Legislatura XLIX - Año II - Período Ordinario - Fecha 19741031 - Número de Diario 27

(L49A2P1oN027F19741031.xml)Núm. Diario:27

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

XLIX LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO II

México, D.F., Jueves 31 de Octubre de 1974

TOMO II NUM. 27

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN, APROBADA

MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DEL DOCTOR MORONES PRIETO

Interviene el C. diputado Ernesto Báez Lozano para referirse a la militancia política del recientemente fallecido doctor Ignacio Morones Prieto. Se guarda un minuto de silencio en su memoria. Se designa al propio diputado Báez Lozano para que asista a los funerales.

Protesta del diputado Natharet Escobar

Escrito del C. diputado Lázaro Rubio Félix en que informa de la imposibilidad física del C. Crisóforo Chiñas Mendoza, diputado propietario por el I Distrito de Oaxaca, y propone se llame al suplente y se cubra el seguro correspondiente. En virtud de lo anterior, hace acto de presencia el C. José Natharet Escobar, quien rinde la protesta de Ley como diputado suplente en funciones por el Distrito mencionado.

Constancia de Solidaridad

Que a nombre de la Diputación del P.A.N., hace el C. Eduardo Limón León, concerniente a que desde el 15 de junio último, día del accidente automovilístico sufrido por el diputado Crisóforo Chiñas Mendoza, ha estado pendiente de su estado de salud.

Homenaje a don Francisco I. Madero

En cumplimiento al acuerdo anterior de esta y con motivo del CI aniversario de su natalicio. Se informa de la presencia de descendientes del Apóstol de la Democracia, como invitados de honor a este acto. En seguida, intervienen para rendir homenaje al héroes epónimo, los CC. diputados Delia de la Paz Rebolledo de Díaz, Rubén Rodríguez Lozano.

Continúan Belisario Aguilar Olvera, y Federico Ruiz López

Finalizan, Rafael García Vázquez y Fedro Guillén Castañón. Se acuerda se edite un folleto con los discursos pronunciados. Se agradece la presencia de los invitados de honor y de representantes de partidos y organizaciones.

Directiva para Noviembre

Se desarrolla la elección de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para el mes de noviembre próximo: Presidente, diputado Jorge Hernández García; Vicepresidentes, diputados Luis León Aponte y Miguel Hernández González, Declaratoria.

MINUTA

Ley de Sanidad Fitopecuaria

El Senado de la República envía la minuta proyecto de Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a comisión.

INICIATIVA

Reformas a la Ley del Impuesto Sobre Tabacos Laborados

Iniciativa de reforma al artículo 9 fracción VII, de la Ley del Impuesto Sobre Tabacos Laborados, presentada por los CC. Joaquín Cásanovas Puchades, Fidel Herrera Beltrán y Antonio Jiménez Puya. Se turna a comisiones. Imprímase.

SOLICITUD DE PARTICULAR

Cargo Consular

Solicitud del C. Raúl Zaldo Galina, del permiso constitucional necesario, para prestar servicios como Canciller del Consulado honorario de Irlanda en México. Se turna a comisión.

Directiva del Senado para Noviembre

La H. Colegisladora participa la designación de su Mesa Directiva que funcionará durante el mes de noviembre. De enterado.

Dictamen Retirado

El C. diputado Esteva Silva, a nombre de las comisiones que dictaminaron en relación a la iniciativa de reforma al artículo 117 de la Ley General de Instituciones de Crédito, solicita se retire de la cartera el dictamen en cuestión para nuevo estudio. Se aprueba la solicitud.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Opción de Cargo del C. diputado Hernández Ochoa

Dictamen con puntos de Acuerdo que disponen otorgar licencia para separarse del cargo de diputado por el V Distrito Electoral de Veracruz al C. Rafael Hernández Ochoa, y llamar al suplente. Sin discusión se aprueban los puntos de Acuerdo.

EXCITATIVA

Acerca del Mar de Cortés

El C. diputado Armando Calzada Ramos comenta una nota periodística sobre acerca del Golfo de California y sobre una iniciativa presentada el 19 de noviembre de 1965, tendiente a reformar los párrafos 4o. y 5o. del artículo 27, 42 y 48 Constitucionales. La Secretaría informa al respecto y la Presidencia fija fecha para que se dictamine sobre el particular. Se turna a comisiones.

Reconocimiento de la Presidencia

Emitido por la oportunidad que se le dio para dirigir las asambleas en el mes de octubre.

Orden del Día

Se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DE LA C. CONCEPCIÓN RIVERA CENTENO

(Asistencia de 172 ciudadanos diputados.)

APERTURA

-La C. Presidenta (a las 11:40 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

"Cámara de Diputados. Segundo Período Ordinario de Sesiones. XLIX Legislatura.

Orden del Día

31 de Octubre de 1974. Lectura del acta de la sesión anterior.

Oficio del licenciado Lázaro Rubio Félix, diputado miembro del Partido Popular Socialista.

Homenaje a don Francisco I. Madero.

ELECCIÓN DE MESA DIRECTIVA

MINUTA

La Colegisladora envía proyecto de Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Solicitud de particular

El C. Raúl de Zaldo Galina, solicita permiso para prestar servicios como Canciller del Consulado Honorario de Irlanda, en la ciudad de México

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros con punto de Acuerdo.

De la Comisión de Permisos Constitucionales, el relativo a la comunicación del licenciado Rafael Hernández Ochoa."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El C. secretario Carlos A. Madrazo:

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, el día treinta de octubre de mil novecientos setenta y cuatro.

Presidencia de la C. Concepción Rivera Centeno.

En la ciudad de México, a las diez horas y cincuenta minutos del miércoles treinta de octubre de mil novecientos setenta y cuatro, se abre la sesión una vez que la Secretaría declara una asistencia de ciento sesenta y cinco ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior, efectuada el día de ayer.

Encontrándose a las puertas del Recinto el señor Secretario de Hacienda y Crédito Público, licenciado José López Portillo, la Presidencia informa al respecto y designa en comisión que lo introduzcan, a los ciudadanos diputados Luis Dantón Rodríguez, Juan José Hinojosa, Ezequiel Rodríguez Arcos y Alejandro Mújica Montoya. La comisión cumple su cometido.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa de la presencia en esta sesión de los invitados de honor: diputados

constituyentes Gregorio A. Tello, Jesús Romero Flores, Cándido Avilés Isunza e ingeniero Julián Adame Alatorre, de los Presidentes del Tribunal Fiscal de la Federación y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal: licenciados Atanasio González Martínez y Saturnino Agüero; del licenciado Roberto Esquivel Salinas, representante del Presidente del Tribunal Superior de Justicia; y de los siguientes funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público: licenciado Mario Ramón Beteta Monzalve; Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Contador Carlos A. Isoard de Sandi, Subsecretario de Egresos; licenciado Francisco Javier Alejo, Subsecretario de Ingresos; ingeniero Gilberto Ruiz Almada, Subsecretario de Investigación y Ejecución Fiscal y licenciado Julio Rodolfo Moctezuma Cid, Oficial Mayor.

La Secretaría da lectura al oficio de la Secretaría de Gobernación, relativo a la autorización presidencial motivo de la comparecencia en esta sesión del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, para dar a conocer los motivos y alcances que tuvo el Ejecutivo de la Unión al promover las iniciativas de carácter fiscal.

La Presidencia con este motivo, concede el uso de la palabra al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, licenciado José López Portillo, quien hace una amplia exposición sobre el particular.

Acto seguido, los ciudadanos diputados Francisco Javier Gutiérrez Villarreal, Luis León Aponte, Jorge Hernández García, Ernesto Báez Lozano, Abel Vicencio Tovar, Graciano Astudillo Alarcón, Miguel Hernández González, Alejandro Cervantes Delgado, Joaquín Cánovas Puchades, Rubén Rodríguez Lozano, Rogelio García González, Humberto Lira Mora, Alejandro Cañedo Benítez, Demetrio Ruiz Malerva, Ezequiel Rodríguez Arcos, Augusto Briceño Contreras, Margarita Prida de Yarza, Francisco Valdés Zaragoza, Alvaro Fernández de Ceballos, José Luis Estrada Delgadillo, y Rafael Tristán López, formulan al C. licenciado José López Portillo, diversas preguntas, a las cuales el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público da respuesta. Declinaron a formular preguntas los CC. diputados Abraham Talavera López, Ernesto Aguilar Cordero y Rafael Moreno Ballinas.

La Presidencia, a nombre de la Cámara de Diputados , agradece al Titular de Hacienda y Crédito Público su brillante exposición, y expresa su reconocimiento por las claras y valientes respuestas dadas a las interrogantes de los señores diputados.

La misma comisión que lo introdujo al Salón, lo acompaña al retirarse

La Presidencia agradece a los invitados de honor y al público en general, su presencia a esta sesión. Se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las dieciséis horas y cuarenta minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana a las once horas."

Está a discusión el acta...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta a la Asamblea si se aprueba. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo Aprobada.

Minuto de Silencio en Memoria del Doctor Morones Prieto

El C. Ernesto Báez Lozano: Pido la palabra.

- La C. Presidenta: ¿Con qué motivo?

El C. Ernesto Báez Lozano: Para hacer una proposición.

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el ciudadano diputado Ernesto Báez Lozano.

El C. Ernesto Báez Lozano: Señora Presidenta de la H. Cámara de Diputados. Diputados. Señores diputados. Distinguido Público asistente a esta sesión. Por todas las noticias periodísticas y medios de comunicación, hemos lamentado profundamente el fallecimiento del señor doctor Ignacio Morones Prieto. El señor doctor Ignacio Morones Prieto fue un distinguido mexicano, con una trayectoria política de primera importancia en la vida institucional de México.

Fue en los años de 1940 a 44. Rector de la centenaria y vieja Universidad Autónoma de San Luis Potosí. De 46 a 49, Subsecretario de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. En 49 a 52, Gobernador del importante Estado de Nuevo León. De 52 a 58, Secretario de Salubridad y Asistencia. En 58 a 64, Embajador de México ante Francia y en 66 al año de 70, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Esta trayectoria nos indica la importancia de la vida política y cultural del doctor Ignacio Morones Prieto. Vivió su día, todos los otros como dijera el insigne poeta anónimo del Siglo Clásico de la literatura castellana: ¿Qué es la vida? Más que un breve día, donde apenas se alza el sol, cuando se pierde en brazos de la noche fría. Y el doctor Ignacio Morones Prieto vivió su día, pero un día hermosos y positivo en la luna de México. Un día que dejó huella en todas las obras que él inició y continuó como un magnífico mexicano.

Por esta razón, con todo respeto, a la señora Presidenta y el respeto a todos ustedes, me permito pedir como un recuerdo al doctor Ignacio Morones Prieto, que la última vez que lo vimos y platicamos con él, en este recinto legislativo, fue aquel, en estos lugares, cuando vino el martes 4 de diciembre del año pasado, cuando estaba el cuerpo de don Adolfo Ruiz Cortines.

Fue la última vez que asistió a este recinto legislativo, al cual había asistido en muchos casos como Gobernador, como Secretario de Estado. Estuvo allí sentado el doctor Ignacio Morones Prieto hace menos de un año, y hoy en vísperas de que hubiese celebrado el quincuagésimo primer aniversario de su recepción profesional, el día de mañana, hoy rinde tributo a lo último a que todos debemos rendir el tributo: a la Madre Tierra, por eso con todo respeto a la señora Presidenta y a todos ustedes,

pido que guardemos un minuto de silencio a la memoria del doctor Ignacio Morones Prieto.

(Minuto de silencio.)

- La C. Presidenta: Esta Presidencia designa a usted, señor diputado Ernesto Báez, para asistir a los funerales del doctor Ignacio Morones Prieto el día de hoy, quien ha dejado una brillante trayectoria política como usted lo acaba se señalar.

Prosiga la Secretaría con los asuntos en cartera.

Protesta del diputado Natharet Escobar

- El C. secretario Carlos A. Madrazo:

"México, D.F., 29 de octubre de 1974.

C. diputada Concepción Rivera Centeno, Presidenta de la Cámara de Diputados.- Presente.

Por la presente me estoy permitiendo informar a usted de la manera más atenta que el C. Crisóforo Chiñas Mendoza, diputado por el I Distrito de Oaxaca, sufrió un accidente automovilístico el pasado 15 de junio del presente año, y que, según certificado médico expedido por el doctor Octavio Salazar Martínez y cuya copia se adjunta, quedó imposibilitado con grado de invalidez total y permanente, pese a que ha recibido todas las atenciones médicas requeridas.

Por tal virtud y en atención a lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, es el caso de llamar al suplente, C. José Natharet Escobar, a efecto de que asuma las responsabilidades a la representabilidad popular que contrajo.

Igualmente nos permitimos solicitarle tenga a bien ordenar se le cubra al C. Chiñas Mendoza, el seguro correspondiente.

Atentamente.

Por la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, diputado Lázaro Rubio Félix."

- La C. Presidenta: La Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, por conducto del diputado Lázaro Rubio Félix, informó a esta Presidencia del lamentable accidente que el pasado 15 de junio del presente año, sufrió el C. diputado Crisóforo Chiñas Mendoza, representante popular por el primer Distrito de Oaxaca, adjuntando certificados médicos expedidos por los doctores Octavio Salazar Martínez y Norberto Tapia Bravo, ambos médicos de esta Cámara, que corroboran el grado de invalidez total y permanente en que se encuentra pese a que ha recibido todas las atenciones médicas requeridas.

Esta Presidencia acoge al sentir de solidaridad de todos los integrantes de esta Legislatura y hace suya la pena de la familia del compañero diputado Crisóforo Chiñas Mendoza, por lo que ordena se cubra de inmediato el seguro correspondiente a que tiene derecho.

En atención a que el C. diputado Crisóforo Chiñas Mendoza, padece tan grave imposibilidad física, esta Presidencia en cumplimiento a lo establecido en los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, ha llamado al representante suplente. En consecuencia, encontrándose a las puertas de este recinto el C. diputado suplente José Natharet Escobar, se designa en comisión para que lo acompañen, al interior del salón, para rendir la protesta de Ley, a los siguientes diputados: Lázaro Rubio Félix, Silverio R. Alvarado, Pánfilo Orozco Alvarez y María Martínez Rivera.

- La C. Presidenta: "¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

El C. José Natharet Escobar: "Sí protesto".

- La C. Presidenta: "Si así no lo hiciéreis, la nación os lo demande". (Aplausos.)

Constancia de Solidaridad

El C. Eduardo Limón: Pido la palabra.

- La C. Presidenta: ¿Con qué objeto?

El C. Eduardo Limón: Para hechos.

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el C. diputado Eduardo Limón.

El C. Eduardo Limón: señora Presidenta: muy brevemente, en nombre de la diputación del PAN, y creo que en nombre de la 49 Legislatura a la que pertenece nuestro compañero Crisóforo Chiñas Mendoza, diputado del PPS, queremos dejar constancia de que desde el día del accidente hemos estado pendientes de su estado de salud y que nos ha conmovido el certificado médico diciéndonos que nuestro compañero ha quedado en estado de invalidez que no permitirá que sea diputado activo en este período de sesiones, pero sí queremos seguir estando pendientes de su estado de salud y que la Cámara oficialmente lo esté en todo momento, y nuestro principal interés al abordar esta tribuna es que quede constancia de que los diputados del PAN, nos solidarizamos con la diputación del PPS y hacemos votos porque mejore su estado de salud y estaremos pendientes y en lo que podamos colaborar, estamos siempre a sus órdenes. Muchas gracias. (Aplausos.)

Homenaje a don Francisco I. Madero

- La C. Presidenta: El siguiente punto del Orden del Día es el de don Francisco I. Madero en el 101 aniversario de su natalicio. Proceda la Secretaría a dar lectura a los invitados de honor.

El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca: Se encuentran entre nosotros, los siguientes invitados de honor, descendientes de don Francisco I. Madero: señorita Patricia Madero Belden, señor Gabriel Madero Ramos, señor Horacio Rivera Alvarado, señora Blanca Madero de Spelz, señorita Sandra Spelz Madero, señor Francisco Madero Zambrano, señorita Angela Degetau, señorita Isabel Treviño Degetau, señorita Mónica Treviño Degetau y señorita Regina Treviño Degetau.

- La C. Presidenta: esta Presidencia se permite informar que harán uso de la palabra los siguientes ciudadanos diputados: Delia de la Paz Rebolledo de Díaz Rubén Rodríguez Lozano, Belisario Aguilar Olvera, Federico Ruiz López, Rafael García Vázquez y Fedro Guillén Castañón.

Tiene la palabra la ciudadana diputada Delia de la Paz Rebolledo de Díaz.

- La C. Delia de la Paz Rebolledo de Díaz:

"Honorable Asamblea:

Singularmente solemne es el momento cuando se evoca la memoria de un hombre, que a su paso por la vida, dejó huella profunda e imborrable, en el corazón mismo de la patria.

Su vida terrena fue manifestación absoluta del ideal humano que dignifica y que redime. Misión que sólo les es dable a los elegidos cuya voz, es la palabra que hace eco en todos los confines de la patria, despertando la conciencia cívica de un pueblo, largamente adormecido, a una nueva aurora de vida con horizontes de luz, que le conduzcan hacia el venturoso destino que por derecho le corresponde.

Su sangre fue germen ofrecido en holocausto, a cambio de la vida de sus hermanos de raza, ¡de su pueblo!, sin reclamo póstumo de honores.

Su vida la ofreció con la entereza del mártir que sabe que su muerte significa la vida de aquellos por quienes la ofrece. Es el más noble legado que un Apóstol hereda a las generaciones venideras para que continúen el buen camino señalado, deudoras siempre, del precio de una sangre derramada y de una vida ofrecida en aras de la dignidad ciudadana y del honor y la grandeza de la patria.

Este hombre, cuya memoria evocamos este día, es un digno hijo de México. Es un héroe de singulares perfiles y proporciones gigantescas no fácilmente abarcables. Fue un idealista positivo de una enmarcación de vida de una patria que sufre el dolor inmarcesible de ver vivir y morir a sus hijos, desheredados, oprimidos y relegados a la triste condición de parias del destino a que les condujo la soberbia y el despotismo inhumano de sus privilegios hermanos, quienes lejos de tenderles la mano bienhechora, les regalaban a la ignominiosa situación de penuria y hambre, despojándoles de sus innatos derechos de humanidad y justicia en el propio suelo que les vio nacer.

A una centuria de distancia en el tiempo transcurrido, 101 años a partir de su natalicio ocurrido en San Pablo de las Colonias en el hermano Estado de Coahuila, escenario de relevantes hechos revolucionarios y cuna de preclaros hijos, que con todos los merecimientos, son ahora personajes perennemente vivos en las páginas inmortales del Libro de Honor de nuestra Revolución Mexicana y con arraigo profundo en la conciencia nacional, su portada está enmarcada con la personalidad limpia, sobria y serenamente noble de nuestro Apóstol: Francisco I. Madero. (Aplausos.)

Si, señores miembros de este Honorable Congreso presente en este recinto en el que se vela por los nobles principio y los sagrados derechos de la gran familia mexicana, cuya seguridad, prosperidad y bienestar, es imperativo deber que cumplir y que pesa en nuestra personal y común responsabilidad de representantes del pueblo y a quien debemos servir con lealtad honestidad y justicia, siguiendo el noble ejemplo que nos legó nuestro gran Apóstol, el precursor de una nueva democracia que por caminos, libres de egoísmos e intereses mezquinos, estamos en el deber de continuar y conducir por el camino del bien común, el gran pueblo de México, del que tenemos el singular honor y privilegio de ser sus hijos y actualmente sus representantes.

