Legislatura XLVIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19701224 - Número de Diario 51

(L48A1P1oN051F19701224.xml)Núm. Diario:51

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVIII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO I México, D. F., Jueves 24 de Diciembre de 1970 TOMO I. - NÚMERO 51

SUMARIO

Orden del Día

Se abre la sesión. Lectura del Orden del Día

Acta

Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior

DICTAMEN DE PRIMERA

LECTURA

Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal

Dictamen de las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Estudios Legislativos, con proyecto de Ley para el Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal. Primera lectura

DICTÁMENES DE SEGUNDA

LECTURA

Reformas a la Ley Orgánica del Banco de México

Las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos, presentan un proyecto de Decreto, en virtud del cual se reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de México. Segunda lectura. A discusión del artículo único. Se aprueba por unanimidad. Pasa al Senado

Egresos para el Ejercicio Fiscal 1971

La Comisión de Presupuestos y Cuenta suscribe un dictamen con proyecto de Presupuestos para el ejercicio fiscal de 1971 del Territorio de Quintana Roo. Segunda Lectura. A discusión en lo general. Hacen uso de la palabra: en pro, el C. Bernardo Bátiz Vázquez; por la Comisión, el C. Rafael Castillo Castro. Se aprueba en lo general por unanimidad. A discusión en lo particular. Se aprueba en lo particular por unanimidad. Pasa al Ejecutivo

Dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta con Proyecto de Presupuesto del Territorio de Baja California Sur para el año 1971. Segunda Lectura. A discusión en lo general. Hace uso de la palabra por la Comisión, el C. Rafael Castillo Castro. Se aprueba en lo general por unanimidad. A discusión en lo particular. Se aprueba en lo particular por unanimidad. Pasa al Ejecutivo

Dictamen de la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyecto de Presupuesto del Distrito Federal, para el año 1971. A discusión en lo general. Habla en favor del dictamen el C. Maximiliano León Murillo. Se aprueba en lo general por unanimidad. A discusión en lo particular. Hacen uso de la palabra: en contra del artículo 2o., el C. Miguel Hernández Labastida; por la Comisión, el C. José Carlos Osorio Aguilar; en contra el C. Hernández Labastida; en pro, el C. Arnulfo Villaseñor Saavedra. Se aprueba en lo particular el artículo 2o., en sus términos, por mayoría. Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad. Pasa al ejecutivo

Orden del Día

Lectura del Orden del Día para la próxima sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JOSÉ RIVAS GUZMÁN

(Asistencia de 170 ciudadanos diputados.)

- El C. Presidente (a las 11:50 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio:

"Cámara de Diputados.

Primer período ordinario de la XLVIII Legislatura.

Orden del Día

24 de diciembre de 1970.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de primera lectura

De las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley para el Control de Organismos Descentralizados y Empresas de participación Estatal.

Dictámenes de segunda lectura

De las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de México.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyectos de Presupuestos de Egresos de los Territorios de Quintana Roo y Baja California Sur y del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1971."

ACTA

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. XLVIII Congreso de la Unión, el día veintitrés de diciembre de mil novecientos setenta.

Presidencia del C. José Rivas Guzmán.

En la ciudad de México, a las doce horas y cinco minutos del miércoles veintitrés de diciembre de mil novecientos setenta, se abre la sesión con asistencia de ciento setenta y nueve ciudadanos diputados, según declara la Secretaría después de pasar lista.

Lectura del Orden del Día.

Sin que motive debate, se aprueba el acta de la sesión anterior efectuada el día veintidós del presente.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

Oficio de la Secretaría de Gobernación transcribiendo otro de la de Relaciones Exteriores por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. licenciado Daniel Escalante, pueda aceptar y usar una condecoración que le confirió el Gobierno de Suecia. Recibo, y a la Comisión de Puntos Constitucionales en turno.

El C. licenciado Luis Echeverría Alvarez, Presidente de la República, envía por el conducto debido, Iniciativa de Decreto que reforma la Ley del Seguro Social. Recibo, y a las Comisiones unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos e imprímase.

Encontrándose a las puertas del Recinto de la Cámara de Diputados el C. licenciado Carlos Torres Manzo, Secretario de Industria y Comercio, la Presidencia designa en comisión para que lo introduzcan al Salón a los CC. diputados Octavio Sentíes Gómez, Juan Landerreche Obregón, Manuel Stephens García, María Guadalupe Urzúa Flores, Héctor Rentería Acosta y Vicente Martínez Santibáñez.

Hace uso de la palabra el C. licenciado Carlos Torres Manzo, Secretario de Industria y Comercio, quien manifiesta que comparece ante esta H. Cámara para informar, de acuerdo con el artículo 93 constitucional, acerca de la necesidad y alcances de la Iniciativa de Ley que crea el Instituto Mexicano de Comercio Exterior, iniciada por el C. licenciado Luis Echeverría Alvarez, Presidente de la República y, por último, agradece la atención que se le ha dispensado y expresa satisfacción de un viejo anhelo, de hacer uso de esta tribuna y a la vez de compartir con este Cuerpo Legislativo la noble función legislativa.

A continuación los CC. diputados Abel Salgado Velasco, Octavio Cal y Mayor, Francisco Hernández Juárez, Roberto Suárez Nieto, Guillermo Islas Olguín, Tarsicio González Gutiérrez, Maximiliano León Murillo, Alfonso Solleiro Landa, Francisco Navarro Veloz, Jesús Luján Gutiérrez, Enrique Soto Reséndiz, Juan Manuel López Sanabria y Rafael Castillo Castro, previa solicitud que hacen a la Presidencia por conducto de los CC. Secretarios, formulan al C. secretario de Industria y Comercio diversas preguntas relativas a la misma Iniciativa, a las que da debida respuesta.

En votación económica se considera suficientemente ilustrada la Iniciativa de Ley.

La Presidencia, en nombre de la Cámara de Diputados, expresa al señor Presidente de la República su reconocimiento por la autorización que dio para que el C. Secretario de Industria y Comercio, compareciera ante esta Representación Nacional. Igualmente expresa su complacencia al C. licenciado Carlos Torres Manzo, por las amplias consideraciones expuestas acerca de la Iniciativa de Ley motivo de su presencia en esta fecha.

La misma Comisión que introdujo al Alto Funcionario, lo acompaña al retirarse del Salón.

La H. Cámara de Senadores envía Minuta Proyecto de Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal. Recibo, y a las Comisiones unidas del Departamento del Distrito Federal y de Estudios Legislativos e imprímase.

La H. Colegisladora envía Minuta proyecto de reformas adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Recibo, y a las Comisiones unidas de Justicia en turno y de Estudios Legislativos e imprímase.

Dictamen con proyecto de Decreto suscrito por las Comisiones unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos, en virtud del cual se reforma el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de México. Primera Lectura.

La Comisión de Presupuestos y Cuenta presenta un dictamen con proyectos de Presupuestos de Egresos de los Territorios de Baja California Sur; y de Quintana Roo; del Distrito

Federal y de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1971. Primera lectura.

Dictamen con proyecto de Ley, emitido por las Comisiones unidas de Marina, Primera de Vías Generales de Comunicación y de Estudios Legislativos, que crea la Comisión Coordinadora de Puertos. Segunda lectura.

A discusión el dictamen en lo general y después en lo particular.

Sin que motive debate, se aprueba el proyecto de Ley en ambos casos por unanimidad de ciento cuarenta y tres votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones unidas Segunda de Hacienda y Primera de Impuestos presentan un dictamen con proyecto de Decreto que reforma y Adiciona las Disposiciones Relativas a Diversos Impuestos Federales. Segunda lectura.

A discusión en lo general.

Sin que motive discusión, se aprueba en lo general por unanimidad de 145 votos.

A discusión en lo particular.

A discusión el artículo 14 fracciones II, IV, XII y XIV.

Hacen uso de la palabra: para presentar una modificación el C. diputado Hiram Escudero Alvarez; en pro, el C. diputado Ignacio González Rebolledo.

Se considera suficientemente discutido.

En votación económica se desecha la modificación.

En votación nominal se aprueba en sus términos, el artículo 14, fracciones II, IV, XII y XIV, por ciento treinta votos en pro, y diecinueve en contra.

Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad de ciento cuarenta y ocho votos.

Aprobado el proyecto de Decreto tanto en lo general como en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La Comisión de Presupuestos y Cuenta emite un dictamen con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1971. Segunda lectura. A discusión en lo general.

Hacen uso de la palabra: en pro, el C. diputado Magdaleno Gutiérrez Herrera; por la Comisión, el C. diputado Salvador Reséndiz Arreola; en pro, el C. diputado Miguel López González; por la Comisión, los CC. diputado Reséndiz Arreola y diputada Guillermina Sánchez de Solís.

Suficientemente discutido, en votación nominal se aprueba el proyecto de Ley en lo general, por unanimidad de ciento cuarenta y cinco votos. A discusión en lo particular.

Hablan: para impugnar el artículo 9o, el C. diputado Miguel López González; por la Comisión el C. diputado José Carlos Osorio Aguilar.

Se considera suficientemente discutido el artículo 9o.

En votación nominal se aprueba el artículo 9o. en sus términos por 144 votos en pro y uno en contra.

Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad de ciento cuarenta y cinco votos.

Aprobado el proyecto de Ley en lo general y en lo particular pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Lectura del Orden del Día para la próxima sesión.

A las veinte horas se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, veinticuatro, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo. Aprobada.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

Control de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal

- El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio:

"Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Estudios Legislativos, Sección, Administrativo.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y de Estudios Legislativos que suscriben, les fue turnada por esta H. Cámara para su estudio y dictamen la Iniciativa enviada por el C. Presidente de la República en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la que propone reformas a la "Ley para el Control, por parte del Gobierno Federal, de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal", por lo que en cumplimiento del acuerdo de esta H. Cámara, formulamos el presente dictamen.

La concurrencia dinámica del Estado en las responsabilidades del desarrollo, ha determinado y sin duda determinará en el futuro, la necesaria creación de organismos y la participación en empresas paraestatales que propugnen el beneficio económico y social del país, y cuyos esfuerzos se coordinen mediante sistemas que garanticen el buen uso del patrimonio que se les confía, de modo que produzcan mejor y con mayor eficiencia y concurran, además, tanto a la integración y complemento de áreas y responsabilidades de los sectores público y privado, como a una creciente y efectiva contribución en el financiamiento de la cada vez más compleja acción del Estado.

La vigente Ley para el Control, por parte del Gobierno Federal, de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal, ha cumplido, en buena medida, esos propósitos; sin embargo, la misma dinámica del desarrollo y las experiencias reportadas van exigiendo la necesaria implantación de nuevas modalidades que la perfeccionen y afinen.

La iniciativa que se dictamina persigue el propósito plausible de permitir que la Secretaría del Patrimonio Nacional ejerza con mayor amplitud y eficacia los controles que en el caso de los organismos públicos son el propio pueblo, el que, a través de esa Secretaría ejerce su derecho de vigilancia.

