Legislatura LIII - Año I - Período Ordinario - Fecha 19851107 - Número de Diario 36

(L53A1P1oN036F19851107.xml)Núm. Diario:36

ENCABEZADO

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

"LIII" LEGISLATURA

Registrado como artículo de 2a. clase en la administración Local de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO I México, D. F., jueves 7 de noviembre de 1985 TOMO I. NÚM.. 36

SUMARIO

APERTURA

ORDEN DEL DÍA

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

SE APRUEBA

ACUERDOS SOBRE REFORMAS A LA LEY DE RADIO Y TV

De la comisión a la que fue turnada la iniciativa mencionada. De enterado

INICIATIVA DEL EJECUTIVO

BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Proyecto de Ley Orgánica del banco de referencia. Se turna a comisión

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIÓN

Solicitud de permiso para que el C. Miguel Angel Quintana Morales pueda aceptar y usar la que le otorga el Gobierno de los EUA. Se turna a comisión

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Dos solicitudes para que los CC. Rafael Leyva, Sandra L. Franco Orozco y José Rafael Sánchez, puedan prestar servicios a gobiernos extranjeros. Se turna a comisión

ANIVERSARIO DE LA REVOLUCIÓN RUSA

Consideraciones al respecto de la C. Gabriela Guerrero Oliveros. Propone que esta Cámara salude a los parlamentarios de la URSS con motivo de la celebración del aniversario de referencia. Se turna a comisión

INICIATIVA DE DIPUTADO

ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL. LEY DE EXPROPIACIÓN

Presenta por el C. Juan de Dios Castro Lozano que reforma el artículo citado y diversos de la Ley de Expropiación. Se turna a comisión

HOMENAJE AL HÉROE DE NACOZARI

Rendido por el ciudadano Cristóbal Benjamín Figueroa Nicola con motivo del LXXVII aniversario de su sacrificio. También el C. Arturo Ruiz Morales le rinde homenaje y propone se inscriba el nombre de Jesús García Corona en los muros de esta Cámara. Se turna a comisión

ESCRITO DE LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR

Al que da lectura el C. Gerardo Unzueta Lorenza, relativo a los problemas de la escuela de referencia. Se turna a comisiones

INICIATIVA DE DIPUTADO

LEY GENERAL DE POBLACIÓN

Presentada por el C. Pablo Alvarez Padilla que modifica el artículo 15 de la ley citada. Se turna a comisión

MUERTE DE CONSEJERO MEXICANO EN LA EMBAJADA DE MOSCÚ

El C. José Trinidad Cervantes Aguirre se refiere a este caso que solicita sea investigado. Se turna a comisión

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

INFORME DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

Leído por el C. Fernando Baeza Meléndez, así como el dictamen emitido en relación a la propuesta del C. diputado Terrazas Guerrero para que compareciera ante esta Cámara la C. Victoria Adato de Ibarra. El dictamen expresa no ha lugar. Voto particular del C. diputado Piñeiro López

A discusión Intervienen los CC., en contra, José Luis Sánchez González; en pro, Francisco Berlín Valenzuela; en contra, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos; en pro, María Luisa Mendoza Romero; en contra, José Luis Díaz Moll; en pro, Juan Antonio Araujo Urcelay; en contra, Manuel Terrazas Guerrero; en pro, Elvia Lugo Becerril; en contra, Pablo Alvarez Padilla; en pro, Néstor Raúl Luna Hernández; en contra, Pedro José Peñaloza; en pro, Federico Fernández Fariña; en contra, Demetrio Vallejo Martínez; en pro, Melquiades Morales Flores; para hechos, Jorge Alcocer Villanueva y Gregorio Macías Rodríguez; en contra, Ricardo Francisco García Cervantes; para hechos, Reyes Fuentes García y Heberto Castillo Martínez; en pro, Renán Solís Avilés; en contra, Enrique Gabriel Jiménez Remus; para hechos, José Angel Conchello Dávila; en pro, Juan José Castillo Mota; para hechos, Alejandro Gascón Mercado; en contra, Juan de Dios Castro Lozano; en pro, David Jiménez González; para hechos, Eduardo Valle Espinoza; en contra, Rosario Ibarra de Piedra; en pro, Santiago Oñate Laborde, que contesta una pregunta del diputado Valle Espinosa; para hechos, Pablo Ventura López y Genaro José Piñeiro López. Se desecha la propuesta para que regrese el dictamen a comisión. Se aprueba el punto resolutivo del dictamen por mayoría, votación que es protestada por el C. Paz Zarza.

LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS

Proyecto de decreto que reforma la ley de referencia. Se aprueba. Pasa al Senado

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA MARINA MERCANTE

Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la ley nombrada. Se aprueba. Pasa al Senado

RESOLUCIÓN RELATIVA A COMPARECENCIA

Dictamen con puntos resolutivos, acerca de la propuesta del PAN para que comparezca el C. Guillermo Carrillo Arena, secretario de Desarrollo Urbano y Ecología. Aclaración del C. Manuel Terrezas Guerrero. Se aprueba

ORDEN DEL DÍA

De la sesión próxima. Se levanta la sesión

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. BLAS CHUMACERO SÁNCHEZ

(Asistencia de 364 ciudadanos legisladores)

APERTURA

El C. Presidente (a las 10:55 horas): -Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez:

«Primer Período Ordinario de Sesiones.

LIII Legislatura.

Orden del día.

7 de noviembre de 1985.

Lectura del acta de la sesión anterior. Comisión de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

Iniciativa del Ejecutivo

De Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.

Oficios de la Secretaria de Gobernación

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. Miguel Angel Quintana Morales, pueda aceptar y usar la condecoración Medalla por Servicios Meritorios, que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que los CC. Rafael Leyva y Sandra Luz Franco Orozco, puedan prestar servicios en consulados de los Estados Unidos de América, en Hermosillo, Sonora y en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.

Por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que el C. José Rafael Sánchez, pueda prestar servicios en la Embajada de Venezuela en México.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Justicia, con punto de acuerdo, relativo a la proporción del grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México, para que comparezca la licenciada Victoria Adato de Ibarra.

De las Comisiones Unidas de Comercio y de Marina, con proyecto de decreto que reforma la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

De las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Marina, con Proyecto de decreto que forma la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La misma C. Secretaria:

«Acta de la Sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del H. Congreso de la Unión, efectuada el día cinco de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.

Presidencia del C. Blas Chumacero Sánchez

En la ciudad de México, a las once horas y cinco minutos del martes cinco de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco, la presidencia declara abierta la sesión una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de trescientos setenta ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día treinta y uno de octubre próximo pasado, misma que con una aclaración del C. Eduardo Valle Espinosa se aprueba.

El C. Juan de Dios Castro Lozano usa de la palabra para manifestar que en virtud de que el C. Blas Chumacero Sánchez es presidente de la Cámara de Diputados, se haga la promoción que establece el artículo 84 del reglamento.

La presidencia aclara que a partir de esta fecha, el C. secretario de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se ha hecho cargo del despacho de dicha comisión.

Se da cuenta con los documentos en cartera:

La H. Cámara de Senadores comunica la elección de la Mesa Directiva que funcionará durante el presente mes de noviembre. De enterado.

De conformidad con lo que establece el artículo 25 del reglamento, la secretaría presenta el informe que manifiesta el número de expedientes tramiados el mes de octubre, por las comisiones permanentes y especiales.

De enterado.

El C. Presidente de la República, por el debido conducto, envía iniciativa de Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.

En virtud de que este documento ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados de secretaría por instrucciones de la presidencia le da el siguiente trámite: Recibo y túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional.

El C. Graco Ramírez G. Abreu usa de la palabra para referirse a la devaluación de nuestra moneda, que a partir del once de octubre a la fecha, se ha acrecentado y acelerado considerablemente.

Hace consideraciones sobre el particular, y a nombre de su partido propone que comparezca ante las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, el C. licenciado Miguel Mancera Aguayo, director del Banco de México, a fin de que informe de la situación que guarda la reserva federal; de las causas que han motivado la acelerada devaluación y del funcionamiento del sistema de marcado de libre cambio de divisas y del sistema controlado, así como del funcionamiento de las casas de cambio y las medidas que esa institución propone para corregir la actual situación.

Proponemos asimismo, que este asunto se considere de urgente resolución.

En los términos del artículo 58 del reglamento, hacen uso de la palabra, en pro el C. Jorge Alcocer Villanueva, y en contra el C. Agustín Leñero Bores.

La asamblea en votación económica no admite a trámite la proposición y en consecuencia se desecha.

Para protestar por el procedimiento dado a la proposición, interviene el C. Jorge Amador Amador.

Por su parte, el C. Jorge Montúfar Araujo, a nombre de la mayoría parlamentaria, manifiesta que de ninguna manera se oponen a que tenga curso la proposición, y señala que a lo que se oponen es que se considere de urgente y obvia resolución.

Por lo expuesto, propone a su vez que dicha proposición se turne a comisiones para que estas determinen quién debe acudir a responder de las inquietudes razonables que contiene la propuesta.

Para hechos y aclaraciones sobre el asunto, intervienen los CC. Graco Ramírez G. Abreu, Pablo José Pascual Moncayo y Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, quien solicita de la presidencia excite a la comisión correspondiente, dictamine la proposición que sobre el particular presento la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

En virtud de la proposición del C. Jorge Montúfar Araujo, la presidencia pide se consulte a la asamblea si aprueba se turne la proposición a las comisiones solicitadas.

Consultada la asamblea al respecto, en votación económica aprueba se turne la propuesta a comisiones. Túrnese a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con la excitativa solicitada.

Se continúa con los asuntos en cartera:

Las Comisiones Unidas de Marina y de Comercio, emiten un dictamen con proyecto de decreto que reforma la Ley de Navegación y Comercios Marítimos. Es de primera lectura.

Dictamen con proyecto de decreto presentado por las Comisiones Unidas de Marina y de Comunicaciones y Transportes, que reforma el artículo 26 de la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana. Es de primera lectura.

El C. José Luis Sánchez González, después de hacer reflexiones sobre los Sentimientos de la Nación de don José María Morelos y Pavón, expresa que la tortura en nuestro país, aunque prohibida constitucionalmente, se ha convertido en el instrumento de ablandamiento de voluntades y conciencias, pisoteando con ello los derechos humanos.

Menciona hechos que sobre este particular publicaron los diarios de la capital y comenta la reunión efectuada hace cinco días por la Comisión de Justicia de esta Cámara y la señora Victoria Adato de Ibarra, procuradora del Distrito Federal.

Dice que las corporaciones policiacas se han convertido en una amenaza real para la ciudadanía, por las constantes violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos.

Su partido considera que todo ello no solamente cuestiona la impartición de la justicia, sino que ha sacado a flote las lacras que existen en el funcionamiento de los órganos de justicia, y ha puesto de manifiesto de la señora Victoria Adato no puede seguir al frente de la Procuraduría del Distrito Federal y por lo tanto debe ser destituida.

Para apoyar los conceptos del orador, interviene la C. Rosario Ibarra de Piedra.

Para precisar puntos sobre este asunto, habla el C. Francisco Berlín Valenzuela.

Para hechos sobre el mismo tema, intervienen los CC. Pedro José Peñaloza y Manuel Terrazas Guerrero.

A su vez, los CC. Humberto Salgado Gómez y Martín Tavira Urióstegui, usan de la palabra para recordar el hecho significativo y trascendente realizado el 6 de noviembre de 1813, en que fue suscrita el Acta de Independencia que declaraba la autonomía política del territorio de la América Septentrional.

Por su parte, el C. Eduardo Vallle Espinosa hace comentarios en relación a las declaraciones del señor diputado Alfonso Reyes Medrano, sobre la deuda externa, su renegociación y que la moratoria de la misma es inaceptable porque ello nos conduciría a una acumulación de interés que incrementarían nuestros compromisos económicos en el exterior.

Apunta que esas declaraciones tienen importancia porque se relacionan con la organización del foro de consulta y análisis de la deuda externa.

Después de externar sus puntos de vista, expresa las razones por las que los partidos Demócrata Mexicano y Mexicano de los Trabajadores, han decidido retirarse de la Organización del Foro Nacional de Consulta y Análisis sobre la Deuda Externa.

Para hechos y aclaraciones sobre el tema, hablan los CC. Jorge Alcocer Villanueva, Roberto Calderón Tinoco, Ricardo Andrés Pascoe Pierce, Hildebrando Gaytán Márquez, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Jorge Amador Amador y Luis Manuel Orcí Gándara.

En seguida, usan de la tribuna los siguientes ciudadanos diputados:

Manuel Monarres Valenzuela, para rendir un cálido homenaje a todos los que hicieron posible la fundación de la Federación de Sindicatos de los Trabajadores al Servicio del Estado el día 2 de noviembre de 1938.

Cecilia Romero Castillo, para relatar una serie de hechos que se dicen fuera de la Cámara de Diputados sobre la situación que vive nuestro país, que nos está llevando a una crisis de confianza que según ella, se debe a la ineptitud y la corrupción que existen en muchas dependencias de gobierno.

María Esperanza Morelos Borja, para solicitar se emplace a la Comisión de Justicia, a fin de dictarme la iniciativa de reformas a la Ley de Amparo, presentada el 29 de noviembre de 1984, por la entonces diputada Florentina Villalobos de Pineda. la presidencia excita a la Comisión de Justicia para que dictamine sobre el particular.

