CC. Samuel Ortega Hernández, como propietario, y Antonio de la Lanza Monterrubio, como suplente, por el Partido Revolucionario Institucional.

"Los CC. Mario González Bernard, como propietario, y José Rojas Baltazar, como suplente, del Partido Popular.

Los CC. Pedro Angoa Escalona, propietario, y como suplente Reyes Téllez, del Partido Nacionalista de México.

"El registro de estas candidaturas se dio a conocer al público por medio de avisos, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 70 de la ley Electoral Federal, sin que se hubiera hecho objeción alguna dentro del término legal.

"Se designó el personal de casillas por el comité Distrital Electoral, sin que tampoco se hubiera presentado protesta o reclamación, respecto de las personas designadas.

"El primer domingo de julio anterior, se llevaron a cabo las elecciones en completo orden, y sin que los representantes de los partidos o de los candidatos formularan quejas o protestas en las casillas, según aparece en las actas de cómputo de votos y de clausura respectivas.

"El segundo domingo de julio se llevó a cabo el cómputo total de la elección, con asistencia del representante del Partido Revolucionario Institucional, de representantes de los candidatos Samuel Ortega Hernández y Antonio de la Lanza y de los candidatos Pedro Angoa Escalona y Reyes Téllez, así como con la asistencia de representantes del Partido Popular.

"Aparece del acta levantada el día 10 de julio, que el cómputo se llevó a cabo en forma absolutamente legal y sin incidentes, arrojando el siguiente resultado:

"Para la fórmula integrada por los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, 36,672 votos; para la fórmula de los candidatos del Partido Popular, 1,060 votos; para la fórmula de los candidatos del Partido Nacionalista de México, 354 votos. se computaron también 88 votos para candidatos no registrados.

"Esta 5a. Sección de la primera Comisión Revisora de Credenciales, atenta a los documentos que se citan, estima que el proceso electoral se desarrolló legalmente y que debe respetarse el sufragio emitido por los electores en el distrito mencionado, reconociendo el escrutinio final que se hizo en la computación de votos, el día 10 de julio pasado, por lo que debe aceptarse el triunfo de los CC. Samuel Ortega Hernández, como propietario, y Antonio de la Lanza Monterrubio, como suplente.

"Por las consideraciones anteriores, se formula el presente dictamen con los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala.

"Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, los CC. Samuel Ortega Hernández y Antonio de la Lanza Monterrubio, como propietario y suplente, respectivamente.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión.

"México, D. F. a 22 de agosto de 1955. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Carlos Valdés Villarreal.

- Guillermo Quevedo Moreno"

Está a discusión el dictamen.

- EL C. Presidente: La Presidencia informa que está registrado para impugnar el dictamen, el ciudadano Mario González Bernard, del Partido Popular.

El C. González Bernard, Mario: Estoy seriamente convencido de que yo soy el legítimo representante de la ciudadanía del segundo distrito de Tlaxcala, pero tomando en cuenta el ambiente de inconsciencia que impera aquí, me voy a concretar para que conste en el Diario de los Debates, a leer este documento:

"La forma en que el Colegio Electoral de la Cámara de Diputados ha procedido para calificar las elecciones del 3 de julio, es la culminación del fraude electoral iniciado con la formación de los padrones que se sirvieron de base para preparar la burla del voto popular.

Si hace tres años se realizó uno de los fraudes electorales más grandes de la vida contemporánea de México, por lo menos en el Colegio Electoral se permitió a los candidatos de partidos independientes, entre ellos a los del Partido Popular, exponer libremente sus ideas, habiendo sido respetados durante sus intervenciones. Hoy, en cambio, la atmósfera que prevalece en el Colegio Electoral es la de una asamblea sujeta a la presión de porras de la más baja calidad humana, que interrumpen a los oradores, los injurian, y de hecho dominan las discusiones bajo la dirección del Presidente del Colegio Electoral.

