Legislatura LII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19821211 - Número de Diario 49
(L52A1P1oN049F19821211.xml)Núm. Diario:49ENCABEZADO
DIARIO DE LOS DEBATES
DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
"LII" LEGISLATURA
Registrada como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921
AÑO I México. D. F., sábado 11 de diciembre de 1982 TOMO I. NUM. 49
COMPARECENCIA DEL SECRETARIO
DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO
SUMARIO
APERTURA
ORDEN DEL DÍA
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE
APRUEBA
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
CÓDIGO CIVIL PARA EL D.F.
Proyecto de Decreto que reforma los artículos 1916 y 2116. Primera lectura.
INICIATIVAS DEL EJECUTIVO
LEY DE INGRESOS DEL
DEPARTAMENTO DEL D.F. 1983
Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisión. Imprímase .
LEY DE HACIENDA DEL
DEPARTAMENTO DEL D.F.
Proyecto de Reformas a esta ley. Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisiones. Imprímase 6
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL
DEPARTAMENTO DEL D.F. 1983
Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisión. Imprímase 31
LEY DE PLANEACIÓN
Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisiones. Imprímase. 55
DISPOSICIONES DE
CARÁCTER MERCANTIL
Proyecto de Decreto que las Reforma y Adiciona. Se le dispensa la lectura. Se turna a Comisiones. Imprímase
COMPARECENCIA DEL
C. LICENCIADO
JESÚS SILVA HERZOG
Propuesta de la Presidencia para que cualquier manifestación, como el aplauso, se exprese hasta que el compareciente responda la última pregunta. Se aprueba.
Se anuncia la presencia del C. licenciado Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien hace acto de presencia acompañado de la Comisión nombrada para el efecto
EXPOSICIÓN DEL
COMPARECIENTE
El C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público, expone los fundamentos del proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983
INTERPELACIONES
Y RESPUESTAS
Interrogan al compareciente los CC. Alberto Santos de Hoyos, Alberto González Domene, Salvador Castañeda O'Connor, Antonio Fabila Meléndez, David Lomelí Contreras, Ricardo A. Govela Autrey, Alfredo Reyes Contreras, Eulalio Ramos Valladolid, Héctor Ramírez Cuéllar, Raúl López García, Juan López Martínez, Aidé H. Villalobos Rivera, Rolando Cordera Campos, Felipe Gutiérrez Zorrilla y Ricardo Cavazos Galván, a quienes, oportunamente, el compareciente da respuesta
CONCEPTOS DE LA
PRESIDENCIA
Agradecimiento y conceptos relativos a la comparecencia del C. licenciado Jesús Silva Herzog 99
ORDEN DEL DÍA
De la sesión próxima. Se levanta la sesión
DEBATE
PRESIDENCIA DEL C. MARIANO PIÑA OLAYA
(Asistencia de 366 ciudadanos diputados)
APERTURA
- El C. Presidente (a las 10:30 horas): Se abre la sesión.
ORDEN DEL DÍA
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
''Primer periodo Ordinario de Sesiones. LII Legislatura.
Orden del día
11 de diciembre de 1982.
Lectura del acta de la sesión anterior.
Dictamen de primera lectura
De la Comisión de Justicia con proyecto de Decreto que reforma los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal.
Iniciativas del Ejecutivo
De Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal.
De Reformas a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.
De Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1983.
De Ley de Planeación.
De Reformas y adiciones a diversas disposiciones de carácter mercantil.
Comparecencia del C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público ''
ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
- La misma C. Secretaria:
''Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día nueve de diciembre de mil novecientos ochenta y dos.
Presidencia del C. Mariano Piña Olaya
En la ciudad de México, a las diez horas y cuarenta minutos del jueves nueve de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, la Presidencia declara abierta la sesión una vez que la Secretaría manifiesta una asistencia de trescientos cuarenta y nueve ciudadanos legisladores.
Lectura del Orden del Día y del acta de la sesión anterior verificada el día siete de los corrientes, misma que sin discusión se aprueba.
Se da cuenta con los documentos en cartera:
El Congreso del estado de Tabasco, suscribe atenta invitación a la sesión solemne que tendrá lugar el 14 del actual, en la que el C. Ingeniero Leandro Rovirosa Wade, gobernador constitucional de la entidad, rendirá el sexto y último informe de gestión administrativa.
Para asistir a esa sesión en representación de esta Cámara de Diputados, la Presidencia designa en Comisión a los CC. Amador Izundegui Rullán, Oscar Cantón Zetina, Griselda García Serra, Manuel Llergo Heredia. Andrés Sánchez Solís, Jesús Luján Gutiérrez, Jorge Cruickshank García, Raymundo León Ozuna e Ignacio Moreno Garduño.
La Legislatura del estado de Zacatecas comunica la elección de la Mesa Directiva que fungirá durante el tercer periodo ordinario de sesiones. De enterado.
La Secretaría, por instrucciones de la presidencia, da lectura al documento enviado por el C. Presidente de la República, que contiene los Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el año de 1983. Insértese en el Diario de los Debates.
Para los efectos constitucionales correspondientes, el Ejecutivo de la Unión envía las Iniciativas que a continuación se mencionan:
De Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.
En virtud de que este documento ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados , la Asamblea en votación económica le dispensa la lectura. Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
De Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.
Por las mismas razones del caso anterior, la Asamblea en votación económica, dispensa la lectura a esta Iniciativa. Recibo y
túrnese a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública e imprímase.
De Ley que establece, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.
También por las mismas razones de los casos anteriores, en votación económica, la Asamblea dispensa la lectura a este documento. Recibo y túrnese Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
El C. Viterbo Cortez Lobato, en nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Popular Socialista, presenta y da lectura a una Iniciativa de Decreto, tendiente a reformar el Artículo 105 de la Ley de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, para derogar el secreto bancario. Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público e imprímase.
Dictamen con proyecto de Ley Reglamentaria de la fracción XVIII del Artículo 73 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refiere a la facultad del Congreso de la Unión para dictar reglas para determinar el valor relativo de la moneda extranjera, suscrito por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Gobernación y Puntos Constitucionales. Es de Primera lectura.
Para expresar las razones por las que no firmaron el dictamen en cuestión, usan de la palabra los CC. Felipe Gutiérrez Zorrilla y Alberto González Domene.
A petición del C. Rolando Cordera Campos, la Secretaría por instrucciones de la presidencia, da lectura a los nombres de los miembros de la Comisión Dictaminadora que suscribieron el dictamen en cuestión.
El propio C. Rolando Cordera Campos hace uso de la palabra para referirse al proceso seguido en relación a este dictamen, en el que se vio excluido de una Subcomisión que debería tomar contacto con los señores senadores, plantearles el asunto y buscar el trabajo conjunto rumbo a una legislación adecuada.
Manifiesta su desacuerdo con estas decisiones y urge a la Comisión de Régimen, reglamento y prácticas Parlamentarias, para que se haga cargo de estos problemas que niegan cualquier posibilidad de trabajo colectivo.
La Presidencia aclara al señor diputado Cordera Campos, que en el dictamen aparece su nombre como integrante de la Comisión Dictaminadora, y no así su firma.
Se continúa con los documentos en cartera:
La Comisión de Hacienda y Crédito Público emite un dictamen con proyecto de Decreto, en virtud del cual se autoriza una emisión de Bonos del Ahorro Nacional. Es de segunda lectura.
A discusión en lo general y después en lo particular el Proyecto de Decreto. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba por unanimidad de trescientos cincuenta y nueve votos. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.
Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.
El C. Rolando Cordera Campos solicita el uso de la palabra y una vez que la Presidencia se la concede, da lectura a un comunicado público que firman más de mil ciudadanos, el cual expresa que hoy, cuando la crisis golpea duramente a todos los grupos asalariados, y entre ellos a los trabajadores de la cultura, el Estado desata otra ofensiva de amedrantamiento por medio del Decreto que establece un Reglamento de Publicaciones y Objetos Obscenos, texto ridículo que crea un mecanismo de censura calcado dócilmente de similares, impuestos por regímenes fascistas.
El comunicado hace una serie de consideraciones sobre el Decreto en cuestión y concluye con lo siguiente:
'Llamamos a escritores, pintores, músicos, trabajadores de la educación, científicos, comunicadores, teatristas, bailarines, fotógrafos, cineastas, críticos, y en general a las organizaciones políticas y a los trabajadores de la cultura a rechazar tajantemente el ''Decreto Obsceno'', a defender las libertades civiles y a mantenerse en permanente estado de alerta. No demandamos modificaciones, ni mucho menos la aplicación discrecional del Decreto. Exigimos su derogación inmediata. ¡Alto a las actitudes inquisitoriales y oscurantistas!'
A las trece horas y veinticinco minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el sábado once del actual, a las diez horas, en la que comparecerá el C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 74 constitucional."
Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor Presidente.
DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA
CÓDIGO CIVIL PARA EL D.F.
- El C. secretario Oscar Cantón Zetina:
''Honorable Asamblea:
A la Comisión de Justicia de esta H. Cámara de Diputados, Fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Congreso de la unión, para reformar los Artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal.
La comisión analizó las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal y después de amplia discusión en su seno, formula el presente dictamen con apoyo en los siguientes
CONSIDERANDOS
La convivencia social proporciona a los individuos el ambiente y medio idóneos para el cabal desarrollo de sus potencialidades
humanas y para la satisfacción de sus necesidades económicas, vida social que debe transcurrir en forma ordenada, bajo el imperio de las normas jurídicas que la rigen.
La renovación moral de la sociedad mexicana requiere una conciencia solidaria de cada uno de sus miembros, tendiente a evitar que la propia conducta lesione o afecte a los demás injustificadamente; cada individuo tiene el compromiso moral de desarrollarse en la sociedad sin causar daño a sus semejantes, y en caso de causarlo, su compromiso moral debe traducirse en la obligación legal de indemnizar a la víctima de su conducta.
La renovación tiene como consecuencia ineludible, el establecimiento de una responsabilidad jurídica integral, ajustada a los requerimientos presentes de la vida en sociedad, que asegure a la persona que sufra daños - materiales o morales originados por la conducta de otro, una reparación equitativa.
A juicio de esta comisión, acorde con la intención de la iniciativa en estudio, actúa indebidamente quien causa un daño a otro y no le proporciona justa y cabal indemnización.
La iniciativa en estudio constituye un paso más en el cumplimiento de la vocación de justicia del constituyente de 1917 y de nuestros legisladores de 1928, quienes reconocieron que el principio de responsabilidad civil '' es altamente moralizador y coloca a la víctima en mejores condiciones que las que actualmente tiene'' como textualmente se dice en la revisión del proyecto del Código Civil vigente.
La iniciativa del Ejecutivo Federal que se analiza, se encuadra dentro de las aspiraciones señaladas por los autores de nuestro Código Civil vigente, quienes en la explosión de motivos afirmaron: '' La idea de solidaridad arraiga cada vez más en las conciencias y encauza por nuevos derroteros las ideas de libertad e igualdad''.
Los Artículos 1916 y 2116 del Código Civil vigente fueron innovaciones que incorporaron nuestros legisladores de 1928 al orden jurídico nacional, que se enmarcaban dentro de las ideas ya expresadas y que resultaban adecuadas para aquella época, pero que la dinámica de nuestra vida social ha convertido en textos obsoletos a la fecha.
La Comisión de Justicia ha considerado conveniente mejorar la iniciativa en estudio, a efecto de evitar posibles interpretaciones incompatibles con su propósito moralizador, incorporando las menciones expresas de que la obligación de reparar el daño moral existe aunque no se cause daño material, que puede presentarse en responsabilidad contractual y extra contractual así como en las hipótesis de responsabilidad objetiva, y que pesa también sobre el Estado y sus funcionarios.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el Artículo 71 y 72 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del reglamento para el gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Justicia somete a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Que reforma los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común, y para toda la República en Materia Federal:
Artículo único. Se reforman los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, para quedar como sigue:
Artículo 1916. Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.
Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual, como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme al Artículo 1913, así como el estado y sus funcionarios conforme al Artículo 1928, ambas disposiciones del presente Código.
La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y solo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentando la acción en vida.
El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del. responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.
Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará, a petición de ésta y con cargo al responsable, la Publicación de un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.
Artículo 2116. Al fijar el valor y deterioro de una cosa, no se atenderá al precio estimativo o de afecto, a no ser que se pruebe que el responsable destruyó o deterioró la cosa con objeto de lastimar los sentimientos o afectos del dueño; el aumento que por estas causas se haga, se determinará conforme a los dispuesto por el Artículo 1916.
TRANSITORIO
Artículo único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, Distrito Federal, a diez de diciembre de mil novecientos ochenta y dos.
Comisión de Justicia: Mariano Piña Olaya, Presidente; Leopoldino Ortiz Santos Secretario; Acuña Servio, Tulio; Alvarez, Francisco J.; Batres García, Heriberto; Brito Gómez, Carlos; Caballero Cárdenas, José Luis; Castillón Alvarez, Pablo; Corona Boza, Armando; Cué de Duarte, Irma; Fragoso Martínez Guillermo; García García, José Luis; Gutiérrez Zorrilla, Felipe; Larios Ibarra, J, Salvador; Lemus García, Raúl; Martínez Cruz, Miguel Angel; Morales Orozco, Crescencio; Olvera Quintero, Ignacio; Osante López, Manuel; Pacheco Pulido, Guillermo; Ramos Valladolid, Eulalio; Rocha Díaz, Salvador; Salgado Salgado, Alberto; Salinas Guzmán, Pedro; Sánchez Pérez, Daniel Angel; Terrazas Sánchez, Juan Manuel; Toca Cangas, Amador; Trujeque Martínez, Efraín; Vázquez Segura, María Antonia; Vieyra Salgado, César Humberto.''
- Trámite: Primera Lectura.
INICIATIVAS DEL EJECUTIVO
LEY DE INGRESOS DEL
DEPARTAMENTO DEL D.F. 1983
''Escudo Nacional. Estados Unidos Mexicanos. Poder Ejecutivo Federal. México, D.F. Secretaría de Gobernación.
CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Presentes.
Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Ley del Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio fiscal de 1983, suscrita por el propio Primer Magistrado .
Reitero a ustedes en esta oportunidad la seguridad de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 7 de diciembre de 1982.
'Año del General Vicente Guerrero'.
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D.''
''CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presentes.
La Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal se inscribe en el mismo contexto que la Ley de Ingresos de la Federación, enfrentando los problemas que plantea la coyuntura, con acciones que se planean en un marco más amplio y promueven cambios estructurales profundos.
En iniciativa por separado se propone a esa Soberanía una nueva Ley de Hacienda del Distrito Federal. En ella se pretende fortalecer las finanzas públicas del Departamento del Distrito Federal, procurando sentar las bases para que, en el futuro próximo, la recaudación por ingresos propios se vigorice.
Al efecto, se proponen cambios estructurales importantes en el impuesto predial, en las contribuciones de mejoras y en la configuración de los derechos, lo que conlleva una reclasificación de los distintos rubros que integran esta ley; todo ello enmarcado en un contexto general en el que el Código Fiscal de la Federación es de aplicación supletoria y únicamente se proponen disposiciones generales distintas de las establecidas en el citado Código cuando las características peculiares de las contribuciones locales así lo ameritan.
La Ley de ingresos que se propone a esa Soberanía refleja además las importantes reformas que se promueven a nivel Federal; este reflejo se observa en el importante incremento de participaciones que al igual que las demás entidades federativas obtendrá el Distrito Federal y que desde luego ayudará a hacer frente a la crítica situación actual.
La Ley de Ingresos para el Distrito Federal tiene como objetivo apoyar las finanzas de la entidad federativa, en esta difícil etapa, para evitar la suspensión de las obras y servicios indispensables para el funcionamiento de la ciudad de México.
En atención a las consideraciones que contiene la presente exposición de motivos y al efecto de que el H. Congreso de la Unión tenga conocimiento de la misma me permito someter a esa representación nacional la siguiente iniciativa de
LEY DE INGRESOS DEL DISTRITO
FEDERAL PARA EL EJERCICIO
DE 1983
Artículo 1o. Los ingresos del Distrito Federal en el ejercicio fiscal de 1983 serán los que se obtengan por los siguientes conceptos y en las cantidades estimadas que a continuación se indican:
Millones de pesos
I. Impuestos. 16,078
a) Predial.
b) Sobre adquisición de bienes
inmuebles.
c) Sobre espectáculos públicos.
d) Sobre loterías, rifas, sorteos y concursos.
II. Contribuciones de mejoras 500
III. Derechos. 6,281
a) Por la prestación de servicios que correspondan
a funciones de derecho público.
b) Por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio
público del Distrito Federal.
IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones
precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores
pendientes de liquidación o de pago. 300.
V. Accesorios de otras contribuciones. 1,095
VI. Productos. 298
a) Por la prestación de servicios que correspondan a
funciones de derecho privado.
b) Por el uso, aprovechamiento o explotación de bienes
de dominio privado:
1. Tierras y construcciones.
2. Enajenación de muebles e inmuebles.
3. Intereses de valores, créditos y bonos.
4. Utilidades de organismos descentralizados y empresas
de participación estatal.
5. Otros.
VII. Aprovechamientos. $794
a) Donativos e indemnizaciones.
b) Reintegros y cancelación de contratos.
c) Multas administrativas, así como las impuestas por
autoridades judiciales y reparación del daño denunciada
por los ofendidos.
d) Donaciones en especie a cargo de propietarios de
fraccionamientos de terrenos.
e) Aportaciones en efectivo por fraccionamiento de
terrenos y por la construcción de conjuntos habitacionales.
f) Aportaciones en efectivo por quienes construyen obras
nuevas para la dotación general de la infraestructura, equipo
y servicios urbanos.
g) Cuotas por división, subdivisión o relotificación de predios.
h) Otros no especificados.
VIII. Participaciones en impuestos federales 115,482
a) Por fondo general.
b) Por fondo financiero complementario.
c) Por participación del 80% de la recaudación del
impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.
IX. Los derivados de financiamientos 162,586
a) Empréstitos:
1. Al Distrito Federal.
2. A los organismos descentralizados del Distrito Federal.
b) Emisión de bonos y obligaciones.
c) Otros no especificados.
X. Otros ingresos 37,222
a) Ingresos y financiamientos de organismos
descentralizados y empresas de participación estatal.
b) Aportaciones del Gobierno Federal:
1. Para conservación de escuelas.
2. Para servicios públicos de la Unidad Nonoalco Tlatelolco.
c) Otros no especificados.
Artículo 2o. Se autoriza al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la participación del Distrito Federal, para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, que no rebasen el monto neto de 125,610 millones de pesos por endeudamiento para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para 1983, en los términos y condiciones que ordena la Ley General de Deuda Pública.
TRANSITORIO
Artículo único. Esta ley entrará en vigor el primero de enero de mil novecientos ochenta y tres.
Ruego a ustedes CC. Secretarios se sirvan dar cuenta de esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.
México, D. F., a 9 de diciembre de 1982.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado."
- El C. Presidente: En atención a que la Oficialía Mayor ha distribuido este documento entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría si se dispensa la lectura y se turna a Comisión.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:
Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la H. Asamblea si se le dispensa la lectura a la iniciativa y se turna desde luego a Comisión.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la lectura.
- Trámite: Recibo y a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y del Distrito Federal e imprímase.
LEY DE HACIENDA DEL
DEPARTAMENTO DEL D. F.
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente les envío Iniciativa de Decreto de Reformas y adiciones a la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No reelección.
México, D. F., a 9 de diciembre de 1982.
'Año del general Vicente Guerrero.'
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
"CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
El Ejecutivo a mi cargo en ejercicio de la facultad que le concede el Artículo 71 fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el digno conducto de ustedes somete a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Ley de Hacienda del Distrito Federal.
La vigente Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal data del 31 de diciembre de 1941, siendo, a lo largo de sus 41 años de vigencia, reformada, adicionada y derogada en múltiples ocasiones. Sólo sus artículos derogados representan el 30% del total de la Ley. De esta forma, es poco lo que queda de lo que inicialmente formaba parte de su contenido, que si bien es cierto cumplió en su época con sus objetivos, el día de hoy se encuentra cada vez más al margen del moderno sistema fiscal, dada su estructura que ya no es lo suficientemente flexible para aceptar cambios de fondo.
La Ley de Hacienda del Distrito Federal que se presenta en esta soberanía responde a postulados que forman parte importante de la política fiscal federal; fortalecer las finanzas del Distrito Federal por medio de contribuciones de carácter local evita transferencias de la Federación y parte del principio de que los gastos de la gran ciudad deben de ser principalmente soportados por sus habitantes.
Las reformas fiscales son sin lugar a duda un instrumento importante para apoyar las políticas de descentralización de la vida nacional.
El esquema general de la ley que se propone, contiene cuatro Títulos:
Disposiciones Generales, de los Impuestos, de las Contribuciones de Mejoras y de los Derechos.
En el Título de Disposiciones Generales se siguen la técnica de la ley que se deroga al establecer que el Código Fiscal de la Federación es de aplicación supletoria; sin embargo, a diferencia de la ley anterior dicha supletoriedad se vuelve efectiva en virtud de que únicamente se establece en el Título que nos ocupa, unas cuantas normas que hacen excepción o complementan a las establecidas en el Código Fiscal de la Federación. Lo anterior tiene por consecuencia el que la ley que se propone es considerablemente más reducida que la que se abroga.
Por lo que respecta al Título que se ocupa de los Impuestos, su presentación es radicalmente distinta al de la ley que se abroga, ya que en la propuesta no se incluyen impuestos que fueron suspendidos con motivo de la Coordinación Fiscal.
El Título consta de cuatro Capítulos que corresponden a los impuestos que se mantienen en vigor: El predial, el de adquisición de inmuebles, sobre espectáculos públicos y finalmente, sobre loterías, rifas, sorteos y concursos.
El impuesto predial presenta las modificaciones más trascendentales. En los últimos años la inflación ha provocado distorsiones importantes en la aplicación de este impuesto. Tiene valores catastrales más elevados los predios que recientemente han sido objeto de transferencias comerciales sobre aquellos que fueron adquiridos o edificados hace muchos años; las tareas de recatastración han sido insuficientes y han sido más lentamente que la inflación, de suerte que es frecuente que un matrimonio joven pague más impuesto predial por un pequeño apartamento que sus padres por casas de mayor valor construidas hace 30 o 40 años.
La iniquidad, además se acentúa por zonas de la ciudad, los sectores más nuevos, aquellos a los que con frecuencia adquieren personas de menores recursos tiene proporcionalmente valores catastrales más altos que los que corresponden a las partes de la ciudad que fueron construidas antes de la década de los setenta en que se inició el proceso inflacionario. Para corregir estas iniquidades y lograr que quienes tienen más contribuyan más, se proponen modificaciones a la forma para determinar el valor catastral; las tasas del impuesto siguen siendo las mismas, si se les compara con las que resultarían de incorporar el impuesto adicional del 15% que en la nueva ley ya no se incluye.
Para determinar el valor catastral se sigue la misma técnica que contiene el impuesto sobre la renta para las ganancias de capital y que ya ha probado su eficacia. En primer término se distingue entre el valor del terreno y el de las construcciones; en cuanto a éstas últimas, se considera que pierden valor con el transcurso del tiempo y se establece la tasa de 3% para depreciarlas, dicha pérdida de valor se topa en un 80% salvo que se trate de edificios históricos en los que se reconoce que las limitaciones que dicta el interés público reducen el valor de los inmuebles. Una vez establecido el saldo por depreciar de las construcciones y el valor del terreno, ambos se multiplican por el factor que año con año establezca el propio Congreso de la Unión en los artículos transitorios de esta ley y que varía conforme al número de años transcurridos entre la última fecha en que se determinó el valor catastral y el 31 de diciembre anterior a aquél en que se tenga que pagar el impuesto.
Este procedimiento es el que permite mantener la equidad en el impuesto predial considerar la carga fiscal constante tratándose de terrenos y reconocer que las construcciones pierden su valor con el transcurso del tiempo.
La ley que se propone contiene una garantía que por su importancia conviene subrayar.
Cuando el contribuyente considere que el valor catastral que resulta en términos de ley es superior al valor real de su inmueble, podrá solicitar un avalúo a cualquier institución de crédito y en general a las personas que para este efecto autorice el fisco; cuando el avalúo ordenado por el contribuyente arroje un valor inferior al catastral, en el siguiente bimestre el impuesto se calculará sobre la base de dicho valor, sin perjuicio de que el fisco en su caso controvierta el avalúo y este sea motivo de resolución judicial. Por lo que respecta al costo del avalúo, la ley propone que el mismo se pueda acreditar contra el impuesto cuando
el avalúo del particular resulte ser el que arroje el valor real.
La ley prevé una reducción del 50% del impuesto cuando se trate de predios dedicados a la agricultura o ganadería, así como a actividades deportivas siempre que más de la mitad del inmueble corresponda a áreas verdes y a instalaciones deportivas.
Se proponen exenciones a los propios bienes del Departamento del Distrito Federal, a los de uso común, al aeropuerto de la ciudad y a la estación de ferrocarril y vías férreas. Se mantiene la exención a los predios ejidales o comunales.
Se propone que el impuesto se pague en el segundo mes del bimestre en vez de en el primero como acontece con la ley que se abroga. No obstante lo anterior, con el propósito de mantener las tareas administrativas se prevé que los recibos se seguirán enviando en el primer mes del bimestre y que si se pagan en dicho mes se obtendrá una reducción igual a la tasa de recargos establecida para pago en parcialidades. Asimismo, se conserva la disposición que permite pagar todo el año por anticipado, sin embargo, en lugar de conceder una reducción del 8% como lo establece la ley cuya abrogación se propone, la reducción de la nueva ley se calcula considerando la tasa de recargos para pago en parcialidades aplicable al año de que se trate.
Tratándose de inmuebles que se concedan con arrendamiento, se varía el sistema actual con el propósito de hacer frente a algunas de las maniobras que se han detectado; en la ley que se propone a esa Soberanía se establece que el valor catastral será el que resulte más alto del que se determine a partir de los frutos que el inmueble produzca y el que le correspondería de no estar arrendado. A este respecto, se hace una excepción para el caso de inmuebles con rentas congeladas en donde el impuesto predial se calculará considerando únicamente el valor catastral determinado a partir de los ingresos por el arrendamiento que el mismo produzca.
El nuevo sistema de impuesto predial se verá completado con disposiciones reglamentarias que prevean los avisos que deban presentarse ante el catastro, mientras esto acontece se mantiene dentro de un artículo transitorio la obligación de informar al catastro sobre las distintas transacciones comerciales y de otra índole que afecten al valor del inmueble. El sistema reposa en parte en estas manifestaciones o avisos en donde contribuyentes y fedatarios públicos proporcionan a las autoridades fiscales el valor inicial de los inmuebles; la nueva ley establece la facultad del fisco para verificar dichos valores, dentro de los dos años siguientes al día que se presentan y si del ejercicio de las facultades de la comprobación resulta que el valor declarado es inferior en más de un 10% al real, procederán recargos y sanciones. El límite de dos años que es inferior al de cinco que establece el Código Fiscal de la Federación, se propone a esa Soberanía por la dificultad que implica el aplicar avalúos retrospectivos cuando ha transcurrido un lapso mayor.
A partir del tercer año las autoridades fiscales conservan sus facultades para practicar avalúos y compararlos con el valor catastral que resulte en términos de ley; si en ejercicio de sus facultades las autoridades fiscales establecen un valor catastral mayor, no procederá el cobro de diferencias de impuestos por los años transcurridos, ni recargos o sanciones. En estos casos el nuevo valor serviría para calcular el impuesto a partir del siguiente bimestre.
Las autoridades fiscales tienen que hacer frente al problema que representa el hecho que durante muchos años los valores consignados en las escrituras y en los avisos de terminación de obras fueron sistemáticamente declarados por debajo de su valor real; las propias actualizaciones catastrales con frecuencia se efectuaron a valores muy inferiores a los reales. Para ellos se permite que las autoridades fiscales con base en las manifestaciones y avisos de los propios contribuyentes y aplicando el método de valores unitarios puedan determinar nuevos valores catastrales sin necesidad de practicar avalúos inmuebles por inmuebles; asimismo, se faculta al fisco para determinar el valor mínimo que tiene el metro de terreno en un determinado sector de la ciudad con características similares. La ley establece medios de defensa para los particulares el recurso de revocación cuando se determinen contribuciones y el de inconformidad en el caso de que las autoridades señalen un valor mínimo del metro de terreno superior al que los contribuyentes consideren que es el real. En cualquier hipótesis, sigue siendo válida la garantía que la ley concede al contribuyente y que le permite ordenar la práctica de un avalúo.
La subvaluación catastral que el fenómeno inflacionario de los últimos años ha provocado en toda la ciudad, obliga a mantener un cierto gradualismo en la actualización de los valores de las zonas más deprimidas de la ciudad. En un artículo transitorio se establece este gradualismo tratándose de inmuebles de menos de doscientos metros cuadrados y con valor inferior a medio millón de pesos.
Por el contrario, mediante un artículo transitorio se obliga a las autoridades del Distrito Federal a practicar nuevos avalúos a todos aquellos predios destinados a casa habitación cuya superficie sea mayor de dos mil metros; las políticas administrativas del Departamento irán conduciendo las futuras tareas de revaluación.
Por lo que hace al impuesto sobre espectáculos públicos se mantiene la obligación de pagarlo por los boletos de entrada a espectáculos públicos que se organicen, exploten o patrocinen en el Distrito Federal, siempre que no estén gravados esos ingresos por el impuesto al valor agregado.
En la ley que se propone se unifican las tasas del impuesto sobre espectáculos públicos que en la actualidad son numerosas, para
quedar una general del 15% y una reducida del 5% para espectáculos teatrales o culturales, funciones en circos o carpas y juegos mecánicos.
Es importante destacar que la causación del impuesto es por ejercicios fiscales para los contribuyentes que sean empresas, o bien, que se dediquen a organizar espectáculos teatrales o culturales y en general aquellos contribuyentes que por la importancia de sus instalaciones o de los espectáculos que presentan, las autoridades fiscales les permitan contribuir por ejercicios. Los pagos provisionales serían mensuales. Los demás contribuyentes sólo harán pagos provisionales semanales los que se considerarán como definitivos y no tendrán otra obligación más que enterarlos mediante declaración.
Las obligaciones fiscales de los contribuyentes del impuesto sobre espectáculos públicos, serán en un número mucho menor al que actualmente tienen, ya que únicamente llevarán contabilidad simplificada y la obligación de presentar las declaraciones mensuales y del ejercicio. Se precisa que en los casos de espectáculos realizados ocasionalmente, el contribuyente deberá enterar el impuesto el siguiente miércoles al día en que finalice el espectáculo, pero no presentará declaraciones semanales, mensuales ni del ejercicio, ni llevará contabilidad.
En cuanto al impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos se establece que quienes lo pagarán son los que los organicen o quien obtenga el premio correspondiente, el primero de ellos aplicando al valor que señale el boleto o comprobante para participar la tasa del 12% y el segundo aplicando al valor del premio obtenido la tasa del 6%.
El impuesto se calculará por ejercicios fiscales si se trata de contribuyentes que organicen las loterías, rifas, sorteos, juegos y concursos, con las obligaciones de prestar declaraciones provisionales mensuales y del ejercicio
y de llevar contabilidad simplificada, así como retener y enterar el impuesto que corresponda a los premios obtenidos. Asimismo se señala que cuando se trate de eventos accidentales sólo deberán enterar el impuesto dentro de los 15 días siguientes al de su celebración y de retener y enterar a quienes obtuvieran los premios.
Las personas que obtengan los premios no tendrán ninguna obligación fiscal.
Se mantienen las exenciones que mantiene la ley cuya abrogación se propone, para la lotería nacional, pronósticos deportivos y los partidos políticos, así como los eventos en los que los premios se otorguen en Bonos del Ahorro Nacional.
El Título III trata de las contribuciones de mejoras. La nueva Ley de Hacienda del Distrito Federal al igual que el Código Fiscal de la Federación, reconoce la existencia de una tercera categoría tributaria, distinta de los impuestos y de los derechos que comprende las aportaciones de seguridad social y las contribuciones de mejoras. Al igual que en el Código Fiscal de la Federación no se incluyen las contribuciones de mejoras por no existir éstas a nivel federal, tampoco se contemplan en la nueva Ley de Hacienda a las aportaciones de seguridad social que no existen a nivel local.
La ley define a las contribuciones de mejoras como las establecidas en ley a cargo de personas que se beneficien en forma especial por las obras públicas proporcionadas por el Distrito Federal.
Se parte del principio de que si bien toda obra pública beneficia a la colectividad, algunas de ellas benefician en forma especial a determinados propietarios de inmuebles y a ellos corresponde contribuir en la medida del beneficio especial que obtienen.
La ley distingue que las contribuciones de mejoras pueden estar relacionadas con obras públicas que benefician principalmente a los contribuyentes cuyas obras colindan con sus inmuebles, otras en donde el beneficio abarca una zona más amplia y, por último, un tercer tipo en donde el beneficio especial se da fundamentalmente en los inmuebles colindantes y parcialmente en los que se encuentran en una zona de influencia. Para cada uno de estos tipos de contribuciones de mejoras la ley establece diversos tratamientos. En la ley se establecen diversos porcentajes para distribuir el valor de la obra entre quienes obtienen un beneficio especial cobrándose contribuciones de mejoras y los demás miembros de la colectividad por medio de sus impuestos.
El Título de derechos contiene tres capítulos: disposiciones preliminares, derechos por la prestación de servicios y derechos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público.
En el capítulo de disposiciones preliminares se establece que los derechos se pagarán por los servicios que preste el Distrito Federal en sus funciones de derecho público, debiendo el contribuyente efectuar el pago de los mismos previamente a la prestación de dichos servicios.
Cuando se señale que los derechos se paguen por mensualidades o anualidades, debe entenderse que los mismos son previos a la prestación del servicio que corresponda, con excepción de los casos en que no puedan efectuarse con anterioridad.
Por otra parte y atendiendo a la necesidad de simplificar y ordenar determinadas cuotas de derechos se incorpora una disposición señalando las cuotas por la expedición de copias certificadas de documentos, reposición de constancias, compulsa de documentos, copias de planos y legalización de firmas. En estos casos quedan comprendidas las copias certificadas de las constancias de diversos registros que contiene el Distrito Federal, siempre que en la sección respectiva no se señale un derecho distinto.
El capítulo correspondiente a la prestación de servicios se divide en ocho secciones, estableciéndose en cada una los derechos que se pagarán por los servicios que para cada caso
se menciona. Las secciones citadas se refieren a los servicios prestados por el Distrito Federal como son servicios de construcción y operación hidráulica; expedición de licencias; registro público de la propiedad; registro civil; control de vehículos; alineamiento y señalamiento de números oficiales; regularización de predios; acceso a museos y expedición de concesiones de un inmueble de dominio público.
Por lo que se refiere al capítulo de derechos por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, en su sección primera se establece la obligación del pago del derecho de estacionamiento de vehículos en la vía pública. En la sección segunda se cobra el 5% del valor que se les atribuye a los inmuebles del dominio público que siendo normalmente de uso común, se conceden en aprovechamiento especial a los particulares; las reglas de este derecho concuerdan con las que en iniciativa por separado se somete a esa Soberanía en la Ley Federal de Derechos.
Finalmente el capítulo tercero contiene una última sección que trata de los derechos de agua. La ley que se propone contiene en esta materia innovaciones importantes. Llevar agua al Distrito Federal es una tarea titánica que ha requerido y necesitará de inmensos recursos. El uso racional del agua constituye un factor de primordial importancia para el desarrollo nacional y la ciudad de México es un gran consumidor de un bien que resulta escaso y que cada día habrá que saber que aprovechar mejor para que las limitaciones en este recurso no se conviertan en un obstáculo para el desarrollo económico del país y el bienestar de sus habitantes.
Siendo el agua un bien sumamente necesario, escaso y por lo tanto valioso, resulta absurdo su desperdicio. En la nueva ley se obliga a todos los contribuyentes a tener medidores, ya que sin ellos resulta imposible fomentar el ahorro del vital líquido. El número de tomas existentes en el Distrito Federal, la necesidad de instalar medidores en todas ellas y la lectura periódica de los mismos, constituyen un formidable reto para las autoridades fiscales del Distrito Federal. No obstante lo anterior, el problema del agua en la gran ciudad es de tales proporciones que no existe otro camino que el difícil de medir el consumo de todos sus habitantes y cobrar adecuadamente por el agua.
Es necesario que los habitantes de la ciudad de México paguen por el agua que consuman, evitando transferencia de la Federación que en definitiva van en detrimento de la provincia mexicana.
Se prevé en un artículo transitorio la necesidad de solicitar los medidores y en tanto la autoridad del Departamento logran su instalación se propone una cuota de $600.00 bimestrales, la que se incrementa cuando por las características de la toma del agua se utilizan volúmenes mayores.
En atención a las consideraciones que contiene la presente exposición de motivos y al efecto de que el H. Congreso de la Unión tenga conocimiento de la misma me permito someter a esa representación nacional la siguiente
Iniciativa de
LEY DE HACIENDA DEL DEPARTAMENTO
DEL DISTRITO FEDERAL
TITULO 1
Disposiciones generales
Artículo 1o. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago de los impuestos, contribuciones de mejoras y derechos conforme a las disposiciones establecidas en esta ley y en su defecto por las del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
Contribuciones de mejoras son las establecidas en esta ley a cargo de personas que se beneficien en forma especial por las obras públicas proporcionadas por el Departamento del Distrito Federal.
Cuando en esta ley se haga mención a contribuciones relacionadas con bienes inmuebles, se entenderá que se trata de los impuestos predial y sobre adquisición de bienes inmuebles, contribución de mejoras y derechos del agua.
Son aprovechamientos, los ingresos que percibe el Departamento del Distrito Federal por funciones de derecho público distintas de las contribuciones, de las participantes federales, de los ingresos derivados de financiamiento de los ingresos que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.
Artículo 2o. La recaudación proveniente de todos los ingresos del Departamento del Distrito Federal, aun cuando se destinen a un fin específico, se hará por las autoridades fiscales de dicho Distrito o por las oficinas que las mismas autoricen.
Artículo 3o. Las contribuciones que se establecen en esta ley, se pagarán en los términos que en cada título o capítulo se señalan; en su defecto se aplicará el título de disposiciones generales.
La Federación, el Departamento del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona aun cuando de conformidad con otras leyes o decretos no estén obligados a pagar contribuciones o estén exentos de ellas, deberán pagar las establecidas en esta ley, con las excepciones que en la misma se señalan.
Artículo 4o. Tendrán responsabilidad solidaria en el pago de contribuciones relacionadas con inmuebles los adquirientes de los mismos, cuando los enajenantes no hayan pagado dichas contribuciones o lo hayan hecho en cantidad menor a lo señalado en esta ley, sin que la responsabilidad exceda el valor del inmueble.
Artículo 5o. Los notarios, jueces, corredores y demás fedatarios que por disposición legal
tengan funciones notariales, no podrán autorizar ninguna escritura pública en la que hagan constar actos o contratos relacionados con bienes inmuebles, si no han obtenido la constancia de no adeudo de contribuciones relacionadas con los mismos.
Dichos fedatarios al expedir los testimonios de escrituras relativas a los actos o contratos de bienes inmuebles, deberán hacer constar el número y la fecha de la constancia de no adeudo.
El registro público de la propiedad únicamente inscribirá actos, contratos o documentos cuando se compruebe que no existen adeudos pendientes sobre contribuciones relacionadas con inmuebles.
Artículo 6o. Cuando las contribuciones se acumulen por demora en la determinación de las mismas por la autoridad, no se cobrarán recargos ni sanciones, teniendo derecho el contribuyente a pagar el adeudo en un plazo que será correspondiente a la mitad del periodo del adeudo, con los recargos aplicables a los pagos en parcialidades causados durante dicho plazo, mismo que deberá pagarse bimestralmente, sin que exista la obligación de garantizar el interés fiscal.
Las autoridades fiscales podrán ampliar los plazos a que se refiere este artículo cuando se compruebe que es precaria la situación económica de los deudores. Esta ampliación de plazos sólo se concederá a solicitud de los contribuyentes y no excederá el plazo señalado en el Artículo 66 del Código Fiscal de la Federación; lo dispuesto sobre el pago en parcialidades a que se refiere dicho Código, será aplicable en lo que no se oponga a lo señalado en este artículo.
Artículo 7o. Las personas morales, así como las personas físicas que deban presentar declaraciones periódicas deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes y dar los avisos que correspondan en los términos del Código Fiscal de la Federación. La clave asignada en dicho registro será exigible en las declaraciones, avisos y promociones presentadas ante las autoridades fiscales del departamento del Distrito Federal; únicamente se podrá obligar a presentar como clave adicional el número de predial tratándose de contribuciones relacionadas con bienes inmuebles.
Artículo 8o. Cuando el valor catastral se modifique, se transmita la propiedad o posesión del inmueble, varíen las características físicas del mismo o se realice cualquier otro hecho que sea relevante por la determinación de los impuestos relacionados con inmuebles, los contribuyentes deberán presentar ante las autoridades correspondientes los avisos del catastro que establezcan el reglamento de esta ley.
Dichos contribuyentes, deberán dar toda clase de facilidades para la realización de las labores catastrales efectuadas por las autoridades del Departamento del Distrito Federal.
Las autoridades fiscales sólo expedirán copias certificadas de los planos y demás documentos relacionados con el inmueble, a los propietarios o poseedores, a las autoridades administrativas o judiciales que las requieran, a los notarios públicos que intervengan en los actos o contratos que tengan relación con los inmuebles a los que se refieren las copias certificadas a los arrendatarios o fiadores únicamente de los contratos de arrendamiento de los que sean parte.
Los datos catastrales, cualesquiera que estos sean, sólo producirán efectos fiscales o catastrales.
Artículo 9o. En las contribuciones relacionadas con inmuebles las notificaciones podrán efectuarse por correo ordinario o por telegrama, en todos los actos distintos del procedimiento administrativo de ejecución. En este último supuesto y en los demás casos, se estará a lo señalado en el Código Fiscal de la Federación.
Las notificaciones de actos administrativos que deriven de contribuciones relacionadas con inmuebles se harán en el propio inmueble si éste está edificado; en caso contrario, se harán conforme a las disposiciones sobre domicilio del Código Fiscal de la Federación.
Tratándose de contribuciones relacionadas con inmuebles las autoridades fiscales iniciarán el procedimiento administrativo de ejecución cuando no se hubieren cubierto o garantizado dentro de los plazos legales el pago correspondiente a tres bimestres.
Artículo 10. Las cuotas por los servicios que preste el Departamento del Distrito Federal o sus organismos descentralizados que no sean derechos en los términos de esta ley, por tratarse de productos provenientes de servicios que no corresponden a sus funciones de derecho público, se cobrarán por las entidades que las presten en el monto que ellas mismas determinen de conformidad con las reglas que establezca el propio Departamento.
Dentro de los productos a que se refiere el párrafo anterior se encuentran, entre otros los siguientes:
I. Instalación y reconstrucción de albañales.
II. Limpia y desazolve de albañales, fosas sépticas a particulares y tanques
de sedimentación.
III. Desagüe de sótanos de predios particulares inundados por causas no imputables al servicio público de aguas y saneamiento.
IV. Servicios de panteones.
V. Venta de boletos en el servicio público de boletaje electrónico.
VI. Servicios generales en los rastros:
a) Servicio de degüello.
b) Servicio de refrigeración.
c) Servicio de pasturas.
VII. Exámenes de capacidad de fogoneros, jefes de planta y operadores de montacargas y de grúas.
VIII. Servicios de construcción o reconstrucción de cercas.
IX. Estacionamientos en bienes que no sean del dominio público.
Artículo 11. Contra las resoluciones emitidas por las autoridades fiscales los contribuyentes podrán interponer los recursos establecidos en
el Código Fiscal de la Federación, así como el recurso de inconformidad cuando se señale en esta ley el que se tramitará en los mismos términos que el recurso de revocación. El recurso de inconformidad, deberá agotarse previamente a la promoción del juicio en el tribunal de lo contencioso administrativo al Departamento del Distrito Federal.
Artículo 12. Los gastos de ejecución se calcularán conforme a lo siguiente:
I. Por la notificación de requerimiento para el cumplimiento de obligaciones no satisfechas dentro de los plazos legales, de cuyo posterior cumplimiento se derive el pago extemporáneo de prestaciones fiscales, y por las diligencias de requerimientos de pago, el 6% del crédito fiscal.
II. Por el embargo y extradición de bienes, así como la notificación en que se finque el remate de bienes, el 12% del crédito fiscal. En este caso ya no se pagará por lo dispuesto en la fracción anterior; si se trata de bienes inmueble el 6% del crédito fiscal.
III. Cuando el embargo consista en la intervención de negociaciones, 2% de los ingresos netos de la negociación obtenidos durante la intervención; si se trata de intervención de contraprestaciones por el uso o goce temporal de inmuebles el 7% de estas.
IV. Cuando se haya fincado el remate, aun cuando éste no se llegue a consumar, el 5% sobre el crédito fiscal.
Las cantidades que se recauden por concepto de gastos de notificación se aplicarán como honorarios a favor de los actuarios o interventores fiscales que hubiesen realizado las diligencias en que se refieren las fracciones I y III de este artículo.
Cuando el crédito fiscal exceda de $30,000.00 el procedimiento administrativo de ejecución se encomendará a actuarios fiscales especiales que serán remunerados directamente por las autoridades fiscales; en estos casos los gastos de ejecución que se cobren conforme a este artículo se aplicarán en favor del Departamento del Distrito Federal.
Artículo 13. La falta de pago de derecho a que se refiere el Artículo 105 de esta ley, se sancionará con una multa de $500.00. La cual si es cubierta dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la infracción se hará una reducción del 50%.
Además de las sanciones establecidas en el Código Fiscal de la Federación, por alterar el consumo del agua marcado por los aparatos medidores para el pago del derecho de agua, a que se refiere el Artículo 110 de este ley, se cobrará una multa por una cantidad equivalente a los derechos pagados en los últimos seis bimestres.
Por no presentar los avisos del catastro o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea, se impondrá una multa equivalente al 3% del nuevo valor catastral del inmueble que resulte, en su caso. Cuando el aviso de catastro no tenga por objeto modificar el valor catastral, la multa será de $2,000.00.
TITULO II
DE LOS IMPUESTOS
CAPITULO I
DEL IMPUESTO PREDIAL
Artículo 14. Están obligadas al pago del impuesto predial establecido en este capítulo las personas físicas y las morales que sean propietarias o poseedoras del suelo y de las construcciones adheridas permanentemente a éste, por cualquier título.
El impuesto se calculará aplicando al valor catastral de los inmuebles la siguiente:
TARIFA
Valor catastral Tasa bimestral
Hasta $150,000.00 0.21%
De $150,001.00 hasta $250,000.00 0.22%
De $250,001.00 hasta $500,000.00 0.23%
De $500,001.00 en adelante 0.25%
En el caso de predios destinados a la agricultura o ganadería que se encuentren fuera de las zonas urbanas, así como los que sean destinados por asociaciones o sociedades civiles a actividades deportivas, siempre que el 50% del inmueble corresponda a áreas verdes y a instalaciones deportivas, procederá a una reducción del 50% del impuesto.
Las autoridades fiscales determinarán el impuesto predial conforme a las disposiciones de esta ley.
Artículo 15. Las personas poseedoras del suelo y de las construcciones adheridas al mismo, únicamente causarán el impuesto cuando no exista propietario.
Cuando en los términos del Código Fiscal de la Federación haya enajenación, el adquirente se considerará propietario para los efectos de este impuesto.
Artículo 16. Las personas físicas y morales causarán el impuesto predial bimestralmente y lo pagarán durante los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre.
Cuando el pago bimestral se efectúe en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, se obtendrá una reducción por el mes que se anticipe.
La totalidad del impuesto anual podrá pagarse en el primer pago bimestral, obteniendo el contribuyente una reducción por los cinco bimestres que anticipe.
Las reducciones a que se refiere este artículo, se calcularán conforme a la tasa de interés que sea igual a la de recargos aplicable a los pagos en parcialidades que prevé el Código Fiscal de la Federación.
Artículo 17. No se pagará el impuesto a que se refiere este capítulo, por los siguientes bienes:
I. Los de uso común.
II. Los del Departamento del Distrito Federal.
III. Los se¤alados en el Artículo 27 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos salvo que sean bienes del dominio privado.
IV. Las pistas y predios accesorios, andenes y torres de control de los aeropuertos federales; los andenes y vías férreas.
V. Las vías y andenes del Sistema de Transporte Colectivo.
VI. Los predios que sean ejidos o constituyan bienes comunales, explotados totalmente para fines agropecuarios.
Artículo 18. Se considerará valor catastral la cantidad que se determine conforme a las siguientes reglas:
I. SE hará la separación del valor del suelo y el de las construcciones.
Cuando no se pueda hacer esta separación, se considerará como valor del suelo el 20% del valor total del inmueble.
II. Se reducirá el 3% del valor de las construcciones a partir de la fecha en que el contribuyente declaró el valor de las mismas o desde que la autoridad determinó dicho valor. La reducción se hará por cada año de calendario completo que transcurra desde esa fecha hasta el 31 de diciembre anterior al año de que se trate y no podrá exceder del 80% del valor salvo cuando se trate de predios edificados declarados y catalogados oficialmente como monumentos por su patio o planta.
Si el valor de las construcciones se modifica por determinación de las autoridades fiscales, en los años siguientes, se incrementará el valor de las construcciones una vez hechas las reducciones por los años anteriores en la misma proporción en que las autoridades fiscales incrementaron el valor de las construcciones y se seguirá aplicando el 3% sobre esta nueva base por los años que falten sin exceder de 27 años o de 33 para el caso de predios edificados y catalogados oficialmente como monumentos por su patio o planta.
III. A la suma del valor del suelo y de las construcciones una vez hecha la reducción a que se refiere la fracción anterior, se le aplicará el factor que señale el Congreso de la Unión, conforme al número de los años transcurridos entre la fecha en que se haya declarado o determinado el valor y el 31 de diciembre anterior a la fecha en que se cause el impuesto.
Los contribuyentes de este impuesto que estimen que el valor catastral que resulte de conformidad con este artículo o el siguiente es superior al valor real del inmueble, podrán ordernar la práctica de un avalúo por persona autorizada por las autoridades fiscales; dicho avalúo será proporcionado a las autoridades fiscales, quienes lo considerarán como valor catastral a partir del bimestre siguiente a aquél en que se practicó, sin perjuicio de que en el ejercicio de sus facultades de comprobación puedan rectificar el avalúo presentado por el contribuyente, mediante la práctica de otro formulado por las autoridades fiscales. Una cantidad equivalente al costo del avalúo ordenado por el contribuyente podrá acreditarse como impuesto contra el impuesto predial cuando arroje un valor inferior en más de un 10% al valor catastral; si el avalúo es contravertido por las autoridades fiscales y la resolución definitiva arroja un valor catastral que no sea inferior al 10%, el contribuyente deberá reintegrar el impuesto acreditado con los recargos de ley contados a partir de la fecha en que se hizo el acreditamiento.
Artículo 19. Los contribuyentes que otorguen el uso o goce temporal de un inmueble, pagarán el el impuesto predial conforme al valor catastral más alto que resulte de conformidad con el artículo anterior y el que se determine en este artículo considerando las contraprestaciones por el uso o goce temporal del inmueble.
Para calcular el impuesto se multiplicarán las contraprestaciones de un bimestre por 40.0 y al resultado se le aplicará la tarifa del Artículo 14 de esta ley.
Cuando se conceda el uso o goce temporal de una parte del inmueble, se determinarán las contraprestaciones que sea susceptible de producir la parte del inmueble que no se haya concedido su uso o goce temporal.
Para determinar el valor catastral de los predios por los que se otorgue el uso o goce temporal de los mismos, cuyos contratos hayan sido prorrogados por disposiciones de ley (rentas congeladas), únicamente se considerarán las contraprestaciones obtenidas por el uso o goce temporal de dichos predios.
Los contribuyentes a que se refiere este artículo, deberán presentar los contratos por los que se conceda el uso o goce temporal del inmueble ante las autoridades fiscales, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la celebración de los mismos.
Artículo 20. Las modificaciones al impuesto predial motivadas por cambio de valor, de propietarios o de poseedores, entrarán en vigor a partir del bimestre siguiente a aquél en que ocurran los hechos de que se trate.
En el caso de fraccionamientos de predios, el impuesto se causará por separado a partir del bimestre siguiente en que se conceda la autorización para enajenar los lotes fraccionados.
Cuando el valor del inmueble se incremente por construcciones, mejoras o adaptaciones a éstas, el impuesto se causará a partir del bimestre siguiente al de la fecha de terminación de las mismas, salvo que se utilicen o habiten sin estar concluidas, en cuyo caso, se causará a partir del bimestre siguiente a aquél en que ocurran esos hechos.
Tratándose de división o fusión de predios, el impuesto se causará a partir del bimestre siguiente a aquél en que se autorice la escritura pública o se celebre el contrato traslativo de dominio, en que se conste la división o fusión correspondiente.
Artículo 21. Las sociedades mercantiles excepto cooperativas, deberán informar mediante
declaración que presentarán dentro de los primeros tres meses del año de calendario, el valor catastral de sus predios calculado de conformidad con esta ley.
Artículo 22. Para los efectos de este capítulo, además de las facultades señaladas en el Código Fiscal de la Federación y en esta ley, las autoridades fiscales tendrán las siguientes:
I. Verificar el valor declarado por el contribuyente y determinar un nuevo valor, cuando la diferencia entre el valor del avalúo practicado por las autoridades fiscales y el declarado, exceda en un 10%, en este caso se cobrarán diferencias y los recargos respectivos y se impondrán las sanciones correspondientes, siempre que la determinación del nuevo valor se notifique dentro de dos años contados a partir de la fecha en que el contribuyente presentó o debió haber presentado su declaración del valor. Para los efectos de esta ley, se considera como valor declarado el que los contribuyentes manifiesten en los avisos catastrales o el del avalúo a que se refiere el último párrafo del Artículo 18 de esta ley.
II. Incrementar el valor catastral de un inmueble referido al 31 de diciembre del año inmediato anterior en que el impuesto se causa. La modificación de dicho valor surtirá efectos en el bimestre siguiente a aquél en que sea notificado el mismo, en estos casos no se cobrarán las diferencias de impuestos ni se cobrarán recargos y no se impondrán sanciones.
III. Determinar por zonas del Distrito Federal el valor mínimo del suelo, el que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación. Cuando éste resulte superior al valor catastral, éste se modificará y se procederá al cobro en los mismos términos de la fracción anterior.
IV. Determinar el valor de los inmuebles con base a la aplicación de valores unitarios, considerando la ubicación de los mismos y el tipo de construcciones.
Dicha determinación se podrá efectuar con base en los avisos proporcionados al catastro en los términos de esta ley.
Cuando las autoridades fiscales hagan las valoraciones catastrales a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, proporcionarán al contribuyente un extracto del avalúo y notificarán la determinación del impuesto.
Contra las resoluciones derivadas de los actos a que se refieren las fracciones I, II y IV procederá el recurso de revocación y contra las de la fracción III el de inconformidad.
CAPITULO II
IMPUESTOS SOBRE ADQUISICIÓN
DE INMUEBLES
Artículo 23. Están obligadas al pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles establecido en este capítulo, las personas físicas o morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo, en construcciones adheridas a él, o en ambos conceptos, ubicados en el Distrito Federal, así como los derechos relacionados con los mismos, a que este capítulo se refiere, El impuesto se calculará aplicando la tasa de 10% al valor del inmueble después de reducirlo ocho veces el salario mínimo general, elevado al año, de la zona económica a que corresponda el Distrito Federal.
Cuando del inmueble formen parte departamentos habitacionales, la reducción se hará por cada uno de ellos. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a hoteles.
Artículo 24. No se pagará el impuesto a que se refiere este capítulo por las adquisiciones efectuadas por la Federación, así como por las señaladas en el Artículo 2o. de la Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.
Artículo 25. Para los efectos de este capítulo, se entiende por adquisición la que derive de :
I. Todo acto por el que se transmita la propiedad, incluyendo la donación, la que ocurra por causa de muerte y la aportación a toda clase de asociaciones o sociedades.
II. La compraventa en la que el vendedor se reserve la propiedad, aun cuando la transferencia de ésta opere con posterioridad.
III. La promesa de adquirir, cuando el futuro comprador entre en posesión de los bienes o el futuro vendedor reciba el precio de la venta o parte de él, antes de que se celebre el contrato prometido o cuando se pacte alguna de estas circunstancias.
