Legislatura XLVIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19721114 - Número de Diario 21

(L48A3P1oN021F19721114.xml)Núm. Diario:21

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVIII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a, clase en la administración local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D,F., Martes 14 de Noviembre de 1972 TOMO III,- NUM. 21

"AÑO DE JUÁREZ"

SUMARIO

Orden del Día

Se abre la sesión. Lectura del Orden del Día...

Acta

Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior...

Invitación

Del C. licenciado Antonio Rocha Cordero, Gobernador Constitucional del Estado de San Luis Potosí, a la ceremonia que tendrá lugar el jueves 16 de los corrientes, en el Recinto Parlamentario de Palacio Nacional, con motivo de rendir homenaje a Don Benito Juárez y a los Constituyentes de 1857. Se designa comisión...

Comunicación

De la Legislatura del Estado de Morelos, participando la clausura de la Comisión Permanente y la apertura del segundo período de sesiones, correspondiente al tercer año de ejercicio, así como la designación de su mesa directiva. De enterado.

SOLICITUD DE PARTICULAR

Cargo Consular

El C. Miguel Aldana solicita el permiso necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Túnez, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco. Se turna a comisión.

INICIATIVAS DEL EJECUTIVO FEDERAL

Bonos para Fomento Económico

El C. Presidente de la República envía Iniciativa de Decreto que da Bases al Ejecutivo para celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico Se turna a comisión e imprimase.

De Reformas al Decreto para la Emisión de Bonos para el Fomento Económico de 28 de Diciembre de 1968

De Decreto que reforma el que da Bases al Ejecutivo para celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico, de 28 de diciembre de 1968, enviada por el C. Presidente de la República. Se turna a comisión e imprímase.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

Adiciones a la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas

Dictamen de las Comisiones Unidas de defensa Nacional, de Marina Nacional de Hacienda y Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto, que adiciona los artículos 6o. y 109 de la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, Primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Condecoraciones

Dos dictámenes de la Comisión de Permisos Constitucionales, con proyectos de Decreto, que concede permiso a los CC. Angélica Morales viuda de Von Sauer y Arturo Corona Mendioroz, para que pueda aceptar y usar condecoraciones que les fueron conferidas por gobiernos extranjeros. Segunda lectura. Se aprueban. Pasan al Senado para sus efectos constitucionales.

Cargo Consular

Dictamen de la Comisión de Permisos Constitucionales, con proyecto de Decreto que concede permiso al C. Michael André Reynoard Baumgarten,para que pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Francia en la ciudad de Torreón, Coahuila. Segunda lectura. Se aprueba. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Reformas a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicios del Estado

Dictamen de las Comisiones Unidas de Trabajo, de Desarrollo de la Vivienda y de Estudio Legislativos, con proyecto de Decreto, por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 constitucional. Segunda lectura. A discusión en lo general. Para hacer consideraciones hacen uso de la palabra los CC. Bernardo Bátiz Vázquez y Francisco Hernández Juárez; en pro del proyecto, habla el C. Raúl Gómez Pedroso. Se aprueba en lo general por unanimidad. A discusión en lo particular. Sin debate, se aprueba en lo particular por unanimidad, Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

INICIATIVAS DE LEY

Reformas al Artículo 60 Constitucional

El C. Juan Manuel López Sanabria da lectura a una Iniciativa de Ley suscrita por los CC. diputados miembros del Partido Acción Nacional , a fin de reformar el artículo 60 de la Constitución General de la República. A las comisiones correspondientes e imprímase.

Agradecimiento

La Presidencia agradece su asistencia a los trabajadores al servicio del Estado que concurrieron a la sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. MARCOS MANUEL SUAREZ RUIZ

(Asistencia de 140 ciudadanos diputados.)

-El C. Presidente (a las 12:25 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

-El secretario Soto Reséndiz, Enrique:

"Cámara de Diputados.

Tercer período ordinario de sesiones.

XLVIII Legislatura.

Orden del Día

14 de noviembre de 1972.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Invitación del Congreso del Estado de San Luis Potosí.

Comunicación del Congreso de Morelos.

Solicitud de Particular

El C. Miguel Aldana solicita el permiso constitucional necesario para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de Túnez, en Guadalajara, Jalisco

. Iniciativas del C. Presidente de la República

El C. Presidente de la República presenta Iniciativa de Decreto que da Base al Ejecutivo para Celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico; e Iniciativa de Decreto que Reforma el que da Base al Ejecutivo para Celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, Mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico, de 28 de Diciembre de 1968.

Dictamen de Primera Lectura.

Uno de las Comisiones Unidas de Defensa Nacional de Marina Nacional, de Hacienda y Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto que adiciona los artículos 6º. y 109 de Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas.

Dictámenes a discusión

Dos de la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto, por los que se concede el permiso constitucional necesario a los ciudadanos Angélica Morales viuda de Von Sauer y Arturo Corona Mendioroz, para que puedan aceptar y usar las condecoraciones que les fueron conferidas por los gobiernos de Australia y Chile, respectivamente.

Uno de la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto por el que se concede permiso al señor Michael André Reynoard Baumgarten, para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Francia, en la ciudad de Torreón Coahuila.

Uno de las Comisiones Unidas de Trabajo de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto por el que se Reforman y adicionan los artículos 38 y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional."

ACTA

-El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión celebrada el día nueve de noviembre de mil novecientos setenta y dos.

Presidencia del C. Marcos Manuel Suárez.

En la ciudad de México, a las trece horas y veinticinco minutos del jueves nueve de noviembre de mil novecientos setenta y dos se abre la sesión con asistencia de ciento cincuenta y cuatro ciudadanos diputados, según declara la Secretaría una vez que pasa lista.

La Presidencia informa que se encuentran de visita distinguidos Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales, encabezada por el Presidente de la misma, licenciado Emilio César Pasos y los señores licenciados René González de la Vega, Roberto Galeano Pérez, Abel Treviño Rodríguez y José Sánchez Cabrera.

Se designa en comisión para introducirlos al salón a los siguientes ciudadanos diputados: Ramiro Robledo Treviño, Francisco Hernández Juárez y Bernardo Bátiz Vázquez.

Lectura del orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día siete del presente.

El C. diputado Santiago Roel García, hace uso de la palabra para referirse al secuestro de una aeronave mexicana, el día 8 del presente mes en Monterrey, Nuevo León, en su carácter de diputado propietario por el Primer Distrito de Monterrey, Nuevo León, y al igual que el resto de la diputación mayoritaria, condena los actos de violencia de terrorismo; y solicita se nombre una comisión de todos los partidos que integran la XLVIII Legislatura para estudiar a fondo la legislación correspondiente en materia penal, en materia de vías de comunicación, de secuestro de personas, de aeropiratería, para hacer un estudio exhaustivo y llegar a conclusiones definitivas en relación a esta clase de actos delictivos, La Presidencia en vista de la proposición, acuerda que se turne a la Comisión de Estudios Legislativos, para que su presidente designe, de entre sus miembros, a los ciudadanos diputados de todos los partidos que deban estudiar la petición.

El C. diputado Francisco José Peniche Bolio, hace uso de la palabra para dar lectura a una Iniciativa de reforma al Artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, suscrita por él mismo. Túrnese a las Comisiones Unidas de Justicia en turno y de Estudios Legislativos e imprímase.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

El congreso del Estado de Guanajuato y el Comité Estatal para la Conmemoración del Centenario del Fallecimiento de Don Benito Juárez invitan a la ceremonia para rendir homenaje a los Constituyentes de 1857 y al Patricio Don Benito Juárez, que tendrá lugar el día 10 del actual el Recinto Parlamentario del Palacio Nacional.

Para asistir a ese acto se designa a los miembros de la Diputación Federal del Estado de Guanajuato.

El C. ingeniero Eulalio Gutiérrez Treviño Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila, invita al acto que se efectuará el día 15 del presente, en el cual habrá de rendir el tercer informe de su gestión administrativa.

Se designan a los ciudadanos diputados por el Estado de Coahuila para asistir a esta ceremonia.

El C. Germán List Arzubide, solicita el permiso Constitucional necesario para que pueda aceptar y usar una condecoración que le confirió el Soviet Supremo de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas . Recibo, y túrnese a la Comisión de Permisos Constitucionales.

Dos dictámenes con proyectos de Decreto suscritos para la comisión de Permisos Constitucionales, en virtud de los cuales se concede el permiso constitucional necesario a los ciudadanos Angélica Morales viuda de Von Sauer y general de brigada Diplomado de Estado Mayor Arturo Corona Mendioroz, para que pueda aceptar y usar las condecoraciones de la Cruz de Honor Austriaca por Artes y Ciencias que le confirió el Gobierno de Austria, a la primera y Gran Estrella al Mérito Militar que le otorgó el gobierno de la República de Chile, al Segundo. Primera lectura.

La Comisión de Permisos Constitucionales presenta un dictamen con proyecto de Decreto, por el que se concede el permiso constitucional necesario al señor Michael André Reynoard Baumgarten, para que pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Francia en la ciudad de Torreón, Coahuila. Primera lectura.