En un ambiente de esa naturaleza, con el edificio controlado desde las primeras horas del día por energúmenos organizados, bajo la dirección de los pistoleros del PRI, apoyados por la policía y sin ninguna posibilidad de que los dictámenes que presentan las Comisiones sobre los casos electorales contra vertidos puedan ser modificados y

también sin que los candidatos del Partido Popular puedan contestar a las calumnias y a las injurias de que son objeto por parte de los diputados del PRI, violándose expresamente el Reglamento del Congreso de la Unión, y las normas más elementales de la moral política, resultaría complicidad con el PRI mantener esta situación.

A iniciativa de los candidatos del Partido Popular, la Dirección Política del Partido Popular, ha tomado las siguientes resoluciones:

"Primera. Los candidatos del Partido Popular deben retirarse de la Cámara de Diputados, dejando que el PRI asuma la responsabilidad histórica de consumar hasta su último detalle el fraude y la burla electorales.

"Segunda. El Partido Popular se reserva el derecho de tomar una decisión final sobre esta actitud bochornosa que el PRI ha asumido ante el pueblo mexicano, tan pronto como terminen las labores del Colegio Electoral".

El C. Presidente: La Presidencia desea hacer constar lo siguiente: no es función del Presidente del Colegio Electoral, suprimir las discusiones, sino conducirlas.

Se ha estado diciendo que hemos pecado de debilidad por que hemos permitido no solamente la libertad, sino aún la tolerancia de su abuso. El señor Presidente de la República, en su último Informe al Congreso de la Unión, dijo que era preferible tolerar el mal uso de la libertad a permitir el menor uso de una dictadura.

El Colegio Electoral tiene la misión, otorgada por la ley, de dictar la calificación final de las elecciones. No es culpa de este Colegio Electoral que el Partido Popular quiera iniciar aquí la campaña que la mayoría de sus candidatos no realizó en sus distritos.(Aplausos)

Para el Partido Popular ha habido en esta asamblea una innegable y amplia libertad. Sin embargo, uno solo de sus miembros ha guardado el decoro cívico con que debe usarse esta tribuna: fue la ciudadana Adriana Lombardo, una mujer, la hija del propio primer dirigente del Partido Popular. Ella fue la única que impugnó el dictamen que era adverso, con dignidad y valentía. La Asamblea la oyó con respeto. No. invocó el nombre de su padre.

Habló en nombre y defensa de sí misma.

Como ciudadana estuvo señalando lo que a juicio de su partido son las imperfecciones de la Ley Electoral vigente. Hizo un vigoroso y detallado relato sobre su participación en la lucha electoral y de las tareas sociales que en su distrito ha realizado. Aún en aquellas ocasiones en que se apartó del dictamen para hacer alusiones, de tipo personal sobre quien resultó triunfante en las elecciones, su actitud mereció el respeto de la Asamblea y de la opinión pública.(Aplausos)

Fue otra mujer, Margarita García Flores, quien la refutó con igual dignidad y firmeza. Defendió el dictamen, la validez de la elección, la legalidad tanto de los actos del proceso electoral, como de la Junta Computadora que extendió la constancia de mayoría de votos en favor del candidato del Partido Revolucionario Institucional. Su intervención fue satisfactoria para este Colegio Electoral, y las pruebas y razones que adujo obtuvieron la plena conformidad de esta Asamblea.

Ningún otro miembro del Partido Popular vino a esta tribuna a cumplir con el objeto que el debate final de las elecciones demanda.

En el Colegio Electoral, última instancia en la calificación de las elecciones, se deben impugnar o probar los dictámenes. A él se vienen a demostrar los resultados del trabajo político realizado en un distrito. La ubicación geográfica de cada distrito electoral, señala el campo cívico en que un candidato ha de luchar por el voto de los ciudadanos, difundiendo la doctrina de su partido, las causas históricas que éste represente, el programa político y social que a al ciudadanía promete. Con la honrosa excepción de Adriana Lombardo, los candidatos del Partido Popular han optado por el insulto.

