Legislatura LIII - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19860421 - Número de Diario 6

(L53A1P1eN006F19860421.xml)Núm. Diario:6

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D.F., lunes 21 de abril de 1986 NÚM. 6

PERÍODO EXTRAORDINARIO

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Se aprueba.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY MONETARIA

Proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o. de la ley nombrada.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES (Miscelánea)

Proyecto de ley que reforma, adiciona y deroga varios artículos de la ley de referencia. El C. Humberto Ramírez Rebolledo solicita se lean los fundamentos del dictamen y la modificación al artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El C. Jorge Flores Solano da lectura a los fundamentos solicitados. A su vez el C. Cristóbal Figueroa Nicola presenta una moción suspensiva con la que se manifiesta en contra el C. Ignacio Ramos Espinosa. Intervienen para hechos los CC. Figueroa Nicola y Ramírez Rebolledo. Se desecha.

A discusión en lo general. Intervienen los CC., por la Comisión Jorge Flores Solano, en contra Héctor Terán Terán, en pro Ignacio Ramos Espinosa; en contra Alejandro Encinas Rodríguez y Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; en pro Jorge Amador Amador; en contra José Angel Conchello Dávila; en pro Javier Garduño Pérez; para hechos Humberto Ramírez Rebolledo; en contra Roberto Calderón Tinoco y Amado Olvera Castillo; en pro Cuauhtémoc Amezcua Dromundo; en contra Ramírez Rebolledo y Ricardo Andrés Pascoe Pierce; para hechos, Conchello Dávila, Pascoe Pierce, Manuel Terrazas Guerrero, Conchello Dávila, Amezcua Dromundo, Alejandro Gascón Mercado, José Pascual Moncayo, Reyes Fuentes García, Heberto Castillo Martínez, Federico Ling Altamirano, Martín Tavira Urióstegui, Humberto Salgado Gómez, Gonzalo Altamirano Dimas, Amezcua Dromundo, Castillo Martínez, Jesús González Schmal, Leopoldo Arturo, Whaley Martínez, Amezcua Dromundo y Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; en pro Alfonso Reyes Medrano; en contra Humberto Rice García y Ricardo Francisco García Cervantes; para una aclaración Miguel Angel Barberena Vega, en pro César Augusto Santiago Ramírez; para hechos Juan de Dios Castro y Santiago Ramírez; para razonar el voto del PMT Eduardo Valle Espinosa; para hechos Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; en pro Carlos Palafox Vázquez. Se aprueba con los artículos no impugnados.

A discusión en lo particular. A debate el artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación. Hablan,

para proponer quede como estaba. el C. Humberto Ramírez Rebolledo; en pro el C. Javier Garduño Pérez.

A debate el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación. Intervienen los CC., para una adición Jesús Galván Muñoz; en pro Agustín Leñero Bores; en contra Humberto Ramírez Rebolledo; por la Comisión Jorge Flores Solano; para hechos Humberto Ramírez Rebolledo y Galván Muñoz; nuevamente Flores Solano. Se desecha.

A discusión el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación. Hablan los CC., en contra Alejandro Cañedo Benítez y Humberto Ramírez Rebolledo; en pro Ignacio Ramos Espinosa.

A debate el artículo Transitorio del Código Fiscal de la Federación. Hablan, en contra el C. Humberto Ramírez Rebolledo; en pro el C. Carlos Palafox Vázquez.

A discusión el artículo 12 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Intervienen los CC., en contra Rubén Rubiano Reyna y Cecilia Romero Castillo; en pro José Ramón García Soto; para hechos Rubén Rubiano Reyna.

A debate los artículos 5o. de la ley del I.V.A.; 5o. y 5o.- A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; Único de la Ley de Impuestos sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal 4o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y 29 de Aportaciones para el Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores. Hablan en contra el C. Humberto Ramírez Rebolledo; en pro de todos, el C. Alfonso Reyes Medrano. Se aprueban los artículos impugnados. Pasa al Senado.

MINUTA DEL SENADO

LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL D.F.

Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley mencionada. Se turna a comisión.

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. JOAQUÍN CONTRERAS CANTÚ

(Asistencia de 282 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. presidente (a las 11:25 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Consuelo Botello de Flores:

«Cámara de Diputados. Primer Período Extraordinario de Sesiones del Primer Receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

21 de abril de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que adiciona el artículo 8o., de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La misma C. secretaria:

«Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y seis

Presidencia del C. Jesús Murillo Karam

En la ciudad de México, a las 11:50 horas del viernes dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y seis, con asistencia de 308 ciudadanos diputados, la presidencia declara abierta la sesión.

Lectura del orden del día.

Con una aclaración del C. Jesús galván Muñoz, para que se incluyera el sentido de la interpelación que hiciera el C. Juan de Dios Castro Lozano quien preguntó si la exposición de la presidencia significaba un quebrantamiento a la libertad de expresión a lo que se le contestó que no lo significaba, se aprueba el acta de la sesión anterior, verificada el día dieciséis de los corrientes.

El C. Pedro José Peñaloza usa de la palabra para denunciar la agresión sufrida por varios hombres, mujeres y niños de san Pedro Tepetitlán, municipio de Acolman del Estado de México y al secuestro de los campesinos Ciro Victoria Olvera y Héctor Villagrán, acaecido el día de ayer, ignorándose su paradero.

Comenta sobre el particular y se refiere a la designación del C. licenciado Alfredo del Mazo como Secretario de Estado, de quien dice se ha dedicado a obstaculizar cualquier procedimiento democrático, llevando una política de violencia y antipopular.

Para tratar el tema y externar sus puntos de vista sobre la designación del C. licenciado Alfredo del Mazo, intervienen los CC. José Luis Díaz Moll, Efraín Calvo Zarco, Alejandro Encinas Rodríguez, quien solicita que la comisión de información, gestoría y quejas, intervengan ante las autoridades correspondientes del Estado de México, para determinar los motivos de la detención y la situación jurídica de los ciudadanos Ciro Victoria y Héctor Villagrán.

Continúan en el uso de la palabra para hechos, los CC. José Encarnación Alfaro Cázares, Pedro José Peñaloza, Gonzalo Altamirano Dimas, Javier Paz Zarza, Jorge Montúfar Araujo, Jorge Peñaloza, Miguel Herrerías Alvarado, José Luis Díaz Moll, Carlos Barrera Auld, Píndaro Urióstegui Miranda y Javier Paz Zarza.

La C. Beatriz Gallardo Macías aborda la tribuna y se refiere a la elección de jefes de manzana llevada a cabo el día de ayer, iniciándose así el proceso de renovación vecinal en el Distrito Federal, sin que se haya cumplido con los acuerdos del Congreso, entre ellos la realización de un foro de consulta popular.

Denuncia los hechos y espera que el foro de consulta popular se pueda materializar en la democracia representativa de los ciudadanos en el Distrito Federal.

Sobre el mismo tema interviene para hechos el C. Efraín Calvo Zarco.

Por su parte, el C. Francisco Hernández Juárez se refiere a los acuerdos suscritos por los procuradores de Justicia de México y de los Estados Unidos de América en materia de seguridad, para evitar situaciones de violencia en nuestro país con motivo del próximo Campeonato Mundial de Fútbol.

Señala que esto es grave porque tiene muchas implicaciones que comprometen nuestra seguridad, nuestra soberanía y nuestra independencia.

La C. Cecilia Romero Castillo interviene para hacer constar que el problema y la situación de los jefes de manzana electos ayer en el Distrito Federal, es ciertamente un problema preocupante que deben de tomar en cuenta los legisladores de esta Cámara de Diputados.

Solicita y hace uso de la palabra el C. Pablo Alvarez Padilla para hacer reflexiones en torno al dictamen con proyecto de decreto que reforma varios artículos de la Ley del Seguro Social anotado en el orden del día para su discusión.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

Dictamen con proyecto de decreto emitido por la Comisión de Seguridad Social, que reforma los artículos 79, 114, 115, 177 y 178 de la Ley del Seguro Social.

En atención a que este documento ha sido impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, la asamblea en votación económica le dispensa el tramite de segunda lectura.

El C. Javier Paz Zarza, con fundamento en el artículo 108 del reglamento, solicita que la Comisión Dictaminadora explique los fundamentos del dictamen y lea las constancias del expediente.

Después de la lectura del artículo 108 mencionado, a nombre de la Comisión Dictaminadora, usa de la palabra para fundamentar el dictamen, el C. Guillermo Altamirano Conde.

Después de mociones reglamentarias de los CC. Ricardo Francisco García Cervantes y Humberto Ramírez Rebolledo, hacen uso de la palabra para hechos y mociones de los CC. Ricardo Francisco García Cervantes, Humberto Ramírez Rebolledo, Demetrio Ruiz Malerva, Jesús Galván Muñoz, Eliseo Rangel Gaspar, Santiago Oñate Laborde, Ricardo Francisco García Cervantes, Eduardo Turati Alvarez y Javier Paz Zarza.

A discusión en lo general el proyecto de decreto.

Usa de la palabra en contra el C. Gerardo Unzueta Lorenzana.

Presidencia del C. Joaquín Contreras Cantú

Habla en pro del dictamen el C. Manuel Fernández Flores.

Presidencia del C. Jesús Murillo Karam.

Continúan en el uso de la palabra, para dar lectura a un voto particular del Partido de Acción Nacional, el C. Javier Paz Zarza quien a moción del C. José Gonzalo Badillo Ortiz y después de la lectura del artículo 119 del reglamento lo retira como voto particular y sólo lo presenta como documento en contra; en pro el C. Antonio Brambila Meda; para hechos el C. Pablo Alvarez Padilla; en contra el C. Amado Olvera Castillo; en pro, el C. Bulmaro Andrés Pacheco Moreno; en contra el C. Efraín Calvo Zarco; para hechos los CC. Amado Olvera Castillo y Martín Tavira Urióstegui; en pro el C. Juan Moisés Calleja García; para hechos los CC. Eduardo Turati Alvarez, Gerardo Unzueta Lorenzana y Antonio Sandoval González; en pro el C. Miguel Alonso Raya y el C. Juan Manuel Lucia Escalera; en contra el C. Eduardo Turati Alvarez; en pro el C. José Berber Sánchez; en contra el C. Lorenzo Serrano Gutiérrez; en pro el C. Porfirio Cortés Silva y para razonar el voto del PMT, el C. Oswaldo Harris Muñoz.

Suficientemente discutido el dictamen en lo general, en votación nominal se aprueba en este sentido con los artículos no reservados para su discusión, por 196 votos en pro, 28 en contra y 7 abstenciones.

A discusión en lo particular el proyecto de decreto. A debate los artículos 115 y 178.

Propone nueva redacción a estos artículos el C. Eraclio Zepeda Ramos.

El C. Javier Paz Zarza propone se modifique el artículo 115.

En pro de los artículos impugnados habla el, C. Bulmaro Andrés Pacheco Moreno.

En votaciones económicas sucesivas la asamblea no admite las modificaciones al artículo 115 presentadas por los CC. Eraclio Zepeda Ramos y Javier Paz Zarza, y en consecuencia se dan por desechadas.

Se reserva el artículo para su votación nominal en conjunto.

El C. Alejandro Cañedo Benítez propone que el artículo 178 no se modifique y quede con el texto vigente.

Para hechos habla el C. Miguel Angel Barberena Vega.

En votaciones sucesivas la Asamblea no admite las modificaciones propuestas por los CC. Eraclio Zepeda Ramos y Alejandro Cañedo Benítez al artículo 178, y por tanto se desechan.

Suficientemente discutidos los artículos 115 y 178, en votación nominal se aprueban en sus términos por 181 votos a favor, 26 en contra y 4 abstenciones.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma los artículos 79, 114, 115, 177, 178 de la Ley del Seguro Social. Pasa al senado para sus efectos constitucionales.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana, usa de la palabra para proponer que las cantidades que sean liberadas de las obligaciones del Estado, señaladas en los artículos modificados de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social que se acaba de aprobar, deberán aplicarse única y estrictamente en el Sector Salud. Solicita se considere de urgente resolución.

La secretaría da lectura a los artículos 58 y 59 del reglamento.

La asamblea en votación económica no admite a discusión la proposición y por tanto se desecha.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría da lectura a un oficio de la H. Cámara de Senadores al que se acompaña minuta proyecto de decreto de reformas a la Ley de Vías Generales de comunicación. Recibo y a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.

En atención a que los dictámenes que a continuación se mencionan han sido impresos y distribuidos entre los ciudadanos diputados, la asamblea en votaciones económicas sucesivas les dispensa la lectura.

De la Comisión de Gobernación y puntos constitucionales con proyecto de decreto que reforma los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Queda de primera lectura.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Queda de primera lectura.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de Ley Federal de las entidades Paraestatales. Queda de primera lectura.

Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las diecinueve horas se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el lunes veintiuno de los corrientes, a las diez horas».

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA

LEY MONETARIA

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez:

«Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la iniciativa de un grupo de diputados, representada ante el pleno de la Cámara, el 22 de diciembre de 1985, con base en el derecho de iniciar leyes que confieren a los legisladores el artículo 71, fracción II de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, para adicionar un párrafo final al artículo 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos.

Esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

DICTAMEN

La iniciativa de reforma al artículo 8o. de la Ley Monetaria, se apoya en la necesidad de establecer los instrumentos legales para que la banca mexicana, pueda ofrecer un servicio de moneda extranjera a sectores y regiones, que por su actividad económica llevan a cabo transacciones con el sector externo: que a la vez, permiten una mayor captación y retención de divisas para su aprovechamiento en beneficio del país.

Propone un avance en la materia, mediante medidas limitadas flexibles y controladas que permiten, asimilar las experiencias de su aplicación paulatina.

La iniciativa plantea la posibilidad legal de establecer depósitos bancarios en moneda extranjera, pagaderos en la misma moneda y sujetos a medidas de control por las autoridades monetarias del país, a fin de facilitar las transacciones que se realizan con el extranjero en algunos sectores, de la actividad económica y regiones del país, vinculadas al sector externo.

La Comisión ha examinado este planteamiento, considerando los puntos de vista expresados en diversos foros de consulta y comunicaciones dirigidas al H. Congreso de la Unión en diversos tiempos y lugares, por organizaciones sociales, políticas, empresariales, la mayoría de las cuales han demandado la adopción de esta iniciativa.

Las principales expresiones de preocupación han sido en torno a si la reforma, en caso de adoptarse, provocaría la dolarización del sistema financiero y de la economía; si afectaría la soberanía monetaria del país; y si se toma en cuenta experiencias anteriores.

La Comisión ha estudiado estos cuestionamientos y estima que la iniciativa supera tales preocupaciones. Por lo que hace a las cuestiones de soberanía, la reforma se armoniza plenamente con las disposiciones constitucionales y legales que establecen la primacía de la moneda nacional en el país, como el único medio liberatorio de pago; y por lo tanto, el establecimiento de cuentas bancarias en monedas extranjeras no significa, en modo alguno, limitación a la soberanía monetaria de la nación, ni a la sustitución del poder liberatorio del peso mexicano. Por lo contrario, implica disponer de un instrumento indispensable

para facilitar las transacciones en monedas extranjeras que sean estrictamente necesarias para promover el comercio exterior, el turismo, las transacciones fronterizas y otras actividades económicas relacionadas con el sector externo.

La reforma establece normas de carácter general. Sin embargo, a través de las facultades que se confieren a las autoridades bancarias para especificar las características de los depósitos, se busca que no haya una apertura indiscriminada en todo el servicio bancario en moneda extranjera, sino limitada a depósitos relacionados con actividades económicas y regiones orientadas a la generación, captación y uso de las divisas que el país requiere, evitando así operaciones especulativas. Por tanto, el peligro de la dolarización del sistema financiero es inexistente. La Comisión observa que la Iniciativa, no provocaría dolarización ni especulación, ya que estaría sujeta en su aplicación a las reglas específicas por parte de las autoridades competentes y del régimen de control de cambios. Por otra parte, aun cuando existen algunos planteamientos para ampliar la Iniciativa a operaciones de crédito, la Comisión recomienda no incluir financiamiento en monedas extranjeras derivadas de la captación interna, para garantizar al máximo la certidumbre seguridad y liquidez de dichos depósitos.

La iniciativa, como ya se apuntó, contempla que los depósitos en moneda extranjera se ajusten al régimen de control de cambio en vigor para el uso y aplicación de las divisas correspondientes, de tal manera que será un instrumento complementario de las prioridades y finalidades de dicho régimen.

A mayor abundamiento la Comisión también estima adecuadas las prevenciones que contiene la reforma para que a través de la expedición de reglas de carácter general y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se fijen las características específicas de dichos depósitos, facultades que correspondan a las autoridades bancarias, según lo previsto por las leyes en la materia, así como en la Ley Orgánica del Banco de México.

Asimismo, como el Ejecutivo Federal rinde informe a esta Soberanía la evolución del sistema de control de cambios, conforme a lo establecido en la ley, y en virtud de que esta materia se relaciona con dicho mecanismo, el Congreso deberá tomar conocimiento, a través de este conducto, de las medidas que las autoridades bancarias competentes instrumenten al respecto, lo que permitirá a este Congreso seguir su evolución.

La comisión ha percibido también la oportunidad de establecer los depósitos en moneda extranjera como apoyo y complemento a los importantes programas de fomento a las exportaciones petroleras y turismo, que el Gobierno Federal ha puesto en operación con el objeto de estimular todas aquellas actividades económicas que dinamicen la generación de divisas, congruentes con el objetivo de modernizar el aparato productivo y la estructura del sector externo.

Cabe destacar que esta Comisión, dentro de el análisis de la Iniciativa, considera necesario aclarar el término "irregulares" que se menciona, dado que podría confundir al público usuario, no versado en cuestiones jurídicas y bancarias, en virtud de que los depósitos bancarios en dinero, que predominan en el sistema financiero, jurídicamente se conocen como "irregulares". No así los que se constituyen en caja, saco o sobres cerrados, llamados "regulares", que se entregan en forma de custodia física, y su retiro queda sujeto a los términos y condiciones que en el contrato se señalen.

Las razones anteriores, permiten concluir que la reforma entiende las demandas expresadas por diversos sectores de la población, involucrados en las transacciones económicas con el exterior y se encuentra debidamente razonada y fundada, considerando únicamente dos modificaciones que a su juicio enriquecen y esclarecen el sentido de la iniciativa.

1. Se propone sustituir el término "disposiciones", por el de "reglas", con el objeto de que se exprese mejor el sentido de las indicaciones de las autoridades bancarias, acerca de la aplicación administrativa del citado precepto legal; y

2. Se considera necesario agregar al final del párrafo, después de donde dice "control de cambios", las palabras "a efecto de dar congruencia a la medida con otras del mismo tipo, que el Pleno de la Cámara aprobó en ocasión anterior, y destacar la importancia que tiene el cumplimiento de tal medida de control.

Por lo anterior se somete a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente

DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 8o. DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se adiciona un párrafo final al artículo 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 8o. ...................................... ....................................................

Las obligaciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo, originadas en depósitos bancarios irregulares constituidos en moneda extranjera, se solventarán conforme a lo previsto en dicho párrafo, a menos que el deudor se haya obligado en forma expresa a efectuar el pago precisamente en moneda extranjera, en cuyo caso deberá entregar esta moneda. Esta última forma de pago sólo podrá establecerse en los casos en que las autoridades bancarias competentes lo autoricen, mediante reglas de carácter general que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación; ello sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que imponga el régimen de control de cambios en vigor".

TRANSITORIO

Artículo único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, México, D.F., a 20 de Marzo de 1986.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Luis M. Orcí, presidente; Porfirio Camarena, secretario; Hesiquio Aguilar, Amilcar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Abelardo R. Alaniz González, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua, Rebecca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, José Eduardo Beltrán, Calderón Tinoco, Carlos Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Angel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio, Francisco Contreras Contreras, Máximo de León Garza, Dante Delgado Rannauro, Blanca Esponda de Torres, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, José Ramón García Soto, Javier Garduño Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Enrique González Isunza, Marcela González Salas, Angel Sergio Guerrero Mier, David Jiménez González, Agustín Leñero Bores, Rafael López Cepeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Jorge Ortiz Gallegos, Pablo José Pascual, Pedro José Peñaloza, José Angel Pescador, Ramírez Garrido Abreu Graco, Alfonso Reyes Medrano, Humberto Salgado Gómez, Eduardo Robledo Rincón, Rubén Reyna Rubiano, César Augusto Santiago, Héctor Terán Terán, Fernando Ulabarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo, Romeo Flores Caballero, Bulmaro Pacheco.»

Es de primera lectura.

DICTAMEN A DISCUSIÓN

DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES (Miscelánea)

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Señor presidente, pido la palabra en términos del 108.

El C. presidente: - Tiene usted la palabra.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Señor presidente, con su autorización. Me voy a permitir leer una solicitud en los términos del 108 del Reglamento Interno:

"H. Cámara de Diputados. Presidente: Con fundamento en lo que establece el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, respetuosamente solicito a la Comisión Dictaminadora de la iniciativa de ley que reforma, adiciona y modifica diversas disposiciones fiscales, la explicación de los fundamentos del dictamen y en especial la lectura de las constancias del expediente en lo relativo a la propuesta contenida en el artículo 3o. de la citada iniciativa de ley, que modifica el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor, modificación que propone el pago de 12 enteros provisionales mensuales, a las empresas organizadas en sociedades, en lugar de tres pagos que actualmente se efectúan, aumento desproporcionando ya que significa la triplicación de la carga administrativa y un gran costo financiero, en virtud de esta nueva docena de anticipos a cuenta del impuesto sobre la renta causado anualmente.

Esta moficiación de aprobarse, significará mayores costos administrativos y financieros, que serán, indudablemente repercutidos mediante el mecanismo de aumento de precios al último consumidor, agravando en forma sustancial el proceso que padece nuestro sufrido pueblo de México.

México, Distrito Federal, 21 de abril de 1986. Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. Humberto Ramírez Rebolledo."

Dejo la solicitud en la secretaría.

El C. presidente: - El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley que Reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Moción de orden. Se acaba de presentar un proposición en los términos del 108. Yo le

suplicaría a la presidencia que le dé trámite a esa proposición antes de continuar con el orden del día.

El C. presidente: - Se ruega a la secretaría dé lectura al artículo 108 del Reglamento Interior.

La C. secretaria Rebecca Arenas Martínez: - Artículo 108. Siempre que al principio de la discusión lo pida algún individuo de la Cámara, la comisión dictaminadora deberá explicar los fundamentos de su dictamen y aún leer constancias del expediente si fuera necesario, acto continuo seguirá el debate.

«Honorable Asamblea: A la Comisión de Hacienda y Crédito Público fue turnada para su estudio y dictamen una iniciativa de Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones Fiscales.

Una vez realizado un análisis minucioso de la misma, esta Comisión de Hacienda y Crédito Público, considerando las diversas propuestas de los señores diputados, con fundamento en los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta Soberanía el siguiente

DICTAMEN

Las disposiciones fiscales, tienen como propósito regir la conducta de la ciudadanía en el marco tributario y su objeto es influir en la recaudación, haciendo que ésta se logre con mayor oportunidad para alcanzar el objetivo de apoyar el gasto público.

La iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal persigue fundamentalmente reducir las necesidades de financiamiento y los costos del crédito a través de una recepción más oportuna de los ingresos tributarios y consolidar los mecanismos que permiten la presentación, igualmente oportuna de las declaraciones de los contribuyentes. No se contempla la elevación de tasas en los impuestos existentes ni la creación de nuevos gravámenes.

Se observa, que el fenómeno inflacionario afecta negativamente a los ingresos fiscales entre más tiempo medie entre la fechas de causación o retención, y al tiempo de su entero fisco. Al allegarse recursos tributarios en forma más oportuna, el Estado podrá llevar a cabo sus programas prioritarios con menores requerimientos de crédito. De allí se deriva el interés del fisco de reducir los plazos en que los recursos se trasladen de los generadores o retenedores de impuestos al Erario.

De igual forma, y en congruencia con lo anterior, se propone hacer coincidentes los plazos de presentación de declaraciones periódicas de diversas contribuciones y de distintas obligaciones.

La iniciativa contempla asimismo, el aumento en el monto de los recargos por incumplimiento. En la actualidad los límites vigentes se convierten, en función del transcurso del tiempo y la inflación, en ventaja financiera injustificada para el contribuyente que dolosamente incurre en mora. Por lo tanto, esta comisión considera adecuado el que se aumente el tope de recargos de 300% a 500%, con lo cual además, se hará coincidir la duración de los plazos de caducidad y de prescripción con el tiempo en que se alcance dicho límite.

Este tope se establece correlativamente para los intereses que el Fisco esta obligado a pagar en los casos de cantidades indebidamente pagadas por los contribuyentes y se compromete a resolver en un plazo menor al actual las solicitudes de devolución, mismo que se reduce de cuatro a dos meses contados a partir de la presentación de las mismas.

La iniciativa que se dictamina también propone, que los contribuyentes del impuesto sobre la renta procedan a acumular el monto de los estímulos fiscales que tengan derecho aplicar, para que tengan plena vigencia las disposiciones de la Ley de la materia que así lo establecen.

Estas medidas refuerzan la consecución de los objetivos de la política fiscal de saneamiento de las finanzas públicas y la lucha contra la elusión y la evasión fiscal.

La Comisión considera, que las proposiciones contenidas en la iniciativa que se dictamina son de aprobarse en lo general por ser medidas necesarias, justificadas y encaminadas a conseguir los objetivos de la política económica general, sin embargo, considera conveniente introducirle algunas adecuaciones por las razones que a continuación se explican.

La Comisión, estima necesario introducir al texto de la Ley algunas modificaciones de congruencia y estilo con el propósito de facilitar su interpretación y aplicación.

En esa virtud, se propone agregar al artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta la palabra "coeficiente" en el texto del segundo párrafo de la fracción I; la conjunción "y" en la fracción II, en seguida la palabra "periodo", a fin de esclarecer la forma de llevar a cabo las operaciones aritméticas que dicho precepto ordena; separar el contenido de

lo dispuesto por el párrafo siguiente de la fracción III, con el propósito de dejar expresadas con mayor claridad las dos hipótesis a que se refiere; y finalmente, adecuar, para mayor claridad el último párrafo de dicho precepto.

Se estima también conveniente, modificar el texto del artículo 12-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que la iniciativa propone adicionar con la finalidad de esclarecer su objeto, que no es otro, que mantener la posibilidad legal para los contribuyentes de no hacer pagos provisionales en caso de que, en el ejercicio anterior hubieran obtenido pérdida fiscal ajustada o cuando la proveniente de otros ejercicios, pendiente de disminuir, exceda la utilidad fiscal del período al que corresponda el pago provisional.

De otra parte, la comisión dictaminadora después de un detenido examen del contenido y finalidades de la iniciativa; de conocer y auscultar los puntos de vista de autoridades fiscales y de agrupaciones de contribuyentes, así como de revisar con amplitud las cuestiones planteadas por diversos sectores y discutir con los miembros de la comisión y de los otros diputados que han querido participar en ello, han llegado a la conclusión de que es apropiado proponer las siguientes modificaciones adicionales a la iniciativa de ley que se dictamina:

1a. Reducir el mínimo de la multa aplicable por la omisión en la representación de las declaraciones, de 10 mil a 2 mil 500 pesos con el propósito de dar un trato más equitativo a los pequeños contribuyentes y para aquellos cuyo incumplimiento no es importante, en relación al monto de lo declarado.

2a. Establecer, como medida transitoria, que las solicitudes de devolución presentadas antes del 1o. de junio próximo, puedan devolverse en cuatro meses sin causar intereses, con la finalidad de facilitar a las autoridades, principalmente a las de las entidades coordinadas que participan en una forma importante en la administración fiscal, el adaptarse a la nueva disposición que regirá al respecto.

3a. Disponer que la acumulación de los estímulos fiscales en el impuesto sobre la renta, que racionaliza su otorgamiento, adquiera vigencia a partir del 1o. de enero de 1987, con el propósito de que las empresas mexicanas, que han planeado inversiones con base en el régimen actual, no vean disminuidas sus previsiones para el presente año.

4a. Ampliar el plazo para efectuar los pagos provisionales del Impuesto al Valor Agregado, de manera que venza el día 10 de cada uno de los meses del ejercicio, para que los contribuyentes, sobre todo, las empresas con menor tamaño, cuenten con tres días adicionales para dar cumplimiento a su obligación, considerando que de esta manera podrá reunir los datos necesarios para determinar dichos pagos provisionales, los cuales aplican una mayor complejidad.

En base a las consideraciones anteriores la Comisión de Hacienda y Crédito Público, propone a esta H. Asamblea el siguiente

PROYECTO DE LEY QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES

CAPITULO I

Código Fiscal de la Federación

Artículo primero. Se reforman los artículos 6o., fracciones I y II; 21, párrafo segundo; 22, párrafos terceros y quinto, y 82, fracción I, inciso a) del Código Fiscal de la Federación, y se derogan los artículos 6o., fracción III; y 82, último párrafo, del propio Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 6o.........................................

I. Si la contribución se calcula por periodos establecidos en ley y en los casos de retención o de recaudación de contribuciones, los contribuyentes, retenedores o las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudarlas, las enterarán a más tardar el día 7 del mes de calendario inmediato posterior al de terminación de período de la retención o de la recaudación, respectivamente.

II. En cualquier otro caso, dentro de los 5 días siguientes al momento de la causación.

III. (Se deroga).

........................................................."

"Artículo 21. .......................................

Los recargos se calcularán sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, la indemnización a que se refiere el cuarto párrafo de este artículo, los gastos de ejecución y las multas por infracción a disposiciones fiscales y no excederán del 500% del monto de dicho crédito. Cuando el pago hubiera sido menor al que corresponda, los recargos computarán sobre la diferencia. Los recargos se causarán por cada mes

fracción que se transcurra a partir del día que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectué.

..............................................................."

"Artículo 22. ..............................................

Cuando se solicite la devolución, está deberá efectuarse dentro del plazo de dos meses siguientes a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, informes y documentos que señale la forma oficial respectiva. Si dentro de dicho plazo no se efectúa la devolución, el fisco federal deberá pagar intereses conforme a una tasa que será igual a la prevista para los recargos en los términos del artículo 21 de este Código. Los intereses se calcularán sobre las cantidades que proceda devolver, excluyendo los propios intereses y se computan desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se efectué la devolución o se pongan las cantidades a disposición del interesado.

..........................................................

En ningún caso, los intereses a cargo del fisco federal excederán del 500% de la cantidad de que se trate.

.............................................................."

"Artículo 82. .............................................

I. ...........................................................

a). Tratándose de declaraciones, la mayor que resulte entre dos mil 500 o el 10% de las contribuciones declaradas en su caso. Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, sobre las mismas se le aplicara también la multa a que se refiere este inciso.

.........................................................

Ultimo párrafo. (Se deroga)".

Disposiciones transitorias

Artículo segundo. Para la aplicación de los artículos del Código Fiscal de la Federación, que se reforman conforme a lo establecido por el artículo anterior, se estará a las siguientes disposiciones transitorias:

I. Cuando con anterioridad al 1o. de mayo de 1986, se hubieran causado recargos, sobre contribuciones o aprovechamientos federales no pagados o intereses a cargo del fisco federal, sobre cantidades que deba devolver, si hubieran alcanzado 300% del importe que dichas contribuciones, aprovechamientos o cantidades a devolver, según sea el caso, a partir de la fecha mencionada se reanudará la causación de recargos de intereses sobre las cantidades insolutas, conforme a lo dispuesto por los artículos 21 y 22 del Código Fiscal de la Federación.

II. Tratándose de solicitudes de devolución que se hubieran presentado antes del 1o. de junio de 1986, la devolución se podrá hacer en el plazo de cuatro meses sin causar intereses.

CAPITULO II

Impuesto sobre la Renta

Artículo tercero. Se reforman los artículos 12, 69, primer párrafo; 80, párrafos quinto y sexto, siguientes a la Tarifa; 86, primer párrafo; 92, primer párrafo; 111, primer párrafo; y 135, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se adiciona un artículo 12-A de y a la propia Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 12. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 7 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:

I. Se calculará coeficiente de utilidad del último ejercicio de doce meses restando a la utilidad fiscal, la deducción adicional establecida en el artículo 51 de esta Ley y los ingresos por dividendos o utilidades percibidos durante el mismo período y el resultado que se obtenga se dividirá entre la cantidad que resulte de restar a los ingresos totales obtenidos los dividendos o utilidades percibidos en el citado ejercicio.

Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio, y se considerará el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses.

II. Se obtendrá la utilidad fiscal para el pago provisional, restando al total de ingresos obtenidos entre el inicio del ejercicio y el último día del mes al que corresponda el pago, los ingresos por dividendos o utilidades obtenidos durante el mismo período y aplicando a la diferencia, el coeficiente de utilidad que resulte conforme a la fracción anterior.

Al resultado obtenido conforme al párrafo anterior se le sumará o restará, según sea el caso, la diferencia que se obtenga de restar a los ingresos por dividendos obtenidos entre la fecha del inicio del ejercicio y el último día del mes al que corresponda el pago, los dividendos o utilidades que hubiera pagado en el mismo período, salvo los conceptos comprendidos en las fracciones IV, V, VI, VII del artículo 120 de esta ley.

III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar el 42% a la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo acreditarse contra el impuesto a pagar los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad.

En el ejercicio de iniciación de operaciones, excepto en los supuestos a que se refiere el artículo 161 de esta Ley, los pagos provisionales establecidos en este artículo serán el 42% de los ingresos por dividendos que se obtengan durante el período al cual corresponda el pago provisional de que se trate. En el caso del ejercicio inmediato siguiente al de iniciación de operaciones, cuando este último sea irregular, los pagos provisionales se calcularán en los términos de las fracciones I, II Y III de este artículo y además, conforme a lo previsto por este párrafo.

Para calcular los pagos provisionales, no se considerarán los ingresos atribuibles a los establecimientos de los contribuyentes ubicados en el extranjero. Tratándose del ejercicio de liquidación de una sociedad, los pagos provisionales se harán conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de esta ley.

Los dividendos o utilidades distribuidos en acciones de la sociedad de que se trate o los que se reinviertan dentro de los treinta días siguientes a su distribución en la suscripción o pago de aumento de capital de dicha sociedad, no deberán incluirse como ingresos o restarse para fines de este artículo.

Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir, cuando proceda en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el Reglamento de esta ley.

Los contribuyentes deberán presentar las declaraciones de pago provisional, aún cuando no haya cantidad a enterar".

"Artículo 12-A. No se harán pagos provisionales en los términos del artículo anterior, en los siguientes casos:

I. Cuando en el ejercicio inmediato anterior se hubiera obtenido pérdida fiscal ajustada, sin considerar la deducción por dividendos distribuidos correspondiente al ejercicio anterior.

II. Cuando la pérdida fiscal ajustada pendiente de disminuir de ejercicios anteriores, exceda a la utilidad fiscal sobre la cual se debe calcular el pago provisional. En el mes en que la pérdida fiscal ajustada no exceda a la utilidad fiscal señalada, se calculará el pago provisional del mes aplicando el 42% a la parte de la utilidad del período que exceda a dicha pérdida fiscal ajustada.

"Artículo 69. Las personas morales, con fines no lucrativos efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual de sus integrantes a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional será el 20% de la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del cuatrimestre anterior, el monto de las deducciones que corresponda conforme al Título IV. Para este efecto considerarán, en su caso, tantos salarios mínimos generales de una o varias zonas económicas, como integrantes personas físicas tenga la persona moral. No se efectuará esta deducción por los integrantes que obtengan ingresos en el cuatrimestre de los señalados en el capítulo I del título IV de esta ley.

........................................................."

"Artículo 80..........................................

Las personas morales a que se refiere el Título III de esta Ley, obligadas a efectuar pagos provisionales en los términos del artículo 69 de esta misma ley y las personas físicas, enterarán bimestralmente las retenciones a que se refiere este artículo a más tardar el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

Los contribuyentes que presten servicios subordinados a personas no obligadas a efectuar la retención, de conformidad con el párrafo final del artículo 83 de esta Ley, y los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, calcularán su pago provisional en los términos de este precepto y lo enterarán bimestralmente a más tardar el día 15 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

........................................................."

"Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este capítulo, efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará deduciendo de la totalidad de ingresos obtenidos en el cuatrimestre, el monto de las deducciones a que se refiere el artículo 85 correspondiente al mismo período y el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente elevando al cuatrimestre y aplicándole el resultado siguiente:

........................................................."

"Artículo 92. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este capítulo efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará aplicando la tarifa del artículo 86 de esta ley a la diferencia que resulte de disminuir a los ingresos del cuatrimestre anterior del monto de las deducciones a que se refiere el artículo 90, correspondiente al mismo período y el salario mínimo general de la zona económica del contribuyente elevado al cuatrimestre. No se efectuará esta última deducción cuando en el período de que se trate se obtengan ingresos de los señalados en los capítulos I o II de este título, por los que dicha deducción ya se hubiera hecho, o cuando se obtengan ingresos por conducto de las personas morales a que se refiere el título III de esta ley.

........................................................."

"Artículo 111. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. Para determinar el pago, a la utilidad cuatrimestral estimada, que se calculará multiplicando los ingresos del período de que se trate, por el factor de utilidad ajustada de la última declaración anual presentada, se le aplicará la tarifa del artículo 86 de esta ley. Con el propósito de que los pagos provisionales mantengan relación con el impuesto definitivo a pagar, el monto de los mismos se podrá disminuir, cuando proceda, en los casos y cumpliendo los requisitos que señale el Reglamento de esta ley.

........................................................."

"Artículo 135.........................................

Los contribuyentes que obtengan periódicamente ingresos de los señalados en este capítulo, efectuarán pagos provisionales a cuenta del impuesto anual, a más tardar el día 15 de los meses de mayo, septiembre, y enero del siguiente año, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará aplicando la tarifa del artículo 86 de esta ley a los ingresos obtenidos en el cuatrimestre anterior, sin deducción alguna; contra dicho pago podrán acreditarse las cantidades retenidas en los términos del siguiente párrafo.

........................................................."

Disposición transitoria

Artículo cuarto. Cuando el mes de mayo de 1986 sea el 4o., 8o., u 11o. mes del ejercicio de los contribuyentes del título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, éstos deberán efectuar el primero, segundo o tercer pago provisional de su ejercicio, según sea el caso, en los términos del artículo 12 de la citada ley, vigente hasta el 30 de abril de 1986; y a partir del mes de junio deberán efectuar pagos provisionales mensuales en los términos del artículo 12 de la citada ley vigente desde el 1o. de mayo de 1986.

En los casos distintos a los señalados en el párrafo anterior, los contribuyentes ya no deberán efectuar los pagos provisionales cuatrimestrales o trimestral, sino que efectuarán los pagos provisionales mensuales en los términos del artículo 12 o del 12-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del 1o. de mayo de 1986, por todos los meses del ejercicio, a partir de junio inclusive.

Artículo quinto. Los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, para determinar los pagos provisionales correspondientes a los períodos que se inicien a partir del 1o. de enero de 1987, deberán considerar entre sus ingresos acumulables el importe de los estímulos fiscales que se otorguen con base a lo establecido en disposiciones administrativas, incluyendo los certificados de promoción fiscal, que tengan derecho a aplicar al partir de esa fecha, los cuales no podrán restarse para determinar su utilidad fiscal ajustada del ejercicio, ni sumarse a la pérdida fiscal del mismo.

CAPITULO III

Impuesto al Valor Agregado

Artículo sexto. Se reforma el artículo 5o., segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

"Artículo 5o......................................

Los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de crédito y las sociedades mercantiles efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 10 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas. Tratándose de los demás contribuyentes efectuarán dichos pagos a más tardar el día 15 de cada uno de los meses del ejercicio. El pago provisional será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes de calendario anterior a excepción de las importaciones de bienes tangibles, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento.

........................................................."

CAPITULO IV

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo séptimo. Se reforman los artículos 5o., segundo párrafo, y 5o. - A, primer párrafo, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

"Artículo 5o......................................

Los organismos descentralizados que realicen preponderantemente actividades empresariales, las instituciones de seguros y las sociedades mercantiles efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 7 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas. Tratándose de los demás contribuyentes efectuarán dichos pagos a más tardar el día 15 de cada uno de los meses del ejercicio. El pago provisional será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes de calendario anterior, a excepción de las importaciones, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento.

........................................................."

"Artículo 5o. - A. Los productores, envasadores o importadores que a través de comisionistas, mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatorios o distribuidores, enajenen los bienes a que se refiere el artículo 2o. de esta Ley, estarán obligados a retener el impuesto sobre la contraprestación que a éstos corresponda y enterarlos mediante declaración en las oficinas autorizadas, en los plazos establecidos por el segundo párrafo del artículo 5o. de esta ley. Cuando las contraprestaciones se incluyan en el valor de la enajenación por las que se pague este impuesto, no se efectuará la retención y no se considerarán contribuyentes de este impuesto por dichas actividades.

........................................................."

CAPITULO V

Impuestos sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal

Artículo octavo. Se reforma el artículo único, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre las Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón, para quedar como sigue:

"Artículo único..................................

El impuesto se enterará en efectivo, mediante declaración que presentarán los contribuyentes en las oficinas autorizadas a más tardar el día 7 del mes siguiente a aquel en que efectúe los pagos gravados por esta ley. Las personas morales a que se refiere el Título III de la ley del Impuesto sobre la Renta y las personas físicas cubrirán el impuesto establecido por este artículo, mediante declaraciones que presentarán ante las oficinas autorizadas, en el mismo plazo previsto por dicha ley, para enterar las retenciones que efectúen en materia del impuesto sobre la renta por las remuneraciones que cubran por la prestación de servicios personales subordinados.

........................................................."

CAPITULO VI

Impuesto sobre Automóviles Nuevos

Artículo noveno. Se reforma el artículo 4o., segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, para quedar como sigue:

"Artículo 4o.....................................

Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales a más tardar el día 7 de cada uno de los meses del ejercicio, mediante declaración que presentarán en las oficinas autorizadas, respecto de las enajenaciones realizadas en el mes inmediato anterior.

........................................................."

CAPITULO VII

Aportaciones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Artículo décimo. A partir del 1o. de mayo de 1986, las aportaciones señaladas en la fracción II del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, deberán enterarse a más tardar el día 7 del mes siguiente a aquel en que hagan los pagos por salarios de los trabajadores a su servicio. Las personas morales a que se refieren el título III de la Ley del impuesto sobre la Renta y las personas físicas cubrirán dichas aportaciones, mediante declaraciones que presentarán ante las oficinas autorizadas, en el mismo plazo previsto por la citada ley, para enterar las retenciones que efectúen en materia del Impuesto sobre la Renta, por las remuneraciones que cubran por la prestación de servicios personales subordinados.

TRANSITORIOS

Artículo primero. La presente ley entrará en vigor el día 1o. de mayo de 1986.

Artículo segundo. Los pagos provisionales de los impuestos Sobre la Renta, Valor Agregado, Automóviles Nuevos y Especiales Sobre Producción y Servicios, así como el entero del Impuesto Sobre las Erogaciones por remuneración al trabajo personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón y las aportaciones señaladas en la fracción II del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que deban efectuarse en el mes de mayo de 1986, se podrán hacer en los plazos que establecen las disposiciones vigentes hasta el 30 de abril de 1986.

Sala de Comisiones de la H. Cámara de Diputados a los 17 días del mes de abril de 1986.

Luis Manuel Orcí Gándara, presidente; Porfirio Camarena Castro, secretario; Hesiquio Aguilar de la Parra, Amílcar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Abelardo R. Alaniz González, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua, Rebecca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, José Eduardo Beltrán, Roberto Calderón Tinoco, Carlos Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Angel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio, Francisco Contreras Contreras, Máximo de León Garza, Dante Delgado Rannauro, Blanca Esponda de Torres, Romeo Flores Caballero, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, José Ramón García Soto, Javier Garduño Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Enrique González Isunza, Marcela González Salas, Angel Sergio Guerrero Mier, David Jiménez González, Agustín Leñero Bores, Rafael López Zepeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Pablo José Pascual, José Angel Pescador Osuna, Graco Ramírez Garrido Abreu, Alfonso Reyes Medrano, Humberto Salgado Gómez, Eduardo Robledo Rincón, Rubén Reyna Rubiano, César Augusto Santiago, Héctor Terán Terán, Fernando Ulibarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo.>

El C. presidente: - No habíamos consultado a la Asamblea si se le dispensa la lectura a este dictamen; en consecuencia la presidencia considera que debe primero consultarse a la asamblea si se le dispensa al dictamen la segunda lectura y después le daremos trámite a la proposición del dictamen.

La C. secretaria Rebecca Arenas Martínez: - Por instrucciones de la presidencia se consulta a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvase manifestarlo.

(Se dispensa la segunda lectura al dictamen, señor presidente).

El C. presidente: - Las disposiciones del reglamento que se refieren a las discusiones de las diversas iniciativas que se presenten a la Cámara se regulan a partir del artículo 95 del Reglamento.

Tiene la palabra por la Comisión algún diputado para darle trámite a la proposición presentada por el anterior orador, con el objeto de fundamentar el dictamen y aun leer constancias del expediente si fuere necesario.

Tiene la palabra el diputado Jorge Flores Solano.

El C. Jorge Flores Solano: - Con suvenia señor presidente, honorable asamblea. La Comisión de Hacienda, recibió como consta en la exposición de motivos del dictamen la propuesta de modificación a diversas iniciativas fiscales contenidas en la Ley que reforma, adiciona y deroga diversos ordenamientos fiscales.

De la lectura que el grupo de trabajo, encargado de elaborar el dictamen en el que participaron representantes de esta Soberanía en sus diversos partidos, se informó de ciertas incongruencias y problemas que había en la interpretación y se

sugirió la modificación al texto de la iniciativa para darle congruencia en el artículo 12 y particularmente el artículo 12-A. Estas discusiones constan en los elementos de trabajo de ese grupo de trabajo que tuvimos ocasión de reunirnos en varias ocasiones a discutir estos puntos, y en los cuales, en uno de ellos, la fracción parlamentaria del PAN se retiró de nuestras deliberaciones.

Estos documentos pues, o esta información, está contenida en el seno de las discusiones del grupo de trabajo, y se presentaron al seno de la comisión en pleno, que votó por las modificaciones de estos artículos que ahora se nos pregunta. Muchas gracias.

El. presidente: - Para hacer una proposición tiene usted la palabra diputado Figueroa.

El. C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Señor presidente, una moción.

Respetuosamente, yo pedí una fundamentación del dictamen y el señor diputado Flores, se ha referido a un artículo específicamente de la iniciativa. En especial yo le sugiero, le pido, le ruego nos informe en lo que se refiere al artículo 12; no de la creación del artículo 12-A, si es usted tan amable, señor presidente.

El. C. presidente: - Señor diputado, usted al principio de la discusión pidió que la Comisión Dictaminadora explicara el fundamento de su dictamen, y aquí el señor secretario de esa comisión lo ha hecho; es lo que él estimó la fundamentación de su dictamen.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: -Está bien, muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene usted la palabra diputada Figueroa.

El. C. Cristóbal Figueroa Nicola: - Señor presidente Contreras Cantú, con su permiso:

"H. Cámara de Diputados: el que suscribe, miembro del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, atenta y respetuosamente me permito plantear una proposición suspensiva de la discusión del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

En efecto, en virtud de que el proyecto aprueba una tasa general del 42% para que con base en ella se hagan los pagos anticipados. En lugar de la tabla hasta hoy vigente. Ello implica un incremento en la carga fiscal referente a los citados pagos, se traduce por ello en un modificación a la Ley de Ingresos, por lo que la citada ley en cuestión no puede discutirse hasta en tanto comparezca el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto por la fracción IV del artículo 74 constitucional.

En mérito de lo expuesto, atentamente pido: 1o. Se suspenda la discusión del dictamen al que he hecho referencia, y 2o. Se solicite la comparecencia ante esta honorable asamblea del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público. México, D. F., 21 de abril de 1986. Por la fracción parlamentaria de Acción Nacional, diputado Cristóbal Benjamín Figueroa Nicola."