Las Comisiones Unidas de Trabajo de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos, emiten un dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 43 de la ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional. Primera lectura.

Dictamen con proyecto de Decreto, suscrito por la Comisión de Permisos Constitucionales, en virtud del cual se concede el permiso constitucional necesario al C. General de Brigada Diplomado de Estado Mayor Arturo Corona Mendioroz, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Gran Cruz al Mérito con Estrella, de la Orden del Mérito de la República Federal Alemana, que le confirió el Gobierno de dicho país. Segunda lectura.

A discusión, sin que se motive debate, en votación nominal se aprueba el proyecto de Decreto por unanimidad de ciento cincuenta y siete votos, pasa el Senado para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos presentan un dictamen con proyecto de Decreto, que reforma la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales. Segunda lectura.

A discusión en lo general.

Hablan: en pro y para hacer consideraciones generales, el C. diputado Guillermo Ruiz Vázquez por las Comisiones el C. diputado Ramiro Robledo Treviño.

En votación nominal se aprueba en lo general, por unanimidad de ciento cincuenta y cinco votos.

A discusión en lo general.

Sin que se haga uso de la palabra en votación nominal se aprueba en lo particular, por unanimidad de ciento cincuenta y cinco votos.

Aprobado el proyecto de Decreto, tanto en lo general como en lo particular, pasa el ejecutivo para sus efectos constitucionales.

La Presidencia agradece a nombre de la Cuadragésima Octava Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presencia de los señores Magistrados a esta sesión, y ruega a la

Comisión que se sirvió introducirlos se sirva acompañarlos al retirarse del salón.

A las quince horas, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes catorce del presente, a las once horas, en la que se tratarán los asuntos con los que la Secretaría dé cuenta."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

INVITACIÓN

-El C. pro secretario Argüelles Sánchez, Rafael:

"Telegrama:

S.L. Potosí, S.L.P. Nov. 11 1972.

Dip. Lic. Marcos Manuel Suárez Presidente de la Cámara de Diputados- Donceles y Allende.- México, D.F.

Próximo jueves dieciséis corrientes Poderes del Estado de San Luis Potosí rendirán homenaje Presidente Juárez y Constituyentes en el Salón Palacio Nacional punto Mucho le agradeceré designar persona representante Diputación y asista al acto punto Afectuosamente lo saluda Lic. Antonio Rocha Cordero Gob. Constl del Estado."

El C. Presidente: Se designa en comisión para que en representación de esta Cámara asista a esa ceremonia, a la diputación Federal de San Luis Potosí.

COMUNICACIÓN

-El C. prosecretario Argüelles Sánchez Rafael:

"H. XXXVIII Legislatura Constitucional del Estado libre y Soberano de Morelos.

CC. diputados.- Presentes y Secretarios del H. Congreso de la Unión.- México D.F.

En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 32 de la Constitución Política Local y para los efectos a que haya lugar, nos permitimos comunicar a usted (es) que el día de hoy, la H. XXXVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Morelos, clausuró los trabajos de la Diputación Permanente e inauguró el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Tercer y Ultimo Año de su Ejercicio Legal, habiendo designado previamente, la mesa directiva que fungirá durante este propio mes, en la siguiente forma:

Presidente: C. diputado Fortino Ocampo Chávez Viceprecidente: C. diputado Matías Lima Martínez, Secretario: C. diputado Claudio Castillo Beraud, Secretario: C. diputado profesor Moisés Reyna Reyes.

Al hacer del conocimiento de usted (es) lo anterior, le (s) reiteramos las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida. Sufragio Efectivo. No Reelección.

Fortino Ocampo Chávez, D. P.- Claudio Castillo Beraud, D. S.- Profesor Moisés Reyna Reyes, D. S."

-Tramite: de Enterado.

SOLICITUD DE PARTICULAR

Cargo Consular

-El mismo C. Prosecretario:

"Miguel Aldana, - Av. de las Américas 1499. -Guadalajara, México.

Al H. Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

S. E. el señor Embajador de la República de Túnez con residencia en Washington, D.C. me ha enviado copia de la comunicación que se dirige a la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, con fecha septiembre 14 del presente, en la que se me nombra Cónsul Honorario de la República de Túnez en esta ciudad de Guadalajara.

Por tal virtud ruego a ustedes se sirvan otorgarme la Autorización Constitucional correspondiente, para poder aceptar y desempañar el mencionado cargo.

Agradezco a ustedes la atención que den a mi solicitud, quedando mientras tanto al pendiente de su respuesta.

Guadalajara, Jal., al día 1o. de noviembre de 1972.

Ingeniero Miguel Aldana Mijares.

-Trámite: Recibo, y túrnese a la Comisión de Permisos Constitucionales.

INICIATIVAS DEL EJECUTIVO FEDERAL

-El mismo C. Prosecretario:

"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.,- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Decreto que da Bases al Ejecutivo para celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico.

Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México D.F., a 13 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez."

El Secretario, licenciado Mario Moya Palencia."

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

Uno de los objetivos fundamentales de la presente administración ha sido el de reorientar la estrategia global de nuestra política de desarrollo. Ello, porque observamos, con preocupación que en tiempos pasados se produjeron agudizaron, en el proceso de crecimiento, ciertas fallas estructurales básicas que amenazaban no solo frenar la expansión del aparato productivo, sino agudizar tensiones sociales por falta de un énfasis adecuado en los aspectos redistributivos del ingreso.

Preocupó también a la presente administración, al iniciar sus labores, la necesidad de atacar dos factores limitantes del desarrollo económico y social dentro del campo financiero: En primer lugar, el debilitamiento del sector externo de la economía, reflejado en un creciente déficit en las transacciones internacionales, al ser más alto el aumento de las importaciones que el de las ventas al exterior de bienes y servicios.

El otro factor lo han constituido las finanzas del sector público, ya que los recursos han sido insuficientes para que el Estado cumpla las responsabilidades que le impone la hora actual; fomentar la revitalización del sector agropecuario, el desarrollo regional, la creación masiva de empleos, las exportaciones, la educación y la habitación. Todo ello para lograr en el desarrollo integral de la Nación la justicia social y la independencia económica.

En sus esfuerzos para superar los obstáculos estructurales descritos, el Gobierno actual se propuso, desde un principio, fortalecer la balanza de pagos, principalmente a través de enérgicas medidas para aumentar sustancialmente las exportaciones de mercancías y servicios.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo a mi cargo reorientó las políticas de contratación de la deuda externa para abatir, al máximo congruente con la situación de los mercados, el costo respectivo, procurando mejorar las condiciones de plazo y formar de pago, con el objeto de mantener el servicio de la deuda externa en todo momento dentro de límites compatibles con la capacidad de pago del país.

El año de 1971 muestra una disminución importante del déficit en la cuenta corriente de la balanza de pagos, ya que éste bajó a 703 millones de dólares en comparación con el de 1970, que fue de 909 millones. Esta reducción, aunada a otras importantes medidas de política económica a las que me referí detalladamente en el informe que presenté ante ese H. Congreso el día 1º. de septiembre próximo pasado, nos permitió también una reducción en la tasa de crecimiento del endeudamiento con el exterior. Esta meta se logró simultaneamentete con una mejoría sustancial en las condiciones de contratación de los créditos en cuanto a plazo y tasa de interés, logros que obedecieron a una vigilancia constante del Ejecutivo sobre los aspectos y a una mayor coordinación dentro del sector público.

En el presente año se observan también resultados satisfactorios en el fortalecimiento de las exportaciones. En efecto, éstas continuaron incrementandose durante los primeros nueve meses en cerca del 27%, respecto al mismo período del año anterior destacando el sector manufacturero como el más dinámico. Por su parte, y como consecuencia de un apreciable incremento en la actividad económica, las importaciones crecieron en dicho período en cerca de 19%. El turismo ha contribuido a elevar los ingresos de divisas al haber aumentado en cerca de 19% los ingresos derivados de actividad.

Con el objeto de dar al Gobierno Federal una base financiera más sana y amplia para que cumpla sus responsabilidades en la etapa actual del desarrollo económico y social del país, el Ejecutivo a mi cargo, desde sus primeros días, inició un proceso vigoroso de remodelación de la política y la administración fiscales para proporcionar ingresos crecientes al Estado, incrementando así la disponibilidad de recursos propios para el aumento sostenido y sustancial del gasto público, fincando las medidas en criterios derivados, en un más decidido esfuerzo hacia la justicia social.

El incremento de los ingresos propios del gobierno federal, ha permitido una expansión importante del gasto público, factor que ha tenido un papel decisivo en la reactivación de los aspectos sociales del desarrollo.

Sin embargo, la necesidad de seguir expandiendo el gasto público y de atender los diversos requerimientos de inversión en sectores cuya responsabilidad está a cargo del Estado, hace aconsejable, dentro de una política prudente y sana, seguir haciendo uso del crédito externo, siempre y cuando los volúmenes. y las condiciones de su contratación permitan mantener el nivel total de la deuda externa dentro de límites estrictamente apegados a la capacidad del pago del país. Los recursos que se capten en los mercados internacionales deben siempre ser aplicados a proyectos autofinanciables que, directa o indirectamente , generen las divisas necesarias para el pago oportuno de los créditos obtenidos y que sirvan para financiar, a plazos acordes con su rendimiento, el contenido importado de los proyectos de inversión.