Estos controles de operación que son financieros y administrativos como lo determina la Fracción XII del artículo 7o. de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, se conciben independientes de los controles técnicos o específicos que las distintas leyes imputan a otras Dependencias del Ejecutivo, cuyas responsabilidades están expresamente salvadas en esta Ley, y con las cuales, por la misma razón, no puede haber duplicidad. En cambio las adiciones y modificaciones que se analizan, permitirán a la Secretaría del Patrimonio Nacional, establecer modalidades de control y vigilancia homogéneas para todos los casos en los que recursos de la Nación se apliquen, mediante cualquier forma de financiamiento y organización, de servicios o producción de bienes para el mercado, con exclusión de inversiones puramente financieras u operaciones simplemente crediticias que están a cargo de las Instituciones Nacionales de Crédito controladas y vigiladas por otro sistema. Se estima conveniente que las modalidades de control y vigilancia estén fundadas más que en la forma, en los propósitos que se persiguen en cuanto a la aplicación de los recursos públicos.

Conforme a estas consideraciones, la Comisión Dictaminadora encuentra justificado que se amplíe el ámbito de la ley para que el control y vigilancia que el Ejecutivo realizan en los términos de aquélla, incluya, tanto a los fideicomisos en los que el Gobierno Federal tiene el carácter de fideicomitente como a las empresas en las que una o varias instituciones nacionales de crédito, uno o más organismos descentralizados u otra u otras empresas de participación estatal consideradas conjunta o separadamente, posean acciones o partes de capital que representen su 50% o más, modalidad esta última que se explica si se considera que el proyecto introduce el control sobre empresas en las que la participación estatal es menor del 50% (a las que después nos referimos) lo que hace necesario ampliar el control para no dejar fuera, por una laguna de la ley, a las empresas que podrían llamarse de participación igualitaria.

Por este motivo, la Comisión que suscribe considera que es necesario para hacer congruentes el artículo 4o. de la iniciativa con el artículo 3o. de la misma, que aquél termine con la expresión "..... o parte de capital que representen 50% de éste, o más", modificando así el texto propuesto.

Por la misma razón, deberán eliminarse del texto de la iniciativa las menciones "mayoritarias" cuando se refiere a las empresas de participación, como es el caso del rubro del Capítulo I; artículo 1o.; último párrafo del 3o. y segunda línea del 4o.

La inclusión en la Ley de las que se llaman empresas de participación minoritaria, a las que ya se aludió, se encuentra por igual plenamente justificada, pues es evidente que cada vez con mayor frecuencia el Estado, al procurar el equilibrio en el desarrollo regional por una parte y, por otro, al promover la descentralización de la industria, podrá estar en el caso de tener que participar en condiciones complementarias con el sector privado. La participación minoritaria, en su caso, podrá ser, en cuanto a volumen neto, muchas veces mayor que la que puede tener el Estado en una empresa de participación ordinaria.

Con ello resulta evidente la necesidad de prever no sólo un control por razones cualitativas, sino por consideraciones cuantitativas que, eventualmente, pueden ser más importantes.

En estos casos, como en el de los fideicomisos, la vigilancia se ejercerá por un Comisario que tendrá las funciones del que vigila una sociedad por acciones, pero con una fuente de legitimación de derecho público, independientemente del derecho mercantil, pues sus funciones se justifican por la defensa y control de bienes de la Nación.

Finalmente las disposiciones que se introducen en el cuerpo de la Ley vigente en materia de enajenación de bienes muebles e inmuebles, son absolutamente adecuadas, pues limitan y condicionan con mayor rigor legal la posibilidad de ventas y donaciones que pueden ser inconvenientes para el patrimonio de la Nación.

Por las consideraciones expuestas, estas Comisiones, después de estudiar y razonar la iniciativa turnada por el Ejecutivo Federal y considerándola de un alto interés nacional, someten a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de Ley para el Control, por parte del Gobierno Federal, de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal.

CAPITULO I

De los organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal

Artículo 1o. Quedan sujetos al control y vigilancia del ejecutivo Federal en los términos de este Capítulo, los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal con excepción de:

I. Las instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares nacionales de crédito y las instituciones nacionales de seguros y finanzas;

II. Las instituciones docentes y culturales.

El Ejecutivo Federal ejercerá las funciones que este capítulo de la Ley le confiere, por conducto de las Secretarías del Patrimonio Nacional, de la Presidencia y de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio de las facultades que en esta materia les otorguen otras leyes.

Artículo 2o. Para los fines de este capítulo, son organismos descentralizados las personas morales creadas por la ley del Congreso de la Unión o decreto del Ejecutivo Federal, cualquiera que sea la forma o estructura que adopten, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

I. Que su patrimonio se constituya total o parcialmente con fondos o bienes federales o de otros organismos descentralizados, asignaciones, subsidios, concesiones o derechos que le aporte u otorgue el Gobierno Federal o con el rendimiento de un impuesto específico; y

II. Que su objeto o fines sean la prestación de un servicio público o social, la explotación de bienes o recursos propiedad de la Nación, la investigación científica y tecnológica, o la obtención y aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.

Cuando se mencione a los organismos descentralizados, se dirá simplemente "organismos".

Artículo 3o. Para los fines de este capítulo, se consideran expresas de participación estatal, aquellas que satisfagan alguno de los siguientes requisitos:

I. Que el Gobierno Federal aporte o sea propietario del 50% o más del capital social o de las acciones de la empresa;

II. Que en la constitución de su capital se hagan figurar acciones de serie especial que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno Federal; y

III. Que al Gobierno Federal corresponda la facultad de nombrar a la mayoría de los miembros del Consejo de Administración, Junta Directiva u órgano equivalente o designar al presidente o director, o al gerente, o tenga facultades para vetar los acuerdos de la asamblea general de accionistas, del Consejo de Administración o de la Junta Directiva u órgano equivalente.

Cuando en el presente capítulo se mencione a las empresas de participación estatal se dirá simplemente "empresas".

Artículo 4o. Se asimilarán a las empresas de participación estatal y se someterán al control y vigilancia de la Secretaría del Patrimonio Nacional en los términos de la presente Ley, las sociedades en las que una o varias instituciones nacionales de crédito, uno o más organismos descentralizados u otra u otras empresas de participación estatal consideradas conjunta o separadamente posean acciones o partes de capital que representen el 50% de éste, o más.

Artículo 5o. La Secretaría del Patrimonio Nacional controlará y vigilará la operación de los organismos y empresas a que alude este capítulo, por medio de la auditoría permanente y de la inspección técnica, para informarse de su marcha administrativa; procurar su eficiente funcionamiento económico y correcta operación; verificar el cumplimiento de las disposiciones que dicte la Secretaría de la Presidencia en materia de vigilancia de las inversiones y con las normas que para el ejercicio de sus presupuestos señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El control y vigilancia que ejerza la Secretaría del Patrimonio Nacional serán independientes de los que correspondan a las Secretarías de la Presidencia y de Hacienda y Crédito Público en el ejercicio de las facultades que sobre inversiones y presupuestos, respectivamente, les confieren otras disposiciones legales.

Artículo 6o. Las Secretarías de la Presidencia y de Hacienda y Crédito Público enviarán a la Secretaría del Patrimonio Nacional, dentro de los treinta días siguientes a su aprobación, copias de los planes y programas de inversión, los presupuestos y las modificaciones a los mismos que se hayan autorizado a los organismos o empresas sometidas al control y vigilancia de la Secretaría del Patrimonio Nacional.

Los organismos y empresas comprendidos dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación concentrarán en la Tesorería de la Federación todos los ingresos que perciban, cualquiera que sea el concepto que los origine, de acuerdo con las disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los organismos y empresas que requieran de créditos deberán recabar previamente la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para obtener aquellos y para suscribir los títulos de crédito u otros documentos en que se hagan constar las obligaciones a cargo de los mismos.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará aviso a la del Patrimonio Nacional, simultáneamente a su expedición, de las órdenes de pago que autorice a los organismos y empresas en el ejercicio de sus presupuestos conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público proporcionará los datos complementarios de las órdenes de pago que solicite la Secretaría del Patrimonio Nacional.

Artículo 7o. La Secretaría del Patrimonio Nacional deberá:

I. Revisar los sistemas de contabilidad, de control y de auditoría internos de cada organismo o empresa y dictar, en su caso, las medidas que estime convenientes para mejorar dichos sistemas;

II. Revisar los estados financieros mensuales y los anuales, así como los dictámenes que respecto a estos últimos formule el auditor externo de cada organismo o empresa;

III. Fijar las normas conforme a las cuales el auditor externo deba presentar los informes que la secretaría le solicite; y

IV. Vigilar el cumplimiento de los presupuestos y programas anuales de operación, revisar las instalaciones y servicios auxiliares e inspeccionar los sistemas y procedimientos de trabajo y producción de cada organismo o empresa.

En los casos de los organismos y empresas comprendidos dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Secretaría del Patrimonio Nacional, además, vigilará que el ejercicio de sus presupuestos se lleve a cabo de acuerdo con las normas que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 8o. Los organismos y empresas están obligados a:

I. Inscribirse, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su constitución, en el Registro de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal, que llevará la Secretaría del Patrimonio Nacional y a comunicarle, dentro del mismo plazo, las modificaciones o reformas que afecten su constitución o estructura;

II. Presentar oportunamente a la Secretaría del Patrimonio Nacional sus presupuestos y programas anuales de operación;

III. Presentar a la Secretaría del Patrimonio Nacional sus estados financieros mensuales y anuales;

IV. Dar las facilidades necesarias para que la Secretaría del Patrimonio Nacional conozca, investigue, revise y verifique, sin limitación alguna, la contabilidad, actas, libros, registros, documentos, sistemas y procedimientos de trabajo y producción y, en general, la total operación que se relacione directa o indirectamente con los fines u objeto del organismo o empresa.

V. Organizar sus sistemas de contabilidad, control y auditoría internos de acuerdo con las disposiciones que dicte la Secretaría del Patrimonio Nacional en los términos de la fracción I del artículo 7o.

Artículo 9o. Los organismos y empresas que consideren improcedente su registro o la negativa a registrarlos en los términos de la fracción I del artículo anterior, podrán ocurrir en inconformidad ante la Secretaría del Patrimonio Nacional aportando los elementos de prueba necesarios. La resolución de estas inconformidades corresponderá al Presidente de la República.

Artículo 10. La Secretaría del Patrimonio Nacional designará y removerá libremente al siguiente personal:

I. Al auditor externo de los organismos y empresas, sin perjuicio de lo que sobre el particular determinen la Ley, decreto o instrumento jurídico que los haya creado.

