Legislatura XLVI - Año III - Período Ordinario - Fecha 19661230 - Número de Diario 43

(L46A3P1oN043F19661230.xml)Núm. Diario:43

ENCABEZADO

MÉXICO, D. F., VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 1966

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO III. - PERIODO ORDINARIO XLVI LEGISLATURA TOMO I. - NÚMERO 43

SESIÓN

DE LA

H. CÁMARA DE DIPUTADOS

EFECTUADA EL DÍA 30

DE DICIEMBRE DE 1966

SUMARIO

I. Se abre la sesión. Lectura de la orden del día. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior

II. Se turnan a las Comisiones respectivas tres iniciativas; una, suscrita por los CC. diputados miembros del PAN, a fin de que se nombre una Comisión que se encargue de dirigir, organizar y restaurar el archivo del Congreso de la Unión; otra, por el C. diputado Jorge Díaz de León, relativa a la Ley Forestal, que debe imprimirse, y la tercera, presentada por la diputación del Partido Acción Nacional, que tiene por objeto establecer un sistema de complemento familiar del salario, que también debe imprimirse

III. Primera lectura a tres dictámenes, con proyectos de decreto, ya aprobados por la H. Cámara de Senadores, que conceden pensión a los CC. Andrés Jaimes Benítez y Florencio López Isaac y el que concede jubilación al C. Ramón Aguirre Cárdenas, empleado de la Cámara de Senadores. Se dispensa la segunda lectura. Se aprueban. Pasan al Ejecutivo para los efectos constitucionales

IV. Primera lectura al dictamen, con proyecto de ley, en relación al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1967. Se dispensa la segunda lectura. A discusión, en lo general, hablan en favor del proyecto los CC. diputados Guillermo Ruiz Vázquez, miembro del PAN; José Antonio Cobos Panamá, de la Comisión, y para hechos Adolfo Christieb Ibarrola; en apoyo del dictamen, Juan Barragán Rodríguez; y, finalmente, por la Comisión, Jorge de la Vega Domínguez. Suficientemente discutido se reserva para la votación nominal. Sin discusión, en lo particular, se vota en un solo acto, en lo general y en lo particular; resulta aprobado en ambos sentidos. Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales

V. Segunda lectura al dictamen, con proyecto de decreto, que concede pensión a la C. Obdulia Villarreal Rosales. Se aprueba. Pasa el Ejecutivo para los efectos constitucionales

VI. Dictamen, con punto de acuerdo, por el que se acepta la proposición suscrita por los CC. diputados miembros del PAN, tendiente a crear una comisión encargada de dirigir y promover la restauración del Archivo del Congreso de la Unión y la investigación y publicación de documentos relativos a la historia del Poder Legislativo de México. Con una aclaración del C. diputado Miguel Covián Pérez se somete a discusión el acuerdo. Hace uso de la palabra el C. diputado Francisco Ortiz Mendoza, que apoya la iniciativa y propone a la comisión designada que tome en cuenta y lleve a la práctica el sistema moderno de archivar por medio de grabaciones magnetofónicas. Se aprueba la proposición. Se aprueba el punto de acuerdo. Para hacer consideraciones sobre la importancia de la iniciativa y del acuerdo anterior hace uso de la palabra el C. diputado Ricardo Covarrubias Chacón

VII. Segunda lectura al dictamen, con proyecto de decreto, relativo al Presupuesto de Egresos para el año de 1967, del Departamento del Distrito Federal. En la discusión, en lo general, hacen uso de la palabra los CC. diputados Jacinto Guadalupe Silva, para aclaraciones y hechos; Carlos Sánchez Dosal, y para precisar conceptos, Everardo Gámiz Fernández. Suficientemente discutido se aprueba en lo general. En lo particular objeta los artículos 1o y 2o el C. Felipe Gómez Mont; por la Comisión intervienen el C. Salvador Rodríguez Leija y el C. Marciano González Villarreal, en pro; para hechos los dos primeros. Suficientemente discutidos y con una aclaración al respecto del C. Felipe Gómez Mont se aprueban los dos artículos. Se aprueban los artículos no impugnados. Pasa el proyecto al Ejecutivo para los efectos constitucionales

VIII. Para aclarar algunos conceptos vertidos por el C. diputado Vicente Lombardo Toledano, en la sesión del día de ayer, hace

uso de la palabra el C. Francisco Ortiz Mendoza

IX. Designación de comisiones para participar la clausura del tercer período de sesiones de la XLVI Legislatura de C. Presidente de la República, a la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la H. Cámara de Senadores

X. La Mesa Directiva propone a los CC. diputados que integrarán la Delegación Parlamentaria que asistirá a Guatemala, en correspondencia a una visita que hiciera a nuestro país, un grupo de parlamentarios de aquella República. Se aprueba la proposición.

XI. Proposición de la Gran Comisión para designar representantes a la XII Reunión Interparlamentaria México - Norteamericana. Se aprueba la proposición

XII. Elección de los miembros que integrarán la Comisión Permanente que funcionará durante el tercer período de receso de la actual Legislatura, así como de los miembros que integrarán la Comisión Instaladora de la XLVII Legislatura. Escrutinio. Declaratoria

XIII. La C. diputado Marta Andrade de Del Rosal hace uso de la palabra para referirse a la actuación de las ciudadanas diputadas en la actual Legislatura y agradecer a todos los CC. diputados las atenciones de que fueron objeto. Se levanta la sesión

DEBATE

Presidencia del C.

ALEJANDRO CARRILLO

(Asistencia de 172 ciudadanos diputados.)

I - El C. Presidente (a las 13.25 horas): Se abre la sesión.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

"Cámara de Diputados.

Tercer Período Ordinario de Sesiones.

Orden del Día.

30 de diciembre de 1966.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Proposición de los Diputados a la XLVI Legislatura, miembros del Partido Acción Nacional, relativa al Archivo de la Cámara de Diputados.

Iniciativa de Ley Forestal presentada por el C. diputado Jorge Díaz de León. Iniciativa para establecer un sistema de complemento familiar del salario, que presentan los diputados a la XLVI Legislatura, miembros del Partido Acción Nacional.

Dictámenes de Primera lectura:

De la Primera Comisión de la Defensa Nacional otorgando pensión vitalicia al C. Andrés Jaimes Benítez. De la Segunda Comisión de la Defensa Nacional con Proyecto de Decreto que concede pensión vitalicia a Florencio López Isaacs. El emitido en relación con la Minuta Proyecto de Decreto aprobado por la Colegisladora que otorga jubilación al C. Ramón Aguirre Cárdenas, empleado de aquella Cámara. De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1967.

Dictámenes a discusión:

De la Segunda Comisión de la Defensa Nacional otorgando pensión vitalicia a la C. Obdulia Villareal Rosales. De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 1967. Designación de las Comisiones de Cortesía que participarán la clausura del tercer período de sesiones de esta Cámara. Proposición de la Mesa Directiva, con los nombres de los CC. diputados que concurrirán a la República de Guatemala. Proposición de la Gran Comisión que contiene los nombres de los representantes de esta Cámara a la Séptima Reunión Interparlamentaria México - Norteamericana. Elección de miembros de la Comisión Permanente que funcionará durante el tercer período de receso de la actual Legislatura. Elección de la Comisión Instaladora de la XLVII Legislatura."

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del XLVI Congreso de la Unión, el día veintinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.

Presidencia del C. Alejandro Carrillo.

En la ciudad de México, a las doce horas y veinticinco minutos del jueves veintinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, se abre la sesión, con asistencia de ciento setenta y ocho ciudadanos representantes, según consta en la lista que previamente pasa la Secretaría.

Lectura de la Orden del Día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día de ayer.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

Proyectos de decreto, aprobados por el H. Senado de la República, que conceden a los CC. Andrés Jaimes Benítez y Florencio López Isaacs, pensión vitalicia de cuatrocientos cincuenta pesos mensuales, en mérito a los servicios que prestaron a la Revolución. Recibo, y a la Comisión de la Defensa Nacional en turno.

Proyecto de decreto enviado por la H. Colegisladora, que concede jubilación voluntaria de dos mil quinientos setenta y cinco pesos cincuenta y tres centavos mensuales, al C. Ramón Aguirre Cárdenas, taquígrafo 'B' del propio Senado, por los servicios prestados a los Poderes de la Unión durante más de treinta años. Recibo y a la Comisión de Hacienda en turno.

La Segunda Comisión de la Defensa Nacional suscribe un dictamen, con proyecto de decreto, que concede a la señorita Obdulia Villarreal Rosales pensión vitalicia de cuatrocientos cincuenta pesos mensuales, por los servicios que prestaron a la Revolución su padre y hermano, ciudadanos Liborio Villarreal Villarreal y Plinio Villarreal Rosales, respectivamente. Primera lectura.

La Primera Comisión de Puntos Constitucionales suscribe un dictamen, con proyecto de decreto, que concede permiso a la C. Carmen Barreda para que acepte y use la condecoración Cruz al Mérito

de Primera Clase (Cruz Oficial), que le confirió el gobierno de la República Federal de Alemania. Segunda lectura.

A discusión; sin ella, se reserva para su votación nominal.

La Segunda Comisión de la Defensa Nacional presenta un dictamen, con proyecto de decreto, en virtud del cual se concede a la señora Rosario Pereda viuda de Camacho pensión de gracia por la cantidad de cuatrocientos cincuenta pesos mensuales, en mérito a los servicios que prestó a la Revolución su extinto esposo, el C. Melchor Camacho Guerrero. Segunda lectura.

A discusión; no habiendo quien haga uso de la palabra en votación nominal se aprueban los dos proyectos de decreto, por unanimidad de ciento cincuenta y seis votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La Comisión de Presupuestos y Cuenta suscribe un dictamen relativo al Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur para el ejercicio fiscal de 1967. Segunda lectura.

A discusión en lo general y después en lo particular; sin que motive debate en ninguno de los casos, en votación nominal se aprueba en ambos sentidos por unanimidad de ciento sesenta y nueve votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La misma Comisión de Presupuestos y Cuenta emite un dictamen en relación al Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo para el año de 1967.

Segunda lectura.

A discusión en lo general; para apoyar el dictamen hace uso de la palabra el C diputado Francisco Quiroga Fernández; para referirse a los conceptos del orador lo hacen el C. diputado Salvador Rodríguez Leija; para hechos, los mismos ciudadanos diputados.

A solicitud del C. Quiroga Fernández, y previa aprobación de la Asamblea, la Secretaría procede a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto. Resulta aprobado por unanimidad de ciento setenta y siete votos y pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

A las trece horas y veinticinco minutos se levanta la sesión y se cita para el día de mañana, a las once horas.

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada.

II

- El mismo C. Secretario:

"Iniciativa del Partido Acción Nacional...

- El C. Aranda Torres, Manuel: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Aranda Torres.

- El C. Aranda Torres, Luis Manuel: Señor Presidente: "Proposición que presentan los diputados de la XLVI Legislatura miembros del Partido Acción Nacional, para restaurar el archivo del Congreso de la Unión, en la Cámara de Diputados, y para promover la investigación en el mismo y la publicación de documentos importantes relativos a la historia del Poder Legislativo en México.

H. Cámara de Diputados:

Los archivos del Congreso de la Unión han sufrido dos lamentables incendios que causaron pérdidas, algunas tal vez irreparables, de documentación referente a nuestra historia legislativa y a los antecedentes y desarrollo de la vida constitucional del país.

El primero, sucedido el 22 de agosto de 1872, destruyó el local del Congreso que antes habían ocupado, conjuntamente, la Cámara de Diputados y el Senado, desde 1845 y hasta 1857, en el segundo piso del Palacio Nacional. El segundo, que acaeció el 23 de marzo de 1909, destruyó la biblioteca y la mayor parte del archivo del congreso cuando tenía su sede en el local que anteriormente fuera Teatro Iturbide, y que reconstruido, es el que hoy ocupa la Cámara de Diputados.

Es posible restaurar buena parte de los archivos del Congreso Mexicano, obteniendo copias de proyectos dictámenes, actas, informes de secretarios del despacho y otros documentos, que obran en archivos, hemerotecas y bibliotecas públicas y privadas. De algunos documentos tal vez podrán adquirirse ejemplares impresos; de otros, es posible sacar, cuando su importancia lo amerite, copias fotostáticas al tamaño natural; de muchos será posible obtener copias mediante el procedimiento de microfilmación.

Creemos que de bibliotecas y archivos públicos o privados, nacionales y extranjeros, pueden obtenerse aportaciones de documentos originales cuando existan duplicados de impresos, o cuando menos copias de numerosos documentos. Desde hace tiempo, sin mayores elementos, empleados de esta Cámara se han empeñado en la investigación de documentos de interés, existentes en los archivos, que pudieron salvarse del fuego, del agua y del tiempo. En el año de 1937, siendo Oficial Mayor Don Juan S. Picazo, se pretendió iniciar una serie llamada Publicaciones Históricas de la Cámara de Diputados, de la cual sólo apareció un folleto, hoy agotado, con documentos referentes a Tejas y al Fondo Piadoso de las Californias. En el propio folleto aparecen anunciadas veintiocho selecciones documentales más, todavía inéditas, cuyo material está ya seleccionado, y que tal vez pudieran publicarse desde luego en uno o varios volúmenes.

La restauración del archivo del Congreso resulta de gran importancia, no sólo por razones de interés histórico, sino porque el mismo resultará fuente de innumerables enseñanzas, no sólo para los legisladores, sino para todos aquellos que se interesen por estudiar las realidades de México.

Además, la obra de restauración e investigación del archivo del Congreso permitirá continuar, en el futuro, la obra editorial que esta XLVI Legislatura de la Cámara de Diputados ha iniciado con tanto acierto e interés.

Por lo expuesto, nos permitimos proponer a ustedes, señores diputados, el acuerdo contenido en los puntos siguientes:

Primero. Por estimar de interés nacional la restauración de los archivos del Congreso de la Unión se establece una Comisión Administrativa encargada de restaurarlos en la Cámara de Diputados.

Segundo. La Comisión estará integrada por un representante de cada uno de los partidos políticos nacionales que tengan representación en esta Cámara,

los cuales podrán o no ser diputados, y por quien funja como Oficial Mayor de la Cámara.

Tercero. Los miembros de esta Comisión desempeñarán sus funciones en forma gratuita.

Cuarto. Los comisionados durarán en su encargo indefinidamente, pero podrán ser removidos en cualquier tiempo por el partido que hubiere hecho su nombramiento.

Quinto. La Comisión estará facultada para gestionar, ante toda clase de personas e instituciones, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que se faciliten voluntariamente a la Cámara de Diputados, en forma definitiva o con carácter devolutivo, para el efecto de sacar copias de los mismos, los documentos relacionados con las actividades y la historia del Congreso de la Unión, que sean necesarios para la restauración de su archivo.

Sexto. La Comisión podrá auxiliarse para el desempeño de sus funciones con el personal administrativo de la Cámara de Diputados, para el cual podrá acordar los estímulos económicos que sean pertinentes, con cargo a los fondos que maneje. Podrá también disponer de le imprenta y de los aparatos para fotocopiar y microfilmar y demás elementos que existen en la propia Cámara.

La disposición de la imprenta, personal y aparatos, deberá hacerse por conducto de la Oficialía Mayor.

Séptimo. La Comisión, con cargo a los recursos económicos de que disponga, estará facultada para seleccionar y designar los investigadores y el personal técnico especializado que se requiera para restaurar los archivos del Congreso de esta Cámara.

Octavo. La Comisión acordará y realizará la publicación de documentos del archivo del Congreso, cuya difusión sea de interés histórico o parlamentario

Noveno. La Comisión dispondrá, para la restauración del archivo y para la realización de publicaciones, de los fondos siguientes:

a) De las aportaciones que la Cámara de Diputados destine para ese efecto.

b) De las aportaciones que obtenga de personas o instituciones distintas a esta Cámara .

Los fondos de que disponga la Comisión se manejarán a través de cuenta bancaria especial, y de su utilización se rendirá cuenta anual a la Cámara de Diputados.

Décimo. La Comisión estará facultada para dictar las normas y acuerdos que sean necesarios para el mejor desempeño de las finalidades para las que se establece.

Transitorios:

1o Con objeto de que la Comisión inicie sus labores a la brevedad posible, por esta ocasión la Cámara de Diputados de la XLVI Legislatura hará la designación de los miembros de la Comisión, que corresponden a los partidos en ella representados.

2o Esta resolución entrará en vigor desde luego, sin perjuicio de que posteriormente se publique, junto con el acuerdo por el cual se designe la Comisión, en el 'Diario Oficial' de la Federación.

Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.

México, D. F., a 30 de diciembre de 1966. - Adolfo Christlieb Ibarrola. - Miguel Estrada Iturbide. - Salvador Rosas Magallón. - Antonio Rosillo Pacheco. - Guillermo Ruiz Vázquez. - Felipe Gómez Mont. - Abel Vicencio Tovar. - Jorge Avila Blancas. - Juan Landerreche Obregón. - Jorge Garabito Martínez. - Florentina Villalobos Ch. Luis Manuel Aranda Torres. - Jesús Hernández Díaz. - Jacinto Guadalupe Silva Flores. - Francisco Quiroga Fernández. - Jorge Ricaud Rothiot. - Ricardo Chaurand Concha. - Pedro Reyes Velázquez. - Federico Estrada Valera. - Eduardo Trueba Barrera."

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Este proyecto se turna a la Comisión de Asuntos Culturales.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

"Iniciativa de Ley Forestal, presentada por el ingeniero Jorge Díaz de León, diputado a la XLVI Legislatura del Congreso de la Unión.

H. Cámara de Diputados:

Considero indispensable la conservación de las funciones protectoras de la vegetación forestal, por la estrecha correlación que guarda con el almacenamiento y regulación del agua para la agricultura, la ganadería, la generación de energía eléctrica y el consumo para las poblaciones y ciudades, asimismo su influencia benéfica evita inundaciones y actúa como reguladora del microclima, defiende a la tierra de la erosión, además de proporcionar lugares de esparcimiento.

México todavía cuenta con 35 millones de hectáreas cubiertas de vegetación forestal y nuestro deber es aportar el esfuerzo necesario para cuidar un patrimonio que corresponde a las futuras generaciones, aunque la presente tiene el legítimo derecho a la explotación racionada de este recurso natural renovable, pues la función protectora de ninguna manera está reñida con la función productora de materias primas para infinidad de industrias.

Cada región ecológica demanda un tratamiento específico diferente para las zonas tropicales, templado - frías y desérticas por lo que debe dárseles técnica y legislativamente disposiciones adecuadas para cada una de ellas.

Se deben establecer unidades forestales para administrar correctamente todos los bosques de México y creo que la única forma de conservar las funciones protectoras y recreativas de la vegetación forestal, es a base de darle significado económico a su cosecha, estableciendo fuentes permanentes de trabajo en el medio rural y procurando que los usufructuarios de los bosques participen directamente de los beneficios del recurso natural, que los ejidos y comunidades reciban participación por la cosecha de sus bosques y solamente los poseedores de éstos deben ser los titulares de su aprovechamiento para establecer sus propias industrias de transformación o surtir de materia prima a otras industrias.

La necesidad de que concurran fuertes capitales a la industria forestal para que florezca integrada, que utilice cada parte del árbol para elaborar productos del más alto rendimiento económico.

Por lo anteriormente expuesto y por el interés manifiesto de la actual Administración para sentar las bases de un correcto manejo de los recursos forestales en beneficio del pueblo de México, así como la necesidad de contar con un Ordenamiento Legal concreto y sencillo que regule las relaciones entre el bosque y la sociedad, ya que la actual legislación forestal es demasiado complicada y contradictoria y en uso de las facultades que me concede la

Fracción II del artículo 71 constitucional vengo ante esta H. Cámara a proponer la siguiente Iniciativa de Ley Forestal:

Título Primero. - Disposiciones generales.

Artículo 1o. La presente ley tienen por objeto la administración y adecuada utilización de los recursos forestales.

Artículo 2o. Se declara de interés público:

I. Conservas las funciones protectoras, productoras y recreativas de la vegetación forestal;

II. Aplicar la técnica para obtener la cosecha de los recursos forestales;

III. Establecer industrias forestales integradas, que utilicen adecuadamente la cosecha de los recursos forestales, a base de su mejor rendimiento económico;

IV. Proteger las cuencas hidrográficas, aplicando la adecuada administración a los recursos forestales que contengan;

V. Aplicar medidas de protección y saneamiento a la cubierta forestal;

VI. Prevenir y combatir la erogación, mediante la acción de la cubierta forestal;

VII. Crear conciencia en todas las clases sociales del significado y la importancia de los recursos forestales;

VIII. Proteger y fomentar las vías de comunicación permanentes dentro de las zonas forestales;

IX. Estimular la creación de bosques artificiales para fines de aprovechamientos, y

X. Todas las medidas que se dicten y que tengan por finalidad la mejoría y el fomento de los recursos forestales.

Artículo 3o. La programación para el cultivo y aprovechamiento de los recursos forestales y la vigilancia de su ejecución, quedará bajo la responsabilidad inmediata de los profesionales forestales, supervisados por las autoridades forestales, las cuales promoverán la incorporación a la actividad económica de todos los recursos forestales.

Artículo 4o. Las personas físicas o morales titulares de concesiones, autorizaciones o permiso de aprovechamientos forestales, están obligadas a cumplir las disposiciones de esta ley, su reglamento, las que dicten las autoridades del Ramo o los profesionales forestales responsables.

Artículo 5o. Los titulares de concesiones o autorizaciones, de común acuerdo con la Dirección Técnica de los aprovechamientos formularán el presupuesto anual, suficiente para administrar técnicamente los recursos forestales, bajo su jurisdicción, con la aprobación de la Secretaría de Agricultura y Ganadería. El presupuesto aprobado será cubierto con cargo a los aprovechamientos.

Artículo 6o. El reglamento de la presente ley debe comprender los siguientes capítulos:

I. Disposiciones Generales en materia de: Administración, Fondo Forestal, Investigación, Educación, Ejercicio Profesional, Conservación y Fomento del Recurso, Aprovechamiento y transporte de Productos Forestales;

II. Disposiciones Especiales relativas a: Zonas Ecológicas de clima Templado - Frío, Zonas Ecológicas de clima Tropical y Zonas Ecológicas de clima Desértico, y

III. Procedimientos para la aplicación de sanciones.

Título Segundo.

De la administración, de los profesionales, de la investigación, enseñanza y extensión forestales.

Capítulo Primero.

De la Administración forestal.

Artículo 7o. La administración de los recursos forestales compete en todos sus aspectos a la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 8o. Para los fines de la presente ley, se dividirá el país en Comarcas Geográficas Forestales, en el número necesario que determinará el reglamento, para una eficaz y rápida atención a los trámites y asuntos de su jurisdicción, sin sujeción forzosa a la división política - geográfica de la República. Cada comarca tendrá su reglamento particular de acuerdo con sus necesidades.

Artículo 9o. Cada Comarca Forestal estará a cargo de un delegado nombrado por la Secretaría de Agricultura y Ganadería. Los delegados deberán ser ingenieros agrónomos especializados en bosques o ingenieros forestales con título registrado en la Dirección de Profesiones, en ambos casos.

Artículo 10. Los delegados tendrán en sus comarcas la plena representación de la Secretaría de Agricultura y Ganadera, investidos con las facultades necesarias para tramitar y resolver todos los asuntos forestales de su jurisdicción.

Cuando se trate de estudios que formulen profesionales forestales, la aprobación definitiva de los mismos corresponde al Secretario de Agricultura y Ganadería.

Artículo 11. Dentro de cada comarca se organizarán Unidades Forestales, abarcando cada una la superficie que permita obtener una producción persistente y suficiente para cubrir los presupuestos y mantener los servicios a que se refiere el artículo 5o. de esta ley.

Artículo 12. Cuando se trate de aprovechamientos maderables o de aprovechamientos maderables combinados con la extracción de resinas o de otros subproductos, el Director Técnico de cada Unidad aplicará los métodos de tratamiento para mantener el equilibrio entre los aprovechamientos y la persistencia del recurso natural.

Artículo 13. Los Directores de las Unidades Forestales y los Delegados Comarcales a que correspondan las unidades, serán los responsables ante la Secretaría de Agricultura y Ganadería del correcto tratamiento silvícola, en todos sus aspectos, de las superficies que tengan respectivamente, bajo su administración.

Artículo 14. Como órgano auxiliar se crea el Consejo Nacional Forestal integrado como sigue: Un representante de la Secretaría de Agricultura y Ganadería que tendrá el carácter de Presidente y un representante de la Secretaría de Industria y Comercio, del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, de la Cámara Nacional de las Industrias derivadas de la Silvicultura, de la Asociación Mexicana de Profesionistas Forestales y de los propietarios de los bosques constituidos en Asociación, todos ellos con el carácter de vocales.

Las funciones del Consejo Consultivo serán:

I. Servir de órgano de consulta, y

II. Realizar estudios socioeconómicos y proponer métodos o sistemas en materia forestal.

Artículo 15. El Consejo Consultivo se reunirá ordinariamente cada tres meses y además cada vez que

sea convocado por el Presidente cuando lo considere necesario, o a solicitud de tres de sus miembros.

Capítulo Segundo.

De los profesionales forestales.

Artículos 16. Cada comarca Forestal será administrada por el Delegado Comarcal y por el personal adscrito necesario, técnico y administrativo que señale el Reglamento particular de la Comarca para cubrir todas las necesidades del ramo. El Delegado Comarcal será el responsable de la observancia de la Ley en su Comarca.

Artículo 17. La Secretaría de Agricultura y Ganadera organizará un cuerpo de técnicos seleccionados, cuya función será supervisar de modo constante el funcionamiento y la administración de las Comarcas y la labor desarrollada en las Unidades.

Artículo 18. Los Delegados Comarcales y su personal técnico y de vigilancia adscrito, cuando descubran la comisión de delitos forestales actuarán como auxiliares de la Policía Judicial Federal en las primeras diligencias, hasta que intervenga el Ministerio Público Federal.

Artículo 19. Los titulares de concesiones y de autorizaciones de aprovechamientos forestales serán responsables ante el Director Técnico de la Unidad del cumplimiento de las disposiciones legales.

Artículo 20. Todo el personal técnico de las Unidades, será considerado como auxiliar del personal forestal federal investido con las facultades necesarias par el desempeño de sus funciones.

Artículo 21. Los Directores Técnicos de las Unidades Forestales serán responsables ante el Delegado Comarcal del correcto tratamiento silvícola de las mismas, así como del cumplimiento de las disposiciones que se encuentren vigentes sobre la materia.

Artículo 22. Además de los requisitos que exige la Ley para el ejercicio de las profesiones, los ingenieros agrónomos especialistas en bosques y los ingenieros forestales, deberán inscribir su título en el Registro Público Nacional Forestal.

Capítulo Tercero.

De la investigación forestal.

Artículo 23. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, promoverá, organizará y fomentará la investigación forestal básica y aplicada en todos sus campos, a través del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales y sus Dependencias.

Artículo 24. El Instituto Nacional de Investigaciones Forestales funcionará con las normas que señale su Reglamento interior y su patrimonio se manejará en fideicomiso, integrado por:

I. Las sumas que le asigne el Presupuesto de Egresos de la Federación y los subsidios que le conceda el Gobierno Federal y los de los Estados;

II. Los edificios y equipos destinados a sus trabajos y los muebles o inmuebles que adquiera por cualquier título, y

III. El producto de la venta de sus publicaciones, así como otros ingresos por donativos, legados, derechos, convenios, contratos y productos derivados de sus actividades autorizadas.

Capítulo Cuarto.

De la enseñanza forestal.

Artículo 25. La Secretaría de Agricultura y Ganadería planeará y organizará la enseñanza forestal en todos los niveles.

Capítulo Quinto.

De la extensión forestal.

Artículo 26. La Secretaría de Agricultura y Ganadería planeará, organizará, y realizará la divulgación y Extensión Forestal, creando los organismos necesarios y adecuados dentro de su organización.

Título Tercero. De la conservación y fomento de los recursos forestales.

Capítulo Primero.

De los incendios,

Artículo 27. La Secretaría de Agricultura y Ganadería dictará las medidas necesarias para prevenir y combatir los incendios forestales.

Artículo 28. Los Directores Técnico de las Unidades, los titulares de concesiones y autorizaciones, los propietarios y poseedores de terrenos forestales y quienes habiten dentro de esos terrenos, están obligados a tomar todas las medidas para prevenir y combatir los incendios. Los titulares de autorizaciones de aprovechamientos forestales, tienen además la obligación de contribuir en forma proporcional y equitativa a la ejecución de las obras que para la prevención de incendios realicen los Delegados Comarcales por órdenes de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 29. El público en general y las empresas de transportes terrestres y aéreos, están obligados a comunicar a las Dependencias Oficiales más cercanas y por la vía más rápida, la existencia de incendios forestales de que tengan conocimiento, y las oficinas telefónicas, telegráficas y radiotelegráficas, transmitirán gratuitamente los avisos sobre localización de los mismos.

Artículo 30. En caso de incendios de la vegetación forestal todas las autoridades así como todo ciudadano físicamente apto, están obligados a prestar su cooperación y los elementos adecuados de que dispongan para combatirlos y extinguirlos.

Capítulo Segundo. De las plagas y enfermedades.

Artículo 31. Los Directores Técnicos de las Unidades y los Delegados Comarcales, deben iniciar sus programas dando preferencia al control de plagas y enfermedades de la vegetación forestal, adoptando las medidas necesarias para erradicarlas.

Artículo 32. El control de plagas y enfermedades fuera de las unidades, quedará a cargo del delegado Comarcal, quien tiene las facultades para ejecutarlo con o sin consentimiento de quien acredite legítimos derechos sobre la propiedad.

Capítulo Tercero. De las vedas, zonas protectoras y terrenos nacionales forestales.

Artículo 33. Solamente en casos graves y previos minuciosos estudios forestales, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, decretará vedas. Los Decretos que las establezcan fijarán los procesos y el período para la recuperación de los recursos.

Artículo 34. Transcurrido el período establecido en los Decretos de Veda y comprobada la recuperación, las zonas vedadas quedarán reincorporadas a las superficies forestales susceptibles de cultivos silvícolas para mantenerlas en constante producción y utilizar sus cosechas, previa la declaración de las Autoridades Forestales.

Artículo 35. Cuando por Decreto Presidencial se declaren zonas protectoras las cuencas hidrográficas o los terrenos cercanos a las presas y grandes

vasos de almacenamiento y carreteras, en el propio Decreto se fijarán las existencias mínimas de volúmenes maderables que permanentemente deben quedar en pie, para garantizar la permanencia de los suelos, para retener las aguas, asegurar sus corrientes, prevenir los azolves y la erosión o cualesquiera otros fines que se persigan.

Artículo 36. Las superficies de las zonas forestales declaradas protectoras, serán en todo tiempo susceptibles de cultivos silvícolas y aprovechamientos con la limitación de que habla el artículo anterior.

Artículo 37. Los terrenos nacionales forestales se dedicarán preferentemente, a la constitución de ejidos con fines de aprovechamiento forestal, de acuerdo con la planeación que realicen las Autoridades Forestales y Agrarias.

Capítulo Cuarto. De los parques nacionales.

Artículo 38. La Secretaría de Agricultura y Ganadería revisará los Parques Nacionales que se han establecido a la fecha, sobre su ubicación, medios de comunicación, su atractivo estético, su valor turístico, su estado económico, su estado técnico y jurídico para confirmar sólo aquellos que llenen las finalidades de su creación.

Artículo 39. Los Delegados Comarcales que tengan en su jurisdicción Parques Nacionales, realizarán los estudios correspondientes para su buen funcionamiento y los de carácter técnico para el tratamiento silvícola. La Secretaría de Agricultura y Ganadería expedirá los Reglamentos para su administración.

Artículo 40. Los aprovechamientos forestales dentro de los Parques Nacionales, se ajustarán a las normas establecidas por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, la cual podrá efectuar tales aprovechamientos ó concesionarlos a una unidad.

Artículo 41. Para el establecimiento de nuevos Parques Nacionales, se harán estudios previos, técnicos y económicos, que demuestren la posibilidad y la conveniencia de su creación y que aseguren además su funcionamiento.

Capítulo Quinto. Del pastoreo.

Artículo 42. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá expedir permisos para pastoreo en terrenos forestales, con fundamento en los dictámenes de los Directores Técnicos de las Unidades o del Delegado Comarcal fuera de las Unidades.

Artículo 43. Se prohibe el pastoreo en zonas sometidas a proceso de reforestación.

Capítulo Sexto. De la reservación de maderas.

Artículo 44. Quedan prohibido el empleo de maderas, tales como durmientes, postes de transmisión, pilotes, puntales, cuadrados, ademas para minas, obras portuarias y similares, sin que previamente sean tratados para su preservación a satisfacción de las Autoridades Forestales.

Título Cuarto. De los aprovechamientos forestales.

Capítulo Primero. Reglas generales.

Artículo 45. Solamente se otorgarán concesiones y autorizaciones para realizar aprovechamientos forestales, cuando los interesados organicen Unidades Forestales y cubran además los siguientes requisitos:

I. Presentar los estudios forestales correspondientes, utilizando las técnicas más avanzadas para elaborarlos:

II. Presentar el presupuesto de la Dirección Técnica Forestal, el Plan de trabajos y la relación de personal técnico que se hará cargo del manejo de la Unidad;

III. Presentar los programas de construcción de caminos y calendario de ejecución, así como el importe de las inversiones que se piense hacer por este concepto;

IV. Prometer cumplir con todas las obligaciones que impone el Artículo 123 Constitucional y su legislación reglamentaria, tales como proporcionar a los trabajadores casas habitación, escuelas, servicios médicos y medicinas, fomento del deporte y en general todas las prestaciones y beneficios que consigna el citado precepto constitucional;

V. Presentar programas para proporcionar asesoría técnica a la población rural que habite dentro de la superficie de la Unidad, para la formación de pequeños huertos, plantas avícolas, porcícolas, apícolas y pequeñas artesanías;

VI. Presentar los programas y calendarios de instalaciones industriales, así como el valor de la inversión;

VII. Señalar los porcentajes para reinversiones, y

VIII. Comprobar que se cuenta con el capital necesario para realizar los programas que se aprueben. Artículo 46. Los permisos para desmontes, tendido de líneas de energía eléctrica, telegráfica y telefónica, construcción de carreteras, vías férreas o similares, solamente se otorgarán cuando se justifique la conveniencia o necesidad de ellas, mediante dictamen de los Directores Técnicos de las Unidades o de los Delegados Comarcales fuera de las Unidades.

