Legislatura XLIX - Año III - Período Ordinario - Fecha 19751024 - Número de Diario 18

(L49A3P1oN018F19751024.xml)Núm. Diario:18

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES.

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS XLIX LEGISLATURA.

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921.

AÑO III México, D.F., Viernes 24 de Octubre de 1975 TOMO III. - NÚM. 18

SUMARIO

SUMARIO

Apertura

Orden del Día

Acta de la sesión anterior. Se aprueba

Invitados.

La Secretaría informa que se encuentran en este Salón distinguidas personalidades, invitadas a esta sesión

Telegrama.

El C. Presidente de la República, Luis Echeverría Alvarez, agradece la solidaridad que se manifestó a la política exterior del Gobierno de la República, en su intervención ante la trigésima Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas. De enterado

Invitación.

Del Congreso del Estado de Oaxaca, a la lectura del primer informe de Gobierno, del C, Manuel Zárate Aquino. Se designa comisión

OFICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN.

Intercambio Parlamentario.

La Secretaría de Relaciones Exteriores, comunica la petición del Gobierno de Argentina para que se establezca un intercambio parlamentario entre ese país y el nuestro. Se turna a comisión

Condecoración.

Solicitud del C. Joaquín Mercado Flores para aceptar la condecoración que le confiere el Gobierno de Nicaragua. Se turna a comisión

Pensiones.

Los CC. Juan Manuel Morelos León, Elmira Castellanos de Espinosa, Ruth D. de Villa, Juan González Villa y Celia Treviño Carranza, solicitan pensión por diversos conceptos. Se turnan a comisión

MINUTAS.

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

La H. Colegisladora remite el proyecto de Ley antes mencionado. Se turna a comisiones

Condecoración.

La H. Cámara de Senadores, envía la Minuta Proyecto de Decreto, que concede permiso al C. Manuel Velasco Suárez para aceptar la condecoración que le confiere el Gobierno de Panamá. Se turna a comisión

Comunicaciones.

Los Congresos de los Estados de Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Tabasco y Veracruz, participan diversos actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado

Telegrama.

La C. Senadora Aurora Ruvalcaba Gutiérrez, expresa su pesar por el fallecimiento del diputado Miguel Hernández González. De enterado

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA.

Condecoraciones.

Cuatro proyectos de Decreto, por los que se condece permiso a los CC. Eva Sámano viuda de López Mateos, Ignacio Villaseñor Arano, Carlos A. de Icaza y Salvador M. Bravo y Magaña, para aceptar las condecoraciones conferidas por gobiernos extranjeros. Primera lectura

Protesta de Ley.

La Presidencia informa a la Asamblea que se encuentra presente el C. Jaime Castillo Reyna, suplente del diputado Miguel Hernández González. Se designa comisión para introducirlo al Salón a fin de que rinda la protesta de Ley. El C. Castillo Reyna rinde dicha protesta

DICTÁMENES A DISCUSIÓN.

Comparecencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público.

Punto de Acuerdo por el cual se solicita la autorización correspondiente para que dicho Secretario comparezcan ante esta Representación. A discusión, sin que motive debate, se aprueba. Comuníquese

Ley del Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica.

El C. José Luis Estrada Delgadillo da lectura al dictamen de dicha Ley, así como a la modificación que presentan las propias comisiones. Se dispensa la segunda lectura a las modificaciones. A discusión en lo general y en los particular, sin ella, se aprueba tanto en lo general como en lo particular. Pasa al Senado

Proposición.

El C. Jorge Baeza Somellera, a nombre de la Diputación de Acción Nacional, solicita que comparezcan el Secretario de Hacienda, o en su caso, los Subsecretarios de dicha Dependencia. Para fundamentar dicha proposición hace uso de la palabra el C. Fernando Estrada Sámano. El C. Francisco Javier Gutiérrez Villareal, hace uso de la palabra en contra. Se acepta dicha proposición y se turna a comisión

Iniciativas de CC. Diputados.

Los CC. Luis Adolfo Santibáñez Belmont, Luis Parra Orozco y Arturo Romo Gutiérrez, presentan respectivamente, iniciativas de reformas al artículo 123 Constitucional, fracción XXXI, al artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y al artículo 123 Constitucional en su apartado "A" fracción VI. Se turnan a comisiones

Hechos.

El C. Rafael Moreno Ballinas, hace uso de la palabra para comentar los movimientosos telúricos en Chiapas de Corzo, Estado de Chiapas. Insértese en el Diario de Debates

Aniversario de la Organización de las Naciones Unidas.

La Presidencia informa a la Asamblea, que han pedido hacer uso de la palabra para conmemorar el trigésimo aniversario de la O.N.U., los CC. Fernando Estrada Sámano, Belisario Aguilar Olvera, Antonio Martínez Báez y Ernesto Báez Lozano. El C. Fernando Estrada Sámano además de su inversión hace una proposición, la cual es aprobada por la Asamblea

Orden del Día.

Lectura del Orden del Día de la próxima sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DIPUTADO JULIO CAMELO MARTÍNEZ.

(Asistencia de 162 cuidadanos diputados.)

APERTURA.

- El C. Presidente (a las 12:00 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA.

- El C. Secretario Fernando Elías Calles:

"Cámara de Diputados.

Tercer Período Ordinario de Sesiones.

Viernes 24 de octubre de 1975.

XLIX Legislatura.

Orden del Día.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Telegrama del C. Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez.

El Congreso del Estado de Oaxaca, invita a la Sesión Solemne en la que el C. licenciado Manuel Zárate Aquino, Gobernador del Estado, rendirá su Primer Informe de Gobierno que tendrá lugar el 30 de los corrientes.

Oficios de la Secretaría de Gobernación.

Por el que se transcribe otro de la de Relaciones Exteriores, que comunica la petición de un intercambio parlamentario entre México y Argentina.

Por el que solicita el permiso constitucional necesario, para que el C. Joaquín Mercado Flores pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de Nicaragua.

Cuatro en los que remite solicitud de pensión de gracia de los CC. Juan y Manuel Morelos León, Elmira Castellanos de Espinosa, Ruth D. de Villa y Juan González Villa.

Por el que se transcribe carta que la C. Celia Treviño Carranza ha dirigido al C. Presidente de la República, solicitando pensión de gracia.

MINUTAS.

La Colegisladora remite proyecto de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

La H. Cámara de Senadores, envía Minuta Proyecto de Decreto, que concede permiso al C. doctor Manuel Velasco Suárez, para aceptar y usar la condecoración que le confiere el Gobierno de la República de Panamá.

Comunicaciones de los Congresos de Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Tabasco y Veracruz.

Telegrama de la Senadora licenciada Aurora Ruvalcaba Gutiérrez.

Dictámenes de primera lectura.

Cuatro de la Comisión de permisos Constitucionales con proyectos de Decreto, por los que se concede permiso a los CC. Eva Sámano viuda de López Mateos, Ignacio Villaseñor Arano, Carlos A. de Icaza y Salvador M. Bravo y Magaña, para aceptar y usar las condecoraciones que les fueron conferidas por gobiernos extranjeros.

Dictámenes a discusión.

De las comisiones Unidas de Asuntos Agrarios; de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos.

De las Comisiones Unidas de Desarrollo Educativo y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley del Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la sesión efectuada por la Cámara de Diputados de la XLIX Legislatura del H.Congreso de la Unión, el día veintritrés de octubre de mil novecientos setenta y cinco.

Presidencia del C. Diputado Julio Camelo Martínez.

En la ciudad de México, a las once horas y cinco minutos del jueves veintrés de octubre de mil novecientos setenta y cinco, con una asistencia de ciento cincuenta y seis ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del Orden del Día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior celebrada el día veintiuno del presente mes.

La Presidencia informa a las Asamblea que se encuentra en el Salón Verde de esta Cámara, una misión de diputados y funcionarios del Gobierno de Costa Rica. Designada en comisión para que la introduzca al Salón de sesiones a los CC. Diputados Carlos Sansores Pérez, Jesús Dávila Narro, Antonio Jiménez Puya y Silvestre Pérez Lorenz.

Una vez que la comisión cumple con su cometido, la Secretaría, por instrucciones de la Presidencia, da lectura a los nombres que integran dicha misión:

Licenciado Edgar Arroyo, Secretario de Gobernación; diputado Elías Soleil, Vicepresidente de la Cámara; de diputado Orlando Araya; diputado Juan de Dios Fernández; diputado Alvaro Suárez; señor Víctor Margon, Director de la Asociación Demográfica de Costa Rica y señor Miguel Gómez, Demógrafo.

El C. Diputado Angel Rubio Huerta, a nombre de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, da cordial bienvenida a los funcionarios y diputados de la hermana República de Costa Rica que nos honran con su visita, deseándoles una grata estancia en nuestro país.

A continuación, hace diversas consideraciones en relación a la política demográfica que se está llevando a cabo en México, a partir de la importante Iniciativa de Ley General de Población, que el señor Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez envió al H. Congreso de la Unión; Ley que prevé, que el fenómeno demográfico, no sólo repercute sobre la capacidad de ahorro, la educación popular, la generación de empleos y la multiplicación de servicios municipales, sino sobre otros renglones de la vida nacional, y norma en consecuencia, que al formularse las políticas de empleo, de distribución del ingreso, la población debe ser considerada como elemento fundamental.

Añade otros conceptos sobre el particular y termina reiterando nuestro fraternal afecto al pueblo de Costa Rica, y agradeciendo la oportunidad que da esta visita para intercambiar experiencias.

Para agradecer los conceptos del orador, así como la bienvenida de que le han sido objeto, usa de la tribuna del señor diputado Elías Soleil, Vicepresidente de la Cámara de Diputados de Costa Rica. Durante su intervención hace diversas alusiones sobre el Padre de nuestra Independencia, don Miguel Hidalgo y Costilla, de la admiración del pueblo de Costa Rica para nuestros héroes. Sobre el apotegma de Juárez "Entre los Individuos entre las Naciones, el Respeto al Derecho Ajeno es la Paz", dice lo siguiente:

"Tan sencillo pensamiento, nunca en la historia del pensamiento humano, una sola oración ha tenido tanto significado y tan hermosa proyección de amor sobre la raza del hombre, y repito, sobre la raza del mundo, cuando es negro, cobrizo, azul, o colorado".

Agrega que la Carta de los Derechos y Deberes Económicos y de los Estados, está fundada en las palabras del Benemérito, y hoy nos ponemos a la guerra, que hacemos un recuento de ellas para saber que en la historia de la humanidad, ha habido cuarenta mil guerras y que ninguna de ellas logró erradicar la ambición del hombre, el miedo a las armas y el amor a la paz, esa oración de don Benito Juárez se nos hace inmensa, tangible, cierta, dentro de un mundo de incertidumbre donde impera el desamor.

Se refiere a nuestra cultura precortesiana, a las luchas por nuestra Independencia, a la fuerza que ha dado el Presidente Echeverría con su política internacional a los pueblos subdesarrollados, que significa el aliento y el apoyo

real y formal para los hombres del Tercer Mundo.

Para concluir, manifiesta que a nombre de la Asamblea Legislativa del pueblo de su país, recibamos el sentimiento que brota de lo más profundo de su ser, de cariño, respeto y consideración para el pueblo mexicano y para su Gobierno.

La Presidencia agradece a los distinguidos visitantes su presencia. La misma comisión que los introdujo los acompaña al retirarse del Salón.

Se continúa con los asuntos en cartera.

La secretaría informa que se encuentran en el Salón de sesiones como invitados de honor las siguientes personalidades:

Licenciado Arsenio Farell Cubillas, Director General de la Comisión Federal de Electricidad; ingeniero Antonio Dovalí Jaime, Director General de Petróleos Mexicanos; doctor Fernando Alba Andrade, Director General del Instituto Nacional de Energía Nuclear; licenciado Fernando Raful Miguel, Subsecretario del Patrimonio Nacional; licenciado Jorge Leyten, Subsecretario de Recursos no Renovables de la Secretaría del Patrimonio Nacional; Arquitecto Pedro Moctezuma, Subsecretario de Bienes Muebles y Urbanismo de la Secretaría del Patrimonio Nacional; contador público José Merino, Oficial Mayor de la Secretaría del Patrimonio Nacional; Comité Ejecutivo del Sindicato Mexicano de Electricistas; Comité Ejecutivo del Sindicato de Trabajadores Mineros Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana; Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana; representantes de la Cámara Minera de México; funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad; ingeniero Adolfo Orive Alba, Director General de la Siderúrgica Lázaro Cárdenas - Las Truchas; licenciado Miguel Alessio Robles, Director del Consorcio Minero Benito Juárez, Peña Colorada; licenciado Carlos Prieto; licenciado Pablo Padilla, Director General de Azufrera Panamericana; licenciado Gerardo Bueno Zirión, Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y licenciado Benjamín Trillo, Director General de la Comisión Coordinadora de la Industria Siderúrgica.

Encontrándose a las puertas del Recinto el C. Francisco Javier Alejo, Secretario del Patrimonio Nacional, la Presidencia designa para introducirlo al Salón a los siguientes CC. Diputados Salvador Robles Quintero, Antonio Carrillo Huacuja, Alejandro Mújica Montoya y José Nataret Escobar.

La propia Presidencia expresa que en cumplimiento del Acuerdo de esta Cámara de Diputados, de fecha 14 del actual, hoy comparece ante esta Representación Nacional, el C. Licenciado Francisco Javier Alejo, Secretario del Patrimonio Nacional, a fin de que informe y conteste preguntas en relación a las Iniciativas de Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en Materia Minera y de Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica.

Agrega que por conducto de la Secretaría, varios CC. Diputados han manifestado el deseo de formular algunas preguntas al Secretario del Patrimonio Nacional, una vez que termine su exposición.

En seguida, el C. Licenciado Francisco Javier Alejo en el uso de la palabra da lectura a su exposición, relativa a las Iniciativas de Ley Reglamentaria del artículo 127 constitucional en materia minera y de Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica.

Acto seguido, los ciudadanos diputados Hugo Manuel Félix, Leonardo Rodríguez Alcaine, Filiberto Soto Solís, Margarita García Flores, Manuel González Hinojosa, Ezequiel Rodríguez Arcos, Juan C. Peña Ochoa, Salvador Robles Quintero, Antonio Torres Gómez, Abel Vicencio Tovar, Jorge Armando Gaytán Gudiño, Abraham Talavera López, Pánfilo Orozco Alvarez, Mariano Araiza Zayas, Alfredo Rodríguez Ruiz y Mario Ruiz de Chávez, formulan al C. Secretario del Patrimonio Nacional varias preguntas a las cuales éste da respuesta.

Los CC. Diputados Humberto Lira Mora, Gilberto Ortiz Medina Y Luis Dantón Rodríguez, declinan hacer sus preguntas por considerar que ya han sido contestadas.

La Presidencia expresa al C. Licenciado Francisco Javier Alejo, que la Asamblea ha escuchado con atención su clara exposición sobre las iniciativas en cuestión, agrega que está seguro que sus conceptos servirán para normar el criterio de las Comisiones que las están estudiando. Agradece su presencia y lo felicita por la precisión de sus conceptos y la claridad de sus explicaciones.

La misma Comisión que introdujo al señor Secretario de Estado, lo acompaña al retirarse del Salón.

Una vez que la Secretaría agradece la presencia de los distinguidos invitados, da lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

Agotados los asuntos en cartera, a las dieciséis horas y quince minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, a las once horas."

Está a discusión el Acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada.

INVITADOS

- El C. Secretario Rogelio García González:

En esta sesión contamos con la asistencia de invitados especiales, entre los que se encuentran el doctor José Gertz Valenzuela, Director General del Instituto Politécnico Nacional (aplausos); el licenciado César Santomes Figueroa, Director de Servicios Escolares del Instituto Politécnico Nacional (aplausos); el ingeniero Genaro Hernández Cepeda, Director General de Enseñanza Tecnológica Industrial (aplausos); el ingeniero Manuel Garza Caballero, Director General de Educación Tecnológica Agropecuaria (aplausos) y otras distinguidas personalidades.

TELEGRAMA.

- El mismo C. Secretario:

Los Pinos DF. 15/16 oct. 1975.

C. Dip. Julio Carmelo Martínez, Presidente de la H. Cámara de Diputados.

Allende número 8. - México D.F.SPP. hago llegar a usted y por sus distinguido conducto integrantes H. Cámara de Diputados, mi profundo agradecimiento por solidaridad manifestaron a la política exterior del Gobierno de la República, con motivo mi reciente intervención ante la XXX Asamblea de la ONU. Muy cordialmente.

Luis Echeverría."

- Trámite: De enterado.

INVITACIÓN.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional, Congreso del Estado de Oaxaca.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D.F.La H. XLIX Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca tiene el honor de invitar a usted a la Sesión Solemne que tendrá lugar el día 30 de octubre en curso, a las 11:00 horas, en el " Cine Río" de esta ciudad, declarado recinto oficial, y en la que el C. Licenciado Manuel Zárate Aquino, Gobernador Constitucional del Estado, en cumplimiento del artículo 43 de la Constitución Política Local, dará lectura al informe relativo al primer año de su gestión administrativa.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

"El respeto al derecho ajeno es la paz."

Oaxaca de Juárez, octubre de 1975.

Guadalupe Santiago Martínez, Diputado Presidente. - Profr. Josafat Espinosa Rodríguez, Diputado Secretario. - Profr. Alfonso Juárez Lara, Diputado Secretario."

El C. Presidente: Para asistir a este acto, en presentación de la Cámara de Diputados, se designa a los siguientes ciudadanos diputados: Jaime Esteva Silva, Diódoro Carrasco, Antonio Jiménez Puya, José Rivera Arreola, Hilario Punzo Morales y Jesús Guzmán Rubio.

OFICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN.

Intercambio Parlamentario.

- El mismo C. Secretario:

"Escudos Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D.F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

La Secretaría de Relaciones Exteriores se ha dirigido al suscrito, con fecha 2 de los corrientes, manifestando lo siguiente:

'Con el atento ruego de que tenga a bien hacerlo del conocimiento del H. Congreso de la Unión, me permito transcribir el texto de un telegrama de nuestra Embajada en Argentina que trata sobre la posibilidad de que se lleve a cabo un intercambio de Misiones Parlamentarias entre dicho país y el nuestro: "Varios senadores y diputados argentinos me han preguntado individualmente y a título personal, si habría interés por parte de sus colegas mexicanos de intercambiar un futuro próximo visitas parlamentarias. Para estar en posibilidad de responder estas preguntas, ruégole consultar con autoridades correspondientes Cámaras Congreso Unión si hay el proyecto de enviar alguna misión parlamentaria mexicana a este país, en caso negativo, si en el futuro previsible podría considerarse esta idea". Mucho agradeceré a usted solicitar al H. Congreso de la Unión que tenga a bien indicar a esta Secretaría la respuesta que deba darse a la consulta de referencia.'

Lo que transcribo a usted, para su conocimiento y fines procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México D.F., a 8 de octubre de 1975.- El secretario, licenciado Mario Moya Palencia."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Relaciones Exteriores.

CONDECORACIÓN.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México,D.F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

A continuación transcribo a ustedes, para su conocimiento y fines legales procedentes, oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a ésta de Gobernación, con fecha 14 del actual:

'Agradeceré a usted tenga bien solicitar del H. Congreso de la Unión el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B) del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. Joaquín Mercado Flores, Director General de Servicios Diplomático de esta Secretaría, puede aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional Miguel Larreynaga que, en grado de Gran Cruz, le confiere el Gobierno de Nicaragua.'

Reitero a usted las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 15 de octubre de 1975. - El secretario, licenciado Mario Moya Palencia."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Permisos Constitucionales.

PENSIONES.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines procedentes, con el presente les acompaño documentación que los CC. Juan y Manuel Morelos León dirigieron al C. Presidente de la República, solicitando se les conceda una pensión por los servicios que dicen prestaron a la patria.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1975.

Por Ac. del C. Secretario. el director general, licenciado Manuel Bartlett."

- Tramite: Recibo y a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

La C. Elmira Castellanos de Espinosa, se ha dirigido en diversas ocasiones tanto al C.Presidente de la República como a esta Dependencia del Ejecutivo, solicitando se le conceda una pensión, como Vda. del Diputado Constituyente Luis Espinosa.

Con el presente acompaño a ustedes copia de la documentación que remitió, para su conocimiento y fines precedentes.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1975.

Por Ac. del C. Secretario, el director general, licenciado Manuel Bartlett."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

La C. Ruth D. de Villa se ha dirigido al C.Presidente de la República, solicitando se le conceda una pensión, como Vda. del señor Antonio Villa Seáñez, documento que con el presente les acompaño, para los fines procedentes.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida. Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1975.

Por Ac. del C. Secretario, el director general, licenciado Manuel Bartlett."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines procedentes, con el presente les acompaño copia del memorial dirigido al C. Presidente de la República, por el C. Juan González Villa, quien solicita se le conceda una pensión.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1975.

Por Ac. del C. Secretario director general, licenciado Manuel Bartlett."

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo Federal. - México, D. F.,

- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - Presentes.

La señora Celia Treviño Carranza se ha dirigido al C. Presidente de la República, con fecha 23 de noviembre de 1974, manifestando lo siguiente:

'Después de saludarle atentamente, deseo manifestar a usted que después de 20 años de viajar en giras artísticas por los cuatro continentes y poner siempre en alto el nombre de mi patria; hoy he quedado sola y me encuentro en una situación económica muy precaria, por lo cual suplico a usted tenga a bien concederme una pensión vitalicia para poder vivir decorosamente los años que me resten. Se lo pido como consideración a mis 50 años de carrera violinística y en nombre de mi tío abuelo don Venustiano Carranza, a quien yo sé que usted quiere y admira y fue quien me becó de niña para estudiar música en Nueva York.'

Lo que transcribo a ustedes, para su conocimiento y fines procedentes, enviándoles con el presente la documentación que la interesada acompañó a su memorial relativo.

Reitero a ustedes las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 19 de septiembre de 1975.

Por Ac. del C. Secretario, el director general, licenciado Manuel Bartlett.

- Trámite: Recibo y a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

MINUTAS.

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

- El mismo C. Secretario:

En virtud de que el proyecto de Ley de Premios. Estímulos y Recompensas Civiles ha

sido impreso y profusamente distribuido entre los señores diputados, se pregunta si se le dispensa la lectura a la minuta del Senado... Dispensada la lectura.

"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. - Presentes.

Para los efectos constitucionales, tenemos el honor de remitir a ustedes con el presente, el expediente con la Minuta del Proyecto de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 23 de octubre de 1975.

José Castillo Hernández, S. S. - Salvador Gámiz Fernández, S. S."

PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES.

CAPÍTULO I.

Artículo 1. Esta ley tiene por objeto determinar las normas que regulan el reconocimiento público que haga el Estado, de aquellas personas que por su conducta, actos u obras, merezcan los premios, estímulos o recompensas que la misma establece.

Artículo 2. Solamente los mexicanos podrán obtener alguno de los reconocimientos previstos en esta Ley, al reunir los requisitos por ella fijados. Podrán ser personas físicas consideradas individualmente o en grupos, o personas morales, aunque en uno y otro caso estén domiciliadas fuera del país.

Se exceptúa las condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca, que se otorga a extranjeros.

Artículo 3. Los premios se otorgarán por el reconocimiento público de una conducta o trayectoria vital singularmente ejemplares, como también de determinados actos u obras valiosos o relevantes, realizados en beneficio de la humanidad, del país o de cualesquiera personas.

En consecuencia, no es obligatorio el otorgamiento de premios cuando esté ordenado que haya una asignación anual, si no sobreviene el reconocimiento que se estatuye; caso en el cual deberá hacerse la declaración de vacancia de los premio establecidos.

Artículo 4. Los estímulos a que se refiere esta Ley se instituyen para servidores del Estado, por el desempeño sobresaliente de las actividades o funciones que tengan asignadas, así como por cualquier acto excepcional que redunde en beneficio del servicio al que estén adscritos.

Estos estímulos podrán acompañarse de recompensas en numerario o en especie, conforme a las prevenciones de esta ley.

Artículo 5. Los premios serán otorgados por el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y los estímulos y recompensas, por los titulares de los ramos correspondientes de la Administración Pública. Dichos funcionarios fijarán las fechas y las características de las ceremonias de entrega y los lugares de éstas, y quedan facultados para hacerlas personalmente o por conducto de representantes.

CAPÍTULO II.

Premios y Preseas.

Artículo 6. Se establecen los siguientes premios, que se denominarán y tendrán carácter de nacionales:

I. Condecoración Miguel Hidalgo;

II. Orden Mexicana del Águila Azteca;

III. De Ciencias y Artes;

IV. De Deportes;

V. De periodismo y de información;

VI. De Mérito Cívico;

VII. De Trabajo;

VIII. De la Juventud;

IX. De Servicios a la Comunidad;

X. De Antigüedad en el Servicio Público.

La misma persona puede recibir dos o más premios distintos; pero sólo una vez el premio correspondiente a uno de los campos de los conceptos instituidos, o un solo concepto si este no se divide en campos.

Artículo 7. Son expresión de los Premios las siguientes Preseas:

I. Collar;

II. Cruz,

III. Banda;

IV. Medalla;

V. Placa;

VI. Venera;

VII. Insignia;

VIII. Mención Honorífica.

Artículo 8. Los Consejos de premiación podrán establecer clases de cada Premio.

Las Preseas se contemplarán con la Roseta, cuando se trate de personas físicas.

El otorgamiento de las Preseas podrá acompañarse de entregas en numerario o en especie que determinen los consejos de Premiación, conforme a las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Artículo 9. La Roseta es un botón que se ostenta sobre las prendas de vestir y que se usa fuera de los actos solemnes, para representar a la Presea corespondiente.

Artículo 10. Las Preseas únicamente podrán usarse por sus titulares, quienes lo harán en solemnidades y actos públicos en que sea pertinente ostentarlas.

El uso de las Preseas otorgadas conforme a esta ley, tiene precedencia sobre el uso de cualquier otra Presea o Condecoración de origen extranjero y, tratándose de la Condecoración Miguel Hidalgo, sobre cualquier otra, sea nacional o extranjera.

El derecho al uso de cualquiera de las Preseas a que se refiere esta Ley, se extingue por traición a la patria o por pérdida de la nacionalidad mexicana.

Artículo 11. Con toda Presea se entregará un Diploma, en el que se expresarán las razones por las que se confiere, así como una síntesis del acuerdo del Jurado. El premio contendrá las firmas del Presidente de la República y de los miembros del respectivo Consejo de Premiación y del Jurado.

Artículo 12. Las características de las Preseas se determinarán reglamentariamente por el Ejecutivo Federal.

El pendiente del Collar, la Cruz y la Medalla de Primera Clase serán siempre de oro de ley de 0.900.

CAPÍTULO III.

Órganos para el otorgamiento.

Artículo 13. La aplicación de las disposiciones de esta ley, corresponde a:

I. El Presidente de la República;

II. Los Titulares de las Dependencias u Organismos del Ejecutivo Federal;

III. Los Consejos de Premiación; y

IV. Los Jurados.

Artículo 14. Los Consejos de Premiación son órganos colegiados de carácter permanente encargados de poner en estado de resolución los expedientes que se formen para el otorgamiento de los premios establecidos.

Artículo 15. Los Consejos se integrarán en la forma que señala esta ley en el capítulo correspondiente a cada premio y tendrán un secretario designado por sus componentes, a propuesta del presidente. Cada miembro del Consejo registrará en la Secretaría del mismo el nombre de quien deba suplirlo en sus ausencias.

Artículo 16. Los Jurados son cuerpos colegiados compuestos por el número de miembros propietarios y suplentes que acuerde cada Consejo de Premiación, y se encargarán de formular mediante dictamen las proposiciones que someterá el Consejo al Presidente de la República, para resolución final. Cada Jurado eligirá de entre sus miembros su propio presidente y nombrará un secretario.

Artículo 17. Para ser miembro de un Jurado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano;

II. Tener un modo honesto de vivir;

III. Haber destacado por sus cualidades cívicas;

IV. Tener la calificación técnica o científica necesaria, cuando la naturaleza del premio así lo requiera.

Artículo 18. Consejos y Jurados sesionarán válidamente con la mayoría de sus integrantes; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, y, en caso de empate, será voto de calidad el de su presidente.

Artículo 19. Los Consejos de Premiación tendrán las siguientes atribuciones:

I. Formular y dar publicidad a las convocatorias;

II. Recibir y registrar candidaturas;

III. Designar a los miembros del Jurado;

IV. Llevar el Libro de Honor;

V. Elevara consideración del Presidente de la República los dictámenes del Jurado;

VI. Poner a disposición del Presidente del Jurado los recursos humanos y materiales que éste necesite para el cumplimiento de sus funciones;

VII. Fijar las condiciones y términos para el otorgamiento de premios;

VIII. Procurarse información y asesoramiento, cuando estime pertinente, de funcionarios públicos, de instrucciones públicas o privadas o de cualesquiera personas; IX. Las demás necesarias para otorgar los premios que correspondan de acuerdo con esta Ley y disposiciones aplicables.

Artículo 20. Los Jurados tendrán las siguientes atribuciones:

I. Sujetarse en la periodicidad de sus sesiones a las disposiciones que dicte el Consejo;

II. Dictaminar sobre los expedientes de candidatura para premiación que le turne el Consejo, formulando las proposiciones que a su juicio deban someterse al Presidente de la República;

III. Compilar los dictámenes que formule;

IV. Autentificar con la firma de sus integrantes los dictámenes que emita y turnarlos al Consejo.

Artículo 21. Los Jurados podrán proponer el otorgamiento póstumo de los premios que instituye esta Ley.

Artículo 22. Los miembros de los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 23. Los Jurados no podrán revocar sus propias resoluciones, que son de su exclusivo arbitrario o incumbencia.

CAPÍTULO IV.

Procedimiento.

Artículo 24. Los Consejos determinarán la forma y términos de las Convocatorias que deban expedirse, en los caso previstos por esta Ley.

Artículo 25. Los expedientes de las candidaturas se integrarán atendiendo a las instrucciones de los Consejos, por los Secretarios respectivos.

Artículo 26. Se concede la más amplia libertad para proponer candidaturas, cuando se trate de premios cuyo otorgamiento no requiera de proponentes facultados. Sin embargo, si llegaren a recibirse, se turnarán a los Consejos para que las hagan propias o las rechacen.

Artículo 27. Toda proposición expresará los merecimientos del candidato; se acompañará de las pruebas que se estimen pertinentes y, en todo caso, se indicará la naturaleza de otras pruebas y lugares en que puedan recabarse.

Artículo 28. Los secretarios llevarán el registro de las candidaturas que se presenten y, de acuerdo con instrucciones de los Consejos, integrarán cuantos expedientes exijan las circunstancias.

Artículo 29. Los Consejos harán del conocimiento público los nombres de los integrantes de los Jurados.

Artículo 30. Los secretarios de los Consejos y los Jurados llevarán sus correspondientes libros de actas. En éstas se harán constar lugar, fecha, horas de apertura y clausura de cada sesión y nombres de los asistentes, más la narración clara, ordenada y sucinta del desarrollo del acto, de lo tratado, de las diversas resoluciones

propuestas, de los acuerdos tomados y del resultado de las votaciones en su caso.

Artículo 31. El libro de honor contendrá un registro de los nombres de las personas a quienes llegue a otorgarse el premio; en su caso, la clase del mismo; especificación de la presea correspondiente; fecha y lugar de entrega, y mención de las incidencias que hubiera habido.

Artículo 32. Los Jurados funcionarán en los locales que les asignen los Consejos. Las sesiones serán privadas entre sus miembros, quedando prohibida la presencia de cualquier persona ajena. Las votaciones serán secretas.

Artículo 33. Los acuerdos del Presidente de la República sobre otorgamiento de premios, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. Dichos acuerdos fijarán lugar y fecha para la entrega de premios.

CAPÍTULO V.

Condecoración "Miguel Hidalgo".

Artículo 34. La Condecoración "Miguel Hidalgo" es la más alta presea que otorgan los Estados Unidos Mexicanos a sus nacionales, para premiar méritos eminentes o distinguidos, conducta o trayectoria vital ejemplar, relevantes servicios prestados a la Patria o a la Humanidad o actos heroicos.

Artículo 35. La Condecoración se tramitará en la Secretaría de Gobernación, por conducto de un Consejo de Premiación compuesto por los Secretarios de Gobernación, de Educación Pública y de la Presidencia, y por un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión. El Consejo será presidido por el Secretario de Gobernación.

Artículo 36. La Condecoración "Miguel Hidalgo" constará de cuatro grados y las siguientes preseas:

I. Collar:

a) Por actos heroicos de difícil repetición, si quien los lleva a cabo ha observado conducta ejemplar;

b) Por servicios prestados a la Patria o a la Humanidad, cuando sean de trascendencia extraordinariamente benéfica.

II. Cruz:

a) Por méritos eminentes;

b) Por conducta destacadamente ejemplar;

c) Por los casos previstos en la fracción anterior, cuando no alcancen las caraterísticas en ella previstas, siempre que tengan suficiente relevancia.

III. Banda:

a) Por méritos distinguidos;

b) Por conducta cuya ejemplaridad convenga hacerla del conocimiento público.

IV. Placa:

a) Por méritos que no alcancen la relevancia prevista en las fracciones anteriores.

Artículo 37. El Consejo de Premiación podrá proponer al Presidente de la República que los premios de que trata este Capítulo, se acompañen de entregas en numerario o en especie, cuya cuantía o naturaleza determine el propio Consejo.

Artrículo 38. El otorgamiento de la Condecoración "Miguel Hidalgo" no está sujeto a periodicidad, ni a convocatoria, ni a límite de beneficiarios. Podrá promoverse en cualquier tiempo y por cualquier persona física o moral; pero merecerán preferente atención las promociones de los Gobiernos de las Entidades Federativas, de los Ayuntamientos, de las Universidades y Centros de Enseñanza Superior y de las Instituciones y Asociaciones de Servicio Social.

Artículo 39. La entrega de premios tendrá lugar, como homenaje al Padre de la Patria, de preferencia el 8 de mayo, aniversario de su natalicio.

CAPÍTULO VI

Orden Mexicana del Águila Azteca Artículo 40. La Orden Mexicana del "Águila Azteca" es la distinción que se otorga a extranjeros, con el objeto de conocer los servicios prominentes prestados a la Nación Mexicana o a la Humanidad, y corresponder por cortesía, en casos excepcionales, a las distinciones de que sean objeto los funcionarios mexicanos.

Esta Condecoración se tramitará en la Secretaría de Relaciones Exteriores, por conducto de un Consejo presidido por los Secretarios de Relaciones Exteriores y de la Defensa Nacional, teniendo como vocales a los subsecretarios respectivos; fungirá como Secretario del Consejo el Director General del Servicio Diplomático de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Artículo 41. La Orden Mexicana del Águila Azteca se otorgará:

I. El Collar, a jefes de Estado;

II. La Cruz, a jefes de Gobierno o a primeros ministros;

III. La Banda, a ministros, secretarios de Estado o embajadores;

IV. La Medalla, a subsecretarios o sus equivalentes y enviados extraordinarios y ministros plenipotenciarios;

V. La Placa, a encargados de negocios ad - hoc y a funcionarios equivalentes de las cancillerías extranjeras;

VI. La Venera, a encargados de negocios ad - interim, a funcionarios equivalentes de las cancillerías extrajeras y a miembros de misiones diplomáticas; y

VII. La Insignia, en los demás casos que el Consejo estime pertinente.

Artículo 42. En caso especial a juicio del Consejo, podrán conferirse a extranjeros distinguidos, según sus méritos, los diferentes grados de la Orden Mexicana del Águila Azteca, excepción hecha del Collar y de la Cruz.

Artículo 43. A los diplomáticos extranjeros acreditados en México, sólo se le otorgará la Orden al término de su misión, cuando hayan permanecido en el país dos años continuos como mínimo.

CAPÍTULO VII.

Premio Nacional de Ciencias y Artes.

Artículo 44. Habrá Premio Nacional de Ciencias y Artes en cada uno de los siguientes campos:

I. Lingüísticas y Literatura;

II. Bellas Artes;

III. Historia, Ciencias Sociales y Filosofía;

IV. Ciencias Físico - Matemáticas y Naturales; y

V. Tecnología y Diseño.

Artículo 45. Merecerán estos premios quienes por sus producciones o trabajos docentes, de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso de la ciencia, del arte o de la filosofía.

Artículo 46. El premio se tramitará en la Secretaría de Educación Pública, cuyo titular presidirá el Consejo de Premiación. Este se integrará, además, con el Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, el de la Universidad Autónoma Metropolitana, los Directores Generales del Instituto Politécnico Nacional y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y por senadores representantes de la Asociación Nacional de Universidad e Institutos de Enseñanza Superior y del Colegio Nacional.

Artículo 47. Los premios consistirán en venera y mención honorífica y se acompañarán de una entrega en numerario por 100 mil pesos. Podrán concurrir hasta tres personas para el premio del mismo campo, y cuando haya concurrencia, la entrega en numerario, será por 50 mil pesos para cada concurrente. Si llegara a haber más de tres concurrentes, los excedentes de este número serán premiados hasta el siguiente año.

Artículo 48. Solamente personas físicas individuales podrán ser beneficiarias de los premios de Ciencias y Artes. Por cada año, habrá una asignación de premios; pero no será necesario que las obras o actos que acrediten su merecimiento, se hayan realizado dentro de ese lapso.

Artículo 49. Para conceder estos premios debe mediar convocatoria o que el beneficiario haya sido propuesto conforme a ésta. Al efecto, dentro de los tres primeros meses del año, el Consejo de Premiación formulará y dará publicidad a la lista de las instituciones o agrupaciones a las que habrá de dirigirse para invitarlas a que propongan candidatos y las cuales serán las únicas con facultad para hacerlo.

A su vez toda institución o agrupación tienen derecho de dirigirse al Consejo para solicitar ser incluidas en dicha lista, a lo que se accederá si a juicio del propio Consejo se justifica la pretensión. El propio Consejo fijará los términos de la convocatoria y de su distribución.

Artículo 50. El Consejo integrará un Jurado por cada campo de premiación. A tal fin dará preferencia a quienes con anterioridad hayan obtenido el premio y podrá solicitar proposiciones de las mismas instituciones o agrupaciones incluidas en la lista de que trate el artículo anterior.

Artículo 51. La convocatoria fijará plazos dentro de los cuales las instituciones y agrupaciones incluidas en la lista que prevé el artículo 49, podrán ampliar informaciones ante el Consejo.

CAPÍTULO VIII.

Premio Nacional de Deportes.

Artículo 52. El Premio Nacional de Deportes se concederá en dos campos:

I. La actuación destacada en alguna rama del deporte; y

II. El fomento, la protección o el impulso de la práctica de los deportes.

Artículo 53. Quedan excluidos de los premios de uno y otro campo, quienes realicen sus actividades con carácter profesional o por lucro, sin que tenga esta última naturaleza el pago de cuotas simplemente compensatorias de servicios. En consecuencia, en el primer campo merecerán estos premios individuos, equipos o grupos que por mera afición practiquen los deportes, y, en el segundo campo, individuos o personas morales que no tengan carácter de empresarios en los deportes.

Artículo 54. El premio se tramitará en la Secretaría de Educación Pública, cuyo titular presidirá el Consejo de Premiación. Este se integrará, además, por los presidentes de la Confederación Deportiva Mexicana, del Comité Olímpico Mexicano y por el Director del Instituto Nacional de la Juventud Mexicana.

Artículo 55. Los premios consistirán en medalla de primera clase. Si el premio se otorga a un grupo o equipo de deportistas, el conjunto recibirá un diploma y cada uno de los individuos, medalla. Si son varias las personas premiadas, las preseas consistirán en insignias.

Artículo 56. Por cada año habrá una asignación de premios, que podrán ser hasta cinco en el primer campo; pero sólo uno en el segundo. Si ocurrieren vacantes de premios, así lo declarará el Consejo de Premiación.

Artículo 57. Estos premios se concederán exclusivamente a candidatos propuestos por federaciones y asociaciones registradas en la Confederación Deportiva Mexicana o por los responsables de la información deportiva difundida por prensa, radio o televisión. Las candidaturas se propondrán al Consejo de Premiación durante el mes de septiembre y hasta el 15 de octubre de cada año. El Consejo integrará los expedientes que procedan dentro de los 10 días siguientes y a continuación los pondrá en manos del Jurado, que a más tardar el 10 de noviembre deberá haber entregado el dictamen al Consejo.

Artículo 58. Habrá un solo Jurado para los dos campos de premios, que de preferencia se integrará con personas que hayan sido premiadas con anterioridad y con representantes de los facultados para proponer candidaturas.

Artículo 59. Los premios se entregarán el 20 de noviembre.

CAPÍTULO IX

Premio Nacional de Periodismo y de Información.

Artículo 60. Podrá otorgarse un Premio Nacional de Periodismo impreso y de información por otros medios, en los siguiente campos.

I. Noticias;

II. Fotografía o filmes;

III. Reportajes, crónicas o entrevistas.

IV. Artículos de fondo o comentarios;

V. Caricaturas, portadas o cartones; y

VI. Publicaciones o programas de divulgación cultural.

Artículo 61. Los anteriores premios se concederán en concurso doble: por un lado las personas físicas y, por otro, las organizaciones responsables.

Artículo 62. Merecerán estos premios quienes notoriamente se distingan, según lo exija la naturaleza de cada campo, por el uso correcto de los medios de expresión y la estética de la presentación; además, por la veracidad y objetividad de las informaciones, de los artículos y de los programas culturales, más el interés que susciten, así como por el efecto socialmente benéfico que produzcan. Esta última condición será la consideración básica para premiar publicaciones o programas destinados a la niñez y a la juventud. El otorgamiento de estos premios no estará condicionado por la mayor o menor amplitud del público del correspondiente órgano de difusión.

Artículo 63. Los premios de que trata este capítulo se tramitarán en la Secretaría de Gobernación, por conducto de un Consejo de Premiación integrado por el Secretario de dicho ramo, quien lo presidirá, más los correspondientes Subsecretarios de la Presidencia, de Educación Pública y de Comunicaciones y Transportes, más un representante que designe el Procurador General de la República.

Artículo 64. Los premios consistirán en medalla. Tratándose de personas físicas, cada premio se acompañara de 50 mil pesos en efectivo.

Artículo 65. Por cada año habrá una asignación de premios. Para el otorgamiento se tomarán en cuenta la actuación durante el último año y la trayectoria periodística de los candidatos.

Artículo 66. El libre el derecho a proponer candidaturas para los premios de que trata el presente capítulo y el Consejo de Premiación procurará que los órganos de difusión así lo hagan saber, al público; Pero el propio Consejo solicitará a las organizaciones gremiales y sociales de periodistas a más tardar en el mes de marzo de cada año, le presenten proposiciones. El registro de candidaturas del año de que se trate, se cerrará el 30 de abril.

Artículo 67. Habrá un Jurado para los campos I, II y III; otro para los campos IV y V, y uno más para el campo VI. Para integrarlos, el Consejo tomará en cuenta a los representantes que al efecto designen, por solicitud del propio Consejo, las Universidades que cuenten con la de periodismo u otra semejante entre las carreras que tengan establecidas, las organizaciones gremiales o sociales de periodistas y las organizaciones empresariales del periodismo y del radio y la televisión; pero en todo caso se preferirá a quienes con anterioridad hayan sido premiados. Los Jurados deberán quedar integrados a más tardar en el mes de febrero de cada año.

Artículo 38. Los premios se entregarán el 7 de junio del año correspondiente. En lo demás se estará a lo dispuesto en el artículo 5o.

CAPÍTULO X

Premio Nacional de Méritos Cívicos.

Artículo 69. El Premio Nacional de Mérito Cívico se concederá a quienes constituyan en su comunidad respetables ejemplos de dignidad cívica, por su diligente cumplimiento de la Ley, la firme y serena defensa de los propios derechos y de los derechos de los demás, el respeto a las instituciones públicas y, en general, por un relevante comportamiento ciudadano.

Artículo 70. Este premio se tramitará en la Secretaría de Gobernación, cuyo titular presidirá el correspondiente Consejo de Premiación.

Este se integrará, además, con un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Artículo 71. Es aplicable a este premio lo prevenido en el 38 de la presente Ley.

Artículo 72. Los premios consistirán en venera. Todos los beneficiarios señalados en un año los recibirán en un acto cuya fecha y características de celebración será acordada por el Presidente de la República, a proposición del Consejo de Premiación.

CAPÍTULO XI.

Premio Nacional de Trabajo.

Artículo 73. El Premio Nacional de Trabajo se conferirá a las personas que por su capacidad organizativa o por su eficiente y entusiasta entrega a su cotidiana labor, mejoren la productividad en el área a que estén adscritos y sean ejemplo estimulante para los demás trabajadores.

Artículo 74. El premio se tramitará en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto del correspondiente Consejo de Premiación, que será integrado por el titular de la citada Secretaría, como Presidente y por sendos representantes de las Secretarías de Gobernación, de la Reforma Agraria, del Centro Nacional de la Productividad y representantes de centrales obreras y campesinas nacionales a las que se invite.

Artículo 75. Es aplicable a este premio lo prevenido en el artículo 38, que en relación con el presente capítulo debe considerarse adicionado con la mención de organizaciones obreras, campesinas y patronales.

Artículo 76. Al premio corresponderá una Placa y podrá adicionarse con una entrega en numerario, cuyo monto fijará discrecionalmente el Consejo de Premiación.

CAPÍTULO XII

Premio Nacional de la Juventud.

Artículo 77. El Premio Nacional de la Juventud será entregado a jóvenes menores de 25 años, cuya conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso de la comunidad.

Artículo 78. Este premio se tramitará en la Secretaría de Educación Pública, por conducto del Consejo de Premiación, que presidirá el titular de dicho ramo y que lo integrará junto con representantes de las Secretarías de Gobernación, del Trabajo y de la Reforma Agraria, el Director del Instituto Nacional de la juventud Mexicana, más un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Artículo 79. En todo caso formará parte del Jurado un representante del Instituto Nacional de la Juventud Mexicana.

Artículo 80. En la materia del presente capítulo es aplicable lo dispuesto en el artículo 38; pero el Instituto Nacional de la Juventud Mexicana deberá constituirse en el promotor de candidaturas, excitando el envío de proposiciones.

Artículo 81. El premio consistirá en medalla y se complementará con entrega en numerario o en especie, por el monto o naturaleza que determine el propio Consejo. En lo demás es aplicable el artículo 72 de esta Ley.

CAPÍTULO XIII

Premio Nacional de Servicio a la Comunidad.

Artículo 82. Son acreedores a este premio quienes desinteresadamente y por propia voluntad, con sacrificio económico o de su tiempo o comodidad, hayan realizado o estén realizando actos de manifiesta solidaridad humana que contribuyan al bienestar y propicien el desarrollo de la comunidad, ya sea cooperando al remedio o alivio de necesidades en casos de catástrofes o de siniestros; ya sea prestando ayuda o asistencia a sectores o sujetos socialmente marginados, inhabilitados u oprimidos.

Artículo 83. Este premio se tramitará en la Secretaría de Salubridad y Asistencia, cuyo titular presidirá el correspondiente Consejo de Premiación. Este se integrará, además, con representantes de las Secretarías de Educación Pública, de la Reforma Agraria, de la Defensa Nacional, de Marina, y del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Artículo 84. En esta materia es aplicable el artículo 38 de la presente Ley.

Artículo 85. Se conceden facultades al Jurado para que, atendiendo proposiciones del Consejo de Premiación y las circunstancias de cada merecimiento, asigne como premios, en caso verdaderamente extraordinario, collar, y en otros, los que el Consejo determine.

Artículo 86. Según lo acuerde el Presidente de la República, a proposición del Consejo de Premiación la entrega de premios podrá tener lugar en los términos que previene el artículo 72, o en ceremonias parciales y aun en los lugares en que hayan tenido lugar los hechos que originaron los actos premiados.

CAPÍTULO XIV

Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público.

Artículo 87. El Premio Nacional de Antigüedad en el Servicio Público se otorgará, en atención a sus años de servicio, a los trabajadores y funcionarios de las dependencias u organismos sujetos al régimen de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Artículo 88. Este premio se tramitará de oficio en cada una de las dependencias u organismos del Poder Público, por conducto de los Consejos de Premiación que en ellos se establezcan; los cuales se integrarán con el titular como presidente; el oficial mayor o funcionario que haga sus veces, como secretario y como vocales un funcionario de la dependencia u organismo designado por el titular y el Secretario General del correspondiente Sindicato de los Trabajadores. Estos Consejos asumirán las funciones de Jurados.

Artículo 89. El premio se otorgará en cuatro grados y consistirá en medalla que será de clase correspondiente al grado:

I. Primer grado, por 50 años de servicio;

II. Segundo grado, por 40;

III. Tercer grado, por 30; y

IV. Cuarto grado, por 25.

Artículo 90. Cada Consejo de Premiación determinará los nombres de las medallas de las respectivas dependencias u organismos; quedando vigentes y con sus mismas características y formalidades, mientras no se deroguen los decretos que les dieron origen, las premiaciones ya instituidas y que llevan los siguientes nombres: "Enfermera Isabel Cendala y Gómez", "Maestro Altamirano", "Emilio Carranza", "Medalla al Mérito Agrícola", "Miguel Angel de Quevedo" y "Maestro Rafael Ramírez".

Artículo 91. Los trabajadores y funcionarios que se consideren con derecho a este premio, podrán hacerlo valer por sí mismos o por conducto de su representación sindical o personal, ante el Consejo. En lo conducente, es aplicable el artículo 72 de la presente Ley.

CAPÍTULO XV

Estímulos y Recompensas.

Artículo 92. Los estímulos y recompensas se otorgarán a los trabajadores sujetos al régimen de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que durante el último año hayan desempeñado de modo sobresaliente las actividades o funciones que se les encomendaron, o hayan cumplido con eficacia inobjetable sus labores ordinarias, o hayan llevado a cabo alguno o varios actos que hubieran significado

mejoramiento notorio del servicio. La misma persona puede ser objeto de esta distinción en cada uno de los años en que la merezca.

Artículo 93. Los estímulos y recompensas se tramitarán a moción de los superiores jerárquicos, del interesado, de su representación sindical o de los compañeros de labores, ante el Consejo de Premiación establecido en el Capítulo XIV de esta Ley.

Artículo 94. Los estímulos consistirán en la mención honorífica que se pronuncie y el diploma que se entregue en ceremonia solemne que para otorgarlos se organice cada año por las respectivas dependencias u organismos del Poder Público, cuyos titulares tendrán las facultades que indica el artículo 72.

Artículo 95. Salvo lo especificado en los tres siguientes, en lo general las recompensas que establece esta Ley consistirán en entregas en numerario o en especie, cuyo monto y naturaleza se determinarán por los Consejos de Premiación, que también harán el señalamiento de los beneficiarios. No tendrán este carácter los beneficios derivados del establecimiento de las condiciones generales de trabajo en las diversas unidades burocráticas.

Artículo 96. Se limita el arbitrio que establece el artículo anterior, volviendo obligatorias las recompensas, en los siguientes casos:

I. Por iniciativas valiosas o ejecución destacada en materia de:

a) Planes de organización estructural y funcional para llevar a cabo el programa de Reforma Administrativa del Ejecutivo Federal.

b) Técnica jurídica aplicable.

c) Financiamiento de proyectos o programas; y

d) Sistemas de consumo, de mantenimiento de equipos, de aprovechamiento máximo de recursos humanos y materiales y otras aportaciones análogas.

II. Por estudios y labores de exploración, descubrimiento, invención o creación en los campos técnico o científico que redunden en notorios beneficios para la Administración Pública o para la nación.

Artículo 97. Las recompensas a que se refiere el artículo anterior consistirán en:

I. Vacaciones extraordinarias;

II. Becas en instituciones o planteles del país o del extranjero, para los trabajadores galardonados o para sus familiares consanguíneos;

III. Entregas en efectivo.

Artículo 98. Las recompensas en efectivo consistirán en el importe de 15 a 120 días del sueldo que disfrute el trabajador.

Artículo 99. Si fallece la persona a cuyo favor se esté tramitando una recompensa que se declare procedente, la entrega se hará a los beneficiarios designados ante el ISSSTE, y a falta de esta designación, al albacea del juicio sucesorio correspondiente.

Artículo 100. En la materia del presente Capítulo, los Consejos de Premiación fungirán a la vez como Jurados.

CAPÍTULO XVI

Disposiciones Generales.

Artículo 101. Las erogaciones que deban hacerse con motivo de esta Ley, serán con cargo a la partida correspondiente de la Secretaría donde se tramite cada premio, y en caso de falta o insuficiencia de partida, con cargo al presupuesto del ramo de la Presidencia. Las recompensas de que trata el Capítulo XV únicamente podrán recaer sobre el presupuesto de la dependencia u organismo a que pertenezca el beneficiario.

Artículo 102. Los premios y las entregas adicionales en numerario o en especie, así como las recompensas, estarán exentos de cualquier impuesto o deducción.

Artículo 103. Salvo que esta Ley contenga disposición expresa al respecto, los Jurados están facultados para proponer que dos o más personas con iguales merecimientos participen entre sí el mismo premio, o que éste se otorgue a cada una de ellas.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Se derogan las disposiciones relativas a premios, condecoraciones, estímulos y recompensas contenidas en otras leyes, con excepción de las que menciona el artículo 90 de esta Ley, las referentes a materia militar, las establecidas por resolución propia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de una u otra de las Cámaras del Congreso de la Unión.

Artículo segundo. Se abrogan la Ley de Estímulos y Recompensas a los Funcionarios y Empleados de la Federación y del Distrito Federal, y su Reglamento, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 6 de diciembre de 1954 y el 8 de mayo de 1957, respectivamente.

Artículo tercero. Esta Ley entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores . - México, D. F., a 23 de octubre de 1975. - Félix Vallejo Martínez, S. P. - Salvador Gámiz Fernández, S. S. - Germán Corona del Rosal, S. S."

- Trámite: Recibo, y a las Comisiones unidas de Gobernación en turno y de Estudios Legislativos.

CONDECORACIÓN

- El mismo C. Secretario.

"Escudo Nacional. - Cámara de Senadores.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión. Presentes.

Para los efectos constitucionales, con el presente tenemos el honor de remitir a ustedes el expediente con la minuta de Proyecto de Decreto que concede permiso al C. doctor Manuel Velasco Suárez para aceptar y usar la Condecoración Nacional de la Orden de Vasco

Núñez de Balboa, en el grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República de Panamá.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D. F., a 16 de octubre de 1975. - Salvador Gámiz Fernández, S. S. - Germán Corona del Rosal, S. S."

"Escudo Nacional. - Cámara de Senadores.

MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano doctor Manuel Velasco Suárez para aceptar y usar la Condecoración Nacional de la Orden de Vasco Núñez de Balboa, en el grado de Gran Cruz, que le confiere el Gobierno de la República de Panamá.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Senadores. - México, D. F., 16 de octubre de 1975. - Félix Vallejo Martínez, S. P. - Salvador Gámiz Fernández, S. S. - Germán Corona del Rosal, S. S."

- Trámite: Recibo, y a la Comisión de Permisos Constitucionales.

COMUNICACIONES

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Congreso del Estado de Chihuahua.

Chihuahua, Chih., octubre 10 de 1975.

C. diputado Presidente de la XLIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F.

Esta Cámara Legislativa en sesión de hoy, quedó enterada de su atenta esquela y se permite enviar sinceras condolencias por el sensible fallecimiento del C. diputado Miguel Hernández González.

Reiteramos a usted las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Juan Manuel Villela Chávez, diputado secretario. - Néstor Modesto Luján, diputado secretario."

- Trámite: De enterado.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero. - Poder Legislativo.

Chilpancingo, Gro., 1o. de octubre de 1975.

C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. México, D. F.

Nos complace informar a usted, que esta H. Cuadragésima Octava Legislatura del Estado, previas las formalidades de Ley, inauguró con esta fecha su segundo período ordinario de Sesiones. correspondiente al primer año de su ejercicio Constitucional, habiendo quedado integrada su Mesa Directiva en la forma siguiente:

Presidente, diputada profesora Aurea Ma. Luisa Chávez Dircio; Vicepresidente, diputado Miguel Trani Dávila; Secretario propietario, diputado Antonio Pintos Carballo; Secretario propietario, diputado licenciado Mario González Navarro; Secretario suplente, diputado Ramiro Mena Alejandro; Secretario suplente, diputado Jesús Delgado Brito.

Aprovechamos la oportunidad para reiterarle las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Antonio Pintos Carballo, diputado secretario. - Licenciado Mario González Navarro, diputado secretario."

- Trámite: De enterado.

- El mismo C. Secretario:

"Telegrama.

Pachuca, Hgo.

C. diputado Presidente del H. Congreso de la Unión. México, D. F.

Integrantes XLIX Legislatura Estado, enviámosle sentidas condolencias fallecimiento C. diputado Miguel Hernández González, acaecido 2 actual.

Atentamente.

Diputado presente, licenciado Heliodoro Vallejo."

- Trámite: De enterado.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tabasco.

Villahermosa, Tab., a 1o. de octubre de 1975.

C. Presidente de la H. Cámara de Diputados. Donceles y Allende, México, D. F.

Tenemos el honor de informarles que el día 30 de septiembre pdo., la XLVIII Legislatura del Estado, en sesión ordinaria designó la Mesa Directiva para el período comprendido del 1o. al 31 del presente mes, quedando integrada en la forma siguiente:

Presidente, diputado Federico Calzada Valencia; Vicepresidente, diputado José del Carmen Orueta Martínez; Secretario, diputado licenciado Heberto Taracena Ruiz; Prosecretario, diputado licenciado Jesús Madrazo Martínez de Escobar.

Lo que comunicamos a ustedes para su conocimiento y efectos consiguientes aprovechamos la ocasión para reiterarles las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Federico Calzada Valencia, diputado presidente. - Licenciado Heberto Taracena Ruiz, diputado secretario."

- Trámite: De enterado.

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Poder Legislativo. - Estado Libre y Soberano de Veracruz - Llave.

C. diputado Presidente de la H. Cámara de Diputados. Donceles y Allende. México, D. F.

Tenemos el honor de comunicar a usted que a las 11 horas de hoy, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento para el Gobierno Interior de esta H. Cámara, la misma hizo la designación, en Junta Preparatoria, de la Mesa Directiva que fungirá durante el mes de octubre próximo, en el Segundo Período Ordinario de Sesiones correspondiente al Segundo Año de su Ejercicio Constitucional, habiendo quedado integrada de la manera siguiente:

Presidente, diputado ingeniero Luis Vázquez O'Farrill; Vicepresidente, diputado Ernesto Medel Martínez; Secretario, diputado Raúl Rodríguez Feria.

Reiteramos a usted nuestras distinguidas consideraciones.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Xalapa, Ver., a 30 de septiembre de 1975. - H, Diputación Permanente: ingeniero Luis Vázquez O'Farrill, diputado presidente. - Licenciada Carolina Hernández Pinzón, diputada secretaria."

- Trámite: De enterado.

TELEGRAMA

- El mismo C. Secretario:

"Escudo Nacional. - Cámara de Senadores.

México, D. F., 14 de octubre de 1975.

Diputado Julio Camelo Martínez, Presidente de la H. Cámara de Diputados. - Allende y Donceles. - Ciudad.

Permítome expresarle sentidas condolencias fallecimiento diputado Miguel Hernández González, rogándole hacerlas extensivas integrantes XLIX Legislatura Cámara de Diputados.

Senadora licenciada Aurora Ruvalcaba Gutiérrez."

- Trámite: De enterado.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

Condecoraciones

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 2 de octubre, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Eva Sámano viuda de López Mateos, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Mahaputra Adipurna, en Primer Grado, que le confiere el Gobierno de Indonesia.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 16 de octubre, fue turnado a la Comisión que suscribe, el expediente relativo a la solicitud.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria ha acreditado su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de su nacimiento;

b) Que a la solicitante le ha sido conferida la distinción respectiva, por su labor de acercar y afirmar los lazos de amistad entre México e Indonesia;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III del apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

Como la ciudadana Eva Sámano viuda de López Mateos, al recibir la condecoración señalada no queda sujeta de manera alguna al Gobierno otorgante, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Eva Sámano viuda de López Mateos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Mahaputra Adipurna, en Primer Grado que le confiere el Gobierno de Indonesia.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de octubre de 1975. - Carlos Sansores Pérez. - Carlos A. Madrazo Pintado. - Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda. - Mario Ruiz de Chávez García. - Juan C. Peña Ochoa."

- Trámite: Primera lectura.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 2 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Ignacio Villaseñor Arano, Subdirector General Adjunto del Servicio Diplomático de Relaciones Exteriores, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Al - Istiqlal, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Jordania.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 16 de los corrientes, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana;

b) Que al solicitante le fue conferida la distinción respectiva, con motivo de la visita de Estado del ciudadano Presidente de la República, a ese país:

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción III del apartado B) del artículo 37 Constitucional; y

Como el ciudadano Ignacio Villaseñor Arano, al recibir la condecoración señalada no queda sujeto de manera alguna al Gobierno otorgante, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Ignacio Villaseñor Arano, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Al - Istiqlal, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Jordania.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de octubre de 1975. - Carlos Sansores Pérez. - Carlos A. Madrazo Pintado. - Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda. - Mario Ruiz de Chávez García. - Juan C. Peña Ochoa."

- Trámite: Primera lectura

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el día 7 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Carlos A. de Icaza, Secretario Particular del C. Subsecretario de Relaciones Exteriores, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden Al - Istiqlal, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Jordania.

En sesión efectuada por la H. Cámara de Diputados el día 16 de octubre, se turnó a la Comisión que suscribe para su estudio y dictamen, el expediente relativo a esta solicitud.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario ha acreditado su nacionalidad mexicana;

b) Que al solicitante le ha sido conferida la distinción respectiva, con motivo de la visita de Estado del señor Presidente de la República, licenciado Luis Echeverría Alvarez, a ese país;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III del Apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y

Como el ciudadano Carlos A. de Icaza, al recibir la condecoración señalada no queda sujeto de manera alguna al gobierno otorgante, esta Comisión se permite proponer a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Carlos A. de Icaza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Al - Istiqlal, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Jordania.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de octubre de 1975. - Carlos Sansores Pérez. - Carlos A. Madrazo Pintado. - Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda. - Mario Ruiz de Chávez García. - Juan C. Peña Ochoa."

- Trámite: Primera lectura.

- El mismo C. Secretario:

"Comisión de Permisos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 8 de octubre, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Teniente Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Salvador M. Bravo y Magaña, pueda aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Francia.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el 16 de octubre, se turnó a la Comisión que suscribe, para su estudio y dictamen, el expediente relativo a esta solicitud.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario ha acreditado su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento correspondiente:

b) Que al solicitante le ha sido conferida esta distinción, tomando en consideración la labor desarrollada para estrechar los lazos de amistad entre México y Francia;

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido por la fracción III del Apartado B) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Como el ciudadano Teniente Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Salvador M. Bravo y Magaña al recibir la condecoración señalada, no queda sujeto de manera alguna al gobierno otorgante, esta Comisión se permite proponer a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Teniente Coronel de Infantería Diplomado de Estado Mayor Salvador M. Bravo y Magaña, para aceptar y usar la Condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confirió el Gobierno de Francia.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 17 de octubre de 1975. - Carlos Sansores Pérez. - Carlos A. Madrazo Pintado. - Flavio Romero de Velasco. - Píndaro Urióstegui Miranda. - Mario Ruiz de Chávez García. - Juan C. Peña Ochoa."

- Trámite: Primera lectura.

PROTESTA DE LEY

El C. Presidente: Se encuentra a las puertas de este recinto el C. licenciado Jaime Castillo Reyna, suplente del diputado Miguel Hernández González, fallecido el 2 de los corrientes, representante del PPS. Se nombra en comisión para introducirlo al salón de sesiones, a fin de que rinda la protesta de ley, a los siguientes

ciudadanos diputados: Ezequiel Rodríguez Arcos, Luis González Escobar, Juan C. Peña Ochoa y Antonio Jiménez Puya.

(La Comisión cumple su cometido.)

El C. Presidente: Se ruega a los presentes ponerse, de pie.

Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la unión.

El C. Jaime Castillo Reyna: ¡Sí, protesto!

El C. Presidente: Si así no lo hiciéreis, que Nación os lo demande. (Aplausos.)

El C. Presidente: Continúe la Secretaría desahogando el orden del día.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Comparecencia del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público.

- El C. secretario Fernando Elías Calles:

"Comisiones unidas de Asuntos Agrarios; de Hacienda y Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos.

Honorable Asamblea:

A las suscritas Comisiones Unidas de Asuntos Agrarias; de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos, se turnó, por acuerdo de vuestra soberanía, la proposición presentada por el C. diputado Diódoro Carrasco Palacios.

En atención a lo manifestado por el proponente, consideramos un acierto el citar al licenciado Mario Ramón Bateta, Secretario de Hacienda y Crédito Público, para que nos informe ampliamente sobre las bases, motivaciones y alcances de la Iniciativa de Ley General de Crédito Rural.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Sírvase la Secretaría girar atento oficio al C. Secretario de Gobernación, para que se sirva recabar del C. Presidente de la República la autorización que corresponde, y de ser posible, el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, comparezca ante esta H. Cámara de Diputados el jueves 30 de los corrientes, a fin de que informe a esta Asamblea sobre las cuestiones de interés relacionadas con la Iniciativa de Ley General de Crédito Rural.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 23 de octubre de 1975. - Celestino Salcedo Monteón. - Rafael Tristán López. - Ramiro Rodríguez Cabello. - Ernesto Aguilar Cordero. - Javier Barrios González. - Angel González Estrada. - Víctor Rocha Marín. - Héctor G. Valencia Mallorquín. - Héctor González García. - Javier Heredia Talavera. - José Mario Rivas Escalante. - Angelina Morlet Leyva. - Mario Vargas Saldaña. - Feliciano Calzada Padrón. - Salvador Robles Quintero. - Fidel Herrera Beltrán. - Ignacio Carrillo Carrillo. - Alfonso Gómez de Orozco."

Está a discusión el punto de Acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobado. Comuníquese al Ejecutivo.

LEY DEL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA

El C. José Luis Estrada Delgadillo: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. José Luis Estrada Delgadillo: Para dar lectura a un dictamen.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Estrada Delgadillo.

- El C. José Luis Estrada Delgadillo:

"Comisiones unidas de Estudios Legislativos y de Desarrollo Educativo.

Honorable Asamblea:

A las suscritas Comisiones de Estudios Legislativos y de Desarrollo Educativo fue turnada la Iniciativa que propone la creación del Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica, que está inspirado en el propósito de otorgar un impulso renovador a la capacitación y formación de los recursos humanos en el área correspondiente a fin de impulsar el desarrollo armónico del hombre conforme al espíritu que prevalece a este respecto en la Carta Fundamental del país.

Dichas Comisiones reconocen en esta Iniciativa la conveniencia de establecer un organismo colegiado de consulta y asesoramiento cuyo objeto primordial es coordinar las actividades de las Instituciones Oficiales de Educación Técnica en sus tipos, medio superior y superior, así como ampliar la vinculación de la política educativa con el desarrollo económico y social del país.

Tal planteamiento se desprende de la necesidad de coordinar programas para que el marco de la educación técnica se sustente sobre bases comunes, sobre todo si se advierte que en la actualidad pasan ya de mil, los centros de estudios científicos y tecnológicos, agropecuarios de ciencias, y de tecnología del mar, las escuelas superiores a nivel de licenciatura y de graduados y los centros de investigación científica del Instituto Politécnico Nacional que, en conjunto, integran el sistema de educación media superior y superior.

Es de reconocerse también el propósito manifiesto que se persigue de conjugar el saber, con el saber hacer, de no diferenciar la teoría de la práctica sino de conjugarlas de tal manera que se traduzcan para el estudiante n la posibilidad de vincularlo con la problemática del país y del mundo.

La significativa importancia que durante el actual Gobierno de la República se ha dado a la educación en todos sus niveles y tipos, se manifiesta de manera palpable en el apoyo dado a la actividad científica y tecnológica, no sólo desde el punto de vista de la investigación, sino también en el relativo a la impartición de su enseñanza. Esto se ha reflejado, igualmente, como parte de una reforma estructural en la

propia Secretaría de Educación Pública con la creación de nuevas direcciones de enseñanza técnica encaminadas a cubrir otras áreas de estudio a fin de ampliar la vinculación de la política educativa del país con un modelo de desarrollo que nos permita alcanzar mayores niveles de independencia y descolonización.

El país crece a paso acelerado y los requerimientos de soluciones adecuadas a sus necesidades apremian la creación de un organismo como el que aquí se sugiere que permitirá una evaluación constante y eficaz de la labor de las instituciones oficiales que integran el Sistema de Educación Técnica que, estimulará, asimismo, una mayor coordinación tanto de carácter administrativo como pedagógica en los planteles educativos y propiciará la ampliación del sistema a efecto de que corresponda cada vez, de la mejor manera, a su fin de integrar la educación técnica conforme a las exigencias de nuestro país.

Esta Iniciativa reconoce como antecedente inmediato a la Ley Federa de Educación y está enmarcada dentro de los postulados establecidos en el artículo 3o. constitucional.

Se aprecia por las facultados otorgadas al Consejo Nacional de Educación Técnica que éste, de ninguna manera viene a contrariar o a duplicar las atribuciones propias del Consejo Nacional de Educación, sino a establecer, una conveniente diversificación de competencias que vendrán a agilizar las atribuciones de cada uno de esos organismos. De esta suerte, mientras el Consejo Nacional de Educación se refiere en general al Sistema Educativo Nacional, el de Educación Técnica se concreta a ser el consejero del Sistema de Educación Técnica, como órgano colegiado de consulta obligatoria y de asesoramiento de la Secretaría de Educación Pública, para coordinar, las Instituciones de Educación Técnica de sus tipos medio superior y superior oficiales vinculando su política educativa al desarrollo económico y social de la nación.

Las Comisiones han considerado, en relación a la redacción del artículo 1o., agregar para esclarecer que el Consejo se creó como órgano de consulta para coordinar dentro del Sistema Educativo Nacional a las Instituciones de Educación Técnica de tipos de medio superior y superior.

Pensamos que de esta manera queda perfectamente establecido que el organismo del que se está proponiendo su creación regirá precisamente en el Sistema Educativo Nacional.

En el artículo 2o. del anteproyecto se detallan con toda amplitud las atribuciones del Consejo acordes con la finalidad que éste persigue, y en el 3o. se prevé la necesidad de integrar el Consejo tanto con miembros permanentes como temporales para asegurar la conjugación de la experiencia de las autoridades educativas, con la de los profesores de reconocido prestigio científico según se desprende además de lo perceptuado por los artículos 4o. y 5o. del mismo anteproyecto.

El artículo 6o. establece que el Consejo será presidido por el Subsecretario de Educación Media, Técnica, y Superior y que fungirá como Secretario el Director General del Instituto Politécnico Nacional.

El artículo 7o. precisa cuáles son las atribuciones del Presidente del Consejo y el 8o. las del Secretario, debiendo destacar que éste deberá ser auxiliado por el personal administrativo que se requiera para el ejercicio de sus funciones.

La frecuencia de las reuniones del Consejo conforme al artículo 9o. asegura soluciones oportunas a todas las cuestiones de su competencia, independientemente de que su Presidente o tres de sus miembros están facultados para promover la celebración de sesiones extraordinarias que juzguen oportunas y conforme al artículo 11 de la Iniciativa, el Consejo para el ejercicio de sus atribuciones queda facultado para integrar comisiones de trabajo con personas de reconocido prestigio profesional, o experiencia académica, debiendo ajustar su funcionamiento al reglamento de la Ley.

Por lo que se refiere al artículo 12 solamente se ha mejorado el estilo, para quedar como sigue:

"Artículo 12. El consejo contará con el presupuesto necesario para el cumplimiento de sus atribuciones."

Es de elogiar el trabajo armónico y positivo que estas Comisiones llevaron a cabo con los miembros de los diversos partidos, cuyos puntos de vista fueron conocidos oportunamente y discutidos a plena satisfacción suya. De igual manera, reconocemos la franca colaboración que recibimos de la H. Cámara Colegisladora, cuyas comisiones correspondientes nos aportaron importantes sugerencias que igualmente fueron consideradas por su especial valía.

En virtud de lo anterior nos permitimos someter a su consideración el siguiente

PROYECTO DE LEY DEL CONSEJO DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA

Artículo 1. Se crea el Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica, como órgano colegiado de consulta obligatorio y asesoramiento de la Secretaría de Educación Pública, para coordinar dentro del sistema educativo nacional a las instituciones de educación técnica de tipos medio superior y superior y vincular la política educativa con el desarrollo económico y social del país.

Artículo 2. El Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica tendrá las siguientes atribuciones:

I. Auxiliar en la planeación de los mecanismos de evaluación y expansión del Sistema;

II. Asesorar en la formulación de los planes y programas de educación técnica de tipos medio superior y superior;

III. Revisar periódicamente los planes y programas de educación técnica y proponer al Secretario de Educación Pública las modificaciones necesarias para mantenerlos actualizados, tomando en consideración las auscultaciones de carácter nacional, regional o sectorial que al efecto realice el Consejo;

IV. Sugerir políticas y lineamientos para la investigación científica y tecnológica dentro del Sistema;

V. Proponer las medidas adecuadas para el fortalecimiento de los vínculos entre las instituciones de enseñanza e investigación, nacionales y extranjeras, para el desarrollo de la educación técnica;

VI. Favorecer el mayor intercambio de experiencias, información y medios de trabajo entre las instituciones del Sistema;

VII. Formular proyectos de modelos educativos que contribuyan a superar permanentemente el nivel académico de la educación técnica;

VIII. Prestar asesoramiento en la organización de programas de becas a nivel nacional e internacional, para la formación de docentes e investigadores del Sistema;

IX. Aconsejar mecanismos para la cooperación interdisciplinaria e interinstitucional en el desarrollo de programas de investigación científica y tecnológica en áreas comunes;

X. Elaborar proyectos de planes para la expansión del sistema nacional de educación técnica, en áreas prioritarias de investigación, de acuerdo a los requerimiento nacionales;

XI. Sugerir a las instituciones del Sistema programas de coordinación para la prestación del servicio social;

XII. Proponer el establecimiento de empresas industriales, agropecuarias y de explotación de los productos del mar que respondan a las necesidades del Sistema y contribuyan al desarrollo nacional independiente;

XIII. Recomendar la publicación y difusión de obras científicas, técnicas y culturales que pueden utilizarse como libros de texto y de consulta en las instituciones del Sistema; y

XIV. Las demás que le confieran este ordenamiento u otras disposiciones legales.

Artículo 3. El Consejo del Sistema Nacional de Educación Técnica estará integrado por miembros permanentes y por miembros temporales, quienes gozarán de voz y voto.

Artículo 4. Serán miembros permanentes del Consejo:

El Subsecretario de Educación Media, Técnica y Superior;

El Director General del Instituto Politécnico Nacional;

El Secretario General del Instituto Politécnico Nacional;

El Director de Estudios Profesionales del Instituto Politécnico Nacional;

El Director de Graduados y de Investigación Científica y Tecnológica del Instituto Politécnico Nacional;

El Director del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;

Sendos representantes de las Direcciones Generales de Educación Superior, Educación Tecnológica Industrial, Educación Tecnológica Agropecuaria, y de Ciencia y Tecnología del Mar; y

Los Presidentes de la Comisiones de Trabajo.

Artículo 5. Serán miembros temporales del Consejo:

Tres profesores de reconocido prestigio académico, egresados de instituciones del Sistema;

Sendos representantes de los profesores adscritos a las Direcciones Generales de Educación, Tecnológica Industrial, Tecnológica Agropecuaria, y de Ciencia y Tecnología del Mar; por cada uno de los tipos educativos que impartan; y

Tres investigadores distinguidos con premios nacionales, egresados de institutos del Sistema.

Los miembros temporales del Consejo serán designados por los miembros permanentes; durarán en su cargo dos años y podrán ser reelectos por una sola vez.

Artículo 6. El Consejo será presidido por el Subsecretario de Educación Media, Técnica y Superior y fungirá como Secretario el Director General del Instituto Politécnico Nacional.

Artículo 7. Corresponde al Presidente:

I. Representar al Consejo;

II. Presidir las sesiones del Consejo y convocar a éstas por conducto del Secretario;

III. Coordinar las actividades del Consejo;

IV. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo;

V. Designar y remover a los Presidentes de las Comisiones de Trabajo; y

VI. Ejercer las demás funciones que le confieran esta Ley, otras disposiciones legales o el Consejo.

Artículo 8. Corresponde al Secretario del Consejo:

I. Sustituir al Presidente en sus ausencias temporales;

II. Ejecutar los acuerdos del Consejo;

III. Despachar los asuntos administrativos del Consejo;

IV. Asistir a las sesiones que celebre el Consejo y levantar las actas correspondientes;

V. Firmar, por acuerdo del Presidente, las convocatorias a sesiones del Consejo;

VI. Someter a la aprobación del Consejo el proyecto de distribución de su presupuesto de egresos;

VII. Ejercer el presupuesto de egresos de acuerdo con las instrucciones del Consejo;

VIII. Presentar a la aprobación del Consejo las políticas generales y los programas de trabajo;

IX. Formular un informe anual de las actividades y de los estados financieros y someterlos a la consideración del Consejo; y

X. Ejercer las demás funciones que le confieran esta ley, otras disposiciones legales o el Consejo.

El Secretario del Consejo será auxiliado por el personal administrativo que se requiera para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 9. El Consejo se reunirá en sesiones ordinarias cada dos meses y extraordinarias cuando las convoque su Presidente o lo soliciten al Consejo, por escrito, cuando menos tres de sus miembros.

Los acuerdos del Consejo se tomarán por mayoría de votos y el quórum se integrará con la asistencia de la mitad más de uno de sus

miembros. En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 10. El Consejo, cuando lo estime conveniente, invitará a sus sesiones a las autoridades de los planteles del Sistema.

Artículo 11. Para el ejercicio de sus atribuciones, el Consejo creará Comisiones de Trabajo, integradas por personas de reconocido prestigio profesional o experiencia académica, cuyo funcionamiento se regirá por el Reglamento de esta Ley.

Artículo 12. El Consejo contará con el presupuesto necesario para el cumplimiento de sus atribuciones.

TRANSITORIO

Único. Esta Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 20 de octubre de 1975.

Desarrollo Educativo: Presidente, Filiberto Bernal Mares. - Secretaria, Rosa Ma. Martínez Denegri. Administrativo: José Ortiz Arana. - Humberto Hernández Haddad. - Hilario Punzo Morales. - Arturo González Cosío Díaz. - Angel Rubio Huerta. - Julio Cortazar Terrazas. - José Luis Escobar Herrera. Educación Media: Amelia Villaseñor y Villaseñor. - Luis Fuentes Molinar. - José Luis Melgarejo Vivanco. - María Villaseñor Díaz. - Jesús García Lovera. - Fidel Herrera Beltrán. - Octavio Peña Torres. - Javier Blanco Sánchez. - Rafael Cravioto Muñoz. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Luis León Aponte. - Héctor G. Valencia Mallorquín. - José de Jesús Martínez Gil. - Angelina Morlet Leyva. - Educación Superior: Fernando Uriarte Hernández. - Horacio Labastida Muñoz. - Joaquín Cánovas Puchades. - Arnoldo Villarreal Zertuche. - Jorge Hernández García. - Antonio Martínez Báez. - José Luis Lamadrid Sauza. - Manuel González Hinojosa. - Daniel A. Moreno Díaz. - Federico Ruiz López. - Lylia C. Berthely Jiménez. - Abraham Talavera López. - Jesús Guzmán Rubio. - Abel Vicentino Tovar. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Juan Pablo Prom Lavoignet. Estudios

Legislativos: Presidente, Píndaro Urióstegui Miranda, - Secretario. Antonio Torres Gómez.

PROPOSICIÓN

"Comisiones Unidas de Estudios Legislativos y de Desarrollo Educativo.

Honorable Asamblea:

Las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos y de Desarrollo Educativo, presentamos en la sesión de esta Cámara, efectuada el día 21 de octubre, el dictamen a primera lectura con proyecto de Ley del Consejo del Sistema de Educación Técnica.

En el lapso que hubo entre la primera y la segunda lectura del dictamen en cuestión, las Comisión estimaron prudente modificar el artículo 5 de la Iniciativa con la siguiente redacción:

Artículo 5. Serán miembros temporales del Consejo:

Tres profesores de reconocido prestigio académico que formen parte del Sistema;

.......................................

Tres investigadores distinguidos con premios nacionales que formen parte del Sistema.

........................................................

La reforma propuesta tiene por objeto permitir el acceso al Consejo tanto a los profesores de reconocido prestigio académico, como a los investigadores distinguidos con premios nacionales, con el único requisito de estar identificados con el Sistema Nacional de Educación Técnica, modificación que permitirá aprovechar las experiencias de profesores e investigadores que enriquecerán el Sistema.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 24 de octubre de 1975. - Desarrollo Educativo: Presidente, Filiberto Bernal Mares. - Secretaria, Rosa María Martínez Denegri. - Educación Media: Amelia Villaseñor y Villaseñor. - Luis Fuentes Molinar. - José Luis Melgarejo Vivanco. - María Villaseñor Díaz. - Jesús García Lovera. - Fidel Herrera Beltrán. - Octavio Peña Torres. - Javier Blanco Sánchez. - Rafael Cravioto Muñoz. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Luis León Aponte. - Héctor G. Valencia Mallorquín. - José de Jesús Martínez Gil. - Angelina Morlet Leyva. - Educación Superior: Fernando Uriarte Hernández. - Horacio Labastida Muñoz. - Joaquín Cánovas Puchades. - Arnoldo Villarreal Zertuche. - Jorge Hernández García. - Antonio Martínez Báez. - José Luis Lamadrid Sauza. - Manuel González Hinojosa. - Daniel A. Moreno Díaz. - Federico Ruiz López. - Lylia C. Berthely Jiménez. - Abraham Talavera López. - Jesús Guzmán Rubio. - Abel Vicencio Tovar. - Ezequiel Rodríguez Arcos. - Juan Pablo Prom Lavoignet. - Estudios Legislativos. - Presidente, Píndaro Urióstegui Miranda. - Secretario, Antonio Torres Gómez. - Administrativo: José Ortiz Arana. - Humberto Hernández Haddad. - Hilario Punzo Morales. - Arturo González Cosío Díaz. - Angel Rubio Huerta. - Julio Cortazar Terrazas. - José Luis Escobar Herrera."

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura a las modificaciones propuestas por las Comisiones.

El C. Secretario Rogelio García González: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura a las modificaciones propuestas para ser consideradas en la discusión, por las Comisiones Dictaminadoras... Dispensada, señor Presidente.

En razón de que el articulado ha sido profusamente distribuido entre los ciudadanos diputados, se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura... Dispensada, señor Presidente.

En consecuencia, está a discusión el proyecto de Ley en lo general.

El C. Presidente: Se abre el registro de oradores...

El C. secretario Rogelio García González: No habiendo quien haga uso de la palabra,

se va a recoger la votación nominal en lo general.

(Votación.)

El dictamen fue aprobado en lo general por unanimidad de 163 votos. Está a discusión en lo particular... No habiendo quien haga uso de la palabra se va a proceder a recoger la votación nominal de todos los artículos, en lo particular, con las modificaciones propuestas por las Comisiones.

(Votación.)

Fue aprobado en lo particular por unanimidad de 163 votos, con las modificaciones propuestas por las Comisiones. Pasa al Senado para su efectos constitucionales. (Aplausos.)

PROPOSICIÓN

El C. Jorge Baeza Somellera: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Baeza Somellera para presentar una proposición.

El C. Jorge Baeza Somellera: Señor Presidente,

"Señores diputados:

Constantemente ha insistido Acción Nacional a través de sus diputaciones en la veracidad del Presupuesto y de la adecuación recíproca del Presupuesto y el gasto público, ya que tradicionalmente se refleja una gran diferencia entre el Presupuesto planeado y el gasto realizado, o sea, que el Presupuesto no se cumple y ni siquiera se formula con el propósito de cumplirlo.

Este fenómeno presenta múltiples aspectos y obedece a causas diversas.

Una de la facetas menos exploradas, pero no por ello menos importantes, es la relativa, a la grave discrepancia que existe entre la remuneración que el Presupuesto Federal considera para los funcionarios públicos y las retribuciones reales que ellos perciben, pues los sueldos nominales son siempre inferiores a los reales, ya que las retribuciones verdaderas que ellos perciben comprenden viáticos, gastos de representación y otros conceptos por los que no se cubren los impuestos correspondientes.

Esta situación le fue planteada al C. Secretario de Hacienda en su comparecencia ante esta Cámara el día 8 de septiembre de 1972.

En efecto, el C. diputado Juan Landerreche Obregón, del Partido Acción Nacional, le expuso:

'Quiero también aprovechar la ocasión de su presencia en esta Cámara, señor Secretario, para exponerle otra preocupación, también relacionada con la veracidad del Presupuesto que tenemos.

Esta es la cuestión de que sabemos que el Presupuesto Federal no refleja la realidad de las remuneraciones a los funcionarios públicos.

Por una práctica indebida, que ha venido desde hace mucho tiempo, se mantienen dentro del Presupuesto, como usted lo sabe, sueldos que probablemente vengan del año de mil novecientos veintitantos y que no corresponden ni a la situación económica, ni a la situación social actual ni a la categoría de los funcionarios y se complementan con compensaciones de diversos tipos y calidades, lo cual es una situación irregular e indebida en nuestro concepto; es indebido, en primer lugar, porque no se cumple en esta forma el deber de informar, el Ejecutivo a la Cámara de Diputados, cuál es la realidad de los gastos que se hacen y la realidad del gasto público; es indebido porque esto da lugar a que haya remuneraciones diferenciales debidas, quizá en algunos casos justificados, pero en muchos también a circunstancias arbitrarias que pueden ser perjudiciales para la atención de los servicios. En indebido también porque los funcionarios no cubren el impuesto sobre la renta que les corresponde sobre sus percepciones.

Digo el caso que nosotros, para no hablar de los demás, el caso de los diputados el caso propio personal, en que oficialmente se dice que tenemos una remuneración de mil pesos mensuales, que no corresponde a la realidad y que viene desde hace mucho tiempo. Y sé que lo mismo es respecto a los funcionarios de toda categoría de los tres poderes, incluyendo al señor Presidente de la República.

Creemos que esta situación debe de cambiar, debe de resolverse, debe tomarse una decisión para que el presupuesto refleje la realidad de las remuneraciones de los funcionarios públicos, para que sea conocido por todos que tengan una remuneración debida de acuerdo con sus responsabilidades y con sus funciones y para que cubran el impuesto sobre la renta que les corresponda.'

A la interpelación del diputado Landerreche, el señor Secretario de Hacienda admitió expresamente la existencia de las anomalías señaladas, explicó que ya se habían iniciado conversaciones entre él y el Presidente de la Gran Comisión para corregir estos defectos y dijo textualmente que había una incongruencia entre los haberes de la representación nacional con el famoso $33.00 diarios para llegar a una cifra que se viene arrastrando por una tradición que no corresponde a la realidad. En esta vez, en febrero de este año (se refiere a 1972), la conversación con don Luis Ducoing nos llevó a hablar con el señor Subsecretario Isoard, para que se tomaran inmediatamente los pormenores y las medidas necesarias para corregir este defecto, que como tantos otros estamos corrigiendo:

En todo nuestro desarrollo somos los primeros en decir que hay una serie de correcciones que realizar.

'Hoy en la mañana hemos hablado de muchas de ellas. No son todas y mucho nos falta por hacer.'

El señor Secretario de Hacienda terminó su contestación en este ofrecimiento preciso:

'Se corregirá en este campo y en todos los demás campos que se han señalado.

Yo lo veo con muy buenos ojos, señores, porque la recaudación del impuesto sobre la renta obviamente va a crecer.'

Hasta aquí el Secretario de Hacienda.

De esta interpelación y su contestación podemos resumir y sacar conclusiones:

a) Acción Nacional señaló una anomalía en las retribuciones oficiales de los ciudadanos diputados que no coinciden con las percepciones reales.

b) Afirmó que esta anomalía existe respecto a funcionarios de toda categoría de los tres poderes.

Por su parte el Secretario de Hacienda:

a) No sólo no rechazó estas aseveraciones, sino que admitió expresamente las anomalías señaladas por el diputado Landerreche.

b) Ofreció corregirlas de inmediato.

c) Señaló que al corregirse estas anomalías, obviamente crecerá la recaudación del Impuesto sobre la Renta.

Las conclusiones son dos:

Primera. En materia de remuneraciones a los funcionarios públicos federales, no coinciden los presupuestos con la realidad.

Segunda. Como consecuencia de lo anterior, la recaudación del Impuesto sobre la Renta es inferior a la que debe ser. Es decir, existe una evasión fiscal por los funcionarios públicos propiciada por el Presupuesto que las mismas autoridades formulan y aprueban.

Cuando un acto jurídico no coincide con la realidad que pretende normar, se dice que ese acto carece de autenticidad. Pero cuando ese acto jurídico es creado expresamente para que no coincida con la realidad, se realiza la figura jurídica denominada 'simulación' o sea aquel acto creado por sus autores para representar una pretendida realidad que no existe, porque la voluntad de quienes crearon ese acto ficticio es distinta a lo expresado en ese acto.

Esta falta de veracidad en los presupuestos se demuestra, no sólo como inferencia admitida por el Secretario de Hacienda, sino por una serie de presunciones que causan impacto en la conciencia de los ciudadanos:

Un análisis sencillo del actual presupuesto, demuestra incongruencias notorias, por ejemplo: el renglón de sueldos asigna la cantidad de 12,200 pesos mensuales a un Secretario de Estado y 19,000 a su secretario particular. La explicación se encuentra al analizarse con más detalle el presupuesto, pues el Secretario de Estado tiene, además del sueldo de 12,200 un sobre sueldo de 2,440 pesos, una compensación de 15,000 y emolumentos por imprevistos por 25,000 lo que hace un total de 54,640 pesos.

Un subsecretario tiene un sueldo de 10,000 pesos, un sobresueldo de 2,020 compensaciones por 12,000 e imprevistos por 15,000 con un total de 39,120. Un oficial mayor tiene un sueldo de 8,500 pesos, un sobresueldo de 1,700 compensaciones por 10,000 e imprevistos por 12,000 con un total de 32,200 pesos.

No obstante estas cantidades no son sus remuneraciones totales, pues todos ellos tienen chofer, gasolina y coche de la Secretaría a la que pertenecen.

Pero además, son consejeros de los distintos organismos y empresas paraestatales conectadas con su Secretaría y en cada una de ellas perciben honorarios que deben acumularse para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Sin embargo, los sueldos reales de cada funcionario, permanecen en un misterio impenetrable para el profano, porque además de las cantidades arriba mencionadas y los honorarios por conserjerías, estos funcionarios disponen de partidas confidenciales que el presupuesto denomina partidas no sujetas a comprobación y cuyo monto es fijado por el Presidente para cada funcionario, estableciendo así de hecho, remuneraciones diferenciadas según el favor que cada funcionario goce, lo que constituye un favoritismo esencialmente antidemocrático.

Pero el C. Subsecretario de egresos, y por supuesto el Secretario de Hacienda, saben exactamente cuál es la dimensión de la evasión de Impuestos, lo que se confirma con el reconocimiento que hizo el entonces Secretario de Hacienda, de que era obvio que la recaudación del Impuesto sobre la Renta iba a crecer.

Si se toma en cuanta que los emolumentos reales de los funcionarios públicos, sobrepasan con mucho los sueldos fijados en el Presupuesto de Egresos y que por otra parte, la tasa del Impuesto sobre la Renta es progresiva, resulta que los funcionarios públicos, están pagando el impuesto sobre una fracción de sus ingresos a una tasa inferior a la correspondiente. Además, si se considera que los renglones de Sueldos, Salarios, y otra remuneraciones, en el actual Presupuesto de Egresos, pasa de 60,000 millones de pesos, podemos inferir que la evasión fiscal puede ser del orden de varios miles de millones de pesos.

Por otra parte es de suponerse, y hay datos que así lo indican, la situación que hemos señalado de los funcionarios públicos federales se repite también en cuanto a los funcionarios locales y municipales y por supuesto en todo el sector paraestatal, tanto en los organismos descentralizados como en las empresas de participación estatal.

En todo caso, el C. Subsecretario de Ingresos y por supuesto el Secretario de Hacienda deben conocer esta situación e informar al pueblo sobre las cantidades que el Fisco deja de percibir.

No pretendemos, señores diputados, que se disminuyan las retribuciones de los funcionarios ni que se minimicen sus responsabilidades. Al contrario, si es necesario aumentar las percepciones para que los funcionarios reciban la retribución adecuada a sus funciones y responsabilidades, el pueblo de México no se va a asombrar ni a oponer cuando conozca los verdaderos sueldos de sus gobernantes, ni va a escatimar su pago.

Es innegable que en México existe un problema de evasión fiscal generalizado.

El gobierno sabe que en el fondo es un problema ético: falta de conciencia fiscal. Las autoridades hacendarías incluso han orquestado intensivas campañas de publicidad, tendientes a crear y fomentar una conciencia fiscal. Pero el gobierno tiene que predicar con el ejemplo es el primer interesado en que exista esa conciencia fiscal y debe empezar por su propia

casa, que los funcionarios de la Administración adquieran esa conciencia fiscal.

Durante la primera semana de agosto pasado, la Secretaría de Hacienda organizó un congreso para estudiar los distintos aspectos de la problemática presupuestal.

El entonces Secretario de Hacienda, licenciado López Portillo, pronunció el discurso de inauguración y el señor Isoard, Subsecretario de Egresos, el discurso de clausura, pero ni en estos discursos, ni en las ponencias, ni en las discusiones hubo referencia a este grave problema presupuestal y de evasión fiscal.

Por estas razones pedimos que, en los términos del artículo 93 constitucional, se solicite del Ejecutivo, autorice la comparecencia en esta Cámara del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, y, o de los CC. Subsecretarios de Ingresos y Egresos, para que informen a las Comisiones correspondientes que deberán ser enriquecidas con representantes de todos los Partidos.

a) ¿A cuánto ascienden las cantidades omitidas en el pago del Impuesto sobre la Renta por las diferencias entre las retribuciones oficialmente asignadas y las percepciones reales de los funcionarios públicos?

b) ¿Por qué no se han tomado los pormenores y medidas necesarias para corregir esta situación, como lo ofreció en aquel entonces el Secretario de Hacienda?

c) ¿Por qué el Gobierno, cuando ha necesitado mayores recursos, ha acudido al aumento de impuestos a los particulares y no ha corregido esta situación que indudablemente rendirá mayor tributación?

d) si estas anomalías serán corregidas en el Presupuesto para el ejercicio de 1976?, qué debe enviársenos en este período legislativo.

Salón de Sesiones a 24 de octubre de 1975. - Licenciado José de Jesús Martínez Gil. - Licenciado Abel Vicencio Tovar. - Profesora Graciela A. de Romero. - Señor Jorge Baeza Somellera, C. P. T. - Señor Javier Blanco Sánchez. - Profesor J. Armando R. Calzada Ramos. - Alejandro Cañedo Benítez, C. P. T. - Licenciado José Ángel Conchello. - Señor Alvaro Fernández de Cevallos. - Miguel Fernández del Campo, C. P. T. - Licenciado Carlos Gómez Alvarez. - Ingeniero Héctor González García. - Licenciado Manuel González Hinojosa. - Señor Juan José Hinojosa Hinojosa. - Señor Eduardo Limón León. - Señor Alberto A. Loyola Pérez. - Señor Gerardo Medina Valdez. - Licenciado Alfredo Oropeza García. - Licenciado Eugenio Ortiz Walls. - Señora Margarita Prida de Yarza. - Señor Lorenzo Reynoso Ramírez. - Licenciado Federico Ruiz López."

El C. Presidente: Sírvase la Secretaría dar lectura al artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso, para ilustrar el criterio de la Asamblea.

El C. secretario Rogelio García González: "Artículo 58. Las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara, sin formar los que la suscriben mayoría de diputación, se sujetarán a los trámites siguientes: 1o. Se presentarán por escrito y firmadas por sus autores, al Presidente de la Cámara y serán leídas una sola vez, en la sesión en que sean presentadas. Podrá su autor, o uno de ellos si fueren varios, exponer los fundamentos y razones de su proposición o proyecto. 2o. Hablarán una sola vez dos miembros de la Cámara, uno en pro y otro en contra, refiriéndose al autor del proyecto o proposición, y 3o. Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la Comisión o Comisiones a quienes corresponda, y en el segundo se tendrá por desechada."

El C. Estrada Sámano: Pido la palabra para fundamentar la proposición que acaba de leerse.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Estrada Sámano.

El C. Fernado Estrada Sámano: Señor Presidente, señoras y señores diputados: Me parece que la proposición a que acaba de dar lectura el señor diputado Baeza, puede y debe ser de interés, no sólo, aunque sí principalmente para los integrantes de esta Cámara, sino también posiblemente para la opinión pública nacional. En consideración a lo anterior, voy a permitirme hacer algunos comentarios para fundar la conveniencia de considerar la proposición hecha hace unos minutos. Algún autor francés reciente, sugiere que uno de los caminos para calificar en su orientación real a los diversos gobiernos en los países actuales, pude ser un análisis de la realidad de su política fiscal, y sugiere que este análisis, en rasgos muy gruesos, puede referirse a tres órdenes coincidentes de examen; el primero, el diagnóstico sobre el origen y las finanzas de los recursos del Estado, el segundo la definición práctica de los objetivos del gasto ejercido por el Gobierno; y, el tercero, las maneras, los modos reales de administración y control de ese gasto.

En el Fondo, lo que se sugiere es la aplicación de preguntas muy sencillas para esta definición de la orientación nacional, a través de su política fiscal.

El primer nivel se referiría a la pregunta: de qué, de dónde y de quiénes obtiene el Estado sus recursos; la segunda, en los objetivos del gasto, en qué y para quiénes se invierte los fondos recabados de esas fuentes; y, el tercero, cómo se gasta, cómo se administra y quiénes los controlan.

De la respuesta a estas preguntas simples, depende la descripción, el perfil, las preferencias reales de los gobiernos en materia de política fiscal. De modo que en este sentido la política fiscal es, entre otras cosas, y básicamente una expresión práctica de la voluntad política y de las maneras de relación entre el servicio que el Estado presta y las necesidades del pueblo. Es una manifestación tangible en programas, inversiones, fuentes, y utilización de fondos, de las preferencias reales y de las

prioridades políticas y socioeconómicas de los gobiernos.

De lo que un gobierno piense que es importante para el pueblo, de las preferencias que este gobierno tenga respecto a diversos sectores de la población en un marco de bien común, de las prioridades que defina en sus objetivos y en su política económica y fiscal. En general, depende en gran medida la marcha de la economía de ese país y la retribución y distribución de los beneficios económicos y sociales entre la población. Esa es también la política fiscal, el señalamiento planeado de objetivos nacionales y debe ser la traducción y del destino del gasto; traducción de demandas y las necesidades del pueblo.

Puede y debe ser decidida voluntad de correspondencia entre la planeación económica, racional, democrática y la creación constante de mecanismos para el control justo y flexible otra parte del pueblo. Correspondencia entre la elaboración de programas de gobierno y la participación responsable de la ciudadanía en la definición de objetivos sobre bases de amplia y suficiente información.

Ese, por último, instrumento primordial para convertir en realidad, la voluntad constante y y perpetua de realizar el bien común, como definía Gómez Morín a la justicia social. Ese, entonces, expresión de voluntad, manifestación clara, conversión en programas, en números y en inversiones de una concepción de proyectos justa y humana y válida de sociedad.

Y en este marco la proposición leída por el señor diputado Baeza, se refiere sólo a un elemento de la política fiscal, con dos sentidos, por una parte tiene conexión con la fuente de los recursos del Estado debe tener para realizar su gestión en bien de todos los mexicanos; y, por otra parte, se refiere igualmente a la administración controlada de estos fondos.

Nosotros, señoras y señores diputados, como Congreso tenemos en ambos aspectos serias responsabilidades, por una parte está claramente expresada la obligación y la facultad que la Constitución nos concede en el análisis de los presupuestos y de la Cuenta Pública; pero por otra, quizá es oportuno comentar, en conexión con esta proposición, algunas opiniones para mí autorizadas.

El día de ayer tuvimos en esta Sala la presencia del señor Secretario del Patrimonio Nacional. En un interesantísimo trabajo que el señor Secretario publicara hace años, precisamente sobre el tema de Política Fiscal, señalaba con gran habilidad y con obvio conocimiento, y con capacidad técnica, diversos aspectos y análisis de la Política Fiscal Mexicana, y como parte de su introducción describía el ámbito que abarca la Política Fiscal y por otra parte el ambiente político y social en que está se desarrolla.

Y entre los elementos de este ambiente, señalaba el licenciado Alejo, diversos aspectos que pueden ser preocupantes para nosotros. Decía entre otras cosas, que por una serie de características del sistema político vigente, el Poder Ejecutivo tiene una fuerza muy grande frente a los Poderes Legislativo y Judicial; como para todo propósito práctico el sistema político del país funciona casi como unipartidista, decía él, la vinculación entre el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal es muy estrecha y de hecho la influencia el Ejecutivo en el Congreso es grande.

Se refería después el licenciado Alejo, como indicador de este cambio, a la existencia de los diputados de partido y precisamente a procesos como la comparecencia de los Secretarios de Estado ante esta Cámara. Se refería después a otro aspecto diciendo: "La carencia de una lucha intensa entre partidos y facciones, el papel poco activo del Congreso y la falta de mecanismos de concentración apropiados, conducen a que la negociación de la política económica se produzca en forma cerrada y con una aguda tendencia a las relaciones personales".

Y por último, acentuaba el autor: " La necesidad de información en estos aspectos para el pueblo, como base para la participación de los electores y de los contribuyentes en la definición de los objetivos y de la distribución del gasto público".

Creo que comentarios de algún otro autor autorizado pudieran añadirse para que los diputados de todos los partidos tengamos, como la tenemos, plena conciencia de la imagen que el Congreso proyecta entre algunas personas técnicamente cualificadas.

Dice algún otro autor " que en una sociedad democrática uno de los derechos correlativos a la obligación de pagar impuestos, es el de estar representado en los órganos políticos que determinan cómo se deben gastar los impuestos pagados y que vigilan que así sea como se gaste. Nuestro sistema constitucional reconoce este derecho. El Congreso de la Unión debe representar contribuyentes y ciudadanos mexicanos al aprobar el Presupuesto Federal de Egresos y al revisar la Cuenta Pública que formula la Secretaría de Hacienda; no obstante en la práctica, está obstruida la representación prevista por la Constitución. "El Congreso - dice este autor - , ha abandonado la responsabilidad política que le atribuye la Constitución, no sólo frente a los contribuyentes, sino ante los ciudadanos en general de representarlos, evaluando, diciendo y vigilando el gasto de los recursos públicos." "No es meramente decorativa - dice - la racionalidad del control Legislativo sobre el gasto presupuestal del Ejecutivo que prevé la Constitución, obedece en cambio a requisitos indispensables para la vida democrática y para el buen funcionamiento de la economía. Sin él, es imposible la representación política que los contribuyentes y los ciudadanos deben tener en la intervención del Estado en la economía. Y no es dable la vigilancia necesaria para que los recursos públicos se empleen con una aceptable equidad y productividad económica y social."

Hacen énfasis, pues, estos autores respetables, en la necesidad de información para el pueblo y de participación popular en la definición de la política fiscal.

Creo que esta proposición presenta una oportunidad y un reto para esta Cámara de Diputados, para demostrar que las apreciaciones de estos autores son parciales, y no corresponden a la realidad de este Congreso.

Creo que podemos demostrar aquí y ahora en esta sesión, que hay una correspondencia entre la justa carga fiscal y la representación servicial auténtica.

Que estamos dispuestos a disipar las dudas que pudieran existir entre los ciudadanos, y proporcionar a los mismos la información necesaria y suficiente como base de su participación consciente y responsable a favor y en el marco de interés nacional.

Tenemos, como Congreso, la responsabilidad de representar a los ciudadanos y a los contribuyentes. Habla el documento que se leyó de la formación de una conciencia cívica entre el pueblo y los funcionarios públicos. Esta conciencia, cómo puede mejorarse y fortalecerse en México a través del conocimiento adecuado de la situación real política fiscal, y en particular, de las fuentes del destino del gasto y además, del conocimiento, requiere de una condición de cultura política básica, que es la confianza entre el pueblo y el gobierno y no sólo en materia fiscal, sino que todos los procesos democráticos que la Constitución establece para el país requieren como presupuesto psicológico la confianza entre los ciudadanos, de unos hacia otros, y de todos hacia el gobierno. Podemos, creo yo, señoras y señores diputados, fortalecer y demostrar que hay bases para esta confianza en el pueblo mexicano. Somos nosotros quienes definimos y aprobamos las fuentes del gasto y quienes debemos y ejercitamos un control racional sobre el mismo. Por estas razones, porque es un tema importante, porque es un tema que debe tratarse con respeto, con tacto y con cuidado, proponemos la comparecencia de un subsecretario, porque comprendemos que ellos tienen contacto más directo con los asuntos que la proposición sugiere. Por ello, proponemos su comparecencia no ante el pleno de la Cámara, sino ante las Comisiones. Y quiero de paso, señoras y señores, mencionar con modestia una experiencia personal positiva: creo que la experiencia en Comisiones de la comparecencia del señor Director del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología pudo haber representado, creo que representó, un avance en la vida interna de esta Cámara y de paso positiva en la vida democrática de la nación.

En otras ocasiones, para terminar, señoras y señores me he permitido señalar entre ustedes, ante ustedes, mi profundo respeto al Poder Legislativo del cual me honro en formar parte, y he señalado las extraordinarias posibilidades que tenemos en nuestras manos para colaborar con los otros Poderes en la conformación de una sociedad nueva y más justa para los mexicanos; he mencionado cómo el Poder Legislativo es equilibrio y colaboración, es amplia distribución del poder político y corresponsabilidad en su ejercicio; somos posibilidad de control y de contribución, somos representación y división de poderes, somos búsqueda conjunta de soluciones para los problemas que atañen e inquietan a todo el pueblo. Por ello, el análisis sereno del tema que trae la proposición, puede ser un elemento más en la realización de estas características del Poder Legislativo, puede ser un paso más, sencillo, modesto, pero sólido en la dirección de que el Poder Legislativo , como alguna vez también señalé, acorte cada día más la distancia entre lo que debe ser y lo que fácilmente puede ser.

Por todas estas razones, me permito pedir a ustedes la admisión a discusión de la proposición que ha leído el señor diputado Baeza. Muchas gracias.

El C. Presidente: Se abre registro de oradores.

El C. Francisco J. Gutiérrez Villareal: Pido la palabra señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, señor diputado?

El C. Francisco J. Gutiérrez Villarreal: En contra de la proposición presentada.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Gutiérrez Villarreal.

El C. Francisco J. Gutiérrez Villarreal: He pedido el uso de la palabra para contestar las anteriores afirmaciones que hace Acción Nacional. Y que ha fuerza de tanto repetir, hasta ellos mismos las creen. Vengo a dejar constancia de mi opinión y dar contestación a todos sus puntos, ya que lo que aquí han tratado es de gran interés, y por lo mismo, de no contestarlo, se dejaría un punto obscuro que no debe existir, por la fuerza moral que tiene y debe tener la Administración Pública. Expresa Acción Nacional, que no hay veracidad en el Presupuesto Federal, y esta afirmación carece de fundamento, puesto que en los años que van de la presente Administración, se ha demostrado un continuo perfeccionamiento de las prácticas presupuestales, inclusive, se ha anunciado como un paso más en este proceso que para el ejercicio fiscal de 1976, el Presupuesto de Egresos de la Federación contendrá una innovación trascendente en su estructura, pues responderá a un criterio programático, éste adelanto permitirá un mejor control presupuestal y se podrá apreciar, la obtención de las metas previstas en relación a su costo.

Por otra parte, no debe soslayarse que en los últimos años, se ha reducido notablemente la diferencia entre el presupuesto original y el ejercido; en este mismo Recinto, y con motivo de la discusión del Dictamen de la Cuenta Pública de 1973, fue reconocido por los propios diputados panistas, el acortamiento notable en la brecha entre el Presupuesto original y el realmente ejercido, explicándose a satisfacción de todos los legisladores las diferencias existentes en el ejercicio fiscal de 1973. Tal diferencia sólo fue del 14%, situación que contrasta con las diferencias que se observaban en otros años.

De lo anterior se desprende la inconsistencia de la afirmación contenida en este aspecto, en

la proposición que ha hecho el Partido Acción Nacional, puesto que con base en el espíritu de colaboración, que señala la Constitución General de la República, en esta Legislatura se han hecho recomendaciones al Poder Ejecutivo para mejorar el presupuesto, las que han sido debidamente atendidas.

La reciente presentación ante esta Cámara y la publicación de la Cuenta Pública para conocimiento de toda la población, son una prueba más del esfuerzo que se viene realizando en materia presupuestal, a fin de que las dependencias gubernamentales ajusten sus gastos a las asignaciones que les son señaladas en el presupuesto.

La preocupación de la representación nacional en torno al gasto público no se limita a examinar que el gasto realizado corresponda con el autorizado, sino también a la justificación y utilidad de dicho gasto.

Expresa Acción Nacional: los sueldos nominales de los funcionarios son siempre inferiores a lo real, esta afirmación carece de fundamento, ya que la percepción de un funcionario está constituida por el conjunto de remuneraciones que el Estado le otorga de acuerdo con la Ley, como compensación por los servicios que presta. Dicha percepción está integrada por el sueldo nominal que aparece en el presupuesto, por el sobresueldo que se otorga en función de la carestía de la vida o insalubridad del lugar en que se presta el servicio. Esta partida de sobresueldos está también consignada en el presupuesto.

También, por compensaciones que son atribuciones adicionales al sueldo y sobresueldo, en atención a las responsabilidades y servicios especiales prestados por los funcionarios. Las compensaciones se encuentran también previstas en el presupuesto. Todas estas prestaciones que en su conjunto constituyen la remuneración de un funcionario siempre se acumulan y sobre el total se retiene el impuesto sobre la renta, sin perjuicio de la obligación anual del funcionario, de incluirlas en su Declaración de Impuestos para las Personas Físicas.

Existen otras cantidades que se entregan a los funcionarios públicos a las que se refiere el compañero diputado del PAN como son los viáticos y los gastos de representación, sobre los que no se retiene impuesto sobre la renta, pues el viático es la cantidad que se entrega a un funcionario como compensación de gastos en el desempeño de comisiones transitorias, en lugar distinto a su residencia oficial; no constituye propiamente una remuneración, sino el reembolso de gastos efectuados en el desempeño de una comisión oficial, por lo tanto, de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, estas cantidades no forman parte del ingreso gravable del funcionario, por no ser una remuneración del trabajo.

Los gastos de representación, son también reembolsos a los funcionarios concedidos en consideración a las atenciones que origine el cargo que desempeñe, motivo por el cual tampoco constituyen remuneración al trabajo, ni son objeto del Impuesto Sobre la Renta.

Tanto los viáticos como los gastos de representación, son erogaciones normales en el desempeño de funciones públicas y parecen previstos y autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación

En relación a la comparecencia del Secretario de Hacienda en 1972, a que han hecho referencia, y que fue interpelado por el diputado Landerreche, quiero expresar que las circunstancias relatadas en ese escrito, en torno a la mencionada comparecencia, en 1972, como base y apoyo de su planteamiento, quiero afirmar que no corresponde a situaciones actuales, ya que se han venido introduciendo correcciones como a continuación se señala:

Las remuneraciones a los diputados al Congreso de la Unión, ya no son los $33.00 diarios, sino la cantidad de $6,000.00 mensuales, sobre la que se descuenta el Impuesto Sobre la Renta correspondiente, como a todos los diputados nos consta.

Ello, sin perjuicio de que los señores diputados que tengan otros ingresos como son honorarios profesionales o sueldos, los incluyan en su Declaración Anual de Impuesto sobre la Renta. En virtud de lo anterior, queda demostrado que en lo que respecta a la interpretación del diputado Landerreche, al Secretario de Hacienda, podemos expresar que se ha corregido este defecto a partir del inicio de esta XLIX Legislatura, así como actualmente no existe anomalía en relación con las retribuciones de los ciudadanos diputados, tampoco existe, como ya quedó claramente expresado con anterioridad, en relación a los funcionarios de toda categoría de los tres Poderes.

Expresa la diputación de Acción Nacional, "que en materia de remuneraciones a los funcionarios públicos federales, no coinciden los presupuestos con la realidad". Esta información carece de todo fundamento, ya que las remuneraciones a los funcionarios públicos federales se realiza con base en las autorizaciones específicas de gasto contenidas en el Presupuesto. Como ya había explicado, la remuneración de los funcionarios de la Federación, no está formada exclusivamente por el sueldo nominal, sino también por sobresueldo y compensaciones, los cuales están señalados en el propio presupuesto en partidas separadas, por corresponder a conceptos y razones diferentes que lo justifican.

Se dice que el Presupuesto propicia elevación fiscal de los funcionarios públicos. Esto es completamente inexacto por las siguientes razones: todas las percepciones que constituyen remuneración a los servicios del funcionario son objeto de retención de Impuestos sobre la Renta, sobre su monto total acumulado, los funcionarios del Gobierno Federal están sujetos al pago del Impuesto sobre la Renta sobre productos del trabajo y al ingreso global de las personas físicas, sobre las mismas bases y reglas aplicadas a la generalidad de los contribuyentes; es decir, no hay diferencia entre funcionarios y empleados federales, y funcionarios y empleados del sector privado. El Gobierno Federal cumple su obligación de retener y enterar

el impuesto correspondiente a dichos funcionarios, en la misma forma que lo realiza cualquier patrón. Cuando los ingresos totales anuales de una persona que son acumulables en los términos de la Ley de Impuestos sobre la Renta exceden de la cantidad de cien mil pesos al año, es obligación individual de cada contribuyente declarar al fisco federal dichos ingresos.

No puede decirse, por tanto, que el presupuesto propicie evasión fiscal. Es cierto que las personas que reciben ingresos de diversas fuentes sean funcionarios públicos o del sector privado, pueden incurrir en situaciones lamentables de evasión fiscal.

Pero ello no resulta determinado por el presupuesto, sino por la falta de cumplimiento a una obligación individual. Nosotros debemos ser, y somos, los principales inconformes con las prácticas en que puedan incurrir algunas personas, y debemos continuar siendo exigentes en la lucha contra la evasión fiscal.

Respecto de la falta de veracidad del presupuesto basada en el análisis comparativo de sueldos, de un Secretario de Estado, y un secretario particular, los exponentes anteriores hacen una comparación entre el sueldo señalado en el presupuesto para un Secretario de Estado, de 12,200 pesos, y el sueldo de un secretario particular, de 19 mil pesos, comparando, así, dos situaciones que no corresponden a realidades presupuestales.

El sueldo de un secretario particular, de un Secretario de Estado, señalado en el presupuesto, es la cantidad de $4,954.00, pero tanto el Secretario de Estado como su secretario particular, reciben sobresueldos como ya se ha indicado, y reciben también compensaciones, las cuales están previstas y autorizadas en las respectivas partidas del propio presupuesto, y que determinan diferencias de remuneración total, según el cargo, la responsabilidad y los servicios prestados.

Ignoro la fuente de que se haya valido el señor diputado del PAN para hacer tan infundada y temeraria afirmación.

En el presupuesto existen partidas de imprevistos que, como su nombre lo indica, son erogaciones que por su carácter emergente no pueden especificarse en el respectivo ramo del presupuesto, pero no existen emolumentos por imprevistos a que se refiere el señor diputado. Es cierto, y así está autorizado en el presupuesto y aprobado, que las dependencias públicas cuenten con automóviles para su servicio, y están autorizados para hacer gastos de gasolina, lubricantes y para hacer pago de sueldos a choferes, que son también plazas presupuestales. Estos vehículos, sus choferes y su mantenimiento no constituyen remuneraciones de los funcionarios ni ingresos gravables para el impuesto sobre la renta, pues si los utilizan dichos funcionarios son para los servicios inherentes a su cargo, tal como ocurre en las empresas privadas.

Es absolutamente cierto que diversos funcionarios de la Federación son consejeros de organismos y empresas paraestatales, conectados con las funciones de su alto encargo, y es cierto también que dichos organismos y empresas pagan a los citados funcionarios, lo mismo sean del sector público como del sector privado, honorarios como consejeros, comisarios, miembros de comisiones consultivas, etc. A este particular conviene señalar que en oficio - circular 102- 13, de 9 de enero de 1975, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio instrucciones a los organismos y empresas de participación estatal, para que en todos los casos se retuviera a los miembros de los Consejos Directivos, de Vigilancia, Consultivos o de cualquiera otra índole, el impuesto sobre la renta a tasa de un 30%, sin que dicho impuesto deba quedar a cargo del organismo o empresa respectivo; que tanto la Secretaría de Hacienda como la Secretaría del Patrimonio Nacional, ha examinado las circunstancias de estos honorarios y en circular 305-23, de 5 de agosto de 1975, dispusieron que los Secretarios de Estado y los titulares de instituciones y organismos auxiliares nacionales de crédito, no perciban honorarios por su asistencia a los colegios mencionados. Aunque sí recibirían las gratificaciones anuales correspondientes, se prohibió cubrir honorarios en monedas de oro, se dispuso que las retribuciones deben basarse en la asistencia efectiva a juntas y se llevó a cabo una revisión del pago de estos honorarios para definir la retribución correspondiente.

Los funcionarios públicos, como todos los miembros de los Consejos de Administración, deben incluir estos ingresos en su declaración anual para el pago del impuesto sobre la renta y pagar las diferencias que resulten de la acumulación de percepciones, por lo que se reitera, es una obligación individual de todo ciudadano y carece de base la afirmación de que los funcionarios públicos no cumplen con las misma.

Afirma el PAN que existen partidas no sujetas a comprobación estableciendo así de hecho remuneraciones diferenciadas según el favor que cada funcionario goce y que esto constituye un favoritismo esencialmente antidemocrático. No es cierto, la verdad es que en el artículo 65 de la Constitución General de la República, en su párrafo tercero, expresa: "No podrá haber otras partidas secretas fuera de las que se consideren necesarias con ese carácter en el mismo presupuesto, las que emplearán los Secretarios por Acuerdo escrito del Presidente de la República".

El hecho de que la Constitución General de la República permita que existan estas partidas, no puede inferirse que las mismas se utilicen para el pago de remuneraciones a favor de funcionario alguno.

Tampoco es cierto, como lo hemos afirmado con anterioridad, que existe evasión fiscal determinada por el presupuesto, pues cada funcionario tiene la obligación legal de presentar su declaración anual, en relación con las diversas percepciones que integran su remuneración sobre las cuales, además, y en forma provisional, se efectúa en todos los casos la retención del impuesto que señala la Ley.

La cantidad citada por el señor diputado de Acción Nacional como remuneraciones por servicios personales consignadas en el Presupuesto, dan lugar, en todos los casos, a la retención y pago del Impuesto sobre la Renta correspondiente, por lo que la estimación que hace sobre la evasión fiscal por este concepto, también es falsa.

Asimismo quiero aclarar que la suma que él menciona tampoco concuerda con la expresada en el Presupuesto.

En cuanto a que se repiten las fallas de evasión en los funcionarios estatales y municipales, y en los organismos descentralizados, nuevamente incurre Acción Nacional en otra suposición, sin ninguna base real, y hace afirmaciones temerarias, a tal grado, que incluye a funcionarios de gobiernos estatales y municipales e insiste en esto mismo, cuando gratuitamente incluye a todo el sector paraestatal, y a los organismos descentralizados. Esos organismos y empresas, están sujetos a las mismas reglas de retención de impuesto que rige a los patrones, y constituyen a través de sus retenciones, uno de los sectores principales en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Los funcionarios del sector paraestatal, tienen la misma responsabilidad individual de declarar anualmente sus ingresos, para pagar las diferencias que por acumulación puedan surgir, con motivos de percepciones que reciben por diversos conceptos.

En virtud de los anteriores razonamientos, podemos afirmar categóricamente que el fisco percibe las cantidades que le corresponden por concepto de impuesto sobre la renta a las personas físicas y, por tal razón, es falso que los funcionarios públicos realicen evasión fiscal.

Por tal motivo, esa afirmación gratuita, sin prueba, hecha por el diputado de Acción Nacional en el sentido que el gobierno debe empezar por su propia casa, es dolosa, pues los funcionarios cumplen con sus obligaciones fiscales, como lo hemos dejado aclarado.

Esta petición de Acción Nacional no es una pretensión seria con base en documento alguno que permita demostrar la razón de su dicho. Además, hay una proposición que posteriormente recogida en principio, se solicita que comparezca el señor Secretario de Hacienda y los Subsecretarios; luego el diputado Estrada Sámano solicita que no comparezca el Secretario de Hacienda, sino que acudan ante Comisiones los dos Subsecretarios.

No obstante que Acción Nacional no ha probado sus afirmaciones y que a mi juicio envuelven hechos evidentemente inciertos, para demostrar nuestro interés en que esto se analice más detenidamente y siguiendo las prácticas democráticas acostumbradas, solicito a la Asamblea apruebe que la proposición panista sea turnada a las Comisiones procedentes, para que a su juicio dictaminen como lo establece la Ley. Muchas gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se admite o no a discusión la proposición.

El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: En votación económica se pregunta si se admite dicha proposición. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Admitida, señor Presidente.

El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Hacienda, Crédito Público y Seguros.

INICIATIVA DE CC. DIPUTADOS

El C. Luis Adolfo Santibañez: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Para qué propósito?

El C. Luis Santibañez: Para leer una Iniciativa.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Santibañez Belmont.

- El C. Luis Adolfo Santibañez Belmont:

Honorable Asamblea:

Los suscritos, diputados cetemistas a la XLIX Legislatura, venimos a presentar Iniciativa de Reformas a la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, con el objeto de establecer que la aplicación de las leyes del trabajo sea de la competencia exclusiva de las autoridades federales.

Fundamos nuestra proposición en los siguientes hechos:

El crecimiento económico del país, ha producido serios desequilibrios regionales, cuya manifestación más dramática la observamos en el creciente desarrollo y subdesarrollo, que sufren las diferentes zonas del país, cuya opulencia y miseria, son un impedimento para la implantación integral de la justicia social como norma permanente de vida en la nación mexicana.

El desarrollismo en materia económica que sufre el país, ha provocado serios desequilibrios sociales, entre los cuales destaca la incorrecta interpretación y aplicación de la legislación laboral, por parte de las autoridades locales, las cuales algunas veces menguan la naturaleza tutelar del derecho obrero, generando un desequilibrio que en ocasiones favorece al capital en perjuicio de la justicia como norma de conducta universal.

De aquí que afirmemos que toda actividad económica debe estar regida por actos y hechos jurídicos, éstos, en sus diferentes manifestaciones, deben adecuarse a la realidad económica - jurídica del país. Es bueno hacer notar que en cualquier latitud la justicia pocas veces resalta, mientras que la injusticia salta a la vista por el hecho mismo de ser injusticia.

Los múltiples casos de injusticia que vivimos surgen por la satisfacción de intereses particulares, ajenos a la naturaleza y espíritu social del Artículo 123 Constitucional, cuyas reformas y adiciones siempre han tendido a la adecuación del derecho con la realidad social y económica del Estado mexicano.

El derecho del trabajo es uno y el que por su naturaleza tutelar no admite interpretaciones contradictorias, que provoquen desconfianza y recelos en la aplicación de la justicia obrera, la cual no puede ni debe ser deformada por

las Juntas de Conciliación y Arbitraje, pues la Ley Federal del Trabajo y el artículo 123 constitucional, no son principios jurídicos que respondan a intereses momentáneos de carácter local, son principios que responden a la etapa que determina el desarrollo nacional.

La unidad de criterios, en los tribunales del trabajo, debe tender a unificar opiniones sobre un mismo punto de derecho, a efecto de que capital y trabajo conozcan con certeza el alcance de ellos y el modo de ejercerlos y cumplirlos; desde otro punto de vista es necesario que se tenga la certidumbre en el procedimiento, que es el medio por el cual se llega al conocimiento de la verdad jurídica. La falta de unidad de criterio sobre los puntos de procedimiento y de derecho, crea tensiones sociales que en determinado momento pueden ser muy difíciles de superar.

En términos generales se dice que la jurisprudencia es el hábito práctico de interpretar las leyes y aplicarlas oportunamente a los casos que ocurren; se sostiene que la jurisprudencia son los principios que en materia de derecho se sigue en un tribunal; se afirma que la jurisprudencia es el hábito que se tiene para juzgar de tal manera una misma cuestión; y por último se dice que es la serie de juicios y sentencias (laudos) uniformes que forman uso y costumbre sobre un mismo punto de derecho.

Es conocido de todos la existencia de una diversidad de criterios, que en el orden interno y externo existente en algunas Juntas, hecho observable en los laudos y las resoluciones que se dictan, las cuales carecen de uniformidad a pesar de versar sobre puntos iguales del proceso o de derecho, olvidándose usos y costumbres jurídicas, lo que ha ocasionado una diversidad de jurisprudencias, tantas como Juntas de Conciliación y Arbitraje existen. Conforme a la reforma se pretende la creación de una jurisprudencia para las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la cual sea producto de laudos nacidos al amparo de la verdad sabida y de la apreciación de las pruebas en conciencia; jurisprudencia que esté alejada de tecnicismos jurídicos ajenos al derecho del trabajo, pero que esté impregnada de la lógica social y humana, que genere la equidad social, siempre realizada mediante la recta aplicación del derecho obrero.

Con la reforma a la fracción XXXI del Artículo 123 Constitucional se pretende fijar una competencia y jurisdicción que cimienten el prestigio de nuestra legislación laboral y creen un marco digno de confianza para la Ley Federal del Trabajo. Queremos con la reforma, tribunales que administren justicia obrera rápida, pronta y expedita, sin deformaciones interpretativas, ajenas al derecho del trabajo para poder perfeccionar la legislación laboral, con un hondo sentido de justicia social, a efecto de emancipar a México y al trabajador mexicano de la injusticia, de la miseria, de la insalubridad y de la ignorancia.

Con tales propósitos, la reforma propone la substitución de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, por Juntas Federales, regionales y de Conciliación y Arbitraje que, dentro del ámbito territorial que les corresponde, sigan conociendo de los asuntos que actualmente se ventilan en las Juntas Locales. Además se prevé una Junta Nacional de Conciliación y Arbitraje, en la ciudad de México, a la que corresponderá tratar los asuntos que en razón de su materia, importancia o naturaleza, ya consigna la fracción XXXI actualmente en vigor; y además de otras industrias de primera importancia en la vida económica del país que se incluyen y que son: la de la carne, en sus renglones de empacadoras, rastros y frigoríficos.

Con respecto a la cinematográfica, que ya está incorporada a la fracción XXXI, se aclara que corresponde a las ramas de producción, distribución y exhibición, para dar fin a los problemas de competencia que constantemente se han presentado.

Por todas las consideraciones anteriormente expuestas nos permitimos proponer el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA FRACCIÓN XXXI DEL ART¡CULO 123 CONSTITUCIONAL

Artículo primero. Se reforma y adiciona la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, para quedar como sigue:

Artículo 123. ...

Apartado "A".

I a la XXX. ...

XXXI. La aplicación de las Leyes del Trabajo corresponde a las Autoridades Federales en todo el Territorio Nacional, para el efecto se constituirán en cada Estado, y en el Distrito Federal, Juntas de Conciliación y Arbitraje para que conozcan de los conflictos de su jurisdicción; además una Junta Nacional de Conciliación y Arbitraje en la capital de la República, para que conozca en exclusiva, de los asuntos relativos a la industria textil, eléctrica, cinematográfica, producción, distribución y exhibición; hulera, azucarera, minería, de la carne, empacadoras, rastros y frigoríficos; petroquímica, industria automotriz, productos químico - farmacéuticos y medicamentos, celulosa y papel, aceites y grasas vegetales, empacado y enlatado de alimentos, bebidas envasadas, metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos, hidrocarburos, cemento, ferrocarriles y empresas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal, empresas que actúan en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que le sean conexas; empresas que ejecuten trabajos en zonas federales y aguas territoriales; a conflictos que afecten a dos o más entidades federativas; a contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en más de una entidad federativa y, por último, las

obligaciones que en materia educativa corresponden a los patronos, en la forma y términos que fija la ley respectiva.

ART¡CULO TRANSITORIO

Único. La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D. F., octubre de 1975. - Diputado licenciado Luis Adolfo Santibáñez Belmont. - Gilberto Acosta Bernal. - Jaime Coutiño Esquinca. - Joaquín del Olmo. - Ramón Díaz Carrillo. - Jesús José Gamero Gamero. - Jesús García Lovera. - Simón García Rodríguez. - Adalberto Lara Nuez. - Daniel Mejía Colín. - Ignacio Mendoza Aguirre. - Gilberto Muñóz Mosqueda. - Luis Parra Orozco. - Silvestre Pérez Lorenz. - David Ramírez Cruz. - Concepción Rivera Centeno. - Leonardo Rodríguez Alcaine. - Arturo Romo Gutiérrez. - Jesús Ibarra Tenorio. - Luis Fernando Solís Patrón. - Jorge Antonio Torres Zárate.

El C. Presidente: Túrnese a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Trabajo en turno, y de Estudios Legislativos.

INICIATIVAS DE LEY

El C. Parra Orozco: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Luis Parra Orozco: Para presentar una iniciativa de reformas.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Parra Orozco.

- El C. Luis Parra Orozco:

Honorable Asamblea:

Los que suscriben, diputados del Sector de los Trabajadores del Partido Revolucionario Institucional, miembros de esta XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la presente Iniciativa de Reformas al Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, con el fin de hacer operante el derecho del trabajador a obtener la prima de antigüedad

FUNDAMOS LA INICIATIVA EN LAS CONSIDERACIONES QUE SIGUEN

Las normas jurídicas que contiene el artículo 123 son de carácter proteccionista y reivindicador. Las normas proteccionistas tienden a compensar las desigualdades que existen entre capital y el trabajo, protegiendo a éste en las relaciones de producción, en tanto que las reivindicatorias tienen por objeto emancipar económicamente al trabajador reintegrándole la riqueza que éste transfiere al capital en virtud de la explotación de su fuerza de trabajo. Los derechos reivindicatorios típicos que contiene el artículo 123 constitucional son los derechos de asociación profesional, de huelga y de participación en las utilidades de las empresas.

El trabajo es la fuente primordial de la riqueza. El capital es el resultado de la explotación de la fuerza de trabajo. El capitalista compra el esfuerzo del obrero y lo consume más allá del precio que ha pagado por él. Este es el origen de la concentración del ingreso que padece el país.

La participación organizada de los trabajadores en la vida política de México, ha permitido promover medidas tendientes a modificar el esquema de distribución de la riqueza y evitar la aplicación de otros cuyo objeto es el de favorecer dicha concentración.

A esta responsable actitud del movimiento obrero se debió en buena medida la inserción en la Ley Federal de Trabajo de un nuevo derecho: la prima de antigüedad.

Derecho reivindicatorio, la prima de antigüedad pretende, como la participación de utilidades, restituir al trabajador parte de la riqueza que él ha creado con su trabajo en un lapso de tiempo determinado.

Es un derecho que se adquiere desde el momento mismo en que el trabajador inicia la presentación de sus servicios a un patrón, desencadenando el proceso de traslado de riqueza, de su fuerza de trabajo al capital.

Como derecho de reivindicación, compensatorio de los servicios que el trabajador presta al patrón, su exigibilidad no puede quedar sujeta a un término, ni corto ni largo, pues basta con que exista una relación de trabajo viva, para que el derecho nazca y se haga exigible en cualquier tiempo.

La ley vigente, más por el imperativo de las circunstancias en que la norma se creó que por el desconocimiento de su naturaleza reivindicatoria, hace depender, tanto el nacimiento como la exigibilidad del derecho, del transcurso de quince años de prestación de servicios, por lo menos.

De esta suerte un derecho que intenta restituir al trabajador una proporción del valor que ha creado con su fuerza de trabajo, se desnaturaliza, transformándolo en un simple premio a la asiduidad, a la constancia, la experiencia ha demostrado la inoperancia de este derecho así concebido. A quien ha cumplido quince años de servicio a una empresa, le preocupa más conservar el empleo que separarse de él, pues como se trata de trabajadores de edad madura, difícilmente lograrán acceso a otra fuente de trabajo.

En consecuencia, es conveniente reintegrar al derecho su eficacia primitiva. Para ello basta con reformar las fracciones I y III del artículo 162, con el fin de que se reconozca a los trabajadores el derecho de exigir la prima de antigüedad en el momento mismo en que decidan separarse de su empleo o sean separados del mismo, independientemente del tiempo laborado. Para exigir el derecho lo mismo significan seis meses que veinte años.

Es evidente que el concepto de antigüedad no se basa forzosamente en un lapso prolongado de tiempo, tan es así que la ley habla de que el trabajador tiene derecho a que el patrón determine su antigüedad y ésta puede ser lo mismo de tres semanas que de 30 años.

Estimamos, además, que es necesario clarificar el texto legal de este derecho reivindicatorio, a fin de facilitar su comprensión por el obrero, su aptitud para exigirlo, y evitar interpretaciones jurídicas que pudieran continuar lesionando su interés.

Por otra parte, como los supuestos que contempla el artículo 5o transitorio de la ley, relacionado con el artículo 162, han cesado en su validez, este ordenamiento debe derogarse. En el mismo sentido se ha expresado la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En consecuencia, la diputación del sector obrero miembros de esta XLIX Legislatura del H. Congreso de la Unión se permite elevar a la consideración de esta Asamblea la presente

INICIATIVA DE LEY

Primero. Que reforma el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

"Artículo 162. Los trabajadores tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes:

I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de quince días de salarios, por cada año de servicios, o proporcionalmente al tiempo trabajado si éste es menor de un año.

II. Derogado.

III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados independientemente de la justificación o injustificación del despido.

IV. Para el pago de al prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes:

a) Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro.

b) Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje.

c) Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores.

V. En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas mencionadas en el artículo 501; y

VI. La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda.

Segundo. Que deroga el artículo 5o. Transitorio de la Ley Federal del Trabajo.

TRANSITORIO

Único: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Salón de Sesiones. Octubre de 1975. - Diputados del Sector Obrero: Leonardo Rodríguez Alcaine. - Arturo Romo Gutiérrez. - Luis A. Santibáñez Belmont. - Gilberto Acosta Bernal. - Gerardo Cavazos Cortés. - Jaime Coutiño E. - Joaquín del Olmo Martínez. - Ramón Díaz C. - Jesús José Gamero. - Jesús García Lovera. - Simón García Rodríguez. - Adalberto Lara Nuñéz. - Daniel Mejía Colín. - Ignacio Mendoza Aguirre. - Gilberto Muñóz Mosqueda. - Luis Parra Orozco. - Silvestre Pérez Lorenz. - David Ramírez Cruz. - Concepción Rivera Centeno. - Jesús Ibarra Tenorio.

El C. Presidente: Túrnese a las Comisiones unidas de Trabajo en turno, y Estudios Legislativos.

El C. Arturo Romo Gutiérrez: Pido la palabra, señor Presidente.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto?

El C. Romo Gutiérrez: Para presentar una Iniciativa de Ley.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Romo Gutiérrez.

Honorable Asamblea:

Los que suscriben, diputados del sector de los trabajadores, del Partido Revolucionario Institucional, miembros de esta XLIX Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la Fracción II del Artículo 71 de la Constitución General de la República y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea la presente Iniciativa de Reformas a la Fracción VI del Artículo 123, Apartado "A" de la Constitución, con el fin de establecer como única forma de pago justa el régimen del salario remunerador.

Fundamos la Iniciativa en las consideraciones que siguen:

La coyuntura histórica impone la necesidad de cambios fundamentales en los tradicionales e injustos esquemas de distribución de la riqueza nacional. Un nuevo sistema de valores sobre el cual se sustente la nueva sociedad a la que aspiramos, requiere del carácter previsor, alerta y revolucionario, de quienes nos ha sido encomendada la privilegiada responsabilidad de legislar. La Iniciativa que los representantes populares pertenecientes a la clase trabajadora, sometemos a la elevada consideración de esta H. Legislatura, aspira por igual a proteger el interés de las grandes mayorías de obreros, lesionados por la existencia de condiciones económicas que provocan su desequilibrio, como el acelerado proceso inflacionario,

como a crear instrumentos legales que hagan posible la continuidad de sus luchas hasta consumar su objetivo de transformación integral de la actual situación económica.

Para alcanzar este propósito, el movimiento obrero organizado se apoya en la interpretación con criterio revolucionario, del derecho social del trabajo y en la conciencia de clase de los trabajadores que con su lucha en el campo político, de las relaciones de producción y en el seno de la sociedad, harán posible su pronto advenimiento.

Reencontrarse con el espíritu y la naturaleza esencialmente transformadora del derecho obrero mexicano, es confirmar la vigencia y asegurar la culminación de nuestra Revolución que, no obstante sus avances, se ha visto obligada a postergar algunas de sus metas fundamentales.

Los datos estadísticos que en seguida referimos, reflejan con fidelidad los efectos de la política desarrollista adoptada por el estado a partir de 1940 y a cuya estrategia correspondió la pauta de desigual distribución de la riqueza, con el fin de lograr la formación de capitales.

Según las Naciones Unidas, el grado de desigualdad en la distribución del ingreso en México hasta 1970 fue de los mayores en Latinoamérica. En efecto, mientras que el porcentaje que representó en ese año la remuneración de los asalariados en la renta nacional fue en Colombia del 41.7%, en Costa Rica del 46.2%, en Chile del 48.3% y en Paraguay, del 37.3%, en México según los cálculos más certeros, osciló del 30.5% al 33.0% para ese año. No cabe duda que esta situación es uno de los factores fundamentales del saldo de desempleo que se contempla en nuestro país. Es particularmente grato a los obreros reconocer el amplísimo esfuerzo que lleva a cabo el gobierno del Presidente Echeverría para corregir los defectos de nuestro desarrollo.

A la responsable actitud del movimiento obrero organizado, acorde con una estrategia previamente delineada, mas no al abandono de sus tareas históricas, se debe, en gran medida, el importante desarrollo industrial del país, pero es llegado el momento de transformar las bases distributivas del ingreso, toda vez que, como ha venido ocurriendo, los detentadores del capital no han compartido los sacrificios y ahorros forzosos de las mayorías y en cambio se han beneficiado y muy principalmente a su costa.

Por estas razones, es propósito de la C.T.M., el de instituir legalmente el concepto del salario remunerador a nivel constitucional, en principio como una tesis revolucionaria que genere la modificación total del sistema salarial, y cuya validez descansa en una razón incuestionable: la ausencia de un régimen salarial justo, o lo que es lo mismo, de una retribución social equitativa a todos los que contribuyen a crear la riqueza y que ha dado origen a profundas desigualdades económicas.

Tradicionalmente se ha definido como salario remunerador a aquel cuya magnitud sea capaz de satisfacer las necesidades esenciales del trabajador, para su subsistencia y la de su familia.

Sin embargo, el salario es, además de lo anterior, un agente económico cuyas implicaciones con todos los demás factores de la economía son necesarias en el equilibrio del desarrollo, al punto que la falta de una política adecuada puede provocar desequilibrios fundamentales.

El salario remunerador, a pesar de los teóricos de la economía de mercado, representa otra cosa muy diferente a la simple satisfacción de las necesidades de los trabajadores, ya que esta es una definición, que además de antieconómica, es injusta para el factor trabajo que crea riqueza.

En efecto, su base real es la que debe fincarse no sólo en la distribución de la riqueza creada sino en el funcionamiento equilibrado de la economía creando la demanda efectiva, capaz de consumir la potencialidad productiva del país, en consecuencia debe establecerse el principio del salario remunerador con base en dos premisas:

1a. El salario remunerador debe ser de tal magnitud que cubra la parte proporcional que le corresponde al trabajador, al agregarle valor y en consecuencia riqueza, a un producto.

2a. En el conjunto social de sueldos y salarios cualquier disminución, en lo individual, provoca mercados insuficientes, con la consecuente aparición de crisis económicas estructurales.

La Constitución General del país refiere el término "remuneración", aun cuando no precisa su contenido. El artículo 123, Apartado "A" en su Fracción XXVII, inciso B), habla de la nulidad de condiciones expresadas en contratos que fijen un salario que no sea remunerador a juicio de las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

La otra referencia se encuentra en el Apartado B, Fracción X del propio Artículo 123, que establece la obligatoriedad de pagar con un ciento por ciento más de la "remuneración" fijada para el servicio ordinario al tiempo que exceda de 8 horas diarias.

Como se advierte, en el primer caso la Constitución alude al salario remunerador sin especificar su alcance dejando a las Juntas de Conciliación y Arbitraje la facultad de determinarlo, mientras que en el Apartado B, el término remuneración se confunde con el de retribución.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación introduce un elemento nuevo, no sólo se refiere a las condiciones de prestación de los servicios, sino que involucra las necesidades del trabajador.

Dice la Suprema Corte en la ejecutoria de 15 de noviembre de 1935, amparo directo 4888/35/1a. Filadelfia Granados:

"...La resolución que fije en determinada cantidad el salario de un trabajador es siempre revisable y no produce efectos de cosa juzgada, es decir, no impide que, en presencia de nuevas condiciones económicas o de mayores necesidades del trabajador, se aumente su

salario, pues de aceptarse lo contrario se llegaría a la conclusión de que los trabajadores no pueden obtener una retribución mayor ni mejorar, consiguientemente sus posibilidades económicas y su nivel de vida..."

La tesis de la Corte sustenta la revisabilidad de la resolución si varían las condiciones económicas (debe entenderse en el centro de trabajo) o las necesidades del trabajador.

Interpretando con amplitud el criterio de la Corte, consideramos que el trabajador tiene en todo tiempo el derecho de solicitar la revisión del salario convenido si en un momento dado éste no le retribuye el valor de su trabajo realizado, o se produce un desequilibrio económico entre el obrero y la empresa, desfavorable a aquel, digamos, por ejemplo, cuando se aumenta el precio final del producto y por consiguiente la plusvalía o utilidad, en ese momento el obrero tiene derecho de demandar el ajuste de la retribución que recibe. Igual derecho, según la Corte, le corresponde al trabajador cuando aumentan sus necesidades o, en otros términos, sus posibilidades de desarrollo integral como ser humano.

Este último concepto, tropezaría con innumerables escollos de operación, circunstancia que en nada merma su espíritu revolucionario.

La nueva Ley Federal del Trabajo es más explícita, no sólo al introducir el concepto de remuneración al trabajo sino en su intento por precisar algunos de sus elementos.

El artículo 56 habla de que las condiciones de trabajo no podrán ser inferiores a las que señala la Ley y deberán ser "proporcionadas a la importancia de los servicios".

El artículo 85 va más allá. Dice: "El salario deberá ser remunerador... Para fijar el importe del salario se tomarán en cuenta la cantidad y calidad del trabajo".

En ambos casos se establece el elemento de equivalencia, de valor real del esfuerzo del trabajador en la elaboración del producto y el pago correspondiente, en función al valor agregado por la mano de obra en el proceso productivo.

Aquí encontramos implícito el concepto económico de la plusvalía, que la Ley pretende tutelar estableciendo bases incipientes para darle contenido: La proporcionalidad del pago a la importancia de los servicios y la calidad y cantidad del trabajo.

En una de las sesiones del Congreso de Querétaro ya el constituyente José Natividad Macías, hombre de sólida preparación doctrinaria, al referirse a los Salarios Mínimos que se discutían, sustentó la tesis de plusvalía y afirmó desde entonces el verdadero concepto y los alcances del salario, los orígenes de la concentración de la riqueza y de la consecuente lucha entre los factores de la producción. Dijo:

"El producto de una industria viene a representar, por una parte, el trabajo del obrero; por otra parte representa el trabajo personal del empresario, y por otra parte representa el trabajo intelectual del inventor; porque las industrias no podrían prosperar si no se aprovecharan todos los adelantos de la ciencia, todas las invenciones, para hacer producción barata, es decir, producir más o menos: de manera que podemos decir que hay dos clases de trabajo, tres clases de trabajo, un trabajo del inventor, otro del empresario y otro material del trabajador; pero también tenemos en el producto el capital invertido; de manera que en el precio del producto debemos representar forzosamente la retribución para el operario, así como la retribución para el empresario y la retribución para el inventor, la del perfeccionador de la industria que presta un servicio muy importante, y además el pago del capital y sus intereses."

La presente Iniciativa propone la inclusión del concepto de salario remunerador en la Constitución General de la República, que permita el establecimiento de un régimen salarial integral, sustancialmente distinto del vigente, porque se basa en la retribución al trabajador del esfuerzo realizado, o más concretamente del valor que su trabajo, personal o con el uso de equipo, herramientas y maquinaria, agrega al producto.

El elemento común a todo artículo que se produce es el trabajo humano. Sin éste, la materia prima no se transforma.

El trabajador recibe del patrón la materia prima para producir una mercancía. Con su trabajo, el obrero transforma la materia prima en un buen consumo que ya contiene por tanto un valor agregado; posteriormente, el empresario fija un precio al artículo producido, en el que incluye los costos de la materia prima, mantenimiento fabril, depreciación de maquinaria y herramienta, impuestos, intereses del capital y el pago al trabajador, quedando un excedente económico arbitrario que es la utilidad o plusvalía.

Este proceso se aplica a toda actividad humana en la que se preste un servicio dependiente de un patrón.

Luego, la única forma de pago justo posible es la que se basa en el salario remunerador, consistente en que el patrón retribuya al obrero el exacto valor que representa su trabajo en relación con el precio final del artículo en cuestión, una vez que ha recuperado el costo de su producción y el dinero o capital invertido.

Las disparidades notables que se observan en los niveles de ingreso obedecen al hecho de que no se aplica este principio en su simplicidad; a que el patrón cubre al trabajador sólo una cantidad convenida o arbitraria y se apropia de un excedente importante.

Empezar a corregir estas disparidades, depende de la inclusión del concepto del salario remunerador en la legislación vigente, de su adecuada reglamentación y, sobre todo, de la cabal comprensión de sus alcances por quienes intervienen en el proceso productivo.

El elemento constitutivo del salario remunerador es pues el que se debe pagar al obrero por el trabajo realizado en la proporción exacta que representa comparándolo con el precio final del producto.

Es evidente que para hacer operante este derecho el trabajador debe tener acceso en todo

tiempo, a la información que refleje los resultados de operación, financieros y económicos de la empresa, cuestión ésta, que por separado pero dentro del marco estratégico de esta Iniciativa, los legisladores del sector obrero promoveremos en su oportunidad.

La Iniciativa que proponemos, responde de manera muy clara al esquema de desarrollo que configura La Constitución General del país y a su sistema de economía no exclusivamente capitalista, puesto que preserva al empresario privado la posibilidad de un beneficio razonable en tanto que concreta la aspiración de justicia social al remunerar el esfuerzo del trabajador en su exacta proporción, con el natural y paulatino ajuste de los desequilibrios económicos entre las clases sociales y la consecuente desaparición de estás.

El salario remunerador so ha sido aplicado hasta hoy como medio de pago. El salario mínimo legal y el salario contractual, han venido operando hasta la fecha, pero con un alcance muy limitado, puesto que el salario mínimo, desde su propia concepción legal, es un salario de "subsistencia" que tiende a garantizar la satisfacción de las necesidades más elementales del trabajador como jefe de familia, en tanto que el salario contractual, por su naturaleza, debe rebasar a éste y establecer condiciones de retribución, superiores al mínimo, pero sin reflejar tampoco la necesidad de que se compense al trabajador la totalidad del trabajo realizado.

El régimen del salario remunerador se postula como la única forma de pago justa y supone la lógica y paulatina desaparición de cualquier otro régimen salarial. Representa la transformación de las relaciones obrero - patronales en todos sus niveles y propicia la adecuación de muchas de las instituciones oficiales responsables del diseño o aplicación de políticas para la clase obrera, y lo que es más importante, tiende a obtener el equilibrio económico en beneficio de las clases marginadas; proyecta las perspectivas de acción del movimiento obrero organizado a niveles insospechados, distintos, y se constituye como un verdadero paso histórico en nuestra aspiración por encontrar métodos originales de transformación social pacífica en que estamos empeñados los mexicanos.

Por su propia naturaleza, el régimen del salario remunerador generará la necesidad de reformas jurídicas consecuentes para hacerlo operante tanto en el campo de las relaciones obrero - patronales, como para que cumpla su función promotora de cambios cualitativos en el orden económico, que beneficien a las grandes mayorías del país.

Los legisladores obreros reiteramos nuestro compromiso de proponer en su oportunidad y con plena conciencia de nuestra responsabilidad, las medidas legislativas que complementen y justifiquen, aún más, este proyecto de Decreto.

Por estas razones, los legisladores obreros, miembros de esta XLIX Legislatura, elevan a la consideración de esta H. Asamblea, la siguiente Iniciativa de Ley, que reforma la fracción VI del artículo 123, apartado "A" de la Constitución General de la República, para quedar como sigue:

Artículo 123. ..

Apartado "A".

I al V. ..

VI. "El salario que perciba el trabajador debe ser remunerador, de tal manera que su monto represente el valor que el trabajo agrega al producto en relación con su precio final."

"Corresponde a la Ley Reglamentaria determinar las bases para su fijación."

"En ningún caso el salario remunerador podrá ser inferior a los salarios mínimos legales. Estos constituyen una garantía constitucional de ingreso para el trabajador."

"Los salarios mínimos serán generales o profesionales. Los primeros regirán en una o en varias zonas económicas; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la industria o del comercio o en profesiones, oficios o trabajos especiales."

"Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades industriales y comerciales."

"Los trabajadores del campo disfrutarán de un salario mínimo adecuado a sus necesidades."

"Los salarios mínimos se fijarán por comisiones regionales, integradas con representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno y serán sometidos para su aprobación a una Comisión Nacional que se integrara en la misma forma prevista para las comisiones regionales."

TRANSITORIO

Único. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Salón de Sesiones, 23 de octubre de 1975. - Diputados del Sector Obrero: CTM: Leonardo Rodríguez Alcaine. - Arturo Romo Gutiérrez. - Luis A. Santibáñez Belmont. - Gilberto Acosta Bernal. - Gerardo Cavazos Cortés. - Joaquin del Olmo Martínez. - Ramón Díaz C. - Jesús José Gamero. - Jesús García Lovera. - Simón García Rodríguez. - Adalberto Lara Núñez. - Daniel Mejía Colín. - Ignacio Mendoza Aguirre. - Gilberto Muñoz Mosqueda. - Luis Parra Orozco. - Silvestre Pérez Lorenz. - David Ramírez Cruz. - Concepción Rivera Centeno. - Jesús Ibarra Tenorio. - Luis Fernando Solís Patrón. - Jorge Antonio Torres Zárate. - CROC: Silverio Ricardo Alvarado. - Marcos Montero Ruiz. - Rogelio García González. - Alberto Juárez Blancas. - COR: Ángel Olivo Solís. - STPC: Jorge Durán Chavéz. - Mineros: Alfredo Rodríguez Ruiz. - Ismael Villegas. - Pedro García. - Jesús López. - Ferrocarrileros: Jorge Reyna Toledo. - Aurelio Zamora García. - Por Solidaridad: Carlos Sanzores Perez. - Luis del

Toro Calero. - Francisco Javier Gutiérrez Villarreal. - Ignacio Carrillo Carrillo. - José Ortiz Arana. - Jaime Esteva Silva.

Con fundamento, señor Presidente, en el artículo 56 del Reglamento, solicito sea turnado de inmediato este proyecto de Iniciativa. Muchas gracias.

El C. Presidente: Túrnese a las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Trabajo en turno, y de Estudios Legislativos.

HECHOS

El C. Moreno Ballinas: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Para qué asunto?

El C. Moreno Ballinas: Para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Moreno Ballinas.

- El C. Rafael Moreno Ballinas:

"Señor Presidente, compañeros diputados: Como es del conocimiento de esta honorable Asamblea, en días pasados se suscitaron una serie de movimientos telúricos en el Estado de Chiapas, haciendo crisis el día 30 del mes pasado, específicamente en la Ciudad de Chapa de Corzo, y las poblaciones ribereñas del Río Grijalva. (Ejido Las Flechas, Ribera Las Flechas. Santo Domingo, Ribera de Cupia, Ribera del Vergel, Ejido Salvador Urbina, Ejido América Libre, Ejido Amatal, Ribera del Amaral, Ribera Cupasmi, Ribera Monte Rico y Ejido Nueva Palestina), con un total de 2,607 entre casas y edificios seriamente dañados y con 15,000 damnificados aproximadamente.

La diputación federal chiapaneca, cumpliendo con su Representación y con anuencia del Presidente de la Gran Comisión, diputado Carlos Sansores Pérez, nos trasladamos a nuestro Estado, para constatar acompañando al Gobernador Velasco Suárez, quien coordina los trabajos de auxilio en la zona afectada, los daños causados por los acontecimientos sismológicos, y las medidas resolutivas al problema, así como participar en las gestiones, para lograr mayores beneficios en favor de los más necesitados.

El informe rendido por la Asociación Iberoamericana en Geofísica, el Instituto Nacional de Geofísica de la UNAM y el Departamento de Geología de la Comisión Federal del Electricidad, reiteran: Que los sismos ocurridos en la zona de Chiapas son de tipo Swarn (enjambre), poco peligrosos objetivamente, ya que el evento o temblor principal excepcionalmente alcanza la magnitud de 6o en la escala de Richter, son psicologicamente dañinos, porque suelen prolongarse durante varios días. En Centroamérica son frecuentes y la serie se acaba poco después.

Es de mencionarse que después del día 30 del mes próximo pasado, los sismógrafos registraban un promedio de 150 temblores cada 24 horas siendo perceptibles a la sensibilidad humana el 2% de ellos.

Se ha logrado en gran medida, borrar la falsa información de alarma injustificada, relativa a la Presa Hidroeléctrica Belisario Domínguez como causante de los sismos, puesto que el epicentro de las descargas energéticas, se encuentra a una distancia de 12 kilómetros de la ciudad de Chiapas de Corzo y a 40 kilómetros de la misma presa.

Es conveniente recordar que la población de Chiapas de Corzo fue destruida durante la Colonia y en el año de 1902 y que han vuelto a presentarse fenómenos semejantes, por lo que en la reconstrucción se observarán especificaciones antisísmicas.

El Gobierno del Estado con el apoyo del Gobierno Federal, a través del INDECO que actúa, con la Dirección de Obras Públicas del Estado, como ejecutor general de la restauración y construcción de viviendas y edificios públicos, realiza ya las obras en las primeras 100 casas de Chiapas de Corzo, y de algunas comunidades rurales.

Los habitantes están ya volviendo a sus poblaciones de origen, en las que se han construido cobertizos provisionales, se han entregado casas de campaña, y se han puesto en servicio baños públicos en la ciudad, y ejidos de la zona sísmica, donde se alojan los damnificados.

Sin embargo, después de todas estas acciones oportunas y eficaces, a la par del dolor humano, algunos agitadores profesionales encuentran propicio el ambiente para maniobras ilegítimas, como lo demuestra la invasión de terrenos en la capital del Estado, so pretexto de los sismos. La representación Federal de la entidad, ponderando la situación existente, hicimos durante las reuniones con los afectados, un llamado de cordura, para no prestarse al juego de intereses particulares que nada les beneficia, y además los exhortamos a cooperar con su fuerza de trabajo con el comité de auxilios, a fin de lograr cuanto antes tener su vivienda restaurada a prueba de futuros sismos, como lo ordenó el C. Presidente de la República.

A su vez los damnificados nos pidieron agradecer al Presidente Echeverría la ayuda solidaria y pronta que se proporciona a través de las Secretarías de Obras Públicas, Salubridad y Asistencia, y de los organismos INDECO, CONASUPO, Comisión de Grijalva y la participación eficaz del ejército mexicano.

A las familias se les están proporcionando diariamente alimentación y reparto de despensas en un número aproximado de 15,000 ya se están utilizando los materiales de construcción como cemento, varilla, calidra y armadura de hierro, en el orden de mil toneladas, muebles sanitarios que han llegado aún en cantidades insuficientes, se espera que aproximadamente se disponga de mayores elementos.

Como información adicional, el día 22 del presente mes a las 17:25 horas, o sea dos días atrás, se produjo un movimiento telúrico en el mismo Estado de Chiapas, a cien kilómetros del epicentro que causó los destrozo en Chiapas de Corzo, destruyendo totalmente 20 casas y dañando seriamente casi, un centenar más, de la cabecera municipal de Tecpatán.

Respetuosamente.

Diputada licenciada Guadalupe Cruz. - Diputado licenciado Rafael Moreno. - Diputado doctor Carlos Moguel. - Diputado arquitecto Jaime Coutiño. - Diputado licenciado Fedro Gillén. - Diputado profesor Nereo González.

Sala de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a los 24 días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco.

Nota: Se anexa material gráfico."

El C. Presidente: Trámite: Insértese en el Diario de los Debates.

ANIVERSARIO DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

El C. Presidente: Para referirse al aniversario de la Organización de las Naciones unidas, han pedido hacer uso de la palabra los siguientes ciudadanos diputados: Fernando Estrada Sámano, Belisario Aguilar Olvera, Antonio Martínez Báez y Ernesto Báez Lozano.

Se le concede el uso de la palabra al diputado Estrada Sámano.

El C. Fernando Estrada Sámano: Se conmemora como usted ha dicho, señor Presidente, señoras y señores diputados, el trigésimo aniversario, de la constitución de la Organización de las Naciones Unidas. Este es motivo de congratulación para el Congreso Mexicano y oportunidad para hacer muy breves comentarios sobre algunos aspectos y principios de la vida internacional actual. Fue, hace 30 años al término de la Segunda Guerra Mundial, que en la ciudad de San Francisco y con la participación de México, se aprobó y afirmó la Carta Constitutiva de las Naciones Unidas. A treinta años de distancia podría intentar hacerse una evaluación apenas superficial de la existencia y la acción de las Naciones Unidas en la vida internacional. Pueden y deben señalarse una serie de aspectos válidamente criticables y delimitaciones en la estructura y en la operación de las Naciones Unidas, al mismo tiempo que destacar sus logros y sus realizaciones.

Por una parte, creo que con validez, pudieran aparecer para quien lea la Carta Constitutiva de las Naciones Unidas que contiene aspectos de aparente anacronismo, la Carta se pensó y se discutió en horas de seria crisis mundial, pero en un contexto y un marco básicamente diferente del que hoy vive el mundo. No podía preverse, al término de la segunda Guerra Mundial la nueva etapa en que el mundo habría de entrar con la dolorosa proliferación de las armas nucleares. No previó la Carta por tanto, la urgencia que hoy todos sentimos de una política de desarme decidida. Aparecen en el documento algunas contradicciones y diversas faltas de previsión política.

A 30 años de distancia, la Organización también parece criticable por una relativa ineficacia de solución de conflictos internacionales, por ineficacia en constituirse una autoridad verdaderamente mundial, y en algunos casos por falta de suficiente, quizá, de autoridad moral.

Es posible que haya alguna relación entre esta relativa eficacia de la Organización, y los resultados de un estudio que la misma encomendó hacer una de sus Comisiones, y el cual señala, entre otros aspectos, que de los más de 140 miembros actuales de la Organización apenas 30 de ellos llenan los requisitos que la misma Carta y la tradición misma de las Naciones Unidas señalan como necesarios para calificar a los países de verdaderamente democráticos y de sociedad participativas.

Por otra parte, como se ha señalado en el foro mismo de la Organización, ésta sufre quizá de una estructura ya no suficientemente ágil y flexible para las necesidades del mundo actual. Como se sabe, las principales instituciones de la Organización son la Asamblea General donde todos los países miembros participan con representaciones; el Consejo de Seguridad, en donde cinco países son miembros permanentes y tienen además el poder del veto, la Corte Internacional de Justicia, los Consejos con finalidades educativas, sociales y económicas, son cuerpos que posiblemente en su estructura misma y en su jurisdicción y en sus facultades necesiten revisión y cambio urgente. El hecho de que cinco países, las 5 potencias triunfadoras de la segunda Guerra Mundial tengan el poder de veto en seno del Consejo de Seguridad, ha presentado en la vida y en la marcha de las Naciones Unidas dificultades serias. Han dado por resultado, entre otros absurdos contradictorios, el hecho de que por casi un cuarto de siglo la nación que realmente representaba al pueblo chino, estuviera excluida de esa Organización y se mantuviera la ficción de un gobierno que no representaba a ese pueblo y que funcionaba prácticamente en el exilio. Quienes ahora, desde un punto de vista imperial, hueco y pragmático señalan la concepción de minorías, de mayorías, ilegítimas en el seno de la Asamblea, fueron los mismos que en 1951 y en 1952, sacaron la Resolución que se llamó Unidos por la Paz del seno del Consejo y la propusieron a la Asamblea General en donde se aprobó y que fue la base no aceptada por algunos miembros de la intervención de las Naciones Unidas en el conflicto de Corea.

Otra crítica quizá válida que puede hacerse, es la necesidad de financiamiento de la Organización sobre bases más igualitarias, puesto que la actual distribución y la relativa falta de responsabilidad de los países miembros, da quizás oportunidad a algunos de ellos de ejercer influencia indebida de su contribución financiera.

En último término, estos y otros aspectos que podrían señalarse como elementos criticables o necesitados de cambio en la Organización de las Naciones Unidas, no son sino perfiles, detalles de una estructura injusta, de una distribución nominal del poder político y económico que es inaceptable para países en desarrollo como México.

Estructuración que se refleja en estos elementos de la naturaleza y el operar de las Naciones Unidas.

Y yendo más allá de los aspectos que pudieran ser criticables en la organización, deben en justicia y en congratulación señalarse igualmente los logros y las realizaciones de las Naciones Unidas.

Ha sido, primer lugar, un foro libre para la expresión de los intereses legítimos de todos los países del mundo.

Ha sido, sobre todo, la Asamblea General, oportunidad y camino para la representación de los intereses de los hombres del mundo que no tienen voz.

Y ha dado este instrumento oportunidad a realizar lo que alguien ha llamado la diplomacia parlamentaria.

Ha sido la organización un recurso legítimo de las naciones cuando surgen conflictos entre ellas o cuando de trata de defender los derechos legítimos de las mismas.

Las Naciones Unidas han sido realmente eficaces como organización, cuando han intervenido en conflictos limitantes que han surgido en diversas partes del mundo, y han contribuido con extraordinaria buena voluntad en algunos casos a la no expansión de esos conflictos y a la solución pacífica de los mismos.

Las Naciones Unidas en estos 30 años, han representado también la afirmación de principios fundamentales en la vida social y en las resoluciones entre los países, y el decidido fomento de relaciones más justas y de la operancia de esos principios. A este respecto, no deja de ser impresionante, a 30 años de distancia, el ver la solemnidad con que los países fundadores afirmaban principios y valores humanos como orientación básica de la vida social e internacional.

El proemio de la Declaración universal de Derechos Humanos afirmaba, entre otras cosas, las siguientes:

"Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalineables de todos los miembros de la familia humana; considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajante para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado como la aspiración más elevada del hombre el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias; considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión; considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de mayor importancia para el pleno cumplimiento de compromiso, la Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos": y esta afirmación solemne, repetida, de principios necesarios para la vida civilizada de las naciones modernas, ha significado también la presencia de las Naciones Unidas en proyectos diversos de solución a problemas de países subdesarrollados y la elaboración y aplicación de estudios sobre problemas socioeconómicos de los países, con la suficiente garantía de que con el respaldo de las Naciones Unidas esos estudios y esos proyectos y esos experimentos no significan la dependencia de unos países respecto de otros o la ilegítima intervención de las potencias frente a los países débiles. En el mismo sentido de afirmación de principios para las relaciones entre los países, está indudablemente la aprobación abrumadora de la proposición mexicana de la Carta de Deberes y Derechos Económicos de los Estados que señala, con ideas inspiradas entre otras, en el IRFED de Francia y otros autores, principios necesarios de justicia en las relaciones económicas entre los Estados.

Y esta afirmación mayoritaria, por la cual nos alegramos, tiene ahora por delante, como ha señalado el diputado Solórzano, en alguna ocasión el difícil trabajo de la implementación, la búsqueda azarosa de los métodos concretos para asegurar que esos principios contenidos en la Carta se conviertan en caminos prácticos y viables de aplicación. y como ha señalado también otro diputado, Juan José Hinojosa, estos principios válidos de vida internacional señalados en la Carta, deben tener su correspondencia y su congruencia con la vida interna de México.

Pero, sobre todo, las Naciones Unidas, señoras y señores, creo que han representado un esfuerzo constante por la implantación de un justo orden internacional limitado y el fortalecimiento de las relaciones equitativas fundamentadas en reglas claras de derecho. Y el que una organización tal con estas limitaciones, pero también con estos logros haya sobrevivido y haya recibido el apoyo de los países durante 30 años es, señoras y señores, motivo de congratulación.

La Organización por sus logros limitados y por sus fallas señaladas, evidentemente necesita cambios, debe encontrar mecanismos más ágiles y flexibles ante la amenaza terrible de las armas contemporáneas. Debe de encontrar, de diseñar y de aplicar un plan más radical para un orden mundial más justo. Debe quizá, ayudar como institución internacional verdaderamente real.

Por otra parte, este aniversario sirve para recordar algunos principios fundamentales de vida internacional y señalaría principalmente tres: el bien común de las naciones vinculadas en forma perfectible de comunidad internacional, la exigencia de respeto a la autodeterminación y no inter vención, y la obligación de contribuir al establecimiento y permanencia de la Organización Internacional, dotada de poder eficaz para imponer sus decisiones inspiradas en la justicia internacional.

Esta construcción del bien común y de la justicia social sobrepasa hoy los límites de cada uno de los países considerados como unidades atomizadas; debe de pensarse como bien común internacional, en la creación decidida de

condiciones sociales y económicas que permitan y fomenten el desarrollo, la realización de las personas y de las naciones respetando sus diferencias.

Tenemos problemas en el mundo actual, que evidentemente sobrepasan la capacidad de las naciones individuales para resolverlos. Señalaría simplemente como ejemplos, dos fundamentales: la producción y distribución de los energéticos, y la resolución del problema de la alimentación de la humanidad.

Y las Naciones Unidas han representado la oportunidad de que estos problemas comiencen a enfocarse en forma de solidaridad internacional.

En todo caso, señoras y señores diputados, y quizá refiriéndose particularmente al personal internacional que trabaja en las dependencias de las Naciones Unidas, la Organización representa un paso adelante en la realización del viejo sueño de Terencio: "no considero nada que sea humano ajeno a mi"; quienes han favorecido y quienes han dado buena parte de su vida para el fortalecimiento de las Naciones Unidas, se están convirtiendo en personas a las cuales nada de lo humano les queda lejano, extraño o ajeno.

Hay en cierto modo la creación de un nuevo tipo de hombre que se va convirtiendo en ciudadano del mundo, en hombre que sublima la lealtad a su propia nación y lo eleva al servicio internacional, a la decisión por el cambio social, y económico en las relaciones entre las naciones y convierte la lealtad nacional, la eleva a la fidelidad y al servicio a la humanidad toda. Por estos motivos, es hoy motivo de congratulación para el Congreso Mexicano el conmemorar el trigésimo aniversario de las Naciones Unidas y el Felicitarnos igualmente de la participación constante de nuestro país en la Organización de las Naciones Unidas en la participación decidida de nuestro país por una mejor distribución internacional del trabajo, de la riqueza y del poder. Pudiera pensarse, entonces, en la conveniencia de enviar una comunicación oficial nuestra al señor Presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas en donde expresemos que nos congratulamos con ocasión del trigésimo aniversario de la constitución de las Naciones Unidas, que le rogamos hacer extensiva nuestra felicitación a los representantes de todos los países miembros; que hacemos votos por el bien personal de su Excelencia, y que renovamos la esperanza de que la organización encuentre caminos siempre mejores para servir con eficacia creciente los intereses de la paz mundial y de la verdadera justicia entre las naciones.

Estas son, señores diputados, señor Presidente, algunas de las consideraciones que inspira la vida iniciada hace 30 años de la Organización de las naciones Unidas. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Belisario Aguilar.

El C. Belisario Aguilar Olvera: Señor Presidente, señoras y señores diputados: En la Carta de San Francisco firmada el 26 de junio de 1945, en su preámbulo de declara:

"Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la humanidad sufrimientos indecibles, y a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad del derecho de hombre y mujer de las naciones grandes y pequeñas y a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional, y a promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades, a practicar la tolerancia y a convivir en paz, como buenos vecinos, y a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usará la fuerza armada, sino en servicio del interés común y a emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos. Hemos decidido aunar nuestros esfuerzos para realizar estos designios. Por lo tanto, nuestros respectivos gobiernos, por medio de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco, que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenido en la presente Carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una organización internacional que se denominará las Naciones Unidas. En el artículo 1o. de la carta expresan: 1o. Mantener la paz y la seguridad internacionales; 2o. Fomentar entre las relaciones de amistad, basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos; 3o. Cooperar en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social y cultural y humanitario, y en el desarrollo y estímulo al respeto a los derechos humanos, y a las libertades fundamentales de todos; 4o. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones para alcanzar estos propósitos comunes. En el artículo 2o. expresa: 1o. La organización está basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus miembros; 2o. Los miembros cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos, de conformidad con la Carta.

3. Arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos.

4. En sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza y al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas.

5. Prestarán a las Naciones Unidas toda clase de ayuda en cualquier acción que ellas ejerzan de conformidad con la Carta y se abstendrán de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.

6. La organización hará que los Estados que no son miembros, se conduzcan de acuerdo

con estos principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y seguridad internacionales.

7. Las Naciones Unidas no intervendrán en asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados. Este principio no se opone a la aplicación de medidas coercitivas con respecto a amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión.

La Organización de las Naciones Unidas es una entidad que nace bajo el calor de la lucha de los pueblos por derrotar al nazifrascismo y al militarismo japonés, y sentar las bases para el establecimiento de una vida auténticamente democrática.

Cabe el alto honor a México, de ser uno de los primeros participantes en la constitución de este organismo. en su primera etapa, las Naciones Unidas confrontaron incluso, dificultades para su propia existencia, problemas que le generaron aquellas fuerzas que terminada la segunda Guerra Mundial planearon y llevaron a cabo la política de Guerra Fría, es decir, la de agresión a las supuestas fuerzas del Socialismo y el Comunismo, incluyendo entre éstas aun a las levemente democráticas, con el propósito de impedir la lucha de los pueblos coloniales por su liberación, acentuadamente en África y en Asia.

Sin embargo, a pesar de todos estos obstáculos, la Organización de las Naciones Unidas ha podido sobrevivir exitosamente, y es que en la medida en que los pueblos coloniales tomaban su independencia y pasaban a formar parte de la Organización, inyectaban sangre nueva, ideales pacifistas, democráticos y humanitarios. No faltaron fuerzas que en una actitud sectaria y sin comprender el importante escenario de la Organización, cuya fundación hoy conmemoramos, hablaron entonces de la conveniencia de crear una organización no manipulada por el imperialismo en la Conferencia de Bandun de 1955. Contra esta actitud sectaria que sólo hacía el juego a los partidarios de la guerra, en su oportunidad se alzó la voz vigorosa y orientadora de mi partido a través de su fundador el maestro Vicente Lombardo Toledano. Dentro de sus principios generales normativos, la Organización ha emitido recomendaciones y resoluciones de un alto sentido humanista entre las que destacamos la lucha de liberación de los pueblos coloniales, la lucha en contra del neocolonialismo, el apartheid, el racismo y el fascismo y la defensa sin concesión de los derechos humanos. En acciones concretas, ha sido un factor de control y moderación en aquellas regiones en donde el imperialismo ha provocado guerras locales. México por su tradicional política exterior ha aportado su esfuerzo en lograr la afirmación de las resoluciones; pero algo más, ha aportado en consolidar la lucha por la paz, por la desnuclearización de América Latina y alcanza su aportación la plenitud en la aprobación de la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados. Hay fuerzas a quienes no ha gustado que las Naciones Unidas hayan alcanzado ser un instrumento de paz entre los pueblos, son las voces que se quejan hoy de la presión de las mayorías del mundo sobre una minoría. Esta actitud, se atribuye a las Fuerzas del Tercer Mundo por el imperialismo; cuando antes, a través del veto, el imperialismo imponía sus decisiones en contra del propio Tercer Mundo y de los pueblos coloniales y semi - coloniales que luchaban por su liberación. La ONU tiene que ser una organización de equilibrio, el Partido Socialista no considera que la ONU deba ser una fuerza supranacional, es una organización de equilibrio para garantizar la paz y dentro de esta característica, deberá ser tomada en cuenta como una realidad la presencia del Tercer Mundo, y lo que su fuerza significa para alcanzar los objetivos que dieron origen a las Naciones Unidas.

En esta conmemoración, creemos que el Congreso, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión debe reconocer que las Naciones Unidas han sido un factor importante para la conservación de la paz, pero que la paz ha dependido fundamentalmente de las luchas de los pueblos por preservarla. Muchas Gracias. (Aplausos.)

El C Presidente: Tiene la palabra el diputado Antonio Martínez Báez.

El C. Antonio Martínez Báez: Ciudadano Presidente de la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, ciudadanos diputados: Agradezco profundamente al ciudadano Presidente de la Cámara popular, integrante con el Senado de la República, del Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos, me haya concedido el alto honor de ascender a esta tribuna para intervenir en la conmemoración de un acontecimiento de carácter universal, con indudable trascendencia y reflejo particular en nuestra patria.

Por decisión tomada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 31 de octubre de 1947, se dispuso que el día 24 de octubre, aniversario de la entrada en vigor de la Carta de dicha Organización mundial, sería denominado oficialmente, a partir de entonces, Día de las Naciones Unidas, que se dedicaría a informar a todos los pueblos del mundo de los objetivos y realizaciones de la Organización, y a obtener apoyo para sus labores. En virtud de aquella decisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se invitó a los gobiernos miembros a que cooperaran en la observancia del aniversario. El día de hoy, en que puntualmente se cumplen 30 años de haber entrado en vigor la Carta de las Naciones Unidas, la que fuera aprobada en la ciudad de San Francisco de California, el 25 de junio de 1945, y firmada al día siguiente; por haberse depositado el 24 de octubre de ese año los instrumentos de ratificación de la mayoría de los signatarios de la Carta, he creído, señor, que esta representación nacional no debería ser ajena a la celebración del 30 aniversario de dicho documento mundial.

En esta fecha conmemorativa, en este Día de las Naciones Unidas del año de 1975, no podríamos hacer el elogio irrestricto de la organización

mundial nacida hace hoy exactamente 30 años, como si ella fuese el producto cabal, perfecto y definitivo de una comunidad jurídica universal. Las Naciones Unidas responden a una conciencia de la interdependencia de las Naciones y de la necesidad de organizar entre ellas sus relaciones de una manera global, y sólo podemos afirmar hoy, que estamos todavía en los pasos iniciales de la marcha para la creación de un gobierno de ámbito mundial, el cual habrá de ofrecer las necesidades adaptaciones, del modelo o el esquema de tipo federal.

No podemos vanagloriarnos y decir que los varios o muchos logros hasta ahora realizados en la marcha hacia el entendimiento y la cooperación de los pueblos, nos hayan puesto siquiera a la mitad del camino emprendido, pues debemos reconocer lo que nos falta para alcanzar la tierra de promisión, es aún mayor y más difícil que el trecho que ya se ha recorrido. Como lo expresara uno de los Secretarios Generales de la Organización de las Naciones Unidas somos conscientes de que a menudo la acción de la ONU produce decepción, pero recuérdese que es lo único que tenemos.

Permítaseme, ciudadanos diputados, aprovechando la oportunidad que me ha sido concedida, para rendir ante esta H. Cámara de Diputados, formular o rendir un pequeño testimonio personal y directo del limitado valor sobre el funcionamiento de un organismo dependiente de la Comisión de Derechos Humanos creado por ésta en el año de 1946 para realizar trabajos y estudios y presentar recomendaciones. Organismo denominado Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, compuesto en la actualidad por 26 miembros procedentes de las distintas regiones geográficas del mundo. expertos que actúan a título personal y no como representantes de sus respectivos gobiernos, organismo en cuyo seno he asistido como uno de sus miembros desde hace ya diez años, por la generosa selección de la Comisión de Derechos Humanos hecha en mi favor en tres sucesivas ocasiones, previo el acontecimiento del gobierno de México.

En atención a los cambios continuos, a la evolución de los problemas políticos, sociales, económicos y jurídicos que aparecen en las amplias esferas correspondientes a las diversas formas que revisten las discriminaciones y a la diversa situación en que se encuentran las minorías étnicas, lingüísticas o religiosas, la agenda o programa del vigésimo octavo período de sesiones de dicha subcomisión, sesiones que se celebraron en la subsede de la Organización en la ciudad de Ginebra durante los meses de agosto y septiembre últimos, cubrió un muy amplio conjunto de temas, varios de ellos que no podrían considerarse a primera vista como ajenos o distantes de los rubros que comprenden la denominación de ese Cuerpo de Expertos.

Pero merece aquí, y ahora, que mencione en forma especial o particularmente, que ya hace 3 años se ha iniciado por la subcomisión de minorías y discriminaciones, el estudio de la discriminación contra las poblaciones indígenas, ello en forma separada del tema anterior sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, por considerarse que son distintos o peculiares los problemas que afectan a las poblaciones autóctonas, las poblaciones principalmente existentes en varios países de Hispanoamérica.

Como un método de información sobre este nuevo capítulo, se ha pensado por la División de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría General de la Organización de Naciones Unidas, en la celebración en el próximo año de 1976, de un Seminario, el primero, el primer Seminario Mundial sobre las Poblaciones Indígenas, habiendo yo recibido una clara sugerencia de que nuestro país, México, ofreciese ser el lugar de la reunión de tal seminario, sugerencia que ya me he permitido comunicar a la más alta autoridad nacional, quien la ha recibido con gran beneplácito, estando la invitación tan sólo pendiente de ser causada por los conductos competentes.

Estimo también, ciudadanos diputados, que es muy digna de ser mencionada en esta ilustre tribuna nacional, mi experiencia sobre la plena vigencia, sobre la conciencia plena, profundamente arraigada en el ámbito mundial, así se manifieste ella dentro del seno de un reducido órgano de expertos de procedencia de todas las regiones del Globo, de la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados aprobada por la resolución 3281 de la XXIX Asamblea General de las Naciones Unidas apenas el día 12 de diciembre del año pasado, o sea 1974. En varias oportunidades hube de referirme expresando mi personal y nacional reconocimiento a las intervenciones de los participantes en estos recientes trabajos de la Subcomisión y Prevención de Discriminación y Protección de Minorías que mencionaron la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados que fue aprobada en un muy rápido proceso que se iniciara en la tercera sesión de la Conferencia de la Organización para el Comercio y Desarrollo celebrada en Santiago de Chile en mayo de 1972, con la visionaria moción del Presidente de México, licenciado Luis Echeverría Alvarez. Hecho reconocido con justicia por los miembros de la Subcomisión, he sido testigo, ciudadanos diputados de la toma de conciencia, de la fuerza positiva y vinculatoria de ese reciente instrumento internacional, el que tanto en las fórmulas programáticas de sus principios fundamentales sobre las relaciones económicas internacionales como en las cláusulas en que se contienen las normas jurídicas concretas que definen los derechos y los deberes económicos de los Estados, es una nueva Carta de trascendencia incalculable para el desarrollo de todos los pueblos y para la implantación de un sistema de justicia real en el orbe entero, pues ahora la Carta Echeverría se cita al parejo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948. Nadie puede regatear en el mundo

entero al Presidente de México, los grandes méritos de haber propugnado la implantación de un orden jurídico internacional en el campo de la economía; ni de haber logrado para México la incalculable conquista universal. Hace ya más de 160 años el supremo Congreso Mexicano reunido en Puruarán, en la tierra caliente michoacana, a fines de julio de 1815. se dirigía a todas las naciones y les pedían que tuvieran a bien que la América mexicana se atreviere a ocupar el último lugar en su sublime rango, y que guiada por su sabiduría y por sus ejemplos, legara esta América mexicana a merecer los timbres de la libertad.

El 14 de julio de 1815, el mismo Congreso Supremo Mexicano expidió tres distintos decretos, y en el primero de ellos se apoyaba en que esta heroica nación americana había logrado colocarse con la investidura de independiente y soberana entre las demás que puebla el universo.

El segundo decreto manifestaba que el Congreso quería conformarse en un todo con las costumbres que el derecho de gentes ha introducido en los gobiernos soberanos.

En esa misma fecha el Presidente del Supremo Congreso Mexicano, José María Morelos, acompañado por el vocal de esta corporación, don José María Liceaga, con base en los actos legislativos de Puruarán, solicitó al Presidente de los Estados Unidos del Norte el reconocimiento de la independencia de la América mexicana, y comisionó al efecto al licenciado don Juan Manuel de Herrera, como Ministro Plenipotenciario entre dichos Estados Unidos.

Así la vocación de nuestra patria en el ámbito internacional señala que hemos seguido un glorioso y largo camino, que va desde estos pasos iniciales de las supremas incorporaciones de la América Mexicana, que se dieron en la tierra caliente de Michoacán, hasta la conquista de toda la comunidad mundial, de la reciente Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados, conquista de la que es indiscutible y genial autor el Presidente de México, licenciado Luis Echeverría Alvarez.

Pero este triunfo nos obliga a todos los mexicanos, a afirmar, en esta fecha conmemorativa, nuestra fe en la misión suprema encomendada a la organización mundial, y a cooperar a su perfectible eficacia, a fin de que en un futuro, no muy remoto, pueda alcanzar su meta definitiva, para que reinen, entonces, la paz y la justicia en todo el orbe. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Báez Lozano.

El C. Ernesto Báez Lozano: Señor Presidente, honorable Asamblea: En verdad es de gran simbolismo la conmemoración, hoy, 24 de octubre de 1975, de los 30 años de la Carta de Naciones Unidas.

Por primera vez, conmemoramos esta fecha tan importante en la historia de la humanidad, con una aportación extraordinaria, importantísima de nuestro país, en Naciones Unidas.

Ya se ha hablado con toda sinceridad de la importancia de esa Carta de Derechos y Obligaciones de los Estados en Materia Económica. Es una aportación de México, dentro de la Carta de Naciones Unidas. Hace seis lustros, treinta años, entró en vigor la Carta de Naciones Unidas. México fue uno de los cincuenta países que firmaron el 26 de junio de ese año la Carta de naciones Unidas. Quisiera referirme brevemente a la dignidad, a la propiedad, a la grandeza que ha tenido nuestro país dentro de Naciones Unidas, México así lo consideró, ha ocupado dentro de la misma un lugar muy especial, hemos tenido un Presidente de la Asamblea General, licenciado Luis Padilla Nervo, que después fue también miembro de la Corte internacional de Justicia. El primer año de Naciones Unidas, México ocupó un puesto dentro del Consejo de Seguridad. Y en 1946, en un momento grave de crisis, en que había intereses de las grandes potencias en el Golfo Pérsico era Presidente del Consejo de Seguridad en ese mes, don Francisco Castillo Nájera, en esos momentos Secretario de Relaciones Exteriores de México. Y dentro de los organismos importantísimos de Naciones Unidas, mexicanos distinguidos han ocupado puestos de mucha importancia, con gran categoría, con gran dignidad, me refiero, sobre todo, a ese mexicano ilustre, don Jaime Torres Bodet, que fue Presidente de la UNESCO, o sea, la Organización de Naciones Unidas para la Ciencia y la Cultura. El licenciado Luis Padilla Nervo, miembro de la Junta Internacional de Justicia, que es la continuación de la Junta Internacional de la Haya. El licenciado Hugo Beckman, que fue representante de Naciones Unidas en un momento tan importante que fue el año pasado cuando la invasión de la Isla de Chipre. Y me quiero referir, sobre todo, a ese momento, que no como diputado, sino como simple ciudadano admiré y aprecié en toda su trascendencia, me refiero, lo digo, como un simple ciudadano que estuve viendo la televisión en la mañana del 7 de octubre de este año, cuando nuestro Presidente con toda dignidad se dirigió a la Asamblea y pronunció uno de los más bellos discursos que se han escuchado, con toda seguridad, en esa Asamblea; porque estaba hablando en nombre de todos los países que sufren injusticias, de todos los países que saben que la paz no está basada como lo debería ser, en la justicia, en el derecho, en la dignidad del hombre.

Por eso creo que este aniversario, 30 años, además de ser un número decimal, y hay la costumbre de conmemorar estos aniversarios cuando son 20, 30, 40 años, con un especial significado, tiene en México características especiales. Se han escuchado críticas, y serán críticas a las Naciones Unidas con toda seguridad, y con toda base, sin embargo, como lo dijo el Presidente Echeverría, si se logra una verdadera paz basada en la justicia y en el derecho, debe hacerse aquí, en Naciones Unidas y no detrás de ellas.

Naciones Unidas tiene una misión importantísima, y hoy, un humilde diputado, que está

hablando en nombre del Parlamento Mexicano, quiere unir sus palabras sencillas, a todos los hombres de buena voluntad del mundo, en una conmemoración que dignifica y eleva, porque es la suprema aspiración de la humanidad, la paz entre las naciones.

¿Que sería de todas las proposiciones, de todo lo que se habla, de todos los proyectos que se estudian, que se proponen el mundo entero, si esa paz fuera en un momento dado rota por la guerra.

México es un país antibelicista, que en todos los momentos de su vida lo ha demostrado plenamente. En 1962 el mundo estuvo al borde de una guerra nuclear.

Como decía Foster Dulles, Secretario de Estado Americano, que se quería llevar a la humanidad al borde del precipicio de una guerra, de una guerra que si reflexionamos por un momento, ¿qué puede ser una guerra mundial sino la destrucción del mundo entero?, lo dijo en una ocasión un líder espiritual con mucha razón; en una próxima guerra no habrá vencedores ni vencidos; quedarán unos cuantos supervivientes admirados de su soberbia y de su orgullo en haber provocado una guerra total, una guerra de destrucción.

México, entonces, en esta ocasión, reafirma sus principios en beneficio de la paz, como el bien supremo de los pueblos. México ha hecho suyos los principios de Naciones Unidas, México ha demostrado ante el mundo lo que significa para el pueblo mexicano esa suprema aspiración de los pueblos que es la paz verdadera entre los hombres. Quisiera terminar, señores diputados, con estas palabras: como una exhortación de todos nosotros para unirnos a todos los hombres de buena voluntad, que en el fondo tengamos aunque sea un poco de principio de amor a los hombres y de cariño a los pueblos para que nos unamos a todos los parlamentos del mundo que el día de hoy conmemoran, con todo y los defectos que tenga, con todo y los problemas y con todo lo malo que pueda haber en Naciones Unidas, como la única esperanza, una esperanza verdadera de paz entre los pueblos. Unos de los grandes Pablos que hace unos cuantos años fallecieron, me refiero a Pablo Neruda, a Pablo Picasso y a Pablo Cassals, Cassals decía que el día 24 de octubre de cada año se tocase, y así se hizo en la Asamblea General de Naciones Unidas, una de las obras más importantes de todos los tiempos en la música; por su significado y por su mensaje, me refiero al Cuarto Movimiento de la Sinfonía Coral de Beethoven y se tocaba en Naciones Unidas por el contenido y el mensaje de fraternidad que había en esas maravillosas palabras del gran poeta Schiller, con música de Beethoven y como una aspiración suprema de todos los pueblos cuando canta Schiller con música de Beethoven, aunque sea como él mismo dice: "unir a los hombres, si no por la política, si no por la religión, si no por la raza, cuando menos por algo espiritual", y en Schiller era alegría y decía con música grandiosa de ese músico: "Abrazos millones de hermanos, que el mundo entero se une en ese abrazo", es la suprema aspiración de México, que algún día esa paz basada en la justicia, en el derecho, en los más elementales principios de respeto a la dignidad del hombre, sean realidad en el mundo entero. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición del diputado Fernando Estrada Sámano, en el sentido de enviar al Presidente de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, un telegrama escrito por esta Cámara, congratulándolo por el XXX aniversario de la Organización de las Naciones Unidas.

El C. secretario José Luis Estrada Delgadillo: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se aprueba la proposición. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo... Aprobada.

El C. Presidente: Continué la Secretaría con los asuntos del Orden del Día.

El C. secretario Rogelio García González: Señor Presidente, agotados los asuntos en cartera. Se va a proceder a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El mismo C. Secretario:

"Cámara de Diputados.

Tercer período ordinario de sesiones. XLIX Legislatura.

Orden del Día

Lectura del Acta de la sesión anterior. Elección de Mesa Directiva.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Por el que se comunica la autorización del C. Presidente de la República, para que comparezca ante la Cámara de Diputados el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público.

Dictámenes de primera lectura

Dos de la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto, por los que se concede permiso a los CC. Joaquín Mercado Flores y doctor Manuel Velasco Suárez, para aceptar y usar condecoraciones que les fueron conferidas por gobiernos extranjeros.

De las Comisiones Unidas de Transportes y vías Generales de Comunicación; de Hacienda, Crédito Público y Seguros y de Estudios Legislativos con proyecto de Decreto, que adiciona y reforma los artículos 29 y 127 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

De las Comisiones Unidas, Segunda de Gobernación y de Estudios Legislativos con proyecto de Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Cuatro de la Comisión de Permisos Constitucionales con proyecto de Decreto, por los que se concede permiso a los CC. Eva Sámano viuda de López Mateos, Ignacio Villaseñor Arano, Carlos A. de Icaza y Salvador M. Bravo y Magaña, para aceptar y usar las condecoraciones que les fueron conferidas por gobiernos extranjeros."

- El C. Presidente (a las 15:45 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que se efectuará el próximo martes 28 del actual, a las once horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"