El auditor externo será invariablemente un contador público independiente respecto del organismo o empresa de que se trate; y

II. Al personal técnico necesario para llevar a cabo las labores de vigilancia, de asesoría y de inspección técnica.

Los honorarios del personal de auditoría, asesoría y de inspección técnica a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, serán cubiertos por la Secretaría del Patrimonio Nacional, con cargo al fondo a que se refiere el artículo 21 de esta ley y de acuerdo con los contratos de prestación de servicios que se celebren.

Artículo 11. La Secretaría del Patrimonio Nacional designará un representante con voz, pero sin voto, para cada uno de los organismos y empresas, que asistirá a todas las sesiones de los Consejos de Administración, Juntas Directivas u órgano equivalente, y a las asambleas de socios o accionistas que celebren, siempre que dicha Secretaría no tenga representación permanente en tales cuerpos.

Artículo 12. Los organismos y empresas publicarán cada año en el Diario Oficial de la Federación y dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio social correspondiente, sus estados financieros, para lo que requerirán la autorización previa de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y del Patrimonio Nacional.

La Secretaría del Patrimonio Nacional publicará periódicamente en el Diario Oficial de la Federación, una lista de los organismos y empresas sujetos al control y vigilancia del Ejecutivo Federal, a que se refiere el artículo 10 de este capítulo.

Artículo 13. La Secretaría del Patrimonio Nacional someterá a la consideración del Presidente de la República, oyendo el parecer de las dependencias del Ejecutivo cuyas funciones tengan relación con el objeto o fines del organismo o empresa de que se trate, la modificación de la estructura y bases de organización y operación de los organismos y empresas, siempre que se requiera para el mejor desempeño de sus funciones, la apropiada satisfacción de sus finalidades o la más eficaz coordinación de sus actividades con las que correspondan a las diversas dependencias del Ejecutivo y a los otros organismos y empresas.

Artículo 14. La Secretaría del Patrimonio Nacional someterá a la consideración del Presidente de la República, oyendo el parecer de las dependencias del Ejecutivo cuyas funciones tengan relación con objeto o fines del organismo o empresa de que se trate, la iniciativa para disolver y liquidar aquellos que no cumplan sus fines u objeto social, o cuyo funcionamiento no sea ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público.

Artículo 15. La enajenación a título gratuito u oneroso de inmuebles, instalaciones, concesiones o derechos que afecte al patrimonio de los organismos o empresas, sólo podrá hacerse previo acuerdo del Presidente de la República dictado por conducto de la Secretaría del Patrimonio Nacional.

La enajenación de inmuebles a título oneroso para la solución de problemas de índole habitacional, sólo se autorizará mediante la previa presentación de programas de urbanización, lotificación y de financiamiento.

La enajenación a título gratuito de inmuebles a favor de organizaciones sindicales de los organismos y las empresas deberá quedar condicionada a la presentación de programas que señalen uso principal del inmueble, tiempo previsto para la iniciación y la conclusión de las obras, y planes de financiamiento. El incumplimiento de los programas dentro de los plazos previstos, dará lugar a la cancelación del acuerdo de donación.

Artículo 16. La venta en subasta o fuera de ella, la adquisición de inmuebles para el servicio de algún organismo o empresa, así como las permutas, se harán con base en los avalúos que practicará la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, o alguna institución de crédito autorizada para ello; pero en este último caso, deberán ser revisados por dicha Comisión y tendrán carácter definitivo si son aprobados por ella. Ninguna venta o permuta se

efectuará a precio del señalado en el avalúo respectivo.

Artículo 17. Corresponde a la Secretaría del Patrimonio Nacional el registro y la revisión periódica de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles. La celebración de ese tipo de contratos deberá invariablemente basarse en dictamen de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales.

Artículo 18. Toda enajenación o donación de bienes muebles que afecte el patrimonio de los organismos o empresas, sólo podrá hacerse previo acuerdo de la Secretaría del Patrimonio Nacional.

Los organismos y las empresas que no requieren determinados bienes para su servicio estarán obligados a solicitar oportunamente su baja, poniéndolos a disposición de la Secretaría del Patrimonio Nacional, la que, en su caso, autorizará la baja relativa y determinará su mejor aprovechamiento, enajenación, destino final o destrucción. Cuando la Secretaría del Patrimonio lo juzgue pertinente, podrá contratar con cargo a los organismos y las empresas, los servicios de un tercero para que emita dictamen valuatorio de los bienes a enajenar.

Artículo 19. La cancelación de adeudos a cargo de terceros y a favor de los organismos y empresas sólo podrá hacerse con autorización de las Secretarías del Patrimonio Nacional y de Hacienda y Crédito Público, después de que se hayan agotado las gestiones legales necesarias para su cobro.

Artículo 20. Los organismos y empresas mantendrán actualizados sus inventarios de bienes muebles e inmuebles y a disposición de la Secretaría del Patrimonio Nacional.

Los organismos y empresas que carezcan de inventarios, deberán formularlos dentro del plazo que fije la mencionada Secretaría.

La Secretaría del Patrimonio Nacional determinará y revisará las normas y procedimientos para la formulación de los inventarios de bienes muebles e inmuebles de cada organismo y empresa.

Artículo 21. Para cubrir los gastos de inspección y vigilancia que esta ley encomienda a la Secretaría del Patrimonio Nacional, los organismos y empresas pagarán la cuota que cada año señalen de común acuerdo las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y del Patrimonio Nacional.

Las cuotas a que se refiere este artículo se depositarán en la Tesorería de la Federación

Artículo 22. Queda prohibido a los organismos y empresas realizar trabajos o actividades ajenos a sus fines u objeto.

Artículo 23. De las violaciones de este capítulo de la ley serán responsables los directores, presidentes, gerentes o funcionarios que hagan sus veces, los miembros del Consejo de Administración, Junta Directiva u órgano equivalente y el personal de vigilancia de los organismos y empresas.

Artículo 24. Todos los actos, convenios, contratos y negocios jurídicos que los organismos, empresas e instituciones realicen con violación a los artículos 15, 16, 17, 18 y 19 de esta ley, serán nulos de pleno derecho y no surtirán efecto alguno.

CAPITULO II

De los Fideicomisos

Artículo 25. Los fideicomisos constituidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como fideicomitente único del Gobierno Federal, que tengan por objeto la inversión, el manejo o administración de obras públicas, la prestación de servicios o la producción de bienes para el mercado, serán objeto de control y vigilancia por parte de un Comisario que será designado por la Secretaría del Patrimonio Nacional. Sin perjuicio de lo que determine la ley, decreto o instrumento jurídico que los haya creado, los fideicomisos deberán ajustarse a las prevenciones que establece la presente ley en todo lo que en cada caso les sea aplicable.

Artículo 26. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público como fideicomitente único del Gobierno Federal, queda obligada a inscribir los fideicomisos en el Registro que llevará la Secretaría del Patrimonio Nacional y a comunicarle, dentro de un plazo de treinta días, la creación, las modificaciones o reformas que afecten la constitución o estructura de los fideicomisos.

CAPITULO III

De las Empresas de Participación Estatal Minoritaria

Artículo 27. Para los efectos de esta ley son empresas de participación estatal minoritaria las sociedades en las que una o varias instituciones nacionales de crédito, uno o más organismos descentralizados y otra u otras empresas de participación estatal mayoritaria consideradas conjunta o separadamente, posean acciones o partes de capital que representen menos del 50% y hasta el 25% de aquél.

Artículo 28. La vigilancia de la participación estatal en este tipo de empresas estará a cargo de un Comisario designado por la Secretaría del Patrimonio Nacional. Para este tipo de empresas sólo son aplicables las disposiciones contenidas en este capítulo.

Artículo 29. Las empresas de participación estatal minoritaria están obligadas a inscribirse, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su constitución, en el registro de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal, que llevará la Secretaría del Patrimonio Nacional y a comunicarle, dentro del mismo plazo, las modificaciones o reformas que afecten su constitución o estructura.

Artículo 30. Las empresas que consideren improcedente su registro o la negativa a registrarlos en los términos del artículo anterior, podrán ocurrir en inconformidad ante la Secretaría del Patrimonio Nacional aportando los elementos de prueba necesarios. La resolución de estas inconformidades corresponderá al Secretario del Patrimonio Nacional.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Se abroga la Ley para el Control, por parte del Gobierno Federal, de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal del 27 de diciembre de 1965 y se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a de diciembre de 1970 - Primera de Gobernación: Octavio Sentíes Gómez. - Luis H. Ducoing Gamba. - Rodolfo Sánchez Cruz. - Juan Moisés Calleja García. - Estudios Legislativos: Presidente: Santiago Roel García. - Secretario: J. Carlos Osorio Aguilar. - Sección Administrativo: Raúl Rodríguez Santoyo. - Arnulfo Villaseñor Saavedra. - Alejandro Ríos Espinosa. - Miguel López González."

- Trámite: Primera lectura.

DICTÁMENES DE SEGUNDA LECTURA

Reformas a la Ley Orgánica del Banco de México

- El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio:

"Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Moneda e Instituciones de Crédito y de Estudios Legislativos, les fue turnada, por acuerdo de esta H. Cámara de fecha 15 de los corrientes, para su estudio y dictamen, la Iniciativa presentada por el señor Presidente de la República para reformar el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de México, S. A., y en cumplimiento del mismo nos permitimos presentar el correspondiente dictamen, en los siguientes términos:

La Iniciativa de que se trata se funda en la fracción I y X de los artículos 71 y 73 respectivamente, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tiene como finalidad establecer la capacidad jurídica de los altos funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que participen en el Consejo de Administración del Banco de México, S. A.

A juicio de las Comisiones que suscriben, la Iniciativa propuesta tiene como finalidad evitar decisiones que conduzcan a resultados no compatibles con la unidad de acción, que debe caracterizar el funcionamiento del Banco de México, S. A., con la política monetaria, crediticia y financiera que el Ejecutivo de la Federación realiza al través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es más, con la Iniciativa de referencia se obtendrá la armónica labor que debe desarrollar el Banco Central y la Secretaría de Estado mencionada a efecto de obtener el adecuado desarrollo económico del país.

El que altos funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no estén impedidos de participar en el Consejo de Administración del Banco de México, S. A., agiliza el trámite crediticio y financiero que por Ley le compete y unifica la política financiera estatal. Las Comisiones signantes hacen resaltar que la Iniciativa en estudio, es congruente con las reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y Organismos Auxiliares, recientemente aprobadas por esta misma Cámara.

Por todo lo anteriormente expuesto, las comisiones que suscriben se permite someter a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de Decreto que reforma el artículo 48, fracción II, de la Ley Orgánica del Banco de México.

Artículo único. Se reforma el artículo 48, fracción II de la Ley Orgánica del Banco de México, para quedar en los siguientes términos:

'Artículo 48. En ningún caso podrán ser consejeros: ..... II. Las personas que ocupen cargos o empleos de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal o Territorios o de los Municipios, salvo que se trate de cargos docentes, o de los altos funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quienes podrán serlo en número de dos.

