Legislatura LII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19821228 - Número de Diario 58

(L52A1P1oN058F19821228.xml)Núm. Diario:58

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LII" LEGISLATURA

Registrada como artículo de 2a. clase en la Administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D.F., martes 28 de diciembre de 1982 TOMO I. NÚM. 58

SUMARIO

APRUEBA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. SE

APRUEBA

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

LEY DE PLANEACIÓN

Se le dispensa la segunda lectura .

A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra Raúl López García; en pro Sergio Quiroz Miranda; en contra Rolando Cordera Campos y Luis J. Prieto, quien solicita regrese el dictamen a Comisiones para nuevo estudio. Se desecha. En pro Hermenegildo Anguiano Martínez; para una aclaración Luis J. Prieto. Se aprueba en lo general con los artículos no impugnados.

A discusión en lo particular. A debate el Artículo 20. Habla el C. Andrés Cázares Camacho para una supresión, modificaciones y adiciones. Se desechan.

Se aprueba en sus términos. Pasa la Senado.

CÓDIGO PENAL

Proyecto de Decreto que reforma el Código citado para el D. F. en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal. Se le dispensa la segunda lectura

A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra Daniel A. Sánchez Pérez; en pro Alberto Salgado Salgado; para hechos Iván García Solís; en pro Heriberto Batres García; nuevamente Sánchez Pérez; para hechos Everardo Gámiz Fernández. Se aprueba en lo general conjuntamente con los artículos no impugnados

A discusión en lo particular. A debate el Artículo 214. Hablan, en contra Miguel A. Martínez Cruz y en pro Armando Corona Boza. Se aprueba en sus términos

A debate el artículo 216. Hablan los CC., en contra Viterbo Cortez Lobato; en pro Alvaro Uribe Salas; para hechos Francisco J. Alvarez de la Fuente. Se aprueba en sus términos

A discusión el Artículo 223. El C. Gerardo Medina Valdez propone una supresión que la Comisión no acepta por voz del C. Salvador Rocha Díaz. Se aprueba en sus términos. Pasa al Senado

OPCIÓN DE CARGO DEL DIPUTADO RODOLFO PADILLA PADILLA

Dictamen con puntos de Acuerdo que determinan que el diputado Padilla se retira de sus funciones y opta por el cargo de Presidente Municipal de la ciudad de León, Guanajuato. Llámese al suplente para que rinda su protesta en la sesión de mañana. Sin discusión se aprueba

EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL D.F. 1983

Dictamen con proyecto de Presupuesto al que se dispensa la segunda lectura .

A discusión en lo general. Intervienen los CC., en contra Sergio Ruiz Pérez y Antonio Ortega Martínez; en pro José A. García Lizama; en contra Jorge A.

Ling Altamirano; para dos proposiciones que se desechan Edmundo Jardón Arzate; por las Comisiones Luz Lajous de Madrazo. Sin discusión en lo particular se aprueba en ambos sentidos. Pasa al Ejecutivo

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

Proyecto de Decreto que adiciona el artículo citado. Primera lectura. Se le dispensa la segunda lectura

A discusión el Artículo Único. Intervienen los CC., para una adición que se desecha Mariano López Ramos; en pro Viterbo Cortez Lobato; para una adición que se desecha Florentina Villalobos de Pineda; por la Comisión Amador Izundegui Rullán; para hechos Ma. Teresa Ortuño Gurza y Pedro Bonilla Díaz de la Vega. Se aprueba en sus términos.

Pasa a las Legislaturas Estatales

HOMENAJE AL GENERAL VICENTE GUERRERO

Con motivo del Bicentenario de su Natalicio, el C. José Martínez Morales hace una semblanza del héroe a quien se le tributa un aplauso en su memoria

RELACIONES HISTÓRICAS ENTRE MÉXICO Y E.U.A.

El C. José Dolores López se refiere a ellas mencionando el "Acuerdo de Caballeros" de 1907, la Ley de 5 de Febrero de 1917, la Ley de Exclusión de 1921, la Ley de Cuotas de 1924, la Ley de 28 de Mayo de 1929, la Ley Rodino y otras, como la Ley Simpson - Mazzoli del 17 de agosto último, por la que propone se envíe una carta a los diputados estadounidenses en protesta por la ley de referencia. Se turna a Comisión

COMENTARIOS A LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Y AL GOBIERNO DE BAJA CALIFORNIA

El C. Juan M. Molina Rodríguez, expresa su desacuerdo con la ley mencionada y critica al gobierno de Roberto de la Madrid

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 1983

Se le dispensa la lectura al proyecto de Presupuesto citado. Queda de primera lectura

ARTÍCULOS 1916, 2116 Y 1916 BIS DEL CÓDIGO CIVIL

Proyecto de Decreto que reforma los dos primeros artículos y adiciona el último del Código citado, para el D.F. en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Primera lectura

LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA Y CRÉDITO

Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura

ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL

Proyecto de Decreto que reforma el artículo de referencia. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura

ARTÍCULOS 570, 571 Y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Proyecto de Decreto que reforma y adiciona dichos artículos. Se le dispensa la lectura. Queda de primera lectura

INVITACIÓN

A la sesión solemne en la que el C. licenciado Enrique González Pedrero rendirá la protesta de Ley como Gobernador de Tabasco, el día 31 del actual.

Se designa Comisión

COMUNICACIONES

De los Congresos de Quintana Roo y Oaxaca, relativas a actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado .

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. MARIANO PIÑA OLAYA

(Asistencia de 339 ciudadanos diputados)

APERTURA

- El C. Presidente (a las 10:55 horas): Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez:

"Primer Periodo Ordinario de Sesiones. LII Legislatura.

Orden del Día

28 de diciembre de 1982.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes a discusión

De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con proyecto de ley de Planeación.

De la Comisión de Justicia con proyecto de Decreto de Reforma al Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la comunicación del C. Rodolfo Padilla Padilla.

De las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal con proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1983.

Dictámenes de primera lectura

De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salubridad y Asistencia, con proyecto de Decreto de Adiciones al Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.

El Congreso del Estado de Tabasco invita a la Sesión Solemne en la que el C. licenciado Enrique González Pedrero, rendirá la protesta de Ley como Gobernador Constitucional del Estado, la que tendrá lugar el 31 de diciembre.

Comunicaciones de los Congresos de los estados de Quintana Roo y Oaxaca."

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

- La misma C. Secretaria:

"Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Segunda Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día veintisiete de diciembre de mil novecientos ochenta y dos.

Presidencia del C. Mariano Piña Olaya

En la ciudad de México, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del lunes veintisiete de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, con asistencia de trescientos cincuenta ciudadanos diputados, la Presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del Orden del Día y del Acta de la sesión anterior, llevada a cabo el día veintitrés de los corrientes, misma que sin discusión se aprueba.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

Dictamen con proyecto de Declaratoria de reformas y adiciones al Título Cuarto, que comprende los artículos del 108 al 114, así como los artículos 22, 73 fracción VI Base 4a., 74 fracción V, 76 fracción VII, 94, 97, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

En virtud de que la Declaratoria en cuestión, contiene el proyecto de Decreto que ya fue aprobado por el H. Congreso de la Unión, la Asamblea, en votación económica, le dispensa el trámite de segunda lectura a efecto de que se someta a discusión y votación de inmediato.

A discusión el proyecto de Declaratoria. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación nominal se aprueba por doscientos noventa y dos votos en pro, cincuenta y uno en contra y nueve abstenciones. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social suscribe un dictamen con proyecto de Decreto, que reforma la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado 'B' del Artículo 123 Constitucional.

En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, la Asamblea le dispensa la segunda lectura, a fin de que se ponga desde luego a discusión y votación en lo general.

Presidencia del C. Héctor Hugo Olivares Ventura

Una vez inscritos los oradores, hacen uso de la palabra en pro los CC. Antonio Gershenson y Everardo Gámiz Fernández; para hechos el C. René Rojas Ayala.

Suficientemente discutido, en votación nominal se aprueba en lo general, con los artículos no reservados para su discusión en lo particular, por trescientos sesenta y un votos a favor y cuatro en contra.

A discusión en lo particular. A debate el Artículo 5o.

Intervienen, en contra el C. Sergio Quiroz Miranda; en pro el C. Servio Tulio Acuña y, por segunda ocasión, el C. Sergio Quiroz Miranda.

Se considera suficientemente discutido el artículo, en votación nominal se aprueba en sus términos, por trescientos treinta y siete votos afirmativos y veintinueve negativos.

Presidencia del C. Mariano Piña Olaya

A discusión el Artículo 8o.

Usan de la tribuna, en contra el C. Alberto Salgado Salgado; en pro el C. Ernesto Luque Feregrino.

Suficientemente discutido, en votación nominal se aprueba el Artículo 8o. en sus términos, por doscientos cuarenta y dos votos en pro y veintiuno en contra.

A debate el Artículo Único Transitorio. Usan de la palabra, en contra el C. Daniel Ángel Sánchez Pérez; en pro el C. Armando Corona Boza; para hechos el C. Everardo Gámiz Fernández, Daniel Ángel Sánchez Pérez e Iván García Solís; en contra el C. Andrés Cázares

Camacho y, por segunda ocasión, el C. Armando Corona Boza.

Suficientemente discutido el Artículo Único Transitorio, en votación nominal se aprueba en sus términos por trescientos treinta y siete votos de la afirmativa y treinta y dos de la negativa. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Dictamen con proyecto de Decreto , emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que reforma y adiciona los artículos 16, 25, 27 fracciones XIX y XX; 28, 73, fracciones XXIX - D, XXIX - E Y XXIX - F de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. Luis Dantón Rodríguez presenta y da lectura, a nombre de la Comisión Dictaminadora, a un dictamen complementario que enriquece al anterior, Asimismo, solicita se dispense la segunda lectura a este dictamen complementario, así como al primero de ellos, y se tomen en cuenta las modificaciones en la discusión, tanto en lo general como en lo particular.

Como lo solicita el orador, la Asamblea, en votación económica, dispensa la segunda lectura a los dos documentos.

A discusión en los general el proyecto de Decreto.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. Bernardo Bátiz Vázquez; en pro el C. Héctor Ramírez Cuéllar; en contra el C. Ignacio Vital Jáuregui; en pro el C. Rafael Aguilar Talamantes; en contra el C. Arnaldo Córdova; en pro el C. José Luis Lamadrid; para hechos los CC. Arnaldo Córdova, Ignacio Vital Jáuregui, Bernardo Bátiz Vázquez, Arnaldo Córdova, José Luis Lamadrid y Rafael Aguilar Talamantes.

Suficientemente discutido en lo general, en votación nominal se aprueba por doscientos cuarenta votos en pro y sesenta y cinco en contra, juntamente con los artículos no reservados para su discusión en lo particular.

Antes de someterse el proyecto de Decreto a discusión en lo particular, hace uso de la palabra el C. Francisco Ortiz Mendoza, para poner de manifiesto la importancia de las reformas y adiciones que se están introduciendo a la Constitución General de la República.

Señala que para que la Constitución quede debidamente clara, en lo relativo a la economía, propone se le agregue el siguiente capítulo "Capítulo de la Economía Nacional".

Una vez que la Secretaría da lectura a la proposición, la Asamblea, en votación económica y por mayoría no la admite, en consecuencia se da por desechada.

A discusión en lo particular el proyecto de Decreto.

Presidencia del C. Héctor Hugo Olivares Ventura

A discusión el Artículo 16.

Intervienen, en contra el C. Rodolfo Peña Farber; en pro el C. Guillermo Pacheco Pulido; por segunda ocasión el C. Rodolfo Peña Farber.

Suficientemente discutido el artículo, se aprueba en sus términos en votación nominal por doscientos treinta y tres votos en pro y cuarenta y uno en contra.

A discusión el Artículo 25.

Usan de la tribuna, en contra el C. David Orozco Romo; en pro el C. Manuel Solares Mendiola; en contra el C. Juan Campos Vega.

Presidencia del C. Mariano Piña Olaya

Continúa el debate.

Hablan, en pro el C. Ricardo A. Govela Autrey; para hechos el C. Francisco Ortiz Mendoza; en contra el C. Francisco Javier González Garza; en pro el C. Heriberto Batres García; en contra el C. Salvador Castañeda O'Connor; en pro el C. Genaro Borrego Estrada; para su segunda intervención el C. Juan Campos Vega, quien presenta modificaciones que la Asamblea en votación económica no admite, y en consecuencia se dan por desechadas; para hechos el C. Rafael Aguilar Talamantes y ,por segunda ocasión, el C. David Orozco Romo Suficientemente discutido, en votación nominal se aprueba el Artículo 25 en sus términos, por doscientos tres votos en pro y sesenta y siete en contra.

A debate el Artículo 26.

Intervienen, en contra el C. José González Torres; en seguida para hechos el C. Rolando Cordera Campos, quien expresa que el Grupo Parlamentario del Partido Unificado de México se retira de este debate para estudiar cuál va a ser su actitud en cuanto a un procedimiento que no es digno de esta Cámara; en pro la C. Irma Cué de Duarte; en contra el C. Sergio Quiroz Miranda, quien da lectura a una modificación que la Asamblea no admite y se desecha; en pro el C. Cándido Díaz Cerecedo.

Se considera suficientemente discutido el artículo. En votación nominal se aprueba por doscientos treinta y tres votos afirmativos y cuarenta y seis negativos.

Presidencia del C. Héctor Hugo Olivares Ventura

A discusión el Artículo 27.

Hablan, en contra el C. Francisco Calderón Ortiz; en pro La C. Martha Chávez Padrón; para hechos Luis Enrique Sánchez Espinoza.

Se considera suficientemente discutido el artículo. Se aprueba en sus términos por doscientos veintiocho votos a favor y cuarenta en contra.

A discusión el Artículo 28.

Hacen uso de la palabra, en contra el C. Alfredo Reyes Contreras; en pro el C. Víctor González Avelar.

Presidencia del C. Mariano Piña Olaya

Continúa la discusión.

Intervienen, en contra el C. Marco A. Fragoso Fragoso; en pro El C. Cesar Humberto

González Magallón, quien entrega por escrito a la Presidencia su intervención para que conste en el Diario de los Debates; por la Comisión el C. Salvador Valencia Carmona. Para su segunda intervención el C. Alfredo Reyes Contreras, quien propone modificaciones que la Asamblea en votación económica no admite, y en tal virtud se da por desechada.

Suficientemente discutido el artículo, en votación nominal se aprueba en sus términos por doscientos treinta y seis votos en favor y cuarenta y siete en contra.

A debate el Artículo 73.

El C. Rodolfo Peña Farber se pronuncia en contra del mismo. No habiendo más oradores se aprueba el artículo en sus términos por doscientos veintiún votos afirmativos y cuarenta y siete negativos.

Aprobado el proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 16, 25, 26, 27, 28 y 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo general y en lo particular. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La H. Cámara de Senadores remite Minuta con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Recibo y a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salubridad y Asistencia.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a una Iniciativa enviada por el Ejecutivo de la Unión, relativa a la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

En atención a que esta Iniciativa ha sido impresa y distribuida entre los ciudadanos diputados, la Asamblea en votación económica le dispensa la lectura. Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El H. Senado de la República remite las Minutas con sendos proyectos de Decreto que a continuación se mencionan:

De reformas al Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recibo y a las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

De reforma y adiciones a los artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo. Recibo y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

De reformas a los artículos 1916 y 2116, y adición de un Artículo 1916 bis del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal. Recibo y a la Comisión de Justicia.

Las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal, suscriben un Dictamen relativo al Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, para el ejercicio fiscal de 1983.

En virtud de que este Dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, en votación económica la Asamblea le dispensa la lectura. Queda de primera lectura.

Dictamen con proyecto de Decreto que reforma el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, emitido por la Comisión de Justicia.

Por las mismas razones del caso anterior, la Asamblea le dispensa la lectura a este documento. Queda de primera lectura.

La Secretaría, acatando instrucciones de la Presidencia, da lectura al Dictamen que contiene el proyecto de Ley de Planeación, presentado por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública. Es de primera lectura.

Las Legislaturas de los Estados de Aguascalientes, Oaxaca y Veracruz, comunican haber llevado a cabo actos inherentes a sus funciones legislativas. De enterado

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al Orden del Día de la sesión próxima.

A las tres horas y diez minutos del día 28 de diciembre, se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar, hoy mismo, a las diez horas."

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba...Aprobada, señor Presidente.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN LEY DE PLANEACIÓN

- El C. secretario Oscar Cantón Zetina:

"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, fue turnada la Iniciativa de Ley de Planeación que envió el Titular del Poder Ejecutivo Federal.

Con fundamento en los artículos 54, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones que suscriben someten a la consideración de esta Soberanía el presente dictamen, en base a las siguientes consideraciones:

Las Comisiones estiman que un sistema integral de planeación puede y debe ser un instrumento y una forma de trabajo, de la Nación y el Estado Mexicano, para las etapas actuales y sucesivas del desarrollo nacional.

México cuenta con una importante y abundante experiencia de planeación. Sin embargo, los esfuerzos de planeación han sido parciales y fragmentados, lo que ha significado que han sido más los planes formulados que los realmente ejecutados.

Asimismo, si bien la planeación avanzó junto con la reforma de la administración pública, con un acelerado crecimiento en la capacidad de los sectores administrativos para diseñar planes y programas, esto no fue acompañado

de un desarrollo simultáneo en la capacidad para traducirlos en acciones y en decisiones ubicadas en el tiempo y en el espacio, susceptibles de ser controladas y evaluadas. Es decir, se avanzó más en la formulación de documentos de planeación que en su instrumentación, control y evaluación. En opinión de las Comisiones la presente Iniciativa de Ley establece las bases para la corrección de esta deficiencia.

Por otra parte, si bien la reorganización administrativa de los años recientes permitió avanzar en la planeación sectorial, no se llegó a integrar adecuadamente a las entidades coordinadas en actividades de planeación homogéneas y tampoco se aseguró que todos los instrumentos de alcance sectorial se aplicarán eficazmente al logro de los objetivos y prioridades establecidos.

En otro orden de ideas, la Ley de Planeación que se dictamina constituye un avance en la solución del problema que significaba la persistencia de una distancia considerable entre las áreas de planeación - programación con las de presupuestación y ejecución, entre otras razones por carecer de una definición clara y jurídicamente válida de los mecanismos y procesos de instrumentación de los planes.

Asimismo, el esquema que otorga la Ley de Planeación permite resolver el problema que significaba lograr una adecuada vinculación entre la planeación global, sectorial y la que llevaban a cabo las entidades coordinadas, tanto por imprecisiones en la fijación de mecanismos e instancias de articulación como por la dificultad que se tenía para lograr que cada dependencia y entidad funcione como parte de un sistema nacional con una visión compartida de las prioridades y necesidades del conjunto.

En este sentido, la Ley sienta las bases para evitar que cada sector administrativo se separe en la práctica del conjunto, evitando así incongruencias en el manejo del gasto, falta de coordinación en el proceso de toma de decisiones e incapacidad tanto para evaluar lo que efectivamente se realizaba frente a lo que se habría planeado, como para conocer los diferentes impactos sociales, económicos y territoriales, de los distintos planes y programas.

En la Iniciativa se recogen en lo fundamental los antecedentes que en nuestro sistema de planeación asignan su conducción al Poder Ejecutivo, considerándolo como el medio eficaz para ejercer la rectoría del desarrollo en forma ordenada que permita fijar objetivos y metas, estrategias y prioridades, asignar recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, coordinar esfuerzos y evaluar resultados.

Las Comisiones consideran pertinente señalar que, respecto a los esfuerzos anteriores de planeación, la Iniciativa que se dictamina, representa un avance en cuanto a la información y transparencia a que, en esta materia, queda obligado el Poder Ejecutivo.

No obstante, las Comisiones consideraron conveniente modificar el Artículo quinto para ampliar la intervención del Poder Legislativo en la planeación nacional del desarrollo, tanto en el momento de integración del plan, como durante su ejecución, revisión y adecuaciones.

Las Comisiones subrayan la importancia de que las observaciones y opiniones vertidas por el Poder Legislativo al analizar la formulación, la instrumentación y la ejecución del Plan sean tomadas en cuenta a efecto que en los informes periódicos se haga referencia a estas recomendaciones emitidas por esta soberanía y la forma como fueron atendidas.

En cuanto al aspecto de la coordinación, las Comisiones consideran que lo contenido en la Iniciativa de Ley de Planeación resulta adecuado en tanto que, por una parte, se aprovechan los avances conseguidos a la fecha a través de los Convenios Únicos de Coordinación y de los Comités de Planeación para el Desarrollo Estatal y por otra, se sientan las bases para que éstos, como órganos de participación y consulta, se integren en Sistemas Estatales de Planeación.

Se trata de integrar la planeación de los estados a partir del reconocimiento de sus soberanías y, desde ellas, coordinen con el Gobierno Federal las autoridades necesarias para llevar a cabo la planeación nacional del desarrollo. En este sentido, en la Ley que se dictamina se sientan las bases para la planeación estatal, tendiente a lograr los objetivos de desarrollo estatal, contribuya a alcanzar

los propósitos nacionales; se logren armonizar las acciones a fin de lograr un desarrollo económico y social equilibrado entre las entidades federativas; se propicie la intervención activa de los tres órdenes de Gobierno; se integre progresivamente a los municipios en las tareas de la planeación a partir de sus ámbitos estatales; se fortalezca el proceso de descentralización de la toma de decisiones en un enfoque integrado.

Asimismo, la Comisión considera que se sientan las bases para que la coordinación entre federación y estados funcione regular y eficazmente pero sin el predominio de la primera, ya que se mantiene el respeto irrestricto de la soberanía de las entidades federativas, para la definición y establecimiento, por sí mismas, de sus propios sistemas de planeación, así como la elaboración de sus respectivos planes.

Por lo que toca a la vertiente de concertación, en la Ley de Planeación se observa un avance importante al establecer que los contratos y convenios que celebre el Ejecutivo Federal con los representantes de los grupos sociales o con los particulares interesados, se considerarán de derecho público y serán de cumplimiento obligatorio para las partes, estableciéndose en dichos convenios o contratos las consecuencias y sanciones que se deriven de su incumplimiento. Ello asegura que las acciones que acuerden realizar conjuntamente el sector público y los grupos sociales o los particulares sean congruentes con el propósito que los anima y coadyuven al cumplimiento de los objetivos establecidos por la planeación.

Asimismo, la concertación establecida en esos términos obliga a las partes involucradas

a establecer compromisos realistas y hace transparente el alcance de su cumplimiento, facilitando en este sentido la evaluación de los planes y programas.

Respecto a la vertiente de inducción que como en la propia Ley se señala "se refiere al manejo de instrumentos de política económica y social y su impacto en las decisiones de los particulares, para el cumplimiento de los objetivos establecidos por la planeación", cabe destacar tres aspectos fundamentales.

En primer término, al hacer explícitos y difundir los objetivos, metas, estrategias, asignación de recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se satisface la demanda de la comunidad por un mayor orden y transparencia en el Gobierno y para contar con criterios claros sobre el rumbo que seguirá el país. Ello facilita a los integrantes del sector social y al privado la toma de decisiones al reducir la incertidumbre, posibilita que realicen la programación de sus actividades y los orienta para que sus esfuerzos coadyuven a los propósitos de la planeación.

En segundo término, la iniciativa obliga a la congruencia entre los objetivos y prioridades del Plan y los programas que deben cumplir la aplicación de los instrumentos de política económica y social, así como los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal; los programas y presupuestos de las entidades paraestatales no integrados en dichos programas y las iniciativas de las Leyes de Ingresos. Con ello se configura una vía homogénea para inducir la acción a los integrantes de los sectores social y privado y asegurar que ésta sea congruente con los objetivos de los planes y programas.

En tercer lugar, la participación que lleguen a tener los agentes del desarrollo, significa la posibilidad de que a partir de la comprensión de lo que se pretende con los planes y programas, se logre su adhesión y la conjunción de sus esfuerzos con los del Estado. El futuro perfeccionamiento de las vertientes de instrumentación del Plan, permitirá que la planeación que se lleve a cabo sea de toda la Nación y no sólo del sector público.

De ahí que las Comisiones hayan considerado conveniente proponer una modificación de texto del artículo tercero.

Las Comisiones consideraron también necesario definir con mayor precisión, los foros y mecanismos de participación social por lo que propone una nueva redacción del artículo 20 que en forma no limitativa señala algunos de los grupos que deben intervenir, ser escuchados y tomados en cuenta al momento de realizar el plan o cuando éste se evalúe, modifique o revise.

Sin embargo, las Comisiones consideran que en cuanto a la periodicidad y forma de la consulta popular. La práctica permitirá precisar sus modalidades y características.

En resumen las Comisiones consideran que, en general, la Ley cumple con su cometido al establecer: las normas y principios básicos conforme a las cuales se llevará a cabo la planeación nacional del desarrollo y alcanzar, en función de ésta, las actividades de la Administración Pública Federal; las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas; la obligación de la participación popular en la planeación; las bases para que los agentes del desarrollo distintos al Estado contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades del Plan y los programas; y las bases para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática, el cual depende de las circunstancias específicas en cuanto a complejidad social y económica, avance de las técnicas, metodología e infraestructura para la planeación y de la eficacia de los mecanismos que la integren, en particular en cuanto al proceso de planeación.

Por las razones expuestas los CC. diputados que suscriben, someten a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY DE PLANEACIÓN

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones generales

Artículo 1o. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer:

I. Las normas y principios básicos conforme a los cuales se llevará a cabo la Planeación Nacional del Desarrollo y encauzar, en función de ésta, las actividades de la Administración Pública Federal;

II. Las bases de integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática;

III. Las bases para que el Ejecutivo Federal coordine sus actividades de planeación con las entidades federativas, conforme a la legislación aplicable

IV. Las bases para promover y garantizar la participación democrática de los diversos grupos sociales, a través de sus organizaciones representativas, en la elaboración del Plan y los programas a que se refiere esta ley; y

V. Las bases para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades del Plan y los programas.

Artículo 2o. La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios:

I. El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural;

II. La preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como

sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades del gobierno;

III. La igualdad de derechos, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos, de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria;

IV. El respeto irrestricto de las garantías individuales, y de las libertades y derechos sociales y políticos;

V. El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio Libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; y

VI. El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo, en un marco de estabilidad económica y social.

Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional del desarrollo la ordenación racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política y cultural, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la Ley establecen.

Mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

Artículo 4o. Es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de los grupos sociales, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.

Artículo 5o. El Presidente de la República remitirá el Plan al Congreso de la Unión para su examen y opinión. En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por esta Ley, el Poder Legislativo formulará, asimismo, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, revisión y adecuación del propio Plan.

Artículo 6o. El Presidente de la República, al informar ante el Congreso de la Unión sobre el estado general que guarda la administración pública del país, hará mención expresa de las decisiones adoptadas para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y los Programas Sectoriales.

En el mes de marzo de cada año, el Ejecutivo remitirá a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el informe de las acciones y resultados de la ejecución del Plan y los programas a que se refiere el párrafo anterior.

El contenido de las Cuentas anuales de la Hacienda Pública Federal y del Departamento del Distrito Federal deberá relacionarse, en lo conducente, con la información a que aluden los dos párrafos que anteceden, a fin de permitir a la Cámara de Diputados el análisis de la cuentas, con relación a los objetivos y prioridades de la Planeación Nacional referentes a las materias objeto de dichos documentos.

Artículo 7o. El Presidente de la República, al enviar a la Cámara de Diputados las iniciativas de leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuesto de Egresos, informará del contenido general de dichas iniciativas y proyectos y su relación con los programas anuales que, conforme a lo previsto en el Artículo 27 de esta ley, deberán elaborarse para la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 8o. Los Secretarios de Estado y los Jefes de los Departamentos Administrativos, al dar cuenta anualmente al Congreso de la Unión del estado que guardan sus respectivos ramos, informarán del avance y grado de cumplimiento de los objetivos y prioridades fijados en la planeación nacional que, por razón de su competencia, les correspondan y de los resultados de las acciones previstas. Informarán también sobre el desarrollo y los resultados de la aplicación de los instrumentos de política económica y social, en función de dichos objetivos y prioridades.

En su caso, explicarán las desviaciones ocurridas y las medidas que se adopten para corregirlas.

Los funcionarios a que alude el primer párrafo de este artículo y los Directores y Administradores de las entidades paraestatales que sean citados por cualquiera de las Cámaras para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades, señalarán las relaciones que hubiere entre el proyecto de Ley o negocio de que se trate y los objetivos de la planeación nacional, relativos a la dependencia o entidades a su cargo.

Artículo 9o. Las dependencias de la administración pública centralizada deberán planear y conducir sus actividades con sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable a las entidades de la administración pública paraestatal. A este efecto, los titulares de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos, proveerán lo conducente en el ejercicio de las atribuciones que como coordinadores de sector les confiere la ley.

Artículo 10. Los proyectos de iniciativas de leyes y los reglamentos, decretos y acuerdos que formule el Ejecutivo Federal, señalarán las relaciones que, en su caso, existan entre el proyecto de que se trate y el Plan y los programas respectivos.

Artículo 11. En caso de duda sobre la interpretación de las disposiciones de esta Ley, se estará a lo que resuelva, para efectos administrativos, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto

CAPITULO SEGUNDO

Sistema nacional de planeación democrática

Artículo 12. Los aspectos de la planeación nacional del desarrollo que correspondan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se llevarán a cabo, en los términos de esta Ley, mediante el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal formarán parte del Sistema, a través de las unidades administrativas que tengan asignadas las funciones de planeación dentro de las propias dependencias y entidades.

Artículo 13. Las disposiciones reglamentarias de esta Ley establecerán las normas de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeación Democrática y el proceso de planeación a que deberán sujetarse las actividades conducentes a la formulación, instrumentación, control y evaluación, del Plan y los programas a que se refiere este ordenamiento.

Artículo 14. La Secretaría de Programación y Presupuesto tendrá las siguientes atribuciones:

I. Coordinar las actividades de la planeación nacional del desarrollo;

II. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo, tomando en cuenta las propuestas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de los gobiernos de los Estados, así como los planteamientos que se formulen por los grupos sociales interesados;

III. Proyectar y coordinar la planeación regional, con la participación que corresponda a los gobiernos estatales y municipales, y elaborar los programas especiales que le señale el Presidente de la República;

IV. Cuidar que el Plan y los programas que se generen en el Sistema, mantengan congruencia en su elaboración y contenido;

V. Coordinar las actividades que en materia de investigación y capacitación para la planeación realicen las dependencias de la Administración Pública Federal;

VI. Elaborar los programas anuales globales para la ejecución del Plan y los programas regionales y especiales, tomando en cuenta las propuestas que para el efecto realicen las dependencias coordinadoras de sector, y los respectivos gobiernos estatales; y

VII. Verificar, periódicamente, la relación que guarden los programas y presupuestos de las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los resultados de su ejecución, con los objetivos y prioridades del Plan y los programas regionales y especiales a que se refiere esta Ley, a fin de adoptar las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas y reformar, en su caso, el Plan y los programas respectivos.

Artículo 15. A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le corresponde:

I. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, respecto de la definición de las políticas financieras, fiscal y crediticia;

II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación del Departamento del Distrito Federal y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades de recursos y la utilización del crédito público, para la ejecución del Plan y los programas;

III. Procurar el cumplimiento de los objetivos y prioridades del Plan y los programas, en el ejercicio de sus atribuciones de planeación, coordinación, evaluación y vigilancia del sistema bancario del país;

IV. Verificar que las operaciones en que se haga uso del crédito público prevean el cumplimiento de los objetivos y prioridades del Plan y los programas; y

V. Considerar los efectos de la política monetaria y crediticia, así como de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal, en el logro de los objetivos y prioridades del Plan y los programas.

Artículo 16. A las dependencias de la Administración Pública Federal les corresponde:

I. Intervenir respecto de las materias que les competan, en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.

II. Coordinar el desempeño de las actividades que en materia de planeación correspondan a las entidades paraestatales que se agrupen en el sector que, conforme a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, determine el Presidente de la República.

III. Elaborar programas sectoriales, tomando en cuenta las propuestas que presenten las entidades del sector y los gobiernos de los estados, así como las opiniones de los grupos sociales interesados;

IV. Asegurar la congruencia de los programas sectoriales con el Plan y los programas regionales y especiales que determine el Presidente de la República;

V. Elaborar los programas anuales para la ejecución de los programas sectoriales correspondientes;

VI. Considerar el ámbito territorial de las acciones previstas en su programa, procurando su congruencia con los objetivos y prioridades de los planes y programas de los gobiernos de los estados;

VII. Vigilar que las entidades del sector que coordinen conduzcan sus actividades conforme al Plan Nacional de Desarrollo y al programa sectorial correspondiente y cumplan con lo previsto en el programa institucional a que se refiere el Artículo 17, fracción II; y

VIII. Verificar periódicamente la relación que guarden los programas y presupuestos de las entidades paraestatales del sector que coordinen, así como los resultados de su ejecución, con los objetivos y prioridades de los programas sectoriales, a fin de adoptar las medidas necesarias para corregir las desviaciones detectadas y reformar, en su caso, los programas respectivos.

Artículo 17. Las entidades paraestatales deberán:

I. Participar en la elaboración de los programas sectoriales, mediante la presentación de las propuestas que procedan en relación a sus funciones y objeto;

II. Cuando expresamente lo determine el Ejecutivo Federal, elaborar su respectivo programa institucional, atendiendo a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

III. Elaborar los programas anuales para la ejecución de los programas sectoriales y, en su caso, institucionales;

IV. Considerar el ámbito territorial de sus acciones, atendiendo las propuestas de los gobiernos de los estados, a través de la dependencia coordinadora de sector, conforme a los lineamientos que al efecto señale esta última;

V. Asegurar la congruencia del programa institucional con el programa sectorial respectivo; y

VI. Verificar periódicamente la relación que guarden sus actividades, así como los resultados de su ejecución con los objetivos y prioridades del programa institucional.

Artículo 18. La Secretaría de la Contraloría de la Federación deberá aportar elementos de juicio para el control y seguimiento de los objetivos y prioridad del Plan y los programas.

Artículo 19. El Presidente de la República podrá establecer comisiones intersecretariales para la atención de actividades de la planeación nacional que deban desarrollar conjuntamente varias Secretarías de Estado o Departamentos Administrativos.

Estas comisiones podrán, a su vez, contar con subcomisiones para la elaboración de programas especiales que el mismo Presidente determine.

Las entidades de la administración pública paraestatal podrán integrarse a dichas comisiones y subcomisiones, cuando se trate de asuntos relacionados con su objeto.

CAPITULO TERCERO

Participación social en la planeación

Artículo 20. En el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática tendrá lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del Plan y los programas a que se refiere esta Ley.

Las organizaciones representativas de los obreros, campesinos y grupos populares; de las instituciones académicas, profesionales y de investigación; de los organismos empresariales; y de otras agrupaciones sociales, participarán como órganos de consulta permanente en los aspectos de la planeación democrática relacionados con su actividad a través de foros de consulta popular que al efecto se convocarán. Asimismo, participarán en los mismos foros los diputados y senadores al Congreso de la Unión.

Para tal efecto, y conforme a la legislación aplicable, en el Sistema deberán preverse la organización y funcionamiento, las formalidades, periodicidad y términos a que se sujetarán la participación y consulta para la planeación nacional del desarrollo.

CAPITULO CUARTO

Plan y programas

Artículo 21. El Plan Nacional de Desarrollo deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, y su vigencia no excederá del periodo constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.

El Plan Nacional de Desarrollo precisará los objetivos nacionales estrategia y prioridades del desarrollo integral del país, contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución, establecerá los responsables de su ejecución, establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social, y regirá el contenido de los programas que se generen en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

La categoría de Plan queda reservada al Plan Nacional de Desarrollo.

Artículo 22. El Plan indicará los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que deban ser elaborados conforme a este capítulo.

Estos programas observarán congruencia con el Plan, y su vigencia no excederá del periodo constitucional de la gestión gubernamental en que se aprueben, aunque sus previsiones y proyecciones se refieran a un plazo mayor.

Artículo 23. Los programas sectoriales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y especificarán los objetivos, prioridades y políticas que regirán el desempeño de las actividades del sector administrativo de que se trate. Contendrán asimismo, estimaciones de recursos y determinaciones sobre instrumentos y responsables de su ejecución.

Artículo 24. Los programas institucionales que deban elaborar las entidades paraestatales, se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan y en el programa sectorial correspondiente. Las entidades, al elaborar sus programas institucionales, se ajustarán, en lo conducente, a la ley que regule su organización y funcionamiento.

Artículo 25. Los programas regionales se referirán a las regiones que se consideren prioritarias o estratégicas, en función de los objetivos nacionales fijados en el Plan, y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa.

Artículo 26. Los programas especiales se referirán a las prioridades del desarrollo integral del país fijados en el plan o a las

actividades relacionadas con dos o más dependencias coordinadoras de sector.

Artículo 27. Para la ejecución del Plan y los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, las dependencias y entidades elaborarán programas anuales, que incluirán los aspectos administrativos y de política económica y social correspondientes. Estos programas anuales, que deberán ser congruentes entre sí, regirán, durante el año de que se trate, las actividades de la Administración Pública Federal en su conjunto y servirán de base para la integración de los anteproyectos de presupuesto anuales que las propias dependencias y entidades deberán elaborar conforme a la legislación aplicable.

Artículo 28. El Plan y los programas a que se refieren los artículos anteriores especificarán las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de los estados y de inducción o concertación con los grupos sociales interesados.

Artículo 29. El Plan y los programas regionales y especiales, deberán ser sometidos por la Secretaría de Programación y Presupuesto a la consideración y aprobación del Presidente de la República.

Los programas sectoriales deberán ser sometidos a la consideración y aprobación del Presidente de la República por la dependencia coordinadora del sector correspondiente, previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Los programas institucionales deberán ser sometidos por el órgano del gobierno y administración de la entidad paraestatal de que se trate, a la aprobación del titular de la dependencia coordinadora del sector.

Si la entidad no estuviere agrupada en un sector específico, la aprobación a que alude el párrafo anterior corresponderá a la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Artículo 30. El Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 31. El Plan y los programas sectoriales serán revisados con la periodicidad que determinen las disposiciones reglamentarias.

Los resultados de la revisiones y, en su caso, las adecuaciones consecuentes al Plan y los programas, previa su aprobación por parte del titular del Ejecutivo, se publicarán igualmente en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 32. Una vez aprobados, el Plan y los programas serán obligatorios para las dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Conforme a las disposiciones legales que resulten aplicables, la obligatoriedad del Plan y los programas será extensiva a las entidades paraestatales.

Para estos efectos, los titulares de las dependencias, en el ejercicio de las atribuciones de coordinadores de sector que les confiere la ley, proveerán lo conducente ante los órganos de gobierno y administración de las propias entidades.

La ejecución del Plan y los programas podrá concertarse, conforme a esta ley, con las representaciones de los grupos sociales interesados o con los particulares.

Mediante el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley, el Ejecutivo Federal inducirá las acciones de los particulares y, en general, del conjunto de la población, a fin de propiciar la consecución de los objetivos y prioridades del Plan y los programas.

La coordinación en la ejecución del Plan y los programas deberá proponerse a los gobiernos de los Estados, a través de los convenios respectivos.

CAPITULO QUINTO

Coordinación

Artículo 33. El Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional de desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.

Artículo 34. Para los efectos del artículo anterior, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas.

I. Su participación en la planeación nacional a través de la presentación de las propuestas que estimen pertinentes;

II. Los procedimientos de coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad federativa y de los municipios, y su congruencia con la planeación nacional, así como para promover la participación de los diversos sectores de la sociedad en las actividades de planeación;

III. Los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el ámbito de su jurisdicción;

IV. La elaboración de los programas regionales a que se refiere la fracción

III del artículo 14 de este ordenamiento; y

V. La ejecución de las acciones que deban realizarse en cada entidad federativa, y que competan a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.

Para este efecto la Secretaría de Programación y Presupuesto propondrá los procedimientos conforme a los cuales se convendrá la ejecución de estas acciones, tomando en consideración los criterios que señalen las dependencias coordinadoras de sector, conforme a sus atribuciones.

Artículo 35. En la celebración de los convenios a que se refiere este capítulo, el Ejecutivo Federal definirá la participación de los

órganos de la Administración Pública centralizada que actúen en las entidades federativas, en las actividades de planeación que realicen los respectivos gobiernos de las entidades.

Artículo 36. El Ejecutivo Federal ordenará la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas.

CAPITULO SEXTO

Concertación e inducción

Artículo 37. El Ejecutivo Federal, por sí o a través de sus dependencias, y las entidades paraestatales, podrá concertar la realización de las acciones previstas en el Plan y los programas, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados.

Artículo 38. La concertación a que se refiere el artículo anterior será objeto de contratos o convenios de cumplimiento obligatorio para las partes que lo celebren, en los cuales se establecerán las consecuencias y sanciones que se deriven de su incumplimiento, a fin de asegurar el interés general y garantizar su ejecución en tiempo y forma.

Artículo 39. Los contratos y convenios que se celebren conforme a este capítulo se consideran de Derecho Público.

Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento de estos contratos y convenios, serán resueltas por los tribuales federales.

Artículo 40. Los proyectos de Presupuesto de Egresos de la Federación y del Departamento del Distrito Federal; los programas y presupuestos de las entidades paraestatales no integrados en los proyectos mencionados; las iniciativas de las Leyes de Ingresos, los actos que las dependencias de la Administración Pública Federal realicen para inducir acciones de los sectores de la sociedad, y la aplicación de los instrumentos de política económica y social, deberán ser congruentes con los objetivos y prioridades del Plan y los programas a que se refiere esta Ley.

Presidente, Manuel Cavazos; secretaria, Irma Cué de Duarte.

El propio Ejecutivo Federal y las entidades paraestatales observarán dichos objetivos y prioridades en la concertación de acciones previstas en el Plan y los programas, con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares interesados.

Artículo 41. Las políticas que normen el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieran al Ejecutivo Federal para fomentar, promover, regular, restringir, orientar, prohibir, y, en general inducir acciones de los particulares en materia económica y social, se ajustarán a los objetivos y prioridades del Plan y los programas.

CAPITULO SÉPTIMO

Responsabilidades

Artículo 42. A los funcionarios de la Administración Pública Federal, que en el ejercicio de sus funciones, contravengan las disposiciones de esta ley, las que de ella se deriven o los objetivos y prioridades del Plan y los programas, se les impondrán las medidas disciplinarias de apercibimiento o amonestación, y si la gravedad de la infracción lo amerita, el titular de la dependencia o entidad podrá suspender o remover de su cargo al funcionario responsable.

Los propios titulares de las dependencias y entidades promoverán ante las autoridades que resulten competentes, la aplicación de las medidas disciplinarias a que se refiere esta disposición.

Artículo 43. Las responsabilidades a que se refiere la presente Ley son independientes de las de orden civil, penal u oficial que se puedan derivar de los mismos hechos.

Artículo 44. El Ejecutivo Federal, en los convenios de coordinación que suscriba con los gobiernos de las entidades federativas, propondrá la inclusión de una cláusula en la que se prevean medidas que sancionen el incumplimiento del propio convenio y de los acuerdos que del mismo se deriven.

De las controversias que surjan con motivo de los mencionados convenios, conocerá la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los términos del Artículo 105 de la Constitución General de la República.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Lo dispuesto por los párrafos segundo y tercero del Artículo 6o., regirá a partir del año de 1984.

Artículo tercero. Se abroga la Ley sobre Planeación General de la República del 12 de julio de 1930 publicada en el Diario Oficial de la Federación de la misma fecha, y se derogan las demás disposiciones legales que se opongan a la presente.

Artículo cuarto. En tanto se expiden las disposiciones reglamentarias de esta ley, continuarán aplicándose las que sobre la materia, se hubieren expedido con anterioridad, en todo lo que no se opongan a este ordenamiento.

Artículo quinto. Una vez publicada la presente ley, el Ejecutivo Federal deberá proceder a efectuar una revisión de las disposiciones legales que se encuentren vigentes en materia de planeación del desarrollo, a efecto de formular, de ser procedente, las iniciativas de reformas que resulten necesarias.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

México, D.F. a 28 de diciembre de 1982.

Las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Presidente, Humberto Lugo Gil; secretario, Mario Vargas Saldaña, Rafael Aguilar Talamantes José‚ Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Víctor Cervera Pacheco, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Javier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Salvador Rocha Díaz, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona.

Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Presidente, Manuel Cavazos Lerma; Secretaria, Irma Cué de Duarte; Juan Mariano Acoltzin Vidal, Genaro Borrego Estrada, Alvaro Brito Alonso, María Luisa Calzada de Campos, Oscar Cantón Zetina, Ricardo Castillo Peralta, Rolando Cordera Campos, Antonio Fabila Meléndez, Iván García Solís, Julieta Guevara Bautista, Juan José Hinojosa, Luz Lajous, Enrique León Martínez, Raúl López García, Moisés Raúl López Laines, David Lomelí Contreras, Adrián Mayoral Bracamontes, José Ignacio Monge Rangel, Esteban Núñez Perea, Teresa Ortuño Gurza, Alejandro Posadas Espinosa, Héctor Ramírez Cuéllar, Gerardo Ramos Romo, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Soto Izquierdo, Homero Tovilla Cristiani, Jorge Treviño Martínez, Antonio Vélez Torres, Astolfo Vicencio Tovar, Manuel R. VIlla Issa, Aidé Heréndira Villalobos Rivera."

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general, en que respecta al articulado.

- El C. secretario Oscar Cantón Zetina:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone en discusión en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo..

Se dispensa la segunda lectura al articulado del proyecto de Ley de Planeación.

El C. Presidente: En consecuencia está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.

El C. Presidente: Se han inscrito en contra los ciudadanos diputados Raúl López García, Luis J. Prieto y Rolando Cordera.

El C. Raúl López García: Señor Presidente. Honorable Asamblea. La opinión del Partido Popular Socialista de los Trabajadores en relación a esta Ley de Planeación, se fundamenta en que como ayer lo expresara el ciudadano diputado Cándido Díaz Cerecedo, el orientar y definir con precisión las pautas a las que debe circunscribirse el desarrollo económico de México, deben posibilitar y garantizar que efectivamente todos los elementos que participen en la producción, quede debidamente puntualizada y definida su participación.

En este sentido consideramos nosotros que una ley sobre la planeación nacional debe dejar claramente establecidos en sus normas los mecanismos de participación de las diferentes organizaciones, para poder participar con sus puntos de vista, no solamente en las disposiciones generales de la planeación sino también en el control y evaluación de los resultados de esos planes.

El Artículo 20 tal como estaba redactado originalmente, dejaba en manos del Ejecutivo en forma discrecional, la instrumentación de la participación en el proceso de planeación. En la nueva redacción que se le ha dado, si bien es cierto que de alguna manera se hace un tanto más explícita la participación de obreros, campesinos y de organizaciones, sin embargo todavía deja de manera muy general el proceso de participación de todo este conjunto de fuerzas para que sean consideradas sus opiniones y sus puntos de vista.

Se habla de que se instrumentarán foros de consulta popular, pero sin especificar en concreto cómo se va a instrumentar en la práctica la participación de los grupos, organizaciones, etcétera.

Asimismo nos parece que debiera dejarse también con toda claridad señalada en función de que la propia Constitución ha elevado al rango de entidades de interés público a los partidos políticos, el que específicamente se diese la participación como tales, como entidades de interés público para los objetivos de la planeación a los partidos políticos. Esto se deja en forma muy general cuando se dice: agrupaciones sociales, etcétera, etcétera, y no se toma en cuenta esta definición constitucional que posibilita a los partidos políticos su participación directa.

Igualmente nos parece que la planeación nacional resultará totalmente utópica porque lo que se fundamenta aquí es el compromiso de que el sector público y toda la Administración Pública están circunscritas al plan nacional que se establezca, sus programas sectoriales, los programas regionales estarán circunscritos a este plan nacional. Y la

participación de otros sectores y esencialmente por ejemplo el sector privado, se deja sin una definición precisa en el ámbito del capítulo de la concertación e inducción de una manera muy general que nosotros consideramos puede dejar la planeación nacional en última instancia, simple y sencillamente como un objetivo de buena voluntad del aparato público y sin posibilitar que efectivamente el sector o los sectores económicos y en este caso el sector privado, sean orientados a definir su desarrollo a las pautas que marque el programa nacional de desarrollo económico.

Indudablemente que esta debilidad puede definitivamente traducirse en la realidad en el cumplimiento del programa nacional de desarrollo.

Al respecto, ha habido ya una experiencia con el Plan Global de Desarrollo que definió la acción del sector público, pero que fue totalmente incapaz de orientar la acción de los otros sectores de la economía. Porque al establecerse que mediante los convenios o contratos se circunscribirán las actividades de quienes lo hagan al Programa Nacional de Desarrollo, pues efectivamente puede ser una vía propicia para lograr esto. Pero en lo general nosotros consideramos que prácticamente lo único que está definiendo esta Ley de Planeación es el objetivo de regular y normar la actividad del sector público de la economía para los programas de desarrollo nacional que sean definidos por el Ejecutivo.

Nosotros sentimos, por lo tanto, que estos capítulos, el Tercero, el Quinto y Sexto, pues prácticamente no están definiendo con precisión el capítulo tercero las formas, métodos y mecanismos a los cuales se va a sujetar la planeación nacional del desarrollo. Nosotros sentimos que esto debe quedar debidamente precisado en esta ley, definiéndose los mecanismos y los instrumentos para lograr la participación popular como se plantea de alguna manera en el proceso de la planeación del desarrollo nacional.

Y, finalmente, sentimos que lo planteado a nivel de coordinación y fundamentalmente en la concentración e inducción, capítulo Sexto, pues deja básicamente sin instrumentos operativos reales el hecho de lograr que los sectores económicos circunscriban su actividad, circunscriban su participación en la vida económica del país, orientados por ese Plan Nacional de Desarrollo Económico que formula el Ejecutivo y frente al cual se ha abierto también la posibilidad de que el Poder Legislativo emita sus puntos de vista, sus opiniones, ya que se modificó también el texto de este artículo que dejaba totalmente en manos del Ejecutivo el ejercicio del Plan Nacional de Desarrollo Económico.

En virtud de esas circunstancias y de estas imprecisiones es que nosotros planteamos que esta Ley de Planeación debe responder porque es una norma que va a definir la planeación del desarrollo económico de México, y que por esa circunstancia debe dejar debidamente explícitas todas estas cuestiones frente a las cuales todavía en esta Ley no se da una respuesta cabal a la participación a los mecanismos de ésta y finalmente, a la manera en que se logrará una verdadera planificación de la economía nacional en el que no solamente se delimite y se circunscriba a los programas la acción del sector público sino que también se pueda definir con precisión los mecanismos que se podrán utilizar además de los convenios y contratos para orientar la actividad de los demás sectores de la economía de los demás sectores y principalmente del sector privado. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Sergio Quiroz Miranda.

El C. Sergio Quiroz Miranda: Señor Presidente, compañeras y compañeros diputados. El Partido Popular Socialista ha caracterizado al gobierno mexicano, a los gobiernos emanados de la Revolución Mexicana, en su justa ubicación, afirmando que en el seno del poder público se da la lucha de clases interna que la burguesía que está en el poder en nuestro país, no es una burguesía homogénea que persiga siempre los mismos objetivos; se dan contradicciones internas, se manifiesta la lucha de clases por intereses distintos, disímbolos y antagónicos. Esto da lugar a que en ocasiones el gobierno de nuestra patria, promueva y aplique medidas progresistas que van encaminadas a resolver problemas fundamentales del pueblo y la nación, pero también que en otras ocasiones se den retrocesos y graves concesiones a las fuerzas antinacionales.

En esa pelea estamos, en ese momento estamos viviendo en ese proceso de avances y retrocesos. Eso es lo que explica que a mayor participación, a mayor combatividad de las fuerzas políticas progresistas, haga caminar al gobierno, a la clase en el poder, en el sentido que estas fuerzas quieren o cuando las fuerzas regresivas, las fuerzas del retroceso tienen mayor capacidad de movilización, aplican con mayor decisión todos sus recursos, entonces hacen que esta burguesía heterogénea, conformada heterogéneamente que nos gobierna retroceda y dé concesiones muy graves a estas fuerzas.

Estamos discutiendo la Ley de Planeación, desde hace 18 años el PPS presentó una Iniciativa de Planeación, las mismas razones que se tienen hoy para promover una iniciativa de este tipo, se tuvieron hace 18 años, los mismos graves problemas del pueblo mexicano y de la nación en su conjunto prevalecen, lo explicábamos el día de ayer. Pero en aquel tiempo nuestra iniciativa de la Fracción Parlamentaria de la XLVI Legislatura, tuvo rechazo de la mayoría y hubo colusión con las fuerzas anticomunistas: caló profundamente la idea de la urgente necesidad de planear, planificar el desarrollo económico nacional, y sujetar a los sectores que participan en la producción a este plan, que se levantó una andanada de voces y agresiones anticomunistas, afirmando que la planeación era privativa de los países socialistas.

No extraña, por lo tanto, que ese antecedente, quizá el único de gran trascendencia haya sido ignorado en el dictamen y en la iniciativa y sólo se mencionen los intentos deshilvanados del gobierno y de su partido por elaborar ciertos planes y programas, desarticulados todos.

Lamentamos que no se considere como un antecedente de gran importancia la Iniciativa del Partido Popular Socialista de 1965. A juicio nuestro, la planeación implica el estudio de la evolución histórica del país, el análisis detallado de la situación económica, el papel que han desempeñado los factores que intervienen en el proceso, el conocimiento de las riquezas naturales y su aprovechamiento, el conocimiento de la demanda interna y externa y la capacidad productiva y de su grado de utilización.

La planeación económica en el momento actual es evidentemente una necesidad inaplazable, no es posible que en nuestro país, rodeado y en el marco de la profundidad de una grave crisis económica, se permita el lujo de permanecer en la anarquía en el desarrollo económico nacional.

Por eso nuestro partido, porque examinamos los problemas políticos, los proyectos económicos en lo esencial, en lo fundamental y no es lo circunstancial o secundario, es que estamos a favor del dictamen, no obstante que reconocemos que tiene muchas limitaciones, omisiones y planteamientos equivocados en lo esencial, en lo fundamental, es justo, es necesario, es urgente que se implemente un sistema de la planificación económica nacional.

Sabemos perfectamente que en los países capitalistas, sobre todo en los países semicoloniales como el nuestro, penetrados por el capital extranjero, país en el que se forman monopolios obedeciendo a las leyes económicas, es difícil, es un serio obstáculo para la planeación económica. Eso representa límites que desde ahora sabemos que se van a presentar.

A juicio del Partido Popular Socialista esta nueva Ley de Planeación debe tener como objetivo fundamental, no sólo el de mostrarnos un esquema organizativo y disciplinario del desarrollo de la economía nacional sino que fundamentalmente su objetivo superior, debe ser el de mejorar sustancialmente el nivel de vida de nuestro pueblo.

Es por eso que sin la participación de nuestro pueblo, del pueblo trabajador, de los obreros y de los campesinos organizados, de los partidos políticos y de las diferentes organizaciones en la elaboración, conducción y dirección de este sistema de planeación, seguramente que estará destinado al fracaso.

En la Iniciativa, como afirmaba el orador que me antecedió, se habla de foros de consulta, pero no se especifican los mecanismos, la periodicidad, la reglamentación o por lo menos la orientación con que se harán estos foros de consulta. Nos preocupa que no esté completo el dictamen en este sentido.

En la iniciativa que presentó nuestro partido en 1965, previendo precisamente que sin la participación decidida del pueblo podía fracasar cualquier intento de la planeación económica, porque sería éste el que en última instancia tendría que participar decididamente en los ordenamientos que hoy establece, se proponía la creación paralela de un organismo superior, paralelo al máximo organismo de dirección de la planeación que sería el Consejo Nacional Económico y Social.

Este consejo estaría integrado y con facultades para hacer proposiciones, para localizar las regiones, para jerarquizar objetivos y presentarlos al organismo encargado de dirigir la planeación, estaría integrado por todos los sectores sociales, las organizaciones obreras y campesinas y los partidos políticos.

Pero además proponíamos que el Congreso de la Unión tuviese facultades de conocer previamente los proyectos de la planeación y evaluar los resultados, así como de rechazar o aprobar el mismo plan.

En la Iniciativa se dio en el dictamen un avance en este sentido, pero no es lo que nosotros queremos. El Congreso según el dictamen , tendrá facultades para conocer y para dar recomendaciones, éstas podrán o no, tomarse en consideración, pero no para evaluar, no para rechazar o aprobar el mencionado plan de la economía nacional.

La principal limitación no obstante que votaremos en favor, lo constituye la que se deriva del Artículo 26 constitucional. El día de ayer señalábamos que era a nuestro juicio inadmisible que al sector más rapaz de la economía nacional, que al sector que se ha enriquecido sin importarle las necesidades del pueblo y poníamos el ejemplo de los 90 artículos que se comprometió la iniciativa privada a producir para el pueblo, faltando desde luego a su compromiso , pero aprovechando todos los incentivos y estímulos que le dio el Gobierno Federal, es inadmisible entonces, que se siga dejando libertad, se siga dejando la mano libre para la anarquía en el proceso del desarrollo económico nacional, a la iniciativa privada y fundamentalmente a los poderosos grupos económicos que operan en nuestro país. El caso de la industria automotriz es un ejemplo nada más.

En cierta ocasión abordábamos el tema de la industria automotriz. Hay tal infinidad de marcas y modelos en la industria automotriz, que encarecen sobremanera los costos de producción y por consiguiente encarecen también el precio de cada uno de los artículos.

No es justo, no es posible que mientras el pueblo mexicano requiere de alimentos, de vestido, de productos básicos baratos y a su alcance, se produzcan anárquicamente, se desgasten recursos y se derroche en la economía nacional, porque no se pueden sujetar estos grupos económicos a un plan de desarrollo económico nacionalista y popular.

Por esta situación, nosotros consideramos que tendremos las fuerzas democráticas de seguir

dando la batalla para perfeccionar esta Iniciativa que será una Ley de Planeación Económica Nacional. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Rolando Cordera Campos.

El C. Rolando Cordero Campos: Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados. La planeación como tema político y como propósito de gobierno, se ha convertido en un tópico recurrente en la campaña político - Electoral, en los discursos del Ejecutivo y en general en toda la retórica oficial.

Creemos que en un nivel muy general, este deseo por llevar a cabo un ejercicio permanente de autorregulación consciente de los procesos oficiales y económicos básicos, recoge un consenso muy amplio. Por diferentes razones, pero probablemente la más poderosa sea que bastos sectores de la sociedad mexicana han llegado a la convicción de que su vida es demasiado importante como para dejarla en manos, bien de las fuerzas ciegas del mercado, bien de las fuerzas miopes de la burocracia estatal. Y es de ahí que sobreviene el deseo generalizado de la población por imponer controles, definición clara de objetivos a plazos relativamente largos en cuanto al que hacer público. Y de manera más precisa por tratar de introducirle al proceso económico mecanismos de regulación, de gestión voluntaria, que obedezcan a criterios públicamente discutidos y públicamente convenidos.

En este sentido general, nosotros creemos que no hay en principio - salvo con algunos digamos liberales ultramontanos, muy retrasados desde el punto de vista doctrinario, intelectual -, no habría en la sociedad mexicana de hoy grandes puntos de discrepancia con respecto a la necesidad de introducir en el que hacer económico y social y particularmente en el que hacer público, que se refiere a la economía y a la sociedad, esto que genéricamente llamamos mecanismos de planeación y esta preocupación generalizada fue recogida por el entonces candidato a la Presidencia del Partido Revolucionario Institucional, y calificada además como una necesidad de implantar en México un sistema de planeación democrática y participativa. Es probable que esto le haya valido también simpatía y es indudable que generó expectativas legítimas en la población y particularmente en las fuerzas políticas organizadas. Nosotros pensamos que estas expectativas han recibido ahora con este proyecto de ley un primer rechazo abierto porque en sus términos tanto de la Iniciativa Presidencial como del dictamen que ahora lo presenta la mayoría de la Cámara y de la Comisión, se ponen a un lado de manera clara, de manera precisa, de manera expresa, todos aquellos mecanismos y postulados que podrían darle una mínima realidad, un mínimo sentido de realismo al propósito declarado de llevar a cabo un proceso de planeación democrática y participativa. Se trata de un proyecto que postula una marcada concentración en manos del Ejecutivo Federal, de las actividades necesarias del proceso de planeación y por otro lado e independientemente del maquillaje que llevó a cabo el grupo mayoritario en la Comisión de Programación y Presupuesto, hace a un lado mecanismos elementales de participación sin los cuales tal participación es pura retórica, pura invención; no quedan claros ni precisados los mecanismos a través de los cuales se llevaría a cabo la participación popular amplia, y por otro lado, al Congreso de la Unión que es el órgano colegiado representativo de mayor jerarquía en nuestra organización republicana, se le pone a un lado y se le ubica en el papel de simple oidor de las invenciones, opiniones o elucubraciones del Ejecutivo.

Para ilustrar estas dos características, es decir, la concentración de poder en materia de planeación en el Ejecutivo, y el soslayamiento evidente de la participación popular y del Congreso en particular, nosotros llamamos la atención entre otros sobre los siguientes artículos: 29, 22, 31, 13, 12 y 11, y en todos ellos es el Ejecutivo el que de hecho se regula, legisla, se interpreta, se evalúa, se corrige y, supongo, se elogia, al final de cuentas. Ese es el planteamiento básico en materia de control en el proceso de planificación que nos está proponiendo el Proyecto de Ley.

Se trata, pues de afirmar, finalmente no entendemos por qué afirmar lo que es evidente para todo el mundo, que el Ejecutivo no está dispuesto a ceder una sola de sus facultades, para llamarlas suavemente, en materia de decisiones fundamentales en lo que toca a la economía en la sociedad. Todo lo quiere para él, y en esta ley lo que hace es reafirmar este planteamiento histórico que, en nuestra opinión, está dando muestras, ya de unos años para acá, de abierta caducidad y de preocupante ineficacia política y social.

Se trata, para decirlo de otra manera, de un Proyecto de Ley que , por la vía de reafirmar, la prepotencia del Ejecutivo, lo que nos está dando cuenta es que estos propósitos democratizadores y de apertura a la participación popular en los procesos de gestión económica, son procesos vacíos.

Creemos que en los últimos años se ha acumulado en el mundo y en México también, un enorme caudal de conocimientos sobre las dificultades de la planeación, sólo los ingenuos, así tengan 80 años, pueden proponer hoy que la planeación es una varita de virtud que puede sacar a un país de sus problemas; ya no hay ingenuidad, nadie puede reclamar inocencia con respecto a las virtudes de la planificación, y más bien todos somos o tenemos que ser muy conscientes de los múltiples problemas que acarrea.

Nadie tiene, ni en los países de economía centralmente planificada ni en los países capitalistas que han iniciado procesos de planificación, nadie tiene verdades reveladas, es un proceso abierto y muy completo, pero hay una

verdad que se ha ido constatando a medida que pasa el tiempo y las experiencias planificadoras se conocen con más claridad, y esta verdad es la de que no es posible llevar a cabo un proceso de planificación del desarrollo o de algunas actividades, si no parte de una participación efectiva, permanente, no casual, no desde arriba sino desde abajo, de los actores del proceso. De eso todo mundo habla, planificación capitalista, planificación socialista, planificación tecnocrática, planificación corporativa, la que llevan a cabo las grandes empresas, por ejemplo Estados Unidos, todo el mundo coincide en una cuestión, sin participación amplia de los actores no hay planificación, habrá elaboración de documentos llamados planes, pero no hay planificación.

Este es un planteamiento central que el nuevo gobierno puso en circulación cuando todavía no lo era, es decir, cuando andaba en la campaña y hoy niega de plano en todo el proyecto de ley; este proyecto de ley lo podríamos calificar fácilmente como un proyecto tecnocrático, pero habría que agregarle un adjetivo o dos, es un tecnocratismo anacrónico, de quinta, porque soslaya, repito, cuestiones elementales, verdades consagradas que toda la tecnocracia internacional comparten, que es la necesidad de contemplar explícitamente procesos de participación efectiva por parte de la población y de los actores involucrados en este proceso.

Y esta ley no contempla nada más que unas cuantas advertencias sobre, obviamente, la necesidad de que ese ejecutivo organice, reglamente, dictamine, decida cuándo, dónde y quiénes van a participar en un proceso de consulta popular que ahora el dictamen nos presenta como foros de consulta popular, que mucho nos tenemos si se mantienen como están van a ser foros de manipulación, consciente o inconsciente, que redundarán en una cuestión básica, el desprestigio ahora del proceso de planificación, como se desprestigió anteriormente el proceso de consertación, de consulta, de tripartismo, de participación de los factores de la producción, porque se esfumaron en demagogia y discurso y manipulación, hoy corremos el riesgo de aprobar este proyecto de ley, de poner en la picota del desprestigio público a la palabra "planificación" que, repito, uno podría convenir es un empeño, un propósito que ha logrado adquirir, particularmente en nuestra sociedad, un enorme consenso.

Nosotros en consecuencia, insistimos en que no podemos avanzar en lo sustantivo sino lo que importa es sentar las bases de un proceso de autorregulación consciente por parte de la sociedad, de sus grandes procesos básicos, que afectan a todos: los procesos de inversión, presupuestarios, las decisiones en materia de desarrollo regional, las decisiones en materia de impuestos. De eso se trata la planeación.

No podemos sentar los cimientos para que haya un proceso real, de control, por parte de las grandes fuerzas sociales si no especificamos con toda claridad en la ley los mecanismos de participación de la sociedad en general y, aquí si me gustaría insistir, particularmente del organismo colegiado representativo de la más alta jerarquía, que sigue siendo el Congreso y especialmente la Cámara de Diputados.

Si nosotros le seguimos dando a la Cámara de Diputados aprobando esta ley, el papel de simple receptáculo, de catcher, sin posibilidad de doblar a segunda, para utilizar una figura beisbolística. Si seguimos dándole el papel de simple Oficialía de Partes de las ocurrencias del Ejecutivo, nosotros no vamos a contribuir en nada para desarrollar el proceso de planificación y lo que nos tememos, es que estaríamos poniendo nuestra piedrita para desprestigiarlo. Y este proyecto de ley en nuestra opinión desprestigia, en sustancia, el proceso de planificación y este empeño nacional y popular que nosotros compartimos.

Habíamos elaborado toda una serie de proposiciones que transmitimos a la Comisión en su momento, ninguna de ellas pudo encontrar eco sobre todo las proposiciones sustanciales, pero nos inscribimos ahora en contra precisamente para llamar la atención de un hecho que va más allá de la aprobación o no de la ley.

Y es el hecho de que de nuevo, pero ahora de manera muy explícita, que es lo que francamente nos sorprende, después de tantas ofertas y promesas del candidato presidencial y luego del Presidente, y luego de sus Secretarios, particularmente de su Secretario de Programación, en el sentido de abrir el camino para una participación efectiva, digna de tomarse en cuenta, constatable, mensurable, documentable del Congreso, en los procesos de gestión de la economía pública. Después de todo eso se nos presenta un proyecto de ley queda la impresión de que se hizo antes de esas promesas, antes de esas ofertas. De nuevo ponen al Congreso como si prácticamente no existiera, como si fuera una caja de resonancia de la menor cuantía de las grandes proezas planificadoras del Ejecutivo. Y para colmo, y aquí quería llamar la atención a ustedes en lo particular, para colmo, en la revisión que hizo la mayoría en la Comisión, nos parece que se dio un paso atrás.

Vean ustedes, el Artículo 5o. del Proyecto de Ley Original, en la Iniciativa del Presidente, decía, nosotros obviamente impugnamos este artículo, pero llamaré la atención a ustedes sobre las dos redacciones, para que se vea la forma realmente antiplanificadora en que hemos estado llevando a cabo el estudio de la Ley de Planificación Social.

El Artículo 5o. decía originalmente: "El Ejecutivo Federal informará al Congreso de la Unión de los criterios que sirvan de base para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo. Las Cámaras conocerán de dichos criterios, y podrán comunicar al Ejecutivo su opinión y observaciones, los que deberán ser tomados en consideración por el Ejecutivo en la integración, ejecución y en su caso revisión del Plan".

Bueno aquí nos dan por lo menos la posibilidad de opinar no sobre un producto terminado, sino sobre las bases para elaborar este producto. Es decir, le dan la posibilidad a las

Cámaras, de opinar sobre los criterios para elaborar el Plan. Y ahora y si no escuché mal en la lectura del dictamen, que elaboró la mayoría de la Comisión, se nos dice que con el propósito de darle mayor participación al Legislativo se modificó este Artículo 5o. Y voy a leer a ustedes lo que dice:

"El Presidente de la República remitirá el Plan al Congreso de la Unión para su examen y opinión, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por esta ley, el Poder Legislativo formulará asimismo las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, revisión, etc., del Plan."

Bueno, aquí ya no se establece siquiera la posibilidad de que conozcamos por ley los criterios que sirven de base para la elaboración del Plan, vamos a conocerlos cuando estén puestos en práctica y convertidos en documento oficial, puesto que es el Ejecutivo el que oficializa el Plan. Esto por cierto yo llamaría la atención de los compañeros de la oposición, con el propósito de que revisaran la redacción y que sin menoscabo de su nueva redacción incorporarán la necesidad de que el Congreso conozca por lo menos de antemano, es decir antes de que el Plan se elabore, los criterios que van a servir de base para su elaboración. Me parece que esto sí sería una marcha atrás dentro de lo que ya es desde nuestro punto de vista, evidentemente una marcha completa atrás para su elaboración. Me parece que esto sí sería una marcha atrás dentro de lo que ya es, desde nuestro punto de vista, evidentemente una marcha completa atrás en éste proceso de planeación que el Ejecutivo insiste todavía en llamar democrático y participativo, pero que con sus obras lo niega sistemáticamente.

Este es nuestro punto de vista sobre esta ley. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Luis Prieto.

El C. Luis J. Prieto: Señor Presidente; compañeros diputados: Ante la angustia del pueblo de México, de este pueblo al que hace poco se le invitó con tanto énfasis a prepararse para administrar la riqueza en forma tal que hasta los campesinos, hermanos nuestros que viven en la miseria inmerecida, pensaron que al fin tendrían pan, vestido, casa digna y educación, pues la promesa de ser ricos era avalada por lágrimas de un Presidente.

Ante la desilusion de este nuestro pueblo que se está transformando en temor hacia un próximo mañana, quisiéramos, sinceramente lo digo, en esta Iniciativa de Ley, como ya lo dijo en una ocasión el licenciado José González Torres, ser solidarios con el gobierno, pues nos preocupa la situación actual pues no solo es grave por la crisis económica, sino que lo es más por la falta de credibilidad del pueblo en su gobierno y no porque este hermoso pueblo mexicano le falte lealtad, sino porque el gobierno durante más de 50 años lo ha conducido, por falsas promesas, hacia el abismo o sea la crisis que estamos viviendo, que es la peor de toda la historia.

Estamos firmemente convencidos de que si algo ha faltado y falta en México es la planeación que determine objetivos, que fije metas, que establezca estrategias adecuadas precisamente para el logro de esos objetivos y de esas metas. El ahí se va , parece ser característica de nuestro país. Estamos totalmente de acuerdo, como dice la Exposición de Motivos, que la escasez relativa de nuestros recursos en comparación con la magnitud del desafío, exige que la estrategia de desarrollo se realice de una manera ordenada y racional, a través de un sistema organizado y participativo de planeación que fije objetivos y metas, determine estrategias y prioridades, asigne recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, coordine esfuerzos y evalúe resultados. Pero también sabemos que en los países que tiene economía centralmente planificada es el gobierno el que conduce rígidamente la vida de los ciudadanos y al mismo tiempo es el principal propietario o dueño de los bienes de capital y para ello establece un régimen jurídico que otorga tales poderes al Estado, que concluye con un intervencionismo de este en la totalidad de la vida de los ciudadanos, lo que llamamos totalitarismo, lo cual no deseamos para México y estamos seguros que los mexicanos tampoco lo desean para sí.

El licenciado Miguel de la Madrid en 1977 en su libro Estudio de derechos Constitucionales afirma: "El país guiado por su tradiciones de independencia y democracia, ha tenido en el transcurso de la historia un profundo respeto por la libertad y por ofrecer bases para una sociedad justiciera en lo social y nacionalista en lo político y en lo económico", y agrega: " Las desigualdades sociales que se produjeron desde el movimiento independentista por la conservación de patrones y estructuras coloniales, culminaron con el primer movimiento social de este siglo en América, que estableció los nuevos postulados sobre la organización política y social en que descansaría el desarrollo futuro del país". Esta nueva concepción que promovió la revolución de 1910 quedó consagrada en la Constitución de 1917 y ésta, nuestra Constitución, afirma en el Artículo 5o. " A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial cuando se ataquen los derechos de terceros o por resolución gobernativa, dictada en los términos que marque la ley cuando se ofendan los derechos de la sociedad". En la Exposición de Motivos de esta Iniciativa, se nos dice que el Plan Global de Desarrollo de 1980-82, que mereció el reconocimiento de los expertos en planeación de las Naciones Unidas, junto con acciones realizadas desde el Plan Sexenal de Lázaro Cárdenas,

constituyen los primeros pasos para conformar un sistema nacional de planeación ¿pero cuáles fueron los resultados? En 1910 nuestro peso estaba a la par con el dólar, ahora, 150 pesos equivalen a un dólar, lo que significa que nuestro peso ha bajado en 72 años su valor en un quince mil porciento, o sea, un promedio aproximado de 200% por año.

La repuesta a esta misma pregunta también la encontramos en la misma Exposición de Motivos, dice la Exposición de Motivos: "No se logró una adecuada vinculación entre las políticas de desarrollo y los objetivos e instrumentos de la planeación; divergencias entre el Presupuesto estimado y realizado, insuficiencia de recursos económicos, carecer de una definición precisa de las responsabilidades y atribuciones que le competen a cada nivel de planeación, el diseño de planes de mediano plazo no fue acompañado de un desarrollo similar en la capacidad para traducirlas en decisiones de gastos y en acciones ubicadas en el tiempo y en el espacio susceptibles de ser controladas y evaluadas". No obstante estas deficiencias también se nos dice:

"En la actualidad el desarrollo de un sistema de planeación capaz de formular planes y garantizar la efectividad de su cumplimiento se debe alimentar con la experiencia acumulada en más de medio siglo". Y, amigos, es precisamente la experiencia de medio siglo la que nos llevó a la quiebra económica y a la crisis de credibilidad que se ha mencionado.

Son realmente tristes, casi apocalípticos, como decía el diputado Juan José Hinojosa, estos 50 años de experiencia para el pueblo mexicano.

En 1929 el general Calles funda el Partido Nacional Revolucionario para que México fuese un país de instituciones y abrir un camino a la democracia, y es fecha que todavía no se respeta la voluntad popular. Y no es que no hayan sido claras las palabras del general Calles. El 30 de noviembre de 1928 manifestó:

"Pero la misma circunstancia de que quizá por primera vez en su historia se enfrenta México con una situación en que la nota dominante es la falta de caudillos, debe permitirnos, va a permitirnos orientar definitivamente la política del país por rumbos de una verdadera vida institucional, procurando pasar de una vez por todas de la condición histórica del país de un hombre a la nación de instituciones y de leyes. Y desgraciadamente el país sigue siendo de un sólo hombre, del Presidente de la República en cada sexenio.

En 1938, Cárdenas nacionaliza el petróleo y el pueblo pensó que iba a ser rico, así se le dijo, también en aquel entonces y también en el aquel ayer el pueblo se congregó en el Zócalo para entregar y ofrecer medallas, cadenas y pulseras de oro para pagar la deuda que México contaría con la expropiación, y hoy resulta que aquel pago no tuvo significación pues el pueblo tiene que pagar cara su gasolina y su diesel y desgraciadamente Pemex es causa importante del endeudamiento de la patria.

Posteriormente López Mateos nacionaliza la electricidad y resultó como el petróleo, la Comisión Federal de Electricidad está endeudada y el pueblo tiene que pagar muy caro el kilowatt consumido, y qué decir de los Ferrocarriles Nacionales, de 1873 a 1910, o sea 37 años, se construyeron 18 900 kilómetros; de 1910 a 1972, o sea 62 años, sólo se construyeron 4 950, o sea un promedio de 79 kilómetros por año.

Por lo que respecta al campo, a pesar que el 23 de julio de 1930, según publicación del periódico "El Universal", el general Calles manifestó: "Si queremos ser sinceros con nosotros mismos, tendremos que confesar que el agrarismo tal y como lo hemos entendido y practicado es un fracaso. Hasta el momento hemos repartido tierras a diestra y a siniestra y lo único que hemos hecho es echar a cuestas a la nación una carga financiera". Y a pesar de que hoy tendremos que importar siete millones de toneladas de gramos, el gobierno continúa en su dicho: en el campo ni un paso atrás.

Y yo creo que sí ha habido muchos pasos atrás por lo que respecta a la producción del campo. Esto nos obliga a dar nuestro voto en contra de una planeación central que por bien dirigida que esté, limita, desvirtúa y puede acabar el concepto de democracia si no se establece correctamente. Pues no obstante que se hicieron modificaciones significativas a algunos artículos, creo que falta algo por mejorar.

Nosotros, la diputación del PAN, nos satisface más lo que manifestó Miguel de la Madrid en febrero de 1978: "Nos satisface un sistema democrático y de economía mixta, en donde no basta la acción del Estado para promover el desarrollo. Al lado del sector público es necesario que se despierte la confianza irrestricta y el entusiasmo y la mística de trabajo en los sectores social y privado".

Nosotros preferimos un sistema en donde, como dijo De la Madrid, el gobierno de la República cumpla su responsabilidad de fortalecer la confianza institucional y la solidez de nuestro orden jurídico y político y reformando la Administración Pública Federal, eleve los niveles de eficiencia en el desempeño de sus atribuciones y abra cauces nuevos al proceso de democratización del país a través de la Reforma Política, para que seamos capaces, continuó afirmando Miguel de la Madrid, para que seamos capaces de determinar este siglo con un país que a la vez que preserve sus instituciones libres y democráticas, sea capaz de ofrecer condiciones más prósperas y justas para los mexicanos del porvenir".

Al analizar específicamente esta iniciativa, el voto confirma, la lectura confirma nuestro voto en contra, ya que esta ley sería un instrumento arbitrario puesto que atropella los derechos y garantías individuales en ciertos momentos, concediéndole un poder absoluto de decisión al Ejecutivo Federal, veamos rápidamente algunos detalles.

En el artículo 1o. se establecen los objetivos a alcanzar, los cuales hay que fijarnos en el Cuarto y en el Quinto. Bases para promover y garantizar la participación democrática de los diversos grupos sociales.

Quinto, bases para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades de los programas.

En el Artículo 2o. cómo no vamos a estar de acuerdo con los principios que se desean: fortalecimiento de la soberanía, preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático para consolidar la democracia como sistema de vida.

La igualdad de derechos, el respeto irrestricto a las garantías individuales, el fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, el equilibrio de los factores de la producción. Pero desgraciadamente en el cuerpo de la ley a veces se atropellan estos mismos principios.

En el Artículo 4o., es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la planeación nacional del desarrollo con la participación democrática de los grupos sociales, de conformidad con lo dispuesto en esta ley. Veamos, veamos si se justifica esta participación democrática de los grupos sociales.

Artículo 5o. El Presidente de la República remitirá el Plan al Congreso de la Unión para su examen y opinión". No obstante que se mejoró mucho este artículo, considero que más que examen y opinión debe ser aprobación del Congreso puesto que nosotros representamos a todos los ciudadanos de México.

Pasemos todo lo correspondiente a las funciones de la administración federal que creo que se justifican plenamente de acuerdo con la ley. Pero por lo que respecta al Capítulo Cuarto, hay algo qué decir.

El Capítulo Cuarto tiene una gran diferencia con el Quinto y el Sexto, y la diferencia es el uso de los verbos. Quizás muchos no le den importancia, pero sí tiene gran significado y ahí está precisamente por lo que consideramos que se transforma en un instrumento arbitrario en manos del Presidente. En todos aquellos artículos en donde se

especifican funciones del Ejecutivo o de las dependencias federales se usa el verbo deberá, que significa obligación de. Y en el 5o. y 6o., que específica las relaciones del Presidente o de las dependencias federales con los grupos sociales o particulares se usa el verbo podrá que significa tener expedida la facultad o potencia para hacer una cosa, o tener facilidad, tiempo o lugar para hacer una cosa.

El Artículo 21 dice que el Plan de Desarrollo deberá elaborarse, aprobarse, etc., etc", el Artículo 22 "El Presidente determinará los programas que deban ser elaborados." El Artículo 24 "los programas institucionales que deban elaborar las entidades paraestatales". En Artículo 32 también existe otro verbo que es peligroso, dice "El Ejecutivo Federal inducirá las acciones de los particulares y en general del conjunto de la población a fin de propiciar la consecución de los objetivos, planes, etc., etc."

Señores, inducir es incitar a uno a que realice algo, incitar es mover a uno para que ejecute algo y yo creo que mover a uno para que ejecute algo puede ser de dos maneras: o por convencimiento o por la fuerza.

El 33 y el 34 también el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas ¿en donde está el respeto que se dice del municipio libre y la concertación de esfuerzos comunes para que todos participemos en una planeación democrática. Y no olvidemos el Artículo 4o., en donde el Presidente es responsable de conducir la planeación nacional, si el Presidente no tiene tiempo y no tiene facilidad o lugar para convenir, viene rápidamente la conducción de este programa. Nosotros diputados del PAN, no podemos aceptar claudicar de esta gran responsabilidad de velar por los valores de la democracia, justicia y libertad. Nosotros creemos como Montesquieu, que la libertad política no reside fuera de los gobiernos moderados, pero en los estados moderados tampoco la encontraremos siempre, sería indispensable para lograrla, en ellos, que no se abusara del poder, y nos ha enseñado una experiencia eterna que todo hombre investido de autoridad abusa de ella.

El Presidente De la Madrid, en su libro Estudios de Derecho Constitucional, nos dice: Si el Poder Legislativo y el Ejecutivo se reúnen en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad; puede temerse que entonces el encargado de hacer las leyes las haga tiránicamente porque las va a ejercitar tiránicamente. Y agrega también, al final de su capítulo: nosotros creemos, como Herman Heller, que lo constante de los políticos, es la naturaleza humana. Y con Montesquieu, que todo hombre investido de poder, formalmente tiende a su abuso, y que es necesario implantar mecanismos institucionales que lo limiten, y es prudente que la dispersión de las funciones estatales, dentro del complejo panorama actual de los problemas del gobierno, sigue siendo al mismo tiempo que sistema protector de la libertad, técnica nacional del ejercicio del poder que condiciona su eficacia. Estas ideas siguen teniendo vigencia, y a los teóricos y los prácticos de la política nos corresponde plasmarla en la evolución de la democracia mexicana.

Mis palabras, señores, se fundamentan en criterios de un maestro del Derecho Constitucional. Ustedes, señores diputados de la mayoría, podrán claudicar a su responsabilidad, nosotros no podemos delegar todo el poder en el Ejecutivo Federal, porque de acuerdo con la tesis expuesta por el mismo abusaría de este poder. Consideramos que esta Iniciativa debe regresarse a la Comisión para que haga los ajustes correspondientes y dé en el cuerpo de la ley garantía para que se realicen los objetivos que se expresen en el Artículo 1o. y los principios que se declaran en el artículo segundo para consolidar la democracia como sistema de vida.

Señores diputados: tan sólo estoy pidiendo algo muy sencillo, que en las funciones que

correspondan al Ejecutivo en relación con los grupos sociales y particulares y entidades federativas, en vez de "podrá" se le cambia "deberá" y en donde dice que el Ejecutivo y las dependencias administrativas inducirán acciones a los particulares o a los grupos sociales se les cambie por el verbo "concertar", que implica convencimiento, aceptación, compromiso solidario. Sólo así lograremos una verdadera planeación democrática en la cual estaremos de acuerdo, pero sólo así llegaremos a este compromiso compartido que todos debemos sentir y vivir para salir de esta crisis que padecemos y para estructurar el México que todos deseamos.

Señor Presidente, dejo aquí mi proposición.

Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Señor diputado, le rogamos suscriba la proposición.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la proposición.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si se acepta a discusión la propuesta hecha por el diputado Luis J. Prieto.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Muchas gracias.

Los que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Hermenegildo Anguiano.

El C. Hermenegildo Anguiano: Señor Presidente, honorable Asamblea: Al venir a esta Tribuna a hablar en pro de la Ley de Planeación, lo hago con el firme convencimiento de que no era posible lograr una ley que dejara satisfechos a todos; vivimos en el seno de una sociedad plural, contrastada, diferente, con diferentes puntos de vista, diferentes intereses, diferentes convicciones, diferentes planteamientos; lo que en un sentido se hubiera avanzado para dejar satisfechos a algunos, hubiera seguramente molestado más las convicciones, los puntos de vista, las aspiraciones de otros.

Por eso, estamos pues, nosotros, convencidos de que no es posible en una sociedad que pretende ser plural, en una sociedad que trata de garantizar las libertades humanas, la disidencia, tratar de lograr un consenso universal, pero sí creo, al momento de venir a defender esta ley, al momento de pedir a esta Asamblea que la apruebe, que la ley es un paso hacia adelante, un paso sólido, definido, fuerte, un paso que reafirma, de alguna manera profundiza la vieja tradición de la Revolución Mexicana, la aspiración de todos nosotros por lograr cada vez más un compromiso del Estado, un compromiso real y genuino de utilizar los recursos de que él dispone y tratar de coordinar, concertar e inducir con los demás sectores que integran la sociedad mexicana, una acción conjunta, una acción que trate de avanzar, que trate de lograr que la sociedad en su conjunto y la parte obligatoria que es aquella que corresponde al Estado, nos movamos todos en la dirección adecuada.

La planeación es actualmente un fenómeno universal y es una práctica que se acepta en prácticamente todos los Estados del mundo, se discute, si acaso su amplitud, y qué tan obligatoria sea, pero la planeación se acepta y la planeación es, si se acepta en los países ricos, si se acepta para las grandes corporaciones, debe aceptarse mucho más para los países pobres; los países pobres tenemos la obligación de tratar de asignar nuestros recursos de la mejor manera posible, en razón de las necesidades colectivas y sociales. En los países pobres tenemos la obligación de ser mucho más cuidadosos y racionales en la utilización de lo poco que tenemos frente a la amplitud de las necesidades.

Esta necesidad de jerarquizar gastos es mucho más urgente y mucho más apremiante cuando estos países pobres están pasando además por un momento difícil, por un momento de mayor escasez, por un momento de crisis. Y aquí, valga la aclaración, no es la crisis del sistema, no es la crisis de la sociedad mexicana, no es la crisis económica por la que estamos pasando ahorita, un símbolo del fracaso o un símbolo de que andan mal los programas y los gobiernos de la Revolución.

México está en crisis porque estamos viviendo en un mundo en crisis. Los países de economía centralmente planificados están en crisis, pero también están en crisis los países que han seguido el más absurdo y trasnochado liberalismo. También están en crisis los países capitalistas, está en crisis todo Sudamérica, está en crisis todo África, está en crisis medio Europa. El famoso milagro alemán se está reflejado ahora en tasas muy bajas de crecimiento.

No tratemos nosotros de buscar que en este mundo, con estas características, México fuera una sola excepción. Que nos gustaría, claro, pero que vivimos en un mundo en el cual tenemos interrelaciones y efectos claros , también tenemos que aceptarlo. Recordemos simple y sencillamente que la tasa de desempleo en Estados Unidos es después de la depresión de los años treinta, la más alta.

Esta ley, tiene muchas ventajas, esta ley, la Comisión que tuvo a bien dictaminarla le introdujo muchas modificaciones. Quiero sentar nada más o fijar los puntos de vista en tres: el Artículo 3o. que define la planificación y la define como la acción coordinada y sistemática de las atribuciones que al Ejecutivo, en materia económica, política y social, le da la Constitución. No estamos hablando

aquí, señores diputados, de una planificación absolutista. No estamos aquí hablando de una planificación que sea diferente o que trate de llegar más lejos o que sea obligatoria, estamos simple y llanamente señalando aquello que la Constitución, nuestra Constitución, le da como atribuciones al Ejecutivo.

Al hablar en el Artículo 5o. de las atribuciones del legislativo. creemos también que se ha avanzado mucho. Porque ahora él, el Ejecutivo mandará al Congreso de la Unión el Plan para su examen y opinión y el legislativo, con base en las atribuciones que también le dan a esta Cámara y a su Colegisladora la Constitución y las demás leyes, podrá opinar en cualquier momento respecto a la ejecución, revisión y formulación del Plan. Estamos, pues, nosotros en este momento, dándole al Legislativo una intervención amplia, definida, clara, basada en nuestros ordenamientos constitucionales, de lo que debe ser nuestra intervención en el programa. Debemos recordar que hasta antes de ahora, en los planes, los programas, que había algunos, era una atribución única y exclusiva del Ejecutivo. Ahora bien, se le quito lo de los criterios, porque se define al modificar al artículo 20 de la Ley, cuáles van a ser los foros en los que se aceptarán estos criterios. Se define claramente quién participará y en esos foros, en esos foros de consulta se establece clara, expresamente en el texto de la ley, la participación de diputados y senadores. Si no se quiso que en ese momento los foros, los criterios quedaran amplios, es porque un criterio puede ser una cosa muy amplia, muy general, muy abstracta, en materia de criterio, sí, seguramente podríamos nosotros llegar a un consenso general en esta Cámara, buscar la libertad, comentar el crecimiento, lograr la igualdad, etc. Pero nosotros queremos que los diferentes grupos obreros, campesinos, populares, organizaciones científicas y culturales, que todos ellos participen y que de la participación de ellos se establezcan y salgan los criterios; que de la participación de ellos salgan los lineamientos y las bases, los objetivos que serán fundamentales del Plan. Es en este sentido en el que nosotros queremos y creemos que al incluir dentro de ellos a los diputados y senadores, estamos garantizando la presencia de este Cuerpo Colegiado, en esta primera etapa como individuos, como representantes de partidos, como representantes de aspiraciones y de puntos de vista. Antes en el artículo 5o. se dará el papel al Congreso como Cuerpo Colegiado. Se le da su participación en el momento de examinar y opinar, pero ya como una unidad, como un grupo de gentes que van a tratar de intervenir y de formular observaciones al programa que presente el Ejecutivo.

Hay congruencia en la ley con las atribuciones que tenemos, Hay congruencias en la ley con la funciones del Ejecutivo. En el artículo 40 se establece la congruencia de la Ley de Ingresos y el Presupuesto y demás ordenamientos económicos con el Plan.

En el Artículo 27 y 7o. se establecen las congruencias con los planes anuales. Estamos nosotros tratando de hacer que el Ejecutivo escuche nuestras opiniones, atienda nuestras observaciones y formule sus programas de acuerdo con lo que en esta Cámara se le diga. Al establecer esta ley en el Artículo 6o. se le impone al Ejecutivo la obligación de, en su Informe Presidencial, decir cuáles son las medidas tomadas, cuáles son las políticas a seguir. También en marzo, por ley, deberá informar cómo va el avance de este plan y también lo hará a esta Cámara.

En el Artículo 8o. se establece la obligación de las dependencias y entidades de también informar a este Congreso, cómo se han ido formulando, cómo se han ido aplicando, cuáles son los lineamientos. Pero bien, ¿por qué no se aprobó el Plan entonces; por qué si estamos poniendo tantas condiciones el Plan no fue aprobado por este Congreso? Por una razón muy sencilla, señores, para no darle categoría de la ley un plan debe ser cambiante, debe ser evolutivo. Por eso debe estarse consultando a la gente. Los planes no pueden ser permanentes porque las sociedades no son permanentes; las necesidades, aspiraciones, características, recursos, cambian; su valoración cambia, sus características generales cambian y el plan tiene que ser un elemento, un instrumento, sujeto a su constante evaluación, revisión y adecuación.

Por eso, por considerar que en términos generales el plan avanza, en la Ley de Planeación se avanza , es por lo que estamos pidiendo su aprobación.

Quisiera finalmente hacer dos o tres observaciones respecto a algunas cosas que aquí se han dicho. Se hablaba del problema de la paridad. La paridad es una cosa con la cual los mexicanos hemos tenido una ligación emocional, pero que no tiene la importancia ni la validez que se le ha pretendido dar.

Tradicionalmente Guatemala ha sido un país que tiene una paridad constante con el dólar y eso no le quita características de un país dictatorial y atrasado En cambio en Japón con su Yen, con una paridad muy inferior a la nuestra, es un país en claro y franco proceso de desarrollo económico. siendo uno de los países más importantes. Así podríamos también hablar de otras cosas.

Podríamos tratar de definir o de precisar lo que realmente quiere decir "inducir" o "concertar", pero en cualquier caso, aun aceptando que pudiera uno discutir estos términos, se concierta con las personas con las que va uno a firmar acuerdos. Está perfectamente definido en el Artículo 42 o 43 de la Ley. Perdón 38, y se induce a aquella persona cuya conducta se trata de motivar, nunca en forma compulsiva, para que actúen en los términos y con los objetivos que desea obtener este plan.

Por eso, por considerar que en esta Ley se consideran todos los sectores involucrados, que en esta ley participan los diferentes sectores que tienen injerencia en la actividad económica, cultural, social y política en nuestro país; por eso quisiera yo preguntar, que el señor Presidente preguntara a esta Asamblea

si la ley se encuentra suficientemente discutida.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Tiene la palabra en ciudadano diputado Luis J. Prieto.

El C. Luis J. Prieto: Señor Presidente, compañeros diputados, nomás para un observación que creo que es pertinente. No es que no hayamos entendido lo que significa la planeación democrática, en donde no queden finitivamente nosotros estamos de acuerdo en que algo urgente para el pueblo de México, para todo el país es una planeación, pero una planeación democrática, en donde no queden algunos aspectos de la ley de manera tal que el Presidente pueda o no consultar. Creo que es sumamente importante que para dar contenido al artículo 1o. y al artículo 2o. en vez de decir "deban" en vez de decir "puedan" el Presidente o las dependencias, "que obligue a que deban" porque es la única manera de participar. El Artículo 5o., es cierto, se modificó y quedó mejor, pero el Congreso sólo opina y los diputados y los senadores también sólo opinan, no tienen manera de modificar algo que esté mal. Yo creo simplemente que a lo mejor no me entendió el orador que me antecedió, porque sí estamos de acuerdo con una planeación democrática, sólo que queremos que el texto de la ley esté claro para que no haya malas confusiones.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo Suficientemente discutido, señor Presidente.

- EL C. Presidente: Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Andrés Cázares Camacho, Artículo 20.

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados, todo en un solo acto.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere al Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

- El mismo C. Secretario: Señor Presidente, se emitieron 278 votos en pro y 61 en contra.

El C. Presidente: Aprobado en lo general el proyecto de Ley de Planeación, y en lo particular con los artículos no impugnados, por 278 votos.

La Presidencia informa que sólo se reservó para discusión el Artículo 20.

Se abre el registro de oradores para la discusión de dicho artículo.

Tiene la palabra el C. diputado Andrés Cázares Camacho.

El C. Andrés Cázares Camacho: Con su permiso, señor Presidente. Compañeras y compañeros diputados. También reconozco lo positivo de que todo gobierno formule una programación, aún más, es inconcebible una programación; aún más, es inconcebible que cualquier autoridad pueda ejercer dicha autoridad sin antes planear lo que va a hacer, pero desgraciadamente vemos que mucho de lo que se planea se pierde lamentablemente por falta de vigilancia de los ciudadanos mismos, a través de gente calificada para cada caso, y así vemos nosotros en Sinaloa, como en Mazatlán, desde hace 9 años, se ejecutó toda la infraestructura del drenaje general de la ciudad de Mazatlán, o sea el colector general está totalmente terminado desde hace 9 años, pero hasta la fecha todavía no se conectan las redes secundarias a dicho drenaje general.

Entre Culiacán y Mazatlán, a la altura de Higueras de Aguya, yendo de Mazatlán a Culiacán, encuentran ustedes un gran letrero que costó más de 240 mil pesos, donde dice: "Plan Benito Juárez". Ejecutado en tiempos de Echeverría. Se terminó esa obra, pero hasta el momento no ha caído agua en ese dique, ni siquiera para que beban los perros.

Más adelante, ya en Higueras de Aguya, hay un gran dique con más de 1,500 metros de longitud, con una altura media aproximadamente de 15 metros y con una base aproximadamente de 40, que costó muchos millones de pesos, que se llenó en las primeras lluvias, pero se rompió por falta de vigilancia a quien le correspondiera, del factor de salinidad quizá del terreno o de la tierra con que se hizo dicho dique.

Y así por el estilo podemos citar muchos otros casos que redundan en pérdidas para la nación por falta de vigilancia y responsabilidad de gentes responsables, por lo cual, señores, compañeros diputados, propongo una modificación al Artículo 20, como sigue, y además una adición.

Propongo que se elimine, en el segundo párrafo, la referencia a los diputados y senadores. Sentimos muchos diputados de Acción Nacional que haríamos un papel muy triste participando ahí donde no se nos invita; creemos que ese no es nuestro papel como diputados. Que se eliminen. por lo tanto, las palabras siguientes: "Asimismo participarán en los mismos foros los diputados y senadores del

Congreso de la Unión". El tercer párrafo propongo que quede como sigue: "Para tal efecto y conforme a la legislación aplicable en el sistema, deberán preverse la organización y funcionamiento, las formalidades, periodicidad y términos a que se sujetarán la participación, consulta y vigilancia de la planeación nacional del desarrollo.

Para que esto sea eficaz, las Secretarías de Estado y las empresas descentralizadas informarán a la población donde operen:

a) De los proyectos y costos de programas a ejecutar.

b) De los nombres de los funcionarios, así como de los sueldos que devenguen.

c) De la secuencia del avance de las obras que ejecuten.

Creo que es muy necesario que se tomen en cuenta estas proposiciones porque es la única manera de que realmente esta planeación que se propone sea auténticamente democrática.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se acepta a discusión la propuesta del ciudadano diputado Andrés Cázares. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Muchas gracias. Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Artículo 20 se encuentra suficientemente discutido.

El C secretario Oscar Cantón Zetina: En votación económica y por indicaciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el Artículo 20

Suficientemente discutido, señor Presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 20, en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

- EL C. secretario Oscar Cantón Zentina: Señor Presidente, se emitieron 268 votos en pro y 65 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el Artículo 20 en sus términos por 268 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Planeación.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales

. CÓDIGO PENAL

- La C. Secretaria Hilda Anderson Nevárez:

"Comisión de Justicia.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de esta H. Cámara de Diputados, le fueron turnadas iniciativas de ley presentadas por el C. Presidente de la República, para reformar y adicionar diversos artículos del Código Penal, para el Distrito Federal en materia común y para la República en materia federal, referentes a los delitos cometidos por servidores públicos; por lo que después de haber hecho un estudio de los mencionados documentos, así como su amplia discusión en la Comisión, se permite formular el presente dictamen, con base en los siguientes

ANTECEDENTES

1o. Con fecha 21 de septiembre de este año, fue turnada a esta Comisión de Justicia, para su estudio y dictamen, la iniciativa de reformas y adiciones al Título Décimo, artículos 212 a 224, del Código Penal, para el Distrito Federal en materia común y para la República en el Fuero Federal, que presentó el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

2o. En la sesión de esta H. Cámara de Diputados, del día 3 de diciembre de este año, se acordó turnar a esta Comisión para su estudio y dictamen, otra iniciativa del C. Presidente de la República, para reformar y adicionar el propio Título Décimo y otros artículos del Código Penal, que tratan sobre los delitos cometidos por servidores públicos, con el propósito de fortalecer el régimen jurídico, tendiente a la sanción de conductas que han propiciado la corrupción.

Es una exigencia del pueblo mexicano la renovación en las bases de su convivencia; no se busca inventar una nueva moral, sino valorar la moralidad colectiva que se contiene en nuestra Constitución; se busca reforzar el orden social y robustecer el Estado moderno de derecho.

Por lo tanto, esta Comisión se abocó al estudio del expediente, y

CONSIDERANDO

1o. Que la renovación moral de la sociedad es un imperativo para el mejor desenvolvimiento de nuestro orden social, ya que la moral sirve de base al derecho que es el instrumento normativo, obligatorio y coercible, para mantener ese orden y hacer posible el cumplimiento de los objetivos individuales y colectivos.

2o. Que el pleno respeto por los servidores públicos a los valores de legalidad, honradez e imparcialidad, es indispensable para una sana

convivencia social, por tratarse de quienes, con su ejemplo, deben propiciar el acatamiento social a los mismos valores.

3o. Que el pueblo de México ha planteado la exigencia de renovar la moral de los servidores públicos, buscando la prevención de conductas contrarias a los principios que deben orientar la acción de quienes están dedicados directamente al servicio del pueblo, sancionando las desviaciones que la vida diaria ha venido demostrando que son atentatorias a dichos principios.

4o. Que esta Comisión de Justicia considera plausible la iniciativa del Ejecutivo, por cuanto amplía los tipos penales de "abuso de autoridad", "cohecho" y "peculado", y por cuanto tipifica como delictivas, nuevas conductas no previstas por la legislación vigente, que la Nación ha reconocido como incompatibles con las del buen servidor público, como lo son el "uso indebido de atribuciones y facultades", "intimidación", "ejercicio abusivo de funciones", "tráfico de influencias" y "enriquecimiento", que por sus propios títulos indican los valores sociales que van a proteger y la necesidad de su vigencia.

5o. Que esta Comisión de Justicia ha considerado conveniente suprimir el delito de "deslealtad", que proponía la iniciativa del Ejecutivo, en virtud de que las múltiples acepciones de la palabra lealtad pudieran dar lugar a confusión e inseguridad.

6o. Que esta Comisión de Justicia realizó diversas modificaciones a la iniciativa del Ejecutivo, con el propósito de adecuar la reforma propuesta a las disposiciones del Código Penal, con el texto aprobado de los artículos que integran el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que las disposiciones del Código Penal se ajusten estrictamente al texto reformado de nuestra Carta Magna.

7o. Que la Comisión de Justicia recogió la petición de los trabajadores de base al servicio del Estado y de los Organismos Descentralizados, que ahora se encuentran incluidos en el nuevo concepto de "Servidores Públicos", en el sentido de recibir un tratamiento congruente con las diferencias socioeconómicas que tienen respecto a los funcionarios públicos de alta jerarquía y respecto a los empleados de confianza, para lo cual esta Comisión incluyó el texto del Artículo 213 que se contiene en este dictamen, mismo que prevé que, para la individualización de las sanciones, el juez tomará en cuenta dichas diferencias socioeconómicas, y además, establece una agravación de la pena para los funcionarios y empleados de confianza.

8o. Que en respeto a los legítimos derechos de los trabajadores y para evitar una incorrecta interpretación, esta Comisión agregó disposición expresa, en el sentido de que el delito de coalición de servidores públicos no se comete por los trabajadores que ejerciten sus derechos constitucionales o hagan uso del derecho de huelga.

9o. Finalmente, la Comisión de Justicia hace notar que la nueva ordenación de los diversos delitos en que pueden incurrir los servidores públicos, contenida en la iniciativa que dictamina y que esta Comisión modificó en algunos puntos, impide confundir algunas conductas delictivas, al dejar claros los bienes jurídicamente protegidos y la generalidad o especialidad de las conductas sancionadas.

Por todo lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56, 64, y relativos de la ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y además relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Justicia somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS AL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE FUERO COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL

Artículo primero. Se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal, para quedar como sigue:

Artículo 52.

inciso 1 a 17

18) Decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito.

Artículo 30.

III. Tratándose de los delitos comprendidos en el Título Décimo, la reparación del daño abarcará la restitución de la cosa o de su valor, y además, hasta dos tantos el valor de la cosa o los bienes obtenidos por el delito.

Artículo 52.

4. Tratándose de los delitos cometidos por servidores públicos, se aplicará lo dispuesto por el Artículo 213 de este Código.

Artículo 85.

Tratándose de los delitos comprendidos en el Título Décimo, la libertad preparatoria sólo se concederá cuando se satisfaga la reparación del daño a que se refiere la fracción III del Artículo 30 o se otorgue caución que lo garantice.

Artículo 90.

I.

e) En el caso de los delitos previstos en el Título Décimo de este Código, para que proceda el beneficio de la condena condicional se requiere que el sentenciado satisfaga el

daño causado en los términos de la fracción III del Artículo 30, u otorgue caución para satisfacerla.

TITULO DÉCIMO

Delitos cometidos por servidores públicos

CAPITULO I

Artículo 212. Para los efectos de este Título y el subsecuente es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal centralizada o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, en el Congreso de la Unión, o en los poderes Judicial Federal y Judicial del Distrito Federal, o que maneje recursos económicos federales. Las disposiciones contenidas en el presente Título, son aplicables a los gobernadores de los estados, a los diputados a las Legislaturas Locales y a los Magistrados de los Tribunales de Justicia Locales, por la comisión de los delitos previstos en este título, en materia federal.

Se impondrán las mismas sanciones previstas para el delito de que se trate a cualquier persona que participe en la perpetración de alguno de los delitos previstos en este Título o el subsecuente.

Artículo 213. Para la individualización de las sanciones previstas en este Título, el Juez tomará en cuenta, en su caso, si el servidor público es trabajador de base o funcionario o empleado de confianza, su antigüedad en el empleo, sus antecedentes de servicio, sus percepciones, su grado de instrucción, la necesidad de reparar los daños y perjuicios causados por la conducta ilícita y las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito.

Sin perjuicio de lo anterior, la categoría de funcionario o empleado de confianza será una circunstancia que podrá dar lugar a una agravación de la pena.

CAPITULO II

Ejercicio indebido de servicio público

Artículo 214. Comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que:

I. Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales.

II. Continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de saber que se ha revocado su nombramiento o que se le ha suspendido o destituido.

III. Teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública federal centralizada, del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a estas y fideicomisos públicos, del Congreso de la Unión o de los Poderes Judicial Federal o Judicial del Distrito Federal, por cualquier acto u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.

IV. Por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.

Al que cometa alguno de los delitos a que se refieren las fracciones I y II de este Artículo, se le impondrán de tres días a un año de prisión, multa de treinta o trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de la comisión del delito y destitución en su caso, e inhabilitación de un mes a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Al infractor de las fracciones III y IV, se le impondrán de dos años a siete años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a siete años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO III

Abuso de autoridad

Artículo 215. Cometen el delito de abuso de autoridad los servidores públicos que incurran en alguna de las infracciones siguientes:

I. Cuando para impedir la ejecución de una ley, decreto o reglamento, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto;

II. Cuando ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima o la vejare o la insultare;

III. Cuando indebidamente retarde o niegue a los particulares la protección o servicio que tenga obligación de otorgarles o impida la presentación o el curso de una solicitud;

IV. Cuando estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto, aunque sea el de obscuridad o silencio de la ley, se niegue injustificadamente a despachar un negocio pendiente ante él, dentro de los términos establecidos por la ley;

V. Cuando el encargado de una fuerza pública, requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio, se niegue indebidamente a dárselo;

VI. Cuando estando encargado de cualquier establecimiento destinado a la ejecución de las sanciones privativas de libertad, de instituciones de readaptación social o de custodia y rehabilitación de menores y de reclusorios preventivos o administrativos que, sin los requisitos legales, reciba como presa, detenida, arrestada o interna a una persona o la mantenga privada de su libertad, sin dar parte del hecho a la autoridad correspondiente;

niegue que está detenida, si lo estuviere; o no cumpla la orden de libertad girada por la autoridad competente;

VII. Cuando teniendo conocimiento de una privación ilegal de la libertad no la denunciase inmediatamente a la autoridad competente o no la haga cesar, también inmediatamente, si esto estuviere en sus atribuciones;

VIII. Cuando haga que se le entreguen fondos, valores u otra cosa que no se le haya confiado a él y se los apropie o disponga de ellos indebidamente;

IX. Cuando, con cualquier pretexto, obtenga de un subalterno parte de los sueldos de éste, dádivas u otro servicio;

X. Cuando en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, otorgue empleo, cargo o comisión públicos, o contratos de prestación de servicios profesionales o mercantiles o de cualquier otra naturaleza, que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el servicio para el que se les nombró o no se cumplirá el contrato otorgado;

XI. Cuando autorice o contrate a quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de autoridad competente para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, siempre que lo haga con conocimiento de tal situación; y

XII. Cuando otorgue cualquier identificación en que se acredite como servidor público a cualquier persona que realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a que se haga referencia en dicha identificación.

Al que comete el delito de abuso de autoridad se le impondrán de un año a ocho años de prisión, multa desde treinta hasta trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de la comisión del delito y destitución e inhabilitación de un año a ocho años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Iguales sanciones se impondrán a las personas que acepten los nombramientos, contrataciones o identificaciones a que se refieren las fracciones X, XI y XII.

CAPITULO IV

Coalición de servidores públicos

Artículo 216. Cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución, o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga.

Al que cometa el delito de coalición de servidores públicos se le impondrán de dos años a siete años de prisión y multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, en el momento de la comisión del delito y destitución e inhabilitación de dos años a siete años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO V

Uso indebido de atribuciones y facultades

Artículo 217. Comete el delito de uso indebido de atribuciones y facultades: I. El servidor público que indebidamente:

A) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación;

B) Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico.

C) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal y del Distrito Federal.

D) Otorgue, realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos.

II. Toda persona que solicite o promueva la realización, el otorgamiento o las contrataciones indebidas de las operaciones a que hace referencia la fracción anterior o sea parte en las mismas, y

III. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé a sabiendas, una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieren destinados o hiciere un pago ilegal.

Al que cometa el delito de uso indebido de atribuciones y facultades se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este artículo no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este artículo, exceda del equivalente a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a doce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO VI

Concusión

Artículo 218. Comete el delito de concusión el servidor público que con el carácter de tal y a título de impuesto o contribución, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, exija, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que sepa no ser debida, o en mayor cantidad que la señalada por la Ley.

Al que cometa el delito de concusión se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta veces a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a doce años de prisión para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO VII

Intimidación

Artículo 219. Comete el delito de intimidación:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona, utilizando la violencia física o moral, inhiba o intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero denuncie, formule querella o aporte información relativa a la presunta comisión de una conducta sancionada por la Legislación Penal o por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y II. El servidor público que con motivo de la querella, denuncia o información a que hace referencia la fracción anterior realice una conducta ilícita u omita una lícita debida que lesione los intereses de las personas que las presenten o aporten, o de algún tercero con quien dichas personas guarden algún vínculo familiar, de negocios o afectivo.

Al que cometa el delito de intimidación se le impondrán de dos años a nueve años de prisión, multa por un monto de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, destitución e inhabilitación de dos años a nueve años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO VIII

Ejercicio abusivo de funciones

Artículo 220. Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones:

I. El servidor público que en el desempeño, de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte, y

II. El servidor público que valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones, y que no sea del conocimiento público, haga por sí, o por interpósita persona, inversiones, enajenaciones o adquisiciones, o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico indebido al servidor público o a alguna de las personas mencionadas en la primera fracción.

Al que cometa el delito de ejercicio abusivo de funciones se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cuantía a que asciendan las operaciones a que hace referencia este artículo no exceda del equivalente a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cuantía a que asciendan las operaciones a que hace referencia este Artículo exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario

mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a doce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO IX

Tráfico de Influencia

Artículo 221. Comete el delito de tráfico de influencia:

I. El servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior, y

III. El servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para cualquiera de las personas a que hace referencia la primera fracción del Artículo 220 de este Código.

Al que cometa el delito de tráfico de influencia, se le impondrán de dos años a seis años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a seis años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO X

Cohecho

Artículo 222. Comete el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o se valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

CAPITULO XII.

Peculado

Artículo 223. Comete el delito de peculado:

I. Todo servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, al organismo descentralizado o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa;

II. El servidor público que indebidamente utilice fondos públicos u otorgue alguno de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades con el objeto de promover la imagen política o social de su persona, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona:

III. Cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos públicos o del disfrute de los beneficios derivados de los actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades, y

IV. Cualquier persona que sin tener el carácter de servidor público federal y estando obligada legalmente a la custodia, administración o aplicación de recursos públicos federales, los distraiga de su objeto para usos propios o ajenos o les dé una aplicación distinta a la que se les destinó.

Al que cometa el delito de peculado se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando el monto de lo distraído o de los fondos utilizados indebidamente exceda de quinientas veces el salario mínimo diario

vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

CAPITULO XIII.

Artículo 224. Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en enriquecimiento ilícito.

Existe enriquecimiento ilícito cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquéllos respecto de los cuales se conduzca como dueño, en los términos de la ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Incurre en responsabilidad penal, asimismo, quien haga figurar como suyos bienes que el servidor público adquiera o haya adquirido en contravención de lo dispuesto en la misma Ley, a sabiendas de esta circunstancia.

Al que cometa el delito de enriquecimiento ilícito se le impondrán las siguientes sanciones:

Decomiso en beneficio del Estado de aquellos bienes cuya procedencia no se logre acreditar de acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente de cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente de cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal al momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial de la Federación".

Artículo segundo. Por lo que respecta a las declaraciones sobre situación patrimonial efectuadas con anterioridad a la vigencia de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se estará a lo dispuesto en las normas vigentes en el momento de formularse dicha declaración.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 27 de diciembre de 1982.

Por la Comisión de Justicia.

Mariano Piña Olaya, presidente; Leopoldo Ortiz Santos, secretario; Servio Tulio Acuña, Francisco Javier Alvarez de la Fuente, Heriberto Batres García, Carlos Brito Gómez, José Luis Caballero Cárdenas, Pablo Castillón Alvarez, Armando Corona Boza, Irma Cué de Duarte, Guillermo Fragoso Martínez, José Luis García García, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Salvador Larios Ibarra, Raúl Lemus García, Miguel Ángel Martínez Cruz, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Manuel Osante López, Guillermo Pacheco Pulido, Eulalio Ramos Valladolid, Salvador Rocha Díaz, Alberto Salgado, Pedro Salinas Guzmán, Daniel Ángel Sánchez Pérez, Juan Manuel Terrazas Sánchez, Salvador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, María Antonia Vázquez Segura, Cesar H. Vieyra Salgado, Eleazar García Rodríguez."

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido por la Oficialía Mayor entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su segunda lectura y se pone a discusión en lo general.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Se dispensa la segunda lectura al dictamen, señor Presidente.

El C. Presidente: En consecuencia está a discusión en lo general.

Se abre el registro de oradores.

Esta Presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra el ciudadano diputado Daniel Ángel Sánchez Pérez y para hablar en pro los ciudadanos diputados Alberto Salgado Salgado y Heriberto Batres García.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Daniel Ángel Sánchez Pérez.

El C. Daniel Ángel Sánchez Pérez: Señor Presidente; honorable Asamblea:

El día de ayer al inicio de mi intervención decía que protestaba por el procedimiento irregular que se ha venido siguiendo en el sentido de no respetar para nada el Reglamento Interior de esta Cámara por lo que ve al estudio y análisis de las iniciativas, puesto que nos presentaban los dictámenes ante su soberanía, sin antes siquiera habérsenos reunido. Pero el día de hoy la protesta es por otro sentido.

Yo quiero dejar asentado mi agradecimiento a los compañeros de la Comisión de Justicia a quien la estuvo dirigiendo en estos días, por habérsenos permitido el ejercer las funciones de representantes populares, discutiendo,

razonando, emitiendo opiniones que siempre nos fueron respetadas dentro del trabajo de comisiones y hasta tuvimos la ilusión de que también se estaban recogiendo.

Hubo un diputado priísta que aseveró que estábamos pariendo una iniciativa muy importante. Y así lo creíamos todos, de verdad; priístas, panistas, pedemistas, pepesistas, pesumistas.

Pesimistas todos también a veces, creímos que estábamos haciendo un esfuerzo por dotar al instrumento jurídico de algo que verdaderamente valiera la pena.

Se trabajó si ustedes quieren mal, pero en forma intensiva. Vuelvo a repetir que les agradezco a los compañeros las experiencias que me hicieron conocer.

Pero intempestivamente el día de ayer nos presentan para firmar o no firmar o ponernos en contra, de un dictamen completamente ajeno a lo que ya se había trabajado, discutido y presuntamente aprobado aunque fuera como anteproyecto, por quienes integramos la Comisión de Justicia. Desde luego, no es posible que nosotros aceptemos el seguir violando reiteradamente los reglamentos.

No sabemos, al menos yo soy ingenuo en esto, no sabemos quién elaboró el dictamen. Por eso esta ocasión no culparemos a nadie.

No acusaremos a nadie de ser autoritario, simplemente nos vamos a acusar nosotros mismos de seguir en este jueguito donde sabemos que no va a haber la posibilidad ni siquiera de aportar o de realizarse como representante popular.

Si ustedes me permiten, vamos a seguir un método en el cual yo iniciaré por darle lectura a ese dictamen que no sé quien elaboró y compararlo con la iniciativa presidencial, con el trabajo de las Comisiones para poder hacer alguna observación. Desde antes les diré que se había escogido como método analizar en dos partes la iniciativa presidencial.

Primero, los delitos que ya contemplaba el Código Penal y que simplemente se modificaban por lo que veía a elevar sus sanciones en virtud de que el sujeto del delito era un funcionario público. Segundo, las nuevas figuras o tipos delictivos que pretendía el Ejecutivo que se establecieran en el Código Penal. Y ahí precisamente, la mayor parte de los que participábamos, coincidimos en que había algunos tipos que lesionaban no solamente los derechos ciudadanos, sino los derechos políticos y sobre todo atentaban gravemente en contra de la libertad de los trabajadores al servicio del Estado.

Anunciamos desde un principio, varios de los partidos, que no estábamos conformes con el delito de Deslealtad. Por diversas razones, pero lo anunciamos. Y desde luego dijimos que no estábamos completos o de acuerdo con la definición de servidores públicos que se daba en el Código Penal. Así que sobre de eso versaré también en esta intervención.

Este dictamen que nos fue presentado ayer, en su punto 5 dice: "Que esta Comisión de Justicia ha considerado conveniente suprimir el delito de Deslealtad que proponía la iniciativa del Ejecutivo, en virtud de que las múltiples acepciones de la palabra deslealtad, pudieran dar lugar a confusión e inseguridad".

Efectivamente, nosotros no aceptamos el delito de deslealtad; pero no por acepciones gramaticales, la Comisión exactamente decidió que el delito de deslealtad atentaba en contra de los derechos de información, que ponían en entredicho la transparencia de la administración pública anunciada por Miguel de la Madrid y que creaba de hecho el secreto de Estado en todo el ejercicio del servicio público. Que por tanto ese tipo delictivo que se proponía, de ninguna manera podía ser aceptable. No aceptábamos la caracterización que daba el Ejecutivo en aquel ilícito.

Voy a leer a ustedes el texto original de la iniciativa presidencial del delito de Deslealtad propuesto:

Capítulo X. Deslealtad. Artículo 221. Comete el delito de deslealtad:

1) El servidor público que teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que puedan resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública federal, centralizada, del D. F., organismos descentralizados, empresa de participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a ésta y fideicomisos en los que el fideicomitente sea alguno de los anteriores, del Congreso de la Unión o de los Poderes Judicial, Federal o Judicial del D. F. o por cualquier acto u omisión, no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.

2) El servidor público que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, transmita, oculte o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión: y 3) Cualquier persona que difunda la información a que hace referencia la fracción anterior de este artículo y que tenga conocimiento de que su difusión es ilícita.

Estaba sancionado de 2 a 7 años de prisión.

Creo que aquí está bastante claro que si se atenta en esa iniciativa original, contra el derecho a la información que tienen todos los ciudadanos y contra la transparencia llamada por Miguel de la Madrid para el Servicio público.

Aparte de que se agravaba o también se tenía como miembro de este delito, como sujeto de este delito, a cualquier persona, no tomando en consideración que los delitos contra la administración pública también se tipifican de acuerdo al sujeto especial que es el servidor público.

En el trabajo de Comisiones, después de 2 o 3 sesiones, después de 2 o 3 anteproyectos, se decidió que el delito de deslealtad no quedara ahí, que se desapareciera, pero se aceptó que por ejemplo la fracción I que nada tiene que ver con difundir ni transmitir información o documentación, pasara a otra figura delictiva que ya estaba aquí establecida que era el abuso de nuestras funciones y se aceptó que así fuera, pero la fracción II de ninguna manera se había aceptado que se trasladara a otro cuerpo

delictivo, a menos que se le quitara toda mención a la transmisión, difusión de conocimientos o de información hacia el exterior.

Les voy a leer a ustedes cómo había quedado por los trabajos de comisión establecido y en dónde había quedado encuadrada esta figura de deslealtad que desechábamos.

"Y recuerdo además que en una entrevista que se le hiciera al Presidente de la Comisión de Justicia y hoy con el Presidente de la Cámara, una reportera de Televisa me decía que si el trasladar la figura delictiva o una de las figuras delictivas o un tipo de aquellos de deslealtad a otra de las figuras delictivas ya contempladas, cambiaría las cosas y se le afirmó con plena razón entonces, que no tendría nada que ver con la deslealtad le decía que el s6 trasladar la figura delictiva o una de las figuras delictivas o un tipo de aquellas de deslealtad a otra de las figuras delictivas contempladas cambiarían las cosas, y se afirmó, con plena razón entonces, que no tendría nada que ver con la deslealtad ni con el delito de deslealtad, que cambiara a otra figura delictiva si se borraba todo aquello que mencionara el derecho a la información.

Permítanme darle lectura, aquí está, habíamos propuesto dos cosas, es en el ejercicio indebido del servicio público, que decía: El que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte o inutilice ilícitamente documentación que se encuentra bajo se custodia o a la cual tenga acceso o que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión. Como aquí todavía implicaba el manejo de una cosa confidencial, la propuesta nuestra se decía en una alternativa: ...por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte o inutilice ilícitamente documentación que se encuentre bajo custodia a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión, cuando tal documentación esté considerada como confidencial en las leyes respectivas.

Yo quería hacer esta aclaración porque ustedes saben que en nuestro marco jurídico existen muchas legislaciones que establecen el manejo confidencial de algunos documentos, órdenes de aprehensión, en materia penal, órdenes de ejecución, en materia civil y en materia mercantil, los juicios o sentencias de todo lo que es las relaciones familiares, el secreto bancario, cosas que ya están establecidas en las leyes y que por algo fueron también en beneficio de los individuos, de los particulares, establecidos los secretos en cada una de esas legislaciones; aquí no se hablaba para nada de información, sino documentos que están bajo su custodia y de los cuales pueden derivar muchas cosas si se manejan fuera de lo confidencial que está establecido en las leyes.

Esto señores, se trasladaba, vuelvo a repetir, al ejercicio indebido del servicio público. Estas sanciones, tal y como están en el nuevo dictamen, ahora vienen en otras figuras jurídicas y en formas separadas, pero con la misma sanción penal que el delito de deslealtad.

En este dictamen, en el capítulo segundo, servicio indebido del servicio público, en la fracción III, se transcribe exactamente la fracción I del delito de deslealtad, a lo cual no ponemos ninguna objeción; en la fracción IV, se vuelve a repetir la situación de la fracción III del delito de deslealtad, de la fracción II, perdón, y dice: "El que por si o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte, utilice - ya no es transmita, porque todavía anoche todavía estaba "transmita" y hoy le cambiaron a "utilice" - o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión".

Cuando un servidor público tiene a su cargo información y la usa para sí mismo no constituye ningún delito. Aquí está el presupuesto de que la utilice hacia afuera. Y entonces le ponen lo de "ilícito" como antes habían puesto lo de "indebido" porque son sujetos, son consideraciones subjetivas de la conducta humana. Pero aquí está considerado el uso o la utilización de la información, que puede ser ilícita o no, de acuerdo a como esté tipificada en este Código. Entonces aquí la información ya está manipulada, Y todavía más. Dentro de otro delito, que es el de peculado, se considera también a un ajeno, a un tercero que cobre dinero por elevar la personalidad de un funcionario o por denigrar la de otro funcionario en cuestiones de motivos políticos.

Yo creo que en este sistema toda la publicidad, toda la prensa se dedica en muchas ocasiones, en muchas ocasiones - vamos a poner la prensa comercial; hay que hacer también una diferenciación - la prensa comercial se dedica a cantarle loas a los funcionarios que les están pagando. Y se llama publicidad. Ellos reciben dinero del erario por la publicidad que se esté dando a los trabajos de cierto funcionario. ¿Con qué objeto? Con el de proyección política. Y aquí se está considerando peculado a un tercero que se preste a esto.

Yo estoy de acuerdo que se castigue al servidor público que utiliza el erario público para proyectar su figura o para denigrar a otro y ponerle zancadilla. Pero por qué meten en el mismo costal a alguien que, cumpliendo con su función publicitaria, con la función de información, recibe el dinero, pago de la publicidad, pago de su ejercicio profesional, para darle publicitación, para darle relieve a los trabajos de determinado funcionario. Está cayendo en el delito de peculado un tercero.

Simplemente quiero que vayan viendo esto porque se sanciona exactamente igual que el delito de deslealtad, desvanecido, y ahora es otra gata nada más que revolcada. Se siguen sancionando las mismas conductas pero con diferentes lexicología, con diferente gramática y en otra figura delictiva para que los señores no sientan mucho cuando oigan el delito de deslealtad.

Eso es por lo que ve a ese apartado. En el 6 de este dictamen dice que "la Comisión de

Justicia realizó diversas modificaciones a la iniciativa del Ejecutivo para adecuarla al Título IV de la Constitución ya aprobada y, señores, este era el otro objeto de nuestras preocupaciones. Yo les podría decir a ustedes, teniendo a la mano aquí lo que ya aprobaron, que son las modificaciones al Título IV de la Constitución, que el Artículo 108 tiene como servidores públicos para los efectos de las responsabilidades a que alude este título y que se acordarán que fueron de tres tipos, el juicio político, la situación de los ilícitos penales y las sanciones administrativas, tiene como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros de los poderes Judicial, Federal y Judicial del Distrito Federal, a los funcionarios y empleados y en general a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el Distrito Federal, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

Este dictamen dice para el Artículo 212:

Para los efectos de este título y el subsecuente, es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal centralizada, o en la del Distrito Federal, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos en el Congreso de la Unión o en los poderes Judicial, Federal y Judicial del Distrito Federal o que maneje recursos económicos federales.

Las disposiciones contenidas en el presente título son aplicables a los gobernadores de los Estados, a los diputados, a la legislatura local y a los magistrados de los tribunales de justicia locales, por la comisión de los delitos previstos en este título en materia federal.

Aquí se les están yendo los presidentes municipales, tesoreros municipales que de acuerdo a esos convenios que existen con la Federación manejen fondos de la Federación también, tal como está explicitado acá, pero además, compañeros, amplían la hipótesis de la definición de un servidor público en una ley secundaria.

Tal como está aquí, trabajadores de las universidades, trabajadores de sociedades simplemente similares por cualquier relación económica con la Federación, gerentes o de cualquier tipo de esta índole que sean terceros, o a la administración pública federal, también serán sujetos del delito.

Pero no es tanto para ellos, esto de ampliar otra vez la hipótesis de definición de los servidores públicos va encaminado exactamente contra los trabajadores al servicio del Estado. Ayer se lo explicaba yo al compañero Gámiz, esto es, darles un poco por un lado y ponerles el garrote por el otro para que no avancen.

El Co ngreso del Trabajo - yo soy testigo y agradecemos su intervención -, nos proporcionó su idea de lo que era el servidor público para evitar este tipo de indefiniciones. Y nosotros lo aceptamos porque sabíamos que era la manera de proteger a los trabajadores de base, porque el Artículo 108 Constitucional, ya aceptado, habla de funcionarios y empleados. Y nosotros les vamos a leer aquí lo que en trabajo de Comisiones se había aceptado, por la idea del Congreso del Trabajo, por la idea de los compañeros diputados de la FSTSE, habíamos aceptado que el Artículo 212 dijese, para evitar este tipo de confusión: "Las disposiciones contenidas en este título y el subsiguiente, serán aplicables a los funcionario y empleados de confianza de la administración pública federal o en el Distrito Federal de los Poderes Judicial, Federal, y del Distrito Federal y del Congreso de la Unión, así como de los directores y empleados de confianza de los fideicomisos, en los cuales el fideicomitente sea cualquiera de los anteriores".

Creo, señores, que aquí no quedaba ninguna indefinición, puesto que la administración pública federal contempla la estatal, la descentralizada, que también son administración pública federal. Pero la definición que ha de haber en el sentido de que solamente se vieran sujetos de estos cuerpos delictuosos, los funcionarios y los empleados de confianza. ¿Por que? Porque son los primeros que manejan las políticas de las dependencias y del sistema; lo segundo, porque son los que manejan directamente los fondos.

Y el trabajador de base es, por su relación laboral, simple y llanamente ejecuta tanto las políticas de los funcionarios como las disposiciones de fondos de acuerdo al programa que establezcan los empleados de confianza.

Aquí los trabajadores de base quedan encuadrados también, nosotros habíamos pretendido precisamente eliminar, en cambio, este dictamen, con su amplitud que viola además la definición del 108, se excede y deja la posibilidad de que hasta un tesorero municipal, también sea servidor público, para los efectos de esto. Entonces, señores, creo que es bastante claro cuál ha sido no el cambio, sino el retroceso.

Eso es por lo que vea este otro punto. Aquí, como simplemente voy hacer una sola intervención, yo le pediría al señor presidente y a ustedes que me permitieran terminar con esto para no romper esta exposición en dos secciones. No pienso hacer uso de una segunda intervención. Yo le pido, señor Presidente, que consulte a la asamblea si puedo continuar.

EL C. Presidente: Prosiga.

El C. Daniel Ángel Sánchez Pérez: En el punto número siete dice, en este dictamen que nos presentaron al final, que la Comisión de Justicia recogió la petición de los trabajadores de base al servicio del Estado y de los organismos descentralizados que ahora se encuentran incluidos en el nuevo concepto de servidores públicos en el sentido de recibir un tratamiento congruente con las diferencias socioeconómicas que tienen respecto a los funcionarios públicos de alta jerarquía y respecto a los empleados de confianza para lo cual esta Comisión incluyó el texto del Artículo 213 que se contiene en

este dictamen mismo que prevé que para la individualización de las sanciones del juez tomará en cuenta dichas diferencias socioeconómicas.

Esto, señores, es una burla.

La individualización de la pena existe como obligación para todo juez de acuerdo a las características cómo se cometió el delito y la condición de quién lo cometió. Pero, además, es una burla porque tal como, se estaba definiendo al servidor público anteriormente, si él, por mandato de su superior, casi siempre tenemos superiores autoritarios y obtusos, si por mandato de su superior él trasladaba algo, por ejemplo una información; si por mandato de él iba y le depositaba a la cuenta de su superior un dinérito, eso era una excluyente de responsabilidad. Y con el Artículo 213, simplemente lo consideran un atenuante.

Una gran ventaja, ¿se escuchó a los trabajadores al servicio del Estado?, en vez de darles un excluyente les dieron un atenuante. Cuando antes no eran responsables, ahora los van a amolar aunque les apliquen la pena mínima de las que están ahí en esa escala. Antes no eran sujetos del delito, ahora sí lo son, pero con atenuantes en razón a que cumplieron con las órdenes superiores.

Señores, no creo que esto haya sido atender a los reclamos de los trabajadores al servicio del Estado y de los organismos descentralizados.

Yo opino que no era necesario cometer esa exageración, que ni siquiera tiene el sustento de la técnica jurídica, pues en la hipótesis general de casi todas las figuras delictivas siempre se dice: "el servidor público que por sí o por interpósita persona haga esto, o quien reciba los beneficios de la conducta delictiva del servidor público". Y, señoras, ahí no estaba excluido un trabajador al servicio del Estado.

El trabajador al servicio del Estado si se presta a una maquinación de su superior, bueno, señores, será coautor, será cómplice. Y está comprendido en la hipótesis general. No tenían por qué dorarnos la píldora y meternos el dedo a la boca dándonos una atenuante por una excluyente. De ninguna manera, ¿verdad?

Y otro punto, el último, para no cansarlos, el 8. "Que en respeto a los legítimos derechos de los trabajadores y para evitar una incorrecta interpretación, esta Comisión agregó disposiciones en el sentido de que el delito de coalición de servidores públicos, no se comete por los trabajadores que ejerciten sus derechos constitucionales o hagan uso del derecho de huelga".

Señores, aquí esto es una de las cosas más graves. La iniciativa venía tal como ésta, incluyendo los servidores públicos y sin decir nada acerca de cómo es la diferencia de coalición de los trabajadores y coalición delictuosa.

Nosotros, en el trabajo de Comisiones, en el que sí se realizó, en el que sí oímos a los trabajadores, nosotros agregábamos esto para que precisamente fuera claro:

En el delito de coalición de servidores públicos, "cometen el delito de coalición de servidores públicos los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas; no constituyen delitos los actos de los trabajadores para coaligarse en defensa de sus derechos laborales, en defensa de sus derechos laborales. Y aquí con el simple cambio de "en ejercicio de sus derechos laborales" y precisamente en el uso de derecho de huelga, acabaron con toda la posibilidad que tienen y que han venido utilizando los trabajadores al servicio del Estado, de utilizar el paro como instrumento político y de presión para defender sus derechos laborales, Porque todos sabemos, yo creo que aquí todos tenemos algún conocimiento de las leyes, ni la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado, ni la Constitución tienen reglamentado el paro. Trabajador al servicio del Estado que se vaya al paro será castigado porque es una conducta colectiva y la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado tiene la facilidad, cada quien en lo particular y en lo individual, de no asistir a sus labores por 3 veces consecutivas, simplemente no se les paga el salario y por 3 veces al año, pero si inconforme con una ley que va a lesionarnos, si inconforme con una política de uno de esos directores obtusos y autoritarios en una dependencia determinada asumimos la responsabilidad de que no nos paguen durante 2 o 3 días y paramos todos, la conducta colectiva, compañeros, ésta, sí está contemplada en la ley como delictuosa, es coalición de servidores públicos aun cuando después venga aquí Guillermo Pacheco Pulido o cualquier otro a andarle entretejiendo como araña con lexicologías muy muy raras, de que no es para nada señores: aquí están muy claras las cosas, bastante claras las cosas, el paro es un instrumento de lucha de los trabajadores al servicio del Estado, que hasta este momento le ha causado muchos dolores de cabeza porque siempre, nunca van a pedir cosas nimias, van a pedir respeto a su salario, van a pedir el aumento a su salario, el respeto a sus puestos, yo nunca he conocido que vayan a pedir que le den flores a la madre el día 10, y vayan a pedir otras cosas inoportunas, pero si en este momento nosotros como legisladores nos vamos a hacer copartícipes de esta Iniciativa fascista, autoritaria, señores los trabajadores al servicio del Estado no podrán utilizar el paro como instrumento de lucha. Eso creo que queda claro. Y yo no quiero que aparezca aquí que la Comisión de Justicia fue la que hizo esto, simple y llanamente si hay una comisión de justicia integrada por mayoría priísta, que sea ella la que tenga estas responsabilidades.

Yo quiero concluir con esto, hice la amenaza de no intervenir en una segunda ocasión y solamente me reservaría, señor Presidente, lo de hechos; para aquellos que pudieran decir que yo soy un falso redentor y que no conozco estas cuestiones, les diré que yo me mantuve trabajando como sindicalizado, les diré que mi padre tiene 42 años trabajando al servicio del Estado, y todavía está ahí, y que por eso, porque he sufrido lo que sufren los

trabajadores para poderme formar, porque tengo un padre que he visto cuáles son sus luchas, he visto cuáles son los sacrificios que como trabajador al servicio del Estado tiene que confrontar, creo que tengo el derecho de venir a esta tribuna como diputado, como servidor público, en este caso sí, a oponerme a este dictamen que considero autoritario, fascista y retrógrada.

Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Alberto Salgado Salgado.

- El C. Alberto Salgado Salgado; Compañeros diputados. Lamentamos que los documentos que vayan a discutirse se nos entreguen con tal premura, que en realidad no dispongamos de tiempo suficiente para adentrarnos en su contenido y poder hacer un análisis más certero del mismo. Hace un momento me pasaron el dictamen con la indicación de que debo intervenir, y después de examinarlo someramente, me he pronunciado en favor, por los motivos que expondré a continuación. Pero de manera previa quiero señalar y reconocer la actitud viril y gallarda del compañero Daniel Ángel Sánchez Pérez, que viene en actitud abierta a manifestarse, sin reticencias y sin temores. Yo respeto su posición de lucha parlamentaria porque es su técnica, es su práctica y es su temperamento; podremos no coincidir en aspectos formales, pero creo que en el fondo la coincidencia resulta inobjetable.

Si bien es cierto que la objeción la circunscribió en gran parte a irregularidades que, de acuerdo con su punto de vista, se dieron durante el proceso de formación del dictamen, y debo de reconocer que a esas sesiones no acudí porque soy miembro de la Comisión de Justicia. Sin embargo, debemos darle crédito al compañero Sánchez Pérez porque públicamente lo sostiene y es un elemento de veracidad inobjetable. Sin embargo, no quiero adentrarme en detalle en los artículos, pero escuché con atención, entre una de las objeciones que había formulado, en lo que se refiere a la posibilidad de restringir el derecho de huelga de los trabajadores al tipificar el delito de coalición de funcionarios, probablemente sea una interpretación que él, de acuerdo con su experiencia, le dé y que en último análisis quedaría al arbitrio de quien aplique la ley.

El aspecto fundamental que nos hace pronunciar en favor de este proyecto es porque existe la creencia social de que las leyes van a transformar el estado de cosas; de que se va a producir un cambio fundamental en el desenvolvimiento económico, político y jurídico, y la legislación penal puede tener cierta relevancia en esta época de crisis moral, como así se reconoce públicamente, aun cuando no se ha precisado en términos exactos cuáles vayan a ser los alcances de este concepto o de este criterio de moralidad. Es de suponerse que se refiere a la conducta proba, a la conducta honesta, recta, en donde el individuo y fundamental y relevantemente el funcionario tiene el deber de conducirse en esos términos para sentar el ejemplo y de esta manera propiciar una mejoría en la conducta.

Si nosotros examinamos la legislación penal a través de las épocas, advertimos que tiene como función específica el sancionar conductas que rompen el equilibrio social y alteran vivamente la tranquilidad de la misma, con el objeto de que se restituya a la sociedad en ese equilibrio que momentáneamente se rompe con una conducta delictiva, pero es evidente que a través de la evolución social no se ha venido sustentando con un criterio idéntico porque estamos sujetos al proceso evolutivo en el aspecto físico, emocional, intelectual, no se ha sustentado ni un criterio en lo que se refiere a hechos que van en contra de la integridad social o de la integridad del individuo.

Si nos remontamos un poco hacia la época primitiva del derecho romano, vemos principalmente durante esa época de derecho formulario, en que había una severidad pudiéramos decir petulantemente draconiana, en contra de aquellos individuos infractores de leyes aún no escritas y a los deudores se les podía privar de la existencia en cuanto no cumplieran con el pago en el momento mismo en que el plazo de la deuda se hubiese agotado; o bien pudieran tomarlo como esclavo e incluso relata la historia que un deudor que a la vez lo era de dos acreedores, fue muerto y dividido en dos partes para de esa manera pagarse esos acreedores la deuda.

Con el correr del tiempo esos criterios severos se han venido atemperando y vemos por ejemplo que el Constituyente de 1917 suprime de manera expresa en el Artículo 17, la privación de la libertad por delitos, perdón, por deudas puramente civiles.

Nuestra legislación penal data de 1931, se modificó o se ha venido modificando con el objeto de adaptar nuevos tipos delictivos a conductas que desde luego se generan como consecuencia de la actividad social múltiple, sobre todo en el campo económico, y tomando en cuenta que se pretende moralizar a la sociedad con leyes de esta naturaleza, aun cuando más bien creemos que la moralización no es propiamente de la sociedad, sino del sector público ya que directamente se enfoca esta iniciativa hacia quienes detentan un cargo de esa naturaleza.

El problema tal vez es que se ha generalizado un poco el concepto de funcionario público y se ha cambiado por el servidor público ampliándose e incluyendo a individuos que no tienen cargos ni comisiones y que simplemente desempeñan trabajos dentro de la organización administrativa.

Creemos que como toda legislación puede tener sus fallas y ese es uno de sus puntos vulnerables, porque es de considerar desde un punto de vista equitativo, desde un punto de justicia, que la ley no puede tratar igual a los desiguales.

Por tanto, si los funcionarios públicos tienen la función y valga la redundancia de manejar recursos importantes de naturaleza económica,

nivel al cual no están colocados los empleados o trabajadores. Y aun cuando pudiera argüirse en contrario que la penalidad está proporcionada al monto de los daños económicos que se originen, de todas formas estimamos un poco severo el criterio que se ha plasmado en esta iniciativa al incluir a los trabajadores al servicio del Estado como servidores públicos y sujetos al ejercicio de la acción persecutoria.

Lo importante de las leyes, en realidad, no es su elaboración, sino su ejecución. Estaremos expectantes durante nuestro periodo como funcionarios públicos y la sociedad también lo va a estar, a efecto de ver los resultados moralizantes que con esta legislación, entre otras, se pretende dar hacia el sector público, siendo pues una opinión generalizada que todos nosotros recogemos en nuestro contacto cotidiano con los grupos sociales o simplemente con individuos que no militan en ninguna organización, la necesidad de transformar de manera radical la conducta de quienes ejercen cargos públicos.

Y creemos que el mensaje del primero de diciembre tiene una particular relevancia, en cuanto a que el titular del Ejecutivo se ha comprometido públicamente a poner el ejemplo. Y creemos que ese es el punto medular de esta cuestión. No es tanto las leyes en sí cuanto permanecen rezagadas, archivadas o sepultadas en el olvido, no es en sí lo importante el codificar, sino el ejecutar.

Y sabemos porque eso deriva de un simple juicio, que la conducta ejemplar y más en este caso, de quien dentro del sistema presidencialista tiene en sí toda la fuerza, poniendo el ejemplo de probidad, poniendo el ejemplo de rectitud, de orden, sin duda que eso le dará fuerza moral al titular del Ejecutivo, no sólo para sancionar a los prevaricadores, a los que incumplan con sus deberes, sino también para crear dentro de la opinión pública el criterio de que un sistema capitalista aún puede funcionar en cuanto no se asimile de manera plena a la idea socialista, que es el aspecto negativo en quienes nos encontramos, quienes militamos dentro del campo de la izquierda.

Al examinar pues, de manera superficial este proyecto, encontramos, y es otro de los motivos que nos indujo a pronunciarnos en favor del mismo, el que en términos generales se incrementan las penalidades. Además de que desde luego se incrementan los nuevos tipos delictivos que en realidad no es motivo para ulular de júbilo, pero que de todas formas lo importante es la intención con que se elabora esta ley, que más importante que su elaboración, sin duda debe ser la ejecución de la misma.

En ese orden y por los motivos que he señalado, nos pronunciamos en favor de este dictamen, no sin antes sostener que la renovación no se da realmente de acuerdo con leyes. La verdadera renovación está en la íntima convicción, en el anhelo vehemente de hacer las cosas como se deben. Gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. Iván García Solís: Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el C. diputado Iván García Solís.

El C. Iván García Solís: Señor Presidente; Honorable Asamblea:

La naturaleza de esta reforma que hoy se quiere imponer, y lo más seguro es que se impondrá, obliga por lo menos a nuestro partido a diferenciarse claramente y hacer una pública denuncia del mecanismo utilizado para restringir derechos sindicales y laborales, no ya por la vía administrativa, por la vía laboral y sindical directa, sino por la vía penal.

Queremos hacer constar los siguientes hechos: en primer lugar, una medida de naturaleza tan seria que potencialmente afecta a un número muy grande de trabajadores del Estado, está siendo aquí debatida sin que éstos, los trabajadores del Estado, tengan conocimiento alguno de lo que se hace en la Cámara y por ello aquellos que fungen aquí como representantes indirectos de estos trabajadores, contraen una seria responsabilidad no solamente al no defender a sus representados, a los derechos de sus representados, sino al unirse en algunos casos no sólo de manera silenciosa y mecánica a través del voto, sino a veces vergonzosamente explícita, a este cercenamiento del derecho del Estado que el Estado impone a los trabajadores.

Queremos hacer constar también el hecho de que este complemento juridicista que agrava la penalización de conductas de trabajadores del Estado, es un complemento a nuestro juicio de la política general de este gobierno que quiere implantar lo que denomina la renovación moral, que en el fondo no es, sino el acoplamiento de conductas a una austeridad impuesta a los trabajadores por medio de una coerción que se extiende a los más diversos campos.

Por lo tanto, nos vemos obligados a relacionar esta reforma legal con la política económica y social del gobierno, que en el presupuesto que el día de mañana discutiremos, tiene su correlato a través de una disminución muy importante del gasto, que seguramente redundará en inconformidades multiplicadas de los trabajadores del Estado.

Por ello, queremos recordar también y reiterar hechos importantes como son los que se derivan de la acumulada restricción de derechos a los trabajadores del Estado que se mantenían y se mantienen también en el nivel de la Ley Federal de Trabajadores del Estado, apartado b), contra el cual nos hemos ya manifestado; se mantenían y se mantienen a través de los reglamentos unilaterales de trabajo que han sido impuestos en casi todas, yo diría el 99 por ciento de las dependencias oficiales,

Ley y reglamentos una y otros en donde se encuentra restringido el derecho de huelga, de contratación, de bilateralidad en el trato de los asuntos laborales etc., y que están también penalizados, sancionados, todos aquellos esfuerzos de los trabajadores por hacer valer sus derechos sindicales y laborales.

Por lo tanto nuestro grupo parlamentario deja constancia de la responsabilidad en que incurren aquellos que diciéndose representantes de los trabajadores, me refiero por ejemplo a los representantes del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, observan pasivamente y votan favorablemente reformas lesivas que tienen como objeto contener las luchas por la democracia sindical y por los legítimos intereses económicos y sindicales de los trabajadores del Estado de este país. Muchas gracias. (Aplausos.)

- EL C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Heriberto Batres.

El C. Heriberto Batres: Señor Presidente, con su permiso. Honorable Asamblea. Hemos escuchado las impugnaciones que a través de dos compañeros diputados ha expresado la fracción parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México. Yo felicito también al compañero Daniel Sánchez Pérez, por su honestidad al reconocer el trabajo acucioso, minucioso, democrático y profundo que se ha realizado en la Comisión de Justicia. Esta es la expresión de la conducta honesta de un hombre también honesto, por eso, cuando después de haber formulado estas expresiones, le escuché decir que no existe la posibilidad de realizarse como diputado, me pareció, si estoy equivocado le ruego me disculpe, me pareció que aquí había una contradicción.

En la Comisión se discutió efectivamente en reuniones múltiples el contenido de la Iniciativa, se analizaron todos los supuestos que en ella se nos planteaban y, como lo dice el párrafo V de los fundamentos de este dictamen, la Comisión consideró conveniente suprimir el delito de deslealtad que proponía la Iniciativa, en virtud de que las múltiples acepciones de la palabra lealtad pudieran dar lugar quizá a confusión o a inseguridad. Y esta es efectivamente la razón que tuvo en cuenta la Comisión. No, de ninguna manera, el hecho de que la Iniciativa del Ejecutivo atentara en contra del derecho a la información, en contra de la libertad de expresión, en contra de la libre comunicación de los medios de difusión, que por demás, se ha aclarado, que en ningún momento ha sido esta la intención del Presidente de la República, que es respetuoso de estas garantías constitucionales.

Se pasó efectivamente, así la Comisión lo juzgó más conveniente, a constituir, en su primera parte, lo que es ahora en el texto de la propuesta la fracción IV del Artículo 214, y precisamente para evitar estas posibles confusiones o malas interpretaciones, se le quitaron los términos de "trasmita o difunda", no porque estas palabras tuvieran la intención de restringir la comunicación social, sino porque, como lo dice la exposición de motivos, pudieran tal vez prestarse a malas interpretaciones. Y entonces el texto quedó redactado así: "Aquel servidor público que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión". Y esto no es más que el elemental principio de honestidad que debe de tener un servidor público que de ninguna manera creo que sea lícito que en el ejercicio de sus funciones y en respuesta a la confianza que en un momento dado se le ha otorgado al concederle un empleo, sea lícito, vuelvo a repetir, que por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia. Y este es el supuesto natural y lógico del precepto. No hay, pues, en la Iniciativa del Ejecutivo ningún propósito ni intención de coartar este legítimo derecho a la información.

Mencionó también el compañero Sánchez Pérez que se incorporó un agregado al texto del Artículo 212, discutido en comisiones, en la definición de servidor público, ampliándose la hipótesis. No es así. El Artículo 212 no hace más que recoger la definición de servidor público que ya está contenida en el título 4o. de la Constitución, que ya fue aprobada por esta Cámara. Pero no hay el temor de que por el hecho de haberse incorporado a quienes de alguna manera manejan fondos o recursos federales pueda ampliarse, como él lo dijo, a los tesoreros del Estado, a los presidentes municipales, a otros funcionarios que el propio título 4o. de la Constitución estableció muy claro que las legislaturas de los estados, en el ámbito pleno de su soberanía, legislarían para determinar lo que constituyen los ilícitos de sus servidores públicos, porque éstos son servidores de los estados y, por lo tanto, quedarían incluidos dentro de la legislación y la tipificación penal que hiciera cada una de las entidades federativas.

Dice el compañero Sánchez Pérez que esta Iniciativa va en contra de los trabajadores del Estado. No es así. Efectivamente y para ser honestos, en Comisiones se había tratado que no quedaran incluidos más que los funcionarios y los trabajadores de confianza, y también en Comisiones se vio que esto era atentar contra el principio de generalidad de la Ley, que cualquier servidor público puede incurrir en un ilícito penal, cualquier servidor público puede cometer una conducta deshonesta y por lo tanto todos los servidores públicos deberían de quedar encuadrados dentro de la normatividad establecida en el precepto, en la iniciativa de reformas al Código Penal para ser consecuentes también con la definición de servidor público que el título 4o. de la Constitución establece.

Sin embargo, y en nuestra intervención cuando se debatía el título 4o. de la Constitución, nosotros expresamos en esta tribuna que si bien es cierto que el concepto de servidor público englobaba a los funcionarios, empleados de confianza, empleados de base y lo que se conoce como altos funcionarios, cada uno de ellos tenía delimitado su ámbito de responsabilidad y también debería en las normas secundarias, de ser jerarquizada la pena en función de la situación que cada uno de ellos encontrara, porque estamos de acuerdo en que no es posible que un trabajador modesto pueda cometer un ilícito de la magnitud, de la trascendencia social y política y de la importancia que puede cometerlo un funcionario de alto nivel, pero esto no quiere decir que no pueda cometerlo o que se deba de excluir, en todo caso debe de tener ese servidor público que ha violado una norma penal, debe de tener una pena consecuente con su situación personal.

Y por eso la Iniciativa y la Comisión propuso que se agregara un artículo, el 213, que dice lo siguiente: Para la individualización de las sanciones previstas en este título, el juez tomará en cuenta, en su caso, si el servidor público es trabajador de base o funcionario o empleado de confianza; su antigüedad en el empleo, sus antecedentes de servicio, sus percepciones, su grado de instrucción, la necesidad de reparar los daños y perjuicios causados por la conducta ilícita y las circunstancias especiales de los hechos constitutivos del delito. Sin perjuicio de lo anterior, la categoría de funcionario o empleado de confianza será una circunstancia que podrá dar lugar a una atenuación de la pena.

Esto quiere decir entonces que no son tratados con el mismo rasero, no son tratados con la misma penalidad uno y otro. ¿Por qué? Porque el juez debe de considerar al sancionar a un servidor público una serie de condiciones que concurren en la Comisión de los hechos que constituyen conductas sancionadas por la ley penal. Pero esto no quiere decir que deba escapar a la generalidad de la norma, porque entonces estaríamos creando excepciones que en materia de derecho público no pueden hacerse de acuerdo a la técnica jurídica.

Habló también del delito de coalición de servidores públicos que está previsto en el Artículo 216 para una aclaración, pues dice que protege el derecho de huelga pero no el derecho del paro de los trabajadores. Y yo quisiera leer el Artículo 216 en su última parte, que dice: ". . . No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en el ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga". Y cuando habla de coalición en ejercicio de sus derechos constitucionales estamos hablando en una terminología tan amplia, que la propia Ley Federal del trabajo y la Ley federal de los trabajadores al Servicio del Estado, no son más que leyes reglamentarias de los preceptos constitucionales y, por lo tanto, todos los derechos de los trabajadores previstos en estas normas de contenido y origen constitucional obviamente que están protegidos.

A mi juicio, muy personal, discreparía yo con todo respeto del compañero Sánchez Pérez para aclarar que en lugar de ser restrictiva la adición, es más amplia, porque ahora no solamente lo protege de cometer ese delito en ejercicio de sus derechos previstos en la Ley Federal del trabajo, sino en las disposiciones constitucionales y la Constitución que es la norma suprema contempla todas las garantías del hombre y los trabajadores.

Por lo tanto, aquí yo englobaría también una respuesta a nuestro compañero diputado del PSUM que expresó diciendo: "que por vía del Artículo 216 se restringen los derechos laborales por la vía penal". No se restringen. Yo también con todo respeto de él discreparía diciéndole que al contrario quedan perfectamente aclarados en el texto de la Iniciativa, en el texto del dictamen, que están garantizados los trabajadores plenamente, de que en el ejercicio de sus derechos constitucionales, incluyendo la huelga y el paro, no cometen el ilícito de coalición porque están realizando una coalición para la defensa de sus derechos, que no solamente está excluida de esta penalidad y de este ilícito, sino está plenamente garantizada por la Constitución General de la República.

Pienso que el texto de la Iniciativa Presidencial es un documento bien estructurado que fue adicionado con las opiniones recogidas de los compañeros diputados de los partidos, de los demás partidos que participaron en la Comisión, de los compañeros diputados del Partido de Acción Nacional, de los compañeros diputados del Partido Socialista Unificado de México, en el que hubo amplia deliberación y creo que casi todas sus observaciones, casi todas sus sugerencias fueron consideradas e incorporadas al texto de la Iniciativa.

La Iniciativa a nuestro juicio introduce normas fundamentales para hacer posible un programa político integral que encuadre en un propósito fundamental que es la renovación moral de nuestra sociedad.

Renovación que se inicia en la esfera de los servidores públicos, pero que no se limita a una visión parcializada del problema y de la solución, por el contrario, la renovación apunta a nuestra sociedad en su conjunto. La corrupción debemos combatirla donde quiera que esta conducta se manifieste.

Este es un principio de moral revolucionaria que implica en síntesis, la defensa de los intereses de la nación y fundamentalmente los intereses de las clases populares.

Una moral revolucionaria que obligue a funcionarios públicos, dirigentes políticos, fuerzas económicas y a la sociedad en su totalidad, fue una exigencia del pueblo de México que se expresó como una decisión política fundamental, para asegurar nuestro futuro de nación independiente y democrática se precisa de una renovación en las bases de nuestra convivencia. Así lo expresa el texto del dictamen que se somete a su consideración.

No se trata de crear una nueva moral. Se busca reforzar la moralidad colectiva expresada en la Constitución, para fortalecer el orden social y el Estado de derecho a los que ella da sustento.

El Presidente De la Madrid definió a la renovación moral como la revigorización de todo lo que induzca y garantice el cumplimiento de nuestros deberes para con la nación y para con la República. Es la supeditación de los intereses individuales y de gremio a los intereses generales, a nuestro orden constitucional, a los valores fundamentales de nuestra nacionalidad, a la ética política en que se sustenta nuestra identidad y nuestra fuerza como pueblo independiente y libre, es nuestra creencia en la justicia, en la igualdad, en la dignidad y en el derecho. No puede ni debe estar supeditada a interés de nadie en particular o al afán de lucro personal o gremial a costa del empobrecimiento nacional.

Así se expresó de la renovación moral el Presidente De la Madrid: "La renovación de la moral social, la renovación de la moral individual y el fortalecimiento de los canales institucionales para expresarse, denunciar y ejercer acciones frente a todo aquello que desvía la realización de los valores supremos, los medios políticos para llevarlos a cabo y la capacidad para hacer avanzar las estructuras jurídicas y políticas, constituyen un todo para asegurar el cambio social organizado y el sano desarrollo del país. La renovación de la conducta social es una acción que vigoriza a la nación y da solidez a las instituciones, que no destruye, sino al contrario construye y fortalece la unidad de los mexicanos en torno a los valores éticos colectivos que son esencia de nuestro nacionalismo, imperativo de nuestro Estado de derecho y presupuestos fundamentales de nuestro régimen constitucional.

"Sólo la norma social convertida en mandato legal imperativo, es susceptible de imponerse coactivamente. Es el derecho y la aplicación de la norma lo que hace posible que la sociedad avance y establezca como obligatorias las normas de la moral social que deben regir la convivencia".

El pueblo de México ha expresado una decisión fundamental, por ello y para dar cumplimiento a este mandato se reforma y se adiciona el Código Penal.

Prevenir conductas deshonestas en sus relaciones con la sociedad es responsabilidad fundamental del Estado. No sólo para lograr una administración pública honesta, profesional y capaz. También para remover cargas que agobian a la sociedad y sobre todo para poner a disposición del pueblo el poder del Estado para que sea él mismo la gran fuerza de protección de sus derechos y de su control sobre la arbitrariedad y la corrupción. Toca al pueblo, a sus organizaciones y a sus representantes, la decisión y la capacidad de cristalizar este imperativo utilizando la ley, la voluntad y los medios del Estado para la defensa de sus derechos y para propiciar que la acción de los funcionarios públicos se encauce a la altura de su exigencia y a la altura de sus aspiraciones. Muchas gracias, compañeros. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos el ciudadano diputado Daniel Ángel Sánchez Pérez.

El C. Daniel Ángel Sánchez Pérez: Señor Presidente; honorable Asamblea. Pedí la palabra para hechos simplemente para aclarar algunas cosas, puntualizar otras y hacer una solicitud final. En la intervención del compañero muy estimado Batres, él insiste en que esta Iniciativa no afecta a los trabajadores al servicio del Estado en la coalición; habla y sigue insistiendo que cuando obren en ejercicio de los derechos constitucionales que tienen reconocidos o del derecho de huelga, no cometerán el delito de coalición. Quienes nos hemos dedicado a litigar en materia laboral durante muchos años, quienes hicimos una tesis acerca de esto para podernos recibir, hemos leído reiteradamente algunas tesis jurisprudenciales que se refieren precisamente a la calificación de los movimientos que han venido efectuando los trabajadores al servicio del Estado, como presión, como medio de presión para defender sus derechos, y la jurisprudencia de la Corte ha dicho que el paro no estando legislado en la Constitución ni en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, constituye una conducta ilícita y eso lo ha venido reiterando la Suprema Corte de Justicia y por otra parte la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado señala que cuando la huelga no es fundamentada, y ésta siempre se fundamenta de acuerdo a las autoridades que el Estado pone, también tiene la sanción corporal porque se comete un delito. Entonces que no me venga a decir a mí el señor diputado Batres que están protegidos los trabajadores; al contrario, dejaron abierto el camino en contra de los paros, esa es la realidad. Si fuera en defensa de sus derechos, como habíamos alegado en las comisiones, no habría problema, pero en el ejercicio de los derechos, únicamente es en aquellos que tienen reconocidos en las leyes, y ya estando establecido por la jurisprudencia de la corte qué paros son ilícitos, pues ahí queda pendiente la guadaña en la cabeza de los trabajadores.

El dice que este dictamen fue bien estructurado y que se aceptaron casi todas las sugerencias de los partidos de oposición, sí es cierto, se aceptaron casi todas precisamente para evitar lo mal estructurado de la Iniciativa presidencial. Yo creo que el diputado que conmigo se quedó al final de la sesión del jueves, de la Comisión de Justicia, no me dejará mentir, si podemos afirmar, por ejemplo, que en la Iniciativa presidencial se está estableciendo como tipo del delito de enriquecimiento ilícito lo siguiente: Se sancionará a quien con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, haya incurrido en el enriquecimiento ilícito. Existe enriquecimiento ilícito cuando el

servidor público no pudiera acreditar la legítima procedencia de sus bienes en los términos del Artículo 83 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Si ustedes conocen la Ley, se podrán dar cuenta de que nada tiene que ver el Artículo 83 de la Ley vigente que aquí traemos, y nos cayó un poquito de extraño que se refiriera la Iniciativa del Presidente a un artículo que no tiene nada que ver, porque el Artículo 83, dice: En los casos de responsabilidad oficial de los funcionarios o empleados de la Federación o del Distrito Federal, el veredicto del jurado es inatacable. ¿Qué tiene que ver esto con el enriquecimiento ilícito?

Pedimos del Senado las famosas reformas o la Iniciativa de Reformas a la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos, y nos encontramos con que el Artículo 83 tampoco se refiere a nada, entonces nos estaban remitiendo para tipificar el delito de enriquecimiento ilícito a un ordenamiento que nada tiene que ver y que nada dice del enriquecimiento ilícito, ¿dónde está la técnica jurídica? Ahí sí se nos aceptó porque estábamos enmendando un error garrafal de esos doctores del derecho que habían mandado esta iniciativa. Eso fue lo que nos aceptaron, y nos aceptaron junto con los del Congreso del Trabajo, todo aquello que no afectaba a los trabajadores, hasta que ese dictamen, pues no sé quién lo hizo, porque no lo hizo la Comisión de Justicia, estoy seguro, hasta que ese dictamen echó para atrás todos los logros de los trabajadores al servicio del Estado que habíamos logrado aquí, porque es mentira que no estén contemplados en la hipótesis de la norma general. Yo les dije aquí en tribuna que en todos los ilícitos se dice: . . . el servidor público que por sí o por interpósita persona o la persona que recibe el beneficio de la conducta ilícita del servidor público. Creo que ahí está en la norma general, en la hipótesis general están también los trabajadores de base. Eso no es cierto lo que aquí se afirma, técnicamente eso también es una patraña.

Por último, para que vayan teniendo ustedes pendiente, los que manejen fondos, en la Iniciativa original del Presidente de la República se volvió a calcar idénticamente en ese dictamen, dice: "El servidor público que, teniendo a su cargo fondos públicos les dé, a sabiendas, una aplicación pública distinta de aquella a que estuvieran destinados e hiciera un pago ilegal". Señores, aquí se está sancionado una cuestión administrativa como si fuera penal. Un servidor público, por ejemplo, un gerente, un administrador, alguien encargado de un programa que tiene en sus egresos autorizados, por ejemplo, para comprar 10 camionetas, de repente se encuentra con que le faltan insumos necesarísimos para efectuar el programa. Entonces, si toma de lo que tenía para camionetas, que no las necesita de pronto para comprar los insumos necesarios, está cometiendo un ilícito penal sancionado en forma severa. Por querer ser mejor servidor, por querer ser mejor servidor lo están sancionando.

Aquí también, por técnica jurídica, debería haber una conducta subjetiva o el dolo o la culpa o la intencionalidad de obrar con malicia obtener un beneficio ilícito. Cuando menos poner eso como un presupuesto esencial en esta figura delictiva. Este tipo es aberrante. A un servidor público que se preocupa por servir mejor lo castigan. Porque aquí se trata de una aplicación pública distinta a la que tenía autorizada. Le coartan también la situación de que él pueda, por ejemplo, aplicar rápido aquello en beneficio de su trabajo y no tener que ira ver a los globalizadores de Programación y Presupuesto a ver cuándo le autorizan el ejercicio de aquellas partidas que ya tenía en su presupuesto. Eso es lo bien hecho que está esta Iniciativa.

Y al final, 108 al que se refirió Batres, habla muy claro, bastante claro por lo que se refiere, dice, en la fracción III. "Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, la honradez, la lealtad, la imparcialidad y eficiencia que deban desempeñar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones". Y le agregan: "los procedimientos para la aplicación de las sanciones mencionadas, que son administrativas, se desarrollarán autónomamente; no podrán imponerse 2 veces por una sola conducta sanciones de la misma naturaleza". Y en Código Penal existen muchas conductas tipificadas como delito simplemente por no ser eficiente, como en ese caso de haber ocupado una partida en otra cosa, por no ser eficiente al criterio de su patrón, por no ser eficiente o ser desleal porque pasó algún documento. Todas esas cuestiones que están contempladas como conductas delictivas en el Código Penal deberían tratarse, como dice el Artículo 108 Constitucional, por el juicio administrativo que fue el gran logro a que nos decían había llegado a través de esta reforma.

Creo señores, que a la vista salta que ni es un dechado de técnica jurídica, que sí se atacan los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y que además no concuerda con el espíritu de la reforma constitucional que ya aquí aprobamos.

Por eso, en un último intento compañeros, yo no estoy en contra de las demás figuras delictivas, qué bueno que se sancione a los sinvergüenzas que son funcionarios y empleados de confianza, no estoy en contra de eso, de ninguna manera, pero que se adviertan esas tres situaciones, esas tres figuras en las que aquí hemos estado insistiendo; ahí donde se lesionan los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y solamente para eso, señores, yo les pediría que como un gesto de honestidad de parte de todos los diputados, sin atender a fracciones parlamentarias, le pidiésemos a esta presidencia que devolviera este dictamen que no es muy necesario en este momento porque la moralidad no se va a corregir

con castigos inmediatos, que en este momento regresara a Comisiones, a esa que no estudió el dictamen, regresara a Comisiones este dictamen para volver a analizar con más calma, con más detenimiento y con intervención de todos los involucrados, como se decía aquí hace rato, de los trabajadores al servicio del Estado, de sus verdaderos dirigentes, no aquellos que estén mediatizados, aunque decía el compañero Aguilar Talamantes que estaban detenidos, no, los trabajadores no están detenidos, están a la defensiva y aquí estamos viendo lo mismo, ayer estaban a la defensiva y hoy están a la defensiva.

Solamente para eso, por un gesto de honradez para con esas gentes, por un gesto que debemos tener todos para con ellos, les pido que regresemos este dictamen a las Comisiones. Medítenlo compañeros y vean si mi propuesta es de algún valor. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Everardo Gámiz para hechos.

El C. Everardo Gámiz Fernández: Yo deseo expresar, señor Presidente; y compañeros diputados, que la magnífica exposición de nuestro compañero diputado Heriberto Batres, dejó una claridad absoluta y dio una explicación tan completa de la bondad de esta iniciativa, en donde despejó todas aquellas dudas planteadas por el compañero Daniel Ángel Sánchez Pérez desde el punto de vista jurídico, en el que no me atrevo de ninguna manera a incursionar, para no cometer errores.

Siento que la bondad de la iniciativa está perfectamente bien clara, bien definida y que fue estudiada a profundidad por la Comisión de justicia que produjo este dictamen, en donde participaron todos los que lo desearon, todos los que tuvieron verdaderamente interés y aportaron sus experiencias y, desde luego, como lo expresa el compañero Daniel Ángel Sánchez Pérez, hubo modificaciones importantes, porque para eso precisamente están las Comisiones, para no aceptar literalmente una iniciativa, sino para perfeccionarla, enriquecerla o simplemente enaltecerla si ésta reúne todas las características que se requieren.

Por lo mismo considero que es falso que no haya habido una participación de los compañeros dirigentes de los trabajadores al servicio del Estado, puesto que participaron en las Comisiones, externaron sus puntos de vista y a ellos se debe el que se hayan hecho algunas enmiendas importantes que solamente eran de mala interpretación y que fueron debidamente clarificadas.

Por eso considero que la inquietud que le urge al compañero Sánchez Pérez está un tanto injustificada a mi juicio, sin embargo, es conveniente que le expresemos nuestro agradecimiento por esa preocupación que tiene para demostrar su interés en luchar porque los derechos de los trabajadores tengan las mayores garantías y la mayor claridad posible. Gracias compañero Daniel Ángel Sánchez Pérez, pero la verdad es que los trabajadores, y me considero como uno de ellos, puesto que tengo una larga trayectoria como trabajador al servicio del Estado, no vemos un peligro como él lo está avizorando, sino que sentimos que la iniciativa establece un principio de equidad y de justicia y garantiza después de establecer la jerarquía del monto de la sanción a quien cometa el delito de cohecho, para que en estas condiciones el trabajador sindicalizado no sea la hebra que se reviente por más delgada, sino que la responsabilidad venga piramidalmente de arriba hacia bajo. Está totalmente cubierta esta situación . Reitero mi agradecimiento pero le suplicamos que él entienda y comprenda, que no ha sido una resolución de la Comisión, sobre las rodillas ni precipitada, y es falso que sea una mala iniciativa, sino que al contrario es una iniciativa que como lo explicaba el compañero Heriberto Batres, contempla la preocupación fundamental del señor Presidente de la República, para reorientar los actos de la administración Pública.

Es innegable el alcance positivo de esta iniciativa que queda comprendida en el contexto general del propósito presidencial de moralización de la sociedad.

Y por eso considero señor Presidente, que no solamente se deseche la propuesta del compañero Daniel Ángel Sánchez Pérez, sino que si para ello no hay inconveniente, se tenga a bien consultarse a la Asamblea si es de someterse a votación el dictamen de la Comisión de Justicia que reforma y adiciona los Artículos 212 y 213 del Código Penal para el Distrito Federal en materia común y en materia federal para toda la República, referentes a los delitos que puedan ser cometidos por los servidores públicos. Muchas gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

- La C. secretaria Hilda Anderson: En votación económica y por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. Presidente: Para los efectos del Artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún ciudadano diputado desea reservar algún artículo para su discusión en lo particular.

(Registro de oradores).

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general, y en lo particular de los artículos no impugnados. Todos en un solo acto.

- La C. secretaria Hilda Anderson: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN).

Señor Presidente, se emitieron 259 votos en pro y 26 en contra.

El C. Presidente: La Presidencia declara aprobado en lo general, y en lo particular los artículos no impugnados, por 259 votos.

Han sido reservados para su discusión en lo particular los Artículos 214, 216 y 223. Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 214.

Miguel Ángel Martínez, en contra; Corona Boza Armando, en pro.

Tiene la palabra el ciudadano diputado Miguel Ángel Martínez Cruz.

El C. Miguel Ángel Martínez Cruz: Señor Presidente: compañeras y compañeros diputados: La Ley penal debe ser exactamente aplicable a cada uno de los casos. Está prohibida por el Artículo 14 Constitucional aplicar la analogía o la mayoría de razón. Por esa razón nosotros que somos legisladores debemos tener especial cuidado al plantear la ley que va a entrar en vigor, sobre todo tratándose de la Ley Penal.

Ciertamente el aumento de sanciones tanto privativas de la libertad como pecuniarias, jamás previene el delito, ciertamente podríamos decir que una ley no puede desecharse si no se ha aplicado y en tratándose de las reformas al Código Penal tal vez sería conveniente preguntar a la Procuraduría General de la Nación si existe el delito de cohecho, cuántas veces la Procuraduría ha perseguido tal delito y si no se han aplicado las penalidades actuales, pues en nada van a beneficiar en un momento dado las nuevas penalidades, pero qué bueno que se aumentan.

La intervención de los partidos de oposición mejoró indudablemente el proyecto original; si la Comisión de Justicia de la cual formamos parte, recogió la mayor parte de las objeciones que los partidos de oposición y también del PRI oponían al proyecto original mandado por el Ejecutivo; sin embargo, existe una preocupación del PAN y la preocupación tiene, podríamos decir vertientes, un par de vertientes, la una de carácter histórico porque en un momento dado como decía don Porfirio Díaz, "a los amigos, justicia y gracia, a los enemigos justicia a secas", y tal parece que ese postulado sigue teniendo vigencia en la actualidad, porque a los amigos del régimen, justicia y gracia, y aquellos enemigos, justicia a secas. Para evitar esa situación, para evitar ese tipo de anomalías que pudieran malinterpretar el espíritu de la propia ley, y tomando en consideración que lo mejor es enemigo acérrimo de lo bueno, y estamos considerando la ley ésta buena. Pondríamos algunas objeciones claras: Primero. Si la ley penal es de exacta aplicación ¿cómo podríamos interpretar subjetivamente aquello de la famosa interpósita persona que aparece en la fracción IV del Artículo 214 del Código Penal? Acción Nacional y los partidos de oposición lograron retirar de la iniciativa original el delito de deslealtad, y la fracción II que aparecía ahí, se implementa ahora en la fracción IV del Artículo 214, y deja muy a lo subjetivo el hecho de que pues un periodista pueda ser la interpósita persona a la que se refiere el famoso artículito. Cualquier miembro de la propia sociedad, no se aclara con precisión jurídica exacta a qué se refiere con esa palabra, se vio en Comisiones, ciertamente, y se calificó de inexacta y subjetiva, sin embargo, se pasó al Artículo 214, fracción IV.

Podríamos mejorar este artículo, esta fracción, con una adición, y yo quisiera proponerla, en obvio de tiempo, ni siquiera pasarla a leerla, a solicitar que la lean, sino leerla yo y pasarla a la Comisión para que ustedes la puedan votar, ya que faltan muchísimas cosas por discutir, es la siguiente:

La Diputación del Partido Acción Nacional, por mi conducto, propone a esta Asamblea la adición que en seguida se transcribirá y que busca mayor claridad en la finalidad de esta fracción: "No se entenderá que utiliza ilícitamente información o documentación quien lo haga para denunciar algún delito o algún otro acto irregular de sus superiores, o bien quien lo haga para dar a conocer al público noticias de interés general".

Sabemos el destino que se le va a dar a esta proposición; la experiencia que hemos tenido durante esta Legislatura nos lo va marcando. Se va a pasar a votación y la mayoría aplastante va a negar darle trámite, ni siquiera que pase a discusión. Sin embargo, piensen por un momento qué podría suceder con esa información a que se refiere el Artículo 214 y que tan estupendamente Daniel Ángel Sánchez Pérez, del PSUM, lo manifestó. Piensen por un momento que podemos mejorar la ley y en nuestras manos está hacerlo. Que podemos y tenemos la posibilidad de hacer una ley mejor de lo bueno que pueda resultar ésta. Cada uno de nosotros lo puede hacer. Por qué renunciamos a ese derecho que tenemos como diputados; por qué no aceptamos toda esa posibilidad, esa gama de posibilidades de transformar esta ley buena en una mejor que pueda realmente servir a los destinos de la nación y que evite, como contrapeso, la famosa aquella ley de la mordaza y aquella ley que ya se ha discutido mucho aquí y se ha hablando mucho, aquella ley obscena que al parecer se trata de un mismo paquete inscrito desde el Ejecutivo con fines, espero que buenos, pero no muy claros.

Compañeros diputados: yo los conmino a que tomen en cuenta este proyecto de adición y lo acepten como propio. Muchas gracias.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación

económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por indicaciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a la Asamblea si acepta a discusión la propuesta hecha por el diputado Miguel Ángel Martínez Cruz.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Muchas gracias. Los que estén por la negativa sírvanse manifestarlo ... Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Armando Corona Boza.

El C. Armando Corona Boza: Señor Presidente; señores diputados: Las objeciones que se enderezan en contra del Artículo 214 que ahora estamos examinando, carecen realmente de consistencia habida cuenta de que en el precepto se establecen, con arreglo a la técnica jurídica, las hipótesis de comisión del delito y las sanciones que han de aplicarse en caso de dicha comisión.

Se habla de que la noción de interpósita persona es subjetiva y de que puede dar lugar a malas interpretaciones, a vaguedades, a indefiniciones.

Cuando la fracción IV del Artículo 214 en referencia señala que comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, fracción IV, por sí o por interpósita persona sustraiga, destruya, oculte, utilice o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión. La interpósita persona es una noción perfectamente clara en el derecho, es aquel individuo que realiza una labor, un acto, un hecho, en lugar de otra persona. Por interpósita persona podemos litigar en un juicio, llevando nosotros el juicio pero haciendo aparecer a otra persona como la que efectivamente lo lleva. La interpósita persona es entonces el vehículo del que alguien se vale para realizar un hecho y permanecer oculto.

No es entonces una noción vaga, imprecisa o indeterminada, es una noción perfectamente clara que apunta hacia un hecho cuyos datos están perfectamente establecidos. La interpósita persona será entonces aquella que realice en lugar nuestro un acto del que también somos responsables.

No es entonces una noción subjetiva tampoco, sino claramente objetiva porque hace referencia a la realización de acciones corporales por una persona que puede ser señalada, definida, individualizada e identificada.

¿Qué podría suceder con la información que se maneja, que se utiliza en forma ilícita? ¿Qué sucede por ejemplo cuando un actuario de una Junta de Conciliación y Arbitraje que tiene conocimiento por su trabajo de que un sindicato ha emplazado a huelga a un determinado patrón y antes de correr traslado con el emplazamiento le avisa por teléfono al patrón que hay un emplazamiento de huelga, que está promovido por tal sindicato y que le avisó, pues, para que tome las providencias del caso?

Con esta información que el empleado desleal que no necesita ser un funcionario público, sino un trabajador de base, un trabajador con una categoría de empleado administrativo cuarto. Cuando con esta información el padrón se avitualla, se prepara, despide a los trabajadores que sabe son leales al sindicato, los sustituye inmediatamente por esquiroles, da los avisos de baja al Seguro Social, cambia las nóminas, las arregla. Cuando recibe el emplazamiento y transcurren los seis días, o los diez días según se trate, no se arregla con el sindicato y espera a que le estalle la huelga. Estallada la huelga, solicita la calificación de inexistencia de la misma porque la huelga no ha sido decretada por la mayoría de los trabajadores. En el periodo de pruebas ofrece el recuento con base en los documentos que tuvo tiempo de preparar por el aviso de aquel funcionario infiel o aquel empleado, aquel servidor público desleal y entonces gana la huelga en un forma fácil.

¿Qué sucede con el empleado de un archivo?, que manejando los expedientes le avisa a la parte contraria del interesado, las promociones que existen o bien que sustrae el expediente y lo esconde porque en él existe alguna información que puede ser de utilidad o bien existe alguna resolución que beneficie a una de las partes.

En todos estos casos la información que se utiliza en forma indebida causa siempre un perjuicio. Y aquí en este precepto está considerado el hecho como supuesto de aplicación de un acto coactivo, de una sanción penal.

No necesariamente ha de hacerse la referencia a los señores periodistas o a los que manejan la información. Desde aquel famoso "te pago para que me pagues", cierto sector de la información ha desarrollado una extraordinaria susceptibilidad y ahora frente a cualquier iniciativa de ley o acto del gobierno, presenta una situación ya no de defensiva, sino de ofensiva, porque tal vez consideran que el gobierno al instaurar, al tratar de establecer los procedimientos para la renovación moral de la sociedad está afectando sus intereses. Es decir, ese grupo, ese sector, está de acuerdo en que se lleve a cabo la renovación moral de la sociedad, pero siempre y cuando no se les incluya a ellos en esa renovación moral de la sociedad.

Decía el compañero diputado de Acción Nacional que en materia penal es una exigencia constitucional ineludible el de aplicación exacta de la ley. En efecto. Alguien ha implicado aquí también que la ley no va a producir el efecto que se consigue para la renovación moral de la sociedad. Todos ustedes saben que en una sociedad cualquiera cuando se pretende obtener una determinada conducta, se pone la conducta contraria como supuesto de aplicación de un acto coactivo. Si en esta sociedad queremos que se respete la vida

humana, no lanzamos proclamas ni repartimos folletos pidiendo que se respete la vida humana o prohibiendo el homicidio, sino que la conducta contraria o sea el homicidio lo ponemos como supuesto de aplicación de un acto coactivo y entonces decimos: al que cometa el delito de homicidio se le aplicarán de tantos a tantos años de prisión. Si queremos que los padres de familia cumplan con sus obligaciones respecto de los hijos, no les mandamos folletitos ni les aconsejamos por medio de la televisión que deben cumplir con los alimentos, sino que establecemos la conducta contraria a la que nosotros queremos como supuesto de aplicación de un acto coactivo y establecemos el delito de abandono de persona o bien la ejecución en el patrimonio del incumplido, del padre incumplido, el embargo de su sueldo o de sus bienes. Así con todas las obligaciones, todas las obligaciones que no se cumplen dan lugar a un acto coercitivo, es decir, se cumplen por la buena o por la mala. La forma que tiene el Estado para lograr una determinada conducta de los individuos en sociedad, consiste precisamente en establecer un orden jurídico con arreglo al cual poniendo la conducta contraria a la que se apetece como supuesto de aplicación de un acto coactivo, se consigue o se pretende conseguir la conducta que se desea que se plantee.

La renovación moral de la sociedad, propugna el establecimiento de una moral de fundamento filosófico en sustitución de la moral empírica que hasta ahora hemos observado; esta moral empírica que durante mucho tiempo ha prevalecido en nuestra sociedad, obviamente ya no cumple su cometido. Los actos, los fenómenos de corrupción que en el sector público y en el sector privado hemos observado, y que han sido recogidos como propósitos, es decir, su combate, su lucha ha sido recogida como un propósito de gobierno, la renovación moral que constituyó una magnífica bandera de campaña, es ahora un difícil propósito de gobierno, esta moral empírica naturalmente que ya no cumple su cometido y es necesario vigorizarla, renovarla, vivificarla. ¿Cómo va a poder lograr el gobierno cumplir con el pueblo con ese compromiso de renovar la moral social para que la nación obtenga, logre las metas que se propone para beneficio del pueblo? Si no es mediante la instauración de un régimen jurídico consecuente, con esas finalidades. Es por eso que a nosotros nos parece adecuada la política legislativa implementada, promovida por el Presidente De la Madrid, y estamos por ello aquí trabajando sin descanso, trabajando con entusiasmo para cooperar, para colaborar, para aportar algo nuestro en este propósito que nos parece fundamental para la vida de la nación.

No es cierto que las leyes, las iniciativas de ley que estamos examinando, que hemos aprobado y que estudiaremos en lo sucesivo, constriñan la libertad de los individuos; no es cierto porque todas las iniciativas que hemos aquí manejado, contemplan al individuo en su totalidad, y propenden a un mejoramiento de la sociedad. Es cierto que la moral es un conjunto de normas autónomas, es decir, un conjunto de normas autónomas que regulan la conducta de los hombres en sociedad; carecen de una sanción, pero si se pretende que esas normas morales que nos imponemos autónomamente, al trasladarse, al convertirse en una conducta en sociedad, si queremos que esta conducta sea de verdad de acuerdo con las normas morales que nosotros inventamos en los valores que se han observado siempre en la cultura occidental, si nosotros queremos que la conducta moral sea realmente efectiva, tendremos que considerarla como parte del ordenamiento jurídico. Es cierto, hay partes de la conducta que no pueden ser sometidas al derecho. Alguien decía que cuando el hombre cierre tras de sí la puerta de su alcoba está totalmente libre de todos los ordenamientos de conducta. Pero eso es para el hombre aislado, para el hombre solo, para el lobo solitario. Para el hombre de carne y hueso que vive en sociedad es imperativo que sus actos estén regulados por el derecho y que este derecho contenga un mínimo ético. El mínimo ético que ahora se pretende implementar dentro de las normas del derecho obedece a una reestructuración moral de la sociedad que todos nosotros anhelamos.

Solamente de paso. Se ha incurrido aquí en inexactitudes al afirmar que se vulneran los derechos de los trabajadores con algunos de los delitos tipificados en la iniciativa porque se afecta un arma de los trabajadores, que es el paro. No es cierto. No es exacto que el paro sea un arma de los trabajadores. La fracción 17 del Artículo 123 Constitucional dice que las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patrones las huelgas y los paros. O sea, las huelgas para los trabajadores y el paro para los patrones. Dice la fracción 19 siguiente: "los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable, previa aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje"

El tiempo se ha concluido, señores diputados, pero considero que estas discusiones en las que campea la nobleza y la buena intención son efectivamente importantes para nuestro trabajo. Muchas gracias.

El C. Presidente: En virtud de haber transcurrido el término de cuatro horas señalado por el Artículo 28 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, la Presidencia dispone que se prolongue esta sesión hasta concluir los asuntos en cartera.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Artículo 214 se encuentra suficientemente discutido.

- La C. secretaria Hilda Anderson: En votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el Artículo 214.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 214, en sus términos.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN).

Señor Presidente, se emitieron 220 votos en pro y 32 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el Artículo 214 en sus términos por 220 votos.

Se procede a continuación a la discusión del Artículo 216. Se abre el registro de oradores.

El ciudadano diputado Viterbo Cortez Lobato en contra. Tiene la palabra el ciudadano diputado Cortez Lobato.

El C. Viterbo Cortez Lobato: Señor Presidente; señoras y señores diputados:

Yo no soy abogado pero la experiencia de mis largos años de lucha me ha enseñado que cuando un Artículo del Código Penal es impreciso con la interpretación que se le da, generalmente sus sanciones se descargan contra los trabajadores y ciudadanos de pensamiento democrático y revolucionario, tal y como ocurrió con el Artículo 145, afortunadamente ya desaparecido, que tipificaba el delito de disolución social.

Proteger los derechos inalienables de los trabajadores es un deber, esta ha sido la conducta invariable del Partido Popular Socialista, no sólo en lo que se refiere a la legislación penal que los pudiera o conculcar, sino que desde hace tiempo también hemos demandado que se prohiban las sanciones que actualmente aplican los dirigentes de los sindicatos y agrupaciones sociales a sus miembros si se niegan a pertenecer a un partido político con el que no están de acuerdo. Y esto como simple referencia.

Con base en la Constitución no hay deberes ni derechos colectivos de tipo político, hay derechos individuales que corresponden a los ciudadanos. En el Capítulo IV, coalición de servidores públicos en el Artículo 16, efectivamente hay, yo diría, una amenaza si los trabajadores en defensa de sus derechos laborales se coaligan para efectuar, no voy a decir paro, para que no me refuten, una suspensión de labores, que no huelga, entonces caen o pueden caer bajo las sanciones del Código Penal contempladas en el Artículo 216, que por su contenido confuso e impreciso puede dar pábulo a ello.

Nosotros estamos ciertos que los paros son arma de lucha de los trabajadores, que no pueden ni deben abandonar. Por eso nosotros siempre hemos insistido y hemos demandado la supresión del Apartado B, que restringe estos derechos.

El Partido Popular Socialista por tanto, votará en contra del Artículo 216 tal y como está redactado. Que no se piense por ello que estamos en contra del castigo a funcionarios que prevariquen. Muy lejos de ello, una vieja demanda del Partido Popular Socialista ha sido la revisión de la Ley de Responsabilidades Públicas para acabar con los ladrones que ocupan cargos públicos. Así se expresaba el Maestro Lombardo. La ley actual, afirmaba, sólo obliga a los funcionarios al comenzar y al retirarse de sus cargos, a informar los bienes que tienen, que ocultan cuidadosamente. Esa ley, decía, es ingenua y entraña una mentira piadosa convencional. Y cuando se viola o se descubre un enriquecimiento ilícito, es siempre entre los de abajo, pero nunca entre las grandes figuras de la política nacional.

Y ahora cuando eso ocurre salen libres. Si se expropiaran las fortunas hechas desde el poder público o al amparo del poder, se podría incrementar la producción del campo de manera considerable, terminaba el Maestro Lombardo.

Señores diputados, esta es la posición que asume el Partido Popular Socialista en este caso concreto. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Alvaro Uribe Salas.

El C. Alvaro Uribe Salas: Con su venia señor Presidente: Antes de aclarar las objeciones en torno al Artículo 216 del orador que me antecedió en el uso de la palabra, quiero manifestarle que yo sí soy abogado, que no tengo la experiencia de él y que mi vida la he dedicado a la defensa de los trabajadores en la organización a la que yo pertenezco. Pero es muy importante señalar estos pronunciamientos, entre los primordiales objetivos de la Comisión de Justicia está el mejoramiento de la administración y procuración de la misma por la correcta aplicación del derecho de parte de las autoridades del país y en fomentar el estudio y el mejor conocimiento de la ciencia jurídica. Estos propósitos han alentado sus diversas actividades y su labor sobre este particular no se ha concretado a una simple revisión de las iniciativas por parte del Ejecutivo ni a la crítica de situaciones creadas por motivo de las mismas, sino que ha propuesto verdaderos proyectos estructurados preceptivamente. En esta pretensión la Comisión trata de aglutinar las opiniones respetables y calificadas de quienes con honradez, limpieza y criterio representan a la judicatura en México dentro de los ámbitos de la jurisprudencia, la postulancia y la enseñanza.

Una de las preocupaciones permanentes en el señor Presidente de la República, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, ha estado orientada a disponer que en su administración se castigue con todo el rigor de la ley a los malos funcionarios que incumpliendo la formalidad de la protesta que rindieron al tomar posesión de sus cargos cometan ilícitos sin importar qué tan elevado era el cargo que desempeñaban.

Estas reformas tienden a atemperar, reducir, a niveles inferiores, la corrupción, para

establecer una conciencia colectiva que desde el nivel del hogar con los hijos, en la escuela con profesores y alumnos, en las fuentes de trabajo con patrones y obreros, y en general en cada uno de los individuos que formamos esta sociedad, seamos responsables de nuestros propios actos; es decir, que logremos una conducta honesta que luche contra la corrupción; por otra parte estamos convencidos que la corrupción debe combatirse desde los más altos niveles, pues teniendo en nuestro país hombres de acrisolada honradez y eficiencia, deben ser seleccionados para ocupar los cargos de altos funcionarios de la federación y de los Estados. Y en consecuencia, los demás servidores públicos entenderán que existe un nuevo giro en la moral del funcionario, con un Código Penal que impida los latrocinios, pues basta conocer las nóminas y ver qué vida principesca llevaban determinados funcionarios y establecer la demanda colectiva para que el órgano constitucional a través de la Procuraduría General de la República y con la garantía que establece la Constitución conceda acción popular para denunciar los delitos de los funcionarios y empleados de la Federación y proceda a cumplir su misión que se le ha encomendado, que es la de perseguir los delitos. De ello surge la necesidad de crear normas acordes con la realidad social en que vivimos, que no solamente presentemos el mal, sino que simplemente demos los mecanismos necesarios de carácter jurídico para tratar de erradicar ese mal nacional que es la corrupción, señores.

Resulta indispensable que progresivamente se vaya logrando la renovación moral del servidor público, a fin de que el perfil de éste se marque independientemente de su militancia partidaria y política, ya que México se ajusta a la voluntad de las mayorías populares, y el sector público no queda fuera de este contexto nacional, y si en ese sector público existen fallas por excepción y no por regla general, es porque también en el sector privado existe corrupción, pues no podemos admitir que la deshonestidad sea característica de todo mexicano, ya que estimo que el mexicano en su mayoría es honesto, por eso el Ejecutivo envió a esta soberanía la Iniciativa de Reformas al Código Penal para el Distrito Federal en materia de Fuero Común, y para toda la República en materia de Fuero Federal, como medidas indispensables para tener una política criminológica, tendiente a la disminución y control de la corrupción de los servidores públicos, de la que se ha venido hablando; por lo tanto, son necesarias múltiples medidas, pudiendo señalar, entre ellas, la relativa a la existencia de sueldos reales, ya que es ampliamente conocida que tanto la Federación como los Estados de la República Mexicana, al sueldo real que perciben los funcionarios, se agrega indebidamente las llamadas compensaciones, mismas que resultan fuera del control fiscal, ya que el funcionario no paga el impuesto correspondiente, y significa autorizaba para la defraudación del impuesto un individuo ejemplo que el propio Estado correspondiente. Y, señores, la ley tiene como característica su generalidad y aplicación para todos; debe ser respetada para que todos los mexicanos, sujetos al pago de los impuestos, los cubran y no existan esas incorrectas exenciones.

Por lo que respecta a este precepto controvertido, quiero aclarar que el Artículo 216, la Comisión determinó que respecto a los legítimos derechos de los trabajadores, y para evitar una incorrecta interpretación, señaló que el delito de coalición de servidores públicos, no se comete por los trabajadores que ejerciten, pongan atención compañeros, que ejerciten sus derechos constitucionales o hagan uso del derecho de huelga; en consecuencia, este precepto de ninguna manera priva los derechos de los trabajadores, pues siendo la Constitución la ley suprema en este precepto, no sólo protege sus derechos laborales, sino además protege los derechos de los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales y como ejemplo de ello tenemos el Artículo 123 del cual solicito, señor Presidente, esta Secretaría nos lea las fracciones XVI, XVII, XVIII y XIX.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses formando sindicatos asociaciones profesionales, etc.

XVII. Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patrones las huelgas y los paros.

XVIII. Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio, para los trabajadores, dar aviso con 10 días de anticipación a la Junta de Conciliación y Arbitraje de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciere actos violentos contra las personas o las propiedades o en caso de guerra, cuando aquellos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependen del gobierno.

XIX. Los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable, previa aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje.

El C. Alvaro Uribe Salas: Gracias, Resumiendo, en este nuevo precepto que se impugna, es decir, el Artículo 216, protege en forma más abierta que el anterior dictamen. Voy a leer a continuación el anterior dictamen que decía en estos términos:

"Comete el delito de coalición de servidores públicos los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración

pública en cualquiera de sus ramas. No constituyen delitos los actos de los trabajadores para coaligarse en defensa de sus derechos laborales.

En cambio el precepto que se discute amplía la protección a los trabajadores y dice en estos términos: "Artículo 16. Comete el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos, con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga".

Como ven, compañeros diputados, creo que más bien esto se debe a labor de interpretación. Y el texto del 216 controvertido es claro.

Señores diputados: El derecho es el camino adecuado para promover el cambio social, para lograr una vida armónica, pacífica y fecunda. Y si el derecho que rige en un determinado momento en el país, no corresponde a las necesidades del mismo, esforcémonos por tener un derecho vigente, que no se rezague frente a las necesidades de un cambio social. Gracias.

- El C. Presidente Tiene la palabra para hechos el ciudadano diputado Francisco Alvarez de la Fuente.

El C. Francisco Alvarez de la Fuente: Con su permiso señor Presidente; compañeras y compañeros. Efectivamente en la Constitución está contemplado los paros, como lo acaba de leer aquí el diputado que me antecedió. Nada más que estos paros que contempla la Constitución dice el Artículo 123 en la fracción XIX: "Los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable, previa aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje".

Y los paros en este sentido aparentemente los que lo hacen, son los patrones.

Y aquí se está discutiendo el paro que hacen los trabajadores como una forma de presión para lograr algo en su favor.

Entonces, este tipo de paros a que hizo alusión el diputado que me antecedió y que según él está consagrado en la Constitución para beneficio de los obreros, yo considero que no es. En lo general estuvimos de acuerdo en este dictamen. Pero en este artículo que estamos tratando ahorita, la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, va a votar en contra porque lesiona los intereses de los trabajadores, toda vez que si es cierto que en el dictamen que estamos discutiendo hace mención expresa de que los trabajadores se pueden coaligar para defender sus derechos de acuerdo a la Constitución, aquí, en ese dictamen no se contempla el paro como un derecho que tienen los trabajadores en beneficio de ellos, sino que más bien de acuerdo a la Constitución, este paro, vuelvo a repetir, es en beneficio de los patrones.

Por eso el Partido Demócrata Mexicano va a votar en contra en lo particular. Gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Artículo 216 se encuentra suficientemente discutido.

- La C. secretaria Hilda Anderson: En votación económica se pregunta si está suficientemente discutido el Artículo 216.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.. Suficientemente discutido.

En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 216 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior. (Votación).

Señor Presidente, se emitieron 219 votos en pro y 70 en contra.

El C. Presidente: La Presidencia declara aprobado el Artículo 216 en sus términos, por 219 votos.

Se procederá a continuación a la discusión del Artículo 223. Está inscrito para hablar en contra el ciudadano diputado Gerardo Medina. Tiene la palabra.

El C. Gerardo Medina: Señor Presidente: con todo respeto creo que cuando una proposición ha sido rechazada ya no tiene caso que intervenga nadie para impugnar, creo que ganaríamos tiempo. Tampoco tiene sentido que vengan a leer el discurso ya hecho algunos de las Comisiones sólo porque un diputado fija su posición, muy su posición. En este caso si el diputado Uribe Salas creyó que iba a convencer a la Diputación del PPS o concretamente al diputado Viterbo Cortez, caray, en la ingenuidad nos andamos moviendo. (Aplausos).

Recojo el símil de Rolando Cordera, entro como emergente, entro como emergente sustituyendo al sonorense diputado nuestro Larios y como todo emergente dentro del símil, pues ya conocemos la regla, o batea de jon ron o se poncha, y yo voy a tratar de llegar cuando menos a primera base.

Señor Presidente, señores diputados, creo que en esta serie de instrumentos encaminados a moralizar la vida pública y en este concepto incluyo tanto al sector público, al gobierno, como a los particulares; debiéramos tender a evitar por una parte, que sus propias disposiciones bloqueen ese propósito y evitar por otra que estas disposiciones lleven a pagar a justos por pecadores.

Este es el caso del Artículo 223 en su fracción III que estamos impugnando.

Dice el Artículo 223: "comete el delito de peculado, fracción III, cualquier persona que solicite o acepte realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos públicos o del disfrute de los beneficios derivados de los

actos a que se refiere el artículo de uso indebido de atribuciones y facultades.

Yo les pido, señores diputados, que contemplemos dos situaciones. Vamos a suponer que se trata de una editora mediana o de una modesta imprenta o de una estación de radio de provincia, vamos a contemplar primero esta situación, que el contratado, para un trabajo determinado de impresión o difusión, ignore el origen de los recursos con que le pagarán la factura correspondiente, ¿puede esta persona ser acusada de peculado? No es acaso la ignorancia, según su grado, una exculpante de culpabilidad o cuando menos una atenuante. Veamos la segunda situación, situación de hecho, no teórica. Que el contratado, impresor, radiofusor o lo que sea sepa el origen sucio de los fondos con que le pagarán su trabajo lícito, sea porque el servidor público que lo contrata, en un arranque de sinceridad y le haya confesado que esos fondos provienen del Erario Público, o porque el contratado para un trabajo lícito lo sospeche siquiera. De esta segunda situación se deriva esta posibilidad, que sabiendo de ese origen y conociendo los riesgos de incurrir en el delito de peculado, haga, a pesar de todo el trabajo que se le ordena, volantes, panfletos, spots, desplegados, etcétera, por la simple razón de que este es su trabajo y de eso vive, de eso vive su familia. En todo caso, de ser punible lo que haga este impresor, editor, radiodifusor, en caso de ser punible, para eso está el 7o. Constitucional, y la vetustísima Ley de Imprenta. Creo que se sale esta materia totalmente del ámbito de estas reformas que estamos discutiendo.

Veamos las penas que se fijan por este delito de peculado. Dice: "al que cometa el delito de peculado y no olviden ustedes que no solamente es el que sustrae fondos para promoverse o para denigrar al posible adversario, enemigo al que le entorpece el acceso a un determinado puesto, a una nominación para diputado, para senador, para gobernador, para Presidente de la República, no sé cuando el monto de lo distribuido o de los fondos utilizados indebidamente no exceda del equivalente de 500 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito o no sea valuable, se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión, multa de 30 a 300 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de 3 meses a 2 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Yo les pregunto, señores diputados, señores miembros de la comisión dictaminadora, entendemos muy bien que el que utiliza fondos públicos para promoverse o denigrar al potencial adversario, pues sí, sufra la pena de destitución e inhabilitación, tal como lo establece en este proyecto de reformas del Código Penal la Iniciativa. Pero, en el caso de la multa que va de 30 a 300 veces el monto del salario mínimo vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se va a repartir entre el que sustrae los fondos públicos para esa tarea para promoverse o para denigrar, se va a repartir con cualquier persona que haga un trabajo lícito, y más si ignora el origen de los fondos. ¿Se van a repartir a partes iguales o qué va a pasar? Pero hay también en este caso, si no se va a repartir querrá decir, así lo entiendo yo, que van a ser esta misma pena tanto al que se beneficie sustrayendo, distrayendo fondos públicos para promover o para denigrar a otro, exactamente la misma pena va a imponerse a esta otra persona, al que se beneficia y al que realiza un trabajo perfectamente lícito como es el del impresor, del radiodifusor, del editor, también a él se le va a aplicar esta pena.

Señores diputados, ya se ha dicho mucho aquí que una ley tendrá más posibilidades de tener vigencia real en la medida en que sea clara, en que no ofrezca márgenes de duda, claro, siempre habrá abogados que encuentren los resquicios para hacer que una ley no se aplique, pero en estas circunstancias, los diputados de Acción Nacional queremos pedirle a la Comisión de Justicia que acepte la supresión de esta fracción tercera del Artículo 223 del Código Penal y se corra la numeración, que la fracción pase a ser fracción III.

Nosotros estamos convencidos por las razones que les ha expuesto y por otras que ustedes en su reflexión sabrán encontrar, que más ganaría que perdería el proyecto de reformas al Código Penal que discutimos.

Formulamos una petición, no estamos haciendo una proposición cuyo destino ya sabemos y que impide este procedimiento, que se tome una resolución y se aproveche cuando menos en parte algo de lo que quienes impugnamos alguna cosa podamos decir de valor.

Formulamos esta petición expresamente al Presidente de la Comisión de Justicia que es la dictaminadora de esta iniciativa.

Como el señor diputado Mariano Pina Olaya no puede interrogarse a sí mismo puesto que es al mismo tiempo Presidente de la Cámara, permítame, señor Presidente, preguntarle simplemente, o el Secretario de la Comisión de Justicia o los miembros de la misma que firmaron este dictamen, estarían dispuestos a retirar esta fracción tercera, sin la cual no pierde en nada la iniciativa. Bastará con que nos diga el diputado que nos conteste que nos diga sí o no, Si nos dice sí, qué bueno; si nos dice que no, porque al fin y al cabo lo menos que podemos esperar es dejar constancia aquí de una convicción de una idea, de que algo podemos aportar, para que nuestra tarea legislativa sea mejor. Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Salvador Rocha Díaz.

El C. Salvador Rocha Díaz: Señor Presidente. Honorable Asamblea. A nombre de la Comisión de Justicia me permito contestar al señor diputado Gerardo Medina no. Y pudiendo ser suficiente para los señores miembros de la diputación de Acción Nacional me permitiré razonar en honor a la Asamblea en general la razón de esta negativa.

EL Artículo 223 se refiere al delito de peculado. Y el delito de peculado se encuentra incorporado a nuestra legislación penal en 1931 para proteger un bien jurídicamente digno de la protección máxima del orden jurídico puede dar y que lo es el patrimonio del Estado, que sin duda es el patrimonio del pueblo.

Se debe ser escrupuloso en la protección de este patrimonio que todos los mexicanos reunimos y que todos los mexicanos disfrutamos.

Cuando la iniciativa del señor Presidente De la Madrid incorpora nuevas fracciones o hipótesis a la definición tradicional del peculado, lo hace precisamente para prevenir conductas lesivas al patrimonio del pueblo de México. Cuando la fracción III alude a las personas que soliciten o acepten realizar las promociones o denigraciones a que se refiere la fracción anterior, a cambio de fondos públicos, no hace sino reflejar por ser necesidad presente, la disposición de coparticipación que contiene desde 1931 el Artículo 13 del Código Penal al que procedo a dar lectura.

"Son responsables de los delitos primero, los que intervienen en la concepción, preparación o ejecución de ellos.

Segundo, los que inducen o cumplen a otro a cometerlos.

Tercero, los que prestan auxilio o cooperación de cualquier especie para su ejecución y Cuarto, los que en casos previstos por la ley, auxilien a los delincuentes una vez que estos efectuaron su acción delictuosa."

La fracción III del Artículo 223, lo único que hace es individualizar al delito de peculado, la disposición genérica de participación delictiva que contiene el Artículo 13 de nuestro propio Código Penal.

Suprimir la fracción III o pedir que se suprima la fracción III del Artículo 223, es pedir algo insustancial desde el punto de vista estrictamente jurídico y por el contrario es pedir algo de gran trascendencia desde el punto de vista social.

El señor diputado Gerardo Medina nos ha dicho que la petición la formulan los señores diputados del PAN y me resisto a creer que los distinguidos abogados que forman parte de la diputación panista, puedan solicitar esta supresión, conociendo que existe el Artículo 13 del Código Penal.

Don Gerardo Medina nos plantea hipótesis contradictorias que pretenderé disasociar para la mejor comprensión de esta honorable Asamblea. Nos presenta en primer lugar el ejemplo de una editora mediana o pequeña, también puede ser grande, o de una estación radiodifusora pequeña, que podía también ser mediana o grande, que ignora el origen de los recursos o sea, que son fondos públicos con los que se le paga su trabajo. En este caso es obvio que no se comete delito alguno y así lo prevé expresamente el Artículo 15 en su fracción VI del Código Penal.

Dice el Artículo 15: "Son circunstancias excluyentes de responsabilidad penal, Sexto: ejecutar un hecho que no es delictuoso, sino por circunstancias del ofendido, si el acusado las ignoraba inculpablemente al tiempo de obrar". Quiere decir que en el primer ejemplo que nos presenta el señor diputado Gerardo Medina no hay delito qué perseguir, independientemente de que la empresa editora, impresora o radiodifusora sea pequeña, sea mediana o sea grande.

En consecuencia, se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 216 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN).

Nos plantea una segunda hipótesis, en la cual este editor o pequeño radiodifusor conoce el origen de los fondos. En estos casos el señor editor o radiodifusor sea pequeño, mediano o grande en este caso comete el delito de peculado y lo comete porque auxilia al servidor público para la comisión de ese delito. Dice don Gerardo Medina: "está realizando una conducta lícita". Falso. Qué tal si al señor editor o impresor le diera por imprimir billetes porque tiene una familia que mantener, pues es obvio que igualmente estaría cometiendo una conducta ilícita. El impresor o editor que sabiendo que se le va ha pagar indebidamente con fondos públicos para realizar una tarea de promoción o de migración, pues no es un hombre que esté realizando, bajo el amparo de la libre empresa y de su propio impulso y creatividad, una conducta lícita. Está actuando inmoralmente y está actuando ilícitamente.

La penalidad le parece inconveniente porque no sabe si la multa se divide entre los dos o cómo se les va a aplicar. La pena se individualiza y se le aplica a cada uno de los copartícipes precisamente en forma individual.

Es verdaderamente lamentable que tengamos que hacer esta explicación de cuestiones jurídicas elementales cuando la diputación panista tiene distinguidos abogados, repito, que perfectamente comprenden el alcance de estas disposiciones.

Ciertamente que los legisladores actuamos en primer lugar como políticos; y en segundo lugar, por la propia esencia de nuestra tarea, como juristas. Lo seamos de profesión o no lo seamos de profesión. Pero, cuando actuamos políticamente también tenemos la responsabilidad de reconocer las necesidades del pueblo al que representamos, este pueblo que ha formulado un claro reclamo para que las conductas inmorales, graves, que afectan a la sociedad sean corregidas por el mejor de los instrumentos como lo es el Código Penal.

No creo que se pueda negar que se requiere esta renovación moral de la sociedad que el Presidente De la Madrid recogió durante su campaña electoral y que está concretando, cumpliendo con su compromiso político en iniciativas como la que nos ocupa en esta tarde. Siento que no podemos, en modo alguno, dejar de responsabilizar a quienes participen en los delitos; ciertamente que el servidor público

merecerá una grabación de su pena y así lo tendrá que tener en cuenta el juez al realizar su razonamiento para graduar e individualizar la pena pero no podemos excluir a los que participan en la comisión de los delitos.

Por muy respetables que pudiesen ser los gremios, en sí, no creo que exista uno que pueda afirmar que en sus filas no hay un miembro que se aparte de las normas de la ética, de la moral y de la normatividad jurídica que rige a ese propio gremio. No se puede pretender proteger a quien actúa ilícitamente; es necesario que la sanción caiga, sí, sobre el servidor público y caiga también sobre cualquier otra persona que coadyuve a la comisión de los delitos que van en contra del patrimonio del pueblo de México.

Por lo anterior señor Presidente, me permito solicitar a esta Asamblea que apruebe el Dictamen en los términos en que se encuentra formulado. Gracias.

(Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea si el Artículo 223 se encuentra suficientemente discutido.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: En votación económica se pregunta a la Asamblea si está suficientemente discutido el Artículo 223. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, Señor Presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 223 en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

- La misma C. secretaria: Señor Presidente, se emitieron 218 votos en pro, 47 en contra y una abstención.

El C. Presidente: Aprobado el Artículo 223 en sus términos por 218 votos. En consecuencia esta Presidencia declara, aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto de reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez: Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

OPCIÓN DE CARGO DEL DIPUTADO RODOLFO PADILLA PADILLA

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: "Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea:

A la Comisión que suscribe, fue turnado por acuerdo de Vuestra Soberanía en la sesión del día 24 de diciembre, la opción que el ciudadano diputado Rodolfo Padilla Padilla, hizo para ocupar el cargo de Presidente Municipal de la Ciudad de León, Guanajuato y por tanto separarse de sus funciones como diputado Federal por el XI Distrito Electoral Federal del Estado de Guanajuato.

En tal virtud, y en atención a que la solicitud se encuentra fundada en el Artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión se permite proponer a la Honorable Asamblea los siguientes:

PUNTOS DE ACUERDO

Primero: Se toma nota de que el ciudadano Rodolfo Padilla Padilla, se retira de sus funciones como diputado federal y opta por el cargo de presidente municipal de la ciudad de León, Guanajuato.

Segundo: Llámese al suplente, señor Rodolfo Rea Ávila.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., a 27 de diciembre de 1982.

Presidente, Humberto Lugo Gil; secretario, Mario Vargas Saldaña, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Víctor Cervera Pacheco, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Nuñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osario Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Salvador Rocha Díaz, Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona."

Están a discusión los puntos de Acuerdo. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueban los puntos de Acuerdo.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobados los puntos de Acuerdo, señor Presidente.

El C. Presidente: En consecuencia, se ruega a la Oficialía Mayor cite al señor Rodolfo Rea Ávila, para que mañana miércoles 29 de diciembre, a las 11 horas, rinda la protesta de ley.

EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL 1983

- La C. secretaria Hila Anderson Nevárez: "Honorable Asamblea:

En los términos previstos por los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por acuerdo de esta soberanía fue turnado a las comisiones de Programación y Presupuesto y Cuenta Pública y del Distrito Federal, para estudio y dictamen, el proyecto del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1983 que el Ejecutivo Federal envió a esta H. Cámara de Diputados, en cumplimiento a lo señalado en la fracción IV del Artículo 74 constitucional.

Después de examinar la Iniciativa de referencia y como resultado de su estudio, estas comisiones someten a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

DICTAMEN

El proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1983 contiene la propuesta de gasto, su monto y destino que se encuadran dentro del programa inmediato de reordenación económica del Gobierno Federal. Pretende efectivamente preservar los servicios públicos al nivel indispensable, dentro de un criterio de austeridad y sin desarrollar grandes obras; sin embargo, refleja la preocupación por conservar la debida prioridad en aquellos programas de operación e inversión que en el corto plazo refuercen la infraestructura en transporte, educación y salud.

El presupuesto de Egresos de 1983, a precios corrientes, muestran un crecimiento del 54.4% en relación al presupuesto modificado de 1982, o sea, 220,554.1 millones de pesos en 1982 pasa a 340,635.7 millones en 1983. De esta cantidad un 43% se destina a obras y servicios, o sea 149,479 millones de pesos, de los cuales el 32%, 47,729 millones de pesos, se destinan a obras, fundamentalmente de transporte urbano, agua potable e infraestructura y equipamiento para la vialidad, a diferencia del 63% que se aplicó en el presupuesto de 1982. Se observa una adecuada reorientación hacia el rubro de servicios que es ahora del 68% contra el 36% que se ejerció en 1982, este 68% representa 101,750 millones de pesos, que se dirigen a los servicios, como son la operación misma del transporte, agua potable, drenaje y tratamiento de aguas negras, mejoramiento urbano, así como en los distintos programas de educación. En cuanto al pago de la deuda pública del Departamento del Distrito Federal, el presupuesto destina el 38.33% del total, o sea la cantidad de 130,563.2 millones, para amortizar el capital y atender el pago de su servicio.

El criterio del Departamento del Distrito Federal de destinar en el presupuesto de 1983 aproximadamente el 40% de su monto al pago de la deuda pública, refleja un intento de fortalecer las finanzas del Departamento del Distrito Federal al disminuir, en mayor medida, sus pasivos. A este respecto habría que manifestar nuestra consideración de que, en caso de lograrse una renegociación en el pago de la deuda no se debe, de ninguna manera, disminuir el monto de la cantidad apuntada para su pago o incrementar el gasto de cualquier otro rubro. Sólo en caso de disminuir la tasa de interés podría reducirse, en la misma proporción, el pago por este servicio.

Como hemos observado en los estudios diagnósticos sobre la problemática de la ciudad de México, uno de sus principales problemas proviene del explosivo crecimiento demográfico y sostenido flujo de migraciones del campo a la ciudad o de los estados a la capital, más propiamente expresado. Es por ese motivo que todos los esfuerzos hacia la descentralización y desconcentración revisten gran importancia dentro de la planeación, programación y presupuesto, por parte de las autoridades del Distrito Federal, los que debieran traducirse en acciones más concretas sobre planificación familiar y reorientación migratoria. Por esto último, debería pensarse en acciones concretadas con los gobiernos estatales de donde provienen las principales corrientes migratorias a la ciudad. Este problema se agudiza en las áreas conurbadas de la zona metropolitana de la ciudad de México con algunos municipios del estado de México, por lo que creemos necesario incrementar y perfeccionar los instrumentos de coordinación de acciones entre las autoridades capitalinas y las de ese estado, para así atender los problemas que representa esta conurbación, buscando obtener de ellos los siguientes resultados:

Primero, resolver la adecuada relación y equilibrio de la zona metropolitana del Distrito Federal con el resto del país, principalmente en sus aspectos demográficos y de uso y aprovechamiento de recursos, para así orientar mejor la descentralización industrial, comercial y administrativa, logrando una mayor desconcentración poblacional urbana.

Segundo, realizar la planeación del transporte colectivo en toda la zona metropolitana y elaborar con anticipación programas de realización a plazos mediatos.

Tercero, detener el deterioro del medio ambiente dentro del Valle de México, pugnando por la regeneración del ecosistema regional. Para esto también será necesario establecer la coordinación con las autoridades federales competentes a esta responsabilidad, con el fin de lograr la disminución y control de las fuentes contaminantes, buscando un planteamiento integral del problema y su solución.

- El crecimiento explosivo, desordenado y desequilibrado de la ciudad puede también disminuirse a través de diferentes acciones de reordenamiento urbano, - considerando dentro de ello las acciones precisas y adecuadas

señaladas en el programa de planeación de los asentamientos humanos.

Para capitalizar sus directrices se requiere un programa paralelo de suelo, que contempla las reservas territoriales necesarias para absorber y reorientar el crecimiento de la ciudad y el adecuado uso del suelo deteniendo la tendencia especulativa sobre el mismo.

Algo significativo dentro de este reordenamiento urbano será la reubicación, fuera del Valle de México, de industrias altamente contaminantes o que representen altos consumos de agua potable y de electricidad. Asimismo, continuar con la regularización de la tenencia del suelo a fin de asegurar los bienes patrimoniales de sus poseedores y la introducción ordenada de servicios y así permitir la prosecución de acciones institucionales de vivienda.

Un complemento funcional a las acciones de reordenamiento urbano lo forma el equipamiento que la ciudad requiere en las determinaciones de usos y destinos buscando, en la medida de lo posible, planteamientos y previsiones integrales. Dentro de esta medida una de ellas sería la construcción de los estacionamientos necesarios no sólo para albergar los vehículos, sino principalmente para permitir el máximo aprovechamiento de la vialidad existente y así mejorar los flujos de tránsito y el descongestionamiento del tráfico.

El factor determinante y más adecuado para resolver el problema vial es el empleo masivo del transporte colectivo, por lo que el programa de transporte urbano tiene tanta importancia dentro del presupuesto de 1983 que es, después del pago de la deuda pública, el segundo en orden de inversión, representando un poco más del 30% del total, o sea $107 mil millones, dirigidos a la continuación de las Líneas 3 y 5 del Metro y a la operación de las ya existentes. Nos preocupa que la disminución del gasto público en general imposibilite la fabricación nacional de los autobuses necesarios en la medida que lo requiere la ciudadanía. Esto naturalmente disminuye la eficiencia de la operación por lo que se deben tomar las siguientes medidas: establecimiento de una verdadera coordinación del sistema Metro - autobús - trolebús e incremento paulatino de precios reales al transporte colectivo.

Lo anterior, como una forma de reforzar la infraestructura básica que se ha venido dando a la ciudad y que, junto con los programas de agua potable, equipamiento para la vialidad, obras de mejoramiento urbano, drenaje y tratamiento de aguas negras, representan acciones complementarias de esta misma infraestructura física que posibilita otorgar mejores servicios urbanos. En el programa de agua potable se requiere fijar cuotas de dotación de agua por tipo de uso y por zonas, con el fin de lograr mejores controles de los grandes usuarios y así inducirlos al rehuso de este valioso líquido; tendiendo de esta manera, a una mejor distribución funcional y social del agua entre la población de la ciudad. También se necesita fijar medidas restrictivas al empleo indiscriminado del agua, a su mal uso por algunos sectores privilegiados de la población y realizar campañas de educación y orientación hacia su correcto empleo.

El Departamento del Distrito Federal invierte y gasta en obras y en operación de drenaje y tratamiento de aguas negras una suma muy importante, pero todavía no existe un control o regulación en las redes, que propicie la racionalización de su uso, según el tipo de usuario por medio de la disminución de desechos contaminantes de algunas industrias o el empleo de medidas, por parte de ellas, que disminuyan el gasto del tratamiento de las aguas residuales. Por este motivo, dentro del gasto de este rubro conviene dirigir acciones que midan y clasifiquen el desfogue de los grandes usuarios y así inducir, como ya anteriormente lo habíamos señalado, a reutilizar el agua y a abatir los costos del tratamiento que de ella hace la ciudad.

Dentro del capítulo de servicios y prestaciones sociales, señalamos como los más importantes el de abasto de alimentos y productos de primera necesidad, la salud, la educación y la vivienda, por lo que consideramos de prioridad su atención. Planteamos su análisis y evaluación de la siguiente manera:

Con referencia al Programa de Abasto de Alimentos y Productos de Primera Necesidad, a fin de facilitar el abasto del productor al consumidor, logrando su mejor comercialización, tanto para uno como para otro, se ha construido la nueva Central de Abastos en Iztapalapa. Como complemento de ello se señala el objetivo de construir y conservar los edificios e instalaciones de mercados populares y el desarrollo de centros y subcentros de consumos básicos, así como de dotar de servicios urbanos complementarios las zonas existentes y programadas a este fin y, en general ofrecer auxilio institucional para el desarrollo del comercio.

En relación a la salud, este programa deberá dirigirse preferentemente a aquella población que no cuenta con alguna prestación social; apoyamos la conveniencia de que esta actividad quede encuadrada dentro del programa nacional del sector salud para que dentro del mismo llene su cometido.

Como renglón importante señalamos la necesidad de que los centros hospitalarios, asilos de ancianos, albergue y hospitales infantiles, cuenten con un cuadro básico de medicamentos y con farmacias que puedan distribuirlos a precios accesibles y, desde luego, dotarlos del instrumental y material necesarios.

Asimismo, consideramos de trascendencia la realización de campañas permanentes para prever y atacar enfermedades endémicas y epidémicas, así como las de tipo educativo - sanitario que proporcionen la higiene y la salud.

En el rubro de educación, consideramos que debe ser motivo de una preferente atención por parte de las autoridades, el mantenimiento y conservación de los bienes - inmuebles y muebles - de todas las instalaciones educativas.

Para mejorar y ampliar esta tarea el Departamento del Distrito Federal debe de encauzar la participación de las sociedades de padres de familia y alumnos para preservar y mantener la limpieza y buen estado físico de las instalaciones.

Una de las demandas repetidamente manifestadas y recogidas por la consulta popular, dentro de la pasada campaña electoral, fue la urgente necesidad de resolver el problema de la vivienda, principalmente para la población de ingresos mínimos. Por este motivo, las Comisiones Dictaminadoras proponen a esta soberanía que, fundamentándose en el déficit habitacional actual, así como el grave deterioro de una parte de la vivienda existente dentro de los estratos marginados de la población, se modifique el programa de vivienda que el Jefe del Ejecutivo nos ha enviado, ampliando e incrementando los objetivos, metas e inversiones de este programa que originalmente ha sido planteado sólo para la vivienda de trabajadores del Departamento del Distrito Federal y para la administración y operación de conjuntos existentes del propio Departamento. Por lo antes expuesto, independientemente de los 582 millones 51 mil pesos para la vivienda de trabajadores sindicalizados, creemos necesario asignar una inversión adicional de mil millones de pesos, como capital semilla, dirigida a la realización de tres mil acciones de vivienda no construida por contratistas, estas acciones de vivienda se refieren a obra nueva o de mejoramiento de la existente y se recomienda que se apoyen en la autoconstrucción. Este programa estará destinado a servir a comunidades y familias que lo demanden en zonas comprendidas dentro del programa de regularización de la tenencia del suelo que realiza el propio Departamento del Distrito Federal, completando así de manera integral un ciclo de reordenación urbana. Esta inversión solicitamos se reste del programa de administración del Distrito Federal o de programas menos importantes como turismo, comercialización de productos específicos y la partida referente a nuevas luminarias presupuestadas dentro del programa de mejoramiento urbano; para que el gobierno de la ciudad reoriente sus partidas internas de administración, dando su mayor esfuerzo para permitirle una mejor productividad, cumpliendo así las metas que se había propuesto. Se asigna la responsabilidad de la ejecución a CODEUR, por tener esta unidad administrativa la infraestructura técnica necesaria para llevarla a cabo.

El problema de la basura, íntimamente ligado a los problemas de la contaminación ambiental, pensamos que no sólo se agota en incrementar el barrido y recolección, sino que, por su magnitud, es necesario llegar a tratarlo dentro de un plan maestro que incida en la preservación del medio ambiente y la imagen y mejoramiento urbano. Dentro de él, formular acciones y campañas dirigidas a la concientización y corresponsabilidad ciudadana para disminuir este grave problema.

Una necesidad real, además de ser una alta aspiración ciudadana, es la protección y seguridad que las autoridades a través de la policía le proporcionen, por lo que hemos incluido este programa dentro de los renglones de atención prioritaria de este presupuesto. Para su mejor aplicación sugerimos buscar la mejoría de los salarios y prestaciones para el personal de toda el área de seguridad pública. Si para cumplir esto es necesario dejar de adquirir nuevos vehículos, sólo reparando los ya existentes, apoyamos esta medida.

Por último, para ejercer adecuadamente este presupuesto y los criterios y lineamientos que nos hemos permitido recomendar, se requiere el mejor esfuerzo de planeación y programación de las acciones y erogaciones previstas, pero sobre todo contar también, como lo habíamos mencionado en algunos puntos anteriormente, con la corresponsabilidad de la población derivada de su mejor y mayor participación ciudadana dentro del marco de la legislación actual. Para hacerlo en la relación adecuada es importante el impulso que las autoridades centrales del Distrito Federal le otorguen a las Delegaciones, por lo benéfico que esto representa en el aspecto de la prestación de servicios a una escala más proporcionada, y por la cercanía que mejora la comunicación que se establece con su propia comunidad. Recomendamos también una mejor sistematización y mayor control a los programas y presupuestos delegacionales para el cumplimiento de estos objetivos.

Consideramos asimismo indispensable el estricto cumplimiento de las Leyes de Obra Pública y de Adquisiciones, que obligan la vinculación entre la planeación, los programas, los proyectos y las obras e instalaciones, vigilando la correcta aplicación de los fondos públicos, desde el concurso y los precios unitarios hasta la entrega en calidad y tiempo de los trabajos que se contratan con empresas privadas o que se llevan a cabo por administración directa. Además, es indispensable optimizar el aprovechamiento de los recursos materiales, técnicos y económicos de los que dispone el Departamento del Distrito Federal, por lo que se considera deben tomarse medidas como la de reforzar el personal técnico interno para disminuir la necesidad de contratar empresas o técnicos externos para la supervisión de obras.

Con objeto de que esta Cámara esté en condiciones de realizar un trabajo profundo y sistemático del proyecto de presupuesto de egresos así como en su ejercicio presupuestal, deberá contar con éste y con información suficiente y oportuna, elementos técnicos y plazos convenientes que le permitan hacer un análisis integral y pormenorizado que llegue hasta la integración de las partidas, la composición de los programas, en el sentido y la magnitud de los proyectos para poder así cotejar esto con los objetivos, metas y prioridades, implícitas en las asignaciones.

Finalmente señalamos que la eficiencia debe ser denominador común de la Administración

Pública por lo que se requiere actualizar normas y depurar procesos; pero sobre todo imprimir un profundo sentido de renovación moral al quehacer de las autoridades, evitando el dispendio, y la desviación de recursos presupuestales de los objetivos prioritarios.

Después de esta breve descripción y análisis de objetivos e inversiones queremos dejar señalados los programas que consideramos prioritarios y que no deben ser modificados, a la baja, por las autoridades en su manejo presupuestal:

- Deuda pública y su servicio

- Transporte urbano

- Salud

- Programas educativos

- Seguridad pública

- Regularización de la tenencia de la tierra

- Suelo

- Vivienda

- Agua potable

- Drenaje y tratamiento de aguas negras

- Imagen urbana, saneamiento y limpieza

- Seguridad social

- Protección social

Por otro lado, queremos manifestar que nos parecen plausibles las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal descritas en el Capítulo Segundo de la Iniciativa de Decreto, dentro del Proyecto de este Presupuesto de Egresos. Pensamos que el señalamiento anterior de los programas que consideramos prioritarios, y que deben de ser inamovibles, deberá formar parte del Capítulo Segundo del decreto en su Artículo 13, corriéndose numéricamente el resto del articulado.

Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con los artículos 65, 74, fracción IV y 75 y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, 23 y 25 y demás relativos a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público; 57 y demás disposiciones aplicables a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Las Comisiones Dictaminadoras que suscriben proponen a esta Honorable Asamblea, la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones generales

Artículo 1o. El ejercicio presupuestal y control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal para el año de 1983, se sujetará a las disposiciones aplicables en la materia y a las de este Decreto.

Artículo 2o. Las erogaciones previstas en el presente presupuesto para las Dependencias Administrativas del Departamento del Distrito Federal, erogaciones adicionales de Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinadas sectorialmente por éste y demás asignaciones que a continuación se indican, importan la cantidad de: $210,072'474,000.00 (doscientos diez mil setenta y dos millones, cuatrocientos setenta y cuatrocientos setenta y cuatro mil pesos 00/100 moneda nacional) y se distribuyen de la forma siguiente:

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EROGACIONES ADICIONALES DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA

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Artículo 3o. Las erogaciones anteriores se ejercerán con base en los objetivos, metas, costos, unidades responsables de su ejecución y asignaciones presupuestales que en el mismo se consignan, integrando los programas y subprogramas que arrojan los totales del gasto de las Dependencias Administrativas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, coordinados sectorialmente por el Departamento del Distrito Federal. De acuerdo a la apertura programática, las asignaciones para cada uno de los programas que se indican, son las siguientes:

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Artículo 4o. El gasto destinado a la Deuda Pública del Sector Departamento del Distrito Federal para el año de 1983, se distribuye de la siguiente manera:

Amortización $29,474.700,000.00

Servicio de la Deuda 93,588.528,000.00

Adeudos Anteriores 7,500.000,000.00

De acuerdo a la apertura programática, estas asignaciones se ejercerán en el programa de Deuda Pública del Departamento del Distrito Federal, que importa la cantidad de $ 130,563,228,000.00 (ciento treinta mil quinientos sesenta y tres millones, doscientos veintiocho mil pesos 00/00 moneda nacional).

Artículo 5o. En el ejercicio del presente presupuesto, las Dependencias y Entidades del Sector Departamento del Distrito Federal se sujetarán estrictamente a los calendarios de pagos que les apruebe el propio Departamento; en consecuencia, no se autorizarán adecuaciones a los mismos calendarios que tengan por objeto anticipar la disponibilidad de

recursos y se observarán en cuidadoso control del ejercicio presupuestal. Artículo 6o. El Departamento del Distrito Federal podrá reservar la autorización de ministración de fondos a sus Dependencias Administrativas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria coordinados sectorialmente por el propio Departamento, en los siguientes casos:

I. Cuando no envíen los informes y documentos que les sean requeridos en relación al ejercicio de sus presupuestos y al avance bimestral de las metas señalados en los programas que tengan a su cargo;

II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no se cumple con las metas de los programas aprobados;

III. Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan la ejecución de éstos y constituyan distracciones en las erogaciones asignadas a los mismos; y

IV. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base a las normas que al efecto dicte la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Para la autorización de transferencias a los Organizamos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria comprendidos en el presente Presupuesto de Egresos, el Departamento del Distrito Federal verificará previamente que se justifique la necesidad de recursos en función del estado de liquidez de la Entidad beneficiaria y que no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase.

El Departamento del Distrito Federal tomará además las medidas presupuestarias conducentes para corregir las situaciones indicadas e informará de los casos enumerados en el presente artículo a la Secretaría de Programación y Presupuesto, la que, en su caso, constituirá las responsabilidades a que haya lugar, dando vista a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados.

Artículo 7o. En caso de que los ingresos obtenidos por los conceptos a que se refiere el Artículo 1o. de la Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 1983 excedan del monto del Presupuesto Aprobado, el Jefe del Departamento del Distrito Federal, mediante autorizaciones de la Secretaría de Programación y Presupuesto, podrá asignar erogaciones adicionales hasta por el importe de dichos excedentes, en la forma siguiente:

I. Tratándose de excedentes de los ingresos ordinarios a que se refiere el Artículo 1o. de la citada Ley de Ingresos del Departamento, únicamente a los señalados como prioritarios en el Artículo 13 del Capítulo Segundo.

II. Por lo que respecta a los excedentes sobre los ingresos ordinarios presupuestados de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria del Sector Departamento del Distrito Federal, se aplicarán por las propias Entidades para el desarrollo de los programas prioritarios antes descritos.

III. Los ingresos extraordinarios que obtengan el Departamento del Distrito Federal, sus Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinaran a los programas específicos para los que hubieren sido contratados. El Ejecutivo Federal, al dar cuenta a la Cámara de Diputados de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición, al presentar la Cuenta de la Hacienda Pública del Departamento del Distrito Federal correspondiente a 1983, hará el análisis de la aplicación de los excedentes a los conceptos que se refieren las fracciones anteriores.

Artículo 8o. Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las Dependencias del Departamento del Distrito Federal, no podrán destinarse a fines específicos, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se requieran para atender a las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.

Artículo 9o. La Secretaría de Programación y Presupuesto deberá vigilar que la ejecución del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal se haga en forma estricta, para lo cual tendrá amplias facultades a fin de que toda la erogación con cargo a dicho presupuesto, esté debidamente justificada y comprobada con apego a la Ley y proveerá lo necesario para que se constituyan las responsabilidades y apliquen las sanciones correspondientes, cuando efectuadas las investigaciones del caso, resulte que se realizaron erogaciones que se consideren lesivas para los intereses del Erario. La Dependencia del Ejecutivo Federal antes indicada, tomará las medidas que estime necesarias, tendientes a lograr la mayor eficiencia y economía en el gasto público y a la realización honesta del mismo.

Artículo 10. No se podrá y será causa de responsabilidad del Jefe del Departamento del Distrito Federal, así como de los Directores, Vocales Ejecutivos, Administradores o Gerentes de los Organismos Descentralizados o de las Empresas de Participación Estatal Mayoritaria del mencionado Departamento, conforme al Artículo 126 Constitucional, contraer compromisos fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las Dependencias y Entidades a su cargo y, en general, acordar erogaciones en forma que no permitan, dentro del monto autorizado en sus programas y subprogramas respectivos, la atención de los servicios públicos durante el Ejercicio Fiscal.

Artículo 11. En cada una de las Dependencias y Entidades del Sector, los encargados de los programas señalados en este Presupuesto, serán los responsables tanto del avance físico de los mismos como del manejo de los recursos financieros.

CAPITULO SEGUNDO

Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales

Artículo 12. Sin perjuicio de lo que establecen el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, el Titular del Departamento del Distrito Federal y los de las Entidades coordinadas Sectorialmente por éste, serán responsables, en los términos de este Capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.

Artículo 13. Se establecen como objetivos prioritarios de este Presupuesto los siguientes programas:

- deuda pública y su servicio

- transporte urbano

- salud

- programas educativos

- seguridad pública

- regularización de la tenencia de la tierra

- suelo

- vivienda

- agua potable

- drenaje y tratamiento de aguas negras

- imagen urbana, saneamiento y limpieza

- seguridad social

- protección social

Para asegurar el fiel ejercicio de estos programas fundamentales se hace obligatorio su cumplimiento, de modo que no podrán ser modificados a la baja, en su manejo presupuestal.

Artículo 14. Las Dependencias y Entidades del sector Departamento del Distrito Federal, en el ejercicio de sus erogaciones por concepto de Servicios Personales, deberán:

I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores al servicio del Sector Departamento del Distrito Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, así como las señaladas en el Catálogo de Empleos del Departamento del Distrito Federal.

Tratándose de las remuneraciones y otras prestaciones del personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

II. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios, que en cualquier forma supongan el incremento, con respecto al ejercicio de 1982, del número de los contratos relativos y de los montos de las asignaciones respectivas;

III. Suprimir las compensaciones de cualquier naturaleza a título de representación en juntas o gastos de representación;

IV. Reducir al mínimo indispensable el personal eventual de carácter administrativo; y

V. Abstenerse de crear nuevas plazas. La ocupación de plazas disponibles deberá ser autorizada expresamente por el Titular de cada Dependencia o Entidad conforme a los procedimientos que al efecto establezca la ley y sólo procederá tal autorización cuando la ocupación resulte estrictamente indispensable y se hubiere verificado previamente la imposibilidad de resolver las necesidades de las unidades administrativas con el personal existente.

Se exceptúan de lo dispuesto en el primer párrafo de esta fracción los programas de Educación, Salud, Seguridad Pública y aquellos considerados como prioritarios o estratégicos, en donde la creación de nuevas plazas se realizará previa aprobación del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Artículo 15. En el ejercicio del Presupuesto de Egresos del Sector

Departamento del Distrito Federal para el año de 1983, no se podrán efectuar:

I. Adquisiciones a nuevos arrendamientos de:

A) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos.

B) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad pública y previa autorización de la Secretaría de Programación y Presupuesto, los destinados a programas prioritarios o estratégicos.

II. Otorgamiento de prestaciones a funcionarios públicos por concepto de vehículos y combustibles.

III. Gastos con cargo a la partida de erogaciones imprevistas.

Artículo 16. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, se efectuarán siempre y cuando se justifique su contribución a la consecución de los objetivos y metas de los programas aprobados, y se cuente con la autorización expresa del Titular del Departamento del Distrito Federal, funcionarios del propio Departamento en quien éste la delegue, o Titular de la Entidad correspondiente:

I. Mantenimiento y conservación de bienes inmuebles, mobiliario y equipo de oficinas públicas;

II. Gastos menores de ceremonial y de orden social;

III. Comisiones del personal al extranjero;

IV. Publicidad, propaganda y publicaciones oficiales. En estos casos las Dependencias y Entidades deberán utilizar los medios de difusión del Sector Público y el tiempo que por Ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal;

V. Cancelando los gastos relativos a Congresos, Convenciones, Ferias y Exposiciones.

Artículo 17. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas comprendido en el presente

Presupuesto de Egresos para 1983, se observarán las siguientes medidas:

I. Se deberá aprovechar al máximo la capacidad instalada productiva para abatir costos;

II. Se continuarán aquellas obras que no impliquen importaciones, limitando o difiriendo, en su caso, las que requieran insumos de procedencia extranjera para su terminación;

III. Se otorgará preferencia a aquellos proyectos en proceso con mayor avance relativo y de más alta prioridad;

IV. Se diferirán las obras de construcción y remodelación de edificios e instalaciones para oficinas administrativas;

V. Sólo se autorizarán la inversión en nuevos proyectos de conformidad con las disposiciones establecidas, otorgando prioridad a las obras complementarias de proyectos en proceso que sean consecuentes y congruentes con los objetivos y prioridades de la planeación nacional del Desarrollo.

VI. El Departamento del Distrito Federal y Entidades deberán cubrir sus necesidades de operación mediante la utilización máxima de sus inventarios, procediendo a la tabulación y reclasificación de los mismos, y a la enajenación en los términos y plazos que ésta los ción en los términos de la Ley de la materia de los que se consideren obsoletos, a fin de evitar la existencia de recursos ociosos.

Artículo 18. El Departamento del Distrito Federal y Entidades coordinadas por el Sector, estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información en los términos y plazos que esta los requiera, para vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 13, 14, 15 y 16 del presente Decreto.

Artículo 19. A fin de identificar los niveles de liquidez, créditos o adeudos dentro de la República y en el Exterior el Departamento del Distrito Federal y Entidades coordinadas por éste, informarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de sus depósitos en dinero y valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias. Para tal efecto, el Ejecutivo Federal dictará las normas correspondientes que incluirán formas y periodicidad de dicha información.

Artículo 20. El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición del propio Departamento y Entidades coordinadas, las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.

Artículo 21. La Secretaría de Programación y Presupuesto, atendiendo a las opiniones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México y de acuerdo a los flujos reales de divisas, efectuará las adecuaciones necesarias a los calendarios de pago en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.

Artículo 22. El Departamento del Distrito Federal y Entidades incluidas en este Presupuesto de Egresos, quedan obligados a informar a las Secretarías de Programación y Presupuesto, de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México, en la forma y periodicidad que éstas determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos.

Artículo 23. Las erogaciones por concepto de subsidios y aportaciones con cargo al Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, se sujetarán a los siguientes criterios:

I. El otorgamiento deberá ser selectivo, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes y servicios estratégicos o prioritarios;

II. Se considerarán preferenciales las aportaciones destinadas a la capitalización de las empresas públicas y al financiamiento de actividades definidas como estratégicas o prioritarias;

III. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación de las empresas públicas, se deberán reducir conforme a la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

IV. No se deberán otorgar subsidios y aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.

Artículo 24. Los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria del Sector, sólo podrán conceder subsidios, o dar ayuda de cualquier clase, con autorización previa y por escrito de la Secretaría de Programación y Presupuesto, a la que presentarán para este efecto las solicitudes relativas que reciban una vez aprobadas por el Coordinador del Sector Departamento del Distrito Federal.

Los administradores, directores, gerentes o los representantes responsables de las entidades mencionadas en el párrafo anterior, deberán disponer el registro contable anual de todos los subsidios y ayudas proporcionadas durante el ejercicio, anotando su objeto, monto y el nombre del beneficiario, así como remitir a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo requiera, un informe de los mismos.

Artículo 25. Los beneficiarios de subsidios de cualquier índole, otorgados con cargo al presente Presupuesto de Egresos, deberán rendir por conducto del Departamento del Distrito Federal, cuenta detallada de la aplicación de los fondos a la Secretaría de Programación y Presupuesto, acompañando la información y justificación correspondiente en la forma que ésta lo requiera. El incumplimiento en la rendición de la cuenta comprobada motivará en su caso, la inmediata suspensión de las subsecuentes ministraciones de fondos que por el mismo concepto se hubieren autorizado, así como el reintegro de lo que se haya suministrado.

Artículo 26. La Secretaría de Programación y Presupuesto se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquéllos a favor de beneficiarios que dependan económicamente del Presupuesto de Egresos del Sector Departamento del Distrito Federal, o cuyos principales ingresos provengan de éste.

La Secretaría de Programación y Presupuesto queda autorizada a interpretar para efectos administrativos, la presente disposición y dictar las reglas conducentes a su aplicación.

Artículo 27. Con base en lo dispuesto por el Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas para el presente año, el Departamento del Distrito Federal y las Entidades coordinadas por el mismo, podrán realizar obras de acuerdo con lo establecido en el Artículo 33 de la misma ley, siempre que el importe de cada obra no exceda del límite señalado en la tabla siguiente, conforme a la inversión que le sea autorizada en el presente presupuesto.

Límite

Inversión Total Autorizada Máximo Total de cada Obra

(millones de pesos) %

Hasta 2,000 4.0

Mayor de 2,000 a 5,000 5.0

Mayor de 5,000 a 8,000 6.0

Mayor de 8,000 a 10,000 7.0

Mayor de 10,000 a 15,000 8.0

Mayor de 15,000 a 20,000 10.0

Mayor de 20,000 a 50,000 12.0

Mayor de 50,000 a 80,000 14.0

Mayor de 80,000 17.0

La Secretaría de Programación y Presupuesto, vigilará el cumplimiento de esta disposición y de manera especial cuidará no fraccionar los contratos para así hacer uso de esta disposición.

TRANSITORIO

Único. El presente Decreto entrará en vigor el primero de enero de mil novecientos ochenta y tres.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., 27 de diciembre de 1982.

Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública: Manuel Cavazos Lerma, Presidente; Irma Cué de Duarte, secretaria; Acoltzin Vidal, Juan Mariano; Monge Rangel, José Ignacio; Borrego Estrada, Genaro; Nuñez Perea, Esteban; Brito Alonso, Alvaro; Ojeda Mestre, Ramón; Cazada Campos, María Luisa; en contra Ortuño Gurza, Teresa; Cantón Zetina, Oscar; Posadas Espinoza, Alejandro; Castillo Peralta, Ricardo; Ramos Romo, Gerardo; Cordera Campos, Rolando; Ramírez Cuéllar, Héctor; Domínguez Ferman, Serafín; Sauri Riancho, Dulce María; Favila Meléndez, Antonio; Soto Izquierdo, Enrique; García Solís, Iván; Tovilla Cristiani, Homero; Guevara Bautista, Julieta; Treviño Martínez, Jorge; Hinojosa, Juan José; Vélez Torres, Antonio; Lajous, Luz; Vicencio Tovar, Astolfo; León Martínez, Enrique; Villalobos Rivera, Heréndira; López García, Raúl; Villa Issa Manuel; López Laines, Moisés Raúl; Lomelí Contreras, David; Mayoral Bracamontes, Eugenio Adrián.

Comisión del Distrito Federal: Luz Lajous, Presidente; José Carreño Carlón, secretario; José H. Aguilar Alcerreca, Manuel Alvarez González, Domingo Alapizco Jiménez, Hilda Anderson Nevárez, Pedro L. Bartilotti Perea, Daniel Balanzario Díaz, Javier Blanco Sánchez, María Luisa Calzada de Campos, Arturo Contreras Cuevas, Joaquín del Olmo y Reyes, Netzahualcóyotl de la Vega, Enrique Fernández Martínez, José A. García Lizama, Rodolfo García Pérez, Iván García Solís, Everardo Gámiz Fernández, Edmundo Jardón Arzate, Enrique León Martínez, Alberto Ling Altamirano, Norma López Cano, Xóchitl E. Llarena, Armida Martínez Valdez, Miguel A. Morado Garrido, Esteban Núñez Perea, Manuel Osante López, Juan J. Osorio Palacios, Antonio Ortega Martínez, en contra Sergio Ruiz Pérez, David Orozco Romo, José Parcero López, Enrique Riva Palacio G., Juan Saldaña Rosell, Jesús Salazar Toledano, Alicia P. Sánchez L., Alfonso Valdivia Ruvalcaba, Sara Villalpando Núñez, Gerardo Medina Valdez.

ANÁLISIS COMPARATIVO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS Y DESGLOSE POR PARTIDAS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS

El presupuesto será cubierto con recursos tanto propios como provenientes de otros financiamientos, como se puede observar en la estructura que se presenta en el siguiente cuadro sobre origen de los recursos.

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El 46.5% del gasto ser cubierto con recursos propios del Departamento del Distrito Federal y sus organismos y empresas, el restante 53.5% con financiamiento.

En su forma consolidada el Presupuesto de Egresos tanto para el Sector Central como para sus organismos, se conforman de la siguiente estructura:

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El concepto Transferencias a Organismos, que representa el 4%, son aportaciones que el Departamento hace a sus diferentes entidades y se desglosa de la siguiente forma: al Sistema de Transporte Colectivo (METRO) 1 438 millones de pesos; al Servicio de Transportes Eléctricos 310 millones; a Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta - 100 8 753 millones y a Industrial de Abastos 453 millones.

Los Organismos y Empresas del propio Departamento en base a la misma clasificación, presenta los siguientes montos:

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Se observa que de los 340 635.7 millones de pesos de presupuesto del Departamento del Distrito Federal, 303 028 millones, 89% corresponden al Sector Central; y 37 607 millones 11% se canalizan a organismos y empresas del mismo Departamento. Del total del presupuesto del Sector Central, o sean 303 028 millones de pesos, el 52% se canalizará como gasto directo del propio Departamento en la prestación de los servicios públicos; en cuanto a la deuda pública, se destinará el 43%. En cuanto a los Organismos y Empresas el 92% de su presupuesto se canalizará directamente a la producción de bienes y servicios.

El presupuesto directo del Departamento del Distrito Federal según clasificación objeto del gasto, sin considerar a sus organismos y empresas, presenta la siguiente estructura:

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Como se puede observar, el 84% del presupuesto de los organismos del Departamento se destina al gasto corriente, o sean 31 494 millones de pesos; 4% al pago de la deuda y 12% a la inversión física y financiera.

Respecto a las entidades descentralizadas del mismo Departamento se destinan los siguientes montos:

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Resalta a la vista que el total de gastos del Sector Descentralizado, 40 514 millones de pesos se canalizan al transporte, desglosado de la siguiente forma: a Autotransportes Urbanos de Pasajeros Ruta - 100, se destina el 51%; al Sistema de Transporte Colectivo el 27% y al Servicio de Transportes Eléctricos el 6%; lo que permitirá indudablemente la ampliación y mejoramiento del transporte colectivo que utilizan cotidianamente las grandes mayorías; sobresale por su monto el referente al Transporte Urbano de Pasajeros R - 100 el cual absorben el mayor porcentaje, puesto que será indispensable reparar en gran medida algunas unidades y adquirir otras con el fin de prestar un mejor servicio y fomentar el uso del transporte público.

Considerando el gasto del Departamento del Distrito Federal por una clasificación de actividad, atendiendo al principio de agregación - desagregación tenemos la siguiente estructura:

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Del análisis del cuadro se puede observar que el 16.8% del gasto total se destina a servicios sociales y urbanos, con el objeto de proporcionar mínimos directos de bienestar a la población; el 11.5% se destina a las actividades públicas centrales y el 72.4% está dirigido hacia la orientación general y sectorial de la economía, con la finalidad de coadyuvar al desarrollo económico del área.

El presupuesto del Distrito Federal atendiendo la clasificación por función, presenta las siguientes actividades y montos:

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De esta información, sobresalen las referencias a la política tributaria y financiera con 39.3%, prestaciones de servicios de transporte y comunicaciones con un 31.5% canalizando directamente al beneficio de la sociedad, pero principalmente a las grandes mayorías; el 10.5% se encuentra destinado a promover y mejorar los asentamientos humanos en forma ordenada.

La programación diseñada para lograr los grandes objetivos, se instrumentan a través de 36 programas operativos que integran el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, mediante los cuales, le permitirán instrumentar las estrategias a la acción de gobierno a desarrollar, que en el nivel de desagregación precisan sus objetivos particulares, sus metas, así como las unidades o dependencias encargadas de su ejercicio. A continuación, se presenta el cuadro con los programas y sus montos:

DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

PRESUPUESTO DE EGRESOS

CUADRO COMPARATIVO DE LOS AÑOS 1982 - 1983

POR PROGRAMA

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ANÁLISIS DE LOS PROGRAMAS

POR INVERSIÓN Y METAS

Programa Deuda Pública del Departamento del Distrito Federal.

Este programa tiene como objetivo administrar la deuda pública del sector, por lo que se deberán analizar las condiciones de la deuda, estableciendo las normas para tal efecto y las posibles fuentes de financiamiento. Debido a la aceleración de los trabajos de obra pública que se realizaron en los pasados años, además de la infraestructura, mejoría y ampliación de la cobertura de los servicios públicos para atender la problemática de los habitantes de la ciudad, se tradujo en un incremento de recursos financieros concertados y egresados en los programas prioritarios de la acción sectorial de gobierno.

Con este programa se pretende cumplir con la meta de saldar las obligaciones financieras y crediticias contraídas por el Departamento del Distrito Federal conforme a los vencimientos pactados.

Los recursos presupuestales que se destinarán a este programa ascienden a 130 563.228 millones de pesos 38.33% del presupuesto total y que se destinarán de la siguiente manera:

(Millones de pesos.)

Para pago de capital 29 474.700

Para pago de Intereses 91 117.358

Para pago de Gastos Financieros 2 471.170

Para pagos de ADEFAS 7 500.000

Total 130 563.228

Programa Transporte Urbano

El objetivo que se persigue con este programa es organizar, adecuar, innovar, operar, conservar y ampliar la red de transporte masivo con la finalidad de proporcionar a la población un sistema de transportación integral que permita su uso eficiente y seguro, así como gradualmente ir mejorando las condiciones de transporte público en la ciudad, mediante un sistema que permita la movilización masiva de personas.

Este programa tiene como metas de operación el transportar por medio del sistema de Autotransporte Colectivo Metro, el Servicio de Transportes Eléctricos y el de Autotransportes Urbanos de Pasajeros R - 100, a 4 896,069.420 pasajeros/año. Como metas de inversión se encuentra el lograr la terminación de la Línea 3 Sur, en el tramo de Zapata - CU, con una longitud de 6.5 Kms. y de la Línea 6, con 8.3 Kms. Se adquirirán 24 trenes de Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, 10 de Canadá y 10 de Francia; se pondrán en servicio los Talleres de El Rosario, en su primera etapa. Además, se prevé adquirir los insumos contratados en el extranjero y en el país para las Líneas 1, 2 y 7.

Por lo que se refiere a la Coordinación, Promoción y Regulación de los Servicios de Transporte Urbano, se pretende establecer 69 rutas directas con la longitud de 2 600 km. distribuyéndose en 33 rutas Norte - Sur - Norte y 36 Oriente - Poniente - Oriente, además de 48 rutas alimentadoras para las zonas periféricas. Se prevé además adquirir 300 autobuses y rehabilitar 3 000, así como construir y rehabilitar talleres.

Los recursos presupuestales que le han sido asignados a este programa, asciende a la cantidad de 107 436.304 millones de pesos, 31.07% del presupuesto total.

Programa Administración del Departamento del Distrito Federal Este programa está básicamente destinado a la coordinación de los planes y programas generales y al establecimiento de las políticas y lineamientos con el propósito de elevar los niveles de eficiencia a través de una adecuada planeación, organización, control y dirección de las acciones.

La meta de este programa es la planeación de las acciones de gobierno que fundamentalmente consisten en dirigir y controlar los 36 programas del Sector. Coordinará y supervisará para tal efecto, las prioridades y políticas dictadas, así como las diversas acciones administrativas, de obras y servicios públicos que deberán llevar a cabo una de las Dependencias y Entidades del Sector. Se prevé dentro de sus metas efectuar 36 juntas vecinales, 50 sesiones con diversos organismos de coordinación vecinal, la realización de aproximadamente 30 auditorías además de que se vigilará el cumplimiento de 1500 convenios que obliguen a terceros en la realización de actividades con el Departamento del Distrito Federal. También se organizarán 96 campañas de concientización y orientación ciudadana, se elaborarán 1 112 boletines informativos, 1 800 de prensa y 1 900 noticieros radiofónicos. Por lo que se refiere a los servicios jurídicos y de gobierno se autorizarán 4 999 libros notariales, se atenderán 5 727 juicios de amparo, se llevarán a cabo 9 438 legislaciones y exhortos, se proporcionarán 2 163 asesorías, se tramitarán 1 344 juicios de amparo, se atenderán 4 887 demandas contenciosas, nuevas, se tramitarán 19 326 juicios contenciosos, 16 832 juicios civiles, se contestarán 435 juicios y demandas y se tramitarán 698 951 documentos.

En cuanto a los servicios públicos de la propiedad y del comercio, se realizará la inserción y registro de movimientos que sufran las propiedades y que se prevé que sean 26 405 traslaciones, 84 notaciones, 161 ratificaciones 653 adjudicaciones, 1 068 sucesiones, 161 prescripciones y 35 465 prendas. Se efectuará también la inscripción y registro de actos administrativos y jurídicos de carácter agrario mercantil y comercial que se estima de 67 demandas, 65 disoluciones, 31 apeos, 15 486 hipotecas, 678 embargos, 138 cédulas, 57 102 gravámenes, 1 350 sociedades y 3 426 certificaciones.

Por otra parte, se brindará servicio de mantenimiento y conservación a 18 instalaciones y por lo que se refiere a los servicios administrativos se prevé registrar 80 190 documentos, tramitar 40 512 documentos y comprar 66 850 insumos corrientes.

El monto asignado para llevar acabo este programa asciende a la cantidad de 27 726.072 millones de pesos, 8.13% del presupuesto total.

Programa de Agua Potable

El objetivo del programa, es el de realizar acciones de operación, conservación y construcción de obras de captación, conducción, tratamiento y distribución de agua potable, por los sistemas preestablecidos para favorecer a las colonias que carecen total o parcialmente del líquido.

Las metas consisten en normar el desarrollo de las actividades que se realizarán a través de la difusión de campañas de ahorro y racionalización de agua, mejorar su calidad, así como revisar y adecuar las tarifas de consumo del líquido según se destino. Como meta de operación se pretende dar conservación y mantenimiento a las instalaciones civiles y electromecánicas del sistema; rehabilitar cinco manantiales correspondientes a Monte Alegre, Viborillas, Agua Grande, La Sauceda y Potrero Chico. Se dará mantenimiento y conservación a 138 pozos de agua potable, correspondiendo 90 al sistema Lerma y 48 al Valle de México.

Mantener y conservar el uso de 11 000 Kilómetros de red de agua potable. Se pretende también la construcción de 17 Kilómetros de red primaria referente a la Línea Picacho, Línea 23 La Viga, 4 Gran Canal y Línea Granjas; así como la construcción de la primera etapa del Ramal Sur. Se perforarán 24 pozos, de los cuales 7 son en Xochimilco, 12 en Iztapalapa y 5 en Lerma.

Se contempla también llevar acabo acciones de equilibrio en la extracción del agua, mediante la rehidratación del subsuelo, preservando y conservando depósitos para la retención de aguas pluviales.

Con todas estas acciones se prevé satisfacer las demandas de agua potable. Para el mantenimiento del programa se le han destinado 10 938.027 millones de pesos, 3.21% del total presupuestado. Las unidades responsables de ejercerlo así como sus montos presupuestales son los siguientes:

Programa Infraestructura Y Equipamiento

Para La Vialidad

El objetivo básico de este programa es conservar la red vial del Distrito Federal, con el propósito de coadyuvar al traslado fluido, rápido y seguro de personas y vehículos, elaborando el material asfáltico necesario para reciclar y bachear las calles y avenidas, así como el proporcionar seguridad a los peatones y automovilistas, a través de la instalación de semáforos y señalamientos viales.

El programa pretende también aumentar la cobertura de estacionamientos.

Las metas trazadas para la realización de este programa son: mantener 12 419.000 metros cuadrados de calles y avenidas, conservar e instalar semáforos controlados por computadora en 729 cruceros del Distrito Federal; se prevé producir 1.200,000 toneladas de material asfáltico; pintar 6.900,202 metros lineales de señalamiento vial en el pavimento e instalar 4 100 unidades de señalamiento vial. Mantener y conservar cuando se requiera 103 Kilómetros de vías rápidas en Anillo Periférico, 32 Kilómetros, Río San Joaquín, 16 Kilómetros, Viaducto Miguel Alemán 12 Kilómetros, Circuito Interior, 28 Kilómetros, y Viaducto Tlalpan, 15 Kilómetros.

Se prevé restituir la vialidad faltante de la Línea 3 Sur y de la Línea 6 del Metro. Construir 7.8 Kilómetros de vialidad de la liga de la Estación Universidad con la Avenida Imán. Construir los paraderos de las estaciones Universidad y El Rosario, así como realizar 50 estudios y proyectos sobre vialidad. Se construirá también la primera etapa del Puente Cuautepec y pasos peatonales en: Constituyentes y Periférico, 8. Cellini y Periférico, M. Cabrera y Periférico, Observatorio y Periférico y Calzada de las Águilas y Periférico; las obras serán de cimentación y columnas de concreto, trabes, elementos prefabricados, herrería, pintura e instalación hidráulica.

Los recursos presupuestales asignados a la ejecución de este programa ascienden a la cantidad de 8 203.156 millones de pesos, 2.40% del presupuesto total.

Programa Seguridad Pública

Este programa tiene como objetivo fundamental el proporcionar protección a la población en sus derechos y propiedades, aplicar y hacer cumplir las leyes y reglamentos vigentes con objeto de preservar el orden público y realizar los trámites de expedición de placas y de control de vehículos.

Respecto a las metas trazadas se preservará la seguridad y el orden público, mediante la prevención de la comisión de delitos y hacer respetar la moral y las buenas costumbres, así como aplicar y hacer cumplir las leyes y reglamentos de tránsito de vehículos y peatones, transportes públicos de pasajeros y carga, estacionamientos y sitios de vehículos, mediante 24 228 elementos. Se prevé localizar 600 personas extraviadas, 7 377 vehículos robados y levantar 1 346 431 infracciones.

Los recursos presupuestales asignados para llevar a cabo este programa asciende a la cantidad de 7 758.590 millones de pesos, 2.27% del presupuesto total.

Programa Mejoramiento Urbano

El objetivo a alcanzar por el programa, es el de planear, desarrollar proyectos de

remozamiento urbano, ejecutar obras de infraestructura, equipamiento urbano y regeneración de espacios; promover la participación comunitaria para el desarrollo de programas en general, que tiendan a mejorar la imagen física y funcional de la ciudad.

Las metas contempladas por el programa son el celebrar el 9o. convenio con la compañía de Luz y Fuerza del Centro para la instalación del alumbrado público, para lo cual se instalaron 10 000 unidades de vapor de sodio de alta presión; las instalaciones comprenden el balastro, control fotoeléctrico, ménsulas y abrazaderas, con lo que se dará servicio a 138 colonias populares.

Se sustituirán 15 000 luminarias para el mantenimiento de vías rápidas; se dará conservación a 281 940 lámparas en todo el Distrito Federal; además se llevará a cabo varias obras de conservación de edificios, monumentos y plazas típicas e históricas.

Por otro lado, se realizarán obras de conservación y mantenimiento a 37 centros de barrio y a 13 400 cajones de estacionamiento por conducto de Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V.

Los recursos asignados a este programa son 7 226.827 millones de pesos, 2.12% del total del presupuesto.

Programa Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras

El objetivo fundamental de este programa, es ampliar la cobertura y elevar la eficiencia del servicio de descarga, recolección, desalojo y tratamiento de aguas negras y pluviales, así como el tratar de reducir los riesgos de inundación, provocados por las lluvias. Se pretende coadyuvar al saneamiento del medio ambiente y a elevar el nivel sanitario de los habitantes de la entidad, regenerando el servicio para establecer patrones de eficiencia en el cobro y recaudación del mismo. Se introducirán procedimientos modernos y novedosos que agilizarán los servicios de desazolve y la ampliación de la red. Se dará preferencia en la introducción de drenaje y agua potable a las colonias que carecen de estos servicios.

Para que lo anterior sea posible, el Departamento del Distrito Federal, terminó 7.75 Kilómetros del interceptor centro poniente, 7.5 Kilómetros de colectores pueblos del sur, 2.5 kilómetros del colector Xalpa Aztahuacán, 1.5 kilómetros del colector San Sebastián Tulyehualco. Estas obras ampliarán la cobertura del servicio de drenaje al 74% y beneficiarán las zonas de Iztapalapa, Xochimilco, Tláhuac, Azcapotzalco y Miguel Hidalgo.

Por lo que se refiere al mantenimiento y conservación de las instalaciones eléctricas y civiles del servicio de drenaje, las obras consistirán en aplicar mantenimiento electromecánico a equipos de las plantas de bombeo de aguas negras, desazolve de 50 000 metros cúbicos de la red secundaria, 40 000 metros cúbicos del interceptor poniente; 30 000 metros cúbicos de las presas del poniente y 1 000 metros cúbicos del río Buenaventura. Además se rehabilitarán las instalaciones civiles y cuando se requiera se brindará servicio de conservación y mantenimiento a 12 012 Kilómetros de red.

La asignación presupuestal para la ejecución de este programa asciende a la cantidad de 6 416.133 millones de pesos, 1.88% del presupuesto total.

Programa Seguridad Social

Elevar y preservar los niveles de seguridad social de los trabajadores del Departamento del Distrito Federal, es el objetivo que pretende alcanzar este programa.

Las metas fijadas para este programa son: realizar 5 510 jubilaciones, 3 122 pensiones, 460 liquidaciones para pagos de defunción, otorgar 114 500 préstamos a corto plazo y otorgar diversas prestaciones de tipo económico a instituciones del Gobierno Federal para que brinden asistencia social. Por otra parte, se proporcionará alimentación y vestuario a los reos del orden común sentenciados por los tribunales del Distrito Federal, recluidos en la colonia penal de las Islas Marías.

Los recursos presupuestales correspondientes a la ejecución de este programa, ascienden a la cantidad de 5 654.408 millones de pesos, 1.66% del presupuesto total.

Programa Imagen Urbana, Saneamiento Ambiental y Limpieza

La ejecución de este programa exige la implantación de objetivos que coadyuven a preservar la imagen de la ciudad, el medio ambiente y el equilibrio ecológico del valle de México, para lo cual se tratará de conservar la limpieza de la ciudad y pugnará por disminuir el nivel actual de contaminación por gases tóxicos.

Las metas trazadas en materia de contaminación ambiental, son que las políticas que se seguirán se refieran al control de agentes contaminantes y a la regeneración del medio, por lo que el Departamento del Distrito Federal contempla vigilar y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias tendientes a reducir la contaminación, impulsando proyectos que disminuyan el nivel actual. Como metas concretas y específicas se pretende tratar 200 000 toneladas de desechos sólidos, recolectar 5 204 404 toneladas de basura y diagnosticar un total de 300 000 vehículos que visiblemente contaminen el medio ambiente. Se proporcionarán los servicios de conservación y mantenimiento a 88 panteones en el área del Distrito Federal, con objeto de mejorar el uso de los mismos.

Por lo que se refiere a las metas de inversión se construirá una planta de incineración y reciclaje, con la finalidad de poder aprovechar e industrializar los desechos sólidos que genera la ciudad y que será ubicada en San Juan de Aragón. Delegación Gustavo A. Madero.

Los recursos presupuestales que se le asignaron a este programa, ascienden a la cantidad de 4 170 398 millones de pesos, 1.22% del presupuesto total.

Programa Salud

El objetivo fundamental de este programa es elevar los niveles mínimos de salubridad e higiene de la población en la zona Metropolitana, por lo que se deberá atender médicamente a los grupos sociales y económicamente débiles; brindar asistencia médica a los pacientes que lo soliciten en los hospitales de Traumatología y Servicios Médicos Generales; modernizar y operar eficientemente los Hospitales y demás instalaciones médicas de la red que opera el Departamento del Distrito Federal. También se reforzarán las campañas de autoprotección de la salud, atender sobredosis aplicada a personas farmacodependientes y suministrar medicamentos a precios accesibles; atacar las enfermedades transmisibles y ampliar el alcance de las campañas para fomentar la higiene y la salud de la población de la ciudad de México.

Para el logro de estos objetivos se han trazado como metas el atender 1 800 000 pacientes en los Hospitales de Traumatología y Servicios Médicos Generales; se realizarán 60 campañas de autoprotección a la salud, se adquirirán y se distribuirán 7 000 litros de plasma; se adquirirán y se implantarán 450 órganos y tejidos y se suministrará aproximadamente 1 000 000 de medicamentos a precios reducidos.

Los recursos financieros que se destinarán a la ejecución de este programa ascienden a la cantidad de 3 221 049 millones de pesos, 0.94% del presupuesto total.

Programa Educación Secundaria General

El objetivo fundamental del programa, es el de coadyuvar a la superación educativa del estudiantado, a través de proporcionar en forma permanente a la población estudiantil, las instalaciones suficientes y adecuadas, para su educación secundaria, mediante la construcción de escuelas y la conservación y mantenimiento de las ya existentes, así como también reforzar las campañas de educación abierta y el programa Educación para todos.

Como meta de operación se contempla conservar y dar mantenimiento a 235 escuelas de ese nivel y como meta de inversión, construir 37 secundarias, coadyuvando de esta manera a la satisfacción de la demanda de todos los niños que hayan finalizado sus estudios de educación primaria del Distrito Federal.

La asignación a este programa es de 2 324.9 millones de pesos, 0.68% del total proyectado para 1983.

Programa Administración Fiscal y Recaudación

El objetivo primordial de este programa, es lograr una mayor eficacia y eficiencia en la captación, registro, control y vigilancia de los ingresos fiscales de la entidad, además de vigilar el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en la materia.

Su meta a alcanzar es la formulación del proyecto de Ingresos del Departamento del Distrito Federal, que se estima en 140 828 millones de pesos, como a continuación se señala:

(millones de pesos) % de Participación

Impuestos 16 078 11.3

Contribuciones de mejoras 500 0.4

Derechos 6 281 4.5

Contribuciones Comprendidas en las

Fracciones Precedentes Causadas en

Ejercicios Fiscales Anteriores

Pendientes de Liquidación o de Pago. 300 0.2

Accesorios de las Contribuciones 1 095 0.8

Productos 298 0.2

Aprovechamientos 794 0.6

Participaciones 115 482

T o t a l 140 828 100.0

Los recursos presupuestales que se asignan a este programa ascienden a 3 501.318 millones de pesos, 1.02% del presupuesto total.

Programa Aportaciones a la

Ministración de Justicia

El objetivo primordial de este programa es buscar que la justicia se imparta de manera ágil, oportuna, eficaz y con el mayor grado de honestidad, humanizando y modernizando la aplicación del derecho para otorgar al ciudadano seguridad y confianza.

Las metas trazadas para este programa son el resolver 1 680 000 procesos civiles y penales, expedir 15 000 constancias de antecedentes no penales, realizar 105 000 averiguaciones, así como realizar 53 000 investigaciones de hecho delictuoso. Se proporcionarán también 35 218 asesorías jurídicas, se dictarán 11 475 sentencias y se asistirán a 8 244 audiencias.

Los recursos asignados para llevar a cabo este programa son 2 308 326 millones de pesos, 0.67% del presupuesto total.

Programa Fomento Forestal

El objetivo principal es ayudar a la restauración de las condiciones ambientales y ecológicas, a través del mantenimiento y ampliación de las áreas verdes urbanas y no urbanas.

Como meta prevista está la producción en el Vivero de Yecapixtla de 8 millones de árboles de diversas especies y la Comisión Coordinadora para el Desarrollo Agropecuario producirá 20 millones para forestación y 500 mil para fines urbanos. Se conservarán además 20

millones de árboles y a través de las 16 Delegaciones de la entidad se conservarán aproximadamente 30 050 millones de metros cuadrados de áreas verdes existentes.

El presupuesto que se destina a este programa asciende a la cantidad de 2 113 378 millones de pesos, 0.62% del presupuesto total.

Programa Comercialización de Bienes de Primera Necesidad

Asegurar a los habitantes del Distrito Federal, el abastecimiento de bienes de consumo de primera necesidad en forma oportuna, suficiente y permanente, en condiciones de salubridad e higiene y a precios accesibles para las clases populares de bajos ingresos, es el objetivo principal de este programa.

Por lo que se refiere a las metas de este programa, el Departamento del Distrito Federal, por conducto del organismo denominado Industrial de Abastos, industrializará 7 126 toneladas de carne, derivados de la matanza de animales; sacrificar a 15 084 123 animales de diversas especies, abastecerá 220 000 canales de carne en distintos sectores de la ciudad de México y por conducto de los almacenes para los trabajadores del Departamento del Distrito Federal con sus 45 tiendas, beneficiará a 8 millones de personas aproximadamente, proporcionándoles la venta de diversos artículos básicos.

El monto de los recursos presupuestales destinados al cumplimiento de este programa ascienden a la cantidad de 1 873 585 millones de pesos, 0.55% del presupuesto total.

Programa Rehabilitación Social

El establecimiento de las medidas tendientes a la rehabilitación y readaptación social de las personas que han sido privadas de su libertad, por haber incurrido en algún delito, es el objetivo fundamental de este programa.

Sus metas son elaborar, implementar y modificar un plan encaminado a mejorar los sistemas y métodos de readaptación y rehabilitación social, así como incorporarse a los internos a actividades productivas. Se prevé rehabilitar 4 720 internos para integrarlos plenamente a la sociedad, así como optimizar la administración de 7 centros de reclusión.

Los recursos financieros de que dispondrá este programa ascienden a la cantidad de 1 309 005 millones de pesos, 0.38% del presupuesto total.

Programa Promover y Coordinar Actividades Culturales

El objetivo del programa consiste en implementar una serie de acciones, tendientes a promover actividades culturales, así como la realización de eventos y espectáculos que coadyuven al incremento del nivel cultural de la población, fomentar la preservación de las tradiciones populares, y tiendan a mejorar las condiciones de convivencia y el sentido social comunitario.

Las metas a lograr, son las de organizar festivales, concursos, veladas, conciertos, exposiciones y eventos, tanto a nivel delegacional como por parte del propio Departamento; también se propone apoyar a las organizaciones cuyos fines sean la difusión cultural, artística y cívica. Entre las metas, destacan las de promover 10 328 eventos de actividades cívicas, culturales y de preservación de tradiciones y costumbres populares.

El monto asignado es de 1 183 450 millones de pesos, 0.34% del total del gasto programado para 1982.

Programa Planeación de los Asentamientos Humanos

El objetivo de este programa es evaluar y actualizar el Plan General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y los 16 planes parciales delegacionales, con la finalidad de lograr una permanente adecuación del medio urbano a las necesidades de la población presente y futura del Distrito Federal.

Las metas que se han señalado para este programa son el formular 23 estudios encaminados a la planificación de los Asentamientos de Centros y Subcentros Urbanos; se adquirirán e instalarán 352 000 placas de nomenclatura en calles y avenidas. El Departamento del Distrito Federal diseñará y elaborará alternativas para el crecimiento y ordenación del espacio urbano, mediante el establecimiento de la vocación del suelo según sea la disponibilidad de infraestructura y equipamiento urbano.

Los recursos presupuestales asignados a la ejecución de este programa, asciende a la cantidad de 1 085 377 millones de pesos, 0.31% del presupuesto total.

Programa Promover y Difundir la Educación Física y el Deporte

El objetivo fundamental del programa, es la elaboración e instrumentación de planes y acciones encaminadas a promover y difundir masivamente la educación física y el deporte, para alcanzar un nivel de superación física y mental de la población del Distrito Federal.

Entre las metas destacan la programación y realización de 23 466 eventos deportivos y recreativos, así como la conservación, ampliación y mantenimiento de 78 instalaciones deportivas y recreativas en beneficio de más de un millón de personas que los utilizarán.

A este programa se le ha destinado 1 068 605 millones de pesos, 0.31% del total presupuestado por el Departamento del Distrito Federal.

Programa Suelo

El objetivo del programa, consiste en ordenar el espacio urbano conforme a patrones

racionales de dotación y aprovechamiento de la infraestructura y el equipamiento urbano, así como regular el crecimiento físico de la ciudad, estableciendo para ello, una adecuada distribución del suelo.

El Departamento del Distrito Federal, pretende regular la tenencia y uso del suelo, a través de la instrumentación de políticas adecuadas; determinar con criterio económico y social el cambio de los usos del suelo rurales y urbanos; definir las áreas necesarias y adecuadas para el crecimiento futuro de la ciudad, reglamentar la explotación económica de las reservas territoriales y minimizar los costos económicos y sociales que se derivan de la conservación.

Las metas a lograrse mediante la implantación del programa, consisten en adquirir 98 000 metros cuadrados de predios para dedicarlos a la construcción de escuelas; 87 500 metros cuadrados destinados a diversas obras; y la expropiación de 420 000 metros cuadrados de predios para asegurar la disponibilidad de suelo como reserva territorial del Departamento del Distrito Federal, para cubrir las necesidades de los programas de desarrollo urbano.

La asignación presupuestal al programa es de 775 940 millones de pesos, 0.22% del total del presupuesto.

Programa de Vivienda

El objetivo básico del programa consiste en promover y efectuar la construcción de la habitación popular para los trabajadores del Departamento del Distrito Federal. Con esta base, el Departamento ha trazado una meta de operación consistente en administrar 16 conjuntos habitacionales y una de inversión encaminada a terminar 320 viviendas y construir otras 200. Contempla además la promoción de la participación comunitaria en los programas de construcción y reconstrucción de habitación popular, dando prioridad a los proyectos de autoconstrucción de vivienda, por lo cual se ha trazado la meta de construir más de 3 000 acciones de vivienda bajo este concepto.

La asignación presupuestal a este programa es de 1 582 millones de pesos, 0.46% del total del presupuesto.

Programa Protección Social

El objetivo de este programa es el de ampliar la cobertura y tratar de elevar los niveles de eficiencia de los servicios otorgados a la población marginada socialmente.

La meta fijada para este programa es la implantación de directrices que regulen las actividades del programa que se cumple mediante la ejecución y vigilancia de los servicios que se ofrecen en guarderías, albergues, casas de protección, etcétera, en los que se pretende integrar y coordinar grupos de "Servicio Social Voluntario", prestando la ayuda correspondiente a las necesidades que se presentan, tales como alimentación, vestido, terapia ocupacional o bien rehabilitación social. Para tal efecto. se atenderán 103 000 personas que por circunstancias especiales requieran de amparo integral; por conducto de las 16 Delegaciones se brindará atención a 3 000 infantes en Centros Infantiles. También se rehabilitarán las instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias y generales de los albergues; Casas de Protección de Legaria, Villa Estrella, Cascada y Héroe de Celaya.

La asignación presupuestal para este programa alcanza un monto de 515 159 millones de pesos, 0.15% del presupuesto total.

Programa Educación Básica Preescolar

El objetivo básico del programa es el de dotar a la población del Distrito Federal en edad preescolar, de las instalaciones adecuadas para el desarrollo de ese nivel educacional, mediante la construcción de edificios para ampliar su capacidad, así como la remodelación y conservación de los jardines de niños existentes, su mobiliario y equipo.

Las metas que contempla el programa son las de construir 36 jardines de niños, conservar y dar mantenimiento a 333 escuelas de educación preescolar, con lo cual la población infantil de ese nivel educativo no sufra retrasos en la impartición educativa básica.

La asignación presupuestal que se ejercerá en este programa es de 509 746 millones de pesos, 0.14% del monto total.

Programa Educación Básica Primaria para Niños

El objetivo del programa consiste en proporcionar las instalaciones necesarias y adecuadas a toda la población para su educación primaria, que les permita el incremento del nivel educativo de los niños, construyendo y conservando edificios en cantidad suficiente para satisfacer la demanda de matrícula; también consiste en conservar el mobiliario y equipo de las escuelas en buen estado.

La meta de operación del programa consiste en conservar y mantener a 585 escuelas primarias del Distrito Federal que lo requieren; la meta de inversión contemplada es la de construcción de 10 escuelas de diversas Delegaciones.

La asignación presupuestal es de 397.3 millones de pesos, 011% del presupuesto total.

Programa Protección del Trabajador

El objetivo que se ha fijado para este programa es el de promover la generación de empleos productivos y remunerados, así como mantener la conciliación de las relaciones obrero - patronales, vigilando que la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones relativas tenga una aplicación correcta, además de promover la

seguridad industrial para evitar accidentes y riesgos profesionales.

Dentro de sus metas se encuentra el realizar 18 500 visitas a diversos centros de trabajo para orientar y vigilar la correcta

aplicación de la Ley Federal del Trabajo, expedir 13 800 credenciales a trabajadores no asalariados, y se beneficiarán a 220 trabajadores por despidos injustificados, 5 000 convenios que estén encaminados a realizar la conciliación colectiva e industrial de los afiliados gremiales; atender 1 500 asuntos de emplazamiento a huelga ordinarios, 2 300 emplazamientos a huelga por violación al contrato colectivo de trabajo. Se atenderán también 53 652 juicios laborales y se dictarán 90 resoluciones.

Los recursos presupuestales asignados a la consecución de este programa ascienden a la cantidad de 300 824 millones de pesos, 0.08% del presupuesto total.

Programa de la Regularización de la Tenencia de la Tierra

El objetivo del programa, consiste en promover las acciones de desarrollo urbano del Distrito Federal, encaminados a regularizar la tenencia de la tierra y lograr la optimización de su estructura urbana; pues uno de los grandes problemas de la entidad, son las invasiones de terrenos desocupados, por lo cual se crean innumerables problemas socioeconómicos, que tienen que atender las autoridades a través de auspiciar la regularización.

Las metas que se propone lograr mediante la implantación del programa, son los de regularizar 106 600 predios y escriturar 50 000 propiedades, para lo cual la Dirección General del Registro Público de la Propiedad, proporcionará el medio de control y consulta sobre el registro original y las correcciones que sufra la propiedad de la tierra en la posesión, a través de los registros que prevén las disposiciones legales correspondientes.

Los recursos asignados a este programa son 298 669 millones de pesos, 0.08% del total del presupuesto.

Programa Servicios contra Siniestros

El programa contempla el objetivo de establecer estrategias y planes de acción para atender eficazmente a la población de la ciudad en casos de siniestro, mediante la coordinación de acciones para prestar los servicios necesarios de auxilio a la comunidad. Para tal efecto, se han diseñado políticas que norman las acciones de auxilio; estas políticas enfatizan la necesidad de prever al máximo los desastres, para evitarlos en la medida de lo posible, o al menos, minimizar sus efectos.

La meta fundamental es la de prestar a los 10 millones de habitantes del Distrito Federal, un servicio de auxilio eficiente en caso de percances a través de los cuerpos de bomberos y de rescate como de la coordinación general para la atención de desastres urbanos.

La asignación presupuestal del programa es de 263 877 millones de pesos, que representa el 0.07% del total presupuestado.

Programa Reglamentación y Fomento del Comercio

El objetivo fundamental de este programa es construir y conservar los edificios e instalaciones necesarias para el desarrollo de las actividades comerciales, vigilando que estás se ajusten a las disposiciones que en la materia han girado las Secretarías de Estudio, ya que con esta medida se procura proveer de los medios necesarios para un correcto desarrollo de centros y subcentros de consumo básico, así como dotar de servicios urbanos complementarios a las zonas comerciales existentes y programadas, y en general, ofrecer auxilio institucional para el desarrollo del comercio.

Por lo que se refiere a las metas trazadas, se continuará revisando y adecuando la legislación vigente en materia de comercio; de la misma manera se instrumentarán programas intersectoriales (Departamento del Distrito Federal, Secretaría de comercio, Conasupo), para fomentar, localizar y relocalizar centros de abasto. Para tal efecto, se elaborarán 276 planes que posibiliten la desconcentración de empresas; se efectuarán 11 seminarios para difundir el conocimiento de leyes y reglamentos; ampliar y conservar 190 mercados en el Distrito Federal y ampliar 22 500 metros cuadrados de terreno para la nueva Central de Abastos de Iztapalapa.

Los recursos presupuestales con que contará este programa para su ejecución ascienden a la cantidad de 251 130 millones de pesos, 0.07% del presupuesto total.

Programa Evaluación

Este programa tiene como objetivo evaluar los resultados de los planes y programas del Servicio Público y Gobierno del Sector Departamento del Distrito Federal.

La meta que se pretende alcanzar es ponderar los avances de los planes, proyectos y actividades de las entidades del Departamento del Distrito Federal, para lo cual tendrá que analizar en forma cualitativa y cuantitativa la operación del Sector en sus diversos niveles y alcances en relación al cumplimiento de los objetivos y metas prioritarias del Sector.

Los recursos que fueron asignados para la ejecución de este programa ascienden a la cantidad de 250 320 millones de pesos, 0.07% del presupuesto total.

Programa Presupuestación

El objetivo de este programa consiste en preparar e integrar el Proyecto y Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, así como registrar el compromiso y ejercicio del mismo, además de formular y proporcionar la información financiera correspondiente a las diversas dependencias del Sector.

La meta trazada es la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal, que

comprende el de la Administración Central como el de sus Entidades Coordinadas, con base a programas y acciones por unidad responsable, dentro del marco de las políticas fijadas por las entidades globalizadoras de la Administración Pública Federal.

El presupuesto asignado para el cumplimiento de estos programas ascienden a la cantidad de 149 941 millones de pesos, 0.04% del presupuesto total.

Programa Planeación

El objetivo de este programa es planear el ordenamiento, regulación y promoción del desarrollo socioeconómico y urbano de la entidad en corresponsabilidad con los sectores público, privado y social del Distrito Federal.

Las metas a alcanzar son el diseñar, aplicar y coordinar los sistemas, procedimientos y estrategias que promuevan el desarrollo integral y armónico de la sociedad y de su gobierno. Con tal motivo, se operarán sistemas de información, sistematización, planeación, programación, presupuestación y evaluación del sector.

Los recursos con que contará este programa tienen un monto de 106 432 millones de pesos, 0.03% del presupuesto total.

Programa Comercialización de Productos Específicos

El objetivo fijado en este programa es facilitar a la población, la adquisición oportuna de boletos para asistir a diversos espectáculos culturales, eventos deportivos y diversiones en general.

La meta que se espera alcanzar en la ejecución de este programa, es realizar la venta de 2 750 000 boletos para diversos servicios, eventos y espectáculos. El presupuesto asignado a este programa alcanzó un monto de 60 627 millones de pesos, 0.01% del presupuesto total.

Programa Turismo

Su objetivo básico es vigilar la observancia y aplicación de la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones relativas, en las distintas actividades económicas realizadas en la Entidad, además de conciliar los intereses obrero - patronales en conflicto, así como proteger a los trabajadores no asalariados.

Las metas establecidas es este programa, son apoyar y organizar 134 eventos encaminados a propiciar el desarrollo turístico del Distrito Federal, realizar 121 campañas de promoción y divulgar 10 publicaciones. También se pretende organizar con grupos de distintos sectores 54 recorridos en la zona Metropolitana con objeto de proveer y difundir los atractivos turísticos del Distrito Federal.

El presupuesto asignado para el cumplimiento de este programa es por la cantidad de 37 276 millones de pesos, 0.01% del presupuesto total.

Programación

Su objetivo consiste en establecer y coordinar la aplicación de las normas, métodos y procedimientos que coadyuven al ordenamiento de las acciones de las diferentes dependencias y organismos del Departamento del Distrito Federal.

Dentro de las metas fijadas se encuentra el operar los sistemas, normas y procedimientos de la programación sectorial que contribuyan a la racionalización de la función administrativa. Así como la formulación de la metodología necesaria para la elaboración del Plan de Acción del Sector Público del Departamento del Distrito Federal.

El monto presupuestal asignado es por la cantidad de 35 851 millones de pesos, 0.01% del presupuesto total.

Programa Educación Media Tecnológica

El objetivo del programa, es el de coadyuvar a la impartición de la educación media tecnológica, para elevar el nivel educativo a través de la conservación y mantenimiento de los edificios escolares.

Las metas propuestas, son las de dar conservación y mantenimiento a 69 escuelas de educación media tecnológica en todo el Distrito Federal.

El monto asignado para este fin, es el de erogar 16 215 millones de pesos, 0.004% del total proyectado para 1983".

- EL C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta si se le dispensa la segunda lectura al dictamen y se pone a discusión en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la segunda lectura al dictamen, señor Presidente.

El C. Presidente: Está a discusión en lo general. Se abre el registro de oradores.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado Sergio Ruiz Pérez.

El C. Sergio Ruiz Pérez: Señor Presidente; señoras y señores diputados, del examen del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal y del dictamen que sobre éste emiten las Comisiones sobresalen las siguientes observaciones.

1. Hay incongruencia total entre lo que se señala en la exposición de motivos del proyecto y su contenido económico.

2. El proyecto de Presupuesto es restrictivo en alto grado, lo que lo tipifica como negativo.

3. El ejercicio del presupuesto ocasionará que el Gobierno de esta entidad no adoptará en lo absoluto funciones reales de gobierno, sino de simple administración financiera.

4. No existe un programa de desarrollo de las fuerzas productivas en la entidad.

5. Se dedican recursos insuficientes para atender a todas las cuestiones de carácter fundamental.

Por todas estas razones, que vamos a examinar enseguida con mayor detalle, la Fracción Parlamentaria del PPS expresa su desacuerdo con el proyecto de presupuesto y su decisión de votar en contra del dictamen.

He afirmado que no existe congruencia entre la exposición de motivos y el presupuesto. En efecto, la exposición de motivos expresa criterios diversos sobre la problemática del Distrito Federal y algunos de esos juicios son justos, pero tales opiniones no se reflejan en lo absoluto en la conformación de los programas ni en la asignación de recursos para ellos, antes bien se encuentran discrepancias abismales que hacen pensar que una y otra fueron elaboradas no solamente por grupos distintos de funcionarios, sin comunicación entre unos y otros, sino que, incluso, posee concepciones radicalmente diferentes entre quienes elaboraron el presupuesto y quienes elaboraron la exposición de motivos.

He afirmado que el presupuesto es gravemente restrictivo, lo que constituye un hecho que se reflejará de manera negativa con relación a los intereses de los habitantes de la entidad. En efecto, el dictamen nos informa de un crecimiento a precios corrientes, del 54.4% en relación al presupuesto modificado de 1982. Nótese que se habla de precios corrientes, pero si consideramos el hecho real de que durante el año que concluye hemos sufrido una tasa inflacionaria del 100%, esto significa que en términos deflacionarios el presupuesto sufre una disminución real superior al 45% en relación al aplicado en 1982.

No es posible que con recursos tan reducidos el Departamento del Distrito Federal pueda atender de una manera eficaz las múltiples necesidades del pueblo de esta gran ciudad, es lamentable que por falta de decisión de las fuerzas democráticas y progresistas de dentro del poder público, se siga cediendo a las presiones de la gran burguesía reaccionaria y contrarrevolucionaria y no se aplique una reforma fiscal democrática que modifique sustancialmente la estructura tributaria en lo particular y la estructura financiera en lo general y dote al Departamento del Distrito Federal de recursos propios suficientes.

Es preocupante que de cada peso que se prevé manejará el Departamento del Distrito Federal, cuarenta centavos tengan que dedicarse al servicio de la deuda pública y solamente queden 60 centavos para atender las funciones reales del Departamento del Distrito Federal.

La preocupación es mayor cuando se observa que de los 40 centavos destinados al servicio de la deuda, solamente 10 centavos corresponden a la amortización de la deuda y 30 centavos al pago de intereses. Hay incongruencia en cuanto a la afirmación del dictamen de que se reducirán los pasivos y el hecho de que se destina a la amortización de la deuda 29 mil millones de pesos y se tendrá que recurrir a un nuevo financiamiento por un monto de 155 mil millones de pesos.

Existen otras incongruencias, el dictamen hace suya la tesis justa sobre la necesidad de realizar la planeación del transporte colectivo de toda la zona metropolitana y destaca la necesidad de impulsar el empleo masivo del transporte colectivo. En este sentido el dictamen exalta el hecho de que se dediquen 107 mil millones de pesos a este propósito, siendo el que recibió mayor cuantía después del dedicado al pago del servicio de la deuda.

La contradicción radica en que las cifras señaladas apenas significan un 30.85% de incremento sobre el presupuesto modificado para 1982 a precios corrientes, pero en términos reales existe una disminución de alrededor de un 70% de los recursos destinados a este propósito.

Para atender el funcionamiento de los otros servicios necesarios de la ciudad, sólo queda el 25% del presupuesto. Lo mismo ocurre si se examinan otros renglones presupuestales de los considerados prioritarios, por ejemplo el renglón salud que tiene un crecimiento aparente en los recursos que se le destinan, del 56.88%. Si este crecimiento expresara términos reales sería magnífico, pero al deflacionar las cifras nos encontraremos con una reducción real de alrededor de un 45%, un porcentaje semejante de disminución en términos deflacionarios, se da en el renglón de protección social, y en el caso de la vivienda el proyecto de presupuesto propone una disminución a precios corrientes del 45.05%, lo que traducido en términos reales significa un desplome a solamente una cuarta parte de los recursos que se destinaban durante el año pasado.

Y hay que recordar los resultados extremadamente precarios, de hecho nulos, que se alcanzaron el año anterior.

El dictamen propone sobre este punto que se modifique el proyecto de Presupuesto destinando mil millones de pesos más al renglón vivienda; aún con este agregado que es fruto de una preocupación justa, los recursos en términos reales serán sensiblemente menores que los del año anterior.

He afirmado que al ejercer este presupuesto, las autoridades del Distrito Federal quedarán impedidas de ejercer funciones de gobierno, y constreñidas a la simple administración financiera de la crisis. No habrá recursos para atender ninguno de los renglones de carácter social que tiendan a mejorar la calidad de la vida de las masas populares.

Las Delegaciones Políticas en su conjunto, apenas dispondrán de un 5% de los recursos presupuestales, pasamos de manera súbita de una administración que derrochaba alegremente cuantiosos recursos a una que no dedicará

nada para atender las grandes necesidades populares.

Ya habíamos externado la opinión del Partido Popular Socialista de crítica enérgica a la falta de decisión, para que al Departamento del Distrito Federal pudiera dotársele de los recursos suficientes, aplicando con energía el principio tributario de la equidad que se establece en la Constitución.

Para quienes disfrutan de cuantiosos recursos personales contribuyan de una manera adecuada a las finanzas públicas.

En opinión del Partido Popular Socialista no puede aprobarse un presupuesto de egresos que dedique cantidades raquíticas a la solución de tan urgentes problemas. Podríamos seguir examinando cada una de las partidas que conforman el presupuesto, que hoy examina esta soberanía siempre con resultados semejantes.

Es verdad que la actual administración ha recibido de la anterior una economía destruida, tanto en lo nacional como en lo que compete al ámbito del Distrito Federal, y que los graves daños sufridos por la economía pública adquieren proporciones amplificadas en el caso concreto de nuestra ciudad. Es verdad también que se ha hecho público el compromiso de variar el rumbo de la política económica, abandonando de manera definitiva el camino del apoyo a las clases económicas más pudientes, a costa de los intereses de las mayorías y de los recursos económicos del Estado, vía que se siguió con singular entusiasmo durante el sexenio anterior.

Ese propósito de reorientar la política económica del Departamento del Distrito Federal es justo y el Partido Popular Socialista está dispuesto a apoyarlo y defenderlo con firmeza. Pero lo negativo es que no se concreta en absoluto en el caso del actual presupuesto.

Es necesario elevar la conciencia de las fuerzas democráticas , patrióticas y revolucionarias, dentro y fuera del poder público, sobre la necesidad de adoptar medidas concretas y vigorosas de manera ágil y dinámica, que vayan convirtiendo en realidad el compromiso de reorientar con un sentido democrático y progresista nuestra política económica.

He afirmado que no existe un programa de desarrollo de las fuerzas productivas en la entidad y eso constituye un hecho de suma gravedad. Más en esta época en la cual ya muchos gobiernos municipales, incluso algunos que están al frente de municipios muy modestos, han creado importantes empresas para municipales que a la vez aportan recursos económicos al Ayuntamiento, generan empleos y crean condiciones que estimulan el establecimiento de otras empresas.

Es absurdo que el gobierno de esta ciudad capital no posea un programa de este carácter y se continué por camino indebido del contratismo que generó tantos actos de corrupción durante la anterior administración del Departamento del Distrito Federal. He afirmado que se dedican recursos insuficientes a todas las cuestiones de carácter fundamental. Ya he demostrado la validez de esta afirmación en otra parte de mi intervención. Existe un problema de fondo que condiciona todos los demás aspectos de la vida política, económica y social en esta entidad, incluido desde luego el Presupuesto de Egresos que examinamos. Se trata de la falta de vida democrática en la entidad, de la falta de un gobierno electo democráticamente y que posea una conformación pluriclasista que lo vincule de un modo estrecho a las capas populares y a los sectores democráticos y progresistas de la población.

De la carencia de un congreso local que dedique todo su tiempo al examen y a la corrección de este tipo de problemas. Y esta es una situación que no se puede prolongar por mucho tiempo. Las condiciones objetivas han madurado y exigen un cambio profundo en cuanto a la democratización del Distrito Federal. Esta debe ser, compañeros diputados, la última ocasión en que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, desempeñe funciones que históricamente ya no le corresponde. Gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Antonio Ortega Martínez.

El C. Antonio Ortega Martínez: Nuestra intervención va a ser un tanto breve en virtud de haber sido ya planteada por nuestro partido en las diversas comparecencias de los Secretarios y del Jefe del Departamento del Distrito Federal nuestra posición respecto a la política hacendaria y de presupuesto que se ha planteado para el Distrito Federal.

En principio nosotros queremos plantear la necesidad de que a la hora de discutir la Ley del Presupuesto de Egresos es necesario referirnos al origen de este gasto, a la política de desarrollo que con este gasto se pretende llevar a cabo y desde luego el de ligarla a los criterios con que se estuvieron captando o en que se van a captar en este año.

Esto lo planteamos, compañeros, porque la experiencia parlamentaria nos muestra que si no es formulado correcta y conscientemente el presupuesto de egresos a la hora de revisar, un año después la cuenta pública, nos encontramos con lamentables fallas de desorden, de gasto indiscriminado, de indisciplina presupuestaria y de excesiva desviación.

Por tal motivo es indispensable referirnos a la procedencia, repetimos, de la captación y al modelo de desarrollo que se pretende realizar con el presupuesto.

Nosotros ya hemos repetido en varias ocasiones que a pesar de que los ingresos propios del Departamento proceden fundamentalmente de los impuestos al agua, al uso de la red de drenaje y al impuesto predial, y desde luego a las aportaciones federales provenientes fundamentalmente del impuesto al consumo, fundamentalmente al IVA que afecta fundamentalmente a las clases trabajadoras. Encontramos, pues, que en este sentido, casi el 80% de la

captación del Departamento del Distrito Federal procede, repetimos, fundamentalmente de los impuestos que gravan a los sectores populares. Y encontramos que sólo el 10% del presupuesto, de ese ingreso total, está dedicado a proveer de servicios y programas de beneficio social a la comunidad.

Encontramos en el proyecto del Dictamen que se nos ha entregado, que el 80% del presupuesto se dedica a la administración, a la deuda y a lo que significa el transporte, y repetimos, compañeros, el 10% dedicado a servicios y programas de beneficio social. Nosotros queremos dejar claro que a la hora de que se aprobó la Cuenta Pública del Departamento del año pasado, la Comisión incluyó una serie de recomendaciones con objeto de que la presente administración la recogiera y se evitara el rechazo y la crítica que permanentemente vienen haciendo los partidos progresistas en esta Cámara. Hacían recomendaciones importantes como la del abasto y la de producción de los alimentos básicos, recomendaciones del empleo, de la seguridad social y de la vivienda. Todo mundo pudo escuchar en aquella ocasión el reconocimiento público que las fracciones parlamentarias de los partidos de oposición hacíamos a la Comisión por haber sido sensible, y recoger en estas recomendaciones la posición, no de los partidos, sino de una buena parte de la población del Departamento del Distrito Federal y todos vimos que el proyecto de Ley presentado directamente por el Departamento, no recogía absolutamente en nada las recomendaciones de la Comisión. Nosotros queremos, a pesar de esto volver a hacer el reconocimiento a las Comisiones Unidas de Presupuesto del Distrito Federal que rompiendo la inercia política que está planteando el Departamento del Distrito Federal, y creemos, sin tener todo el apoyo del Jefe del Departamento, se modificó el proyecto presentado, el presupuesto, y se incluyeron cantidades importantes en áreas de carácter social, que, repetimos habían sido negadas inicialmente por la nueva administración del Departamento del Distrito Federal; y no se tomaron, pues, compañeros, en cuenta por la administración que de alguna manera representa el Ejecutivo Federal, y gracias a la sensibilidad de la Comisión, creemos, repetimos, que sin contar con todo el apoyo se incluyeron partidas importantes en estas áreas.

Se insiste, compañeros, en el proyecto que se nos ha entregado, en dedicar una gran parte del presupuesto, repetimos, el 80% a tres áreas fundamentales: En la del transporte de una manera mañosa se establece ese rubro con un presupuesto del 20%, del 30% y tantos porciento, pero más de la mitad el 20% de esa parte del Presupuesto está dedicada fundamentalmente a mantener la estructura de vialidad elitista que el Regente pasado estableció en el Distrito Federal, y una pequeña parte de ese rubro se dedica al transporte colectivo. Hay una importante erogación del 10% del presupuesto general dedicado fundamentalmente a la administración, a la burocracia, un 44 y tantos porciento al pago de la deuda pública y, repetimos, un 10% a los servicios.

Nosotros no encontramos en el proyecto de dictamen ninguna consideración o motivo que haya reflejado el interés del Departamento del Distrito Federal, por tomar las medidas necesarias para reducir el impacto que sobre el Presupuesto iba a dar el pago de la deuda. No encontramos ninguna iniciativa, no vemos ninguna audacia ni imaginación por parte del Departamento para plantear, repetimos, en alguna forma el pago de la deuda, buscando la renegociación y de esta manera evitar que casi la totalidad del ingreso propio del Departamento se dedicara al pago de la deuda. Nosotros no estamos de acuerdo en que la deuda es la deuda del Departamento, que fue dedicada fundamentalmente en el sexenio pasado a obras y servicios suntuarios, a revalorar zonas y revalorar inversiones como Perisur, como el Centro Comercial, el Histórico, el dispendio en las delegaciones, en fin, todo lo que significó la mayor parte de la deuda del Departamento, hoy se pretende que sea pagada por la totalidad de los ingresos propios del Distrito Federal que, repetimos, fundamentalmente son los del Impuesto Predial, agua y drenaje. Y no vemos ninguna iniciativa del Departamento para poder diferir esta responsabilidad.

Se prosigue indudablemente, como está planteado en el proyecto, en mantener una política del sexenio pasado, de desalentar el crecimiento poblacional de la ciudad, sobre la base de encarecer la vida y los servicios de esta ciudad. Vemos lamentablemente que se insiste, repetimos, en proteger toda la infraestructura de obras y vialidad que el regente pasado planteó. Nosotros localizamos en el proyecto fundamentalmente - y esa es la parte principal de nuestra intervención - el criterio fundamentalmente eficientista, administrativo y nosotros lo calificamos casi de burocrático. No se plantea ninguna política que pueda enfrentar realmente de manera estructural, a fondo, los graves problemas de la ciudad. Se vuelve a desperdiciar la posibilidad de que la población participe y se le niega la confianza y el apoyo que se le debería de dar, repetimos, para que en un amplio movimiento de acción comunitaria se pudiera establecer la participación de los trabajadores y ayudar en la solución de los problemas.

Nosotros localizamos que a diferencia de la administración pasada, donde fundamentalmente se basaba la política en los presupuestos y gastos millonarios, que evidentemente - la realidad nos lo está demostrando - no resolvieron la mayor parte de los problemas, hoy encontramos - y en la misma exposición del C.P. Aguirre, cuando decía que por no tenerse los recursos suficientes no se plantearían ni se darían soluciones definitivas o totales.

Se insiste, por parte del Departamento, en plantear que la solución a los problemas del Distrito Federal, es un problema de millones de pesos y en virtud de que no los tienen materialmente se curan en salud y plantean que

no van a ser resueltos en forma, desde luego no total, ni siquiera parcial los problemas.

Nosotros queremos destacar, pues, fundamentalmente, compañeros, que el presente dictamen refleja un proyecto de gobierno del Departamento del Distrito Federal que entendemos que es el proyecto del Gobierno del Poder Ejecutivo, un proyecto sin ritmo, un proyecto que lo vemos sin rumbo político definido, un proyecto que refleja mucho de parálisis política y que en ese sentido consideramos que se pueden avecinar meses y años de dura vida para los trabajadores.

El hecho de que en este proyecto no se defina con claridad el ritmo ni el rumbo, y no se define con claridad qué tipo de proyecto de gobierno se está planteando en el Distrito Federal, nos obliga, compañeros, a considerar nuestro voto, y desde luego a plantearlo en forma negativa. Eso es todo. Gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Augusto García Lizama.

El C. Augusto García Lizama: Señor Presidente: Honorable Asamblea:

La fracción Parlamentaria de mi Partido, el Demócrata Mexicano, votará a favor del dictamen con proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal 1983, pues pensamos que se trata del clásico mal necesario, aunque desde luego es conveniente aclarar que seguiremos luchando por desacelerar, disminuir y frenar definitivamente el ritmo del impulso desgastador presupuestario del gobierno, procurando una mayor y mejor economía presupuestal, optimizando al mismo tiempo los recursos tanto financieros como humanos.

Padecemos un presupuesto voraz, una rectoría estatal sumamente cara, ineficiente y burocratizada, sin visos de austeridad real. No basta hablar de austeridad, de reordenación de la economía, de mejor planeación y programación; se hace indispensable e inaplazable economizar, es decir ser eficientes, ahorrar.

Se requiere ante todo saber gastar, toda vez que economizar no es gastar ni mucho ni poco, sino saber gastar, lo que implica reducción del explosivo gasto gubernamental ajustándolo no solamente a las necesidades de la Administración Pública Estatal, sino tomando en cuenta sobre todo las posibilidades del pueblo mexicano, mayoritariamente pobre o empobrecido, ajustándolo al sano financiamiento, ya que más que aumentar las contribuciones, precios y tarifas por causa de ineficiencias, se necesita un menor gasto burocrático, redistribuyendo, si así es necesario, personal hacia la provincia, desconcentrando al mismo tiempo el poder político y económico. Desconcentración procurada mediante la descentralización económica y política no propiciando una vida imposible o elitista por cara, con innumerables restricciones y prohibiciones e ilimitados pagos por contribuciones, precios y tarifas de los bienes y servicios que proporciona el Estado.

Se requieren especialmente mejores y suficientes niveles de bienestar y bien remuneradas fuentes de trabajo en la provincia mexicana.

Descentralización democrática con gobernantes electos por el pueblo que se identifique con él, que sientan suyos los problemas del pueblo del Distrito Federal.

No dar más atole con el dedo al pueblo, diciéndole que paga únicamente un peso por el servicio del Metro y tres pesos por el servicio de autobuses en la Ruta 100. Y por otro lado, mantener los subsidios engañosa y cuantitativamente con cargo al mismo pueblo pobre, que la final de cuentas es el que verdaderamente lo aporta con bienes reales, tangibles, con alimentos y mediante la producción de bienes muebles e inmuebles, con servicios prestados personalmente, directamente, todo lo cual lo hace acreedor a un servicio de transporte de pasajeros eficiente, con costos justos y no simplemente reales inflados por la ineficiencia y el burocratismo.

Se hace necesario recordar, asimismo, que en buena parte el déficit de la deuda pública acumulada, son fruto de la voracidad de los malos funcionarios que procedentes del PRI hemos padecido y aún padecemos. Cabe aclarar que son pasivos o negativos no solamente la deuda en sí misma, sino todo aquel personal que no rinde los beneficios requeridos por la sociedad de la que obtiene prestación económica o que solamente vegeta al calor de un indebido y mal llamado derecho sindical. Así, junto a nuestro razonado y obligado voto a favor del dictamen, sea el nuestro un llamado a la responsabilidad de las autoridades capitalinas, para que eviten todo desperdicio y cualquier deshonestidad que iría contra más de 10 millones de capitalinos y contra México, que no puede, que no debe tolerar más saqueos. Ello sería suicida.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Jorge Alberto Ling Altamirano.

El C. Jorge Alberto Ling Altamirano: Señor presidente; honorable asamblea:

La ciudad de México no es un conjunto de casas y edificios separados por calles y ejes viales. Ni tampoco un conglomerado de personas. Menos el virtual estacionamiento de más de dos millones de vehículos. Tampoco una plancha de asfalto de 600 kilómetros cuadrados.

La ciudad de México es el lugar donde habiéndose asentado los aztecas hace más de seis siglos, ha llegado a ser el hogar de muchos millones de mexicanos y el centro promotor de servicios administrativos para toda la República. Pero a pesar de ser una poderosa y orgullosa ciudad, ha capitalizado orgullosamente por su estatuto jurídico, el poder político y económico del país, logrando su deterioro paulatino en un proceso de metropolización.

Existe por esta razón el hecho casi inevitable del crecimiento que convertirá a nuestra ciudad en el mayor punto urbano del mundo y por tanto, la magnitud de la problemática es

única y sin antecedentes. Somos pioneros más por necesidad que por votación. La ciudad es, y está formada por un proceso histórico - político, donde a través de los años, se han ido sumando decisiones, acciones y omisiones de todos los que la moran, de tal modo que cada uno de nosotros los que la habitamos, hemos contribuido con nuestra cuota personal. Pero no todos lo hemos hecho igual, en las mismas proporciones ni con las mismas responsabilidades. Es lógico que los detentadores del poder de decisión son y han sido los que más han influido en el perfil de la gran ciudad. Y los problemas se han agudizado, básicamente por la quiebra financiera de la metrópoli debida en su mayor parte a la administración próxima pasada. No es ella la única responsable de la catástrofe, sino la última en la larga cadena de administraciones designadas, nunca elegidas.

Desde la desaparición del municipio los problemas comenzaron su aceleración en un proceso de agudización que hoy tienen a la administración postrada y atada de manos, a una deuda que acapara el 40% de los recursos, casi iguales a los ingresos naturales y por lo tanto más sanos en el ejercicio. El remanente es tan poco, apenas unos 9 mil millones de pesos, que la Federación tiene que auxiliar a los capitalinos y además éstos son endeudados por la administración del Departamento del Distrito Federal con una cantidad superior a esos ingresos naturales.

Concretando, este año amortizaremos la deuda 29 mil millones pero nos endeudaremos con otros 162 mil. Ya sólo los intereses para el año de 1983 son de 90 mil millones y esta es una carga demasiado grande y una distorsión grotesca de las finanzas que debiéramos tener.

Mientras tanto, suenan a burla los considerandos de la iniciativa de decreto de egresos cuando dice que: "la autosuficiencia financiera deberá constituir la piedra angular del reordenamiento del crecimiento urbano". Mientras tanto durante la comparecencia del Regente del Departamento del Distrito Federal, el pasado 15 de diciembre él mismo mencionaba que: "la deuda acumulada a 1982 no sólo es resultante de nuevas contrataciones, sino omisiones en el pago de amortizaciones que, convertidas en deuda vencida y agravada por altas tasas de interés, presionan las finanzas y estrangulan la liquidez del Departamento del Distrito Federal". Hasta aquí sus palabras.

Recordemos que mientras la deuda federal aumentó 4 veces en 6 años, la del Distrito Federal aumentó 13 veces. Se nos dice en la exposición de motivos de la Iniciativa de Decreto de Egresos que la propuesta de gasto, su monto y su destino se encuadran dentro del programa inmediato de reordenación económica; es decir, un plan de emergencia ya que la historia se nos vino encima por falta de un adecuado modelo de ciudad al cual aspirar y sin embargo se nos menciona que, la autosuficiencia financiera por sí misma no resolverá la problemática, se necesitarán: eficiencia administrativa, depurar procesos, actualizar normas acercar la población a la gestión de soluciones, sentido de renovación moral, evitar la desviación de recursos de lo prioritario y evitar la ineficiencia. Tales buenos propósitos nos hacen sonreír, basándonos en las experiencias pasadas, y permítasenos el beneficio de la duda. Se lo dijimos al Jefe del Departamento del Distrito Federal durante la comparecencia, que mientras el dictamen está basado en el marco de referencia del programa inmediato de reordenación económica, los programas están basados en la mentalidad de lo obsoleto, Plan Global de Desarrollo, es decir, que la administración anterior deja como herencia no sólo la deuda, sino además toda la estrategia, quebrada por cierto, para el desarrollo y evolución del Distrito Federal.

Nosotros los del Partido Acción Nacional, que creemos que la sociedad debe ser generadora del desarrollo integral de las personas, familias y grupos intermedios, deseamos que los presupuestos económicos, su monto y su destino sean encuadrados dentro de un plan social que promueve el bien común de esta ciudad y no solamente presupuestos de emergencia; se trata no sólo de sobrevivir o de evitar un conflicto que mueva la estabilidad del régimen, que la consulta popular no es todo en lo que puede participar la sociedad en el gobierno de la ciudad, la consulta popular hecha por el PRI con fines partidistas no es la única que se hizo, ni la única posible y confundir partido con gobierno es una confusión gigantesca que a veces también nos llega a identificar con Estado y del mes de julio para acá, con el pueblo. Por lo tanto este caos donde un partido quiere ser todo el pueblo, todo el Estado, todo el gobierno, todo el régimen, toda la nación, es algo que no podemos tolerar. La estructura económica del presupuesto destina como decíamos, el 40% al pago del servicio de la deuda, 43% a obras y servicios y el restante 17% a lo demás. Como vemos, la deuda asfixia a las finanzas del Departamento, pero no sería tan grave si los empréstitos y financiamientos recibidos hubiesen sido para beneficio de la ciudad, pero muy al contrario, no se cumplieron ni las obras ni los servicios en años anteriores y los que hubo fueron caros y malos a pesar del precio barato y los impuestos altos. Y más altos, aún serán este año precios e impuestos.

Después de analizar todo el proyecto programático de presupuestos de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1983, en ninguno de los rubros, ni primarios, ni secundarios, ni terciarios, ni cuaternarios, etcétera, se contemplan las acciones concertadas con los gobiernos estatales para frenar la migración a la ciudad. Si estas acciones son concertadas, deberían aparecer programas, tanto en la Federación como en el Departamento.

A pesar de que la zona conurbada del estado de México es vital para el buen funcionamiento de los servicios de la ciudad, como se pretende en el resultado de las acciones

coordinadas, muy débiles por cierto, entre aquella entidad y el Departamento del Distrito Federal no existen acciones vigorosas en todos los programas del presupuesto. Se pretende resolver la adecuada relación y equilibrio de la zona metropolitana y el resto del país, realizar la planeación del transporte colectivo en toda la zona metropolitana y detener el deterioro del medio ambiente dentro del Valle de México. Loables los propósitos, pero raquíticas las consecuencias.

En la exposición de motivos del dictamen del proyecto de Presupuesto para 1983 se habla de que el transporte y vialidad, cuya inversión para el año venidero es de 107 mil millones, cantidad que será destinada al sistema de transporte colectivo, autobuses y transporte eléctrico, deja con muy pocos recursos a los demás programas que el mismo dictamen menciona como complementarios para la estructura física básica de la ciudad, tales como agua potable, drenaje y tratamiento de aguas negras, etcétera.

Es increíble que en el programa de prioridades al agua potable, que según palabras del Regente, el próximo estiaje va a escasear, se le destinen solamente 10 mil millones del presupuesto, mientras que a la chatarra de la ruta 100 se le asignen casi 9 mil millones de transferencias, más su propia partida presupuestal de 24 500 millones por lo que la chatarra de la ruta 100 ejercerá una cantidad de 33 500 millones para transportar 2 600 millones de pasajeros al año, mientras que al Metro se le darán 13 mil millones para operación y 66 mil millones para construcción y transportar 1 181 millones de personas al año.

Decimos chatarra Ruta 100, porque será necesario reconstruir prácticamente 3 300 autobuses en estado deplorable, fruto de la municipalización del transporte.

Mientras se considera accesoria al agua potable dentro de la infraestructura al dársele 10 mil millones, a la Administración del Departamento se le asignan 26 mil. No estamos de acuerdo tampoco en los rangos de asignación a estos programas.

Otras reflexiones que nos hacemos, es el problema de la basura, al cual se le asignarán 497 millones para recolectar cinco millones de toneladas, es decir unos cien pesos por tonelada, y sin embargo se destinarán 2 700 millones para la construcción de una planta de incineración y reciclaje para industrializar los desechos sólidos, a pesar de que se nos dijo al discutir la Cuenta Pública del Departamento de 1981, que no era la solución técnica adecuada, y que había otras alternativas cuando el diputado Gerardo Medina lo mencionó. Ahora resulta que sí es viable, que es bueno.

En el anexo comparativo y desglose por partidas y unidades administrativas se menciona que se construirá esta planta en San Juan de Aragón, casualmente donde existe ya una planta desmantelada y cerrada. No somos suspicaces, pero...

Los 1 085 millones asignados al programa de Asentamientos Humanos, se menciona que entre otras cosas hará estudios fotogramétricos de las zonas de explotación minera, cuando las únicas son las de arena.

El Artículo 6o. del proyecto de Decreto menciona que el Departamento del Distrito Federal podrá reservar la autorización y administración de fondos cuando no se envíen informes, no se cumplan las metas, se distraigan erogaciones o no se cumplan las normas para ejercer el presupuesto, las dependencias administrativas, órganos desconcentrados, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, pero en el segundo párrafo de la fracción IV, abre la puerta a la indisciplina cuando empieza a hacer excepciones, pero más la abre el Artículo 7o. del mismo Decreto y hasta especifica cómo se harán las erogaciones excedentes.

Siempre se reserva algún artículo que nulifica todas las restricciones impuestas por los demás artículos.

Pero este año el Artículo 10 del proyecto cierra la puerta en contradicción del 7o. y además finca responsabilidades de la disciplina presupuestal y en conjunción con el Artículo 11 distribuye responsabilidades a los encargados de programas señalados.

El Artículo 14 habla de la creación de nuevas plazas, que no habrá nuevas plazas. Pero su párrafo final exceptúa a lo dispuesto en los programas de educación, salud, seguridad y prioritarios estratégicos, o sea, todos los exceptúa.

El Artículo 16, fracción III, habla de que habrá, si es necesario, comisiones de personal al extranjero.

El 17, fracción II, difiere las obras que requieran insumos de procedencia extranjera y sin embargo se compran 10 convoyes del Metro a Canadá y otros 10 a Francia.

El Artículo 18 da la vigilancia del ejercicio a la Secretaría de Programación y Presupuesto.

El Artículo 19 a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le da facultades financieras.

El Artículo 20 dice que al Banco de México le requerirá el Departamento Divisas.

El Artículo 21 a las tres anteriores por pagos y finanzas en divisas extranjeras.

El Artículo 22 a las tres para el control presupuestal y flujo de divisas.

El Artículo 23 sobre subsidios y aportaciones. En la fracción IV dice que no se deberán otorgar subsidios y aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino y temporalidad y condiciones de los mismos. Pero no por lo claro necesariamente tiene rigidez y congruencia presupuestal.

Como un ejemplo de lo que queremos decir como se ejercen los programas en el Departamento del Distrito Federal, tengo conmigo este documento que se nos dio en las Comisiones que dice: "Proyectos de Presupuestos de Egresos del Departamento del Distrito Federal 1983. Tomo II Programático".

En la página 4 de 41 al hablar de Seguridad Pública veamos cuáles son los objetivos de

este programa entre otros: dice que se localizarán ocho mil vehículos robados y localizar aproximadamente 700 personas extraviadas. Proporcionar seguridad pública a la población mediante 26 mil 826 elementos. Recordemos: 800 vehículos, perdón, 8 mil vehículos; 700 personas y 26 mil 800 elementos. En el mismo libro, en el mismo libro páginas más adelante, en el mismo libro, en la hoja 12 de 79, al hablar de seguridad pública pero más desmenuzado, dice lo siguiente: Que el objetivo será proporcionar seguridad pública a la población del Distrito Federal, mediante 24 mil 200 elementos. Localizar no 700, sino 600 personas y recuperar 7 mil 300, no 8 mil vehículos robados. En el mismo documento hay incongruencia. Estos son los sistemas de planeación que tenemos en México.

Otro ejemplo de los sistemas de planeación es el calendario para las sesiones de este Poder Legislativo, en donde cada iniciativa de ley que nos van entregando fuera de programa, la violenta. Y creo que más de 20 veces ha sido cambiado este programa mínimo de calendario de acciones para los diputados.

Para terminar, los diputados de Acción Nacional, aun reconociendo el trabajo realizado por la Comisión del Distrito Federal, pensamos que los programas, presupuestos, su monto, prioridad y destino, no son suficientes para que la ciudad avance significativamente en llegar a ser el hogar de muchos millones de mexicanos.

Se ha tratado - y este es un avance dentro de la Comisión - acerca, cuando vimos la política hacendaria, de considerar como vivienda social aquellas que tengan hasta ocho veces el salario mínimo anual. Pero volvemos a insistir en hacer la denuncia en esta tribuna, de que en México, en el Distrito Federal, existen latifundios urbanos, mientras el interés social es ocho veces el salario mínimo, en la Colina Proyecto 4C, es equivalente solamente a 24 mil veces el salario mínimo. Esta sí es una vivienda de interés social.

Votaremos en contra, no de lo valioso que tiene el proyecto, sino de los errores conceptuales del proyecto de Egresos y su ejercicio, pues no ayudará a transformar a la sociedad capitalina lo suficiente para lograr el bien común que necesitamos. Sin embargo, los panistas del Distrito Federal, que somos más de un millón, lucharemos solidariamente por lograr lo que la ciudad necesita, ya que concebimos a la solidaridad como la manifestación de la conciencia moral que se encarna en actos e instituciones libres. Para nosotros la solidaridad es un deber. Gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Edmundo Jardón Arzate.

El C. Edmundo Jardón Arzate: Señor Presidente; señoras y señores diputados. Podría el Partido Socialista Unificado de México haber suscrito favorablemente este dictamen; podría haberlo hecho tomando en cuenta las significativas convergencias que en muchos aspectos tuvimos con el sector sindicalista del Partido Revolucionario Institucional; podría haberlo suscrito favorablemente tomando en consideración la receptividad, la disposición para escuchar nuestros puntos de vista de parte de quienes presiden la comisión respectiva; podría haberlo suscrito incluso, yo, en lo personal, rendido y confeso admirador de la belleza femenina, en función de quien preside esta comisión. Para decirlo con los versos de Manuel Acuña: "Si al irme trepando en la escalera que a la gloria conduce, la gloria me dijera: sube que aquí te espera la que tanto te afana y te fascina y a la vez una chica me gritara baja que te aguardo aquí en la esquina, lo juro, lo protesto y lo repito, primero iba a la esquina que a la gloria". Aplausos.

Podría haberlo suscrito, pero nos volvemos a encontrar aquí con estos que parecen insuperables problemas del Distrito Federal, con sus 600 000 o tal vez más desocupados, con sus problemas de tránsito y de contaminación, con sus geofagos que han hecho de la tierra un privilegio, con sus problemas de delincuencia infantil; de esos cuatro niños que de cada diez se drogan con thinner o con cemento. Con sus problemas de vivienda, de este problema de la vivienda que amontona y establece la promiscuidad en un promedio de 6 personas por cuarto en esta entidad de la República. Con sus problemas de falta de higiene por amontonamiento y abandono de la basura e insuficiencia de los servicios públicos para atenderlo. Con su falta de escuelas. Con sus problemas de ciudades perdidas y de hombres que son arrojados a la periferia sólo para que no se resuelvan los problemas, sino para que se agudicen en torno al Distrito Federal. Y si, no basta para quien no conozca, ir a esas partes del estado de México: a Naucalpan o a Ecatepec y ver cómo viven nuestros compatriotas en El Chamizalito o en La Mancha Tres, que no tienen por supuesto punto de comparación ya con lo que es ciudad Netzahualcóyotl. Ciudad Netzahualcóyotl es hoy zona residencial comparada con El Chamizalito o con La Mancha Tres. A pesar de que ciudad Netzahualcóyotl, ciudad de 2,700,000 habitantes, absurdo parece ser, pero es verdad, no tiene panteón. Y el panteón que existe cerca de la colonia Del Sol es un panteón particular, hecho a base de criptas, en donde por lo mal construido, por ser un negocio particular, el olor de los cadáveres puede percibirse hasta 4 ó 5 kilómetros de distancia. Pero esto es resultado de lo que ha ocurrido en el Distrito Federal, una ciudad, una entidad que siendo la entidad sede de los poderes federales, acumula, como ya se decía aquí, todos los problemas que tiene el país. Los acumula y los multiplica.

Nos volvemos a encontrar con el tremendo problema de la emigración de otros compatriotas hacia esta parte del país y pretendemos y creemos que podemos resolverlo simplemente con decirles a esos compatriotas "tú ya no puedes vivir aquí", pero si es que han venido

de los lugares de donde han venido, es porque allá tampoco pueden vivir.

Qué hacer, pues, para afrontar estos problemas del Distrito Federal. Qué hacer para siquiera medianamente resolverlos. No es sólo cuestión de recursos más todavía cuando estos recursos evidentemente han sido mal empleados. No es sólo tampoco cuestión de capacidad de los hombres encargados de la administración pública en el Distrito Federal; no es sólo tampoco cuestión de voluntad, de buena o mala voluntad. Yo digo que el problema, los problemas del Distrito Federal son de mucho más fondo. Son, por supuesto, problemas creados por una falta de planeación, a propósito, de planeación se hablaba ahora. Y evidentemente expresión típica, podríamos decir clásica, de la falta de planeación que ha habido en este País en muchos renglones es el Distrito Federal. Pero esta falta de planeación ha sido falta de planeación sólo en un sentido. Ha habido falta de planeación para atender a las mayorías; ha sobrado, en cambio, planeación para atender a las minorías. Y díganme si no recorrer barrios populares, colonias proletarias en este Distrito Federal refleja la falta de planeación, y díganme también si no recorrer zonas residenciales en el Distrito Federal demuestra que allí sí ha habido planeación.

El resultado es que la buena planeación para la zona residencial se ha hecho a costa de las mayorías y con los recursos de las mayorías, en perjuicio de las mayorías y en beneficio de las minorías. No es, pues, cuando se habla de los ingresos y de los egresos en el Distrito Federal, cuestión sólo de ver números o de comparar cifras o de manejar estadísticas, yo digo que fundamentalmente lo que tenemos que ver aquí con un estricto sentido de la ciencia política, es hasta qué grado la falta de una política auténticamente popular acaba por deshumanizar a la política misma.

Quiero hacer en esta intervención, algunas observaciones de orden general al texto que nos han presentado e incluir dentro de estas observaciones generales dos proposiciones concretas, que ya sé de antemano no habrán de ser aceptadas, pero de todos modos que allí queden, que queden, pues, como constancia de que nosotros, miembros del Partido Socialista Unificado de México, pensamos básicamente cuando estamos haciendo política y la hacemos todos los días, pensamos básicamente que muchos de los problemas que tiene el país en estos momentos pueden resolverse ahora, sin que eso quite que sostengamos también que definitivamente los problemas que tiene el país y el pueblo mexicano serán resueltos definitivamente cuando nosotros establezcamos el socialismo.

La Ley del Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal presenta como marca distintiva para el ejercicio de 1983, el enorme peso de la deuda pública del Departamento del Distrito Federal, la que absorbe el 38.3% del Presupuesto total de este año.

Esta enorme proporción del gasto destinado al pago de la deuda, es el resultado de una gestión administrativa, la anterior, completamente equivocada y dispendiosa.

El financiamiento del gasto con recursos provenientes de empréstitos pasó del 33.2% en 1981, a 27% en 1982, y a 45.5% en 1983 como proporción del gasto total.

El pago en cambio ha sido menor que la contratación y siempre decreciente hasta este año. En 1981 el monto destinado al pago de la deuda como proporción del gasto total fue del 14.7%, en 1982 fue del 19.4% y en 1983 el monto destinado al pago de la deuda saltará bruscamente a 38.3% del gasto total.

Al cambio de administración del gobierno del Departamento del Distrito Federal, éste se encuentra asfixiado por monto de deuda cuyo costo acumulado tendremos que pagar los capitalinos a partir de 1983, no sólo con el dinero recaudado por el Departamento del Distrito Federal; también se pagará con la reducción del monto de recursos disponibles para atender el gasto de los diversos programas de esta entidad.

El resultado de la necesidad de pagar la deuda acumulada, es en términos del gasto programático, la reducción del gasto en la mayoría de los programas como proporción del gasto total, comparados con 1982, inclusive de aquellos programas considerados como prioritarios, en 1983 tales como transporte urbano, seguridad social, vivienda, agua potable, drenaje y los programas de educación. La reducción proporcional a la que nos referimos ha constreñido al Departamento del Distrito Federal a sólo poder mantener los servicios al nivel indispensables, lo que se traduce como es de esperarse, en una reducción en el gasto destinado a inversión y por tanto expansión de los servicios urbanos y una priorización del gasto corriente, es decir, es necesario para mantener una operación de servicios y actividades ya existentes.

La reducción drástica de obras, además del rezago que provocará en la satisfacción de necesidades urgentes para la población, repercutirá independientemente de lo necesario o no que resulte hacerlo, en el incremento del desempleo urbano, ya de por si grave a causa de la recesión económica que apenas inicia.

La agudización del desempleo urbano, más las recientes reformas fiscales apartadas de una real equidad, apuntan hacia el agraviento del nivel y condiciones del capitalismo de ingresos medios y bajos, cuando tengan la fortuna de contar con un ingreso.

El gasto programático del Departamento del Distrito Federal no contempla ningún rubro particular en el que se aborde el problema del empleo urbano. Se ha hablado, así lo ha expresado el actual Regente, en su comparecencia especial de empleo a nivel federal. Sin embargo, esta acción coordinada no tiene ningún reflejo programático ni conceptual, ni en términos de criterio de coordinación ni en ningún otro sentido.

Es decir, que en el presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal no se contempla la protección y generación de empleo en términos cuantitativos como cualitativos.

La misma observación es válida para el resto de la necesidades en cuya satisfacción se supone que participa de forma coordinada el gobierno federal.

En el caso de los programas de vivienda, de salud, de educación, ya hemos señalado en nuestro examen de la Cuenta Pública de 1981, que la citada política de coordinación parece reducirse al paulatino abandono de las acciones encaminadas a la satisfacción de estas necesidades.

El Presupuesto de Egresos de 1982, reafirma esto que en 1981 parecía una suposición. Suponemos por lo demás, que tal política de coordinación, debiera tener un reflejo presupuestario o al menos en términos de metas u objetivos, que no aparece por ningún lado en el Presupuesto de Egresos de 1983.

La estructura del gasto programático presenta básicamente la misma estructura que en años anteriores, con la salvedad que la deuda se ha incrementado en detrimento del resto de los programas.

En lo que hace al dictamen y decreto que presenta la Comisión, nos parece que las consideraciones han recogido inquietudes de los diversos partidos y aún algunas propuestas elaboradas por nuestro Partido, como fue la de restar recursos a programas no prioritarios para resignarlos a programas prioritarios. Sin embargo, como ha ya sucedido en otras leyes y aún en otras comisiones, las propuestas de la oposición que la Comisión considera viables, son recogidas fundamentalmente como recomendaciones u observaciones que se plasman complementando las consideraciones que apoyan el dictamen.

Queremos señalar, no obstante, que dichas propuestas generalmente no quedan plasmadas en el cuerpo de la ley, en este caso en el Decreto de Ley de Presupuesto de Egresos, así el dictamen y Decreto de Ley de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, presenta algunos puntos que pasamos a señalar:

El dictamen señala en su página ocho, la necesidad de restar al programa de administración, mil millones de pesos que con el fin de incrementar la eficiencia de los recursos destinados a este programa, puedan ser liberados para que se asignen al programa de vivienda que de paso se sugiere en su actual cobertura y forma de acceso, a una mayor población en la entidad.

Nosotros nos preguntamos: si se tiene la capacidad y autoridad para hacerlo en un programa, por qué no ampliar la misma lógica, la misma capacidad técnica y autoridad moral para hacerlo extensivo a otros programas tan poco prioritarios como el de turismo y los demás que se señalan en la misma página del dictamen.

Objetamos, pues, que este procedimiento no se haya seguido a fondo de manera congruente.

Consideramos que este hecho refleja la renuncia a efectuar una adecuación aun dentro de lo posible por no movernos en el ámbito vasto de lo deseable. Del gasto a las circunstancias de crisis, más allá de lo que el pago de la deuda impuso, así como la imposibilidad de efectuar obras bajo la pena de una crisis social de consecuencias imprevisibles o tal vez bastante previsibles.

La otra cara de la moneda y a la que siempre se podría interponer el recurso de la coordinación es la reducción, a la que por cierto asistimos año con año de la participación del gasto destinado a bienestar social.

Los programas de comercialización de bienes de primera necesidad, protección social a marginados, seguridad social, salud pública, vivienda y los programas de educación, representaron en 1982 el 6.6% del gasto total.

Mientras que en 1983 se reducirán al pasar al 4.5% del mismo. No estamos de acuerdo tampoco con el desinterés que manifiesta el presupuesto de Egresos de 1983 con respecto al problema del empleo urbano.

En este orden de ideas, el Artículo 14 del decreto en sus fracciones IV y V pretende abordar, limitando la posibilidad del crecimiento del empleo en el Distrito Federal, lesionando la capacidad de negociación bilateral entre los sindicatos y la patronal a favor de esta última.

El proyecto del Presupuesto de Egresos en el Capítulo II, de austeridad, debe restringirse a las disposiciones que prevengan lo necesario para la correcta observancia del ejercicio presupuestario y no pretender normar las relaciones laborales de los trabajadores al servicio del Estado.

Por lo demás, este punto ya ha sido discutido en los trabajos previos del proyecto de Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación, teniendo como resultado la supresión de tales fracciones, lo que sienta un precedente en referencia a tales disposiciones, razones por las cuales nosotros proponemos la supresión en el decreto de las fracciones IV y V del Artículo 14. Esta es una de las proposiciones concretas que dejaré a la Secretaría por escrito.

En lo que respecta a las instancias de control del ejercicio del gasto, que se somete a la aprobación del Legislativo, el proyecto de dictamen propone dentro de la tónica de la mayoría de las leyes que aquí se han discutido, y muy particularmente el que se hizo evidente en la Ley de Planeación aquí aprobada con tanta ligereza, que sea solamente el Ejecutivo quien tenga alguna injerencia en el control del gasto del Distrito Federal. Es de nueva cuenta el Ejecutivo el que propone el Presupuesto, el que lo ejerce, el que lo controla y como dijo nuestro compañero Cordera, probablemente también quien se lo autoelogia. En las consideraciones del decreto aprobatorio, se señala la conveniencia de que la Cámara de Diputados cuente con información suficiente y oportuna, así como los elementos técnicos y plazos convenientes que le permitan realizar un trabajo "profundo y sistemático del

proyecto de Presupuesto de Egresos, así como el ejercicio presupuestal". El decreto, sin embargo, no retoma este señalamiento en el sentido de hacer partícipe efectivamente a esta Cámara en la formulación del presupuesto, ni siquiera se avanza en el sentido de hacer partícipe a la Cámara de la información necesaria para la correcta evaluación del ejercicio presupuestal en el proyecto de Decreto. Es lamentable que si ya se han dado pasos en un intento por reformar, por lo menos mínimamente el proyecto de Presupuesto de Egresos, no se tomen medidas para plasmar este intento en el proyecto de Decreto y aquí añado la segunda proposición que por escrito entregaré a la Secretaría.

Finalmente, quiero insistir en lo mismo que le dije al señor contador Ramón Aguirre durante su audiencia con los miembros de distintas comisiones de esta Cámara, el pasado día 15, si no mal recuerdo, de este mes. Creo, señoras y señores diputados, que el Distrito Federal entre otras cosas necesita dejar de ser una entidad de segundo orden dentro de nuestro sistema federativo y como parte que es de la federación, según lo establece el Artículo 43 de la Constitución. Las condiciones y las circunstancias históricas así lo ordenan y lo indican.

Que yo recuerde, ni aun en los peores momentos de las dictaduras de Anastasio Bustamante o de Antonio López de Santa Anna, ni aun durante el largo periodo del porfiriato, el Distrito Federal vio suprimidos sus municipios, porque si hemos de ser consecuentes con la afirmación constitucional, la República tiene como célula, como núcleo al municipio, y es terriblemente contradictorio, paradójico y absurdo que haya sido precisamente en 1928 como resultado de un acto de un gobierno emanado de la Revolución Mexicana, que los habitantes del Distrito Federal se hayan visto coartados en sus derechos políticos, incluso a nivel municipal. Por eso es que al señor contador Ramón Aguirre yo le dije que, a mi juicio, uno de los problemas, y de los problemas fundamentales que tiene el Distrito Federal, es este problema de carácter político, sin el cual no podrán resolverse muchos de los otros problemas que tiene esta entidad.

Las condiciones, a mi juicio, han madurado. El 4 de julio pasado, en esta entidad federativa, con ciudadanos de segunda categoría, estos ciudadanos se pronunciaron a través de distintos programas, de distintos partidos, con excepción del Partido Revolucionario Institucional, de manera común en un punto, sostenido por todos los demás partidos: Gobierno propio para el Distrito Federal. Y se pronunciaron mayoritariamente por encima de la votación obtenida por el Partido Revolucionario Institucional.

Si esto no es un indicador más que fehaciente de lo que quieren los ciudadanos del Distrito Federal, de lo que piensan que puede ser parte fundamental para resolver sus problemas, entonces creo que seguiremos viviendo en el Distrito Federal, una ficción de carácter democrático, un engaño, una mentira o acaso una ilusión en materia de resolver los problemas del Distrito Federal. Pero si somos consecuentes con lo que la mayoría de los ciudadanos del Distrito Federal manifestaron coincidentemente el pasado 4 de julio, algo que debería desprenderse del análisis de este proyecto que hoy estamos discutiendo es lo siguiente. Nosotros, diputados federales, miembros de distintos partidos, debemos dejar de ser usurpadores; debemos dejar de usurpar lo que en justicia y en derecho corresponde decidir a los propios ciudadanos del Distrito Federal. Estaremos con ello contribuyendo a hacer realmente más democrática o menos antidemocrática a nuestra República. Estaremos haciendo una aportación sólida y firme en favor de la expresión de la voluntad ciudadana que servirá y puede llegar a servir de ejemplo para el resto del país, para ese país que, como para este Distrito Federal, para esta ciudad de México, yo sólo la veo, independientemente de los sistemas políticos que cada uno de nosotros pensemos que puede ser el mejor, como la vio, como vio a esta patria Ramón López Velarde. "Suave Patria, tu vales por el río de las virtudes de tu mujerío, tus hijas atraviesan como hadas o destilando un invisible alcohol, vestidas con las redes de tu sol, cruzan como botellas alambradas. Suave patria, te amo no cual mito, sino por tu verdad de pan bendito, como a niña que asoma por la reja con la blusa corrida hasta la oreja y la falda bajada hasta el huesito. Inaccesible al deshonor floreces. Creeré en ti mientras una mexicana en su tápalo lleve los dobleces de la tienda a las seis de la mañana y al estrenar su lujo quede lleno el país del aroma del estreno. Esta es mi patria. (Aplausos).

El C. Presidente: En obsequio a la petición formulada por el orador, proceda la Secretaría a dar lectura a sus proposiciones para de inmediato someterlas a consideración de la Asamblea.

- La C. secretaria Hilda Anderson: "Control del presupuesto. Artículos 9 y 18. El proyecto de decreto aprobatorio en los Artículos 9o. y 18 faculta al Ejecutivo a través de la Secretaría de Programación y Presupuesto para vigilar la ejecución del presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal. Consideramos que esta facultad no se debe concentrar exclusivamente en el Ejecutivo, dentro de las consideraciones del dictamen se reconoce la necesidad de que esta Cámara participe tanto en la vigilancia como en la elaboración del presupuesto, para la cual debe contar con información y elementos técnicos con la suficiencia y anticipación necesaria. Por otra parte, la participación de la Cámara en el control del presupuesto fue aprobada en el debate de Ley de Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que, con miras a la uniformidad y los criterios del control del presupuesto proponemos la adición de un

párrafo segundo al Artículo 9o. y a la modificación del Artículo 18 del Decreto.

Capítulo primero. Control del presupuesto. Artículo 9o. Se adiciona un párrafo segundo que diga: La Secretaría de Programación y Presupuesto enviará informes preliminares trimestrales a la Cámara de Diputados, de la ejecución del gasto aprobado para este ejercicio.

Artículo 18. Control del Presupuesto. Se modifica para quedar de la siguiente manera:

"El Departamento del Distrito Federal y entidades coordinadas por el sector están obligadas a proporcionar a la Secretaría de Programación y Presupuesto, así como a la Cámara de Diputados, la información en los términos y plazos que éstas los requieran, para vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 13, 14, 15 y 16 del presente Decreto".

Disciplina Presupuestal y Derechos Laborales. Capítulo segundo. Artículo 14, fracciones IV y V.

El C. Presidente: Esta es una segunda proposición. Vamos a someter a votación la primera de ellas.

- La C. secretaria Hilda Anderson: Esta primera proposición está firmada por el señor Edmundo Jardón Arzate.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.

- La C. secretaria Hilda Anderson: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta la modificación propuesta y se somete a discusión.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Muchas Gracias.

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Prosiga con la otra proposición.

- La C. secretaría Hilda Anderson: Disciplina Presupuestal y Derechos Laborales. Capítulo segundo, Artículo 14, fracciones IV y V. En el Capítulo de Austeridad y Disciplina para el ejercicio del gasto, consideramos importante que estas disposiciones se lleven a cabo siempre y cuando no afecten los derechos de los trabajadores al servicio del Departamento del Distrito Federal y no contravengan las cláusulas de los contratos colectivos cuando éstos existan y al mismo tiempo uniformarlo con los criterios federales de austeridad y disciplina. Por estas razones proponemos eliminar las fracciones V y V del Artículo 14 que tratan de la reducción del personal eventual administrativo y de la creación de nuevas plazas y ocupación de las vacantes. Pensamos que dejar el Decreto como se propone afecta derechos laborales de los trabajadores al servicio del Estado y contraviene lo dispuesto a nivel federal en el mismo renglón.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se admite a discusión la modificación propuesta.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aceptarse la modificación propuesta y ponerse a discusión, proposición hecha por el ciudadano diputado Edmundo Jardón Arzate.

Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo. Los que estén por la negativa sírvanse manifestarlo...Desechada la modificación, señor Presidente

El C. Presidente: Tiene la palabra la ciudadana diputada Luz Lajous.

- La C. Luz Lajous: Señor Presidente; Honorable Asamblea:

Con todo gusto voy a tratar de aclarar algunas de la preocupaciones que aquí se han expresado. Creo que muchas de ellas se pueden deber a falta de información y con eso quedarán más tranquilos al dar su voto.

Nos han dicho que la Exposición de Motivos es incongruente con el Decreto de ley en sí misma. Siento que los distintos puntos de que nos han mencionado sobre incongruencia no son ciertos.

En la Exposición de Motivos se apunta que estamos en una situación económica difícil y que por lo tanto este presupuesto debe de ser realista. Debe de llevar a cabo aquello que es indispensable en este momento para la vida en sociedad, dedicando la mayor parte de los esfuerzos a los servicios indispensables. La comisión tuvo la misma preocupación de revisar que el presupuesto atendiera la demanda de servicios, no sólo para que hubiera congruencia entre la exposición de motivos y el presupuesto, sino porque sabíamos que es una demanda de la población, que recogimos este año durante la campaña y la consulta popular y al estudiar a fondo la Cuenta Pública del departamento de 1981, vimos que, en efecto, en el ejercicio presupuestal había un balance a favor de las obras y no de los servicios.

Cuando revisamos la iniciativa que nos llegó, como tuvimos muchas dudas - si coincidía, si había esta congruencia entre la Exposición de Motivos y los números que venían en las asignaciones de recursos - pedimos mayor información, la cual viene resumida en la primera página del dictamen; pero a mí me gustaría darles una explicación más profunda.

Nosotros normalmente hablamos de servicios cuando nos referimos a educación, a salud, a abastos. Cuando hablamos de transporte urbano, eso lo catalogamos como si fuera obra. Le preguntamos al Departamento del Distrito Federal en cada uno de sus programas qué parte de su asignación era de obras y qué parte de servicios y tenemos, por ejemplo, que en los rubros mayores como transporte urbano, con gastos de 107 mil millones de pesos, para obras son 44 mil y para servicios 38 mil. Es decir, el rubro de transporte urbano no es para nuevas obras, sino sólo para continuar las líneas 6 y 9 que estaban muy avanzadas, pero la mayor parte se va a la operación del servicio. Es decir, para la ruta 100 - que algunos satanizan - para mantener y para operar el transporte público que es un programa prioritario y así lo reconoce cualquiera de los ciudadanos que sabe que para vivir y trabajar en esta ciudad, en particular, es indispensable y básico el transporte público.

Si nos vamos al rubro de imagen, saneamiento ambiental y limpieza, también vemos que los 4 mil millones de pesos no son todos dedicados a obras, sino sólo 1,800 y el resto a servicios, en los cuales está incluida la limpia de basura.

Y así, en cada uno de los programas que nosotros normalmente mencionábamos como de obras, ya que consideramos de servicios los de connotación social y llegamos al total del presupuesto en donde, en 1982, se tenía que en servicios se gastaban solamente el 36% del presupuesto. Actualmente se gasta el 68%. Vemos una marcada diferencia en la estrategia.

Es cierto que venía sucediendo lo que hemos comentado sobre la Cuenta Pública y lo que ahorita afirman algunos compañeros, pero no es cierto que este Presupuesto no muestre un cambio. Lo muestra y está ahí. Tal vez se requería ahondar más en los números, los tenemos, todo el tiempo los hemos tenido en la Comisión a disposición de todos y cualquiera que quiera verlos puede hacerlo para quedar más tranquilo al saber que efectivamente se van a atender los distintos servicios.

Se dice que el presupuesto es restrictivo, efectivamente lo es; es restrictivo porque no hay más recursos. Sin embargo, no se vale hacer las comparaciones que se hicieron aquí, que hay 54% de aumento, pero este porcentaje es sobre el presupuesto modificado de 1982. Si lo comparamos con el presupuesto propuesto para 1982, el aumento sería de 135% está reflejando ya una realidad, se están actualizando los precios durante el año y ahora va a haber un 54% de aumento. Sinceramente cuando yo lo vi pensé lo contrario, era más aumento del que hubiera esperado dada la situación en la que vivimos y la situación financiera que tenemos en el Distrito Federal.

Reiterativamente se ha tratado otro rubro del ejercicio presupuestal se dice que no permitirá la función de gobierno. ¿Qué quiere decir la función de gobierno? Nos aclaran más tarde que es la calidad de la vida y el manejo en las delegaciones. Bueno, yo creo que ésta es precisamente la fórmula en la cuál la Comisión se ha basado para la aprobación, en lo general, del presupuesto. Si se le va a dar prioridad a la calidad de la vida en el Distrito Federal y esto se va a hacer a través de las delegaciones, porque la intención es esa pero queremos que no quede en intención. Nuevamente, si examinamos los números del presupuesto vamos a encontrar lo asignado a cada delegación; pero si nos vamos más a fondo, a revisar aquel programa que nos ha preocupado tanto, también en Comisiones, que es el de administración, da un salto de 7,000 a 27,000 millones y decimos; ¡qué barbaridad, más burocracia! Sin embargo, resulta que si vemos que hay dentro,, está dividido en lo que son efectivamente renumeraciones pero la mitad de esos 27 mil millones son para servicios y adquisiciones de las delegaciones. Tal vez lo que sucede es que todavía no hemos llegado a un grado de presentación del Presupuesto en donde a primera vista podamos ver todos los elementos que queramos. Y como es importante ahondar en esos números, estoy de acuerdo en que debemos pedirle a las autoridades cómo deseamos que estos rubros vengan para nuestra mejor comprensión y poder así hacer mejores proposiciones.

Los recursos son insuficientes, yo creo que siempre van a serlo en esta ciudad, es un hecho de la vida real y cotidiana, ni con todos los recursos se resolverían todos los problemas a fondo. Hay una respuesta general de solución a problemas específicos a los que hemos llegado en el Distrito, la descentralización de la vida nacional. Sinceramente es un optimismo pensar que de repente vamos a tener agua en abundancia, que la vamos a tener barata, que no va a ser tan difícil traerla, ni vamos a estar tan alto y que toda la gente va a tener trabajo, va a tener toda vivienda; en fin, hemos discutido tantas veces los diagnósticos de esta capital pero yo siento que verdaderamente la única solución global a largo plazo es la descentralización, es decir, lograr un mayor desarrollo de nuestro país, de las distintas regiones y que la sociedad misma vaya distribuyéndose en una forma más racional. Me temo que va a pasar mucho tiempo antes de que lleguemos a eso.

Respecto a la captación de recursos urbanos locales - que son básicamente de agua, drenaje, predial, participaciones federales nos preocupa cuando discutimos la Ley de Hacienda, decimos que es mucho lo que se cobra; ahora que discutimos la de Egresos, no nos es suficiente. Por último, lo que realmente nos preocupa es el resultado de la recaudación de recursos, es decir en qué se gasta. Vuelve a surgir la preocupación sobre servicios. Se dice que sólo el 10% del gasto va para servicios, y servicios, son los que necesitamos el día de hoy.

Reitero o repito la argumentación anterior, hay un verdadero cambio en el Presupuesto en relación con los servicios y francamente creo que ha sido una falta de conocimiento de parte nuestra de saber cómo están divididos los

programas o tal vez una falta en la presentación; pero la información y la discusión la hemos tenido aquí

Se mencionó varias veces que las recomendaciones que con tanto esmero y optimismo pusimos en el Dictamen de la Cuenta Pública de 1981 no se ven cristalizadas en esta Ley. Yo creo que sí se ven cristalizadas y quisiera recordar con ustedes cuáles eran estos criterios, básicamente.

El primero era el de fortalecer los ingresos del Departamento del Distrito Federal, y hace apenas cinco días hemos pasado una nueva Ley de Hacienda con ese objetivo.

El segundo nos decía que teníamos que cuidar los programas prioritarios. En este sentido no vimos específica y claramente cuáles eran los programas prioritarios, por esto la Comisión en su seno los definió y concluyó que eran 13 los programas prioritarios. Lo importante de esta definición era que nosotros pudiéramos entonces aplicar, como criterio presupuestal, que estos programas, definidos como prioritarios, no podrían ser modificados a la baja.

Es decir, que sus recursos asignados no fueran disminuidos. Esto nos preocupaba porque al revisar el ejercicio presupuestal de 1981, y repito, el balance a la hora del ejercicio se iba sobre obras y se reducía; había transferencias en donde le quitaban recursos a ciertos programas para dárselos a otros. Se los quitaban a los de servicios y a los de servicios sociales y se los daban al de obras. En todo caso, hemos definido claramente cuales son esos 13 programas y hemos modificado el decreto de ley para que estos programas no puedan ser modificados a la baja.

Entiendo perfectamente bien que cuando hacemos un logro debemos de pedir más. En este sentido fue un logro el poder llegar al meollo del asunto que nos preocupaba en la Cuenta Pública de 1981, el poder especificarlo y poder ahora implantar esa limitación. Seguramente ahora deberemos de pedir más y más; estoy de acuerdo, hay que hacerlo; pero también hay que reconocer los avances dados y lo que estamos viendo aquí.

Otra de las principales preocupaciones de la Cuenta Pública era la indisciplina presupuestal. La hemos hablado, definido diagnosticado, reiterado, y yo creo que ahora es el primer gran reconocimiento que nosotros le tenemos que hacer a la propuesta del Ejecutivo para Egresos y es que, por primera vez vemos un capítulo segundo específico para austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto público. Más adelante voy a ahondar un poquito sobre qué traen estos criterios, pero están ahí reflejados, propuestos por el propio Ejecutivo que reconoce y recoge nuestras recomendaciones. Son perfectibles, seguramente hay unos artículos que no nos gustan, otros más que quisiéramos, pero están ahí, están los principales y tocan aquellos puntos como subsidios.

Ley de Obras Públicas, etc., que tanto en el informe previo como en el Dictamen nos preocupaban.

Por eso me gustaría hacer un reconocimiento especial en este sentido. En términos generales quisiera decirles que efectivamente es difícil creer que la propuesta de un plan se va a cumplir al pie de la letra, aun cuando se conozca cuáles son las metas y los objetivos que se quieren alcanzar, porque tenemos la experiencia pasada que no siempre se han cumplido. Sin embargo, estaría de acuerdo en decir: démosle el beneficio de la duda, pero positiva, no negativamente; no asumamos que las cosas no se pueden hacer, asumamos que sí, sí, porque la necesitamos, porque en estos momentos cada uno de nosotros, cada sector y cada grupo debemos apoyar y ser solidarios, porque es para nuestro propio bien.

Así es que estoy de acuerdo en el beneficio de la duda pero en el lado positivo de la palabra. Tal vez, cuando se propone un presupuesto, no estemos de acuerdo con la asignación de los recursos. Estoy segura de que si aquí a cada uno se lo preguntara tendríamos 400 distintas propuestas para jerarquizar asignar los recursos. Creo que el principal proyecto debe de hacerse por el Ejecutivo; él lo realiza y nos toca a nosotros revisarlo, ver las políticas generales y los lineamientos. Esto es lo que hemos hecho, en términos generales estamos satisfechos, y cuando no lo hemos estado, lo hemos indicado.

Esto me lleva a otro comentario que hicieron sobre el Dictamen: si ya cambiamos una cosa, por qué no cambiamos muchas más. Compañeros, hagamos propuestas concretas, pero hagámoslas en las comisiones para que podamos juntos decidir qué es lo que debemos proponer. Cada vez que se venga a hacer las propuestas aquí en esta tribuna, cada vez, desde mi punto de vista, deberían de ser rechazadas en términos generales, si antes no se hizo una proposición concreta, discutida y razonada para incluirla o excluirla. Si después de esto no estamos de acuerdo, muy bien, que se delibere aquí; pero el venir a decir que ya que cambiamos unos vamos a cambiar muchos más, me parece que no fortalece al trabajo de las Comisiones que considero necesario e indispensable para que cada vez ejerzamos más las facultades que tenemos; facultades que sí tenemos porque tenemos derecho a inferir, a recibir información, a estar ahí. Por eso también no entiendo bien a fondo la preocupación de que lo que nosotros dejamos apuntado en el Dictamen para definir nuestro punto de vista - como es el participar en la elaboración del presupuesto y luego en su ejercicio - se requiere verlo dentro del cuerpo del Decreto porque creo que eso sería redundante.

Creo que las facultades están dadas; nos toca a todos nosotros mostrar que las ejercemos, que las Comisiones no nada más funcionan una época del año, sino que son permanentes. ¿Por qué pedir más facultades cuando las que tenemos no las estamos ejerciendo cabalmente?

Creo que el criterio es cierto, estamos totalmente de acuerdo con él, lo hemos discutido, lo hemos dejado dicho en el dictamen, pero el decir que si no queda en la ley significa que no me hacen caso... No se trata de eso, se

trata de que efectivamente ejerzamos nuestras facultades.

Me parece que hay dos temas que nos preocupan a todos y nos preocupan mucho.

El primero es la deuda del Departamento del Distrito Federal. Efectivamente, es de tal magnitud y de tal tamaño que estrangula las finanzas del Distrito Federal y no nada más su liquidez inmediata, sino su viabilidad futura.

Yo estaría de acuerdo - y creo que lo discutimos en Comisiones y he oído un par de propuestas en este momento - , que se tendría que hacer algo, que se tendría que proponer algún tipo de reestructuración de la deuda total, sujetando sus plazos a una capacidad de pago real del Departamento del Distrito Federal. Es tal el grado de magnitud en estos momentos, que tenemos que pedir casi una misma cantidad de dinero para poder pagar lo que debemos y tener un poquito más para pagar cosas indispensables.

Si este es nuestro futuro mediato y a largo plazo es una situación insostenible. No sé cómo se podría hacer esto y nadie me lo ha sugerido concretamente, pero sí creo que deba de surgir este tema aquí en esta tribuna, para que se escuche, se pondere y se piense en la posible reestructuración de la deuda total.

Tenemos que reconocer que parte de esta deuda, una parte importante, surge de una diferencia de 50 mil millones de pesos, solamente en el año pasado, por el tiempo de cambio en la moneda a 70 pesos por dólar. Tenemos también otras deudas como fueron las contratadas para construir el metro y es difícil que de un jalón y en este momento se pueda responder a una inversión que es para los próximos 100 o 200 años.

Así que creo que la restructuración de la deuda es un punto a meditar, sí es algo que debemos recomendar al Ejecutivo, no nada más al Departamento del Distrito Federal; debemos de hablar de la Federación en su conjunto para tratar de resolver este problema, de tal forma que se busque una relación de ingresos propios del Distrito Federal y que su endeudamiento sea al menos razonable.

Siempre y cada vez que hablamos del Distrito Federal regresamos al tema de la democratización en el Distrito. Obviamente es una preocupación y un reclamo común de todos, en lo que todavía no estamos de acuerdo es en el cómo.

Yo siento que es muy sencillo decir, si mañana elegimos a las autoridades del Distrito Federal se solucionan nuestros problemas; me pregunto si esto es cierto.

Creo que el Distrito Federal es una situación tan sui generis, tan especial, que va a requerir un saco hecho a la medida, que no existen otras soluciones ortodoxas que puedan decirnos: así debe o no ser.

Yo tengo una experiencia personal al respecto que siento que me abrió los ojos, en la Consulta Popular se me pidió hacer una ponencia sobre la "Democratización en el Distrito Federal": en esos momentos propuse, en primer lugar, la reglamentación del referéndum, que creo que poco hemos hablado de ella y en segundo lugar la existencia de un congreso local.

Cuando asistí a esta reunión, vi que cada uno de los ponentes - y fuimos muchos - tenía la misma preocupación, todos habían recogido el problema y lo habían aceptado. Pero cada uno de ellos tenía una solución distinta. Había un abanico de soluciones. Creo que el paso está dado, reconocemos esta necesidad, pero se requiere el siguiente que es decidir cuál es la solución correcta y exacta. No podemos hacer pruebas, es algo tan difícil, tan sensible y tan complejo; pero que, por lo pronto y como paso inmediato, el referéndum es una forma de empezar a participar y que ya aceptado, debemos reglamentarlo como propósito de corto plazo. Pero también debemos, durante este año, pensar muy seriamente cada uno de los distintos partidos y todos juntos, cuál deberá ser la solución.

El día primero de diciembre el Presidente de la República indicó, me parece que al Secretario de Gobernación, que abriera la consulta en este sentido. Creo que tenemos la mitad del camino ganado cuando se reconoce que se necesita. En lo personal no estoy segura de cuál es la fórmula de solución.

Quisiera hacer un resumen general de por qué y en qué bases la Comisión aprobó la iniciativa de decreto. El dictamen que se ha presentado a su consideración aprueba la iniciativa del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para 1983. La Comisión aprueba la iniciativa en lo general porque la propuesta denota claramente el cambio que se requiere en la estrategia del programa de acción del Departamento. Este cambio se da no sólo porque la situación financiera nacional y local lo dictan, sino principalmente porque en la propuesta se han recogido las demandas de los ciudadanos del Distrito Federal.

El primer reclamo de la población era fortalecer la prestación de los servicios básicos necesarios para la vida en sociedad. El presupuesto presentado, tanto en su exposición de motivos, como en sus programas y en su asignación de recursos, así lo muestra.

La población también demandó una mayor disciplina presupuestal por parte de las autoridades. A este respecto se debe destacar el reconocimiento de este hecho por parte del Ejecutivo al incluir en los criterios presupuestales un segundo capítulo sobre disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales, en donde se delinearon muy claramente las reglas del juego para un ejercicio disciplinado del gasto.

Por otro lado, la Comisión, siguiendo los lineamientos dictados por ella misma en el dictamen de Cuenta Pública para el Departamento del Distrito Federal para 1981 y para asegurar el cabal desarrollo de los programas de interés social ha definido cuáles de los 36 programas presentados por el Ejecutivo son prioritarios y por ende no pueden ser modificados

a la baja los montos asignados a estos programas durante el ejercicio presupuestal.

Así, la Comisión ha incorporado esta definición de programas prioritarios al capítulo de disciplina presupuestaria ya mencionado anteriormente, cristalizando así la demanda popular.

En este capítulo se establece la responsabilidad de los altos funcionarios respecto a:

- Reglas sobre las erogaciones por servicios personales.

- Prohibición de gastos en nuevos arrendamientos, prestaciones a funcionarios, erogaciones imprevistas.

- Condicionamiento de erogaciones en ciertos renglones como mantenimiento de oficinas públicas, gastos de ceremonial, publicidad, etcétera.

- Observación de medidas respecto del gasto de las inversiones públicas para aprovechar al máximo la capacidad instalada, continuación de obras que no impliquen importaciones, preferencia de proyectos con mayor avance relativo, etc.

También en estos criterios se puntualiza:

- El control de la liquidez por la Secretaría de Programación y Presupuesto y de las divisas por el Banco de México.

- Los criterios para otorgar, recibir y registrar subsidios.

- La coordinación clara de las empresas descentralizadas.

- La aplicación de la Ley de Obras Públicas.

Todo ello es un claro reconocimiento a la necesidad de enriquecer los criterios presupuestales y la fijación de medidas preventivas para asegurar un ejercicio presupuestal responsable. Adicionalmente a las razones mencionadas para aprobar el proyecto de Egresos, la Comisión, a lo largo del Dictamen, hace apuntamientos para que las autoridades del Departamento del Distrito Federal incorporen a su programa ciertos objetivos que también surgen de la consulta popular y de la problemática real del Distrito Federal. Por ejemplo, habla sobre la necesidad de una coordinación efectiva de la conurbación metropolitana para la resolución de los problemas en una forma integral; habla de la necesidad de una actitud activa respecto a la descentralización de la vida nacional; es decir no se trata ya de una actitud pasiva en donde la Federación debe hacer un programa para descentralizar y nosotros esperamos a que ellos lleguen, al Departamento le corresponde también pensar, idear, incentivar o corregir acciones para que se logre esta descentralización de la vida nacional. Habla sobre la necesidad de realizar acciones concretas respecto a la explosión demográfica si reconocemos que es la principal causa de la Planeación irracional y desmedida de la ciudad y queremos ver medidas concretas respecto a la población.

Finalmente vale la pena también destacar la respuesta que la Comisión ha dado al problema de la vivienda en la ciudad de México. El dictamen dice: "Una de las demandas repetidamente manifestadas y recogidas por la consulta popular dentro de la pasada campaña electoral, fue la urgente necesidad de resolver el problema de la vivienda, principalmente para la población de ingresos mínimos. Por este motivo las comisiones dictaminadoras proponen a esta Soberanía que, fundamentándose en el déficit habitacional actual, así como en el grave deterioro de una parte de la vivienda existente dentro de los estratos marginados de la población, se modifique el programa de Vivienda que el Jefe del Ejecutivo nos ha enviado, ampliando e incrementando los objetivos, metas e inversiones de este Programa, que originalmente ha sido planteado sólo para vivienda de trabajadores del Departamento del Distrito Federal y para la administración y operación de conjuntos existentes del propio Departamento".

Aquí quiero hacer una aclaración, se trata de enriquecer el programa; el de vivienda dirigido a los trabajadores sindicalizados queda intacto, esto es adicional a la propuesta: "Por lo antes expuesto, creemos necesarrio asignar una inversión adicional como capital semilla, dirigido a la realización de acciones de vivienda no construida por contratistas. Estas acciones de vivienda se refieren a obra nueva o de mejoramiento de la existente, y se recomienda que se apoye en la autoconstrucción. Este Programa estará destinado a servir a comunidades y familias que lo demanden en zonas comprendidas dentro del Programa de Regularización de la Tenencia del Suelo que realiza el propio Departamento del Distrito Federal, completando así de manera integral un ciclo de reordenación urbana."

Hemos destacado los puntos principales del Dictamen con el objeto de reiterar a esta soberanía las bases en que la Comisión dictaminó la Iniciativa propuesta, ya que si bien lo aprobó en lo general, se incorporaron ciertas modificaciones y, sobre todo, se definieron conceptos que se consideran importantes transmitir al Ejecutivo.

A mí me gustaría abusar un poco de su tiempo y hacer un comentario personal, es Edmundo Jardón, a quien le doy las gracias por los versos y le quiero decir que yo no sé decir versos, pero sí los sé escuchar.

Por lo anterior, y si se encuentra suficientemente discutido el Dictamen, le ruego al Presidente que lo someta a votación. Gracias.

(Aplausos.)

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

- La C. Secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. Presidente: Para los efectos del Artículo 154 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea si algún C. diputado desea reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo ninguna reserva en ese sentido proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

- La misma C. secretaria: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor Presidente, se emitieron 256 votos en pro y 71 en contra.

El C. Presidente: La Presidencia declara, en consecuencia, aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1983.

La misma C. secretaria: Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

El C. secretario Oscar Cantón Zetina:

"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salubridad y Asistencia.

Honorable Asamblea:

A las comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salubridad y Asistencia de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta Proyecto de Decreto que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Constituyente Permanente, para adicionar el Artículo 4o. de la Constitución.

Las Comisiones Unidas revisaron los ordenamientos expuestos en la iniciativa del Ejecutivo Federal, así como el texto Minuta del Senado, y después de haber sido discutido a satisfacción de sus integrantes, formularon el presente Dictamen con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES

Con la Revolución Mexicana surgen los principios de Seguridad Social largamente acariciados por el pueblo de México. Ya en el Artículo 123 de la Constitución de 1917 se plasmaron los derechos inalienables que el trabajador tiene con respecto a la protección de su salud.

Ha sido motivo de preocupación por los gobiernos postrevolucionarios elevar los niveles de salud del pueblo mexicano. Sin embargo, situaciones de orden geográfico, administrativo y fundamentalmente económico, han impedido que la protección a la salud sea otorgada por igual a todos los habitantes del país. En la carta de los Derechos del Hombre, consta como primordial para el desarrollo de la humanidad el derecho que todo individuo tiene a la salud.

La salud se define como un estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente como la ausencia de enfermedad. Disfrutar del nivel más alto de salud posible debe constituir uno de los derechos fundamentales de todo mexicano sin distinción alguna.

Existen aún muchos compatriotas que no reciben los servicios de salud que requieren, por limitaciones presupuestales, acentuados por defectos de coordinación que implican dispersión y derroche de recursos, duplicidad de esfuerzos y concentración innecesaria en áreas privilegiadas con carencia o insuficiencia de servicios en otras que frecuentemente son las que más lo requieren.

Surge la necesidad de establecer un sistema nacional de salud que permita la mejor utilización de los recursos existentes y su adecuación a las necesidades reales del país. La creación de este sistema nacional requirió de reformas legales tanto al Código Sanitario como a las leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y que ya fueron aprobadas por el H. Congreso de la Unión.

El ejercicio de esta garantía constitucional requiere de cambios estructurales, de esfuerzos de coordinación efectiva. La aprobación de las modificaciones legales antes mencionadas, marcan un camino de congruencia, de integración que es imperioso recorrer. Los resultados no podrán ser dramáticos ni las reformas constitucionales son panacea a todas nuestras enfermedades. No puede quedar como simple expresión constitucional de buenas intenciones. Se requiere para hacer efectivo este derecho de la participación activa de todos los miembros de la sociedad que deben aprender a valorar su salud y lucha por preservarla.

El estado será el promotor de este ejercicio que requiera de la solidaridad social y de la voluntad colectiva para su cabal cumplimiento.

La solución de los problemas de salud exigen realismo y convicción. Nunca debemos estar satisfechos, siempre habrá mucho por hacer. El Estado revolucionario da contenido social a todo proceso de cambio, de esto se deriva que la exigencia social de incluir en nuestra Carta Magna, el derecho a la protección de la salud, se está presentando a consideración de esta Asamblea, en este momento.

No hay en esto, propósito ingenuo, disponemos de la información que nos permite estimar los recursos que el Estado y la sociedad destinan a la promoción de la salud.

Con base en ello, creemos que en el país, se está en condiciones de cumplir a mediano plazo esta exigencia social: "Dar a todos los mexicanos la garantía de recibir atención médica acorde a sus necesidades y no acorde a sus recursos"

El concepto de justicia social contenido en nuestra constitución y las responsabilidades que el derecho a la protección a la salud implican una constante transformación de la estructura social, a una distribución equitativa de la riqueza, que proscriba toda ventaja o privilegio en favor de alguna clase social o en favor de intereses particulares.

La salud, como ninguna otra condición para el disfrute de una vida plena, no admite discriminaciones. No puede hablarse de una sociedad sana cuando tiene injustamente sectores completos de la población, sin el disfrute real de este derecho.

En el desarrollo de esta idea de justicia, la Iniciativa propone que para igualar a los desiguales en oportunidades y seguridades se establezca este impostergable derecho social.

La Iniciativa de reformas al Artículo 4o .Constitucional, enviada por el Ejecutivo Federal, enriquece el contenido social de nuestra Constitución al introducir esta nueva garantía para todos los mexicanos. El derecho a la protección de la salud.

Es importante resaltar el esfuerzo por la descentralización de la vida nacional que la propia Iniciativa contempla. Distribuir entre la Federación, Estados y Municipios, las responsabilidades que en cuanto a servicios de salud les corresponde.

El federalismo desde el punto de vista económico, y administrativo constituye la decisión descentralizadora del poder y de la riqueza que permite un desenvolvimiento regional o local más justo y equitativo. Sólo puede aumentar su eficacia la administración pública en la medida en que éste permita una mayor participación de las autoridades locales en los problemas que le competen.

El probado sistema de la respetuosa coordinación entre los niveles de gobierno, permite la sinergía de esfuerzos como factor fundamental para poder garantizar el derecho, mediante la disponibilidad de servicios.

El derecho a la protección, a la salud, implica que el Estado y la sociedad amalgamados deciden luchar contra algo más importante que la simple enfermedad. Es el combate decidido a la patología de la pobreza que se da en los países que se encuentran en vías de desarrollo y que como el nuestro no han logrado coordinar eficazmente todas las Instituciones que tienen como objetivo o como uno de sus objetivos, la protección de la salud de todos sus habitantes.

El derecho a la protección de la salud debe alcanzar por igual, desde el momento de la gestación, tanto a la futura madre como al hijo. Sin importar sexo, tanto al joven como al anciano, del inicio al término de la vida, no sólo prolongándola, sino haciéndola más grata dándole mayor calidad, haciéndola más digna de ser vivida.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71, 72, 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 4o. DE

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con un párrafo penúltimo, que a la letra dice:

"Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del Artículo 73 de esta Constitución".

TRANSITORIO

Artículo único. La presente adición, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F., a 27 de diciembre de 1982.

Comisión de Salubridad y Asistencia diputado Amador Izundegui Rullán, presidente; diputado Carlos Maquiavelo Martín del Campo, secretario; diputados Germinal Arámburu Cristerna, Enoch Cancino Casahonda, Mateo de Regil Rodríguez, Esperanza Espinoza Herrera Ugalde, Elpidia Excelente Azuara, Everardo Gámiz Fernández, María Griselda García Serra, Francisco Javier González Garza, Juan Herrera Servín, Mariano López Ramos, Xóchitl Elena Llarena de Guillén, Rosa Martha Muñuzuri y Aranda de Garibo, María Teresa Ortuño Gurza, René Rojas Ayala, José Rosas Gómez Luna, Sergio Ruiz Pérez, Miguel Angel Sáenz Garza, María Isabel Serdán Alvarez, Sara Villalpando Núñez, Alma Inés Gracia de Zamora.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Presidente, Humberto Lugo Gil secretario. Mario Vargas Saldaña, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto

Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O'Connor, Víctor Cervera Pacheco, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Salvador Rocha Díaz Luis Dantón Rodríguez, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silverio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Enrique Soto Izquierdo, Salvador Valencia Carmona".

- Trámite: Primera Lectura.

El C. Presidente: La Presidencia considera el asunto al que se acaba de dar primera lectura como de urgente resolución. Proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se somete a discusión y votación de inmediato.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el Artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los CC. diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Dispensada la segunda lectura.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 97 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, está a discusión en lo general y en lo particular el Artículo Único del proyecto de Decreto.

Se abre el registro de oradores.

Esta Presidencia informa que se han inscrito los siguientes oradores: El ciudadano diputado Mariano López Ramos para formular una proposición.

La ciudadana diputada Florentina Villalobos de Pineda para formular una adición y el ciudadano diputado Viterbo Cortés Lobato en pro del dictamen.

Por la Comisión Izundegui Rullán.

Tiene la palabra el C. diputado Mariano López Ramos.

El C. Mariano López Ramos: Señor Presidente: Señoras y Señores diputados:

Sin lugar a dudas que la iniciativa que nos ocupa y que propone elevar a rango constitucional el derecho a la protección de la salud, es una demanda de nuestro pueblo largamente esperada. Sin lugar a dudas que también es de gran importancia y significación sobre todo para aquellos sectores de nuestros pueblo más marginados y olvidados de los avances en materia de salud.

También podemos considerar que en el texto de la introducción que la Comisión elaboró para introducirnos a esta iniciativa, compartimos en lo fundamental todo lo que ahí se expresa, y pensamos que inclusive va más allá de lo que el texto de adición establece.

Por esa razón, a nombre de la Fracción Parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, quiero hacer muy brevemente algunas observaciones y proponer que se adicionen unas cuantas palabras al texto de la iniciativa.

"Observaciones a la iniciativa de adición de un penúltimo párrafo al Artículo Cuarto de la Constitución, referente al derecho a la protección a la salud que formula la Fracción Parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores.

1o. Es laudable que con está iniciativa se tienda a ampliar la cobertura para la protección de la salud, mediante un sistema nacional. Ya el constituyente de 1917 había planteado en el Artículo 123, pionero en el derecho social, la necesidad de atender los riesgos de trabajo mediante la seguridad social.

2o. Esta iniciativa plantea fundamentalmente dos cuestiones íntimamente relacionadas: inscribir en la Constitución como derecho social el relativo a la protección de la salud, y el establecimiento de un sistema nacional de salud.

3o. Sin embargo, a pesar de que se declara que es un derecho social el de la protección de la salud, éste pretende establecerse como garantía individual al estipularse que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

A la consideración de ningún jurista escapa la gran diferencia que existe entre los derechos individuales y los derechos sociales que reconoce a nuestra Constitución. Puesto que los derechos sociales se han declarado para garantizar el disfrute de ellos, a las clases desvalidas de la sociedad. Ahí está la doctrina nacional sobre el derecho social para corroborarlo. Por ello carece de importancia para la gente de recursos económicos suficientes el que en la Constitución se reconozca el derecho a la salud.

4o. En el Artículo 1o. de la Constitución se ha establecido que en los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga, disposición ésta que beneficia tanto a nacionales como a extranjeros de paso o residentes en el país. De manera que todos ellos podrán estar en condiciones de demandar la asistencia médica necesaria para la protección de la salud, pues toda persona tiene derecho.

Pero debe reflexionarse sobre si se tienen las bases financieras para atender satisfactoriamente a todos los solicitantes.

5o. Si verdaderamente se desea que esta adición al Artículo 4o. sea derecho social, deberá

perfeccionarse su redacción de manera que pueda conciliarse el interés de los individuos con el de los grupos y clases sociales necesitadas.

6o. En mérito a las consideraciones anteriores, y con la finalidad de que con el Ejecutivo coadyuve el Poder Legislativo de una manera racional, eficiente y patriótica, se propone el texto siguiente con el que estima puede mejorarse la iniciativa presidencial:

"Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de la salud".

Nosotros proponemos agregando: "Tutelando fundamentalmente el interés de los grupos y las clases económicamente débiles". Y proseguimos con el mismo texto: "Y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone...".

Nosotros decimos sencillamente; para no ir a una fracción del 73, "Como lo dispone la Constitución".

Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, Palacio Legislativo, 28 de diciembre de 1982. Firma un servidor, diputado Mariano López Ramos.

Esta es la proposición que hacemos, señor Presidente, y quisiéramos solicitarle se consultara a la Asamblea.

El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.

- El C. secretario Oscar Cantón Zetina:

Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se consulta a la Asamblea si se aprueba a discusión la proposición hecha por el diputado Mariano López Ramos.

Quienes estén por la afirmativa, favor de manifestarlo.. Quienes estén por la negativa, favor de manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Viterbo Cortez Lobato.

El C. Viterbo Cortes Lobato: Con su venia señor Presidente; señoras y señores diputados: Desde esta tribuna el Partido Popular Socialista saluda esta iniciativa para entender y comprender la importancia del dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Salubridad y Asistencia con proyecto de Decreto de adiciones al Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que eleva a rango constitucional el derecho a la salud, será preciso puntualizar.

La Organización Mundial de la Salud define a ésta como un estado anímico de bienestar físico, mental y social y no sólo ausencia de enfermedad.

A principios del siglo una élite ramplona europeizada poseía casi todas las riquezas públicas del país, mientras que una mayoría desposeída cargaba a cuestas la miseria, las enfermedades, la ignorancia y la desnutrición. La mayoría carecía de derechos, de libertades y de oportunidades para el disfrute pleno de los bienes de la civilización y la cultura. Las condiciones en materia de salubridad eran deficientes; al triunfo de la Revolución, ésta se propuso entre otras cosas, hacer posible la salud del hombre, la felicidad en el hogar y el bienestar de la nación. Al triunfo de la Revolución, los ciudadanos ya no son vistos como simples sujetos de obligaciones, sino también como entidades en pleno ejercicio de un conjunto de derechos, derecho a la vida, derecho a la salud, derecho al bienestar social, adquiriendo plena validez el concepto de que la salud integral no es patrimonio de una sola clase, sino de todos los habitantes de la República.

Después de la lucha armada, y como consecuencia de ella, el número de enfermedades físicas y mentales era impresionante y una nación enferma no podía de ninguna manera cumplir los objetivos por los que murieron más de un millón de hombres; y para la Revolución el hombre es la mayor riqueza del pueblo, lógico es que se transformara en sujeto de mayor atención por parte del Estado en el aspecto de salubridad y en la actualidad el concepto de salud es más amplio y abarca las condiciones físicas y mentales del sujeto y aspira a establecer el armónico equilibrio de todas sus manifestaciones en el medio social, salud, en consecuencia, significa el estado de bienestar que guarda una nación en su conjunto. La salud ya no es sólo individual, sobre el individuo incluye la sociedades y la sociedad influye sobre el individuo; la ciencia médica y todas las ramas del saber humano adquieren importancia cuando se ponen al servicio de las mayorías. En el devenir de nuestro pueblo, se ha ido creando conciencia de responsabilidad frente a la vida, frente a la comunidad y frente a la nación; la noción del derecho a la salud trajo aparejada la obligación de conquistar ese derecho. Para que los frutos del trabajo sean opimos se requiere de un medio saneado y de condiciones propicias para alcanzar los más elevados índices de salud individual y social. El sólo hecho de elevar a rango constitucional el derecho a la salud, conlleva a acciones por parte del Estado para que el mayor número de mexicanos tenga acceso a los bienes de la civilización y la cultura; conlleva el mejoramiento de los servicios de seguridad social: utilización cabal de la base legal orgánica y funcional de la administración sanitaria del país, mantener y complementar la obra realizada hasta hoy, de acuerdo con las situaciones cambiantes del país, saneamiento del medio, atención especial a los grupos indígenas, programas de bienestar social y cultural, asistencia múltiple que comprenda la medicina preventiva del cuidado de la salud desde el estado prenatal hasta la adolescencia, la alimentación de los

niños en la edad lactante, en la edad escolar, la preprimaria, la primaria, la secundaria y la preparación de obreros calificados, así como el desarrollo de los deportes.

Todo esto sustancialmente para alcanzar el objetivo toral del ciudadano, el derecho inalienable de ser sano y feliz y útil a sí mismo y a la sociedad donde se ubica y a la cual pertenece.

Esta iniciativa es una vieja demanda, no solamente del PPS, sino de todas las fuerzas democráticas y progresistas del país. Por lo tanto, el PPS aprueba y saluda esta iniciativa.

Muchas gracias. (Aplausos).

El C. Presidente: Tiene la palabra la C. diputada Florentina Villalobos de Pineda.

- La C. Florentina Villalobos de Pineda:

Señor Presidente; H. Asamblea. Hay en las declaraciones de Martín Luther King alguna mención a oprimidos y opresores. No recuerdo exactamente la mención, pero sí recuerdo otra más sencilla de un trovador latinoamericano que dice: "yo tengo dos enemigos, pues dos puntas tiene el mar, el hombre que pisa a otro y el que se deja pisar".

Señoras y señores, en este momento estamos saturados, ya no podemos pensar, estamos incapacitados para escuchar con atención hasta aquellas cuestiones que más llenan nuestra cuenta interior. Es cruel, es inhumano, es desconsiderado, es inconsciente, es prepotente la actitud del Ejecutivo al enviarnos este alud de iniciativas para estudiarlas en tan poco tiempo. (Aplausos).

Por esta razón no creo que se pueda ponderar en toda su amplitud mi proposición, no estamos ya capacitados para pensar con toda lucidez. No voy a desarrollar ninguna argumentación para sustanciar la adición que vengo a proponer, voy a exponer solamente algunas ideas que cada quien arma su propia argumentación, así no tendrá que echar mano de argumentos ajenos para sacar sus propias conclusiones.

"El principio de un buen gobierno, no es llenar los pórticos de decretos, sino que la justicia habite en el alma de los hombres", dijo Sócrates. Menciono esta cita porque el ejecutivo, con esta iniciativa, pone un parche más a nuestra ya tan torturada. Constitución. Ayer se decía aquí, no se necesitan más leyes, se necesita sentido común, espíritu de servicialidad, generosidad de parte de los gobernantes.

Ya el nuevo presidente demostró la misma compulsión que podríamos llamar el síndrome del Ejecutivo reformador pues ya se lanzó a la búsqueda de su propia Construcción, como aquí lo apuntaba alguna vez el diputado Castañeda O'Connor.

Creo que el calificativo que podría darse a una buena Constitución, es el de elegante. Porque es elegante, se ha dicho, lo preciso, lo exacto, lo metódico, lo claramente expresado y con rigor de lógica. A nuestra Constitución desgraciadamente no puede dársele tal calificativo.

Ni los presidentes, ni los diputados que han podido hacerlo, por obsequiosos con el Ejecutivo, han definido nuestra Carta Magna. A medida que el Ejecutivo crece en detrimento de los otros dos poderes, la Constitución engorda. Siendo la ley de mayor rango, debiera ser más pequeña, más concreta. En realidad la Constitución debería reducirse a unas cuantas ideas: Por otra parte los presidentes, reales legisladores, parece que no se molestan en leer los artículos que reforman o adicionan.

El Artículo 4o. de la Constitución ha sido reformado por los presidentes de los últimos 3 sexenios. Ha sido reformado reiteradamente y cada vez de manera más desafortunada. El párrafo segundo habla de que "toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el esparcimiento de sus hijos", cuando los intérpretes de la Constitución y las diversas exposiciones hablan de que son las parejas las que tienen esta facultad.

Pero desgraciadamente aquí no se trata de dar precisión, claridad, rigor a la ley de mayor rango, se trata de demostrar la prepotencia del sumo legislador.

Estamos de acuerdo en que, como dice el presidente en la exposición de motivos de la iniciativa. "No hemos sido capaces de establecer un sistema nacional de salud que responda a la demanda popular de una vida sana".

Por supuesto, la salud, pienso, es al cuerpo lo que la felicidad al espíritu. La salud, estamos de acuerdo, es uno de los mayores bienes del ser humano. La salud da continente tierno y sonrosado al niño: la salud imprime el gesto decidido al joven; la salud da prestancia y vigor al adulto; la salud permite tranquilidad al anciano.

Por contraparte la enfermedad convierte en caravanas dolientes y atormentadas a legiones de mexicanos, niños, adolescentes, jóvenes y ancianos que están a merced de la desnutrición, de la miseria de los microbios, de la falta de higiene, de la contaminación asfixiante.

Cómo no vamos a aceptar que toda persona tiene derecho a la protección de la salud. Pero la salud no tiene sentido en abstracto, sino concretamente, la salud cada quien debe tenerla y conservarla.

Cómo no vamos a admitir que una persona saludable es capaz de expresarse y vibrar de amor a la vida, al trabajo, de adhesión al bien, de amor a la verdad de gozar ante la belleza. Con esto decimos adhesión a la moral, consecuencia con la ciencia y vibración con el arte.

Y cómo no vamos a estar de acuerdo con que cada ser humano debe ser sano, si solamente sanos un hombre y una mujer pueden encontrarse y amarse y dar vida a seres igualmente sanos.

Por eso, así como un pensamiento que no se convierte en palabra, es un mal pensamiento, y toda palabra que no se convierte en acción es una mala palabra, tenemos que pugnar por

que la ley se cumpla. Tenemos la triste experiencia en nuestra patria que la ley es lo que place al presidente como la ley en alguna época de la antigua Roma se decía que era lo que placía al príncipe.

La Declaración Universal de Derechos Humanos que consta de 30 artículos nada más, en su artículo 3o., dice: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".

Los diputados de Acción Nacional, miembros de la LI Legislatura presentaron el día 13 de diciembre de 1979 una iniciativa para adicionar al Artículo 4o. un tercer párrafo como sigue: "Todo ser humano, por su dignidad, gozará de protección jurídica desde su concepción hasta su muerte". Las comisiones respectivas, en flagrante violación al reglamento, no la han dictaminado.

Después del derecho a la vida, está el derecho a la libertad ¿Por qué? Porque el derecho a la vida plena supone el derecho al trabajo, a la salud, a la vivienda, a la alimentación, al sano esparcimiento, a la educación. El derecho a la vida está antes que el derecho a la salud, porque primero es el ser y luego el modo de ser.

Vamos ahora a aprobar el derecho a la protección de la salud; y anda por los estados ya la reforma para elevar a rango constitucional el derecho a la vivienda. el presidente actual o el próximo, si antes no adquiere el Congreso la dignidad de poder, el Artículo 4o. va a crecer y va a ser tan extenso como las necesidades del ser humano.

La vida es un bien, el primero de los bienes, en el cual se dan todos los demás. La salud debe alcanzarse para adjetivar la vida. La vivienda y la alimentación son base de sustentación de una vida digna.

Por eso proponemos que, para darle substancia al artículo, se le adicionen unas palabras para quedar como sigue:

Artículo único. Se adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con un párrafo penúltimo que a la letra dice:

"Toda persona tiene derecho a la vida desde el momento de su concepción y a la protección de la salud. La ley definirá las bases...etcétera.

Cámara de diputados del H. Congreso de la Unión, a 28 de diciembre de 1982.

Diputada Florentina Villalobos de Pineda."

Para los efectos del rechazo de esta proposición, yo quisiera pedirle al Presidente que si la persona que está inscrita en favor del dictamen va a decir algo o va a sustentar las razones del rechazo, que primero se dijera aquí, por qué se rechaza esta proposición y después se votara. No antes. Muchas gracias.

El C. presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 34 de la Ley Orgánica del congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a la Presidencia la conducción de los debates.

En mérito a lo anterior, y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 125 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica, si se admite a discusión la modificación propuesta.

El C. secretario Oscar Cantón Zentina: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si acepta a discusión la propuesta hecha por la diputada Florentina Villalobos de Pineda.

Quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Quienes estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Rechazada, señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Amador Izundegui Rullán.

El C. Amador Izundegui Rullán: Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea.

Me he inscrito por parte de la comisión, para ponderar algunos aspectos que es conveniente que todos ustedes y cada uno como integrantes de los diferentes partidos, en este recinto parlamentario pudieran contribuir a esclarecer algunos de los conceptos del por qué en la iniciativa de ley donde se adiciona en su penúltimo párrafo el 4o. Constitucional utilizamos el término "de derecho de protección a la salud" y no la expresión de "derecho a la salud", esto con fines ilustrativos porque nos parece que ha originado en el ánimo de muchos legisladores algo de confusión que en el fondo no es más que interpretación de acciones y de hechos.

La expresión "derecho a la salud" se ha originado como manifestación de un interés general para apoyar los derechos individuales especialmente los derechos al bienestar. Entre las razones para manifestar esta preocupación se encuentran los costos crecientes de la atención médica y la certeza de que en muchos casos las faltas de atención médica puede representar la diferencia entre la vida y la muerte. Sin embargo el concepto de "derecho a la salud" es en ciertas opiniones en cuanto a su naturaleza.

Así, se puede preguntar si el derecho a la salud significa que todo el mundo tiene derecho a no estar enfermo. Esto es muy difícil de aceptar ya que la enfermedad, es decir, el estado de no salud depende a menudo de factores fuera de control como la herencia o el grado de desarrollo de un país. El derecho a la salud también podría significar que el Estado tiene la obligación de garantizar la salud de sus miembros, pero se advierte que no puede existir ningún programa, adelanto científico o técnico que garantice que todas las personas no van a enfermarse.

Por lo tanto el concepto de "derecho a la salud" no tiene un significado definido ni permite consolidar una base para las acciones que la sociedad o las instituciones de salud emprenden para promoverla y preservarla. Pueden utilizarse otras expresiones que además de ser realistas permitan la implantación de programas y acciones realizables por los servicios de salud del país.

Así, la expresión "derecho a la protección a la salud" implica el esfuerzo deliberado, orientado y planeado para desarrollar acciones congruentes con las políticas y los objetivos que favorezcan la implementación de programas específicos en que la protección a la salud significa un conjunto de acciones realizable con los recursos humanos, físicos y financieros disponibles. Aquí caben los esfuerzos para proporcionar un medio ambiente que permita el máximo desarrollo de las potencialidades de los seres humanos, protección a la salud significa asimismo, el conjunto de acciones que permiten evitar las enfermedades, sean las previsibles por vacunación, o las crónicas condicionadas al estilo de vida del individuo, o situaciones relacionadas con la capacidad de la pareja para decidir sobre el número y el esparcimiento de sus hijos. Por fin, el derecho a la protección a la salud implica el compromiso por parte del Estado para aumentar la accesibilidad a los servicios de salud existentes o definir una política de ampliación de los mismos y la extensión de la cobertura; el manifestar como una garantía constitucional el derecho a la protección a la salud, implica además reconocer que dentro de los planes de desarrollo del país, las instituciones de salud a través de sus acciones respectivas, pueden competir ante otros derechos ya consolidados en nuestra estructura, como el de la educación, en la legítima búsqueda de los recursos que permitan alcanzar la máxima equidad de todos los mexicanos.

La salud y la vida pueden protegerse pero no pueden garantizarse; en esto hemos asumido una actitud realista congruente con nuestras posibilidades, diferente a otros derechos consagrados en nuestra Carta Magna como el trabajo, la educación y en el que todas las causas son conocidas por previsibles, no son causas que aún escapen al pensamiento científico. Bien sabidos son los momentos difíciles por los que atraviesa nuestro país. Podría pensarse que las dificultades económicas vigentes, representaran un obstáculo para la integración funcional de un sistema nacional de salud. Estoy seguro que, por el contrario, existen varias razones de peso por las cuales, ahora más que nunca, las posibilidades y la conveniencia de integrar ese sistema. Existe la necesidad social, producto de la demanda sentida de la población marginada que carece de este servicio. Existe la decisión política, producto de la planeación democrática, nutrida en las reuniones de consulta popular, y poder así satisfacer legítimas expectativas. Existe la infraestructura básica en el rector, tanto en recursos humanos, financieros y materiales. Existe al mismo tiempo la necesidad económica de utilizar al máximo los recursos disponibles a través de una redistribución de manera prudente, racional y efectiva, de suerte que lo disponible permita ampliar a lo posible.

Señores diputados, vivimos hoy un mundo convulsionado, en donde la inseguridad la angustia y el sufrimiento son características de nuestra época. Tal situación nos hace ver y sentir un panorama desolador y pesimista, sin embargo contra este sentir, surge el día de hoy un hecho histórico que, por su trascendencia social, hace ver las cosas con mayor optimismo al elevar a rango constitucional el derecho que toda persona tiene a la protección de la salud. Este hecho por sí solo significa la LII Legislatura, porque no sólo permitirá incorporar, al tener acceso a grandes conglomerados de compatriotas marginados a los diversos servicios de salud, al propiciarles y hacerles más grata y digna la vida.

Quisiera hacer, finalmente, un comentario a la compañera diputada Villalobos Somos médicos - y quisiera hablar en lo particular - , comprendemos lo que significa proteger la vida. Al hablar de protección a la salud lleva implícito en su mismo rango y su jerarquía y en sus consecuencias biológicas, y si ustedes observan en el texto de los considerandos, existe un considerando que dice: "El derecho de protección a la salud debe alcanzar por igual desde el momento de la gestación, tanto a la futura madre como al hijo, sin importar sexo, tanto al joven como al anciano, desde el inicio al término de la vida, no sólo prolongándola, sino haciéndola más grata, dándole mayor calidad y haciéndola más digna de ser vivida". Muchas gracias.

El C. Presidente: Tiene la palabra para hechos la C. diputada María Teresa Ortuño Gurza.

- La C. Ma. Teresa Ortuño Gurza: Señor Presidente; compañeros, compañeros diputadas, no quisiera repetir aquí la argumentación que dio nuestra compañera Florentina Villalobos, en primer lugar por no ser reiterativa de algo que se especificó demasiado claramente y, en segundo lugar, porque sé que no tengo esa facultad para decir las cosas de una manera tan hermosa como las dijo ella. Solamente quisiera que reflexionáramos sobre una incongruencia que nosotros encontramos en todo esto.

Estamos de acuerdo en la reforma, la aplaudimos y nos parece bien que se quiera proteger la salud. La aclaración que el doctor Izundegui hizo aquí nos parece innecesaria porque es obvio que no se puede garantizar el derecho a la salud, sino el derecho a la protección; era innecesario esto porque es obvio. Pero no se puede hablar de salud en abstracto; no se puede hablar de trabajo en abstracto. ¿Cómo es posible que debatamos aquí, y quisiera pedir la atención de los presentes, cómo es posible que debatamos aquí sobre la salud, sobre el trabajo,

sobre la libertad, la no libertad que se nos está también quitando? Y no se hable del sustrato que es la base la que sustenta todo esto que es la vida. Encontramos en esta Iniciativa que los considerandos tienen mas peso, más calidad, más fuerza que la misma Iniciativa en sí; nosotros preguntamos, si se dice que ya está implícito en el Artículo Único del Derecho que la salud ya lleva de por sí la vida, ¿por qué no explicitarlo?, ¿por qué no hacer las cosas más claras y apego al derecho? ¿por qué no sustentar desde un principio el más grande y misterioso derecho a que todos accedemos que es el derecho a la vida y que es el primero de todos los demás y sin el cual no existe ningún otro?

Yo creo que si por una parte fue innecesaria por obvia la aclaración que amablemente nos hizo el doctor Izundegui, por otra parte no quedó totalmente clara la razón del rechazo de esta propuesta y creo también señalar otra cosa. Se nos ha dicho hoy y en otras ocasiones que participemos, que colaboremos con el trabajo en comisiones y nosotros hemos participado, yo en esta Comisión de Salubridad dije desde el primer día que nos reunimos, cuando se habló de la posibilidad de elevar a rango constitucional el derecho a la salud y lo dije y lo recordarán quienes están ahí presentes, quienes estuvieron presentes, perdón, que no se podía hablar de derecho a la salud si no hablamos primero de derecho a la vida, nuestra compañera Esperanza Espinoza de Ugalde lo señalo en el seno de la Comisión cuando se discutió este decreto, pero se le dijo que no, que si queríamos lo viniéramos a debatir aquí y hace unos momentos en otra de las comisiones que se reunió, el PAN hizo una proposición que al PRI le pareció buena pero que tenía que ir a consulta.

Caramba, por qué no aceptar que tiene que ser lógico lo que es evidente; por qué a los partidos de oposición sistemáticamente, y aquí hablo en nombre de todos los de oposición, sistemáticamente se nos rechazan las propuestas y no siempre se nos dan los fundamentos de por qué han sido rechazadas.

Y otra cosa más, un considerando que tiene que tener muy presente el partido en el poder, esto de la Ley Mordaza que se echó para atrás en muy buena parte fue por la efervescencia que despertó.

Yo les quiero recordar que cuando se hablaba de la posibilidad de legalizar el aborto, precisamente porque no está explícito en la Constitución esto, y un partido propuso que se desenlazará el aborto y le quiso llamar elegantemente "maternidad voluntaria", el pueblo se manifestó no sólo en el Distrito Federal con marchas multitudinarias, sino en provincia, en paneles, en reuniones, en conferencias. El pueblo hizo sentir que no estaría de acuerdo con una falta de respeto tan grande como es el negar el derecho a la vida.

Eso, es ya más que una consulta popular porque no fue convocada por ningún partido, sino que el pueblo de manera natural habló, se manifestó y habló claro. Yo creo que como legisladores no tiene nada de particular que recojamos esta inquietud y la plasmemos entonces en la Constitución; no veo pues la razón de la oposición a esto, y con todo respeto creo que la aclaración que hizo el doctor no fue suficientemente fuerte al decir, ya está comprendido, ya está implícito. ¿Por qué no hacerlo entonces explícito. ¿Qué no debe ser una característica de la ley esta explicitud?

Y quiero terminar simplemente con una frase que ya se hizo famosa: "si quieres la paz, defiende la vida". Muchas gracias (Aplausos).

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutido.

El C. Pedro Bonilla: Señor Presidente, pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado Pedro Bonilla para hechos.

El C. Pedro Bonilla Díaz: Compañeros diputados: Hace unos días que tomé la palabra, quise referirme concretamente a un hecho que se está volviendo costumbre en esta Cámara: el hecho de que estamos siendo sepultados una tras otra, tras otra, tras otra iniciativa del Ejecutivo.

Leyendo un libro muy interesante, yo se lo recomendaría a los compañeros de la mayoría, me parece que se llama Diálogo en el infierno entre Maquiavelo y Montesquieu de Maurice Jolly. En una parte dice Montesquieu contestando a Maquiavelo: ¿cómo podría afianzarse el derecho de la nación si el principio de la soberanía residía únicamente en la persona

del príncipe?, ¿cómo podía su gobierno no ser tiránico si el encargado de hacer ejecutar las leyes era al mismo tiempo el legislador?, ¿qué protección podían tener los ciudadanos contra la arbitrariedad si una sola mano reunía, confundidos los poderes legislativo, ejecutivo y judicial?

Nada más justo, compañeros, que esa frase, esta oración de Montesquieu que está en el espíritu de las leyes. Y viene a cuento esto, compañeros porque como dijera la compañera Gurza, nadie puede oponerse a este derecho a la salud; creo que nadie en el uso de sus sentidos puede oponerse a esto. Sin embargo, como alguien lo citara aquí, no sé si fue un compañero de Acción Nacional o sería de otro partido, aquí ha habido otras iniciativas que hablan del mismo derecho, de elevar a rango constitucional el derecho a la salud, entre otros, está uno que presentaba la coalición de izquierda, antecedente inmediato de lo que es actualmente el Partido Socialista Unificado de México y que presentó el 29 de diciembre de 1980.

Creo que la Comisión en su apuración por acceder a los deseos del Señor Presidente de la República olvidó esta y otras iniciativas que los partidos de oposición hemos presentado en

esta Cámara. Cuando considera uno de los fundamentos para tal o cual ley, uno lee que se citan muchos artículos de la Constitución, del Reglamento Interior de la Cámara, la Ley Orgánica, pero a mí se me antoja que falta algo en esos enunciados.

Podría decir alguno de ellos, todas las iniciativas del Presidente de la República se dictaminarán en el periodo de los cinco días y los de la oposición, pues cuando, como en este caso, si no es porque al Presidente De la Madrid se le ocurra mandarnos aquí a legislar el derecho a la salud, pues como eran parte de las iniciativas de los otros partidos, pues dormirían el sueño de los justos.

Nosotros estuvimos en comisiones, dimos nuestras razones, no se nos escuchó. Finalmente queremos decir una cosa, compañeros, porque si yo estoy recordando que ahora es 28 de diciembre, día de los inocentes, y a mí se me ocurre que esta iniciativa tiene mucho de lo que los mexicanos practicamos este día, es una tomadura de pelo. Una tomadura de pelo, si no expresa, la ley, si no expresa, cómo se va a instrumentar éste, aquí está la ley, compañeros.

Se me cumplieron los cinco minutos, son muy estrictos. Pero de todas maneras yo le pediría al Presidente que me permitiera terminar mi exposición pequeña.

Yo había propuesto a la Comisión el siguiente texto a este artículo, a esta adición al Artículo 4o. Constitucional. Así respetando el texto de la proposición de la iniciativa presidencial. Y decía así:

"Toda persona tiene derecho a la protección de la salud". Y decíamos nosotros, era el agregado: "el Estado asignará los recursos materiales y humanos necesarios para hacer efectivo este derecho".

Compañeros, porque sin estas consideraciones, yo podría venir a esta tribuna a iniciar un proyecto de ley que declarara el derecho de los mexicanos a ser felices. Y desde luego también con su Ley Reglamentaria donde dijera y expresara que pues, se podía ser feliz, pero no tanto. Muchas gracias.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de Decreto, incluyendo su Artículo único.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: En votación económica por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el proyecto de Decreto.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Suficientemente discutido.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de Decreto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN).

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Se emitieron 325 votos en pro y 1 en contra y una abstención.

El C. Presidente: En consecuencia la Presidencia declara aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Decreto de adiciones al Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Oscar Cantón Zetina: Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

HOMENAJE AL GENERAL

VICENTE GUERRERO

El C. José Martínez Morales: Pidió la palabra, para hechos.

El C. Presidente: Tiene la palabra el señor diputado José Martínez Morales, para hechos.

El C. José Martínez Morales: Señor Presidente; honorable representación nacional; señoras y señores: un hombre que se presenta en el teatro de la revolución y en un país cuyos recursos se encuentran agotados por la guerra, que se ve rodeado de enemigos tanto exteriores como interiores, que no lleva en su compañía más que uno o dos fieles amigos que le siguen en su desgracia. Sin más armas que un fusil sin llave y dos escopetas. Que con ellos da principio a la campaña, derrota varias divisiones parcialmente; sufre toda clase de trabajos y privaciones por espacio de 6 años en los bosques y cañadas, siendo objeto de la más tenaz persecución de las mejores tropas y jefes del gobierno; que logra reunir una fuerza de 4 mil soldados en la extensión de más de 200 leguas; que los disciplina, arma, sitúa en los mejores puntos militares; que coadyuva con ello eficazmente a hacer la independencia mexicana y que por último, ocupa el asiento de la Primera Magistratura de la Nación, es sin duda uno de aquellos fenómenos de política y que apenas se hace creíble aun a los mismos que los presenciamos. Tal fue el General Vicente Guerrero Saldaña, de Carlos María de Bustamante, Los tres siglos de México, 1838. Destacado caudillo del pueblo, fundador de nuestra soberanía cuyo legado ideológico inspirará siempre el esfuerzo que la nación realiza por afianzar su autodeterminación e independencia, haciendo la vida política, cultural y social de la nación. Después de las jornadas épicas y de sacrificio de Hidalgo, de Morelos y de sus seguidores, Vicente Guerrero Saldaña mantiene enhiesta la llama de la insurgencia en las montañas del Sur, su decisión indesmayable de continuar batallando por la libertad lo hace abanderado de la lucha popular por la independencia en sus años más difíciles.

El hombre de Tixtla, modesto y noble pero lleno de fortaleza y de fe en su causa, es el

caudillo que hace posible el triunfo de las razones del pueblo frente al dominio colonial y al oportunismo conservador; su intuición histórica y su actitud plena de desinterés y patriotismo lo caracterizan como el genuino consumador de la independencia. En momentos cruciales para la causa de la insurgencia cuando todo parecía sucumbir y el poder realista ganaba algunas batallas que se creían decisivas, Vicente Guerrero recibe, por conducto de su padre, la propuesta del Gobierno de la Colonia ofreciéndole el indulto si cejaba en su lucha por la libertad. Guerrero se negó al ofrecimiento indigno, en un acto de heroicidad ejemplar, desechó las ventajas que podrían ocasionarle el perdón que se le brindaba, y en respuesta pronunció su frase imperecedera "La Patria es primero", que resume la grandeza de su carácter, patriotismo que constituye una lección viva y permanente a todos nosotros los mexicanos. Y esa frase está inscrita en el sitio de honor de nuestro Recinto Parlamentario, y durante la reciente visita que hiciera al mismo nuestro ilustre Premio Nobel de la Paz, el señor licenciado don Alfonso García Robles, le sirvió de inspiración para que dijese en su intervención que esa frase no sólo fuera tributo de la patria, sino de la humanidad, y que se dijera "la humanidad es primero".

Honorable Asamblea, en nuestro pasado hay un largo proceso histórico que debemos amar y custodiar, y un porvenir soñado que construir; el aprovechamiento de los más valioso debe ser premisa y prenda de las tareas que la patria demanda: la insurgencia nos da la voluntad inquebrantable de independencia; la reforma, voluntad imperecedera de la libertad, y la revolución voluntad indeclinable de justicia social.

Conjuguemos permanentemente estas tres voluntades a fin de superar el destino de nuestra patria.

El genio de nuestros muertos ilustres nos acompaña en la lucha, nunca nos ha abandonado, pero a su amparo todos los mexicanos tenemos que esforzarnos, no sólo en el ejercicio de nuestros derechos, sino también en el estricto cumplimiento de sus obligaciones, repitiendo la frase de nuestro inmoral Guerrero "La Patria es primero".

Ruego a todos los presentes que al concluir mi intervención, rubriquemos con un fuerte aplauso la memoria de este gran tixtleco, benemérito de la patria, general Vicente Guerrero Saldaña, en el bicentenario de su natalicio que este año conmemoramos, y quien al tomar posesión, el 1o. de abril de 1829 del cargo de Presidente de la República, señalara: "Costumbre ha sido entre los ambiciosos del poder y demando prometer lo que deseaban no cumplir. Lejos de mi carácter franco y honrado la superchería. El pueblo es el juez soberano de mi conducta, lo sois vosotros, elegidos de la nación. Perezca yo si falto al juramento de servir a la patria y no más a intereses de la dulce patria. La nación, la gran nación me abruma con el peso de honores jamás merecidos y es mi deber y es hoy mi firme juramento morir en defensa de sus santas leyes". Muchas gracias. (Aplausos.)

RELACIONES HISTÓRICAS ENTRE

MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA

El C. Presidente: Tiene la palabra el C. diputado José Dolores López.

El C. José Dolores López: Señor Presidente, señores diputados de esta representación nacional.

En diferentes tiempos de nuestra historia, las relaciones con los Estados Unidos de Norteamérica se han desarrollado atendiendo a los intereses de nuestros vecinos del Norte, es decir, en forma discriminatoria para nuestro país. Han estado basadas, en lo fundamental, en la ley del más fuerte, del lobo y el cordero. Todo mundo sabe que el gobierno norteamericano no tiene amigos, tiene intereses como ellos mismos lo han expresado; las agresiones que han arrebatado parte de nuestro territorio, los desembarcos de marines, la injerencia constante de los embajadores gringos en nuestra política, las presiones económicas, las amenazas intervencionistas, el trato discriminatorio a nuestros compatriotas que cruzan la frontera y otros hechos, así lo demuestran.

Las relaciones que nuestro país ha tenido con el país más poderoso del mundo, han sido desventajosas e injustas: saquean nuestros recursos con impunidad, imponen precios de compraventa según sus particulares intereses, presionan con descaro para que les vendamos barato y les compremos caro; se han apropiado económicamente hablando de la franja fronteriza; desde el inicio de las migraciones de nuestros trabajadores que cruzan la frontera, como a los de otros países, los han sometido a cruel explotación, sin el menor respeto a sus derechos laborales y de seres humanos.

Mucho se ha dicho sobre la situación de los inmigrantes, trabajadores indocumentados, sobre la discriminación a que son sometidos, la brutal explotación de que son objeto, las paupérrimas e inhumanas condiciones en que se debaten; sobre el fenómeno se han pronunciado miles de organizaciones, sobre todo en Europa, donde las migraciones han tenido un campo muy amplio de lucha; se han dictado leyes internacionales que establecen derechos de estos trabajadores en la ONU, la OIT y en otros foros internacionales y no obstante, dichos derechos no son respetados y se les viola permanentemente en detrimento de su personalidad humana y de productores potenciales de riqueza.

En momentos de recesión de los Estados Unidos de Norteamérica y de fulminante crisis en México, el fenómeno migratorio se agudiza, el desempleo en aquel país provoca deportaciones masivas y por otra parte el desempleo

mexicano aumenta las migraciones hacia el Norte. Estos movimientos traen aparejadas serias tensiones sociales y tironeos en las relaciones bilaterales de nuestros países.

La demanda de mano de obra barata por parte de los Estados Unidos de Norteamérica debido al desarrollo imperialista alcanzado y la oferta de fuerza de trabajo desde México debido a nuestro nivel de desarrollo dependiente y subordinado, son la causa fundamental del fenómeno migratorio hacia el Norte. No son el carácter aventurero, o la ambición de ganar dólares como se quiere hacer aparecer en determinados momentos; son causas principales de carácter económico, de subsistencia, de amor a la vida, de la búsqueda de un lugar que les reconozca el sentido humano de su personalidad, buscan en consecuencia un trabajo remunerado que les permita satisfactores para ellos y sus familias. Lamentablemente huyen de un infierno de miseria y carencias para pasar la frontera y encontrar otro infierno, más cruel, discriminatorio, de brutal explotación y opresión desenfrenada.

La mano de obra mexicana que ha venido acudiendo al Norte, la explotación de nuestros recursos en general y de nuestras materias primas en particular, como las de otros países, han contribuido de manera importante a la expansión industrial y al desarrollo de conjunto de los Estados Unidos de Norteamérica. Ello ha tenido incidencia en el rumbo de nuestras relaciones, por ello es que pensamos que esta representación nacional no puede soslayar el fenómeno migratorio menos aún cuando se encuentran afectados los derechos laborales y humanos de nuestros compatriotas, ya que además de las consecuencias económicas y políticas nuestros trabajadores indocumentados, como los de otros países, han sido , son y siguen siendo utilizados como "chivos expiatorios", para presiones políticas a los países exportadores de fuerza de trabajo y para avalar actitudes represivas contra ellos mismos.

Esa política represiva y perversa la ha utilizado el gobierno norteamericano contra los inmigrantes irlandeses en 1830 - 1840; contra los alemanes en 1848 - 1860; contra los que venían del sur y el este de Europa en 1870 - 1914; contra los chinos en 1850 - 1890; contra los japoneses en 1890 - 1907, contra los filipinos en 1900 - 1921; contra los mexicanos, iberoamericanos y del Caribe en lo que va del siglo y la lista completa sería larga de enumerar. Ahora bien, investigadores serios y reconocidos en la materia han sostenido que una de las grandes diferencias en las masivas migraciones hacia los Estados Unidos consiste en que mientras los europeos se han asimilado en su mayoría a las estructuras norteamericanas, la asiática fue prácticamente expulsada y a la mexicana, la de América Latina y el Caribe, casi por igual, se les ha mantenido cerca de la frontera o llamada "puerta revolvente", donde se les puede traer o expulsar cada que a los intereses de los patrones gringos y de la economía consumista norteamericana les venga en gana.

La historia de las migraciones ha demostrado una doble actitud del gobierno y los capitalistas norteamericanos. Admiten trabajadores migratorios en momentos de auge y los deportan en momentos de recesión sin reconocimiento de los derechos de estos trabajadores; la cantidad de leyes migratorias y contratos de braceros para buscar regular las migraciones a su interés de clase se cuentan por decenas, todas a cual más discriminatorias y represivas. En mayo de 1882 se estableció la "Ley de exclusión china"; en febrero de 1885 la "Ley sobre contratación de extranjeros", una igual en febrero de 1887; en marzo de 1891 otra ley que prohibe la importación de extranjeros, cosa curiosa en este caso se hacía a través de anuncios en ultramar que prometían empleos.

En 1907 se establece el llamado "Acuerdo entre caballeros" que limita la migración japonesa; en 1917 tenemos la "Ley del 5 de febrero", que a la vez que prohibe las migraciones de India y Asia en general exige que los que entren sepan leer y escribir. Esta es una de las primeras leyes que restringen la migración mexicana y la adecua a las necesidades de los patrones. Dicha ley se echa abajo con la llamada "Orden Departamental de 1918", primer esfuerzo de granjeros e industriales gringos para ocupar mano de obra barata mexicana. Esta se puede considerar como el Primer Programa de Braceros.

En mayo de 1921 viene la "Ley de Exclusión"; para 1924 se establece la "Ley de Cuotas", que termina con la migración masiva de europeos, restringe las de otros países y se preocupa por la mexicana; es a partir de entonces que se inventó la falacia de que los trabajadores mexicanos desplazaban del empleo a los norteamericanos, que deprimían los salarios y obstaculizaban la organización sindical, se aumentó la vigilancia fronteriza y se propagó la teoría racista de la supuesta inferioridad biológica de los mexicanos. Lamentablemente una parte del movimiento obrero norteamericano se tragó la píldora y disminuyó la ayuda solidaria a los trabajadores migratorios e incluso los rechazó.

En 1929, cuando se inicia la crisis más aguda del capitalismo después de la primera Guerra Mundial, se establece la "Ley del 28 de mayo", que considera una felonía ingresar a los Estados Unidos sin documentos y se considera cerrar la frontera. Fue en esta crisis capitalista de 1929 - 1933 cuando hubo las mayores deportaciones de indocumentados mexicanos, causando, lógico es, graves problemas sociales, se intensificaron hambre y miseria y tensiones serias en nuestras relaciones.

Con el acuerdo bilateral en 1942 llamado "Programa de trabajadores agrícolas de emergencia" (Emergency Fam Labor Program) se implementa en la realidad el periodo de "Programas de Braceros", para el desarrollo de la agricultura, la ganadería y la explotación forestal norteamericanas, entre los gobiernos de ambos países, aunque también se contrataron trabajadores para ferrocarriles, minas, puertos,

etc. Dichos programas de braceros se realizaron cada año de 1942 a 1956; de este último año hasta 1959 siguiéndole finalmente hasta 1964, en no pocas ocasiones el gobierno mexicano tuvo que dar término a dichos programas debido principalmente a que no se respetaban en la realidad práctica por los patrones norteamericanos, siempre los violaban y no pagaban al trabajador el salario, las condiciones de vivienda, los servicios, etc., violando un conjunto de cláusulas que establecían las condiciones de trabajo de estos braceros.

De 1964 a la fecha han sido los gobiernos de los estados fronterizos quienes contratan limitadamente con los granjeros norteamericanos algunos cientos de braceros, pues la mayoría pasan de indocumentados, arriesgando su vida, pues no han sido pocos los que han muerto a manos de la policía fronteriza estadounidense.

La preocupación de los legisladores norteamericanos para frenar las masivas migraciones siempre ha partido de los más reaccionarios, ya en el 92 Congreso norteamericano en 1971 - 1972 consideraron la necesidad de legislar sobre los inmigrantes indocumentados, Surge así la llamada "Ley Rodino 14831", que fundamentalmente sancionaba a los patrones que contrataban ilegales; surge luego la 16188, que fue aprobada por los diputados pero no así por el Senado. Nuevamente el diputado Rodino presenta en 1973 la propuesta 932, los diputados la aprueban pero no llegó al Senado; en 1974 se propone nuevamente por Rodino la 982, insistiendo en el status de extranjeros, multas a los patrones que ocupen ilegales, revelación de los nombres de extranjeros que recibían ayuda federal, etc.

Más aún, no sólo se ha querido reprimir legalmente a nuestros compatriotas que cruzan la frontera sin documentos. El drama que viven ellos es verdaderamente inhumano, se van dejando a sus familias en real descomposición de la célula familiar, vértebra de toda sociedad, venden lo que tienen y/o bien pide prestado dinero que les roban polleros, o sea contratistas que están ligados estrechamente con los granjeros gringos o bien pasan como espaldas mojadas o por diferentes lugares de los kilómetros de larga frontera, enfrentándose a todas las vicisitudes habidas y por haber; la sed, hambre, peligro de la migra gringa, etc.; ya en el otro lado son contratados para vivir bajo los árboles, la humedad del agua regada, a la intemperie de todas las temperaturas siempre extremas, sin servicios sociales, con tiendas que les venden más caros los alimentos y el vestido, con salarios muy por debajo de los que ganan los trabajadores norteamericanos, se les cobra un tanto por ciento deducido de su salario para seguro social que en conjunto asciende a miles de millones de dólares y que jamás llegan al Seguro Social mexicano ni mucho menos a sus familias que los añoran a inmensa distancia; tienen asimismo un constante riesgo de deportación, lo cual les impide reclamar sus derechos laborales y los somete a un status de discriminación, represión y violenta explotación.

Los malos tratos son una constante, los patrones gringos consideran que sus frutas deben ser cosechadas así sea con "sangre indocumentada" y luego aparecen como los campeones mundiales de los derechos humanos. Lo más grosero de los últimos tiempos que viola nuestra soberanía y nuestra propia dignidad de pueblo que busca ser libre en el contexto de las naciones, es ya no digamos el sometimiento, el sometimiento económico, y no pocos casos políticamente hablando, sino el conjunto sistemático de incidentes provocados por patrulleros fronterizos de los Estados Unidos. El más reciente es el de la Presa Morelos del Poblado de Algodoneros, municipio de Mexicali, Baja California, donde el 14 del presente mes y año, se trató al joven de 14 años Juan Manuel Gutiérrez Pérez y de Ramón García, de 33 años, perseguidos por la patrulla gringa en condiciones difíciles y dentro de nuestro territorio.

Compañeros diputados, la Declaración Universal de los Derechos Humanos no debe ser una declaración escrita, urge que su contenido tenga concreción para todos sin distinción, por ello mismo para nuestros propios compatriotas en los Estados Unidos.

La Ley, al entrar Ronald Reagan a la Casa Blanca como Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, se agudiza la persecución y el arbitrario trato discriminatorio y racista contra los trabajadores indocumentados, aumentan las redadas en casas y centros de trabajo, la amenaza de deportación masiva se propaga, la vigilancia fronteriza aterrorizante aumenta, etcétera. En esas condiciones, se establece, el 17 de agosto, una propuesta llamada Ley Mazzoli, se diseña teniendo en cuenta la grave situación norteamericana - voy a terminar, compañeros diputados, la propuesta concreta.

La propuesta es: de aprobarse dicha Ley Simpson - Mazzoli, afectará gravemente a miles de trabajadores mexicanos indocumentados. Es en estas condiciones, pasando a la propuesta concreta.

En México, desde que se conoció tal proyecto, nos hemos pronunciado contra ese engendro fascista, sindicatos, organizaciones campesinas, en Estados Unidos organizaciones chicanas, hombres progresistas norteamericanos de diferentes organizaciones sindicales, incluso sindicatos completos de la AFL - CIO. Por ello no menos importante resulta que nuestra Cámara de Diputados se pronuncie contra esta Ley. Proponemos, pues, lo siguiente:

1. Que se mande una carta a nuestros homólogos en los Estados Unidos de Norteamérica planteando nuestra preocupación por el proyecto reaccionario Simpson - Mazzoli y nuestra petición para que no se legislen leyes que afecten la dignidad de los trabajadores indocumentados en aquel país.

Ciudadanos: de la discusión en la Cámara de Diputados en los Estados Unidos sobre la Ley Simpson - Mazzoli que nos ocupa en esta intervención, sólo fue aplazada. Por tanto, el peligro subsiste. Hagámonos cargo de ello y antes de terminar este período de sesiones nuestro, pronunciémonos en su contra, seguros de que habremos actuado en base a la realidad y al derecho que nos asiste. Por lo tanto propongo, señor Presidente, que esta propuesta se turne a la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de Diputados para los efectos de su estudio y dictamen y se tome la resolución de esta Cámara en consecuencia. Muchas gracias por su atención.

El C. Presidente: En obsequio a la petición formulada por el orador. Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

COMENTARIOS A LA LEY DE

INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

Y AL GOBIERNO DE BAJA CALIFORNIA

- EL C. Presidente: Tiene la palabra el ciudadano diputado Molina Rodríguez.

El C. Juan Manuel Molina Rodríguez: Señor Presidente, compañeros diputados: Ya se aprobó aquí la Ley de Ingresos de la Federación que aparte de impopular será dañina para la economía ya muy golpeada de todos y cada uno de los mexicanos, resultando más afectados los de más bajo ingreso.

El pueblo mexicano seguirá pagando las consecuencias sin deberla, la crisis que causaron los López Portillo, los Hank González, los Durazo, los Lerma Candelaria, los Flores Tapia, entre otros, tendrá que pagarla este pueblo aguantador, muy aguantador, mientras que los saqueadores del país disfrutan del producto obtenido de sus actos ilícitos.

Se ha dicho que la renovación moral y otros temas de campaña se implantarán porque el pueblo así lo pidió en lo que han dado en llamar consulta popular, lo que sí es cierto es que el pueblo nunca pidió que le aumentaran los impuestos y que en vez de cobrarle 80 centavos por enviar una carta se le vayan a cobrar 6 pesos. Lo que sí pidió y lo sigue pidiendo, que se castigue a los culpables, a los corruptos, pero ni siquiera se admiten aquí las proposiciones de investigación de funcionarios coludidos en estos actos. (Aplausos.)

Ahora quiero hablar de mi estado, Baja California. Baja California ha sido explotado y saqueado por gobernantes y hasta por delegados del PRI. Desde que se convirtió en Estado ha tenido puros gobernantes nefastos; de 1953 a 1959, un asesino de periodistas y aparte Lenón, el tristemente célebre Braulio Maldonado; de 1959 a 1965, Eligio Esquivel, quien, contra la voluntad del pueblo, pues no ganó las elecciones, las ganó el panista Salvador Rosas Magallón, desgobernó el estado hasta su muerte, ese período lo completó la figura gris de Gustavo Aubanel Vallejo.

De 1965 a 1971, Raúl Sánchez Díaz, quien en 1968 arrebató el triunfo legítimo que el pueblo obtuvo con Norberto Corella, en Mexicali y Enrique Enciso en Tijuana. Además, seis de nueve diputaciones.

Los delegados del PRI en ese entonces, como seguramente lo habrán hecho todos, defraudaron no sólo votos, sino también que aceptaron regalitos a cargo del gobierno del Estado según consta en el libro de Manuel Gutiérrez Aguilar "La Derrota del Régimen".

Como lo sabe el diputado Pedro Luis Bartilotti, quien seguramente leyó ese libro cuando estuvo en mi Estado.

De 1971 a 1977, tuvimos un Monstruo Manzanero, como así le llamaba el pueblo, Milton Castellanos, pues se apoderaba de una manzana de terreno diaria.

De 1977 a la fecha, tenemos a alguien que no necesita pasaporte para entrar a Estados Unidos, ya que es gringo, Bob de Lamadrid, quien tuvo el cinismo de reconocer públicamente el primero de octubre, que tiene propiedades en su tierra, Estados Unidos, tres propiedades en el área de San Diego y una más en Palm Spring y cuenta de cheques en dólares a su nombre y de su señora.

Además se dice que acaba de adquirir el centro comercial de "La Joya", la zona más rica del condado de San Diego. También se ha hecho de propiedades en todo el Estado, madererías, ranchos, constructoras, etc.

El PAN lo acusó de amasar una pequeña fortuna de 500 millones de pesos, a lo cual él dijo no ser cierto, que su capital actual es únicamente de 250 millones. Claro que aparte de lo que tiene en Estados Unidos.

Su sueldo como Gobernador según el Secretario de Finanzas del Estado, es de 235 mil pesos mensuales, que si los hubiera ahorrado totalmente tendría acumulado hasta la fecha 14 millones 100 mil pesos. ¿De dónde sacó lo demás?, si antes de ser gobernador le embargaron su casa por una deuda que tenía de 100 mil pesos.

Con todo esto no estamos proponiendo se forme una comisión especial para que se investigue el enriquecimiento explicable del gobernador de Baja California, pues sabemos que la aplastante mayoría de esta Cámara la rechazaría. Sólo queremos dejar constancia además que el pueblo ya conoce todos estos hechos y será el mismo pueblo quien juzgue tanto a Bob de Lamadrid, como a los que niegan rehusan se investigue, pues posiblemente se tapen con la misma cobija. Muchas gracias. Por la diputación del PAN Juan Manuel Medina.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, 1983

"DICTAMEN DEL PROYECTO DE

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE

LA FEDERACIÓN, PARA 1983

ÍNDICE

Presentación

I. Gobierno Federal

II. Organismos y empresas

III. Deuda

IV. Presupuesto de divisas

V. Análisis sectorial

1. Bienestar social

2. Energéticos

a) Educación

b) Salud

c) Vivienda

3. Desarrollo Rural

4. Comunicaciones y Transportes

5. Comercio y Abasto

6. Industria

VI. Programas de mención especial

1. Inversión Pública

2. Apoyo al Federalismo

3. Servicios Personales

4. Empleo

VII. Observaciones, conclusiones y sugerencias. Proyecto de Decreto.

Anexo Estadístico

Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Presupuesto de Egresos de la Federación.

Honorable Asamblea:

En la forma y términos previstos en la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal envió a esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983, que comprende las previsiones de gasto público que realizarán durante ese ejercicio fiscal las entidades a que se refieren las fracciones I a IV y VI a VII del artículo 2o. de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

Por acuerdo de vuestra soberanía y con base en lo establecido en los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, misma que procedió a efectuar un análisis de la documentación presupuestal presentada y de aquella que adicionalmente obtuvo, para la debida preparación del correspondiente dictamen.

En la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación se siguen los lineamientos señalados en los artículos 13 y 14 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público; sus programas, metas y asignaciones así lo confirman y lo convierten en un importante instrumento del desarrollo económico y social.

Es pertinente aclarar que en la elaboración del dictamen la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, tomó en consideración las orientaciones y decisiones de la política económica y la estrategia de desarrollo que el Ejecutivo Federal precisa en el documento "Criterios Generales de Política Económica para la Iniciativa de la Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para 1983" y que también se sirvió enviar a esta soberanía, como otro medio de análisis que coadyuva a la mejor comprensión de la política de gastos que propone para 1983.

Como resultado de los estudios y demás trabajos realizados en el proceso constitucional de examen, discusión y aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación, la Comisión Dictaminadora somete a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

DICTAMEN

El proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 se deriva del Programa Inmediato de Reordenación Económica dado a conocer en el mensaje que el Presidente Miguel de la Madrid dirigió a la nación en su toma de posesión el 1o. de diciembre de 1982. Dicho programa presenta como objetivos centrales: "Combatir a fondo la inflación, proteger el empleo y recuperar las bases de un desarrollo dinámico sostenido, justo y eficiente". Para ello, presenta "10 puntos programáticos", de los cuales los primeros cuatro están directamente vinculados con este proyecto que se dictamina:

Primero: Disminución del crecimiento del gasto público. "Propondré un presupuesto austero con ajuste estricto a los recursos financieros disponibles, que preserve los servicios públicos al nivel indispensable, conserve la prioridad necesaria a programas de operación e inversión prioritaria, atienda al cumplimiento de los pagos de la deuda contraída y contenga el crecimiento del gasto corriente para aumentar el ahorro público".

Segundo: Protección al empleo: "Promoveré programas especiales de trabajo productivo y socialmente útil en las zonas rurales más deprimidas y en las áreas urbanas marginadas. Dentro de la austeridad, reorientaremos los recursos de inversión a obras generadoras de ocupación de mano de obra; ajustaremos los programas intensivos de capital. Para proteger el empleo existente promoveremos un programa selectivo de apoyo en la planta industrial con énfasis en la empresa mediana y pequeña que sea intrínsecamente sana, a través de crédito oportuno, prioridad en el acceso a divisas, asesoría técnica, demanda organizada y estimulada por las compras del sector público. El empleo es el valor fundamental a proteger. Pediremos a los factores de la producción moderación y responsabilidad en sus negociaciones para atemperar

salarios y utilidades. Definiremos con precisión la canasta básica de consumo popular y reforzaremos el control riguroso, efectivo y honesto, de los precios de los productos que la integren, para proteger el poder adquisitivo de las familias trabajadoras del campo y la ciudad; los subsidios serán reorientados y racionalizados con este propósito para conciliar en la justicia, el interés del consumidor y el aliento a la producción".

Tercero: Continuación de las obras en proceso con un criterio de selectividad. "Daremos un ritmo mayor a las inversiones de producción prioritaria e inmediata; disminuiremos las que no sean indispensables y cancelaremos proyectos cuando sea evidente su carácter suntuario, baja prioridad o errónea programación".

Cuarto: Reforzamiento de las normas que aseguren disciplina, adecuada programación, eficiencia y escrupulosa honradez en la ejecución del gasto público autorizado. "La responsabilidad financiera será criterio primordial para vigilar y evaluar el desempeño de los funcionarios públicos. Reglamentaremos estrictamente el ejercicio de la erogaciones presupuestales para evitar dispendio, desperdicio o corrupción".

La Comisión está consciente de que vivimos horas difíciles y de que frente a las crecientes y urgentes necesidades sociales del momento, el presupuesto de egresos para 1983 se encuentra severamente limitado por la disponibilidad de recursos externos y por la reducida base de ingresos y ahorro del sector público; así como por la inercia, la rigidez y la baja productividad del gasto público en años anteriores. Por ello, se considera necesario el cambio en la estrategia presupuestal que se anuncia en la exposición de motivos del documento que se dictamina y que actuará en tres frentes principales:

1. Reorientar sectorial y regionalmente el gasto, favoreciendo a las erogaciones en educación, asentamientos humanos, salud y seguridad social, comunicaciones y transportes, desarrollo rural y abasto de alimentos básicos. Al interior de los sectores se dará mayor énfasis al ahorro de divisas, a la generación de empleos, al fortalecimiento de la actividad productiva y al combate a la inflación. Por ello se instrumentará un programa para generar más de 500,000 empleos en 1983 y se canalizarán recursos hacia los sectores o regiones con un atraso relativamente mayor y que han constituido cuellos de botella de la actividad económica y social.

2. Fortalecer el ahorro público para incrementar la inversión, promoviendo el potencial económico y el cambio estructural. Por lo tanto, se fijan lineamientos para el gasto, especialmente el de servicios personales, transferencias y subsidios, adquisiciones y construcciones, para racionalizarlo y asegurar su sobriedad, disciplina, eficiencia y honestidad.

3. Modernizar el aparato burocrático y aumentar su eficacia para desterrar el dispendio, el desperdicio, la deshonestidad y la desviación de recursos hacia fines distintos a los establecidos.

Para avanzar en estos tres frentes, se tendrá que luchar contra la pesada y creciente carga del servicio de la deuda (que superó el 30% del gasto en 1982); y se tendrán que solucionar problemas presupuestales del pasado tales como la poca flexibilidad y eficiencia de ciertos renglones del gasto; la falta de operatividad en los criterios para la concesión de subsidios y transferencias; la rápida ejecución de la obra pública y su dispersión; y el control inadecuado del gasto.

Debido a la penuria financiera que enfrenta el sector público, se reconoce que aunque se minimice el gasto corriente, no será posible aumentar significativamente el programa de inversión; de ahí la importancia de su reorientación hacia las prioridades señaladas. En consecuencia, en el total de inversión se disminuirá la participación del sector energético - lo que se facilita por la situación del mercado internacional y la racionalización del consumo interno - y del sector industrial - por su desfavorable presupuesto de divisas y por que éstas se canalizarán preferentemente al pago de su deuda externa y a la compra de insumos importados para su operación.

Además, se fomentará la descentralización de la actividad del sector público y se estimulará el federalismo mediante programas de alcance estatal y municipal, que beneficiarán en mayor grado a los estados y municipios con menor desarrollo relativo.

Se espera que esta orientación del gasto público sea el principio de su cambio estructural para fortalecerlo como instrumento eficaz de rectoría económica.

Este presupuesto separa el gasto del gobierno federal y del sector paraestatal debido a sus diferentes efectos económicos y sociales. Separa, asimismo, el gasto del servicio de la deuda; incorpora el presupuesto de divisas como un instrumento del gasto público y hace mención especial de los programas de inversión pública, de servicios personales, de apoyo al federalismo y de promoción del empleo.

I. Gobierno Federal

El gasto previsto para el Gobierno Federal en 1983 es de 2.8 billones de pesos, de los cuales 1.3 corresponden a gasto corriente y 1.5 a gasto de capital. En el cuadro 1 aparecen los ramos en que se distribuirá este gasto, sobresaliendo el correspondiente a la Secretaría de Hacienda, a Erogaciones Adicionales y a la Secretaría de Educación Pública, que participan con 24.1%, 19.8% y 16.0% del total, respectivamente.

La Comisión considera conveniente incluir los cuadros 2 al 24 para conocer los programas que realizará cada dependencia y la asignación que le corresponde a cada uno de ellos. Esto facilita la interpretación de las cifras del cuadro 1 y ayuda a despejar dudas sobre el presupuesto tan elevado de varias dependencias. Por ejemplo, en el cuadro 6 se observa que de

los 670 mil millones de pesos asignados a la Secretaría de Hacienda, la entidad como tal, apenas gasta un 5% de este monto (33,000 distribuidos en nueve programas). El resto se explica principalmente por las transferencias que realiza (123,965 millones, 18.5% del total) y por las participaciones a las entidades federativas, que suman 503 mil millones de pesos (75% del total), y que forman parte de su programa EX - Administración de la Política de Ingresos y Reforma Fiscal.

El ramo de Erogaciones Adicionales también llama la atención por su monto (551 mil millones de pesos). Se trata de una partida que permite darle flexibilidad al presupuesto y que está constituida por dos programas fundamentales: Organismos (14,630 millones de pesos) y Apoyos y Financiamientos (536,737 millones de pesos). El primero contiene asignaciones para FONAPAS, INAP, Patrimonio Nacional de Promotores Voluntarios, DIF, Sistema de Transportes Eléctricos del D. F. y Metro (estos tres últimos absorben 97% del total). En el programa de Apoyos y Financiamientos, sobresalen las asignaciones al Programa Especial de Protección al Empleo (100 mil millones de pesos), Previsión de Aumentos de Sueldos a la Burocracia (87,000 millones), Reserva para el Programa Especial de Desarrollo Rural ..... (144,000 millones), Programa Especial del Sector Comunicaciones (69,000 millones), Programa Especial del Sector Comercio (30,000 millones), Programa Especial del Sector Educación (46,000 millones) y el Programa Especial del Sector Salud y Seguridad Social .... (21,000 millones).

Otro Ramo sobresaliente es el de la Secretaría de Educación Pública (444 mil millones de pesos), donde destacan, como se aprecia en el cuadro 11, los programas 4X - Asegurar la Educación Básica a toda la Población y 4Y - Vincular la Educación Propedéutica y Terminal con el Sistema Productivo de Bienes y Servicios Social y Nacionalmente Necesarios. Estos dos programas participan con un 48.4% y un 27.5%, respectivamente, del total asignado a esta dependencia.

Para conocer con mayor amplitud el gasto del Gobierno Federal, se juzga pertinente examinar - además de su clasificación administrativa presentada en el cuadro 1 - su clasificación económica, es decir, su división según el objeto del gasto: De los 2.8 billones, 1,373 billones (48.5%) se destinarán a gasto corriente, .947 (33.4%) a gasto de capital y .513 (18.1%) a participaciones y estímulos. Si restamos estos últimos al total se obtiene el "gasto programable" (2,320 billones, como se aprecia en el cuadro 25) que es el gasto que tiene efecto directo en la producción de bienes y servicios.

El gasto corriente a su vez se divide en gasto de administración y transferencias corrientes, siendo el primero de 743 miles de millones de pesos y el segundo de 631. Del gasto de administración, la mayor parte (473 miles de millones de pesos) se destina a servicios personales. El gasto de capital se orienta fundamentalmente a la inversión física (474 miles de millones de pesos) y a las transferencias para inversión (296 miles de millones de pesos).

Las transferencias del gobierno federal, tanto corrientes como de capital, suman un total de 1,042 miles de millones de pesos, de los cuales 435 corresponden a los organismos y empresas sujetas a control presupuestal y el resto (657.6) a otras entidades. Estas cifras, así como el monto de transferencias que realiza cada una de las dependencias del gobierno federal, aparecen en el cuadro 26. Las transferencias al sector paraestatal, a su vez, se desglosan en el cuadro 27, distinguiendo las transferencias estatutarias (aportaciones al IMSS y al ISSSTE) de los subsidios a los precios (o de operación) y de las transferencias de capital. En estas últimas sobresalen las asignadas a CFE (72 miles de millones de pesos) y a FERTIMEX (22 miles de millones de pesos). En los subsidios a los precios destaca CONASUPO (110 miles de millones de pesos), CFE (79 miles de millones) el sector ferroviario (26 miles de millones) y FERTIMEX (20 miles de millones).

II. Organismos y empresas

El Presupuesto de Egresos de 1983 asigna a la Administración Pública Paraestatal 1,969 billones de pesos, de los cuales 455 mil millones serán transferencias del Gobierno Federal (cuadro 27) por lo que el monto financiado con recursos propios y créditos será de 1,514 billones de pesos. Del total señalado en primer término, PEMEX absorberá un 33.5% y el IMSS 14%, siendo las dos entidades de mayor participación en el gasto del sector paraestatal. Los mismos renglones pero clasificados según su función (Regulación y Abasto, Asistencia y Seguridad Social y otros) aparecen en el cuadro 29.

Para enriquecer la clasificación administrativa de los organismos y empresas se estimó pertinente incluir los cuadros 30 - 54 donde aparecen los programas que realiza cada una de las entidades sujetas a control presupuestal.

En el caso de PEMEX - que por primera vez se ajusta a los nueve programas señalados por la Secretaría de Programación y Presupuesto - sobresalen el JL - Exploración de Hidrocarburos y el JI - Exploración y Desarrollo de Hidrocarburos, que absorben 28.6% y 17.5% del gasto total, respectivamente (cuadro 52). Entre los programas que lleva a cabo el IMSS destacan el 1B - Atención Curativa y el 1E - Prestaciones Económicas, que participan con el 51.1% y el 19.6% del total, respectivamente (cuadro 31). CONASUPO - tercera entidad en importancia en cuanto al gasto del sector paraestatal - sólo maneja un programa que es el de abasto, regulación y comercialización de productos básicos para la defensa de la economía popular.

La clasificación económica del gasto de los organismos y empresas se observa en el cuadro 55, donde consta que el 69.3% del total - que es de 1,969 miles de millones de pesos - lo ocupa el gasto corriente (1,363 miles de

millones de pesos). Dentro de éste sobresalen los renglones de materiales y suministros (506 miles de millones de pesos) y servicios personales (456 miles de millones de pesos). El gasto de capital, por su parte, apenas participa en un 30.7% del total (y no llega ni a la mitad del gasto corriente) alcanzando la cifra de 605 miles de millones de pesos, de los cuales la mayor parte es inversión física (580 miles de millones).

III. Deuda

El gasto del servicio de la Deuda Pública para el año de 1983 será de 2.8 billones de pesos de los cuales 1.7 corresponderá al Gobierno Federal y 1.1 a organismos y empresas. El servicio de la deuda del Gobierno Federal se divide a su vez en 175 mil millones de adefas y 1,532 de intereses y amortización de capital. Estos datos aparecen en el cuadro 56 donde también se observa la estructura de la deuda por tipo de crédito (interno y externo). Así, del total del Gobierno Federal, el 52.5% corresponde a deuda interna y el 47.5% a crédito del exterior, mientras que en organismos y empresas el 13% corresponde a crédito interno y el 87% a deuda externa. En el cuadro 56 también se aprecia el total de intereses y de amortización que tendrá que pagar cada uno de los organismos y empresas sujetos a control presupuestal, tanto en crédito interno como externo. Para facilitar la comparación de tales cifras con el año de 1982, se consideró conveniente incluir los cuadros 57 y 58. Se observa en tales cuadros que en empresas como PEMEX, CONASUPO Y FERTIMEX, el 100% del crédito será externo. Se aprecia, asimismo, que el gasto por servicio de la deuda de 1983 casi duplica las cifras de 1982, sobre todo en el renglón de intereses.

IV. Presupuesto de divisas

La severa escasez de divisas hace impostergable su racionalización y uso eficiente, sujetándolas estrictamente a las prioridades nacionales.

El principal generador de recursos en moneda extranjera (casi 60% del total) es el sector público, quien a su vez es un importante usuario de divisas - pero en menor proporción (35% del total) - debido a la necesidad de importar alimentos y productos para la inversión y operación de las empresas del Estado.

No obstante la tradicional escasez de moneda extranjera en el país - que ha limitado el desarrollo nacional en el pasado - poco se ha avanzado en la conceptualización de un "presupuesto de divisas del sector público" y es escasa o nula la experiencia en su instrumentación. Pero la crisis que se padece ha determinado que para 1983 se consolide como un mecanismo que formará parte del presupuesto de egresos de la Federación para fomentar la consecución de los objetivos de la estrategia de desarrollo nacional.

En el corto plazo los objetivos del presupuesto de divisas serán:

- Programar las compras del exterior de tal forma que permita disponer en todo momento de recursos indispensables para el desarrollo de programas, y seleccionar proveedores que ofrezcan las mejores condiciones de venta.

- Orientar e incrementar los programas de sustitución de importaciones por bienes nacionales y racionalizarlos según las exigencias del crecimiento económico.

- Fomentar exportaciones mediante el apoyo a los programas de las empresas públicas con oportunidades de concurrir a los mercados internacionales.

- Conocer con precisión la disponibilidad de divisas del sector para tomar las previsiones procedentes sobre los requerimientos de moneda extranjera o, en su caso, lo disponible para destinarse a otros usos fuera del sector público.

- Conformar una síntesis contable que refleje el comportamiento de la Balanza de Pagos del sector, para analizar los efectos y la influencia de la economía externa en sus actividades.

A fin de mejorar el funcionamiento del presupuesto de divisas, se incorporan mecanismos de seguimiento y control para regular los requerimientos de importaciones y distribuirlos eficientemente entre las prioridades y a través del tiempo.

El orden de prioridades a que se ajustará el uso de las divisas del sector público en 1983 será el siguiente:

- El pago de intereses y gastos de la deuda externa.

- Abastecimiento de alimentos y productos básicos de consumo popular.

- Adquisición de insumos, maquinaria y equipo que requieren las dependencias, organismos y empresas, que prestan servicios públicos fundamentales y producen bienes estratégicos.

En todas las prioridades, el requerimiento de divisas ajustará a lo mínimo indispensable para el funcionamiento del aparato productivo del sector público.

Con fundamento en los pronósticos disponibles sobre el panorama económico internacional, se espera, para 1983, que los ingresos de divisas del sector público por venta de mercancías y servicios, sean del orden de 16,400 millones de dólares, derivados fundamentalmente de una exportación de 1.5 MMBD de crudo y 450 MMPCB de gas natural. Dado que se fijará una plataforma de producción de hidrocarburos, cabe la posibilidad de que aumente el excedente exportable a medida que surtan efecto las medidas de racionalización del consumo interno de energéticos.

Los gastos en divisas de la Federación serán aproximadamente, de 15 mil millones de

dólares, correspondiendo el 40% a la importación de mercancías y servicios y el 60% al pago de intereses y gastos de la deuda. Del total mencionado el 72% corresponderá a los organismos y empresas y el resto al Gobierno Federal. En consecuencia habrá un superávit de divisas del sector público cercano a los 1,400 millones de dólares, como se aprecia en el cuadro 68.

V. Análisis sectorial

La Iniciativa de Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 registra un gasto de 7.1 billones de pesos, de los cuales 2,833 corresponden al Gobierno Federal, 1,513 a organismos y empresas y 2,822 al pago de la deuda. Si del total deducimos esta última cifra y los estímulos fiscales - por no tener un efecto directo en la actividad económica, social y de generación de empleos - y si se excluyen también las participaciones a estados y municipios, por no ser gasto de la Federación, se obtiene un "gasto programable" de 3,760 billones de pesos, 37% superior al esperado para 1982. Este gasto a su vez se subdivide en los diferentes sectores de actividad económica de la manera en que aparece en el cuadro 61. Allí se observa la reasignación que se hará del gasto público para reorientar el sistema productivo, superar los problemas de corto plazo e iniciar el cambio estructural de la economía. Se busca dirigir un mayor gasto hacia las actividades con menor contenido importado, con mayor generación de empleos, que producen y distribuyen bienes básicos, que atienden necesidades de desarrollo social, que mantienen la infraestructura, y que atenúan el costo social de la crisis para las grandes mayorías. El ajuste principal se realizará en el sector industrial y de energéticos, y tomará en cuenta las obras en proceso, por lo que la reasignación o el ajuste no se realizará con la misma velocidad en todos los sectores.

En el cuadro 61 se observa que los renglones que registran mayor tasa de crecimiento son los de Comercio y Abasto (71.1%), Comunicaciones y Transportes (56.9%), Desarrollo Rural (44%) y Educación y Salud (43% cada uno). Se observa asimismo que el sector Administración apenas crece en 12% y que el sector Poderes registra un crecimiento negativo de 10.8%.

En cuanto a la composición del gasto programable, el cuadro 61 indica que el sector Energéticos sigue manteniendo un elevado porcentaje del total (25%), pero reduce su participación con respecto a 1982 (27.4%). Situación similar se observa en el sector industrial (7.2% en 1983 y 8.1% en 1982), mientras que Educación, Salud, Comercio, Desarrollo Rural y Comunicaciones y Transportes aumentan su participación con respecto a 1982.

Para profundizar en el examen de la clasificación sectorial del gasto público, esta Comisión Dictaminadora decidió concentrarse en los seis sectores más importantes, que representan un 92% del total; a saber: Bienestar Social (Educación, Salud y Asentamientos Humanos), Energéticos, Desarrollo Rural, Comunicaciones y Transportes, Comercio y Abasto e Industria, que representan el 28.4%, 25.0%, 14.5%, 9.0%, 8.5% y 7.2% del total, respectivamente.

1. Bienestar Social

Este sector tiene la más alta prioridad y comprende los subsectores Educación, Salud y Vivienda, que en conjunto tendrán un presupuesto de 1,068 billones de pesos, que representan el 28.4% del gasto programable.

La estrategia de reordenamiento de la actividad pública que inspira este presupuesto buscará descentralizar la operación de los servicios mediante la revisión de competencias entre la Federación y los estados para que los servicios de Educación, Salud y vivienda se proporcionen en forma oportuna, eficaz y eficiente.

a) Educación

El presupuesto de este subsector para 1983, será de 544.4 miles de millones de pesos (14.5% del gasto programable) y se orientará hacia los objetivos siguientes:

- Avanzar en la superación del analfabetismo mediante la participación activa y comprometida de quienes han tenido la ventaja de tener acceso a la educación.

- Consolidar la educación básica, dando especial atención a las zonas y los sectores de la población en condiciones de pobreza crítica.

- Incidir en las causas de deserción y bajo aprendizaje en la educación básica, a través de cursos compensatorios y de regularización, y mejorando la capacitación del personal docente y el contenido de los programas.

- Ampliar tanto número como en calidad la educación preescolar.

- Facilitar el acceso a la educación media superior y superior a capas más amplias de la población, instrumentando sistemas donde la asignación de los recursos beneficie estrictamente a quienes lo necesitan.

- Fortalecer la participación popular en la cultura nacional.

- Fortalecer y promover el desarrollo de la ciencia y la tecnología.

En 1983 las acciones del subsector buscarán: hacer posible la primaria para todos los niños entre 6 y 14 años; avanzar en la cobertura de la educación preescolar y la educación para adultos; ampliar la atención a la demanda de nivel medio superior y superior; dar especial atención a la formación y capacitación del personal docente; y realizar obras de construcción y equipamiento para los diferentes niveles de educación.

Asimismo, como parte del reordenamiento del quehacer público se consolidará la

desconcentración administrativa; se intensificará la adecuación entre las necesidades de personal docente y su formación; se tenderá a reducir costos en la educación media superior y superior; y se propiciará la coordinación entre los diferentes servicios y responsables de la atención a niños con problemas de aprendizaje.

Sobresale en este conjunto de acciones la decisión del Gobierno Federal de promover la transferencia a los Gobiernos Locales de la educación que imparte a nivel preescolar, primaria, secundaria y normal, así como los recursos financieros correspondientes. Para ello, se instrumentará un programa de desconcentración convenido por los diferentes niveles de gobierno y los trabajadores de la educación.

Las metas para 1983 serán: Impartir educación de nivel preescolar a 2 millones de niños de 4 y 5 años de edad (76% del total); atender 15.3 millones de alumnos en educación primaria (71% por el gobierno), 4.1 millones en educación secundaria (69% por el gobierno), 1,852 millones de nivel medio superior (42% por el gobierno federal), 1.3 millones en educación superior (88.5% por el gobierno federal y las universidades autónomas), y 1,869 en educación para adulto (819 mil personas en alfabetización, 650 mil en primaria y 400 mil en secundaria); se formarán 409 mil maestros (49 mil de nivel preescolar, 123 mil de nivel primario, 4,000 de educación básica, 114 mil de nivel superior y 116 mil de formación universitaria) y se construirán 9,463 aulas y 14,282 laboratorios, talleres y anexos.

b) Salud y Seguridad Social

Un propósito fundamental en esta materia es elevar a rango constitucional el derecho a la salud.

El gasto proyectado para 1983 en este subsector es de 477 mil millones (12.7% del gasto programable) y buscará:

- Aprovechar la capacidad instalada de todas las instituciones de salud, para atender los requerimientos de la población.

- Ampliar las acciones de alimentación complementaria a escolares de primaria.

- Extender los servicios de protección al niño en estado de abandono total.

- Aliviar las presiones económicas de pensionados y jubilados.

- Proteger el salario de los trabajadores.

- Optimizar la utilización de los recursos disponibles para atender la demanda de servicios.

- Proporcionar los servicios de atención preventiva y curativa, utilizando la capacidad existente.

Las metas a obtener son las siguientes:

En materia de salud: aplicar 67.5 millones de dosis de vacunas; otorgar 7.1 millones de consultas de planificación familiar voluntaria y 124.9 millones de consultas en los diferentes niveles de atención; terminar 78 unidades médicas de salud pública; realizar 1.4 millones de inspecciones sanitarias; y establecer una red de monitoreo para saneamiento atmosférico, del agua y del suelo.

En asistencia social: repartir 212.9 millones de raciones alimenticias para abatir la desnutrición en zonas marginadas, y proteger a la niñez y a la vejez sobre todo a quienes están en estado de abandono total o parcial.

c) Asentamientos humanos

Este subsector ejercerá un presupuesto de 46.7 miles de millones de pesos (1.2% del gasto programable) y buscará mejorar el equipamiento urbano de los estados de tamaño medio e inducirá la concentración de la población rural dispersa.

En materia de vivienda se combatirá la especulación de la tierra urbana creando reservas territoriales para regular el crecimiento y uso del suelo. Además se apoyará la autoconstrucción de vivienda y se desarrollarán los sistemas y la tecnología constructiva adecuada para las clases populares.

Este sector tendrá un papel importante en la estrategia de defensa del empleo por lo que se dará prioridad a los programas que beneficien principalmente a la población desempleada y de bajos ingresos.

Las metas más sobresalientes durante 1983 son: incorporar a 2.8 millones de usuarios de agua potable y beneficiar a 1.1 millones de habitantes y obras de alcantarillado; en vivienda se busca realizar 51,185 acciones de lotes con servicios y 3,546 pies de casa que beneficiarán a 54,731 familias, básicamente mediante el Fideicomiso para las Viviendas Populares.

2. Energéticos

Este sector tendrá un presupuesto de 939.4 miles de millones de pesos (25% del gasto programable), de los cuales 660.5 mil millones corresponderá a PEMEX y el resto al subsector eléctrico.

La política de gasto durante 1983 propone consolidar los avances del sector y propiciar el desarrollo integral de su fase productiva. Las empresas del sector seguirán esquemas de racionalidad estrictos y se buscará evitar alteraciones al medio ecológico, cuidando al mismo tiempo el equilibrio regional.

En cuanto a petróleo, el gasto de PEMEX tenderá a buscar el equilibrio con los demás sectores y entre todas las regiones del país. Deberá asimismo ser más eficiente en sus inversiones, jerarquizarlas y medir su impacto en la Balanza de Pagos y en la Deuda Externa. Por ello se han ajustado sus programas y metas a las nuevas circunstancias internas e internacionales.

En 1983 PEMEX tendrá como meta de producción atender la demanda interna y exportar 1.5 MMBDP. La exploración y la explotación se reducirá en ritmo y se mantendrá a un nivel que permita sostener la

relación actual entre producción y reservas; para ello se perforarán 309 pozos (61 exploradores, 209 de desarrollo y 39 de inyección de agua).

La producción diaria de petróleo crudo y líquidos de gas será de 2,855 MBDP y 4,092 MMPCDP, respectivamente. En la producción industrial se obtendrán 1,355 MBDP de refinados y 34 MTDP de productos petroquímicos. El aprovechamiento de gas asociado se restringirá a las instalaciones que concluyen en 1983 y se continuarán a ritmo mínimo las que inciden en el mediano plazo.

Se dará prioridad a las inversiones en procesamiento, en distribución y en la infraestructura de almacenamiento, transporte y comercialización.

Se dará prioridad también a la conclusión de las ampliaciones en las refinerías de Tula, Salina Cruz y Minatitlán y se iniciarán las obras en la refinería de Lázaro Cárdenas. Se continuarán las obras en los complejos petroquímicos de Morelos, Ciudad Pemex, Lombardía y Huimanguillo. La integración del proyecto de la Cangrejera se realizará a un ritmo menor.

Del gasto total de PEMEX, se destinarán 343.8 mil millones de pesos a programas operativos y 316.7 mil millones al programa de inversiones.

El subsector eléctrico se propone atender, oportuna y eficientemente, la demanda, diversificando las fuentes de energía, y racionalizando el consumo.

Las metas para 1983 serán generar 75,730 GWH, lo que permitirá atender a 1,368 poblaciones, beneficiando a 11.5 millones de usuarios. Para ello se invertirán 164.6 miles de millones de pesos que permitirán incrementar la capacidad de generación en 1,239 MW.

3. Desarrollo Rural

Este sector tendrá un presupuesto de 546.3 miles de millones de pesos (14.5% del gasto programable) que se orientarán a dar apoyo sustantivo a los campesinos de temporal, estimular la productividad de los recursos disponibles, reordenar el uso del suelo, fomentar la organización de los productores primarios, definir una política clara de precios que aliente la producción, dar seguridad a la tenencia de la tierra, organizar a los trabajadores para lograr salarios y condiciones justas, dotar al campo de infraestructura agrícola, de almacenamiento y de comunicaciones; y desconcentrar las actividades del sector público mejorando la coordinación de las entidades que inciden en el agro.

En el subsector agrícola el gasto público de 1983 buscará producir alimentos suficientes, aumentar el empleo en el medio rural, distribuir el ingreso en favor de los campesinos y estimular el ingreso de divisas al país. Para ello el subsector realizará las siguientes acciones:

- Coordinar el otorgamiento de financiamiento, seguro, suministro de insumos e infraestructura productiva de manera selectiva y convergente.

- Ampliar la capacidad de producción de fertilizantes y plaguicidas y de semillas mejoradas.

- Ampliar la frontera agrícola fundamentalmente en áreas temporaleras mediante la determinación de los mejores usos y destinos de la tierra, y la reincorporación de tierras ociosas.

- En materia de riego se dará preferencia a las obras de pequeña irrigación en proceso, buscando se rápida terminación.

- Canalizar recursos presupuestales para terminar las presas de Tlataya y Cutzamala, Gro., Concordia, Chis., Xicoténcatl, Tamps., y Tlamaco, Hgo.

- Apoyar la producción temporalera de maíz, frijol, trigo, arroz y ajonjolí, mediante cuotas de préstamos preferenciales y cobertura de aseguramiento completa.

- Reducir sustancialmente los daños por plagas y enfermedades, incrementando la asistencia fitosanitaria a los productores temporaleros con potencial productivo.

- Continuar con los programas de semillas mejoradas y de localización mediante la investigación apropiada de las variedades que son más productivas por tipo de suelo y de región.

- Asistir técnicamente a los productores temporaleros con potencial productivo para inducir el cambio tecnológico en los cultivos básicos de mejor adaptación local.

Las metas de este subsector para 1983 son: abrir 126 mil hectáreas al riego y 94 mil al temporal; rehabilitar 82 mil hectáreas en los distritos de riego; prestar asistencia técnica en 9.8 millones de hectáreas; comercializar en el exterior 2.8 millones de quintales de los 6 que se producen a nivel nacional, lo que generaría 437 millones de dólares.

En el subsector pecuario se buscará fomentar la ganadería intensiva, mejorar los agostaderos, incrementar y conservar los pastos y forrajes cultivados, aumentar la infraestructura predial para el mejor manejo de los datos e impulsar una eficiente organización de productores.

En el subsector forestal se instrumentará un programa de aprovechamiento integral de estos recursos y se impulsará la planeación forestal integral avanzado en el inventario de recursos forestales, capacitación e investigación, asistencia técnica en producción industrial, acciones de control y vigilancia y reforestación.

El subsector reforma agraria se propone armonizar en el campo la seguridad y la paz con la justicia social. Para ello buscará dar seguridad a los distintos tipos de tenencia de la tierra; resolver los conflictos agrarios con mayor rapidez; y fomentar la organización colectiva y cooperativa del trabajo en el campo.

4. Comunicación y Transporte

El presupuesto de este sector será de 340.4 miles de millones de pesos (9.0% del gasto programado) y dará prioridad a los ferrocarriles y al tráfico de cabotaje para reevaluar su participación. Además se fomentará el uso intensivo del transporte combinado, se modernizará la red troncal de carreteras y las vías férreas, se consolidará el mejoramiento de los puertos comerciales y se atenderá la primera etapa de los puertos industriales.

Se buscará también que la inversión pública del sector genere empleos en el corto plazo, mediante la asignación de mayores recursos a la conservación y la construcción de la infraestructura.

Del gasto total del sector, el 85% se asigna a transportes y el 15% a comunicaciones. Del total del primer subsector, 59 mil millones se destinarán al transporte carretero, 99.1 miles de millones al sector ferroviario y el resto a la transportación marítima y aérea.

En el transporte carretero se fijaron las siguientes metas: construir 348 km. en 27 carreteras, conservar 41,500 km. de red federal y 74 km. de caminos rurales y la reconstrucción de 735 km. de la red troncal.

En transporte ferroviario se dará especial atención a los programas de conservación de la red férrea y de mantenimiento y rápida reincorporación de la fuerza tractiva y del equipo de arrastre. Se adquirirán 21 locomotoras y 1,710 carros. Asimismo, se terminará la instalación del sistema de control centralizado de tráfico en las rutas México - Monterrey y México - Guadalajara y las obras en proceso de rectificación de curvas y pendientes.

En transporte marítimo el gasto se concentrará en las obras en proceso de los puertos comerciales para concluir 5 nuevas posiciones de atraque; se mejorarán los accesos carreteros y ferroviarios en 3 puertos para aliviar los problemas de congestionamiento y se concluirá el Centro de Capacitación y Maestranza en el puerto de Lázaro Cárdenas. En cuanto a puertos industriales, el gasto se concentra en concluir varias obras de Lázaro Cárdenas y de Altamira.

En transporte aéreo, la inversión se limitará al mínimo necesario para terminar las obras aeroportuarias en proceso y se dará prioridad a la conservación y la racionalización de la operación de las líneas aéreas nacionales. Las metas serán: continuar la construcción de 8 aeropuertos; proseguir la reconstrucción y/o modernización de 11 aeropuertos, y realizar la conservación de 36 aeropuertos en operación.

El gasto del subsector comunicaciones se orienta hacia la adaptación y modernización de la red federal de microondas, la ampliación del sistema de satélites, la extensión del servicio de telefonía rural y la consolidación de la instalación de la red pública de transmisión de datos. Ello permitirá obtener las siguientes metas: 230 mil líneas en telefonía urbana, adicionar 3,000 teleimpresoras en el servicio de télex, 60 millones de mensajes en telégrafos, y operar 129,054 toneladas de piezas postales.

5. Comercio y Abasto

Este sector tendrá un presupuesto de 318.4 miles de millones de pesos (8.5% del gasto programable) y será prioritario ya que le corresponde la distribución y regulación de productos básicos, la conformación del sistema nacional de abasto, apoyar la planta estatal productora de bienes básicos, diseñar programas de distribución para el abasto de áreas rurales y urbanas marginadas, y actualizar y revisar la legislación comercial.

Los recursos de sector se destinarán a las siguientes acciones concretas para 1983: Desarrollar la infraestructura comercial y racionalizar su aprovechamiento, fomentar el abasto adecuado y oportuno de los bienes socialmente necesarios a precios accesibles con atención especial a la frontera norte, y proteger los intereses de los consumidores. En materia de comercio exterior, el sector se propone regularlo buscando el crecimiento armónico de la actividad económica.

Las principales metas a lograr son: normar la operación de abasto de 61 productos básicos, promover 11 centros comerciales, estudiar 252 mil asuntos de política de precios para proteger el ingreso real de los consumidores, adecuar 7,000 fracciones arancelarias y dictaminar 372 mil solicitudes de permisos de importación y exportación. CONASUPO se propone comercializar 13.2 millones de toneladas de grano (6.2 nacionales y 7 de importación); beneficiar a 58.8 millones de habitantes mediante la distribución de productos básicos en el medio urbano y rural; y llegar a una capacidad de almacenamiento de 4.8 millones de toneladas en el medio urbano y 2.6 en el área rural.

El IMCE atenderá 17,680 consultas de la comunidad exportadora, efectuará 337 estudios sobre oferta de productos nacionales, difundirá 1,230 licitaciones entre productores nacionales y beneficiará a 780 empresas mediante el programa de incentivos promocionales.

En protección al consumidor se resolverán 960 mil controversias, se difundirán las características de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado y se ejecutarán 1,560 programas de orientación al consumidor.

MINSA aumentará su volumen de producción de harina de maíz a 330 toneladas, TRICONSA producirá 1.1 millones de piezas de pan, LICONSA producirá y comercializará 484.5 millones de litros de leche reconstituida y ANDSA aumentará su capacidad de almacenamiento a 4.8 millones de toneladas.

6. Industria

El sector industrial ejercerá un presupuesto de 270 mil millones de pesos (7.2% del gasto

programable) orientado hacia los siguientes objetivos: Generar empleos permanentes y bien remunerados; alcanzar una producción suficiente de bienes de consumo popular; consolidar en el mediano plazo las acciones de la desconcentración ordenada de la actividad hacia costas, fronteras y regiones preferentes; desarrollar ramas de alta productividad, y articular la gran empresa con la pequeña y mediana. Así mismo, se fomentará la exportación de productos industriales.

El gasto industrial, que reducirá su dinamismo en 1983, buscará mantener en un nivel indispensable la actividad de los organismos y empresas del sector público, reordenando y revisando selectivamente la conclusión de las obras en proceso.

En minería el gasto de 1983 se propone apoyar y fomentar a los pequeños y medianos productores para estimular la generación de empleos, la obtención de divisas y la sustitución de importaciones. Entre sus metas sobresale la producción de 2.8 millones de onzas troy de plata, 14 mil onzas troy de oro, 900 toneladas de cobre y 650 mil toneladas de roca fosfórica. Todo ello en empresas paraestatales.

En siderurgia se pretende mejorar la productividad y la situación financiera y de liquidez de las empresas mediante la reducción de sus costos por mayor eficiencia, y una estructura de precios adecuada y flexible. Entre sus metas destaca la entrada de divisas por 260 mil toneladas de exportación de productos terminados así como la producción de 4.1 millones de toneladas de acero líquido y de 3 millones de toneladas de productos terminados.

En cuanto a manufacturas, hay el propósito de rehabilitar, reorganizar y conservar las instalaciones de la industria azucarera paraestatal; hacer más eficiente la comercialización de sus productos; conseguir la autonomía financiera mediante política de precios de productos y materias primas; elevar el nivel de vida de los trabajadores y reestructurar la administración de la industria. Entre las metas de la industria azucarera se subraya la producción de 1.9 millones de toneladas de azúcar para la zafra 82 - 83, la conclusión del ingenio Plan de San Luis, la rehabilitación de 46 ingenios y la ampliación de la capacidad productiva en 4.

FERTIMEX tratará en 1983 de reducir la dependencia del exterior en materia de fertilizantes, para lo que concluirá plantas de productos finales y de intermedios. Esto permitirá ofrecer 5.2 millones de toneladas de fertilizantes y productos químicos, de los cuales 3.7 serán de producción propia.

La industria textil paraestatal tendrá un presupuesto de egresos de 3 mil millones de pesos para modernizar y lograr la total autosuficiencia operacional y financiera en el corto plazo. Con ello se intenta lograr un suministro de 25.8 millones de metros de tela y casimires y 250 mil toneladas de hilo para uso doméstico e industrial.

CORDEMEX dispondrá de 2,049 millones de pesos para 1983 con los que procesará 65 mil toneladas de henequén.

En la producción paraestatal de papel se espera una producción de 400 mil toneladas para 1983 que cubrirá solamente el 50% de la demanda total.

CONCARRIL espera una producción de 1,710 unidades ferroviarias para 1983; y DINA, en la industria automotriz, estima una producción y comercialización de 9,270 camiones, 750 autobuses, 5,033 camionetas y 1,812 motores. SIDENA por su parte planea producir y ensamblar 10,142 tractores y 33,290 toneladas de productos de fundición.

En la industria naval se terminarán las obras de Astilleros de Veracruz, Mazatlán, Guaymas y Ensenada; se continuará la construcción de 4 buques tanque, 2 graneleros y 5 petroleros.

El fomento industrial se orientará a otorgar apoyos a la pequeña y mediana industria y a mitigar la limitación de divisas, el escaso desarrollo tecnológico, el alto costo de los insumos y el excesivo burocratismo. Para ello se darán financiamientos por 4,342 millones de pesos y se participará con capital de riesgo con 1,185 millones de pesos.

VI. Programas de mención especial

Las difíciles circunstancias en que se diseñó y se instrumentará el presupuesto de egresos de 1983 hizo que se le diera especial importancia a 4 programas que a continuación se examinan:

1.- Inversión Pública

Sobre la estructura de las inversiones públicas descansa una parte importante del reordenamiento económico partiendo de la premisa de que lo importante no es cuánto se debe gastar, sino cuánto puede financiarse, a qué ritmo y con qué orientación. Por eso, el presupuesto se preocupa por precisar los medios, fines, estructura, oportunidad y aplicación de los recursos disponibles para inversión.

La gravedad de la crisis obliga a que la inversión pública logre el mayor impacto posible en la creación de empleos y el aumento del bienestar social.

De ahí la necesidad de eliminar proyectos de inversión no prioritarios y de revisar cuidadosamente el costo, la congruencia y el ritmo de los proyectos prioritarios.

El presupuesto de 1983 busca reordenar la inversión pública cuidadosa y selectivamente para privilegiar a los proyectos intensivos en mano de obra, de bajo contenido importado, con periodos cortos de maduración, y que apoyen el desarrollo rural integral, el desarrollo social y la infraestructura básica.

Por todo ello, la exposición de motivos del presupuesto subraya que "se reordenará enérgicamente" la obra pública; se evitará la precipitación, la falta de planeación, el derroche

y la deshonestidad; y se revisará, sobre todo, la inversión del sector industrial.

El programa de inversiones de 1983 será de 1,226 mil millones de pesos (superior en 42% a la de 1982). Su distribución sectorial aparece en el cuadro 63, donde se aprecia que el mayor crecimiento corresponde a los sectores de educación (77%), comunicaciones y transportes (68.5%), salud (66.6%), asentamientos humanos (46.2%) y desarrollo rural (42.4%). Así mismo, se observan crecimientos menores en la inversión de los sectores industrial (23.8%) y energéticos (17%) y se registran tasas negativas en los sectores de pesca ( - 21.7%), administración ( - 31.5%) y seguridad nacional ( - 23.4%).

En el cuadro 64 se muestra la inversión pública del gobierno federal para 1983 (771 mil millones de pesos) distribuida entre sus diferentes componentes, entre los que sobresalen erogaciones adicionales (30% del total), agricultura y recursos hidráulicos (11%), promoción regional (7.8%) y asentamientos humanos y obras públicas (6.6%).

La inversión de los organismos y empresas sujetas a control presupuestal (580 mil millones de pesos), como se muestra en el cuadro 65, se concentra en PEMEX y CFE, que representan el 54.6% y el 26.3% del total, respectivamente. PEMEX sigue manteniendo una elevada participación en el total de la inversión del sector paraestatal, pero una pequeña tasa de crecimiento (7.7%).

La Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos para 1983 subraya que estos montos de inversión representan "el máximo compatible" con el marco de ajuste de la actividad pública frente a la escasez de recursos presupuestarios y la situación de balanza de pagos, y obedece, principalmente, a la necesidad de racionalización y reestructuración que exige el programa inmediato de reordenación económica.

2. Apoyo al Federalismo

La población ha demandado la descentralización de la vida nacional, y en respuesta a esta exigencia popular el presupuesto incluye una serie de acciones que además de incrementar los recursos a los estados y municipios, busca revisar el esquema de competencia entre estos y la federación busca revisar el esquema de competencia entre estos y la federación para descentralizar las responsabilidades gubernamentales. Esto se hará de manera gradual y realista buscando superar el estado raquítico de los recursos municipales y los prepare para absorber eficazmente la planeación, ejecución y operación de las obras y servicios públicos.

Como primer paso, los municipios tendrán nuevas atribuciones en materia presupuestal. En 1983 se articulará de manera integral el manejo de las previsiones presupuestales, con los beneficios provenientes de la Ley de Coordinación Fiscal y de otros programas de gasto federal que asignen recursos a estados y municipios.

Para cumplir con este propósito, el programa de apoyo al federalismo tendrá una asignación de 613.1 mil millones de pesos que se distribuirán como aparece en el cuadro 67. Allí se observa que la mayor cantidad corresponde a las participaciones a estados y municipios (503.1 mil millones de pesos) que registran un crecimiento de 125% con respecto a 1982. El resto se distribuye entre PIDER, CUC, COPLAMAR, subsidios a entidades y municipios y programas especiales de desarrollo rural. Las actividades financieras con estos recursos serán productivas, de beneficio social y de protección al empleo.

Los Programas Estatales de Inversión (PEI) se llevan a cabo con recursos aportados por la federación (por medio del CUC), los estados y los municipios y son los que en mayor medida fortalecen la capacidad de administración y gestión de los gobiernos estatales. Estos programas tendrán como metas: La construcción de 8,932 aulas, la conservación de 48,600 km. de la red de carreteras estatales, la construcción de 4,329 km. de caminos rurales, la rehabilitación y equipamiento de 383 centros de salud y la dotación de agua potable a 520 mil habitantes.

Además del PEI, el CUC ha permitido el establecimiento de procedimientos para la acción coordinada entre la Federación y los Estados, mediante los Programas Sectoriales Concertados (PROSEC) y los Programas de Desarrollo Estatal (PRODES).

La política de gasto del PIDER se ajustó para elevar la importancia de los programas productivos (del 52% en 1982 al 55% en 1983) y reducir la participación de los programas de apoyo (del 39 al 36%), manteniendo el nivel de las acciones de bienestar social (9%). Las metas para 1983 serán: La incorporación de 21,200 hectáreas al riego, el acondicionamiento de 71,350 hectáreas de tierras agrícolas de temporal, el establecimiento y rehabilitación de 39,100 hectáreas de huertos frutícolas, el aumento de la capacidad pesquera a 6,300 toneladas, la ampliación de la infraestructura para la producción acuícola de 1,400 hectáreas, la construcción de 2,000 km. de caminos rurales, el establecimiento y rehabilitación de sistemas de agua potable para 95 mil habitantes y la construcción de 30 aulas.

COPLAMAR se orientará a satisfacer los mínimos de bienestar y promover la creación y diversificación de empleos en las zonas marginadas del país. Sus metas serán: Realizar más de 1,300 obras de agua potable, constituir y operar 2,032 cooperativas de empleo, comercializar 2.5 millones de toneladas de productos básicos, electrificar 366 poblados, y otorgar crédito y asistencia técnica a campesinos en 598 mil hectáreas.

3. Servicios Personales

La modernización de la administración pública requiere, entre otras medidas, reducir o eliminar la rigidez en las asignaciones para el pago de servicios personales y la falta de homogeneidad y transparencia en las remuneraciones. Por ello, el presupuesto de 1983 incorpora un sistema de administración de personal federal que "garantice la eficiencia y modernice la estructura de los recursos humanos del sector público". Se logrará de esta manera establecer un servicio de carrera en la función pública que cumpla con los siguientes objetivos fundamentales: Proporcionar al servidor público seguridad y estabilidad en el trabajo, propiciando así su desarrollo sano e integral y estimulando el deseo de superación permanente. Adicionalmente habrá un mejor aprovechamiento de la experiencia y conocimientos del funcionario y empleado públicos y se creará un medio propicio para aumentar su conciencia social. Además, se eliminará la excesiva burocratización, corrupción e ineficiencia

La estrategia para racionalizar la administración del personal federal será gradual y en 1983 se buscará instrumentar el inicio del Catálogo de Puestos, de los Tabuladores y del Sistema Escalafonario, así como las normas que los regirán. El Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal establecerá las funciones de cada puesto y los requisitos de ocupación. También permitirá que los programas de capacitación y desarrollo de personal se ajusten a las demandas reales de la administración pública y su funcionamiento.

El Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal contiene 1,200 puestos agrupados en 10 grupos y 99 ramas de ocupación. Esta estructura en grupos, ramas y puestos, sienta las bases para la implantación del modelo escalafonario que normará los cambios verticales - dentro de un mismo ramo de actividad - y horizontales - de un ramo de actividad a otro que le es afín, pero dentro de un mismo grupo - .

La instalación del Tabulador General exige homogeneizar los sueldos base para evitar que haya diferentes sueldos para una misma función. Este proceso se inició el 1o. de septiembre de este año y permitirá la instalación gradual del tabulador general de sueldos en los próximos 6 años.

Para dar transparencia y uniformidad a las remuneraciones de los funcionarios superiores del gobierno federal se elaboró un tabulador (cuadro 66) con los sueldos y descuentos del Presidente de la República hasta los directores generales. Se buscará que estos niveles de sueldos se hagan extensivos a los de las empresas y organismos descentralizados, así como a los directivos de la banca nacionalizada. En el documento que se dictamina, se subraya que no se trata de un aumento de sueldos a los funcionarios de nivel superior (muchos de ellos incluso los vieron disminuidos, a pesar de su promoción administrativa), sino de introducir orden y racionalidad en una situación caótica.

La intención es homogeneizar las remuneraciones en los diferentes niveles de la Federación, por lo que más adelante se sugerirá al poder judicial que homologue los sueldos del presidente de la Suprema Corte de Justicia con el Secretario de Estado y los niveles subsiguientes con los correspondientes a funcionarios del poder ejecutivo.

4. Empleo

De no tomar medidas específicas para combatir la tasa de desempleo, ésta sería de 12% en 1983, tres veces superior a la registrada el año pasado. Por ello, los 3 objetivos fundamentales de la política laboral contenida en el presupuesto serán:

- Contener la tendencia de deterioro del empleo para que la tasa actual de desempleo (8%) no se incremente, lo que exige crear 500 mil empleos por encima de la tendencia estimada.

- Conservar el nivel ocupacional actual de la planta productiva.

- Mediatizar las consecuencias sociales del desempleo en áreas particularmente críticas.

En consecuencia, las asignaciones de gasto sectorial apoyarán de manera prioritaria los proyectos intensivos en mano de obra, con poco contenido importado (para que no se desplace la generación de empleos al exterior) y los programas específicamente orientados a la creación de empleos. Entre ellos sobresalen los de inversión en infraestructura carretera y ferroviaria, los programas de bienestar social, y los apoyos al desarrollo rural.

Asimismo, se instrumenta otro conjunto de acciones en las que destacan: 1) El subprograma temporal de empleo en obras municipales, que realizará obra pública en municipios que tengan problemas ocupacionales graves. A quienes se incorporen a este programa se les dará una capacitación mínima. 2) Obras de rehabilitación urbana intensivas en mano de obra, tales como la pavimentación de calles, la construcción de banquetas, áreas verdes, campos deportivos, rehabilitación de viviendas, alumbrado público y agua potable. 3) Se seguirá fortaleciendo el servicio nacional de empleo como mecanismo de acceso a actividades productivas y se fomentarán las acciones orientadas a aumentar la productividad, la capacitación y el adiestramiento.

Adicionalmente, se instrumentará el programa de protección al empleo industrial y a la planta productiva, que se propone ayudar a las empresas en dificultades, sobre todo a las pequeñas y medianas, mediante apoyos crediticios, financiamiento preferencial de las importaciones prioritarias y reorientación de las compras del sector público.

El programa de obras municipales es el que tiene mayor incidencia presupuestal y se

ocupará de realizar obras de interés comunitario (altamente intensivas en el uso de la mano de obra) en aquellos municipios que son más afectados por el desempleo. Los Gobiernos Locales manejarán administrativamente este programa que beneficiará el medio urbano a través de obras tales como asfalto de calles, banquetas, vivienda de interés social, agua potable, alcantarillado y alumbrado público. En el medio rural se realizarán obras comunitarias como la construcción de tanques de almacenamiento y tratamiento de agua potable, reforestación y recuperación de suelos, auto - construcción de vivienda y bodegas rurales. Para todo ello se hará una instrumentación gradual seleccionando los municipios que se incorporarán al programa. Los participantes en él tendrán el derecho y la obligación de tomar los cursos que se diseñarán para este efecto y con el propósito de facilitar su colocación cuando se inicie la recuperación de la actividad económica.

VII. Observaciones, conclusiones y sugerencias

Esta Comisión considera necesario situar al Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 en el contexto de una estrategia que se orienta a superar en el próximo bienio, la crisis más severa que el país ha padecido en los últimos 50 años, y que simultáneamente instrumenta la plataforma sexenal integrada por las siete tesis fundamentales resultantes de la campaña electoral del Presidente de la República actual. Lo anterior implica ubicar al presupuesto en relación con otros instrumentos de política económica que actuarán en forma coordinada para superar las horas difíciles que se viven, pero sin perder de vista los objetivos y metas de mediano y largo plazo. En otras palabras el presupuesto que se dictamina es parte del "Programa Inmediato de Reordenación Económica" dado a conocer en el mensaje presidencial del 1o de diciembre próximo pasado. Este programa se dirige a la solución de la crisis que sufre el país, al tiempo que se encauza a sentar las bases para lograr un desarrollo económico justo, sostenido y eficiente. Por ello el presupuesto que nos ocupa tiene objetivos de corto plazo, pero también se orienta hacia el mediano y largo plazos; busca superar los problemas de coyuntura, pero no descuida las deficiencias estructurales existentes.

Lo anterior permite una mejor apreciación de las características fundamentales de este presupuesto de egresos que busca reducir la inflación, proteger el empleo, fortalecer el ahorro y la generación de divisas y, sobre todo, convertirse en un apoyo fundamental en la conducción del desarrollo nacional:

Es un presupuesto austero en cuanto a su nivel pero flexible - dentro de los límites establecidos - y con una estructura diferente que favorece los sectores sociales, hace posible un programa de emergencia del empleo, mantiene los gastos de operación indispensables, limita las prestaciones a funcionarios públicos dándole transparencia y racionalidad a sus sueldos, apoya programas para el desarrollo regional y el fomento al federalismo, está inserto en el nuevo sistema nacional de planeación democrática e introduce reformas en su seguimiento y control. Además, se financia con recursos no inflacionarios y reduce el crédito interno y externo para disminuir, en consecuencia, la excesiva carga financiera que absorbe recursos que de otra manera se destinarían a los programas prioritarios.

Las características anteriores fundamentan nuestro voto de confianza al presupuesto que se dictamina. Esto a su vez nos compromete a vigilar el cumplimiento de los objetivos y metas que plantea, cumplimiento que podrá evaluarse con mayor precisión si se avanza en la Propuesta - ya expresada en el Dictamen de la Cuenta Pública de 1981 - de reorientar la información para que sirva cada vez más a propósitos distributivos.

Las características mencionadas constituyen avances importantes que contribuyen al mejor cumplimiento de los fines del Estado Mexicano, que a su vez sirven de guía a este presupuesto de egresos y a los demás instrumentos que conforman la estrategia sexenal.

A estos avances habría que agregar el compromiso ya manifestado por el Secretario de Programación y Presupuesto durante su reciente comparecencia ante esta soberanía cuando dijo: "Por instrucciones del Presidente de la República y en respuesta al dictamen sobre la Cuenta Pública de la Comisión de Presupuesto de esta Cámara, se establecerán mecanismos para que el Congreso obtenga información oportuna y permanente a lo largo del año sobre el ejercicio del presupuesto, para evitar que las desviaciones en su asignación se detecten tardíamente y sin justificación. Asimismo, se introducirán medidas para que el Congreso conozca con oportunidad los elementos generales de la integración del presupuesto para 1984".

Con el propósito de hacer efectivo este pronunciamiento, así como para fortalecer las facultades y el ejercicio de las atribuciones del Poder Legislativo, la Comisión Dictaminadora decidió modificar la Iniciativa del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 a fin de incluir en el Artículo 16 un párrafo que dispone el envío de información trimestral a la Cámara de Diputados sobre el ejercicio del gasto aprobado para este ejercicio.

Por el mismo motivo, la Comisión adicionó un segundo párrafo al Artículo 38 para que se informe a esta Soberanía sobre las razones y criterios específicos que fundamenten las medidas para promover la disolución, liquidación o extinción de las entidades de la administración pública paraestatal que no cumplan sus fines u objeto social, o cuyo funcionamiento no sea conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y/o del interés público, así como las propuestas de fusión de aquéllas otras cuya actividad combinada redunde en un incremento en su eficiencia y productividad.

Para seguir vigorizando al Poder Legislativo, esta Comisión dictaminadora estudiará y propondrá mecanismos de coordinación con el Ejecutivo para promover la participación de aquél a lo largo de todo el proceso presupuestal Adicionalmente, la Comisión hará una revisión integral de la legislación presupuestaria y propondrá diversas modificaciones para asegurar su congruencia y adecuarla a la realidad actual de la economía nacional, la administración pública y, sobre todo, a los propósitos de fiscalización más estricta de la actividad del Estado que persiguen el Legislativo y el Ejecutivo de la Unión.

En la misma dirección, esta Comisión ve con beneplácito la decisión del Secretario de Programación de reunirse por lo menos 4 veces al año, una vez cada 3 meses, con esta Comisión, para dialogar sobre el avance del presupuesto del año y las perspectivas de desenvolvimiento del mismo.

En congruencia con el propósito de fortalecer al Poder Legislativo, la Comisión optó por añadir, en la iniciativa del decreto que se dictamina, un artículo que separa el presupuesto del Poder Legislativo del de los demás poderes, modificando así el proyecto original donde aparecía junto con los ramos del Poder Ejecutivo. De manera que en el Artículo 2o. de la iniciativa del proyecto de decreto, se separó el ramo 00001 (Poder Legislativo) y se creó el Artículo 3o. donde figura por separado. Ahora en el decreto modificado por esta Comisión, los presupuestos del Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial aparecen en artículos diferentes.

En la misma línea, en los artículos transitorios se decidió agregar un Artículo 3o. para fortalecer el quehacer de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados en el sentido de que la Secretaría de Programación y Presupuesto dicte las medidas necesarias en la esfera administrativa para que la citada Contaduría ejercite debidamente las facultades que en materia del gasto público se le atribuyen en este decreto y en las leyes que resulten aplicables. El fortalecimiento de la Contaduría incluye también la decisión de proponer un incremento en su presupuesto realizado, posteriormente, las transferencias del caso.

A fin de hacer compatible el presupuesto de egresos de 1983 con las modificaciones recién aprobadas en la Ley de Ingresos de la Federación, la Comisión cambió el Artículo 2o. para restar del monto correspondiente al ramo 23 (Erogaciones Adicionales) los 50,000 millones de pesos en que se estimaron tales modificaciones. Esta cantidad será distribuida entre los diferentes programas y subprogramas incluidos en el ramo de erogaciones adicionales cuidando que no se afecten los programas prioritarios. De tales variaciones deberá darse cuenta a esta Soberanía en el primer informe trimestral de avance del presupuesto de 1983.

Otros cambios incluidos en la Iniciativa del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación son los siguientes:

- El Artículo 7o. de la Iniciativa, 8o., de la Propuesta, se modifica con relación a la numeración del Artículo 10, que en él se señalaba y se agrega dentro de la salvedad que previene el Artículo 27 de la Iniciativa, 28 de la Propuesta.

- En el Artículo 9o. de la Iniciativa, 10 de la Propuesta, se hace un cambio de forma en el enunciado del mismo.

- En el párrafo final del Artículo 10 de la Iniciativa, 11 de la Propuesta, se agrega la palabra "también", para mayor precisión del mismo.

- En el Artículo 14 de la Iniciativa, 15 de la Propuesta, se añade la intervención de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y se precisa la obligación del Ejecutivo y la participación de la Secretaría de Programación y Presupuesto en materia de fideicomisos.

- En los artículos 16, 18 y 24 de la Iniciativa, 17, 19 y 25 de la Propuesta, se cambia el número de los artículos que en ellos se citan debido a que se recorre la numeración. En el Artículo 17 además, se corrige la puntuación para mejor comprensión de los supuestos jurídicos considerados.

- En el Artículo 20 de la Iniciativa, 21 de la Propuesta, se adiciona a la Fracción I un segundo párrafo relativo a las remuneraciones por horas extraordinarias, se reforma el segundo párrafo de esa fracción en el mismo sentido, y se suprimen las fracciones IV y V.

- Se adiciona el Artículo 38 de la Iniciativa, 39 de la Propuesta, con la frase "que podrán realizar las dependencias y entidades" para mayor claridad.

No obstante estas modificaciones, la Comisión desea subrayar que la Iniciativa de Decreto del presupuesto de Egresos de la Federación para 1983 contiene avances sobresalientes con respecto a avances decretos anteriores. Entre ellos sobresalen la reorganización de su contenido normativo creando 2 capítulos, el tradicional de "disposiciones generales", y otro sobre "disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales". Además se sistematizaron las resoluciones en materia de subsidios, se incluyeron nuevos ordenamientos para regular la obligación de informar a la Secretaría de Programación y Presupuestos y se hace una presentación por separado de los presupuestos del gobierno federal, de la administración pública paraestatal y de la deuda, creando en este último caso la reserva para apoyo y reestructuración financiera de organismos y empresas sujetas a control presupuestal.

Una de las innovaciones más sobresalientes del proyecto de presupuesto de egresos de la federación para 1983 es la presentación de un "Presupuesto de Divisas del Sector Público". Sin embargo, la Iniciativa de Proyecto de Decreto no contiene ningún artículo sobre el destino de estas ni sobre la obligatoriedad de su asignación; de aquí que esta Comisión proponga que el manejo de las divisas disponibles obedezca estrictamente a las prioridades señaladas en tal presupuesto, cuidando que no se utilicen

en un orden distinto al preestablecido y que no haya desviaciones hacia otros usos.

Para vigilar el cumplimiento de esta propuesta, la Comisión Dictaminadora solicita que en los informes trimestrales ya mencionados y en la Cuenta Pública se detalle el destino de las divisas del sector público.

Por otra parte, la Comisión está consciente de que el presupuesto será modificado en su clasificación administrativa una vez que se aprueben las reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública, cambios que deberán ser modificados a esta Soberanía en el primer informe trimestral de 1983.

Asimismo, la Comisión desearía conocer, no solo los traslados de los diferentes programas a la nueva clasificación administrativa del gasto, sino también la distribución de tales programas por sectores económicos. De esta manera se llenaría una omisión inexplicable, tanto en el presupuesto como en la Cuenta Pública, ya que no obstante que la clasificación sectorial es la más importante en el análisis de ambos documentos, no se incluye un desglose de sus programas y estos aparecen sólo en la clasificación administrativa. Adicionalmente, esta Comisión sugiere que se hagan cambios en la presentación del presupuesto para que se incluya la manera de pasar del gasto administrativo que es el que aparece en el proyecto de decreto, al gasto programable o sectorizable, que es el fundamento del análisis sectorial - tema que se lleva la mayor parte de la exposición de motivos del presupuesto de egresos.

La comisión reconoce que el presupuesto tendrá que incorporarse al Plan Nacional de Desarrollo que será presentado el próximo mes de mayo y espera ser informada de esta incorporación. En este contexto, expresamos el deseo de que se esclarezcan los vínculos existentes entre los grandes objetivos del Proyecto Nacional que sustenta al Plan, con sus objetivos y metas y con los objetivos, metas y acciones del presupuesto de egresos.

En tal sentido, esta Comisión sugiere una revisión en el planteamiento de objetivos y metas de cada programa para hacerlos congruentes con las funciones que la ley consigna al organismo responsable, ya que en las discusiones de la Comisión llamó la atención que en algunos casos no se le diera la importancia debida a los programas o proyectos que estaban más directamente vinculados con la función principal de la dependencia o entidad responsable.

En el mismo orden de ideas, la Comisión reitera la sugerencia de que se redefinan las metas para efectos presupuestales y se fortalezca la evaluación de proyectos en las dependencias, ya que, como se puso de manifiesto en las discusiones celebradas en el seno de la Comisión, hay proyectos que no pasarían, de entrada, una evaluación desde el punto de vista social.

La comisión manifiesta que a pesar de la experiencia adquirida en el examen y revisión de la Cuenta Pública, aún es difícil analizar la justificación o congruencia de los montos presupuestados, no solo por los escasos días disponibles para hacer el dictamen, sino también por la falta de un grupo de estudio permanente que proporcione elementos que permitan mayor precisión en el examen de la vinculación entre el presupuesto y su estructura con los objetivos y metas fundamentales que pretenden alcanzarse.

El problema relacionado con la disponibilidad de tiempo se corregirá con el fortalecimiento de la participación del Legislativo en el proceso presupuestal ya mencionado, pero esto a su vez incrementa la urgencia de contar con el grupo indicado y con los sistemas modernos de computación y procesamiento de datos propuestos en el dictamen de la Cuenta Pública.

Los progresos registrados en el proceso de programación - presupuestación y en el Sistema Nacional de Planeación, así como los adelantos que se esperan al instrumentarse las medidas que esta Comisión propone, fomentarán la actividad dinámica y vigilante de la Cámara de Diputados y fortalecerá la democratización integral que define nuestra Constitución.

Por lo expuesto con anterioridad y de conformidad con lo que dispone en los artículos 65, 74 fracción, 75 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 15, 16, 17 y 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; 10 de la Ley General de Deuda Pública; 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones relativas aplicables, la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública propone a esta H. Representación nacional la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL

EJERCICIO FISCAL DE 1983

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones generales

Artículo 1o. El Ejercicio presupuestal y control de las erogaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1983, se sujetará a las disposiciones de este Decreto y a las que resulten aplicables a la materia.

Artículo 2o. Las erogaciones previstas en el Presupuesto de Egresos para la Presidencia de la República, las dependencias del Ejecutivo Federal y los Ramos de Aportaciones a Seguridad Social, Erogaciones Adicionales y Promoción Regional para el año de 1983, importan la cantidad de $2'778,799'116,000.00 (DOS BILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES, CIENTO DIEZ Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), y se distribuyen de la siguiente manera:

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Artículo 3o. El Presupuesto de Egresos del Poder Legislativo para el año de 1983, importa la cantidad $1,512'700,000. (Un mil quinientos doce millones setecientos mil pesos 00/100 Moneda Nacional).

Artículo 4o. El Presupuesto de Egresos del Poder Judicial para el año de 1983 importa la cantidad de $2,783'752,000.00 (Dos mil setecientos ochenta y tres millones, setecientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 Moneda Nacional).

Artículo 5o. Las erogaciones previstas para el año de 1983, correspondientes a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, cuyos programas están incluidos en este presupuesto, se distribuyen en las siguientes entidades:

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Artículo 6o. El gasto asignado a la Deuda Pública para el año de 1983 importa la cantidad de $2'821,894'010,000.00 (dos billones ochocientos veintiún mil ochocientos noventa y cuatro millones diez mil pesos 00/100 Moneda Nacional), y se distribuyen de la siguiente manera:

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Artículo 7o. Se faculta al Ejecutivo Federal para que, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se incluyan en el Presupuesto de Egresos de la Federación otros organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, además de los señalados en el Artículo 5o. de este Decreto, así como para fijar la fecha a partir de la cual se sujetarán a dicho control presupuestal.

Artículo 8o. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal se sujetarán estrictamente a los calendarios de pagos que les apruebe la Secretaría de Programación y Presupuesto y salvo lo previsto en los artículos 11 y 28, no se autorizarán ampliaciones líquidas a los presupuestos ni adecuaciones a los calendarios de pagos que tengan por objetivo anticipar la disponibilidad de recursos; en consecuencia, se observará un cuidadoso control del ejercicio presupuestal.

Artículo 9o. Las ministraciones de fondos de las dependencias y entidades serán autorizadas por la Secretaría de Programación y Presupuesto, de acuerdo con los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación; en consecuencia, las mismas ejercerán sus presupuestos con base en estas autorizaciones, limitándose a los montos asignados en los programas respectivos.

Artículo 10. La Secretaría de Programación y Presupuesto, dando vista a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, constituirá las responsabilidades a que haya lugar a los titulares o directivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, en su caso, podrá reservar la autorización de ministraciones de fondos a éstas:

I. Cuando no envíen los informes o documentos que les sean requeridos en relación al ejercicio de sus presupuestos y al avance bimestral de las metas señaladas en los programas que tengan a su cargo;

II. Cuando del análisis del ejercicio de sus presupuestos, resulte que no se cumple con las metas de los programas aprobados;

III. Cuando en el desarrollo de los programas se capten desviaciones que entorpezcan la ejecución de éstos y constituyan distracciones en las erogaciones asignadas a los mismos; y

IV. En general, cuando no ejerzan sus presupuestos con base en las normas que al efecto dicte la Secretaría de Programación y Presupuesto.

La Secretaría de Programación y Presupuesto tomará además las medidas presupuestarias conducentes para corregir las situaciones indicadas.

Artículo 11. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, autorizará erogaciones adicionales hasta por el importe de ingresos excedentes en la siguiente forma:

I. Los que resulten de los ingresos ordinarios a que se refiere el Artículo 1o de la Ley de Ingresos de la Federación, con excepción de los incisos 1 y 2 de su fracción II, "Aportaciones y abonos retenidos a los trabajadores por patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores", y "Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores", serán aplicados a los programas prioritarios, preferentemente de interés social, que apruebe el Ejecutivo Federal por conducto de dicha Secretaría, dentro de los sectores de atención especial. De dichos ingresos se asignarán, igualmente, los recursos necesarios para el sostenimiento del Instituto de Estudios L Legislativos, en monto que no exceda al 5% del gasto corriente presupuestado para el Poder Legislativo, los que serán ejercidos por conducto de la Cámara de Diputados;

II. Los relativos a ingresos ordinarios presupuestarios de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, se aplicarán por las propias entidades para el desarrollo de sus programas prioritarios o estratégicos previa autorización del Presidente de la República, dictada por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto; y

III. Los ingresos extraordinarios que obtenga el Gobierno Federal por concepto de empréstitos y financiamientos diversos, se destinarán a los programas específicos para los que hubieren sido contratados.

El Ejecutivo Federal al presentar a la Cámara de Diputados la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente a 1983, también dará cuenta de las erogaciones que se efectúen con base en esta disposición y hará el análisis de la aplicación de los excedentes de los conceptos a los que se refieren las fracciones que anteceden.

Artículo 12. Todas las cantidades que se recauden por cualesquiera de las dependencias federales, no podrán destinarse a fines específicos, salvo los casos que expresamente determinen las leyes y hasta por los montos que, previo dictamen de la Secretaría de Programación y Presupuesto, se requieren para atender las necesidades de los servicios a los cuales estén destinados.

Artículo 13. Los importes no devengados en sueldos, sueldos al personal obrero haberes, sobresueldos, sobresueldos al personal obrero, sobrehaberes, sueldos diferenciales por zonas, diferencias por salario mínimo, prima quinquenal por años de servicios efectivos prestados, acreditación por años de servicio en la docencia y al personal administrativo de las instituciones de educación superior, acreditación por titulación en la docencia, así como las diferencias en cambios, quedarán definitivamente como economías del presupuesto y en ningún caso se podrá hacer uso de ellos.

Artículo 14. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Programación y Presupuesto, y de conformidad con las reglas que expida el propio Ejecutivo, podrá aplicar al financiamiento de gastos prioritarios o estratégicos del Gobierno Federal, los remanentes que tengan los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritarias entre sus ingresos y gastos netos, que se consignen como

erogaciones recuperables dentro de sus presupuestos.

Artículo 15. El Ejecutivo Federal oyendo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizará, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, el incremento de los fideicomisos constituidos en el Banco de México para el fomento de las exportaciones de productos manufacturados y para el equipamiento industrial, así como para la realización de las operaciones análogas que proponga la Secretaría de Hacienda en los contratos de fideicomisos. Para este efecto, los incrementos se harán con cargo al impuesto sobre la importación de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación.

Artículo 16. La Secretaría de Programación y Presupuesto deberá vigilar que la ejecución del Presupuesto de Egresos de la Federación se haga en forma estricta, para lo cual tendrá amplias facultades a fin de que toda erogación con cargo a dicho presupuesto esté debidamente justificada y comprobada con apego a la ley y proveerá lo necesario para que se finquen las responsabilidades y apliquen las sanciones correspondientes cuando, efectuadas las investigaciones del caso, resulte que se realizaron erogaciones que se consideren lesivas para los intereses del Erario Federal. La dependencia del Ejecutivo Federal antes indicado, tomará todas las medidas que estime necesarias, tendientes a lograr la mayor eficiencia y economía en el gasto público y a la realización honesta del mismo.

La Secretaría de Programación y Presupuesto enviará informes preliminares trimestrales a la Cámara de Diputados de la ejecución del gasto público aprobado para este ejercicio.

Artículo 17. La Secretaría de Programación y Presupuesto, en el ejercicio del Presupuesto, vigilará que no se adquieran compromisos que rebasen el monto del gasto que se haya autorizado y no reconocerá adeudos ni pagos por cantidades reclamadas o erogaciones efectuadas en contravención a lo dispuesto en este mismo párrafo.

Será causa de responsabilidad de los titulares o directivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, contraer compromisos fuera de las limitaciones de los presupuestos aprobados para las mismas; acordar erogaciones en forma que no permita, dentro del monto autorizado en sus programas respectivos, la atención de los servicios públicos durante todo el ejercicio presupuestal; así como el titular de la Secretaría de Programación y Presupuesto autorizar dichos compromisos, salvo lo previsto en el Artículo 11 del presente Decreto.

Artículo 18. En cada una de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los encargados de los programas, subprogramas y proyectos, serán los responsables tanto del avance físico de los mismos, como del manejo de los recursos financieros.

Artículo 19. La administración, control y ejercicio de los ramos de Erogaciones Adicionales, Aportaciones a Seguridad Social, Promoción Regional, así como la reserva para apoyo y reestructuración financiera de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, a que se refiere la última parte de Artículo 6o. del presente Decreto, se encomiendan a la Secretaría de Programación y Presupuesto.

La Administración, control y ejercicio del Ramo de la Deuda Pública, será responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO SEGUNDO

Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales

Artículo 20. Sin perjuicio de lo que establece el presente Decreto y las demás disposiciones aplicables en la materia, los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, serán responsables en los términos de este capítulo, de la estricta observancia de las siguientes normas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestales.

Artículo 21. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ejercicio de sus erogaciones por concepto de Servicios Personales, deberán:

I. En las asignaciones de las remuneraciones a los trabajadores de la Administración Pública Federal, apegarse estrictamente a los niveles establecidos en los tabuladores de sueldos, cuotas, tarifas y demás asignaciones autorizadas por la Secretaría de Programación, así como las señaladas en el Catálogo General de Puestos del Gobierno Federal. Las remuneraciones adicionales por horas extraordinarias, así como los estímulos por eficiencia en la actuación, se regularán por las disposiciones que establezca la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Tratándose de las remuneraciones por jornadas ordinarias o por horas extraordinarias y otras prestaciones del personal que labora en los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, que se rijan por contratos colectivos de trabajo, los pagos se efectuarán de acuerdo con las estipulaciones contractuales respectivas;

II. Abstenerse de cubrir gastos por contratos de honorarios que en cualquier forma supongan el incremento, con respecto al ejercicio de 1982, del número de los contratos relativos y de los montos de las asignaciones respectivas; y

III. Eliminar las compensaciones de cualquier naturaleza a título de representación en juntas, consejos, comités técnicos y otros, así como gastos de representación.

Artículo 22. En el ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año de 1983, no se podrán efectuar :

I. Adquisiciones o nuevos arrendamientos de:

a) Bienes inmuebles para oficinas públicas y mobiliario, equipo y servicios destinados a programas administrativos, con excepción de las erogaciones que expresamente autorice la Secretaría de Programación y Presupuesto.

b) Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, con excepción de aquellos necesarios para salvaguardar la seguridad y soberanía nacional.

II. Gastos con cargo a la partida de erogaciones imprevistas.

Artículo 23. Las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican se efectuarán siempre y cuando se justifique su contribución a la consecución de los objetivos y metas de los programas aprobados, y se cuente con la autorización expresa del titular de la dependencia o entidad correspondiente:

I. Mantenimiento y conservación de bienes inmuebles, mobiliario y equipos de oficinas públicas ;

II. Gastos Menores, de ceremonial y de orden social;

III. Comisiones del personal al extranjero,

IV. Contratación de Asesorías, Estudios e Investigaciones;

V. Publicidad, propaganda y publicaciones oficiales. En estos casos las dependencias y entidades deberán utilizar preferentemente los medios de difusión del sector público y el tiempo que por ley otorgan al Gobierno Federal las empresas de comunicación que operan mediante concesión federal; y las erogaciones por estos conceptos deberán ser autorizadas previamente por las Secretarías de Gobernación y de Programación y Presupuesto; y

VI. Congresos, Convenciones, Ferias, Festivales y Exposiciones.

Artículo 24. En el ejercicio del gasto de inversiones públicas comprendido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para 1983, se observarán las siguientes medidas:

I. Se deberá aprovechar la mano de obra e insumos locales y emplear al máximo la capacidad instalada productiva para abatir costos;

II. Se continuarán aquellas obras que no impliquen importaciones, limitando o difiriendo, en su caso, las que requieran insumos de procedencia extranjera para su terminación.

III. Se otorgará preferencia a aquellos proyectos en proceso con mayor avance relativo y de más alta prioridad;

IV. Se diferirán las obras de construcción y remodelación de edificios e instalaciones para oficinas administrativas;

V. Sólo se autorizará la inversión en nuevos proyectos de conformidad con las disposiciones establecidas, otorgando prioridad a las obras complementarias de proyectos en proceso que sean consecuentes y congruentes con los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo;

VI. Las inversiones financieras se orientarán:

a) A fomentar y desarrollar selectivamente las actividades y ramas de producción consideradas como fundamentales para el desarrollo del país; y

b) Al financiamiento de empresas públicas que promueven la producción y comercialización de productos básicos, así como de bienes de capital;

VII. Las dependencias y entidades deberán cubrir sus necesidades de operación mediante la utilización máxima de sus inventarios procediendo a la tabulación y reclasificación de los mismos, y a la enajenación en los términos de la Ley de la materia de los que se consideran obsoletos a fin de evitar la existencia de recursos ociosos.

Artículo 25. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal estarán obligadas a proporcionar a la Secretaría de Programación y Presupuesto la información en los términos y plazos que ésta los requiera, para vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21, 22, 23 y 24 del presente Decreto.

Artículo 26. A fin de identificar los niveles de liquidez, así como para operar la compensación de créditos o adeudos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal informarán a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Programación y Presupuesto, por conducto de las instituciones de banca y crédito que operen en la República o el extranjero, de sus depósitos en dinero y valores u otro tipo de operaciones financieras y bancarias. Para tal efecto el Ejecutivo Federal dictará las normas correspondientes.

Artículo 27. El Banco de México, en función del monto de divisas comprendido en el Presupuesto de Egresos de la Federación y de conformidad con las disposiciones aplicables, proporcionará a petición de las dependencias y entidades las divisas que requieran para el cumplimiento de sus compromisos en moneda extranjera.

Artículo 28. La Secretaría de Programación y Presupuesto, atendiendo a las políticas y orientaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México, y de acuerdo a los flujos reales de divisas y de Moneda Nacional, efectuará las adecuaciones necesarias a los calendario de pagos en función de los requerimientos y disponibilidades, así como de las alternativas de financiamiento que se presenten.

Artículo 29. Las dependencias y entidades quedan obligadas a informar a las Secretarías de Programación y Presupuesto, de Hacienda y Crédito Público y al Banco de México, en la forma y periodicidad que estos determinen, los movimientos presupuestales que efectúen en divisas de acuerdo con los flujos reales establecidos.

Artículo 30. Las erogaciones por concepto de subsidios y aportaciones con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación, se sujetarán a los siguientes criterios:

I. El otorgamiento deberá ser selectivo, considerando su contribución efectiva a la oferta de bienes, servicios e insumos estratégicos o prioritarios;

II. Se considerarán preferenciales las aportaciones destinadas a la capitalización de las empresas públicas; a la formación de capital en ramas y sectores básicos de la economía y al financiamiento de actividades definidas como estratégicas, que en el mediano plazo propicien la generación de recursos propios;

III. Los subsidios destinados a cubrir desequilibrios financieros en la operación, se deberán reducir conforme a la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;

IV. Los subsidios a los precios de los bienes se mantendrán a niveles que estimulen a los productores y que al mismo tiempo eviten el deterioro del poder adquisitivo de los consumidores; y

V. No se deberán otorgar subsidios o aportaciones cuando no se hallen claramente especificados los objetivos, metas, beneficiarios, destino, temporalidad y condiciones de los mismos.

Artículo 31. Las instituciones encargadas de prestar el servicio público de banca y crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, sólo podrán conceder subsidios, ministrar donativos, otorgar gratificaciones y obsequios o dar ayuda de cualquier clase, con la autorización previa y por escrito de la Secretaría de Programación y Presupuesto, a la que presentarán para este efecto las solicitudes relativas que reciban, una vez aprobadas por los órganos competentes de la institución, organismo o empresa de que se trate y por el coordinador de sector correspondiente.

Los administradores, directores, gerentes o los representantes responsables de las entidades mencionadas en el párrafo anterior, deberán disponer el registro contable anual de todos los subsidios, donativos, gratificaciones, obsequios y ayudas proporcionadas durante el ejercicio, anotando su objeto, monto y el nombre del beneficiario, así como remitir a la Secretaría de Programación y Presupuesto, con la periodicidad que ésta lo requiera, un informe de los mismos.

Artículo 32. Los beneficiarios de subsidios de cualquier índole, otorgados por el Gobierno Federal, deberán rendir cuenta detallada de la aplicación de los fondos a la Secretaría de Programación y Presupuesto, acompañando los respectivos comprobantes, así como la información y justificación correspondiente en la forma que ésta los requiera; asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público queda igualmente facultada para vigilar y evaluar los resultados de los estímulos fiscales.

El incumplimiento en la rendición de la cuenta comprobada motivará en su caso la inmediata suspensión de las subsecuentes ministraciones de fondos que por el mismo concepto se hubieran autorizado así como el reintegro de lo que se haya suministrado.

Artículo 33. La Secretaría de Programación y Presupuesto se abstendrá de autorizar subsidios, donativos o ayudas que no contribuyan a la consecución de los objetivos de los programas aprobados o que no se consideren de beneficio social, así como aquellos a favor de beneficiarios que dependan económicamente de Presupuesto de Egresos de la Federación o cuyos principales ingresos provengan de éste.

Artículo 34. para la autorización de transferencias a los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria con cargo al Presupuesto de Egresos, la dependencia encargada de la coordinación sectorial verificará previamente:

I. Que se justifique la necesidad de recursos en función del estado de liquidez de la entidad beneficiaria;

II. Que las entidades no cuenten con recursos ociosos o aplicados en operaciones que originen rendimientos de cualquier clase; y

III. El avance físico - financiero de sus programas y proyectos, con el propósito de regular el ritmo de la ejecución con base en lo programado.

Se suspenderá la ministración de fondos por parte de las dependencias, cuando las entidades beneficiarias no remitan la información físico financiera en los términos y plazos establecidos en las disposiciones vigentes.

Artículo 35. Los subsidios con cargo a impuestos federales, las devoluciones de impuestos, los estímulos fiscales, así como las participaciones que sobre impuestos y productos federales corresponden a las entidades federativas, al Distrito Federal o a los municipios, se sujetarán a las reglas que fije la Ley de Ingresos de la Federación y se deberán comunicar a la Secretaría de Programación y Presupuesto, a fin de que realice la afectación presupuestal correspondiente.

Artículo 36. El Ejecutivo Federal podrá abstenerse de ministrar subsidios a las entidades federativas y a los municipios que en sus ordenamientos locales tengan establecidos gravámenes tributarios, sea cual fuere el aspecto que se les dé con violación de los artículos 73, fracción XXIX, 117, fracción V, y 131 de la Constitución General de la República, sobre las fuentes de imposición privativas de la Federación.

El Ejecutivo Federal podrá abstenerse igualmente de ministrar subsidios y concertar programas de coordinación de servicios e inversiones con las entidades federativas que graven con impuestos locales los sueldos y salarios de los empleados de la Federación, de los organismos descentralizados, de las empresas de participación estatal mayoritaria, de las que operen mediante concesión federal y de las instituciones de banca y crédito.

En la entrega de las participaciones federales a los gobiernos estatales y municipios se estará a lo dispuesto por la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo 37. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Programación y Presupuesto, dictará las medidas necesarias a efecto de que las dependencias de la Administración Pública Centralizada procedan de inmediato a reorganizar sus estructuras administrativas, con el objeto de racionalizar

efectivamente la utilización y aplicación de sus recursos humanos y financieros y de reducir, estos a los mínimos indispensables que se requieran para el adecuado ejercicio de las funciones de las propias dependencias.

Artículo 38. La Secretaría de Programación y Presupuesto tomará las medidas conducentes a promover la disolución, liquidación o extinción, en el menor tiempo posible, de las entidades de la Administración Pública Paraestatal que no cumplan sus fines u objeto social, o cuyo funcionamiento no sea ya conveniente desde el punto de vista de la economía nacional y/o del interés público. Asimismo, propondrá la fusión de aquellas otras cuya actividad combinada redunde en un incremento en su eficiencia y productividad.

La Secretaría de Programación y Presupuesto informará a la Cámara de Diputados de las razones y criterios específicos que fundamenten el ejercicio de estas atribuciones. Artículo 39. Para los efectos del Artículo 57 de la Ley de Obras Públicas , las bases para determinar los límites de los montos de las obras que podrán realizar las dependencias y entidades durante el año 1983, serán las siguientes:

Total de cada

Autorizada Obra

Límite

Inversión Total Máximo

(Millones de (Millones de

Pesos) Pesos)

Hasta 2,000 4.0

Mayor de 2,000 a 5,000 5.0

Mayor de 5,000 a 8,000 6.0

Mayor de 8,000 a 10,000 7.0

Mayor de 10,000 a 15,000 8.0

Mayor de 15,000 a 20,000 10.0

Mayor de 20,000 a 50,000 12.0

Mayor de 50,000 a 80,000 14.0

Mayor de 80,000 17.0

La Secretaría de Programación y Presupuesto, vigilará el cumplimiento de esta disposición.

Artículo 40. La Secretaría de Programación y Presupuesto está facultada para interpretar las disposiciones del presente Decreto para efectos administrativos, así como para establecer las medidas conducentes a su correcta aplicación.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día primero de enero de 1983.

Segundo. El Ejecutivo Federal queda facultado para que, conforme a los programas y dentro de los montos del Presupuesto de Egresos aprobados por el presente Decreto, efectúe los traspasos y transferencias que resulten procedentes, respecto a las dependencias y ramos correspondientes, como consecuencia de las adecuaciones a la organización y funcionamiento de la Administración Pública Federal Centralizada que apruebe el Congreso de la Unión. Del ejercicio de esta facultad, el Ejecutivo Federal informará al rendir la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal.

Tercero. La Secretaría de Programación y Presupuesto dictará las medidas necesarias en la esfera administrativa a fin de que la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados ejercite debidamente las facultades que en materia de gasto público se le atribuyen en este Decreto y en las leyes que resulten aplicables.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, D. F., a 28 de diciembre de 1982.

Los diputados miembros de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública. Manuel Cavazos Lerma, presidente; Irma Cué de Duarte, secretaria; Juan Mariano Acoltzin Vidal, Genaro Borrego Estrada, Alvaro Brito Alonso , Ma. Luisa Calzada de Campos, Oscar Cantón Zetina, Rolando Cordera Campos, Iván García Solís, Antonio Fabila Meléndez, Juan José Hinojosa, Julieta Guevara Bautista, Enrique León Martínez, Luz Lajous, Moisés Raúl López Laines, Raúl López García, Eugenio A. Mayoral Bracamontes, David Lomelí Contreras, José Ignacio Monge Rangel, Esteban Núñez Perea, Teresa Ortuño Gurza, Alejandro Posadas Espinosa, Gerardo Ramos Romo, Héctor Ramírez Cuéllar, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Soto Izquierdo, Homero Tovilla Cristiani, Jorge Treviño Martínez, Antonio Vélez Torres, Astolfo Vicencio Tovar, Aidé E. Villalobos Rivera, Manuel Villa Issa, Ricardo Castillo Peralta."

ANEXOS ESTADÍSTICOS

PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL PODER LEGISLATIVO, LA PRESIDENCIA DE LA

REPÚBLICA, LAS DEPENDENCIAS DEL EJECUTIVO FEDERAL Y LOS RAMOS DE

APORTACIONES A SEGURIDAD SOCIAL, EROGACIONES ADICIONALES Y PROMOCIÓN

REGIONAL GASTO CORRIENTE Y DE CAPITAL, 1983

CUADRO 1

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PROYECTO DE GASTO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL CUADRO 1

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CUADRO 2

PROGRAMAS DE PODER LEGISLATIVO

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CUADRO 3

PROGRAMAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

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CUADRO 4

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

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CUADRO 5

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE

RELACIONES EXTERIORES

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CUADRO 6

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE

HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO

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CUADRO 7

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE

LA DEFENSA NACIONAL

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CUADRO 8

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA Y

RECURSOS HIDRÁULICAS

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CUADRO 9

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE

COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

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CUADRO 10

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE COMERCIO

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CUADRO 11

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PUBLICA

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CUADRO 12

PROGRAMA DE LA SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA

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CUADRO 13

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE MARINA

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CUADRO 14

PROGRAMA DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

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CUADRO 15

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA

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CUADRO 16

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE PESCA

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CUADRO 17

PROGRAMAS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

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CUADRO 18

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

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CUADRO 19

PROGRAMAS DE LAS APORTACIONES A SEGURIDAD SOCIAL

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CUADRO 20

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS Y OBRAS PUBLICAS

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CUADRO 21

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE TURISMO

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CUADRO 22

PROGRAMA DE EROGACIONES ADICIONALES

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CUADRO 23

PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE

PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

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CUADRO 24

PROGRAMAS DE PROMOCIÓN REGIONAL

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CUADRO 25

EGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL

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CUADRO 26

CLASIFICACIÓN SECTORIAL DE LAS TRANSFERENCIAS

DEL GOBIERNO FEDERAL 1983

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CUADRO 27

TRANSFERENCIAS DEL GOBIERNO FEDERAL

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CUADRO 28

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE 1983, DE ORGANISMOS Y

EMPRESAS CONTROLADOS PRESUPUESTALMENTE

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CUADRO 29

PROYECTO DE GASTO DE LA ADMINISTRACIÓN

PARAESTATAL 1

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CUADRO 30

PROGRAMAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS

SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES AL

SERVICIO DEL ESTADO

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CUADRO 31

PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL

SEGURO SOCIAL

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CUADRO 32

PROGRAMAS DE PRODUCTORA

E IMPORTADORA DE PAPEL, S.A. DE C.V.

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CUADRO 34

PROGRAMAS DE LA FORESTAL VICENTE GUERRERO

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CUADRO 35

PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL CAFÉ

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CUADRO 36

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PROGRAMAS DE PRODUCTOS FORESTALES MEXICANOS

CUADRO 37

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PROGRAMAS DE AERONAVES DE MÉXICO, S. A.

CUADRO 38

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PROGRAMA DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES

CUADRO 39

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PROGRAMAS DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS

CONEXOS

CUADRO 40

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PROGRAMAS DEL FERROCARRIL CHIHUAHUA AL PACIFICO, S. A. DE C. V.

CUADRO 41

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PROGRAMAS DEL FERROCARRIL DEL PACIFICO, S. A. DE C. V.

CUADRO 42

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PROGRAMAS DEL FERROCARRIL SONORA BAJA CALIFORNIA, S. A. DE C. V.

CUADRO 43

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PROGRAMAS DE FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO

CUADRO 44

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PROGRAMAS DE LA COMPAÑÍA NACIONAL DE SUBSISTENCIAS POPULARES

CUADRO 45

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PROGRAMAS DEL INSTITUTO MEXICANO DE COMERCIO EXTERIOR

CUADRO 46

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PROGRAMAS DE PRODUCTOS PESQUEROS MEXICANOS E INDUSTRIAS PESQUERAS

DEL NOROESTE

CUADRO 47

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PROGRAMAS DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD

CUADRO 48

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PROGRAMAS DE LA COMPAÑÍA DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

CUADRO 49

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PROGRAMAS DE LA CONSTRUCTORA NACIONAL DE CARROS DE FERROCARRIL

CUADRO 50

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PROGRAMAS DE DIESEL NACIONAL, S. A.

CUADRO 51

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PROGRAMAS DE FERTILIZANTES MEXICANOS, S.A.

CUADRO 52

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PROGRAMAS DE PETRÓLEOS MEXICANOS

CUADRO 53

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PROGRAMAS DE LA SIDERÚRGICA LÁZARO CÁRDENAS LAS TRUCHAS, S. A.

CUADRO 54

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PROGRAMAS DE SIDERÚRGICA NACIONAL, S. A.

CUADRO 55

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PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LOS ORGANISMOS Y EMPRESAS PARA 1983

RESUMEN POR OBJETO DEL GASTO

CUADRO 56

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PROGRAMA DE SERVICIO DE LA DEUDA

-Miles de Millones de Pesos-

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CUADRO 57

DEUDA DEL SECTOR PUBLICO PRESUPUESTAL 1982-1983

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CUADRO 58

DEUDA DE LOS ORGANISMOS CONTROLADOS PRESUPUESTALMENTE 1982-1983

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CUADRO 59

AHORRO CORRIENTE DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

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CUADRO 60

AHORRO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA PARAESTATAL

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CUADRO 61

GASTO PRESUPUESTAL SECTORIZABLE PARA 1983

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CUADRO 62

GASTO PRESUPUESTAL AUTORIZABLE PARA 1983

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CUADRO 63

PROGRAMA DE INVERSIÓN PUBLICA PRESUPUESTAL

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CUADRO 64

INVERSIÓN PUBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL, 1983

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CUADRO 65

INVERSIÓN PUBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PARAESTATAL

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CUADRO 66

TABULADOR GENERAL DE SUELDOS MENSUALES DE FUNCIONARIOS DE LA

ADMINISTRACIÓN PUBLICA CENTRAL

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CUADRO 67

PROGRAMAS DE APOYO AL FEDERALISMO

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CUADRO 68

PRESUPUESTO DE DIVISAS DEL SECTOR PUBLICO PRESUPUESTAL

1983

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- El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su lectura.

La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia en la votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo...

Dispensada la lectura al dictamen, señor Presidente. Es de primera lectura.

ARTÍCULOS 1916, 2116 Y 1916 BIS DEL CÓDIGO CIVIL

- El C. Presidente: La Comisión de Justicia entregó a esta Presidente durante el curso de la presente sesión el dictamen relativo al proyecto de Decreto que reforma los artículos 1916 y 2116 y adiciona un Artículo 1916 bis al Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal.

Proceda la Secretaría a dar cuenta con él.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas:

"Comisión de Justicia.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Justicia de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Congreso de la Unión para reformar los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal.

La Comisión revisó las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal, como ya lo había hecho anteriormente, puesto que somos Cámara de origen y después de haber sido discutidos a satisfacción de sus integrantes, formula el presente dictamen con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES

Las iniciativas concernientes a la renovación moral, es la conciencia popular hecha gobierno. Es nuestra creencia en la justicia, en la igualdad, en la dignidad, en el derecho, y en el respeto a los demás.

La Iniciativa como ya se ha dicho, se fundamenta en la doctrina civilista contemporánea de los derechos de la personalidad, la cual tiende a garantizar a la persona el goce de sus facultades y el respeto al desenvolvimiento de su personalidad física y moral.

La H. Cámara de Senadores, si bien estimó pertinente acoger en sus términos la, Minuta enviada por esta Cámara, por lo que toca a las reformas de los artículos 1916 y 2116, también consideró necesario aceptar la sugerencia nacida en el seno de las Comisiones Unidas Segunda de Justicia y Segunda de Gobernación, y proponer la adición de un nuevo artículo, el 1916 bis, para dejar plenamente aclaradas dudas, de orden teórico, que pueden dar lugar a que se piense impropiamente que la reforma del Artículo 1916 podría demeritar las libertades de opinión, crítica, expresión e información que tan celosamente ha tutelado el Estado Mexicano.

Esta Comisión considera que es de aceptarse la adición del Artículo 1916 bis, que la H. Asamblea de la Cámara de Senadores aprobó el día 27 de diciembre de 1982, en virtud de ser congruente con el propósito de la Iniciativa Presidencial y con el espíritu que animó a la Cámara de Diputados al aprobar el dictamen inicial, de respetar sin restricción alguna las libertades de expresión y prensa y el derecho de crítica que son fundamentales para la vida social mexicana.

La adición propuesta por el Senado de la República enfatiza las garantías Constitucionales contenidas en los artículos 6 y 7 , esta Comisión de Justicia hace notar, además, que el Artículo 61 de nuestra Constitución establece la inviolabilidad de los diputados y senadores por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Justicia somete a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 1916 Y 2116 Y ADICIONA UN ARTÍCULO 1916 BIS AL

CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA COMÚN Y PARA TODA LA

REPÚBLICA EN MATERIA FEDERAL

Artículo primero. Se reforman los artículos 1916 y 2116 del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, para quedar como sigue:

Artículo 1916. Por daño moral se entiende la afectación que a una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá la obligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se haya causado daño material, tanto en responsabilidad contractual, como extracontractual. Igual obligación de reparar el daño moral tendrá quien incurra en

responsabilidad objetiva conforme al Artículo 1913, así como el Estado y sus funciones conforme al Artículo 1928, ambas disposiciones del presente Código.

La acción de reparación no es transmisible a terceros por acto entre vivos y sólo pasa a los herederos de la víctima cuando ésta haya intentado la acción en vida.

El monto de la indemnización lo determinará el juez tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso.

Cuando el daño moral haya afectado a la víctima en su decoro, honor, reputación o consideración, el juez ordenará a petición de ésta y con cargo al responsable, la publicación de un extracto de sentencia que refleja adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, a través de los medios informativos que considere convenientes. En los casos en que el daño derive de un acto que haya tenido difusión en los medios informativos, el juez ordenará que los mismos den publicidad al extracto de la sentencia, con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original.

Artículo 2116. Al fijar el valor y el deterioro de una cosa, no se atenderá al precio estimativo o de afecto, a no ser que se pruebe que el responsable destruyó o deterioró la cosa, con objeto de lastimar los sentimientos o afectos del dueño; el aumento que por estas causas se haga, se determinará conforme a lo dispuesto por el Artículo 1916.

Artículo segundo. Se adiciona con el Artículo 1916 bis, el Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal, en los siguientes términos:

Artículo 1916 bis. No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o., de la Constitución General de la República.

En todo caso, quien demande la reparación del daño moral por responsabilidad contractual o extracontractual deberá acreditar plenamente la ilicitud de la conducta del demandado y el daño que directamente le hubiere causado la conducta.

TRANSITORIO

Artículo único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D.F, a 28 de diciembre de 1982.

Mariano Piña Olaya, presidente; Leopoldino Ortíz Santos, secretario; Tulio Servio Acuña, Francisco J. Alvarez de la fuente, Heriberto Batres García, Carlos Brito Gómez, Pablo Castillón Alvarez, José Luis Caballero Cárdenas, Armando Corona Boza, Irma Cué de Duarte, Guillermo Fragoso Martínez, José Luis García García, Eleazar García Rodríguez, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Jesús Salvador Larios Ibarra, Raúl Lemus García, Miguel Ángel Martínez Cruz, Crescencio Morales Orozco, Ignacio Olvera Quintero, Manuel Osante López, Guillermo Pacheco Pulido, Eulalio Ramos Valladolid, Salvador Rocha Díaz, Alberto Salgado Salgado, Pedro Salinas Guzmán, Daniel Ángel Sánchez Pérez, Juan Manuel Terrazas Sánchez, Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, María Antonia Vázquez Segura, Vieyra Salgado César Humberto."

- Es de primera lectura.

LEY REGLAMENTARIA DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA Y CRÉDITO

Honorable Asamblea:

Fue enviada por el titular del Ejecutivo Federal a esta H. Cámara de Diputados la Iniciativa de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, misma que fue turnada para ser dictaminada a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, razón por lo cual, después de revisar las consideraciones que la motivan, contenidas tanto en la exposición que la precede, como en las normas contenidas en el texto propuesto de dicha Iniciativa, es que se somete a la consideración de esta Asamblea el siguiente

DICTAMEN

La reforma que el Constituyente Permanente, integrado por el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados de la República introdujo en el Artículo 28 de nuestra Constitución Política, en vigor a partir de noviembre pasado, busca garantizar, al establecer que el servicio público de banca y crédito será prestado por el Estado, que esta actividad, determinante para la economía y el desarrollo nacionales, sea prestada en beneficio de la colectividad y que su ejercicio no desvirtúe el carácter social que como servicio público debe tener; y toda vez que dicha actividad se fundamenta en el manejo de los ahorros del pueblo mexicano debe impedirse la realización de prácticas oligopólicas que puedan vulnerar los intereses de las mayorías.

Esta Comisión considera conveniente, y en ello concuerda con los motivos expuestos por el Ejecutivo en su Iniciativa, reestructurar a las instituciones de crédito partiendo de la infraestructura humana, técnica y financiera con que, como consecuencia de las medidas adoptadas por los gobiernos emanados de lo revolución mexicana, cuenta la banca.

Acorde a lo anterior, es necesario que el crédito se oriente a las prioridades del desarrollo nacional, haciendo a un lado prácticas especulativas que provoquen desviaciones, y que se otorgue un apoyo eficiente a la producción, procesamiento, distribución y consumo de los

bienes y servicios demandados por las mayorías de la población.

Para lograr tales objetivos, en la Iniciativa de referencia, el Ejecutivo propone una serie de medidas que pueden resumirse en los siguientes rubros: Modificaciones a la estructura y objetivos del Sistema Bancario Nacional, en el contexto de un Programa Nacional de Financiamiento al Desarrollo; y la creación de una nueva persona jurídica, bajo la cual deberán constituirse las instituciones de crédito; y garantías que protegen los intereses del público.

Dentro del primero de los enunciados citados, se establece que el servicio público de banca y crédito será prestado por instituciones de crédito constituidas como sociedades nacionales de crédito con arreglo a la propia ley que se propone y por instituciones nacionales de crédito.

El segundo grupo de medidas, que a juicio de la Comisión constituyen el aspecto más trascendente de la Iniciativa, se plantea la creación de una nueva persona de derecho público, denominada sociedad nacional de crédito, bajo la cual deberán constituirse las instituciones de crédito correspondiente.

Es opinión de esta Comisión que el tratamiento propuesto para la nueva persona jurídica permitirá ajustar la organización y funcionamiento de los bancos nacionalizados al sentido social que dichos intermediarios deben tener de acuerdo al Mandato Constitucional.

Acorde con lo anterior, la Iniciativa propone que las sociedades nacionales de crédito puedan ser creadas por disposición del Ejecutivo Federal, gozando de personalidad jurídica y patrimonio propios, en tanto que se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, con sujeción a la Ley propuesta y al Ordenamiento que crea la sociedad, establezca el Reglamento Orgánico que regirá la organización y funcionamiento de la misma. Tal reglamento deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Como una innovación accesoria a la referida persona de derecho público, se establece que su capital estará representado por un nuevo título de crédito, denominado certificado de aportación patrimonial, que será nominativo y se le aplicará, en lo que sea compatible por su naturaleza y no esté modificado por su régimen legal, el correspondiente de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Para esos efectos, la Iniciativa propone que los certificados de aportación patrimonial sean emitidos en dos series, una de las cuales, que se denomina "A" representará en todo momento 66% del capital de la sociedad y sólo podrá ser suscrita por el Gobierno Federal, en tanto que la otra, denominada "B" amparará el 34% restante del capital y podrá ser suscrita por el propio Gobierno Federal, entidades de la Administración Pública, Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios; por los usuarios del servicio y por los trabajadores de las propias sociedades nacionales de crédito.

Se hace notar que la Iniciativa establece, de manera determinante, que los certificados de la serie "A" serán instransmisibles y que de ningún supuesto podrá ser cambiada su naturaleza o los derechos que como titular de los mismos confieren al Gobierno Federal. Asimismo, se ordena que los representantes de dicha serie deberán constituir mayoría en el Consejo Directivo, órgano de administración de las sociedades.

Dentro del régimen de certificados de la serie "B", se remarca que con excepción del Gobierno Federal, ninguna persona física o moral podrá adquirir la propiedad o el control de más del 1% del capital social, mediante una o varias operaciones simultáneas o sucesivas, de cualquier naturaleza. Ese límite se aplicará no sólo a personas individuales, sino también a grupos o situaciones de hecho que puedan dar lugar a considerar, para tales efectos, que existe el control de una sola persona.

Asimismo, se dispone que los bancos constituidos como sociedades nacionales de crédito deberán mantener, en la forma y términos que mediante disposiciones generales señale la repetida Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los mecanismos que garanticen la solvencia y liquidez de las mismas y la seguridad de las operaciones que realicen, en salvaguarda de interés del público usuario.

Para finalizar y tomando así lo que esta Comisión considera como uno de los principales reclamos del público usuario, la Iniciativa propone un procedimiento de tutela y protección de los intereses de éste, abriéndole la posibilidad de recurrir a la conciliación y arbitraje de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros en caso de reclamación a las instituciones de crédito por las operaciones que realicen y los servicios que presten. Los usuarios podrán optar entre dicho procedimiento o el establecido para hacer valer sus derechos ante los tribunales competentes, pero las instituciones de crédito estarán obligadas a someterse a la citada conciliación.

Visto lo anterior la Comisión se permite someter a la consideración de esa H. Asamblea las modificaciones siguientes, fruto de la revisión de la Iniciativa en cuestión:

En el artículo 16, último párrafo, deberá hacerse la aclaración siguiente:

Artículo 16.

"Las personas que contravengan lo dispuesto en este artículo perderán en favor de la nación la participación excedente."

Se propone la supresión de la fracción I del Artículo 26 de la Iniciativa, por innecesaria, toda vez que cualquiera que ocupe un cargo de elección popular está inhabilitado constitucionalmente para desempeñar cualquier otro puesto.

Como consecuencia deberá correrse la numeración de las fracciones subsecuentes.

También se propone modificar la fracción V, ahora fracción IV, de este precepto a efecto de que quede en los mismos términos que quedó aprobado por esta soberanía, en la fracción

V, del Artículo 48 del Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Banco de México, por tanto la fracción propuesta quedaría en la forma que se indica a continuación:

Artículo 26.

"V. Las personas que hayan sido condenadas por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión."

Se considera conveniente modificar el Artículo 28 de la Iniciativa para señalar que el Consejo Directivo de las sociedades nacionales de crédito será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por quien legalmente lo sustituya, y por tanto, el texto quedaría en la forma siguiente:

"Artículo 28. El Consejo Directivo será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por la persona que éste designe." Asimismo, la Comisión estima que el texto del Artículo 35, debe incluirse en el primer párrafo una mención a los intereses de los trabajadores, el texto sería el siguiente:

"Artículo 35. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señalará la forma y términos en que deberá llevarse a cabo la fusión de sociedades nacionales de crédito, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público, de los titulares de los certificados de la serie 'B', y así como de los trabajadores."

Este mismo concepto deberá incluirse en el Artículo 37 por lo que el precepto debería quedar en su párrafo segundo, en esta forma:

"Artículo 37.

En cualquier caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público señalará la forma y términos en que deba llevarse a cabo la liquidación de la sociedad de que se trate, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de certificados de la serie 'B', así como de los trabajadores", en lo que corresponde a sus derechos.

La Comisión se permite proponer una aclaración del Artículo 38 a fin de que su texto no sea en singular sino en plural, por lo que deberá redactarse en la forma en que aparece a continuación.

"Artículo 38. Las modificaciones a los Reglamentos Orgánicos deberán someterse a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una vez otorgada dicha autorización se procederá a su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

Finalmente la Comisión sugiere la modificación a la fracción IX, del Artículo 42, de la Iniciativa a efecto de aclarar que las notificaciones que se hagan en el juicio arbitral, no sólo se realicen en estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, sino también en las delegaciones regionales, el texto sería el siguiente:

"Artículo 42.

IX. Las notificaciones en el juicio arbitral de estricto derecho se harán a las partes por cédula fijada en los estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros de la Delegación Regional correspondiente, excepción hecha del traslado de la reclamación, de la demanda, de la citación a la junta conciliatoria y del laudo, que tendrá que hacerse por correo certificado con acuse del recibo."

Asimismo, se propone por parte de esta Comisión, agregar en forma adicional un Artículo 43 donde se establezca la obligación anual del Poder Ejecutivo, para informar al Poder Legislativo del establecimiento, disolución y operación de las sociedades nacionales de crédito.

La Comisión estima que la Iniciativa reafirma y consolida la nacionalización de la Banca, al modificar sustancialmente la naturaleza jurídica de las sociedades mercantiles afectadas con la expropiación, convirtiéndolas en personas morales de derecho público.

Por las anteriores razones, y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY REGLAMENTARIA

DEL SERVICIO PUBLICO DE BANCA

Y CRÉDITO

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar el servicio público de banca y crédito que en los términos del Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe prestar el Estado, así como las características de las instituciones a través de las cuales deberá hacerlo, su funcionamiento en apoyo de las políticas de desarrollo nacional y las garantías que protejan los intereses del público.

Artículo 2o. El servicio público de banca y crédito será prestado por Instituciones de crédito constituidas como sociedades nacionales de crédito, en los términos de la presente Ley, y por las constituidas por el Estado como instituciones nacionales de crédito conforme a las leyes.

Artículo 3o. A las sociedades nacionales de crédito les serán aplicables, en lo conducente y en cuanto no se opongan a la presente Ley, las disposiciones de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares contenidas en los Títulos Primero, Segundo Capítulos VI y VII, Cuarto y Quinto, así como aquellas aplicables a las entidades de la Administración Pública Federal que tengan carácter de instituciones nacionales de crédito.

Artículo 4o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, cada uno en la esfera de su competencia, dictarán las medidas necesarias a fin de que la prestación del servicio público de banca y crédito, así como la operación y funcionamiento de las instituciones de crédito, se realicen dentro de los lineamientos de los programas de financiamiento formulados en el contexto integral de los planes nacionales de desarrollo, cuidando que en todo momento dichas instituciones orienten sus actividades hacia la consecusión de los siguientes objetivos:

I. Fomentar el ahorro nacional;

II. Facilitar al público el acceso a los beneficios del servicio público de banca y crédito;

III. Canalizar eficientemente los recursos financieros a las actividades nacional y socialmente necesarias o prioritarias, conforme a los diversos programas sectoriales y regionales y a los planes nacionales de desarrollo económico y social, y a la satisfacción de las necesidades financieras de todos los sectores productivos del país y del público en general;

IV. Establecer la adecuada coordinación entre los programas de orientación y asignación de los recursos presupuestales del erario público y los correspondientes a los recursos crediticios de las instituciones;

V. Procurar una oferta suficiente de crédito y evitar la concentración de recursos en personas o grupos, a fin de atender eficientemente el funcionamiento del mayor y más diversificado número de proyectos rentables, fundamentalmente de interés general, sectorial, regional o nacional;

VI. Descentralizar geográficamente la canalización de recursos a fin de atender de manera eficiente las necesidades de las diversas entidades y regiones del país;

VII. Proveer mejores y más eficientes instrumentos de captación que ofrezcan al público amplias opciones de ahorro e inversión; y

VIII. Promover la adecuada participación de la banca mexicana en los mercados financieros internacionales.

Artículo 5o. Las sociedades nacionales de crédito formularán anualmente sus programas financieros y presupuestos generales de gastos e inversiones, y las estimaciones de ingresos, mismos que deberán someter a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la forma y tiempo que ésta les indique.

Los programas de las sociedades nacionales de crédito deberán formularse conforme a los lineamientos y objetivos del Sistema Nacional de Planeación.

Artículo 6o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público será el órgano competente para interpretar, a efectos administrativos, los preceptos de esta Ley y para, mediante disposiciones de carácter general, proveer a todo cuanto se refiera a la aplicación de la misma.

CAPITULO SEGUNDO

De las sociedades nacionales de crédito

Artículo 7o. Las sociedades nacionales de crédito son instituciones de derecho público creadas por Decreto del Ejecutivo Federal conforme a las bases de la presente Ley y tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con sujeción a lo dispuesto en esta ley y en el ordenamiento que cree a la sociedad nacional de crédito, establecerá en los Reglamentos Orgánicos las bases conforme a los cuales se regirá su organización y funcionamiento, los que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 8o. Estas sociedades tendrán duración indefinida y domicilio en territorio de la República, pudiendo establecer sucursales, agencias o cualesquiera otra clase de oficinas, y nombrar corresponsales. Para el establecimiento, cambio de ubicación y clausura de cualquier clase de oficinas, en el país o en el extranjero, las sociedades nacionales de crédito requerirán autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien la otorgará o negará discrecionalmente, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 9o. Las sociedades nacionales de crédito contarán con un capital representado por certificados, que serán títulos de crédito y se regirán por las disposiciones aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en lo que sea compatible con su naturaleza y no esté modificado por la presente Ley.

Dichos títulos se denominarán certificados de aportación patrimonial, y deberán ser normativos.

Artículo 10. Los certificados de aportación patrimonial se dividirán en dos series: La serie "A", que representará en todo tiempo el 66% del capital de la sociedad, y soló podrá ser suscrita por el Gobierno Federal; y la serie "B", por el 34% restante, que podrá ser suscrita por el propio Gobierno Federal; por entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal; por los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios; por los usuarios del Servicio Público de Banca y Crédito y por los trabajadores de las propias sociedades nacionales de crédito.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá, mediante disposiciones de carácter general, la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B". Dichas disposiciones deberán expedirse con vista a una adecuada participación regional y de los distintos sectores, público, social y económico.

Artículo 11. En ningún momento podrán participar en forma alguna en el capital de estas sociedades, personas físicas o morales extranjeras, ni sociedades mexicanas sin cláusula de exclusión absoluta de extranjeros.

La violación a lo dispuesto por este artículo, dará lugar a la pérdida del certificado o certificados de aportación patrimonial de que se trate en favor de la nación.

Artículo 12. Los certificados de la serie "A" serán instransmisibles y en ningún caso podrá cambiarse su naturaleza o los derechos que confieren al Gobierno Federal como titular de los mismos.

Artículo 13. Los certificados de la serie "A" se emitirán en uno o más títulos que no llevarán cupones.

Los títulos representativos de los certificados de la serie "B" podrán amparar uno o varios certificados, tendrán numeración progresiva, y llevarán adheridos cupones nominativos y numerados para el cobro de utilidades.

Los títulos de ambas series llevarán transcritos, en la forma que determine el Consejo Directivo, las disposiciones contenidas en los artículos 10 segundo párrafo, 11, 12 y 15 último párrafo, de la presente ley, serán firmados por los consejeros que determine el Consejo y contendrán todos los demás datos necesarios para que su tenedor pueda conocer y ejercitar los derechos que el título le confiere.

Artículo 14. Los certificados de aportación patrimonial darán a sus titulares el derecho de participar en las utilidades de la sociedad emisora y, en su caso, en la cuota de liquidación.

Los certificados de la serie "B" darán a sus titulares, además, los derechos siguientes:

I. Participar, en la forma y términos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la designación de los miembros del Consejo Directivo correspondientes a esta serie de certificados, de conformidad con lo previsto en el Artículo 24, tercer párrafo;

II. Integrar la Comisión Consultiva a que se refiere el Artículo 33 de la presente ley;

III. Adquirir en igualdad de condiciones y en proporción al número de sus certificados, los que se emitan en caso de aumento de capital. Este derecho deberá ejercitarse en el plazo que el Consejo Directivo señale, el que se computará a partir del día en que se publique en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo correspondiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que no podrá ser inferior a 30 días; y

IV. Los demás que esta ley les confiere.

Artículo 15. Las sociedades llevarán un registro de los certificados de aportación patrimonial que contendrá:

I. El nombre, nacionalidad y el domicilio del titular, y la indicación de los certificados que le pertenezcan, expresándose los números, series y demás particularidades; y

II. Los datos relativos a las transmisiones que se realicen.

Las sociedades considerarán como propietarios de los certificados a quienes aparezcan inscritos como tales en el registro a que se refiere este artículo.

Al efecto, las sociedades deberán inscribir en dicho registro, a petición de cualquier tenedor, las transmisiones que se efectúen, siempre que se ajusten a lo establecido en la presente ley. Las disposiciones de la Ley del Mercado de Valores relativas a los títulos nominativos depositados en el Instituto Nacional para el Depósito de Valores, serán aplicables a los certificados de la serie "B", que se encuentren en ese supuesto.

Artículo 16. Salvo el Gobierno Federal, ninguna persona física o moral podrá adquirir el control de certificados de aportación patrimonial de la serie "B" por más de 1% del capital de la sociedad, mediante una o varias operaciones de cualquier naturaleza, simultáneas o sucesivas. El mencionado límite se aplicará, asimismo, a la adquisición del control por parte de personas que, de acuerdo a las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deban considerarse para estos efectos como una sola persona.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante reglas de carácter general podrá autorizar que entidades de la Administración Pública Federal Paraestatal y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, puedan adquirir certificados de la citada serie "B" en una proporción mayor a la establecida en este artículo, debiendo en todo tiempo observarse lo dispuesto por el Artículo 10 de esta ley.

Las personas que contravengan lo dispuesto en este artículo, perderán en favor de la nación la participación excedente.

Artículo 17. El capital mínimo de las sociedades nacionales de crédito será el que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante disposiciones de carácter general, atendiendo a la situación económica del país y, en su caso, a la de las regiones a que dichas sociedades orienten de manera significativa la prestación de sus servicios, así como al total de los capitales pagados y reservas de capital que alcancen estas instituciones.

Artículo 18. El capital mínimo de las sociedades nacionales de crédito deberá estar íntegramente pagado.

Cuando el capital social exceda del mínimo deberá estar pagado por lo menos en un 50% siempre que este no sea menor del mínimo establecido.

Para los efectos del párrafo anterior, las sociedades nacionales de crédito podrán emitir certificados de aportación patrimonial no suscritos que conservarán en tesorería y que serán entregados a los subscriptores contra el pago total de su valor nominal y de las primas que, en su caso, fijen las mismas.

Artículo 19. El capital de las sociedades nacionales de crédito sólo podrá ser aumentado o reducido por acuerdo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Consejo Directivo de la sociedad de que se trate, del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 20. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá los casos en que las sociedades nacionales de crédito podrán adquirir transitoriamente los certificados de la serie "B" de su propio capital.

Artículo 21. La repartición de utilidades sólo podrá hacerse después de aprobados los estados financieros que las arrojen, en el entendido de que las que repartan nunca podrán exceder del monto de las que realmente se hubieran obtenido.

La distribución de las utilidades o pérdidas se hará proporcionalmente a las aportaciones. Si hubiere perdidas del capital social, éste deberá ser reintegrado o reducido antes de hacerse repartición de utilidades.

Artículo 22. La administración de las sociedades nacionales de crédito estará encomendada a un Consejo Directivo y a un Director General.

Artículo 23. El consejo dirigirá la sociedad con base en las políticas, lineamientos y prioridades que establezca el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el logro de los objetivos y metas de sus programas e instruirá al respecto al Director General para la ejecución y realización de los mismos.

Al efecto, estará investido de facultades amplísimas para ejecutar actos de dominio, de administración y de pleitos y cobranzas, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula conforme a la ley; podrá otorgar o suscribir títulos de crédito, desistirse del juicio de amparo y delegar discrecionalmente sus facultades en el Director General.

Serán facultades indelegables del Consejo:

I. Nombrar, a propuesta del Director General, a los funcionarios del banco que ocupen cargos con jerarquía administrativa inmediata inferior a la de aquél y los demás que señale el Reglamento Orgánico; concederles licencias y resolver sobre las renuncias que presenten;

II. Nombrar y remover al Secretario del Consejo;

III. Resolver sobre el establecimiento y clausura de sucursales, agencias y oficinas;

IV. Acordar la creación de comités regionales consecutivos y de crédito, así como los de carácter administrativo que se requieran;

V. Conocer y aprobar, en su caso, previo informe del comisario, los estados financieros y de los resultados de la sociedad;

VI. Aprobar, en su caso, el pago de utilidades y la forma y términos en que deberá realizarse;

VII. Determinar las bases para la publicación de los estados financieros mensuales;

VIII. Aprobar el presupuesto anual de gastos e inversiones y, en su caso, modificarlo;

IX. Aprobar la adquisición de los inmuebles que la sociedad requiera para la prestación de sus servicios y la enajenación de los mismos cuando corresponda;

X. Proponer las modificaciones al Reglamento Orgánico y, en su caso, aprobar el convenio de fusión de la sociedad; y

XI. Las demás que, con ese carácter, se provean en el reglamento Orgánico.

Artículo 24. El Consejo directivo estará integrado por un número impar de miembros, no menor de nueve ni mayor de 21.

Los consejeros que representen a la serie "A" de certificados de aportación patrimonial serán designados por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y deberán constituir en todo tiempo, las dos terceras partes del consejo.

La propia Secretaría fijará las bases de carácter general para establecer la participación de los titulares de los certificados de la serie "B" en las designaciones de los demás miembros del consejo, procurando, a través de estas últimas, una adecuada participación regional y de los distintos sectores, público, social, y económico.

Artículo 25. Sólo podrán ser miembros del Consejo Directivo:

I. Por los certificados de la serie "A":

a)Funcionarios de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; y

b)Profesionales independientes de reconocida calidad moral, experiencia y prestigio en materias económica y financiera, o que hayan destacado en actividades académicas o de investigación, en esas mismas materias. Dichas personas no deberán ocupar cargos o empleos en la Federación, en las entidades de la Administración Pública Federal, en los estados o en los municipios, salvo que se trate de cargos docentes; ni desarrollar actividades que los hagan dependientes de cualquier otro sector.

II. Por los certificados de la serie "B":

a)Personas que por sus conocimientos y experiencia sean idóneas para presentar los intereses del sector al que pertenezcan.

b)Trabajadores de la institución de que se trate, que cuenten por lo menos con cinco años de servicios efectivos prestados en dicha institución; y c)Personas de reconocida calidad moral y notoria experiencia en materias económicas y financiera.

Artículo 26. En ningún caso podrán ser consejeros:

I. El director General; y los demás funcionarios o empleados del Banco y las personas que tengan con el Director General o subdirectores de la Institución, parentesco por afinidad y consanguinidad hasta el cuarto grado;

II. Los que hayan sido declarados en estado de quiebra, concurso o suspensión de pagos, y los deudores morosos de cualquiera de las sociedades nacionales de crédito;

III. Las personas que tengan litigio pendiente con el banco de que se trate;

IV. Las personas inhabilitadas para ejercer el comercio, por cualquier causa; y

V. Las personas que hayan sido condenadas por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión.

Artículo 27. Los consejeros a que se refiere el inciso a),fracción I, del Artículo 25 de esta ley, durarán en su cargo hasta que sean removidos por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los demás consejeros durarán en su cargo cinco años, pudiendo ser designados nuevamente, y sólo podrán ser removidos anticipadamente por causa justificada.

El reglamento

Orgánico de cada sociedad preverá la sustitución escalonada de dichos consejeros. A tal efecto señalará cuántos de los designados para formar parte del primer Consejo , durarán en su cargo un periodo inferior a cinco años.

Los miembros que se designen para cubrir vacantes, durarán en su cargo el tiempo que faltare por transcurrir al consejero sustituido.

Artículo 28. El Consejo Directivo será presidido por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por la persona que éste designe.

Artículo 29. El Consejo sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y siempre que la mayoría de los asistentes sean consejeros designados por la serie "A".

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el Presidente voto de calidad para el caso de empate.

Las sesiones del Consejo deberán realizarse cuando menos una vez al mes.

Artículo 30. El Director General será designado por el Ejecutivo Federal, a través del Secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Tener notorios conocimientos y reconocida experiencia en materia bancaria y crediticia;

III. Haber prestado por lo menos cinco años sus servicios en un cargo o puesto de alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa; y

IV. No tener alguno de los impedimentos que, para ser consejero, señala la presente ley.

Artículo 31. El Director General tendrá a su cargo el gobierno del banco y la representación legal de éste, con las facultades que señale el Reglamento Orgánico y las demás que el Consejo delegue en dicho funcionario.

Artículo 32. La vigilancia de la sociedad estará encomendada a dos comisarios, nombrados, uno por la Secretaría de Contraloría General de la Federación y otro por los consejeros de la serie "B". Por cada comisario se nombrará el respectivo suplente. Los comisarios tendrán las más amplias facultades para examinar los libros de contabilidad, y demás documentación de la sociedad, incluida la del Consejo, así como para llevar a cabo todos los demás actos que requiera el adecuado cumplimiento de sus funciones, teniendo el derecho de asistir a las juntas del Consejo Directivo, con voz.

No podrán ser comisarios las personas incapacitadas para ser consejeros en los términos de esta ley.

Artículo 33. Las sociedades nacionales de crédito tendrán una Comisión Consultiva integrada por los titulares de los certificados de la serie "B", distintos del Gobierno Federal que funcionará en la forma y términos que señale el Reglamento Orgánico de la sociedad.

Dicha comisión se reunirá en las fechas que el Consejo Directivo indique, debiendo ser convocada por lo menos una vez al año, y se ocupará de los asuntos siguientes:

I. Conocer y opinar sobre las políticas y criterios conforme a los cuales la sociedad lleve a cabo sus operaciones;

II. Analizar el informe de actividades que le presente el Consejo Directivo por conducto del Director General;

III. Opinar sobre los proyectos de aplicación de utilidades;

IV. Formular al Consejo Directivo las recomendaciones que estime convenientes sobre las materias de que tratan las fracciones anteriores; y

V. Los demás de carácter consultivo que señalen legalmente.

La Comisión podrá ser convocada, en cualquier tiempo, cuando menos por una tercera parte de sus miembros, por dos consejeros de la serie "B" o el comisario de la misma serie.

Artículo 34. La fusión de dos o más sociedades nacionales de crédito podrá efectuarse por Decreto del Ejecutivo Federal, con vistas a propiciar un desarrollo armónico del sistema bancario nacional, la solidez de las instituciones integrantes del mismo, y una adecuada prestación del servicio público de banca y crédito.

Artículo 35. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público señalará la forma y términos en que deberá llevarse a cabo la fusión de sociedades nacionales de crédito, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de los certificados de la serie "B", así como de los trabajadores. Los Consejos Directivos, tomando en cuenta la opinión de las Comisiones Consultivas y los dictámenes de los comisarios, sujetarán a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los convenios de fusión, mismos que deberán contener los estados financieros de las sociedades, las bases para realizar el canje de los certificados de aportación patrimonial emitidos por éstas y, en general, lo acordado para llevar a cabo la fusión de que se trate.

Una vez obtenida dicha autorización, los acuerdos de fusión respectivos se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación en la plaza en que tengan su domicilio las sociedades que se fusionen.

Las fusiones surtirán efectos en la fecha que se indique en las publicaciones a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 36. Durante los 90 días naturales siguientes a aquel en que surta efectos la fusión, los acreedores en las sociedades que hayan de fusionarse podrán oponerse judicialmente para el solo objeto de obtener el pago de sus créditos.

Los titulares de certificados de la serie "B" tendrán derecho a separarse de la sociedad y obtener el reembolso de sus títulos a su valor en libros según el último estado financiero

aprobado, siempre que lo soliciten dentro del plazo señalado en el párrafo anterior.

Artículo 37. Las sociedades nacionales de crédito podrán disolverse por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, indicando las bases para proceder a la liquidación de las respectivas sociedades.

En cualquier caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, señalará la forma y términos en que deba llevarse a cabo la liquidación de la sociedad de que se trate, cuidando en todo tiempo la adecuada protección de los intereses del público y de los titulares de certificados de la serie "B", así como de los trabajadores, en lo que corresponde a sus derechos.

Artículo 38. Las modificaciones al Reglamento Orgánico deberán someterse a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y una vez otorgada dicha autorización, se procederá a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

CAPITULO TERCERO

De la protección de los intereses del público

Artículo 39. Las sociedades nacionales de crédito en ningún caso podrán dar noticias o información de los depósitos, servicios o cualquier tipo de operaciones, sino al depositante, deudos, titular o beneficiario que corresponda, a sus representantes legales o a quien tenga otorgado poder para disponer de la cuenta o para intervenir en la operación o servicio, salvo cuando las pidieren, la autoridad judicial en virtud de providencia dictada en juicio en el que el titular sea parte o acusado y las autoridades hacendarias federales, por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, para fines fiscales. Los funcionarios de las instituciones de crédito serán responsables, en los términos de las disposiciones aplicables, por violación del secreto que se establece y las instituciones estarán obligadas en caso de revelación del secreto, a reparar los daños y perjuicios que se causen.

Lo anterior, en forma alguna afecta la obligación que tienen las instituciones de crédito de proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, toda clase de información y documentos que, en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia, les solicite en relación con las operaciones que celebren y los servicios que presten.

Artículo 40. Las sociedades nacionales de crédito deberán establecer y mantener, en la forma y términos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con base en las disposiciones aplicables, los mecanismos que garanticen la solvencia y liquidez de las mismas y la seguridad de las operaciones que realicen para salvaguardar el interés del público usuario.

Artículo 41. Los usuarios del servicio público de banca y crédito podrán, a su elección, presentar sus reclamaciones ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, o hacerlos valer ante los tribunales competentes.

Las instituciones de crédito están obligadas, en su caso, a someterse al procedimiento de conciliación a que se refiere el artículo siguiente.

En el caso en que las reclamaciones se presenten ante la comisión Nacional Bancaria y de Seguros, ésta conciliará y, en su caso, resolverá las diferencias que se susciten entre las sociedades nacionales de crédito y los usuarios del servicio público de banca y crédito, derivadas de la realización de operaciones y de la prestación de servicios bancarios.

Tratándose de diferencias que surjan respecto al cumplimiento de fideicomisos, sólo conocerá de las reclamaciones que se presenten los fideicomitente o fideicomisarios en contra de los fiduciarios.

Artículo 42. Las reclamaciones a que se refiere el artículo anterior, se ajustarán a las bases siguientes:

I. Se presentarán por escrito ante la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, pudiendo hacerse en la delegación regional correspondiente y de las mismas se correrá traslado a la sociedad de que se trate, requiriéndole un informe detallado, mismo que deberá presentar por conducto de un representante en la fecha que dicha Comisión señale, de manera perentoria, para la realización de una junta de avenencia para la cual se citará a las partes;

II. En la junta a que se refiere la fracción anterior, se exhortará a las partes a conciliar sus intereses, y si ello no fuere posible la Comisión las invitará a que de común acuerdo la designen árbitro, sea en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho, a elección de las mismas. El compromiso correspondiente se hará constar en acta que al efecto se levante;

III. Las delegaciones regionales podrán tramitar la etapa conciliatoria y, en su caso, el procedimiento arbitral escogido, debiendo al efecto presentar el proyecto del laudo que formulen a la consideración del Comité Permanente de la Comisión, cuya aprobación será necesaria para que pueda emitirse el laudo correspondiente.

IV. En la amigable composición se fijarán las cuestiones que deberán ser objeto del arbitraje y la Comisión tendrá libertad de resolver en conciencia y a la buena fe guardada, sin sujeción a reglas legales, pero observando las formalidades esenciales del procedimiento.

La Comisión tendrá la facultad de allegarse todos los elementos que juzgue necesarios para resolver las cuestiones que se le hayan sometido en arbitraje.

No habrá términos ni incidentes y la resolución correspondiente sólo admitirá aclaración de la misma;

V. En el juicio arbitral de estricto derecho las partes formularán compromiso, en el que fijarán igualmente las reglas del procedimiento que convencionalmente establezcan; aplicándose supletoriamente el Código de Comercio, con excepción de los artículos 1247 y 1296 y, a falta de disposición de dicho Código, el Código

de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, salvo lo dispuesto por el Artículo 617.

Las resoluciones en juicio arbitral de estricto derecho, dictadas en el curso del procedimiento, admitirán como único recurso el de revocación.

VI. El incumplimiento o desacato por parte de las sociedades nacionales de crédito a los acuerdos o resoluciones dictadas por la comisión Nacional Bancaria y de Seguros en los procedimientos establecidos en el presente artículo, serán castigados con multa administrativa que imponga y haga efectiva la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de 50 a 100 veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal;

VII. El laudo que en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho condene a una institución, le otorgará para su cumplimiento un plazo de 15 días hábiles a partir de su notificación; sin no lo efectuare, sin perjuicio de lo señalado en la fracción siguiente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público impondrá a la sociedad una multa hasta de tres veces el importe de lo condenado, si éste fuere cuantificable, o hasta de cinco mil veces el salario mínimo diario aplicable en el Distrito Federal, si no lo fuere. En caso de que la sociedad nacional de crédito no cumpliere dentro de los 15 días hábiles siguientes a la imposición de la multa, la propia Secretaría podrá seguir imponiendo multas sucesivas, dentro de los mismos plazos por un máximo del doble de la multa anterior, hasta el debido cumplimiento del laudo;

VIII. Cuando se faltare al cumplimiento voluntario de lo convenido en la conciliación, o al laudo en la amigable composición o en el juicio arbitral de estricto derecho, la parte afectada deberá acudir a los tribunales competentes, para efectos de ejecución de una u otra resolución; y

IX. Las notificaciones en el juicio arbitral de estricto derecho se harán a las partes por cédula fijada en los estrados de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros o de la Delegación Regional correspondiente, excepción hecha del traslado de la reclamación, de la demanda, de la citación a la junta conciliatoria y del laudo, que tendrán que hacerse por correo certificado con acuse de recibo.

Artículo 43. El Ejecutivo Federal deberá informar al Congreso de la Unión, durante el mes de diciembre de cada año, del establecimiento, disolución y operación de las sociedades nacionales de Crédito, en el año de que se trate.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. La presente Ley entrará en vigor el día 1o. de enero de 1983.

Artículo Segundo. El Gobierno Federal, en su carácter de titular de las acciones representativas del capital social de las instituciones de crédito motivo de los decretos expedidos por el Ejecutivo Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1o. y 6 de septiembre de 1982, que establecieron la nacionalización de la banca privada y la operación de esas instituciones como nacionales de crédito, tomará las medidas conducentes a efecto de que esas sociedades se transformen en sociedades nacionales de crédito de las previstas en esta Ley, en un plazo no mayor de 180 días a partir de su entrada en vigor.

Asimismo, el propio Gobierno Federal realizará, en ejercicio de sus derechos corporativos, los actos requeridos para que Banco Mexicano Somex, S. A., Banco Internacional, S. A., Banca Promex, S. A. y Banco Provincial de Sinaloa, S. A., se trasformen en sociedades nacionales de crédito; dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior.

La transformación de las sociedades antes mencionadas se realizará con arreglo a las bases siguientes:

I. Al trasformarse las sociedades mantendrán, en su caso, las mismas denominaciones, domicilio y capital social, conservando en su patrimonio la titularidad de sus demás bienes, derechos y obligaciones;

II. Los derechos y obligaciones de los trabajadores de las sociedades que se transformen no sufrirán, por este hecho, modificación alguna;

III. Los Decretos que conforme al presente artículo expida el Ejecutivo Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, señalándose específicamente la fecha en que surtirá efectos la transformación de la sociedad de que se trate. Dentro de los 10 días naturales de dicha publicación, los acreedores podrán oponerse judicialmente para el sólo efecto de obtener el pago de sus créditos, sin que esta oposición suspenda la transformación; y

IV. Las transformaciones previstas en el presente artículo, podrán integrar en una sola sociedad nacional de crédito, varias de las instituciones a que el mismo se refiere.

En tanto se llevan a cabo las transformaciones previstas en este precepto, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, proveerá lo necesario a efecto de que las instituciones a que se refiere el presente artículo continúen prestando de manera adecuada y eficiente el servicio público de banca y crédito.

Artículo Tercero. Las instituciones que al 31 de agosto de 1982 tenían el carácter de instituciones nacionales de crédito conforme al artículo 1o. de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, incluido el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S. A.; el Banco Obrero, S. A. y las sucursales en México de bancos extranjeros que cuenten con concesión del Gobierno Federal, continuarán rigiéndose por las disposiciones conforme a las cuales vienen operando.

Artículo Cuarto. Se continuará aplicando a las organizaciones auxiliares de crédito el régimen previsto para ellas en la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones

Auxiliares. Las instituciones de fianzas seguirán rigiéndose por la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

Artículo Quinto. Las sociedades nacionales de crédito deberán calcular y pagar el Impuesto sobre la Renta conforme al Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F.

Jorge A. Treviño, presidente; Ricardo H. Cavazos Galván, secretario; Miguel Angel Acosta Ramos, Juan M. Acoltzin Vidal, Hermenegildo Anguiano M., Javier Bolaños Vázquez, Manlio Fabio Beltrones R., Ma. Luisa Calzada Campos, Abraham Cepeda Izaguirre, Manuel Cavazos Lerma, Rolando Cordera Campos, Jorge Luis Chávez Zárate, Antonio Fabila Meléndez, Alberto González Domene, Felipe Gutiérrez Zorrilla, Sergio Lara Espinosa, Enrique León Martínez, Raúl López García, Edmundo Martínez Zaleta, Miguel Angel Olea Enríquez, Leopoldo Ortiz Santos, David Orozco Romo, José Luis Peña Loza, Héctor Perfecto Rodríguez, Héctor Ramírez Cuéllar, Eulalio Ramos Valladolid, Francisco Rodríguez Pérez, Pedro Salinas Guzmán, Alberto Santos de Hoyos, Dulce María Sauri Riancho Amador Toca Cangas, Efraín Trujeque Martínez, Carlota Vargas Garza, Salvador Valencia Carmona, Raúl Vélez García, Aidé Eréndira Villalobos Rivera."

El C. Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su lectura.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al Dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. Dispensada la lectura al dictamen, señor Presidente... Queda también de primera lectura.

ARTÍCULO 115 CONSTITUCIONAL

- La misma C. Secretaria:

"Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la Minuta con Proyecto de Decreto que remite la H. Cámara de Senadores, relativa a la Iniciativa que el C. Presidente de la República, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Constituyente Permanente para reformar y adicionar el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Comisiones revisaron las razones y fundamentos expuestos en la Iniciativa del Ejecutivo Federal, así como el texto de la minuta del Senado, y después de haber sido discutidas a satisfacción de sus integrantes, formula el presente Dictamen con apoyo en las siguientes

CONSIDERACIONES

El municipio libre es, sin duda alguna, la célula social, política y económica que a través de nuestra historia ha sido valuarte de costumbres y adalid del cambio; en todos y cada uno de los municipios que integran la República Mexicana, hay una parte de la historia nacional.

Los Ayuntamientos sostienen un contacto directo con la ciudadanía, normalmente mayor que el que ejercen otras autoridades a nivel estatal y federal y por ello, son quienes aportan experiencia recientes que sirven de fundamento de la actividad política informada y consciente.

La realidad ha desfasado la acción municipal por lo que ahora habrá de recorrer un largo camino para convertir en verdad operativa el postulado constitucional que define al Municipio como la unidad básica de nuestra organización política y social; incorporándose en las mejores condiciones posibles a la lucha por el desarrollo integral de la Nación.

Expresada la voluntad política de abandonar los modelos centralistas que pudieran haberse configurado en diversos órdenes y de fincar las bases reales del desarrollo integral, mal podría soslayarse la necesidad de fortalecer la instancia municipal y la estatal, a cuyo efecto necesariamente la Federación debe, en todo momento, con pleno respeto a sus autonomías, revisar la propia y previo consenso ya expresado en la consulta popular, proponer las nuevas reglas de convivencia que hará posible servir mejor a la comunidad, principio y fin de la actividad gubernamental.

El dictamen elaborado por el H. Senado de la República, modificó la Iniciativa presidencial en los términos expresados en dicho documento, atendiendo a razonamientos que esta Comisión estima válidos y por ende los hace propios, y habida cuenta de que a esta Cámara de Diputados se presentaron con antelación Iniciativas de los Congresos de los estados de Tlaxcala, México, Baja California Sur y Michoacán, solicitando que las Legislaturas de los estados expidieran las leyes laborales para regular tal relación con sus trabajadores, así como una Iniciativa de los miembros del Partido Revolucionario Institucional ante la "LI" Legislatura para determinar los conceptos de ingreso que conforman la Hacienda Municipal, estas Comisiones estiman que dichas Iniciativas encuentran su desahogo en el dictamen que hoy se emite.

Establecer en nuestra Carta Magna el procedimiento a seguir en el caso de destitución de ayuntamientos, otorgándoles el derecho de defensa a título colectivo o individual, a juicio de las Comisiones es proveer de estabilidad a las comunas y respetar a ultranza el voto popular. Por cuanto a revocar el mandato de uno de sus miembros, debe entenderse esta facultad referida a aquellas personas que desempeñan un cargo por nombramiento o designación.

La fijación de un mínimo de servicios públicos a prestarse por los Municipios, así como la posibilidad de coordinarse con otros Municipios y contar con el auxilio gubernamental, clarifica el área de acción de estas autoridades que, unificadas, estarán en posibilidad no sólo de atender servicios básicos, sino de planificar desarrollos regionales que presenten soluciones a su problemática urbana, tenencia de la tierra, vigilancia del suelo y fijación de reservas territoriales y ecológicas, entre otras.

La determinación de los impuestos cuya recaudación beneficiará al Municipio así como de ciertos derechos, no hace limitativos los renglones de ingresos y sí permite inicialmente, conocer con certeza las fuentes primarias propias e intocables del haber municipal, estableciendo la posibilidad de convenir con el Estado que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la recaudación de esas contribuciones. Rasgo importante de su autonomía es que sus Presupuestos de Egresos serán aprobados internamente por los Ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.

En concepto de estas comisiones debe destacarse que la Iniciativa Presidencial amplía el principio de representación proporcional en la elección de los Ayuntamientos Municipales a todos los municipios, sin importar el volumen de su población, lo que mereció la congratulación de la H. Cámara de Senadores y a cuyo reconocimiento se suma esta Representación Popular.

Es su convicción, la de los sindicatos de trabajadores al Servicio del Estado, haciendo suyos los conceptos del primer Mandatario del País de respeto escrupuloso a los derechos laborales y a la autodeterminación e independencia de las organizaciones de los trabajadores, mantener su condición laboral y la vigencia de sus derechos sindicales, como lo preserva en forma irrestricta el apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, 72 y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se reforma y adiciona el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes:

I. Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.

Los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones propias de esos cargos, y cualquiera que sea la denominación que se les dé, no podrán ser electas para el periodo inmediato. Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes sí podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a menos que hayan estado en ejercicio.

Las legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan.

En caso de declarase desaparecido un ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procediere que entraren en funciones los suplentes ni que se celebraren nuevas elecciones, las legislaturas designarán entre los vecinos a los Consejos Municipales que concluirán los periodos respectivos.

Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será substituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley.

II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

Los ayuntamientos poseerán facultades para expedir de acuerdo con las bases normativas que deberán establecer las Legislaturas de los Estados, los bandos de policía y buen gobierno y los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones.

III. Los municipios, con el concurso de los estados cuando así fuere necesario y lo determinen las leyes, tendrán a su cargo los siguientes servicios públicos:

a) Agua potable y alcantarillado

b) Alumbrado público

c) Limpia

d) Mercados y centrales de abasto

e) Panteones

f) Rastro

g) Calles, parques y jardines

h) Seguridad pública y tránsito, e

i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio - económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.

Los Municipios de un mismo Estado, previo acuerdo entre sus ayuntamientos y con sujeción a la ley, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos que les corresponda.

IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:

a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.

b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.

c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en la relación con las mismas. Las leyes locales no establecerán exenciones o subsidios respecto de las mencionadas contribuciones, en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas. Sólo los bienes del dominio público de la Federación, de los Estados o de los municipios estarán exentos de dichas contribuciones.

Las Legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los ayuntamientos y revisarán sus cuentas públicas. Los presupuestos de egresos serán aprobados por los ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles.

V. Los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; otorgar licencias y permisos para construcciones, y participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas. Para tal efecto y de conformidad a los fines señalados en el párrafo tercero del Artículo 27 de esta Constitución, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios.

VI. Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros con apego a la ley federal de la materia.

VII. El Ejecutivo Federal y los gobernadores de los Estados tendrán el mando de la fuerza pública en los municipios donde residieren habitual o transitoriamente.

VIII. Los gobernadores de los Estados no podrán durar en su cargo más de seis años.

La elección de los gobernadores de los Estados y de las Legislaturas locales será directa y en los términos que dispongan las leyes electorales respectivas.

Los gobernadores de los Estados, cuyo origen sea la elección popular, ordinaria o extraordinaria, en ningún caso y por ningún motivo podrán volver a ocupar ese cargo, ni aún con el carácter de interinos, provisionales, substitutos o encargados del despacho.

Nunca podrán ser electos para el periodo inmediato.

a) El gobernador substituto constitucional, o el designado para concluir el periodo en caso de falta absoluta del constitucional, aún cuando tengan distinta denominación.

b) El gobernador interino, el provisional o el ciudadano que, bajo cualquier denominación, supla las faltas temporales del gobernador, siempre que desempeñe el cargo los dos últimos años del periodo.

Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la elección.

El número de representantes en las legislaturas de los Estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a cuatrocientos mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a ochocientos mil habitantes, y de once en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

Los diputados a las legislaturas de los Estados no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Los diputados suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietario, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.

De acuerdo con la legislación que se expida en cada una de las entidades federativas se introducirá el sistema de diputados de minoría en la elección de las legislaturas locales y el principio de representación proporcional en la elección de todos los ayuntamientos de los municipios.

IX Las relaciones de trabajo entre los Estados y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los Estados con base en lo dispuesto en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias.

Los municipios observarán estas mismas reglas por lo que a sus trabajadores se refiere. X. La Federación y los Estados, en los términos de ley, podrán convenir la asunción por parte de éstos del ejercicio de sus funciones, la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario.

Los Estados estarán facultados para celebrar esos convenios con sus municipios, a efecto de que éstos asuman la prestación de los servicios o la atención de las funciones a las que se refiere el párrafo anterior.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. El Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, en el plazo de un año computado a partir de la vigencia de este Decreto, procederán a reformar y adicionar las leyes federales, así como las Constituciones y leyes locales, respectivamente, para proveer al debido cumplimiento de las bases que se contienen en el mismo. Las contribuciones locales y las participaciones a que se refieren los incisos a) al c) de la fracción IV, se percibirán por los municipios a partir del 1o. de enero de 1984.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- México, D. F., a 28 de diciembre de 1982.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Presidente, Humberto Lugo Gil; secretario.

Mario Vargas Saldaña, Rafael Aguilar Talamantes, José Antonio Alvarez Lima, Bernardo Bátiz Vázquez, Heriberto Batres García, Manlio Fabio Beltrones Rivera, Javier Bolaños Vázquez, Genaro Borrego Estrada, Oscar Cantón Zetina, José Carreño Carlón, Salvador Castañeda O' Connor, Víctor Cervera Pacheco, Arnaldo Córdova, Jorge Cruickshank García, Irma Cué de Duarte, Sami David David, Enrique Fernández Martínez, Francisco Galindo Musa, Víctor González Avelar, Felipe Gutiérrez Zorrilla, José Luis Lamadrid Sauza, Ernesto Luque Feregrino, Luis Martínez Fernández del Campo, Luis René Martínez Souverville, Alfonso Molina Ruibal, Esteban Núñez Perea, Héctor Hugo Olivares Ventura, David Orozco Romo, Manuel Osante López, Juan José Osorio Palacios, Francisco Xavier Ovando Hernández, Guillermo Pacheco Pulido, Mariano Piña Olaya, Salvador Rocha Díaz, Luis Dantón Rodríguez.

Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Presidente Manuel Cavazos Lerma; secretaria, Irma Cué de Duarte; Juan Mariano Acoltzin Vidal, Genaro Borrego Estrada, Alvaro Brito Alonso, María Luisa Calzada de Campos, Oscar Cantón Zetina, Ricardo Castillo Peralta, Rolando Cordera Campos, Antonio Fabila Meléndez, Iván García Solís, Julieta Guevara Bautista, Juan José Inojosa H., Luz Lajous, Enrique León Martínez, Raúl López García, Moisés Raúl López Laines, David Lomelí Contreras, Adrián Mayoral Bracamontes, José Ignacio Monge Rangel, Estéban Núñez Perea Ramón Ojeda Mestre, Teresa Ortuño Gurza, Alejandro Posadas Espinosa, Héctor Ramírez Cuéllar, Gerardo Ramos Romo, Dulce María Sauri Riancho, Enrique Soto Izquierdo, Homero Tovilla Cristiani, Jorge Treviño Martínez, Antonio Vélez Torres, Astolfo Vicencio Tovar, Manuel R. Villa Issa, Aidé Heréndira Villalobos Rivera, Jesús Salazar Toledano, Juan Salgado Brito, Maximiliano Silerio Esparza, Manuel Solares Mendiola, Salvador Valencia Carmona."

El C. Presidente: En atención a que el dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, proceda la Secretaría consultar a la Asamblea si se le dispensa su lectura.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Se dispensa la lectura al dictamen, señor Presidente. Es también de primera lectura.

ARTÍCULOS 570, 571 Y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

"Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Honorable Asamblea:

A la suscrita Comisión fue turnada por acuerdo de vuestra soberanía, el expediente que contiene:

La Minuta del Proyecto de Decreto, en relación con la iniciativa presentada a la H. Cámara de Senadores por los CC. Senadores Obreros del Congreso del Trabajo, que reforma el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo y reforma y adiciona los Artículos 571 y 573 del propio Ordenamiento Legal.

El Proyecto de Decreto propuesto por la H. Cámara de Senadores, señala los procedimientos necesarios para la revisión de los salarios mínimos anualmente como hasta ahora

se encuentra previsto en la Ley Federal del Trabajo, así como la facultad del Secretario de Trabajo y Previsión Social y de la CN de SM para solicitar la revisión de los salarios mínimos durante su vigencia, cuando existan circunstancias económicas que lo justifiquen.

El salario mínimo por definición es al cantidad indispensable para la subsistencia del trabajador y su familia, comprendiendo la educación y recreación; y la pérdida de su poder adquisitivo niega al trabajador y su familia la adecuada alimentación, y reduce además los medios para su educación, vestido, habitación, así como las relaciones sociales y culturales. Dejan de esta manera a los trabajadores y sus familias en una situación indigna y degradante dentro de la comunidad y aún más en una sociedad surgida de una Revolución, cuyos pronunciamientos son en favor de la justicia social.

Ha sido y es preocupación constante del Movimiento Obrero Organizado del Congreso del Trabajo, promover y acrecentar las percepciones a que tienen derecho los trabajadores y de manera especial que las mínimas jamás dejen de cumplir con sus propósitos, particularmente cuando por causas propias o ajenas al ámbito de las relaciones de trabajo, sufren alteraciones desfavorables.

La preocupación explica los cambios y adelantos de la Institución, no sólo en su cuantía, aplicación, uniformidad, sino también en el sistema de fijarlos y términos de vigencia.

Se ha superado la función inicial a cargo de comisiones especiales de carácter municipal, que por diversas razones fueron ineficaces, mediante el sistema vigente que a través de comisiones regionales y de una nacional, integradas tripartitamente y auxiliadas por un organismo técnico, determinan los salarios mínimos generales y profesionales. Igualmente de su fijación bianual se avanzó a la anual para conservar el poder adquisito de los salarios continuamente disminuidos por la elevación incontrolada de los precios.

En los últimos años las relaciones de trabajo han estado expuestas a cambios bruscos y desfavorables para los trabajadores por presiones económicas internas y externas, que anulan inesperadamente las previsiones salariales, conduciendo a los trabajadores hacia soluciones diversas a las normales. La devaluación de la moneda nacional, el desorden en los mercados internacionales, problemas de balanza de pago, etcétera, han encarecido repetitivamente el valor de los satisfactores reduciendo de manera alarmante el poder adquisitivo de los salarios, siendo aconsejable para su fortalecimiento, medidas ágiles a fin de apuntar la economía de los trabajadores.

De esta experiencia repetitiva, se ha observado que la norma de la Ley Laboral respecto a que los salarios mínimos sólo deben fijarse anualmente, cumplió con sus propósitos en circunstancias diferentes a las cuales, no así ahora, en que las relaciones de trabajo y las condiciones de la economía nacional, imprevistamente son alteradas por diversas causas, de donde la regla para la revisión de los salarios mínimos, tiene que ser más flexible, a fin de que la Institución Salarios Mínimos y los trabajadores sujetos a este régimen salarial, cuenten con un mecanismo apropiado que les permita la recuperación permanente del poder adquisitivo de sus salarios y atender en consecuencia a las necesidades propias y de su familia.

Considerando las anteriores reflexiones, hechas en base a la realidad que vive el país, así como el dictamen aprobado por la H. Cámara de Senadores, el cual se ajusta al espíritu y texto del Artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo en su parte relativa, la Comisión que suscribe, se permite proponer a la consideración de esta honorable Asamblea la aprobación del siguiente proyecto de

DECRETO

QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 570, 571 Y 573 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo primero. Se reforma el Artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

"Artículo 570. Los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente .

La Comisión de los Salarios Mínimos y el Secretario del Trabajo y Previsión Social, podrán solicitar la revisión de los Salarios Mínimos, durante su vigencia, siempre que las circunstancias económicas lo justifiquen".

Artículo segundo. Se reforma y adiciona el Artículo 571 para quedar como sigue:

"Artículo 571. En la fijación de los salarios mínimos por las Comisiones Regionales, se observarán las normas siguientes:

I. Los trabajadores y los patrones a más tardar el último día de octubre, podrán presentar los estudios que juzguen conveniente acompañados de las pruebas que los justifiquen.

II. La Dirección Técnica de la Comisión Nacional hará llegar a las Comisiones Regionales en el curso de los primeros quince días del mes de octubre los informes a que se refiere la fracción IV, del Artículo 562 de esta ley

. III. Las Comisiones dispondrán de un término que vencerá el quince de noviembre para estudiar los informes de la Dirección Técnica de la Comisión Nacional y los estudios presentados por los trabajadores y los patrones, efectuar directamente las investigaciones y estudios que juzgue conveniente y dictar resolución, fijando los salarios mínimos.

Dentro del mismo término podrán solicitar de la Dirección Técnica de la Comisión Nacional, investigaciones y estudios complementarios; y

IV. Los Presidentes de las Comisiones, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la resolución, ordenarán su publicación y remitirán el expediente a la Comisión Nacional".

Artículo tercero. Se reforma y adiciona el Artículo 573, para quedar como sigue:

"Artículo 573. En la fijación de los salarios mínimos por la Comisión Nacional, se observarán las normas siguientes:

I. En el caso del primer párrafo del Artículo 570:

a) Los trabajadores y los patrones, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que se publique la resolución de cada Comisión Regional, podrán hacer las observaciones y presentar los estudios que juzguen conveniente, acompañandolos de las pruebas que los justifiquen:

b) El Consejo de Representantes, en el curso del mes de diciembre, dictará resolución conformando o modificando las que hubiesen dictado las Comisiones Regionales después de estudiar las resoluciones correspondientes y las observaciones y estudios presentados por los trabajadores y los patrones. Para tal efecto podrá realizar directamente las investigaciones y estudios que juzgue conveniente y solicitar de la Dirección Técnica estudios complementarios.

c) Si alguna de las Comisiones Regionales no dictare resolución dentro del término señalado en el Artículo 571 fracción III, o el expediente no se hubiere recibido a más tardar el treinta de noviembre, el Consejo de Representantes dictará la resolución correspondiente después de estudiar el informe de la Dirección Técnica y en su caso, los estudios presentados por los trabajadores y por los patrones ante la Comisión Regional y de efectuar directamente las investigaciones y estudios que juzgue convenientes.

d) La Comisión Nacional expresará en su resolución los fundamentos que la justifiquen. A este fin deberá tomar en consideración los expedientes tramitados ante las Comisiones Regionales, las investigaciones y estudios que hubiese efectuado y las observaciones y estudios presentados por los trabajadores y patrones; y

e) Dictada la resolución, el Presidente de la Comisión ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación, la que deberá hacerse a más tardar el treinta y uno de diciembre.

II. Para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 570:

a) El Secretario del Trabajo y Previsión Social formulará al Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, solicitud que contenga exposición de los hechos que la motiven, para que se convoque a las Comisiones Regionales y al Consejo de Representantes de la propia Comisión Nacional, a fin de que procedan a la revisión de los salarios mínimos vigentes.

b) El Presidente de la Comisión Nacional someterá la solicitud a que alude el inciso anterior a las Comisiones Regionales y al Consejo de Representantes de la Comisión Nacional, dentro de los tres días siguientes a la fecha en que la haya recibido y ordenará dentro del mismo término a la Dirección Técnica la preparación de un informe que considere la evolución del poder adquisitivo, las tendencias generales de los precios, las condiciones económicas prevalecientes y, en general, todos aquellos elementos que estime convenientes para que las Comisiones Regionales y el Consejo de Representantes puedan disponer de información relevante para revisar los salarios mínimos vigentes y fijar, en su caso, los que deban establecerse;

c) La Dirección Técnica dispondrá de un término de diez días, a partir de la fecha en que hubiere sido instruida por le Presidente de la Comisión Nacional, para elaborar el informe a que se refiere el inciso anterior y distribuirlo a las Comisiones Regionales. Las mencionadas Comisiones dispondrán de un término de cinco días, a partir de la fecha en que hubieren recibido el informe de la Dirección Técnica para emitir y hacer llegar a la Comisión Nacional su resolución y los fundamentos que la justifiquen. Dicha resolución determinará el salario mínimo general, el salario mínimo del campo y los salarios mínimos profesionales;

d) El Consejo de Representantes, dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que reciba cada uno de los expedientes, estudiará las resoluciones de las Comisiones Regionales y dictará resolución confirmando o modificando las que hubiesen dictado dichas comisiones. Si alguna de éstas no dictare resolución dentro del término establecido en el inciso c), o ésta no se hubiere recibido en la Comisión Nacional en el término señalado, el Consejo de Representantes dictará la resolución correspondiente;

e) La resolución de la Comisión Nacional establecerá la fecha en que deba iniciarse la vigencia de los nuevos salarios mínimos que se fijen, la cual no podrá ser posterior a diez días contados a partir de la fecha en que se emita la resolución. Los nuevos salarios mínimos estarán en vigor hasta el treinta y uno de diciembre, y

f) El Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos ordenará la publicación de los nuevos salarios mínimos, o en su caso la permanencia de los vigentes, en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los tres días siguiente a la fecha en que se haya emitido la resolución correspondiente".

TRANSITORIO

Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente del de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados.- México, D. F., 28 de diciembre de 1982.

Diputados Juan José Osorio Palacios, presidente; José Fernández Alatorre, secretario; Miguel Acosta Ramos, licenciado Servio Tulio Acuña Zumalacarregui"

- El Presidente: En atención a que este dictamen ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados por la Oficialía Mayor, proceda la Secretaría a consultar a la Asamblea si se dispensa su lectura.

- La C. secretaria Hilda Anderson Nevárez de Rojas: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, señor Presidente. Queda de primera lectura.

INVITACIÓN

- La C. secretaria Hilda Anderson:

"H. Cámara de Diputados, Palacio Legislativo México, D. F.

El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Tabasco invita a usted a la Sesión Solemne que se celebrará el día treinta y uno de diciembre a las 12:00 horas en el Palacio Legislativo en la cual ante la honrosa presencia del C. licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, Presidente Constitucional de los Estado Unidos Mexicanos, rendirá la protesta de Ley como Gobernador Constitucional del Estado el C. licenciado Enrique González Pedrero.

Villahermosa, Tabasco, mil novecientos ochenta y dos."

El C. Presidente: En representación de esta H. Cámara se designa a los siguientes CC. diputados: Amador Izundegui Rullán, Oscar Cantón Zetina, Pedro Luis Bartilotti Perea, Ma. Luisa Calzada de Campos, Jorge Cruickshank García, Ma. Graciela García Serra, Raymundo León Osuna, Jesús Luján Gutiérrez, Manuel Llergo Heredia, Andrés Sánchez Solís y Gustavo Pérez y Pérez.

COMUNICACIONES

- La misma C. Secretaria:

"H. Cámara de Diputados, México, D. F.

La III Legislatura Constitucional del Estado de Quintana Roo, se permite comunicar que en Junta previa celebrada el día 14 de noviembre de 1982, se eligió la Mesa Directiva que fungirá durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional, mismo que se abrirá a partir del 24 de noviembre del año en curso, quedando integrada de la siguiente forma:

Presidente: diputado Joaquín Lanz Barrera.

Vicepresidente: diputado Serafín Montúfar Bailón.

Secretario: diputado profesor Terencio Tah Quetzal.

Secretario suplente: diputado licenciado Luis Ramón Villanueva García.

Aprovechamos la ocasión para reiterarle las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Chetumal, Quintana Roo, 15 de noviembre de 1982.

La Diputación Permanente, secretario, profesor Abraham Martínez P.; secretario, C. Serafín Montúfar Bailón."

- Trámite: De enterado.

- La misma C. Secretaria:

"Gobierno Constitucional del Estado de Oaxaca, Poder Legislativo.

CC. diputados secretarios de la H. Cámara de Diputados al H. Congreso de la Unión. México, D. F.

En cumplimiento de preceptos legales, comunicamos a usted(es) que la LI Legislatura Constitucional del Estado, en sesión ordinaria efectuada hoy, procedió a la elección de Presidente y Vicepresidente, para funciones durante la primera quincena del mes de diciembre próximo, habiendo resultado electos por mayoría de votos los CC. diputados:

Daniel Gómez Sarmiento, presidente.

Doctor Arturo Molina Sosa, vicepresidente.

Reiteramos a usted(es) las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El Respeto al Derecho Ajeno es la Paz.

Oaxaca de Juárez, a 26 de noviembre de 1982.

Doctor Alfonso Gómez Sandoval, diputado secretario; Porfirio Leonel Rojas Medina, diputado secretario."

- Trámite: De enterado.

La misma C. Secretaria:

Señor Presidente, la Secretaría informa que se han agotado los asuntos en cartera. (Aplausos.)

Se va a dar lectura a la Orden del Día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

- La misma C. Secretaria:

"Primer Periodo Ordinario de Sesiones. 'LII' Legislatura.

Orden del Día

29 de diciembre de 1982.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Protesta del C. Rodolfo Rea Avila, como diputado a la 'LII' Legislatura.

Minuta

Con Proyecto de Decreto de Reformas y Adiciones a los artículos 54- D, 54- E, 54- M y 54- U de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

De la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 1983.

De las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y Programación, Decreto que reforma los artículos 1916 y 2116 Presupuesto y Cuenta Pública con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social con proyecto de Decreto que reforma y adiciona los artículos 570, 571 y 573 de la Ley Federal del Trabajo.

De la Comisión de Justicia con proyecto de Decreto que reforma los artículos 1916 y 2115 y adiciona un Artículo 1916 bis al Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.

Elección de miembros de la Comisión Permanente.

Proposiciones de la Gran Comisión."

- El C. Presidente (a las 21:00 horas): Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana miércoles 29, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

"DIARIO DE LOS DEBATES"