Dejo en la secretaría la proposición suspensiva, Muchas gracias.

El C. presidente: - Se ruega a la secretaría dé lectura al Artículo 110 del Reglamento.

La C. secretaria Rebecca Arenas Martínez: - Artículo 110: En el caso de moción suspensiva, se leerá la proposición y sin otro requisito que oír a su autor si la quiere fundar y algún impugnado si lo hubiere, se preguntará a la Cámara si se toma en consideración inmediatamente. En caso afirmativo, se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar al efecto tres individuos en pro y tres en contra. Pero si la resolución de la Cámara fuese negativa la proposición se tendrá por desecha.

El C. Presidente: - Habiéndose escuchado al autor de la moción, se le pregunte a la asamblea si existe algún impugnado.

Tiene la palabra el diputado Ignacio Ramos.

El C. Ignacio Ramos Espinoza: - Con la venia, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Vengo a rechazar la moción que ha propuesto a esta asamblea el compañero de la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional, que me ha antecedido en el uso de la palabra.

Señala el compañero y este es un argumento que se ha venido usando como un expediente dilatorio de que la iniciativa que presente el Ejecutivo para adicionar y derogar y reformar diversas disposiciones fiscales, entraña una violación al artículo 74 Constitucional en su fracción cuarta.

Y asimismo reitera la insistencia de que para que se le dé trámite a esta iniciativa, sería necesario que comparecieran ante esta soberanía los secretarios correspondientes.

En el seno de la Comisión y en el grupo de trabajo que a este propósito se constituyó, se

discutió y se debatió ampliamente sobre este particular. Y la comisión y el grupo de trabajo llegaron a la conclusión de que estos argumentos no tienen sustancias y que no tienen validez.

Porque señalamos lo siguiente: Porque dice el artículo 74: "Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados examinar, discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la Federación, discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrirlos, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior".

De acuerdo con lo que señalan diversos tratadistas en materia de derecho constitucional y derecho administrativo, entre otros en la opinión de don Felipe Tena Ramírez, tan caro a la fracción parlamentaria que se ha opuesto a esta medida, señala, don Felipe Tena Ramírez, que la actividad financiera del Congreso no se agota en los ordenamientos del Presupuesto de Egresos y de la Ley de Ingresos, pues por una parte los gastos pueden ampliarse con posterioridad al presupuesto por la ley del Congreso, según lo prescribe el artículo 126, y por otra parte el Congreso puede establecer tributos distintos a los consignados en la Ley de Ingresos, en ejercicio de su facultad general de imponer contribuciones que establece el artículo 73, fracción VII, y además de la facultad genérica que tiene conforme a la fracción vigésima novena del artículo 73.

Por todo esto, se advierte que la iniciativa cuestionada y el dictamen de la Comisión son plenamente válidos, en virtud de que se fundamenta en primer término en las facultades que tiene esta soberanía de imponer contribuciones y en segundo término a lo dispuesto por el artículo 126 constitucional; pero aún más, la iniciativa que nos envía el ejecutivo, no está previendo ningún incremento en las cargas tributarias, de lo que se trata aquí es de otorgarle al Poder Ejecutivo Federal, facultades y al fisco en su representación de soberanía tributaria, de permitirle que recaude con mayor rapidez y eficiencia, no se está gravando con nuevas cargas, no se está modificando ni el sujeto, ni el objeto, ni la cuota, ni la tarifa, ni la base del impuesto, se están modificando los plazos para enterar el impuesto, que es totalmente diferente. Y considero que esta soberanía está plenamente facultada para tomar esta decisión.

En virtud de lo anterior, señor presidente, pido que se someta a la consideración de esta asamblea que se deseche la moción suspensiva expuesta por la fracción parlamentaria de Acción Nacional. Muchas gracias.

El C. Cristóbal Figueroa Nicola: - Pido la palabra en relación con lo expresado por el diputado.

El C. presidente: - Tiene usted la palabra.

El C. Cristóbal Figueroa Nicola: - El ciudadano diputado que me antecedió en el uso de la palabra para impugnar mi proposición, hizo dos referencias fundamentales. Voy a empezar por la última que comenta que estas iniciativas no incrementan el ingreso de la Federación.

Si la incrementa, en virtud de que el propio Subsecretario de Hacienda, Guillermo Prieto, aseveró que se incrementaban en 185 mil millones de pesos aproximadamente los ingresos con este mecanismo; esto constituye un aumento en la captación y por lo tanto, en apego al artículo 74, fracción IV, por lo que el señor diputado nada más leyó el primer párrafo, yo me voy a permitir hacer lectura del 7o. párrafo de ese mismo artículo y de esa misma fracción que dice:

Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de las iniciativas de leyes de ingresos y de los proyectos de presupuesto de egreso, así como de la cuenta pública, cuando medie solicitud del ejecutivo, suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente como así sucedió.

Debiendo comparecer en todo caso el Secretario de Despacho, correspondiente a informar de las razones que lo motiven. Creo que una de las solicitudes, precisamente es la de la comparecencia del señor Secretario del Ramo; por tanto, aunque cayere en el supuesto que el ciudadano diputado que me antecedió para impugnarla, de que dice de que se trata de un mecanismo dilatorio porque ya anteriormente se había utilizado, es que la iniciativa que se discutió la semana pasada, adoleció del mismo defecto, se trató también de un incremento en los ingresos, y por tanto se tiene que discutir el proyecto con la presentación como lo manda la Constitución por el Secretario del Ramo.

Reitero mi petición.

El C. presidente: - Tiene la palabra por cinco minutos para hechos, señor diputado Humberto E. Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Con su permiso, señor presidente: Quiero debatir el argumento manejado por el señor diputado, compañero de la mayoría relativa, en lo que se refiere a que no hay modificación en la estructura de los elementos impositivos de esta iniciativa.

Habló de que no se modifica al objeto, ni sujeto, ni tarifa, ni cuota. Quiero pedirle, por favor, que

se refiera específicamente a la lectura del Código Fiscal y del artículo 13 del Impuesto sobre la Renta, para encontrar, en el Código Fiscal, la obligación de acuerdo a la proporcionalidad y a la equidad, también esta plasmado en la Constitución. Y en lo que se refiere al texto del artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para encontrarse con una tarifa que de acuerdo con la capacidad contributiva de los contribuyentes, establece diversos montos de impuesto.

En la iniciativa que se propone, se modifica esta cuestión y se dice además, de las cargas administrativas que va a haber, además del costo financiero que va a haber, se dice que no se viola el articulado de la ley, y sin embargo, se viola, puesto que a una aplicación en vigor del artículo 13 que contiene una tarifa, a partir de la aprobación de esta iniciativa, como así será, aprobada por la mayoría de la sin razón, en contra del pueblo de México, porque los mayores costos administrativos y financieros, se repercutirán en la inflación que va a cargar el pueblo de México.

Y decía yo que va a aprobar, que a partir de la fecha que ahí se establece, los pagos provisionales que se causen, serán tanto del 42% que ahí, en la iniciativa propuesta que se discute, se dice, olvidándose de la tarifa que contiene el elemental principio de capacidad contributiva. Luego entonces sí se modifica en uno de los elementos estructurales de la contribución, se modifica en lo que se refiere a la tarifa, que se nulifica y se anula y a la cuota que se deja para todos los contribuyentes, sean medianos, sean micros, sean pequeños, sean grandes empresas, una única cuota: El 42%, Gracias.

El C. presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se admite o se desecha la moción suspensiva.

La C. secretaria Rebecca Arenas Martínez: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si se acepta o se desecha la proposición presentada en esta tribuna por el diputado Figueroa Nicola, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. Los ciudadanos diputados que estén porque se acepte, sírvase manifestarlo.

Los ciudadanos diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada la propuesta, señor Presidente.

El C. presidente: - Está a discusión en lo general el proyecto de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales. Se abre el registro de oradores.

Se han registrado en contra los siguientes señores diputados: Encinas, Héctor Terán Terán, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Humberto Ramírez Rebolledo, Amado Olvera Castillo, José Angel Conchello, Humberto Rice García, Andrés Pascoe, Roberto Calderón Tinoco y el diputado Ricardo García Cervantes.

En pro, por la comisión Jorge Flores Solano, Los diputados Jorge Amador Amador, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Ignacio Ramos Espinoza, José Ramón García Soto, César Augusto Santiago Ramírez, Alfonso Reyes Medrano y Carlos Palafox Vázquez. Y para razonar el voto del PMT, el diputado Eduardo Valle.

Tiene la palabra el diputado Jorge Flores Solano por la Comisión.

El C. Jorge Flores Solano: - Señor presidente, compañeros: Es obvio que nuestro país atraviesa por un momento difícil y en esa razón resulta indispensable entender las razones de gobierno y utilizando todos los instrumentos posibles pretende darle curso a sus recursos para financiar de manera importante el gasto público.

Una de esas medidas, es indudable, que es que el Estado tenga mayores recursos y en esta ocasión el Ejecutivo, a través de esta iniciativa, pide que esos fluyan con oportunidad, pues el proceso inflacionario deteriora rápidamente nuestra moneda.

No se trata de un aumento de carga fiscal ni de resolver con ello el ingente problema del déficit, sino de solucionar la presión financiera que tiene el Estado para que el gasto en estos momentos resulta vital, tenga oportuno financiamiento; se trata de aportar los plazos de entero al fisco de los impuestos que conforme a las leyes ya se causaron, o conforme a ellas se efectuaron retenciones y que el Estado pide le sean entregados con oportunidad, como es el caso de las retenciones de productos de trabajo a los trabajadores.

Se busca también en esto, propiciar una eficiencia administrativa al unir varias declaraciones en un momento de pago y en un futuro en una sola declaración.

Se busca también propiciar y modular la conducta del contribuyente para que haya el pago oportuno de obligaciones de una manera voluntaria dentro del esquema de nuestras leyes, que, junto con los mecanismos de propiciar mayor vigilancia, de modular las sanciones al incumplido hagan que nuestra recaudación tenga el flujo necesario a este ingente problema que hoy tenemos.

En vista de eso, la Comisión recibió del Ejecutivo la Iniciativa que establece modificaciones de acortar el plazo para todos los contribuyentes, de que propicia una modificación en la forma en que el Estado calcula el ingreso que no le es pagado con oportunidad modificando el cálculo de recargos para tener también la posibilidad de recibir en tiempo esta mecánica, el contribuyente incluya a un pago más oportuno. Se busca también de que las cantidades que no se enteran en su oportunidad tengan una sanción adecuada y graduada. Se busca también darle la dimensión propicia al Impuesto sobre la Renta, para que todo concepto de ingresos incluyendo los estímulos fiscales, sean objeto de su gravamen.

Con esto se racionalizaría una medida de estímulo que reduciría el impacto aquel que ya tiene utilidades y realmente beneficiaría aquel que marginalmente necesita el apoyo del Estado.

La Comisión, después de analizar esta Iniciativa, y oír grupos de contribuyentes de plantear cómo fue hecho en el seno de la Comisión, la oportunidad de tener diálogo con representantes del sector privado, y con las autoridades de la Secretaría de Hacienda y con las opiniones de los miembros de la Comisión y de grupos de diputados que También estuvieron interesados en el tema; considero necesario y oportuno hacer algunas adecuaciones a esta Iniciativa para que quedara muy claro el propósito de la misma que tratándose del espíritu de acortar plazos, que no tiene, fundamentalmente el propósito de mayor carga fiscal porque esta se determina en el resultado final de la empresa, sino de adelantar los pagos provisionales que tienen obligación como mecánica en el Impuesto sobre la Renta los contribuyentes de dar con oportunidad, de cambiar esta mecánica, de buscar que se propicie que así como en la medida que se gestiona o que se genera la utilidad en la empresa, de esa manera se generen los pagos para el fisco.

En el aspecto de la proposición de la multa por incumplimiento, se consideró conveniente reducir el límite inferior propuesto de 10,000 al de 2,500 para dar un trato equitativo al pequeño contribuyente o a aquel cuya omisión por falta de presentación de la declaración no es importante. Se buscó al mismo tiempo, el darle una facilidad a las administraciones de los estados que tienen en su cargo de manera importante la recaudación de tributos como el del valor agregado, que en la medida de devolución de pagos efectuados en exceso entrara en vigor para ellos a partir del 1o. de junio, se consideró importante también para no romper el esquema del financiamiento de la empresa durante el año en su proceso de planeación, el que la vigencia de la acumulación de la acumulación de los estímulos fiscales en el Impuesto sobre la Renta, entrara a partir del 1o. de enero de 1987.

Se deliberó en el seno de la Comisión respecto a los argumentos señalados con la imposibilidad de tener información para hacer los pagos en el momento que se solicita por parte del Ejecutivo; se consideró conveniente que tratándose del Impuesto al Valor Agregado, el plazo original de siete días se extendiera a 10 días, así el día 10 de cada mes deberá de cumplirse con la obligación de entrar el Impuesto sobre la Renta a diferencia de lo que señala hoy nuestra ley que es el día 20.

En los demás impuestos la iniciativa tienen un claro manejo de lo que se pretende hacer con la pequeña y mediana industria, con el contribuyente menor, al que en general no se le modificó su mecánica de pago, y el acortamiento de los plazos fue menor.

En base, pues, a estas consideraciones, que la Comisión y el grupo de trabajo desarrolló, solicito el apoyo de ustedes para esta iniciativa. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Héctor Terán Terán.

El C. Héctor Terán Terán: - Compañeros y compañeras: Yo creo que el gobierno, como parte integrante del Estado en toda acción fiscalizadora como la que en estos momentos tratamos, debe tener muy en cuenta el impacto que tiene en el crecimiento y en el desarrollo nacional dicha medida. En el crecimiento porque una medida fiscalizadora de esta naturaleza desestimula o hace imposible la reinversión de utilidades que sirven precisamente para financiar a las empresas.

Hoy, padece México una carencia de crédito tan grande que ya no es posible que el crédito bancario se constituya en una palanca para el crecimiento de las empresas, sean éstas pequeñas, medianas o grandes.

Pero no únicamente debe vigilarse el crecimiento por el impuesto que va a tener en el crecimiento sino en el desarrollo nacional. Crecimiento es, cuantitativamente hablando, el alcanzar un avance en la economía nacional; y desarrollo es conseguir una mejor distribución de esos avances de la economía nacional entre quienes la forman.

Ya no va a ser posible para las empresas que puedan utilizar las utilidades como reinversión, porque cada mes se estará sacando de las empresas utilidades que hipotéticamente se escriben pero que en realidad no se han realizado, es decir, se

van a dar anticipos, En esa forma como las empresas ya no tiene crédito bancario, ya no tienen ahora tampoco con esta reforma que van a aprobar la posibilidad de usar las utilidades como reinversión. Y en una economía nacional como la nuestra de inflación creciente, lógicamente va a traer un grave problema que puede repercutir en desempleo, en falta de crecimiento de la economía nacional y como consecuencia en un mal desarrollo de la economía nacional.

El problema actual del Gobierno, es que no tiene dinero y para eso requiere de recursos económicos para salir del mismo. Hay varios caminos. Creo que un gobierno debe de tener siempre en su mente estos dos conceptos: crecimiento y desarrollo nacional. ¿Cómo va a impactar una medida fiscal en estos dos conceptos? Y este gobierno no los está tomando en cuenta, no porque no tenga gentes preparadas que puedan inteligentemente ver el problema que se vienen en el sector productivo, es que no quiere tomar medidas de fondo que serían precisamente las que tendría que tomar para bajar el déficit presupuestal, que es el que está provocando la inflación y que es el argumento que usa el gobierno para hacer en su exposición de motivos a estas reformas.

Tengo aquí, por ejemplo, aquí se ha dicho que esto va a traer un incremento de ingresos entre 300 y 400 mil millones de pesos. Yo diría que la primera acción del gobierno sería ver qué forma puede bajar el gasto. Simplemente, si quitamos nosotros a la Secretaría de Programación y Presupuesto, porque no sirve para nada y aquí está demostrándolo, tendríamos un ahorro de 200 mil millones de pesos. Si quitamos a la Reforma Agraria, porque ha demostrado que es incapaz e incompetente, serían 60 mil millones de pesos. Si quitamos a la Secretaría de Pesca, que ha sido un elefante blanco, son 70 mil millones de pesos. Si quitamos a la PIPSA, que no ha servido mas que para amordazar y no permitir la expresión libre, 80 mil millones de pesos.

Tendríamos ahí el problema resuelto con 330 mil millones de pesos.

Pero, porqué no se toma esta decisión? Porque es una decisión política, porque va a afectar directamente a todo el engranaje oficial comprometido en sostenerse en el poder.

Fíjense por ejemplo, vamos a pensar en voz alta: Un negocio que tenga un inventario de seis millones de pesos y produzca al año 24 millones de pesos, es una rotación de cuatro veces, que es una buena rotación. Y una utilidad que es la que tradicionalmente se viene haciendo del 15% sobre el monto de la venta, y ha deducido los gastos, quedarían tres millones 600 mil pesos. De esos se llevaría el gobierno un millón 800 mil pesos; los empleados gozarían de 300 mil pesos de un millón 800 mil, quedaría un millón 500 mil pesos de utilidad. Si la inflación está al 30% quiero decir que para poder seguir el siguiente año vendiciendo yo las mismas unidades, tendría que tener adicionalmente ocho millones más de inventario, y de dónde voy a tomar los ocho millones de pesos? Pues de crédito del proveedor posiblemente, crédito bancario si lo hay, pero en fin, tengo un problema que resolver si quiero seguir trabajando esta empresa, ocho millones de pesos.

Esta medida que van aprobar ustedes, es totalmente contraria a la supervivencia de las empresas, no digo yo que sea determinante en este momento esta medida, pero una medida, más otra medida, más otra medida van creando un conjunto de condiciones que imposibilita a seguir trabajando, y a seguir creando empleos, creando fuentes de trabajo y si no hay crecimiento menos puede haber desarrollo nacional.

No nos oponemos por oponernos, yo creo que lo primero que debe hacer el gobierno es bajar su déficit presupuestal para bajar la inflación, y no con estas medidas que van afectar no solamente a los que tiene invirtiendo su capital, sino también a los que trabajan de ese capital y van afectar en definitiva al pueblo de México.

Únicamente quise hablar de cómo afectaba esta medida al desarrollo nacional en lo que se refiere a la utilidad reinvertida, los argumentos que usa el gobierno de que sea un traslado porque la erosión de los impuestos está lesionando sus ingresos hay que contestar diciendo que bajen sus gastos, que es el único camino que tiene alternativas buenas, propicias para que no provoque esto un impedimento, no provoque esto una limitación al crecimiento y al desarrollo de la economía nacional. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Ignacio Ramos Espinoza.

El C. Ignacio Ramos Espinoza: - Con su venia señor presidente; compañeros diputados: En realidad los argumentos que hace valer el compañero diputado que me antecedió en el uso de la palabra, se refieren a que con la adecuación fiscal que se propone, se desestimula e incluso se hace imposible la reinversión de utilidades frente a una coyuntura económica, especialmente conflictiva, y que se sacarán de las empresas utilidades hipotéticas que no se darán.

Yo respeto mucho el punto de vista de mi compañero diputado, pero reiterando la exposición anterior que he hecho, considero que la iniciativa no establece nuevos gravámenes, que de lo que se trata es de reducir plazos para el cumplimiento de obligaciones fiscales, a cargo de retenedores, en el caso del IVA, y la obligación de pagos provisionales no anticipados en el caso del Impuesto Sobre la Renta.

En consecuencia, estimo que las consideraciones hechas por quien me antecedió en la réplica, carecen de substancia. Estamos todos convencidos en esta H. Cámara, que la situación por la que atraviesa el país es especialmente conflictiva y justamente por eso la Comisión de Hacienda y el grupo especial que se formó y en donde se debatió ampliamente esa cuestión, estimó que el fisco federal tiene la posibilidad de captar recursos que de otra manera deberá buscarlos a través de otras fuentes de financiamiento, y precisamente con el propósito de llevar a cabo una más saneada administración fiscal y financiera, es por lo que se busca que el Estado obtenga esos recursos con prelación, porque se están presentando estas cuestiones coyunturales que, repito, a todos nos afecta. Por ello, señor presidente, considero que las objeciones presentadas por la oposición carecen de substancia. Muchas gracias, señor presidente.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Alejandro Encinas.

El C. Alejandro Encinas Rodríguez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: La llamada Miscelánea Fiscal que hoy nos ocupa, es una de las iniciativas que refleja con mayor claridad el carácter de este Período Extraordinario y los alcances reales de los proyectos enviados a esta Cámara por el Ejecutivo Federal.

Transcurrido uno de los años más difíciles en lo económico, en los últimos tres meses nuestro país ha vivido otra vez un importante deterioro financiero como resultado de la merma en los ingresos por exportación del petróleo. Pero no únicamente este es el factor que ha caracterizado a la reciente coyuntura, pues nos encontramos, de hecho, frente a una situación que nos coloca en uno de los momentos más graves de los últimos cuatro años en la que no sólo se ha hecho más difícil cumplir con los compromisos externos en materia de la deuda, sino en la que han sido rebasados los supuestos y proyecciones gubernamentales para 1986, en lo que se refiere a inflación, déficit público, exportaciones y, sobre todo, a crecimiento económico, por no hablar de las repercusiones en la creación de empleos, del mayor deterioro salarial y del agravamiento del de por sí precario nivel de vida de una parte creciente de mexicanos.

Por ello, la necesidad de una rectificación en la política económica se hace cada vez más evidente que ha pasado a convertirse en una demanda de importantes sectores de la población al margen de los tradicionalmente organizados.

¿Cuáles han sido las preguntas gubernamentales a tales problemas? ¿Cuáles son las medidas tomadas para resolverlos? En primer lugar, la insistencia en mantener la orientación que ha caracterizado a la política oficial en los últimos tres años, a pesar de su evidente fracaso, con medidas que incluso pueden agravar la situación actual, como es el caso del restablecimiento de las cuentas en dólares y en segundo lugar esta situación se ha caracterizado por la elaboración de una serie de proyectos aleatorios que parcial o colateralmente contribuirían a hacer frente a la situación sin modificar la situación de fondo, ya que únicamente tocan aspectos de orden secundario. En este caso, se ubica desde nuestro punto de vista la Miscelánea Fiscal que hoy discutimos.

Efectivamente, con ser positivas las modificaciones propuestas en los plazos de pago y entrega de impuestos retenidos por terceros, así como la presentación de declaraciones y del incremento a los recargos por incumplimiento, estas medidas son insuficientes, pues por un lado no reducen las necesidades de financiamiento del estado y por otro no contemplan una clara diferenciación de sus efectos sobre las pequeñas y medianas empresas registradas como sociedades mercantiles, que son las que más resienten los problemas de liquidez y restricción crediticia.

En suma, esas medidas no resuelven las cuestiones centrales que hoy están planteadas en el terreno fiscal. Parcialmente, efectivamente, contribuyen a disminuir la erosión de los ingresos derivada de la inflación, restituyéndose según se informó, una cuarta parte de la pérdida actual, pero no enfrentan al problema fundamental del financiamiento, el aumento de la carga fiscal con la contribución proporcional y equitativa en función del nivel de ingresos de cada persona. Estas medidas más bien deberían ser contempladas en función de defender los intereses y los ingresos de los trabajadores y los efectos que causa la inflación sobre estos ingresos, cosa que no ha sucedido.

Como grupo parlamentario, el Partido Socialista Unificado de México, nos interesa dejar claro que estamos de acuerdo con todas aquellas medidas que permitan un flujo continuo de recursos al erario público y que eliminen situaciones injustificadas que de hecho se han convertido en mecanismos de aprovechamiento por parte de las grandes empresas. No obstante, no podemos dejar

de señalar que tales medidas son insuficientes por sí mismas para mejorar significativamente la situación de las finanzas públicas.

Compañeros diputados: En los últimos tres años la política fiscal ha colocado en primer lugar la reducción del déficit público, subordinando todos los objetivos e instrumentos a ese fin; hoy nos volvemos a enfrentar a los resultados de ese dudoso saneamiento de las finanzas públicas por el lado del gasto, además de la reducción consecutiva en términos reales de la inversión y de los recursos destinados a los renglones de bienestar social; el mayor esfuerzo se ha concentrado en el servicio de la deuda desatendiendo una serie de necesidades internas.

Esa situación se ha llevado al extremo de que para 1986 se programará 40% del Presupuesto total para el pago de intereses, amortizaciones y otros gastos derivados de la deuda, proporción que seguramente aumentará por los recortes que velada o abiertamente ya están llevándose a cabo en otras áreas y sectores.

Esto no sólo puede ser considerado como un saneamiento de las finanzas públicas, sino que en los hechos ha implicado una desnaturalización del carácter de la política de gasto público al desligarla o al dejarla cada vez más ligada de los objetivos internos productivos y sociales.

Por el lado de los ingresos, es evidente la ausencia de un proyecto global y redistributivo que pretenda modificar la estructura tributaria o hacer menos vulnerables los ingresos frente a los recursos del petróleo, no se han afectado los intereses ni eliminado los privilegios de quienes tienen más recursos, por el contrario, se ha seguido una política indiscriminada que privilegia mecanismos indirectos en lugar de elevar la progresividad del impuesto al ingreso; se ha preferido buscar otras vías que acentúan la desigualdad en el mejor de los casos, se centran en aspectos administrativos antes que llevar a cabo una verdadera reforma fiscal de cuya necesidad a estas alturas ya nadie duda.

El pragmatismo que ha permeado a la política de ingresos y la renuncia a realizar modificaciones de fondo, han llevado a las autoridades fiscales a ensayar una serie de medidas que varían año con año y que por lo visto no han tenido los resultados esperados. Y en esta línea también se inscribe la iniciativa de Ley que hoy discutimos. De donde surge una pregunta ¿Por qué es hasta ahora que se descubre el impacto de la inflación sobre los ingresos del Estado y por qué no se reconoce el impacto de esta inflación en los ingresos de los trabajadores? Desde nuestro punto de vista esta iniciativa del Ejecutivo al igual que otros que discutiremos en los próximos días, no responde a las exigencias del momento ni tampoco a las necesidades de la mayoría de la población. Los cambios que propone no significan algún beneficio directo para aliviar la situación de los trabajadores y lo que es más importante, no refleja una actitud que pretenda resolver los problemas reales.

No dudamos de la necesidad de atenuar los efectos de la inflación sobre los ingresos públicos, pero también nos importa el impacto de esta sobre los salarios. No desconocemos la validez del objetivo de eliminar las ventajas financieras injustificadas de las que gozan un buen número de contribuyentes, pero no olvidamos que siguen sin tocarse los intereses fundamentales de los grandes capitalistas en materia fiscal y no se eliminan aún los múltiples privilegios de los que gozan al no haberse afectado una parte considerable de sus ingresos.

No podemos estar en desacuerdo con la orientación de las modificaciones propuestas pero no deja de preocuparnos y en esto queremos hacer hincapié, el distinto efecto que pueden tener según el tamaño y capacidad financiera de las empresas, ya que a pesar de que insistimos en esta problemática durante los trabajos de la Comisión, y de que propusimos buscar alguna salida para no gravar la situación de las unidades pequeñas y medianas, no se logró modificar en lo fundamental la Iniciativa del Ejecutivo. En particular nos preocupa que la reducción de plazo para efectuar pagos provisionales en el Impuesto sobre la Renta y el cambio de las declaraciones de dos cuatrimestres y una cuatrimestral como establece la ley vigente a 12 declaraciones al año como se propone en la iniciativa, pueda afectar a las sociedades mercantiles de menos tamaño que no cuentan con sistemas administrativos de las grandes empresas y sobre todo que puedan verse afectados sus niveles de operación.

Independientemente de que se ha señalado tanto por los funcionarios de la Secretaría de Hacienda como quienes tienen la tarea de defender esta iniciativa en este Congreso, que se ha afirmado que esto no va a suceder. No hay ninguna garantía o base real para suponer que efectivamente no acontezca; en todo caso dejamos expuesta esta inquietud que está vinculada directamente con la modificación que se introdujo en el dictamen para el Impuesto al Valor Agregado al ampliar el plazo para efectuar los pagos provisionales reconociendo que esto favorecerá a los establecimientos más pequeños.

Hoy es cada vez más evidente la necesidad de buscar salidas responsables y de largo plazo a los problemas financieros del país, y de no seguir posponiendo medidas que eliminen privilegios y al mismo tiempo que aumenten la base gravable contemplen objetivos redistributivos y de protección de quienes tienen menos ingresos.

Desde nuestro punto de vista se hace ya impostergable elevar la progresividad de las tarifas del Impuesto sobre la Renta, eliminar las declaraciones injustificadas y los regímenes especiales de tributación que todavía existen. Todo ello con el objetivo de elevar la carga fiscal, es decir la relación entre los ingresos y el producto interno bruto, ya que como se reconoce oficialmente esta proporción es baja comparativamente con otros países de desarrollo similar, y de hecho no ha modificado positivamente sus niveles en los últimos años, lo que refleja lo poco que se ha avanzado en las fuentes ordinarias de financiamiento privilegiado vías más costosas como el endeudamiento interno.

Compañeros diputados: Nuestro grupo parlamentario considera positiva algunas partes de las medidas que permitirán mejorar la recaudación, sin embargo a nuestro juicio estas medidas son insuficientes para enfrentar la situación actual; quedan pendientes pues una vez más las tareas de transformación de fondo y la implementación de una reforma fiscal, razón por la cual nuestro grupo parlamentario no votará a favor de esta iniciativa. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos .

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Señor diputado Contreras Cantú, presidente de la Cámara en este instante. Recibí su recado sobre el cambio de turno porque no hay suficientes señores que defiendan el pro, admití venir a continuación que está en el contra, porque parece que la mayoría relativa ya no tiene suficientes oradores. Paso en consecuencia a tomar la palabra.

El C. presidente: - Ruego a la Asamblea respetar el orden y al orador en turno.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Bien decía Juvenal, que al oír tonterías produce la rutina del entendimiento, y aquí las tonterías se suceden una detrás de otra. Se ha venido a hablar de que la razón para esta cambio de la miscelánea fiscal es el momento conflictivo que sufre el país ¿Pero a quién se le había ocurrido que no estamos en un momento conflictivo? ¿No es recurrir a un lugar común para argumentar en pro de medidas que tienen una profunda implicación económica aún en contra de lo que se quiere combatir?

Se ha dicho que el gobierno tiene la obligación de usar todos los instrumentos posibles palabras del diputado Flores Solano todos los instrumentos disponibles o posibles, son el golpear una vez más la economía nacional, el golpear una vez más a los contribuyentes y al pueblo que en masa, en grandes mayorías está comenzando a morir de hambre. Se ha dicho que no es aumento de carga fiscal, pero se puede decir lo contrario, que es una disminución de carga fiscal, ¿puede haber otra tontería más que decir que esto no es aumento de carga fiscal, entonces es disminución de carga fiscal? Hasta se habló de que con este procedimiento se mejorará la administración pública.

Parece que nuestros diputados pretenden defender lo indefendible y expresarse nuestros diputados de la mayoría relativa inclusive más allá de lo que sus directores que los emplean en esta Cámara, los señores de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Programación aceptaron decir. Por ejemplo, el señor subsecretario de Ingresos Prieto Fortún, que fue llamado a la Comparecencia de la Comisión de Hacienda, aceptó lo siguiente literalmente dicho: "Es evidente que lo que beneficia a un lado se debe cargar a otro". Para expresar que lo que el gobierno está recibiendo como beneficio, se lo va a trasladar evidentemente a la economía nacional.

Es más, en esta otra materia de los problemas administrativos y de la simplificación, el Subsecretario Prieto Fortún dijo que este acortamiento de los plazos de los pagos, le crearía problemas administrativos a la Secretaría de Hacienda.

Pero todavía hay una cita más interesante de esta acumulación que decía Juvenal, aquél aforita romano: La iniciativa del Ejecutivo dice: "Uno de los efectos de la inflación, es erosionar la recaudación por el tiempo que transcurre entre el momento que se causa la contribución y la fecha en que el erario público la obtiene".

De manera que la erosión afecta al fisco por el tiempo entre que la contribución se le paga y la fecha en que se fijó.

Caray, yo creo que esta erosión tiene lugar, no simplemente por la inflación, aunque la inflación no existiese en este país y los intereses fueran como aquellos dorados años del tiempo de la revolución que medio la supo hacer, no de esta que está quebrando al país, cuando la inflación

era apenas del 2 ó 3% y el interés que se pagaba en bancos andaba en el 6%, en el 7, en el 8% ese 8% era una erosión de los ingresos fiscales y se esperaba cobrarlos un año, por que le costaba un 8%. Ahora le cuesta un 8% mensual, pues es la misma erosión en diferente período. Pero partir de la base de que la inflación está erosionando los ingresos del fisco, pues siempre se han erosionado dónde está la novedad. Antes era un 8% anual, ahora es un 8% mensual, cuál es la diferencia.

¿Ahora les parece que es erosionante y antes no se daban cuenta que los erosionaban? Son argumentaciones que bien estará reconsiderar a la luz de aquella mente juvenil del señor Juvenal,

Pero vamos al fondo de la cuestión, hemos dicho que esto puede ser la gota de agua que derrame el vaso. Y para demostrarlo, en la primera comparecencia de los funcionarios de la Secretaría de Hacienda encabezados por Prieto Fortún, les pedimos que nos precisarán en qué consistía esta variante de anticipos desde el punto de vista de menor ingreso para el fisco, y los señores hicieron cifras que oscilaban entre los 80 mil y los 200 mil o tal vez 300 mil millones de pesos, hasta que la diputación del Partido Acción Nacional intervino, señores, así no se puede trabajar en serio con ustedes, deben traer aquí su proyecto definido. Y cuando hace un momento el compañero Humberto Ramírez pedía una moción para que incluyeran y se dieran a conocer cuáles eran los datos de la Secretaría de Hacienda que existían en el expediente, se salieron diciendo que sí constaban, ¿qué es lo que consta en el expediente? Hubo análisis de impuesto por impuesto para saber cuánto se recauda por el impuesto del valor agregado, cuánto por el impuesto sobre la renta, cuánto por lo dispuesto del producto de trabajo para luego estimar las tablas correspondientes para saber si efectivamente se van ahorrar; aquí está el análisis de la Secretaría de Hacienda entregado en esa comparecencia, son dos paginitas en donde curiosamente repetitivamente se ponen los mismo valores, a partir de que del mes 20 se baja al mes 7 un valor estimativo que nadie puede entender cómo se convierte en un ahorro para el fisco de 185 mil millones de pesos. Con esa seriedad trabaja en este país no nada más la Cámara en la Comisión de Hacienda, sino en la Secretará de Hacienda también, les doran la píldora con un papelito que no es analítico que no tiene trabajo, este es el expediente que no quisieron demostrar porque no lo tienen.

Pero en su intervención Prieto Fortún dijo que los ahorros no serían de 185 mil millones de pesos sino que llegarán a 500 mil millones de pesos lo cuál le representa, dijo, una gran importante ayuda para el problema del déficit de la cuenta pública que está estimado en 3,700 millones de pesos al año pero que recordemos el señor Secretario de Hacienda ya nos aceptó o nos confesó que va a ser probablemente del doble, en vez de 4.5 sobre el producto interno bruto ahora va ser de 0.4 puntos más. De manera que si estimamos que el déficit del gobierno va ha llegar estimativamente y conservadoramente sobre la base de un cálculo de pérdida en las divisas y en los ingresos petroleros que todavía está muy por abajo de encima de la realidad en 7 mil millones de pesos mexicanos. Si consideramos que esos 7 mil millones han sido calculados por otras fuentes en probablemente 10 ó 12 mil millones de pérdidas, ¿qué representa 500 mil millones para el fisco?, están recuperando 500 mil millones por estas vías, ya no incluyendo la miscelánea fiscal, sino del Seguro Social y otras cosas más, qué es eso, 12 mil millones de pesos de pérdida, siempre no es así sino 500 mil millones de pesos más, no llega ni siquiera el 5% de la pérdida total que constituye el déficit público.

A cuenta de qué y a favor de qué, de 2 procesos y por eso decimos que es la gota de agua que derrama el vaso, esta inflación de 185 mil de estas medidas o de 300 mil o de 500 mil que dijo Prieto Fortún, no van a salir de la nada, se le van a carga al pueblo que es al que venimos a defender aquí y ya sé de algunos de esos solferinos que va a subir a decir que nosotros no somos el pueblo, venimos a defender al pueblo por que finalmente y veamos la mecánica de estos 500 mil millones de pesos; el fisco le pone un sistema nuevo de recaudación anticipada, el patrón lo exhibe, ¿quién es el patrón?, se ha dicho aquí que los patrones son los multimillonarios mexicanos y no es cierto, el 95% de los causantes de éstos impuestos sin empresarios, comerciantes , industriales, etc... que no tienen arriba de 20 trabajadores, son los que están pagando los impuestos, pero imagínense que fueran los grandes o los chiquitos, ya lo dijo Prieto Fortún, esos impuestos nuevos o ese nuevo efecto de costo financiero no lo van a pagar las empresas, las empresas no se van a dedicar a perder, no pueden perder porque cierran, tranquilícense los iniciativos que estaban ahí enfrente, ustedes van a hacer que eso repercuta en 2 formas, ¿o piden prestado a los bancos para que les ayuden a pagar los impuestos que van a pagar anticipadamente o van a subir los precios y finalmente de una o otra forma, son precios que van a transferir a quién?, al consumidor, ¿cuál es en definitiva el hecho real de éstos impuestos?, lo que se ha dicho es una mentira, al Gobierno se le acabaron los centavos y no quiere reducir su aparato de gastos y está poniendo un nuevo sistema impositivo para sacarle al pueblo lo que no quiere dejar de gastar.

Hemos hablado con los señores que estuvieron presentes en la Comparecencia de Hacienda para decirles, señores, porqué no le buscan por la reducción del gasto, ustedes han confesado que tienen un problema terrible de mala administración y contestan: pues sí, seguramente que habrá medidas de ese tipo y por ese lado, pero los señores de la mayoría relativa hace 3 días se opusieron a que viniese aquí el Secretario de Programación y Presupuesto a justificar por qué estaba subiendo, cambiando los egresos del Seguro Social a otros caminos, tenía que justificar y hubiera sido la oportunidad de que justificara qué tanto está reduciendo el gasto.

Se habla, hace días se dijo en los periódicos que habían bajado a 70 mil empleados burócratas de varias secretarias, pero al mismo tiempo se supo aquí que Hacienda ya contrató a 70 mil inspectores de Hacienda para andar recorriendo todo el país para conseguir que haya mejor recaudación.

Hemos dicho aquí que para qué, por ejemplo, algún compañero mío que me antecedió en el uso de la palabra, de la diputación del PAN, por qué no se termina y se cierra con el problema de dos secretarías que están haciendo prácticamente el mismo problema: Programación y Presupuesto y Hacienda, como siempre sucedió en México, hasta que a un tecnócrata se le ocurrió inventar esa división de funciones. Se ahorrarían muchos miles de millones de pesos.

En lugar de estar hablando de desconcentración, como se pretende hablar, que no ha habido tal desconcentración para reducir el problema de los gastos en la ciudad de México se requiere de descentralización y es tan curiosa la no descentralización que por ejemplo en la ciudad de Monterrey existe un delegado representante de la Secretaría de Relaciones. Pero si yo quiero fundar una pequeña empresa y necesito un permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el de la ciudad de Monterrey, representante de la Secretaría de Relaciones, me dice que él no tiene autoridad para pedirlo. Y se tiene que venir un abogado a solicitarlo aquí, pasarse varias semanas para irse con la idea de que no le han firmado el expediente y volver y regresar. Un ejemplo entre miles y miles de ejemplos de la famosa no descentralización que el Gobierno tiene.

Debemos cobrar conciencia de que este país no va a resolver sus problemas si el Gobierno no se da cuenta de que es un mal administrador y que tiene que convertirse en un administrador eficiente.

Decía Castro Leal, aquél miembro de la generación de los Siete Sabios, gran literato a quien en sus años tardíos, sus años últimos, se le ocurrió ser halagado y llegó a ser miembro del Congreso, decía, cuando luego escribía sus memorias en un libro famoso, que "la Revolución se ha convertido en el nido más gigantesco de ineficiente burocracia, que se pudo imaginar jamás". Y ese señor formó parte de sistema de la mayoría relativa que aquí tenemos enfrente.

Se ha dicho aquí que en la Comisión de Hacienda se llamó a los señores del gobierno de la Secretaría de Hacienda, se tomó información de los señores de la iniciativa particular e hicimos notar en ese instante que por qué venían los señores de la iniciativa privada a la Cámara de Diputados. Sabemos que desde siempre, porque es facultad del Ejecutivo, ellos van a platicar con el Secretario de Hacienda y sus funcionarios y que las leyes cuando lleguen aquí ya estén cocinadas por ellos y por la iniciativa privada y sus representantes. ¿Por qué ahora tuvieron que venir aquí? Y entonces resultó la historia que es una anécdota interesante.

Los señores de la iniciativa privada, en este caso, no fueron admitidos a platicar con el Secretario de Hacienda, y en un juego político que aquí debemos entender en función de que quién va a ser, si uno o el otro de los ministros el sucesor en la Presidencia de la República, alguien hizo el favor de contentar a los iniciativos privados y traerlos aquí para que los escucharan siquiera en la Cámara de Diputados.

Aquí hay un juego político de altura. Se trataba de conquistar a esos iniciativos y desagraviarlos porque Prieto Fortún los había mandado por un tubo. Aquí los traemos para que se aparezca que se les está tratando en cierta forma; y esas son las jugadas políticas de mucho, el que quiere llegar a la Presidencia de la República.

Pero no hubo diálogos. Que no se vistan de buenos conversadores ni de señores que saben razonar las cosas, los miembros de la Comisión de Hacienda de la mayoría. En lo personal, muy atentos, muy amistosos, pero la amistad, señores, en materia de política no fundamenta la amistad en materia de criterios. Y en ese sentido hay que recordar aquello de Platón: "Somos amigos de todos, pero somos más amigos de la verdad". La verdad es que aquí el proyecto que el Ejecutivo mandó a la Cámara es el mismo proyecto que se está aprobando sin ninguna enmienda, y que todos los argumentos que vimos, que hemos estado anunciando aquí no se tomaron en cuenta. Por el contrario, y aquí se dijo, se negaron los hechos, se negó que no había expediente, se negó que sea inflacionario, se negó que se vaya a transferir realmente al pueblo. Fueron más nobles los señores de la Secretará de Hacienda, que los miembros de la Comisión de Hacienda.

Finalmente hay que recordar aquella famosa curva de Laffer que los economistas, y aquí hay unas muy eminentes, conocen que a mayor carga fiscal mayor tendencia a la evasión fiscal de los contribuyentes. Esto puede ser cierto cuando la carga fiscal es menor, el señor Secretario de Hacienda, cuando vino a su comparecencia, se vistió de gitano y nos dio cifras de participación del Gobierno en el producto interno bruto que son falsas, son falsas porque son contradictorias, son contrarias a las que la propia Secretaría de Hacienda nos entregó y que son a las que aquí aludimos en la comparecencia.

El reglamento de este sistema de que el señor venga a lucirse, no permite volver a replicar al señor, ahora se lo digo, las cifras de la participación del producto interno bruto, que en el producto interno bruto tiene el gobierno, que dio el Secretario de Hacienda con contradictorios a las que la propia Secretaría de Hacienda tiene publicadas. Y en alguna conversación con los miembros de la Comisión de Programación, dialogamos sobre el particular, a ver si trabajando en común se puede poner en orden la mente del señor Secretario de Hacienda para que diga: hombre, lo que yo hice es igual a mi antecesor, o porqué modifiqué las famosas tablas.

No podemos dejar de señalar los pagos provisionales que ahora se harán si se aprueba esta Ley, 13 veces al año en vez de 4 veces, antes se hacían pagos provisionales 3 veces en cuatrimestres y una liquidación al año siguiente al presentar la declaración final; ahora se harán 12 declaraciones y al final una declaración que cierre el ejercicio. Esos pagos, partamos de la base, son anticonstitucionales y el propio Secretario de Hacienda, el Secretario de Ingresos lo confesó; resulta, y vamos a contar la historia aunque sea breve, resulta que allá en tiempos de Díaz Ordaz, un señor de apellido Beteta, que era Ministro de Hacienda, se acercó con los iniciativos que presumen de ser los que representan a cientos de miles, que ni siquiera conocen al presidente de esas corporaciones, se acercó con uno de esos señorones y dijo: oigan, adelántenos, hagamos un adelantito de los impuestos porque lo mío no tiene problemas, era el régimen de Alemán, donde el señor era muy vendedor de cosas, sugestionaba mucho a la gente y a los señores les pareció que por un año o dos estaba bueno anticiparle los impuestos y así se creó esta figura de anticipo de impuestos sobre la renta..

Todos esos anticipos son anticonstitucionales, porque la figura de utilidad no se causa el día de la operación uno, dos o tres, sino que hasta que el ejercicio cierra, y hay que decirlo, algún honesto diputado del PRI seguramente en su intervención en la comisión alegó, señores pero yo creo que la utilidad se causa todos los días, cuando un comerciante abre su negocio en la mañana empieza a recibir dinero y al final del día cierra y pues ese día ya sabe que le costó tanto y que vendió en tanto la diferencia es utilidad. Es un concepto muy incipiente por no llamarlo de otro modo, de lo que la economía en la administración pública y la administración mercantil representa. La figura de que los diversos efectos de los costos y las diferencias cosas que suceden en el año permiten que haya un ejercicio, establece que el año se termina al final del año y entonces establece la utilidad, inclusive los presupuestos desde el punto de vista constitucional son cada año y no cada mes, ese anticipo que viene en memoria de aquel Ministro Beteta de Hacienda a quien le debe por lo visto tanto el sistema, después de tantos años, es un sistema que fue prestadito, anticipadito y que después se quedó para siempre como todo lo que ustedes causan en este país, el daño que causan se quedan para siempre porque nunca lo reparan.

Alguien dijo aquí lo que de Tena Ramírez sostiene, mi ilustre paisano Tena Ramírez y alguien dijo que era muy grato a nosotros en la diputación de Acción Nacional ¿no sé por qué dicen eso simplemente porque es michoacano? también otros michoacanos aquí presentes no son parte del pensamiento de Acción Nacional. Que el ex Ministro Tena Ramírez sienta que esto no es una nueva Ley sino es una modificación de Ley, de eso se ocuparán otros de mis compañeros, pero solo quiero recordarles que efectivamente esta modificación habilidosa porque esta Ley Miscelánea es una habilidad financiera del Ejecutivo, para decir luego que no son impuestos, si no son impuestos cualquier causante que no los pague en el día que le están poniendo y lo retrasa, ya con eso dejaría de estar obligado a pagar impuestos, pero tan son impuestos anticipados que si no los paga en la fecha y si no los sigue pagando el día 20 en vez de la fecha que aquí se pretende poner, al día siguientes lo multan, entonces sí son impuestos es un incremento de impuestos disfrazado de habilidad financiera, eso forma parte de por qué en un momento dado a ciertos señores de Hacienda se les dan premios anuales, tengan o no capacidad para servir al pueblo.

Finalmente compañeros, seamos conscientes, legislar para la mayoría relativa es levantar el dedo. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Jorge Amador Amador.

El C. Jorge Amador Amador: Compañeras y compañeros diputados; compañero presidente:

Es un problema tratar las cuestiones de la iniciativa fiscal, porque a veces no sabemos como referirnos a cuestiones que tienen poca trascendencia en sí mismo, pero que tocan o rayan en cuestiones fundamentales para la vida nacional.

Desde el punto de vista estrictamente monetario en cuanto al monto objeto de la disputa, medido en términos de pesos, efectivamente lo que aquí discutimos tiene poca trascendencia. Un país con pérdidas enormes de miles de millones de dólares y en cientos y quizás miles de millones de pesos, pues francamente efectivamente como decía el compañero que habló antes que yo, poco se ve afectado por la cifra redonda de 500 mil millones de pesos que se ha dicho aquí están en disputa si se aprueban estas modificaciones. Sin embargo por omisión el tema es muy importante porque se están planteando modificaciones al régimen fiscal, y cuando se plantean algunas modificaciones al régimen fiscal pero no las que se deben plantear no las que necesitamos hacer para sacar adelante al país, entonces definitivamente estamos ubicados en un problema serio, y tenemos obligación de darle la seriedad que el asunto tiene.

Compañeras y compañeros: Habiendo escuchado con mucho detenimiento los argumentos de la diputación del Partido Acción Nacional en contra de esta iniciativa, mi partido llega a la conclusión de que francamente lo que hay es una defensa de intereses muy concretos y hasta cierto punto respetables de personas físicas y morales de la sociedad mexicana. Pero no existe lo que aquí se había dicho, un agravio al régimen constitucional, y no existe tampoco un agravio más a la economía nacional que la va a desequilibrar más, que la va a hundir más.

Desde nuestro punto de vista ese no es el problema, porque finalmente todas las modificaciones tienden a qué. Recursos fiscales que hasta ahora tardan determinado tiempo en ser enterados a la autoridad fiscal, tardan menos y pronto el gobierno pueda hacer uso de ellos. Las modificaciones también son en el sentido de que causantes morosos que no cumplen oportunamente con sus obligaciones reciban sanciones mayores. Y todo esto, finalmente, insisto, se convierte en aquellas cifras que fluctúan que dijo el Subsecretario de que por la vida de ahorro en los créditos que el gobierno tiene que conseguir para sustituir esos recursos que todavía no le son enterados de alrededor de 180 mil millones de pesos, y que por la vía del combate a la evasión también cuentas que pueden ser alegres pero finalmente así las han estimado ellos, de cerca de 250 mil millones de pesos y luego haciendo un paquete se suman los famosos 500 mil millones de pesos. Esa es la cuestiones lo que se está debatiendo.

Se ha dicho aquí; no, es una modificación a la Ley de Ingresos y el único argumento es porque la autoridad ha reconocido que va a recoger más ingresos. Ese no es argumento, porque estipulados los gravámenes, señalados los sujetos de estos gravámenes evidentemente la cantidad física, concreta de dinero que se reciba por estas estipulaciones varía según las circunstancias Si hay más empresas o menos empresas, si hay más actividad económica o menos actividad económica, pues el ingreso físico bruto fiscal sube o baja, sin alterar los conceptos del presupuesto. Y efectivamente aquí no se está alterando ningún concepto del presupuesto, exclusivamente circunstancias del pago, y circunstancias concretas que son las del tiempo.

Por lo tanto, yo quisiera referirme al otro problema, porque desde nuestro punto de vista es legítimo que el estado, ya que no está a la ofensiva planteando una reforma fiscal profunda, pues se defiende por lo menos y trata de compensar el deterioro que la inflación le causa con este tipo de modificaciones.

El problema es otro, el problema es que el Estado no pase a la ofensiva. El problema es que el Estado siga solamente defendiéndose y defendiéndose efectivamente en la que a corto plazo puede representar para él una mejora en sus ingresos, pero en efecto al mediano plazo, por no tomar medidas de fondo, puede representar la ejecución de la amenaza que se ha proferido desde aquí. Es decir, que finalmente este beneficio inmediato del Estado repercuta en el conjunto de la población consumidora y repercuta efectivamente, en el conjunto de la economía nacional.

El argumento que dice: Si ustedes hacen de los empresarios entrarán más pronto estas cantidades de dinero, lo que van a causar es que los empresarios castiguen al conjunto de los consumidores y de la población nacional. Ese no es un argumento, esa es una amenaza. Si lamentablemente esa es una amenaza muy probable porque ha sido realizada una y otra vez en la historia de la economía nacional.

Y frente a esa posibilidad, frente a ese riesgo, frente a esa amenaza, en el paquete de modificaciones fiscales efectivamente no hay una medida suficiente, precisamente ahí está el punto de omisión del que nosotros nos quejamos.

Que diferente sería una legislación extraordinaria si fuera necesario, desde luego, modificar artículos de la Constitución para cambiar la estructura de la carga fiscal, para efectivamente cargar al gran capital principalmente y, sobre todo, para darle la facultad a los trabajadores para

fiscalizar la contabilidad de las empresas y, por lo tanto, convertir a la mayoría de los ciudadanos mexicanos en verdaderos vigilantes contra la evasión fiscal.

Efectivamente la solución contra la evasión fiscal, no viene por el lado de contratar más inspectores, que son fácilmente corruptibles. Efectivamente la empresa privada de nuestro país, sobre todo, la gran empresa se ha convertido en la gran corruptora en la vida nacional y en la gran deterioradora del sistema económico y la producción de nuestro país y no es esa la salida correcta. Fiscalización obrera de la producción, sería una solución de fondo.

Compañeras y compañeros, con estos simples argumentos nosotros podemos concluir diciendo que las medidas concretas poco significativas deben ser aprobadas, es el derecho a la defensa, a un estado que cada día se defiende solamente; pero que hay una gran ilusión y en esta política sin medida, estas medidas de fondo que no se toman lo que desde nuestro punto de vista merece una crítica.

Y claro, como somos tantos críticos, también decimos una cosa: Los grandes cambios profundos nunca los realiza un gobierno en frío, siempre lo hace como respuesta a grandes movilizaciones del pueblo y quizás son estas fuerzas las que todavía con parte de la responsabilidad nuestra estén inhibidas.

Nosotros pensamos que estas modificaciones serán aprobadas, pero que ni de chiste, ni superficialmente resuelven el gran problema financiero, económico y social que nuestro país y el propio Estado tienen. Y desde nuestro punto de vista, solamente son preludios de grandes discusiones de fondo y en esas grandes discusiones de fondo en otro ambiente social que la propia crisis afortunadamente está germinando y fermentando tendremos que dar y entonces tendremos que aprobar una verdadera y profunda reforma fiscal.

Por eso votaremos a favor, pero insistimos, no porque apoyemos fundamentalmente la política económica que le da cobijo a estas medidas, frente a esa política económica nosotros recomendamos cambios de fondo que no están planteados aquí. Muchas gracias.

El. C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Humberto Ramírez Rebolledo.

El. C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Cedo mi turno para que pase el diputado Conchello.

El C. presidente: - Entonces en turno el C. Diputado Conchello.

El C. José Angel Conchello Davila: - Señor presidente; señores diputados: Venimos a decirles por qué vamos a votar en contra, y esperamos que si los argumentos, no los convencen, los hagan meditar en la grave responsabilidad que están contrayendo. Votaremos en contra porque esta medida, complemento de otras muchas, traerá nefastas consecuencias sobre las crisis que ya padece el país, tan nefasta que tal parece que, con estas medidas, los tecnócratas quieren llevar al país a una crisis adicional, tal parece que quisieran reventar la economía para aplicar la lógica de Herbert Marcuse: llevarnos a la crisis y de las crisis al totalitarismo.

Detrás de esto hay también la demostración, una vez más de que los tecnócratas que administran este país " el bien que hacen lo hacen mal, pero mal que hacen lo hacen bien," y esto los hechos lo están demostrando. Se aprobó apenas el viernes pasado la Ley del Seguro Social por la cual el gobierno disminuye su participación y la aumentan los particulares, para que el gobierno utilice esa cantidad para aquellos del Sector Salud que no están asegurados; detrás de esta lógica inicial existe el hecho de que el gobierno quiere que "la hebra se reviente por lo más delgado" y lo más delgado es el pueblo, el hecho de que se siguió la línea de menor resistencia y en vez de decirle al Seguro Social: Baja tus gastos; les dijo a los particulares: Sube tus contribuciones.

Y "Obiter dictum" nomás de pasadita, quiero mencionarles que en el Seguro Social hay 3 partidas de Prensa y Relaciones Públicas que juntas suman más de 5 mil millones de pesos, no son de capacitación, no son de difusión médica no son de educación médica de la población, son partidas de Prensa y Relaciones públicas que ahí se conservan, por que el Gobierno quiere que la hebra se reviente por lo mas delgado y los más delgado son los particulares.

Ahí está también una partida de 119 mil millones de pesos," no asignables a ningún programa" y uno se pregunta, si no son asignables a ningún programa de los que aparecen en el Seguro Social, será acaso para apoyo electorales, que acaso están tan sobre las rodillas los programas del Seguro Social que tienen que darse un margen de 119 mil millones de pesos, fuera de todos los programas establecidos. El mal que hacen lo hacen bien, en las reformas que hoy nos ocupan de los impuestos, se ha discutido si son o no nuevos impuestos, no voy a discutir el problema fiscal sino el aspecto político.

El mismo subsecretario Prieto Fortún, admitió hace días que el gobierno recaudaría a través de esta y de otras medidas de política fiscal unos 500 mil millones de pesos, lo cual en el total de 14 billones de pesos que esperaba el gobierno este año y que se le han caído en un 20%, no significan nada "Aquí el gobierno se parece a las viejitas de mi pueblo que decían "primero mis dientes y luego mis parientes", antes que sacrificarme yo, sacrifico a los contribuyentes, chicos, medianos y grandes pues de alguna parte van a salir esos nuevos recursos. Si estas son las medidas que se están tomando para resolver el desplome de los ingresos por culpa de la imprevisión del gobierno mismo, por la culpa del Secretario de Energía y Minas , al que ahora le premian su ineptitud con el Gobierno de Sinaloa. El gobierno busca que los que paguen esa imprevisión sean los mexicanos y en vez de castigar a los funcionarios públicos, los premian con candidaturas gubernamentales, Alguno diría, como dicen algunos diputados rojos que nos acompañan, qué bueno que se le carguen más a la empresa, que no es suficiente y que debe cargársele más; pero si ademas de este aumento ustedes ven que el empresario carece de crédito, que en las circunstancias actuales, eso que por eufemismo llaman Sociedades Nacionales de Crédito no prestan un solo centavo y se han convertido en Sociedades Nacionales de Depósito y no de Crédito, puesto que no lo conceden, verán como aparece que se está desmantelando el aparato productivo.

Y yo les digo, y cualquiera puede entender, que si se desmantela el aparato productivo en México, vendrá un mayor desempleo y que, ahí sí, la hebra se va a reventar por lo más, delgado que es el pueblo indefenso de México les digo que lo que se haga en defensa de la industria y en promoción de la empresa, a la larga tendrá resultados positivos y repito, algo que no es nuevo, aunque el gobierno parece ignorarlo, de que los impuestos pesados pueden matar los impuestos mismos.

Si con éstas nuevas telarañas se desmantela el aparato productivo, el gobierno va a recaudar menos y no más de los que esperaba.

Pero quiero insertar ésta ley en las medidas de más para salir de la crisis para que vean ustedes cómo el gobierno el bien que hace lo hace mal y el mal que hace lo hace bien.

Ahí están los ataques contra la clase media en el Distrito Federal con el aumento brutal del impuesto predial hasta 20 veces de lo que era en enero. De pronto, a base de una recatastración caprichosa, toda la clase media del Distrito Federal está siendo asediada con enormes aumentos de impuestos y eso también parece ser la respuesta del Departamento, a la falta de ingresos.

No quiero pasar por alto, que también contra el pueblo de México se está siguiendo la misma política. Se quiere que sea el pueblo el que pague los platos rotos de una política criminalmente imprevisora. Ahí están por ejemplo los aumentos de luz, que la Comisión Federal de Electricidad está imponiendo cada mes. Allá en mi pueblo, en Monterrey, hubo una protesta masiva y la respuesta de la Comisión Federal de Electricidad, fue cortarles la luz a 800 familias en un acto incalificable de uso malvado del poder porque es monopolio. Ahí está también, pues ya se avecina exactamente con el mismo propósito de que sea el pueblo el que pague los platos rotos, la desaparición del subsidio a la tortilla. Y lo dijo Costemalle, Director de Conasupo. "Es que no tenemos dinero para seguir subsidiando la tortilla porque calló el precio del petróleo", y ahora se nos anuncia que la tortilla va a costar 130 pesos kilo, a partir del próximo mes, cuando eso ocurra, y como no se ha elevado el salario mínimo, resultará que por primera vez en muchos años el salario mínimo del obrero sólo le va alcanzar para comprar 10 kilos de tortilla y nada más. Eso, señeros, eso sí es triunfo legítimo de los tecnócratas que el mal que hacen lo hacen bien y que el bien que hacen lo hacen mal.

Nos dijo, que el subsidio a la tortilla lo aprovechan los que no lo necesitan, y ya se anuncia para entregar los vales de tortilla se va a hacer un gran censo nacional y van a extender credenciales de pobre en México que serán los que tengan derecho a recibir tortilla subsidiada, y esas credenciales de pobre, después de muchos años de la Revolución, también son triunfo legítimo de los tecnócratas que han desgobernado este país; lo hacen ahora, a sabiendas que se admite que el salario mínimo ha caído un 30%, lo hacen ahora en que el fantasma del desempleo se pasea en todos los hogares; en los momentos más difíciles es cuando, desesperados, quitan el subsidio y así vemos todo el esquema. de solucionar a la crisis.

Vemos cómo se hace pagar más al obrero, cómo se hace pagar más a la clase media y cómo se hace pagar más al empresario. Parece como que si el gobierno fuera un gran paraguas que cuando hace sol se abre y cuando hay lluvia se cierra, pues ahora en que hacen más falta las facilidades que nunca, ahora endurece esa actitud y quiere que la hebra se reviente por lo más delgado.

Por eso estamos en contra. Si esta medida es parte de un plan preconcebido para llevarnos a la

crisis o si por falta de previsión, exceso de miopía, están haciendo que el pueblo pague más eso no nos interesa. Si es parte de una miopía, no queremos acompañarles en el camino de la ceguera y votaremos en contra. Si es parte de un plan para que el pueblo pague lo que no debe, tampoco los acompañaremos y por tanto votaremos en contra.

En una forma o en otra, nos oponemos al egoísmo oficial y queremos que sea el gobierno el que se sacrifique por el pueblo y no el pueblo el que se sacrifique por el gobierno. Por eso y sólo por eso votaremos en contra. Muchas gracias. (Aplausos.)

El. C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Javier Garduño.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Señor Presidente, una pregunta, quisiera usted leer los nombres de los oradores que se han inscrito en pro y los que están inscritos en contra, pendientes de pasar.

El C. presidente: - Con mucho gusto los que están todavía por usar la tribuna. En contra: el diputado Ramírez Rebolledo, Amado Olvera, Humberto Rice, Ricardo Pascoe, Calderón Tinoco y García Cervantes.

En pro: el diputado Cuauhtémoc Amezcua, García Soto, César Augusto Santiago, Carlos Palafox y Alfonso Reyes Medrano.

Y un voto para razonar el voto de su partido, el diputado Eduardo Valle.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Gracias, señor presidente.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Javier Garduño.

El C. Javier Garduño Pérez: - Honorable Asamblea: lo que aquí se ha venido a decir esa frase de que el bien que hace el gobierno lo hace mal, no es aplicable al gobierno, es aplicable al PAN pues lo poco que pretende hacer aparentemente en favor del pueblo lo hace muy mal como es esta torpe crítica que están haciendo a la iniciativa que hoy comentamos.

Compañeros campesinos, compañeros obreros, compañeros de organizaciones populares, queremos hoy transmitirles a ustedes nuestro voto razonado por esta Iniciativa que presenta el Ejecutivo para adecuar, para lograr una eficiencia administrativa en el proceso de recaudación de los impuestos. Esta iniciativa compañeros, no está incrementando en lo absoluto las bases de los impuestos, las cuotas de los impuestos, las tasas de los impuestos, simplemente está proponiendo el fisco una mejor forma de hacerse llegar de los impuestos que están establecidos en las leyes respectivas y en la Ley de Ingresos que aprobamos el pasado mes de diciembre.

Que no confunda, por favor, lo que está presentado claramente en una iniciativa con una claridad nítida; es simplemente mejorar administrativamente toda la organización del Fisco para cobrar los impuestos; es todo lo que se está haciendo compañeros.

Y de la eficiencia de estas modificaciones se van a a obtener obviamente recursos, y eso de que los recursos que se va a captar el fisco van a ir en contra del bolsillo del pueblo, no es cierto compañeros. La eficiencia no tiene por qué cargar más dinero de los impuestos que ya estamos pagando. Nosotros, todos ustedes que están pagando sus impuestos no van a pagar más compañeros, y si se incrementan los precios de las mercancías so pretexto de esas modificaciones, es precisamente lo que siempre se ha hecho, de que se tome como base cualquier modificación administrativa de los impuestos para que los empresarios incrementen sus utilidades a costa de aumentar los precios, que no lo deben de hacer.

Así que estas modificaciones no tienen por qué incrementar los precios de las mercancías; el hecho de que los empresarios o las personas físicas o personas morales que se dediquen a actividades empresariales tengan que pagar en lugar del día 15 el día 17, no tienen por qué repercutirlo en el precio de las mercancías. Y estamos hablando de organizaciones eficientes, y estamos hablando de organizaciones honestas; si no son eficientes y si no son honestas, van a hacer lo que siempre hace, incrementar los precios, pero eso no lo vamos a permitir tampoco nosotros. (Aplausos).

Miren compañeros: En la Comisión tenemos todos los estudios, todos los análisis de cómo se llega a estos resultados, que supuestamente va a incrementar el Fisco, mejorando su administración.

Aquí están todos los documentos y todas las proyecciones. Es falso que digan que no tenemos en la Comisión. Aquí están todos, y a la hora que quieran, señor presidente, aquí están para que lo vea quien no crea que los tenemos nosotros.

Bueno. ¿En qué consisten, compañero campesino, compañeros obreros y compañeros de organizaciones populares, en qué consiste esta

modificación? Miren ustedes: las sociedades mercantiles antes estaban pagando el día 15, los pagos provisionales. No es ningún anticipo, como se ha venido a decir aquí. Son pagos provisionales de un impuesto que está gravándose, que son causantes de este impuesto; simplemente lo que se está haciendo es hacer un pago provisional de ese impuesto, ya gravado ese impuesto.

A más tardar el día 15 los pagos provisionales de impuesto sobre la renta, para las sociedades mercantiles, los meses 5, 9 y 12. ¿Cuál es la modificación? Que ahora debe ser a más tardar el día 7 del mes inmediato posterior a aquél que corresponda el pago. ¿Cuál es el cambio? En lugar de pagar tres veces durante el año, ahora van a pagar 12 mese su pago provisional y no el día 15, sino el día 7. Igual lo podemos hacer en las retenciones, retenciones que no es un impuesto que esté, cuya obligación sea el de la sociedad mercantil, sino la sociedad mercantil es retenedora del Fisco, o sea, ni siquiera son dineros que la empresa va a pagar, porque se lo quita al trabajador. Antes lo pagaba mensualmente el día 15, dinero que no es del generador de la fuente de impuestos, si no es del obrero. Antes lo entregaba el día 15, ahora le pedimos en esta iniciativa que lo pague el día 7.7 días, que pague lo que no es de su incumbencia, es el impuesto retenido a los trabajadores. Esta es la gota que va a derramar el agua. Estas son las modificaciones que van a poner al borde de la quiebra al país.

No señores; no nos dejemos engañar de esa palabrería y de esas críticas torpes a una iniciativa que lo único que busca es eficientar al país. Claro, tienen miedo de ser eficientes, ese es el problema.

Entonces, compañeros diputados, estas modificaciones son de tipo administrativo. Si van a traer como consecuencia un incremento en la recaudación porque se van a hacer mejor las cosas, pero no va a estar de ninguna manera a cargo del pueblo, de los contribuyentes. Queremos también decirles, con toda claridad, que en el universo de contribuyentes, 250 mil son los que tiene la obligación de hacer estos enteros y estos pagos provisionales. Dos millones de contribuyentes que presentan personas morales dedicadas a actividades empresariales, eso es la microindustria, la pequeña industria, no están sujetas a esto. 250 mil contribuyentes son los que están sujetos a esta modificación, los dos millones de contribuyentes que representan la pequeña y la microindustria no están incluidas en esto.

Queremos decir, compañeros diputados, de que el gobierno, el Ejecutivo, está haciendo modificaciones que tienden a ir eficientando el aparato administrativo en materia fiscal, se nos informó en la Comisión que se está llevando a cabo un estudio profundo que será sometido a esta Soberanía en este año, en donde hay un avance, según lo que nos informaron, muy importante en la modernización del aparato tributario de este país.

Esto que estamos hoy discutiendo, es una orientación hacia el ser más eficiente en el aparato administrativo del fisco federal. Pero se está preparando, y eso no lo avisaron, nos informaron a todos los miembros de la Comisión de Hacienda de que se está haciendo un estudio muy serio y en su momento será presentado a esta Honorable Cámara de Diputados.

Dicen los señores que no se oponen por oponerse, se oponen por ignorantes, por eso se oponen.

Compañeros diputados: Fíjense ustedes las propuestas de los defensores del pueblo. Vamos a quitar a la Secretaría de la Reforma Agraria, a ver que dicen los líderes campesinos, van a quitar la Secretaría de la Reforma Agraria, porque esa es una forma de ayudar al pueblo de México de ahorrar lo que los obesos dicen que el gobierno está obeso. Los obreros son los industriales que ustedes representan, esos son los obesos.

Dice también que propone que se elimine la Secretaría de Pesca, a ver señores cooperativistas, vamos a eliminar a la Secretaría de Pesca.

Esto es lo profundo, lo realmente patriótico, la sesuda proposición de estos señores: acabar con toda una institución, instituciones que se han creado precisamente para la defensa del pueblo, así es como los señores piensan que puede resolverse este problema.

Nosotros los diputados conscientes, los diputados que representamos a los campesinos, a los obreros y a las organizaciones populares de este país, no aceptamos de ninguna manera estas críticas totalmente sencillas, totalmente antirrevolucionarias; nosotros proponemos, compañeros, seguir trabajando por eficientar las instituciones nacionales. Y por eso le pido a la honorable asamblea que esta iniciativa de modificación a diversas leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado que simple y sencillamente recorren los plazos para los pagos provisionales, sean aceptados por esta Soberanía. Muchas gracias por su atención.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Señores diputados: Sólo quiero hacer énfasis en 2 hechos que el señor diputado Garduño ha mencionado. El primero es preguntarle que qué tiene contra los gorditos, los gorditos no tienen ideología ni partido por definición, y que se ponga un espejo en frente y que se vea, primero que nada; y el segundo que ya va en serio es preguntarle al señor diputado Garduño, si conoce aquella idea en la que existe la tauromaquia de la querencia de tablas, él tiene que pasar porque su querencia de tablas es clara, pasa y dice cosas que posiblemente no tienen fundamento técnico, pero que representan simple, lisa y llanamente que está defendiendo el pesebre, la Secretaría de Hacienda.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Roberto Calderón Tinoco.

El C. Roberto Calderón Tinoco: - Señor presidente, con su permiso; señores diputados: Comparto el criterio de que estas modificaciones que contiene lo que se llama el paquete fiscal no resuelven el problema financiero del país, sin embargo no podemos desconocer desde que se anunció que este Período Extraordinario de sesiones se traería una propuesta del Ejecutivo, en el que se realizaban diversas modificaciones fiscales, produjo inquietud sobre todo porque, acéptese que hay un temor ya muy constante en que en forma frecuente se estén dando modificaciones a nuestras leyes de ingresos buscando un incremento en las mismas. Hubo bastante cuidado de que para esta presentación se manejara el término de modificación, con lo que se trata nada más de un aceleramiento en la presentación de las declaraciones y en el entero de los ingresos tributarios, o sea de los impuestos que se tienen.

Entendemos y es evidente que el país vive momentos difíciles en el aspecto económico, que su estado se quiebra, lo lleva a buscar implementaciones y medidas que tienden a acrecentar el ingreso para tratar de hacer frente a la difícil situación en que nos encontramos, de ahí el objetivo de esta modificación que se nos presenta.

Nosotros sostenemos que no es válida la exposición de motivos, sobre todo cuando se carga el acento en el hecho de que van a ser afectadas única y exclusivamente las empresas grandes, las grandes sociedades mercantiles, está aceptado que un 90% de los que están englobados dentro de este grupo de sociedades mercantiles, lo componen pequeñas y medianas empresas. En la comparecencia por ejemplo del licenciado Prieto Fortún subsecretario de ingresos, nos ponía ejemplos y cada vez que lo hacía mencionaba por decir a Comercial Mexicana, Gigante Aurrerá, pero que no se pierda de vista que ese 90% de sociedades mercantiles no son ninguno de esos consorcios que nos ponía a guisa de ejemplo, y que un gran número de esas sociedades mercantiles las más podríamos decir, no cuentan con los sistemas de computación para dar prontitud a la producción o reproducción de estados financieros que les permita ajustarse a los tiempos que se están modificando con estas medidas que se nos presentan.

Creemos nosotros que el acortamiento en el plazo, independientemente del número de millones de pesos o miles de millones de pesos que se contemplan, producirán al Gobierno Federal, son pocos significativos contra los grandes problemas que ocasionarán a estas empresas que son las que se verán más afectadas. Estamos de acuerdo que los grandes consorcios empresariales y comerciales que hay en nuestro país aún se quejan de la medida que se está proponiendo y que habrá de ser aprobada, tendrán siempre capacidad para contar con todos los elementos necesarios para ello, para cumplir y apegarse a las exigencias de estas reformas, pero no así los cientos de miles de pequeños empresarios y comerciantes que dentro de sus posibilidades financieras no tienen el de hacer, la facilidad de hacerse del equipo adecuado para que puedan eficientar, como se dice, el cumplimiento de estas disposiciones. Además, se debe entender que dentro del apartado burocrático y en lo concerniente a la Secretaría de Hacienda y sus oficinas receptoras, existe también ineficiencia para atender a este sector y creemos que el acortamiento en el plazo obligará a muchos de los causantes a verse afectados por los recargos y las multas previstas por no poder ser atendidos o estar en condiciones de en tiempo, hacer la presentación de su declaración y el entero de los impuestos que se mencionan.

Esto esta siendo, se ha pasado por alto de parte de nuestros funcionarios de Hacienda y se ha tratado de distraer la atención tratando de involucrar en este número de sociedades mercantiles al gran capital o a los tiburones o entre los tiburones de la economía a la pequeña y mediana empresa que constituyen un fuerte apoyo para el sostenimiento de la planta de empleo en nuestro país.

Tampoco se debe escapar que estas empresas son las más afectadas ante la crisis que vivimos, que esto afectará su liquidez puesto que se verán desprovistos de ellas y no contarán con los recursos que en otros tiempo la banca nacionalizada prestaba a todos estos pequeños empresarios. No se puede pasar por alto que aun cuando las tasas

de interés para los créditos que se obtienen, a los limitados créditos que se obtienen afectan gravemente la inversión de estos pequeños y medianos empresarios, aun así para ellos son necesarios porque solamente en esta forma pueden hacer frente a los requerimientos del comento y a enfrentar la crisis que todo el país vive. Creemos nosotros que no es justa esta medida y es una de las razones por las que no estamos a favor.

Viene también esto a confirmar que el estado de quiebra que vive nuestro país, cuyo origen no es en estos momentos ni en forma exclusiva la baja en los precios del petróleo, sino en un buen número de años de ineficiencia y de despilfarro, de dilapidación de los recursos del pueblo y del engrosamiento del aparato burocrático, que ante estas circunstancias lejos de presentar visos de enmienda o de modificación a la política económica del país, tenderá a un abultamiento mayor, puesto que es claro que ante estas exigencias para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tendrá que incrementarse el número de personal o de inspectores fiscales para hacer cumplir con estas disposiciones.

Creemos que en tanto no se dé una verdadera reforma fiscal en la que se contemplen los diferentes factores que inciden en el problema económico del país y se permita y se dé cabida a las diferentes opiniones que los involucrados en el problema podrían dar, no habrá cambios sustanciales que tiendan o favorezcan un desarrollo ni una participación verdaderamente democrática en la economía del País.

Es necesario que en vista de que estas disposiciones que hoy se nos presentan y que sin duda serán pasadas sin mayor reparo puesto que serán aprobadas, se prevea el que este Congreso en pleno uso de sus facultades, a futuro, cuando reciba proyectos de modificaciones o reformas dentro de esta área fiscal, realice una verdadera consulta que no sea parcial y que al mismo tiempo dé la oportunidad no solamente a los tiburones de la economía a comparecer, sino a quienes representan intereses menores que al final de cuenta son los mayores afectados.

Por estas razones, la fracción del Partido Demócrata Mexicano, en el caso concreto de estas modificaciones que se nos presentan, daremos nuestro voto en contra. Gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Amado Olvera Castillo.

El C. Amado Olvera Castillo: - Ciudadano presidente, ciudadanos diputados: El dictamen que se nos ha presentado la Comisión de Hacienda en relación a las reformas al Código Fiscal de la Federación y a la Ley del Impuesto sobre la Renta, pretende hacernos creer que la mayoría priísta en esta Cámara es independiente del Ejecutivo, que la Comisión de Hacienda actúa con benevolencia al modificar algunos puntos del proyecto del Ejecutivo, pero he aquí que las modificaciones fueron insustanciales a caso sólo para descargas de conciencia de los diputados de la mayoría y hacerles sentir que actúan con objetividad e independencia frente al Ejecutivo.

El gobierno es ventajista pues en tanto no se da el cierre masivo de empresas provocando desempleo y por consecuencia mayor delincuencia y carestía de la vida, sigue apretando el cinturón de la planta productiva, actualmente convertida en esclava del Gobierno, la prueba de ello es que en los considerandos de dicha iniciativa se dan razones muy desgastadas como que la inflación ha erosionado la recaudación fiscal y que esto ha venido debilitando las finanzas del gobierno. Al respecto nosotros reiteramos que no es la sociedad quien ha creado la acelerada inflación que por cierto, para este año llegará a 3 cifras y reiteramos que no sólo el gobierno padece erosión económica a causa de la inflación, lo sufre la planta productiva y lo sufre el pueblo sin alternativas de alivio alguno. Dice en sus considerandos la iniciativa que esas medidas son imprescindibles para que el estado pueda obtener oportunamente los recursos que le corresponden y en eso tal vez tengan razón en cuanto a los impuestos referidos por el contribuyente como el IVA, impuesto Sobre Productos del Trabajo, Producción y Servicios, Impuesto sobre Automóviles Nuevos, etc., sin embargo, el haber aumentado el plazo de 7 días que proponía la iniciativa a los 10 días que establece el dictamen no solucionará el problema financiero y administrativo de las sociedades mercantiles.

Seguramente es fácil advertir el problema financiero, las empresas van a enterar el IVA cuando en muchos casos ellos lo financian al causante para evitar la caída de las ventas.

Por otra parte, desde hace tiempo se ha convertido en recaudadora de impuestos de gobierno sin ninguna prerrogativa, y si acaso anteriormente obtenía días de beneficio en algunos casos, ahora no los tendrá, y en el caso de las empresas que no tienen acceso al crédito porque el gobierno está usando casi la totalidad de los recursos de la Banca, se encontrarán en serios problemas financieros en muy poco tiempo.

También tendrán otro serio problema que afrontar: a partir de enero de 1987 los préstamos que como financiamiento han venido dando las

empresas al gobierno, y que dieron el llamárseles anticipos a cuenta de utilidades, y que se entregaba cuatrimestralmente, tendrán que entregarse cada mes a partir de 1987, y al igual que en el caso del IVA y otros impuestos retenidos, serán objeto de multas en caso de no presentarse oportunamente.

Las autoridades hacendarias saben perfectamente que la mayoría de los contribuyentes no podrán cumplir con esta obligación, y como se proponen recaudar multas y recargos por 300 mil millones de pesos, para este objetivo se propusieron las reformas al artículo 82 fracción primera, inciso b) del Código Fiscal, para aplicar multas por 2,500 pesos o el 10% de la contribución declarada, la que resulte mayor.

Debo aclarar que la iniciativa proponía 10 mil pesos de multa, y la Comisión en su dictamen la modificó rebajándola, sabiendo de antemano que en tiempos de inflación pocas sociedades declaran contribuciones de 25 mil pesos.

Es inmoral hacer caer al contribuyente en la falta de observancia de la ley para lograr ingresos por multas y recargos. Y hablando de recargos apenas en diciembre de 1985 se aprobó la reforma para que fuesen de 300% en vez de 250%; ahora se ha dictaminado lo que la iniciativa propone o sea 500% de recargos, como si las autoridades hacendarias no comprendieran que ante impuesto injustos y confiscatorios los contribuyentes frecuentemente incurran en mora.

Las reformas al Código Fiscal y a la Ley del Impuesto Sobre la Renta tendrán impacto en la liquidez de las empresas, las cuales además tendrán que contratar personal contable - administrativo para dar cumplimiento a los plazos de representación, lo cual va a aumentar sus costos financieros.

Hace apenas unos días al hacer uso de esta tribuna para hablar de cómo las contribuciones inciden en los precios al consumidor, con motivo de la discusión del dictamen a las reformas a la Ley del Seguro Social, dije que si el gobierno seguía incurriendo en excesos el gasto público, necesariamente recurriría al incremento de las contribuciones. Ahora, con motivo de las reformas fiscales, sostengo que si el gobierno aumenta sus gastos a un ritmo muy superior al de la producción, no tiene más remedio que aumentar los impuestos, aún a costa de desajustar la productividad.

El aumento de impuestos permite una mayor recaudación a corto plazo, pero no a largo plazo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, debido a las urgentes necesidades del gobierno, no han podido planear a un largo plazo su función impositiva. Solamente a cargado impuestos que le permitan obtener mayores recursos de inmediato, aunque a largo plazo repercutan en la disminución de la actividad económica.

Las fallas estructurales de la función impositiva en México son evidentes. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a escogido el camino más fácil, o sea el de gravar a unos pocos con altos impuestos que por su tamaño son fáciles de controlar, y no gravar a muchos con menores impuestos, que sería el camino más adecuado.

Es necesario que paguemos impuestos, es una obligación que establece la Constitución. Pero es inmoral, por parte del gobierno, el mal uso que hace de ellos. Y esta acción ha hecho que el pueblo se vuelva defraudador del fisco, por considerar que sus impuestos son mal usados. El pueblo piensa que en su reprocidad al pago de impuestos, debiera recibir mayores servicios públicos, mejores vías de comunicación, educación elemental y mejor aparato judicial. Pero lejos de recibirlos, el gobierno utiliza sus impuestos para emprender aventuras empresariales que los únicos que enriquece son a los funcionarios que dirigen las empresas paraestatales.

En nuestro país se ha establecido un círculo vicioso. El particular busca pagar menores impuestos posibles y eludir al fisco, porque el gobierno no cumple con sus funciones, y éste por otra parte, busca aumentar sus impuestos para sacar adelante sus deterioradas finanzas. Este círculo vicioso se podrá romper cuando las autoridades hacendarias distribuyan la carga fiscal, integrando al pago de impuestos a quienes eluden esta obligación, y cuando también se termine el derecho de las paraestatales y del gobierno.

Existe una innegable relación directa entre el aumento del gasto público y la disminución del crecimiento económico que los estudiosos definen así: a mayo gasto público menor crecimiento económico. Sin embargo, esta tesis se ceba en la economía mexicana, en donde el déficit presupuestal estimado para 1986 y reconocido por el señor Silva Herzog, será del 8.5 en relación al producto interno bruto en vez del 4.5 que se había programado.

Si una ama de casa efectúa gastos por encima de sus presupuesto, seguramente habrá problemas familiares; si una empresa gasta más de sus ingresos, quebrará, pero si el gobierno gasta más de lo que recibe no será quien quiebre sino que empobrecerá más a la sociedad con la aplicación de impuestos injustos, o bien, puede caer en la

tentación de recurrir a la emisión de circulante para financiarse, lo cual es inflacionario igual que la aplicación de impuestos desmesurados.

A esta tribuna han venido compañeros diputados de diferentes corrientes ideológicas a decir que Acción Nacional pretende presionar el no incremento de contribuciones e impuestos y que funda sus argumentos en el factor de desconfianza, y que además amenazamos de que las medidas fiscales repercutirán en la población en general por el incremento de los precios al consumidor.

A este respecto, sostenemos que sí se está acabando con la confianza del pueblo. ¿Cómo puede reaccionar el común de los ciudadanos que se entera de un nuevo incremento en las contribuciones de impuestos, cuando apenas hace cuatro meses se aprobó la ley de ingresos y está consciente, además, de que esas medidas van a significar inflación en los precios al consumidor?

Las reformas y el dictamen que aquí se proponen, significan una recaudación de 186 mil millones de pesos que es insignificante para el gran problema financiero - económico que tiene el gobierno, pero parece incongruente con la supuesta intención de que se desea crear confianza, porque es indicativo de la intención del gobierno de seguir gastando por encima de sus posibilidades económicas, y además una seria inexactitud en el cálculo de los presupuestos, de ahí también su intención de reformar el Código Fiscal en su artículo 82, con el fin de lograr 300 mil millones de pesos por concepto de multas y recargos.

No hubiese ocurrido esto, si cuando se discutió la Ley de Ingresos y el presupuesto de egresos con la comparecencia de los Secretarios de Hacienda y de Programación y Presupuesto, se hubiese atendido a nuestras proposiciones, en el sentido de que debería tomarse en cuenta la futura caída del precio del petróleo.

Pero en aquella ocasión, el 22 y 23 de noviembre, para ser exactos, ambos secretarios fueron muy optimistas y confiaban en las actitudes de presupuestos.

Acción Nacional sostiene que estas reformas son inconstitucionales porque violan el principio de equidad que establece el artículo 31, fracción IV de la Ley Fundamental. Pero además son inflacionarias y repercutirán en el salario de los trabajadores, o sea, dejó al pueblo.

Que no venga a decir aquí los diputados comunistas o de la mayoría relativa que estamos definiendo a un núcleo social exclusivamente en contra de impuestos injustos, que se van a aplicar. El grupo empresarial tiene abogados que lo defiendan y además transfieren la carga impositiva de los precios que repercuten en los trabajadores.

¿Quién entonces va a defender a los trabajadores, a los subempleados a los milusos que ya tenemos por cientos de miles en México?

Porque no se puede decir que los trabajadores o el común de los ciudadanos no pagan IVA. Precisamente, señores diputados, el pueblo es el que paga el IVA y serán nuevamente ellos quienes paguen los 168 billones de pesos más los 300 mil millones de multas y recargos que las sociedades mercantiles van a repercutir en el precio al consumidor.

Tiene pues vigencia, señores diputados, la frase de Henry Hardvick, que dice: "No obstante todas las piadosas pretensiones de los gobernantes de que la inflación es un mal que nos visita de afuera, la inflación es prácticamente siempre el resultado de una política gubernamental deliberada".

Por esos motivos, por estas razones votaremos en contra. Gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Con su autorización, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Del conjunto de iniciativas que conformaron el programa de trabajo de este período extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión, dos han sido las más intensamente debatidas desde antes de iniciarse el período extraordinario de referencia, una fue la que discutimos aquí el viernes pasado, la Iniciativa de Reformas a la Ley del Seguro Social, y la otra, la que estamos discutiendo hoy, el Paquete Fiscal.

En las dos se han polarizado el mismo tipo de fuerza, han sido los sectores de la gran empresa privada los que se han pronunciado enérgicamente en contra, los directivos de las organizaciones de industriales, comerciantes y de la Confederación Patronal. Este hecho no deja de llamar la atención por ser atípico, por ser nuevo en materia de política fiscal o hacendaria. Lo que había venido ocurriendo en los últimos años en términos generales es que el sector patronal había venido aplaudiendo y solidarizándose con las medidas de política económica, fiscal y hacendaria, si bien después de apoyarlas las ha declarado insuficientes y ha exigido nuevas medidas del mismo sentido de aquellas que se habían tomado.

Es conveniente, para fijar con mayor claridad las posiciones en torno a este problema, examinar el marco en que ocurre, así sea en sus grandes trazos.

Un hecho a la vista de todos, que nadie pone a discusión, es el de que la economía nacional a estado sujeta a un grave permanente deterioro, muy notable en los últimos 3 ó 4 años. Independientemente de la interpretación de las causas de este hecho o de las medidas que se proponen para combatirlo, todas las clases sociales, todas las corrientes ideológicas y políticas aprecian esa realidad.

Otro hecho es el de que la economía nacional de México, sujeta a ese proceso de deterioro grave, no es excepción, sino que forma parte de un conjunto de países que están sufriendo ese mismo fenómeno, unos en mayor grado que en otros pero todos en grado muy preocupante para los intereses nacionales y para los intereses populares. El conjunto de países que está viendo su economía muy gravemente dañada es el conjunto de países dependientes, en vías de desarrollo o como les llaman de manera común, tercermundistas.

Las razones del deterioro varían según el enfoque de una u otra clase social. Para el sector patronal en México, para los intereses de derecha en México y para los intereses del gobierno norteamericano, la causa del deterioro de la economía de México se asienta, en lo fundamental, en la intervención del Estado en la economía.

"Aventuras empresariales", les han llamado aquí despectivamente algunos de los diputados de la derecha, pero el hecho es que no todos los países en vías de desarrollo, no en todos ellos se da ese fenómeno, no en todos ellos se da en igual grado de importancia, y sin embargo todos los países en vías de desarrollo sufren un grave deterioro de la situación económica.

Los países dependientes han señalado como causa fundamental de su deterioro económico, las relaciones injustas de intercambio en el escenario del mundo. Lo que nuestros países producen y exportan fundamentalmente, hablo en términos generales de todos los de América Latina, de Asia de África, son materias primas: lo que nuestros países consumen y traen del exterior son fundamentalmente artículos industrializados. Este proceso de intercambio injusto se ha ido dando de tal manera de décadas a acá, pero cada vez más acelerado en sus manifestaciones, que los precios de los artículos manufacturados que exportan los países industrializados de alto desarrollo, van constantemente al alza, en tanto que los precios de las materias primas que exportan nuestros países, van constantemente a la baja, llámese planta, estaño, cobre, zinc, café, hortalizas, algodón, o petróleo. Así constantemente la economía de nuestros países se deterioran en beneficio de la economía de los países de alto desarrollo industrial capitalista. A este doble fenómeno deterioro de los precios de nuestros productos frente alza de los precios de los productos de los países capitalistas de alto desarrollo, se ha venido a sumar, en lo reciente, un fenómeno nuevo que fue también general para todos nuestros países; el de la fuga de divisas acelerada.

A partir de fines de la década de los 70 y muy acusadamente en los 80, de México, de Brasil, de Venezuela, de Argentina y en general de todos los países del área latinoamericana, casi todos, y de los de Asia y África, se ha producido una creciente fuga de divisas hacia la banca norteamericana. Este fenómeno no es de carácter casual. Estamos en la época de los grandes monopolios y conglomerados transnacionales, la ley de la oferta y la demanda como reguladora del intercambio, hace mucho que quedó en el pasado; el fenómeno de la concentración y centralización de la economía fue determinado la cada vez menor vigencia de aquella ley y por el contrario la cada vez más manifiesta posibilidad de manipular, por quienes tienen el peso económico suficiente, los movimientos de precios en uno u otro sentido, incluido el precio del dinero, las tasas de intereses.

Así, al incrementarse de manera creciente las tasa de interés en la banca norteamericana, fenómeno muy vinculado por cierto, al del armamentismo, ese incremento de las tazas de interés ocasionó una fuga masiva de capitales de los países económicamente dependientes e incluso de los países de alto desarrollo económico capitalista hacia la banca norteamericana.

Aunados estos dos fenómenos, relaciones injustas en el intercambio y fuga de divisas estimulada por la manipulación de las tasas de interés, se produjo un fenómeno que dejó a nuestro país, y no sólo a nuestro país, a todos los países, a una centena de países en vías de desarrollo, convertidos en exportadores netos de capital.

Estamos sujetos a un proceso de acelerada descapitalización. Ese proceso de acelerada descapitalización ha ocasionado la disminución de nuestra capacidad productiva: el producto interno bruto de México, y en general de los países que se encuentran en un estado semejante al nuestro, se está deteriorando de manera seria. Ese deterioro de nuestra capacidad productiva se refleja en el otro fenómeno, el de la constante devaluación de

nuestras monedas frente al dólar, ya que la paridad cambiaría se determina fundamentalmente por la capacidad productiva de unos y otros países.

Así pues, nuestra economía se deteriora y tenemos a la vista causas muy reales, causas que no pueden ser vinculadas de manera excepcional a nuestro país, puesto que el fenómeno no es de excepción en el caso de México, sino que forma parte de una situación de carácter mucho más extenso.

Este fenómeno del deterioro de nuestra economía ocasiona, al interior de nuestro país, la agudización de la lucha de clases en todos los niveles y concretamente la agudización de la lucha por el reparto de la renta nacional: ese menor producto interno bruto, esa menor producción que tenemos cada vez, cómo repartirla, qué parte de ella le debe corresponder a quienes la generan, a quienes la producen con sus manos y con su cerebro, a los trabajadores manuales e intelectuales; que parte le debe corresponder a quienes se apropian del plusproducto, a los empresarios privados: qué parte debe utilizar el Estado. La lucha por el reparto de la renta nacional pasa a ser una lucha agudizada y en ese contexto estamos discutiendo hoy. Del producto nacional, de la renta nacional, la derecha reclama no ser tocada en sus utilidades, reclama mantener sus utilidades; exige que el Estado se apriete el cinturón, exige que la clase obrera se apriete el cinturón, exige que los intelectuales se aprieten el cinturón. Todo mundo debe pagar su costo social, dice la gran empresa privada, menos la empresa privada. En ese contexto estuvo precisamente la discusión del viernes pasado también.

El hecho que hoy discutimos y el hecho que discutimos el viernes pasado son atípicos, son novedosos; hasta ahora frente a este fenómeno del deterioro de la economía nacional y frente a la lucha por la distribución de la renta nacional, el Estado había venido cediendo a los chantajes de la derecha y a las presiones del Fondo Monetario Internacional; hasta hoy cada vez que se manifestaban nuevas condiciones de deterioro para el financiamiento del Estado se venía aplicando de manera inmediata e inconsulta la receta del Fondo Monetario Internacional, que es la misma que hoy han planteado a esta tribuna insistentemente los diputados "azulitos", reducir el presupuesto, reducir la participación del Estado en la economía. Hoy nos encontramos por primera vez con que el Estado no aplica esa vieja medida; hoy nos encontramos por primera vez con que frente al deterioro de la economía, de la capacidad de financiamiento del Estado, el Estado adopta medidas, si bien pequeñas, si bien leves, si bien superficiales, que afectan a la burguesía privada y por primera vez no las que afectan al pueblo trabajador. Este hecho es sumamente significativo, este hecho determina el por qué la enjundia con la que el sector privado y sus representantes diputados asumen una actitud de debate sumamente enérgica.

Y ese hecho determina por qué en este debate las fuerzas más avanzadas, las fuerzas democráticas y patrióticas, las fuerzas de la izquierda, no han estado en lo fundamental en contra, como sí han estado en el pasado, cuando las medidas que adopta el Estado son las que aconseja y presiona el Fondo Monetario Internacional, y las que saludan los diputados de la derecha.

¿De qué se duele el sector privado? De que se reduce su capacidad de autofinanciarse con recursos ya que no le pertenecen, con recursos que son del Estado. Este fenómeno que nuestro pueblo, en un lenguaje no muy pulido llama "jineteo", o sea el uso de recursos ajenos, este sector privado que disfruta de esa posibilidad, de jinetear, de financiarse o autofinanciarse con recursos que no son suyos, que fueron generados por los trabajadores y que una vez causados desde el punto de vista fiscal pertenecen al Estado, se reducen y esa reducción les molesta en alto grado.

Y demandan reducciones presupuestales, y dicen que hacen esa demanda en defensa de los intereses del pueblo. ¿Qué ocasiona la reducción del presupuesto público? Aquí ha dicho un diputado que a mayor presupuesto menor producción. Esa es una afirmación falaz que nada tiene que ver con las leyes de la economía sino apenas con las aspiraciones subjetivas de un sector parasitario de la economía de nuestro país.

El hecho real, y se puede demostrar desde el punto de vista estadístico, y se puede demostrar desde el punto de vista teórico, si analizamos las leyes de desarrollo económico para los países dependientes en vías de desarrollo como México, es precisamente al revés: en la medida en que el Estado incrementa su participación en la economía, la economía se activa; en la medida en que el presupuesto estatal es mayor, se estimula la producción; en la medida en que se elevan los salarios, se estimula la producción, y no como lo han venido a platear con intereses aviesos los diputados de la derecha.

La reducción de los presupuestos públicos ocasiona estancamiento en la producción, ocasiona estrangulamiento en el mercado interno.

La reducción de los presupuestos públicos sí lleva a un proceso de aceleramiento de la crisis, y no al revés. Sin embargo, aquí hemos escuchado

a los diputados de Acción Nacional plantear de manera totalmente falsa el argumento, volteado de pies arriba.

¿Cómo actuar en la esfera de la producción, si queremos que ésta se estimule? No existe posibilidad en México ni en ningún país que esté en el estadio de desarrollo histórico del nuestro, de estimular la producción por la vía de las facilidades a los grandes inversionistas privados, por la vía de la recuperación de la confianza entre comillas, frase, esa sí, excesivamente gastada de tanto que la han manoseado los iniciativos privados.

Por ahí lo único que ocurre, en el actual contexto mundial, es precisamente que se alimenta la fuga de divisas. Lo que se requiere es exactamente lo contrario: una creciente intervención del Estado en la economía. Esa es la única vía para sanear el desarrollo económico de un país como México, y estimular la producción.

¿Cómo actuar en la esfera del financiamiento, para que el Estado tenga recursos suficientes para atender sus obligaciones tanto de carácter social como de carácter productivo? Fundamentalmente, en base a una reforma fiscal a fondo, vieja demanda de la izquierda pero no sólo de la izquierda, de todas las fuerzas del campo democrático. Reforma fiscal que en efecto, aunque sabemos que causa enorme disgusto a los diputados de Acción Nacional, y a sus patrocinadores sociales, es la única que puede resolver el problema de financiamiento de nuestro país: reforma fiscal que grave las grandes utilidades de las empresas, y que no nos digan que las empresas están en quiebra: hay una veintena de ellas que están teniendo utilidades por encima de 2 mil por ciento anual en este período de grave crisis de nuestro país.

Sin embargo, los señores de Acción Nacional han venido a atribuir a los diputados rojos los grandes problemas de México. Y han venido a atribuir a los el diputados solferinos el negarles lo que ellos indebidamente se quieren atribuir: el derecho de representar al pueblo. Qué bueno que el diputado Ortiz Gallegos ya aprendió su lección: esta vez no insistió en esa manipulada argumentación de otras veces. Ahora los diputados de Acción Nacional actúan de manera cínica, ahora plantean el derecho de la gran burguesía, como si fuera un derecho natural, como si fuera una ley de origen divino, de que cada vez que se toquen sus utilidades, ellos las mantendrán por la vía de aumentar los precios.

Frente a eso, está también la vieja demanda de la izquierda y de las fuerzas democráticas: control generalizado de precios.

Basta de esa actitud cínica y amenazante de la derecha y basta de ese lenguaje de carácter fascistizante, de "la gota de agua" o de la amenaza de que esta crisis nos va a conducir al fascismo. Qué mas quisieran los señores de la derecha, pero se los impediremos a las fuerzas del campo democrático. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Humberto Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: - Con permiso señor Presidente. Queremos plantear a nombre de los millones de mexicanos que todavía creen que en este país existe la posibilidad de emprender, la libertad de emprender, como sinónimo de una libertad mas amplia para la sociedad, los argumentos y cuestiones para votar en contra de la iniciativa que manda el ejecutivo y que tiene el mismo destino que todas las que se presentan en este recinto hasta tanto el panorama político de México no desemboque en su conclusión final: el cambio de gobierno.

De este gobierno que una vez mas utiliza mecanismos confiscatorios contra los únicos que estamos sosteniendo el aparato productivo de nuestra patria. Y yo quiero que alguien me rebata y que me presente cifras de empresas del mal llamado sector social que sea eficiente, y quiero que me presenten cifras del llamado sector paraestatal.

Las violaciones a la Constitución para algún diputado de la mayoría relativa, que vota por la sin razón, dice que no importa; que es fácil violar la Constitución porque ya como quedó demostrado desde hace algunos años, 15 para ser exactos, de una manera permanente y reiterativa, si la Constitución se opone a lo que en turno se manda de los pinos, hay que modificar la Constitución.

Y la Constitución establece un mecanismo para fijar contribuciones. Y yo quiero dejar en el tapete de la discusión y asentado en sus correspondientes libros, que qué significa que venga un señor subsecretario a decirnos que se espera captar con estas medidas propuestas en que el paquete fiscal de reformas, que se espera captar medio billón de pesos.

Yo quiero que me digan qué significa que de una partida originalmente presupuestada en 85 mil millones de pesos, por concepto de accesorios, ahora el señor licenciado Guillermo Prieto Fortún nos dice que alcanzarán las cifras de los 300 mil millones. Si esto no es un aumento sustancial que merece la explicación que un pueblo anhelante de democracia está pidiendo, no habrá

ningún elemento que los promueva, que los convenza de que es necesario que comparezca el señor Secretario de Hacienda ante este recinto y acepte su responsabilidad.

Y yo quiero que me diga cualesquiera de los diputados, de los que usan para gatillar contra los esquemas de nuestro partido, de nuestro Partido Acción Nacional, yo quiero que me diga si 500 mil millones de pesos que serán repercutidos hacia los ingresos de la mayoría de los mexicanos, no es sustancial. Y eso es un hecho, no es una amenaza. Y se plantea como una necesidad de parar estas reformas porque en sustancia para el aparato burocrático, qué cosa son 92 mil millones de pesos que será, en términos netos, lo que signifique para 1986 la mayor recaudación fiscal.

Y yo quiero que me digan los expertos constitucionalistas, si el artículo 7 de nuestra Carta Magna, que en su fracción IV dice: "Examinar, discutir y aprobar anualmente". ¿Que significan ahora las anualidades para el sector público de México que están formadas por 4 meses, que ahora tendremos presupuestos cuatrimestrales?.

La realidad es otra, México se está convirtiendo en un paraíso presupuestal para los entre presupuestívoros que cada vez más agobian y cansan a la ciudadanía.

Yo quiero que me digan los compañeros que presumen de conocer de esta materia si los elementos estructurales de una contribución que están estimulados o formados por objetos o sujetos y su tasa no se modifica cuando de un plumazo una tarifa que contiene elementos de proporcionalidad específicamente la que establece el artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre la Renta es borrada. Ya sucedió el viernes pasado, lo decían, cuando se discutió la iniciativa de modificaciones a la Ley del Seguro Social, nuevamente va a suceder, aquí argumentaremos, plantearemos los contras de una medida hecha al vapor de todas maneras las sin razón sacará su mala razón.

Veamos esto desde el punto de vista político, desde un punto de vista general. ¿Que sucede para el que está allá afuera? ¿Qué sucede cuando lee las crónicas cuando ve televisión y se encuentra que un cuasivirrey, el señor Secretario de Hacienda y Crédito Público envía su mágica solución para el problema financiero de México, qué sucede, se está etiquetando, se está poniendo un mensaje que le dice al mexicano: "Yo puedo salvar a este país, fijate en mí". Pero también en este juego político de este sistema corrupto están los espías, están los representantes, están los que quieren las tablas, mañana veremos la respuesta de otro cuasivirrey.

No es por el lado del ingreso, es por el lado del manejo de las paraestatales, ya la discutiremos mañana y veremos que lo que se está dando en este momento es una gran lucha entre los cuasivirreyes que se sienten Delfines, que están buscando una posición política para el cambio presidencial de un par de años.

La Miscelánea Fiscal el paquete de reformas que hoy se comenta contiene tantas violaciones, contiene tantas cosas contrarias a los principios fundamentales de tributación que no me queda mas que irlos relatando en la manera en que están puestos dentro de nuestro paquete, y tratar de hacer un repaso al dictamen.

Dice el dictamen en su página 2 que el objetivo fundamental de esta iniciativa es reducir las necesidades financieras y los costos de crédito del sector público, qué aberración es esta, ahora los mecanismos fiscales son para reducir las necesidades de financiamiento, pero sobre todo reducir los costos del crédito, qué aberración que de una manera anticonstitucional, prepotente, arbitraria, confiscatoriamente, el gobierno traspece el problema de liquidez, su problema financiero, al problema de los particulares, al problema de las empresas organizadas en sociedades mercantiles; qué aberración cuando a la vista esta la solución búsquenle por donde le busquen, denle vueltas por donde quieran, no está más que en el cambio de manejar el dispendio en el gasto público.

Ya se ha dicho el reitero, vamos a votar en contra de este paquete fiscal, de esta iniciativa cuatrimestre, esperemos que dentro de 4 meses tengamos otro período extraordinario para legislar sobre otro paquete fiscal, por lo menos las espectativas así lo marcan, vamos a votar por que el mayor costo administrativo que significarán el cúmulo de declaraciones adicionales que ya se hacen, vamos a votar en contra porque el mayor costo financiero que significa adelantar los costos de entrega para las empresas van a ser repercutidos estos costos al último consumidor, al pueblo de México, y yo quiero hacer mención en esto y quiero reiterarlo que cuando llegamos aquí por primera vez y encontramos explicaciones de todo tipo, solferinas, o cositas, etc. nos encontramos que lo que dice aquí es como parte de una gran simulación, cuando nos vamos a la realidad de lo que sale aquí, después de esa gran simulación es para aferrar.

Yo quiero leer el cúmulo de obligaciones que ahora serán aumentadas en una forma sustancial

que tienen cualesquier empresa, cualesquier empresa que en este país esté trabajando, que en este pobre país nuestro, como este gobierno que lo apoya.

Declaraciones informativas sobre los 50 principales proveedores y 50 principales clientes, esto fue aprobado por la mayoría de la sin razón en el pasado diciembre.

Declaraciones informativas sobre retenciones del 10% del impuesto sobre la renta a personas físicas.

Declaraciones informativas sobre pago de dividendos a personas físicas y a extranjeros.

Constancias de pago y retenciones a trabajadores por las percepciones en términos del impuesto sobre la renta y de las retenciones efectuadas. A profesionistas, arrendadores y otras personas físicas sobre las retenciones del 10% del impuesto sobre la renta; a los accionistas de las empresas, sobre las retenciones del impuesto sobre la renta efectuadas.

Se debe de dar un aviso con referencia al impuesto sobre la renta sobre cambio de fecha del cierre del ejercicio, deducción de saldo en construcciones, exclusión de gastos sobre compras, modificación de tasas de depreciación, cambio de procedimiento de ventas a plazos de arrendamiento financiero, deducción de saldo por redimir de inversiones, cambio de método de devaluación de inventarios, por adquisición de acciones, por destruir o donar inventarios y así una lista de tres cuartillas que echar por tierra las grandes mentiras que se dicen a cerca de un proceso de simplificación administrativa.

Y ahora, para rebasar el vaso, vamos a tener 12 declaraciones provisionales de un anticipó inconstitucional, de un impuesto que se causa anualmente y además con una tasa injusta, el 42% que es para los compañeros diputados que no tienen información sobre ello, que es la tasa básica que marca la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Pero todas las empresas que no sean las mayores pagarán de más el fisco y esto, creo, viola por ahí un principio de efectuar lo indebido.

Quiero también manifestar nuestro descontento de nuestra inconformidad por el manejo que se está dando en los términos de la ley que se refiere a cargos y multas.

El Señor Subsecretario Guillermo Prieto dijo que como resultado de las medidas directamente aplicables se espera captar adicionalmente me remito a la adición del Diario El Universal del viernes 18 del presente mes, para que allí se acote lo que el señor Subsecretario dijo. Dijo que se esperan captar 186 mil millones de pesos en forma anualizada, pero que, sumándole algunas otras medidas administrativas que significan fiscalización y recargos y multas, se sumarán otros 300 mil para dar el gran total del medio billón pesos que va significar 5 en términos de recaudación. Este paquete que será aprobado por las mayorías relativas del PRI.

Está claro el fondo. si ya se está presuponiendo que de un monto total de 80 mil millones en números cerrados estaremos hablando que por concepto de accesorios vamos a captar 300 mil, dos tantos y medio más. El hecho es que el fondo de esta medida, lo que se está previendo es que se va a obligar a los contribuyentes a caer en mora, e inmediatamente aplicar los recargos correspondientes y hacer los requerimientos fiscales para que procedan las multas.

La reducción de plazo no lleva mas que otro fin no recaudar en forma normal ortodoxa. Lleva recaudar en forma aberrante a través de una multa, a través de un recargo, es decir, la aberración fiscal que mas se pueda pensar para todo aquel que haya tomado un pequeño curso de teoría fiscal en alguna escuela de este país.

El pasado diciembre, cuando se aprobó por la mayoría del PRI, cuando se aprobó la Miscelánea Fiscal correspondiente, se habla en el Dictamen, y actualmente se refiere ya no con tanto énfasis pero se vuelve a mencionar que estas sanciones y estos recargos se elevan de manera sustancial para evitar que los contribuyentes morosos obtuvieran una ventaja financiera, obtuvieran una ganancia adicional, dejando de pagar el impuesto en el tiempo que está establecido en la Ley. Por eso se aprobó una tasa del 8.25% para los recargos y se incrementaron con un factor de 2.45% las multas establecidas en el Código Fiscal para los incumplimientos.

Actualmente si aquellos que sin afectar lo dijeron y si supusiéramos sin conceder que esto es válido, actualmente decir que los morosos, los incumplidos obtienen una ventaja financiera, es una verdadera mentira. El 8.25% de recargo que no es deducible con su correspondiente escudo fiscal, significa en porcientos globales 192%, qué empresario, comerciante, industrial pequeño, racionalmente actuando agarrarías financiamientos del 122% anual como mínimo. Esto no es una ventaja. ¿Cual es entonces la verdadera razón?. La verdadera razón es, contribuyente, te quito los plazos para pagar, te requiero inmediatamente, caes en mora y me vas a pagar más, y esto significa, aparte de confiscación, de ingresos, una

actitud arbitraria y si ustedes se van a la Iniciativa que nos propone el Ejecutivo y que sancionó la mayoría del PRI en la Comisión se van a encontrar en la fracción del Código Fiscal correspondiente que establecía el máximo de las multas que se pueden imponer por este concepto de violación que actualmente fluctuaba en más de un millón 200 mil pesos por concepto de una multa, yo quiero que los señores Constitucionalistas me digan si estos montos de multas administrativas son justas, son equitativas, son proporcionales; actualmente se quita este límite, luego entonces Fisco, yo a tí contribuyente te inpongo multas y recargos en tal cuantía que no tengas más que cotizarlas porque vas a caer en mora y además va a significar medio millón de pesos más a las espaldas de los mexicanos. Además también la iniciativa habla de las dificultades que significan 4 meses para devolverlo lo que de alguna manera se haya pagado en exceso por concepto de impuestos. Si esto fuera cierto, si esto fuera cierto se plasmaría en la Iniciativa que no solo los particulares van a tener problemas sino que el gobierno también va a tener problemas para cumplir. ¿Cómo es posible que si en diciembre el plazo para devolución era de 4 meses ahora se dice que es 2 meses? ¿Que en este pedido tan pequeño el sector público Silva Herzog ha eficientado tanto la administración de Hacienda para que reduzca la mitad el plazo?. Esto es una mentira ¿qué va a pasar si las devoluciones serán procesadas como de costumbre y no habrá un contribuyente que pueda decir en términos lisos y llanos, están cumpliendo con lo que ponen? Un compañero abogado me decía: es una figura ociosa la que están plasmando no les importa lo que signifique pagar un impuesto un recargo o interés, ellos lo que quieren es captar dinero para salvar esta crisis.

En pagos provisionales que es el fondo, la modificación en pagos provisionales que es el fondo de esta Iniciativa, en la comisión ni siquiera se discutió; siempre que se tocaba el punto de los pagos provisionales con todos sus elementos de vicio, de anticonstitucionalidad y de significar anticipos a un impuesto no causado lo cual es aprobar lo que no se debe hacer, lo indebido; cuando se tocaba este tema se traslapaba inmediatamente a la generosa concesión que se iba a hacer en el Impuesto al Valor Agregado. Se decía que el pago provisional no tenía ninguna significación porque era un simple cómputo de un coeficiente por unos ingresos, pero se olvidaba el efecto de fondo, el costo financiero y como cortina de humo decían que en IVA si se reconoce el problema y lo que es bueno para el IVA no es bueno para el Impuesto sobre la Renta. Y decían en IVA vamos a dar un plazo mayor, generosamente concedieron 72 horas reconociendo que en los primero siete días del mes, por lo general se atraviesan como mínimo un par de días inhábiles!

Sólo en México vemos que se den aumentos de 900% en algo, y nadie se aterre salvo cuando se trata del gobierno. De tres pagos provisionales a 12 meses es un aumento que firmaría cualquiera de los grandes imaginativos sesudos que hicieron las grandes fábulas de toda la humanidad; aumenta que hagan lo que hagan sólo les queda el derecho del pataleo. La fuerza, el sistema fascista está en manos del gobierno; todo lo que se diga en contra no servirá más que acentarlo en un libro, en un Diario de Debates o para una crónica social o para una crónica de tipo periodístico.

Y vamos a votar en contra de este proyecto iniciativa, porque en todos sus elementos se ve que existe una violación a los principios de economía de los impuestos y de comodidad en el pago, fundamental para captar mayores ingresos.

Los señores economías de la Secretaría de Hacienda, y los compañeros del PRI que están en la comisión debieran conocer de un estudio que se ha hecho por una institución económica, para objeto de debate por lo menos no para que lo acepten en su planteamiento, se ha hecho acerca de un efecto, de un economista norteamericano, Laffer (?) sobre los niveles de tributación en México en relación a los niveles generales de ingreso.

Nosotros consideramos, después de ver este estudio, que se está cayendo en un efecto de Laffer; son tantos ya los montos que tienen que pagar los particulares por concepto de contribuciones, que está dándose el efecto contrario; En lugar de obtener mayor recaudación se está dando un retraimiento en la curva de ingresos fiscales. Que no digan luego que no se los advertimos con tiempo, cuando dentro de un año nos presenten una iniciativa donde digan que como resultado de las sesudas y manipuladas modificaciones fiscales, en lugar de captar más se está captando menos.

Vamos a votar en contra porque la iniciativa castiga la organización. En el paquete fiscal de diciembre se dijo que se iba a meter una disposición que obligara a los contribuyentes menores que trasladaran el IVA al ser considerados por ese hecho una sociedad, una empresa mercantil o un contribuyente mayor. Muchos de los contribuyentes menores que confiaron - ilusos ellos - en la buena fe de la disposición, hicieron sus trámites para pasar de un contribuyente menor a una sociedad para tener el derecho, un derecho que se les negaba por una disposición menor, de

repercutir el impuesto del Valor Agregado que les correspondiera. Ahora, los que se convirtieron en sociedades tendrán que pagar esa buena creencia, esa candidez en lo que se refiere al trato fiscal de parte de este gobierno.

En México, como conclusión, parece que se está castigando la organización. De ahora en adelante, cualesquier contador, cualesquier asesor le dirá a los contribuyentes: no te registres como empresa. Como empresa reciben un trato desigual. En el fondo, lo que está tras de esta propuesta escondida, es el concepto de globalización de los ingresos para desembocar, y esto es lo importante y políticamente hay que denunciarlo: este gobierno de Miguel de la Madrid está buscando ya no gravar ni ingresos ni utilidades; está buscando gravar el patrimonio. Eso es lo importante de esto. Este es el primer camino, destruir todo el mecanismo y procedimientos para fijar las contribuciones, porque al final va a desembocar, a la corta, en que se nos gravará a los que contribuimos con nuestro trabajo, nuestra creatividad y nuestra libertad, de emprender y de hacer, los que generamos valor económico agregado, se nos va a gravar en nuestro patrimonio y no en nuestros ingresos, y mucho menos en nuestras utilidades.

Ese es el fondo de esta iniciativa: está abriendo la brecha para caer en un impuesto a la globalización de ingresos, que va a desembocar en impuestos a los conceptos patrimoniales, y esto es algo que denunciaremos como contrasentido, contra México.

Quiero terminar, es obvio de tiempo, recordando el principio de tributación más elemental y que se aprende en la primera clase de esta materia allá en mi secundaria: el impuesto justo, el que corresponde a lo que se debe pagar, nadie lo deja de pagar. La justicia, la equidad y la proporcionalidad, son las bases para establecer las leyes fiscales en cualesquier país, no importa su orden ideológico, no importa su estructura social. En México, el principio de este ha sido echado a la basura desde hace quince años. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Ricardo Pascoe.

El C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce: - Un debate sobre el tema fiscal, logra afortunadamente plantear, rescatar, algunas de las diferencias y discrepancias reales de programas y proyectos de partidos políticos y a pesar de toda la confusión una frase de un diputado panista en mi opinión esclareció lo que ese partido pretende plantear en esta tribuna, hablaron de impuestos injustos y confiscatorios. Y en torno a este tema giran las intervenciones, ya no afortunadamente de reglamento, de procedimiento de reglas sino en efecto y lo creo pertinente señalar, del fondo del problema de lo que aquí se está pretendiendo defender o no defender, en el problema central que concierne al pago de los impuestos.

Ojalá que el orador que me antecedió en el uso de la palabra, nos hubiera de verdad explicado a fondo las conclusiones de ese texto que él citó sobre las estructura tributaria en nuestro país. Porque sí he leído el texto, lo conozco, y es un texto en donde entre otras cosas se señala a la perfección la gran desigualdad que existe en el pago de impuestos en nuestro país.

¡Creo no casual, sin embargo, que el diputado que me antecedió en el uso de la palabra no señaló este problema, porque, en realidad no es lo que a él le preocupa. A él le preocupa señalar el problema de como se utilizan los impuestos, a nosotros también nos preocupa y lo vamos a señalar, pero no señala el hecho de que la estructura tributaria de nuestro país ha favorecido históricamente y sigue favoreciendo a los empresarios del país. Es una de las estructuras tributarias mas desiguales en América Latina, que es incluso una de las estructuras tributarias que sorprendentemente no ha gravado de una manera importante las utilidades de los empresarios, y aquí ante este pequeño rozón que implica esta modificación fiscal se grita como si se les hubiera dado un balazo.

Nosotros decimos: Ojalá que fuera un balazo, figurativamente, por supuesto. Ojalá que realmente se estuviera planteando gravar las utilidades; desgraciadamente eso no se está planteando aquí; desgraciadamente no se está planteando una reforma fiscal a fondo que grave progresivamente al capital.

Eso es lo que nosotros quisiéramos ver. Una reforma fiscal para hacer que los empresarios, efectivamente paguen su cuota de la salida a la crisis, cosa que no están haciendo. Y justamente el libro que citó el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, que demuestre ese hecho. Ojalá que lo hubiera dicho, ojalá.

Pero aquí tenemos más problemas de fondo. El diputado Conchello firmó recientemente una declaración en San Diego. Y viene aquí a hacer una serie de señalamientos y de reclamos acerca de cómo se está planteando la política económica, tratando de plantear o de insinuar que está planteando una salida verdaderamente democrática, verdaderamente popular a la crisis.

Y yo digo que para beneficiar el debate y esclarecer las posiciones, basta con la demagogia, basta con las posiciones que simplemente encubren las verdaderas intenciones o los verdaderos planteamientos. Que se digan aquí las cosas con claridad, diputado.

Y el problema aquí es que en nuestra opinión la declaración en San Diego, es una declaración que quiere entregar los destinos políticos y económicos de nuestro país a los Estados Unidos, a los intereses capitales imperiales de los Estados Unidos.

Y entonces, cómo puede ser que se pretenda aquí eludir en esa responsabilidad de esa firma con declaraciones que resultan meramente demagógicas y lo digo porque creo que es cierto, frases huecas, sin sentido, en las cuales uno no puede creer justamente por quien las emite por lo que ha verdaderamente planteado en cuanto a proyecto polírico.

Nosotros creemos que una medida que tiende incluso a presionar al sector empresarial, en una participación, en un pago directo al fisco, es una medida, y nosotros lo decimos con claridad, importante y benéfica.

Nosotros creemos y lo he dicho, y lo repito, que creemos que debiera irse más a fondo en la modificación de la estructura tributaria. Hay que gravar el capital y eso no lo grava, a pesar de lo que aquí se ha argumentado. Ojalá que fuera un gravamen mayor a las utilidades, pero no es así por desgracia.

El gobierno a través de esta estructura tributaria siempre ha apoyado al sector empresarial, siempre ha apoyado incluso a través de otras vías a la acumulación de utilidad por parte de los empresarios, no han sido perseguidos por ser sacadólares, no escuchamos protestas cuando se modificó el período ordinario anterior el uso de la banca de desarrollo para empezar a financiar proyectos privados; ah, no, en ese momento no escuchamos protestas sobre estos proyectos, porque son formas de canalización de recursos, son subsidios indirectos al capital privado, son subsidios indirectos a las utilidades de los empresarios y en ese caso no se grita, no se reclama, no se viene aquí a denunciar populistamente una serie de posiciones. Pero cuando se pretende no gravar más, sino simplemente golpear, yo diría incluso en un sentido muy mínimo, muy pequeño a un instrumento especulativo del capital privado, en ese momento se viene aquí a la Tribuna a gritar y a protestar.

A diferencia de lo que dijo el diputado Terán Terán, que entiende las utilidades de las empresas como el único mecanismo que tiene para la reinversión, yo quiero decir que esta estadística económica y políticamente no se comprueba en el caso de un país. Seguramente en un texto escolar sobre economía se diría eso, pero en la práctica misma eso no es cierto y mucho menos de los empresarios de la zona fronteriza, son empresarios que utilizan sus utilidades para especular, para sacarlos del país y no para la reinversión, eso no es argumento para venir aquí a decir que es el único mecanismo que tienen estos pobres señores. Lo cierto es que las utilidades en tanto instrumento especulativo siguen alimentando, siguen robando gasolina a los fuegos inflacionarios.

Y nosotros no creemos, sin embargo, que al hecho de obligar como se está haciendo con esta iniciativa, los empresarios a pagar de esta manera mucho más rápida sus impuestos, nosotros no creemos que esto necesariamente viene a resolver el problema inflacionario. Sí creemos que ataca las pretensiones y las prácticas especulativas del sector privado, eso sí.

Desgraciadamente hay otro problema relacionado con esto que no tiene qué ver con los gritos de los empresarios en relación a lo que se va a hacer con una parte muy pequeña, por ciento, de sus utilidades sino el problema de cuál es el destino de estos recursos.

Nosotros opinamos que no es posible aprobar una iniciativa en esos términos sin que se plantee con claridad cuál es el destino de los recursos, qué se están pretendiendo captar a través del sistema tributario de manera más ágil. ¿Por qué razón? Porque también alienta la especulación, justamente porque al canalizar esos recursos como creemos que se pretende hacer, hacia el pago de la deuda externa que es uno de los problemas centrales que enfrentamos hoy, simplemente lo que se está tomando es una masa monetaria y transfiere incluso fuera de la esfera de la economía nacional y eso tiene un efecto de desmoralización, en efecto sobre proyectos de producción a nivel nacional y tiene un efecto inflacionario.

La confabulación que hemos sentido y que hemos percibido en el fondo a través del sistema tributario, aprobado y mantenido por el PRI durante los dos últimos 15 o 20 años, en particular, ha venido a golpear de manera severa a los asalariados.

Como aquí se ha dicho, en efecto el sector empresarial no brincó y no protestó en aquella ocasión. No protestó por la reducción masiva de los salarios reales; no protestó en realidad por el problema inflacionario en tanto que se entendía

como elemento para así rescatar algunas porciones de las utilidades, ya sea a través de salarios, ya sea a través de divisas que se exportaban.

Por esa razón nosotros señalamos que las protestas de los empresarios y así lo entendemos con toda claridad, y creemos que es útil, que se plantee en esos términos las cosas, de los diputados del Pan, esclarecen mucho cual es la disposición de participar en un proyecto de tipo nacional y al mismo tiempo entendemos que en la medida que no hay replanteamiento a fondo de la utilización de estos recursos, no es posible en nuestra opinión apoyar una iniciativa de este tipo.

Nosotros creemos que es una medida necesaria, pero en absoluto es eficiente. Creemos que una medida limitada de este tipo no ataca de fondo los problemas que confrontamos hoy, ni se plantea una nueva estructura tributaria que grave efectivamente las utilidades del capital, como tampoco se plantea la recanalización de los recursos hacia otros sectores de la economía, redefiniendo a fondo las prioridades económicas que se han planteado para este año.

Creemos importante insistir en la necesidad de una nueva estructura impositiva que grave positivamente al capital, que haga que este sector que hoy está obteniendo utilidades superiores a las obtenidas en los años pasados, y esto se constata perfectamente incluso en determinados sectores de la industria que se han atrevido a publicar sus utilidades, nosotros creemos que esos sectores tienen la obligación de jugar un papel dentro de un proceso de recuperación económica. Pero al mismo tiempo es indispensable revisar y cambiar a fondo las prioridades económicas del régimen, atacando una política que hemos calificado de antipopular y donde nosotros con preocupación vemos que estos recursos serán canalizados hacia una política que simplemente tiende a profundizar en última instancia nuestra dependencia económica.

Por lo tanto, nuestro partido, a pesar de considerar que estamos ante una medida necesaria, pero en absoluto suficiente y que en absoluto ataca los problemas de fondo de los trabajadores, de los campesinos, de los obreros de este país, como lo dijo algún diputado del PRI, como creemos que no están representados ni están escuchados en esta iniciativa, porque no se responde a sus prioridades, mi partido votará abstención en este caso. Muchas gracias.

El C. José Angel Conchello Dávila: - Pido la palabra para contestar unas alusiones personales del señor diputado.

El C. presidente: - Tiene la palabra el ciudadano Conchello por cinco minutos, para hechos.

El C. José Angel Conchello Dávila: - Ciudadano presidente: ciudadanos diputados: Casi agradezco al diputado que me antecedió que me brindara la oportunidad de explicar a ustedes en el sentido de un acto de buena fe que creemos positivo para México, como fue el estampar mi firma en la Declaración de San Diego.

Pero es, por otra parte, ejemplo del relativismo moral de los marxista leninistas, si es que moral se puede llamar a esa actitud, porque cuando a ellos los invita Fidel Castro, jefe de un país, a que vaya al Congreso de la Habana, y ahí juran y se comprometen a venir a México y luchar por la moratoria de la deuda externa, eso es patriótico o cuando van a la Joya y ahí deciden hacer una lucha unida por la izquierda que ya estamos viendo que se está consolidando, eso es patriótico; pero cuando un ciudadano, uno sólo de Acción Nacional, invitado por un grupo privado asiste a una reunión en la que asistieron mexicanos, dos empresarios, dos catedráticos, una escritora y dos políticos, entonces se nos juzga de sospechosos y se pretende que la Declaración de San Diego contenía cosas indignas para México y quiero decirle al diputado y quiero explicar ante ustedes, que el segundo párrafo dice casi textualmente, que los miembros del grupo americano y los del grupo mexicano aprueban la declaración permanente del Presidente de la República, de que la solución a los problemas de México se encuentra en México y no en el extranjero, tesis que nosotros una y otra vez hemos estado insistiendo, que la solución a los problemas de México no se encuentran en la caja de caudales de los bancos mundiales, sino en las cajas de voto de las elecciones locales.

Se habla también que en otra parte que consideramos muy importante de que tanto los norteamericanos como los mexicanos ellos van a hacer gestiones ante su gobierno para que se siga comprando petróleo mexicano para la reserva estratégica, esto es más o menos importante, con la baja de precios del petróleo muchos pozos de Texas se han cerrado y hay un grupo de norteamericanos que están pidiéndole a su gobierno que en lugar de comprarle a México, compren mejor petróleo texano para que así se surta la reserva norteamericana; para nadie es un secreto que estamos exportando con ese propósito 4 cientos mil barriles diarios y que si por presiones de intereses norteamericanos dejaran de comprarnos, se desplomaría la exportación de México. Nosotros creemos que al hacer esa

proposición estábamos viendo los intereses supremos de México; mientras encontramos todos los ajustes para que no debamos depender del petróleo, es bueno que nos sigan comprando y hubo coincidencia en muchos, porque como señalé y repito, hay dos secuelas de pensamiento, una que quiere que este País vaya a la crisis y de la crisis al colapso para ver quién sale mejor librado; y otra que sostenemos nosotros que hay que aprovechar las pocas o muchas libertades que ahí tenemos, que aún tenemos, para sacar a este País adelante. Por eso hubo concordancia entre gentes tan discrepantes como el señor Farías y yo, porque por encima de nuestras discrepancias que haré ver una y otra vez hasta el cansancio, allá en el extranjero tuvimos un acuerdo tácito, de ponernos de acuerdo en que por encima de todo están los intereses de México.

Eso al parecer les duele mucho a los marxistaleninistas, pero yo no me averguenzo de nada de lo que dije, y es más, creo que he aportado mi grano de arena para que no empeoren los problemas del país. Muchísimas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Para hechos tiene la palabra el diputado Ricardo Pascoe.

El C. Ricardo Andrés Pascoe Pierce: - En efecto, también agradezco la gentileza del diputado Conchello, quien planteó también con toda claridad una situación que creo amerita varias aclaraciones.

¿Cómo puede ser, me pregunto, que estemos discutiendo la validez como proyecto de vender nuestro petróleo a la reserva estratégica, y de plantear esto como proyecto para resolver los problemas nacionales, cuando lo que hemos vivido en horas recientes es una actitud de agresión y de virtual asalto a la soberanía nacional por parte de los Estados Unidos justamente a otro país, seguramente utilizando incluso elementos de esa reserva estratégica que aquí se plantea que es necesario seguir otorgándoles como derecho y para que también especule y maneje el mercado internacional y del precio del petróleo a su antojo?

¿Cómo puede ser que esta ceguera de proyecto nos lleve a entender que los intereses nacionales, los intereses de nación no están profundamente comprometidos en una declaración que plantea ahondar y profundizar, no simplemente los lazos comerciales, los lazos de amistad; no, no, no, no porque no es ese el problema, ahondar y profundizar la dependencia económica y política de nuestro país con respecto a Estados Unidos? Este es el problema que estamos debatiendo.

Se pregunta aquí que con qué autoridad moral planteamos estos problemas. Pues nosotros decimos: con la autoridad moral de quienes hemos en efecto, en la práctica, no solamente aquí en la Cámara de Diputados, en la práctica hemos defendido el nivel de la vida de los trabajadores que hemos defendido la soberanía nacional del País en la calle, en las manifestaciones, y que no nos asusta, no nos asusta firmar una declaración repudiando la agresión a Libia, como sí le aterroriza al Partido Acción Nacional.

En este sentido, nosotros nos preguntamos todo lo contrario. Con qué autoridad moral se pretende venir a plantear el problema del regateo de la independencia nacional, no por apoyo a declaraciones, sino por propuestas concretas que regatean y venden la posibilidad de la manutención de una independencia nacional frente al gran vecino imperial que tenemos al norte.

Este es el problema que nosotros observamos con la declaración de San Diego. Creemos que es una declaración no solamente reaccionaria, sino profundamente retrógrada en cuanto a los intereses nacionales.

Y si hemos discrepado con las posiciones del gobierno y del régimen priísta en materia de política económica, queremos decir que no estamos dispuestos a regatear la soberanía nacional frente a posiciones de este tipo, quienes quiera que hayan firmado las declaraciones, académicos, políticos, escritores, o quien haya sido. Yo digo: desgracia para quienes hayan firmado la Declaración de San Diego.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos, por cinco minutos, el diputado Manuel Terrazas Guerrero.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Compañero presidente, compañeras y compañeros: Yo no le voy a dar las gracias al compañero diputado Conchello por darme la oportunidad de hacer algunas referencias necesarias en un tema quizás del cual habrá de ocuparse mucho tiempo. Y va a ocuparse la opinión nacional mucho tiempo, y no le ha prestado todavía la debida atención. Efectivamente, la declaración de San Diego.

Me voy a permitir hacer alguna referencia a la declaración de San Diego, porque el compañero diputado Conchello ha hecho imputaciones falsas, calumniosas, mentirosas, que forman parte del viejo acervo gastado, del anticomunismo. Así, ni más ni menos: gastado, que ya no cree nadie absolutamente, con relación a la moral marxista leninista, probada en su contenido, con

relación, aunque algunos compañeros que me van a dispensar que me refiera a eso, a esa afirmación del diputado Conchello, y con relación también a la relación entre planteamientos nacionales, como los de la moratoria, planteados aquí en México por los mexicanos antes que cualquier otra personalidad democrático - revolucionario en el mundo, aquí los socialistas planteamos el problema de la moratoria a la deuda. Y también a como consideramos deben resolverse los problemas nacionales, referencias necesarias con relación a alusiones incorrectas del diputado Conchello, que no pueden pasarse por alto y que hay que decir de manera categórica, con la debida consideración pero plantearlos con el mismo derecho con que el diputado Conchello ha repetido una y otra vez estribillos desgastados ni más ni menos.

Pero con relación a la declaración de San Diego, ¿cuál es el problema compañeras y compañeros? Que aquí efectivamente se trata de dos proyectos, la declaración de San Diego expresa el proyecto norteamericano con relación a los problemas del país, ese es el problema esencial, frente al proyecto nacional, democrático y patriótico, frente al problema de la defensa de la soberanía nacional, frente al problema de la política exterior, frente al problema de la línea de conducta nacional con relación a los ajustes y con relación a la crisis, ese es el problema.

Y quienes han firmado, malos mexicanos hemos dicho, malos mexicanos por el momento y por lo que han firmado, la declaración de San Diego, lo que han hecho es apoyar el proyecto norteamericano frente al proyecto nacional patriótico, frente a la solución que plantean las fuerzas progresistas del país.

Y veamos las cuestiones esenciales, con relación a la economía, con relación a la política exterior, con relación al petróleo, ese es, no discutamos en torno al problema, esa es la cuestión. Por eso el necesario repudio a la declaración de San Diego y la han firmado elementos del PRI y elementos del PAN. ¿Pero qué corriente representan el PRI y que corriente representan en Acción Nacional? No es casual efectivamente. Y veamos y analicemos un párrafo, analicemos los párrafos un día antes de la agresión a Libia, ¿en qué sentido juega un papel la declaración de San Diego? ¿Qué efecto tiene? ¿Cómo golpea al país en el momento en que más se necesita el apoyo y la lucha en torno a un proyecto nacional frente a las exigencias norteamericanas? Ese es el problema principal, ¿qué papel juega la declaración de San Diego?

Yo quiero decir, compañeras y compañeros, para mí la declaración de San Diego jugó un papel para que la posición mexicana no fuera la oportuna y enérgica, lo que había sido la tradición con relación a la denuncia, a la protesta por la agresión a un país que defendía su soberanía y su dignidad nacional. Libia, ese es el problema principal, y que quede fuera de toda duda, cuando fascistas, o leninistas, o socialistas, o como quiera que sea, rojos de uno u otro matiz, como nuevamente se ha empleado el término en sentido peyorativo, han ido a congresos internacionales para defender profundamente los intereses del país. Y la moral revolucionaria, la alta moral de los socialistas es precisamente su fidelidad a los intereses del pueblo, a los intereses de la clase obrera, a los intereses nacionales, a los intereses de la historia. Esa es la moral, la moral de los socialistas, su patriotismo unidos a la lucha irreductible, a su vocación por transformar revolucionariamente la sociedad mexicana o cualquier otra sociedad, y no confundan ustedes el internacionalismo prioritario que es partir, precisamente, de las cuestiones nacionales, de la maduración de las necesidades nacionales. Es en función, precisamente, de decidir en nuestro país la alusión de los problemas nacionales.

Y si Fidel Castro se ha pronunciado por la moratoria y antes se pronunciaron por la moratoria los socialistas mexicanos, ha sido porque Fidel Castro también ha entendido las necesidades de los pueblos de América latina. Y lo hemos firmado, ni con Fidel Castro, ni con nadie más ninguna declaración como la de San Diego que afecta los intereses nacionales. Es el problema principal. Y si firmamos una declaración con Fidel Castro, las que hayamos con cualquiera, será en función de que esa declaración coincide con los intereses nacionales, patrióticos, democráticos de nuestro pueblo. Y la declaración de San Diego, precisamente, atenta contra los intereses más profundos del pueblo de la soberanía nacional, este es el problema compañeras y compañeros. Muchas gracias.

El C. presidente: - Por 5 minutos, para hechos, el diputado Conchello.

El C. José Angel Conchello Dávila: - Señor presidente; señores diputados: Que bueno que no somos recién llegados a la palestra de la política nacional. Toda la palabrería del diputado que me antecedió queda echada por celo, por un simple hecho que el pueblo constata, que la actitud patriótica, auténtica de Acción Nacional ha hecho que en las pasadas elecciones le dé más votos a Acción Nacional que a todos los partidos marxistas juntos y en bola.

Eso demuestra quienes son los patriotas y a quienes acude el pueblo. Pero además quiero decir

una cosa: por el hecho de que no somos recién llegados, nada en esta declaración respecto al equilibrio entre poder público y privado no ha sido dicho antes en las doctrinas de Acción Nacional. Nuestras doctrinas, a través de 40 años, han hablado de un estado equilibrado que ahí está simplemente repetido. Pero quiero terminar para no insistir más en el tema y que no sea cortina de humo para que nos separemos de lo que nos trae, quiero insistir en que en esa declaración que el diputado marxista - leninista tiene su interpretación sin haberla leído, quiero repetir que en los primeros párrafos se dice que la solución de los problemas de México está en México y no en el extranjero, no está en Washington, pero tampoco está en La Habana.

Finalmente, respecto a nuestra actitud en materia de política fiscal, quiero leerles nuestra plataforma para esta diputación donde se busca una política fiscal dedicada a propiciar el desarrollo nacional y el de cada uno de los mexicanos, esa política debe ante todo derivar una decisión democrática y ceñirse a los principios de la justicia distributiva para repetir las cargas proporcionalmente a la condición económica del causante, asimismo una política fiscal sana debe garantizar al ciudadano la reciprocidad por parte del gobierno mediante un manejo limpio y eficiente del dinero público y una administración recaudatoria impecable, que el sacrificio del pueblo ante sus cargas impositivas sea compensado por la calidad y amplitud de los servicios públicos, obras de infraestructura y condiciones que eleven su nivel de bienestar y que le aseguren la solidaridad y protección en caso de requerirlo.

Esta es nuestra política fiscal, y respecto a lo demás que quede constancia que a través de 40 años de estar en la plaza pública el pueblo ha visto quienes quieren a México y quienes no lo quieren. Muchas gracias.

El C. presidente: - Por cinco minutos el diputado Cuauhtémoc Amezcua.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Curiosa lógica la del diputado Conchello. Su votación se ha incrementado, todos sabemos las razones. Todos sabemos de sus pactos con el Partido Republicano de los Estados Unidos; todos sabemos de los recursos que, así lo anunció Richard Allen, que no es ningún marxista - leninista, reciben del Fondo Republicano; todos sabemos de las campañas publicitarias hacia el interior de México que se hacen desde la televisión fronteriza del otro lado; todos sabemos de las campañas mundiales de propaganda que se hacen en favor de la derecha, y nos viene a decir con esa lógica que sólo se les ocurre a los pequeños cerebros de los fascistas mexicanos que si han aumentado sus votos, se debe a que son patriotas. ¡Qué vergüenza, señor Conchello!

El C. presidente: - Tiene la palabra por cinco minutos para hechos el diputado Alejandro Gascón.

El C. Alejandro Gascón Mercado: - Señoras y señores diputados: Yo participo en esta escaramuza para precisar algunas cuestiones. Me parece que en la Cámara hace tiempo que se ha superado el lenguaje primitivo que manejamos durante largos años en relación con la batalla de las ideas.

Yo soy Marxista - Leninista y pude haber sido Terista - Gutierrizta, si Carlos Pérez hubiera estructurado el pensamiento que estructuró Carlos Marx y pilar Gutiérrez hubiera establecido las formas ideológicas y políticas que elaboró Lenin. Pero a estas alturas pretender encuadrarse en los marcos de lógicos y políticos de un pueblito, de un rancho, de un país, resulta verdaderamente ridículo. Todos de una manera o de otra, tenemos ideas universales en función de nuestros intereses de clase. Yo creo que reprochar eso en nuestro tiempo verdaderamente no tiene sentido.

Entiendo también que hay ubicaciones que la vida da, geográficas y políticas. No cabe duda que un punto de referencia para los hombres de este mundo, son los Estados Unidos de Norteamérica y su gobierno. Es un hecho. A mí no me extraña que algunos mexicanos estén mirando siempre hacia los Estados Unidos, como su punto de inspiración, no me extraña. Nada más que la historia es clara, nunca la liberación de este pueblo ha venido de los Estados Unidos, nunca. Nunca la opresión de este pueblo ha venido del medio Oriente o del Oriente o de cualquier otra parte; ha venido de los Estados Unidos de Norteamérica.

Por eso hemos afirmado que el patriotismo tiene geografía y que tiene historia y es frente a la oposición de los grandes monopolios norteamericanos; del gobierno que los representa en los Estados Unidos, como se clasifica el patriotismo de los mexicanos. Algunos transitan hacia el territorio norteamericano para ponerse de acuerdo con el Partido Republicano. ¿Tienen derecho a esto? Desde el punto de vista formal, yo creo que tienen derecho de ir a coincidir, a inspirarse en el Partido Republicano, pero nosotros los mexicanos, otros mexicanos, tenemos el derecho de localizarlo como amigos del presidente Reagan, tenemos el derecho de calificarlos como solidarios con los grandes monopolios y su política asesina y reaccionaria. Eso también es un derecho.

Todos en Acción Nacional piensan así, todos son proyankis. Yo creo que no. Cuando menos yo conozco algunos en Acción Nacional que no son proyanquis, pero hay otros evidentemente que les gustaría haber nacido ahí y ser miembros del Partido Republicano. Y no solamente en Acción Nacional hay proyankis. En esta Cámara también de otros partidos hay proyankis, hay reaccionarios. Desgraciadamente los reaccionarios no sólo están en Acción Nacional, porque si así fuera no habría problema.

Y yo entiendo que las votaciones que se ganan en México son también de carácter circunstancial. Yo he ganado votaciones al partido del gobierno, y cuando pedí el voto lo pedí para las ideas marxista - leninistas, y el pueblo me lo dio. Yo podría afirmar eso. Hay cuestiones de orden circunstancial en las cuestiones electorales, y creo que hay muchos de los triunfos del partido de derecha se deben a estas cuestiones de orden circunstancial en las cuestiones electorales, y creo que hay muchos de los triunfos del partido de derecha se deben a estas cuestiones de carácter circunstancia. Lo que no creo que sea bueno, es que se haga propaganda dentro de los Estados Unidos en la lucha electoral de México. Creo que eso no se debiera aceptar. No porque vayan a ser consignados aquellos que reciban la propaganda norteamericana hacia el territorio mexicano, no, pero políticamente los mexicanos no debiéramos ver con resignación que los Estados Unidos se están metiendo en lo que no les importa aquí.

Y cuando nosotros condenamos los asesinatos de Reagan en Libia, lo hacemos por una actitud política fruto de nuestra convicción de que ningún presidente norteamericano tiene el derecho de mandar bombas a la casa de nadie y matar niños. Yo creo que eso es elemental; y ningún país socialista ha bombardeado casas particulares matando niños. Antes, se han establecido otro tipo de razones.

Y en cuanto a Fidel Castro bueno, habemos algunos mexicanos que consideramos que Fidel Castro es un latinoamericano muy distinguido, como Martín, como Juárez, como Sandino, como muchos dirigentes que van más allá de las preocupaciones de sus pueblos, y nosotros tenemos el derecho de opinar, de expresar nuestras ideas sobre Nicaragua, El Salvador, en cualquier foro internacional, porque no podemos vivir aislados, porque nosotros no podemos tener una actitud mezquina que empiece y termine dentro del territorio nacional y no podamos apreciar otras injusticias a lo largo de todo el mundo.

Fidel, Fidel es un revolucionario, yo le tengo reconocimiento por su actitud, por su lucha que repercute en favor de todos los pueblos; yo entiendo francamente, yo entiendo que cada quien escoge a sus amigos, algunos admiran mucho a Reagan, otros tenemos alta estimación por Fidel, pero no sólo por Fidel, por todos los revolucionarios del mundo. Yo no podría decir que coincido con Kadhafi desde un punto de vista teórico, político, que son la misma filosofía, que comparto su religión, pero lo que sí entiendo, que Kadhafi y muchos de nosotros estamos en contra de que el imperialismo pretenda determinar la vida del mundo, en Libia, en México, en Cuba y en el Salvador y en Nicaragua y en cualquiera otra parte; estamos en condiciones distintas efectivamente, pero yo creo que hay que actuar con sinceridad, hay que actuar con honestidad, no se trata aquí de envolvernos en cosas de carácter subjetivo, aceptemos la realidad; la declaración de San Diego, bueno, quienes afirmaron y que pretenden que los Estados Unidos intervengan aquí en la vida económica y política de México, se enfrentará con la oposición de otros mexicanos que queremos este país independiente, y el patriotismo no son palabras, son hechos y así hay que actuar y ver las cosas, y ser patriota en este país es ser antiimperialista, de otra manera es puro cuento.

El C. presidente: - Por cinco minutos el diputado Pascual Moncayo.

El C. José Pablo Pascual Moncayo: - Señor presidente, compañeros: Esta discusión colateral al tema central que, con el cual estábamos trabajando, quizá debería haber sido la ocasión a discutir la semana pasada, pero no es tarde, me parece, porque sin lugar a dudas que el que haya salido a coalición la Declaración de San Diego, es porque tiene significado, y tiene significado, creo, por las cuestiones centrales que llaman la atención. No llama la atención tanto lo que piensan algunos mexicanos de lo que consideran que deben ser mejores relaciones con los Estados Unidos, ceder en la política exterior para tener algunos privilegios en lo económico. Esto lo pueden pensar, están evidentemente equivocados, es entregar la Soberanía y una de las partes más importantes que afortunadamente aún, se conservan en nuestro país y no precisamente por el gobierno sino por el pueblo, que es la actitud de independencia y antiimperialista. Pueden pensar esto, pueden pensar y asistir a seminarios en los cuales opinen de diferentes alternativas para México; lo que llama la atención compañeros, es que dentro de los grupos de gentes que firman hay dos servidores públicos, uno que es presidente Municipal de una de las principales ciudades del país, miembro destacado del partido del poder que tiene una larga historia de funcionarios; y otro un diputado federal, personalidad destacada también

de su partido, con una larga trayectoria política. Bueno esto llama la atención que vayan a debatir problemas sobre México - Estados Unidos, que tengan esa coincidencia no geográfica sino política e ideológica y que además la otra cuestión que llama la atención totalmente es que el debate lo lleven a cabo públicamente en el New York Times.

Yo no sé si el diputado Conchello le estaba reclamando a Pascoe o a Terrazas que sacaran desplegados en el Granma pero no es el caso, ése documento fue publicado en el New York Times antes que se publicara en México y entonces sí destaca compañeros centralmente la visión que tienen estos destacados representantes de corrientes o de grupos ó de partidos y en este caso son del PAN o del PRI. ¿Cuál es la visión que tienen de la forma de debatir en nuestro país? ¿Cuál es el respeto que le tienen al ejercicio de la democracia en términos de esto, de confrontar efectivamente las diferentes posiciones, porque sí compañeros, tenemos diferentes posiciones, no le pongamos apellido a las posiciones, tenemos diferentes y tenemos visiones diferentes para cómo enfrentar los problemas nacionales, pero también y eso hay que destacarlo, tenemos visiones diferentes de cuál debe ser el tratamiento político y cuál es el respeto que nos merece la opinión pública nacional evidentemente nos merece un respeto diferente a aquellos que creen que hay que discutir vía New York Times y aquellos que creemos que hay que discutir en México, las diferentes posiciones.

Y yo creo compañeros, para que no nos metamos en actitudes persecutorias, cada quien es libre de pensar lo que quiera, pero uno es libre también de enfrentar con las cosas que no coincide, creo que esto lo pueden haber hecho los intelectuales, los historiadores que fueron, los periodistas, pero no servidores públicos y destacados miembros de dos partidos políticos que es lo que destaca y llama realmente la atención y preocupa, preocupa porque sí se está perdiendo me parece, una visión nacional independientemente de las diferencias. Y creo compañeros que eso es lo destacado una visión nacional, independientemente de las diferencias y creo compañeros, que eso es lo destacado de la Declaración de San Diego. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado. Reyes Fuentes.

El C. Reyes Fuentes García: - Con permiso, señor Presidente. Que bueno que en este día, que en estas horas, se ha presentado un debate político - ideológico de gran trascendencia. Porque en el período anterior de la Cámara de Diputados no salieron a colocación estas profundas discrepancias ideológicas y políticas, que nos hubiesen permitido realizar alianzas más certeras y profundizar en la correlación de fuerzas nacionales.

Y en la posibilidad evidente de hacer un frente único en defensa de la independencia y soberanía nacional, pero no solamente en la defensa de la soberanía y la independencia nacional, evidentemente amenazadas, presionadas, obstaculizadas, sino también en defensa de la posición tradicional de nuestro país; de defensa de los países semicoloniales y coloniales que luchan por sacudirse la tutela del imperio norteamericano.

Pero no solamente esto, sino también porque es menester que en esta Cámara, integrada por representantes de la nación, se fijen posiciones claras frente al peligro fascista que evidentemente asoma al mundo; que evidentemente nuevamente se presenta en la arena internacional.

El fascismo, todos lo sabemos, es producto del capital financiero y monopolista y de ninguna otra forma o estructura económica - social.

Allá en Alemania, con Hitler, surgió cuando los monopolios alemanes, los trusts alemanes, vieron que era posible impedir la forma y la fuerza de la clase obrera alemana; cuando era imposible controlar a las distintas fuerzas democráticas de Alemania, cuando el fascismo tenía el interés de desencadenar la segunda guerra mundial, fue entonces cuando los monopolios alemanes, los trusts alemanes, la krupp, Alemania y demás monopolios, se organizaron, hicieron inventos como el incendio del Rethstang o parlamento alemán, inventaron atribuciones a las izquierdas y al pueblo alemán actos que ellos mismos fabricaron y cometieron, para dar el asalto al poder y establecer el fascismo en la Alemania nazi.

En aquella época lo sabemos se dio un golpe, se destruyó un parlamento, se deshizo el parlamento alemán, se encarceló a todos los líderes de la clase obrera alemana por encima de discrepancias ideológicas y políticas, simplemente por ser demócratas, por ser gente que defendía el proceso democrático alemán y se encarceló, repito, a todos los líderes del parlamento alemán, y se abrió paso a la dictadura fascista, el capital financiero y monopolista alemán había triunfado.

Este es el origen del fascismo, evidentemente, y si hay manera de llegar al fascismo éste provendrá en cualquier momento del capital financiero y monopolista norteamericano que, por cierto, hoy nos presiona, hoy nos oprime para que

no fijemos posiciones democráticas frente al mundo exterior, frente al caso de Libia. Para que no mantengamos en asuntos internos de cada país.

Ahí puede surgir un nuevo Hitler, el Reagan puede convertirse en instrumento de los monopolios norteamericanos, puede convertirse en un momento dado en el nuevo Hitler, en la cabeza de aparición de un nuevo fascismo, neofascismo en el mundo y consecuentemente el desencadenamiento de una tercera guerra mundial, destructiva, arrasadora, en contra de la humanidad.

Por ello, quise dar estos puntos de vista, porque evidentemente es menester establecer un fortalecimiento de las fuerzas democráticas en México a luchar contra la amenaza fascista que, repito, de donde puede prevenir, para defender la posición de México en contra del colonialismo, para defender la posición de México en contra del armamentismo, en contra de las armas nucleares, para que sigamos teniendo en México, nuestro país, una posición independiente, una posición democrática.

Y qué bueno que aquí en México no haya fascismo, porque yo plenamente estoy seguro, salvo alguna excepción que desconozca, que aquí, en este parlamento, no hay fascistas en ninguna posición, salvo alguna conciencia intranquila de alguien, pero aquí no hay eso. Por lo tanto, el día que eso sucediese, este parlamento sería desecho, venga de donde venga, y consecuentemente vendrá un golpe fascista, vendría la instauración de un régimen antidemocrático, de un régimen dictatorial, de un régimen fascista.

El C. presidente: - Tiene la palabra por cinco minutos el diputado Humberto Castillo.

El C. Humberto Castillo Martínez: - Compañeras y compañeros diputados: Ni modo, el tema lateral éste, nos hace subir a la tribuna, porque es conveniente dejar sentado, precisado que desde el Partido Mexicano de los Trabajadores luchamos por el respeto irrestricto a la libertad de los mexicanos para usar las ideas de todos los seres humanos en el mundo y que no tengamos limitación alguna por su origen.

Pensamos que las ideas que han iluminado la especie humana, provienen de confines muy disímbolos y que tenemos derecho a que estas ideas sean nuestras.

En este sentido, nos preocupa el que se venga aquí a la Tribuna a decir que nosotros tenemos peligro cuando acudimos a algún lugar del mundo a escuchar puntos de vista diferentes o a emitir opiniones.

En el caso de algunas que ha habido, por ejemplo, en La Habana, para analizar el problema de la deuda externa y en donde personas que fueron emitieron puntos de vista muy distintos. Hubo ahí representantes del capital, empresarios; hubo conservadores, políticos conservadores de América Latina y del mundo; hubo profesadores de ideas marxistas, socialistas, comunistas, de muchos tipos; y hubo plena libertad para expresar esas ideas, cosa que celebramos.

Nosotros estuvimos ahí, claro. Y nosotros hemos estado en las universidades de los Estados Unidos, claro. Hemos ido a decir nuestra verdad a las universidades de Francia y de Alemania y de Suecia, sí, hemos ido; seguiremos yendo, siempre que no se nos imponga el mandato de firmar un acuerdo. En ningún lado hemos firmado un acuerdo que de manera alguna presione al gobierno de nuestra patria a seguir un camino, nunca. Por eso es lo que no aceptamos, que desde fuera, quien quiera que sea nos imponga un mandato, una consigna.

Ciertamente el gobierno de México alguna vez, el gobierno de Díaz Ordaz consideró que nuestra presencia en la Conferencia Intercontinental de La Habana, tenía el objetivo preciso de venir aquí a armar escándalos y fuimos encarcelados por eso. Y en la cárcel y ante los opresores, ante los inquisidores, ante los torturadores sostuvimos nuestro derecho a conocer las ideas de los seres humanos y a defender las que consideráramos buenas, convenientes. Y claro que estamos sujetos a errores, claro que estamos sujetos a cometer equivocaciones, pero no hay otro camino para encontrar la verdad que buscamos, que buscar, que buscar y que oír.

Lo que nosotros no podemos aceptar es que un grupo de mexicanos acude a un país y después de discutir con toda libertad y coincidir o discrepar con toda libertad, firmen un documento en el cual uno de los párrafos que me ha citado el diputado Conchello es que hay que hacer mas comprensivo al gobierno de México ante la preocupación del gobierno de Estados Unidos por la penetración del peligro en nuestro continente; ante una advertencia, una presión - palabras más, palabras menos - para que nosotros aquí de alguna manera le hagamos entender al gobierno que hay que ser más comprensivo, que hay que tener más cuidado, porque se están metiendo fuerzas peligrosas. Y esto ocurre precisamente cuando en todo el mundo hay una acción del gobierno de los Estados Unidos que para que seamos más comprensivos nos está presionando económicamente, precisamente una de las muestras de que existe esta presión es el acuerdo, no sabemos cuándo fue tomado por las Fracciones Parlamentarias del PAN y del PRI para retirar la

firma que ambos habían dado a un documento donde expresamente se consignaba la responsabilidad de Estados Unidos en el ataque a Libia.

Esto no puede quedar así en la obscuridad, esto hay que plantearlo abiertamente, se vale, como no, se vale tomar acuerdos interparlamentarios, se vale, cómo no retractarse, es necesario cambiar de opinión yo creo que más que dada que desde políticos. Pero lo importante aquí es que vengamos a defender en esta Tribuna el derecho de un ser humano a coincidir con los planteamientos que surjan en cualquier rincón del mundo, llámese el pensador Confusio, Cristo, Marx, Engels, Lenin, Castro, o si somos generosos un pensador como Reagan, porque a lo mejor piensa, pero lo que no se vale es señalar que nosotros los diputados mexicanos no vamos a señalar abiertamente que no admitimos la injerencia económica, por presión política, por presión bélica, de ningún país extranjero. Los mexicanos somos capaces de resolver nuestros problemas y los mexicanos no necesitamos andar aconsejando al gobierno de México desde fuera para que sea comprensivo con otros gobiernos. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Ling.

El C. Ling Altamirano Federico: - Señor presidente; señores diputados: La discusión o escaramuza, como fue llamada, se ha reducido a sus términos más elementales. Aquí hay, en resumen, cuatro cuestiones, de las cuales las tres primeras es absolutamente improcedente tratar de dilucidarlas en veinte o treinta intervenciones de cinco minutos. No es el procedimiento adecuado porque para dilucidar y definir con precisión las posiciones éticas y doctrinales de cada partido, es necesario emplear más tiempo y apelar a la razón y al sentido común de todos los presentes.

También es insuficiente el planteamiento para hechos acerca de quién es y quién no es nacionalista. Por supuesto, en esta tribuna lo único que se puede declarar por cada diputado que intervenga, es que tanto él como la fracción parlamentaria a la que pertenece, son nacionalistas y no cabe otra cosa.

La tercera y tampoco se puede dilucidar aquí porque debiera estar ampliamente y sencillamente dilucidado en los cómputos electorales es quién obtiene y quién no obtiene votos en este país. Y en ese sentido las cifras, aunque distorsionadas por el manejo que se hace desde el Registro Nacional de Electores, la Comisión Federal, las comisiones estatales electorales, etc., son lo suficientemente claras para marcar claramente las tendencias de la votación en México.

Me remito, pues simplemente a la cuarta cuestión que es sobre la de escoger amigos y escoger enemigos. Acción Nacional declara y no es un misterio para nadie, que poco tiene que agradecer a la actitud de los procónsules enviados por Estados Unidos a México. Es toda una larga tradición de proconsulado que terminó hace poco una de sus etapas más.

Acción Nacional considera que México y lo mejor de México poco tiene que agradecer a la intervención plenipotenciaria de poseer en el siglo pasado. Considera que la intervención proconsular de Wilson que condujo a la intriga que llevó más adelante durante la Decena Trágica al asesinato de Madero, trajo muchísimos trastornos, trajo algo tan fundamental como la vida democrática de México, naciente entonces.

Igualmente, no es Acción Nacional quien le debe nada al señor Monrrow, que en su ocasión aconsejó a Calles formar un partido desde el poder antidemocráticamente para sostenerse el mayor tiempo que les fuera posible. Y con Gavin es lo mismo. Una larga trayectoria de proconsulados. Y quién se acuerda en estos momentos si Poinset era de un partido y otro. En aquel tiempo todavía no había partidos en Norteamérica, pero posiblemente pudo haber sido demócrata o pudo haber sido republicano. Wilson a qué partido pertenecía. Ya pocos lo recuerdan. Monrrow, y últimamente Gavin que sí se sabe a qué partido pertenece.

Resumiendo la cuestión, es tan sencilla como esto: Acción Nacional declara categóricamente que no nos asusta coincidir con nadie, en la libertad, esté etiquetado o no esté etiquetado en los anaqueles políticos del mundo. Si coincide en libertad con cualquier tendencia, con cualquier filosofía, con cualquier persona, esto es válido para Acción Nacional, porque este valor esencial parte fundamentalísima de la eminente dignidad de la persona humana que nosotros defendemos, es sustancial en esa cuestión. No nos asusta pues coincidir con nadie occidental, del medio oriente u oriental, si esta coincidencia es sin la libertad de pensamiento en la búsqueda inteligente de la verdad.

Lo que sí vemos con suspicacia, son las actitudes de quien coincide con otros en funciones dogmas quien se entrega por dogmas, sea marxista - leninista o sea perez - gutierrizta o como se le quiera llamar, al dogma, porque si algo debe caracterizar a nuestro tiempo y a nuestro siglo que vivimos intensamente, debe ser el aniquilamiento definitivo de todo lo dogmático, porque lo dogmático, eso sí, conduce a las actitudes asesinas, a las actitudes primero prefascistas y después francamente fascistas o estalineanas, o como se les quiera llamar.

Defendemos pues esos principios básicos y dejamos para un debate más profundo y más serio el esclarecer las otras cuestiones que han sido tratadas aquí.

El C. presidente: - Por cinco minutos, para hechos, el diputado Martín Tavira.

El C. Martín Tavira Urióstegui: -Señor Presidente; señoras y señores diputados: Primero los diputados de Acción Nacional nos deslumbraron como juristas, pero como litigan aquí con ciertas sutilezas, entre comillas, como si estuvieran en un juzgado, pues en última instancia parece que son simples abogados, no enteramente jurisconsultos; después nos deslumbraron con sus latinajos, su conocimiento de la filosofía escolástica y de la lógica aristotélica.

Yo pensaba, han de ser muy rigurosos, puesto que citan de memoria las fórmulas, las leyes de la lógica, pero no, emplean a veces la lógica para hacer falacias; estábamos discutiendo la Declaración de San Diego y varios oradores demostraron que ese documento es un documento que refleja el propósito del imperialismo norteamericano de someter a nuestro país económica y políticamente. Pero no, el señor Conchello, como dicen ellos, violando el principio de ignorancia del elenco, ignorante elenco; para decirlo con su forma muy peculiar, viene aquí a sacar que Acción Nacional es un partido muy avanzado, muy patriota porque obtiene muchos votos.

Bueno, estábamos en una discusión y violando las reglas de la lógica se desvían del asunto, ignoran el asunto, manejan el árbol de Porfirio, muy cara a los lógicos formalistas aristotélicos, pero en lugar de ir al tronco se andan por las ramas de ese árbol de Porfirio.

Simplemente hay que decir dos o tres cosas, la política norteamericana encuentra en México a un representante muy auténtico, si no comparemos, comparemos las exigencias del Fondo Monetario Internacional y lo que los diputados de Acción Nacional reclaman, y proponen aquí todos los días con una gran prepotencia, de sabios incomprendidos, de juristas irredentos, ¿qué exige el Fondo Monetario Internacional? El pago fiel de una deuda impagable; el señor Conchello en sus artículos dice que es altamente inmoral no pagar, que debíamos seguir la ética kantiana, la ética formalista de seguir la norma por la norma misma, el imperativo categórico ¿cuál moral? ¿la moral del imperialismo que quiere saquearnos? Nosotros decimos, las fuerzas de izquierda y las fuerzas democráticas: esa deuda la hemos pagado muchas veces y es inmoral sacrificar a nuestro pueblo, es inmoral sacrificar a nuestro pueblo pagando una deuda que hemos pagado y una deuda impagable. ¿Qué más exige el Fondo Monetario Internacional? Y se alegra el señor Shultz, Secretario de Estado, menor intervención del estado en la economía, privatización de las empresas públicas y lo repite el Partido de Acción Nacional todos los días, el estado es mal administrador, el estado monopoliza en lo político y en lo económico, etc. ¿Qué más? El Fondo Monetario Internacional reclama austeridad en los salarios, lo mismo que han dicho siempre los empresarios; ya Vicente Lombardo Toledano, desde los años 20 y 30 se refería al mismo asunto, la clase patronal siempre está regateando aumento de salarios con el consabido argumento de que eso desalienta las inversiones y el capital no encuentra un terreno propicio, un terreno de confianza.

Todas esas son las exigencias del Fondo Monetario Internacional y del gobierno de los Estados Unidos, de todos los centros financieros internacionales y aquí Acción Nacional hace eco. Sí o no, esa es lógica formal, elemental, pero lógica auténtica, eso deberíamos haber discutido y no ignorando el asunto. Entonces es cierto o no que las cláusulas de la Declaración de San Diego ofrenden la dignidad de nuestro país, ¿es cierto o no que se encuentran cláusulas que van en detrimento de la soberanía nacional?

Señores, ustedes no tienen autoridad para hablar de moral, porque defender las cosas en contra de la soberanía de México y de su pueblo es altamente inmoral. Es lo más inmoral que existe, porque es la moral pública, es la moral de los enemigos del patriotismo auténtico. O la inmoralidad, mejor dicho, de los enemigos del patriotismo auténtico.

Entonces el debate está en sus términos: ¿quién sirve a una potencia extranjera, con sus acciones y con su pensamiento? ¿Quién, practicando el internacionalismo proletario, defiende con un inmenso patriotismo el internacionalismo proletario, defiende con un inmenso patriotismo la soberanía de la nación, de los derechos de nuestro pueblo, del pueblo que crea la riqueza, del pueblo explotado, del pueblo que la burguesía ha hecho sudar y sangrar durante siglos? Esta es la moral de los que finalmente van a obtener la victoria, y no ustedes, que están condenados por la historia a desaparecer. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra, por cinco minutos, para hechos, el diputado Salgado.

El C. Humberto Salgado Gómez: - Con su permiso, señor Presidente; señores legisladores: Qué bueno, nos congratulamos de ello, que bueno que este recinto siga siendo un

escenario vivo, dinámico, recio en ocasiones, de confrontación ideológica y de debate político.

Aquí, es lo mismo poder establecer zonas de coincidencia que puntos de desidencia y que nos permitan a cada quien, sentar las bases y plantear lo que pensamos, y sustentar lo que hacemos.

Nada ni nadie, sin lugar a dudas, nos podría colocar al margen de los problemas que se dan en el resto del mundo, y menos aún, de los que impactan nuestra convivencia interna, nuestro sistema político tiene como aspiración fundamental la democracia con justicia social, por ello, sus principios fundamentales arrancan de la libertad de pensamiento, de la libertad de expresión, de la libertad de cultos, entre otras muchas libertades que conforman nuestra vida social. Por lo mismo, nada es tan importante y vital, señores legisladores, para el trabajo de esta representación nacional como el respeto, el estricto respeto a la libre expresión de las ideas, no solamente cuando se analizan o se califican los procesos socio - Políticos o socio - Económicos de la vida nacional sino en relación a todas las controversias o disensiones que son posibles y que se dan en el marco de la vida moderna, como esta tan dinámica y tan interdependiente.

Es por eso y en este mismo orden de ideas que queremos llamar la atención de ustedes hacia la actividad de este período extraordinario de sesiones que nos ocupa, y que está orientado fundamentalmente a dar respuesta precisa a problemas fundamentales, problemas específicos de nuestra realidad y que por cierto fue motivo de un acuerdo parlamentario que establece las reglas del procedimiento que contribuye a facilitar el trabajo de los distintos bloques parlamentarios, de las comisiones ordinarias o bien, de los diputados en lo particular. Todo este trabajo sin lugar a dudas que sólo podrá darse cuando haya condiciones creadas para un debate específico, reservando el espacio necesario para los otros temas que dentro de nuestras preocupaciones, que dentro de nuestro interés habrán de ventilarse aquí.

Qué bueno, señores que aquí se planteen todos estos asuntos de diversa índole y naturaleza. Afortunadamente hasta hoy, sin pasar por alto cuestiones fundamentales como el problema entre Estados Unidos y Libia. Hemos avanzado en nuestro trabajo desde el momento en que hemos discutido y aprobado iniciativas relativas al régimen de condominio. Así como reformas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Lejos de cualquier cortapiza, hoy contamos con un amplio espacio político y jurídico que garantiza lo que decimos y hacemos. Deseando pues, que nuestro trabajo continúe y logre la mayor eficacia posible me permito proponerles, señores diputados, y de manera muy respetuosa que continuemos nuestro trabajo en los términos del acuerdo parlamentario que ha sido diseñado, aceptado y firmado por todos los bloques parlamentarios aquí representados. Y que para ello, nos comprometamos a que en las sesiones que se lleven a cabo nos sujetemos al orden del día que se aprueba en cada sesión, sin que ello signifique dejar de tratar asuntos importantes o trascendentes que deben discutirse, que deban analizarse o plantearse en este foro.

Pero que cuando se haga, lo hagamos después de agotar el programa de casa sesión.

Considero que de esta manera aseguraremos el logro de los objetivos que dan razón el período extraordinario, sin dejar de responder a otros imperativos de nuestra responsabilidad política.

Entiendo que entre personas de buena fe, la libertad esta reñida con el trabajo ordenado. Las tareas que nos esperan, requieren por su propia naturaleza y por su propia trascendencia de un procedimiento que les asegure la seriedad y rigor que toda convención política implica.

Por todo ello, solicito respetuosamente a todos mis compañeros diputados, que se acoja con generosidad esta preocupación básica que hemos planteado y que es esencia de los trabajos legislativos que nos ocupan. Esta exhortación respetuosa va, pues, con el propósito de retomar el curso de los trabajos que integran el orden del día. Muchas gracias.

El C. presidente: - Por cinco minutos el diputado Altamirano Dimas.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: -Señor presidente, compañeras y compañeros diputados: Efectivamente las reglas establecidas en el acuerdo parlamentario nos obligan a darle prioridad a los asuntos para los cuales fuimos convocados, pero definitivamente no podemos aceptar un planteamiento en la forma en que le convenga el partido oficial porque precisamente ellos provocan en muchas ocasiones este tipo de debates y quieren pararlos en el momento en que ellos crean conveniente.

Mi presencia en la tribuna me obliga a hacer una rectificación al diputado Heberto Castillo, rectificación que ya se la había hecho yo personalmente, tal y como lo menciona de alguna manera en la revista Proceso del día de hoy, pero que en su intervención en la tribuna vuelve a

deslizar ese planteamiento de quien llamó a ambos para rectificar refiriéndose a las diputaciones de Acción Nacional y del partido oficial.

Señor diputado Castillo, no tiene que ir usted extrafronteras ni muy lejos para buscar la explicación de lo que ha sucedido tal y como ya se lo he señalado. Acción Nacional en ningún momento, en ningún momento ha encubierto la censura a ninguno de los países en conflicto tanto Libia como Estados Unidos. Nosotros no fuimos los responsables de que el primer día se negara el uso de la tribuna para expresar nuestros puntos de vistas. Ustedes fueron testigos que en la sala de prensa igualmente hicimos una censura a la violencia tanto del país agresor como del terrorismo; posición que fue refrendada en una primera reunión a la cual asistí en representación del coordinador de mi diputación, el diputado González Schmal, situación que yo le expliqué a usted que por no haber podido entrar en una consulta y una decisión que competía en ese momento a la coordinación, no se podía signar ese documento por el coordinador, sino que yo iba a signar ese documento en representación de la diputación. Al día siguiente el diputado Valle fue testigo de que una de las comisiones de la Comisión Permanente a la cual fue turnada esa proposición para hacer un comunicado, fue testigo Eduardo Valle de que nosotros, no como miembros de la Comisión, el diputado González Schmall y yo, sino como parte integrante de las diputaciones, de la diputación del PAN, expresamos nuevamente nuestro desacuerdo, nuestra condena a la violencia, tanto del terrorismo como del país agresor.

Nos extraña entonces que no se diga la verdad completa y que se siga afirmando que Acción Nacional hubiera actuado bajo presiones o consignas de alguien y mucho de consignas extrafronteras. Y no es simple palabrería porque ya hemos sido objeto de calumnias desde las pasadas elecciones y en muchas otras ocasiones. Nos han llamado antipatriotas, pero sin embargo, no han tenido los elementos suficientes como para poder expresar con hechos, con pruebas, esas calumnias que, gratuitamente, se nos etiquetan a Acción Nacional.

Por lo tanto yo exhorto a que se analice la verdad no es y que no se diga a medias para que no se nos etiquete a los diputados de Acción Nacional una posición que en ningún momento hemos sostenido y que nuestra única posición está acorde con los intereses de México, que no podemos aceptar siquiera las insinuaciones de que estuviéramos presionados de afuera de nuestras fronteras para tomar una posición en bien de los intereses y en bien de todo lo valioso que consideramos para México. Esa es nuestra posición, señor diputado Castillo, y yo le suplicaría que la pregunta que usted plantea y que queda en el aire, quede debidamente fijada con esta aclaración. Muchas gracias.

El C. presidente: - Esta presidencia quiere hacer una atenta invitación a los señores diputados, a efecto de que podamos mantener un orden en los debates. Quisiera pedirles, sino tienen inconveniente, tenemos un debate a la mitad, que pudiésemos continuarlo y al término de el tuviesen sus intervenciones para hechos. Si no tienen inconveniente los señores diputados.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: -Insisto en hacer uso de la palabra, para hechos.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Cuauhtémoc Amezcua, para hechos.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - El artículo 102 del Reglamento establece el recurso de hechos y de aclaraciones o contestaciones a alusiones. En este segundo aspecto el que invoco para hacer uso de manera muy breve de esta Tribuna.

Acción Nacional plantea otra vez, lo ha hecho en varias ocasiones, el señalamiento de que no son antipatriotas, de que no hay pactos entre ellos y organizaciones ajenas y contrarias a los intereses de la nación mexicana, y dice que quienes hemos acusado a Acción Nacional carecemos de pruebas. Cuantas veces lo han dicho, les hemos devuelto la oración por pasiva y nuevamente lo hacemos en esta ocasión. Las pruebas son del dominio público. Las declaraciones son de Richard Allen. Los documentos son de la Fundación Heritage. Los hechos son del domino público. Aquí hemos presentado muchos y jamás han tenido capacidad para desvanecer ni uno solo de ellos.

Las reuniones con el Embajador Gavin, a quien ahora, ya caído de la gracia de Dios, denuncia, fueron siempre públicas y notarias entre él y los dirigentes del Pan y los de la cúpula empresarial. Son hechos públicos y notorios. Están a la vista de todos. No se puede desvanecer con una simple negativa al aire.

Contesto, pues, la alusión que fue, sin mencionarlo evidentemente dirigida al Partido Popular Socialista que es el primero, el más firme, el más permanente impugnador de las actitud antipatriótica de los señores de la derecha. Gracias.

El C. presidente: - Cinco minutos para hechos tiene la palabra el diputado Castillo.

El C. Heberto Castillo Martínez: - Compañeras y compañeros diputados: Soló quiero referirme a lo que planteaba el compañero diputado Altamirano Dimas:

Yo sé que en efecto el diputado Altamirano expresó lo que dijo en Tribuna y me informó de lo que había ocurrido esa noche y después en la mañana, pero, ahí está el antecedente en la Comisión Permanente, en mi intervención respecto al problema del ataque a Libia, hice el señalamiento de que debido a Acción Nacional se había impedido el documento de acuerdo. Entonces el diputado González Schmal, cuando hizo uso de la palabra, no rechazó que hubieran retirado su firma, no lo rechazó, habló largamente, pero hay un párrafo que es explícito respecto a que no lo advirtió; me extraña que habiendo sido como dice que fue el diputado Altamirano Dimas, el diputado González Schmal no hubiera expresado en la Comisión Permanente que no había tal retiro del Partido Acción Nacional.

Entonces es por eso que digo, insisto, quiero dejar constancia, de que hay un acuerdo que no conocemos y que fue seguramente planteado. Dice él, habla de que es conveniente esperar otros acontecimientos, dice que están ocurriendo cosas en el Mediterráneo, que están sucediendo hechos que puede modificar las condiciones y entonces dice: Nos reservaremos en su oportunidad el pronunciamiento, cito: página 3 del texto: Nos reservaremos en su oportunidad el pronunciamiento y la determinación de responsabilidades, por ahora, estimamos procedente la invitación a la concordia y al diálogo desde la posición del país no involucrado, para poder desplegar la autoridad moral que sólo puede validar el conocimiento a fondo del asunto de todas sus perspectivas y con todos sus elementos de juicio. Es la cita.

Pero expresamente yo dije en mi intervención en la Permanente, que Acción Nacional había retirado su firma y que lo lamentábamos porque era un acuerdo de todas las fracciones parlamentarias.

¿Qué ocurrió? ¿Cuál fue la negociación? No lo sabemos.

El C. Jesús González Schmal: -Fui aludido señor presidente, por lo tanto solicito el uso de la palabra.

El C. presidente: - Por cinco minutos para hechos.

El C. Jesús González Schmal: - En efecto, es literal lo que señala el diputado Heberto Castillo, el día en que se llevó a cabo la junta en donde se trataba de llegar a un documento de consenso, no hubo oportunidad de establecer contacto con el diputado Altamirano, quien lo ofreció. Sin embargo, signar el documento en su carácter de diputado miembro del grupo parlamentario de Acción Nacional, mas no como el grupo mismo, en virtud de que justamente ante los hechos nos encontrábamos reunidos para conocer a fondo la situación y no a la ligera y en forma precipitada hacer pronunciamientos que pudieran poner en riesgo la posición misma del país. En efecto reiteramos que nuestra posición en esos momentos era la de la de guardar cautela frente a los hechos, observar el fenómeno, condenar tanto la agresión abierta como la agresión en cubierta del terrorismo y que nos prepararíamos para hacer un pronunciamiento formal de consenso mismo al que acudimos o a cuya cita acudimos convocados por la Comisión Permanente y a la que no asistió el diputado Heberto Castillo y llegamos, sin embargo, si en representación de otro miembro del partido Mexicano de los Trabajadores, a un documento en donde había esta condena a los dos países en conflicto porque nosotros encontramos responsabilidad en ambas partes. Lamentablemente pues vendrá ya el procedimiento para llegar al último documento, si es que esto todavía es posible. Pero yo creo que es bastante serio la impugnación que con frecuencia desliza aquí el diputado Heberto Castillo en relación con presiones y con señalamientos de fuera. Yo no me atrevería a decir que él recibiera ninguna presión, ni ningún halago cuando compareció en ABC en una filmación que se hizo de costa a costa en los Estados Unidos de Norteamérica y yo creo que fue en uso de su legítimo derecho a la libertad de expresión en donde hace apenas unos meses condenaba la corrupción existente en Pemex y todos los datos que él tiene al respecto. Creo que debemos ser respetuosos, suponer con toda altura y honradez que no hay derecho a hacer insinuaciones vergonzantes porque si algo ha demostrado el PAN en su trayecto, ha sido eso, independencia; y de paso recojo la acusación que nos hacía esa si ya sistemática, crónica de los pepinos y los emplazos para que en este momento exhiban los supuestos documentos que dicen tener para hacerle cargos a Acción Nacional. Tienen muchos años, muchos años, desde que el cachorro de revolución les dio el registro diciendo que Acción Nacional tenía vínculos con el extranjero y desde entonces no han podido sino gastar saliva inútilmente para probar algo que es absoluto y radicalmente falso. Muchas gracias. (Aplausos)

El. C. presidente: -Si los señores diputados no tienen inconveniente, voy a anotar a los dos

diputados que me están pidiendo la palabra para hechos y para poder darle curso a la sesión cumpliendo el Reglamento, después de que hayan hecho uso de la palabra, leeremos el artículo 102, que señala cuales son el tipo de intervenciones que deben darse en este caso, para que podamos ordenar el debate, sin que esto signifique que al término de la discusión pudiéramos abordar el tema que gusten.

En consecuencia, tiene la palabra, para hechos, el diputado Whaley.

El C. Leopoldo Arturo Whaley Martínez: -Señor presidente, compañeras y compañeros: Quisiera hacer en primer lugar una aclaración que tiene que ver con nuestra responsabilidad como Cámara. Cuando ya todo el mundo ha condenado la agresión norteamericana a Libia, este es el país, desgraciadamente, en contra de nuestra tradición nacional, que menos claramente ha hecho el pronunciamiento, a nivel oficial, del Ejecutivo, y que más ha escabullido a nivel del legislativo.

Y esto es grave, porque efectivamente, si el PAN no hubiera retirado su firma totalmente, eso no era suficiente para que el PRI hubiera retirado el documento en su conjunto. Y esos dos actos - del PAN Y del PRI -, llevaron a un no pronunciamiento de la Permanente, y aun no pronunciamiento de los diputados mexicanos en torno a esta grave agresión.

Y quisiéramos también aclararle, compañeros del PAN, que en ningún momento hubo consenso de condenar a los países, y esto quedo perfectamente claro en la reunión que tuvimos citada por la Tercera Comisión de la Comisión Permanente a efecto de buscar un documento de consenso. Y quisiera que recordáramos, compañeros, una cuestión básica: nosotros planteamos, le planteamos expresamente al compañero González Schmal, si estaba por probarse, si debía probarse que Estados Unidos había agredido a Libia, a lo que nos contestó que no era necesario probarse, que era evidente, y que no había pruebas, y que si las tenía que las enseñara, como dicen tenerlas el canciller alemán y demás, para condenar al gobierno de Libia. Me dijo que las iba a buscar y que luego nos las presentaría. Pero mientras tanto, aceptaba que hubiera una condena al terrorismo, y que esa la entendiera cada quien culpando a cualquier país, porque nosotros sí sostenemos que el principal terrorista del mundo es el gobierno de Reagan. Y lo hace a lo largo y ancho de todo el mundo, compañeros.

Y les decimos a los compañeros de Acción Nacional que nosotros no los acusamos de conspirar ni de recibir dinero por debajo de la mesa del gobierno de los Estados Unidos o del Partido Republicano. Nosotros lo sostenemos, porque es público, que tienen enormes afinidades ideológicas y políticas y que la Declaración de San Diego no hace otra cosa que mostrar esa afirmación. Hay enormes afinidades ideológicas y políticas, que es mucho más grave que todas las acusaciones que puedan hacerse de otro tipo.

Eso es, compañeros, y lo dijimos en nuestra intervención en el caso de Libia, lo que nosotros si sostenemos y ahí están los hechos. Y también decimos que hay un medio mexicano, porque los alcaldes son del pueblo, que firman con ustedes también en afinidad ideológica y política con los sectores más reaccionarios de la sociedad estadounidense. Muchas gracias.

El C. presidente: -Diputado Cuauhtémoc Amezcua cinco minutos.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - El diputado Arturo Whaley, dijo algo así como aquella cita bíblica de: ''por sus frutos los conoceréis''. Hoy mismo están aquí, larga e insistentemente, defendiendo las tesis del Fondo Monetario Internacional. No hace falta abundar mucho. Pero hubo un emplazamiento concreto: pruebas, pruebas aquí y ahora. Están aquí y están ahora si gustan tomarse la molestia de examinar el Diario de los Debates. Desde el Colegio Electoral entregamos múltiples documentos, están aquí y están ahora, cuando ustedes gusten los examinamos. Gracias.

El C. presidente: - El diputado Ortiz Gallegos por cinco minutos.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Gracias diputado Murillo, presidente en turno de la Cámara. Voy a ser muy breve. Por costumbre nosotros, en el grupo parlamentario de Acción Nacional, practicamos aquel proverbio de que ''a palabras necias oídos sordos''. En esta sesión por onésima vez hemos sido víctimas de embate, calumnias, acusaciones. Cuando se entra en este clima emocional, temperamental, las verdades ya no se escuchan.

Hemos subrayado y quiero puntualizar algunas cosas, en tono claro, firme, tranquilo, que las pruebas de que existe una conexión entre el Partido Republicano y Acción Nacional, entre que haya supuestos beneficios, aportaciones de la llamada Fundación Meritage, declaraciones supuestas de un señor que anda diciendo que no tenemos, no existen, cuando el señor que me antecedió en la palabra mencionó que los había

presentado en el Colegio Electoral, hizo lo mismo que formuló ahorita, dijo que existían pero no ha presentado documentación.

Exigimos a la Cámara, por respeto a ella misma, que este tipo de acusaciones cesen mientras no se presenten pruebas contundentes y que sea el Presidente permanente de esta Cámara el que tome a su cargo una acción valedera para que se acaben estas intemperancias, se lo suplicamos y se lo exigimos.

Alguno de los diputados se mofó de que manejáramos alguna frase en latín, de que manejáramos la lógica y el árbol de Porfirio, para luego apropiarse el árbol de Porfirio, apropiarse la lógica y ponerse también a mencionar latines.

Creo que esto es una forma un poco mezquina de atacar las cosas. Todos tenemos derecho a usar la tribuna y en aquello que usemos porque son nuestros recursos, supuestamente el diputado que acudió a esto, pues también estudió latines y lógica y parece que también fue escolástico, respetemos señores.

Se ha dicho que el Fondo Monetario Internacional es algo que nosotros sostenemos. Muy brevemente, nosotros condenamos por dos razones el pago de la deuda: Primero, porque son onerosos los intereses que se han pagado, argumento que se ha llevado al extremo de decir que ya se pagaron con los intereses la deuda, lo cual es un problema de definición económica a discutir. Nosotros estamos contra los altos pagos, los altos intereses de la deuda y el gobierno parece que empieza a entender que tiene que anunciar intereses más bajos.

Pero sobre todo, estamos contra el pago de esa deuda, porque la deuda se creó y se constituyó para que los de la decena trágica, o docena trágica se hicieran multimillonarios y hemos condenado la deuda porque es responsabilidad del sistema el haberse quedado con ese dinero. Y en eso, por favor, señores de la oposición, ya está bueno que nos pongamos de acuerdo y no nos hagamos pedazos: el enemigo común es el sistema, que está encabezando esta podredumbre.

La Colina del Perro, les parece uno. ¿Les parece bien la fortuna de Hank González? ¿Otras más? ¿Quieren que hablemos de algunos de los diputados presentes?

El C. presidente: -Se suplica a los señores diputados guarden orden.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: -(Continua su intervención) Los extremos se tocan, nuestra tesis es condenatoria de aquel liberalismo extremo en el cual la filosofía del materialismo lleva a la guerra, a la intromisión en los asuntos internacionales y al monopolio de los asuntos internacionales. En el otro extremo, el materialismo del sistema comunista se toca, y por eso se crean los absolutismos, los imperialistas y todas esas incinencias que impide el ejercicio de la democracia.

Aquí hay, evidentemente, dos corrientes muy diferentes en la llamada izquierda. Hay una izquierda disfrazada y subsidiada claramente con membretes que se les han otorgado, hay izquierda respetable con la que podemos coincidir en la tesis fundamental, pero respetamos su posición marxista profundamente. Seguiremos teniendo diferencias, pero hay una hermosa coincidencia en la que participamos aquello a que se contiene en aquella frase luminosa de Benavente: Libertad, libertad enciende para mí sus luceros distantes''. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra el señor diputado Alfonso Reyes Medrano.

El C. Alfonso Reyes Medrano: - Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: Qué hermosa es la democracia que permite estos debates, que duró cerca de dos horas y qué generosa es también cuando permite como a los navíos antiguos enfilarse con amparo del viento casi no siempre teniendo la oportunidad de llegar a su destino o con mucha dificultad llegan, se navega por los 7 mares y así hubo muchos descubrimientos; también ahora hay navegación por 7 mares y muchos descubrimientos.

Quiero volver al tema, volver al tema que habíamos dejado pendiente por esta disgresión democrática y que tiene mucho que decir de nuestra Presidencia y de nuestra Cámara, volver al tema que se trataba de analizar la iniciativa de reformas a leyes fiscales, que envió el Presidente de la República a esta Cámara. La iniciativa en resumen modifica 7 códigos o leyes con un total de 22 artículos, pero todos estos planteamientos de reformas encaminan a una sola medida: reducir los plazos de manifestación al fisco de los impuestos que prescriben esas leyes; es decir, habla de pagar los impuestos en determinado tiempo, con ello el Estado no aumenta por ningún motivo sus ingresos fiscales está muy claro y lo han dicho todos los diputados de mi partido que han subido a la Tribuna, solamente modificada el plazo del tiempo en que deben de ser enterados y con ello el Estado ahorra financiamiento que tiene que adquirir para llevar a cabo sus programas y en consecuencia de ello ahorra también costos financieros de dichos préstamos

porque es fundamental que así sea, la dificultad económica del país así nos obliga.

No incrementa los costos de administración como falazmente se dijo aquí por la oposición, porque los mismos empleados que operan o que operan actualmente o que actúan para determinar los impuestos, serán los que estarán empleados, es más, yo creo que podrán reducir sus costos y avanzar en la productividad de sus empresas cuando todos estos impuestos lleguen a coincidir en una fecha de entero, en consecuencia tendrán más oportunidades de pagar menos empleados y menos sueldos en la materia.

Aquí no se ha dicho el fondo de lo que está en la oposición del PAN y es que los empresarios a quienes representan ya no podrán especular con el dinero del fisco y las cuotas de los institutos en los cuales cotizan.

Han hablado aquí que les duele la cabeza, que les duele el hombro, que les duele el omóplato, que están lastimados del estómago, que les duele la tibia y el peroné, pero no han hablado de la mano derecha donde reciben los intereses por depositar esos dineros que corresponden al fisco en la banca y que son especulados por varios meses en el año y algunas veces en un año entero.

También mentira porque es sofismática la verdad que afirman, que se va a perjudicar a todos los empresarios del país y sobre todo a los pequeños empresarios, perdón pero la iniciativa jamás está perjudicando a los pequeños empresarios que representan el 90% del total de cotizantes al fisco, el 90% que definitivamente no se les modifica ni uno de sus plazos, si acaso se les acerca en uno de sus días para que coincidan efectivamente en sus manifestaciones. También es mentira que haya un supuesto de incremento de ingresos fiscales de 500 millones de pesos. Evidentemente todo esto es sofismático y son los reyes del sofisma en estas argumentaciones.

El mismo Subsecretario de Hacienda lo manifestó en la presentación que nos hizo en la Comisión y para borrar de la mente de ustedes, de todos los que no estuvieron en la Comisión lo que dijo el señor subsecretario en la propia minuta que fue tomada en aquella reunión me voy a permitir algunos párrafos:

"Es una medida que hemos estimado que puede dar un beneficio -jamás un aumento de impuestos- del orden de los 170, 180 mil millones de pesos que en la situación actual son importantes para el país y para el Estado.

Estos 170 mil ó 180 mil millones se ahorrarán de los financiamientos que ya no tendrán que pedir para poder financiar los programas que están precisamente desarrollando. Pero dijo además que los 320 millones restantes iban a tratar, mencionó que ojalá y así fuera, textualmente "más de lo que pueda lograr en beneficio de la medida que pudiera ser del orden de los 170 mil millones, nos estaríamos acercando a una cifra de 500 mil millones, porque con ello podremos obtener también recursos que pueden ser del orden de los 250, 300 mil millones de pesos por multas o recargos".

El fisco no tiene la culpa de que los empresarios caigan en mora. Es en lo absoluto. El diputado a que se refería uno de los oradores del PAN que había indicado en la reunión de la Comisión de que la utilidad se obtenía todos los días, es cierto, yo fui el que lo dije. Todos los días los empresarios venden sus productos y en ese momento causan utilidad y en ese momento generan el impuesto que esa utilidad ha generado y en ese momento precisamente es cuando la economía está funcionando. Simplemente y sencillamente que en épocas no inflacionarias y fundamentalmente por cuestiones administrativas de la empresa se hacía la cotización anualmente.

Está equivocado también el diputado que mencionó que los avances a los impuestos habían sido legislados hace poco tiempo. Este principio existe desde 1925 en donde se vió la necesidad precisamente de avanzar al fisco parte de lo que le corresponde. Es importante también decir que, por ejemplo, a los trabajadores, tanto por lo que se refiere al impuesto que le es retenido el día que cobra su sueldo, cada ocho días o cada 15 días, en ese momento la nómina y el sobre que les entregan trae prescrito su sueldo y el impuesto que es detenido. ¿Por qué habrían de permitir los trabajadores que su retenedor lo jinetearan los bancos meses y meses?

Es también importante decirlo, y sobre todo en esta problemática económica que estamos viviendo, cómo es posible que al Infonavit se le estén entregando retardíamente las cuotas que también el día que cobra el trabajador le son descontados a la son aportadas por el patrón en el fondo que a su favor se está haciendo. Esta utilización del dinero no tiene más que un nombre: especulación. Y justamente lo que le duele al empresario no es la cabeza ni el hombro, ni el homoplato ni el pie, es la mano derecha con que recibe los intereses precisamente de la utilización especulativa de este dinero.

Si alguna duda cabe todavía de que hubiera existido algunas ligas del PAN con los empresarios, creo que con esta larga argumentación que nos han hecho, sin razón, está comprobada. Muchas gracias.

El C. presidente: - En caso de la palabra el diputado Humberto Rice García.

El C. Humberto Rice García: -Señor presidente, amigos y amigas diputados: Se han estado dando argumentos a favor, argumentos en contra de la Iniciativa de modificaciones a diferentes disposiciones fiscales; sin embargo, quisiéramos recalcar el hecho de que a fines del año pasado estuvimos en estas discusiones y estuvimos planteando argumentos en contra de estas medidas y a tres meses escasos, o cuatro meses volvemos a enfrascarnos en las mismas discusiones.

Se tenía entonces la razón hace cuatro o cinco meses la tienen ustedes ahora? ¿Por el hecho del grave problema financiero que afronta nuestra nación? La solución al problema fundamental de las finanzas públicas del gobierno federal, es el déficit presupuestario que aún no conocemos con certidumbre ni lo vamos a poder conocer en breve, debe de orientarse hacia dos objetivos básicos: el incremento, en primer lugar, de los ingresos públicos, buscando que paguen correctamente quienes no lo hacen.

Yo creo que este es un principio que ninguno de nosotros como representantes de la Nación estamos en contra, que todo causante, que toda aquella persona que deba de pagar impuestos los pague y los pague correctamente y además de pagarlos correctamente los pague también en tiempo. Y por otro lado, la reducción del gasto público a niveles que correspondan a nuestra realidad económica.

Ante la falta de los recursos provenientes de fuentes de financiamiento externo e interno y la contracción de la economía, el gasto público tendrá que ser cubierto totalmente en el presente y en el futuro con recursos de contribuciones, pero eso no es posible lograrlo a corto plazo, porque por una parte no se puede elevar más las cargas fiscales en una economía en receso como la nuestra, sin que los causantes sean estas empresas o personas físicas, se vean seriamente afectados y al combate a la evasión y a la elusión fiscal arrojará un mínimo de recursos en relación con el faltante del presupuesto. Y por otra, mientras que el gasto público se elevó considerablemente a partir de la época en que se pensaba en la estabilidad de los precios del petróleo por arriba de los 30 dólares, no se reduzca a los niveles que le corresponde a nuestra realidad económica, por eficiente que sea la recaudación de contribuciones, no se generarán recursos suficientes para financiar este grave déficit financiero.

Y es por ello que no solamente tiene importancia que el Congreso de la Unión maneja iniciativas de ley que tiendan al fortalecimiento de las finanzas públicas por la vía de la obtención de ingresos, sino que la situación de emergencia presente también, resulte prioritario que se analice por el Ejecutivo y por las Cámaras el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para que en los términos del inicio f) del artículo 72 Constitucional se reforme y pueda el Congreso inclusive llegar a ejercer las facultades que le confiere el artículo 73 fracción 11 Constitucional de suprimir empleos públicos de la Federación y de disminuir sus dotaciones.

Las modificaciones que contiene la Iniciativa en nada contribuyen a emitir sustancialmente el déficit del gasto público. Reducir el plazo para la presentación de declaraciones y pago de impuestos mensuales en 10 ó 5 días, sólo tiene el efecto de hacer llegar anticipadamente al Erario Federal por el mismo lapso una sola vez en el caso del IVA los fondos recaudados, beneficio parcial que deja de serlo una vez que se estabiliza el flujo de recursos del Erario y su aplicación al gasto. Tal medida en cambio produce grandes sacrificios y trastornos a los contribuyentes, ahora sólo contarán en pocos días hábiles a partir del cierre mensual de sus operaciones para todo el proceso de determinación y liquidación de contribuciones ya sea propias o retenidas o con los datos que arroja su contabilidad, actividades que por la experiencia adquirida a través de un gran número de años, se han considerado que sólo pueden ser cumplidas en los plazos tradicionalmente concedidos, 15 días para impuestos retenidos o recaudados, y 20 días para impuestos directamente a cargo de los contribuyentes.

Permanentemente la liquidez de las empresas y unidades económicas sufrirá menoscabo, porque a los efectos de su descapitalización por la inflación, altos costos de financiamiento, escasez y reducción y supresión en algunos de los casos, de créditos bancarios y contracción del mercado, se agrega ahora la necesidad de disponer anticipadamente de recursos para el pago de gravámenes, en detrimento de actividades normales de empresas y unidades económicas, y con elevación de sus costos financieros.

Si bien en la exposición de motivos se trata de justificar la reducción del plazo en relación con impuestos retenidos o recaudados, no se da la misma motivación ni alguna otra, tratándose de impuestos directamente a cargo de los contribuyentes, porque de manera incidental, la reducción del plazo en este caso opera sólo para hacer coincidir todos los plazos para presentación de declaraciones y pago de impuestos, según se

manifiesta en el último párrafo de la hoja 11 de la misma exposición de motivos, lo que no es razón suficiente para ocasionar molestias a los contribuyentes.

Reiteramos modificar las disposiciones fiscales relacionadas con los plazos para el pago de los impuestos, directamente a cargo de los contribuyentes, sólo para hacerlos coincidir con los establecimientos para el entero de las retenciones, es una medida que carece de la debida motivación. Más drástica, ilegal y perjudicial resulta la modificación al artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que se pretende imponer a las sociedades mercantiles y sólo a ellas, la obligación de efectuar pagos provisionales mensuales, a cuenta del impuesto anual a su cargo, en vez de los pagos cuatrimestrales que establecen las disposiciones vigentes.

A este respecto, cabe destacar que la modificación aludida contraviene al principio de equidad consagrado en el artículo 31, fracción IV de la Constitución, porque la obligación de efectuar pagos provisionales mensuales sólo trata de imponerse a las sociedades mercantiles, a diferencia del tratamiento que al respecto reciben las personas físicas que también desarrollan actividades empresariales quienes seguirán efectuando pagos provisionales en forma cuatrimestral. Existe falta de equidad, porque si no se da trato igual a iguales.

Además la exigencia de cubrir los pagos provisionales en forma mensual y dentro de los diez primeros días del mes siguiente, ocasiona también las molestias y perjuicios por cargas administrativas y financieras que mencionamos anteriormente.

Y este problema de cargas administrativas no sólo será para los contribuyentes, se nos viene a decir que con el mismo personal se recabarán ahora cuatro veces mas de movimiento administrativo en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Esta carga administrativa será gravemente onerosa para la propia secretaría y tendremos que asumirla todos los contribuyentes y también el Ejecutivo por vía de la Secretaría de Hacienda.

La reforma al Artículo 82 fracción I del Código Fiscal de la Federación, por lo que se aumenta la multa por la presentación de declaraciones en forma extemporánea, nos preocupa porque no es que el causante, el contribuyente quiera estar en mora. Ya lo demostró aquí uno de nuestros compañeros, en el sentido de que la carga por moras es mucho muy superior a los intereses corrientes y que nadie quisiera caer por caer por aprovechar este sistema.

Nos preocupa que sólo se concedan 10 días para cumplir tal obligación, porque es evidente que resultará demasiado corto, y si consideramos que gran número de causantes caerán en mora por la imposibilidad administrativa de poder cumplir en estos plazos.

Es por estas razones y por otras razones que hemos estado mencionando, estaremos en contra del dictamen que ha sido presentado por la Comisión de Hacienda a esta Cámara de Diputados. Muchas gracias.

El C. presidente: - En uso de la palabra, el diputado Ricardo García.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Con la autorización de la presidencia; señoras diputadas y señores diputados: Ciertamente a esta hora, a esta altura de la discusión, con un debate alterno que se presentó y consumió bastante tiempo, me llama de todas maneras la atención cómo se está dando este debate en lo general, en el que a la tribuna vienen argumentos, vienen planteamientos, algunos de ellos reiterativos y la comisión en la mayoría de los casos no considera que tengan valor alguno, dado que no viene a la tribuna a referirse a ellos, a rebatirlos a contra - argumentar. Y hemos visto en el curso del día cómo algunos han quedado intocados, o muy superficialmente tocados, o hasta falazmente combatidos.

Con todo respeto, compañeros diputados, tengo que confesar que en esta intervención me propongo llamar su atención en un aspecto que desde mi particular punto de vista, representa una gran responsabilidad para todos los diputados. Un aspecto que ya en este debate ha sido calificado de palabrería, de recurso dilatorio, o simple y sencillamente de argumento legaloide.

Me estoy refiriendo a la obligación y necesidad que tenemos todos los diputados de comprender y de asirnos de un criterio jurídico, desde el punto de vista de la constitucionalidad de un acto que vamos a consumar en este día. Es menester que todos y cada uno de nosotros a pesar de que nuestra formación profesional no nos lo exija y sí nuestra responsabilidad como diputados el conocimiento y el entendimiento de qué está sucediendo en esta tribuna con relación a la constitución. Quiero confesar entonces que tiene desde mi particular punto de vista poca importancia probablemente el esfuerzo que voy hacer en relación a los resultados de la aprobación de esta ley, pero espero que este esfuerzo de tratar de recapitulizar y puntualizar los aspectos constitucionales que se han debatido, sirvan para que todos y cada uno de los diputados de la LIII

Legislatura puedan actuar en conciencia y bajo su estricta responsabilidad frente a una necesidad de emitir un voto con conocimiento de causa y con responsabilidad frente a la constitución.

El constitucionalismo no es una fórmula vacía, tiene contenido profundamente humano, es el más importante instrumento jurídico que la sociedad ha utilizado durante su evolución secular para salvaguardar la dignidad y libertad del individuo, de la persona frente a la acción del estado que puede resultar en algunas ocasiones opresoras.

La constitución es la ley suprema de la nación, todas las leyes deben subordinarse a ella, la invocación de la constitución de ninguna manera, compañeros diputados, constituye o puede constituir tácticas dilatorias, ni mucho menos ser calificado de palabrería.

Existe un aforismo de ciencia política que señala que las instituciones democráticas sólo pueden fortalecerse mediante el conocimiento que tenga el pueblo de su constitución y de su forma de gobierno; nuestra balbuceante democracia no avanzará mucho si el respeto a la constitución se le designa como argumento legaloide o como táctica dilatoria.

Ya en el seno de este debate y principalmente cuando acción nacional quería llamar la atención de los legisladores sobre cuando menos la precaución que debiéramos tomar los legisladores de revisar que la ley que estamos ahora a punto de aprobar, fuera constitucional a través de una moción suspensiva, acudió a la tribuna el diputado Salvador Ramos Bustamante y es el único que ha traído una cita y una argumentación jurídica para contrarrestar los argumentos presentados de inconstitucionalidad de esta ley.

El diputado Ramos Bustamante señalaba... (interrupción)

(Voces de las curules): Ramos Espinoza.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: -Ramos Espinoza. Discúlpeme, le pido muy encarecidamente que me disculpe por haber utilizado mal el nombre, sin embargo lo tomé de un documento que dice así, pero por favor no se ofenda, no era mi intención.

El señor diputado Salvador Ramos... (Interrupción)

(Voces de las curules): Ignacio Ramos.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: -Yo pediría que en la versión se corrigiera también el nombre que le pediría al diputado repitiera completo para que lo pudieran tomar porque dice aquí el C. diputado Salvador Ramos Bustamante. Bueno, el diputado Ramos citaba al maestro Tena para indicarnos lo que en la página 331, en el párrafo, esto es en el punto 103 de su obra, presenta diciendo que el congreso puede establecer tributos distintos a los consignados en la Ley de Ingresos, en ejercicio de su facultad general de imponer contribuciones que establece el artículo 73 fracción octava. Y antes el diputado Ramos había citado el artículo 126 como facultativo para la modificación de la Ley de Ingresos.

Desgraciadamente la cita de la obra del maestro Tena, no es aplicable en este momento porque se refiere a dirimir la controversia que se da entre el hecho de que el Presupuesto de Ingresos es facultad exclusiva de los diputados y que cuando se concede el derecho genérico de imponer nuevas contribuciones a través de una Ley, pues las leyes, como todos nosotros sabemos, se hacen por la participación de ambas cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.

Y en esta interesante cita que hace el diputado Ramos, encuentro con toda claridad la solución a este problema que el mismo maestro Tena refiere. Dice: "La interpretación literal que pudiera hacerse de la fracción VII del Artículo 75 que otorga como facultad al Congreso - Esto es a las dos cámaras- la de imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto". pues para salvar la contradicción que pudiera presentarse con la fracción IV del Artículo 74, debe entenderse en el sentido de que la Cámara de Diputados tiene la facultad exclusiva de aprobar el presupuesto anual de gastos, discutiendo primero que el Senado, las contribuciones a que a su juicio deben decretarse para cubrir aquél, de este modo la requerida fracción es congruente en el inciso H. del artículo 72.

Yo dije que voy a hacer un esfuerzo para que todos los diputados entiendan cuál es la problemática constitucional. Esta problemática que cita el diputado Ramos, ahí mismo encuentra su respuesta. Se trata de que por un lado se concede una facultad exclusiva a los diputados, por otro lado se dice que hay el derecho de establecer contribuciones mediante leyes que tienen que ser mediante el procedimiento de la intervención de ambas cámaras, de senadores y diputados, y nos plantea que el inciso H. del Artículo 72 resuelve la controversia. No es entonces esa cita que quería presentarse como argumentación de facultades para esta Cámara de Diputados de modificar la Ley de Ingresos, no es aplicable.

Hay un principio de congruencia con el cual tendríamos nosotros que analizar todos los preceptos constitucionales que han sido invocados, recapitulando y tratando de esquematizar, insisto, bajo el principio de congruencia.

La invocación por parte del Secretario de la Comisión Dictaminadora, así como del diputado Ramos, del Artículo 126 Constitucional, desgraciadamente no se refiere a Ley de Ingresos, sino a Ley de Egresos; para quienes no tienen a la mano una Constitución y no recuerdan de memoria el contenido del artículo 126, textualmente dice: No podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el presupuesto o determinado por ley posterior.

De aquí se quiere deducir que se tiene la facultad de a través de una ley posterior, facultar a hacer pagos, esto es relativo a Ley de Egresos; sin embargo, vamos a suponer que fuera aplicable este precepto constitucional, vamos a concederlo por un momento y tendríamos entonces ahora que recordar que en esta tribuna se ha señalado el artículo 72, fracción f).

El artículo 72 dice: Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones. Fracción f.) En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

Si nosotros hemos concedido que el artículo 126 faculta a esta Cámara de Diputados para modificar la ley de Ingresos, entonces tendríamos que, aplicando la fracción f) del 72, que en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

Vamos entonces al artículo que nos dice cuáles fueron los trámites que se siguieron para la formación de la ley que ahora se pretende modificar, y entonces vamos a ir al artículo 74 Constitucional.

El Artículo 74, en su fracción 4a. que ya ha sido traído a esta tribuna, el Artículo 74 fracción 4a.: Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, fracción 4a., examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación y del "Departamento del Distrito Federal, discutiendo primero las contribuciones que a su juicio deben decretarse para cubrirlos, así como revisar la Cuenta Pública del año anterior.

El ejecutivo Federal hará llegar a la Cámara las correspondientes iniciativas, en este caso que es un período extraordinario, ya llegó la proposición, la iniciativa de Reformas correspondientes y los proyectos de presupuesto a más tardar el día 15 del mes de noviembre y hasta el día 15 de diciembre, cuando inicia su encargo la fecha prevista por el artículo 83, debiendo comparecer el secretario del Despacho correspondiente a dar cuenta de los mismos. Bien, suponiendo que el 126 invocado se refiriera a Ley de Ingresos entonces tendríamos que revisar lo dispuesto por la fracción F) del 72 que dice que para modificar una ley hay que ir a los procedimientos seguidos para su información, el procedimiento seguido para la formación de Ley de Ingresos es que la mande el Ejecutivo acompañado del Secretario de Estado para dar cuenta a la Cámara de Diputados y que esta representación nacional tenga los elementos.

Esta es la secuencia que desgraciadamente no ha sido con argumentos, porque si con adjetivos, pero con argumentos jurídicos no ha sido suficientemente debatido, si ya no con el propósito de no violar la constitución, cuando menos que se haga con el propósito de que los diputados sepan lo que están haciendo.

El maestro Rabasa decía que ya nadie estudia la constitución porque no deja ventajas económicas, sinceramente compañeros diputados; creo que con la investidura que el pueblo de México nos ha confiado de representarles, el conocimiento de la constitución y la voluntad de apegarse a ella no está en función de las ventajas o de las pretensiones que de otro orden que no sea el de una profunda e íntima satisfacción que el deber cumplido, pueden esperar los legisladores.

A esta tribuna han venido como referencia otros artículos constitucionales; ya se ha señalado por ejemplo que el artículo 31 fracción IV de la Constitución que contiene el principio de equidad, ha sido vulnerado y no se ha argumentado con razón o sin razón, ese era el debate, que la obligación de efectuar estos pagos con la periodicidad que se propone, en la iniciativa mensual, es inequitativa porque solamente va a generar obligación a quienes están constituidos en sociedades mercantiles, cuando existen particulares que se dedican exactamente a la misma actividad económica, comercial o industrial.

El C. Javier Garduño Pérez: -¿Me permite una interpelación?

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: -Haciendo uso del principio de reciprocidad, aunque quisiera aceptarla, no puedo aceptar la interpelación. ¿Cómo, con qué cara la solicitan si cuando se les pide la niegan? No se concede la interpelación.

El C. Presidente:- No concede la interpelación del orador.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: -Es verdaderamente asombroso cómo

cuando al diputado le solicitaron una interpelación.

El C. presidente:- Sírvanse los señores diputados guardar orden.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes:- Yo creo que tienen razón los compañeros diputados. Sí les ha quedado claro que se va a violar la Constitución, ya quieren que me calle y que me baje, porque es una situación sumamente incómoda. Sin embargo, yo en lo particular voy a procurar seguir cumpliendo con lo que en un momento dado considero mi deber, para señalarles que si es verdad que se va a dar trato desigual a iguales, se viola un principio constitucional.

E insistir en que las instituciones democráticas de un país, se basan, se sustentan necesariamente en la confianza que el pueblo tenga, de que el proyecto nacional, emanado del gran sufrimiento y hasta el derramamiento de sangre hermana, plasmado en una Carta Magna, que proyecta todas las relaciones entre el gobierno y los gobernados, todas las aspiraciones de justicia, de verdad y de libertad, en la medida en que esta Constitución sea desoída y desatendida, es en la medida en que las instituciones democráticas del país decrecen, se encogen y corren el grave riesgo de por una fracción, de por una oligarquía facciosa, fenecer,.

Creo que es obligación de la mayoría, de los diputados de la mayoría, que el diputado Barberena definió como de la Trinidad, deben venir a plantear en esta tribuna sus dogmas de fe.

El C. Miguel Angel Barberena Vega: -Señor presidente, para una aclaración.

El C. presidente:- Por cinco minutos para una aclaración.

El C. Miguel Angel Barberena Vega:- Por un minuto para una aclaración.

El C. Miguel Angel Barberena Vega:

-Señor presidente, señores diputados. Solamente una aclaración al diputado que acaba de hacer uso de la palabra, así se hacen los chismes. Yo nunca hablé de la Trinidad, porque no la conozco, yo hablé que mi partido está integrado por tres sectores distintos y un partido verdadero. Si es la Trinidad, pues les hablé en su idioma para que me entendieran, nada más, gracias.

El C. presidente: -Tiene el uso de la palabra el diputado César Augusto Santiago.

El C. César Augusto Santiago Ramírez: -Señor presidente; compañeras y compañeros diputados. Casi siempre pretender responder puntualmente a lo que el orador anterior haya señalado, cuando menos en mi caso motiva que se dejen en el tintero muchas cosas que por deficiencias de quien vino a plantear antes sus pronunciamientos, obstaculizan una presentación mejor de lo que estamos discutiendo.

Yo no quiero por ello insistir en hacer una respuesta puntual, y como me he inscrito en pro voy mejor a tratar de dar razón de ser a mi presencia en esta tribuna.

Es importante que en una discusión como ésta, tratemos de precisar desde el inicio cuales son las vertientes en las que la discusión se ha venido dando. Y es importante porque debe decirse al inicio aquellos argumentos de fondo que vamos después a tratar de justificar. Yo he escuchado que en el curso de este largo debate, la intervención concretamente de Acción Nacional, ha sido en dos vertientes: Por un lado, los planteamientos que han pretendido deslegitimar el procedimiento y el fondo de la iniciativa en discusión, con un pretendido argumento de anticonstitucionalidad. Por el otro, se han adelantado juicios, yo llamaría de estricta naturaleza fiscal en los que en resumidas cuentas se viene a decir aquí que la iniciativa es una medida desesperada del gobierno para reponer el déficit fiscal y que los extremos de la misma van a final de cuentas a repercutir en el pueblo de México.

Yo creo que en este orden de ideas, conviene analizar primero el cuestionamiento señalado al inicio. Y esto yo podría resumirlo, esencialmente en una pregunta: Es constitucional el procedimiento para que la Cámara de Diputados estudie, analice, discuta y finalmente vote modificaciones a leyes fiscales. Este es la esencia del planteamiento, porque nada tiene que ver la discusión del artículo 74 constitucional que aquí mañosamente se ha querido referir.

Para contestar a esta pregunta, yo enfáticamente diría que tiene plana facultad el Congreso para discutir, para analizar y finalmente votar iniciativas del Ejecutivo en materia fiscal, otras que la Ley de Ingresos. Y que el principio de anualidad que el artículo 74 constitucional precisa, no se vulnera de ninguna manera porque estamos hablando de cosas diferentes.

Creo que en varias intervenciones se ha hecho énfasis en que estamos en una situación que tiene antecedentes teóricos y prácticos muy claros. Varias ocasiones anteriores y ante imperativos claros, esta Cámara de Diputados se ha

pronunciado por establecer contribuciones nuevas e impuestos nuevos. Este no es el caso. No estamos ahora discutiendo contribuciones ni impuestos nuevos. Pero si así lo fuera, esta Cámara de Diputados tiene facultad para hacerlo.

Se ha dicho también que estamos ante la presencia de modificaciones a la Ley de Ingresos, y en este señalamiento siempre se refiere a la pretendida violación constitucional, y a mí se me antoja que es motivo de alta preocupación el referirse siempre a la Constitución. Yo he escuchado con frecuencia que cada vez que hay algún planteamiento difícil como este, porque sin duda es difícil, cada vez que ocurre un planteamiento difícil la referencia inmediata es "se está violando la Constitución". Diputados del PRI ustedes sabrán su juicio histórico porque están violando la Constitución". Y un pretendido rebuscamiento de situaciones si quiere decir que hay aquella violación que sólo puede existir en una argumentación leguleya.

La Constitución, en verdad, debe motivar nuestra preocupación siempre, debe estar inmanente en el fondo y en la esencia de todas las discusiones, pero para destacar su vinculación con lo que estamos haciendo no como pretexto para encontrar argumentos que desvirtúen una iniciativa que nada tiene que ver con el problema constitucional que se señala.

Yo decía que hay antecedentes teóricos y prácticos en exceso, que esta Cámara en ocasiones anteriores se ha pronunciado para decretar incluso modificaciones que pueden contraer un nuevo impuesto, y que así fuere el caso que no lo es en esta iniciativa, la Cámara tiene plena facultad para hacerlo.

Pero bien, esto que vengo a decir ahora ya se ha dicho antes y parece que no ha tenido efecto, porque al final recurrimos otra vez al manido argumento de que la Constitución se viola, pero no se adelanta ningún juicio que realmente justifique este acierto.

Ojalá que lo que diga en seguida aclare de una vez este asunto. Es natural que cada vez que hay una modificación a leyes fiscales especiales los empresarios ocurren al juicio de amparo, si es natural porque los empresarios privados normalmente tienen buenos abogados del PAN y esto motiva que con cualquier resquemor de cualquier tipo haya una argumentación también dilatoria que ahora entiendo muy bien el por qué aumentar la situación, de aumentar por concepto de mora, es muy claro, porque de otra manera con este tipo de argumentaciones los juicios fiscales se irían al infinito y el fisco quedaría siempre esperando el resarcimiento por los daños que se le han causado.

Pero decía yo en uno de estos juicios de amparo que recientemente ha sido resuelto, la Suprema Corte de Justicia se pronunció en un caso que es exactamente aplicable al asunto que estamos discutiendo y esta tesis que está explícita en el último informe del Presidente al pleno de la Suprema Corte de explica más o menos esto: "De acuerdo con nuestro sistema legal, anualmente el Congreso debe decretar las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto del año fiscal siguiente, artículo 65 fracción II de la Constitución".

La forma - eso es muy importante - la forma en que normalmente se decretan tales contribuciones, es haciendo en la Ley de Ingresos respectiva una simple enumeración de las diversas exacciones que deben cubrirse durante el año sin especificar salvo casos excepcionales, ni cuotas ni formas de constitución del crédito fiscal. Esto es muy importante de tenerlo en mente. Sólo se establece en la Ley de Ingresos, las formas y la ennumeración de las contribuciones que después van a ser requeridas; recibiéndose que en los pormenores de ésta, serán realizadas de acuerdo con las leyes respectivas, y eso es muy explicable porque de hacerlo de otra manera, implicaría que cada vez que se apruebe y se discuta la Ley de Ingresos, habría necesidad de discutir y votar particularmente todas las leyes especiales en las cuales están los procedimientos para hacer efectivas aquellas contribuciones precisadas en la Ley de Ingresos.

Pienso que esto es muy claro. A cambio de esto, el procedimiento que hemos seguido sempiternamente es muy claro y muy obvio, precisar las contribuciones, sus condiciones y características en la Ley de Ingresos y repetir que están vivas todas las disposiciones fiscales que están contenidas en otras leyes, pero aquí es importante distinguir que no se trata de dos facultades distintas que tiene la Cámara, es la misma facultad que se da en dos partes. La iniciativa a discusión y voto de la Ley de Ingresos que eso sí requiere de las exigencias del 74 constitucional, y la modificación posterior de las leyes especiales en las cuales se fijan las condiciones entre los impuestos van a ser recaudados, que es la materia de este asunto, y en ese caso la Cámara de Diputados tiene la facultad de poder discutirlos en cualquier tiempo. Es cosa simplemente de consultar el informe de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su último pleno para encontrar una prolija explicación que ahora he querido resumir.

Yo creo entonces que insistir reiteradamente en que estamos violando la Constitución es hacer una interpretación equivocada del artículo 74 constitucional que no se refiere a lo que estamos tratando y es también hacer una interpretación equivocada del carácter anual de las disposiciones referentes a ingresos y egresos del Gobierno Federal.

El funcionamiento del estado contemporáneo, los cambios frecuentes en las circunstancias económicas nacional e internacional y el sentido común, indican que la soberanía fiscal depositada en el Congreso de la Unión no puede impedirse su ejercicio con una interpretación no razonable del principio de anualidad presupuestaria.

Yo creo entonces que en el caso que estamos estudiando esta tarde no hay ninguna violación a la Constitución. Es perfectamente constitucional el procedimiento y el fondo de la iniciativa. Los argumentos de otra naturaleza que se han adelantado aquí, yo pienso que han sido contestados exhaustivamente por los compañeros priístas que me han antecedido en el uso de la palabra.

Yo solamente quisiera, para finalizar mi intervención, tratar de hacer un par de precisiones más, porque esto sirve de fundamento a lo que ya ha dicho: Se dijo aquí que por virtud del artículo 31 constitucional en esta iniciativa también, como supuesta violación constitucional, se está dando un trato igual a los desiguales.

Y yo quiero simplemente señalar que ese argumento fue erróneamente planteado. Justamente en la iniciativa, y es algo que podemos fácilmente constatarlo, hay un trato distinto para la persona física frente a la sociedad anónima. Las diferencias son obvias y por eso no van insistir en el tema, pero si este no es un claro caso en que se da un tratamiento adecuado a las desigualdades que jurídicamente existen, cuál otro podría ser? yo me pregunto.

Y la segunda imprecisión a la que quiero finalmente aludir, se vino a decir aquí que el manejo de los recargos también extraña una violación constitucional, porque no es equivalente a los intereses que se pudieran haber devengado por el causante que entra en mora, parece que fueran muy sutiles estas precisiones pero yo pienso que son fundamentales.

Claro, si entendemos que recargo e interés es igual, es obvio que vamos a encontrar esta pretendida argumentación que se ha hecho, pero son cosas distintas; lo que conviene es precisar los conceptos muy bien, recargo es igual a una indemnización que se da al fisco por la mora, es un concepto de resarcimiento por el daño ocasionado al fisco, por eso es perfectamente correcto que además del pago que se le da en el dinero que no se enteró a tiempo, se dé algo más como consecuencia de pago de daños y perjuicios, y esto, cualquier abogado, refiriéndome a lo que han dicho aquí, los de tercero de secundaria pueden entenderlo.

Finalmente, ¿qué cosa es interés?, interés es el precio por el uso de dinero ajeno, que es una cosa totalmente distinta a la que se ha querido señalar aquí. Yo creo, pues, que en esta iniciativa, tendiendo una cortina de humo característica, se ha querido descalificarla por inconstitucional y por violatoria de normas esenciales en la discusión y aprobación del Presupuesto y la Ley de Ingresos. No hay tal cosa y creo que no hubiese cumplido ningún objetivo mi intervención si no dejara esta frase final. La iniciativa, el procedimiento y la facultad de esta Cámara para discutirlo y después votarlo, es perfectamente constitucional. Muchas gracias.

El C. presidente: -Para hechos por cinco minutos, tiene la palabra el diputado Castro.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Señor presidente señoras y señores diputados: Las violaciones a la Constitución en materia fiscal, lamentablemente para el pueblo de México, lamentablemente para el honor del Congreso y lamentablemente para nuestra función como diputados, van siendo cada vez más frecuentes por los tecnócratas funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

A ello ayuda un principio básico y fundamental del amparo: la relatividad de las sentencias en materia de amparo. ¿Qué tiene que ver este principio con las violaciones constantes a la Constitución a través de las leyes fiscales? Si el amparo es el medio que tiene el residente en la República para atacar una disposición constitucional, también lo es, y es uno de los principios que le han dado fuerza a la institución, que la sentencia del amparo protegerá única y exclusivamente a quien lo interpuso, permaneciendo vigente, valedera, con toda su plenitud la ley que en un momento dado puede ser inconstitucional porque, y lo han dicho en algunas reuniones algunos funcionarios de Hacienda, qué nos importa que la ley sea inconstitucional; que se amparen; será el cinco o el diez por ciento de los causantes los que tengan el medio de atacar la ley por medio del amparo, y nos importa que la sentencia dictada por la autoridad judicial les sea favorable, con los ingresos derivados del otro 90% que no se amparó nos son mas que suficientes para hacer frente a los gastos cada vez más grandes del Gobierno Federal.

Y esta ley es inconstitucional en su procedimiento. No importa que el señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra, y muy brevemente se lo voy a demostrar, nos haya dicho que el procedimiento es correcto, y haya atacado un argumento que no se vio; aquí nunca se dijo que este Congreso no tiene facultad para poder conocer de una disposición en materia fiscal, ni nunca hemos afirmado que el Congreso carece de la facultad de aprobar o rechazar iniciativas de ley en materia fiscal. O más concretamente: no hemos afirmado que en esta Cámara no pueden examinar una iniciativa de ley que imponga una contribución al pueblo de México. Eso no está a discusión. Esta Cámara tiene absolutas facultades para poder conocer de iniciativas de ley que establezcan contribuciones al pueblo de México y que establezcan disposiciones en materia fiscal. Aquí el problema que se está planteando en materia fiscal, es si esta iniciativa provoca o no una modificación en la Ley de Ingresos. Ese es el punto a discusión. No si tenemos o no facultades para conocer de ella. Tenemos facultades para conocer de la Ley de Ingresos, cómo no vamos a tener facultades para conocer de iniciativas que establezcan contribuciones a los mexicanos, con base en una de las obligaciones de los mexicanos consagrada en la Constitución, como es aportar parte de sus ingresos para sostener los servicios que debe proporcionar el Gobierno, el Estado, a los mexicanos.

Pero, señoras y señores, las iniciativas que se nos han planteado en este período extraordinario, aquella discusión, aquel debate sobre la Ley del Seguro Social, donde se decía, "se está entrando al fondo antes de que entre a discusión el dictamen". pues, señores, esa iniciativa de la Ley del Seguro Social, y esta iniciativa cuyo dictamen estamos debatiendo, afecta a la Ley de Ingresos. La primera, porque la Ley de Ingresos nos establece, en una de sus fracciones del artículo primero, las aportaciones de seguridad social, en una determinada cantidad de millones. Y ésta, si no constituyera una modificación a los ingresos, si no estableciera una reforma a una de las partidas aprobadas en la Ley de Ingresos, no estaríamos atacando el procedimiento que se está siguiendo para debatir el dictamen sin la previa comparecencia del Secretario de Hacienda y el Secretario de Programación y Presupuesto.

Y en efecto, qué no nos dijo uno de los señores diputados a quien se le hizo una interpelación y no lo aceptó, y cuando él a su vez quiso hacer otra interpelación y se le dijo: señor, por reciprocidad no se le acepto; y dijo desde su curul: es que tiene miedo, es que no sabe. Y yo reflexioné para mis adentros: el señor diputado se está proyectando, porque cuando le hicieron interpelación esos eran los sentimientos que bullían en su interior y motivaron su negativa a aceptarla. Decía el señor diputado que, claro, que se trata de lograr una mayor eficiencia al Gobierno Federal; y yo le digo y me reclaman el tiempo para concluir, yo le digo al señor diputado: el no pagar, el no realizar los pagos dentro del plazo que señala esta iniciativa provocará o no provocará un incremento en los ingresos del Gobierno Federal; provocará o no provocará, señoras y señores diputados, un incremento o no en el renglón de multas; y provocará o no provocará un incremento en el renglón de indemnizaciones. Estos dos renglones dentro de la fracción VIII del artículo 1o. de la Ley de Ingresos bajo el rubro de "Aprovechamientos".

Por lo tanto, señoras y señores diputados, si hay modificación en la Ley de Ingresos, sí podremos conocer de ello, pero conforme al procedimiento que señala la fracción IV del artículo 74 Constitucional.

Y concluyó con un párrafo del mismo autor que citó uno de los oradores del Partido Revolucionario Institucional: "Complemento indispensable de egresos es la Ley de Ingresos, que tiene su fundamento en la facultad del Congreso para imponer contribuciones". Muchas gracias.

El C. presidente:- Por cinco minutos para hechos el diputado César Augusto Santiago.

El C. César Augusto Santiago Ramírez: -Señoras y señores diputados: Interesante lógica para contradecir lo que no es posible hacer en términos jurídicos. Son cosas distintas, señor diputado, son cosas distintas.

Yo dije en el curso de mi intervención que el cuestionamiento de Acción Nacional, de alguna manera cuestiona la facultad que tiene la Cámara para discutir, analizar y después votar una iniciativa como la que estamos viendo. Y es obvio que si se objeta el procedimiento y estamos discutiendo justamente esta iniciativa la conclusión es obvia, se está cuestionando la validez de la facultad que tenemos para analizar esas disposiciones contenidas en la iniciativa.

Pero hay otra cosa todavía más interesante. Yo hablé de alguna interpretación de la corte en tesis definidas, señaladas en el informe del Presidente al Pleno, en relación con este problema. Yo no vine a eludir aquí a la posibilidad de que particulares se inconformen con alguna posición y a defender la peregrina idea de que vamos a aceptar que aunque se ganan algunos amparos, con el resto que no pida amparo, con eso tenemos

suficiente. Yo ese argumento ni por aquí, ni por asomo lo señalé en la tribuna. Lo que es importante, porque demuestra, eso sí, que en aras de darle algún sustento de crítica constitucional a algo que no lo tiene, nos tratamos de agarrar con cualquier situación colateral que no tiene conexión con el tema principal.

Yo dije y lo sostengo, como punto a discutir, no estamos modificando la Ley de Ingresos, y hablé del procedimiento que simplemente hemos seguido al aprobar la Ley de Ingresos, se apruebe un catálogo de exacciones, normas y condiciones de donde van a provenir las contribuciones para darle sustento al presupuesto. Y por economía se dejan vivas leyes especiales que de otra manera cada año, tendríamos que revisar y proponer en su conjunto. Por eso es que se dice, de acuerdo y en las condiciones que fijen las leyes, porque esas leyes son las que automáticamente quedan renovadas al aprobar la Ley de Ingresos y esas son las que estamos modificando ahora. Pero aún suponiendo sin conceder que lo que vamos a aprobar seguramente probará una modificación a la Ley de Ingresos, esto también es perfectamente válido, pero aclaro, aún suponiendo sin conceder el principio de anualidad no es una camisa de fuerza, no debe entenderse como una camisa de fuerza que tiene el Ejecutivo para que después cualquiera que sean las circunstancias ubicándose aun en el extremo, no pueda modificarse una contribución establecida un año antes; el principio de anualidad debe entenderse como el plazo máximo en que existe la posibilidad de que la Cámara estudie el Presupuesto y la Ley de Ingresos. Pero no estamos en ese supuesto ni es sano que llevemos la discusión a este terreno.

Insisto, la iniciativa su procedimiento y su fondo son constitucionales y por ello deben ser aprobadas. Muchas gracias.

El C. presidente: -Tiene la palabra el diputado Eduardo Valle Espinosa.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: - Con su autorización, señor tengo la impresión de que para muchos de nosotros los problemas que se han discutido, todos ellos muy importantes, el día de hoy de alguna forma nos han enredado y frente a la opinión pública, frente a la gente que nos va a preguntar difícilmente creo que muchos de nosotros, yo entre ellos, les podríamos dar una explicación clara y sencilla de lo que hemos estado discutiendo ahora. En la práctica lo que hoy discutimos es por una parte un procedimiento de entero de impuestos, por la otra el problema de la liquidez gubernamental, y por la otra de manera directa inmediata el problema de la especulación financiera, un problema que ha sido correctamente señalado aquí como un asunto de jineteo financiero, unos 3 elementos que a nuestro juicio se han estado discutiendo realmente con sustancia fundamental y con amplitud.

Cuando el consumidor se acerca a una tienda y paga el 15% del IVA resulta que el que se queda con el dinero del IVA, es el comerciante. Entonces resultaba que antes de esta Ley, de esta iniciativa, tenía un plazo largo para poder enterar el impuesto que ya tenía y que no era de él, que era del estado y que a final de cuentas era de los trabajadores y era del público consumidor. Y resultaba que durante este tiempo, durante este lapso, el comerciante lo que hacía, era una cosa muy sencilla, meterlo a inversiones financieras que en un momento determinado le redituaban cantidades importantes y de esta manera lo que hacía era simple y llanamente aumentar su ganancia financiera usando dinero del estado que en última instancia no es del estado, sino que es administrado por el estado y a final de cuentas termina siendo dinero de los trabajadores.

En el Impuesto Sobre la Renta, era exactamente lo mismo, nada más que el plazo en lugar de ser de unos cuantos días, era un plazo mucho más largo y ahora la iniciativa del PRI es que se acorte el plazo, tanto en el Impuesto sobre la Renta como el Impuesto al Valor Agregado, como en otros impuestos. ¿Y esto qué significa en términos financieros?

Ya correctamente el diputado Juan de Dios Castro hablaba del problema de Ley de Ingresos, estamos hablando de impuestos por 2.8 billones para el caso del Impuesto sobre la Renta; de 2.3 billones para el caso del Impuesto al Valor Agregado y de 2.1 billones para el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Estamos hablando prácticamente de 7 billones de pesos. El manejo de 7 billones de pesos aún cuando sea a siete días, a tres días y sobre todo y principalmente el caso del Impuesto sobre la Renta, a periodos mucho más largos, representa cientos de miles de millones de pesos para los patrones, cientos de miles de millones de pesos que ellos obtienen jineteando el dinero administrado por el Estado y que al final de cuentas es un dinero de los trabajadores. Esto debe quedar perfectamente claro porque a final de cuentas, lo que estamos discutiendo aquí es si los patrones tienen tanto derecho como el Estado para administrar financieramente el dinero que es del pueblo y obviamente no tienen ese derecho los patrones. Los patrones no tiene el derecho de administrar financieramente los recursos del Erario que a final de cuentas son del pueblo.

Eso parece suficientemente claro. Ahora bien, entran automáticamente los dos problemas aquí: Liquidez del Gobierno.

El Gobierno Federal ha tenido problemas hasta para pagar los salarios de los trabajadores los días en que se tiene que pagar; ha habido ocasiones en que cheques gubernamentales son rechazados hasta que intervienen las autoridades financieras, y entonces la banca nacionalizada tiene que poner de su bolsa, sí, porque en la cuenta del Gobierno no hay dinero para pagar los salarios. Hay problemas graves de liquidez del gobierno. Y entra automáticamente el otro problema:

El problema de las tasas de interés, compañeros. En estos momentos prácticamente un pagaré a tres meses representa el 80% anual de intereses. Una vez más, compañeros de la Comisión de Hacienda y compañeros del Pleno, una vez más con un tratamiento fiscal excepcional. No se gravan las ganancias especulativas del capital financiero, de este capital de yugo especulativo que tanto ha lastimado y sigue lastimando a las finanzas nacionales y al proceso de producción en nuestro país. Esto no se toca, esto no se dice, porque efectivamente ya hablaba un diputado del PAN: "No es lo mismo que haya una erosión del 8% anual, que haya una erosión de 8% mensual". No es lo mismo, de ninguna manera. En un momento determinado el Gobierno que podía disponer de alrededor, en términos de ingresos tributarios, de 8 billones, no es lo mismo que disponga de esos 8 billones con un deterioro del 8% anual, a que disponga de 8 billones con un deterioro del 8% mensual, porque a final de cuentas esos 8 billones, con el deterioro del 8% mensual, porque a final de cuentas esos 8 billones, con el deterioro, viene representando una cantidad muchísimo menos que en términos reales se podía expresar en términos del deterioro anterior.

Entonces estamos hablando de una enorme cantidad del dinero, de liquidez del Gobierno y de especulación financiera. Especulación financiera que hoy expresa en términos claros con un jineteo del dinero del pueblo que es el dinero de los impuestos por parte de los empresarios y que están cobrados, retenidos y manejados en nombre del Estado.

Esto no es prudente, no es racional, no es lógico ni es coherente. Estén retenidos ahí los términos solamente de una confianza que el Estado les dé a los empresarios, confianza que el Estado les deja a los empresarios precisamente pero que en un momento determinado, en el plazo establecido por la Ley, enteren estos impuestos a quienes deben de enlatarlo. Esto es lo que estamos discutiendo.

Se habla de que habrá un incremento en la recaudación. Esto quisiera Silva Herzog. No va a haber un incremento en la recaudación. Lo que va a haber es un beneficio financiero para efecto directo a la recaudación. Efectivamente va haber un beneficio financiero, pero incremento a la recaudación. Esto no es lógico, no se puede plantear que porque cambie el plazo de integrar el impuesto, va a haber un incremento. Esto no es así. Lo que va a haber es que en última instancia quien jineteaba el dinero antes eran los empresarios, ahora lo va a tener en sus manos más pronto el Estado que, en términos constitucionales es el que puede en última instancia cobrar los impuestos y hacer uso de acuerdo a la Ley de Presupuesto autorizado por el propio Congreso de la Unión.

Pero en este problema que es un problema de procedimiento y que es un problema que tiene algo que ver en términos netos, no es términos brutos, en términos brutos tiene que ver con 8.2 millones de pesos; en términos netos tiene que ver con alrededor de unos 110 mil millones de pesos que son beneficios para los empresarios.

Yo quisiera decir de una buena vez, cosa que voy a ampliar después, quisiera decir que qué interesante, todo mundo aquí, todos aquí, creo que podemos afirmar con seriedad que el IVA es un impuesto inflacionario, pero ahora se viene a plantear el problema del entero en plazos, pero no se viene a plantear el problema del IVA: En última instancia, si les preocupa a algunos que no se use el procedimiento que se está planteando para el IVA, muy bien, que se unan a la izquierda que ha planteado sistemáticamente que el IVA es un impuesto inflacionario y que es un impuesto que lastima gravemente al consumo de los trabajadores.

Vamos planteando los problemas de fondo en términos fiscales, muy bien, hay que pegarle al IVA, le pegamos con mucho gusto, además por razones, por la curva de laffer, compañeros por la curva de laffer, vamos pegándole al IVA por esta situación, pero no dejemos el problema en términos de un problema de plazo.

Los lapsus para enterar son para el beneficio del Estado, esto es incuestionable, son para beneficio del Estado y son simple y llanamente para hacer ver que los patrones no tienen el derecho constitucional de manejar el dinero de los impuestos. Incluso habría que pensar en algún procedimiento para encontrar que los patrones no se quedaran con retención de impuestos, no tienen por qué, seguramente habrá procedimientos administrativos y contables en términos de informática y de contabilidad moderna, donde se pueda establecer esta situación, porque al final de cuentas están jineteando ahora en un plazo menor, pero siguen

y continúan jineteando el dinero del Estado que al final de cuentas es el dinero del pueblo.

Y bien, hemos escuchado la argumentación en contra del recorte del plazo, el problema, dicen, es el problema del déficit; no compañeros; ojalá y sólo fuese el problema del déficit, es un problema mucho más complejo, es el problema de las tasas de interés, es el problema de la inflación, es el problema de la deuda interna, porque, compañeros, ustedes lo saben perfectamente bien hay dos tipos de circulante, el primario que se establece a través de las monedas, a través de los billetes y de las cuentas de cheques y el secundario que se establece a través de la deuda interna del gobierno, y ahí está el problema de la inflación, y el problema de la inflación no es solamente el problema del déficit y no es solamente el problema de las tasas de interés; el problema de la inflación es también el problema de la producción, y el problema de la inflación es también -por qué no decirlo compañeros- el problema de la evasión y de la elusión fiscal. Sí, la evasión fiscal tiene un efecto profundamente inflacionario. Y la elusión fiscal tiene un efecto profundamente inflacionario. Restarle liquidez al gobierno implica al mismo tiempo acelerar el curso de la deuda interna.

Esto es lo cierto, ustedes lo conocen; son fenómenos económicos inmediatos que aparecen a la vista de cualquiera de nosotros en cualquier momento. Y el problema de la evasión y el problema de la elusión compañeros, es el problema de la descapitalización de nuestro país; ese es el problema de fondo.

Nosotros estamos hablando de alrededor de 20 billones de pesos, 20 billones de pesos de ganancias excedentes de las grandes empresas, porque de una buena vez aquí hay que acotar una situación interesante: México es un país de paradojas, en México se da el caso de las empresas pobres y de los multimillonarios empresarios precisamente por la evasión y la elusión fiscal, precisamente por la descapitalización de nuestro país. Es una paradoja que hay que contemplar en el análisis de esta situación.

¿Por qué ahora se quejan de este problema, por qué no se quejan de Sicartsa. Doscientos mil millones de subsidio, 200 mil millones de subsidios de pérdida cambiaria a los empresarios privados a través de Sicartsa. Pero entonces ahí hay que callar porque eso afecta el déficit, porque es evidente que el déficit del sector público se incrementa, se incrementa substancialmente con la pérdida cambiaria a través de Sicartsa que son 11 mil 4 millones de dólares, 11 mil 4 millones de dólares a cargo de la empresa privada, pero entonces hay que callar, entonces no hay que decir nada acerca de este problema. También es un problema de déficit, y es el problema que viene a resultar a final de cuentas en esta funesta, nefasta y ominosa política económica y financiera del gobierno de alentar la socialización de las pérdidas y la privatización de las ganancias, que es lo que realmente se ha alentado durante los últimos 40 años en este país.

Ya decían los compañeros, hay necesidad de reforma fiscal, hay necesidad de escala móvil de salarios, porque esta es una especie de escala móvil, nada más que es una escala móvil que beneficia al gobierno. A ver cuándo la gente que está defendiendo esta escala móvil que beneficia al gobierno defienden aquí la escala móvil que beneficia a los trabajadores. Vamos a ver la congruencia de los compañeros que han hablado en términos de la defensa de este dictamen.

Y luego, está el problema de que efectivamente se trata igual a desiguales. Empresas pobres, y entre más pequeña y mediana la empresa, también es más pobre, precisamente por una serie de fenómenos que se dan, de recargarle a la pequeña y mediana empresa todo el costo de la crisis en términos empresariales. No así a los grandes oligopolios de nuestro país, especialmente a los oligopolios que están vinculados con las empresas trasnacionales.

Hay, en última instancia, una especie de comedia de equivocaciones. Nosotros no vamos a caer en esa comedia de equivocaciones. Nosotros apoyamos esta propuesta, y lo venimos a decir aquí. No consideramos que por insuficiente no debemos de decir las cosas que tenemos que decir. Nosotros estamos en contra de que los patrones jineteen el dinero de los trabajadores. Y estamos totalmente en contra, y cualquier cosa, cualquier cosa que lastime ese supuesto derecho de los trabajadores para jinetear, nosotros vamos a estar en contra. Y vamos a usar todas las posibilidades de argumentación para decir que no hay derecho de los patrones, de ningún empresario, para jinetear el dinero de los trabajadores y el dinero del Estado. Que no existe ese derecho, y que ese fuero no se ha constituido en México, o si se constituyó alguna vez se derogó quizá allá por 1857. Y no vamos a revivir fueros empresariales que nadie tiene derecho a invocar.

Ahora bien, hay un problema que planteó Juan de Dios Castro, y es un problema más sencillo, un problema más sencillo: se modifica a la ley de ingresos, sólo por el concepto de multa se modifica. Sólo por el concepto de multa se modifica.

Ni duda cabe. No así en términos de los impuestos porque saben perfectamente los compañeros del PAN, que una multa a un impuesto no es un impuesto. Eso es otra cosa.

Entonces, ¿De qué estamos hablando? Estamos hablando de la facultad de este Congreso, de la facultad que este Congreso tiene para llamar a los Secretarios de Estado cuando, según lo expresa la fracción 2a. del artículo 93, para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivas ramas o actividades. Por este sólo hecho, por estudiarse una ley que concierne a su respectivo ramo o actividad deberían de estar aquí los señores que tiene que ver con la ley de ingresos, los señores que tienen que ver con toda la recaudación de impuestos. Tenían que estar aquí. Ahora no están.

¿Pero por qué no están? No están simple y llanamente por el acto superficial de la protección de la delegación priísta. No compañeros. En este asunto, las circunstancias del país rebasan en mucho la protección superficial que pudiera darles la delegación priísta.

No están porque ya lo decían en muchos tonos los diputados de la derecha, no están porque este país también vive la ficción económica. Y si algo de ficción hay en este país, es el presupuesto; y si hay algo de ficción en este país, es este tipo de leyes de ingresos. Porque se nos ha impuesto una circunstancia internacional, y se nos ha impuesto una política económica, hacendaria, financiera, monetaria, crediticia, profundamente antinacional y profundamente irreal. Profundamente irreal.

Se caen los precios del petróleo y se modifica la Ley de Ingresos, tanto a nivel de precios y de ingresos de las empresas paraestatales como a nivel de los impuestos que corresponden a la explotación y a la propia producción. ¡Qué mayor demostración para ver la irrealidad de este tipo, la irrealidad material, la realidad histórica de este tipo de leyes de presupuestos y de leyes de ingresos! Esta es la circunstancia porque no vienen, compañeros, no porque no quisieran venir a explicar un problema de plazos que está perfectamente lógico, coherente y frente al cual la diputación priísta tendría muchísimos más argumentos que los que ha manejado en esta tribuna, pero manejar más argumentos es precisamente establecer precedentes.

No van a ir, no van a ir al Impuesto Patrimonial.

Nosotros vamos a pelear, eso si, para que se vayan a la globalización de impuestos. Y no vamos a pelear para que el anonimato en las sociedades sea delito, no como ahora que ya desapareció formalmente, pero hay que pelear para que el anonimato en las acciones de las sociedades mercantiles sea delito, porque ahí se esconde la alianza que ha podrido en mucho el sistema económico y la moral pública de este país, la alianza entre funcionarios corruptos que luego son empresarios multimillonarios y la alianza entre empresarios multimillonarios que continúan siendo empresarios multimillonarios con el apoyo del estado. Por eso es que no hablan aquí. Este es el fondo del problema.

Pero aquí hay un problema de congruencia.

Nosotros queremos entrarle a la incongruencia. Nosotros estamos en contra de que los patrones jineteen el dinero, no lo vamos a aceptar porque no tiene derecho ni tienen fuero, este es un problema de salud pública también. Y entonces en función de esta situación, nosotros vamos a votar de manera pública y no vergonzante por la iniciativa.

Y quizá ya después de esta discusión, después de reflexionar incluso frente algunas gentes dentro y fuera del congreso, nuestro partido puede ser señalado como un partido que por segunda ocasión en pocos días vota a favor del PRI, incluso en esa circunstancia.

Nosotros venimos a decir que votamos en razón del PRI, votamos en favor de nuestros principios, incluso en principio nos sostenemos contra viento, contra marea, contra la ambigüedad y contra la comedia de equivocación. No jugamos con nuestros principios, nos defendemos con todo lo que tenemos.

Es posible que no se comprenda qué es lo que ha estado pasando. Lo que ha estado pasando a final de cuentas, es que se han mostrado posiciones irreductibles; posiciones irreductibles. Posiciones que se han expresado política, ideológica y estratégicamente así de una manera muy clara.

En la defensa de los derechos de los trabajadores, en la defensa de los beneficios que en un momento determinado se pueden obtener a través del manejo y del dinero del estado, en eso nosotros vamos a estar de acuerdo. Y no nos vamos a sorprender ni vamos a llamar engaño a nadie, porque en última instancia, y permítanme compañeros de la legislatura esta evocación gitana que en última instancia podríamos decir como García Lorca: Que ni tú ni yó estamos en disposición de encontrarlo. Tú, por lo que ya sabes, yo la he querido tanto. Sigue esa veredita, en las manos tengo los agujeros de los clavos. No ves cómo me estoy desangrando; no mires nunca atrás, vete despacio y reza como yo a San Cayetano, que ni tú ni yó estamos en disposición de encontrarlo". Muchas gracias.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Con su venia, señor presidente: Debe aclarar que nosotros no invocamos el 93 constitucional, porque el 93 es facultativo para que la cámara pueda o no demandarlo, mientras que en su fracción IV el 74 es imperativo, cuando establece que para la presentación del presupuesto, se reclama y se obliga a la presencia del Secretario de Estado.

Y en este caso, lo hemos dicho ya, por lo menos en lo que concierne a las multas, este proyecto de reforma es un cambio a la Ley de Ingresos y, por lo tanto, debía estar presente el Secretario de Hacienda para explicar las cosas.

Pero se ha abierto un espacio muy interesante para algo que platicamos en la Comisión de Hacienda y que como muchas otras cosas más se le llamó que habíamos tenido diálogo, pero ya sabemos que aquí se practica el diálogo de sordos.

En el texto mismo del reporte de la Secretaría de Hacienda, y voy a tratar de explicárselos muy claramente al compañero que me precedió, hay una llamada, una nota que dice en la Producción de Servicios (nota número 1) no incluye gasolina y diesel porque su entero está sujeto a pago diario. Nosotros nos hemos opuesto aquí a esta Ley, ya lo señalamos ampliamente, porque está planteado bajo un régimen fuera de la leyes que constituyen la Constitución de México, segundo porque es una ley inequitativa, y ahorita trataré de entrar un poco más a fondo en esos argumentos respecto al jineteo de los empresarios.

Cuando aquí se confiesa y se recuerda que la gasolina y el diesel eran en pago diario, se está recordando una figura que en el código fiscal se ha manejado de dos maneras, se dice que una operación de venta se llega a su perfección, se consuma cuando se dan las condiciones del contrato de compra - venta o segunda cuando la operación se factura; pero la mera verdad es que aquí se está confesando que ni las facturas ni el contrato de venta tienen primacía o primordial papel, sino lo que tiene papel primordial es el entero que debe hacerse del cliente al comerciante o al industrial. Y aquí es donde la ley resulta inequitativa, aquí se ha abundado mucho en la materia del IVA hablando de los comerciantes, los grandes almacenes, esas tiendas enormes tienen efectivamente el pago diario en efectivo, y salvo algunas cuentas y operaciones en que el cliente va a pagar con una tarjeta de crédito y a su vez tienen que ir los empresarios o los dueños de ese almacén a reclamar a través de la tarjeta de crédito el pago del entero, pero en general su contado es importantísimo.

Esta no es la misma situación del resto de muchas clases negocio de comercio o de industria o de servicios en donde el impuesto del IVA no se recibe sino cuando se recibe al mismo tiempo el principal del motivo de la famosa factura.

Si ustedes tienen, la Secretaría de Hacienda lamentablemente dijo no tenerlos, tampoco la Comisión que revisó esto, los datos respectivos con todos los balances que maneja la Secretaría de Hacienda de todas las empresas que deportan anualmente su estado fiscal se encontrará que un gran porcentaje de las empresas mexicanas por razón de que no reciben a tiempo junto con la factura el dinero, tienen lo que se llama una cartera a 30, 60, a 90 a más tiempo muchos de ellos, ¿cuál debe ser la figura justa? la figura justa para que efectivamente se reciba el dinero del fisco es cuando se recibe el dinero de la operación total. Esa sería una posición de equidad, pero cuando se lo hicimos ver al Subsecretario de Hacienda no contestó a la pregunta, simplemente cambió de tema y no contestó. Eso se llama el diálogo del sordo, del que estamos hablando.

Es pues diferente la posición del IVA cuando lo paga un comerciante, que recibe de contado que cuando otros tipos de negocios lo tienen y esto hace inequitativa la Ley. Pero aquí se ha mencionado adicionalmente que el IVA es un impuesto efectivamente que exacciona a las grandes mayorías y queremos recordar que desde su creación, de este impuesto, Acción Nacional se opuso a la implantación de este impuesto, Acción Nacional señalo que este impuesto era una forma de captar sobre el comercio y cobrar por tanto a la mayoría de la gente, sobre toda la nación en vez de causar impuestos o gravar a la fortuna, el capital que son los que deben pagar el impuesto.

Nosotros hemos estado, inclusive nuestra plataforma reciente, diciendo que el Impuesto al Valor Agregado se disminuya en artículos de primera necesidad, en ropa, alimentos, medicinas, etc., y que se afecte moderadamente sólo al consumo generalizado y en mayor proporción a los artículos de lujo clasificados. Es bandera nuestra, repito, desde que nació el IVA, que este IVA es un impuesto inflacionario.

Finalmente, y esto es muy importante señalarlo, nosotros no estamos apoyando este llamado jineteo de los empresarios. Una vez más nosotros creemos que la empresa es parte del grupo de los ciudadanos mexicanos con sus derechos y sus privilegios, como todos los mexicanos pero que en la misma forma que tienen derechos y privilegios tienen obligaciones y que hace falta una reforma fiscal a fondo que demandamos en la

primera reunión de la Comisión de Hacienda en esta ocasión en la Cámara de Diputados a fin de que se participe, nosotros y no hasta que el fisco les mande a ustedes las leyes para que las aprueben mayoritariamente, que participemos en el diseño de una auténtica reforma fiscal de fondo en donde el cambio de impuestos debe señalar como base cabalmente el impuesto que corresponde a los patrimonios que son los que pueden y deben sustentar las aportaciones más importantes a la economía nacional. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Carlos Palafox Vázquez.

EL C. Carlos Adolfo Palafox Vázquez: - Respetable presidente; compañeros y compañeras diputados: En las reuniones de la Comisión de Hacienda, en distintos foros, se han presentado diversas opiniones y propuestas y hemos recibido información y todas las explicaciones requeridas respecto a la política económica y el ámbito tributario. Hoy, en el seno de este Pleno se han expuesto con profusión argumentos sobre la materia, y en todo caso se ha reiterado la gravedad de la situación económica del país.

Resulta innegable que la dinámica acelerada de los procesos económicos, el variante y difícil esquema financiero internacional han determinado un intenso esfuerzo del Estado en materia de negociación de intereses en pagos al exterior, en su política fiscal, en el tratamiento de la balanza de pagos, en el ya anunciado otorgamiento de créditos a la pequeña y mediana empresa. Conjunto de acciones a la que se suma la aplicación de esta medida que es el tema a discusión, dentro de un marco en el que hoy, con toda justicia, la iniciativa original ha aceptado distintas propuestas que han nacido no de grupos facciosos, sino de organizaciones representativas, especialmente de pequeños y medianos empresarios.

La aplicación de esta medida se debe dar en un marco en el que el esfuerzo solidario es el elemento fundamental de la filosofía que permite integrar la determinación del Estado de reducir el gasto público con la disposición de los contribuyentes de cumplir en forma puntual y responsable con sus obligaciones fiscales.

Coincidimos todos en que es necesaria una reforma fiscal de fondo, lo que no se soslaya y ya se nos ha manifestado, tanto en la exposición de motivos de la Ley de Ingresos, como en la Comisión en reunión con el Subsecretario de Ingresos, que está en proceso de integración, y habremos de participar en todo su esquema.

En el dictamen a discusión queda claro que sólo se busca una reducción de los términos para la entrega de enteros al fisco por concepto de impuestos, con lo que se alivia de manera parcial el déficit, gracias a un factor de eficiencia que ya se trató con claridad en esta Tribuna.

Por otra parte, con base a la responsabilidad social del causante y el ejercicio legítimo de una facultad estatal, se sanciona el incumplimiento en una proporción congruente con el índice inflacionario; de conformidad con la información a nuestro alcance, efectivamente es el mayor porcentaje de contribuyentes el que cumple con oportunidad con sus obligaciones fiscales. Por tanto, serán los menos los que por sistema, ante su conveniencia económica evaden al fisco, quienes resultarán afectados por el pago de recargos al perder una ventaja financiera injustificada.

Son muchas las argumentaciones de naturaleza legal y técnica que pueden formularse para tratar estas cuestiones, atendiendo a la perspectiva y concepción que se tenga de los problemas económicos y sociales.

Respecto a la adecuación de esta iniciativa, con los textos legales vigentes, reiteramos que se fundamenta en la facultad que establece el Artículo 71, fracción primera, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Que se ha tramitado en términos de lo dispuesto por los artículos 54, 56 57 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Que se ajusta al procedimiento que para la formulación, reforma o derogación de las leyes, establece el artículo 72 de la Constitución Federal, ya que, como se ha dicho, no se trata de una modificación a la Ley de Ingresos. Que en su oportunidad se ejerció la facultad que la fracción 4a. del artículo 74 del Código fundamental, otorga a esta Cámara de Diputados. Que en todo caso se observan los criterios de proporcionalidad y equidad en la contribución para los gastos públicos que consagra el artículo 31, fracción cuarta de la propia Constitución, ya que nuestras leyes gravan todas las utilidades de las empresas nacionales; que aún con las presiones de personas o grupos que anteponen sus propios intereses a los de la colectividad, el Estado no dejará de ejercer la rectoría del desarrollo nacional que como lo preceptúa el artículo 25 constitucional, fortalece su soberanía.

Conviene señalar que en efecto esta medida es en lo fundamental un ahorro financiero que no tendrá que contratar el Estado porque recibirá su dinero

en tiempo. Esto no limita la decisión de intensificar la lucha contra la evasión, lo que podría significar entre 250 y 300 mil millones de pesos anuales en beneficio del fisco.

Mientras esto sucede, hacemos una exhortación vehemente al esfuerzo solidario, al cumplimiento responsable de nuestras obligaciones, a la observancia de nuestro ineludible compromiso ciudadano de contribuir como mexicanos a la solución de los problemas de México.

Señor presidente: ruego a usted que en su momento se consulte a esta representación popular si aprueba el dictamen sometido a su respetable consideración. Muchos gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: -En virtud de que se ha agotado la lista de oradores, consulte la secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Por instrucciones de la presidencia, esta secretaría consulta a la Asamblea si considera que el dictamen está suficientemente discutido. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: - Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, pregunte a la Asamblea si se va a reservar algún artículo del Decreto para discutirlo en lo particular, especificando la ley y el número de artículo que se desea impugnar.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Por instrucciones de la presidencia, esta secretaría consulta a la Asamblea si se va a reservar algún artículo para impugnarlo, señalando la ley y el artículo respectivo. Esta secretaría tomará nota al respecto.

El C. presidente: - Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y el lo particular.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Esta Secretaría va a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular.

Se ruega a la Oficialía Mayor hacer los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

El C. presidente: - Permítame la secretaría. Parece ser que sí hay reserva de artículos. Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados, en un solo acto.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Bien, por instrucciones de la presidencia, se va a proceder a recoger la votación nominal y en lo general, de los artículos no impugnados.

Se ruega a la Oficialía Mayor hacer los avisos a que se refiere el artículo del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

La misma C. secretaria: -Se emitieron 33 votos en contra; 10 abstenciones y 223 votos en pro.

El C. presidente: -Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 223 votos.

Esta presidencia informa que se han reservado para su discusión los siguientes artículos:

Del Código Fiscal de la Federación, los artículos 6,21,82, y Transitorio. De la Ley de Impuesto sobre la Renta, el artículo 21.

El 12, de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

De la Ley de Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios, el 5o. y el 5o. A.

El Artículo Único de la Ley de Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal.

El artículo 4o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

Y el 29 de Aportaciones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Se abre el registro de oradores, para la discusión del artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación.

En contra:...

Diputado, ha sido una práctica que ha dado resultado que el orador que separa artículos plantea todos. ¿Quisiera usted hacer lo mismo o prefiere hacerlo artículo por artículo?

El C. Humberto Ramírez Rebolledo: -Señor presidente, son muchos los artículos; prefiero detallar uno por uno.

El C. presidente: -Oradores en pro del artículo 6o.

Tiene la palabra el diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -Queremos dejar sentado para los efectos correspondientes nuestra inconformidad y voto particular en contra en este caso, de la modificación que se hace en el Artículo 6o. que se refiere a los plazos en términos generales para la causación de los impuestos en sus diversas acepciones, específicamente para la causación de las contribuciones.

Había sido práctica que dentro del Código durante muchos años, tantos que ya no me acuerdo, el plazo del mismo versaba en los 15 días naturales del mes. Ahora en un ánimo de tener una mayor captación que va a redundar en un mayor ingreso fiscal, que va a ser trasladado y lo diré tantas veces como sea necesario, va a ser trasladado por su mayor costo administrativo y su mayor costo financiero a las personas últimas consumidoras, se está poniendo el día 7 como plazo para dicho pago.

Por lo tanto, considerando que esto agravia a la gran mayoría del pueblo mexicano, que no tienen una significación en peso específico de captación fiscal, queremos marcar y dejar sentado, la proposición de que dicho Artículo 6o. se deje en las condiciones en que se encuentra en este momento aprobado en el Código Fiscal de la Federación.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Javier Garduño Pérez.

El C. Javier Garduño Pérez: -Con permiso de la Presidencia. En realidad, compañeras y compañeros diputados, el compañero Ramírez Rebolledo, reitera la discusión que en lo general se ha hecho respecto a esta reforma en los plazos en que hay que pagar los anticipos de diversos impuestos.

Yo quisiera insistir a esta Honorable Asamblea de que el artículo sexto del Código Fiscal que se presenta a esta Soberanía para su modificación, fíjense ustedes, dice: "Si la contribución se calcula por periodos establecidos en la Ley y en los casos de retención o de recaudación de contribuciones, los contribuyentes retenedores o las personas a quien las leyes impongan la obligación de recaudarlas, las enterarán a más tardar el día 7 del mes calendario inmediato, posterior a la determinación del período de la retención o de la recaudación respectivamente.

Volvemos a insistir compañeras y compañeros, de que se trata de dos aspectos. Por una parte, de los retenedores, que es el universo más importante de esas modificaciones. La retención, y por ejemplo en IVA, ustedes deben saber perfectamente ya se dijo aquí en esta tribuna, es el impuesto que paga el público. Y lo que se está tratando es de acortar el plazo que tenía el retenedor para enterar este impuesto pagado.

Yo quisiera no ser más extensivo en la defensa a esta iniciativa de la modificación del artículo sexto del Código Fiscal, para llamar la atención a ustedes indicándoles nuevamente que la intención de esta iniciativa es acotar los plazos para que el fisco pueda estar más capacitado para hacer frente a los gastos públicos, para hacer frente en una forma ordenada y tratar de coincidir el calendario de ingresos con el calendario de pagos.

Por eso, compañeras y compañeros, nosotros solicitamos su voto favorable para la modificación de este artículo sexto, al que incluye y es la columna vertebral para recortar los plazos, acortar los plazos que hoy están vigentes. Muchas gracias.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 6o. del Código Fiscal.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea, en votación económica, si considera suficientemente discutido este artículo 6o... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la Asamblea si reservamos la votación nominal de éste y los demás artículos para hacerlo en conjunto, al final con la de todos.

El C. secretario Juan Moisés Calleja: - Por instrucciones de la presidencia, se pregunta a la Asamblea en votación económica, si está conforme que se reserve el artículo 6o. para la votación nacional con los demás artículos reservados.

Quienes estén conformes, sírvanse manifestarlo... Conformes, señor presidente.

El C. presidente: -Está a discusión el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación.

Oradores en contra.

Oradores en pro.

Tiene la palabra el diputado Galván, en contra.

El C. Jesús Galván Muñoz: -Señor presidente; señores diputados: El aumento de recargos por concepto de indemnización al fisco por el cumplimiento del pago de los créditos en

tiempo sufren nuevamente un incremento en su etapa máxima, ya en diciembre del año pasado esta Cámara lo había incrementado del 300% ahora casi se duplica, es decir al 500% que es lo que propone esta iniciativa.

Existen 3 posibilidades para incurrir en mora respecto al pago de las cargas fiscales, una de ellas es la imposibilidad para cumplir por estar el causante en condiciones de insolvencia, en cuyo caso es irremisible que el fisco le embargará bienes, si es que los tiene, para cobrarse, esta situación hoy por hoy, es lamentablemente la más común en estos tiempos de crisis e inflación, en la que no solamente no existen créditos bancarios, sino que para cualquier giro de actividad productiva el mercado interno está totalmente paralizado.

La segunda hipótesis en que esto pueda ocurrir es que el causante por desorganización e incluso por premeditación dolosa o premedita intención no le pague al fisco en tiempo, en este caso el procedimiento coactivo fiscal le permite a la Secretaría de Hacienda embargar, desde embargar hasta intervenir la caja del negocio y en el extremo apropiarse del mismo.

La tercera hipótesis se refiere pienso que puede, el caso en el que el fisco haya requerido indebidamente parte o totalidad del crédito, pero indebidamente, con lo que el causante puede inconformarse administrativa o judicialmente, lo cual el suyo es sumamente difícil porque por principio el fisco exige la garantía o fianza por el total del crédito recurrido, incluyendo los recargos que ahora llegan o se quiere que lleguen hasta el 500 por ciento sólo para poder iniciar las instancias de reclamación.

Incluso, si la empresa o el causante no puede ofrecer garantías, se obliga a que mientras solicita la dispensa de la misma, se garantice el crédito. Este es en contra sentido que no merece de mayor comentario que el de que es un absurdo. Ahora bien, si además de requerir la garantía del crédito y sus recargos se le impone al causante que quiera inconformarse por un cobro indebido, la carga o castigo de que mientras se resuelve el asunto le siguen corriendo recargos y multas, se esta llegando a la aberración jurídica de que no es posible recurrir a los tribunales fiscales porque si gana, sólo le reconocerán el monto del crédito, ni siquiera el gasto de abogados, fianzas, trastornos y demás cosas administrativas que se causan por esto. Y si pierde, entre multas, anticipos, recargos, en el mejor de los casos, asciendan al mil 200% del crédito de que se trata.

En la exposición de motivos de esta iniciativa, siempre se habla de conducta dolosa del causante al querer justificar al aumento de recargos, pero diría yo ahora sí con justeza, dolosamente se omite señalar que el órgano administrativo o judicial es el que tiene facultades para dirimir una controversia y hacerlo con agilidad e imparcialidad, ajustada a derecho, desde luego.

Es una responsabilidad insalvable para la autoridad, entonces por qué se recarga al causante, que como ya lo señalábamos puede no pagar en tiempo por muchas razones, pero la más común es insolvencia o inconformidad y por contra se exime de cualquier responsabilidad al órgano de autoridad que tiene la función juzgadora.

Pensaría algún ingenuo que un litigante puede recurrir a prácticas dilatorias ante un órgano judicial que teniendo facultades puede evitarlas y resolverlas en derecho con prontitud, por qué esta mentalidad del fisco para presionar aún más la política fiscal devastadora para la gran mayoría de los causantes y para la privilegiada para quienes están políticamente muy cerca de la Secretaría de Hacienda y logran buenas concesiones, acuerdos y beneficios fiscales. Estos últimos, desde luego, no necesitan acudir a los tribunales fiscales, en cambio la mayoría de los causantes individuales, pequeñas y medianas empresas, se verán obligadas a plegarse al fisco aún con otros indebidos ya que con este aumento de recargos, prácticamente estamos impidiendo que recurran a los organismos fiscales a ventilar sus diferencias y proteger sus derechos.

En los términos en que esta redactada la reforma propuesta, existe una fundada sospecha no sólo por lo que se refiere a la limitación o supresión de los derechos de defensa del causante, sino la más grave de que, teniendo el fisco sabido con que la crisis serán cada día más frecuentes los casos de causantes en mora, con ello se quiere tener un provecho adicional que mal habla de la renovación moral y mejor, más bien peor resulta para la supresión del receso que padecemos.

Así, a fin de evitar el agravio a las garantías individuales que encierran esta iniciativa, solicitamos se añada inmediatamente después del párrafo modificado del artículo 21 del código fiscal, antes de que se mantiene en el mismo munerario, el siguiente párrafo:

"Los recargos serán interrumpidos y no se computaran durante el transcurso del tiempo en el que se resuelva cualquier recurso administrativo o judicial, interpuesto por el causante en contra del código fiscal y que haya sido acordada su admisión por el órgano competente.

"Si el recurso comprende sólo parte del crédito, exclusivamente por ésta procederá la interrupción de los recargos."

Dejo esta proposición en manos de la secretaría para que en su momento sea votada, después de que el orador que se inscribió, después de mi esgrima sus argumentos en contra de esto que parece muy razonable. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra en contra del mismo artículo el diputado Humberto Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Primero que pase el que está a favor. Lo que pido es que me convenza para poder tener mi participación.

El C. presidente: -El objetivo del debate es que un orador conteste las impugnaciones del otro. Como hay un solo orador en pro, por eso estamos pasando primero los dos en contra para que conteste a los dos.

Tiene la palabra el señor diputado.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -Declino.

El C. presidente: -Correcto, señor diputado. Tiene la palabra en pro el diputado Agustín Leñero.

El C. Agustín Leñero Bores: -Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados y diputadas; Después de un largo debate en el que hemos escuchado los pros y los contras en relación a este asunto de los recargos que se comentan y se señalan en el artículo 21 del Código Fiscal, nuevamente en lo particular volvemos a hacer las mismas observaciones que se han venido haciendo a lo largo de toda esta discusión.

Definitivamente nosotros hemos sostenido que los recargos que se señalan, son fundamentalmente con el propósito y el interés de resarcir al gobierno, al Estado de las diferencias que existen entre el cobro oportuno y el cobro propuesto. Aquí se ha hablado de que estos cambios aumentarían el ingreso fiscal, lo cual resulta completamente fuera del contexto puesto que no se trata ni es el propósito de establecer estos recargos, sino insistimos nuevamente, en que se cumpla puntual y correctamente con los pagos necesarios que se derivan de ingresos de parte de quien los recibe.

Se ha señalado que los cargos constituyen una indemnización al Fisco Federal por falta de pago oportuno, o sea que se trata en un accesorio de las contribuciones que tienen por función resarcir al fisco por haberse omitido el pago del crédito fiscal.

La omisión origina la necesidad de recurrir a otras fuentes de financiamiento que implican un costo importante para el fisco, por lo que los recargos lo indemnizan por el perjuicio ocasionado en dicha omisión. Los recargos se calculan sobre el total del crédito fiscal omitido y excluyen todos los accesorios de las contribuciones, se causan por cada mes o fracción que transcurre a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, como lo dispone el Artículo 21 que ya hemos comentado. Si el contribuyente paga en forma espontánea, esto es, sin mediar actuación alguna de la autoridad, los recargos no pueden exceder del 100% de las contribuciones adeudadas que también se comentan en el penúltimo párrafo del Artículo 21 del Código Fiscal.

En este sentido debemos nosotros de hacer una observación, este 100% que equivale al 8.25% mensual, anualmente llega al 100%, es mucho muy por abajo de lo que pudiera considerarse que sería la inflación. En consecuencia no es un pago excesivo, sino es simplemente un pago que corresponde a una morosidad de parte del causante.

Los créditos insolutos generan recargos hasta un límite de 500 pesos, que es la modificación que se propone, el cual se alcanza en un lapso relativamente breve, a partir del cual, la función indemnizatoria deja de cumplirse convirtiéndose en una ventaja financiera injustificada para el deudor.

Esta circunstancia, y aquí se ha comentado por el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, propicia que algunos deudores morosos promuevan juicios con el sólo propósito de dilatar el procedimiento y diferir el pago al tiempo en que dicha ventaja se manifiesta; en cambio, en el caso de que se demuestre en juicio que no se adeuda el crédito, el interesado no paga recargo alguno. Ahí hay un principio de justicia; quien reclama ante los tribunales fiscales un crédito indebido, se encuentra en el compromiso de pagar los recargos,. Si demuestra que era indebido efectivamente el cobro que se le estaba haciendo, no se le cobra ningún solo centavo y se le devuelve, es decir no se le considera ningún recargo en este caso.

Son, pues, prestaciones a cargo del deudor moroso que se causan por el solo transcurso de un mes, y hasta no se pague el crédito adeudado. En el instante mismo del pago cesan los efectos de los recargos y termina su causación.

Se ha hablado aquí también respecto de la garantía que exige el fisco para el caso de que se interponga el recurso de reconsideración o el recurso de oposición al pago. Lógicamente el fisco debe de garantizar en forma legal, como se hace en todos los procedimientos mercantiles, que el pago de las cantidades adeudadas se cumpla en el monto en que el tribunal correspondiente dicte y falle la resolución.

En otro sentido podemos nosotros también señalar que los recargos no incurren de ninguna manera sobre gente que está cumpliendo oportunamente, y que los casos en los cuales son requeridos son mínimos; representan los deudores morosos una cantidad de deudores menores. Cuando son descubiertos y ha transcurrido ya algún plazo, ellos siempre se privilegian y se benefician por el hecho de que en el momento en que son descubiertos y de que son requeridos ya disfrutaron ellos de una cantidad que han podido manejar para beneficio de sus propias empresas. Lógicamente se habla de un 500% de pago atendiendo a las funciones que corresponden dentro de la ley a la prescripción de los mismos créditos fiscales. Esto implica forzosamente que se seguirá insistiendo en que la evasión fiscal sea combatida, que se seguirá insistiendo en que el pago oportuno beneficia tanto al causante como a las autoridades, y se insistirá en que la morosidad en los pagos de los créditos fiscales es un atentado contra la sociedad misma y contra el Estado mismo.

Por esa razón se ha insistido en que la necesidad de aumentar el porcentaje como sanción para resarcir, insistimos nuevamente, al fisco de los recursos que no se han podido disponer a tiempo, corresponde a un sentido junto, a un sentido equitativo en la aplicación de esta sanción.

El pensar que estos impuestos son confiscatorios, como aquí se ha manejado, no es cierto y se atenta contra un principio de orden, por esta sencilla razón; porque en el momento en que el causante es descubierto y se le requiere el pago, repito nuevamente, ya se ha resarcido del crédito. Obedecen a una justa recaudación y una sanción a quien no cumple, resarcirle al Estado el dinero que se desvió que no se cobra en una sola exhibición y se va causando mensualmente, y además debemos de insistir que el 500% es un tope, no es una cantidad y un pago único.

Por esta razón, en los términos en que se ha presentado la iniciativa, nosotros proponemos que sea aprobada por esta H. Asamblea. Muchas gracias.

El C. presidente: - Para hechos, por 5 minutos, tiene la palabra, el C. diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -El señor diputado Leñero, en uso de su respuesta, de su réplica, dijo algo que es muy interesante porque significa la primera vez que yo oigo en su representate del PRI, el reconocimiento de que los niveles de inflación para este año van a ser mucho menores a las cifras irreales, fantasiosas, que marcan las estimaciones de la Secretaría de Hacienda.

EL señor diputado Leñero nos habló de que el 100% de causación de recargos en un año, no cubren -ni con nada, dijo, o alguna palabra equivalente-, el costo o el beneficio que el contribuyente indebidamente se apropia y el costo para el Estado, en términos de un pago no oportuno.

Dijo que el 8.25 de recargos mensuales, sumarizados al año, no cubren el costo de la inflación para el Estado. Luego entonces estamos ante un hecho que yo no quiero dejar de marcar. Es la primera vez que se manejan, por parte de algún representante del sector oficial, que tenemos ya una inflación que está estimado en cantidades mayores al 100% anual para este 1986.

Asimismo, insiste en que el contribuyente moroso, moroso que puede ser por algunas de las causas involuntarias que planteaba el señor diputado Galván, hace uso de una ventaja financiera al no hacer el pago en tiempo y forma. Yo le quiero recordar al compañero de la mayoría del PRI, de la Comisión de Hacienda, las discusiones invernales cuando se aprobó el paquete fiscal que suponíamos era para 1986, diría yo, para el primer cuatrimestre de 1986. Ahí se dijo de una manera técnica, bien fundada, por el señor diputado Flores Solana, que era justo elevar el monto de los recargos a 300% porque esto significaba la opción para resarcir la pérdida acumulada, producto de la erosión de la inflación que habían tenido las sanciones al cabo de dos o tres años.

Y recuerdo, no sé si serían las 4 o 5 de la mañana, en que hicimos las cuentas acumulando los índices de inflación reconocida oficialmente por el gobierno, y encontramos que a 300% era una cantidad que a nuestro juicio era excesiva, pero fue aceptada en términos del mal menor. Cómo es posible que cuatro meses después se planteó ante esta Soberanía, con seriedad, pensando que está hecho correctamente, que ahora se van a aumentar los niveles máximos de recargo al 500%, porque lleva la intención o el objetivo de resarcir la pérdida y evitar la ventaja financiera para el contribuyente moroso.

Esto significa que en cuatro meses hemos acumulado verdaderamente niveles de inflación del

200%. Si esto es mencionando aunque sea en pequeño comité, aunque sea de pasada por un distinguido miembro de la Comisión de Hacienda, nos debe obligar a reflexionar, nos debe obligar a pensar seriamente en los efectos sobre el aparato productivo y sobre el sector de economía de nuestra patria.

Por último, quiero pensar que si esto es válido y el objeto de los recargos es resarcir, de recuperar para el gobierno la capacidad perdida por un contribuyente moroso, creo que si esa es la intención y dado que en diciembre se ha logrado la nivelación a los importes del 300% de recargos acumulados, lo que correspondería de acuerdo con la puntuación oficial de la inflación sería incrementar este monto en un 20%, que tengo entendido que es la cantidad en números redondos que se está reconociendo como inflación acumulada desde el principio de 1986.

Mi propuesta, es entonces que esa cifra del 500% como límite máximo de recargo sea echada abajo, no se vote por ella y se apruebe en tanto un 20%, para efectivamente resarcir al fisco de la pérdida de la moneda, producto de ese tiempo del 1o. de enero al 30 de abril del presente.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Jorge Flores Solano, por la Comisión.

El C. Jorge Flores Solano: -Compañeros diputados. La modificación que hizo la Comisión fue un acto consciente de acuerdo con la intención del Ejecutivo de modular la conducta anómala del contribuyente.

Es claro que en este espíritu de combatir la evasión no se trata de una reciprocidad del costo del dinero, sino de un recargo que efectivamente module y que el contribuyente que incumple, cumple porque el costo financiero en este caso con el carácter de recargo no nada más de recuperación del dinero influye sobre su conducta.

No es de aceptar tampoco la proposición de que se suspendan los recargos en un juicio porque eso sería justamente darle pábulo, para que el incumplimiento presente cualquier recurso con tal de suspender el dinero que debe pagar por concepto de recargo y que finalmente entregue al gobierno pesos de a tostón. Eso no es posible aceptarlo.

Aquí estamos ante un hecho que algunos se les olvida efectivamente por este efecto de la inflación, pero anteriormente cuando la Ley de Ingresos y como aquí se mencionó la tasa de inflación era del 8 y pico por ciento, los recargos tenían un 50%, como ahora dicen, y tenían su pleno efecto de resarcimiento al fisco por el daño que le hace un causante.

El C. presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Ramírez Rebolledo, por 5 minutos.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -Con su permiso, señor presidente: Quisiera entonces retomar el debate como el diputado Flores y solicitarle si hay congruencia entre lo que dice, que en el párrafo primero de la página 4 del dictamen sea modificada lo que a la letra dice: "...y la inflación en ventaja financiera en justificada para el contribuyente".

Si el objetivo del recargo es resarcir el daño que ocasiona la mora del contribuyente, que se borre de este dictamen, entonces que esto significa una ventaja financiera porque esto no es cierto. Tasa del 8.25 de recargos mensuales que no son deducibles para efectos de impuestos sobre la renta, y esto presupone y esto lo sabe cualquier técnico mínimo en la materia, que tiene un efecto de escudo fiscal y, por lo tanto, estamos hablando en niveles del 11, del 12, o del 13% mensual, dependiendo de los niveles de utilidades de las empresas.

Luego entonces, si no hay ventaja financiera, que no se diga. Que quede clara la responsabilidad de la mayoría del PRI de que los recargos son para castigar a un contribuyente moroso y también no únicamente existe la posibilidad de dolo, que esa palabra también sea retirada del dictamen para que haya congruencia con lo que expone el compañero miembro de la Comisión Nacional, diputado Flores Solano.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el diputado Jesús Galván.

El C. Jesús Galván Muñoz: -No quiero mucho de su tiempo. Sencillamente como aquí se ha superpuesto dos propuestas, con dos distintos contenidos, quiero hacer hincapié en la mía. Hincapié en la mía, porque resulta que el diputado por la Comisión que vino aquí en contra de la proposición que yo hice, no dijo absolutamente ningún argumento en contra de esa proposición.

De ahí que yo quisiera entender que, o bien, se va a rechazar y ni siquiera un solo argumento en contra, o bien, que la Comisión ya la asumió y entonces ya no es necesario tomarla. Por eso es que hice uso de la palabra. Yo quisiera saber claramente cuáles son los argumentos por los cuales la Comisión no acepta esa proposición que yo hice, o bien si la va a rechazar que diga cuáles son los argumentos que se rechazan para que los

diputados tengan un criterio sobre el cual basar su voto. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra para hechos el señor diputado Flores Solano.

El C. Jorge Flores Solano: -Con su venia. Tanto el compañero Agustín Leñero como su servidor tratamos de exponer que la referencia al proceso de inflación es eso tomar una referencia que el fisco debe de utilizar para establecer con toda precisión cual es la pena que existe por la mora, aquí distinguimos la pena en el resarcimiento del daño y la pena, el proceso de multas que es otra cosa que no está en este momento.

En la Comisión analizamos ya un dictamen y considero que esto ha sido suficientemente claro y discutido para que se ponga a votación la propuesta y se acepte o se deseche lo que hizo el PAN en este momento.

El C. Jesús Galván Muñoz: -Señor presidente, pregunte al orador si acepta una interpelación.

El C. presidente: -¿Acepta el orador una interpelación?

El C. Jorge Flores Solano: -La acepto.

El C. Jesús Galván Muñoz: -Compañero Flores, usted no ha contestado lo que yo dije, yo quisiera por favor suplicarle a la Secretaría, si usted lo permite señor, que leyera la proposición que yo hice, que no tiene ninguna relación con lo que el diputado Flores ha mencionado en este momento.

El C. presidente: -Antes de ponerse a votación va a leerse su propuesta, señor diputado.

Lea la secretaría la propuesta y que tenga efectos de una vez para proceder posteriormente a su votación.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: -"Artículo 21. Los cargos serán interrumpidos y no se computarán durante el transcurso del tiempo en el que se resuelva cualquier recurso administrativo judicial, interpuesto por el causante en contra del crédito fiscal y que haya sido acordada su admisión por el órgano competente. Si el recurso comprende sólo parte del crédito exclusivamente por esta procederá la interrupción de los recargos."

El C. Jorge Flores Solano: -Señor presidente: Aquí en la versión estenográfica claramente se puede ver la referencia en que yo dije que este sería un proceso simplemente para retener el pago de contribuciones dolosamente por contribuyentes de impuestos, porque impugnar fácilmente y admitir un recurso es obligación de la autoridad y esto implica automáticamente que fácilmente admitir un recurso es obligación de la autoridad y esto implica automáticamente que cese la suspensión o que se suspenda el cálculo de recargos y esto es lo que dije que era inadmisible, que conductas anómalas estuvieran con este lineamiento. Si medito en juicio un recurso y el juicio se resuelve a favor del contribuyente, el contribuyente no paga ni el crédito ni los recargos.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la Asamblea si se aprueba o se desecha la propuesta que ya leyó.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta a la Asamblea si se acepta o se desecha la proposición hecha por el diputado Galván.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo. Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor presidente.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el Artículo 21.

El C. secretario Juan Moisés Calleja: - Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea en votación económica si considera suficientemente discutido el Art. 21 del Código Fiscal.

Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo...Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: -Resérvelo la secretaría para su votación en conjunto con los demás Artículos impugnados.

Se abre la discusión del Art. 82 del mismo Código.

Se abre el registro de oradores.

Tiene la palabra el diputado Cañedo.

El C. Alejandro Cañedo Benítez: -Con su venia, señor Presidente; señores diputados: Realmente lo que quiero es que un dictamen al leerlo, los diputados que no estamos en la Comisión, nos deberán orientar realmente cuáles

son los cambios y la trascendencia y en este artículo 82 no pasa eso, hacen un cambio donde dice artículo 82: "A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, avisos, así como expedir constancias a que se refiere el artículo 81, se impondrán las siguientes multas: Para señalar la fracción I que es la que se está modificando fracción A. La iniciativa venía con diez mil pesos o el 10% y estaba en el 84 en dos mil pesos y en 2%. Entonces realmente aquí la cantidad que se está elevando es totalmente en 400% entonces creo que en la iniciativa no marca claramente y quisiera pedir a la Comisión que nos aclarara también esta parte que dice: "último párrafo se deroga", porque allí el último párrafo de qué , del artículo 82 completo o de la fracción A, como viene aquí en la iniciativa. Aquí dice fracción A, y ese párrafo A no existe. Se podría entender que se está derogando la fracción B.

Entonces quisiera que algún miembro de la Comisión nos aclare el porqué hasta el 10% cuando era el 2.5 en la multa. Quiere decir que ahora, además de que se quitan los plazos, las multas se convierten realmente en confiscatorias. Si un causante que por errores o por problemas una declaración que tenga que pagar un millón de pesos el día 7 y lo pague el día 9, va a tener ya una multa de 100 mil pesos.

Entonces que nos aclaren realmente, porque estas multas podían bien quedar en un 3%, un 4% y no un 10%. Que alguien de la Comisión, por favor, que nos aclare esta situación de la parte que se deroga.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -En la Comisión, también es cierto y hay que dejarlo asentado, que al ver el límite de causación de las multas se hizo una proposición, y así quedó plasmada en el Dictamen, en donde a partir de ahora la multa mínima será de 2 mil 500 pesos, lo cual es claro y positivo y evita el manoseo por parte de la autoridad administrativa que a través de sus disposiciones y oficios internos, así nos dicen los jefes de las oficinas de Hacienda, lo aclaro para los compañeros que no tienen información a qué se refieren estos manuales y oficios internos.

El factor de multa está basado en 2 mil pesos, que fue incrementado en 1.25 a partir del primero de julio del año pasado, y que fue incrementado a partir del primero de enero de 2.45. Entonces un compañero diputado que no tenga información cuando lee la iniciativa que viene dice: "caray, de 2 mil pesos al 10%, pues la multa está baja", y se nos da una información que no está plenamente integrada. La multa mínima en estos momentos por esa sanción a que se refiere la fracción A del 82, no es de 2 mil pesos, es de 6 mil 100 pesos, que la Secretaría de Hacienda en su Ley Fiscal que publica aproximadamente dos meses después de que se apruebe aquí la Ley Fiscal formal, no la real, lo que aplica Silva Herzog, estableció en el decreto u oficio publicado el 28 de febrero de este año, ahí se establece claramente que la multa mínima por concepto de fracción A del Artículo 82 del Código Fiscal es de 6,100 pesos. Entonces es asombroso y quiero confesarlo para que quede testimonio, que me he sorprendido cuando en la Comisión se abolió estos procedimientos de ir ajustando las bases de las disposiciones del Código Fiscal por factores que suenan a esotéricos, 1.25 por un semestre, 2.45 por un cuatrimestre, etc., a una cantidad fija mínima, que va a significar en primera instancia, un beneficio para aquellos contribuyentes que correspondan al ámbito de la microempresa o del microcontribuyente.

Lo malo, ahora sí como el cuento, esto es lo bueno, ahora viene lo malo, lo malo es que de un límite máximo del 2% no vamos a una cantidad equivalente al 10% y adicionalmente ya tenía la disposición fiscal actual en el Código, en su 82, último párrafo, y tenía un límite que era equivalente a una cantidad igual a dos veces anualizado el salario mínimo. Esto nos lleva a una multa administrativa de niveles de un millón 200 mil pesos, pues ahora al fisco, Hacienda, le parece insuficiente este monto que ya era excesivo, confiscatorio y que presupone además un efecto Pigmalión, Hacienda presupone que todos los mexicanos somos evasores y por lo tanto su comportamiento es agredir a todos los supuestos evasores; los hechos demuestran que los evasores con dolo son los menos; que la crisis financiera y la falta de crédito está empujando ahora a los contribuyentes a la mora por insuficiencia de fondos.

Luego entonces, la parte mala, la Comisión, atendiendo al dictamen del Lic. Silva Herzog dice: el 2% es insuficiente, vámonos al 10%, no importa que sea confiscatorio, no importa que signifique una aberración técnica - fiscal en convenir a los accesorios en una materia recaudatoria; esto no importa, de todas maneras el control formal de la Cámara de Diputados va a permitir el pase de esta medida y además, los que quisieran defenderse argumentando los principios fundamentales de la tributación serán los menos.

Adelante, pues, con los faroles, que los contribuyentes cautivos aguantan. Y esta es una

afirmación falsa, se ha llegado al límite de soporte de los contribuyentes cautivos, se hace necesario que Hacienda inicie una verdadera campaña de recolección de contribuyentes evasores; a ellos es a los que se debiera de perseguir con todo el peso no de estas leyes disfrazadas de mecánicas para conseguir dinero para mantener un gasto público deficitario, no, con nuevas leyes, con imaginación, con tratamientos fiscales justos. Por lo tanto yo quiero dejar en la proposición ante esta Secretaría consistente en que se deje tal y como está el artículo 82 del Código Fiscal en vigor.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Ignacio Ramos Espinoza.

El C. Ignacio Ramos Espinoza: -Con su autorización señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Voy a tratar de dar satisfacción a algunas de las preocupaciones de los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra.

Existía duda o existe sobre respecto a qué disposición del artículo 82 del Código Fiscal versa la iniciativa de ley. Se refiere al inciso A) de la fracción primera del artículo 82. Y además se deroga el párrafo final del propio artículo.

Por otra parte este es precisamente uno de los preceptos que la Comisión estime prudente introducirle algunas modificaciones, porque la iniciativa que nos propuso el Ejecutivo señalaba que tratándose de declaraciones la mayor que resulte entre diez mil o el 10% de las contribuciones declaradas en su caso. Sin embargo la Comisión estimó conveniente reducir el mínimo de la multa aplicable por la omisión en la presentación de las declaraciones de diez mil pesos que nos propuso el Ejecutivo Federal a 2,500, con el propósito de dar un trato más equitativo a los pequeños contribuyentes, y para aquellos cuyo incumplimiento no es importante en relación con el monto de lo declarado a que se refiere dicho artículo 82.

Por otro lado la mención que hizo el diputado Ramírez Rebolledo de que el Secretario de Hacienda emitió una resolución de carácter general, se trata justamente del supuesto que señala el Artículo 70 del Código Fiscal, como una facultad de las autoridades hacendarias para adecuar este tipo de créditos fiscales.

Pensamos que este precepto, como el conjunto de las demás disposiciones que nos han ocupado en esta sesión, tienen como propósito evitar pues, la evasión y la elusión fiscales, para no permitir que el fisco deteriore su capacidad financiera, y de esta suerte el Estado mexicano esté en mejores posibilidades de cumplir con sus compromisos para con la sociedad.

Por lo tanto, propongo a esta asamblea que se deseche la propuesta de los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra. Muchas gracias.

El C. presidente: -Consulte la secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo 82 del Código Fiscal.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la asamblea en votación económica si se considera suficientemente discutido este artículo.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El C. presidente: -Se reserva para su votación en conjunto. Está a discusión el Artículo Transitorio del Código Fiscal de la Federación.

Oradores en contra.

Oradores en pro.

Tiene la palabra el señor diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -Suplicándole me perdonen a los compañeros miembros de esta soberanía, pero la obligación y el deber me imponen de por lo menos dejar sentadas nuestras inconformidades y protestas ante lo que sabemos es un procedimiento que alguien decía puede rayar en el cinismo, para apoyar leyes que sin razón serán leyes.

La disposición transitoria nos dice en sus términos generales que una vez que se ha llegado al tope de los 300% que se establecen hasta hoy y que se establecerán hasta el día 30 de abril, se puede reanudar la causación. Yo estoy informado de que esto ya ha sido incluido en otro tipo de paquetes fiscales, y también sé que existe por ahí alguna ejecutoria de la Suprema Corte en el sentido de que reanudar la causación de recargos una vez que se ha llegado al máximo, si surge a posteriori una disposición fiscal que dice que se puede reanudar, la Suprema Corte ha dicho que esto no es inconstitucional. El juicio de la Suprema Corte ya sabemos que tiene como en pangos el color del cristal con que se mire.

Lo que si no quiero discutir en estos momentos es la constitucionalidad es si este reinicio de

causación de recargos es o no es contra nuestra Carta Magna. Lo que yo quiero es plantear el principio fundamental de justicia.

Qué no es válido entonces lo que se ha dicho aquí anteriormente en todos los paquetes fiscales, en todas las misceláneas fiscales, en todos los dictámenes de la Comisión de Hacienda, no solamente la que encabeza ahora el señor diputado Orcí sino las anteriores, de que se busca con recargos resarcir al fisco de los daños de los contribuyentes morosos. Porque esto se ha dicho y además se ha asentado y específicamente en el dictamen de la Comisión de Hacienda a la que nos integramos en el pasado período ordinario de diciembre se dijo, cuando hablaba de los montos de los recargos y la disposición de aumentarlo del 250 al 300.

En la iniciativa que se dictamina se propone suprimir el límite del 250% que actualmente tiene la causación de recargos, a fin de evitar ventajas financieras y abusos.

Vuelve a surgir el mismo elemento, que en esta materia pueden realizar algunos contribuyentes," al respecto esta Comisión considera - Comisión de Hacienda que es la misma que ahora pero trabajando en diciembre- esta Comisión considera que si bien es cierto que el actual límite de recargos, 250% más el incremento del 50%, 300, se alcanzará en un tiempo relativamente corto de aprobarse la tasa de recargos, propuesta al coto 300%".

Y esto es lo importante, fíjense lo que decía la misma Comisión de Hacienda que ahora nos viene a decir que lo que se dijo en diciembre ya no vale; también es cierto que corresponde a la administración pública y a los tribunales del Poder Judicial procurar acortar el tiempo de resolución de los diversos procedimientos que las compete resolver". Fíjense, qué claridad, al 8.25% el 300% se causa en tres años y, por lo tanto, la propia Comisión de Hacienda en diciembre, reconoció que era un tiempo suficiente para resolver aquellos casos que hayan llegado en litigio ante ellos como autoridad fiscal.

La Comisión de Hacienda lo reconoció y dijo: "también es cierto que corresponde a la administración pública y a los tribunales del Poder Judicial procurar acortar el tiempo de resolución de los diversos procedimientos que le corresponde resolver. Ahora en automático le damos al equipo confiscatorio de la Secretaría de Hacienda el 200% más de plazo, para que no resuelvan y siga la morocidad y siga la lentitud y sigan los juicios fiscales pendientes de resolver.

Esto es por lo que se refiere el aumento.

¿Por lo que se refiere a las devoluciones?

¿Por qué si se ha reconocido entonces que hay una eficiencia administrativa cada vez mayor, cuando se habla de la solicitud de devolución que se hubieran presentado antes del primero de junio, seguirá vigente la ley de cuatro meses dice la ley para resolver. Dice la Ley:

El fisco te devolverá lo que hayas contribuido de manera equivocada o indebidamente en un plazo de 4 meses, aunque ya en este momento en forma genérica quede dos.

Cuál es la incongruencia de decir que de ahora en adelante te devuelvo dos y le meto una a disposición transitoria de 4. ¿Es darle tiempo para que se adecue al aparato represor confiscatorio de la Secretaría de Hacienda? O es que simple y sencillamente está reconociendo implícitamente, y quieren ahorrarse el costo financiero para que el efecto de mayor recaudación no se vaya en devoluciones, quieren ahorrarse ese costo de tener que pagar intereses al 8.25%, tengo también que ser justo, lo que cobra de recargo se lo paga a uno en intereses al fisco.

Es esa mi intención, se trata de mantener artificialmente que la recaudación se elevó por producto de esa intervención que va a salvar a México en equis porcentaje sobre el Producto Interno Bruto, y en equis millones, para ser exactos 185 mil millones.

Por lo tanto, yo propongo a esta Soberanía que queden las disposiciones tal y cual están contempladas en el Código Fiscal, actualmente en vigor.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Carlos Palafox Vázquez

. El C. Carlos Palafox Vázquez: - Con su permiso, señor presidente; ciudadanos diputados: En cuanto al primer punto de los transitorios de las disposiciones transitorias, consideramos que ya se discutió, en relación con el artículo 21 y debemos mencionar que se persiguen dos objetivos. No solo resarcir al fisco de los daños y perjuicios por incumplimiento, sino también fijarlos en un monto que disuada de la evasión a efecto de que deje de considerarse a la evasión como un medio de financiamiento.

Por otra parte, como lo hemos analizado, se propone reducir de 4 a 2 meses el plazo para devolución, en este plazo que se compone fundamentalmente por el impuesto al valor agregado,

se concede a los Estados para que dispongan de un mes para la implementación y la instrumentación de todos los mecanismos que establece la propia ley a efecto de aplicarle y que esté en plena vigencia. Muchas gracias.

El C. presidente: - Consulte la secretaría a la Asamblea si está suficientemente discutido el artículo transitorio.

El C. Secretario Juan Moisés Calleja: -Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea en votación económica si considera suficientemente discutido el artículo transitorio.

Los que estén conformes, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: - Resérvense para su votación en conjunto. Está a discusión el artículo 12 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Oradores en contra.

Oradores en pro.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Rubiano.

El C. Rubén Rubiano Reyna: - Ciudadanos diputados, esta modificación consideramos que es perjudicial porque perjudica precisamente a las fuentes de trabajo, se habla de que la erosión por concepto del plazo que por tetramestres se concede en la ley actual para hacer los anticipos a supuestas utilidades de las empresas causa una erosión al fisco equivalente a 80 mil millones de pesos. Comparados con los diez billones de pesos, es menos del 1% lo que lograría, según intención de esta modificación, agregarle a la recaudación del fisco, sin embargo, tan poco beneficio económico, llega a perjudicar a más de 350 mil fuente de trabajo en momentos en que lo que debemos de proponernos es proteger el empleo.

De estas 400 mil empresas que, sobre las que se piensa que esta modificación lograse obtener estos recursos, el 8% de el monto de los impuestos, 350 mil empresas son sociedades mercantiles familiares, microempresa, pequeñas y medianas empresas y considerando a 10 trabajadores por cada una de estas fuentes de trabajo, estamos hablando de que se afecta a más de 4 millones de trabajadores y sigue siendo el supuesto de que serán 80 mil millones de pesos el beneficio económico. Por eso es perjudicial.

También pensamos que es ilegal porque la ley la ponen por encima de la Constitución y colocan a las fuentes de trabajo, a estas microempresa, a estas pequeñas, a estas medianas empresas a que hagan pagos provisionales mensuales por supuesta utilidades precisamente al 43% en una tasa única, modificándose la que en estos momentos existe y que varia del 5 al 42 y que con eso en el mejor de los casos se queda pagada la totalidad de los impuestos en forma anticipada pero en la mayoría de los casos, se quedan estas fuentes de trabajo como acreedoras al fisco, es decir, queda a favor de estas empresas una gran parte por fijarse un modificación en la tasa de que queden todas en el 42%. Por eso es drástica e ilegal y perjudicial.

Nosotros creemos que tan poco beneficio debe estar diseñada como una simple cortina de humo en esta modificación. ¿Qué hay detrás para tan poco beneficio tanto perjuicio, tan drástica e ilegal y tanto deterioro en la institución de gobierno?

Debe haber algo más allá que el aborazamiento que se dice al tratar de evitar una erosión que por plazo recaudatorio llegan a resarcirse hasta menos del 8% que serán 80 mil millones de pesos.

Lo que sucede es que también a las sociedades mercantiles, y aquí sí creo que violando la garantía de igualdad se le trata a la sociedad mercantil empresaria o a la sociedad mercantil de pequeña empresa, mediana empresa, se le trata igual que a la grande empresa, que tiene posibilidad con un departamento contable suficiente para presentar en menos de 5 días laborables los resultados con los cuales pudiera hacer el cálculo para presentar y enterar un anticipo a supuestas utilidades.

En la mayoría de los casos, estas pequeñas empresas, estas fuentes de trabajo quedarían precisamente fuera de la Ley, al no poderlas cumplir. ¿Qué hay detrás de eso? ¿Por qué esa intención de encajonarlas a que se queden fuera de la Ley? ¿Es acaso también dejarlas fuera de la participación política a quienes están al frente de estas pequeñas empresas? Es por eso que creemos que debe quedarse esta disposición como está actualmente, en pagos tetramestrales y no hacerlos en pagos provisionales mensuales y con menos de cinco días de tiempo para poder hacer al entero y la presentación contable de ello.

Por eso en Acción Nacional pedimos que para protección del empleo, para que no se perjudique en más de 4 millones de empleos que hay en estas 350 mil fuentes de trabajo, se mantenga la disposición como está actualmente. Por eso votaremos en contra de esta disposición

modificada. Creemos que definitivamente hay en esta disposición la famosa cortina de humo que esconde algo más que una simple recaudación que no llega ni al 1% de lo que por impuestos se quiere lograr, que es de 10 billones y medio.

Por eso votaremos en contra de esta disposición modificada. Por eso pedimos a ustedes la reflexión y el estudio concienzudo de las consecuencias y el perjuicio que se lograría al aceptar esta modificación. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Tengo entendido que está apuntada primero Cecilia Romero.

El C. presidente: -Primero la diputada con todo gusto. Tiene la palabra la diputada Romero.

La C. Cecilia Romero Castillo: - Respecto a esta miscelánea fiscal que nos ha llevado ya muchas horas de discusión, hay muchos puntos de fondo que ya han sido elaboradas por mis compañeros diputados; sin embargo hay también un aspecto de forma que especialmente en el artículo 12 sale a la vista y que no podemos pasar desapercibido y es el aspecto de la tan mencionada simplificación administrativa que está llevando a cabo este régimen.

Es el artículo 12 del Impuesto sobre la Renta, se habla que los pagos provisionales que hasta hoy se efectúan cada cuatro meses, se van a hacer mensualmente, esto independientemente de los graves problemas de fondo que, como digo, ya han sido mencionados anteriormente, propicia un gran burocratismo; simplemente el gobierno lo que ahora está haciendo cada cuatro meses, la cantidad de horas - hombre que consume en la recepción y en el procesamiento de esta recepción de los pagos provisionales que hacen los contribuyentes, tendrá definitivamente que emplear mucho más personal, tendrá que emplear muchas más horas de trabajo para procesar cada mes lo que se va a efectuar por pagos provisionales del impuesto sobre la renta, cuando todavía no se termina de hacer el proceso de un mes ya se deberán estar recibiendo todo el papeleo, todos los informes que se reciben del mes siguiente.

Esto definitivamente va a propiciar un gran rezago que se va a ir acumulando cada mes, normalmente de por si ya sabemos que en las oficinas burocráticas hay rezago de todo tipo, en este caso se está contribuyendo a este rezago y se está dejando a un lado la tan llevada y traída simplificación administrativa.

Por el lado de los causantes, también tendrán que enfrentar el problema grave en cuanto a tiempo, lo que hoy hacen cada cuatro meses lo tendrán que hacer cada mes y estas medidas burocráticas que se están imponiendo a los causantes estarán también contribuyendo a un gran rezago administrativo.

El subsecretario de Hacienda, el licenciado Prieto Fortún, en su comparecencia ante la Comisión de Hacienda de esta manera, confesó, estuvo de acuerdo en acortar crear problemas administrativos y además, por otro lado, tomando en cuenta esta cuestión tan concreta, pues se va a contribuir a la evasión fiscal, ésta que se está tratando de reducir va a ser de una manera muy concreta y debido a esta situación de burocratismo, de papeleo, de trabajo innecesario de mucha gente, va a lesionar gravemente la tan llevada y traída simplificación administrativa.

Es por ésta, entre otras cosas, que nos pronunciamos en contra de este artículo 12, por el aspecto grave de burocratismo en que se está incurriendo cuando se quiere ampliar el proceso que se hace hoy cada cuatro meses, a hacerlo cada mes, no es posible ni por el lado del gobierno porque lo ha comprobado repetidas veces, que hay un rezago en todo el trámite que se relaciona a esta recepción de pagos provisionales, va a haber un gran rezago por parte del gobierno y por parte de los causantes también habrá un rezago grave.

Por lo tanto, simplemente esta medida echa por tierra la situación de la simplificación administrativa y en ese sentido nosotros consideramos que debe dejarse el artículo 12 en este caso, en que las contribuciones provisionales del pago sobre el Impuesto de la Renta de hagan cada cuatro meses como hasta ahora se están haciendo, en el aspecto de forma. Gracias. (Aplausos.)

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Ramírez.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: -Declino, señor presidente.

El C. presidente: - Tienen la palabra el señor diputado José Ramón García Soto, en pro.

El C. José Ramón García Soto: - Gracias, señor presidente; honorable asamblea: Corresponde al que habla hacer referencia en pro del artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el que ha sido dictaminado por la

Comisión de Hacienda, y que a nuestro juicio consideramos que este dictamen está debidamente sujeto a la realidad y a las necesidades imperantes en materia fiscal.

No se puede pensar de que a estos conceptos legal perjudique a las fuentes de trabajo porque en lo absoluto ya se está modificando la base, el sujeto ni la tarifa. Para poder determinar la base del impuesto como es muy sabido, en esto concurre precisamente la venta, el gasto menos compras, para determinar la utilidad fiscal a cuya utilidad fiscal se le deducen las adicionales e ingresos por dividendos para determinar el factor, multiplicado el resultado por el 42% que estipula la propia ley en la tarifa respectiva.

En consecuencia, las bases determinadas por la reforma de la ley y por el propio dictamen, repito, en lo absoluto están modificando la base para el cálculo del impuesto ni del sujeto, ni mucho menos de la tarifa. Su condición fiscal es exactamente igual en los mismos términos que la ley que rige, sino que la discrepancia en su caso podría darse por el hecho de que actualmente para determinar el factor del impuesto se van a considerar los 12 meses del año y no los 11 meses como hace en base a la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente. He ahí precisamente donde se representa una pequeñísima diferencia en contra de la empresa del 2.95% recuperable definitivamente en el momento del cierre del ejercicio fiscal respectivo.

En cuanto a las fuentes de trabajo, vuelvo a insistir, que con el expuesto, no hay perjuicio que se pueda dar a ellas ni mucho menos que se vaya en detrimento del recorte de los trabajadores que a las mismas sirven. El trabajo en lo general no se perjudica; fundamentalmente la reforma estriba en el acotamiento de plazos, ese acotamiento de plazos que representa para la Secretaría de Hacienda la recuperación de un impuesto retenido y la recuperación de un impuesto generado en base a la utilidad obtenida por la empresa; impuesto retenido al trabajador, retenido por semanas, retenidos por quincena o retenido por mes, pero que es todavía más, en poder del empresario hasta el día 20 como máximo en los términos de la ley que rige. El supuesto actual que se modifica, estriba precisamente en el acortamiento al 7 de cada uno de los meses. Con esto, puede también el Estado disponer de 13 días financieramente para cubrir los compromisos fiscales y de presupuesto que a él corresponden.

Sabemos de antemano que los compromisos presupuestarios son exactamente al término de su vencimiento, y es la preocupación constante del fisco de recuperar sus impuestos dentro del tiempo establecido, para poder hacer frente a sus obligaciones presupuestarias.

Señor presidente, H. Asamblea: si nuestras compañeras diputadas y compañeros diputados consideran que estos conceptos fiscales han sido plenamente discutidos e impera la conciencia en cada uno de nosotros, pido a usted, si lo estima conveniente, someterlo a consideración para la votación respectiva.

El C. presidente: - Tiene la palabra el diputado Rubiano, para hechos.

El C. Rubén Rubiano Reyna: -Aquí estamos discutiendo si hay eliminación de una tabla, bajo la cual se estaba considerando el anticipo a supuestas utilidades de las fuentes de trabajo. Y aquí queda eliminado, porque se fija únicamente la tasa del 42%. No estamos hablando del acortamiento de plazos únicamente, señor diputado. Estamos hablando de la modificación, en el artículo 13, de la tabla en la que se contempla desde el 5 hasta el 42% de pagos en el cálculo al anticipo de supuestas utilidades de las fuentes de trabajo. Sí se modifica la tasa, por eso es ilegal, por eso es perjudicial.

El C. presidente: -En vista de que se han agotado los oradores consulte la secretaría a la asamblea si está suficientemente discutido el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Cumpliendo las instrucciones de la presidencia en votación económica se pregunta a la asamblea si considera suficientemente discutido el artículo 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo... De acuerdo, señor presidente.

El C. presidente: - Resérvelo para su votación en conjunto con los anteriores.

En virtud de que el diputado Ramírez Rebolledo reservó los Artículos 5to. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 5 y 5-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, el artículo único de la Ley de Impuestos sobre Erogaciones por Renumeración al Trabajo Personal, el 4o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y el 29 de Aportaciones para el fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, consulte la secretaría a la asamblea si se le autoriza a plantear su impugnación en una sola intervención.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: -Por instrucciones de la presidencia se pregunta a la asamblea en votación económica si están conformes en que se discutan estos artículos que acaba de citar en una sola ocasión. Los que estén de acuerdo sírvanse manifestarlo... De acuerdo, señor presidente.

El C. presidente: -¿El registro de oradores en pro? Tiene usted la palabra diputado Ramírez Rebolledo.

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Señor presidente, señores diputados: Quiero dejar sentada nuestra impugnación y nuestro rechazo a los artículos que el señor Presidente de esta Cámara ha mencionado y especialmente hacer hincapié en lo que se refiere al Impuesto al Valor Agregado en su artículo 5to.

La disposición vigente establece que el pago de dicho impuesto deberá ser el día 20 de cada mes natural posterior al mes en que se hizo válida la causación del impuesto.

Con las modificaciones que se proponen tal fecha se cambia para el día 10. En los trabajos de la Comisión, cuando nosotros rebatíamos el argumento de que esto va a significar una mayor liquidez para el gobierno federal, que es una mentira repetida muchas veces, y por lo tanto al cabo de muchas veces puede empezar a creerse que es verdad, porque en términos parciales quizá será válido el acortamiento para el primer mes en que entre en vigor esta disposición, pero para los subsecuentes el ciclo de 30 días entre causación y pago ¿se dará?

Cuando argumentábamos esto en la Comisión, este argumento, este decir de que él iba a trasladar su pago del día 20 al día 10 acortándolo, estaba ignorando que es muy diferente el hecho de que se facture y se cobre el IVA.

Es válido también y debo acotar las observaciones en el sentido de que el impuesto se facture y se cobre en automático, en las operaciones de contado.

Pero estar, de acuerdo con la estructura de los comercios, de los negocios, de la industria son las menos. El sistema económico empresarial de nuestro país, trabaja en términos de crédito de la confianza, porque todavía en ese sector existe la confianza, argumento que no podemos hacer válido para todos los sectores de nuestra patria, especialmente entre las relaciones gobierno- ciudadano, en donde el gobierno le ha perdido la confianza a sus ciudadanos y por eso este paquete fiscal va a ser apenas el comienzo de una serie de modificaciones de todo tipo de leyes, en que la confianza y el pueblo va a ser cada vez menor, menor y menor.

Decíamos en la Comisión que acortar el plazo del día 20 al día 10, significaba un costo financiero importante, significaba quitarle 10 días de posibilidad de recuperación del IVA facturado y no cobrado. Y se reconocía en la propia Comisión, y el diputado Flores Solano lo decía, que para esos efectos se encontraba el crédito bancario y que además los intereses que se causaban, por esos préstamos bancarios para pagar el IVA, sí eran reconocidos para efecto del Impuesto Sobre la Renta.

Yo le planteaba que esa no era la solución, porque aunque en teoría sonara bien, en la práctica todo el crédito bancario, el 93% de la banca de depósito, porque ya no es banca de crédito, es banca de depósito, está canalizado para el sector público, para financiar un gasto oficial en dispendio cada vez mayor.

Por lo tanto, consideramos que modificar con la tentativa de una manita de gato la iniciativa que envió la Secretaría de Hacienda, a través del Ejecutivo, del séptimo día como estaba propuesto, el décimo como se está ahora discutiendo, no es más que darle una embarradita al gato.

El problema financiero existe. El problema financiero se repercutirá y esto es un hecho, se repercutirá vía precios en una mayor inflación.

Con respecto a los otros 4 ó 5 impuestos que son modificados en su entero del día 15 la mayoría de ellos al día 7, debo hacer notar que además de los costos financieros que por eso signifique al traslado, la disminución de plazo debo hacer notar el gran problema que va a tener el sector recaudatorio del gobierno cuando en un mismo día se presenten en las oficinas recaudadoras o en los bancos del sistema estatal las declaraciones que contengan los pagos de renta, pagos provisionales, de ISAM, de 1%, de INFONAVIT y etc., son tantos que la memoria me falla para recordarlos. Esa es la gran simplificación administrativa que el señor Secretario de Hacienda, Jesús Silva Herzog, está implantando; o será posible que el subsecretario que vino a plantear esta modificación estará minando su camino a la presidencial del 1988. Muchas gracias.

El C. presidente: - Tiene la palabra el señor diputado Alfonso Reyes Medrano.

El C. Alfonso Reyes Medrano: - Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados de esta honorable asamblea: Pedimos la

agrupación para su discusión de éstos 5 impuestos por una sencilla razón, los argumentos por decir ya se han dicho todos, las refutaciones por hacer ya se ha hecho todas y tienen un denominador común absolutamente todos, sirven cada uno para retener los impuestos a que se está refiriendo cada uno de ellos, son retenedores de impuestos de terceros. En teoría cuando se retiene el impuesto y se le da esa categoría a una gente fiscal como es el empresario en este caso, en teoría debería enterarlo al día siguiente de su recaudación, si no es que el mismo día por ser dinero fiscal. Sin embargo, en las leyes que hemos estudiado se les ha dado un margen para que su administración junte los impuestitos que han recaudado durante esos días y los entere al gobierno.

Quiero ser sumante breve en esto, solamente acusarme y a poner su atención en la particularidad que tienen 2 impuestos especialmente, más bien un impuesto y una cuota; el impuesto sobre productos del trabajo que automáticamente se está dando el día en que se paga la nómina, está en capacidad de ser entregado que usufructúen ese dinero en la forma en que ya lo hemos dicho, pues es un beneficio que ya hemos tenido, el recortárselos, obvio, es lo que duele.

Y respecto a la cuota del Instituto del Seguro Social, es una aportación que dan los empresarios de acuerdo con su ley para conformar un fondo nacional de vivienda propiedad de los trabajadores, al fondo. En consecuencia siguen siendo retenedores de una parte del salario de los trabajadores porque una vez que el empresario aporta, va a formar parte del salario completo o integral de los trabajadores.

También a es a su vez de que al pagar la nómina al día siguiente saben los empresarios exactamente cuánto tuvieron o cuánto tiene que aportar para el INFONAVIT a fin de conformar el fondo de los trabajadores y que este caso la Secretaría de Hacienda solamente está siendo agente retenedor o recaudador para entregarlo al INFONAVIT.

Por ningún motivo los trabajadores aceptarán que éstos dos factores alteren sustancialmente sus plazos. (Interrupción).

El C. Humberto Enrique Ramírez Rebolledo: - Señor presidente, pregunte al orador si acepta una interpelación.

El C. presidente: - Señor diputado, ¿acepta una interpelación?

El C. Alfonso Reyes Medrano: -No, de ningún modo.

El C. presidente: - No la acepta.

El C. Alfonso Reyes Medrano: -De ningún modo aceptarán los trabajadores que lo que se les retiene como impuesto que están pagando al fisco sean enterados a plazos largos, por ningún motivo aceptarán los trabajadores que la cuota o aportación que dan los empresarios de acuerdo con la Ley, sea enterada más allá de los días que dispone la misma, eso es lo que yo quería hacer observación respecto a estas cinco leyes. No hay mas que acortar plazos del entero de los que son retenedores los empresarios.

El C. presidente: - Consulte la Secretaría a la Asamblea si están suficientemente discutidos los artículos del debate.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: -Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea en votación económica si considera suficientemente discutidos los artículos a que se ha hecho referencia. Los que estén de acuerdo, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. presidente: - Tome la votación nominal de todos los artículos impugnados.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos 6, 21, 82 y transitorio del Código Fiscal; 12 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, 5o. y 5o. - A de la Ley del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración del Trabajo Personal; 4o. de la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y 29 de la ley sobre Aportaciones para el Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN)

Señor presidente, la secretaría le informa que los artículos, es decir, la votación fue en la forma siguiente: respecto del Artículo 82 del Código Fiscal y 5o. del Impuesto al Valor Agregado, 243 en pro, 19 en contra y 10 abstenciones; para el resto de los artículos, 233 en pro, 29 en contra y 10 abstenciones.

El C. presidente: -Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales.

El C. secretario Juan Moisés Calleja García: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

MINUTA DEL SENADO

LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL D.F.

El C. presidente: - Se acaba de recibir de la honorable Cámara de Senadores una Minuta, se ruega a la secretaría dar cuenta de ella.

La C. secretaria Consuelo Botello de Flores:

«CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados. Presentes.

Para sus efectos correspondientes, tenemos el honor de remitir a ustedes, el expediente que contiene la Minuta Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D. F., 21 de abril de 1986.

Senador Alberto E. Villanueva Sansores, secretario; senador Luis José Dorantes Segovia, secretario.»

((MINUTA DE PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS

DISPOSICIONES DE LA LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL

DISTRITO FEDERAL

Artículo primero. Se reforman los artículos 1o. al 7o. 9o. al 12, 16 al 21, 29, 33, 45, 46 al 50, 53, 54, 71, 79, 82, 84, al 89, 93 y 94 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, y se adiciona la misma con los artículos 19 Bis y 80 para quedar como sigue:

"Artículo 1o. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal es un tribunal administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, con la organización y competencia que esta Ley establece."

"Artículo 2o. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo se compondrá de una Sala Superior integrada por cinco magistrados y por tres Salas de tres magistrados cada una, que podrán aumentarse en dos mas formadas por tres magistrados supernumerarios, cuando el servicio lo requiera, a juicio de la Sala Superior."

"Artículo 3o. El Presidente de la República a proposición del Jefe del Departamento del Distrito Federal y con aprobación de la Cámara de Diputados o de la Comisión Permanente en su caso, nombrará cada seis años a los Magistrados que integren la Sala Superior y las Salas del Tribunal, así como los supernumerarios necesarios, quienes podrán ser designados nuevamente. Las vacantes definitivas que ocurran se cubrirán por el tiempo faltante para la terminación del período expresado.

Los Magistrados no podrán ser removidos sino en los casos y de acuerdo con el procedimiento aplicable para los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Los Magistrados de las Salas podrán ser promovidos a la Sala Superior."

"Artículo 4o. Para ser Magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, se requiere:

a) Ser mexicano por nacimiento, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

b) No tener menos de veinticinco años si el Magistrado es para Sala y no menos de treinta si es para Sala Superior, al día de su designación, ni más de sesenta y cinco años, en cualquiera de ambos casos;

c) Ser Licenciado en Derecho con título debidamente registrado en la Dirección General de Profesiones;

d) Acreditar, cuando menos, tres o cinco años de práctica profesional en materia administrativa y fiscal, según sea Magistrado para Sala o para Sala Superior;

e) Ser de notoria buena conducta, y

f) No haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito intencional, que le imponga más de un año de prisión".

"Artículo 5o. El Tribunal tendrá un presidente, que será a su vez el Presidente de la Sala Superior. Durará en su cargo un año y podrá ser reelecto.

Cada una de las Salas tendrá además un Presidente, y también podrá ser reelecto."

"Artículo 6o. La designación del presidente del Tribunal la hará la Sala Superior en la primera sesión de cada año. También en su primera sesión anual, las Salas elegirán sus respectivos presidentes.

"Artículo 7o. Los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo percibirán iguales emolumentos que los del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Esos emolumentos no podrán ser disminuidos durante el término de su encargo."

"Artículo 9o. El Presidente del Tribunal será suplido en el caso de faltas temporales por los Magistrados de la Sala Superior siguiendo el orden de su designación, o el orden alfabético si más de un Magistrado fue designado en la misma fecha. Si la falta es definitiva se designará nuevo presidente para concluir el período."

"Artículo 10. Las faltas temporales de los Magistrados de la Sala Superior no serán cubiertas, las definitivas se comunicarán de inmediato al Presidente de la República por el Presidente del Tribunal para que proceda a las designación de los Magistrados que las cubran.

Las faltas temporales de los Magistrados de las Salas se suplirán por los Magistrados que designe la Sala Superior de entre los supernumerarios; las faltas definitivas con nueva designación."

"Artículo 11. Las licencias a los Magistrados serán otorgadas por la Sala Superior cuando sean con goce de sueldo y no excedan de un mes, o sin goce de sueldo hasta por tres meses. Las que excedan de los plazos anteriores, sólo podrá concederlas el Presidente de la República, a quien se solicitarán por conducto del Jefe del Departamento del Distrito Federal."

"Artículo 12. El Tribunal tendrá un secretario General de Acuerdos, que será también secretario de Acuerdos de la Sala Superior, un secretario General de Compilación y Difusión, los secretarios necesarios para el despacho de los negocios del Tribunal y defensores jurídicos gratuitos, quienes serán empleados de confianza, así como los actuarios y empleados que determine el Presupuesto de Egresos del Departamento del Distrito Federal."

"Artículo 16. La Sala Superior se compondrá de cinco Magistrados especialmente nombrados para integrarla, pero bastará la presencia de cuatro de sus miembros para que puedan sesionar."

"Artículo 17. Las sesiones de la Sala Superior serán públicas, con excepción de los casos en que la moral, el interés público o la Ley exijan que sean secretas."

"Artículo 18. Las resoluciones de la Sala Superior se tomarán por los votos en el mismo sentido de tres Magistrados por lo menos, quienes no podrán abstenerse de votar sino cuando tengan impedimento legal.

En caso de no darse el número de votos requeridos, el asunto se diferirá para la siguiente sesión, y si no se pudiera tomar la resolución por el mismo motivo, se designará nuevo ponente."

"Artículo 19. Es competencia de la Sala Superior:

I. Fijar la Jurisprudencia del Tribunal;

II. Resolver los recursos en contra de las resoluciones de las Salas;

III. Resolver el recurso de reclamación en contra de los acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Sala Superior.

IV. Conocer de las excitativas para la impartición de justicia que promuevan las partes, cuando los Magistrados no formulen el proyecto de resolución que corresponda o no emitan su voto respecto de proyectos formulados por otros Magistrados, dentro de los plazos señalados por la Ley;

V. Calificar las recusaciones, excusas e impedimentos de los Magistrados del Tribunal y, en su caso, designar al Magistrado que deba sustituirlos, y

VI. Establecer las reglas para la distribución de los asuntos entre las Salas del Tribunal, así como entre los Magistrados instructores y ponentes."

"Artículo 19 - Bis. Son atribuciones de la Sala Superior, las siguientes:

I. Designar de entre sus miembros al presidente del Tribunal, quien lo será también de la Sala Superior;

II. Fijar y cambiar la adscripción de los Magistrados de las Salas;

III. Designar de entre los Magistrados supernumerarios a los que suplan las ausencias temporales de los Magistrados de las Salas;

IV. Nombrar al Secretario General de Acuerdos, a los secretarios y actuarios de la Sala Superior, así como acordar lo que proceda respecto a su remoción.

V. Acordar la remoción de los empleados administrativos a ella adscritos, cuando proceda conforme a la Ley;

VI. Conceder licencias a los Magistrados, hasta por un mes con goce de sueldo o hasta por tres

sin sueldo cada año, siempre que el Magistrado tenga un año de servicios, exista causa justificada para ello y no se perjudique el funcionamiento del Tribunal; y, en los términos de las disposiciones aplicables, a los Secretarios y Actuarios a ella adscritos;

VII. Dictar las medidas necesarias para el despacho pronto y expedito de los asuntos de la competencia del Tribunal;

VIII. Designar las comisiones de Magistrados que sean necesarias para la administración interna y representación del Tribunal;

IX. Formular anualmente el proyecto de presupuesto de egresos del Tribunal, para ser remitido al Departamento del Distrito Federal;

X. Expedir el Reglamento Interno del Tribunal que comprenderá las normas de Trabajo, así como las demás disposiciones necesarias para su buen funcionamiento;

XI. Designar de entre sus miembros a los Magistrados visitadores de las Salas, los que darán cuenta del funcionamiento de éstas a la Sala Superior, y

XII. Las demás que establezcan las leyes."

Artículo 20. Son atribuciones del Presidente del Tribunal:

I. Representar al Tribunal ante toda clase de autoridades;

II. Despachar la correspondencia del Tribunal y de la Sala Superior;

III. Presidir las comisiones que designe la Sala Superior;

IV. Dirigir los debates y conservar el orden en las sesiones de la Sala Superior;

V. Denunciar a la Sala Superior las contradicciones de que tenga conocimiento entre sentencias dictadas por las Salas;

VI. Designar por turno al Magistrado instructor en los recursos de revisión y al Magistrado ponente en los de queja; dar cuenta a la Sala Superior de las excitativas de justicia y tramitar los demás asuntos de la competencia de la Sala Superior hasta ponerlos en estado de resolución;

VII. Designar al personal administrativo de la Sala Superior, de acuerdo con las disposiciones legales y las normas de carácter general que dicte la misma Sala;

VIII. Conceder o negar licencias al personal administrativo de la Sala Superior en los términos de las disposiciones aplicables, previa opinión, en su caso, del Magistrado a que esté adscrito;

IX. Dictar las medidas que exijan el buen funcionamiento y la disciplina de la Sala Superior e imponer las sanciones administrativas que procedan a los secretarios y empleados administrativos de la misma;

X. Dictar las órdenes relacionadas con el ejercicio del presupuesto del Tribunal;

XI. Autorizar, en unión del Secretario General de Acuerdos, las actas en que se hagan constar las deliberaciones y acuerdos de la Sala Superior;

XII. Firmar los engroses de resoluciones de la Sala Superior;

XIII. Realizar los actos administrativos y jurídicos que no requieran la intervención de la Sala Superior, conforme a la Ley;

XIV. Rendir a la Sala Superior en la última sesión de cada año un informe dando cuenta de la marcha Tribunal y de las principales tesis adoptadas por éste en sus decisiones, y

XV. Publicar la jurisprudencia del Tribunal, las sentencias de la Sala Superior cuando constituyan jurisprudencia o cuando la contraríen, incluyendo los votos particulares que con ella se relacionen, así como aquellas que considere que deben darse a conocer por ser de interés general."

"Artículo 21. Las Salas del Tribunal son competentes para conocer:

I. De los juicios en contra de los actos administrativos que las autoridades del Departamento del Distrito Federal dicten, ordenen, ejecuten o traten de ejecutar en agravio de los particulares;

II. De los juicios en contra de las resoluciones definitivas dictadas por el Departamento del Distrito Federal en las que se determine la existencia de una obligación fiscal, se fije está en cantidad líquida o se den las bases para su liquidación, nieguen la devolución de un ingreso indebidamente percibido o cualquier otra que cause agravio en materia fiscal;

III. De los juicios en contra de la falta de contestación de las mismas autoridades, dentro de un término de treinta días naturales, a las promociones presentadas ante ellas por los particulares, a menos que las leyes y reglamentos fijen otros plazos o la naturaleza del asunto lo requiera;

IV. De las quejas por incumplimiento de las sentencias que dicten;

V. Del recurso de reclamación en contra de las resoluciones del trámite de la misma Sala;

VI. De los juicios que promuevan las autoridades para que sean nulificadas las resoluciones fiscales favorables a un particular y que causen una lesión a la Hacienda Pública del Distrito Federal; y

VII. De los demás que señale esta Ley."

"Artículo 29. ...................................

I. .....................................................

II. Multa de una cantidad equivalente al monto de 10 a 50 días de salario mínimo en el Distrito Federal.

III. ......................................................

IV. ..................................................."

"Artículo 33. Sólo podrán intervenir en el juicio las personas que tengan un interés jurídico que funde su pretensión."

"Artículo 45. ...................................

Si se declarare la nulidad de la notificación, se impondrá una multa igual al monto de uno a cinco días de salario mínimo en el Distrito Federal al empleado responsable, según la gravedad de la irregularidad. En caso de reincidencia podrá ser destituido en su cargo, sin responsabilidad para el Departamento del Distrito Federal, después de que el Presidente del Tribunal lo oiga y reciba las pruebas que desee aportar en su defensa."

"Artículo 46. Los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, tanto de la Sala Superior como de las demás Salas que lo integran, bajo su responsabilidad deberán excusarse de intervenir en los siguientes casos:

I a VI. ............................................... ........................................................"

"Artículo 47. Los Magistrados del Tribunal que se consideren impedidos para conocer de algún asunto, harán la manifestación a que se refiere el artículo anterior ante la Sala Superior."

"Artículo 48. El impedimento se calificará de plano por la Sala Superior, en el acuerdo en que se de cuenta del mismo. En el caso de empate, el Presidente del Tribunal y de la Sala Superior, tendrá voto de calidad. Cuando se trate del impedimento de un Magistrado integrante de la Sala Superior éste no podrá participar en las deliberaciones ni en la decisión."

"Artículo 49. Las partes en juicio podrán recusar a los Magistrados, tanto de la Sala Superior como de las Salas, por cualquiera de las causas a que se refiere el artículo 46. La recusación con causa se hará valer ante la Sala Superior, la que decidirá conforme al trámite señalado en el artículo 48. Al interponer recusación con causa las partes presentarán las pruebas en que funden su petición, sin que sean admisibles pruebas testimoniales o periciales.

La Sala Superior, si declara infundada la recusación interpuesta, determinará prudentemente si existió mala fe por parte de quien la hizo valer y, en tal caso, le impondrá una sanción consistente en multa por el importe de diez a cincuenta veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en la fecha en que se hizo valer la recusación."

"Artículo 50. La demanda deberá interponerse por escrito dirigida al Tribunal y deberá llenar los siguientes requisitos formales:

I a IX. ............................................................................

El actor deberá acompañar una copia de la demanda y de los documentos anexos a ella, para cada una de las demás partes."

"Artículo 53. ..............................................................

I y II. ...........................................................................

III. Si siendo oscura o irregular y prevenido el actor para subsanarlas, en el término de cinco días no lo hiciere. La oscuridad o irregularidad subsanables, no serán mas que aquellas referentes a la falta o imprecisión de los requisitos formales a que se refiere el artículo 50.

................................................................................."

"Artículo 54. No encontrándose irregularidades en la demanda, o subsanadas éstas, el Presidente de la Sala mandará emplazar a las demás partes para que contesten dentro del término de quince días. En el mismo acuerdo citará para la audiencia del juicio dentro de un plazo que no excederá de veinte días y dictará las demás providencias que procedan con arreglo a esta Ley.

.........................................................

......................................................"

"Artículo 71. ....................................

I a IV. ................................................

V. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos del actor, que se haya consumado de un modo irreparable o que hayan sido consentidos expresa o tácitamente, entendiéndose por estos últimos aquéllos contra los que no se promovió el juicio dentro de los plazos señalados por esta Ley;

VI a XI. ..............................................."

"Artículo 79. ....................................

I. ......................................................

II. Los fundamentos legales en que se apoyen para citar la resolución definitiva, debiendo limitarlos, en cuanto a la solución de la litis planteada, a los puntos cuestionados; y

III. ..................................................."

"Artículo 80. Serán causas de nulidad de los actos impugnados:

I. Incompetencia de la autoridad;

II. Incumplimiento u omisión de las formalidades legales;

III. Violación de la Ley por no haberse aplicado la debida; y

IV. Arbitrariedad, desproporción, desigualdad, injusticia manifiesta o cualquiera otra causa similar.

"Artículo 82. .................................... .........................................................

Si la autoridad persistiere en su actitud, la Sala Superior resolverá, a instancia de la sala respectiva solicitar del Jefe del Departamento del Distrito Federal como superior jerárquico, conmine al funcionario responsable para que dé cumplimiento a las determinaciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo; sin perjuicio de que se reitere cuantas veces sea necesario, la multa impuesta.

La Sala Superiora proposición de su presidente o de las salas, hará del conocimiento del Presidente de la República, en su calidad de titular del Gobierno del Distrito Federal, aquellos casos en los que el propio Jefe del Departamento no dé cumplimiento a las resoluciones del Tribunal, a efecto de que las acate.

........................................................."

"Artículo 84. El recurso se interpondrá, con expresión de agravios, dentro del término de tres días contados a partir de la fecha de notificación correspondiente, ante la Sala de adscripción del Magistrado o Presidente que haya dictado el acuerdo recurrido."

"Artículo 85. el recurso se sustanciará con vista a las demás partes, por un término común de tres días, para que expongan lo que a su derecho convenga. Transcurrido dicho término, la Sala resolverá lo conducente."

"Artículo 86. Las resoluciones de las Salas del Tribunal que decreten o nieguen sobreseimiento, las que resuelvan el juicio o la cuestión planteada en el fondo, y las que pongan fin al procedimiento, serán recurribles por cualquiera de las partes ante la Sala Superior. El recurso deberá ser interpuesto por escrito, dirigido a la Sala Superior, dentro del plazo de diez días siguientes al en que surta efecto la notificación de la resolución que se impugna.

La Sala Superior, al admitir a trámite el recurso designará a un Magistrado ponente y mandará correr traslado a las demás partes por el término de cinco días, para que expongan lo que a sus derechos convenga.

Vencido dicho término, el Magistrado ponente formulará proyecto y dará cuenta del mismo a la Sala Superior en un plazo de quince días."

"Artículo 87. Contra las resoluciones de la Sala Superior a que se refiere el artículo que antecede, las autoridades podrán interponer el recurso de revisión administrativa ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro del plazo de quince días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación respectiva, cuando se trate de un asunto de importancia y transcendencia, mediante escrito dirigido a dicho Tribunal. El escrito deberá ser firmado por el Jefe del Departamento del Distrito Federal y, en caso de ausencia, por quien legalmente deba sustituirlo. En dicho escrito deberán exponerse las razones que determinen la referida importancia y trascendencia del asunto de que se trate.

Si el valor negocio excede de veinte veces el salario mínimo elevado al año, conforme a la

regla especificada en el artículo 3o. - bis de la Ley de Amparo, se considerará que tiene las características requeridas para ser objeto del recurso."

"Artículo 88. Las sentencias de la Sala Superior constituirán jurisprudencia que será obligatoria para ella y las demás Salas del Tribunal, siempre que lo resuelto en ellas se sustente en cinco ejecutorias no interrumpidas por otra en contrario y que haya sido aprobadas por el voto de cuatro magistrados, en el mismo sentido."

"Artículo 89. Para interrumpir o modificar la jurisprudencia del Tribunal, se requerirá el voto en el mismo sentido de cuatro magistrados por lo menos, en una resolución cuando se trate de la interrupción o en el mismo número y condiciones señaladas para su fijación, cuando se trate de modificarla.

Cuando no se logre esta mayoría en dos sesiones, se tendrá por desechado el proyecto y se designará otro magistrado distinto del ponente para que formule nuevo proyecto."

"Artículo 93. Los magistrados, las autoridades o cualquier particular, podrán dirigirse a la Sala Superior denunciando la contradicción entre las resoluciones sustentadas por las Salas, tanto las ordinarias del Tribunal como de la misma Sala Superior.

Al recibir la denuncia, el Presidente de la Sala Superior designará al magistrado que formule la ponencia respectiva, a fin de decidir si efectivamente existe la contradicción y, en su caso, cuál será el criterio que como jurisprudencia definitiva adopte la propia Sala."

"Artículo 94. El Presidente del Tribunal remitirá a la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal, para su publicación, las tesis jurisprudenciales que sustente la Sala Superior, así como aquéllas que constituyan procedente y se considere de importancia su difusión."

"Artículo segundo. Se reforma la denominación del Capítulo Tercero del Título Primero de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, que comprende los artículo 16 al 19 - bis, para quedar como sigue:

"CAPITULO III

De la Sala Superior

Artículo tercero. Se derogan los artículos 22 y 92 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor treinta días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Durante el plazo a que se refiere el Transitorio que antecede, el C. Presidente de la República podrá hacer las designaciones necesarias de magistrados para integrar el Tribunal y las someterá a la aprobación de la Cámara de Diputados o de la Comisión Permanente en su caso. Dichas designaciones surtirán sus efectos al término del mencionado plazo.

Tercero. Durante el mismo plazo a que se refiere el Transitorio Primero, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, con el apoyo del Departamento del Distrito Federal, procederá a preparar los ajustes administrativos que se requieran para la puesta en práctica de estas reformas. Cuarto. Los nuevos magistrados que se designen para integrar la Sala Superior o las Salas del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, con la nueva estructura a que se refiere el presente decreto, durarán en funciones hasta la misma fecha en que termine el período de los magistrados que forman parte del propio Tribunal, antes de la entrada en vigor de estas reformas.

Quinto. Los derechos laborales de los trabajadores del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal serán respetados conforme a la Ley.

Sexto. Los sueldos y demás prestaciones que correspondan a los servicios públicos que se designen para la puesta en práctica de las reformas que contiene este Decreto, se cubrirán en los términos contenidos en el Presupuesto de Egresos relativo."

Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores. México, D. F., 21 de abril de 1986.

Senador Rafael Armando Herrera Morales, presidente; senador Alberto E. Villanueva S., secretario; senador Luis José Dorantes Segovia, secretario.»

Trámite: Recibido y a la Comisión de Justicia.

La C. secretaria Consuelo Botello de Flores: -Señor presidente. Se han agotado los asuntos en cartera.

Voy a proceder a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

La misma C. secretaria:

«Cámara de Diputados. Primer Período Extraordinario de Sesiones del Primer Receso de la LIII Legislatura.

Orden del día

22 de Abril de 1986.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Comunicaciones y Transportes, con proyecto de Decreto que reforma el artículo 11 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

De la Comisión de Justicia, con proyecto de Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma los artículos 45, 46, 47, 48, 49 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.»

El C. presidente: (a las 21:00 horas): -Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana, martes 22 de abril, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y DIARIO DE LOS DEBATES