Artículo 47. Los Directores Técnicos de las Unidades y los Delegados Comarcales, pueden otorgar discrecionalmente los permisos para consumo estrictamente doméstico de madera dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Capítulo Segundo. De las unidades forestales.

Artículo 48. Las Unidades Forestales se organizarán con finalidades de cultivo, control. protección, recuperación del recurso, conservación de las existencias y la obtención y venta de materias primas exclusivamente o también para la industrialización de las mismas en cualquier grado. En el primer caso serán Unidades de Ordenación Forestal y en el segundo Unidades Industriales de Ordenación Forestal.

Artículo 49. Las Unidades Forestales se establecerán mediante Decreto del Ejecutivo Federal a favor de los poseedores de los bosques.

Artículo 50. Las Unidades Industriales de Ordenación Forestal, no podrán entregar a otras industrias ajenas las materias primas cuyo aprovechamiento se les autorice, excepto aquellas que no puedan transformar o industrializar en sus instalaciones.

Artículo 51. Las Direcciones Técnicas de las Unidades y su personal adscrito, asesorarán a los núcleos campesinos para el establecimiento de pequeñas huertas y actividades avícolas, porcícolas, apícolas y artesanías que vengan a constituir una base segura de mejoramiento económico.

Artículo 52. El aprovechamiento de cortezas y materia orgánica, requerirá la previa autorización de la Autoridad Forestal, la cual determinará las condiciones a que deba sujetarse.

Artículo 53. Los aprovechamientos de masas forestales artificiales, cultivadas con fines comerciales o industriales, serán autorizados con la simple presentación de los planes de corta y reforestación.

Artículo 54. La cosecha de coquito de aceite, palmas, raíces y plantas herbáceas, se sujetarán a lo previsto en el Reglamento y disposiciones relativas.

Título Quinto. De las suspensiones y cancelaciones.

Capítulo Primero. De las suspensiones.

Artículo 55. Sólo podrán suspenderse de plano los aprovechamientos autorizados, cuando en su desarrollo se descubra la comisión de algún delito en materia forestal. En este caso al iniciarse las actuaciones serán denunciados los hechos al Ministerio Público Federal.

Artículo 56. No procederá la suspensión de los aprovechamientos forestales cuando se trate de la presunta comisión de faltas, sin que antes se tramite un procedimiento previo administrativo en el que se dé al presunto infractor la oportunidad de probar y alegar de su derecho. El Delegado de Comarca notificará al interesado la iniciación del procedimiento administrativo y le concederá un plazo de 30 días hábiles para presentar pruebas y alegatos.

Pasando este término, dentro de los diez días siguientes, dictará la resolución que corresponda. Si se da por comprobada la falta impondrá la sanción correspondiente y ordenará la suspensión de los aprovechamientos por el tiempo que tarde el interesado en pagar o garantizar el importe de la sanción.

La resolución es apelable ante el Secretario de Agricultura y Ganadería.

Artículo 57. En todos los casos de iniciación de un juicio administrativo, el Delegado de Comarca fijará la garantía que deberá otorgar el interesado dentro de las 7 horas hábiles siguientes.

Capítulo Segundo. De las cancelaciones.

Artículo 58. Son causas de cancelación de las concesiones o autorizaciones:

I. Transferir los derechos contenidos en ellas a terceras personas físicas o morales, sin haber obtenido previamente la conformidad de las Autoridades de la Secretaría de Agricultura y Ganadería;

II. La disolución, liquidación o quiebra de los titulares;

III. Incurrir en infracciones forestales clasificadas como delitos, violando las obligaciones fundamentales establecidas con el propósito de garantizar el racional aprovechamiento de los recursos forestales;

IV. Destinar las materias primas a fines distintos a los estipulados, sin previa autorización;

V. Dejar de cubrir los presupuestos para la ejecución de los planes de trabajo de las Direcciones Técnicas Forestales, y

VI. Las que señale la concesión o autorización.

Título Sexto. Del control para el pago de los impuestos sobre la producción forestal.

Capítulo Único.

Artículo 59. Los impuestos forestales establecidos en la tarifa de la Ley relativa se pagarán al obtenerse la documentación para el transporte. Las características y manejo de la documentación se determinarán en el Reglamento de esta Ley.

Artículo 60. Dentro de las áreas que abarcan las Unidades Forestales, no requerirán documentación forestal las movilizaciones de materia prima a los patios de concentración o a las plantas industriales.

Título Séptimo. De los delitos y faltas forestales.

Capítulo Primero. De los delitos.

Artículo 61. Se impondrán de uno a diez años de prisión y multa de $1,000.00 a $20,000.00:

I. Al que cause incendios en los montes maderables, dañando o destruyendo la vegetación forestal, en una superficie mayor de diez hectáreas;

II. Al que sin autorización lleve a cabo, en montes maderables, aprovechamientos con volumen superior a doscientos metros cúbicos en rollo;

III. Al que en los aprovechamientos autorizados se exceda en más de un 10% sobre el volumen anual que le haya sido autorizado, y

IV. Al que sin autorización, en montes maderables, efectúe desmontes que aislada o conjuntamente abarquen una superficie mayor de cinco hectáreas.

Artículo 62. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión y multa de $100.00 a $5,000.00:

I. Al que use martillos forestales no registrados o autorizados y al que sin derecho utilice los registrados o autorizados;

II. Al que ampare productos forestales con documentación expedida para otros predios; tratándose de Unidades Forestales cuando se amparen productos forestales con documentación expedida para predios que no están comprendidos en la Unidad.

III. Al que cause incendios en los montes maderables dañando o destruyendo la vegetación forestal, en una superficie menor de diez hectáreas;

IV. Al profesional forestal que asiente datos falsos en los estudios dasonómicos que elabore para regir los aprovechamientos forestales;

V. Al que sin autorización utilice más de cien árboles para extraer resinas, gomorresinas, y en general, productos cuya obtención implique la muerte del árbol, y

VI. A quien efectúe aprovechamientos de resinas o gomorresinas sobre más de veinte por ciento del arbolado autorizado, sin respetar los diámetros o el número de caras por categoría diamétrica o escarifique mayor número de árboles que el permitido.

Artículo 63. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión o multa de $ 100.00 a $ 20,000.00:

I. AL que cinche, escarifique, queme, corte o en cualquiera otra forma, hiera de muerte o destruya árboles que arrojen un volumen de más de veinticinco metros cúbicos en rollo sin el permiso debido;

II. Al que sin autorización efectúe en montes maderables, desmontes aislados o conjuntos, afectando una superficie no mayor de cinco hectáreas;

III. Al que sin autorización utilice más de veinte y hasta cien árboles para extraer resinas, gomorresinas y, en general, productos cuya obtención no implique la muerte del árbol;

IV. A quien efectúe aprovechamientos de resinas o gomorresinas sobre más de cinco y hasta de veinte por ciento del arbolado autorizado, sin respetar los diámetros, el número de caras por categoría diamétrica o escarifique mayor número de árboles que el autorizado;

V. Al que en los aprovechamientos autorizados se exceda en más de 5% y menos del 10%, sobre los volúmenes anuales que se le hubieren autorizado;

VI. Al que transporte productos forestales sin la documentación

correspondiente o al que utilice más de una vez en el transporte de tales productos una misma documentación y

VII. Al que adquiera productos forestales sin la documentación correspondiente Artículo 64. Se sancionarán con la pena de tres días a cinco años de prisión:

I. A los que al operar hornos de yeso, ladrillo, cal u otros provoque, por imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado, incendios forestales fuera de la zona mínima perimetral que fije la Autoridad Forestal; y en general, al que por otros actos imprudentes provoque incendios forestales;

II. Al profesional que, teniendo el carácter de responsable técnicos de un aprovechamiento autorizado, no vigile directamente la ejecución de los planes de aprovechamiento, si causa por ello graves daños a los recursos forestales, y

III. Al profesional que formule y presente a las autoridades forestales estudios dasonómicos, sin haber intervenido en los correspondientes trabajos de campo, si fundado en ellos se concede la autorización de aprovechamiento.

Artículo 65. Cuando las sanciones previstas en artículos anteriores se impusieren a un funcionario, agente o empleado del servicio forestal oficial, se le destituirá de su cargo o función y se le inhabilitará para trabajar en dicho servicio por un término no mayor al de la sanción corporal impuesta.

Si la sanción corporal a que se refieren los mismos artículos se impusiere a un profesional forestal postulante, se le aplicará la inhabilitación para ejercer la profesión, por un término no mayor al de la sanción corporal impuesta.

Las sanciones que imponga la autoridad judicial con motivo de la comisión de un delito de los previstos en los artículo anteriores, serán sin perjuicio de las medidas administrativas que determinen las autoridades forestales fundadas en esta Ley y su Reglamento.

Artículo 66 Cuando con motivo de la comisión de algunos de los delitos previstos en los artículos anteriores, la autoridad judicial tuviere a su disposición maquinaria, equipo de toda índole, instrumentos o productos forestales, la Autoridad Forestal o los interesados legítimos podrán solicitar de la autoridad judicial que se rematen, para evitar su devaluación o su destrucción.

Si la Autoridad Forestal hiciera la solicitud y los interesados se opusieran a ella, el juez resolverá de plano, oyendo las razones de ambas partes.

Igualmente se resolverá cuando fuere el interesado quien solicitare y la Autoridad Forestal se opusiere.

El producto de remate quedará a disposición de las autoridades judiciales, para los efectos legales procedentes.

Capítulo Segundo.

De las faltas.

Artículo 67. Son faltas en materia forestal:

I. Dedicarse al comercio de productos forestales o actividades afines, siendo funcionario forestal o responsable técnico de aprovechamientos forestales;

II. No exhibir la documentación que ampare el transporte o la adquisición de productos forestales, a requerimiento de las Autoridades del Servicio Forestal;

III. No exhibir, en el lugar de la explotación, de la industria o del comercio a requerimiento del personal oficial, el permiso correspondiente, carecer del libro de registro de productos o no exhibirlos, así como no rendir los informes en los términos que ordena esta ley y su reglamento;

IV. No devolver la documentación forestal vencida o sobrante en los casos señalados por esta ley y su reglamento;

V. Formular documentación forestal equivocada;

VI. Violar los reglamentos internos de los Parques Nacionales o internacionales en los casos en que no está señalada otra sanción específica;

VII. Cambiar el lugar de embarque, reembarque o el medio de transporte, sin el permiso correspondiente;

VIII. Amparar con documentación forestal el transporte de productos, excediéndose en los volúmenes anotados en la documentación;

IX. Traspasar, arrendar o enajenar la autorización, concesión o aprovechamiento, sin autorización previa;

X. Operar hornos de yeso, ladrillo, cal u otros cualesquiera, fuera de la zona mínima perimetral que se fije en cada caso;

XI. El pastoreo de ganado fuera de las zonas y épocas que señale la Autoridad Forestal;

XII. La utilización de maderas sin cumplir con el tratamiento de preservación a que se refiere el artículo 44 de esta Ley;

XIII. Ejecutar marqueos contraviniendo las disposiciones reglamentarias y específicas del caso;

XIV. Formular y presentar por los profesionales forestales a las autoridades respectivas, estudios dasonómicos, sin haber intervenido en los correspondientes trabajos de campo, aunque con tales estudios no llegue a otorgarse la autorización de aprovechamiento, y

XV. En general, faltar al cumplimiento de obligaciones o incurrir en la violación de prohibiciones que establezca esta Ley.

Artículo 68. Las faltas forestales a que se refiere el artículo anterior, se castigarán:

I. La comprendida en la fracción I, con multa de $1,000.00 a $10,000.00;

II. Las comprendidas en las fracciones II, V, VI y X, según su gravedad, con multa de $100.00 a $1,000.00;

III. Las comprendidas en las fracciones III, IV, VII, X, XII, XIII y XIV, con multa de $100.00 a $10,000.00;

IV. Las comprendidas en las fracciones VIII y IX, con multa de $1,000.00 a $20,000.00, y

V. Las comprendidas en la fracción XV, con multa de $50.00 a $20,000.00 según su gravedad.

Artículo 69. Si el o los responsables de una falta forestal fuesen insolventes, la multa se conmutará por arresto hasta de quince días.

Artículo 70. De las faltas cometidas y del pago de las multas que se impongan, son solidariamente responsables los titulares de los aprovechamientos, con los propietarios, usufructuarios, poseedores y contratistas; los remitentes con los consignatarios y

porteadores; así como los vendedores con los compradores de productos forestales.

La responsabilidad solidaria se exigirá a las personas mencionadas sólo cuando se compruebe que han intervenido en la comisión de los hechos que constituyen la infracción.

Artículo 71. Los denunciantes y aprehensores, en los casos de faltas forestales, tendrán derecho a percibir el 25% del importe de las sanciones que ingresen efectivamente al fondo forestal.

Artículo 72. La acción para perseguir las faltas forestales prescribe en un plazo de dos años que comenzará a computarse a partir de la fecha en que se hubiesen cometido.

La prescripción se interrumpe por cualquier actuación de la Autoridad encaminada a esclarecer los hechos, fijar responsabilidades o aplicar las sanciones correspondientes.

Artículo 73. Serán considerados como reincidentes, los que incurran por más de una vez en la misma falta, dentro de un término de seis meses. En estos casos, la sanción aplicable será la máxima que corresponde.

Artículo 74. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá en todo tiempo demandar el auxilio de los miembros del Ejército Nacional para coadyuvar en las tareas de vigilancia, conservación, protección, recuperación y control de la riqueza forestal.

Artículo 75. De los delitos conocerá la Procuraduría General de la República por conducto de sus Agentes del Ministerio Público Federal y los CC. Jueces de Distrito en todo el territorio Nacional.

Transitorios.

1o Se deroga la Ley Forestal de 1960, sus reformas y las demás disposiciones de otros ordenamientos que se opongan a la presente Ley. 2o Las Unidades Industriales de Explotación Forestal constituidas a la fecha, quedarán sujetas a las condiciones impuestas en sus respectivos Decretos hasta la terminación de su vigencia.

3o La presente ley entrará en vigor, diez días después de su publicación en el 'Diario Oficial' de la Federación.

México, D. F., diciembre de 1966. - Jorge Díaz de León.

Trámite: A las Comisiones unidas de Agricultura y de Estudios Legislativos e imprímase.

- El C. Secretario Gámiz Fernández, Everardo: Iniciativa para complementar el salario familiar de los trabajadores, presentada por el Partido Acción Nacional.

- El C. Landerreche Obregón, Juan: Señor presidente, pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Landerreche Obregón.

- El C. Landerreche Obregón, Juan: Señor presidente, señoras y señores diputados:

La diputación de Acción Nacional presenta esta iniciativa para establecer un sistema de complemento familiar de salario en vista del número de dependientes a cargo de los trabajadores, a sabiendas de que no podrá ser estudiada por esta Legislatura, pero para demostrar, de todas maneras, su interés en este problema que es de gran trascendencia social y de una gran importancia para los trabajadores. Sabemos que este problema requiere muchos estudios y de gran complejidad. Por consiguiente, esperamos que la presentación de esta iniciativa nuestra, de ocasión a que esos estudios se lleven a cabo durante el receso de la Cámara y pueda presentarse una resolución concreta a la próxima legislatura que deberá iniciar sus labores en septiembre del próximo año.

Como la exposición de motivos y el articulado de este proyecto son muy largos, me permito solicitar la autorización a la presidencia para dar lectura solamente a las partes más importantes de esta exposición de motivos, sin perjuicio de que la iniciativa se publique íntegramente y se incluya también en el Diario de los Debates.

- El C. Presidente: Con mucho gusto.

- El C. Landerreche Obregón, Juan: Voy, pues, a dar lectura sólo a las partes más importantes.

(Texto íntegro.)

"H. Cámara de Diputados:

Uno de los capítulos básicos de todo programa de reforma social, es el de protección a la familia, protección que requiere medidas especiales en favor del trabajador de recursos escasos o medianos que tiene que sostener una familia numerosa y un número crecido de hijos y en ocasiones otros familiares, caso frecuente en nuestro medio.

Es cierto que se ha tomado medidas importantes que en forma directa o indirecta benefician a la familia del trabajador, como el Seguro Social, diversas prestaciones sociales contractuales o legales y el mismo salario mínimo; pero hasta ahora falta un sistema que especificamente proteja a la familia con pensiones en dinero en función del número de miembros que dependan de ella, ya que, obviamente, cuando es mayor ese número, la familia requiere más elementos de subsistencia. Es decir, que falta establecer alguno de los sistemas de pensiones o subsidios que complementan el salario y ayudan al trabajador jefe de familia en vista del número de familiares que de él dependen.

No se desconoce que el salario mínimo, por definición constitucional, debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales del jefe de familia en el orden material, social y cultural y para proveer a la educación obligatoria de los hijos; pero además de que de todas maneras tiene limitaciones prácticas, el salario mínimo necesariamente se fija para casos promedios y, por tanto, resulta insuficiente cuando la familia del trabajador excede el promedio normal.

Los decretos que establecieron los salarios mínimos en vigor en las diferentes regiones del país, no mencionan qué tipo de familia promedio se tomó como base para fijar sus importes; es decir, para cuántos dependientes del jefe de familia trabajador se supone que debe ser suficiente el salario mínimo; y en la práctica, la situación del trabajador jefe de familia con dependientes a su cargo y la del que no lo es y que no tiene dependientes, que reciben el mismo salario, requiere que, sin discutir el principio de salario igual por igual trabajo, se establezca un correctivo adecuado que equilibre los ingresos del primer trabajador frente al segundo, no sólo por razones de equidad, sino por imperativas exigencias de hecho.

Por otra parte, conforme al Censo de Población de 1960, había en el país 6.430'000 familias con un total de 34.600,000 miembros, o sea un promedio de 5.4 miembros por familia; y el número de familias de seis miembros o más, era de 2.7000,000, o sea que el 42% de las familias excedían el promedio estadístico, lo que da una idea de la magnitud del problema. Esto sin contar con que, independientemente de los promedios teóricos, también gran número de las familias de cinco miembros o menos, sufren de limitación de recursos y podrían ver aliviada su situación en parte con un complemento familiar del salario. Aunque estas cifras se refieren a las familias en general y no en concreto a las de los trabajadores, seguramente la situación mencionada es más grave en el caso de estas últimas; y por lo que hace a la situación posterior al censo referido, seguramente también es más grave para la población de alrededor de cuarenta millones que ahora se estima y cuyo porcentaje de familias numerosas seguramente se ha mantenido, sino es que también ha aumentado.

Para resolver este problema de completar el salario en vista del número de familiares que dependen del trabajador, se han ideado varios sistemas, de los que se deben mencionar el salario familiar y los subsidios o pensiones por cargas de familia a base de cooperación entre los patronos y el Estado, cooperación que en ocasiones también se exige en alguna medida a los mismos trabajadores, sistema este último que, a su vez, se puede operar como parte del Seguro Social o fuera de él.

Por salario familiar se considera generalmente el que se establece, no sólo en razón de la clase, calidad y cantidad del servicio prestado por el trabajador, sino teniendo en cuenta también el número de familiares que éste debe sostener. No obstante que el sistema todavía tiene defensores, se debe desechar definitivamente en vista de que, no sólo resultaría complejo e impráctico su funcionamiento, sino que sería contraproducente para el propósito que se trata de realizar, en vista de que, en caso de establecerse, podría suceder que los patronos se opusieran a dar trabajo a personas con familia numerosa, en vista del aumento de costo que ello les significaría. En estas condiciones, el salario familiar en vez de proteger al trabajador, le causaría un perjuicio mayor que el mal que se trata de remediar, puesto que podría cerrarle el acceso mismo al trabajo. Por este motivo y, además, porque sería contrario al principio constitucional que exige salario igual para trabajo igual, de ninguna manera se puede aceptar el salario familiar.

En consecuencia la solución del problema debe buscarse en el otorgamiento de subsidios o pensiones complementarios del salario, en vista del número de miembros del trabajador, que se establezcan por motivos de justicia social y de protección a la familia, a base de fórmulas de solidaridad social.

Estos subsidios o pensiones que complementan el salario a título de justicia social, no forman en consecuencia parte de dicho salario puesto que no se otorgan por motivos de compensación del trabajo, sino que son a la manera de otras prestaciones sociales que se dan a los trabajadores; de manera que no incumplen el principio de igualdad de la remuneración del trabajo.

Como queda dicho, estos subsidios se pueden operar dentro del Seguro Social y como parte del mismo y, de hecho, en esta forma están establecidos y funcionan en varios países; pero también hay otros en que se operan y funcionan independientes del Seguro Social, en forma interna dentro de los centros de trabajo, aunque con bases similares a las de aquel.

Como sucede en estos casos, ambos sistemas tienen ventajas e inconvenientes teóricos y prácticos que resaltan sus respectivos partidarios y que consideramos que no es el caso de discutir aquí, siendo suficiente subrayar para los efectos de esta iniciativa que los dos han demostrado poder funcionar en la práctica.

Ciertamente que el manejo de las pensiones familiares como parte del Seguro Social puede tener proyecciones más amplias que su operación interna dentro de los centros de trabajo, puesto que, por definición, ésta última se limita necesariamente a la protección de las familias de los trabajadores, en tanto que aquel puede extenderse a las familias de quienes no tengan contrato de trabajo y, además, aplicarse directamente para proteger a los niños que por cualquier motivo carecen de familia. Sin embargo, estas ventajas específicas e indudables, requieren la universalización del Seguro Social, o sea, su extensión no sólo a los trabajadores, sino a todos los sectores de la población en general; de manera que no se puede considerar cuando, como sucede entre nosotros, el sistema del Seguro Social está limitado, al menor por ahora, a la protección de los trabajadores dependientes de un patrón.

La universalización del Seguro Social, ha sido una meta y además una condición reiteradamente señalada por Acción Nacional aun antes del establecimiento del Seguro en México; y seguramente es deseable para todo mexicano; pero para realizarse requiere una revisión completa de las bases de funcionamiento de nuestro Instituto y una reorganización de sus métodos y sistemas; y así también lo ha señalado nuestro partido que en más de una ocasión ha planteado la necesidad de establecer una Comisión especial que estudie estos problemas y señale bases para su solución.

Es público y notorio que, por circunstancias que no es del caso analizar, el Seguro Social en México ha tenido dificultades financieras y administrativas que todavía no ha superado totalmente y, por otra parte, la resolución que a iniciativa del Ejecutivo se tomó el año pasado de extender el Seguro Social al campo y el propósito e que se ha hablado de extenderlo a sectores no asalariados, metas sin duda justificadas y urgentes, son problemas que exigen la concentración de todos los esfuerzos y recursos del Instituto para su solución; de manera que no parece que haya posibilidades de que, cuando menos en un futuro próximo, el Seguro Social en México pueda abordar la cuestión del complemento familiar del salario.

En estas condiciones y en vista de las carencias que significa la falta de un sistema de pensiones familiares, sobre todo para la familia del trabajador de escasos y medianos recursos, hemos estudiado la posibilidad de un sistema de esta clase operado en forma interna en los centros de trabajo, que ponga en práctica desde luego en alguna medida las ventajas de protección familiar que se buscan y que constituya un primer paso que, sin perjuicio de que pueda ser mejorado y ampliado posteriormente,

realice los valores positivos que la experiencia ha demostrado para esta fórmula.

Dentro del centro de trabajo, en efecto, la cooperación para el pago de subsidios o pensiones familiares, puede organizarse y funcionar de manera simple, flexible y práctica, en vista del contacto más directo entre patrones y trabajadores y de los trabajadores entre sí, lo que facilita el conocimiento de las situaciones personales y permite resolver con rapidez y eficacia los problemas que se presentan; a la vez que ese contacto puede dar al sistema un sentido más humano que resulta inapreciable para lograr sus fines de protección familiar.

El sistema que se propone se basa en la cooperación de los patrones y del Estado para el pago de las pensiones familiares; pero excluye la aportación de los trabajadores, ya que, si bien no faltan argumentos para exigirles esa cooperación en alguna medida, sobre todo en los casos en los que no tienen familiares dependientes a su cargo, en la práctica parece poco aconsejable hacer efectiva esta exigencia.

La cooperación de los patrones se establece en un porcentaje uniforme para todos los patrones, a fin de mantener el principio de igualdad de costo y evitar el rechazo de los trabajadores de familias numerosas; y, por lo que hace al Estado, su cooperación se establece en forma directa e indirecta: la directa consiste en la obligación de subsidiar los déficit que resulten para poder pagar una pensión familiar mínima cuando la aportación patronal sea insuficiente en vista de la acumulación de familiares dependientes en un mismo centro de trabajo; y la indirecta, mediante la exención de impuestos a las pensiones que perciban los trabajadores con dependientes familiares.

Por su parte, el principal inconveniente del manejo del sistema dentro del centro de trabajo, es que la igualdad de cooperación, que como se ha dicho, se debe imponer para lograr la igualdad de costo a los patrones, puede dar lugar a que el importe de las pensiones resulte en ocasiones excesivo o insuficiente, según el caso, e inequitativo en ambos, en vista de las desviaciones que los promedios de los grandes números pueden sufrir en las situaciones concretas.

Para evitar este inconveniente, en los casos en que por el motivo indicado las pensiones resulten insuficientes, se impone la mencionada obligación del Estado de subsidiar una pensión mínima; y si por el contrario la pensión resulta desproporcionada por exceso, se previene que, una vez que se pague una pensión máxima razonable, el sobrante de la aportación patronal se redistribuya entre todo el personal o bien se aplique en alguna otra forma que convengan patrón y trabajadores, sin que estas aplicaciones impliquen precedentes obligatorios para las partes.

Estas cuestiones se relacionan íntimamente con uno de los problemas básicos de todo sistema de pensiones por cargas de familia complementarias del salario, que es la cuantificación o determinación del importe de las pensiones en vista de la situación económica y social de la familia, de las condiciones generales del país y del costo de la vida, cuantificación que implica complejos problemas estadísticos y de cálculo financiero.

Como base para los cálculos para esa cuantificación, en el presente proyecto se han tomado las estadísticas de trabajadores afiliados al Seguro Social y de sus familiares derechohabientes por el año de 1965, o sea, el último ejercicio, en vista del paralelismo y la similitud que debe haber entre los familiares derechohabientes de los asegurados y los dependientes que den derecho al jefe de familia al complemento familiar del salario. Aunque estas estadísticas contienen datos todavía preliminares, se parte de ellas porque esos datos continúan las líneas de los de años anteriores y, además, porque son los únicos disponibles por ahora.

De acuerdo con las estadísticas mencionadas, el número total de asegurados en la República el año pasado, fue de 2.191,160 y el de familiares derechohabientes fue de 4.420,156 de donde resulta un promedio de 2.02 familiares por asegurado.

Analizada esta estadística por entidades federativas, muestra las siguientes variantes de máxima y de mínima:

La mayor proporción de derechohabientes familiares de los asegurados, se presenta en Jalisco, donde el número total de éstos es de 304,466, y el de aquéllos es de 111,208, o sea, que resultan en promedio 2.74 familiares derechohabientes por asegurado.

Por su parte, la proporción menor de familiares derechohabientes, se da en Sonora (aparte del Territorio Sur de Baja California, que el ligeramente más bajo, pero que no se considera por sus condiciones de excepción), donde a un total de 95,077 asegurados corresponden 160,159 familiares derechohabientes, o sea, un promedio de 1.68 familiar derechohabientes por asegurado.

En cuanto al Distrito Federal y a la Zona de Tlalnepantla, los datos son los siguientes: en el Distrito Federal: Total de asegurados, 751,134. Total de familiares derechohabientes, 1.352,041. Promedio 1.8 Zona de Tlalnepantla: total de asegurados, 143,944. Total de familiares derechohabientes, 297,820. Promedio, 2.07.

Hay que aclarar que, aunque aparentemente esta estadística es contradictoria de la del número de miembros de las familias que se menciona al principio, consideramos que no lo es en realidad, pues en primer término, el promedio de 5.4 miembros por familia, incluye al jefe de ésta; de modo que, si se le excluye como dependiente, el promedio se reduce en forma automática a 4.4; y además en el caso de los trabajadores afiliados al Seguro Social, los hay solteros que no tienen familiares derechohabientes; los que son jefes de familia que tienen, no sólo hijos a quienes sostienen, sino también hijos mayores que a su vez trabajan y están asegurados directamente y, por último, que cuando trabajan y están asegurados los dos cónyuges que sostienen a sus hijos, o varios hermanos que sostienen a sus padres, los familiares derechohabientes sólo se computan con relación a uno de los asegurados, situaciones todas que hacen reducir el promedio de derechohabientes familiares.

En todo caso, si resulta alguna corrección importante a los datos del Seguro Social, habría que revisar los cálculos derivados de esos datos y ajustar a ellos las bases del proyecto; e igualmente habría que revisar esos cálculos al extenderse el sistema a los campesinos y a otros sectores que no están actualmente amparados por el Seguro Social, así como en el caso de cambios en la situación demográfica en la materia que se comenta.

La proporción de dependientes familiares con respecto al número de trabajadores referida anteriormente, expresada en porcentajes y reducida a números dígitos mediante el ajuste decimal correspondiente, a fin de simplificar los cálculos, da el "índice de cálculo" a que se refiere el inciso a) del artículo 21 del proyecto, que se toma como base para las operaciones que determinan el importe del complemento familiar del salario en este proyecto; índice de cálculo que se obtiene mediante la fórmula simplificada que en el propio inciso se establece; y que en los casos señalados arroja los índices que siguen:

Entidad Proporción Familiares Índice de

dependientes cálculo

Jalisco 2.74 3.652

Sonora 1.68 5.836

Distrito Federal 1.8 5.666

Zona de Tlanepantla 2.07 4.83

Promedio General 2.02 4.957

Con estos datos y cálculos como punto de partida y estableciendo modalidades y márgenes conservadores para prevenir los errores a que puede dar lugar la falta de experiencia de un sistema de esta clase, el proyecto establece que todos los patrones que tengan diez o más trabajadores a su servicio, deberán aportar un 10% de los salarios devengados por los mismos para constituir un fondo que se aplicará como complemento familiar del salario; que los mismos patrones deberán pagar a sus trabajadores con cargo a ese fondo, pensiones con mínimos y máximos que se establecen en vista de la proporción de dependientes del personal; y que la distribución del fondo se hará, dos terceras partes, en proporción a los salarios de los trabajadores y del número de unidades dependientes a su cargo; y la tercera parte restante, en proporción al número de unidades dependientes, sin tomar en cuenta los salarios, con lo que las pensiones se equilibran en favor de los trabajadores de menores recursos.

Los mínimos y máximos del importe del complemento familiar se establecen en función de los "índices de cálculo" a que se ha hecho mención; y en vista de esos números, el proyecto fija 4 como índice mínimo y 7 como índice máximo; o sea, que las pensiones correspondientes pueden tener variaciones no mayores de un 75% entre los diversos centros de trabajo.

De esta manera, mediante la aportación uniforme por los patrones de un 10% del total de los salarios que paguen a sus trabajadores, o sea, a un costo nacional del 10% del importe de los salarios totales del país, más los eventuales subsidios del Gobierno, costo que resulta igual para todos los patrones, se puede organizar un sistema nacional de pensiones para el complemento de salario por cargas de familia, que significaría ciertamente una gran ayuda para el sostenimiento de las familias de los trabajadores, ayuda que sería proporcional según los distintos niveles de salarios, a fin de que pudiera ser realmente eficaz.

La operación del fondo se establece por períodos trimestrales, en vista de los diversos hechos que pueden modificar el derecho de los trabajadores a unidades dependientes como son el matrimonio, el nacimiento de hijos y la defunción de éstos o de dependientes y el acceso de ambos a edades límites, a la vez que por la exigencia de dar al sistema cierta estabilidad, sin la cual el funcionamiento sería complicadísimo, sobre todo en centros de trabajo de personal numeroso.

Asimismo, se establece que si varios centros de trabajo dependen del mismo patrón, el fondo para el complemento familiar del salario y su aplicación se manejarán por separado, por lo menos, en los casos de los centros que tengan cien trabajadores o más y en los de los centros que funcionen en distintas entidades federativas; ya que, mientras menor es el número de trabajadores que participan en la distribución del fondo es más fácil que se conozcan entre sí conozcan a sus familiares, cuando menos en cierta medida, y sepan de sus respectivos matrimonios, del nacimiento de sus hijos y del fallecimiento de las personas que de ellos dependen, todo lo cual facilita el funcionamiento del sistema, previene conflictos y, como se ha dicho da más sentido humano al propio sistema.

Debe aclararse que se ha mencionado el pago de las pensiones familiares para complemento de salario sobre la base de la "unidad dependiente" en vez de los "familiares dependientes" del trabajador, en virtud de que, para adoptar bases conservadoras, se ha considerado conveniente establecer una cierta clasificación de los dependientes en atención a su edad y a su condición física y mental, así como al hecho indudable de que el primer dependiente significa un costo proporcionalmente mayor que los subsiguientes; y de acuerdo con estas ideas, el proyecto propone que el primer dependiente se compute por dos unidades, los menores hasta de 14 años de edad, por media unidad y los mayores de esa edad por una unidad completa; así como que los dependientes anormales física y mentalmente, se computen por una unidad más que las que, si no lo fueren, les corresponderían conforme a las reglas anteriores.

La aportación del 10% del importe de los salarios, podría parecer alta; pero no lo es en realidad si se considera que las revisiones del salario mínimo - que prácticamente repercuten en todos los salarios - , representaron de 1960 a 1965 aumentos del 22% al 29% cada bienio respecto al anterior y que para 1966/67, esa revisión presentó aumento del 17% (considerando en todos estos casos el aumento promedio en toda República); así como que las revisiones de los contratos colectivos de trabajo fácilmente alcanzan aumentos de salarios del 12% al 15% o más cada revisión, a parte de los aumentos en el costo de las prestaciones sociales.

Expresamente se establece que no constituyen precedente obligatorio los pagos por complemento familiar del salario que los patrones lleguen a hacer por cantidades mayores de las legalmente exigibles, a fin de facilitar su acción a los que estén dispuestos a ayudar a sus trabajadores a resolver ocasionalmente problemas de familia, lo que frecuentemente dejan de hacer por el temor de sentar un precedente que pueda convertirse en una carga permanente.

El proyecto establece el principio de que, cuando los dos cónyuges trabajan, o bien dos o más trabajadores sostienen conjuntamente a uno o varios dependientes, pueden escoger con cuál de sus respectivos patrones hacen efectivo el complemento familiar del salario que les corresponda. Este principio se justifica en vista de que, al funcionar el complemento

familiar del salario dentro del centro de trabajo, la posibilidad de escoger al patrón con el que se haga efectivo ese complemento, favorece no sólo al trabajador interesado, que naturalmente hará la selección más favorable en vista de la posibilidad de recibir una pensión mayor y de las facilidades prácticas que tenga para la percepción, sino que también favorece el mejor funcionamiento del sistema, en cuanto, precisamente por esos motivos ayuda a nivelar la situación de los diversos centros de trabajo y establece mayor vinculación entre el trabajador y el centro en que presta sus servicios.

Se establece que los pagos por complemento familiar del salario están exentos de impuestos, en vista del propósito de protección a la familia que tienen esos pagos, propósito cuya realización se limitaría si quedaran gravadas las pensiones respectivas.

A este respecto puede decirse que la exención o el beneficio fiscales, son una de las fórmulas como se puede procurar la protección familiar; y de hecho, la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta que entró en vigor en enero de 1965, establece un principio de protección de esta clase, aunque todavía elemental e insuficiente, al autorizar la deducción por cargas de familia para efectos de la liquidación y pago del impuesto al ingreso global de las personas físicas.

Como en el caso del Impuesto Sobre la Renta, no hay por qué temer que la exención que ahora se propone signifique una reducción en las recaudaciones fiscales, puesto que seguramente se compensará en vista del aumento que tendrá que producirse en el poder de compra de trabajadores jefes de familia beneficiados, lo que seguramente redundará en una mayor actividad económica general.

Por otra parte, a las pensiones por complemento familiar se les atribuye la misma preferencia que a los salarios.

Sobre las bases generales expuestas, el proyecto reglamenta los casos en que los trabajadores tienen derecho al complemento familiar del salario por dependientes familiares a su cargo, la forma de pago de las pensiones y la situación de los cónyuges que viven separados.

Por último el proyecto establece las sanciones en que pueden incurrir los trabajadores que por acción u omisión obtengan pensiones mayores a las que legalmente les correspondan y las que se impondrán a los patrones que con el pretexto de completar las pensiones familiares para su personal, obtengan subsidios a que no tengan derecho o que reciban subsidios para completar faltantes y no les apliquen en favor de sus trabajadores.

De acuerdo con el sistema que se propone, el complemento familiar del salario que deben recibir los trabajadores en vista de las unidades dependientes a cargo de los mismos, se ajusta automáticamente, no sólo a las diversas categorías de salarios, sino a los cambios de salarios que pueda haber, ya que en caso de aumento o reducción de dichos salarios, se sigue pagando el mismo porcentaje de los salarios modificados, sin necesidad de hacer cambios en la ley.

El proyecto limita la obligación de pagar el complemento familiar del salario a los patrones que tienen diez o más trabajadores a su servicio, por considerar que los que tienen menor número generalmente no se encuentran en condiciones de soportar esta carga.

Por otra parte, se excluye de los beneficios de la ley a los trabajadores particulares que perciban sueldos de más de diez veces el salario mínimo aplicable (lo que en general comprenderá a los gerentes), por considerar que su nivel económico hace innecesaria para ellos la protección del complemento familiar del salario, y también se excluye a los consejeros, comisarios y otros funcionarios similares de las empresas, por no ser propiamente trabajadores al servicio de las mismas. Asimismo, por consideraciones obvias, se excluye a los aprendices, a los trabajadores de las empresas familiares y a los eventuales que trabajen menos de sesenta días al año.

En cuanto a los trabajadores al servicio del Estado, se excluyen también de la aplicación de la ley, en virtud de que, en materia de servicios sociales se rigen por sus leyes especiales; pero el sistema que se propone puede adaptarse fácilmente a su situación especial, de manera que, una vez que se resuelva sobre este proyecto, podrá prepararse fácilmente el que corresponde a dichos trabajadores del Estado, a fin de extender a ellos la protección familiar que se trata de realizar y que ciertamente debe incluirlos.

Por último, se excluye de la aplicación de la ley a los trabajadores domésticos, que requieren un estatuto completo que regule su situación.

Para resolver las cuestiones a que pueda dar el pago del complemento familiar del salario dentro de los centros de trabajo, se prevé la creación de Comisiones obrero - patronales cuyos fallos podrán ser recurridos en juicio ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje correspondientes. Asimismo, se establece, que, cuando varios centros de trabajo dependan de un mismo patrón, deberá constituirse además una comisión central obrero - patronal que resuelva los asuntos que en forma general afecten a esos diversos centros, cuyas resoluciones también podrán ser impugnadas ante las autoridades jurisdiccionales de trabajo. Expresamente se establece que, para resolver los asuntos que se les sometan, tanto las comisiones particulares como las centrales deberán oír a las partes interesadas, recibir sus pruebas y considerar sus alegatos; y que sus resoluciones se dictarán a verdad sabida y buena fe guardada, estimando los hechos en conciencia.

A fin de no multiplicar las comisiones obrero - patronales dentro de los centros de trabajo, se previene que, en los casos en que ya existan, esas mismas comisiones deberán resolver los asuntos sobre complemento familiar del salario en los términos del proyecto.

Teniendo en cuenta que deberán ser ampliados los datos estadísticos y estudios en general en que se funda un sistema como el que se propone; las modificaciones del mismo sistema que pueden exigir la experiencia, su extensión a otros sectores de población y los eventuales cambios de la situación demográfica, por una parte y, por la otra, con la misma idea de no multiplicar órganos, se previene la ampliación de la competencia de la actual Comisión Nacional para los Salarios Mínimos, a fin de que se encargue de revisar los estudios y la experiencia relativos al complemento familiar del salario, con funciones de órgano consultor del ejecutivo en esta materia, facultades para proponer al mismo Ejecutivo modificaciones a la ley y dictar bases para la integración de las Comisiones obrero - patronales antes mencionadas.

Consideramos que las bases que establece el proyecto para el funcionamiento de un sistema adecuado de pensiones complementarias del salario por

cargas de familia y señalan y establecen también a través de la Comisión Nacional para el Complemento Familiar del Salario, una forma flexible de mejorar las propias bases y adaptarlas a nuevas condiciones que puedan presentarse, de acuerdo con los estudios posteriores que se hagan y la experiencia que se tenga del funcionamiento del sistema.

Se deja fuera del proyecto la extensión del sistema en favor de los trabajadores jubilados que tengan familiares dependientes a su cargo, cuestión que presenta problemas adicionales igualmente complejos o más que los de los trabajadores en servicio; y que, por estos motivos, se difiere para un segundo paso que deberá plantearse una vez que funcione regularmente el sistema inicial.

Se acompañan dos anexos con ejemplos de cálculos concretos que muestran la forma como puede operar el sistema que se propone y las pensiones que pueden resultar en varios casos de sueldos y de unidades dependientes a cargo de un trabajador.

En vista de las consideraciones expuestas y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, nos permitimos proponer el siguiente proyecto de ley sobre el complemento familiar del salario: Artículo 1o. Todo patrón que tenga diez o más trabajadores a su servicio, deberá distribuir entre ellos en calidad de complemento familiar del salario en los términos de esta ley, una cantidad equivalente al diez por ciento de los salarios totales que cubra a los mismos, para cuyo efecto constituirá un fondo destinado a ese pago.

Las aportaciones al fondo deberá hacerlas el patrón dentro de los diez primeros días de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, en vista de los salarios pagados en el trimestre anterior.

Artículo 2o. Quedan excluidos de los beneficios que establece la ley:

a) Los trabajadores al servicio del Estado, que se regirán por su ley especial;

b) Los trabajadores domésticos y los aprendices; pero cuando estos últimos sean menores de 18 años, se incluirán en el cómputo de las unidades a que tengan derecho quienes los sostengan;

c) Los que presten sus servicios en talleres u otras empresas familiares;

d) Los trabajadores eventuales que hayan prestado sus servicios menos de sesenta días durante el año;

e) Los trabajadores que devenguen un salario mayor de diez veces el salario mínimo general que les sea aplicable, y

f) Los consejeros y comisarios de las sociedades anónimas y quienes desempeñen funciones equivalentes en otras empresas.

Artículo 3o. Para todos los efectos de esta ley se considerarán salarios devengados por los trabajadores, individual o colectivamente, las cantidades pagadas por concepto de cuota diaria, semanal, quincenal o por cualquier otro período, con las siguientes adiciones, exclusiones y aclaraciones:

a) Se incluirán las comisiones, bonificaciones, gratificaciones y cualquiera otra clase de compensaciones adicionales que deriven del trabajo;

b) Las horas extras sólo se computarán cuando se perciban por cantidades que excedan el veinte por ciento del ingreso promedio ordinario del trabajador en el trimestre, excluidas dichas horas extras;

c) En ningún caso se computarán las prestaciones sociales, las indemnizaciones por riesgos profesionales, por despido, por retiro o por cualquier otro motivo y tampoco el importe de la participación en las utilidades;

d) Si el salario se paga por unidad de obra se tomará el promedio del mes anterior, incluyendo y excluyendo respectivamente las prestaciones señaladas en los incisos que anteceden;

e) En el cómputo total de salario a que se refiere el artículo 1o, no se tomarán en cuenta los pagos a quienes perciban sueldos superiores a diez veces el salario mínimo general aplicable, y

f) Por su parte, el complemento familiar del salario, no se computará como parte de éste para determinar las prestaciones que menciona el inciso c), ni tampoco para determinar categorías de cuotas del Seguro Social.

Artículo 4o. Tendrán derecho a recibir complemento familiar del salario, los trabajadores que a continuación se indican:

a) Los casados, tengan o no hijos de su matrimonio, siempre que, si el cónyuge tiene ingresos propios, sean menores que el salario mínimo general aplicable; b) Los que tengan hijos menores de 16 años o que, aunque sean mayores de edad, se encuentren totalmente incapacitados para el trabajo; o bien hijos que, siendo mayores de 16, pero menores de 21 años, cursen estudios regulares, siempre que, en este último caso, esos hijos no cuenten con ingresos propios que excedan los señalados en el inciso anterior, y

c) Los que tengan bajo su dependencia ascendientes o hermanos que carezcan de ingresos propios en los términos señalados y vivan bajo un mismo techo con anterioridad de seis meses continuos, cuando menos siempre que dichos dependientes sean menores de 16 o mayores de 65 años, o bien que, cualquiera que sea su edad se encuentren totalmente incapacitados para el trabajo. Si los mayores de 16 años cursan estudios, se estará a lo dispuesto en la fracción anterior.

Artículo 5o. Los hijos y demás parientes a que se refiere el artículo anterior, podrán serlo indistintamente del trabajador o de su cónyuge; pero, si lo son sólo de uno de ellos, el trabajador de quien dependan únicamente tendrá derecho a percibir por ellos complemento del salario, si viven bajo su mismo techo con anterioridad de seis meses continuos, cuando menos.

Los parentescos se determinarán en los términos de la ley civil.

Artículo 6o. Si los dos cónyuges trabajan, sólo uno de ellos percibirá el complemento familiar del salario que les corresponda; pero podrán elegir de común acuerdo con cuál de sus respectivos patrones hacen efectivo ese derecho. Si sólo la mujer trabaja, percibirá de su patrón el complemento familiar del salario que le corresponda; pero sólo tendrá derecho al del matrimonio, si el marido no trabaja por causa justificada.

Artículo 7o. Cuando los cónyuges estén separados, su derecho a percibir el complemento familiar del salario, se regirá por las siguientes reglas:

a) Ninguno de los cónyuges tendrá derecho a complemento por razón del matrimonio;

b) Sólo tendrá derecho a complemento por razón de los hijos el cónyuge que los tenga viviendo

consigo. Si los hijos se dividen, cada cónyuge tendrá derecho al complemento correspondiente a los que vivan con él;

c) El cónyuge que conserve hijos viviendo consigo, podrá percibir directamente del patrón del otro cónyuge el complemento familiar correspondiente a esos hijos.

d) Si los dos cónyuges trabajan, el que conserve hijos consigo tendrá derecho a elegir si recibe el complemento familiar del salario de su propio patrón o del patrón del otro cónyuge.

e) Si hay resoluciones judiciales que establezcan derecho a alimentos, el acreedor alimentista tendrá derecho al número de unidades dependientes que resulten de la resolución dictada a su favor; y podrá cobrar el complemento relativo, a su elección, al patrón del cónyuge deudor o al suyo propio, si lo tiene.

f) Se exceptúan de las reglas que anteceden los casos de separación temporal de los cónyuges por motivos de trabajo, de salud u otros igualmente justificados, en que los interesados harán efectivo su derecho al complemento familiar en forma ordinaria.

Artículo 8o. Se asimilará al cónyuge para los efectos de esta ley:

a) A la mujer con quien el trabajador se haya casado conforme a un rito religioso, siempre que ninguno de ellos esté ligado por matrimonio civil con otra persona.

b) A la mujer con la que el trabajador haya vivido como si fuera su marido durante cinco años, cuando menos, o con quien haya tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio, mientras los dos sigan viviendo unidos.

Artículo 9o. Cuando dos o más trabajadores no cónyuges que vivan juntos sostengan a uno o más ascendientes o hermanos que vivan con ellos, solo uno de esos trabajadores tendrá derecho a percibir el complemento familiar del salario que previene el inciso c) del artículo 4o; pero entre todos podrán elegir, por mayoría de personas, con cuál de sus respectivos patrones hacen efectivo ese derecho.

Artículo 10. En los casos en que conforme a los artículos anteriores los interesados tengan derecho a elegir el patrón con el cual hagan efectivo el complemento familiar del salario que les corresponda, comunicarán su decisión, por escrito, a los respectivos patrones. La elección no podrá modificarse sino después de pasado un año.

Artículo 11. Para los efectos del pago del complemento familiar del salario, cada patrón determinará los dependientes a cargo de los trabajadores a su servicio que den derecho a estos al complemento en los términos del artículo 4o.; y hará el cómputo de unidades - dependientes de su personal, de conformidad con las siguientes bases:

a) El primer dependiente se computará por dos unidades, sea cónyuge, descendiente, ascendiente, o hermano, cualquiera que sea su edad.

b) Los demás dependientes se computarán por una unidad si tienen 14 años cumplidos o más y por media unidad en caso de no haber alcanzado esa edad.

c) Se exceptúan los dependientes que sean anormales físicos o mentales, que en cualquier caso se computarán por una unidad más de las que, si no lo fueran, les correspondería conforme a los incisos que anteceden.

Artículo 12. El complemento familiar del salario que corresponda a cada trabajador, se determinará y pagará como sigue:

a) Se dividirá el número total de trabajadores al servicio del patrón computables para efectos del complemento, multiplicado por diez, entre el número total de unidades dependientes de los mismos trabajadores determinado conforme al artículo anterior; y el cociente se formará como índice de cálculo.

b) Si el índice de cálculo resulta no menor de cuatro ni mayor de siete, el importe total del fondo que previene el artículo 1o. se dividirá en tres partes iguales. Dos terceras partes se distribuirán entre los trabajadores con derecho a complemento en proporción a sus respectivos salarios y al número de unidades dependientes a que cada uno tenga derecho; y la tercera parte restante se les distribuirá en proporción únicamente al número de unidades dependientes que les correspondan, sin tomar en cuenta sus salarios.

c) El cálculo para el pago lo hará el patrón dentro de la primera quincena de cada trimestre, de acuerdo con los datos correspondientes al trimestre anterior; y el total que resulte para cada trabajador beneficiario se lo pagará dicho patrón con cargo al fondo que previene el artículo 1o., en tres pagos mensuales iguales, dentro del mismo trimestre.

d) Si varios centros de trabajo dependen de un mismo patrón, el fondo para el complemento familiar y su aplicación se llevarán por separado, cuando menos, para cada uno de los centros que tengan cien trabajadores o más y para los que operen en distintas entidades federativas.

Artículo 13. Si el índice de cálculos resulta menos de cuatro, el importe del fondo que previene el artículo 1o. multiplicado por cuatro, se dividirá entre el índice del cálculo obtenido; y el patrón adelantará las cantidades necesarias para que el fondo alcance una cifra equivalente al cociente de la división. Una vez completado el fondo en esta forma, se distribuirá en los términos del artículo anterior.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dictará las reglas conforme a las cuales los patrones que hagan estos adelantos podrán, previa comprobación de los mismos, deducir su importe de los pagos que tengan que hacer por concepto de impuestos federales y compensarlos con esos impuestos.

En tanto se establece esa reglamentación y en los casos de patrones que no causen impuestos federales, los causen por cantidad menor a los adelantos que hayan hecho o estén exentos de dichos impuestos, las Oficinas Federales de Hacienda, dentro de cuya jurisdicción tengan su domicilio los patrones que hagan los adelantos, reembolsarán a éstos dichos adelantos dentro de los quince días hábiles siguientes a la comprobación de los mismos; y, en caso de no devolverlos dentro de ese plazo sin motivo justificado, las propias Oficinas cubrirán, además, intereses a razón del 9% anual hasta la fecha de pago.

Artículo 14. Cuando el índice, de cálculo resulte más de siete, el importe del fondo que previene el artículo 1o. multiplicado por siete, se dividirá entre el índice de cálculo obtenido; y el fondo para distribuir en calidad de complemento familiar del salario se reducirá al importe del cociente y se distribuirá de acuerdo con las bases del artículo 12.

El sobrante que resulte se redistribuirá entre todos los trabajadores del patrón de que se trate,

incluyendo los que tengan derecho al complemento, en proporción al número de días que hayan trabajado en el trimestre anterior; a menos que los mismos trabajadores convengan con su patrón una aplicación distinta.

Las aplicaciones que se hagan de esos sobrantes, en ningún caso constituirán precedente obligatorio para el patrón, ni para sus trabajadores.

Artículo 15. En caso de que un trabajador no haya prestado sus servicios durante el trimestre anterior completo, el complemento familiar del salario se le pagará en proporción a los días que haya trabajado.

Los trabajadores en vacaciones o que por enfermedad u otra causa justificada tengan licencia con goce de sueldo, percibirán durante la licencia completo el complemento que les corresponda.

Artículo 16. Los trabajadores que presten sus servicios por jornada menor de la ordinaria, recibirán el complemento reducido que les corresponda en proporción a la parte de la misma jornada que laboren.

Si un trabajador presta sus servicios a varios patrones percibirá de cada uno de ellos la parte proporcional del complemento que les corresponda conforme al párrafo anterior.

Artículo 17. El personal de nuevo ingreso percibirá el complemento familiar del salario a partir de cuando cumpla treinta días en el trabajo.

En cuanto al personal eventual, lo percibirá a partir de cuando haya completado sesenta días de trabajo en el año; y se le pagará en proporción del número de días que labore.

En ambos casos, el patrón adelantará las cantidades necesarias para pagar el complemento de acuerdo con el valor de la unidad - dependiente en el trimestre en curso; sumas que se reembolsará con cargo al fondo del trimestre siguiente,

con preferencia a los demás pagos a cargo del mismo fondo.

Artículo 18. En ningún caso constituirán precedente obligatorio para el patrón los pagos por complemento familiar del salario que haga por mayor cantidad de la debida conforme a la ley.

Artículo 19. Los trabajadores deberán comunicar a su patrón por escrito los cambios de situación que determinen aumento o reducción de las unidades dependientes a que tienen derecho dentro de los quince días siguientes a cuando ocurran los hechos correspondientes.

Los cambios de los cuales reciba aviso el patrón dentro de cada trimestre, surtirán efectos a partir del trimestre siguiente, excepto en el caso de matrimonio, en el que el complemento correspondiente se pagará al trabajador a partir de su celebración; para cuyo efecto el patrón adelantará y se reembolsará las cantidades relativas en los términos del párrafo final del artículo 17.

Artículo 20. Las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de complemento familiar del salario, estarán exentas de toda clase de impuestos; y en caso de quiebra o concurso gozarán de la misma preferencia que los salarios.

Artículo 21. El derecho a percibir cada pago por complemento familiar del salario, prescribirá a los tres meses de cuando el mismo sea exigible.

Los complementos que prescriban en los términos indicados, los que correspondan al personal que cause baja, así como los demás que por cualquier motivo dejen de cobrarse, incrementarán el fondo del trimestre siguiente al que se establezca la extinción del derecho a los mismos.

Artículo 22. Para los efectos de la aplicación de esta ley se amplían en los términos que siguen las atribuciones de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos que establecen los artículos 414 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo, Comisión que en consecuencia se denominará Comisión Nacional de Salarios Mínimos y del Complemento Familiar del Salario, y que tendrá a su cargo con relación a dicho complemento:

a) Estudiar las experiencias que resulten de la aplicación de esta ley y, en general, el problema de la ayuda a la familia del trabajador en sus diversos aspectos y en particular por medio del otorgamiento de pensiones complementarias del salario en proporción al número de familiares dependientes del jefe de familia; considerar asimismo la posibilidad de extender el sistema a otros sectores de población y las bases para lograrlo y proponer modificaciones a la ley para mejorar sus sistemas y ampliarlos en vista de los estudios que realice y de los cambios que se presenten en la situación demográfica del país.

La Comisión hará sus proposiciones al Ejecutivo a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a fin de que dicho Ejecutivo, si lo considera justificado, tome a su vez las medidas que estime pertinentes y, en su caso, promueva reformas a esta ley.

b) Actuar como órgano de consulta del Ejecutivo en la materia de esta ley y resolver los problemas sobre la aplicación de la misma que le consulten los particulares.

c) Formular las bases de organización y funcionamiento de las Comisiones Obrero - Patronales, particulares y centrales, que previene el artículo que sigue.

d) La distribución de competencias entre el Presidente de la Comisión, el Consejo de Representantes y la Dirección Técnica, será, para efectos del Complemento Familiar del Salario, equivalente a la que la Ley Federal del Trabajo previene con relación a los salarios mínimos.

Artículo 23. Para resolver los problemas que resulten de la aplicación de esta ley, en cada centro de trabajo en que conforme al artículo 12 inciso d) opere por separado el complemento familiar del salario, funcionará una Comisión Obrero - Patronal; y cuando varios centros de trabajo de esta clase dependan de un mismo patrón, habrá además una Comisión Central que resolverá los problemas que afecten a dos o más de los centros y coordinará las resoluciones de las comisiones particulares.

Tanto las Comisiones Particulares como las Centrales estarán formadas por representantes de los trabajadores y de los patrones en número de uno a cinco por cada parte, en vista del número total de trabajadores que deban representar.

En los centros de trabajo en que ya funcionen Comisiones Obrero - Patronales, las existentes podrán asumir las funciones antes indicadas, las que ejercitarán en los términos de esta ley.

En todo caso, tanto las Comisiones Particulares como las Centrales, oirán la previa defensa de las partes y recibirán las pruebas que éstas presenten; y ambas dictarán sus resoluciones a verdad sabida y buena fe guardada, sin necesidad de sujetarse a formalidades de procedimiento ni a reglas de

estimación de pruebas, sino que estimarán los hechos según sus miembros lo estimen debido en conciencia.

Artículo 24. Las resoluciones de las Comisiones particulares de los centros de trabajo, y las de las Comisiones Centrales, cuando las haya, se podrán objetar en juicio ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda.

Artículo 25. El trabajador que omita manifestar oportunamente a su patrón los cambios que hagan cesar o reducir el complemento familiar del salario que perciba, perderá su derecho al complemento por un período de seis meses, y si es reincidente sufrirá la pérdida por dos años, además de que en ambos casos deberá reembolsar al fondo respectivo las cantidades percibidas indebidamente. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las responsabilidades penales que procedan en contra de los trabajadores que usen procedimientos ilícitos para percibir complementos a que no tengan derecho.

Asimismo, se exigirán las responsabilidades penales procedentes a los patrones que por medios ilícitos obtengan compensaciones o reembolsos a los que no tengan derecho por subsidios para el pago del complemento familiar del salario a sus trabajadores, o que perciban subsidios justificados, pero dispongan de su importe en vez de entregarlos a sus trabajadores.

Artículo 26. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social estará facultada para verificar la contabilidad relativa a los fondos para el pago del complemento familiar del salario que los patrones deben constituir conforme a esta ley y las aplicaciones de esos fondos; y los patrones deberán proporcionar a la mencionada dependencia los informes y declaraciones que éstos les soliciten al respecto, así como mostrar a los funcionarios de la misma que correspondan las documentaciones relativas.

Transitorios.

Primero. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el 'Diario Oficial'; pero los patronos no estarán obligados a empezar a hacer los pagos que derivan de la misma sino hasta que transcurran los plazos que establece el artículo tercero.

Segundo. Los patrones y los trabajadores deberán cuidar que, cuando no las haya, las Comisiones Obrero - Patronales que deben actuar en cada centro de trabajo y las Comisiones Centrales correspondientes, queden debidamente constituidas y empiecen a funcionar, dentro de los tres meses siguientes a partir de la publicación de esta ley.

Tercero. Los patrones procederán a determinar los dependientes a cargo de los trabajadores a su servicio que den derecho a éstos a percibir complemento familiar del salario dentro de los tres meses siguientes a la vigencia de esta ley; y dentro del mismo plazo harán el cómputo de las unidades dependientes de su personal.

Los mismos patrones constituirán el fondo para el complemento familiar del salario materia de esta ley y harán los pagos correspondientes a partir de cuando transcurra un trimestre completo después de la entrada en vigor de la misma ley. Este trimestre completo se computará en los términos del párrafo segundo del artículo 1o.

Salón de Sesiones, a 29 de diciembre de 1966. - Adolfo Christlieb Ibarrola. - Miguel Estrada Iturbide. - Salvador Rosas Magallón. - Antonio Rosillo Pacheco. - Guillermo Ruiz Vázquez. - Felipe Gómez Mont. - Abel Vicencio Tovar. - Jorge Avila Blancas. - Juan Landerreche Obregón. - Jorge Garabito Martínez. - Florentina Villalobos Ch. - Luis Manuel Aranda Torres. - Jesús Hernández Díaz. - Jacinto Guadalupe Silva F. - Francisco Quiroga Fernández. - Jorge Ricaud Rothiot. - Ricardo Chaurand Concha. - Pedro Reyes Velázquez. - Eduardo Trueba Barrera. - Federico Estrada Valera."

"Anexo 1.

Para explicar el funcionamiento del sistema que se propone y en especial las bases de operación que establecen los artículo 12, 13 y 14 del proyecto, se pueden plantear los siguientes ejemplos:

Supóngase un centro de trabajo en que haya en total diez trabajadores con los sueldos mensuales que siguen:

Empleado Núm. 1 $ 4,000.00

" " 2 2,500.00

" " 3 1,750.00

" " 4 1,750.00

" " 5 1,000.00

" " 6 1,000.00

" " 7 900.00

" " 8 900.00

" " 9 750.00

" " 10 750.00

Total mensual de sueldos: $ 15,300.00

Fondo del 10% de los salarios $ 1,530.00.

Caso "A". Artículo 12. 10 empleados con un total de 20 dependientes:

Índice de Cálculo 10 X 10 /20 = 5

En virtud de que el índice de cálculo es de 4 a 7, el fondo se distribuye dos terceras partes en proporción al número de unidades dependientes y al sueldo de los trabajadores que tengan derecho a dichas unidades y la tercera parte restante en proporción únicamente al número de unidades dependientes, sin que haya lugar a problema especial.

Caso "B". Artículo 13. 10 trabajadores con derecho a 30 unidades dependientes: Índice de Cálculo 10 X 10 / 30 = 3.33

En vista de que el índice de cálculo es menor de 4, el fondo de $ 1,530.00 deberá completarse con adelantos del patrón para que se ajuste a dicho índice mínimo. Los adelantos deberán ser devueltos al patrón por el Gobierno Federal a través de la Oficina Federal de Hacienda correspondiente, en forma de compensación de impuestos o de reembolso en efectivo.

Importe mínimo del fondo 1,530.00/3.33 X 4 = $1,841.00

Menos. El 10% de los salarios 1,530.00

Déficit que el patrón debe adelantar y que a su vez deberá pagarle al Gobierno Federal $ 311.00

Una vez completado el fondo se distribuye como en el Caso "A". Caso "C". Artículo 14. 10 trabajadores con derecho a 12 unidades dependientes:

Índice de Cálculo 10 X 10 /12 = 8.33

Como el índice de cálculo es mayor de 7, los $ 1.530.00 que importa el 10% de los salarios, se reduce a dicho índice de cálculo máximo. El fondo así reducido se distribuye en calidad de complemento familiar del salario, en la misma forma que los casos anteriores, y el sobrante se redistribuye entre todos los trabajadores por partes iguales.

El cálculo es como sigue 1,530.00 X 7 / 8.33 = 1.286

Importe inicial del fondo $ 1,530.00

Menos: fondo reducido 1,286.00

Sobrante para redistribuir entre todos los trabajadores en partes iguales: $ 244.00

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Notas al Anexo 2.

1. Como se podrá notar, las hipótesis de número de empleados, de sueldos, de unidades dependientes y; por tanto, de índices de cálculo, son las mismas que se señalan en el Anexo 1; de modo que no hay que insistir en las consideraciones expuestas en dicho Anexo 1.

2. En el cuadro Anexo 2, se muestran las variaciones que puede haber en las pensiones concretas que reciban trabajadores de diversos sueldos en centros de trabajo que tengan índices de cálculo distintos en vista del número total de dependientes.

En los casos concretos, funciona un importante factor adicional de variación, a saber, si el mayor número de unidades dependientes corresponde a los trabajadores de sueldos altos o a los de sueldos bajos, ya que los primeros reciben una pensión proporcionalmente mayor.

Como puede verse en el cuadro, en los casos de trabajadores con salario mínimo de $ 750.00 mensuales, las pensiones que puedan percibir por el primer dependiente a su cargo (o sea dos unidades dependientes de acuerdo con el artículo 11 del Proyecto), varían en los diversos ejemplos planteados, entre un mínimo de $71.14 en el caso C que es el menos favorable y un máximo de $ 143.02 en el caso F que es el más favorable; y el promedio resulta de $106.58.

Por su parte, en el caso de trabajadores con sueldo de $ 4,000.00 las pensiones que les pueden corresponder por el primer dependiente a su cargo (dos unidades dependientes de acuerdo con el artículo 11 del Proyecto) varían entre un mínimo de $ 202.44 (caso C) y un máximo de $ 452.97 (caso F), según las circunstancias más o menos favorables.

Por su parte, el promedio sería de $ 327.70.

Las variaciones en el monto total de las compensaciones en cada centro de trabajo, se mantienen dentro de los márgenes de 75%, que derivan de la proporción entre los índices de cálculo máximo y mínimo de 4 y 7 respectivamente; pero las pensiones concretas acusan variaciones mayores derivadas de las diferencias según el mayor o menor número de unidades dependientes correspondan a trabajadores de sueldos más o menos altos.

En vista de estas consideraciones se presenta el proyecto, que se contiene en esta iniciativa y que, como decía al principio, constituye una aportación de la diputación de Acción Nacional a esta Legislatura, para resolver el problema de ayuda a los trabajadores con familia numerosa, mediante pensiones complementarias de salarios. Hacemos votos porque esta iniciativa pueda ser útil para que se tome una solución, se adopte una solución, que resuelva este problema. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

Se reitera el trámite: A las Comisiones Unidas de Trabajo en turno y de Estudios Legislativos, e imprímase.

III

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

"Primera Comisión de la Defensa Nacional.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la Primera Comisión de la Defensa Nacional, para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto aprobada por la H. Cámara de Senadores, el día 27 de diciembre del año en curso, que concede pensión vitalicia de $ 450.00 mensuales al C. Capitán 1o. de Caballería Andrés Jaimes Benítez, por los servicios que prestó a la patria durante la Revolución Mexicana.

Hecho un estudio del expediente de que se trata se comprobó que el interesado está reconocido por la Secretaría de la Defensa Nacional en la Legión de Honor Mexicana como veterano de la Revolución y recibió la condecoración al Mérito al Segundo Período, según decreto de 5 de octubre de 1939.

Por lo anteriormente expuesto, y en vista de la precaria situación económica en que se encuentra el solicitante, esta Comisión considera que dicha pensión debe de otorgársele, y en tal virtud se permite someter al ilustrado criterio de vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

Artículo Único. Se concede al C. Andrés Jaimes Benítez pensión vitalicia por la cantidad de $ 450.00 (cuatrocientos cincuenta pesos 00/100) mensuales, en mérito a los servicios que prestó a la Revolución.

Esta cantidad le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 29 de diciembre de 1966. - Alfonso Castillo Borzani. - Jaime López Peimbert. - Juan Barragán Rodríguez. - Eliseo Jiménez Ruiz."

Primera lectura. Por instrucciones de la Mesa esta Secretaría solicita de la Asamblea la dispensa de la segunda lectura de este proyecto de decreto. En votación económica se pregunta si se dispensa. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Segunda Comisión de la Defensa Nacional.

Honorable Asamblea:

A la suscrita, Segunda Comisión de la Defensa Nacional, fue turnado, por acuerdo de vuestra soberanía, para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto, aprobada por la H. Cámara de Senadores el día 28 de diciembre del presente año, que concede pensión vitalicia de $450.00 mensuales, al C. Cap. 1o Florencio López Isaacs, por los servicios que prestó a la patria durante la Revolución Mexicana.

Hecho un estudio y vistas las constancias que integran el expediente respectivo encontramos que el C. capitán 1o. Florencio López Isaacs participó en varios hechos de armas durante la Revolución y por tal motivo la Secretaría de la Defensa Nacional lo reconoce como veterano.

Como a la fecha el solicitante manifiesta que su situación económica es muy precaria y que dada su avanzada edad ya no puede trabajar, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de decreto:

Artículo Único. Se concede al C. Florencio López Isaacs, pensión vitalicia por la cantidad de $ 450.00 (cuatrocientos cincuenta pesos 00/100) mensuales, en mérito a los servicios que prestó a la Revolución.

Esta cantidad le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Nación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del II Congreso de la Unión. México, D. F., a 29 de diciembre de 1966. - Marciano González Villareal. - Braulio Meraz Nevárez. - Gustavo Martínez Trejo."

Primera lectura. Por instrucciones de la mesa directiva, esta Secretaría solicita a la Asamblea la dispensa de la segunda lectura de este proyecto de decreto. En votación económica se pregunta si se dispensa. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal.

"Primera Comisión de Hacienda.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía se turnó a la Comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente enviado por el H. Senado de la República, con proyecto de decreto, relativo a la solicitud de jubilación voluntaria presentada por el C. Ramón Aguirre Cárdenas, por servicios prestados, durante más de 30 años, a la Federación.

El solicitante funda su petición en lo que dispone el artículo 4o. transitorio del decreto que incorpora a los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo Federal al Régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, presentando los siguientes documentos:

1. Constancia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, de la que se desprende que prestó sus servicios del 11 de septiembre de 1920 al 11 de octubre de 1926, en esa Dependencia.

2. Constancia del Oficial Mayor de la Cámara de Senadores de la que se desprende que ha prestado sus servicios en la Cámara de Senadores a partir del 1o. de julio de 1941 hasta la fecha, ininterrumpidamente.

3. Constancia de la Tesorería de la Cámara de Senadores, en la que consta que el C. Ramón Aguirre Cárdenas actualmente devenga un sueldo mensual de $ 2,575.53 (dos mil quinientos setenta y cinco pesos 53/100), como Taquígrafo "B" adscrito al Archivo de la propia Cámara.

Por lo anteriormente manifestado, la Comisión que suscribe estima que el interesado cumple con todos los requisitos que exige el artículo 3o. fracción III de la Ley de Jubilaciones para Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo y 4o. transitorio del decreto que abrogó la primeramente mencionada, y se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de decreto:

Artículo Único. De conformidad con lo que dispone el artículo 4o. transitorio del decreto que incorpora a los Funcionarios y Empleados del Poder Legislativo Federal al Régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, se concede al C. Ramón Aguirre Cárdenas, taquígrafo "B" adscrito al Archivo de la Cámara de Senadores,

jubilación voluntaria de $ 2,575.53 (dos mil quinientos setenta y cinco pesos, 53/100) mensuales, sueldo íntegro que percibe en la actualidad, por servicios prestados a los Poderes de la Unión durante más de treinta años. Esta jubilación le será pagada íntegramente por la Tesorería General de la Federación como lo dispone el propio artículo 4o.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 29 de diciembre de 1966. - Vicente Fuentes Díaz. - Carlos Pérez Cámara. - Tomás Algaba Gómez. - Mariano González Gutiérrez."

Primera lectura. Por instrucciones de la mesa directiva, esta Secretaría solicita a la Asamblea la dispensa de la segunda lectura de este proyecto de decreto. En votación económica se pregunta si se dispensa. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Dispensada.

Está a discusión. No habiendo quien haga uso de la palabra se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y de los dos proyectos anteriormente reservados. Por la afirmativa.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano de votar por la negativa?

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

Se va a proceder a tomar la votación de la Mesa.

(Votación.)

Aprobado por 172 votos. Pasan al Ejecutivo para sus efectos constitucionales. IV

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1967.

- El C. Rodríguez, Luis Dantón: Señor Presidente, pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Luis Dantón Rodríguez.

- El C. Rodríguez, Luis Dantón: Señor Presidente, honorable Asamblea: he solicitado el uso de la palabra para dar lectura al proyecto que contiene el Presupuesto de Egresos de la Federación, para el año de 1967.

"Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía ha sido turnada a la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que suscribe, la iniciativa de decreto relativa al presupuesto de egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1967, enviada por el Ejecutivo de la Unión a esta H. Cámara en cumplimiento con lo ordenado en los artículos 65, fracción II y 74 fracción IV de la Constitución General de la República.

Esta Comisión se ha percatado de que el documento indicado, contiene importantes modificaciones respecto de los que tradicionalmente se habían recibido hasta ahora.

Las consideraciones expuestas por el Ejecutivo Federal comprenden aspectos legales y económicos, que por su importancia y complejidad exigen un análisis por separado.

1o. Aspectos Económicos:

Al igual que en los dos años anteriores, el presupuesto contiene los gastos a efectuar por el Gobierno Federal y por un grupo de Organismos

descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, que constituye el núcleo más importante de la economía estatal.

El gasto estimado de ambos subsectores ascenderá en 1967, a la cifra de $55,527.436,000.00, de los que corresponderá al Gobierno el 39.8% y a los organismos y empresas sujetas a control presupuestal el 60.2%.

Respecto al presupuesto para el presente año, que ascendió a $52,383.326,000.00, se aprecia un aumento de 6%, del que más de la mitad corresponde a las erogaciones del Gobierno Federal.

El reducido aumento que se aprecia obedece a que las estimaciones del gasto del subsector de organismos y empresas no comprende los ingresos extraordinarios que ellos puedan allegarse por créditos propalados o por propalar durante 1967 y que pueden significar una importante fuente de recursos para acelerar el desarrollo de sus actividades.

Análisis del Gasto del Subsector Gobierno Federal.

El total de los gastos programados para el Gobierno Federal ascenderán en 1967 a $ 22,108.293,000.00 cuya aplicación será de un 22% en el Distrito Federal y el 78% restante en las distintas entidades federativas. Cabe señalar que según las estimaciones de ingresos presentadas en la iniciativa que se dictamina, el 55% de los ingresos se originarán en el Distrito Federal y el resto en otras entidades federativas.

Estas cifras indican la preocupación del Ejecutivo Federal por llevar adelante la redistribución geográfica de la riqueza nacional, propiciando el crecimiento de áreas económicas distintas a la del Valle de México, para lograr en este aspecto, un desarrollo más equitativo entre las diversas regiones y entidades del país.

Examinada la clasificación funcional, destaca la suma que estima para Fomento Económico, que representa el 40.8% del Gasto del Gobierno Federal.

En este rubro están comprendidas las erogaciones que se destinarán a Comunicaciones y Transportes, que por una cifra de 4,381 millones de pesos, absorben el 19.8%; con ello se apoya la conservación y desarrollo del sistema vial, fundamentalmente ferrocarriles y carreteras.

Al fomento y Conservación de Recursos Naturales Renovables se destinan 2,640 millones de pesos equivalente al 11.9%. El renglón más importante es el de riego, con erogaciones de 2,070 millones de pesos, que constituyen gastos necesarios, para mantener y elevar la productividad en el sector más importante de nuestra economía.

Para Fomento, Promoción y Reglamentación Industrial y Comercial, se estiman 2,003 millones de pesos, o sea, el 9.1% del gasto del Gobierno Federal.

Destaca en este gran rubro el apoyo a la industria eléctrica, con 986 millones; a través del apoyo a empresas comerciales con 503 millones de pesos, se continúa con la política de fortalecimiento del mercado interno de productos agrícolas.

También la Inversión y Protección Sociales se atenderán con una proporción importante del gasto: 37.7%. Los servicios educativos y culturales requerirán 5,294 millones de pesos, 23.9%, destinados en un 45% a la enseñanza primaria. Se continúa el apoyo a la segunda enseñanza con erogaciones de 707 millones de pesos, y a la educación superior con 807 millones de pesos.

No se desatienden la construcción y conservación de escuelas, a lo que se destinan 795 millones, ni otros grados de la educación popular y técnica.

A otros servicios culturales, bibliotecas, hemerotecas y museos, así como para los trabajos de la Comisión Nacional de los libros de texto gratuitos, se destinan importantes cantidades.

En el rubro de Salubridad, Servicios Asistenciales y Hospitalarios y bienestar y seguridad social se gastarán 3,038 millones de pesos, equivalentes al 13.8% del gasto del Gobierno Federal.

Dentro de este grupo destacan los renglones de salubridad, asistencia médica y servicios hospitalarios con 629 millones de pesos; asistencia social con 366 millones de pesos; la contribución estatal al Seguro Social, por 663 millones de pesos; los servicios médicos a empleados públicos, por 429 millones de pesos y pensiones y jubilaciones por 362 millones de pesos.

El Ejército, Armada y Servicios Militares requerirán 2,148 millones de pesos, en los que se incluyen haberes y otras remuneraciones, servicios médicos y hospitalarios, servicios educativos y sociales, pensiones y jubilaciones y otros diversos rubros. En proporción, estos servicios absorberán el 9.7% del gasto del Gobierno Federal.

Los gastos de administración general requerirán el 6.3% de los gastos del Gobierno, y la amortización de la deuda pública un 5.4%.

(Mill. de pesos) (%)

Fomento Económico 9,024 40.8

Comunicaciones y transportes 4,381 19.8

Fomento y conservación de recursos

naturales renovables 2,640 11.9

Fomento, promoción y reglamentación

industrial y comercial 2,003 9.1

Inversión y Protección Sociales 8,332 37.7

Servicios Educativos y culturales 5,294 23.9

Salubridad, servicios asistenciales y hospitalarios

y bienestar y seguridad social 3,038 13.8

Ejército, Armada y Servicios Militares 2,148 9.7

Ayudas a Estados y Territorios 33 0.1

Administración General 1,389 6.3

Deuda Pública 1,182 5.4

Interior 881

Exterior 294

Flotante 7 .

Total 22,108 100.0%

Según lo expresado, existe un destino adecuado de los gastos del Gobierno Federal para lograr un desarrollo equilibrado entre la capitalización del país y el mejoramiento de la población, sin elevar desmedidamente los gastos de la administración ni las erogaciones para mantener la seguridad e integridad nacionales.

Es pertinente destacar que la deuda pública que se llamará a reembolso durante 1967 absorberá solamente el 5.4% de los gastos del Gobierno Federal.

Desde el punto de vista económico los gastos corrientes de la administración absorberán el 35.7%, principalmente por las erogaciones de sueldos, salarios y otras remuneraciones ordinarias y extraordinarias, que absorberán 6,826 millones de pesos, o sea el 30.9% del gasto gubernamental.

Los gastos de capital sumarán 7,365 millones, que equivalen al 33.3%. La mayor parte de ellos serán directos del Gobierno Federal, por 4,994 millones y el resto, 2,371 millones serán gastos indirectos de capital, o sean aportaciones a empresas y organismos descentralizados para inversión.

Las transferencias durante 1967 serán por un monto de 4,147 millones de pesos, que representa el 18.8% del gasto global. Los subsidios a la producción y al consumo absorberán la mayor parte de las transferencias (2,461 millones);

contabilizándose en otros gastos de transferencia (1,686 millones) las aportaciones del Gobierno Federal al IMSS y al ISSSTE.

Cabe señalar que en el ejercicio fiscal de 1967 el Gobierno Federal obtendrá un ahorro en cuenta corriente de 7,305 millones de pesos, o sea el 34% de sus ingresos corrientes, suma que se destinará a financiar erogaciones de capital.

Por otra parte se indica en la iniciativa de Ley que el subsector Gobierno Federal transferirá recursos al de organismos y empresas por valor de 4,569 millones, o sea el 20.66% de su presupuesto.

Puede apreciarse en las cifras anotadas, que también en el aspecto económico hay un equilibrio en el presupuesto de egresos, destinando una parte importante a la capitalización del país por la demanda de bienes de inversión; redistribuyendo parte del ingreso nacional por la transferencia de recursos recaudados en sectores de mayor productividad a otros con menores índices, y manteniendo los gastos corrientes de administración, que se destinan en su mayor parte al pago de sueldos y salarios a los servidores públicos, en un nivel que permita contar con los servicios administrativos requeridos.

Análisis del Gasto del Subsector Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal.

El gasto programado para el Subsector descentralizado asciende a 37,988 millones de pesos, comprendiendo en ellos los 4,569 millones que les transferirá el Gobierno Federal. Así sus erogaciones serán financiadas en un 88% con recursos propios, que sumarán 33,419 millones de pesos.

Dichas transferencias se destinarán en 1,890 millones de pesos a financiar gastos de capital y la diferencia a cubrir gastos de operación de algunos organismos y las cuotas que por seguridad social corresponden al Estado.

A continuación se presentan diversos análisis del gasto a efectuar, financiando exclusivamente con recursos propios de los Organismos y Empresas, o sean 33,419 millones de pesos. De estos, el 31% se recaudarán en el Distrito Federal, y el 69% en los Estados y Territorios Federales. Al aplicarse dichos recursos, en la primera entidad se gastará el 22% del total. Puede apreciarse que las erogaciones del Subsector contribuirán a redistribuir geográficamente los recursos.

Atendiendo a las funciones que cubren, los gastos de Organismos y Empresas se orientan, en un 67% a fomentar la economía, por la oferta de servicios básicos como los transportes, rubro en el que erogarán 4,763 millones de pesos (14% del gasto), correspondiendo la mayor parte a las diversas líneas ferroviarias consideradas, que gastarán 3,709 millones de pesos de recursos propios.

La mayor parte del gasto se destinará al Fomento, Promoción y Reglamentación Industrial y Comercial.

A este rubro se asignan 17,682 millones de pesos, equivalentes al 53% del gasto del Subsector considerado.

El apoyo a empresas comerciales por 3,366 millones (10%) será realizado a través de la Conasupo, organismo fundamental en nuestro proceso de reforma agraria y elevación del ingreso rural.

A la energía eléctrica se destinan 5,059 millones de pesos (15%) principalmente la Comisión Federal de Electricidad (2,740 millones de pesos) y otras siete compañías generadoras y distribuidoras de electricidad.

En el renglón de otros gastos de fomento se encuentran registradas las erogaciones de Petróleos Mexicanos, por valor de 9,257 millones de pesos, equivalentes al 27.7% del gasto, cuya contribución al desarrollo económico de los sectores privado y público es imponderable.

La Inversión y Protección Sociales se realizará al través de cuatro Organismos Descentralizados: IMSS, ISSSTE, Lotería Nacional e Instituto Nacional de la Vivienda. El gasto de dichos organismos, sin contar los subsidios del Gobierno Federal, ascenderá a 8,432 millones de pesos, equivalentes al 25.2% del Subsector.

La amortización de pasivo de organismos y empresas requerirá 2,542 millones de pesos (7.6% de sus recursos propios), de los que 1,340 millones se pagarán en el interior del país, constituyendo recursos que permanecen en nuestra economía y al exterior se cubrirán 1,202 millones de pesos, como pago de bienes de inversión que no es posible obtener aún en el país.

Por la naturaleza y fines de las entidades que forman el Subsector de organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, se estima que el presupuesto presentado, desde el punto de vista funcional, guarda un equilibrio adecuado a los propósitos de desarrollo económico.

Desde el punto de vista económico, el Subsector creará demandas por la cantidad de 24,191 millones de pesos, el 72.3% de su gasto, que representan el costo directo de los bienes y servicios que ofrecen los Organismos y Empresas.

De este grupo, en servicios personales se gastarán 8,434 millones de pesos (25.2% del gasto), manteniendo la ocupación del personal; en adquisición de bienes para operación se erogarán 7,137 millones de pesos (21.3%) y en otros gastos de operación 8,620 millones (25.8%).

Los intereses que se pagarán por deudas contraídas serán de 878 millones (2.6% de los gastos), proporción mínima si se toma en cuenta el monto de aquéllas.

Los gastos de capital, que representan principalmente inversiones físicas, ascenderán a 3,874 millones de pesos, que son el 11.6% de sus recursos propios. Puede apreciarse que, en conjunto, hay una alta tasa de inversión en el Subsector.

Las amortizaciones de pasivo requerirán 1,665 millones de pesos. que significan el 5% de sus

recursos propios. El monto y la proporción indican claramente que no hay una carga excesiva sobre el Subsector por este concepto, sobre todo si se considera su acelerado crecimiento.

Por último, es pertinente señalar que el Subsector de Organismos y Empresas obtendrá, durante 1967, un ahorro en cuenta corriente por 3,912 millones de pesos, resultante de la comparación de sus ingresos con sus gastos corrientes. Este ahorro representa el 17.95% de sus ingresos corrientes y se destinará a financiar la mayor parte de sus gastos de capital y la totalidad de sus pagos de pasivos.

El gasto total consolidado del Subsector Gobierno Federal y del de Organismos y Empresas, se estima en una cifra de 55,528 millones, lo que representa un incremento de 3,145 millones, respecto de lo previsto para el presente año.

La Comisión hace notar que la aplicación del gasto total antes citado, se distribuye en forma más que proporcional en relación con el origen de los ingresos; ya que mientras en el Distrito Federal se localizan las fuentes del 41.8% de los ingresos previstos, únicamente se le destinan erogaciones equivalentes al 22% del gasto total. A los Estados y Territorios, que se estima proporcionarán el 58.2% de los ingresos, se canalizan recursos por un monto de 43,308 millones de pesos, o sea, el 78% de los gastos totales.

Lo anterior revela la preocupación del Ejecutivo de la Unión para plasmar, a través del mecanismo del gasto público, una política de desarrollo económico y social equilibrado, en la que el Estado compense deficiencias y condicione estímulos determinantes para el sano comportamiento de un factor de gran dinamismo de nuestro crecimiento, o sea, el sostenimiento, consolidación y diversificación de la inversión global.

Desde el punto de vista de la clasificación económica del Presupuesto de Egresos consolidado, los gastos corrientes de administración y operación absorben la cifra de 32,073 millones de pesos, o sea, el 57.76%; a los gastos de capital se destinan 8,868 millones, un 15.97%, cifra cuyo crecimiento, en la medida que así lo demanden la excepción de las actividades productivas de los organismos y empresas y del ritmo de la economía en general, está condicionado a la obtención de recursos adicionales.

Los gastos de transferencia por la cantidad 6,518 millones de pesos, previsión que representa el 11.74% del total consolidado, se traducen, por su finalidad específica, en elevación de los niveles de vida de los grupos de ingresos bajos o fijos, fortalecimiento del mercado interno a través del apoyo a productores agrícolas y ampliación y mejoramiento de los servicios de asistencia y seguridad social.

El monto y destino de estos tres grandes rubros del gasto, el 85.47% del total consolidado, pone de manifiesto la contribución que el sector público, del que las entidades más importantes se incluyen en el proyecto que se dictamina proporciona al proceso de desarrollo del país, mediante una adecuada jerarquización entre recursos disponibles y satisfacción de necesidades económicas y sociales.

La previsión que se hace para Erogaciones Especiales por un total de 4,343 millones de pesos, 7,82%, engloba una partida de 1,532 millones de pesos que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Presupuesto de la Federación, confiere flexibilidad al ejercicio del mismo, requisito este último, indispensable en un país como el nuestro que experimenta, debido a su grado de desarrollo, algunas rigideces y obstrucciones que se consideran indeseables en sectores cuyo desenvolvimiento constituye el marco propicio a la actividad económica en general. La diferencia por 2,811 millones de pesos corresponde a erogaciones derivadas de ingresos por cuenta de terceros que harán los organismos y empresas.

A la cancelación de Deuda Pública se destina la cantidad de 3,725 millones de pesos, o sea, el 6.71%, previsión que se considera reducida en comparación con el Gasto Total consolidado, ya que debido a los mecanismos de control establecidos para la programación del gasto de pasivo a cargo del Sector de Organismos y Empresas, se ha llegado a un mayor conocimiento de los compromisos del Erario Federal.

Es conveniente destacar que el sector público sujeto al control presupuestario obtiene un ahorro corriente de 11,217 millones de pesos, 21.06% del monto de ingresos corrientes previsto; de dicho ahorro se destinan a gastos de capital 9,563 millones, que junto con los ingresos del mismo tipo suman una inversión total de 11,240 millones de pesos.

Desde el punto de vista de la clasificación funcional del gasto consolidado se puede constatar el impacto y apoyo a actividades fundamentales de nuestra estructura económica.

Al Fomento Económico se destinan 31,469 millones, equivalentes al 56.67% del gasto total; dentro de este gran rubro las Comunicaciones y Transportes absorben 9,144 millones, el 16.47%; al Fomento, Promoción y Reglamentación Industrial y Comercial se canalizan 19,685 millones de pesos, 35.45% del gasto total; y al Fomento y Conservación de Recursos Naturales Renovables se destinarán 2,640 millones de pesos, el 4.75%.

El rubro de Inversión y Protección Sociales absorbe 16,764 millones de pesos, o sea, el 30.19% del gasto total. Como parte integrante de este apartado, los Servicios Educativos y Culturales representan erogaciones por 5,294 millones de pesos, el 9.53%; a los gastos de Bienestar y Seguridad Social se destinan 8,025 millones de pesos, que equivalen al 14.45%; y la Salubridad y Servicios Asistenciales y Hospitalarios se destinarán 3,445 millones de pesos, el 6.21%.

A continuación se presentan las cifras proporcionales del gasto total consolidado, según su clasificación funcional:

Fomento Económico: 56.67%

Comunicaciones y Transportes 16.47%

Fomento y Conservación de Recursos Naturales Renovables 4.75%

Fomento, Promoción y Reglamentación Industrial y Comercial 35.45%

Inversión y Protección sociales 30.19%

Servicios Educativos y Culturales 9.53%

Salubridad, Servicios Asistenciales y Hospitalarios 6.21%

Bienestar y Seguridad Social 14.45%

Ejército, Armada y Servicios Militares: 3.87%

Administración General: 2.56%

Deuda Pública: 6.71%

100.00%

2o. Aspectos Legales.

El proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno Federal y Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal, para el ejercicio fiscal de 1967, presenta importantes modificaciones respecto de los anteriormente presentados.

Desde que el Gobierno Federal inició su política de estímulos fiscales para promover el desarrollo económico, los subsidios, subvenciones y exenciones de impuestos concedidos con cargo a gravámenes específicos, así como las participaciones de los Gobiernos Estatales y Municipales, en diversos Impuestos federales, se habían considerado como excepciones de la Ley de Ingresos, ya que no representaban enteros reales a la Tesorería de la Federación, limitando los ingresos netos del Gobierno Federal.

Sin embargo, como consecuencia del aumento registrado en la importancia del sector Gobierno Federal, Organismos y Empresas, en la economía del país, es necesario conocer con mayor detalle y precisión todos los movimientos de ingresos, ya sean éstos reales o virtuales.

De ello dependen, en gran medida, la integración de una política fiscal acorde con las etapas que se vayan cubriendo en el proceso de crecimiento de todas y cada una de las actividades que gozan de tratamiento fiscal de excepción.

Igualmente, con ello podrá orientarse mejor la ayuda que el Gobierno Federal pueda otorgar a los Estados o Municipios cuyos ingresos fiscales propios y por participación en impuestos federales, sean insuficientes para sufragar los gastos de servicios que les son propios.

Esta Comisión considera que la inclusión de los artículos 11, 12, 13, 14, y 15 en la Ley propuesta, tiende a lograr los propósitos enunciados y mejora las normas legales que rigen el ingreso y gasto presupuestales, incorporando disposiciones fiscales a las leyes específicas.

En el presente año, los artículos enunciados aparecen con los números 3, 28, 40, 41 y 42 en la Ley de Ingresos de la Federación.

El artículo 11 de la iniciativa que nos ocupa regula las participaciones en ingresos federales a que tienen derecho los Estados, el Distrito y Territorios Federales y los Municipios, habiéndose incorporado el texto íntegro del artículo 3o. de la Ley de Ingresos de la Federación para 1966, al cual se adicionó como último párrafo, la disposición relativa a la forma en que deberán cubrirse las cantidades que corresponden al Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y al Patronato del Maguey de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre Aguamiel y Productos de su Fermentación.

El artículo 12, sustitutivo del anterior artículo 28 de la Ley de Ingresos de la Federación para 1966, determina con mayor claridad las reglas a que deberán sujetarse los subsidios, donaciones, gratificaciones, obsequios o ayudas que otorguen las instituciones y organizaciones auxiliares nacionales de crédito, organismos descentralizados y empresas de participación estatal, con lo cual se logrará tener un mejor control sobre la justificación de su otorgamiento.

El artículo 13, que establece las bases bajo las cuales pueden otorgarse subsidios con cargo a impuestos federales, contiene el texto íntegro del artículo 40 de la Ley de Ingresos de la Federación para 1966.

Los artículos 14 y 15, cuyo texto es idéntico a los números 41 y 42 de la Ley de Ingresos de la Federación vigente, se refieren al otorgamiento de subsidios a la industria minerometalúrgica y a la automotriz, respectivamente, en la inteligencia de que los subsidios que se prevén para esta última industria se circunscriben al equivalente de impuestos de importación.

Una innovación importante que contiene la iniciativa de decreto, motivo de este dictamen, es la inclusión por primera vez, en el artículo 6o, de la obligación de todas aquellas entidades a las que para el desarrollo de sus actividades el Gobierno Federal otorga un subsidio regular, de proporcionar a la Secretaría de Hacienda la información necesaria para juzgar acerca de la situación financiera de las mismas y así estar en condiciones de poder definir más atinadamente el monto y la procedencia del otorgamiento de tales subsidios. Esta disposición propiciará que el apoyo que a estas entidades da el Gobierno Federal, se canalice en tal forma que su rendimiento sea el óptimo.

El proyecto de decreto da al Presupuesto de Egresos una estructura más acorde con la concepción económica y con la técnica de administración financiera presupuestaria modernas, estableciendo los mecanismos para conocer con mayor precisión el destino y la naturaleza de los gastos.

La variabilidad de las situaciones económicas, cuya naturaleza requiere de acción oportuna y eficaz, exige que el Presupuesto de Egresos de la Federación tenga una flexibilidad adecuada para su ejecución y para adaptarse a circunstancias imprevisibles que, de no atenderse, pueden perjudicar el resultado general de la actividad productiva.

Asimismo, es necesario que los excedentes sobre los ingresos previstos sean aplicados en forma jerarquizada de acuerdo con las finalidades de los gastos presupuestos, aumentando las erogaciones en rubros que contribuyan dinámicamente al proceso económico y social del país; por tal motivo, y para ajustarlo mejor a las características del Presupuesto ya señaladas, esta Comisión sugiere que la redacción del artículo 3o. de la Ley de Egresos, se redacte en la siguiente forma:

Artículo 3o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para 1967 excedan del monto del presupuesto aprobado, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, podrá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

a) Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación, con excepción de las

fracciones XIV (cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores) y XX (enteros que efectúen organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal), los aplicará dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del presupuesto y de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el plan de inversiones de la Presidencia de la República, después de atender a los gastos corrientes y de transferencia.

El Ejecutivo procurará que los excedentes de ingresos aplicados a gastos de inversión de bienestar social no sean superiores a los de inversión de productividad e infraestructura económica, ni tampoco inferiores al 25% de los excedentes destinados a inversión.

b) Por lo que respecta a los excedentes sobre sus ingresos ordinarios presupuestados, los organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, previa autorización del Presidente de la República, podrán realizar erogaciones adicionales para el desarrollo de sus finalidades específicas.

Los ingresos extraordinarios que obtenga el Gobierno Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a las finalidades específicas para las que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que efectúe con base en esta disposición al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1967, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales. En dicha Cuenta, el Ejecutivo hará el análisis de la aplicación de los excedentes a los conceptos a que se refieren los incisos a) y b), y, en caso de que los hubiera aplicado en forma distinta, informará al Congreso de las razones que hubiere tenido para realizar los cambios.

Atentas las consideraciones que anteceden, las que revelan que el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1967, se ajusta a las necesidades económicas y sociales que prevalecen actualmente en el país, la Comisión que suscribe somete a vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

Artículo 1o. El Presupuesto de Egresos de la Federación, que regirá durante el año de 1967, se compondrá de las siguientes partidas:

Artículo 2o. El presupuesto de Egresos de la Federación importa en total la cantidad de. $55,527.436,000.00 (cincuenta y cinco mil quinientos veintisiete millones cuatrocientos treinta y seis mil pesos, 00/100) distribuidos en los siguientes ramos:

I. Legislativo. $ 81.705,000.00

II. Presidencia de la República 72.443,000.00

III. Judicial 75.303,000.00

IV. Gobernación $ 127.863,000.00

V. Relaciones Exteriores. 213.489,000.00

VI. Hacienda y Crédito Público. 719.161,000.00

VII. Defensa Nacional. 1,385.519,000.00

VIII. Agricultura y Ganadería 417.883,000.00

IX. Comunicaciones y Transportes 1,186.537,000.00

X. Industria y Comercio 144.372,000.00

XI. Educación Pública 5,775.267.000.00

XII. Salubridad y Asistencia 1,314.606,000.00

XIII. Marina 558.936,000.00

XIV. Trabajo y Previsión Social 63.186,000.00

XV. Asuntos Agrarios y Colonización 115.759,000.00

XVI. Recursos Hidráulicos 2,102.787,000.00

XVII. Procuraduría 45.826,000.00

XVIII. Patrimonio Nacional 283.296,000.00

XIX. Industria Militar 81.970,000.00

XX. Obras Públicas 1,572.930,000.00

XXI. Turismo 84.577,000.00

XXII. Inversiones 1,709.970,000.00

XXIII. Erogaciones Adicionales 2,792.311,000.00

XXIV Deuda Pública 1,182.597,000.00

XXV Erogaciones Adicionales de Organismos Descentralizados y Empresas Propiedad del Gobierno Federal. 33,419.143.000.00

$ 55,527.436.000.00

Artículo 3o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para 1967 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en los grupos fundamentales de autorización mencionados en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación. El Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición, al presentar el proyecto de Presupuesto de Egresos para 1968.

El informe que presente el Ejecutivo, en los Términos del párrafo anterior, se hará sin prejuicio de incluir dichas erogaciones en la Cuenta de la Hacienda Pública anual que rinda al Congreso para los efectos constitucionales.

Artículo 4o. La Administración, control y ejercicio de los Ramos de

Inversiones, Erogaciones Adicionales, Deuda Pública y Erogaciones Adicionales de Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal, estarán encomendados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En los contratos de fideicomiso que celebre el Gobierno Federal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá, siempre el carácter de fideicomitente. Artículo 5o. Quedan comprendidas en el artículo 28 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación las erogaciones relativas a las actividades, obras y servicios públicos de los organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal considerados dentro del Ramo XXV.

Se faculta al Ejecutivo Federal para señalar otros organismos y empresas a los que deban aplicarse las prevenciones de este artículo así como la fecha a partir de la cual regirán las mismas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público sólo autorizará los pagos y erogaciones que deban hacerse de acuerdo y con cargo al presupuesto de egresos de cada organismo descentralizado o empresa propiedad del Gobierno Federal, hasta por el monto de las concentraciones de fondos efectuadas por el organismo o empresa de que se trate, cuidando que, de acuerdo con sus necesidades económicas y posibilidades del Erario, cuenten oportunamente con las asignaciones presupuestales necesarias a efecto de que no se entorpezcan sus actividades y servicios.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Tesorería de la Federación fijará, además de su propia Tesorería, los organismos subalternos y auxiliares de ella, facultados para recibir y ministrar los fondos de los organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal.

Los organismos y empresas a que se refiere este artículo, además de ajustarse a las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento para la elaboración y presentación de sus proyectos de presupuesto para el ejercicio fiscal siguiente, llenarán los requisitos que les señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y presentarán a esta Dependencia a más tardar el 1o. de noviembre de cada año, a fin de que, por su conducto, sean sometidos a la aprobación del Presidente de la República, quien los enviará a la Cámara de Diputados, formando parte del Presupuesto de Egresos de la Federación, para su autorización definitiva.

Cualquiera modificación a los proyectos de presupuesto o presupuestos de los Organismos Descentralizados y Empresas Propiedad del Gobierno Federal será sometida al C. Presidente de la República, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 6o. Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal y, en general, todas aquella entidades a las que se les otorgue, para el desarrollo de sus actividades, un subsidio regular del Gobierno Federal y que no hayan quedado comprendidos dentro del artículo anterior, deberán remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante el mes de enero de 1967, sus presupuestos de Ingresos y de Egresos para el año citado, así como, en su caso, los estados financieros que muestren su situación al 31 de diciembre de 1966, sin cuyo requisito la Secretaría de Hacienda y Crédito Público suspenderá el subsidio correspondiente.

Artículo 7o. El ejecutivo podrá autorizar, cuando lo juzgue indispensable, previo dictamen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, transferencias de partidas que tendrán siempre carácter compensado e informará, en los términos del artículo 3o, del uso de que esta facultad haya hecho.

Las Secretarías y el Departamentos de Estado así como los Organismos

Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal, en el ejercicio de las partidas de su presupuesto, se sujetarán estrictamente al calendario de pagos que les apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la que dictará las medidas que estime pertinentes para el estricto cumplimiento de esta disposición.

Artículo 8o. Las economías caídas por sueldos, salarios del personal obrero de base y haberes no devengados, sobresueldos, salarios complementarios del personal obrero de base, sobrehaberes, diferencias en cambios y cuotas conforme a tratados, quedarán definitivamente como economías del presupuesto y en ningún caso se podrá hacer uso de ellas.

Artículo 9o. El pago de compensaciones por servicios especiales, los viáticos, sobresueldos, honorarios, emolumentos u otras percepciones que no sean sueldos, haberes o salarios, específicamente determinados dentro de las partidas de cada Ramo, se efectuarán de acuerdo con las prescripciones que para cada caso fija el reglamento la Ley Orgánica del Presupuesto y las reglas especiales que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En tratándose de compensaciones por los mismos conceptos, y otras prestaciones del personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas.

El pago de compensaciones por servicios en horas extraordinarias, independientemente de cubrirse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 constitucional, también se regirá para el ejercicio de la partida específica, por las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación. El pago de estas compensaciones correspondientes al personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del gobierno Federal, que se rija por contratos colectivos de trabajo, se efectuará de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas.

Artículo 10. Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las dependencias federales deberán concentrarse en la Tesorería de la Federación y sólo podrán ser aprovechadas para gastos de la Administración cuando en el Presupuesto de Egresos aparezca partida para el objeto, aun cuando exista ley especial que las destine para un fin determinado.

Artículo 11. Los Estados, el Distrito y los Territorios Federales y los Municipios, participarán, por los conceptos especificados en este artículo, en las proporciones siguientes:

I. 25% sobre los productos que la Federación obtenga por concepto de venta o arrendamiento de terrenos nacionales, ubicados dentro de dichas entidades;

II. 50% sobre los productos que la federación obtenga por concepto de explotación de los terrenos o bosques nacionales, ubicados dentro de sus respectivas circunscripciones.

De la participación a que se refieren las dos fracciones anteriores, corresponderá a los municipios el 50%.

Para los efectos de las dos fracciones que anteceden se consideran terrenos nacionales los que con este nombre señala la Ley Terrenos Baldíos y Nacionales, Demasías y Excedencias, y

III. 50% sobre el rendimiento que la Federación obtenga por concepto de impuestos o derechos sobre la explotación de caza o similares y sobre pesca, buceo y similares, que se realicen dentro de dichas entidades o en los mares adyacentes a las mismas.

De estas participaciones corresponderá a los municipios el 15% que la Secretaría de Hacienda les cubrirá directamente de acuerdo con la distribución que señale al efecto la legislatura local respectiva.

Entretanto las legislaturas locales decretan esta distribución se hará en proporción al número de habitantes que de el último censo en cada municipio.

Igual procedimiento se seguirá en los demás casos en que las leyes concedan participaciones por concepto de consumo a los municipios.