El Ejecutivo a mi cargo continuará la política de obtener los recursos del exterior en las mejores condiciones de plazo de tasa de interés para, en esta forma, lograr un crecimiento más acelerado del que se obtendría sin hacer uso de estos recursos complementarios. Como los demás instrumentos de la política económica, el financiamento del exterior debe ser usado en forma flexible, ajustándolo a la estrategia del desarrollo, a los requerimientos de la balanza de pagos y a la situación de los mercados financieros internacionales.

Entre las diversas formas de financiamento que ofrecen esos mercados, destaca la conveniencia de que, en forma sistemática procediendo técnicamente y con la mayor prudencia, se realicen emisiones de bonos en el exterior a plazos amplios, sin más garantía que el crédito de la Nación y sin atadura alguna para el uso de las divisas respectivas.

Es por ello que, haciendo uso de la autorización que otorgó el H. Congreso de la Unión al Ejecutivo Federal, mediante Decreto de 28 de diciembre de 1968, se colocó a la par, en abril del año en curso, una emisión de bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico, en los mercados de Estados Unidos y Europa, por 40 millones de dólares al 8.5% de interés anual y a un plazo total de redención de 15 años.

México es uno de los países en proceso de desarrollo que tiene acceso satisfactorio a los mercados internacionales de capitales mediante la Emisión de Bonos Públicos. La solidez

de la economía nacional y la confianza en sus perspectivas favorables, permiten usar el crédito de nuestro país en forma tal, que existen posibilidades adecuadas para seguir usando este recurso de financiamiento, como complemento a los ahorros internos que genera la Nación.

Las razones anteriores nos llevan a proponer a la consideración de ese H. Congreso de la Unión la conveniencia de que se otorgue, al Ejecutivo Federal, una nueva autorización para concertar, gradual y oportunamente, empréstitos en moneda extranjera, hasta por el equivalente a 1,250 millones de pesos, mediante la Emisión de Bonos de los Estado Unidos Mexicanos para Fomento Económico. en virtud de que las negociaciones en proceso podrán agotar autorización vigente contenida en el citado decreto de 28 de diciembre de 1968.

Por otra parte, se propone al Congreso de la Unión que, de tener a bien acceder a nuestra solicitud, se establezca como plazo máximo de las citadas emisiones el de 25 años, ya que los mercados internacionales permiten, algunas veces, emisiones a dicho plazo, y ello resulta congruente con el objetivo de mejorar la estructura de vencimientos de la deuda externa.

En virtud de lo expuesto, y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71 fracción I de la Constitución General de la República, y a través del digno conducto de ustedes presento a la soberana consideración de ese H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de.

DECRETO

QUE DA BASES AL EJECUTIVO PARA CELEBRAR EMPRÉSTITOS SOBRE EL CREDITO DE LA NACIÓN, MEDIANTE LA EMISIÓN DE BONOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA FOMENTO ECONÓMICO

Artículo primero.Se autoriza al Ejecutivo Federal para contratar empréstitos sobre el crédito de la Nación, con sujeción a las siguientes bases: I. Los empréstitos se concertarán mediante la emisión de títulos que se denominarán "Bonos de los Estado Unidos Mexicanos para Fomento Económico", y se distinguirán entre sí por el año en su emisión y demás características que se les señalen;

II. El valor de los bonos se expresará en las monedas extranjeras que determine el Ejecutivo Federal;

III. El monto total de las emisiones que se autorizan en el presente Decreto, será por un equivalente hasta de un mil doscientos cincuenta millones de pesos

IV. Las emisiones podrán constar de una o varias series que el Ejecutivo Federal pondrá en circulación conforme lo estime oportuno;

V. Cada emisión deberá quedar amortizada en un plazo máximo de 25 años contados a partir de su fecha, sin perjuicio de la facultad que se reserve al Ejecutivo Federal para pactar la redención anticipada, total o parcial de los títulos;

VI. Se podrá convenir la constitución de fondos de amortización para el pago de los títulos;

VII. Los bonos constituirán obligaciones generales, directas e incondicionales de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los términos fijados en las actas de emisión o documentos contractuales respectivos;

VIII. El producto de los empréstitos se destinará a la ejecución de obras vinculadas con programas de fomento económico, como energía eléctrica, transportes, carreteras riego y otras, que permiten un incremento en los ingresos públicos, así como la conversión de deudas contraídas en el exterior, sin que pueda destinarse para la atención de gastos corrientes;

IX. Los títulos en que se documenten los empréstitos gozarán del interés anual que fije el Ejecutivo Federal de acuerdo con las condiciones de los mercados internacionales, no causarán impuesto alguno, y sus demás características serán señaladas por el propio Ejecutivo a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al suscribir las actas de emisión o documentos contractuales respectivos: y

X. El Ejecutivo Federal podrá celebrar los arreglos necesarios para la colocación de los bonos mediante suscripción privada, sin perjuicio de que los tomadores de ésta puedan a su vez colocar los títulos en el mercado abierto. Artículo segundo. El Ejecutivo Federal queda facultado para tomar las medidas de carácter administrativo necesarias para la ejecución de la autorización a que se refiere este Decreto, y especialmente las relativas al pago, liquidación de intereses, requisitos y formalidades de las actas de emisión o documentos contractuales respectivos y de los bonos, amortización y reposición de éstos, así como para la cotización en las bolsas extranjeras y el servicio general de la deuda.

Artículo Tercero. La Secretaria. de Hacienda y Crédito Público dará la intervención que convenga a la Nacional. Financiera, S. A., en la emisión y colocación de los bonos y al Banco. de México., S.A. en el servicio de la deuda relativa a dichos valores

. Artículo cuarto. El Ejecutivo de la Unión, al enviar al Congreso el estado de la Cuenta Pública Federal, le informará del uso que haya hecho de las facultades que le confiere el presente Decreto.

TRANSITORIO:

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 11 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez."

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Luis Echeverría Alvarez."

-Trámite: Recibo, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y Seguros e imprímase.

-El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional.- Estado Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F., Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Decreto que reforma el que da Bases al Ejecutivo para celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico, de 28 de diciembre de 1968.

Reitero a ustedes en esta oportunidad, las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez."

El Secretario, licenciado Mario Moya Palencia."

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.

En iniciativa presentada al Congreso el día de hoy, expuse los lineamientos a que se ajusta la actividad de la presente administración en materia de contratación de créditos con el exterior.

En dicha iniciativa se hace ver la conveniencia de continuar utilizando el ahorro externo en nuestro proceso de desarrollo y sólo en forma complementaria a nuestros recursos, así como la de mantener dicho endeudamiento permanente ajustado a la capacidad de pago del país, y la de efectuar su contratación en los mejores términos y condiciones que permitan los mercados en relación con esta capacidad.

Asimismo,se manifiesta en dicha iniciativa el empeño de la presente administración en mejorar la estructura de vencimientos de la deuda externa, para adecuarla a las necesidades de nuestro desarrollo y así aligerar su servicio anual. Una de las formas de lograr propósito es la contratación de estas operaciones mediante la colocación de bonos, a los plazos más largos posibles, con el respaldo del crédito de la Nación.

Dentro de esta política de alargamiento de los plazos y con objeto de poder contratar ofertas de financiamiento que ahora ofrece el mercado a México, el Ejecutivo a mi cargo considera necesario proponer la modificación al Decreto de 28 de diciembre de 1968 que lo autoriza para contratar empréstitos, mediante emisiones de bonos a plazo de 15 años, para ampliarlo a 25 años..

Por lo expuesto, y en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 71, fracción I de la Constitución General de la República y por digno conducto de ustedes presento a la soberana consideración de ese H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

DECRETO

QUE REFORMA EL QUE DA BASES AL EJECUTIVO PARA CELEBRAR EMPRÉSTITOS SOBRE EL CREDITO DE LA NACIÓN, MEDIANTE LA EMISIÓN DE BONOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA FOMENTO ECONÓMICO, DE 28 DE DICIEMBRE DE 1968.

Artículo único. Se reforma el artículo primero, Fracción V, del Decreto de 28 de diciembre de 1968, que da bases al Ejecutivo para Celebrar Empréstitos sobre el Crédito de la Nación, mediante la Emisión de Bonos de los Estados Unidos Mexicanos para Fomento Económico para quedar en los términos siguientes:

"Artículo primero. Se autoriza al Ejecutivo Federal para contratar empréstitos sobre el Crédito de la Nación, con sujeción a las siguientes bases:

I.

V. Cada emisión deberá quedar amortizada en un plazo máximo de 25 años contados a partir de su fecha, sin perjuicio de la facultad que se reserve al Ejecutivo Federal para pactar la redención anticipada, total o parcial, de lo títulos;

TRANSISTORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 11 de noviembre de 1972. "Año de Juárez"

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Luis Echeverría Alvarez."