Francisco I. Madero, justamente llamado y reconocido Apóstol de la Revolución Mexicana, fue un hombre de conciencia fraterna y de pensamiento puro, que supo sentir en carne propia, el cruento sufrimiento del desposeído y supo medir las proporciones de los problemas de México.

Y a ello se determinó, con ejemplo y con estoicismo y férrea voluntad, para encauzar a la patria hacia un nuevo y perdurable destino de paz y bienestar colectivo, sin consideraciones a su propia persona y sin medir los riesgos y peligros que habría de sufrir y afrontar.

Su empresa redentora no la inició por caminos de violencia ni con inútiles e innecesarios derramamientos de sangre hermana. Francisco I. Madero, anhelaba un cambio radical de un sistema de gobierno que ya era impropio, injusto, carcomido y octagenario que tenía anquilosado a un pueblo sediento de justicia social y reconocimiento humano.

Deseaba una transformación pacífica, positiva y bienhechora sin exterminio ni desastre y en que los intereses bastardos fueran relegados por el pensamiento sano de hombres nuevos de buena voluntad.

Mas, desgraciadamente, no pudo ser así. Fue necesario y hubo de estallar el movimiento armado y el suelo bendecido de la patria se regó con la sangre del pueblo que despertó al conjuro de su voz que le llamaba y por todos los confines del suelo mexicano, hollaron las plantas de sus hijos, en rescate de sus derechos y prebendas largo tiempo reprimidas.

Felizmente, bastaron unos pocos meses, para que el triunfo acudiera en merecido precio al sacrificio ofrecido en aras de la patria nueva. Y fue entonces, obtenido el triunfo, cuando fue manifiesta en toda su grandeza la bondad y la nobleza de su gran espíritu humano que supo dar ejemplo de probidad y justicia.

Al triunfo de la Revolución salvadora, no fue Francisco I. Madero, el implacable verdugo con el vencido sino por el contrario: fue el magnánimo y generoso dispensador y protector con aquellos "Iscariotes" que le desconocieron y le traicionaron.

Mas a cambio de estos deleznables "traidores", hubo otros próceres que en sucesión ininterrumpida continuaron, hasta nuestros días, con

la evangelizadora doctrina democrática que ha conducido a México al sitio de honor que por el designio le corresponde.

La obra iniciada por Francisco I. Madero, no está concluida. No es llama que se haya extinguido, sino luz permanentemente viva. Es doctrina que guía y conduce a México por caminos de verdad y de justicia. Es mensaje de armonía Es palabra orientadora. Es ejemplo a seguir y es obra conciliadora de unidad nacional.

Es la responsabilidad que inexorablemente pesa en la conciencia de nuestro pueblo y, particularmente, en todos y cada uno de nosotros, señores miembros de este Honorable Congreso. Somos nosotros los depositarios de la fe y la esperanza de un pueblo a quién tenemos el sagrado deber de respetar y servirle con lealtad y honestidad. Somos los actuales responsables ante la generación presente y venidera del cumplimiento fiel de los postulados inspirados y transcritos en "el Plan de San Luis", exponente manifiesto de un pensamiento sereno, firme y puro. Somos los herederos de la obra de Francisco I. Madero y por ende: los continuadores de tan nobles fines.

Es tarea que nos corresponde desempeñar con equidad y justicia social en bien de todos nuestros hermanos. Es misión a cumplir por todos y en todos los confines de la patria. Es deber del Maestro Rural, del Catedrático Universitario, del Profesionista en todas las ramas de la Ciencia, del Campesino, del Obrero, del Artesano, de todos los elementos de la Administración Pública, es deber de todos los representantes de la Ley, de todos los miembros de la Banca, la Industria y el Comercio, de todos los Funcionarios Públicos que estamos obligados a corresponder a la confianza que a nosotros nos legaron.

Y todo esto, es y debe ser realidad, agrupados en torno a la persona de nuestro actual Presidente, que es fiel intérprete del pensamiento revolucionario, del anhelo del pueblo cuyos destino rige y respetuosamente absoluto de nuestra Magna Constitución.

Señores diputados: Es innegable que México vive un presente de trascendente importancia. Vivimos una época explosiva e incierta. á no somos un pueblo separado de las naciones del mundo civilizado, sino un pueblo con ideas propias dentro del concierto del pensamiento y la vida universal que rigen el destino de la humanidad. No podemos ni debemos sustraernos ante cualquiera crisis de nación alguna o continente; no debemos ir ni siquiera a prudente distancia sino al pie del avance científico aportador de nuevos sistemas que conducen a la humanidad hacia su superación definitiva en aras de una confraternidad universal y en la que sea la justicia la que haga posible la fraternidad entre los hombres.

No es necesario hacer semblanza cronológica de Francisco I. Madero. Su persona y su obra, es de todos conocida. Tampoco son necesarias palabras rebuscadas para enaltecer su figura. Basta ante todo como mexicanos, reconocer la magnitud de su obra; venerar su persona y su memoria.

Pero sobre todo debemos prometernos a nosotros mismos, defender la integridad de nuestras instituciones procurando el avance de nuestra Revolución, para decirle a Francisco I. Madero que no fue en balde su sacrificio, que México, la patria amada mira de frente hacia el futuro y confía en la unidad y en el trabajo de sus hijos. (Aplausos.)

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el C. diputado Rubén Rodríguez Lozano.

El C. Rubén Rodríguez Lozano: Señores diputados: Para la Fracción Parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana la mejor conmemoración del natalicio de don Francisco I. Madero, consiste en reafirmar en la conciencia de las presentes y futuras generaciones, el conocimiento del origen, contenido y finalidades superiores del movimiento social de 1910, al que Madero alentó con su esfuerzo y con su sacrificio.

Ante la inconformidad nacional, contra la reelección sistematizada de Porfirio Díaz, contra el atropello a los derechos ciudadanos, contra la opresión del obrero y la esclavitud del campesino, contra la miseria y la ignorancia del pueblo, ya a mediados de la primera década del presente siglo, los mismos ideólogos del Porfiriato anunciaban, sin pretenderlo quizá, el fin de la dictadura.

Francisco Bulnes decía: "El sucesor del General Díaz debe llamarse la Ley; la sociedad es un organismo esencialmente civil, que exige imperiosamente un gobierno civil".

"La paz no existe en la conciencias, la Nación tiene miedo, la agobia un calosfrío de duda, y vacío de vértigo, una intensa crispación de desconfianza; la Nación quiere Instituciones, quiere Leyes, no caudillos".

Los licenciados Querido Moheno y Manuel Calero afirmaron: todo mundo comprende que el régimen imperante se aproxima a su fin; el amor a la libertad empieza a florecer después de un sueño de lustros.

Podemos afirmar que la Revolución Mexicana fue obra de un pueblo que buscaba lleno de incertidumbre al principio y sin clara conciencia del por qué de sus luchas después, poco a poco y mediante titánicos esfuerzos, fue logrando que cierta luz iluminara el vasto panorama de su rebelión. Nuestro pueblo, tropezando, cayendo y ensangrentándose, siguió adelante, buscando su mejoramiento económico, social y cultural, pero cada vez con mayor conciencia de su esfuerzo y del sentido de su esfuerzo. La personificación de la Revolución Mexicana, es pues la nación entera; su doctrina no provino de una inspiración individual, sino de la voluntad soberana del pueblo y su destino está en una esfera superior a las pasiones, a las vicisitudes y a los cambios de posición de quienes intervinieron en su gestación o en el proceso de su desarrollo.

Sin embargo, debo aclarar que el movimiento social revolucionario de nuestro país, no siempre ha sido interpretado fielmente en sus verdaderos orígenes y no ha sido estudiado en los complejos y variados aspectos que extrañan sus

consecuencias. Muchos hablan de la Revolución como se tratara de un simple accidente de la vida mexicana; otros solamente la identifican con hechos violentos y hasta delictuosos; otros más la confunden con las actuaciones personales, arbitrarias e incorrectas de algunos funcionarios públicos; hay quienes la consideran un patrimonio favorable a determinados grupos y no faltan los que en ella se escudan para satisfacer bastardas ambiciones. La combaten unos y la aplauden otros; la maldicen o la bendicen; la vituperan o la ensalzan; muchos de los que la defienden verbalmente la hieren con sus propias actuaciones y muchos que dicen no aceptarla abiertamente, en realidad la predican con su intachable conducta.

Nació pobre, como hija de los anhelos de justicia de nuestro pueblo; nació de la amargura de los desamparados y de la esclavitud de los humildes; fue liberal, porque sin negar o desconocer las creencias de los ciudadanos, supo respetar las ideas de todos para sumarlos en la lucha por la justicia. Salió de los jacales, para combatir a quienes conculcaban los derechos del pueblo,; anduvo por montes y llanuras acampándose en valles de lágrimas y de miseria; fue eminentemente demócrata, al defender el respeto para la voluntad popular expresada en el sufragio; fue campesina, al demandar la tierra para los brazos que la trabajan; fue doctrinaria y sabia al promulgar la Constitución del País consagrando los derechos y las obligaciones de todos los ciudadanos; fue inspirada en la justicia y en la equidad al expropiar a quienes antepusieron sus intereses personales a los supremos intereses y derechos de México.

Es humana y equitativa, al promover los servicios asistenciales que el pueblo demanda; es propulsora del progreso integral de la República, al crear escuelas y universidades, al fomentar la industria y al superar las técnicas en todos los órdenes de actividades socialmente útiles y constructivas; es obrerista, al dictar leyes que protegen los intereses de la clase trabajadora, rebasando las fronteras se presenta como paladín de la libertad y de la paz y en el respeto para la dignidad y soberanía de las naciones, finca sus relaciones internacionales.

Es verdad que muchos han pretendido mixtificarla y prostituirla, pero ella está por encima de falsos defensores y de farsantes pregoneros, ella usará los mismos que la traicionan y seguirá anhelando la esperanza y los anhelos legítimos de nuestro pueblo.

Ante los juicios superficiales y hasta contradictorios que se formulan, respecto que se formulan, respecto a la Revolución Mexicana, conviene aclarar que a ésta, hay que juzgarla, no por su obra concluida, sino por lo que un movimiento de su naturaleza y de su carácter, ha podido lograr en las circunstancias en que le ha tocado nacer, crecer, desenvolverse, luchar contra sus enemigos o vencerlos. Hasta ahora no sin zigzageos, no sin omisiones, no sin retrocesos, no sin desviaciones, no incluso sin traiciones.

Juzgar de otra manera a la Revolución sería juzgarla en abstracto y los juicios en abstracto, respecto de los hechos históricos, constituyen por principio una tremenda equivocación; hasta ahora ninguna revolución de ningún carácter, ha podido consumar su obra en menos de cuatro generaciones; todas, lo mismo las que ya cumplieron su ciclo histórico, como las que apenas lo inician, no pueden por la misma velocidad a la que trabaja la historia de acuerdo con sus leyes objetivas, cumplir esa obra en menos tiempo, y esa obra consiste en convertir a los pueblos de simplemente agrarios, en industriales de rurales, en urbanos, de antiguos, en modernos, de pobres en prósperos, de ignorantes en cultos, de insanos en salubres.

En el balance que podríamos hacer de la Revolución Mexicana, señalamos principalmente sus grandes esfuerzos en materia educativa, la expansión constante de los servicios de seguridad social para las clases trabajadoras del campo y la ciudad.

La atención preferente al desarrollo económico y social del sector rural de la República, gracias a los esfuerzos del actual régimen.

La defensa en los foros internacionales de los legítimos intereses y derechos de todos los pueblos subdesarrollados o en proceso de desarrollo, mediante la aprobación de la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados.

La elevación del coeficiente de vida democrática de nuestro pueblo, mediante las reformas constitucionales que permiten la creación de las diputaciones de partido y la integración de esta propia representación nacional pluripartidista que garantiza la libre discusión de los problemas que afectan a nuestro pueblo y la tenaz defensa de sus legítimos y superiores intereses.

Es por eso que México, muy a pesar de las fuerzas interiores y exteriores que siempre se han opuesto a su progreso, tendrá que ser uno de los pueblos más prósperos de la tierra. Y no una patriotería ni el chauvinismo, y menos un nacionalismo rabioso, lo que los lleva a formular tal afirmación. Es el testimonio de los mismos extranjeros que han llegado a nuestro país y que como extranjeros no tienen el vicio de sobrestimar o subestimar nuestras facultades ni nuestras posibilidades.

El ilustre Barón de Humboldt, entre otros, ya han encontrado en México la semilla de uno de los pueblos más grandes del mundo. Y esa propiedad habremos de lograrla con el esfuerzo y el sacrificio de todos los mexicanos; rindiendo un homenaje así a Madero, que logró con su esfuerzo y con su martirio ennoblecer la causa de la Revolución. Muchas gracias. (Aplausos.)

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el ciudadano diputado Belisario Aguilar Olvera.

El C. Belisario Aguilar Olvera: Honorable Presidencia. Distinguidos familiares del Apóstol Francisco I. Madero, invitados a este acto. Señoras y señores: Para el partido Popular Socialista, en toda revolución, en todo movimiento por elevar las condiciones de vida

del pueblo se unen dos factores importantes, uno la decisión del pueblo por cambiar una situación que existe y otro los hombres que se destacan en ella. Tal es el caso de Francisco I. Madero. Una revolución es en sí un movimiento que la clase o clases sociales interesadas en darle un rumbo distinto a la historia, luchan por imponer sus ideas, sus principios y sus demandas.

Una revolución no es el simple movimiento armado. Una revolución es, consiste mejor dicho, en dos etapas importantes, la etapa de la conquista del poder por la clase o clases sociales que quieren cambiar, como decía antes, el rumbo de la historia y la etapa de la construcción.

La revolución democrática anti - feudal, antiesclavista y anti - imperialista iniciada en la primera década de nuestro siglo, que llamamos comúnmente Revolución Mexicana, estalló como los dos grandes movimientos anteriores, la Revolución de Independencia y la Revolución de reforma, por la contradicción insalvable, por la vía pacífica entre las fuerzas productivas y las relaciones de producción.

En 1910 nuestro país desde el punto de vista económico era una colonia del capital extranjero: Los ferrocarriles, el petróleo, la electrificación, las minas de metales preciosos y de metales industriales, muchas de las mejores tierras laborables pertenecían a empresas norteamericanas, a compañías británicas parte del petróleo y la electricidad entre otros negocios; la industria textil a los franceses y a los españoles que habían acaparado la fabricación aunque por métodos artesanales de los productos alimenticios. Los Bancos particulares fundados por extranjeros con capitales del exterior tenían la concesión de expedir el papel moneda. El mercado de México y el exterior estaban dominados también por capitales extranjeros, pero el obstáculo mayor para el desarrollo de México lo representaba la concentración de la tierra en manos de una minoría. El sistema de las haciendas, no trabajaban sino en una mínima parte de su extensión, y la falta de caminos, habían creado una serie de mercados regionales que hacían imposible la formación de un gran mercado nacional.

Este hecho, unido al régimen de trabajo forzado que existía en las haciendas con peones equiparables a los antiguos esclavos, retribuidos con alimentos y ropa en cantidad calculada para que no se extinguieran y continuaran trabajando y sin derecho para salir de la hacienda, habían creado antagonismos profundos entre la población económicamente activa: peones, rancheros e industriales progresistas y otros sectores de la burguesía moderna, y a los propietarios de los latifundios , si a todo esto se agrega el analfabetismo de la absoluta mayoría de pueblo, la gran mortalidad infantil, el bajísmo promedio de la duración de la vida, la insalubridad reinante, la falta de partidos políticos, de sindicatos obreros, de leyes protectoras del trabajo y de pensa independiente, el cuadro queda completo para que la Revolución estallara. la oposición al gobierno tiránico de Porfirio Díaz, había hecho estudios varios sobre la situación a los que siguieron las proclamas, los manifiestos y los planes revolucionarios; como en el pasado cuando la coyuntura, la oportunidad fuera propicia, la Revolución brotaría como un incendio incontenible y así ocurrió. México no ha sido ni es una isla del resto del mundo y siendo la Revolución Mexicana el primer movimiento antifeudal y antiimperialista y democrático de nuestro siglo, encontró inmediatamente la oposición de parte de las principales potencias extranjeras que ayudaron a las fuerzas contrarrevolucionarias. Las agresiones más feroces fueron las del imperialismo norteamericano. Al ocurrir la decena trágica, cuando el ejército porfirista se subleva contra el Presidente de la República, Francisco I. Madero, el embajador de los Estados Unidos de Norteamérica, Henry Lane Wilson, interviene en el conflicto. En un telegrama enviado a su gobierno le dice: "En vista de la lucha que implica pérdidas de vidas y destrucciones de bienes de los numerosos combatientes y en protección a los 25 mil residentes extranjeros en la capital de la República, estoy convencido que el gobierno de los Estados Unidos, en el interés de la humanidad y en el desempeño de sus obligaciones políticas, debería enviar aquí instrucciones de un carácter firme, drástico y tal vez amenazante, para transmitirlas al gobierno del Presidente Madero y a los líderes leales del movimiento revolucionario. Si yo estuviera en posesión de instrucción - decía Wilson- de ese carácter o investido de poderes generales en nombre del Presidente, posiblemente estaría en actitud de inducir la cesación de hostilidades y la iniciación de negociaciones que tuvieran por objeto hacer arreglos pacíficos definitivos". En su carácter de decano en el cuerpo diplomático, Wilson convocó a una junta de embajadores, pero en una reunión por separado, en vista de no haber tenido éxito en la junta que él previamente había citado, se reunió con los ministros de Alemania, Inglaterra y España, que eran de su confianza y les hizo las siguientes confesiones: "Esta situación es intolerable y yo voy a poner orden. 4 mil hombres o sea soldados norteamericanos, vienen en camino y subirán aquí, a la capital del país, si fuese menester. Madero está irremediablemente perdido. Su caída es cuestión de horas y depende sólo de un acuerdo que se está negociando entre Huerta y Félix Díaz". Entonces la Revolución, a raíz del golpe de Estado del asesinato de Madero, con todo su contenido social, estalló y al resultar triunfante se dio una nueva Constitución que es la que nos rige hoy.

Los objetivos actuales de la Revolución Mexicana en nuestro país siendo en parte los de 1910, 1913 y 1917, porque no todos se han alcanzado, pero el paso de México de país agrario y minero a su condición actual de país industrial y agrícola ha abierto un camino hacia el progreso que consiste en fortalecer sin cesar la economía que pertenece a la nación, las empresas del estado, la producción y los servicios que hace apenas uno años se

hallaban en poder del extranjero. El capitalismo de Estado en un país semicolonial como el nuestro no es el socialismo como la contrarrevolución lo afirma, porque vivimos en un país capitalista que no ha suprimido la propiedad privada, representa una firma importante para formar el capital nacional e industrializar al país elevar los rendimientos de la agricultura multiplicar los transportes y las comunicaciones, difundir el comercio exterior y, en suma, progresar con independencia hasta que México sea una nación plenamente soberana y no un país dependiente de los monopolios norteamericanos. El estado actual ya no es el estado que creó la revolución liberal triunfante del siglo XIX, no es tampoco en estado demoledor semifeudal y esclavista que forjaron los revolucionarios de 1910 a 1917. No es el estado titubeante ante su función de productor y administrador de las fuentes principales de la producción, como lo era en al década de los veinte. El estado actual es el constructor de un México que va fortaleciendo su propio ser y que camina con paso resuelto hacia un futuro que tiene como mira principal distribuir mejor la riqueza pública, desterrar para siempre la pobreza y la miseria, elevar el nivel de vida del pueblo, ampliar el régimen democrático y darle a nuestra patria una personalidad de nación libre y soberana ante el mundo.

Por eso, porque la Revolución afecta a los intereses de quienes se enriquecen a costa del pueblo trabajador, hoy en nuestros días, hay una ofensiva en contra de nuestro régimen Constitucional.

Quiero leerles para ello, una palabras del Presidente Echeverría en su cuarto informe de gobierno, dice el Presidente:

"Aun señores senadores, señores diputados, en un caso extremo hay un claro procedimiento constitucional, para que de ninguna manera se interrumpa la marcha constitucional del país. Que quede bien claro -afirma el Presidente.

Si en México o fuera de México, hay intereses de dividir a los mexicanos de sembrar la discordia, recordemos que en 1848, perdimos la mitad del Territorio que nos legaron nuestros padres indígenas y españoles, después de una guerra injusta con los Estados Unidos de América, en la que fue factor fundamental la división del país.

No olvidemos -afirma el Presidente -, que cuando unos malos mexicanos engañados o traidores, después de la derrota que Juárez y sus hombres en la Guerra de Reforma, fueron a Europa a buscar príncipe extranjero y lo trajeron para ser derrotados por Juárez nuevamente.

Encontramos el movimiento conservador de México en la intervención extranjera; ello fue posible -dice más adelante el Presidente -, transitoriamente por la división del país. Y estos grupos que tratan de provocar la división, que quieren algún día provocar la intervención en cualquiera de las potencias, que sepan que tenemos plena conciencia histórica de lo que en México ha ocurrido, que estas dos grandes enseñanzas históricas, forman parte de nuestra educación, de nuestra formación cultural de nuestra tabla de valores morales, políticos y cívicos, y que por eso la Revolución Mexicana, profundamente nacionalista en lo político, y en lo económico, trata en esencia de que en la unidad se resuelvan los grandes problemas de ahora como en el futuro; en el pasado ha ocurrido dentro de la unidad de los mexicanos."

Para el Partido Popular Socialista, esta manifestación del Presidente Luis Echeverría, merece no sólo la solidaridad entusiasta del pueblo de México, sino la unidad y la alianza de las mejores fuerzas de nuestro país, para salvaguardar los intereses nacionales.

Pero esto no es nuevo, porque la contrarrevolución, no ha cejado en su esfuerzo de romper el orden constitucional; en ella participan la Iglesia Católica, las cámaras de comerciantes e industriales, los clubes de leones y rotarios; muchas de las asociaciones de padres de familia influidas por el clero; los agricultores y ganaderos ricos y de ideas conservadoras y los numerosos instrumentos de agitación y de propaganda que dependen de la Iglesia. Ese frente contrarrevolucionario está en pleno combate, lucha contra el artículo 3o. de la Constitución; contra las leyes que han mejorado los derechos de los trabajadores; contra el impulso de la Reforma Agraria; contra la nacionalización de los recursos naturales del territorio nacional, de la industria básica y de los servicios públicos; contra la política internacional del gobierno basada en los principios de no intervención y autodeterminación.

Quiero recordarle a estas fuerzas contrarrevolucionarias las frases -algunas frases - de John Lyn en su obra: "El Pueblo Mexicano". Decía John: "si patriotismo significa amor al país, creo que puede decirse con verdad que ningún pueblo del mundo tiene un amor más intenso a la tierra nativa que las masas del pueblo mexicano: Sólo hay una clase de mexicanos a quienes se puede acusar de falta de patriotismo: la aristocracia propietaria; y vive en su tiempo -decía Lyn -, entre los lugares de diversión de Europa y el Jockey Club de México durante la temporada de toros; no revelan ningún interés en el bienestar del pueblo mexicano; no más si fueran accionistas extranjeros en minas mexicanas. Esta clase fue la que se empeño e hizo fracasar al gobierno de Madero y fomentó y dio fondos a la contrarrevolución que culminó con su asesinato".

"El pueblo de México - afirma - : vive en un país rico y hermoso, creo que es un pueblo que tiene en sí grandes promesas; ha sufrido vicisitudes que nosotros no conocemos. Creo que sobre ello comienza a surgir la luz de un nuevo y mejor día; y esto, decía un extranjero los miembros del Partido Popular Socialista, afirmamos, señoras y señores diputados, que el pueblo de México sabrá defender el orden constitucional si alguien intenta romperlo. Muchas gracias. (Aplausos.)

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el ciudadano diputado Federico Ruiz López.

El C. Federico Ruiz López: Presidencia de esta Cámara. Señores diputados. Familiares de don Francisco Indalecio Madero. Señoras y señores. El propósito que nos lleva a conmemorar el nacimiento de Madero no es el hecho de su simple nacimiento sino la trascendencia de sus actos en bien de la patria.

No podemos pensando en que ayer hace 101 años nació don Francisco Indalecio Madero, no podemos pensar que sus esfuerzos y su obra carezcan de sentido y carezcan de vigencia en 1974.

Yo quisiera referirme centralmente a lo que considero el aspecto vigente de la vida de Madero, lo que nos debe llevar en 1974 a pensar en que la figura de Madero no queda en la leyenda o en el mito sino como exigencia para México en 1974.

Efectivamente don Francisco Indalecio Madero perteneció a una clase ilustrada de su tiempo. Tuvo acceso a la formación cultural europea y americana y esto le dio indudablemente posibilidades de comparar regímenes políticos de la democracia americana y de las democracias europeas contrastándolos con las triste realidad de la dictadura porfirista.

Lo central en cuanto al impacto sufrido por Madero en la oposición de lo que él había vivido en otras partes y lo que vivía en México, fue sin duda la masacre organizada por el Gobernador de Nuevo León el 2 de abril de 1903, este hecho permaneció como razón y como motor y como causa eficaz para después lanzarse a tratar de cambiar la situación que vivía México, no exclusivamente negando la responsabilidad del pueblo, no exclusivamente la responsabilidad de la dictadura porfirista en el caos y en el desorden de México. Francisco Indalecio Madero es el Apóstol de la Democracia, porque se lanzó desde la base del pueblo a organizarse enfrente de la represión y fue precisamente mediante este esfuerzo por lo que fue posible que su obra principal de la sucesión presidencial de 1910 tuviera la eficacia que tuvo.

No podemos nosotros olvidar que si efectivamente la revolución tuvo contingentes populares de base, el genio de Madero señaló lo que todavía sigue siendo un anhelo incumplido de México: "Sufragio efectivo". Que es en esta base precisamente del sufragio efectivo como Madero intentó organizarse precisamente a partir de la lucha municipal en San Pedro de las Colinas y todos sabemos y todos conocemos la represión brutal del porfirismo que sufrió en carne propia don Francisco Indalecio Madero.

Precisamente el valor de Madero hoy consistente en que sigue siendo exigencia para que la democracia funcione por una lado la apertura democrática y por otro lado la acción del pueblo organizado.

No podemos nosotros estar pensando en Madero exclusivamente en rememorar los hechos sin referencia al presente; debemos tener plena conciencia de la tragedia nacional de principios de siglo, que en cierta forma necesita mantenerse viva a través de una lucha permanente de todos por el bienestar de México. Este es el valor que presenta dos Francisco Indalecio Madero a los mexicanos de hoy, contra quienes afirman que no hay vigencia de los principios por los que se lucho en 1910, nosotros afirmamos la necesidad y la vigencia de estos principios, como principio elemental en la vida civilizada de todos los mexicanos.

Don Francisco I. Madero se enfrenta a las dictaduras porfiristas también a través de las elecciones a Gobernar en Coahuila. La represión se dejó sentir en forma por demás brutal. Yo quiero referirme a que precisamente la creación del partido Antirreleccionista fue lo que dio efectivo cauce a los anhelos de independencia y de democracia que existían en el corazón de todos los mexicanos. Precisamente la lucha de don Francisco I. Madero en el Club Antirreeleccionista y luego en 1910 al ser lanzado por la Convención del Partido Nacional Antirreeleccionista en la fórmula integrada por él como para Presidente de la República y por Vázquez para Vicepresidente, es precisamente en esta lucha por la democracia como está el principio de la lucha contra el porfirismo que va a tener causes eficaces. Lo que sigue vigente en cuanto al maderismo es precisamente esto. No podemos nosotros pensar en que haya efectiva democracia si no hay participación del pueblo; nosotros afirmamos precisamente la democracia con contenido social como algo que debe ser precisamente la fórmula de coexistencia entre los mexicanos. Madero pues, hoy, en 1974, necesitamos pensarlo como personas, vive vigente todavía en sus anhelos y vigente en aquello que le dio razón para su lucha. Muchas gracias. (Aplausos.)

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el C. diputado Rafael García Vázquez.

El C. Rafael García Vázquez: C. Presidenta, compañeros diputados, distinguidos ciudadanos de México:

"El 30 de octubre en todo el país, hombres y mujeres de todas las edades y hoy en esta tribuna de la nación, festejamos con fervor patrio el nacimiento de un extraordinario mexicano, que conmovió no únicamente la opinión nacional, sino que hizo temblar las dictaduras de otros países, me refiero, al talentoso y de noble corazón que aun hoy sus enemigos ideológicos lo respetan, el forjador de la primera revolución social del mundo, don Francisco I. Madero, quien nación el 30 de octubre de 1873 en el Estado de Coahuila, cuna de pro - hombres de nuestra historia.

Don Francisco I. Madero, quien recorrió en su infancia nuestro territorio, más tarde Europa, donde conoció sistemas políticos, más humanitarios en comparación con los que existían durante los funestos años de dictadura.

Francisco I. Madero surgió a la luz de la historia en un momento dramático para la

vida de México, gobernado por un régimen corrompido y feudal, guiado por Porfirio Díaz pisoteando la democracia y los más elementales derechos del hombre.

Sólo las clases privilegiadas eran dueñas de vidas y haciendas vivían con lujo insultante para la mayoría del pueblo que aun se morían de hambre y miseria con un sistema de esclavitud, porque los obreros trabajaban doce y catorce horas diarias sin derecho a sindicalizarse y la huelga era un delito en el campo se trabajaba de sol a sol y los hacendados y caciques, trataban a los campesinos como bestias de carga.

El poder político estaba en manos de terratenientes, militares deshonestos y déspotas, la camarilla de científicos aliados con las fuerzas conservadoras y oscuras de México, quienes se oponían a todo a cambio de gobierno.

Pero el Apóstol de la Democracia, sintió en carne propia en lo más profundo de su alma la masacre de obreros en Cananea y Río Blanco, quienes lucharon por una reivindicación más justa, movimientos inspirados por otro gran mexicano, por el anarcosindicalista, Ricardo Flores Magón.

Madero editó el libro de la sucesión presidencial, quien penetró en la conciencia cívica del pueblo.

Prominentes hombres liberales y demócratas forman el Partido Antirreeleccionista y lanzan la candidatura a la Presidencia de la República a don Francisco I. Madero, quien en su largo peregrinar por el territorio nacional, logró sacudir la conciencia cívica de las masas, pero, al ver el régimen la avalancha de adiciones, lo tomaron prisionero y escapó y se fue a los Estados Unidos de Norteamérica y lanza el Plan de San Luis, que es el documento político para iniciar la lucha por sacudirse la injusticia.

Exhortando al pueblo para que tome las armas el 20 de noviembre de 1910, caen los primeros mártires de nuestra libertad, los patriotas hermanos Aquiles Serdán, movimiento que se regará como polvo a lo largo y ancho del territorio nacional, haciendo caer al dictador protector de la casta privilegiada de México.

El 7 de julio de 1911, llegó a la capital de la República Francisco I. Madero, en medio de una demostración de júbilo popular, Madero es Presidente y José Pino Suárez, Vicepresidentes, por voluntad de la inmensa mayoría del pueblo se inicia el primer gobierno democrático de este siglo, nuestro país goza un clima de libertades para todas las clases sociales. Nace la Casa del Obrero Mundial y en octubre de 1912, los obreros de ciento catorce fábricas y talleres del ramo de hilados y tejidos en la República quedaron organizados sindicalmente, el Presidente Madero ordenó que se establezca el Departamento del Trabajo para vigorizar más el movimiento obrero, llevó adelante sus proyectos agrarios y federalizó diez millas de hectáreas de terrenos baldíos y nacionales, para repartirlos a los campesinos, organizando la Comisión Agraria, y con esto el movimiento de ideas políticas tomaron ahora las características de una reforma social.

El Presidente Madero no cometió delito civil, los poderes de la Unión disfrutaron de todas las libertades constitucionales, los gobernadores fueron elegidos por el sufragio universal.

La reacción no se dio por vencida, madero concedió todo género de libertades entre ellas la libertad de expresión, vino una campaña enconada contra el hombre que había llegado a luchar por la democracia y la dignificación del ciudadano. Su gestión no fue entendida o no quisieron comprenderla, pues arreció la campaña de insultos, de diatribas, de mentiras y de alarmantes rumores. Los vencidos de ayer se reorganizaron y los militares antiguos perdieron la decencia y el decoro, casi todos ellos fueron traidores, son muy pocos los que se salvaron de aquella vergonzosa decisión de traicionar al Presidente.

Huerta, Reyes, Félix Díaz y Mondragón, fueron los cabecillas de la asonada contrarrevolucionaria con engaño, traición y crímenes, se hicieron del poder, Madero, tenía un buen concepto de casi todos los hombres y nunca creyó que hubiera tanta felonía y deshonor en un ser humano.

Con todo su admirable valor y la sonrisa en los labios vivió los últimos momentos de su paso por la Presidencia de la República. Murió al mártir creyendo todavía en la bondad y desinterés de los hombres.

Fue el chacal asesino Victoriano Huerta quien dio la orden la noche del 22 de febrero de 1913, la vida de don Francisco I. Madero terminó sobre una mesa de la Penitenciaría, estaba el cuerpo del Presidente Mártir envuelto en una humilde sábana, como símbolo de la modestia generosa de un hombre que sirvió a la patria.

Pero el pueblo no sólo lloró la muerte del apóstol, sino se lanzó sobre sus verdugos, el traidor Victoriano Huerta con su alma oscurecida tuvo necesidad de llamar a Dios en su auxilio, desdichado soldado quien ensangrentó de nuevo la patria mexicana.

Los crímenes de Huerta y sus secuaces habían hecho enardecer las energías de los revolucionarios, cuyos ímpetus se agigantaron a partir del mes de febrero de 1913.

El pueblo se levantó en armas en todas partes, no fueron ya cuatro o cinco Estados los que pidieron pelear contra la reacción, fue el país entero, desde el Bravo al Suchiate y del Golfo al Pacífico.

Y surge el Plan de Guadalupe que elaboró el Varón de Cuatro Ciénegas, don Venustiano Carranza, encabezando al Ejército Constitucionalista, que se le unieron, el Centauro del Norte y brazo armado de la Revolución, Francisco Villa, con la bandera de justicia social, y en el noroeste el genio militar Alvaro Obregón y el estadista Plutarco Elías Calles y en el sur, al grito de tierra y libertad, Emiliano Zapata.

Revolución que culminó con el Congreso Constituyente de 1917, donde quedaron plasmadas las aspiraciones de obreros, campesinos

y del Mártir de la Democracia, don Francisco I. Madero con él, más de un millón de mexicanos que ofrendaron su vida en el movimiento armado de 1910, que ha sido uno de los episodios más bellos y dramáticos en la vida de América por conquistar lo más sagrado, que es la libertad y la autonomía.

Por eso a más de un siglo de su nacimiento y a más de sesenta años de su muerte, las nuevas generaciones, sabemos que murió Francisco I. Madero, el Presidente, el Estadista, el Apóstol de la Democracia, pero a la vez, surgió Francisco I. Madero, el Inmortal.

Su pensamiento sigue estando vigente en los regímenes revolucionarios de nuestra patria y la bandera limpia de Francisco I. Madero, hoy la enarbola gallarda y patrióticamente uno de los presidentes más grandes que ha dado la Revolución Mexicana, Luis Echeverría Alvarez.

Quien lleva la revolución social a todos los rincones de la patria, luchando contra la ignorancia, la insalubridad y la pobreza, en esta lucha no se encuentra solo, lo apoyan el inmenso pueblo progresista y revolucionario de México, quien está tocando intereses de compañías transnacionales y de riquillos egoístas que no quieren compartir la riqueza nacional.

La antorcha de la democracia que enarboló Francisco I. Madero, sigue encendida como ejemplo para las nuevas generaciones, porque su anhelo fue vivir por la patria y morir por ella, sin vacilaciones ni egoísmos, por eso su nombre, de héroe y caudillo, ocupa un sitio de honor en el altar de la patria y rendimos ferviente homenaje al valorizar la grandeza de su obra. (Aplausos.)

-La C. Presidenta: Tiene la palabra el ciudadano diputado Fedro Guillén Castañon.

El C. Fedro Guillén Castañón: Señora Presidenta. Distinguidos invitados. Amigos todos. Permítase ahora que termina su brillante gestión nuestra Presidenta y con respeto a las gramáticas ajenas, decir que ya que estamos en tiempos de igualdad jurídica hombres y mujeres, yo no veo por qué hay que decir señora Presidente, y por ello, respetando las gramática ajena y hoy reiterando nuestra felicitación por la brillantez de su gestión, la quiero cordial y respetuosamente llamar así: señora Presidenta.

Para entender una figura humana tan compleja como es la de don Francisco Indalecio Madero. - nació el día de San Ignacio - es menester brevemente hacer un poco el recuento histórico de su tiempo. Contemplaron que sea de paso esos finales del Siglo XIX, ya va a cumplirse un siglo en que llegó al poder Porfirio Díaz, tras muchos años de luchas intestinas desde la Independencia.

Porfirio Díaz, brillante soldado de la República, cometió el pecado de reelegirse y si la primera de sus reelecciones fue realmente popular después simplemente como trámite se hacía este cambio de poder.

El positivismo, que era la filosofía de la burguesía europea contra la Revolución, fue adoptado en nuestros países de América Latina no sólo como un movimiento de ideas nacido de las academias filosóficas, sino como un movimiento de connotaciones políticas. Si es verdad que el triunfo de la República, al abrirse de nuevo las venerables puertas de la Escuela Nacional Preparatoria, el positivismo significó un ariete junto a las luchas clericales tan en boga en tiempo del gran Benito Juárez, la connotación política que le fueron dando maestros como Gabino Barreda, tan eminentes por otro lado, fue haciendo que este matiz de tipo filosófico pasara a la educación y que las ideas de Comte y un poco la de Spencer, que hablaba de la selección de los mejores hombres, entendiéndose esto como los más aptos económicamente por un capricho de nuestra sociedad latinoamericana, creara esa clase social de privilegio que fue la que acompaño las eternas reelecciones de Porfirio Díaz.

Dentro de ese final del siglo XIX pues, cuando iba a llegar hasta el XX lo que todavía se solía llamar no hace mucho como la ilustración, la filosofía, la educación, las letras, participaban de las ideas positivistas no sólo como ideas salidas de la Escuela de Altos Estudios, sino como sostén de un régimen que precisamente hacía la apología de lo positivo porque se basaba en la tesis de las dictaduras, la obra material: se suprimen las libertades porque se hacen carreteras o se construyen ferrocarriles o se repite todavía esa frase que ha rodado de año en año y que se atribuye a Humboldt de "ciudad de los palacios". En un estado como el de Porfirio Díaz, que había abierto la economía a la intervención extranjera, que hacía la apología del orden y del progreso, que daba privilegios a los del exterior en contra del nacional mexicano, en un sistema en que se hablaba de muchas administraciones y poca política y de paz sin libertad, en un régimen típicamente paternalicio y dictatorial, el positivismo fue no sólo la filosofía de la educación, sino la filosofía del régimen; el estilo de vida del régimen y fue a desembocar en lo que el pueblo, un poco peyorativamente, llamaba después "el club de los científicos"; de los que se apoyaban en la ciencia; de los que habían levantado altares a la razón, según esa vieja consigna de las ideas de Augusto Comte. Todos ustedes lo saben, Francisco I. Madero, que nació en Parras, Coahuila. Parras, la uva mediterránea bajo el sol providencial del norte, hijo de una familia de gente de campo, viajó primero por Estados Unidos, empapándose de ideas democráticas en Filadelfia y después en la Escuela de Altos Estudios de Comercio en París, 5 años, recibiendo las lecciones de una tierra que ha dado lecciones de republicanismo y democracia a la historia universal, teniendo posible amistad con Belisario Domínguez, el senador sin miedo, que era a su vez estudiante en la Sorbona, y oyendo acaso las lecciones de Ignacio Altamirano, que llevaba en su corazón liberal la brasa del patriota que había pertenecido a una de las generaciones más brillantes, más efectivas de la historia de México. Cuando volvió Madero y fue a vivir al campo traía la lección de Europa, había leído un poco a los ideólogos de entonces que podríamos situar a grandes rasgos entre Víctor Hugo, León

Tolstoi entre Coctín y Máximo Gorki, entre Spencer y Comte que había regado esta semilla del positivismo por el exterior creyendo ilusamente en que iban a acabar con la religión del pueblo. Era Madero sin duda un temperamento sensible, fino, sincero y valiente, nada en él y en su clase social y en su familia señalaba agravios del régimen, que al contrario, como en muchos de los Latinoamérica, se decía liberal pero no había ido aliando con las clases más conservadoras a través de las múltiples reelecciones, el alto clero y el mal militarismo. Ese alto clero, que hizo - la cita es de José Vasconselos, hombre muy creyente en sus últimos años - ese alto clero que es una corriente de tipo político, no religiosa, porque las creencias son muy respetables en todo régimen civilizado, ese clero que hizo, según la cita del Vasconselos, que en el mes de febrero de 1913 cuando el mal soldado Huerta, cuyo nombre quisiéramos ni siquiera pronunciar en esta tribuna, las campanas de Catedral tocaron festejando el cuartelazo.

Entender pues, a un apóstol no es exigirle condiciones de político militante es ir más allá de lo que históricamente él significa. Madero dicho con respecto y con el mayor cariño, es precursor, pero no es el creador de la Revolución.

Sus metas están forjadas en una lucha tenaz contra el porfirismo, pero inclusive, en su entrevista con Díaz, él propuso, que siquiera al Vicepresidente se le dejara al pueblo que lo eligiera.

En Madero había, sin duda , un iluminado, en Madero había un hombre demasiado culto para su instante, un hombre que a veces da pena decirlo, demasiado lleno de bondad, para un instante histórico en que el país, estaba cambiando de una dictadura, a una democracia abierta que él quiso dejar como si se encontrara fuera de su instante.

Todos sabemos, cuando Francisco I. Madero llegó al poder, su régimen estaba socavado, no sólo por elementos del antiguo régimen, sino porque él, aplicando esa civilización europea, dio excesiva libertad de expresión, esa libertad de expresión que algunos confunden con el infundio, y hasta la calumnia; esa libertad de expresión cuya autoridad moral, se da, no sólo porque se trate de decir la verdad, sino porque el respeto a quien ataca.

En el caso de don Francisco I. Madero, la labor de la prensa, la labor de los enemigos políticos , fue tan grande , que él con su sentido de gran tolerancia , que sus enemigos un poco caricaturizado sus preocupaciones de tipo metafísico, decía que dejaba esa libertad, porque se creía un predestinado, porque sentía que había voces enigmáticas, que habían hablando de seguir adelante en su misión, pero no, es que es el hombre Madero estaba la arcilla del Apóstol, estaba la arcilla del iniciador. estaba la arcilla del hombre que se enfrentaba a aquella dictadura de más de 30 años, mas debemos decirlo con estricto criterio histórico. Posiblemente ni él mismo alcanzó a prever en la enorme transcendencia de la Revolución Mexicana, o en ciertos casos, la discrepancia con gentes como Emiliano Zapata, evidentemente nació del diverso origen y del diverso repertorio ideológico de ambos.

Es importante señalar que a la par que uno de los grupos más ilustres de la intelectualidad mexicana, los miembros del Ateneo de la juventud luchaban contra el positivismo, a veces con la voz de oro de Antonio Caso, paradigma de maestro y de expositor, a veces con los arrebatos filosófico de José Vascancelos, ardidos siempre con una ansia de originalidad de pensamiento, a veces por esa prosa bruja de Alfonso Reyes, creíamos que casi nació con una pluma, en la mano, o de extranjero ilustres como los Henriquez Ureña , abrieron las puertas congestionadas de filosofía antigua, de filosofía de la dictadura , para dar paso a las ideas renovadoras que venían. especialmente las de Lisston, las de Versson. Este grupo del Ateneo de la Juventud, como ustedes lo recuerdan muy bien, se disgregó precisamente para si algunos de ellos se lanzaban a la lucha revolucionaria.

Vasconcelos, Cravioto. Fabela. Martín Luis Guzmán, entre los más ilustres. Y junto a esta lucha ideológica de una de las generaciones más brillantes de México - si no la más brillante de México - si no la más brillante - por el otro lado, junto a los precursores donde estaban los miembros del Partido Liberal Mexicano, los periodistas como los flores Magón , como Sarabia , como tantos y tantos más tuvieron que probar los muros de Belén o de San Juan de Ulúa. fue creciendo esta figura del pequeño David, que era Madero, convencido como estaba de su misión.

Hacedor de un plan de táctica, que tal es la sucesión presidencial, y no un documento ideológico sino más bien el documento ideológico es el Plan de San Luis Potosí, tan poco conocido y leído por los enemigos de Francisco I. Madero que olvidan que en el Plan de San Luis Potosí se aluden a los problemas de la tierra, hecho que casi nadie cita.

En la figura del iniciador, del iluminado del sincero, no hay absolutamente sino la luz de la mayor grandeza. En la figura del político puede haber discusiones, ¿por qué no? En la figura del mártir está el hombre que, con su muerte, como la de José María Pino Suárez, que era también un hombre culto, gran lector y escritor a su vez, con su muerte encendieron esa mecha que ardiendo, que ardiendo, fue dando caudillos, programas hasta formar en su conjunto este vasto movimiento de 1910, cuyos principios realmente reclamados todos, no sólo una minoría, no sólo una facción, sino los principios de 1910 no están cumpliendo y lo han dicho el jefe del Estado y suelen decirlo los funcionarios más honestos y más veraces.

Suele estar también en las obras clásicas de la Revolución Mexicana, como "Los de Abajo", donde con espíritu, estrictamente revolucionario, de un hombre que había acompañado a las hueste del Centauro del Norte como Mariano Azuela reclama a la propia Revolución, sus incumplimientos pero ese reclamo, amigos míos, no es el reclamo de los que no aman la

Revolución, los que no aman la Revolución le reclama porque no creen en ella.

En la muerte de Madero se dan los factores típicos del cuartelazo latinoamericano, el mal militar ambicioso, las fuerzas viejas retrógradas; no es un accidente que uno de los de la Decena Trágica fuera sobrino de don Porfirio, y oigámoslo serena pero enérgicamente, la presencia de este Embajador extranjero que tuvo la osadía, el Embajador Lane Wilson cuando la respetable madre de don Francisco I. Madero fue a solicitar la protección a la vida de su hijo, tuvo la osadía el Embajador Lane Wilson, de decirle , como lo atestigua la historia "es que su hijo no supo consultarme" De esas consultas que pedían los embajadores norteamericanos de ayer a los golpes de Estado que lo propicia la policía de este país, no hay sino una distancia de tiempo, pero es la misma actitud, y a veces, a veces para vergüenza de nuestro tiempo, y para vergüenza de quienes conceden ese premio, a quienes dirigen estas acciones como en el caso de Salvador Allende en chile, a quien dirige desde la Secretaría de Estado estas acciones, se les concede el Premio Nobel de la Paz. (Aplausos).

Creemos que actitud nacionalista de México demanda este tipo de afirmaciones, no es el viejo argumento de atacar por atacar al país poderoso ni a sus funcionarios, pero el mundo está viviendo una etapa a la cual nos invitan funcionarios como nuestro Jefe de Estado, que lo demuestra, a luchar valientemente por la soberanía mexicana. Entiendo también, porque lo leí en la prensa, que los delegados mexicanos en el congreso parlamentario de Japón hicieron hincapié en este punto. Qué bueno, además que la conciencia de México, de todos los sectores y del Tercer Mundo, vayan conociendo a sus enemigos y qué bueno también en los propios Estados Unidos exista una conciencia liberal que suele atacar a sus malos hijos y sus inventores, como en el caso de Henry Lane Wilson, a quienes el otro Wilson, un Wilson muy diferente el Presidente Wilson, el idealista profesor de derecho, creador de la Liga de las Naciones, destituyó al enterarse que los pactos contra el asesinato de Madero y Pino Suárez se habían hecho en la Embajada norteamericana y fueron conocidos, y son conocidos como el "Pacto de la Embajada".

Efectivamente, la lección de Madero, si hemos de creer en lo que pedía alguien de que el héroe no es un hombre adormilado de una glorieta, sino que lo bajaremos de su caballo para traerlo a convivir con nosotros, dijo alguien a propósito de esa hermosa estatua de Bolivia, de Chapultepec, Andrés Eloy Blanco; si hemos de hacer que el héroe nos dé lecciones vivas y no sea nada más historia muerta y los aniversarios no nos llenen simplemente frases, sino nos hagan meditar en lo dramático de nuestro presente está en esta sala lo que dijo apenas ayer el hombre valiente y severo como es el licenciado López Portillo, al pedir sacrificio a la actual sociedad mexicana, al demandar unidad de todos los mexicanos sin echarnos la culpa de lo sucedido, sino buscando soluciones a los ingentes problemas que afrontamos cuando, como el mismo funcionario lo subrayó, sería mucho más cómodo dejar correr las cosas y dejarles las cosas a las generaciones por venir. El nombre de Madero es nombre de sacrificio, hay que tenerlo bien presente, que es nombre también de limpieza y de altura política; la lección de Madero, es la lección de un hombre que lo sacrificó todo por el país, por vocación patriota, por amor a la libertad y porque sintió su compromiso con su tiempo.

Recojamos, es este CI Aniversario, el nomdel mundo, en la que si México tiene problemas internos, está en la exterior dando una lección de respecto a la dignidad humana, a la equidad económica y al derecho internacional.

Recojamos en este caso CI Aniversario, el nombre de Francisco I. Madero y su lección de heroísmo, recordando la frase de alguien a propósito del precursor, apóstol y mártir, cuando dijo: "que Francisco I. Madero ni había acumulado oro ni en su vida y obra había hecho derramar la sangre"; oro, lo gastó en defensa de la patria; sangre, su propia sangre, la dio para bien de este amado México. Muchas gracias. (Aplausos)

- La C. Presidenta: Por acuerdo de esta Presidencia, la imprenta de la Cámara de Diputados editará un folleto con los discursos pronunciados en honor de don Francisco I. Madero.

- La C. Presidenta: En nombre de esta honorable Cámara agradezco la presencia, al homenaje a don Francisco I. Madero, en el 101 aniversario de su natalicio, a los familiares del Apóstol de la Democracia, a los representantes de los partidos políticos, organizaciones obreras, y organizaciones femeniles.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.

DIRECTIVA PARA NOVIEMBRE

El C. Secretario Carlos Madrazo Pintado: De conformidad con el artículo 15 del reglamento interior del Congreso General, se va a proceder a la elección del Presidente y Vicepresidente para el mes de noviembre. Se ruega a los ciudadanos diputados pasen a depositar su cédula conforme se les vaya nombrando.

En este momento se retiran los familiares de don Francisco I. Madero, y los invitados de honor a esta sesión. (Aplausos.)

(Escrutinio.)

- El mismo C. Secretario: Señora Presidenta Fue electa como mesa directiva para el mes de noviembre, por 152 votos, como Presidente, Jorge Hernández García; Vicepresidente, Luis León Aponte y Miguel Hernández González.

Por 19 votos, la planilla integrada como Presidente: Margarita Prida de Yarza; Vicepresidentes: Gerardo Medina y Miguel Fernández del Campo. Por 2 votos planilla integrada como Presidente: El diputado Jesús Guzmán

Rubio y Vicepresidente , Luis León Aponte y Miguel Hernández González.

Por un voto, la planilla integrada, como Presidente: José Angel Conchello; y Vicepresidente , Javier Blanco Sánchez y Manuel González Hinojosa. Por un voto, la planilla integrada, como Presidente: Alejandro Mújica Montoya; Vicepresidente, Luis León Aponte y diputado Eugenio Ortiz Walls. Por un voto la planilla integrada, como Presidente: Alvaro Fernández de Ceballos; Vicepresidentes, Luis del Toro Calero y Lázaro Rubio Félix. Por un voto la planilla integrada, como Presidente: El diputado Eduardo Limón León; como Vicepresidentes, Alfredo Oropeza García y diputado José Angel Conchello.

Por un voto, la planilla integrada, como Presidente: Jesús Medellín ; Vicepresidentes, Luis León Aponte y Miguel Hernández González. Por un voto la planilla integrada como Presidente , el licenciado Humberto Lira Mora; Vicepresidentes, Luis León Aponte y Miguel Hernández González.

Por un voto, la planilla integrada , para Presidente, por el diputado Oscar Bravo Santos; Vicepresidente. Serafín Domínguez y diputado Horacio Labastida. Por un voto, la planilla integrada, como Presidenta: Margarita Prida de Yarza; Vicepresidentes, Lázaro Rubio Félix y Jesús Guzmán Rubio.

o, - La C. Presidenta: En consecuencia, es Presidenta de esta Cámara durante el Próximo mes de noviembre el ciudadano diputado Jorge Hernández García y Vicepresidentes durante el mismo lapso, los diputados Luis León Aponte y Miguel Hernández González. (Aplausos.)

MINUTA

o, Ley de Sanidad Fitopecuaria

- El C. Secretario Jaime Coutiño Esquinca:"

Año de la República Federal y del Senado."

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. - Presentes.

Tenemos el honor de remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, expediente con la Minuta Proyectos de Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D.F., a 29 de octubre de 1974.

Rogelio Flores Curiel, S. S.- Carlos Pérez Cámara, S.S."

"MINUTA DE PROYECTOS DE LEY DE SANIDAD FITOPECUARIA DE LOS MEXICANOS

TITULO PRIMERO

Disposiciones generales

CAPITULO I Del objeto

Artículo 1o. La presente Ley tiene por objeto la protección y conservación de loa Vegetales y animales, contra la acción perjudicial de plagas y enfermedades.

Artículo 2o. Es materia de sanidad fitopecuaria:

I. Diagnosticar, prevenir, controlar y erradica ESTADOS UNIDOS r las plagas y enfermedades que afecten vegetales y animales;

II. Evitar la introducción al país de plagas y enfermedades que amenacen la salud y/o la producción de los vegetales y animales;

III. La cría y reproducción de animales y el cultivo de vegetales resistentes a enfermedades;

IV. La protección y conservación sanitarias de los animales silvestres;

V. El control sanitario y de calidad de los productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios y de equipo y de servicios técnicos para uso o aplicación en los animales y vegetales;

VI. Efectuar el control sanitario de plantas y establecimiento clasificados como Tipo Inspección Federal.

La Secretaría de Salubridad y Asistencia vigilará las condiciones sanitarias de los productos elaborados en esas plantas y establecimientos, cuando se encuentran en el mercado nacional para su venta o suministro al público.

VII. El control, la transportación de animales y plantas, sus productos y subproductos, así como las sustancias, materiales , aparatos y equipos utilizables en animales y vegetales, o que por cualquier causa lleguen a estar en contacto con los mismos;

VIII. Fomentar la agrupación de los agricultores, ganaderos y otros sectores relacionados con la agricultura y la ganadería, para que colaboren en el combate de plagas o enfermedades;

IX. Ejercer control sanitario sobre la importación y exportación de animales y vegetales, sus productos y subproductos y las sustancias, materiales, aparatos y equipos destinados a su empleo en los animales y vegetales, o aquéllos que estén o hayan estado en contacto con los mismos;

X. La elaboración de estadísticas e información relativas a las condiciones, recursos y actividades de sanidad animal y vegetales en el país;

XI. Coadyuvar en la preservación del medio ambiente, en coordinación con otras dependencias del Ejecutivo Federal, y evitar las contaminaciones que puedan derivarse de actividades fitopecuarias; y

XII. Las demás que establece esta Ley, así como las que regulan otras leyes federales que se relacionen con la sanidad animal y vegetal.

Artículo 3o. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social.

CAPITULO II

De la competencia

Artículo 4o. La aplicación de esta Ley corresponde a la Secretaría de Agricultura y Ganadería., y Reglamentos y demás disposiciones determinarán las atribuciones y facultades del personal encargado de aplicar esta Ley.

CAPITULO III

De las atribuciones de autoridades y de servicios auxiliares

Artículo 5o. Las dependencias del Ejecutivo Federal y los Organismos del sector público federal, deberán coordinar sus actividades en materia de sanidad animal y vegetal, con la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 6o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para los fines de sanidad fitopecuaria, prestará a la Agricultura y Ganadería, a través de su servicio de aduanas, la colaboración que la segunda le solicite.

Artículo 7o. La Secretaría de Agricultura y Ganadería dictará las medidas necesarias para la protección, cría y propagación de animales y vegetales y otros agentes biológicos en general, que contribuyan a la profilaxis y al combate de plagas y enfermedades fitopecuarias .

Para proceder a la captura, recolección o multiplicaciones de estas especies, con fines comerciales o de cualquier otra índole, se precisará permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 8o. La Secretaría de Agricultura y Ganadería creará y fomentará el establecimiento de laboratorios de investigación y análisis y elaboración de productos biológicos y Farmacéuticos con fines de sanidad fitopecuaria y regulará y vigilará su funcionamiento.

Artículo 9o. Cuando una epifitia o epizootia revista caracteres graves que ameriten establecer, a juicio de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, procedimientos urgentes e inaplazables, el Ejecutivo de la Unión dictará las medidas que juzguen necesarias para prevenirla, combatirla o erradicarla.

Artículo 10. En los casos de plagas o enfermedades, las autoridades y los habitantes de la región infestada, están obligados a denunciar su presencia a la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 11. La Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de sus representantes diplomáticos y consulares en el extranjero, informará a la Secretaría de Agricultura y Ganadería sobre la existencia de plagas y enfermedades de los vegetales o animales en el país de su adscripción , así como de las regiones afectadas, de los medicamentos, productos biológicos, plaguicidas, equipos y procedimiento aplicados para combatirlas y sobre los resultados que se hayan obtenido.

Artículo 12. La Secretaría de Agricultura y Ganadería establecerá la forma de coordinación de sus dependencias, cuando de las medidas que vayan a aplicar en la prevención y combate de plagas y enfermedades, puedan resultar perjuicios recíprocos a los vegetales o a los animales.

Igual coordinación se impondrá en los casos en que los vegetales sean portadores de plagas o viceversa.

Artículo 13. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá celebrar convenios con los gobiernos de los Estados, Municipios y demás sectores interesados en el desarrollo agropecuario y forestal del país, para la realización de campañas contra plagas y enfermedades.

Artículo 14. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá proponer al Titular del Ejecutivo de la Unión, la celebración de convenios internacionales para la prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades. Asimismo, podrá promover y formar parte de comisiones mixtas internacionales, cuyos fines estén dentro de las prescripciones de esta ley y sus reglamentos.

Artículo 15. Para la ejecución de campañas sanitarias de las comprendidas en esta ley, la Secretaría de Agricultura y Ganadería organizará a los sectores interesados, en los lugares que se juzgue necesario, en Comités Regionales de sanidad Animal. Juntas Locales de Sanidad Vegetal, que funcionarán como organismos auxiliares de operación en los términos del reglamento respectivo.

Artículo 16. Los Comités Regionales y juntas Locales a que se refiere el artículo anterior, tendrán personalidad jurídica y serán organismos de cooperación y coordinación de la Secretaría de Agricultura y Ganadería , en el desarrollo de campañas de sanidad fitopecuaria regionales y locales y deberán integrarse con representantes de las autoridades federales, entidades federativas, municipales y de los sectores interesados, y en forma que determine el reglamento. Las juntas tendrán facultades de ejecución de los acuerdos emitidos por los Comités.

Artículo 17. Los servicios de particulares, relacionados con el combate de plagas y enfermedades de los vegetales y animales, funcionarán previa autorización y bajo la vigilancia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 18. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, a través de las Direcciones Generales correspondientes, prestará servicios sanitarios fitopecuarios especiales para evitar la introducción al país, de plagas y enfermedades, y su diseminación.

Cuando realice tales servicios mediante concesión, los supervisará en los términos del Reglamento respectivo.

Artículo 19. El Reglamento determinará los casos en que para el transporte o acarreo de vegetales o animales y sus productos, sea requisito indispensable contar con la guía sanitaria correspondiente. La Secretaría de Agricultura y Ganadería decretará las medidas sanitarias que deban conservarse, cuando los vehículos y envases puedan constituir medios de propagación de plagas y enfermedades.

Artículo 20. El Secretario de Agricultura y Ganadería, con fundamento en los preceptos de esta Ley y sus reglamentos, podrá establecer las medidas preventivas y de combate especiales en materia de sanidad y vegetal que estime necesarias, y su ejecución podrá ser inmediata.

Artículo 21. Las medidas de seguridad a que se refiere el artículo anterior, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 22. La Secretaría de Agricultura y Ganadería establecerá estaciones cuarentenarias de sanidad animal y vegetal, en los lugares que considere convenientes, las que serán administradas por la propia Dependencia o, bajo la vigilancia de ésta concesionadas a particulares, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias respectivas.

Artículo 23. Las estaciones cuarentenarias contarán con las instalaciones que determine el Reglamento, y funcionarán conforme a sus disposiciones y las medidas especiales precisadas en cada concesión.

Artículo 24. La Secretaría de Agricultura y Ganadería difundirá permanentemente, por los medios que estime convenientes, la información y conocimiento relacionados con las materias de sanidad y vegetal, utilizando métodos de fácil comprensión para la población, a fin de procurar instruirla y obtener su educación para la cooperación.

Artículo 25. La Secretaría de Agricultura y Ganadería coordinará y supervisará la publicidad que en materia de sanidad fitopecuaria, realicen los organismos públicos y privados.

TITULO SEGUNDO

DE LA SANIDAD VEGETAL

CAPITULO I

De las funciones fitosanitarias

Artículo 26. Son funciones fitosanitarias:

I Organizar el combate de plagas y enfermedades que ataquen a los vegetales, sus productos y subproducto y causen perjuicios a los cultivos agrícolas o a los recursos forestales ;

II. Controlar el traslado de vegetales, sus productos y materiales de cualquier otra índole, que puedan ser portadores de agentes nocivos a cultivos y bosques;

III. Controlar la importación y exportación de vegetales y sus productos, así como de materiales de cualquier índole que puedan ocasionar plagas y enfermedades que se propaguen en los vegetales;

IV. Establecer entidades de cooperación en las que participen los agricultores, organismos públicos y demás sectores relacionados con la producción agrícola.

V. Promover la cooperación internacional para la previsión y el combate de plagas y enfermedades de los vegetales, productos y subproductos, y aceptarla, de acuerdo con las leyes mexicanas, siempre que se estime conveniente;

VI. Controlar la utilización de los plaguicidas agrícolas, y en general, de los plaguicidas agrícolas, y en general, de los elementos o sustancias que se utilicen en la prevención, combate y erradicación de plagas y enfermedades de los vegetales; y

VII. Colaborar con otras Dependencias del Ejecutivo Federal, autoridades de las entidades federativas y organismos internacionales, para adoptar las medidas necesarias a fin de presentar la salud de plantas y animales, impedir que plagas y enfermedades se propaguen y procurar evitar que los medios usados para el combate, contaminen el ambiente.

CAPITULO II

De las medidas de seguridad en materia de sanidad vegetal

Artículo 27. Es obligatorio adoptarlas medidas que establezcan las autoridades para evitar la propagación de plagas y enfermedades de las plantas.

En los casos de que exista el peligro de que la salud humana pueda ser afectada como consecuencia de los tratamientos aplicables a los vegetales, las medidas correspondientes se establecerá por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, en coordinación con la Salubridad y Asistencia .

Art¡culo 28. Se considera como medidas de seguridad, las siguientes:

I. Tratamiento preventivo contra la invasión de plagas y enfermedades de los vegetales;

II. Campañas o medidas de profilácticas o curativas de enfermedades de los vegetales;

III. Destrucción de plantas nocivas, contaminadas o enfermas;

IV. Delimitación de zonas de observación y de regiones infestadas y declaración de zonas limpias;

V. Delimitación de zonas de control, de protección y de cultivo;

VI. Desinfestación y desinfección de cultivos, productos, medios de transporte, almacenes, locales y envases;

VII. Destrucción de cultivos, siembras, plantas, empaques o semillas, cuando sean agentes propicios para la propagación de enfermedades o plagas;

VIII. Fijar prohibiciones o requisitos para el tránsito, transporte, importaciones o exportaciones y comercio de vegetales, semillas o sus productos;

IX. Establecimiento de fronteras o cordones fitosanitarios;

X. Decretar cuarentenas generales, regionales o locales, interiores o exteriores, permanentes o temporales, preventivas o de tratamiento;

XI. Establecimiento de estaciones cuarentenarias, de desinfección y desinfestación para vegetales, sus productos, medios de transporte y empaques;

XII. Prohibición de venta de plantas o semillas contaminadas o que constituyan medios de propagación de plagas o enfermedades;

XIII. Reglamentar la aplicación de herbicidas, plaguicidas y fertilizantes y control de materiales activos y formulaciones;

XIV. Suspensión, definitiva o temporal, de siembras o cultivos susceptibles de propagar plagas o enfermedades;

XV. Fijar los casos en que se requieran permisos de cultivo y otorgarlos cuando fuere procedente; así como, en los cultivos que previamente determine para evitar la propagación de plagas y enfermedades, señalar épocas de siembras, requisitos de preparación de cultivos y

precauciones que deban adoptarse después de las cosechas, para evitar la propagación de plagas y enfermedades;

XVI. Dictar disposiciones para el efectos de que las siembras se efectúen preferentemente con semillas seleccionadas por su calidad y que garanticen la producción de plantas resistentes a plagas o enfermedades;

XVII. Establecimiento de laboratorio de investigación y experimentación científica de enfermedades, plagas y medios de propagación;

XVIII. Conservación y reproducción de especies biológicas útiles a la agricultura y al combate de plagas y enfermedades; y

XIX. Cualquier otra medida que los adelantos técnicos y el progreso científico aconsejen para el combate de plagas o enfermedades.

CAPITULO III

De la importación de vegetales y materias susceptibles de diseminar plagas y enfermedades

Artículo 29. La Secretaría de Agricultura y Ganadería autorizará o denegará, según los casos, las importaciones y exportaciones de vegetales, sus productos y subproductos, para controlar su sanidad y calidad.

Artículo 30. Los vegetales, sus partes, productos o subproductos, y cualquier material su objeto susceptible de ser portador de plagas o enfermedades vegetales, requieren para su introducción al país, del permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, que será expedido, previa comprobación de que se encuentren libres y en su caso , que han pasado la aplicación del tratamiento profiláctico que la propia Secretaría determine.

Artículo 31. El material genético de vegetales cuarentenados sólo podrá introducirse al país con permiso y bajo la vigilancia de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, en sus estaciones de cuarentena vegetal, de las que se autorizará su salida hasta que hayan satisfechos los requisitos de observación y tratamiento que se determinen.

Artículo 32. Las especies vegetales útiles en la agricultura por su aplicación en en la lucha biológica, podrán introducirse al país, previo permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, si son satisfechos los requisitos que fije el Reglamento.

Artículo 33. La importación de materiales afectados por plagas o enfermedades solamente se autorizará para fines de investigación científica, la cual estará bajo el control de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, si se comprueba la necesidad imprescindible de esta importación y no se pone en peligro la fitosanidad nacional.

CAPITULO IV

Coordinación y cooperación para la prevención y combate de plagas y enfermedades

Artículo 34. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, en coordinación con las de Industria y Comercio y de Salubridad y Asistencia, dentro de sus respectivas atribuciones, fijará las características de los plaguicidas y de las sustancias coadyuvantes, así como de las etiquetas, envases y equipos que se utilicen para su aplicación.

Artículo 35. La Secretaría de Agricultura y Ganadería controlará y vigilará la calidad, eficacia, manejo y aplicación de sustancias químicas u otros materiales similares que se usen en el combate de plagas y enfermedades de los vegetales o en su cultivo. Cuando dichas sustancias puedan afectar la salud humana, la Secretaría se coordinara con la de salubridad y Asistencia, para establecer los requisitos relacionados con su empleo.

Artículo 36. Para el control de sus efectos nocivos de la aplicación de plaguicidas, los médicos, así como los responsables de los hospitales, clínicas o cualquier otro establecimiento médico, de carácter público o privado, reportarán a la Secretaría de Agricultura y Ganadería los casos de intoxicación humana producida por estas sustancias, independientemente de las obligaciones que a este respecto les señale la Secretaría de Salubridad y Asistencia. El reporte deberá hacerse en un plazo no mayor de veinticuatro horas a partir de haberse realizado el diagnóstico correspondiente, informando legar y producto que causó la intoxicación.

Artículo 37. La Secretaría de Agricultura y Ganadería dirigirá la investigación y la experimentación científica de elementos, sustancias o productos utilizables en la Agricultura, y , al efecto, podrá celebrar convenios de coordinación con instituciones oficiales o particulares autorizadas legalmente.

Artículo 38. Iguales convenios podrán celebrarse con cualquier institución, oficial o particular, que realice investigaciones sobre agentes nocivos a la agricultura, sustancias plaguicidas , fertilizantes y métodos de combate que se usen o se pretendan usar, con el propósito de que puedan utilizarse los resultados en la programación de las campañas fitosanitarias.

Artículo 39. Los inspectores de servicio sanitario vegetal que descubrieren siembras o productos de origen vegetal de cultivo o tráfico prohibido, darán aviso inmediato a la Agencia del Ministerio Público Federal más próxima, o a otra Autoridad cercana, así como a la Secretaría de Agricultura y Ganadería, para que se adopten las medidas pertinentes.

Artículo 40. Los inspectores que descubran el transporte de vegetales de tráfico prohibido, requerirán el auxilio de la fuerza pública más próxima, para que procedan al decomiso de los mismos.

CAPITULO V

Del registro y control de empresas

Artículo 41. Las empresas que se dediquen a la formulación, fabricación, importación o comercio de plaguicidas, fertilizantes, sustancias similares y equipos para su aplicación, sin

perjuicio de lo que establezcan otras leyes, están obligadas a:

I. Obtener constancias de registro y de autorización de funcionamiento expedida por la Secretaría de Agricultura y Ganadería;

II. Registrar en la Secretaría de Agricultura y Ganadería los productos técnicos, mezclas, sustancias coadyuvantes y cada modelo de equipo que se use en la aplicación de plaguicidas, herbicidas o fertilizantes.

III. Registrar a los profesionales responsables de su funcionamiento y de la fabricación, calidad y recomendaciones de uso de los productos.

Artículo 42. La Secretaría de Agricultura y Ganadería prohibirá la importación y fabricación en el país, de sustancias y productos utilizables en los cultivos, como fertilizantes, plaguicidas o medios de combate de enfermedades y plagas y equipos para su aplicación, cuando tenga convicción científica de que su uso resulta nocivo a los cultivos, a las personas y animales, o pueda crear resistencia a tratamientos posteriores.

La resolución que a este respecto, dicte la Secretaría de Agricultura y Ganadería, se comunicará a las de Hacienda y Crédito Público, Industria y Comercio y Salubridad y Asistencia, para la intervención que legalmente les corresponda.

Artículo 43. Sin perjuicio de la producción nacional, la Secretaría de Agricultura y Ganadería estará facultada para determinar los plaguicidas que deban importarse para combatir plagas y enfermedades, y fijará las cantidades requeridas para atender las necesidades fitosanitarias del país. Tales decisiones se comunicarán oportunamente a las Secretarías de Industria y Comercio y Hacienda y Crédito Público, para que adopten las medidas procedentes.

Artículo 44. La Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará los equipos para la aplicación de plaguicidas que deban importarse, cuando no existan modelos similares de fabricación nacional, o éstos no reúnan las especificaciones técnicas necesarias para su uso eficaz, lo que hará del conocimiento de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Industria y Comercio, para los efectos procedentes.

Artículo 45. El registro de los plaguicidas y las sustancias a que se refiere la fracción II del artículo 41, se concederá cuando el análisis físico - químico realizado por la Secretaría de Agricultura y Ganadería compruebe que el conducto se ajusta a la formulación ofrecida por el fabricante, y cuando el resultado de la experimentación demuestre su eficacia. Además, tratándose de productos de importación, será necesario exhibir constancias oficiales de su uso en el país de origen.

Artículo 46. La Secretaría de Agricultura y Ganadería tiene facultad para cancelar los registros en los siguientes casos: I. De los productos de importación, cuando sea cancelada o suspendida la vigencia de las patentes o autorización de uso en el país de origen, o se compruebe su ineficiencia o que su toxcidad excede los límites de tolerancia señalados por el Reglamento;

II. De los productos nacionales, cuando se compruebe la alteración de la fórmula o que se ha presentado cualquiera de los dos casos finales que menciona la fracción anterior;

III. De los fabricantes, distribuidores, almacenistas, comerciantes y aplicadores, cuando no cumplan con los requisitos que determinen esta Ley y sus Reglamentos.

Artículo 47. El registro y su cancelación cuando proceda, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 48. Las empresas o personas que se dediquen a la aplicación de plaguicidas agrícolas, deberán obtener permiso de operaciones, expedido por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, y estarán obligadas a permitir la revisión de sus equipos, para determinar su estado de funcionamiento y eficiencia.

Artículo 49. La Secretaría de Agricultura y Ganadería asesorará a los agricultores sobre la forma en que deben proceder a la aplicación de las sustancias o productos a que se refiere el artículo 41, de acuerdo con el nivel de residuos determinado en sus laboratorios, y en relación con las tolerancias, aceptadas de común acuerdo con la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

Artículo 50. Los laboratorios particulares que se dediquen al análisis de las sustancias y productos a que se refiere esta Ley, deberán obtener de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, permiso para su funcionamiento.

CAPITULO VI

De los agentes biológicos útiles a la agricultura.

Artículo 51. Las especies animales y vegetales que en alguna forma puedan utilizarse en el control biológico de plagas y enfermedades serán objeto de medidas dictadas por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, para proteger su existencia y reproducción.

Artículo 52. La producción, recolección y utilización de agentes biológicos destinados al combate de plagas y enfermedades, con fines comerciales o de cualquiera otra índole, requerirá permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

CAPITULO VII

De los servicios profesionales en sanidad vegetal

Artículo 53. La Secretaría de Agricultura y Ganadería ocupará, en las funciones técnicas de sanidad vegetal, los servicios de profesionales especializados.

El Reglamento de la presente Ley determinará y regulará las actividades de orden técnico que podrán desempeñarse por personal auxiliar de los profesionales, pero bajo la vigilancia de éstos.

Artículo 54. Los profesionales del servicio oficial y los que desempeñan trabajos en empresas y laboratorios o asesorando directamente

a los particulares, deberán registrar sus cédulas profesionales en la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

CAPITULO VIII

Promociones, franquicias y estímulos

Artículo 55. La secretaría de Agricultura y Ganadería tendrá competencia para:

I. Proporcionar a los agricultores los auxilios técnicos y materiales que se necesiten para la enseñanza y demostración de los métodos de prevención y combate;

II. Promover ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, franquicias a la importación y exportación para los elementos, materiales y equipo de prevención y combate de plagas y enfermedades; y

III. Estimular con premios a quienes se distingan por la aportación de conocimientos científicos o técnicos que contribuyen positivamente a la solución de problemas fitosanitarios, particularmente, para quienes descubran o implanten los mejores procedimientos en contra de las plagas y enfermedades de las plantas.

CAPITULO IX

De la sanidad vegetal en el ramo forestal

Artículo 56. La Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará las zonas forestales que deban sujetarse a tratamientos preventivos o de erradicación de plagas y enfermedades forestales.

Artículo 57. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, en materia de sanidad vegetal en el ramo forestal, tendrá las siguientes funciones:

I. Detectación de plagas y enfermedades;

II. Investigación científica de insectos nocivos a los bosques y predatores benéficos;

III. Medios de destrucción de insectos nocivos y de conservación y multiplicación de especies predatoras benéficas;

IV. Localización de zonas de infestación;

V. Delimitación de zonas de tratamientos; y

VI. Aplicación directa de métodos de combate de plagas y enfermedades, en zonas en aprovechamientos forestales, bosques nacionales y predios forestales de los particulares, ejidatarios o comuneros.

Artículo 58. La aplicación de métodos de combate de plagas y enfermedades forestales, se llevará a cabo en cualquier predio, bosque nacional, particular, ejidal o comunal, o sujeto a aprovechamiento; y los empleados del servicio forestal tendrán, para ese efecto, libre acceso a los predios infestados.

Artículo 59. Las personas que se dediquen al comercio, importación o utilización de insecticidas, sustancias o compuestos aplicables en el combate de plagas y enfermedades forestales. deberán obtener autorización de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 60. La Secretaría de Agricultura y Ganadería autorizará la fabricación venta y elaboración de sustancias o productos para el combate de plagas y enfermedades forestales, o su importación, previo análisis y experimentación con resultado satisfactorios.

Artículo 61. Queda a juicio de la Secretaría de Agricultura y Ganadería la selección de los medios preventivos aplicables, o de destrucción de árboles en los predios afectados, cuando las plagas o enfermedades que lo ataquen, sean incontrolables. Los particulares, ejidatarios, comuneros, permisionarios y unidades de explotación, están obligados a permitir su aplicación.

Artículo 62. Los aprovechamientos de árboles derribados y tratados por padecer plaga o enfermedad requerirán guía forestal.

Artículo 63. Corresponde a la Secretaría de Agricultura y Ganadería determinar técnicamente, en los casos de plagas y enfermedades:

a) Cuándo los árboles deban ser derribados;

b) El aprovechamiento que deba hacerse de los árboles derribados;

c) El tratamiento que proceda aplicarse antes de su aprovechamiento; y

d) Marcar e impedir cualquier aprovechamiento de los árboles que deban ser incinerados, en razón de la plaga o enfermedad que los afecte o el grado de infestación.

Artículo 64. Las disposiciones precedentes se aplicarán sin perjuicio de las establecidas por la Ley Forestal y su Reglamento en materia de sanidad forestal siempre que no se opongan a las de la presente Ley.

TITULO TERCERO

DE LA SANIDAD ANIMAL

CAPITULO I

De las funciones de sanidad animal

Artículo 65. Las funciones de sanidad animal se cumplirán para protección de las especies pecuarias por las que se entiende para los efectos de esta Ley, la bovina, porcina, ovina, caprina y equina; asimismo, de las aves criadas para su consumo o el de sus productos, las abejas, los conejos; los animales de laboratorio, de zoológico y los destinados a la producción peletera.

Asimismo, caerán bajo el control establecido por esta Ley todos los animales que puedan actuar como portadores de plagas o enfermedades.

Artículo 66. Son funciones de sanidad animal:

I. Diagnosticar, prevenir, controlar y erradicar las enfermedades y plagas que afecten a los animales protegidos por esta Ley;

II. Estudiar, experimentar y determinar los procedimientos científicos de diagnóstico y prevención, los medios de combate y los tratamientos adecuados para dichas enfermedades y plagas:

III. Realizar, promover y vigilar la aplicación de las medidas profilácticas, terapéuticas, higiénicas y, en general, de todas aquellas de carácter zootécnico que establezca la Secretaría de Agricultura y Ganadería;

IV. La reproducción y cría de los animales de razas o cruzas resistentes a las enfermedades y plagas y adaptables al medio ambiente;

V. Controlar las importaciones y exportaciones de animales, sus productos y subproductos; así como, además, la fabricación y comercialización de materiales biológicos, productos químicos farmacéuticos, y de todas aquellas substancias y objetos destinados a ser utilizados en los animales o su explotación;

VI. Controlar en toda la República el transporte sanitario de animales y sus productos y subproductos;

VII. Practicar inspecciones periódicas y extraordinarias;

VIII. Organizar las entidades de cooperación que prevé el artículo 2o., fracción VIII de esta Ley.

CAPITULO II

De las medidas de seguridad en materia de sanidad animal

Artículo 67. Las medidas de seguridad en materia de sanidad animal, tendrán como objetivo proteger la salud de los animales y evitar la propagación de enfermedades o plagas que los afecten.

En el caso de enfermedades de los animales transmisibles al hombre, la Secretaría de Agricultura y Ganadería coordinará con la de Salubridad y Asistencia el establecimiento y ejecución de las medidas de seguridad.

Artículo 68. Se consideran como medidas de seguridad de sanidad animal, las siguientes:

I. Establecimiento de cuarentenas preventivas y de tratamiento; generales, regionales o locales; permanentes y temporales;

II. Establecimiento de cordones sanitarios interiores y fronterizos;

III. Localización y delimitación de zonas de infección e infestación de protección y limpias;

IV. Establecimiento de zonas de observación;

V. Establecimiento de estaciones cuarentenarias, de desinfección y desinfestación para animales;

VI. Aislamiento de animales;

VII. Fijar prohibiciones o requisitos para el tránsito el transporte y las importaciones o exportaciones de animales y sus productos o subproductos o de productos biológicos, en el caso de epizootias y enzootias;

VIII. La retención de los animales, sus productos naturales, los biológicos, farmacéuticos, en las investigaciones que se efectúen, cuando existan indicios, de que puedan ser nocivos para los período suficiente para conocer el resultado de animales o vegetales;

IX. Práctica de reconocimientos sanitarios de animales y aplicación de métodos científicos para el diagnóstico de enfermedades, llevados a cabo por médicos veterinarios o médicos veterinarios zootecnistas;

X. Establecimiento de laboratorios con zonas de protección, para el diagnóstico, investigación y experimentación científicos, de enfermedades animales y sus medios de combate y prevención;

XI. Desinfección y aplicación de baños parasiticidas;

XII. Esterilización o desinfección de objetos y materiales infestados o infectados, cuando técnicamente sea procedente;

XIII. Desinfestación, desinfección y, cuando sea necesario, destrucción de locales que hayan albergado animales enfermos, si constituyen un peligro de propagación de enfermedades o plagas;

XIV. Desinfestación y desinfestación sistemática de locales y transportes para animales;

XV. Tratamiento terapéutico;

XVI. Inmunización;

XVII. Desocupación y desalojo de animales;

XVIII. El decomiso de animales, sus productos y objetos que puedan ocasionar la diseminación de enfermedades o plagas en los animales; debiendo procederse a su destrucción, salvo que puedan ser aprovechables sin causar daño;

XIX. Sacrificio de animales, en las condiciones precisadas en la fracción anterior;

XX. Cremación o inhumación de animales muertos;

XXI. Incineración de objetos infestados, productos y subproductos procedentes de animales enfermos, en el caso de que sean transmisores de enfermedades;

XXII. aplicación de medidas técnicas contra la contaminación ambiental originada por los animales; y

XXIII. Las demás que conforme a la técnica y los adelantos científicos se consideren eficientes para cada uso.

CAPITULO III

Del diagnóstico, prevención control y erradicación de enfermedades de los animales

Artículo 69. La Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará los medios o medidas de diagnósticos, prevención, tratamientos y erradicación apropiados para cada plaga o enfermedad, y fijará las zonas de aplicación. El acuerdo respectivo se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 70. En el programa profiláctico, de tratamiento o erradicación de las plagas o enfermedades, se especificará su carácter transitorio, periódico o permanente.

Artículo 71. Toda concentración de animales en ferias, exposiciones o cualquier otro evento público o privado, será autorizado y controlado sanitariamente por la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 72. La cría, reproducción y explotación de las especies protegidas por esta Ley, su transporte y comercio y todas las fases del proceso industrial y comercial de sus productos y subproductos, será objeto de sus productos y subproductos, será objeto de supervisión e inspección sanitaria por parte de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, sin perjuicio de la Salubridad y Asistencia, cuando se trate del transporte intervención que corresponda a la de Salubridad

y comercio de los productos pecuarios destinados al consumo humano.

Artículo 73. La Secretaría de Agricultura y Ganadería tiene facultad para establecer los requisitos de sanidad de los productos y subproductos pecuarios.

Artículo 74. Las condiciones sanitarias de instalaciones, empaque, transporte, conservación, exposición para la venta, maquinaria y utensilios de las empresas que operen en el ramo de productos o subproductos pecuarios, serán fijadas por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, sin perjuicio de la intervención que conforme a sus facultades tengan otras dependencias del Ejecutivo, a las que dará o de las que solicitará, según el caso, su colaboración y coordinación.

Artículo 75. Requerirán autorizaciones de la Secretaría de Agricultura y Ganadería para su funcionamiento y operarán supervisadas por la misma, las negociaciones o entidades siguientes:

I. Las que intervengan en la elaboración, maquila, almacenaje, conservación, transporte, distribución y comercio de productos o subproductos pecuarios, productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios para uso en los animales o consumo por estos, y las que se dediquen a la importación de productos terminados y materias primas para uso en animales:

II. Las que se dediquen a la distribución y comercio de mascotas y animales de ornato;

III. Los centros de diagnósticos y de investigación, más los de experimentación en los animales, que operen en forma oficial o particular.

Artículo 76. En los casos a que se refiere el artículo precedente, el Reglamento de esta Ley fijará los requisitos, condiciones y especificaciones dentro de los que deberán operar las negociaciones.

Artículo 77. Los médicos veterinarios zootecnistas y cualquier persona dedicada a la explotación de animales y a la industrialización de sus productos, en los cuales existan síntomas o indicios de enfermedad de carácter grave y difusión rápida, están obligados a dar inmediato aviso a la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

CAPITULO IV

Del control de productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios y de equipos para uso en animales.

Artículo 78. El control de productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios, y de equipos para uso en animales, lo ejercerá la Secretaría de Agricultura y Ganadería, tanto en el proceso de elaboración, calidad, dosificación y presentación al público, cuando en su efectividad, inocuidad, conservación, manejo, seguridad en su uso, distribución y consumo.

Artículo 79. Todos los establecimientos que se dediquen al proceso de industrialización y comercialización de los productos a que se refiere el artículo anterior, comprendido desde su elaboración hasta su venta al público, requerirán permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería para su funcionamiento.

Artículo 80. Para obtener el permiso a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría de Agricultura y Ganadería practicará una inspección a las instalaciones del establecimiento para comprobar que se han satisfecho los requisitos sanitarios exigidos en esta Ley y su Reglamento.

Artículo 81. Los productos materia de este capítulo, deberán registrarse en la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 82. Al solicitarse el registro del establecimiento, el interesado acompañara la documentación que exija el Reglamento.

Artículo 83. Con las solicitud de registro de productos se entregarán muestras de los mismos en las cantidades que fije el Reglamento de esta Ley, con expresión de su fórmula, dosificación de aplicación y precauciones que deban adoptarse en su uso.

Artículo 84. No se autorizará el registro si el nombre y la denominación genérica de los productos pueden inducir a error en cuanto a su naturaleza y propiedades.

Artículo 85. La Secretaría de Agricultura y Ganadería practicará en sus laboratorios, o en los que ella designe, un análisis de las muestras, y después de sujetarlas a experimentación, otorgará el registro y permiso de fabricación, si las pruebas del mismo resultan satisfactorias.

Artículo 86. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá, en cualquier tiempo, supervisar el funcionamiento de las negociaciones y el proceso de elaboración de los productos registrados.

Artículo 87. La Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará los productos biológicos y farmacéuticos cuya venta quedará autorizada sólo mediante la presentación de una receta expedida por médico veterinario o veterinario zootecnista registrado en dicha Secretaría.

Artículo 88. Las negociaciones o entidades a que se refiere el artículo 75, deberán ostentar en lugar bien destacado, como responsable ante el público y ante las autoridades, el nombre de un médico veterinario o veterinario zootecnista legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión.

Artículo 89. Los permisos para la elaboración de los productos citados en el artículo 78, tendrán una vigencia de dos años, y el registro de dichos productos, de un año.

Artículo 90. Los primeros cuya vigencia haya concluido en los términos del artículo anterior, podrán ser revalidados mediante los trámites que establezca el Reglamento.

Artículo 91. El anuncio y venta al público de los productos y equipos citados en el artículo 78, cumplirá los requisitos que fije el Reglamento.

Artículo 92. Los alimentos concentrados, materias primas y premezclas, de origen animal, vegetal o mineral, y cualesquiera otros elementos usados en la preparación de dichos alimentos para animales, estarán sujetos al control de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, con el objeto de constatar su valor alimenticio, pureza,

inocuidad y demás requisitos que fije el Reglamento.

Artículo 93. La Secretaría de Agricultura y Ganadería clasificará los productos utilizados en materia de sanidad animal y determinará, mediante instructivos, el manejo adecuado de los mismos.

Artículo 94. El Reglamento de esta Ley establecerá las modalidades y características del transporte y la conservación de los productos biológicos, químicos y farmacéuticos y de los alimentos para animales.

Artículo 95. Los registros y permisos podrán ser cancelados en los casos y circunstancias que fije el Reglamento y cuando se incurra en infracciones a las disposiciones de esta Ley.

Artículo 96. Los productos serán envasados y etiquetados en la forma y condiciones que se determinen en los Reglamentos de esta Ley.

Artículo 97. La Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará el período residual de los productos para animales que por su naturaleza sean potencialmente nocivos a la salud de los seres humanos, y mientras no haya transcurrido dicho período, no se podrá traspasar la propiedad de los animales afectados, ni sacrificarlos para fines de alimentación. Esta materia será regulada por el Reglamento relativo.

Artículo 98. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, en coordinación con la de Salubridad y Asistencia, fijará las tolerancias permisibles de contaminantes, sustancias extrañas y materiales de transformación, tanto en los productos mencionados en el artículo anterior, cuanto en las materias primas y materiales que directa o indirectamente puedan intervenir en su procesamiento.

Artículo 99. Los diversos registros y las cancelaciones, cuando procedan, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

CAPITULO V

De la importación y exportación en materia de sanidad animal

Artículo 100. Se prohibe la importación y exportación de animales, sus productos y subproductos, esquilmos en bruto o industrializados, productos biológicos, farmacéuticos y alimentos destinados a animales, plaguicidas, desinfectantes y en general, de toda sustancia o elemento para uso pecuario y aparatos y equipo para su aplicación, sin el permiso correspondiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Los bienes a que se refiere el párrafo anterior, que se introduzcan al país sin el permiso correspondiente, serán decomisados y se les dará el destino que fije la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 101. La Secretaría de Agricultura y Ganadería expedirá los permisos de importación y exportación, sin perjuicio de los que la de Industria y Comercio deba expedir de conformidad con sus atribuciones.

Artículo 102. Los permisos previstos en el artículo anterior se expedirán cuando se cumpla con los requisitos que establecen esta Ley y sus Reglamentos, siempre que en los casos de importación, previamente se acredite, con certificados oficiales del país de origen, la sanidad y calidad de los artículos por importar.

Cuando se trate de exportaciones, además del permiso, la Secretaría de Agricultura y Ganadería expedirá certificaciones sanitarias y de calidad.

Artículo 103. Para los efectos del control a que se refiere este capítulo, la Secretaría de Agricultura y Ganadería determinará en los permisos, los puertos fronterizos, marítimos o aéreos, por los que deban realizarse las importaciones y exportaciones.

Artículo 104. Se prohibe la importación de animales y sus productos y subproductos, productos biológicos veterinarios y, en general, de todos cuarentenados y puedan ser portadores de contagio de enfermedades, salvo cuando se hayan aplicado o seguido, a satisfacción de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, los procedimientos y tratamientos que la misma haya previamente fijado.

Artículo 105. La importación de substancias, elementos y compuestos para ser utilizados en los animales, o en la prevención, tratamiento o erradicación de las plagas o enfermedades que los afecten, sólo podrá ser autorizada por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, cuando previamente haya analizado su formula y experimentado su eficacia e inocuidad, con resultados satisfactorios.

Artículo 106. Para los efectos del artículo anterior, la Secretaría podrá otorgar permisos de importación de muestras de los productos, en la cantidad que fije, para ser sujetas a investigación científica bajo el control de la propia Secretaría, en los laboratorios que designe para tal fin.

Artículo 107. No se autorizará la importación de plaguicidas, desinfectantes insecticidas, y en general, de substancias, elementos, compuestos o productos que se destinen a ser utilizados en los animales, si previamente el importador no proporciona a la Secretaría de Agricultura y Ganadería las constancias oficiales del país de origen, que acrediten la vigencia de su registro por dependencia oficial competente de su gobierno.

Artículo 108. Cuando la Secretaría de Agricultura y Ganadería compruebe que un producto cuya importación fue autorizada, es perjudicial a la salud humana o de los animales, podrá cancelar el permiso y evitar la internación del producto al país, oyendo en el caso a la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

Artículo 109. Sólo podrán internarse al territorio nacional los animales, productos o equipos que hayan sido sometidos, en las estaciones cuarentenarias, al tratamiento que determine el Reglamento, aun cuando se haya expedido el correspondiente permiso de importación.

Artículo 110. La importación o exportación estará condicionada al resultado satisfactorio de la inspección sanitaria veterinaria que se practique conforme lo disponga el Reglamento de esta Ley.

Artículo 111. La Secretaría de Agricultura y Ganadería señalará los requisitos que deberán cumplirse, cuando los animales y productos que se pretendan importar, procedan de países cuya cuarentena haya sido recientemente levantada.

Artículo 112. La Secretaría de Agricultura y Ganadería ejercerá vigilancia en los aeropuertos y puertos fronterizos o marítimos del país, para evitar que se internen al territorio nacional, animales, sus productos o subproductos, procedentes de países cuarentenados; o de otros países sin los requisitos de certificación de sanidad de su lugar de origen y sin el permiso de importación correspondiente.

CAPITULO VI

Del ejercicio profesional y de la prestación de servicios en sanidad animal

Artículo 113. Para el ejercicio profesional de los médicos veterinarios o veterinarios zootecnistas y de otros profesionales que tengan o puedan tener relación con la sanidad animal en los casos previstos por la presente Ley, se requiere el registro del correspondiente título por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, después de practicado el que competa a las de Educación Pública y de Salubridad y Asistencia.

Artículo 114. Los profesionales que hayan cumplido los requisitos anteriores, podrán, según corresponda a su especialidad, expedir certificados relacionados con campañas sanitarias oficiales, prescribir el uso de sustancias tóxicas o consideradas peligrosas para aplicación en los animales y responsabilizarse ante la Secretaría de Agricultura y Ganadería, del funcionamiento de laboratorios, empresas y farmacias a que se refiere esta Ley, dentro de la esfera de la competencia de la propia Secretaría.

Artículo 115. La Secretaría de Agricultura y Ganadería dictará las disposiciones generales de orden técnico que exijan el cumplimiento de lo provisto en el artículo 9o., y el otorgamiento de la autorización requerida por el artículo 17.

Artículo 116. Las clínicas, laboratorios de producción, laboratorios de diagnóstico, hospitales y establecimientos veterinarios similares, deberán contar con un profesional, autorizado como responsable.

Artículo 117. El Reglamento de la presente Ley determinará y regulará las actividades de orden técnico que podrán desempeñarse por personal auxiliar de médicos veterinarios o de médicos veterinarios zootecnistas, pero bajo la vigilancia de unos u otros.

Artículo 118. Los profesionales y los auxiliares que intervengan en las actividades relacionadas con la sanidad animal, serán calificados con gravedad por las infracciones que cometan o por falta de observancia de las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos.

Artículo 119. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, en coordinación con la de Educación Pública y las instituciones de enseñanza superior, elaborará proyectos de programas para el servicio social de los pasantes de la carreras de médico veterinario y zootecnista.

TITULO CUARTO

CAPITULO ÚNICO

De las cuarentenas

Artículo 120. La Secretaría de Agricultura y Ganadería establecerá cuarentenas para los animales y vegetales enfermos, portadores de contagio, afectados por plagas o que sean transmisores de ellas, y dictará las medidas de seguridad adecuadas e inmediatas para su prevención, control y erradicación, en su caso.

Artículo 121. El Reglamento de esta Ley fijará las bases para determinar las características de las cuarentenas. Entre esas bases figurará el análisis de la plaga o enfermedad de que se trate y de las circunstancias de su presentación.

Artículo 122. Cuando existan las circunstancias previstas en el artículo 9o., las medidas de emergencia a que se refiere dicho precepto, se determinarán por el Ejecutivo de la Unión mediante Decreto y a propuesta de la Secretaría de Agricultura y Ganadería. Por igual procedimiento se declarará concluida, cuando dicha situación desaparezca.

Artículo 123. Los animales y vegetales sujetos a cuarentena quedarán fuera del comercio y no se expedirán guías sanitarias para su movilización, salvo las excepciones que establezcan esta Ley y sus Reglamentos.

Artículo 124. Las medidas de seguridad que deban ser aplicadas en las cuarentenas, y las que se observen fuera de éstas, serán reguladas por las disposiciones reglamentarias de esta Ley.

TITULO QUINTO

CAPITULO ÚNICO

Del transporte en materia de sanidad animal y vegetal

Artículo 125. Los transportes marítimos, fluviales, aéreos y terrestres que acarrean animales o vegetales, sus productos y subproductos, productos biológicos, farmacéuticos y alimenticios; materiales utilizados en el ramo agropecuario, aparatos y equipos para su empleo, deberán llenar los requisitos sanitarios que determine la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Artículo 126. La Secretaría de Agricultura y Ganadería dictará las medidas preventivas sanitarias que deban aplicarse, cuando los transportes de animales o vegetales y los envases de productos del mismo origen pudieran constituir agentes de propagación de enfermedades o de diseminación de plagas en animales y vegetales.

Artículo 127. La Secretaría de Agricultura y Ganadería expedirá la guía sanitaria a que se refiere el artículo 19, cuando se cumplan

los requisitos que establezcan esta Ley y sus Reglamentos. Artículo 128. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá conceder permisos para la movilización de animales o vegetales, productos de origen animal o vegetal, enfermos o portadores de contagio, partes o desechos de los animales o cadáveres, únicamente para fines de investigación científica, diagnóstico, o sacrificio inmediato de los animales enfermos y su eliminación sanitaria. En el propio permiso se fijarán las medidas que deban observarse para la protección de la salud de la población animal y vegetal del país. artículo 129. El transporte de productos forestales se regirá por lo dispuesto en el artículo 62 de esta Ley y en la Forestal y su Reglamento.

TITULO SEXTO

CAPITULO ÚNICO

De la inspección Fitopecuaria

Artículo 130. La Inspección Fitopecuaria comprenderá:

I. Inspección fitosanitaria:

II. Inspección de sanidad animal; y

III. Inspección forestal.

Artículo 131. Las autoridades federales, estatales y municipales, auxiliarán a los inspectores fitopecuarios para el desempeño de sus funciones, cuando lo soliciten.

Artículo 132. Las inspecciones fitopecuarias tiene carácter de visitas domiciliarias sanitarias en los términos del último párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los particulares están obligados a permitirlas y dar facilidades para realizarlas.

Artículo 133. La inspección fitopecuaria para los efectos de importaciones y exportaciones a que se refieren esta Ley y sus Reglamentos, podrá efectuarse en las instalaciones aduanales dependientes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 134. Las inspecciones podrán ser ordinarias y extraordinarias. Las primeras se efectuarán en días y horas hábiles. Las previstas en el artículo anterior y las extraordinarias se realizarán en cualquier tiempo, pero estas últimas deberán ser específicas.

Artículo 135. Los inspectores, para practicar visitas, deberán estar provistos de las órdenes escritas de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, en las que se precisará el objeto de las mismas y el alcance que deben tener.

Las órdenes de inspección pueden expedirse para visitar establecimientos de una rama determinada de actividades, o señalar al inspector la zona en la que vigilará el cumplimiento de las disposiciones sanitarias establecidas por esta Ley y sus Reglamentos.

Artículo 136. La inspección sobre cuarentenas vegetales y animales, exteriores o interiores, será realizada por el Servicio de Inspección Fitopecuaria.

Artículo 137. La Secretaría de Agricultura y Ganadería, con base en el resultado de las inspecciones, dictará las medidas necesarias para corregir, en su caso, las violaciones a la Ley, al Reglamento o a las disposiciones que de ella emanen, notificándolas al interesado, al que se concederá un plazo razonable para su cumplimiento.

Artículo 138. En los casos en que se requiera tomar inmediatamente una o varias medidas de seguridad, los inspectores procederán a adoptarlas, con la colaboración de las autoridades a las que se les solicite.

Artículo 139. Los actos u omisiones contrarios a los preceptos de esta Ley y a las disposiciones que emanen de la misma, podrán ser objeto de orientación y educación de los infractores, con independencia de que se apliquen, si procedieren, las medidas de seguridad y las sanciones correspondientes.

Artículo 140. Los inspectores fitopecuarios, en el ejercicio de sus funciones, tendrán libre acceso a donde existan o puedan encontrarse animales, vegetales, sus productos y subproductos, materiales y equipos utilizados para los mismos, para comprobar su estado sanitario.

Artículo 141. Al efectuarse las visitas, los inspectores se identificarán debidamente y después de practicar la inspección procederán a levantar el acta correspondiente.

Artículo 142. Los inspectores están obligados a remitir a la autoridad competente las actas que levanten, para que se determine si están fundadas o no las infracciones que se consiguen. En caso de urgencia utilizarán cualquier medio de comunicación para rendir sus informes, con el objeto de que se dicten las medidas que procedan.

Artículo 143. Turnada una acta de inspección, la Secretaría de Agricultura y Ganadería citará a quienes aparecen como infractores, personalmente o por correo certificador con acuse de recibo, para que dentro de un plazo no mayor de 15 días, compadezcan y manifiesten lo que a su derecho convenga, aportando las pruebas que tuvieren en su defensa.

Artículo 144. Una vez oído el presunto infractor a su representante legal y recibidas las pruebas que ofreciere, se procederá, en un término no mayor de quince días, a dictar por escrito la resolución definitiva procedente, notificándola personalmente al interesado o por correo certificado.

Artículo 145. En caso de que el presunto infractor no compadeciera dentro del plazo fijado, se procederá a dictar en su rebeldía, la resolución definitiva procedente, la que será notificada al interesado, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.

TITULO SÉPTIMO

CAPITULO ÚNICO

De las infracciones y de los delitos Artículo 146. Las violaciones a los preceptos de esta Ley, sus Reglamentos y demás disposiciones que emanen de la misma, serán

sancionadas administrativamente por la Secretaría de Agricultura y Ganadería, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delito.

Artículo 147. Las sanciones administrativas a que se refiere el artículo anterior, son las siguientes:

I. Multa; II. Cancelación de autorización o permiso; III. Decomiso. IV. Clausura temporal o definitiva, la que podrá ser parcial o total: y V. Arresto por treinta y seis horas

Artículo 148. En cada infracción de las señaladas en esta Ley, la Secretaría de Agricultura y Ganadería aplicará las sanciones correspondientes, conforme a los artículo siguientes.

Artículo 149. La infracción a las disposiciones contenidas en los artículo 7o., segundo párrafo, 32, 54 y 137, se sancionarán con multa de $ 500.00 a $ 1,000.00.

Artículo 150. La infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 10, 41, 46, 48, 59, 61, 62, 87, 91, 96 y 113, se sancionaran con multa de $500.00 a $ 25,000.00.

Artículo 151. Los concesiones de estaciones de cuarentena animal y los de servicios fitosanitarios que no observen el Reglamento de las mismas y las medidas especiales precisadas en su respectiva concesión, serán sancionados con multa de $ 1,000.00 a $ 15,000.00, y en caso de reincidencia se les aplicará multa de $ 30,000.00 y revocación de la concesión.

Artículo 152. A las personas que continúen elaborando alguno de los productos que menciona el artículo 78, de haber caducado la vigencia de los permisos de colaboración o la del registro sin haber obtenido su revalidación conforme al artículo 90, se le aplicará multa de $ 1,000.00 a $ 50,000.00.

Artículo 153. A las personas que no observen las disposiciones de los instructivos a que se refiere el artículo se les aplicará una multa de $ 1,000.00 a $ 25,000.00.

Artículo 154. La infracción al artículo 127 en materia de sanidad vegetal, se sancionará con multa de $ 5,000.00 a $ 100,000.00.

Cuando se trate de animales, si se transportan de 1 a 3, se aplicará de $ 300.00 a $ 1.000.00 de multa: de 4 a 9, de $ 1,000.00 a $ 5,000.00 y de 10 o más, de $ 5.000.00 a $ 100.000.00.

Si se trata de productos o subproductos animales, hasta por 500 Kgs. de peso, se impondrá multa de $ 5,000.00; por 501 Kgs., se aplicará multa de $5,000.00 a $15,000.00, y por 1,001 Kgs. o más, de $15,000.00 a $100,000.00 de multa.

Artículo 155. A quienes no observen las medidas de seguridad en materia de sanidad animal o vegetal a que se refiere el artículo 21, se les aplicará multa de $5,000.00 a $100,000.00.

Artículo 156. La infracción a las disposiciones contenidas en los artículos 30, 31, 33, 36, 42, 58, 60, 75, 77, 79, 81, 87, 88, 100, 106, 109, 116, 123, y 128, serán sancionadas con multa de $5,000.00 a $100,000.00.

Artículo 157. Al infractor de la disposición contenida en el Artículo 97, además del decomiso de los animales o sus productos, se le aplicará sanción de $1.000.00 a $150,000.00.

Artículo 158. Al que no observe las disposiciones de la Secretaría de Agricultura y Ganadería sobre las tolerancias permisibles de contaminantes, substancias extrañas y materiales de transformación en los términos de los artículo 49 y 98, se le aplicará una sanción de $50,000.00 a $100,000.00.

Artículo 159. Los casos de infracción a las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos que no estén comprendidos en los artículo anteriores, se sancionarán con multa de $5000.00 a $25,000.00.

Artículo 160. La revocación de una autorización, licencia o permiso, o de las concesiones sólo se pondrá imponer por faltas graves o en caso de reincidencia.

La cancelación de los documentos mencionados tiene como consecuencia la clausura de los establecimientos o la suspensión de las actividades autorizadas en ellos.

Artículo 161. En el caso del artículo 108, la Secretaría de Agricultura y Ganadería decomisará el producto internado al país, al amparo del permiso cancelado.

Artículo 162. Además de las otras sanciones que correspondan, se aplicará arresto administrativo hasta de treinta y seis horas, a la persona que interfiera o se oponga, en cualquier forma, al ejercicio de las funciones de las autoridades en materia de sanidad, para cuyo cumplimiento se dará cuenta a la autoridad municipal correspondiente.

Artículo 163. Cuando del contenido de un acta de inspección se desprenda la posible comisión de algún delito o delitos, la Secretaría de Agricultura y Ganadería formulará la denuncia correspondiente.

Artículo 164. A la persona que tenga el carácter de funcionario o empleado público en materia de sanidad animal o vegetal, o de auxiliar del mismo, que se niegue a desempeñar las funciones y servicios que le encomiende la Secretaría de Agricultura y Ganadería en los casos de epizootia, enzootia, o epifitia de carácter grave o peligroso, o de invasión de enfermedades transmisibles, se aplicara de uno a tres años de prisión y destitución del empleo.

Artículo 165. Al que cometa delito de contrabando de animales, vegetales o de semen animal, cualquiera que sea su valor, procedentes de países cuarentenados, se le impondrá la pena de seis a doce años de prisión, y multa de $20,000.00 a $100,000.00.

Igual pena se impondrá al que cometa contrabando de animales, vegetales, cadáveres o restos de animales o vegetales que padezcan una enfermedad transmisible o sean portadores de contagio, con conocimiento de estas circunstancias.

Artículo 166. Al que elabore, fabrique, distribuya o aplique comercialmente plaguicidas, fertilizantes, fungicidas, herbicidas o productos químicos de cualquier naturaleza, utilizables en la agricultura o en los animales, sin permiso de la Secretaría de Agricultura y Ganadería,

se le impondrá sanción de uno a cinco años de prisión y multa de $10,000.00 si no causa daño; si lo causare, se le sancionará con pena de cinco a diez años de prisión y multa hasta de $100,000.00.

Artículo 167. Al que elabore, distribuya, expenda o aplique comercialmente productos adulterados en su fórmula o inactivos, utilizables en la agricultura o en los animales, se le impondrán las mismas sanciones previstas en el artículo precedente.

Artículo 168. Al que cause en el país una epifitia o epizootia por infringir las disposiciones de esta Ley y sus Reglamentos, o cualquier otra disposición que rija la importación en materia de sanidad animal o vegetal, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y multa de $10,000.00 a $100,000.00.

Igual sanción se aplicará al que en cualquier forma propague o propicie la diseminación de plagas o enfermedades animales o vegetales dentro del territorio nacional.

Artículo 169. Las disposiciones de este capítulo se aplicarán independientemente de las que procedan conforme a la Ley Forestal y su Reglamento en dicha materia.

TITULO OCTAVO

CAPITULO ÚNICO

De los recursos

Artículo 170. A partir de la fecha de notificación de la resolución que imponga una sanción, comenzará a correr para el infractor el término de ocho días hábiles para interponer por escrito en recurso de inconformidad.

Artículo 171. El recurso de inconformidad se interpondrá directamente ante el Subsecretario de Agricultura, Ganadería o Forestal y de la Fauna, según su competencia, o por correo certificado con acuse de recibo, teniéndose como fecha de presentación, la del día en que haya sido depositado el escrito correspondiente en la oficina de correos.

Artículo 172. El funcionario que conozca del recurso, lo resolverá en un plazo de quince días, computables a partir de la fecha en que el expediente quede integrado, con la asesoría de la Dirección Consultiva y de Legislación.

Artículo 173. La interposición de recurso otorga derecho al recurrente para adoptar las pruebas que considere oportunas, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que sea interpuesto.

Artículo 174. La ejecución de las sanciones se suspende con la interposición del recurso salvo las de aquellas resoluciones que comprenden sanciones económicas, las que previamente deberán ser garantizadas ante la Oficina Federal de Hacienda que deba efectuar el cobro.

Artículo 175. De las resoluciones a que se refieren los artículos 149, 150, 151 y 152, se enviarán a la Oficina Federal de Hacienda que corresponda, copia certificada cuando se imponga sanción económica.

Artículo 176. Las instalaciones, vehículos y equipos utilizados en los actos que impliquen infracción a esta Ley o sus Reglamentos, así como los animales o vegetales, sus productos o subproductos cuerpo de la infracción, podrán ser secuestrados administrativamente por la Secretaría de Agricultura y Ganadería y quedar efectos al pago de las sanciones económicas que se apliquen.

Artículo 177. La Secretaría de Agricultura y Ganadería podrá levantar el secuestro, si a su satisfacción el infractor garantiza el pago de las sanciones económicas aplicables.

TRANSITORIOS

Primero. La presente Ley entrará en vigor quince días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abrogan la Ley de Plagas de los Estados Unidos Mexicanos de 15 de noviembre de 1924, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 10 de diciembre del mismo año, así como la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos de 29 de agosto de 1940, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de septiembre del propio año.

Tercero. Los Reglamentos, Decretos y Acuerdos vigentes en la materia de esta Ley, continuarán aplicándose en lo que no se opongan a las disposiciones de la misma, entre tanto se expiden los Reglamentos de la Presente. Cuarto. Se derogan todas la disposiciones legales que en materia de sanidad vegetal y animal, se opongan a los preceptos de la presente. Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores. México, D. F., a 29 de octubre de 1974.

"Año de la República Federal y del Senado".

Guadalupe López Bretón, S. P. - Rogelio Flores Curiel, S. S. - Carlos Pérez Cámara, S. S."

- Trámite: Recibo y a las Comisiones Unidas de Desarrollo Agropecuario; de Desarrollo Forestal y de la Fauna, y de Estudios Legislativos.

INICIATIVA

Reforma a la Ley de Impuesto Sobre Tabacos Laborados

El C. Joaquín Cánovas Puchades: Pido la palabra.

- La C. Presidenta: ¿Con que objeto¿

El C. Joaquín Cánovas Puchades: Para dar lectura a una iniciativa.

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el ciudadano diputado Joaquín Cánovas Puchades.

El C. Joaquín Cánovas Puchades: Con su permiso señora Presidenta. Honorable Asamblea.

"INICIATIVA DE REFORMA DEL ART¡CULO 9, FRACCIÓN VII DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE TABACOS LABORADOS QUE PRESENTAN LOS CC. DIPUTADOS FIDEL HERRERA BELTRÁN, ANTONIO JIMÉNEZ PUYA Y JOAQUÍN CÁNOVAS PUCHADES, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 71, FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA MEXICANA Y 55 DE REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. En la actualidad es indiscutible el papel que tiene el Estado moderno en la promoción del desarrollo económico. Esta actividad se refleja en la orientación que se dé al Gasto Público, de tal manera que este contribuye a crear la infraestructura económica necesaria, estimular la producción, redistribuir el ingreso y eliminar las desigualdades que existen entre los núcleos urbanos y rurales de la población.

2. Para poder cubrir estas funciones el Estado requiere de recursos suficientes que deben ser obtenidos a través de la política fiscal. Nuestro país está realizando un esfuerzo considerable a través de la Reforma Fiscal propuesta por el C. Presidente de la República, para financiar con recursos propios nuestro desarrollo.

3. Sin embargo, no obstante los incrementos logrados para las entidades de la República en los últimos tres años, a través del régimen de participaciones en impuestos federales que tienden a fortalecer la finanzas Estatales y Municipales, algunos Estados de la República tienen seria limitaciones económicas por las presiones que ejerce el Gasto Público en sus respectivos presupuestos.

4. Los Estados de Nayarit, Oaxaca y Veracruz, cuyas economías tienen una acentuada estructura agrícola, que limita la posibilidad de obtener los ingresos fiscales suficientes para atender sus necesidades, que se verán intensificadas en el ejercicio fiscal de 1975, principalmente en el renglón de sueldo y salarios.

5. Las fuentes de ingreso de estos Estados son precarias, ya que por su estructura económica son básicamente productores de artículos de consumo popular y materias primas que salen a otras entidades para ser industrializadas causando en estos sitios impuestos y derechos que fortalecen las economías regionales, de estos artículos, resulta inconveniente elevar los gravámenes actuales. El único renglón agrícola que puede afectarse, por sus especiales características, es el de la producción de tabaco elaborado.

6. En virtud de que dichos Estados producen la totalidad del tabaco de nuestro país y que este cultivo representa una parte importante de su economía agrícola, siendo un cultivo altamente tecnificado y rentable, se hace necesario que este renglón aporte mayores recursos económicos para las entidades en que se localiza sin que afecte la económica popular, no alternándose el precio del producto elaborado.

7. Que gracias a la política de valientes rectificaciones a la realidad económica nacional que con norma de conducta ha seguido el C. Presidente de la República se logra la mexicanización en la producción de tabaco a través de la creación de la empresa descentralizada "Tabamex" en la cual están representados los intereses de los productores de tabaco del país.

8. Estamos conscientes de que la contribución fiscal de este renglón no debe afectar los intereses económicos de los productores y para resolverlo se han sostenido pláticas con "Tabamex", siendo posible que este gravamen sea absorbido por la empresa debido a la eficiencia productiva alcanzada.

9. En atención a las consideraciones anteriores y con fundamentos en los preceptos legales ya mencionados elevamos a la consideración y de esta asamblea soberana la siguiente Iniciativa de Reforma a la Ley de Tabacos Labrados para quedar como sigue:

TEXTO ACTUAL

Artículo 9o.

VII. La producción, acopio o venta de tabaco en rama podrán gravarse con impuestos o derechos locales o municipales que en conjunto no excederán de veinte centavos por kilo, que sólo podrán decretar o mantener en vigor las entidades en que aquél se cultive:

TEXTO DE PROPUESTO

Artículo 9o.

VII. La producción, acopio o venta de tabaco en rama podrán gravarse con impuestos o derechos locales o municipales que en conjunto no excederán de cuarenta centavos por kilo, que sólo podrán decretar o mantener en vigor las entidades en que aquél se cultive.

Diputado Joaquín Cánovas Puchades. - Diputado Fidel Herrera Beltrán. - Diputado Antonio Jiménez Puya."

- Trámite: A las Comisiones Unidas de Desarrollo Agropecuario; Productividad de Comercio Interior, y de Estudios Legislativos e imprímase.

SOLICITUD DE PARTICULAR

Cargo Consular

- El C. secretario Carlos A. Madrazo:

"H. Congreso de la Unión. - México, D. F.

Raúl de Zaldo Galina, de nacionalidad mexicana con domicilio para recibir notificaciones en Avenida Chapultepec 18, 2o. piso de esta ciudad, ante ese H. Congreso de la Unión, con el debido respeto comparezco y expongo: Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 37 inciso B), Fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar de ese H. Congreso de la Unión o de su Comisión Permanente, el permiso necesario para poder

aceptar y prestar mis servicios, sin perder mi ciudadanía mexicana como Canciller del Consulado Honorario de Irlanda en México, cargo para el cual fui designado por el Gobierno del Irlanda, como consta en la copia electrostática que se adjunta, cargo que no ha aceptado hasta en tanto ese H. Congreso me otorgue el permiso correspondiente para ello.

No dudando que ese H. Congreso de la Unión resolverá favorablemente el otorgamiento del permiso que solicito, he de agradecer se me fijen los requisitos indispensables para proceder a su cumplimiento inmediato y que se sigan los trámites legales correspondientes a fin de estar en aptitud el suscrito, de aceptar el cargo y prestar mis servicios como Canciller del Consulado Honorario de Irlanda en México. Protesto lo necesario.

México, D. F., Octubre 28 de 1974. - Licenciado A. E. Raúl de Zaldo Galina."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Permisos Constitucionales.

Directiva del Senado para noviembre

- El mismo C. Secretario:

"1974, año de la República Federal y del Senado".

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. -

Presentes.

Para conocimiento de esa H. Colegisladora, tenemos el honor de comunicar a ustedes que esta H. Cámara, en sesión pública ordinaria de esta fecha, designó la siguiente Mesa Directiva, que funcionará durante el próximo mes de noviembre:

Presidente, senador Enrique Olivares Santana; vicepresidentes, senador Celestino Pérez Pérez, senador Samuel Terrazas Zozaya.

Reiteramos a ustedes en esta oportunidad las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 31 de octubre de 1974. - Carlos Pérez Cámara, S. S. - Agustín Ruiz Soto, S. S."

- Trámite: De enterado.

DICTAMEN REITERADO

El C. Jaime Esteva Silva: Pido la palabra, señora Presidenta.

- La C. Presidenta: ¿Con que objeto¿

El C. Jaime Esteva Silva: Para informar sobre un enfoque de la Comisión Legislativa.

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el C. diputado Jaime Esteva Silva.

El C. Jaime Esteva Silva: Honorable Asamblea: A nombre de las Comisiones Unidas de Hacienda, Crédito Publico, Seguros, Estudios Legislativos, pedimos permiso para retirar el dictamen cuya lectura estaba señalada para hoy, relativo a la Iniciativa de Reformas del artículo 117 de la ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, puesto que en algunas inquietudes de miembros de las comisiones, y una mejor propuesta de la mayoría priísta de dichas comisiones, nos hace pensar en la posibilidad de consultar con diversos Organismos, para que dentro del contexto de dicho dictamen aparezcan esas nuevas opiniones y esté superado en el aspecto que le ha parecido prudente a las comisiones.

- La C. Presidenta: Consulte a la Secretaría a la Asamblea, si aprueba la solicitud formulada por el C. Diputado Esteva Silva.

El C. secretario Carlos A. Madrazo: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la solicitud formulada por el C. diputado Jaime Esteva Silva, para retirar el dictamen cuya lectura estaba señalada para hoy, relativo a la iniciativa de reformas al artículo 117 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

Aprobada la solicitud. Retírese el dictamen.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN.

Opción de Cargo del C. diputado

Hernández Ochoa

- El mismo C. Secretario:

Honorable Asamblea:

A la Comisión que suscribe, fue turnado por acuerdo de vuestra soberanía en sesión efectuada el 29 de octubre, el oficio del ciudadano diputado Rafael Hernández Ochoa por el que comunica que opta por el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz y por tanto separarse de sus funciones de representante de V Distrito Electoral del Estado de Veracruz, ante esta Cámara.

En sesión de la Junta Preparatoria del día 16 de agosto de 1973, del Colegio Electoral para integrar la presente Legislatura, fue aprobado un dictamen con los siguientes Puntos de Acuerdo:

Primero. Son legítimas y válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del año en curso, en el V Distrito Electoral del estado de Veracruz, con cabecera en Misantla.

Segundo. Son diputados de mayoría a la XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos licenciado Rafael Hernández Ochoa y doctor Juan Pablo Prom Lavoignet, como propietario y suplente, respectivamente.

Considerando que el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que ningún individuo podrá desempeñar a la vez dos cargos de elección popular simultáneamente, esta Comisión estima procedente la solicitud, por estar fundada en derecho y en consecuencia, propone a la honorable Asamblea los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Se toma nota de que el ciudadano

el cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, y se separa de sus funciones como diputado Federal del V Distrito Electoral en el Estado de Veracruz.

Segundo. Llámese al suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 30 de octubre de 1974.

"Año de la República Federal y del Senado".

Carlos Sansores Pérez. - Flavio Romero de Velazco. - Píndaro Urióstegui Miranda.

- Mario Ruiz de Chávez García. - Juan C. Peña Ochoa."

Están a discusión los puntos de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueban. Aprobado.

C. Presidente: están agotados los asuntos en cartera.

EXCITATIVA

Acerca del Mar de Cortés

El C. Armando Calzada Ramos: Pido la palabra.

- La C. Presidenta: ¿Con que objeto?

El C. Armando Calzada Ramos: Para referirme a una iniciativa.

- La C. Presidenta: Tiene la palabra el C. diputado Armando Calzada Ramos.

El C. Armando Calzada Ramos: Señora Presidenta, señores diputados: el periódico El Universal, en su edición del día 22 de octubre, publicó una nota que en su parte conducente dice textualmente: "Tucson, Arizona, 21 de octubre de 1974. Estados Unidos está preocupado por la posibilidad de que México, actuando unilateralmente de acuerdo con la tesis del mar patrimonial, pudiera declara soberanía plena sobre el Mar de Cortés y cerrarlo a otros países. Henry Kissinger, Secretario de Estado de Estados Unidos, así lo comentó ese día a un grupo de periodistas de su país. El diplomático afirmó que Estados Unidos tendría que compartir esta actitud, porque si México lo hace, otras naciones actuarían en forma similar. Agregó que los mexicanos consideran este aspecto como un asunto muy delicado; Kissinger habló a bordo del avión 1 de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, en que viajaban el Presidente Ford hacia esta ciudad, procedente de la Base Andrews, en Washington, y sus palabras fueron consignadas por escrito." Este documento está en poder de El Universal.

Es inquietante esta preocupación del Departamento de Estado de los Estados Unidos, pues parecen olvidar antecedentes históricos y diplomáticos fundamentales. México siempre ha ejercida plena soberanía sobre el Mar de Cortés, y el pueblo mexicano siempre lo ha considerado como propio exclusivamente.

Convendría recordar que el artículo 6o. del Tratado de Guadalupe Hidalgo de 1848, México otorga a los Estados Unidos derecho de tránsito para que los buques y ciudadanos americanos, naveguen por el Golfo de California y el Río Colorado, hacia y desde sus posesiones al norte de la línea divisoria. El artículo 6o. del Tratado de Guadalupe Hidalgo de 1848, fue derogado y sustituido por el artículo 4o. del Tratado de Límites de la Mesilla de 1853 que puntualizó que la libertad de tránsito de los buques y ciudadanos de los Estados Unidos, hacia y desde sus posesiones al norte de la línea divisoria ha de ser navegado por el Río Colorado y el Golfo de California, y no por tierra. En estos tratados, México otorga a los Estados Unidos una vía de acceso de su territorio al Océano Pacífico a través del Río Colorado y el Golfo de California, a virtud de que ambos países consideran esta aguas como territoriales de México. Por el sólo hecho de celebrar estos tratados, México está ejerciendo soberanía plena sobre el Mar de Cortés y Estados Unidos la está reconociendo.

En le Tratado de Aguas de 1944, se establece una orden de preferencia, para el uso de las aguas internacionales del Río Colorado. En primer lugar usos domésticos y municipales, luego agricultura y ganadería, energía eléctrica, otros usos industriales, navegación, pesca y caza y cualesquiera otros usos determinados por la Comisión Internacional de límites y aguas. Es público y notorio, que las aguas del Río Colorado, han dejado de ser navegables, y por lo tanto ha desaparecido el derecho de tránsito concedido a Estados Unidos, para navegar hacia el Mar de Cortés desde su territorio. Por otra parte, en 1925, ante la explotación destructora que pescadores extranjeros hacían de las valiosas especies que se encontraban en el Océano Pacífico, frente a las costas de ambas Californias, México y Estados Unidos, celebraron un tratado, para evitar la destrucción de las especies marinas, para su captura en toda la zona del Océano Pacífico, que baña sus costas de la Península de la Baja California, México, y California Estados Unidos. Posteriormente la Comisión Internacional de pesquería, México Estados Unidos, fijó la extensión de la zona en 50 millas marinas a partir del litoral de ambos Estados, frente al Océano Pacífico y declaró expresamente que son propiedad de dichos Estados frente al Océano Pacífico y declaró expresamente que son propiedad de dichos Estados las especies marinas que se encuentren en la zona y fueron extraídas de la misma.

Este criterio de la Comisión Internacional de pesquería, justo y equitativo como lo es, debe aplicarse igualmente al Golfo de California y reconocer que pertenecen a México, las especies marinas que se encuentran a una distancia de 50 millas de las costas del Estado de Sonora, y 50 millas de las costas de los Estados de Baja California Norte y Baja California Sur, con que lo que se cubre la totalidad del Golfo que en su máxima apertura, apenas se acerca a las 110 millas.

Pero no sólo en la celebración de tratados con Estados Unidos, México ha ejercido plena soberanía sobre el Mar de Cortés. Hay también otros actos, aquí lo indican.

En 1939, las Repúblicas Americanas subscribieron la declaración de Panamá. En este instrumento y bajo la condición de mantener su neutralidad, proclamaron su indiscutible

derecho de conservar libres todo acto hostil por parte de cualquier nación beligerante no americana.

Aquellas aguas adyacentes al Continente Americano que ellas consideran como de primordial interés y de directa utilidad para su relación y determinaron que esas aguas, una línea imaginaria en grado geográfico en torno al Hemisferio Occidental que parte desde la frontera de Estados Unidos con Canadá en el Océano Atlántico, y que después de circundar el continente, determinan que la frontera de esos dos países en el Océano Pacífico.

De este modo, mediante un libre y soberano pronunciamiento de las repúblicas americanas, se fundó la institución del mar continental, cuya latitud alcanza la distancia aproximada de 300 millas marinas desde las costas continentales. Ahora bien, por lo que respecta a México, esa zona se cuenta a partir de la Costa Occidental de la Península de la Baja California, de Panamá, y concurrieron a determinar el Mar Continental.

Es necesario recordar otro antecedente histórico reciente: en octubre de 1945, el Presidente Avila Camacho proclamó la soberanía de México sobre la Plataforma Continental, Zócalo Submarino de Aguas Supraadyacentes y promovió reformas a los artículos 27, 42 y 48 de la Constitución para que en ellos constara dicha soberanía.

El Congreso Federal y las Legislaturas Locales, aprobaron esas reformas que, sin embargo, no entraron en vigor por falta de publicación en el Diario Oficial de la Federación, a virtud de que en definitiva, el Ejecutivo consideró prudente no hacerlo para evitar que una declaración de soberanía sobre las aguas epicontinentales que en el Golfo de México, y particularmente, en el Norte y Este de la Península de Yucatán son muy extensas y podrían ocasionar malestar entre las naciones que utilizan esas aguas como vías de navegación.

Las presiones internacionales que impidieron al Gobierno Mexicano promulgar esta reforma constitucional, pertenecen a la ominosa historia secreta de la diplomacia internacional; pero si la reforma de Avila Camacho no llegó a modificar la Constitución, tiene valor de una proclama y ella comprende la totalidad del Golfo de California.

Según la nota que hemos mencionado la Secretaría de Estado de Estados Unidos afirmó que ellos se opondrían a una declaración de soberanía plena sobre el Mar de Cortés, porque si México lo hace otras naciones actuarían en forma similar.

Habría que recordar que Francia reclamó para sí la Bahía de Cancele o Granpille y Gran Bretaña lo admitió expresamente; Noruega reclama como aguas interiores todos lo fiordos de sus litorales y ningún país contradice; Estados Unidos reclama la Bahía de Chasapeake y Delawer a virtud de que las mismas no pueden convertirse en senda de una nación a otra; Gran Bretaña reclama la Bahía de la Concepción en Terranova, en virtud de que hay acuerdo universal en que los puertos, textuarios y bahías cerradas por tierra, pertenecen al territorio de la nación que es dueña de las costas que la rodean. En el caso del Golfo de Fonseca, el Tribunal Americano Central resolvió que Nicaragua, El Salvador y Honduras son copropietarios de esas aguas.

Por último, para citar sólo los casos más notables la Bahía de Hudson, con sus 580 millas cuadradas de extensión, que sobrepasa diez veces la superficie del Golfo de California, la reclama Canadá para sí, sólo por motivos históricos, ya que fue descubierta por Henry Hudson en 1610 y Gran Bretaña reconoció a sus sucesores, privilegios exclusivos de comercio y administración.

Señores diputados: estamos seguros que la Cancillería Mexicana sabrá disipar las dudas del Secretario de Estado y le explicará adecuadamente que México sí tiene plena soberanía sobre el Mar de Cortés que en la actual "Conferencia del Mar" no se pretende modificar el status de las llamadas "Bahías Históricas" y que el Golfo de California corresponde a éstas, ya que el Golfo de California corresponde a éstas, ya que desde siempre ha pertenecido a este país.

Pero el hecho mismo de que el Departamento de Estado de Estados Unidos externe su preocupación, demuestra que no basta los actos de dominio y las proclamas y declaraciones acerca de la soberanía de México sobre el Golfo de California, sino que es precisa y necesaria su incorporación al texto constitucional. El 19 de noviembre de 1965, los diputados de Acción Nacional presentaron ante esta Cámara un proyecto de decreto para reformar los párrafos 4 y 5 del artículo 27 y los artículos 42 y 48 de la Constitución para incluir en los mismos la declaración expresa de la soberanía de México sobre el Golfo de California.

En este proyecto se presentaron las condiciones de índole histórica y jurídica para demostrar la propiedad de México sobre estas aguas, pero además los razonamientos de índole económica y biológica que hace lo necesario que México defienda para sí estas aguas que constituyen un bioma - región íntimamente ligado a la economía del país.

Esta iniciativa se encuentra pendiente de dictamen por lo que hacemos una cordial excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Relaciones Exteriores y Estudios Legislativos que la tienen en su poder, para que emitan el dictamen correspondiente en la seguridad de que por su patriótico contenido merecerán el apoyo de esta Cámara, del Senado de la República y de las Legislaturas de los Estados. Salón de Sesiones. - Octubre de 1974. - Diputada Graciela Aceves de Romero. - Diputado Jorge Baeza Somellera.

- Diputado Javier Blanco Sánchez. - Diputado J. Armando Calzada Ramos. - Diputado Alejandro Cañedo Benítez. - Diputado José Angel Conchello Dávila. - Diputado Alejandro Coronel Oropeza. - Diputado Fernando Estrada Sámano. - Diputado Alvaro Fernández de Cevallos. - Diputado Miguel Fernández del Campo M. - Diputado Carlos Gómez Alvarez. - Diputado Héctor González García. - Diputado Manuel González Hinojosa. - Diputado Eduardo Limón León. -

Diputado Alberto Antonio Loyola Pérez. - Diputado José de Jesús Martínez Gil. - Diputado Gerardo Medina Valdés. - Diputado Alfredo Oropeza García. - Diputado Eugenio Ortiz Walls. - Diputada Margarita Prida de Yarza. - Diputado Lorenzo Reynoso Ramírez. - Diputado Federico Ruiz López. - Diputado José de Jesús Sánchez Ochoa. - Diputado Abel Vicencio Tovar."

- La C. Presidenta: Proceda la Secretaría a informar sobre el asunto a que se refirió el C. diputado Armando Calzada Ramos.

- El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

Señora Presidenta: Honorable

Asamblea: en el inventario que la XLVIII Legislatura entregó a la actual, se encuentra el expediente de la iniciativa a que se refirió el C. diputado Armando Calzada Ramos, la que fue presentada el 9 de noviembre de 1965, estando en ejercicio la XLVI Legislatura y que fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Relaciones Exteriores y de Estudios Legislativos.

- La C. Presidenta: Las Comisiones a las que fue turnada la iniciativa de referencia, deberán rendir su dictamen dentro de cinco días a partir de esta fecha. (Aplausos.)

Reconocimiento de la Presidencia.

Concluye hoy el mes de octubre y con él la responsabilidad que ustedes no confirieron. Permítaseme dejar constancia de mi reconocimiento por la oportunidad que se me brindó para presidir esta Honorable Cámara durante el presente mes. Asimismo considero que ésta es una demostración del espíritu de solidaridad para crear el ambiente propicio que permitirá derribar las barreras que todavía tiene la mujer y que hará posible en lo futuro, que ésta actúe en igualdad de circunstancias con el varón, y lograr también su incorporación plena al desarrollo nacional.

Hago patente mi reconocimiento al señor licenciado Carlos Sansores Pérez, Presidente de la Gran Comisión de esta Cámara, que ha sabido actuar con voluntad y firmeza en las decisiones, con la sensibilidad necesaria y que le ha hecho merecedor de la estimación y respeto de los integrantes de la XLIX Legislatura.

A mis compañeras y compañeros diputados, mi agradecimiento por las consideraciones que me guardaron, mismas que me permitieron cumplir hasta donde me fue posible con las tareas encomendadas.

Al público en general, por su asistencia que da mayor relevancia a las sesiones; a la prensa nacional por el interés demostrado en los trabajos que desarrollamos, dando la debida difusión a las noticias relacionadas con esta Honorable Cámara. A todos, muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. secretario Jaime Coutiño Esquinca:

Se va dar lectura a la Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Carlos A. Madrazo:

"Cámara de Diputados.

Segundo Período Ordinario de Sesiones XLIX Legislatura.

ORDEN DEL DÍA

5 de noviembre de 1974.

Lectura del acta de la sesión anterior

El Departamento del Distrito Federal, invita a la ceremonia, conmemorativa del 200 aniversario del natalicio del ilustre periodista mexicano Carlos María Bustamante, que tendrá lugar el próximo 6 de los corrientes.

"El Congreso del Estado de Guerrero, invita a la Sesión Pública y Solemne que para conmemorar el 161 aniversario de la Expedición y del Acta de la Independencia de México, la que tendrá lugar el próximo 6 del actual en la capital del Estado.

De conformidad con el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, la Secretaría presenta el informe de expedientes tramitados en el mes de octubre, por las Comisiones Permanentes y Especiales. Comunicaciones del Congreso del Estado de Chiapas.

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Por el que se envía la solicitud del C. Presidente de la República para ausentarse del territorio nacional.

Por el que se solicita que la Cámara de Diputados designe un representante de la misma, para que acompañe al señor Presidente de la República.

Cuatro por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que las CC. Guadalupe Pacheco Z., Ma. Eugenia Villalobos T., Emma Palacios García y Emma G. de Palacios, puedan prestar servicios de carácter administrativo en la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, en la ciudad de México. Dictámenes de primera lectura De las Comisiones Unidas de Desarrollo Agropecuario; de Desarrollo Forestal y de la Fauna y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley de Sanidad Fitopecuaria, de los Estados Unidos Mexicanos.

De las Comisiones Unidas de Hacienda, Crédito Público y Seguros; de Presupuesto y Gasto Público y de Estudios Legislativos, respecto de tres diversas iniciativas que presentó el Ejecutivo de la Unión, de Reformas a la Ley de Hacienda del Distrito Federal.

Dictamen a discusión.

De las Comisiones de Puntos Constitucionales; de Relaciones Exteriores y de Estudios Legislativos, con punto de Acuerdo.

Sesión secreta."

La C. Presidenta (a las 15.25 horas): Se levanta la sesión, y se cita para la próxima, que se efectuará el próximo martes 5 de noviembre a las 11 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"