Legislatura XLVIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19721223 - Número de Diario 37

(L48A3P1oN037F19721223.xml)Núm. Diario:37

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLVIII LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México D. F., Sábado 23 de Diciembre de 1972 TOMO III.- NUM. 37

"AÑO DE JUÁREZ"

SUMARIO

Orden del Día

Se abre la sesión. Lectura del Orden del Día.

Acta

Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

MINUTA

Reforma al Código Civil

La H. Colegisladora remite el expediente de la Minuta del proyecto de Decreto que reforma el artículo 951 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. A las comisiones correspondientes.

DICTÁMENES DE PRIMERA

LECTURA

Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur

Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, con proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de la Baja California Sur para el ejercicio fiscal del 1973. Primera lectura.

Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo

Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, con proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo para el ejercicio fiscal de 1973. Primera lectura.

Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal

Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, con proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1973. Primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación

Dictamen de las Comisiones Unidas de Transportes y Vías Generales de Comunicación, y de Estudios Legislativos, con proyecto de Decreto que reforma el artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. A discusión el artículo único: Sin ella, se aprueba por unanimidad. Pasa al Ejecutivo.

Ley de Ingresos de la Federación

Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1973. A discusión en lo general: Sin ella, se aprueba por unanimidad. A discusión en lo particular: El C. Jorge Garabito Martínez impugna las fracciones XXII y XXIII del artículo Primero y, por la Comisión, interviene el C. Humberto Hiriart Urdanivia. Para hacer aclaraciones y consideraciones, nuevamente interviene el diputado Garabito Martínez en tres ocasiones; La C. Guillermina Sánchez Meza de Solís en una y el C. Marcos Manuel Suárez Ruiz en dos ocasiones por la Comisión. Se aprueba el artículo impugnado en sus términos. Los artículos no impugnados se aprueban por unanimidad. Pasa al Senado. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. RAFAEL RODRÍGUEZ BARRERA

(Asistencia de 121 ciudadanos diputados.)

- El C. Presidente (a las 11:00) horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael:

"Cámara de Diputados.

Tercer Período Ordinario de Sesiones.

XLVIII Legislatura.

Orden del Día

23 de diciembre de 1972.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Minuta

La H. Cámara de Senadores envía Minuta Proyecto de Decreto, que reforma el artículo 951 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal.

Dictámenes de Primera Lectura

Uno de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público con Proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California, para el Ejercicio Fiscal de 1973.

Uno de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público con Proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, para el Año Fiscal de 1973.

Uno de la Comisión de Presupuesto y Gastos Público con Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el Ejercicio Fiscal de 1973.

Dictámenes a Discusión

Uno de las Comisiones Unidas de Transportes y Vías Generales de Comunicación y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto, que reforma el artículo 126 de a Ley de Vías Generales de Comunicación.

Uno de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 1973."

ACTA

- El mismo C. Prosecretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la XLVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, celebrada el día veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y dos.

Presidencia del C. Rafael Rodríguez Barrera.

En la ciudad de México, a las trece horas y diez minutos del viernes veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y dos, se abre la sesión con asistencia de ciento cincuenta y un ciudadanos diputados, según consta en la lista que previamente pasa la Secretaría.

Lectura del Orden del Día.

Sin que motive debate se aprueba el acta de la sesión anterior, efectuada el día veintiuno del presente.

Se da cuenta de los documentos en cartera:

Dictamen con proyecto de Decreto, suscrito por las Comisiones unidas de Transportes y Vías Generales de Comunicación y de Estudios Legislativos, que reforma el artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. Primera lectura.

La Comisión de Presupuesto y Gasto Público presenta un dictamen con proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal de 1973. Primera lectura.

Las Comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, emiten un dictamen con proyecto de Ley Federal Electoral. Primera lectura.

Dictamen con proyecto de Decreto suscrito por la Comisión de Permisos Constitucionales, en virtud del cual se concede permiso al C. Manuel González Valle, para que pueda aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario del Gobierno de Francia, en la ciudad de Oaxaca, Oax. Segunda lectura.

A discusión, sin que motive debate, en votación nominal se aprueba por unanimidad de ciento cincuenta y dos votos, pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos, presentan un dictamen con proyecto de Decreto, que reforma diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, correspondiente a los derechos por servicios de aguas potables e impuesto por uso de aguas de pozos artesianos. Segunda lectura.

A discusión en lo general.

Sin que motive debate, en votación nominal se aprueba en lo general por unanimidad de ciento cincuenta y un votos.

A discusión en lo particular.

El. C. diputado Bernardo Bátiz Vázquez, hace uso de la palabra para una adición a la fracción 3a. del artículo 521.

En votación económica se desecha la proposición.

La C. diputada Guillermina Sánchez Meza de solís, habla para hacer una aclaración.

Se aprueba en lo particular por unanimidad de ciento cincuenta y un votos.

Aprobado el proyecto de Derecho que reforma diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, correspondiente a los derechos por servicios de aguas potables e impuesto por uso de aguas de pozos artesanos, tanto en lo general como en lo particular, pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones unidas de la Vivienda para los Trabajos de la Cámara de Diputados, de Desarrollo de la Vivienda, del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, emiten un dictamen con proyecto de Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito y Territorios Federales.

Segunda lectura.

A discusión en lo general.

Hablan: En contra, el C. diputado Juan Landerreche Obregón; por las Comisiones el C. diputado Ignacio F. Herrerías Montoya; nuevamente en otra ocasión, los ciudadanos diputados Landerreche Obregón y Herrerías Montoya.

Suficientemente discutido.

En votación nominal se aprueba en lo general por ciento treinta y seis votos en pro y quince en contra.

A discusión en lo particular.

Sin ella en votación nominal se aprueba en lo particular por ciento treinta y siete votos de la afirmativa y quince de la negativa.

Aprobado el proyecto de Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles, para el Distrito Federal, tanto en lo general como en lo particular, pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Las Comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos, suscriben un dictamen con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal. Segunda lectura.

A discusión en lo general.

Sin que motive debate, en votación nominal se aprueba en lo general por unanimidad de ciento cuarenta y siete votos.

A discusión en lo particular.

El C. diputado Manuel Orijel Salazar, hace uso de la palabra para presentar a nombre de las Comisiones Dictaminadoras, modificaciones a los artículos 10, 11 y tercero Transitorio.

En votación económica se admiten a discusión las modificaciones propuestas.

En votación nominal se aprueba en lo particular con las modificaciones propuestas y aceptadas por la Asamblea, por unanimidad de ciento cuarenta y seis votos.

Aprobado el proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, tanto en lo general como en lo particular, pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Alas dieciséis horas, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el sábado veintitrés de diciembre, a las diez horas, en la que se tratarán los asuntos con los que la Secretaría dé cuenta."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Aprobada.

MINUTA

Reforma al artículo 951 del Código Civil

- El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique:

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a usted, el expediente que contiene la Minuta Proyecto de Decreto que reforma el artículo 951 del Código Civil para el Distrito y Territorio Federal en materia federal.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 22 de diciembre de 1972.- Roberto Pizano Saucedo, S. S. - Arturo Guerrero Ortiz, S.S."

- El mismo C. Secretario:

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ART¡CULO 951 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL

Artículo único. Se reforma el Artículo 951 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en materia común y para toda la República en materia federal, como sigue:

'Artículo 951. Cuando los diferentes departamentos , viviendas, casas o locales de un inmueble, construidos en formas vertical, horizontal o mixta, susceptibles de aprovechamiento independiente por tener salarios propia a un elemento común de aquél o a la vía pública, pertenecieran a distintos propietarios cada uno de éstos tendrá un derecho singular y exclusivo de propiedad sobre su departamento, vivienda, casa o local, y además, un derecho de copropiedad sobre los elementos y partes comunes del inmueble, necesarios para su adecuado uso o disfrute.

Cada propietario podrá enajenar, hipotecar o gravar en cualquier otra forma su departamento, vivienda, casa o local, sin necesidad de consentimiento de los de los demás condóminos. En la enajenación, gravamen o embargo de un departamento, vivienda, casa o local, se entenderán comprendidos invariablemente los derechos sobre los bienes comunes que le son anexos.

El derecho de copropiedad sobre los elementos comunes del inmueble, sólo será enajenable, gravable o embargable por terceros, conjuntamente con el departamento, vivienda, casa o local de propiedad exclusiva, respecto del cual se considere anexo inseparable. La copropiedad sobre los elementos comunes del inmueble no es susceptible de división.

Los derechos y obligaciones de los propietarios a que se refiere este precepto, se regirán por las escrituras en que se hubiera establecido el régimen de propiedad, por las de compra - venta correspondientes, por el Reglamento del Condominio de que se trate, por la Ley sobre el Régimen de Propiedad en condominio de Inmuebles, para el Distrito y Territorio Federales, por las disposiciones de este Código y las demás leyes que fueren aplicables.

TRANSITORIO

Artículo único. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.'

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores.- México, D. F., a 22 de diciembre de 1972.- Ramiro Yáñez Córdova, S. P. - Roberto Pizano Saucedo, S. S. - Arturo Guerrero Ortiz, S. S."

- Trámite: Recibo, y a las Comisiones Unidas de Justicia en turno y de Estudios Legislativos.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur para 1973

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Presupuesto y Gasto Público.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión de Presupuesto y Gasto Público se le turnó para su estudio y dictamen, la Iniciativa referente al Proyecto de Presupuesto de Egresos del Territorio de Baja California Sur para el ejercicio fiscal de 1973, la cual fue enviada por el Ejecutivo de la Unión de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 fracción II y 74 fracción y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Según el Proyecto que se examina, el Presupuesto de Egresos asciende a la cantidad de 62 millones 415 mil pesos y representa un aumento de 13 millones en relación con el Presupuesto aprobado para 1972.

Es de advertirse que en los Ramos de Justicia, Dirección de Obras Públicas, Turismo, Dirección de Acción Social y Cultura y Dirección de Planeación y Promoción Económica, se registraron incrementos considerables los cuales se habrán de traducir seguramente en mayor eficacia y dinamismo en las diversas funciones de la Administración Pública Territorial y, por otra parte, propiciarán el desenvolvimiento de actividades económicas, sociales y culturales que redundarán en señalados beneficios para la población terrisureña.

El Ramo XIV de Servicios Generales abarca un 47% del Presupuesto de Egresos que nos ocupa, pero la razón de su cuantía estriba en que comprende tanto a los gastos corrientes de operación y mantenimiento de servicios, como a los gastos de transferencia y algunos de inversión. Si a los egresos de Servicios Generales sumamos los de Obras Públicas y de Construcción, nos da por resultado que los gastos de administración se reducen a un 42%, lo cual denota que el Presupuesto de Egresos del Territorio Baja californiano para el ejercicio fiscal de 1973, se aplicará en mayores volúmenes a gastos que inciden en renglones de fundamental importancia para el impulso del progreso socioeconómico del Territorio de Baja California Sur.

Por el monto que representa el Presupuesto de Egresos objeto de este dictamen, y habida cuenta que en 1972 se separaron del Erario Territorial las previsiones presupuestarias correspondientes a los Municipios, las cuales ascienden en este ejercicio fiscal a 23 millones de pesos, es razonable afirmar que el gasto público que se ejerza en el Territorio en 1973, repercutirá en forma muy positiva en todas las esferas de la actividad humana de los terrisureños, alentando la multiplicación de satisfactores y servicios, y fomentando vigorosamente el bienestar social.

Por las razones expuestas anteriormente, esta, Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL TERRITORIO DE BAJA CALIFORNIA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1973

Artículo 1º. El Presupuesto de Egresos del Gobierno del Territorio de Baja California Sur, para el ejercicio fiscal de 1973, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2º. El Presupuesto de Egresos del Gobierno del Territorio de Baja California Sur, importa en total la cantidad de $62,415.000.00 (SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100), distribuida en los siguientes Ramos:

I Ejecutivo del Territorio 2.736,000.00

II Justicia 1,234.000.00

III Gobernación 353,000.00

IV Tesorería General 2.575,000.00

V Dirección de Obras Públicas 537,000.00

VI Dirección General de Turismo 166,000.00

VII Dirección de Acción Social y Cultural 586,000.00

VIII Dirección de Tránsito 683,000.00

IX Dirección de Seguridad 455,000.00

X Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio 339,000.00

XI Dirección de Planeación y Promoción Económica 162,000.00

XII Comisión Agraria Mixta 147,000.00

XIII Junta Central de Conciliación y Arbitraje 188,000.00

XIV Servicios Generales 34.311,000.00

XV Obras Públicas y Construcciones 3,867.000.00

XVI Deuda Pública 14.076,000.00

Artículo 3º. La vigilancia de la ejecución del Presupuesto del Gobierno del Territorio quedará a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se sujetará a lo que previene la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Artículo 4º. Las facultades que la Ley citada en el artículo anterior confiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las funciones de vigilancia que le otorga el mismo artículo, se ejercerán por conducto del Delegado que nombre la propia Secretaría.

Artículo 5º. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Territorio de Baja California Sur para el ejercicio fiscal de 1973 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Gobierno, mediante autorizaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, dando preferencia, por su orden, a gastos corrientes, gastos de transferencia y gastos de inversión, en la inteligencia de que, en este último concepto,

se procurará que haya equilibrio entre las inversiones destinadas a infraestructura y las correspondientes a servicios sociales.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1973, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales.

Artículo 6º. Es de la competencia del Gobernador:

a) Autorizar, dentro del límite que señala el Presupuesto del Gobierno del Territorio, las trasferencias de partidas que reclamen los servicios. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo anterior del uso que se haga de esta facultad.

b) Designar al personal supernumerario.

c) Asignar las cuotas de viáticos y pasajes para el desempeño de comisiones oficiales de carácter transitorio conferidas a empleados o funcionarios, y

d) Fijar el monto de los honorarios a profesionistas o expertos.

Las facultades anteriores las ejercerá el Gobernador con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sala de Comisión de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1972.

'Año de Juárez'.

Marcos Manuel Suárez Ruíz. - Humberto Hiriart Urdanivia. - Salvador Reséndiz Arreola. - Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Juan Moisés Calleja García. - Rafael Castillo Castro. - José Carlos Osorío Aguilar. - Ramiro Robledo Treviño. Alberto Hernández Curiel. - Rodolfo Sánchez Cruz. - Juan Rodríguez Salazar. - Arnulfo Villaseñor Saavedra. - José Estefan Acar. - Roberto Suárez Nieto.- Román Ferrat Solá. - José María Serna Maciel. - Abel Ramírez Acosta. - Héctor Lutteroth Camou. - J. Jesús Yáñez Castro. - Marco Antonio Ros Martínez."

- Trámite: Primera lectura.

Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo para 1973

- El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael:

"Comisión de Presupuesto y Gasto Público.

Honorable Asamblea:

Por acuerdo de Vuestra Soberanía, fue turnada para su estudio y dictamen, la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1973, la cual fue enviada por el Ejecutivo de la Unión, de conformidad con lo previsto en los artículos 65, fracción II y 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación.

El gasto público propuesto en la Iniciativa que se estudia, asciende a 63.3 millones de pesos registrando un incremento de 13.8 millones de pesos en relación con el Presupuesto aprobado para 1972. Este aumento nos indica la intensidad del desarrollo territorial y la indudable, decisión del Gobierno Federal de buscar solución a problemas básicos necesidades prioritarias, con el fin de dar más vigor a la integración de esta porción del territorio mexicano.

Se observa que en general los diversos Ramos Administrativos se aumentan substancialmente, destacándose en forma especial el de Servicios Generales que asciende a 49.9 millones de pesos, o sea que comprende más del 78% del Territorio de Quintana Roo.

Se debe recalcar que tradicionalmente en el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, dentro de los Servicio Generales se destinan las mayores cantidades a los capítulos de Obras Públicas y Construcciones Compra de Bienes de Administración, Transferencias, Adquisición de Bienes para Fomento de Conservación e Inversiones Financieras.

Con el propósito de que se aprecie mejor y se analice con más detenimiento el Ramo X de Servicios Generales se expone a continuación el cuadro siguiente:

X. SERVICIOS GENERALES 49'863,620.00.

CAPÍTULOS:

I. Servicios especiales 4'101,700.00

II. Compras de bienes para la Administración 1'052,000.00

III. Gastos de Administración 1'669,000.00

IV. Transferencias 4,'798,103.45

V. Adquisición de bienes para Fomento y Conservaciones 1'072,000.00

VI. Obras Públicas y Construcciones 36'000.000.00

VII. Inversiones Financieras 680.000.00

VIII. Erogaciones Especiales 220.816.55

IX. Cancelaciones de Pasivo 10,000.00

Cabe señalar que el Ramo VII Agrario, aparece reducido de 525 mil pesos que se asignó en el ejercicio pasado, a 341 mil pesos que figura en el Presupuesto que nos ocupa, por haberse celebrado un Convenio en el cual el Gobierno del Territorio de Quintana Roo cubrirá el 50% de los gastos en este Ramo y el DAAC cubrirá el otro 50%.

Este sistema de ejercer el gasto público, nos indica claramente que se da marcada preferencia a las inversiones en obras de infraestructura así como a la satisfacción de necesidades de primordial importancia para el pueblo quintanarroense. En efecto, en orden de importancia por cuanto al volumen del gasto público, les sigue a la construcción de obras públicas, las erogaciones en transferencias recursos que invariablemente se aplican al fomento cultural y deportes y a dar apoyo a las actividades de asistencia social y salubridad.