¿Cual es en realidad su táctica de lucha? ¿en qué consiste la plataforma de principios que defiende?

¿ A caso una campaña electoral para los miembros del Partido Popular significa solamente una oportunidad pública de provocar actos de disolución social y una constante tarea contra la seguridad de la Nación? Y yo pregunto: ¿Es el Colegio Electoral el sitio adecuado para venir a hacer propaganda contra la lealtad del Ejército y la integridad de las Instituciones?

Si se afirma que esclarecidos talentos figuran en las filas del Partido Popular: ¿que el talento está organizado en su seno para servir a una infamia, o un programa de Justicia?

Partido Popular talento, que no sea el talento que denigra a la patria; que sea la inteligencia que respeta y sirve al pueblo. La condición de absoluta minoría en que ha luchado el Partido Popular, se debe a la condenación del pueblo a sus procedimientos y a su doctrina. El propio Lombardo Toledano ha señalado que en un país no importa el número de organismos políticos que actúen, sólo existen dos partidos: el que representa la tradición, la doctrina, las causas fundamentales del pueblo, que son las grandes causas de su historia, y el otro partido que las rechaza y las combate. Pero puede haber un tercer partido más allá de esa traición y de esas causas, vigilante del partido en que actúan la fuerzas progresistas, con quien debe establecer alianzas todo grupo extremista, porque Lombardo dice: que es sectarismo ciego querer luchar solos cuando el enemigo común es fuerte.

¡Que triste misión la del tercer partido! ¡Que lamentable táctica de lucha la del tercer partido que se queda aislado y solo, empobrecido en sus filas y sin posible alianza, porque permanece ajeno a los intereses del pueblo! ¡Eso es el partido Popular: un reducto de inconformidad frente al esfuerzo y la concordia nacional! Porque el Partido Popular, atentando contra los anhelos del pueblo no enarbola los grandes lemas de la patria: ¡su doctrina y sus intereses están más allá de la patria!

Por eso en las elecciones del 3 de julio, la doctrina y el programa del Partido Popular han sido repudiados. Y ante su conducta dentro del Colegio Electoral, la Presidencia de estas juntas preparatorias quiere dejar constancia de la indebida actitud de un partido que abandona la lucha, a pesar de la absoluta libertad que para hacerlo esta Asamblea le ha brindado. En ninguna ocasión, en ninguna época, ha habido tanto respeto para la dignidad y para la vida cívica de los mexicanos.

Esta Presidencia deja asentado aquí, también, a nombre del Colegio Electoral, que nosotros respetamos a los partidos que vienen a luchar lealmente, pero no podemos respetar a quienes quieren hacer de esta casa, a quienes quieren hacer de este recinto del Derecho, un templo de la baja injuria (Aplausos) - El C. secretario Corrales Ayala, Rafael: En tal virtud se consulta a la Asamblea, en votación económica, si lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia por conducto de la Secretaría, declara:

Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el segundo distrito electoral del Estado de Tlaxcala.

"Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, los CC. Samuel Ortega Hernández y Antonio de la Lanza Monterrubio, como propietario y suplente, respectivamente".(Aplausos)

- El C. secretario Ruiz Vasconcelos, Ramón(leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"5a Sección.

"Honorable Asamblea:

"Por acuerdo expreso de vuestra soberanía se turno a esta 5a. Sección de la Primera Comisión Revisora de Credenciales, el expediente que contiene la documentación relacionada con las elecciones para diputados al Congreso de la Unión, que se verificaron el 3 de julio de este año en el 1er distrito electoral del Estado de San Luis Potosí.

"De conformidad con el artículo 5o. del Reglamento Interior del Congreso General, nos abocamos al estudio de la mencionada documentación y de la misma se desprende:

"Primero. Se registraron como candidatos por el partido Revolucionario Institucional, los señores licenciado Jesús Medina Romero como propietario y Miguel Angel Alvarez Sánchez como suplente y por el Partido Acción Nacional, los señores David Lomelí Saldívar como propietario y Eutimio Camacho Sandoval como suplente.