Transitorio:

Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1970. - Moneda e Instituciones de Crédito: Humberto Hiriart Urdanivia. - Guillermina Sánchez Meza de S. - Moisés Ochoa Campos. - Salvador Reséndiz Arreola. - Alberto Hernández Curiel. - Ramón Uribe Urzúa. - Bernardo Bátiz Vázquez. - Alejandro Gazcón Mercado. Estudios Legislativos: Santiago Roel García, Presidente. - J. Carlos Osorio Aguilar, Secretario. - 4a. Sección, Administrativo: Raúl Rodríguez Santoyo. - Arnulfo Villaseñor Saavedra. - Alejandro Ríos Espinosa. - Miguel López González'."

Segunda lectura.

Está a discusión el artículo único del proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a tomar la votación. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a tomar la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Fue aprobado el artículo único del proyecto de Decreto por unanimidad de 174 votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

EGRESOS PARA EL EJERCICIO

FISCAL 1971

Territorio de Quintana Roo

- El prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión de Presupuestos y Cuenta se le encomendó, para su estudio y dictamen, la Iniciativa referente al Proyecto de Presupuestos de Egresos del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1971, la cual fue enviada por el Ejecutivo de la Unión de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 fracción II, y 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación.

El gasto público propuesto en la iniciativa para el año de 1971, asciende a la cantidad de: $45.750,000.00 y acusa un aumento de ..... $3.250,000.00 que representa un incremento de 7.3%, en relación con el presupuesto aprobado para el presente año.

Cabe hacer notar que los gastos corrientes de administración se han mantenido en niveles estacionarios y en cambio sigue predominando la tendencia a elevar las erogaciones en cuenta de capital, destacándose sensiblemente en estas inversiones las obras básicas necesarias para la integración socioeconómica del territorio.

El Proyecto de Presupuesto que nos ocupa, contiene una distribución de diez ramos, sobresaliendo por su importancia económica el ramo X de servicios Generales, que importa la suma de: $40.082,000.00, cantidad que es superior en $3.029,000.00 a la asignación presupuestal del mismo ramo que en el presente ejercicio fiscal ascendió a $37.053,000.00. Este ramo engloba erogaciones de distinta índole, por lo que estimamos necesarios, para ilustrar a esta Asamblea, desglosar dicho ramo en las siguientes partidas:

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En atención a lo expuesto anteriormente, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea, la aprobación del siguiente proyecto de Decreto:

Artículo 1o. El Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal de 1971, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2o. El Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, importa en total la cantidad de $45.750,000.00 (cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100), distribuida en los siguientes Ramos:

I. Ejecutivo del Territorio $ 543,720.00

II. Gobernación 3.180,660.00

III. Ministerio Público 154,980.00

IV. Hacienda 708,540.00

V. Obras Públicas 279,420.00

VI. Trabajo 51,060.00

VII. Agrario 241,560.00

VIII. Asistencia 237,480.00

IX. Judicial 270,360.00

X. Servicios Generales 40.082,220.00

Artículo 3o. La vigilancia en la ejecución del Presupuesto del Territorio quedará a cargo de un Delegado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se sujetará a lo que previene la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Artículo 4o. Las facultades que la Ley citada en el artículo anterior confiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se ejercerán por el Delegado que nombre la propia Secretaría.

Artículo 5o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Territorio de Quintana Roo para el ejercicio fiscal de 1971, excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Gobernador, mediante autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, dando preferencia, por su orden, a gastos corrientes, gastos de transferencia y gastos de inversión, en la inteligencia de que en este último concepto, se procurará que haya equilibrio entre las inversiones destinadas a infraestructura y las correspondientes a servicios sociales.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1971, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales.

Artículo 6o. Es de la competencia del Gobernador:

a) Autorizar, dentro del límite que señala el Presupuesto del Territorio, las transferencias de partidas que reclamen los servicios. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo anterior del uso que se haga de esta facultad;

b) Designar al personal supernumerario;

c) Asignar las cuotas de viáticos y pasajes para el desempeño de comisiones oficiales de carácter transitorio conferidas a empleados o funcionarios, y

d) Fijar el monto de los honorarios a profesionistas o expertos. Las facultades anteriores las ejercerá el Gobernador con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1970. - Humberto Hiriart Urdanivia. - Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Salvador Reséndiz Arreola. - Rafael Castillo Castro. - Alberto Hernández Curiel. - J. Carlos Osorio Aguilar." Segunda lectura.

Está a discusión el proyecto en lo general.

(Se abre el registro de oradores.)

El C. Presidente: Esta Presidencia informa que se han registrado para hablar en pro del dictamen los CC. diputados Bátiz Vázquez y Castillo Castro, por la Comisión.

Tiene el uso de la palabra el C. diputado Bátiz.

El C. Bátiz Vázquez, Bernardo: Señor Presidente; señores diputados: Estamos de acuerdo con el dictamen, y especialmente para mí es motivo de satisfacción poder subir a esta tribuna a hablar en favor de un dictamen elaborado por compañeros diputados que no pertenecen a mi Partido de Acción Nacional.

Estamos de acuerdo con el dictamen, fundamentalmente, porque la enumeración de los renglones y la asignación de las partidas nos parece que están hechas correctamente y que no hay objeción posible a ella.

Desde luego encontramos que el aumento en el presupuesto, en relación con el presupuesto del año anterior, sube muy poco, un 7% nada más. Encontramos también que es excesivo el gasto de Servicios Generales, máxime si se toma en cuenta que no hay una partida para educación y que la partida para asuntos culturales es solamente de 2 millones de pesos, mientras que la partida para Servicios Generales es un poco mayor de 40 millones de pesos.

Sin embargo, esperamos que el Ejecutivo disponga de estas partidas y de estas cantidades con todo tino, y estamos de acuerdo en que maneje este presupuesto, de tal modo que sea posible que el Territorio de Quintana Roo llegue en un momento oportuno de la historia de México, a formar parte entre los Estados libres y soberanos de la Federación.

Pero si bien es cierto que estas consideraciones son muy dignas de tomarse en cuenta, es más importante para nosotros, y por eso estamos hablando en favor del dictamen, y nos parece que debemos destacarlo, el que se haya incluido en el dictamen y en el proyecto de Decreto la obligación expresa del Ejecutivo Federal de rendir cuentas a esta Cámara al terminar de ejercer dicho presupuesto.

Estamos especialmente complacidos de que la Comisión, con toda probidad intelectual y

con toda honradez haya vuelto a incluir esta obligación para el ejecutivo a pesar de la discusión que hace unas dos o tres semanas tuvimos en esta tribuna al respecto.

Entonces, cuando nosotros, cuando los diputados Guillermo Baeza, Mario Arturo Bravo y un servidor solicitamos que muy atentamente se pidiera al Ejecutivo que mandara las cuentas de los territorios correspondientes al ejercicio del 69, hubo es esta Cámara una viva oposición a que se pidiera esas cuentas. Entonces también aludimos nosotros que existía el artículo 65, fracción I, de la Constitución, que establece, para nosotros, la obligación de revisar las cuentas y para el Ejecutivo la obligación de rendirlas.

Dijimos también que ese artículo y que también el artículo 73 que se refiere a las mismas obligaciones no hacían ninguna distinción entre presupuesto del distrito, de los Territorios y de la Federación, sino que hablaba únicamente de la Cuenta Pública global; que por tanto consideramos que la obligación del Ejecutivo de rendir las cuentas, se refería a toda la Cuenta, incluyendo por tanto a los territorios.

En esa ocasión también aludimos a que era necesario que todos aquellos que manejen dineros del pueblo, tengan la obligación de rendir cuentas.

Hace unos días, a pregunta del diputado Hiram Escudero, el señor Secretario de Hacienda, Hugo Margáin, dijo que precisamente, refiriéndose a los organismos descentralizados y a las empresas de participación estatal, era interés del Ejecutivo que no se quedara ni uno solo sin que se rindiera cuentas de ellos. Por eso felicitamos especialmente a la Comisión Dictaminadora porque volvió a incluir esa obligación, porque siguiendo la tradición que ya lleva varios años de establecida, incluyó el párrafo que me voy a permitir leer, en el artículo V del Decreto:

"El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las Erogaciones que hayan efectuado con base en esta disposición al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1971, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales."

No es solamente el gusto de haber tenido razón en una discusión, sino que especialmente es la satisfacción que sentimos como mexicanos, de ver que en un punto muy importante como es el de la rendición de cuentas, se ha continuado con una tradición que parecía que se iba a interrumpir.

Esperamos únicamente y para terminar, que no sea necesario cuando se presenten las cuentas de 1970, que tengamos que volver a solicitar otra vez que se pidan las de los Territorios. Esperamos, porque ya está establecido expresamente en este Decreto, que espontáneamente cumpla el Ejecutivo con esta obligación constitucional, que además se ratifica en el mismo Decreto que está a discusión.

Por eso estamos de acuerdo y votaremos en favor de este Decreto.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el C. diputado Rafael Castillo Castro, Por la Comisión.

El C. Castillo Castro, Rafael: Señor Presidente; H. Asamblea: ciertamente nos complacen las expresiones que ha vertido el señor diputado Bátiz, que me antecedió en el uso de la palabra, en cuanto reconoce que en esta ocasión se han aportado mayores elementos de juicio para clarificar el dictamen relativo al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo.

En efecto, la Comisión siempre tuvo el empeño de incluir el mayor volumen de datos posible para que se pudiera comprender de mejor manera cada uno de los ramos del Presupuesto de Quintana Roo, así como las respectivas partidas. Y de esta manera, de los diez ramos en que se distribuye el proyecto de Presupuesto de Egresos, destacamos singularmente la importancia económica del ramo número 10, que se refiere a servicios generales, y dentro de estos servicios generales, ocupando una porción considerable se encuentra precisamente el fomento de la educación para el territorio. Nos complace asimismo que se reconozca que el Territorio de Quintana Roo es una querida porción de nuestra patria que gracias a los programas de la Revolución Mexicana, de los gobiernos revolucionarios y al esfuerzo denodado de los hijos de ese querido jirón de patria, que viven en condiciones tan difíciles por la hostilidad del medio, se va logrando una destacada integración y un desarrollo que va en incremento.

Por lo que respecta a la porción del artículo 5o. del proyecto de Presupuesto de Egresos, quiero manifestar enfáticamente que el Poder Ejecutivo en ningún momento ha rehusado dar a conocer las cuentas públicas de la Administración, tanto Federal como del Distrito y de los Territorios Federales. Hace apenas unos días, en una forma grandilocuente, el señor Secretario de Hacienda y Crédito Público nos explicaba en este recinto parlamentario que el Gobierno Federal siempre está dispuesto a encarar los problemas y que no ha rehuido jamás el presentar ante la opinión pública y ante esta representación nacional en especial, cuál es la composición de la cuenta pública. Por tanto, incluimos ese párrafo en el artículo 5o. del proyecto, no por presiones de ninguna naturaleza, sino obedeciendo a la línea directa y vertical que nos han trazado los gobiernos de la Revolución y en especial el régimen del señor Presidente Echeverría, de rendir claramente cuentas al pueblo de México. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si está suficientemente discutido el proyecto en lo general.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido en lo general el proyecto de Presupuesto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a su votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: El Proyecto de Presupuestos fue aprobado en lo general, por unanimidad de 179 votos.