Con base en los razonamientos expuestos, esta Comisión, se permite proponer a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL TERRITORIO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1973

Artículo 1º. El Presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal de 1973, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2º. El presupuesto de Egresos del Territorio de Quintana Roo, importa en total la cantidad de $63.266,000.00 (sesenta y tres millones doscientos sesenta y seis mil pesos, oo/100), distribuidos en los siguientes Ramos:

I Ejecutivo del Territorio 1.862,000.00

II Gobernación 6.790,000.00

III Ministerio Público 257,000.00

IV Hacienda 2.344,000.00

V Obras Públicas 822,000.00

VI Trabajo 90,000.00

VII Agrario 341,000.00

VIII Asistencia 544,000.00

IX Judicial 353,000.00

X Servicios Generales 49.863,000.00

Artículo 3º. La vigilancia en la ejecución del Presupuesto del Territorio quedará a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se sujetará a lo que previene la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Artículo 4º. Las facultades que la Ley citada en el artículo anterior confiere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como las funciones de vigilancia que le otorga el mismo artículo, se ejercerán por conducto del Delegado que nombre la propia Secretaría.

Artículo 5º. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de ingresos del Territorio de Quintana Roo para el ejercicio fiscal de 1973 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Gobernador, mediante autorizaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, dando preferencia, por su orden, a gastos corrientes, gastos de transferencia y gastos de inversión, en la inteligencia de que en este último concepto se procurará que haya equilibrio entre las inversiones destinadas a la infraestructura y las correspondientes a servicios sociales.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1973, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales.

Artículo 6º. Es de la competencia del Gobernador:

a) Autorizar, dentro del límite que señala el Presupuesto del Territorio, las transferencias de partidas que reclamen los servicios. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo anterior del uso que se haga de esta facultad.

b) Designar al personal supernumerario.

c) Asignar las cuotas de viáticos y pasajes para el desempeño de comisiones oficiales de carácter transitorio conferidas a empleados o funcionarios, y

d) Fijar el monto de los honorarios a profesionistas o expertos.

Las facultades anteriores las ejercerá el Gobernador con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1972.

'Año de Juárez.'

Marcos Manuel Suárez Ruiz. - Humberto Hiriart Urdanivia. - Salvador Reséndiz Arreola. - Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Juan Moisés Calleja García. Rafael Castillo Castro. - José Carlos Osorio Aguilar. - Ramiro Robledo Treviño. - Alberto Hernández Curiel. - Rodolfo Sánchez Cruz. - Juan Rodríguez Salazar. - Arnulfo Villaseñor Saavedra. - José Estefan Acar. - Roberto Suárez Nieto. - Román Ferrat Solá. - José María Serna Maciel. - Abel Ramírez Acosta. - Héctor Lutteroth Camou. - J. Jesús Yáñez Castro. - Marco Antonio Ríos Martínez."

- Trámite: Primera lectura.

Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1973

- El C. Secretario Soto Reséndiz, Antonio:

"Comisión de Presupuesto y Gasto Público. Honorable Asamblea.

A la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, le fue turnado, para su estudio y dictamen, el proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1973, el cual fue enviado por el Ejecutivo de la Unión de acuerdo con lo previsto en los artículos 65, fracción II y 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 21 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Clasificado por dependencias administrativas, propósitos económicos, capítulos presupuestales y concepto funcional, ha sido presentado a esta honorable Asamblea para su estudio y aprobación, el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y de sus Organismos Descentralizados: Sistema de Transporte Colectivo (Metro), Servicio de Transportes Eléctricos del D. F. e Industrial de Abastos, con una estimación total de 9 mil 173 millones 249 mil pesos para el próximo año de 1973.

Según se desprende del análisis de los conceptos que integran la cifra mencionada, estos recursos se esperan obtener de impuestos, productos y aprovechamientos en una cantidad estimada de 5 mil 300 millones y 2 mil 350 millones de financiamientos. Los egresos de sus organismos se calculan en 1 mil 714 millones 992 mil pesos, correspondiendo al Metro la de mayor proporción, o sea 1 mil 25 millones 553 mil pesos.

El Presupuesto de Egresos que se dictamina refleja, con el mayor acierto, el destino social del gasto a través de un congruente programa y su estructura responde a las sugestiones que esta Comisión ha formulado al Ejecutivo Federal al discutir presupuestos y cuentas públicas anteriores del Departamento del Distrito Federal según reconocimientos expresos en la exposición de motivos del documento que nos ocupa.

Para apreciar mejor el alcance de la aplicación de los fondos para el Distrito Federal, sujeto a vuestra aprobación, convendría recordar algunos de los aspectos más importantes de la problemática de la ciudad de México expuestos en este Recinto por el ciudadano Jefe del Departamento en su reciente comparecencia al afirmar que en dicha metrópoli y en su zona adyacente, se concentra aproximadamente el 18% de la población del país y el 50% de la producción industrial nacional; se realiza el 55% de la actividad comercial y se absorbe el 65% del total de los recursos financieros y que la tasa de crecimiento anual llega al 3.5% agregándose cada día mil habitantes.

En respuesta a las necesidades siempre crecientes de la ciudad, el Ejecutivo Federal se propone mejorar y adecuar los instrumentos normativos y administrativos a las realidades sociales del presente evitando confusas y aglomerantes concentraciones urbanas.

Como los recursos ordinarios del Departamento del Distrito Federal son insuficientes para cumplir con su programa de inversiones se ha considerado procedente acudir a préstamos que apoyen obras fundamentales para el funcionamiento de las estructuras urbanas como son las del drenaje profundo, la del circuito interior, las vías radiales y las unidades habitacionales con propósitos sociales.

Las obras del drenaje profundo protegerán la ciudad de una inundación, que, en caso de falla del Gran Canal del Desagüe, causaría daños incalculables. Obra impresionante que consta de dos interceptores y un emisor central y de la que ya se tiene un avance de 47 kilómetros perforados con un 70% de inversión.

Facilitar la circulación en la ciudad y aliviar el congestionamiento del anillo periférico y otras arterias, es el propósito de la construcción de los circuitos interiores, vías radiales y pasos a desnivel que se pretenden construir con los financiamientos mencionados. Además, en las unidades de habitación y fraccionamientos se estiman invertir 300 millones de pesos.

Otras obras mencionadas en el Presupuesto del Departamento del Distrito Federal y que se estima realizar con recursos propios son la construcción de escuelas, centros sociales, parques infantiles, campos deportivos, mercados, instalación de alumbrado público y edificios públicos para sus delegaciones. Los programas de reforestación, de ampliación y mejoramiento de las zonas verdes, construcción de reclusorios acordes con los sistemas más modernos, ampliación del Bosque de Chapultepec, construcción de una Central de Abastos y de plantas para la industrialización y aprovechamiento integral de las basuras, son otros de los propósitos a que se destinarán los recursos presupuestales del Departamento en el año de 1973.

La clasificación del gasto por capítulos presupuestales refleja un incremento notable en las partidas de Servicios Personales, Servicios Generales y Transferencias, originados por la política de mayores prestaciones a los trabajadores que laboran en el Departamento, entre las que sobresalen la retabulación de salarios, la incorporación de los trabajadores a lista de raya a los servicios médicos del I. S. S. S. T. E. y la aportación del 5% sobre los sueldos y salarios para los programas de vivienda que beneficiará a dichos servidores públicos.

Otras asignaciones presupuestales que también se aumenta, son las de los órganos encargados de impartir justicia, como son el Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales, la Procuraduría General de Justicia, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Los importantes recursos destinados a las 16 Delegaciones que integran el Distrito Federal, tienen la finalidad de que éstas puedan atender debidamente los servicios públicos que han quedado directamente a su cargo y están en aptitud de realizar las obras programadas en sus respectivas jurisdicciones, en los términos de las reformas a la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, que desconcentra la administración y orienta hacia una más expedita y accesible prestación de servicios al público.

Según se desprende de la clasificación funcional del Presupuesto del Departamento del Distrito Federal, 2 mil 319 millones de pesos serán destinados al bienestar y previsión social, siguiendo en orden de importancia, la infraestructura y servicios urbanos 1 mil 789 millones, el gobierno y administración 1 mil 478 millones, los servicios educativos y culturales 891 millones, los servicios de justicia, prevención y seguridad 584 millones y su deuda pública 399 millones.

El medio más eficaz para lograr la transportación rápida de la población de la ciudad de México ha sido el Sistema de Transporte Colectivo (Metro), al que se le ha asignado un presupuesto de 1 mil 25 millones 553 mil pesos para su operación, conservación y estudios de ampliación en el área metropolitana. Su existencia ha permitido grandes economías, entre el tiempo y el trabajo de los habitantes de la ciudad.

A la cancelación de pasivo se están destinando 399.8 millones de pesos; 7.5% del total de sus ingresos ordinarios; factor indicativo, de que esta Dependencia cuenta con márgenes confiables de endeudamiento, sin afectar la dinámica del gasto para el próximo ejercicio y permitiéndole el financiamiento de las obras fundamentales para una mejor operación de las estructuras urbanas.

Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Comisión propone a la consideración de la Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1973

Artículo 1º. El Presupuesto del Egresos del Departamento del Distrito Federal, que regirá durante el año de 1973, se compone de las siguientes partidas:

Artículo 2º. El Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal importa en total la cantidad de $9,173.249,000.00 (NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100), distribuida en la siguiente forma:

Jefatura del Departamento 7.456,860.00

Secretaría de Gobierno 5.850,000.00

Secretaría de Obras y Servicios 5.850,000.00

Oficialía Mayor 4.091,520.00

Contraloría General 34.528,100.00

Consejo Consultivo 302,400.00

Dirección General de Tesorería 189.513,420.00

Dirección General de Policía y Tránsito 456.275,879.79

Dirección General de Relaciones Públicas 6.013,120.00

Procuraduría de las Colonias Populares 5.285,369.00

Dirección General Jurídica y de Gobierno 57.819,100.00

Dirección General de Trabajo y Previsión Social 7.974,332.00

Dirección General de Servicios Sociales 49.715,604.00

Dirección General de Servicios Médicos 187.338,792.00

Dirección General de Planificación 173.924,943.09

Dirección General de Obras Públicas 1,471.326,563.84

Dirección General de Obras Hidráulicas 1,169.757,380.00

Dirección General de Agua y Saneamiento 299.183,473.00

Dirección General de Habitación Popular 33.475,400.00

Dirección General de Ingeniería de Tránsito y Transportes 333.250,910.00

Dirección General de Servicios Urbanos 369.207,864.34

Dirección General de Organización y Métodos 3.112,760.00

Dirección General de Programación y Estudios Económicos 2.685,396.00

Dirección General de Información y Análisis Estadístico 10.656,480.00

Dirección General de Servicios Administrativos 23.867,860.00

Compras y Almacenes 11.156,620.00

Delegaciones 349.539,259.63

Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales 69.292,220.00

Tribunal de lo Contencioso Administrativo 6.028,200.00

Junta Local de Conciliación y Arbitraje 10.486,520.00

Procuraduría General de Justicia del Distrito y Territorios Federales 95.098,876.00

Aportaciones a Organismos Descentralizados 191.743,000.00

Servicios de las Dependencias 828.352,000.00

Servicios de las Delegaciones 456.649,535.10

Cooperaciones y Seguridad Social 399.810,242.21

Deuda Pública del Distrito Federal 323.380,000.00

Importe del Gasto Directo 7,650.000,000.00

Erogaciones Adicionales de Organismos

Descentralizados Sistema de Transporte Colectivo 1,025.553,000.00

Sistema de Transportes Eléctricos 122.372,000.00

Industrial de Abastos 375.324,000.00

Importe Total del Presupuesto 9,173.249,000.00

Artículo 3º. Para el caso de que los ingresos por los conceptos a que se refiere el artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1973 excedan del monto del Presupuesto aprobado, el Jefe de Departamento del Distrito Federal, mediante autorizaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberá hacer erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, los aplicará dentro de la nomenclatura establecida por la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación de acuerdo con la prioridad que les corresponda en el plan de inversiones de la Presidencia de la República, después de atender a los gastos corrientes y de transferencia.

Los ingresos extraordinarios que obtenga el Departamento del Distrito Federal por concepto de empréstitos y financiamiento diversos, se destinarán a las finalidades especificas para las que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo Federal dará cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que haya efectuado con base en esta disposición al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública correspondiente a 1973, que rinda al Congreso para los efectos constitucionales. En dicha Cuenta el Ejecutivo Federal hará el análisis de la aplicación de los excedentes y, en caso de que los hubiere aplicado en forma distinta, informará al Congreso de las razones que hubiere tenido para realizar los cambios.

Artículo 4º. Se faculta al Jefe del Departamento del Distrito Federal para que, cuando

lo juzgue indispensable y mediante autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, efectúe transferencias y distribuciones de partidas que tendrán siempre carácter compensado. El Ejecutivo Federal informará en los términos del artículo 3º. del uso que de esta facultad se haya hecho.

Artículo 5º. Las dependencias del Departamento del Distrito Federal tendrán a su cargo la atención de los servicios públicos en las Delegaciones del Distrito Federal que carezcan de personal y de asignaciones especiales para la atención de dichos servicios, por estar éstos centralizados.

Artículo 6º. Se declaran de ampliación automática las partidas del capítulo de Construcciones que dentro de las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Aguas y Saneamiento, se incrementan con las aportaciones de particulares para obras materiales.

Artículo 7º. El ejercicio de este Presupuesto se llevará a cabo de acuerdo con las prescripciones de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y su Reglamento.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 22 de diciembre de 1972.

'Año de Juárez'.

Diputado Marcos Manuel Suárez Ruiz. - Diputado Humberto Hiriart Urdanivia. - Diputado Salvador Reséndiz Arreola. - Diputada Guillermina Sánchez Meza de Solís. - Diputado Juan Moisés Calleja García. - Diputado Rafael Castillo Castro. - Diputado José Carlos Osorio Aguilar. - Diputado Ramiro Robledo Treviño. - Diputado Alberto Hernández Curiel. - Diputado Rodolfo Sánchez Cruz. - Diputado Juan Rodríguez Salazar. - Diputado Arnulfo Villaseñor Saavedra. - Diputado José Estefan Acar. - Diputado Roberto Suárez Nieto. - Diputado Román Ferrat Solá. Diputado José María Serna Maciel. - Diputado Abel Ramírez Acosta. - Diputado Héctor Lutteroth Camou. - Diputado J. Jesús Yáñez Castro. - Diputado Marco Antonio Ríos Martínez."

- Trámite: Primera lectura.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Reforma al Artículo 126 de la

Ley de Vías Generales de Comunicación

- El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael:

"Comisiones Unidas de Transportes y Vías Generales de Comunicación Sección de Autotransportes y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión de Transportes y Vías Generales de Comunicación, Sección Auto transportes, y de Estudios Legislativos, le fue turnada la minuta con proyecto de Decreto que reforma el artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, misma que envió a esa Cámara revisora el Senado de la República.

Después del análisis detenido de la iniciativa que envió el Ejecutivo de la Unión y del Dictamen de la Colegisladora nos permitimos hacer las siguientes consideraciones:

A los efectos de proporcionar a los usuarios de los usuarios de los servicios de transportación una mayor eficacia y seguridad que se fundamente en la capacidad física y mental del personal encargado de operarlos, se hace conveniente que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes tenga la facultad de exigir a las empresas respectivas apliquen sanciones a sus empleados, en los términos de los contratos y reglamentos, de trabajo, cuando se cometan omisiones comprobadas; asimismo se requiere que dicho personal obtenga y revalide, en su caso, la licencia que expida la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, previo examen inicial y los periódicos que se requieran para comprobar su aptitud.

La Iniciativa a estudio contempla la posibilidad de que en los casos en que se cometan violaciones al artículo 126 que se propone, los concesionarios o permisionarios de servicios de transportes federales sean declarados solidariamente responsable aun tratándose de faltas del personal auxiliar de los operadores.

Por último, se hace mención de que las infracciones serán sancionadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los términos de la Ley, sus reglamentos y demás disposiciones legales aplicables.

Estimamos que esta iniciativa es congruente con el desarrollo manifiesto de las vías generales de comunicación y de los medios de transporte que se observa en el país, y que por tanto el aumento de usuarios exige cada vez más, la certeza de que la prestación de dicho servicio esté sujeto a una mayor supervisión.

Por lo expuesto y fundado nos permitimos someter a la atenta consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ART¡CULO 126 DE LA LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN

Artículo Único. Se reforma el artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:

Artículo 126. El personal que intervenga directamente en la operación de los medios de transporte establecidos en las vías generales de comunicación, deberá obtener y revalidar en su caso, la licencia respectiva que expida la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Para el efecto del párrafo anterior, la persona interesada debe sustentar los exámenes de aptitud, así como sujetarse a los reconocimientos médicos, que para cada ramo de servicios señale esta Ley, sus reglamentos y disposiciones legales aplicables.

Los concesionarios o permisionarios de servicios de transportes federales, están obligados a vigilar que el personal a su servicio cumpla con lo previsto en el párrafo anterior, siendo solidariamente responsables por la violación a este precepto, con quienes tengan a su cargo la responsabilidad directa de la conducción de los vehículos, incluyendo al personal auxiliar de los operadores.

La Infracción al presente artículo, será sancionada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en los términos de esta Ley, sus reglamentos y las demás disposiciones legales aplicables.

TRANSITORIO

Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor quince días después de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 21 de diciembre de 1972.

