Legislatura XLIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19551209 - Número de Diario 34

(L43A1P1oN034F19551209.xml)Núm. Diario:34

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 1955

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I. - PERIODO ORDINARIO XLIII LEGISLATURA TOMO I. - NUMERO 34

SESIÓN

DE LA

CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 9

DE DICIEMBRE DE 1955

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Lectura de la Orden del Día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

2.- Se da el trámite de turnarse a Comisión e imprimirse a la iniciativa del Ejecutivo Federal, en que propone la expedición de una nueva tarifa del Impuesto General de Importación.

3.- Cartera. Primera lectura a dos dictámenes por los que se concede permiso a los CC. Enrique Sandoval Castarrica y Luis León de la Barra, para que puedan aceptar y usar condecoraciones otorgadas por gobiernos extranjeros.

4.- Segunda lectura y aprobado sin discusión de dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda en que se aceptan las modificaciones del Senado al proyecto de decreto que reforma la Ley General del Timbre; iniciado por el Ejecutivo Federal y aprobado por esta Cámara en la sesión del 4 de noviembre último. Pasa el proyecto al Senado para efectos constitucionales.

5.- Moción por escrito de la diputación guerrerense en que se pide se dé cumplimiento al decreto del Congreso de la Unión, publicando en el "Diario Oficial" el día 26 de enero de 1950, sobre la inscripción del nombre de Cuauhtémoc con letras de oro en los muros del Salón de Sesiones de esta H. Cámara. La Presidencia para dar cumplimiento al decreto relativo, fija la fecha del 29 del actual para la sesión solemne en que se descubra dicha inscripción. Se levanta la sesión.

DEBATE

Presidencia del

C. CARLOS VALDES VILLAREAL

(Asistencia de 115 ciudadanos).

El C. Presidente (a las 12.45 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Morales Cruz José Ignacio (leyendo):

"Orden del Día.

"9 de diciembre de 1955.

"Acta de la sesión anterior.

"Iniciativa del Ejecutivo sobre una nueva tarifa del Impuesto General de Importación.

"Circular del Congreso de Oaxaca en que da a conocer la elección de Presidente y Vicepresidente para el mes en curso.

"Primera lectura del dictamen por el que se concede permiso al general Enrique Sandoval Castarrica para aceptar una condecoración del gobierno de la ciudad de Manila, Luzón, Islas de Filipinas.

"Primera lectura del dictamen por el que se concede permiso al C. Luis León de la Barra para aceptar y usar una condecoración de la República francesa.

"Segunda lectura y discusión del dictamen que acepta las modificaciones del Senado a las reformas a la Ley General del Timbre, iniciativas por el Ejecutivo.

"Solicitud de la Diputación por el Estado de Guerrero, a fin de que se fije fecha que sea descubierto el nombre de Cuauhtémoc en los muros de este recinto.

"Acta de la sesión celebrada por la H. Cámara de Diputados del XLIII Congreso de la Unión el día seis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco.

"Presidencia del C. Carlos Valdés Villareal.

"En la ciudad de México, a las doce horas y cincuenta y tres minutos del martes seis de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco, se abre la sesión con asistencia de ciento veintiún ciudadanos diputados, según lo declaró la Secretaría después de haber pasado lista.

"Se da lectura a la Orden del Día.

"Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, celebrada el día dos del actual.

"La Secretaría da cuenta con los documentos en cartera:

"Oficio de la Secretaría de Gobernación en que transcribe uno de la Relaciones Exteriores, por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Luis León de la Barra pueda aceptar y usar una condecoración de la República francesa. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Oficio de la Secretaría de Gobernación en que se transcribe uno de la Defensa Nacional, solicitando el permiso constitucional correspondiente para

que el C. general brigadier diplomado de Estado Mayor, Enrique Sandoval Castarrica pueda aceptar y usar el Gafete de Liberación de las Filipinas, que le fue conferido por el gobierno de la ciudad de Manila, Luzón, Islas Filipinas. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

"Dictamen de la Segunda Comisión de Hacienda que contiene las modificaciones hechas por la H. Cámara de Senadores al proyecto del Ejecutivo Federal, sobre las reformas a la Ley General del Timbre, ya aprobado por esta Cámara. Primera lectura.