-Trámite: Recibo, y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y Seguros e imprímase.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA.

Adiciones a la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas

-El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique:

"Comisiones Unidas de Defensa Nacional de Marina Nacional, de Hacienda y Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos, Sección Administrativo

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Defensa Nacional. de Marina Nacional. de Hacienda y Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos, fue turnada por acuerdo de vuestra soberanía, la iniciativa que adiciona la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, enviada por el C. licenciado Luis Echeverría Alvarez, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, al Congreso de la Unión por conducto de esta Cámara de Diputados.

Las Comisiones Unidas que dictaminan, llevaron a cabo un cuidadoso estudio de la iniciativa de que se trata; y presentan a esta honorable asamblea las siguientes:

Consideraciones:

El 1º. de mayo del presente año, el C. Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez, al declarar inauguradas las actividades del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como durante el II Informe de Gobierno al Congreso de la Unión, señaló el propósito de someter a la Representación Nacional, las normas jurídicas adecuadas para hacer extensivas aquellas prestaciones sociales a los miembros en el activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacionales.

Con objeto de hacer realidad su programa habitacional, el Primer Magistrado de la Nación sometió a la consideración del constituyente permanente y éste aprobó la iniciativa de reforma y adición a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito, entre otros; de instituir en favor de las fuerzas armadas un sistema de solidaridad social mediante el que se les provea de habitaciones cómodas e higiénicas.

El fondo de la vivienda para las fuerzas armadas en el activo, se constituirá con las aportaciones a cargo del Gobierno Federal sobre la bases de un 5% de los haberes y asignaciones de técnico y de vuelo, que se adicionarán a las prestaciones de que disfrutan los integrantes de las fuerzas armadas en los términos de su Ley de Seguridad Social; y será independiente respecto a los fondos de trabajo y ahorro, así como la posibilidad de seguir disfrutando de préstamos hipotecarios para igual fin.

La iniciativa que dictaminamos propone que se adicione a la referida Ley el establecimiento del fondo de la vivienda y señala que el citado fondo será administrado por la Dirección de Pensiones Militares y que el Gobierno Federal aportará, como ya se ha expresado, a ese Organismo el 5% de los haberes y asignaciones permanentes de técnico y de vuelo de cada uno de los miembros que se encuentran en el activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Nacional, para constituir el sistema de financiamento para los fines a que se refiere la iniciativa.

Consideran las Comisiones que dictaminan, que las Fuerzas armadas de México defienden la integridad, Independencia y Soberanía de la Nación y garantizan su seguridad interior; tienen además la misión de auxiliar a la población civil, cooperar con sus autoridades y prestarles ayuda en obras sociales así como en las que tienden al progreso del país, por lo que tienen derecho a disfrutar de iguales beneficios en materia habitacional que los conferidos a los trabajadores sujetos al régimen de la Ley Federal del Trabajo, y a los trabajadores al servicio del Estado, que regula la Constitución en el Apartado B de su artículo 123.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la aprobación de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de Decreto:

Que adiciona a la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, la fracción XVIII del artículo 6o. y los artículos 109-A, 109-B y 109-C.

Art. único. Se adicionan los Artículos. 6o., fracción XVIII, 109-A 109-B y 109-C, a la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas para quedar como sigue: Artículo 6º..

I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

VII.

VIII.

IX.

X.

XI.

XII.

XIII.

XIV.

XV.

XVI.

XVII.

XVIII. Fondo de la vivienda para los militares en activo.

Artículo 109- A. Las prestaciones con cargo al fondo de la vivienda para los militares en activo, se otorgarán y cubrirán por la Dirección de Pensiones Militares.

Artículo 109-B. El Gobierno Federal aportará a la Dirección de Pensiones Militares, para constituir el fondo de la vivienda para los militares en activo el cinco por ciento sobre sus haberes y asignaciones de técnico y de vuelo.

Artículo 109-C. El fondo de la vivienda para los militares en activo, tendrá por objeto crear un sistema de financiamiento que les permita obtener crédito barato y suficiente para adquirir en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas para la construcción, reparación mejoras de sus casas habitación y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. La obligación de enterar las aportaciones a que se refiere el nuevo artículo 109-B, empezará a cumplirse a partir del 1o. de septiembre de 1972. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 13 de noviembre de 1972. "Año de Juárez." Comisión de la Defensa Nacional, Presidente: General Salvador Hernández Vela.- Defensa Nacional, 1a. Sección: Fernando Cueto Fernández.- Manuel Piñera Morales.- Jesús Rojas Villavicencio.- Fortino Garza Cárdenas.- Noé R. Ortega Martínez.- Comisión de Marina Nacional: Alejandro Ríos Espinosa.- Jorge Carlos González Rodríguez.- Fernando Cueto Fernández.-

Rogelio de la O Valverde A.- Roberto Avila González.- Salvador Veronica. Sánchez.- Angel Pola Berttolini.- Agapito González Cavazos.- Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros: Presidente, Salvador Reséndiz Arreola.- Secretaria, Guillermina Sánchez Meza de S. Crédito, 1a. Sección: Rafael Rodríguez Barrera.- Celso H. Delgado Ramírez.- Alberto Hernández Curiel.- Alberto Canseco Ruiz.- J. de Jesús Arroyo Alanís.- Jaime Pineda Salgado. -Manuel Stephens García.- Estudios Legislativos: Presidente, Cuauhtémoc Santa Ana S. 1º Secretario, Ramiro robledo Treviño.- 2º. Secretario, Santiago Roel García.- 3er. Secretario, Alejandro Ríos Espinosa,- Sección Administrativa: Ignacio F. Herrerías Montoya.- Mario Colín Sánchez.- Bernardo Bátiz Vázquez.- Tomás Medina Ponce.- Rodolfo Alavez Flores.- Humberto Hiriart Urdanivia."

-Trámite: Primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Condecoraciones

-El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 26 de octubre próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores pasado, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la C. Angelina Morales viuda de Von Sauer pueda aceptar y usar la Cruz de Honor Austríaca por Artes y Ciencias que le confirió el Gobierno de Austria.

En sesión efectuada por esta Cámara el día 7 del actual fue turnado a la Comisión que suscribe para su estudio y dictamen, el expediente relativo a esta solicitud.

Considerando:

a) Que la peticionaria ha acreditado ser de nacionalidad mexicana por nacimiento con el certificado número 1808;

b) Que a la solicitante le ha sido conferida la distinción respectiva, tomando en consideración la labor desarrollada para estrechar los lazos de amistad entre los dos países;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III del Apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y como la C. Angelina Morales viuda de Von Sauer al recibir la condecoración señalada no queda sujeta de manera alguna al gobierno otorgante, esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo único. Se concede permiso a la C. Angelina Morales viuda de Von Sauer para que, sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y usar la Cruz de Honor Austriaca por Artes y Ciencias que le Confirió el Gobierno de Austria

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 8 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez"

Diputado Luis H. Ducoing.- Diputado Cuauhtémoc Santa Ana S.- Licenciado Rafael Rodríguez Barrera.- Licenciado Santiago Roel García.- Licenciado Ramiro Robledo Treviño.

-General Juan Barragán Rodríguez."

Está a discusión el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

-El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 27 de octubre próximo pasado, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para el C. General de Brigada Diplomado de Estado Mayor Arturo Corona Mendioroz, Oficial Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional, puede aceptar y usar la Condecoración Gran Estrella al Mérito Militar, que le confirió el Gobierno de la República de Chile.

En sesión efectuada por la H. Cámara de Diputados, el día 7 del actual, se turnó a la Comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a la solicitud.

Considerando.

a) Que el peticionario ha acreditado su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento relativa.

b) Que al solicitante le ha sido conferida la distinción respectiva, tomando en consideración la labor desarrollada para estrechar los lazos de amistad entre México y la República de Chile.

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III del Apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y como el C. Arturo Corona Mendioroz, al recibir la condecoración señalada no queda sujeto de manera alguna al gobierno otorgante, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo único. Se concede permiso al C. General de Brigada, Arturo Corona Mendioroz para que, sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y usar la Condecoración Gran Estrella al Mérito Militar, que le confirió el Gobierno de la República de Chile.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 8 de Noviembre de 1972.

'Año de Juárez'

Luis H. Ducoing.- Cuauhtémoc Santa Ana Seuthe.- Rafael Rodríguez Barrera.- Santiago Roel García.- Ramiro Robledo Treviño.- Juan Barragán Rodríguez."

Está a discusión el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal.

CARGO CONSULAR

-El mismo C. Secretario:

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 31 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Michel André Reynoard Baumgarten sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Francia, en la ciudad de Torreón, Coahuila.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el día 6 de los corrientes, se turnó a la Comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a esta solicitud.