'Año de Juárez'.

Transportes y Vías Generales de Comunicación: Presidente, Ignacio F. Herrerías Montoya; Secretario, Rafael Argüelles Sánchez, Auto transportes (4a. Sección): Rodolfo Alavez Flores. - Jorge Carlos González Rodríguez. - J. Dolores Díaz Flores. - Salvador Díaz Macías. - J. Jesús Arroyo García. - Melquiades Trejo Hernández. - Jesús Rojo Pérez. - J. Refugio Mar de la Rosa. - Jesús García Tapia. Estudios Legislativos: Presidente, Cuahtémoc Santa Ana Seuthe; 1er. Secretario, Ramiro Robledo Treviño; 2o. Secretario, Santiago Roel García; 3er Secretario, Alejandro Ríos Espinosa."

Segunda lectura. Está a discusión el artículo único del proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo único. Por la afirmativa.

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Por la negativa.

(Votación.)

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva. (Votación.)

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: Fue aprobado el artículo único del proyecto de Decreto por unanimidad de 127 votos. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Ley de Ingresos de la Federación para 1973

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: "Comisión de Presupuesto y Gasto Público. Honorable Asamblea:

El Ejecutivo de la Unión, en uso de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, envió a esta H. Cámara de Diputados, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, para el ejercicio fiscal de 1973, documento que fue turnado a la suscrita Comisión, para su estudio y dictamen.

El documento citado contiene la relación cuantitativa de los arbitrios que financiarán el gasto público durante el ejercicio de 1973, así como los preceptos que habrán de normar la política financiera gubernamental en lo que concierne al plan de ingresos contemplado.

En el texto comentado no se advierten cambios, en el espíritu de la Ley en vigor; antes bien, constituye la secuencia enriquecida de los mismos propósitos que inspiran la política del Ejecutivo Federal, encaminados a robustecer el caudal tributario para que, sobre bases más sólidas, realice su programa de acción, significado por la prioridad que se concede al desarrollo social.

Conforme el proyecto estudiado, en el próximo ejercicio fiscal, la Federación captará ingresos por un valor conjunto de 173 mil 879 millones de pesos, cifra que, históricamente, no sólo es la más elevada sino también la más veloz en su crecimiento anual, acusando un aumento de 50 mil 78 millones de pesos respecto del año de 1972.

Por su particular interés, sin embargo, debe aclararse que esa alza es, en realidad, menor de lo que la cifra sugiere. La explicación es fácil: La suma global de ingresos para 1973 incluye conceptos que nos se registraron en la Ley en vigor o en los de años anteriores y que se calcula ascenderán a 18 mil 245 millones de pesos.

En efecto, la iniciativa de ley, sujeta por primera vez al control presupuestario, nueve organismos más y de ahí la inclusión de sus ingresos dentro del total correspondiente a la Federación.

De esta manera, por la reforma del inicio 1, párrafo segundo del artículo 14 introducida en el ordenamiento examinado, los Institutos Mexicano del Café y el Forestal Vicente Guerrero, así como las empresas Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, S. A.; Siderúrgica Nacional, S. A.; Diesel Nacional, S. A.; Siderúrgica Lázaro Cárdenas las Truchas, S. A.; Productos Pesqueros Mexicanos, S. A., y Ferrocarril Sonora Baja California, S. A. de C. V.

Se regirán, de aprobarse la Ley, por las mismas disposiciones que ahí se establecen para los demás organismos y empresas del Estado.

La Comisión Dictaminadora, estima que la sujeción de esos organismos al régimen presupuestal es, en parte, resultado de las instancias de los legisladores; pero, al mismo tiempo, reconoce, con toda justicia, que el avance en la técnica hacendaria logrado con ésta y otras modificaciones introducidas en el Proyecto de Ley examinado, reafirma una vez más, la legalidad y honestidad del Ejecutivo Federal, en el manejo de la cosa pública.

Influyó también en la determinación del volumen de ingresos para 1973, el que se sumaran las percepciones virtuales y compensadas; o sea, ingresos recibidos por el Erario pero que, por ley, está obligado a devolver, Tal es el caso, por ejemplo, de los rendimientos de algunos impuestos que se comparten con los Estados, Municipios, Territorios y Distrito Federal. En el mismo sentido contribuyó, el que se registrara el pasivo no documentado que arrojará el presente ejercicio por concepto de saldos pendientes de pago.

A no dudarse, la elevada magnitud de los ingresos previstos revela de suyo, el esfuerzo

singular de la administración por intensificar sus planes de desarrollo; pero más todavía, si se considera que con sus propios recursos el Estado hará frente en forma sustantiva a las necesidades financieras que exige la ejecución del programa de trabajo proyectado para ese año.

En efecto, los arbitrios que se captarán por fuentes ordinarias, estimados en 123 mil 800 millones de pesos, ofrecen, a juicio de la Comisión Dictaminadora, una saludable cobertura: 70.1% del gasto total presupuesto para el mismo ejercicio.

Con carácter complementario se proyecta obtener crédito por una suma de 50 mil 78 millones de pesos que se captarán en proporción mayoritaria en el mercado nacional de capital.

En este mismo orden de cosas, importa destacar algunos hechos significativos. Se advierte, por ejemplo, que las finanzas del Gobierno Federal descansan, como es ya tradicional, en el impuesto sobre la renta, cuya recaudación en el año de 1973, aportará, según los cálculos formulados, 23 mil 426 millones de pesos; 28.6% más respecto del año anterior.

De acuerdo con la cifra apuntada, esa fuente impositiva generará 42% de los ingresos ordinarios del Gobierno Federal; de donde válidamente puede colegiarse que el sistema tributario mexicano se significa por su equidad y progresividad toda vez que la exacción sobre la renta sintetiza esos principios.

Le siguen en jerarquía, los impuestos que gravitan sobre las industrias, la producción, el comercio y la tenencia y uso de bienes y servicios industriales, cuya recaudación en 1973, se estima en 11 mil 464 millones de pesos. En orden decreciente, se apuntan los gravámenes a la importación y los impuestos sobre ingresos mercantiles, que aportarán al Erario del Gobierno Federal, 6 mil millones de pesos, en el primer caso y 6 mil 216 millones de pesos, en el segundo.

Con el propósito de que este H. Cuerpo Legislativo pueda evaluar, con todo detalle, el origen y monto de las disponibilidades financieras de la Federación para el año fiscal de 1973, se adjunta al texto del dictamen, el catálogo de ingresos proyectados sobre la materia. La Comisión Dictaminadora estima que las previsiones del Ejecutivo Federal, que ahí se consignan, se encuentran dentro de los márgenes posibles y aconsejables toda vez que se apoyan en proyecciones objetivas del comportamiento de la economía mexicana y de la capacidad de pago del país para cubrir sus compromisos financieros; circunstancias éstas que permitirán llevar a cabo las actividades programadas.

Todo ello funda pues, la afirmación de los suscritos en el sentido de que los cálculos de ingresos del Ejecutivo para 1973 son correctos no sólo a la luz de la experiencia recogida, sino también, por la certidumbre de que en el año próximo confluirán los mismos factores para imprimirle al caudal tributario el dinamismo que se espera. De ahí también, la seguridad en cuanto a su concordancia con las cifras de la Cuenta Pública correspondiente a ese ejercicio.

En materia de comercio externo, esta Comisión analizó el documento enviado por el Ejecutivo Federal en cuyo texto informa, de manera detallada, las modificaciones introducidas al régimen arancelario en el pasado año fiscal, en el uso de las facultades que le confiere la ley.

En términos generales se observa, en los cambios efectuados que responden al propósito cardinal de integrar la industria nacional, sin que se pierda de vista la necesidad de crear condiciones competitivas adecuadas en el mercado nacional entre los productos mexicanos y los importados.

Los gravámenes al comercio de importación se afectaron también, para impulsar la integración económica regional, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio ALALC.

El arancel a la exportación se manejó con el criterio de dar al producto mexicano una saludable capacidad competitiva en los mercados internacionales; de ahí se explica que este coeficiente arancelario fuera en el período antes citado escasamente del 2%, en contraste con el de importación que acusó 12% en el mismo período.

A la luz de los principios que inspira con la conducta del Ejecutivo Federal en materia arancelaria, esta Comisión considera que deben aprobarse las modificaciones a las tarifas de importación y exportación introducidas en el año fiscal de 1971.

En cuanto al texto de la Iniciativa de Ley de Ingresos para el año de 1973 se advierten, en su conjunto los mismos lineamientos del ordenamiento vigente salvo algunas modificaciones que se introducen para el efecto de adecuarlo a la práctica administrativa.

Así, la Iniciativa, deja intocada la exención al Impuesto sobre Explotación Forestal que se concede a los productores de ixtle de lechugilla, de palma o de cualquier otra especie, para favorecer a los campesinos de la zona desértica cuya vida se desenvuelve en condiciones de graves escasez. Conserva, también los incentivos fiscales que han venido otorgándose al mercurio para abatir la exportación fraudulenta al igual que el régimen especial establecido en el artículo 8º. para las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

Entre las modificaciones introducidas destaca en primer término, la incorporación al artículo 1º., en la fracción XV, de las "Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por patrones, para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores".

En ese mismo artículo 1º. en la fracción XVII relativa a Derechos por Servicios Públicos, se modifica el subinciso d) del inciso 5 para incluir los derechos que deben pagar las industrias acogidas a las disposiciones legales en vigor.

El artículo 14 es, también, objeto de modificaciones. Una, para suprimir la parte final del primer párrafo a fin de que las

Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y las de Seguros y Fianzas, queden obligadas a obtener la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para las operaciones de crédito interno pues hasta ahora sólo la obtienen para los créditos del extranjero o en moneda extranjera. La otra, ya comentada en el cuerpo del dictamen, se introdujo para incorporar al régimen de este ordenamiento a los nueve organismos para estatales citados.

Los razonamientos vertidos en el cuerpo del dictamen, fundan la opinión de los suscritos, en el sentido de que debe aprobarse el siguiente

PROYECTO DE LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1973

Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamiento y otros ingresos

Artículo 1º. En el ejercicio fiscal de 1973, la Federación percibirá los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumera:

I. IMPUESTO SOBRE LA RENTA:

II. IMPUESTO RELACIONADOS CON LA EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES.

1. Explotación forestal:

A. Para consumo interno.

B. Para exportación.

2. Minería:

A. Concesiones mineras.

B. Producción de minerales metálicos y no metálicos, metales y compuestos metálicos, cualquiera que sea su origen o los procedimientos empleados para obtenerlos. Quedan comprendidos los metales y productos metálicos extraídos de los jales, de los terreros, de las escorias y de otros residuos del tratamiento de minerales.

3. Petróleo. Petróleo crudo, sus derivados y desperdicios, gas natural, gas licuado y gas artificial.

A. Para consumo interno.

B. Para exportación.

4. Explotación pesquera y buceo.

5. Sal.

A. Para consumo interno.

B. Para exportación.

6. Uso o aprovechamiento de aguas federales.

III. IMPUESTOS A LAS INDUSTRIAS Y SOBRE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIO, A LA TENENCIA O USO DE BIENES Y A SERVICIOS INDUSTRIALES.

1. Aguamiel y productos de su fermentación.

2. Aguas envasadas y refrescos. Compraventa.

3. Alcohol, aguardiente, mieles incristalizables y envasamiento de debidas alcohólicas.

A. Alcohol: Producción, faltante en la producción, compraventa y envasamiento.

B. Aguardientes: Producción y faltante en la producción.

C. Faltantes de miles incristalizables, asimiladas y posesión ilegal de las mismas.

D. Envasamiento de bebidas alcohólicas.

4. Azúcar.

A. Compraventa.

B. Excedente de precios netos.

5. Algodón:

A. Consumo.

B. Despepite.

6. Artículos electrónicos, discos, cintas, aspiradoras y pulidoras. Compraventa.

7. Alfombras, tapetes y tapices. Compraventa.

8. Automóviles y Camiones.

A. Ensamble de automóviles y camiones.

B. Tenencia o uso de automóviles.

9. Benzol, xilol, toluol y naftas de alquitrán de hulla:

A. De procedencia nacional.

B. De procedencia extranjera.

10. Cacao. Compraventa.

11. Cemento, en todas sus variedades y compuestos.

12. Cerillos y Fósforos.

13. Cerveza.

A. Producción.

B. Consumo.

14. Energía eléctrica.

A. Producción, introducción o importación.

B. Consumo.

15. Estaciones de radio o televisión.

16. Ixtles de lechuguilla y palma. Compraventa.

17. Llantas y Cámaras de hule.

18. Petróleo y sus derivados.

A. Petróleo y sus derivados, gas natural, gas licuado y gas artificial de importación.

B. Gasolina y otros productos ligeros del petróleo.

a). De procedencia nacional.

b). De procedencia extranjera.

c). Adicional sobre consumo de gasolina.

C. Grasas y lubricantes.

a). Sobre la primera reventa de aceite y grasas lubricantes.

b). Sobre la venta de primera mano de aceites y grasas lubricantes importados.

c). Sobre la venta de primera mano de aceites y grasas lubricantes elaborados con aceites usados o regenerados.

D. Petroquímica.

19. Tabacos labrados.

A. De procedencia nacional:

a). Cigarros.

b). Puros.

c). Diversos.

B. De procedencia extranjera.

a). Cigarros.

b). Puros

c). Diversos.

20. Vehículos propulsados por motores de tipo diesel o acondicionados para uso de gas licuado de petróleo o de cualquier otro combustible que no sea gasolina.

21.10% sobre entradas brutas de ferrocarriles y empresas conexas.

22. Portes y pasajes.

A. Aéreos.

C. Terrestres

23. Adicional de 2.5% sobre las cuotas de pasajes en los ferrocarriles, que se cobrará juntamente con el impuesto a que se refiere el inciso anterior.

24. Teléfonos.

25. 15% sobre el precio oficial en la venta de primera mano de oro y plata, cualquiera que sea la forma de presentación.

26. Vidrio o cristal. Compraventa.

27. Servicios expresamente declarados de interés público por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación.

IV. IMPUESTO FEDERAL SOBRE INGRESOS MERCANTILES.

V. IMPUESTOS DEL TIMBRE;

VI. IMPUESTOS DE MIGRACIÓN;

VII. IMPUESTOS SOBRE PRIMAS PAGADAS A INSTITUCIONES DE SEGUROS;

VIII. IMPUESTOS PARA CAMPAÑAS SANITARIAS, PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE PLAGAS;

IX. IMPUESTOS SOBRA LA IMPORTACIÓN;

1. General, integrado por las cuotas específicas y ad valorem.

2. 10% sobre el valor más alto, entre el oficial y el comercial, de la mercancía que se importe.

3. Adicionales.

A. 3% adicional sobre el impuesto general.

B. 10% sobre el impuesto general de importaciones por vía postal.

X. IMPUESTOS SOBRE LA EXPORTACIÓN:

1. General, integrado por las cuotas específicas y ad valorem.

2. Adicionales.

A. 2% adicional sobre el impuesto general.

B. 10% sobre el impuesto general en exportaciones por vía postal. XI. IMPUESTO SOBRE LOTERÍAS, RIFAS, SORTEOS Y JUEGOS PERMITIDOS;

XII. HERENCIAS Y LEGADOS DE ACUERDO CON LAS LEYES FEDERALES SOBRE LA MATERIA;

XIII. IMPUESTO SOBRE LAS EROGACIONES POR REMUNERACIÓN AL TRABAJO PERSONAL PRESTADO BAJO LA DIRECCIÓN Y DEPENDENCIA DE UN PATRÓN;

XIV. IMPUESTOS NO COMPRENDIDOS EN LAS FRACCIONES PRECEDENTES, CAUSADOS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES, PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN O DE PAGO;

XV. APORTACIONES Y ABONOS RETENIDOS A TRABAJADORES POR PATRONES, PARA EL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.

XVI. CUOTAS PARA EL SEGURO SOCIAL A CARGO DE PATRONES Y TRABAJADORES;

XVII. DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS:

1. Aduanales.

A. Almacenaje.

B. Maniobras de mercancías dentro del recinto oficial.

C. Análisis.

D. Servicios extraordinarios.

E. Vigilancia de importaciones temporales.

F. Tránsito por territorio nacional.

a) Fluvial.

b) Terrestre.

G. Otros

2. COMUNICACIONES:

A. Correos.

b. Telecomunicaciones:

a) Servicio Telex.

b) Servicio internacional.

c) Servicio de enlace y conducción de señales.

d) Uso de canales telefónicos.

e) Asignación de frecuencias para circuitos radiotelefónicos.

f) Servicios diversos.

C. Telégrafos:

a) Servicio Telegráfico.

b) Servicio telefónico.

c) Servicio internacional.

d) Servicio diversos.

D. Marítimas y portuarias:

a) De puerto.

b) De atraque.

c) De muellaje.

d) De revisión, certificación, comprobación de suprema patente de navegación, matrícula, registro y placa.

e) De arqueo.

f) De franco bordo.

g) 10% adicional sobre las cuotas de los derechos anteriores, que se causará en la forma y términos del derecho principal siempre que el monto de este último sea mayor de $0.05.

E. Aéreas:

a) Tránsito aéreo.

b) Servicios que se prestan en el Registro Aeronáutico Mexicano.

c) Exámenes médicos y de aptitud del personal aeronáutico.

d) 10% adicional sobre las cuotas de los derechos anteriores, que se causará en la forma y términos del derecho principal, siempre que el monto de este último sea mayor de $0.05.

e) Uso de aeropuertos.

f) Otros servicios.

F. Expedición de placas para vehículos automotores de servicio público federal.

G. Uso de placas federales de traslado.

H. Certificados de pesos y dimensiones de vehículos.

I. Verificación de pesos y dimensiones de vehículos.

J. Perforación de blocks de boletos y conocimientos de embarque de autotransportes de carga.

K. Otros servicios.

3. Relaciones Exteriores.

A. Consulares:

a) Certificados.

b) Expedición, refrendo y visa de pasaportes.

c) Legalización de firmas.

d) Actos notariales.

e) Visa de facturas comerciales.

e) Visa de listas de menaje de casa a extranjeros y de manifiestos de carga.

g) Actos especificados en otras disposiciones y otros servicios.

B. Permisos conforme a las fracciones I y IV del artículo 27 Constitucional.

C. Otros.

4. Del ramo de educación.

A. Expedición de títulos, certificados y cédulas profesionales.

B. Registro de títulos profesionales.

C. Derechos de autor.

D. Exámenes.

E. Revalidación de estudios y certificados.

F. Exámenes extraordinarios y a título de suficiencia.

G. Autorizaciones para ejercer.

H. Otros servicios.

5. Inspección, vigilancia y verificación.

A. Industrias. de azúcar, alcoholes, aguardientes y envasamiento de bebidas alcohólicas

B. Animales, semillas, frutas, plantas y cereales.

C. De supervisión cinematográfica, incluyendo los gastos de proyección.

a) Para exhibición comercial.

b) Para exportación.

D. Industrias exentas conforme a la Ley de Fomento de Industrias Nuevas y Necesarias y otras disposiciones para el fomento industrial.

E. Aparatos e instalaciones eléctricas a cualquier tensión.

F. 10% adicional sobre las cuotas de los derechos por servicios de inspección, vigilancia y verificación de aparatos e instalaciones eléctricas a cualquier tensión, que se causarán a la forma y términos del derecho principal, siempre que el monto de este último sea mayor de $0.05.

G. Instalaciones telefónicas, radioeléctricas y de televisión.

H. Pesas y medidas.

I. Instalaciones y equipo de gas.

J. Equipos de gas, para su reposición.

K. Motores eléctricos, generadores de vapor y recipientes sujetos a presión.

L. Contratos y de obras públicas.

M. Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal.

N. Servicios de Comunicaciones y Transportes.

Ñ. Instalaciones aeronáuticas, ferroviarias, funiculares y análogas.

O. Sello Oficial de Garantía.

P. Empresas productoras de cerveza.

Q. Ferrocarriles.

R. Servicios prestados por la Junta de Revisión y Arbitraje del Algodón.

S. Instituciones de Finanzas.

T. Especiales y otros servicios.

6. Registro.

A. Extranjeros en los términos de la Ley General de Población.

B. Federal de automóviles, caminos, ómnibus, chassises, tractores, y remolques

C. Registro Público de Minería.

D. Propiedad industrial.

E. Expedición y reposición de cédulas de registro a causantes y retenedores de impuestos federales.

F. Proveedores y Contratistas del Gobierno Federal.

G. Registro Público Cinematográfico.

H. Registro Público Sello Oficial de Garantía.

I. Registro de máquinas con motores eléctricos portátiles.

J. Productos biológicos; químicos farmacéuticos y alimenticios para animales.

K. Otros servicios.

7. Relacionados con recursos naturales.

A. Caza.

B. Inspección y verificación de la producción de petróleo y sus derivados.

C. Minería.

a) Amonedación.

b) 10% adicional sobre las cuotas de los derechos por servicios de amonedación, que se causará en la forma y términos del derecho principal, siempre que el monto de este último sea mayor de $0.05.

c) Empresas mineras acogidas al régimen de convenios fiscales.

d) Ensaye.

e) Fundición.

f) Inspección y verificación de contenidos en minerales de baja ley.

g) Inspección y verificación por producción y muestreo de minerales metálicos y no metálicos, metales y compuestos metálicos.

D. Pesca y conexos.

E. Explotación de bosques y maderas pertenecientes al Gobierno Federal.

F. Otros servicios.

8. Salubridad.

A. Certificación, registro y revisión de productos de tocador y belleza, comestibles, bebidas y similares.

B. Desinfección y desinsectización.

C. Inspección y certificación.

D. Registro, revisión y certificación de medicinas de patente y especialidades.

E. Matanza de ganado y otros animales.

F. Sello de carnes.

G. Control de carnes preparadas.

H. Expedición de licencias y tarjetas sanitarias, su revalidación y supervisión.

I. Revisión de planos (ingeniería sanitaria).

J. Registro de títulos profesionales.

K. Registro de autorizaciones provisionales o definitivas para el ejercicio de la medicina y ramas conexas.

L. Vacunación antirrábica animal.

M. Autorización de transportes sanitarios de alimentos y varios.

N. Aprobación de análisis de agua de pozo.

Ñ Autorización de libros para el registro de exámenes médicos y de actas de la Comisión Mixta de Higiene y Seguridad.

O. Autorización de traslado y embalsamamiento de cadáveres.

P. Otros servicios.

9. Trabajo:

A. Revisión de planos industriales.

B. Exámenes de jefes de plantas, operadores y fogoneros de las diversas industrias del país.

C. Otros servicios.

10. Diversos:

A. Aportaciones a los Comités Asesores de Importación de la Secretaría de Industria y Comercio.

B. Copias de constancias del Archivo General de la Nación.

C. Fomento al turismo.

D. Identificación.

E. Inserciones en publicaciones oficiales.

F. Migración.

G. Relativo a obras del riesgo.

H. Relativos al consumo de algodón para sufragar los gastos consignados en el contrato colectivo obligatorio de la Industria Textil del Algodón.

I. Timbre.

J. Registros eléctricos en los pozos.

K. Obras Públicas:

a) Asesoramiento técnico.

b) Pruebas de laboratorio.

c) Servicios de proyecto y control técnico de construcciones.

d) Servicios diversos.

L. Certificación y copias de documentos.

M. Legalización de firmas.

N. Acuñación de moneda solicitada por el Banco de México, S.A.

Ñ. Licencias y Permisos para la portación y colección de armas.

O. Otros servicios.

XVIII. PRODUCTOS:

1. Derivados de la explotación de bienes del dominio público.

A. Espacio Aéreo.

B. Mar territorial.

C. Playas y zonas federales.

D. Corrientes, vasos, lagunas y estéreos y zonas federales correspondientes.

E. Puertos, bahías, radas y ensenadas.

F. Presas, canales y zanjas para irrigación y navegación.

G. Ferrocarriles de propiedad nacional.

H. Reservas mineras.

I. Teatros, museos, edificios, ruinas arqueológicas e históricas y estacionamientos anexos a éstas.

J. Arrendamiento de inmuebles.

K. Regalías y otros ingresos similares derivados de bienes de dominio de la Nación.

L. Reinhumación en los templos o dependencias de los mismos.

M. Otros.

2 Derivados de la explotación de bienes del dominio privado.

A. Arrendamiento de tierras y explotación de tierras y aguas.

B. Arrendamiento de locales y construcciones.

C. Bienes vacantes.

D. Bosques.

E. Venta de bienes producidos en establecimientos del Gobierno Federal y prestación de servicios en los mismos establecimientos.

F. Venta de desechos de bienes del Gobierno Federal.

G. Utilidades de organismos decentralizados y de empresas de participación estatal.

H. Aparatos de control de elaboración de alcohol y aguardiente.

I. Otros.

3. Utilidades, dividendos e intereses:

A. Utilidades de la Lotería Nacional.

B. Dividendos.

C. Intereses sobre créditos concedidos con los fondos constituidos en fideicomiso.

E. Intereses a cargo de organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

F. Devolución de intereses sobre bonos emitidos por el Gobierno Federal.

G. Otros.

XIX. APROVECHAMIENTOS:

1. Multas.

2. Recargos.

3 Indemnizaciones.

4 Reintegros:

A. Sostenimiento de las Escuelas Artículo 123.

B. Servicios de vigilancia forestal.

C. Otros.

5. Participación en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre herencias y legados expedidas de acuerdo con la Federación.

6. Participaciones en los ingresos derivados de la aplicación de leyes locales sobre donaciones, expedidas de acuerdo con la Federación.

7. Aportaciones en los Estados, Municipios y particulares para el servicio del sistema escolar federalizado.

8. Cooperación del Departamento del Distrito Federal por servicios públicos locales prestados por la Federación.

9. Cooperación de los Gobiernos de Estados y municipios y de particulares para obras de irrigación, agua potable, alcantarillado, electrificación, caminos y líneas telegráficas, telefónicas y para otras obras públicas.

10. Destinados a la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

11. Participaciones a cargo de los concesionarios de vías generales de comunicación y de empresas de abastecimiento de energía eléctrica.

12. Participaciones señaladas por la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

13. Regalías provenientes de fondos y explotaciones mineras.

14. Aportaciones de contratistas de obras públicas.

15. Destinados a fondo forestal.

A. Cuotas de reforestación.

B. Multas forestales.

C. Aportaciones al Instituto Nacional de Investigaciones Forestales.

D. Hospitales Militares.

E. Otros conceptos.

16. Otros.

XX. INGRESOS DERIVADOS DE VENTAS DE BIENES Y VALORES.

1. Venta de bienes inmuebles.

2. Venta de bienes muebles.

3. Venta de valores emitidos por entidades federativas y empresas públicas.

4. Venta de valores emitidos por empresas y organismos privados.

XXI. RECUPERACIONES DE CAPITAL.

1. Fondos fideicomitidos en favor de entidades federativas y empresas públicas.

2. Fondos fideicomitidos en favor de empresas privadas y a particulares.

3. Inversiones en obras de agua potable y alcantarillado.

4 Otros.

XXII. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS.

1. Emisiones de bonos.

A. Internas.

B. Externas.

2. Otros financiamientos.

XXIII. OTROS INGRESOS.

2. Enteros que efectúen las empresas de participación estatal.

Artículo 2o. El Ejecutivo Federal queda facultado para:

I. Suprimir, modificar o adicionar en las leyes tributarias, las disposiciones relativas a la administración, control, forma de pago y procedimientos sin variar las relativas al sujeto, objeto, cuota, tasa o tarifa del gravamen, infracciones o sanciones.

II. Crear, suprimir o modificar las cuotas, tasas o tarifas de los derechos, productos o aprovechamientos.

Las cuotas de los derechos, serán iguales para quienes reciban servicios análogos y para su determinación se tendrá en cuenta el costo de dichos servicios o el uso que se haga de ellos.

III. Establecer o modificar las compensaciones que deban cubrir los organismos descentralizados y empresas de participación estatal, respecto a los bienes federales aportados o asignados para su explotación, o en relación con el monto de los productos o ingresos brutos que perciban.

IV. Contratar empréstitos interiores y emitir valores, en moneda nacional, para canje y refinamiento de obligaciones del Erario Federal ó para inversiones públicas productivas. Las amortizaciones se harán en plazos no mayores de 20 años y los intereses no excederán del 8% anual.

Del ejercicio de esta facultad dará cuenta el Ejecutivo oportunamente al Congreso de la Unión, especificando las características de las operaciones realizadas.

V. Señalar los demás organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, a los que deba aplicarse las prevenciones del artículo 13, así como la fecha a partir de la cual regirán las mismas prevenciones a dichos organismos y empresas.

Artículo 3o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda facultada para:

I. Determinar contractualmente las compensaciones que deben pagar las personas o empresas a las que se autorice la explotación de los recursos naturales en tierras o aguas nacionales.

II. Fijar periódicamente, para efectos fiscales, el valor o precio al público, de los productos atendidos a las cotizaciones de los mismos en mercados nacionales o extranjeros, o establecer los precios mínimos en los casos en que las leyes especiales establezcan este requisito como base para determinar los impuestos.

Si el último día del período de vigencia de los precios a que se contrae el párrafo anterior, no se le hacen variaciones, serán aplicables los que hubieran señalado en la última publicación.

III. Autorizar la recaudación de los ingresos a que esta Ley se refiere, por conducto de Instituciones de Crédito.

IV. Aplicar como pago total y definitivo los enteros que se reciben por concepto de impuestos a la producción y exportación de azufre y regularizar y aplicar los enteros recibidos el año de 1972.

V. Aplicar los ingresos afectados por ley a un fin especial, hasta por las cantidades que requieran las necesidades normales de dicho fin.

Artículo 4o. El impuesto señalado en el subinciso 1, del inciso A, de la fracción IX del artículo 4o. de la Ley del impuesto sobre Explotación Forestal, no se causará durante el año de 1973.

Artículo 5o. Durante el año de 1973, los impuestos señalados a la producción y exportación de mercurio se causarán, el primero, sólo en un 50% de las cuotas establecidas en el inciso F del artículo 13 de la Ley de Impuestos y Fomento de la Minería y el segundo, sólo en un 25% de los establecidos en la Tarifa del Impuesto General de Exportación.

Las cuotas reducidas se aplicarán siempre y cuando se cumplan las disposiciones legales y las que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto a la forma de control, contabilidad y documentación en tránsito.

En caso de que no se cumpla con las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior, los impuestos se causarán íntegramente y de

acuerdo con su monto total se aplicarán las sanciones que proceden.

Artículo 6o. Petróleos Mexicanos cubrirá los impuestos y derechos establecidos en las leyes federales por cualesquiera actividades que desarrolle, cuando sean a su cargo como causante directo, con la tasa del 12% sobre el importe total de sus ingresos brutos, sin deducción alguna; pero en lo que respecta a los ingresos que percibe en sus actividades relacionadas con la petroquímica básica, sólo cubrirá el 7.8%, siempre que esta reducción de tasa sea acordada por al Secretaría de Hacienda, mediante resolución en la que se determine la proporción de los ingresos totales de Petróleos Mexicanos a la que se aplique dicha tasa.

Petróleos Mexicanos enterará diariamente, incluyendo los días inhábiles, por concepto de pago provisional, la suma de tres millones doscientos cincuenta mil pesos. El banco de México, S.A., deducirá dicha cantidad de los depósitos que Petróleos Mexicanos, debe de hacer en dicha Institución conforme al artículo 43 de la Ley Orgánica del propio Banco y la concentrará en la Tesorería de la Federación.

Petróleos Mexicanos declarará en un plazo que concluirá el 15 de marzo de 1974, los ingresos brutos, sin deducción alguna, que haya obtenido en el año anterior, y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los ocho días siguientes, formulará la liquidación de los impuestos causados por la empresa para ajustar las diferencias que resulten, mismas, que, en su caso, deberán ser cubiertas a más tardar el 31 del propio mes y año.

Con excepción de las disposiciones anteriores, continuarán en vigor los preceptos legales que norman la recaudación de los impuestos a que se refiere el artículo 1o. de esta Ley pero la Secretaría de Hacienda podrá dispensar a Petróleos Mexicanos del cumplimiento de requisitos y obligaciones de control, cuando lo considere conveniente.

Las entidades federativas y los municipios percibirán participaciones en la proporción y términos que establecen las leyes tributarias respectivas.

No quedan comprendidos en lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo:

I. Los pagos que deba realizar conforme a las disposiciones respectivas, por servicios extraordinarios prestados por empleados aduanales a petición de parte interesada y por inspecciones a maquinaria importada al amparo de la Regla 14 para la aplicación de la Tarifa del Impuesto General de Importación.

II. Las multas por infracciones a los ordenamientos fiscales y administrativos.

III. Las prestaciones locales o municipales compatibles son las normas legales vigentes, entre las que se encuentran el impulso del 2% sobre los ingresos brutos por las operaciones mercantiles de venta de gasolina y demás derivados del petróleo, autorizado en el artículo 21 de la ley del Impuesto sobre Consumo de Gasolina.

Artículo 7o. Las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares y las Instituciones de Seguros, así como las empresas productoras de energía eléctrica, ferroviarias, telefónicas y plantas radiodifusoras y de televisión, cubrirán los impuestos de importación y de exportación de acuerdo con las tarifas en vigor.

En consecuencia, durante el año de 1973, no se concederán las franquicias a que se refieren las fracciones V, VI, y VII del artículo 725 del Código Aduanero, salvo en caso de empresas de aviación.

Artículo 8o. Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1973 el término a que se refiere el párrafo primero del artículo 159 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares.

Artículo 9o. En los casos de concesión de prórrogas para el pago de créditos fiscales, se causarán recargos al 12% anual, durante el año de 1973.

Artículo 10. Se ratifican los acuerdos expedidos en el Ramo de Hacienda, por los que hayan dejado en suspenso total o parcialmente el cobro de gravámenes e igualmente se ratifican las resoluciones dictadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la acusación de tales gravámenes.

Artículo 11. Cuando una Ley impositiva contenga además de las disposiciones propias del gravamen, otras que impongan una obligación tributaria distinta, ésta última se considerará comprendida en la fracción del artículo 1o. de esta Ley, que corresponda a dicho gravamen.