IV. La cesión de derechos del comprador o del futuro comprador, en los casos de las fracciones II y III que anteceden, respectivamente.
V. Fusión de sociedades.
VI. La dación en pago y la liquidación, reducción de capital, pago en especie de remanentes, utilidades o dividendos de asociaciones o sociedades civiles o mercantiles.
VII. Constitución de usufructo, transmisión de éste o de la nuda propiedad, así como la extinción del usufructo temporal.
VIII. Prescripción positiva e información de dominio judicial o administrativa.
IX. La cesión de derechos del heredero o legatario, cuando entre los bienes de la sucesión haya inmuebles, en la parte relativa y en proporción a éstos.
X. Actos que se realicen a través de fideicomiso, así como la cesión de derechos en el mismo.
En las permutas se considerará que se efectúan dos adquisiciones.
Artículo 26. El valor del inmueble que se considerará para los efectos del Artículo 23 de este capítulo será el precio pactado, el cual en ningún caso podrá ser inferior al valor catastral vigente fijado por las autoridades fiscales; en los casos en que no exista valor catastral, sólo se tomará en cuenta el monto de la operación.
Las autoridades fiscales estarán facultadas para practicar, ordenar o tomar en cuenta el avalúo del inmueble referido a la fecha de adquisición, y cuando el valor que resulte de dicho avalúo exceda en más de un 10% del precio pactado, éste no se tomará en cuenta y el
impuesto se calculará sobre el valor del avalúo, formulándose la liquidación por las diferencias de impuesto que resulten.
Cuando por motivo de la adquisición, el adquirente asuma la obligación de pagar una o más deudas o de perdonarlas, el importe de ellas se considerará parte del precio pactado.
Cuando se pacte precio, se trate de constitución, adquisición o extinción del usufructo o de la nuda propiedad o se adquieran bienes en remate, el impuesto se calculará con base en el avalúo que practique persona autorizada por las autoridades fiscales.
Para efectos del pago del impuesto el valor del inmueble se actualizará, aplicando al precio pactado el factor que anualmente establezca el Congreso de la Unión, conforme al número de años transcurridos entre la fecha de adquisición y la fecha en que sea exigible el impuesto.
Para los fines de este capítulo, se considera que el usufructo y la nuda propiedad tiene un valor, cada uno de ellos, del 50% del valor de la propiedad.
Artículo 27. La reducción a que se refiere el Artículo 23, se realizará conforme a lo siguiente:
I. Se aplicará el salario mínimo vigente a la fecha en que se esté en los supuestos de pago del impuesto conforme al Artículo 28 de esta ley.
II. Se considerarán como un solo inmueble los bienes que sean o resulten colindantes, adquiridos por la misma persona o sus dependientes económicos, en un periodo de 36 meses. De la suma de los precios o valores de los predios únicamente se tendrá derecho a hacer una sola vez la reducción, la que se calculará al momento en que se realice la primera adquisición. El adquirente deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, al fedatario ante quien se formalice toda adquisición, si el predio objeto de la operación colinda con otro que hubiere adquirido con anterioridad, para que se ajuste al monto de la reducción, y pagará en su caso, las diferencias de impuesto que corresponda. Lo dispuesto en esta fracción no es aplicable a las adquisiciones por causa de muerte.
III. Cuando se adquiera parte de la propiedad o de los derechos de un inmueble, a que se refiere el Artículo 25 de este capítulo, la reducción se hará en la proporción que corresponda a dicha parte.
IV. Tratándose de usufructo o de la nuda propiedad,únicamente se tendrá derecho al 50% de la reducción por cada uno de ellos.
V. No se considerarán departamentos habitacionales los que por sus características originales, se destinen a servicios domésticos, portería o guarda de vehículos aun cuando se utilicen para otros fines.
Artículo 28. El pago del impuesto deberá hacerse mediante declaración que se presentará dentro del mes siguiente a aquél en que se realice cualquiera de los supuestos que a continuación se señalan:
I. Cuando se constituya o adquiera el usufructo o la nuda propiedad. En el caso de usufructo temporal, cuando se extinga.
II. Cuando se adjudiquen los bienes de la sucesión o transcurran tres años de la muerte del autor de la misma, si durante dicho plazo no se hubiera llevado a cabo la adjudicación, así como al cederse los derechos hereditarios o al enajenarse bienes por la sucesión. En estos dos últimos casos, el impuesto se causará en el momento en que se realice la cesión o la enajenación, independientemente del que se cause por el cesionario o por el adquirente.
II. Cuando se realicen los supuestos de enajenación a través de fideicomiso.
IV. A la fecha en que cause ejecutoria la sentencia de la prescripción positiva a la de la resolución correspondiente, en los casos de información de dominio y de la resolución judicial o administrativa que apruebe el remate.
V. En los contratos de compra venta con reserva de dominio, promesa de venta y de arrendamiento financiero cuando se celebre el contrato respectivo.
IV. A la fecha en que cause ejecutoria la sentencia de la prescripción positiva a la de la resolución correspondiente, en los casos de información de dominio y de la resolución judicial o administrativa que apruebe el remate.
V. En los contratos de compra venta con reserva de dominio, promesa de venta y arrendamiento financiero cuando se celebre el contrato respectivo.
VI. Al protocolizarse o inscribirse el reconocimiento judicial de la prescripción positiva.
VII. En los casos no previstos en las fracciones anteriores, cuando los actos de que se trate se eleven a escritura pública o se inscriban en el registro público; si no están sujetos a esta formalidad, o se trate de documentos privados, cuando se adquiera el dominio del bien conforme a las leyes.
El contribuyente podrá pagar el impuesto por anticipado.
A la declaración que se refiere este artículo deberá acompañarse la documentación que en la misma se señale.
Artículo 29. En las adquisiciones que se hagan constar en escritura pública, los fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y mediante declaración lo enterarán en las oficinas autorizadas.
Si las adquisiciones se hacen constar en documento privado, el cálculo y entero del impuesto, el adquirente deberá efectuarlo bajo su responsabilidad.
En los casos que deban ser gravados conforme a ese capítulo, ya sea que se celebren en escritura pública o en documento privado, deberá incluirse una cláusula especial, en la que se precise la descripción del inmueble correspondiente, la superficie del terreno y de las edificaciones, especificando las características de éstas, así como la fecha de su construcción y su estado de conservación. Se presentará declaración por todas las adquisiciones aun cuando no haya impuesto a pagar.
Los fedatarios no estarán obligados a enterar el impuesto cuando consignen en escritura pública operaciones por las que ya se hubiera pagado el impuesto y acompañen a su declaración copia de aquella con la que se efectuó dicho pago.
Cuando por avalúo practicado, ordenado o tomado en consideración por las autoridades fiscales, resulten diferencias de impuesto, los fedatarios no serán responsables solidarios por las mismas.
Artículo 30. Cuando la adquisición de los bienes inmuebles opere por resoluciones de autoridades no ubicadas en el Distrito Federal, el pago del impuesto se hará dentro de los treinta días naturales contados a partir de la fecha en que haya causado ejecutoria la resolución respectiva.
Cuando dicha adquisición opere en virtud de actos o contratos celebrados fuera del territorio de la República, o bien a través de resoluciones dictadas por autoridades extranjeras, el impuesto deberá ser cubierto dentro del término de noventa días hábiles contados a partir de la fecha en que surtan efectos en la República los citados actos, contratos o resoluciones.
CAPITULO III
Impuesto sobre espectáculos públicos
Artículo 31. Están obligadas al pago del impuesto sobre espectáculos públicos establecido en este capítulo, las personas físicas o morales que obtengan ingresos por los boletos de entrada a los espectáculos públicos que organicen, exploten o patrocinen en el Distrito Federal, por los que no estén obligados al pago del impuesto al valor agregado.
Dicho impuesto se calculará aplicando al valor a que se refiere este capítulo las tasas que para cada espectáculo público señale el artículo siguiente.
El impuesto sobre espectáculos públicos no dará lugar a incrementos en los precios señalados por los contribuyentes, ni se expresará por separado en los boletos de entrada.
Artículo 32. Al valor de los espectáculos públicos se le aplicará la tasa del 15%, a excepción de los espectáculos teatrales o culturales, funciones en carpas o circos, y juegos recreativos, a los que se les aplicará la tasa del 5%.
Artículo 33. Para los efectos de este capítulo se considerará como valor del espectáculo público, la cantidad que se cobre por el boleto o cuota de entrada, así como las cantidades que se perciban en calidad de donativos o por cuotas de cooperación.
Artículo 34. El impuesto a que se refiere este capítulo, se causará en el momento en que se perciban los ingresos y sobre el monto total de los mismos.
Artículo 35. Las empresas que organicen espectáculos públicos, así como los que organicen espectáculos teatrales o culturales, y, en general, aquellos a quienes las autoridades fiscales autoricen, por la importancia de sus instalaciones o de los espectáculos que presentan, causarán el impuesto por ejercicios fiscales, que pagarán mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas, debiendo efectuar pagos provisionales mensuales a más tardar el día 20 de cada uno de los meses del ejercicio.
El pago provisional se calculará aplicando la tasa correspondiente al valor de los espectáculos públicos en el mes de calendario anterior.
El impuesto del ejercicio, deducidos los pagos provicionales mensuales se pagarán mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.
los además contribuyentes efectuarán pagos definitivos a más tardar el día miércoles de cada semana, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas.
El pago definitivo se calculará aplicando las tasas del impuesto a los ingresos obtenidos durante la semana anterior.
Artículo 36. Los contribuyentes del impuesto que lo causen por ejercicios fiscales tendrán las siguientes obligaciones:
I. Llevar contabilidad simplificada conforme al Código fiscal de la Federación su reglamento y el reglamento de esta ley.
II. Presentar en las oficinas autorizadas las declaraciones señaladas en este capítulo.
III. Los contribuyentes que no causen el impuesto por ejercicios, deberán presentar aviso de iniciación de actividades ante las oficinas autorizadas tres días anteriores a la fecha de apertura del espectáculo.
Artículo 37. Cuando se realice un espectáculo en forma accidental, por el que se deba pagar el impuesto en los términos de este capítulo, se presentará una declaración ante las oficinas autorizadas el siguiente miércoles al día en que finalice el espectáculo. En este caso no se formulará declaración semanal o anual, ni se llevará contabilidad.
CAPITULO IV
Impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos
Artículo 38. Están obligadas al pago del impuesto sobre loterías, rifas, sorteos y concursos que se celebren en el Distrito Federal, las personas físicas o las morales:
I. Que organicen loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase.
II. Que obtengan los premios respectivos.
Artículo 39. No pagarán el impuesto establecido en este capítulo por las actividades a que se refiere la fracción I del Artículo 38 de esta ley, la Federación, el Departamento del Distrito Federal, los Estados, los Municipios, la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública y los partidos políticos nacionales en los términos de la Ley Federal Electoral, así como los eventos en que los premios se otorguen en Bonos del Ahorro Nacional.
Artículo 40. Quienes organicen loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase, calcularán el impuesto aplicando la tasa del 12% al valor nominal de los billetes, boletos y demás comprobantes que permitan participar en dichos eventos.
El impuesto a que se refiere este artículo no dará lugar a incrementos en los precios señalados por los contribuyentes, ni se expresará por separado en los billetes, boletos y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase.
Artículo 41. Quienes obtengan premios derivados de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos, calcularán el impuesto aplicando al valor del premio obtenido la tasa del 6%.
Artículo 42. El impuesto a que se refiere este capítulo, se causará en el momento en que se entreguen a los participantes los billetes, boletos y demás comprobantes, que permitan participar en loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas o concursos de toda clase.
Tratándose de las personas que obtengan premios, el impuesto se causará en el momento en que los mismos les sean pagados o entregados por los organizadores de dichos eventos.
Artículo 43. Para los efectos de este capítulo, se consideran como valor de las loterías, rifas, juegos con apuestas y concursos de toda clase la cantidad que se cobre por el boleto o billete de participación.
Tratándose de las personas que obtengan premios, dicho valor será la cantidad correspondiente al monto total del premio obtenido o el valor del bien cuando el mismo no sea en efectivo.
Si los premios ofrecidos en loterías, rifas, sorteos, juegos con apuesta y concursos de toda clase consisten en bienes distintos de dinero, los organizadores de estos eventos deberán señalar el valor de dichos bienes en los anuncios respectivos.
Artículo 44. Los contribuyentes a que se refiere el artículo 40 de esta ley, tendrán las siguientes obligacilones:
I. Efectuar pagos provisionales mensuales a más tardar el día 20 de cada mes, por los ingresos obtenidos en el mes inmediato anterior.
II. Presentar una declaración del ejercicio ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, una vez deducido los pagos provisionales mensuales.
III. Llevar contabilidad simplificada conforme al Código Fiscal de la Federación, su reglamento y el reglamento de esta ley.
IV. Retener el impuesto que corresponda a los premios obtenidos y enterarlo el día 20 de cada mes en la declaración provisional a que se refiere la fracción I de este Artículo.
V. Proporcionar, cuando así lo solicite el interesado, constancia de retención del impuesto a la persona que obtenga el premio.
VI. Proporcionar, cuando así lo solicite el interesado, constancia de ingreso por los premios por los que no se está obligado al pago del impuesto en los términos de este capítulo.
Artículo 45. Quienes celebren loterías, rifas, sorteos, juegos con apuesta y concursos de toda clase en forma accidental por los que se deba pagar el impuesto en los términos de este capítulo, presentarán declaración en las oficinas autorizadas dentro de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se celebren dichos eventos. Deberán asimismo retener el impuesto que corresponda a los premios obtenidos y enterarlo en el plazo antes señalado en las oficinas autorizadas.
TITULO III
De las contribuciones de mejoras
Artículo 46. Están obligadas al pago de las contribuciones de mejoras establecidas en este título, las personas físicas y las morales que se beneficien en forma especial por las obras públicas proporcionadas por el Departamento del Distrito Federal.
Para los efectos de las contribuciones de mejoras se entenderá que quienes obtienen el beneficio son los propietarios de los inmuebles, cuando no haya propietarios se entenderá que el beneficio es para el poseedor.
Cuando en los términos del Código Fiscal de la Federación haya enajenación, el adquirente se considerará propietario para los efectos de las contribuciones de mejoras.
Artículo 47. Las contribuciones de mejoras establecidas en este título, son las siguientes:
I. Las de beneficio local que comprenden las obras públicas relacionadas con calles, aceras, alumbrado público, alcantarillado, agua potable y obras de ornato que se realicen frente a los inmuebles.
II. Las de beneficio zonal, las obras públicas que beneficien de manera especial a un sector de la población del Distrito Federal, aun cuando el beneficio también sea para el resto de la población.
III. Las de beneficio mixto, que comprenden las obras públicas en avenidas, plazas y parques públicos que beneficien a los inmuebles colindantes y a los que se encuentren en la zona de beneficio.
Artículo 48. Las personas físicas y las morales que obtengan un beneficio local por obras públicas, pagarán la contribución en un monto que será equivalente a una parte del valor de la obra conforme a los siguientes porcientos:
I.50% en el caso de avenidas y calles de circulación intensa de vehículos o personas.
II.75% cuando se trate de avenidas y calles de zonas residenciales de menor circulación de vehículos o personas.
III.85% en el caso de calles que son utilizadas preponderantemente por quienes utilicen o habiten los predios.
La parte del valor de las obras de beneficio local que corresponda como contribución de mejoras se determinará para cada contribuyente conforme al número de metros que comprenda el frente del inmueble.
En ningún caso la contribución de mejoras se pagará por obras iguales realizadas en un periodo de 5 años.
Artículo 49. Las personas físicas y las morales que participen de un beneficio zonal por obras públicas, pagarán una contribución de mejoras en un monto que será equivalente al 33% del valor de la obra, el que se determinará entre el total de los inmuebles que correspondan a la zona de beneficio, en proporción al valor catastral que tengan cada uno de ellos, incluyendo en su caso, el valor catastral de cada una de las unidades que comprenda el inmueble.
El proyecto de las obras públicas de beneficio zonal deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, el que deberá señalar la naturaleza de la obra, su valor, los predios que se beneficien zonalmente y la fecha de iniciación de la obra.
Artículo 50. Las personas físicas y las morales que se beneficien por una obra que reúna las características de la fracción III del Artículo 47 de esta ley, pagarán la contribución de mejoras en un monto que será equivalente al 50% del valor de la obra el que se dividirá por partes iguales entre los inmuebles que tengan beneficio zonal o local. La parte que corresponda a cada inmueble se calculará aplicando las disposiciones para las obras de beneficio local o zonal, según sea el caso.
Cuando por las características de la obra no se beneficie a los predios colindantes, únicamente se cobrará el beneficio zonal sobre el 25% del total de la obra.
Artículo 51. Para los efectos de este título el valor de la obra pública comprenderá los gastos que directamente la afecten, las indemnizaciones que deban cubrirse y los gastos por el financiamiento de la misma. No se considerarán los gastos indirectos erogados por el Departamento del Distrito Federal, con motivo de la administración, supervisión e inspección de la obra.
Al valor que se obtenga conforme al párrafo anterior, se le disminuirá las aportaciones que efectúen voluntariamente los particulares o entidades públicas y las recuperaciones por las enajenaciones de excedentes de predios expropiados o adjudicados que no hubieran sido utilizados en la ejecución de la obra.
La documentación relativa al valor de la obra deberá estar a disposición de las personas obligadas a pagar la contribución de mejoras.
Artículo 52. Las contribuciones de mejoras a que se refiere este título, se causarán al ponerse en servicio las obras o sus distintos tramos o etapas y se pagarán en un plazo de 2 a 5 años, que determinarán en forma general las autoridades fiscales, tomando en consideración el monto de los pagos bimestrales y la situación económica de la mayoría de las personas obligadas a pagar la contribución de que se trate.
El monto de la contribución de mejoras se dividirá por partes iguales que se cubrirán bimestralmente a más tardar el día 20 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, respectivamente, y se iniciarán los pagos en los meses de enero o julio inmediato posterior a la terminación de la obra; a partir de los siguientes meses de enero o julio de cada año, según corresponda, se incrementará el saldo por pagar con la cantidad que resulte de aplicar el factor para el año de calendario anterior que establezca el Congreso de la Unión.
Artículo 53. No se pagarán las contribuciones de mejoras a que se refiere este título, por los predios que conforme a esta ley no se tenga que pagar el impuesto predial.
El Departamento del Distrito Federal mediante disposiciones de carácter general, podrá reducir total o parcialmente el pago de las contribuciones de mejoras, cuando el beneficio de la misma sea para la generalidad de la población y no exista un beneficio significativo para un sector reducido de la población, así como cuando los beneficios de las obras públicas sean personas de escasos recursos económicos y se trate de servicios indispensables.
TITULO IV
De los derechos
CAPITULO I
Disposiciones preliminares
Artículo 54. Los derechos que establece este título se pagarán por los servicios que presta el Distrito Federal en sus funciones de derecho público o por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público del Distrito Federal.
Las cuotas de los derechos aplicables al término de un año de calendario, se incrementarán en el siguiente año a la cantidad que resulte de multiplicar las mismas por los factores que en su caso establezca el Congreso de la Unión.
Las autoridades fiscales elaborarán y distribuirán mediante folletos, los textos completos de los derechos establecidos en este título.
Artículo 55. La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados o cualquier otra persona, aun cuando de conformidad con otras leyes o decretos no estén obligados a pagar contribuciones o se hallen exentos de las mismas, deberán pagar los derechos establecidos en este título, con las excepciones que en el mismo se señalan.
Artículo 56. El pago de los derechos que establece este título deberá hacerse por el contribuyente previamente a la prestación de los servicios, salvo los casos en que expresamente se señale que sea posterior o cuando se trate de servicios que sean de utilización obligatoria.
Cuando no se compruebe que el pago de derechos se ha efectuado previamente a la
prestación del servicio y se trate de derechos que deban pagarse por anticipado, el servicio no se proporcionará.
Cuando el pago de derechos deba efectuarse con posterioridad a la prestación del servicio por tratarse de servicios continuos o porque así se establezca, éste dejará de prestarse si no se efectúa dicho pago.
Artículo 57. Cuando en este título se establezca que los derechos se pagarán por mensualidades o anualidades, se entenderá que dichos pagos son previos a la prestación del servicio correspondiente, excepto en los casos en que por la naturaleza del servicio el pago no pueda efectuarse con anterioridad a la prestación del servicio.
Las mensualidades y anualidades a que se hace referencia en este título, corresponden al pago de derechos por la prestación de servicios proporcionados durante un mes de calendario o durante el año de calendario, respectivamente, excepto que se señale expresamente otro periodo.
Tratándose de mensualidades, el contribuyente efectuará el entero del derecho a más tardar el día 5 del mes en que se preste el servicio y deberá presentar el comprobante de pago a la autoridad administrativa correspondiente a más tardar el día 15 de ese mes.
Si el servicio, cuyas cuotas se paguen por mensualidades, se solicita después de los primeros 5 días del mes de que se trate, el entero del derecho deberá efectuarse dentro de los 5 días siguientes a aquél en que se empieza a prestar el servicio y el comprobante de pago se entregará a la autoridad correspondiente dentro de los 5 días siguientes a aquél en que se hizo el entero. Las subsecuentes mensualidades se pagarán conforme al párrafo anterior.
Trátandose de anualidades, el contribuyente efectuará el entero del derecho en el mes de enero del año al que corresponda el pago y deberá presentar el comprobante del entero a la autoridad que preste el servicio, a más tardar el día 15 del mes de febrero siguiente excepto en el caso en que se señale otro plazo.
Si el servicio, cuyas cuotas se paguen por anualidades, se solicita después de los primeros 15 días del mes de enero de que se trate, el entero del derecho deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se empieza a prestar el servicio y el comprobante de pago se entregará a la autoridad administrativa correspondiente dentro de los 10 días siguientes a aquél en que se hizo el entero.
Las subsecuentes anualidades se pagarán conforme al párrafo anterior.
En el supuesto de que el contribuyente no haga la presentación de los comprobantes de pago a que se refiere este artículo en los plazos citados, la autoridad prestadora del servicio dejará de proporcionarlo, excepto en el caso del derecho de agua.
Cuando el derecho por la prestación de un servicio deba pagarse por mensualidades o anualidades y el servicio se comience a proporcionar después de iniciado el periodo de que se trate, el pago correspondiente a dicho mes o año se calculará, dividiendo el importe de la mensualidad o anualidad entre 30 o entre 12 según corresponda, el cociente así obtenido se multiplicará por el número de días o meses en los que se prestará el servicio, y el resultado así obtenido será la cuota a pagar por dichos periodos.
Cuando no se llenen los requisitos legales para el otorgamiento del permiso o se haya establecido alguna prohibición, el pago de los derechos por los servicios o por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público a que se refiere este título, no implica necesariamente el otorgamiento del mismo, en cuyo caso, los derechos que se hayan pagado serán sin perjuicio de las multas que procedan.
Artículo 58. Tratándose de los servicios que a continuación se enumeran que sean prestados por cualquiera de las autoridades administrativas del Distrito Federal y Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, se pagarán derechos conforme a las cuotas que para cada caso a continuación se señalan, salvo en aquellos casos que en este título se establezca expresamente:
I. Expedición de copias certificadas de documentos,
por cada hoja tamaño carta u oficio $50.00
II. Reposición de constancias o duplicado de las mismas 150.00
III. Compulsa de documentos, por hoja 30.00
IV. Copias de planos, por cada uno 300.00
V. Legalización de firmas 300.00
Por la expedición de documentos o copias certificadas de los mismos que sean solicitados por la Federación, el Distrito Federal, Estados y municipios de asuntos oficiales y de su competencia, siempre que esta solicitud no derive de la petición de un particular, así como por la expedición de copias certificadas para la substanciación del juicio de amparo, no se pagarán derechos.
Cuando por causas no imputables a los solicitantes de alguno de los servicios a que se refiere este título, fuere necesario reponer o modificar algún registro, documento o trámite, no se pagarán los derechos correspondientes a la reposición o modificación.
Artículo 59. El pago de los derechos establecidos en esta ley se ajustará de conformidad con la siguiente tabla:
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Para efectuar el ajuste a que se refiere este artículo, las cuotas se aumentarán o disminuirán, según sea el caso, a la unidad de ajuste más próxima; cuando la cuota se encuentre a la misma distancia de dos unidades de ajuste, se disminuirán a la más baja.
CAPITULO II
De los derechos por la prestación de servicios
SECCIÓN PRIMERA
De los servicios de construcción y operación hidráulica
Artículo 60. Por la instalación o reconstrucción de tomas para derivar agua de las tuberías de distribución, incluyendo la instalación de ramales, y de albañales para conectarse con las atarjeas se pagarán derechos de conexión de agua y de atarjeas conforme a los presupuestos que para tal efecto formulen las autoridades fiscales. En dicho presupuesto se incluirá, en su caso, el valor del medidor de agua.
Asimismo se pagarán derechos de conexión de agua y de atarjeas conforme a los presupuestos que formulen las autoridades fiscales cuando se cambie de lugar la toma de agua, se suprima o se repare el medidor de agua.
SECCIÓN SEGUNDA
De los servicios de expedición de licencias
Artículo 61. Por la expedición de licencias para fraccionamiento de terreno, se pagará el derecho de fraccionamientos conforme a la cuota de 3.45% sobre el monto total de presupuesto de obras por ejecutar en el fraccionamiento o en zonas que vayan a desarrollarse.
La cuota de los derechos a que se refiere este artículo comprende la revisión y estudio de planos y proyectos, así como la supervisión de las obras de urbanización que se ejecuten en el fraccionamiento.
Artículo 62. Por la expedición de licencias para construcción de obras nuevas, se pagará el derecho por obras nuevas conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. Viviendas de interés social, casas habitación y edificaciones para viviendas, en renta o en condominio, con o sin comercio en planta baja y casas habitación unifamiliares o dúplex sobre el valor de la construcción 2 al millar
II. En todos los demás casos, distintos a los señalados en la fracción anterior, sobre el valor de la construcción 4 al millar
Artículo 63. Por la expedición de licencias de obras y construcciones distintas a las mencionadas en los artículos 61 y 62 de esta ley, se pagarán derechos por otras obras conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. Bardas:
a)Hasta 2.50 metros de altura $40.00 por metro cuadrado
b)De más de 2.50 metros de altura 15.00 por metro cuadrado
II. Tapias y andamios:
a)Por tapial alineado al parámetro de construcción:
1. Hasta de 2.50 metros de altura sobre la longitud
del tapial. Por una vez 40.00 por metro lineal
2. De más de 2.50 metros de altura sobre la
superficie del tapial. Por una vez 15.00 por metro cuadrado
b)Por tapial ocupando banqueta en túnel elevado,
sobre la superficie ocupada, por día 15.00 por metro cuadrado
c)Por andamios o cualquier otra forma de usar
la vía pública, sobre la superficie ocupada, por día 25.00 por metro cuadrado
III. Excavaciones y rellenos, por cada licencia 1,000.00
IV. Fachadas:
Por aplanado, pintura y resane en cualquier
ubicación o magnitud 50.00
V. Remodelación de fachada 50.00 por metro cuadrado
VI. Demoliciones por la superficie cubierta,
computando cada piso o planta $25.00 por metro cuadrado
VII. Cambio de techos en habitaciones 25.00 por metro cuadrado
VIII. Por construcción de cuarto único por
un máximo de 4.00 X 4.00 metros, por la licencia 250.00
IX. Modificaciones:
Sin aumento de superficie construida, conservándose la estructura o muros maestros, 100% del importe de los derechos correspondientes a obra nueva calculando sobre la superficie modificada.
X. Cambio de edificios al régimen de condominio 25.00 por metro cuadrado.
Artículo 64. Por la expedición de licencias de pozos y de fusión de predios, se pagará el derecho de pozos y de fusión de predios conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. Pozos:
a) Para perforar, reponer, profundizar y ampliar $25,000.00
b) Para desazolvar y limpiar pozos cuyos
diámetros de descarga de la bomba de extracción de agua sea:
I. De 12 milímetros hasta 89 milímetros 5,000.00
2. De más de 89 milímetros 10,000.00
c)Para preparar equipo de bombeo cuyo
diámetro de descarga sea:
1. De 13 milímetros hasta 39 milímetros 750.00
2. De más de 39 milímetros hasta 89 milímetros 1,200.00
3. De más de 89 milímetros 2,500.00
II. Fusión de predios 500.00
Artículo 65. Cuando sea cancelada la licencia de construcción por no satisfacer los requisitos legales y reglamentarios en materia de construcción, no procederá la devolución de los derechos pagados con motivo de su expedición.
SECCIÓN TERCERA
Del registro público de la propiedad
Artículo 66. Por la autorización de los documentos que a continuación se mencionan efectuada por el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho de autorizaciones en el registro de la propiedad conforme a las cuotas siguientes:
I. De escrituras o actas notariales de valor determinado distintas a las señaladas en este artículo:
a)Si el valor no excede de $500,000.00 5.8 al millar
b)De $500,000.01 a 2,000,000.00 3.5 al millar
c)De $2,000,000.01 en adelante 2.9 al millar
II. De escrituras o actas que contengan actos y hechos referidos a pensiones, rentas, o cualquier otra prestación periódica de monto determinado o indeterminado, al valor de la prestación durante cinco años se aplicará al 4.5 al millar.
III. De actas o escrituras de valor indeterminado,
por cada hoja del instrumento $2,700.00
En las escrituras que contengan diversos contratos o actos, los derechos se pagarán en su totalidad por cada uno de los contratos o actos principales y el 50% de la cuota que le corresponda a aquellos por los contratos o actos accesorios o complementarios.
Artículo 67. Por la anotación preventiva de la demanda en el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho por anotaciones preventivas en el registro de la propiedad de $2,000.00
Artículo 68. Por la calificación de documentos que se devuelvan sin cumplimentar por carencia u omisión de requisitos, impedimento legal o a petición del interesado, se pagará el derecho conforme a la cuota de 1,000.00 Artículo 69. Por las cancelaciones en el Registro Público de la Propiedad que se mencionan a continuación se pagará el derecho por cancelación en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. De disposición del patrimonio familiar $1,000.00
II. De embargos, hipotecas, cédulas hipotecarias,
demandas, prenda y fianza entre particulares 2,000.00
III. De los actos comprendidos en la fracción II
del Artículo 73 de esta ley 2,000.00
Por la cancelación de los contratos a que se refiere la fracción I del Artículo 73 de esta ley, no se pagarán los derechos a que se refiere este artículo.
Artículo 70. Por el depósito de testamentos ológrafos en el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho de depósitos en el registro de la propiedad, conforme a las siguientes cuotas:
I. Si fueren hechos en los locales de las oficinas
respectivas, en horas hábiles $2,000.00
I. Si fueren hechos en los locales de las oficinas
respectivas, en horas inhábiles 3,000.00
III. Si fueren hechos fuera de los locales de las
oficinas respectivas, en horas hábiles 4,000.00 IV.
Si fueren hechos fuera de los locales de las
oficinas respectivas, en horas inhábiles 6,000.00
Artículo 71. Por los servicios que preste el Registro Público de la Propiedad en la expedición de los documentos que se mencionan a continuación, se pagará el derecho de expedición de documentos por el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. De matrícula de comerciante, persona física $2,000.00
II. De certificados de libertad o existencia de
gravámenes, hasta por un periodo de 20 años 2,400.00
Por cada periodo de cinco años o fracción que
exceda de ese lapso 400.00
III. De informes o constancias solicitados por
autoridades de la Federación, de las Entidades
Federativas, Municipios u organismos de éstos 2,000.00
IV. De la búsqueda de antecedentes registrales
omitidos o equivocados en un documento 650.00
V. De la búsqueda de antecedentes registrales
con la utilización de medios electrónicos:
a)Si se proporciona el número de Folio real o mercantil 40.00
b)Si se solicita la información por el nombre del
propietario, razón social de la empresa o la dirección
del inmueble 50.00
c)Si se solicita la información por el nombre de
la colonia, delegación, zona postal, antecedentes
registrales o clave catastral 70.00
VI. De informes respecto al registro o depósito de
testamentos que se rindan a solicitud de jueces,
notarios o partes interesadas 2,700.00
Artículo 72. Por la inscripción de los siguientes documentos en el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a lo que a continuación se establece:
I. Documentos, resoluciones judiciales, administrativas o de cualesquiera otra clase, en virtud de los cuales establezca, o modifique la propiedad o la posesión de bienes inmuebles o derechos reales, incluyendo a los buques, aeronaves y en general de bienes y derechos mercantiles, sobre el valor 7.5 al millar
II. Documentos o resoluciones judiciales relativos a las sucesiones, independientes de los derechos que se causen por la inscripción de la transmisión de los bienes hereditarios $1,400.00
III. De los actos de disolución, liquidación o cancelación del asiento correspondiente a una persona moral 2,000.00
IV. De depósito del programa a que se refiere el Artículo 92 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de firmas autógrafas, balances y demás documentos que se requieran de esa modalidad conforme a la ley 2,000.00
Artículo 73. Por la inscripción de los siguientes contratos y convenios en el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las cuotas siguientes:
I. Contratos de crédito hipotecario, refaccionario o de
habilitación o avío, celebrados por instituciones de crédito,
de seguros o de fianzas, sobre el importe de la operación 2.9 al millar
II. De prenda, de arrendamientos de inmuebles,de
comodato y de actos o contratos sujetos a condición
suspensiva, resolutoria, reserva de propiedad o cualquiera
otra modalidad, sobre el valor 3.5 al millar
III. De corresponsalía mercantil $2,000.00
Artículo 74. Por la inscripción de los siguientes constituciones en el Registro de la Propiedad, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. De créditos, excepto los relativos a créditos hipotecarios,
refaccionario o de habilitación o avío 3.5 al millar
II. De patrimonio familiar $2,000.00
III. De actos, contratos, convenios o resoluciones judiciales
o administrativas por los que se constituya un fraccionamiento,
se lotifique, relotifique, divida o subdivida un inmueble, por cada lote 2,000.00
IV. Del régimen de propiedad en condominio o sus
modificaciones por cada unidad departamental, vivienda, casa,
despacho o local 2,000.00
V. Constitución o aumento de capital de sociedades
mercantiles, sobre el importe del capital o del aumento,
en caso 6.9 al millar
VI. De sociedades de capital variable y sus aumentos,
sobre la parte variable, cuando ésta se inscriba a petición
del interesado 6.9 al millar
VII. De sociedades o asociaciones civiles, sobre el monto
de capital o de sus aumentos 5.2 al millar
Artículo 75. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los siguientes gravámenes, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. Gravámenes o limitaciones a la propiedad y a la posesión de bienes y, de los contratos tendientes a la adquisición, transmisión o modificación de derechos reales, embargos, secuestros, así como, contratos de crédito simple, hipotecario,refaccionario o de habilitación o avío
Celebrados entre particulares o instituciones de crédito extranjeras, sobre el importe de la operación 5.2 al millar
II. De hipotecas industriales, en los términos de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares 6.9 al millar
Artículo 76. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de fusiones, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. De inmuebles, por cada uno de os lotes fusionados $2,000.00
II. De sociedades mercantiles o civiles, sobre el
monto del capital social inscrito de la sociedad fusionada 6.9 al millar
Artículo 77. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de actas, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. De asambleas de socios, asociados o sesiones de consejo de administración o juntas directivas, aun cuando se acuerden modificaciones al pacto social, que no impliquen aumento de capital por cada una $2,000.00
II. De emisión de bonos u obligaciónes de sociedades mercantiles, sobre el monto de la emisión 5.2 al millar
Artículo 78. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de documentos relativos a poderes, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las siguientes cuotas:
I. Poderes o sustituciones de los mismos $1,400.00
Por cada poderdante o apoderado, cuando sean más de uno 500.00
II. Revocación de poderes, por cada uno 500.00
Artículo 79. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de fideicomisos, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las cuotas siguientes:
I. De administración $1,200.00
II. De garantía 1,200.00
III. Por otros fideicomisos, así como la cancelación de fideicomisos 2,000.00
IV. De contratos de arrendamiento cuando el término exceda de
seis años o haya anticipo de rentas por más de tres 5.2 al millar
Artículo 80. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de declaraciones judiciales, de suspensión de pagos o sentencia de estado de quiebra, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad $2,000.00
Artículo 81. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de anotaciones de fianzas, contrafianzas a obligaciones solidarias con el fiador, para el solo efecto de comprobar la solvencia del fiador, contrafiador u obligado solidario,se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad $2,000.00
Artículo 82. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de rectificaciones relativas a inscripciones principales; cuando se refieran a modificaciones de plazo, intereses, garantías, datos equivocados o cualesquiera otras que no constituyan novación del contrato, se pagarán el derecho de inscripción en el registro de la propiedad $1,000.00
Artículo 83. Por la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de cualquier otro acto no especificado en artículos anteriores, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad $2,000.00
Artículo 84. Por la integración de jurado para examen de oposición al ejercicio notarial, se pagará el derecho de examen notarial conforme a las siguientes cuotas:
I. Para aspirantes $7,500.00
II. Para notarios 25,000.00
Artículo 85. Por los servicios de inscripción en el Registro Público de la Propiedad de los avisos de testamento, se pagará el derecho de inscripción en el registro de la propiedad conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. Si se hace dentro de días y horas hábiles $1,000.00
II. Si se hace en día y horas inhábiles 2,000.00
Artículo 86. Por los servicios de registro de patentes, sello, firma y convenios de notarios y corredores públicos que preste el Registro Público de la Propiedad, se pagará el derecho de patente notarial a las siguientes cuotas:
I. Patente de aspirante a notario $7,500.00
II. Patente de notario 25,000.00
III. Convenios:
a)De suplencia 25,500.00
b)De asociación 50,000.00
Artículo 87. Para el cobro de los derechos que establece esta sección se observarán las reglas siguientes:
I. Cuando se refiere al valor se entenderá el que resulte mayor entre el de operación, catastral, de avalúo o de factura.
II. Toda transmisión de bienes o derechos reales que se realice por contrato o por resolución judicial cuando en ella queden comprendidos varios bienes, se pagará sobre el valor de cada uno de ellos conforme a la fracción anterior.
III. Para la aplicación de la cuota de la fracción I del Artículo 72 de esta ley, la nuda propiedad se valuará al 50% del
valor del inmueble y al consolidarse sobre el 50% del mismo.
IV. Cuando se trate de contratos, demandas o resoluciones judiciales y administrativas que se refieran a prestaciones periódicas, el valor se determinará por las sumas de éstas, en caso contrario se tomará como base la cantidad que resulte, haciendo el cómputo por anualidades.
Artículo 88. No se pagarán los derechos a que se refiere esta sección, en los siguientes supuestos:
I. Cuando se trate de inscripciones relativas a transmisión o adquisición de bienes inmuebles o derechos reales en que intervengan la Federación,el Distrito Federal, los Estados Extranjeros, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas ni los servicios prestados por el Archivo de Notarías cuando los soliciten los Poderes de la Federación o las dependencias del Departamento el Distrito Federal.
II. Por los informes o certificaciones que soliciten las autoridades correspondientes para asuntos penales, laborales o juicios de amparo.
SECCIÓN CUARTA
Del Registro Civil
Artículo 89. Por la inscripción en el Registro Civil de los siguientes documentos, se pagará el derecho de inscripción en el Registro Civil conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. De matrimonio $100.00
II. De tutela, adopción,estado de interdicción, declaración
de ausencia o presunción de muerte 500.00
III. De constancia de los actos del estado civil o de los
mexicanos en el extranjero 2,500.00
IV. De la solicitud del acta de divorcio a que se refiere el
artículo 272 del Código Civil para el Distrito Federal y por
la inscripción del acta de dicho divorcio, por cada uno 5,000.00
V. De defunciones 65.00
VI. Por la búsqueda de datos en el registro 130.00
VII. Por otras inscripciones 500.00
No se pagará el derecho a que se refiere este artículo por la inscripción de nacimientos que se celebren en la oficina del Registro Civil.
Artículo 90. Por las anotaciones marginales e inserciones en las actas del Registro Civil se pagará el derecho por anotaciones en acta del Registro Civil conforme a las siguientes cuotas:
I. De cambio de régimen patrimonial $5,000.00
II. De aclaración de actas 1,200.00
III. De actas de defunción de personas fallecidas en el
interior de la República o en el extranjero 500.00
Por las anotaciones marginales de reconocimiento y legitimación de descendientes, no se pagará el derecho a que se refiere este artículo.
Artículo 91. Por los servicios que preste el Registro Civil fuera de sus oficinas se pagará el derecho de extraordinarios de Registro Civil conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. Por el registro de nacimientos $500.00
II. Por la celebración de matrimonios 5,000.00
III. Por la autorización para que los oficiales del Registro
Civil celebren matrimonios fuera de la circunscripción
territorial que les corresponda, independientemente de
la cuota que señala la fracción anterior 10,000.00
IV. por los servicios 6,000.00
SECCIÓN QUINTA
Derechos sobre vehículos
Artículo 92. Por los servicios de control de vehículos que se presten para automóviles particulares y de servicio público, se pagará el derecho de control de vehículos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por cesión de derechos en automóvil de servicio público $3,500.00
II. Por la expedición inicial de placas y tarjeta de
circulación, así como por el canje bianual de placas
y tarjetas de circulación 2,300.00
III. Por reposición de placas, por cada una, por extravío
o deterioro 1,200.00
IV. Por la expedición de permiso para transportar carga en
automóvil particular 50.00
V. Por sustitución de automóvil de servicio público 500.00
VI. Por expedición de permiso para circular sin placas
ni tarjeta de circulación 350.00
VII. Por reposición de tarjeta de circulación 300.00
VIII. Por cambio de propietario, así como por reposición
de calcomanía 250.00
IX. Por trámite de baja de automóvil particular emplacado
en otra entidad federativa 200.00
X. Por constancia de baja y alta para el Registro Federal
de Vehículos 120.00
XI. Por otros servicios 500.00
Artículo 93. Por los servicios de control de vehículos que se presten para camiones de carga particular y de servicio público y para ómnibus particulares y de servicio público, se pagará el derecho de control de vehículos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por cesión de derechos en camión de carga de servicio público $5,000.00
II. Por la expedición inicial de placas y tarjeta de circulación,
así como por canje bianual de placas y tarjeta de circulación. $5,000.00
III. Por reposición de placas, por extravío o deterioro, cada una. $1,200.00
IV. Por la expedición de permisos para circular sin placas ni
tarjeta de circulación. $600.00
V. Por reposición de tarjeta de circulación. $300.00
VI. Por cambio de propietario o reposición de calcomanía. $250.00
VII. Por otros servicios. $500.00
Artículo 94. Por los servicios de control de vehículos que presten para remolques particulares y de carga, se pagará el derecho de control de vehículos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por la expedición de placas y de tarjeta de circulación,
así como por el canje bianual de placas y tarjeta de circulación. $2,300.00
II. Por reposición de placas, por extravío o deterioro, por cada una. $1,200.00
III. Por la expedición de permisos para circular sin placas ni
tarjeta de circulación. $600.00
IV. Por reposición de tarjeta de circulación. $300.00
V. Por cambio de propietario. $25000
VI. Por otros servicios. $500.00
Artículo 95. Por los servicios de control de vehículos que se presten para motocicletas y motonetas, se pagará el derecho de control de vehículos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por la expedición inicial de placa y de tarjeta de circulación, así como por el canje bianual de placa y tarjeta de circulación hasta 350 centímetros cúbicos de cilindrada y por reposición de placa, por extravío o deterioro. $1,500.00
II. Por la expedición inicial de placa y de tarjeta de circulación, así como por el canje bianual de placa y tarjeta de circulación de 351 centímetros cúbicos de cilindrada en adelante y por reposición de placa por extravío o deterioro. $2,300.00
III. Por reposición de tarjeta de circulación. $300.00
IV. Por cambio de propietario. $250.00
Artículo 96. Por la expedición inicial, reposición y canje bianual de placas y tarjeta de circulación, los propietarios de bicicletas de motor, bicicletas triciclos de trabajo y trajineras (canoas), se pagará el derecho de control de vehículos conforme a la cuota de $250.00 por cada servicio.
Artículo 97. Por la expedición de placas de mostradoras, se pagará el derecho de control de vehículos conforme a la cuota de $2,300.00.
Artículo 98. Por los servicios de expedición de licencias para conducir vehículos, se pagará el derecho por licencias para conducir vehículos conforme a las siguientes cuotas:
I. Categoría C,D y E. $2,000.00
II. Categorías A y B. $1,000.00
III. Por examen médico, psicométrico y de educación vial. $1,000.00
IV. Por reposición de licencias de cualquier tipo, por
extravío o deterioro. $1,000.00
V. Por la expedición de permisos para aprendizaje de manejo
a)A mayores de 18 años. 600.00
b)A menores de 18 años. $300.00
VI. Por la expedición de permiso provisional a menores de
edad al concluir los cursos de educación vial. $300.00
Artículo 99. Por el servicio de grúa, los propietarios pagarán el derecho de grúa conforme a las siguientes cuotas:
I. De las Delegaciones a los corralones:
a) Camionetas. $900.00
b)Automóviles. $700.00
c)Otros vehículos. $1,800.00
II. En la vía pública. $500.00
SECCIÓN SEXTA
De los servicios de alineamiento y señalamiento de números oficiales Artículo 100. Por los servicios de alineamiento de predios sobre la vía pública se pagará el derecho por alineamiento de predios conforme a las siguientes cuotas:
I. Predios no ubicados dentro de fraccionamientos o colonias reconocidos oficialmente como proletarios:
a) Con frente hasta de 25 metros. $500.00
b) Con frente mayor de 25 metros, además de la cuota que se establece en el inciso anterior, un tanto más por cada 25 metros o fracción excedente.
II. Predios ubicados dentro de fraccionamientos o colonias reconocidos oficialmente como proletarios:
a) Con frente hasta de 10 metros. 100.00
b) Con frente mayor de 10 metros, además de la cuota que establece el inciso anterior, un tanto más por cada 10 metros o fracción excedente.
Los alineamientos a que se refiere este artículo tendrá una vigencia de seis meses contados a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 101. Por los servicios de señalamiento de número oficial de predios se pagará el derecho por número oficial conforme a la cuota de $200.00.
No se pagará el derecho que establece el párrafo anterior cuando el Distrito Federal, ordene el cambio de número, siempre que se compruebe que el número substituido fue señalado oficialmente y que por este concepto se pagaron los derechos respectivos.
SECCIÓN SÉPTIMA
De la regularización de predios
Artículo 102. Por los servicios de regularización de la titularidad de predios, se pagará el derecho de regularización de predios conforme a las cuotas que a continuación se establecen:
I. De la tenencia de predios propiedad del Departamento
del Distrito Federal o de particulares, por cada metro cuadrado. $120.00
II. Por celebrar el contrato de enajenación correspondiente. $1,400.00
III. Por tramitar cambios de beneficiario. $500.00
IV. Por autorizar:
a) Las cesiones de derechos, traspasos o permutas de predios propiedad del Departamento del Distrito Federal, sobre el valor catastral actualizado.
b) Las cesiones de derechos de viviendas o apartamentos de conjuntos habitacionales del Departamento del Distrito Federal, de acuerdo al precio de la operación y de la fecha de su celebración como sigue:
1. Hasta 3 años. 46%
2. Hasta 4 años. 52%
3. Hasta 7 años. 58%
4. Hasta 10 años. 63%
5. Más de 10 años. 69%
c) La ampliación del plazo para construir en terrenos vendidos por el Departamento del Distrito Federal, sobre el valor catastral actualizado del terreno, cada vez.
V. Por autorizar y supervisar la ampliación de construcciones de predios por el Departamento de Distrito Federal, sobre el valor de la misma. 12%
SECCIÓN OCTAVA
Museos
Artículo 103. Por el acceso a los museos, se pagará el derecho de museos por persona, conforme a las siguientes cuotas:
I. De lunes a viernes:
a) Con categoría A. $30.00 a $80.00
b) Con categoría B. 20.00 a 60.00
c) Con categoría C. $10.00 a $40.00
d) Con categoría D. 6.00 a 20.00
II. Domingos y días festivos:
a) Con categoría A. $20.00 a $40.00
b) Con categoría B. 10.00 a 30.00
c) Con categoría C. 6.00 a 20.00
d) Con categoría D. 4.00 a 10.00
Las autoridades fiscales clasificarán los museos tomando en consideración la calidad de lo exhibido y la inversión realizada en los mismos en los casos de exposiciones temporales los derechos por acceso se podrá cobrar hasta por una cuota de $400.00
No pagarán los derechos a que se refiere este artículo los maestros de escuelas y estudiantes debidamente acreditados y los menores de trece años.
SECCIÓN NOVENA
Concesiones de inmuebles
Artículo 104. Por el otorgamiento de concesiones para el uso o goce de inmuebles del dominio público del Departamento del Distrito Federal, se pagará anualmente el derecho de concesión de inmuebles federales conforme a la cuota de $5,000.00.
Tratándose de inmuebles que se utilicen para la agricultura o ganadería, la cuota a que se refiere el párrafo anterior se reducirá en un 50%.
Este derecho se pagará independientemente del que corresponda conforme al capítulo III de este título.
CAPITULO III
De los derechos por el uso o aprovechamiento de bienes del domino público. SECCIÓN PRIMERA
Estacionamiento de vehículos
Artículo 105. Por el estacionamiento de vehículos en la vía pública, se pagará el derecho de estacionamiento conforme a una cuota de $50.00 por cada dos horas o fracción que exceda.
El pago de este derecho se hará mediante relojes marcadores, tarjeta o cualquier otro sistema que autoricen las autoridades fiscales.
SECCIÓN SEGUNDA
Uso o aprovechamiento de inmuebles
Artículo 106. Están obligadas a pagar el derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, las personas físicas y las morales que usen o gocen inmuebles del dominio público del Departamento del Distrito Federal, conforme a la tasa del 5% anual del valor del inmueble.
No se estará obligado al pago establecido en este capítulo, cuando se usen o gocen inmuebles señalados en otras secciones del mismo. Tratándose de bienes de uso común sólo se estará obligado al pago del derecho cuando se tenga concesión para un aprovechamiento especial o cuando de hecho dicho aprovechamiento se lleve a cabo sin tener la concesión.
Artículo 107. Para los efectos del artículo anterior, el valor del inmueble del Distrito
federal será el que resulte mayor entre el valor catastral o el de adquisición del terreno colindante, éste último multiplicado por el factor conforme a la tabla de ajuste que establezca el Congreso de la Unión correspondiente a los años transcurridos entre la fecha de adquisición y el ejercicio de que se trate.
Si no se tiene el valor catastral o no se puede determinar el de adquisición del terreno colindante, se tomará el valor de avalúo del mismo, practicado por persona autorizada. Tratándose de adquisiciones por prescripción en las que no se pueda determinar la fecha en que se consumó la prescripción adquisitiva, se tomará como tal aquella que se haya interpuesto la demanda.
Cuando no se pueda efectuar la separación del valor de las construcciones y el del terreno, se considerará como valor de éste el 20% del valor total del inmueble.
Los contribuyentes de este derecho que estimen que el valor que resulte de conformidad con este artículo es superior al valor real del inmueble, podrán ordenar a su costa la práctica de un avalúo por persona autorizada por las autoridades fiscales; dicho avalúo será proporcionado a las autoridades fiscales, quienes lo considerarán como valor del inmueble objeto de la concesión o permiso sin perjuicio de que en el ejercicio de sus facultades de comprobación puedan rectificar el avalúo presentado por el contribuyente, mediante la práctica de otro formulado por las autoridades fiscales.
Artículo 108. El derecho por el uso o aprovechamiento de inmuebles, se calculará por ejercicios fiscales. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a más tardar el día 10 de cada mes mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas. El pago provisional será una doceava parte del monto del derecho calculado al año.
El derecho del ejercicio, deducidos los pagos provisionales mensuales, se pagará mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.
Artículo 109. Para los efectos de este capítulo, además de las facultades señaladas en el Código Fiscal de la Federación y en esta ley, las autoridades fiscales podrán determinar por zonas del Distrito Federal el valor mínimo del suelo, el que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación. Cuando éste resulte superior al valor que señala el Artículo 107 de esta ley, éste se modificará.
SECCIÓN TERCERA
Agua
Artículo 110. Las personas físicas y las morales que usen o aprovechen agua potable pagarán derechos de agua bimestralmente, conforme a la siguiente
TARIFA
Cuota
para
aplicarse
sobre
los metros
cúbicos
Límite Límite que
inferior superior excedan
metros metros de límite
cúbicos cúbicos Cuota fija inferior
0 a 40 $ 280.00 $ -
40.001 a 60 $280.00 12.00
60.001 a 90 520.00 18.00
90.001
en adelante 1,060.00 24.00
Cuando se use o aproveche agua potable sin instalar aparato medidor, el derecho de agua se calculará cada bimestre aplicando la cantidad que resulte de multiplicar 48.86 por el diámetro del tubo de entrada en milímetros elevado al cuadrado.
Artículo 111. El pago del derecho de agua a que se refiere este capítulo se hará bimestralmente, el que será determinado cada bimestre por las autoridades fiscales, de conformidad de las disposiciones establecidas en este capítulo.
Artículo 112. Cuando no se pueda determinar el consumo de agua como consecuencia de la descompostura del medidor por causas no imputables al contribuyente, el derecho de agua se pagará hasta en tanto se reponga el medidor descompuesto conforme al consumo registrado en el mismo bimestre del año de calendario anterior o en su defecto por el promedio de los 6 últimos bimestres pagados.
En el caso de que la compostura del medidor sea por causas imputables al contribuyente, el derecho de agua se pagará por duplicado conforme a este artículo.
Artículo 113. Las personas físicas y morales que usen o aprovechen agua tendrán la obligación de solicitar a las autoridades del Departamento del Distrito Federal, la instalación de aparatos medidores, los que deberán instalarse en lugar visible y de permitir el acceso para verificar la lectura del consumo de agua.
En los edificios de apartamentos, viviendas o locales, por cada apartamento, vivienda o local deberá solicitarse la instalación de aparato medidor. Artículo 114. Cuando el contribuyente del derecho de agua no esté conforme con el consumo señalado por las autoridades fiscales, podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos de esta ley.
Artículo 115. Además de las facultades señaladas en el Código Fiscal de la Federación y en esta ley, las autoridades fiscales podrán determinar el consumo de agua por medio de la lectura de los aparatos medidores en periodos superiores a un bimestre, calculando el pago bimestral tomando en consideración que se efectúa el mismo consumo diariamente así como, verificar los diámetros de las tomas de agua.
TRANSITORIOS
Artículo primero. La presente ley entrará en vigor el día primero de enero de 1983.
Artículo segundo. Se abroga la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal del 31 de diciembre de 1941.
Artículo tercero. Las obligaciones fiscales que hubieran nacido hasta el 31 de diciembre de 1982, derivadas de la aplicación de los preceptos que establecen cuotas para el pago de impuestos y derechos, cuyo pago deba efectuarse con posterioridad a dicha fecha y que a partir de la entrada en vigor de esta ley, ya no se seguirán cobrando, deberán ser cumplidas en la misma forma, plazo y monto que en los propios preceptos se haya establecido.
En los casos de prestación de servicios cuando con anterioridad al 31 de diciembre de 1982, se hayan efectuado pagos por anualidades o mensualidades cuya prestación comprenda parcialmente dicho ejercicio y el de 1983, se considerará proporcionalmente el pago por la prestación del servicio por el periodo que corresponda a 1982 y la parte proporcional que corresponda al periodo de 1983, se compensará con la cantidad que se deba pagar por la mensualidad o anualidad correspondiente al ejercicio de 1983.
Cuando la solicitud del servicio se haya presentado antes de la entrada en vigor de esta ley, sin haberse efectuado el pago de los derechos correspondientes, dicho pago se hará en los términos de esta ley.
Artículo cuarto. En el caso de pagos deban hacerse por anualidades en los términos de esta ley, durante el año de 1983, el entero correspondiente se efectuará en el mes de enero de dicho año.
Artículo quinto. Hasta en tanto las autoridades fiscales señalen las oficinas autorizadas para recibir los pagos de las contribuciones establecidas en esta ley, éstos se seguirán efectuando en la mismas oficinas en que se hayan realizado hasta el 31 de diciembre de 1982.
Artículo sexto. En tanto las autoridades fiscales den a conocer las formas oficiales que en su caso aprueben para efectuar los pagos a que se refiere esta ley, se seguirán usando las mismas que se venían utilizando con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley.
Artículo séptimo. A partir de la fecha en que entre en vigor esta ley, quedan sin efecto las consultas, interpretaciones, autorizaciones o permisos de carácter general u otorgados a título particular, que se opongan a lo establecido en esta ley.
Artículo octavo. Al entrar en vigor la presente ley, no se aplicarán las disposiciones que concedan exenciones de impuestos contenidas en otras leyes, excepto las señaladas en el Código Fiscal de la Federación.
Artículo noveno. Las autoridades fiscales del Departamento del Distrito Federal podrán determinar el valor catastral de los inmuebles, cuando dicho valor sea inferior a $500,000.00 y siempre que el inmueble sea hasta de 200 metros cuadrados apartándose de los procedimientos establecidos en la misma, mediante la aplicación de valores unitarios, siempre que el valor catastral que resulte de estos valores sea inferior al que correspondería en términos de ley En todo caso las autoridades fiscales procurarán que el valor catastral que determinen se acerque paulatinamente al que corresponda en los términos de
ley.
Para los efectos del párrafo anterior, en el primer bimestre de 1985 los inmuebles no podrán tener un valor catastral inferior al 20% del determinado conforme a esta ley; en el primer bimestre de 1986, el 40%; en el primer bimestre de 1987, el 60% y en el primer bimestre de 1988, el 80%.
Artículo décimo. Las autoridades del Departamento del Distrito Federal, tendrán la obligación de practicar avalúos dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley, a aquellos predios destinados a casa habitación cuya superficie sea mayor a 2,000 metros cuadrados en los términos del Artículo 22 de esta ley.
Artículo décimo primero. Cuando el ejercicio fiscal del contribuyente no coincida con el año de calendario, el primer ejercicio se iniciará a partir de la fecha en que entre en vigor esta ley, hasta aquella en que termine su ejercicio durante el año de 1983.
Artículo décimo segundo. El pago del derecho de estacionamiento en la vía pública se seguirá efectuando utilizando los mismos sistemas hasta en tanto las autoridades del Departamento de Distrito Federal, los modifiquen Artículo décimo tercero. Las personas que usen o aprovechen agua potable y soliciten instalación de aparatos medidores al Departamento del Distrito Federal, dentro de los tres primeros bimestres siguientes a la entrada en vigor de esta ley, pagarán durante dichos bimestres y hasta en tanto las autoridades efectúen la instalación correspondiente, de acuerdo a la siguiente.
TARIFA
Diámetro de tubo de
entrada en milímetros Cuota bimestral
Hasta 13 $ 600.00
" 15 9,000.00
" 19 15,000.00
" 26 29,000.00
" 32 45,000.00
" 39 66,000.00
" 51 114,000.00
" 64 179,000.00
" 76 $ 250,000.00
Si el diámetro del tubo de entrada es mayor de 76 milímetros el derecho de agua será la cantidad que resulte de multiplicar 43.28 por el diámetro del tubo en milímetros elevado al cuadrado.
Artículo décimo cuarto. A partir del cuarto bimestre de la entrada en vigor de esta ley, las personas que no hayan solicitado instalación de aparatos medidores, pagarán el derecho de agua conforme a la siguiente
TARIFA
Diámetro de tubo de
entrada en milímetros Cuota bimestral
Hasta 13 $7,000.00
" 15 10,000.00
" 19 17,000.00
" 26 32,000.00
" 32 49,000.00
" 39 73,000.00
" 51 126,000.00
" 64 199,000.00
" 76 281,000.00
Si el diámetro del tubo de entrada es mayor de 76 milímetros el derecho de agua será la cantidad que resulte de multiplicar 48.86 por el diámetro del tubo en milímetros elevado al cuadrado.
Tratándose de edificios de apartamentos, viviendas o locales por los que se otorgue el uso o goce o se encuentren sujetos al régimen de propiedad en condominio, si no se solicita aparato medidor, el derecho de agua bimestral se calculará aplicando la tarifa del Artículo 110 de esta ley al cociente que resulte de multiplicar 2.036 y el diámetro del tubo en milímetros elevado al cuadrado dividido entre el número de apartamentos, viviendas o locales; la cantidad que resulte se multiplicará por el número de apartamentos, viviendas o locales.
Para los efectos de este artículo y el anterior las autoridades fiscales estarán facultadas para determinar el consumo de agua por medio de la lectura de los aparatos medidores y verificar los diámetros de las tomas de agua. Artículo décimo quinto. Tratándose de edificios de apartamentos, viviendas o locales por los que se otorgue el uso o goce o se encuentren sujetos al régimen de propiedad en condominio, con licencia de construcción hasta el 31 de diciembre de 1982, y que tengan instalado aparato medidor únicamente en la toma general, el derecho de agua se calculará aplicando la tarifa del Artículo 110 de esta ley al cociente que resulte de dividir el consumo total en el bimestre entre el número de apartamentos, viviendas o locales; el resultado se multiplicará por el número de apartamentos, viviendas o locales.
Artículo décimo sexto. Las cuotas de los derechos que se establecen en esta ley, podrán ser incrementadas o disminuidas correlativamente en caso de aumento o disminución en más de un 10% del costo real del servicio o cuando dicho costo se incremente en proporción menor a lo que corresponde a la cuota por la aplicación de los factores a que se refiere el Artículo 54 de la ley.
Estas variaciones en el costo las constatará la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y hará su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo décimo séptimo. Para determinar el valor catastral de conformidad con el Artículo 18 de esta ley, el factor que se aplicará será el que corresponda conforme a la siguiente:
TABLA
El factor
Cuando el correspondiente
tiempo transcurrido sea: será:
Hasta 1 año 1.00
Más de 1 año hasta 2 años 1.90
Más de 2 años hasta 3 años 2.44
Más de 3 años hasta 4 años 3.17
Más de 4 años hasta 5 años 3.81
Más de 5 años hasta 6 años 4.42
Más de 6 años hasta 7 años 5.34
Más de 7 años hasta 8 años 6.79
Más de 8 años hasta 9 años 7.56
Más de 9 años hasta 10 años 9.12
Más de 10 años hasta 11 años 11.07
Más de 11 años hasta 12 años 11.69
Más de 12 años hasta 13 años 12.27
Más de 13 años hasta 14 años 12.83
Más de 14 años hasta 15 años 13.63
Más de 15 años en adelante 13.98
Artículo décimo octavo. Los contribuyentes obligados al pago de los impuestos a que se refiere esta ley cumplirán hasta el 31 de julio de 1983, con las siguientes obligaciones:
A) Tratándose del Impuesto Predial, deberán manifestar:
1. Los contratos de arrendamiento y sus modificaciones.
2. La división o fusión de predios.
3. La terminación de nuevas construcciones y la ampliación o reconstrucción de las ya existentes, desocupación o demolición, total o parcial de las mismas.
4. La ocupación de predios por sus propietarios o por terceros a título gratuito, que hayan sido objeto de arrendamiento.
Los avisos a que se refiere este artículo deberán ser presentados en las oficinas autorizadas dentro de los 15 días siguientes a aquel en que ocurran los hechos o circunstancias que dieron origen a las mismas, excepto cuando se trate de la modificación de contratos de arrendamiento, en cuyo caso el plazo será de 30 días.
5. Tratándose de fraccionamientos de predios:
a) Los fraccionadores manifestarán dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su celebración, los contratos de venta, promesa de venta, venta con reserva de dominio, y venta o promesa de venta de certificados de participación inmobiliaria, de vivienda, de simple uso o de otro título similar que autorice la ocupación de los predios, y que origine algún derecho posesorio, aun cuando los mismos se hayan celebrado con motivo de fideicomisos; las manifestaciones deberán hacerlas en las oficinas autorizados. Dichas operaciones no se podrán llevar a cabo si previamente no se ha obtenido la autorización para enajenar los lotes.
b) Sólo se autorizarán las enajenaciones de los lotes, cuando el convenio de autorización de fraccionamientos sea elevado a escritura pública, se hayan pagado los derechos, otorgado las garantías para la ejecución de la
obra y se cumpla con las demás obligaciones establecidas en el propio convenio.
6. La adquisición de predios por resoluciones administrativas o judiciales.
Esta manifestación la harán los adquirentes dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la resolución de que trate.
B) Tratándose del Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos:
1. Presentar a más tardar el día anterior a la celebración de las loterías, rifas, sorteos o concursos, las siguientes manifestaciones:
a) De autorización oficial.
b) De cualquier modificación de las bases para su celebración.
2. Manifestar, tratándose de contribuyentes que organicen juegos con apuestas y concursos, 10 días antes de la celebración de estos eventos, la instalación de los juegos, así como la iniciación y terminación de la práctica de dichos eventos.
Artículo décimo noveno. Las tomas de agua deberán instalarse frente a las puertas de entrada de los inmuebles, a fin de que puedan ser inspeccionadas debidamente; cuando por causas de fuerza mayor o por circunstancias especiales, las autoridades del Departamento del Distrito Federal encuentren algún inconveniente para que se instalen en esta forma, se podrá hacer en cualquier lugar del inmueble, lo más próximo a la puerta de entrada.
Artículo vigésimo. Los adquirentes de inmuebles que se surtan de agua potable del servicio público, deberán manifestarlo a las autoridades del Departamento del Distrito Federal, a partir del bimestre siguiente a aquel en que se autorice la escritura pública o se celebre el contrato traslativo de dominio; el mismo aviso y en el mismo plazo deberán hacerlo los notarios, jueces, corredores y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales.
Artículo vigésimo primero. Los propietarios de inmuebles que deseen se les instalen derivaciones de agua deberán solicitarlo a las autoridades del Departamento del Distrito Federal. Cuando la derivación no se haya efectuado de acuerdo con la autorización otorgada, en un plazo de 15 días, a partir de la inspección se deberán efectuar las reformas respectivas.
Cancelada la autorización por las autoridades fiscales, los interesados deberán solicitar la instalación de la toma correspondientes, dentro de los meses siguientes a la fecha de la notificación.
Artículo vigésimo segundo. Los adquirentes o poseedores de inmuebles en donde existan derivaciones de agua o que reciban los beneficios de las mismas, deberán manifestarlo a las autoridades del Departamento del Distrito Federal, o a partir del bimestre siguiente a aquel en que se autorice la escritura pública o se celebre el contrato traslativo de dominio; el mismo aviso y en el mismo plazo deberán hacerlo los notarios, jueces, corredores y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales.
Artículo vigésimo tercero. Lo dispuesto en los artículos décimo noveno a vigésimo segundo, estarán vigentes durante 1983, así como las disposiciones que regulen el servicio de agua potable y las que establezcan obligaciones para los usuarios y atribuciones para la Dirección General de Construcción y Operación Hidráulica.
Artículo vigésimo cuarto. Para los efectos del Artículo 54 de la ley, las cuotas de los derechos que a continuación se señalan se incrementarán en las fechas que se indican, aplicándoles el factor que para cada caso se menciona.
I. Por los servicios de expedición de licencias con el factor de 1.40 a partir del 1o. de julio de 1983.
II. Por los servicios del Registro Público de la Propiedad con el factor de 1.50 a partir del 1o. de agosto de 1983.
III. Por los servicios del Registro Civil con el factor de 1.50 a partir del 1o. de septiembre de 1983.
IV. Por los servicios sobre vehículos con el factor de 1.60 a partir del 1o. de octubre de 1983.
V. Por los servicios de agua con el factor de 1.50 a partir del 1o. de diciembre de 1983.
Artículo vigésimo quinto. Al impuesto por uso de agua de pozos artesianos se le dará el mismo tratamiento que tendría si su derogación fuese consecuencia de la coordinación en materia fiscal entre el Distrito Federal y la Federación.
Las autoridades fiscales del Departamento del Distrito Federal enviarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una relación de los contribuyentes que durante el año de 1982 causaron el impuesto por uso de agua de pozos artesianos, así como del volumen que utilizaron durante dicho año.
Ruego a ustedes CC. Secretarios se sirvan dar cuenta de esta Iniciativa a la H. Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.
México, D.F., a 9 de diciembre de 1982.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado."
El C. Presidente: En atención a que la Oficialía Mayor ha distribuido este documento entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría si se dispensa su lectura y se turna a Comisión.
El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura a la iniciativa y se turna desde luego a Comisión. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Se dispensa la lectura.
-Trámite: Recibo y a las Comisiones
Unidas de Hacienda y Crédito Público
y del Distrito Federal e imprímase.
PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL D.F. 1983
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F. -Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- presentes.
Anexa a la presente envío a ustedes, por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1983.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 7 de diciembre de 1982.
'Año del general Vicente Guerrero.'
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
"CC. secretario de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de lo establecido por la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, en sus artículos 19,20,23 y 24, el Ejecutivo a mi cargo, por su apreciable conducto, somete a esa Soberanía Nacional, para su conocimiento, examen y en su caso, aprobación, la Iniciativa de Decreto, correspondiente al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1983.
Con este documento se da cumplimiento a la obligación constitucional y al compromiso establecido, de informar a la ciudadanía sobre el origen y aplicación de los recursos contenidos en el Proyecto de Presupuesto que ejercerá el Ejecutivo Federal de la Ciudad de México, por medio del Departamento del Distrito Federal, sus Empresas y Organismos coordinados.
La propuesta de gasto, su monto y destino, se encuadran dentro del Programa Inmediato de Reordenación Económica. Pretende preservar los servicios Públicos al nivel indispensable y conservar la debida prioridad en aquellos programas de operación e inversión que en el corto plazo atiendan y refuercen la infraestructura básica en transporte, educación y salud.
Su estructura está orientada a satisfacer las demandas planteadas durante la Consulta Popular, propiciando una mayor participación de los diversos niveles de gobierno y de la comunidad en su conjunto, con la finalidad de coordinar esfuerzos, complementar acciones, racionalizar el gasto y utilizar políticas bajo criterios comunes y definidos.
Conocer la problemática del Distrito Federal, permite hacer una adecuada evaluación de las prioridades y criterios que deberán orientar su estrategia de desarrollo. Por lo tanto, el proyecto de presupuesto que se presenta, se ha elaborado en base a la estrategia y objetivos de la política de desarrollo urbano, que en los próximos años regirá las acciones de Gobierno en el Distrito Federal. Proyecto que entre sus principales lineas destaca lo siguiente:
En el reordenamiento del crecimiento urbano, se abordará la solución de la problemática citadina con una visión realista e integral, en apego a las metas globales de desarrollo y a la descentralización de la vida nacional.
De esta manera, la programación presupuestación del Departamento del Distrito Federal, se orienta al logro de los objetivos nacionales y alcance de las metas concretas de su área geográfica, para hacer factible un desarrollo integral, equilibrado, equitativo y con justicia social.
Se procederá a perfeccionar los instrumentos de coordinación de acciones básicamente entre las autoridades capitalinas y las del Estado de México ya que las actividades emprendidas por ambas instancias gubernamentales, deberán estar necesariamente contenidas en un marco de programación regional, que permita actuar a ambos gobiernos en forma coordinada, de tal manera que se considere a la Zona Metropolitana de la Ciudad de México (ZMCM), como un todo integral, tanto en lo que se refiere a la distribución demográfica, como a la prestación de servicios básicos municipales.
Al efecto, deberá contarse con instrumentos jurídicos y administrativos, que respetando los ámbitos de competencia de los distintos niveles de Gobierno, definan iguales derechos y obligaciones, accesibilidad y oportunidad para la totalidad de la población de la ZMCM, respecto al desarrollo urbano que se postule.
Tomando en cuenta la situación actual de la Ciudad de México y su zona metropolitana, resulta evidente y en ocasiones urgente la necesidad de intervenir en el rumbo de algunas de sus tendencias, a fin de transformarla, en un centro urbano más equilibrado y propicio para el bienestar de su población y de las actividades económicas y sociales que aquí se desarrollan Así surge como la especial importancia, resolver los aspectos de las relaciones duales que se gestan entre el Distrito Federal y el resto del país, a fin de imprimirles el necesario balance estructural que se requiere, como elemento de equilibrio. En este reordenamiento no se propone desatender los problemas de la población del Distrito Federal para atender preferentemente a los de otras áreas, se pretende más bien una política de consonancia entre propósitos e intereses.
Por ello, el objetivo de mayor importancia lo constituirá el coadyuvar a la desconcentración de la población del área metropolitana y descentralizar las actividades económicas, en apoyo de las políticas que instrumenta el Gobierno Federal orientándolas al perímetro de la Zona "Conurbada del Centro del País. De esta manera, la presión que provoca la población en cuanto a la demanda de servicios, infraestructura y equipamiento se distribuirá más equitativamente en la región, disminuyendo con ello la carga que se ejerce en forma creciente sobre la Ciudad de México.
Deben participar en acciones simultáneas todas las entidades y dependencias de la Administración
Pública, siendo necesaria también la incorporación de los Sectores Privados y Social.
En el plano económico y social, se pretende una mayor racionalización del gasto, canalizándolo de manera prioritaria hacia acciones tendientes al mantenimiento y consolidación de la infraestructura creada, buscando la realización de aquellas obras que constituyen una prioridad inaplazable para proporcionar a todos los habitantes de esta ciudad, los bienes y servicios que permitan la conformación de un medio urbano satisfactorio y propicio para el desarrollo integral de la sociedad, así como obtener el logro del ordenamiento del territorio conforme a los requerimientos de los habitantes.
Será necesario ajustar el precio de los servicios públicos en el Distrito Federal, con el fin de que reflejen su costo real, y acerquen al ciudadano al verdadero costo social de vivir en la Ciudad de México; en esa medida la zona metropolitana dejará de requerir y absorber recursos presupuestales que podrían destinarse al desarrollo de otras zonas prioritarias, que coadyuven a la descentralización de la vida nacional.
La autosuficiencia financiera deberá constituir, la piedra angular del reordenamiento del crecimiento urbano, rompiendo el círculo de la injusticia que determina que la metrópoli subsista, se expanda y progrese a costa del retraso de otras regiones.
Sin embargo, debe tenerse presente que la autosuficiencia financiera por sí misma no resolverá la problemática a la generación de recursos propios deberá agregarse la eficiencia administrativa, depurando procesos, actualizando normas, acercando a la población a la gestión de soluciones; pero sobre todo, imprimiendo al quehacer de las autoridades un profundo sentido de renovación moral, y con la firme decisión de evitar el dispendio, la desviación de recursos de lo verdaderamente prioritario y la ineficiencia.
La problemática de la ciudad tiene raíces profundas, por lo que su atención requiere de un tratamiento enérgico más que de soluciones meramente coyunturales. Otro planteamiento es que a problemas colectivos, soluciones colectivas, sólo así, será posible enfrentar una problemática cuya solución no basta con la acción gubernamental, sino que requiere de la concurrencia activa y permanente de la población que padece los problemas.
Específicamente para 1983, las acciones del gobierno de la Ciudad de México, estarán orientadas a proporcionar a sus 10 millones de habitantes, los medios básicos de subsistencia, salud, educativos, seguridad en general, culturales y de recreación y esparcimiento; asimismo, facilitar la concurrencia a los centros de trabajo y de actividades en general, satisfaciendo las respectivas necesidades de servicio público y social.
La redefinición de las actuales funciones y atribuciones del Departamento del Distrito Federal será indispensable, con objeto de establecer las actividades que por aspectos técnicos, financieros, económicos y de eficiencia conviene que continúe realizando, y aquellas que estas mismas razones aconsejen transferir a otros sectores de la Administración Pública, para su cabal cumplimiento. Asimismo, de primordial importancia será descentralizar en favor de las Delegaciones, las funciones y atribuciones que convengan en el marco de la Reforma Institucional del Sector.
Además el futuro crecimiento de la población representa un serio obstáculo para alcanzar el objetivo de un desarrollo económico y social integral equitativo y permanente, ya que la magnitud de los problemas estará vinculada al tamaño de la población. Para fines de la actual administración y de mantenerse las tendencias actuales, la población de la zona metropolitana de la ciudad de México, llegará a 21.0 millones. Dentro de esta misma alternativa, la población en el año 2000 será de 35.3 millones. Si se regula el crecimiento demográfico, las cifras para estos años serán de 19.8 y 26.9 millones de habitantes respectivamente.
En este contexto, habrá necesidad de incorporar nuevas áreas físicas, incrementar la generación de empleos, así como expandir el equipamiento y servicios urbanos.
Frente a esta problemática se hace indispensable actuar en forma eficiente y eficaz sobre las causas que originaron la elevada concentración demográfica e industrial en la Zona Metropolitana y al mismo tiempo, promover un crecimiento y reordenamiento urbano adecuado y racional.
Para ello se requiere definir una estrategia de descentralización que contemple políticas para limitar el crecimiento industrial y al demográfico. Estas políticas, que se instrumentarán básicamente en forma coordinada con otras Dependencias de la Administración Pública, son:
-Controlar la ubicación de nuevas industrias y la ampliación física de las ya existentes en el Valle de México.
-Eliminar gradualmente los subsidios en el suministro de bienes y servicios públicos, a la planta industrial existente en el Valle de México.
-Reubicar industrias altamente contaminantes y consumidoras de recursos naturales escasos.
-Controlar el crecimiento de los servicios especializados en el Valle de México.
-Descentralizar la Administración Pública Federal.
Estas medidas influirán indirectamente sobre el crecimiento demográfico en cuanto se reducirá la atracción de la población hacia la zona metropolitana y se elevará en otras áreas y ciudades, con lo cual se estimulará la reorientación de los flujos migratorios.
Además de las políticas de descentralización se continuarán las acciones de coordinación en materia de planificación familiar y de comunicación en población. De esta manera se actuará sobre el crecimiento natural y social de la población,
Con objeto de reducir gradualmente su crecimiento y su concentración en la zona metropolitana.
Como consecuencia del elevado grado de concentración poblacional que en el Distrito Federal se localiza, y que registra en la actualidad una tasa de crecimiento de 2.5 porciento anual; y en virtud de que la población de menos de 20 años representa más de 50 por ciento del total, año con año, se presenta una demanda creciente de servicios educativos en sus diversos niveles.
Aun cuando se han realizado esfuerzos considerables a fin de atender esa demanda, lo cual ha permitido que se registren índices de atención crecientes se enfrentas insuficiencias en la capacidad instalada y la inadecuada ubicación de algunos planteles, factores que han dificultado el acceso de la población en mayor o menor medida, dependiendo del nivel educativo de que se trate.
Para 1983 de acuerdo a las disposiciones dictadas por el Ejecutivo Federal, en el sentido de descentralizar el sistema educativo, se redifinirán responsabilidades con el claro propósito de incrementar la cantidad y calidad de los servicios educativos.
Se pugnará porque la localización de los nuevos centros educativos cumplan dos objetivos básicos: atender a la mayor población posible y disminuir el tiempo que se requiera para llegar a ellos. Para tal efecto, se reforzará la oferta de servicios educativos, definida en función de las prioridades establecidas y en respuesta a la demanda en los diversos niveles.
En lo relativo a los servicios de salud, es necesario reconocer que en el Distrito Federal, no obstante la existencia de instalaciones médicas, y personal calificado, la prestación de estos servicios es todavía insuficiente para dar atención a la totalidad de la población que lo solicita En esta materia, los esfuerzos estarán encaminados a establecer, con las Dependencias Federales correspondientes, un sistema integrado y coordinado que permita ampliar la cobertura del servicio y aprovechar en mayor medida la capacidad instalada, para atender preferentemente a la población marginada y no derechohabiente.
La problemática de la vivienda en el Distrito Federal, está íntimamente relacionada con el empleo, el salario de la población y el precio de la vivienda por lo que en la actualidad, un gran número de familias residentes en la capital del país, no tiene acceso al mercado formal de vivienda. De no variar las tendencias hasta ahora observadas, el crecimiento poblacional esperado, acentuaría el problema habitacional existente.
Es por ello que en rubro de vivienda se tendrá que promover la generación de éstas, mediante la instrumentación de compromisos y acuerdos con las dependencias de Gobierno Federal que desarrollan programas de habitación popular, mediante los mecanismos claros de financiamiento, de apoyo técnico y con una oferta de suelo adecuada.
El sistema hidráulico del Distrito Federal, constituido por los sistemas de agua potable, drenaje y tratamiento para reuso, afronta problemas de mantenimiento, infraestructura incompleta, medición precaria y demanda creciente del servicio.
Por lo que se refiere al agua potable, se ha tenido que recurrir a la sobreexplotación de los mantos acuíferos y a fuentes lejanas con niveles bajos y costos cada vez mayores. En la actualidad se atiende a la casi totalidad de la población, sin embargo durante la época de estiaje se presentan problemas significativos para la atención de la demanda. Por lo que toca al drenaje, la eficiencia del sistema afronta problemas derivados del incremento constante del área drenada y del hundimiento del terreno, lo que dificulta servir a las zonas bajas. A la fecha la cobertura alcanza un 73 por ciento de la población.
Respecto a las plantas de tratamiento de aguas residuales, su capacidad es utilizada parcialmente por falta de suficientes redes de distribución, no obstante que el tratamiento de las descargas es necesario para evitar el deterioro de la calidad de las fuentes de agua superficial y subterránea.
De no tomarse acciones en este sentido, los problemas descritos tenderán a agudizarse, por lo cual es necesario racionalizar el sistema hidráulico. Por ello se pretende aplicar proyectos de recarga y saneamiento de los acuíferos; ampliar la captación de agua potable en fuentes propias y la dotación del servicio de agua potable; aprovechar la capacidad instalada de las plantas de tratamiento de aguas residuales a fin de utilizarlas como sustituto de usos no domésticos; e iniciando nuevas obras de infraestructura, sólo cuando sea absolutamente indispensable.
El acelerado crecimiento de la Zona Metropolitana de la ciudad de México, se ha traducido en la transformación de tierras ejidales y comunales en suelo urbano, donde las implicaciones legales son cada día más complejas y conflictivas.
Tomando en consideración que el uso del suelo urbano de la entidad es de carácter predominantemente habitacional, siguiéndole en importancia el destinado a infraestructura vial; y en menor medida el de usos comerciales, de servicios e industrial, se persigue como objetivo básico, ordenar el espacio urbano conforme a patrones racionales de dotación y aprovechamiento de la infraestructura y el equipamiento urbano, así como regular el crecimiento físico de la ciudad, estableciendo una adecuada utilización del suelo.
En materia de vialidad y transporte el acelerado crecimiento de vehículos en circulación y la existencia de un sistema de transporte público desarticulado ocasiona fuertes pérdidas de horas hombre, gasto excesivo de combustibles y contaminación ambiental. En el Distrito Federal, se generan diariamente 21 millones de viajes/persona/día, que se satisfacen en un 77% con transporte público y el 23, restante con particular.
De continuar la tendencia de atención a la movilidad del transporte privado, las deficiencias y problemas mencionados se agudizarán, en particular dentro de la zona delimitada por el Circuito Interior. El congestionamiento vehícular aumentaría debido al incremento del uso del automóvil; mientras que en el resto de la ciudad, principalmente al oriente, sur y norte, la población emplearía una parte importante de su tiempo en lentos recorridos hacia las fuentes de trabajo y los servicios, generando incrementos en la demanda del suelo para estacionamiento y proporciones mayores de gasto público para la atención de este problema.
Ante la evidente gravedad que plantea el congestionamiento del tráfico y sus consecuencias, se continuará con las acciones tendientes a disminuir el porcentaje de usuarios del transporte privado y fomentar el uso del transporte público que deberá constituirse en un medio seguro, rápido y cómodo procurando además su debida integración.
Asimismo, me requiere diseñar un plan integral de vialidad y transporte que contemple a la ZMCM en su conjunto; deberá ser flexible y permanentemente revisado; tendrá necesariamente que combinar en forma adecuada el uso del Metro, trolebús, autobuses, taxis y en ciertas zonas el tranvía. Es indudable la importancia del transporte subterráneo pero también lo es, lo costoso del mismo, por lo que se hace necesario modular el ritmo de su ampliación.
Se busca la complementariedad entre la traza vial y las líneas de Metro en forma alternativa, localizándolas en trazos distintos a los ejes viales, con el objetivo adicional de desarrollar corredores urbanos.
Se apoyará la instalación de estacionamientos en las áreas circunvecinas a los centros urbanos y del centro metropolitano, así como cerca de las terminales de autobuses foráneos y estaciones del Metro, con objeto de articular el sistema de traslados y evitar el uso del transporte individual en las zonas de mayor circulación.
En el programa de ampliación de la red del Metro, se estima posible terminar 14.8 kms.
correspondientes a las líneas 3 Sur, tramo Zapata Ciudad Universitaria y línea 6, Instituto Mexicano del Petróleo El Rosario, para llegar a finales de 1983 a 93.6 KMS. de red en operación.
Por lo que se refiere al medio ambiente, cabe señalar que las principales fuentes de contaminación atmosférica son 2 millones de vehículos automotores y 80,000 industrias concentradas en el Valle de México. Los deshechos sólidos también constituyen una fuente que atenta contra la ecología urbana, donde la generación de basura es principalmente de origen doméstico.
Para disminuir la contaminación ambiental de la ciudad de México, misma que ha rebasado ya los límites de tolerancia de acuerdo a estándares internacionales se fortalecerán los programas especiales de educación ambiental y se revisarán permanentemente las normas legales y administrativas que rigen esta materia.
Asimismo, se recurrirá a los medios de comunicación masiva, para crear una conciencia ecológica en la población; se tenderá a establecer el uso y mantenimiento adecuado de instrumentos anticontaminantes en los vehículos; y se promoverán estímulos para que las empresas establezcan medios y sistemas anticontaminantes, lo anterior a través de la celebración de acuerdos de coordinación con las Dependencias Federales competentes en la materia.
En lo referente al servicio de protección ciudadana destinado a la seguridad de las personas, bienes y propiedades de los residentes permanentes o transitorios de la ciudad, deberán instrumentarse acciones para evitar los problemas de corrupción detectados en este ámbito, y mejorar la prestación de este servicio básico, propiciando por una parte la mayor capacitación de estos servidores públicos, estableciendo canales adecuados para la comunicación de quejas respecto del servicio y además promoviendo entre la población el respeto para estos representantes de la autoridad.
Dado que se observa una elevación de los índices de delincuencia, es necesario mejorar la cobertura y calidad de los servicios de seguridad pública respetando el derecho de los individuos y en el marco de una justicia expedita y equitativa.
La presente administración se propone, manteniendo el respeto a la división de poderes, apoyar a las diversas instancias de administración de la justicia, a fin de que se cumpla con todas las recomendaciones emanadas de la Consulta Popular.
De esta forma, se promoverá la capacitación de los funcionarios tratando de asegurar que la justicia se aplique sin distinción de clases sociales y sin limitación por privilegios, también se enfatizará en que exista una adecuada correspondencia entre penas y violaciones al marco legal.
Desde el punto de vista financiero, la responsabilidad de las autoridades de la ciudad capital ha estado caracterizada por un sistema de recaudación, que no ha logrado una cobertura suficiente del universo de causantes y una apropiada agilidad en su operación.
Esto se confirma al considerar, no sólo el Distrito Federal sino a la zona metropolitana de la ciudad de México, ya que en la década 1970-1980 los recursos propios (impuestos prediales y pago por consumo de agua, entre otros) no llegaron a duplicarse, mientras que las necesidades presupuestales crecieron tres y media veces. Lo anterior se debe a que la recaudación del impuesto predial y su evolución no a obedecido a una revaluación sistemática de las bases catastrales.
Tal situación ha dado como resultado que la brecha existente, entre los gastos destinados a obras y servicios públicos y los ingresos respectivos, se hayan agudizado en forma considerable.
En consecuencia, el Gobierno de la ciudad específicamente, ha requerido contratar cada vez mayor créditos para cumplir con las funciones y atribuciones que le han sido asignadas.
La deuda pública del Departamento del Distrito Federal en función de la insuficiencia de los recursos propios alcanzó montos importantes en la estructura del gasto público. Además, por las limitaciones en los recursos internos una proporción elevada de dicha deuda fue de origen externo, lo cual ante el alza de las tasas de interés internacionales y por las devaluaciones del peso respecto al dólar, han incrementado el costo del servicio de la deuda.
Con el propósito de iniciar un proceso de saneamiento de las finanzas del Departamento del Distrito Federal, se propone racionalizar la expansión de la deuda cumpliendo con los compromisos contraídos conforme a los vencimientos pactados.
Ante esta perspectiva, he girado instrucciones precisas a los funcionarios del Departamento del Distrito Federal para que en todas las actividades se establezca una mayor racionalidad, disciplina, austeridad, organización y control en su ejercicio presupuestal, de tal manera que se responda cabalmente al principio de renovación moral, el cual constituye objetivo esencial del actual programa de Gobierno. Consecuentemente, en la Iniciativa de Decreto del presupuesto de Egresos del Departamento del
Distrito Federal se incluyen las disposiciones relativas.
Finalmente, se instrumentará una eficaz coordinación entre el Departamento y el resto de la Administración Pública, a efecto de racionalizar el gasto destinado a la ciudad y evitar duplicidad de funciones,
El Proyecto de Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para 1983, tiene una asignación de $340,635'702,000.00(trescientos cuarenta mil seiscientos treinta y cinco millones, setecientos dos mil pesos 00/100 moneda nacional), que se cubrirán con:
Recursos propios del Departamento
del Distrito Federal $ 140,828'000,000.00
Otros Ingresos 7,500'000,000.00
Fondos de Financiamiento
al Departamento del
Distrito Federal $ 154,700'420,000.00
Ingresos propios de los
organismos descentralizados 14,354'200,000.00
Aportaciones del Gobierno
Federal a los organismos
descentralizados 19,413,000,000.00
Otros Ingresos derivados
de operaciones ajenas de los
organismos y empresas $ 3,454'500,000.00
Fondos de financiamiento
a los organismos descentralizados 385'600,000.00
---------------------
Total $ 340,635'702,000.00
Desde el punto de vista de la clasificación por objeto del gasto, el
Presupuesto directo del Departamento del Distrito Federal, sin considerar a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, refleja los siguientes montos:
Servicios personales $ 28,221'949,000.00
Materiales y suministros 5,696'394,000.00
Servicios generales 8,079'352,000.00
Transferencias a organismos 10,953'600,000.00
Otras transferencias 3,241'259,000.00
Bienes muebles e inmuebles $ 48,406'765,000.00
Obras públicas 66,613'889,000.00
Erogaciones extraordinarias 1,251'966,000.00
Amortización de la deuda
pública 29,474'700,000.00
Intereses de la deuda pública 91,117'358,000.00
Gastos financieros 2,471'170,000.00
ADEFAS 7,500'000,000.00
--------------------------------
Total del Departamento $ 303,028'402,000.00
-------------------------------
Dentro de estas asignaciones, las aportaciones que el Departamento del
Distrito Federal otorga a sus organismos descentralizados se presentan en el presupuesto consolidado, en el capítulo correspondiente a transferencia, reflejándose el gasto únicamente sobre el monto de sus recursos, a efecto de evitar duplicidad en el egreso.
Los organismos y empresas del Departamento del Distrito Federal reflejan, sin concluir aportaciones del Departamento del Distrito Federal desde el punto de vista de la clasificación por el objeto del gasto, los siguientes importes:
Servicio personales $ 13,627'100,000.00
Materiales y suministros 11,200'100,000.00
Servicios generales 5,210'300,000.00
Obras públicas 201'400,000.00
Inversiones financieras 367'100,000.00
Erogaciones extraordinarias 1,159'800,000.00
Erogaciones derivadas de
ingresos de terceros $ 296'600,000.00
Erogaciones recuperables 3,957'300,000.00
Intereses de la deuda pública 1,587'600,000.00
------------------------------
Total del Presupuesto $ 37,607'300,000.00
Del análisis de las cifras anteriores se observa que $ 31,493'900,000,00, que
representa el 83.7%, se destina al gasto corriente; 12.0%, que equivale a
$ 4,525'800,000.00, a la inversión física y financiera y el 4.3% al pago de la deuda, lo que igual a $ 1,587'600.000.00.
Para las entidades descentralizadas que dependen del Departamento del Distrito Federal, se proyectan las siguientes autorizaciones
de gastos, que incluyen las aportaciones de la entidad coordinadora del sector:
a) Sistema de Transporte
Colectivo $ 12,975'500,000.00
b) Servicio de Transportes
Eléctricos del Distrito
Federal 2,979'700,000.00
c) Autotransportes Urbanos
de Pasajeros R-100 24,557'800,000.00
d) Industrial de Abastos 1,783'400,000.00
e) Caja de Previsión para
los Trabajadores a Lista
de Raya 2,299'400,000.00
f) Caja de Previsión de
la Policía del Distrito
Federal 3,436'600,000.00
g) Servicios Metropolitanos,
S. A. de C. V. 392'600,000.00
h) Desarrollo Urbano
del Valle de México
S. A. DE C. V. 135'900,000.00
-------------------------------
Total $ 48,560'900,000.00
La Iniciativa de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para 1983, que por separado me permití someter a su consideración, contiene la estimación de Ingresos.
El presupuesto de egresos consolidado del sector se divide en:
Gastos directo del Departamento
del Distrito
Federal $ 158,270'315,000.00
Transferencias a organismos
y empresas 10,953'600,000.00
Otras transferencias 3,241'259,000.00
Deuda pública 130,563'228,000.00
----------------------------------
Total Departamento $ 303,028'402,000.00
-----------------------------------
Gastos directo de organismos
y empresas $ 34,563'300,000.00
Otras erogaciones 1,456'400,000.00
Deuda pública 1,587'600,000.00
----------------------------------
Total Organismos $ 37,607'300,000.00
----------------------------------
Total Presupuesto $340,635'702,000.00
----------------------------------
El gasto de cada una de las entidades se cubrirá de la forma siguiente:
a) Sistema de Transporte
Colectivo
1. Recursos propios $ 1,362'100,000.00
2. Fondos de financiamiento
al Sistema de
Transporte Colectivo 385'600,000.00
3. Aportaciones del Departamento
del Distrito
Federal 1,437'600,000.00
4. Subsidio del Gobierno
Federal 9,790,200,000.00
------------------------------
Total $ 12,975'500,000.00
-----------------------------
b) Servicio de Transportes
Eléctricos del Distrito
Federal
1. Recursos propios $414'800,000.00
2. Aportaciones del Departamento
del Distrito
Federal 309'900,000.00
3. Subsidios del Gobierno
Federal 2,255'000,000.00
----------------------------
Total $ 2,979'700,000.00
c) Autotransportes Urbanos
de Pasajeros R-100
1. Recursos propios $ 8,437'300,000.00
2. Aportación del Departamento
del Distrito Federal 8,752'700,000.00
3. Subsidio del Gobierno
Federal 7,367'800,000.00
---------------------------------
Total $ 24,557'300,000.00
---------------------------------
d) Industrial de Abastos
1. Recursos propios $ 1,330,000,000.00
2. Aportaciones del Departamento
del Distrito Federal 453'400,000.00
---------------------------------
Total $ 1,783'400,000.00
e) Caja de Previsión para
los Trabajadores a
Lista de Raya
1. Recursos propios $ 1,275'600,000.00
2. Ingresos derivados de
operaciones ajenas 1,023'800,000.00
------------------------------
Total $ 2,299'400,000.00
f) Caja de Previsión de
la Policía del Distrito
Federal
1 Recursos propios $ 1,237'300,000.00
2. Ingresos derivados de
operaciones ajenas 2,199'300,000.00
-----------------------------
Total $ 3,436'600,000.00
g) Servicios Metropolitanos,
S. A. DE C. V.
1. Recursos propios $ 392'600,000.00
----------------------------
Total $ 392'600,000.00
h)Desarrollo Urbano del Valle de México, S.A. de C.V.
1. Recursos propios $ 135'900,000.00
total $ 135'900,000.00
La clasificación del gasto del Departamento del Distrito Federal por actividades
que se enmarcan dentro de las propias del Sector Público Federal, obedeciendo a un
principio de agregación desagregación, corresponde a:
Actividades Públicas
Centrales $ 39,101'993,000.00 11.5%
Orientación General de la Economía 134,607'090,000.00 39.5
Orientación Sectorial de la
Economía 112,073'304,000.00 32.9
servicios Sociales y Urbanos 54,853'315,000.00 16.1
Total $ 340,635'702,000.00 100.0%
La clasificación por función y los importes de las actividades anteriormente
enunciadas son:
Administración General $ 27,726'072,000.00 8.1%
Justicia y Seguridad Pública 11,375'921,000.00 3.3
Planeación Económica y
Social 542'544,000.00 0.2
Política Tributaria y
Financiera 134,064'546,000.00 39.3
Fomento y Reglamentación
Agropecuaria, Forestal y
Agraria 2,113'373,000.00 0.6
Prestación de los Servicios
de Transportes y Comunicaciones 107,436'304,000.00 31.5
Fomento y Reglamentación del
Comercio 251'310,000.00 0.1
Regulación del Mercado 1,934'212,000.00 0.6
Fomento y Reglamentación
del Turismo 37'276,000.00 _
Promoción del Empleo y Bienestar del trabajador 300'824,000.00 0.1
Salud Pública 7,391'447,000.00 2.2
Asistencia Social 515'159,000.00 0.2
Seguridad Social 5,656'408,000.00 1.7
Asentamientos humanos 35,709'057,000.00 10.5
Fomento de la Educación 3,248'189,000.00 1.0
Difusión Cultural Recreación y Deporte 2,252'055,000.00 0.6
Total por Funciones $ 340,635'702,000.00 100.0%
La estrategia concebida para el logro de los objetivos institucionales ya señalados, se instrumenta a través de los 36 programas operativos que en el nivel de desagregación precisan sus objetivos particulares, sus metas, así como los responsables del mismo y Dependencias u Organismos participantes en su realización. Son los siguientes:
AQ. Administración del Departamento del Distrito Federal Su objetivo es coordinar los planes y programas generales, así como el establecimiento de las políticas y medidas necesarias para elevar los niveles de eficiencia, tendientes a lograr un desarrollo más justo y armónico del Distrito Federal, mediante la adecuada planeación, organización, control y Dirección de las acciones. Se erogarán $27,726'072,000.00 en este programa.
Como meta de operación se tiene la planeación de las acciones gubernativas, tendientes a dirigir y controlar los 36 programas del Sector. En este sentido, coordinará y supervisará que se ejecuten las prioridades enunciadas y las políticas en materia de gobierno, administración y de obras y servicios públicos, en cumplimiento de lo aprobado para cada una de las Dependencias y Entidades del Sector.
B1. Aportaciones a la Ministración de Justicia
Su objetivo fundamental es el de coadyuvar a la impartición ágil y oportuna de la justicia, por medio del apoyo administrativo que se otorga a los órganos existentes y responsables en esta materia. Se tiene asignado para este programa $2.308'326,000.00.
La tarea permanente de impartición de justicia en forma veraz, oportuna y con apego a la ley, constituye el fin primordial de este programa. Como metas se tiene previsto resolver 1'680,000 procesos civiles y penales; proporcionar 35,218 asesorías jurídicas; realizar... 105,000 averiguaciones previas; expedir 15,000 constancias de antecedentes y dictar 11.475 sentencias.
BQ. Seguridad Pública
Su objetivo es proporcionar protección a la población en sus derogaciones y propiedades así como aplicar y hacer cumplir las leyes y reglamentos vigentes en la materia, a fin de preservar el orden público. Se otorgarán a este programa $7,753'590,000.00
La meta consiste en proporcionar seguridad pública a la población citadina en sus derechos y propiedades, prevenir los hechos delictuosos en lo posible.
Localizar personas extraviadas, recuperar vehículos robados y hacer cumplir las leyes y reglamentos de tránsito. Acudir en auxilio de los ciudadanos cuando así lo soliciten y realizar los trámites de expedición de placas y de control de vehículos.
BX. Rehabilitación Social
Su objetivo primordial es la rehabilitación y readaptación social de las personas que han sido privadas de su libertad por haber incurrido en algún delito. Se asignan $1,309'005,000.00 para su cumplimiento.
Así como la sociedad ha establecido formas institucionales para sancionar a las personas que actúan contra sus normas, tiene también mecanismos que permiten la readaptación y rehabilitación de dichos individuos para su reincorporación a la sociedad en un marco de respeto a la dignidad humana.
Este programa tiene como meta elaborar e implementar planes encaminados a mejorar los sistemas y métodos de readaptación y rehabilitación social, así como incorporarlos a actividades productivas.
DC. Planeación
Su objetivo es planear el ordenamiento, regulación y promoción del desarrollo socioeconómico y urbano de la entidad, en corresponsabilidad con los sectores públicos, privado y social del Distrito Federal. Al efecto se otorgan $106'432,000.00.
Como meta de operación se tiene el diseño, aplicación y coordinación de los sistemas, procedimientos y estrategias que promuevan el desarrollo integral y armónico de la sociedad y su gobierno. Operando para el efecto los sistemas de información, sistematización, planeación, programación, presupuestación y evaluación del Sector.
DK. Programación
Su objetivo es establecer y coordinar la aplicación de las normas, métodos y procedimientos que coadyuven al ordenamiento de las acciones de las Dependencias y Organismos del Departamento del Distrito Federal. Para este fin se destinarán $35'851,000.00.
Como meta se tiene la operación de los sistemas, normas y procedimientos de la programación sectorial, que contribuyan a la racionalización de la función administrativa y de gestión del Sector, así como formular la metodología necesaria para la elaboración de los Planes de Acción del Sector Departamento del Distrito Federal.
DR. Presupuestación
Su objetivo es preparar e integrar el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, registrar el compromiso y ejercicio del mismo y formular y proporcionar la correspondiente información financiera a las Dependencias del propio Sector. Se dispone de $149'941,000.00 para tal efecto. Este programa tiene por meta formular el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, que contiene tanto el de la Administración Central como el de sus Entidades Coordinadas, en base a programas y acciones por unidad responsable, dentro de las políticas establecidas por las Entidades Globalizadoras de la Administración Pública Federal.
DZ. Evaluación
Su objetivo es evaluar los resultados de los planes y programas del Servicio Público y Gobierno del Sector Departamento del Distrito Federal. Se canalizarán a esta actividad....$250'320,000.00.
Su meta es ponderar los avances de los planes, proyectos y actividades de las Entidades del Departamento del Distrito Federal. Se analizará cualitativa y cuantitativamente la operación del Sector en sus diversos niveles y alcances en relación al cumplimiento de los objetivos y metas prioritarios del Sector.
EY. Administración Fiscal y Recaudación.
Su objetivo es lograr una mayor eficiencia y eficacia en la captación, registro, control y vigilancia de los ingresos fiscales de la Entidad así como vigilar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la materia.
Se otorgarán a este programa $3,501'318,000.00.
Para 1983 se tiene como meta efectuar una recaudación estimada en $140,828.00 millones de pesos a través de sus diversas fuentes, que conforme a las leyes aplicables en la materia son las siguientes:
-Impuestos 16,078.0 millones
-Contribución de Mejoras 500.0 Millones
-Derechos 6,281.0 Millones
-Contribuciones comprendidas
en las fracciones precedentes
causadas en ejercicios fiscales
anteriores pendientes de
liquidación o de pago 300.0 Millones
-Accesorios de otras
contribuciones 1,095.0 Millones
-Productos 293.0 Millones
-Aprovechamientos 794.0 Millones
-Participación en Impuestos Federales 115,482.0 Millones
E6. Deuda Pública del Departamento del Distrito Federal.
Su objetivo es administrar la deuda pública del Sector, estableciendo las normas para su negociación y pago; detectar, analizar y convenir las posibles fuentes de financiamiento. A la liquidación de la deuda pública se aportarán $130,563'228,000.00.
El esfuerzo especial que hubo de realizarse los pasados años para acelerar los trabajos de obra pública, dotación de infraestructura y de mejoría y ampliación de la cobertura de los servicios públicos para atender la problemática de los habitantes y de la ciudad con acciones solución cubrieron rezagos importantes, lo que se tradujo en un incremento de recursos financieros concertados y egresados en los programas prioritarios de la acción sectorial de gobierno. Este ejercicio, pretende cumplir con la meta de saldar obligaciones financieras y crediticias contraídas por el Departamento conforme a los vencimientos pactados. Al efecto se destinan recursos presupuestales, en base a la siguiente composición.
Para pago de Capital, se destinan $ 29,474'700,000.00
Para pago de Intereses, se asignan $ 91,117'358,000.00
Para pago de Gastos Financieros se prevén $ 2,471'170,000.00
Para pago de ADEFAS, se erogan $ 7,500'000,000.00
GR. Fomento Forestal
Su objetivo es ayudar a la restauración de las condiciones ambientales y ecológicas, a través del mantenimiento y ampliación de las áreas verdes urbanas y no urbanas, como productoras naturales del oxígeno y reductores de la contaminación atmosférica. Se tiene destinado a este fin $ 2,113'378,000.00.
Como meta se tiene prevista la producción de 20'000,000 de árboles de diversas especies, así como el mantenimiento a 20'000,000 de árboles en los viveros y se conservarán aproximadamente 30'050,000 metros cuadrados de áreas verdes existentes.
PC. Transporte Urbano
Su objetivo es organizar, adecuar, innovar, operar conservar y ampliar la red de transporte colectivo para proporcionar a la población un sistema de traslados integral que permita su uso eficiente y seguro, así como mejorar gradualmente las condiciones de transporte público en la ciudad mediante un sistema que operado en vía libre, permita la movilización masiva de personas. Se le otorgará a esta actividad...$107,436'304,000.00.
El programa tiene como metas de operación transportar por medio del Sistema de Autotransporte Colectivo METRO, el Servicio de Transportes Eléctricos y el de Autotransportes Urbanos de Pasajeros R-100, a 4,096'069,420 pasajeros/año.
Asimismo, como metas de inversión se pretende lograr la terminación de la línea 3 Sur, en el tramo de Zapata Ciudad Universitaria, con una longitud de 6.
5 Kms.; y de la línea 6, con 8.3 Kms,; adquirir 24 trenes de CNCF, 10 de Canadá y 10 de Francia; poner en servicio los talleres de El Rosario, en su primera etapa. Además, adquirir los insumos contratados previamente en el extranjero y en el país para las líneas 1,2 y 7. También se pretende establecer vialidades complementarias así como la realización de diversos estudios y proyectos en la materia.
RN. Reglamentación y Fomento del Comercio
Su objetivo es colaborar con los organismos públicos competentes en el diseño establecimiento y operación de los mecanismos legales reguladores de la actividad comercial en el Distrito Federal. Se canalizarán para tal efecto $251'310,000.00.
Como metas se tiene la elaboración de planes que posibiliten la desconcentración de empresas, así como ampliar y conservar 190 mercados y supervisar la operación de los mismos.
R4. Comercialización de Bienes de Primera Necesidad
Su objetivo es asegurar a la población del Distrito Federal, el abastecimiento de bienes de consumo de primera necesidad en forma oportuna, suficiente y permanente en condiciones de salubridad e higiene y a precios accesibles para las clases populares de bajos ingresos. A este programa se destinan $1,873'585,000.00
Las metas que se propone realizar son de: industrializar 7,126 toneladas de carne, derivadas de la matanza de animales; sacrificar...15'084,123 animales de diversas especies; abastecer 220,000 canales de carne a la población del Distrito Federal, así como beneficiar a casi 8'000,000.00 de personas con el expendio de artículos básicos en almacenes y 45 tiendas administradas por el Departamento del Distrito Federal.
S.A. Comercialización de Productos Específicos
Su objetivo es facilitar a la población, la adquisición oportuna de boletos para asistir a diversos espectáculos culturales, eventos deportivos y diversiones en general. Se canalizarán para tal fin $60'627,000.00.
Como meta , se pretende realizar la venta de 2'750,000 boletos para diversos servicios, eventos y espectáculos.
S6. Turismo
Su objetivo es promover y difundir los atractivos turísticos del Distrito Federal, tanto a nivel nacional como internacional y apoyar a la actividad de los prestadores de servicios de esta naturaleza. Se erogarán para este fin 37'276,000.00.
La meta es apoyar y organizar eventos encaminados a propiciar el desarrollo turístico del Distrito Federal y realizar campañas de promoción.
W4. Protección al Trabajador
Su objetivo es vigilar la observancia y aplicación de la ley federal del Trabajo y demás disposiciones relativas, en las diversas actividades económicas realizadas en la Entidad, conciliar los intereses obrero patronales en conflicto y proteger a los trabajadores no asalariados. El monto de recursos que se destinarán son $300'824,000.00
El programa tiene como metas: realizar 18,500 visitas a diversos centros de trabajo para orientar y vigilar la correcta aplicación de la ley Federal del Trabajo; expedir 13,000 credenciales a trabajadores no asalariados; realizar 5,000 convenios encaminados a la conciliación colectiva e industrial de los afiliados gremiales; atender 1,500 asuntos de emplazamiento a huelga por violación a los contratos colectivos de trabajo.
YY. Salud
Su objetivo es elevar los niveles mínimos de salubridad e higiene de la población del Distrito Federal y zona circunvecina, atendiendo médicamente, en forma prioritaria a los grupos sociales y económicamente débiles, así como modernizar y operar eficientemente los hospitales e instalaciones de la red que opera el Departamento del Distrito Federal. A este programa se destinan $3,221'049,000.00.
Se han planteado como metas la atención directa de más de 1'800,000 pacientes en los hospitales de emergencia y servicios médicos generales; realizar 60 campañas de autoprotección de la salud; adquirir y distribuir 7,000 Lts. de plasma; adquirir y colocar 450 órganos y tejidos; y suministrar aproximadamente 1'000,000 de medicamentos a precios reducidos.
Y6. Imagen Urbana, Saneamiento Ambiental y Limpieza
Su objetivo es mejorar la calidad de vida de los habitantes del Distrito Federal mediante la conservación de los recursos naturales y los elementos urbanos, el saneamiento y la preservación del medio ambiente a través del combate a sus contaminantes y la limpieza de la ciudad en todos sus ámbitos.
Se otorgarán...$4,170'398,000.00 a este programa.
Como metas, se pretende tratar 200,000 toneladas de desechos sólidos así como recolectar 5'204,404 toneladas de basura y diagnosticar un total de 300,000 vehículos que visiblemente contaminen el medio ambiente. Como meta de inversión se tiene la construcción de una planta de incineración y reciclaje de desechos sólidos para su aprovechamiento e industrialización.
ZP. Protección Social
Su objetivo es ampliar la cobertura Y elevar los niveles de eficiencia de los servicios otorgados a la población marginada socialmente. Se canalizarán para su cumplimiento $515'159,000.00.
Como metas de operación, se atenderá a 103,000 personas que por circunstancias especiales requieran de amparo integral. Como afecto de la solidaridad social hacia los habitantes que no cuentan con posibilidades de protección, el Departamento instrumenta mecanismos para brindar de manera integral apoyo a los que lo requieren.
10. Seguridad Social
Su objetivo es elevar y preservar los niveles de seguridad social de los trabajadores al servicio del Departamento del Distrito Federal. Se canalizarán $5,656'408,000.00 a este renglón.
Entre sus metas de importancia se encuentran el realizar 5,510 jubilaciones, 3,122 pensiones, llevar a cabo 460 liquidaciones para pagos de defunción y otorgar 114,500 préstamos a corto plazo. También se cubrirán cuotas de seguridad social a instituciones del Gobierno Federal para que brinden asistencia social.
2D. Planeación de los Asentamientos Humanos
Su objetivo es evaluar y actualizar el Plan General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y los 16 Planes Parciales Delegacionales para lograr una permanente adecuación del medio urbano a las necesidades de la población presente y futura de la entidad. Se otorgarán para ello $1,085'377,000.00.
Como metas, se formularán 23 estudios encaminados a la planificación de los asentamientos en centros y subcentros urbanos y se efectuarán diversos estudios fotogramétricos, además se colocarán placas de nomenclatura. El Departamento del Distrito Federal, mediante este programa, diseña y elabora alternativas para el crecimiento y ordenación del espacio urbano, mediante el establecimiento de la vocación del suelo según sea la disponibilidad de infraestructura y equipamiento urbano y la promoción en la densificación y el uso intensivo de la infraestructura instalada, identificando y determinando los límites al crecimiento de la mancha urbana, al definir las áreas consideradas como reservas territoriales.
2L. Mejoramiento Urbano
Su objetivo es planear, proyectar y ejecutar obras de infraestructura y equipamiento urbano y promover la participación comunitaria para el desarrollo de programas de remozamiento urbano, regeneración de espacios decadentes y, en general, mejorar la imagen física y funcional de la ciudad. Este programa cuenta con $7,226'827.000.00 para llevarse a cabo.
Como metas programadas se tiene la celebración del noveno convenio con la Compañía de Luz y Fuerza del Centro para la instalación del alumbrado público; instalar 10,000 unidades de vapor de sodio de alta presión en 138 colonias populares;
sustituir 15,000 luminarias en vías rápidas, incluyendo cambios de accesorios, recableado y sustitución de postes; conservar 281,940 luminarias en las 16 Delegaciones y llevar a cabo diversas obras de conservación indispensables en edificios.