Está a discusión en lo particular. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular. Por la afirmativa.

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: El Proyecto de Presupuesto fue aprobado en lo particular, por unanimidad de 180 votos. Aprobado en lo general y en lo particular, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales. Territorio de Baja California Sur

- El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Presupuestos y cuenta que suscribe, le fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa de Decreto que se refiere al Proyecto de Presupuestos de Egresos del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1971, documento que el Ejecutivo de la Unión ha enviado a esta H. Cámara de Diputados en cumplimiento a lo ordenado en los artículos 65 fracción II, y 74 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 21 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación.

El presupuesto de Egresos que se considera en el Proyecto que se examina asciende a $56.901,000.00 (cincuenta y seis millones novecientos un mil pesos, 00/100), y contiene un aumento de $4.564,000.00 en comparación con el Presupuesto de 1970, lo que representa un 7% de incremento.

Es pertinente hacer mención que el aumento antes referido deriva de la expansión de las actividades económicas del Territorio así como de la eficacia lograda en la recaudación de ingresos, por lo que no se registró ninguna elevación del monto del subsidio federal quedando éste en la suma de $10.722,000.00. Este dato revela que el Territorio va generando en forma sostenida mayores recursos que le permitirán continuar con toda firmeza la marcha de su desarrollo.

En el ramo XI del Presupuesto que se analiza se suprimió la dirección de Turismo Territorial, ya que en la práctica administrativa se observó que había duplicidad de funciones toda vez que por tratarse de un territorio federal, la Delegación de Turismo dependiente de la Federación cubre satisfactoriamente las atribuciones gubernamentales de esta materia. En substitución de la dirección de turismo territorial, se crea en el señalado ramo XI la Dirección de la Planeación y Promoción económica, organismo que será de suma importancia para la programación, coordinación y fomento de las actividades económicas de la entidad, puesto que ésta se encuentra en una etapa de franco desenvolvimiento en todos sus renglones productivos.

Con el fin de facilitar la comprensión del contenido de los dieciséis ramos en que se distribuye el Proyecto de Presupuesto que no ocupa, particularmente lo concerniente al ramo XIV que asciende a $29.123,000.00, se incluyen en este dictamen los resúmenes funcional y económico relativos al Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur.

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Por todas las consideraciones expuestas en este dictamen, la suscrita Comisión de Presupuestos y Cuenta viene a solicitar a vuestra soberanía la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o. El Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur, para el Ejercicio Fiscal de 1971, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2o. El Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur, importa en total la cantidad de $56.901,000.00 (cincuenta y seis millones novecientos un mil pesos 00/100), distribuida en los siguientes Ramos:

I. Ejecutivo del Territorio $ 619,800.00

II. Justicia 1.018,500.00

III. Gobernación 265,260.00

IV. Delegaciones de Gobierno 2.061,594.00

V. Tesorería General 1.994,820.00

VI. Dirección de Obras Públicas 383,040.00

VII. Dirección de Servicios 2.228,520.00

VIII. Dirección de Acción Social y Cultural 368,700.00

IX. Dirección de Seguridad y Tránsito 3.142,920.00

X. Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio 234,120.00

XI. Dirección de Planeación y Promoción Económica 171,420.00

XII. Comisión Agraria Mixta 127,680.00

XIII. Junta Central de Conciliación y Arbitraje 142,860.00

XIV. Servicios Generales 29.123,225.26

XV. Obras Públicas y Construcciones 8.578,909.70

XVI. Deuda Pública 6.439,631.04

Artículo 3o. La vigilancia en la ejecución del Presupuesto del Territorio quedará a cargo de un Delegado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se sujetará a lo que previene la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Artículo 4o. Las facultades que la Ley citada en el artículo anterior confiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se ejercerán por el Delegado que nombre la propia Secretaría.

Artículo 5o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Territorio de Baja

California Sur para el Ejercicio Fiscal de 1971 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Gobernador, mediante autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, dando preferencia, por su orden, a gastos corrientes, gastos de transferencia y gastos de inversión, en la inteligencia de que en este último concepto, se procurará que haya equilibrio entre las inversiones destinadas a infraestructura y las correspondientes a servicios sociales.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1971, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales.

Artículo 6o. Es de la competencia del Gobernador:

a) Autorizar, dentro del límite que señala el Presupuesto del Territorio, las transferencias de partidas que reclamen los servicios. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo anterior del uso que se haga de esta facultad;

b) Designar al personal supernumerario;

c) Asignar las cuotas de viáticos y pasajes para el desempeño de comisiones oficiales de carácter transitorio conferidas a empleados o funcionarios, y

d) Fijar el monto de los honorarios a profesionistas o expertos. Las facultades anteriores las ejercerá el Gobernador con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1970. - Humberto Hiriatrt. Urdanivia. - Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Salvador Reséndiz Arreola. - Rafael Castillo Castro. - Alberto Hernández Curiel. - J. Carlos Osorio Aguilar."

Segunda lectura. Está a discusión el dictamen en lo general.

(Se abre el registro de oradores.)

El C. Presidente: Esta Presidencia informa que, para hablar en pro del dictamen, se ha inscrito el C. diputado Rafael Castillo Castro, por la Comisión.

Tiene el uso de la palabra el C. diputado Castillo Castro.

El C. Castillo Castro, Rafael: Señor Presidente, señoras y señores diputados:

Por tener íntima relación la discusión del dictamen de proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1971, con el contenido del párrafo segundo del artículo 5o. del proyecto cuya lectura acabamos de escuchar, quiero que me sea permitido referirme nuevamente a este asunto.

He querido enfatizar como una premisa fundamental, que el Ejecutivo de la Unión no ha rehusado en ningún momento el rendir las cuentas públicas ante esta Representación nacional. El debate que se suscitó hace algunas semanas, y al cual se refería el señor diputado Bátiz, más bien se centró acerca del procedimiento que se ha venido utilizando para rendir dichas cuentas públicas. Pero ocurre que el Ejecutivo de la Unión, en lo que respecta a la Cuenta Pública Federal, así como la Cuenta Pública del Departamento del Distrito Federal, se han venido rindiendo invariablemente en los términos de ley, inclusive en lo que respecta a los Territorios Federales, se han observado estrictamente las disposiciones aplicables de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación, en cuanto con toda oportunidad se remite la documentación de esta Cuenta Pública a la Contaduría Mayor de Hacienda para los efectos legales consiguientes.

La Comisión de Presupuesto y Cuenta, a la cual me honro en pertenecer, ha tenido la preocupación, como decía hace unos momentos, de formular los dictámenes correspondientes con la mayor acuciosidad posible.

Este Dictamen sobre el Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California, como el de Quintana Roo, que ya se le dio lectura, contienen resúmenes funcional y económico con la idea, ya expresada, de contribuir a facilitar la comprensión de los diversos ramos en que se distribuyen los proyectos de presupuesto de egresos.

Pero por si quedare alguna duda, deseo que se me permita glosar en forma concisa alguno de los principales rubros de los resúmenes funcional y económico:

"Fomento Económico, Comunicaciones y Transportes. Un millón ochocientos veinticinco mil pesos que representan el 3.2 sobre el total que se destinará para esta actividad. Un millón ciento cincuenta mil pesos serán ejercidos por la Junta Local de Caminos que opera en el Territorio y seiscientos setenta y cinco mil pesos serán para liquidar los gastos de Ingeniería pendientes de los años de 1969 y 1970 por la construcción de caminos en cooperación según el programa bipartita por la Secretaría de Obras Públicas.

Fomento, producción y reglamentación comercial. Se ejercerán un millón cuatrocientos cincuenta mil pesos que representan el 2.5% sobre gasto total.

Servicios educativos y culturales. Un 6.2% del presupuesto total se destinará para esta actividad en la que se agrupa: Subsidio al CAPFCE para construcción de escuela, un millón quinientos mil pesos; Fomento Educativo, Cultural y Social, un millón quinientos mil pesos; Fomento Deportivo: Quinientos cuarenta y un mil pesos; Salubridad, Servicios Asistenciales y Hospitalarios. Es ya tradicional la atención que el gobierno del Territorio de Baja California presta en este renglón y para 1971 se están destinando 7 millones 903 mil pesos, equivalentes al 13.8 por ciento del gasto total.

BIENESTAR Y SEGURIDAD SOCIAL: Dos actividades sobresalen en este renglón; una es la aportación del Gobierno del Territorio al ISSSTE que importará $2.546,322.09 que junto con la de los empleados públicos, permitirá a este organismo continuar otorgando

pensiones, préstamos y servicios médicos. Además para el seguro de vida de los trabajadores al servicio del Gobierno del Territorio, se prevén $150,000.00. La segunda actividad, son las obras de embellecimiento (plazas públicas) y la adaptación a cárceles públicas que se realizarán con cargo a los recursos propios del Gobierno del Territorio y que importaron $1.665,000.00. Para otras actividades de tipo social tales como, el subsidio que otorga el Gobierno del Territorio al IPI, las audiciones y espectáculos culturales, para el desarrollo del programa de trabajo de la Dirección de Acción Social y para otras actividades sociales y culturales se destinaron $1.611,455.00.

Analizadas las actividades del renglón de Bienestar y Seguridad Social tenemos que representar del total del presupuesto un 10.24% o sean $5.822,777.09. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PUBLICA. La atención de estas actividades representan un gasto total de $6.482,484.00 o sea el 11.39% del Presupuesto general y se aplicaron como sigue:

Administración de justicia 1.833,926.00

Este gasto comprende los servicios personales que se cubren al personal que presta sus servicios en los juzgados que se localizan en todo el Territorio, así como también aquellos gastos de servicios generales indispensables para su funcionamiento.

Servicio de Policía y Tránsito 4.598,558.00

Comprende el pago de servicios personales del personal de Policía y Tránsito que se encuentra prestando sus servicios en las distintas Delegaciones de Gobierno del Territorio, asimismo, se incluyen los gastos de Servicios Generales programados para 1971.

SERVICIOS PÚBLICOS DELEGACIONALES. La atención de los servicios municipales que se requieren en las Delegaciones de Gobierno del Territorio se agrupan en este renglón, destinándose para el efecto la cantidad de $8.133,127.55 que representan un 14.29% del presupuesto total y su destino es como sigue:

Administración general. La atención de los servicios gubernamentales requiere la suma de $14.820,891.71 o sea el 26.05% del presupuesto total.

Deuda Pública. Se necesitan $6.386,827.04 para cubrir la deuda del Gobierno del Territorio, o sea el 11.22% de su gasto total.

Resumen económico del gasto de 1971: Gastos corrientes de Administración, Servicios personales, salarios y otras remuneraciones ordinarias, $19.650,000.00; remuneraciones complementarias y eventuales, $2.841,000.00; compra de bienes para administración $3.446,000.00. Gastos de capital, representan el 19.9% del total, que se destinarán para contribuir al incremento de la tasa de desarrollo económico, según los detalles que a continuación se analizan:

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DEROGACIONES ESPECIALES. En este rubro se agrupan las asignaciones con las cuales se atenderán necesidades imprevistas, deficiencias en las partidas específicas y el importe de aquellos planes nuevos cuya distribución detallada se ignora, representando el 1.52%. $866,017.25.

DEUDA PÚBLICA. Representa del total 11.22% y se destinará para cubrir los vencimientos de pasivo en el próximo ejercicio.

Señores diputados: quiero aprovechar esta intervención para referirme brevemente a una duda que expresó el señor diputado Melgarejo, del Partido de Acción Nacional, en la sesión del día 19 del presente mes. Señaló que en el proyecto de Ley de Ingresos del Territorio de Baja California no se enlistaban varios conceptos referentes a la venta y producción de bebidas alcohólicas, y que en cambio, en el proyecto de Ley de Ingresos de Quintana Roo sí aparecían esos conceptos. Sobre este particular me permito aclararle al señor diputado Melgarejo que el proyecto de Ley de Ingresos del Territorio de Baja California, en los incisos a) y b) del Impuesto de Comercio e industria, establece como fuente impositiva la

cuota adicional y los demás impuestos autorizados por el artículo 81 de la Ley Federal sobre Ingresos Mercantiles, que en las fracciones décima, décima primera y décima cuarta previene que causarán impuestos las ventas de primera mano y los ingresos obtenidos por expendios y compraventa general de las bebidas alcohólicas.

Por tanto, en lugar de detallar la Ley de Ingresos del Territorio de Baja California, cada uno de los actos gravables en que se opere en bebidas alcohólicas, la propia ley hace mención genérica a los impuestos que en forma especial autoriza el artículo 81 de la referida Ley sobre Ingresos Mercantiles a favor de los Estados, Distrito y Territorios Federales, comprendiendo dicho dispositivo los actos de producción, distribución y venta de alcoholes y bebidas alcohólicas.

Como diputado por el Territorio de Baja California Sur, con toda emoción, permítanme referirme a una circunstancia muy especial. El ciudadano Presidente de la República salió hoy a pasar la Navidad a una comunidad agrícola enclavada en el corazón del desierto del Territorio de Baja California Sur. Hace aproximadamente un año, el entonces candidato del PRI a la Presidencia de la República, expresó en Villa Constitución, Baja California: "Quien ignore que aquí hace unos 20 años predominada el desierto, no podrá valorar con justicia el esfuerzo victorioso que ha logrado la Revolución Mexicana. Aquí donde este ejército de familias mexicanas está edificando sobre el desierto una avanzada patria, en donde un México nuevo está escribiendo su destino afirmativo, optimista, vital, lleno de vigor; aquí en donde el nombre de Insurgentes nos hace pensar en una elocuente coincidencia, con la actitud de rebeldía victoriosa ante los problemas de su vida; aquí en donde la voz del pueblo es clara y victoriosa, si en última instancia se me pregunta cuál es el objetivo final de mi largo viaje por México, al ser postulado candidato a la Presidencia de la República, diría que es una ruta en pos de la verdad del pueblo, el afán de reencuentro en forma personal con la intimidad del pensamiento del pueblo de México, en relación con los problemas que acomete, vinculado esto con su afirmación vital, con su afán de vivir, de crecer y de prosperar."

Este hecho, señores diputados, de compartir nuestro Primer Mandatario la alegría de una fiesta tradicional con gentes que han vivido en una zona árida, por ser semidesértica, no debe pasar desapercibido en nuestra Cámara de Diputados. Debemos valorar en su justa proporción esa extraordinaria voluntad de rescatar las zonas tradicionalmente marginadas de nuestro país. Ello patentiza un acendrado patriotismo del Presidente Echeverría, así como una entrega sin límites a las mejores causas de México. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el proyecto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea si el proyecto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Se va a tomar la votación nominal en lo general.

Por la afirmativa.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger a votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: El proyecto de Decreto fue aprobado en lo general por 178 votos.

Está a discusión en lo particular.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: El Proyecto de Presupuesto fue aprobado en lo particular por unanimidad de 178 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Departamento del Distrito Federal

- El mismo C. secretario:

"Comisión de Presupuestos y Cuenta.

Honorable Asamblea:

En los términos del artículo 65, fracción II, y del artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por acuerdo de vuestra soberanía fue turnada a la suscrita Comisión de Presupuestos y Cuenta la iniciativa enviada por el C. Presidente de la República, relativa al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1971, que propone un gasto total de 3 850 millones de pesos, que representa un aumento de 350 millones de pesos en comparación con el aprobado para el año que está por terminar.

Tal gasto se cubrirá con los ingresos previstos, que en grandes conceptos son como sigue:

Impuestos $2 647 390 000

Derechos 439 378 000

Productos 90 232 000

Aprovechamientos 673 000 000

$3 850 000 000

Hemos formulado el siguiente cuadro en el que además de desglosar el gasto por capítulos presupuestales, establecemos una comparativa respecto a 1970.

I. Servicios Personales 883 1030 147+

II. Compra de bienes para Administración 155 181 26+

III. Servicios Generales 157 219 62+

IV. Transferencias 120 148 28+

V. Adquisición de Bienes para

fomento y conservación 63 67 4+

VI. Obras Públicas y Construcciones 1151 1455 304+

VII. Inversiones Financieras 456 50 406 -

VIII. Erogaciones Especiales 205 250 45+

IX. Cancelaciones de Pasivo 310 450 140+

3 500 3 850 350+

Del cuadro anterior pueden obtenerse las siguientes conclusiones:

Los 350 millones de pesos de aumento presupuestales, más 406 millones de pesos en que se reduce el Capítulo de Inversiones Financieras, arrojan un total de 756 millones de pesos que principalmente se destinan a aumentar el Capítulo de Obras Públicas y Construcciones en 304 millones de pesos y Cancelación de Pasivo en 140 millones de pesos más que en el presente año.

Otro Capítulo que registra considerable aumento es el de Servicios Personales. En las consideraciones previas hechas por el Ejecutivo al proyecto de Presupuesto que se examina, se aclara que este aumento se debe principalmente a que se han retabulado los sueldos en beneficio de 38 063 trabajadores, con una erogación de 35 millones de pesos y se incorporan como personal de planta en diversas dependencias a 1 771 trabajadores que vienen prestando sus servicios como supernumerarios.

Del Capítulo de Servicios Generales que se aumenta en 62 millones de pesos, tienen principal importancia el renglón de energía eléctrica para el servicio de alumbrado y equipo de bombeo, que protege a la Capital contra las inundaciones tan frecuentes y perjudiciales en épocas pasadas; se destinan para el pago de servicios, 120 millones de pesos. Le sigue en importancia la partida de 69 millones de pesos de cooperación al Gobierno Federal para los servicios de educación en el Distrito Federal.

Las consideraciones anteriores nos llevan a concluir que el proyecto de Presupuesto sometido a la consideración de esta Cámara, sigue los lineamientos generales que a continuación se expresan:

1o. Destinar el mayor volumen posible del gasto, a obras de servicio social.

2o. No se plantea la necesidad o posibilidad de recurrir a financiamientos o empréstitos para el desarrollo de las obras programadas, y

3o. Se destina una mayor cantidad para Cancelación de Pasivo, con la clara idea de sanear la situación económica del Departamento del Distrito Federal. Por todo lo anteriormente expuesto, esta Comisión somete a la consideración de vuestra soberanía para que se apruebe en sus términos el siguiente Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1971:

Artículo 1o. El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, que regirá durante el año de 1971, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2o. El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal importa en total la cantidad de $3,850,000,000.00 (tres mil ochocientos cincuenta millones de pesos 00/100), distribuida en la siguiente forma:

Jefatura $ 2.967,460.00

Secretaría General 419,760.00

Oficialía Mayor 370,680.00

Consejo Consultivo 247,560.00

Contraloría General 25.359,600.00

Dirección General de Gobernación 56.314,680.00

Dirección General de Servicios Legales 12.322,260.00

Dirección General de Relaciones Públicas 1.595,200.00

Dirección General de Obras Públicas 641.359,427.50

Dirección General de Obras Hidráulicas 582.066,588.00

Dirección General de Aguas y Saneamiento 203.099,990.00

Dirección General de Planeación y Programa 71.794,332.50

Dirección de Servicios Generales 233.919,990.00

Dirección General de Mercados 61.039,000.00

Dirección General de Tránsito 65.855,800.00

Jefatura de Policía 233.331,440.00

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 6.758,620.00

Dirección General de Servicios Médicos 139.219,000.00

Dirección General de Acción Social 40.719,040.00

Dirección General de Acción Deportiva 34.201,780.00

Dirección General de las Instalaciones Deportivas Olímpicas 5.244,260.00

Dirección General de Servicios Administrativos 23.310,760.00

Tesorería del Distrito Federal 156.453,040.00

Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales 46.423,340.00

Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales 41.072,380.00

Cooperación y Seguridad Social 215.475,000.00

Servicios de las Dependencias 499.059,012.00

Deuda Pública Local 450.000,000.00

Artículo 3o. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1971 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, los aplicará dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el plan de inversiones de la Presidencia de la República, después de atender a los gastos corrientes y de transferencia. Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a las finalidades específicas para las que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1971, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales. En dicha Cuenta el Ejecutivo Federal hará el análisis de la aplicación de los excedentes, y en caso de que los hubiere aplicado en forma distinta, informará al Congreso de las razones que hubiere tenido para realizar los cambios.

Artículo 4o. Se faculta al Jefe del Departamento del Distrito Federal para que, cuando lo juzgue indispensable y mediante autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, efectúe transferencias y distribuciones de partidas que tendrán siempre carácter compensado. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo 3o. del uso que de esta facultad se haya hecho.

Artículo 5o. Las dependencias del Departamento del Distrito Federal tendrán a su cargo la atención de los servicios públicos en las Delegaciones del Distrito Federal que carezcan de personal y de asignaciones especiales para la atención de dichos servicios, por estar éstos centralizados.

Artículo 6o. Se declaran de ampliación automática las partidas del capítulo de Construcciones que dentro de las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Aguas y Saneamiento, se incrementan con las aportaciones de particulares para obras materiales.

Artículo 7o. El ejercicio de este Presupuesto se llevará a cabo de acuerdo con las prescripciones de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1970. - Humberto Hiriart Urdanivia. - Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Salvador Reséndiz Arreola. - Rafael Castillo Castro. - Alberto Hernández Curiel. - J. Carlos Osorio Aguilar."

Segunda lectura.

Está a discusión el dictamen en lo general.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

Esta presidencia informa que para hablar en pro del dictamen se han registrado los ciudadanos diputados Maximiliano León Murillo y J. Carlos Osorio Aguilar, y el diputado Arnulfo Villaseñor Saavedra, por la Comisión. Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Maximiliano León Murillo.

El C. León Murillo, Maximiliano: Señor Presidente, señores diputados: la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista viene a hacer patente su adhesión al proyecto de dictamen que sobre el presupuesto del Distrito Federal en el renglón de egresos se nos ha presentado. Para la fracción parlamentaria de mi Partido es obvio que aprobamos el dictamen, basándonos en dos consideraciones principales y que me voy a permitir hacer ante ustedes. La primera se refiere al incremento que el presupuesto del Distrito Federal ha tenido, el que ha sido elevado a trescientos cincuenta millones de pesos, en relación con el presupuesto del año anterior. Este aumento, y la presentación precisa del gasto que se va a hacer, de los 3,850 millones de pesos que es el total del egreso, tenemos la preocupación de que ahora va a ser bien empleado. El mismo proyecto nos precisa que estos 3,850 millones de pesos se van a usar en construir escuelas, en mejorar el drenaje de la ciudad, en mejorar la introducción del agua potable, en mejorar la introducción de energía eléctrica hacia todas las colonias que constituyen el Distrito Federal. Este gasto, nosotros consideramos que tiene una orientación social que es muy necesaria, y pensando que así precisamente se va a aplicar, creemos que es nuestro deber apoyarlo.

Sin embargo, hay una segunda consideración que queremos hacer ante ustedes. En la XLVI Legislatura, cuando otras autoridades estaban al frente del Departamento del Distrito Federal, aquí en esta Cámara de Diputados hubo una crítica acerba por el mal trato que se daba a un gran porcentaje de los colonos que vivían en el Distrito Federal, y en cambio se daba un trato preferente a las clases más acomodadas que viven dentro de la misma ciudad de México.

Esta Cámara protestó enérgicamente por esa política seguida y a partir de ese momento el trato que se da a los habitantes de la ciudad de México ha cambiado muy favorablemente hacia las clases más desposeídas. Y nosotros podemos asegurar que el trato que ahora se da es un trato más humano, más en relación con las necesidades que se afrontan en el Distrito Federal.

Estamos seguros de que a partir de esta nueva Administración ese trato va a ser todavía más amplio y que en la solución de los problemas del Distrito Federal, se va a tomar preferentemente en cuenta a las clases más necesitadas. Pensando en eso precisamente, la diputación del Partido Popular Socialista da su apoyo al proyecto de dictamen que ahora se nos ha presentado.

Sin embargo, queremos aprovechar esta tribuna para hacer algunas consideraciones también sobre el problema de la educación en el Distrito Federal. Y quiero molestar la atención de ustedes, señores diputados, para precisar esta cuestión que nos interesa: del Presupuesto del Departamento del Distrito Federal, apenas un escaso 2% de él se va a utilizar para funciones educativas en el Distrito Federal. Esto es, que se van a gastar aproximadamente 60 millones de pesos en construir escuelas que ayuden a resolver el problema educativo. Nosotros tenemos la idea de que este gasto es insuficiente a todas luces y consideramos las ingentes necesidades que sobre el problema educativo hay en el Distrito Federal.

Es muy grave, señores diputados, el ver cómo cada año, cuando se realiza la inscripción y la matrícula de los niños que desean concurrir a las escuelas, las escuelas en el Distrito Federal son insuficientes. Y una gran cantidad de niños de edad escolar, de edad primaria y de secundaria, no tienen acceso a las escuelas porque éstas son insuficientes, y al cerrárseles la oportunidad de estudiar, estos jóvenes que aún no pueden trabajar también por su corta edad, se quedan fuera de la educación y vagan formando pandillas y cayendo en excesos terribles que nosotros hemos combatido. Por eso señores diputados, nosotros presentamos la exigencia de que el Departamento del Distrito Federal deba dedicar una mayor partida a la ayuda de la educación en el Distrito Federal y tenemos la esperanza de que en poco tiempo en el Distrito Federal no haya un solo niño que se quede sin poder concurrir a educarse como lo deseamos todos lo mexicanos. Pero hay dos cuestiones todavía que me voy a permitir argumentar en relación con esto. Nos preocupa, sobremanera, que la iniciativa particular, a través de las escuelas particulares, esté educando a una gran cantidad de jóvenes en la capital de la República, en nuestra ciudad de México, y nos preocupa, porque a estos jóvenes que concurren a las escuelas particulares, se les está presentando un panorama diferente de lo que es nuestra nación y de los logros que ha tenido y de los objetivos que debe tener, se les está mal educando a los jóvenes que concurren a las escuelas particulares, y por eso la preocupación de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista de que el Estado absorba a estos jóvenes dedicando una mayor parte de su presupuesto. Queremos que en México se eduque con un solo sentido a todos los mexicanos, que se les impulse con un sentido nacionalista, y que se les haga entender la situación que vive actualmente nuestro país y el futuro que le espera es bueno; pero educados bajo la tutela del Estado.

Por eso insistimos en que, en el caso del Distrito Federal, debe haber una mayor aplicación de los recursos para absorber en definitiva todo el problema educativo bajo el control del Estado.

También quiero hacer una segunda consideración en relación con otro problema que nos interesa destacar mucho ante ustedes. Una parte de la iniciativa privada ha criticado acerbamente al gobierno, indicando que el Estado es incapaz de manejar grandes empresas, que no tiene la capacidad técnica y administrativa suficiente para manejar empresas de alta envergadura.

Sin embargo, en relación con el transporte en el Distrito Federal, nos hemos dado cuenta de una resolución que ha sido muy positiva. El Gobierno se hizo cargo de construir el Metro en el Distrito Federal. En poco tiempo y lo terminó y quedó demostrado, al ponerse en funcionamiento, que el Estado tiene capacidad y más en muchos aspectos que la iniciativa privada para emprender grandes empresas, como fue la construcción del Metro en el Distrito Federal.

Pero, sin embargo, quiero recordar a ustedes que, además de controlar el Metro, que ha demostrado su eficiencia y ha demostrado que se puede resolver el problema del autotransporte en el Distrito Federal, también el Gobierno y, en este caso, el del Distrito Federal, controla otras vías de autotransporte, como son los servicios eléctricos y junto con el Metro, estos dos medios de autotransporte en el Distrito Federal son los mejores con que cuenta nuestra ciudad.

Sin embargo, ¿qué es lo que acontece con los autobuses que aún circulan en nuestra capital, que están mal organizados, que prestan un mal servicio y que no cumplen con el cometido que deben tener en una gran capital de 7 millones de habitantes, como es la ciudad de México.

Entonces la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista demanda ante esta tribuna que las autoridades del Departamento del Distrito Federal se hagan cargo de los autotransportes que aún maneja la iniciativa privada en la ciudad de México, porque a todas luces ha sido manifiesta su inutilidad, su inoperancia y su falta de deseo de mejorar ese transporte que es esencial para coordinar cabalmente las comunicaciones en la ciudad de México.

Pero hay una consideración todavía más, señores diputados: el trato que se les da a los trabajadores en esta empresa del autotransporte en la ciudad de México es terriblemente malo. No pueden estos compatriotas nuestros gozar de ningún beneficio, y nos preocupa sobremanera, por eso lo proponemos así, que las autoridades del Departamento Central se hagan cargo, de una vez por todas, de esta empresa, para que los primeros beneficiados sean los trabajadores a los que hasta ahora se les

han negado todas las prestaciones a que tienen derecho.

Por último, señores diputados, a pesar de la prisa que tenemos ya para irnos, quiero distraerlos un poco más para presentarles una última preocupación que tenemos los diputados del Partido Popular Socialista. Ya se hicieron, en años anteriores, esfuerzos para darle a la ciudad de México una nueva remodelación y presentarla un poco mejor desde el punto de vista material a la vista de todos los habitantes de la ciudad, del país y del extranjero. Pero, sin embargo, es notorio que nuestra ciudad sigue creciendo y sigue desarrollándose en un plan preciso y bien meditado. Han proliferado infinidad de colonias que escapan al control de las mismas autoridades del Departamento Central y que por supuesto carecen de los servicios más elementales que deben tener; nada menos, el día de ayer, el Jefe del Departamento Central expresaba que del total de habitantes de la ciudad de México, cuatro millones carecen aún de los más elementales servicios.

Entonces es preciso que se haga una planeación debida de la ciudad de México y de su crecimiento de acuerdo con los recursos de que dispone el mismo gobierno del Departamento del Distrito Federal y que en esa planeación de cómo debe seguir creciendo nuestra ciudad, se consideren las posibilidades de preservar nuestros monumentos arqueológicos de arte colonial y monumentos de carácter histórico que aún quedan en nuestra ciudad.

Estas consideraciones, señores diputados, no son una crítica al Departamento Central; son una aportación para que se mejore el Gobierno de la ciudad de México y para que en pocos días nuestra capital pueda considerarse más extraordinaria desde todos puntos de vista.

De manera, señores diputados, que con esta breve intervención nosotros apoyamos el dictamen que se nos ha presentado en relación con el egreso del

Departamento del Distrito Federal. Muchas Gracias.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el C. diputado J. Carlos Osorio Aguilar, por la Comisión.

El C. Osorio Aguilar, Carlos: No habiendo una proposición concreta, declino el uso de la palabra.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el C. diputado Arnulfo Villaseñor Saavedra.

El C. Villaseñor Saavedra, Arnulfo: En los mismos términos del diputado Osorio.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el proyecto se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: En votación económica se pregunta a la Asamblea si considera suficientemente discutido el proyecto en lo general. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa.

(Votación.)

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: El Proyecto de Presupuesto fue aprobado en lo general por unanimidad de 178 votos.

Está a discusión en lo particular.

(Se abre el registro de oradores.)

El C. Presidente: Esta Presidencia informa que para hablar en contra del artículo 2o. se ha inscrito el C. diputado Miguel Hernández Labastida, y para hablar en pro los CC. diputados José Carlos Osorio Aguilar, por la Comisión, Arnulfo Villaseñor Saavedra y Salvador Reséndiz Arreola.

Tiene el uso de la palabra el C. diputado Miguel Hernández Labastida.

El C. Hernández Labastida, Miguel: Señor Presidente, señores diputados: En la exposición de motivos se explica que en uno de los aspectos más importantes, más ingentes y de mayor resolución que requiere la nación y, en este caso, el Departamento del Distrito Federal, es el que se refiere a la materia educativa.

Resulta que actualmente en la mencionada Exposición, se menciona que, como cooperación al Gobierno Federal, se están proporcionando 69 millones 400 mil pesos a la Secretaría de Educación Pública. Igualmente se menciona el renglón de Obras públicas y Construcciones, en el programa de obras y de Trabajos, que se construirán 50 escuelas, que se construirán en su primera etapa 5 escuelas secundarias y que se terminarán y ampliarán, en la segunda etapa, 22 escuelas secundarias. Asimismo, dentro de este capítulo, también se menciona que se comprará, se adquirirá mobiliario para las mencionadas escuelas y, además, que se realizarán obras de agua potable y drenaje.

Nosotros calculamos que el total que se va a gastar por todos estos conceptos en materia educativa, apenas si llega al 7% del presupuesto. Nosotros, lo único que venimos a proponer es el cumplimiento del artículo 125 de la Ley Orgánica de Educación que, a su letra dice: "Artículo 125. La prestación del servicio público, de la Educación en el Distrito Federal corresponde en sus aspectos técnicos y administrativos al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Educación Pública, sin perjuicio de las prestaciones económicas de aquélla en la inteligencia de que estos servicios no podrán ser inferiores al 15% del total de su presupuesto de Egresos. Como se ve en el artículo 2o. de la mencionada Iniciativa, todo lo que se refiere a la materia educativa, está incluido en los renglones de la Dirección General de Obras Públicas que no se sabe cuánto va a

costar las escuelas ni el mobiliario, en la Dirección de Aguas y Saneamiento que tampoco se sabe cuánto va a importar este tipo de obras y en la Dirección de Servicios Generales en el que se mencionan los 69 millones 400 mil. Según nuestro cálculo, el 15% del mencionado presupuesto, corresponde 577 millones y medio. Estamos conscientes todos los diputados, toda esta representación nacional que hay carencia de escuelas, que se necesita reconstruir y reformarlas, que se necesita aumentar aulas, aumentar sueldos a maestros, aumentar plazas, y, señores diputados, según el Presupuesto se está disminuyendo a un 50% de lo que la misma ley ya exige el gasto para educación. Nosotros creemos que éste es el único gasto que justificaría se excediese en su presupuesto. Y estando establecido en este ordenamiento del artículo 125 de la Ley Orgánica de Educación, no vemos el porqué no se cumpla con este mínimo. Nuestra proposición concreta es que se aumenten los gastos, que se van a destinar para la materia educativa a los mínimos que ya está establecido y que exige la Ley. Quisiéramos que los diputados que nos van a contestar concretaran si se cumple este 15% dentro del Presupuesto y si es así, en qué renglones está incluido. De acuerdo con nuestros cálculos llegan a 250 máximo los gastos que se van a destinar a la educación. Creemos que en mínimo deben ser 577 millones y medio. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Carlos Osorio Aguilar, por la Comisión.

El C. Osorio Aguilar, J. Carlos: Señor Presidente de la Cámara, honorable Asamblea: La Comisión Dictaminadora es respetuosa del pensamiento del señor diputado Hernández Labastida y de la postura ideológica y política del Partido Acción Nacional. Pero esto no significa que la Comisión ya estuviese esperando que trajeran de nuevo a esta tribuna, en forma diferente, pero con el mismo fondo el tema ya muy debatido de la política fiscal de México en materia presupuestal y que se ha abordado en este recinto por hombres estudiosos de la economía, técnicos de prestigio, hombres que se preocupan por impulsar el desarrollo económico de México y que el tema se concreta en materia presupuestaria en dos grandes renglones, en dos grandes caminos, que son el del presupuesto rígido, inflexible, duro, manejando factores inalterables, concretos matemáticos y, por otra parte, los presupuestos flexibles, dúctiles, maleables, adaptables, presupuestos que van al azar con el desarrollo de las colectividades que no pueden retroceder, que no pueden frenar, que si ellos quieren pasar a la política de un presupuesto rígido, el desarrollo socioeconómico del pueblo deja atrás su presupuesto y sigue su ruta vigorosa hasta alcanzar las metas de su bienestar. Si eso es en teoría y en doctrina económica, tenemos una expresión material y real con el planteamiento que hace el Partido de Acción Nacional. El Partido de Acción Nacional viene y plantea que debe cumplirse en el futuro el contenido del artículo 125 de la Ley Orgánica de la Educación, que establece un porcentaje, 15% del Ejecutivo Federal para atender el servicio de la educación. Ese fue el Partido Acción Nacional a aferrarse en teoría y en la práctica a la tesis política del presupuesto rígido, frío que frena el progreso de México. De esto, del panorama del presupuesto federal, el 25% de él el Ejecutivo Federal lo destina al servicio público de educación. De tal suerte que esa postura, esa posición, no fría, no rígida, no invariable, no irrestricta, es el anuncio de un esfuerzo del régimen de la Revolución que se proyecta en forma cautelosa, previsible pero que no desalienta al pueblo ni tampoco es actitud demagógica, se vaya a ejercer su presupuesto en 1971 y aquí en esta tribuna he venido a decir que los excedentes de los ingresos que se recaudarían, no tenían un destino fijo y no había una previsión concreta.

El impulso de la educación es una preocupación constante del régimen de la Revolución. De tal suerte que a más del 25% que se destina del presupuesto general de la Federación al ramo de la educación, a más de eso, durante el año de 1971, por ese carácter del presupuesto que es variable, flexible, no duro, estará en condiciones de aplicar más del 25%.

De tal suerte podemos ver el panorama fiscal y el proyecto de la Comisión que se decide porque se apruebe la Ley de Egresos objeto de su dictamen, nos da la seguridad, nos da la garantía de ver el problema educativo de México en las mejores condiciones posibles desde el ángulo presupuestal.

La preocupación que tiene el diputado Hernández Labastida, veo que se despeja y que nosotros podemos ver un porvenir despejado y concretamente se contesta a su pregunta. No sólo el 15%, el 25% del presupuesto de la Federación está destinado al ramo educativo. Por esas consideraciones la Comisión estima oportuno insistir ante esta H. Asamblea que se vote y se apruebe en sus términos el dictamen formulado. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el C. diputado Hernández Labastida.

El C. Hernández Labastida, Miguel: Señor Presidente, señores diputados: Creo que no vine aquí a exponer ninguna tesis del presupuesto, rígido o flexible. Yo lo único que vine a pedir a esta Asamblea fue que elevara el presupuesto asignado para educación en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal. Nosotros estamos conscientes y estamos de acuerdo que el Presupuesto Federal sí está previendo un gasto público para educación de más del 25%. Entonces, el Distrito Federal se está quedando atrás en lo que se refiere al gasto en materia educativa, puesto que se está calculando a groso modo el 7%. Los que van para atrás, en dado caso, son los que aprobaron en estos términos el presupuesto en materia educativa para el Distrito Federal. Ahorita estamos hablando del Distrito Federal y se me contesta del presupuesto de la Federación.

Yo creo que no es ése el terreno en que estamos debatiendo. Estamos tratando el problema de educación, del gasto para educación en el Distrito Federal, que no se eleva a más del 7%. Ese es el que está bastante atrasado y, sobre todo, en relación al Presupuesto Federal. Nosotros lo que pedíamos era que mínimo se elevara al 15%, que ya exige la Ley Orgánica de la Educación. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el C. diputado Arnulfo Villaseñor Saavedra.

El C. Villaseñor Saavedra, Arnulfo: Señor Presidente, compañeros diputados. Como en otras ocasiones nos presentamos ante una propuesta del Partido Acción Nacional, en que analizando artísticamente y en una forma aparente minuciosa, pretenden formar su proposición.

En realidad no es más que una presentación artificiosa, y alejada totalmente de la realidad, que vivimos en el aspecto del gasto en el caso concreto de la educación en el Distrito Federal. No necesitamos ser muy explícitos porque las cosas pueden aparecer sumamente claras cuando las reducimos a su justa dimensión y utilizamos en lugar del afán de la crítica, el espíritu de comprensión de que debe de animarnos fundamentalmente en los asuntos que atañen al Estado y fundamentalmente a los presupuestos.

No desconocemos el artículo a que ha hecho mención el diputado Hernández Labastida. Lo único es que independientemente del renglón específico para construcción de escuelas que estando establecido de manera muy clara en la Ley de Egresos para el Departamento del Distrito Federal. Aparecen otra serie de renglones que duplican el gasto también en la educación pública y que no solamente satisfacen el 15%, sino que lo excede. Así por ejemplo y para no incurrir en el mismo error casuístico, quiero hacer notar que el Departamento del Distrito Federal, en la educación juvenil, a través del deporte tiene una partida de más de 34 millones de pesos, y otra partida para la construcción de dichas instalaciones.

No creo que nos podrán decir que el fomento del deporte no contribuye a la educación. Por otra parte, gastos de mantenimiento normales como son agua, drenaje, construcción de pavimentos frente a escuelas, gastos de administración, planes, etcétera, que quedan incluidos en las partidas de servicios generales que importan 230 millones de pesos y aparte cooperaciones en una partida también muy amplia de 215 cumplen con exceso la obligación legal del 15% a que he hecho mención.

Creo por lo tanto que si esto a la luz de la más estricta buena fe lo analizamos vemos con toda claridad que el Departamento del Distrito Federal gasta más del 15% a que se ha hecho alusión. Por otra parte, al llegar al final del ejercicio de ese presupuesto se tendrán a mano las partidas y se podrá hacer entonces, un estudio más exhaustivo para ver si se cumplió con esa disposición o no fue cumplida, por lo que considero que no es necesario abundar en puntos de vista que ya han quedado plenamente establecidos, de uno y otro lado, y se pase el asunto a votación. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el artículo 2o. del Proyecto se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: En votación económica, se consulta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el Artículo 2o. del Proyecto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo en cuestión. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Aprobado el artículo 2o. del Proyecto por 163 votos a favor y 17 contra.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos no impugnados. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Altamirano Marín, Ignacio: Los artículos no impugnados fueron aprobados por unanimidad de 179 votos.

Aprobado el proyecto de Presupuesto, tanto en lo general como en lo particular, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio: Señor Presidente: agotados los asuntos en cartera, se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Gálvez Rocha, Ignacio:

"Cámara de Diputados primer período ordinario de la XLVIII Legislatura.

Orden del Día

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de Primera Lectura

De la Segunda Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede el permiso constitucional necesario para que el C. Daniel Escalante pueda aceptar y usar la condecoración que le confirió el gobierno de Suecia.

De las Comisiones unidas de Aranceles y Comercio Exterior y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley para crear el Instituto Mexicano de Comercio Exterior.

De las Comisiones unidas del Departamento del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, con proyecto de Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal.

Dictámenes a Discusión

De las Comisiones unidas Primera de Gobernación y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley para el Control por parte del Gobierno Federal, de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal.

De la Comisión de Presupuestos y Cuenta con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1971."

El C. Presidente (a las 14.35 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el sábado 26 de diciembre, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"