Considerando.

a) Que el peticionario ha acreditado ser de nacionalidad mexicana por nacimiento con el certificado número 4742;

b) Que los servicios que el propio solicitante prestará al Gobierno de Francia, serán de carácter estrictamente consular y en la forma honorífica;

c) Que el solicitante se ajusta a lo establecido por la fracción II del Apartido B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

Y como el C. Michael André Reynoard Baumgarten al desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Francia en la ciudad de Torreón, Coahuila, no queda sujeto de manera al gobierno de dicho país esta Comisión se permite proponer a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente proyecto de Decreto:

Artículo único. Se concede permiso al C. Michel André Reynoard Baumgarten para que, sin perder la ciudadanía mexicana pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Francia, en la ciudad de Torreón, Coahuila.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 8 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez"

Licenciado Luis H. Ducoing.- Licenciado Cuauhtémoc Santa Ana S.- Licenciado Rafael Rodríguez Barrera.- Licenciado Santiago Roel García.- Licenciado Ramiro Robledo Treviño.- General Juan Barragán Rodríguez."

Está a discusión el proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y de los dos proyectos de Decreto anteriormente reservados. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Los proyectos de Decreto fueron aprobados por unanimidad de 143 votos. Pasan al Senado para sus efectos Constitucionales.

REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO

-El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael:

"Comisiones Unidas de Trabajo, de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Trabajo, de Desarrollo de la Vivienda y de Estudios Legislativos, fue turnada para sus estudio y dictamen la Iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Federal de los Trabajadores del Estado, Reglametaria del Apartado B) del Artículo 123 constitucional que, con fundamento en la Fracción I del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó al Congreso de la Unión, por conducto de los CC. Secretarios de esta Cámara, el Titular del Poder Ejecutivo de la Unión.

Esta iniciativa es producto de las de reforma a las Fracciones XI y XIII del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, enviadas al Constituyente Permanente y aprobadas por las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión, para hacer posible la implantación de un Fondo para la Vivienda de los Trabajadores al Servicio del Estado, equiparando a éstos con la clase laboral a que se refiere el Apartado A) del mismo artículo; lo que se traduce en un aumento de las prestaciones que en materia de seguridad social otorga el Estado a quienes hacen posible con su esfuerzo la marcha de la Administración. Pública.

El régimen, congruente con la filosofía política que lo anima, pone en marcha un instrumento más de redistribución del ingreso nacional al constituir en favor de sus trabajadores aportaciones sobre salarios básicos para integrar un fondo de la vivienda a efecto de establecer sistemas de financiamiento que permitan el otorgamiento de crédito barato y suficiente para hacer realidad el derecho que los mexicanos tienen a integrar un patrimonio familiar con el producto de su esfuerzo cotidiano.

El trabajador al servicio del Estado resiente, como la clase asalariada en general el enorme déficit que en materia de habitación se afronta no sólo en México, sino en todos los países del Tercer Mundo.

Los Trabajadores al Servicio del Estado, con sus esfuerzos organizados y los de un Gobierno

revolucionario, han hecho posible el establecimiento de mecanismos que permiten reformas como la propuesta en la iniciativa de este dictamen.

Adquieren actualidad los diversos conceptos que fueron expresados en los dictámenes producidos por las Comisiones de las Cámaras del H. Congreso de la Unión con motivo de la iniciativa de reformas al Apartado A) del propio Artículo 123 constitucional: de la iniciativa de reforma a los artículos relativos de la Ley Federal del Trabajo y de la que creó el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

La iniciativa materia de este dictamen es pues un paso más en la realización de un importante aspecto de la justicia social; es además consecuencia lógica de la ya aprobada por esta Cámara, relativa al Apartado B) del Artículo mencionado.

Por lo expuesto, y por las consideraciones contenidas por la Exposición de Motivos, las Comisiones que suscriben se permiten someter a la honorable Asamblea el siguiente proyecto de Decreto que reforma y adiciona los Artículos 38 y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 constitucional.

Artículo único. Se reforma y adiciona los artículos 38 y 43 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 38.

I.

II.

III.

IV.

V.

VI. De pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del fondo de la vivienda destinados a la adquisición, construcción, reparación o mejoras de casas habitación o el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador y no podrán exceder del 20% del salario.

El monto total de los descuentos no podrán exceder del treinta por ciento del importe del salario total, excepto en los casos a que se refieren las fracciones III, IV, V, y VI de este artículo.

Artículo 43.

I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

a).

b).

c).

d).

e).

f).

g).

h) Constitución de depósitos en favor de los trabajadores con aportaciones sobre sus sueldos básicos o salarios, para integrar un fondo de la vivienda a fin de establecer sistemas de financiamiento que permitan otorgar a éstos, crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad o condominio, habitaciones cómodas e higiénicas; para construirlas, repararlas o mejorarlas o para el pago de pasivos adquiridos por dichos conceptos.

Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán enteradas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cuya Ley regulará los procedimientos y formas conforme a las cuales se otorgarán y adjudicarán los créditos correspondientes.

VII.

VIII.

IX.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Las presentes reformas y adiciones entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. La obligación de enterar las aportaciones a que se refiere el inciso h) de la fracción VI. del artículo 43, empezará a cumplirse a partir del 1o. de septiembre de 1972.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 8 de noviembre de 1972.

"Año de Juárez"

Trabajo: Juan Moisés Calleja García.- Rubén Moheno Velasco.- Rafael Argüelles Sánchez.- Ignacio Sologuren Martínez.-Mauricio Martínez Solano.- Salvador Esquer Apodaca.- Jorge Baeza Rodríguez.- Luis Velázquez Jaacks.- Leopoldo Cerón Sánchez.- Rodolfo Martínez Moreno.- José María Martínez Rodríguez.- Melquiades Trejo Hernández.- J. Refugio Mar de la Rosa.- Inocencio Sandoval Zavala.- Jorge Arellano Amezcua. Desarrollo de la Vivienda: Alejandro Peraza Uribe.- Darío Pérez González.- Alfonso Solleiro Landa.- Javier R. Bours Almada.- Oscar Hammeken Martínez.- Ignacio Gálvez Rocha.- Mayo Arturo Bravo Hernández.- Enrique Fox Romero.- Raúl Gómez Pedroso Suzán.- Guillermo Olguín Ruiz.- Manuel R. Bobadilla.- Ignacio Sologuren Martínez.- Jorge Arellano Amezcua.- Estudios Legislativos: Presidente, Cuauhtémoc Santa Ana.- 1º. Secretario, Ramiro Robledo Treviño.- 2o. Secretario, Santiago Roel García.- 3º. Secretario, Alejandro Ríos Espinosa.- Sección Administrativo: Ignacio F. Herrerías Montoya.- Mario Colín Sánchez.- Bernardo Bátiz Vázquez.- Tomás Medina Ponce.- Rodolfo Alavez Flores.- Humberto Hiriart Urdanivia."

-Trámite: Segunda lectura.

Está a discusión el proyecto en lo general.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores. Esta Presidencia informa que han registrado para consideraciones generales al proyecto los CC. diputados Bernardo Bátiz Vázquez y Francisco Hernández Juárez y a favor

del proyecto el C. diputado Raúl Gómez Pederoso.

En consecuencia tiene el uso de la palabra el C. diputado Bernardo Bátiz Vázquez.

El C. Bátiz Vázquez, Bernardo Señores diputados. Pedí el uso de la: palabra en nombre del partido Acción Nacional, porque consideramos que el dictamen que se acaba de leer y que está a discusión representa una forma de resolver problemas sociales con la que Acción Nacional está de acuerdo y respecto de la cual queremos destacar algunos puntos. Desde luego que en Acción Nacional pensamos que la fórmula empleada en el dictamen, y en el proyecto de Ley que está a discusión, existe la aplicación del principio que se ha llamado de justicia social y que tradicionalmente ha existido bajo el nombre de justicia distributiva. Pensamos también que cualquier mejora a favor de los servidores. públicos tiene que repercutir necesariamente en un beneficio colectivo, porque los servidores. públicos por la situación en que se encuentran de intermediarios entre los poderes y el pueblo, entre la autoridad y los ciudadanos, de una manera o de otra son los que representan el contacto directo más inmediato de los ciudadanos con la autoridad. y esta intermediación exige que los servidores públicos estén en una situación económica que no represente de ninguna manera angustia para ellos para que su actividad de servicio del bien común se desempeñe con más eficacia con mayor celo y con mayor cuidado hacia los intereses. del pueblo que deben de representar

. Pensamos que en el equilibrio que debe existir entre los intereses individuales y los intereses colectivos, los servidores públicos están precisamente en el vértice que son personas con derecho a todos los beneficios sociales que han adquirido los demás ciudadanos pero que también están representando de alguna manera a la autoridad y que por tanto en ese vértice son el punto de equilibrio de todo aquello que beneficie a los servidores públicos, todo aquellos que mejore su situación económica, todo aquello que lo reitere de una situación económicamente angustiosa o difícil será lógicamente en beneficio de toda la colectividad. Estas consideraciones muy breves, las hacemos porque pensamos que el dictamen que estamos discutiendo contiene este espíritu de solidaridad, de búsqueda de bien común y de equilibrio entre los diversos elementos de la sociedad; la forma de justicia distributiva se está aplicando a través de esta ley, en Acción Nacional votaremos en favor de está Iniciativa, pero queremos dejar asentado que votamos por ella no solamente por su contenido mismo, sino por la corriente de ideas que representa de equilibrio, de solidarismo y de justicia distributiva. Muchas gracias (Aplausos)

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Francisco Hernández Juárez.