Si la legislación tributaria de alguna entidad federativa establece gravámenes locales o municipales, cualquiera que sea su denominación, que sean contrarios a preceptos de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, o si se ocurre para el cobro de prestaciones fiscales a prácticas prohibidas por la propia Constitución, se suspenderá de inmediato a la entidad de que se trata de ministración de toda clase de subsidios acordados por el Gobierno Federal.

Para este efecto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quedará obligada a dictar las medidas conducentes tan pronto como comprueben las violaciones constitucionales a que se refiere el párrafo anterior.

El Banco de México, S. A., por cuyo conducto se recauda el impuesto sobre llantas y cámaras de hule, informará a las entidades federativas al cubrirles las participaciones que les corresponden en este impuesto, acerca de la cantidad deducida de esa participación, destinada a la Comisión Nacional de Caminos Vecinales, que ha de concentrarse en la Tesorería de la Federación.

Las cantidades correspondientes al Patrimonio Indígena del Valle del Mezquital y al Patronato del Maguey, de acuerdo con la Ley del impuesto sobre Aguamiel y productos de su Fermentación, se cubrirán por la Tesorería de la Federación con cargo a la partida respectiva, del Presupuesto de Egresos de la Federación, con base en las liquidaciones que para el efecto formule la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 12. Las instituciones y organizaciones auxiliares nacionales de crédito, organismos descentralizados y empresas de participación estatal sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios o dar ayudas de cualquier clase con autorización previa y por escrito de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que presentarán para este efecto las solicitudes relativas que reciban, una vez aprobadas por el consejo de administración, junta directiva u órgano directivo de la institución, organismo o empresa de que se trate.

Los administradores, directores o gerentes de las entidades mencionadas en el párrafo anterior deberán remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al finalizar el año, un informe general de todos los subsidios, donativos, gratificaciones, obsequios o ayudas proporcionados durante el ejercicio, anotando su objeto, monto y el nombre del beneficiario.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no se consideren de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos de la Federación, o cuyos principales ingresos se originen de éste.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda autorizada para interpretar, a efectos administrativos, la presente disposición y para dictar las reglas conducentes a su aplicación.

Artículo 13. Sólo se otorgarán subsidios con cargo a los impuestos federales incluyendo los de importación de acuerdo con las disposiciones de la Ley Orgánica del artículo 28 Constitucional en materia de monopolios y de las leyes fiscales relativas. Si las leyes impositivas establecen afectaciones destinadas a construir el patrimonio de organismos descentralizados, participaciones a entidades federativas o a fines específicos, los subsidios comprenderán únicamente el rendimiento para la Federación.

Ningún subsidio se concederá o hará efectivo en proporción que exceda del 50% de las cuotas de las tarifas o de las tasas consignadas en los respectivos ordenamientos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para fijar el monto del subsidio dentro de la limitación expresada. En situaciones excepcionales, a juicio de la propia Secretaría, el subsidio podrá llegar hasta el 75%.

Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior los siguientes subsidios:

I. Los que otorguen con cargo a los impuestos sobre aguamiel y productos de su fermentación, a los ejidatarios de insolvencia manifiesta, cuya producción individual no exceda de 75 litros semanarios; sobre operaciones de compraventa de primera mano de ixtles de lechuguilla y palma y la importación de papel para periódico. En estos casos se estará a la proporción que determinen las disposiciones que regulen dichos gravámenes;

II. Los que se otorguen con cargo a los impuestos, a la producción, a la compraventa de primera mano o sobre ingresos mercantiles, a los industriales productores de artículos manufacturados que exporten directamente, una vez satisfechas las necesidades del mercado nacional, o transporten productos para su consumo a las zonas fronterizas;

III. Los que se concedan a las empresas mineras estatales o a las empresas de servicio público de participación estatal;

IV. Los que se concedan para su fomento a empresas mineras que industrialicen parte de su producción en el país, para propiciar nuevas exploraciones o para incrementar sus reservas, siempre y cuando cumplan con los requisitos que fija la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con la estructura de su capital y contribución al equilibrio de la balanza de pagos;

V. Los que se concedan a empresas mineras que, de acuerdo con lo que establece la Ley de Impuestos y Fomento a la Minería, industrialicen sus productos en territorio nacional y cumplan con los requisitos que fija la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en relación con la estructura de su capital y contribución al equilibrio de la balanza de pagos;

VI. Los que se otorguen con cargo al impuesto del 15% sobre ventas de primera mano de oro y plata, celebradas con el Banco de México, S. A.;

VII. Los que se otorguen con cargo al impuesto sobre uso y aprovechamiento de aguas federales, a las empresas públicas que generen fuerza motriz destinada al servicio Público, y

VIII. Los que se concedan con cargo a los impuestos sobre alcohol y compraventa de cacao.

Se aprueban los subsidios otorgados en relación con los siguientes impuestos: sobre aguamiel, algodón, azúcar, herencias y legados, loterías y rifas, ixtle de lechuguilla, minería, papel para periódico, renta e importación para el fomento de la exportación de artículos manufacturados, equipos de perforación para Petróleos Mexicanos y mercancías nacionales que para su consumo se hayan transportado a las zonas fronterizas, en el porciento que se haya otorgado o pagado, en su caso, con anterioridad a la vigencia de esta ley.

Artículo 14. El otorgamiento de subsidios a la industria minerometalúrgica podrá adoptar la forma de convenios fiscales entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los particulares, y se regirá por lo dispuesto en la Ley de Impuesto y Fomento a la Minería y circulares y acuerdos fiscales que expida el Ejecutivo.

Artículo 15. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para conceder subsidios hasta por el total de los impuestos de importación a las empresas de la industria automotriz que considere como fabricantes de automóviles y camiones, en vista de la inversión que realicen y de sus programas de fabricación.

La industria mecánica auxiliar automotriz que tenga programas de fabricación e integración aprobados oficialmente podrá considerarse como de fabricación nacional para los efectos del 60% de incorporación de partes nacionales en los automóviles, entretanto llega a dicho porciento de contenido nacional.

Los subsidios a que se refiere este artículo operarán en las siguientes condiciones:

I. Para las empresas de la industria mecánica auxiliar serán variables y estarán en relación con el contenido nacional incorporado a sus productos.

En el caso de importación de maquinaria y equipo podrán llegar al 100%, y

II. Para los fabricantes de automóviles y camiones que utilicen las partes que produzcan, las que adquieran de la industria mecánica auxiliar automotriz y las que importen, se referirán a la maquinaria y equipo para maquinar, ensamblar, y probar los motores, a las materias primas y a las piezas que no produzca la industria nacional, siempre que no excedan del 40% del costo directo de fabricación.

Los mismos fabricantes disfrutarán también de un subsidio hasta por el 100% del rendimiento para la Federación en el impuesto de ensamble de automóviles y camiones, en la medida en que den cumplimiento a los programas de fabricación aprobados oficialmente.

Para obtener el tratamiento a que este artículo se refiere, las empresas de la rama automotriz deberán cumplir con los requisitos oficiales, tales como los relativos a la aprobación de los programas de fabricación: la adquisición de materias primas y artículos que produzcan la industria nacional; la autorización de importaciones, el otorgamiento de las garantías que deban prestar y el almacenamiento, control y vigilancia de los efectos importados.

Artículo 16. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá vigilar que la ejecución del presupuesto se haga en forma estricta, para lo cual la misma tendrá amplias facultades a fin de que toda erogación con cargo al Presupuesto esté debidamente justificada, con apego a la ley; pudiendo, en caso necesario, rechazar una erogación si, efectuadas las investigaciones del caso, está se considera notoriamente lesiva para los intereses del Erario Nacional.

Con este fin, se faculta a la dependencia del Ejecutivo antes indicada para tomar las medidas que estime necesarias tendientes a lograr las mayores economías en los gastos públicos y la realización honesta de los mismos.

Artículo 17. No se podrá y será causa de responsabilidad de los Secretarios, Jefes de Departamento de Estado, Procurador General de la República y Directores, Administradores o Gerentes de Organismos Descentralizados y Empresas propiedad del Gobierno Federal, conforme al artículo 126 constitucional, contraer compromisos fuera de las limitaciones de sus presupuestos, y en general acordar erogaciones en forma que no permita, dentro del monto autorizado a las partidas respectivas, la atención de los servicios públicos durante todo el ejercicio fiscal, así como el Secretario de Hacienda y Crédito Público, autorizar los compromisos y erogaciones que por este artículo se prohiben, salvo lo previsto en los artículos 3o y 7o. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 29 de diciembre de 1966. - José Antonio Cobos Panamá. - Tulio Hernández Gómez. - Gregorio Contreras Miranda. - Carlos Sánchez Dosal. - Vicente Fuentes Díaz. - Salvador Rodríguez Leija. - Leopoldo González Sáenz. - Miguel Osorio Marbán. - Jorge de la Vega Domínguez. - José Servando Chávez H. - Arturo López Portillo."

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

Primera lectura. Por instrucciones de la mesa directiva esta Secretaría solicita a la asamblea la dispensa de la segunda lectura de este proyecto de decreto. En votación económica se pregunta si se dispensa. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

Dispensada. Está a discusión.

- El C. Ruiz Vázquez, Guillermo: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Ruiz Vázquez.

- El C. Ruiz Vázquez, Guillermo: Señor presidente, señoras y señores diputados: La extraordinaria importancia que en el trabajo parlamentario tiene el estudio y aprobación del presupuesto de egresos y especialmente dentro de la estructura del Estado mexicano que señala a esta Cámara facultades privativas para este estudio y aprobación, la actividad de los partidos se manifiesta en una forma destacada para intervenir, exponiendo sus opiniones en este tipo de problemas. Es así como el Partido Acción Nacional ha venido tantas veces cuantas ha sido necesario, es decir, en cada ocasión que se pone a consideración de la Cámara esta iniciativa del Ejecutivo ha venido expresando sus puntos de vista.

En un rápido análisis quiero señalar cuál ha sido la línea política del Partido Acción Nacional, en relación con el presupuesto y la Cuenta Pública, íntimamente vinculados entre sí, señalar cuál ha sido la línea del Partido Acción Nacional.

En una forma especialmente destacada, desde la primera intervención de Acción Nacional en esta Legislatura, señalamos lo que a nuestros juicio eran problemas jurídicos que no se solucionaban con la forma en que se presentaba el presupuesto para el ejercicio del Gasto Público, de acuerdo con las normas establecidas por la Constitución. Este señalamiento fue reiterado en varias ocasiones. Incluso posteriormente a la primera intervención se introdujeron modalidades que a juicio de las Comisiones eliminaban el problema, pero que a juicio de la diputación de Acción Nacional lo conservaban latente y tal vez lo exacerbaban.

El presupuesto, en su técnica de presentación, también ha ido evolucionando, como ha ido evolucionando la tesis de Acción Nacional al respecto. Recordamos todavía que en la primera intervención

relacionada con la Cuenta Pública se informó en aquel entonces de una aprobación hecha a finales del año anterior para ampliar el presupuesto en una cantidad bastante considerable. En el primer período de sesiones incluso a nosotros nos fue sometida la aprobación de una ampliación también considerable al presupuesto. En la siguiente ocasión ya no hubo ampliaciones en el presupuesto, pero se facultó al Ejecutivo para ejercer los excedentes de la recaudación en los rubros que señala la Ley Orgánica del presupuesto, estableciéndole la obligación de dar cuenta a la Cámara al rendir la Cuenta Pública. Miento, al presentar el siguiente proyecto de presupuesto de la forma en que había ejercido esos gastos.

Esta facultad, que en una forma abierta, amplísima, se concedió al Ejecutivo, provocó la oposición de mi partido porque asentamos con firmeza la tesis de que contrariamente a lo dispuesto por el artículo 126 de la Constitución, quedaban abiertas facultades para gastos no previstos, no autorizados y que a nuestro juicio deberían serlo en la forma más concreta que fuera posible. Recordarán ustedes, también, señores diputados, que al examinar la Cuenta Pública de este primer presupuesto mi partido sostuvo que en esas condiciones no era posible hacer la glosa política de la Cuenta porque con aquella abierta facultad que se le confirmó al Ejecutivo no era posible juzgar sobre su limitación a las facultades concedidas, puesto que estas limitaciones no existían, no era posible juzgar que se hubiera atenido a lo que esta Cámara no había señalado para el ejercicio del Gasto Público, puesto que había conferido esa facultad en términos tan amplios.

Hoy, señores diputados, hemos visto con gran satisfacción que esta facultad ha sido ya matizada y se han establecido bases de proporcionalidad, bases también de jerarquía, y bases también de obligación para que si en las partidas autorizadas hubiera necesidad de cambiar el destino de esos fondos se le explicara al Congreso por qué razón se hizo el cambio.

En estas circunstancias, señores diputados, la línea política del Partido Acción Nacional que vino persiguiendo en este asunto del Presupuesto el ajustarlo en una forma más completa a nuestras disposiciones constitucionales, encuentra ya en esta ocasión un motivo para conceder las facultades, puesto que se establecen ya, como decía, bases de una jerarquización, de una proporcionalidad y de una obligación de explicar el cambio de destino que pudiera darse a las autorizaciones concedidas.

En estas condiciones, también será posible que al analizarse la Cuenta Pública, en próximas ocasiones, se pueda ya entrar a hacer la glosa política, y una vez que sea satisfecho el imperativo constitucional, también será posible entrar al análisis político del Presupuesto, como podrá hacerse en otras ocasiones, incluso al análisis financiero.

Por esta razón, señores diputados, por mi conducto, mi partido expresa los motivos por los que vamos a votar aceptando el Presupuesto en lo general y en lo particular, en los términos en que ha sido dictaminado por las Comisiones.

Y también queremos expresarles la satisfacción de que si nuestro esfuerzo en algo ha contribuido a que se tomen estas normas para establecer el Gasto Público de la Nación, Acción Nacional se siente orgulloso de haber aportado estas ideas, su oposición tenaz, sus argumentos, los conocimientos de quienes forman parte de esta diputación para que sea mejorado este renglón tan importante de la Administración Pública.

Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Cobos Panamá, José Antonio: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Cobos Panamá.

- El C. Cobos Panamá, José Antonio: "Señor Presidente:

Honorable asamblea:

Por última ocasión tengo el honor de usar esta tribuna, la más alta del país Como Presidente de la Comisión de Presupuestos y Cuenta asumo el deber de explicar y, si hubiera sido el caso, defender, no sólo el dictamen justificativo del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1967, sino el Presupuesto mismo.

No es mi intención recordar a ustedes todas las cifras del Presupuesto. Seguramente ya todos las conocen y han sabido valorarlas.

Lo que es necesario es interpretar los gastos estimados respecto a la estructura misma del Presupuesto y a los fines de desarrollo del país.

En la distribución de dichos egresos observamos una adecuada proporcionalidad:

si tomamos la clasificación administrativa, los ramos que la integran guardan equilibrio entre sí; si consideramos la funcional, el Ejecutivo cuida tanto el fomento económico como el bienestar social, el bajo costo en fuerzas armadas y mayor en el ramo educativo; si atendemos a la clasificación económica se procura que los gastos corrientes se cubran con ingresos ordinarios o de la misma índole, que los gastos de capital guarden proporcionalidad con los primeros y sean suficientes a incrementar la capitalización y productividad del país, a que las transferencias persigan una adecuada y más justa redistribución del ingreso en favor de campesinos, de obreros y de la clase media.

El Presupuesto sube conservadoramente respecto a 1966 y el Gobierno Federal atiende, mediante transferencias, al sector paraestatal.

Se cuida el servicio fijo de la deuda pública, interior y exterior, tanto en capital como intereses, y como ingresos extraordinarios sólo se contemplan 600 millones para atender la deuda llamada a reembolso.

El sector paraestatal no incluye financiamientos o créditos, y éstos quedan fuera igualmente del sector federal, excepto los señalados, por considerarse aleatorios y sujetos a contingencias.

Ello no excluye la posibilidad de obtenerlos y su fundamentación legal se halla en la Ley de Ingresos.

El Presupuesto del Gobierno Federal, contra lo que se diga o se quisiera impugnar por un afán partidista, es la expresión de un programa revolucionario y favorable a las mayorías del país.

En ocasiones se nos ha dicho que no lo contiene; pero en cualesquiera de las tres clasificaciones que se examine, a la luz de las elevadas finalidades de política económica y social, y atendiendo a la técnica presupuestaria, se revela con claridad.

Si quisiéramos ir al detalle encontraríamos que después de cubrirse los gastos corrientes del Gobierno, que no son sino el pago de servicios personales y otros bienes para proporcionar los servicios

públicos y después de transferir recursos al sector paraestatal que los requiere para gastos de inversión o de consumo, encontramos que el Gobierno Federal, en este Presupuesto para 1967, destina muy importantes sumas a los gastos de capital.

Esas cantidades se acercan mucho a la suma simplemente aritmética del costo de las obras enunciadas en la exposición de motivos de la iniciativa, tales como presas, energía eléctrica, escuelas, hospitales, caminos, etcétera.

Así no lo ve quien no desee verlo; ni lo entiende quien no desee entenderlo.

El Presupuesto contiene, en esta ocasión, algunas innovaciones.

No debe contemplarse aislado de otras iniciativas muy importantes que esta Representación Nacional acaba de aprobarle al Ejecutivo.

De la anterior Ley de Egresos de 1966 se han segregado disposiciones que encajan mejor en la Ley de Ingresos; y de ésta se han incorporado a leyes específicas, disposiciones que habían venido repitiéndose en las sucesivas leyes de ingresos.

En contrario, de la Ley de Ingresos se han incorporado normas y disposiciones que corresponden efectivamente a los gastos y a su control, y se ha aprobado, además, una iniciativa que reforma leyes impositivas específicas y que establece algunos otros gravámenes fiscales.

El ejercicio del presupuesto no puede hacerse si el Estado no cuenta con los recursos para ello y si la oposición en ocasiones ha criticado el endeudamiento del Estado, indispensable para satisfacer las necesidades nacionales, debe ser consecuente, como lo ha sido, en esta ocasión, al aprobar ciertas reformas impositivas que le permitan al Gobierno Federal allegarse nuevos recursos.

Es significativo que para estos nuevos recursos se tienda a gravar un poco más, no al producto del trabajo, sino al de capitales y no al que gana menos, sino al que gana más, conservando un impuesto proporcional, y me refiero a la reforma sobre la renta, y previendo aquéllos casos en los que ya se han presentado evasiones fiscales.

Otras reformas se han referido al uso y tenencia de los automóviles, y aquí también se tiende al mismo principio: quien puede gastar en un automóvil de lujo, bien puede soportar un pequeño aumento en el impuesto de uso y tenencia. Es significativo que quienes protestan son precisamente los que tienen mayores utilidades o los que gastan más.

Pero si el distribuidor de automóviles pueden enfrentarse a una pequeña contracción en la demanda de carros de lujo, seguramente que esa demanda se incrementará por lo que se refiere a los automóviles medianos y pequeños.

¿En dónde está, pues, la lesión?

Algo parecido ocurre con ese impuesto virtual a un producto agrícola como es el cacao y nadie ha recordado hasta ahora, que yo sepa, que este mecanismo ha sido tradicionalmente usado no sólo en nuestro país, sino en muchas partes del mundo, para unificar la oferta de los productores agrícolas en defensa del precio de sus productos.

Se protesta contra el ataque a la libertad de comercio, pero son precisamente intermediarios y especuladores quienes desean la libre oferta para, mediante la unificación de la demanda, disminuir el precio a los campesinos del país. Esto es muy claro a mi juicio, compañeros diputados, y valía la pena hacerlo notar incidentalmente en esta pequeña charla.

Pero regresemos al presupuesto:

Otra innovación es la redacción del artículo 3o. Este artículo que tanto escozor ha causado a los juristas de Acción Nacional. Hemos llegado al final de esta Legislatura aprendiendo muchas cosas y la pena para algunos será que se han aprendido cuando ya estamos de retirada.

Creemos que la nueva redacción que figura en el dictamen, corresponde a un aprendizaje de tres años en que nos hemos superado.

A mi juicio y cayendo en el pecado de interpretar jurídicamente (y yo no soy abogado) la redacción inicial, la nueva redacción que presentamos no se aparta de ella.

En diciembre de 1964 facultamos al Ejecutivo para invertir los excedentes de ingresos en las erogaciones adicionales autorizadas por la Ley Orgánica del Presupuesto.

Ahora decimos lo mismo, con mayor amplitud y esto, ¿por qué? ¿Por qué los miembros de la Comisión de Presupuestos y Cuenta son unos hábiles "tecnócratas" que manejan con habilidad el "esoterismo" de las cifras presupuestarias? o ¿por qué los juristas de Acción Nacional o los miembros del Partido Popular Socialista han llegado a la perfección en esta materia?

Yo creo que nada de eso ha sucedido, señores: lo que ocurre es que con el dictamen de la cuenta pública de 1965, y después de estar trabajando en estos problemas tres años continuados, aprendimos algo, que está en el dictamen, y que fue entendido por quienes lo han leído bien: la obra de inversión económica y social que el Gobierno realiza en favor del desarrollo económico del país, depende mucho de los excedentes de ingresos y de entre éstos, de los extraordinarios o sea de los obtenidos mediante créditos o financiamientos.

Y también aprendimos otra cosa, que la obra económica y social se realiza en buena parte con esos ingresos extraordinarios y con esos excedentes de ingresos ordinarios, esa masa nueva de recursos, que no es posible predecir cuando aprobamos el presupuesto, que se canaliza a través del instrumento jurídico que es la Ley Orgánica del Presupuesto, se maneja con la concepción económica correcta de aplicarlos primero a los gastos corrientes, a los de transferencia y a los de inversión, a través de las grandes partidas Erogaciones Adicionales, Inversiones y Deuda Pública.

Eso dijimos, señores diputados, en el dictamen de la Cuenta Pública y eso lo hemos reproducido en el dictamen del Presupuesto de 1967, en la parte relativa al artículo 3o.

Por las consideraciones anteriores, yo pido a esta H. Asamblea como Presidente de la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que apruebe el dictamen y el decreto relativo. Con ello daremos un paso más para que el Señor Presidente de la República continúe en su constante afán por el desarrollo del país y, en su permanente preocupación por elevar la vida de los mexicanos.

Yo desearía expresar, asimismo, que el balance que podemos presentar, en esta materia, la Comisión de Presupuestos y Cuenta, a la que he tenido el honor de pertenecer en tres ocasiones, es positivo. Prueba, el consenso de todos los partidos en esta ocasión, y su cooperación al respecto.

Creo que al término de nuestra gestión como diputados, hemos entendido mejor qué cosa es el Presupuesto y qué la Cuenta Pública y quienes hemos formado parte de esta Comisión hemos constatado los esfuerzos del Ejecutivo para mejorar cada vez más la presentación de estos dos grandes documentos fundamentales para la nación.

En otra oportunidad dijimos que el proceso Ingreso - Gasto es complejo y difícil, pero no esotérico ni difícil de comprender.

Yo tengo la esperanza de que quienes nos sucedan, también enjuicien, quizá con mejor fortuna que nuestros compañeros de Acción Nacional, el Presupuesto o la Cuenta Pública Federal.

Pero para ello, compañeros diputados, creo que será preciso, que se dialogue, discuta o dispute más claramente y con mayor intensidad sobre las políticas respeto a los grandes problemas a los que se enfrentó la Revolución Mexicana y que los Gobiernos revolucionarios han venido atendiendo con buen éxito.

Pero, en fin, eso será tarea, así lo esperamos de nuestros sucesores.

Para terminar, compañeros diputados, yo desearía decir un hasta luego a todos ustedes, con las siguientes palabras:

Viene a mi memoria el comentario que un viejo y extraordinario político mexicano me hiciera cuando tuve el honor de ser nominado candidato a diputado federal por el partido a que pertenezco, el Revolucionario Institucional.

En aquella ocasión me dijo: "es usted un hombre afortunado, porque va a aprender, en la Cámara de Diputados, la ciencia de las almas."

Y, en efecto, lo he sido, porque como lo dije también en mi tesis profesional, respecto a mis alumnos, con el paso por esta Legislatura, se ha enriquecido mi experiencia.

He tenido esa fortuna y no he tenido el privilegio, ni lo he pretendido, de enseñar, como el caso del licenciado Lombardo Toledano o del licenciado Estrada Iturbide. Me falta la edad y su talento. Y en el caso de nuestro amigo el licenciado Christlieb Ibarrola, no obstante la veteranía que me atribuye, cargamos los mismos años; pero he tenido menos persistencia seguramente y menos tozudez para el aprendizaje largo y difícil de las artes de la política Pero yo le ofrezco a nuestro compañero de Acción Nacional, el licenciado Christlieb Ibarrola, seguir aprendiendo: voy a leer con interés el obsequio, que mucho agradezco, de libro sobre el Concilio del Vaticano: me asomaré así a las tesis de la Iglesia o del Movimiento Social Cristiano; y también trataré de entender el sentido de la microeconomía que tanto defienden a veces algunos de nuestros amigos del Partido de Acción Nacional; trataré de entender el punto de vista de la empresa privada.

Pero, a mi vez, yo le ruego y sugiero a mi amigo el licenciado Christlieb Ibarrola que, imitándome en esa acción con la que yo quisiera destruir mi deformación profesional, tratara de asomarse a eso que algunos colegas han llamado la macroeconomía y a las diversas doctrinas progresistas sobre el desarrollo económico y social.

De esa confrontación que yo ofrezco hacer, entre lo poco que aprendí y lo que no he conocido realmente, sólo deseo, compañeros diputados, que como resultado de ella siga yo, como en el año de 1937 en que tuve la fortuna de tener por primera vez, un pequeño puesto de servicio público, con ese humilde, inteligente, valioso y pobre historiador mexicano, Miguel Othón de Mendizábal; deseo, como entonces, que después de esa confrontación, y aquí vuelvo a usar esta palabra de moda, siga yo teniendo, como entonces y como ahora, la misma vocación apasionada por servir al país en su concepción revolucionaria, en su expresión y manifestación de apoyo y de ayuda a quien más lo necesite y de estar al servicio como ciudadano y profesionista de las clases más débiles de México. (Aplausos.)

- El C. Christlieb Ibarrola, Adolfo: Pido la palabra, para hechos; sólo uno o dos minutos.

- El C. Presidente: Los que usted desee.

- El C. Christlieb Ibarrola, Adolfo: Señores diputados, señor Presidente; No hubiera yo querido hacer esta intervención.

Lamento mucho que el licenciado Cobos Panamá haya incluido en su intervención desahogos personales, por razones que sólo su vanidad y su terquedad irreductibles conocen muy bien.

Quiero aclarar que en la redacción del artículo tercero, a la que él, con tanta euforia, se refirió, se trabajó o se llegó en las comisiones, y se llegó a esa redacción satisfactoria contra las reticencias planteadas por los avances escleróticos del licenciado Cobos, que sinceramente deseo que se detengan.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado y general Juan Barragán

- El C. Barragán Rodríguez, Juan: Señor Presidente, señores diputadas y diputados:

Mi última intervención será breve: cuatro cuartillas y media (risas.) Sólo para referirme, primeramente, en mi carácter de miembro del Ejército, al presupuesto del mismo, Armada y Servicios Militares, en el cual nos otorga el Ejecutivo de la Nación estos beneficios: "Para hospitales y servicios médicos: 105 millones de pesos; para vestuario y equipo bélico, 128 millones de pesos, ministrando en esta vez uniformes al ejército cuatro veces al año, en vez de dos. El seguro de vida de los miembros del ejército armado se eleva a 40 mil pesos en vez de 20 mil, que era antes, y a las clases y tropa 20 mil pesos en vez de 10 mil. Y, por último, a la fracción del formidable batallón de artillería, de morteros de 120 milímetros, de gran volumen de fuego, como resultado de la experiencia adquirida en las últimas maniobras militares."

El otro presupuesto, por tratarse de la intervención patriótica y revolucionaria de dos grandes revolucionarios: don Venustiano Carranza y don Lázaro Cárdenas, en rescate del subsuelo en favor de la nación, o sea Petróleos Mexicanos. Debo aclarar que no voy a defender a mi general Cárdenas de los ataques de mi terrible y agresivo amigo el diputado don Adolfo Christlieb Ibarrola, general en jefe del Partido Acción Nacional, por la sencilla razón de que Cárdenas no necesita que lo defiendan. Tiene las simpatías y el respaldo de los millones de obreros y campesinos.

Y sí voy a referirme a la industria petrolera, porque considero la conquista más grande de la Revolución, que se debió a don Venustiano Carranza y haber llevado a cabo la expropiación don Lázaro Cárdenas. En efecto; el Primer jefe en su memorable Ley del 12 diciembre de 1914, expedida en el Puerto de Veracruz en el artículo 2o, ofrece la revisión de leyes relativas a la explotación de los recursos naturales, para destruir los monopolios y evitar que se formen otros en lo futuro, y un decreto derogando la Ley del 6 de julio de 1887, relativa a la Sección de Impuestos que había expedido el Presidente don Porfirio Díaz. Ahora bien, el Primer jefe, en colaboración con el ingeniero don Pastor Rouaix, Secretario de Fomento, había estudiado el problema de la reivindicación del subsuelo, y comisionó a los sabios geólogos e ingenieros de minas Joaquín Santaella y Alberto Langarica, para que hicieran un estudio sobre la nacionalización del subsuelo, el cual presentaron al Primer Jefe con fecha 7 de abril de 1916; es decir, seis meses antes de que se instalara el Constituyente de Querétaro. Este importante documento, del cual conservo en mi poder una copia, mereció la aprobación del señor Carranza.

Es demasiado extenso y sólo mencionaré dos Párrafos, con su encabezado, que dicen así: "Dictamen de la Comisión Técnica sobre la nacionalización del petróleo.

El gobierno dictatorial, que sufrió el país en el período comprendido entre los años de 1876 y 1911, benefició grandemente a las clases parasitarias a costa de los productores. Para lograr su propósito reformó la Constitución Federal cuando así le convino y en otros casos, expidió leyes abiertamente contrarias al espíritu y a la letra de nuestro Código fundamental. Merecen consignarse, en este grupo , la Ley Minera de 1884, la Ley Minera de 1892, la Ley Minera de 1909 y las concesiones petroleras que todavía disfrutan numerosas compañías extranjeras. La prosperidad de las compañías explotadoras y la importancia de la producción mexicana que subió en pocos años hasta ocupar un sitio preferente, dando a México el tercer lugar entre las naciones productoras de petróleo, todo sirvió para demostrar la importancia de la riqueza que yace en nuestro subsuelo petrolífero."

Y termina el importante estudio en estos términos:

"Por otra parte las razones expuestas creemos justo restituir a nación lo que es suyo: la riqueza del subsuelo, el carbón de piedra y el petróleo, para que la disfrute solamente la nación; dejar subsistente los monopolios que explotaron este producto equivale a matar la independencia económica de la industria mexicana, a consagrar el acaparamiento del combustible mineral, por respetar una ley contraria a la Constitución y a la jurisprudencia de un siglo y a las bases científicas en nuestra legislación minera.

- México, 7 de abril de 1916 Joaquín Santaella, Alberto Langarica."

En consecuencia, señores diputados, con este importante estudio, que mereció la aprobación del Primer Jefe, el ingeniero Rouaix, al tomar asiento en el Constituyente de Querétaro, como diputado, llevaba el valioso acervo de este trascendental documento, el cual expuso a sus compañeros del Congreso, quienes por vez primera, se dieron cuenta del problema que significa el rescate del subsuelo en favor de la nación y, naturalmente, lo aprobaron y se consagraron a la redacción del artículo 27 siendo el constituyente licenciado José Natividad Macías quien formuló la brillante exposición del proyecto, que fue aprobado por aclamación en la sesión del 25 de enero de 1917, y fue el Presidente Cárdenas quien con fundamentos en el precepto constitucional relacionado con el subsuelo, llevo a acabo la expropiación de la industria petrolera.

Ahora esta industria, la más importante del país que la recibió el actual régimen siendo sus plantas y tubería casi chatarra, el Presidente Díaz Ordaz ha ordenado que se lleve acabo una verdadera modernización en todo el sistema petrolero, cambiando el antiguo por el moderno. Y esta tarea es la política petrolera del gobierno que están llevando a cabo los principales funcionarios de esta empresa, que acertadamente dirige el Licenciado Jesús Reyes Heroles. Por ultimo, en todas las inversiones de modernización se están siguiendo las severas normas de seguridad para evitar nuevos accidentes, de acuerdo con los criterios internacionales más avanzados y rigurosos.

Y, ahora, deseo, señores diputados, expresar a ustedes las razones que tengo, como revolucionario que soy, para apoyar con entusiasmo el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1967, en nombre de mi Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

En la estructura del anteproyecto de presupuesto se advierte un realismo efectivo, porque fueron eliminados los financiamientos o créditos que está para gestionar el gobierno de la nación y que, por lo mismo, no se tiene la seguridad de obtenerlos. De haberlos incluido, como en años anteriores, significaría determinada inexactitud en los planes del gobierno.

Asimismo se observa que la aplicación de los ingresos al gasto público, se hace en forma equilibrada entre las inversiones y los servicios sociales. En mi concepto, el Ejecutivo debe seguir cuidando para que una parte importante de los recursos del Erario se destine a servicios sociales que con exigencias creciente pide nuestro pueblo, como los servicios educativos, en los que se advierte una demanda para el próximo año que el Estado debe satisfacer. Sin desatender los servicios sociales, el Ejecutivo también cuida que parte de los recursos se destinen a inversiones productivas y a mejorar los salarios en las áreas foráneas, con lo cual se robustece el consumo doméstico y se alienta la producción de multitud de artículos.

Desde el punto de vista revolucionario, que significa atender a todos los habitantes de la nación y no sólo a determinados grupos reducidos de personas el proyecto de presupuesto cubre esta exigencia, porque el aumento que se propone es moderado e indica que se sujetará a los recursos disponibles, con lo cual no existirá presión sobre los precios y, como consecuencia, perjuicios serios a los sectores más débiles de la población.

Independientemente de lo expuesto, se observa en el proyecto de presupuesto para el año venidero, que la Secretaría de Hacienda ejercerá un mayor control y vigilancia sobre los organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, que permitirá, seguramente, mejorar su eficacia y consecuentemente los beneficios para el país. Por todo

lo expuesto, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana se adhiere, convencido, al dictamen aprobatorio de la Comisión de Presupuestos y sometido a vuestra soberanía.