"A las trece horas y un minuto se levanta la sesión y se cita para el próximo viernes, a las doce horas".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los ciudadanos que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

- El C. secretario Dauajare Torres Félix (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F. - Secretaría de Gobernación.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. -Presentes.

"Para los efectos constitucionales, con el presente les acompaño iniciativa que el C. Presidente de la República somete a la consideración de esa H. Cámara, proponiendo la expedición de una nueva Tarifa del Impuesto General de Importación.

"Atentamente.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 7 de diciembre de 1955. - El Secretario, licenciado Angel Carvajal".

"Estados Unidos Mexicanos. - Presidencia de la República.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presentes.

"En ejercicio de la facultad que me concede la fracción I del artículo 71 constitucional someto al examen del H. Congreso de la Unión el proyecto de una Nueva Tarifa del Impuesto General de Importación. Dicho proyecto no consulta modificaciones en las cuotas del impuesto a la importación. Se propone, en primer lugar, un nuevo ordenamiento de las fracciones del arancel para darle una estructura más ajustada a las características actuales de nuestra economía y al desarrollo de su comercio internacional, y en segundo, un desglose de múltiples fracciones -que en la Tarifa en vigor se presentan en forma genérica - y la asimilación de varias en una sola; todo ello con el objeto de modernizar y hacer más eficaz el instrumento que registra nuestro comercio de importación.

"La percepción de ingresos por concepto de impuestos a la importación no tiene ya la significación que tuvo en décadas anteriores. Así, en 1930 este impuesto representó el 34.0% de la recaudación ordinaria total, mientras que en 1954, solamente fue de 13.7%. Esto ha sido posible en virtud de los cambios que han tenido lugar en la estructura de la economía nacional y que han permitido el aumento de la recaudación de otros impuestos interiores, tales como el de la Renta e Ingresos Mercantiles, entre otros.

"El impuesto a la Importación cumple en términos generales, la importante función extrafiscal de coadyuvar al desarrollo económico del país. Esta finalidad la ha cumplido la actual Tarifa del Impuesto de Importación que entró en vigor en 1930 y que ha venido modificándose desde entonces, según lo ha dictado el interés nacional. En efecto, durante la mayor parte de su vigencia mostró ser un instrumento adecuado para imprimir al comercio de importación las directrices convenientes dentro del marco de la política económica general y contribuyó en forma determinante al desarrollo industrial del país. Sin embargo, elaborada en una época en la que el país no registraba los altos niveles de producción que han tenido lugar durante los últimos años, que se traducen necesariamente en un volumen diverso de importaciones, se ha convertido en un instrumento poco elástico y genérico, que no satisface al creciente desarrollo agrícola, industrial y comercial de México.

"Esta situación no solamente la ha observado el Gobierno Federal en las actividades regulares, en que interviene la Tarifa de Importación, sino también los particulares, de lo que es muestra las peticiones y sugestiones que se han recibido, de organismos decentralizados y Cámaras y Asociaciones de Productores e Importadores, en el sentido de revisar la Tarifa.

"En atención a los factores, el proyecto de Tarifa del Impuesto General de Importación que someto al H. Congreso de la Unión, contiene cambios fundamentales de estructura y nomenclatura.

"Con respecto a la estructura, la clasificación de los artículos que comprende la Tarifa actual, es preferentemente por su naturaleza mineral, vegetal o animal. En el proyecto de la Nueva Tarifa, al hacer la agrupación de las mercancías se tomaron en consideración los principios técnicos y administrativos más adelantados y ya en usos en otros países, correspondiendo una clasificación ajustada a criterios de producción y grado de elaboración.

"El cambio de la estructura hacía necesario revisar la cantidad de dígitos que numeraban las fracciones. Su número para las fracciones de la Tarifa vigente es de cinco, el que, dentro de la estructura general de la misma, determina una rigidez ante la que los encargados del manejo de la Tarifa, cuando hay necesidad de colocar un nuevo artículo, se ven precisados a abrir una fracción en incisos, colocar el artículo en un grupo al que estrictamente no corresponde dada su naturaleza, o bien utilizando vocabulario que así se desnaturaliza pues deja de ser la simple relación alfabética de las mercancías, única función que tiene que cumplir.

"En el proyecto que someto a vuestra consideración se ha ampliado a siete el número de dígitos; izquierda a derecha, el primero, designa la Sección a que corresponde el artículo (ejemplo, Maquinaria, Máquinas, Herramientas, etc.); el segundo, el Capítulo (ejemplo, Maquinaria) el tercero, el Grupo (ejemplo, Máquinas y Aparatos para uso en la Agricultura) los dos siguientes, la Partida (ejemplo, Preparadoras de Sierra y Sembradoras) y los dos

últimos, la Fracción (ejemplo, Rastras, Cultivadoras, etc.)

"El cambio en el número de dígitos viene a romper la rigidez que presenta la Tarifa vigente y da amplia flexibilidad a la que se presenta como proyecto debido a la capacidad de establecer fracciones o subdividir las actuales.

"La mayor especificación que propone el proyecto se apoya en el estudio de las características de la exportación a México de los países con los que se sostiene un volumen de comercio importante, en el asesoramiento directo de sectores interesados y en la experiencia acumulada por las autoridades encargadas de estudiar esta clase de problemas.

"Por otro lado, el carácter variable del comercio exterior, el desarrollo económico interno y el cambio, en las preferencias de los consumidores hacia otras mercancías, similares, ha dado por resultado que aparezcan en la Tarifa vigente fracciones sin movimiento comercial alguno. En este caso, el proyecto que someto a su consideración contempla la asimilación de varias fracciones en una que se consideró representativa.

"La Tarifa del Impuesto General de Importación cuyo proyecto se somete a la consideración del H. Congreso continúa siendo de una sola columna, esto es, los impuestos son los mismos cualquiera que sea el país de procedencia de las mercancías, puesto que persiste en el ánimo del Ejecutivo a mi cargo la intención de que el comercio internacional se siga practicando, como es tradicional en México.

"Los cambios introducidos en el proyecto de una Nueva Tarifa del Impuesto General de Importación traerán consigo ventajas tanto para el Gobierno Federal, como para la colectividad. Para el primero, por las facilidades que le brindará una Tarifa que permita una mejor administración del impuesto, acentuando los criterios de carácter económico en que apoya las investigaciones de este tipo, y para la generalidad, porque la mayor especificación y clara nomenclatura de la Tarifa le permitirá realizar sus operaciones comerciales con prontitud, y con un mínimo de problemas aduanales. Las dependencias del Gobierno Federal y los organismos que utilizan la Tarifa como instrumento de trabajo, encontrarán en el proyecto que se anexa, la solución de los problemas que ha planteado al Ejecutivo.

"Fue necesario modificar las Reglas de Aplicación a que se refiere al artículo 2o del proyecto con objeto de hacerlas congruentes con la relación de fracciones que consigna el artículo 1o. Los cambios no alteran esencialmente el contenido de las que están en vigor, sino antes bien, las aclaran.

"Con objeto de facilitar el uso de la Nueva Tarifa del Impuesto General de Importación, tanto al público como a las autoridades encargadas del manejo del impuesto, se ha creído pertinente señalar como fecha para que en vigor, el día primero de febrero de 1956.

"Ruego a ustedes CC. Secretarios se sirvan dar cuenta de esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados, para efectos constitucionales correspondientes.

"Reitero a ustedes mi más alta y distinguida consideración.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"México, D. F., a 26 de noviembre de 1955. - El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Adolfo Ruiz Cortines. El secretario de Hacienda y Crédito Público, Antonio Carrillo Flores".

Trámite. Recibo, a las Comisiones unidas de Hacienda un turno e Impuestos, e imprímase.

- El mismo C. Secretario (leyendo):

"Estados Unidos Mexicanos. - Poder Legislativo del Estado. - Oaxaca. - Secretaría.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - México, D. F.

"En cumplimiento de preceptos legales comunicamos a ustedes que en términos reglamentarios, resultaron electos los CC. diputados Alfonso Díaz Velasco e ingeniero agrónomo Heriberto Camacho Ambrosio, Presidente y Vicepresidente, respectivamente, de esta H. XLII Legislatura, para funcionar durante los primeros 15 días del mes de diciembre próximo.

"Sufragio Efectivo. No Reelección.

"El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz. - Oaxaca de Juárez, a 30 de noviembre de 1955. - Ramón Orozco Gutiérrez, D. S. - Manuel Carlos Villalobos Azúa, D. S."

- De enterado.

"Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"La suscrita Segunda Comisión de Puntos Constitucionales recibió para estudio y dictamen, por acuerdo de vuestra soberanía, la solicitud formulada por la Secretaría de la Defensa Nacional, a través de la Gobernación, encaminada a obtener el permiso constitucional necesario para que el C. general brigadier Enrique Sandoval Castarrica pueda aceptar y usar el Gafete de Liberación de las Filipinas, que le fue conferido por el gobierno de la ciudad de Manila, Luzón Islas Filipinas.

"Estudiado detenidamente el presente caso, no hemos encontrado ningún inconveniente de orden constitucional que impida otorgar la autorización respectiva al C. general brigadier Enrique Sandoval Castarrica, sin que tampoco se afecte la ciudadanía mexicana con motivo de la aceptación de la referida condecoración.

"Por lo expuesto y con fundamento en el inciso B de la fracción III del artículo 37 de Constitución General de la República, sometemos a la consideración de la H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. general brigadier Enrique Sandoval Castarrica, para que sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y usar el Gafete de Liberación de las Filipinas que le fue conferido por el gobierno de la ciudad de Manila, Luzón Islas Filipinas.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 7

de diciembre de 1955. - José Inocente Lugo Lagunas. - Román Esquivel Pimentel. - Marcos Carrillo Cárdenas". - Primera lectura.

---- "Segunda Comisión de Puntos Constitucionales.

"Honorable Asamblea:

"Por conducto de la Secretaría de Gobernación, la de Relaciones Exteriores ha solicitado el permiso constitucional necesario para que el C. Luis León de la Barra pueda aceptar y usar la condecoración de oficial de Academia, que le otorgó la República francesa.

"La suscrita Comisión no teniendo objeciones que hacer a la referida solicitud, además de que no se afecta la ciudadanía mexicana con motivo de su aceptación, se permite someter a vuestra consideración, en cumplimiento a lo que sobre el particular establece el inciso III de la fracción B del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo Único. Se concede permiso al C. Luis León de la Barra, para que sin perder la ciudadanía mexicana, pueda aceptar y usar la condecoración de oficial de Academia, que le otorgó la República francesa.

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 7 de diciembre de 1955. - José Inocente Lugo Lagunas. - Román Esquivel Pimentel. - Marcos Carrillo Cárdenas". - Primera lectura.

- El C. secretario Morales Cruz José Ignacio (leyendo):

"Segunda Comisión de Hacienda.

"Honorable Asamblea:

"La Cámara de Senadores con fundamento en la fracción e) del artículo 72 constitucional, devolvió a ésta de Diputados el expediente que contiene el proyecto de decreto que reforma la Ley General del Timbre, que por iniciativa del Ejecutivo de la Unión fue aprobada por esta H. Cámara en la sesión celebrada el día 4 de noviembre próximo pasado.

"La colegisladora expone que en el año de 1953 se sometió al Congreso de la Unión otro proyecto del Ejecutivo en que modifica la Ley General del Timbre, habiendo sido aprobado por ambas Cámaras con las modificaciones propuestas por el Senado, respecto a las cuotas correspondientes al contrato de compraventa; pero que se conservó en los propios términos de la iniciativa, la parte de la tarifa referente a ese contrato, en que se expresa que se aplicará solamente la tasa del 2% tratándose de predios rústicos de inmuebles objeto de la operación que tengan sus rentas congeladas.