"Segundo. Se llevaron a cabo las elecciones dentro del más completo orden en las 90 casillas que se instalaron en el distrito, las cuales funcionaron sin incidente

según el informe rendido por el Comité Distrital Electoral. Tercero. EL día 10 de julio se practicó el cómputo total de la elección, encontrándose que todos los paquetes electorales no presentaban muestras de haber sido alterados y se obtuvieron los resultados siguientes: licenciado Jesús Medina Romero y Miguel Angel Alvarez Sánchez, 55,273 votos; señores David Lomelí Saldívar y Eutimio Camacho Sandoval, 3,992 votos

"Cuarto. Como consecuencia de lo inmediato anterior, se extendió constancia de mayoría de votos a favor de los CC. licenciado Jesús Medina Romero y Miguel Angel Alvarez Sánchez como propietario y suplente, respectivamente; habiéndose registrado dicha constancia, ante la Comisión Federal Electoral con el aviso consiguiente a esta H. Cámara de Diputados.

"Por todo lo anterior y estimando esta Comisión Revisora que no existe elemento alguno que haga variar la legalidad de los actos electorales realizados y que, por lo tanto es válido el sufragio emitido en el distrito electoral que nos ocupa, se pronuncia el presente dictamen con los siguientes puntos resolutivos:

"Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el 1er. distrito electoral del Estado de San Luis Potosí. "Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Jesús Medina Romero y Miguel Angel Alvarez Sánchez.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la unión.- México, D.F., A 22 de agosto de 1955. - Marcos Carrillo Cárdenas. - Carlos Valdéz Villarreal. - Guillermo Quevedo Moreno"

Esta a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra. En votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado.

La Presidencia, por conducto de la secretaría, declara: "Primero. Son válidas las elecciones verificadas el día 3 de julio próximo pasado en el 1er. distrito electoral del Estado de San Luis Potosí. "Segundo. Son diputados federales por el mencionado distrito, propietario y suplente, respectivamente, los CC. licenciado Jesús Medina Romero y Miguel Angel Alvarez Sánchez". (Aplausos)

- El C. secretario Corrales Ayala Rafael (leyendo):

"Primera Comisión Revisora de Credenciales.

"Sección 4a.

"Honorable Asamblea:

"A la suscrita Primera Comisión Revisora de Credenciales, sección cuarta, fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía para estudio y dictamen el documental correspondiente a las elecciones para diputados federales celebradas el domingo tres de julio del presente año en el 15o. distrito electoral del Distrito Federal.

"Se comprobó que en este distrito contendieron las siguientes candidaturas para diputados, propietario y suplente respectivamente: por el PRI. los CC. Jorge Ayala Ramírez y Aristeo Ponce

Huerta, con 24,772 votos y 24,349 sucesivamente; por el PAN. Los CC. Raúl Ugalde y Juan Torres Ciprés con 11257 y 11,271 sucesivamente; por el PP los CC. Raúl Moncada Sosa y Pedro Morales Limón con 2,925 votos y 2,530 sucesivamente; el PNM los CC. Juan Siles Aguilera y Jorge Cardona y Fernández del Valle con 1,661 votos y 1,611 sucesivamente.

"Practicado el estudio minucioso de los documentos turnados, se concluyó que la preparación de las elecciones se llevó a cabo siguiendo las normas legales vigentes y las instrucciones de los organismos electorales; que las mismas se realizaron sin incidentes de tomarse en cuenta no obstante las protestas infundadas de los representantes de los partidos Acción Nacional y Popular, y y finalmente el comité Distrital respectivo efectuó el cómputo con los resultados arriba citados.

"En consecuencia el Comité Distrital expidió constancia de mayoría de votos en las elecciones, en favor de los CC. Jorge Ayala Ramírez y Aristeo Ponce Huerta como diputados, propietario y suplente respectivamente, y, por último, la Comisión Federal Electoral registro conforme a la ley dicha constancia de mayoría de votos en favor de los ciudadanos antes mencionados, bajo el número 114 del libro respectivo.