Y, ahora, queridos compañeros y compañeras, con todo mi corazón me despido de ustedes para felicitarlos, como lo acaban de decir, el día de ayer, el señor presidente de la República, en nuestra visita al Palacio Nacional para acompañarlo al banquete que le ofrecimos, orgullosos de que, en medio de las diferencias de criterios políticos en los debates de esta Cámara, nos vea unidos en jubilosa cordialidad y, especialmente, a los brillantes líderes don Alfonso Martínez Domínguez, de los diputados del Partido Revolucionario Institucional, a don Adolfo Christlieb Ibarrola, del Partido Acción Nacional, y al maestro don Vicente Lombardo Toledano, del Partido Popular Socialista, enviándoles a todos, desde esta tribuna, el abrazo cariñoso de despedida de este viejo soldado de la Revolución que siempre los tendrá en su pensamiento, y les desea nuevos éxitos en sus futuras actividades, y un año nuevo próspero en compañía de sus seres queridos. Adiós, ilustres y patriotas diputados y diputadas; al dinámico licenciado Mora Plancarte, Oficial Mayor; a los laboriosos empleados de la Cámara; al licenciado Arturo Martínez Cáceres y a los incansables fotógrafos. Muchas gracias.

(Aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor licenciado Jorge de la Vega Domínguez.

- El C. De La Vega Domínguez Jorge: Señor presidente, señores diputados: Hace unos minutos, al abordar esta tribuna el señor licenciado Christlieb Ibarrola, presidente del Partido Acción Nacional, lamentó tener que hacerlo y expuso sus motivos. Por mi parte también lamento la causa de mi intervención, tanto más después de haber escuchado al señor diputado Ruiz Vázquez afirmar a nombre de su partido, que "el presupuesto ha ido evolucionando como ha evolucionado la tesis de Acción Nacional al respecto ". Dijo también que" su partido" aprobaría el dictamen del presupuesto en lo general y en lo particular. Ambas afirmaciones implican un franco y positivo reconocimiento de los avances logrados por esta Legislatura en materia de presupuesto. A la mayoría parlamentaria satisface tal reconocimiento, sin precedente, de Acción Nacional.

En verdad mucho se ha avanzado en materia de presupuesto; recordemos cómo se inicio hace 3 años el tratamiento del problema de la Cuenta Pública.

Desde esta tribuna se escucharon entonces, y en sesiones posteriores, frases airadas, críticas y censuras en todos los tonos, en largos, larguísimos debates que fueron necesarios para demostrar diáfanamente el correcto ejercicio de gasto del sector gubernamental.

La amplia y bien fundamentada iniciativa del Ejecutivo Federal, relacionada con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1967, cuyo dictamen estamos comentando diputados de los cuatro partidos representados en esta Cámara, recoge avances verdaderamente notables que corresponden a la dinámica del desarrollo integral del país.

Todos los partidos, con distintos argumentos, con objetividad y con propósitos obviamente positivos, han manifestado su aprobación al referido dictamen.

En efecto, el mismo registra el profundo análisis de los alcances del gasto que se propone, ajustarlo cabalmente en la doctrina económica y social de la Revolución, en la letra y en el espíritu de nuestra Carta Magna y en todos los preceptos legales que son materia del presupuesto de egresos del sector público.

No obstante la amplitud del dictamen, es necesario que esta representación nacional tenga una concepción más clara acerca del artículo 3o del proyecto de decreto del presupuesto que se comenta, al precisar la forma en que el Ejecutivo Federal podrá aplicar los excedentes de ingresos ordinarios presupuestos derivados, derechos, productos y aprovechamientos. "dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del Presupuesto y de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el Plan de Inversiones de la Presidencia de la República, después de atender los gastos corrientes y de transferencia" Además, propone que la Cámara de Diputados faculte al Ejecutivo para que los excedentes de ingresos aplicados al gasto de inversión para bienestar social, los gaste en una proporción que no sea inferior al 25% de las erogaciones destinadas a inversiones productivas de diversa índole y de infraestructura económica.

De otra parte, el Ejecutivo podrá aplicar los ingresos extraordinarios que logre obtener por concepto de empréstitos y Financiamientos diversos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo del país, en las finalidades específicas para las que hubieren sido contratados. Asimismo, y con la autorización del Presidente de la República, será posible destinar los excedentes de los ingresos extraordinarios presupuestados de los organismos y empresas del sector público, a las finalidades específicas que se consideren más convenientes.

Por último, la Cámara de Diputados ya ha expresado la opinión unánime, por voz de los oradores que me antecedieron, en el sentido de que el Presupuesto de Egresos elaborado con criterios modernos no puede ser rígido en su ejecución y, por lo tanto, confiere facultades discresionales al jefe del Gobierno no para que aplique los fondos públicos de acuerdo con los señalamientos anteriores y con las prioridades que demanda el interés nacional. De los cambios que efectúe en la aplicación de los fondos públicos al ejercer transferencia de un ramo a otro ú otros, se tendrá cabal conocimiento al presentarse la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente al año de 1967.

Abundando en las reflexiones relacionadas con el presupuesto que nos ocupa, deseo puntualizar algunos de sus propósitos que me parecen de especial relevancia:

1. Destinar preferentemente los recursos disponibles al desarrollo de las zonas rurales.

2. Mediante una política debidamente planeada del Gasto Público, lograr la descentralización industrial promoviendo su desarrollo en otras zonas de nuestro territorio.

3. Se pone especial cuidado en que la inversión no ejerza presiones inflacionarias que lesionarían profundamente a las clases populares.

4. El gasto de "infraestructura social" se incrementará de manera considerable especialmente en el sector de la Educación Pública.

5. El gasto que se presupuesta, en general, está orientado para que el desarrollo del país se acelere de manera equilibrada.

6. Por cuanto al gasto de los organismos y empresas del Gobierno Federal, se tiene especial cuidado para que constituya un factor de incremento de la riqueza nacional, sin que el mismo derive en elemento de competencia al sector privado, que también debe continuar fortaleciéndose dentro de los campos de la actividad económica en que su acceso y su acción es conveniente al interés general.

7. Los excedentes de la recaudación sobre los gastos del Departamento del Distrito Federal - unos 7,800 millones de pesos - , se emplearán en todo el territorio nacional, con estricta sujeción en los principios y fines de la iniciativa del presupuesto.

8. En materia de deuda pública se cuida, por una parte, del escrupuloso cumplimiento de nuestras obligaciones y, por la otra, de que los nuevos empréstitos y financiamientos que se obtengan se destinen exclusivamente a obras productivas que garanticen su autoliquidación.

Redistribuir el ingreso nacional como poderoso instrumento de justicia social y como factor indispensable de desarrollo económico constituye, en síntesis, el aspecto medular del presupuesto de egresos para 1967. (Aplausos.)

La mayoría parlamentaria me ha hecho el encargo de reconocer públicamente que los partidos de oposición - de manera particular Acción Nacional - han asumido, esta vez, una actitud de crítica positiva, la cual hace posibles los adelantos registrados en el dictamen del presupuesto a la consideración de esta Asamblea.

Señores diputados: al Presidente Díaz Ordaz y a todo el pueblo de México satisfará justamente que la iniciativa del Presupuesto de Egresos para el Próximo año fiscal sea aprobada por esta honorable representación. Al merecer el reconocimiento unánime de todos los diputados, sin distingo de partidos, se reiterará la confianza de la nación en su régimen de Gobierno que proseguirá la búsqueda incesante de mejores niveles de vida para todos los mexicanos.

(Aplausos.)

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo:

Habiéndose agotado la discusión se reserva el proyecto de la ley para su votación nominal en lo general.

Está a discusión el proyecto de ley en lo particular.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va proceder, en un solo acto, a recoger la votación nominal, tanto en lo general como en lo particular. Por la afirmativa.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación)

- El C. Secretario Gámiz Fernández, Everardo: Aprobado por unanimidad de 176 votos. Pasa al ejecutivo para sus efectos constitucionales.

V

- El mismo C. Secretario:

"Segunda Comisión de la Defensa Nacional.

Honorable Asamblea:

A la comisión que suscribe se turnó para su estudio y dictamen el expediente enviado por la Colegisladora, con la minuta proyecto de decreto por el que se concede a la señorita Obdulia Villareal Rosales pensión vitalicia, por los servicios prestados a la patria por su padre, el extinto mayor de Caballería Liborio Villarreal Villarreal y su hermano el extinto subteniente de Artillería Plinio Villarreal Rosales.

Al llevar a cabo el estudio de la documentación que forma el expediente, encontramos que:

1. El C. Liborio Villarreal Villarreal fue miembro del Partido Liberal, que presidió Ricardo Flores Magón desde el año de 1906. Cumpliendo el acuerdo tomado por los miembros del Partido Liberal en la ciudad de Piedras Negras, Coah., el 24 de febrero de 1913, el C. Liborio Villarreal Villarreal se dio de alta como soldado raso en el Ejército Constitucionalista, combatiendo con las armas la usurpación y el crimen, cometidos por Victoriano Huerta, alcanzado el grado de mayor del Ejército, por sus servicios prestados ininterrumpidamente hasta el año de 1925, según la documentación exhibida por la Secretaría de la Defensa Nacional y certificada por distinguidos jefes militares, reconociendo dicha Secretaría de la Defensa Nacional su carácter de veterano de la Revolución.

2. El C Plinio Villarreal Rosales murió heroicamente en el ataque de las fuerzas constitucionales a la Plaza de Monterrey, N. L., el 26 de octubre de 1913.

3. El fallecimiento de los señores Liborio Villarreal Villarreal y Plinio Villarreal Rosales y el legítimo parentesco de la solicitante como hija del primero y hermana del segundo, son probados por las copias certificadas de las actas de nacimiento y defunción correspondientes.

4. La solicitante tiene una edad de 66 años, soltera y su situación económica bastante precaria, según constancia oficial expedida por la presidencia municipal de Monterrey.

Por todo lo antes citado, la suscrita comisión se permite someter a vuestra soberanía el siguiente proyecto de decreto:

Artículo Único. Por los meritorios servicios prestados a la Revolución Mexicana por los extintos mayor Liborio Villareal y subteniente Plinio Villarreal Rosales, se concede a la C. Obdulia Villarreal Rosales, hija del primero y hermana del segundo, una pensión vitalicia de $ 450.00

(cuatrocientos cincuenta pesos 00/100) mensuales, que le serán pagados íntegramente por la Tesorería General de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 28 de diciembre de 1966. - Marciano González Villareal. - - Vicente Madrigal Guzmán. - Braulio Meraz Nevárez. - Gustavo Martínez Trejo." Segunda lectura. Esta a discusión el proyecto de decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra se va proceder a recoger la votación nominal. Por la afirmativa.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Aprobado por unanimidad de 174 votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

VI

- El mismo C. secretario: En relación con la iniciativa presentada hace unos momentos y leída por el licenciado Aranda Torres, en representación de la diputación de Acción Nacional, se va a dar lectura al siguiente dictamen, relativo al archivo de la Cámara de Diputados: "Asuntos Culturales.

Honorable Asamblea:

A la comisión que suscribe fue turnada, para su estudio y dictamen, la proposición presentada por los diputados de la XLVI Legislatura, miembros del Partido Acción Nacional, tendiente a crear una comisión encargada de dirigir y organizar la restauración del Archivo del Congreso de la Unión en la Cámara de Diputados y promover la investigación, en el mismo y la publicación de documentos importantes relativos a la historia del Poder Legislativo en México.

Los proponentes manifiestan que en la actualidad los archivos del Congreso de la Unión son incompletos, en virtud de que dos incendios ocurridos en los años de 1872 y 1909, destruyeron multitud de documentos de suma importancia para la historia del Poder Legislativo.

Manifiestan que, sin embargo, es posible restaurar parte de esos archivos, mediante copias que obran en instituciones públicas y privadas o bien en poder de particulares.

Por estas razones propone la creación de una comisión integrada por un representante de cada uno de los partidos políticos nacionales que tengan representación dentro de la Cámara de Diputados.

Con el objeto de que dichos representantes puedan dedicar todo el tiempo necesario a esta tarea, se propone que no necesariamente sean diputados. La comisión será coordinada por el Oficial Mayor de la Cámara, que, en razón de sus funciones, es la persona adecuada para que la actividad de la comisión tenga mayor eficacia.

Esta Comisión dictaminadora está de acuerdo en la proposición de los diputados del Partido Acción Nacional y la hace suya. Sin embargo, considera necesario hacer una modificación en lo que se refiere al procedimiento para designar a los integrantes de la Comisión, para el efecto de que no sean los partidos políticos nacionales quienes en forma directa designen a sus representantes, sino que los propongan a la Cámara para que ésta acuerde su designación. Al mismo tiempo se ha agregado un punto de acuerdo, designado desde luego a los miembros de la comisión, a efecto de que ésta pueda iniciar sus labores inmediatamente.

Por lo expuesto esta Comisión se permite someter a la consideración de esta Asamblea la aprobación del siguiente acuerdo:

Primero. Por estimar de interés nacional la restauración de los archivos del Congreso de la Unión, se establece una comisión administrativa encargada de restaurarlos en la Cámara de Diputados.

Segundo. La Comisión estará integrada por un representante de cada uno de los partidos políticos nacionales que tengan representación en esta Cámara, los cuales podrán o no ser diputados, y por quien funja como Oficial Mayor de la Cámara. Los partidos propondrán a sus representantes y la Cámara hará la designación.

Tercero. Los miembros de esta comisión desempeñaran sus funciones en forma gratuita.

Cuarto. Los comisionados durarán en su encargo indefinidamente, pero podrán ser removidos en cualquier tiempo por el partido que hubiere hecho su nombramiento.

Quinto. La comisión estará facultada para gestionar ante toda clase de personas e instituciones, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que se faciliten voluntariamente a la Cámara de Diputados en forma definitiva o con carácter devolutivo para el efecto de sacar copias de los mismos, los documentos relacionados con las actividades y la historia del Congreso de la Unión, que sean necesarios para la restauración de su archivo.

Sexto. La comisión podrá auxiliarse para el desempeño de sus funciones con el personal administrativo de la cámara de Diputados, para el cual podrá acordar los estímulos económicos que sean pertinentes, con cargo a los fondos que maneje. Podrá también disponer de la imprenta y de los aparatos para fotocopiar y microfilmar y demás elementos que existen en la propia Cámara.

La disposición de la imprenta, personal y aparatos, deberá hacerse por conducto de la Oficialía Mayor.

Séptimo. La Comisión, con cargo a los recursos económicos de que dispongan, estará facultada para seleccionar y designar los investigadores y el personal técnico especializado que se requiere para restaurar los archivos del Congreso de esta Cámara.

Octavo. La Comisión acordará y realizará la publicación de documentos del archivo del Congreso, cuya difusión sea de interés histórico o parlamentario Noveno. La Comisión dispondrá, para la restauración del archivo y para la realización de publicaciones de los fondos siguientes:

a) De las aportaciones que la Cámara de Diputados destine para ese efecto. b) De las aportaciones que obtenga de personas o instituciones distintas a esta Cámara. Los fondos de que disponga la Comisión se manejarán a través de cuenta bancaria especial, y de su utilización se rendirá cuenta anual a la Cámara de Diputados.

Décimo. La Comisión estará facultada para dictar las normas y acuerdos que sean necesarios para el mejor desempeño de las finalidades para las que se establece.

Transitorios.

Primero. Esta resolución entrará en vigor desde luego, sin perjuicio de que posteriormente se publique en el 'Diario Oficial' de la Federación.

Segundo. Se designa, para integrar la Comisión, a los diputados Vicente Fuentes Díaz, Adolfo Christlieb Ibarrola, Jorge Cruickhank García y Juan Barragán Rodríguez.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 30 de diciembre de 1966. - Comisión de Asuntos Culturales:

Vicente Lombardo Toledano. - Arnulfo Treviño Garza. - Vicente Fuentes Díaz. - Saúl González Herrera. - Pedro Reyes Velázquez. - Fabio Espinosa Granados. - Jesús Cancino Casahonda. - Jorge Cruickshank García."

- El C. Covián Pérez, Miguel: Señor Presidente: Deseo hacer la aclaración de que en el dictamen debe venir también la designación del diputado Vicente Fuentes Díaz, por el Partido Revolucionario Institucional.

- El C. Secretario Calleja García, Juan Moisés: Queda incluido dentro de la Comisión el diputado Fuentes Díaz.

Están a discusión los puntos de acuerdo.

- El C. Ortiz Mendoza, Francisco: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Ortiz Mendoza.

- El C. Ortiz Mendoza, Francisco: El Partido Popular Socialista, señores diputados, considera de indudable valor esta iniciativa para restaurar el archivo de la Cámara de Diputados. Sin embargo, el Partido Popular Socialista considera conveniente proponer a la Comisión integrada que tome en cuenta también una modalidad moderna de archivo, que es precisamente el de cintas magnetofónicas que se toman de los debates de esta Cámara.

En todos los países del mundo, y en la actualidad se conserva, como un indudable tesoro, la grabación directa que se obtiene de los debates porque es prácticamente, un archivo vivo.

La Universidad de California, por ejemplo, ha recorrido el país, nuestro país, entrevistando a los hombres más valiosos que superviven de los momentos dramáticos de la Revolución Mexicana, para recoger de viva voz sus impresiones de este movimiento nuestro. Varias horas han pasado algunos profesores de estas universidades americanas recogiendo la opinión valiosa de los hombres que han venido construyendo la historia contemporánea. El tema con el que ellos titulan esta tarea es de conocer la historia viva de la Revolución Mexicana por sus propios autores.

Desgraciadamente, esa iniciativa no ha nacido de una institución educativa superior en nuestro país, y este tesoro lo tendrán en un país ajeno al nuestro.

Considero, entonces, que si la Cámara de Diputados ha tenido esta preocupación valiosa de restaurar su archivo, debe incluirse, como preocupación de esta Comisión, y a efecto de no hacer una iniciativa adyacente, sino que de esta Comisión surja la idea de catalogar, de utilizar al máximo la cinemateca de la que ya es propietaria la Cámara.

En este período de sesiones o, mejor dicho, en esta Legislatura, se ha mejorado el equipo de grabación. Las personas que están encargadas de ella han hecho una labor valiosa porque están conservando todos los discursos que aquí se han pronunciado, no sólo por los señores diputados, sino por los invitados que han ocupado esta tribuna. Sin embargo, y por desgracia, se han borrado algunas cuestiones que eran de indudable valor. Discursos pronunciados por compañeros nuestros en otras legislaturas han desaparecido.

Es, entonces, una proposición concreta: que la Comisión encargada de la restauración del archivo, que acaba de ser designada, tenga también en cuenta la cinemateca de la Cámara, y la enriquezca de la manera que considere más conveniente. Eso es todo.

- El C. Covián Pérez, Miguel: Las Comisiones aceptan la proposición del diputado Ortiz Mendoza, y piden a la Secretaría considere adicionado el dictamen en ese sentido.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: No habiendo quien más haga uso de la palabra, con la adición propuesta, y aceptada por la Comisión, en votación económica, se pregunta si se aprueban los puntos de acuerdo. Los que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo. Aprobados.

- El C. Covarrubias, Ricardo: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Covarrubias.

- El C. Covarrubias, Ricardo: Señor Presidente, ciudadanos diputados: Vuestra soberanía acaba de aprobar una iniciativa del Partido Acción Nacional que eleva, no solamente a quien presenta la iniciativa, sino a la XLVI Legislatura, que advierte en qué forma superamos todo lo que se ha hecho hasta este instante en el mundo parlamentario de México, con el fin de salvar, de una vez por todas, el acervo que se guarda en esta Cámara de Diputados desde los días de 1822 a la fecha.

Estamos convencidos de que lo mismo un salvador, trivial que erudito, tiene en el archivo la seguridad de encontrar la base sustantiva de la historia de México. Tenemos, en realidad, joyas inestimables que es necesario que se conozcan y se popularicen.

La Comisión que vuestra soberanía ha aceptado que se forme, con la representación de los cuatro partidos políticos representados en la XLVI Legislatura, nos dice que no esperamos algo seccionado que venga a satisfacer lo que un partido político quisiera en beneficio de sus tesis o de su credo.

Queremos que la patria mexicana, en forma integral, tenga el beneficio de todo eso que se ha guardado por tantos años y que trunco o completo habrá de formar dentro de muy pocos días la historia verdadera de nuestro México Independiente.

La XLVI Legislatura - ya se dijo en esta tribuna - ha logrado satisfacer necesidades editoriales; ha superado lo que quizá de nosotros esperaba el pueblo mexicano y tengamos la satisfacción de decir, sin jactancia, que nuestro deber era hacer que culminen los conocimientos de México para beneficio de México y de acuerdo con los archivos de México. Que no sigan marchando al extranjero los documentos que nosotros tenemos y que nos son tan valiosos. Que se sepa que la historia de México tiene, cuando menos en la XLVI Legislatura, defensores que habrán de darla al conocimiento del pueblo para satisfacción de México y de todos los señores diputados que vengan después de nosotros a cumplir con su deber.

Yo quiero, desde esta tribuna, aplaudir la iniciativa de un partido que no es el mío; pero que, en honor de la verdad, se vincula al ansia de la mayoría parlamentaria de formar del acervo de México la

base sustantiva de los conocimientos del pueblo mexicano. Y ya que ustedes han aprobado que esta Comisión se forme, que sea en realidad una comisión reglamentaria, si; una comisión que llene las necesidades que nosotros tenemos. Y cuando mañana, señores diputados, quienes nos sucedan, nuestros hijos, los postreros, finquen en la XLVI Legislatura el punto de partida de la popularización de lo que les corresponde conocer, que tengamos, cuando menos, la satisfacción, el orgullo de haber respaldado esa iniciativa de un partido, el Partido Acción Nacional, que se preocupa en forma fehaciente de que México cumpla con sus destinos. Que no abandonemos este camino. México es, en realidad, emporio de grandeza en nuestras ansias. Que tengamos todos los partidos de México el alma en alto con el fin de que la patria mexicana cumpla honrosamente con sus destinos. Muchas gracias. (Aplausos.)

VII

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de vuestra soberanía fue turnado a la suscrita Comisión de Presupuestos y Cuenta, en los términos del artículo 65, fracción II, y 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el proyecto enviado por el C. Presidente de la República del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1967, en el que se propone un gasto total de $2,500.000,000.00 (dos mil quinientos millones de pesos 00/100 M. N.), que representa un aumento de $400.000,000.00 (cuatrocientos millones de pesos 00/100 M. N.) en relación con el Presupuesto aprobado por esta H. Cámara para el presente ejercicio de 1966.

En la iniciativa se explica que las obras programadas para su realización por el Departamento del Distrito Federal, han sido clasificadas para atender, por su orden, los siguientes problemas de la Ciudad:

1. Drenaje.

2. Abastecimiento y distribución de agua potable.

3. Suspensión de la desmedida extracción del agua del subsuelo a fin de evitar el hundimiento.

4. Obras que en términos generales tienen por objeto satisfacer las necesidades de la población en crecimiento.

La Comisión coincide con la iniciativa en que la solución al problema del drenaje de la Ciudad de México no debe aplazarse por más tiempo, ya que de ello depende el valor, desarrollo y la seguridad misma de la Ciudad.

La iniciativa informa que, en el año de 1967, se iniciará la construcción de los interceptores profundos central y oriente, con diámetros de 4 y 5 metros y longitud de 25 km. y 27 km., respectivamente, así como el emisor central que desaguará ambos interceptores con diámetro de 6.5 metros, y longitud de 47 km. Durante los años de 1967 y a 1970 se construirá íntegramente el emisor central las cuatro quintas partes del interceptor central y una tercer parte del interceptor oriente, para eliminar completamente la peligrosidad del Gran Canal, considerándose que esta obra resolverá el problema del drenaje de la Ciudad.

En la actualidad la Capital tiene una dotación de agua aproximada de 24.3 metros cúbicos por segundo, considerándose que el promedio adecuado por habitante deber ser de 350 litros diarios, por lo que se requerirían 26.3 metros cúbicos por segundo para satisfacer de manera conveniente a toda la población actual de la Ciudad, por lo que la deficiencia es de 2 metros cúbicos por segundo, a pesar del sobrebombeo actual de 6.2 metros cúbicos por segundo.

Para fines de 1967 se anuncia la terminación de la primera etapa de las obras de captación de agua potable en el Alto Lerma con aguas subterráneas para aumentar el caudal con que se abastece al Distrito Federal en 5 metros cúbicos por segundo.

En el mismo ejercicio se iniciarán las obras que permitirán una captación de 2.5 metros cúbicos por segundo de las aguas subterráneas de la zona de Chalco - Mixquic - Tláhuac, a fin de regar 8,000 hectáreas que en la actualidad son tierras de temporal.

Además, se ejecutarán obras para la instalación de redes de agua y drenaje en las colonias populares y en las nuevas avenidas.

Por lo que se refiere a las obras materiales que tiene a su cargo la Dirección General de Obras Públicas, en el ejercicio de 1967 se ejecutarán las siguientes, incluyendo las que tendrán que llevarse a cabo con motivo de la celebración de la XIX Olimpíada y que, además, serán utilizadas para el mejor servicio de la Ciudad:

1. Pavimentos y Obras Viales:

Construcción y reconstrucción de pavimentos.

Pavimentación de las siguientes calles nuevas y obras viales:

a) Convertir en vía rápida la Calzada de Tlalpan, entre Río Churubusco y Calzada del Hueso.

b) Viaducto Tlalpan, entre Calzada del Hueso y Anillo Periférico.

c) Liga de Anillo Periférico con la Autopista México - Cuernavaca.

d) Liga del Anillo Periférico con Xochimilco.

e) Calle del Pedregal en Tlalpan.

f) Liga del Estadio de la Ciudad Universitaria con el Anillo Periférico, a través de la Avenida San Jerónimo.

g) Ampliación de la Avenida de los Insurgentes, de la Calle de Altamirano al Anillo Periférico.

h) Liga del Palacio de los Deportes con el Viaducto Piedad, frente a la Ciudad Deportiva de la Magdalena Mixhuca.

i) Avenida de los 100 metros.

2. Obras suburbanas:

Construcción y reconstrucción de pavimentos en colonias populares y pueblos campesinos.

3. Alumbrado:

En colonias populares y subdelegaciones.

En las obras viales citadas.

4. Edificios públicos:

8 Jardines de Niños.

24 Escuelas Primarias.

3 Escuelas Secundarias.

3 Jardines Públicos.

3 Campos Deportivos.

7 Centros Sociales en Colonias Populares.

3 Mercados.

Hospital Xochimilco.

5. Conservación de edificios públicos.

6. Planificación.

Adquisición de predios necesarios para las obras viales y la construcción de edificios públicos y remodelación urbana del centro histórico de la Ciudad de México.

Por su parte, la Dirección de Servicios Generales ejecutará las siguientes obras:

1. Parques y Jardines.

a) Nuevos jardines en Colonias Populares:

Preparación de Terrenos, calzadas, andadores, bancas, cercados y floricultura.

b) Nuevo Bosque de Chapultepec:

Proyecto de Unidad Cultural.

c) Bosque de Chapultepec:

Trabajos de conservación, mejoramiento, reparaciones, construcciones, regeneración de ahuehuetes, equipo de recreo, mejoramiento del Zoológico.

d) Desierto de los Leones (Parque Nacional):

Trabajos de conservación, caminos de acceso y varios.

e) Juegos Infantiles en Colonias Proletarias:

Equipos de juegos infantiles y conservación.

2. Panteones.

Construcciones en panteones del Departamento del Distrito Federal e instalación de agua y luz.

En el capítulo de Inversiones Financieras se incluye la partida de $33.200,000.00 que se destinará a la adquisición de predios necesarios para las obras que van a ejecutarse.

Dentro del capítulo de Erogaciones Especiales se incluye la partida de Complementarias que tiene por objeto suplir las deficiencias de todas las demás partidas del Presupuesto, y a la de Imprevistas que se destina a cubrir las erogaciones que no figuran en alguna de las partidas del propio Presupuesto.

Finalmente, el capítulo Cancelaciones de Pasivo considera los siguientes conceptos relativos a la Deuda Flotante, con una asignación total de $ 152.500,000.00:

Adeudos de ejercicios fiscales anteriores por conceptos distintos de servicios personales.$ 2.000,000.00

Adeudos de ejercicios fiscales anteriores por conceptos distintos de servicios personales:

1. Contratistas. $ 50.000,000.00

2. Proveedores. 40.000,000.00

3. Predios. 30.000,000.00

4. Diversos 30.000,000.00

150.000,000.00

Devolución de ingresos percibidos indebidamente en ejercicios fiscales anteriores. 500,000.00

TOTAL: $ 152.500,000.00

No se hace previsión por Deuda Consolidada en virtud de que el Departamento del Distrito Federal no tiene ningún adeudo por este concepto.

Para apreciar pormenorizadamente el incremento en las asignaciones presupuestales de las diversas dependencias del Departamento del Distrito Federal para 1967, se presenta el siguiente cuadro comparativo:

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Una de las preocupaciones de esta H. Cámara, por lo que se refiere al mejoramiento de servicios públicos ha sido la administración de justicia. El proyecto sólo incluye un aumento de $3.281,520.00 en este ramo, en virtud de que, según explicaciones de las autoridades respectivas, a principios de 1967 se va a hacer una revisión a fondo de las cuotas y tabuladores del personal que presta sus servicios en el Tribunal Superior del Distrito y Territorios Federales, incluyendo Salas y Juzgados. Se tiene el propósito de que, al concluirse este estudio, se autoricen desde luego los aumentos que se consideren necesarios.

El proyecto de Presupuesto de Egresos para 1967, con importe total de $2,500.000,000.00 está cubierto, exclusivamente, con los ingresos ordinarios que percibirá la Hacienda Pública Local en ese ejercicio. No se incluyen en dicho gasto las existencias en efectivo que resulten al 31 de diciembre en curso, ni los fondos que puedan obtenerse en virtud de financiamientos. Dichas existencias en efectivo están afectas a la ejecución de las obras básicas para la solución de los problemas del agua y drenaje de la ciudad y la erogación de esos fondos tiene que hacerse en relación estrecha con las cantidades que se obtengan por los financiamientos que se están gestionando.

Como todavía no se tiene una resolución sobre esas gestiones, no es posible establecer definitivamente la forma y términos de dar aplicación a las existencias mencionadas.

En el capítulo de servicios personales el proyecto contiene diversas modificaciones de importancia con relación al presupuesto de 1966:

a) Se incorporan a las plantas de personal de las diversas dependencias del Departamento del Distrito Federal las plazas que venían figurando con carácter supernumerario y eventual, mismas que ocupan trabajadores y empleados con labores permanentes dentro de la administración. Las plazas que se incorporan a la planta son 2,057 con importe de...$28.656,540.00 en sueldos; 2,354 con importe de $21.755,095.00 en salarios y 297 con importe de $4.201,740.00 en haberes.

b) En la Jefatura de Policía y en la Dirección General de Tránsito, se considera una retabulación de cuotas del personal que percibe haberes, lo que implica un gasto adicional de $19.546,380.00 anuales; esto redundará en beneficio de la población del Distrito Federal, pues una mayor remuneración será un incentivo para que ingresen al servicio ciudadanos mejor preparados que colaboren en la prevención de actos delictuosos y en el mejor manejo del tránsito citadino. Igualmente, se propone el aumento de plazas en estos servicios y, al efecto, se crean 2,352 plazas de policías y 146 plazas de agentes de tránsito, con un gasto anual de $40.252,500.00.

Indudablemente que estas medidas permitirán mejorar notablemente los servicios de seguridad pública y de tránsito.

c) Se nivelan los sueldos de la policía judicial y del cuerpo de peritos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, con los de la policía preventiva y los de la Dirección General de Tránsito, lo que significa un incremento en las partidas correspondientes de $2.599,500.00. Se considera que, con estas medidas, la Procuraduría dispondrá de más recursos en la lucha contra la delincuencia.

Las partidas correspondientes a los capítulos de compra de bienes para administración de Servicios Generales y de Adquisición de Bienes para Fomento y Conservación, han sido calculados con la asignación que se estima necesaria para atender las erogaciones por esos conceptos en el próximo año para evitar, en lo posible, que se tengan que autorizar ampliaciones a esas partidas. Entre las partidas más importantes que figuran en estos capítulos deben citarse las siguientes: energía eléctrica con una asignación de $90.000,000.00; instrumentos, aparatos y maquinaria necesarios para las obras que se van a ejecutar, con $76.800,000.00; gasolina con $30.000,000.00; vehículos con $30.000,000.00; refacciones con ...$20.250,000.00 y cooperaciones al Gobierno Federal para diversos servicios con $10.700,000.00.

En el capítulo de transferencias se subrayan los siguientes puntos:

a) Las aportaciones al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado se proponen con una asignación de $52.000,000.00 o sea un aumento de $12.000,000.00 en relación al año en curso. Este aumento se debe principalmente a que el personal militarizado de la policía y tránsito gozará de los beneficios de dicho Instituto.

b) Las aportaciones para la caja de previsión de la policía y para la caja de previsión de los trabajadores de lista de raya tendrán una asignación total de $19.000,000.00, lo que representa un aumento de $7.000,000.00 en comparación a la del presente año.

Este aumento obedece la creación de las nuevas plazas en la Jefatura de Policía y en la Dirección de Tránsito, así como a la incorporación a planta del personal eventual de lista de raya, respectivamente.

c) La aportación para el pago de la prima del seguro de vida de los trabajadores se propone con una asignación de $7.000,000.00, o sea de ...$1.000,000.00 de aumento en relación con este año.

El capítulo de obras públicas y construcciones comprende las siguientes partidas:

Dirección General de Obras Hidráulicas:

Material de construcción: $ 103.000,000.00

Obras: 282.400,000.00

Dirección General de Obras Públicas: Materiales

de construcción $ 70.000,000.00

Obras: 213.300,000.00

Dirección General de Aguas y Saneamiento:

Materiales de construcción: $ 6.000,000.00

Obras: 20.400,000.00

El gasto de $2,500.000,000.00 se cubrirá con los ingresos ordinarios de la Hacienda Pública del Distrito Federal en el ejercicio de 1967, que se estiman en igual cantidad, integrados por los siguientes capítulos:

Impuestos: $ 1,626.800,000.00

Derechos 269.000,000.00

Productos 121.600,000.00

Aprovechamientos 482.600,000.00

$2,500.000,000.00

Los ingresos ordinarios a que se refiere el párrafo anterior se obtendrá con arreglo a la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal que ya fue aprobada por esta Cámara y han sido estimados en forma conservadora tomando como base que la recaudación en el año de 1965 fue de $2,232.118,239.01 lo que significó un aumento de $120.691,769.38 en comparación con la del año de 1964, y que la recaudación para el presente año de 1966 excederá de $2,400.000,000.00 (dos mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M. N.).

