Legislatura LI - Año I - Período Ordinario - Fecha 19790821 - Número de Diario 6

(L51A1P1oN006F19790821.xml)Núm. Diario:6

Colegio Electoral

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LI" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1928

AÑO I México, D. F., martes 21 de agosto de 1979 TOMO I.- NUM. 6

COLEGIO ELECTORAL

SEXTA SESIÓN

SUMARIO

Apertura

Orden del Día

Acta de la sesión anterior. Se aprueba

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Expedientes Electorales

Se da lectura y se somete a consideración de la Asamblea los siguientes dictámenes relativos a la elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 1o. de julio del año en curso, en el siguiente orden:

Noveno Distrito del Estado de Guerrero. Sin discusión se aprueba en sus términos

Tercer Distrito del Estado de Michoacán. Intervienen, en contra el C. Lorenzo Martínez Gómez; para defender su propio caso el C. Norberto Mora Plancarte; en contra el C. Eugenio Ortiz Walls; en favor el C. José Guadarrama Márquez; para hechos nuevamente el C. Eugenio Ortiz Walls. Se aprueba en sus términos 6 Tercer Distrito del Estado de Hidalgo. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Décimo Segundo Distrito del Estado de Jalisco. Sin discusión se aprueba en sus términos

Séptimo Distrito del Estado de Nuevo León. Hacen uso de la palabra, en contra el C. Pablo Emilio Madero; para defender su caso el C. Andrés Montemayor Hernández; en contra el C. Hiram Escudero Alvarez; para hechos el C. Luis Castañeda Guzmán; para apoyar el dictamen el C. Hesiquio Aguilar de la Parra; para hechos el C. Carlos Enrique Castillo por la Comisión la C. Beatriz Paredes; para hechos la C. Graciela Aceves de Romero. Se aprueba el dictamen en sus términos

Séptimo Distrito del Estado de México. Sin discusión se aprueba en sus términos

Tercer Distrito del Estado de México. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Primer Distrito del Estado de Baja California Norte. Intervienen, en contra el C. Eugenio Ortiz Walls; para defender su propio caso el C. José Luis Andrade Ibarra; en contra el C. José Isaac Jiménez Velasco; por la Comisión el C. Ernesto Gil Elorduy; en pro el C. Juan Ugarte Cortés; para hechos el C. Hiram Escudero Alvarez. Se aprueba el dictamen en sus términos

Décimo Primer Distrito del Estado de México. Sin discusión se aprueba en sus términos

Segundo Distrito del Estado de Sinaloa. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Sexto Distrito del Estado de San Luis Potosí. Sin discusión se aprueba en sus términos

Décimo Sexto Distrito del Estado de Jalisco. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Cuarto Distrito del Estado de Tabasco. Sin discusión se aprueba en sus términos. Tercer Distrito del Estado de Tabasco. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Quinto Distrito del Estado de Chihuahua. Sin discusión se aprueba en sus términos

Tercer Distrito del Estado de Sinaloa. Hacen uso de la tribuna en contra el C. Carlos Enrique Castillo; en pro la C. Guadalupe Rivera Marín; para hechos el C Enrique Castillo; por la Comisión la C. Beatriz Paredes; nuevamente para hechos el C. Enrique Castillo. Se aprueba en sus Términos

Décimo Cuarto Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Sexto Distrito del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba en sus términos

Décimo Octavo Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Primer Distrito del Estado de Coahuila. Sin discusión se aprueba en sus términos

Vigésimo Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Décimo Distrito del Estado de Chihuahua. Sin discusión se aprueba en sus términos

Décimo Cuarto Distrito del Estado de Puebla. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Trigésimo Distrito del Distrito Federal. Hacen uso de la palabra, en contra el C. Jesús Ortega Martínez; para defender su propio caso, el C. Roberto Blanco Moheno; en contra el C. Federico Ling Altamirano; por la Comisión el C. Alfredo Navarrete; en contra el C. Humberto Pliego Arenas en pro la C. Rosa María Campos en contra el C. Gerardo Unzueta Lorenzana; por segunda ocasión el C. Blanco Moheno para contestar alusiones personales el C. Manuel Terrazas Guerrero; para hechos el C. Pablo Gómez Alvarez; y el C. Lázaro Rubio Félix. Se aprueba el dictamen en sus términos

Noveno Distrito el Estado de Chihuahua. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Noveno Distrito del Estado de Veracruz. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Trigésimo Sexto Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Segundo Distrito del Estado de Zacatecas. Sin discusión se aprueba en sus términos

Tercer Distrito del Estado de San Luis Potosí. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Décimo Quinto Distrito del Estado de Jalisco. Sin discusión se aprueba en sus términos

Vigésimo Primer Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

Trigésimo Cuarto Distrito del Distrito Federal. Sin discusión se aprueba en sus términos

Noveno Distrito del Estado de Jalisco. Intervienen , en contra el C. José Santos Sahagún Lomelí; por la Comisión el C. Ernesto Gil Elorduy. Se aprueba en sus términos

Trigésimo Primer Distrito del Distrito Federal. Sin que motive debate se aprueba en sus términos

En todos y en cada uno de los casos aprobados por el Colegio Electoral, la Presidencia hace la Declaratoria correspondiente.

Orden del Día.

Se da lectura al Orden del Día de la próxima sesión

Tarjetas de Acceso

La Presidencia informa que de acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el día de mañana en el Salón Verde, se entregarán las tarjetas de acceso a los presuntos diputados cuyos casos se aprobaron en esta sesión. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JUAN SABINES GUTIÉRREZ

(Asistencia de 95 ciudadanos presuntos diputados.)

APERTURA

-El C. presidente (a las 10:50 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Sexta sesión de Colegio Electoral de la LI Legislatura.

Orden del Día

21 de agosto de 1979.

Lectura del Acta de la sesión de Colegio Electoral anterior.

DICTÁMENES

Noveno de Guerrero.

Tercero de Michoacán.

Tercero de Hidalgo.

Décimo Segundo de Jalisco.

Séptimo de Nuevo León.

Séptimo de México.

Tercero de México.

Primero de Baja California.

Décimo Primero de México.

Segundo de Sinaloa.

Sexto de San Luis Potosí.

Décimo Sexto de Jalisco.

Cuarto de Tabasco.

Tercero de Tabasco.

Quinto de Chihuahua.

Tercero de Sinaloa.

Décimo Cuarto del Distrito Federal.

Sexto del Distrito Federal.

Décimo Octavo del Distrito Federal.

Primero de Coahuila.

Vigésimo del Distrito Federal.

Décimo de Chihuahua.

Décimo Cuarto de Puebla.

Trigésimo del Distrito Federal.

Noveno de Chihuahua.

Noveno de Veracruz.

Trigésimo Sexto del Distrito Federal.

Segundo de Zacatecas.

Tercero de San Luis Potosí.

Sexto de Guerrero.

Décimo Quinto de Jalisco.

Vigésimo Primero del Distrito Federal.

Trigésimo Cuarto del Distrito Federal.

Noveno de Jalisco.

Trigésimo Primero del Distrito Federal."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

-El mismo C. Secretario:

"Acta de la sesión de Colegio Electoral de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Primera Legislatura de H. Congreso de la Unión, efectuada el día veinte de agosto de mil novecientos setenta y nueve.

Presidencia del C. Juan Sabines Gutiérrez.

En la ciudad de México, a las diez horas y cuarenta minutos del lunes veinte de agosto de mil novecientos setenta y nueve, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de noventa ciudadanos presuntos diputados.

Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior llevada a cabo el día de ayer, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La Secretaría da lectura y somete a consideración de la Asamblea, los siguientes dictámenes relativos a las elecciones que para diputados al H. Congreso de la Unión se celebraron el día 1o. de julio del año en curso:

-Décimo Distrito del Estado de Veracruz. Silvio Lagos Martínez y Gudelia del Socorro Reyes Martínez, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

-Séptimo Distrito del Estado de Tamaulipas. José Bruno del Río Cruz y Gumercindo Guerrero García, propietario y suplente, respectivamente. Sin que motive debate se aprueba en sus términos.

-Décimo Primer Distrito del Estado de Puebla. Guillermo Jiménez Morales y Miguel Rojas Pedraza, propietario y suplente, en su orden. Usan de la palabra, en contra el C. Donaciano Hernández Cruz; para defender su propio caso, el C. Guillermo Jiménez Morales; en contra el C. David Bravo y Cid de León; por la Comisión Juan Maldonado Pereda. Suficientemente discutido se aprueba en sus términos.

Tercer Distrito del Estado de Chiapas. Leyver Martínez González y Rubén Domínguez Domínguez, propietario y suplente, respectivamente. Intervine para hacer consideraciones, el C. Amado Tame Shear. Suficientemente discutido, se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Estado de Chiapas. Salvador de la Torre Grajales y Edín Barrios de León, propietario y suplente, respectivamente. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Segundo Distrito del Distrito Federal. Angel Olivo Solís y Rafael Cabrera Silva, propietario y suplente, en su orden. Sin que motive debate se aprueba en sus términos.

Trigésimo Séptimo Distrito del Distrito Federal. Luis Velázquez Jaacks y Federico Durán Liñán, propietario y suplente, respectivamente. Habla el C. Federico Ling Altamirano, para señalar que el candidato de Acción Nacional registrado en ese Distrito Electoral no fue el C. licenciado Alejandro González Alcocer, como lo expresa el dictamen, sino el C. licenciado Alvaro Fernández de Ceballos. La Comisión explica que fue un error mecanográfico que se corregirá de inmediato. La Presidencia hace una observación a la Sección de la Comisión Dictaminadora. Se aprueba el dictamen con la modificación señalada.

Tercer Distrito del Estado de Guanajuato. Juan Rojas Moreno y Luz María Martha Aguilar Gómez, propietario y suplente, en su orden. Usan de la tribuna, en contra, el C. José Minondo Garfias; por la Comisión el C. Porfirio Camarena Castro; en contra la C. Graciela Aceves de Romero en defensa de su caso el C. Juan Rojas Moreno; en pro el C. Ignacio Vázquez Torres. Suficientemente discutido se aprueba en sus términos.

La Presidencia manifiesta que la Comisión Dictaminadora terminó de elaborar el dictamen correspondiente al Tercer Distrito Electoral del Estado de Puebla.

Por instrucciones de la propia Presidencia la Secretaría somete a consideración de la Asamblea el dictamen en cuestión.

En votación económica se aprueba el dictamen.

La Presidencia declara: En consecuencia, primero, se declaran nulas las elecciones

celebradas el día primero de julio del presente año en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Puebla.

Segundo, en su oportunidad y para los efectos a que se refiere la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, túrnese la presente resolución a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Primer Distrito del Estado de Puebla. Angel Aceves Saucedo y Victor Manuel Carreto Fernández de Lara, propietario y suplente, respectivamente. Interviene en contra, el C. Gilberto Rincón Gallardo; por la Comisión el C. Porfirio Camarena Castro. Suficientemente discutido se aprueba, en sus términos el dictamen.

Décimo Tercer Distrito del Estado de Guanajuato. Enrique Betanzos Hernández y Cirilo Tapia León, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Segundo Distrito del Estado de Jalisco. Agapito Isaac López y Eduardo Arias Hernández, propietario y suplente, respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Estado de Hidalgo. Jesús Murillo Karam e Irene Albarrán Hernández, propietario y suplente, en su orden. Usan de la palabra en contra Jesús Ortega Martínez; para apoyar su caso, el C. Jesús Murillo Karam. Suficientemente discutido el dictamen se aprueba en sus términos.

Séptimo Distrito del Estado de Guanajuato. Ignacio Vázquez Torres y Serafín Rodríguez Guzmán, propietario y suplente, respectivamente. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Tercer Distrito del Estado de Guerrero. Aristeo Roque Jaimes Núñez y Custodio Domínguez Morales, propietario y suplente, en su orden. Sin debate se aprueba en sus términos.

Octavo de Guerrero. Filiberto Vigueras Lázaro y Antonio Díaz Salgado, propietario y suplente, respectivamente. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Noveno Distrito del Estado de Michoacán. Alfonso Quintero Larios y Constantino Ortiz Tinoco, propietario y suplente, en su orden. Intervienen en contra Daniel Angel Sánchez Pérez; en favor de su caso, el C. Alfonso Quintero Larios; en contra el C. Fernando Peraza Medina; en pro Raúl Pineda Pineda; en contra Manuel Stephens García en pro el C. Humberto Romero Pérez; para hechos los CC. Pablo Gómez Alvarez, Manuel Arturo Salcido y Gerardo Unzueta Lorenzana; por la Comisión Juan Maldonado Pereda. Suficientemente discutido se aprueba en sus términos.

Primer Distrito del Estado de Hidalgo. Adolfo Castelán Flores y Arturo Avila Marín, propietario y suplente, respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

Primer Distrito del Estado de Morelos. David Jiménez y Quintín R. Manrique Barenque, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Segundo Distrito del Estado de Morelos. Francisco Pliego Nava y Jesús Chávez Vargas, propietario y suplente, respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

La Presidencia informa a la Asamblea que la Comisión correspondiente no terminó el dictamen del Octavo Distrito del Estado de Michoacán, por lo que se pospone para presentarlo en otra sesión.

Primer Distrito del Estado de Querétaro. Fernando Ortiz Arana y Alejandro Esquivel Rodríguez, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Primer Distrito del Estado de Sonora. Luis Antonio Bojórquez Serrano y Ana Silvia Sánchez de Rodríguez, propietario y suplente respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

Segundo Distrito del Estado de Sonora. Alejandro Sobarzo Loaiza y Norberto Ortega Hinojosa, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Estado de Nuevo León. Filiberto Villarreal Ayala y Simón L. López Guerra, propietario y suplente, respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

Séptimo Distrito del Estado de Sonora. Carlos Amaya Rivera y Armando García Herrera, propietario y suplente, en su orden . Sin discusión se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Estado de Sinaloa. Héctor Enrique González Guevara y Herculano Rojas Farías, propietario y suplente, respectivamente. Para hacer consideraciones sobre el particular habla el C. Adolfo de la Vega Figueroa.

Sin debate se aprueba en sus términos.

Vigésimo Tercer Distrito del Estado de Veracruz. Enrique Carreón Solana e Ismael Miranda Hernández. propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Quinto Distrito del Estado de Oaxaca. Genoveva Medina de Márquez y Moisés Molina Becerril, propietaria y suplente, respectivamente. Interviene para hacer comentarios, el C. Gilberto Velázquez Sánchez. Sin debate se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Estado de Veracruz. Gonzalo Anaya Jiménez y Armando Hernández Mercado, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Primer Distrito del Estado de Yucatán. Federico Granja Ricalde y Rolando Castillo Calderín, propietario y suplente, respectivamente. Sin debate se aprueba en sus términos.

Cuarto Distrito del Distrito Federal. Rodolfo Siller Rodríguez y Domingo Alpizco Jiménez, propietario y suplente, en su orden. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Noveno Distrito del Estado de Tamaulipas. Enrique Fernández Pérez y Enrique Morales Barrios, propietario y suplente, respectivamente hablan, en contra el C. Reyes Fuentes García; por la Comisión el C. Juan Maldonado Pereda; en contra y el C. Jesús Ortega Martínez. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Quinto Distrito del Distrito Federal. Juan Araiza Cabrales y Florencio Salazar Adame, propietario y suplente, en su orden. Sin debate se aprueba en sus términos.

Décimo Séptimo Distrito del Distrito Federal. Rubén Figueroa Alcocer y Susana Godoy Castrillón, propietario y suplente, respectivamente. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Vigésimo Sexto Distrito del Estado de México. Elba Esther Gordillo Morales y Carlos Arreguín, propietario y suplente en su orden. Sin debate se aprueba en sus términos.

Trigésimo Distrito del Estado de México. Vicente Coss Ramírez y José Aguilera Hernández, propietario y suplente, respectivamente. Sin discusión se aprueba en sus términos.

Trigésimo Primer Distrito del Estado de México. Héctor Arturo Manuel Moreno Toscano y Estanislao Duarte Villegas, propietario y suplente, en su orden. Sin debate se aprueba en sus términos.

La Presidencia informa haber recibido comunicación de la Segunda Sección de la Primera Comisión, en el sentido de no haber concluido el dictamen correspondiente al Tercer Distrito de Baja California, por lo tanto, se le autoriza presentar el dictamen en otra sesión.

En todos y en cada uno de los casos aprobados por el Colegio Electoral, la Presidencia hace la Declamatoria correspondiente.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.

La Presidencia expresa a la Asamblea que, de conformidad con lo que establece el artículo 23, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, mañana a las nueve horas y treinta minutos, en el Salón Verde de esta Cámara se entregarán las tarjetas de acceso a los presuntos diputados cuyos casos fueron aprobados en esta sesión.

A las diecinueve horas se levanta la sesión de Colegio Electoral y se cita para la que tendrá lugar mañana martes veintiuno del presente mes de agosto a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba Aprobada.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

Expedientes Electorales

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día primero de julio en el IX Distrito Electoral Federal del Estado de Guerrero, con cabecera en Tecpan de Galeana.

Contendieron en dichas elecciones, candidatos de la mayoría de los partidos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN: propietario, Rodrigo Antonio Ríos; suplente, Germán Rendón Cortés.

PRI: propietario, José María Serna Maciel; suplente, Ladislao Sotelo Bello.

PPS: propietario, Félix Echeverría Barrera; suplente, Anastacio Bailón Salas.

PDM: propietario, Marciano Arcos Jiménez; suplente, Martín Flores Bailón.

PCM: propietario, Serafín Núñez Ramos; suplente, Ramiro Morales Pérez.

PST: propietario, Ventura Reyes Urióstegui; suplente, Tomás Ramírez Mayo.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 559

PRI 1,320

PPS 169

PARM 7

PDM 33

PCM 1,401

PST 428

Al término del escrutinio y cómputo total, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los candidatos a diputados federales CC. José María Serna Maciel y Ladislao Sotelo Bello, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas.

Por tales razones y con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas en el IX Distrito Electoral Federal, el día primero de julio de 1979, del Estado de Guerrero, con cabecera en Tecpan de Galeana.

Segundo. Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. José María Serna Maciel y Ladislao Sotelo Bello, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1979.- Primera Comisión, Cuarta Sección.- Licenciado, Hesiquio Aguilar de la Parra, Presidente.- Armando Neyra Chávez, Secretario.- Doctor Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado, Alfonso Zegbe Sanen, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación

económica se pregunta si se aprueba en sus términos...Aprobado.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio del presente mes, de 1979, en el Noveno Distrito Electoral del Estado de Guerrero.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la "LI" Legislatura los CC. José María Serna Maciel y Ladislao Sotelo Bello, propietario y suplente respectivamente.

- El secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Entidad: Michoacán, Distrito Electoral: III. Cabecera: Zacapu.

Honorable Asamblea:

A la Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral, fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el Tercer Distrito del estado de Michoacán, con cabecera en Zacapu, con el propósito de emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en los siguientes términos:

Primero. Conforme a los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, compete a este Colegio Electoral calificar las elecciones de los presuntos diputados, resolviendo las de aquellos que hubieren obtenido mayoría relativa en cada uno de los distritos uninominales, como es el caso que nos ocupa.

Segundo. En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, artículo 82, fracción XVII, se registraron para participar en el Tercer Distrito de Michoacán, los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican:

PAN: propietario, Lorenzo Martínez López; suplente, Luis Huerta Padilla.

PRI: propietario, licenciado Norberto Mora Plancarte; suplente, ingeniero Luis Corral Medrano.

PPS: propietario, Moisés Mendoza Zavala; suplente, Rafael Tovar Sagrero.

PDM: propietario, Raúl Padilla Molina; suplente, Juan Cruz Rosales.

PCM: propietario, Daniel Zavala Soria; suplente, Vicente Díaz Arévalo.

PST: propietario, José Ramírez Maldonado; suplente, J. Guadalupe Milán Quintana.

Tercero. Durante el desarrollo de las campañas de los distintos candidatos no se registraron incidentes de ninguna naturaleza que enturbiaran o dificultaran las actividades propias de los partidos políticos.

Cuarto. De las actas de escrutinio de las 164 casillas que se instalaron en el distrito, se desprende que trabajaron con toda normalidad a partir de las 8 de la mañana sin haber confrontado ningún problema en su instalación y durante todo el lapso de trabajo que señala la Ley de la materia.

Quinto. El día de las elecciones no se produjeron actos violentos ni incidentes que obstaculizaran el libre ejercicio del sufragio por parte de los ciudadanos, ni tampoco hubo contratiempos que impidieran a los partidos su efectiva participación en los actos substanciales de la elección.

Sexto. De acuerdo a las constancias diversas que se han examinado, es evidente que los organismos responsables del desarrollo de la elección en el Tercer Distrito de Michoacán, actuaron imparcialmente, dando plenas garantías para que los comicios se efectuaran en condiciones normales.

Séptimo. Conforme al artículo 212 de la Ley de la materia, el segundo domingo de julio del año en curso se celebró la sesión del Comité Distrital Electoral del Tercer Distrito del Estado de Michoacán, para hacer el cómputo de la elección.

Octavo. Concluido el cómputo, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN: propietario, Lorenzo Martínez López; suplente, Luis Huerta Padilla, 4,923 votos.

PRI: propietario, Norberto Mora Plancarte; suplente, Luis Corral Medrano, 19,982 votos.

PPS: propietario, Moisés Mendoza Zavala; suplente, Rafael Tovar Zavala, 763 votos.

PDM: propietario, Raúl Padilla Molina; suplente, Juan Cruz Rosales, 1,630 votos.

PCM: propietario, Daniel Zavala Soria; suplente, Vicente Díaz Arévalo, 682 votos.

PST: propietario, José Ramírez Maldonado; suplente, J. Guadalupe Milán Quintana, 356 votos.

Noveno. De acuerdo con dicho resultado, como lo señala el inciso "8" de la sección "A" del citado artículo 212, se extendió constancia de mayoría a los candidatos postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Décimo. El día 23 de julio del presente año, la Comisión Federal Electoral, en acatamiento al artículo 218 de la Ley en consulta, procedió a registrar constancia de mayoría expedida en favor de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional.

Onceavo. Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y de acuerdo con los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 82 182, 185, 212, 218, 219, 228 229, 232 y 233 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales efectuadas el 1o. de julio del año en curso, en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado de Michoacán con cabecera en Zacapu.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Norberto Mora Plancarte y

Luis Corral Medrano, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 18 de agosto de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete Romero, Volcal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se han inscrito para la discusión de este dictamen, en contra, el señor Lorenzo Martínez Gómez y el presunto diputado Eugenio Ortiz Walls; en pro, el presunto diputado Norberto Mora Plancarte, el señor diputado Ernesto Gil y Elorduy; por la Comisión y el presunto José Guadarrama.

Tiene la palabra, y se le ruega subir a tribuna al señor Lorenzo Martínez Gómez. Tiene 15 minutos

El C. Lorenzo Martínez Gómez: Muy respetable señor Presidente;

Honorables presuntos diputados:

Apreciables miembros del "Cuarto Poder" aquí presentes;

Damas y caballeros:

Vengo de la ciudad de Zacapu del Tercer Distrito de Michoacán, que es la primera ocasión que este lugar figura como cabecera en ese Distrito.

Estoy viviendo en esa ciudad desde le 12 de septiembre de 1935, conozco perfectamente a esa jurisdicción distrital y sé precisamente los problemas que gravitan allí, en ese lugar. En cambio, para mí va a ser la primera oportunidad de conocer personalmente al candidato oficial, porque no obstante ese tiempo que yo tengo viviendo en aquel lugar, solamente conozco referencias de que ha sido diputado, de que ha sido senador, algo así como la familia Somoza, nada más viviendo desde hace mucho tiempo del presupuesto.

Por tal motivo, ciudadanos de acuerdo con el espíritu de la ley, de acuerdo con las buenas intenciones del ciudadano Presidente de la República, ¿cómo es posible que se imponga un candidato cuando se está hablando de democracia, y de colocar en esos puestos a los ciudadanos que representen al pueblo? ¿Cómo es posible que en esos lugares, en esos puestos se coloque a personas con renombre nada más porque figuran en los comités nacionales, si las gentes no los conocen y lo demostró el resultado de la votación, votaciones en distrito donde hay una cantidad enorme de electores pero es el segundo o primero de Michoacán, donde hay una cantidad de gentes que debían haber votado, pero como no quieren al candidato ni lo conocen tampoco, y por eso no votaron?

Ciudadanos, una prueba de la aseveración que estoy aquí haciendo, es que en la cabecera de ese Distrito de las 25 casillas electorales yo gané 21 y el candidato oficial ganó 4 y en algunas con dos votos arriba. Esta es la respuesta y esta es una de las ocasiones en que tengo la oportunidad, no obstante de ser un provinciano, de ser una persona que no tiene mucho roce, pero quería que en esta tribuna se escuchara la voz de Acción Nacional y del auténtico pueblo mexicano del que yo vengo, de la provincia, del pueblo, ese que necesita que las voces de los auténticos representantes se escuchen aquí.

Durante el proceso electoral hubo parcialidad, confabulaciones, contubernios como este, el Delegado del Registro de Electores, sabiendo que había lugares que eran baluartes panistas, entregó credenciales pero no los empadronó y combinado con el Presidente del Comité Distrito suspendió las listas adicionales, claro, si no estaban en el padrón cómo iban a votar, si el señor Presidente del Comité Distrital suspende las listas adicionales, pues lógicamente no iban a votar, pero esto solamente lo hicieron en la cabecera distrital, porque en el resto del Distrito en donde quiera hubo listas adicionales; en donde quiera se llenaron las listas adicionales y sólo en la cabecera distrital, sólo ahí fue donde no hubo.

Por otra parte, en términos generales, el padrón adolece de muchas deficiencias, porque todavía en esos padrones, están los difuntos que vienen a votar, salen del panteón a votar el día de las elecciones; hay braceros que vienen rápidamente desde donde se encuentran, a votar el día de las elecciones.

Yo escuchaba por aquí algún comentario, de la edad de piedra, ayer en un rato que estuve por aquí. Y si alguna persona o algunos estamos interesados en que esa clase campesina, en que esa clase obrera realmente tenga el respaldo y esté auténticamente representada, somos nosotros. Nada más que hay otro problema, hay mucha ignorancia, muy poca preparación, como la que tuvieron o como la que tienen actualmente, el delegado del Comité Distrital, ahí en ese Distrito, nula preparación, criterio muy pequeño, igualmente el Presidente del Comité distrital, personas que no gozan de la preparación suficiente para poder hacer justicia y no ser parciales en una elección.

Esto, ciudadanos, dio también como complemento que el día de la computación de votos, no dejasen entrar al representante de los candidatos a tomar parte en la computadora y por tal motivo esa documentación no está firmada por los representantes de Acción Nacional. Precisamente por esa deficiencia, por esa falta de capacidad y ahí tienen ustedes las consecuencias: simplemente imponer la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, tratar de empujar y ayudar para que efectivamente el pueblo vote dentro del sistema democrático.

Señores también puedo decir, ¿no les parece a ustedes que sería prudente que en está Cámara realmente el Poder Ejecutivo contara con un equipo de trabajo? ¿Que viniera a cumplir con responsabilidad? Porque qué cómodo, ciudadanos, qué cómodo venir a ganar una dieta y muchas veces aparecer durmiendo la mona.

Yo pienso que incluso para estos menesteres hay que tener vocación política y hay que sentir a los hermanos.

La ley, de la que se habla mucho aquí, es la regla y medida de los actos que induce al hombre a obrar o a retraerse en ello. Escribir muchas leyes sobre el papel, y no es escribiendo las leyes sobre el papel o en el papel, sino grabando en la conciencia o grabando en el fondo de la conciencia nacional es como se enaltece y se hace grande o un pueblo.

Es así como aquí en este honorable Colegio deberían de respetarse y hacerse respetar las leyes y no hacer maratones de leyes a las cuales no se respeta.

Las leyes, ya lo decía Cervantes, las leyes que se dan y no se cumplen es como si no existiesen.

Yo pido a todos ustedes, ciudadanos, que si estamos hablando de leyes no vengamos a buscar aquí evasivas, argumentos, resbalones para evadir el auténtico espíritu de la ley. Estos Congresos deben de ser precisamente para ayudar a aquellos seres humanos inocentes, debe de ser para dar paz y prosperidad a los pueblos, debe de ser para reprimir los males y, ciudadanos, aquí tenemos otro dato todavía, el día ocho, días antes de la elección se dan documentos todavía, pero no a nuestros representantes, al representante del Partido Acción Nacional para que no esté en la computadora, para que ese día no vaya a la computadora. Por tal motivo el día de las elecciones, nosotros no teníamos el conducto para hacer llegar las quejas ante ese comité.

Porque, por una responsabilidad de la poca preparación que se tiene y ahí el día de la computación , se hicieron tantas cosas como en Afajo, se dejaron las casillas electorales bajo un portal, porque no había voz y porque ahí tuvieron que dormir la noche hasta el día siguiente y ni quien las cuidara. En las casillas de Sipiajo y El Cobrero y la mayor parte de las rancherías de Cueneo, las recogieron las autoridades municipales para hacer la contabilidad de votación en la cabecera municipal.

En el municipio de Santa Clara, llegaban hasta con diez y doce credenciales a votar, todavía en esas condiciones se nos puede decir que no es cierto, pero aquí están todavía algunas de las pruebas, de que así se procedió en ese III Distrito de Michoacán.

Ciudadanos honorables presuntos diputados, yo les agradezco infinitamente esta oportunidad que se me ha conferido de venir a manifestar la voz auténtica de la provincia, perdón la auténtica voz de la provincia. Que no se nos tome como niños pequeños, que se entienda que en la provincia también sabemos lo que está pasando y que es esta Cámara la responsable del futuro de la patria y que es aquí donde se discuten los problemas más importantes para la nación y que es aquí donde debemos estar al pendiente y es aquí donde les agradezco a todos ustedes que den un dictamen pensando. Yo traía otra manera de pensar, creí que aquí se descongelaba lo que estaba congelado y he pensado que debe de ser cada uno de ustedes los que ante su conciencia deben decir: ¿Puede ser favorable, puede ser cierto, puede ser mentira? ¿Hay manera de investigar las aseveraciones que aquí se están haciendo?

Y para eso hay los organismos correspondientes para que digan si es mentira o es verdad. En sus manos encomiendo este trabajo. Yo creo que he cumplido con un Distrito que depositó la confianza en un servidor y que fue el único candidato que hizo su campaña en las plazas públicas y no tuvo que encerrarse en los teatros porque no había gente y no fue el candidato que anduvo únicamente visitando presidencias municipales o tenencias si no que anduvo casa por casa haciendo una campaña electoral pidiendo el apoyo del pueblo.

Muchas gracias.

Espero que ustedes tomen nota de estas consideraciones."

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Norberto Mora Plancarte.

El C. Norberto Mora Plancarte: Si alguna gente tuviera algo de vergüenza, nos evitaríamos estas polémicas inútiles.

Señor Presidente del Colegio Electoral;

Señores diputados electos;

Señores presuntos diputados integrantes del Colegio Electoral;

Señoras y señores:

Yo sí conozco al señor Martínez.

El no me conoce, claro, nunca vamos a los mismos lugares.

Presidí el PRI en Michoacán tres años, recorrí cuatro o cinco veces todos los municipios, y entonces yo sí lo conocí. Pero quiero que conozcan ustedes ¿quién es la persona que me ha antecedido en el uso de la palabra?

En Zacapu, una ciudad próspera, industrial y trabajadora, se le conoce como Lencho, el que de todas, va a todas. Cinco veces ha querido representar algo; ha querido representar a alguien; ha querido representar a Zacapu. Cinco veces, en cinco elecciones diferentes ha perdido. Zacapu le ha dicho: ¡no!

Y, ¿quiénes le han vencido a Lencho en estas cinco lides electorales?

Una vez un maestro del PRI; otra vez un campesino del PRI; otra vez un comerciante de Zacapu y miembro del PRI; otra vez un doctor; ahora los priístas me eligieron a mí.

Y, ¿qué ha dicho el famoso Lencho de quienes le han ganado en legítima justa electoral?

Lo mismo que ustedes acaban aquí de escuchar. lo mismo para todos los candidatos que lo vencieron; lo mismo siempre. No les concede ni les reconoce capacidad, ni al doctor, ni al campesino, ni al maestro, ni a mí. Siempre lo mismo. Como un disco que se rayó lo dice hace veinte años, porque tiene muchos años viviendo en Zacapu y siendo candidato.

Lo dice en las reuniones familiares; lo dice a los periódicos. Lencho no descansa. El amargado Lencho, que por cierto hoy lo ví muy

calmado. No es así. Es muy agresivo. Hoy viene muy calmado. Seguramente tomó unas pastillitas. Qué bueno.

Claro que a veces yo lo escuchaba en la camioneta llena de banderas con la que circuló por Zacapu cuatro meses o tres. (Nunca salió de Zacapu; nunca fue a los otros siete municipios). A veces pensaba: debe ser un hombre de buena fe que alguien está embarcando para proteger inconfesables intereses.

Esos alguienes seguramente lo alimentan, lo excitan, lo apoyan y ahí lo tienen; ahora vino a preparar su próxima candidatura -seguramente va a ser candidato a la que viene- quién sabe qué es, pero va a ser candidato.

Pero, señores integrantes de este Colegio Electoral, si yo hubiera perdido en la misma cabecera municipal 5 veces, si 5 veces me hubiera dicho un pueblo:

...No te queremos para que nos representes.

Caramba, yo me autocalificaría como un desvergonzado si yo volviera la cuarta, a la sexta, pero en fin, no cabe duda que cada cabeza es un mundo; algunas las hay que no les importa que los pueblos les digan no, y no.

Como he sido delegado del PRI en muchas entidades federativas, sé que no es caso único: hay un caso muy curioso en Guanajuato. Lencho, de Zacapu, pues, no es un ejemplo único; el PAN tiene verdaderas piezas de museo. En Guanajuato hay un eterno candidato, se llama Nemecio Arriola y el pueblo ya lo bautizó con "Renecio Arriola" y juega todas, aquí hay gente de Guanajuato que no me dejará mentir.

El día 18 de marzo inicié mi campaña en Pátzcuaro, 18 de marzo, porque los michoacanos somos admiradores del expropiador del petróleo. la inicié en una hermosa plaza cívica, a los pies de la esfinge señera de Lázaro Cárdenas, del 18 de marzo al domingo 28 de junio que cerré mi campaña: 3 meses y 7 días, visité 247 poblados, en Michoacán se llaman "encargaturas del orden", "tenencias", "ejidos"; me invitaron 51 familias a otras tantas visitas domiciliarias, allí había gente del PAN, había gente también de otros partidos. No sé si los convencí a todos, pero los resultados están en las urnas en los paquetes que aquí están en el Colegio Electoral.

En estos trabajos nunca ví a "Lencho", pero eso sí no hubo árbol, no hubo plaza cívica, no hubo postes en las ciudades que no embadurnaran los panistas, ofendiendo a la ciudadanía. En Erongarícuaro me fueron para ver cómo solucionar el problema para todas las bancas nuevas estaban embadurnadas, todos los árboles, las señales de tránsito federal por todos lados con enormes letreros. Me quiero imaginar a los turistas extranjeros que en lugar de una señal de curva, se encontraban con que "Muera el PRI" o "Viva el PAN".

Nosotros hicimos marquesinas por instrucciones de nuestro partido, independientes de bardas, las colocamos en los cruceros de las carreteras, tenemos contratos de las bardas que nos prestaron y pintamos mensajes del primer priísta de esta nación; mensajes también del Presidente de nuestro partido; frases sacadas de nuestra plataforma de principios y de nuestro programa de acción.

¿Y cómo respondieron los señores del PAN a estos mensajes ideológicos y prográmaticos? En la carretera México - Guadalajara, exactamente frente a Zacapu, hay una enorme barda, traigo fotografías:

"No votes por el asqueroso PRI, vota por el PAN".

Ahí está la barda, cualquiera que vaya a Guadalajara que se pare y la lea. Y adentro de la ciudad, Lencho tiene una experiencia increíble en materia de casillas, él sabe dónde se ponen todos los años, yo no, es la primera vez que juego en Zacapu. Entonces en las banquetas, enfrente de donde se ponen siempre las casillas, pintaron: "Cuidado, no votes por la serpiente PRI", tengo fotografías.

Este es el nivel, esta es la calidad de la campaña de nuestro hoy, sorpresivamente, sereno Lencho, porque hubieran visto lo que me dijo en su camioneta en Zacapu. ¡ah, caray! Asesiné, robé, defraudé y me decía Martínez Serna el Presidente Municipal, mi amigo y compañero de partido, "a usted le está yendo rebién, hubiera visto lo que me dijo a mí".

Bueno, yo sólo quería presentar a ustedes al desconocido precandidato de todas las lides electorales de Zacapu, pero como hay una comisión que estudió el expediente, que vio los paquetes, yo quisiera que el compañero Guadarrama me hiciera el favor de continuar la exposición de tipo jurídico, de tipo electoral. Nomás quiero advertirles que no hay en los paquetes, que aquí obran una sola lista adicional, en ninguna de las 164 casillas que se instalaron en el Distrito -ni una sola se dejó de instalar-, ni una tuvo necesidad de acabar su trabajo después de las seis, hubo luz todo el día, todas las casillas se concentraron en los tiempos razonables, un día, dos, a la ciudad de Zacapu, como ordena la Ley, los señores del Partido de Acción Nacional siempre estuvieron en el Comité Distrital, el último día, para no firmar el acta, presentaron una protesta llena de todas estas cosas que han oído ustedes; pruebas, ni una, palabras, millones de palabras.

¡Qué decía cuando entregó el representante del Partido de Acción Nacional su protesta? Pues que en la casilla fulana habían fallado, lo que oyeron aquí; claro, el Comité en pleno les dijo: esta protesta debió haberse presentado dentro de las 72 horas siguientes a la elección, es extemporáneo.

-Bueno, como no me la reciben no firmo. Y no firmó el acta de cómputo, se salió, pero allí había un notario, ya los conocemos, llevamos un notario, mi representante llevó un notario y el acta notarial está en el expediente, allí a qué hora llegó el representante del PAN, a qué hora se fue y por qué se fue y por qué no firmó, pero fue testigo de todo. En cambio, en las sesiones anteriores, no sólo firmaba, sino además aprobó un voto de confianza para el Comité Distrital, por su equilibrio, por su imparcialidad, se propuso y todos

los partidos presentes firmaron el voto de confianza para la persona que hoy vienen aquí a agredir, a insultar y a calumniar a un viejo maestro michoacano, de origen indígena, de la meseta tarasca, lugar que aspiro a representar en este Congreso de los Estados Unidos Mexicanos.

Por otra parte, al intervenir el representante de Acción Nacional ante la Comisión Federal Electoral empezó, allí está la versión taquigráfica, diciendo:

"Sé, sé que esta protesta que voy a leer fue presentada en Zacapu extemporáneamente, pero quiero que esta Comisión se entere de los hechos sucedidos, que no protestamos, ni nos quejamos en tiempo nunca, de Zacapu".

Hizo la misma relación de hechos que acaba de hacer el señor Martínez, y claro el presidente de la Comisión Federal Electoral, dijo:

"Bueno, señor (insisto, ahí está la versión taquigráfica), me imagino que esta es una actitud política y qué bueno, pero vamos a votar".

Pues no hay nada serio, no hay nada formal, no hay ni una sola prueba.

Sin embargo, en los paquetes electorales, yo tengo copia de todo, tenemos el acta circunstanciada del Comité Distrital, firmada por la mayoría de los partidos, tenemos el acta notarial de todo lo sucedido el día 1o. y el día 8.

Quiero dejar constancia de que cuatro partidos más de oposición, en Zacapu hicieron campañas modestas, propaganda modesta, pero sorprendentemente de mucha más categoría que la que hizo Acción Nacional. Muchas gracias."

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Eugenio Ortiz Walls.

El C. Eugenio Ortiz Walls: Señor Presidente;

Señores miembros del Colegio Electoral:

Cuando hablan fuerte se molestan; cuando trata uno de ser moderado, se molestan Las experiencias vividas por el pueblo mexicano en su difícil tránsito para pasar de la democracia puramente formal y declarativa hacia sistemas y prácticas democráticas reales son preocupación de Acción Nacional y de muchos de los sectores de diferente ideología aquí representados.

Por eso, después de escuchar ese transparente Dictamen, en el que todo transcurrió como si el Lago de Pátzcuaro no oleara ¡164 casillas instaladas a la hora exacta! Con el personal, con los funcionarios que habían sido nombrados. Una imparcialidad ejemplar de los funcionarios del Comité Distrital un cómputo que realmente merecería un premio a los que lo realizaron. Todo limpio, todo puro y todo transparente como la democracia que nos quiere regalar el PRI. Pero las cosas no andan por ahí, mi estimado don Norberto Mora Plancarte, no es problema de venir a enjuiciar a un candidato modesto que afortunadamente sus paisanos sí conocen, y menos pensar que repetir 5 veces como candidato es una vergüenza para un mexicano. Ojalá y los mexicanos pudieran participar no tanto como candidatos, sino como electores. Porque algo sí sucedió en ese distrito, sobre todo en la cabecera del distrito, donde la gente no votó, y no votó porque ya sabe a donde van a parar los votos del pueblo.

¿Cuántos empadronados, cuántos ciudadanos aparecen en el padrón? 80 mil, poco más o menos, y el señor Mora Plancarte, pierde y sabe que es cierto, pierde en la cabecera del distrito, pierde en la mayoría de las casillas sólo cuatro pudo ganar aquí están las casillas y aquí están las cifras, pero este no es el problema y menos el señalar que otro candidato nuestro, por su terquedad en la lucha política, por su presencia constante de hombre de bien dentro de su ideología y dentro de sus convicciones, merezca que se le insulte ni siquiera llegó a insulto, que se le haga burla. La gente de mi partido es como todos ustedes saben, mexicanos de buena voluntad, que por vocación y por convicción está luchando desde hace muchos años, no, no para tener uno o más diputados, no para subirnos al carro del poder y del triunfo, sino para que de una vez por todas se puedan cambiar las estructuras políticas, económicas y sociales de México.

No basta la modificación de la ley, no basta la simple modificación de la ley

En la Comisión Federal Electoral se acordó la publicación de la legislación electoral mexicana desde 1812 hasta la fecha, sería bueno que muchos miembros de este Colegio pudieran leerla con detenimiento para ver que muchos de los preceptos, de la Constitución de Cádiz, que muchos de los sistemas de nuestra legislación electoral, todavía son vigentes, hasta en el obsoleto reglamento que estamos utilizando para nuestros trabajos.

Seguimos pues con el problema de que en la preparación, en el desarrollo, en el cómputo y en la calificación de las elecciones. Los que mandan son siempre los que tienen la razón..., el ataque no iba por ahí, mi estimado presunto diputado don Norberto Mora Plancarte, el pleito no era con usted, no sé porqué lo agarró tan fácilmente; el pleito es contra el sistema, contra la realidad electoral que padece México, contra esa estructura y esa maquinaria, maquinaria que aquí termina su última vuelta y que no concibe ni el derecho ni la razón, si se presentan pruebas, las pruebas no valen; si no se presentan entonces faltan pruebas.

El problema no es por ahí, el problema fundamental es que no existe un cuerpo electoral, imparcial y preparado en México.

Que los directivos, los funcionarios de las comisiones locales electorales, sean compañeros de la mayoría, sean compañeritos de viaje del PRI, y ustedes lo saben, también los funcionarios de los Comités Distritales Electorales. Y también la mayoría, yo creo que el 90 por ciento, si no es que el 99 por ciento, de los funcionarios de casilla son precisamente compañeros de ustedes del mismo carro, del mismo estilo de hacer las cosas desde hace mucho tiempo.

¿Es posible esto? ¿Es posible en esta forma llegar a las elecciones? ¿Que el pueblo crea que las elecciones son una consulta sincera al

pueblo? ¿O es sencillamente una formalidad para aparentar que vivimos en una República muy lejos de lo que aquí quisiéramos que fuera? Y no es punto de vista personal.

Se dijo en este caso que habían estado funcionando muy bien todos los organismos electorales de la jurisdicción, pero aquí hay un documento suscrito por todos los integrantes del Comité Distrital Electoral del Tercer Distrito, de fecha 29 de junio en que al final se dice:

Señor Presidente, quisiera pedirle a usted que le solicitara a la Secretaría leyera el documento.

El C. Presidente: Con todo gusto. Proceda la Secretaría a leerlo.

El C. secretario José Murat: En la parte superior izquierda el escudo de los Estados Unidos Mexicanos. Comité Distrital Electoral Federal, Tercer Distrito, Cerrada de Juárez 33, Zacapu, Michoacán, Tel. 2-12-21.

- Está solicitando el presunto diputado Ortiz Walls que lea la última parte, así lo haremos-.

"...Que efectivamente existe, pero dentro de propiedad privada en los puestos del mercado como propaganda personal de los dueños de los locales, aspecto que es imposible evitar. No habiendo otro asunto que tratar, se dio por terminada la sesión, citando a los representantes para las 10:00 horas del día domingo 8 de julio de 1979, -1979-, para dar comienzo al cómputo distrital; firmándose para constancia la presente acta. Damos fe. Miguel Carrillo, firma; Rafael Torres, firma; y dos firmas a raya sin los nombres.

El C. Eugenio Ortiz Walls: -continúa-.

El Comité Distrital Electoral no funcionó legalmente el día de las elecciones; sólo el Presidente estuvo encerrado en el local que ocupaba ese Comité, y a piedra y lodo, no fue posible recurrir a él en ningún momento para pedir auxilio y hacer cumplir la ley, sobre todo en las casillas foráneas y es... que citaron a los representantes para el cómputo, pero no los citaron para las elecciones.

Yo creo, sinceramente, señores que esta Cámara va a tener una gran oportunidad, la oportunidad de hacer una verdadera reforma, no legal, sino una reforma de actitud; creo que aún es tiempo, que hay tiempo suficiente para que este país no se vaya por el despeñadero de la angustia y de la violencia.

Hagamos un esfuerzo, hagamos posible a través del cumplimiento de lo estipulado por la ley de la práctica honesta y de la conducta política leal que las elecciones en México sean creíbles. Muchas gracias."

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano José Guadarrama.

El C. José Guadarrama: Señores diputados y presuntos diputados;

Señor Presidente:

Primeramente para pedirle a usted que en las intervenciones de los dos miembros del Partido Acción Nacional, en ningún momento han impugnado el dictamen y ni han ido al fondo del problema, sino que se ha divagado sobre asuntos de ideología y particularmente de promoción a su partido en esta tribuna.

Por lo que corresponde a la elección del III Distrito de Michoacán se ha dicho que existe parcialidad y de que este Colegio Electoral por gentes acarreaditas en el camión del Partido Revolucionario Institucional.

Si existen votantes y militantes de un partido distinto al PRI, si hay conciencia en la plataforma, si es que la tienen, porque lo dudamos, ¿por qué, por qué no se les marca la disciplina para que depositen su sufragio en las urnas y sí tengan derecho, de acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, de que con la membrecía y los militantes que tienen, adquieran la votación, adquieran los derechos que se necesitan para integrar un Colegio Electoral que califique los dictámenes de las elecciones del 1o. de julio?

Ahí tiene la Ley abierta , ahí se publica como nos la trajeron aquí a enseñar porque no hay nada que esconder ni hay nada que temer, ideológicamente este Colegio Electoral es testimonio de que nuestra presencia es porque deseamos más y mejor democracia, queremos más democracia y más eficacia, deseamos un país que responda y se anticipe al nuevo tipo de sociedad por la cual luchamos; los sectores mayoritarios de México poseen una conciencia revolucionaria, a ellos, a ellos puede responder una firme voluntad para seguir adelante, nuestra Revolución que conquistó el poder, a diferencia de otras revoluciones, ha facilitado que las distintas corrientes de opinión existentes en nuestra Patria, no sólo puedan expresarse con toda libertad como aquí y en todo el territorio lo hacen y lo han hecho, sino que puedan ser representadas también como aquí están y en muchos otros lugares, los derechos políticos de las minorías y estos han sido reconocidos completamente ya forman parte del cuadro político nacional, en este grupo colegiado y en la próxima LI Legislatura del Congreso de la Unión.

Como partido tenemos respeto para quienes pensando distinto a nosotros, a través de partidos políticos tratan de disputarnos la confianza del pueblo; seremos inflexibles en la defensa de las ideas pero respetuosos en las formas, tenemos respeto para nuestros adversarios que no son nuestros enemigos puesto que todos somos mexicanos; por ello mismo seguiremos señalando que el análisis de los dictámenes de los presuntos diputados, es obligación ineludible de los miembros del Colegio Electoral que deben sacrificar en algo sus propósitos estrictamente partidarios, para contribuir con serenidad a desterrar mal entendidos y confusiones. Ciertamente, es muy cierto, sí hay un propósito de esclarecer los problemas; el pensamiento y la palabra, son los instrumentos para afrontarlo, para obtener soluciones, contrastando puntos de vista, conociendo los hechos reales y oyendo a todo los interesados como aquí se permite en el Colegio Electoral y en esta tribuna que es la más grande del país. Esto, esto es un método de gobierno democrático por excelencia; aquí la democracia ayuda a que seamos eficaces en nuestras decisiones y en nuestras acciones.

Por esta razón, señores de todos los partidos, no debemos convertir un problema personal o de partido, en un problema de México. No asustar inútilmente, con desplantes verbales, con radicalismos de palabra, con alabarismos ideológicos; es necesario saber lo que se puede hacer y lo que no es posible hacer; no llegar a la desesperación, cuando sensatamente, con la ley y las instituciones, podemos consolidar y avanzar simultáneamente y que esta tribuna honorable, no sea foro de recitar frases insertas en tratados ideológicos, sino que aquí debe ser expresión del sentir y decisión de la ciudadanía nacional; porque lo difícil en el movimiento social de México es aprender el lenguaje de un pueblo, de un pueblo mexicano y no la terminología de textos.

Es clarísimo, no hay impugnación, es mentira de que las fechas que se manejan en una acta hayan y sirvan para manifestar de que el Comité Distrital no funcionó. Los partidos, incluyendo Acción Nacional, estuvieron presentes el día de las elecciones y tuvieron acceso como lo certifican los otros partidos con su voto de confianza y reconocimiento al Comité Distrital de que las elecciones se llevaron dentro de un clima de respeto y paz y además en una forma positiva que se permitió a todos los partidos contender libremente.

Indudablemente que los 5 mil votos, casi 5 mil votos, que el candidato de Acción Nacional obtuvo en las elecciones del 1o. de julio en el III Distrito le hacen aspirar a algo y sentir que se puede tener una esperanza; pero es muy claro, 20 mil contra 5 mil, 4 por 1 con presencia de representantes del Partido Acción Nacional en todas las casillas, con el funcionamiento del Comité Distrital y la presencia de todos los partidos, presentan recurso de queja fuera de tiempo y se les desecha como en el documento que entregaron, el Comité Distrital aun amablemente les firmó y les selló.

Señor Presidente, sentimos que en este caso el dictamen de la Comisión correspondiente es muy claro, por lo tanto este Colegio Electoral debe aprobar este caso de un hombre que como lo manifestó aquí y como es cierto, durante 3 meses, 7 días de campaña electoral en un distrito que conoce y lo conocen, lo respetan y reconocen en forma profunda, pudo llevar a cabo.

No es un improvisado, sino es un valor nacional, es un hombre que le ha servido a su entidad y a México a través de diferentes cargos en el Poder Legislativo y también en la dirección de nuestro partido; es un hombre de dignidad y honestidad, es un hombre que si le ha tocado jugar en el III Distrito, en donde tuvo en ocasiones, el infortunio de recibir calumnias y todo; aquí en el foro nacional y en todo el territorio que ha recorrido con representaciones y encargos del gobierno y del partido, así se le tiene un respeto y un reconocimiento, por ello mismo Norberto Mora Plancarte será miembro de la LI Legislatura por la decisión que aquí se tome del dictamen favorable, que existe y por decisión principalmente de los electores del III Distrito de Michoacán.

Muchas Gracias. (Aplausos)."

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Eugenio Ortiz, para hechos.

El C. presunto diputado Eugenio Ortiz: Señor Presidente, señores miembros del Colegio Electoral: simplemente para dejar clara esta situación. El presunto diputado que me antecedió en el uso de la palabra, dijo que en el documento que leyó el secretario, que habíamos manipulado fechas y que dicho documento no era válido. Pero es el caso, que es un documento oficial, una copia certificada de una sesión del Comité Distrital Electoral correspondiente al III Distrito del Estado de Michoacán, de fecha 29 de junio de 1979, en la que el presidente acuerda, que la siguiente sesión se celebre hasta el día 8 de julio, es decir hasta el día del cómputo y no sesionó el día de las elecciones como lo marca la ley. Eso es todo. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Antonio Cueto Citalán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen...Suficientemente discutido.

En votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa ponerse de pie...Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Michoacán. Son diputados por el Distrito Electoral indicado a la LI Legislatura los CC. Norberto Mora Plancarte y Luis Corral Medrano, propietario y suplente, respectivamente.

-El secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Honorable Colegio Electoral:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 1o. de julio del año en curso en el 3er. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos:

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la LOPPE y a su respectivo reglamento.

2o. Se dio debido cumplimiento a lo establecido por los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92 y 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité‚ Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la LOPPE.

4o. Como consecuencia, los seis partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes respectivamente, en los términos siguientes: PAN: propietario, Judith Pérez Islas; suplente, Blas Cedillo Pérez.

PRI: propietario, María Amelia Olguín Vargas viuda de Butrón; suplente, Raúl Angeles González.

PPS: propietario, Roberto Juárez Peña; suplente, J. Jesús Antonio Calva Arriaga.

PARM: propietario; suplente.

PDM: propietario, Benjamín Amador Villeda; suplente, Pascual Estrada Nieto Hernández.

PCM: propietario, Patricio Torres Tovar; suplente, Gonzalo Medina Vázquez.

PST: Propietario, Francisco Chávez Cruz; suplente, Eva Aguilar Gonzaga.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la LOPPE, el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este tercer distrito.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la LOPPE en sus artículos 182, 184 y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital del tercer distrito electoral del Estado de Hidalgo, en cumplimiento al artículo 203 de la ya citada Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este distrito electoral.

PAN 1,739

PRI 39,117

PPS 934

PARM 44

PDM 243

PCM 1,319

PST 751

9o. Las protestas presentadas por el PCM respecto a la casilla No. 2 de Tepeji del Río; la No. 23 de Unidad Habitacional PEMEX, de Tula de Allende: la casilla No. 2 de la 2a. Sección del Municipio de Tezontepec de Aldama la casilla No. 4 de la Comunidad de El Tinaco. Municipio de Tezontepec; la casilla No. 4 situada en Mangas, del Municipio de Tezontepec, la casilla No. 6-A de Santiago Acayutla, de Tezontepec de Aldama: la casilla No. 17 de Tula de Allende; la casilla No. 1 de la Sección Uno de Atitalaquia; las casillas 1, 2, 7 y 5 de las colonias Teñe y Motobaltha; casilla No. 8 de la Comunidad de San Gabriel Hgo., Municipio del Tezontepec y los escritos de protesta del representante suplente del PCM y del representante propietario del PCM ante el Comité del 3er. Distrito Electoral. Todas estas protestas mencionadas hechas por el PCM fueron conocidas, substanciadas y resueltas por el Comité Distrital Electoral del 3er. Distrito Electoral del Estado de Hidalgo, mediante resolución de fecha 8 de julio de 1979, que dice: que el PCM se concretó a presentar protestas sin acompañar algún medio de prueba, que hiciera creíble y demostrara lo manifestado en las mismas, firmando los encargados del Comité y los comisionados de los partidos políticos nacionales PAN; PDM y PPS.

10. De los resultados del cómputo final de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrado por María Amelia Olguín Vargas Vda. de Butrón y Raúl Angeles González, propietario y suplente respectivamente.

11. Tomando en consideración el informe y acatamiento al artículo 218 de la LOPPE, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos Mexicanos, de la LOPPE y su respectivo Reglamento y en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979 en el 3er. Distrito Electoral Federal del Estado de Hidalgo.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. María Amelia Olguín Vargas Vda. de Butrón y Raúl Angeles González, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro, Vocal.- Doctor Alfredo Navarrete Romero, vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien hago uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado.

El C. Presidente: En consecuencia, son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el

Tercer Distrito Electoral del Estado de Hidalgo. Son diputados por el distrito electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. María Amelia Olguín Vda. de Butrón y Raúl Angeles González, propietario y suplente, respectivamente.

- El secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección. Entidad: Jalisco. Distrito Electoral: XII. Cabecera: Ameca.

Honorable Colegio Electoral:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 1o. de julio del año en curso en el XII Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del Distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos:

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la LOPPE y a su respectivo Reglamento.

2o. Se dio debido cumplimiento a lo establecido por los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92 y 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la LOPPE.

4o. Como consecuencia, los 7 partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes respectivamente, en los términos siguientes:

PAN: propietario, Gabriel Rivas Sauza; suplente, José Luis López Brera.

PRI: propietario, Luis R. Casillas Rodríguez; suplente, José Antonio Flores Ruiz Velasco.

PPS: propietario, Francisco Lepe Cortez; suplente, Salvador Moreno Trujillo.

PARM: propietario, Guillermo Olvera Guzmán; suplente, Albino Ramón Lara Arana.

PDM: propietario, Francisco Aguilar Zendejas; suplente, Ignacio Ortiz Martínez.

PCM: propietario, Manuel Gamboa López; suplente, Celedonio Ramos Villegas.

PST: propietario, Jesús González Melchor; suplente, Antonio Romero Aguilera.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la LOPPE, el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este XII distrito.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la LOPPE en sus artículos 182, 184 y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se recibieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital del Distrito mencionado, en cumplimiento al artículo 203 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este Distrito Electoral.

PAN 1,283 votos

PRI 20,324 votos

PPS 556 votos

PARM 227 votos

PDM 415 votos

PCM 955 votos

PST 583 votos

9o. De las constancias que obran en el presente expediente, se observó que el PPS y el PST presentaron recursos de protesta que fueron conocidos, substancialmente y resueltos en apego a la Ley.

10. De los resultados del cómputo final de escrutinio el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por Luis R. Casillas Rodríguez y José Flores Ruiz Velasco, propietario y suplente, respectivamente.

11. Tomando en consideración el informe y el acatamiento al artículo 218 de la LOPPE, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos Mexicanos, de la LOPPE y su Respectivo Reglamento y en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este Honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son Válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979 en el XII Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Luis R. Casillas Rodríguez y José Antonio Flores Ruiz Velasco.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a los 20 días del mes de agosto de 1979.

- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario. Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete Romero, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el décimo segundo distrito electoral del Estado de Jalisco.

Son diputados por el distrito electoral indicado a la LI Legislatura, Luis R. Casillas Rodríguez y José Antonio Flores Ruiz Velasco, propietario y suplente, respectivamente.

- El secretario José Murat:

Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este H. Colegio Electoral, fue turnado el expediente relativo a las elecciones realizadas en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de Nuevo León, con cabecera en Garza García, para emitir el dictamen correspondiente, mismo que se produce en la forma siguiente:

Primero. En cumplimiento a los artículos 60 de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, y 18 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el de la competencia de este H. Colegio Electoral calificar las elecciones de los presuntos diputados, resolviendo las de aquellos que hubieron obtenido mayoría relativa en cada uno de los distritos uninominales.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 82, fracción XVII de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se registraron para participar en el Séptimo Distrito del Estado de Nuevo León, los siguientes ciudadanos pertenecientes a los partidos que se indican:

PAN: propietario, Pablo Emilio Madero; suplente, Norma Morelos Zaragoza de Madero.

PRI: propietario, Andrés Montemayor Hernández; suplente, Matilde Olivares Rojas.

PPS: propietario, Nicandro Pérez Cuevas; suplente, José Leonor Pérez Ortiz.

PARM: propietario, Heleodoro Lozano Castilleja; suplente, Ernesto Cantú Gómez.

PDM: propietario, Mario Mendieta Chávez; suplente, Marcelo García Capuchino.

PCM: propietario, José Luis Hernández Ventura; suplente, Francisco Ríos Castro.

PST: propietario, Jesús Rodríguez Pérez; suplente, Raymundo Ramírez Flores.

Tercero. De las constancias presentadas, se concluye que el proceso electoral se desarrolló de conformidad a las disposiciones legales vigentes.

Cuarto. El Partido Acción Nacional presentó recursos de protesta en las casillas números 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7 de Villa de García; 18, 19 y 20 del municipio de San Pedro Garza García, y 2, 3, 5, 10, 18, 19, y 23 del municipio de Monterrey, mismos que fueron desechados por el Comité Distrital Electoral, por imprecedentes.

Quinto. El Comité Distrital anuló, por falta de documentación las casillas 4 y 15 - bis del municipio de Monterrey.

Sexto. El segundo domingo de julio del presente año se celebró la sesión de cómputo, obteniéndose los siguientes resultados:

Candidatos del PAN: 13,694 votos.

Candidatos del PRI: 14,636 votos.

Candidatos del PPS: 83 votos.

Candidatos del PARM: 173 votos.

Candidatos del PDM: 102 votos.

Candidatos del PCM: 258 votos.

Candidatos del PST: 34 votos.

Séptimo: De acuerdo con dicho resultado el Comité Distrital Electoral, extendió constancia de mayoría a los ciudadanos Andrés Montemayor Hernández y Matilde Olivares Rojas, propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

Octavo. El día 9 de julio el Comité Distrital recibió recurso de queja presentado por el Partido Acción Nacional, mismo que se turnó a este H. Colegio Electoral para su conocimiento y resolución.

Noveno. Del análisis del recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional, esta Comisión considera lo siguiente:

A). Casilla 12 y 19 bis - 1 del municipio de Monterrey: no procede porque el Partido Acción Nacional no presentó recurso de protesta, en tiempo y forma, y por lo tanto, no agotó en esas dos casillas las instancias procesales previas al recurso de queja, tal y como lo señala el artículo 232 de la LOPPE.

B). Casilla 3 de Monterrey: Es improcedente porque los hechos que se señalan no constituyen las causales de nulidad establecidas en el artículo 222 de la mencionada Ley.

C). Casilla 10 del municipio de Monterrey: Es improcedente porque las impugnaciones señaladas en la queja, se refieren única y exclusivamente a la elección de representación proporcional, que no es materia del presente dictamen.

D). Casilla 5, 19 y 23 de Monterrey, y 18 y 20 del municipio de Garza García: No proceden, en virtud de que los hechos consignados en la queja no resultan debidamente probados.

E). Casillas 1 y 2 de Monterrey: Esta Comisión considera que aun presumiendo ciertas las causales de nulidad hechas valer por los ocurrentes, respecto a esas casillas, no son determinantes en el resultado final de la votación. Por lo anteriormente expuesto, esta Comisión considera que es notoriamente improcedente el recurso de queja presentado por el Partido Acción Nacional.

Décimo. La constancia de mayoría fue registrada en la Comisión Federal Electoral.

De acuerdo con los artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82, 182, 185, 212, 218, 219, 228, 229, 232 y 233 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales; 18, 20, 21, fracción I, y demás relativos de la Ley Orgánica

del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. No procede el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional el 9 de julio del presente año ante el Comité Distrital Electoral del Séptimo Distrito Electoral de Estado de Nuevo León, y en consecuencia debe rechazarse.

Segundo. Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para diputados federales efectuadas el 1o. de julio del año en curso, en el Séptimo Distrito Electoral Federal del Estado de Nuevo León, con cabecera en San Pedro Garza García.

Tercero. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Andrés Montemayor Hernández y Matilde Olivares Rojas, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F. a 20 de agosto de 1979.- Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal.- Votos particular en contra."

Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se han inscrito para hablar en contra el C. Pablo Emilio Madero y el presunto diputado Hiram Escudero; en pro, Andrés Montemayor Hernández, Hesiquio Aguilar y Beatriz Paredes.

Tiene la palabra el señor ciudadano Pablo Emilio Madero, a quien rogamos pasar a la tribuna. Tiene usted 15 minutos.

El C. Pablo Emilio Madero: Señor Presidente;

Señores Miembros del Colegio Electoral:

Señoras y señores. En 1946, hace un tercio de siglo, el general de división Emilio Madero, mi padre, se presentó a un colegio electoral en la Cámara de Senadores; él había representado a Acción Nacional como candidato a senador por el Estado de Coahuila y en aquella ocasión en la que él dijo que era un simple general de la Revolución que nunca había claudicado, pero que luchaba por la vigencia de los principios por los cuales había luchado tanta gente en la Revolución, se enfrentó a una realidad en donde los votos de los coahuilenses fueron distorsionados y él., con amargura en aquel entonces, mencionaba tres ejemplos: de robo de ánforas, meter boletas falsas en las urnas y la expulsión de los representantes de Acción Nacional. Esto fue hace un tercio de siglo.

En 1976, hace 3 años, me tocó el honor de representar a mi partido en las elecciones municipales de Monterrey, y tuve el honor también muy grande de recibir el voto mayoritario del pueblo de Monterrey en proporción de 2 a 1.

Hubo un fraude, que no es el caso en este momento analizar, pero que se conoció en la Presidencia de la República y en la Secretaría de Gobernación. En 4 ocasiones ví al Secretario de Gobernación y en 3 al Presidente de la República; la tercera ocasión en que veía al Secretario de Gobernación licenciado Reyes Heroles, me dijo: "Ya sabemos que hubo fraude, pero ya no hay nada que hacer, ya lo pasado, pasado, pero hay viene la reforma política".

Le dije:

"Licenciado, cómo quiere usted que yo crea en esta reforma política que está por venir, si ahorita que puede usted hacer algo en este momento no lo hace".

"No, -dice-, está la palabra del Presidente empeñada".

Pasan tres años, llega la LOPPE, ley como ustedes saben complicada, una ley difícil a veces para entender Algunos de sus términos por mucha gente y los fraudes tienen que ser más complicados, llegando ya incluso a usar un sistema de computadora para hacerlos. La lista de irregularidades es mucho más grande que hace un tercio de siglo.

Ayer, estando yo presente, el señor Guillermo Jiménez Morales, nos invitaba en la forma un poco paternal a que respetáramos las reglas del juego. Yo le digo y lo digo a nombre de mi partido, que respetamos el juego mismo; el juego mismo, el objetivo que buscamos es que se respete la voluntad popular. Esto es lo que nada más se busca en este juego, pero nada menos también.

Y esto es muy importante, porque las reglas del juego, las reglas que se han puesto pueden servir para violar la voluntad popular y en ese caso, es casi como poner la carreta enfrente de los bueyes, porque si un Congreso Local como yo lo viví, dice que 2 más 2 son 8, eso no es la verdad, pero sí, de acuerdo con la ley, es la verdad, pero es una mentira que está distorsionando la realidad y está haciendo nugatorio el esfuerzo de un pueblo que quiere ser dueño de su destino.

Si como en este caso que me tocó vivir, un presidente de casilla, haciendo uso de un derecho que dice la ley que tiene y lo tiene para guardar el orden en la misma, ordena que un teniente del ejército saque un representante general de mi partido de la casilla electoral y le impide vigilar el proceso electoral, está dentro de la ley, pero está utilizando al ejército mexicano para romper el origen mismo de las instituciones y esto; señores, es muy serio, tenemos que buscar el fondo, tenemos que buscar que se respete el fondo, que es el respeto de la voluntad popular.

Además de una reforma política, necesitamos, creo yo que necesitamos en México, una reforma mental, una reforma en la cual el partido oficial y el Gobierno acepten el primer riesgo de la democracia y el primer riesgo es el poder perder una elección, mientras no se acepte este riesgo no vivimos un régimen democrático.

En Acción Nacional deseamos rescatar la confianza del pueblo en el camino civilizado para disentir qué es el voto y desgraciadamente las elecciones, el desarrollo hasta el final y la

calificación de las mismas y este dictamen que estoy impugnando, han sido un ejemplo de atropello a la voluntad popular y va en contra de esa necesidad de rescatar la confianza del pueblo en proceso electoral como un camino, civilizado no violento, para resolver nuestras diferencias.

En el 68% de las casillas electorales hubo irregularidades graves, primero, además de esto, la parcialidad del Comité Distrital, el recurso de protesta que se presentó con actas notariales y testimoniales en tiempo y forma, fue desechado como primer punto de la orden del día, violando, porque no se analizaron en su orden las que no tenían ninguna irregularidad aparente y las que sí la había, del artículo 212; si en este momento, cuando se desecharon sin analizar por votación de seis contra uno, se hubiera puesto a votación que el círculo era cuadrado y eso hubiera convenido al partido que en ese momento tenía el poder en las manos, lo hubieran aprobado, pero esa votación no hubiera significado que el círculo era cuadrado, evidentemente.

Haciendo un análisis rápido, tenemos que sin computar fueron las seis de García y de Monterrey fue la uno, la cuatro, 15 bis, 16 y 17, en algunas de las dos actas, en otras en cuatro de ellas, únicamente la de mayoría relativa, hubo en 16 ocasiones errores aritméticos, errores aritméticos que en las casillas de García, la uno, tres y cuatro, llegan a 377 votos, errores aritméticos; en las de Monterrey, la 10, 12, 18 Bis, 19 y 25, 1,143; en Garza García la uno, cuatro, 15 Bis, 16, 18 y 20, 240, esto nos da 1,760; aparte de las impugnadas que ya se mencionaron en el dictamen y que dan un total, las impugnadas, de 1,645; el total de votos de más, son 3,405 y la diferencia de votos que dice el dictamen que tuvo a favor el partido oficial fueron 942; expulsión de representantes generales del Partido Acción Nacional, muy limitados como ustedes saben, lo que queda a juicio del Comité Distrital, nosotros tuvimos dos, los dos los expulsaron, a uno le rompieron su nombramiento.

Por negarse a entregar actas de escrutinio a nuestros representantes en Monterrey en las casillas 3, 10, 12, 18 bis, 19, 22 y 23, en Garza García la 15 bis, 2, o sea ocho casos; por tener más del 10% en la lista adicional, en García la 6, Monterrey la 2, Garza García la 9; o sea tres casos más; falsificación, sí, falsificación de firmas o de datos, en las de García la 5 y la 7 y en Monterrey la 2, 10, 12, 18 bis, 1, 19 bis, 2 y en García la 15 bis, 2, 18, 19 y 20; errores u omisiones en el conteo de votos García la 2 y 3 Monterrey, 8, 15, 5, 19 bis, 20, 21, 22 y 24; boletas desaparecidas de las que recibieron y las que dieron cuenta, en Monterrey en las 24 tuvieron 1,920, en Garza García la 19, 1,948, 3,868 votos, de los cuales no se dio cuenta.

Esto es un resumen muy rápido, se pasó este recurso de queja con todo género de datos, con 67 anexos, para que se analizaran cuidadosamente y se viera la realidad, cuál había sido la intención del voto de los ciudadanos de esos tres municipios de Nuevo León.

Y quisiera únicamente llamar la atención a ustedes, de cuatro perlas muy especiales: una de ellas, un municipio vecino a Monterrey, el de García y una casilla muy alejada de Monterrey, esa casilla está en un pobladito que se llama Chupadero del Indio, está a cinco horas de camino y aquí a las 8:15 de la mañana, cerraron la votación; en 15 minutos despacharon todo, pero no es todo esto, en el acta aparece como entregada a las 6 de la tarde, son 5 horas de camino, pero en el acta del Comité Distrital aparece que una señorita Buentello llevó ésa y otras 5 más, dos días después, quiere decir que ahí hubo muchos misterios en esa casilla de ese pequeño pobladito de Chupadero del Indio. En la Casilla No. 10 de Monterrey, hay una nota del presidente de casilla que le dice a nuestros representantes en la protesta: -Sí, cómo no, pase a recoger su copia al Comité Distrital mañana, se negó a entregarla y lo firma tranquilamente. En la Casilla No. 12, es genial, aparecen 130 votos del PAN, 689 votos del PRI, pero les da pena y le tumban ahí en el Comité Distrital en el Cómputo 500 votos al PRI para dejarlo 130 a 169, 189, y aún así le están quitando a Acción Nacional por ese solo hecho, aparte de los 500 votos, 425 para hacer un total de 925, lo que hicieron fue cambiar únicamente el acta, de los votos del PAN se los adjudicaron al PRI y los del PRI se los adjudicaron al PAN y como una prueba testimonial y documental, se anexa en el expediente, una acta de escrutinio de la elección de gobernador, en esa misma casilla el licenciado Conchello sacó 673 votos y el PRI 307, o sea este manipuleo de la documentación y tomarlo como bueno y que se diga, está bien todo el proceso y que lo acepte el Comité Distrital y que lo acepte este Dictamen es increíble. En Garza García, las casillas 18, 19 y 20, están en Fomerrey, para quienes no conocen Nuevo León, Fomerrey son áreas desarrolladas para gente de escasos recursos que antes estaban de posesionarios y se les ha dado oportunidad de comprar un terreno, es una muy buena idea, porque los está haciendo dueños de su destino. Pero aquí no levantaron el cómputo porque no tienen luz y dijeron: se acabó la luz, tenemos que ir al Comité Distrital y el Comité Distrital está lejos y se fueron, dejando a nuestros representantes a pie, con un poquito de empujones de la fuerza pública y nuestros representantes, yendo a pie al Comité Distrital y en camión, llegaron primero que quienes iban en automóvil y claro se presume -como así :fue- que en el camino modificaron el resultado de la voluntad de esos ciudadanos, de ese FOMERREY 22, que es esa colonia.

Si mi padre, hermano de Francisco I. Madero, tuvo esa amargura hace un tercio de siglo, siendo un simple general, yo soy un simple ciudadano, pero también lucho por convicción, por rescatar esos principios por los cuales tanta gente murió en la revolución.

Y para terminar, quisiera dirigirme a ustedes que son quienes van a votar, ustedes que en mayoría representan al partido oficial, pero yo pienso y en esto disiento de mí, no de mi

enemigo, sino de mi adversario, el licenciado Andrés Montemayor. El en un escrito periodístico que publicó un mes de febrero, decía que las curules a los miembros del PRI, se les daban como regalo, pero que el regalo tenía sus condiciones y una condición era que tuvieran las cualidades de los tres monos sabios: no ver, no oír y no hablar.

Yo pienso que ustedes como miembros del Colegio Electoral, tienen una responsabilidad muy grande y yo disiento del licenciado Montemayor. Yo pienso que se tiene que ver las angustias de un pueblo que quiere tener fe, que se tiene que oír el clamor de un pueblo que quiere justicia y que se tiene que hablar para buscar la verdad y no transigir con la mentira y con las verdades a medias.

Muchas gracias, señores. (Aplausos.)

El C. Presidente: Orden en las galerías por favor. Tiene la palabra el licenciado Andrés Montemayor.

El C. Andrés Montemayor: Señor Presidente; honorable Colegio Electoral: Cuánta injuria, cuánto deseo de destruir una elección, para lograr un objetivo.

Esto demuestra que el PAN es capaz de llegar a los límites que todos nosotros hemos presenciado. Su fin es muy claro, justificar su fracaso electoral para no perder el control cacical que tiene Nuevo León y proyectarse sin duda como precandidato a la presidencia municipal de Monterrey o de San Pedro, ya que él tiene segura su posición a través de una diputación plurinominal.

Acumula incidentes, impugnaciones, protestas y quejas que él sabe que no afectan al dictamen, porque a su debido tiempo fueron resueltos por las autoridades respectivas.

Nunca nos habló en su disertación del VII Distrito, porque simplemente, señores, no lo conoce, me toca ahora explicarles en qué consiste el VII Distrito a través del proceso preelectoral y precisamente en las elecciones, para que tengan ustedes una visión más clara de las problemática en esta zona de la República.

El VII Distrito Federal de Nuevo León tiene su cabecera en San Pedro Garza García e incluye todo ese Municipio, el de Villa de García y el noroeste de Monterrey; el Cerro de las Mitras es el eje geográfico donde habitan más de 229 mil personas.

El VII Distrito por su dispersión geográfica y condiciones socieconómicas es quizás el más fiel y elocuente corte seccional de México, multiestructurado y pleno de contrastes. Incluye en su seno ciudadanos de diversos estratos que van desde marginalismo abrumador, chocante, hasta los estratos más altos pasando por todas las gamas sociales.

Por supuesto esta estratificación se traduce en un pluralismo político en diversos grados de armonía con el sistema imperante; en intereses contradictorios y hasta conflictos que van desde el radicalismo de derecha e izquierda y hasta el abstencionismo rotundo y visceral.

Este Distrito ha tenido diferentes comportamientos en sus tres áreas geográficas que lo integran. Por ejemplo Villa de García, zona rural, donde una parte, el casco, se está industrializando rápidamente, y la otra sigue viviendo de la explotación infrahumana del ixtle, integrada por diez ejidos y cuatro rancherías que recorrimos todos sin excepción, hasta excluir la más pequeña que es el ejido de Cerritos donde viven seis familias, y también la que él menciona donde viven 40 familias.

En esa zona vimos cómo los campesinos ixtleros se están condicionando físicamente a partir de la edad de ocho años, porque los niños desde muy temprana edad ayudan a las familias a trabajar, y la limpieza del ixtle deforma su mano izquierda.

Aquí, señores, vimos el hambre frente a frente, aquí vimos las injusticias del campo, y aquí hay que iniciar rápidamente una transformación cultural y educativa para darles a estos habitantes de Villa García una vida digna, una vida más humana.

San Pedro Garza García se puede dividir en dos grandes áreas: El Casco, el Viejo Pueblo, y la Zona del Valle. Una más o menos precaria, subdesarrollada, y otra, opulenta, con todas las características enajenantes de una sociedad de consumo. Ahí ustedes pueden ver a gentes de los diferentes matices sociales, con sus diferentes aptitudes, con su diferente manera de pensar y de actuar; en el noroeste de Monterrey, centro donde viven obreros calificados, técnicos, profesionales, unidos con personas marginadas que habitan, por ejemplo, tiraderos de basura, que habitan, por ejemplo, el Predio La Esperanza No. 1, que fue construído en un cerro de basura, en donde las personas construyen casas de menos de un metro, no más, para dormir, y viven de los despojos que dejan los desperdicios de la ciudad de Monterrey. Y los FOMERREY, que menciona el señor Madero, allí vive gente muy humilde pero con grandes deseos de progresar.

Todo ésto integra el VII Distrito, en donde de cada 100 regiomontanos, sólo 20 comen carne; de donde cada 100 ciudadanos, sólo 27 usan zapatos; donde de cada 100 personas sólo una termina una carrera profesional y 3 a nivel técnico.

En esta zona se percibe sin duda alguna una insalubridad de toda índole y una subcultura con matices bucólicas urbanas, y un hambre que conmueve e impulsa a la acción.

Por eso, nuestra campaña, fue principalmente de hechos y no de palabras; en 117 días recorrimos dos veces esta zona, llevando a las regiones más necesitadas brigadas médicas que proporcionaron más de 7,200 consultas; dimos también instrumentos al deporte, fomentamos la forestación, impulsamos la educación a través de becas, creamos una bolsa de trabajo, gestionamos ante las autoridades respectivas la construcción de obras como el Paso de las Águilas, y últimamente, hace apenas 12 días, la ampliación de la Avenida Axtlán; todo eso con el apoyo del Partido Revolucionario Institucional, todo eso con el apoyo del pueblo del VII distrito.

De todo esto quiero decir que me siento orgulloso, cuando por desgracia, fue una minoría, en efecto, pero que pudimos lograr, nuestro partido, el sector educativo y empresarial, unificarnos para permitir que un grupo de personas iniciara una movilidad social.

Creamos un llamamiento a la población para decirles que la industria textil de Monterrey solicitaba operarias técnicas; se registraron 80 personas, de esas 80 personas, pasaron el examen 40, de esas 40 empezaron a estudiar en el CICATI, la Cámara de la Industria del Vestido proporcionó el material, y nuestro partido a través de nuestra industria textil, logró la colocación de estas personas.

Mientras hacíamos esta campaña, comprobamos que el Partido Acción nacional no hacía ninguna y poco a poco esta irresponsabilidad del candidato empezó a ser conocida por el público, primero por las columnas políticas locales y después por las columnas políticas nacionales.

Así pues, señores, todo el pueblo de México sabe que Pablo Emilio Madero no hizo campaña en el VII Distrito Federal.

En cuanto al proceso electoral éstas fueron honradas y limpias por muchas razones. El señor Madero habla de parcialidad en el Comité Distrital, creo que tiene poca memoria, porque el presidente del Comité Distrital del VII Distrito es un miembro distinguido del Partido Acción Nacional, me refiero al arquitecto José de la Cruz Arizpe, que no solamente hace fe de su ideología panista, sino que en el año de 1973 a 1976, fue el director de Obras Públicas del Ayuntamiento de San Pedro Garza García cuando éste estaba dominado por el PAN.

Quisiera destacar también que en el proceso electoral hubo violencia y terrorismo por parte del PAN, principalmente en la casilla 19 bis I de Monterrey, que se llegó a cerrar la casilla por asedio irracional de los porros pagados por el PAN, como quedó constancia en el Acta que firmaron todos los representantes del partido incluyendo hasta el mismo de Acción Nacional. Otro ejemplo más puede ser la casilla 15 que no quisiera entrar en detalles. Qué lejos están estos dignos representantes de Acción Nacional de sus fundadores, que diferente su actuar de un Pablo Emilio, de un Gómez Morín; todo esto demuestra que el señor Madero sólo tiene de ilustre el apellido...

El C. Presidente: Se ruega al orador no hacer alusiones personales.

El C. Andrés Montemayor: Imagínense si pudiese llegar al poder. El candidato del VII Distrito es al mismo tiempo candidato plurinominal, muy bien pensado en tener un suplente familiar, ya que al obtener su futura precandidatura, si la obtiene después de estos fracasos a la alcaldía, todo quedará sin duda alguna en familia, por el hecho de tener un prestigio partidista, envió a su junior al XI de Nuevo León, gracias a que en Nuevo León lo conocemos y que el mismo PAN también lo conoce, por eso no ganó ni él ni mucho menos los demás. Señores que integran el Colegio Electoral: La reforma política garantiza la participación de todos, pero no permite que con teoremas filisteos se esquive la voluntad popular. Espero que entiendan que mi lenguaje no está fuera de tono sino que es claro y concreto; lo que sí está fuera de tono fue la campaña soez, violenta que se llevó a cabo en el VII Distrito en contra de todo y de todos; sería un grave error, como lo dijo una vez Altamirano, que con triquiñuelas de tinterillo se quiebre o se intente cambiar la voluntad popular; ustedes son la máxima tribuna del pueblo, a ustedes les toca juzgar quién tiene la razón popular, espero que no se dejen influenciar con argumentos falaces lo que el pueblo le negó en las urnas a Pablo Emilio.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Hiram Escudero.

El C. Hiram Escudero: Señores diputados, presuntos diputados integrantes de este Colegio Electoral: lo malo de traer aprendido un discurso que utilizó repetitivamente en su campaña, trae como consecuencia que el señor esperaba injurias, mismas que de ninguna manera fueron vertidas. Aquí no se injurió a nadie, señor presunto diputado.

Estos debates que a veces parecen certámenes de oratoria, nos recuerdan los juicios judiciales de la Edad

Media en el Siglo IX, X y XI, en que los contendientes se armaban de sendas y poderosas lanzas y se acometían. Se trataba de establecer quién tenía la verdad, mediante aquel que tuviese la fuerza.

Yo creo que ya es tiempo de que en esta Cámara dejemos atrás también el verbalismo estéril.

El pueblo de México ya está cansado de los discursos, quiere, señores, realidades para la solución de sus profundos problemas.

En la reforma electoral que tuvo como base legal los ordenamientos de la LOPPE, encontramos sin lugar a duda, fracasos que no pueden ser desconocidos por nadie que de buena fe quiera juzgar los resultados de este ordenamiento.

Se trataba a través de la LOPPE de abatir el abstencionismo, señores presuntos diputados, el abstencionismo evidentemente que no fue abatido; en los datos de la última elección en 1976, los resultados comparativos con los de esta elección de 1979 de acuerdo con las cifras de la Comisión Federal Electoral, el partido mayoritario obtuvo en 1976, 12.868,104 votos equivalente al 80.8% de la votación total. En cambio, en 1979, 9 millones 699,455 votos equivalente al 75.60% del total de votos. Es decir, perdió el partido mayoritario, 3.168,649 votos y no es cierto que todos los partidos hayan perdido votación en la elección. Esto, señores, es falso; el PAN obtuvo en 1976, el total de votos de 1.358,403 equivalente al 8.45% de la votación total y obtuvo en 1979, 1.525,111 votos, o sea el 11.06% de sufragios de acuerdo con los datos de la Comisión Federal Electoral. Es decir que el PAN fue el único partido que

aumentó su votación en estas elecciones con un incremento de 166.708 votos y se preguntarán: ¿a qué viene esto en la impugnación de un dictamen? Señores, no somos tan ilusos para pensar que con argumentación de carácter legal vayamos a cambiar el sentido de un dictamen; sería tanto como cambiar la trayectoria que sigue un astro en el infinito. Que yo recuerde, en esta Cámara probablemente nunca haya sido cambiado un dictamen, yo creo que lo importante, señores, es que tratemos de sacar experiencias del pasado para procurar modificar las estructuras legales y instaurar en México, realmente un sistema democrático.

La Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, cuyo capítulo contencioso electoral, debería de ser materia de este Colegio es inaplicable. Aquí se habló de que, o no se presentaron pruebas o que las pruebas no se presentaron en tiempo y forma.

Yo pregunto, señores. ¿Cuál es el tiempo y cuál es la forma para hacer prevalecer la verdad? La Ley de Procesos Electorales es sin lugar a duda uno de los ordenamientos legales vigentes más complejos, más confusos y debería de ser la más simple de todas, porque va dirigido precisamente a la ciudadanía, al pueblo mismo de México.

Cómo es posible que se diga que no hubo violaciones en una casilla, en un procedimiento, porque una persona que probablemente era analfabeta, porque así es desgraciadamente, todavía gran parte de nuestro pueblo, no interpuso en tiempo y forma un recurso.

Señores, hay juristas que no saben lo que es un recurso y hay juristas y hay personas que tienen a su cargo la edición de dictámenes en este alto Colegio Electoral, que no saben distinguir lo que es una prueba directa, de lo que es una prueba circunstancial. También las presunciones son pruebas, señores, no solamente un documento, escrito prefabricado constituye una prueba, como no va ser prueba del triunfo electoral de nuestro candidato en el VII Distrito del Estado de Nuevo León, cuando sin hacer campaña y eso lo dijo su oponente, obtuvo 13 mil 694 votos reconocidos, contra 14 mil 636 del PRI, que los señores de la oposición sabemos cómo se obtienen.

Qué bueno que el señor candidato del partido mayoritario recorrió su distrito, que llevó médicos a los lugares a donde los necesitaban, que realizó obras de servicio público, ojalá que no sea nada más en la época de campaña, ojalá que no haya sido simplemente para atraer votos o para comprar votos o para sobornar votantes, yo quisiera también preguntarle, ¿qué va a hacer para resolver los problemas de los que no comen carne, de los que no van a la escuela, de los que no usan zapatos?, ojalá que su presencia en esta Cámara fuera realmente positiva para tratar de resolver esos problemas. Señores integrantes de este Colegio Electoral: Yo pienso que es necesario tratar de establecer bases firmes de lo que se viene a llamar aquí el juego político o el juego electoral, esas bases, señores, no pueden tener más cimiento que la verdad, la justicia y el imperio de la democracia. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el presunto diputado Luis Castañeda.

El C. Luis Castañeda: Señores del Colegio Electoral. Aquí no hubo injurias de parte de Acción Nacional. El candidato del PRI seguramente que supuso, pensó, soñó que éramos fábrica de injurias y por eso en la contestación -aquél que se la escribió- dijo que había habido injurias. No las hubo, que reclame a quien escribió, la respuesta.

¿No conocen, no conocieron a Madero? que raro, y la votación reconocida por la Comisión, votación de 13,694 votos, contra 14,636 ¿qué paso, no lo conocían?, ¿como fue posible esta votación?, además ¿que no hubo crimen político?, ¿y eso que sucedió con la campaña y con lo que sucedió en ese affair asqueroso que se llama caso José Angel Conchello?

No hay nada; todo limpio. Sin embargo todo se convierte en suciedad cuando lo toca ese Rey Midas que se llama PRI.

Vieron las injusticias, vieron el hambre, vieron todo el fruto del gobierno y del régimen revolucionario en cincuenta años. Qué bien que lo vean, pero entonces que no se espanten. Es el fruto de que no existe régimen verdadero; que no se ve el bien común, si hay hambre y si hay miseria, si hay gente que esté viviendo sobre la basura. Si no hay pan ni carne es por la mala política del PRI.

¿Y qué tiene que hacer un candidato? Eso sería cosa del régimen porque nosotros los candidatos no estamos en el poder. Vamos a obtener votos. Nosotros podemos señalar lo que hay que hacer, y que lo haga quien deba. No lo tienen que hacer los candidatos. Y ahora con qué dinero lo hizo. Ya sabe toda la República, toda la nación que allá donde quieren promover a alguien, le dan desde las pipas de la secretaría respectiva para que pueda comerciar con la sed de un pueblo; y no hubo campaña otra vez... Si todo México sabe que sí hubo campaña, qué importa que se diga aquí que hubo penetración en los candidatos, que fueron e hicieron visitas, ¡cuándo, de qué manera, con qué dinero lo hicieron; cuánto costaron esos obsequios! Y lo va a seguir haciendo, porque los candidatos hasta logran que se hagan grandes agujeros dizque como pozos; que se rompan las calles en las ciudades; pero las dejan así, no obras terminadas, para eso está el gobierno, la secretaría, van a promover mucha mentira y mucha suciedad y muchas injurias. Por favor (ya me queda un minuto, y nada más digo): ... retiren a estos candidatos que por ser del partido de la mayoría son como un Rey Midas... lo que tocan, ensucian.

El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Hesiquio Aguilar.

El C. Carlos Enrique Castillo: (desde su curul). Pido la palabra, para hechos.

El C. secretario José Murat: El presunto diputado Carlos Castillo, para hechos, ¿verdad?

El C. Presidente: Anótelo, señor Secretario.

El C. diputado Hesiquio Aguilar: Con su venía, señor Presidente; honorable Asamblea: Vengo ante esta tribuna, ante este H. Colegio Electoral, a defender la validez de un dictamen emitido por la Tercera Sección de la Primera Comisión con motivo de las elecciones celebradas el pasado 1o. de julio en el VII Distrito Electoral de Nuevo León.

Estamos en este caso, señores diputados y presuntos diputados, ante una elección que presentó una serie de características que la convierten en una de las más interesantes que se celebraron el 1o. de julio en el Estado de Nuevo León.

Participaron en esta contienda candidatos plenamente conocidos por la ciudadanía de Nuevo León, por parte del Partido Revolucionario Institucional y también por parte del Partido Acción Nacional, cuya personalidad de cada uno de los candidatos le imprimió un sello muy distintivo a esta campaña política. Pablo Emilio Madero, distinguido ciudadano, ilustre miembro del Partido Acción Nacional, destacado regiomontano, perteneciente a los más prominentes círculos empresariales de Monterrey; político de definidas tendencias, que alguna vez intentó ser presidente municipal de la capital de su Estado, siendo derrotado por el candidato del Partido Revolucionario Institucional.

Andrés Montemayor, candidato del Partido Revolucionario Institucional en este VII Distrito, competente intelectual que no pertenece a los grupos plutocráticos de Nuevo León, que en su formación ha comprendido que los intereses del pueblo mexicano están por encima de los intereses de cualquier grupo. Miembro del Sector Popular de nuestro partido, hijo de un obrero, activo militante del Partido Revolucionario Institucional.

La victoria del candidato del Partido de la Revolución, no fue producto de la casualidad sino de una tesonera búsqueda del voto ciudadano que realizó Andrés Montemayor, que contrastó con la muy triste campaña que realizó don Pablo Emilio Madero. Qué campaña tan pasiva realizaría el señor Madero que grupos de panistas le llamaron la atención sobre el rumbo que llevaba su campaña, su falta de participación, en suma, su falta de interés, de confiar exclusivamente en glorias pasadas para ganar el voto del 7o. Distrito Electoral de Nuevo León; con razón el Partido Acción Nacional tuvo que recurrir a la violencia y a todo tipo de maquinaciones, como las que ocurrieron en las elecciones en ese Distrito, para impedir el desarrollo pacífico del proceso, tal como ocurrió en la casilla 19 bis 1, del municipio de Monterrey, donde el Ejército tuvo que intervenir por violencia ocurrida en esa casilla y que fue provocada por grupos de panistas, como consta en el Acta firmada por la Mesa Directiva de la misma casilla y los representantes de los partidos, y como consta también en el acta circunstanciada del Comité Distrital Electoral. Lo ocurrido en la casilla 15 de Monterrey es digno de llamar la atención, se señala en una protesta del PRI que el propio señor Pablo Emilio Madero levantó la casilla y se la llevó por su cuenta y riesgo en su automóvil Caprice, cuatro puertas, café, placas RJR - 554, del Estado de Nuevo León, al Comité Distrital Electoral. En consecuencia, en este hecho se violó gravemente el artículo 203 de la LOPPE. Resulta que en este caso, señores de Acción Nacional, que han venido continuamente, diariamente llamándonos la atención de que ustedes son los buenos y nosotros somos los malos, que en esta ocasión los malos fueron ustedes. (Aplausos.) ¿Cuál era el propósito?

¿Cuál era la intención de toda esta violencia proporcionada por el Partido Acción Nacional? una sola: anular casillas, para de esta manera poder anular una elección que no se podía ganar. Pero, dijo aquí el señor diputado, presunto diputado Castañeda, que se usó la agresión.

Yo quiero recordarles a los miembros del Partido Acción Nacional y particularmente a don Pablo Emilio Madero, por si ya no se acuerda de los editoriales con que atacó al candidato del Partido Revolucionario Institucional, en el periódico El Norte de Monterrey.

Estos son, honorable Asamblea, algunos de los hechos innecesarios que se dieron en este distrito; creemos que fueron innecesarios, mejor hubiera sido que el candidato del Partido de Acción Nacional hubiera recorrido con detenimiento el distrito y buscado el voto de los electores, tal como lo hizo Andrés Montemayor y no tratar primero de ganar una elección a base de la fama personal que se tiene en los altos círculos empresariales, pero no con el pueblo, y después, cuando ya se oyen pasos en la azotea, recurrir como se hizo a medios que están a todas luces fuera de lugar o quizá fue el cúmulo de ocupaciones que tiene don Pablo Emilio, un prestigiado miembro del sector empresarial de Monterrey, lo que le impidió atender su campaña política.

Cabe mencionar que a pesar de las anomalías y la violencia de que ya hice mención, y de algunos otros incidentes que ocurrieron, la actuación de las autoridades electorales, se caracterizó por un completo apego a la ley y una imparcial actuación de sus miembros. Toda vez que en cada uno de los pasos electorales, se fueron resolviendo los incidentes, las impugnaciones y protestas. En todas esas resoluciones, participó el Partido de Acción Nacional, aunque desde luego, no podía esperarse otra cosa, votó en contra; pero en todas fueron resueltas conforme a derecho y de ello qué mejor prueba que el acta circunstanciada del Comité Distrital Electoral levantada el 8 de julio, qué mejor prueba de un acta que dice: "Firmada por todos los comisionados de dicho Comité, firmada por los representantes de los partidos que participaron en la contienda electoral. Una acta que claramente dice que las elecciones se celebraron con toda limpieza y apegadas a derecho que consta la felicitación de los miembros del Comité Distrital por la buena manera en que se llevaron los asuntos en esa elección. El dictamen que se somete a la consideración de

esta honorable Asamblea, resuelve conforme a derecho el recurso de queja presentado, y no deja lugar a duda, su imparcialidad, a los hechos consignados en el expediente.

Honorable Colegio Electoral: las elecciones se ganan con el voto ciudadano y al voto ciudadano se le gana con el contacto directo con el pueblo, buscando conocer su realidad, apoyándolo y luchando a su lado, en suma, llegando directamente a él para convencer, no se gana el voto del pueblo con ataques en los periódicos y con la fama que se tuvo en épocas pasadas. Señores presuntos diputados, las elecciones del 1o. de julio se desarrollaron en un clima difícil, pero a pesar de ello, el pueblo dejó plasmada su voluntad soberana en las urnas electorales del VII Distrito Electoral de Nuevo León, dándole su representación a la fórmula del PRI que encabezó Andrés Montemayor. Ha mencionado don Pablo Emilio Madero, pide, exige una reforma mental; estamos de acuerdo, don Pablo Emilio, que en esto consista la reforma mental, que el Partido acción Nacional ya no siga pensando que con lamentos ante este foro van a ganar las elecciones; no, señores, el voto hay que ir a pedírselos al pueblo, ya no es posible ganar sin que hagan ustedes campaña política alguna en los distritos que participan.

Honorable Colegio Electoral, pido, por estar apegado a derecho, la ratificación del dictamen que concede el triunfo en las elecciones del pasado, a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presunto diputado Carlos Enrique Castillo Castillo: Don Hesiquio, ¿nos podemos hablar de tú, verdad? Te salvaste, los periódicos han dicho que siempre nos tratas muy bien; te salvaste, pero nos salvaste porque lo estaban empezando a creer. Te contradijiste con el señor Montemayor: él dijo que Pablo Emilio era desconocido y tú dijiste que era conocido. En cuanto a las zonas opulentas y pobres de Monterrey, que todos conocemos, yo me preguntaría donde vive Alfonso Martínez Domínguez; me preguntaría dónde vive el Alcalde de Monterrey; si eso es causal para atacar a alguien, pues caray, también me preguntaría dónde viven muchos otros funcionarios públicos y de puestos de elección popular del partido oficial que habitan en Monterrey.

Es difícil encontrarlos ahí en donde está el lumpen - proletariado generado por una industrialización desquiciada, que se realiza con el apoyo del poder público. Y en cuanto el uso de la violencia, yo me preguntaría si Acción Nacional llamó a la tropa el mismo día de la toma de posesión de Martínez Domínguez en Monterrey, para atacar al pueblo que no estaba de acuerdo en el halconazo. Estas son preguntas y yo no quiero que se me impute aquí que se está tratando de denostar a nadie; en eso tiene razón Hesiquio, de eso se ocuparon los periódicos, por eso solicito a la Secretaría, perdón, a la Presidencia de este Colegio Electoral, que pida al Secretario haga el favor de leernos lo que dijo El Sol de Monterrey, edición vespertina del lunes 13 de agosto de 1979.

- El mismo C. Secretario:

"El Sol, lunes 13 de agosto de 1979. Fricase, por el abogado de Pueblo. Demostrando que tiene amplios méritos para ser diputado priísta y que es digno ahijado del ladrón del siglo Fausto Cantú Peña (fundador de la Liga de Empresarios Nacionalistas de la cual es Presidente), el presunto representante del sector empresarial en la Cámara, Andrés Montemayor, quebró por mala administración a Editorial Avance, empresa donde trabaja de gerente. El Consejo de la Empresa, integrado por distinguidos empresarios locales (don Ricardo Margáin Zozaya, don Roberto Garza de la Cabada, don Adán Elizondo, etc.) reunido el pasado jueves pudo determinar que Montemayor ayudado por su hermano, quien trabaja ahí, endeudó a la empresa por 4 millones de pesos, de los cuales millón y medio fueron utilizados sin conocimiento de Andrés en los negocios personales y para construir una casa del susodicho hermano. (La empresa tiene un capital social de un millón de pesos.)

Los consejeros intentarán que el dinero mal usado se reponga, pero hasta el momento, los consejeros han determinado no demandar penalmente, ya que ello haría público un bochornoso incidente con el subsecuente desprestigio para el grupo empresarial.

Editorial Avance es una empresa montada por los más grandes grupos empresariales locales con el fin de difundir a través de varias publicaciones, Quid, Faz, Temple, Dumac y Aura, la ideología empresarial.

Andrés era el Gerente y su hermano el administrador.

Entre otras cosas, además del LEN, Montemayor, el representante empresarial, le hace discursos a Andrés Marcelo Sada."

El C. presunto diputado Carlos Enrique Castillo: Si estas imputaciones son falsas, el señor Montemayor puede demandar al periódico.

El C. Presidente: Tiene la palabra la diputada Beatriz Paredes.

- La C. Beatriz Paredes: No es motivo de análisis para la Tercera Sección Dictaminadora de la Primera Comisión la calidad o deficiencia de las campañas políticas.

A nosotros, los integrantes de la citada sección corresponde analizar con interés y cuidado el contenido de los expedientes, y particularmente en casos como éste en donde distinguidos militantes de partidos tuvieron un desarrollo importante para el proceso democrático de México.

Cabe destacar, que al Colegio Electoral corresponde la calificación del recurso de queja, y que el recurso de queja presentado por el Partido de Acción Nacional, como lo expresan en voz de su propio representante en la Comisión Federal Electoral, nada más impugna la resultante en diez casillas, por las razones que ellos adujeron en su exposición.

La Comisión realizó un profundo estudio de expediente y encontró que era improcedente por razón de procedimiento, de fondo y de forma.

Para ahondar más en este caso que ahora nos ocupa, quisiera hacer varias consideraciones para demostrar clara y fehacientemente por qué el recurso de queja presentado por Acción Nacional es notoriamente improcedente.

Primeramente quiero referirme a las casillas número 12 y 19 bis-uno, del Municipio de Monterrey, que aparecen impugnadas en la queja.

Del estudio del expediente se desprende que Acción Nacional no presentó el recurso de protesta en esas casillas, por lo tanto, la Comisión llegó a la conclusión que no se agotaron las instancias procesales previas al recurso de queja, por lo que éste no es un precedente respecto a las casillas citadas, pues claramente de señala en el artículo 232 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, que el recurso de queja procederá únicamente cuando se hubieren hecho valer ante los órganos electorales correspondientes, los recursos que en su caso esta Ley establece en todas las instancias en tiempo y en forma. Respecto a la casilla No. 3 del Municipio de Monterrey, Acción Nacional la impugna aduciendo que el presidente de la casilla se negó a entregar copia del acta final de escrutinio, y señalando que se violaba el artículo 137 del Reglamento de la LOPPE. Asimismo, y por la misma razón, consideran los recurrentes que la votación de esa casilla debe ser nula. Esta Comisión al respecto hace las siguientes consideraciones:

Primero: "El Artículo 137 del Reglamento de la LOPPE, no se refiere a la obligación de entregar acta". Dicho Artículo establece conceptos completamente diferentes a los invocados por Acción Nacional, luego entonces, dichas argumentaciones están evidentemente mal fundamentadas.

Segundo: "A mayor abundamiento, cabe señalar que la no entrega de actas a los representantes, no constituye causal de nulidad de casillas, pues es obvio que no tipifica ninguna de las opciones citadas en el Artículo 22 de la LOPPE.

" Refiriéndome a la casilla No. 10 del Municipio de Monterrey, la Comisión al analizar el expediente, encontró que las impugnaciones que Acción Nacional señala, se refieren a la elección de representación proporcional y no al de mayoría relativa, de cuyas actas se desprende que la elección se verificó con apego a la ley. En las casillas V, XIX y XXXIII de Monterrey, en la XVIII y X del Municipio de Garza García, los impugnadores no aportaron los elementos aprobatorios suficientes para acreditar que los hechos acreditados con la queja resultaban ciertos. En algunos casos las pruebas aportadas se reducían a los propios recursos de protesta que el Comité Distrital fundadamente había desechado precisamente por no venir acompañado de las pruebas necesarias; en otros casos ni siquiera se acompañaron las pruebas requeridas y otras eran exclusivamente testimoniales de los propios representantes de Acción Nacional, cuyas declaraciones se contradecían notoriamente con el contenido de las actas que eran firmadas por los demás partidos que tenían acreditados representantes.

De todo lo anteriormente expuesto, se desprende que en las elecciones del VII Distrito Electoral de Nuevo León no se dieron las causales necesarias para declarar la elección de nulidad solicitada por el partido impugnador.

Por todo ello, por el principio de definitividad consagrado en el artículo 232 de la LOPPE, porque no se aportaron pruebas fehacientes, porque no se concretiza ninguna de las causales de nulidad previstas en la ley y porque en algunos casos los argumentos esgrimidos por los ocurrentes se refieren a hechos verificados en la elección de representación proporcional y no en la de mayoría relativa, esta Comisión acredita que actuó en estricto apego a la ley y señala que el dictamen que ha puesto a consideración de este honorable cuerpo colegiado tiene validez.

Yo quisiera hacer un asentamiento, sería precaria nuestra capacidad de análisis, si los debates en esta tribuna se constriñeran a una negación sistemática de la reforma política o a una afirmación obsecada de la misma.

No somos tan limitados; ya, desde la exposición de principios de la LOPPE que se citó en esta tribuna, se planteaba que la reforma política no es un acto, ni un momento, sino un proceso que exige por igual reformas jurídicas y el esfuerzo de todos los mexicanos, para promover el desarrollo, y perfeccionar las instituciones democráticas que estamos empeñados en mejorar. Caminar firmemente por esta alternativa, es responsabilidad común.

No nos confundamos en las disquisiciones sobre procedimientos y formas; no desgastemos nuestra capacidad de debate cuando tendremos mucho tiempo para coincidir en lo fundamental; no confundamos a las fuerzas democráticas de México que quieren encontrar en la coincidencia de quienes representan a las mayorías mexicanas, caminos por donde avanzar y lograr que lo tristemente relatado por muchos oradores aquí, se modifique y cambie el rumbo de nuestra historia.

Hemos fundado jurídicamente nuestro dictamen, no le tememos al debate político, creemos que en la discusión y en el análisis de nuestra realidad social, coincidiendo y divergiendo encontraremos rumbos nuevos y nuevos horizontes.

Sin embargo, como el trabajo de este Colegio Electoral es estrictamente apegado a derecho y como los que estamos aquí escogimos la opción del derecho para la participación, reclamamos de este honorable Cuerpo, acepte en sus términos el dictamen presentado por esta Tercera Comisión. (Aplausos.)

El C. Pablo Emilio Madero: Pido la palabra señor Presidente.

El C. Presidente: No le puedo otorgar la palabra don Emilio, porque usted no es miembro de la Cámara. Si algún miembro de

Acción Nacional quiere hacer uso de ella para hechos, con todo agrado.

- La C. Graciela Aceves de Romero: Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: Para hechos, tiene la palabra la presunta diputada Graciela Aceves de Romero. Tiene cinco minutos para hacer uso de ella.

- La C. Graciela Aceves de Romero: Señor Presidente;

Compañeros de este Colegio Electoral:

Dirán ustedes que es inútil la presencia en esta tribuna de otra persona de Acción Nacional para insistir en este caso y al decirlo tal vez tengan razón, porque con lo que nos acaban de exponer en este momento realmente nos hacen casi perder la fe y la confianza en este Colegio, cuando nos dice quien preside la Comisión que no busquemos que lo aquí expuesto se modifique; cuando nos han repetido una y otra vez que todos nuestros recursos de queja son improcedentes, cuando nos han insistido en que no tiene validez, en que no tiene caso el haber presentado documentos contundentes probando el fraude en las elecciones; cuando esgrimen que se presentaron las pruebas, pero se presentaron para las elecciones de representación proporcional y no para las de mayoría relativa; como si éstas elecciones hubieran sido en tiempo distinto y en lugar diferente; como si éstas elecciones de representación proporcional se hubieran recibido en casillas diferentes a las otras. Además de que esto es falso, porque las impugnaciones sí se presentaron para las elecciones de mayoría relativa desde el momento en que las presentó el candidato Pablo Emilio Madero y aquí se dijo y se hizo saber y se leyó en el dictamen, que él fue el candidato de mayoría relativa del Partido Acción Nacional; y nos hablan de que nuestro candidato no hizo campaña pues, caray, qué bien nos fue, qué bien nos fue que sin campaña, por poquito, por muy pequeña diferencia, pudo adjudicarse el triunfo, y digo adjudicarse porque no fue legal, el candidato del partido oficial. Y él que sí hizo campaña según su dicho, que dio consultas y dio regalos yo creo se gasto los millones que andan por ahí en forma oscura, para granjearse esos pocos votos, esos pocos votos con que logró superar fraudulentamente al candidato de Acción Nacional.

Pero, realmente, compañeros de este Colegio, hemos oído una y otra vez el manejo de la ley a favor de un solo partido; hemos oído una y otra vez, cómo los articulados de la LOPPE hasta ahorita únicamente han beneficiado al partido de la mayoría, de la mayoría de asistentes en este Colegio por supuesto; cómo han manejado de tal modo a su favor una y otra vez dizque esta reforma electoral. Esperamos, que, en una ocasión siquiera, actúen como en muchas ocasiones han hablado, que haya concordancia entre lo dicho y lo hecho, cuando aquí se vino a decir a esta tribuna que vivimos un estado de derecho, sólo que, este estado de derecho hasta ahorita únicamente ha beneficiado al partido oficial, porque hasta ahorita el pueblo no ha visto respeto a sus votos ni ha visto el respeto a sus derechos que tiene como ciudadano mexicano.

El C. Presidente: Pregunte la Secretaría a la Asamblea se considera suficientemente discutido este dictamen.

El C. secretario José Murat: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el Dictamen. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Suficientemente discutido.

- El mismo C. Secretario: En consecuencia en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el VII Distrito Electoral del Estado de Nuevo León. Son diputados del Distrito Electoral indicado a la LI Legislatura, los ciudadanos Andrés Montemayor Hernández y Matilde Olivares Rojas, propietario y suplente respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Honorable Colegio Electoral:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 1o. de julio del año en curso en el VII Distrito Electoral del Estado de México. Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del Distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerados y puntos resolutivos

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la LOPPE y a su respectivo Reglamento.

2o. Se dio debido cumplimiento a lo establecido por los Artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92 y 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 164 y 165 de la LOPPE.

4o. Como consecuencia, los siete Partidos Políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a Diputados Federales, propietarios y suplentes respectivamente, en los términos siguientes:

PAN propietario, Carlos Gómez Alvarez; suplente, Roberto Sánchez Castillo.

PRI propietario, Jorge Antonio Díaz de León Valdivia; suplente Armando Becerril Estrada.

PPS propietario, Rubén Alvarez del Castillo Vega; suplente, Jesús de la Fuente.

PARM propietario, Alfredo Cervantes Cisneros: suplente, Felipe Domínguez Páez.

PDM propietario, Juan Lagos Lima; suplente, Miguel Domínguez Caray.

PCM propietario Miguel Angel Olivares Sordo; suplente, Carlos Enrique Bulmaro Morales González.

PST propietario, Angel Juárez Castro; suplente Luis Birrueta Dueñas.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la LOPPE, el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este VII Distrito.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los Partidos Políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la LOPPE en sus Artículos 182, 184, y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las Autoridades del Comité Distrital del Distrito mencionado, en cumplimiento al Artículo 203 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del Artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este Distrito Electoral.

PAN 4,363

PRI 12,348

PPS 1,100

PARM 721

PDM 667

PCM 3,562

PST 1,610

9o. De las constancias que obran en el presente expediente, se observó que no se presentó protesta, impugnación, queja, ni recurso alguno.

10o. De los resultados del cómputo final de escrutinio el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrado por Jorge Antonio Díaz de León Valdivia y Armando Becerril Estrada, propietario y suplente respectivamente.

11o. Tomando en consideración el informe y en acatamiento al artículo 218 de la LOPPE, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos Mexicanos, de la LOPPE y su respectivo reglamento y en los Artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este Honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son válidas y legítimas las elecciones que para Diputados Federales tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979 en el VII Distrito Electoral Federal del Estado de México.

Segundo: Son Diputados de Mayoría Relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos Jorge Antonio Díaz de León Valdivia y Armando Becerril Estrada, propietario y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a los 17 días del mes de agosto de 1979.- Presidente, doctor Lauro Ortega.- Secretario, Licenciado Ernesto Gil Elorduy.- Vocal Rodolfo Fierro. Vocal Lázaro Rubio Félix.- Vocal, doctor Alfredo Navarrete Romero."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos... Aprobado señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Séptimo Distrito Electoral del Estado de México.

Son Diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Jorge Antonio Díaz de León Valdivia y Armando Becerril Estrada, propietario y suplente respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen la documentación relativa a las elecciones para Diputados Federales de Mayoría relativa que se llevaron a cabo el pasado día primero de julio en el III Distrito Electoral de Estado de México, con cabecera en la ciudad de Lerma.

Contendieron en dichas elecciones candidatos a Diputados de Mayoría Relativa de diversos Partidos Políticos mismos que con toda oportunidad y dentro de los términos que señala la Ley, registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN propietario, Alejandro Mayer Brandenburg; suplente, Higinio Flores González.

PRI propietario, Alberto Rábago Camacho; suplente, Jorge Bobadilla Alvarez.

PPS propietario, Saturnino Arzaluz Flores; suplente, Juvencio Peña Negrete.

PDM propietario, Darío Guardiola González; suplente, Eduardo Bautista Alejandro.

PCM propietario, Marcos Gutiérrez Hinojosa; suplente, José González Reyes.

PST propietario, Raymundo Hinojosa González; suplente Jorge Arias Sánchez.

PARM no registró candidatos.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión celebrada el día 8 de julio próximo pasado en el Comité Distrital, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 5,601 votos.

PRI 48,355 votos.

PPS 3,781 votos.

PDM 1,048 votos.

PARM 204 votos.

PCM 3,914 votos.

PST 1,332 votos.

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el Artículo 212 sección A inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los CC. Alberto Rábago Camacho y Jorge Bobadilla Alvarez, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen minucioso de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el proceso electoral se ajustó a los mandatos de la Ley.

Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 18, 20, 21 fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de la honorable Asamblea, los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son legítimas y consecuentemente válidas las elecciones para Diputados Federales de Mayoría Relativa, celebradas el día primero de julio del año en curso en el III Distrito Electoral Uninominal del Estado de México, con cabecera en la ciudad de Lerma de Villada.

Segundo: Son Diputados de Mayoría de la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Alberto Rábago Camacho y Jorge Bobadilla Alvarez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión a los veintiún días del mes de agosto del mil novecientos setenta y nueve.- México, D. F., Por la Cuarta Sección de la Primera Comisión, Presidente, licenciado Hesiquio Aguilar de la Parra.- Secretario, Armando Neyra Chávez.- Vocales, doctor Dámaso Lanche Guillén y licenciado Alfonso Zegbe Sanen.,"

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica sé pregunta si se aprueba...Aprobado.

El C. Presidente: Son Válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Tercer Distrito Electoral del Estado de México. Son diputados por el distrito electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Alberto Rábago Camacho y Jorge Bobadilla Alvarez, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Segunda Comisión Dictaminadora.

Honorable Asamblea:

A la segunda Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y Dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día de 1o. de julio del presente año en el Primer Distrito Electoral del Estado de Baja California con cabecera en Mexicali, Baja California.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de los Partidos cuyas fórmulas a continuación se mencionan así como los votos que obtuvieron, computados en sesión habida para el efecto en el Comité Electoral dentro de los términos establecidos.

PAN propietario, Alfredo Arenas Rodríguez; suplente, Juan Manuel Molina, 13,491 votos.

PRI propietario, José Luis Andrade Ibarra; suplente Mario Ambrosio Armando Vaca Castro, 43,363 votos.

PPS propietario, Panfilo Orozco Alvarez; suplente, José Guadalupe García Guillén, 1,430 votos.

PARM propietario, Francisco Javier Rodríguez R.; suplente Roberto Arellano Tello, 418 votos.

PDM propietario, Salvador Sánchez Reynoso; suplente, Leodegario Bravo Coronado, 543 votos.

PCM propietario, Francisco Cervantes Vázquez; suplente, José Luis Castillo Paz, 3,544 votos.

PST propietario, Rafael Argote Espinosa; suplente, Aurora Elena Infante de Robles, 503 votos.

El Comité Distrital Electoral expidió Constancia de Mayoría con base en el Artículo 212 Sección A, Inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los ciudadanos José Luis Andrade Ibarra y Mario Ambrosio Armando Vaca Castro, propietario y suplente respectivamente.

Del examen cuidadoso y detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajusta a lo dispuesto por las Leyes de la materia.

En esa virtud y con apoyo en los Artículos 60 de la Constitución General de la República, 18, 20, 21 Fracción 2a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la Honorable Asamblea los siguientes PUNTOS RESOLUTIVOS

1o. Son legítimas y por lo tanto válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio del presente año en el Primer Distrito Electoral del Estado de Baja California Norte.

2o. Son Diputados Federales a la Quincuagésima Primera Legislatura del Congreso de

la Unión los ciudadanos José Luis Andrade Ibarra y Mario Ambrosio Armando Vaca Castro, propietario y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de Agosto de 1979.- Presidente, Marco Antonio Muñoz.- Secretaria, Rosa María Campos.- Vocal, Salvador de la Torre Grajales.- Vocal, Salvador Domínguez Sánchez.- Vocal, Gilberto Rincón Gallardo."

Está a discusión el dictamen... Se abre el registro de oradores.

El C. Presidente: Se han inscrito para la discusión de este dictamen los compañeros Eugenio Ortiz Walls y José Isaac Jiménez, en contra; y en pro los compañeros José Luis Andrade Ibarra, Ernesto Gil Elorduy y Juan Ugarte. Tiene la palabra el compañero Eugenio Ortiz Walls.

El C. Eugenio Ortiz Walls: Señor Presidente,

Señores miembros del Colegio Electoral:

Antes de referirme a este breve dictamen quisiera permitirme hablar de algo que a todos los mexicanos nos preocupa profundamente.

Sé que el señor candidato del Partido Revolucionario Institucional, cuyo caso se objeta, es el actual Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se ruega a las tribunas comportarse y no interrumpir al orador.

El C. Eugenio Ortiz Walls: Sé que las tribunas, y lo han demostrado, están integradas por miembros del Sindicato de Trabajadores de la Educación. (Aplausos.)

Se que muchos maestros de educación elemental y media van a ser testigos de este debate, y dado que se trata de un profesor, quiero referirme a esa noble profesión que es la del maestro en México.

En los albores de nuestra historia, cuando se estaba haciendo esto que ahora es México, con todas sus luces y con todas sus oscuridades, lo que somos, y de lo que estamos orgullosos de ser, llegaron los primeros maestros, pobres maestros descalzos que vinieron a recorrer los pueblos indígenas trayendo, frente a las ambiciones de otros tantos: El amor, el consuelo y la letra, y la lengua que todos los mexicanos hablamos. De allí parte todo el ejemplo y entrega del maestro en la tarea fructífera de darle un nuevo perfil a este país, en la Colonia y en el México Independiente, ¿Y que maestros podríamos señalar después de aquellos primeros doce: Barreda, Altamirano, Justo Sierra, José Vasconcelos y Torres Bodet. Menciono a éstos últimos porque fueron los primeros de la época postrevolucionaria, que iniciaron la extraordinaria campaña, que más que campaña fue el principio de algo que aún no hemos podido terminar los mexicanos: Acabar con los analfabetas.

Maestros aquí presentes, los que en alguna forma hemos desempeñado una cátedra, por humilde o transitoria que ésta sea, hemos tratado de ser como somos, pensando siempre que tiene uno a las nuevas generaciones, no en sus manos, sino cerca para participarles de lo poco que uno sabe.

Yo sé de los sufrimientos de ustedes porque conozco a los maestros rurales de Oaxaca y de muchas partes de la República. Sé como a veces tienen que salir de los pueblos, porque no se prestan a ser títeres de los caciques que dominan en muchas partes de nuestro país. Sé de sus hambres y sus desvelos. Y entro al tema después de intentar un homenaje, sincero, personal y a nombre de mi Partido: al maestro, al maestro rural, al maestro de primaria, al maestro de nuestro México.

Con fecha 14 de junio de 1979 y eso no lo menciona el dictamen, ni siquiera aparece el documento, nuestro candidato el ciudadano ingeniero Alfredo Arenas, presentó ante la Comisión Local Electoral de Baja California y el Comité Distrital Electoral del Primer Distrito con cabecera en la ciudad de Mexicali, un escrito el que se objeta el registro del candidato a diputado propietario postulado por el Partido Revolucionario Institucional, ciudadano profesor José Luis Andrade Ibarra.

Este escrito se presentó porque se tenían datos de que el candidato del Partido Revolucionario Institucional, no reunía el requisito previsto en el Artículo 55, fracción tercera de la Constitución de la República, en virtud de que no es originario del Estado de Baja California, ni tiene vecindad legal en él, por carecer de residencia efectiva de seis meses anteriores al 1o. de julio del presente año; en el mismo escrito se ofrecen los datos que fundan la causal de incapacidad: primero, la solicitud de registro de la candidatura del profesor José Luis Andrade Ibarra, donde se hace constar que es nativo de la población de Amatitlán, Estado de Jalisco; segundo, que desde el año de 1977 el señor profesor José Luis Andrade se fue a residir a la ciudad de Guadalajara, Jalisco , en compañía de su familia, lugar donde adquirió un inmueble, mismo que habitó por algún tiempo hasta octubre de 1977 en que fue designado por su Sindicato, Secretario General y este Sindicato, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, de acuerdo con lo que se señala en sus Estatutos, tiene su domicilio legal en el Distrito Federal. Así las cosas, de conformidad con lo que establece el artículo 55 en su fracción III, de la Constitución de la República que a la letra dice:

Artículo 55. Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

Fracción III. Ser originario del Estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

La vecindad, dice más adelante, no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.

Pero por respetable que sea el cargo de Secretario General del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, no es un cargo de elección popular.

Por lo anterior, pido a este Colegio Electoral, que por encima de cualquier argumento subjetivo, por encima de la solidaridad partidista, que por encima de lo que sindicalmente puede representar el ciudadano candidato del partido oficial, que en uso de sus facultades de Colegio Electoral, declare la inelegibilidad, como diputado federal, por el I Distrito de Baja California, del ciudadano profesor José Luis Andrade Ibarra. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado José Luis Andrade, se le ruega pasar a tribuna.

El C. José Luis Andrade Ibarra: señor Presidente;

Honorable Asamblea:

Quiero en primer orden, reconocer las palabras vertidas por quien me ha antecedido en la palabra respecto al reconocimiento que hoy públicamente se hace por el Partido de Acción Nacional de los maestros de México que laboran y realizan la tarea social educativa en todo el país.

Reconozco lo dicho porque estimo que es un buen principio de la participación en el orden de reconocer al maestro de formación social popular libre y democrática como es y debe ser y será siempre la permanente lucha del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación por conservar así a la educación de México.

Por respetable que pudiera ser el candidato del Partido Revolucionario Institucional, si no le asistiera a éste la razón, indudablemente que la evidencia quedaría clara y plena ante los testigos de alta calidad como son los miembros de esta honorable Asamblea.

Como parte de una familia, es mi familia la que habrá de rendir cuentas de mi actitud, de mi proceder, de mi conducta y de mi integración en ella.

Como mexicano, les manifiesto que nací y lo saben los miembros de Acción Nacional, que a nadie le he negado mi origen de nacimiento, nací en Amatitlán Jalisco en 1939 el 27 de mayo; y en 1945, -pertenezco a una familia popular de México- mi madre me llevó a Baja California.

De mis 40 años de edad, 35 años corresponden a Baja California en el orden de mi realización y de mi formación.

Como estudiante, son mis compañeros condiscípulos de Baja California los que han rendido y habrán de rendir cuentas por mi conducta conjuntamente con los maestros.

Como trabajador eventual que fui, son mis compañeros de trabajo como peones y otros en la sierra de Baja California, quienes habrán de rendir cuentas de mi conducta, de mi fraternidad, de mi solidaridad y de mi responsabilidad.

Como miembro de un sindicato nacional de trabajadores de la educación que me honro en presidir, un sindicato de madurez, de recia presencia popular y revolucionaria, un sindicato de clase y de permanente lucha, son los miembros del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación los que habrán de rendir cuentas de mi conducta y de mi acción y de mi responsabilidad como dirigente.

Como parte integrante del Partido Revolucionario Institucional, por mis convicciones, por la definición de mi conducta, por la permanente acción en el campo social nacionalista, revolucionario y democrático y libre, es el Partido Revolucionario Institucional quien habrá de rendir cuentas de quien fue su candidato y de quien es militante del PRI.

Pero como el candidato específico del I Distrito Electoral de Mexicali, afirmo que mi primaria, mi secundaria, mi normal, mi labor docente, se ha desarrollado como maestro en Mexicali, B. C.

Mi hogar con mi madre, mi hogar con mis hijos y mi esposa, mi hogar en el orden de la responsabilidad de contraer los compromisos económicos ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, son testimonio de mi residencia.

Yo no pienso, compañeros de Acción Nacional, que la residencia es estar prendido a la tierra donde uno se estima o se considera que se vive.

Hay muchos desarraigados que viven permanentemente dentro de su casa. Hay muchos desarraigados que no los conoce generalmente la ciudadanía, y que no han hecho nada por ciudadanía.

Por ello, queriendo dar respuesta a una acción legítima y legal a la que se tiene derecho de interponer el recurso de queja, creo que fue una acción muy inteligentes del Partido de Acción Nacional.

Inteligente recurso que había que interponer al cabo casi ya del término de la campaña. Aquí se ha dicho que ésto sucedió el día 14 de junio de 1979. Positiva acción del Presidente del Partido de Acción Nacional en el Estado de Baja California, y que contendía como opositor a mi Partido el Revolucionario Institucional.

No voy a mentir porque merece todo el respeto el Colegio, la ciudadanía, los maestros de México y mis principios. Es cierto, señores, yo tengo una casa en la ciudad de Guadalajara, y la tengo porque en ella, inicialmente, antes de que fuera Secretario General, pude mandar a uno de mis hijos a la Universidad de Guadalajara. Decirle a usted que mis tareas sindicales, en algunos sábados y domingos me escapaba con mi hijo; desgraciadamente en 77 tuve un accidente con uno de mis hijos en Mexicali, en Vallecitos 20-46 de la Colonia Baja California la conocen todos los ciudadanos de Mexicali, porque me conocen como estudiante, como ciudadano, como maestro y como político.

Decirle a Acción Nacional que por responsabilidad, que por obligación de padre, busque acercar parte de mi familia a Guadalajara; pero si ustedes, tienen en su haber lo correspondiente a que soy de Amatitlán, es la única acta de nacimiento que tengo, la de Amatitlán Jalisco, y la expidió

extemporáneamente mi madre porque ya vivíamos en la ciudad de Mexicali.

Cuando me vine a la ciudad de México, comunique al jefe ciudadano jefe político de la Delegación Cuauhtémoc, de mi residencia temporal en la ciudad de México en Tlatelolco y hoy en la casa del Maestro, que es en donde vive el Secretario General del Sindicato.

Manifestarle que tengo el certificado de residencia del Ayuntamiento de Mexicali con fecha 17 de diciembre de 1978 y donde se acreditan más de 33 años de vivir en la ciudad de Mexicali.

Considerarle al Colegio Electoral que les rogué a mis vecinos, a través de una petición, que si a ellos les constaba mi residencia se expidiera una acta testimonial de mi residencia en Mexicali, tengo el acta testimonial de lo anterior.

Manifestarles que sí estoy en el padrón electoral porque no hay motivos porque no estar y mi credencial de elector está expedida desde el 7 de noviembre de 1966 y en el reverso obran las votaciones que he hecho como ciudadano, participando políticamente en mi mismo distrito, en la misma sección y en la misma casilla.

Se ha pedido reiteradamente que se manifiesten pruebas, mi responsabilidad y mi ubicación como dirigente de los maestros, me llama a que éstas sean bien presentadas; tengo un documento de la Cámara de Diputados, donde se manifiesta que he dejado de ser diputado en la Cámara pasada, en el Congreso pasado Local en el que fui diputado; tengo mis constancias, todas ellas certificadas, de mis nombramientos como director de primaria y como maestro de segunda enseñanza que he sido en Mexicali hasta hoy, porque gozo de una comisión que me ha otorgado la autoridad estatal para que yo cumpla con mi responsabilidad como dirigente nacional; siendo Secretario General de los maestros adquirí, es decir, presenté la solicitud de un préstamo hipotecario para comprar una casa habitación, en 1977; quiero decirle que de esa casa habitación obran todos los documentos y donde vive parte de mi familia, tengo todos los documentos de que estoy pagando la casa y me la descuentan del sueldo de maestro en mi calidad de comisión y manifestarle que tengo los recibos hasta el último mes de julio, que corresponde al descuento que hacen dentro de los servicios sociales que tenemos los maestros; mi residencia, con todos los documentos que puedo mostrar y estoy mostrando a este honorable Colegio Electoral, es clara y es plena, es cierto, es cierto, que tengo una comisión por tres años para desempeñar mi responsabilidad de dirigente a lo largo de todo el país, pero mi domicilio (aplausos.), mis obligaciones como ciudadano, mis responsabilidades internas en el Estado, mi trabajo, mi familia en al orden general, todas mis responsabilidades personales y particulares, están en el Estado de Baja California, en la ciudad de Mexicali.

Qué bueno que Acción Nacional no presentó quejas en la elección, porque lo saben todos los partidos, que realizamos una campaña de respeto, de trabajo, de conciencia, de buscar e integrar bases ciudadanas en la responsabilidad de la Reforma Política; lo saben todos los partidos porque no aceptaron ellos establecer el recurso de queja, porque algunos de los contendientes han sido mis alumnos en la escuela primaria.

Saben bien de mi trabajo, de mi relación y de mi responsabilidad y por ello, con una presencia recogida en una provincia modesta como lo es la de Baja California, el magisterio de México a través de la institucionalizada de un digno y recio sindicato, me otorgó la oportunidad de ser el dirigente.

No he perdido y no perderé mi residencia, conozco toda la ciudad, conozco la sierra, conozco los problemas, conozco el medio rural porque en él he estudiado, conozco canales y brechas de Mexicali, conozco la ciudad de Mexicali después de haber vivido en el campo y de haber trabajado diario con los campesinos, y de haber trabajado como obrero, y de haber trabajado en el campo serrano, como lo hace toda la familia bien nacida en el orden popular.

Decirles a ustedes que yo hubiese querido haberme ahorrado esta comunicación al Honorable Colegio Electoral, pero es mi obligación como priísta, decirle a los priístas, decirle a todos los partidos que así como buscan respetar su plataforma de principios, su programa de acción, así como priísta convencido respeto, busco trabajar y realizar mi misión como político en el orden de servirle a la sociedad, en el orden de servile a la comunidad, porque no se justificaría en el orden de cosas, la irresponsabilidad que estuviera a flote. Es categórica nuestra presencia en la ciudad de Mexicali y está consignada en el acta con la firma de todos, que el mismo candidato a diputado federal por el PAN, en su mismo lugar, él lo supo por el arraigo que tengo en Mexicali en la misma colonia donde él vive, en el mismo fraccionamiento la gente me entregó su voto; fue una campaña limpia de los partidos, firme...

El C Presidente: Se le confirma al orador que ha terminado su tiempo.

- El mismo C. José Luis Andrade Ibarra: firme y definitivamente clara en el orden de la acción política que todos realizamos. Son las pruebas, no son las palabras, se han pedido pruebas y la ciudadanía nos entregó su voto a través de un proceso limpio y legítimo, la ciudadanía del Primer Distrito lo ha certificado con su voto que he respetado en primer orden. Les pido a mis compañeros de Acción Nacional, que hoy que han planteado este problema, entiendan también que en él existen todas las pruebas; no recogidas ayer, sino es el antecedente de toda una vida en la ciudad de Mexicali. Muchas gracias. (Aplausos.)

- EL C. Presidente: Tiene la palabra el presunto José Isaac Jiménez.

El C José Isaac Jiménez: Señor Presidente; Señores miembros del Colegio Electoral: Indudablemente que quien me ha antecedido en el uso de la palabra es una buena persona y también demuestra su serenidad, su ecuanimidad, su sentido del deber y con su conducta es esta tribuna, eleva la calidad del debate en el que necesariamente tenemos que entrar los miembros de diferentes partidos, que no por ser de ideologías, dejaremos de reconocernos como seres humanos.

Como miembros de una sociedad, que pretendemos se haga cada día más sana, más respetable, es personalmente necesario decir que ojalá todo el magisterio en nuestro país, procure seguir sembrando la semilla, la buena semilla de la ley fundada en las principales esencias del ser humano y en las principales esencias de nuestro país.

Sin embargo, como decimos los abogados, la ley es dura, pero es la ley y hay que cumplir con ella. Los argumentos aquí vertidos son muy respetables sobre todo cuando nos son expuestos con esa bohonomía y serenidad con que lo hizo el candidato del Partido Revolucionario Institucional; pero tenemos que despojar el sentimiento para ver cual es la realidad, porque no vivimos desafortunadamente en una sociedad ideal, no vivimos en una sociedad en donde ya no sea necesario el derecho, no hemos llegado a esos estados ideales que nos propusiera Camanela o San Agustín en alguna ocasión; ni hemos llegado ni llegaremos al anarquismo, que son ideales del pensamiento humano, cuando ya no sea necesario el derecho, entonces viviremos en el amor, como dijera Carneluti; pero entretanto tenemos que sujetarnos a las normas establecidas, a las normas vigentes.

El maestro es líder nacional, Secretario General del Sindicato Nacional de los trabajadores de la Educación y confesó aquí, primero, que de acuerdo con la fracción III del artículo 55 constitucional, no era originario de Baja California, que es el primer requisito que la Constitución establece para ser candidato y luego diputado.

Segundo, en cuanto a su residencia, confesó también que vive en el Distrito Federal, en la casa del Maestro y el Código Civil del D. F., en su artículo 32, fracción IV dice que el domicilio legal de los empleados públicos es aquel donde desempeñan sus funciones por más de seis meses.

Por otra parte, se considera domicilio de una persona, y eso es lo que origina la residencia, el principal asiento de sus negocios, o sea su ocupación a la que le da preferencia, como principal en sus actividades.

Si el respetable maestro tiene su familia en el Estado de Baja California, será la residencia y el domicilio de su familia. Si el principal asiento de sus negocios lo tiene en el Distrito Federal, este es su domicilio y si de aquí se desplaza a toda la República para el cumplimiento de su deber, no toda la República es su domicilio, porque no carece de él, y en estricto derecho, el que no tiene domicilio lo tiene en el lugar donde se encuentra y llegaríamos aquí al absurdo que el maestro tiene su domicilio en la Cámara de Diputados; pero como tiene un lugar donde reside permanentemente y desde el año de 1977 tiene a su cargo esas funciones, es lógico concluir, señores de la Comisión, que el maestro no tuvo la residencia necesaria para que legítimamente pudiera ser electo diputado al Congreso de la Unión.

La ley es dura, pero es la ley, maestro. Y creo que los maestros tienen la obligación de enseñarnos a cumplir con la ley porque ellos son los que nos hacen en los primeros años de nuestra vida.

Este pueblo mexicano se complacería en tenerlo a usted como su representante, cuando usted maestro, haya cumplido con la ley, porque este pueblo mexicano está como está, sufriendo como sufre, precisamente porque en este país no se cumple con la ley.

Este pueblo todavía tiene necesidad de escuchar el grito de Justo Sierra porque "tiene hambre y sed de justicia."

Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Ernesto Gil Elorduy, por la Comisión.

El C. Ernesto Gil Elorduy: Señor Presidente;

Honorable Asamblea:

Que gusto nos da a los miembros de las Comisiones que el Partido de Acción Nacional por voz de uno de sus presuntos diputados, venga a decir a esta Tribuna que la ley es dura, pero es la ley. Quiere ésto decir que de ahora en adelante no podrán argumentar que nos excedemos, los miembros de las Comisiones, desde luego, en el uso del derecho que nos marca la ley y su reglamento para emitir nuestro dictamen.

Yo siento que es preciso delimitar ahora el sentido, el alcance, el espíritu y los términos de la ley máxima de nuestro país que es la Constitución General de la República.

El Artículo 55, que ya se ha leído aquí, afirma en su fracción III, que para ser diputado federal se requiere ser originario del Estado en que se haga la elección, o vecino de él, con residencia efectiva de más de 6 meses anteriores a la fecha de ella. Vamos a entender la ley, compañeros. Ella nos plantea una disyuntiva: Primero. La oriundez, que reconoció aquí José Luis Andrade, que no cumple con ese requisito puesto que él nació en el Estado de Jalisco. Segundo. La vecindad; ésta es la discusión, y nosotros tenemos la razón, porque el profesor Andrade, ya lo dijo, ha vivido ahí hace más de 35 años, no sólo desde hace 6 meses, que se entienda bien, sino desde que tenía 5 años de edad, ahí creció y ahí se formó; su casa, que no está deshabitada ni rentada, ha sido y sigue siendo su domicilio, según se puede apreciar por la nutrida

documentación que demostró aquí el compañero Andrade.

Vecindad, honorable asamblea, es vinculación e identificación, uno se vincula por el conocimiento de un pueblo, de sus problemas y de sus aspiraciones; uno se arraiga por la solidaridad con esos problemas y esas aspiraciones.

¿Por qué la Constitución exige la vecindad? ¿Cuál es el espíritu del legislador cuando habla de vecindad como mínimo 6 meses antes de la elección? Es precisamente para prevenir que no se presente el cuerpo electoral a una persona que no tenga los mínimos requisitos de conocimiento de la zona, de conocimientos de las personas; en fin de una persona que no tenga pleno conocimiento y esté sin contacto con los problemas de la región.

Porque la Constitución quiere y la práctica exige, que el diputado no solo sea legislador sino también gestor en la tramitación de los asuntos del pueblo. Para gestionar lo que le interesa al pueblo, solamente se logra conociendo al pueblo.

Pero hay otro elemento más. No quiere la Constitución General de la República que el candidato solamente sea conocido en su campaña o tres meses ante de su campaña. Preguntémonos cuando hizo su campaña el profesor Andrade ¿La hizo en los primeros años de la escuela? ¿ La hizo en el sindicato o en el Estado de Baja California? La hizo en el Congreso Local del que salió apenas hace dos años?

Andrade tiene 22 años de campaña porque tiene 22 años como maestro. ¿Hay vecindad o no y hay arraigo o no de mas de seis meses compañeros?

Por eso desde el punto de vista estrictamente legal, rigurosamente constitucional, lo mismo que de la recta interpretación de la ley, no hay motivo y razón para esta polémica.

En relación a la exacta interpretación de lo preceptuado para exigir residencia o vecindad, la ley no habla de inmediatez, no dice inmediatamente antes de la elección, dice: "seis meses antes, es un mínimo que exige la Constitución, por lo que nosotros hemos explicado aquí, por eso señores, sin atropello de la legalidad sino desde el más profundo respeto al orden jurídico vigente, demos la bienvenida a quien con su valeroso testimonio personal de lucha social al servicio de los educadores del país, seguramente va a enriquecer el patrimonio moral, ideológico y político, de ésta que tiene que ser una histórica legislatura en el nuevo tiempo de la reforma política. Muchas gracias. (Aplausos)."

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano Juan Ugarte.

El C. Juan Ugarte: Señor Presidente; Ciudadano vicepresidente;

Señores secretarios y prosecretarios;

Compañeros integrantes de este Honorable Colegio Electoral;

Mexicanos todos que nos hacen el honor de acompañarnos:

Confieso que estoy verdaderamente asombrado de la actitud perseverante, aviza del Partido Acción Nacional, que intenta sistemáticamente, torcer los caminos de la Ley para torturar, para torturar los textos legales, buscando deliberadamente lesionar, dañar, y si es posible arrancar los legítimos triunfos de los candidatos del Partido Revolucionario Institucional, que se han obtenido en la faz de la Nación. Estamos aquí para decir y para sostener, que afortunadamente los priístas estamos ciertos; tenemos un anchuroso camino que estamos recorriendo, esa es; la Revolución Mexicana y que habremos de alcanzar pronto las metas que marca nuestra Constitución como son; salud, bienestar, tranquilidad, justicia, libertad y democracia.

Estamos aquí para contestar esos aviezos argumentos de Acción Nacional que le quiere regatear a alguien que fue un ejemplar estudiante, un abnegado maestro, un luchador incansable por las clases magisteriales de la República Mexicana.

Estamos aquí para decirles que José Luis Andrade, no tan solo cumple el primer presupuesto del Artículo 55 constitucional en su fracción III, sino que además es oriundo de Baja California, porque José Luis Andrade vive en Baja California y en Mexicali, en el momento en que la entidad nace a la vida jurídica.

Baja California en 1953 recoge a todos los que tiene vecindad, como la sustancia esencial y fundamental de su propio ser. No podría existir en la mente más fantasiosa, e ideal, que pueda pensar que es posible un Estado sin gente.

José Luis con su madre y sus hermanos, eran parte de esa sustancia, en el instante en que una Constitución Política le da vida jurídica a ese girón de nuestra Patria. Pero aún más, se ha sostenido aquí hasta el cansancio, que José Luis Andrade, jamás ha perdido esa residencia que obtuvo en 1942, porque José Luis Andrade se dio a la tarea de visitar los ejidos, las comunidades más pequeñas y lejanas. Una vida llena de amor por su pueblo. Por eso es que las constancias que pudiésemos esgrimir ante ustedes para demostrar esa residencia, son abundantes, son contundentes: 144 páginas que ha traído a esta tribuna José Luis Andrade, para demostrar con todos los elementos de que es un mexicano de origen Bajacaliforniano, con residencia en Mexicali y que por ello debemos traerlo al Seno de está LI Legislatura, que está por integrarse. Además y mayor abundamiento el Código Civil para el Distrito Federal en asuntos del orden común y de la aplicación en toda la República para asuntos del orden federal, que son los que estamos estudiando, prescriben en su artículo 31: Es domicilio legal de una persona en lugar donde la ley fija su residencia, para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, derechos y obligaciones que José Luis ha venido cumpliendo desde 1943.

Y lo más importante al final de este artículo dice: Aunque de hecho no este ahí presente, es el caso exactamente aplicable a José Luis Andrade."

(Aplausos).

Además, es deplorado derecho, que la residencia en México y en el mundo civilizado, no es una limitación estricta, más bien es una prerrogativa del genero humano, que se manifiesta con deseos, con propósitos, con identidad, como arraigo proclive a estar en un lugar que a uno le atrae, le satisface, en lo más profundo del ser humano.

Tiene José Luis todos los extremos cumplidos para ser considerado, como hijo originario y podríamos decir fundador, por parte de su sustancia, del Estado de Baja California. Los electores de aquel Distrito han entendido perfectamente en toda su dimensión a este que podríamos llamar bizarro, joven luchador, José Luis Andrade, que ahora, se preocupa y se afana por alcanzar conquistas para esa generosa clase magisterial del pueblo de México, por eso es, señor, que vengo a pedir que apoyemos, que nos pronunciemos a favor del dictamen que ha sido elevado a su consideración.

Pero a mayor abundamiento señores de Acción Nacional, el pueblo de México tiene memoria; apenas entrábamos al México independiente, y ustedes se apresuraron a elegir un emperador, Iturbide, apenas estábamos llegando a la vida económica nacional, con un gran Juárez a la cabeza, y ustedes se apresuraron a cruzar los mares para traer un Príncipe extranjero...

-El C. Presidente (interrumpe al orador).

Se prohíbe al orador seguir haciendo menciones.

Continua el Orador. Les pedimos señores que no olviden que José Luis es un genuino mexicano, que viene de la entraña más profunda del pueblo de México y que de alguna manera habremos de sentir aquí el calor para recibir con entusiasmo a un genuino representante de los aborígenes de México".

Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el presunto diputado Hiram Escudero.

El C. Hiram Escudero: Señor Presidente;

Compañeros integrantes del Colegio Electoral:

Qué grave que cuando se habla de una reforma política y cuando se trata de plantear un debate de altura se vengan hacer afirmaciones calumniosas y demagógicas como la que nos hace quien nos ha antecedido en la palabra. Nosotros, señores, no trajimos a Maximiliano.

En cuanto a la argumentación que pretende ser de carácter legal de quien me ha antecedido en la palabra, debo decirle al señor que confunde los conceptos de residencia y domicilio. Efectivamente el domicilio lo puede uno señalar voluntariamente. Uno puede designar el domicilio legal, y pude ser hasta un apartado postal, pero la residencia, señores, tiene que ser efectiva. La residencia es el lugar en el que se encuentra la persona físicamente, el lugar en el que se encuentra vinculado, como se decía aquí anteriormente.

No dudamos, señores, que el profesor presunto diputado haya vivido en alguna ocasión, en Baja California. Lo cierto, señores, y esto ha quedado plenamente demostrado con los propios argumentos de quienes pretenden sostener el dictamen que el señor, su residencia la tiene en la ciudad de México, porque es en la Casa del Maestro, en las calles de Naranjo, en la Colonia Santa María la Ribera, de esta ciudad, en donde el señor despacha y atiende sus asuntos; sería simplemente nugatorio el precepto constitucional si arbitrariamente para ser electos para cualquier puesto de representación popular, cualquier ciudadano se domiciliara en el lugar que más le plazca, esto, señores, es un absurdo; pero afortunadamente dentro de los aspectos positivos de la Reforma Electoral, está la opinión de la Corte a este respecto, la Corte, señores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación sí sabe y sí conoce de Derecho. Gracias.

El C. Presidente: Se ruega a la Secretaría poner a consideración de la Asamblea si ya encuentra suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario José Murat: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Suficientemente discutido, señor Presidente.

En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado señor Presidente.

El C. presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Primer Distrito Electoral en el Estado de Baja California.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura, los CC. José Luis Andrade Ibarra y Mario Ambrosio Armando Baca Castro, propietario y suplente, respectivamente.

El C. Presidente: Esta Presidencia solicita la venia de todos ustedes para conceder un receso de 30 minutos para comer. Se les invita a pasar a los miembros del Colegio Electoral al Salón Verde.

RECESO

- EL C. Presidente (15:55): Se reanuda la sesión.

Se ruega a la Secretaría continuar con los asuntos en cartera.

-El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Tercera Sección .

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral que se llevó a cabo el pasado 1o. de julio del presente año en el XI Distrito Electoral Federal del

Estado de México, con cabecera en Ecatepec de Morelos.

El Comité Distrital Electoral quedó debidamente instalado en los términos del artículo 92 de la ley federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Todos los partidos políticos legalmente constituidos, excepto el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, registraron fórmulas para candidatos a Diputados Federales.

Oportunamente se publicaron las listas de ubicación de casillas y los nombres de los funcionarios correspondientes.

El primer domingo de julio fueron debidamente instaladas 86 casillas que integran el Distrito Electoral Federal.

Después de efectuado el Cómputo distrital de la elección verificada en este Distrito se obtuvo el siguiente resultado:

PAN: propietario, Miguel Valdez García; suplente, Jorge Hidalgo García, 7,113 votos.

PRI: propietario, Héctor Jarquín Hernández; suplente, Francisco Maldonado Tirado, 24,299 votos.

PPS: propietario, José de Jesús Mendoza Ramírez; suplente, Guadalupe Becerril García, 1,627 votos.

PARM: No presentó candidatos.

PDM: propietario, Miguel Salgado Luna; suplente, Margarita Bueno Barroso, 2,653 votos.

PCM: propietario, Salvador Díaz Navarro; suplente, Fidel de Anda Soto, 5,346 votos.

PST: propietario, Carlos Galeana García, suplente, María del Carmen Hernández, 1,532 votos.

Habiéndose desarrollado la votación con toda normalidad se desprende que el proceso electoral se ajustó a los términos de Ley.

El Comité Distrital Electoral después de verificar la votación emitida, extendió Constancia de Mayoría a los CC. Héctor Jarquín Hernández y Francisco Maldonado Tirado, candidatos propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

La Constancia de Mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, Habiéndose remitido la documentación relativa a esta H. Cámara.

En mérito a lo expuesto y con fundamento en los artículos 60 de la Constitución General de la República y 18, 20, 21 fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o de julio de 1979, en el XI Distrito Electoral Federal del Estado de México.

Segundo. Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Héctor Jarquín Hernández y Francisco Maldonado Tirado, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 17 de agosto de 1979.- Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado, señor Presidente -

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o de julio de 1979, en el Décimo Primer Distrito Electoral del Estado de México.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura, los CC. Héctor Jarquín Hernández y Francisco Maldonado Tirado, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán :

"Primera Comisión Dictaminadora. Primera Sección.

H. Colegio Electoral:

Con fundamento en los artículos 60 de la Constitución y 18, 20, 21 fracción 1a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta I Sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al II Distrito Electoral del Estado de Sinaloa.

En ese Distrito contendieron los siguientes partidos y candidatos:

II Distrito, cabecera Guasave.

PAN: propietario, Luis Guerrero Loera; suplente, Alfredo Cháidez Ochoa.

PRI: propietario, Francisco Alarcón Fregoso; suplente, Jesús María Cervantes Atondo.

PPS: propietario, Rogelio Robles Gámez; suplente Ventura Montoya López.

PARM: propietario y suplente.

PDM: propietario, Manuel Sánchez Loya; suplente, Ignacio Meraz González.

PDM: propietario, Lorenzo Meza Sandoval; suplente, Juan Manuel Leyva Gutiérrez

PST: propietario, Agustín Palafox Miranda; suplente, J. Jesús Cacique Almaraz.

El día primero de julio del presente año, de acuerdo con el artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de conformidad con el artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el cómputo en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la Votación en todo el Distrito, de acuerdo a la disposición del artículo 212 de la Ley citada, y ese mismo día expidió Constancia de Mayoría de Votos tal y como lo ordena la Sección A,

inciso 8 del artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor del C. Francisco Alarcón Fregoso, como candidato a diputado propietario y del C. Jesús María Cervantes Atondo, como candidato a diputado suplente.

El día 30 de julio del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del artículo 218 de la repetida Ley.

No consta en el expediente que hayan habido protestas, inconformidades, ni recursos de queja, por parte de los partidos y candidatos contendientes.

En virtud de lo anterior, se propone a la Asamblea, los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio de 1979, en el II Distrito Electoral del Estado de Sinaloa.

Segundo: Son Diputados por Mayoría por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Francisco Alarcón Fregoso, propietario y Jesús María Cervantes Atondo, suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión .- México, D. F., agosto 20 de 1979.- Presidente, Armando del Castillo.- secretario Manuel Rangel Escamilla.- Vocal, Juan Maldonado Pereda.- Vocal Humberto Romero Pérez.- Vocal, Jesús Ortega Martínez."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado, señor Presidente -

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Sinaloa.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura, los CC. Francisco Alarcón Fregoso y Jesús María Cervantes Atondo, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 1o. de julio, en el VI Distrito Electoral del Estado de San Luis Potosí, con cabecera en la ciudad de San Luis Potosí.

Contendieron en dichas elecciones, candidatos de todos los partidos políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

P.A.N.: propietario, José Carmen García Vázquez; suplente María Guadalupe Rodríguez Carrera.

P.R.I.: propietario, Guillermo Medina de los Santos; suplente, Librado Ricabar García.

P.P.S.: propietario, Carlos Briones Quezada; suplente, Juan José Balderas Flores.

P.A.R.M.: propietario, Manuel Zamarripa Lira; suplente, Duoilef Romero Carrera.

P.D.M.: propietario, Francisco Ramírez Vázquez: suplente, Wenceslao Galarza Velázquez.

P.C.M.: propietario, José Ignacio Betancourt.

Robles; suplente , Eduardo Hernández Ramírez.

P.S.T.: propietario, Juan Estrada Escalante; suplente, Alejandro León Martínez Ojeda.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 3,622 votos.

PRI 29,718 votos.

PPS 386 votos.

PARM 339 votos.

PDM 1,815 votos.

PCM 1,207 votos.

PST 899 votos.

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el artículo 212, sección A, inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a los candidatos a diputados federales licenciado Guillermo Medina de los Santos y Librado Ricabar García, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas.

Por tales razones y con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18, 20 y 21 fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio del año en curso, en el VI Distrito Electoral Federal del Estado de San Luis Potosí, con cabecera en la ciudad de San Luis Potosí.

Segundo. Son Diputados de Mayoría a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. licenciado Guillermo Medina de los Santos y Librado Ricabar García, propietario y suplente, respectivamente, registrados el 27 de julio último, con el número 162. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., 21 de agosto de 1979.- Primera

Comisión, cuarta Sección: Licenciado Hesiquio Aguilar de la Parra, Presidente Armando Reyna Chávez, Secretario.- Doctor Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado Alfonso Zegbe Sanen, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Sexto Distrito Electoral de San Luis Potosí.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura, los CC. Guillermo Medina de los Santos y Librado Ricabar García, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Honorable Asamblea:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 1o. de julio del año en curso, en el XVI Distrito Electoral del Estado de Jalisco, con cabecera en Guadalajara.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos:

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y a su respectivo Reglamento.

2o. Se dío debido cumplimiento a lo establecido por los artículos 74, 75, 76, 84, 90, 92, 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidato de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la Ley de la materia.

4o. Como consecuencia, los siete partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a Diputados Federales, propietarios y suplentes, respectivamente, en los términos siguientes:

PAN: propietaria, María Teresa Díaz Barriga de López; Griselda Mares Alcalá

PRI: propietario, Carlos Rivera Aceves; suplente Jorge Ramón Quiñones Ruiz.

PPS: propietario, Eusebio Ramiro Mejía Santana; suplente, Esther Díaz Muñoz.

PARM: propietario, Agustín Angulo Marrón; suplente Francisco Javier Viscarra Hernández.

PDM: propietario, J Natividad Gutiérrez Correa; suplente, José Sánchez Gómez.

PCM: propietario, Claudio Palacios Rivera; suplente, Ricardo Nuño Velazco.

PST: propietario, María de los Angeles Márquez Lavoignet; suplente Carlos Avila Delgado.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la Ley citada el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este XVI Distrito.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la Ley en sus artículos 182, 184 y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital mencionado, en cumplimiento al artículo 203 de la ya citada Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este Distrito Electoral, con el siguiente resultado:

PAN 11,848

PRI 34,051

PPS 2,254

PARM 1,735

PDM 3,965

PCM 4,472

PST 1,376

9o. Por lo que se refiere a las protestas presentadas por el PCM y el PAN ante el Comité Distrital, fueron éstas conocidas, sustanciadas y calificadas improcedentes por el mencionado Organismo Electoral, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 228 de la ya citada Ley Electoral.

10. Se analizó la queja presentada por el PAN. Al hacer mención de las casillas 1, 2, 3, 10, 11, 13, 16, 20, 32, 49, 51, 52, 55, 63, 65 y 73, manifiesta que fueron encuadradas para concordar los resultados con las actas de dichos paquetes. Si bien es cierto que menciona los fundamentos legales para impugnar las mencionadas casillas, del escrito, como de las constancias que obran en el presente expediente, no se aporta prueba alguna que llegara a comprobar los hechos o irregularidades argumentadas.

Por otra parte dicho recurso comprende afirmaciones sin fundamento, lo que motiva que esta Comisión considera que la queja presentada es infundada, ya que el Partido quejoso tuvo 60 representantes de las 81 casillas instaladas, por lo que en 21 casillas de ellas, careció de representantes y desconoció el desarrollo de la jornada electoral en las correspondientes 21 secciones electorales y, además de las 9 casillas en donde afirman que se presentaron algunos incidentes, en ocho de ellas, los representantes del mencionado partido quejoso firmaron las actas. Independientemente

de esta consideración, cabe mencionar que en las 81 casillas instaladas en el distrito, todas, tuvieron representantes de dos, tres o más partidos políticos que firmaron las actas de escrutinio de conformidad. Por todo lo anterior debe declararse improcedente el recurso de queja presentado por el PAN

11. Tomando en consideración que el proceso electoral se ajustó estrictamente a la Ley, conforme al artículo 218 de ésta, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y su respectivo Reglamento y en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este Honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Es improcedente e infundado el Recurso de Queja hecho valer por el Partido Acción Nacional en este XVI Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco con cabecera en Guadalajara

Segundo. Son válidas las elecciones que para Diputados Federales tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979, en el 16o. Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco.

Tercero. Son diputados de Mayoría Relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Carlos Rivera Aceves y Jorge Ramón Quiñones Ruiz, propietario y suplente, respectivamente. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1979.- doctor, Lauro Ortega, presidente.- licenciado, Ernesto Gil Elorduy, secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, vocal.- doctor, Alfredo Navarrete Romero, vocal.- Lázaro Rubio Félix, vocal".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie... Aprobado, señor presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Décimo Sexto Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Carlos Rivera Aceves y Jorge Ramón Quiñones Ruiz, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral que se llevó a cabo el pasado 1o. de julio del presente año en el IV Distrito Electoral Federal del Estado de Tabasco con Cabecera en Comalcalco.

El Comité Distrital Electoral quedó legalmente instalado en los términos de la Ley.

Todos los Partidos legalmente constituidos, registraron fórmulas para candidatos a Diputados Federales.

Oportunamente se publicaron las listas de ubicación de casillas y los nombres de los funcionarios correspondientes.

El primer domingo de julio fueron debidamente instaladas las casillas que integran el Distrito Electoral Federal.

Después de efectuado el cómputo distrital de la elección verificada en este distrito se obtuvo el siguiente resultado:

PAN: propietario, Manuel Somellera Peralta; suplente, Ernesto López de Dios, 1,021 votos.

PRI: propietario, Humberto Hernández Haddad; suplente Australia Camacho de Escayola, 26,234 votos.

PPS: propietario, Rafael López Julián; suplente, José Luis Escalante Bautista, 276 votos.

PCM: propietario, Roberto Jiménez López; suplente, Ebert Fernández Gallegos, 396 votos.

PST: propietario, Pablo Ramírez Salazar; suplente Salomón Santos Jiménez, 208 votos.

habiéndose desarrollado la votación con toda normalidad se desprende que el proceso electoral se ajustó a los términos de la Ley.

El Comité Distrital Electoral después de verificar la votación emitida, extendió constancia de mayoría a los CC. Humberto Hernández Haddad y Australia Camacho de Escayola candidatos propietario y suplente respectivamente postulados por el Partido Revolucionarios Institucional.

La Constancia de Mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, habiéndose remitido la documentación a esta H. Cámara.

En Mérito a lo expuesto y con fundamento en los artículos 60 de la Constitución General de la República y 18, 20, 21 fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General y de más relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta Honorable Asamblea los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio de 1979 en el IV Distrito Electoral Federal del Estado de Tabasco.

Segundo. Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Humberto Hernández Haddad y Australia Camacho de Escayola, propietario y suplente, respectivamente. Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1979.- Beatriz

.

Paredes Rangel, Presidenta. Porfirio Camarena Castro, secretario.- José Luis Andrade Ibarra, vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, vocal.- Francisco Xavier Aponte, vocal."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos... los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de Julio de 1979 en el Cuarto Distrito Electoral del Estado de Tabasco.

Son diputados por el distrito electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Humberto Hernández Haddad y Australia Camacho de Escayola, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los artículos 60 de la Constitución General de la República y 18, 20, 21, Fracción I y demás relativos de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral, el expediente relativo al III Distrito Electoral Federal del Estado de Tabasco con Cabecera en el Municipio de Cárdenas.

En este distrito contendieron los siguientes Partidos y candidatos:

PAN propietario, Victor Sol Casao; suplente, Miguel Calvillo Pérez.

PRI propietario, Carlos Mario Piñera Rueda; suplente, Laureano Naranjo Cobián

PPS propietario, Uriel Rodríguez López; suplente, Enrique Zurita Priego.

PCM propietario, Francisco Javier Ramírez Díaz; suplente, Miguel Fredis Olán Canto.

PST propietario, Lucio Camilo Cobos; suplente María de los Dolores Reyes Maya.

El día 1o de julio del presente año, de conformidad con el artículo 182 de la ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron debidamente instaladas la totalidad de las casillas, desarrollándose la votación y el escrutinio de éstas con apego a la Ley y sin incidentes que alteraran el desarrollo de la votación. El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente realizó el cómputo de la votación, apegándose a la disposición del artículo 212 de la Ley citada, expidiendo al término de éste la Constancia de Mayoría de votos tal y como lo ordena la Sección A, inciso 8 del artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor de los CC. Carlos Mario Piñera Rueda y Laureano Naranjo Cobián candidatos a diputados propietario y suplente respectivamente del Partido Revolucionario Institucional.

En su oportunidad, la Comisión Federal Electoral registró por unanimidad la Constancia de Mayoría de los mencionados candidatos, apegándose a la disposición del artículo 218 de la repetida Ley.

No constando en el expediente protestas, inconformidades, ni recursos de queja por parte de los Comisionados o candidatos de los partidos contendientes, esta Comisión, se permite proponer a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio de 1979 en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Tabasco con Cabecera en el Municipio de Cárdenas.

Segundo: Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión de los CC. Carlos Mario Piñera Rueda y Laureano Naranjo Cobián, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 17 de agosto de 1979.- Presidenta, Beatriz Paredes Rangel.- Secretario, Porfirio Camarena Castro.- Vocal. José Luis Andrade Ibarra.- Vocal Pedro Pablo Zepeda Bermúdez. Vocal, Francisco Xavier Aponte."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa sírvanse ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Tercer Distrito Electoral del Estado de Tabasco. Son diputados por el distrito electoral indicado, a la LI legislatura, los CC. Carlos Mario Piñera Rueda y Laureano Naranjo Cobián, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto:

"Primera Comisión Dictaminadora, Primera Sección.

H. Colegio Electoral:

Con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución y 18, 20, 21, Fracción 1a y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta I Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de el Colegio Electoral el expediente relativo al V Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.

En este Distrito contendieron los siguientes Partidos y candidatos:

V Distrito - Cabecera Guerrero.

PAN propietario, José Posada Pompa; suplente, Guadalupe Martínez Delgadillo.

PRI Propietario Enrique Pérez González; suplente, Fernando Barraza Barrera.

PPS propietario, Refugio Humberto Trujillo Araiza; suplente, Luciano Antonio Cahuich Ruiz.

PARM: propietario, suplente.

PMD: propietario, José Luis Rivas Molinar; suplente, José Valenzuela García.

PCM: propietario, José Luis Aguado Alvarez; suplente, Manuel de Jesús Beltrán Martínez.

PST: propietario, Angel Chaparro Guevara; suplente, Rubén Ponce de León Shwartz.

El día primero de julio del presente año, de acuerdo con el artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de conformidad con el artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el cómputo en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo a la disposición del artículo 212 de la Ley citada, y ese mismo día expidió constancia de mayoría de votos tal y como lo ordena la Sección A inciso 8 del artículo 212 de la Ley de organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor del C. Enrique Pérez González como candidato y diputado propietario y del C. Fernando Barraza Barrera como candidato a diputado suplente.

El día 19 de julio del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría, apegándose a la disposición del artículo 218 de la repetida ley.

No consta en el expediente que hayan habido protestas, inconformidades, ni recursos de queja por parte de los partidos y candidatos contendientes.

En virtud de lo anterior, se propone a la Asamblea los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día primero de julio de 1979 en el V distrito Electoral del Estado de Chihuahua.

Segundo. Son diputados por mayoría por el Distrito electoral indicado a la LI Legislatura los CC. Enrique Pérez González, propietario y Fernando Barraza Barrera, suplente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D. F., agosto 21 de 1979.- Presidente, Armando del Castillo.- Secretario, Manuel Rangel Escamilla. Vocal, Juan Maldonado Pereda.- Vocal, Humberto Romero Pérez.- Vocal, Jesús Ortega Martínez."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie... Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Quinto Distrito Electoral del Estado de Chihuahua. Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI legislatura, los CC. Enrique Pérez González y Fernando Barraza Barrera, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral que se llevó a cabo el pasado 1o de julio del presente año, en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Sinaloa con cabecera en la ciudad de Culiacán.

El comité Distrital Electoral quedó debidamente instalado en los términos del artículo 92 de la Ley federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Todos los partidos políticos legalmente constituidos, registraron fórmulas para candidatos a diputados federales.

Oportunamente se publicaron las listas de ubicación de casillas y los nombres de los funcionarios correspondientes.

El primer domingo de julio fueron debidamente instaladas 79 casillas que integran el Distrito Electoral Federal.

Después de efectuado el cómputo distrital de la elección verificada en este Distrito se obtuvo el siguiente resultado:

PAN: propietario, Jorge del Rincón Bernal; suplente, Ernesto Hilario Murguía Alvarez, 4,870 votos.

PRI: propietario, Jesús Enrique Hernández Chávez; suplente, Jorge Guillermo Félix Rodríguez, 7,966 votos.

PPS: propietario, Isaías Bravo Rangel; suplente, Rosa Ma. Reyes de la Cruz, 138 votos.

PARM: propietario, Enrique Peña Bátiz; suplente, Enrique Ruiz Alba, 2,362 votos.

PDM: propietario, Jacobo Hernández Graciano; suplente, Abel Rodríguez Elizondo, 81 votos.

PCM: propietario, Audomar Ahumada Quintero; suplente, Erasmo Pérez Cortés, 1,029 votos.

PST: propietario, José Morales Payán; suplente, Eduardo Ochoa Núñez, 25 votos.

El Comité Distrital Electoral, después de verificar la votación emitida, extendió constancia de mayoría a los CC. Jesús Enrique Hernández Chávez y Jorge Guillermo Félix Rodríguez candidatos propietario y suplente, respectivamente, por el partido Revolucionario Institucional.

La constancia de mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, habiéndose remitido la documentación relativa a esta H. Cámara.

En relación al recurso de queja hecho valer por el partido Acción Nacional en escrito de 9 de julio de 1979, debe conocer y resolver este Cuerpo Colegiado en términos del artículo 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, el análisis de las constancias tenidas a la vista, permite establecer lo siguiente:

a) Que los recursos de protesta presentados en las casillas por dicho partido político, fueron declarados improcedentes previo en su estudio exhaustivo que determinaron las resoluciones correspondientes.

b) El examen de las constancias de este expediente relativo a aquellas casillas donde se afirma hubo irregularidades el día de la elección, permite incluir que se dieron causas de improcedencia porque los recursos se presentaron extemporáneamente.

c) En otros, al no ejercitarse el recurso de protesta se incumplió con el principio de definitividad que formalmente está consignado en el artículo 232 de la Ley citada asimismo, en aquellas en que hubo anomalías en la recepción del sufragio no son determinantes conforme el artículo 222 para alterar substancialmente el resultado de la elección y en consecuencia no se da el causal de nulidad del artículo 223.

A mayor abundamiento, los recurrentes en diferentes protestas se concretaron a señalar hechos e invocar preceptos electorales sin suministrar en esa instancia previa las pruebas conducentes, que impidieron al Comité Distrital contar con elementos de valoración, omisión que les es imputable en términos del artículo 139 del Reglamento de Organismos Electorales y Previsiones de la ley de la Materia, que determinaron las resoluciones de improcedencia que les fueron dictadas.

Ahora bien, los recursos de protesta que interpusieron los recurrentes, tendieron a invalidar la votación en las casillas que señalaron en sus escritos y la elección en este Distrito Electoral, pero al no darse los extremos que contemplan los artículos 222 y 223 del ordenamiento citado, los que así analizó , juzgó y resolvió con estricto apego a lo ordenado por la Ley Electoral el mencionado Comité Distrital, no aparecen elementos que permitan a esta Comisión Dictaminadora modificar los resultados del acta final de cómputo distrital o la constancia que extendió a favor de quienes alcanzaron la mayoría el día de la elección respectiva.

En razón de lo anterior esta Comisión confirma que la elección en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Sinaloa está ajustado a los términos de Ley, y hace improcedente en base al artículo 233 de la ley de la Materia el recurso de queja interpuesto.

En relación a la Queja por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, del estudio del expediente relativo, esta Comisión llega a las siguientes conclusiones: en la primera parte de esta Queja no se agota la primera instancia como lo marca el artículo 232 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

En la segunda parte se denuncia un supuesto agravio del Comisionado del Partido Revolucionario Institucional ante la Comisión Local Electoral; esta Comisión la considera improcedente pues dicha denuncia debió ser presentada en los términos del artículo 45 de la ley de la Materia ante la Comisión Federal Electoral que es el Organismo encargado de llevar a cabo las investigaciones procedentes.

Por lo tanto en base al artículo 233 de la Ley de la materia se desecha esta Queja por ser improcedente.

En mérito a lo expuesto y con fundamento en los artículos 60 de la Constitución General de la República, 18, 20, 21, Fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declara improcedente el recurso de queja presentado por el Partido Acción Nacional.

Segundo. Se declara improcedente el recurso de queja presentado por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Tercero. Son válidas las elecciones de diputados federales efectuadas el 1o. de julio de 1979 en el III Distrito Electoral Federal del Estado de Sinaloa.

Cuarto. Son diputados federales a la LI legislatura al Congreso de la Unión los CC. Jesús Enrique Hernández Chávez y Jorge Guillermo Félix Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1979.- Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal.- Votos particular en contra."

El C. Presidente: Se han inscrito para la discusión de este dictamen, el presunto diputado Carlos Castillo en contra, la C. Guadalupe Rivera en pro, y por la Comisión Beatriz Paredes.

Tiene la palabra el presunto diputado Carlos Castillo.

El C. Carlos Enrique Castillo: Señor Presidente:

Compañeros miembros del Colegio Electoral:

En este III Distrito Electoral del Estado de Sinaloa, una serie larga de irregularidades, afecta, creemos, el proceso electoral y da razón al recurso de queja interpuesto por nuestro partido y del cual, como se acaba de consignar en el dictamen, debemos resolver aquí.

Dividiremos las irregularidades según el tiempo en que estimamos fueron cometidas.

En primer lugar, durante la campaña electoral, el 26 de mayo, fueron detenidos por la fuerza pública en Culiacán el presidente regional de nuestro partido y el presidente municipal de nuestro partido en Culiacán, señores Gabriel López Palomares y Alfredo Chaidez Ochoa. Consideramos que esto constituye una violación al artículo 244, fracciones II y III de la LOPPE.

En segundo lugar y en este capítulo de campaña, tenemos pruebas de que el presidente municipal de Culiacán, licenciado Jorge Julián Chávez Castro, invitó a reuniones en su casa para favorecer la campaña del candidato del Partido Revolucionario Institucional.

Esto constituye una violación al artículo 244, fracción I de la LOE. Tenemos en nuestro poder copias de la invitación enviada por el señor Chávez Castro para esto.

Además, el propio señor Chávez Castro, como consta en publicaciones de la ciudad de Culiacán, reconoció haberlo hecho, y haberlo hecho incluso antes, cuando aún no era Presidente Municipal y que así continuaba una larga tradición suya.

Tenemos pruebas fotográficas de destrucción de propaganda.

En las elecciones, nuestro Partido impugno 23 casillas en las que se votó sin credencial de elector, o en las que se negó el voto a quienes sí tenían credenciales de elector. Violaciones a los artículos 13, 122, 12 y 128 de la LOPPE. Además, nuestro partido ofreció como prueba del incumplimiento del último párrafo de la fracción III del artículo 185 de la LOPPE, que ordena que el secretario de la mesa en la casilla debe hacer la lista adicional con nombres, apellidos, domicilio, lugar de origen, ocupación y número de credencial de elector de los votantes. Estas pruebas, que son hechos, se pueden comprobar analizando las listas adicionales mismas, adjuntas a los expedientes.

Una curiosa lista adicional de electores que sí contuvo datos, nos muestra quizá por qué en las otras se omitió. De 47 votantes en lista adicional, 34 eran empleados públicos.

El padrón electoral y sus deficiencias ya señaladas de manera reiterada, incluso por los responsables de la elaboración del padrón, ocasionó que solamente votaran en ese Distrito el 21% de los empadronados, y que, aproximadamente 6,000 personas no pudieran votar estando empadronadas. De 75,000 empadronados sólo votaron 16,000.

La impugnación total de casillas hecha por el partido Comunista, el Auténtico de la Revolución Mexicana y Acción Nacional; el total de casillas impugnadas, fue de 37 sobre un total de 79 casillas instaladas. Esto equivale a una impugnación del 46.8% de las casillas instaladas. Sin embargo, después de participar en las sesiones del Comité Distrital, tanto nuestro partido, como otros retiraron algunas impugnaciones y la impugnación total fue de 30 casillas, equivalentes al 37.9 por ciento de las casillas instaladas; nuestro partido, de 23 impugnaciones originales, mantuvo 20, lo cual equivale al 25.3 por ciento de las casillas instaladas.

Naturalmente, aduciendo que no eran una prueba las listas adicionales, no fueron tomadas como tales para probar la violación al último párrafo de la fracción tercera del artículo 185 de la LOPPE, donde repito, se establece que el secretario de la casilla debe consignar en la lista adicional nombre, apellidos, lugar de origen, domicilio, ocupación y número de Credencial de elector de los votantes en dichas listas.

La diferencia total de votos en favor del candidato del Partido Revolucionario Institucional fue de 3 mil 96 votos; en las casillas no impugnadas, la votación de todos modos favoreció al Partido Revolucionario Institucional. Por una ventaja de 278 votos. Pero en las casillas impugnadas, en donde no se respetaron las protestas interpuestas por los partidos que se oponían al Partido Revolucionario Institucional. En cambio, en las casillas que sí se impugnaron, esta diferencia sube a 2 mil 818 votos, en favor del candidato del Partido Revolucionario Institucional. Sí, esto significa que hay motivos legítimos para sospechar que fueron rechazadas las impugnaciones porque ahí era donde estaba la gruesa diferencia. Sin embargo, yo reconozco que en las casillas no impugnadas por nadie, ganó el candidato del partido oficial por 278 votos; solamente, señores, que las impugnadas son más del 20%, y aquí ya no es problema de decidir si por uno, por dos, por 100 o por 70,000 votos, sino señalar que hay un 20% o más de casillas impugnadas.

Naturalmente no se aceptaron las pruebas y quedaron como rechazadas después de examen exhaustivo, preciso, cansado, fatigante, etcétera.

Yo me pregunto si no hay una modificación substancial en el resultado de la elección, ante este cúmulo de datos que aquí aportamos y de los cuales hay pruebas. Yo me pregunto si la poca diferencia, en medio de una votación bajísima, no da lugar a que este Colegio Electoral piense en que no solamente se deben dar disculpas por los graves errores y deficiencia de que padece el padrón, y que también constituyen violación a la ley, y si en vez de disculpas no sería mejor dar a la ciudadanía del tercer distrito de Culiacán, Sinaloa, una segunda oportunidad de ir a las urnas en condiciones mucho más justas, que garantizarían, si la obtuviera, incluso, la legítima victoria de un candidato que no fuera de nuestro partido.

Abundando en datos, hay además una diferencia del número de votos que se consigna en el acta del cómputo del Comité Distrital y la que acaba de leerse en el dictamen.

El acta del cómputo de la Comisión, la del dictamen, le da al candidato del PRI 7,966 votos, y al del PAN 4,870, pero la otra acta da 4,763 y 7,525.

O sea que en el dictamen se contradicen las cifras que se asientan en el acta de cómputo dada por el comité distrital.

El recurso de queja que nos toca ahora juzgar, y que está a nuestra consideración, me parece que es procedente. Me parece que hay demasiados elementos como para que este Colegio, que es tribunal que califica y que juzga, interponga toda su calidad para evitar que una elección, que muy posiblemente pueda favorecer al candidato oficial o a otro, sea ganada como debe de ser, aunque sea por 278 votos. Yo no me explico por qué si el partido oficial tiene la tranquilidad de que podría estar aquí y gobernar a México con el 51% de votos que se emiten en el país, se esfuerza por llegar en condiciones sospechosas en cantidades y proporciones que no son las reales y que inducen a duda y fomentan su crisis de legitimación.

Señores, porque consideramos que se violaron todos los artículos citados; porque consideramos que fueron todas estas anomalías graves, que sí son motivo de nulidad, solicitamos a este Colegio Electoral que analice este caso

de nuevo, que estudie la situación en que se desarrolló el proceso electoral y el cómputo, y que declare nulos los resultados de la votación que se reconoce en el dictamen para Tercer Distrito Electoral del Estado de Sinaloa, según las atribuciones que le da el párrafo V del artículo 223 de la LOPPE. Esto no es un regalo, señores, esto no es pedirle disculpas a una ciudadanía que votó sin credencial o no pudo votar con credencial; esto es una nueva oportunidad para que incluso el triunfo de quien no es de Acción Nacional, no tenga ni la más leve sombra de sospechas ante ustedes y ante el pueblo de México.

Amigos, nuestra responsabilidad es grande; si la democracia es la organización racional de las libertades, tomémonos el trabajo de que sea lo más razonable posible y no dejemos pasar otra oportunidad de dejar que toda la próxima Legislatura, la "LI", tenga sobre sí el peso de una sospecha de que los triunfos obtenidos son de dudosa reputación. Creemos que es procedente la queja, y creemos, una vez más, que este Colegio Electoral debe declarar nulos los resultados de la Elección en el Tercer Distrito Electoral de Sinaloa. Muchas gracias."

El C. Presidente: Tiene la palabra la compañera Guadalupe Rivera.

- La C. Guadalupe Rivera: Señor Presidente;

Señores miembros del Colegio Electoral:

Señoras y señores:

Hemos escuchado con mucha atención las palabras del presunto diputado Castillo de Acción Nacional, sus argumentos: personalmente, me han parecido muy bien expuestos y con una metodología muy propia y adecuada.

En realidad, en este mismo sentido, fue expuesta la queja del Partido de Acción Nacional pidiendo que se declaren nulas las elecciones en el Tercer Distrito Electoral Federal del Estado de Sinaloa.

Me toca a mí presentarme en pro de la elección, porque he tenido oportunidad de interiorizarme en cómo fue el proceso electoral; cómo se llevó a cabo, pero sobre todo de cambiar opiniones con el presunto diputado, candidato de nuestro partido, y de esta interiorización que tuve del proceso, llegué a la convicción de que había sido un proceso limpio y por esto ha pedido la palabra para presentarme a hablar en pro del mismo. Todos sabemos, porque lo hemos escuchado ya aquí en esta tribuna en repetidas ocasiones y porque en el caso de la que tiene el uso de la palabra lo viví en mis propias elecciones, que hubo algunos defectos imputables al padrón electoral. Todos sabemos porque lo hemos escuchado ya aquí en esta tribuna en repetidas ocasiones y porque en el caso de la que tiene uso de la palabra lo viví en mis propias elecciones, que hubo algunos defectos imputables al padrón electoral. Todos sabemos porque lo vivimos, que debido a ello hubo la necesidad de que se hicieran listas adicionales en muchos de los distritos electorales; sabemos también que la misma Ley autoriza a personas que aunque no estén domiciliadas en las casillas pueden votar en ellas, anotándose sus nombres en estas listas, cuando por diferentes circunstancias se encuentran en esos momentos en estas casillas, o sea que no es la primera vez que estamos escuchando que hay quejas en contra de esta parte del procedimiento electoral. Quizá pocas son las excepciones, desafortunadamente, en que el proceso electoral en algunos de los distritos de nuestra República, no acusen estas deficiencias: no he llevado una estadística para poder aquí ofrecerles a ustedes datos convincentes para decir en cuántos distritos electorales el proceso se llevó sin ninguna de este tipo de violaciones, tampoco quiero exagerar para decir o que son muchos o que son pocos, simple y sencillamente la realidad es que en una gran mayoría de los distritos electorales, por causas no imputables a nosotros los candidatos de cualquiera de los partidos contendientes, se señalaron fallas en el procedimiento de la elección. En este caso del Tercer Distrito de Sinaloa, con cabecera en la Ciudad de Culiacán, ocurrió lo que ocurrió en muchos otros distritos de nuestra República. No podemos decir que las fallas sean exclusivas o imputables al candidato de nuestro partido.

Segundo, por lo que respecta al uso de fuerza o al uso de violencia por parte de la autoridad en el Municipio de Culiacán, también tuve oportunidad de enterarme cómo habían acontecido los hechos que aquí han dado motivo de queja.

Leí informaciones periodísticas, leí documentos que me fueron proporcionados y el caso es que los compañeros del Partido Acción Nacional se encontraban celebrando un mitin en las afueras de uno de los mercados más importantes de Culiacán y cometieron algunas violaciones al Reglamento del Tránsito Local. Esto dio motivo a que la policía les pidiera retiraran los vehículos y como en este momento el mitin se estaba desarrollando, no hubo la oportunidad o no hubo la posibilidad de que lo hicieran; en ese momento fue donde se provocó un zafarrancho que sí dio motivo a que algunos de los participantes en el mitin fueran detenidos y ya fueran conducidos a la Jefatura de Policía, a las oficinas de tránsito municipales.

Sé y tengo por qué creerlo que ninguna de las altas autoridades partidistas, del Partido de Acción Nacional, ni el representante municipal ni el estatal, fueron de las personas que en el momento del zafarrancho, se vieron detenidas. Sino que con posterioridad ellas acudieron a las oficinas de tránsito a pedir la libertad de sus compañeros políticos... y fue entonces cuando estuvieron por momentos, transitoriamente, en las oficinas de la Policía de Tránsito de la Ciudad de Culiacán.

Estos hechos ocurren con toda frecuencia también en las acciones políticas. Por fortuna la apertura democrática que está viviendo nuestro país ha permitido que ocurrieran, cada vez con mucho menor frecuencia, durante las pasadas elecciones.

Considero, señoras y señores, que México efectivamente está viviendo un proceso de democratización. Me enorgullezco de que se me haya dado oportunidad de presentar mi candidatura a la Diputación de este LI Congreso de la Unión, en donde la aplicación de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales dará la oportunidad de que nosotros los mexicanos demostremos al mundo entero que

somos capaces de llevar la democracia a los hechos.

Si en este incidente en que cuando se realizaba un mitin del Partido Acción Nacional intervino la fuerza pública, es cierto que es un incidente que hay que lamentar, pero es también cierto que en muchas de las intervenciones que hemos escuchado en esta Tribuna, en la mayor parte de ellas, en ningún caso se ha presentado una situación semejante, lo que quiere decir que la democracia va por camino recto, y que ha sido la Ley lo que nos ha permitido desarrollarla y que un incidente de esta manera, ocasionado por violaciones a una Ley de Tránsito, no puede considerarse desde ningún punto de vista como un atentado en contra de la libertad democrática de los Partidos Políticos.

Ahora me voy a referir a la personalidad de nuestro candidato.

Se ha dicho que ganó en las casillas que no han sido impugnadas por una diferencia de poco más de 200 votos; que si se toman en cuenta todas las casillas, la diferencia es mucho mayor, y puedo decir que es una diferencia considerable.

Ahora bien, ¿quién es el candidato que presentó nuestro partido para contender en la lucha electoral en el III Distrito del Estado de Sinaloa?

Jesús Enrique Hernández Chávez, es uno de los jóvenes valores del Partido de la Revolución Mexicana. Jesús Enrique Hernández Chávez es un joven que ha militado en la política de su ciudad, de Culiacán, desde que era prácticamente un niño.

Se ha distinguido en las actividades intelectuales de su ciudad capital, como maestro universitario y es una persona profundamente conocida por quienes han asistido a la Universidad de Sinaloa. Es una persona, además, que militó durante cuatro años en la Confederación Nacional de Organizaciones Populares, en la Federación del Estado de Sinaloa y que todo esto le ha permitido ser ampliamente conocido por la ciudadanía de su ciudad y de su Estado.

Es una persona que, perdón, que goza de un sólida reputación como profesionista, es Notario Público y es una persona que siendo Notario Público podemos nosotros suponer que goza de la estima y de la confianza de la ciudadanía.

Siendo Presidente del Partido Revolucionario en Culiacán desarrolló su campaña. Un joven que a todas luces expuso, y con toda seguridad durante toda su campaña, lo que es la plataforma política de nuestro Partido. Un joven convencido de que por el camino que nos ha señalado nuestro Partido, el Partido Revolucionario Institucional, se puede llegar a la democracia y a la aplicación de la misma, sin necesidad de usar sistemas y medios fraudulentos.

Quienes militamos en el Partido Revolucionario Institucional, convencidos de que sus principios son la guía correcta para nuestro país en el momento en que México está reclamando una apertura a la democracia, no tenemos, señores por qué utilizar métodos fraudulentos, métodos violentos, para ganar una elección. Tenemos el apoyo del pueblo. Creo que nuestro candidato, Jesús Enrique Hernández Chávez contó con el apoyo del pueblo. Por otra parte, la ciudad de Culiacán se caracteriza por una gran apatía en la participación política. Hasta antes de ahora, el 10% de la población acudía a las urnas electorales para la nominación de diputados. En esta elección, acudió el 21% lo que significa que la presencia de los candidatos, de los tres Partidos que contendieron o de los cuatro Partidos que hayan contenido, logró movilizar a la población, pero en este caso, me cabe la certidumbre de que la población fue movilizada para apoyar la candidatura de nuestro candidato, de Jesús Enrique Hernández Chávez, candidato del Partido de la Revolución Mexicana, del Partido Revolucionario Institucional. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. Carlos Enrique Castillo, para hechos. 5 minutos.

El C. Carlos Enrique Castillo: Yo no discuto la personalidad de Jesús Hernández. Como ustedes pudieron darse cuenta, en ningún momento aludí a ella, ni a sus capacidades ni a sus méritos.

Yo quiero que se resuelva sobre el recurso de queja. Dije también que no me interesaban los 278, o los 3,096 votos de diferencia. Me interesaba que no hubiera duda alguna sobre un proceso cuyo desarrollo sí nos pone a dudar sobre su limpieza.

Y en cuanto a las detenciones, con todo respeto, yo estaba ahí ese día. Sí fueron del presidente regional y del presidente municipal, yo estuve entre quienes fueron a la cárcel municipal a sacarlos.

Yo fui de los que estuvieron ahí pocos minutos y en las oficinas. Ellos dos estuvieron un par de horas esposados y en la cárcel.

Yo quisiera que se resolviera sobre el recurso de queja. No voy hablar de personalidades, y a eso invito.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra a la diputada Beatriz Paredes, por la Comisión.

- La C. Beatriz Paredes: Señor Presidente. Honorable Colegio Electoral. La posibilidad de expresar en los términos y en las formas que se prevén en el ordenamiento jurídico los planteamientos de inconformidad, es una de las riquezas que en un sistema de derecho tenemos todos los mexicanos cuando decidimos transitar por ese camino. Nos corresponde ahora, a la Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora de este Colegio Electoral, respaldar el dictamen que -a pesar de que en ocasiones se califique irónicamente-, estudiamos con seriedad, puesto que sabemos que aquí estamos analizando los resultados de elecciones en donde se expresó la voluntad popular.

El Partido Acción Nacional en su recurso de queja, nos señala que el Comité Distrital Electoral, violó lo dispuesto por el artículo 222, fracción III, al no haber anulado la votación

en la mayoría de las casillas que contenían listas adicionales de electores, que se reunían los datos que la ley exige en el Artículo 185 tercero del último párrafo; pues la falta de estos datos sí implica que se permitió votar sin credencial y sin estar en la lista nominal de electores respectiva.

Ya el Secretario de Gobernación, en su exposición ante la opinión pública nacional y los partidos políticos manifestó que era preocupante de Estado mexicano todo el problema del padrón electoral. Que el padrón electoral en la circunstancia de este momento, sin lugar a dudas, tuvo una repercusión negativa en el desarrollo democrático de México, que será producto de la imaginación y del esfuerzo de todos los partidos políticos y del propio Estado mexicano, encontrar un sistema que permita perfeccionar este modelo de aplicación democrática.

Yo quisiera señalar, sin embargo, que esto no es privativo para los priístas, que en muchas ocasiones también y, dado que no se señalan casos específicos; en el caso de Sinaloa y en el caso de otras entidades en donde hubo problemas con el padrón electoral, ciudadanos debidamente acreditados pudieron votar en otras casillas, siempre y cuando no se afectara lo que señala la ley correspondiente.

Por otra parte, en el citado recurso de queja, el Partido de Acción Nacional señala que las casillas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 16, 21, 22, 24, 33, 34, 35, 40, 44, 53, 67 y 70 ha habido violaciones.

Quisiera, no abusando de su gentileza, porque ya se ha señalado que aquí tenemos el tiempo suficiente requerido para el análisis de cada expediente, especificar los resultados de la situación de estas casillas.

La casilla. No. 1 fue protestada por el Partido Comunista Mexicano y por el Partido Acción Nacional. No se presentaron pruebas y, por tanto, es improcedente esa propuesta.

La casilla No. 2 fue protestada por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Comunista Mexicano. No se presentaron pruebas y ambos partidos se desistieron de las protestas. El Partido Acción Nacional no señala tampoco aquí las pruebas suficientes.

La casilla número 3 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas, se declaró improcedente y además fue presentada extemporáneamente dicha protesta. La casilla número 4 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas y se presentó extemporáneamente dicha protesta. La casilla número 5 fue protestada por el Partido Acción Nacional, no se presentaron pruebas y además se presentó extemporáneamente. La casilla número 6 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, el Partido Comunista Mexicano y el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, no se presentaron pruebas, se declaró improcedente dicha protesta. La casilla número 7 fue protestada por el partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas y además fue presentada extemporáneamente dicha protesta. La casilla número 8 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas y se presentó extemporáneamente dicha protesta. La casilla número 9 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas suficientes. La casilla número 10 fue protestada por el Partido de Acción Nacional, no se presentaron pruebas y dicha protesta fue presentada extemporáneamente. La casilla número 13 fue protestada por el Partido Nacional, no se presentaron pruebas suficientes y dicha protesta se presentó de manera extemporánea. La casilla número 16 fue protestada por el Partido Acción Nacional, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana y el Partido Comunista Mexicano, no se presentaron pruebas suficientes y se declaró improcedente dicha protesta. La casilla número 21 fue protestada por el Partido de Acción Nacional y el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, no se presentaron pruebas y se declaró improcedente, además de que fue presentada extemporáneamente dicha protesta. La casilla número 22 fue protestada por Acción Nacional, no se presentaron pruebas suficientes. La casilla número 24 fue protestada por el Partido de Acción Nacional y el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, no se presentaron pruebas y se protestó extemporáneamente. La casilla número 33 la protestó el Partido Comunista en principio y fue protestada en este recurso de queja por el Partido de Acción Nacional, evidentemente sin haber agotado la anterior instancia.

La casilla número 34 fue protestada por el Partido de Acción Nacional y el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, no se presentaron pruebas y se declaró improcedente.

La protesta del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, fue presentada extemporáneamente.

La casilla No. 35, fue protestada por el Partido Acción Nacional.

Posteriormente se desistió de dicho recurso.

La casilla número 40 fue protestada por el Partido de Acción Nacional. No se presentaron pruebas suficientes y dicha protesta se presentó extemporáneamente.

La casilla número 44, fue protestada en primera instancia por el Partido Comunista Mexicano y por el Partido Acción Nacional, se declaró improcedente en virtud de carecer de pruebas suficientes.

La casilla número 53 fue protestada por el Partido de Acción Nacional que no presentó las pruebas suficientes.

La casilla número 67 fue protestada por el Partido de Acción Nacional que no lo hizo en una primera instancia.

La casilla número 70, fue protestada por el Partido Acción Nacional y no aportó las pruebas suficientes.

El recurso de protesta dentro el señalamiento de algunas irregularidades, debe estar acompañado de las pruebas necesarias que permitan fundar su veracidad y valor.

Si esto no sucede, pudiéramos suponer que a cualquier dicho acudirá la razón y eso no

tiene que ver ni con el Derecho ni con el orden.

Por otra parte, ya se señaló aquí, que el incidente que hubo entre algunos militantes de Acción Nacional y la fuerza pública, no tuvo mayores alcances y obran en poder del expediente, documentos fehacientes en donde se señala que no hubo ninguna acción de privación de la libertad para militantes de Acción Nacional.

Sin embargo, es válido para precisar algunas de las afirmaciones hechas por el distinguido militante de Acción Nacional que hizo uso de la palabra, que en el supuesto caso que las casillas que señalan en su recurso de queja tuvieran los elementos substanciales como para presumir su anulación, el que se diera esta anulación no afecta los resultados globales de la elección, y es precisamente el mismo artículo 223 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales el que a la letra dice:

"Una elección será nula cuando los motivos de nulidad a que se refiere el artículo anterior de declaren existentes en un 20% de las secciones electorales de un distrito electoral uninominal, y sean determinantes del resultado de la elección."

Creo que ha sido manejado aquí por él mismo una serie de cifras que pueden confundirnos.

En el supuesto caso de que todas las casillas que se señalan estuvieran anuladas, el Partido Revolucionario Institucional tendría una ventaja de alrededor de 260 votos, y por otra parte, en el resultado total de la elección hay una diferencia de alrededor de 40% a favor del candidato del Partido Revolucionario Institucional, lo que no es una diferencia mínima como se pretende hacernos creer, sino simplemente es la expresión de la voluntad ciudadana en ese distrito de Culiacán.

Lamentamos todos aquí reunidos, miembros del Colegio Electoral, que no haya habido mayor participación. Sin lugar a dudas la que se dio fue cualitativamente de alta calidad, y el electorado manifestó su voluntad pública.

Por lo antes expuesto, y considerando que lo fundamentado en el Dictamen que presentamos a este honorable Cuerpo Legislativo está fundado de Derecho y en un análisis exhaustivo del expediente, nos permitimos pedir a esta soberanía, se considere aprobado en sus términos. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. Carlos Enrique Castillo para hechos, cinco minutos.

El C. diputado Carlos Castillo: Tengo en mi poder el reporte de queja interpuesto por el Partido ante el comité distrital.

Sí, decimos que se violó el artículo 185, fracción tercera; señalamos que se violaron, además, el artículo 223, fracción uno, y creo que son suficientes; además, me parece que esa declaración de extemporaneidad es un poco forzada. Precisamente cuando se abrieron los paquetes dijimos: las pruebas son las listas adicionales, la prueba está ahí, la prueba son las listas adicionales; cómo se va a declarar eso extemporáneo, si fue durante la sesión y eso no se acepta como prueba, que ahí está, pues ¿qué se va aceptar como prueba, señores?

(Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría sí está suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Antonio Cueto Citalán: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie. Suficientemente discutido, señor Presidente. En consecuencia, en votación económica se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Aprobado, señor Presidente.

(Aplausos.)

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el III Distrito del Estado de Sinaloa.

Son diputados por el distrito electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Jesús Enrique Hernández Chavéz y Jorge Guillermo Félix Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución General de la República y 18, 20, 21 Fracción 1a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta tercera sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al XIV Distrito Electoral Federal del Distrito Federal, con cabecera en la ciudad de México.

En este distrito contendieron los siguiente Partidos y Candidatos:

PAN: propietario; Jesús Galván Muñoz; suplente, Arturo Peña Avila.

PRI: propietario, Eduardo Anselmo Rosas González; suplente, Ignacio Jacinto Huehpa.

PPS: propietario, Maximiliano León Murillo; suplente Mariano Orozco Alvarez.

PARM: propietario, Elías Rentería Rentería; suplente Vartán Agophian Manzur

PDM: propietario, José Luis Romero Gutiérrez; suplente Arturo Guzmán Gómez.

PCM: propietario, Alberto Lumbreras Narváez; suplente Jaime Bali West.

PST: propietario, Clementina Contreras Rodríguez, suplente Margarito Alaniz Hernández.

El día 1o. de julio del presente año, de acuerdo con el Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de acuerdo con el Artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el escrutinio en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo con la disposición, del Artículo 212 de la Ley citada, encontrándose los siguientes resultados:

PAN 9,184 votos.

PRI 28,316 votos.

PPS 4,260 votos.

PARM 1,072 votos.

PDM 1,912 votos.

PCM 6,967 votos.

PST 2,033 votos.

Ese mismo día el Comité Distrital Electoral expidió Constancia de Mayoría de Votos tal y como lo ordena la Sección A inciso 8 del Artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor de los CC. Eduardo Anselmo Rosas González e Ignacio Jacinto Huepha como Candidatos a Diputados Propietario y Suplente, respectivamente.

El día 10 de julio del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del Artículo 218 de la repetida Ley.

No existen en el expediente protestas, inconformidades o recurso de queja por parte de los Partidos o Candidatos contendientes.

En virtud de lo anterior, esta Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el XIV Distrito Electoral federal del Distrito Federal, con cabecera en la ciudad de México.

Segundo. Son Diputados a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Eduardo Anselmo Rosas González e Ignacio Jacinto Huepha, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1979.

Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal."

El C. secretario José Murat: Está a discusión el dictamen. No Habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Aprobado.

El C. Presidente: San válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el décimo cuarto distrito electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura, los CC. Eduardo Anselmo Rosas González e Ignacio Jacinto Huepha, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones para Diputados Federales de mayoría, que se llevaron a cabo el pasado día primero de julio en el VI Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Contendieron en dichas elecciones, candidatos de todos los partidos Políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN: propietario, Román Barreto Rivera; suplente, Julio Juárez Fierro.

PRI: propietario, Daniel Mejía Colín, suplente, Graciano Morales Ortiz.

PPS: propietario, Jesús León Chavarría; suplente, Arturo Mata Figueroa.

PARM: propietario Antonio Linares Peña; suplente, Alejandro Olea Laguna.

PDM: propietario, Luis Cortés Acevedo; suplente, Jesús Aguirre Jaime.

PCM: propietario Mario Héctor Rivera Ortiz; suplente, Gloria Rafaela Pimentel Chagoya.

PST: propietario, Manuel Terrazas Guerrero; suplente Francisco Varela Florentino.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 7,926 votos.

PRI 22,883 votos.

PPS 3,650 votos.

PARM: 758 votos.

PDM 1,456 votos.

PCM 4,995 votos.

PST 1,936 votos.

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el Artículo 212 sección A inciso 8 de la Ley federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a los Candidatos a Diputados Federales CC. Daniel Mejía Colín y Graciano Morales Ortiz, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas.

Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebrados el día primero de julio de 1979 en el VI Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo. Son Diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Daniel Mejía Colín y Graciano Morales Ortiz, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1979.

Por la Primera Comisión, Cuarta Sección: Licenciado Hesiquio Aguilar de la Parra, Presidente.- Armando Neyra Chávez, Secretario,- Doctor, Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado Alfonso Zegbe Sanen, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Aprobado.

El C. Presidente: Son Válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el sexto distrito electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Daniel Mejía Colín y Graciano Morales Ortiz, propietario y suplente, respectivamente. (Aplausos.)

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día primero de julio en el XVIII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Contendieron en dichas elecciones, candidatos de todos los Partidos Políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN: propietario, Ernesto Salas Tejeida; suplente, María Teresa Osorio Vázquez.

PRI: propietario, Leobardo Salgado Arroyo; suplente, María de la Luz Estela Tirado y Valle.

PPS: propietario, Carlos Portuguez Flores; suplente, Elba Estela Zubieta Luna.

PARM: propietario, Luis Torres Fuentes; suplente, Alejandro Pacheco Monroy.

PDM: propietario, Timoteo Vázquez Morales; suplente Arturo López Barajas.

PCM: propietario, Oscar González López; suplente, Aurelio Lozano Sánchez.

PST: propietario, Alfonso Arámbula Robles; suplente, Fernando Cuauhtémoc Rubio Lugo Pérez.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 9,726 votos.

PRI 27,173 votos.

PPS 2,187 votos.

PARM 1,174 votos.

PDM 1,980 votos.

PCM 6,899 votos.

PST 1,503 votos.

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría con base en el Artículo 212 sección A inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los Candidatos a Diputados Federales CC. Leobardo Salgado Arroyo y María de la Luz Estela Tirado y Valle, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas.

Por tales razones y con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18, 20, 21, Fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso general, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio último en el XVIII Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Segundo. Son Diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Leobardo Salgado Arroyo y María de la Luz Estela Tirado y Valle, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1979.

Primera Comisión, Cuarta Sección: Licenciado Hesiquio Aguilar de la Parra.- Presidente.- Armando Neyra Chávez, Secretario.- Doctor, Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado Alfonso Zegbe Sanen, Vocal."

El C. Presidente: Se ruega a las tribunas mantener el orden.

El C. secretario Antonio Cueto Citalán: Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba, en sus términos.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el décimo octavo distrito electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el mencionado distrito electoral a la LI Legislatura, Leobardo Salgado Arroyo y María de la Luz Estela Tirado y Valle, propietario y suplente, respectivamente.

- El secretario José Murat:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones para Diputados Federales que se llevaron a cabo el pasado día primero de julio en el I Distrito Electoral Federal del Estado de Coahuila, con cabecera en la ciudad de Saltillo.

Contendieron en dichas elecciones candidatos de todos los partidos políticos, mismos que con toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN: propietario, Jesús Sánchez de la Peña; suplente, Francisco Javier Recio Zertuche.

PRI: propietario, Jorge Masso Masso; suplente, José Guadalupe Zuno Contreras.

PPS: propietario, Héctor Morquecho Rivera; suplente, Jesús Alcocer Villagrán

PARM: propietario, Rafael Carranza Hernández; suplente, Yolanda Elizondo de Chaccourt.

PDM: propietario, Alfredo Rodríguez Hernández, suplente, Mario Esteban Gámez Pérez.

PCM: propietario, Héctor Rodríguez Valdez, suplente, María Teresa Ortiz Mendoza.

PST: propietario, Francisco Navarro Montenegro; suplente, María del Rosario Ramos.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital Electoral, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 7,854 votos.

PRI 17,129 votos.

PPS 433 votos.

PARM 789 votos.

PDM 309 votos.

PCM 1,941 votos.

PST 5,742 votos.

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral expidió constancia de mayoría fechada el 31 de julio último bajo el número 207 con base en el Artículo 212 sección A inciso 8 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los candidatos a Diputados Federales CC. Jorge Masso Masso y José Guadalupe Zuno Contreras, propietario y suplente, respectivamente.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas. El 9 de julio de 1979, el Candidato del Partido Acción Nacional presentó recurso de Queja contra los resultados consignados en el Acta de cómputo Distrital y de la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital Electoral, fundándolo básicamente en que con anterioridad, el día 7 del mismo mes el Comité Distrital había acordado desechar los recursos de protesta interpuestos, acuerdo contra él cual interpuso formalmente el recurso de revisión. El ciudadano Jorge Masso Masso, a quien se expidió constancia de mayoría, dio contestación al recurso de Queja alegando lo que a su derecho convino.

Examinada la documentación relativa, esta Comisión encontró que efectivamente se presentaron recursos de Protesta y que es cierto que el día 7 de julio de 1979 se celebró sesión del Comité Distrital Electoral en la que se hicieron análisis y se tomaron resoluciones de los escritos de protesta notoriamente improcedentes; que dichos actos se realizaron conforme a la orden del día aprobada por los presentes, entre ellos los comisionados de los Partidos Políticos y en particular el del Partido Acción Nacional, que así expresó su consentimiento para el estudio y resolución de su Protesta. Que los diversos recursos de Protesta interpuestos se tramitaron conforme a las disposiciones legales aplicables y que concluyó el término para presentar pruebas y alegatos sin que lo hubiera hecho Partido alguno recurrente, lo cual se hizo constar, por lo que los recursos, cualquiera que fuera su fundamento, resultaron notoriamente improcedentes.

Que independientemente de lo anterior, el día 8 de julio de 1979 de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, el Comité Distrital Electoral celebró sesión para hacer el cómputo de la votación y levantó acta circunstanciada que fue firmada por los comisionados de los Partidos y los funcionarios del Comité que estuvieron presentes y que a esa sesión acudió, también, el Candidato del Partido Acción Nacional, C. Jesús Sánchez de la Peña, quien interpuso el recurso de Queja. En la misma se hace constar que primero se procedió al cómputo de la votación analizando los paquetes sin objeciones y que una vez terminado dicho escrutinio se procedió al de los correspondientes a casillas impugnadas. Es cierto que en el texto del Acta se hace constar que dicha impugnación se declaró no procedente en la sesión de la víspera, pero también lo es que a renglón seguido se afirma que el secretario presentó el proyecto del Comité de resolución de las casillas impugnadas, el cual fue aprobado por mayoría de votos de los presentes, contado únicamente con el voto contrario del Partido Acción Nacional "quien a través de su Candidato a Diputado Propietario manifestó que acepta que la mayoría de votos a favor del proyecto en contra de su opinión es formalmente correcto"

De lo anterior resulta que aún suponiendo, sin conceder que las resoluciones del Comité Distrital Electoral adoptadas el día 7 de julio de 1979 fueron improcedentes, se superó

cualquiera violación que hubiera podido existir al procedimiento cuando el Comité Distrital Electoral en la sesión de cómputo de la votación separó las casillas no impugnadas de las impugnadas, conoció de la resolución propuesta sobre la protesta y la aprobó, procedimiento con el cual de manera expresa se manifestó conforme el candidato del Partido Acción Nacional, quien interpuso posteriormente el recurso de Queja.

Por las consideraciones anteriores se considera que es improcedente el recurso de Queja interpuesto y que no existen procedimientos pendientes de resolver que afecten los cómputos de esta elección.

Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, artículos 18, 20, 21, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio de 1979, en el I Distrito Electoral del Estado de Coahuila, con cabecera en la ciudad de Saltillo.

Segundo. Son Diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Jorge Masso Masso y José Guadalupe Zuno Contreras, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1979.

Primera Comisión, Cuarta Sección: licenciado Hesiquio Aguilar de la Parra, Presidente.- Armando Neyra Chávez, Secretario.- Doctor, Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado Alfonso Zagbe Sanen, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Primer Distrito Electoral del Estado de Coahuila.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Jorge Masso Masso y José Guadalupe Zuno Contreras, propietario y suplente, respectivamente.

-El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral que se llevó a cabo el pasado primero de julio del presente año, en el XX Distrito Electoral Federal del Distrito Federal con cabecera en la ciudad de México, Distrito Federal.

El Comité Distrital Electoral quedó debidamente instalado en los términos del Artículo 92 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Todos los partidos políticos legalmente constituidos, registraron fórmulas para candidatos a Diputado Federales.

Oportunamente se publicaron las listas de ubicación de casillas y los nombres de los funcionarios correspondientes.

El primer domingo de julio fueron debidamente instaladas 204 casillas que integran el Distrito Electoral Federal.

Después de efectuado el cómputo distrital de la elección verificada en este Distrito se obtuvo el siguiente resultado:

PAN: propietario, doctor José Valentinoti Monroy; suplente, José Rodrigo Juárez Canales: 11,635 votos.

PRI: propietario, Ricardo I. Castañeda Gutiérrez; suplente, Melesio López Ojeda 32,297 votos.

PPS: propietario, Facundo González C.; suplente, Fernando Ramírez Sánchez, 2,319 votos.

PARM: propietario, Antonio Rodríguez Ruiz; suplente, Francisco López Cortés, 1,030 votos.

PDM: propietario, Mayo Arturo Bravo Hernández; suplente, José Veloz Lara, 2,568 votos.

PCM: propietario, Manuel Arturo Salcido B.; suplente, Jaime Corona Valencia, 7,252 votos.

PST: propietario, Jorge Gutiérrez Arias; suplente, Juan Gómez López, 2,084 votos.

Habiéndose desarrollado la votación, con toda normalidad se desprende que el Proceso electoral se ajustó a los términos de la Ley.

El Comité Distrital Electoral después de verificar la votación emitida, extendió constancia de mayoría a los CC. Ricardo Castañeda Gutiérrez y Melesio López Ojeda, candidatos propietario y suplente, respectivamente, postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

La Constancia de Mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, habiéndose remitido la documentación relativa a esta H. Cámara.

En mérito a lo expuesto y con fundamento en los artículos 60 de la Constitución General de la República y 18, 20, 21, Fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, esta Comisión se permite someter a la consideración de esta H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio de 1979 en el Vigésimo Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Segundo. Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión los CC.

Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez y Melesio López Ojeda, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1979.

Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal"

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Vigésimo Distrito Electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Ricardo Ignacio Castañeda Gutiérrez y Melesio López Ojeda, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Honorable Asamblea:

A esta Comisión Dictaminadora, Segunda Sección, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente relativo a la elección de Diputados Federales verificada el 1o. de julio del año en curso en X Distrito Electoral del Estado de Chihuahua con Cabecera en Cuauhtémoc.

Hecho el estudio de las constancias del proceso electoral que obran en el expediente en mención, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDOS

1o. Que los Organismos Electorales ajustaron su actuación a las normas y presupuestos señalados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Organizaciones Políticas y su Reglamento.

2o. Que se dio cumplimiento a lo establecido en los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92, 96, 105, 109, 164, 165 y demás aplicables de la LOPPE y los correlativos de su Reglamento, en la preparación y desarrollo del Proceso Electoral.

3o. Que en estas circunstancias, los Partidos políticos nacionales registraron las siguientes fórmulas de candidatos a Diputados Federales por el principio de mayoría relativa:

PAN: propietario, Porfirio Carrillo Tuadera; suplente, Jesús Gómez Espinosa.

PRI: propietario, Alfonso Jesús Armendáriz Durán; suplente, Roberto Avila Rede.

PPS: propietario, Domingo Sam Lee Sánchez; suplente, Juan Francisco Pérez Lozano.

PARM:

PDM: propietario, Moisés Caraveo Castillo; suplente, Rafael Hernández Ramírez.

PCM: propietario, Alberto Trinidad Heredia Castillo; suplente, Marcelino Araiza Saucedo.

PST: propietario, Jesús Baray Enríquez: suplente, Ernesto Meraz González.

4o. El día 1o. de julio de 1979 se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a las secciones de este Distrito Electoral conforme a las listas publicadas en su oportunidad, cumpliéndose durante el desarrollo del proceso con las disposiciones de los artículos 182, 184, 185, 187, 192 y 193 de la Ley Federal Electoral.

5o. Concluida la votación se procedió en los términos de los artículo 194, 199 Y 203, remitiéndose los paquetes electorales tal como lo dispone la Ley, al Comité Distrital Electoral.

6o. En el cumplimiento a los dispuesto en el artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, en sesión del día 8 de julio del año en curso se verificó el cómputo de la votación emitida en todas las casillas del Distrito, obteniéndose los siguientes resultados: PAN 577, PRI 20,638, PPS 495, PARM 33, PDM 414, PCM 551, PST 98.

7o. Hecho el cómputo y vistos los resultados anteriores, se expidió constancia de mayoría de votos a favor de la fórmula de candidatos del Partido Revolucionario Institucional, procediéndose en los términos del artículo 212, Sección A, párrafos 8 y 9 de la Ley de la Materia.

8o. En la Comisión Federal Electoral se aprobó el registro de la referida Constancia de Mayoría considerándose para el efecto las documentales que señala el artículo 218 de la Ley.

9o. Con vista en las Constancias Procesales y en la información recibida de la Comisión Federal Electoral en los términos del artículo 219 de la LOPPE, se da cuenta con un escrito fechado el 8 de julio de 1979 por el que el Partido Demócrata Mexicano hace algunas observaciones sobre supuestas irregularidades del proceso electoral en las casillas correspondientes a los Municipios de Guachochi, Cusihuiriachic, Nonoava, Valle de Zaragoza y Belisario Domínguez, todos de este Distrito Electoral. Las pretendidas irregularidades se refieren concretamente a la rapidez con que se llevó a efecto la votación, a la falta de votación, a la falta de votación en urnas de representación proporcional en unas casillas, y de la exclusividad de votos para los Partidos Acción Nacional y Revolucionario Institucional en otras.

10. Ninguna de las pretendidas anomalías aparecen señaladas en documentación que se hubiese aportado en tiempo ante el Comité Distrital y, analizadas individualmente y en conjunto, no llegan a constituir causales de nulidad de votación de casilla o distrital de las señaladas en los artículos 222 y 223 de la Ley Federal Electoral, por lo que, con base en las constancias procesales y con fundamento en las disposiciones invocadas y además en los artículos 219 de esta Ley y 140, 143 de su Reglamento, procede desestimar lo manifestado por el Partido Demócrata Mexicano en el escrito referido en el considerando anterior.

Por todo lo expuesto con anterioridad, con apoyo en los artículos 55 y 60 de la Constitución General de la República, 222, 223, 225, 229, 232, 233 de la LOPPE en relación con los

artículos 132, 140, 142 y 151 de su Reglamento, y además, con base en lo dispuesto en lo numerales, 18, 20 y 21, fracción I, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración del H. Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero, Se desestima por improcedente e infundado, el escrito del Partido Demócrata Mexicano a que se hace mención de los considerandos noveno y décimo de este Dictamen.

Segundo. Son legítimas y válidas las elecciones de Diputados Federales por Mayoría Relativa efectuadas en el X Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, con Cabecera en Cuauhtémoc.

Tercero. Son diputados federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los ciudadanos Alfonso Jesús Armendáriz Durán y Roberto Avila Rede, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1979.- Doctor Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete Romero, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal.

" Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente. -

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en Décimo Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.

Son diputados por el Distrito Federal indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Alfonso Jesús Armendaríz Durán y Roberto Avila Rede, propietario y suplente, respectivamente.

- EL C. Secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora, Primera Sección.

H. Colegio Electoral.

Con fundamento en los artículos 60 de la Constitución y 18, 20, 21 Fracción 1a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta I Sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al XIV Distrito Electoral del Estado de Puebla.

En ese Distrito contendieron los siguientes Partidos y Candidatos:

XIV Distrito, Cabecera: Tepeaca.

PAN: propietario, Felipe Rojas Sánchez; suplente, Guillermo Romero Balderas.

PRI: propietario Melquiades Morales Flores: suplente, Julio Heberto Calderón Calderón,

PPS: propietario, Alejandro Méndez Avendaño; suplente, Manuel López Sandoval.

PARM: propietaria, Alba Huerta Ruiz, suplente, Martín Barranco López.

PDM: propietario, Rodolfo Bravo Vázquez; suplente, Miguel Campos Chávez.

PCM: propietario, Raúl Lima Mendoza; suplente, Marco Antonio Pineda Contreras.

PST: propietario, José de Jesús Chavéz Palma; suplente, Pedro Anastasio Jiménez Fuentes.

El día primero de julio del presente año, de acuerdo con el artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de conformidad con el artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el cómputo en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo a la disposición del artículo 212 de la Ley citada, y ese mismo día expidió Constancia de Mayoría de votos tal y como lo ordena la sección A, Inciso 8 del artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor del C. licenciado Melquiades Morales Flores como candidato a Diputado Propietario y del C. Julio Heberto Calderón Calderón, como candidato a Diputado Suplente.

El día 3 de agosto del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del artículo 218 de la repetida Ley.

No consta en el expediente que hayan habido protestas, inconformidades, ni recurso de queja por parte de los Partidos y Candidatos contendientes.

En virtud de lo anterior, se propone a la Asamblea los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio de 1979, en el XIV Distrito Electoral del Estado de Puebla.

Segundo. Son diputados por mayoría por el Distrito Electoral indicado a la LI Legislatura CC. Melquíades Morales Flores, Propietario y Julio Heberto Calderón, Suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 21 de agosto de 1979.- Presidente, Armando del Castillo.- Secretario, Manuel Rangel Escamilla.- Vocal, Juan Maldonado Pereda.- Vocal, Humberto Romero Pérez."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o.

de julio de 1979 en el Décimo Cuarto Distrito Electoral del Estado de Puebla.

Son diputados por el distrito electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Melquiades Morales Flores y Julio Heberto Calderón, propietario y suplente, respectivamente. - El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Honorable Asamblea:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado día 1o. de julio del año en curso en el 30o. Distrito Electoral del Distrito Federal.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos.

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la LOPPE y a su respectivo reglamento.

2o. Se dio cumplimiento a lo establecido por los artículos 74,75, 76, 84, 88, 90, 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 167 de la LOPPE.

4o. Como consecuencia, los siete partidos políticos nacionales registraron fórmulas para candidatos a diputados federales, propietarios y suplentes respectivamente en los términos siguientes:

PAN: propietario, Federico Ling Altamirano; suplente, Eduardo Carrillo Díaz.

PRI: propietario, Roberto Blanco Moheno; suplente, Abel Ochoa Carlín.

PPS: propietario Bulmaro Olguín Rivas; suplente, Magdalena Cepeda Rodríguez.

PARM: propietario, Darío Luna Cuervo; suplente, Rodolfo Rodríguez González.

PDM: propietario Baltazar Ignacio Valadez Montoya; suplente, María de Jesús Raya Mena.

PCM: propietario, Samuel Santoyo León; suplente, Alicia Maldonado Rojas.

PST: propietario, Carlos Ernie Omaña Herrera; suplente, Jorge Alfredo Olvera Pérez.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la LOPPE, el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este 30o. Distrito Electoral.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito Electoral y durante el desarrollo del proceso los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la LOPPE en sus artículos 182, 184 y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital mencionado, en cumplimiento al artículo 203 de la ya citada Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este Distrito Electoral.

PAN 10,557

PR I28,104

PPS 2,866

PARM 926

PDM 2,529

PCM 6,985

PST 2,786

9o. Las protestas fueron conocidas, substanciadas resueltas por el Comité Distrital, de conformidad a los señalado en la LOPPE.

10. En cuanto a la queja presentada por le PAN en un punto primero donde habla de la deficiencia del Registro Nacional de Electores, es conveniente manifestar que de acuerdo a lo establecido por el artículo 134, párrafo II de la LOPPE, los partidos políticos, las asociaciones políticas nacionales y los ciudadanos son auxiliares en las tareas de depuración del padrón electoral del Registro Nacional de Electores. Por otra parte los artículos 150 y 151 del mencionado ordenamiento electoral, establecen con toda claridad que los partidos y asociaciones políticas nacionales, como los ciudadanos, pueden acudir a las delegaciones del Registro Nacional de Electores con las pruebas necesarias para solicitar la exclusión o la inclusión cuando lo juzguen procedente, dentro del término establecido en la propia Ley. Por lo que este punto de queja se desecha por ser extemporáneo y no haberse interpuesto el recurso en tiempo y forma.

11. EN Cuanto al segundo punto del escrito de la quejosa, donde argumenta la falta de capacitación de los funcionarios de casilla, que muchos de ellos son nuevos en estas tareas y pone como ejemplo las actas de las casillas 57, 111, 93, 124, 126, 164, 109, 71, 153, 104, 154, 175, 9, 33, 166, 34, 7-A, 131, 181, 156, 98, 123, 49, 115, 38, 10, 77, 16, 63, 107, 117, 142, 21, 55, 4, 155, 141, 135, 31, 113, 168, 119, 41, 105, 150, 100-F, 27, 162-A, 22, 92, 50, 154, 184, 24, 174-A, 81, 185, 177, 110, 90, 83, 157, 127, 152, 82, 91, 171, 167, 8, 101, 170 y 155.

Resolvemos: en primer lugar los casos expuestos por la quejosa son a manera de ejemplo; en segundo lugar no se aporta prueba alguna en cuanto a las casillas mencionadas que nos pudiera permitir hacer el estudio y examen correspondiente, por lo que dictaminamos improcedente el presente punto.

12. En cuanto al tercer punto de la queja del PAN respecto a los cambios de ubicación de

casillas en un 30% es decir de 60 casillas, entre la primera y segunda publicación y 40 casillas cambiadas entre la segunda publicación y la publicación definitiva.

Esta Comisión dictaminó que con fundamento en los artículos 105, 106 y 107 de la LOPPE, así como del 76 y 79 de su respectivo reglamento el PAN debió haberse inconformado ante el Comité Distrital respecto a la ubicación de las casillas dentro de los términos que los mencionados artículos establecen. Por otra parte los comisionados de los partidos políticos nacionales PRI, PPS, PDM PCM, PST y los funcionarios del Comité Distrital en acta de fecha 29 de junio de 1979, manifestaron su conformidad del cambio de ubicación de las casillas por las causas de fuerza mayor que puso a consideración el Comité Distrital haciendo notar que dichos cambios se hicieron dentro de la sección tal y como lo señala la Ley; además se publicaron en los periódicos. Por lo anteriormente expuesto declaramos improcedente el tercer punto de la queja.

13. En cuanto a los argumentos que dentro de la queja se examinan, el PAN manifestó que el candidato del PRI utilizó procedimientos primitivos para agenciarse la voluntad popular tales como regalar balones, cuadernos, suéteres etc... Esta Comisión manifiesta que estos medios o procedimientos no están considerados ilegales y por consiguiente declaramos improcedente este punto que nos ocupa.

14. En cuanto a la queja interpuesta por el PPS en sus puntos 1, 2 y 3 esta Comisión de clara que fueron conocidos substanciados y resueltos por el Comité Distrital y como lo establece el artículo 228 y además, con fundamento en el artículo 232, el recurso de queja procede únicamente cuando se hubiesen hecho valer o agotado en tiempo y forma los recursos que esta Ley establece ante los órganos electorales, situación que no sucedió, en virtud de que el PPS no agotó el recurso de revisión previsto en el artículo 231 de la ya multicitada Ley Electoral.

15. En cuanto a los puntos 4 y 5 de la queja que nos ocupa y en donde se argumenta que se rebasó el 10% de la lista adicional, esta Comisión manifiesta que no es posible darle curso a este punto en virtud de que la quejosa no aportó prueba alguna que permita hacer el análisis correspondiente así como tampoco aporta probatorio alguno que nos demuestre los hechos argumentados en el punto 5 de la queja.

Por lo que se refiere al acta de escrutinio de representación proporcional en el paquete electoral, esta Comisión declara incompetente de conocer el punto, puesto que no está dentro de sus facultades y no está autorizada para resolver sobre los casos presentados en los paquetes de elección de Representación Proporcional.

16. De los resultados del cómputo final de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrado por Roberto Blanco Moheno y Abel Ochoa Carlín, propietario y suplente, respectivamente.

17. Tomando en consideración el informe y en acatamiento el artículo 218 de la LOPPE, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos Mexicanos, de la LOPPE y su respectivo Reglamento y en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este honorable Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para Diputados Federales tuvieron lugar, el día 1o. de julio de 1979, en el 30o. Distrito Electoral Federal del Distrito Federal.

Segundo. En cuanto al punto primero de la queja del PAN, se declara improcedente, por ser extemporáneo y no haberse ajustado a Derecho tal y como se demuestra en el considerando 10 de este dictamen.

Tercero. Se declara improcedente por no haber aportado prueba alguna tal y como quedó expuesto en el considerando 11 del dictamen.

Cuarto. Se declara improcedente el tercer punto de la queja del PAN en virtud de que este partido no hizo uso de los derechos que consigna la LOPPE en los artículos 105, 106 y 107 así como del 76 y 77 de su Reglamento, además de no haberse inconformado, tal y como quedó expuesto en el considerando 12 de este dictamen.

Quinto. Con fundamento en el artículo 233 se desecha el punto analizado en el considerando 13 por ser notoriamente improcedente.

Sexto. En cuanto a la queja del PPS en sus puntos 1, 2 y 3, se declara improcedente en virtud de no haber agotado los recursos en todas sus instancias y en tiempo y forma de conformidad al artículo 232, tal y como quedó expuesto en el considerando 14.

Séptimo. No proceden los puntos 4 y 5 de la queja del PPS en virtud de no haber aportado las pruebas que fundamente sus dichos, de conformidad a lo establecido en el artículo 151 fracción III del Reglamento de la LOPPE.

Octavo. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Roberto Blanco Moheno y Abel Ochoa Carlín, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 20 de agosto de 1979.- Doctor Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor Alfredo Navarrete Romero, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

El C. Presidente: Esta Presidencia se permite, muy atentamente, hacer una excitativa a los miembros de este Colegio Electoral, para que sus integrantes cuando hagan uso de la palabra, actúen con ponderación elevando

la calidad del debate. Asimismo los exhortamos a no excederse en el uso de la prerrogativa que el artículo 102 del Reglamento otorga para usar la tribuna para hechos. Muchas gracias.

El C. secretario José Murat: Está a discusión el dictamen.

El C. Presidente: Se han inscrito para la discusión de este dictamen, los siguientes oradores: Jesús Ortega, Federico Ling, Gerardo Unzueta, Humberto Pliego, en contra.

En pro: el presunto Roberto Blanco Moheno, Alfredo Navarrete, por la Comisión y Rosa María Campos.

Tiene la palabra el presunto diputado Jesús Ortega.

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Jesús Ortega.

El C. Jesús Ortega: Señor Presidente;

Ciudadanos miembros del Colegio Electoral;

Señoras y señores:

Considerando que la política es la ciencia de gobernar, de orientar; considerando que somos políticos; considerando que este es un foro eminentemente político; considerando por lo tanto que los argumentos deben ser también eminentemente políticos, argumentos políticos como los de la gloriosa generación de la Reforma, cuando se oponía a los reaccionarios y al clero; argumentos políticos como los de Francisco I. Madero en el Plan de San Luis, cuando para arengar al pueblo llamaba dictador y ladrones al gobierno de Porfirio Díaz, entonces, nuestros argumentos van a ser también eminentemente políticos.

Existen tareas, compañeros, existen tareas revolucionarias que aparte de ser una responsabilidad para nosotros, son también un enorme placer. Subir a la tribuna en esta ocasión, es una de esas tareas, porque en el caso del Distrito XXX del Distrito Federal, donde el presunto diputado se llama Roberto Blanco Moheno, es una responsabilidad, una obligación e ineludible necesidad de denunciarlo.

Lástima que sean solamente 15 minutos; el pueblo de México debe saber quién es Blanco Moheno y para eso necesita mucho más de 15 minutos. (Aplausos.) Sería desde nuestro punto de vista un insulto al pueblo de México y a la historia revolucionaria de México que Roberto Blanco Moheno entrara a la Cámara de Diputados.

Como decía un compañero: "Roberto Blanco Moheno no debe entrar a la Cámara de Diputados porque de seguro, por sus antecedentes, las elecciones no fueron limpias; pero mucho más que eso, porque hombres del pensamiento y la acción como Blanco Moheno no deben entrar a esta Cámara de Diputados, pues socavan la soberanía de la nación.

De todos es conocido que Blanco Moheno es, entre otras cosas un señor que ha hecho del anticomunismo un redituable negocio particular; que ha hecho del anticomunismo y del antinacionalismo una redituable empresa, pero, además de esto, que ya sería suficiente, veamos lo siguiente:

Las sociedades, compañeros, van siempre en constante evolución, en consecuencia, los hombres van elevando su pensamiento y su acción, vienen los cambios, las revoluciones y se instauran sociedades cada vez mejores, cada vez más justas. México no es la excepción. Se dio la Independencia y se derrotó al Colonialismo Español y surgimos como país políticamente libre. Se dio la Revolución de la Reforma y con hombres como Benito Juárez se derrotó, se derrotó al oscurantismo, al clero y a la reacción; se dio la Revolución de 1910 y se derrotó con hombres como Flores Magón, Zapata y Francisco I. Madero y el pueblo de México derrotó la dictadura de Porfirio Díaz y así, por las luchas del pueblo, surgirá la nueva sociedad socialista y se terminará con la explotación y se derrotará al imperialismo.

La Reforma Política que surge por la lucha del pueblo, es a pesar de sus fallas, un avance del pueblo, es a pesar de sus fallas un avance limitado, aun lo sabemos, lo comprendemos pero esto es un avance. En consecuencia esta Cámara de Diputados, pensamos, es mejor por el solo hecho de que estamos aquí ya, los representantes de la izquierda revolucionaria.

Compañeros, ¿qué significaría que en esta Cámara se sentara un hombre que no sólo está en contra del progreso del pueblo, que está en contra de que se termine con la miseria del pueblo, sino que junto a esto -me refiero a Blanco Moheno- atenta contra la dignidad del pueblo y atenta contra la soberanía de la nación, pues es bien conocido que trabaja para el imperialismo norteamericano?

Por eso no debe estar aquí.

¿Qué hubiese significado que la generación gloriosa de la Reforma hubiese cedido al clero y a la reacción; qué hubiese significado, compañeros, pensemos en esto, que los constituyentes del 17 hubiesen aceptado en el Congreso a los científicos de Porfirio Díaz?

¿Qué significará que este congreso acepte gentes como Roberto Blanco Moheno?

Significará que se retroceda, que vaya en contra de la historia, que se vaya en contra del pueblo de México.

Blanco Moheno, es sabido por todos, avala y además se enorgullece de ello, la miseria, la explotación, la represión, las matanzas del pueblo, avala las dictaduras de América Latina, sionismo y además lucha por imponer en México un Gobierno como el de Somoza o el de Pinochet.

Ven, compañeros porqué también es un placer en esta ocasión subir a la tribuna y porque son poco quince minutos.

Para terminar, si resultase aprobado el dictamen, señores del PRI nuestro más sincero pésame.

Realmente lo sentimos. Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Federico Ling, de Acción Nacional.

El C. Federico Ling (desde su curul): Estoy en contra, señor Presidente.

El C. Presidente: Perdón; tiene la palabra el señor Roberto Blanco Moheno.

El C. Roberto Blanco Moheno: H. Colegio Electoral:

Sabía que se me iba a injuriar, porque cuando faltan razonamientos y pruebas se recurre siempre a la vileza, a la cobardía y a que se junte un montón de cobardes a pararse frente a un hombre.

Y les confieso a ustedes que he estado muy nervioso, pero no por miedo a esos señores, que se parecen al pájaro de las pampas, que se llama "chingolo" y me perdonan pero así se llama, que cantan en algún lugar, pero los huevos los tienen en otro continente.

¡Sí!; ¡Sí!; ¡Sí!; ¡Sí! He estado muy nervioso por el profundo respeto que le tengo a esta tribuna, la más alta de México. Y afortunadamente en la biblioteca de seis mil volúmenes que tengo, con lo que según los señores me he robado, con 40 años de trabajo por el pueblo de México, afortunadamente me encontré un libro de Carlos Marx que me permitió dormir unas horas.

Se ha dicho aquí -no sé cómo se llama el señor que habló anteriormente, le guardé respeto, silencioso respeto-, se ha dicho aquí que yo he hecho un negocio del anticomunismo.

Yo no soy anticomunista. Me llamaría más bien contracomunista porque hay dos maneras de ser anticomunista:

Quienes viven miserablemente, abyectamente, traidoramente, antimexicanamente de los miserables centavos que reparte la odiosa embajada yanqui. Esos, hasta los que se fingen agentes de la CÍA, a veces, esos despreciables, tan despreciables mucho más despreciables incluso que quienes anhelan una dictadura por equivocación por fanatismo.

No quiero insistir mucho en la cuestión de que es muy fácil atacar a un hombre y llamarlo ladrón, sin pruebas. Cuando a un periodista se le dice que ha hecho un negocio del anticomunismo, o que ha hecho un negocio de lo que ha escrito y lo que ha sostenido siempre con su palabra y con todos los atributos que tiene un hombre, se presentan pruebas y yo estoy dispuesto a probar lo contrario (de una vez haciendo valer el artículo 100 del Reglamento que rige este honorable Cuerpo, pido una segunda oportunidad), porque naturalmente tal y como se esperaba, el PAN, los señoritos viejos del PAN, los señoritos viejos del PAN que no se acaban de dar cuenta que los de Monterrey son codos y que se han cansado ya de mantener...Los señoritos viejos del PAN que son la extrema derecha, que esos sí son reaccionarios...

- Desde la galería: ¡Usted es reaccionario! No, señor, yo soy nacionalista y mexicano, toda mí vida he sido juarista y toda mi vida la he basado en el aforismo de Voltaire, que dice:

"Estaré hasta la muerte y en contra de lo que dices, pero defenderé hasta la muerte el derecho que tienes para decirlo". (Aplausos.)

Era apenas natural, era lógico, no quiero pasarme del tiempo, era apenas natural y lógico que se unieran los señoritos de la izquierda con los señoritos viejos de la derecha. (Aplausos.) ¿Por qué? ¿Por qué es esto?

Por una razón sencilla y elemental; aquí el señorito que habló antes que yo el de la izquierda, porque ya casi no se conocen, el que habló antes que yo y antes que el señor Ling, o el que haya hablado en mí contra, creo que al señor Ling no lo conozco todavía, no hizo campaña como casi ninguno del PAN, quieren ganar exclusivamente porque son paleros y así no se puede ganar, señores.

Las derrotas alían, los resentimientos unifican; las amarguras aglutinan, por eso están juntos los eternos derrotados, los derrotados del siglo pasado porque no vamos a dejar que traigan otro rubio imbécil a gobernar aquí y no vamos a dejar tampoco, se lo digo de frente y a ustedes, que lleguen aquí las botas rusas a hacer que nuestro pueblo viva con una bota encima.

Siento mucho que suspiren tanto por una bota y ustedes tanto por un imbécil.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al presunto diputado Federico Ling, se le ruega pasar a la tribuna.

El C. Federico ling: Señor Presidente; honorables miembros del Colegio Electoral:

Después de escuchar al vigoroso tigre verbal de don Roberto Blanco Moheno y su cañoneo de viento, me voy a permitir...

El C. Presidente: Orden en las galerías.

- El C. Federico Ling:...veo con gusto que la CNOP refuerza ahora a don Roberto, supongo que militará en la CNOP, en ese sistema corporativo que padecemos. Ojalá que todos ustedes que vienen aplaudir hoy, le hubieran ayudado a don Roberto, que tan desvalido estuvo en su campaña electoral, abandonado por los ciudadanos del XXX Distrito Electoral.

Es verdad, señores, es verdad que el recurso presentado por Acción Nacional, el recurso de queja no es procedente porque no se agotaron en tiempo y forma las instancias que le deben preceder y esto lo aceptamos. Es ésto precisamente lo que nos debe preocupar, el que la Ley permita que las manipulaciones fraudulentas -en nuestro caso fueron pocas-, pero de todas maneras, que las manipulaciones fraudulentas sí se pueden hacer en tiempo y forma y la defensa de los agraviados no pueda hacerse, que pongan muchas trabas. En este sentido la Ley se vuelve como un arma en contra del más indefenso y por eso es injusta y por eso llegaremos a cambiarla.

En tiempo y forma sí llegó la torpeza del Registro Nacional de Electores, (habrá oportunidad más adelante para mencionar algunas graves fallas); en tiempo y forma llegaron los recursos públicos por medio de las Delegaciones de la CONASUPO, a las candidaturas del PRI y la campaña de don Roberto no fue la excepción, en tiempo y forma se nombró un cuerpo electoral faccioso integrado básicamente en las casillas electorales por sugerencia de los caciques de colonia, (señor Murillo Karam, los cacique de Huejutla no son nada comparados con los caciques de las colonias que tenemos que padecer en el Distrito Federal). Y la legalidad, señores, norma suprema en este ámbito,

no debiera actuar nunca en contra de la verdad; vean ustedes que aún reconociendo en actas que efectivamente se habían anulado muchos votos indebidamente a Acción Nacional y a otros partidos, no se podía corregir el defecto porque no hay disposición expresa en la LOPPE para poderlo hacer, simplemente si los números coinciden no hay corrección posible, esto equivale a que si después de denunciado un asesinato el forense dice que efectivamente fue asesinado con arma blanca, el juez declara que por haber coincidencia no hubo asesinato.

No, no es Roberto Blanco Moheno lo que nos preocupa y debo decir en honor a la verdad que Roberto Blanco Moheno no realizó ningún fraude, no consumó ningún fraude en esta campaña electoral; ¿cómo podía hacerlo si sólo se presentó en ese Distrito dos o tres ocasiones acompañado de su familia y de los caciques de las colonias?

¿Cómo podía hacer fraude electoral si no tenía tiempo? Estaba escribiendo su libro número 23, según él mismo nos platicaba, sobre la corrupción, que debe contener interesantes elementos autobiográficos.

Además, según publicó en la revista que acostumbra, que para ir más adelante en esta campaña, es lógica su actitud, si ya tenía el voto del Presidente de la República.

Nosotros somos más humildes, otros partidos y nosotros y preferimos recurrir modestamente al recurso de lo que decidiera el voto del pueblo.

Señores, en esta coyuntura, la verdad, si se reconoce el triunfo del señor Blanco Moheno, no seré yo quien declare aquí que hemos sido vencidos, no diré que en este proceso hay víctimas y verdugos; la verdad señores, es que todos, ustedes de mayoría y nosotros de la oposición, todos somos víctimas de un sistema que no hemos podido ampliar y que no hemos podido hacer ancho el cauce legal propicio para que se manifieste la voluntad de los ciudadanos.

Y aquí viene un elemento que verdaderamente debe ponernos a pensar: este cauce de la legalidad se está tornando insuficiente, está resultando alarmantemente insuficiente, el clásico esquema de los tres poderes, con su sistema de frenos y contrapesos, el federalismo que nunca ha tenido vigencia real en México y el principio del Municipio Libre.

Esto es lo que nos debe preocupar; porque en realidad, las fuerzas desnudas del poder, en un Estado que ustedes, señores, después de 50 años de gobernar a México, no han podido configurar un proyecto decente de Estado. Estas fuerzas cada día se manifiestan más reales.

¿Cuáles tres poderes, señores?

Está perdiendo alarmantemente esta vigencia.

Tecnoburocracia, plutocracia, ejército, esas son las fuerzas reales que se mueven en este país, y uno de esos elementos es muy preocupante e influyó demasiado en las elecciones del Distrito Federal.

Gran parte de esa tecnocracia amenazante está constituida por los medios de comunicación social, por ejemplo, muy especialmente, la televisión. ¿Y qué papel jugó la televisión en estas campañas en el Distrito Federal?

Definitivo; al grado de que entre campañas estupendas del PRI, estupendas del PAN, malas del PRI, del PAN o de cualquier partido, las diferencias de votación son mínimas.

Ustedes saben que entre los 40 Distritos del Distrito Federal se homogeneizó la votación, los promedios de todos los partidos, en un rango que no va más allá del 7%. Este efecto masificador, deshumanizante y sin cauce legal es el que nos preocupa.

¿Cuándo vamos a intentar darle cauce?

Cuando reformemos y reglamentemos debidamente el artículo 6o. Constitucional para que nuestros habitantes del Distrito Federal, de cualquier gran metrópoli de la República no sean víctimas de una fuerza ciega como lo es en este momento la televisión mexicana y la radiodifusión.

Por supuesto que al reformarse ese artículo constitucional, se exigirá y también en la LOPPE, o la reforma de la LOPPE, la ampliación de los tiempos de que actualmente disponen los partidos de oposición para manifestar sus ideologías, sus plataformas y no nos dejen únicamente los postes y las bardas, porque esto ya es obsoleto.

Señores de la mayoría:

En esta ocasión no hubo posibilidad de tiempo y forma para muchas cosas; pero como nada es eterno, tengan ustedes por seguro que dejarán el poder, no por renuncia como es lógico, esto es congruente con lo que se haya dicho aquí, pero en el tiempo y la forma que entre todos decidamos ustedes dejarán el paso a quienes sí puedan configurar un Estado Solidario y Democrático, como lo desea el Partido Acción Nacional. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra por la Comisión, el señor Alfredo Navarrete.

El C. Alfredo Navarrete: Señor Presidente; Honorable Asamblea:

Hemos de reiterar a vuestra soberanía, que toca al Colegio Electoral a través de sus comisiones dictaminadoras, revisar cuidadosa y escrupulosamente el proceso electoral celebrado en cada distrito electoral cuyos resultados se analizan.

Las actas de escrutinio finales de cada casilla, los recursos de protesta, las impugnaciones que por escrito hayan presentado a tiempo, la computación celebrada con posterioridad y el curso resolutorio a las impugnaciones que dentro de sus facultades, tienen cada Comité Distrital Electoral, previamente a extender la Constancia de Mayoría a la fórmula del partido triunfador.

La Comisión Federal Electoral a su vez, recibe la documentación electoral para registrar o no registrar la Constancia de Mayoría y, finalmente, el Colegio Electoral analiza, lo que corresponde del proceso a lo que la ley prevé, en su caso los recursos de queja que por escrito se hayan presentado y conoce de las violaciones substanciales que puedan causar la nulidad de una elección.

Son procesos legales, existen organismos electorales, para resolver cada uno, diferentes recursos. Los de inconformidad y protesta en las propias casillas dentro las 72 horas siguientes a la conclusión del acta final de escrutinio, ante el Comité Distrital Electoral el que conocerá y resolverá -dice la ley- él únicamente, la revocación de acuerdos del Comité Distrital Electoral o de la Comisión Federal Electoral procede si por escrito se presentan los preceptos legales violados, anexando las pruebas ante el organismo respectivo dentro de tres días siguientes al acto impugnado que se resolverá por el organismo respectivo, a los 8 días de la interposición del recurso. Las quejas contra el acta de cómputo electoral al final de la sesión de cómputo, o dentro de las siguientes 24 horas, aportando las pruebas; de estas quejas resolverá el Colegio Electoral para declarar la nulidad de las elecciones, si corresponde según lo que marcan los artículos 223 y 224 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

En resumen, las quejas que resuelve el Colegio Electoral proceden según el artículo 232 de la Ley Federal, únicamente cuando se hubieran hecho valer ante os órganos electorales correspondientes, los recursos que en su caso la ley establece en todas sus instancias y en tiempo y forma. Por ello, nuestra Comisión, la Comisión Dictaminadora, tiene obligación de aplicar la ley, pidiendo y analizando las pruebas y desechando los recursos improcedentes.

Por eso, para nosotros es satisfactorio que en cuanto a la queja presentada por el PAN, ésta, que ya fue analizada en nuestro dictamen, el propio candidato de el PAN la ha declarado improcedente en su declaración ante este H. Colegio Electoral.

Sólo me resta en consecuencia analizar en un muy breve detalle otra queja presentada por el Partido Popular Socialista.

Sus varios puntos son los siguientes:

Solicitan la nulidad de la casilla 105 porque una persona incitaba a votar por el PRI. Fue desechada por falta de pruebas; solicitó la nulidad en la casilla 133 porque no coincidían los votos del paquete con los del acta, Había seis votos más por el PRI, cuatro menos por el PAN, esto sin embargo se debía a que las boletas estaban mal ubicadas y una vez que fueron localizadas hicieron que coincidiera la votación del paquete con el acta de escrutinio, con la de cómputo.

Y tercero y final, la nulidad de la casilla 175 porque la lista adicional se excedía del 10% del padrón, y el acta de escrutinio no coincidía con el acta de cómputo.

Según el Comité Distrital, se hicieron ambos recuentos por el propio Comité Distrital, y sus respectivas actas de escrutinio y de cómputo por no venir ni en el paquete electoral ni en sobre adicional alguno.

Esto fue firmado de acuerdo por los diferentes partidos políticos que participaron.

Por lo tanto, en los términos de los artículos 223 y 224 de la Ley Federal en la materia, esta Comisión Dictaminadora ratifica los términos de su dictamen desechando por improcedentes las quejas y pone a consideración de su soberanía los puntos resolutivos favorables. Muchas gracias."

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Humberto Pliego.

El C. presunto diputado Humberto Pliego: Señor Presidente; honorable Colegio Electoral: En las elecciones nacionales del 1o. de julio sin duda se puso a prueba la reforma política; ya el Partido Popular Socialista había expresado la opinión en el sentido de que las elecciones para renovar la Cámara de Diputados era una prueba de fuego. Y así fue. Dijimos que no esperábamos que se superaran todos los problemas que han afectado negativamente las luchas electorales de nuestro pueblo, pero que sí pensábamos que había avances, indudablemente, por ejemplo, en cuanto a que los recursos que la ley prevé para la participación electoral de los partidos políticos, no serían bloqueados por los intereses antidemocráticos, por las fuerzas opuestas al cambio en la vida política de nuestro país y precisamente por el reconocimiento que hoy existe de los partidos políticos como entidades de interés público consagrado en la Constitución.

Cuando en la mayoría de los países de América Latina se persigue y se destruye a los partidos políticos, en México se les da categoría constitucional. Eso es un paso extraordinario positivo que el Partido Popular Socialista saluda.

Por otra parte es importante reconocer que en estas elecciones los partidos contamos con prerrogativas que antes no se otorgaban y que permitieron usar recursos de propaganda que no teníamos en otras ocasiones. Pero también hubo violaciones graves, a lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, no sólo cometidos por autoridades secundarias en la provincia y en todos, los lugares del país, sino por la propia Comisión Federal Electoral. La LOPPE todavía contiene aspectos negativos que deben ser superados para garantizar un mínimo de condiciones a un desarrollo libre de las elecciones nacionales.

Para nosotros, para el Partido Popular Socialista, las pasadas elecciones fueron elecciones que se pueden calificar como coyunturales, porque se dan en las condiciones planteadas por la reforma política, con la presencia de nuevos partidos nacionales, en una situación de crisis económica nacional, que no ha sido superada todavía y frente a las graves presiones del exterior contra nuestro país y contra sus principales fuerzas democráticas.

El Partido Popular Socialista ha afirmado que el socialismo transita por el antiimperialismo y que para derrotar al imperialismo que tan gravemente amenaza a nuestra patria, deben unirse en un frente nacional todas las fuerzas revolucionarias antimperialistas, todas las que actúan en la lucha democrática, para batir con éxito a la oligarquía y al imperialismo y los derrote en su intento de liquidar nuestra independencia, para descolonizar definitivamente a nuestra patria.

Asimismo el Partido Popular Socialista, ha insistido de manera permanente en la lucha política revolucionaria. Que la lucha política y revolucionaria se puede y se debe de dar en las actuales circunstancias históricas que vivimos por los cauces legales, por la vía constitucional.

Esta actitud firme del Partido Popular Socialista nos costó agresiones, calumnias o injurias de nuestros adversarios y hasta de los que pudieron suponerse nuestros aliados por coincidencias de lucha.

Nuestro partido se congratula de que en el presente, algunos dirigentes, fuerzas políticas y hasta activistas de las guerrillas que en el pasado fueron abiertos adversarios de la lucha electoral, contrarios a usar cauces constitucionales, hoy se declaren convencidos de que es correcto, de que es conveniente usar este camino para influir positivamente en la vida de la nación y ayudar a nuestro pueblo en el combate por sus mejores causas. Nuestro partido no ha arriado ninguna de sus banderas, no ha hecho concesión de principios a nadie, no hemos tratado de cambiar principios por votos, hemos combatido a fondo e intransigentemente al imperialismo norteamericano, considerando que es la fuerza que acecha más peligrosamente la vida independiente de México. Por eso hemos defendido firmemente el contenido revolucionario de nuestra Carta Magna, sus artículos fundamentales como el 3o. el 27, el 123 y el 130 y nos hemos opuesto enérgicamente a cualquier concesión a las fuerzas conservadoras y contrarrevolucionarias que han demandado reformas substanciales a dichos artículos para otorgar privilegios a la Iglesia, a sus ministros, a los sectores confesionales y a las fuerzas de la derecha; hemos denunciado invariablemente las desviaciones que cometen distintos funcionarios públicos en el desempeño de sus responsabilidades. Por eso, por lo anterior venimos a denunciar y a expresar que la Cámara de Diputados no debe ser un recurso para que hagan regalos y favores, y si hacemos mención a este caso del trigésimo Distrito del Distrito Federal, es haciendo una excepción a nuestra actitud constante de no manejar basura, es con fin de dejar constancia de nuestra protesta, coincidiendo con otras fuerzas, por la facilidad que a los enemigos de la clase trabajadora y de México, se dan en actos desafortunados de decisión política para que lleguen a la que es la más alta y digna tribuna del pueblo mexicano y que por tal motivo merece el mayor respeto; porque quien calumnia sistemáticamente y de la manera más absurda y artera a quienes contribuyen a levantar la conciencia de la clase trabajadora contra el peligro del imperialismo, porque quien ha sido militante de todas las tendencias negativas y agente de las fuerzas extrañas a nuestro pueblo; quien es agente de la perfidia, ofende a la representación popular.

Hay un fenómeno biológico que consiste en el cambio de color, en la adaptación a las condiciones en que se vive.

Ayer enemigo de este Congreso, hoy le merece un gran respeto; ayer enemigo del propio partido en el poder; hoy su candidato a diputado; ayer y siempre enemigo de las instituciones del Estado; pero sí a veces se cobra por servicios extraordinarios en algunas instituciones bancarias del Estado. Estas son pruebas de que hay actitudes contradictorias de personas que han sido enemigas de nuestro pueblo y de nuestro avance, no son calumnias y por eso el Partido Popular Socialista dice que personas como este tipo, no pueden estar en un Congreso.

Un diputado, es cierto, emerge de un distrito, pero al surgir de él y al convertirse en diputado, es representante de la nación en su conjunto.

Creo que la nación y nuestro pueblo, necesitan que les tenga mucho respeto.

Por otro lado, si hace algunos años tuvo méritos en su profesión, y hoy ha devenido en un escritor profesional de la calumnia y del ataque sistemático, y que destila frustración, amargura y resentimiento, sólo puede militar en los círculos obscuros de la vida nacional, porque alguien que lo mismo ha estado en la trinchera del alemanismo que en la trinchera del sionismo, es un enemigo de la vida de México, aunque se declare nacionalista; su nacionalismo es un típico nacionalismo chauvinista que cae también en la actitud anticomunista, y hoy, ser anticomunista es ser lo mismo antisoviético que antijuarista; por eso el Partido Popular Socialista presenta esta denuncia, porque quien además políticamente no representa a nadie e ideológicamente se ha distinguido por ser un profesional grosero, vulgar, del anticomunismo, no puede por su odio irrefrenable que engendra la locura de quien perdió la facultad de razonar y ha perdido el equilibrio mental mínimo para jugar un papel social positivo, y finalmente quien ha sido enemigo de este Congreso, no puede ser representante de nuestro pueblo.

Este es un ejemplo típico, un producto y un reflejo típico de la decadencia de la sociedad burguesa que queremos destruir. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra Rosa María Campos. Se le ruega pasar a la tribuna.

- La C. Rosa María Campos: Con el permiso del señor Presidente;

Honorable Colegio Electoral:

Los jarochos -yo soy jarocha-, tenemos muy pegado ese refrán que dice: "Primero paisano y después Dios, y ahora más si es priísta", pero yo los invito a que analicemos algo que es muy importante.

En ocasiones confieso, yo también he disentido con mi colega Blanco Moheno en alguno de sus artículos, o de sus críticas o de uno de los comentarios en televisión. En otras coacciones lo he aplaudido y me ha emocionado.

Si me gusta en una ocasión o no me gusta en otra ocasión, no tiene nada que ver eso con su profesionalismo, con su cultura con su manejo tan depurado y tan bello del idioma. Hago esta reflexión, porque es muy diferente que nos caiga bien o que nos caiga mal -ah, una cosa que es muy importante-, Blanco Moheno con su verdad hizo una campaña y

fue una campaña que lo convirtió en un candidato triunfador. A algunos no les va a gustar a algunos les va a gustar mucho, la verdad es que de seguro y aquí está Blanco Moheno.

Lo hizo con su verdad, con la verdad de Blanco Moheno, a los compañeros de izquierda, a los compañeros de derecha, no les va a parecer, pero triunfó y conquistó a su Distrito y conquistó a su pueblo y los hechos aquí están patentizados, aquí están las tribunas que lo aplauden. (Aplausos.)

Pero lo importante, compañeros, lo más importante de todo esto, es que en este honorable Colegio, después de la Cámara, pues pensamos de diferente manera, de esa forma creo y ya lo veremos en, con el transcurso del tiempo que van a salir las cosas más importantes para México. Porque si pensamos todos igual, qué chiste, verdad, entonces qué pasaría, no en la controversia, en la lucha por nuestras ideas desde nuestros diferentes puntos de vista, va a salir lo mejor para nuestro país.

Pero en estas circunstancias, compañeros, yo quiero decirles algo, vamos a convivir tres años, tres años en que nos vamos a tejer una hermandad entre todos nosotros, por una, con un propósito: servir a México, trabajar por México, cada quien con su forma de pensar, pero todos queremos a nuestro país todos queremos lo mejor por nuestro país, como seamos. Por eso estamos aquí y si nos trajeron hasta aquí las personas que votaron por nosotros es que nos tienen confianza, y no todos tenemos que pensar precisamente de la misma manera Entonces, ¿por qué, por qué, compañeros, no somos más ecuánimes? ¿Por qué no nos respetamos más, y por qué no nos queremos más hasta cierto punto?

Yo creo que es una buena reflexión que en lugar de tanta polémica, de armar tanto lío por cosas que a veces no son muy trascendentes, por qué no nos ponemos desde ahora a trabajar todos y empezamos a planear nuestros programas de trabajo, porque necesitamos hacer muchas cosas en favor de México y es muy justo también que ya empecemos a pensar cómo vamos a ayudar para que progrese nuestro país y cómo vamos a ayudar a un Presidente que es a todo dar. ¿Y por qué es a todo dar?

Porque mantiene un clima de paz que en estos momentos nos permite subir a la tribuna y hablar como queremos y así lo han hecho los de la izquierda, así lo han hecho los de la derecha y así lo estoy haciendo yo, en esta tribuna que es la más alta del pueblo, estamos hablando como siempre hubiéramos querido hablar. Y ahora está aquí, a nuestra disposición.

Entonces, compañeros:

Blanco Moheno se la ganó a la buena.

Vamos a respetarnos más.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado Gerardo Unzueta.

El C. Gerardo Unzueta: En primer lugar quisiera comenzar resolviendo la curiosidad zoológica o avícola de Roberto Blanco Moheno. Quiero decirle a Roberto Blanco Moheno que estos señoritos de la izquierda a quienes él se ha referido, son gente que ha pasado por la cárcel, ha pasado por la represión: esa represión que Blanco Moheno ha apoyado; esa represión que él ha justificado. Han pasado por esa cárcel y aquí están con esos instrumentos de los que él habla. Son aves con sus huevos aquí. Sería bueno que Blanco Moheno se compara un espejo de cuerpo entero para ver si él no es un chingolo.

El C. Presidente: Se suplica a las galerías no intervenir con el orador.

El C. Gerardo Unzueta: Aquí llegó Blanco Moheno a provocar al Colegio Electoral. Aquí llegó Blanco Moheno a ejercer una función para la cual estuvo comisionado: provocar. ¿Quién lo comisionó? No lo sabemos; pero aquí ha llegado a eso: a provocar. En este Colegio Electoral esa tarea no tendrá suerte porque si admitimos que en esta tribuna se trepe un Roberto Blanco Moheno, esta tribuna dejará de ser la tribuna más lata de la patria para achaparrarse hasta la estatura del propio Blanco Moheno.

Yo no vengo aquí a poner en duda si el PRI ganó en el Trigésimo Distrito del Distrito Federal. El partido oficial tiene aún suficientes medios para enfrentar su real desprestigio con una científica despolitización de la que hemos visto muestra evidente aquí. Aún es grande su capacidad para mantener amplios sectores bajo la ideología del estado paternal y de la masa afiliada; todo ello junto con los sistemas de control coercitivo y con el cultivo del temor a lo nuevo.

Pero sí vengo a poner en cuestión, porque eso es consecuencia de lo mucho que se ha dicho aquí, si la ganancia del PRI es la de Roberto Blanco Moheno; o si, por lo contrario es una derrota del partido gobernante en particular de su concepción de la reforma política. Porque desde las posiciones del grupo gobernante -y aquí incluyo partido y gobierno-, la reforma política esencialmente debiera ser fuente de legitimación del Estado, aunque aún no fuera democratización del modo de ejercer la dirección política. Debería presentar, dentro de la misma concepción, un aflojamiento de las tensiones al aceptar un grado de participación de los marginados de los derechos electorales, una cierta incorporación de éstos al sistema político; todo según esta concepción del grupo gobernante. La presencia de Blanco Moheno en la LI Legislatura es todo lo contrario; es el espíritu autoritario que empujó los crímenes en masa de los años 68 a 71; es la delación anticomunista que se basa en calumnias y en deformaciones; es la vocinglería fascistoide y la corrupción.

De la campaña electoral de Blanco Moheno puede decirse que fue como todas las campañas priístas, una campaña despolitizadora; pero debe decirse también que tuvo características propias, una de ellas fue la formación de las más eficaces, agresivas, arbitrarias y prepotentes brigadas, dedicadas a atacar la propaganda

de otros partidos, en particular la del Partido Comunista.

Otra fue la creación de un ambiente de temor entre la población con sus aparatos propagandísticos, destinado a formar una idea de la invalidez política del pueblo, ante un "carismático" y "poderoso" y un, sin comillas, respaldado como Roberto Blanco Moheno.

Aquí el bote de leche, el kilo de arroz o el paquete de dulces iba acompañado de la advertencia atemorizante y de la vejación. Intentaba crear un estado de ánimo de indefensión ante el comunismo -"¡esos ignorantes y traidores a la patria!", comunismo al que se debe combatir sólo bajo la protección de un hombre escogido, valeroso; algo así como el ambiente que trató de formar el último programa de televisión del PRI antes de las elecciones, y del uso del lema "Para seguir siendo libres, vota por el PRI".

Ese ambiente no sólo no desapareció, sino se hizo presente más aun el primero de julio. Las brigadas votantes en ese Treinta Distrito tenían la facha de los escuadreros fascistas; llegaban e imponían su presencia en las casillas, violentaban la normalidad, infundían temor a los presidentes de casillas.

Eso es lo que aporta Blanco Moheno a esta Legislatura. Pero aporta algo más.

He oído mencionar varias veces aquí a Lázaro Cárdenas como inspirador de muchos diputados, Blanco Moheno ha escrito un libro: "Cuando Cárdenas nos dio la Tierra", por eso creo que es conveniente recordar un par de párrafos de ese dirigente político que tiene tanta importancia en la historia contemporánea, en los que se refería a Blanco Moheno. Transcribo de sus apuntes de 1959:

"A propósito del escritor Blanco Moheno, hay escritores que mantienen en todos sus actos una conducta rectilínea, mientras otros traspasan los límites de la verdad y la decencia enlodándose en la especulación comercial.

"Cuando se escriba con imparcialidad -continúa en sus apuntes de 59, Lázaro Cárdenas- y lo hagan elementos de autoridad moral reconocida, se sabrá cuál de los dos caminos ha seguido nuestro -y pone comillas Lázaro Cárdenas- "valiente" escritor Blanco Moheno, no es suficiente garantía para que se le crea la fianza que señala de sus -entre comillas otra vez Lázaro Cárdenas- "17 años de escritor".

Hasta aquí Lázaro Cárdenas; pero en ese hasta aquí está una advertencia, en ello denunciaba o prevenía sobre la corrupción; muchos mexicanos han debido sufrir esa corrupción. Si se reclaman pruebas habrá que decir que es infantil suponer que se dejen regadas por ahí para que las recoja cualquier buscador de culpas; sin embargo las hay, por ejemplo, yo creo que puede recordarse fácilmente y se pueden traer aquí. Por ejemplo cuando fue Gobernador de Yucatán Franco Aguilar; este priísta hubo de gastar no pocos recursos para defenderse en la prensa de los ataques del escritor e hizo reproducir en los periódicos los telegramas e intimidaciones recibidas de parte de Blanco Moheno con amenazas de nuevos ataques.

Pero hay mucho más, hay también su labor de provocación anticomunista, antidemocrática y antipopular.

Es sabido que de los más diversos acontecimientos se puede hacer un panfleto delirante. Y eso es lo que ha hecho Blanco Moheno, con su libro "Tlatelolco, historia de una infamia". Libro destinado a justificar la masacre del 2 de octubre, las decenas de miles de persecuciones, encarcelamientos, vejaciones, torturas, para que el país, este es el objetivo, se mantenga, para que en el país se mantenga la prisión política y la represión, como métodos de gobernar.

Por eso no es extraño que los dos últimos artículos de Blanco Moheno en la revista "Siempre", estén dedicados a loar y a enaltecer al que fuera paradigma del autoritarismo represivo, del presidencialismo absolutista: Gustavo Díaz Ordaz.

Por eso no es extraño que un tal priísta inicie ahí nueva campaña contra otros priístas, incluso contra diputados que lo acompañarán en la próxima Cámara, como es el caso de Humberto Romero, citado hace dos números en la revista "Siempre".

Y tampoco es extraño que ahora resulte que el inspirador de la parte oficial de ese engendro "Tlatelolco, Historia de una Infamia", sea Luis Echeverría, tal como lo declara en el número de la revista "Siempre" de agosto 15 el propio Roberto Blanco Moheno.

Pasaron 11 ediciones para que esto fuera conocido, 11 ediciones para que se supiera que los datos oficiales publicados en "Tlatelolco, Historia de una Infamia", fueron proporcionados por Luis Echeverría, Secretario de Gobernación en aquel tiempo. Esto está dicho por Blanco Moheno.

Hasta ahora, después de once ediciones, todo era "una estrujante, dramática, amplia síntesis de la casuística sociopolítica del trágico movimiento de Tlatelolco", Toda esta ridiculez ahora se desvanece; no es más que la información oficial con una buena sistematización y la deformación permanente de lo que ha venido utilizando Blanco Moheno como instrumento de su quehacer político.

Pero también es inaceptable la fuente que Blanco Moheno atribuye a su diputación. En la revista "Siempre", Blanco Moheno señala, conversando con Díaz Ordaz: "Usted me dijo antes de que se fuera a Acapulco, que dejara yo de soñar, que era absolutamente imposible que pudiera ser diputado, sin embargo el señor López Portillo me ha dicho que la busque, que la peleé, y que si la gano...Dicho seriamente conste, aclaro -le contesta Díaz Ordaz-, admiro esa decisión en el señor Presidente de la República, no cabe duda que tiene valor".

Si el licenciado López Portillo adoptó esa decisión como le atribuyen Díaz Ordaz y Blanco Moheno, esto es grave, pero en Roberto Blanco Moheno ese planteamiento revela sólo que no le preocupan su Partido ni el pueblo de su distrito, sino sólo el espaldarazo del Presidente de la República, y el Colegio Electoral

no debe admitir un chantaje como ese que usa Roberto Blanco Moheno.

El C. Presidente: Se le comunica al orador que se está terminando el tiempo.

El C. Gerardo Unzueta: Termino ya, las interrupciones señor Blanco Moheno, me han quitado el minuto que me hace falta para terminar. Termino ya, pero Termino presentando a ustedes miembros del Colegio Electoral, la siguiente categórica pregunta:

¿Cómo pueden admitir como parte de su representación a alguien que pudiéramos decir es el botón de muestra de todo lo más negativo que ha sucedido en los tres últimos sexenios?

Me dirijo a los miembros del PRI, pues el voto de los partidos de oposición es claro. Pido a los diputados o presuntos diputados de la mayoría, sobre todo a aquellos que han hablado aquí de acercamiento con la izquierda, de democracia y de problemas populares, que no voten por Blanco Moheno, la disciplina partidaria no nos puede llevar a tanto.

Les vengo, les quiero plantear aquí que rechacen un dictamen que nunca, nunca debió ser emitido. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el presunto diputado, Roberto Blanco Moheno

El C. Pablo Gómez: Señor Presidente, solicito a la Secretaría se sirva dar lectura al Reglamento, primero a la última sección del Reglamento en vigor. A partir del artículo 305.

El C. Roberto Blanco Moheno: Por primera vez en mi ya larga vida, he sentido el odio, el tristemente célebre odio de los inquisidores modernos. Especialmente el último señor, materialmente, no sé cómo no se intóxico a sí mismo.

Vamos por partes: el señor que presentó un documento aquí diciendo que es un documento que yo firmé a cambio de un chantaje, será demandado judicialmente por mí y se verá cuál es la prueba. Eso lo haré mañana mismo, porque yo no acepto calumnias y mucho menos falsificaciones.

Y además se ha hablado aquí del General Lázaro Cárdenas. Lo sabía yo. He escrito "Cuando Cárdenas nos dio la tierra"; he escrito "El Cardenillo", he escrito "Tata Lázaro". Nadie le ha cantado más a Cárdenas que yo. ¡Nadie! Pero, desde que conocí a su familia, soy lazarosa no carrerista.

No tengo la culpa de que los grandes hombres suelan tener moralmente enanos por familiares. Pero el señor leyó con un odio espantoso, positivamente estremecedor.

El C. Gerardo Unzueta: Usted es el que siente odio.

El C. Presidente: Se prohíbe el diálogo.

El C. Roberto Blanco Moheno: No, señor, yo no le tengo odio a usted. Yo a usted le tengo lástima.

El señor habló con un terrible odio en contra mía diciendo que sería algo vergonzoso que yo me quedara como diputado. Y tengo la sospecha de que me voy a quedar. Vamos a tener bastante tiempo para conocernos bien.

Si yo hubiera sido cubano, no hubiera sido ministro de Batista como lo fueron Juan Marinelo y el actual títere ruso que se llama Carlos Rafael Rodríguez. Si yo hubiera sido cubano, cuando Fidel Castro farseaba en la Sierra Maestra, porque en la Sierra Maestra no se peleó a diferencia de Nicaragua; cuando Fidel Castro pidió que se hiciera una huelga general. Si yo hubiera sido cubano no le hubiera llamado infantil ni aventurista para emplear la terminología de la cual no pueden separarse, como todo fanático que tiene limitada su mente, porque aunque sean inteligentes tienen desdichadamente roto un pedazo de esa mente, no pueden ver sino una de las partes, y el mundo es más ancho y bastante más bello y bastante más decente de lo que ustedes se imaginan.

El señor Lázaro Cárdenas no publicó sus memorias, las publicó su hijo Cuauhtémoc en combinación con Gastón García Cantú.

Ya antes se me había dicho que había calumniado a Lázaro Cárdenas porque dije que con su columna trató de atacar la columna fugitiva de Venustiano Carranza. Yo no lo calumnié, lo que pasa es que los señores industriales del cardenismo y los señores que viven de apellidarse Cárdenas, han hecho un ídolo de un gran hombre y no quieren entender que el exceso de incienso acaba por quemar o manchar al ídolo.

En el año de 1920 cuando Carranza fue asesinado a mansalva por los hermanos Herrero, he estudiado la historia de México, señores, bastante mejor que ustedes -se los voy a demostrar-. En el año de 1920 el señor General y Primer Jefe y Presidente de la República Venustiano Carranza, como todos los que hemos estudiado la historia lo sabemos, trató de imponer a Ignacio Bonillas, aquel desconocido embajador en los Estados Unidos, al que le llamaron "flor de té" por la canción aquella que pusieron de moda algunas cancionistas españolas. Entonces hubo una huelga de generales, así se llamó, prácticamente todo el ejército revolucionario se alzó en contra de Carranza, y entre esos pobres que eran del pueblo armado y que formaron el ejército de la Revolución Mexicana, estaba Lázaro Cárdenas. Yo no dije que Lázaro Cárdenas tratara de asesinar a Carranza, todo lo contrario, pueden leer el texto del libro que fue publicado en el año de 1957. Dije que si Cárdenas hubiera alcanzado a la columna o hubiera encontrado a la columna de Carranza la hubiera atacado de frente, porque aunque muy mal soldado, fue un hombre muy valiente, al grado de que Alvaro Obregón dijo que Arnulfo R. Gómez, después y Lázaro Cárdenas, primero, habían sido los coroneles más valientes de la Revolución.

No ataqué ni calumnié pues a Lázaro Cárdenas, pero además queda un hecho curioso, si yo hubiera atacado a Cárdenas, ¡ah! perdón, se me olvidaba, providencialmente del diario del señor general se perdieron los 10 años que comprenden desde 1920 a 1930, como coincidencias muy curiosas.

En el año de 59 calumnié yo a Cárdenas ¿nó? Pueden observar quien quiera esta

tarjeta y estas medallas, pueden ustedes verlas de frente si me prometen no romperlas. Esta tarjeta dice: "1966 - el libro fue escrito en 59- Obsequio estas tres medallas con la imagen del gran Morelos, del genuino agrarista Emiliano Zapata y del audaz y valiente revolucionario Francisco Villa a mi estimado amigo Roberto Blanco Moheno, admirador de estas tres figuras de la historia".

No se puede acusar de inmoral a un periodista que ha denunciado la infamia cometida por el gobernador Franco Aguilar, en Yucatán. El general Lázaro Cárdenas en el año de 66 me mandó, a pesar de que me pone "valiente" según su hijito Cuauhtémoc, me mandó a mí solo, al estado de Yucatán, a sacar de la cárcel a Anastacio Tenhuac y a nueve de sus compañeros que estaban presos por una injusticia feroz, de ese ladrón asqueroso que estaba de gobernador en Yucatán o de desgobernador. Y lo saqué. Hice todo lo que necesitaba yo hacer, solo y mi alma, como siempre he batallado, contra 10 o 20, me da igual.

Hace año y medio o dos años fue denunciado en las tantas veces citada Revista "Siempre" que tanto les preocupa, fue denunciado un fraude por 23 mil millones de pesos en la Siderúrgica Las Truchas, quien denunció ese fraude fue Roberto Blanco Moheno, ningún comunista lo hizo, lo hice yo y pueden ustedes comprender, ustedes que son materialistas y le dan tanta importancia al dinero, que si yo quisiera ganar dinero con mi oficio que lo gano bastante porque me lee mucha gente y pagan muy bien los periódicos, bastante más que ganan ustedes, si yo quisiera ganar dinero lo hubiera ido a pedir a los ladrones, a los que se llevaron lo 23 mil millones de pesos; si lo hubiera querido ganar también no hubiera yo denunciado y tirado de su cacicazgo a Ramón López Díaz, el líder petrolero que asesinó a una muchacha en juerga en Salamanca, Guanajuato.

Vamos a hablar claro, señores, me están ustedes sobreestimando, es verdad que vamos a tener muchas discusiones y muchos problemas, pero si no los quieren tener se los voy a agradecer porque la verdad son muy aburridos, siempre emplean la misma terminología pero sólo quiero decirle a usted principalmente una cosa, yo, yo no traicioné a Lázaro Cárdenas votando por Avila Camacho y traicionando al General Francisco J. Mújica, no tenía yo edad para haberlo hecho, yo no le llamé, el señor que me sacó un papel aquí que es falso, yo no le llamé cachorro de la Revolución a Miguel Alemán, yo no fui el inventor del señor presidencialismo, yo no me lancé para Presidente de la República cuando Enrique Guzmán aglutinó por un engaño del General Cárdenas, a algunos hombres eminentes como el General Mújica y como Graciano Sánchez, todo el mundo lo sabe, nadie puede negar estas evidencias, yo, yo el inmoral Blanco Moheno jamás en mi vida hubiera aplaudido los asesinatos porque una ejecución se convierte en asesinato cuando se realiza desde un parque de béisbol por televisión, lo que pasa es que quienes están acostumbrados a admirar a los grandes asesinos como Stalin, de decía que pasando de 10 millones de muertos, ya no eran muertos, eran estadísticas. Pues, claro, le ha de parecer muy poca cosa lo que han hecho.

He batallado toda mi vida, como nacionalista, como mexicano, por el bien del pueblo mexicano. Han dicho las más increíbles calumnias acerca de mi pobre campaña política; pobre porque yo no tengo un sindicato detrás. El señor Ling, que por cierto es muy joven para ser el Zuñiga y Miranda del XXX Distrito, lo han derrotado siempre, pero le encanta, parece ser que es masoquista, aunque es vivo ¡eh!, el señor Ling sabía que lo iba yo a derrotar y como todos los que van al Frontón, los tahúres, juegan azul, se cubrió con rojo; y van a ser diputado plurinominal, qué bueno, señor ingeniero Ling, podremos hablar al fin y al fin lo conoceré, por lo menos lo conocí hoy aquí porque a ninguno de los demás candidatos al XXX Distrito lo vi jamás.

El Partido Comunista Mexicano, hagan conciencia, señores, y díganse la verdad ustedes mismos, a ustedes les piden la autocrítica. Yo no quiero que se humillen, nada más que sean sinceros. El Partido Comunista Mexicano pintó todo lo pintable durante la última campaña, pero campaña que un candidato determinado no hizo; el señor Ling pintó: "volvemos para ganar", en los últimos cinco días de las elecciones.

Las fallas que pueda haber habido en el padrón electoral, no son atribuibles a un candidato, justamente porque yo no tuve nada que ver con eso; ni quise tener nada que ver con eso.

La campaña que yo hice, y aquí hay muchas gentes de los barrios paupérrimos a los cuales estuve yendo, la campaña que yo hice, fue principalmente dirigida a las mujeres y principalmente a sus hijos; aquí hay un recibo pagado por Roberto Blanco Moheno, lo puede ver cualquiera, pagado a la Conasupo, porque efectivamente, le regalé un poco de leche a los niños del barrio y prometo volver a hacerlo en cuanto empiece a ganar mi sueldo de diputado, la mitad del cual voy a dedicar a eso. (Aplausos.)

Señores de la mayoría, señores del PRI, no es cierto que yo nunca haya sido priísta, es cierto que he atacado muchas veces la PRI, es cierto y lo sostendría nuevamente si volviera a hacer una tranza con Cruickshank, volvería yo a atacar al PRI.

Si volviera el PRI a sacrificar al Heroico Pueblo de Nayarit con tal de darle una senaduría a ese individuo, a ese individuo a cuyo padre mantuvo el licenciado Miguel Alemán y quien le pagó la educación a sus hijos, nada mas que si están mal educados no es culpa del que la pago, si fuera por eso, yo atacaría de nuevo al Partido, pero ahora...

El C. Presidente: Hace una llamada de atención, mencionando que están prohibidas

las discusiones, y se le informe al orador que concluyó el tiempo.

El C. Roberto Blanco Moheno: Una vez que se me informa que se me ha concluido el tiempo, les aviso a los del PRI, a mis compañeros, que empieza mi tiempo de diputado.

Muchas gracias.

El C. Presidente: De acuerdo con el Artículo 102 de nuestro Reglamento, se concede la palabra al señor presunto diputado Manuel Terrazas para que haga uso de la tribuna durante cinco minutos para contestar alusiones personales o rectificar hechos.

El C. Manuel Terrazas: Señor Presidente: Compañeros miembros de este Colegio Electoral: Compañeros diputados electos:

Sí que vamos a hablar claro en esta Legislatura; bien claro. Y vamos a hablar con la verdad. Muchos, y ojalá que todos lo hagan así, considerando que la verdad es revolucionaria. Claridad, verdad y honradez. Dignificar esta tribuna, precisamente hablando con esas características; no ofender esta tribuna envileciéndola y utilizándola como medio para lanzar las injurias más soeces para lanzar calumnias, para lanzar ataques vulgares. Y si alguien, no haciendo honor a su responsabilidad, no haciendo honor a las altas tareas históricas de esta Legislatura, quiere venir aquí para contravenir precisamente lo que es una necesidad y es una exigencia, al mismo tiempo que un deber, allá él, que se exhiba. Parece que algunos han quedado ya perfecta y claramente bien exhibidos.

Mucho tiempo vamos a tener para aclarar distintas cosas, muchas cosas van a aclararse en esta legislatura. Parte del Logro, del avance de las tareas, del cumplimiento de las tareas de esta Legislatura tienen que ser, sin duda alguna, el que va a ser escenario de las luchas ideológicas más importantes y más trascendentes que seguramente se han realizado pocas veces en la historia de este país y de acuerdo con las etapas más gloriosas, y más heroicas de la lucha por el progreso de México, por los intereses del pueblo mexicano. De eso podemos estar seguros. Las controversias, la claridad y la verdad van a ser precisamente para elevar el contenido y no para rebasarlo de la lucha ideológica y política que se va a librar en esta LI Legislatura de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.

Yo solamente quiero aclarar dos cosas de las muchas que creo se necesitarían aclarar y que van a acallarse debidamente. El pueblo mexicano es un pueblo que está en marcha victoriosa, por el progreso, por la democracia económica y política, contra la opresión, contra la explotación, contra la dependencia. Es un pueblo que está en marcha victoriosa. Quiero señalar algunas cuestiones al respecto, pese a los obstáculos serios que se presentan y que aquí van a ser derrotados sin duda. Es un pueblo que está en marcha victoriosa, precisamente, precisamente por darle el jalón, el jalón que necesita este país, parte del cual es la Reforma Política iniciada, precisamente para realizar las transformaciones democráticas, profundas, que necesita nuestro país.

Será muy difícil sin duda, la tarea.

Venimos como parte de este pueblo en marcha; no como derrotados.

Va a ser difícil. Esperamos que se supere lo difícil al enfrentarnos al debate ideológico, Al enfrentarnos al debate que no es ideológico. Pero aquí estamos y aquí vamos a tratar de librar esa lucha. Desgraciadamente no se va a poder librar con aquellos que reducen el materialismo histórico y el materialismo dialéctico a la condición de simple cuestión monetaria o de dinero, exhibiendo su supina ignorancia, su falta de cultura política, de ideología política. Indudablemente que la lucha ideológica no se va a poder librar con aquellos que reducen al marxismo en una biblioteca de 6,000 ejemplares, de 6,000 volúmenes, a un solo libro, y a un libro que únicamente les ha servido para dormir.

¿Se podrá librar la lucha ideológica en estas condiciones? No. Pero la lucha ideológica se va a librar con respetables, con muy honorables exponentes que están en esta Legislatura para avanzar en la lucha por la transformación de nuestro país.

Y quiero decir por último, en el minuto que me queda, que si el pueblo mexicano es un pueblo que está en marcha victoriosa, esa victoria se expresa aquí en la presencia de los representantes de la izquierda revolucionaria de nuestro país, que vienen victoriosos los comunistas y los socialistas, vienen victoriosos a esta LI Legislatura, y no vienen arrastrando una derrota moral, lastimosa como otros; no vienen derrotados los comunistas y los socialistas y otros patriotas y demócratas y revolucionarios que están aquí, porque nosotros no dividimos el Congreso entre izquierdas y derechas.

Este Congreso se va a dividir entre patriotas, demócratas, revolucionarios, partidarios del progreso social. Este Congreso se va a dividir entre los que sean obstáculo para la democratización, para la defensa de los derechos de la clase obrera, para la defensa de los derechos de los campesinos, para la defensa del desarrollo democrático antiimperialista, progresista, de nuestro país.

Y queremos decir a ustedes.

El C. Presidente: Se le agotó el tiempo.

El C. Manuel Terrazas: Quiero decir a ustedes que el anticomunismo y el antisovietismo conducen al fascismo, y queremos llamar fuertemente la atención sobre esto. Aquí no pueden caber anticomunistas, no pueden caber antisoviéticos que caen en anticomunismo, porque eso les abre paso al fascismo y sirve a la reacción y al imperialismo.

Por eso, señor Blanco Moheno, si en la entrevista que usted concedió hace tres meses dijo que su tarea en el Congreso era venir a combatir al comunismo y a los comunistas...Pobre tarea, triste tarea, va a ser usted de los derrotados moralmente, políticamente; y va a ser usted de aquellos que haga a un lado el pueblo mexicano para llevar adelante la lucha

por la democracia, la independencia, la soberanía nacional, en el proceso histórico de este país.

El C. Presidente: Silencia en las galerías. Al señor orador se le comunica que se la agotó el tiempo.

Así van a estar las cosas. Muchas gracias.

El C. Presidente: Para hechos y de acuerdo con el artículo 102, se le concede la palabra al presunto diputado Pablo Gómez. Por 5 minutos, señor presunto diputado.

El C. Pablo Gómez: Nos parece que este debate que se ha iniciado está por concluir, afortunadamente. No puede, sin embargo, terminar sin que hagamos un esfuerzo por establecer las razones que le dieron origen. No es éste un caso de impugnación como otros que hemos tenido en este Colegio Electoral, en relación con un conjunto grande de violaciones a la ley, aunque en este caso también las hubo, sino un caso político, un debate que se ha realizado alrededor de una forma que tuvo en las pasadas elecciones el partido oficial para decidir su línea política. Este partido decidió presentar un enorme abanico de posibilidades que son un enorme abanico de posiciones que las que le dan sustento; no un conjunto de políticos provenientes de los sindicatos, de las centrales campesinas exclusivamente, sino un cuerpo de diputados principal, que al parecer va a tener mayor importancia en la Cámara, en la LI Legislatura, que reúne en sí mismo (ese grupo) las particularidades que definen al partido oficial en el momento actual, abandonando posiciones que verbalmente se sostuvieron en el pasado, actitudes que en el pasado también verbalmente se sostuvieron, para venir a expresar que este partido recoge, sobre todo, del pasado - no sólo a viejos, también a jóvenes, pero del pasado, no sólo por viejos, sino por anticuados- a un conjunto de políticos que expresan la posición conservadora que actualmente mantienen el gobierno y su partido.

Y eso es lo que expresa el caso que estamos discutiendo, sólo que llevado hasta sus últimas consecuencias, en una actitud grosera, que no solamente ofende a los miembros del PRI, sino también al conjunto de los partidos políticos de este país, porque si en esta Cámara no vamos a arreglar nada, sólo vamos a discutir, si no vamos - cuando menos por parte de la mayoría puesto que ésta es la que decide- a elaborar un conjunto de transformaciones, va que vienen hechas de las Secretarías de Estado, cuando menos se va a discutir la política que ofrece el gobierno y ofrecen las otras fuerzas frente al país.

Y esta cualidad que se abría, que se abre para la LI Legislatura, es respondida por el partido oficial con debates como el que acabamos de presenciar, con argumentos personalistas, no políticos, de vanidad, de venir a autocalificarse, la persona que va a ser diputado por obra del partido oficial no por merecimientos de ningún tipo, de militancia, eso ya se ha dicho y está claro y es indiscutible. No por una posición política que se haya venido manteniendo durante años, no, sino por una determinada definición en un momento dado del PRI y que se transporta a un debate que no es más que deslindar vanidad, personalidad, eso es lo que hemos visto. Yo creo que ese no es el nivel al que nosotros debemos aspirar; yo espero que Blanco Moheno no vuelva a tomar la tribuna y es muy probable que así ocurra, lo más probable es que no vuelva a tomar porque yo me pregunto qué va a discutir, que posición ideológica va a defender que no es la suya absolutamente personal.

Pero eso es lo que ha querido, la política que ha querido adoptar el PRI es la política que ha adoptado de hacer un cóctel del conjunto de posiciones más variadas que hoy día se pueden cobijar bajo las siglas del tricolor, pero eso no podrá ser permanente, y con el desarrollo de la izquierda también esa política tendrá que ser derrotada y seguramente que será derrotada; el futuro no está por lo tanto, en los cambios que se hayan que hacer en el PRI, sino lo que hay que hacer fuera con la fuerza independiente de la clase obrera y de las fuerzas democráticas del país. Gracias".

El C. David Bravo y Cid de León: Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: Se ha agotado la lista de oradores señor, para hechos tiene ya la palabra el señor Lázaro Rubio a quien se le invita a pasar a la Tribuna

El C. David Bravo y Cid de León: Para contestar el último orador.

El C. Presidente: ¿Va a contestar alusión al último orador?, de acuerdo.

El C. Lázaro Rubio: Es muy molesto tener que manejar basura, pero las condiciones y las circunstancias de la vida nos obliga a actuar como no quisiéramos haber tenido la necesidad de hacerlo. Dijimos desde que apareció la candidatura del loco éste que estuvo aquí hace rato, que no era mas que un vulgar provocador y sus gestos, sus ademanes, y su lenguaje sucio y procaz lo han demostrado.

Esto no es un caso político. No es un caso político, es un caso clínico, es un caso de siquiatría entendámoslo así por favor, entendámoslo así. Este no es el lugar de este individuo, el lugar es esos establecimientos que le han cambiado de nombre. Ahora se llaman granjas de rehabilitación, lo que ayer era un vulgar manicomio.

Esa es la verdad. He hecho de la calumnia y de la cínica diatriba, toda una profesión, una larga profesión, ahí están sus artículos, y porque hizo una alusión grosera y estúpida al jefe de mi partido, el Partido Popular Socialista, yo lo conmino en nombre de todos los miembros del Partido Popular Socialista, de la más elemental honradez política, que venga aquí a probar que Jorge Cruickshank García, cambió la senaduría por la gubernatura del Estado de Nayarit. Si no lo prueba seguirá escudándose en su actitud de siempre, de un vulgar y sucio calumniador".

El C. Presidente: considerando que el dictamen no ha sido realmente impugnado y que el debate ha descendido a cuestiones personales, se ruega a la Secretaría preguntar a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el asunto.

Se ruega a la Secretaría consultar a la Asamblea.

El C. secretario José Murat: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie...Suficientemente discutido señor Presidente.

El C. presunto diputado Eugenio Ortiz Walls: (Desde su curul). De conformidad con los términos del Reglamento solicito se cuenten los votos.

El C. Presidente: Con todo agrado, ahora que se someta a votación señor presunto diputado.

El C. Presidente: Se ruega a todos los que están sentados en las curules y que no forman parte del Colegio Electoral, tengan la amabilidad de abandonar este recinto, mientras se hace la elección.

El C. secretario José Murat: Se ruega a todos aquellos que no formen parte del Colegio Electoral, retirarse de la Sala de Sesiones.

El C. Presidente: Se invita al ingeniero Ortiz Walls pase a contar los votos cuando sometamos a votación este asunto; al diputado Aponte por lo consiguiente, y se invita al diputado Kuri y al diputado Guadarrama pasen a contar los votos.

Proceda la Secretaría a someter a votación el dictamen.

El C. secretario José Murat: Está a discusión el dictamen. Aquellos miembros del Colegio Electoral que estén por la afirmativa, sírvanse ponerse de pie. Son 58 votos afirmativos.

Hagan el favor de sentarse los miembros del Colegio Electoral que votaron afirmativamente, y ponerse de pie los que están en contra del dictamen.

Son 32 votos en contra, señor Presidente.

Está aprobado el dictamen en sus términos.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Trigésimo Distrito Electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Roberto Blanco Moheno y Abel Ochoa Carlín, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Entidad: Chihuahua, Distrito Electoral: IX

Honorable Colegio Electoral:

Con fundamento en lo previsto en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo determinado en los Artículos 18, 20 y 21 Fracción I de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección, procedió al estudio del expediente relativo a las elecciones que para Diputados Federales se efectuaron el día 1o. de julio del año en curso en el IX Distrito Electoral del Estado de Chihuahua, emitiendo dictamen en los términos siguientes:

1o. En este Distrito Electoral los Partidos Políticos que a continuación se mencionan, registraron candidatos y participaron en la contienda electoral con los siguientes resultados:

PAN: propietario, Alejandro Aguilar Carrillo; suplente, Jesús Manuel Hernández González, 2,670

PRI: propietaria, Rebeca Anchondo Vda. de Rodríguez; suplente, Cruz Castro Vigil, 19,452

PPS: propietario, José Guadalupe Ortiz Cahuich; suplente Jesús José Grajeda Romero, 408

PDM: propietario, Manuel Baray Ramírez; suplente Jorge Ramón Hernández Martínez, 119

PCM: propietario, Melitón Rocha Hernández; suplente, Sabino Chavarría Hernández, 1,025

PST: propietario, Luis Rentería Armendaríz; suplente, José Efraín Soto Ramírez, 188.

2o. Consta en las actas que las casillas se instalaron en los términos del Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

3o. La votación de las casillas se emitió y recibió dentro de los supuestos que determinan los Artículos 185, 187, 192, 193 y relativos del precitado Ordenamiento Legal, procediéndose al escrutinio y computación de votos que se ajusta a las reglas que previene el Artículo 194.

4o. En la Sesión de Cómputo Distrital, se dio cumplimiento a los presupuestos que señala el Artículo 212 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

5o. De conformidad con los Artículos 75, Fracción VIII y 218 de la Ley, la Comisión Federal Electoral, registró la Constancia de Mayoría de votos.

6o. Mediante escrito de fecha 2 de julio de 1979, el Partido Acción Nacional expone lo que llama inconformidades, protestas y quejas, con relación a diversos actos de proceso Electoral que, estima como violatorios de la Ley.

En el escrito de que se da cuenta, precisa supuestas parcialidades del Delegado del Registro Nacional de Electores, las que hace consistir en expedición de credenciales el día de la votación.

Indican que en las casillas no se solicitaba identificación de los Electores; que en una casilla la número 5 no permitieron que votaran quienes ahí fungían como sus Representantes; que algunas casillas se instalaron después de la hora señalada.

Imputan parcialidad al cómputo Distrital en la designación de Auxiliares, afirmando que estos últimos militan en el PRI, que el día de la elección se hizo proselitismo; que el Comité Distrital anunció se podía votar con cualquier credencial de elector aun cuando no estuviera actualizada.

Del escrito brevemente diseccionado se concluyó que, por lo que se refiere a los recursos de protesta, fueron substanciados y resueltos por el Comité Distrital Electoral. Que las imputaciones al Delegado del Registro de Electores y Comité Distrital, no contaban con prueba alguna que los identifique.

Que no se interpuso recurso de queja, ya que tal motivo de defensa procede contra el resultado del acta final de escrutinio y Constancia de Mayoría que sucede el 8 de julio; y el recurso está fechado y recibido el día 2 de julio.

Por los anteriormente expuesto, la suscrita Comisión somete a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas las elecciones de Diputados Federales efectuadas en el IX distrito Electoral del Estado de Chihuahua, el 1o. de julio del presente año.

Segundo. Son diputados Federales de Mayoría a la LI Legislatura de la Cámara de Diputados al Congreso de la Unión, los ciudadanos Rebeca Anchondo Vda. de Rodríguez y Cruz Castro Vigil, como propietario y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1979.- Doctor Lauro Ortega, presidente.- Licenciado Ernesto Gil Elorduy, secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete, vocal.- Lázaro Rubio Félix, vocal".

El C. secretario Antonio Cueto Citlán: Está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa ponerse de pie...Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el IX Distrito Electoral del Estado de Chihuahua.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado a la LI Legislatura los ciudadanos Rebeca Anchondo Vda. de Rodríguez y Cruz Castro Vigil, propietaria y suplente respectivamente.

- El C. secretario José Murat:

"Primera Comisión Dictaminadora, Primera Sección.

H. Colegio Electoral:

Con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución y 18, 20, 21, Fracción 1a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta I Sección de la Primera Comisión dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al IX Distrito Electoral del Estado de Veracruz.

En ese Distrito contendieron los siguientes Partidos y Candidatos:

IX Distrito, Cabecera, Orizaba.

PAN: propietario, Remigio González Pacheco; suplente, Armando Durán.

PRI: propietario, Miguel Castro Elías; suplente, Gerson López Maldonado.

PPS: propietario, Vicente Pérez Guarneros; suplente, Cecilia Romero Alejo.

PARM: propietario, Paulino López Anzures; suplente, Nicolás Hernández Moreno PDM: propietario, Atanasio Hernández Melo; suplente, José Melchor García.

PCM: propietario, Juan Guillermo García Mendoza; suplente, Manlio Fabio Ramírez Cortés.

PST: propietario, Miguel García Contreras; suplente, José Luciano González C.

El día primero de julio del presente año, de acuerdo con el Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de conformidad con el Artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el cómputo en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo a la disposición del Artículo 212 de la Ley citada, y ese mismo día expidió Constancia de Mayoría de votos tal y como lo ordena la Sección A inciso 8 del Artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor del C. Miguel Castro Elías como candidato a diputado propietario y del C. Gerson López Maldonado como candidato a diputado suplente.

El 1o. de agosto del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del Artículo 218 de la repetida Ley.

No consta en el expediente que hayan habido, protestas, inconformidades, ni recurso de queja, por parte de los Partidos y Candidatos contendientes.

En la Comisión Federal Electoral se hizo alusión a una protesta que fue resuelta en el Comité Distrital Electoral y un recurso de revocación que se declaró no procedente por el Comité Distrital Electoral, estas dos fueron declaradas improcedentes.

En virtud de lo anterior, se proponen a la Asamblea los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero: Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio de 1979 en el IX Distrito Electoral del Estado de Veracruz.

Segundo. Son Diputados por Mayoría por el distrito electoral indicado a la LI Legislatura los CC. Miguel Castro Elías, propietario y Gerson López Maldonado suplente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D.F., agosto 21 de 1979.- Presidente, Armando del Castillo.- Secretario, Manuel Rangel

Escamilla.- Vocal, Juan Maldonado Pereda.- Vocal, Humberto Romero Pérez.- Vocal, Jesús Ortega Martínez."

El C. secretario, Antonio Cueto Citalán: Está a discusión el dictamen.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términosAprobado señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el IX Distrito Electoral del Estado de Veracruz.

Son diputados por el distrito electoral indicado, a la LI Legislatura los CC. Miguel Castro Elías y Gerson López Maldonado, propietario y suplente respectivamente.

El C. secretario José Murat:

"H. Colegio Electoral:

Con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución y 18, 20, 21, fracción 1a. y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta I Sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al XXXVI Distrito Electoral del Distrito Federal.

En ese Distrito contendieron los siguientes Partidos y Candidatos:

XXXVI Distrito- Cabecera: Ciudad de México.

PAN: propietario, Javier Correa Etchegaray; suplente, Javier Ruiz Villanueva.

PRI: propietaria, María Consuelo Velázquez Torres; suplente, Alfonso Ciprés Villarreal.

PPS: propietaria, Martha Elena Arias González; suplente, Juana Guerra López.

PARM: propietario, Carlos Alfredo López de Nava; suplente, Marcial Huerta Jones.

PDM: propietario, Felipe Manuel Galindo Fuentes; suplente, Samuel González Alvarado.

PCM: propietario, Mario Orozco Rivera; suplente, Fabian Soto Martínez.

PST: propietaria, María de los Dolores Lozano Pardinas; suplente, Cecilia Rangel de Muñoz.

El día primero de julio del presente año, de acuerdo con el Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las Casillas Electorales en el Distrito indicado; de conformidad con el Artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el cómputo en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo a la disposición del Artículo 212 de la Ley citada, y ese mismo día expidió Constancia de Mayoría de votos tal y como lo ordena la Sección A. Inciso 8 del Artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor de la C. María Consuelo Velázquez Torres como candidato a diputada propietaria y del C. Alfonso Ciprés Villarreal como candidato a diputado suplente.

El día 2 de agosto del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del Artículo 218 de la repetida Ley.

No consta en el expediente que hayan habido protestas, inconformidades, ni recurso de queja por parte de los partidos y candidatos contendientes.

En virtud de lo anterior, se proponen a la Asamblea los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero: Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día primero de julio de 1979 en el XXXVI Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo: Son diputados por Mayoría por el Distrito Electoral indicado a la LI Legislatura los CC. María Consuelo Velázquez Torres, propietario y Alfonso Ciprés Villarreal, suplente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados al Congreso de la Unión.- México, D.F., agosto 21 de 1979.- Presidente, Armando del Castillo.- Secretario, Manuel Rangel Escamilla.- Vocal, Juan Maldonado Pereda.- Vocal, Humberto Romero Pérez.- Vocal, Jesús Ortega Martínez."

Está a discusión el dictamen... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos...Aprobado.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales el día 1o. de julio de 1979 en el Trigésimo Sexto Distrito Electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. María Consuelo Velázquez del Valle y Alfonso Ciprés Villarreal, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Cuarta Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Cuarta Sección, fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene documentación relativa a las elecciones que se llevaron a cabo el pasado día 1o. de julio, en el II Distrito Electoral Federal del Estado de Zacatecas, con cabecera en Fresnillo.

Contendieron en dichas elecciones, candidatos de todos los Partidos Políticos, mismos que en toda oportunidad registraron las fórmulas que a continuación se mencionan:

PAN: propietario, Carlos Stephano Sierra; suplente, Delfino Cordero Serrano.

PRI: propietario, Hermenegildo Fernández Arroyo; suplente, Alberto Márquez Olguín.

PPS: propietario, José Ruperto Patricio Santos Cervantes; suplente, María Elena Navarro Argüelles.

PARM: propietario, Rodrigo L. Pacheco; suplente, Carmelo Chaires Salinas.

PDM: propietario, José Ubaldo Segovia Macías; suplente, José Reveles Ruiz.

PCM: propietario, J. Encarnación Castro García; suplente, Emilio Alcalá Solís.

PST: propietario, Juan Ovalle Cifuentes; suplente, Ismael Juárez Trejo.

Una vez efectuado el cómputo total de la votación, en la sesión habida en el Comité Distrital, se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 6,821 votos

PRI 28,424 votos

PPS 403 votos

PARM 1,269 votos

PDM 1,011 votos

PCM 1,372 votos

PST 277 votos

Al término del escrutinio y cómputo final, el Comité Distrital Electoral Expidió Constancia de Mayoría con base en el Artículo 212, Sección A, Inciso 8, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales a los Candidatos a Diputados Federales CC. Hermenegildo Fernández Arroyo y Alberto Márquez Olguín, propietario y suplente respectivamente, registrado con el número 076, el día 24 de julio último.

Del examen detenido de todas y cada una de las constancias que obran en el expediente mencionado, se desprende que el Proceso Electoral se ajustó a los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, sus reglamentos y demás disposiciones relativas.

Por tales razones y con fundamento en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 18, 20, 21, Fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento Interior del Congreso General, esta Comisión somete a la consideración de la H. Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son legítimas y consecuentemente válidas, las elecciones para Diputados Federales, celebradas el día 1o. de julio del año en curso en el II Distrito Electoral Federal del Estado de Zacatecas, con cabecera en Fresnillo.

Segundo: Son Diputados de Mayoría a la LI Legislatura del Congreso de la Unión, los CC. Hermenegildo Fernández Arroyo y Alberto Márquez Olguín, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, D.F., a 21 de agosto de 1979.- Primera Comisión, Cuarta Sección.- Licenciado, Hesiquio Aguilar de la Parra, Presidente.- Manuel Neyra Chávez, Secretario.- Doctor, Dámaso Lanche Guillén, Vocal.- Licenciado, Alfonso Zegbe Sanen, Vocal."

Está a discusión el dictamen...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa ponerse de pie...Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el 1o. de julio de 1979 en el Segundo Distrito Electoral del Estado de Zacatecas. Son diputados por el distrito electoral indicado a la LI Legislatura, Hermenegildo Fernández Arroyo y Alberto Márquez Olguín, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

Con fundamento en los Artículos 60 de la Constitución General de la República, 18, 20, 21, Fracción I, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha sido turnado a esta Tercera Sección de la Primera Comisión Dictaminadora del Colegio Electoral el expediente relativo al III Distrito Electoral Federal del Estado de San Luis Potosí con Cabecera en Río Verde.

En ese Distrito contendieron los siguientes Partidos y Candidatos:

PAN: propietario, Semeí Martínez Cerda; suplente, Vicente Castro Zamarripa.

PRI: propietario, José Refugio Araujo del Angel; suplente, Quintín Rodríguez González.

PPS: propietario, Ambrosio Herrera Mendoza; suplente, Rafael González González.

PARM: propietario, Javier Padilla González; suplente, Víctor Robles Guerrero.

PDM: propietario, Julio Salazar García; suplente, Saturnino Hernández González.

PCM: propietario, Javier Rivera Esquivel; suplente, Bartolomé Mani Vázquez.

PST: propietario, Juan Manuel Rodríguez González, suplente, Blas Domínguez Sánchez.

El día 1o. de julio del presente año, de acuerdo con el Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, fueron instaladas las casillas electorales en el Distrito indicado; de acuerdo con el Artículo 185 y demás relativos de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la votación se desarrolló en todo apegada a la Ley y se hizo el escrutinio en cada una de las casillas.

El día 8 de julio el Comité Distrital Electoral correspondiente hizo el cómputo de la votación en todo el Distrito, de acuerdo con la disposición del Artículo 212 de la Ley citada, encontrándose los siguientes resultados:

PAN 1,025 votos

PRI 31,658 votos

PPS 233 votos

PARM 309 votos

PDM 1,474 votos

PCM 309 votos

PST 941 votos

Ese mismo día el Comité Distrital Electoral expidió Constancia de Mayoría de votos tal y como lo ordena la Sección A inciso 8 del Artículo 212 de la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, a favor de los

CC. José Refugio Araujo del Angel y Quintín Rodríguez González como candidatos propietarios y suplente, respectivamente.

El día 17 de julio del presente año, la Comisión Federal Electoral registró la Constancia de Mayoría, apegándose a la disposición del Artículo 218 de la repetida Ley.

No existen en el expediente protestas, inconformidades o recurso de queja por parte de los partidos o candidatos contendientes.

En virtud de lo Anterior, esa Comisión se permite someter a la consideración de la Honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son validas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el III Distrito Electoral Federal del Estado de San Luis Potosí.

Segundo: Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión los CC. José Refugio Araujo del Angel y Quintín Rodríguez, propietario y suplente, respectivamente.- Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1979.- Beatriz Paredes Rangel, Presidenta.- Porfirio Camarena Castro, Secretario.- José Luis Andrade Ibarra, Vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, Vocal.- Francisco Xavier Aponte, Vocal."

Está a discusión el dictamen...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que están por la afirmativa, ponerse de pie...Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para Diputados Federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Tercer Distrito Electoral del Estado de San Luis Potosí.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado a la "LI" Legislatura los CC. José Refugio Araujo del Angel y Quintín Rodríguez, propietario y suplente respectivamente.

El C. Presidente: Esta Presidencia informa haber recibido comunicación de la Primera Sección de la Primera Comisión, en el sentido de no haber concluido el dictamen correspondiente al Sexto Distrito de Guerrero. Por lo tanto, se le autoriza a presentar el dictamen en otra sesión.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

XV Distrito de Jalisco, Cabecera Guadalupe.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral para elegir diputados federales celebrado el día 1o. de julio del año en curso, en el XV Distrito Electoral del Estado de Jalisco con cabecera en Guadalajara .

Por partidos políticos que participaron en su oportunidad registraron las siguientes fórmulas de candidatos, las cuales obtuvieron la votación que a continuación se consigna:

PAN: propietario, Carlos Pineda Flores, suplente, Francisco De Lara Estrada, 12,221 votos.

PRI: propietario, Enrique Chavero Ocampo; suplente, Amparo Rubio Gallardo de Contreras, 29,550.

PPS: propietario, Oscar Marín Miramontes; suplente, Francisco Núñez de la Cruz; 2,250.

PARM: propietario, Alejandro Bravo Jiménez; suplente, Juan Manuel González Jaramillo, 1,846.

PDM: propietario, Pedro Delgadillo Galindo; suplente, J. Refugio Madelento Hernández, 3,029.

PCM: propietario, Juan Manuel Enrique Ríos; suplente, José Félix Robles Villaseñor, 3,299.

PST: propietario, José Antonio López López; suplente, Paula Mosqueda Gudiño 3,117.

Del examen de la documentación que obra en el expediente de que se trata, se desprenden los siguientes elementos de juicio:

1o. En las fechas que establecen los artículos 105 y 108 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se publicaron las listas de las casillas correspondientes a las 59 secciones en que se divide este distrito electoral y los partidos políticos por su parte registraron oportunamente las fórmulas de candidatos y sus representantes.

2o. En la instalación y funcionamiento de las casillas electorales así como en la votación celebrada el día 1o. de julio del año en curso, se cumplió con lo ordenado en los artículos 182, 184, 185, 187, 189, 191, 192 y 193 de la Ley de la materia.

3o. En la sección de cómputo distrital celebrada el día 8 de julio pasado fueron revisados los paquetes electorales conforme a lo establecido al artículo 212 de la Ley en cita, obteniéndose los resultados que al principio se consignan.

4o. En virtud de lo anterior, el Comité Distrital Electoral, atento a lo dispuesto en el artículo 212, sección A inciso 8 de la Ley, expidió Constancia de Mayoría de votos a favor de la fórmula postulada por el Partido Revolucionario Institucional integrada por los CC. Enrique Chavero Ocampo y Amparo Rubio de Contreras, como propietario y suplente respectivamente.

El acta de que se trata fue registrada por acuerdo unánime de la Comisión Federal Electoral, el día 28 de julio de 1979.

5o. De los antecedentes revisados se desprende que los CC. Enrique Chavero Ocampo y Amparo Rubio de Contreras reúnen los requisitos de elegibilidad que establece el artículo 55 de la Constitución Federal de la República.

6o. Por lo antes expuesto, con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política del País; en las disposiciones de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales que han quedado citadas, y además, en los artículos 20 y 21, fracción I de la Ley

Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión Dictaminadora somete a la consideración de la honorable Asamblea los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero: Son válidas las elecciones de Diputados Federales que tuvieron lugar el día 1o. de julio del año en curso en el XV Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Segundo: Son Diputados de Mayoría Relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión, los CC. Enrique Chavero Ocampo y Amparo Rubio de Contreras, como propietario y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 17 días del mes de agosto de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal.- Doctor, Alfonso Navarrete R., Vocal." Está a discusión el dictamen...No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa ponerse de pie...Aprobada, señor Presidente.

El C. Presidente: Son validas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Décimo Quinto Distrito Electoral del Estado de Jalisco.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Enrique Chavero Ocampo y Amparo Rubio de Contreras, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión, Tercera Sección.

Honorable Asamblea:

A la Primera Comisión Dictaminadora, Tercera Sección, le fue turnado para su estudio y dictamen, el expediente que contiene la documentación relativa al proceso electoral que se llevó a cabo el pasado 1o. de julio del presente año en el XXI Distrito Electoral Federal del Distrito Federal, con Cabecera en la ciudad de México.

El Comité Distrital Electoral quedó debidamente instalado en los términos del Artículo 92 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

Todos los Partidos Políticos legalmente constituidos, registraron fórmulas para candidatos a Diputados Federales.

Oportunamente se publicaron las listas de ubicación de casillas y los nombramientos de los funcionarios correspondientes.

El primer domingo de julio fueron debidamente instaladas todas las casillas que integran el Distrito Electoral Federal.

Después de efectuado el cómputo distrital de la elección verificada en este Distrito se obtuvo el siguiente resultado:

PAN: propietario, Othón Neri Mosco; suplente, Gilberto Morales Frías 13,817 votos.

PRI: propietario, Enrique Gómez Corchado; suplente, Ernesto Valles Favela, 33,113 votos.

PPS: propietario, Ramón Monroy Leyva; suplente, Lilia Guadarrama Ramírez, 3,511 votos.

PARM: propietario, Fermín Barragán Martínez, suplente, Francisco Ramón Díaz González, 1,292 votos.

PDM: propietario, Pablo Crispín Colector; suplente, Refugio Alcalá Torres, 3,233 votos.

PCM: propietario, Arnulfo Hernández Toribio; suplente, Joaquín Romero Tagle, 10,187 votos.

PST: propietario, Juan Pastor Hernández Oliva; suplente, Teódulo Tetetla Hernández 3,168 votos.

Habiéndose desarrollado la votación con toda normalidad se desprende que el proceso electoral se ajustó a los términos de Ley.

El Comité Distrital Electoral después de verificar la votación emitida, extendió Constancia de Mayoría a los CC. Enrique Gómez Corchado y Ernesto Valles Favela candidatos propietario y suplente respectivamente postulados por el Partido Revolucionario Institucional.

La Constancia de Mayoría fue debidamente registrada en la Comisión Federal Electoral, habiéndose remitido la documentación relativa a esta H. Cámara.

En relación al recurso de queja hecho valer por los candidatos del Partido Acción Nacional, es improcedente, atento a las siguientes consideraciones: al resolver el Comité Distrital Electoral que el recurso de protesta presentado el día de la elección en la casilla número 4, no procedía, por no reunir los requisitos del artículo 150 del Reglamento de Organismos Electorales y Previsiones para la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, hace improcedente el recurso de queja, pues tiene aplicación el artículo 232 de la Ley invocada, ya que técnicamente no fue agotado el recurso previo o sea el de protesta, lo que hace innecesario su análisis y valoración.

En mérito a lo expuesto y con fundamento en los artículos 60, de la Constitución General de la República y 18, 20, 21, Fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de esta Comisión se permite someter a la consideración de esta Asamblea, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Se declara improcedente el recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional.

Segundo. Son legitimas y válidas las elecciones de Diputados Federales, efectuadas el 1o. de julio de 1979 en el XXI Distrito Electoral del Distrito Federal.

Tercero. Son Diputados Federales a la LI Legislatura del Congreso de la Unión los CC. Enrique Gómez Corchado y Ernesto Valles Favela, propietario y suplente respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 19 de agosto de 1979.- Beatriz paredes Rangel, presidenta.- Porfirio Camarena Castro, secretario.- José Luis Andrade Ibarra, vocal.- Pedro Pablo Zepeda Bermúdez, vocal.- Francisco Xavier Aponte, vocal".

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos.

Los que estén por la afirmativa ponerse de pie...Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el Vigésimo Primer Distrito Electoral del Distrito Federal.

Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Enrique Gómez Corchado y Ernesto Valles Favela, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Entidad: Distrito Federal, Distrito Electoral: XXXIV

Honorable Colegio Electoral:

Con fundamento en lo previsto en el Artículo 60 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 18, 20 y 21, Fracción I de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección, procedió al estudio del expediente relativo a las elecciones que para Diputados Federales se efectuaron el día 1o. de julio del presente año, en el XXXIV Distrito Electoral del Distrito Federal, emitiendo dictamen en los términos siguientes:

1o. En este Distrito Electoral, los Partidos Políticos que a continuación se mencionan, registraron candidatos y participaron en la contienda electoral, con los siguientes resultados.

PAN: propietario, José Carmen Méndez Flores; suplente, Antonia García Hernández, 12,082 votos.

PRI: propietario, Carlos Hidalgo Cortés; suplente, Ricardo Sánchez Aguilar, 35,741 votos.

PPS: propietario, Artemio Vargas Cruz; suplente, Francisco Villagrana Hernández, 3,420 votos.

PARM: propietario, José Manuel Camargo Arredondo; suplente, Justino Rodríguez 1,219 votos.

PDM: propietario, Carlos Galindo Becerra; suplente, Felipe González Ramos, 2,164 votos.

PCM: propietario, Ramón Kuri Camacho; suplente, Horacio Espinosa Vera, 8,360 votos.

PST: propietario, Marcelo Jorge Morales Espejel; suplente, Juan Apolinar Martínez Gaspar, 2,522 votos.

2o. Consta en las actas que las casillas se instalaron en los términos del Artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

3o. La votación se emitió y recibió dentro de los supuestos que determinan los Artículos 185, 187, 192, 193 y relativos del precitado ordenamiento legal, procediéndose al escrutinio y computación con apego a las reglas del Artículo 194.

4o. Se desarrolló la sesión de cómputo Distrital con base a lo previsto en el Artículo 212 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

5o. El Comité Distrital Electoral, expidió constancia de mayoría de votos a los ciudadanos Carlos Hidalgo Cortés y Ricardo Sánchez Aguilar, candidatos propietario y suplente respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional, en acatamiento a lo dispuesto en la Sección A, inciso 8 del ya invocado Artículo 212.

6o. De conformidad con los Artículos 75 Fracción VIII y 218 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, la Comisión Federal Electoral, registró la Constancia de Mayor de votos.

7o. Obra en el expediente constancia de sesión celebrada por el XXXIV Distrito Electoral 24 horas después de haberse cerrado el cómputo distrital; y en la que queda acreditada que no se interpuso recurso de queja por ninguno de los Partidos Políticos contendientes.

8o. Obra en el expediente un recurso de queja interpuesto por el Partido Acción Nacional, y en el que aparece un sello que dice "Presentada de manera extemporánea", impugnando muchísimas casillas, aseverando que se recibió una votación que excede al 10% a que la Ley se refiere para votos en lista adicional.

No obstante haber sido interpuesto fuera del término que señala el apartado A inciso B del Artículo 212 y 229 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales, se procedió a hacer un análisis pormenorizado de todas y cada una de las casillas impugnadas, encontrándose que en ninguna de ellas se excedió el 10% adicional que señala la Ley.

En mérito a lo expuesto y fundado, esta Segunda Sección de la Primera Comisión somete a la consideración de este H. Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son legítimas y válidas las elecciones que para Diputados Federales de mayoría se efectuaron el 1o. de julio del presente año, en el XXXIV Distrito Electoral del Distrito Federal.

Segundo. Son Diputados Federales de Mayoría a la LI Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, los ciudadanos Carlos Hidalgo Cortés, como propietario y Ricardo Sánchez Aguilar como suplente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de agosto de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado,

Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos. Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie...Aprobado señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el Trigésimo cuarto Distrito Electoral del Distrito Federal. Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI Legislatura, los CC. Carlos Hidalgo Cortés y Ricardo Sánchez Aguilar, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora, Segunda Sección.

Entidad: Jalisco, con cabecera en Jocotepec, Distrito Electoral: IX.

Honorable Colegio Electoral:

A esta Comisión, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación relativa a las elecciones que tuvieron lugar el pasado 1o. de julio del año en curso, en el IX Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco. En los términos del artículo 60 de la Constitución General de la República y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 18 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos formular los siguientes considerandos y puntos resolutivos:

CONSIDERANDO

1o. En el distrito enunciado, contendieron candidatos de los siete partidos nacionales con los resultados siguientes:

PAN: propietario, Manuel Sandoval Barbosa; suplente, Fabián González González, 1,975 votos.

PRI: propietario, José Ma. Sotelo Anaya; suplente, Mario Alejandro Rosales Anaya, 18,094 votos.

PPS: propietario, Javier Rito Castillo; suplente, Miguel Galván Martínez, 393 votos.

PARM: propietario, José Santos Sahagún Lomelí; suplente, Virgilio Evangelista Juárez, 2,274 votos.

PDM: propietario, Magdaleno Lorenzano Plascencia; suplente, Andrés Curiel Beltrán, 575 votos.

PCM: propietario, Felipe Espinoza Lira; suplente, Jesús Rojas Hidalgo, 409 votos.

PST: propietario, Angel Briseño Pantoja; suplente, Felipe Fuentes Dueser, 446 votos.

2o. Del expediente relativo se desprende que todas las casillas electorales de las distintas secciones, se instalaron en la forma prevista por el artículo 182 de la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y que la emisión del sufragio se verificó conforme a lo dispuesto por los artículos 185, 187, 189, 191, 192 y 193 de la misma Ley.

3o. Recibida la votación se levantaron las actas correspondientes, que fueron suscritas por los funcionarios de casilla y por los representantes de partidos y candidatos que comparecieron, cumpliéndose con lo ordenado por el artículo 194 de la Ley de la materia.

4o. En los términos del artículo 212 de la Ley de la Materia el Comité Distrital Electoral efectuó el cómputo correspondiente, obteniéndose el resultado que se anota en el primer considerando que antecede.

En la misma sesión de cómputo distrital, el PARM interpuso recurso de revocación en contra de la resolución, aprobada por todos los miembros del Comité de no proceder al examen de los paquetes electorales enviados por la Mesa Directiva de las distintas casillas instaladas en el Distrito, ya que el cómputo y el escrutinio se realizaron con estricto apego a lo dispuesto por el artículo 212 de la Ley de la materia.

En la misma sesión de cómputo distrital, el Comité conoció y resolvió el recurso de protesta interpuesto por el PARM en contra de los resultados contenidos en las actas de escrutinio de las casillas, mismo que fue declarado extemporáneo en los términos del artículo 228 de la Ley, independientemente de que los recurrentes no aportaron prueba alguna.

Contra la resolución que desechó la protesta, el PARM interpuso recurso de revisión ante la Comisión Local Electoral aduciendo la no aplicación del artículo 228 de la Ley; los motivos de este recurso, por reiterarse en la queja presentada posteriormente, serán analizados en el considerando correspondiente.

5o. Por los resultados del Cómputo final de escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrada por José María Sotelo Anaya y Mario Alejandro Rosales Anaya propietario y suplente, respectivamente.

6o. La Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital, en los términos del artículo 218 de la Ley multicitada.

7o. El PARM interpuso recurso de queja contra los resultados consignados en el acta de cómputo distrital y de la constancia de mayoría, en el que se reiteran los agravios sostenidos en sus previos recursos de revocación y de revisión y que serán analizados en este dictamen, independientemente de la extemporaneidad o no, de su recurso de protesta.

La suscrita Comisión, con base en el análisis minucioso y exhaustivo de las constancias del expediente electoral, considera que la queja deba declararse improcedente por la sencilla razón de que los recurrentes, no ofrecieron ni aportaron prueba alguna para demostrar los motivos de la queja y de sus protestas. A mayor abundamiento de las actas y constancias electorales de cada casilla, se desprende que no existió error grave ni dolo manifiesto en la computación de las casillas, que arrojan en algunos casos, simples discrepancias numéricas que no alteran sustancialmente el resultado de la votación. No se dan en el caso, los supuestos señalados en el artículo 223 de la Ley de la materia,

ni existen pruebas que pudieran acreditar los extremos de la Ley. Por lo mismo debe declararse improcedente e infundada la queja interpuesta.

En cuanto al agravio consistente en que no se examinaron todos los paquetes electorales de todas las casillas, también resulta improcedente, pues se insiste, que el cómputo distrital se realizó con estricta aplicación del artículo 212 de la Ley y en este sentido, se pronunciaron, rechazando la pretensión del PARM de que se abrieran todos los paquetes y se examinaran cada uno de ellos, todos los miembros del Comité y todos los comisionados de los partidos políticos que firmaron de conformidad las actas de escrutinio, con excepción del representante del PARM. Por lo mismo, debe declararse improcedente el recurso de queja.

Por lo expuesto y con fundamento en los artículos Constitucionales, legales y reglamentarios invocados en este dictamen, nos permitimos someter a la consideración de este Honorable Colegio Electoral, los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Es improcedente e infundado, el recurso de queja interpuesto por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en contra del resultado del acta final de escrutinio del IX Distrito Electoral Federal de Jalisco.

Segundo. Son válidas las elecciones que para diputados federales por mayoría relativa, tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979 en el IX Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco.

Tercero. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión los ciudadanos José María Sotelo Anaya y Mario Alejandro Rosales Anaya, propietario y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de julio de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete Romero, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

- El C. José Sahagún Lomelí (desde su curul, solicito el uso de la palabra, en contra.

El C. Heberto Barrera (desde su curul): solicito el uso de la palabra, en pro.

El C. Ernesto Gil Elorduy (desde su curul): solicito el uso de la palabra, por las Comisiones.

El C. Presidente: Tiene la palabra y se le suplica pasar a la tribuna al señor José Sahagún Lomelí.

El C. José Sahagún Lomelí: Señor Presidente;

Honorables miembros del Colegio Electoral:

Nuestra presencia en ésta, la más alta tribuna del país, obedece fundamentalmente al reconocimiento del valor significativo en el proceso democrático del país, que esta misma tiene.

Antes de empezar a pedir a ustedes, con los razonamientos que la ley me permite que sea cambiada esta resolución planteada, quiero identificarme con ustedes.

Soy José Santos Sahagún Lomelí, originario de Atotonilquillo, Jalisco, perteneciente al municipio de Chapala, mismo que está considerado en el IX Distrito Electoral.

Las razones que me hicieron participar por segunda ocasión en una contienda electoral, son las mismas que originaron la presencia, por primera ocasión en el año de 1976. Esto es, mi pueblo, nunca ha recibido ningún beneficio, ninguna obra social, ni del municipio, ni del Estado ni de la Federación.

Chapala, Chapala se muere lenta y angustiosamente por la inercia, por el abandono, por la injuria de las autoridades que deberían de velar por que Chapala fuera lo que fue hace muchos años; orgullo no sólo de Jalisco, sino de todo el país, hoy está convertido en cloaca de todos los residuos que pueda recibir la contaminación más tremenda esa agua. Toda la zona ribereña del lago se está muriendo poco a poco; el Municipio de Chapala da pena verdaderamente el tratar de internarse en cualquiera de sus calles.

Siguiendo con este mismo IX Distrito Electoral, los cacicazgos han sido terribles, han sido feroces, han sido macizos, podría mencionarles también el Municipio de Tlacomulco de Zúñiga que desde siempre ha sido considerado coto de caza de uno de los líderes obreros; podría seguir también con Zacualco de Torres con problemas agrarios desde muchos años atrás, con terribles sangrías de vidas valiosas por la falta de autoridades que coordinen y no entorpezcan y no crucen los intereses entre pequeños propietarios y ejidatarios y se seguiría con todos los ejemplos de cada uno de mis municipios de este Noveno Distrito Electoral; podría decirles también de Acatlán de Juárez, podría hablarles de Juanacatlán.

Señores:

Este es el motivo que a mí, sin ninguna historia política, sin ningún antecedente, me hicieron en un momento dado, por un acto de conciencia, actuar y participar en las contiendas electorales.

En esa primera ocasión de 1976, sin ninguna experiencia política, obtuve siete mil votos; obtuve al mismo tiempo el séptimo lugar dentro de la votación nacional de mi Partido; tenía derecho a una diputación de partido.

Así llegamos al presente año, al año de 1979, cuando mi Partido me invita a participar nuevamente en estas elecciones. Antes de decidirlo, visité todo mi distrito para conocer las condiciones en las que se encontraba. Eran peores que las de 1976 o sea que en lugar de ir hacia adelante seguimos yendo hacia atrás.

Bien, decidí participar en estas elecciones, organizamos un trabajo, que es constancia que en ese distrito y en muchos más de Jalisco, no hubo una campaña a la altura de la que realizamos, 14 mil encuestas domiciliarias casa por casa dan constancia de esa actividad.

Al mismo tiempo realizamos también 35 mítines en un distrito en que hay 13 municipios, trabajamos en sesiones de trabajo, invitando a la ciudadanía a que expusiera, a que dijera sus " que tanto les preocupa, fue

problemas, encontrándolos tal y como se los estoy mencionando, sería terrible el que se expusiera aquí toda la problemática.

Bien, señores, con todo esto nos preparamos para el día de las elecciones, preparamos a nuestra gente que estuviera en las casillas para defender con la ley en la mano el que el voto fuera respetado y que se respetara la ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales. Contrariamente a lo que se dice aquí en este dictamen, señores, no hubo una sola casilla instalada como lo señala la ley, esto es, en una mesa los funcionarios de casilla y los representantes de los partidos políticos, y en otra mesa el espacio y las ánforas, para que el ciudadano votara sin ninguna presión.

En una sola mesa se presentó todo, se dejaba el espacio apenas suficiente, para que el ciudadano cruzara la boleta, esto implica presión sobre los ciudadanos, para determinar con libertad su voto.

En las 134 casillas que están consideradas en este IX Distrito no se instalaron como acaban de decirlo aquí, 134 casillas.

Se instalaron 132 casillas, habiendo constancia de ello de que fueron dos casillas: una en el municipio de Techaluta y otra más en el municipio de Tuxcueca. En el municipio de Techaluta, los funcionarios arguyeron que definitivamente estaba lloviendo y no se podía instalar casilla. En el municipio de Tuxcueca, la casilla 5 y a 7, que eran en diferentes pueblos, la hicieron en una sola. Impugnamos y protestamos oportunamente, con la constancia en la mano, 62 casillas. Los motivos: variados a cual más. Las 10 casillas del municipio de Villa Corona, fueron secuestradas por la policía municipal, votando a nuestros representantes y llevándose a manosear las ánforas y los resultados en la presidencia municipal.

En Juanacatlán fueron secuestradas 4 ánforas, fue secuestrado mi suplente; hay constancia viviente de todo eso. Los periódicos y la radio dieron constancia inmediata de todo esto. Después de secuestrarlo, lo sacaron a empellones y a punta de arma hicieron firmar a uno de nuestros representantes el acta final de escrutinio y cómputo, en blanco para hacer lo que ellos quisieran. En 15 hojas útiles están asentadas y debidamente recibidas por el Presidente del Comité Distrital nuestra protesta a esas 62 casillas, infinitamente más que el 20% que se necesita para declarar nulas las elecciones.

El día del cómputo distrital se nos informó que nuestra protesta era improcedente porque no era en tiempo. Falso de toda falsedad. Aquí está.

el día del cómputo distrital, decía a ustedes, no se abrió ningún paquete electoral. Venían todos violados. Absolutamente todos los paquetes venían violados. Contrariamente a lo que aquí se dice no hubo más que dos comisionados con voz y voto: el del PRI y el nuestro. el Partido Acción Nacional y el Partido Popular Socialista no tuvieron comisionados.

Entonces, la decisión de no abrir los paquetes electorales se debió a la votación del PRI y a la votación de los funcionarios del comité distrital. Contrariamente y expresamente al contrario de lo que expresa la ley, que cuando se haga el cómputo se deben de revisar los paquetes, y si hay alguna con muestra de violación debe apartarse y analizarse posteriormente.

El C. Presidente: Se le comunica al orador que se le ha concluido el tiempo.

El C. José Santos Sahagún Lomelí: En un minuto termino. Para concluir presentamos oportunamente protestas, la protesta, la queja debidamente documentada; debidamente señaladas estas violaciones a la ley.

Señores miembros de este honorable Colegio Electoral: Pido a ustedes la no aprobación de este dictamen. Pido a ustedes no avalen ir contra la ley. Pido a ustedes no avalar a los caciques de este municipio.

Por último quiero explicar a ustedes nada más brevemente lo siguiente: Si en un año en que no había ninguna experiencia política , en que no nos tomaban en cuenta, obtuvimos 7 mil votos, en cuanto realizamos una campaña, en cuanto dimos a conocer nuestra calidad humana, en cuanto vimos que nuestro distrito busca y necesita un cambio, en ese momento quisieron ridiculizarnos con una votación mínima.

Señores de la oposición, ustedes que están viviendo lo que es el esfuerzo de estar del otro lado de la baranda, pido a ustedes su apoyo contra este dictamen

Señores de la mayoría, jóvenes con aspiraciones limpias de buscar un México mejor, señores, de gran experiencia política que vuelven a estas lides, que por su calidad están nuevamente aquí, pido a ustedes, que revoquen, que no aprueben este dictamen.

Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra por la Comisión de diputado Ernesto Gil Elorduy.

El C. Ernesto Gil Elorduy: Señor Presidente:

Honorable Asamblea:

La Segunda Sección de la Primera Comisión, a cuyo nombre hago uso de esta Tribuna, fundó su dictamen con objetividad, imparcialidad y analizó conforme a los ordenamientos legales el expediente del Noveno Distrito Electoral Federal del Estado de Jalisco.

En el cuerpo del dictamen, independientemente de que su recurso de protesta fue interpuesto en forma extemporánea, y de conformidad con la Ley de Organizaciones políticas y Procesos Electorales, que expresa claramente cuál es el procedimiento para interponer los recursos que se consideran pertinentes, esta Comisión se dio a la tarea de analizar las protestas presentadas por el PARM y que han sido leídas ampliamente en el curso del dictamen que hemos presentado a su consideración.

El acta de cómputo distrital fue firmada por los comisionados de los distintos partidos que contendieron. Las constancias que hay en el expediente nos indican que deben desecharse estos recursos porque no se ofrecieron las pruebas suficientes y porque no afectan determinantemente el resultado de la votación.

Esta Comisión para orientarse y emitir su dictamen analizó el expediente con minuciosidad y a pesar, como afirmé, de que la extemporaneidad estaba aprobada en el recurso de protesta que presento al Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, por conducto de sus comisionados, las pruebas que aportaron no eran suficientes para definirnos en contra de la validez de las elecciones en el Noveno Distrito Electoral Federal del Distrito de Jalisco.

Por lo tanto, solicitamos a esta asamblea se sirva apoyar el dictamen que presentamos a su soberanía en los términos en que fue expuesto por esta Secretaría.

El C. Presidente: Ruego a la Secretaría preguntar a la Asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen.

El C. secretario Antonio Cueto Citalán: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se encuentra suficientemente discutido el dictamen. Ponerse de pie. Suficientemente discutido, señor Presidente.

En votación económica, se pregunta si se aprueba el dictamen en sus términos

Los que estén por la afirmativa ponerse de pie. Aprobado, señor Presidente.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales, celebradas el día 1o. de julio de 1979, en el noveno Distrito Electoral del Estado de Jalisco. Son diputados por el Distrito Electoral indicado, a la LI legislatura, los CC. José María Sotelo Anaya y Mario Alejandro Rosales Anaya, propietario y suplente, respectivamente.

- El C. secretario Antonio Cueto Citalán:

"Primera Comisión Dictaminadora. Segunda Sección.

Honorable Colegio Electoral:

A esta Segunda Sección de la Primera Comisión Dictaminadora, fue turnado para su estudio y dictamen el expediente que contiene la documentación correspondiente a las elecciones que se verificaron el pasado 1o. de julio del año en curso en el 31o. distrito electoral del Distrito Federal.

Habiéndose efectuado minucioso estudio y examen del contenido del expediente del distrito mencionado, se llegó a los siguientes considerandos y puntos resolutivos:

CONSIDERANDO

1o. Que los organismos electorales ajustaron sus actos a las normas aplicables que fija la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la LOPPE y a su respectivo reglamento.

2o. Se dio debido cumplimiento a lo establecido por los artículos 74, 75, 76, 84, 88, 90, 92, 96 y demás relativos de la LOPPE, habiéndose preparado y desarrollado el proceso electoral.

3o. El Comité Distrital en cumplimiento de sus facultades y obligaciones, publicó el aviso de quedar abierto el registro de candidatos de conformidad a lo dispuesto por los artículos 164 y 165 de la LOPPE.

4o. Como consecuencia, los siete partidos políticos nacionales registraron Fórmulas para candidatos a diputados Federales, propietarios y suplentes, respectivamente, en los términos siguientes:

PAN: propietario, Enrique Gutiérrez Cedillo; suplente, Juan Cedillo Murillo.

PRI: propietaria, Ofelia Casillas Ontiveros; suplente, Luis Rodríguez Damián.

PPS: propietario, Ramón Jiménez López; suplente, Juan Julián Martínez.

PARM: propietario, Teodomiro Castañeda Arias; suplente Manuel Bustamante Morales.

PDM: propietario, Antonio Balderas Martínez; suplente, Pedro Solís Correa.

PCM: propietario, Anthar Germán López Tirado; suplente, Juan Barajas Godínez

PST: propietario, Martín Gómez López; suplente, Rubén Dac Pérez.

5o. En acatamiento a lo dispuesto por los artículos 105 y 107 de la LOPPE, el Comité Distrital publicó las listas provisionales y definitivas de las casillas de este 31o. Distrito.

6o. El día 1o. de julio se instalaron y funcionaron las casillas correspondientes a este Distrito y durante el desarrollo del proceso electoral, los representantes de los partidos políticos y de los candidatos se ajustaron a lo dispuesto en la LOPPE en sus artículos 182, 184 y 193.

7o. Una vez concluida la votación, se levantaron las actas correspondientes y se remitieron los paquetes electorales a las autoridades del Comité Distrital del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo 203 de la ya citada Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales.

8o. Se cumplió la disposición del artículo 212 de la multicitada Ley Electoral, por lo que el Comité Distrital sesionó el 8 de julio del año en curso, para hacer el cómputo de los votos emitidos en todas las casillas de este Distrito Electoral.

PAN 16,182 votos

PRI 33,403 votos

PPS 3,745 votos

PARM 1,272 votos

PDM 3,091 votos

PCM 8,356 votos

PST 3,215 votos

9o. De las constancias que obran en el presente expediente, se observó que no se presentó protesta, impugnación, queja, ni recurso alguno.

10. De los resultados del cómputo final del escrutinio, el Comité Distrital emitió constancia de mayoría a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional, integrado por Ofelia Casillas Ontiveros y Luis Rodríguez Damián, propietaria y suplente, respectivamente.

11. Tomando en consideración el informe y en acatamiento al artículo 218 de la LOPPE, la Comisión Federal Electoral registró la constancia de mayoría expedida por el Comité Distrital.

Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos mencionados de la Carta Fundamental de los Estados Unidos

Mexicanos, de la LOPPE y su respectivo reglamento y en los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión somete a la consideración de este Honorable Colegio Electoral los siguientes

PUNTOS RESOLUTIVOS

Primero. Son válidas y legítimas las elecciones que para diputados federales tuvieron lugar el día 1o. de julio de 1979 en el 31o. distrito electoral federal del Distrito Federal.

Segundo. Son diputados de mayoría relativa a la LI Legislatura del H. Congreso de la Unión los CC. Ofelia Casillas Ontiveros y Luis Rodríguez Damián, propietaria y suplente, respectivamente.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 16 de agosto de 1979.- Doctor, Lauro Ortega, Presidente.- Licenciado, Ernesto Gil Elorduy, Secretario.- Rodolfo Fierro Márquez, Vocal.- Doctor, Alfredo Navarrete Romero, Vocal.- Lázaro Rubio Félix, Vocal."

Está a discusión el dictamen. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba en sus términos...Aprobado.

El C. Presidente: Son válidas las elecciones para diputados federales celebradas el día 1o. de julio de 1979 en el XXXI Distrito Electoral del Distrito Federal. Son diputados por el distrito electoral indicado, a la Quincuagésima Primera Legislatura los CC. Ofelia Casillas Ontiveros y Luis Rodríguez Damián, propietaria y suplente, respectivamente.

El C. secretario José Murat: Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión .

ORDEN DEL DÍA

"Séptima Sesión de Colegio Electoral de la LI Legislatura.

Orden del Día

22 de agosto de 1979

Lectura del acta de la Sesión de Colegio Electoral anterior.

Dictámenes

Décimo Quinto del Distrito Federal.

Cuarto de Guanajuato.

Sexto de Guanajuato.

Trigésimo octavo del Distrito Federal.

Noveno de Guanajuato.

Décimo Segundo de Guanajuato.

Sexto de Oaxaca.

Séptimo de Guerrero.

Quinto de Jalisco.

Segundo de Tamaulipas.

Sexto de Jalisco.

Décimo de Jalisco.

Décimo Séptimo de Veracruz.

Décimo Octavo de Veracruz.

Séptimo de Veracruz.

Décimo Primero de Jalisco.

Décimo Séptimo de México.

Vigésimo Noveno del Distrito Federal.

Vigésimo Noveno de México.

Tercero de Baja California.

Décimo Octavo de Jalisco.

Décimo Segundo de Veracruz.

Décimo Sexto de Veracruz.

Segundo de San Luis Potosí.

Décimo Noveno de Veracruz.

Octavo de Michoacán.

Primero de Michoacán."

TARJETAS DE ACCESO

El C. Presidente: De conformidad con el artículo 23, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva entregará las tarjetas de acceso al acto de instalación de esta Cámara de Diputados, a los ciudadanos cuyos dictámenes fueron aprobados el día de hoy, mañana 22 de agosto a las 9:30 horas, en el Salón Verde de este mismo Recinto.

El C. Presidente: (a las 20:50 horas). Se levanta la sesión de Colegio Electoral y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 22 de agosto, a las diez horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y "DIARIO DE LOS DEBATES"