El C. Hernández Juárez, Francisco: Señor Presidente, señoras y señores diputados, compañeros trabajadores del Estado: La fracción parlamentaria del Parlamentaria del Partido Popular Socialista emitió su voto afirmativo, en está Cámara, al discutirse la reforma del Apartado "A" del artículo 123 constitucional que establece el derecho de los Trabajadores, a casa habitación en propiedad, cualquiera que fuera su número o la ubicación de la empresa.

Posteriormente, votó afirmativamente aprobando la Ley que creó el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores institución encargada de administrar los fondos canalizados por patrones, obreros y trabajadores.

Para el financiamiento de casas, para la clase laboral del país, igualmente el día 5 del presente mes, al discutirse las reformas al apartado "B" del artículo 123 constitucional, creando así el instrumento jurídico constitucional para proporcionar habitaciones baratas en arrendamiento o venta, nuevamente la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista emitió su voto aprobatorio. Los diputados del Partido Popular Socialista, por mi conducto manifiestan que emitirán su voto afirmativo a favor de la Iniciativa de Decreto de Reformas y Adiciones a la Ley Federal de los Trabajadores del Estado; Reglamentario del Apartado "B" del artículo 123 constitucional.

Lo hacemos con plena confianza; por convicción revolucionara, porque esta demanda constituye una parte del programa de nuestro Partido desde que nació a la vida pública; por que también constituye el instrumento jurídico para que los trabajadores del Estado cuenten con habitación higiénica y barata; sólo queremos, dejar constancia de que mi Partido sigue pensando de que esta conquista no es un regalo, sino constituye un producto, una conquista de la clase trabajadora desde hace mucho tiempo.

Queremos también llamar la atención de los trabajadores, para que estén alertas para que los fondos de la vivienda sean realmente canalizados en su manejo en esto; insistiendo nosotros que debe crearse un aparato del Estado que no sólo maneje los fondos, sino que también se dedique a la construcción. Como es ya del conocimiento de ustedes, es la Iniciativa Privada, en estos momentos, que se está movilizando en múltiples formas para captar el mayor número de dinero de los trabajadores; hay que estar alertas, compañeros. Si esto constituye una conquista de los trabajadores, debemos cuidarlos con sentido revolucionario. Por eso, mi Partido,el Partido Popular Socialista dentro de breves momentos emitirá su voto afirmativo. Muchas gracias compañeros (Aplausos) -El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra, el ciudadano diputado Raúl Gómez Poderoso. (Aplausos.)

"Señor Presidente, señores diputados.

Compañeros dirigentes y Trabajadores al Servicio del Estado que en esta ocasión nos acompañan:

En mi carácter de representante popular surgido del empeñoso sector de los trabajadores al servicio del Estado, he solicitado la palabra para hacer algunas pertinentes consideraciones

sobre el proyecto de Decreto que modificará, si así lo aprobamos, los artículos treinta y ocho y cuarenta y tres de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado "B" del artículo 123 constitucional.

La lucha de los servidores públicos para alcanzar las condiciones de que disfrutan, ha sido permanente, se inicia después de la Revolución armada de principios de siglo y en el momento mismo que nuestra patria se institucionaliza, se proclama por la implantación y el respeto de las garantías sociales; basamentos fundamentales que nos han permitido crecer orientados por un afán sostenido de justicia social.

Son grupos de maestros, de trabajadores de Limpia y Transportes, de Panteones, Parques y Jardines, Aguas y Saneamiento y otras Dependencias del Departamento del Distrito Federal así como de los Talleres Gráficos de la Nación, de las Secretarías de Agricultura, de Relaciones Exteriores, de Salubridad, de Materiales de Guerra, entre otros, los pioneros de esta batalla social, concibiendo desde esas épocas, además de la necesidad de que se nos permitiera la sindicación que nos negaban reiterada mente, la necesidad de contar con una protección social para beneficio personal y de nuestras familias. Así al formarse la Alianza de Organizaciones de Trabajadores al Servicio del Estado, antecedente inmediato de la actual Organización Sindical Nacional de Trabajadores Públicos, ya se estableció en sus estatutos que se buscaría como una reivindicación inmediata que el Estado construyera casas habitación para los empleados públicos o en su caso adquirir los terrenos indispensables para establecer colonias de trabajadores del Estado.

Todo lo ganado por los trabajadores del Estado ha sido producto de las luchas de nuestras organizaciones, primero con diversas denominaciones y ahora como sindicatos, nada ha sido producto del destino o del azar, nada ha sido fortuito o gracioso y, para alcanzar el derecho a sindicarnos, tuvimos que sostenernos firmemente en la defensa de un ideal, fieles a una bandera, frente a una disposición jurídica que nos convertía en trabajadores de segunda respecto de nuestros compañeros obreros.

Cristalizó este generoso impulso cuando llega a la Presidencia de la República el ilustre mexicano Lázaro Cárdenas (aplausos). El pleno conocimiento de la justeza de nuestra demanda, su gran emoción social, su formación democrática y popular, permitió que se promulgara el Estatuto Jurídico de los Trabajadores del Estado que en este mismo recinto con pasión se discutió aprobándose, no sin antes enfrentarse a las corrientes negativas que manifestaron su in conformidad, su preocupación por la organización colectiva de los Trabajadores del Estado, dudando de la actitud patriótica que desde ese entonces y hasta los días presentes ha demostrado el pueblo este gran núcleo de trabajadores.

Por eso creemos nosotros, que dignifica a los Legisladores del año de 1938 la aprobación que otorgaron en favor del Estatuto Jurídico. Por eso agradeceremos siempre su actitud singularmente revolucionaria que nos faculta para recordarlos con admiración y respeto.

En ese primer documento al que nos asimilamos para proteger nuestros derechos, se señaló categóricamente la demanda de los trabajadores para resolver su problema de habitación; sin embargo, tendrían que pasar muchos años para que esta conquista se tradujera en algo más objetivo. Nunca, naturalmente, las organizaciones sindicales dejaron de reclamar esta prestación y como consecuencia las unidades habitacionales al igual que las casas individualmente, empezaron a surgir en el territorio nacional.

La administración pública crece y consecuentemente ha crecido el número de trabajadores que le sirven para traducir en obras y servicios los programas de la Revolución Nacional, creciendo también, lógicamente, las necesidades de habitación.

Las lucha no se detiene y se logra elevar a la categoría de constitucional el Estatuto Jurídico, naciendo el apartado "B" del Artículo 123 de la Constitución y su Ley Reglamentaria, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado que junto a la Ley del ISSSTE, constituyen un paso firme que crea nuevos instrumentos para resolver la demanda de casas habitación; no resulta sin embargo la fórmula ideal, porque nunca logramos tener los fondos suficientes para construir las viviendas que se demandan.

Para aliviar esta insuficiencia de recursos hemos recurrido al dinero de los particulares quienes, resulta oficioso decirlo, lo venden con intereses que disparan los costos, haciendo en muchas ocasiones imposible para los trabajadores de más bajos salarios, que son mayoritarios, el ejercicio cierto de este derecho, imposibilitándolo a la vez en su ambición legítima de desarrollar su familia en condiciones modestas pero dignas, a la altura de las condiciones mínimas que reclama un hogar moderno.

Por estas consideraciones los trabajadores reconocemos la importancia y la generosidad de la Iniciativa del Presidente Echeverria para crear el fondo de la vivienda que ampara a los empleados públicos y en justicia también un fondo similar para los miembros del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, instituciones imaginadas por el guía natural de los destinos del pueblo que vendrán a resolver, como lo ha señalado la representación sindical de los Trabajadores al Servicio del Estado, un viejo anhelo, convirtiendo en realidad una conquista que había quedado tan sólo en un deseo, que se encontraba establecida en nuestros ordenamientos jurídicos, pero en la práctica no se traducía en resultados concretos.

Creemos ciertamente que el instrumento imaginado y funcionando ya, virtualmente a partir del primero de septiembre próximo pasado, se acerca a la formula ideal para resolver este sentido problema, presentándonos la posibilidad de resolver otros tan sentidos como las desocupación en el campo y las ciudades, activando las industrias de la construcción, agilizando el ciclo económico, buscando que sus impactos sean más justos y equitativos al mismo

tiempo que encuentren su distribución en un mayor número de mexicanos.

Los trabajadores del Estado agradecemos porque convencidos estamos de la trascendencia del Fondo de la Vivienda, la creación que en nuestro beneficio hace el pueblo por conducto de su representante en el Poder Ejecutivo; nos complace que un trabajador al servicio del Estado, hoy, con la más alta investidura, la de Presidente de la República, sepa interpretar a su pueblo y lo esté conduciendo con prisa, hacia la formación de una nueva sociedad, hacia la construcción del tipo de nación que las mayorías queremos construir , más justa, más responsable, más participante , dinámica, nacionalista, con una riqueza mejor distribuida, con estructuras tan bien cimentadas que no puedan inquietarla los grupos que siguen de espaldas al porvenir, conformistas y enemigos de las transformaciones que se están gestando y que serán irreversibles.