El proyecto de presupuesto de egresos del Departamento del Distrito Federal para 1967 está formulado siguiendo los lineamientos generales y el catálogo de partidas que utiliza la Federación. Para el mejor conocimiento de dicho proyecto, en la exposición de motivos se hacen diversas agrupaciones de los conceptos de gastos desde los siguientes puntos de vista:

1o. Desde el punto de vista administrativo, el presupuesto se distribuye en la siguiente forma:

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2o. Atendiendo al punto de vista económico, el proyecto de Presupuesto queda distribuido en los siguientes términos:

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3o. Tomando como base los grandes capítulos de gasto, el Proyecto de Presupuesto se clasifica en los siguientes grupos:

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La Comisión sugiere una nueva redacción al artículo 3o. de la iniciativa que se dictamina, a efecto de que el ejercicio del presupuesto se ajuste a las necesidades económicas y sociales del Distrito Federal y a las técnicas presupuestarias utilizadas en la actualidad y también para precisar y conocer mejor el destino de sus erogaciones. En consecuencia, el artículo 3o. quedaría como sigue:

Artículo 3o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para 1967 excedan del monto del presupuesto aprobado, el jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante autorización de la Secretaría de Hacienda, podrá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, los aplicará dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del Presupuesto y de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el plan de inversiones de la Presidencia de la República, después de atender a los gastos corrientes y de transferencia.

Los ingresos extraordinarios que obtenga el Departamento del Distrito Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a las finalidades específicas para las que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición al presentar la cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1967, que rinda el Congreso para los efectos constitucionales. En dicha cuenta el Ejecutivo hará el análisis de la aplicación de excedentes, y en caso de que los hubiere aplicado en forma distinta, informará al Congreso de las razones que hubiere tenido para realizar los cambios.

Por lo expuesto, la suscrita Comisión se permite someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el año de 1967:

Artículo 1o. El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, que regirá durante el año de 1967 se compondrá de las siguientes Partidas:

Artículo 2o. El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal importa en total la cantidad de $2,500.000,000.00 (dos mil quinientos millones de pesos, 00/100), distribuidos en la siguiente forma:

Jefatura $ 2.086,780.00

Secretaría General 413,460.00

Oficialía Mayor 332,340.00

Consejero Consultivo 237,580.00

Contraloría General 7.722,460.00

Comisión Mixta de Escalafón 167,940.00

Dirección General de Gobernación 22.237,380.00

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 3.887,240.00

Dirección General de Servicios Administrativos 11.847,600.00

Dirección General de Servicios Legales 8.125,060.00

Dirección General de Acción Social 14.039,520.00

Dirección General de Obras Públicas 386.809,997.50

Dirección General de Aguas y Saneamiento 115.475,232.50

Dirección General de Obras Hidráulicas 452.255,065.00

Dirección de Servicios Generales 170.515,957.50

Dirección General de Acción Deportiva 24.156,080.00

Dirección General de Tránsito 48.410,360.00

Dirección General de Servicios Médicos 109.224,800.00

Dirección General de Mercados 34.672,180.00

Dirección General de Relaciones Públicas 826.860.00

Tesorería del Distrito Federal 114.470,920.00

Jefatura de Policía 177.179,220.00

Delegaciones Políticas 6.281,740.00

Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios

Federales 23.795,560.00

Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios

Federales 24.975,700.00

Partidas Generales 739.852,967.50

Suma: $ 2,500.000,000.00

Artículo 3o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para 1967 excedan del monto del presupuesto aprobado, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante autorización de la Secretaría de Hacienda, podrá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, los aplicará dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del Presupuesto y de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el plan de inversiones de la Presidencia de la República, después de atender a los gastos corrientes y de transferencia.

Los ingresos extraordinarios que obtenga el Departamento del Distrito Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a las finalidades específicas para las que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición al presentar la cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1967, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales. En dicha cuenta el Ejecutivo hará el análisis de la aplicación de excedentes, y en caso de que los hubiere aplicado en forma distinta, informará al Congreso de las razones que hubiere tenido para realizar los cambios.

Artículo 4o. Se faculta al Jefe del Departamento del Distrito Federal para que cuando lo juzgue indispensable y mediante autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, efectúe transferencias y distribuciones de partidas que tendrán siempre el carácter compensado. El Ejecutivo informará en los términos del artículo 3o. del uso que de esta facultad se haya hecho.

Artículo 5o. Las Direcciones y Dependencias del Departamento del Distrito Federal tendrán a su cargo la atención de los servicios públicos en las Delegaciones del Distrito Federal que carezcan de personal y asignaciones especiales para la atención de dichos servicios, por estar éstos centralizados.

Artículo 6o. Se declaran de ampliación automática las partidas del capítulo de Construcciones que dentro de las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Aguas y Saneamiento, se incrementan con las aportaciones de particulares para obras materiales.

Artículo 7o. El ejercicio de este Presupuesto se llevará a cabo de acuerdo con las prescripciones de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 27 de diciembre de 1966. - José Antonio Cobos Panamá. - Tulio Hernández Gómez. - Gregorio Contreras Miranda. - Carlos Sánchez Dosal. - Vicente Fuentes Díaz. - Salvador Rodríguez Leija. - Leopoldo González Sáenz. - Miguel Osorio Marbán. - Jorge de la Vega Domínguez. - José Servando Chávez H. - Arturo López Portillo."

Trámite: Primera lectura.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Segunda lectura. Está a discusión el dictamen, en lo general.

- El C. Silva Flores, J. Guadalupe: Pido la palabra, señor presidente.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Jacinto Guadalupe Silva.

- El C. Silva Flores, J. Guadalupe: Señor presidente, señoras y señores diputados: En las dos ocasiones anteriores en que se han presentado a la consideración de esta Cámara los anteriores presupuestos de egresos del 'Distrito Federal he venido a esta tribuna especialmente en nombre de mi partido a reclamar la no consideración en los presupuestos mencionados de las zonas populares del Distrito Federal, porque hoy están consideradas esas zonas populares y sus necesidades en el presupuesto de egresos del Distrito Federal; vengo, en nombre de mi partido, a decir que aprobaremos este presupuesto. Ya en lo particular el diputado Gómez Mont hará algunas reflexiones sobre algunas partidas especificas. Sin embargo, no con el propósito de argumentar en contra del presupuesto, a sabiendas de que la nueva administración del Distrito Federal sí está y lo contemplamos en el propio presupuesto, sí tiene sentido social en su gobierno. He de referirme a un hecho más como llamada de atención, para que el Departamento en el futuro fije su atención, que insisto como argumentaciones en contra.

Hay, entiendo, alrededor de 32,000 trabajadores llamados a lista de raya, trabajando en las distintas direcciones del Departamento Central. 32,000 trabajadores que casi en su totalidad son de salario mínimo; a ellos se les descuenta para una llamada Caja de Previsión Social, organizada en el propio Departamento, el 6% sobre su salario. Teóricamente este documento, junto con un 4% más que aporta el Departamento Central, sirve para costear los servicios médicos para estos 32,000 trabajadores y sus familias. Son atendidos médicamente 32,000 trabajadores y sus familias en una clínica llamada Santa Lucía, que está en la colonia Alamos. Tiene, entiendo yo, alrededor de 40 camas y algo nuevo, ya en esta administración y seguramente es producto de algún empleado de segunda categoría que quiera congraciarse con la Tesorería del Distrito Federal, se les ha empezado a descontar también a estos trabajadores el impuesto sobre la renta, violando las disposiciones del derecho laboral, que prohibe terminantemente cualquier descuento de esta naturaleza, a trabajadores de salario mínimo.

Por lo que se ha dicho se podrá entender fácilmente la imposibilidad, la incapacidad manifiesta de una clínica de esta naturaleza, de atender adecuadamente a estos trabajadores.

Por otra parte es también violatorio del derecho laboral el descuento para esa Caja de Previsión Social; y hay algunos otros datos sobre estos mismos trabajadores: en la clínica, cuando un trabajador del Departamento Central lleva a atención médica a alguno de sus familiares - su esposa o alguno de sus hijo - , al declararlo en la propia clínica sano y que debe salir de la atención médica, es decir del lugar donde se le atendió, la condición para poder sacar a su esposa o a su hijo, ya curados en la clínica, es que el trabajador debe incluso donar sangre; de otra manera no es posible sacarlo sino con otra condición: será apuntado en una especie de lista negra, para no volverle a dar atención, ni a él ni a sus familiares, en la clínica.

Yo quisiera, insisto, llamar la atención del Departamento Central, que me consta su obra tiene sentido social; lo hemos visto quienes acudimos a tratar problemas en el Departamento, a pedir servicios en el Departamento para la población del Distrito Federal. Esta administración pública del Departamento Central, que sí tiene sentido social de la obra del gobierno, no puede dejar pasar desapercibida una situación tan grave y tan difícil para todos estos trabajadores de las distintas Direcciones del Departamento Central.

Quiero, por otro lado, hacer patente y reconocer con la misma entereza con que en ocasiones pasadas vine a reclamar procedimientos de la anterior administración pública del Departamento; quiero reconocer, con esa misma entereza, que esta administración del Distrito Federal está cumpliendo una buena obra de gobierno para el Distrito Federal.

Se oye el planteamiento de los problemas, se oye a todo lo que acude a ellos, se escucha, y no con oídos sordos, no con el deseo de salir de un problema o de una petición más, sino ciertamente, y me consta, con propósito firme de resolver esos problemas; me consta la resolución de viejos problemas del Distrito Federal por la nueva administración pública del mismo: la colonia Espartaco, iniciada cuando fuera Javier Rojo Gómez Jefe del Departamento Central, por un capricho de la administración anterior no había sido reconocida esa colonia de los tranviarios de México. Hoy el Departamento, de inmediato, ante la petición formulada por mí, porque a mí me consta, y seguramente también por el diputado Martínez Corlaba, este Departamento ha procedido, está procediendo ya a la solución de este problema; me consta también la resolución, todavía en futuro, pero ya está aprobada la forma de hacerlo, del viejísimo problema del Cuadrante de San Francisco, también en el veintidós Distrito; la resolución a la misma zona dañada - que fue lo que ocasionó la caída del régimen anterior del Distrito Federal - también está en vías de concluirse definitivamente la reparación del daño material a todos los habitantes de esa zona.

Es por eso, señores diputados, que he venido a hacer este reconocimiento, en nombre de mi Partido, porque hoy, y espero que así siga siendo en el futuro, tenemos gobierno en el Distrito Federal.

Estas son las consideraciones que yo venía a hacer, señor presidente. Sin embargo, yo quisiera pedir a usted permiso, sea en este mismo momento o después, para hablar de otra cosa, de acuerdo con el Reglamento Interior del Congreso, para hechos.

Usted me indicará si lo puedo hacer ahora o después.

- El C. Presidente: De una buena vez, si la Asamblea está de acuerdo.

- El C. Silva Flores, Jacinto G. (Continuando): En el largo recorrido que hizo, el otro día, el licenciado Lombardo Toledano, desde esta tribuna, descabezando todos los temas, mencionó uno, para mí, de suma importancia, y la mención la hizo superficial o por encima quedando consignado así en el Diario de los Debates. Me parece que debe rectificarse.

El habló de algo cierto, pero cierto a medias: habló de la carencia y de la necesidad que México tiene de crear muchos más técnicos y obreros calificados para el desarrollo económico de México. Cierto que necesitamos muchos técnicos y muchos obreros calificados, pero, cierto, también, señores diputados, que hay una discriminación y un malinchismo que se debe parar, de cualquier manera, del sector empresarial de México, con respecto a los técnicos y a los obreros calificados nacionales. Cierto que hacen falta técnicos, pero muchos de ellos, especialmente los egresados del Instituto Politécnico Nacional, van a dar a la industria como segundos de los extranjeros, como subordinados de los técnicos extranjeros, de segunda categoría, y era común y corriente, en el sector empresarial de México, y lo sigue siendo, que los técnicos egresados del Politécnico, digo, sigue siendo la afirmación entre el sector empresarial, de que los técnicos egresados de las escuelas técnicas del país, especialmente los del Politécnico, no eran sino obreros calificados y de segundo orden.

Esta discriminación para los técnicos de México, que está provocando objetivamente frustraciones individuales en esas gentes que salen de los institutos técnicos del país, puede dar resultados nocivos para el futuro.

Es cierto, y en todas las ramas profesionales lo es, que los recién egresados de las escuelas no podrán tener quizá la capacidad necesaria de inmediato para hacerse cargo y tomar en sus

manos la industria de transformación de México; pero es también cierto que si el sector empresarial de México no abre, con patriotismo, las puertas a todos esos técnicos egresados de las escuelas, nunca podrán capacitarse tampoco y nunca podrán ser los técnicos que México necesita.

Yo quería hacer, señores diputados, esta aclaración, porque trabajo, aunque no haya pisado nunca una escuela, trabajo de técnico en una empresa, y me he dado cuenta de esta situación. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Por la Comisión, tiene la palabra el señor diputado Carlos Sánchez Dosal.

- El C. Sánchez Dosal, Carlos: Señor presidente, señoras y señores diputados A nombre de la Comisión me permito manifestar que nos complace, realmente, el tono equilibrado y ponderado en que ha hablado, acerca del presupuesto de egresos del Departamento del Distrito Federal, el señor diputado Jacinto Guadalupe Silva.

Queremos aclararle, nada más, algo que viene en este presupuesto de egresos, acerca de los supernumerarios a que él se refirió. En el capítulo de Servicios Personales el proyecto contiene diversas modificaciones de importancia con relación al presupuesto de 1966: se incorporan a las plantas del personal de las diversas dependencias del Departamento del Distrito Federal las plazas que venían figurando con carácter supernumerario y eventual, mismas que ocupan trabajadores y empleados con labores permanentes dentro de la Administración. Las plazas que se incorporan a planta son 2,057 con importe de $28.656,540.00 en sueldos; 2,354 con importe de $ 21.755,095.00 en salarios y 297 con importe de $ 4.201,740.00 en haberes.

Pero suponiendo, sin conceder, que todavía se le siga dando a estos trabajadores supernumerarios el trato a que se ha referido el diputado Jacinto Guadalupe Silva, las Comisiones consideran que ese problema podrá resolverse, como él mismo lo ha sugerido, con una medida administrativa y con aplicación en la práctica, de este presupuesto. Muchas gracias.

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Jacinto Guadalupe Silva.

- El C. Silva Flores, Jacinto G.: Solamente para que quede claro. Yo no hablé de los supernumerarios ni de los eventuales, nada más no es cierto que se incorporan dos mil, se incorporan 4,708, para ser más claro, de supernumerarios eventuales al régimen del ISSSTE y las prestaciones sociales.

Yo hablé de 32 mil trabajadores a lista de raya. Incluso el nombrecito es medio chocante, nos recuerda un poco a Porfirio Díaz. Ojalá lo quitaran.

- El C. Presidente: Ha solicitado la palabra el señor diputado Gámiz. Se le concede el uso de la palabra.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Compañeros: Solicité la palabra estando en funciones como secretario. Se requería de la autorización del señor presidente para poder precisar una situación a la que se refirió el compañero Jacinto Guadalupe Silva.

Se refiere él a la preocupación de su partido de que 32 mil trabajadores continúan aún a lista de raya. ¿No es cierto, compañero Jacinto? Suponiendo que ese hecho coloca a este grupo importante de trabajadores en una situación inestable en su empleo, en una situación en que en cualquier momento pueda ser objeto de alguna disposición de carácter administrativo que viniera a hacer negativos los derechos de antigüedad de estos compañeros, yo sí quisiera precisar que en efecto existe ese número importante de trabajadores con esa denominación presupuestal de trabajadores a lista de raya; pero incluidos presupuestalmente con las mismas situaciones de garantía que tienen los compañeros que se pudieran considerar trabajadores a nómina, que también vienen incluidos en el presupuesto.

La situación que señala el compañero Jacinto Guadalupe Silva, quizás se quiso referir, sin mencionarlos, a que estos compañeros no están incluidos en los beneficios de que gozan los trabajadores de nómina en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado.

Efectivamente, estos compañeros aún no han sido considerados dentro de los beneficios de esta ley, porque la incorporación de ellos - y tengo entendido que el año pasado fue el mismo tema que se abordó por Acción Nacional - , implica algunas complicaciones desde el punto de vista económico, en virtud de que este importante núcleo de trabajadores tiene antigüedades al servicio del Estado muchas veces superiores, incluso, a los treinta años que se requieren para ser jubilados por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales.

Pero el ISSSTE se constituye con la aportación de trabajadores y con la aportación del Estado, y, consecuentemente, los que tienen derecho a disfrutar de esos beneficios del ISSSTE son los contribuyentes del ISSSTE, y si se incorporaran treinta y tantos mil trabajadores del Departamento, y a otros más de otras Secretarías, tendrían forzosamente cada uno de esos trabajadores que aportar las cantidades que le correspondieran por los años de servicio, cosa que sería un poco difícil, en virtud de la crítica situación económica por lo reducido de los salarios de estos propios compañeros que efectivamente en su mayoría perciben el salario mínimo.

Consecuentemente, por gestiones de la organización sindical a que pertenecen estos compañeros, que se había venido llevando a cabo, desde hace mucho tiempo y que es el Sindicato del Departamento del Distrito Federal, se buscó una solución de inmediato para dar protección, desde el punto de vista medicoasistencial a los trabajadores de lista de raya y a sus familiares, y en vista de carácter económico que representaba la incorporación de ellos al ISSSTE, se encontró como fórmula de inmediato para empezar a abordar la solución de este grave problema que confrontan estos compañeros y que han sido tratados oportunamente por su organización sindical, de la creación, de la constitución de esa caja de ahorros que, efectivamente, está constituida también con la aportación proporcional del trabajador y del Departamento del Distrito Federal.

Los servicios que se vienen prestando en la Clínica de Andalucía, que está en la colonia Alamos, no puede ser completo, ni puede ser perfecto, porque es una institución nueva que tiene en sí dos o tres años de venir funcionando y que no contaba

con elementos propios para poder ampliar sus prestaciones en toda la extensión de la palabra y de acuerdo con las necesidades de este gran conglomerado de trabajadores, que sumados con sus familiares respectivos dan, aproximadamente, un total de cien mil derechohabientes o cuentahabientes de la propia caja de ahorros; pero, poco a poco, se han venido mejorando esas condiciones, compañero Jacinto Guadalupe Silva, y, poco a poco, se ha ido ampliando la asistencia médica o asistencial para los trabajadores de lista de raya.

Nosotros sí estaríamos de acuerdo, como lo hemos estado desde hace mucho tiempo, con la incorporación de estos compañeros a esas prestaciones.

Desgraciadamente, se encuentra con ese escollo principal y, por lo mismo, se ha estado constituyendo un fondo con esa aportación de los trabajadores y del Departamento que, en el término de aproximadamente tres años, ya tienen un fondo de resistencia de cerca de cuarenta millones de pesos, que serán utilizados y serán aprovechados para cubrir la antigüedad de los trabajadores y así puedan disfrutar de todas las prestaciones que actualmente vienen disfrutando los compañeros que son considerados como trabajadores de nómina; desde luego, mi interés era precisar esta situación, porque el compañero Jacinto Guadalupe Silva lo presenta como una preocupación inicial de su partido, que hasta ahora la viene teniendo, porque ignora quizás que esos compañeros tenían muchos años de que venían buscando la solución a ese grave problema, y la preocupación de su organismo sindical para incorporarlos a las prestaciones que viene concediendo la Revolución Mexicana a todos y cada uno de los mexicanos.

Que no es precisamente un mérito del Partido de Acción Nacional, ni es exclusiva la preocupación de ellos por lograr la emancipación de este núcleo de trabajadores importante, que cubre un renglón muy importante en la transformación de la Ciudad de México.

Y que tenemos la seguridad que lo que se ha logrado en regímenes anteriores, en el actual régimen que preside el licenciado Gustavo Díaz Ordaz en el aspecto nacional, y en el aspecto local que encabeza el señor licenciado Alfonso Corona del Rosal, será resuelto integralmente este problema que, repito, ya es preocupación nuestra, y ya se ha venido avanzando para lograr la solución de ese problema tan aflictivo.

En sí, quiero concluir con expresarle al compañero Jacinto Guadalupe Silva, que estamos de acuerdo con su punto de vista, pero que lo estamos, desde hace mucho tiempo. Que le agradecemos esa preocupación, pero esa preocupación ya era de nuestro partido, ya era de nuestra organización sindical, y que nosotros no descansaremos hasta lograr la total emancipación de los trabajadores a lista de raya, y el constante mejoramiento de todos y cada uno de los trabajadores al servicio del Estado que con su pequeño grano de arena complementan la labor tan importante que patrióticamente viene desarrollando el régimen de la Revolución Mexicana. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Habiéndose agotado la discusión del proyecto de decreto, en lo general, se va a proceder a recoger la votación en sus términos. Por la afirmativa.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se procede a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Fue aprobado el proyecto de decreto, en lo general, por unanimidad de ciento sesenta y seis votos.

Está a discusión en lo particular.

- El C. Presidente: Rogamos a los señores diputados apartar aquellos artículos sobre los cuales quieran presentar sus puntos de vista.

Primero y segundo el señor diputado Gómez Mont. Por la Comisión, el señor diputado Rodríguez Leija. Se concede el uso de la palabra al diputado Gómez Mont.

- El C. Gómez Mont, Felipe: Señores diputados: Vengo a impugnar los artículos 1o. y 2o. del proyecto de decreto que aprueba la iniciativa del Ejecutivo sobre el presupuesto del Distrito Federal, en mi calidad de hombre de partido y de diputado de este mismo distrito.

Ha sido, a través del problema de los presupuestos, en el que la vida parlamentaria nos vayamos acercando más y más los distintos diputados de Partido. Pero también ha sido cierto que aun cuando hayamos aprobado en algunas ocasiones los presupuestos, siempre existe la posibilidad de perfeccionar toda obra humana y que nos obliga a emitir nuestro pensamiento como ciudadanos de la patria y ciudadanos de la ciudad.

Este presupuesto es superior en calidad a todos los presupuestos hasta hoy presentados en materia del Distrito Federal; pero debemos de distinguir en él dos aspectos fundamentales: uno, el programa de gobierno que se plantea a través del presupuesto y en el cual encuadramos los dos aspectos administrativos de la ciudad de México; otro, los aspectos que por un defecto constitucional, por no haberse dado la autonomía presupuestal y tan sólo la jurídica, hace comprender en estas disposiciones al Tribunal Superior de Justicia y la Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales.

Por lo que se refiere a lo que es programa de gobierno administrativo de la ciudad, yo no quiero aceptar en su plenitud la afirmación de Jacinto Guadalupe Silva. Simple y sencillamente quiero decir que cambiado el gobierno nos toca observar y que aún no podemos clarificar definitivamente, en unos cuantos meses, la obra del señor licenciado Corona del Rosal, habría premura en el juicio, habría prontitud en la afirmación. Cierto que la ciudad ha cambiado de aspecto. Yo recibí la invitación personal del licenciado Corona del Rosal para aportar para mi ciudad mi experiencia y mis conocimientos al formularse los reglamentos de la ciudad.

Cierto que el panorama es nuevo y que el diálogo que aquí vivimos también empezamos a vivirlo en la vida administrativa. Cierto que sabemos de muchas preocupaciones. Pero esas preocupaciones apenas empiezan a esbozarse dentro de este presupuesto y un juicio inmediato es prematuro. Lo

aprobamos para que actúe, después podremos juzgar, teniendo en las manos el camino de la experiencia sobre el que se levantan los veredictos de los pueblos.

He reservado los artículos primero, en tanto cuanto que contiene diferentes partidas que he observado en el presupuesto, y en el segundo que concentra partidas globales del mismo, y voy a referirme tan sólo a algunos de ellos, unos con criterio político, en otros con criterio de administración.

El primer problema que tenemos es el Consejo Consultivo en la ciudad de México. Lo consideramos un gasto de ornato e innecesario. Hoy por hoy y como funciona el Consejo Consultivo, carece de facultades, carece de una organización constitucional, carece de beneficio alguno para el Distrito Federal y cuando más puede considerarse como la reunión de los sapientes a la que conforme, a la regla de los antiguos se les oía, mas no se les obedecía.

Esta partida, mientras no se haga la reforma constitucional que haga organismos del Distrito Federal con facultades expresas al Consejo Consultivo de la ciudad, no tiene razón de ser ni motivo para gastarse. Podemos tocar, señores, el problema de la Jefatura de Policía; aumentaron su presupuesto. Hay dos mil policías, habrá dos mil policías más para la ciudad. Sin embargo el problema interesante es lo que se está elaborando, no para tanto, para tener una policía numerosa, como para tener una policía eficaz. Se perfectamente, y puedo externarlo en los reglamentos que se elaboran, la preocupación fundamental será la justicia de los pobres, será la justicia de barandilla, será el contacto del pueblo con la autoridad y se dejará de existir la policía de garrote, para convertirse en la autoridad amiga que socorra al ciudadano, en lugar de envilecerlo con la conducción viva hacia las cárceles y hasta los lugares de detención.

Por eso no hacemos objeciones concretas a estas partes de la administración de la ciudad, porque todo está elaborándose y será hasta el año de 1968 que se pongan en vigor las nuevas estructuras jurídicas de la ciudad y para entonces debe el pueblo reservar su juicio.

Pero sí queremos tocar un problema fundamental, en lo que se refiere al problema de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal. Qué bueno que se aumentan tres millones de pesos al Tribunal Superior de Justicia qué bueno y se recoja la promesa a nombre del pueblo de esta ciudad, de que en enero de este año se empiecen a discutir las posibilidades de un mejoramiento que ya debía haber venido contenido en el presupuesto. Pero, señores, el aumento de 8 millones de pesos a la Procuraduría de Justicia, sin que exista un problema adecuado de mejorar sus servicios, de mejorar sus estructuras, de mejorar su contenido jurídico y humano, sí es motivo de preocupación para la diputación de Acción Nacional, en especial la del Distrito Federal.

La Procuraduría de Justicia hace muchos años, desde la época del maestro Franco Sodi, que sucedió a aquel ejemplar Procurador que fue don Francisco Castellanos, ha permanecido al margen de toda la organización jurídica y de las estructuras sindicales que tiene el Estado para todos sus demás organismos de Estado.

Aquel débil Sindicato, si se quiere, que sólo podría hacer funcionar a una Comisión de Escalafón para Secretarios, desapareció de una plumada. Todo el personal de la Procuraduría de Justicia depende de una sola voluntad, en cuanto a su estabilidad y es la del Procurador en turno. El Ministerio Público carece de carrera, sus nombramientos y sus ceses son manejados a través de la voluntad del Procurador General de Justicia; su Policía Judicial carece de carrera: cada cambio de Procurador trae nuevos agentes, nuevos compromisos y más y más desorganización. Y esto, en parte, es provocado por la anarquía presupuestaria. El presupuesto pone en manos de esa voluntad - Procurador de Justicia - la suerte de todos sus funcionarios, y la pone en forma de una anarquía, en forma de una insuficiencia de servicios, en forma de una falacia presupuestal.

Analizaré algunas partidas, puesto que he ido a examinar una por una de las que hay en el presupuesto:

La Procuraduría de Justicia tiene 30 Mesas de Investigación en su Sector Central. El presupuesto nombra tan sólo 21 Agentes del Ministerio Público.

Déficit en la atención y también falta de veracidad y autenticidad en los presupuestos.

En la ciudad de México funcionan 14 Agencias del Ministerio Público, más dos del Sector Central y la de la Cruz Roja y la Cruz Verde, que nos dan 18 Delegaciones citadinas, con un Agente del Ministerio Público en cada uno de los tres turnos, necesitarían nombrarse, haber partidas para 54 Agentes del Ministerio Público.

El Presupuesto tan sólo nombra a 36. ¡Que insuficiencias de servicios! Pero más adelante encontramos que en la ciudad de México, y no me refiero a los aspectos foráneos, no me refiero a los aspectos de los territorios federales - que son servidos por la propia Procuraduría - hay un mínimo en una ciudad de 6 millones de habitantes, de 300 a 400 actas que se levantan en estas Delegaciones citadinas y que cubren todos los márgenes de los delitos que puedan cometerse en una gran urbe como la nuestra. Y estos 400 delitos diarios, que nos dan 12 mil al mes, que nos dan más de 100 mil al año, presupuestariamente van a ser investigados por 54 Agentes de la Policía Judicial, un Director, un Comandante, dos jefes de Grupo.

¿Este es un Presupuesto suficiente para la ciudad? ¿Este es un Presupuesto que deja en estabilidad las plazas para los servicios mínimos, a fin de que haya la garantía constitucional y laboral de los derechos de esos trabajadores, a fin de que haya la garantía de los servicios para nuestra ciudad?

No, señores: el trabajador de la Procuraduría de Justicia, que no es de planta, a través del sistema del supernumerario que firma contrato del primero de enero al 31 de diciembre y es renovado cada vez con graves consecuencias en los derechos del trabajador, hace la situación más absurda que pueda encontrarse: mientras hay un presupuesto de 7 millones aproximadamente, 7 y medio millones de pesos para sueldos, hay 15 millones de pesos para sueldos de supernumerarios. Por cada hombre que tiene estabilizada su situación jurídica, y por cada funcionario que encontramos garantizado en su

función de servidores del Distrito Federal, hay dos hombres que están sometidos al capricho de la eventualidad, el nombramiento hasta la permanencia en su función, su preparación y su carrera.

¿Que se aumentaron 8 millones, que se aumentaron los sueldos de la Policía Judicial y de los peritos? Qué pocas plazas tienen el beneficio de la regularización y qué grave es que los nuevos sueldos aumentados o disminuidos rebajándolas a un proletariado burocrático o creando las aristocracias de los consentidos, sean manejados a través de una partida de 15 millones de pesos que no están precisadas en cuanto a su aplicación más que por la voluntad del Procurador de Justicia.

Aquí, señores diputados, la técnica presupuestaria no satisface a mi ciudad.

Aquí, señores diputados, estamos consagrando el manejo de una institución pública fuera de los cauces jurídicos de la seguridad del hombre que trabaja y fuera de la certeza del beneficio de la prestación de los servicios adecuados para los hombres que con sus impuestos pagan todas estas prestaciones.

Por eso no aceptamos esta parte del presupuesto porque ni contiene programa, ni es verdadera, ni es suficiente, ni satisface a las voluntades de los que son responsables de aprobar este presupuesto.

Dije a ustedes, señores diputados, que venía a este debate, como hombre de partido y como hombre de partido vengo a hacer constar el deseo de mejorar y de acabar con estos vicios que no por venir de mucho tiempo atrás dejan de ser censurables. Como hombre de partido vengo a dejar sembrada, una vez más, la tesis de Acción Nacional de que el presupuesto para ser válido, tiene que ser veraz. Y como diputado del Distrito Federal vengo a clamar para mi ciudad el mismo respeto que hemos logrado y obtenido para la Federación. Y vengo a reservarme, a través de quienes nos sucedan en el ejercicio de esta función, que los hombres no podemos despedirnos cuando lo que hemos sembrado aquí son ideas y hemos entregado amor, a ellos que vengan a enjuiciar el uso que se hizo de este presupuesto, programa de gobierno, y aprueba y acepta Acción Nacional en lo general para que la autoridad no encuentre una oposición en el desarrollo de un programa que le va a ser juzgado, y en cuanto a estas partidas concretas a solicitar su no aprobación porque cuando el lugar en el que se centra la justicia es el lugar en que se fomenta el caos y la arbitrariedad, señores diputados, la dignidad del hombre está en entredicho y la realización de los ideales sociales en grave peligro. Muchas gracias.(Aplausos.)

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al señor diputado Salvador Rodríguez Leija.

- El C. Rodríguez Leija, Salvador: Señor Presidente, señoras y señores diputados: Yo creo que si nuestra memoria no es infiel y revisamos los tres debates alrededor del presupuesto de egresos del Departamento del Distrito Federal, encontramos la misma postura dramática, no digo cómica, sino dramática, llena de emoción del señor licenciado Gómez Mont, diputado de Acción Nacional, especialmente por su preocupación constante, la policía, los agentes del Ministerio Público, los jueces del Tribunal Superior de Justicia, y tal como si México fuera policías, agentes del Ministerio Público y Tribunal Superior de Justicia.

Yo creo que el señor licenciado Gómez Mont, a quien admiro desde luego y lo respeto como un gran penalista, porque así goza de fama, pues se le ha olvidado un poquito revisar sus códigos penales y, sobre todo, la función que éstos tienen.

El Ministerio Público, - si no estoy equivocado y me extraña precisamente por eso lo del licenciado Gómez Mont - es una autoridad unitaria, organizada de tal manera que su titular delega las funciones de investigación a los agentes del Ministerio Público los que estarán sujetos a su jerarquía y podrán ser nombrados o destituidos de acuerdo con las facultades que la Ley Orgánica del Ministerio Público le concede al ciudadano Procurador de Justicia del Distrito Federal, porque creo que hay una Ley Orgánica en la Procuraduría. No se si también en esto esté equivocado, pero de todas maneras, señores diputados, todo ha girado en tres años alrededor de jueces mal remunerados, policías mal pagados, agentes del Ministerio Público empobrecidos. Y yo quedé esperando, después de la primera intervención, como vendría alguna proposición de Acción Nacional encabezada por el señor licenciado Gómez Mont, proponiéndonos una mejor organización del Tribunal, una mejor organización de la policía, una mejor organización del Ministerio Público, porque si la ciudad de México está clamando que haya mejores servicios de esa naturaleza, que al fin y al cabo se convierten en servicios asistenciales para la sociedad.

¡Que necesitamos escuelas de policía técnica! ¡Que necesitamos agentes del Ministerio Público de carrera! ¡Que necesitamos jueces de carrera también! ¡Claro que los necesitamos! Yo recuerdo una frase del señor licenciado Díaz Ordaz, cuando visitaba la frontera Norte de nuestro país últimamente, en que hablando de las necesidades de México decía que se parecía al muchacho que hoy le compramos pantalones y al día siguiente le quedan rabones, porque México es eso, un constante crecimiento de población, de necesidades y de servicios. Claro que yo pensé, porque también lo dije el año pasado y el señor diputado Gómez Mont lo debe recordar, que no me oponía en forma alguna a la cuestión de elevar los presupuestos singulares del Tribunal Superior de Justicia, que tanto les escuece e indudablemente tiene sus actividades y sus amigos siempre y cuando nos fuéramos apegando un poco a la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos, para que cualquier aumento del presupuesto que altere el equilibrio, deberá compensarse por una iniciativa de ingresos para cubrir el aumento que se requiere.

Y yo digo: cuando yo hice esa sugestión el año pasado y con seguridad Gómez Mont tan hábil, tan inteligente, tan capaz como yo lo conozco, nos va a traer la iniciativa, porque yo tenía entonces mis reservas. ¿Por qué no vamos a grabar a los despachos prósperos, ricos, en vez de grabar a la población mexicana pobre?, porque la mayoría de la población mexicana no delinque, los que son delincuentes son otros, de manera que en esas condiciones yo me quedé esperando el presupuesto y no vino. Sin un presupuesto es equilibrio, ¿cómo en un momento dado, en el preciso instante en que se discute, lo vamos a notificar? Yo cuando comencé a escuchar al compañero Gómez Mont, mi estimado amigo, mi respetable amigo, creí que el

debate iba a ser entre él y el diputado José Guadalupe Silva. (risas) Porque viene el compañero Silva, elogia el presupuesto, elogia a los funcionarios de la Revolución que están en el gobierno. Dice que hay cambios de conducta; que hay cambios en lo moral y en lo político, y viene el compañero Gómez Mont y dice que Jacinto Guadalupe Silva está mintiendo porque no hay nada de eso. Por eso creí yo que el debate iba a ser entre ellos, y que la Comisión no tenía por qué asistir a estas cosas.

En esas condiciones, a nosotros nunca nos ha parecido, compañero Gómez Mont, que los salarios de los trabajadores sean siempre suficientes. La teoría es: que todo el que recibe un salario, recibe un salario insuficiente; porque a medida que va cobrando la prestación de sus servicios, le nacen nuevas necesidades, y quiere más y más y más, hasta que llega a ciertos niveles en que más o menos lo abarca el conformismo.

Por esta razón, yo me he dedicado a la cuestión obrera, y cuando se hablaba hace dos años de la huelga general de las minas del Ruhr de Alemania, los empresarios manifestaron que no podían aumentar los salarios de sus trabajadores por incapacidades económicas, - ahí seguramente el trabajador tiene otro concepto - , maneja los 5 bancos más importantes de Alemania Occidental, y le dijeron: "No es cierto. Nosotros te vamos a prestar el dinero necesario para que nos aumentes el 5% de los salarios, porque no hay dinero suficiente que alcance para los gastos de la familia. Con 5% que nos va a aumentar, más o menos nos equilibramos, y te decimos cómo administres tu industria; te decimos cómo técnicamente realizas innovaciones; y te decimos cómo y en qué forma los créditos bancarios te van a servir para que nos satisfagas en esas condiciones."

Entonces, se decía, 'es que el salario del obrero alemán "ya es insuficiente".

No, no era suficiente. Aquí estamos iguales. Nunca en México, por muchos años, podrá haber el salario para los trabajadores, y lo son los del Estado, los jueces, los agentes del Ministerio Público, los policías, etc. Salarios suficientes.

El salario a cambio de la prestación del servicio requiere el esfuerzo, la dirección, todo lo que nos enseña la Ley Federal del Trabajo en materia del manejo de un negocio. También el Estado está equiparado aquí como patrón; como si fuera un negocio. Y tiene un jefe para los agentes del Ministerio Público, y se llama Procurador General de Justicia del Distrito y Territorios Federales. El es el representante de ese patrón; él es el que lleva a cabo las reducciones; todo lo que se necesita sobre el particular.

Pero reitero, ¿nos vamos a oponer nosotros a que haya una policía técnica? ¿A que haya agentes del Ministerio Público de carrera? ¿A que haya jueces de carrera? No, quienes más debieron de haberse preocupado por esa cuestión; es los que estaban dedicados a atender sus negocios con los agentes del Ministerio Público, con los jueces y con los policías, por una razón: porque ellos iban a recibir el beneficio de estas cosas técnicas perfectas.

Ah, pero no nos pongan en tres años, de aquí para adelante todo lo que quieran; pero antes no.

Los argumentos del señor Gómez Mont, diputado Gómez Mont: patéticos, extremadamente patéticos para tratar de reformar un presupuesto a última hora en las partes correlativas que él ha anunciado, no son ni pueden ser suficientes. Claro está que cuando nosotros estamos por terminar nuestro período de sesiones, pues el que no se siente director de presupuestos se siente director de economía, se siente profesor en materias económicas, se siente doctor en esa ciencia tan complicada que manejan con tanto ingenio y con tanta sabiduría en mi partido dos personas: De la Vega Domínguez y Cobos Panamá.

Pero no es cierto que las cuestiones económicas se inventan de la noche a la mañana. Y miren ustedes, es tan curioso el asunto de que las gentes quieran dedicarse a la economía y que todo se refiera a la cuestión del materialismo económico y que todo se refiera a la cuestión del materialismo económico para hablar precisamente de economía, que un señor que se dedica, ni más ni menos, que a las modas, determinó que la moda tiene relación con la economía Es un señor que se llama Dave Pawley. quien dijo, afirmando, que la longitud de las faldas es paralela a la depresión económica... No, Martita, no es cuestión de faldas, es cuestión de telas... (risas). Y entonces nuestro gran Tomás Perrín le dijo lo siguiente: Dave hizo la afirmación que cuando la falda es larga revela una época marga de crisis, de depresión, y cuando es corta, en verdad, la falda, como hoy en día, revela una economía de franca prosperidad. Ello es cierto. ¡Vive Dios! La falda larga se aviene a quien tesoros no tiene, y pende de un hilo o dos (risas), y es también cierto en rigor, que, como Dave reporta, cuando la falda es más corta, se ven los fondos mejor...(Risas.)

Entonces, señores diputados, estamos en condiciones de decir que no es esto precisamente ni el argumento básico económico, porque tiene que ser económico para la cuestión de modificar un presupuesto y nosotros pedimos a la mayoría que se sirva aprobarlo. (Aplausos.)

- El C. Presidente: Nuevamente se concede el uso de la palabra al señor licenciado y diputado Gómez Mont.

- El C. Gómez Mont, Felipe: Realmente, el espectáculo más interesante que podríamos encontrar para debatir la justicia, en relación con las faldas, es ver a Rodríguez Leija con faldas escocesas. Pero Rodríguez Leija ni con esas faldas ni con otras que ya están muy afuera de su edad...(Risas.) Qué hermoso has de estar, pues repito, a ustedes, Rodríguez Leija, con faldas o sin faldas, con piernas pelonas o con vello; no nos importa la estética, no vino aquí a contestar el argumento de Acción Nacional. No hemos pedido hoy aumento para el Tribunal ni para la Procuraduría. La Comisión, lo mejor que podría decirnos es que el Tribunal se le aumentaron tres millones de pesos y a la Procuraduría 8 millones de pesos.

No; tampoco hemos venido a hablar nada más de jueces, de Ministerio Público y de policía, no; claramente dijimos que había una partida inservible como es la del Consejo Consultivo de la ciudad; mientras no tenga una estructura constitucional. A eso no se refirió.

Establecimos que la nueva autoridad está cambiando la situación de la ciudad, pero que todo

juicio dado a los dos meses no sólo es prematuro, puede pecar de optimismo cualquier juicio en estos momentos sobre el gobierno del licenciado Corona del Rosal, al que más daña es el propio Departamento del Distrito Federal.

El ha proyectado un presupuesto que es un programa de obras, no voy a venir a establecer, porque no lo queremos hacer motivo de debate, si toma muchas ideas nuestras, algunas de ellas sí, porque desde el año de 1952 entregamos los de Acción Nacional los estudios de las plantas de tratamientos de agua, como solución de un problema que siempre se rehuyó y que hoy se plantea en el presupuesto. Lo único que establecemos es que en materia de Procuraduría de Justicia se vulneran los principios generales del presupuesto, porque mientras el Departamento del Distrito va a regularizar a los mil y pico de supernumerarios o a cuatro mil como dice Guadalupe Silva, en la Procuraduría de Justicia se aumenta el número de supernumerarios, en la Procuraduría de Justicia no hay la policía técnica de que nos habla Rodríguez Leija y ni siquiera hay partida para el laboratorio y hay una academia de 10 profesores, para 8 agentes aspirantes. Hay anarquía, pero además no se sabe cómo se van a pagar esos sueldos ni qué régimen va a haber y existen los riesgos de la aristocracia, de la burocracia, a través de fijaciones de sueldos que van a estar tan sólo en la voluntad del Procurador de Justicia, y no las partidas presupuestarias. Estas son las objeciones de Acción Nacional. Podrán contarse muchos cuentos, señores; podrán venir a leerse las soluciones de Tomás Perrín, para terminar graciosamente esos debates, pero la solución a fondo del problema, aunque te lo estén soplando allá, no lo vas a encontrar.

(Aplausos.)

- El C. Rodríguez Leija, Salvador: Pido la palabra, señor presidente.

- El C. Presidente: Para dar respuesta al señor diputado Gómez Mont, se concede el uso de la palabra al señor diputado Rodríguez Leija.

- El C. Rodríguez Leija, Salvador: Señor presidente, señoras y señores diputados: ¿Quiere hacerme favor uno de los señores secretarios de leerme este artículo con su número?

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: "Artículo 23. Las proposiciones que hagan los miembros de la Cámara de Diputados para modificar el proyecto de Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo, serán sometidas desde luego a las comisiones respectivas; a ninguna proposición de esta índole se dará curso una vez iniciada la discusión de los dictámenes de las comisiones".

- El C. Rodríguez Leija, Salvador: Esto, según dice aquí la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su reglamento, es de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Subsecretaría de Egresos, Dirección General de Egresos, y yo sigo creyendo, sigo creyendo que Gómez Mont, es abogado; solamente que aquí (risas), solamente que aquí nos quiere hacer lo del burro chistoso: ocultar el rabo. (Risas y aplausos.)

- El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado y general Marciano González.

- El C. González Villareal, Marciano: Honorable Asamblea: Yo celebro infinito que se haya dado tono de caballerosidad y ennoblecido las contiendas de esta Cámara. Estamos respondiendo a la confianza que el pueblo depositó en nosotros y debemos sentirnos satisfechos.

Decían los gentiles que Sísifo, el hijo de Eolo, había sido condenado por los dioses a subir desde el fondo de una montaña hasta la cúspide del infierno un enorme peñasco. Jadeante, no una sino muchas veces, levantó la enorme peña; muchas veces se le cayó, pero empezaba de nuevo. Aquella faena es la faena que nosotros estamos realizando.

Cada Cámara viene realizando lo que le han encomendado y no debemos ser tan inquietos, debemos tener calma.

Los presupuestos de la Federación nos garantizan una mañana que viene a resolver, poco a poco, lentamente si ustedes quieren, para resolver los problemas que gravitan sobre el país.

Nosotros celebramos infinito que Acción Nacional labore como está laborando. También aplaudimos al Socialista los aplaudimos a todos; no hay mezquindad, pero tengamos calma. Todas esas inquietudes serán calmadas, esas zozobras serán satisfechas; pero pidamos, señores, la colaboración del tiempo, que es el mejor y más eficaz de los amigos.

Refiere la historia que el almirante Nelson, el vencedor de Abukir en víspera de la Batalla de Trafalgar, hizo enarbolar sobre el palo mayor de su barco insignia, el gallardete con esta leyenda: "La Inglaterra espera que cada uno de sus hijos cumpla con su deber". México espera que cada uno de sus hijos, casi sin excepción porque todos somos hijos de la patria, los de uno y los de otro partido, cumplamos con nuestro deber. (Aplausos.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: En votación económica, se pregunta si se considera suficientemente discutido el artículo primero del proyecto de decreto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Suficientemente discutido.

Se va a proceder a su votación nominal.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: El señor diputado Gómez Mont aclara que la discusión y la votación es exclusivamente en lo que se refiere a las partidas Consejo Consultivo y Procuraduría, de los artículos primero y segundo.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Por la afirmativa.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Se aprobó el artículo primero por 174 votos en favor y 16 en contra, en los capítulos señalados por la Secretaría.

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Se va a tomar la votación nominal de los artículos no impugnados. Por la afirmativa.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: Por la negativa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés:

¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a tomar la votación de la Mesa.

(Votación.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: El proyecto de decreto fue aprobado por unanimidad de 179 votos. En consecuencia, pasa al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

VIII

- El C. Ortiz Mendoza, Francisco: Pido la palabra para hechos.

- El C. Presidente: Para hechos, tiene la palabra el señor diputado e ingeniero Ortiz Mendoza.

- El C. Ortiz Mendoza, Francisco: Señor presidente, señoras y señores diputados: Mucho se ha dicho en estos tres años de lo positivo de esta Cámara pluripartidista. Indudablemente que el beneficio ha sido grande y por fortuna ha sido advertido por el pueblo mexicano. lo que originalmente era una mirada de indiferencia hacia la Cámara de Diputados por lo que en ella se debatía, se ha tornado en atención, incluso en participación en la calle de los debates que aquí se producen, es decir, considera mi partido que la neblina del apoliticismo empieza a levantar y de esa manera se ven con mayor precisión, con mayor holgura, las ideas y los pensamientos que diferencian a uno de los otros partidos.

Esa es la razón y con objeto de contribuir a que ese apoliticismo sea definitivamente roto en México y que participen las generaciones nuevas de una vida política de la que nosotros estamos palpitando aquí, por lo que me he permitido pedir la palabra para hechos, a efecto de aclarar tres cuestiones que fueron motivo o fueron producidas mejor dicho por la intervención del maestro.

Vicente Lombardo Toledano el día de ayer.

Una de ellas fue la referencia que hizo el licenciado y diputado Sánchez Dosal respecto a advertir al jefe de nuestro partido que debería tener mucho cuidado cuando hablara de la opinión pública, por que la opinión pública reside en la mayoría. Consideramos que no es precisamente un derecho de la mayoría el referirse a la opinión pública, sino de aquellos que tienen la capacidad, la holgura de pensamiento para encontrar en los problemas nacionales, para encontrar en las preocupaciones populares, lo esencial de las mismas y poder ser vocero de ellas.

Y consideramos que los 50 años de vida política del maestro Vicente Lombardo Toledano le dan autoridad suficiente para recoger esa opinión y poderla expresar desde la tribuna. Y lo que digo del maestro Vicente Lombardo Toledano lo digo, indudablemente, de valiosos elementos del partido de la mayoría y de los partidos contendientes al nuestro.

Otra cuestión, que es importante aclarar, es lo dicho por el diputado Moheno respecto al pesimismo del discurso del maestro Lombardo Toledano y de la alusión al enanismo. Si se lee con cuidado la intervención del jefe de nuestro partido se habrá de advertir que es un discurso pronunciado con una enorme responsabilidad respecto al futuro de la patria mexicana y advirtiendo con precisión la realidad en que vivimos. Si queremos eludir esa realidad y adornarla con frases que no dicen nada, es posible que no veamos los peligros que en ese discurso están advertidos.

Pero las conversaciones que hemos tenido con ustedes mismos, diputados de la mayoría, con los diputados de Acción Nacional y del Auténtico de la Revolución, en esas conversaciones hemos encontrado las mismas preocupaciones planteadas por el maestro Lombardo Toledano y proyectadas hacia un futuro luminoso. Cuando el diputado Lombardo Toledano habla de enanismo, debe tomarse en el verdadero sentido de la palabra; es decir, los grandes constructores, los que abrieron caminos nuevos son los que están declinando ahora.

La juventud, las generaciones nuevas estamos siguiendo esos caminos que abrieron los constructores de este México nuevo. Seguramente, ya como lo dije, entre estas generaciones nuevas hay muchos elementos valiosos que adquirirán dimensiones de gigante.

Eso no lo sabemos todavía, pero la verdad es que falta valor todavía para abordar tareas de gran envergadura.

El licenciado, el señor diputado Moheno, se refirió al Presidente de la República como uno de los grandes; el maestro Lombardo Toledano también lo hizo, pero indicó que no bastaba con la grandeza, la honestidad, la rectitud del Jefe del Ejecutivo, sino necesitaba la colaboración de grandes y hay que formarlos. Y viene a mi memoria entonces una frase del maestro Lombardo Toledano, cuando dice: "México se construye todos los días y todos los días demanda nuevos constructores."

Si México no estuviera creando en sus nuevas generaciones, esos nuevos constructores declinarían indefectiblemente.

Finalmente, me quiero referir a una alusión más que al discurso del licenciado Lombardo Toledano, hecha por el diputado Jacinto Guadalupe Silva, al referirse a los técnicos mexicanos, a los que se les cierran las puertas de los sectores empresariales. Es verdad. Yo soy egresado del Instituto Politécnico Nacional, y al mismo tiempo, soy catedrático de esa Institución desde hace veinte años. Por ese motivo creo conocer el problema de los técnicos, que sí debemos precisar.

Hace apenas unas horas el señor general Lázaro Cárdenas, constructor del Instituto Politécnico Nacional, se refería a la iniciativa privada que traicionando en muchas ocasiones a nuestro país, exportando sus capitales y siguiendo vías que no conducen precisamente a la construcción de México, se convertía en la práctica, muchos de ellos, en enemigos de la patria; pero no sólo, como lo señalo el señor Presidente Cárdenas en su tiempo, el Instituto Politécnico Nacional habría de crear técnicos capaces de explotar los recursos naturales del país para beneficio del pueblo mexicano, sino ahora precisamente en estos momentos, la iniciativa privada se levanta nuevamente ante las palabras y el pensamiento de uno de los hombres grandes que ha producido nuestra patria que es el general Lázaro Cárdenas.

Le cierran las puertas a los técnicos, es verdad, pero no todas las empresas; las empresas del Estado les abren las puertas a los técnicos, a los técnicos mexicanos: la Comisión Federal de Electricidad, la

Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Petróleos Mexicanos, Altos Hornos de México, todas las organizaciones empresariales del Estado mandan incluso a nuestros técnicos a perfeccionarse al extranjero, a efecto de que vengan a manejar los instrumentos de la producción que están a su cargo.

De esa manera y abriendo nuevas perspectivas al Instituto Politécnico Nacional y a la educación técnica en México, se están creando licenciados en física, en matemáticas, en ingeniería; maestros en ciencias, doctores en ciencias que indudablemente habrán de impulsar hacia adelante la industria nacional.

¿Quiénes son los que cierran las puertas a los egresados del Instituto Politécnico Nacional? Particularmente las empresas extranjeras, particularmente las empresas mexicanas - entre comillas - , que se cobijan con nombres mexicanos pero que tienen el pensamiento puesto en el extranjero al que están a su servicio. Estas empresas extranjeras o estas empresas nacionales que piensan todavía en el pasado, le cierran las puertas a los egresados del Politécnico, no por su pretendida incapacidad como ellos sostienen, sino por el origen de los egresados del Politécnico; por el origen del propio Instituto Politécnico Nacional.

No perdonan nunca que el Instituto Politécnico Nacional haya tenido su origen en las clases populares, y que la teoría de la educación técnica haya sido dada por la clase obrera en el mes de julio de 1924 en el Congreso de la Educación en la CROM, por boca del licenciado Lombardo Toledano, que en su tiempo militaba en esas filas.

No perdonan nunca que la educación técnica vaya siempre paralela con el ascenso de nuestro país. Ahí está, precisamente la creación de la Escuela de Artes y Oficios para Trabajadores, creada por Benito Juárez en 1867. Ahí, en Allende 38, en la etapa de descenso del porfiriato, descendió la educación técnica. Cuando se produjo la Expropiación Petrolera, y la Revolución Mexicana toma nuevos bríos, la educación técnica avanza con la Revolución Mexicana. No es a los técnicos mexicanos en general a los que les cierran las puertas. Tanto es así, que la empresa privada ha estado creando sus propios tecnológicos: el Tecnológico de Monterrey y el Tecnológico de México, donde mandan las gentes de su clase los empresarios para tener los técnico que vayan a sus empresas, pretendiendo cerrar las puertas al Instituto Politécnico Nacional y a los egresados de los tecnológicos de la República.

Desde el señor Presidente de la República Adolfo López Mateos, continuada brillantemente por el Presidente de la República, Gustavo Díaz Ordaz, la educación técnica se ha multiplicado. Pero ahora pretenden entrar por la puerta posterior las empresas en la educación técnica en México.

El Politécnico ahora está manejado casi por catorce patronatos, en donde la empresa privada está metiendo las manos para que con un costo mínimo, pretender darle una nueva orientación a la educación técnica.

Ustedes, y me permito decirlo ahora, señores diputados, porque ustedes, que están hoy como diputados, particularmente la mayoría, tienen una perspectiva abierta ante ustedes mismos en su carrera política, y habrán de tropezarse indudablemente con este problema: el de la preparación del estado mayor de los técnicos que exploten los recursos naturales en beneficio de México. Aquí seguramente hay gobernadores del futuro, Secretarios de Estado del futuro, gentes que habrán de tomar en sus manos las riendas del país. Y eso que ha venido a plantear el diputado Guadalupe Silva, si no se le mete mano en breve tiempo no se crea un solo sistema de educación técnica, un sistema nacional educación técnica, en donde se politicen a los técnicos, y no como pretenden los empresarios, recibirlos, sí, pero que no tengan ninguna idea de tipo político. Pretenden tener máquinas en sus empresas.

De esa forma, entonces, lo construido por esta Cámara para levantar la neblina del apoliticismo del que hablaba al principio, la iniciativa privada trata de maniatarlo, haciendo que sus técnicos y sus trabajadores sean apolíticos; no tengan ninguna idea respecto al futuro de su país.

Por eso es menester, señores diputados, que le demos a la juventud mexicana una verdadera orientación patriótica en su formación técnica al servicio de la nación. Muchas gracias. (Aplausos.)

IX

- El C. Presidente: Se suplica a la Secretaría dar cuanta a la asamblea de los asuntos pendientes, que están en la lista del orden del día.

- El C. secretario Gámiz Fernández, Everardo: La Mesa directiva designa, para participar la clausura del tercer período de sesiones de esta H. Cámara de Diputados: al C. Presidente de la República, los CC. diputados Alejandro Carrillo, Alfonso Martínez Domínguez, Adolfo Christlieb Ibarrola, Vicente Lombardo Toledano, Juan Barragán Rodríguez, Librado Ricavar García, Gilberto Balboa Escobar, Rubén Figueroa Figueroa, Tomás Algaba Gómez, Fernando González Piñón, Enrique W. Sánchez, José de Jesús García Santacruz, Gonzalo Martínez Corbalá, Leopoldo González Sáenz, Carlos Ramírez Ladewig, María Guadalupe Urzúa Flores, Raúl Lince Medellín y Serafín Iglesias Hernández; a la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación, los CC. diputados Guillermo Molina Reyes, Domingo Franco Sánchez, Enrique González Vargas, José de Jesús Limón Muñoz, Raúl Padilla Gutiérrez, Lauro Rendón Valdez, Ramón Rocha Garfias, Abel Carlos Vicencio Tovar y Manuel Zárate Aquino; y a la honorable Cámara de Senadores, los CC. diputados Fluvio Vista Altamirano, Rodolfo Alavez Flores. Humberto Velasco Avilés, Marciano González Villarreal, Mario Colín Sánchez, Andrés Henestrosa Morales, Jesús Torres Márquez, Luz María Zaleta de Elsner, Braulio Meraz Nevárez y Rodolfo Velázquez Grijalva.

X

- El mismo C. Secretario:

"CC. Secretarios de la H. Comisión Permanente del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos. - Presente.

Nos es grato hacer de su conocimiento que ayer, en sesión de Cámara, fue aceptada la invitación del grupo de diputados guatemaltecos, que hicieran a nombre del Congreso Nacional de aquel país, para que una representación de esta Cámara visitara la hermana República de Guatemala.

Con la finalidad de cumplir con este acuerdo fueron designados los siguientes ciudadanos diputados: Alfonso Martínez Domínguez, Miguel Covían Pérez, Fluvio Vista Altamirano, Tulio Hernández Gómez, Enrique Ramírez, Jorge de la Vega Domínguez, Alejandro Carrillo, Gilberto Balboa Escobar, Juan Barragán Rodríguez, Rubén Moheno Velasco, Vicente Fuentes Díaz y Adolfo Christlieb Ibarrola.

Lo que nos permitimos comunicar a ustedes para los efectos procedentes.

México, D. F., a 31 de diciembre de 1966. - Everardo Gámiz Fernández, D. S. - - Juan Moisés Calleja García, D. S."

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba esta proposición. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobada. XI

- El mismo C. Secretario: Proposición de la Gran Comisión, que contiene la forma como queda integrada la Comisión que, en el seno de la Séptima Reunión Interparlamentaria México - Norteamericana, representará a esta honorable Cámara de Diputados: Alejandro Carrillo, José Antonio Cobos Panamá Miguel Covián Pérez, Vicente Fuentes Díaz, Tulio Hernández Gómez, Alfonso Martínez Domínguez, Rubén Moheno Velasco, Antonio Martínez Manautou, Enrique Ramírez y Ramírez, Luis Dantón Rodríguez, Jorge de la Vega Domínguez, Fluvio Vista Altamirano, Mario Vargas Saldaña, Hilda Anderson Nevárez, Marta Andrade de del Rosal y Raúl Legaspi Donis.

En votación económica, se pregunta a la asamblea si aprueba esta proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

XII

- El C. Presidente: De conformidad con el artículo 68 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y segundo del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión, se va a proceder en un solo acto..

- El C. Padilla Flores, Salvador: Pido la palabra.

- El C. Presidente: Estaba leyendo yo, compañero. Se le concederá el uso de la palabra una vez que se desahoguen los asuntos de la orden del día.

- El C. Padilla Flores, Salvador: Era para el mismo asunto del compañero del Partido Popular Socialista.

- El C. Presidente: No se le niega el uso de la palabra, compañero. Se le concederá de acuerdo con su petición, con muchísimo gusto.

Decíamos que se procederá en un solo acto a la designación de los ciudadanos diputados que integrarán la Comisión Permanente para el tercer receso de la actual Legislatura, y la Comisión instaladora de la próxima Cámara de Diputados.

Rogamos a los ciudadanos diputados pasen a depositar su cédula por orden de lista.

(Escrutinio.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: Señor presidente:

la Secretaría informa que, de acuerdo con el escrutinio, resultaron 157 votos para integrar la Comisión Permanente en la forma siguiente:

Licenciado Abraham Aguilar Paniagua, Rafael Camacho Salgado, licenciado Alejandro Carrillo, Ricardo Covarrubias, licenciado J. Servando Chávez Hernández, Arturo Domínguez Paulín, Everardo Gámiz Fernández, licenciado Augusto Gómez Villanueva, licenciado Raúl Lozano Ramírez, doctor Antonio Martínez Manautou, Gustavo Martínez Trejo, Francisco Pérez Ríos, Manuel Rivera Anaya, Salvador Rodríguez Leija e ingeniero Pedro Ruiz González.

Hay dos boletas en donde solamente se indica: "no voto." Igualmente, se informa que el resultado de la votación fue de 157 votos para la Comisión Instaladora de la XLVII Legislatura en la forma siguiente:

Presidente, licenciado Manuel Orijel Salazar; secretarios: doctor Jesús Cancino Casahonda, licenciado Rodolfo Alvarez Flores. Suplentes: profesora Aurora Navia Millán y Juan Moisés Calleja García.

También hay dos votos que dicen, solamente; "No voto."

- El C. Presidente: En vista de los resultados del escrutinio, se declara que forman parte de la Comisión Permanente, que funcionará durante el receso del tercer año del ejercicio del XLVI Congreso de la Unión, los siguientes CC. diputados: Abraham Aguilar Paniagua, Rafael Camacho Salgado, Alejandro Carrillo Ricardo Covarrubias, J. Servando Chávez Hernández, Arturo Domínguez Paulín, Everardo Gámiz Fernández, Augusto Gómez Villanueva, Raúl Lozano Ramírez, Antonio Martínez Manautou, Gustavo Martínez Trejo, Francisco Pérez Ríos, Manuel Rivera Anaya, Salvador Rodríguez Leija, Pedro Ruiz González.

Igualmente se declara que la Comisión Instaladora de la próxima Cámara de Diputados quedará integrada por los siguientes CC. diputados: Presidente, Manuel Orijel Salazar; Secretarios: Jesús Cansino Casahonda y licenciado Rodolfo Alavez Flores; Suplentes: Aurora Navia Millán y Juan Moisés Calleja García.

XIII

- La C. Andrade de Del Rosal, Marta: Señor presidente, pido la palabra.

- El C. Presidente: Tiene la palabra la señora Marta Andrade de Del Rosal.

- La C. Andrade de Del Rosal, Marta: Señor presidente, señores diputados: Es mi propósito, no en un discurso, sino en breves y muy sinceras palabras, decir a ustedes, a nombre de todas las diputadas lo orgullosas y satisfechas que estamos de formar parte de esta legislatura y a la vez hacer constar que en esta Cámara de Diputados las ciudadanas diputadas federales hemos tenido un gentil y caballeroso compañerismo que nos ha permitido dar nuestra aportación en los trabajos fructíferos de esta digna Legislatura.

En varias ocasiones, y en todas las comisiones que se nos han asignado, hemos puesto en ellas nuestra responsabilidad ciudadana, nuestro entusiasmo y la devoción con que siempre actuamos las mujeres mexicanas. En varias ocasiones hemos recibido la simpatía, la confianza y el voto unánime de todos los diputados que forman este cuerpo colegiado y hemos tenido, algunas de nosotras, el honor de subir a esa silla, presidiendo los trabajos de esta Cámara,

repito, recibiendo la confianza de ustedes, no a las

cualidades personas, que son modestas, sino a un reconocimiento tácito de los varones de esta Legislatura, a la madurez cívica y política que ha alcanzado la mujer mexicana, sin distinción de partidos, sino a la mujer mexicana que labora por un México mejor. (Aplausos.)

Estimables compañeras han actuado como Secretarias, otras hemos tenido la oportunidad de presidir comisiones, en las comisiones de cortesía, en las comisiones, de estudios, siempre hemos contado con ese caballeroso compañerismo de ustedes y queremos decir que el recuerdo que llevamos de estos trabajos, será imperecedero.

También queremos decir que cuando hemos recibido iniciativas de profundo contenido social, como las que ha enviado el señor Presidente de la República Gustavo Díaz Ordaz, las mujeres en una forma consciente, en una forma espontánea, en una forma segura, las hemos aprobado, porque hemos visto en ellas un profundo contenido social que debe llevar el beneficio a todos los mexicanos que aquí con dignidad hemos tratado de representar. También las iniciativas que han entrado por parte de los diferentes partidos aquí representados, cuando éstas han tenido ese contenido de justicia, esa razón de ser, han sido aprobadas por nosotras, porque no nos hemos empeñado en presentar una mayoría aplastante, sino una mayoría consciente, deseosa de dar una aportación a los trabajos, para que esta Legislatura, que se inició con auspicios de una innovación en la vida parlamentaria de México, dentro de la más pura democracia, con el esfuerzo de entender el pensamiento y el estudio de los problemas por todos los partidos aquí representados, ha tenido la aprobación y el aplauso de las ciudadanas mexicanas que, como ustedes, hemos trabajado arduamente por hacer de esta legislatura y de esta Cámara y de esta innovación parlamentaria algo fructífero y efectivo.

A todos los señores diputados, nuestro reconocimiento, nuestra estimación y a nuestros compañeros de partido a quien nos une una vieja amistad y que aquí se ha reforzado con el entendimiento y el trabajo común, nuestro afectuoso agradecimiento por la confianza depositada en nosotras y porque han demostrado ustedes que las mujeres no venimos a arrebatar aquí posiciones, sino venimos a dar un concurso amable, bondadoso, con todo ese cariño y esa entrega que las mujeres sabemos dar cuando las causas son nobles y justas.

El día de mañana, con todo su esplendor brillará el nombre de una gran dama mexicana, en el homenaje que el señor Presidente ha hecho al enviar una iniciativa de gran justicia, todas las mujeres de México emocionadas la recibimos, porque se hace honor a una mujer que dentro del hogar, que junto a un gran hombre a quienes todos veneramos, como es Benito Juárez, supo formarle un hogar feliz; es el ideal que tenemos todas las mujeres, hacer de nuestros hogares, hogares estables, familias felices; por eso luchamos, por eso trabajamos. por ello recibimos ese honor todas las mujeres de México, aun las mujeres que dentro de la actividad más difícil, como es la política, traemos siempre con nosotros el sentimiento de lo que es el hogar, de lo que es la familia por la que todos estamos luchando. Pensamos en familias felices, en el campo, en el grupo de los obreros que trabajan y que saben que la seguridad social está garantizando que el niño, desde su nacimiento, vive una vida mejor. Para la gente del campo, para esas abnegadas campesinas, son nuestros esfuerzos en tener leyes justas, leyes bondadosas que mejoren su vida. Para los trabajadores al servicio del Estado que hayan más prestaciones sociales; para todas las gentes que aun sufren carencias, nuestros esfuerzos. Por eso creemos en un balance pequeño, corto porque no hay mucho tiempo, podemos decir; hemos tratado de demostrar con trabajo, con conciencia, con entrega, que los miles de ciudadanos que nos otorgaron su voto pueden estar seguros que venimos aquí con el deseo de corresponderles en un trabajo constante, que las decisiones aquí tomadas han sido siempre pensando en el beneficio de las clases populares.

Por eso, señores, en esta ocasión me permití hacer uso de la palabra para felicitar a nuestros compañeros, los que han tenido la responsabilidad de dirigir los trabajos de esta Cámara, el brillante equipo que ha trabajado con nuestro compañero Martínez Domínguez, a los líderes de los partidos, a todos y cada uno de ellos el reconocimiento que como compañeros, pero muy especialmente como ciudadanas mexicanas les debemos. Sabemos que las mujeres que vengan a esta Cámara encontrarán un ambiente de comprensión, de entendimiento, que agradecemos en lo más profundo de nuestro ser, porque sabemos que juntas con los varones estamos forjando este México que asegurará el bienestar de nuestras familias y el porvenir brillante de México, que es el México de nuestros hijos. Muchas gracias. (Aplausos nutridos.)

- El C. Presidente: Solicitó el uso de la palabra el señor diputado Salvador Padilla.

- El C. Padilla Flores, Salvador: Como trabajador auténtico creía de mi deber abordar la tribuna para ampliar la cuestión de los egresados, los técnicos egresados. Como juzgo extemporánea ya mi actuación en la tribuna, declino y doy las gracias, señor Presidente. (Aplausos.)

- El C. secretario Calleja García, Juan Moisés: La Secretaría informa a la Presidencia que se han agotado los trabajos de la orden del día.

- El C. Presidente (a las 18.30 horas): Se levanta la sesión y se cita para mañana sábado 31, a las 11 horas, a sesión de Cámara de Diputados y a las 12 horas a sesión de Congreso General.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"