"En el segundo proyecto de reforma a la Ley General del Timbre que nos ocupa, se fijan para la permuta en el artículo 4o inciso XVI las mismas cuotas del 2, 2 1/2, 3 y 3 1/2%, pero no se incluyen las normas sobre compraventa a que se refieren las anteriores reformas, considerándose por razones obvias y por la semejanza de ambos contratos, que debe contener la ley, en lo conducente, las mismas disposiciones y tratamientos.

"En atención a lo anterior, los suscritos miembros de la Segunda Comisión de Hacienda, consideran acertadas las modificaciones planteadas por el Senado y, de conformidad con lo que establece la fracción e) del artículo 72 de la Constitución, se permite someterlas a la consideración de la honorable Asamblea, en la siguiente forma:

"Artículo 4o . . . . . . . . . . . . . . . .

"XVI. Permuta.

"A). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"B). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"a). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"b). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"c). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"d). . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"Se aplicará solamente la tasa del 2% en los siguientes casos:

"Si se trata de predios rústicos;

"Si el inmueble de mayor valor objeto de la operación tiene congeladas sus rentas en virtud de disposición de autoridad competente".

"Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., diciembre 5 de 1955. - Ramón Ruiz Vasconcelos. - Carlos R. Castillo Contreras. - Gustavo Rueda Medina".

Están a discusión las modificaciones hechas por el Senado al proyecto de reformas a la Ley General del Timbre, enviado por el Ejecutivo. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a la votación nominal, en un solo acto, en lo general y en lo particular. Por la afirmativa.

El C. secretario Dauajare Torres Félix: Por la negativa.

(Votación)

El C. secretario Morales Cruz José Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Dauajare Torres Félix: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación)

El C. secretario Morales Cruz José Ignacio: Fueron aprobados por unanimidad de 107 votos modificaciones hechas por el Senado a las reformas a la Ley General del Timbre, iniciadas por el Ejecutivo. Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales.

- El mismo C. secretario (leyendo):

"Honorable Asamblea:

"Los integrantes de la Diputación Federal Guerrerense, acuden ante vuestra soberanía para solicitar, con todo respeto, que se dé cumplimiento en la fecha que se estime pertinente, al decreto del H. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el jueves 26 de enero de 1950, por medio del cual se dispone que se inscriba con letras de oro en los muros del Salón de Sesiones de esta H. Cámara de Diputados, el nombre de Cuauhtémoc.- Atentamente.

"México, D. F., a 8 de diciembre de 1955. - Carlos Román Celis. - José Inocente Lugo Lagunas. - Jorge Soberón Acevedo. - Gustavo Rueda Medina. - Aarón Paláez Salazar".

Hacen suya esta petición los ciudadanos diputados: Raymundo Flores Fuentes, José López Bermúdez, Margarita García Flores, Marcos Carrillo Cárdenas, Ramón Ruiz Vasconcelos, Julio Ramírez Colozzi, Marcelina Galindo Arce, Agapito Domínguez Cabrera, Manuel Sierra Macedo, Emiliano Corella Molina, Joaquín Duarte López, Carlos Ramírez Guerrero, Remedios Albertina Ezeta, Félix Dauajare Torres, Angel Lozano Elizondo, Antonio Hernández Méndez, Alberto Alcalá de Lira, Benigno Abúndez Chávez, Raúl Juárez Carro, Manuel Sánchez Vite y Fernando Pámanes Escobedo y la Diputación Federal de Puebla".

El C. Presidente: En vista de la moción presentada por la diputación del Estado de Guerrero, se fija la fecha del 29 del corriente, a las once horas, para la celebración de una sesión solemne en la que será descubierto el nombre de Cuauhtémoc en los muros de este recinto, dando así cumplimiento al decreto de este Congreso publicado en el "Diario Oficial" el 26 de enero de 1950. (Aplausos)

Agotada la orden del día (a las 13.15 horas), se levanta la sesión y se cita a los señores diputados para el martes 13 del actual a las doce horas.

TAQUIGRAFIA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"