Legislatura LIII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19860415 - Número de Diario 3

(L53A1P1eN003F19860415.xml)Núm. Diario:3

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 septiembre de 1921.

AÑO I México, D.F., martes 15 de abril de 1986 NÚM. 3

PERÍODO EXTRAORDINARIO

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA

A solicitud de la Comisión de Justicia de esta Cámara se retira del orden del día el dictamen respectivo.

INSTALACIÓN DEL SENADO

Lo participa el C. senador Alejandro Sobarzo Loaiza, quien además hace consideraciones sobre el período extraordinario de sesiones. Respuesta de la presidencia de esta Cámara.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Se aprueba.

PROTESTA DE LEY DE CUATRO DIPUTADOS SUPLENTES

De los CC. Maclovio Bedoya Rico, Gorgonio Meza Ramos, Pedro Sánchez Arrieta y Alejandro Encinas Rodríguez, de los distritos primero de Campeche, noveno de Sinaloa, décimo de Veracruz y quinta circunscripción, respectivamente.

INICIATIVAS TURNADAS POR LA COMISIÓN PERMANENTE

Oficio por el que se comunica se turnaron a las comisiones respectivas, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; Ley Orgánica de la Administración Pública; las reformas a la Ley del Seguro Social y la Ley que Reforma, adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales. De enterado.

MESA DIRECTIVA DEL SENADO

Que funcionará durante el período extraordinario de sesiones. De enterado.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY SOBRE EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL D.F.

Proyecto de decreto que adiciona la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima.

ACLARACIÓN DE LA PRESIDENCIA

A quienes solicitaron el uso de la palabra que, conforme al acuerdo parlamentario, tienen el recurso del foro de la Comisión Permanente. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JESÚS JARAMILLO KARAM

(Asistencia de 331 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. presidente (a las 11:15 horas): - Se abre la sesión.

«Cámara de Diputados. Primer Período Extraordinario de Sesiones del Primer Receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

15 de abril de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Oficio de los CC. secretarios de la H. Comisión Permanente, oficio de la H. Cámara de Senadores por el que comunica su Mesa Directiva.

Protesta de los CC. diputados.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que adiciona con un capítulo VIII la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

De la Comisión de Justicia con proyecto de Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.»

LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA

El C. secretario Juan Moisés Calleja García:

«C. diputado Jesús Murillo Karam, presidente de la Cámara de Diputados. Presente.

Por este conducto, me permito solicitar a nombre de la Comisión de Justicia de esta LIII Legislatura, se retire del orden del día, el dictamen listado en primera lectura, relativo al proyecto de Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Atentamente.

México, D.F., a 15 de abril de 1986.

Diputado David Jiménez González, presidente; diputado Francisco Berlín Valenzuela, secretario.»

El C. presidente : - Señor secretario, consulte usted a la asamblea sobre la solicitud:

La Comisión de Justicia solicitó a esta presidencia sea retirado del orden del día, el dictamen listado en primera lectura, relativo al proyecto de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Consultadas las fracciones parlamentarias se llegó a este acuerdo.

Consulte por favor, en votación económica a la asamblea, si acepta retirar de la orden del día este proyecto.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la asamblea, en votación económica, si se aprueba la proposición de la presidencia de está Cámara. Los que estén conformes sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor presidente.

INSTALACIÓN DEL SENADO

El C. presidente: - Se encuentra a las puertas de este recinto una comisión de la honorable Cámara de Senadores. Se designa, para introducirla, a los siguientes ciudadanos diputados: Guillermo Fonseca Alvarez y Demetrio Ruiz Malerva.

(La comisión cumple su cometido.)

El C. presidente: - Se concede la palabra al ciudadano senador Alejandro Sobarzo Loaiza.

El C. senador Alejandro Sobarzo Loaiza: - Gracias señor presidente. Honorable asamblea: Una comisión de senadores integrada por los ciudadanos Rafael Cervantes Acuña, Luis José Dorantes Segovia y Guillermo Mercado Romero, así como el de la voz, ha recibido la encomienda de participar a esta soberanía la instalación del Senado de la República, para funcionar durante el primer período extraordinario de sesiones, correspondiente al primer año de ejercicio de la LIII Legislatura del Congreso de la Unión.

Debe destacarse en este acto, señores diputados, la voluntad política coincidente entre el Poder

Legislativo y el Poder Ejecutivo; el Poder Legislativo hace unos meses aprobó una reforma constitucional mediante la cual se establecieron dos periodos ordinarios de sesiones del Congreso de la Unión; se consideró que la complejidad reciente de la vida moderna hace cada vez más necesario que el Congreso celebre sesiones ordinarias durante más tiempo que el actualmente previsto en nuestra legislación y sin que medie entre un período y otro, un receso tan prolongado como el actual.

Se busca así poder dar respuesta a las necesidades legislativas de nuestro país, de manera más oportuna, y hacer una mejor distribución en el tiempo de las tareas cada vez más intensas que competen al Congreso de la Unión.

Ayer precisamente el diputado Eliseo Mendoza Berrueto, hizo en esta tribuna importantes consideraciones sobre la materia; ahora el Poder Ejecutivo ha buscado materializar esa medida, aunque no de manera formal, solicitando la celebración de este período extraordinario de sesiones para el desahogo de trabajo legislativo de destacada trascendencia para la nación. Vivimos momentos muy importantes para la actividad del Congreso para que la vigencia institucional consolide la estabilidad de la República; los manatos de la Constitución General deben ser nuestra norma y guía, deben ser nuestra orientación cotidiana y su respeto debe ser nuestra preocupación permanente.

Orientados por la Constitución e inspirados por nuestros héroes, podemos transitar por el camino indicado, nuestra Carta Fundamental y el ejemplo de diversos antepasados se aúnan, pues, para señalarnos la ruta a seguir; por eso luchamos con mayor justicia en el ámbito interno y por eso somos celosos defensores de nuestra independencia en el ámbito internacional. El Congreso de México, que a través de los años ha buscado en forma incesante una mayor justicia social, mediante las acciones legislativas conducentes y que ha respaldado con el mayor vigor toda medida tendiente a la defensa de las normas que deben regir la convivencia entre los pueblos, se apresta ahora a cumplir nuevamente con la elevada misión que se le asignado.

En las tareas legislativas y en los pronunciamientos, continuaremos observando las directrices trazadas por la voluntad nacional, esa voluntad que se ha ido fraguando a través de largos años de historia. Por eso tenemos que lamentar, ante los acontecimientos que actualmente contempla el mundo, que después de siglos de vida en común, de sorprendentes avances en las más diversas áreas, y de dos contiendas de alcance universal que calaron hondo en las conciencias, que el hombre no haya sido capaz de perfeccionar la convivencia entre las naciones y no haya podido lograr que la solución pacífica reemplace al uso de la fuerza en la solución de los conflictos.

Son, sin duda, momentos en que debemos afirmar los postulados permanentes de nuestra política exterior. Por eso debemos elevar la voz en todos los foros porque se respeten esos principios inmutables y se impongan en forma permanente en el campo internacional.

Tenemos que tomar la palabra para sostener los valores que se hayan en peligro y que atañen a todos los pueblos del mundo, porque así lo exige la voluntad nacional. Un pueblo pacifista, defensor de la legalidad, de la sana convivencia, así nos lo impone. Sabemos interpretar los deseos de ese pueblo que en el ámbito externo busca que la razón reemplace a la fuerza; que la colaboración sustituya el egoísmo y que la igualdad de los estados no sólo sea aspiración de millones de seres en el mundo, sino principio con plena vigencia en las relaciones internacionales.

Los difíciles momentos que hoy vivimos, señores diputados, nos han inspirado estas consideraciones al comunicar a esta soberanía la instalación del Senado de la República para funcionar durante este período extraordinario de sesiones. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Esta Cámara ha quedado enterada de la comunicación amable de la colegisladora. Reciban, señores senadores, a nombre de esta Cámara, un afectuoso saludo que suplicamos retornen al Senado.

Se ruega a la comisión designada, acompañar a los señores senadores, cuando deseen retirarse.

(La comisión cumple con su cometido.)

Continúe la secretaría con la lectura del acta de la sesión anterior.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El C. secretario Juan Moisés Calleja García:

«Acta de la Sesión Previa de la Cámara d Diputados de la quincuagésima tercera legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día catorce de abril de mil novecientos ochenta y seis.

Presidencia del C. Fernando Ortiz Arana

En la ciudad de México, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del lunes catorce de abril de mil novecientos ochenta y seis, la presidencia declara abierta la sesión, de conformidad con lo que establece el artículo 31 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de trescientos veintinueve ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día.

A continuación se procede a la elección, por medio de la cédula, de presidente y vicepresidentes para este período extraordinario de sesiones, a que fue convocado el H. Congreso de la Unión por su Comisión Permanente.

Llevada a cabo la votación y hecho el escrutinio correspondiente, se obtuvo el siguiente resultado:

Doscientos sesenta y cuatro votos para la planilla integrada por los CC. diputados Jesús Murillo Karam como presidente y Joaquín Contreras Cantú, Regina Reyes Retana, Alejandro Ontiveros Gómez, Enrique Gabriel Jiménez Remus y Gabriela Guerrero Oliveros como vicepresidentes.

También se registraron un voto para ocho distintas planillas, y cuatro votos, cinco votos y nueve votos para otras tantas planillas, así como veintiocho abstenciones.

En virtud de lo anterior, la presidencia hace la declaratoria correspondiente, e invita a los ciudadanos electos, pasen a tomar posesión de sus cargos.

Presidencia del C. Jesús Murillo Karam

Puestos todos los presentes de pie, la presidencia hace la siguiente declaratoria:

"La Cámara de Diputados de los Estados Unidos Mexicanos se declara legítimamente constituida para funcionar durante el primer período extraordinario de sesiones del primer receso, al que fue convocado el Congreso, por su Comisión Permanente."

La presidencia da lectura al acuerdo parlamentario suscrito por los coordinadores de las nueve fracciones parlamentarias que integran la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, por el que se establecen las reglas de procedimiento a que se sujetará la Cámara de Diputados durante el período extraordinario de sesiones.

La asamblea, en votación económica, aprueba el acuerdo parlamentario.

La mesa directiva, con fundamento en el artículo 11 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, designa las siguientes comisiones de cortesía, para participar que la Cámara de Diputados ha quedado legítimamente constituida, y comunicar asimismo la apertura del H. Congreso de la Unión:

Al C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, los ciudadanos diputados Eliseo Mendoza Berrueto, Jesús Murillo Karam, Nicolás Reynés Berezaluce, Jorge Montúfar Araujo, Blas Chumacero Sánchez, Salvador Robles Quintero, Guillermo Fonseca Alvarez, Jesús González Schmal, Arnoldo Martínez Verdugo, Graco Ramírez Garrido Abreu, Antonio Monsiváis Ramírez, Carlos Enrique Cantú Rosas, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Heberto Castillo Martínez, Pedro José Peñaloza, Joaquín Contreras Cantú, Regina Reyes Retana, Alejandro Ontiveros Gómez, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Gabriela Guerrero Oliveros, César Augusto del Angel Fuentes y de los integrantes de la Gran Comisión.

A la H. Cámara de Senadores, los ciudadanos diputados Diego Valadés Ríos, Alma Salas Montiel, Alfonso Godínez López, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Joel Rosas Torres y Gerardo Unzueta Lorenzana.

A la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, los ciudadanos diputados Arnulfo Villaseñor Saavedra, Marciano Aguilar Mendoza, Porfirio Cortés Silva, Cirilo José Rincón Aguilar, Jesús Zamora Flores y Genaro Piñeiro López.

La presidencia ruega a la Comisión que deberá participar al H. Senado de la República, la instalación de la Cámara de Diputados, cumpla desde luego con su cometido.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las doce horas y quince minutos se levanta la sesión para abrir, en su oportunidad, la de Congreso General. Se cita a los CC. diputados para el día de mañana, quince de abril, a las diez horas, a sesión de Cámara de Diputados.»

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

PROTESTA DE LEY DE CUATRO DIPUTADOS SUPLENTES

El C. presidente: - Se encuentran a las puertas de este recinto los ciudadanos Maclovio Bedoya Rico, Gorgonio Meza Ramos, Pedro Sánchez Arrieta y Alejandro Encinas Rodríguez, diputados suplentes por el primer distrito de Campeche, noveno de Sinaloa, décimo sexto de Veracruz y quinta circunscripción, respectivamente.

Se designa en comisión para que los acompañen, en el acto de rendir la protesta de ley para entrar en funciones, a los siguientes ciudadanos diputados: Juan Maldonado Pereda, Eraclio Zepeda Ramos y Ma. Luisa Solís Payán.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Se suplica a la comisión cumplir con su encargo.

Se ruega a los presentes ponerse de pie.

El C. presidente: - Ciudadanos Maclovio Bedoya Rico, Gorgonio Meza Ramos, Pedro Sánchez Arrieta y Alejandro Encinas Rodríguez:

"¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de diputado que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión?"

Los CC. Maclovio Bedoya Rico, Gorgonio Meza Ramos, Pedro Sánchez Arrieta y Alejandro Encinas Rodríguez: - "Sí, protesto".

El C. presidente: - "Si así no lo hiciereis, la nación os lo demande." (Aplausos.)

INICIATIVAS TURNADAS POR LA COMISIÓN PERMANENTE

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez:

«CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presente.

En sesión efectuada en esta fecha por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, de conformidad con el artículo 113 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se turnaron a Comisión las siguientes iniciativas:

Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública. Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Reformas a la Ley del Seguro Social. Comisión de Seguridad Social.

Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales. Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D.F., a 8 de abril de 1986.

Por los CC. secretarios.

El oficial mayor, licenciado Fidel Herrera Beltrán.»

Trámite: De enterado.

MESA DIRECTIVA DEL SENADO

El C. secretario Juan Moisés Calleja García:

«CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Presente.

Para conocimiento de esa honorable colegisladora, tenemos el honor de participar a ustedes que, en junta preparatoria celebrada en esta fecha, quedó legalmente constituido el H. Senado de la República, para funcionar durante el período extraordinario de sesiones, correspondiente al primer año de ejercicio de la Quincuagésima Tercera Legislatura del Congreso de la Unión, habiendo resultado electa la siguiente Mesa Directiva, que actuará durante dicho período.

Presidente: senador Javier Ahumada Padilla; vicepresidentes: senador Armando Herrera Morales y senador Andrés Henestrosa Morales.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D.F., 14 de abril de 1986.

Andrés Valdivia Aguilera S.S. Luis José Dorantes Segovia S.S.»

Trámite: De enterado.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY SOBRE EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL D.F.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García:

«Comisión del Distrito Federal

Honorable Asamblea: Con fecha 26 de diciembre de 1985 fue turnada a esta comisión, por acuerdo del pleno de la H. Cámara de Diputados, la iniciativa de decreto presentada por las fracciones parlamentarias de los partidos Revolucionario Institucional; Demócrata Mexicano; Popular Socialista; Auténtico de la Revolución Mexicana y Socialista de los Trabajadores, que adiciona la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal con el capítulo VIII, que establece "El Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal."

En su oportunidad, la comisión formuló dictamen sobre la iniciativa, al cual se le dispensó la primera lectura, habiendo pasado a segunda lectura con fecha 27 de diciembre y por acuerdo del pleno fue devuelto a esta comisión, para que se analizara más a fondo su contenido y fuera sometido nuevamente a esta honorable asamblea.

La comisión acordó que el mismo grupo de trabajo que había dictaminado el proyecto de iniciativa, se allegara toda la información sobre el particular y profundizara en sus trabajos para lograr la depuración y perfeccionamiento de la iniciativa, lo cual se hizo en forma metódica y exhaustiva con el auxilio de los sectores involucrados en la materia, los beneficiarios directos de la reforma y las autoridades con atribuciones en el área de vivienda tanto del Distrito Federal como de las diferentes dependencias del Ejecutivo Federal.

La comisión puso a disposición del grupo de trabajo la iniciativa que sobre la misma materia y con el mismo objeto presentó el C. diputado Efraín Calvo Zarco, del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

El objeto de la reforma que adiciona con un capítulo la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, consiste en el establecimiento de un régimen de excepción que permite hacer extensiva la propiedad en condominio a sectores de pocos recursos económicos que habitan o habitaban en propiedades de inmuebles destinadas al arrendamiento que por sus características dificultan la constitución de condominios.

En consecuencia, la pretensión final es que quienes arrendaban habitaciones que fueron destruidas por los sismos de septiembre del año próximo pasado o habitan a la fecha inmuebles conocidos como "vecindades" o edificios antiguos, en los cuales en alguna forma participan el Distrito federal o las entidades de la administración pública federal, ya sea porque haya pasado a su propiedad el inmueble o porque hubieren otorgado o están en proceso de otorgar financiamiento para su reconstrucción, puedan convertirse en propietarios de las viviendas que venían o vienen habitando sin limitación de ninguna clase a su derecho de propiedad, es decir, no se está creando una nueva figura jurídica que rompa con el régimen de propiedad urbana contemplada en nuestra legislación positiva, únicamente se está estableciendo un régimen excepcional que viene a constituir una modalidad de la propiedad en condominio y que traerá beneficios trascendentales para los afectados por los sismos, así como a quienes por las características de sus viviendas, no habían podido transformar su naturaleza jurídica de inquilinos a propietarios.

La intención de la iniciativa no es otra que contribuir al cumplimiento del derecho a la vivienda que fue elevado a garantía constitucional al consignarse en el artículo 4o. de nuestra Carta Magna.

Se estudió la propuesta del Partido Revolucionario de los Trabajadores presentado por el diputado Efraín Calvo zarco, estimándose que el objetivo que se persigue con la misma es semejante al de la formulada por la mayoría de las fracciones parlamentarias, no obstante en la iniciativa del diputado Calvo Zarco, se está desvirtuando el régimen de propiedad en condominio ya que con la reforma se pretende crear un derecho de copropiedad, lo cual es una figura jurídica de características diferentes al condominio.

Por otra parte, las limitaciones que se ponen en la iniciativa a la traslación de la propiedad por los inquilinos que la adquieran mediante la reforma, son de tal naturaleza que hacen nugatorio el derecho. En efecto, si lo que se persigue es transferir la propiedad a quienes siempre han deseado tenerla, poco se les beneficia si se les limita en forma tal su derecho de trasferirla que les impide en un momento determinado aplicar el bien en beneficio propio y de sus familiares, como lo planteó la iniciativa del diputado Efraín Calvo Zarco.

Aún más, esa iniciativa se ocupa en su mayor parte de lo relativo a la administración de los condominios dejando de lado el fondo que es lo relativo a la constitución de éstos.

La comisión, acatando el mandato del pleno de esta soberana asamblea, procedió a depurar el contenido de la iniciativa turnada para su estudio y dictamen en términos tales que permita lograr el objetivo social previsto en su formulación y presentación ante este poder legislativo.

Sobre este supuesto, en el texto del articulado que se somete a vuestra consideración, se determinó, en forma clara y precisa, cuando procede la constitución de una propiedad en condominio de carácter vecinal; que se trata de un régimen de excepción de la propiedad en condominio que está destinado a unidades habitacionales de interés social, en virtud de lo cual se eliminan una serie de requisitos operantes para los casos normales de condominio y por otro lado se protege la constitución de estos regímenes al sujetarse a una declaración previa por parte del Distrito Federal para que proceda la misma. Será en este acto de la declaración, cuando se otorguen facilidades tanto en requisitos administrativos como en el tratamiento fiscal que se dé a los actos de constitución de este tipo de condominios. Se incluye un precepto en el que se dispone que se respetará la forma de administración que para sus viviendas acuerden los condominios vecinales.

No se establece ninguna limitación a la propiedad adquirida por este medio, con el fin de cumplir el objetivo esencial de la reforma, que consiste en hacer posible a sectores de escasos recursos contar con una vivienda que no sólo la habiten, sino que viene a representar un bien patrimonial.

Retomando los motivos expresados en la iniciativa en razón del carácter prioritario de la vivienda en el Distrito Federal, así como de la necesidad que existe de eliminar cualquier obstáculo legal que impida el logro del objetivo a corto plazo consistente en reponer la vivienda a quienes la perdieron con motivo de los sismos de los días 19 y 20 de septiembre de 1985, se estima oportuna la modificación propuesta, además de las razones expuestas por los siguientes aspectos:

Este régimen especial se justifica para dar una forma jurídica adecuada, a vecindades que son características de algunas zonas de nuestra ciudad, y que no fueron construidas, con sujeción a las normas ordinarias del régimen de condominio, por ser anteriores a este régimen legal. La realidad ha demostrado que la falta del mismo ha sido una de las causas determinantes del deterioro de estas vecindades y ha constituido un obstáculo insuperable, para que los inquilinos satisfagan su aspiración de convertirse en propietarios de sus viviendas; mismas que con motivo de los sismos se dañaron, ocasionando desequilibrios habitacionales que con este instrumento jurídico se pretende regular.

Se constituirá como un régimen especial de la propia ley y por disposiciones que contengan la declaratoria que dicte la autoridad competente para ese efecto, además de las que contengan las escrituras de la constitución de este régimen.

Es de gran importancia el que la comunidad que se integre bajo este régimen, tenga toda su capacidad participativa y creativa en la administración y conservación del condominio de carácter vecinal, con el objeto de preservar su arraigo, vecindad y tradiciones, integrando su organización en la declaratoria de la constitución de este régimen, dando preferencia a la forma propuesta por los beneficiarios.

En la ejecución del programa emergente de renovación habitacional popular, se ha observado que la satisfacción plena de los requerimientos de vivienda de los damnificados por los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, amerita, por las características de los beneficiarios de dicho programa, crear condiciones que permitan concretar la adquisición de vivienda en propiedad en condominio, régimen que entre las distintas formas de propiedad resulta la más idónea para satisfacer la necesidad básica antes señalada.

Es de imperiosa necesidad que queden incluidos en este régimen especial los inmuebles que en materia del programa emergente de renovación habitacional popular del Distrito Federal, aprobado mediante decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de octubre de 1985, y los inmuebles que se incluyan en los programas habitacionales del Departamento del Distrito Federal.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 71,72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54,56 y 64 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87,88 y demás relativos del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión propone a vuestra soberanía el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY SOBRE EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INMUEBLES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Artículo único. Se adiciona con un capítulo VIII la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en

Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, con los artículos del 46 al 51, inclusive, para quedar como sigue:

CAPITULO VIII

Del Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal

Artículo 46. El Régimen de Propiedad de Carácter Vecinal es un régimen excepcional que se regirá por las disposiciones de esta ley, las que contenga la declaratoria de las autoridades competentes que lo autoricen, las de las escrituras en que se hubiere establecido dicho régimen y las demás disposiciones jurídicas aplicables, en lo que se oponga a lo establecido en el presente capítulo.

Artículo 47. El Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal podrá constituirse:

I. En inmuebles que enajene para ese fin, el Departamento del Distrito Federal o las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal dedicadas al fomento de la vivienda;

II. En inmuebles, en cuya adquisición participen con financiamiento pare el mismo fin, las entidades del sector del Departamento del Distrito Federal o de las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal;

III. En inmuebles que sean adquiridos por sus ocupantes o inquilinos, en cuya adquisición o enajenación intervengan las dependencias y entidades mencionadas;

IV. En inmuebles y predios incluidos en los programas habitacionales del Departamento del Distrito Federal que oportunamente se aprueben, y

V. En inmuebles dedicados a vivienda que cambien por voluntad de los propietarios o copropietarios y en su caso con la conformidad de los inquilinos que las habiten, al régimen a que se refiere este capítulo.

El Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal, sólo podrá constituirse en viviendas de interés social y locales anexos."

Artículo 48. El Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal, deberá ser autorizado por el Departamento del Distrito Federal, el cual, en la declaratoria prevista por el artículo 3o. de esta ley, señalara características del proyecto que apruebe y los requisitos administrativos a que dicho proyecto deberá estar sujeto.

Artículo 49. La formalización de los actos y contratos en los que se hagan constar la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal y las operaciones traslativas de dominio a que se refiere el artículo 47, tendrá el tratamiento que determine el Departamento del Distrito Federal.

Artículo 50. Para la administración y vigilancia de ésta, en los inmuebles sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal, la declaratoria a que se refiere el artículo 3o. de esta ley, dará preferencia a la forma de organización propuesta por los beneficiarios de cada proyecto.

Artículo 51. Los requisitos que se examinan expresamente en las declaratorias a que se refiere el artículo 3o. de esta ley para la constitución del Régimen de Propiedad en Condominio de Carácter Vecinal, no serán sustituidos por contribuciones, impuestos o derechos de cualquier índole o naturaleza.

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Quedan comprendidos en este decreto los inmuebles que estén incluidos en el Programa Emergente de Renovación Habitacional Popular del Distrito Federal, aprobado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 1985.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

México, D.F., a 17 de marzo de 1986.

Comisión del Distrito Federal.

Diputados Gilberto Nieves Jenkin, presidente; Manuel Gurría Ordóñez, secretario; Aguilar Alvarez Jaime, Cantú Rosas Carlos Enrique, Altamirano Cuadros Luis Manuel, Casillas Ontiveros Ofelia, Altamirano Dimas Gonzalo, Castellot Madrazo Gonzalo, Berlín Valenzuela Francisco, Castillo Mota Juan José, Bernal Villanueva Agustín, Castro Justo Juan José, Calleja García Juan Moisés, Cervantes Aguirre José Trinidad, Calvo Zarco Efraín Jesús, Díaz Córdova Homero, Campos Bravo Rodolfo Mario, Durán y Liñán Federico, Fernández Flores Manuel, Ling

Altamirano Héctor, Fonseca Alvarez Guillermo, López Martínez Joaquín, Gallardo Macías Beatriz, López Zepeda Rafael, Galván Muñoz Jesús, Lozano Contreras Rafael, Garduño Pérez Javier, Monarres Valenzuela Manuel, Godínez López Alfonso, Mora Aguilar Adrián, Granja Ricalde Federico, Olmedo de Garcilita Jarmila, Herrera Arango José, Oñate Laborde Santiago, Jiménez Guzmán Manuel, Parra Prado Manuel Germán, Lazcano Montoya Armando, Pineda Serino Javier, Punzo Gaona Antonio, Reyes Medrano Alfonso, Rizzo García Sócrates, Silva Ruiz Lorenzo, Terrazas Guerrero Manuel, Ulibarri Pérez Fernando, Valenzuela Herrera Lulio, Whaley Martínez Leopoldo.»

Es de primera lectura.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura a la orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

La misma C. secretaria:

«Cámara de Diputados Primer Período Extraordinario de Sesiones del Primer Receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

16 de abril de 1986.

Lectura de acta de la sesión anterior.

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Seguridad Social, con proyecto de decreto que reforma los artículos 79,114,115,177 y 178 de la Ley del Seguro Social.

Dictamen a discusión

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto que adiciona con un capítulo VIII la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.»

El C. Pedro José Peñaloza: - Señor presidente, pido la palabra.

El C. presidente: - ¿Con qué objeto?

El C. Pedro José Peñaloza: - Para hechos.

ACLARACIÓN DE LA PRESIDENCIA

El C. presidente: - En el período extraordinario de sesiones tenemos que sujetarnos a las disposiciones constitucionales. El día de mañana, en la Comisión Permanente pueden hacer el planteamiento.

(A las 12:00), se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar mañana, 16 de abril, a las 17:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES