Legislatura XLIII - Año II - Período Comisión Permanente - Fecha 19570425 - Número de Diario 48

(L43A2PcpN048F19570425.xml)Núm. Diario:48

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., JUEVES 25 DE ABRIL DE 1957

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos. el 21 de septiembre de 1921.

AÑO II. - PERIODO ORDINARIO XLIII LEGISLATURA TOMO I.- NUMERO 48

SESIÓN SOLEMNE

DE LA

H. COMISIÓN PERMANENTE

CELEBRADA EL DÍA 25

DE ABRIL DE 1957

SUMARIO

SUMARIO

1.- Se abre la sesión. Pronuncian discursos alusivos en homenaje al "Año de la Constitución de 1857 y del Pensamiento Liberal Mexicano", los CC. senador Roberto A. Cortés y diputado Luis M. Farías.

2.- Se lee y aprueba el acta de la presente sesión, levantándose ésta.

DEBATE

Presidencia del

C. MANUEL GUZMÁN WILLIS

- - -

(Asistencia de 24 ciudadanos representantes).

El C. Presidente (a las 12.00 horas): Se abre la sesión solemne de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, en homenaje al año de la Constitución de 1857 y del Pensamiento Liberal Mexicano.

Tiene la palabra el ciudadano senador Roberto A. Cortés.

El C. Cortés A. Roberto: C. Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. C. Representante del señor Presidente de la República C. Representante de la Suprema Corte de Justicia. CC. Gobernadores. CC. Diputados y Senadores. Señoras y señores: La representación nacional ha querido exhalar la memoria de aquella generación luminar de México que nos diera la clara visión de una patria constituida y nos legara con la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la floración de un pensamiento amplio, elevado y constructivo, en derredor del que ha sido posible hallar la Unidad Nacional.

Constitución de 1857 y Pensamientos Liberal Mexicano que no son sino la consecuencia de las ideas libertadoras de Hidalgo, del pensamiento democrático de Morelos y el antecedente de ese otro movimiento contemporáneo nuestro, la Revolución Social Mexicana y de la carta Magna que nos rige. A cien años de distancia se yerguen inmutables los paladines de la idea. Ayutla, con Juan Alvarez, Ignacio Comonfort y Santos Degollado, nos dice del ansia nacional de acabar con un remedio imperial despótico, a fin de que la nivelación de nuestro México volviera al derrotero demarcado por Guadalupe Victoria, Vicente Guerrero, Valentín Gómez Farías y todos los adalides democráticos que se inmortalizaron en los días de nuestros primeros pasos por el camino de la Federación y de la Mexicanidad.

De Ayutla arranca la verdadera vida de México, un pueblo desesperado por la pobreza, cansado de la tiranía y ansioso de estructurar políticamente la patria, se rebela incontenible y al conjuro de la victoria de aquel plan, caen despedazadas las viejas normas, el absolutismo y un estado social injusto; con el triunfo de Ayutla advienen no sólo la legitimidad de nuestra Independencia y las libertades consignadas en los derechos del hombre, sino el recio cauce al que convergen el pabellón tricolor de iguala, la fe de los mexicanos exaltada por el heroísmo, que se manifiesta en todo nuestro suelo y que nos dice que tenemos patria institucional, formada por beneficio de la Mexicanidad, regida por mexicanos que piensan con México y para México.

El día 5 de febrero de 1857 al jurarse la Constitución, México, está afirmando su querer ser libre y su derecho a serlo, atrás como sombras de un pasado liquidado definitivamente quedaron para siempre, quebrados como falsos ídolos, los círculos estrechos a donde los indios eran confinados, el feudalismo de nuevo cuño y las castas, los fueros y los privilegios; México asomaba por fin a la aurora de un nuevo día.

Una etapa mejor se abría para la nación con el triunfo de las ideas liberales, que el pensamiento de sus hombres más ilustres, comprendían, en el aspecto político lo siguiente: Libertad de trabajo, de comercio, de enseñar y escribir, universalidad del sufragio, independencia de Poderes etc. y reformas sociales, tales como la igualdad ante la ley, separación de la iglesia y el Estado, creación del Registro Civil; libertad religiosa etc., México consumaba así su segunda independencia.

Al conmemorar el Centenario de la Constitución y del Pensamiento Liberal Mexicano, aún nos asombran las dimensiones humanas, y el temple extraordinario de aquellos varones incomparables: Valentín Gómez, León Guzmán, Francisco Zarco, Ponciano Arriaga, Ignacio M. Altamirano, Guillermo Prieto, Melchor Ocampo, Ignacio Ramírez y tantos más, todos ellos señores del ideal, caballeros

inmaculados, primigenios ciudadanos de México, cuya voz como redoble de campanas centenaria, aún nos llama para recordarnos el cumplimiento estricto del deber para con México, de ese deber al que ellos se prodigaron en una entrega tan cabal y generosa que aún nos limpia y nos salva de los errores que pudiéramos cometer.

Frente a ellos como inspiración suprema, está el hombre de la ley. El Bronce de Guelatao, firme, impasible, imperturbable como su raza, enhiesto como el Zempoaltepec de su Oaxaca amada: El licenciado don Benito Juárez.

En 1910, el pueblo nuevamente se rebela para derrocar a otra dictadura, bajo las banderas de Francisco I. Madero; al sucumbir ésta víctima de la traición, surge en el norte el ilustre varón de Coahuila, don Venustiano Carranza, quien recoge la bandera del Apóstol, y lucha hasta vencer al usurpador. Al resultar victoriosa la Revolución Constitucionalista, reúne al constituyente de Querétaro, que habrá de dar forma y contenido al Código actual, en donde además de la garantía individualista quedaron establecidos por primera vez en el mundo, para honra de México, los derechos sociales, destacando el artículo 27 que hace realidad la exigencia de Zapata, dando la tierra a los campesinos, y el 123 que concede derechos específicos y responde a los imperativos de la clase obrera.

Suponer que en virtud de las Constituciones que homenajeamos, todos nuestros problemas han quedado resueltos, no sería lícito, porque todavía hay necesidades insatisfechas y graves problemas sociales, que no obstante lo mucho que se ha hecho, no han sido liquidados, pero lograrlo no puede ser tarea de un hombre ni de un grupo de hombres, por más excepcionales que sean, ello es y debe ser dedicación elevada patriótica y empeñosa de todos los días y todos los mexicanos. Así no puede haber problemas invencibles.

Para confirmarlo está el México de hoy, en donde el Pueblo, en el disfrute de sus libertades, lucha tesoneramente contra la pobreza, la ignorancia y la insalubridad y por alcanzar cada vez, en mayor medida, su felicidad, siguiendo el ejemplo de sus hombres ilustres, con la doctrina y el programa de la Revolución Mexicana, por el camino de la democracia y de la paz honrada y dichosa del trabajo.

Somos por ventura un país joven, conservamos una tradición gloriosa, tenemos el coraje y la voluntad necesarios para vencer y venceremos. Al hacer estas recordaciones históricas tenemos la arraigada convicción de que México ha superado esas etapas y que hoy, por fortuna, nuestro pueblo unido, seguro y firme avanza de cara al porvenir, por el camino de su grandeza.

A un siglo de distancia de la Constitución del 57 y a 40 de la del 17, la mejor manera de honrar a quienes nos legaron esos Códigos, es ajustar nuestra conducta de la de ellos y a la de los hombres de la Independencia, de la Reforma y de la Revolución, inspirando siempre nuestros actos en el supremo bien de México.

Hoy, gracias al ejemplo esclarecido de nuestros héroes, México es uno e indivisible y expresa en la voz austera de su guía, el señor Presidente de la República don Adolfo Ruiz Cortines, que la conciencia nacional tiene la inquebrantable voluntad de no variar los senderos de la patria y de seguir indeclinable en su conducta de credo liberal, con la inspiración de las constituciones revolucionarias.

Hoy los mexicanos, todos, nos encontramos estrechamente unidos en el esfuerzo afanoso y esperanzado de lograr los designios superiores de México; hoy hay paz y concordia en el país y a todos por igual nos cobija el calor amoroso de una misma bandera, vibramos al escuchar las notas gloriosas de un mismo himno y vivimos al amparo de una misma Constitución.

Porque Bandera, Himno y Constitución, son la Patria (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Luis M. Farías.

- El C. Farías Luis M.

Señor Presidente, Honorable Asamblea; Esta tribuna de la representación nacional ha de convertirse en ocasiones en cátedra. Cátedra de la verdad, cátedra del pueblo. No sólo han de elaborarse aquí las leyes sino que, desde aquí, han de darse a conocer al pueblo sus derechos, la existencia de sus libertades y el alcance de su protección.

Es este un acto que se realiza en homenaje a la Constitución y es por ende, propicia ocasión para hacer saber al pueblo qué es una Constitución y qué significación tiene para él un régimen de derechos, cuáles son los deberes del hombre para el Estado y cuáles las garantías que el Estado le ofrece; porque el problema de los derechos interesa de manera especial a los desheredados, a los desposeídos en este mundo.

El hombre es por naturaleza un ser social dominado por el instinto gregario. Y el hombre tiende a la unión con los semejantes por una doble razón: Por su perfección y dignidad que exigen la comunicación del conocimiento en expresión de amor; y por su carencia, por su necesidad, por su debilidad que le llevan a encontrar en la colaboración las satisfacciones, que aislado, no alcanzaría. Es decir, por el espíritu que pide comunicarse, por la materia que impone necesidades, materiales también, que han de satisfacerse.

Surge así el grupo humano, la comunidad en que sentimientos y costumbres son comunes como producto del instinto y de la herencia. Y la comunidad se convertirá en sociedad por acto consciente de sus integrantes en uso de su innata libertad, como resultante de la razón.

Lo que llamamos Nación es una comunidad unida por la tradición y creencia, y aglutinada principalmente por el nacimiento, como ya el nombre de Nación nos indica. En una Nación encontramos en estado inconsciente la unidad histórica y la comunidad de ideales; pero una Nación carece de cabeza y dirección.

En la Nación surge la necesidad de establecer reglas a que todos deban ajustarse para armonizar esfuerzos y preservar el orden, dando lugar el nacimiento del Estado que es ya una sociedad política conscientemente creada con miras al bienestar colectivo. La sociedad hecha Estado sí tiene cabeza y dirección, representadas por el Gobierno.

Ese Estado, que es organismo político, requiere de una ley suprema y básica que establezca el sistema de trabajo, la forma del cuerpo directivo, y

fije los límites del poder y los derechos de los integrantes individuales de la sociedad. Surgen así las Constituciones que pueden ser tácticas o expresas, que van naciendo lentamente de la tradición o que dan escritas por un cuerpo constituyente.

Es a esta última, a la Constitución escrita, a la que hemos de referirnos en el desarrollo de este discurso.

Ya en el siglo pasado el socialista alemán Fernando Lassalle se planteaba el problema de "¿Qué es una Constitución?" Y tras una serie de ágiles preguntas que se va contestando, llega a la conclusión de que "Es la expresión de las fuerzas reales de Poder". Es decir, que una Constitución no será sino la voluntad de quienes tienen el poder cuando la Constitución se redacta: El Ejército, la plutocracia, los vencedores en una guerra intestina, etc., y esta aseveración audaz puede aceptarse, pero en realidad no nos está explicando sino la forma de Gobierno que un constituyente dado va a establecer en determinado momento, y no nos dice qué es una Constitución en sí, no nos explica la esencia ni los fines últimos de toda constitución, no nos da la clave para entender los valores que una Constitución debe realizar. Esta doctrina es desquiciante y nos llevaría a aceptar fatalmente, el pensamiento formalista de Stammler de que el derecho está constituido por formas fijas de contenido variable, sin conocer fines superiores, sin atender a contenidos; y el derecho sólo se entiende por sus fines que son los que dan contenido a las normas. Esa doctrina, nos llevaría como de la mano también, a la postura helseniana de que no hay más derecho que el positivo, el impuesto por el Estado, con sólo que se cumplan los requisitos de forma. En el Constituyente de 56 hubo un brote de esta enfermedad cuando en la sesión del 10 de julio, el por lo demás siempre brillante Ignacio Ramírez, afirmó que "el derecho nace de la ley". Afortunadamente se impuso el sano y recto criterio de Ponciano Arriaga, quien sostuvo que los derechos del hombre existen por sí y la ley los debe garantizar.

No, no podemos aceptar la tesis de Lasalle. Será preciso buscar otra respuesta a la pregunta "¿qué es una Constitución?"

Carl Schmidt considera que la Constitución es la ley fundamental que establece la forma del Estado. Desde luego es cierto, pero tampoco satisface ya que se queda en una mera descripción de forma. Es Mauricio Hauriou, el genial tratadista francés, quien con la claridad del espíritu latino, nos da una explicación sobre lo que significa una Constitución. El fin que persigue un régimen constitucional, es el establecimiento de un equilibrio entre el orden, el poder y la libertad. El orden y la libertad necesitan del poder para protegerse; el poder, es decir, el Gobierno, necesita del concurso de la libertad de los ciudadanos - ya que no es posible gobernar sólo por la coacción - y necesita también del orden porque sin él obtendría el concurso ciudadano. Hay ocasiones en que orden y fuerza constituyen alianza y oprimen la libertad, dando lugar a los regímenes tiránicos; y en otras, la libertad y la fuerza se unen para destruir el orden, dando paso a la demagogia y el libertinaje. La Constitución obra como regulador para evitar esos extremos perjudiciales a la vida social.

Esta tesis nos satisface, porque da un sentido y explica la razón de ser de la Constitución. Así toda Constitución será una norma fundamental que establezca la forma de Gobierno, el orden que debe prevalecer y señala las libertades de los ciudadanos, así como las relaciones entre gobernantes y gobernados. Será pues la Constitución, el imperio de la ley sobre la fuerza y el sustento de la libertad. Con la Constitución, el Gobierno se convierte en fuente de derecho con miras al orden social.

Y bien, tal es el sentido de la Constitución, pero ¿cuál es el fin del Estado, para qué se ha establecido el Gobierno? ¿Será tan sólo para dictar leyes, para lanzar imperativos, para administrar el orden? ¿No tendrá una finalidad más elevada? ¿Es vivir en orden, dentro de un marco, de seguridad, único que el hombre desea en sociedad? ¿Que acaso no es el hombre un ser perfectible en busca de la perfección? ¿Y bastará la seguridad para facilitar al hombre su perfección y su progreso?

No, y mil veces no. El Estado no sólo debe garantizar la seguridad, debe además otorgar la justicia, y facilitar la salud para el cuerpo y propiciar la cultura para el espíritu. Necesita fomentar en cada momento los fines lícitos del hombre y de la sociedad para su bienestar.

La finalidad del Estado es velar siempre por el bien social, entendiendo por tal, como lo dice el maestro mexicano Gabriel García Rojas: "Lo que facilita la práctica de las virtudes sociales", y por tanto engrandece a la sociedad misma.

Por eso hablamos del hombre, de la persona humana, porque no podemos aceptar la tesis individualista que ve al ser humano como número y al bien común como simple suma de bienes individuales aislados. De aceptar esa posición, tendríamos que aceptar la tesis utilitaria aritmética de Jeremías Bentham del "mayor placer para el mayor número". "Moral que - decía don Antonio Caso - no tiende a la elevación de la vida, a su realización, a su triunfo, sino a su desmoronamiento, a su inevitable derrota". Y es que el hombre no es número puesto que no es sólo un trozo de materia, sino un ser complejo de cuerpo y espíritu, un ser pleno de dignidad.

Para cumplir con ese fin superior del bien común, el Estado habrá de impartir la justicia social para una equitativa repartición de la riqueza, procurando a todos libertad e igualdad de oportunidades en la salud, la educación, el trabajo, las creencias y la búsqueda de la felicidad, propiciando el desarrollo de la personalidad y el bienestar de la familia.

El Estado expresado jurídicamente en una Constitución, ha de ser, como administrador del poder para bien de todos, guía de su pueblo, y la Constitución que establece la forma del Gobierno, fija la meneara a que han de sujetarse las relaciones entre gobernantes y gobernados, señala también, necesariamente, el camino para solucionar los grandes problemas de la nación y es, por tanto, también un programa. De ahí el acierto de don Adolfo Ruiz Cortines al decir como candidato y reiterar como jefe del Estado que tendría "como norma inquebrantable la observancia estricta de la Constitución".

Y hoy - señores - , estamos reunidos para rendir homenaje a la Constitución de 1857, a cien años

de distancia, porque es a la distancia como mejor se aprecia el valor de las obras humanas. Hemos de reconocer que esa Constitución, que parecía destinada al fracaso por la actitud de Comonfort, gracias al esfuerzo continuado de los hombres de la Reforma delineó los perfiles del México institucional, dando unidad al país y sentido de patria al mexicano. Pues como dijera en memorable discurso el licenciado Adolfo López Mateos: "la Constitución no es sólo nuestra ley, sino nuestra bandera".

Muchas son las virtudes de aquel documento político: La afirmación rotunda y noble de que "los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales"; la libertad de enseñanza, de trabajo y de expresión de las ideas; la garantía de la no retroactividad de la ley; el sistema democrático; el sufragio universal".

Aquellos constituyentes, cuyas figuras se agigantan con el transcurso de los años, vivieron para los demás, y portando la imagen del futuro, procurando moldear para México un mejor destino, tuvieron como fruto de su esfuerzo la dicha suprema de convertir "el sueño en vida y en verdad el designio".

Pero entre todas las gemas de bien a México brindaron, brilla de manera especial la institución del amparo. Porque si bien es cierto que este juicio constitucional balbucea en labios de Rejón y se articula ya en boca de Otero no es sino hasta la Constitución de 1857, y gracias al talento de Arriaga, que entra a la vida del Derecho positivo. Y debemos subrayar, además, que el amparo es producto genuinamente mexicano y orgullo de la ciencia jurídica nacional.

Dice el publicista mexicano Octavio A. Hernández en su sólido estudio de la Constitución: "Otorguemos a Inglaterra el mérito de haber generado, inspirado en la realidad de su vida institucional, la idea inicial del Estado constitucional. A Estados Unidos de Norteamérica, el honor de haber dado los primeros pasos en la elaboración consciente y metódica de un orden jurídico apoyado en una Carta Fundamental. A Francia, el mérito, el honor y el reconocimiento por haber captado la idea, imitado el ejemplo y difundido el principio de un Estado sometido al Derecho". A esto podríamos añadir: y reconfortémonos en el convencimiento de que México aportó a la ciencia jurídica, el medio más eficaz, la más idónea institución para salvaguardar los derechos del hombre, para garantizar a la persona humana el ámbito de su libertad frente a todo posible atropello, el juicio más generoso y noble que limita la órbita del Estado frente al derecho supremo del hombre: El Juicio de Amparo.

Gracias a esta institución el hombre aislado es tan fuerte como el Estado. En el amparo, hombre y Estado se enfrentan de igual a igual y la libertad del hombre, a través de la justicia, vence a la fuerza del Estado.

Con el amparo creó el constituyente la más preciosa institución protectora del hombre. Con él, demostró que sí consideraba los derechos humanos como base y objeto de la organización social. Con el amparo, el constituyente dejó claramente establecido que el Estado es un instrumento al servicio de la persona humana, que no se ha hecho el hombre para el Estado, sino el Estado para el hombre. Con el amparo, el constituyente está proclamando a los cuatro vientos que el poder, que es fuerza, está limitado por el Derecho y que el Derecho es el orden al servicio del hombre. Porque como ha dicho muy bien Georges Renardi: "...en filosofía jurídica sólo hay un problema que no tiene más que dos soluciones: El derecho de la fuerza o la fuerza al servicio del derecho. La primera es la carta de la barbarie; la segunda el postulado de la civilización".

Y hemos aquí de hacer la loa, no sólo del amparo en lo general, sino en lo particular del amparo civil que ya es parte del sentir popular. No importa que juristas eminentes se dejen llevar por lecturas extrañas y lancen furiosos ataques al artículo 14 desde todos los ángulos y pretendan que se le dé una interpretación restrictiva, el pueblo con su clara intuición saldrá siempre en defensa de este artículo tutelar que viene a ser la garantía de todos los derechos.

Contra la opinión del erudito tratadista don Emilio Rabasa, que considera que la defensa de los derechos civiles rebaja la elevada tarea de la Corte que debiera sólo atender a las graves y solemnes cuestiones constitucionales, hemos de sostener que el derecho civil debe estar y está garantizado por la Constitución. Ya Hauriou dejó sentado que el Derecho constitucional "tiene por fin el protectorado de la vida civil". Y Rossi decía que el encabezamiento de todos los capítulos del Derecho privado se encuentran en el constitucional. Y en México, han salido a la defensa del amparo civil: Rojas y García, Moreno Cora, Herrera y Lasso, Soto y Gama, García Rojas, Esteva Ruiz y Salvador Urbina, por no citar sino a los más conocidos.

Porque resultaría absurdo pensar que es posible la vida social si carece de garantía y protección: El matrimonio, la patria potestad, la propiedad legítima, la herencia y la solemnidad de los contratos.

El amparo nació felizmente para proteger todos los derechos humanos. Y nació, además, según la intención del constituyente de 1856, con las más liberales características como un juicio de buena fe y equidad sin las trabas y tecnicismos casacionistas en que, al menos el civil, ha devenido. En la historia de Zarco podemos ver cómo se aprobó el artículo 102 en la sección del 30 de octubre, estableciendo para todos los juicios de amparo "la garantía de un jurado compuesto de vecinos del distrito en que se promueve el juicio" y sin que el autor explique la desaparición, en la publicación de la Constitución aprobada se suprimió esa disposición.

Siguiendo esa noble intención de amplitud y sencillez para la tramitación del amparo, el que por once años diera lustre a la Presidencia de la Suprema Corte, el hoy senador de la República don Salvador Urbina decía en 1951, al hacer el comentario a las reformas que había entrado en vigor: "ojalá no esté lejano el día en que estas reformas se extiendan, y transformen el juicio de garantías, hasta convertirlo en lo que debe ser, un medio accesible, principalmente para las clases incultas o desheredadas, a la justicia federal, y un camino para ésta de juzgar con su conciencia constitucional..."

Y el mismo jurista en 1947 consideraba

conveniente que la suplencia de la diferencia de la queja se ampliara a todas las materias de amparo para su mayor efectividad protectora.

Con la entrada del siglo irrumpe en el escenario social una nueva fuerza y, con ella, un nuevo concepto del Derecho. Esa nueva fuerza la constituían los trabajadores organizados. El principio civil de igualdad de las partes en el contrato, no realizaba el ideal de la justicia y la equidad en lo referente a prestación de servicios, porque el rico imponía, so pretexto de igualdad, su poderío frente al desvalido. El constituyente de 1917, dando oído al clamor popular, establece los derechos sociales junto con los derechos del hombre. Y el amparo se hizo extensivo a la materia laboral, convirtiéndose así, ya no sólo en baluarte de los derechos del hombre, en cada persona aislada individualmente considerada, sino en campeón de los trabajadores considerados como grupo social, producto de riqueza y sujeto de valores y derechos.

Y ese amparo que día a día crece y se afirma en la conciencia mexicana, porque es, como ha dicho el maestro Mariano Azuela, "criatura de nuestro México", ese amparo, ha entrado ya al derecho universal en la declaración de los derechos del hombre de 10 de diciembre de 1948 de la Organización de Naciones Unidas. Ha salido ya a los campos internacionales y creemos dará frutos de equilibrio y tranquilidad en el concierto mundial, como los ha dado en nuestra patria.

Si la Constitución de 1857 no tuviera otros méritos, y los tiene en abundancia, bastaría el amparo para ganar nuestro respeto admirativo. A la sombra protectora de su Constitución, el pueblo va labrando su porvenir, ampliando su horizonte y mejorando su existencia.

Y si queremos honrar a quienes nos lograron esa bandera de legalidad y justicia, acatamos la consigna enunciada por el señor Presidente don Adolfo Ruiz Cortines "trabajar incesantemente para merecer nuestro más preciado título: Ciudadanos dignos de México" (Aplausos).

El C. secretario Martínez Manautou Emilio: Se va a dar lectura al acta de esta sesión.

"Acta de la Sesión Solemne celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el día veinticinco de abril de mil novecientos cincuenta y siete, en homenaje al Año de la Constitución de 1857 y del Pensamiento Liberal Mexicano.

"Presidencia del C. Manuel Guzmán Wills.

"En la ciudad de México, a las doce horas del jueves veinticinco de abril de mil novecientos cincuenta y siete, se abre esta sesión solemne con asistencia de veinticuatro ciudadanos respectivamente en homenaje al "Año de la Constitución de 1857 y del Pensamiento Liberal Mexicano".

"Asisten a esta sesión representantes del señor Presidente de la República y del señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Secretarios de Estado y otros altos funcionarios, así como los Presidentes de partidos políticos y representantes de organizaciones de trabajadores.

"Pronuncian discursos alusivos a la conmemoración que se celebra, los CC. senador Roberto A. Cortés y diputado y licenciado Luis M. Farías.

"Se lee la presente acta".

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse a manifestarlo. Aprobada.

El C. Presidente (a las 12.45 horas): Se levanta esta sesión solemne y se cita para sesión ordinaria de la Comisión Permanente, el próximo jueves 2 de mayo a las 12.00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"