Nosotros, señores diputados, estamos viviendo una etapa de trascendencia social, etapa de despegue hacia la formación del México que esperan, en mejores condiciones, vivir nuestros hijos.

Conscientes de nuestro compromiso histórico hemos aprobado iniciativas de ley que están cambiando la imagen de la patria y las condiciones en que se desarrollan sus habitantes, nos toca hoy analizar y discutir las modificaciones, reformas y adiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, para que este esforzado grupo de nacionales pueda ejercer los fondos que con un alto sentido social proporcionará el gobierno a sus trabajadores.

Seguro del espíritu progresista, cabalmente revolucionario, que ha caracterizado a esta legislatura, solicito desde esta tribuna su voto en favor del dictamen que nos ocupa, retirándome de la misma con la satisfacción que puede experimentar un trabajador al servicio del Estado que solicita su aprobación para una medida re distribuidora de justicia, que supera en este campo cualquier conquista lograda hasta la fecha por los empleados públicos, que con su presencia, en esta sesión pública, ratifican tanto su interés, su satisfacción y su compromiso de responder cada vez mejor a las importantes tareas que se les tienen encomendadas, como la unidad y solidaridad de sus organizaciones sindicales, condición indispensable que requiere su noble lucha para alcanzar las etapas ideales a que aspiran, y condición indispensable que les reclama el país, para coadyuvar con su esfuerzo en la gran cruzada nacional que el pueblo y su gobierno realizan. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si considera suficientemente discutido este proyecto de decreto.

El C. pro secretario Argüelles Sánchez, Rafael: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el proyecto en lo general. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Por la negativa.

(Votación)

El C. pro secretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. Secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación)

El C. pro secretario Argüelles Sánchez, Rafael: El proyecto de decreto fue aprobado por unanimidad en lo general por 155 votos. Está a discusión en lo particular. Los diputados que deseen reservar algún artículo, sírvanse manifestarlo.

No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo particular. Por la afirmativa.

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Por la Negativa.

(Votación.)

El C. pro secretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa.?

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: El proyecto de Decreto fue aprobado por unanimidad de 156 votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

INICIATIVA DE LEY

Reformas al Artículo 60 Constitucional

El C. López Sanabria, Juan Manuel (desde su curul): Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. López Sanabria, Juan Manuel: Para presentar una Iniciativa.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Juan Manuel López Sanabria para presentar una Iniciativa.

-El C. López Sanabria, Juan Manuel:

"Señor Presidente,

Compañeros diputados:

Desde que Acción Nacional inició su participación en las elecciones, rechazó el sistema de calificación de las de diputados a través del Colegio Electoral que forman los mismos interesados en dar validez a credenciales frecuentemente obtenidas mediante violaciones graves a la Ley Electoral, lo que resulta moustruosamente injusto en cuanto viola el principio general de derecho de que nadie puede ser a la vez juez y parte, principio que es condición indispensable para justificar a cualquier

tribunal; y los colegios electorales precisamente se integran con los presuntos diputados y los presuntos senadores que resuelven la legalidad y las objeciones de sus respectivas elecciones, o sea que resuelven sus propias causas y, como es natural, lo hacen por lo general en forma injusta, según demuestra la experiencia.

No impide la injusticia el hecho de que ciertamente, no califica por sí solo cada presunto diputado o senador su propio caso electoral, sino que la calificación la hace el conjunto de los presuntos; pero es obvio que cuando ese conjunto o la mayoría del mismo ha incurrido en irregularidades que pueden afectar su elección, quienes lo forman tienen interés en apoyarse recíprocamente para impedir que se corrijan y se sancionen las irregularidades que cometieron.

No existe justificación para que la representación presunta que ostentan los candidatos que acuden al Colegio Electoral los autorice a resolver sus propios casos y los de los demás, puesto que en realidad, todos y cada uno de esos casos están sujetos a verificación o calificación, y no con criterios meramente políticos como hasta ahora se acostumbra, sino que la calificación se debe hacer de acuerdo con los hechos objetivos y las reglas legales aplicables; porque si bien la representación es un hecho político, únicamente se puede fundar en hechos comprobados y calificados legalmente, como son las votaciones mayoritarias o las proporcionales que dan derecho a los diputados de partido; de manera que esos hechos no se pueden desconocer ni modificar como en forma sistemática acostumbran hacerlo los colegios electorales, lo mismo reconociendo triunfos inexistentes que rechazando elecciones legítimas, que regalando diputados de partido a los que no tienen derecho a ellos.

Sabemos que el sistema del artículo 60 constitucional tiene antecedentes que vienen desde la Constitución Española de 1812, y que, con variantes secundarias, ese sistema se ha repetido en nuestras constituciones desde la de Apatzingán de 1814 hasta la vigente de 1917, con la única excepción de las Leyes Constitucionales de 1836; pero esta sucesión de hechos no justifica el sistema, puesto que la experiencia surgida de esas Constituciones no ha favorecido el establecimiento de la auténtica democracia en México, sino por el contrario ha significado un obstáculo para realizarla y ha contribuido a su simulación.

Por razones similares, tampoco puede justificar el sistema de la auto calificación electoral el hecho, que también conocemos, de que el mismo sistema se incluye en constituciones extranjeras como las de Estados Unidos, Dinamarca, Francia, Italia y la República Española y, en la América Latina, Argentina, Colombia, El Salvador, Guatemala, Panamá y Venezuela.

En primer término, algunos de los países mencionados en que el sistema ha funcionado razonablemente, las condiciones sociales y políticas son completamente diversas de las de nuestro país y, por consiguiente, no puede haber paralelismo en las soluciones; y en los países restantes, ciertamente tampoco ha servido el sistema para promover la democracia y menos aún para robustecerla, sino que, por el contrario, ha dado resultados negativos, en muchos casos peores que los de México, como elocuentemente lo comprueban los acontecimientos de la historia reciente, e incluso los episodios de que los periódicos dan cuenta todos los días.

En cambio, existe ciertamente un movimiento para suprimir la calificación electoral hecha por los mismos candidatos a quienes se califica y substituirla por la de un Tribunal independiente, que juzgue en forma objetiva y conforme a las reglas jurídicas, movimiento que ha tomado cuerpo en constituciones como las de Costa Rica, Chile, Honduras, Bolivia, Ecuador y Alemania Occidental, países en los que la calificación de las elecciones de los cuerpos representa tivos, y en ocasiones también la de los titulares del Poder Ejecutivo, se encomienda a esos Tribunales, directamente o como revisores de las resoluciones de otros órganos subordinados, tendencia que tiene por objeto precisamente superar los inconvenientes de los colegios electorales del tipo de los que desafortunadamente funcionan todavía en México.

En vista de estos antecedentes, con la presente iniciativa insistimos en que se supriman los colegios electorales que previene el artículo 60 de la Constitución Federal y que en lo sucesivo las elecciones de diputados federales y de senadores sean calificadas por un Tribunal Federal.

El sistema que proponemos establece una calificación que podría llamarse de primera instancia, que sigue en parte las bases establecidas en la actualidad, con una segunda instancia ante un Tribunal Electoral que resuelva en la actualidad las controversias relativas a las calificaciones que se reclamen por algún partido o candidato opositor.

Por lo que hace a la primera instancia, se distingue el caso de los diputados federales por una parte y el de los senadores, por la otra.

En el caso de los senadores, se parte de la facultad que el art¡culo 56 de la Constitución atribuye a las legislaturas locales de declarar electos a los que obtengan mayoría de votos; y se establece que esta declaración, que ahora se revisa por el Colegio Electoral, en lo sucesivo será recurrible a petición de parte ante el Tribunal que se propone; de modo que si la declaración no es recurrida, queda firme y definitiva.

En cuanto a los diputados, se recoge la experiencia de la Comisión Federal Electoral relativa a la facultad que el artículo 114 de la Ley Electoral vigente le atribuye para resolver sobre el registro de las constancia de mayoría de votos que expiden los Comités Distritales; y en vista de que, no obstante su integración partidista, dicha comisión ha demostrado en alguna medida capacidad para conceder o negar el registro con base en consideraciones objetivas de hecho y de derecho, proponemos que la misma Comisión Federal sea quien califique en primera instancia las elecciones de diputados; y que su resolución sea recurrible ante

el Tribunal Electoral en términos iguales al caso de los senadores.

Por lo que hace a la integración del Tribunal Federal Electoral, se examinaron los diversos sistemas de los países que han adoptado estos tribunales y también los propuestos en anteriores iniciativas de Acción Nacional; y se llegó a la conclusión de que cualquier procedimiento de designación en que intervinieran las autoridades en alguna forma, se vería con desconfianza en vista de las malas experiencias sufridas en esta materia. En consecuencia, se optó por establecer que el Tribunal se formara por cinco personas que serán designadas por insaculación que la misma Comisión Federal Electoral llevará a cabo de entre los candidatos que propongan al efecto los partidos políticos registrados, a razón de cinco candidatos cada uno, sin más requisitos que las personas propuestas reúnan las condiciones positivas y negativas que al efecto se señalan; y que si bien el cargo de Magistrado del Tribunal será irrevocable, los candidatos propuestos por un partido podrán ser recusados por los demás, así como que los candidatos cuya recusación proceda se excluirán de la insaculación con la sanción adicional de que no podrán ser sustituidos por el partido que los haya propuesto.