"En relación con las quejas presentadas por Acción Nacional, pasamos a analizarlas en su orden:

"Afirma que el padrón electoral estuvo lleno de irregularidades en el sentido de que figuraron personas y domicilios falsos y que dichas listas censales fueron entregadas extemporáneamente, circunstancia que imposibilitó su confrontación; a este respecto, la Comisión manifiesta que el artículo 54 de la Ley Electoral Federal señala claramente los trámites que hay que seguir para regularizar esta situación; además, a esta afirmación de Acción Nacional no nos fue presentada ninguna prueba como no sea el simple escrito de este partido. Sigue diciendo el escrito de referencia, que los funcionarios re las casillas en su mayoría son miembros del Partido Revolucionario Institucional y que por lo tanto el funcionamiento de dichas casillas es irregular, cosa que se contradice con su actitud al levantarse el acta final con motivo del escrutinio general, en donde todos los partidos firman de conformidad. A mayor abundamiento existe la circunstancia legal de que el nombramiento de los funcionarios de las casillas, se hizo siguiendo lo establecido por la ley ya invocada en su artículo 24. Continúa Acción Nacional quejándose de que el secreto del voto se ha violado; pero no agrega a su afirmación ninguna prueba, por lo que la Comisión se ve en la necesidad de desecharlo. Por último, Acción Nacional se queja de que en el proceso eleccionario se haya permitido votar a personas que no figuraban en el censo correspondiente; pero no nos ha dicho Acción Nacional, sí esta acción la realizaron personas que viven en el Distrito Federal, o son personas de las claramente señaladas en la fracción I del artículo 84 de la ley de la materia, en cuya circunstancia queda a juicio de los presidentes de las casillas permitir o no que realicen el acto de votación.

"En cuanto a las quejas presentadas por el Partido Popular que en términos generales son las mismas de Acción Nacional, las consideraciones de esta Comisión no pueden ser otras que las ya señaladas, pues a las afirmaciones hechas por los partidos no se ha acompañado prueba alguna. Si no fueran suficientes los hechos y consideraciones que ha tenido la Comisión, conviene señalar que en su gran mayoría las actas de escrutinio de cada una de las casillas que funcionaron en el 15o. distrito del Distrito Federal fueron firmadas por los representantes de los partidos contendientes, así como el acta final levantada con motivo de la sesión celebrada el 10 de julio del corriente año, por el Comité Distrital Electoral Federal correspondiente, en cuyo documento se analizan uno por uno los resultados de las casillas y su cómputo final lo sancionan los partidos en juego

"Por las razonas expuestas y tomando en cuenta que las protestas u objeciones no son suficientes para invalidar la elección o que desvirtúen el cómputo aludido, la Comisión dictaminadora se permite proponer a vuestra soberanía los siguientes puntos resolutivos para la aprobación en su caso:

"Primero. Son Válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día tres de julio del año en curso, en el décimo quinto distrito electoral del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados al H. congreso de la Unión propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Jorge Ayala Ramírez y Aristeo Ponce Huerta.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F., A 20 de agosto de 1955. - Hesiquio Aguilar Marañon. - Leopoldo Sánchez Celis. - Saturnino Saldivar Alcalá".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea sí lo aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobado. La Presidencia, por conducto de la Secretaría, declara:

"Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día tres de julio del año en curso en el decimoquinto distrito electoral del Distrito Federal.

"Segundo. Son diputados al H. Congreso de la Unión, propietario y suplente, respectivamente, por el mencionado distrito electoral, los CC. Jorge Ayala Ramírez y Aristeo Ponce Huerta". (Aplausos) - El C. Presidente: (a las 15.50 horas): Habiéndose agotado los dictámenes a discusión, se levanta la sesión y se cita para mañana a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"