2M. Infraestructura y Equipamiento para la Vialidad
Su objetivo es conservar en forma óptima de uso la red vial del Distrito Federal y proporcionar la seguridad vial requerida tanto a peatones como a conductores de vehículos. El programa cuenta con $8,203'156,000.00.
Este programa se ubica en el contexto del Plan Rector de Vialidad que, a su vez incorpora criterios del Plan Director de Desarrollo Urbano del Distrito Federal De sus metas prioritarias, destaca el mantener 12'419,000 metros cuadrados de calles, avenidas, circuitos, etc.; conservar semáforos controlados por computadoras en 729 cruceros del Distrito Federal. Como metas de inversión, se tiene las de producir 1'200,000 toneladas de material asfáltico, construir 7.3 Kilómetros de vialidad conexa al Metro y elaborar diversos estudios de vialidad.
2N. Regularización de la Tenencia de la Tierra.
Su objetivo es promover los programas de desarrollo urbano del Distrito Federal encaminados a regularizar la tenencia de la tierra y la optimización funcional de su estructura urbana. Se aportarán a este programa...$298'669,000.00.
La meta primordial es la de regularizar predios, así como llevar a cabo la escrituración de propiedades. Los efectos positivos que se deriven de estas acciones son diversos. En primer lugar procurar tranquilidad social al otorgar plenos derechos a los particulares sobre los predios en que se asientan. En segundo lugar, permiten al erario de la entidad, captar ingresos por diversos conceptos relativos lo que a su vez posibilita el otorgamiento de servicios urbanos a las distintas localidades del Distrito Federal.
2V. Vivienda
Su objetivo es promover y ejecutar los programas de habitación popular para los trabajadores del Departamento del Distrito Federal, se erogarán para la consecución de este fin $582'051,000.00.
Su meta de operación es administrar 16 conjuntos habitacionales. Sus metas de inversión son terminar 320 viviendas y construir otras 200.
Este programa promueve además la participación comunitaria en los programas de construcción y reconstrucción de habitaciones populares, otorgando prioridad a los proyectos de autoconstrucción de viviendas.
3C. Agua Potable
Su objetivo es proporcionar a la población del Distrito Federal las cantidades suficientes de este vital líquido, para lo cual es requisito ampliar la cobertura del servicio a las zonas habitadas que carecen total o parcialmente de este líquido. Se destinarán a este efecto $8,577'998,000.00.
Tiene como metas de operación, la conservación y mantenimiento permanente de las instalaciones civiles y electromecánicas del Sistema de Agua Potable; rehabilitar 5 manantiales y 138 pozos. otorgándoles trabajos de conservación cuando lo requieran; y mantener y conservar en perfectas condiciones de uso 11,000 Kilómetros de la red de agua potable. Como metas de inversión se establecen, la construcción de 17 Kilómetros de la red de primaria y la perforación de 24 pozos.
Es importante señalar que la estrategia orientadora del programa define acciones y metas que permiten equilibrar la extracción del agua por medio de la rehidratación del subsuelo, preservar y ampliar las zonas de recarga en espacios abiertos, construir y conservar los depósitos para la retención de aguas pluviales, así como los vasos reguladores correspondientes. También la realización de campañas permanentes por diversos medios para el ahorro y uso racional de agua.
3K. Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras.
Su objetivo es ampliar la cobertura del servicio e incrementar la eficiencia en las tareas de descarga, recolección, desalojo y tratamiento de aguas negras y pluviales. Para realizar este programa se han destinado. $6,416'133,00.00.
Tiene como metas de operación el aplicar mantenimiento preventivo y correctivo a las instalaciones electromecánicas y civiles que dan el servicio de drenaje, es decir, plantas de bombeo, de desazolve de colectores, interceptores, presas y canales. Conservar y mantener cuando se requiera 12,012 Kilómetros de la red de drenaje.
Como metas de inversión, se tiene la terminación de 7.75 Kilómetros del interceptor centro poniente, la construcción de 11.5 Kilómetros de colectores y la instalación de una planta de bombeo.
3S. Suelo
Su objetivo es ordenar el espacio urbano conforme a patrones racionales de dotación y aprovechamiento de la infraestructura y el equipamiento urbano, así como regular el crecimiento.
físico de la ciudad, estableciendo una adecuada utilización del suelo de la ciudad. Se otorgarán a esta actividad $775'940,000.00
Entre sus metas de inversión sobresalen la adquisición de 98,000 metros cuadrados de predios para la construcción de escuelas, de 87,5800 metros cuadrados para diversas obras y la expropiación de 420,000 metros cuadrados de predios para asegurar la disponibilidad de suelo y ampliar la reserva territorial del Departamento del Distrito Federal, para los requerimientos de los programas de Desarrollo Urbano.
3V. Servicios Contra Siniestros
Su objetivo es establecer estrategias y planes de acción para atender eficazmente a la población de la ciudad en caso de siniestros. se aportarán para tal efecto $263'877,000.00.
Como meta fundamental se tiene la de prestar a los habitantes del Distrito Federal, un eficiente servicio de auxilio en caso de siniestros o percances tanto a través de los cuerpos de bomberos de rescate como de la coordinación general para la atención de desastres urbanos.
Para el cumplimiento del programa, se diseñaron políticas que norman las acciones de auxilio. Estas políticas enfatizan la necesidad de prever al máximo los desastres para evitarlos en lo posible, o al menos, minimizar sus efectos.
5C. Educación Básica Preescolar
Su objetivo es proporcionar a toda la población en edad preescolar, las instalaciones adecuadas par el desarrollo de ese nivel educacional en el Distrito Federal. Se destinarán para este fin $509'746,000.00.
Como metas de operación, se tiene, conservar y mantener 333 escuelas de educación preescolar y como meta de inversión, la construcción de 36 jardines de niños.
Mediante la construcción de nuevas instalaciones escolares, así como los trabajos de conservación y mantenimiento de los ya existentes, se pretende lograr uno de los objetivos principales, la sociedad igualitaria al ampliar la cobertura para que la población infantil no sufra retrasos en la impartición de la educación básica preescolar.
5D. Educación Básica Primaria Para Niños
Su objetivo es satisfacer la demanda educativa a este nivel a través de la dotación de instalaciones adecuadas para la población infantil del Distrito Federal. A este propósito se canalizarán $397'280,000.00.
Este programa tiene como metas de operación conservar y mantener 585 escuelas primarias de la ciudad capital. Como meta de inversión, se ha programado la construcción de 10 escuelas primarias en diversas Delegaciones Político Administrativas del Distrito Federal.
5E. Educación Secundaria General
Su objetivo es el de proporcionar en forma permanente a la población estudiantil las instalaciones suficientes y adecuadas para su educación secundaria. Se aportarán $2,324'948,000.00.
Como meta de operación, se brindarán conservación y mantenimiento a 235 escuelas que actualmente dan servicio al núcleo estudiantil que cursa sus estudios secundarios y como meta de inversión, se construirán 37 escuelas secundarias coadyuvando de esta manera a la elevación de este nivel educativo.
5F. Educación Media Tecnológica
Su objetivo es dotar de instalaciones adecuadas a la población estudiantil, para incrementar el nivel educativo por medio de la conservación y mantenimiento de los edificios escolares en este nivel. Se erogarán $16'215,000.00 para tal efecto.
Conservar y mantener 69 escuelas para la educación Media Tecnológica.
5I. Promover y Coordinar Actividades Culturales
Su objetivo es establecer programas que promuevan actividades culturales, así como la realización de eventos y espectáculos encaminados a incrementar el acervo cultural de la población del Distrito Federal. Se dedicarán $1,183'450,000.00 para su cumplimiento.
Entre las metas sobresalientes en el programa están el promover 10,328 eventos de actividades cívicas, culturales y de preservación de las tradiciones y costumbres populares.
5T. Promover y Difundir la Educación Física y el Deporte Su objetivo es elaborar e instrumentar planes y programas de acción encaminados a promover y difundir masivamente la educación física y el deporte, para toda la población de la entidad. Se destinarán para su realización $1,068'605,000.00.
Entre sus metas, está realizar 23.466 eventos deportivos y recreativos que aumentarán el grado de desarrollo físico y mental de los habitantes del Distrito Federal, así como conservar, ampliar y mantener 78 instalaciones deportivas y recreativas para beneficiar a 1'058,000 personas mediante su uso.
Para que esa honorable. Representación Popular disponga de mejores elementos de análisis del presente Proyecto de Presupuesto, se incluye el desglose programático presupuestal que contiene los programas, subprogramas, objetivos, metas, montos de gasto y unidades responsables. Así como diversos estado presupuestales que muestran las distintas clasificaciones del gasto para su mejor control y el informe analítico de las pólizas del personal del Departamento del Distrito Federal.
El presupuesto que someto a la consideración de esa Soberanía, es producto del proceso participativo del Gobierno y la ciudadanía, lo que ha permitido formular e instrumentar política, planes y programas de desarrollo integral congruentes con los planes nacionales y regionales para la acción del Gobierno Federal en su conjunto.
El Ejecutivo Federal a mi cargo confía en que la presente exposición ayude a la comprensión del contenido del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para 1983 y que, por lo tanto, el Proyecto que someto a su consideración merezca la aprobación de esa honorable Representación Nacional.
Ciudad de México, diciembre 8, 1982. Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado."
PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DISTRITO FEDERAL
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1o. El ejercicio presupuestal y control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para el año de 1983, se sujetará a las disposiciones aplicables en la materia y a las de este Decreto.
Artículo 2o. Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para las Dependencias Administrativas del Departamento del Distrito Federal, erogaciones adicionales de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinadas sectorialmente por éste y demás asignaciones que a continuación se indican, importan la cantidad de $210,072'474,000.00 (Doscientos diez mil setenta y dos millones, cuatrocientos setenta y cuatro mil pesos 00/100 Moneda Nacional), y se distribuyen de la forma siguiente:
Jefatura del Departamento $98'264,000.00
Secretaría General de Gobierno "A" $31'391,000.00
Secretaría General de Gobierno "B" $11'019,000,00
Secretaría General de Obras y Servicios $439'953,000.00
Oficialía Mayor 54'812,000.00
Consejo Consultivo 6'212,000.00
Contraloría General 363'560,000.00
Tesorería 3,501'318,000.00
Dirección General de Policía y
Tránsito 8,240'865,000.00
Dirección General de Relaciones
Públicas 77'644,000.00
Dirección General Jurídica y
de Gobierno 261'851,000.00
Dirección General de Trabajo y
Previsión Social 94'750,000.00
Dirección General de Acción Social
y Cultural 599'007,000.00
Dirección General de Servicios Médicos 3,221'049,000.00
Dirección General de Protección Social y
Servicio Voluntario 225'107,000.00
Dirección General de Reclusorios y Centros
de Rehabilitación Social 1,286'087,000.00
Dirección General del Registro Público
de la Propiedad 286'218,000.00
Dirección General de Promoción Deportiva 437'321,000.00
Dirección General de Turismo 37'276,000.00
Dirección General de Planificación 1,861'317,000.00
Dirección General de Obras Públicas 12,922'473,000.00
Dirección General de Construcción y
Operación Hidráulica 16,230'183,000.00
Dirección General de Promoción Económica 33'230,000.00
Dirección General de Información, Análisis,
Estadísticas, Programación y Estudios Administrativos 271'650,000.00
Dirección General de Servicios Administrativos 1,558'217,000.00
Delegación Alvaro Obregón 736'878,000.00
Delegación Azcapotzalco 974,483,000.00
Delegación Benito Juárez 979'442,000.00
Delegación Coyoacán 732'180,000.00
Delegación Cuajimalpa de Morelos 355'471,000.00
Delegación Cuauhtémoc 1,786'076,000.00
Delegación Gustavo A. Madero 1,849'454,000.00
Delegación Iztacalco 692'580,000.00
Delegación Iztapalapa 1,115'615,000.00
Delegación Magdalena Contreras 465'343,000.00
Delegación Miguel Hidalgo 1,656'038,000.00
Delegación Milpa Alta 341'459,000.00
Delegación Tláhuac 384'057,000.00
Delegación Tlalpan 709'360,000.00
Delegación Venustiano Carranza 1,489'372,000.00
Delegación Xochimilco 710'053,000.00
Comisión Coordinadora para el Desarrollo
Agropecuario del Distrito Federal 259'140,000.00
Comisión de Desarrollo Urbano del Distrito Federal 328'575,000.00
Comisión de Vialidad y Transporte Urbano 68,771'378,000.00
Servicio Público de Boletaje Electrónico 60'627,000.00
Almacenes para los Trabajadores del
Departamento del Distrito Federal 90'185,000.00
Junta Local de Conciliación y Arbitraje 206'074,000.00
Tribunal de lo Contencioso Administrativo 82'603,000.00
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal 935'318,000.00
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal 1,290'405,000.00
Cooperaciones y Seguridad Social 141'108,000.00
Servicios de las Dependencias 12,281'079,000.00
Servicios de las Delegaciones 9,936'447,000.00
Aportaciones a Organismos Descentralizados 10,953'600,000.00
Importe del gasto directo: $ 172,465'174,000.00
Erogaciones Adicionales de Organismos
Descentralizados y Empresas de Participación
Estatal Mayoritaria Sistema de Transporte Colectivo $ 11,537'900,000.00
Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito
Federal 2,669'800,000.00
Autotransportes Urbanos de Pasajeros R-100 15,805'100,000.00
Industrial de Abastos 1,330'000,000.00
Caja de Previsión para los Trabajadores a Lista de Raya 2,299'400,000.00
Caja de Previsión de la Policía del Distrito Federal 3,436'600,000.00
Servicios Metropolitanos, S. A. de C. V. 392'600,000.00
Desarrollo Urbano del Valle de México S. A. de C. V. 135'900,000.00
Importe del gasto de organismos: $ 37,607'300,000.00
Artículo 3o. Las erogaciones anteriores se ejercerán con base en los objetivos, metas, costos, unidades responsables de su ejecución y asignaciones presupuestales que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las Dependencias Administrativas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, Coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para cada uno de los programas que se indican son, las Siguientes:
Administración del Departamento del Distrito Federal $27,726'072,000.00
Aportaciones a la Ministración de Justicia 2,308'326,000.00
Seguridad Pública 7,785'590,000.00
Rehabilitación Social 1,309'005,000.00
Planeación 106'432,000.00
Programación 35'851,000.00
Presupuestación 149'941,000.00
Evaluación 250'320,000.00
Administración Fiscal y Recaudación 3,501'318,000.00
Fomento Forestal 2,113'378,000.00
Transporte Urbano 107,436'304,000.00
Reglamentación y Fomento de Comercio 251'310,000.00
Comercialización de Bienes de Primera Necesidad 1,873'585,000.00
Comercialización de Productos Específicos 60'627,000.00
Turismo 37'276,000.00
Protección al Trabajador 300'824,000.00
Salud 3,221'049,000.00
Imagen Urbana, Saneamiento Ambiental y Limpieza 4,170'398,000.00
Protección Social 515'159,000.00
Seguridad Social 5'656'408,000.00
Planeación de los Asentamientos Humanos 1,085'377,000.00
Mejoramiento Urbano 7,226'827,000.00
Infraestructura y Equipamiento para la Vialidad 8,203'156,000.00
Regularización de la Tenencia de la Tierra 298'669,000.00
Vivienda 582'051,000.00
Agua Potable 10,938'027,000.00
Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras 6,416'133,000.00
Suelo 775'940,000.00
Servicios Contra Siniestros 263'877,000.00
Educación Básica Preescolar 509'746,000.00
Educación Básica Primaria para Niños 397,280,000.00
Educación Secundaria General 2,324'948,000.00
Educación Media Tecnológica 16'215,000.00
Promover y Coordinar Actividades Culturales 1,183'450,000.00
Promover y Difundir la Educación Física y el Deporte 1,068'605,000.00
Suma: $210,072'474,000.00
Artículo 4. El gasto destinado a la Deuda Pública del Sector Departamento del Distrito Federal, para el Año de 1983, se distribuye de la siguiente manera:
Amortización $29,474'700,000.00
Servicio de la Deuda 93,588'528,000.00
Adeudos Anteriores 7,500'000,000.00
De acuerdo a la apertura programática, estas asignaciones se ejercerán en el programa Deuda Pública del Departamento del Distrito Federal, que importa la cantidad de $130,563'228,000.00 (ciento treinta mil quinientos sesenta y tres millones, doscientos veintiocho mil pesos 00/100 moneda nacional).
Artículo 5 En el ejercicio del presente presupuesto, las dependencias y entidades del Sector Departamento del Distrito Federal se Ajustarán estrictamente a los calendarios de pagos que les apruebe el propio Departamento; en consecuencia, no se autorizarán adecuaciones a los mismos calendarios que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de recursos y se observará un cuidadoso control del ejercicio presupuestal.
Artículo 6. El Departamento del Distrito Federal podrá reservar la autorización de ministración de fondos a sus dependencias administrativas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria coordinados sectorialmente por el propio Departamento en los siguientes casos.
I. Cuando no envíen los informes y documentos que les sean requeridos en relación al ejercicio de sus presupuestos y al avance bimestral de las metas señalados en los programas que tengan a su cargo;
II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no se cumpla con las metas de los programas aprobados;
III. Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan la ejecución de éstos y constituyan distracciones en las erogaciones asignadas a los mismos; y IV. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto dicte la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Para la autorización de transferencia a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria comprendidos en el presente Presupuesto de Egresos, el Departamento del Distrito Federal verificará previamente que se justifique la necesidad de recursos en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria y que no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase. El Departamento del Distrito Federal tomará además las medidas presupuestarias conducentes para corregir las situaciones indicadas e informará de los casos enumerados en el presente artículo a la Secretaría de Programación y Presupuesto, la que, en su caso, constituirá las responsabilidades a que haya lugar, dando vista a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados Artículo 7o. En caso de que los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere al Artículo 1o. de la ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal de 1983 excedan del monto del Presupuesto Aprobado, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante autorizaciones de la Secretaría de Programación y Presupuesto, podrá asignar erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:
I. Tratandose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el Artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento preferentemente de interés social, señalados en la presente iniciativa del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal.
II. Por lo que respecta a los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestados de los organismos descentralizados y empresa de participación estatal mayoritaria del Sector Departamento del Distrito Federal, se aplicarán por las propias entidades para el desarrollo de sus programas prioritarios.
III. Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal, sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal
mayoritaria por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubieren sido contratados.
El Ejecutivo Federal, al dar cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal correspondiente a 1983, hará el análisis de la aplicación de los excedentes a los conceptos que se refieren las fracciones anteriores.
Artículo 8o. Todas las cantidades que se recauden por cualquiera de las Dependencias, del Departamento del Distrito Federal, no podrán destinarse a fines específicos, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se requieran para atender a las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.
Artículo 9o. La Secretaría de Programación y Presupuesto deberá vigilar que la ejecución del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, se haga en forma estricta, para lo cual tendrá amplias facultades a fin de que toda erogación con cargo a dicho presupuesto, esté debidamente justificada y comprobada con apego a la ley y proveerá lo necesario para que se constituyan las responsabilidades y apliquen las sanciones correspondientes, cuando efectuadas las investigaciones del caso, resulte que se realizaron erogaciones que se consideren lesivas para los intereses del Erario. La dependencia del Ejecutivo Federal antes indicada, tomará las medidas que
estime necesarias tendientes a lograr la mayor eficiencia y economía en el gasto público y a la realización honesta del mismo.
Artículo 10. No se podrá y será causa de responsabilidades del Jefe del Departamento del Distrito Federal, así como de los directores, vocales ejecutivos, administradores o gerentes de los organismos descentralizados o de las empresas de participación estatal mayoritaria del mencionado Departamento, conforme al Artículo 126 Constitucional, contraer compromisos fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las dependencias y entidades a su cargo y, en general, acordar erogaciones en forma que no permitan, dentro del monto autorizado en sus programas y subprogramas respectivos, la atención de los servicios públicos durante el Ejercicio Fiscal.
Artículo 11. En cada una de las dependencias y entidades del Sector, los encargados de los programas, subprograman y proyectos, serán los responsables tanto del avance físico de los mismos como del manejo de los recursos financieros.
CAPITULO SEGUNDO
Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales Artículo 12. Sin perjuicio de lo que establecen el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, el titular del Departamento del Distrito Federal y los de las entidades coordinadas sectorialmente por éste, serán responsables, en los Términos de este Capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.
Artículo 13. Las dependencias y entidades del Sector Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio de sus erogaciones por concepto de servicios personales, deberán:
I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores al servicio del Sector Departamento del Distrito Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores del sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, así como las señaladas en el Catálogo de Empleos del Departamento del Distrito Federal.
Tratándose de las remuneraciones y otras prestaciones de personal que labora en los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;
II. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios, que en cualquier forma supongan el incremento, con respecto al ejercicio de 1982, del número de los contratos relativos y de los montos de las asignaciones respectivas;
III. Suprimir las compensaciones de cualquier naturaleza a titulo de representación en juntas o gastos de representación;
IV. Reducir al mínimo indispensable el personal eventual de carácter administrativo, y V. Abstenerse de crear nuevas plazas.
La ocupación de plazas disponibles deberá ser autorizada expresamente por el titular de cada dependencia o entidad, conforme a los procedimientos que al efecto establezca la ley y sólo procederá tal autorización cuando la ocupación resulte estrictamente indispensable y se hubiere verificado previamente la imposibilidad de resolver las necesidades de las unidades administrativas con el personal existente.
Se exceptúan de lo dispuesto en el primer párrafo de esta fracción los programas de Educación, Salud, Seguridad Pública y aquellos considerados como prioritarios o estratégicos, en donde la creación de nuevas plazas se realizará previa aprobación del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Artículo 14. En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para el año de 1983, no se podrán efectuar:
I. Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:
A) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos.
B) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad pública y previa autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto, los destinados a programas prioritarios, o estratégicos.
II. Otorgamiento de prestaciones a funcionarios públicos por concepto de vehículos y combustibles.
III. Gastos con cargo a la partida de erogaciones imprevistas.
Artículo 15. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, se efectuarán siempre y cuando se justifique su contribución a la consecución de los objetivos y metas de los programas aprobados, y se cuente con la autorización expresa del Titular del Departamento del Distrito Federal, funcionarios del propio Departamento en quien éste la delegue, o titular de la entidad correspondiente:
I. Mantenimiento y conservación de bienes inmuebles, mobiliario y equipo de oficinas públicas;
II. Gastos menores de ceremonial y de orden social;
III. Comisiones del personal al extranjero;
IV. Publicidad, propaganda y publicaciones oficiales. En estos casos las dependencias y entidades deberán utilizar los medios de difusión del Sector Público y el tiempo que por Ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal; y
V. Congresos, convenciones, ferias y exposiciones.
Artículo 16. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas comprendidas en el presente.
Presupuestos de Egresos para 1983, se observarán las siguientes medidas:
I. Se deberá aprovechar al máximo la capacidad instalada productiva para abatir costos;
II. Se continuarán aquellas obras que no impliquen importaciones, limitando o difiriendo, en su caso, las que requieran insumos de procedencia extranjera para su terminación;
III. Se otorgará preferencia a aquellos proyectos en proceso con mayor avance relativo y de más alta prioridad;
IV. Se diferirán las obras de construcción y remodelación de edificios e instalaciones para oficinas administrativas;
V. Solo se autorizará la inversión en nuevos proyectos de conformidad con las disposiciones establecidas, otorgando prioridad a las obras complementarias de proyectos en proceso que sean consecuentes y congruentes con los objetivos y prioridades de la planeación nacional del Desarrollo, y
VI. El Departamento del Distrito Federal y entidades deberán cubrir sus necesidades de operación mediante utilización máxima de sus inventarios, procediendo a la tabulación y reclasificación de los mismos, y a la enajenación en los términos de la Ley de la Materia de los que se consideren obsoletos, a fin de evitar la existencia de recursos ociosos.
Artículo 17. El Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas por el Sector, estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información en los términos y plazos que ésta los requiera, para vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 13, 14, 15 y 16 del presente Decreto.
Artículo 18. A fin de identificar los niveles de liquidez, créditos o adeudos, el Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas por éste, informarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de las instituciones de banca y crédito que operen en la República o en el extranjero, de sus depósitos en dinero y valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias. Para tal efecto, el Ejecutivo Federal dictará las normas correspondientes.
Artículo 19. El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del propio Departamento y entidades coordinadas, las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.
Artículo 20. La Secretaría de Programación y Presupuesto, atendiendo a las opiniones de la Secretaría de hacienda y Crédito Público y del Banco de México y de acuerdo a los flujos reales de divisas, efectuará las adecuaciones necesarias a los calendarios de pago en función de los requerimientos disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.
Artículo 21. El Departamento del Distrito Federal y entidades incluidas en este presupuesto de Egresos, estarán obligadas a informar a la Secretaría de Programación y Presupuesto, de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos.
Artículo 22. Las erogaciones por concepto de subsidio y aportaciones con cargo al presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, se Sujetarán a los siguientes criterios:
I. El otorgamiento deberá ser selectivo, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes y servicios estratégicos o prioritarios;
II. Se considerarán preferenciales las aportaciones destinadas a la capitalización de las empresas públicas y al financiamiento de actividades definidas como estratégicas o prioritarias;
III. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán reducir conforme a la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;
IV. No se deberán otorgar subsidios y aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino temporalidad y condiciones de los mismos.
Artículo 23. Los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria del Sector, sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios o dar ayuda de cualquier clase, con autorización previa y por escrito de la Secretaría de Programación y Presupuesto, a la que presentarán para este efecto las solicitudes relativas que reciban una vez aprobadas por el coordinador del Sector Departamento del Distrito Federal.
Los administradores, directores, gerentes o los representantes responsables de las
entidades mencionadas en el párrafo anterior , deberán disponer el registro contable anual de todos los subsidios, donativos, gratificaciones, obsequios y ayudas proporcionadas durante el ejercicio, anotando su objeto, monto y el nombre del beneficiario, así como remitir a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo requiera, un informe de los mismos.
Artículo 24. Los beneficiarios de subsidios de cualquier indole, otorgados con cargo al presente Presupuesto de Egresos, deberán rendir por conducto del Departamento del Distrito Federal, cuenta detallada de la aplicación de los fondos a la Secretaría de Programación y Presupuesto, acompañando la información y justificación correspondiente en la forma que ésta lo requiera.
El incumplimiento en la rendición de la cuenta comprobada motivará en su caso la inmediata suspensión de la subsecuentes ministraciones de fondos que por el mismo concepto se hubieren autorizado, así como el reintegro de lo que se haya suministrado.
Artículo 25. La Secretaría de Programación y Presupuesto se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan.
a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.
La Secretaría de Programación Presupuesto queda autorizada a interpretar para efectos administrativos la presente disposición y dictar las reglas conducentes a su aplicación.
Artículo 26. Con base en lo dispuesto por el Artículo 57 de la Ley de obras Públicas para el presente año, el Departamento del Distrito Federal y las entidades coordinadas por el mismo, podrán realizar obras de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la misma Ley, siempre que el importe de cada obra no exceda del límite señalado en la tabla siguiente, conforme a la inversión que le sea autorizada en el presente presupuesto.
Inversión Límite máximo
total Total de
autorizada cada obra
(Millones de pesos) (Millones de pesos)
Hasta 2,000 4.0
Mayor de 2,000 a 5,000 5.0
Mayor de 5,000 a 8,000 6.0
Mayor de 8,000 a 10,000 7.0
Mayor de 10,000 a 15,000 8.0
Mayor de 15,000 a 20,000 10.0
Mayor de 20,000 a 50,000 12.0
Mayor de 50,000 a 80,000 14.0
Mayor de 80,000 17.0
La Secretaría de Programación y Presupuesto, vigilará el cumplimiento de esta disposición.
TRANSITORIO
Unico. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero de mil novecientos ochenta y tres.
Ciudad de México 8 de diciembre de 1982.
Sufragio Efectivo No Reelección.
El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la
Madrid Hurtado".
El C. Presidente En atención a que la Oficialía Mayor ha distribuido este documento entre los ciudadanos diputados, consulte la secretaría si se dispensa su lectura y se turna a comisiones.
La C. secretaria Hilda Anderson: Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura y se turna desde luego a Comisión.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...
Dispensada la lectura, señor Presidente.
-Trámite: Recibo y a la Comisión de Programación y Cuenta Pública, e Imprímase.
LEY DE PLANEACIÓN
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.
CC. Secretaría de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
Anexa al presente envío a ustedes, por intrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales iniciativa de Ley de Planeación documento que el propio Primer Magistrado de la Nación somete a la consideración del H. Congreso de la Unión por el digno conducto de ustedes.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo No Reelección.
México, D. F., a 10 de Diciembre de 1982.
"Año del general Vicente Guerrero".
El Secretario, Licenciado Manuel Bartlett D.".
"CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, presente.
La iniciativa que hoy se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, se propone establecer un marco normativo para la planeación, instituyéndola y regulando su ejecución de acuerdo a las necesidades del desarrollo nacional.
Respondemos así al compromiso contraído con el pueblo por un mandato electoral en el que la voluntad política mayoritaria ratificó expresamente su adhesión a un programa de gobierno de que la planeación democrática es elemento medular.
Una sociedad nacional cada vez más compleja y en contacto con una situación internacional de desorden, e incertidumbre exige una estrategia clara e integral de desarrollo, que conjunte y oriente los esfuerzos de los mexicanos para avanzar en la transformación de la realidad hacia una sociedad más igualitaria y libre.
La planeación democrática constituye un eficaz instrumento para darle rumbo y contenido a nuestra estrategia de desarrollo, mediante un proceso de negociación política que conciliando intereses y atendiendo las necesidades de las mayorías, dé respuesta a los retos de nuestro tiempo. Durante la campaña política se nos hizo patente, en todo el país, la necesidad de consolidar un Sistema de Planeación. La comunidad se manifestó por la generación y aplicación de planes integrales, por un mayor orden y transparencia en el gobierno y por la existencia y la difusión de criterios claros de asignación de recursos, entre otras demandas. Por ello postulamos la planeación democrática como uno de los principios fundamentales de nuestro programa político, que a su vez propicie el logro de los otros propósitos.
Es en momentos de crisis cuando más se debe planear, para definir, con la participación social, las prioridades de asignación de recursos escasos y asegurar que los esfuerzos de corto plazo estén vinculados a los de largo plazo y converjan a la satisfacción de las demandas populares.
a consideración del Honorable Congreso de la
La escasez relativa de nuestros recursos, en comparación con la magnitud del desafío, exige que la estrategia de desarrollo se realice de una manera ordenada y racional a través de un sistema organizado y participativo de planeación que fije objetivos y metas, determine estrategias y prioridades, asigne recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, coordine esfuerzos y evalúe resultados.
En síntesis, la complejidad de la sociedad mexicana, los desequilibrios en el orden internacional, la gravedad de la coyuntura y la magnitud de los retos del País hacen imprescindible que se fortalezca la planeación como instrumento de transformación social y se le institucionalice en un Sistema Nacional de Planeación Democrática.
La práctica de la planeación no es nueva en México ni en el mundo, pero requiere adaptarse a las necesidades de cada lugar y momento.
Existe una amplia experiencia de planeación en un gran número de países con distintos sistemas de organización económica, política y social.
La planeación no es patrimonio exclusivo de un sistema económico o político; por el contrario, ante un contexto internacional de incertidumbre política y desorden económico, con un creciente predominio de las empresas transnacionales, cuyo poder económico, financiero y tecnológico les permite un mayor control de las transacciones económicas internacionales, los Estados modernos han adoptado la planeación para evitar que sean los acontecimientos externos y la acción de las transnacionales, quienes buscando solamente su interés y beneficio, dicten la orientación y la estructura del crecimiento.
En México, el establecimiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática representa un paso más, en los esfuerzos iniciados desde 1930 con la Ley sobre Planeación General de la República, para orientar y promover racionalmente las acciones de desarrollo económico y social hacia la consecución del proyecto nacional contenido en la Constitución.
Durante varios decenios el Estado mexicano ha llevado a cabo numerosos esfuerzos y utilizado diversos instrumentos de planeación, aun cuando su concepción ha ido variando.
En 1930 se trataba principalmente de realizar un inventario regionalizado de recursos, para planear las obras públicas que requería la construcción de la infraestructura física, que apoyara el programa nacional.
Los planes adoptados desde entonces representaron avances importantes en el proceso y en las técnicas de planeación. En especial, EL Plan Sexenal de 1934- 1940 permitió al Estado contar con una clara plataforma de orientación de los procesos de desarrollo.
A partir de entonces se avanzó más en la programación de inversiones que en un sistema integral de planeación. En el programa de Inversiones Públicas, 1954- 1958 se utilizaron por primera vez las cuentas nacionales para fijar metas precisas de crecimiento, y se sujetó la inversión pública a un programa general de desarrollo.
El Plan de Acción Inmediata 1962- 1964 y el Plan de Desarrollo Económico y Social 1966- 1970 establecieron directrices para la inversión pública, y estímulos a la iniciativa privada por medio de marcos indicativos. Este último plan se complementó con el Programa de Inversiones Públicas 1966- 1970 En 1975 el Partido Revolucionario Institucional elaboró el Plan Básico de Gobierno, que coadyuvó a fortalecer el proceso de planeación, al sistematizar sus bases políticas y articular las demandas populares.
En los últimos años, la planeación registró avances considerables; se han sentado las bases y creado las condiciones políticas, técnicas y administrativas que hoy permiten concebir como alcanzable el propósito de ubicar a la planeación democrática como el eje del quehacer nacional.
Entre los principales logros se cuentan el haber dado los primeros pasos para la conformación de un sistema nacional de planeación y la formulación del Plan Global de Desarrollo 1980- 1982, así como de planes sectoriales y estatales. Estos esfuerzos y en particular el Plan Global, han merecido el reconocimiento de los expertos en planeación de las Naciones Unidas.
Recientemente, en la campaña electoral, el Partido Revolucionario Institucional llevó a cabo un proceso de consulta y difusión de su plataforma electoral, integrada en un Plan Básico 1982- 1988.
Este documento fue analizado, criticado y enriquecido en todo el país y sirvió de base para integrar, después de las elecciones, comisiones de programación de la consulta popular, que permitieron sistematizar el abundante material de la campaña, manteniendo la continuidad entre los planteamientos surgidos en la misma y las propuestas para la integración del programa del gobierno.
En todo el proceso mencionado, junto a los avances, se deben reconocer las insuficiencias. Una de ellas fue la falta de una clara obligatoriedad del plan para los sectores de la Administración Pública Federal. Como consecuencia no se logró una adecuada vinculación entre las políticas de desarrollo y los objetivos e instrumentos de la planeación, dificultando el cumplimiento del plan global de desarrollo, particularmente por las divergencias entre el presupuesto estimado y el realizado, y por la insuficiencia en los ingresos propios.
Por otra parte, la integración del plan global en fecha posterior a la publicación de los planes sectoriales obstaculizó la congruencia de los mismos y, por tanto, su expresión en las políticas sectoriales. A esta situación contribuyó el hecho de carecer de una definición precisa de las responsabilidades y atribuciones que le competen a cada nivel de planeación. En general, el diseño de planes de mediano plazo no fue acompañado de un desarrollo similar en la capacidad para traducirlos en decisiones de gasto, y en acciones ubicadas en el
tiempo y en el espacio, susceptibles de ser controladas y evaluadas.
En la actualidad, el desarrollo de un sistema de planeación capaz de formular planes y garantizar la efectividad de su cumplimiento se debe alimentar de la experiencia acumulada en más de medio siglo.
El punto de partida de un sistema de planeación es, ante todo, el medio para lograr el ejercicio de las atribuciones que la Constitución y las leyes otorgan al Estado, rector del desarrollo, a fin de regular y promover la vida económica, social, política y cultural del país, e intervenir en ella para asegurar el cumplimiento de los grandes propósitos nacionales, pero evitando en todo momento inhibir o sustituir las iniciativas individuales y comunitarias de la población para mejorar sus condiciones de vida.
La planeación democrática, como método de gobierno, organizará el trabajo y las tareas del sector público, y permitirá incorporar las actividades de los sectores social y privado en la consecución de los objetivos nacionales.
Así entendida, la planeación no es sólo un proceso técnico de toma de decisiones, elección de alternativas y asignaciones de recursos: constituye, fundamentalmente, un proceso de participación social en el que la conciliación de intereses y la unión de esfuerzos permiten el logro de objetivos validados por toda la sociedad.
Es por ello que en esta iniciativa se persigue que los ejercicios técnicos indispensables estén en todo momento subordinados al carácter democrático y participativo del sistema que se propone. De esta manera, el Plan, los programas derivados de la actividad de planeación, y las acciones de gobierno expresarán un mandato popular. Ello será el principal apoyo del gobierno para ponerlos en práctica frente a las resistencias y obstáculos de toda índole que inevitablemente se deberán enfrentar.
La planeación democrática deberá atender al fortalecimiento de la soberanía y la independencia nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural, como expresión de nuestro nacionalismo revolucionario.
La planeación atenderá también a la preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Constitución establece, así como a la consolidación de la democracia como sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
Para avanzar en la libertad hacia la construcción de una sociedad igualitaria, la planeación apoyará las medidas tendientes a hacer posible la igualdad de derechos y oportunidades, favoreciendo una distribución más equitativa del ingreso, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría de la calidad de la vida.
A fin de contribuir eficazmente a lograr una renovación moral de la sociedad, la planeación democrática atenderá a la necesidad de que la función pública se desempeñe con eficiencia y probidad, procurando que estos principios se extiendan a todos los sectores sociales y a todos los aspectos del quehacer nacional.
Asimismo, será un principio esencial del Sistema de Planeación que proponemos, el fortalecimiento en la capacidad de los tres órdenes de gobierno - federal, estatal y municipal- para conducir la planeación del desarrollo en sus distintos ámbitos. En este sentido, la planeación permitirá avanzar en la necesaria descentralización de la vida nacional.
En síntesis, la planeación democrática ha de ser instrumento para promover una política de desarrollo que refuerce las bases sociales del Estado, la viabilidad de nuestras instituciones, imprima transparencia a las acciones del gobierno y oriente la actividad económica para satisfacer las necesidades de la sociedad, a través de un desarrollo integral, que defienda y promueva el empleo y combata la inflación y la carestía.
Así como la planeación no es panacea, la formulación de planes y programas no garantiza por sí misma su eficaz cumplimiento. Un marco jurídico adecuado permitirá consolidar avances y superar deficiencias para que el plan y los programas trasciendan la etapa de formulación y se realicen de manera efectiva, reconociendo que las cambiantes condiciones de la realidad pueden obligar a su modificación y actualización.
En este sentido, se deriva de la experiencia reciente la necesidad de afirmar en la ley los diversos criterios y bases fundamentales de la planeación. Ante todo, conviene destacar que la estructura institucional del Sistema Nacional de Planeación Democrática se integra por todas aquellas dependencias y entidades de la administración pública federal y las representaciones de los grupos sociales que participan en las actividades de planeación, vinculadas a través de: los responsables de cada dependencia o entidad, las unidades de planeación de las mismas, las comisiones intersecretariales que se establezcan, y los mecanismos de participación que se definirán en las disposiciones reglamentarias de esta ley.
El sistema consta de un conjunto de elementos que, manteniendo su autonomía, están vinculados funcionalmente para permitir que los responsables de la planeación tomen decisiones de manera congruente.
Las actividades que se realizan dentro del sistema comprenden al proceso en el cual se cumplen las etapas de formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas, y se precisan procedimientos de participación.
El Sistema Nacional de Planeación Democrática adquiere vigencia al establecerse el proceso de planeación, las atribuciones de sus componentes y sus formas de
relación; y al precisarse el plan y los programas que se generan dentro de él, así como su jerarquía, alcance temporal y geográfico. Todo ello conforma el contenido de la presente iniciativa de ley.
El sistema que se propone permitirá racionalizar los recursos humanos del sector público, y se apoyará en la estructura institucional
derivada de la Ley Orgánica de la administración Pública Federal.
El Congreso de la Unión formará parte del Sistema Nacional de Planeación Democrática y a través del Congreso participarán los partidos políticos.
Así como en la ejecución de las acciones administrativas se han diferenciado claramente tres niveles - global, sectorial e institucional- también en la planeación se deben distinguir esos niveles.
Ello permite definir responsabilidades y tareas de planeación, concentrándose en el logro de los objetivos y prioridades de cada ámbito, y permitiendo que los distintos responsables de sector o de entidad coordinada decidan por sí mismos los mejores medios y formas para el logro de lo planeado. Así, la iniciativa de ley se ciñe rigurosamente a los principios normativos que regulan a la Administración Pública Federal y busca que la integración del sistema responda a los requerimientos de coherencia técnica y coordinación institucional, indispensables para que la planeación pueda dar los frutos que de ella se esperan, manteniendo a la vez la flexibilidad necesaria para permitir la participación ágil y operativa de las diferentes dependencias y entidades.
La planeación global se encarga de orientar y dar congruencia a todo el proceso de planeación que se realiza en el país. A este nivel le corresponde la planeación de carácter macroeconómico y la regional, que incluye la coordinación de los programas en los que intervienen dos o más entidades federativas.
En el nivel global es donde se integra el Plan Nacional de Desarrollo, principal documento orientador del sistema, y en cuya elaboración participan los grupos sociales, los gobiernos estatales y los coordinadores de cada sector administrativo.
En esta iniciativa, siguiendo el precedente ya establecido por las disposiciones vigentes, se confiere a la Secretaría de Programación y Presupuesto la responsabilidad de la Planeación global. Esta dependencia sería principalmente normativa y de integración, para dar congruencia a las acciones de planeación que realicen los sectores y las instituciones, y verificar el avance en la consecución de los objetivos nacionales y el logro de las prioridades intersectoriales del plan.
Dentro del sistema, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mantiene una función de apoyo global al proyectar los ingresos públicos, considerando las necesidades del gasto y la sanidad financiera del erario federal.
Sus nuevas responsabilidades de planeación y coordinación del sistema bancario nacionalizado se ejercerán procurando el cumplimiento de los objetivos y prioridades del plan nacional y sus programas. De esta manera se vinculan los aspectos financieros a la planeación, dándole más realismo y congruencia.
En el nivel sectorial de sistema se integra básicamente con las dependencias del ejecutivo que tienen bajo su responsabilidad la coordinación de los asuntos de un solo sector administrativo.
Las funciones de la planeación sectorial consisten en expresar, en su ámbito de competencia los objetivos nacionales definidos en la planeación global.
Además, la planeación sectorial establece los objetivos y prioridades propios del sector, y proporciona un marco para la planeación de las entidades coordinadas. En este nivel se elaborarán programas sectoriales de mediano plazo, con sus correspondientes programas anuales que desagregarán e instrumentarán al plan nacional en cada sector administrativos.
Los programas de tipo intersectorial serán formulados y coordinados por comisiones intersectoriales, que aseguren la participación congruente de dos o más dependencias.
Finalmente, el nivel institucional del sistema queda integrado por las entidades de la administración paraestatal. El Presidente de la República determinará mediante decreto aquellas entidades que deberán elaborar programas de mediano plazo, ya que muchas de ellas, por su tamaño, no cuentan con la infraestructura necesaria para integrarlos, en cuyo caso se vincularían al programa sectorial correspondiente. Sin embargo, todas las entidades paraestatales deberán participar en el sistema de planeación a través de programas anuales elaborados por ellas mismas, que fijen objetivos evaluables desde el coordinador del sector correspondiente.
Para efectos operativos, el proceso de planeación se concibe conformado por cuatro etapas o fases con un orden metodológico, pero que en el tiempo pueden darse simultáneamente, en virtud del carácter permanente y continuo de la planeación.
Tales etapas son las de formulación, instrumentación, control y evaluación y su cabal cumplimiento asegurará la vinculación entre el mediano y el corto plazo.
La Formulación se refiere a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y los programas de mediano y largo plazo. La instrumentación se refiere a la elaboración de programas operativos anuales en los que los objetivos de mediano y largo plazo se expresan en términos de metas específicas y se precisan los instrumentos y acciones que habrán de ponerse en práctica en cada ejercicio, así como los recursos de toda índole que con tal propósito se asignarán a la realización de cada acción prevista.
La instrumentación del plan y los programas es tan importante como su diseño inicial, y se lleva a cabo a través de cuatro vertientes, que permiten definir el carácter operativo y jurídico de los instrumentos y acciones adecuados a cada caso.
La vertiente de obligación se aplica a la Administración Pública Federal centralizada y a la paraestatal, con las modalidades propias a la distinta naturaleza de las dependencias y entidades que la integran. Con ello, se establece el principio de comprometer al sector público ante todo, a ser el más transparente y fiel ejecutor de lo planeado. Así, resulta imperioso
ampliar el horizonte de la planeación, superando las limitaciones de una elaboración anual del presupuesto que, aunque uno de los instrumentos centrales de política, no es suficiente para armonizar la diversidad de factores que se deben tomar en cuenta en la planeación.
La vertiente de inducción se refiere al manejo de instrumentos de política económica y social y su impacto en las decisiones de los particulares, para el cumplimiento de los objetivos establecidos por la planeación.
La vertiente de concertación comprende las acciones que acuerden realizar conjuntamente el sector público y los particulares, personas físicas o morales de derecho social y privado.
La vertiente de coordinación incorpora las acciones en materia de planeación que la federación realice con los gobiernos de las entidades federativas y, a través de éstos, con los de los municipios.
La etapa de control se refiere a las tareas necesarias para lograr una oportuna detección y corrección de desviaciones e insuficiencias, tanto en la instrumentación como en la ejecución de las acciones, a fin de asegurar que cumplan cabal y adecuadamente los objetivos establecidos por la planeación. La evaluación comprende la acción de cotejar periódicamente previsiones y resultados, para retroalimentar las actividades de formulación e instrumentación con lo que se cierra el ciclo y se asegura el carácter flexible y dinámico de todo el proceso.
Es importante aclarar que el control y la evaluación propios de la planeación son selectivos: se concentran en los objetivos y prioridades de cada nivel a partir de los resultados de la ejecución.
En este sentido se distinguen de las funciones de control y evaluación de la gestión administrativa, que realizará el órgano de Contraloría del Poder Ejecutivo, en los términos de la iniciativa de decreto de reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que, por separado, he sometido a la consideración de ese H. Congreso de la Unión, las cuales se concentran en la vigilancia del uso de recursos y del ejercicio de funciones de la Administración Pública Federal, en su conjunto.
La necesaria infraestructura que requiere el proceso de planeación debe armonizarse con las actividades que se realizan en este sentido, como son las de generar y analizar información estadística y geográfica, capacitación de personal e investigaciones específicas, para vincular su organización y funcionamiento a la planeación, y propiciando su integración funcional en los diferentes niveles del sistema, con base en el principio general de mantener centralizada su normatividad y descentralizada su operación.
Los párrafos siguientes destacan los aspectos más relevantes de la iniciativa, en los órdenes jurídico y administrativo de la materia que se propone regular. El capítulo primero establece que las disposiciones de la ley son de orden público e interés social. Esta declaración tiene como finalidad el que la administración público pueda actuar con suficiente flexibilidad cuando ello sea necesario y en beneficio del interés general o de la economía nacional, en vista de que los objetivos que se persiguen con la planeación superan el interés particular. Por tanto, las acciones planeadas y sus consecuencias, quedan sometidas a un régimen de derecho público, compatible con la naturaleza de los responsables de aplicar y administrar la ley.
El carácter de orden público e interés social de la ley se explica también en la medida en que las actividades que regula, quedan en todo momento sujetas a la observancia de principios generales y a la consecución de los objetivos y prioridades del desarrollo nacional.
Tal carácter presupone asimismo el apoyo jurídico necesario para imponer modalidades en la convención o contratación de las acciones previstas, cuando se trate de preservar el interés general.
El propio capítulo define el objetivo de la ley, que consiste fundamentalmente en regular el ejercicio de la Planeación Nacional del Desarrollo, obligatoria para la Administración Pública Federal y en establecer las bases para la integración y funcionamiento del sistema nacional de planeación democrática, la coordinación en materia de planeación entre la federación y los estados, la concertación e inducción de acciones respecto de los particulares y en general del conjunto de la población y la participación social para la planeación.
Se fijan principios en los que estará basada la planeación, los que derivan de los postulados constitucionales y responden al imperativo de impulsar y dirigir los esfuerzos de la sociedad hacia la consecución de las metas que configuran el proyecto nacional. Para ello, se establecen en el Artículo segundo los contenidos generales a los que deberá atender el ejercicio de la planeación.
La iniciativa define a la planeación nacional del desarrollo como un medio o instrumento del Ejecutivo de la Unión, para el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren al Estado para intervenir en la vida de la nación.
Por otra parte, se atribuye al Poder Ejecutivo Federal la responsabilidad de conducir la Planeación Nacional del Desarrollo.
Para que el Poder Legislativo de la Unión conozca y participe de las tareas de planeación, así como de la ejecución de las acciones relativas, el proyecto de ley establece que el Ejecutivo hará llegar al Congreso de la Unión los criterios que servirán de base para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, a efecto de que esa representación nacional formule las observaciones y recomendaciones que juzgue pertinentes; informará anualmente de la ejecución del plan y los programas a través de las diferentes instancias que la Constitución contempla como facultades de las Cámaras para analizar la actuación del Poder Ejecutivo Federal, estas son: el Informe Presidencial; las cuentas anuales de la Hacienda Pública Federal y del Departamento del Distrito Federal;
las iniciativas de leyes de ingresos; los proyectos de presupuestos de egresos; el informe que los secretarios de Estado y los jefes de los departamentos administrativos deben rendir al Congreso de la Unión, y las comparecencias de éstos y de los directores de las entidades paraestatales, cuando sean citados para ello por cualquiera de las Cámaras en los términos de la Constitución y la ley.
La iniciativa determina también que los titulares de las dependencias informen sobre la aplicación de los instrumentos de política económica y social que por razón de sus competencias les corresponda administrar, señalando las relaciones que hubiere entre el proyecto de ley o negocio de que se trate y los objetivos y prioridades de la planeación nacional, relativos a la dependencia o entidad a su cargo.
En este sentido, las normas que propone la iniciativa presuponen un ejercicio congruente de reglamentación de los dispositivos constitucionales correspondientes, que permitirán aportar al Poder Legislativo mayores elementos de juicio que complementen sus tareas de revisión.
La obligatoriedad de la planeación para la Administración Pública Federal, se gradúa en lo que respecta a las entidades paraestatales, considerando su autonomía en los aspectos patrimoniales y de personalidad jurídica, principalmente.
Con el propósito de contribuir a institucionalizar la planeación, se propone que los proyectos de iniciativa de leyes contengan la expresión de las relaciones que guarden con la Planeación Nacional de desarrollo.
Se confiere la aplicación del ordenamiento al Ejecutivo Federal y se le otorga la facultad de interpretarla para efectos administrativos, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto. Con ello se busca la debida unidad de criterio en la administración de la ley.
El capítulo segundo se refiere al Sistema Nacional de Planeación Democrática a através del cual la Administración Pública Federal llevará a cabo las tareas de la planeación nacional del desarrollo.
Se propone que todas las dependencias y entidades participen en el sistema y se integren a él a través de las unidades administrativas que resulten idóneas, para lo cual el Ejecutivo federal determinará lo conducente.
La dinámica que presupone la operación del Sistema Nacional de Planeación Democrática requerirá de ajustes y adecuaciones oportunas que coadyuven eficazmente con sus propósitos; por ello la iniciativa reserva al Ejecutivo Federal la facultad de establecer las normas relativas a la organización y funcionamiento del propio sistema.
La iniciativa de ley reconoce que el proceso de planeación se desarrolla a través de las etapas de formulación, instrumentación, control y evaluación; pero reserva también para las disposiciones reglamentarias de la ley, el desarrollo en detalle de los contenidos administrativos de cada una de las etapas del proceso.
El mismo capítulo señala con precisión y claridad las atribuciones que en materia de planeación corresponderán a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, dentro del Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Así, la Secretaría de Programación y Presupuesto será responsable de coordinar las actividades de planeación, de integrar el plan nacional de desarrollo y proyectar la planeación regional y elaborar los programas especiales que le señale el Presidente de la República.
A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito del sistema, le corresponde participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo respecto de la definición de las políticas financiera, fiscal y crediticia, y en general procurar el cumplimiento de los objetivos y prioridades del plan y los programas en el ejercicio de sus atribuciones.
Las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos tendrán a su cargo la planeación nacional de índole sectorial. Esta responsabilidad se traducirá en la elaboración de programas sectoriales, tanto de mediano plazo como los operativos anuales.
Por lo que hace a las entidades paraestatales, en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática, realizarán actividades de planeación nacional del desarrollo y producirán, en consecuencia, programas institucionales.
Por lo demás, todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para la Ejecución del Plan y los programas mencionados, elaborarán programas anuales respecto a sus atribuciones y funciones u objeto, los que regirán durante el año de que se trate, las acciones de la Administración Pública Federal, en su conjunto.
En el mismo capítulo propone la creación de las Comisiones intersecretariales que permitan atender las acciones de la Planeación en el que estén involucradas varias Secretarías de Estado o Departamentos Administrativos, así como para la elaboración de los programas especiales que determine el Presidente de la República.
En el capítulo tercero, para que se lleve a cabo la participación social en las tareas de la planeación y la expresión amplia de opiniones y propuestas por parte de la población en la elaboración y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los demás programas que genere el Sistema, la iniciativa faculta al Ejecutivo Federal para determinar las formalidades y términos a que deberá sujetarse la participación y consulta de los diversos grupos sociales, observando en cada caso las disposiciones legales que resulten aplicables.
En el Capítulo Cuarto se establecen las características y elementos esenciales del Plan y los programas derivados de las actividades del Sistema Nacional de planeación Democrática.
El Plan Nacional de desarrollo expresará el compromiso general en materia de desarrollo económico y social que asuma el Titular del Ejecutivo Federal para el periodo que le corresponda y deberá formularse, aprobarse y
publicarse durante los primeros seis meses de su administración. Esta disposición es congruente con la necesidad de contar oportunamente con las definiciones fundamentales que normarán la acción administrativa pública.
En el ámbito de la Administración Pública Federal, la categoría de plan queda reservada al Plan Nacional de Desarrollo. El Plan sirve de marco de referencia para la elaboración de todos los documentos de planeación que se generen en el periodo correspondiente; contiene estimaciones sobre los recursos, instrumentos y responsables que el país podrá asignar y dedicar para su desarrollo, así como señalamientos fundamentales para el conjunto de las políticas orientadas a lograr el desarrollo nacional.
A partir de este marco normativo, se elaborarán los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, que expresamente determine el Presidente de la República. Ellos constituyen, respecto a los sectores administrativos, las entidades paraestatales, las regiones entre los propios sectores, documentos rectores de política y acción de mediano plazo de las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Detallan, en sus correspondientes ámbitos, los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo y deberán observar plena congruencia con él.
Los programas anuales, que deberán elaborar todas las dependencias y entidades definirán las diferentes acciones que han de realizarse en el corto plazo para ejecutar el Plan Nacional de desarrollo y los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales. Estos programas anuales tendrán un carácter integral, al considerar los aspectos administrativos y de política económica y social que correspondan a la dependencia o entidad de que se trate, así como las acciones objeto de coordinación con los gobiernos de los estados y de inducción o concertación con los grupos sociales interesados.
La iniciativa prevé que los proyectos de presupuesto de egresos, las iniciativas de leyes de ingresos y la aplicación de los instrumentos de política económica, que regulan e inducen los comportamientos económicos de la comunidad y apoyan o fomentan actividades del sector público, traduzcan los objetivos y prioridades del Plan y los programas. Ello permitirá dar congruencia a los instrumentos de desarrollo económico y social bajo la responsabilidad del Estado.
Dichos objetivos y prioridades se observarán por la Administración Pública Federal en la celebración de convenios con los gobiernos de las entidades federativas y en la concertación de las acciones previstas en el plan y los programas, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados.
Con relación a la organización federal de la República, nos hemos fijado el propósito fundamental de avanzar en la coordinación de las tareas de interés común que corresponden a los Ejecutivos Federales y Locales, a fin de fortalecer conjuntamente el sistema Federal que establece nuestra Constitución, y de lograr el desarrollo armónico de los diversos estados y regiones del país; todo ello, considerando la participación que debe corresponder a los municipios y las opiniones de los grupos sociales interesados.
La iniciativa de ley que proponemos pretende consolidar los avances en la vertiente de coordinación. Para ello se propone, en capítulo especial, regular las relaciones de coordinación para la planeación entre la federación y los estados y municipios.
En este sentido se atiende a la consideración de que el proyecto de Ley plantea un esquema de planeación de ámbito federal. en consecuencia, se asume la plena libertad de los gobiernos estatales y autoridades municipales conforme a sus competencias, de llevar a cabo la planeación del desarrollo en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, pero se prevé la posibilidad y conveniencia de que el Ejecutivo Federal acuerde con los gobiernos estatales y, a través de éstos, con las autoridades municipales, su participación en aquellos aspectos de la planeación nacional que les atañen directamente, para coadyuvar a la consecución de los objetivos y prioridades nacionales, al fortalecimiento de las tareas de planeación del desarrollo de los Estados y municipios, y a la congruencia que debe caracterizar la determinación de propósitos comunes.
en el Capítulo Sexto, de concentración e inducción, se establecen las bases para la concertación entre el sector público y las representaciones de los grupos sociales o los particulares interesados, de las acciones planeadas y programadas, a través de contratos o convenios que serán de carácter administrativo, al considerarlos la iniciativa, como de derecho público. Ello permitirá que las estipulaciones contenidas en estos instrumentos sean congruentes con su propio objetivo y preserven el interés general de que están investidos.
Finalmente la iniciativa contempla un Capítulo de Responsabilidades, cuyo objetivo general es el de procurar la observancia de la ley y la consecución de sus propósitos últimos. Las medidas disciplinarias y sanciones que se prevén, son congruentes y compatibles con la naturaleza de la función pública que los destinatarios tienen encomendada y pretenden garantizar el adecuado desempeño de las tareas que regula la ley.
Para asegurar la oportuna y adecuada ejecución de los compromisos contraídos en los términos de la propia ley entre la Federación y los Estados, se establece que el Ejecutivo Federal propondrá a los gobiernos locales que los convenios relativos incluyan sanciones por su incumplimiento, previendo, conforme al orden constitucional que nos rige, el que las controversias que puedan surgir de los propios convenios sean resueltas por el órgano superior del Poder Judicial de la Federación.
por lo antes expuesto, y con fundamento en la fracción I del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por
el digno conducto de ustedes, me permito proponer al H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de
LEY DE PLANEACIÓN
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1o. Las disposiciones de esta ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer:
I. Las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la Administración Pública Federal;
II. Las bases de integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democráticas;
III. Las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, conforme a la legislación aplicable;
IV. Las bases para promover y garantizar la participación democrática de los diversos grupos sociales, a través de sus organizaciones representativas, en la elaboración del Plan y los programas a que se refiere esta ley; y
V. Las bases para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades del Plan y los programas.
Artículo 2o. La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del estado sobre el desarrollo integral del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios:
I. El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural;
II. La preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades del gobierno;
III. La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos, de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria;
IV. El respeto irrestricto de las garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales y políticos, ejerciendo la función pública con eficiencia y probidad;
V. El fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; y
VI. El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo, en un marco de estabilidad económica y social.
Artículo 3o. Para los efectos de esta ley se entiende por planeación nacional del desarrollo la ordenación sistemática y previsora que el Ejecutivo Federal hace en el ejercicio de las atribuciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes le otorgan para regular y promover la vida económica social, política y cultural de la nación e intervenir en ella, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución establece.
Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.
Artículo 4o. Es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de los grupos sociales, de conformidad con lo dispuesto en la presente ley.
Artículo 5o. El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los criterios que sirvan de base para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.
Las cámaras conocerán de dichos criterios y podrán comunicar al Ejecutivo su opinión y observaciones, las que deberán ser tomadas en consideración por el propio Ejecutivo en la integración, ejecución y, en su caso, revisión del Plan.
Artículo 6o. El Presidente de la República, al manifestar ante el Congreso de la Unión el estado general que guarda la administración pública del país, informará de las decisiones adoptadas para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los Programas Sectoriales.
En el mes de marzo de cada año, el Ejecutivo informará al Congreso de la Unión de las acciones y resultados de la ejecución del Plan y los programas a que se refiere el párrafo anterior.
El contenido de las cuentas anuales de la Hacienda Pública Federal y del Departamento del Distrito Federal deberá relacionarse, en lo conducente, con la información a que aluden los dos párrafos que anteceden, a fin de permitir a la Cámara de Diputados el análisis de las cuentas, con relación a los objetivos y prioridades de la Planeación Nacional referentes a las materias objeto de dichos documentos.
Artículo 7o. El Presidente de la República, al enviar a la Camara de Diputados las iniciativas de leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuesto de Egresos, informará del contenido general de estos documentos y su relación con el programa anual que, conforme a lo previsto en el Artículo 27 de esta Ley, deberá elaborarse para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 8o. Los secretarios de Estado y los jefes de los Departamentos Administrativos, al dar cuenta anualmente al Congreso de la Unión del estado que guardan sus respectivos ramos, informarán del avance y grado de cumplimiento de los objetivos y prioridades fijados en la planeación nacional que, por razón de su competencia, les correspondan y de los resultados
de las acciones previstas. Informarán también sobre el desarrollo y los resultados de la aplicación de los instrumentos de política económica y social, en función de dichos objetivos y prioridades.
En su caso, explicarán las desviaciones ocurridas y las medidas que se adopten para corregirlas.
La información a que se refiere el primer párrafo de este artículo, será turnada a las comisiones que correspondan en cada una de las cámaras, para su estudio. Las observaciones y recomendaciones que al respecto se formulen, se harán del conocimiento del Ejecutivo por las propias comisiones.
Los funcionarios a que alude el primer párrafo de este artículo y los Directores y Administradores de las entidades paraestatales que sean citados por cualquiera de las cámaras para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades, señalarán las relaciones que hubiere entre el proyecto de ley o negocio de que se trate y los objetivos de la planeación nacional, relativos a la dependencia o entidades a su cargo.
Artículo 9o. Las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividades con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a las entidades de la administración pública paraestatal. A este efecto, los titulares de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos, proveerán lo conducente en el ejercicio de las atribuciones que como coordinadores de sector les confiere la ley.
Artículo 10. Los proyectos de iniciativas de leyes señalarán las relaciones que, en su caso, existan entre el proyecto de que se trate y el Plan y los programas respectivos.
Artículo 11. La aplicación de la presente ley corresponde al Ejecutivo Federal. En caso de duda sobre su interpretación, se estará a lo que resuelva, para efectos administrativos, el mismo Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto.
CAPITULO SEGUNDO
Sistema Nacional de Planeación Democrática
Artículo 12. La planeación nacional del desarrollo se llevará a cabo por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en los términos de esta ley, mediante el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal formarán parte del sistema a través de las unidades administrativas que para el efecto determine el Ejecutivo Federal, quien establecerá además, las normas de organización y funcionamiento del propio sistema.
Artículo 13. Las actividades conducentes a la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas a que se refiere esta ley, se sujetarán al proceso de planeación que al efecto determine el Ejecutivo Federal.
Artículo 14. La Secretaría de Programación y Presupuesto tendrá las siguientes atribuciones:
I. Coordinar las actividades de la planeación nacional del desarrollo;
II. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo, tomando en cuenta las propuestas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de los gobiernos de los estados, así como los planteamientos que se formulen por los grupos sociales interesados;
III. Proyectar y coordinar la planeación regional, con la participación que corresponda a los gobiernos estatales y municipales, y elaborar los programas especiales que le señale el Presidente de la República;
IV. Cuidar que el plan y los programas que se generen en el sistema, mantengan congruencia en su elaboración y contenido;
V. Coordinar las actividades que en materia de investigación y capacitación para la planeación realicen las dependencias de la Administración Pública Federal.
VI. Elaborar los programas anuales para la ejecución del Plan y los programas regionales que para el efecto realicen las dependencias coordinadoras de sector y los respectivos gobiernos estatales; y
VII. Verificar, periódicamente, la relación que guarden los programas y presupuestos de la diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los resultados de su ejecución, con los objetivos y prioridades del Plan y los programas regionales y especiales a que se refiere esta ley, a fin de adoptar las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas y reformar, en su caso, el Plan y los programas respectivos.
Artículo 15. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le corresponde: I. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, respecto de la definición de las políticas financiera, fiscal y crediticia;
II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades de recursos y la utilización del crédito público, para la ejecución del Plan y los programas.
III. Procurar el cumplimiento de los objetivos y prioridades del Plan y los programas, en el ejercicio de sus atribuciones de planeación, coordinación, evaluación y vigilancia del sistema bancario del país;
IV. Verificar que las operaciones en que se haga uso del crédito público prevean el cumplimiento de los objetivos y prioridades del Plan y los programas; y
V. Considerar los efectos de la política monetaria y crediticia, así como de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal, en el logro de los objetivos y prioridades del Plan y los programas. Artículo 16. A las dependencias de la Administración Pública Federal les corresponde:
I. Intervenir respecto de las materias que les competan, en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.
II. Coordinar el desempeño de las actividades que en materia de planeación correspondan a las entidades paraestatales que se agrupen en el sector que, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, determine el Presidente de la República.
III. Elaborar programas sectoriales, tomando en cuenta las propuestas que presenten las entidades del sector y los gobiernos de los estados, así como las opiniones de los grupos sociales interesados;
IV. Asegurar la congruencia de los programas sectoriales con el Plan y los programas regionales y especiales que determine el Presidente de la República; V. Elaborar los programas anuales para la ejecución de los programas sectoriales correspondientes;
VI. Considerar el ámbito territorial de las acciones previstas en su programa, procurando su congruencia con los objetivos y prioridades de los planes y programas de los gobiernos de los estados;
VII. Vigilar que las entidades del sector que coordinen conduzcan sus actividades conforme al Plan Nacional de Desarrollo y al programa sectorial correspondiente, y cumplan con lo previsto en el programa institucional a que se refiere el Artículo 17, fracción II; y
VIII. Verificar periódicamente la relación que guarden los programas y presupuestos de las entidades paraestatales del sector que coordinen, así como los resultados de su ejecución, con los objetivos y prioridades de los programas sectoriales, a fin de adoptar las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas y reformar, en su caso, los programas respectivos.
Artículo 17. Las entidades paraestatales deberán:
I. Participar en la elaboración de los programas sectoriales, mediante la presentación de las propuestas que procedan en relación a sus funciones u objeto;
II. Cuando expresamente lo determine el Ejecutivo Federal, elaborar su respectivo programa institucional, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;
III. Elaborar los programas anuales para la ejecución de los programas sectoriales y, en su caso, institucionales;
IV. Considerar el ámbito territorial de sus acciones, atendiendo las propuestas de los gobiernos de los estados, a través de la dependencia coordinadora de sector, conforme a los lineamientos que al efecto señale esta última;
V. Asegurar la congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo; y
VI. Verificar periódicamente la relación que guarden sus actividades, así como los resultados de su ejecución con los objetivos y prioridades del programa institucional.
Artículo 18. La Secretaría de la Controlaría de la Federación deberá aportar elementos de juicio para el control y seguimiento de los objetivos y prioridades del Plan y los programas.
Artículo 19. El Presidente de la República podrá establecer comisiones intersecretariales para la atención de actividades de la planeación nacional que deban desarrollar conjuntamente varias Secretarías de Estado o Departamentos Administrativos.
Estas comisiones podrán, a su vez, contar con subcomisiones para la elaboración de programas especiales que el mismo Presidente determine.
Las entidades de la administración pública paraestatal podrán integrarse a dichas comisiones y subcomisiones, cuando se trate de asuntos relacionados con su objeto.
CAPITULO TERCERO
Participación social en la planeación
Artículo 20. El ejecutivo Federal promoverá en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática, la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del plan y los programas que se refiere esta ley.
Para tal efecto, y conforme a la legislación aplicable, el propio Ejecutivo establecerá las formalidades, periodicidad y términos a que deberá sujetarse la participación y consulta para la planeación nacional del desarrollo.
CAPITULO CUARTO
Plan y programas
Artículo 21. El Plan Nacional de Desarrollo deberá elaborarse, aprobarse y publicarse en un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, y su vigencia no excederá del periodo constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.
El Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales estrategia y prioridades del desarrollo integral del país, contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social, y regirá el contenido de los programas que se generen en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
La categoría del Plan queda reservada al Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 22. El Presidente de la República determinará los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que deban ser elaborados conforme a este capítulo.
Estos programas observarán congruencia con el Plan, y su vigencia no excederá del periodo constitucional de la gestión gubernamental en que se aprueben, aunque sus previsiones y proyecciones se refieran a un plazo mayor.
Artículo 23. Los programas sectoriales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y especificarán los objetivos, prioridades y políticas que regirán el desempeño de las actividades del sector administrativo de que se trate. Contendrán asimismo, estimaciones de recursos y determinaciones sobre instrumentos y responsables de su ejecución.
Artículo 24. Los programas institucionales que deban elaborar las entidades paraestatales, se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y en el programa sectorial correspondiente. Las entidades, al elaborar sus programas institucionales, se ajustarán, en lo conducente, a la ley que regule su organización y funcionamiento.
Artículo 25. Los programas regionales se referirán a las regiones que se consideren prioritarias o estratégicas, en función de los objetivos nacionales fijados en el Plan, y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa.
Artículo 26. Los programas especiales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del país fijados en el Plan o a las actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadoras de sector.
Artículo 27. Para la ejecución del Plan y los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, las dependencias y entidades elaborarán programas anuales, que incluirán los aspectos administrativos y de política económica y social correspondientes. Estos programas anuales, que deberán ser congruentes entre sí, regirán, durante el año de que se trate, las actividades de la Administración Pública Federal en su conjunto y servirán de base para la integración de los anteproyectos de presupuesto anuales que las propias dependencias y entidades deberán elaborar conforme a la legislación aplicable.
Artículo 28. El Plan y los programas a que se refieren los artículos anteriores especificarán las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de los estados y de inducción o concertación con los grupos sociales interesados
Artículo 29. El Plan y los programas regionales y especiales deberán ser sometidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto a la consideración y del Presidente de la República.
Los programas sectoriales deberán ser sometidos a la consideración y aprobación del Presidente de la República por la dependencia coordinadora del sector correspondiente, previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Los programas institucionales deberán ser sometidos por el órgano de gobierno administración de la entidad paraestatal de que se trate, a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora del sector.
Si la entidad no estuviere agrupada en un sector específico, la aprobación a que alude el párrafo anterior corresponderá a la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Artículo 30. El Plan Nacional de desarrollo y los programas sectoriales, una vez aprobados por el Presidente de la República, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 31. El Plan y los programas sectoriales serán revisados con la periodicidad que determine el Ejecutivo Federal. Los resultados de las revisiones y, en su caso, las adecuaciones consecuentes al Plan y los programas, previa su aprobación por parte del titular del Ejecutivo, se publicarán igualmente en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo 32. Una vez aprobados por el Ejecutivo Federal, el Plan y los programas serán obligatorios para las dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Conforme a las disposiciones legales que resulten aplicables, la obligatoriedad del Plan y los programas será extensiva a las entidades paraestatales. Para estos efectos, los titulares de las dependencias, en el ejercicio de las atribuciones de coordinadores de sector que les confiere la ley, proveerán lo conducente ante los órganos de gobierno y administración de las propias entidades.
La ejecución del Plan y los programas podrá concertarse, conforme a esta ley, con las representaciones de los grupos sociales interesados o con los particulares.
Mediante el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley, el Ejecutivo Federal inducirá las acciones de los particulares y, en general, del conjunto de la población, a fin de propiciar la consecución de los objetivos y prioridades del Plan y los programas.
La coordinación en la ejecución del Plan y los programas deberá proponerse a los gobiernos de los estados, a través de los convenios respectivos.
CAPITULO QUINTO
Coordinación
Artículo 33. El Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarce por la Federación y los estados se planeen de manera conjunta. En todo caso de deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.
Artículo 34. Para los efectos del artículo anterior, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas:
I. Su participación en la planeación nacional a través de la presentación de las propuestas que estimen pertinentes;
II. Los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa y de los municipios, y su congruencia con la planeación nacional, así como para promover la participación de los diversos sectores de la sociedad en las actividades de planeación;
III. Los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción;
IV. La elaboración de los programas regionales a que se refiere la fracción III del Artículo 14 de este ordenamiento; y
V. La ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
Para este efecto la Secretaría de Programación y Presupuesto propondrá los procedimientos conforme a los cuales se convendrá la ejecución de estas acciones, tomando en consideración los criterios que señalen las dependencias coordinadoras de sector, conforme a sus atribuciones.
Artículo 35. En la celebración de los convenios a que se refiere este capítulo, el Ejecutivo Federal definirá la participación de los órganos de la Administración Pública centralizada que actúen en las entidades federativas, en las actividades de planeación que realicen los respectivos gobiernos de las entidades.
Artículo 36. El Ejecutivo Federal ordenará la publicación, en el Diario oficial de la Federación, de los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas.
CAPITULO SEXTO
Concertación e inducción
Artículo 37. El Ejecutivo Federal, por sí o a través de sus dependencias, y las entidades paraestatales, podrán concertar la realización de las acciones previstas en el Plan y los programas, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesado.
Artículo 38. la concertación a que se refiere el artículo anterior será objeto de contratos o convenios de cumplimiento obligatorio para las partes que lo celebren, en los cuales se establecerán las consecuencias y sanciones que se deriven de su incumplimiento, a fin de asegurar el interés general y garantizar su ejecución en tiempo y forma.
Artículo 39. Los contratos y convenios que se celebren conforme a este capítulo se consideran de Derecho Público.
Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento de estos contratos y convenios, serán resueltas por los tribunales federales.
Artículo 40. Los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal; los programas y presupuestos de las entidades paraestatales No integrados en los proyectos mencionados; las iniciativas de las.
Leyes de Ingresos, los actos que las dependencias de la Administración Pública Federal realicen para inducir acciones de los sectores de la sociedad, y la aplicación de los instrumentos de política económica y social, deberán ser congruentes con los objetivos y prioridades del Plan y los programas a que se refiere esta ley.
El propio Ejecutivo Federal y las entidades paraestatales observarán dichos objetivos y prioridades en la concertación de acciones previstas en el plan y los programas, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados.
Artículo 41. las políticas que normen el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieran al Ejecutivo Federal para fomentar, promover, regular, restringir, orientar, prohibir, y, en general inducir acciones de los particulares en materia económica y social, se ajustarán a los objetivos y prioridades del Plan y los programas.
CAPITULO SÉPTIMO
Responsabilidades
Artículo 42. A los funcionarios y empleados de la Administración Pública Federal, que en el ejercicio de sus funciones, contravengan las disposiciones de esta ley, las que de ella se deriven o los objetivos y prioridades del Plan y los programas, se les impondrán las medidas disciplinarias de apercibimiento o amonestación, y si la gravedad de la infracción lo amerita, el titular de la dependencia o entidad podrá suspender o remover de su cargo al funcionario o empleado responsable.
Los propios titulares de las dependencias y entidades promoverán ante las autoridades que resulten competentes, la aplicación de las medidas disciplinarias a que se refiere esta disposición.
Artículo 43. Las responsabilidades a que se refiere la presente ley son independientes de las de orden civil, penal u oficial que se puedan derivar de los mismo hechos.
Artículo 44. El Ejecutivo Federal, en los convenios de coordinación que suscriba con los gobiernos de las entidades federativas, propondrá la inclusión de una claúsula en la que se prevean medidas que sancionen el incumplimiento del propio convenio y de los acuerdos que del mismo se deriven. De las controversias que surjan con motivo de los mencionados convenios, conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los términos del Artículo 105 de la Constitución General de la República.
TRANSITORIOS
Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo segundo. Lo dispuesto por los párrafos segundo y tercero del Artículo 6o., regirá a partir del año de 1984.
Artículo tercero. Se abroga la Ley sobre Planeación General de la República del 12 de julio de 1930 publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma fecha, y se derogan las demás disposiciones legales que se opongan a la presente.
Artículo cuarto. En tanto se expiden las disposiciones reglamentarias de esta ley, continuarán aplicándose las que sobre la materia, se hubieren expedido con anterioridad, en todo lo que no se opongan a este ordenamiento.
Artículo quinto. Una vez publicada la presente ley, el Ejecutivo Federal deberá proceder a efectuar una revisión de las disposiciones legales que se encuentren vigentes en materia de planeación del desarrollo, a efecto de formular, de ser procedente, las iniciativas de reformas que resulten necesarias.
Reitero a ustedes las seguridades de mi más atenta consideración.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Palacio Nacional, a 10 de diciembre de 1982.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H."
El C. Presidente: En atención a que la Oficialía Mayor a distribuido este documento entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría si se dispensa su lectura y se turna a Comisión.
El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura a la Iniciativa y se turna desde luego a Comisión.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Se dispensa la lectura.
- Trámite: Recibo y a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública e imprímase.
DISPOSICIONES DE CARÁCTER MERCANTIL
"Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D.F.- Secretaría de Gobernación.
CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Presentes.
Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de carácter mercantil.
Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D. F., a 10 de diciembre de 1982.
'Año del general Vicente Guerrero'.
El Secretario, licenciado Manuel Bartlett D."
"CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados.- Presentes.
En ejercicio de la facultad que concede al Ejecutivo Federal el Artículo 71, fracción I, y 72 inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por su digno conducto somételo a la consideración de esa H. Cámara de Diputados, la presente iniciativa de Decreto que establece, Reforma y Adiciona diversas Disposiciones de carácter mercantil.
Tomando en cuenta que la Constitución Política que nos rige, en su Artículo 27 establece el derecho de la nación de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, es de considerarse que el mismo se preserva teniendo conocimiento pleno de los propietarios de las negociaciones que realizan la actividad productiva del país, por lo que, resulta de importancia fundamental obligar a que las acciones, los bonos de fundador, las obligaciones excepto las que se inscriban en la Comisión Nacional de Valores y se coloquen en el extranjero entre el gran público inversionista, certificados de depósito y los certificados de participación se expidan en forma nominativa.
Asimismo, también por motivos que dicta el interés público y con apego estricto a lo establecido por la Constitución Política, se busca convertir a nominativos los títulos valor que se hayan emitido al portador antes de la fecha de entrada en vigor el Decreto cuya iniciativa presento, salvaguardando plenamente la propiedad de dichos títulos y permitiendo a sus titulares el ejercicio de los derechos derivados de los mismo. A tal efecto se establece la obligación de las emisoras para convertir a nominativos aquellos títulos al portador que hubieran expedido.
Por otra parte se considera a la supresión del anonimato de las acciones, los bonos de fundador, las obligaciones, los certificados de depósito y los certificados de participación, como una medida necesaria para lograr de forma más eficiente la justicia fiscal, ya que tal medida permite a la administración pública conocer los ingresos que realmente perciben sus titulares y de esta forma se puede determinar su capacidad económica y cuantificar la contribución que deben hacer al Estado en los términos que señala el artículo 31 fracción IV de nuestra Constitución Política.
En virtud de lo anterior se proponen diversas modificaciones a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como a la Ley General de Sociedades Mercantiles, a efecto de que a partir del 1o. de enero de 1983, las acciones, los bonos de fundador, las obligaciones los certificados de depósito y los certificados de participación que dichos ordenamientos regulan sólo se emitan como nominativos.
En atención a las consideraciones que contiene la presente exposición de motivos y al efecto de que el H. Congreso de la Unión tenga conocimiento de la misma me permito someter a esa representación nacional la siguiente
INICIATIVA DE DECRETO QUE
ESTABLECE, REFORMA Y ADICIONA
DIVERSAS DISPOSICIONES DE
CARÁCTER MERCANTIL
Artículo primero. Se reforman los artículos 209 primer párrafo, 210, fracciones IX y X que pasan a ser X y XI, respectivamente, 228-1 primer párrafo, 231, fracción IX, 232 fracción I y 238 primer párrafo, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; se adicionan los artículos 32 con un último párrafo, 210 con una fracción I pasando las actuales fracciones de la I a la X a ser de la II a la XI, respectivamente, 228-N con una fracción I pasando las actuales fracciones de la I a la X a ser de la II a la XI, respectivamente de la citada ley; y se deroga el segundo párrafo del Artículo 238, de la mencionada ley para quedar como sigue:
Artículo 32.
Tratándose de acciones, bonos de fundador, obligaciones, certificados de depósito y certificados de participación el endoso siempre será a favor de persona determinada; el endoso en blanco o al portador no producirá efecto alguno.
Artículo 209. Las obligaciones serán nominativas y deberán emitirse en denominaciones de 100 pesos o de sus múltiplos, excepto tratándose de obligaciones que se inscriban en la Comisión Nacional de Valores y se coloquen en el extranjero entre el gran público inversionista, en cuyo caso podrán emitirse al portador.
Artículo 210.
I. Nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista, excepto en los casos en que se trate de obligaciones emitidas al portador en los términos del primer párrafo del artículo anterior.
X. La firma autógrafa de los administradores de la sociedad, autorizados al efecto, o bien la firma impresa en facsímil de dichos administradores, a condición, en este último caso, de que se deposite el original de las firmas respectivas en el Registro Público de Comercio en que se haya registrado la sociedad emisora.
XI. La firma autógrafa del representante común de los obligacionistas, o bien la firma impresa en facsímil de dicho representante, a condición, en este último caso, de que se deposite el original de dicha firma en el Registro Público de Comercio en que se haya registrado la sociedad emisora.
Artículo 228-1. Los certificados serán nominativos con cupones también nominativos y deberán emitirse por series, en denominaciones de 100 pesos o de sus múltiplos. Artículo 228-n.
I. Nombre. nacionalidad y domicilio del titular del certificado.
Artículo 231.
IX. El nombre del depositante;
Artículo 232.
I. El nombre del tomador del bono;
Artículo 238. Los certificados de depósito y los bonos de prenda deberán ser emitidos a favor del depositante o de un tercero.
(Se deroga el segundo párrafo.)
Artículo segundo. Se reforman los artículos 108 en su encabezado, 111, 125 fracción I, 127, 128 en su encabezado, 129, 130, 131, 209 y 249, de la Ley General de Sociedades Mercantiles; se adicionan los artículos 108 con una fracción I pasando las actuales fracciones de la I a la VI a ser de la II a la VII, respectivamente, de la citada ley y; se derogan el primero y cuarto párrafos del Artículo 117, la fracción IV del Artículo 128 y el 218, de la mencionada ley, para quedar como sigue:
Artículo 108. Los bonos de fundador deberán contener:
I. Nombre, nacionalidad y domicilio del fundador;
Artículo 111. Las acciones en que se divide el capital social de una sociedad anónima estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no sea modificado por la presente ley.
Artículo 117. (Se derogan los párrafos primero y cuarto.)
Artículo 125.
I. El nombre, nacionalidad y domicilio del accionista;
Artículo 127. Los títulos de las acciones llevarán adheridos cupones, que se desprenderán del título y que se entregarán a la sociedad contra el pago de dividendos o intereses. Los cupones serán siempre nominativos. Los certificados provisionales podrán tener también cupones.
Artículo 128. Las sociedades anónimas tendrán un registro de acciones que contendrá:
IV. (Se deroga.)
Artículo 129. La sociedad considerará como dueño de las acciones a quien aparezca inscrito como tal en el registro a que se refiere el artículo anterior. A este efecto, la sociedad deberá inscribir en dicho registro, a petición de cualquier titular, las transmisiones que se efectúen.
Artículo 130. En el contrato social podrá pactarse que la transmisión de las acciones sólo se haga con la autorización del consejo de administración. El consejo podrá negar la autorización designando un comprador de las acciones al precio corriente en el mercado.
Artículo 131. La transmisión de una acción que se efectúe por medio diverso del endoso deberá anotarse en el título de la acción.
do en acciones y no podrán cederse sin el
Artículo 209. El capital social estará dividido
consentimiento de la totalidad de los comanditados y el de las dos terceras partes de los comanditarios.
Artículo 218. (Se deroga.)
Artículo 249. Las sumas que pertenezcan a los accionistas y que no fueran cobradas en el transcurso de dos meses, contados desde la aprobación del balance final, se depositarán en una institución de crédito con la indicación del accionista. Dichas sumas se pagarán por la institución de crédito en que se hubiese constituido el depósito.
TRANSITORIOS
Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor en toda la República el día 1o. de enero de 1983.
Artículo segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto.
Artículo tercero. Las sociedades podrán emitir acciones y obligaciones al portador hasta el 31 de marzo de 1983, siempre que dichas acciones y obligaciones se hubieran emitido en virtud de acuerdo de asamblea general de accionistas de la emisora, tomado antes del 10 de diciembre de 1982. Lo dispuesto en este artículo no es aplicable tratándose de sociedades mercantiles de capital variable.
Artículo cuarto. Las acciones, los bonos de fundador, las obligaciones, los certificados de depósito y los certificados de participación, emitidos al portador con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, deberán ser convertidos en nominativos por las emisoras cuando los titulares de los mismos así se lo soliciten, sin necesidad de acuerdo de asamblea.
A partir del 1o. de enero de 1984 los títulos de crédito al portador a que se refiere este artículo, no podrán seguir circulando o ejercerse los derechos que los mismos lleven incorporados si no se convierten en nominativos. Cuando las emisoras de dichos títulos se nieguen a convertirlos en nominativos, para ejercer los derechos que llevan incorporados deberán depositarse en el Instituto para el Depósito de Valores, quedando autorizado dicho instituto para expedir certificados de depósito nominativos que amparen los títulos de crédito al portador depositados, dichos certificados tendrán el carácter de títulos de crédito no negociable y se regirán por las disposiciones del Capítulo VI del Título I de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Los títulos de crédito al portador depositados en los términos de este párrafo se canjearán por títulos nominativos emitidos por la sociedad emisora. Asimismo, los titulares de los títulos que se depositen en los términos de este párrafo, deberán presentar aviso ante la Dirección General de Fiscalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, manifestando la negativa de la emisora de convertir a nominativos los títulos expedidos al portador.
A partir del 1o. de enero de 1984 las emisoras de títulos de crédito al portador a que se refiere este artículo, no podrán pagar los intereses o dividendos o permitir el ejercicio de los demás derechos derivados de dichos títulos, mientras no se cumpla respecto de los mismos con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Ruego a ustedes, CC. secretarios, se sirvan dar cuenta de esta iniciativa a la H. Cámara de Diputados para los efectos constitucionales correspondientes.
México, D.F., a 10 de diciembre de 1982.
El Presidente Constitucional de los Estados
Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H."
El C. Presidente: En atención a que la Oficialía Mayor ha distribuido este documento entre los ciudadanos diputados, consulte la Secretaría si se dispensa su lectura y se turna a Comisiones.
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura a la Iniciativa y se turna desde luego a Comisiones.
Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la lectura, señor Presidente.
- Trámite: Recibo y a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Comercio e imprímase.
COMPARECENCIA DEL
LICENCIADO JESÚS SILVA HERZOG
El C. Presidente: En consideración al ambiente de sobriedad, formalidad y orden que debe privar en el transcurso de la comparecencia del C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público ante la soberanía de esta H. Cámara de Diputados, y en vista de la importancia de ésta y con propósito de aprovechar debidamente el tiempo de que se dispone, esta Presidencia se permite proponer ante esta H. Asamblea los siguientes puntos de acuerdo:
Primero. Si en el transcurso de la comparecencia del C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público ante la H. Cámara de Diputados, quisieran los C. Legisladores externar manifestaciones de solidaridad, adhesión o apoyo al respecto, éstas se podrán efectuar al final de la última intervención.
Segundo. Se extienda la recomendación de este acuerdo a los señores invitados y asistentes. Consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aprueba esta proposición de la Presidencia.
El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición... Aprobada, señor Presidente.
Se ruega a los ciudadanos legisladores y demás asistentes cumplir con estos acuerdos.
El C. Presidente: Se encuentra en el Salón de Recepción de esta Cámara de Diputados, el C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público, se designa en Comisión para que lo introduzcan a este Recinto y lo acompañen cuando desee retirarse, a los CC. diputados Humberto Lugo Gil, Jorge Treviño Martínez, Salvador Valencia Carmona, Ofelia Ramírez Sánchez, Sergio Ruiz Pérez, Francisco Soto Alba y Ricardo Antonio Govela Autrey. Se ruega a la Comisión cumpla con su cometido.
(La Comisión cumple con su cometido.)
EXPOSICIÓN DEL
COMPARECIENTE
El C. Presidente: De conformidad con el párrafo segundo de la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparece el C. licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público.
Se concede el uso de la palabra al señor licenciado Jesús Silva Herzog. Se le ruega
pase a la Tribuna.
- El C. licenciado Jesús Silva Herzog:
"Señor Presidente de la Cámara de Diputados; señores legisladores; señoras y señores:
Tengo el alto honor de comparecer, por primera vez, ante esta Soberanía, para exponer los fundamentos que sustentan el Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, correspondiente a 1983.
El Ejecutivo Federal ha presentado, de manera global, oportuna y transparente, los propósitos fundamentales y las acciones de política económica que se considera necesario adoptar, como parte del Programa Inmediato de Reordenación Económica. La exposición de hoy pretende ser un complemento que fundamente y precise el papel que las políticas hacendaria y financiera habrán de tener, dentro de una estrategia destinada a superar la crisis de emergencia y sentar las bases de un desarrollo eficiente y sostenido.
Se trata de brindar, a esta honorable Cámara, más elementos para evaluar la Iniciativa de Ley y cumplir, a nombre del Ejecutivo Federal, con el deber republicano de informar al pueblo, con toda amplitud, sobre decisiones que habrán de gravitar en el conjunto de la economía y la sociedad mexicanas.
El Proyecto que hoy nos ocupa ha sido concebido en el contexto del Sistema Nacional de Planeación Democrática, anunciado por el Presidente de la República, en su histórico mensaje de toma de posesión, y se integrará dentro del Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988.
En consecuencia, su fundamentación exige darle un sustento ideológico, conceptual y programático, que demuestre su consistencia e integración con la estrategia nacional de desarrollo. A cumplir este propósito se dirigirá la primera parte de esta exposición; en la segunda, se abordará la justificación de los diversos instrumentos hacendarios, financieros, monetarios y crediticios que se proponen, para enfrentar la crisis actual y operar cambios estructurales en el mediano y largo plazos. Finalmente, se intentarán aclarar las dudas que los señores diputados se sirvan exponer, con el objeto de aportar los restantes elementos, que permitan normar el elevado criterio de los representantes de la sociedad mexicana.
Estamos iniciando una nueva etapa que se articula y desenvuelve en el rico complejo ideario político - social, que surge de nuestra historia. No se busca la novedad doctrinaria ni se alienta la improvisación. Se cuenta con un Proyecto Nacional que tiene bases históricas, principios rectores, objetivos e instrumentos, que perduran y se renuevan, en una relación dialéctica que enriquece y perfecciona nuestro modelo de convivencia.
Este Proyecto tiene bases sólidas y arraigadas que lo nutren, dándole sentido y dirección. Ellas se fincan en los procesos de Independencia, Reforma y Revolución y encuentran su sustento en la Constitución de 1917 y en el Estado Revolucionario.
Tiene principios rectores que orientan su rumbo y garantizan que no se desnaturalice su esencia. Estos principios, ratificados recientemente por el pueblo mexicano, son: nacionalismo revolucionario, democratización integral, sociedad igualitaria, renovación moral, descentralización de la vida nacional y planeación democrática.
Cuenta con objetivos definidos: desarrollo eficiente y sostenido, protección y generación de empleos, combate a la inflación, garantía de mínimos de bienestar, mayor justicia en la distribución del ingreso, consolidación de la independencia política y autonomía económica del país.
Existen, por último, dentro de esta concepción integral, los instrumentos, sin los cuales la estrategia nacional quedaría trunca, sin posibilidades reales de concreción. Estos instrumentos están contenidos en las políticas generales y sectoriales. Ambas se integran en la Planeación Democrática y, como parte de la misma, se ubica la Planeación Financiera para el Desarrollo.
Lo que interesa subrayar, ahora, es la necesaria correspondencia que debe existir entre los principios rectores, los objetivos y los instrumentos de la estrategia nacional, para determinar la congruencia que guarda la planeación financiera con respecto al todo. Esa relación debe estar presidida por la jerarquización entre los mismos.
Los principios rectores tienen su fuente en la soberanía del pueblo y se sintetizan en las tesis emanadas de la consulta popular. En tal virtud, significan las pautas orientadoras a las que debe subordinarse todo gobernante, en el marco de un estado de derecho como el nuestro. La determinación de objetivos e instrumentos, en cambio, corresponde a la competencia del Gobierno, quien debe distinguir escrupulosamente entre unos y otros, para no desviarse del mandato que lo compromete a respetar los principios.
Precisamente, esa confusión entre objetivos e instrumentos ha sido un elemento de distorsión, malos entendidos y frustraciones. No debemos seguir confundiendo los fines con los medios, atribuyendo a estos últimos un valor que no tienen. El tipo de cambio, por ejemplo, no es un objetivo de política económica: es sólo un instrumento. También son instrumentos las políticas financiera, tributaria, salarial, de precios y tarifas.
Este Gobierno jerarquiza, distingue la sustancia, lo esencial de su estrategia, de las formas que requiere su instrumentación. Por ello, se apoya en un nacionalismo revolucionario de esencia transformadora y no en un nacionalismo retórico que se agota en la consideración de los medios, sin visualizar los fines. De esta manera será posible, sin falsos prejuicios, alcanzar el bienestar de todos los mexicanos, construir una sociedad más igualitaria, ampliar el ámbito de las libertades y fortalecer la soberanía nacional.
Exhortamos a los señores legisladores a que consideren la Iniciativa de Ley de Ingresos, sin perder de vista esta jerarquización, que constituye su racionalidad y su fundamento. Si se tienen claros los principios y objetivos, será más fecundo el análisis sobre la función y eficacia de los instrumentos. Hacemos esta exhortación no con el ánimo de eludir el debate sobre cada una de las medidas propuestas, sino con el espíritu de hacer, de esta sesión, una jornada fecunda, donde el diálogo entre poderes se funde sobre bases claras, inteligibles, en beneficio del pueblo de México.
El pueblo mexicano consagró en la consulta popular y en las urnas, el principio de la planeación democrática. Este adquiere significado a la luz del régimen de economía mixta y del papel rector del Estado en la economía, consagrados en la Constitución, así como en la necesidad de profundizar el proceso de descentralización política, económica y administrativa del país. Se sustenta, además, en las relaciones entre el orden constitucional, la estrategia nacional de desarrollo y la redefinición de los fines y funciones del Estado. Es precisamente en la convergencia de estas tres vertientes donde se legitima, nutre y justifica la planeación democrática, como producto coherente de los propósitos, deseos y expectativas de la mayoría de la sociedad.
Su expresión en el terreno de nuestra competencia será el Plan Nacional de Financiamiento del Desarrollo. Su punto de partida lo constituyen las medidas contenidas en el Proyecto de Ley de Ingresos, orientadas a alcanzar las metas de corto, mediano y largo plazos.
Para elaborar ese Proyecto se partió del esquema ideológico enunciado y de un diagnóstico del estadio de desarrollo actual, para desembocar, finalmente, en planteamientos de estrategias, programas, metas e instrumentos, que nos permitan retomar el cauce ascendente de nuestro movimiento histórico.
La premisa básica consiste en aceptar que enfrentamos una superposición de crisis coyuntural y estructural. Ello demanda reordenar la economía y mejorar el esquema integral de desarrollo, a fin de superar rezagos que permanecen irresueltos. Se trata de armonizar desequilibrios profundos de la estructura económico - social. Es preciso equilibrar las relaciones entre Estado y sociedad civil; resolver ciertas contradicciones entre federalismo y centralismo; nacionalismo y dependencia; integración y marginalidad; entre la ciudad y el campo; así como superar esquemas injustos de distribución de la riqueza y el bienestar.
Otra premisa fundamental reside en reconocer las lecciones de la experiencia y no partir del voluntarismo, sino de la realidad. Esto implica reconocer que el país no puede lograr las tasas de crecimiento que arbitrariamente se fije, sino la que sus recursos y condiciones le imponen. Lo que si se puede determinar, son las modalidades y orientaciones que se deseen, en función de los elementos que se tienen, las prioridades señaladas y los objetivos propuestos.
La planeación financiera del desarrollo se finca en esas premisas, al realizar un ejercicio racional para ordenar, prever, anticipar y, en esencia, conducir los cambios inherentes al desarrollo. Su principal limitante es la disponibilidad y transferencia real de recursos financieros, tanto internos como externos.
Hay plena conciencia del Ejecutivo Federal sobre las innumerables necesidades y proyectos, plenamente justificados desde el punto de vista económico y social, que existen en el país. Sin embargo, ellos tienen que considerarse dentro del marco de las posibilidades reales de financiamiento y de una previa jerarquización. Es verdad que, en ocasiones, es más costoso dejar de hacer, que hacer; pero es igualmente válido señalar la necesidad de que ese hacer implique eficiencia económica y social y no por resolver problemas de forma, provoque distorsiones negativas en el fondo.
Los próximos años plantean un reto formidable para la sociedad mexicana. En casi todos los órdenes aparecen requerimientos que se antojan difíciles de cumplir. Sin embargo, se han definido objetivos para enfrentar la situación de emergencia, que sirven de base para llevar a cabo transformaciones profundas en el plazo mediato. Así, las políticas hacendaria y financiera se proponen incrementar el ahorro interno; sanear las finanzas públicas; perfeccionar la estructura y funciones del sistema bancario; y estabilizar el mercado cambiario a fin de disminuir la inflación, reordenar la economía y proteger el empleo.
En tal dirección se orienta el uso pleno de los instrumentos hacendarios y financieros, buscando obtener una mayor coordinación y complementariedad entre los mismos, dentro de un esquema de congruencia e integración de esfuerzos.
Para el logro de los objetivos señalados, se requiere una tarea paralela en materia de ahorro e inversión. Asegurar el crecimiento de la economía requiere elevar la formación de capital, la cual descansa, a su vez, en el ahorro. Se reconoce que el desarrollo económico,
proceso altamente complejo, no depende tan sólo del ahorro y la inversión, pero sí que estos elementos son fundamentales.
Es necesario considerar, además de los aspectos cuantitativos de la inversión los elementos de orden cualitativo, como la óptima asignación por sectores económicos y regiones geográficas, entre otros.
Ello significa un esfuerzo por elevar el ahorro interno, que en buena medida se apoya en el ahorro público, lo que permite financiar la inversión de este sector y liberar recursos para orientarlos a la formación de capital de los sectores social y privado.
La viabilidad de los planteamientos anteriores se fundamenta en una política de financiamiento al desarrollo, que continúa apoyándose en la profundización de las reformas a los sistemas financiero, impositivo, de deuda pública, estímulos fiscales y de empresas paraestatales, así como en el uso racional de los recursos petroleros.
Es necesario reiterar que gran parte de las causas que han originado la crítica situación actual, se encuentran en el desequilibrio de las finanzas públicas: en su incapacidad para generar ahorro suficiente y financiar su propia inversión; en un gasto excesivo, con orientaciones no siempre acordes con las prioridades social y nacionalmente necesarias; en una utilización del crédito externo de altas proporciones, cuyo servicio impone pesadas cargas a la balanza de pagos y al presupuesto.
Por eso, en materia de ahorro interno del sector público, dada la relativa poca flexibilidad del aparato fiscal, se busca fortalecer una política más racional y eficiente de precios y tarifas de los bienes y servicios que produce Esto no significa, de ninguna manera, que se niegue el importantísimo papel que tiene el instrumento tributario.
Por el contrario, la política fiscal pretende la promoción y coordinación de las acciones tributarias con respecto a las de orden financiero y crediticio, a fin de lograr que los egresos del sector público guarden la debida correspondencia con las disponibilidades reales del sistema financiero nacional y su adecuada distribución entre los sectores público y privado.
De ahí la importancia de promover una reforma, con el propósito de fortalecer la capacidad de captación de recursos del fisco, ampliando la base, combatiendo la evasión radicalmente, así como cerrando vacíos y lagunas que permiten la elusión. Las cargas deben distribuirse equitativamente y eliminar tratamientos diferentes que no sean justificados.
Tarea de primordial importancia será revisar el esquema de coordinación fiscal entre Federación, estados y municipios. Es imperativo fortalecer la autonomía financiera de las entidades federativas y municipios para cumplir el principio de descentralizar la vida nacional y apoyar el Federalismo. En tal sentido, es necesario estimular el esfuerzo fiscal propio de las haciendas locales y revisar el sistema de participaciones federales.
Para avanzar en la consolidación del municipio libre, es menester reforzar su autosuficiencia económica. Por ello, el Ejecutivo Federal promoverá, previa consulta con los gobiernos locales, la reforma del Artículo 115 Constitucional estableciendo fuentes de ingresos propias e intocables para los municipios con el fin de que puedan atender los servicios públicos que les corresponden.
Las modificaciones que se presentan ante esta soberanía buscan, también, el logro de una mayor equidad en los impuestos directos, dar uniformidad a los indirectos y revisar los niveles ficticios en los renglones no tributarios.
En el régimen del Impuesto sobre la Renta se hacen reformas encaminadas a lograr una mayor progresividad afectando, en lo referente a las personas físicas, a quien más tiene y desgravando a los grupos de bajos ingresos. Esta premisa se complementa con el perfeccionamiento de los mecanismos de fiscalización que impidan la evasión y elusión fiscales.
Un importante avance, en este sentido, lo constituye la eliminación del anonimato en la tenencia de las acciones y otros títulos - valores, elemento esencial para el control de los ingresos. Identificar quién recibe el ingreso es un paso ineludible para dar plena aplicación a la progresividad de los impuestos directos.
El Gobierno Federal, al recoger y aplicar el reclamo de diversos sectores para eliminar el anonimato de las acciones, da prueba de su voluntad de emprender una reforma fiscal profunda. En el tratamiento tributario a las empresas se ha completado el proceso de globalización de todos sus ingresos, sin traspasar el límite de la capacidad de respuesta fiscal de las mismas. Se busca alcanzar el equilibrio entre las necesidades recaudatorias y el aseguramiento de razonables utilidades a los productores. De esta manera, se evita agravar la crítica situación financiera que atraviesan muchas de ellas y se apoyan las políticas de protección al empleo.
Con respecto a los impuestos indirectos, las medidas pretenden aumentar la recaudación, mejorar su estructura y eliminar tratamientos preferenciales injustificados. Por eso, en el régimen del Impuesto al Valor Agregado, la mayor parte de la canasta de consumo popular continuará exenta, a tasa cero o con tasa del 6 por ciento, pues incluye alimentos no procesados, algunos industrializados, renta de casa - habitación, transporte y medicinas.
Su repercusión en el nivel de precios debe ser mínima y sólo expectativas de especulación, que no se permitirán, podrán elevar el efecto. Por eso reitero que, en la medida en que se ataquen las verdaderas causas de la inflación, se podrá ordenar el cauce económico, con mayor equilibrio y justicia en el reparto de la riqueza.
De ahí el énfasis para que estas empresas coadyuven a eliminar el déficit financiero del Estado, con una mayor productividad y una administración eficiente de sus recursos físicos
y financieros, así como a través de una política de ajustes permanentes de sus precios y tarifas. Sólo así podrán cubrir sus costos y establecer niveles de eficiencia, que les permitan obtener una rentabilidad razonable, en el marco de un análisis de costo - beneficio para la sociedad en su conjunto y no solamente de grupos privilegiados.
La importancia básica de considerar a las empresas públicas como elementos indispensables, en la estrategia de crecimiento y empleo radica en que, a través de ellas, la participación del Estado no es sólo de carácter normativo o creador de infraestructura. Asume una intervención directa en la producción de bienes y servicios que tienden a garantizar el suministro de materias primas, productos básicos y energéticos, así como la creación de economías externas o tecnología propia.
Por eso, descuidar el saneamiento de la empresa pública de México, es también ir en contra del cumplimiento de una sociedad más igualitaria porque, al tener que canalizarles subsidios, para sostener precios bajos fuera de mercado, se dejan de hacer otras obras que el Gobierno de la República debe cumplir.
En la formación de ahorro del sector público, el petróleo seguirá teniendo un papel destacado. Sin embargo, su explotación y exportación se ajustarán a una planeación adecuada, a una operación eficiente y honesta, en los aspectos técnico y financiero. De esta manera se logrará que el proceso de desarrollo no dependa sólo del petróleo, sino que éste sea un instrumento racionalmente utilizado para financiar el desarrollo.
En el régimen de economía mixta que tiene el país, el ahorro interno generado por los sectores social y privado, sigue siendo una de las principales fuentes para la inversión en diversos sectores de la actividad productiva. El sistema financiero tiene una enorme responsabilidad para contribuir al desarrollo económico y cumplir con su papel fundamental de transformar el ahorro en inversión.
De ahí la importancia de haber iniciado un proceso de reestructuración y perfeccionamiento del sistema financiero, al reorganizar e innovar su esquema institucional, con el fin de reordenar mercados, mejorar instrumentos, restablecer las funciones de la intermediación financiera y racionalizar el uso de los recursos
. Las políticas monetaria y crediticia habrán de apoyar fundamentalmente esos propósitos, vigilando la liquidez para propiciar condiciones ordenadas en los mercados de dinero y asegurar rendimientos atractivos. En este sentido es necesario diversificar y ensanchar las fuentes de financiamiento internas, a través de apoyar más intensamente al mercado de valores y hacer más atractivos los instrumentos institucionales de captación. Asimismo, es necesario e importante reforzar la seguridad en el manejo de los recursos y elevar la eficiencia en el servicio bancario, para no aumentar injustificadamente el costo del crédito.
Se seguirá una política monetaria de absorción de liquidez excedente, derivada del déficit del sector público, para eliminar condiciones que exacerban las presiones inflacionarias. Para ello, se revisará el mecanismo del encaje legal y se perfeccionarán aquéllos que regulan las disponibilidades financieras del sector público.
De otra parte, la planeación financiera atenderá, de manera más cuidadosa, el problema de la asignación de recursos, tanto desde el punto de vista sectorial como regional. Se evitará la canalización del crédito para la especulación o desviación hacia actividades no prioritarias, orientándose a incrementar la oferta de bienes y servicio social y nacionalmente indispensables. De esa manera, se podrán satisfacer las necesidades crecientes de la población y superar los cuellos de botella que frenan el crecimiento equilibrado de la economía.
La banca nacionalizada constituye un poderoso instrumento del Estado, en la consecusión de los objetivos definidos en la estrategia de desarrollo. Ello implica una elevada responsabilidad y la exigencia de una operación honesta y eficiente, que incluya una adecuada participación de los sectores sociales en el manejo y en el patrimonio de las instituciones de crédito. Se están estudiando fórmulas para concretar dicha participación, en el marco de un respeto absoluto a la conquista popular que la nacionalización bancaria representa y que fue consagrada en nuestra Carta Magna.
En breve plazo el Ejecutivo Federal someterá, a la consideración de esta soberanía, el proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 28 constitucional, que determinará las bases jurídicas para la reordenación institucional de la banca.
Se reestructurarán las instituciones de crédito, a fin de lograr que el sistema bancario nacional, integrado por los bancos nacionales múltiples y la banca nacional de desarrollo, sea más sólido y competitivo, con presencia regional, y menores costos de intermediación. Para la banca múltiple nacionalizada implica la racionalización y consolidación de los actuales bancos en grupos financieros con cobertura nacional, que operen en condiciones de mayor integración y eficiencia.
La banca nacional de desarrollo, a su vez, será reorganizada, para que esté en mejor capacidad de atender las prioridades definidas en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.
Condición ineludible para el reordenamiento de la economía es lograr la estabilización del mercado cambiario. En tal sentido, se han propuesto, el día de ayer, importantes ajustes y simplificaciones, para que el sistema de cambios sea funcional como instrumento de promoción del desarrollo.
La estabilización se logrará a partir de dos premisas: la reivindicación del mercado cambiario bajo la soberanía monetaria del Estado y el establecimiento de un tipo de cambio realista, que aliente las exportaciones y propicie la captación de divisas necesarias para impulsar el proceso económico.
En el primer sentido, la función cambiaria regresará, progresivamente, a las instituciones bancarias del país. La existencia de un mercado de cambios fuera del sistema bancario, resta transparencia a las operaciones y ocasiona problemas de seguridad.
Por otro lado, la sustitución de una parte importante del mercado de divisas en el país, por un mercado de pesos en el extranjero, representa un grave deterioro a la actividad reguladora del Banco Central.
Por lo que atañe al segundo aspecto, los tipos de cambio responderán a las realidades económicas, aún cuando esto implique su elevación, ya que es preferible operar con un tipo más alto, antes que no poder fijar ninguno, por carecer de divisas.
Como complemento de estos ajustes sustanciales, se simplificará el esquema de control de cambios y se canalizarán las divisas, sobre las que se pueda ejercer un control efectivo hacia usos prioritarios.
En esta nueva etapa de la vida nacional, el manejo de la deuda pública tiene importancia primordial, para compensar el acentuado desequilibrio del sector externo de la economía y restaurar la deteriorada posición financiera del sector público. Por ello, habrá que insistir en la necesidad de mantener su ritmo de crecimiento en forma equilibrada con el aumento de la riqueza nacional con el crecimiento de nuestros activos, de nuestros ingresos.
Sin embargo, ante la imposibilidad de financiar, con recursos propios, el déficit creciente que el sector externo de la economía ha venido generando, será necesario recurrir al endeudamiento externo de manera complementaria.
En virtud de lo anterior, los mecanismos de planeación, presupuestación y control del crédito externo, habrán de ser en extremo meticulosos en cuanto a monto, estructura y destino, de tal manera que se distribuyan convenientemente los requerimientos de contratación en los próximos años y se aligere su perfil de vencimiento.
Atendiendo a estos lineamientos se ha solicitado la reestructuración de nuestra deuda externa en condiciones que ratifican el reconocimiento, por la comunidad financiera internacional, de las potencialidades de desarrollo de país.
En este sentido, me gustaría comentar con esta soberanía que el día de ayer salieron los últimos mensajes a la comunidad financiera internacional a un poco más de 1,400 instituciones de crédito distribuidas en todo el mundo, haciendo la solicitud para nuestra reestructuración de la deuda pública mexicana.
Se ha solicitado la conversión de toda la deuda de corto plazo a un endeudamiento de mediano plazo, a 8 años, con 4 años de gracia, y se ha hecho igualmente, una solicitud para obtener nuevos, recursos frescos durante el año de 1983 por una suma de alrededor de 5 mil millones de dólares.
Se trata de una operación compleja, probablemente la operación financiera individual más compleja que se haya registrado en la historia financiera del mundo. La reestructuración del endeudamiento de corto plazo, los vencimientos de mediano y largo plazo que teníamos para el año de 1982, 1983 y 1984, que es lo que se está reestructurando, implica un volumen total de alrededor de 20 mil millones de dólares. Junto con el dinero fresco al que me refería hace un instante, se trata de arreglar una operación por alrededor de 25 mil millones de dólares.
Me complace comentar con ustedes que las primeras reacciones que hemos recibido de parte importante de la comunidad financiera internacional son altamente favorables y reconocen, en esencia, como manifestación reiterada de confianza las enormes posibilidades que tiene nuestro desarrollo en el corto y en el mediano plazo.
Señores diputados:
Se han expuesto, al elevado criterio de esta soberanía, los lineamientos ideológicos, programáticos y conceptuales, que orientaron la elaboración de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para 1983. Asimismo, se han fundamentado los objetivos perseguidos y los instrumentos que se utilizarán para alcanzarlos. De esta manera, se procura ofrecer todos los elementos de juicio que demanda una evaluación integral del citado proyecto.
Deseamos reiterar que nada de lo que se propone significa una ruptura con el proyecto de desarrollo emanado de la Revolución y su expresión jurídica: la Constitución de 1917. Hay, en nuestro sistema político, una continuidad que sintetiza, dialécticamente, los avances que constituyen el patrimonio construido por los gobiernos revolucionarios, con las nuevas aportaciones que demanda la actualización y perfeccionamiento de nuestro modelo de convivencia social.
Expresión de esta síntesis es la planeación democrática, propuesta por el señor Presidente Miguel de la Madrid, a cuyas directrices se ajustará el Plan Nacional de Financiamiento del Desarrollo, del cual forma parte el proyecto sometido a su consideración.
Esta iniciativa ha sido elaborada de cara al futuro de México, pero a partir de una situación de emergencia como la que enfrentamos. Es preciso entenderla como producto y respuesta a esta situación; analizarla, con conciencia cabal del momento en que vivimos y de la gravedad de los desafíos que enfrentamos; juzgarla, teniendo como guía los supremos intereses de la Nación. Que ningún interés, individual o sectorial, por muy respetable que sea, se anteponga al compromiso con la República.
No conocemos otra fórmula para superar el trance que enfrentamos. Todas las recetas técnicas serán impotentes, si no logramos unirnos por encima de nuestros intereses particulares y probamos, una vez más, que México es empresa y destino que trascenderá esta contingencia de la historia.
La crisis presente es un desafío a nuestra integridad como individuos y como Nación. Hacer frente a este reto demanda un esfuerzo de todos los mexicanos, proporcional a su participación en los beneficios de la riqueza nacional. El Estado encabezará esta tarea en defensa de nuestro patrimonio y nuestro prestigio; pero todos tienen la posibilidad de aportar, en el ámbito de su competencia y en la medida de su compromiso con el país.
Sumarse a esta convocatoria es apostar a la esperanza, jugarse por el país. Que nadie deserte o se margine de ella. México lo reclama para seguir construyendo su destino, en justicia y libertad." (Aplausos).
INTERPELACIONES Y RESPUESTAS
El C. Presidente: Señor licenciado Jesús Silva Herzog, secretario de Hacienda y Crédito Público, esta Presidencia informa a usted que quince ciudadanos diputados han manifestado su deseo de formular preguntas en relación con la iniciativa de Ley de Ingresos, para el ejercicio fiscal de 1983.
En consecuencia, la sesión proseguirá con la participación de dichos ciudadanos diputados. Se concede el uso de la palabra al diputado Alberto Santos de Hoyos.
El C. Alberto Santos de Hoyos: Señor Secretario: reconocemos la extrema gravedad de la crisis. Sabemos que en lo fundamental, la reforma al impuesto del valor agregado persigue propósitos recaudatorios. Estamos conscientes de la imperiosa necesidad del sacrificio y de que el fisco cobre en el corto plazo más impuestos.
Nos preocupan, sin embargo, entre otras, las siguientes interrogantes:
1. El gravamen a las medicinas se redujo de un 10% a un 6%. Pero por otro lado, el gravamen a los alimentos industrializados se aumentó de un 0% a un 6%. ¿No considera usted esto como una contradicción? Asimismo, nos interesa saber porqué en todo caso la iniciativa no exonera totalmente el gravamen a las medicinas, tratándose de un cuadro básico indispensable para la salud familiar del mexicano.
2. ¿Considera usted que los incrementos tan considerables en las tasas del IVA no tendrán efectos inflacionarios que incidan negativamente en el propósito de darle solución a la crisis? ¿No se desatará aún más la espiral inflacionaria y por lo tanto, se erosionarán peligrosamente los ingresos reales de todos los mexicanos?
3. Las zonas fronterizas de nuestro país se han visto afectadas de modo especial por los problemas derivados de sus circunstancias geográficas y en la aplicación del sistema de control de cambios. Para esas zonas, se establece que el Impuesto al Valor Agregado se incremente de un 6% a la tasa general, para los casos de todos los bienes y servicios en que, por razones de competitividad, no se distorsiona el comercio fronterizo. ¿Podría usted decirnos, por una parte, cuáles serían esos bienes y servicios que se incorporarán a la tasa general, y por otra, si no sería posible que dada la situación angustiosa que viven nuestras fronteras, se reconsiderara la propuesta para que se siguiera aplicando la misma tasa del 6% a todos los artículos que allí se negocian?
4 y última: ¿El aumento de la tasa general del 10% al 15%, no impactará negativamente a las clases más necesitadas del país?
La regresividad de este impuesto nos hace plantear esta duda. Muchas gracias.
El C. secretario de Hacienda, licenciado Jesús Silva Herzog: Muchas gracias señor diputado Santos, por esta pregunta que recoge en buena parte preocupaciones, sentir de parte muy importante de la población, una vez que se dieron a conocer las iniciativas de Ley de Ingresos para 1983, y se conoció de la intención de proponer a esta soberanía un aumento en la tasa del Impuesto al Valor Agregado, así como algunos ajustes en su operación.
Usted apunta, y muy bien, que el objetivo fundamental de esta propuesta responde a necesidades de carácter recaudatorio. En un esquema económico como en el que nos encontramos, y como el que seguramente viviremos en el año de 1983, no hubiera sido posible descansar en ajustes en la imposición directa para obtener ingresos adicionales para el erario.
Descansar en el Impuesto sobre la Renta, en un ambiente recesivo con un crecimiento muy modesto de nuestras economía, con un crecimiento "cero" de nuestra economía, hubiera sido contraproducente y seguramente no hubiéramos obtenido los recursos estimados.
De ahí que para cumplir con ese objetivo de naturaleza eminentemente recaudatoria, se tuvieron que analizar posibilidades de ajuste en el Impuesto al Valor Agregado, y creo que vale la pena hacer algunos comentarios sobre el particular.
En términos generales, y con excepciones que confirman la regla, nuestro país tiene, o la importancia de la imposición indirecta en nuestro país en el Impuesto al Valor Agregado, es relativamente baja si se le compara en el medio internacional.
En un análisis somero de lo que acontece en otros países frente a la imposición indirecta, tenemos que concluir de modo fácil, que los coeficientes que existen en nuestro país, son relativamente bajos desde el punto de vista internacional.
El ajuste que se propone busca entonces obtener mayores ingresos, pero busca también el tratar de hacerlo con el mayor respeto posible a naciones de equidad impositiva. De ahí la reducción de la tasa del 10 al 6% de las medicinas, petición que habíamos escuchado en forma reiterada en los últimos años. De ahí la elevación al 20% a ciertos artículos consumidos típicamente por los grupos de ingresos más altos.
De acuerdo con los estudios que se han hecho en la Secretaría de Hacienda y como me
permití comentar en el cuerpo de las palabras introductorias, la mayor parte de la canasta popular alrededor del 61% que la exenta agravada a una tasa del 6%. El resto, alrededor de un 15%, se ve gravado con las tasas superiores, buscando precisamente el logro de ese objetivo de equidad.
Hay un problema permanente en estas cuestiones y se refiere al impacto inflacionario que este tipo de medidas puede tener, con esta salvedad de que afecta parte relativamente reducida de la canasta popular, pensamos que el efecto inflacionario a corto plazo, puede no ser tan significativo y que si da origen a incrementos mayores en los precios, será no por consecuencia del ajuste en el Impuesto al Valor Agregado, sino por tendencias de carácter especulativo, que tenemos todos que tratar de combatir.
Es incuestionable que a mediano plazo el fortalecimiento de las finanzas del Estado puede a su vez ser uno de los elementos antinflacionarios más importantes, o para decirlo en términos más sencillos, en 1983 habrá un efecto en los precios, pero pensamos que este efecto puede ser modesto y absorbible por los grupos de ingresos medios y altos. Pero que el fortalecimiento de la capacidad recaudatoria del Estado a mediano plazo, derivado de este ajuste y de los otros que contempla el paquete global de estrategia económica, puede conducirnos al logro de uno de los objetivos esenciales que en este momento plantea la coyuntura económica, o sea, abatir la inflación.
En el caso de los artículos de frontera, en el caso de la aplicación del IVA en la frontera, no se piensa hacer una modificación fundamental, el trato preferencial, el mantenimiento de una tasa del 6% se conservará. Sin embargo, como recordarán muchos de ustedes, el haber fijado esta tasa menor del 6% para transacciones en la frontera, obedeció al objetivo de tratar de mantener una mejor competitividad entre nuestros productos y los que se ofrecían del otro lado de la frontera. Pero hay una serie de artículos, de productos que no tienen esa relación de competitividad, incluso hasta por razones de carácter estructural, como, por ejemplo, los bienes raíces. No se justifica por tanto tener una tasa menor en artículos que, por esa razón muy clara, no pueden competir con los que se ofrecen del otro lado de la frontera. Se están haciendo pues ajustes menores en aquellos productos, servicios, que no tienen el problema de la competitividad con otros productos del otro lado de nuestra frontera.
Uno de los mayores retos a los que nos enfrentamos en los próximos meses es reducir la inflación. La inflación es probablemente el impuesto más regresivo que existe de todos los que pueden utilizarse, de ahí que estas medidas, repito, junto con un conjunto adicional de uso de otros instrumentos, buscan esencialmente el abatir los coeficientes inflacionarios en los próximos años, en los próximos meses. No dudo, sin embargo, aquí debemos ser muy realistas y debemos ser muy apegados a la verdad, que un impuesto de esta naturaleza, impuesto indirecto, tiene impactos regresivos en la distribución del ingreso; pero más regresivo sería el no buscar por todas las fuentes el abatir los coeficientes de aumento en los precios.
Es lo que le podría comentar, señor diputado Alberto Santos. (Aplausos.)
El C. Presidente: Tiene la palabra el diputado Alberto González Domene.
El C. Alberto González Domene: Señor Secretario: "La vergüenza de confesar el primer error, hace cometer muchos otros", esto no lo digo yo, lo dijo La Fontaine. Debemos reconocer todos, sin vergüenza, que el pueblo de México tendrá que pagar ahora las políticas económicas inadecuadas que implantaron un grupo de funcionarios del sexenio pasado y del antepasado, que fueron la causa fundamental de la crisis que padecemos. Ante esta triste realidad, el Presidente de la República presentó a la nación un programa de 10 puntos que pretende lograr una reordenación económica para salir de la crisis que ahora se inicia más álgidamente, y que es muy probable que se agrave en un futuro próximo, ya que el mismo Presidente reconoció que el Presupuesto debe ser austero, que existe la corrupción y que el dispendio de los fondos públicos también existe; y confesó concretamente que el sector público registra un déficit desmedido y sin comparación en la historia del país, que la mayoría de las empresas públicas, a las que usted aludió en la presentación, registran no sólo déficit permanente sino que sus balances financieros observan situaciones de quiebra y que en este mes de diciembre, señor Secretario, el sector público tendrá un déficit sin precedente. Estas son palabras del señor Presidente de la República.
Por otro lado, las medidas indicadas por usted, incluyen la reducción del déficit presupuestal, pero es necesario señalar que el desequilibrio de las finanzas mexicanas ha radicado fundamentalmente en el exorbitante gasto público del Gobierno, o sea, en el excesivo y desordenado crecimiento del sector público que abarca las empresas estatales, la burocracia, los fideicomisos, etcétera.
Al inicio de este sexenio, se están estableciendo las bases que pretenden solucionar la crisis, la cual podríamos resumir en: una inflación del 100%, una planta industrial próxima a paralizarse y un descenso considerable en la producción agropecuaria, un desempleo masivo que ya comienza a manifestarse en forma alarmante, tasas de interés muy altas que hacen difícil el crédito para la inversión, falta de credibilidad de parte del pueblo para con el gobierno. Y aquí quisiera enfatizar esta idea, esta falta de credibilidad, que agravará radicalmente sin duda y, por ejemplo, en San Luis Potosí, el profesor Carlos Jonguitud Barrios realiza mañana el fraude electoral contra los ciudadanos potosinos, así como en otros municipios de otros estados.
Pero entrando en el tema, un crecimiento pronosticado por usted también de cero o casi cero a los próximos años. Teniendo en cuenta esta exposición, insistimos, señor Secretario, nos podría usted responder: ¿no se va a descuidar el saneamiento de las empresas públicas - lo que acaba usted de manifestar - de que se pretende hacerlas transparentes? ¿Qué medidas concretas se van a aplicar para reducir el gasto público en el gobierno? También nos queda esta duda, señor Secretario. Con respecto a los aumentos de los impuestos, ¿no será camino mejor el disminuir el déficit presupuestal al través de un menor gasto público del gobierno y no al través de impuestos desproporcionados?
Y finalmente ante el negro panorama que nos espera más obscuro que claro, los mexicanos no podemos jugarnos un nuevo riesgo que nos llevaría al desastre total, dado que usted, señor Secretario, es el responsable de proporcionar los recursos económicos que garanticen la óptima realización del futuro desarrollo del país para sacarnos de la crisis, podría informarnos ¿cuál es el plan de contingencia que se tiene si llega a ocurrir una nueva baja en el precio internacional del petróleo? Es todo, señor Secretario.
El C. Secretario de Hacienda: Con mucho gusto, señor diputado González Domene, trataré de dar respuesta a algunos de los planteamientos que usted hizo en su interrogatorio, obviamente que no me referiré a algunos otros.
En primer término quisiera puntualizar que la crisis que padecemos de ninguna manera me parecería una apreciación equivocada, fácil, precipitada y errónea que puede atribuirse a decisiones de un grupo de funcionarios.
La crisis económica por la que atravesamos debe encontrar su origen verdadero en un conjunto diverso de factores. En algunas otras ocasiones lo hemos comentado, en otras oportunidades hemos recordado que a mediados del año de 1981 tuvo lugar un descenso importante en los precios del petróleo y un aumento sin precedentes que los llevaron a niveles sin precedentes de las tasas de interés; de cómo en el segundo semestre de 1981, cayeron también los precios de un número importante de productos que México tradicionalmente exporta. Y para simplificar la repercusión que estos fenómenos tuvieron en nuestra economía hemos señalado que el conjunto de estos efectos para el segundo semestre de 81 fue de alrededor de 10 mil millones de dólares. Hubo que compensar este descenso y lo hicimos a base de un aumento significativo en el endeudamiento externo, sobre todo a corto plazo. Se pudo haber, en ese momento, como de hecho se hizo, iniciado el ajuste económico, y de hecho se hizo. Se empezaron a tomar diversas medidas para buscar ese ajuste que, derivado de otras razones, no tuvo, en el año de 81, los efectos esperados. El ajuste vuelve a reforzarse en los primeros meses de 81, pero fuerzas internas y externas jugaron en forma coincidente y provocaron la crisis que en este momento padecemos.
Hubo una decisión importante que se adoptó en su momento, que fue la de mantener el ritmo de crecimiento de la economía frente a condiciones externas desfavorables, y esto significó que el país pudo crecer más de lo que hubiera hecho en caso de ajustarse severamente y pudo generar empleos en forma adicional a lo que lo hubiera hecho si hubiera hecho el ajuste de modo brusco.
Ahora, en este momento, no tenemos ya la posibilidad de desfasar el proceso de ajuste, sino que hay que hacerlo porque los recursos de carácter externo que permitieron brincar esta necesidad en el segundo semestre de 81, prácticamente se han agotado.
De tal manera que sí quisiera ser muy claro en el sentido de que una crisis económica como la que el país vive tiene que entenderse, a la luz de factores internos, sin duda, pero a la luz también de factores procedentes del exterior.
México pudo sustraerse a un clima de recesión que hemos vivido en los últimos cuatro o cinco años y hay que recordar cómo países incluso de carácter petrolero como Venezuela, por decir un caso específico, tienen dos años con un crecimiento de cero el año pasado y un crecimiento de menos negativo en el año de 1982, pudimos sustraernos pero ahora tendremos necesariamente que hacer este ajuste de carácter económico que tiene una manifestación muy evidente en la estructura financiera del país.
¿Qué medidas vamos a tomar para bajar el déficit del sector público? Está señalado de modo muy claro en el documento que precede a la presentación del proyecto de Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983, un documento de criterios generales sobre política económica para 1983.
Haber actuado como usted lo sugiere, exclusivamente del lado del gasto, hubiera sido posible, pero hubiera implicado recortes verdaderamente inmanejables en el gasto público que tiene, lo tiene si lo analizamos con cuidado, tiene rasgos importantes de rigidez. Se prefirió buscar una combinación de bajar gastos y subir ingresos y eso es precisamente el paquete presupuestal que el Ejecutivo Federal está presentando a esta soberanía, bajar el gasto y subir el ingreso, subir el ingreso, no descansando tan sólo en medidas tributarias que podrían ser excesivamente lesivas por su nivel que requeriría, sino también en ajustes de precios y tarifas de bienes y servicios que ofrece el sector público.
En términos generales, el ajuste que debemos hacer para el año de 1983 es de alrededor de un billón quinientos mil millones de pesos, y este billón quinientos mil millones de pesos procederá, en términos generales, la mitad en acciones de gasto y la mitad en acciones de ingreso. Y las acciones de ingreso, a su vez, se dividen en mitades, en medidas tributarias y en medidas de precios y tarifas. Esto así en términos generales como pretendemos bajar el déficit del sector público.
Sin embargo, yo quisiera aprovechar esta oportunidad para comentar que este descenso en
el déficit del sector público podríamos decir que no es una decisión independiente, una decisión autónoma del Ejecutivo, sino que es una decisión que toma el Ejecutivo por condiciones que le imponen precisamente las circunstancias. Haber mantenido niveles de déficit como en el año de 1982, y sin contar con los recursos necesarios para apoyarlos, hubiera significado el tener que pagar este billón 500 mil millones de pesos probablemente de emisión primaria del Banco de México, con consecuencias directas y trascendentes en los niveles de precio. O dicho de otra manera, era un imperativo impuesto por la realidad el bajar el déficit del sector público, de los niveles actuales a uno que se piensa puede ser más aceptable y más ligado con los recursos financieros disponibles, tanto de origen interno como de origen externo.
Conviene también puntualizar que el aumento muy significativo del déficit en el año de 1982, se deriva del impacto cambiario que tuvieron las modificaciones en la paridad de nuestra moneda en el servicio de nuestra deuda.
Esto también es importante puntualizarlo para no caer en exageraciones alejadas de la realidad. El impacto que en la deuda tuvieron las variaciones cambiarías representa una parte significativa del aumento en el gasto del sector público mexicano.
¿Qué plan de contingencia existe en caso de que baje el precio del petróleo el año próximo? Debo decir aquí que hace unos pocos meses hubo un Seminario que se repitió en la Ciudad de México, antes había tenido lugar en otras ciudades del mundo, para congregar a un grupo importante de expertos en materia petrolera, y analizar los pronósticos que hacían en materia de precios para el año próximo.
Debo comentar, repito, que no hay un punto de vista unánime ni mucho menos, y que los expertos en el mundo se encuentran divididos casi por mitades, entre aquellos que opinan que por estas y aquellas y las de más allá razones, el precio de los hidrocarburos deben subir, mientras la otra mitad de razones de otro tipo y que apuntan y concluyen que el precio del petróleo debe subir.
Yo creo que si tenemos y aprovechamos, como debemos hacerlo, de las experiencias recientes, no me cabe la menor duda que si nos enfrentamos a una reducción en el precio del petróleo, que conduzca a una reducción en los ingresos de moneda extranjera de nuestra balanza de pagos, lo primero que habrá que hacer, a mi juicio, es buscar por todos los medios posibles, la sustitución de esta pérdida de ingresos por ingresos adicionales.
Reconozco que esto no es algo que se logre en el corto plazo, y si no se logra en el corto plazo, tendremos necesariamente que ajustar la economía a la disponibilidad real de moneda extranjera.
Sencillamente porque el expediente que tuvimos en el pasado, que fue el crédito externo, ahora, en el año 83 no lo tendremos en forma tan amplia ni tan generosa como en el pasado.
No será tampoco problema de decisión de política económica, sino que serán decisiones de ajustes impuestos por las circunstancias. Si falla el precio del petróleo y caen los ingresos por exportación de petróleo tendremos necesariamente que ajustar la economía a esta menor disponibilidad de divisas.
Y este es precisamente uno de los retos más claros que tenemos en los próximos años, ajustar nuestra economía a una disponibilidad de divisas menor a las que nos vamos a enfrentar y buscar y estimular todos los esfuerzos posibles, para presentar la entrada de moneda extranjera a nuestra economía. Pero en ausencia de estos resultados inmediatos, la economía, si con esto lo que quiere decir el consumo, la inversión, el proceso de sustitución de importaciones, el uso de materias primas, de maquinaria y equipo importado, tendrá que ajustarse a eso que es y será necesariamente una menor disponibilidad de moneda extranjera.
Espero haber tratado de dar respuesta a su pregunta, señor diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Salvador Castañeda O'Connor.
El C. Salvador Castañeda O'Connor: Señor Secretario, tres puntos destacan de su exposición y de los documentos que contienen sus propuestas: más impuestos al consumo de los sectores populares, más elevados precios de los bienes y servicios que el Estado genera y mayores contribuciones por el uso de servicios públicos. Conservación en lo fundamental del esquema de privilegios otorgados por el Estado a la burguesía.
Nos anuncia también el regreso a la misma política monetaria y crediticia que en los meses previos al 1o. de septiembre pasado contribuyó al saqueo del país, por parte de los grupos financieros y de una minoría de especuladores enriquecidos.
En suma, viene a proponernos aprobar una política profundamente antipopular contraria a los intereses y aspiraciones de la mayoría del pueblo mexicano La situación que hoy vivimos es producto precisamente de una política estatal que cobijó a los más poderosos y desatendió los verdaderos intereses nacionales y populares. Esa política se ha manifestado en terrenos que hoy nos ocupa, la misma estructura del financiamiento del gasto público extremadamente frágil, incapaz de solventar los crecientes requerimientos de una sociedad como la nuestra impone a la acción económica del Estado. Para nosotros los socialistas, es posible una reforma fiscal distinta a la que usted anuncia, que cumpla precisamente con lo que se ofreció al pueblo el 1o. de diciembre, que quien más tiene más pague. Para ello se requiere actuar pensando en los intereses populares y no sólo en equilibrios financieros impuestos a México por una agencia internacional.
Nosotros estamos de acuerdo en que los ingresos del Estado se eleven a condición de que más contribuyan quienes más tienen y de que las demandas y necesidades de nuestro pueblo sean atendidas. Está bien que se eleve el IVA en
los artículos de lujo. Pero es una agresión a nuestro pueblo que justo cuando la inflación es más fuerte y su ingreso se deteriora o de plano desaparece por el desempleo, el gobierno eleve el IVA del 10 al 15%, cuando lo que debería hacer es reducirlo o de plano eliminarlo, en mercancías como las medicinas o los útiles escolares. Se puede avanzar en los impuestos al capital y a las personas de mayores ingresos no sólo globalizándolos, sino también y de manera fundamental eliminando el cúmulo de deducciones y privilegios fiscales injustificados y aumentando la progresividad de la tarifa de manera tal que el Estado capte efectivamente mayores recursos de los sectores privilegiados de la sociedad.
Ya parece volverse costumbre que cada vez que el gobierno se queda sin recursos para cubrir sus gastos, los consumidores de ingresos bajos y medios, deben soportar aumentos desproporcionados en la gasolina, la electricidad, el gas, el teléfono y los bienes más indispensables. Si de eliminar subsidios se trata, quítenselos a las empresas monopólicas que sólo los usan para engordar los bolsillos de los capitalistas. En suma, señor Secretario, lo que usted ha venido aquí a proponer al Congreso, es una agresión al pueblo de México, a los trabajadores y a los empleados de ingresos medios. Cuente con nuestra oposición.
Y uno podría preguntarse: ¿qué espera el pueblo trabajador a cambio del sacrificio que le impone el gobierno? En el pasado le ofrecieron la prosperidad y sólo encontró lágrimas y disculpas presidenciales y un serio agravamiento de sus ya difíciles condiciones de vida. (Aplausos.)
Podría usted explicar, ¿cómo se hace compatible la protección al ingreso de los trabajadores y los empleados con el alza de impuestos y la elevación de precios y tarifas de los bienes y servicios que genera el sector público que se propone en las iniciativas de ley que nos acaba de presentar?
Por otra parte, usted fue responsable de las finanzas nacionales en los aciagos meses de febrero a agosto del presente año; con la política que se dictaba desde la Secretaría de Hacienda y el Banco de México se fomentó la inflación, vía las alzas en las tasas de interés se toleró la fuga de capitales, más de 50 mil millones de dólares, según lo informó el ex Presidente López Portillo, y se dolarizó el sistema financiero mexicano. El 1o. de septiembre el gobierno decidió rectificar el rumbo, nacionalizó los bancos privados, agentes principales del saqueo, instauró el control de cambio y convirtió al Banco de México en organismo público descentralizado, despidiendo de paso al director del Banco de México por su oposición a estas medidas. De septiembre a noviembre la política financiera cambió de rumbo; sin embargo, ahora se pretende dar marcha atrás, ya se elevaron de nuevo las tasas de interés, el control generalizado de cambios ha sido socavado en sus bases y de hecho se ha regresado a la situación previa al 1o. de septiembre. El director despedido del Banco de México fue reinstalado en su puesto, la nueva Ley Orgánica del Banco de México fue rechazada y lo que es más grave, se empieza a poner en entredicho la nacionalización de la banca. Usted puede explicar lo que sea, tiene argumentos para el pro y los tiene para el contra y puede que en ambos casos lo haga brillantemente, pues usted fue parte de los afanes nacionalizadores de los últimos días del anterior gobierno y ahora actúa en el campo de las rectificaciones a tal política.
Pero sí le rogaría en esta última cuestión que le planteo, su mayor atención y sinceridad.
Aun cuando en el discurso inaugural del gobierno, se dice que la nacionalización de la banca es irreversible, hay, en las reformas que se proponen a diversos artículos de la Constitución para configurar lo que podría llamarse un capítulo económico, en cierto espíritu desnacionalizador que afecta no sólo a la banca sino a otras empresas del sector público.
Por medio de estas reformas se pretende congelar el espacio que ha conquistado el Estado en materia económica, a fin de que no se amplíe su actividad hacia otros campos donde resulta indispensable su participación.
En este sentido, preocupa la interpretación que pudiera darse al nuevo Artículo 28 constitucional, cuando se enumeran las actividades estratégicas a cargo exclusivo del Estado, y se dice finalmente el resto de las actividades que esta Constitución le confíe expresamente. Esto podría significar que, para que el Estado asuma el control de alguna rama de la economía o de la actividad productiva no prevista, hubiera que reformarse previamente la Constitución, cosa que sería contraria a nuestra práctica histórica, que nos enseña que primero es nacionalizar y después se eleva la medida a rango constitucional. No se pueden poner al mismo nivel constitucional los sectores privado, social y público, aun cuando se reserven para este último las áreas estratégicas, porque los derechos de la nación y los que corresponden a los particulares, no tienen la misma jerarquía. El principio de apoyar a la empresa privada, no existe ni en la Constitución de Norteamérica, que es el partido de los monopolios. Hay un párrafo en las reformas que se proponen al Artículo 28 que dice que: "...el Estado contará con los organismos y empresas que requiera para la eficaz explotación de las actividades estratégicas a su cargo, y las de carácter prioritario, donde, de acuerdo con las leyes, participe por sí o con los sectores social y privado". Este párrafo puede dar lugar a interpretaciones diversas.
Refiriéndome concretamente a la banca, quiero preguntarle por último, señor Secretario, si es el criterio del gobierno que los empresarios puedan participar en el patrimonio de los bancos nacionalizados y, en todo caso, con qué argumentos justifica el gobierno este retroceso en la nacionalización de la banca y en la política monetaria y crediticia que de ella se derivó. Gracias por su atención. (Aplausos.)
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Gracias, señor diputado Castañeda. Su
Intervención está rica de puntos de cuestiones fundamentales. Voy a tratar de referirme, si no a todos ellos, a la mayoría de los que usted planteó.
En algún momento comentó usted que sabemos de que existe la oposición de usted y de su partido a estas propuestas que presenta el Ejecutivo Federal. Déjeme comentarle que ya lo anticipábamos; ya lo anticipábamos, porque definitivamente en los planteamientos que ustedes han venido haciendo desde hace ya un buen número de años no hay una coincidencia con los planteamientos que aquí, en esta ocasión, estamos haciendo.
Me gustaría hacer algunas precisiones. No es, de ninguna manera, una política antipopular la que plantea el presupuesto de ingresos y egresos de la Federación para 1982. Es una política realista y que trata, precisamente, de defender los intereses populares en el mediano y en el largo plazo. Está fundamentada de manera central en que no puede haber mayor daño para los anhelos populares que aumentos en el nivel de precios cercanos al 100%, que el año pasado tuvimos un aumento de precios ligeramente inferior al 30% y que ahora vamos a cerrar 82 con un aumento cercano al 100%.
Es muy fácil y así lo evidencia la experiencia histórica y geográfica, que un país que asciende a estos niveles de aumento de precios, perfectamente puede caer en aumentos que en plazos cortos se multiplica al 200% o al 300%, esto sería la política más antipopular por definición. De ahí que es decisión del Presidente De la Madrid el tratar de contener estas precisiones inflacionarias que erosionan de modo directo y claro el nivel de vida de los grupos mayoritarios de la población; presiones inflacionarias que, como lo hemos visto a lo largo de la historia y de la geografía, a lo que conducen son precisamente a tensiones sociales mayores y a grados de concentración de riqueza adicionales.
Por eso, la política del Presidente De la Madrid en materia económica responde y responde a lo que recogió en su campaña política como una de las manifestaciones más claras, el buscar el abatimiento a la carestía de la vida y de allí que lo haya convertido en uno de sus principios rectores de las acciones que inicia su gobierno.
No es, por tanto, de ninguna manera una política antipopular, antipopular sería cerrar los ojos, seguir por los mismos caminos y enfrentarnos el año próximo a aumentos de precios del 150% o 200% en los niveles de precios. Otra corrección: no son, de ninguna manera condiciones impuestas por ningún organismo internacional. Son decisiones total y absolutamente independientes y soberanas del Ejecutivo Federal, derivadas del análisis y apreciación de una realidad económica que requiere ser atacada con el más crudo realismo y a veces con el sacrificio de corto plazo que va a implicar.
No somos el único país en el mundo ni muchos menos, que enfrenta estos problemas.
Estamos en un mundo inmerso en problemas de inflación y de recesión, y no conozco, no conozco ningún país que se enfrente a problemas como los que ahora nos estamos enfrentando que no los tenga que resolver con disciplina, con austeridad, con realismo y sin demagogia. (Aplausos).
Es cierto: hay una política cambiaria a adecuaciones, modificaciones al decreto que estableció el control generalizado de cambios en la República Mexicana el 1o. de septiembre de 1982. Las primeras adecuaciones, ajustes, tuvieron lugar precisamente en la primera semana de septiembre de 1982. Desde un principio hubo el reconocimiento cabal y claro de que las condiciones de nuestro país, esencialmente la frontera externa que tenemos con el país más rico del planeta, imponía condiciones al mecanismo de control de cambios que no existían en ningún otro país del mundo, porque ningún otro país del mundo tenía una frontera como la que nosotros tenemos.
En la primera semana hubo adecuaciones, ajustes, y en la segunda semana también ha habido ajustes y adecuaciones.
Se reconoció desde muy al principio, que había que establecer un control de cambios a la mexicana, y con ello lo que se trasmitía era precisamente la necesidad de ajustarlo a las circunstancias prevalecientes y privativas de nuestro país.
Necesitamos, y es una necesidad vital para el país, elevar nuestros ingresos en dólares; los necesitamos para poder hacer las importaciones esenciales que requiere esa planta productiva a la que usted se refería, que está a punto de paralizarse, y está a punto de paralizarse porque no hemos podido generar los dólares que le permitan comprar la materia prima, la refacción o el insumo para continuar sus operaciones, de ahí que sea una necesidad ineludible de operación económica, de realidad económica, el que tengamos que buscar y alentar los ingresos de dólares a nuestro país.
¿Y cómo hacerlo, cómo hacerlo si la experiencia nos ha demostrado en las últimas semanas que los mecanismos que establecimos no fueron eficaces para ese propósito; no permitieron la entrada de dólares al país, estimularon en cierta medida la salida de pesos del país?
De ningún modo hemos pensado, y así quedó plena y totalmente explicado el día de ayer, eliminar el control de cambios. El control de cambios se mantiene pero restringe a aquellos sectores de nuestra actividad económica que tiene mayor importancia cuantitativa para el desarrollo de nuestro país. Así se mantiene en el esquema por supuesto, la exportación que obtenemos, los ingresos que por exportación de petróleo obtenemos del resto del mundo, las exportaciones del sector público y las distintas operaciones de endeudamiento público y privado, pero no tenemos por qué mantener los mecanismos de control de cambio en las transacciones fronterizas cuando además son de por sí ineficaces.
No podemos, de ninguna manera, pensar en que frente a los miles y miles de cruces que hay
todos los días entre nuestros pueblos fronterizos y el sur de los Estados Unidos, podamos tener mecanismos administrativos que eviten que alguien saque los dólares o los pesos por encima de las disposiciones establecidas. Y es más en estos tres meses, vivimos la imposibilidad de esta medida. Por el contrario tenemos que ajustar estas decisiones, no con criterios dogmáticos sino analizando con realismo la realidad a la que nos enfrentamos y adaptar las soluciones que mejor correspondan. Necesitamos ajustar precisamente la realidad de la frontera y de ninguna manera insistir en mecanismos que no han funcionado.
Por otro lado, sabemos también de la importancia que el turismo puede tener en este momento, para poder estimular el ingreso de divisas, aprovechando lo que parece puede ser un repunte de la actividad económica de los países industriales. Y bien sabemos también, que en las últimas semanas, los ingresos de turistas, venían denominados básicamente en moneda nacional quedándose los dólares del otro lado de la frontera.
Por eso estamos adoptando la política que ayer anunció el director general del Banco de México, no pensamos que el problema cambiario se vaya a resolver de la noche a la mañana, de ninguna manera, pero pensamos que cualquier jornada por larga que sea debe iniciarse con un primer paso y aquí está este primer paso, buscando el reordenamiento de nuestro mercado cambiario, buscando y alentando esencialmente ese mayor ingreso de divisas que puede permitir este nuevo esquema.
De ninguna manera responden estas modificaciones a buscar y a crear condiciones que vuelvan a facilitar la salida de capitales que tuvo y sufrió el país en los últimos meses. Nos parece que para ello es precisamente la estrategia económica global del Presidente De la Madrid, la que hará que los capitales permanezcan en el país y vuelvan a recircular en el proceso productivo, en el circuito ahorro - inversión, que el país tanto necesita. En eso estamos confiados y a esos objetivos estamos aspirando.
En unos días más, el Ejecutivo Federal presentará una iniciativa de ley reglamentaria al Artículo 28 constitucional. Y como lo apuntó el señor Presidente De la Madrid, en su discurso de toma de posesión, no se estima que es lo mismo nacionalizar que estatizar. Y que la nacionalización, acto irreversible, de ninguna manera puede confundirse con la mera sustitución de un grupo minoritario por otro grupo minoritario. Nacionalización no es estatización. Pero de ninguna manera estas modificaciones son tampoco privatización. Habrá el más absoluto y total respeto a las reformas de nuestra Carta Magna y a la conquista popular que significó la nacionalización de la Banca Mexicana. Sí sentimos que es posible, como lo ha sido en otras figuras dentro del propio sector financiero, encontrar mecanismos que faciliten el mejor desempeño de estas instituciones nacionalizadas y las hagan trabajar más acordes con las prioridades nacionales. Y en ese sentido estará la iniciativa que en unos próximos días estará bajo la consideración de ustedes. Gracias señor diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Antonio Fabila Meléndez.
El C. Antonio Fabila Meléndez: Señor Secretario: es una realidad que la estructura productiva y en especial la industrial del país, registra una alta dependencia del exterior. Tal parece que el mínimo de importaciones requeridas para el mantenimiento de un nivel adecuado de producción, excede al máximo dentro de las exportaciones, lo que nos conduce a un déficit comercial prácticamente permanente.
En razón de lo anterior, y por las necesidades que exige una creciente población y lo imperioso de generar empleos y mejorar niveles de vida, se precisa de la obtención creciente de recursos provenientes del extranjero, hasta ahora obtenidos en su mayor parte mediante el recurso del crédito. Esto ha provocado que tengamos un nivel de deuda pública que al final del presente año ascenderá a la cantidad de 69 mil millones de dólares, según se consigna en la Exposición de Motivos de la Ley de Ingresos.
Fatalmente lo anterior nos obliga para el año próximo a solicitar en forma adicional la cantidad de 5 000 millones de dólares, como usted lo ha enunciado, para complementar los requerimientos mínimos que se precisan para que el país mantenga su capacidad de producción en un nivel que se estima será casi de sobrevivencia. Ahora bien, suponiendo inclusive un nivel conservador de producción y crecimiento del país, implicaría con la nueva tendencia del endeudamiento, el que al final del presente régimen el nivel de la deuda pública estuviera cerca de los 100 mil millones de dólares.
Conforme a lo anterior mi pregunta se orienta, señor Secretario, a conocer: si en forma permanente habremos de seguir acrecentando nuestra deuda externa sin posibilidades de mantenerla al menos al nivel actual o en su caso si existe la posibilidad de revertir su tendencia y que nuestras amortizaciones empiecen a superar los requerimientos anuales de crédito del exterior y, finalmente, si el nivel actual de nuestra deuda externa no limita la capacidad de maniobra del mismo estado mexicano en su decisión soberana sobre lineamientos de política económica nacional. ¿Cuáles son, señor Secretario, sus consideraciones al respecto?
El C. secretario de Hacienda: Gracias señor diputado Fabila por esta pregunta que responde, así lo entiendo, a una inquietud sentida desde hace algunos años y sentida con mayor vigor en los últimos meses, derivados de los problemas en los que el país incurrió al cubrir sus obligaciones procedentes de su endeudamiento externo.
Creo que vale la pena en primer término, precisar que el endeudamiento externo mexicano de los últimos años, de los últimos
lustros y de las últimas décadas, ha sido un factor complementario del ahorro interno que nos ha permitido crecer con mayor rapidez de lo que hubiéramos podido crecer si no hubiéramos tenido acceso a este endeudamiento externo.
Y sucede lo mismo con cualquier operación de crédito, del crédito externo en este caso, nos está facilitando el acceso a una serie de importaciones que han permitido en las últimas décadas al país mantener el dinamismo, uno de los dinamismos en nuestro desarrollo económico más acelerados de los países en proceso de desarrollo, pasar del país que éramos en 40 al que ahora tenemos en el año de 1982.
Pregunta fundamental o duda fundamental que usted plantea es de si podemos aspirar a disminuir el endeudamiento externo. Si año con año estamos, como usted lo comenta en su pregunta, condenados a ir elevándola el año que entra en 5 mil millones, al año siguiente probablemente en una cantidad semejante, y así sucesivamente hasta llegar a cien mil millones de dólares al final de la presente administración.
Creo que esta es una pregunta y una reflexión fundamental, y mi respuesta sencilla y rápida, sería: sí tenemos posibilidad para abatir el saldo de nuestra deuda externa, pero la tenemos, la tenemos en la medida en que como países seamos capaces de generar un volumen de exportaciones, de bienes y servicios que sean superiores a las importaciones de bienes y servicios que tenemos. Si el país puede en los próximos años, y siento que es uno de los grandes desafíos imprimir un dinamismo especial, urgente, por otro lado, a la exportación de mercancías, a la exportación de servicios de turismo y, al mismo tiempo, sustituir con mayor eficiencia importaciones que todavía hacemos del exterior, podremos en ese momento ser capaces de empezar a disminuir nuestro endeudamiento externo. De ahí que en ocasiones, aquí a veces hay confusión de palabras, la crisis a la que nos enfrentamos, que es de corto plazo, porque plantea este desequilibrio entre ingreso y egreso de divisas, responda también, en cierto sentido, a problemas de carácter estructural que están en la estructura de nuestro comercio exterior, en nuestro poco dinamismo de exportaciones y en nuestro extraordinario dinamismo en las importaciones.
En los últimos tres años las exportaciones no petroleras han disminuido en términos reales, y esto es un resultado que en los próximos años deberemos, necesariamente, como país, revertir y darle un estímulo muy especial a la exportación. Lo mismo podemos decir de la exportación de servicios que ha perdido dinamismo y ha cedido mercados a otras fuentes de atracción turística. Y frente a esto seguimos importando -iba a decir todo o casi todo, y probablemente exageraría un poco - pero tenemos un contenido de importaciones excesivamente alto en nuestra planta productiva y también en nuestros patrones de consumo. Si el país es capaz de dar este dinamismo a la exportación y de detener la importación, vamos a estar en condiciones de abatir la deuda externa. Si no somos capaces de hacerlo tendremos necesariamente que compensar esa diferencia, ese desequilibrio con deuda procedente del exterior o con reservas del Banco de México, que en este momento no son muy altas. Gracias, señor diputado, por su pregunta.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado David Lomelí Contreras.
El C. David Lomelí Contreras: Señor Secretario de Hacienda y Crédito Público: Las preguntas que formularemos en esta intervención parten de las siguientes consideraciones: El PDM reitera su asentamiento vertido en distintos pronunciamientos de que una de las bases de un programa de recuperación económica que resuelve la crisis actual es la disminución del déficit presupuestario y que, para ello, se deben seguir dos caminos lógicos que se equilibren entre sí. Por una parte, reducir el crecimiento del gasto público, y por la otra, aumentar los ingresos del Estado mediante la elevación de los precios y tarifas de los bienes y servicios que presta el sector público, así como la elevación de tasas tributarias. Esto último es impopular pero en su justa medida necesario, le toca a usted, señor Secretario, ejecutarlo; estamos conscientes de que en una época de crisis como la actual, para que el país no se deshaga, según expresión presidencial, se necesita del sacrificio de todos los mexicanos, quienes pagaremos mayores precios y mayores impuestos.
Lo anterior en forma global no se cuestiona, aunque en lo particular pueda objetarse algún renglón que en forma manifiesta viole gravemente la justicia tributaria o la justicia social; sin embargo, sí preocupa que las medidas fiscales propuestas en la Ley de Ingresos, cuya simple enumeración rebasaría los cinco minutos que metodológicamente nos hemos autolimitado para cada pregunta, logren el efecto contrario al deseado, con variantes y matices y desde distintas posturas doctrinarias se acepta que determinadas cargas fiscales, si son excesivas puedan llegar a agotar la fuente sobre la que recaen, dicho en términos populares, matar a la gallina de los huevos de oro, y que en lugar de lograr mayor recaudación a la larga reduzcan la captación de recursos al provocar reacciones de evasión, de desánimo o de huida total, según el caso.
Estamos en un contexto en el que las tasas de nuestro impuesto sobre la renta son similares a las vigentes en los países más desarrollados, así como la participación de este tributo en el producto interno bruto; estamos en una realidad en que dichas tasas, aunque no se formen legislativamente, aumentan en forma real para los contribuyentes por el efecto de la inflación y por ser progresivas.
Hay la impresión preliminar, sujeta a variaciones, por el diálogo, por la mayor información y el mayor estudio, ya que fue hasta el jueves anterior, día 9, en que se nos entregó la documentación, hay la impresión preliminar, repito, de que las nuevas elevaciones pueden dañar el aparato productivo y producir efectos de desgano en los productores y trabajadores, y que a una sobrerrecaudación siga una subrecaudación causante de un nuevo déficit.
Hay la impresión también, sujeta a variaciones, de que por los mecanismos sociales y económicos existentes, tales elevaciones repercutan, en última instancia, en los sectores menos favorecidos y que son motivo de preocupación de los compañeros diputados revolucionarios, comunistas y también por nosotros los demócratas.
En este contexto de diálogo y busca de información, formulamos, señor Secretario, las siguientes preguntas:
¿Qué estimación ha hecho la Secretaría a su cargo sobre los posibles efectos de los nuevos impuestos sobre el aparato productivo?
¿Qué medidas se piensan tomar para que las nuevas cargas tributarias, así como los nuevos precios de los bienes y servicios que presta el sector público, no repercutan contra los sectores más empobrecidos de la sociedad?
Gracias por su atención, señor Secretario.
El C. secretario de Hacienda y Crédito Público: Muchas gracias, diputado Lomelí.
Definitivamente que este programa de ajuste económico, este programa inmediato de reordenamiento económico, implicará ajustes y en cierto sentido sacrificio para todos.
Es un reto y en ese sentido se está trabajando, y ese es el sentido que orienta muchas de las medidas que se proponen el buscar de que esta carga del ajuste, este sacrificio que se requiere, sea compartido de la manera más equitativa posible con los distintos sectores de la población. Definitivamente no se considera de ninguna manera defendible, que este ajuste quedara ubicado en los grupos de la población que perciben ingresos más bajos, sino por el contrario, el alentar mecanismos que permitan hacer, o pugnar por una participación según cada quien se beneficia del producto nacional de la riqueza que como país hemos podido construir.
Definitivamente estos son los objetivos, y a ello están orientados los instrumentos. No es una tarea fácil de ninguna forma, pero habrá que seguir perseverando para que este ajuste encuentre una distribución precisamente lo más equitativa posible.
En las estimaciones que hemos hecho en la Secretaría de Hacienda, no compartimos la tesis ni que las medidas, ni que los niveles actuales de tributación en distintos renglones, hayan llegado de ningún modo a constituir un desincentivo al trabajo, a la producción, a la inversión.
Tenemos efectivamente, una de las tasas, de las tasas de Impuesto sobre la Renta más elevadas en el mundo, pero nuestro coeficiente tributario definitivamente todavía se encuentra en niveles medios dentro de la escala internacional, y seguramente que permite tener avances substanciales en los próximos años.
En la modificación en el Impuesto al Valor Agregado que tiene, como lo hemos apuntado, algunos ajustes en busca de un criterio más equitativo, de ningún modo sentimos que pueda constituir un obstáculo a la producción, a la circulación al consumo de las mercancías gravadas.
Por otro lado, no creemos tampoco que en materia de Impuesto sobre la Renta, con los ajustes, esencialmente ajustes que se están planteando, tanto a personas físicas como a empresas, hayamos llegado a constituir el impuesto en un desincentivo a la actividad.
Hay por supuesto estimaciones sobre los efectos en los precios, hay estimaciones sobre efectos de otra naturaleza de los impuestos que hemos tratado de compensar incluso con la desgravación que usted también apuntó en su comentario de la desgravación a los trabajadores con ingresos más bajos, continuando una política iniciada hace unos tres o cuatro años, cuando las presiones inflacionarias se hicieron más evidentes y empezaron a afectar a los grupos de ingresos más bajos con tasas relativamente elevadas.
Le comento, señor diputado, que hemos estimado que estas desgravaciones que se están proponiendo a esta soberanía, pueden estimarse en una suma de alrededor de 23 mil millones de pesos para el año de 1983 y que significará alivio al ingreso real de los trabajadores de ingresos más bajos.
La revisión de los impuestos, lo hemos comentado en algunas otras intervenciones anteriores, puede tener un impacto inmediato en los precios y servicios, sobre todo el ajuste en el impuesto al valor agregado. Su impacto lo estimamos modesto y cualquier elevación adicional o reetiquetación derivada de este ajuste al impuesto al valor agregado por montos que exceden este efecto modesto, será aprovechamiento ilegítimo de una medida anunciada. Será práctica distributiva que habrá necesidad de buscar su desaliento, su combate y evitarla. El impacto de los ajustes al valor agregado hemos estimado que pueden tener un efecto inmediato de dos puntos en el índice general de precios al mayoreo en la ciudad de México, sobre todo, tomando en cuenta que la gran parte de la canasta popular se mantiene exenta o a tasas considerablemente reducidas. Gracias, señor diputado Lomelí.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Ricardo Govela.
El C. Ricardo A. Govela: Señor Secretario: en los próximos meses veremos como se manifiestan abierta o socarronamente dos posiciones contradictorias alrededor de lo que se ha dado en llamar el "programa o el paquete anticrisis". Ambas posiciones argumentarán su apoyo o su rechazo al programa anticrisis, diciendo que lo hacen por el bien común o por el bien del pueblo.
El pueblo trabajador tendrá sin duda el derecho de reclamar con firmeza diciendo: "No nos defiendan, compadres". La Reforma Política ha propiciado la libertad de decir la verdad por dura que ésta sea. Y lo más importante: Ha creado condiciones para que el pueblo conozca y se decida por la verdad.
El mensaje programático del Presidente Miguel de la Madrid el 1o. de diciembre, contiene un conjunto de verdades valientemente dichas que si son apoyadas por el pueblo, nos permitirán frenar y vencer la crisis financiera; superar la crisis económica que nos amenaza y evitar la crisis política alejando el peligro de una crisis social.
Se equivocan aquellos defensores del pueblo que piensan que en medio de la crisis a los trabajadores sólo les interesa asegurar salario y pitanza. Rechazamos esa actitud simplista y demagógica de los defensores del pueblo. A los trabajadores les interesa el país; la legalidad constitucional y la defensa de la soberanía nacional; por ello les interesa también el éxito del programa anticrisis. Y en este marco, pensamos conveniente hacer algunas aclaraciones.
En el mes de septiembre, cuando se expidió el Decreto que estableció el control generalizado de cambios, se argumentó que era una medida necesaria para combatir la especulación que estaba llevando a la economía nacional a un proceso perverso de fuga de capitales, devaluación e inflación, que dañaba especialmente al trabajador, al empleo y a las empresas; que la especulación se traduce en una multiplicación de la riqueza de unos pocos sin producir nada y proviene necesariamente del despojo de los que producen; que la libertad de cambios permitió que en unos pocos años recursos de nuestra economía generados por el ahorro, el petróleo y la Deuda Pública, salieran del país para enriquecer las economías extranjeras que el país no puede permitir el desarrollo de las actividades especulativas porque necesita destinar la totalidad de sus recursos a la producción; que el control de cambios es necesario para eliminar las transacciones especulativas y dar las bases para la racionalización en el uso de las divisas estableciendo prelaciones en su utilización conforme a las prioridades nacionales. Usted mismo, señor Secretario, en la Reunión de Trabajo tenida el día 17 de noviembre con la Comisión de Hacienda de la presente Legislatura, al referirse al Decreto del control generalizado de cambios, afirmó: "Suscribo 100% de que no es posible que nuestra economía pueda resistir una vez más la salida masiva de recursos, que son escasos y que tuvo lugar en los últimos años. Reitero que será indispensable mantener los instrumentos y los mecanismos que eviten una salida masiva de capitales hacia el exterior". Sin embargo, el día de ayer se anunció el restablecimiento de un mercado libre de cambio insistiendo además que para ser libre tendría que ser plenamente libre. Esta medida nos crea a la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores algunas dudas que quisiéramos se aclararan en esta ocasión.
¿Debemos de pensar que en los últimos meses se han producido cambios en la situación económica del país como para pensar que el restablecimiento de la libertad cambiaria no propiciará nuevamente las actividades especulativas y la salida de divisas teniendo para la economía nacional los efectos antes señalados? ¿Debemos acaso de creer que la oligarquía del país responsable principal de la actual crisis por la que atravesamos tiene ahora un gran espíritu patriótico y nacionalista como para con estas medidas repatriar sus capitales e invertirlos en las actividades productivas que la nación y el pueblo de México necesita? En pocas palabras, la libertad cambiaria, el nuevo deslizamiento de nuestra moneda, el aumento al IVA, el aumento a bienes y servicios del sector público, la liberación del control de precios sobre productos básicos y el llamado a la moderación en el aumento de los salarios ¿ no nos está llevando a tomar el mismo modelo económico que provocó la grave crisis económica del país? ¿Estas medidas no nos llevarán dentro de algunos años a encontrarnos con los mismos problemas acrecentados? ¿ No estaremos entrando nuevamente en el proceso perverso de fuga de capitales, devaluación e inflación? E insistimos que hacemos estas preguntas, porque los miembros del Partido Socialista de los Trabajadores estamos claros que ante la crisis económica del país habrá que tomar medidas que en el corto plazo puedan afectar a las grandes masas de trabajadores, pero medidas que garanticen los intereses de los trabajadores en el mediano y largo alcance. El actual gobierno debe mantener el papel del Estado como rector de la economía para que en una alianza con los trabajadores se pueda dar, en el mediano plazo, se pueda dar en el mediano plazo una salida democrática, popular y revolucionaria a la crisis del país. Estamos ante la tarea de reconstruir la economía y toda la vida nacional, y debe el Estado, por lo tanto, mantener una actitud crítica frente a las medidas propuestas, medir permanentemente sus resultados y adecuarlas o transformarlas para lograr los objetivos propuestos. Muchas gracias.
El C. Secretario de Hacienda, Jesús Silva Herzog: Muchas gracias, señor diputado.
Coincidencia total con su enunciado final de que el objetivo fundamental de la política económica debe ser la protección del nivel de vida del bienestar de los grupos mayoritarios de la población. A eso se orientan las acciones del gobierno de la República, reconociendo el momento difícil que vivimos, y buscando, por estos distintos caminos, asegurar, como usted lo apunta, que en el mediano plazo, que en el largo plazo, podamos satisfacer con el objetivo esencial de todo esfuerzo de desarrollo económico, que es contribuir a elevar el nivel de vida de las grandes mayorías de la población.
El mecanismo de control de cambios es pieza vital de la política económica, o para decirlo de modo más preciso, la política cambiaria es pieza vital de la política económica.
Ya comentamos hace unos minutos que el mecanismo que establecimos el 1o. de septiembre del presente año, no ha estimulado el ingreso de divisas que son indispensables para mantener en operación a la planta productiva y para poder satisfacer necesidades vitales del país; que es necesario estimular precisamente esa entrada de divisas mediante ajustes a la política cambiaria establecida. No estamos abandonando el control de cambios, estamos reduciendo en su ámbito a aquello que nos interesa, que le interesa al país controlar, y aquello que no tiene ese interés vital, pero que ha generado toda una serie de inconveniencias, de turbulencias y de efectos negativos, pensamos que lo podemos dejar en libertad. Y cuando ayer se dijo que un mercado libre, para ser libre debe ser totalmente libre, a lo que se comenta es precisamente que, si dentro de ese segmento, dentro de ese segmento del mercado se establecen limitaciones o restricciones a determinado tipo de operaciones, lo más probable - y aquí la experiencia es verdaderamente incontrastable - es que aparezcan mecanismos de compra - venta fuera del mercado institucional.
Y lo vimos ahora recientemente; lo vimos recientemente no sólo en el aeropuerto, no solamente en la frontera de este lado y de aquel lado, sino también en muy diversos lugares de convivencia en donde aparecieron, de modo prolífico, de modo en exceso prolífico, operaciones de compra o venta de divisas.
Pero vamos a tratar de precisar: los ingresos de exportación de PEMEX, los ingresos por concepto de endeudamiento público y privado, las exportaciones, salvo aquellas que la Secretaría de Comercio determine como que no formarán parte del mercado controlado, quedarán sujetas a un mecanismo de control, al igual que las importaciones, que quedarán sujetas a los mecanismos de control, de permiso, de la propia Secretaría de Comercio. Estamos dejando, como mercado libre, el mercado del turismo, el mercado de las transacciones fronterizas; esto es, desde un punto de vista cuantitativo, la porción más pequeña de todo el mercado cambiario. Eso es lo que se está dejando dentro del mercado libre.
¿Cuál es el objetivo? Obviamente que el ingreso de dólares pueda ser de tal magnitud, en el curso de los meses, de que los dos tipos de cambio, el del mercado controlado y el del mercado libre puedan converger y acercarse en forma muy estrecha. Ese es el objetivo, pero si hay la interpretación de que hemos introducido una modificación total y hemos devuelto la libertad cambiaria al país, no es la apreciación correcta, seguimos dentro de un mecanismo del control, pero buscando evitar las distorsiones que generó su aplicación generalizada; estamos tratando de restringirlo a aquellas operaciones que tienen verdadera trascendencia, repercusión en la vida económica del país.
Por supuesto, y lo comentamos también en alguna otra intervención, de ningún modo se piensa con esto alentar y quien así lo diga será afirmación también incorrecta, alentar de ninguna manera movimientos especulativos de capital; los movimientos especulativos de capital han tenido un efecto extraordinariamente negativo en nuestra economía y en nuestras posibilidades; es necesario sentar las bases para evitar estos movimientos especulativos de capital, pero no sentimos que esas bases sean la aplicación irrestricta y generalizada de este mecanismo, no lo fueron, no lo han sido en este periodo más reciente y no lo serán tampoco en el futuro; lo que es necesario es crear esas condiciones que nos permitan arraigar el capital, estimular la repatriación que no vendrá, como usted bien lo señala, por actitudes meramente emocionales, sino se repatriará si se dan y se establecen y se solidifican las condiciones que le hagan atractivo el repatriar estos capitales o el estimular ingresos adicionales.
Definitivamente este es el sentido básico de estas modificaciones, pero manteniendo como criterio esencial el control de un recurso escaso que son las divisas, el control y la asignación más cuidadosa posible de este recurso escaso que es la moneda extranjera para la economía nacional en estos momentos Gracias, señor diputado Govela.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Alfredo Reyes Contreras.
El C. Alfredo Reyes Contreras: Señor Secretario, el Partido Popular Socialista considera que el examen que la Cámara de Diputados realiza del Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, tradicionalmente, año con año, ubica a la representación popular ante un hecho consumado, al que nada puede agregar ni quitar, traduciéndose esa facultad constitucional exclusivamente en la aprobación de la iniciativa.
Pero independientemente de este aspecto, que deseamos dejar como preocupación, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista quiere expresar con franqueza sus juicios sobre el Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, que ha sido sometido a esta soberanía, y posteriormente plantearle a usted algunas preguntas que surgen del estudio y examen de la iniciativa.
Nos parece justo inicialmente hacer la siguiente aclaración: la crisis económica que sufre el pueblo mexicano no fue causada ni por los obreros, ni por los campesinos ni demás trabajadores que viven de su salario. La crisis fue provocada - de esto ya nadie tiene duda - por la breve minoría enriquecida que aprovechó los graves errores cometidos en la conducción de la economía nacional por el Gobierno Federal.
El Partido Popular Socialista expresó con frecuencia su condena a la actitud conciliadora con la minoría privilegiada, que aprovechó sin ninguna consideración esa oportunidad para amasar enormes fortunas, que siguen estando fuera del territorio nacional. Las divisas que entraron por la venta del petróleo y por la deuda adquirida en el exterior, salieron a
depositarse en bancos extranjeros y se utilizaron para adquirir bienes fuera de México.
Nos preocupa que habiendo identificado a los responsables, ahora se tomen medidas de recuperación económica que sacrifican, y por lo tanto, afectan a quienes, como los trabajadores, jamás atentaron en lo más mínimo contra la economía nacional. Al contrario, si México vive como país independiente y soberano, se debe a los que se esfuerzan todos los días en la fábrica, en el ejido, en las escuelas o prestando otros servicios que hacen posible la vida material y espiritual de los mexicanos.
Las medidas de recuperación económica deben recaer de manera fundamental, en ese sector minoritario, rapaz y antipatriótico que confundió a la República Mexicana con una gran empresa, y que le permitió obtener ganancias exhorbitantes. (Aplausos.)
Es un principio de justicia social, expresado claramente en nuestra Carta Magna, hasta ahora no aplicado, que pague más el que más tiene, que pague menos el que menos tiene, y que nada pague el que nada tiene. Por esta razón, y porque es una exigencia popular, el Partido Popular Socialista es partidario de la progresividad impositiva, pero también de que deben desgravarse totalmente los medianos y bajos salarios, es decir, a juicio nuestro debe respetarse y aplicarse estricta y escrupulosamente el principio de proporcionalidad que contiene la fracción IV del Artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este es el principio que debe presidir, invariablemente, la política impositiva del Estado.
El Partido Popular Socialista considera que, al examinar los impuestos, como una de las fuentes de ingresos de la Federación, se requiere aplicar una reforma fiscal a fondo, aspecto sobre el que no percibimos la decisión de llevarla hasta sus últimas consecuencias en el documento que examinamos, y que por fortuna el Presidente de la República mencionó en el mensaje que pronunció el día 1o. de diciembre; una reforma fiscal que grava a la mayoría no es una reforma fiscal a fondo.
Hay dos aspectos en el cuerpo de la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación que nos parece que deben destacarse. El primero de ellos se refiere al Impuesto sobre la Renta.
Consideramos que es positivo que se aplique la sobretasa del 10% a las personas que ganan cinco veces más el salario mínimo. También nos parece positivo que se establezca la globalización de los ingresos de las personas físicas y que desgrave a los de ingresos bajos.
Un principio de elemental justicia, como lo decía antes, es que pague más el de mayor capacidad económica.
De acuerdo con los datos de que disponemos, vemos que los ingresos tributarios en el Impuesto sobre la Renta se incrementarán en 36%, en tanto que el IVA se verá incrementado 204.5% y los servicios en un 102.5%.
Hay que tener en cuenta, además, que en México el 5% de la población se queda con el 30% del producto nacional. Sin duda el incremento que se propone para que el IVA pase del 10 al 15% nos parece que contradice los propósitos redistributivos y de justicia social.
Es cierto y no nos vamos a formar ilusiones, la justicia social no se alcanzará nunca en el marco del régimen capitalista de producción, pero sí pueden lograrse mejorar en el nivel de vida de la población. Pero ese mejoramiento en el nivel de vida, tan urgente en México, no se logrará incrementando un impuesto directo como el IVA, que recae sobre la raquítica economía de la inmensa mayoría del pueblo mexicano y que por lo tanto es inflacionario.
Inclusive con la reducción del IVA y a pesar de esa medida aplicada a los medicamentos seguirá siendo imposible el acceso de amplias capas, sobre todo los no asalariados, a los beneficios de la medicina.
Nosotros consideramos que llegó el momento de derogar el IVA, porque como impuesto indirecto, como impuesto al consumo, grava a la mayoría y no a la minoría opulenta, por lo que es tremendamente injusto e inequitativo.
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, señor licenciado, por mi conducto la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, en su primer término, desea formularle las siguientes preguntas:
Primero. ¿Por qué se hacen adecuaciones al IVA y se convierte en la fuente de mayores ingresos, si se sabe de antemano que recae sobre las grandes mayorías?
Segundo. ¿Por qué no se prefiere la definitiva desaparición del IVA si el propósito de la actual administración es lograr que pague más el que más tiene y se entiende que con el IVA ese objetivo no se logrará?
Tercero. ¿ Cuáles son las razones por las que hasta hoy no se decide a aplicar una reforma fiscal a fondo en base a lo dispuesto en nuestra Carta Magna?
Cuarto. En el curso de su intervención, usted hace una serie de juicios sobre que la nacionalización no es estatización, al hablar de la banca nacionalizada, con lo que plantea, se abre el peligro de que participen en su patrimonio sectores acaudalados.
Nosotros consideramos que no se trata de un juego de palabras, la nacionalización es toda una tesis que emana de la Revolución Mexicana, porque, señor licenciado, honorable Asamblea: ¿qué es lo que ha salvado a México?, la intervención del Estado, porque el Estado rescató para la Nación todos los recursos físicos de nuestro territorio, los del subsuelo, los de la tierra y los del agua; porque el Estado se volvió empresario y tomó en sus manos el petróleo, la petroquímica, la electricidad, el carbón mineral, el fierro, el acero y con la nacionalización de la Banca, el dinero y el crédito. Por eso, y ante sus juicios, sería tan amable de abundar ante esta Soberanía, en la idea que usted tiene sobre lo que es el sector estatal de la economía y sobre el proceso de nacionalización que sin duda va a continuar para fortalecer al pueblo de México. Esas son las preguntas.
(Aplausos).
El C. Secretario de Hacienda, licenciado Jesús Silva Herzog: Gracias, diputado Reyes Contreras.
Usted ha esbozado criterios fundamentales de política tributaria: que pague más el que más tiene; que pague menos el que menos tiene: y que no pague nada el que no tiene nada. Insistió asimismo en la necesidad de alentar elementos de progresividad en nuestro esquema tributario y evitar en lo posible aquellos impuestos que tengan un acento regresivo.
En ese sentido, señor diputado Reyes Contreras, quisiera expresarle que tenemos una coincidencia fundamental con esos principios fundamentales.
Me voy a permitir dar alguna información sobre el particular. En primer término en lo que se refiere a la imposición directa, al impuesto sobre la renta, ha tenido modificaciones recientes en los últimos años, precisamente en el sentido en que usted apunta. Y hay algunos datos interesantes: los trabajadores que ganaban de uno a tres veces el salario mínimo, representaban el 58% del total de la recaudación por Impuesto sobre la Renta, en el año de 1977. Esta cifra de 58% que representaba el impuesto pagado por los trabajadores de 1 a 3 veces el salario mínimo, se ha reducido al 28% en el año de 1982; y de modo inverso, aquellos trabajadores con ingresos de más de 15 veces el salario mínimo, representaban hace apenas 4 años sólo el 8% del total de la recaudación. Ahora ese grupo que gana más de 15 veces paga el 25% del total de la recaudación de tal modo, que se sigue este criterio básico que es un criterio fundamental del Gobierno de la República de los gobiernos revolucionarios. Por otro lado hace apenas un lustro el 60% de todo el Impuesto sobre la Renta provenía de impuestos que pudiéramos denominar a capital, esta cifra del 70% y la correspondiente del 40% como productos del trabajo, se ha modificado en este año a 60% procedente de impuestos al capital y 30% a los impuestos procedentes del trabajo. Es este otro elemento que coincide plenamente con los puntos fundamentales que usted señaló.
En cuanto a las medidas que estamos proponiendo precisamente y lo comentamos en la intervención del diputado González Domene, en esa circunstancia económica no era posible descansar en los impuestos directos; haberlo hecho, vía aumento de tasas por ejemplo en el Impuesto sobre la Renta, haberlo hecho nos hubiera conducido seguramente a que los resultados obtenidos hubieran sido contraproducentes; repito, en un momento en que la economía crece poco si es que va a crecer el año próximo. Por eso y atendiendo al objetivo recaudatorio, nos hemos tenido que ir y descansar en la propuesta para ajustar el IVA, pero hacerlo, tratando de respetar estos criterios de progresividad, de equidad en la distribución del impuesto, y de ahí que bajemos el impuesto del IVA a las medicinas, y de ahí que subamos el IVA al 20% para aquellos artículos consumidos típicamente por los grupos de altos ingresos.
En lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta, en los pequeños ajustes, usted lo apuntó, usted lo señaló, estamos proponiendo una sobretasa por una sola vez para contribuir a la solución de la crisis que nos afecta, equivalente al 10% del impuesto para aquellos trabajadores que ganan más de 5 veces el salario mínimo, y estamos también proponiendo una desgravación para aquellos trabajadores con ingresos más bajos. Coincide, pues, con estos criterios básicos.
¿Por qué el incremento esperado el año próximo en el IVA es varias veces superior al del Impuesto Sobre la Renta en incremento? Precisamente por las razones que comentábamos, precisamente porque al año próximo el Impuesto Sobre la Renta va a crecer, va a crecer poco en función del ritmo de actividad económica que vamos a tener y la única fuente, la única fuente tributaria que podía contribuir verdaderamente a elevar los ingresos del Estado, era precisamente el IVA con las modalidades, los ajustes, características que están presentadas en la iniciativa y que hemos comentado en varias ocasiones.
Hay algunos incrementos importantes también en otro tipo de impuestos. Por ejemplo, en el de Producción y Servicios, va a crecer más del 100% por el aumento en el precio de la gasolina, y hay un número importante de derechos que habían quedado completamente obsoletos por el tiempo transcurrido desde su fijación y por el fenómeno inflacionario que hemos padecido, que van a ser revisados, según la propuesta que plantea el Ejecutivo, de modo muy importante. Por ejemplo, cuando abrimos la Carretera México - Cuernavaca se estableció una cuota de 6 pesos por vehículo, por automóvil, si ponemos a precios constantes lo que equivaldrían esos 6 pesos en los 30 años que han pasado desde la inauguración de la carretera México - Cuernavaca deberíamos estar pagando para mantenernos, igual que los 6 pesos de 52, en un poco más de 110 pesos. Pagamos 31 pesos por el uso de la carretera. Este tipo de derechos tendrán, algunos de ellos, incrementos muy sustanciales, según la Iniciativa del Ejecutivo.
A nadie le gusta pagar impuestos, y creo que si propusiéramos la derogación no sólo del IVA, sino de los otros impuestos, tendría casi un aplauso unánime. A nadie le gusta pagar impuestos. Por eso, pensar en derogar el IVA para tal grupo de mercancías, para tal otro grupo de mercancías, indudablemente que para quienes los consumen será un aliciente y será una medida popular. Cobrar impuestos no es ni ha sido nunca en la historia un acto popular; sin embargo, el Estado requiere, con los compromisos que se están adoptando, el tener los recursos que le permitan satisfacer sus necesidades básicas y atender las necesidades básicas de la población.
Los ajustes que estamos proponiendo al IVA nos nutren de cerca del 90% de los recursos tributarios que estamos esperando elevar en el año de 1983. Si no tuviéramos este ingreso procedente del IVA, tendríamos que obtenerlo de
otras fuentes, y si no las hubiera en impuestos, tendríamos que obtenerlo en precios y tarifas del sector público, y si no los hubiera tampoco en precios y tarifas del sector público, tendríamos, en ausencia de créditos de fuera, tendríamos que imprimir billetes adicionales en el Banco de México y seguramente derogar el objetivo de combate a la inflación. Y lo que queríamos evitar sería contraproducente a los pocos meses por el efecto inmediato que un financiamiento de esta naturaleza tendría sobre los niveles de precios y sobre el proceso de asignación de recursos en una economía.
Por eso a riesgo de no cumplir con este deseo de buscar la derogación del IVA no sólo para las medicinas sino todo el IVA, tenemos que insistir en la propuesta que hacemos a esta soberanía para ajustar ese impuesto y poder contribuir a ese objetivo de aumentar ingresos que se requieren dentro del planteamiento de la estrategia global de reordenamiento en que está empeñado el gobierno de la República.
En cuanto a la última parte de su intervención, señor diputado Reyes Contreras, soy un creyente en la intervención del Estado en la vida económica de México, siento y cada día estoy más convencido que este ha sido absolutamente uno de los rasgos fundamentales de nuestro desarrollo y uno de los que nos ha permitido en forma más clara obtener los logros que ha obtenido el país; esto no quiere decir que coincida con que todo lo adicional sea necesariamente mejor, sino que precisamente lo que debemos pugnar y esforzarnos todos es que esa intervención esté dirigida precisamente a aquellos objetivos fundamentales de nuestro proyecto como Nación. Gracias por su pregunta, señor diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Eulalio Ramos Valladolid.
El C. Eulalio Ramos Valladolid: Señor Secretario, formularé a usted una breve pregunta que suscita gran interés a los diputados del Partido Revolucionario Institucional al que pertenezco; no obstante el entendimiento que todos tenemos del gran empeño del Ejecutivo Federal de ajustar al máximo al principio de equidad, la Ley de Ingresos de la Federación para el próximo año de 1983, materia de razonamiento.
La pregunta es la siguiente, señor Secretario, y va referida a un punto muy concreto pero muy importante.: En las nuevas reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta que el Ejecutivo Federal propone, encontramos una en virtud de la cual los dividendos que se cobren por personas físicas sean acumulables a su ingreso gravable, de manera que en lugar de pagar, como actualmente lo vienen haciendo, una tasa fija del orden del 21%, paguen una tasa hasta del 55%.
Comprendemos que por razón de equidad, la globalización del impuesto sobre la renta es un objetivo a alcanzar. Sin embargo, tenemos algunas dudas respecto a la conveniencia de globalizar el ingreso por dividendos que podemos expresar así:
¿Al incrementarse el impuesto a los dividendos de las personas físicas, no se frena eventualmente o se desestimula la inversión en activos productivos? Es decir, ¿no estaremos en presencia de un instrumento que pudiere propiciar el que las personas físicas se sientan más atraídas a invertir en bienes muertos o en simple rentismo, olvidándose de aquellas inversiones de riesgo, de actividades productivas?
Pensamos particularmente, señor Secretario, en la inversión de las pequeñas y medianas empresas que por su naturaleza son grandes generadoras de empleos que tan indispensables son ahora para el país.
Gracias por su respuesta, señor Secretario.
El C. secretario de Hacienda: Muchas gracias, señor diputado Ramos Valladolid. Voy a tratar de responder de modo muy preciso a esta pregunta muy precisa que usted hace.
Dentro de los pequeños ajustes al impuesto sobre la renta, está precisamente el que comenta el señor diputado Ramos Valladolid. La hemos propuesto esencialmente tendiendo a dos objetivos: uno, avanzar en un proceso en el que el sistema tributario mexicano ha estado empeñado desde hace varios años, que es el proceso de globalización en el ingreso, y que precisamente constituye una de las condiciones sine qua non para poder tener un sistema tributario más justo y más equitativo.
Por otro lado, en la forma como antes se pagaban estos dividendos, daba lugar en diversas ocasiones a distintas operaciones de piramidación en el pago del impuesto, de ahí que se esté proponiendo este ajuste.
No creemos, y de ahí que lo propongamos, que se convierta en un desincentivo a la inversión en activos productivos como usted lo señala, ni mucho menos en la inversión en acciones que pudiera hacerse en la pequeña y mediana industria. Esta inversión en acciones, y sobre todo inversión en acciones de la pequeña y mediana industria, sentimos que responde a otro tipo de motivaciones de carácter más general y no a este caso muy específico de modificación a un impuesto sobre dividendos pagados a las empresas físicas, de tal manera que esta inversión en acciones, esta inversión en empresas medianas o pequeñas, que indiscutiblemente constituye prioridad señalada y prioridad urgente en los próximos meses debemos buscar su estímulo, como de hecho se está haciendo, mediante el uso de otros instrumentos de política económica, de fortalecimiento del mercado institucional, de diversificación de instrumentos, y sobre todo, y sobre todo de una mejor perspectiva en cuanto al crecimiento económico global del país. Gracias, señor diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Héctor Ramírez Cuéllar.
El C. Héctor Ramírez Cuéllar: Señor Secretario:
Nosotros en esta Cámara, aprobamos hace poco tiempo, la reforma a la Constitución en
la cual establecemos como una atribución exclusiva del Estado, el prestar los servicios de banca y crédito. Después el Presidente de la República afirmó que este hecho de transcendencia histórica era irreversible. Más tarde nos hemos enterado del proyecto de hacer participar a la iniciativa privada respecto del funcionamiento y se agrega: "del patrimonio de la banca".
Usted fue un poco más explícito y afirmó que no sería conveniente que la banca nacionalizada fuera un simple traspaso de unas manos a otras. Nosotros, el Partido Popular Socialista, no comparte estas concepciones por las siguientes razones:
Nosotros consideramos que el Estado en México no es una minoría, no es una minoría clásica, como la de otros países capitalistas. La historia, el origen del Estado mexicano, no es idéntico al Estado de los grandes países capitalistas, no es un Estado similar al francés, al inglés o al alemán, sino que el estado en México se ha desarrollado en base fundamentalmente a las luchas populares, sin desconocer el carácter de clase del Estado mexicano que obviamente tiene, por ser México un país capitalista.
Nosotros vemos que tiene una connotación particular, el sector nacionalizado ha sido fruto de la lucha del pueblo mexicano y especialmente de la clase trabajadora. Si nosotros aplicáramos el criterio que usted ha planteado, entonces convendríamos en incluir al sector privado en el manejo y en la operación del resto de las empresas nacionalizadas, especialmente de Petróleos Mexicanos.
Recordamos que después de la expropiación petrolera hubo algunos intentos, especialmente del presidente Miguel Alemán, por permitir la intervención de los particulares en el petróleo nacionalizado, pero por fortuna ese proyecto fue derrotado por la lucha que dio la clase obrera en ese momento.
Nosotros pensamos que la Banca es una atribución exclusiva del Estado y que cuando el gobierno plantea la posibilidad de la injerencia de los particulares, conviene precisar a qué se está refiriendo.
Somos partidarios de una banca nacionalizada que sea eficiente; que sea productiva; que sea rentable. Estas cualidades no son privativas de las empresas privadas, también el Estado tiene la posibilidad de desarrollar estas cualidades. Pero nosotros discrepamos de esas cualidades en cuanto a sí mismas. A nuestro juicio la banca nacionalizada debe ser eficiente y rentable. Pero con una orientación totalmente diferente a la que tuvo en el pasado, debe ser una banca moderna, integrada - como usted dice - pero ahora vinculada al desarrollo económico nacional. Es decir, a nuestro juicio las cualidades que usted señala para la banca nacionalizada, no son un objetivo en sí mismo, sino son un medio para alcanzar objetivos nacionales de carácter superior.
Pensamos nosotros que la burguesía bancaria ha sido golpeada severa, pero justamente; y que como tal, como burguesía bancaria prácticamente ha desaparecido. Si se permitiera la injerencia en el patrimonio de la Banca, de esta fracción de la burguesía, consideramos con toda sinceridad, que podría reconstruirse el poder de esa capa rapaz de la burguesía mexicana y eso no lo permitiría por lo menos el Partido Popular Socialista. Pero debe quedar muy claro que los banqueros han sido expropiados como tales, pero no como inversionistas. Que ellos se queden como inversionistas en la industria, en el comercio y en los servicios. Pero que de ninguna manera puedan ser incluidos de nuevo en el patrimonio de la Banca.
Quisiéramos pedirle, señor licenciado, que precisara un poco más esta cuestión que usted ha deslizado y que realmente nos preocupa por que pudiera estar implícita una rectificación muy grave respecto de las medidas tomadas el pasado 1o. de septiembre.
El C. Secretario de Hacienda: Gracias, señor diputado Ramírez Cuéllar. En la parte final de su intervención señaló usted de modo muy enfático que el Partido Popular Socialista no permitiría el retorno de una minoría al control de la banca nacionalizada. Quiero decirle que estoy absolutamente convencido que esa sería exactamente la misma posición del partido de las mayorías y es sin duda la postura del Gobierno de Miguel de la Madrid.
El Presidente De la Madrid en su informe, en su discurso de toma de posesión, perdón, señaló que nacionalizar no era sinónimo de estatizar y dijo textualmente: "propiciaremos nuevas e imaginativas fórmulas para que la sociedad toda, obreros, campesinos, empresarios, tengan una participación adecuada en el manejo e inclusive en el patrimonio de la banca nacionalizada, la banca nacionalizada debe ser del pueblo y no de una nueva minoría de dirigentes".
Comentábamos también hace algunas intervenciones, que dentro de unos días, recibirá esta soberanía una iniciativa de Ley Reglamentaria del Artículo 28 Constitucional para proponer la estructura institucional de la banca nacionalizada. Se está tratando de resolver a esa excitativa de propiciar fórmulas imaginativas que nos permitan respetar esa conquista popular consagrada ya en nuestra Carta Magna con una operación que pudiera, según sus palabras, acercarse de modo más claro a la atención de las grandes prioridades nacionales.
La banca es un intermediario, un intermediario cuya función esencial reside en captar ahorro de la colectividad y transferirlo a aquellos destinos que contribuyan al programa, al proceso de desarrollo nacional. En ambas funciones esenciales, la nacionalización de la banca nos ofrece perspectivas muy alentadoras, para hacer de este proceso de intermediación un proceso más eficaz y que contribuya de mejor manera a la atención de las prioridades nacionales. Es posible que en el sector en donde mejor podemos aprovechar esta conquista del pueblo mexicano, resida, en la asignación de los recursos, en el otorgamiento del crédito, en la canalización de los recursos para, como de
hecho sucedía, la canalización de este crédito no siempre acorde con ese esquema de prioridades nacionales. Sin embargo, en esa función básica de asignar los recursos de una mejor manera, creo que hay cabida, así lo anunció el Presidente Miguel de la Madrid, para buscar estas fórmulas imaginativas en donde se participen la dirección, en la evaluación y en el patrimonio de las instituciones.
Se está pensando, así está consignado en la iniciativa que pronto tendrán bajo su consideración, en proponer la formación de sociedades que no serán sociedades anónimas, ni organismos públicos descentralizados, sino que tomarán, en caso de que merezcan la aprobación de esta soberanía, la forma de sociedades nacionales de crédito.
Se ha pensado, atendiendo a la preocupación que usted expresó de modo muy claro, a que de ninguna manera es posible permitir la vuelta de los antiguos dueños al control de estas instituciones, y de ahí el señalamiento de topes muy claros en cuanto a la participación patrimonial, que no será mediante acciones, sino mediante fórmulas nuevas de participación patrimonial, señalamiento de topes muy claros en lo que pueden participar agentes distintos al propio Estado, y topes muy claros y muy estrictos al tope máximo que cualquier persona, de cualquier sector de los que componen nuestra sociedad puedan participar en el manejo, en el control, en el patrimonio de estas instituciones.
Esto es, en términos generales, el estado actual de la iniciativa. Sentimos que se respeta, por encima de todo, la conquista popular consagrada en el Artículo 28 constitucional; se reconoce la posibilidad de la participación de trabajadores de los bancos, de trabajadores ajenos a los bancos y de personas incluso ligadas con una comunidad geográfica para esa mejor asignación de los recursos a los que aludía. Esta es fórmula que respeta la conquista popular, pero, sin embargo, busca ese manejo más eficiente que tenemos obligación de hacer de la banca nacionalizada.
Por otra parte, no son invenciones novedosas. En la banca nacional existe el control total del Estado, la dirección, el patrimonio y, sin embargo, se cuenta con la participación minoritaria, tapada, de algunos otros representantes de otros sectores, fórmula que ha sido útil para el manejo de las instituciones nacionales de crédito, que tienen origen en nuestro país desde mediados de los años 20.
Señor diputado, es lo que podría contestar en estos momentos a la pregunta específica que usted me hizo. Gracias, señor diputado.
El C. Presidente: C. diputado Ramírez Cuéllar, ¿es suficiente? Tiene la palabra el C. diputado Raúl López García.
El C. Raúl López García: Señor Secretario, la nacionalización de la banca y el control generalizado de cambios detuvieron la ruina financiera de la nación. La crisis económica que vive el país ha sido reconocida, incluso, abiertamente por ustedes, tiene causas estructurales internas muy serias y que en ese sentido es imprescindible una política que las ataque profundamente.
Dentro de esa situación que comentamos, el Partido Socialista de los Trabajadores considera que un factor que ha incidido de manera principal en esta situación, es la tremenda dependencia de la planta industrial del país. Nosotros consideramos que es necesario tomar con mucha seriedad la necesidad de reconstruir la planta industrial de México, se ha demostrado por ejemplo, la tremenda irracionalidad de la industria automotriz, que es la que en mayor medida ha contribuido a desequilibrar la balanza de pagos por la excesiva importación de materias primas y de equipos para esa industria.
En ese sentido, quienes estamos preocupados porque se incremente la oferta de productos básicos con un sentido nacional, creemos que es correcto el darle un trato preferencial y de apoyo a la pequeña y mediana industria, y nos preocupa en forma bastante importante la manera y los pasos concretos que tendrá que dar nuestro país para revertir estas tendencias de la industria nacional, que sólo ha contribuido prácticamente a satisfacer determinados niveles de ingresos.
Igualmente, ahora que se ha anunciado el mercado libre de dólares, nosotros retomamos en esta oportunidad el problema de aquellas personas que en su momento atentaron y lesionaron fuertemente la vida económica de nuestro país; es decir, los señores sacadólares.
Es evidente que la oligarquía bancaria, que la oligarquía mexicana, ahora va a encontrar, con el mercado libre de dólares, una posibilidad precisamente para repatriar ese capital que saqueó, y además a un precio que la oferta y la demanda van a establecer, según se indicó en el mercado libre de divisas. Y esto nos preocupa porque este asunto de interés nacional, que todo el pueblo de México tiene particular interés en que se esclarezca, parece ser que hay la determinación o que hay algunos elementos que expresan que este problema de los sacadólares pasará, pues, a la historia.
Finalmente, a nosotros nos ha preocupado que se hayan conjugado una serie de cuestiones con las cuales se pretende desestimar el papel de la banca nacionalizada. Hay todavía elementos que pueden incidir, porque fueron costumbres que dejaron los viejos oligarcas de la banca, de las corruptelas, de las trampas con los gerentes, etcétera, y que por esa razón, quienes estamos interesados en que esta banca nacionalizada sirva ampliamente al desarrollo económico de nuestro país, consideramos que es imprescindible que se abran mecanismos, mecanismos de control y vigilancia, para que aquellos elementos que participan en la banca nacionalizada no la pretendan orientar con criterios particulares, sino que debe regir la política central para orientar la banca nacionalizada.
Y, finalmente, nos preocupa también el problema de las acciones que la banca
nacionalizada tenía en diferentes empresas. Es un asunto que no ha sido debatido ampliamente, y frente al cual es importante analizar la proposición de que esas empresas puedan ser, en alianza del Estado con los trabajadores, patrimonio también del pueblo de México, sobre la base de que el Estado, en alianza con el movimiento obrero, asimile para la industria, asimile para él, estas empresas de la banca nacionalizada, y las entregue a los trabajadores definitivamente. Gracias.
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Gracias, señor diputado López García.
Hace usted en realidad cinco comentarios sobre cinco temas específicos, a los que me voy a unir de alguna manera en el mismo orden en que usted los planteó.
No cabe la menor duda que uno de los problemas estructurales importantes a los que se enfrenta nuestro país y nuestra economía, es la alta dependencia de nuestra planta industrial en las importaciones, y esto a pesar que llevamos 40 años de un proceso de sustitución de importaciones que fue pivote del desarrollo económico general de nuestro país durante estas cuatro décadas.
Caso especialmente claro es precisamente el de la Industria Automotriz en donde se encuentra uno de los sectores que más contribuyen al déficit de nuestra balanza comercial en nuestra balanza de pagos.
No cabe la menor duda que hay mucho que hacer y mucho por realizar en los próximos años en esta materia.
Desde mi punto de vista personal, creo que las orientaciones de política de Sustitución de importaciones, de industrialización de sectores importantes de nuestra economía, tendrán que adoptar un criterio menos genérico, un criterio más selectivo, más específico y que reconozca de modo mucho más claro la necesidad de priorizar, de jerarquizar.
No es posible sustituir todo lo sustituible al mismo tiempo, sino que habrá que concentrar el esfuerzo de sustitución de importaciones, y en su caso de aliento a la exportación en determinados sectores, en determinadas ramas, para poder tener efectos concretos y positivos en un plazo más corto.
No siento tampoco que podamos, en el caso concreto de la Industria Automotriz, mantener una dispersión de líneas de producción como la que en estos momentos se mantiene. Países en estados de desarrollo semejantes al nuestro, han adoptado actitudes más prudentes y más modestas en cuanto a la disponibilidad que se le puede ofrecer al público consumidor. Es necesario, a mi personal punto de vista, introducir ahí una mayor racionalidad y probablemente o seguramente, reducir las opciones que en este momento tenemos los mexicanos para comprar automóviles prácticamente de todo tipo, tamaño y color.
Pequeña y mediana industria. Prioridad fundamental desde hace tiempo, pero en las orientaciones de los próximos años prioridad fundamental y subrayada. Lo es esencialmente porque ahí radica uno de los puntos más poderosos de generación de empleo, que por la circunstancia, la coyuntura por la que estamos y vamos a atravesar, readquiere una prioridad fundamental si queremos alentar que el ajuste económico tenga el menor costo económico y social posible, que sea lo más justo, lo más equitativo, será estimular mediante programas especiales y mediante orientación específica del gasto, aquellos renglones que mayor poder tienen en la generación de empleo, de ocupación, para nuestros compatriotas.
Sus observaciones en cuanto al mecanismo cambiario, un poco me permiten casi referirme a algunos otros comentarios que hicimos anteriormente y subrayar que no se trata de liberalizar el mercado cambiario, que lo que estamos haciendo es mantener controlado el grueso, lo que trasciende, lo que importa de las transacciones internacionales y dejando, una porción, si, en libertad, un segmento, relativamente pequeño, del mercado de transacciones económicas internacionales.
Reiterar también que la mejor manera de evitar que se repita ese saqueo al que fuimos sometidos en los últimos años y en los últimos meses, es precisamente crear las condiciones económicas globales que atraigan y vuelvan a recuperar el atractivo de reiniciar el proceso de ahorro, el proceso de inversión en nuestro país.
Cuanta razón tiene usted en la responsabilidad enorme que ahora tenemos para un manejo más eficiente, un manejo más apegado a las más estrictas técnicas bancarias. Y con un apego más estrecho a las prioridades nacionales que el sistema bancario con la nacionalización.
Cuánta razón tiene usted, repito, en la responsabilidad que tenemos quienes de alguna manera intervenimos en la conducción de los asuntos financieros del país, los que directamente tienen bajo su responsabilidad el manejo de las instituciones de crédito y el público en general. Hay una responsabilidad histórica para hacer de la banca nacionalizada un mejor instrumento de desarrollo económico y social del país. Los elementos existen; las posibilidades ahí se encuentran y creo que va a depender de funcionarios, funcionarios de la propia banca y sobre todo del público en general, el que hagamos de este instrumento un mejor instrumento de apoyo a nuestro desarrollo.
La responsabilidad también, repito, es histórica y la vamos, la vamos a desarrollar nosotros.
Sin duda que hay un campo enorme para mejorar los mecanismos de control y supervisión de la Banca Mexicana. Hemos avanzado y hemos tenido incluso avances significativos en los últimos años. Sin embargo, el sistema es complejo y se encuentra diversificado en la mayoría de los casos, casi en todo el territorio nacional. No resultan fáciles las labores de supervisión. Y en ocasiones nos encontramos con que nos limitamos a ver lo que ya pasó. Se requiere darle un cambio brusco a este enfoque y tratar de tener mecanismos que nos permitan observar dentro de un proceso permanente, de supervisión y evaluación, lo que
está aconteciendo, lo que est pasando, para en su caso introducir los mecanismos de ajuste que impidan desviaciones y sobre todo aseguren cumplimiento de objetivos.
La Comisión Nacional Bancaria será fortalecida con este enfoque de darle a sus tareas esencialmente una orientación preventiva, precautoria y de observación permanente del acontecer en la Banca Mexicana.
En estos 3 meses se estableció la coordinación de la banca mexicana, mecanismos que ha permitido sostener un diálogo prácticamente permanente entre los funcionarios de la banca nacionalizada y los funcionarios encargados de la política financiera en el Banco Central y en la Secretaría de Hacienda. Aquí hay también un organismo constituido ahora por funcionarios de banca nacionalizada que mediante este diálogo y este intercambio con las propias autoridades, podrá permitir en una comunidad clara de intereses y de objetivos, de evaluar, cuidar y vigilar cualquier desviación que pudiera suscitarse en la operación de nuestros bancos nacionalizados. Y por último señor diputado, hizo usted referencia a las acciones en poder de la banca. Señalando muy al principio que es un asunto que si bien al principio tuvo una gran difusión en las últimas semanas de alguna manera no se ha vuelto a comentar en forma prolija. Se está en proceso avanzado de evaluación de este problema y forma parte del proceso global de reestructuración de la banca y se encuentra ligado en forma también clara con el programa y el proceso de indemnización de la banca mexicana.
Hay muchos casos en que los bancos son dueños de paquetes minoritarios de las acciones, de las distintas empresas; hay otros casos en que los bancos son dueños mayoritarios de las empresas, hay muchos casos en los cuales los bancos son dueños totales de las acciones de diversas empresas; es decir, hay una gran dispersidad y diversidad de situaciones en cuanto a la tenencia accionaria de los bancos. Hubo bancos que orientaron sus acciones, sus actividades, a penetrar en forma cada vez más activa y dinámica en los sectores industriales, comerciales, turísticos, etc.; hubo otros que por el contrario trataron de mantener y de restringir su actividad al negocio meramente bancario; estamos en proceso adelantado del estudio de estas cuestiones e indiscutiblemente aquellas empresas, aquellas participaciones en donde haya coincidencia con prioridades nacionales; tendrán un trato bien distinto de aquellas otras participaciones en donde no haya coincidencia tan clara o evidente con las prioridades nacionales o con el interés de los grupos mayoritarios del país. Yo creo que en fecha próxima estaremos en condiciones de poder dar un adelanto adicional a esta cuestión a ustedes y al público en los general. Gracias, señor diputado.
El C. Presidente: ¿Satisfecha su pregunta, señor diputado Raúl López García?
El C. Raúl López García: voy a hacer una aclaración breve. Creo que hay el interés del pueblo de México de recibir una respuesta categórica en lo siguiente: Se ha exigido a los trabajadores en respaldo a la política económica, y en ese sentido nosotros consideramos que debe ser también categórica la posición del gobierno; no se puede premiar a quienes contribuyeron al saqueo de capitales y, por lo tanto, las empresas de la banca nacionalizada deben ponerse en manos de los trabajadores.
Hacer lo otro o conceder con la iniciativa privada, sería prácticamente darle o darnos una salida no consecuente en la alianza con los trabajadores. Segundo. Planteado o derivado de lo que señaló el Presidente de la República el 1o. de diciembre en torno a la consulta y a la participación popular y al principio de la renovación moral, nosotros pensamos que es imprescindible que se abra una acción popular de masas para que se ejerza por el pueblo una acción de vigilancia y control sobre la banca nacionalizada. Hay un reclamo popular en el sentido de que actualmente gerentes están haciendo operaciones de compra - venta de dólares por debajo del agua, ese rumor existe, y por lo tanto nosotros demandamos una respuesta categórica a esta posibilidad de participación popular para vigilar el manejo de la banca nacionalizada a través de una oficina. Y el pueblo de México espera de usted, señor Secretario, pues, una respuesta categórica.
El C. secretario de Hacienda Jesús Silva Herzog: Muchas gracias, señor diputado Raúl López García. La nacionalización de la banca, dijo el Presidente De la Madrid, en un acto irreversible, y me complace de manera muy especial reiterarlo en este momento, la nacionalización de la banca es un acto irreversible, y definitivamente coincidimos con usted en que de ninguna manera podrá ser tolerado el retorno de los viejos propietarios de la banca a la nueva banca nacionalizada. Es una conquista popular, consagrada en la Constitución y definitivamente se tiene la posibilidad de utilizar este instrumento de manera más acorde con las prioridades, con las necesidades nacionales.
En cuanto al segundo punto, me gustaría simplemente expresarle que estamos completamente abiertos para escuchar iniciativas, sugerencias, actitudes imaginativas, como se señaló hace poco, para encontrar qué fórmula pudiera utilizarse para asegurarnos que la operación, la tarea, el desempeño de la banca nacionalizada se ajusta con los objetivos esenciales del país, completamente dispuestos a abrir nuestra disposición para escuchar propuestas que pudieran ser utilizadas en este propósito.
Por lo que hace a nosotros, en la Secretaría de Hacienda, nuestro objetivo esencial es fortalecer, como le comentaba, las labores de control y vigilancia, de supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de los otros órganos de supervisión, como el propio Banco de México y como la propia Secretaría de Hacienda.
A través de este contacto más permanente con las autoridades de la banca nacionalizada y abiertos a ese encuentro de fórmulas nuevas,
estamos seguros que tendremos capacidad, como mexicanos, de utilizar este instrumento de la forma como el pueblo de México se merece. Gracias diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Juan López Martínez.
El C. Juan López Martínez: Señor Secretario, primeramente deseo hacer unas apreciaciones. La balanza de pagos entre México y Estados Unidos siempre ha sido desfavorable a nuestro país. Se nivelaba con el turismo y los dólares que traían los braceros y otros rubros de menos importancia. Pero nunca nos habíamos endeudado tanto como en los últimos dos sexenios. Esto nos dice que el aumento del gasto público fue el factor principal de endeudamiento externo. Quiere esto decir, señor Secretario, que discrepamos o discrepo sobre lo que usted mencionó hace algunos momentos que dijo que soló cuando el valor de nuestras exportaciones sea superior a las importaciones podremos operar, podremos parar el proceso del endeudamiento externo.
Sabemos que en la actualidad la gran intranquilidad que existe en el nivel productivo, la empresa pues está sumamente gravada con altos impuestos que nos da más o menos un 62.8% de la utilidad fiscal y también el trabajador participa en un 8%, viene siendo un último, en que repercute más este menor, ahorita menor participación en la utilidad de la empresa y la empresa obtiene el 29.2% de utilidad y el Estado, a través de la Secretaría de Hacienda obtiene un 62% de esa utilidad fiscal.
También lo que mencionaba usted, que a nadie le gusta pagar impuestos, si estos se usan para hacer mansiones como la mansión del perro en Cuajimalpa, la réplica del Partenón en Zihuatanejo y la del ex - regente en New Canyon. La política antipopular y ficticia de pare y arranque que se vino ejerciendo en el pasado régimen lópezportillista y que las intenciones del actual régimen es el de llevar para la vialidad nuestra reordenación económica, es plausible pero quiero recordarle que obras son amores y no meras razones.
A mi partido, el Demócrata Mexicano le interesa que a través de sus contestaciones quede explícito y aclarado, tanto para esta Legislatura como para el pueblo, el contenido de los siguientes planteamientos:
Se ha anunciado que el déficit presupuestal del 1982 representó una cifra cercana al 16% del producto interno bruto y que se ha determinado rebajarlo a una cifra que oscila entre el 2 y el 9% para 1983. Vemos como un adelanto que se reconozca el déficit presupuestario como un mal económico al que hay que combatir y como uno de los causantes de la inflación; vemos que significa un mayor adelanto todavía, ya que las obras son más convincentes que los dichos, el que se hayan implementado medidas concretas para reducirlo a casi la mitad y aplaudimos el propósito de eliminarlo hasta donde es posible eliminar esta calamidad.
De todas maneras, aunque reducido en comparación con la anualidad de 1982, en 1983 se ejercerá el Presupuesto con un déficit que, según estimaciones globales, ascenderá a una cifra cercana al billón y medio de pesos que habrá que pagar y que como todo déficit traerá males económicos, entre ellos el endeudamiento interno y externo con su aporte a la inflación, según las variables de la fuente de financiamiento.
Estamos conscientes de que el sobregasto no se puede eliminar tajantemente, sin acarrear males mayores a la sociedad. Sucede, como con los camiones de gran tonelaje, que encarrerados, necesitan de un espacio y de un tiempo para frenar. De todas maneras. el sobregasto está y estará aquí, y de su presencia se requiere información.
En nuestro país ha existido la tendencia histórica de cubrirnos mediante las siguientes medidas:
a) Endeudamiento externo; b) con préstamos del Banco de México al gobierno federal, provenientes del encaje legal y de la emisión de dinero fresco y c) con la colocación de valores gubernamentales entre el público.
Señor Secretario, las preguntas específicas derivadas de los anteriores planteamientos son las siguientes:
¿En qué forma se prevé financiar el déficit presupuestario, y qué porcentaje del cubrimiento se estima para cada uno de los rubros descritos, integrantes de una tendencia histórica?
Según la fuente de financiamiento ¿cuál será el efecto del déficit presupuestario en los índices de inflación? Y una tercera: De no tomarse las medidas actuales de reducción del déficit, ¿cuáles serían los males inflacionarios previsibles? Muchas gracias.
El C. secretario de Hacienda: Señor diputado López Martínez: me voy a limitar a tratar de contestar con la mayor precisión posible las preguntas concretas que usted hizo.
En primer lugar, señala usted que no está de acuerdo conmigo - se lo agradezco - en cuanto a que el endeudamiento externo va a a poder ser abatido sólo en la medida en que logremos importar menos y exportar más, sino que usted lo liga esencialmente con el gasto público, y con el déficit del sector público.
Quisiera comentar simplemente con usted que la verdadera causa de la deuda externa hay que encontrarla en dos cuestiones fundamentales: por un lado, la deuda nos permite cubrir la diferencia entre ingresos, y gasto del gobierno, y aquí puede ser utilizada la deuda interna o la deuda externa, para cubrir, repito, esa diferencia que existe o puede existir entre ingresos y egresos del gobierno del sector público considerados en su conjunto.
Sin embargo probablemente la necesidad fundamental del endeudamiento externo es cuando se plantea un desequilibrio en las cuentas de un país con el resto del mundo, cuando se plantea una diferencia en las cuentas de México con el resto del mundo y esta
diferencia consiste en que importamos o gastamos afuera, para decirlo sencillamente, más de lo que vendemos o lo que nos gastan de fuera en nuestro país.
Es este desequilibrio externo entre ingresos y egresos en divisas, lo que con la mayor frecuencia se cubre con endeudamiento del exterior. La otra forma de cubrirlo, la única otra forma de cubrirlo, es usando reservas internacionales del Banco Central.
Si esta diferencia es modesta y es por un año o por dos años, las reservas del Banco Central, cuya función esencialmente es ésa, amortiguar estos movimientos, serán utilizados y podremos mantener este desequilibrio; si el desequilibrio se sostiene por un periodo más largo o tiene niveles más agudos, será necesario usar la deuda externa, por eso ponía yo el énfasis en que la forma para abatir el crecimiento de nuestra deuda externa, es que le demos un mayor dinamismo al sector exportador y tratemos de reducir el crecimiento de nuestras importaciones de bienes y servicios.
No estoy de acuerdo con usted en que reducir el déficit del sector público a cero sea un objetivo razonable de política económica. Eso es cierto, existe en algunos libros de texto, pero no he sabido prácticamente de ningún país que lo practique. Sería para un país como el nuestro condenar el crecimiento del producto, el crecimiento del ingreso de las grandes mayorías de la población a un ritmo menor. Definitivamente creo que es posible el apoyar el proceso de desarrollo de una economía con un déficit, o teniendo desequilibrio en las finanzas públicas, pero un desequilibrio que pueda ser apoyado de manera razonable adecuada y con recursos reales de la colectividad. El problema está como lo que nos sucedió en estos últimos años en el que por razones de origen externo e interno y dentro de las intensas, el aumento que en el servicio de la deuda tuvo la devaluación cambiaria, el déficit llegó a niveles, como los que usted comentaba y como los que consigna el folleto de criterios generales de la presentación de la Ley de Ingresos y Egresos de la Federación.
Por eso era necesario, indispensable, reconocimiento claro de la realidad, el que no podíamos sostener para el año próximo un nivel como el que tuvimos el año pasado y éste de 1982. Pero esto, no quiere decir, de ninguna manera, que el gobierno reconozca que es indispensable eliminar el déficit presupuestal, ha jugado, puede jugar y jugará un papel de aliento a la economía nacional y sobre todo a la de los grupos mayoritarios de la población.
Para el año próximo usted plantea o nos pregunta nuestra estimación del déficit reducido sobre la inflación. Aquí tenemos que hablar en realidad de toda la estrategia económica, no podemos aislar el efecto de uno solo de los instrumentos, la política presupuestal ingreso y egreso, para evaluar un objetivo básico como es la inflación. Tendríamos que usar o ampliar el marco de análisis y tratar de hacerlo lo más completo posible.
Uno de los objetivos esenciales de la administración, es reducir el año próximo la inflación de modo sensible. Lo dijo el propio Presidente De la Madrid y lo hemos venido comentando distintos funcionarios de su gobierno, no será posible abatir los índices inflacionarios de modo inmediato o en el plazo demasiado corto. Podemos aspirar a que en la parte final del año próximo los ritmos crecientes de la inflación empiecen a abatirse y que considerando la inflación de año a año, tengamos una reducción significativa sobre el cien por ciento o cercano al cien por ciento al que terminaremos en 1982. Ese es uno de los objetivos esenciales de política.
¿Qué hubiera pasado, es su última pregunta, si no se toman estas acciones de ajuste? Si seguimos y dejamos que la inercia nos conduzca y que las circunstancias dictaminen lo que va a acontecer en el panorama económico y social de nuestro país. Es difícil imaginar en estas circunstancias lo que pudiera haber acontecido. Pero estoy absolutamente cierto que en ausencia de estas medidas de ajuste, algunas de ellas dolorosas y que van a implicar sacrificio colectivo y esperamos bien distribuido en ausencia de estas medidas de ajuste, estoy absolutamente cierto, repito, a que la inflación se hubiera disparado y hubiéramos probablemente pasado a tasas o a coeficientes de inflación del 200 o del 300%. No hubiéramos tenido dólares para importar prácticamente nada. Y la industria nacional bien pudiera paralizarse o bien se pudiera haber paralizado, para usar el término correcto, en forma dramática. Y esto hubiera generado, a su vez, volúmenes crecientes de desocupación, muy por encima de los que puede acontecer el año próximo, con un ritmo de crecimiento menor como el que vamos a tener.
Señor diputado, yo creo que casi no era alternativa viable, la de continuar en ausencia de medidas de ajuste severo como las que está proponiendo en una estrategia integral y patriótica, el Presidente De la Madrid. Gracias señor diputado.
El C. Presidente: Señor diputado, ¿considera usted satisfecha su pregunta? Tiene la palabra.,
El C. Juan López Martínez: Comentó usted que se están tomando medidas necesarias. Pero si nos gustaría que nos diera algunos porcentajes estimados, sobre las preguntas específicas que le hemos hecho.
El C. secretario de Hacienda, licenciado Jesús Silva H: Tiene usted mucha razón y esta fue una omisión de verdad involuntaria.
El año próximo se piensa que el déficit del sector público ascenderá, según lo consignan los documentos de política financiera que hemos presentado a su consideración, ascenderá alrededor de un billón 500,000 millones de pesos, será cubierto en una tercera parte, en términos generales, y estas son estimaciones, en una tercera parte por endeudamiento externo
y dos terceras partes procedentes de crédito interno, la mayor parte de este de la colocación de valores gubernamentales y sobre todo, de la captación que la banca mexicana haga de ahorros y de las medidas de política monetaria que el Banco de México viene adoptando. Esto es de los mecanismos de encaje legal por medio del cual sustraemos los ahorros captados por la banca y los transferimos al financiamiento del sector público. Con esto pensamos que habrá también una posibilidad de eliminar crecimientos inadecuados del crédito del Banco Central al Gobierno y a su vez esto provocará complementado con otra serie de medidas, un aumento del medio circulante por debajo de lo que aconteció en el año de 1982. Sin apegarnos a ninguna teoría, es indiscutible que una disminución en el crecimiento del medio circulante para el año próximo puede convertirse en un elemento adicional de combate a la inflación. Espero señor diputado, que queden satisfechos los coeficientes que usted solicitara.
El C. Presidente: En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señalado por el Artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta presidencia dispone que se prorrogue esta sesión hasta concluir los asuntos en cartera.
Tiene la palabra la ciudadana diputada Aidé Heréndira Villalobos Rivera.
- La C. Aidé Heréndira Villalobos Rivera: Señor Secretario: en su mensaje al pueblo de México el 1o. de diciembre el Presidente de la República expresó que el Estado es la sociedad organizada y no forma separada de su contenido. Dijo también que estatizar a la sociedad sería totalitarismo y que se buscarían cambios que lleven toda la vitalidad y creatividad de la sociedad civil a las estructuras estatales. Agregó: no más Estados solamente, sino más sociedad agregada al Estado, la prioridad es el hombre.
Aclaró también, como usted aquí mismo lo acaba de asentar, confirmándola, que la banca nacionalizada es del pueblo y no de una nueva minoría de dirigentes, y ofreció propiciar la participación adecuada en el manejo y en el patrimonio de dichas instituciones por parte de los ahorradores, los acreditados y la sociedad toda, obreros, campesinos y empresarios. Yo considero absolutamente congruentes con nuestra Constitución estos enunciados.
Señor Secretario, porque nos interesa cuál podría ser la participación, no soló de los empresarios, sino de la sociedad toda, queremos que usted como responsable del sector nos adelantara la tesis que de manera general ha dicho usted aquí hoy, sino la forma precisa en que el Ejecutivo Federal piensa implementar la participación en el manejo y en el patrimonio de la banca nacionalizada de los obreros y de los campesinos.
Por otra parte, desearíamos conocer la forma en que indemnizará a los antiguos propietarios de los bancos privados.
En tercer término, señor, y en virtud de las recientes declaraciones del Director del Banco de México con respecto a la pérdida de cien mil millones de pesos en los últimos 3 meses, derivados de la política de paridad preferencial y controlada, así como de modificación a los tipos de interés, nosotros estimamos que más bien esa pérdida implicó una transferencia de los acreditados y ahorradores, entre ellos la pequeña y mediana industria y las clases populares. Por ello, nos interesa conocer la opinión de usted respecto al esquema concreto que debe tener en el corto plazo el sistema bancario nacionalizado, en los aspectos de política crediticia y apoyo a los sectores populares, y en qué forma la nueva organización facilitará en contraste con la política hasta hoy sostenida el apoyo a esa pequeña y mediana industria.
Finalmente, también en base a lo que el licenciado Salinas de Gortari, titular de la Secretaría de Programación y Presupuesto afirmó hace pocos días, que los balances de los bancos posteriores a la nacionalización fueron "maquillados". Esto es gravísimo, y de ser cierto implicaría la intervención de la flamante Contraloría General de la Nación. ¿Qué puede decirnos usted al respecto como titular de la Secretaría de la cual depende el Banco Central y la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros?
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Gracias, diputada Rivera. Plantea usted una serie de preguntas a las que trataré de darle la mejor respuesta posible.
Voy a empezar por la penúltima, que es la que se refería al esquema institucional que se piensa para el nuevo sistema bancario. Y aquí me gustaría adelantar algunos de los criterios, algunos de los lineamientos fundamentales que se están considerando para aprovechar, repito, este instrumento que ahora tiene el Estado en la banca nacionalizada.
Se piensa, como criterios fundamentales, que la banca debe mantener una operación eficiente y ajustada a la técnica bancaria. Primer criterio. Segundo criterio, que busque el mejor aprovechamiento de los recursos con los que la banca cuenta, lo que implica, esencialmente, procesos de aglutinación entre distintos bancos que conforman nuestro sistema en este momento. Habíamos adelantado considerablemente en los últimos años, y particularmente en la última administración, gracias a la política definida como de integración en la banca múltiple. Actualmente son poco más de 30 las instituciones de crédito y 98% de los recursos manejados por la banca son manejados por bancos múltiples. Este proceso de función sentimos que debe continuar para evitar o aprovechar, dicho de otra manera, de una mejor forma, las posibilidades que bancos con tamaños más eficientes puedan tener para los años próximos.
Se quiere mantener el criterio regional, por que no puede pensarse de ninguna manera como solución razonable el hacer a todos los bancos capitalinos con cobertura nacional,
sino que se piensa que es posible, y cumpliría un objetivo muy saludable y adecuado, el mantener bancos regionales más grandes que los actualmente regionales para hacerlos más eficientes, con un fuerte acento en lo regional.
Desde el punto de vista de proyección internacional, en varias plazas del mundo y después de un esfuerzo que fue fortalecido en forma muy clara en los últimos años, tenemos presencia internacional de un número importante de bancos mexicanos. Sin embargo, ahora con la propiedad del Estado, se plantea la posibilidad de buscar una mejor coordinación y en su caso fusión de oficinas que bancos mexicanos tienen en el exterior.
Criterio básico será también el tratar de mantener la atención de atracción de ahorro y canalización de recursos del modo más eficiente posible, estimulando competencia entre los bancos y buscando resultados positivos al final de cada ejercicio; definitivamente los bancos no deben convertirse de ninguna forma en elementos que signifiquen subsidios para el gobierno federal, sino por el contrario, apoyo a los gastos del gobierno federal y a la capitalización misma de las propias instituciones de crédito.
El sistema bancario mexicano tuvo resultados negativos en los últimos tres meses, derivados de esencialmente la conversión de las cuentas en mexdólares a cuentas en pesos; comprábamos a 70 y vendíamos a 50, ahí hubo un efecto negativo importante, claro y evidente, compramos a 70 y vendíamos a 50; lo hicimos para corregir un problema que, dadas las circunstancias por las que atravesaba el país, era de una particular significación, como eran las cuentas denominadas en dólares y ha repercutido de una manera o de otra, con transferencias del gobierno federal al Banco Central, y del Banco de Central a las instituciones de crédito, ha significado, repito, en una elevación de los gastos del gobierno y en una ampliación del déficit del sector público.
Parte del déficit al que hemos aludido, equivalente al 16%, se explica, entre otras razones, por este efecto de conversión de los mexdólares, en que compramos a 70 y vendimos a 50.
No conviene dejar de tener presente que con esto se disminuyó en forma sensible un problema latente que teníamos en nuestra economía, que era precisamente las cuentas denominadas en dólares, y que podía convertirse, de modo inmediato, en salidas de capital, en conversiones y en salidas de capital como nos aconteció en el mes de agosto.
Por eso, y no lo dijo, y perdón, puedo afirmar que no lo dijo el licenciado Salinas, los balances de los bancos no fueron maquillados. Los balances de los bancos registraron estas operaciones, en que hubo transferencias que condujeron, como repito, a un aumento en el gasto público y un aumento en el déficit, pero los bancos recibieron estos ingresos y se adicionaron a sus cuentas de ingresos durante estos meses anteriores. La cifra que usted da, de alrededor de cien mil millones de pesos, durante estos tres meses, es correcta. Gracias, señor diputado.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Rolando Cordera Campos.
El C. Rolando Cordera Campos: Señor Secretario, en primer lugar querría decirle que celebro que a partir de un cierto momento de su intervención haya usted empezado a utilizar la primera persona del plural, al referirse al pasado. Esto, sin duda, ayuda al diálogo y a los analistas políticos, que tratan de entender qué es lo que pasó y va a pasar en México, porque en los últimos días no comenzó a tener la impresión de que estábamos gobernados por un grupo de extraterrestres que en virtud de un aterrizaje forzoso se habían encontrado con un país en ruinas, y la forma en que usted se ha expresado sobre lo que pasó y las decisiones que se tomaron, nos vuelven a la tierra y al tiempo terrícola, y debe agradecerse.
Le voy a ahorrar un primer comentario, porque querría advertirle, como se lo hicimos saber con anticipación, que voy a ser reiterativo. Nosotros le hicimos saber que nos interesaban sobre todo dos cuestiones generales, porque entendemos que esto apenas se inicia, esto no resuelve la Ley de Ingresos; tenemos unos días más de estudio, discusión, debate y decisión.
Nos interesaban dos cuestiones básicas, la cuestión de la equidad y de la igualdad, y la cuestión de la banca, y voy a insistir en ella como hizo inicialmente mi compañero Salvador Castañeda.
Nosotros, señor Secretario, no pensamos que las propuestas fiscales respondan a los principios de equidad. No se puede hablar de un paquete fiscal dominado por el principio de equidad cuando en una situación como la que vive el país el grueso del incremento de los recursos impositivos proviene de impuestos indirectos y particularmente del impuesto al Valor Agregado; cuando se nos proponen derogaciones de exenciones por concepto de pago del Impuesto al Valor Agregado a las tiendas sindicales, cuando se adelanta la idea en abstracto probablemente aceptable de introducir o aumentar gravámenes a ejidatarios y comuneros como resultado de la producción agropecuaria y pesquera, y cuando definitivamente no se toma en cuenta el hecho de que estamos, hemos entrado a una situación en la que con toda evidencia el salario mínimo, del cual vive un alto e importante porcentaje de la población trabajadora, no responde ni mucho menos, a la prescripción constitucional. No se puede hablar de equidad así.
Su programa es recaudatorio y ojalá tenga éxito, pero no responde a en la situación actual es un programa que ahondará la desigualdad. Es un programa que afectará a la mayoría, es un programa que no toma en cuenta las necesidades de los trabajadores y particularmente los de ingresos medios y bajos y soslaya una buena parte de la
realidad, porque ni se acuerda de aquellos que pueden tener la posibilidad de ser explotados y por esa vía de la explotación recibir un salario.
No es pues un programa que contribuya o que se inspire en la equidad. Y repito, en una situación como la actual, no solamente no responde a principios de equidad sino que contribuye a una mayor desigualdad en México que tiene el triste honor de ser uno de los países más desiguales del mundo.
Frente a este tratamiento inequitativo a los trabajadores, nosotros encontramos que los que no son trabajadores y particularmente los que son propietarios, siguen manteniéndose prácticamente intocados, sin que esto nos lleve a dejar de reconocer que se ha avanzado, por ejemplo, en materia de acumulación de ingresos y al mismo tiempo de lamentar que no se haya avanzado lo suficiente.
Y a este respecto plantear mi primera cuestión, me parece insatisfactoria la explicación que se nos da por escrito en cuanto a no incorporar los intereses a la obligatoriedad de acumular ingresos, me gustaría su comentario al respecto.
Se mantiene un régimen, ya no diría inaceptable sino incomprensible de deducciones a la empresa privada y esto es lo que nos permite afirmar que no hay tal equidad y que si por equidad se entiende que todo el mundo pague las mismas tasas de impuestos indirectos, entonces tomando en cuenta la situación - esta es otra forma de ser realistas, licenciado - tomando en cuenta la situación concreta en que vive la mayoría de los trabajadores y la ficción en la que vivirá según las previsiones del nuevo gobierno, nosotros podemos afirmar que esta es una equidad realmente autóctona, que produce no otra cosa que mayor desigualdad. Y ahí también probablemente usted pueda reclamar al fin del año, si cumplen sus propósitos de disminuir el déficit en la magnitud prevista, otro récord internacional: el de haber logrado que los impuestos al consumo no sean regresivos porque la mayor parte de la población no haya podido consumir.
Ese es mi primer planteamiento. Me puedo quedar con la reiteración, pero me gustaría invitarlo a que reconsidere, porque todavía hay tiempo.
La segunda cuestión, y esto probablemente lo sorprenda, se refiere a las empresas. A nosotros nos preocupa particularmente el estado de la empresa productiva en México. Nos interesa positivamente. No nos interesa con ánimos expropiatorios para mañana, nos interesa que trabajen, que cree empleos. Nos interesa resolver el problema que el Presidente López Portillo le planteó a la Nación el primero de septiembre de que en México se había llegado a una situación patética de empresas pobres y empresarios ricos.
¿Cómo corregir esta incongruencia que es nociva desde cualquier punto de vista? Hay muchas manifestaciones concretas de esto. Y se expresa sobre todo en la desigualdad inicua en que vive el país, desigualdad que no se toma en cuenta por este gobierno para presentarnos su paquete fiscal, reitero. Me gustaría añadir una más: de acuerdo con datos del anterior gobierno, o estimaciones del anterior gobierno, la deuda privada en el extranjero llegaría o andaría por los 20 mil millones de dólares y si no recuerdo mal, fue el propio Presidente o funcionarios autorizados de su gobierno, quienes estimaron que las inversiones de mexicanos no de empresas necesariamente, de mexicanos en el exterior, andarían por los 27 mil millones de dólares.
Nosotros pensamos, y estas cifras son mínimamente precisas, ciertas, que la deuda privada deberían pagarla los empresarios enriquecidos que tienen inversiones y depósitos en dólares en el extranjero, y que el enriquecimiento de la empresa en el sentido de convertirse en una empresa pujante productivamente, tecnológicamente y con capacidad de dar empleo, debería descansar en esta riqueza inaceptable, no inexplicable, inaceptable, de grupos minoritarios de la sociedad mexicana y no en un mayor empobrecimiento de los trabajadores y que éste particularmente debería estar contemplado para la pequeña y la mediana empresa, sobre la cual siempre se hacen innumerables programas que por razones que uno desconoce aquí sí nunca realmente contribuyen a sacarla de este estado permanente de postración y de sumisión en que se encuentra. A nosotros nos gustaría saber qué prevemos, este gobierno, para enfrentar esta cuestión del empobrecimiento de la empresa que al final de cuentas es propiedad de la nación, al final es propiedad de la nación, y el enriquecimiento de los empresarios. Esta ecuación no la van a responder, pensamos, empobreciendo más a la población trabajadora, como al parecer se pretende actualmente con este paquete fiscal, y medimos la preocupación, señor Secretario, porque en la página 20 de la Exposición de Motivos se hacen algunas consideraciones con respecto a los intereses de la deuda privada en el exterior, si mal no recuerdo en el último párrafo de la página 20 en torno al cual me gustaría conocer su opinión.
Me parece en tercer lugar, que es deseable buscar imaginativamente formas de evitar que la banca, hoy nacionalizada, se burocratice más de lo que ya estaba cuando estaba en manos privadas, sirva a los fines del desarrollo nacional y no simplemente cambie de unas cuantas manos a otras cuantas manos, en eso creo que hay un consenso nacional lo que francamente nos parece muy poco imaginativo y muy regresivo, independientemente de los topes de los que nos enteraremos posteriormente en las leyes que usted nos ha anunciado, resolver el enorme y decisivo problema de la participación y del control social por la vía de la participación en el patrimonio de las empresas bancarias. Esto es francamente imaginación de "tendero", y no nos parece que el problema esté a la altura de esa imaginación tan pequeña; el problema del control social no se va a resolver nunca por la vía de la
participación patrimonial, menos en un país tan desigual y tan pobre como éste, y a ese respecto insistiría en la cuestión: banca nacionalizada es banca cuyo control está en manos del Estado, que hasta que la Constitución cambie es el representante de la nación. Otra cuestión es cómo evitamos que la burocracia estatal y los funcionarios estatales hagan mal uso de los recursos bancarios, esa es otra cuestión, pero el representante de la nación, de acuerdo con la Constitución, es el Estado, y analíticamente podemos hacer juegos de palabras, pero política y constitucionalmente nos parece muy peligroso. Y al respecto me gustaría señalarle que en la página 23 de la Exposición de Motivos, se advierte la conveniencia de llevar a cabo de manera gradual, si mal no recuerdo, y progresiva, la separación entre la banca y otros organismos o circuitos, como seguros, casas de bolsas, etcétera. Y preguntaría, señor Secretario, ¿que significa esto - independientemente de que con toda seguridad está resuelto en las próximas leyes -, que significa esta separación? Significa esta separación una nueva interpretación del Artículo 28 Constitucional, o es simplemente una separación funcional, o significa que estamos en los albores de un nuevo circuito financiero privado. Esa es mi última pregunta, y quería terminar inevitablemente comentando algunas de sus afirmaciones de mayor alcance.
Usted establece una antinomia entre voluntarismo y realidad, ¿pero cuál realidad, señor Secretario? Porque la realidad de la mayoría, la que está definida por las necesidades, aspiraciones y legítimos derechos negados y conculcados de esta mayoría, a nosotros que también buscamos ser realistas, nos permite afirmar que la política que usted nos propone es producto del más negativo de los voluntarismos; aquél, en vez de ir demasiado lejos y por hacerlo soslaya o deja de tomar en cuenta lo inmediato, de plano se niega a ver y esconde la cabeza como el avestruz. Este también es un voluntarismo, pero es el más indeseable de todos.
Y para terminar, señor Secretario, una petición. Nosotros pensamos - y ojalá y estemos equivocados - que las medidas anunciadas ayer significan, de plano, renunciar al control de cambios. Usted afirma que no y nosotros esperamos, repito, estar equivocado. Pero dado que está renunciando a tantos controles, le pediríamos que amparado en la Ley Orgánica del Banco de México reformada, que insatisfactoria y todo le da al Estado el control sobre el Banco de México, convierte al Banco de México en un banco controlado por el Estado, que por favor ese control no lo dejara, porque su nuevo director ha dado muestras de convicciones muy firmes en muy pocas cosas y de una gran iniciativa, y eso puede ser muy peligroso, (Aplausos).
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Señor diputado Cordera, le agradezco mucho sus comentarios iniciales acerca de la confianza que le da el que la extraterritorialidad, extraterres... - hay una película que seguramente vio usted (risa y aplausos). Le agradezco que reconozca que esto no fue más que eso, más que atender a esta extraterres - no, no me salió.
Podríamos realmente conversar durante un buen rato acerca de los puntos que usted plantea y sobre los cuales, al igual que usted, creo que discrepo de todos, bueno, de casi todos, y voy a empezar a hacer algunos comentarios sobre el particular.
Me sorprende que no hubiera iniciado usted con un comentario acera del anonimato, ha sido una petición que hemos escuchado en muy diversas ocasiones, yo pensé que iba a hacer usted algún comentario sobre el particular; me sorprende también cómo plantea que el paquete o el programa o el conjunto de iniciativas contenidas en la Ley de Ingresos, según proyecto del Ejecutivo, persiguen como objetivo central el de la equidad; no está consignado en ningún momento sino que desde un primer instante se subrayó, se insistió en que requeríamos recursos adicionales para cumplir con las funciones esenciales del gobierno, que tenían propósito eminentemente recaudatorio, está contenido en la Exposición de Motivos y está contenido en las expresiones que me permití pronunciar al inicio de esta sesión.
Dentro de ese objetivo esencial que es recaudatorio, había que buscar los mayores elementos que defendieran ese criterio básico de la equidad y de ahí el establecimiento de una sobretasa, al que gana más de cinco veces el salario mínimo , de ahí la desgravación que tampoco creo que la mencionó para nada, la desgravación para los trabajadores de ingresos más reducidos que permite en cierto sentido aliviar los efectos de inflación y proteger, también en cierto sentido, los niveles de vida, los niveles de bienestar.
De ahí que en el ajuste que se propone al Impuesto al Valor Agregado se haga con modalidades que respondan en cierto sentido también, a ese criterio básico de equidad; reducir medicinas, subir artículos de lujo; no suprimir el trato preferencial a las tiendas sindicales sino suprimir el trato preferencial para ciertos artículos de lujo que se venden en las tiendas sindicales, lo cual es distinto a la forma como usted lo planteó.
Yo creo que uno de los principios básicos del partido de las mayorías, del gobierno del Presidente De la Madrid, es el reconocimiento claro, y a veces estrujante , de que nuestro país mantiene uno de los más graves contrastes de cualquier sociedad.
La distribución del ingreso, la inequitativa distribución del ingreso, es sin duda uno de los problemas fundamentales a los que se enfrenta nuestra sociedad y a los que se enfrentará nuestra economía en los años próximos. De ahí que el gobierno del Presidente De la Madrid haya incorporado como una de sus banderas esenciales, precisamente, denominado de sociedad igualitaria, la búsqueda de una disminución, de una mejora en esta distribución inequitativa del ingreso que padece nuestro país.
No es por tanto exacto, de ninguna manera, esta afirmación, esta afirmación que no tiene fundamento, el pretender señalar que este paquete de ingresos y de egresos busque o aliente una desigualdad. Por el contrario. Lo dijimos hace un minuto: no hay mayor desigualdad ni mayor inequidad que seguir aceptando tasas de inflación del 100%. Esas sí, esas sí afectan de modo directo y de modo claro a la población, y a la población con ingresos más bajos, sobre todo a aquellos con ingresos fijos. Es el impuesto más regresivo, es el impuesto más inequitativo. Y estas políticas, este conjunto de medidas, busca hacer frente a los problemas a los que nos enfrentamos y trata de abatir la inflación. Recoge la petición de las mayorías del país que votaron como votaron el 4 de julio pasado, y que expresaron una y otra vez, que una de sus principales necesidades, que uno de sus mayores requerimientos, que una de sus más claras peticiones, era abatir la carestía de la vida. Y esto oyó por todos lados, de un modo recurrente y repetido.
Requerimos recaudar más, para disminuir el déficit, y junto con toda la estrategia global, abatir la inflación y sentar bases mejores para un crecimiento más equilibrado y más sostenido, de tal suerte que no hay que dejarse llevar por el juicio de una medida específica y atribuirle adjetivos que no corresponden; hay que tratar de ver y de enmarcar en un marco más amplio y precisamente como lo comentamos al principio, evaluar instrumentos con objetivos y no confundir medios con fines.
No cabe la menor dudad que la empresa así dicha, en forma general como usted lo comentó, está en situación difícil en estos momentos; tiene problemas de abastecimiento de materias primas por insuficiencia de dólares, y tiene en muchos casos una estructura financiera que se vio seriamente afectada por la devaluación de febrero, por el ajuste cambiario de agosto. Hay muchas empresas del sector público, hay muchas empresas del sector privado que tienen una estructura financiera verdaderamente difícil. Habrá que establecer mecanismos de apoyo, de aliento, de defensa, de reconocimiento de esta situación para que las empresas puedan nuevamente mantener su ritmo de expansión y evitar, en toda la medida posible, evitar el cierre de empresas.
¿Cómo resolver la dicotomía entre el empresario y la empresa? Absolutamente cierto, dicotomía difícil, y que va a depender, como muchas de las otras cuestiones que hemos venido comentando el día de hoy en la mañana, del establecimiento de bases que permitan reanudar el proceso normal de ahorro de inversión, y eso es precisamente lo que se pretende con la estrategia global de política económica del Presidente De la Madrid: sentar las bases que permitan al país volver a recuperar el paso y volver a crecer de modo equilibrado, de modo sostenido para poder seguir dando empleo, trabajo a los millones de compatriotas que lo demandan año con año.
No hacerlo sería a lo mejor, y lo hemos comentado también ya, a lo mejor sería más popular, sería una mejor solución en el corto plazo y tendría el aplauso inmediato, pero aquí no estamos ni debemos estar con responsabilidad ciudadana por el aplauso de corto plazo, sino debemos estar por la solución integral de mediano y largo plazo. Y eso es lo que se pretende con estas medidas.
Hay una pregunta de usted de ¿por qué no se acumula al ingreso personal los intereses derivados de las inversiones esencialmente en los bancos? Es este el único elemento importante que no está incorporado en la globalización del ingreso, el resto - y le agradezco el reconocimiento al diputado Cordera - se ha ido avanzando en el curso de los últimos años y en la empresa está globalizado el ingreso y en las personas físicas prácticamente globalizado con excepción de este renglón de los intereses que las personas perciben por sus inversiones en las instituciones de crédito del país.
¿Por qué no se ha acumulado? ¿Por qué no se propuso en esta ocasión hacerlo? No se quiso hacerlo, ni se está proponiendo, porque el globalizarlo o incorporarlo en la globalización del ingreso implicaría necesariamente una disminución en el rendimiento real de esas inversiones bancarias. En un momento en que tenemos tasas de interés real negativas, esto provocaría, así lo estimamos, una disminución de la corriente de ahorros hacia nuestro sistema de banca nacionalizada o tendríamos que aumentar las tasas de interés por encima de los niveles aceptables. Disminuir la corriente de ahorro a la banca nacionalizada, sería reducir otra fuente de ahorro vital para apoyar el financiamiento del sector público.
Y en ausencia de otros mecanismos compensatorios sería acudir de nuevo a procedimientos cien por ciento inflacionarios y sentimos otra vez que una de las grandes prioridades es abatir la inflación y disminuir el aumento en los precios. Por eso, diputado Cordera, no se propuso en esta ocasión, que los intereses devengados por depósitos en las instituciones de crédito se globalicen al ingreso de las personas físicas.
No se preocupe. En cuanto a las modificaciones a la Ley Orgánica del Banco de México convertido ahora en organismo público descentralizado antes sociedad anónima, no hay la menor intención de devolver este control. Este control el Estado lo tiene ahora como organismo público descentralizado. Pero indiscutiblemente, definitivamente; que lo ha tenido desde hace ya mucho tiempo, incluyendo cuando era sociedad anónima. El Estado controlaba a través de la Secretaría de Hacienda, las decisiones fundamentales del Banco de México y el Banco de México era parte integrante. Parte integrante del gobierno de la República, por decirlo de una manera un tanto exagerada. No es que ahora se tenga el control y antes no se tenía. Se tiene ahora y se tenía antes. No hay la menor intención de hacer ninguna modificación o de proponer ninguna modificación en este sentido.
Y en cuanto a la interpretación que usted le da al control de cambios y al anuncio del día
de ayer, respeto su opinión. Yo ya expresé la mía. Usted expresó la suya y el mayor respeto a ambas opiniones.
Un último punto, si es que no se me fue por ahí alguno de modo involuntario. Se me fueron algunos de modo voluntario. El problema de los intereses de la deuda privada. Muy diversas empresas privadas contrataron crédito en el exterior, sobre todo en los últimos años. El proceso de expansión fue muy dinámico e incluso muchas de ellas tenían que acudir al mercado exterior, porque nuestro mercado bancario no tenía los recursos suficientes para apoyar parte de esas inversiones. Se endeudaron en dólares y después de los dos ajustes cambiarios vieron modificada su estructura financiera en forma muy radical.
En los últimos meses, para tratar de mantener el pago de los intereses de esta deuda privada, no lo han podido obtener dadas las condiciones de nuestro mercado cambiario. Se encuentra prácticamente suspendido el pago de los intereses con el exterior, del sector privado mexicano; se requiere para reanudar un flujo más normal de recursos del exterior a nuestra economía, al sector público, al sector privado, encontrar mecanismos que faciliten el cumplimiento de estas obligaciones. Estamos adelantados en el diseño de estos mecanismos que implican esencialmente el que la empresa pague en pesos y pague y convierta en dólares una vez que tengamos una mayor disponibilidad de moneda extranjera en los próximos meses. Se trata de pagar en pesos y poder liquidar efectivamente una vez que el país en su conjunto, porque en economía así hay que juzgar las cosas, el país en su conjunto genere el volumen de dólares que permita atender el servicio de esta deuda privada. Por supuesto que si se dice que mejor hay que alentar la repatriación de quienes los sacaron y del empresario rico, por supuesto que se coincide con esta posición y que hay que alentar estos mecanismos de repatriación y de cobertura de parte de los dueños de las deudas de sus empresas con dólares que pudieran tener otro lado, es obvio, natural y evidente que es un paso necesario que hay que alentar por distintos mecanismos; pero en ausencia de ellos, vamos a diseñar mecanismos que permitan restablecer un prestigio crediticio de México que ha venido ganándolo con esfuerzo durante los últimos 40 años y que además requiere para mantener su ritmo de crecimiento del apoyo del crédito externo en los próximos meses.
Página 23 de la Exposición de Motivos, preocupación de que pudiera haber un deslinde entre las instituciones de banca y los otros intermediarios financieros, casas de bolsa, compañías de seguros, etc.; la preocupación básica reside en este caso, no en lazos de carácter patrimonial sino de carácter funcional. En la mayor parte de los países los bancos han crecido como bancos y el mercado de capital, las casas de bolsa, las compañías de seguros, etc., lo han podido hacer atendiendo también, sin liga patrimonial, con sus propias responsabilidades. Creo que en el momento en que la banca mexicana se nacionalizó, es un momento oportuno para darle a la banca su propio campo y al otro segmento financiero, el propio y el que le corresponde para un mejor desarrollo del sistema financiero en su conjunto.
En México había una liga patrimonial excesiva entre la banca y estos intermediarios; se estuvo alentando por distintos mecanismos el evitar esa liga o en disminuirla, ahora sentimos que es el momento, pero sin preocupación para precisamente buscar esa distribución funcional y alentar el crecimiento de ambos segmentos del sector financiero para poder apoyar el financiamiento del desarrollo mexicano de una mejor manera.
Creo, señor diputado Cordera, que en términos generales he tratado por lo menos comentar algunas de sus inquietudes fundamentales. Gracias. (Aplausos.)
El C. Rolando Cordera Campos: Señor Secretario, yo mis afirmaciones trato de fundarlas, mis fundamentos pueden ser discutibles, pero yo no encuentro fundamento alguno en usted para decir que la mía no tiene fundamento. Yo hablo de que su programa no responde al criterio de equidad, y digo que es esencialmente recaudatorio, leí la Exposición de Motivos, señor Secretario. Voy a citarle un párrafo:... hay plena conciencia de que las medidas que se proponen son drásticas pero inevitables; exigirán un sacrificio de todos, pero estarán normadas por la equidad para que la carga sea proporcional a la capacidad económica de los contribuyentes. Nosotros decimos que no está normada por la equidad la propuesta fiscal de este gobierno, esa fue mi afirmación, discutible pero fundada.
De acuerdo con las propuestas en la llamada miscelánea se propone modificar el Artículo 9o. de la fracción VIII del IVA, que decía originalmente: Estarán exentas del pago de impuesto, los que sin propósito de lucro enajenen bienes en beneficio exclusivo de sus agremiados, miembros o trabajadores, según sea el caso, las tiendas que establezcan los sindicatos obreros, las organizaciones ejidales y comunales que operen en los términos de la Ley de la Reforma Agraria, así como las dependencias y organismos públicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en disposiciones de carácter general. Decía. Proponen que diga:... los que sin propósito de lucro enajenen bienes sujetos a las tasas del 0% o del 5% en beneficio exclusivo, etcétera. Se derogan exenciones, señor Secretario, es lo que estoy señalando derogan exenciones a tiendas vinculadas con el sector social, eso era todo lo que estaba yo señalando.
También tiene fundamento, está contenido en los documentos que fueron entregados en esta Cámara.
Por último, yo entiendo, entonces, que en su opinión - y supongo, en opinión del Gobierno del que usted forma parte - los intereses de la deuda privada externa serán cubiertos fundamentalmente con las divisas que, sí las cosas no cambian dramática y felizmente, producirá el
petróleo y la deuda pública externa que se pueda contratar. No me parece feliz la afirmación suya de que esta deuda se pagará en pesos, no, se comprará con pesos dólares conseguidos por el gobierno para pagar deuda privada; esa es la relación precisa. Esa deuda no se paga en pesos, esa deuda se tiene que pagar en dólares. Lo que pasa es que los empresarios privados van a comprar dólares con pesos; ni modo que los compraran con rublos.
Y entiendo, por último, que se trata de que otros intermediarios financieros como las casas de bolsa y las compañías de seguro, operen no vinculados a los bancos. Me gustaría saber si también las llamadas Holdings. Porque, en términos la Ley, si mal no recuerdo, esto no es un intermediario financiero, aunque funciona de hecho como tal. Mi pregunta se debía a una cuestión. Tanto en seguros como en las principales casas de bolsa, como en muchas Holdings importantes, los principales accionistas eran los bancos que ahora son nacionalizados. Y ahora, si en efecto no se va a regresar esto ni a viejos ni nuevos y deseosos dueños privados. Si eso se va a mantener bajo el control efectivo del Estado, entiendo entonces que la separación es simplemente funcional, es decir, que las acciones en propiedad de los bancos, de las compañías de seguros y las casas de bolsa no se pondrán a la venta. ¿Entiendo bien, licenciado?
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Pequeñas correcciones o comentarios más que correcciones. Perdón.
En la primera intervención usted comentó que se eliminaba el tratamiento preferencial del IVA a las tiendas sindicales. Ahora ya me comenta usted de que se eliminan algunas excepciones, es correcto, al principio me pareció entender de otra manera, si así fue le ruego me disculpe, por eso se trataba de precisar de que hay una eliminación de algunas de las exenciones que tenían las tiendas sindicales y algunos otros establecimientos; eso, así, es correcto.
En cuanto a la fundamentación de que no era un paquete equitativo, es un problema de grados, yo le comento a usted que nosotros sentimos que en nuestro pronunciamiento subrayamos en forma clara el objetivo esencial de carácter recaudatorio y que dentro de ese objetivo hacer los ajustes, introducir las medidas que creo que sería prolijo reiterar, para hacer el paquete lo más equitativo posible y defender y proteger los intereses de los grupos mayoritarios de la población.
También ya en otras ocasiones hemos comentado cómo podría, por ejemplo, como otra alternativa elevar el IVA en forma uniforme, ahí estaríamos atendiendo sólo el propósito recaudatorio sin atender al criterio de equidad, estamos proponiendo una elevación del IVA pero con ajustes a la baja y a la alza en otros artículos, para defender precisamente el criterio de equidad.
Se piensa que otra alternativa, por ejemplo, sería subir en forma indiscriminada el impuesto a las empresas o a las personas físicas para provocar cierre de empresas, desocupación masiva, masiva en términos no tributarios, u otra política que no respondiera a criterios de defensa de equidad, sería el aceptar que los precios siguieran elevándose en la forma como lo han venido haciendo recientemente; continuar con tasas de inflación y ya lo señalamos, o permitir que éstas se elevaran, esto sí sería y lo vuelvo a repetir, lo más inequitativo y lo más contrario a un esfuerzo en busca de una mejor distribución del ingreso.
Me agrada mucho que piense usted que es mejor adquirir los dólares con pesos y no con rublos (aplausos), estoy totalmente de acuerdo, los dólares se adquieren con pesos pero en realidad los dólares provienen de exportaciones de mercancías o de crédito; en el esquema que se está planteando para cubrir los interés de la deuda privada, se están planteando renovaciones u operaciones nuevas de crédito de los bancos, para precisamente poder cubrir este endeudamiendo; este pago de intereses con endeudamiento adicional, a las propias empresas del sector privado, de tal suerte que no se van a usar los dólares del petróleo ni del crédito público para atender el servicio de intereses de la deuda privada. Lo que estamos haciendo es buscar mecánicas que permitan cumplir y reconocer, con realismo, con pragmatismo y enfrentándose a la realidad objetiva, este problema de adeudo de intereses de la deuda privada, que dicho sea de paso, asciende en este momento a entre 800 y 900 millones de dólares que no hemos podido cubrir.
En cuanto a la última pregunta, estoy de acuerdo, señor diputado Cordera, se trata precisamente de una separación funcional. Gracias señor.
El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Felipe Gutiérrez Zorrilla.
- El. C. Felipe Gutiérrez Zorrilla: Señor Presidente: al contestar usted al diputado González Domene, rechazó que exista alguna responsabilidad sobre el grupo de funcionarios públicos que manejan o dirigen la economía del país. Más adelante, al contestar usted al diputado López García, se rectificó en parte ese criterio.
Nosotros nos preguntamos que si el Estado es rector de la economía, y si son ustedes los funcionarios públicos quienes realizan esa actividad, toman las decisiones y de acuerdo con ellas orientan y encauzan la economía del país, de la que manejan la mayor parte, creo que sí son responsables y deben asumir esa responsabilidad. Es más, en los propios documentos que se nos presentaron a nosotros, reiteradamente se dice que se creó desconfianza respecto de nuestra moneda, que hay una grave situación, que hay ineficacias, que hay corrupción, y es esto en parte, reconocimiento de responsabilidad, y creemos sinceramente en Acción Nacional que es un avance, que es un progreso el aceptar la responsabilidad y tratar en forma franca los problemas graves y la crisis aguda por la que atraviesa nuestro país.
De todos los problemas que hemos analizado en los documentos que nos proporcionaron,
hay uno que en parte ya contestó usted a la diputada Villalobos Rivera, pero nos preocupa profundamente por otros enfoques que no han sido todavía expresados.
En la Ley de Ingresos de la Federación para este ejercicio próximo de 83, en la página 26 se afirma que habiéndose realizado la liquidación de mexdólares casi en su totalidad, será posible reducir gradualmente las tasas de encaje legal aplicables a la captación de recursos adicionales del sistema bancario. Esto proporcionará a los sectores social y privado cuenten con los recursos que demandan.
Se trata, en concreto, del pago que se está efectuando de los mexdólares.
En diverso documento de fecha 7 del presente mes de diciembre, el Presidente, al señalar los criterios generales de la política económica para la iniciativa de la Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 83, textualmente indica: "En este mes de diciembre, el sector público tendrá un déficit sin precedente, lo que implicaría una inyección excesiva de circulante. Para financiarlo, la masa monetaria habrá duplicado en un solo año el monto registrado en toda su historia hasta diciembre de 1981; parte importante del déficit fiscal de los últimos meses del año, se deriva de la disposición de pagar los depósitos del público en mexdólares a setenta pesos, y recuperar los créditos en mexdólares, la mayor parte a cargo de los grandes usuarios a razón de cincuenta pesos por dólar. Este subsidio - así se le llama - al sector empresas industriales y comerciales, usuarios de crédito del sistema bancario, fue asumido por el gobierno federal, para que no se refleje en los balances, insolvencia de las instituciones de crédito. Sobre esto y se refirió la diputada Villalobos Rivera, pero creemos que debemos ahondar en un tema tan importante, ya que fue parte importante del déficit fiscal.
Nos preocupa seriamente que dentro de nuestro régimen de derecho, en el que los ingresos deben quedar normados por una ley y los egresos sujetos a un presupuesto previamente aprobado, por este poder legislativo, el hecho concreto de que parte importante del déficit fiscal se haya generado en haber asumido el gobierno federal la diferencia que existe entre pagar los mexdólares a 70 pesos y cobrar los créditos en mexdólares a razón de 50 pesos por dólar.
Creemos que debe se aclarado, informando a la opinión pública lo siguiente: con fundamento en qué disposición o base presupuestal realizó el gobierno estas aportaciones, que se destinaron a subsidiar o a los usuarios del crédito como se afirma o a las instituciones de crédito. Qué cantidades de los ingresos que percibe el gobierno federal, se destinaron y aún se piensan destinar para cubrir mediante este subsidio la total liquidación de mexdólares, lo que causa parte importante del déficit fiscal.
Y aun cuando usted ya señaló que se registraron en los balances de los bancos los ingresos, en qué cuentas se registraron y si estos bancos beneficiados o receptores de ese subsidio o los usuarios del crédito van a reintegrar al gobierno federal este subsidio que no estaba o no sé si estaba programado. Señor Secretario, muchas gracias por su atención.
El C. Secretario de Hacienda: Gracias, diputado Gutiérrez Zorrilla. Creo que el problema de los mexdólares al que usted alude tiene dos aspectos de acuerdo con los comentarios que usted acaba de hacer.
En primer lugar se plantea que la conversión total o la casi total conversión de los mexdólares permitirá disponer de mayores recursos para el financiamiento de las actividades normales de la Banca. Esto obedece esencialmente a regímenes de encaje legal distintos para las obligaciones en pesos que para las obligaciones en dólares. Hay una diferencia sustancial entre unas y otras, de alrededor del 25%. De tal manera que si convertimos dólares en pesos, los depósitos en pesos tendrán un encaje legal menor que el que tenían cuando estaban expresados en términos de moneda extranjera. Este sería el primer comentario, la primera aclaración, de que es por un régimen de encaje legal diferencial distinto, el que permite allegarnos mayores recursos de la Banca, para apoyar actividades productivas debido a esta conversión de dólares a pesos.
En cuanto a la segunda cuestión que creo que es la más relevante, y a la cual también había hecho referencia la diputada Villalobos Rivera, que consiste en la forma de compensar esta diferencia entre comprar a 70 y vender a 50. Efectivamente el mes de diciembre será un mes difícil para las finanzas públicas, lo está siendo a esta fecha, en esta primera semana y media que llevamos de transcurrido. Y lo está siendo precisamente porque muchas de estas operaciones de comprar a 70 y de vender a 50, deberán ser atendidas, compensadas precisamente en el mes de diciembre, antes del cierre de los balances correspondientes de los bancos.
De acuerdo con la mejor estimación, y aquí me gustaría precisar cifras, el efecto neto de esta conversión de mexdólares, es de aproximadamente 70 mil millones de pesos.
Hace unos momentos con la diputada Villalobos, ella señaló una cifra de 100 mil millones de pesos, que debe ser agregada a esta de 70, algunos de los otros efectos derivados, ya no de esta conversión de mexdólares, sino de algunos otros lineamientos de política financiera adoptados recientemente, la elevación que habíamos venido proponiendo desde hacía tiempo, del rendimiento de los depósitos de ahorro, pasando del 4 1/2 al 20% y así no es el caso enumerar algunas de estas otras medidas que en conjunto provocan, de acuerdo con la mejor estimación, un efecto de alrededor de 100,000 millones de pesos. Repito lo que comenté con la pregunta anterior referente a este mismo tema, el problema de los mexdólares no era un problema sencillo, durante los meses anteriores a que se adoptara esta decisión, se convirtieron verdaderamente en amenaza a distintas decisiones y políticas de carácter financiero y
cambiario. Tenemos prácticamente resuelto el problema, lo que queda pendiente de mexdólares que por su vencimiento todavía subsiste, es una proporción insignificante del total que teníamos en el mes de agosto o en el mes de septiembre pasado. El impacto que estas medidas tiene sobre el gasto público en lo referente a mexdólares será de alrededor de 60.000 millones de pesos y el combinado de 100,000 una porción importante de cualquier manera dentro del déficit global del sector público mexicano. Sin embargo, siento que el haber resuelto el problema del mexdólar tiene también efectos positivos indiscutibles y que representa un activo para una mejor conducción de nuestra política financiera y cambiaria. Creo que sería los comentarios que podría yo hacer, señor diputado, que a reserva de lo que usted pudiera comentar en la réplica.
El C. Felipe Gutiérrez Zorrilla: Sí, señor Secretario, una de mis preguntas fundamentales es respecto a si ese llamado subsidio y que textualmente se señala otorgado a favor de los usuarios de crédito, es decir, de los deudores que pagaron a 50 pesos cada dólar que debían. Si ese llamado subsidio entregado a los bancos lo va a recuperar el Gobierno Federal o no, está dentro de los activos o de los pasivos de los bancos, o fue una aportación que no se va a reintegrar.
El C. Secretario Jesús Silva Herzog: Claro, señor diputado Gutiérrez Zorrilla, le contestaré en forma muy sencilla con una pregunta que usted usó y subrayó: Se trata, esencialmente, cualquiera que sea la forma que le podamos dar desde el punto de vista jurídico, de un subsidio que no recuperará el Gobierno Federal.
El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Ricardo Cavazos Galván.
El C. Ricardo Cavazos Galván: Señor Secretario, sus opiniones y comentarios vertidos a lo largo de esta comparecencia, indudablemente enriquecen las premisas que servirán para elaborar el dictamen respectivo a la Iniciativa de la Ley de Ingresos. Quiero dejar sentado el reconocimiento a su participación, anticipamos también la conveniencia y la necesidad futura de invitar a otros funcionarios de esa dependencia a las reuniones de la comisión de Hacienda y Crédito Público, con el ánimo de aclarar y precisar aspectos de detalles de la iniciativa de referencia.
Atendiendo a los considerandos en su intervención de hoy por la mañana, donde se hacía una exhortación a los diputados, para establecer, como lo dijera usted mismo, el llevar adelante el análisis en forma más fecunda acerca de la función y eficacia de los instrumentos, es que quisiera hacer algunas consideraciones en relación a la Ley de Ingresos, a la Iniciativa de la Ley de Ingresos, amén de otros planteamientos que los miembros del PRI tenemos interés también en plantearle del día del hoy.
En relación a la Ley de Ingresos, a la Iniciativa de la Ley de Ingresos presentada para el año de 83, se parte de un reconocimiento de la crisis actual y se delimita en un conjunto de instrumentos hacendarios para corregir sus principales manifestaciones, entre los que se explicitan, como más importantes, contribuir a reordenar la economía, disminuir la inflación y el endeudamiento externo, fortalecer la posición financiera del sector público, activar el proceso de formación de capital, contribuir a crear las condiciones propicias para reconstituir los procesos de ahorro e inversión, ajustar los mecanismos de control de cambios para llegar a un sistema realista y funcional y aumentar la productividad y eficiencia del conjunto de la economía. En suma, se intenta proteger la planta productiva y el empleo.
Como se puede observar, los objetivos son muy loables, empero, se duda si con los instrumentos con que se cuenta se pueda lograr en toda su extensión lo propuesto.
Adicionalmente, resulta importante enfatizar que en el proceso de obtener estos objetivos podrán observarse algunas contradicciones, alcanzándose, en el mejor de los casos, algunos de ellos a costa de sacrificar algunos otros. Es decir, los instrumentos y las medidas que se pretenden tomar sirven para obtener ciertos objetivos, pero se convierten en grandes obstáculos en la consecución de otros. A manera de ejemplo se podría mencionar que el objetivo de fortalecer la posición financiera del sector público, habrá de obtenerse sin lugar a duda. Empero, esas medidas, parecería habrán de desalentar fuertemente el ahorro interno y, consecuentemente, la inversión y el proceso de generación de empleos. Puntos que se explicitarán con mayor detalle más adelante.
También se afirma que se busca que el impacto recaiga sobre los grupos con mayor capacidad económica. A pesar de los intentos de continuar con el proceso globalizador de ingresos, resulta importante resaltar que el incremento de la carga fiscal recaerá con mayor fuerza en las clases medias que, dicho sea de paso, son las que sostienen una buena medida los ingresos tributarios de la Federación, a la vez de que los efectos finales del incremento impositivo, tanto hacia adelante en relación a los precios finales, como hacia atrás en relación a los factores productivos se manifestará con todo su realismo en las clases bajas.
También se establece que se exigirá un sacrificio de todos, pero estará normado por la equidad. Considero que la frase en el texto es consistente en su estructura y significado y dicha equidad se da en los término de la aportación y apoyo que recae sobre las diferentes capas de estratos de la población, salvo la siguiente cuestión. Cuando se habla del concepto de equidad, básicamente se refiere al de equidad vertical, relegando el concerniente a equidad horizontal. Esta omisión es importante porque a pesar de la globalización del ingreso, la carga impositiva será mayor en aquellos causantes que actualmente ya se encuentran
tributando o que son cautivos, en mayor proporción que en aquellas personas que no lo son, pudiendo tener ambos ingresos similares.
En relación al IVA, su incremento al 15% contradice el efecto progresivo del impuesto sobre la renta, ya que este tipo de impuestos son regresivos, tal y como se ha citado anteriormente.
Por otra parte también, por experiencia se sabe que la desgravación de ciertos bienes en relación a estos impuestos, como medida para reducir sus precios y hacerlos más accesibles a los grupos sociales de ingresos más bajos, no siempre se logra ya que dicha desgravación es directamente capitalizada en utilidades en las diferentes etapas por las que pasan los productos, fenómeno que propiciará que el sacrificio fiscal que está dispuesto a realizar el Estado, no tenga los efectos esperados en la disminución de los precios.
Como ejemplo, conviene recordar lo sucedido con la desgravación de artículos agropecuarios hace un par de años, todo esto en adición al hecho de que al aumentar los precios y tarifas del sector público así como los impuestos indirectos que señalé hace un momento, se afectará desde luego el poder adquisitivo del salario de los trabajadores.
Concretamente, cuáles serían algunas de las medidas para ser aplicadas para restituir algo del poder de compra, del dinero, de los salarios de los trabajadores.
La política de estímulos fiscales, por otra parte, también dentro de los Considerandos de la Iniciativa que se presentó, es muy vaga y escueta en el documento entregado a esta Cámara y no se desprende cómo y a través de qué medidas se tratará de revertir de alguna forma el tremendo impacto que en la inversión y el empleo tendrá el programa de ajustes para el próximo año. Este punto es de crucial importancia dadas las implicaciones sociales que todo esto reviste.
Uno de los objetivos cruciales de la política monetaria y crediticia también señalado dentro del documento de referencia, es el de incentivar el ahorro interno de tal manera que el proceso ahorro - inversión se eficientice. Tal fenómeno habrá de lograrse, así se afirma en el documento, con rendimientos atractivos y así disminuir la dependencia del ahorro externo. Resulta de toda importancia recalcar que la política de ingresos en general, llevada a cabo a través de la globalización de los incrementos en el IVA, de la progresividad en algunas de las tarifas señaladas, contradice el efecto que sobre el ahorro pueden tener las tasas de interés, pudiendo propiciar que la captación no alcance los niveles deseados y constituyéndose esto en una limitante en el proceso para financiar la inversión. Al establecer una fuerte inelasticidad de la oferta de ahorro en relación a los incrementos en los rendimientos, es decir, en las tasas de interés, encareciendo solamente el dinero, y sin aumentar considerablemente la oferta de fondos prestables, de paso el efecto del incremento en las tasas de interés, se verá e impactará en mayor magnitud sobre la Bolsa de Valores, que para efectos prácticos, se convertirá en un fantasma de lo que fue en los años 78 y 79.
Así la escasez de ahorro cuestionará o podría cuestionar y reducir la efectividad, en consecuencia, de la política crediticia. Por lo tanto, y si no se tienen criterios más claros, no solamente el de rentabilidad social, el problema de intermediación financiera puede convertirse en algo serio que dada su importancia pueda cuestionar también el programa de ajuste y las políticas subsecuentes de recuperación económica.
Esto, por lo que toca a los comentarios a la Iniciativa de la Ley de Ingresos. Adicionalmente, también podría señalarse que es curioso observar la celeridad con que cambian los pronunciamientos del Poder Ejecutivo y de su representante en el país. El Secretario de Hacienda de México afirmó el 28 de junio del presente año, que la crisis estaba bajo control, con las medidas y el programa de ajuste económico adoptado previamente en el mes de abril. Posteriormente, el 5 y el 17 de agosto, el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señaló que la crisis se caracterizaba por ser un problema de caja, es decir, de coyuntura.
Hace apenas unos días, el titular del Poder Ejecutivo afirmó que los problemas a los que nos enfrentamos actualmente se deben a deficiencias estructurales, afirmación que acaba usted también de confirmar en su exposición de hace unos momentos.
Pensamos, efectivamente, que si se resuelve el problema financiero se habrá dado un gran paso en la solución de los obstáculos que hoy se oponen al desarrollo. Sin embargo, señor Secretario, el Partido Revolucionario Institucional al que me honro en pertenecer, tiene mucho interés en saber, primero, a qué se debe ese giro tan brusco en el diagnóstico de la crisis que padecemos. Por otra parte, qué medidas concretas se piensan realizar para dar solución no sólo a la crisis, sino sobre todo, a las causas estructurales que la están motivando.
Por otro lado, considero importante y conveniente regresar al tema que usted anunció hoy en la mañana en intervención, relacionado con la renegociación de la deuda, por ser un tema que consideramos es de suma importancia y que pudiera usted informarnos más ampliamente acerca de la misma, las condiciones y las implicaciones que pudiera tener para la vida económica de México.
La congruencia en este caso es premisa de la consistencia, y también ésta viene a ser finalmente sustento de la confianza, por tanto, ¿qué condiciones se han modificado para que la adhesión del entonces Secretario de Hacienda, a medidas de populismo financiero, sean actualmente rechazadas por las actuales autoridades responsables en la materia?
Por otra parte, un reclamo escuchado por los residentes de mi Distrito, se refiere al aspecto de confianza en el gobierno, y se señala por parte
de ellos, de los cuales soy portador, el hecho de que cómo se puede confiar en un gobierno que tiene que administrar la crisis cuando no supo administrar la abundancia petrolera. (Aplausos).
Finalmente ¿se podría precisar de quién y en qué forma se espera la solidaridad y el patriotismo para salir de esta crisis? Muchas gracias.
El C. licenciado Jesús Silva Herzog: Trataré, diputado Cavazos, agradeciéndole sus comentarios generales a la Ley de Ingresos, de hacer algunos comentarios sobre algunos de los puntos específicos que hizo usted en la parte final de su intervención.
Uno de los problemas a los que se enfrenta cualquier problema económico, es que el uso de cualquier instrumento se enfrenta a objetivos que en ocasiones son contrarios. Lo apunta el diputado Cavazos de que es posible que en este planteamiento que traemos a esta soberanía, el uso de determinado instrumento, pudiera enfrentarse con objetivos o resultados distintos a los buscados. Esto es indiscutible, y es uno de los problemas serios de la economía y del hacer gobierno; hay que optar, hay que escoger cuáles son los objetivos esenciales y hacia ellos concentrar el esfuerzo, concentrar la solidaridad y el empeño del mayor número posible de mexicanos.
El objetivo esencial que se persigue en este momento, en esta coyuntura, es el reordenamiento económico, el llevar a cabo un ajuste, que nos permita tener un nivel sobre el cual marchar con paso más firme al cabo de 18 meses, de 24 meses, como ha sido señalado por el propio Primer Magistrado. Ese es el principal objetivo.
Y por eso en mis palabras introductorias trataba y pedía que se ubicara el conjunto de medidas precisamente con una idea más clara de los objetivos esenciales. En este momento el objetivo esencial es lograr el reordenamiento económico y a él están dirigidas las iniciativas de Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos y las políticas anunciadas y por anunciar en distintos campos.
Ya comentamos acerca de la búsqueda o defensa del criterio de equidad en las propuestas que hemos hecho a esta soberanía, no voy a reiterarlas. Simplemente también comentar que la Secretaría de Hacienda se encuentra ahora mejor pertrechada para poder reducir, no eliminar, reducir los niveles de evasión fiscal en nuestro país. Con esto estaríamos alentando también mejores niveles de equidad horizontal y que el que debe pagar X pague X.
Insisto, reitero y recuerdo las palabras del Presidente De la Madrid: "El reordenamiento económico va a implicar sacrificios". Va a implicar sacrificios que usted, diputado Cavazos, los ubica en todos y lo precisa en un determinado segmento de nuestra sociedad. Subrayo, reitero y recuerdo, que este sacrificio debemos pugnar todos por hacerlo lo más equitativo posible. Es cierto, todos deberemos apretarnos el cinturón. Pero definitivamente que hay sectores de la población que pueden hacerlo con mayor facilidad que otros.
Estímulos fiscales, en un año como el que se nos avecina, con restricción presupuestaria, vamos a utilizar el estímulo fiscal de un modo más selectivo, con un criterio más claro de prioridades y tratando de reducir su volumen. Definitivamente, trataremos de aplicarlo en aquellos objetivos más ligados con los objetivos fundamentales para el año de ajuste de 1983, esencialmente recuperación de ritmos de inversión y posibilidades de incremento en la capacidad de absorción de empleo por parte de las empresas.
La medida más importante que habremos de lograr en el corto y en el mediano plazo para restituir el poder de compra de los grupos mayoritarios de la población, se verá el abatimiento de los índices inflacionarios.
Definitivamente siento que ahí, en ese terreno, es donde se puede y se debe centrar el esfuerzo para abatir el aumento en los precios y reducir la inflación en los próximos meses. Esto será a su vez, uno de los ingredientes más importantes para la defensa del poder de compra de los trabajadores, del poder de compra de los grupos mayoritarios de la población.
También es cierto y usted lo comenta, que la tasa de interés de ninguna manera es el único elemento que afecta la captación de ahorros de una colectividad, sin duda es uno de los elementos, es un elemento importante, es un elemento que se ha tomado la decisión de utilizarlo con flexibilidad y con apego a condiciones reales a las que se enfrenta la economía: evitar que nuestra sociedad siga detrayendo sus ahorros, que el año que entra serán menores, a destinos que contribuyen en menor grado al proceso de desarrollo general del país o al revés, crear condiciones que signifiquen atractivo específico para que los entes que pueden ahorrar lo puedan canalizar a los bancos y de ahí poderlo usar por la sociedad mexicana en su conjunto. No sentimos aquí de ninguna manera que pueda provocarse un efecto contrario o que pudiera parecer como usted plantea, algún problema de escasez en la captación de ahorros creo que si somos flexibles en la adopción de las políticas y empiezan a plasmarse y a percibirse algunos de los primeros resultados de este programa de reordenamiento económico, tendremos capacidad como sociedad para captar una dosis creciente de ahorro sobre el cual pueda fincarse nuestro crecimiento.
Paso ahora a algunos de los puntos concretos que usted señaló. Efectivamente me tocó el honor de participar en el gobierno de la administración pasada y ahora lo hago en el gobierno del Presidente De la Madrid. A principios de marzo a las pocas semanas de iniciado abril, me tocó hacer un anuncio buscando un ajuste económico, tratando de corregir algunos rumbos fundamentales en nuestra economía llevada y que podían percibirse en esos momentos. En agosto, me tocó hacer anuncios dolorosos y difíciles en los que subrayé que el problema al
que nos enfrentábamos era eminentemente un problema de liquidez de coyuntura de corto plazo e incluso dije, abusando del término, un problema de caja. Sin embargo, de ninguna manera esto significaba el ignorar problemas estructurales que nuestra economía padece, que nuestra economía ha padecido y que nuestra economía padecerá por varias décadas y lustros por venir. Simplemente era la manera de subrayar que a mi juicio en ese momento particular el problema que siempre tiene muchas esencias la que dominaba era un problema de corto plazo de coyuntura y de carácter financiero. Creo que en este momento era precisamente eso, un problema financiero de desequilibrio entre ingreso y gasto en el sector público. Ahora con una perspectiva más amplia y al inicio de una nueva etapa institucional y gubernamental de nuestro país, hay que agregar a este problema de corto plazo, definitivamente problemas de estructura que han estado desde hace muchos siglos con nosotros, problemas de muy diversa naturaleza, pero de naturaleza esencialmente estructural y de largo plazo. No siento por eso, de ninguna manera, el que podamos haber incurrido en giros bruscos o en cambios de retórica, es un problema de enfoque en donde se reconoce la crisis del corto plazo y ahora se yuxtapone, por así decirlo, la que siempre existe, la que siempre ha existido, que es la de estructura, que es la de largo plazo.
El 4 de julio hubo una expresión palpable de confianza en el pueblo, en el régimen de la Revolución y en el partido mayoritario, esa expresión de confianza se plasmó en las urnas y llevó a la Presidencia de la República a Miguel de la Madrid.
¿Cómo tener confianza para sortear la crisis cuando hubo problemas en la administración de la abundancia? Creo que aquí también es necesario insistir una y otra vez que si bien culminó muchos de estos eventos con momentos de crisis, los logros que el país obtuvo en estos últimos años han sido significativos y han permitido duplicar y triplicar muy diversos sectores de nuestra economía. De tal suerte que poner el acento, sólo en la forma y en el momento que se plantearon desajustes no siempre derivados de problemas internos, sino con una influencia significativa de un mundo internacional incierto y recesivo, creo, repito, que sería desconocer, ignorar logros que nuestro país, nuestra sociedad en su conjunto ha obtenido en las últimas décadas. Y cómo tener confianza en un gobierno para administrar la crisis, porque lo está haciendo con realismo, con verdad y convencido, convencido día con día de que la única manera de servir de verdad al pueblo es con el uso irrestricto de la verdad.
Pregunta usted algunos datos adicionales sobre la reestructuración de la deuda. De agosto de 1982, 1983 y 1984, nuestro endeudamiento a corto plazo, a mediano y largo, ascendía, señores, a aproximadamente 20 mil millones de dólares. Se solicitó la reestructuración de estos vencimientos de corto, de mediano y de largo plazo que tenían sus fechas de maduración, de pago, del 23 de agosto de 82, durante todo 83 y todo 84. Se solicitó que estos vencimientos pasaran a un plazo que pudiéramos llamar con propiedad de mediano plazo: a 8 años con 4 años de gracia, con un pago de tasa de interés ligeramente superior al que habíamos incurrido en las últimas operaciones de los últimos meses antes de este ejercicio de 1982. Y me complace reiterar que la recepción de la comunidad financiera internacional, e incluso algunas reacciones ya concretas, es extraordinariamente favorable a esta solicitud. Nos elimina, de raíz, el endeudamiento de corto plazo y prácticamente lo pasa todo al mediano plazo, con un plazo de gracia suficiente de 4 años, momento para el cual tenemos plena confianza que el país estará en mejores condiciones para poder atender estos compromisos.
Asimismo, se solicitó una masa de recursos adicionales, de alrededor de 5 mil millones de dólares, para el año de 1983, y también hay una reacción favorable y, en caso de obtenerse, será un instrumento que nos permitirá sortear de mejor forma este programa de reordenamiento económico; nos resuelve un problema de corto plazo y lo traslada al mediano y al largo plazo, pero fundamentalmente lo que me parece de trascendente es que revela la confianza y el optimismo con que la comunidad financiera internacional ve el futuro de nuestro país.
Y aquí trataría yo de cerrar estas palabras con mi expresión más convencida y más profunda de que si bien el país atraviesa un problema, un problema que han atravesado, que atraviesan muy diversos países en el mundo, con ingreso más alto que el nuestro, con ingresos más bajos que el nuestro, el país, nuestro país tiene posibilidades enormes para mirar con confianza y fundado optimismo el futuro de los próximos años.
Tenemos recursos, tenemos instituciones, tenemos gente, tenemos una voluntad acendrada por transformar, por crecer y por mejorar; con esa confianza, con ese optimismo profundo y convencido, quisiera darle las gracias por su atención. (Aplausos).
CONCEPTOS DE LA PRESIDENCIA
El C. Presidente: Señor licenciado Jesús Silva Herzog, Secretario de Hacienda y Crédito Público: Esta soberanía aprecia en todos sus alcances la exposición y sus respuestas en torno a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para 1983.
Importa subrayar que sus expresiones cumplen con el mandamiento constitucional que ordena a los secretarios de Estado informar e ilustrar a esta Cámara en lo que respecta a su ramo y que el contenido de sus palabras se ajusta a la estrategia señalada por el Presidente De la Madrid para enfrentar la grave crisis por la que atraviesa el país, realizando el mayor esfuerzo para que las cargas y los costos de esta situación de emergencia, se repartan con equidad entre los diversos grupos sociales.
Ha podido usted percibir en esta sesión, dudas, inquietudes y discrepancias, pero hay un denominador común en estas manifestaciones, el propósito republicano a través del análisis y la discusión de encontrar juntos las respuestas más eficaces, las más idóneas para vencer las dificultades de esta hora. De ahí que la rica diversidad que converge en esta representación nacional, plural, permita esperar debates y proposiciones que estén a la altura de la voluntad, las necesidades y las aspiraciones populares de que es expresión este órgano soberano.
Reciba, señor Secretario de Hacienda, nuestro reconocimiento y la determinación de la Cámara de Diputados, de seguir concurriendo en forma plural y coordinada, a la creación de los instrumentos que reclama la nación en los duros tiempos que vivimos. Muchas gracias. (Aplausos).
En virtud de haber concluido la lista de diputados inscritos para formular preguntas al señor Secretario de Hacienda y Crédito Público, se ruega a la Comisión designada para tal efecto, se sirva acompañarlo al retirarse de este recinto. (La Comisión cumple con su cometido). (Aplausos).
- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Señor Presidente, la secretaría informa que se han agotado los asuntos en cartera.
Se va a dar lectura al Orden del Día de la próxima sesión.
ORDEN DEL DÍA
- La misma C. Secretaria:
"Primer período Ordinario de Sesiones.
'LII' Legislatura.
Orden del Día
13 de diciembre de 1982.
Lectura del acta de la sesión anterior.
De conformidad con el Artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Marina remite el informe de labores correspondiente al periodo del 1o. de septiembre de 1981, al 31 de agosto de 1982.
Minutas
Con proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. licenciado Fernando Macotela Vargas, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Artes y las Letras, en grado de Oficial, que le confiere el gobierno de Francia.
Con proyecto de Decreto por el que se concede permiso al C. profesor Adolfo García Díaz, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden 27 de julio, que le confiere el gobierno de Venezuela.
Comparecencia del C. licenciado Carlos Salinas de Gortari, Secretario de Programación y Presupuesto."
- El C. Presidente (a las 16:35 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo lunes 13 para la que tendrá 10 horas, en la que comparecerá el señor licenciado Carlos Salinas de Gortari, Secretario de Programación y Presupuesto.
TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES