Legislatura L - Año III - Período Ordinario - Fecha 19781115 - Número de Diario 32

(L50A3P1oN032F19781115.xml)Núm. Diario:32

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"L" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., Miércoles 15 de Noviembre de 1978 TOMO III.- NUM. 32

SUMARIO

Apertura.

Orden del Día.

Acta de la Sesión Anterior. Se aprueba.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear

A discusión el Artículo 19, 20 y 21. El C. Armando Labra Manjarrez, en tres intervenciones subsecuentes, propone nuevo texto a dichos Artículos que, el C. Carlos Manuel Vargas, a nombre de las Comisiones, acepta y la Asamblea las aprueba. Se aprueban los Artículos 19, 20 y 21 con las modificaciones del C. Labra Manjarrez, por unanimidad.

A debate el Artículo 22. El mismo C. Armando Labra Manjarrez propone una modificación que, las Comisiones, a través del C. Carlos Manuel Vargas aceptan y la Asamblea aprueba. Se aprueba el Artículo 22 con la modificación, por unanimidad.

A discusión el Artículo 23. Propone nueva redacción el C. Armando Labra Manjarrez que las Comisiones, por conducto del C. Carlos Manuel Vargas, aceptan y la Asamblea aprueba. Se aprueba el Artículo con la modificación, por unanimidad.

A debate el Artículo 28. El C. Francisco Ortiz Mendoza hace consideraciones sobre los debates de esta Ley y sobre los planteamientos hechos por los diputados de su Partido; agrega que votarán en contra sin impugnar el Artículo. En tal virtud, el C. Hugo Castro Aranda renuncia a su turno en vista de que el Artículo no fue objetado. Por su parte, la C. Ifigenia Martínez Hernández hace mención a las palabras del C. Ortiz Mendoza y expresa su reconocimiento a todos los Partidos por el interés que los diputados han puesto en las discusiones sobre esta importante Iniciativa. Se aprueba el Artículo 28 en sus términos, por mayoría.

A discusión la fracción IV del Artículo 30. Los CC. Hugo Castro Aranda y Saúl Castorena Monterrubio proponen nuevo texto. También el C. Héctor Ramírez Cuéllar propone nueva redacción al Artículo. En su segundo turno, el C. Castro Aranda hace aclaraciones al C. Ramírez Cuéllar, agregando que desea que conste en el Acta de esta sesión, cuál es la intención de los que aprueben la fracción IV de este Artículo, con el objeto de que no los mal interpreten; con el fin de que de esta manera, quien quiera abrir las puertas a las transnacionales, o apoyen a quienes se cuelen por las ventanas cuando se están cerrando las puertas, para querer tomar en sus manos una más de nuestras riquezas; aquel que propicie esto, quede definitivamente penado por la Ley. El C. Armando Labra Manjarrez, a nombre de las Comisiones, acepta la modificación del C. Hugo Castro. El C. Francisco Ortiz Mendoza hace uso de la palabra para hechos y el C. Saúl

Castorena Monterrubio insiste en su proposición. Por las Comisiones, el C. Héctor Terán Torres acepta la modificación del C. Hugo Castro y rechaza la de los CC. Ramírez Cuéllar y Castorena Monterrubio. La Asamblea aprueba la proposición del C. Castro Aranda y desecha la de los CC. Ramírez Cuéllar y Castorena Monterrubio. Se aprueba la fracción IV del Artículo 30 con la modificación aceptada, por unanimidad.

A debate la fracción V del Artículo 30. El C. Hugo Castro Aranda propone nuevo texto que el C. Héctor Terán Torres, a nombre de las Comisiones, acepta.

Se aprueba la fracción V del Artículo 30 con la modificación aceptada, por unanimidad.

A discusión la fracción XII del Artículo 30. El C. Gustavo Salinas Iñiguez propone nuevo texto que las Comisiones, por conducto del C. Héctor Terán Torres, aceptan y la Asamblea aprueba. La fracción XII con la modificación aceptada, se aprueba por unanimidad.

Las fracciones del Artículo 30 que no fueron impugnadas, se aprueban por unanimidad.

Se suspende la Sesión

De acuerdo con el Artículo 109 del Reglamento y en virtud de lo avanzado de la hora, la Presidencia suspende la discusión de este proyecto de Ley, para continuarla el día de mañana a partir del Artículo 31. Se levanta la sesión .

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. ENRIQUE ALVAREZ DEL CASTILLO

(Asistencia de 142 ciudadanos diputados.)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 11:15 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

EL C. secretario Miguel Bello Pineda:

"Tercer Período Ordinario de Sesiones.

'L' Legislatura.

Orden del Día

15 de noviembre de 1978.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen a Discusión

De las Comisiones unidas Primera de Puntos Constitucionales, de Estudios Legislativos, Sección Constitucional y de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos con proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- El mismo C. Secretario:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día catorce de noviembre de mil novecientos setenta y ocho.

Presidencia del C. Enrique Alvarez del Castillo.

En la ciudad de México, a las once horas y veinte minutos del martes catorce de noviembre de mil novecientos setenta y ocho, con asistencia de ciento cincuenta y ocho ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del Orden del Día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión anterior llevada a cabo el día diez de los corrientes.

La Presidencia informa a la Asamblea que como se anunció en la sesión del pasado viernes diez, en esta sesión se discutirá en lo particular el proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear, a partir del artículo 16, en la inteligencia de que faltan por discutirse los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 40 y Tercero Transitorio.

En esta virtud, se somete a discusión el artículo 16.

Después que la Presidencia informa sobre los oradores inscritos, hace uso de la palabra el C. Francisco Ortiz Mendoza, para decir que por haberse aprobado en la sesión anterior el artículo 11, que crea la Comisión Nacional de Energía Nuclear, y estando los diputados del Partido Popular Socialista en contra de la división, y habiéndose autorizado ésta, no tiene objeto participar en contra de este artículo. Agrega que no hablarán en contra, pero que votarán en contra.

Por su parte el C. Jesús Puente Leyva, estima que a pesar de la renuncia al uso de la palabra del C. Ortiz Mendoza, considera que es importante señalar algunas cuestiones en relación al artículo 16, que habiéndose

impugnado en principio no quedaron suficientemente claras.

Al terminar su intervención el C. Puente Leyva, los CC. Armando Labra Manjarrez y Hugo Castro Aranda inscritos para hacer uso de la palabra, declinan hacerlo.

Suficientemente discutido el artículo 16, en votación nominal se aprueba en sus términos por ciento cuarenta y siete votos en favor y once en contra.

A discusión el artículo 17.

Hace uso de la palabra el C. Armando Labra Manjarrez, para proponer una adición a la primera parte del artículo; el C. Pedro González Azcuaga también formula una proposición; por las Comisiones el C. Manuel Villafuerte Mijangos rebate las objeciones del C. González Azcuaga en lo que respecta al artículo 17, expresando que el artículo 18 a que se refirió el orador no está a discusión, y que en su oportunidad se tratará lo relativo a este artículo. Añade que a nombre de las Comisiones rechaza la proposición del C. González Azcuaga y, en cambio acepta la adición propuesta por el C. Labra Manjarrez.

La Asamblea en votación económica admite la modificación del C. Labra Manjarrez, aceptada por las Comisiones y desecha la modificación propuesta por el C. González Azcuaga.

Suficientemente discutido el artículo 17, en votación nominal se aprueba con la modificación presentada por el C. Labra Manjarrez y aprobada por las Comisiones, por ciento cincuenta y seis votos en pro y dos en contra.

A debate el artículo 18.

Intervienen, en contra el C. Pedro González Azcuaga; para proponer nueva redacción el C. Jesús Luján Gutiérrez; también para proponer nueva redacción al artículo el C. Jorge Garabito Martínez.

El C. Manuel Villafuerte Mijangos, a nombre de las Comisiones dictaminadoras solicita que, con objeto de que las Comisiones puedan analizar con todo detenimiento las proposiciones hechas por los CC. Luján Gutiérrez y Garabito Martínez, solicita a la Presidencia que otorgue un receso de veinte minutos, durante los cuales las Comisiones harán un análisis de las objeciones, y con base en ello, se pueda sostener el texto contenido en el dictamen, o proponer las modificaciones que se consideren pertinentes.

La Presidencia, con fundamento en el artículo 21 del Reglamento, decreta un receso de veinte minutos. Se reanuda la sesión.

El C. Manuel Villafuerte Mijangos, en nombre de las Comisiones manifiesta que después de haberse hecho un análisis detenido de las objeciones formuladas al texto del artículo 18, las Comisiones someten a la consideración de la Asamblea el texto que modifica el contenido en el dictamen y al cual da lectura. En votaciones económicas sucesivas, la Asamblea desecha las modificaciones propuestas por los CC. Pedro González Azcuaga, Jesús Luján Gutiérrez y Jorge Garabito Martínez.

La misma Asamblea, en votación económica, admite a discusión el nuevo texto presentado por las Comisiones para el artículo 18 a debate, a través del C. Manuel Villafuerte Mijangos.

Previas mociones de los CC. Jesús Luján Gutiérrez y Antonio Riva Palacio, se somete a discusión el artículo 18 modificado con el nuevo texto presentado por las comisiones.

Hace uso de la palabra en contra y para insistir en sus argumentos anteriores el C. Jesús Luján Gutiérrez; a nombre de las Comisiones y para apoyar la modificación hecha por las mismas, el C. Armando Labra Manjarrez, quien contesta una interpelación formulada por el C. Francisco Ortiz Mendoza; el propio Ortiz Mendoza aborda la tribuna para objetar el texto modificado por las Comisiones; para hacer consideraciones sobre el particular y en apoyo de la modificación a debate, interviene el C. Jesús Puente Leyva; nuevamente hace uso de la palabra el C. Ortiz Mendoza y, por último el C. Manuel Villafuerte Mijangos, quien a nombre de las Comisiones solicita a la Asamblea se apruebe el texto propuesto por él, a nombre de las Comisiones.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura al artículo 18 en los términos propuestos por las Comisiones y admitidos por la Asamblea.

Suficientemente discutido el artículo 18, en los términos propuestos por las Comisiones se procede a recoger la votación nominal con la modificación propuesta por las Comisiones y aprobada por la Asamblea, resultando aprobado por ciento treinta y ocho votos de la afirmativa por veintisiete de la negativa. En virtud de lo avanzado de la hora y de conformidad con el artículo 109 del Reglamento, la Presidencia suspende la discusión del proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, para continuarla el día de mañana, a partir del artículo 19.

A las quince horas se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, miércoles quince de noviembre, a las once horas."

Está a discusión el acta...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba...Aprobada.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear

"Comisiones Unidas Primera de Puntos Constitucionales; de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, Sección Energía Nuclear y de Estudios Legislativos, Sección Constitucional.

Honorable Asamblea:

Las Comisiones unidas Primera de Puntos Constitucionales; de Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos, sección Energía Nuclear, y de Estudios Legislativos, Sección Constitucional, proceden a dictaminar sobre la Minuta de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear, enviada por el Senado de la República en el mes de diciembre de 1977.

En la Minuta que se dictamina, es reconocida la relevancia mundial que han adquirido los energéticos y la necesidad de contar con fuentes alternativas de energía. A este respecto, la utilización pacífica de la energía nuclear, principalmente en la generación de electricidad, ha experimentado un notable adelanto en los países industrializados que disponen de los recursos para producirla, y para exportar su tecnología a naciones con menor grado de desarrollo.

Es un hecho que países como Estados Unidos, la Unión Soviética, Francia, Canadá, Japón, Gran Bretaña y otros, son poseedores de una amplia y avanzada legislación en materia nuclear, lo que es explicable no sólo para la importancia estratégica de la energía nuclear como material bélico, sino porque además está destinada a ser un complemento indispensable y más económico que los hidrocarburos en la generación de energía eléctrica y en otros usos productivos.

México, por el acelerado crecimiento de su población, por la magnitud de sus recursos y por el avance técnico y científico que ha alcanzado debe impulsar la exploración, explotación y beneficio de sus materiales

radiactivos, para poder desarrollar su industria nuclear.

Por lo tanto, urge reforzar de inmediato las actividades relacionadas con el aprovechamiento de la energía nuclear, mediante un vigoroso programa que permita incorporarla como fuente básica de producción energética, en un amplio y decidido apoyo al desarrollo de la economía nacional.

En ese contexto, el Proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27

Constitucional en Materia Nuclear, aprobado con algunas modificaciones por la Cámara de Senadores y turnado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, fue objeto de cuidadoso estudio y revisión por las Comisiones que suscriben, de modo que respondiera el propósito de estructurar los elementos jurídicos indispensables que han de dar impulso a la industria nuclear nacional.

En virtud de que el proyecto se presentó casi al final del segundo período ordinario de sesiones de la actual legislatura, y dada la trascendencia del asunto, las Comisiones Unidas decidieron suspender el dictamen inmediato del documento, realizar una amplia investigación sobre los antecedentes jurídicos en materia nuclear, tanto en la legislación mexicana como en la de otros países, y llevar a cabo audiencias públicas y visitas a las instalaciones del Instituto Nacional de Energía Nuclear (INEN), con el propósito de tener oportunidad de conocer diversos puntos de vista sobre la materia. En las reuniones efectuadas se plantearon aspectos técnicos, jurídicos y políticos concernientes a la potestad del Estado en cuanto al aprovechamiento de los minerales radiactivos y a su importancia en la política nacional de energéticos. Se discutieron además otros aspectos científicos y tecnológicos aún controvertibles, así como cuestiones de carácter administrativo y laboral, relativas a la organización del Instituto Nacional de Energía Nuclear.

Como resultado de los trabajos efectuados, de las opiniones recabadas en las audiencias, y de las visitas realizadas, las Comisiones Unidas consideran conveniente reforzar aquellos aspectos de la Minuta sobre los cuales se configuraron elementos de consenso, y al efecto proponen reformas y adiciones que tienden a crear el instrumento jurídico más adecuado, para la consecución de una política nacionalista de largo alcance en materia de energía nuclear.

El Proyecto que se somete a la consideración de la Honorable Asamblea hace énfasis en la exclusividad del Estado en materia nuclear en todas y cada una de las etapas del proceso industrial, en estricto apego al espíritu del Artículo 27 Constitucional.

Se propone que los artículos 1o. y 2o., 4o. y 5o. de la Minuta, sean aprobados en los términos que contiene la determinación de la Minuta Proyecto de Decreto, así como el contenido de los Artículos 12, 15, 16, 18, 21 a 23, 30 a 32 y 34 de la Minuta, incluidos en el Proyecto de estas Comisiones con numerales distintos a los primitivos. en virtud de la nueva distribución que se utiliza en este dictamen. Se sugiere la supresión del Artículo 33 de la Minuta, referente a la inclusión del personal del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares dentro del Apartado "B" del Artículo 123 Constitucional, por ser cuestión ajena a esta Ley. El Artículo 33 del Proyecto de Decreto que ahora se propone a la Asamblea, se refiere a aspectos totalmente distintos a los incluidos en el original de ese número .

Las modificaciones y adiciones que presentamos a la consideración de la Asamblea son las siguientes, que se fundamentan en las

razones y los propósitos que han quedado expuestos con anterioridad:

En concepto de estas Comisiones los Artículos 3, 7 y 9, son fundamentales dentro de la Ley porque en ellos debe plasmarse lo dispuesto por el Artículo 27 Constitucional en cuanto a la exclusividad del Estado en materia de energía nuclear.

Al efecto, el párrafo segundo del Artículo 3o. del dictamen señala que: "Es facultad exclusiva del Estado Mexicano llevar a cabo la exploración, explotación, beneficio y comercialización de minerales y materiales radiactivos, en los términos de esta Ley. Los minerales radiactivos no podrán ser objeto de concesión o contrato". Por su parte el Artículo 7o. expresa que "Podrán otorgarse concesiones o asignaciones para la exploración o explotación de sustancias minerales que se encuentran asociadas numeralógicamente a minerales radiactivos, sólo cuando a juicio de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial los minerales radiactivos no sean técnica y económicamente aprovechables, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Energía Atómica y URAMEX. En cualquier caso la Secretaría fijará las condiciones técnicas de las explotaciones y vigilará que se cumplan las obligaciones que señale, de conformidad con el Artículo 6o de esta Ley".

El Artículo 9o. quedó redactado en los siguientes términos: "Cuando el concesionario o asignatario a que se refiere el Artículo 8o. dé aviso de la existencia de minerales radiactivos a ésta se comprueba por otros medios, el Estado, según lo decida, podrá:

I. Hacerse cargo de los trabajos de exploración, explotación y beneficio en los términos del Artículo 3o. de esta Ley, y poner los minerales no radiactivos a disposición del concesionario o asignatario correspondiente, mediante el pago que estos últimos le hagan por la explotación y beneficio de los minerales devueltos;

II. Nombrar un inspector para evitar que el concesionario o asignatario explote o beneficie los minerales radiactivos y que, de extraer algunos, los ponga a la disposición del Estado".

Con el mismo propósito se incluyó un nuevo precepto, que en el dictamen aparece con el número 10 y que a la letra dice: "La exploración de minerales y materiales radiactivos requiere autorización de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial".

Las Comisiones Unidas prestaron cuidadosa atención a un tema largamente debatido en las audiencias públicas, el de la división del Instituto Nacional de Energía Nuclear en dos organismos: Uranio Mexicano (URAMEX) encargado básicamente de la exploración, explotación, aprovechamiento y comercialización de los minerales radiactivos, y el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), avocado fundamentalmente a la investigación y el desarrollo de la tecnología nuclear, así como la creación de un tercer organismo, propuesto en la Minuta del Senado denominado Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas. Si la proposición contenida en la iniciativa del Ejecutivo Federal y aceptada en la Minuta es ratificada por esta Asamblea , como se contempla en el presente dictamen, debe igualmente resolverse sobre la coordinación eficaz entre los nuevos organismos nucleares, para la toma de las decisiones fundamentales.

Las Comisiones Dictaminadoras consideran que una forma adecuada de garantizar la coordinación que se pretende, es la creación de la Comisión Nacional de Energía Atómica, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial; la Comisión Nacional de Energía Atómica ha de tener, entre otras, la muy destacada función de articular e integrar los planes y labores de URAMEX y del ININ, además de las que le confiere la ley, si la Asamblea acepta este dictamen.

Por todo ello, proponemos a Vuestra Soberanía la creación de un Capítulo III referente a dicha Comisión Nacional de Energía Atómica, con los nuevos Artículos del 11 al 15. Los Capítulos sucesivos de la Minuta deberán correrse, así como sus numerales, para así conformar una estructura complementaria.

Otros artículos de la Minuta deberán adicionarse con la mención e intervención de la Comisión Nacional de Energía Atómica que ahora se propone, tal y como se pone a la consideración de la Asamblea en la parte conclusiva de este dictamen, y que, además de los ya mencionados, involucren a los Artículos 14, 24 y 35 de la Minuta, que en el dictamen llevan los numerales 21, 30 y 40.

El progreso y la consolidación de una industria nuclear requiere la existencia de un plan de desarrollo energético que defina los objetivos generales y particulares por alcanzar. En tal virtud, se estima pertinente incluir en el Proyecto de Ley Reglamentaria, la obligación de elaborar dicho plan, así como ligarlo estrechamente con las condiciones bajo las cuales, y sin perjuicio del interés de la Nación, podrá efectuarse la exportación de materiales radiactivos. Por está razón el Artículo 18 determina que: "No se autorizará la exportación de minerales o materiales radiactivos, hasta que la Secretaría apruebe un plan de desarrollo energético nuclear que cuantifique las necesidades del país por un período no menor de 15 años. Tampoco será autorizada la exportación si con ello se afectan las reservas probadas que, en estos términos, requiere el país. En su caso, la autorización no podrá exceder, anualmente, al 5% de las reservas probadas que el país habrá de requerir, conforme al plan que menciona este artículo".

En igual sentido, el Artículo 17 establece en su parte conducente: "URAMEX tiene por objeto ser el agente exclusivo del Estado

Mexicano para importar y exportar minerales radiactivos y combustibles nucleares; esto último, una vez satisfechos los requerimientos que dicte el desarrollo energético nacional.

De conformidad con la más aconsejable técnica jurídica, el dictamen evita las consideraciones de carácter laboral, relativas a la regulación de las relaciones de trabajo del personal con los organismos nucleares, al suprimir el primer párrafo del Artículo 17 y la totalidad de lo dispuesto en el Artículo 33 de la Minuta, por ser esta materia objeto de las Leyes del Trabajo. Por las mismas razones se propone eliminar los Artículos 5o., 6o., y 7o. transitorios.

Además se suprime el segundo párrafo del Artículo 17, por contener un privilegio fiscal no justificable.

El dictamen concede especial relevancia a una concepción integral de la industria nuclear que abarca todas las etapas del proceso.

Si bien es cierto que las actividades de exploración y explotación de los minerales radiactivos constituyen renglones de gran importancia, no representan sino una primera fase, dentro de la serie que integra la industria nuclear. En tal virtud este dictamen también regula la producción y procesamiento de los minerales radiactivos en combustibles nucleares y abarca el renglón de reactores. Establece el apoyo indispensable a los proyectos de ingeniería y desarrollo en las áreas de diseño y tecnología en la fabricación de los componentes nucleares, la construcción misma de los reactores, así como la preparación del personal especializado en todas las etapas del proceso, tal como puede apreciarse en general en el proyecto y en forma específica en las fracciones II, IV y V, del Artículo 30:

Artículo 30. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares tendrá las siguiente atribuciones: .................................................................................................................................................................................

II. Realizar la investigación pura y aplicada en los diversos campos de la ciencia y la tecnología nucleares; prestar asistencia técnica a los organismos que crea esta Ley, a la Comisión Federal de Electricidad y a las entidades públicas y privadas que lo requieran, en el diseño y construcción de plantas nucleoeléctricas y, en su caso, en la contratación de dichos servicios. .................................................................................................................................................................................

IV. Asesorar a la Comisión Federal de Electricidad en el diseño, desarrollo de la ingeniería y contratación de la construcción de los reactores nucleares requeridos para la generación de energía eléctrica, los cuales serán propiedad de la Comisión Federal de Electricidad, quien será responsable de su operación.

V. Ser agente exclusivo del Gobierno Federal para programar, coordinar, promover, producir, vender e importar y en general, realizar el aprovechamiento de los materiales radiactivos no energéticos requeridos por el desarrollo nacional; promover y realizar el desarrollo de las aplicaciones de las radiaciones y radioisótopos en sus diversos campos, así como llevar al cabo trabajos de investigación y experimentación relativos a estas aplicaciones. .................................................................................................................................................................................

Todo ello permite sentar las bases para asimilar y desarrollar tecnologías que hagan factible la expansión de la industria nuclear nacional.

Cabe notar que el espíritu y el contenido de los preceptos de este proyecto no comprometen al país en determinada vía tecnológica. México abre así la posibilidad de aprovechar las tecnologías extranjeras en nuestros recursos disponibles, garantizando, sobre todo, la aplicación de los criterios de máxima independencia y participación nacional, así como las mejores y más factibles perspectivas de desarrollo, como se observa en el Artículo 30, fracciones I, IX y X:

Artículo 30 .............................................................................................................................................................

I. Realizar e impulsar las actividades que conduzcan al desarrollo científico y tecnológico en el campo de la energía nuclear, así como promover la transferencia de tecnología en esta materia. .................................................................................................................................................................................

IX. Promover el intercambio nacional e internacional para favorecer la investigación y el desarrollo en materia nuclear; fomentar la celebración de reuniones y otros eventos con los mismos propósitos.

X. Solicitar, recibir y distribuir internamente los servicios de asistencia técnica, asesoría y otros que proporcionen el Organismo Internacional de Energía Atómica y demás organismos internacionales. Finalmente, a continuación se mencionan otras modificaciones incluidas en el proyecto:

En el artículo 8o. se incrementa la cuantía de la multa a un máximo de $1'000,000.00.

En el artículo 16, las siglas de URAMEX, que eran las únicas que aparecían en la Minuta, se hicieron proceder del nombre completo Uranio Mexicano.

En el artículo 25, se modificó la redacción, de modo que la adquisición de combustible nuclear proveniente del extranjero sea contratada por URAMEX.

En el artículo 26, se modificó la redacción para incluir la vigilancia por parte de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, sobre los combustibles nucleares utilizados por los organismos dedicados a esas actividades.

En el artículo 28, al nombre del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares se agregan sus iniciales.

Para equiparar las estructuras de los organismos nucleares, URAMEX e ININ, el dictamen propone que el órgano supremo del propuesto Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, y que en la Minuta se señala como una Junta de Gobierno en los Artículos 25, 26, 27 y 29, se configure ahora como un Consejo Directivo, en los Artículos 31, 32, 33 y 34 del Proyecto de Decreto.

Los órganos de gobierno de URAMEX e ININ serán presididos por el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica, como se establece en los Artículos 21 y 32 del Proyecto, modificándose también la estructura de dichos órganos, en lo que toca a los miembros que ahora los integrarán.

Se reconstruye el Artículo 34 de la Minuta, para su mejor redacción y entendimiento, dividiéndose en dos disposiciones, bajo los números 40 y 41.

Se propone un nuevo transitorio mediante el cual, de acuerdo con las atribuciones conferidas, a la Comisión Nacional de Energía Atómica, se le asigna la facultad de distribuir entre ININ Y URAMEX el patrimonio, derechos y obligaciones que correspondían al INEN.

Por lo anteriormente expuesto y después de tomar en consideración las observaciones manifestadas en las audiencias públicas, así como por el gran interés de numerosos sectores de opinión, y el propio deseo de la Cámara de Diputados por imprimir a la legislación sobre energía nuclear un espíritu que responda ampliamente a los requerimientos y objetivos del interés nacional, las Comisiones Unidas que suscriben someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. Los minerales radiactivos, el aprovechamiento de los combustibles nucleares y los usos en general de la energía nuclear, se regirán por las disposiciones de esta Ley.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en la República.

Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:

1. Mineral Radiactivo:

El que contiene uranio, torio o la combinación de ambos y los demás minerales susceptibles de ser utilizados para la fabricación de combustibles nucleares, que determine expresamente la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial mediante declaratoria que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

2. Combustible Nuclear:

El uranio natural, uranio empobrecido hasta el grado que fije la autoridad competente y el material fisionable especial.

3. Ciclo de Combustible Nuclear:

El proceso que se inicia con la extracción del mineral radiactivo, continúa con la fabricación de combustible nuclear y su utilización en el reactor nuclear y termina con el reprocesamiento del combustible gastado para separar el uranio y el material fisionable especial de los desechos radiactivos; así como el debido tratamiento y eliminación de éstos, cuidando la preservación del medio ambiente.

4. Material Nuclear:

Los materiales básicos y los materiales fisionables especiales:

a) Son Materiales Básicos: El uranio constituido por la mezcla de isótopos que contiene en su estado natural. El uranio en que la proporción de isótopo 235 en inferior a la normal. El torio. Cualquiera de los elementos citados en forma de metal, aleación, compuesto químico o concentrado. b) Son Materiales Fisionables Especiales: El Plutonio 239 y el 241 El uranio 233 El uranio enriquecido en los isótopos 235 o 233.

5. Material Radiactivo:

El material que emite radiación ionizante.

6. Quemado de Combustible Nuclear:

Es la operación mediante la cual los elementos combustibles se utilizan en un reactor nuclear para la generación de energía nuclear, produciendo el combustible irradiado.

Artículo 3o. Corresponde exclusivamente a la Nación el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear, así como regular su utilización para otros propósitos. Es facultad exclusiva del Estado Mexicano llevar al cabo la exploración, explotación, beneficio y comercialización de minerales y materiales radiactivos, en los términos de esta ley. Los minerales radiactivos no podrán ser objeto de concesión o contrato.

Artículo 4o. Se declaran de utilidad pública, la investigación y la tecnología nucleares, así como la industria de los combustibles nucleares.

Artículo 5o. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial:

I. Fijará los lineamientos relativos y aprovechamiento y desarrollo de la energía y tecnología nucleares, de acuerdo con la política nacional de energéticos;

II. Autorizará los programas y proyectos sobre el uso y aplicación de energía nuclear, que deberán someter a su consideración las entidades públicas o privadas y los particulares en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 40 de esta Ley.

III. Dictará los acuerdos que se refieren a la seguridad nuclear y salvaguardias, así como los demás que correspondan a la política nacional de energéticos.

CAPÍTULO II

De la exploración, explotación y beneficio de minerales radiactivos.

Artículo 6o. Los yacimientos de minerales radiactivos constituyen reservas nacionales que sólo el Estado puede explotar. Los minerales

radiactivos en todos los casos son propiedad de la Nación.

Artículo 7o. Podrán otorgarse concesiones o asignaciones para la exploración o explotación de sustancias minerales que se encuentren asociadas mineralógicamente a minerales radiactivos, sólo cuando a juicio de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial los minerales radiactivos no sean técnica y económicamente aprovechables, oyendo previamente la opinión de la Comisión Nacional de Energía Atómica, y de URAMEX. En cualquier caso la Secretaría fijará las condiciones técnicas de las explotaciones que señale, de conformidad con el Artículo 6o. de esta Ley.

Artículo 8o. Toda persona física o moral que tenga información sobre yacimientos de minerales radiactivos, deberá notificarlo por escrito a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial.

Cuando los titulares de las asignaciones o concesiones mineras descubran en los lotes respectivos, la existencia de minerales radiactivos, deberán dar aviso por escrito a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, dentro de los 30 días naturales siguientes al descubrimiento. En caso de no hacerlo, se harán acreedores a la aplicación de una sanción económica consistente en una multa en efectivo hasta de $ 1'000.000.00, sin perjuicio de que proceda la cancelación de la asignación o concesión según corresponda.

Artículo 9o. Cuando el concesionario o asignatario a que se refiere el Artículo 8o. dé aviso de la existencia de minerales radiactivos o ésta se compruebe por otros medios, el Estado, según lo decida, podrá:

I. Hacerse cargo de los trabajos de exploración, explotación y beneficio en los términos del Artículo 3o. de esta Ley, y poner los minerales no radiactivos a disposición del concesionario o asignatario correspondiente, mediante el pago que estos últimos le hagan por la explotación y beneficio de los minerales devueltos;

II. Nombrar un inspector para evitar que el concesionario o signatario explote o beneficie los minerales radiactivos y, de extraer algunos, asegurar que los ponga a disposición del Estado.

Artículo 10. La exploración de minerales y materiales radiactivos requiere autorización de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial.

CAPÍTULO III

De la Comisión Nacional de Energía Atómica

Artículo 11. Se crea la Comisión Nacional de Energía Atómica, integrada por un Presidente, que será el Secretario de Patrimonio y Fomento Industrial, un Vocal Ejecutivo y un Secretario, que serán designados por el Presidente de la República.

Artículo 12. La Comisión Nacional de Energía Atómica tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar los planes de trabajo y las actividades de los Organismos Públicos Descentralizados a que se refieren los Capítulos IV y VI de esta Ley.

II. hacer los estudios y formular los proyectos y programas que servirán de base al Ejecutivo Federal para ejercer las facultades a que se refieren las fracciones I y II del Artículo 5o.

III. Elaborar los dictámenes que servirán de base a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial para el ejercicio de las facultades a que se refieren los Artículos 7o. y 10 de esta Ley.

IV. Las demás que le confiera esta Ley.

Artículo 13. Cada tres meses, y además en cada ocasión que así lo juzgue necesario el Presidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica, ésta celebrará una reunión conjunta con los órganos de gobierno de las entidades a que se refiere la fracción I del artículo anterior, para conocer y evaluar los resultados y los avances que los organismos hayan obtenido dentro de sus actividades y se tomen los acuerdos que resulten necesarios para la mejor coordinación entre ellos.

Artículo 14. Además de las atribuciones que le señale el artículo anterior, la Comisión recibirá en cualquier tiempo las observaciones que URAMEX e ININ deseen poner en su conocimiento en materia de coordinación de sus respectivas labores, tomando de inmediato las medidas necesarias para el buen funcionamiento de tales organismos.

Artículo 15. La Comisión Nacional de Energía Atómica contará con el personal técnico y administrativo estrictamente necesario para cumplir las funciones que esta Ley le precisa.

CAPÍTULO IV

De URAMEX

Artículo 16. Se crea Uranio Mexicano (URAMEX) como organismo público descentralizado del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Artículo 17. URAMEX tiene por objeto ser el agente exclusivo del Estado Mexicano para explorar, explotar, beneficiar y comercializar minerales radiactivos; realizar las diversas etapas del ciclo de combustible nuclear, excepto aquellas operaciones que le sea imposible efectuar, y el quemado; e importar y exportar minerales radiactivos y combustibles nucleares, esto último una vez satisfechos los requerimientos que dicte el desarrollo energético nacional.

Por lo que toca a las actividades de investigación básica e investigación y desarrollo tecnológico del ciclo de combustible nuclear, éstas serán realizadas en el ININ, bajo la coordinación y aprobación de la Comisión Nacional de Energía Atómica.

El quemado de combustible nuclear para la producción de energía eléctrica se reserva en exclusiva a la Comisión Federal de Electricidad, la que cumplirá las disposiciones que señale la Comisión de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

Artículo 18. No se autorizará la exportación de minerales o materiales radiactivos hasta que la Secretaría apruebe un plan de desarrollo energético nuclear que cuantifique las necesidades del país por un período no menor de 15 años. Tampoco será autorizada la exportación si con ello se afectan las reservas probadas que, en estos términos requiere el país. En su caso, la autorización no podrá exceder, anualmente, al 5% de las reservas probadas que el país habrá de requerir conforme al plan que menciona este artículo.

Artículo 19. El patrimonio de URAMEX estará integrado por los bienes, derechos a la explotación, uso o aprovechamiento de bienes de propiedad nacional que el Ejecutivo Federal le asigne y los que adquiera; así como las subvenciones, subsidios y donaciones que se le otorguen, y los rendimientos que obtenga por virtud de sus operaciones.

Artículo 20. Uranio Mexicano (URAMEX) se gobierna por los siguientes órganos: Consejo de Administración y Dirección General.

Artículo 21. El Consejo de Administración será presidido por el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica y se integrará por el Director General del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), y cuatro miembros más que serán designados por el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial.

Por cada Consejero Propietario, se designará un Suplente.

El Consejo de Administración debe celebrar sesiones ordinarias cuando menos una vez cada dos meses y las extraordinarias que sean necesarias a juicio de uno o más de sus miembros.

El Presidente del Consejo convocará a sesiones ordinarias y a las extraordinarias.

El Consejo designará un Secretario cuyo nombramiento recaerá en persona ajena al Consejo.

Artículo 22. El Director General será nombrado por el Ejecutivo Federal y tendrá las siguientes atribuciones:

I. Representar legalmente a URAMEX.

II. Vigilar el funcionamiento del organismo y elaborar los planes de manejo y explotación de sus bienes.

III. Las demás que le señale el Consejo de Administración.

Artículo 23. El Director General tendrá todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas, para actos de administración y de dominio, y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley, en los términos de los primeros tres párrafos del Artículo 2,554 del Código Civil del Distrito Federal; para obtener créditos y para otorgar o suscribir títulos de crédito; para formular querellas en los casos de delitos que sólo se puedan perseguir a petición de la parte ofendida y para otorgar el perdón extintivo de la acción penal. El Director General podrá otorgar, sin perderlos, y revocar poderes generales o especiales, pero cuando sean en favor de personas ajenas a URAMEX deberá recabar previamente acuerdo del Consejo de Administración.

CAPÍTULO V

Del aprovechamiento de los combustibles nucleares y del uso de la energía nuclear.

Artículo 24. El uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos en cumplimiento de lo establecido en el párrafo séptimo del Artículo 27 Constitucional.

Artículo 25. El abastecimiento de combustibles nucleares que provengan de minerales radiactivos procedentes de yacimientos ubicados en el territorio nacional, será contratado por URAMEX. La contratación para adquirir combustible nuclear en cualquier grado de procesamiento, proveniente del extranjero, será realizada por URAMEX.

Artículo 26. Los usuarios pondrán a disposición de URAMEX los combustibles nucleares que hayan utilizado, cualquiera que sea su procedencia. La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias a que se refiere el Artículo 40 de esta Ley, vigilará el reprocesamiento, almacenamiento y eliminación que URAMEX haga de estos materiales.

Artículo 27. La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias a que se refiere el Capítulo VII de esta Ley, deberá revisar, evaluar y autorizar las bases para el diseño, construcción, operación y modificación de las instalaciones nucleares, así como lo relativo al manejo y transporte de combustibles nucleares, productos y subproductos radiactivos y los almacenamientos y eliminación de desechos.

CAPÍTULO VI

Del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares

Artículo 28. Se crea el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) como organismo público descentralizado del Gobierno Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Artículo 29. El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares tendrá por objeto planear y realizar la investigación y el desarrollo en el campo de las ciencias y tecnología nucleares, así como promover los usos pacíficos de la energía nuclear y difundir los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social y científico y tecnológico del país.

Artículo 30. Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares tendrá las siguientes atribuciones:

I. Realizar e impulsar las actividades que conduzcan al desarrollo científico y tecnológico en el campo de la energía nuclear, así como promover la transferencia de tecnología en estas materias.

II. Realizar la investigación pura y aplicada en los diversos campos de la ciencia y la tecnología nucleares; prestar asistencia técnica a los organismos que crea esta Ley, a la Comisión Federal de Electricidad y a las entidades públicas y privadas que lo requieran, en el diseño y construcción de plantas núcleo- Eléctricas y, en su caso, en la contratación de dichos servicios.

III. Apoyar y asegurar a URAMEX en la formulación de sus planes y programas para el desarrollo de sus actividades, siempre bajo la coordinación de la Comisión Nacional de Energía Atómica, conforme al Artículo 5o. de esta Ley.

Asimismo, tendrá a su cargo las actividades relacionadas con la investigación básica y la investigación y desarrollo tecnológico del ciclo de combustible nuclear.

IV. Asesorar a la Comisión Federal de Electricidad en el diseño, desarrollo de la ingeniería y contratación de la construcción de los reactores nucleares requeridos para la generación de energía eléctrica, los cuales serán propiedad de la Comisión Federal de Electricidad, quien será responsable de su operación.

V. Ser agente exclusivo del Gobierno Federal para programar, coordinar, promover, producir, vender e importar y, en general, realizar el aprovechamiento de materiales radiactivos no energéticos requeridos por el desarrollo nacional, promover y realizar el desarrollo de las aplicaciones de las radiaciones y radioisótopos en sus diversos campos, así como llevar al cabo trabajos de investigación y experimentación relativos a estas aplicaciones.

VI. Impulsar las actividades específicas que sobre investigación y desarrollo nuclear realicen las universidades, institutos o centros de educación superior del país, en coordinación con los programas del propio Instituto.

VII. Planear e impartir programas de formación y especialización en las disciplinas que son de su incumbencia incluyendo la capacitación de investigadores para proveer a sus propias necesidades.

VIII. Preparar y ofrecer, previa solicitud expresa, cursos de entrenamiento y capacitación para el personal en diferentes niveles de Dependencia del Ejecutivo Federal, organismo y empresas, que hicieren uso de la energía nuclear en sus diversas aplicaciones.

IX. Promover el intercambio nacional e internacional para favorecer la investigación y el desarrollo en materia nuclear; fomentar la celebración de reuniones y otros eventos con los mismos propósitos.

X. Solicitar, recibir y distribuir internamente los servicios de asistencia técnica, asesoría y otros que proporcionen el Organismo Internacional de Energía Atómica y demás organismos internacionales.

XI. Asesorar al Gobierno Federal, en todas las consultas referidas a su objeto.

XII. Difundir la información y desarrollos en la materia a través de publicaciones, programas y otros medios, dirigidos a grupos de interés y al público en general, incluyendo los servicios de una biblioteca especializada.

XIII. Participar en eventos internacionales relacionados con la energía nuclear a los que México asista; y

XIV. Realizar las demás actividades conexas con las anteriores; las que se determinen en las leyes o en disposiciones aplicables, en sus reglamentos internos y las que resuelva conforme a su objeto su Consejo de Administración.

Artículo 31. El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares se gobierna por los siguientes órganos: Consejo Directivo y Dirección General.

Artículo 32. El Consejo Directivo se integra con el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica, los Directores Generales de la Comisión Federal de Electricidad, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, del Instituto Politécnico Nacional y de Uranio Mexicano, y de los Reactores de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Autónoma Metropolitana.

El Presidente del Consejo Directivo es el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica. Por cada representante propietario se designará un suplente.

Artículo 33. El Consejo Directivo debe celebrar sesiones ordinarias cuando menos una vez cada dos meses y las extraordinarias que sean necesarias a juicio de uno o más miembros propietarios.

El Presidente del Consejo convocará a sesiones ordinarias y a las extraordinarias.

El Consejo designará un Secretario.

Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y en las sesiones deberán estar presentes, cuando menos, la mitad más uno de sus miembros.

En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Artículo 34. El Consejo Directivo es el órgano Supremo del Instituto de Investigaciones Nucleares y a él corresponde:

I. Determinar las actividades o dictar los acuerdos procedentes para el cumplimiento de los objetivos que se marcan al Instituto en el Artículo 3o.

II. Examinar y, en su caso, aprobar el programa de trabajo y el proyecto de presupuesto anual del Instituto que someta a su consideración el Director General.

III. Administrar el patrimonio del Instituto.

IV. Aprobar, en su caso, los contratos que celebre el Director General.

V. Integrar comités técnicos, permanentes o temporales, en el seno del propio Organismo, para el estudio, coordinación o ejecución de los programas de desarrollo en el campo de la tecnología nuclear.

VI. Otorgar distinciones honoríficas a los profesionales que destaquen en las materias relacionadas con las investigaciones nucleares.

VII. Delegar en el Director General las atribuciones que considere convenientes

Artículo 35. El Director General tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Representar legalmente al Organismo.

II. Ejecutar las resoluciones que le comunique el Consejo de Administración.

III. Proponer al consejo de Administración las normas de organización, administración y funcionamiento del Instituto.

IV. Elaborar los proyectos de presupuesto anual del Organismo, los que deberán someterse a la consideración del Consejo de Administración.

V. Ejercer el presupuesto del Organismo.

VI. Presentar al Consejo dentro de los tres primeros meses de cada año, un informe anual de las actividades realizadas por el Organismo, informe que deberá acompañar del balance contable y de los demás documentos inherentes.

VII. Nombrar al personal de confianza del Instituto y recabar la aprobación del Consejo en los nombramientos de mayor categoría.

VIII. Firmar en nombre del Organismo los contratos que éste celebre para la realización de sus fines.

Artículo 36. El Patrimonio del Organismo se forma con:

I. Los bienes muebles e inmuebles, derechos a la explotación, uso o aprovechamiento de bienes propiedad nacional que le asigne el Gobierno Federal y los que adquiera por cualquier otro concepto.

II. El subsidio que le asigne el Gobierno Federal.

III. Los beneficios que se establezcan en su favor.

IV. Las percepciones que obtenga por la prestación de servicios relacionados con su objeto.

Artículo 37. El Instituto podrá convenir con los centros de formación técnica y profesional del país, a fin de que los pasantes de las carreras que se estimen de utilidad para sus fines colaboren con éste dentro de las posibilidades del Instituto.

Artículo 38. El Organismo gozará de exención de pago de impuestos y derechos y tendrá franquicia postal y telegráfica.

CAPÍTULO VIII

De la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias

Artículo 39. Se crea un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial que se denomina Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

Artículo 40. La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias depende directamente del Secretario de Patrimonio y Fomento Industrial, y salvo las atribuciones que las leyes confieren a otras dependencias o entidades, ejercerá las siguientes funciones:

I. Establecer normas para que en el desarrollo de la industria nuclear se garantice la seguridad de los habitantes del país.

II. Vigilar que se cumplan en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos las disposiciones legales y los tratados internacionales de los que México es signatario, en materia de seguridad nuclear, física, radiológica y salvaguardias.

III. Revisar, evaluar y autorizar las bases para el diseño, construcción, operación, modificación y la documentación de plantas e instalaciones nucleares.

IV. Establecer y manejar el sistema nacional de contabilidad y control de materiales nucleares.

V. Establecer normas de seguridad nuclear, física y radiológica y salvaguardias para el buen funcionamiento de las plantas e instalaciones nucleares del país.

VI. Autorizar la importación de materiales radiactivos no energéticos.

VII. Las demás que le fije el Reglamento de esta Ley.

Artículo 41. La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias contará con un Consejo Consultivo y un Secretario Técnico. El Consejo Consultivo estará integrado de la siguiente manera: un representante designado por los Secretarios de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional, Marina, Agricultura y Recursos Hidráulicos, Comunicaciones y Transportes, Asentamientos Humanos y Obras Públicas, Salubridad y Asistencia, Trabajo y Previsión Social, y el Secretario de Patrimonio y Fomento Industrial, quien presidirá el Consejo Consultivo.

También podrán formar parte del Consejo Consultivo, sin derecho a voto, mediante invitación que se les formule, representantes de otras dependencias del sector centralizado, o entidades del sector paraestatal, entidades federativas, municipios o particulares involucrados directamente.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Se abroga la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Energía Nuclear, del 30 de diciembre de 1971, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de enero de 1972, y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Artículo tercero. La Comisión Nacional de Energía Atómica distribuirá el patrimonio, los derechos y obligaciones del INEN entre URAMEX e ININ de conformidad con los objetivos, facultades y funciones que a tales organismos les otorgue esta Ley.

Artículo cuarto. Las asignaciones y concesiones ya otorgadas para la exploración o explotación de sustancias minerales que se encuentren asociados mineralógicamente a minerales radiactivos, continuarán en vigor siempre que se sujeten a las condiciones técnicas y obligaciones que determine la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, la que vigilará su cumplimiento.

Artículo quinto. Las referencias al Instituto Nacional de Energía Nuclear contenidas en la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Minera, deberán entenderse que corresponden a URAMEX. Las asignaciones que se hayan otorgado para la explotación de minerales radiactivos se transfieren a URAMEX.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. - México, D. F., a 4 de octubre de 1978.-Primera de Puntos Constitucionales: Rodolfo González Guevara. -Víctor Manzanilla Schaffer.-Antonio Riva Palacio López. -Víctor Alfonso Maldonado Moreleón. -Manuel Gutiérrez Zamora Zamudio.- Gonzalo Armando Esponda Zebadúa -Reynaldo Dueñas Villaseñor. -Raúl Caballero Escamilla. -Porfirio Cortés Silva. -Enrique Ramírez y Ramírez. -Angel Sergio Guerrero Mier. -Ricardo Eguía Valderrama.-Fernando Moreno Peña. -Augusto César Tapia Quijada. -Lucía Betanzos de Bay. -Pericles Namorado Urrutia. -Carlos Manuel Vargas Sánchez .-Crescencio Herrera Herrera. -Eduardo Andrade Sánchez. -Roberto Leyva Torres. -Raúl Bolaños Cacho Guzmán. -Enrique Alvarez del Castillo L. - Mirna Esther Hoyos de Navarrete. -Ricardo Pedro Chávez Pérez. -Jaime Alberto Ramírez Gil.

Estudios Legislativos: Presidente, Miguel Montes García; Secretario, Pericles Namorado Urrutia. Sección Constitucional: Antonio Riva Palacio López. -Enrique Alvarez del Castillo. -Raúl Lemus García.-Manuel Villafuerte Mijangos. -Porfirio Cortés Silva. -Héctor Terán Torres. -Roberto Leyva Torres. -Luis Priego Ortiz. -Pastor Murguía González.

Desarrollo de los Recursos Naturales y Energéticos: Jesús Alberto Mora López. - Homero Tovilla Cristiani.-Julio César Mena Brito Andrade. -Armando Labra Manjarrez. -María Refugio Castillón Coronado.-Crescencio Herrera Herrera.- José de las Fuentes Rodríguez. -José Mendoza Padilla. -Nicanor Gómez Reyes. - Víctor Alfonso Padilla M. -Pastor Murguía González. -Leonardo Peraza Zamudio. Sección Energía Nuclear: Manuel Villafuerte Mijangos. -Nicanor Gómez Reyes.- Reveriano García Castrejón. -Ricardo Pedro Chávez Pérez. -Gildardo Herrera Gómez Tagle. -Francisco Cinta Guzmán. -Oswaldo Rodríguez González.- Miguel Portela Cruz."

El C. Presidente: Como se anunció el día de ayer, en esta sesión se discutirá en lo particular el proyecto de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear, a partir del artículo 19 impugnado.

Se abre el registro de oradores, para la discusión del artículo 19... Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del Artículo 19, el C. diputado Armando Labra Manjarrez.

Tiene la palabra el C. diputado Armando Labra Manjarrez.

El C. Armando Labra Manjarrez: Con su venia, señor Presidente:

He apartado los artículos 19 a 23 para su discusión; me he anotado en contra de la redacción del Dictamen en estos artículos.

Todos ellos están relacionados a la estructura orgánica de la empresa URAMEX que crea la presente Ley. Hablaré por ahora del artículo 19; sin embargo, para obviar a ustedes la repetición del razonamiento general de los cambios a cada uno de estos artículos, haré una breve exposición global que pretende hilar la secuencia de modificaciones que en su oportunidad propondré una por una ante ustedes conforme lo indica el reglamento.

La mayoría ha revisado el Dictamen en lo relativo a las estructuras orgánicas de URAMEX y del ININ, para simplificarlas y homogeneizarlas, considerando fundamentalmente los tres siguientes objetivos: 1. La necesidad de facilitar lo más posible a la Comisión Nacional de Energía Atómica, la integración funcional y administrativa entre URAMEX y el ININ.

2. La necesidad de evitar toda disposición de nivel reglamentario que favoreciese a una administración frente a la otra, o expresara conceptos de orden administrativo menor. En ello abunda el Dictamen, por eso nos hemos inscrito en contra.

3. En tercer lugar, se ha considerado la necesidad de fortalecer al máximo los órganos superiores de gobierno, es decir, el Consejo de Administración de URAMEX y el Consejo Directivo del ININ, cuyo presidente común, como ustedes saben, el vocal ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica, debe reunir las mayores facultades de coordinación y ejecución posibles para garantizar la integración efectiva de la industria nuclear.

Como lo dijo en su presentación general Ortiz Tejeda, en efecto, sirios y troyanos, todos están inconformes con el actual desempeño del INEN.

Las fórmulas que estamos ofreciendo en esta discusión en torno a URAMEX y al ININ, pretenden ser una fórmula para reorganizar administrativamente, pero esencial y fundamentalmente, integrar funcionalmente los entes nucleares.

Soluciones estrictamente administrativas hay tantas, como opinantes. En los textos que se están proponiendo, se busca salvar lo fundamental, lo fundamental es, primero, un apego radical al espíritu del artículo 27 constitucional en materia de exclusividad del Estado en la materia, en segundo lugar, el respeto a los derechos individuales y colectivos de los trabajadores y en tercer lugar, configurar una propuesta integral para el desarrollo de la industria nuclear, bajo responsabilidad del Estado. En esto último, creo que resulta inocuo remitir la cuestión al número de organismo o de divisiones o la disposición de los cuadros de los organigramas. Lo esencial es la integración vertical y funcional de la industria

nuclear, desde la mina hasta el reactor, bajo la responsabilidad del Estado.

Nuestra responsabilidad será vigilar y exigir del Estado, que esta integración sea real y para ello trabajar cotidianamente de hoy en adelante, tanto en el sindicato, como en los laboratorios, en el reactor, aquí en las curules y en la calle; no podemos ninguno esperar cómodamente que el desarrollo nuclear se dé gracias a tal o cual estructura administrativa. Como no podemos esperar que los procesos democráticos evolucionen sin nuestra militancia política permanente.

Bien lo saben los compañeros trabajadores, técnicos y científicos del Instituto Nacional de Energía Nuclear que nos acompañan. De esta suerte, la redacción básica, sobre la organización administrativa de URAMEX, se subordina a la integración funcional de la industria nuclear y corre paralela a la correspondiente al ININ, en todas las modificaciones que referiré a ustedes.

La primera de estas modificaciones se refiere al artículo 19, relacionada al patrimonio de URAMEX. En la propuesta que haré a ustedes, se incurre en cambios de forma, que se justifican no sólo por razones de claridad y estilo, sino porque benefician tanto a este organismo, como al ININ, si la propuesta es aceptada por ustedes, ahora y después cuando se proponga lo propio para el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.

El artículo 19 conforme al dictamen, dice lo siguiente:

"El patrimonio de URAMEX estará integrado por los bienes, derechos a la explotación, uso o aprovechamiento de bienes de propiedad nacional que el Ejecutivo Federal le asigne y los que adquiera, así como las subvenciones, subsidios y donaciones que se le otorguen y los rendimientos que obtengan por virtud de sus operaciones."

La redacción que se propone y que es prácticamente idéntica a la que se propondrá en el caso del ININ, es la siguiente:

"El patrimonio de URAMEX se integra con los bienes que reciba conforme a la presente Ley, las asignaciones que haga en su favor el Gobierno Federal, las percepciones que obtenga por la prestación de servicios relacionados con su objeto y cualesquiera rendimientos o aportaciones que perciba en los términos de toda norma aplicable."

Como ustedes ven, el tiempo referido a la integración al patrimonio se expresa en tiempo presente, no en futuro, lo cual enriquece y da contundencia a la expresión y que recoge una redacción amplia para las apropiaciones que pueda tener URAMEX para realizar sus actividades.

Pongo a consideración de ustedes esta propuesta, que contribuye a homogeneizar la estructura organizativa del ININ y de URAMEX y que busca fundamentalmente fortalecer al Presidente de los Consejos de Administración de ambas empresas, que sea una sola persona, que es el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica, al cual de esta manera se le habilita orgánicamente en sus atribuciones ejecutivas en el desarrollo de la industria nuclear.

Esa es mi propuesta ante ustedes.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Carlos Manuel Vargas, en nombre las Comisiones.

El C. Carlos Manuel Vargas (desde su curul): Señores diputados; Señor Presidente:

Estamos discutiendo una Iniciativa de Ley trascendental para los destinos históricos del país, de forma y de fondo y establecemos la defensa de la soberanía nacional.

En realidad, la Ley tiene que ser clara, pero debe evitar la exégesis porque ello motivaría el contenido de un reglamento. Además, no debe ser reiterativa me parecen contundentes los argumentos del licenciado y diputado Armando Labra y creo yo que la redacción que propone es la correcta, por cuanto se habla en presente y además si se dice que los bienes que va a recibir URAMEX son conforme a la presente ley, así como con las asignaciones que haga a su favor el Gobierno Federal, es obvio que están contenidos en la ley y por lo tanto no debe caerse en la exégesis de que un artículo se explique detalladamente cuando esas están contenidas, repito, en la propia ley.

Por tal razón, en nombre de las Comisiones aceptamos esa propuesta de modificación.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 19.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la H. Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 19 por el C. diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 19 se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 19 de la Ley a discusión. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Suficientemente discutido.

En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 19 con la modificación propuesta por el C. diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 148 votos en pro; ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 19 con la modificación propuesta por el C. diputado Armando Labra Manjarrez, y aceptada por las Comisiones por 148 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 20...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del artículo 20, el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez.

El C. Armando Labra Manjarrez: Con su venía, señor Presidente:

Con el mismo espíritu del Artículo 19 lo que estamos proponiendo para el Artículo 20 es una redacción más correcta y en concordancia con la que se pondrá a consideración de ustedes relacionada al Instituto Nacional de Energía Nuclear.

El artículo 20 que estamos proponiendo modificar, dice según el dictamen lo siguiente:

"Uranio Mexicano, URAMEX, se gobierna por los siguientes órganos: Consejo de Administración y Dirección General."

La redacción que quiero proponer ante ustedes y que es compatible y corre paralela a la que se propondrá para el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares dice lo siguiente:

"Artículo 20. Son órganos de gobierno de Uranio de Mexicano, URAMEX, el Consejo de Administración y la Dirección General."

Creo que es una modificación de forma pero que enriquece el concepto, le da más claridad y contundencia y fundamentalmente lo hace compatible con la propuesta relacionada al ININ, que veremos más adelante.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Carlos Manuel Vargas, por las Comisiones.

El C. Carlos Manuel Vargas: En realidad la proposición que hace el diputado Labra significa mejor sindéresis en el artículo aunque no comparto el criterio de que sea más correcta, lo que es correcto no puede ser más, ni puede ser menos, es correcto o no es correcto, mejor podríamos decir que es más adecuado.

Sin embargo, indudablemente que al hablar de órganos de gobierno, serán éstos quienes regulen la estructura y funcionamiento de URAMEX, de tal manera que repito, hay mayor sindéresis que en el artículo original. Por tales razones, en nombre de las comisiones aceptamos la propuesta del diputado Labra Manjarrez.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 20.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se pregunta si se admite la modificación propuesta al artículo 20; los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el artículo 20 se encuentra suficientemente discutido.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 20. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 20 con la modificación propuesta por el diputado Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 148 votos en pro.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 20 con la modificación propuesta por el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez, y aceptada por la Comisión, por 148 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 21... Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del artículo 21 el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez.

Tiene la palabra el diputado Labra Manjarrez.

El C. Armando Labra Manjarrez: Con su venia, señor Presidente:

El artículo 21 del dictamen dice lo siguiente:

"El Consejo de Administración será presidido por el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica, y se integrará por el Director General del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares ININ, y cuatro miembros más que serán designados por el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial. Por cada consejero propietario se designará un suplente."

"El Consejo de Administración debe celebrar sesiones ordinarias cuando menos una vez cada dos meses y las extraordinarias que sean necesarias a juicio de uno o más de sus miembros. El Presidente del Consejo convocará a sesiones ordinarias y a las extraordinarias. El Consejo designará su Secretario, cuyo nombramiento recaerá en persona ajena al Consejo".

En lo referente a este artículo se propone eliminar las consideraciones de orden reglamentario, relativos al calendario de sesiones del Consejo, de sus convocatorias y la designación del secretario del propio consejo.

La modificación que se sugiere descansa en el evidente exceso de incorporar en la ley disposiciones menores relativas al régimen interior administrativo del consejo que, creo yo, en nada contribuyen a lo fundamental de esta Ley.

La redacción que yo propongo es la siguiente:

"El Consejo de Administración será presidido por el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica y se integrará con el Director General del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, ININ, y 4 miembros más que designará el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial; por cada consejero propietario se designará un suplente."

Lo que aquí fundamentalmente se propone es eliminar los siguientes párrafos de orden reglamentario.

Pongo esta consideración ante ustedes.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Carlos Manuel Vargas, por las Comisiones.

El C. Carlos Manuel Vargas: En el ánimo de explicar en una ley muchas cosas, a veces cometemos el error de confundir la norma con el reglamento.

En homenaje a la brevedad que debe ser esencia de la norma y dejar para el Reglamento los detalles, en nombre de las Comisiones se acepta la propuesta del diputado Armando Labra Manjarrez, porque además de enriquecer en esencia la norma, es clara dejando para reglamento posterior, los detalles a que originalmente se refiere el Artículo 21.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 21.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la H. Asamblea si se admite la modificación propuesta al Artículo 21 por el C. diputado Armando Labra Manjarrez, y aceptada por las Comisiones.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, lo manifiesten... Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 21 se encuentra suficientemente discutido.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al Artículo 21.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por indicaciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la honorable Asamblea si está suficientemente discutido el Artículo 21 de la Ley a discusión. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Suficientemente discutido. Por lo tanto, se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 21 con la modificación propuesta por el diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

El C. Presidente: Se emitieron 148 votos en pro; ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado el Artículo 21 con la modificación propuesta por el C. diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones por 148 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 22...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra el C. diputado Armando Labra Manjarrez.

Tiene el uso de la palabra el C. diputado Armando Labra Manjarrez.

El C. Armando Labra Manjarrez: Muchas gracias, señor Presidente.

En el artículo 22 del dictamen dice lo siguiente:

"Artículo 22. El Director General - y estamos refiriéndonos a URAMEX-. será nombrado por el Ejecutivo Federal y tendrá las siguientes atribuciones: Primera, representar legalmente a URAMEX; Segunda, vigilar el funcionamiento del organismo y elaborar los planes de manejo y explotación de sus bienes; Tercero, las demás que señale el Consejo de Administración."

A diferencia del espíritu del dictamen, que redundantemente confiere al Director General, algunas facultades que en realidad son propias del cargo, se propone atribuir al Consejo, plenamente. la administración del organismo. Con la capacidad de delegar en el Director General, las facultades que el Consejo considere convenientes, conforme al reglamento que al efecto se elabore.

Como ya decía a ustedes, se busca así fortalecer al Consejo de Administración para polarizar en su Presidente, que es el Vocal Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Atómica y a la vez, Presidente del Consejo Directivo del ININ, las mayores facultades de coordinación y ejecución para integrar el desarrollo de ambos organismos: URAMEX e ININ.

El texto que propongo a ustedes es el siguiente:

"Artículo 22. El Consejo de Administración conocerá y aprobará el Programa y Presupuesto del Organismo y determinará lo conducente para que éste realice el objeto que le asigna la presente Ley; asimismo, el Consejo administrará el patrimonio de URAMEX y podrá delegar en el Director General las facultades que estime convenientes en los términos del Reglamento correspondiente para la ejecución que sus determinaciones y la debida marcha de la Entidad."

Esa es la propuesta que someto a consideración de la Asamblea. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Carlos Manuel Vargas, por las Comisiones.

El C. Carlos Manuel Vargas (desde su curul): En efecto, como lo ha planteado el diputado Armando Labra Manjarrez, el Artículo 22 como está redactado resulta evidentemente reiterativo, principalmente en lo que se refiere al nombramiento del Director General por cuanto ya se habla de esto en el artículo 21 de esta Iniciativa.

El artículo propuesto resulta conciso y trae implícito las atribuciones que marcan las fracciones I, II y III del artículo originalmente propuesto, demás, en estricto rigor técnico jurídico, el Director General no es sino el ejecutor de los acuerdos del Consejo de Administración, en consecuencia en homenaje a lo conciso y a lo técnico, en nombre de las Comisiones aprobamos la propuesta del ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 22.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta si se admite la modificación propuesta. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 22 se encuentra suficientemente discutido.

El C. Prosecretario Pedro Avila Hernández: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el artículo 22. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 22 con la modificación propuesta por el C. diputado Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 147 votos en pro y ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 22 con la modificación propuesta por el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones, por 147 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del artículo 23...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del artículo 23, el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez. - El C. Armando Labra Manjarrez: Con su benevolencia, señor Presidente:

El Artículo 23 del Dictamen dice lo siguiente:

"El Director General de URAMEX, tendrá todas las facultades que corresponden a los mandatarios generales para pleitos y cobranzas, para actos de administración y de dominio y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley, en los términos que los primeros tres párrafos del Artículo 2554 del Código Civil del Distrito Federal para obtener créditos y para otorgar o suscribir títulos de crédito, para formular querellas en los casos de delito que sólo se pueden perseguir a petición de la parte ofendida y para otorgar el perdón extintivo de la acción penal: el Director General podrá otorgar sin perderlos y revocar poderes generales o especiales pero cuando sean en favor de personas ajenas a URAMEX deberá recabar previamente acuerdo del Consejo de Administración."

Se propone modificar para simplificarla esta redacción y con ello la claridad que deba tener la descripción de las funciones del Director General de URAMEX.

El texto del dictamen abunda en atribuciones específicas, que son materia de la delegación de poderes que realizan los consejos de administración con cargo a los directores generales y no precisa - pienso yo - elevarlos al rango de esta ley.

De otra parte y en adición al espíritu del texto del dictamen, la modificación propuesta subraya que el director general representará legalmente al organismo y que será designado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial. Con esto se busca garantizar el mayor grado de selectividad técnica y política de este funcionario público, responsabilizando de ello a las más altas autoridades del país. De esta suerte el texto para el artículo 23 que propongo a ustedes es el siguiente:

"El Director General, que será designado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, tendrá a su cargo la ejecución de los acuerdos que adopte el Consejo de Administración a cuyo conocimiento y aprobación en su caso, someterá los programas y el presupuesto del organismo, así como los informes conducentes al conocimiento de las actividades que éste realice, y representar legalmente al organismo en los términos que disponga el Consejo de Administración."

Esa es la propuesta que pongo a consideración de la Asamblea. Gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Carlos Manuel Vargas, en nombre de las Comisiones.

El C. Carlos Manuel Vargas: Si advertimos el contenido de la propuesta de modificación que presenta el diputado Armando Labra Manjarrez, encontraremos que en realidad se trata, y ello es por lo cual las comisiones aceptan la modificación, hacerlo congruente con los artículos anteriores. Por esta razón más que por las que expresa el ponente, en nombre de las comisiones aceptamos esta propuesta, pues además, el Director General es un ejecutor de los acuerdos del Consejo de Administración y además también basta con que se diga que se dan facultades de acuerdo con el 2554 del Código Civil para explicarlas, para entenderlas, que son en forma amplia.

Finalmente, cuando se trata de delegar facultades a determinadas personas, es una situación específica que motiva el acuerdo del Consejo de Administración, por lo cual no debe estar considerado en una norma.

En síntesis, esta propuesta resulta congruente con las anteriores, razón por la cual en nombre de las comisiones la aceptamos de buen grado.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta al artículo 23.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por indicaciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la honorable Asamblea si se acepta la modificación propuesta al artículo 23 por el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez, y aceptada por las comisiones. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 23 se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si el artículo 23 se encuentra suficientemente discutido. Los ciudadanos que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 23 con la modificación propuesta por el ciudadano diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 148 votos en pro, ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 23 con la modificación propuesta por el C. diputado Armando Labra Manjarrez y aceptada por las Comisiones, por 148 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 28...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra del Artículo 28, el C. diputado Francisco Ortiz Mendoza y, para hablar en pro del mismo artículo, los ciudadanos diputados Hugo Castro Aranda e Ifigenia Martínez Hernández.

Tiene la palabra el C. diputado Francisco Ortiz Mendoza.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente; Señoras y señores diputados: Brevemente, sin el afán de abrir un debate sobre esta cuestión, puesto que ya han sido aprobados dos de los instrumentos que integran la industria nuclear, sí deseamos precisar algunas cuestiones que se han expresado en el curso del debate, y que nos interesa queden claras, a nuestro juicio, en el Diario de los Debates.

En primer lugar, se nos ha dicho que no reconocemos el trabajo que ha hecho la mayoría en este dictamen, y consideramos que más de una vez hemos señalado, que reconocemos en todo lo que vale, la pasión que ha puesto la mayoría, y digo la mayoría, no sólo de la mayoría de los diputados en la Cámara, sino la mayoría de las gentes de la Comisión, para mejorar en mucho la Minuta que nos fue enviada por el Senado.

Señalamos más de una vez, que hemos visto cómo han trabajado; se han puesto a estudiar a fondo este problema y han producido un dictamen que nosotros, y creo que el pueblo mexicano, y la enorme mayoría de los diputados de la Cámara, valoran en todo lo que tiene de positivo. Quede claro entonces que las intervenciones que nosotros estamos realizando, son con el objeto de mejorar un poco ese trabajo que ha sido positivo y en el que el Partido Popular Socialista con las limitaciones que tiene, considera haber contribuido.

En segundo lugar, se ha afirmado o se afirmó que nosotros estamos contra las exportaciones de materias primas, no percibiendo que si esta exportación no se produce, no tendremos posibilidad y capacidad, para impulsar el desarrollo económico de México.

Consideramos, y así lo hemos señalado más de una vez, que sabemos bien la situación económica en que México se encuentra; que para impulsar este desarrollo, indudablemente que tenemos que echar mano de nuestras materias primas, por necesidad, no por conveniencia; consideramos que lo más conveniente es utilizar nuestra materia prima, transformarla; agregarle valor de trabajo y obtener mejores beneficios. Pero si las exportamos, no es porque así convenga, a nuestro juicio, es por necesidad. Lo que hemos planteado nada más, y así defendimos el asunto, es que se limite esa exportación y vaya disminuyéndose para que por la otra parte conforme vayamos desarrollando nuestra industria, entonces limitemos esta exportación y exportemos otro tipo de productos, una vez resueltos y satisfechos, al máximo posible, las necesidades del mercado interior, del pueblo mexicano en su conjunto.

En tercer lugar, a pesar de que nosotros hemos señalado lo contrario, se ha insistido también por la contraparte, en decir que nosotros nos oponemos a la división del INEN. Desde que se presentó esta Iniciativa se hizo pública nuestra opinión. En todos los trabajos que hemos venido realizando durante todo el año, con los compañeros trabajadores, con los compañeros científicos, con los diputados, con las Comisiones, etc., hemos dicho que el Instituto Nacional de Energía Nuclear no tiene por qué seguir siendo defendido, no lo decimos ahora, lo dijimos desde el primer día que apareció la Iniciativa, incluso decíamos a los compañeros del Sindicato, que deberían utilizar un lenguaje que no hablara de una lucha contra la división del INEN ya que, efectivamente, en muchas publicaciones de los diferentes sectores interesados, se planteaba la oposición a que se dividiera el INEN. Nosotros siempre hemos planteado que la lucha es por que salga unificada la Industria de la Energía Nuclear.

Planteábamos a los compañeros, que no debería utilizarse la idea de división del INEN, porque lo que nos debe interesar es que se integre, una empresa del Estado, esa es nuestra posición.

Lo que nosotros siempre hemos venido sosteniendo, es que no es conveniente que la industria nuclear se divida, la industria nuclear, no el INEN.

Para nosotros, el INEN pasó a mejor vida desde el primer momento en que se planteó esta Iniciativa, porque la Iniciativa misma, con todos sus defectos, tenía una gran virtud, que creaba la industria nuclear estatal. Contra lo que nosotros hemos estado, y por eso votaremos en contra ahora, ha sido que la industria nuclear salga dividida desde el

momento mismo de su creación. Esa es nuestra posición.

Por los planteamientos que hicimos se fue ganando la idea de la coordinación y se le dio la solución de un organismo cúpula, pero hemos explicado que ese organismo cúpula sólo coordina administrativamente y lo que importa es que se coordine tecnológicamente. Llegó incluso nuestra proposición a aceptar que en el organismo cúpula, en la Comisión, el Vocal y el Secretario, que son designados por el Ejecutivo, podrían ser uno el director de URAMEX y el otro el director del ININ, de esa manera el organismo cúpula en verdad coordinaría de una manera plena estos trabajos. Que el presidente de la Comisión fuera el Secretario del Patrimonio Nacional, pero el vocal y el secretario, incluso hablábamos de dos vocales, fueran los directores de las otras dos ramas, o sea, de URAMEX uno y del Instituto el otro. En verdad de esta manera se coordinaría el trabajo administrativo y el trabajo tecnológico.

Lamentablemente no ha sido así, pero queremos que quede preciso que el Partido Popular Socialista jamás ha hablado de que luchaba en contra de la división del INEN. Desde el principio nosotros consideramos que eso estaba liquidado, que porque era un paso más adelantado el de la creación de la empresa estatal.

Estamos contra la creación separada de las tres instituciones, que no van a coordinarse tecnológicamente por desgracia, si no se toman medidas enérgicas al respecto. Por ese motivo, votaremos en contra de la creación del ININ.

Gracias."

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Hugo Castro Aranda.

El C. Hugo Castro Aranda: Señor presidente, en realidad como no hay objeción, renuncio a mi turno.

El C. Presidente: Tiene la palabra la C. diputada Ifigenia Martínez Hernández.

-La C. Ifigenia Martínez Hernández:

Señor Presidente, honorable Asamblea. No hay una propuesta en contra; se trata que el Partido Popular Socialista, por las razones que dio el ingeniero y diputado Ortiz Mendoza, votará en contra. Solamente deseo referirme al hecho de que en este recinto realmente ha habido una discusión sumamente interesante; que celebro mucho que se haya podido formar un consenso entre los diferentes partidos aquí representados respecto a puntos sustanciales de la Iniciativa de interés nacional, que todos hemos contribuido -y quiero hacer un reconocimiento a todos los partidos por el interés y pasión que han puesto todos los diputados de esta Cámara para mejorar la Minuta de este proyecto.

Respecto a la llamada división del ININ, ya se dijo que no se trata de dividir sino de integrar. En cuanto al organismo CÚPULA será el que coordinará, no nada más administrativamente sino hará la coordinación técnica, más aún política, que deberá ser a través del plan que también contiene el proyecto de Iniciativa, o sea, que es la elaboración del plan donde se va a ver la coordinación que va a haber entre los dos organismos descentralizados que crea la ley URAMEX y el ININ y digamos, la aprobación política, pues eso es la sustanción de un plan nacional de desarrollo que se da a conocer a toda la opinión pública recoge el sentimiento político de todos los grupos organizados y esperemos que también tengamos oportunidad en la Cámara de Diputados de manifestar colegiadamente nuestra opinión al plan. Muchas gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo 28 se encuentra suficientemente discutido.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 28. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 28 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 139 votos en pro y 9 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 28 por 139 votos.

En virtud de que el artículo 30 consta de varias proposiciones, de conformidad con el artículo 120 del Reglamento, se va a desahogar separadamente.

Se abre el registro de oradores, para la discusión de la fracción IV del artículo 30...

Esta presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra de la fracción IV del artículo 30, los siguientes ciudadanos diputados: Hugo Castro Aranda, Saúl Castorena y Héctor Ramírez Cuéllar. Tiene la palabra en contra el ciudadano diputado Hugo Castro Aranda.

El C. Hugo Castro Aranda: Compañero Presidente, con su permiso. Compañeras diputadas, compañeros diputados:

La discusión, ya larga, sobre la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear, ha hecho ver suficientemente el elevado interés nacional que reviste la materia de que estamos tratando.

Este artículo, y fundamentalmente la fracción cuarta que vengo a impugnar y a pedir a ustedes que sea modificada en los términos que más adelante referiré, tiene también la especial importancia de aludir a un nivel de la industria nuclear que resultará definitivo para la consolidación o para la pérdida de la industria nuclear nacional.

Si bien ha quedado asegurado para el Estado, merced a la Constitución General de la República, la posesión irrestricta y en exclusiva de la materia prima que significan los minerales radiactivos, no ha sucedido todavía lo mismo con lo que se refiere a los reactores nucleares.

Me voy a permitir, con el permiso de ustedes, hacer algunas breves consideraciones en torno al problema de los reactores nucleares.

Una actividad productiva, cualquiera que ésta sea, consta de varios niveles en la producción, como es sabido por ustedes; está la producción de la materia prima que debe ser posteriormente transformada por la parte industrial y luego comercializada por el sector de servicios de la propia industria. Cuando el dominio de la materia prima -es el caso de la industria a que nos estamos refiriendo - está asegurada por el Estado, la segunda etapa de no estarlo en forma absoluta, hace perder mucha de las ventajas que el dominio de la materia prima trae para la producción en provecho de la nación.

Un ejemplo claro de lo que ocurre se da cuando las materias primas que producen los países llamados subdesarrollados, son vendidas en el mercado internacional. Estas materias primas alcanzan precios que, con algunas excepciones, están muy por debajo de los que llegan a alcanzar las materias elaboradas; tan es así que de esto viven muchas de las naciones desarrolladas del orbe.

Durante mucho tiempo Inglaterra y Japón, por poner dos ejemplos clásicos, han sido los talleres del mundo: importan la materia prima, la transforman y posteriormente la exportan a los países compradores con un valor agregado a precios muy por encima de aquellos a los que les fue pagada originalmente tal materia prima a los países vendedores.

Esta situación se da igual dentro de nuestros países. En México es bien sabido que al sector productor de las materias primas se le pagan precios que, particularmente esto ocurre en el sector agrario, son 30 y 32 veces menores a los precios que alcanza el artículo una vez elaborado y puesto a disposición del último consumidor.

De esta manera, ¿de qué serviría que hubiésemos asegurado para la nación, la posesión de los minerales en bruto o en el seno de la tierra? ¿de qué serviría que hubiésemos asegurado para el dominio de la nación, la posesión de los Minerales semielaborados? para que posteriormente fueran vendidos de una manera irrestricta y sin ningún provecho para la nación en los mercados extranjeros. Es evidente que el uranio, que será materia prima de la producción energética, estratégico e importante los próximos años, es apetecido por todos los países industriales, lo mismo que el petróleo.

Pero este uranio, a nosotros no nos servirá de nada, si no lo transformamos en una energía viable, que como ayer se explicaba en esta misma tribuna, permita sustituir una parte sustancial de los hidrocarburos que estaremos necesitando para fines de este siglo o que permita de alguna manera, liberar esos propios hidrocarburos, para que en lugar de seguirlos quemando, los transformemos en la multitud de elementos y de artículos útiles que el país requiere para su provecho y para su propio desarrollo.

La más importante actualmente de las aplicaciones del uranio, es por la vía energética. Porque ocurre que podemos transformar el uranio, no de manera directa, sino a través de una serie de mecanismos, en electricidad. La electricidad que mueve las fábricas; la electricidad que permite tener luz, y en general energía dentro de los hogares; la electricidad que tiene tantas aplicaciones y que para nuestro desarrollo económico, resultará clave en los próximos años de este país. Podemos transformar la virtud a que vamos a sustituir de hecho, la parte motriz de una planta termoeléctrica convencional, para en lugar de usar combustóleo, que nos permite producir el calor por medio del cual se mueven los generadores eléctricos, producir el calor a partir del uranio y con éste obtener el mismo vapor con el objeto de mover los mismos generadores eléctricos.

El secreto de la utilización de la energía atómica es bastante más sencillo de lo que en general parece creerse; lo que produciremos con la energía nuclear será básicamente calor.

Podemos dividir las plantas nucleares claramente en dos partes: la parte motriz, que actualmente se mueve o por medios hidráulicos o por la vía de quemar petróleo; de quemar combustóleo, y una segunda parte es la de los generadores que propiamente producen la electricidad.

Ocurre que al substituir la parte motriz, la parte que actualmente se mueve con petróleo y con combustóleo, si se aplica la energía nuclear vamos a requerir una menor cantidad de los otros combustibles, pero para poder "quemar" uranio, necesitamos una parte mecánica, que se refiere estrictamente a la ingeniería convencional que si bien complicada, no está de ninguna manera lejos de las posibilidades de cualquier país a condición de que sepa el cómo, la famosa tecnología a que tanto nos hemos venido refiriendo en el curso de esta discusión.

Los reactores nucleares a final de cuentas, son la máquina que nos permitirá transformar el uranio en calor; son la máquina que nos permitirá lograr que de ahí parta la energía con que moveremos los generadores eléctricos.

¿Cómo llegar a tener la máquina dentro de la cual vamos a transformar la energía contenida en el núcleo de los átomos en calor, para a través del vapor obtener electricidad?

¿Cómo vamos a tener los reactores que en este momento se fabrican en otras partes del mundo, de manera tal que no tengamos que depender también del abastecimiento del exterior para llegar a tener estos reactores? la única manera es llegar a fabricarlos en México.

La ocasión anterior que tuvimos el honor de dirigirnos a ustedes desde esta tribuna, hablábamos de lo que ha ocurrido en algunos otros dominios de la técnica y nos referíamos fundamentalmente a la electricidad.

Decíamos, que en función de la generación de la energía eléctrica todavía no se fabrican en México, a tantos años de que la industria eléctrica fue nacionalizada y después de tantos años de que en México hay electricidad, todavía no se fabrican en México los generadores eléctricos. Y de los cientos de

generadores que en este momento se emplean tanto en las grandes termoeléctricas como en las grandes hidroeléctricas, no hay todavía generadores hechos en México.

No se ha desarrollado la industria de la fabricación de los generadores eléctricos y esto, siendo lamentable como es para el país, hace prever un destino semejante por lo que se refiere a los reactores nucleares.

Quiero decir a ustedes que ha sido papel del Estado encomendado por la sociedad a través de una Constitución fruto de un gran movimiento social, ha sido papel del Estado impulsar la economía nacional e impulsar el desarrollo industrial. Se han seguido dos vías, como todos sabemos; la de impulsar a la iniciativa privada, con el objeto de que ella asuma parte de la tarea de la producción de manera natural, de manera normal, de acuerdo con su propio motor que es la ganancia.

Por el otro lado el Estado de una manera directa se ha propuesto impulsar la industrialización y el desarrollo del país, asumiendo la producción y aún la distribución de muchos de los bienes fabricados en varias de las áreas y en varios de los niveles de la producción económica.

Lo ha hecho así el Estado porque ha sido el único capaz de poder enfrentarse con éxito al peso de las grandes compañías extranjeras que desde el siglo pasado habían venido queriendo apoderarse de recursos y del mercado dentro del país y que muchas veces lo consiguieron y que muchas veces también, hubo que ir al rescate para traer al país la posibilidad de un desarrollo independiente y libre; así ha ocurrido con la industria básica nacional.

La industria nucleoeléctrica y en general la industria nuclear, es una industria básica para el país, no lo es aún por sus resultados porque todavía no está en explotación, pero lo será en los años próximos; en los años futuros la industria nuclear será definitiva y estratégica para el desarrollo nacional y dentro de la industria nuclear lo estratégico para el desarrollo será justamente la industria de los reactores nucleares.

Si México no asume ahora, a través del Estado mexicano, la tarea de fabricar y hacer los reactores nucleares, México dependerá del extranjero para la explotación de su uranio. Si no se sientan ahora las bases de la construcción de una tecnología que permita construir nuestros reactores nucleares, estaremos ayunos de tecnología pronto, y pronto son 5, 6 años; pronto es la generación de la vida de un reactor que como sabemos es de 9 a 10 años de plazo, a partir del momento en que se toma la determinación de construirlos.

Quiero decir a ustedes, que si hoy, las instituciones responsables tomaran la decisión de comenzar con un programa de reactores como decía ayer Puente Leyva, ambicioso, gran programa de reactores, un programa suficiente de reactores, el primer reactor, si lo comenzáramos el 1o. de enero del año de 1789 estaría funcionando hasta el año de 1988, 9 años después; perdón, me equivoqué, si estoy diciendo fechas de la época colonial española es que estoy pensando en otra cosa, les ruego me disculpen. Si tomamos la decisión de construir el reactor ahora, y lo comenzamos a construir el 1o. de enero de 1979, el primer reactor estará en funcionamiento en el año de 1986; para 1986 compañeros diputados, ya habrán ocurrido dos cosas que están previstas por las compañías transnacionales; primero, habrá comenzado el agotamiento del petróleo, a nivel mundial, la curva de producción del petróleo que ahora va hacia arriba, habrá comenzado a declinar justamente en el año de 1985 y este va a ser justamente el año en que muchos países del mundo van a encargar a las grandes compañías mundiales de reactores, la construcción de estos reactores.

Si no se toma la decisión ahora de construir los reactores y de tener un programa nuclear ambicioso para México, para 1985 no sucederá lo que ya nos ha ocurrido en otros momentos de nuestra historia, llegaremos tarde al desarrollo, ya no podremos tener los reactores porque no habrá quien nos los construya, a menos que los construyamos nosotros mismos, porque ¿a quién vamos a recurrir para la construcción de los reactores? Ocurre que a nivel mundial hay varios fabricantes que han estado recibiendo durante los años pasados, muchas solicitudes para la construcción de reactores.

Si bien ahora la construcción de reactores en el mundo se ha abatido, porque se están construyendo pocos, porque hay pocas órdenes para la construcción de reactores, todo parece ser una estrategia comercial de las grandes compañías transnacionales, para limpiar el mercado mundial y abatir precisamente ahora el equipamiento de reactores y poder de alguna manera absorber, poder monopolizar para sí mismas la construcción de reactores en todos los países del mundo, ya que tienen monopolizado el 70% de los yacimientos de uranio en los EE. UU.

Estas compañías son básicamente norteamericanas: La Westinghouse, que para el año de 1987 tendrá absorbido el 33.7 del mercado mundial de construcción de reactores; la General Electricé que tendrá el 22.2%, la Babcok y Wilco que tendrá el 8.3 y la Combustion Engineering que tendrá el 9 por ciento. Esto significa que más del 70 por ciento de la construcción mundial de reactores está precisamente en manos de cuatro compañías, las cuatro compañías norteamericanas.

Debo decir, para ilustrar todavía más este criterio, que nuestras necesidades de uranio, si logramos construir los reactores a tiempo, van a ser en términos muy amplios. Rogué a la Oficialía Mayor distribuir entre ustedes un pequeño cuadro, con el objeto de que podamos decir cuáles son los términos y cuál es el tamaño de las reservas de las que se está hablando y de las necesidades del país en materia uranífera.

Decíamos que un programa ambicioso de reactores, como fue diseñado por la Comisión Federal de Electricidad, con el objeto de

llegar a instalar hasta 20 mil megawatts para el año dos mil, requeriría una inversión de tal naturaleza, una inversión de tal especie, que el país hoy se encuentra imposibilitado de realizar.

La propia Comisión Federal de Electricidad en un momento determinado ha bajado la mira, y se ha propuesto llegar al establecimiento entre 14 y 15 mil megawatts para finales de este siglo con el objeto de poder generarlos por la vía nucleoeléctrica. Una parte de esta meta que se ambiciona, puede ser del ocho o del diez por ciento del total de la generación de energía eléctrica hacia finales del siglo.

Entonces, los técnicos, los científicos y en general la propia Comisión Federal de Electricidad han llegado a la conclusión de que puede construirse un programa ambicioso de reactores que puede ir de 11 a 13 reactores para poner en servicio el último alrededor de 1993.

Como ustedes pueden ver, en la primera columna del cuadro que me hicieron favor de distribuirles, se contemplan once reactores de construcción nueva, pero también se toma en cuenta que ya hay dos reactores en proceso de instalación en Laguna Verde, que se supone quedarán instalados para el año de 1980.

Así, pues, podríamos llegar a una potencia acumulada con estos once reactores, de 7,150 megawatts, de los 15 que necesitamos. Si le agregamos los dos reactores de Laguna Verde, de 650 megawatts cada uno, tendremos 8,450 megawatts instalados entre los 13 reactores; esta es una decisión que debiera tomarse ya, ahora mismo; pero estos 8,450 megawatts acumulados, requieren como necesidades totales de uranio, para cargarlos la primera vez y luego para estarlos cargando cada año de nueva manera. 17.984 toneladas de uranio, del famoso U3U8 del que tanto se habla.

Al finalizar la vida útil de los reactores, que es de 30 años, se habrá llegado a 50 mil toneladas prácticamente -ustedes tienen ahí el número de 49,856 toneladas - de uranio que se requieren para un programa de 13 reactores que apenas nos dará 8,450 megawatts instalados, de los 15 mil megawatts de energía eléctrica que hacen falta.

¿Cuánto cuesta este Programa?

Otra vez para ilustrar el tamaño de lo que puede ocurrir: este Programa cuesta desde la primera carga, construcción o compra de los reactores y su subsecuente alimentación, 162 mil millones de pesos. ¿De dónde vamos a sacar 162 mil millones de pesos?

Segunda cuestión: ¿A dónde van a ir a parar 162 mil millones de pesos? Si los reactores se construyeran en México, cuando menos en una proporción suficiente, estos 162 mil millones de pesos, o a una buena parte de ellos, serían gastados dentro de la propia nación. Si no fuera así, ocurriría exactamente lo mismo que nos ha venido ocurriendo en relación con el equipamiento de nuestras otras 2 fuentes energéticas; 162 mil millones de pesos, que pagaríamos íntegros a cuatro compañías extranjeras, para que el multiplicador económico fuera a ocurrir en países distintos del nuestro.

¿Cuántos mexicanos podrían encontrar trabajo, si se hicieran los reactores en el país? ¿Cuántas industrias multiplicarían sus esfuerzos si se hicieran los reactores en el país? ¿De qué manera el Estado podría ver vigorizada su propia participación en la economía nacional, si los reactores fueran emprendidos precisamente por el Estado? Porque ¿quién en México si no es el Estado, si no es el Estado o las transnacionales, se pueden tomar la libertad de construir reactores nucleares? ¿Quién puede tener 162 mil millones de pesos distribuidos a lo largo de 11 año que duraría la construcción total?, nadie sino las compañías transnacionales o el Estado Mexicano. De manera tal que nuestra opción es muy clara.

Y si hoy, compañeros, vengo a repetir todas estas cosas aquí, cansándolos un poco, es porque una de las cosas que deseamos, es que al aplicarse la ley, no se la interprete como muchas veces ocurre, tomando simplemente el diccionario para ver qué quiere decir cada palabra y para tratar de desentrañar de una frase, que muchas veces resulta crítica, lo que el legislador quiso decir cuando formuló la ley de que se estaba ocupando.

Nosotros queremos decir con toda claridad, que al debatir esta ley, estamos formulando una ley para que la industria nuclear sea justamente una industria nacional, una industria nacionalista; una industria que desarrolle al país, no una industria que se pierda en las mesas de quienes quieren en este momento aprovecharse de la gran derrama que pueden significar 162 mil millones de pesos gastados en la industria nucleoeléctrica.

Deseamos, queremos, que esto quede precisamente registrado en el Diario de los Debates, para que se sepa cuál era nuestra intención. Para que no se nos malinterprete. Para que quede claramente establecido que queremos una industria como dijo Ortiz Mendoza hace algunos momentos, nuclear integrada.

Una industria que vaya no solamente teniendo los dos brazos con que en este momento la estamos dotando, sino los distintos niveles que le permitan su desarrollo vertical.

¿Para qué vamos a producir uranio si no vamos a poder tener las máquinas para poder aprovechar el uranio?

Yo quisiera, compañeros diputados, hacer un par de reflexiones finales en relación con lo aquí hablado sobre el artículo 19 el día de ayer. Si nosotros requerimos 49 mil, 50 mil toneladas de uranio con el objeto de hacer un modesto programa; ambicioso para nosotros, de 13 reactores nucleares, de 13 plantas nucleoeléctricas que comenzarían a funcionar a toda plenitud en el año de 1993, y esas plantas nos van a durar 30 años, significa que en este momento nuestra reserva probada, que según se nos ha dicho aquí, está en el orden de entre las 8 y las 10 mil toneladas, es apenas la quinta parte de lo que

requeriremos si queremos hacer un programa nuclear que le sirva de algo a este país.

Difícilmente vamos a poder exportar, porque no vamos a poder tener las plantas para que funcionen los 30 años de vida útil, y después cerrarlas tranquilamente como si hubiera sido negocio concluido.

La industria nuclear es una industria que una vez puesta en marcha, debe permanecer. No vamos a cometer con el uranio y con la industria nuclear en general, los errores que a escala mundial se han cometido en relación con el petróleo.

A nosotros no nos debe interesar el vender ni lo uno, ni lo otro por el dinero que pueda producirnos, sino solamente en función de en un momento determinado poder capitalizarlos para desarrollar la industria.

La iniciativa privada, la industria privada, buscan la ganancia y por eso quieren vender a la mayor velocidad posible todo lo que tienen, ya sea la materia prima, propia o de la Nación, los productos que realiza; quieren vender pronto, quieren vender rápido para poder acumular rápidamente también; entre más acumulen más éxito, entre más tengan, más poder, entre más poder, más tienen. Esta es la filosofía de las empresas transnacionales, pero no puede ser la filosofía de una industria promovida, creada y en manos del Estado Mexicano.

El Estado Mexicano debe y puede atender al desarrollo nacional; precisamente por eso queremos una industria de reactores nucleares en manos del Estado Mexicano.

El artículo 30 que contempla la creación del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares ha contemplado dentro de su articulado varios hechos; el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares no será una torre de marfil en la cual un grupo de científicos pueda ver paisajes de la imaginación y olvidarse de los hombres de la calle.

El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares no será un centro de investigaciones exclusivamente; hemos creado a través del articulado del artículo 30 un instituto Nacional capaz de generar los científicos y la tecnología para la integración y la explotación de la industria nuclear y nucleoeléctrica.

Hemos integrado a través de las distintas fracciones del artículo 30 una entidad que tendrá la posibilidad de fabricar todo aquello que no se relacione con el uso energético del uranio. Efectivamente, el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares realizará la fabricación y comercialización de todos los elementos y materiales radioactivos de la industria nuclear que no tengan uso para energéticos. Pero también para el Instituto de Investigaciones Nucleares hemos reclamado la posibilidad de construir los reactores nucleares.

Y debo decir ante ustedes, compañeros, que cuando digo hemos reclamado, es porque esto ha sido positivamente el fruto de un trabajo y de un largo esfuerzo de imaginación y de negociación. El artículo 30 tal y como hoy se encuentra, ya ha sido fruto de la intervención de muchos mexicanos, pero cuando hoy queremos reformar la fracción IV, lo queremos hacer para que este Instituto que también va a tener como he dicho, la posibilidad de ser una industria, la posibilidad de ser una empresa descentralizada más del Estado Mexicano, pueda tener un contacto de tal naturaleza con la realidad, que no se olvide de que es lo que le está dando origen, pero al mismo tiempo que no permita aquello a lo que nos hemos venido oponiendo a lo largo de todo este año de discusiones.

Que no permita que se disgregue la experiencia de los técnicos mexicanos, que pueda dar un mentís a quienes todavía esta semana en distintas revistas de la capital y fundamentalmente en una, han venido a decirnos que los técnicos mexicanos son ignorantes, son flojos, que no han podido asimilar la misteriosa tecnología nuclear que fueron a aprender al extranjero. Que la comunidad científica mexicana sólo es válida para aquellos que tienen un papel obtenido en alguna universidad extranjera, y que la comunidad científica mexicana en su mayoría no podrá con el paquete de la energía nuclear.

Estas mismas voces las hemos escuchado a lo largo de toda nuestra historia; son las mismas voces que facilitaron la entrada a este país de cuanto invasor ha querido venir por los distintos caminos que le ha pegado la gana para llegar acá; es la misma historia que hemos escuchado de aquellos que se inclinan ante el extranjero porque el extranjero se ha podido desarrollar más, y se ha podido desarrollar más, no solamente por circunstancias de orden histórico, no solamente por nuestra propia y endeble estructura social en muchos de los momentos de la construcción de nuestra nacionalidad; se han podido desarrollar más merced al saqueo que hacen de nuestros propios recursos, y ahora, ahora que las condiciones del mundo han cambiado, ahora que tenemos un grupo de científicos mexicanos que pueden comandar y conducir la industria nacional y fundamentalmente la de los reactores nucleares, yo quiero pedir a ustedes su absoluto respaldo para la modificación que quiero proponer.

Dice así: Artículo 30. Fracción IV. Realizar el diseño y promover la construcción nacional de reactores nucleares. Respecto a los requeridos para la generación de energía eléctrica, el Instituto asesorará a la Comisión Federal de Electricidad, para el diseño, el desarrollo de la ingeniería y la contratación de la construcción de los reactores nucleares, los cuales serán propiedad de dicha Comisión que será responsable de su operación.

Hago entrega a la Secretaría de la solicitud de reforma. No quiero abandonar esta tribuna sin antes decir a ustedes que de hecho el programa de construcción de reactores mexicanos es factible a condición de que se adopten las tecnologías apropiadas.

Hemos dado a la Ley la flexibilidad necesaria para que pueda adoptarse la tecnología

que más conviene al país. Hay partidarios de que se vaya nuestra industria por el lado del uranio enriquecido y hay quienes están en contra de esta tecnología. Hay partidarios de que se realice la instalación de nuestra industria nuclear a partir del uso de uranio natural y hay quienes están contra esta tesis.

Un programa nacional para la industria nuclear tendrá que contemplar aquella tecnología que garantice para el país la máxima independencia, el más bajo costo, no al inicio de la operación de los reactores, sino en el conjunto de los 30 años de su operación, que garantice para el país la transferencia de la tecnología extranjera que no hayamos dominado y para que teniéndola podamos realizar en México las operaciones y fabricar los elementos que nos hacen falta para los reactores nucleares.

Un programa nacional para generar, integrar y realizar la industria nuclear mexicana, tendrá que estar hecho por los mejores mexicanos; tendrá que estar hecho por los mejores mexicanos que tienen confianza en su país, por aquellos mexicanos que han sabido aprender en el extranjero para venir a servir a los intereses de su propia patria, por aquellos científicos que no sólo se ocupan de publicar en revistas extranjeras investigaciones sofisticadas y de tener libros en idiomas que son exóticos para los mexicanos, sino por aquellos científicos que han sido capaces de estar en contacto con su pueblo; para aquellos científicos que se han preocupado por los resultados económicos, sociales y aun morales de la industria y de la ciencia que construyen.

México ha apoyado el uso pacífico de la energía nuclear. Que México apoye ahora a través de sus mejores hombres el uso de la energía nuclear para nuestra felicidad y nuestro desarrollo, y que no se nos interprete en el futuro en la ley como quien quiso dejar al desgaire alguna palabra para cuando un grupo pudiera enriquecerse con lo que es patrimonio de los mexicanos.

Si hay en el país quien haya querido, quien haya pensado que puede llevarse trozos de la patria al bolsillo para después irlos a depositar en bancos suizos, démosle un rotundo mentís. México debe ser para los mexicanos. Es la hora en que no debemos permitir más saqueos ni más piratas dentro de nuestras fronteras nacionales." (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Saúl Castorena Monterrubio.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Con su venia, señor Presidente:

La fracción parlamentaria de mi Partido, por mi conducto, viene a esta Tribuna no a ser ni manifestarse en una actitud espectacular, sino que viene comprometida con su responsabilidad histórica a analizar, a discutir y a hacer planteamientos serios en relación con esta Ley que se está discutiendo, porque queremos dejar constancia de nuestro compromiso y de nuestra identificación con las grandes causas y los grandes propósitos nacionales.

Quedamos convencidos que la tesis sustentada por el compañero Hugo Castro, hizo una referencia de la necesidad de fortalecer nuestra independencia económica, a través de instrumentar un desarrollo tecnológico nacionalista.

Hace la referencia de la necesidad de aprovechar nuestros recursos humanos.

¿Quiénes son nuestros recursos humanos de que disponemos en México? En su gran mayoría son los profesionales, los investigadores y los científicos, que han sido formados con los recursos del pueblo mexicano. Con las instituciones de educación popular, que de una u otra forma, son los que han formado esta plataforma de profesionales que en caso concreto del desarrollo de la industria nuclear, han consolidado las bases para fortalecer nuestra industria energética. Y no es de una forma accidental; no es de una manera improvisada, como han venido manifestándose para poder coadyuvar de una u otra manera los trabajadores y los profesionales de esta industria para que esta ley, que hoy se discute, tuviera su característica nacionalista; su característica de impulsar nuestra independencia económica sustentada en nuestro desarrollo tecnológico.

Creo que sus opiniones, sus estudios, sus conferencias, sus foros, sus debates, su interacción directa y constante, con esta Cámara legislativa, han permitido establecer amplios criterios para venir a decidir lo coherente en esta Ley.

Nosotros consideramos que en la Fracción IV del Artículo 30 de la Ley en cuestión, viene a ser una incongruencia con el espíritu de la Ley, fundamentalmente de las facultades del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, ININ, que esta misma Ley le otorga.

En su Artículo 29, del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, dice:

"Tendrá por objeto planear, realizar la investigación y el desarrollo en el campo de las Ciencias y Tecnología nucleares, así como promover los usos pacíficos de la energía nuclear y difundir los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social, científico y tecnológico del país."

Yo quisiera leer algunas cuestiones importantes sobre las concepciones de lo que es la investigación básica, la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico.

La investigación básica es investigación original, realizada con el objetivo de obtener nuevos conocimientos científicos y comprensión, no está dirigida primordialmente hacia ningún objetivo práctico, específico, ni de aplicación.

La investigación aplicada es también investigación original, realizada con objeto de obtener nuevo conocimiento científico o técnico. Sin embargo, está dirigida principalmente hacia un propósito u objetivo específico práctico.

La investigación aplicada se realiza, ya sea para determinar posibles usos de los hallazgos de la investigación básica o para determinar nuevos métodos o formas de lograr ciertos objetivos específicos y predeterminados, involucra la consideración del conocimiento disponible y de su extensión a fin de resolver problemas particulares.

El desarrollo experimental o el desarrollo tecnológico es el uso del conocimiento científico, con el fin de producir materiales, dispositivos, productos, procesos, sistemas o servicios nuevos o sustancialmente mejorados.

El desarrollo tecnológico es un trabajo sistemático, apoyado en el conocimiento existente obtenido de la investigación, experiencia práctica, que está dirigido a la producción de materiales, productos y dispositivos nuevos, a la integración de nuevos procesos y sistemas, a mejorar sustancialmente aquello ya producido o instalado.

Estas son las facultades que tiene el ININ, el promover el desarrollo de la industria nuclear en nuestro país y también lógicamente la de desarrollar la investigación básica y la investigación aplicada para lograr el objetivo del desarrollo industrial de la energía nuclear.

Ahora bien, toda política de ciencia y tecnología no solamente requiere de una congruencia en sí misma, sino que debe formar parte de la política general del desarrollo del Estado, quien es el que fija esta política.

Consecuentemente es el Estado el que debe otorgar impulso y coherencia a los esfuerzos que se realicen en este campo.

El Estado Mexicano a través de esta ley crea los instrumentos como URAMEX, para la exploración, producción y la comercialización, está ahí como el instrumento del Estado para realizar la investigación básica aplicada y su desarrollo de la industria nacional de la energía nuclear.

Consideramos que hay una dispersión de recursos humanos y físicos y que vienen a ser incongruentes con el espíritu de la ley si única y exclusivamente al ININ se le limita asesorar a la Comisión Federal de Electricidad para producir reactores nucleares.

Considero que la exposición importante dada aquí por el compañero Hugo Castro, en la cuantificación de los costos y el fenómeno cualitativo que atenta contra nuestra independencia, contra nuestro desarrollo económico, contra nuestra nacionalidad, vienen a ser argumentos sólidos y válidos para modificar el Artículo 30 y su fracción IV.

Yo no miraré bien la modificación, voy a leerla, la de Hugo Castro y si es congruente con la que traemos de la fracción de mi Partido, la vamos a apoyar; en caso contrario, haremos una nueva modificación.

"Artículo 30 Fracción IV. Realizar el diseño y promover la construcción nacional de reactores nucleares. Respecto a los requeridos para la generación de energía eléctrica. El Instituto asesorará a la Comisión Federal de Electricidad para el diseño, el desarrollo de la ingeniería y la contratación de la construcción de los reactores nucleares, los cuales serán propiedad de dicha comisión que será responsable de su operación." No estamos de acuerdo con la proposición del compañero Hugo Castro, consideramos que aquí, compañero Hugo Castro, no hay una congruencia con lo expuesto por usted y con lo propuesto para la modificación.

Nosotros consideramos que no tan sólo debe realizar el diseño, no es promover, es desarrollar, es construir los reactores nucleares, es hacer la industria nacional aquí en México. Ya usted mismo lo expuso, tenemos una experiencia acumulada, tenemos profesionales, investigadores y trabajadores integrados en el ININ, tienen facultades amplias, están establecidos y señaladas partidas y presupuestos que posteriormente el Gobierno Federal asignará para su patrimonio y para su desarrollo.

Consecuentemente no es congruente lo dicho con lo propuesto. Por tal motivo, la fracción de mi Partido, para dejar constancia de nuestra identificación nacionalista y de promover el desarrollo tecnológico y el desarrollo económico en nuestro país, queremos hacer la siguiente proposición de modificación al Artículo 30 fracción IV:

"Fracción IV. Realizar el diseño y el desarrollo de todas las etapas de la industria de reactores nucleares."

La parte posterior como sigue y como está establecido en la propuesta original Muchas gracias, oportunamente entregaré a la Secretaría por escrito esta modificación.

El C. Presidente: Señor diputado, en los términos del artículo 124 de nuestro Reglamento, si no se entrega la proposición por escrito en este momento, la misma no será tomada en cuenta.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Aquí mismo la haré, con permiso de la Asamblea...

Señor Presidente; señores: presento a ustedes la siguiente modificación de la fracción IV del artículo 30, quedando como sigue:

"Realizar el diseño y el desarrollo de todas las etapas de la industria nuclear."

Y en cuanto a la segunda parte hacemos nuestra la propuesta del compañero Hugo Castro.

¿Está claro? Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Héctor Ramírez Cuéllar.

El C. Héctor Ramírez Cuéllar: Señor Presidente; señores diputados:

La Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista para examinar este aspecto tan esencial de esta Ley, tuvo reuniones con distintos diputados de la mayoría, porque consideramos que se está tratando uno de los aspectos más importantes de la Iniciativa a debate.

Hemos escuchado el día de hoy, la intervención del diputado Hugo Castro Aranda, y la compartimos casi en su totalidad, pero no

así en lo que se refiere a la proposición que ha presentado a esta Asamblea.

Existe una contradicción entre los criterios expuestos por el diputado Castro Aranda y el contenido de la proposición que está actualmente discutiéndose.

Nosotros a diferencia de lo que afirmó ayer el diputado Jesús Puente Leyva, no podemos hacer a un lado nuestras concepciones ideológicas, ni por razones de métodos siquiera, porque pensamos que en esta Cámara se confrontan o deben confrontarse posiciones ideológicas; además, porque la filosofía que nosotros preconizamos también tiene un método de análisis, y este es el método dialéctico. Qué grave sería que para analizar un problema nacional de la envergadura del que estamos estudiando, abandonáramos nuestras respectivas posiciones ideológicas y siguiéramos los consejos de Raymond Aroón, que tal parece que concibe que es posible examinar estos problemas desde el punto de vista de la técnica, para caer en la eficiencia de ésta, partiendo del repudio a la ideología que ahora se desarrolla entre algunos filósofos de la Europa capitalista. Nosotros no estamos de acuerdo en esas recetas, en esos consejos, y venimos a esta tribuna, siempre, a exponer nuestras ideas desde el punto de vista de nuestra ideología y sobre la base de nuestro método de análisis.

Y aquí se toca un aspecto muy importante, que nuestra fracción parlamentaria no quiere dejar de señalar. A nuestro juicio, lo esencial para un país es su industrialización. Es que sea un exportador de maquinaria y de bienes de capital; a nuestro juicio, es un signo de la dependencia y del estancamiento el hecho de que las naciones consagren su esfuerzo productivo a desarrollar la exportación de materias primas. Nosotros preferimos industrializar equipo, tener maquinaria y venderla ésta a los mercados internacionales. México no puede quedar anclado para ser una fuente de reservas de alimentos y de minerales del mercado norteamericano. Triste papel histórico tendría esta nación si siguiéramos siendo una reserva de la primera potencia imperialista del mundo.

Y aquí estamos llegando a uno de los aspectos más importantes de esta lucha por la industrialización nacional y por la exportación de productos semi elaborados y manufacturados que son los que debemos exportar preferentemente y por razones económicas.

El artículo 30 en el que se señalan las atribuciones del ININ, en el dictamen, prácticamente no le otorga ninguna función ejecutiva a este organismo fundamental de la industria nuclear, puesto que sólo tiene la función de asesorar en esta materia a la Comisión Federal de Electricidad. Sin embargo, observamos un progreso sensible entre el contenido del dictamen y la propuesta que ha hecho el diputado Hugo Castro Aranda. Sin embargo, hay aquí cuestiones de fondo que nuestro Partido desea aclarar y que son la fundamentación de su proposición.

Es cierto, la industria eléctrica no puede todavía construir sus generadores. Tenemos que importar estos artefactos. Observamos nosotros que en cambio en la industria petrolera, el desarrollo de la aplicación de la tecnología a las refinerías y a otras instalaciones, es mayor aún. Tenemos un avance tecnológico propio, nacional, mayor que el observado en la industria eléctrica.

En la proposición del diputado Castro Aranda, se afirma que el ININ se encargará de la construcción nacional de reactores nucleares. Y él hizo una exposición para fundamentar estas dos frases. En la exposición tiene razón; pero no en el contenido de la Propuesta, porque en nuestro país hay muchas empresas extranjeras que operan en la producción nacional; tenemos la empresa automovilística Volkswagen, que produce nacionalmente automóviles, pero que no es una empresa nacional, sino una empresa extranjera.

Los laboratorios Roche fabrican medicamentos para el país, para el mercado nacional, pero no es una empresa nacional.

¿Qué hay en el fondo de todo esto? Que según algunos, al parecer la solución está en que se instale en México la General Electric como empresa supuestamente nacional, y produzca los reactores nucleares.

Hay algunos que afirman que la construcción de reactores nucleares es demasiado costosa y a largo plazo, y que en lugar de desarrollar a los técnicos y a los científicos mexicanos del INEN, este contrato debe otorgarse a una empresa extranjera instalada en nuestro país.

¿Qué es lo que pasa con esa empresas instaladas en nuestro país? Que son filiales extranjeras radicadas en México, pero que tienen vínculos con su matriz en el exterior, que envían sus regalías a esa matriz, que dependen desde el punto de vista tecnológico, de las decisiones de sus altos ejecutivos en los Estados Unidos o en Europa, pero esas no son empresas nacionales, son comparaciones extranjeras radicadas en nuestro país.

Según la proposición del diputado Castro Aranda, se abre la puerta para que se entregue la construcción de reactores nucleares a ese tipo de empresas, y nosotros no estamos de acuerdo con esa solución.

A nuestro juicio, el ININ no solamente debe participar en la construcción de los reactores nucleares, sino en todas las etapas de estos artefactos, es decir, el ININ debe participar en el diseño, en la planeación, en la fabricación de los reactores nucleares.

¿Por qué razones hacemos esta propuesta? Porque en este momento nuestro país depende del imperialismo norteamericano en materia de uranio enriquecido; si el imperialismo quiere nos enriquece el uranio y si no quiere no funcionan nuestros proyectos como Laguna Verde. Dependemos desde el punto de vista del material nuclear enriquecido, pero también dependemos de la tecnología nuclear y esto es muy grave y tenemos que verlos en un contexto más amplio.

¿Cuáles son las principales tesis de Schelesinger, ministro o Secretario de Energía de los Estados Unidos? Está en contra del envío de uranio y de minerales estratégicos fuera de los Estados Unidos, afirmando que hay un fenómeno de escasez de energía, Schelesinger, es partidario de la tesis de que hay escasez de energía en el mundo y que en consecuencia hay que conservarla a como dé lugar.

En consecuencia, su política consiste en impedir que el mineral radiactivo salga de los Estados Unidos de una manera o de otra y además impone restricciones muy serias para la entrega de tecnologías, porque parte de la base de que de esa manera se pretende evitar la proliferación de armas nucleares.

Esta es la política del Secretario de Energía de los Estados Unidos. ¿A qué nos conduciría la propuesta del diputado Castro Aranda tal y como está? A supeditar el desarrollo y la creación de los reactores nucleares, o esa concepción de la energía que preconiza el gobierno de los Estados Unidos.

Nosotros pensamos que en el INEN hay una gran cantidad de científicos y técnicos que tienen una gran avance en el desarrollo tecnológico de la industria nuclear; algunos de ellos han estudiado en el extranjero, y ya en nuestro país es posible diseñar los reactores nucleares. En consecuencia, la base para el desarrollo, planeación y creación de los reactores nucleares debe descansar en la infraestructura científica y técnica que tiene el país actualmente, porque si nosotros no lo especificamos de esta manera tan clara en la ley, estamos propiciando que la llamada construcción nacional la haga la General Electric que es la empresa más abocada para este tipo de reactores.

Si nosotros queremos sentar las bases para un desarrollo tecnológico propio, para tener una ciencia propia nacional en la medida de lo posible, la ley debe cerrar las puertas a la presencia de la General Electric en esta industria y señalar que el ININ interviene en todas las fases de la planeación, diseño y construcción de reactores nucleares. De esta manera, no solamente estamos aprovechando la experiencia y los conocimientos de los científicos mexicanos, sino también estamos sentando bases para el desarrollo de una ciencia nuclear propia. Que no tenemos dinero, que esto es a largo plazo; sí es cierto, no tenemos dinero, pero esos argumentos se esbozaron cuando Lázaro Cárdenas expropió el petróleo en 1938; y ahora nosotros tenemos un importante desarrollo científico y técnico en materia petrolera, porque se creó el Instituto Mexicano del Petróleo, cuando nos auguraban que desde el punto de vista técnico la industria petrolera se derrumbaría en una semana, fracasaron esas advertencias de los enemigos históricos de nuestro pueblo, y ahí está el desarrollo tecnológico de la industria petrolera, que en muchas refinerías tiene hasta el 70% de partes nacionales.

Que es muy caro lo que proponemos, sí es muy caro, pero ¿Qué no es acaso más oneroso entregar el proyecto de construcción de reactores a la General Electric que nosotros hacer las inversiones que requiere el Estado con este fin? ¿Qué acaso vamos a continuar nosotros sin ciencia, sin tecnología nacionales entregando o hipotecando nuestro desarrollo científico a una empresa imperialista porque no hay recursos de financiamiento?

Creemos que esto no es así, porque además dentro de dos años el gobierno federal contará con importantes recursos derivados de nuestras ventas petroleras y el gobierno federal deberá implementar este plan nacional de la industria nuclear, con una perspectiva de 15 a 30 años.

De otra manera, nosotros estamos cancelando desde ahora la posibilidad de desarrollar nuestra propia tecnología en materia de reactores nucleares y estamos impidiendo o vedando la posibilidad de que México algún día pueda construirlos con técnicos y con científicos mexicanos.

Y esto no es nacionalismo patriotero; esto no es una concepción estrecha del nacionalismo, pero México necesita avanzar en su autodeterminación científica, y para ello el ININ debe participar en todas las fases del proyecto de los reactores nucleares, y no sólo en su construcción, e impedir que la construcción la lleguen a tener empresas imperialistas que están esperando que se abra una puerta en esta ley para instalarse de una manera clara en nuestro país.

En consecuencia, la fracción parlamentaria del Partido popular Socialista considera que para que haya congruencia clara entre las afirmaciones avanzadas del diputado Hugo Castro, que compartimos, y el texto de la ley, la propuesta debe quedar de la manera siguiente:

"Fracción IV. Realizar el diseño, y en la medida de su propio avance tecnológico procurar el desarrollo nacional de la industria de reactores nucleares en todas sus etapas."

Como ustedes pueden ver, señores diputados, nuestra propuesta tiene una amplitud mayor que la exclusivamente referente a la construcción de reactores nucleares, y consideramos que de esta manera se cierran las puertas a las empresas extranjeras y se dan los primeros pasos para la creación nacional de reactores nucleares, como un avance imprescindible para la integración de la industria nuclear.

Nosotros hacemos esta propuesta partiendo de las anteriores consideraciones, y señalando que México no debe continuar dependiendo de las empresas que le venden tecnología muchas veces cara y obsoleta, sino que es necesario que los científicos y los técnicos del INEN, que está a punto de desaparecer, transformarse y aumenten su efectividad, su capacidad creadora, incrementen la aplicación de sus conocimientos a la industria y sean un sólido avance de la independencia económica y tecnología del país. Muchas gracias.' (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra, en su segundo turno, el C. diputado Hugo Castro Aranda.

El C. Hugo Castro Aranda: Compañero Presidente, compañeros diputados, con su permiso. Yo también coincido con la explicación del compañero Ramírez Cuéllar. Sin embargo, también observo una contradicción entre lo expuesto y lo propuesto. Usted nos propone que mi propia proposición se modifique en el sentido, más bien, no mi proposición, perdón, sino el dictamen como se encuentra, en el sentido que dice: "Realizar el diseño en la medida de su propio avance tecnológico y "procurar" el desarrollo de la industria de reactores nucleares en todas sus etapas."

Debo decirles, compañeros diputados, que durante una tarde, varios de nosotros estuvimos discutiendo contra esta palabra, "procurar"; por que si acudimos a un diccionario, la palabra "procurar", independientemente de que en alguna de sus acepciones, que son muchas - tiene unas 20 aproximadamente en el diccionario de sinónimos- en alguna de sus acepciones, digo, significa algo así como impulsar, en la mayor parte de sus significados está condicionada a la posibilidad y aunque el Diccionario de la Real Academia dice que no debe usarse así, el hecho es que se usa.

De manera tal que la palabra "procurar" nos colocaría en una situación peor que aquella que critica el compañero Ramírez Cuéllar.

Yo creo, compañeros del Partido Popular Socialista, que no hay un solo diputado ni uno solo de los asistentes a esta sesión que en este momento quiera que nos vengan a hacer los reactores, ninguna de las compañías que hemos mencionado. Creo que todos estamos de acuerdo en que se trata de construir una industria nacionalista. No hay la menor diferencia en esto.

Quiero decir a ustedes que se me olvidó proporcionarles un dato. Muy rápidamente les diré que en los Estados Unidos, durante estos años, en 1974 se compraron a las compañías 20 reactores nucleares, pero en 1975 bajaron a 4; a 3, a 4, a 2 ; y para el año de 1978 se supone que entrarán en operación solamente 7 reactores. Pero a partir del año de 1980 comienzan a subir a 11, luego otra vez a 11 en el 81; a 17 en el 82; en el 83 a 11; en el 84 a 21; y así se seguirán disparando según se informa en la revista "Energéticos", los pedidos de reactores en los Estados Unidos.

Quiere decir, que la industria de reactores en Estados Unidos va a crecer; sí, necesitamos una industria nacional. Yo reafirmo la petición de que aprueben ustedes la modificación en los términos que la he presentado, porque será definitivamente mucho mejor para el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares. Y para esto quiero pedir, con la anuencia del señor Presidente, que conste en el acta de esta Asamblea, con toda claridad y específicamente dicho, cuál es la intención nuestra al aprobar la Fracción IV del artículo 30 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en materia nuclear, con el objeto de que se cumpla aquello de que no nos interpreten; que conste en las actas con el objeto de que de esta manera, quien a sabiendas pueda abrir las puertas a las transnacionales, o pueda hacer o apoyar de alguna manera que se nos cuelen por las ventanas cuando estamos cerrando las puertas; o que ¿por qué no?, nos hagan agujeros en las paredes para venir a tomar en sus manos una más de nuestras riquezas, aquél que propicie esto, quede definitivamente penado por la ley; y decirles a ustedes que todos los que hemos participado hoy, estaremos vigilantes cada quien en el ejercicio de su propio trabajo cuando nos hayamos ido de aquí, porque nosotros somos transitorios.

Ustedes los de allá arriba en las tribunas, ustedes sí que están permanentemente en la industria nuclear; ustedes sí que tendrán que cuidar la industria nuclear; y cuando no se respete esta ley, recuerden que nuestro objetivo ha sido nacionalista y digno; defiéndanlo con sus manos, defiéndanlo sobre todo con su cerebro; defiéndanlo sabiendo lo que van a hacer con la industria nuclear que les vamos a entregar integrada. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Armando Labra Manjarrez por las Comisiones.

El C. Armando Labra Manjarrez: Con su venia, señor Presidente:

A nombre de las Comisiones quisiera externar lo siguiente: Creo que la propuesta que pone a consideración de la Asamblea el diputado Ramírez Cuéllar, parece ser más limitativa que estimulante al objeto que persigue, si no mal entiendo, la propuesta es la siguiente: y usted me corregirá, señor diputado:

"Realizar el diseño y en la medida de su propio avance tecnológico, procurar el desarrollo nacional de la Industria de Reactores."

Creo que esta redacción es mucho menos contundente que la que propone el diputado Castro, porque remite a las capacidades del propio avance tecnológico, el propio ININ, el procurar el desarrollo nacional de la industria de reactores.

La redacción que ha propuesto el diputado Castro es bastante más contundente, bastante más definitiva dice así:

"Realizar el diseño y promover la construcción nacional de reactores nucleares."

Creo que esto no remite a la condicionalidad del avance de las perspectivas y posibilidad del avance tecnológico. Remite estrictamente como facultad del ININ la construcción nacional de reactores nucleares y la construcción de un reactor implica el desarrollo de todas las etapas previas que conducen a la construcción de un reactor.

Sin duda, el peligro de la penetración imperialista en el área de reactores, no lo resuelva la redacción del diputado Ramírez Cuéllar, se sigue hablando del desarrollo nacional de la industria de reactores, pero es que eso no compete propiamente a este artículo resolverlo.

Para eso hay una legislación en materia de Inversiones Extranjeras. Hay una Ley de Promoción de la Inversión Nacional y

Regulación de la Inversión Extranjera y ese es el marco de referencia que con sus limitaciones, sus posibilidades nos encapsulan respecto a la penetración de inversiones extranjeras.

Yo pienso, pues, que la redacción condicionada a las limitaciones del propio avance tecnológico del ININ que propone el diputado Ramírez Cuéllar, limita sensiblemente las posibilidades del desarrollo del ININ en la materia.

Por lo tanto, quisiera insistir en la redacción del diputado Hugo Castro que dice lo siguiente, por lo que se refiere al primer párrafo de la fracción IV del artículo 30:

"Realizar el diseño y promover la construcción nacional de reactores nucleares."

Creo que con ello se enfatiza, se garantiza con mucha contundencia la vigilancia que debe tener el Estado en esta etapa del desarrollo industrial nacional.

Muchas gracias.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Pido la palabra.

El C. Presidente: ¿Con qué objeto, compañero?

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Francisco Ortiz Mendoza para hechos.

El C. Francisco Ortiz Mendoza: Señor Presidente;

Honorable Asamblea:

En este debate que está realizándose a muy buena altura, los compañeros que han criticado la proposición del Partido Popular Socialista, rehuyen el fondo de la proposición. La primera intervención del compañero Hugo Castro - que por cierto ratificamos nuestra absoluta coincidencia o casi absoluta coincidencia con sus planteamientos muy democráticos, muy nacionalistas - dice que nuestra proposición al hablar de "procurar", simplemente de acuerdo con el diccionario plantea una serie de cuestiones un tanto subjetivas, un tanto pasivas por el propio verbo.

Pero ahí no esta el problema, el de "procurar", tampoco está en la otra observación que hizo el diputado Labra, en el sentido de que nosotros limitamos al ININ a su desarrollo tecnológico; en ninguno de los dos puntos está el fondo de nuestro planteamiento. Nosotros estaríamos dispuestos a quitarle "procurar" y ponerle "promover" o al revés, quitar lo de "promover" y dejar lo de "procurar", no es ese el problema; el otro, el de que la construcción de reactores de potencia está limitado al desarrollo tecnológico, pues querámoslo o no, el desarrollo de la industria nuclear de México estará limitado, digámoslo o no lo digamos, al desarrollo tecnológico de las gentes que están en esa tarea, digámoslo o no lo digamos pero ahí esta el problema, el problema radica en que la proposición del compañero Hugo Castro dice: "promover la construcción nacional de reactores" ese es el término, "promover la construcción nacional de reactores" y la amplia exposición del compañero Ramírez Cuéllar puso de relieve que con eso se abren las puertas a la industria extranjera en el campo de reactores, ¿por qué? Dio algunas explicaciones, yo diré la que tengo más a la mano; mi especialidad es la ingeniería en electrónica. Hace 30 años que se está en el proceso de la industria electrónica, promovemos la construcción de aparatos electrónicos que son de todas las marcas posibles, pero no hay industria nacional electrónica; tenemos una cantidad enorme de microondas, de equipo electrónico y nuestros ingenieros en electrónica se limitan a manejar botones, a reparar los aparatos, pero no los construimos. Los diseñamos, sí, hay capacidad suficiente de nuestros ingenieros para diseñar todos los aparatos electrónicos, pero no los construimos porque se promovió la construcción de los aparatos electrónicos en México, pero todos son de marcas extranjera y ahí están, todos "nacionales", y tiene el sello "Hecho en México" y no sólo eso, sino hasta les servimos de parapeto para ir al mercado internacional latino americano, a los países donde hay alguna ley restrictiva para importar esos equipos producidos en su matriz, entonces los producen en México, le ponen "Hecho en México", industria nacional mexicana y salen a la competencia internacional. Ahí está el fondo del problema, de que dice aquí: "promueve" la construcción de reactores nucleares, "promover" es alentar a que se construyan por la Westinghouse o las empresas que construyan reactores nucleares, las cuales estarán dispuestísima a que las "promuevan", y el riesgo está en que la promoción sea con bajarles impuestos, con darles concesiones, así se está "promoviendo" la construcción nacional en México.

"Que sea el espíritu del legislador el que quede claro". Yo respeto mucho, en todo lo que vale, la intención del compañero Hugo Castro, pero en eso del espíritu del legislador hemos tenido muchas experiencias. Nos costó cerca de 50 o 60 años romper el famoso criterio que se venía manejando del "espíritu del legislador", cuando proponíamos la nacionalización del servicio telefónico, que debía pasar al Estado, como dice el propio artículo 28: que los telégrafos, que eran los que se usaban en su tiempo, eran monopolio del Estado. Tuvimos que convencer a mil gentes sobre el famoso "espíritu del legislador". A veces ese espíritu es el espíritu santo y entonces "nos amolamos" o el "espíritu burlón" que es lo más grave.

Queremos que quede claro, estoy de acuerdo en el "espíritu del legislador", pero mejor que quede en la letra del legislador.

Nosotros proponemos que se quite lo de "promover", que se quite lo de "procurar si quieren, pero que quede que el ININ desarrollará, desarrollará, la industria de reactores de México, es diferente, porque desarrollar es tomarla desde el principio, desenvolverla toda con los recursos que tengamos, con la capacidad de nuestros técnicos y científicos o trayendo gentes de fuera que nos ayude a desarrollar

nuestra industria, y no procurar la construcción de reactores, porque están muchos prestos a que los "procuremos."

Esa es la diferencia y no un problema de semántica. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Saúl Castorena Monterrubio, en su segundo turno.

El C. Saúl Castorena Monterrubio: Con su venia, señor Presidente:

Honorable Asamblea:

Es bien claro que todos los que estamos aquí y todos los mexicanos comprometidos con México y con su independencia económica queremos que los reactores nucleares se hagan en México.

Yo estoy de acuerdo con el compañero Hugo Castro y con todo lo que ha manifestado aquí y estoy de acuerdo con el diputado Ortiz Mendoza, que no es un problema de semántica; es una cuestión de precisión en el término y en el espíritu de lo que se redacte en la fracción cuarta. No es ni procurar ni promoviendo.

Que bueno, señor diputado Ortiz Mendoza, que está de acuerdo con nuestra proposición, que se realice en todas su etapas el desarrollo de la industria nuclear en México. Es congruente con lo propuesto por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Y queremos dejar constancia y se lo pedimos al señor Presidente, que en el Diario de los Debates la posición del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana quede asentada como se ha manifestado en esta tribuna. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Héctor Terán Torres por las Comisiones.

El C. Héctor Terán Torres: Señor Presidente; compañeros diputados:

En primer término, las Comisiones expresan por mi conducto su conformidad en relación con la proposición del ciudadano diputado Hugo Castro.

Como se desprende de su proposición, México necesita advertir con claridad meridiana, la urgencia de que ingrese firmemente en el campo de la energía nuclear y la construcción de reactores nucleares es, precisamente, el paso inmediato para que eso ocurra y la proposición del diputado Hugo Castro es lo que permite tener, sentar la base jurídica para que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares actúe sin limitaciones ni cortapisas.

En la exposición del diputado Hugo Castro, advertimos que la construcción de reactores nucleares implica la consolidación de la industria nuclear, el impulso de la industrialización, el desarrollo nacional y, consecuentemente, hemos de afirmar que esa proposición tiene un contenido profundamente nacionalista, contenido nacionalista de protección a los intereses de México, de protección a la industria nacional, a los aspectos nucleares. Que se advierte, que se desprende de todo el contenido de la iniciativa de ley.

Nosotros hemos advertido que de la ley misma, de esa iniciativa, se desprenden varias cuestiones, varios aspectos que hemos procurado absorber, sentir, compenetrarnos de él; de la iniciativa se desprende que contamos con materia prima; se desprende que contamos con científicos y técnicos; se desprende que contamos con estudios y con cierta experiencia.

Esa afirmación la ha hecho el señor diputado Castorena también y han convenido los oradores que me han precedido en el uso de la palabra.

¿Por qué entonces, me pregunto yo, no actuar con amplitud, con decisión, con profundo espíritu nacionalista en ese aspecto de construcción de reactores nucleares?

¿Qué estas cuestiones disminuyen en cuanto se quita o se limita esa función al Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares? En el artículo 29 se establece que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, tendrá por objeto planear y realizar la investigación y el desarrollo en el campo de la ciencia y tecnología nucleares, así como promover los usos pacíficos de la energía nuclear y en el artículo 30, en la fracción I, se indica que para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

Realizar e impulsar las actividades que conduzcan al desarrollo científico y tecnológico en el campo de la energía nuclear, así como promover la transferencia de tecnología en esas materias y en la fracción II, se indica que tendrá además, como otra atribución, la de realizar la investigación pura y aplicada, en los diversos campos de la ciencia y la tecnología nucleares. Es decir, que en la Iniciativa de Ley, se prevé y por ello se establece, que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, debe de encauzar todo lo relativo a las actividades nucleares.

El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, debe por eso realizar el diseño y promover la construcción nacional de reactores nucleares. La realización de ese diseño; la promoción de la construcción nacional de reactores nucleares, implica siempre la presencia del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares en todas esas actividades.

Creo, compañero diputado Castorena, compañero Ramírez Cuéllar, que lo que causa a ustedes tanta inquietud está perfectamente protegido con la intervención constante, permanente, en todo momento, del Instituto Nacional de investigaciones Nucleares.

¿Por qué nosotros hemos de pensar desde ahora en que quienes lo integren, quienes lo dirijan, quienes actúen van a proceder no con espíritu nacionalista, sino con un espíritu equivocado que va a dañar los intereses de nuestro país?

¿Por qué no podemos y debemos de pensar en la buena fe y en el elevado sentido patriótico de quienes van a dirigir ese Instituto?

Tal parece que el compañero diputado Castorena y el compañero diputado Ramírez

Cuéllar ven desde ahora, perdónenme la vulgar expresión, "moros con tranchetes".

No lo vean así. Vean ustedes, sitúense en el plano de elevada estatura en la decisión absoluta de que quienes van a ser directores, Vocal Ejecutivo, miembros del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, son personas que llevan consigo mismo el espíritu patriótico y nacionalista que a ustedes acompaña: a usted, compañero Ramírez Cuéllar y a usted, compañero Saúl Castorena.

Yo insisto ante los compañeros diputados, que se inclinen por apoyar la proposición del diputado Hugo Castro y desde luego, las Comisiones expresan desde este momento, su rechazo absoluto a las proposiciones del diputado Ramírez Cuéllar y del diputado Saúl Castorena. Gracias (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el C. diputado Hugo Castro Aranda a la fracción IV del artículo 30.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la H. Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por el C. diputado Hugo Castro Aranda y aceptada por las Comisiones. los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo... Los que estén por que se deseche se ruega lo manifiesten... Aceptada.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el C. diputado Saúl Castorena Monterrubio a la fracción IV del Artículo 30.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Antes de llevar a cabo la consulta que ordena el señor Presidente, queremos hacer la aclaración a la Asamblea que declaramos que la modificación propuesta por el diputado Hugo Castro Aranda fue aceptada por la votación que quedó manifestada.

Por indicaciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se admite o se desecha la modificación propuesta por el compañero Saúl Castorena Monterrubio a la fracción IV del artículo 30. Los que estén porque se acepte, se ruega que lo manifiesten...

Los que estén porque se deseche, se suplica lo manifiesten... Desechada.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta por el C. diputado Héctor Ramírez Cuéllar a la fracción IV del artículo 30.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta a la fracción IV del artículo 30 por el C. diputado Héctor Ramírez Cuéllar. Los CC. diputados que estén porque se acepte, se ruega lo manifiesten.

Los CC. diputados que estén porque se deseche, se suplica lo manifiesten... Desechada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si la fracción IV del artículo 30 se encuentra suficientemente discutida.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la H. Asamblea si la fracción IV del artículo 30 de la ley a discusión se encuentra suficientemente discutida. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, se ruega la manifiesten... Suficientemente discutida.

En consecuencia se va a proceder a recoger la votación nominal de la fracción IV del artículo 30 con la modificación propuesta por el C. diputado Hugo Castro Aranda y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Señor Presidente, se emitieron 135 votos en pro y 13 en contra.

El C. Presidente: Aprobada la fracción IV del artículo 30, con la modificación propuesta por el ciudadano diputado Hugo Castro Aranda y aceptada por las Comisiones por 135 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión de la fracción V del artículo 30...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito, para hablar en contra de la fracción V del artículo 30, el ciudadano diputado Hugo Castro Aranda.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Hugo Castro Aranda.

El C. Hugo Castro Aranda: Con su permiso señor Presidente; compañeras diputadas; Compañeros diputados:

Esta fracción del artículo 30 es complementaria de la fracción anterior y es la que de hecho posibilita al Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares a la realización de las actividades que anteriormente reseñamos.

Por esta razón hemos querido que quede redactado en su más estricta pureza y aunque la modificación que propongo es muy pequeña y más bien de estilo que de otra cosa, de cualquier manera se realiza con el objeto de hacer congruente su presentación con el resto de la ley.

Dice la Fracción V:

"Ser agente exclusivo del Gobierno Federal para programar, coordinar, promover, producir, vender e importar y en general realizar el aprovechamiento de materiales radiactivos no energéticos requeridos por el desarrollo nacional; promover y realizar el desarrollo de las aplicaciones de las radiaciones y radio isótopos en sus diversos campos, así como llevar al cabo trabajos de investigación y experimentación respectivos a estas aplicaciones."

Eso dice actualmente el Dictamen.

Ahora bien, discutíamos hace un momento con algunos compañeros la posibilidad de una modificación adicional que hiciera exclusivo del INEN todo el trabajo de producción y

sobre todo el de comercialización de los materiales a que se hace alusión en la fracción V, pero quiero hacer notar a los compañeros con quienes hablábamos de este asunto, que no será necesario promover esta modificación porque ya el artículo 3o. de la Ley dice con toda claridad que "es facultad exclusiva del Estado mexicano llevar al cabo la exploración - eso es en su fracción II- , explotación, beneficio y comercialización de minerales y materiales radiactivos en los términos de esta ley".

Consecuentemente si el ININ es agente exclusivo de quien tiene la exclusividad ya no hay la posibilidad de que ningún otro agente ni ninguna otra persona realice este mismo trabajo. Es necesario vincular el artículo 3o. con el artículo 30 fracción V.

Ahora bien, la modificación que queremos proponer es muy breve en su parte donde dice:

"y en general realizar el aprovechamiento de materiales radiactivos no energéticos requeridos..."

Yo propongo que diga:

"Y en general realizar el aprovechamiento de materiales radiactivos para usos no energéticos, requeridos..."

Tal y como se contempla en el resto de la Ley.

Entrego la proposición a la Secretaría.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Héctor Terán Torres en nombre de las Comisiones.

El C. Héctor Terán Torres (Desde su curul): Señor Presidente, con atención hemos escuchado la proposición de diputado Hugo Castro.

Las Comisiones por mi conducto convienen en que es necesaria tal modificación, toda vez que la facultad exclusiva que se le concede al Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares debe ser muy clara y no prestarse a confusiones de ninguna naturaleza.

La especificación de las actividades del Instituto conducen a la congruencia de la iniciativa que se está discutiendo.

Por otra parte, si los materiales radiactivos, sin excepción producen energía la omisión de las palabras "para usos" debe de subsanarse y aclararse así el sentido de la norma que se pretende que se apruebe.

Consecuentemente estamos de acuerdo con la proposición del diputado Hugo Castro.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la proposición del ciudadano diputado Hugo Castro Aranda a la fracción V del artículo 30.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta si se admite la modificación propuesta por el ciudadano diputado Hugo Castro Aranda.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si la fracción V del artículo 30 se encuentra suficientemente discutida.

El C. prosecretario Pedro Avila Hernández: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutida la fracción V del artículo 30. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutida.

Se va a proceder a recoger la votación nominal de la fracción V del artículo 30, con la modificación propuesta por el C. diputado Hugo Castro Aranda y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 148 votos en pro; ninguno en contra.

El C. Presidente: Aprobada la fracción V del artículo 30, con la modificación propuesta por el C. diputado Hugo Castro Aranda y aceptada por las Comisiones por 148 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión de la fracción XII del artículo 30...

Esta Presidencia informa que se ha inscrito para hablar en contra de la fracción XII del artículo 30, el C. diputado Gustavo Salinas.

El C. Gustavo Salinas Iñiguez: Con su permiso, señor Presidente. Honorable Asamblea. He solicitado hacer uso de la palabra para proponer una nueva redacción a la fracción XII del artículo 30 de proyecto que nos ocupa, el cual establece que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares "deberá difundir la información y desarrollo en la materia a través de publicaciones, programas y otros medios dirigidos a grupos de interés y al público en general, incluyendo los servicios de una biblioteca especializada".

Por considerar que esta redacción omite aspectos importantes que limitarían el correcto y cabal cumplimiento de los objetivos y atribuciones que el proyecto de Ley en cuestión le asignan al ININ, como son los de planear y realizar la investigación y desarrollo en el campo de la ciencia y la tecnología nucleares, así como difundir los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social, científico y tecnológico del país, me permito someter a esta H. Asamblea un nuevo texto, que de ser aprobado, vendría a fortalecer las atribuciones del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares. La redacción diría:

"Artículo 30, fracción XII. "Promover la creación de un centro de documentación nuclear, cuyos objetivos son los de captar, analizar y difundir la información y desarrollo en la materia, a través de estudios, publicaciones, programas y otros medios dirigidos a grupos de interés y al público en general; establecer convenios de intercambio informativo con otros centros similares a nivel internacional, así como crear una biblioteca y una hemeroteca especializadas."

Ahondando en las funciones que tendría el Centro de Documentación Nuclear, serían las de captar todos aquellos documentos que resulten de interés para la industria nuclear; analizar y sistematizar la información para estar en aptitud de aportar elementos que sirvan de base para la correcta toma de decisiones, en áreas tan importantes como son: en el impulso de las actividades específicas que sobre investigación y desarrollo nuclear, realicen las universidades e institutos o centros de educación superior del país; en la planeación e impartición de programas de formación y especialización, incluyendo la capacitación de investigadores; en la promoción del intercambio nacional e internacional para favorecer la investigación y el desarrollo en materia nuclear, y en la capacitación y y recibo y distribución internos, de los servicios de asistencia técnica y asesoría que proporcionen el Organismo Internacional de Energía Atómica y demás organismos internacionales.

Esta propuesta, compañeros diputados, que me he permitido proponer, está íntimamente vinculada con el derecho a la información. Pues de poco o nada serviría que este derecho tenga rango Constitucional, sino se crean centros especializados en el manejo de la documentación, que permita satisfacer plenamente las necesidades de las demandantes de información.

Pongo a la consideración de esta honorable Asamblea, mi propuesta, misma que turno a la Secretaría.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Héctor Terán Torres por las Comisiones.

El C. Héctor Terán Torres: Señor Presidente; compañeros diputados:

Yo quisiera expresar en esta ocasión, que es indiscutible la atención y el interés profundos, con que se está estudiando esta iniciativa de ley y es cierto también que las discusiones que está motivando, llevan impresas, el signo democrático más acentuado que pudiera desearse.

El sentir de los compañeros diputados de diversos partidos políticos, se ha escuchado con toda atención.

Es quizá la respuesta de esta Cámara a las interrogantes que se ha planteado el pueblo de México con relación a está Iniciativa de Ley, porque el pueblo de México se pregunta si se habrá estudiado por los legisladores con toda atención y profundidad la Ley; si se habrá obtenido el asesoramiento necesario y más significado; si se ha visto la Iniciativa de Ley con los ojos que proyecten dichas normas hacia el futuro y permitan la ubicación de nuestro país, con acierto, en la época nuclear y, precisamente, la proposición que ha hecho el compañero diputado Gustavo Salinas Iñiguez, coadyuva enormemente a abatir esas inquietudes de nuestro pueblo, de quienes están interesados precisamente en la política nuclear que deberá seguirse.

Es cierto que hace falta un Centro de Documentación Nuclear.

Con ello estamos de acuerdo las Comisiones y expresamos nuestra conformidad, porque precisamente un Centro de Documentación Nuclear, debidamente organizado atendido por personas con cierto grado de especialización, permitirá hacer acopio mayor de conocimientos científicos, permitirá tener la oportunidad de informar con bases ciertas, objetivas, reales, al pueblo de México.

Y efectivamente, supuesto que estamos pugnando por el derecho a la información, el Centro de Documentación Nuclear, será una fuente fundamental de información para el pueblo mexicano.

Además el que exista ese Centro facilitará grandemente con toda seguridad el intercambio internacional de información y eso desde luego beneficiará a los fines del Instituto Nacional de Investigación Nuclear y a todas las actividades que se desarrollen relacionadas con ese objeto.

Por eso las Comisiones expresan su conformidad con la proposición del diputado Gustavo Salinas Iñiguez.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría consulte a la Asamblea si se admite la modificación propuesta a la fracción XII del artículo 30.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la H. Asamblea si se acepta la modificación propuesta a la fracción XII del artículo 30, hecha por el diputado Gustavo Salinas Iñiguez y aceptada por las Comisiones. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Aceptada.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si la fracción XII del artículo 30 se encuentra suficientemente discutida.

El C. secretario Miguel Bello Pineda: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si la fracción XII del artículo 30 se encuentra suficientemente discutida. Los CC. diputados que estén por la afirmativa, se ruega lo manifiesten... Suficientemente discutida. En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal de la fracción XII del artículo 30 con la modificación propuesta por el C. diputado Gustavo Salinas Iñiguez y aceptada por las Comisiones. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se emitieron 148 votos en pro.

El C. Presidente: Aprobada la fracción XII del artículo 30, con la modificación propuesta por el ciudadano diputado Gustavo Salinas Iñiguez y aceptada por las Comisiones, por 148 votos.

El C. secretario Héctor Francisco Castañeda Jiménez: Se va a proceder a recoger la votación nominal de las fracciones del artículo 30 que no fueron objetadas. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Se omitieron 148 votos en pro.

El C. Presidente: Aprobado el artículo 30, con las modificaciones propuestas a las fracciones IV, V y XII, por 148 votos.

SE SUSPENDE LA SESIÓN

El C. Presidente: En virtud de lo avanzado de la hora, de conformidad con el artículo 109 del Reglamento Interno del Congreso General, se suspende la discusión del proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, en Materia Nuclear, para continuarla el día de mañana a partir del artículo 31.

- El mismo C. Presidente (a las 14:50 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana jueves 16, a las 11:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"