Artículo 12. La recaudación proveniente de todos los conceptos previstos en el artículo 1o. de esta Ley, aun cuando se destinen a fines específicos, se harán en las oficinas exactoras de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el Banco de México, S.A., cuando así lo establezcan las leyes o en las Instituciones de Crédito autorizadas al efecto. Para que tenga validez el pago de las diversas prestaciones fiscales que establece esta Ley de Ingresos por los conceptos antes mencionados, el causante deberá obtener en todos los casos de la oficina recaudadora el recibo oficial o la forma valorada expedidos y controlados exclusivamente por la Secretaría o la documentación que en las disposiciones respectivas se establezcan, en las que conste la impresión de la maquina registradora. Las cantidades que se recauden por estos conceptos se concentrarán en la Tesorería de la Federación y deberán reflejarse, cualquiera que sea su forma o naturaleza, tanto en los registros de las Oficinas recaudadoras y de la propia Tesorería como en al Cuenta de la Hacienda Pública Federal que formula la Contaduría de la Federación.

Artículo 13. Los organismos descentralizados y las empresas propiedad del Gobierno Federal concentrarán los ingresos que perciban, cualquiera que sea el concepto que los origine, en la Tesorería de la Federación, en la forma y términos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público disponga y les serán aplicables en lo conducente las normas contenidas en el artículo anterior.

Lo dispuesto en este artículo se aplicará de inmediato a los siguientes organismos descentralizados y empresas:

Petróleos Mexicanos:

Comisión Federal de Electricidad.

Ferrocarriles Nacionales de México.

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Instituto Nacional de la Vivienda.

Lotería Nacional.

Instituto Mexicano del Seguro Social.

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Compañía Nacional de Subsistencias Populares.

Aeropuertos y Servicios Auxiliares.

Productos Forestales Mexicanos.

Instituto Mexicano del Café.

Forestal Vicente Guerrero.

Compañía de Luz y Fuerza del Centro, S.A.

Ferrocarril del Pacífico, S.A. de C. V.

Ferrocarril Chihuahua al Pacífico, S.A. de C. V.

Ferrocarriles Unidos del Sureste, S.A. de C. V.

Aeronaves de México, S.A.

Ferrocarril Sonora B. C., S.A. de C. V.

Guanos y Fertilizantes de México, S.A.

Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, S.A.

Siderúrgica Nacional, S.A.

Diesel Nacional, S.A.

Siderúrgica Lázaro Cárdenas Las Truchas, S.A.

Productos Pesqueros Mexicanos, S.A.

Artículo 14. Los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal no podrán gestionar ni obtener créditos o aceptar pasivos contingentes, cualquiera que sea su destino o forma de su documentación, sin autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo tendrán obligación de recabar dicha autorización, las instituciones fiduciarias cuando requieran gestionar u obtener toda clase de créditos para cumplimentar las finalidades de fideicomisos creados para el Gobierno Federal y las entidades antes mencionadas. En consecuencia, no tendrán validez los títulos de crédito o cualquier otro documento en que se hagan constar las obligaciones, si en ellos no están asentados los datos de autorización. Tratándose de instituciones nacionales y organizaciones auxiliares de crédito, así como de instituciones nacionales de seguros y finanzas, dichas instituciones únicamente estarán obligadas a obtener previamente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la autorización señalada anteriormente en caso de gestión y obtención de créditos del extranjero o en moneda extranjera, sin que los documentos o títulos de crédito en que se hagan constar las obligaciones requieran para su validez que se incorporen a ellos los datos de la autorización del caso.

Las disposiciones del párrafo anterior serán aplicables a las empresas que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. Que el Gobierno Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal o estas mismas empresas, conjunto o separadamente, aporten o sean propietarios del 50% o más del capital social de la empresa.

2. Que en la constitución de su capital se hagan figurar acciones de serie especial que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno Federal.

3) Que corresponda al Gobierno Federal la facultad de nombrar a la mayoría de los miembros del consejo de administración, u órgano equivalente, o de designar al presidente, director o gerente, o bien que tenga la facultad para vetar los acuerdos de la asamblea general de accionistas o del consejo de administración o su órgano equivalente.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para conceder las autorizaciones, se sujetará a las siguientes bases:

a) Cuando se trate de créditos en moneda extranjera, tendrá en cuenta la opinión de la Comisión Especial de Financiamientos Exteriores de Nacional Financiera, S.A.

b) No autorizará la obtención de créditos cuando se pacten tasas de interés superiores a las que cubra el Gobierno Federal en operaciones similares o cuando sea inconveniente, a juicio de la propia Secretaría, alguna de las condiciones comprendidas en la operación de que se trata.

c) Se requerirá, cuando el importe de los créditos sea destinado al financiamiento de inversiones, que éstas se encuentren comprendidas en programas aprobados por el Ejecutivo.

d) La capacidad de pago de los organismos y empresas que pretendan obtener crédito deberá ser suficiente, a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito público, para liquidar los compromisos que se contraigan. Al efecto, los organismos descontralizados y las empresas de participación estatal, como requisito para que pueda autorizarse la obtención de créditos, deberán proporcionar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la periodicidad y forma que la misma determine, estados financieros, presupuestos, datos sobre sus pasivos, así como cualquier información adicional. La propia Secretaría podrá complementar la información recibida mediante el examen de los registros y documentos de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

e) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá facultad para fijar los demás requisitos que los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal deben satisfacer para obtener la autorización de créditos documentados, y para resolver los casos de interpretación que surjan con motivo de la aplicación y observancia de estas normas, así como para dictar las reglas conducentes a tales efectos.

Artículo 15. El impuesto ad valorem a la exportación, así como sus adicionales, se aplicarán invariablemente en el caso del café y del algodón con base en un precio oficial.

igualmente serán aplicables es esa forma en los casos en que el ejecutivo Federal, lo determine mediante disposición de carácter general.

Artículo 16. El pago de la cuota establecida en el inciso 2 de la fracción IX del artículo 1o. de esta Ley, será aplicable a las siguientes fracciones:

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Dar doble click con el ratón para ver imagen

Quedan exceptuados del pago de esta cuota los productos provenientes de cualesquiera de los países integrantes de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, para cuya importación México ha otorgado tratamiento preferencial en virtud del Tratado de Montevideo; las mercancías importadas temporalmente para incorporarse a bienes de producción nacional destinados a la exportación; las que importen para el consumo de los perímetros y zonas libres que se rigen por el Código Aduanero de los Estados Unidos Mexicanos y aquellas cuya importación se haga por las empresas o centros comerciales establecidos en las zonas fronterizas, previo el otorgamiento de los subsidios señalados en los incisos A y B de la fracción X del artículo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Esta exención comprenderá también el equipo y aditamento para evitar, controlar o disminuir la contaminación ambiental, cuya importación disfrute del subsidio a que se refiere el inciso C de la fracción X del citado artículo 15 del Presupuesto de Egresos de la Federación.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor en toda la República el 1o. de enero de 1973.

Artículo segundo. Se aprueban las modificaciones a las Tarifas de Impuestos a la Exportación y a la Importación efectuadas por el Ejecutivo Federal durante el año de 1972, a las que se refiere el informe que en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 Constitucional y su Ley Reglamentaria, ha rendido el propio Ejecutivo al H. Congreso de la Unión.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de diciembre de 1972.

'Año de Juárez'.

Marcos Manuel Suárez Ruiz. - Humberto Hiriart Urdanivia. - Salvador Reséndiz Arreola. - Guillermina Sánches Meza de S. - Juan Moisés Calleja García. - Rafael Castillo Castro. - José Carlos Osorio Aguilar. - Ramiro Robledo Treviño. - Alberto Hernández Curiel. - Rodolfo Sánchez Cruz. - Juan Rodríguez Salazar. - Arnulfo Villaseñor Saavedra. - José Estefan Acar. - Roberto Suárez Nieto. - Román Ferrat Solá. - José María Serna Maciel. - Abel Ramírez Acosta. - Héctor Lutteroth Camou. - J. Jesús Yáñez Castro. - Marco Antonio Ros Martínez."

Segunda lectura. Está a discusión el dictamen en lo general. No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: El Proyecto de Decreto fue aprobado en lo general por unanimidad de 132 votos.

Está a discusión en lo particular, los diputados que deseen reservar algún artículo, sírvanse manifestarlo.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores.

Esta Presidencia informa que el diputado Jorge Garabito Martínez ha reservado el artículo 1o. en sus fracciones XXII y XXIII.

Se concede el uso de la palabra al diputado Jorge Garabito Martínez.

El C. Garabito Martínez, Jorge: Señor Presidente, señoras y señores diputados: La Ley de Ingresos de la Federación forma parte del programa presupuestal del Gobierno Federal para el año de 1973, que fue objeto de determinadas consideraciones por parte del Jefe de mi Partido Acción Nacional. Consideraciones que, a su vez, merecieron el comentario de algunos ciudadanos diputados. Comentarios que no puedo pasar por alto y que debo referirme a ellos.

En primer lugar, el profesor Arroyo Alanís, a falta de argumentos relativos al aspecto económico realizó un esfuerzo para encontrar nuevos adjetivos que adjudicar y hay que reconocerlo, que no incurrió en el manido argumento de los que le quemaron los pies a Cuauhtémoc, trajeron a Maximiliano. etc, etc. Pero no vale la pena comentarlo en esta tribuna.

El diputado ingeniero Marcos Manuel Suárez, expresamente se abstuvo de comentar las declaraciones del jefe del partido para hacerlo en esta tribuna, en su oportunidad, en una actitud que merece mi reconocimiento personal.

El diputado Humberto Hiriart contestó a las afirmaciones del jefe del partido que el presupuesto era suicida e inflacionario, diciendo que en el presupuesto no hay inflación, porque guarda márgenes conservadores que permiten un desarrollo progresivo de la economía nacional, que existe inflación en aquellos casos en que la economía crece sin planes definidos, pero que este no es el caso del Presupuesto de 1973. En las nociones de Economía que yo aprendí en la escuela, recuerdo que me decían que la inflación obedece al exceso de medios de pago frente a la carestía de los satisfactores y que el fenómeno de la inflación negado insistentemente por los economistas oficiales es algo no que se debe demostrar, es algo que el pueblo vive y sufre día a día. Yo le pregunto al diputado Hiriart de acuerdo con el informe del Banco de México, si no ha habido inflación cuando el índice de precios al mayoreo de los alimentos no elaborados ha subido 207.9% en menos de 20 años, el de los productos animales ha subido 251%, el de combustibles y energía ha subido 230%, esto es inflación, una inflación en espiral que estamos sufriendo

continuamente a causa precisamente de los presupuestos deficitarios e inflacionarios de los respectivos gobiernos.

Ya tendremos oportunidad de analizar con más detenimiento este problema de la inflación; más adelante en esta sesión y cuando analicemos el Presupuesto de Egresos, pero fundamentalmente quería referirme a los conceptos vertidos por la señora Sánchez Meza de Solís, cuando comentamos las declaraciones del jefe del partido dijo: "nunca en la historia ha existido una comunidad o país cuyo gobierno pudiera subsistir sin la contribución de sus habitantes". Esto es lo que me preocupa fundamentalmente que se hubiera desfigurado la dirección y la intención del jefe del partido al comentar los presupuestos para 1973.

Acción Nacional no pretende que no haya impuestos en México. Es una posición absurda, en Francia, un político francés de apellido "Poullart" promovió un partido que combatiera la existencia de los impuestos en Francia. Un Estado sin impuestos. Lo trágico de esta situación fue que ese diputado o ese político francés y su partido tuvieran tanta aceptación en Francia, que en las elecciones siguientes a su pronunciamiento llegaron a alcanzar 24 o 26 escaños en el Congreso.

Acción Nacional piensa que esta posición es disolvente y demagogia. No sostenemos que no haya impuestos; al contrario pensamos que el Estado tiene perfecto derecho de señalar las contribuciones que a su juicio requiere de los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones. No puede decirse que Acción Nacional esté en contra de los impuestos, ni siquiera que esté en contra del alza de los impuestos. Está en contra del alza de determinados impuestos por sus efectos nocivos y perjudiciales para la economía del país.

Concretamente, en estas últimas sesiones, hemos aprobado incluso la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal que contiene alzas sustanciosas de impuesto y algunas tarifas de derechos y que nos han parecido justificadas. En estos mismos momentos acabamos de aprobar en lo general la Ley de Ingresos y objetamos solamente las fracciones 22 y 23 del Artículo I, porque nos parecen suicidas e inflacionarias. No estamos aprobando las estimaciones que la Secretaría de Hacienda viene haciendo en sus consideraciones a la Ley de Ingresos; estamos probando el catálogo de imposiciones que se contienen en las primeras 21 Fracciones del Artículo I de la Ley; pero es muy importante e interesante hacer algunas consideraciones sobre los estimados que la Secretaría de Hacienda hace en relación a las recaudaciones posibles de acuerdo con la Ley de Ingresos para 1973. En una parte nos informa que la Ley de Impuestos sobre la Renta aumentó aproximadamente en un 20% y sin embargo estima recaudar para 1973 veintitrés mil cuatrocientos veintiséis millones de pesos; considerando un aumento del 20% sobre la recaudación anterior, el impuesto sobre la renta debería ser veintiún mil ochocientos millones de pesos. Entonces la Secretaría de Hacienda está considerando algunas reformas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que no enuncia aquí.

Dice la Secretaría de Hacienda, que la Ley, que el impuesto sobre los Ingresos Mercantiles aumentó aproximadamente en un 12%. Si así fue, la estimación debería ser cinco mil seiscientos millones, pero la Secretaría de Hacienda estima seis mil millones de pesos para 1973; ¿piensa la Secretaría de Hacienda modificar la tasa impositiva en la Ley de Ingresos Mercantiles? Oficialmente no lo sabemos, no nos ha llegado a esta Cámara de Diputados ningún proyecto de modificación a las Leyes específicas. En cambio si sabemos por la prensa, que se pretende modificar el Impuesto sobre la Renta, que se pretende modificar la Ley de Ingresos Mercantiles, que se pretenden modificar otros impuestos o incluso, crear impuestos nuevos. Y yo me pregunto, señores diputados, ¿esta Cámara, expresamente esta XLVIII Legislatura que ha dado muestras excepcionales del conocimiento de su función y que ha defendido el ámbito de su libertad; que ha recibido del Ejecutivo proyectos de Ley y los ha considerado simplemente como norma indicativa de un problema a considerar y que esta Cámara ha elaborado leyes totalmente autónomas en relación con el mismo proyecto. Simplemente quiero recordar la Ley sobre Monumentos Arqueológicos; recordar la Ley sobre Transferencia de Tecnología en que la Cámara ha escuchado abiertamente a todos los sectores interesados y ha elaborado documentos legislativos propios, con un conocimiento completo de los problemas que la ley considera. Aún el día de ayer escuchamos un proyecto de Dictamen sobre Ley Electoral, producto de la conversación, del cambio de ideas abierto, totalmente libre, libre de presiones y solamente abierto al razonamiento. Yo me pregunto entonces, ¿por qué la Secretaría de Hacienda no nos ha mandado los proyectos de Reformas Fiscales que pretende hacer, para que aquí escuchemos las opiniones de los comerciantes, escuchemos las opiniones de los interesados en estos problemas?; ¿por qué no escuchamos aquí las objeciones y las observaciones de la Cámara de Turismo, sobre el proyectado Ingreso o Impuesto a los viajeros?; ¿por qué esta Cámara no escucha los problemas concernientes a las modificaciones, cuando precisamente ha demostrado su capacidad para escuchar, para razonar y para elaborar leyes en consecuencia. Una legislatura en donde incluso, la oposición ha dado repetidas muestras de ponderación de cordura y de confrontación razonable de los problemas. No me lo explico, sí quisiera que la Secretaría de Hacienda nos explicara qué modificaciones pretende llevar a cabo para obtener estos estimados de que nos habla en su proyecto de Ley de Ingresos.

Refiriéndome concretamente a las fracciones 22 y 23 la Secretaría de Hacienda estima contraer deudas en 1973 por valor superior a 50 mil millones de pesos y el dictamen lo dice, el dictamen dice: "... con carácter

complementario se proyecta obtener créditos por la suma de 50 mil setenta y ocho millones de pesos que se captarán en proporción mayoritaria en el mercado nacional de capital". Yo les pregunto a los señores comisionados, ¿de dónde sacaron esta conclusión? Yo la busque en la exposición que nos hace la Secretaría de Hacienda y no encuentro ninguna referencia, ¿de dónde sale esta conclusión de que la mayor parte de los 50 mil millones de pesos se van a recaudar en el mercado interno y no en el exterior? Al contrario yo he visto repetidas noticias en la prensa de créditos que se ofrecen en el extranjero a México por parte de muchos países europeos y del Japón. Francia ha estado insistiendo en una serie de créditos que está ofreciendo a México. Inglaterra y otros países europeos, el Japón con mayor insistencia, está ofreciendo créditos a México. ¿De dónde saca la Comisión esta conclusión de que la mayor parte de los 50 mil millones de pesos van a venir del mercado interno? Es muy importante, porque son distintas las consecuencias que tiene el financiamiento obtenido en fuentes internas, la situación de América Latina en materia de deuda pública es alarmante.

Ha sido motivo de preocupación para organismos internacionales, no sólo para los gobiernos nacionales. Se han emitido numerosos juicios y estudios al respecto, los más conocidos, los más recientes, me refiero por ejemplo, al Informe Presbich para la UNCTAD al Informe Rockefeller para el Gobierno de Nixon, al Informe de Marshall para la OEA, a los Informes Pearson y Petterson para organismos internacionales especializados, todos coinciden en que es muy grave la carga que pesa sobre América Latina en materia de deuda pública.

El mismo Presbich llega a hacer sugestiones indicativas de esta gravedad al proponer se renegocie la deuda pública de América Latina en términos más blandos para que la deuda pública pueda liberarse en un plazo mínimo de 25 años, con abonos anuales del 4% e interese mínimos del 2% anual. Pero, aún así, hechos los cálculos resulta que América Latina tiene que estar pagando su deuda pública a razón de aproximadamente 2,300 millones de dólares al año por amortización y 1,900 millones de dólares al año por intereses.

Si los países industrializados, acreedores de la América Latina, siguieran las indicaciones del Dr. Presbich, tendría América Latina que pagar durante 25 años para solventar su deuda actual, a razón de 1,300 millones de dólares anuales de amortización, pero los intereses subirían a 2,700 millones de dólares anuales por intereses, lo que significaría que este bondadosísimo gesto de los países industrializados de darle 25 años a América Latina y de cobrarle solamente el 2% al año, le significaría a América Latina una economía de 200 millones de dólares al año.

Muchos economistas ilustres, de distintas tendencias están coincidiendo en que el financiamiento externo no está ya promoviendo el desarrollo. Que la deuda pública externa está descapitalizando los países latinoamericanos y México inclusive. No hace muchos días todavía a raíz de la visita a esta Cámara del prestigiado economista Jesús Silva Herzog trajimos a colación los datos que él mismo había aludido en otras ocasiones. ¿Qué nos está quedando del endeudamiento externo o interno, no me refiero a la inversión extranjera, al endeudamiento del sector público? si comparamos las cifras de las deudas contraídas en lo que hemos tenido que pagar, a pesar de la lírica elocuencia del Secretario de Hacienda de que nos viene a hablar de créditos no atados, de créditos blandos, de bajas tasas de interés, de convenientes inversiones extranjeras en México, la verdad es que somos incapaces de pagar lo que debemos. Que hemos estado cuidando celosamente nuestro crédito para conseguir apenas que nos presten para ir pagando lo que debemos si tenemos que pagar 20 mil millones de pesos, hemos conseguido apenas 22 mil millones de pesos, si tenemos que pagar 24 millones de pesos, hemos tenido que conseguir apenas 27 mil millones de pesos. Para 1973, vamos a tener que pagar 30 mil millones de pesos -y aquí quiero hacer otra consideración que francamente me tiene desconcertado.

Las primeras declaraciones del Secretario de Hacienda en este sexenio fueron coincidentes con la opinión de que muchos destacados economistas que marcan un alto al endeudamiento de los países. Y dijo el Secretario de Hacienda: "no más endeudamiento para México", y yo aplaudí las declaraciones del Secretario de Hacienda.

México debe enfrentarse a sus problemas sin contraer más endeudamiento. Debe resolver sus problemas de crecimiento con sus recursos propios; con sus recursos fiscales, con sus recursos normales, sin endeudarse más.

Luego el Secretario de Hacienda varió la posición y dijo: "vamos a reducir la tasa de endeudamiento, pero nos vamos a seguir endeudando, sólo que no al ritmo anterior, vamos a endeudarnos a un ritmo menor". Bien, deja una variación muy importante, pero de todas maneras era una posición definida e interesante. Considerar la imposibilidad de suspender en endeudamiento, y reducirlo en lo posible. Y así escuchamos una verdadera cátedra del Secretario de Hacienda para explicarnos cómo gracias a la política hacendaria se redujo el índice de endeudamiento, y que la curva ascendente había iniciado ya su declive.

Ahora me pregunto desconcertado: ¿de qué se trata? cuál es la política hacendaria, si precisamente para ir pagando lo que debíamos nos íbamos endeudando un poco más; para ir pagando lo que debíamos de amortización y de intereses. Y entonces nuestra deuda pública iba creciendo a pasos agigantados, pero apenas íbamos pagando lo que debíamos.

Ahora sí se trata de endeudamiento. Ahora sí vamos a conseguir préstamos para quedarnos con ellos; que vamos a pagar 30 mil millones de pesos el año que entra, bueno vamos

a conseguir 50 mil millones de pesos. Antes para pagar 20 mil, conseguíamos 22 mil; para pagar 24, conseguimos 27 mil; ahora para pagar 30 mil, vamos a conseguir 50 mil millones. ¿Esta es la política anunciada al principio del sexenio? ¿Esta es la política de franco declive en endeudamiento? No lo entiendo. Y, ¿cuál es la variación de esta política que no nos explica el Secretario de Hacienda? ¿Qué pretende el Secretario de Hacienda con un endeudamiento de esta magnitud nunca antes considerada en la política mexicana?

Por eso sí creo que este tipo de decisiones es suicida, porque si durante veinte y tantos años que llevamos endeudándonos para ir pagando lo que debemos y no nos queda prácticamente nada; endeudándonos a un grado sumamente alarmante. Hace poco el diputado Magdaleno Gutiérrez nos daba datos que debieran hacernos reflexionar muy seriamente.

La Secretaría de Hacienda nos informa que la deuda pública del Gobierno Federal asciende o ascendió, al 31 de diciembre de 1971, aproximadamente a 70 mil millones de pesos. Pero el balance general de la nación al 31 de diciembre de 1971, acusaba un pasivo de 85 mil 507 millones de pesos, el Gobierno Federal; más el pasivo titulado de los organismos y empresas al 31 de diciembre de 1971, de 40 mil 917 millones de pesos y los intereses de esta deuda de los organismos descentralizados, por 15 mil 107 millones de pesos nos daba un pasivo total para el país de 1971, al 31 de diciembre, de 141 mil 531 millones de pesos de pasivo, cuando el producto nacional bruto a precios corrientes era de 455 mil millones de pesos. Esta es nuestra verdadera situación.

Muy alegremente el régimen nos ha embarcado en un endeudamiento creciente que nos está llevando a la bancarrota. 32 mil 876 millones de pesos para el puro Gobierno Federal pretende conseguir de créditos la Secretaría de Hacienda frente a una estimación de ingresos impositivos de aproximadamente 50 mil millones de pesos, es decir, la Secretaría de Hacienda pretende cumplir el gasto del año que entra con los elementos impositivos de que va a disponer, con las variaciones que seguramente nos va a mandar en estos días y créditos para el puro Gobierno Federal que importan 65% de la recaudación fiscal.

A mi juicio este es un signo inequívoco de la ineficacia de la Secretaría de Hacienda, porque yo estoy de acuerdo con el diputado Hiriart de que la recaudación fiscal es muy baja en México, 50 mil millones de pesos, escazamente excede del 10% del producto nacional bruto, cuando hay muchos países cuya recaudación fiscal es mucho más elevada, y no en países industrializados, necesariamente, algunos países de América Latina tienen una recaudación fiscal bastante más elevada que la de México; en algunos de América Latina llega a 20 o al 22% del producto nacional bruto; peor en lo que yo estoy de acuerdo, con el diputado Hiriart, que en alguna ocasión se refirió a esto al decir que la recaudación fiscal era baja, porque las tasas eran más bajas que en otros países. Yo creo que si comparamos las tasas fiscales de México con la tasa de los países industrializados, andamos a la par o más altas que algunos de ellos. Las tasas en México son muy latas, tan altas como los países industrializados. ¿Por qué entonces la recaudación fiscal es tan baja?, por que la incapacidad e ineptitud de la organización que capta los impuestos; concretamente, por una doble inmoralidad que sufrimos en México. La evasión fiscal que es una inmoralidad muy grande de los causantes que evaden, que evaden sus obligaciones y las autoridades hacendarias que no han sido capaces de combatir este crimen en contra del país. Debiera ser el doble, la recaudación fiscal, si fuera el doble no necesitábamos endeudarnos. Pero vuelvo a la pregunta inicial: ¿cuál es la política que pretende seguir el Gobierno de aquí en adelante? No nos oponemos a que se aprueben las fracciones 22 y 23, porque pensamos que el país no solamente no debe endeudarse más sino debe modificar radicalmente su política y elaborar y buscar su crecimiento y desarrollo con sus propios recursos, porque además el endeudamiento sólo es catastrófico, porque el endeudamiento no nos lleva a ningún adelanto en el desarrollo del país, porque el endeudamiento no nos deja nada. Tenemos que pagar lo que debemos ese es nuestro problema, pero el desarrollo no lo debemos buscar en el endeudamiento sino en nuestros propios recursos.

El endeudamiento externo nos ata a intereses extra - nacionales, el endeudamiento desfasa el desarrollo de México, lo desfasa porque quita recursos a la iniciativa privada para que cumpla con su propio cometido. Pero además y es más grave que al convertirse el Estado en deudor del acreedor interno queda en brazos de este acreedor interno, ¿y quién es éste acreedor interno?; las clases privilegiadas, la clase económicamente fuerte, ésta es la dueña de los créditos internos y es la que se defiende sus intereses, no en el Salón Verde de la Cámara de Diputados, en las conversaciones directas con la Secretaría de Hacienda. es allí donde se dicta la política económica para el pueblo de México que ha sido lesiva, si nosotros observamos el desarrollo y el desenvolvimiento de México, vemos que a pesar de las, quiero pensarlo y lo pienso, que han sido sinceras las declaraciones de los sucesivos Gobiernos de México al decir que su programa económico tiende a favorecer las clases necesitadas, sin embargo, cuando comparamos cómo ha ido desarrollándose la participación en la riqueza pública del 10% de las familias más necesitadas en México, como esta participación ha descendido del 6% en 1954 al 4.2% y al 3.4% en mil novecientos sesenta y tantos. Estamos viendo que la verdadera política económica de México ha sido manejada por las clases privilegiadas económicamente, en detrimento de las grandes mayorías marginadas.

El endeudamiento no nos ha conducido a nada. Por eso no nos oponemos a estas dos fracciones. Por eso queremos que el Gobierno organice sus programas, sin tener que recurrir

al financiamiento externo o interno, sino con sus propios recursos. Que modifique la estructura de la recaudación para que acelere la recaudación. Que combata la evasión de impuestos. Que modifique la contribución de las clase de México porque cuando analicemos, señores diputados, cuando analicemos el Impuesto sobre la Renta, nos vamos a encontrar con que la carga impositiva descansa fundamentalmente en la clase media que trabaja y que la clases rica es la que se defiende y contribuye en menos proporción al gasto de la nación.

Nos oponemos definitivamente al endeudamiento del Gobierno en lo externo o en lo interno y quisiéramos saber, quisiéramos escuchar de la Comisión o de la Secretaría de Hacienda cuál es el programa del Gobierno. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el compañero diputado Humberto Hiriart Urdanivia por las comisiones dictaminadoras.

El C. Hiriart Urdanivia, Humberto: Señor Presidente, ciudadanos diputados: He pedido hacer uso de la palabra, en nombre de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público, para hacer algunas consideraciones sobre lo que en esta Tribuna ha venido a decir el señor diputado Jorge Garabito, del Partido Acción Nacional.

Qué bueno y adecuado es que el señor diputado Garabito salga en defensa del señor Presidente del Partido de Acción Nacional, mas debemos lamentar que al salir en defensa del señor Conchello se solidariza con juicios equivocados que en días pasados hizo en relación a opiniones sobre lo que significa el Presupuesto de Egresos, que en el Ejecutivo Federal ha puesto a la consideración de esta Representación Nacional y del Pueblo de México. Si ha existido una actitud de respuesta de la Diputación mayoritaria de esta Asamblea a las opiniones que el señor Presidente de Acción Nacional dijo en torno al Presupuesto de Egresos de la Federación para 1973, es resultado de una actitud responsable, de manifiesta calidad ciudadana de quienes nos interesamos en todos aquellos problemas, que en alguna o en otra forma convergen con las demandas del Pueblo de México. No escuchamos ninguna opinión de los miembros del Partido Acción Nacional, que están en la Cámara de Diputados; a ellos les hubiéramos dado respuesta; tuvimos que dar contestación al señor Presidente de Acción Nacional, porque consideramos que sus declaraciones en torno al Presupuesto de Egresos de la Federación para 1973 contienen un tono alarmista, una voz equivocada y que además llevan una tendencia hacia confundir la opinión nacional, y quienes somos corresponsables a los esfuerzos que la Nación está viviendo para remodelar las estructuras económicas del país, no podemos quedar ausentes ante quienes intentan, como lo han intentado siempre, seguir defendiendo privilegios e intereses privados. Quisiera referirme a las clases de economía, que el señor diputado Garabito tuvo hace muchos años, como él mismo lo dijo, tal ves pasó por alto algunos conceptos generales sobre lo que algunos aspectos y fenómenos económicos significan, y tal vez sus múltiples ocupaciones actuales no le permitan interiorizarse más en aquellos fenómenos económicos que ha venido resistiendo la sociedad contemporánea en torno al crecimiento y al desarrollo. La inflación es un problema contemporáneo que se ha agudizado a partir de las últimas dos décadas en la sociedad que vivimos. México ha sostenido una tasa de inflación relativa en torno a sus capacidades y ha podido también contrarrestar todo tipo de medidas que puedan lesionar las economías de las clases populares. 1970 registra un índice de inflación del 4.5%, 1971 del 4.9%, para dar un dato que podría ser ilustrativo, los Estados Unidos de Norteamérica registran una tasa de inflación del 7.3%. Por otra parte, dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación no se contempla que se vaya a alterar en alguna o en otra forma la estabilidad de precios; ni se aumentará ni directa ni indirectamente, en virtud de que se aumentan las inversiones y el gasto corriente. La inflación existe en aquellos países que tienen un esquema de economía en la que el crecimiento va de conforme a la libertad de empresa sin programa, a las posibilidades de dedicarse a las tareas económicas que cada uno elija, en una economía en la que el Estado regula y orienta las actividades como es la nuestra, en donde se esta diseñando un programa de desarrollo con redistribución de ingresos, en donde se busca no el crecimiento por el desarrolladisimo mismo, sino por lo contrario reorientar ese crecimiento hacia una redistribución real del ingreso que haga más justo el reparto de la renta nacional, el fenómeno de la inflación, que no puede ser ajeno a México, porque México no es ajeno a la sociedad contemporánea, se presenta dentro de límites razonables.

Por otra parte, el señor diputado Garabito hace referencia una vez más en tono alarmista y exagerado a los procesos de endeudamiento del país, y que se advierte dentro de la Ley de Ingresos de la Federación y que también registra el Presupuesto de Egresos de la Nación volvemos a recordar que la República a partir de 1970 recorriendo sus posiciones en materia de trazamiento y contratación de deuda externa, estamos buscando una remodelación en la contratación de nuestros empréstitos internacionales. No podemos ser ajenos a que requerimos de capital externo para poder desarrollarnos más aprisa, y es manifiesta actitud del Ejecutivo el que se adviertan esfuerzos, en que las contrataciones que se hagan sean en los términos mejor logrados, dentro de las condiciones más favorables del mercado internacional de capitales, con acceso a las mejores tasas de interés, dirigir los recursos hacia proyectos autoliquidables para poder promover la infraestructura nacional. Existen muchos bienes que México no puede producir y que reclama del exterior para poder acelerar su desarrollo, y estos el gobierno nacional los busca adquirir en las mejores condiciones, aquellas más favorables para nuestro desarrollo.

Los Estado Unidos de Norteamérica, sociedad contemporánea con grandes poderes económicos, fue una sociedad deficitaria y tuvo

que reclamar del endeudamiento externo hasta 1917.

Por otra parte, la política fiscal que trata el gobierno de la República en forma también directa al redistribuir el ingreso, es un motor antiinflacionario. Hemos aquí aprobado leyes que buscan mediante las reformas fiscales adecuar un mejor marco para que el Estado pueda allegarse recursos de capital y estos puedan promover adecuadamente los programas de gobierno que el Ejecutivo pone en marcha dando prioridad a aquellos que van destinados a las clases más humildes.

Por otro lado, el señor diputado Garabito hace aseveraciones en torno al Presupuesto de Egresos y deja constancia de que algunas opiniones que no está a discusión, esto en su oportunidad nosotros lo trataremos en esta tribuna.

También hace referencia a algunas preocupaciones sobre expectativas de Ley que podrían prevenir a esta Cámara. Queremos decirle al señor diputado Garabito que la Comisión de Presupuesto y Gasto Público ha tenido contacto permanente con el Ejecutivo Federal; ha dado sus opiniones y se han recibido estas opiniones, prueba de ello ha sido y ni usted ni nadie de esta Legislatura podría negarlo, los múltiples cambios que han existido en materia de técnica presupuestaria en la presentación de los presupuestos, en el manejo de la Cuenta Pública, en la inclusión de nueve organismos del Estado más que contempla el Presupuesto de Egresos. En fin, diversas medidas que el Ejecutivo Federal ha puesto en práctica, merced a las opiniones que las Comisiones de esta Cámara de Diputados, han dado al Poder Ejecutivo; por otra parte las exposiciones de motivos de las leyes que aquí hemos aprobado, reconocen la participación responsable del Poder Legislativo de las Comisiones que dictaminan en torno a la formulación de las Leyes.

La Comisión de Presupuestos y Gasto Público ha insistido en que con oportunidad se nos envíen las Leyes; hemos también recibido la opinión de que estas Leyes no pueden ser producto de un solo criterio; que se están recogiendo opiniones, que es necesario que esas leyes obedezcan los requerimientos nacionales y se adecúen a un programa general de desarrollo, no vayamos a traer aquí ordenamientos legales que sean luego motivo de desajuste en las fuerzas productivas del país. Nos agrada que usted comparta también estas preocupaciones de la Comisión de Presupuesto y Gasto Público.

Para terminar quisiera dejar asentado que la Ley de Ingresos de la Federación, que hoy ha aprobado esta Asamblea, responde evidentemente a las necesidades que el país reclama para poder diseñar con mayor vigor, con mayor realismo, con mayor entendimiento el modelo general de desarrollo que el Presidente Echeverría propone al país con redistribución del ingreso, con justicia indeclinable para las clases populares y con prioridad indiscutible para el sector agropecuario. Suicida, irresponsable sería no atender estas necesidades que reclama la nación y que el Presidente atiende día con día. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el compañero diputado Jorge Garabito Martínes.

El C. Garabito Martínez, Jorge: Señor Presidente, señoras y señores diputados:

Voy a ser muy breve. Solamente quiero aclarar algunos conceptos vertidos por el diputado Hiriart. El jefe de mi partido enjuició el régimen tributario del Gobierno Federal, en uso de la libertad que la Constitución nos concede y es una de sus funciones como jefe de un partido político. Ni el Diputado Hiriart ni ninguno de ustedes había escuchado antes las opiniones de los diputados de Acción Nacional, en relación a estos problemas, porque no había sido oportuno. Ya las están escuchando; ya estamos exponiendo nuestro criterio sobre la primera de las leyes que objetamos: la Ley de Ingresos.

Por lo demás, difiero ligeramente del diputado Hiriart en su relación o en su concepto de lo que es la inflación. Ciertamente hace muchos años que yo dejé de dar clases de economía y que no tengo mucho tiempo de dedicarme al estudio de gabinete, porque me preocupa fundamentalmente los problemas vívidos del pueblo mexicano; pero creo que nadie podrá negar que ha habido inflación en México ante los datos objetivos del Banco de México que nos indican que de 1954 acá, el valor de los alimentos ha subido en más del 200%.

Reconozco, expresamente que esta inflación sostenida y mantenida, ha tratado de ser combatida por el Gobierno a través de una alza continuada de los salarios para los trabajadores y que los efectos de esta inflación se han visto desvirtuados por lo que respecta a la clase trabajadora; pero no así en relación con el campesinado mexicano que es el 50% de la población de México. La inflación en espiral contenida, mantenida de la economía, que ha sido combatida en ciertos aspectos con la elevación de los salarios mínimos, sobre todo, se ha agudizado en relación al campo mexicano. Si la clase trabajadora en México ha ido logrando pequeños avances en su estabilidad económica, el campesino mexicano en cambio, ha visto agravarse día a día su situación desastroza de empobrecimiento; la depauperación continua del campesino mexicano, es el resultado de esa espiral inflacionaria que nadie puede negar.

Yo ciertamente envidio la oportunidad que el diputado Hiriart ha tenido de estar en contacto con las autoridades para conocer su manera de pensar. Por eso decía que quisiera escuchar de la Comisión alguna orientación al respecto, porque evidentemente de que la Comisión ha estado en contacto con las autoridades de la Administración; pero nos quedamos esperando a esta orientación. La Administración había dicho que su política era de no endeudamiento; luego rectificó diciendo que su política era de un endeudamiento mínimo, de agudizar al declive del endeudamiento; de reducir la tasa de endeudamiento y ahora nos brinca con un endeudamiento expreso, un endeudamiento alto, un endeudamiento suicida.

No nos explica la administración ni cuál es el objetivo de este endeudamiento tan alto ni cuál es el origen de la concertación de los créditos. ¿De dónde sacó la Comisión que esto créditos iban a ser concertados en su mayor parte en el mercado interno? no nos lo explico el diputado Hiriart, ¿se lo dijo el Secretario de Hacienda? No sabemos y sobre todo ¿cuál el programa de gobierno que la Administración pretende seguir y que no nos da a conocer en su presupuesto, en su Ley de Ingresos? ¿Por qué razón la Administración pretende concertar empréstitos por 50 mil millones de pesos, variando diametralmente los ofrecimientos hechos a esta Cámara de Diputados? ¿Qué pretende el señor Secretario de Hacienda, cuál es la nueva política que se va a seguir para 1973? Estas son las preguntas que quedaron sin respuesta, ni de parte de la Administración en la exposición de motivos ni de parte de la Comisión en la intervención del diputado Hiriart. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra la compañera diputada Guillermina Sánchez Meza de Solís por la Comisión.

- La C. Sánchez Meza de Solís, Guillermina: Señor Presidente, compañeros diputados: ha sido tradicional que los representantes de Acción Nacional objeten iniciativas presentadas por el Ejecutivo, no en su contenido sino en sus aspectos marginales.

Su intención es clara: llamara la atención. Igual que en otras ocasiones se ha planteado la cara de un fenómeno, olvidando la otra; aquella que da verdadero sentido e interpreta las situaciones de las cifras.

Efectivamente el licenciado Garabito objetó el proyecto que ahora estudiamos impugnando el endeudamiento cuando que, como expresamente él mismo apuntó la Iniciativa es un ordenamiento encaminado a regular y precisar las fuentes de los ingresos; pero en forma alguna, indica sus montos.

Aquí, se ha objetado el crecimiento de la deuda y su magnitud, de donde está implicando una consideración de tipo cuantitativo que desde luego no es congruente con el contenido de la Iniciativa.

Por otro lado, cuando se refirió a esos aspectos del endeudamiento solamente oí criticar y hacer alusión al crecimiento de la deuda y a su magnitud. Escuché con mucho interés, pero no oí, en su intervención, ningún fundamento lógico o valedero que apuntalara el enjuiciamiento vertido.

Creo que no lo mencionó por la simple razón de que no existen ¿o acaso sólo la crítica por el hecho mismo de creer?

Señores diputados, quiero decirles que el crédito es para los organismos económicos, público y privado, lo que el oxígeno puede ser para el cuerpo humano.

Los representantes de Acción Nacional, identificados con la filosofía económica del sector privado, saben y están conscientes, de que no existe una sola empresa privada en crecimiento que no registre en sus datos contables una columna con pasivos y deudas. Esto, señores, ha existido desde el Renacimiento y desde el momento en que se inventó la contabilidad. Yo les invito a que nos presenten, en esta Asamblea el caso de una empresa, que no opere con créditos, que no tenga deudas. Los bancos mismos, por ejemplo, son organismos que crean deudas. Las contraen en el momento que los depositantes les confían su dinero y las generan cuando prestan esos fondos.

Si esto ocurre en el ámbito de la empresa privada, ¿podría concebirse un gobierno o una economía pública que pudiese funcionar sin crédito, cuando los intereses que están en juego son mayores? Yo no lo creo, a menos, claro está, que pensáramos en el Paleolítico Inferior, que no es el caso; el tiempo es irreversible.

Cuando se refirió a nuestra situación de endeudamiento el diputado de Acción Nacional presentó un cuadro, por demás dramático. Aludió a la situación grave cuando no crítica de nuestra posición financiera. No voy a mencionar lo que muchos teóricos piensan respecto de a cual es el límite de la capacidad de endeudamiento para algunos, ese límite pudiera ser de 18 meses el producto nacional bruto; para otros llegaría en el momento que puede provocarse una ruptura en el equilibrio financiero del país.

Voy a aportarles algunos datos para que ustedes, por sí mismos, juzguen hasta qué punto estamos en esa negra situación presentada aquí; hasta qué punto estamos próximos al rompimiento de nuestro equilibrio financiero.

El diputado Garabito mencionó, con tono alarmista, que en el próximo año fiscal se concertarían créditos por 50 mil millones de pesos. Esta cifra vista en sí misma no dice nada.

¿En términos de qué es mala, en función de qué es grande?

Para evaluarla habría que relacionarla con el producto nacional bruto porque en última instancia es lo que nos da la pauta de nuestra capacidad de pago. Veamos. ¿Cómo se ha desarrollado el crecimiento de la deuda, qué paralelismo ha guardado en relación con el producto nacional bruto?

Examinemos las cifras: En 1967 la deuda total representó el 13.6% de la renta nacional en 68, el 14.4% y en orden sucesivo 14.9%, 14.6% y 14.7%.

Como ustedes se habrán percatado se ha mantenido dentro de un mismo nivel la proporción de la deuda; circunstancia que desde luego, no revela que se haya deteriorado la situación y menos que estemos próximos a una ruptura financiera; o que la concertación de los créditos contemplados nos pudieran conducir en ese sentido.

Otro de los aspectos para juzgar la situación del endeudamiento se comprendería a través de nuestra capacidad para hacer frente a los compromisos financieros. En este sentido debemos de considerarla en el contexto del gasto público; esto es, lo que se asigna cada año para el pago del servicio de la deuda.

Veamos las cifras. En 1967, representó el 16.2% para 1971, había bajado al 13.4% ¿Estamos pues, me permito preguntarles,

imposibilitados para hacer frente a nuestros compromisos financieros? Todos estos índices están claramente señalando que nuestra posición financiera no ha cambiado y menos de manera sustancial. De ahí mi afirmación en el sentido de que una cifra debe juzgarse siempre en términos dinámicos; esto es, a través de las circunstancias que concurren y la explican. La cifra fría, formulada por el diputado Garabito habla de sólo una mitad y quien dice la verdad a medias, distorsiona el panorama.

Para ser más clara: si ustedes contraen una deuda de diez pesos; tienen un ingreso de 20 pesos, su deuda representa un 50% de su salario. Pero si la deuda sube a 30, se habrán endeudado 50% más.

Sin embargo, si su ingreso hubiera aumentado a 90 pesos esa obligación representará escasamente la tercera parte de su sueldo. El ejemplo, por cierto en extremo simple le señala la relatividad de cualquier cifra o en este caso el endeudamiento.

Para terminar, después de haber expuesto estos breves planteamientos deseo comentar algo en torno a ciertas consideraciones vertidas. Se dijo -y así se expresó públicamente- que era necesario que se bajaran los impuestos y la deuda pública o sea cercenar las dos fuentes de ingresos del Estado.

Creo que dentro de esta consideración subyace un criterio doctrinario y una postura política que nos llevan a identificar o a conocer el fondo y la motivación de esos pronunciamientos en relación con los impuestos y la deuda. Debo recordarles que el Estado obtiene ingresos ordinarios para financiar sus gastos, su programa de acción. Ha sido preocupación del Ejecutivo Federal incrementarlos para apoyar sobre bases más sanas la economía pública, lográndose incrementos importantes; tan importantes que actualmente cubre ya el 70% de todo el gasto del sector público, la diferencia se financia con recursos crediticios y para ser más precisa, los financiamientos se utilizan para ejecutar programas de inversión; obras que con última instancia elevan los niveles de producción y empleo y consecuentemente, aumentan la capacidad de pago.

Hecho este breve paréntesis y volviendo a esa exigencia expresada explícita y tácitamente por representantes Panistas en el sentido de que se conforman los impuestos y la deuda; pienso que parten de la idea de limitar la capacidad del Estado, puesto que estas son sus dos fuentes únicas de ingreso. Es obvio que si se bajan ingresos se está limitando la acción gubernamental; la capacidad de trabajo del estado y de ahí su intervención para orientar la economía de acuerdo con el interés social. Aquí, en mi opinión afloran la postura política del Partido de Acción Nacional y su doctrina económica. Para ellos no es la baja del impuesto o de la deuda lo que les interesa; les importa que el Estado tenga menos recursos; limitar su intervención en la vida económica. Con toda honestidad creo que a los representantes de Acción Nacional les interesa el bienestar de los mexicanos, pero a través de un camino que demostró hasta la saciedad su incapacidad para lograrlo. El libre juego de las fuerzas del mercado tuvo nefastas proyecciones sociales. El liberalismo económico, esa libertad irrestricta por parte del sector privado consagró graves desigualdades tanto así que aún en aquellos países más asociados con las reformas capitalistas, el Estado Interviene directamente para orientar y desarrollar la economía.

Pensemos sólamente en esos controles sobre salarios y precios establecidos en los Estados Unidos ¿Vámos nosotros, en aras de una doctrina caduca a sacrificar a millones de mexicanos, cuya existencia depende de más y mejores empleos?

No señores, México es un país pobre, es un país lleno de carencias que exigen que el Gobierno, dentro de una economía mixta, utilice de todos los recursos aconsejables, para que a través de su acción, avance nuestro sistema productivo en beneficio y desarrollo de nuestra sociedad. Gracias. (Aplausos.)

El C. Garabito Martínez, Jorge: Pido la palabra.

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el compañero Jorge Garabito Martínes.

El C. Garabito Martínez, Jorge: Señor Presidente, señoras y señores diputados: brevemente quiero fijar, puntualizar, determinadas aseveraciones. No estamos de acuerdo fundamentalmente con que se utilice el recurso de financiamiento para la realización de los programa gubernamentales. No pensamos que el financiamiento sea la base del desarrollo de México, admiro el optimismo de la señora Sánchez Meza de Solís, pero quiero hacer muy breves consideraciones sin necesidad de ir al paleolítico inferior, simplemente en 1970 nosotros pedimos prestados 23 mil 238 millones de pesos y pagamos 20,907 millones de pesos, nos quedaron 2,330 millones de pesos. ¿Piensa la señora Meza de Solís que con 2,330 millones de pesos que nos quedaron se impulsó el desarrollo de México? ¿Qué el crecimiento que México tuvo, superior al 6% en el año de 1970, se logró con la inversión de 2,300 millones de pesos?

En 1971 pedimos 27,597 millones de pesos y tuvimos que pagar 22,793 millones de pesos, nos quedaron 4,600, ¿piensa que con 4,600 millones de pesos se impulsó el verdadero desarrollo de México en ese año? ¿Qué lo cierto no es precisamente lo contrario? ¿Qué estamos creciendo gracias a nuestro impulso propio y que solamente estamos pidiendo prestado para pagar lo que debemos? ¿Qué el desarrollo del pueblo de México no se debe fundamentalmente al trabajo de los mexicanos y que el endeudamiento solamente ha venido cubriendo el propio endeudamiento? ¿Y aquí está lo más grave, porque no comparto el optimismo de la señora Meza de Solís, estábamos pidiendo prestado para pagar lo que debíamos y así íbamos en un espiral de endeudamiento y ahora para 1973 en que tenemos que pagar 30 mil millones de pesos, vamos a endeudarnos con 50 mil millones de pesos. ¿Qué quiere decir esto?

Que el Estado, que la Administración va a ser incapaz de mantener el desarrollo del pueblo de México en 1973 con sus recursos propios y que ahora tienen que pedir prestado no sólo para pagar lo que debe sino para cubrir sus programas gubernamentales elementales, ésta es la incapacidad y la ineptitud manifiesta de la Administración, a través de la Ley de Ingresos a la que nos oponemos definitivamente en sus fracciones XXII y XXIII para que el progreso de México se finque falsamente en un financiamiento que no ha fortalecido, de ninguna manera el desarrollo del pueblo de México, que se ha venido desarrollando gracias a su esfuerzo y que solamente nos ha permitido, eso sí, ir pagando lo que debemos. Y lo grave del caso es que para 1973 vamos a tener que pedir prestado para pagar lo que debemos y para cumplir nuestros programas de gobierno. Eso es todo. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el compañero diputado Marcos Manuel Suárez Ruiz, por la Comisión.

El C. Suárez Ruiz, Marcos Manuel: Señor Presidente, señores diputados: En las dos ocasiones que el señor diputado Garabito ha subido a la tribuna, ha hecho afirmaciones que me atrevo a considerar de temerarias. Es esta la razón de mi presencia en estos momentos en la tribuna.

Ha tomado cifras que proceden unas de la exposición de motivos de esta Iniciativa de Ley de Ingresos que nos está ocupando. Y ha tomado cifras de otros lugares, como los informes del Banco de México, informaciones periodísticas, y las ha mezclado confundiendo, -no creo que sea deliberadamente-, a esta Asamblea y a través de ella, a la opinión pública nacional. No podrían quedar sin respuesta estas afirmaciones temerarias.

En primer lugar, menciona que el endeudamiento del Gobierno Federal y del sector paraestatal es de cincuenta mil millones de pesos, cifra que toma el propio dictamen y no se explica cómo la Comisión llegó a ella. Si hubiera estudiado todas las iniciativas que hemos recibido ya en esta Cámara, tendría amplia explicación la procedencia de esta cifra. Se toman, señor diputado, de los treinta y dos millones que aparecen en la exposición de motivos de esta Ley de Ingresos y se toman cuando se analiza la cifra del sector paraestatal muy claramente en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación donde están consignados los dieciocho mil millones del sector paraestatal. Esa es la procedencia de esta cifra; pero además de esta cifra que maneja, como el endeudamiento, es totalmente equivocada para ese fin; el endeudamiento del sector público no es de cincuenta mil millones, y puesto que paga aproximadamente veinte mil millones en diversas ocasiones, quedando otra cifra que es el endeudamiento neto; sobre esta cifra es la que debemos hablar. ¿ En que se invierte esta cantidad? Es para los gastos corrientes del sector público, o es para gastos de inversión de este mismo sector.

Si se analizara más profundamente, se vería que tenemos una cifra de inversiones de todo el sector paraestatal, incluyendo las 9 empresas, organismo y empresas descentralizados que por primera vez se consignan en esta Ley de Ingresos de 47,854 millones de pesos; por lo que ello representa el 64% de las inversiones. O sea, que nada del endeudamiento va para gastos corrientes.

Señala el diputado Garabito que México ha venido pidiendo prestado para pagar lo prestado. Eso es totalmente falso. Lo que se ha obtenido por medio de créditos, el Gobierno de la República; a través de sus diversos organismos, ha venido invirtiéndolo en lo que se llama inversiones de capital, inversiones de infraestructura, inversiones productivas, tanto dentro del mismo Gobierno Federal, como del sector paraestatal, como son las empresas de Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de electricidad, etc. Esto a su vez genera riqueza, al generar riqueza se producen nuevas cantidades de riqueza recién creada con la que en años posteriores, tomando una parte de ellas solamente, se da lo que va sirviendo para ir liquidando adeudos.

El Gobierno, como todos los gobiernos del mundo hoy en día, acude, no al endeudamiento, no para fundar en ello su desarrollo, sino como medios complementarios para estimular y hacer crecer el desarrollo económico de cualquiera de las naciones.

Eso es lo que ha venido haciendo el Gobierno Federal.

Debe hacerse una muy clara diferenciación cuando hablamos de endeudamiento neto, respecto de su procedencia. Si tomamos los recursos del caudal del ahorro nacional, estamos haciendo una simple transferencia del sector público y ésto - el sector público- toma las decisiones de en qué debe de invertirse.

Lo que para 1973 proyecta tomar el sector público de este caudal de ahorros, viene siendo el 86% de la totalidad. Esta cifra es considerablemente más baja que lo que se está generando dentro de la economía nacional en materia de ahorro, a través de la banca privada y de la banca oficial, o sea del mercado de capitales que puede existir. Esto permite, a su vez, que el sector privado tenga amplias, amplísimas fuentes para su financiamiento, para su propia inversión, y el sector público, el sector empresarial acude a estas fuentes de financiamiento para invertir hoy y tener hoy el equipo y las instalaciones para estar produciendo bienes y servicio el día de mañana.

Eso también lo está realizando el Gobierno Federal. No es posible concebir hoy en día un régimen -cualquiera que éste sea- que no recurra al crédito. No solamente no es suicida recurrir al crédito, sino, por el contrario, sería criminal no recurrir al crédito para tener hoy bienes y servicios que puedan ser del disfrute de toda la población. Pero bienes y servicios que, a su vez, produzcan más en los años subsiguientes. No podríamos concebir el desarrollo económico de México sin la infraestructura

básica que ha desarrollado el gobierno en todos los ámbitos: carreteras, presas, aun de las que pudieran considerarse en estrictos términos económicos como no productivas de la economía; pero que indirectamente son productivas en la economía, como son los gastos en salud; en prevención de enfermedades que permiten al ser humano, como ser económico, tener mayor capacidad de producción.

Eso es lo que se refiere a endeudamiento, y a la política de endeudamiento. Es perfectamente correcta y además sumamente beneficiosa para el desarrollo de cualquier nación que el sector público realice estas políticas. Lo que podrían preguntarse es: ¿qué tan endeudados realmente estamos? Y para probar lo que pretende el señor diputado Garabito, acude a cifras que han sido dadas en diferentes informes para toda América Latina. Si hubiera leído con detenimiento el informe Previsch, el informe Marshall, el informe Pierson , todos éstos se darían cuenta de que México es excepción a esta regla, que funge para toda Latinoamérica. ¿Por qué es excepción México? Porque se ha venido cuidando primordialmente del endeudamiento externo, ese es el que en un momento dado, puede llegar a ser sumamente peligroso; es perfectamente congruente la po1ítica del régimen anunciada al tomar posesión en diciembre de 70, la que se ha venido anunciando en 71.

Hemos ido cuidando el no incrementar exageradamente, por otros lados, reduciendo como sucedió durante 1971, el incremento en nuestra deuda externa. Esto de reducir incrementos permite tener capacidad sobrante para que en el momento en que el país lo requiera pueda acudir con mayor facilidad, cuando las circunstancias se presten; y como hemos venido observando el mercado de capitales internacional, cada vez va siendo más favorable por la tasa de interés que se requiere, por la abundancia de capital, especialmente en los países europeos, que se ha venido planteando en los últimos meses y cuyas perspectivas para 71 son muy favorables si México decide entrar a ellas; pero, sin embargo, mantiene dentro del 14% del endeudamiento neto, las posibilidades de acceso al extranjero.

América Latina tiene en general, otros problemas, que no son definitivamente los de México y eso queda consignado en esos informes. Esto viene a probar definitivamente cómo la política de desarrollo económico, de endeudamiento interno, de endeudamiento externo, ha sido en los últimos años perfectamente bien llevado a cabo por el Gobierno Federal.

No podía dejar pasar un punto que el diputado Garabito señala también con el objetivo de confundir la opinión pública, se refiere a que se consignan estimados de ingreso por diversos rubros a los cuales no han objetado, como son Ingresos Mercantiles, como son Impuestos Sobre la Renta. ¿De dónde saca la Secretaría de Hacienda esta cifra que dice él que su crecimiento comparado con años anteriores es exageradamente alto? ¿Qué si eso se debe a que ya tomó la Secretaría de Hacienda en consideración la posibilidad de incrementar los impuestos?

Estas cifras que se consignan no toman en cuenta la posibilidad del incremento de los impuestos, pero sí toma en cuenta dos factores fundamentales; uno, lo que se puede incrementar en función del desarrollo económico de México, cuya expectativa para el año que entra es de una cifra superior al 7% y, por otro lado, la expectativa, en que la recaudación fiscal y su aparato administrativo sea cada vez más eficiente y permita reducir ese amplísimo margen de evasión que existe.

Estamos muy de acuerdo de que no es todavía perfecta la captación del aparato administrativo de la Secretaría de Hacienda, pero lo que no puede discutirse y está consignado en las cifras, en el incremento de ellas, durante los últimos años, es que cada vez es más eficaz. Debemos en lugar de utilizar -y a eso me voy a referir en unos momentos-, en lugar de utilizar tanto esta tribuna como otras para confundir la opinión pública, deberíamos cada vez más formar conciencia en nuestra ciudadanía, de la importancia que tienen el pagar con justicia sus impuestos.

Pero lo más importante que el diputado Garabito ha mencionado es su solidaridad con las declaraciones del Presidente de su Partido y, en parte, hace mofa de las expresiones, las opiniones que a la prensa nacional han hecho diputados de la mayoría al criticar las declaraciones previas del Presidente de Acción Nacional.

¡Qué bueno! que el diputado Garabito en esta tribuna mencionó a ese político francés Poullart que decía en su plataforma política que debían de quitarse todos los impuestos, y en efecto obtuvo una parte importante de la votación del pueblo francés en algunas de las votaciones. Obviamente los impuestos nunca han sido populares, jamás pueden ser populares y este Poullart demagógicamente, fuera de la realidad, propone y hay gentes que lo escuchan y hay gentes que lo aprueban. El señor Presidente de Acción Nacional propone: "que las medidas del régimen deben de ser reducir los impuestos, reducir el gasto público, por lo tanto, para que la ciudadanía tenga más dinero para poder gastarlo", casi textuales son sus declaraciones porque -indica- "si el gobierno recoge más, invierte más, gasta más, va a provocar inflaciones. Sin embargo, por otro lado, el mismo diputado Garabito, en franca contradicción con el Presidente de su Partido, señala la necesidad de que el erario federal capte aun más impuestos. Son posiciones totalmente antagónicas. Yo no estoy de acuerdo con el diputado Garabito, no estoy de acuerdo con la posición que se asemeja mucho, aunque no llega a ese grado de Poullart, no es posible concebir un régimen cualquiera que éste sea, sin impuestos. La tendencia natural es que se vaya captando mayor número de impuestos y que se vaya sosteniendo cada vez más el desarrollo económico de un país en el sector público, porque es éste el que orienta, el que desarrolla, el que crea la infraestructura para que los particulares puedan irse desarrollando.

Por otro lado el señor Presidente de Acción Nacional indica que ese es un presupuesto inflacionario, y eso ha quedado perfectamente aclarado con la intervención del señor diputado Hiriart; es justamente lo contrario, no puede ser inflacionario a pesar de su incremento, un presupuesto que se orienta especialmente al desarrollo del sector agropecuario, como se está realizando en este caso para incrementar la productividad del campo. Mientras más productividad exista, menos presión habrá sobre los mismos precios, o sea, más barato en términos relativos será la producción. ¿Por qué menciona Acción Nacional con tanta frecuencia las palabras "catástrofe", y específicamente su Presidente menciona en varias ocasiones, una de ellas en Monterrey el 11 de septiembre de 1971, ahora en sus declaraciones, que la repite aquí la misma palabra, "suicida", ¿qué es lo que se contempla? ¿Cuál es la estructura mental que se tiene cuando se está manejando este tipo de palabras?, cuando estamos viendo que tanto en las leyes impositivas como en los presupuestos de egresos se pretende ir saneando cada vez más la economía de la Nación? ¿Por qué esa mención continua del suicidio? ¿Qué en algo les afecta? Ahora continúa el diputado Garabito insistiendo en posiciones planteadas por el Presidente de su Partido. Y yo me preguntaría: qué bueno que hace uso de la libertad de expresión y qué bueno que siente la obligación de expresar una opinión aunque fuese compulsivamente frente a la prensa nacional para que tenga difusión. Pero me pregunto: ¿realmente ha analizado el Presupuesto?; y me pregunto: ¿realmente ha analizado la política impositiva?; y me pregunto: ¿realmente ha analizado la política de endeudamiento?; y me pregunto: ¿realmente ha analizado la economía nacional? ¿Son sus propias convicciones? ¿son sus razonamientos producto de reflección?, simplemente pretende recoger inquietudes naturales que surgen sobre impuesto-gasto público-desarrollo económico, y a la ligera las presenta a la opinión. Los mismos que utiliza, no son términos términos de seriedad; y me pregunto; ¿qué si los diputados tenemos la obligación de ser responsables en nuestra opinión, qué el presidente de un partido político no tiene la obligación de ser responsable de sus opiniones? ¿qué no mide con la ligereza que hace esas declaraciones existen afortunadamente pocos, pero existen gentes que creen en él y en su partido y que obviamente se alarman? ¿qué no estamos causando cuando opinamos con ligereza, sin profundidad, sin analizar, sin responsabilidad? ¿qué no estamos confundiendo, o pretendiendo confundir a la opinión pública? ¿qué la responsabilidad de un diputado de cualquier partido, y más quizás la responsabilidad de quien encabeza un partido político, no es digna de ser cuidada? ¿por qué se hacen ese tipo de declaraciones? ¿qué ya vamos a pretender llegar en México a un "poullertichismo"? ¿o algo que se pueda asemejar? Si Poullart fue irresponsable, en México no podemos permitirnos que ningún hombre público sea irresponsable. Que se digan las opiniones meditadas y reflexionadas, Si existen cuestiones a aclararse, podemos aquí los diputados posteriores, cuando tengamos el debate sobre las reformas a las leyes impositivas y cuando tengamos el debate sobre el presupuesto, aclarar todas esas dudas; pero que no se hagan irresponsablemente declaraciones.

Esta tribuna ha sido respetada por todos los partidos y por todos los diputados . Es en esta tribuna quizás donde se le puede hablar al pueblo de México para decirle que la política impositiva del Gobierno, la política de gasto público, la política de endeudamiento es una sana política, presenta a un modelo mexicano del desarrollo: crecimiento con justicia social, y es perfectamente congruente, responsable lo que el Ejecutivo ha presentado a esta Cámara y para lo que esta Comisión pide el voto aprobatorio. (Aplausos.)

El C. Garabito Martínez, Jorge: Señor Presidente, pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, compañero diputado?

El C. Garabito Martínez, Jorge: Para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el compañero diputado Jorge Garabito Martínez.

El C. Garabito Martínez, Jorge: Señor Presidente, señoras y señores diputados.

Muy brevemente quiero indicar y rectificar algunas de las aseveraciones hechas por el diputado Suárez.

En relación a la alusión que hice de los diversos informes de organismos internacionales sobre América Latina. Claramente manifesté que esos informes coincidían en su filosofía con las afirmaciones hechas inicialmente por el Secretario de Hacienda ante esta Cámara. Yo no dije que México estuviera en la misma situación de los demás países de América Latina. Aludí a las graves consecuencias del endeudamiento externo y como coincidía la filosofía expuesta por el señor Secretario de Hacienda con las orientaciones generales de los que emitieron esos informes.

Segundo. Rechazo el calificativo el diputado Suárez de que tome arbitrariamente las cifras a que aludí. Expresamente informé que la cifra venía en el dictamen a consideración, 50 mil millones de pesos, como monto de los créditos a conseguir en el año próximo.

La misma exposición de motivos de la ley en consideración hace las aclaraciones pertinentes, la página dos dice: "En el año en curso, la recaudación del impuesto sobre la renta creció un 20.8%". Si sacamos la cuenta, llegamos a la conclusión de que entonces la recaudación bajo la misma tasa tenía que ser de aproximadamente 21,800 millones de pesos, y si la Secretaría estima recaudar 23,426, es porque está considerando modificaciones no expresadas y no explicitadas y lo mismo podemos decir por impuestos sobre ingresos mercantiles.

En tercer lugar, quiero hacer hincapié en cuanto me referí a la opinión expresada por la diputada Guillermina Sánchez Meza de Solís en relación a las declaraciones del Jefe de mi Partido, traté de puntualizar el alcance y contenido de esas declaraciones, en consecuencia rechazo definitivamente las tergiversaciones que el diputado Suárez pretende hacer de esas declaraciones. Rechacé yo desde un principio porque advertí y creí y lo sigo creyendo que las declaraciones de la diputada Meza de Solís eran de buena fe, pero habían equivocado la perspectiva de las declaraciones del Jefe del Partido y rechacé como propia de un partido político la tesis y la política de Poullart. Rechazo en consecuencia las aseveraciones fuera de lugar del diputado Suárez de comparar esta política rechazada expresamente en mis declaraciones anteriores.

Por último, soy muy respetuoso de las formas parlamentarias y no quiero adelantar aquí la discusión de la Ley o el Presupuesto de Egresos y de las Reformas Fiscales que aún no es tiempo de considerar, pero tomo en cuenta todas las exposiciones hechas por el diputado Suárez para que en su tiempo y oportunamente hacer las contestaciones oportunas. Muchas Gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el compañero diputado Marcos Manuel Suárez Ruiz, por la Comisión.

El C. Suárez Ruiz, Marcos Manuel: Que bueno que el señor diputado Garabito en esta tribuna hace el señalamiento que no había hecho en sus exposiciones anteriores respecto a que para el objeto de los informes sobre América Latina de diversos expertos México es la excepción, es correcto que se señalen con frecuencia peligros que pudieran llegarse, pero ese definitivamente no es el camino de México. México no está fincando su desarrollo en una política de endeudamiento externo como lo han tenido que hacer, quizás, algunos otros países de América Latina.

Que quede definitivamente claro, que sin necesidad de señalamiento de estos peligros tanto por organismos internacionales, como por diputados de la oposición, el Gobierno Mexicano está perfectamente consciente de cuáles son los peligros que corren en las diversas alternativas que tiene la política de subdesarrollo. Es por eso que México tiene y muy especialmente en este régimen, un modelo económico mexicano del desarrollo perfectamente bien definido y esto me recuerda que también el Jefe de Acción Nacional hacía en sus declaraciones mención de que no existe en México una política definida - por parte del Gobierno-, del desarrollo económico. Esto ha quedado sentado en las declaraciones de funcionarios del Poder Ejecutivo Federal, en los dictámenes presentados ante la soberanía de esta Cámara de Diputados, en las intervenciones de los diputados del Partido mayoritario y responsable que se han realizado en esta Tribuna.

Cuando menciona también el diputado Garabito de que el respeto a prácticas parlamentarias entraremos en otros debates sobre materia económica, lo vemos no como un reto, no como el guante que se avienta despreciativamente, lo recogemos como un señalamiento de un diputado de un partido minoritario que le interesan profundamente los problemas de México, que es responsable y que sabe analizar, estudiar y reflexionar sobre los problemas de México y le damos la bienvenida a esos debates en esta Cámara pluripartidista. Por eso es esta Cámara pluripartidista para que expresiones responsables, estudiadas, de las minorías se expongan en esta tribuna, y tengamos también los diputados del Partido mayoritario, quienes tenemos la responsabilidad de ejercer el poder, la oportunidad de aclarar cualquier confusión que surja de declaraciones de quienes deberían tener mayor responsabilidad. ¡Qué bueno que en los próximos días tengamos al señor diputado Garabito expresando sus personales opiniones y, además, las de su Partido! que sea bienvenido en los próximos debates. ( Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el artículo 1o. en sus fracciones XXII y XXIII está suficientemente discutido.

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea para que en votación económica manifieste si están suficientemente discutidas las fracciones XXII y XXIII del artículo 1o. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutidas. En consecuencia se va a proceder a recoger la votación nominal de las fracciones mencionadas. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. posecretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Las fracciones XXII y XXIII del artículo 1o. fueron aprobadas por 127 votos en pro y 17 en contra.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos no impugnados. Por la afirmativa.

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: Por la negativa.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la afirmativa?

El C. prosecretario Argüelles Sánchez, Rafael: ¿Falta algún ciudadano diputado de votar por la negativa?

Se va a proceder a recoger la votación de la Mesa Directiva.

(Votación.)

El C. secretario Soto Reséndiz, Enrique: Los artículos no impugnados fueron aprobados por unanimidad de 144 votos. Aprobado el proyecto de Ley en lo particular y en lo general, pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera.

- El C. Presidente (a las 14:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día martes 26 de diciembre a las 11:00 horas. En la que se tratarán los asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"