Dada la categoría de los miembros del Tribunal se propone que las recusaciones sean calificadas por la Sala Administrativa de la Suprema Corte, la que no por ello ejercita ninguna facultad política, puesto que su función se limitará a resolver si la persona propuesta cumple o no los requisitos establecidos para su designación. A la vez se señala un plazo breve para decidir la recusación a fin de que la integración del Tribunal no sufra dilaciones.

Sabemos por supuesto que puede haber otros sistemas para integrar el Tribunal y que el que proponemos presenta inconvenientes; pero seguramente ninguno de éstos es mayor que los de los Colegios Electorales vigentes; y, en consecuencia, en cualquier caso el establecimiento en esta forma del Tribunal constituye un primer avance para mejorar la situación actual, avance que, a su vez, podrá ser mejorado posteriormente de acuerdo con la experiencia que se logre.

En vista de las dificultades de prueba que se presentan en los casos electorales, se establece que el Tribunal Electoral juzgará en conciencia los hechos de que conozca; pero que deberá resolver conforme a derecho los casos que se sometan, a fin de que su intervención haga cumplir los principios constitucionales y legales que rigen la representación política; y para el mismo efecto, se dispone que el Tribunal consignará a las autoridades competentes los hechos constitutivos de fraudes u otros delitos que se comprueben en el ejercicio de sus funciones.

Por otra parte la iniciativa preveré la colaboración que las autoridades administrativas y judiciales deben prestar al Tribunal para que éste pueda cerciorarse de los hechos materia de las controversias que se le sometan y en su caso hacer cumplir las resoluciones que dicte; y a la vez establece las atribuciones que le corresponde para ejercer el presupuesto que se le asigne y asignar el personal necesario para desempeñar sus funciones, con la correspondiente obligación de rendir cuentas del manejo de su presupuesto.

Teniendo en cuenta la importancia para la opinión pública de las resoluciones que debe tomar el tribunal y su responsabilidad por la recta integración de las Cámaras, el proyecto establece la obligación del propio Tribunal de informar al Congreso y al público del desempeño se sus funciones.

Por último y por razones de seguridad jurídica, que exigen firmeza y estabilidad en la integración de los órganos de la autoridad y en su funcionamiento, se mantiene el principio de que las resoluciones del Tribunal en materia de elecciones serán definitivas e inatacables.

El Tribunal Electoral que se propone debe actuar en todos los casos en que deba llevarse a cabo una elección de diputados federales o senadores, ordinaria o extraordinaria, y funcionara sólo por el tiempo necesario para resolver sobre los recursos que se interpongan ante el mismo; de manera que se tiene que disolver una vez cumplida esa función.

En otras ocasiones se ha objetado que la creación de un Tribunal Electoral como el que proponemos implica el establecimiento de un cuarto poder, similar al Supremo Poder Conservador que quisieron establecer las Siete Leyes Constitucionales de 1836 y que se frustró, entre otras cosas por las facultades demasiado amplias con que se pretendía investirlo.

En el caso, la objeción carece por completo de fundamento, ya que la función del Tribunal que proponemos se establece y limita por normas precisas, dado que en forma expresa se dispone que, si bien puede apreciar los hechos en conciencia, está obligado a fundar en derecho sus resoluciones.

Por lo demás, las facultades del Tribunal distan de ser amplias, puesto que ni siquiera se extienden a resolver todos los casos electorales de diputados federales y senadores, sino exclusivamente aquellos que den lugar a controversias especiales y cuyo fallo de primera instancia sea recurrido en forma expresa; por lo que de ninguna manera puede haber peligro de que ese tribunal se convierta en un poder que entre en competencia o desafíe los tradicionales Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Por lo demás, las reformas que se proponen no modifican el sistema de calificación de la elección para Presidente de la República cuestión que se deja a la resolución del Congreso Federal en la misma forma en que está actualmente reglamentada.

En vista de las consideraciones anteriores y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, proponemos se reforme el artículo 60 de la Constitución, para quedar como sigue:

Artículo 60. La calificación de las elecciones de diputados federales será hecha por la Comisión Federal Electoral, la que se integrará

y funcionará en lo términos que establezca la ley para ejercitar ésta y las demás funciones que la misma ley le atribuye.

Las resoluciones de la Comisión Federal Electoral de calificación de elecciones de diputados y las de las legislaturas de los Estados sobre declaración de senadores electos dictadas en los términos del artículo 5o. podrán ser recorridas ante el Tribunal Federal de Elecciones por los partidos y candidatos perjudicados.

El Tribunal Federal de Elecciones estará integrado por cinco Magistrados que se designarán por insaculación que hará la misma Comisión Federal Electoral de entre las personas que propongan los partidos políticos registrados, a razón de cinco proposiciones cada partido.

Las personas que propongan para Magistrados los partidos políticos registrados deberán ser ciudadanos mexicanos, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, de reconocida probidad, capacidad y preparación y de recto e informado criterio; que hayan destacado en actividades políticas, mayores de 35 años y menores de 65 y que en los tres años anteriores a su designación no hayan desempeñado puestos de elección popular, empleos, cargos públicos o comisiones de la Federación, ni de los Estados, ni empleos, cargos o comisiones de los organismos y empresas para estatales y que tampoco hayan sido durante ese período funcionarios sindicales, agrarios, ni de partidos políticos.

El cargo de Magistrado del Tribunal será irrevocable; pero los candidatos propuestos por un partido político serán recusables por los demás ante la Sala Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la que deberá resolver dentro de cinco días; y los candidatos cuya recusación se declare procedente, serán excluidos de la insaculación sin que el partido que los nombró los pueda substituir.

El Tribunal Federal de Elecciones deberá quedar constituido quince días antes cuando menos, de la fecha de cualquier elección ordinaria o extraordinaria de diputados federales o senadores, y deberá concluir sus labores a más tardar dos meses después de realizada la elección, si es ordinaria o un mes después, si es extraordinaria; juzgará los hechos en conciencia, resolverá con arreglo a derecho los casos que se le sometan y consignará a las autoridades competentes los hechos constitutivos de fraudes o delitos que se comprueben en el ejercicio de sus funciones.

Los Tribunales de Circuito, los Juzgados de Distrito y los de orden común, al igual que los funcionarios dependientes del Ejecutivo, deberán desahogar dentro de su jurisdicción las diligencias que el Tribunal les encomiende. El Ejecutivo Federal, los Ejecutivos de los Estados y las autoridades municipales, quedan obligados a prestarle, cuando lo solicite, el auxilio de la fuerza pública.

El Tribunal designará el personal necesario para sus labores y formulará y ejercerá el presupuesto que se le asigne. En un plazo no mayor de 15 días, a partir de cuando concluya las tareas que le correspondan, el Tribunal presentará al Congreso y hará público un informe del cumplimiento de su encargo y del ejercicio de su presupuesto.

Las decisiones del Tribunal Federal Electoral que resuelvan sobre una elección serán definitivas e inacatables.

Salón de Sesiones, a 14 de noviembre de 1972.

-Diputado licenciado Guillermo Baeza Somellera.-Diputado licenciado Bernardo Bátiz Vázquez.-Diputado Mayo Arturo Bravo Hernández.-Diputado Profesor José Blas Briceño Rodríguez.-Diputado licenciado Hiram Escudero Alvarez.-Diputado doctor Roberto Flores Granados.-Diputado licenciado Jorge Garabito Martínez.- Diputado Magdaleno Gutiérrez Herrera.-Diputado Miguel Hernández Labastida.- Diputado doctor Guillermo Islas Olguín.-Diputado licenciado Juan Landerreche Obregón.- Diputado licenciado Miguel López González Pacheco.-Diputado doctor Juan Manuel López Sanabria.-Diputado ingeniero José Melgarejo Gómez.- Diputado Alfonso Orozco Rosales.-Diputado licenciado Francisco Peniche Bolio.- Diputado profesor Jesús Rojo Pérez.-Diputado licenciado Guillermo Ruiz Vázquez.-Diputado Inocencio Sandoval Zavala.-Diputado ingeniero Ernesto Velasco Lafarga."

El C. Presidente: Trámite a esta Iniciativa: Túrnese a las Comisiones Unidas de Gobernación en turno y de Estudios Legislativos e imprímase.

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Señor Presidente: Agotados los asuntos en cartera.

AGRADECIMIENTO

El C. Presidente: Esta Presidencia expresa a los trabajadores al Servicio del Estado y a sus dirigentes sindicales su reconocimiento por su muy honrosa presencia en esta sesión. (Aplausos.

-El mismo C. Presidente (a las 14:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 15 de noviembre, a las 10.00 horas , en la que comparecerá el ciudadano licenciado Mario Moya Palencia, Secretario de Gobernación y se permite rogar su muy puntual asistencia.

TAQUIGRAFIA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"