Manuel María Bribiesca Castrejón, para denunciar los malos manejos que se están haciendo con la ayuda recibida de países extranjeros para los damnificados por los sismos de septiembre, y propone que la Comisión Especial tome las providencias necesarias para vigilar la distribución de la ayuda en especie, y en caso de encontrar culpables se les aplique todo el rigor de la ley. Túrnese a la Comisión Especial Pluripartidista.

Salvador Landa Hernández, para manifestar que le martes antepasado, el C. gobernador del estado de Baja California Sur, entregó al señor Presidente de la República un donativo de -152 millones de pesos y 10 mil dólares, producto de los donativos que el pueblo sur californiano aporta al Fondo de Reconstrucción.

Señala que varios ciudadanos de ese estado han manifestado su inconformidad por el uso indebido de cuarenta y dos millones de pesos del fondo popular creado para la reconstrucción de la Presa de la Buena Mujer.

La intervención anterior da lugar a una interpelación del C. Víctor Manuel Liceaga Ruibal, a la cual da contestación el C. Salvador Landa Hernández. Agotados los asuntos en cartera se da lectura al orden del día de la sesión próxima.

A las quince horas y cuarenta minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el jueves siete de los corrientes, a las diez horas.

Se pasa a sesión secreta.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica, se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

ACUERDOS SOBRE REFORMAS A LA LEY DE RADIO Y TELEVISIÓN

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza:

«C. licenciado Fidel Herrera Beltrán, Oficial Mayor de la H. Cámara de Diputados.

A la suscrita Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, fue turnada la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión, enviada por el titular del Poder Ejecutivo.

En la sesión celebrada el día 30 de los corrientes, por unanimidad de los miembros presentes, se tomaron los siguientes acuerdos:

1o. Aplazar la elaboración y presentación del proyecto de dictamen correspondiente, para analizar con detalle la iniciativa señalada.

2o. Demandar información complementaria sobre la misma, con el propósito de estar en mejores condiciones para elaborar el proyecto de dictamen.

3o. Integrar un grupo de trabajo plural, para aplicarse al estudio de la iniciativa y a la redacción del proyecto de dictamen.

4o. Informar de estos acuerdos al pleno de la honorable Cámara de Diputados.

Lo que nos permitimos hacer del conocimiento de esta honorable asamblea, en cumplimiento del acuerdo contenido en el apartado cuatro de este informe.

Sala de Sesiones de la honorable Cámara de Diputados a 31 de octubre de 1985.

Diputado Demetrio Ruíz Malerva, presidente; diputada María Luisa Mendoza, secretaria.»

Trámite: -De enterado.

INICIATIVA DEL EJECUTIVO BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México, D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Presentes.

Por instrucciones del C. Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente les envío iniciativa de Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., a 5 de noviembre de 1985.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

«CC. secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Presentes.

En ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a lo preceptuado por los artículos 28, párrafo quinto y 73, fracción X del propio ordenamiento supremo, por el digno conducto de ustedes, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, con el propósito de adecuar las funciones, estructuras y régimen operativo de la institución a la problemática general del país y a las acciones del Gobierno de la República en los ámbitos de la competencia del banco.

La trascendental medida de la nacionalización de la banca en septiembre de 1982, determinó un cambio estructural en el sistema bancario nacional y en la consecuente política financiera.

La transformación fue numerada en una primera Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, sustentada en cuanto al fondo en el artículo 28, párrafo quinto constitucional y por lo que se refiere a las facultades del Congreso en el artículo 73, fracción X de la copia Carta Magna.

Dentro del proceso normativo regulador de las nuevas medidas bancarias y crediticias, se publicó, el 23 de mayo de 1984, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, el cual, en el entorno del Sistema Nacional de Planeación Democrática responde en su ámbito a los lineamientos consignados por el Plan Nacional de Desarrollo, universo vertebrador de las acciones del Gobierno de la República.

Posteriormente se publican la Ley Orgánica del Banco de México y una nueva Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, el 31 de diciembre de 1984 y el 14 de enero de 1985, respectivamente. Ambas disposiciones, fundamentalmente la segunda de las mencionadas, establecen las normas generales para la operación, funcionamiento y organización de las instituciones que tienen por objeto prestar el servicio público de banca y crédito. Consciente el legislador de que la prestación de estos servicios constituye un nuevo derecho público de índole social, vinculada, en congruencia global, al sector financiero con el resto de la economía y, particularmente a la satisfacción de las necesidades prioritarias - sociales del país en obligada referencia y consecuencia al Sistema Nacional de Planeación Democrática y al Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo.

Establecido el orden normativo ordinario, es indispensable que las sociedades nacionales de crédito cuenten con su propia regulación, reflejo de una nueva filosofía del financiamiento. En ese orden de ideas, sometemos a vuestra soberanía la presente iniciativa de Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo.

El proyecto, que se integra a una legislación más adecuada y moderna, reguladora del Sistema Financiero Nacional, responde a los principios generales de la Ley Reglamentaria, de la que es sucedánea y redefine en su naturaleza y objetivos la concepción que el Estado Mexicano tiene la banca de desarrollo en el ámbito específico de los sectores competencia de la institución.

Aplicando el criterio del legislador manifestando en la legislación bancaria a que ya se ha hecho referencia, el proyecto tiende a regular una estructura moderna, una operación eficiente y accesible, evitando requisitos y dispositivos rígidos que son fácilmente rebasados por las constantes y variables condiciones económicas del país que podrían tornar negatoria la acción social financiera del banco.

Sin perjuicio de hacer una presentación general del capitulado del proyecto, el Ejecutivo, a mi cargo estima conveniente una previa referencia retrospectiva a la sociedad que pretende regular y que se ha consolidado en el proceso revolucionario de nuestra economía como el Banco del Federalismo.

Parece relevante significar que, en la etapa de reconstrucción del país, a partir del movimiento armado de 1910, el Gobierno de la República concedió importancia fundamental al establecimiento del Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S. A., como instrumento financiero dirigido a impulsar la dotación de servicios públicos urbanos, cuyos programas habían sido interrumpidos y deteriorados, y a satisfacer las nuevas necesidades que comenzaban a surgir, como consecuencia de un proceso de urbanización que habría de acentuarse posteriormente.

Así, a iniciativa del Ejecutivo Federal, el 20 de febrero de 1933, quedó legalmente constituido ese banco que viene a ser el antecedente directo del actual Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, el cual junto a los primeros bancos agrícolas, viene a incorporar la figura de la institución nacional de crédito en el contexto financiero de la Revolución Mexicana, subrayando la importancia que se ha venido otorgando a la infraestructura urbana en el esfuerzo de transformación de la vida material y social de la mayor parte de las poblaciones del país.

El crecido volumen de las operaciones del banco, así como la importancia de sus funciones, provocando que a partir de su primera Ley Orgánica expedida en 1942, el Poder Legislativo Federal, a iniciativa del Ejecutivo, expidiera nuevas leyes orgánicas en los años de 1946 y 1949 e introdujera en este último ordenamiento varias modificaciones en los años de 1953, 1956, 1966 y 1968, para facilitar y ampliar su campo de actividades.

Entre estas últimas adquiere particular importancia la efectuada por decreto del 22 de diciembre de 1966, que posibilitó al banco a realizar operaciones de financiamiento en el ramo de transporte de personas y bienes y modificó su denominación, de Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S. A., por la de Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A., por considerarse más acorde con su naturaleza, atribuciones y funcionamiento.

Finalmente, el 27 de diciembre de 1980, el H. Congreso de la Unión promulgó una nueva Ley Orgánica de la Institución, que actualmente se encuentra en vigor, en la cual se amplia su campo de actividad y se le otorgan facultades para operar como banca múltiple.

La iniciativa que se presenta a esa soberanía, se orienta desde luego por los principios de rectoría económica del Estado, economía mixta y planeación democrática consagrados en la Carta Magna. Aún cuando se incorpora, por imperativo legal, el régimen general de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, establece normas que reflejan su especialización para la promoción y financiamiento de los diversos sectores y actividades asignadas. La expansión de la economía del país y la creciente necesidad de crédito para obras de infraestructura y de interés social, concomitante a nuestro desarrollo, ha requerido cada vez más imperiosamente que le banco amplíe e intensifique su actividad.

El programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo es la opción de viabilidad de los objetivos económicos y sociales del Plan Nacional de Desarrollo. En lo que respecta a la Sociedad Nacional de Crédito, cuyo ordenamiento se presenta a esa alta consideración, le corresponde, en esencia, el aspecto más trascendente desde una perspectiva social. La promoción del desarrollo urbano, el incremento y la efectividad de los servicios públicos y la posibilidad de infraestructura y equipamiento para mejorar las condiciones de vida de los mexicanos.

Por ello, la tarea a cargo del banco se visualiza en paralelo con su capacidad de impulsar el desarrollo nacional, a través de los instrumentos financieros más adecuados, pero también prohijando en formas más amplia diversas acciones de asistencia técnica que permitan el cumplimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo.

En este renglón, la actividad de la sociedad plantea novedosas posibilidades, que reaniman su fisonomía de banco de desarrollo y que deberán ser aprovechadas dentro de una coherente aplicación de las prioridades programáticas que señalen.

El fortalecimiento de la Nación conlleva a la descentralización de la vida nacional que permita dar mayor vigencia al Pacto Federal: de ahí la decisión de reformar el artículo 115

La Constitución para regular las relaciones entre los gobiernos de los estados y de los municipios, aseguran la presentación de servios públicos, y , asignarles recursos económicos propios y participaciones conforme a la ley.

Es obligación ineludible del Estado, la rectoría de la economía nacional.

Deben armonizarse las facultades, como posibilidades y vocaciones, de las regiones, de los estados y de los municipios. Fortalecer el todo nacional implica vigorizar su componente básico: el municipio. El artículo 115 constitucional interpretando en el marco de esta facultad de rectoría y del servicio público de la banca, debe asumir facultades que propicien su desenvolvimiento político, jurídico y social pleno; también debe contar con los instrumentos y recursos económicos que hagan factibles el ejercicio de su cometido.

La transformación del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo significa que su responsabilidad no se limita a la función de intermediación financiera o la concesión de créditos preferenciales; sino que implica proporcionar asistencia técnica, propiciar la organización de empresas paramunicipales, asesorar y evaluar proyectos de interés social, en suma constituir un medio propiciatorio de la transformación por la vía del financiamiento progresista.

Se convierte en sólido apoyo al desarrollo regional. Por ello se vinculará a una realidad, a las prioridades de cada zona y también por eso mismo debe adoptar una actitud activa de consulta con los usuarios del crédito, de concertación con gobiernos estatales y municipales y de descentralización de operaciones y decisiones. Los objetivos que comprenden los artículos 6o. y 7o. de la presente iniciativa de Ley y la flexibilidad en el manejo de sus recursos según lo dispone el propio proyecto, hará factible que esta, transformación sea realidad cotidiana.

La descentralización de la vida nacional se considera una condicionante indispensable para dar mayor vigencia al Pacto Federal.

Además, desde un punto de vista de política poblacional, es menester realizar el más amplio esfuerzo para equipar a determinadas ciudades con el propósito de convertirlas en focos de atracción migratoria, amortiguando el peligroso crecimiento de las grandes concentraciones y propiciando el arraigo de sus habitantes, al dotarles una conveniente infraestructura con los servicios urbanos y oportunidades para el desarrollo de sus diversas capacidades, sin necesidad de que tengan que comprender la marcha hacia otras regiones.

Es esta una premisa fundamental para acceder a la sociedad igualitaria, que deberá ser considerada en toda su trascendencia dentro de la política credicticia que aplique el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, en el área sectorial que le ha sido encomendada, enmarcando la prestación de sus servicios en el contexto de un nuevo derecho público de índole social que corresponde al desempeño de la actividad bancaria de nuestro tiempo.

La participación del banco en este esfuerzo que vigoriza el federalismo político y social, plantea asimismo la necesidad de incorporar en las formas más amplias a las entidades federativas y a los municipios en los procesos programáticos que se establezcan a nivel nacional, orientándolos en la operación de los servicios y en la ejecución de las obras públicas de beneficio comunitario; reintegrándoles el patrimonio que les corresponde y, en la medida de su revalorización económica, política y social, incrementando la infraestructura urbana, los elementos de equipamiento social y las oportunidades de trabajo y desenvolvimiento de cada mexicano.

Adicionalmente, la aplicación selectiva del crédito para los ámbitos urbanos debe tender a la ejecución de programas que impacten en mayor medida la creación de empleos permanentes y de una infraestructura sólida que permita el desarrollo regional.

Para el cumplimiento de su función, el banco constituirá, en su ámbito, la vía para canalizar créditos en condiciones preferenciales.

El criterio fundamental para otorgarlos será su rentabilidad social, de acuerdo con lo expresado en el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, que señala que: "se revisarán las tasas de interés y los criterios aplicables al crédito preferencial, con objeto de eliminar distorsiones e irregularidades y mejorar su eficacia como instrumento para impulsar el desarrollo." Además, el mayor provecho de los recursos canalizados deberá ser congruente con las prioridades nacionales y aprovechar al máximo la complementariedad que debe existir en el uso de los recursos presupuestales y los crediticios.

Por otra parte, al modificarse las políticas operativas y las estructuras administrativas se busca que la acción del banco venga a constituir un detonador del desarrollo, que permita múltiples acciones complementarias, auspiciadas por el sector público con el concurso de los grupos sociales y de la empresa privada, que fincará su participación dinámica en la posibilidad de contar con un equipamiento urbano que haga posible la concreción de sus proyectos. La convergencia en tiempos y espacios debidamente programados de las acciones de estos sectores es, desde un punto de vista estratégico, de la mayor importancia para que las acciones del Banco del Federalismo alcancen óptimos resultados.

Con base en estos principios fundamentales, la iniciativa de Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, que ahora se presenta a la consideración de esa soberanía, tiende a adecuar a la institución a sus nuevas funciones y responsabilidades y presenta modificaciones sustantivas en lo concreto, entre las cuales destacan fundamentalmente las siguientes:

El capítulo primero trata de la denominación de la sociedad, su objeto, domicilio y

duración; en términos generales precisa el nuevo carácter del banco como Sociedad Nacional de Crédito e institución de banca de desarrollo; como tal se consigna el imperativo de vincularse al Sistema Nacional de Planeación Democrática y en especial al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo. Como objetivo fundamental del banco se establecen los sectores hacia los cuales debe prestar el servicio público de banca y crédito para satisfacer, en ese ámbito las necesidades financieras prioritarias de los gobiernos federales, de las entidades y de los municipios.

Se reitera, como en el texto que se abrogará, la posibilidad de abrir o clausurar agencias, sucursales, representaciones, etcétera, en una clara intención de proseguir con la política de desconcentración.

Es en el capítulo segundo de los objetivos y las operaciones en donde se inscribe realmente la nueva estructura y concepción de la sociedad como banca de desarrollo. A este respecto conviene recordar que la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y de Crédito, en su artículo 3o., autoriza para que las leyes orgánicas de las instituciones de desarrollo, consignen los objetivos específicos que impriman su naturaleza distintiva, promocional y de fomento. En la iniciativa se pretende diferenciar los objetivos de las operaciones que la ley vigente confunde. Destacan en el artículo 6o. las fracciones I, II, III y IV cuya finalidad es el fortalecimiento del municipio en los términos que se han expresado en párrafos anteriores.

La resolución del problema a la vivienda es meta preferencial en los programas de gobierno, el financiamiento a ese sector para trabajadores no asalariados, es objetivo del quehacer del banco en el pretérito y consignado nuevamente en el proyecto.

La coordinación entre los programas del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, y los correspondientes del erario público de otras instituciones de fondo de fomento, fideicomisos, etcétera, constituye un requisito indispensable para optimizar los recursos nacionales, evitar duplicidades y precipitar la satisfacción de las necesidades financieras del país. De ahí la fracción VII del artículo relacionado.

En el artículo 7o., dentro del mismo capítulo segundo se consignan las operaciones que el banco debe realizar para el logro de sus objetivos. Se estima que este dispositivo juntamente con los numerales 8o., 9o. y 10 deben vincularse a los objetivos específicos por la estrecha relación de causa y efecto, que existe entre ambos; de esta manera el ordenamiento gana en técnica legislativa y en facilidad de interpretación. En las fracciones IV, V, VI y VIII se consignan operaciones que contempla la ley vigente.

Sin embargo, se distinguen en diversas fracciones, según su finalidad, las actividades de carácter crediticio y financiero que la institución puede realizar.

Importa resaltar la fracción I, que en su párrafo segundo impone llevar a cabo recepción de depósitos bancarios y la aceptación de créditos y préstamos procurando hacer accesibles a los particulares el uso del crédito para fomentar el ahorro.

Respecto a la operación de crédito pasiva por excelencia, cual es la emisión de instrumento de captación, independientemente de su nomenclatura, mediante los cuales se allegan recursos que permitan financiar las operaciones y servicios públicos o de interés social que constituyen su objeto primordial, en la fracción II de este artículo 7o. se establece un régimen amplio, sin limitación en cuanto a la naturaleza del instrumento de captación de recursos.

A diferencia del ordenamiento en vigor y aplicando la tesis de accesibilidad en los créditos, el artículo 8o. transfiere al Reglamento Orgánico o a los acuerdos del Consejo Directivo los requisitos para su otorgamiento. Se evita de esta manera la reforma constante a la ley y en su caso, el que se tomen medidas o se otorguen créditos que pudiesen contravenir la norma expresa.

El artículo 9o., consagra la excepción a la regla general sobre los fideicomisos autorizando la doble calidad de fideicomisos y fiduciario del banco, en los fideicomisos que se constituyan para garantizar sus derechos.

Con el propósito de facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para fijar las tasas de interés, comisiones, permisos, descuentos u otros conceptos análogos, montos, plazos y demás características de las operaciones activas del servicio, que realiza la sociedad en el cumplimiento de su objeto como banca de desarrollo, se consigna la atribución correspondiente. Este régimen de excepción debe fijarse expresamente en virtud de lo dispuesto por los artículos 14 de la Ley Orgánica del Banco de México y 32 de la Ley Reglamentaria que se cita.

A diferencia de la ley vigente, el capital social se integra con certificados de participación patrimonial de las series "A" y "B". La primera de ellas, que presenta el 66% del total del capital, sólo será suscrito por el Gobierno Federal; la serie "B", que representa el 34% del capital, podrá ser suscrita por el Gobierno Federal, por los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, o por sus respectivas entidades paraestatales o paramunicipales.

Esta fórmula de integración del capital es compatible con la naturaleza escencial de la sociedad y con su objeto social, que justifican plenamente que en su patrimonio participen estas entidades beneficiadas por el quehacer del banco. El señalamiento expreso de esta forma de composición del capital social, parece recomendable por su virtud de la especialización de las actividades atribuidas a esta sociedad.

La administración y la vigilancia de la sociedad son tratados en el capítulo cuarto. Se reitera que la administración de la sociedad

corresponderá al Consejo Directivo y al director general en sus respectivos ámbitos de competencia. Aquél se integra por nueve consejeros, seis representantes de la serie "A" que serán los titulares de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá este órgano, de Desarrollo Urbano y Ecología, de Turismo, de Comunicaciones y Transportes, el director general del Banco de México y un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Respecto de los consejeros de la serie "B" el Reglamento Orgánico dictará las normas para su designación.

Asimismo, la estructura del Consejo Directivo de la institución, es indicativa de la intensión de que sean los titulares de las secretarías de Estado que sectorialmente atienden los asuntos en los que participa la sociedad, encabezados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como responsable del sector financiero, quienes puedan dirigir la política institucional de la sociedad y cuiden, en esta forma, la coherencia y continuidad que debe darse a las acciones del banco en función de los lineamientos en que se funda la planeación nacional.

La vigilancia de la sociedad es el supuesto de los artículos 24 y 25. En el primero se prevé la existencia de dos comisarios, uno designado por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, en mérito a la atribución genérica que a esta dependencia le compete; el otro comisionario será designado por los consejeros de la serie "B" En el cumplimiento de su encargo los comisarios tendrán todas las facultades y obligaciones consignadas por la Ley Reglamentaria aplicable y por el Reglamento Orgánico.

La Comisión Consultiva a que se refiere el artículo 27 del ordenamiento que regula el servicio público de banca y de crédito, se introduce en el precepto número 25 con una referencia a la norma sustantiva. La última disposición de este capítulo, conserva el régimen procesal de absorber posiciones y rendir testimonios cuando se formulen por oficio al que se dará respuesta por escrito.

En el capítulo quinto se agrupan diversas disposiciones generales que se comprenden supuestos diferentes. El régimen de supletoriedad legal, remite, en su orden, a la legislación financiera y a las disposiciones aplicables sin hacer una referencia exhaustiva de la misma.

Se reitera la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para interpretar la ley y expedir las disposiciones que exija su adecuada aplicación.

En el artículo 29 se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para dictar los lineamientos conforme a los cuales se formulen los programas, presupuestos y estimaciones de la sociedad. Se concede atribución específica a dicha dependencia para autorizar las asignaciones de recursos de la filosofía de flexibilidad y autonomía de gestión indispensable para el eficaz funcionamiento del banco, como ya se ha expresado.

Se conserva con mayor claridad la obligación de destinar los recursos que capte el banco, provenientes de las reservas que deben constituir las instituciones de Crédito, de Seguros, de fianzas y de otras diversas, al financiamiento de las obras y servicios de los sectores competencia de la sociedad.

En los artículos se prevé el inicio de la vigencia de la ley en cuestión, la abrogación del ordenamiento vigente, la obligación de publicar el Reglamento Orgánico en un término de 180 días.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los preceptos constitucionales ya invocados, por el digno conducto de ustedes, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión la siguiente iniciativa de

LEY ORGÁNICA DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

CAPITULO I

De la sociedad, denominación, objeto y domicilio Artículo 1o. La presente ley rige al Banco Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

Artículo 2o. La sociedad, en su carácter de banca de desarrollo, prestará el servicio público de banca y crédito con sujetación a los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, y en especial del Programa Nacional de financiamiento del Desarrollo, de acuerdo a los programas sectoriales y regionales y a los planes estatales y municipales, para promover y financiar las actividades y sectores que le son encomendados en la presente ley.

Artículo 3o. El banco Nacional de Obras y Servicios Públicos como institución de banca de desarrollo, tendrá por objeto promover y financiar actividades prioritarias que realicen los gobiernos Federales, del Distrito Federal, estatales, municipales y sus respectivas entidades públicas paraestatales y paramunicipales en el ámbito de los sectores de desarrollo urbano, infraestructura y servicios públicos, vivienda, comunicaciones y transportes de las actividades del ramo de la construcción.

La operación y funcionamiento de la institución, se realizará con apego al marco legal aplicable y a las sanas prácticas y usos bancarios, buscando alcanzar dentro de los sectores encomendados al prestar servicio público de banca y crédito, los objetivos de carácter general señalados en el artículo 3o. de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 4o. El domicilio del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, será el que se fije en su Reglamento Orgánico, podrá establecer o clausurar

sucursales o agencias o cualquier otra clase de oficinas y nombrar corresponsales, en el país o en el extranjero, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 5o. La duración de la sociedad será indefinida.

CAPITULO II

Objetivos y operaciones

Artículo 6o. La sociedad, con el fin de procurar la eficiencia y competitividad de los sectores encomendados en el ejercicio de su objeto, estará facultada para:

I. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, al fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre en los términos del artículo 115 constitucional para lograr el desarrollo equilibrado del país y la descentralización de la vida nacional con la atención eficiente y oportuna de las actividades regionales o sectorialmente prioritarias;

II. Promover y financiar la dotación de infraestructura, servicios públicos y equipamiento urbano;

III. Financiar y proporcionar asistencia técnica a los municipios para la formulación, administración y ejecución de sus planes de desarrollo urbano y para la creación y administración de reservas territoriales y ecológicas;

IV. Otorgar asistencias técnicas y financiera, para la mejor utilización de los recursos crediticios y el desarrollo de las administraciones locales;

V. Apoyar los programas de vivienda y el aprovechamiento racial del suelo urbano;

VI. Financiar el desarrollo de los sectores de comunicaciones y transportes, y

VII. Propiciar acciones conjuntas de financiamiento y asistencia con otras instrucciones de crédito, fondos de fomento, fideicomisos, organizaciones auxiliares del crédito y con los sectores social y privado.

Artículo 7o. Para el cumplimiento de los objetivos a que se refieren los artículos 3o. y 6o. anteriores, la sociedad podrá:

I. Realizar las operaciones y prestar los Servicios Públicos de Banca y Crédito.

Las operaciones señaladas en las fracciones I y II del citado artículo, las realizará con vistas a facilitar a los beneficiarios de sus actividades el acceso al servicio público de banca y crédito y propiciar en ellos el hábito del ahorro y uso de los servicios que presta el sistema bancario nacional, de manera que no produzca desajustes en el sistema de captación de recursos del público en los términos del artículo 31 de la citada ley;

II. Emitir bonos bancarios de desarrollo. Dichos títulos procurarán fomentar el desarrollo de marcado de capitales y la inversión institucional, serán susceptibles de colocarse entre el gran público inversionista, caso en el cual le serán aplicables las disposiciones legales respectivas;

III. Otorgar créditos a los sujetos comprendidos en los ámbitos señalados en el artículo 3o. de la presente ley;

IV. Tomar a su cargo o garantizar las emisiones de valores y de títulos de crédito en serie, emitidos o garantizados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del Distrito Federal, de los estados y municipios y los que emita la propia sociedad en el ejercicio de sus atribuciones fiduciarias, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

V. Otorgar garantías y, en su caso, conceder financiamiento a empresas mexicanas para la elaboración de proyectos o la ejecución de obras públicas en el extranjero;

VI. Otorgar avales y garantías con autorización previa, en cada caso, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

VII. Promover y dar asistencia técnica para la identificación, formulación y ejecución de proyectos de los sujetos de crédito que operen en los sectores encomendados a la institución;

VIII. Contratar créditos cuyos recursos se canalicen hacia los sectores, conforme a las disposiciones legales aplicables;

IX. Podrán actuar, a solicitud de los gobiernos del Distrito Federal, de los estados y municipios, así como de sus respectivas entidades paraestatales y paramunicipales, como agente financiero o como consejero técnico en la planeación, financiamiento y ejecución de programas, proyectos y obras de servicio público o de interés social, relacionados con el objeto de la sociedad, y

X. Las demás actividades análogas y conexas a sus objetivos en los términos que al efecto lo señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluyendo las de agente financiero del Gobierno Federal, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

Artículo 8o. Los créditos que se otorguen a las entidades federativas y a los municipios y a sus respectivas entidades paraestatales y paramunicipales, así como a las organizaciones y sujetos de crédito de los sectores que corresponden a su objeto social, deberán satisfacer los requisitos que se señalen, para cada caso, en el Reglamento Orgánico de la Sociedad o en los acuerdos del consejo directivo.

Artículo 9o. Como excepción a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 348 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en los contratos de fideicomisos que se constituyan para garantizar los derechos del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, éste podrá actuar en el mismo negocio como fiduciario y fideicomisario.

Artículo 10. Como excepción a lo dispuesto por los artículos 32 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito,

14 de la Ley Orgánica del Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público determinará las tasas de interés, comisiones, premios, descuentos y otros conceptos análogos, montos, plazos y demás características de las operaciones activas y de servicios que realice la sociedad para cumplir los objetivos que se le han encomendado en su carácter de banca de desarrollo, en los artículos 3o. y 6o. de esta ley. Asimismo, corresponde a la propia Secretaría la determinación de las características de las operaciones pasivas que no impliquen captación de recursos al público.

Corresponde al Banco de México, en los términos de su Ley Orgánica, la determinación de los conceptos señalados en el párrafo anterior, respecto a las operaciones pasivas correspondientes a recursos que capte del público y que estén sujetos al régimen previsto en las fracciones I y VII del artículo 15 de la Ley Orgánica del Banco de México .

Artículo 11. El Gobierno Federal responderá en todo tiempo, de las operaciones pasivas concertadas por el banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo;

I. Con personas físicas y nacionales, y

II. Con instituciones del extranjero privadas, gubernamentales e intergubernamentales.

CAPITULO TERCERO

Capital Social

Artículo 12. El capital social del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, estará representado por certificados de aportación patrimonial en un 66% de la serie "A" y en un 34% de la serie "B". El valor nominal de estos títulos se determinará en su Reglamento Orgánico.

La serie "A" será suscrita por el Gobierno Federal, se emitirá en un título que no llevará cupones, el cual será intransmitible y en ningún momento podrá cambiar su naturaleza o los derechos que le confiere el propio Gobierno Federal.

La serie "B" podrá ser suscrita por el Gobierno Federal, por los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y por personas físicas y morales mexicanas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar qué entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, puedan adquirir certificados de la citada serie "B" en una proporción mayor de la establecida en el artículo 15 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

Artículo 13. El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria, del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Artículo 14. En ningún momento podrán participar en forma alguna en el capital de la sociedad, personas físicas o morales extranjeras, ni sociedades mexicanas en cuyos estatutos no figure cláusula de exclusión directa o indirecta de extranjeros.

Las personas que contravengan lo dispuesto por este artículo, perderán en favor del Gobierno Federal la participación de que se trate.

Artículo 15. la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B".

CAPITULO CUARTO

Administración y vigilancia

Artículo 16. La administración del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, institución de banca de desarrollo, estará encomendada a un consejo directivo y a un director general, en sus respectivas esferas de competencia.

Artículo 17. El Consejo Directivo estará integrado por nueve consejeros distribuidos de la siguiente forma:

I. Seis consejeros representarán a la serie "A" de certificados de aportación patrimonial que serán:

a) El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quién presidirá el Consejo Directivo.

b) Los titulares de las secretarías de Desarrollo Urbano y Ecología, Turismo, Comunicaciones y Transportes, una representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el director general del Banco de México.

El secretario de Desarrollo Urbano y Ecología tendrá el carácter de vicepresidente.

Cada consejero de la serie "A" titular de una secretaría designará su suplente. En caso distinto se estará a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

II. Tres consejeros de la serie "B" que serán designados en los términos que al efecto establezca su Reglamento Orgánico.

Los consejeros de la serie "B" durarán en su cargo un año y podrán ser Reelectos.

Por cada consejero propietario se nombrará un suplente, en la forma y términos en que lo sean los propietarios.

Las renuncias de los consejeros serán presentadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público através del Consejo Directivo de la sociedad.

Los miembros que se designen para cubrir vacantes durarán en su cargo el tiempo que falte para transcurrir al consejero sustituto.

Artículo 18. El Consejo Directivo se reunirá por lo menos una vez al mes y sesionará validamente con la asistencia de cinco consejeros, siempre y cuando, entre ellos se encuentren por lo menos tres de los nombrados por la serie "A".

Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los consejeros presentes, teniendo el presidente voto de calidad, en caso de empate.

Artículo 19. No podrán ser consejeros:

I. las personas que se encuentren en los casos señalados por el artículo 22 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, y

II. Dos o más personas que tengan, entre sí, parentesco hasta el tercer grado por consanguinidad o por afinidad.

Si alguno de los consejeros designados llegare a encontrarse comprendido, durante el ejercicio de su cargo, en cualquiera de los supuestos anteriores, será sustituido por su suplente por todo el tiempo que dure el impedimento y no se haga designación del consejero propietario.

Artículo 20. El consejo designará a la sociedad en los términos de lo previsto por el artículo 20 y demás relativos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito.

El Consejo Directivo podrá acordar la realización de las operaciones inherentes al objeto de la sociedad. Los acuerdos que en su caso dicte respecto a las operaciones previstas en las fracciones VI y Xi del artículo 30 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito deberán considerar la propuesta del director general.

Artículo 21. También serán facultades del Consejo Directivo las siguientes: I. Aprobar el Informe Anual de Actividades que le presente el director general, y

II. Aprobar los demás programas específicos y reglamentarios internos de la sociedad., que le presente el director general, a efecto de someterlos a la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 22. El director general será designado por el Ejecutivo Federal através del secretario de Hacienda y Crédito Público, debiendo recaer ese nombramiento en persona que reúna los requisitos que establece el artículo 24 de la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito.

Artículo 23. El director general tendrá a su cargo la administración y representación legal del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad nacional de Crédito, institución de Banca de Desarrollo, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al Consejo Directivo, al efecto tendrá las siguientes facultades y funciones:

I. El ejercicio de sus atribuciones de representación legal, podrá celebrar u otorgar toda clase de actos y documentos inherentes al objeto de la sociedad.

Contará para ello con las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aún de aquellas que requieran de autorización especial según otras disposiciones legales o reglamentarias. En tal virtud y de manera enunciativa podrá emitir, avalar y negociar títulos de crédito, querellarse u otorgar perdón, ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive en el juicio de amparo; comprometer en árbitro y transigir, otorgar poderes generales y especiales con todas las facultades que le competan, aún las que requieran cláusula especial, sustituirlos y revocarlos, debiendo obtener autorización expresa del Consejo Directivo cuando se trate de otorgar poderes generales para actos de dominio.;

II. Ejecutar las resoluciones del Consejo Directivo;

III. Llevar la firma social;

IV. Actuar como delegado fiduciario general;

V. Las que señale el Reglamento Orgánico, y

VI. Las que le delegue el Consejo Directivo .

Artículo 24. La vigilancia de la sociedad estará encomendada a dos comisarios designados, uno por la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y el otro por los consejeros de la serie "B". Por cada comisario se nombrará el respectivo suplente.

Los comisarios tendrán, en los términos de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito y del Reglamento Orgánico de la Sociedad, las facultades y obligaciones que requiera para el adecuado cumplimiento de sus funciones, las que podrán ejercer conjunta o separadamente.

Artículo 25. En los términos del artículo 27 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, tendrá una Comisión Consultiva.

Artículo 26. Los consejeros, el director general, directores, subdirectores, gerentes y los delegados fiduciarios de la sociedad, sólo estarán obligados a absolver proposiciones o rendir testimonio en juicio en representación de la misma, cuando las posiciones y las preguntas se formulen por medio de oficio, el que contestarán por escrito dentro del término que señalen las autoridades respectivas.

CAPITULO QUINTO

Disposiciones generales

Artículo 27. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará a efectos administrativos la presente ley y podrá expedir las disposiciones complementarias que se requieran en la aplicación de la misma.

Artículo 28. Las operaciones y servicios de la sociedad, se regirán por lo dispuesto en la presente ley y supletoriamente por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, por la Ley Orgánica del Banco de México y por las demás disposiciones legales aplicadas.

Artículo 29. La sociedad formulará anualmente sus programas financieros, presupuestos generales de gastos e inversiones y las estimaciones de ingresos, así como sus programas operativos de acuerdo a los lineamientos, medidas y mecanismos que al efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las modalidades de autorizaciones en la asignación de recursos, así como la aprobación de los programas y presupuestos corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los términos del artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito; la que procurará el mejor aprovechamiento y la canalización más adecuada de los recursos de la institución en el marco de la autonomía de gestión requerida para su eficaz funcionamiento de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Artículo 30. Previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la sociedad deberá constituir las reservas y fondos necesarios para el adecuado cumplimiento del objeto que esta ley le encomienda. Las cantidades que se hayan llevado a dichas reservas y fondos, no se consideran remanentes de operaciones.

Fijado el monto del remanente y separada la cantidad que corresponda pagar por el impuesto respectivo y por la participación de los trabajadores en las utilidades de la institución, el saldo se aplicará en los términos previstos por el Reglamento Orgánico.

TRANSITORIOS

Artículo Primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. La presenta ley abroga la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S. A., de fecha 27 de diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del mismo año.

Artículo Tercero. Las autorizaciones, poderes, mandatos y demás actos jurídicos y medidas administrativas, otorgados, dictados o celebrados con fundamento en la ley que se abroga, continuarán en vigor hasta que no sean abrogados o modificados por los órganos y autoridades competentes.

Artículo cuarto. El Reglamento Orgánico de la sociedad deberá expedirse en un plazo no mayor de 180 días, contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley. Hasta en tanto, continuará en vigor el expedido el 26 de julio de 1985.

Artículo quinto. El domicilio social del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos , Sociedad Nacional de Crédito, institución de Banca de desarrollo, será la ciudad de México, Distrito Federal hasta en tanto no se expida el Reglamento Orgánico a que se refiere el artículo anterior.

Artículo sexto. Los títulos de crédito que la institución retire del mercado para su amortización o anticipada, serán desde luego, canceladas en forma indubitable o incinerados.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Nacional, a 5 de noviembre de 1985.

El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid H.»

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: -En virtud de que este documento ha sido ya impreso y se está distribuyendo ya entre los ciudadanos diputados, se le da el trámite siguiente... Recibo y túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

OFICIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACIÓN

CONDECORACIÓN

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Presentes.

En oficio fechado el 29 de octubre próximo pasado, La Secretaría de Relaciones Exteriores, manifiesta a esta Gobernación, lo siguiente:

"Ruego a usted atentamente tenga a bien solicitar del H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción III, apartado B, del artículo 37 de nuestra Constitución Política, para que el C. coronel intendente D. E. M. A. Miguel Angel Quintana Morales, pueda aceptar y usar la medalla por Servicios Meritorios, que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América."

Lo que hago del conocimiento de ustedes para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., 4 de noviembre de 1985.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez:

Trámite: -Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La misma C. secretaria:

«Escudo Nacional- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Presentes.

En oficio fechado el 24 del actual, la Secretaría de Relaciones Exteriores manifiesta a esta Gobernación, lo siguiente:

"Mucho agradeceré a usted tenga a bien solicitar al H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado B, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las personas cuya lista se proporciona a continuación, puedan prestar sus servicios en los lugares que se citan. La nacionalidad mexicana de dichas personas se ve acreditada por las fotocopias de las respectivas actas de nacimiento que se remiten anexas al presente oficio.

Rafael Leyva Leyva, asistente en visas. Consulado de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

Sandra Luz Franco Orozco, empleada consular. Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Al transcribir a ustedes lo anterior, les envío con la presente los anexos que en el mismo se mencionan, para los fines legales procedentes, reiterándoles en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., de 31 de octubre de 1985.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: -Recibo y túrnase a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

La misma C. Secretaria:

«Escudo Nacional.- Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo Federal.- México D. F.- Secretaría de Gobernación.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Presentes.

Para conocimiento de ustedes y fines legales procedentes, a continuación les transcribo oficio que la Secretaría de Relaciones Exteriores dirigió a esta Gobernación, con fecha 23 del actual, enviándoles además con el presente el anexo que en el mismo se cita:

"Mucho agradeceré a usted, que de no existir inconveniente para ello, tenga a bien solicitar al H. Congreso de la Unión, el permiso a que se refiere la fracción II, apartado B, del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que el C. Rafael Sánchez, pueda prestar sus servicios en la Embajada de México. Sobre el particular, adjunto al presente remito a usted el acta de nacimiento certificada, así como una identificación del interesado, documentos mediante los cuales se acredita la nacionalidad mexicana del C. Sánchez. En tal virtud, mucho agradeceré a usted que de existir inconveniente para ello, y una vez que se haya cumplido plenamente con los ordenamientos constitucionales, se ponga a esta Secretaría en aptitud de dar una respuesta adecuada a la solicitud de permiso de que se trata."

Reitero a ustedes en esta oportunidad las seguridades de mi consideración distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., 31 de octubre de 1985.

El Secretario, licenciado Manuel Bartlett Díaz.»

Trámite: -Recibo y túrnase a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

ANIVERSARIO DE LA REVOLUCIÓN RUSA

La C. Gabriela Oliveros: - Pido la palabra, señor presidente.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Pido la palabra, señor presidente, para presentar una iniciativa.

El C. Presidente: -Tiene la palabra la C. Diputada Gabriela Guerrero Oliveros, del Partido Popular Socialista.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: -Señor presidente: señoras y señores diputados: Hoy, siete de noviembre, es un día que constituye un día de fiesta, no sólo para la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, sino que lo es también para toda la humanidad. Hace 68 años, el 7 de noviembre de 1917, los obreros, los campesinos y los soldados de Rusia tomaron el poder: el poder político, económico y militar.

Por primera vez en la historia se realizó un profundo y radical cambio para la humanidad, en el que el proletariado alcanzaba un triunfo glorioso. Por primera vez, la clase obrera dirigió y mantuvo con vigencia ascendente el proceso de la revolución social y la hegemonía mundial del capitalismo, con su fase imperialista fue destruida para siempre.

Lo que se celebra en este día es la concreción material de un nuevo régimen social: el socialismo, cuyo triunfo fuera anunciado al mundo, la madrugada de ese día, con los disparos del Crucero Aurora.

Desde que Marx y Engels establecieron las bases científicas del estudio, conocimiento y análisis del desarrollo histórico de la humanidad y pusieron de relieve la verdadera escencia de explotación del capitalismo como sistema, concluyendo que este estaba fatalmente destinado a extinguirse para abrir paso, con su caída, a un sistema sin propiedad privada de los medios de producción, sin explotación del hombre y por el hombre y sin clases sociales; el sistema socialista; y a partir del momento en que Vladimir Ilich Lenin, enriqueciendo esta teoría, encabezara a la clase obrera rusa en esta Revolución de octubre, dos concepciones, dos estrategias, dos lógicas se ubicaron, la una frente a la otra, en todas las áreas del hacer, del conocer y del sentir de los hombres, tanto de manera individual como de manera colectiva: la del

imperialismo en desarrollo y la del naciente socialismo.

El maestro Vicente Lombardo Toledano, al referirse de la política interior de cada uno de los dos sistemas, definió a una, la elaborada por Lenin, como la nueva lógica idealista de fraternidad, de solidaridad, de coexistencia, de paz, que abanderaba las acciones de la clase obrera constructora del socialismo; y la otra, del imperialismo, como la lógica de rapiña, de violencia, de agresión, de explotación y guerra, que nace con el capitalismo, vigoriza el imperialismo en su expansión y el fascismo lleva a su máxima expresión de locura y de muerte.

Si se cotejan estas dos lógicas, en toda su profundidad y en toda su amplitud, en la etapa actual -y bien vale la pena que ahora lo intentemos-, se puede advertir fácilmente que las tesis de los publicistas y los teóricos del Pentágonos y de la OTAN, acerca de la responsabilidad igual de los Estados Unidos y la Unión Soviética en la carrera armamentista y en los riesgos del conflicto nuclear, carece totalmente de validez.

Los Estados Unidos de América, que hoy en día constituyen el país más representativo del imperialismo rapaz, provocador y agresivo, surgió a fines del siglo XVIII, en pleno ascenso del capitalismo, reuniendo un conjunto de características geográficas, políticas y humanas que le permitieron evolucionar con rapidez sorprendente, una rica y vasta planicie, con fecunda tierra y caudalosos ríos; una emigración formada con hombres calificados, sin agudas contradicciones en su seno y resuelta a construir una nueva nación, una clase social dirigente revolucionaria en su tiempo, y débiles y alejadas fuerzas vecinas que no podrían impedir su fácil expansión.

En el proceso de su formación, crecimiento y desarrollo, y una vez conquistada su independencia en el escenario de un capitalismo en pleno esplendor como sistema, los Estados Unidos amplían su territorio a costa de Gran Bretaña, Francia, España y México, utilizando todos los medios para lograrlo; así la compra como la usurpación, lo mismo la astucia que la fuerza. Nada lo ha detenido cuando se a tratado de expropiarse de terrenos o adquirir concesiones.

Sucesivamente cayeron en sus garras: la Louisiana, las Floridas, el Oregón, Texas, Alta California, Alta Sonora y Nuevo México, que le dieron 49 estados, a los que vino a añadirse Alaska, adquirida el siglo pasado por medio de una compra a Rusia.

De esa manera, siguiendo esa lógica de rapacidad, se apropio después, de Puerto Rico, del Canal de Panamá, de las Filipinas y agredió a Nicaragua, a Cuba y después de la brutal e inicua guerra que nos impusieron en 1847, con la que nos arrebató más de la mitad de nuestro territorio, agredió muchas veces más a México.

Con un enorme poderío, y en un mundo en el que predominaba hegemónicamente el sistema capitalista, los Estados Unidos, Junto con Inglaterra, Francia y Japón, inaugura, con paso firme, la etapa del imperialismo moderno, al que con clara y profunda precisión Vladimir Ilich Lenin calificara como la etapa superior del capitalismo.

Otra vez es México, en esta nueva etapa, el primer país agredido por el imperialismo norteamericano; en menos de 40 años, por cohecho, la presión, la amenaza, la violencia o la agresión, se apodera por la compra, o por concesiones o despojos de inmensas superficies de nuestro territorio y bosques; de nuestras minas; de nuestro petróleo, y construye un sistema ferroviario para saquearnos mejor, como una prolongación del suyo, que se adentra hasta la capital de la República y se conecta a nuestros puertos.

Al mismo tiempo se impone a lo largo de toda América Latina la política del "gran garrote", de un imperialismo voraz e insaciable.

Por otra parte, y en contraste, al principio de este siglo, y después de un largo proceso de más de 60 años de gestación teórica y de múltiples intentos de organización práctica, desde el mismo día de la victoria de la Revolución de octubre de 1917, por razones objetivas y por motivos subjetivos, derivados éstos de la teórica de nuevas relaciones humanas y de la concepción de lo que el socialismo debería ser, nació una distinta lógica de relaciones entre los pueblos, de convivencia entre naciones diferentes en su sistema económico, una tesis contraria a la guerra, como dijera Vladimir Ilich Lenin.

Esta lógica del socialismo naciente, la fue imponiendo Lenin desde la etapa misma en que el mundo se encontraba todavía convulsionado con la Primera Guerra Mundial, y después, en breve lapso de 6 años, una vez rota la opresiva del sistema capitalista, la reafirmó al desarrollar las tesis básicas de la coexistencia pacífica y de la lucha por el desarme y contra la guerra imperialista a la cual diferenció de las guerras de liberación al poner de manifiesto que estas eran en consecuencia de las justas aspiraciones de soberanía y progreso de los pueblos y no entraban en contradicción con la coexistencia pacífica, porque a esta última la ubicó claramente en el ámbito de las relaciones entre los estados.

Ya en el Congreso Socialista Internacional de Stutgart, celebrado del 18 al 24 de agosto de 1907, al analizar sus resoluciones, Lenin señalo que la guerra es un producto necesario del capitalismo. Posteriormente en artículo publicado en el Proletario, del 23 de julio de 1908, decía que el militarismo es resultado del capitalismo, que es, en sus dos formas, una manifestación vital de él; como fuerza militar utilizada por los países capitalistas en sus choques externos y como instrumento de las clases dominantes para aplastar en su interior, todo género de movimientos del proletariado.

De esta tesis y del análisis marxista que hizo en la primera Guerra Mundial resulta evidente que una vez lograda la victoria de la Revolución de Octubre de 1917, Lenin no podía hacer otra cosa, sino seguir desarrollando su lógica de paz, la cual puso en práctica inmediatamente al celebrarse el segundo Congreso de los Soviets de diputados, obreros y soldados en toda la Rusia, en el que, sobre la base del informe presentado por Lenin, se aprobó el histórico decreto de la paz, donde se proponía a todos los pueblos beligerantes y a sus gobiernos, concentrar inmediatamente un armisticio e iniciar sin demora las negociaciones de paz; una paz inmediata, sin anexiones, es decir -precisaba- sin conquistas de territorios ajenos, sin incorporación de pueblos extranjeros por la fuerza y sin indemnizaciones, una paz justa, democrática, como lo desea la aplastante mayoría de la clase obrera y de los trabajadores de todos los países beligerantes, agotados, atormentados y martirizados por la guerra.

Así, ya en esta primera declaración Internacional del Estado soviético, fueron formulados los principios democráticos y pacíficos de su política exterior y sobre la base de estos principios generales de convivencia pacífica, luego de romper el cerco impuesto por los países capitalistas y hacerlos retroceder militarmente, el país socialista fue imponiendo relaciones comerciales mutuamente beneficiosas, aun cuando tuvo que aceptar de los imperialistas condiciones no muy favorables, pero que permitieron que el 13 de julio de 1923 surgiera vigorosa, en el concierto de las naciones, La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, reconocida paulatinamente por todos los países del mundo, siendo México el primero que lo hiciera entre los de América Latina, en agosto de 1924, hace ya 61 años.

Ya antes del término de la Segunda Guerra Mundial, a mediados de los años 40, cuando había quedado claro ante el mundo que, por una parte la resistencia de los países capitalistas a la apertura de un segundo frente en el Occidente de Europa obedecía a la intención de que el Ejército Rojo sufriera el máximo desgaste de su lucha heroica contra las fuerzas más selectas de las nazifascistas, y que, por la otra parte, las espléndidas victorias que día a día lograba el Ejército Rojo a costa de decenas de miles de soldados soviéticos, lo convertían en el Ejército que más pueblos haya liberado en la historia de la humanidad, empiezan a evidenciarse de hechos de trascendencia histórica que se proyectan hasta nuestros días y presiden, y seguirán presidiendo, durante años no previsibles, la vida de nuestro tiempo, ambos, genialmente advertidos por Lenin.

El primero de ellos, el que ya a estas fechas cabe calificar como el resultado económico, político y social más trascendente de aquella conflagración mundial, es el surgimiento de un sistema socialista que inicialmente se integra con los países del oriente de Europa y que paulatinamente crecen en territorio, en habitantes y en calidad, a medida que transcurren los años, con países de Asia, África y América Latina; sistema que aspiran sumarse los países que, después de lograr su independencia política, pugnan ahora, por razones propias de su desarrollo y porque las condiciones objetivas y subjetivas de la nación y sus contradicciones internas así se los permiten, por la construcción del Socialismo. A este hecho está íntimamente ligado también el torrente de países coloniales que pugnan por su plena liberación y por conquistar su sitio en el concierto mundial de las naciones.

El segundo de estos hechos trascendentales de esta segunda Guerra Mundial, producto de una acción plenamente consciente de las fuerzas del militarismo mundial, es el lanzamiento, el mes de agosto de 1945, de sendas bombas atómicas en Hiroshima y Nagasaki, con el objetivo no de doblegar al Japón, que prácticamente ya había capitulado sino de aterrorizar a la humanidad y, en clara aplicación de lógica agresiva del imperialismo, amenazar a la Unión Soviética con una nueva guerra, con la torpe idea de lograr lo que desde el 7 de noviembre de 1917 habían soñado; liquidar al país de los soviets y terminar para siempre con la responsabilidad de que el socialismo se consolidara en el mundo.

El análisis de estos dos hechos, aparentemente aislados, pero que en realidad están perfectamente vinculados entre sí, permite explicarnos los graves riesgos y peligros que ahora vivimos y el proceso de enfrentamiento de las concepciones distintas de política exterior; la del imperialismo, encabezado por los Estados Unidos de América, y la del sistema socialista, con la Unión Soviética al frente.

Es así que ahora, cuando en su desvarío por recuperar el predominio mundial, los militaristas del pentágono rompen a cada minuto el precario equilibrio militar, inventando y desarrollando nuevas y más terríficas armas nucleares como son los misiles balísticos Pershing II, los misiles Crucero, los misiles balísticos intercontinentales MX y el demencial intento de militarizar el espacio extraterrestre utilizando satélites artificiales como bases de armas de rayo láser y de ases de partículas cargadas, a la que llaman torpemente Guerra de las Galaxias; ahora, cuando la antítesis del estado de la paz ya no es simplemente la guerra, sino la catástrofe total, que amenaza con hacer desaparecer el género humano, la paz ya no puede abordarse como uno de los bienes que, entre otros puede ser objeto de elección. En la escala de prioridades la paz debe ocupar, sin duda alguna, la primera línea. De esta premisa surge importante conclusión; lo que podía considerarse justo o tolerable hasta la aparición del arma nuclear de destrucción total, no puede seguirlo siendo ahora.

En efecto, en el mundo, sobre el que se cierne ya la amenaza de ser exterminado,

algunos conceptos válidos antes para la orientación, comienzan a desempeñar a veces un papel diametralmente opuesto. Lo que antes era conveniente, ahora puede llegar a ser inútil; la fuerza, trocarse en debilidad; la ganancia, en ruina; la adquisición, en perdida; el asesinato en suicidio.

Existe un sólo modo para librarse de esta irracionalidad: volver a colocar los conceptos habituales, con los que queremos resolver todos los problemas en el marco de la lógica de la guerra o la lógica de la paz, en un nuevo sistema de referencia, que es el de la lógica de la era nuclear; a la manera en que varias y sucesivas ocasiones lo han hecho ya la humanidad con la renuncia al sistema geológico de Ptolomeo y el reconocimiento del heliocéntrico de Copérnico; con la aparición de la mecánica newtoniana, la concepción darwinista de la evolución, el sistema de elementos químicos de Mendeléev; la teoría de la relatividad de Einstein y, en los últimos años la Revolución Científico - Técnica con la computación, la cibernética y la robótica.

Sin embargo, debe observarse que el paso de una a otra estructura de pensamiento, que en cada vez hicieron interpretar de otro modo un vasto conjunto de concepciones filosóficas e ideológicas, y se prolongará por decenios y en ocasiones por siglos, pero, en esta ocasión, la humanidad no dispone de reserva de tiempo, la lógica de la era nuclear debe ser comprendida y asimilada en plazo brevísimo, por cuanto de ella depende en gran medida, que se supere la propia era nuclear y los peligros que acarrea. No se debe temer a adentrarse en ella porque es tan peligroso dejarse hechizar por la amenaza nuclear, como menospreciar sus atributos. Se trata de comprender con claridad las adecuaciones de la ciencia en este campo, que atañen, de uno a otro modo, al problema de la guerra y de la paz.

Así, por ejemplo, cuando el temor del imperialismo a un golpe de respuesta es el factor más eficaz y prácticamente el único que impide desatar la guerra nuclear, el concepto de seguridad nacional "individual" pierde sentido. Los participantes potenciales de una guerra así, se ven obligados en tomar en cuenta la seguridad de la parte contraria, tanto como la suya propia. Esta interdependencia requiere que se tome conciencia y se reconozca que en la era nuclear sólo es posible la seguridad colectiva. Ya que aun suponiendo que no se asestaran golpes directos a territorios de los países que se pudieran conservar neutrales, la radiación, los cataclismos ecológicos y otras secuelas de la guerra nuclear total, no se apiadarán de nadie. Por lo tanto en la era nuclear, lo que realmente puede ser efectivo, en plena medida, es la seguridad colectiva y no en cierta aceptación restringida -regional o continental- sino absoluta, universal o global.

Así pues, de la lógica de la era nuclear emanan, en el terreno militar y político, requisitos que ya se formulan así: en las condiciones de la confrontación nuclear, el nivel de seguridad es diametralmente opuesto a la cantidad y calidad de los medios de exterminio en masa acumulados en el mundo.

La seguridad nacional se convierte en algo ficticio si no se ajusta al marco de la seguridad colectiva.

El Presidente Miguel de la Madrid, ha dado prueba al mundo, junto con los jefes de Estado y de Gobierno de Argentina, Grecia, la India, Suecia y Tanzania, de que está ya inmerso ya en el profundo significado de los nuevos conceptos internacionales de la lógica de la era nuclear y llama al presidente Ronald Reagan y al dirigente soviético Mijaíl Gorbachov, al entendimiento mutuo en su reunión, cumbre de los días 19 y 20 del presente mes, para garantizar la seguridad general y la supervivencia de la humanidad.

Por esta suprema aspiración del Presidente Miguel de la Madrid, que es la del mundo entero, y por lo tanto, la nuestra, es que en ocasión de cumplir hoy el 68 aniversario de la Revolución Socialista de Octubre, que muestra a todos los hombres de buena voluntad, como una de sus aspiraciones supremas, su convicción y deseo de vivir en paz con todas las naciones del mundo, puesta de relieve en el Primer Decreto emitido por el II Congreso de los Soviets de diputados, obreros y ciudadanos de toda Rusia, que la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista pone a la consideración de su soberanía las siguientes disposiciones:

Primera, saludar a los parlamentarios del Soviet Supremo de la Unión Soviética con motivo de la conmemoración del 68 aniversario de su Gran Revolución Socialista de Octubre.

Segunda. Demandar de los parlamentarios del Soviet Supremo de la URSS que, con motivo de ésta su celebración de aniversario y en el marco de su histórico decreto de la paz, que emitiera el entonces naciente país de los sovies, den su solidaridad y apoyo al llamamiento de los 6 jefes de Estado y de gobierno, para lograr la paz y el desarme total y completo, impidiendo con ello, que se produzca el último holocausto de la humanidad con una guerra nuclear.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a 7 de noviembre de 1985.

La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

El C. Presidente: -Ténganse por recibidas las proposiciones y túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

INICIATIVA DE DIPUTADO

ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL LEY DE EXPROPIACIÓN

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Juan de Dios Castro, del Partido

Acción Nacional, para presentar una iniciativa.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Señoras y Señores diputados: La iniciativa que voy a presentar a consideración de esta Cámara tiende a hacer una pequeña reforma al segundo párrafo de la fracción VI del artículo 27 constitucional y a varios artículos de la Ley de Expropiación vigente para el Distrito Federal y para toda la República en materia federal.

La expropiación está definida por los tratadistas como una institución en virtud de la cual el Estado impone al particular la sesión de su propiedad por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Con el propósito de no leer todos los considerados, voy a a sintetizar brevemente el contenido de estos. Lo que distingue precisamente a la expropiación de algo que está prohibido por la Constitución, que es la confiscación permitida por excepción en algunos casos por la Ley Penal, es precisamente que la comisión del Estado hace de su propiedad, el particular hace al Estado de su propiedad la hace a cambio de una indemnización. La Constitución de 1917, a diferencia de la Constitución de 57, cambió el término "previa indemnización". Pero la indemnización tiene que ser justa y equivalente al bien que se expropia, porque si la indemnización no es justa o equivalente, entonces la expropiación se convierte en pena, en sanción o en castigo para el particular que es el objeto de la misma. De ahí que la reforma a la fracción sexta del artículo 27 suprima que el momento de la indemnización sea el valor fiscal que tenga el bien para substituirlo por el valor que fijen los peritos nombrados por el Ejecutivo.

Se incluye en la iniciativa además, de conservarse el recurso de revocación que actualmente contempla la Ley de Expropiación, y que puede interponerse dentro de los quince primeros días después de que se haga la declaratoria de la expropiación, se modifica el plazo para que se interponga dentro de los 10 días hábiles siguientes, y se incluye un recurso aparte que es un recurso de revisión contra la resolución mediante la cual se resuelve la revocación, dándose competencia a la autoridad judicial para conocer el recurso de revisión mediante un procedimiento donde se respeta la garantía de audiencia al Estado y a los particulares.

Se deroga en esta iniciativa el artículo 20 de la Ley de Expropiación, en virtud de que la jurisprudencia definida de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que es inconstitucional toda ley que ponga plazo o término para el pago de la indemnización.

Con esta síntesis del contenido de los considerados, la iniciativa que presentó se plantea en los siguientes términos:

Artículo 27, fracción VI. Las Leyes de la federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente.

El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada se basará en dictamen que para tal efecto rinden los peritos.

Y se reforman los siguientes artículos de la Ley de Expropiación:

"Artículo 1o. Existe utilidad pública cuando haya necesidad de satisfacer las necesidades colectivas, cuando dicha satisfacción esté encomendada al Estado.

"Artículo 2o. En la situación a que se refiere el artículo 1o., previa declaración del Ejecutivo Federal, procederá la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines o interés de la comunidad y siempre mediante la indemnización.

"Artículo 5o. Los propietarios afectados podrán interponer, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del acuerdo, recurso de renovación contra la declaratoria correspondiente.

"Artículo 6o. Contra la resolución del recurso de revocación, procederá el recurso de revisión, que se interpondrá dentro de 3 días hábiles, ante el Juzgado de Distrito o de Primera Instancia de la jurisdicción en que se haya tramitado el expediente de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio. Admitido el recurso en el que el recurrente podrá ofrecer pruebas, la autoridad judicial deberá correr traslado del mismo al ejecutivo federal, quien en un plazo de tres días deberá remitir el expediente de expropiación con los informes y pruebas que estime pertinentes, hecho lo cual se señalará día y hora dentro de los 15 días siguientes para que tenga verificativo una audiencia de admisión, desahogo de pruebas y resolución, la que en ningún caso podrá diferirse.

Artículo 8o. (Se deroga.)

"Artículo 10. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada se basará en el que fijen los peritos nombrados por el Ejecutivo.

"Artículo 11. Cuando se controvierte el monto de la indemnización a que se refiere el artículo anterior, se hará consignación del expediente al juez conociendo del recurso de revisión o al que corresponda en caso contrario; quien fijará las partes al término de tres días para que designen peritos con apercibimiento de designarlos el juez en rebeldía si aquellos no lo hacen. También se les prevendrá designen de común acuerdo un perito para el caso de discordia y si no lo nombraren, será designado el juez."

"Artículo 20.(Se deroga.)

«H. Cámara de Diputados. La expropiación no es más que la institución en virtud

de la cual el Estado impone unilateralmente al particular la sesión de su propiedad por causa de utilidad pública y mediante indemnización. Es una medida que tiende a satisfacer las necesidades colectivas, cuando dicha satisfacción está encomendada al Estado.

En esta iniciativa se reforma el artículo 1o. de la Ley de Expropiación y se opta por establecer genéricamente la definición de la causa de utilidad pública y no hacer una enumeración casuística de los casos en que se presenta, pues nunca el legislador agotará la totalidad de ellos.

En los últimos años, las decisiones de expropiación, por parte del Estado, han tenido una presencia en la realidad mexicana que no habían tenido en los últimos 20 años. la inflación elevada y la baja del poder adquisitivo de la moneda desde la década de los 70, han hecho que las disposiciones legales en materia de indemnización se traduzcan en algo que la expropiación no es: confiscación: pues la expropiación no es una sanción ni una pena, ni un castigo para el proletario que la sufre. Es por ello que se plantea una reforma desde el fundamento constitucional para que sea el juicio de peritos y no el valor fiscal que la inflación rebasa, el que sirva de base para la fijación del momento de la indemnización que deba cubrirse a cambio del bien expropiado. Sustentar un criterio distinto, haría que la expropiación devenga en pena, sanción o confiscación .

Con el objeto de garantizar que la decisión de la autoridad administrativa esté ajustada a la ley, se conserva el resurco de revocación ante ella y se introduce el recurso de revisión cuyo conocimiento se deja a la autoridad judicial dentro de términos que, por su brevedad, son congruentes con los intereses particular y social que están en juego.

En mérito de lo expuesto, y con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución General de la República, nos permitimos proponer la presente.

INICIATIVA DE REFORMA AL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN VI DEL ART. 27 DE LA CONSTITUCIÓN Y A LOS ARTÍCULOS 1o. 2o. 5o., 6o., 10o., y 11o., ASÍ COMO LA DEROGACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 8O. y 20. DE LA LEY DE EXPROPIACIÓN PARA QUEDAR EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES

En la Constitución:

Artículo 27. .................................................................

VI.............................................................................

Las leyes de la Federación y de los Estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada, se basará en el dictamen que para tal efecto rindan los peritos.

En la ley de Expropiación :

Artículo 1o. Existe utilidad pública cuando haya necesidad de satisfacer las necesidades colectivas, cuando dicha satisfacción esté encomendada al Estado.

Artículo 2o. En la situación a que se refiere el artículo 1o., previa declaración del Ejecutivo Federal, procederá la expropiación, la ocupación temporal, total o parcial, o la simple limitación de los derechos de dominio para los fines o intereses de la comunidad y siempre mediante indemnización.

Artículo 5o. Los propietarios afectados podrán interponer, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del acuerdo, recursos de revocación contra la declaratoria correspondiente.

Artículo 6o. Contra la resolución del recurso de revocación procederá el recurso de revisión que se interpondrá, dentro de 3 días hábiles, ante el Juzgado de Distrito o de Primera Instancia de la Jurisdicción en la que se haya tramitado el expediente de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio. Admitido el recurso en el que el recurrente podrá ofrecer pruebas, la autoridad judicial deberá correr traslado del mismo al Ejecutivo Federal quien, en un plazo de 3 días deberá remitir el expediente de expropiación con los informes y pruebas que estime pertinentes, hecho lo cual, se señalara día y hora, dentro de los 15 días siguientes, para que tenga verificativo una audiencia de admisión, desahogo de pruebas y resolución,, la que en ningún caso podrá diferirse.

Artículo 8o. (Se deroga.)

Artículo 10. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada se basará en el que fijen los peritos nombrados por el Ejecutivo.

Artículo 11. Cuando se controvierta el monto de la indemnización a que se refiere el artículo anterior, se hará consignación del expediente al juez que esté conociendo el recurso de revisión o al que corresponda en caso contrario, quién fijará a las partes en el término de tres días para que designen peritos con apercibimiento, de designarlos el juez en rebeldía, si aquellos no lo hacen. También se les prevendrá designen de común acuerdo un tercer perito para el caso de discordia y si no lo nombraren, será designado por el juez.

Artículo 20. (Se deroga.)

México, D. F., noviembre 7 de 1985, licenciado diputado Juan de Dios Castro Lozano.

Diputados del Partido Acción Nacional

"LIII" Legislatura:

Abreu Sierra Xavier,, Acosta González Carlos Arturo, Alcocer Bernal Juan, Altamirano Dimas Gonzalo, Alvarez Herrera Victor Guillermo, Alvarez Padilla Pablo, Botello de Flores Consuelo, Bribiesca Castrejón Manuel M., Cañedo Benítez Alejandro, Castro Lozano Juan de Dios, Conchello

Dávila José Angel, Delgado Herrera Jaime, Espejel Muñoz Franz Ignacio, Figueroa Nicola Cristóbal, Galindo Martínez Edeberto, Galván Muñoz Jesús, García Cervantes Ricardo, González Schmal Jesús, Jiménez de Avila María del Carmen, Jiménez Remus Enrique Gabriel, Landa Hernández Salvador, Ling Altamirano Federico, Mendoza Ortíz Ubaldo, Meza López Sergio Teodoro, Morelos Borja María Esperanza, Olvera Castillo Amado, Ortíz gallegos Jorge Eugenio, Paz Zarza Javier, Pérez Plazola Héctor, Ramírez Rebolledo Humberto, Rice García Humberto, Rivas Muñoz Oscar Luis, Romero Castillo Cecilia, Rosas Torres Alfonso Joel, Rubiano Reyna Rubén, Silva Alvarez María Esther, Tena Orozco Germán, Terán Terán Héctor, Turati Alvarez Eduardo, Ventura López Pablo, Mejía Gutiérrez Héctor.»

El C. Presidente,: -Téngase por recibida y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

HOMENAJE AL HÉROE DE NACOZARI

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Figueroa Nicola, del PAN.

El C. Cristóbal Benjamín Figueroa Nicola: -Señor Presidente: Honorable asamblea: Hoy 7 de noviembre también es un día digno de conmemorarse no sólo por el pueblo soviético, sino también por el pueblo mexicano, quien hoy debe de hacer una justa remembranza por un héroe que personifica muchas de las cualidades del heroico, sufrido, sacrificado pueblo mexicano.

A 78 años de distancia en el tiempo, la imagen de Jesús García, el héroe de Nacozari, sigue viva en recuerdo del pueblo mexicano que cada 7 de noviembre festeja en su memoria el día del ferrocarrilero.

En esa fecha del año de 1907, un joven sonorense de 26 años con plena conciencia de lo que hacía, sacrificó su vida para salvar a un pueblo de 5 mil habitantes de una espantosa explosión que lo habría borrado de la faz de la tierra.

El pueblo es Nacozari en el Estado de Sonora, y el protagonista fue Jesús García Corona cuya hazaña fue tan extraordinaria que América Royal Cors of Connors de Washington, declaró el trenista mexicano héroe de la humanidad.

De extracción humilde, Jesús García era Extrovertido, alegre, con un alto sentido del deber y una gran inclinación por los estudios. Su pasión por las locomotoras de vapor lo llevaron a acompañar constantemente a su cuñado, un norteamericano casado con su esposa Angela, quien era maquinista del tren que transportaba minerales entre el Porvenir Inato en Sonora.

Cuando quedó vacante el puesto de maquinista, la compañía minera designó para el cargo a Jesús García, quien durante cuatro años demostró pericia y gran sentido de responsabilidad,. En cierta ocasión, bajando del Porvenir rumbo a Nacozari, se cerraron los frenos de aire de algunos carros del tren, el convoy adquiría mayor velocidad a cada momento, pero Jesús García con gran habilidad, logró dominar el peligro y salvó el equipo y varias vidas de trabajadores.

"El Douglas", gerente de la compañía minera le mostró su agradecimiento por tal hecho elevándole el sueldo; entonces Jesús creyó llegado el momento de proponer matrimonio a su novia Jesusita Soqui, pasa casarse a mediados del año 1907.

Mientras tanto siguió trabajando en la rutina diaria, y según el vate Samuel Ruiz Cabañas, él y su maquina palpitaban al unísono, fraternizaban en los mismos destinos, su corazón sencillo y el férreo corazón mecánico, dócil en sus manos... Cruzando con su tren, como anhelante saeta los horrores de la catástrofe próxima...

Esta catástrofe fue narrada por un testigo, el profesor Luis Monzón, quien 10 años más tarde sería miembro del Constituyente de 1917 y se iniciaba de la siguiente manera: "Ayer, 7 de noviembre de 1907 se registró en Nacozari un sensacional episodio que revistió al mismo tiempo los caracteres de trágico y heroico".

Nacozari se haya situado en la cuenca del Río Moctezuma, es una hondonada que circundan altas y escarpadas montañas, está conectado con la mina de "Los Pilares", mediante un ramal ferroviario de 6 kilómetros en un sentido marcadamente ascendente.

"... Ayer se proveyeron los carros de pólvora en el fondo de los cuales se colocaron los respectivos fulminantes, para conducir tales efectos a 'Los Pilares'...

"Más antes de emprender la marcha algunas chispas escapadas de la locomotora empezaron a incendiar el explosivo originando el desastre.

"Esto ocurrió casi en el centro, donde se hallaban almacenadas grandes cantidades de pólvora y existe una exorbitante suma de gas, si la explosión se hubiera producido en ese lugar, hubiera desaparecido Nacozari entero, así como numerosas congregaciones; la explosión en los carros era inevitable.

"... Lo urgente era alejar rápidamente el peligro de la población y así lo comprendió el maquinista, quien con notable prontitud y admirable sangre fría puso en ejecución su idea. Ordenó a todos los presentes que se alejaran del convoy, y a todo vapor lo internó en despoblado, a la 1:00 p.m., se produjo la catástrofe.

"... Los habitantes de Nacozari escucharon una espantosa detonación, el poblado trepidó sobre sus simientos y el tren quedó despedazado, Jesús García, el heroico maquinista, murió en su puesto, en cumplimiento de su deber y después de haber salvado de una muerte segura a sus semejantes"

Así de sencilla fue la explicación del hecho. Al día siguiente dos mujeres, su esposa y su madre, organizaron el velorio que de los restos de Jesús García pudieron encontrarse entre los escombros. En su oportunidad la viuda de García declaró:

"Mi satisfacción es saber que el sacrificio de Jesús no fue en balde, que México seguirá su ejemplo en cualquier circunstancia en que se encuentre. Su sangre joven, semilla germinadora, ejemplo ciudadano, íntegro y cabal, florece en los corazones". Proféticas palabras, compañeros diputados. En Nacozari hay una estatua que recuerda a los mexicanos del heroísmo de Jesús García, y en la estación de Buenavista, de esta capital, un busto conmemorativo de su hazaña. En su honor el 7 de noviembre de cada año ha sido designado como "Día del Ferrocarrilero".

Jesús García Corona, cuya máquina continúa en marcha, para los mexicanos refleja el espíritu de sacrificio y amor a la humanidad a 78 años de su hazaña su valor palpita en los corazones de todos. Honor y gloria a Jesús García, el Héroe de Nacozari. Muchas gracias.

Diputado doctor Cristóbal Benjamín Figueroa Nicolás.>

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Arturo Ruiz Morales, del PRI.

El C. Arturo Ruiz Morales: - Con su venia, señor presidente; señores diputados:

Vengo a esta tribuna parlamentaria que es la máxima expresión del pueblo de México, en donde se ha rendido siempre merecido y justo homenaje a los héroes inmortales de nuestra historia, al haber ofrendado sus vidas durante diversos acontecimientos armados, como fue la Guerra de la Independencia, en la búsqueda de la libertad y soberanía que le fue arrebatada a México durante más de tres siglos de dominación y explotación española.

La Guerra de Reforma que a su triunfo quedó establecido el rechazo a la monarquía, ratificando que el Gobierno debería ser democrático, representativo y federal y al nacimiento de las leyes de Reforma complementó la Constitución Política de 1857.

La Revolución Mexicana en la que se luchó contra el enquistamiento del poder de un hombre por más de 30 años, y al triunfo se consolidó con la promulgación de la Constitución de 1917 de los Estados Unidos Mexicanos, al haber lanzado la idea, sociales, con el nacimiento de los artículos 3o., 27 y 123, dando ejemplo al mundo de esa época al estructurar un nuevo régimen social para el porvenir. EL nombre de todos estos héroes han quedado inscritos con letras de oro en este recinto parlamentario. Hoy me voy a referir a un héroe civil de extracción ferrocarrilera, tan grande como los héroes de nuestra patria que han dado su vida para México y me voy a referir a un héroe civil de nombre Jesús García Corona, ahora conocido como Héroe de Nacozari.

Jesús García Corona nació en Hermosillo, Sonora, en el mes de diciembre de 1881; miembro de una familia humilde; al iniciarse el presente siglo trabajó primero como minero; posteriormente en las minas y después de realizar estudios, ingresó como maquinista.

Llegó a ocupar el puesto en los Ferrocarriles en 1904, manejó trenes entre Agua Prieta, Pilares y otras estaciones del estado de Sonora. Así fue como hace 78 años Jesús García Corona, un joven de 28 años de edad ofrenda su vida para salvar la población de más de 5 mil habitantes. Al percatarse que, aproximadamente a las 13:00 horas del día 7 de noviembre de 1907 en estación de Nacozari, cuando descansaba después de haber realizado viajes en las minas, que de dos furgones cargados de dinamita y fulminantes brotaban fuertes chispazos y considerando que de explotar en ese lugar habría gran conflagración y mortandad, abordó rápidamente su máquina enganchando los dos furgones incendiados y a toda velocidad salió de la población minera. Pasados unos minutos se escuchó fuerte explosión que estremeció a Nacozari, muriendo instantáneamente Jesús García Corona, para salvar a todos los habitantes de ese lugar entre los que se encontraban sus seres más queridos que ahí vivían. Y desde entonces la población lleva con orgullo el nombre de Nacozari de García, en honor al héroe que ofrendó su vida para salvar a los demás. Como un reconocimiento al acto heroico de Jesús García Corona, el día 7 de noviembre de 1932 al celebrarse la asamblea plenaria del IV Congreso Ferrocarrilero, de la calle de Ponciano Arriaga número 20 de esta ciudad capital, se presentó la iniciativa para que se instituyera el día del ferrocarrilero, el 7 de noviembre de cada año. Desde entonces, se festeja al trabajador ferrocarrilero. Y a partir de 1956, se asoció esta conmemoración con el otorgamiento a ferrocarrileros distinguidos, de estímulos y recompensas por parte de la empresa. Como reconocimiento de sus labores y buenos servicios.

Por todo lo expuesto, con motivo del heroico sacrificio del Héroe de Nacozari, respetuosamente, señores diputados, respaldando la petición de la "Asociación Jesús García" del estado de Sonora y del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana al que pertenece un servidor, se inscriba en este recinto parlamentario, el nombre del héroe civil Jesús García Corona.

Quiero destacar que todos los trabajadores ferrocarrileros del país, conscientes de su deber como héroes anónimos, no escatiman esfuerzos para lograr la superación y modernización de las vías férreas del país, en su afán de reconquistar el lugar que históricamente le corresponde como mejor medio de transporte masivo de carga y de pasaje, aumentando la productividad y eficiencia a través

de la capacitación y alto sentido de responsabilidad.

Deseo expresar mi reconocimiento a admiración a todos aquellos ferrocarrileros que hace 75 años participaron activamente en el movimiento armado que dirigiera el 20 de noviembre de 1910, y que con sangre regaron las líneas ferroviarias para terminar con la situación que prevalecía en México, que era un pueblo sin libertad, sin tierra y sin justicia.

Muchas gracias (Aplausos.)

El C. Presidente: - Téngase por recibida la proposición y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

ESCRITO DE LA ESCUELA NORMAL SUPERIOR

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - Compañeros diputados, y ahora también dirigiéndose en especial a los amigos periodistas:

Venimos a presentar un texto que nos ha sido entregado por los maestros y alumnos de a Escuela Normal Superior de México., un texto dirigido a la Cámara de Diputados en su LIII Legislatura. Dice así el documento:

"La comunidad normalista de la Escuela Normal Superior de México, en su plan de estudios de 1959, venía realizando su quehacer educativo en seis edificios; dos de ellos se vinieron por tierra como consecuencia del sismo del día 19 de septiembre, con el correspondiente saldo en vidas humanas.

A partir de ese momento, maestros y alumnos nos reunimos para organizar peticiones ante las autoridades de la Subsecretaría de Enseñanza Superior e investigación Científica, a cuyo titular, doctor Rafael Velasco Fernández, hicimos llegar dos peticiones fundamentales: reubicación de todos los centros del Plan de Estudios 1959 en instalaciones de máxima seguridad; que las nuevas instalaciones reúnan el mínimo de acondicionamiento para ejercer la tarea docente.

La comunidad, por su parte, ofreció al doctor Velasco la plena seguridad de sacar adelante el curso escolar, recurriendo a sesiones extraordinarias, si ello fuese necesario, y propuso alternativas de reubicación, como son: las instalaciones de Fresno número 15, que fue la sede original de la Escuela Normal Superior de México, desocupada desde 1983, parte de las instalaciones de la Escuela Nacional de Educadoras; el edificio de Mascarones y parte del inmueble de la Unidad de El Rosario, de nuestra institución, donde se desarrolla el Plan de Estudios 1983.

En las pláticas llevadas a cabo con la Subsecretaría, se obtuvo el ofrecimiento por escrito de la salida de todos los maestros, alumnos y trabajadores no docentes de los edificios donde se venía laborando, que son inadecuados y riesgosos para la enseñanza, y reubicarse en instalaciones idóneas.

El pasado 5 de noviembre ,a más de un mes de pláticas, la Comunidad Normalista se hizo presente de nuevo en la Subsecretaría, mientras que una comisión representativa seguía analizando alternativas viables de ubicación y recibía una respuesta definitiva.

Sin embargo, las alternativas propuestas se vieron menospreciadas, una a una, por argumentos inconsistentes e informaciones internacionalmente equívocas del profesor Juan de Dios Rodríguez Campos, director general de Educación Normal, quien se hallaba presente en la reunión.

La confrontación no se hizo esperar, aunque en el ánimo de avanzar, la comisión hizo esfuerzos por rescatar compromisos de las autoridades que se pueden resumir en lo siguiente:

- Ratificar la reubicación de todas las especialidades de la Escuela Normal Superior de México, del Plan 1959, en instalaciones de máxima seguridad, siendo estas instituciones educativas y acondicionadas pedagógicamente.

- Ubicación conveniente que permita un fácil acceso al centro de estudio.

- Compromiso de dar una respuesta definitiva al lugar de reubicación en el próximo martes 12, siendo consultadas a la comunidad normalista previamente las alternativas si ellas fueran varias.

- Seguir considerando como alternativas las instalaciones de la Escuela Nacional de Maestros y de la Escuela Nacional de Educadoras.

Por otra parte, la comunidad normalista ha hecho ver al doctor Velazco la necesidad de que el director general de Educación Normal entregue los oficios de basificación al personal docente de la institución, así como la incorporación, por derecho, al Plan de Estudios 1983, que se viene desarrollando en el Centro de El Rosario. Petición esta que como muchas otras se vienen haciendo desde tiempo atrás sin obtener eco alguno.

México, D. F., 7 de noviembre de 1985.

Maestros y alumnos de la Escuela Normal Superior de México".

Las fracciones parlamentarias del Partido Mexicano de los Trabajadores, del Partido Revolucionario de los Trabajadores, y del Partido Socialista Unificado de México, hacen suyas las demandas que se presentan en este documento y piden a la Cámara el impulso a la solución del problema planteado.

Este documento ha sido ya recibido por la Comisión de Gestoría y Quejas de esta Cámara. Pedimos que igualmente sea trasladado a la Comisión de Educación. Esperamos de este órgano y de sus comisiones el mayor esfuerzo y la mayor comprensión a las demandas de esta comunidad educativa.

Pedimos, igualmente, a los amigos periodistas una atenta reflexión a estas peticiones.

Muchas gracias.

El C. Presidente: - Túrnese a las comisiones unidas de Educación Pública, de Información, Gestoría y Quejas.

INICIATIVA DEL DIPUTADO

LEY GENERAL DE POBLACIÓN

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado Alvarez Padilla, del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa.

El C. Pablo Alvarez Padilla: - Presidencia de esta mesa directiva; compañeros diputados:

Existe en nuestra frontera norte, especialmente, un grave problema de carácter administrativo, consistente en que, los que por algún motivo deben viajar hacia el sur, son expoliados por funcionarios de la Secretaría de Gobernación designados a labores de vigilancia migratoria, apostados en aeropuertos, terminales de autobuses, estaciones de ferrocarril, retenes carreteros, etcétera.

Quienes bajo pretexto de cumplir con lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley General de Población, logran, en forma ilegal, totalmente injustas, ingresos de personas, que carentes de documentos, y confiados en las garantías consagradas por el artículo 11 de nuestra Carta Magna que protege el libre tránsito en territorio nacional, se aventuran a viajar.

Esta actitud de malos funcionarios migratorios, ocasiona por un lado grave deterioro a la imagen de la autoridad, presentándola a los ojos de los ciudadanos como esencialmente mala y propiciando en muchísimos de ellos desprecio, desobediencia, y no pocas veces actitud de franca anarquía con grave deterioro para la vida en sociedad al fracturar en forma grave el orden social.

La incorrecta redacción del artículo 15 de la Ley General de Población por una parte, incorrección de suma importancia, dado que niega y conculta de hecho, las garantías del libre tránsito consagrada por el artículo 11 de la Constitución General de la República al establecer en forma errática que:

Artículo 15. "Los mexicanos para ingresar al país comprobarán su nacionalidad, satisfarán el examen médico cuando se estime necesario y proporcionarán los informes estadísticos que se les requieran. En caso de tener un mal contagioso, las autoridades de emigración expeditarán los trámites cuando dichos nacionales deban ser internados para ser atendidos en el lugar que las autoridades sanitarias determinen."

En contra de lo establecido por la Constitución General de la República que a la letra dice:

Artículo 11. "Todo hombre tiene derecho para entrar en la República Mexicana, salir de ella, viajar por su territorio y mudarse de residencia sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.

El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre migración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país."

Ahora bien, debemos de la comparación de los dos preceptos necesariamente inferir:

1o. Se trata de una incongruencia entre la norma fundamental y la norma secundaria.

2o. Esta incongruencia puede ser corregida en dos formas: primera haciendo la oportuna corrección, concordando la norma secundaria con la principal, que a mi juicio es lo correcto o, segunda modificando la norma fundamental para hacerla concordar con la norma secundaria, solución que a mi juicio es errática.

3o. Existe, pues, la necesidad de adecuar la norma secundaria a la superior jerárquica y a tal efecto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional. El grupo parlamentario de Acción Nacional propone la siguiente iniciativa de ley, que implica modificación al actual texto del artículo 15 de la Ley General de Población para quedar como sigue:

Artículo 15. "Los mexicanos serán respetados en sus derechos de libre tránsito en el país tal y como lo dispone el artículo 11 de nuestra Carta Magna. En ningún lugar, en ningún momento y bajo ninguna circunstancia se les exigirán documentos, salvoconductos, pasaporte o identificación alguna con excepción de la comprobación de su nacionalidad al ingresar al país. Cualquier contravención a esta disposición sea como autoridad ordenadora como ejecutora será sancionada decididamente con la destitución del cargo al infractor.

En caso de enfermedades contagiosas, las autoridades migratorias, enterarán a las autoridades sanitarias del problema a fin de que éstas tomen las medidas apropiadas para atención y curas del sujeto o sujetos en cuestión."

Solicitamos, finalmente, que se turne la presente iniciativa a su correspondiente comisión para su estudio y dictamen.

Palacio Legislativo, 7 de noviembre de 1985.

Licenciado diputado Pablo Alvarez Padilla.

Diputados del Partido Acción Nacional " LIII" Legislatura:

Abreu Sierra Xavier, Acosta González Carlos Arturo, Alcocer Bernal Juan, Altamirano Dimas Gonzalo, Alvarez Herrera Victor Guillermo, Alvarez Padilla Pablo, Botello de Flores Consuelo, Bribiesca Castrejón Manuel M., Cañedo Benítez Alejandro,

Castro Lozano Juan de Dios, Conchello Davila José Angel, Delgado Herrera Jaime, Espejel Muñoz Franz Ignacio, Figueroa Nicola Cristobal, Galindo Martínez Edeberto, Galván Muñóz Jesús, García Cervantes Ricardo. González Schmal Jesús, Jiménez de Avila María del Carmen, Jiménez Remus Enrique Gabriel, Landa Hernández Salvador, Ling Altamirano Federico, Mendoza Ortiz Ubaldo, Meza López Sergio Teodoro, Morelos Borja María Esperanza, Olvera Castillo Amado, Ortiz Gallegos Jorge Eugenio, Paz Zarza Javier, Pérez Plazola Héctor, Ramírez Rebolledo Humberto, Rice García Humberto, Rivas Muñoz Oscar Luis. Romero Castillo Cecilia, Rosas Torres Alfonso Joel, Rubiano Reyna Rubén, Silva Alvarez María Esther, Tena Orozco Germán, Terán Héctor, Turati Alvarez Eduardo, Ventura López Pablo, Mejía Gutiérrez Héctor.>

Señores diputados, este pequeño esfuerzo que hace Acción Nacional en presentar esta iniciativa de ley que pretende aliviar este grave mal social que consiste en el abuso de autoridad de parte de autoridades migratorias, creemos que puede ser solucionado mediante la vialidad que se dé a la modificación que Acción Nacional propone.

Creemos que lógica, jurídica, técnica y acciológicamente, tiene fundamentación y explicación la proposición que hacemos y creemos que contaremos intelectualmente con la conducta y actitud responsable de ustedes para que en comisiones sea votada a favor la proposición, sea dictaminada a favor la iniciativa para que luego pase a proposición como dictamen a la comisión plenaria. Muchas gracias por su atención.

El C. Presidente: - Se turna la proposición a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

MUERTE DE CONSEJERO MEXICANO EN LA EMBAJADA DE MOSCÚ

El C. Presidente: - Tiene la palabra el C. diputado José Trinidad Cervantes, del Partido Demócrata Mexicano.

El C. José Trinidad Cervantes Aguirre:

- Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: La prensa internacional, más bien las agencias informativas internacionales vienen dando cuenta de un percance en el campo diplomático: la muerte de un consejero de la Embajada de México en Moscú.

La información más o menos detallada que dan los principales diarios de la capital no aclaran aunque insinúan un crimen por motivos particulares o de otra índole. En la propia información fechada el día 5 se hace notar que hasta ahora proporcionaron las autoridades soviéticas la información que recogió la agencia informativa, y también hasta entonces, junto con esa información que apareció el día de ayer, la Secretaría de Relaciones también informa de los mismos acontecimientos y con los datos proporcionados por la Embajada de México en Moscú.

Yo quiero hacer notar solamente que no se trata de un accidente callejero, que fue un crimen seguramente premeditado por la forma en que, según los datos proporcionados por las informaciones periodísticas, se realizó. Tampoco se determina el procedimiento que hayan seguido las autoridades para tratar de esclarecer el asunto que afectó a la familia de un diplomático, el consejero de la Embajada de México en Moscú.

Quiero solamente plantear esta situación para pedir que la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara solicite con apremio a la Secretaría de Relaciones, que se esclarezca debidamente este asunto que, repito, no es un asunto callejero sino que se realizó en perjuicio, en agravio de la persona de una familia de diplomáticos, de miembros del Cuerpo diplomático Mexicano, o sea, de nuestro Servicio Exterior Mexicano. Muchas gracias. El C. Presidente: - Recibida esta proposición, se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

INFORME DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Fernando Baeza Meléndez: - Con su permiso, señor presidente: Antes de proceder a la lectura del informe que rinde la Comisión de Justicia en relación a la solicitud de la comparecencia de la ciudadana procuradora general de Justicia del Distrito Federal, yo quisiera, en aras aún del mejor conocimiento de la asamblea, rendir el informe, dar lectura al informe que envía la Secretaría de Gobernación y que reproduce el informe que a su vez rindió a esa dependencia del Ejecutivo la procuradora general de Justicia.

«C. licenciado Fidel Herrera Beltrán, oficial mayor de la H. Cámara de Diputados. Presente.

Por instrucciones del C. secretario de Gobernación y para conocimiento de la Comisión de Justicia de esa H. Cámara de Diputados, al presente me permito anexar el informe recibido de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, relacionado con los hechos a que el mismo documento se refiere.

Reitero a usted las seguridades de mi consideración atenta y distinguida.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D. F., 5 de noviembre de 1985.

El director general de Gobierno, licenciado Heriberto Batres García.>

INFORME

I. Antecedentes

A) Averiguaciones previas: El gran número de denuncias formuladas en las diferentes agencias investigadoras del Ministerio Público, con motivo de los frecuentes robos por asalto a casas habitación con violaciones y homicidios en el Distrito Federal, ocurridos aproximadamente de un año a la fecha y reflejados en notas periodísticas, creó un ambiente de inquietud entre los habitantes de la ciudad de México y una sensación de inseguridad e intranquilidad social que como autoridad encargada de la investigación y persecución de los delitos y de los delincuentes, era menester atender con mayor interés, para poder responder satisfactoriamente a las demandas de la comunidad de procuración de justicia, haciendo apremiante el aprehender a quienes no sólo estaban lesionando los bienes patrimoniales de las personas, sino que habían logrado irrumpir la seguridad y privacía de sus domicilios, agrediendo además la integridad física e incluso la vida de las víctimas, de lo cual dan testimonio las notas de prensa que se acompañan (anexo 1).

B) Identificación de averiguaciones previas: El sistema empleado por las bandas que se dedicaban al robo por asalto a casas habitación, puso en evidencia una forma característica de modus operandi y particularidades de los sujetos que en ellas intervenían, consistentes en el engaño a sus víctimas, mediante el ardid de la entrega de un regalo de casa comercial conocida, arreglo flora y frutal, con el fin de que les facilitaran el acceso a los domicilios previamente seleccionados y, logrado su objetivo, irrumpían violentamente contra sus moradores amordazándolos, golpeándolos con armas de alto poder, y manteniéndolos siempre sometidos por la violencia física y moral hasta en tanto no les entregaran dinero (plata), joyas y algunos objetos de alto valor o de fácil comercialización, pero siempre pequeños, pues ello les daba mayor facilidad para huir. Esa forma de operar se caracterizó siempre por la presencia de personas del sexo femenino, con lo que obtenían mayor confianza en sus víctimas, pero al final resultaban igualmente agresivas que los demás integrantes de la banda. Dentro de las particularidades de los individuos que intervenían en los asaltos, destacaban sus expresiones con marcado acento extranjero (centro o sudamericanos), sus edades respondían, según los ofendidos, fluctuaban entre 20 y 35 años de edad y su vestimenta era juvenil - informal y en algunas ocasiones disfrazados - con pelucas, barbas y bigotes postizos.

La Dirección General de Averiguaciones Previas, en coordinación con la Dirección General de Policía Judicial detectó aproximadamente cien averiguaciones previas con características semejantes en la forma de ejecutar los asaltos a casa habitación y la similitud de los rasgos fisonómicos de los delincuentes que en ellos intervenían, como consecuencia de la elaboración de los retratos hablados realizados por el personal especializado, en base a las descripciones expuestas por los quejosos.

Entre las averiguaciones previas descritas, se encuentran las siguientes: 22a./5204/985; 10a./3464/985; 9a./4731/985; 18a./3646/985; 11a.372/985; 9a./ 2631/985; 9a./4168/985; 9a./473/985; NSR/11976/85; CG/11793/84; 24/1342/985; 24a./5074/984; 24a./5165/984; 24a./1523/985; 22a./3130/985; 13a./4046/985; 13a./3297/985; 14o./2474/985; NSR/1/1796/985; 7a./PJ/142/985; 23/2361/985; 11a./1033/84; 30/ 7056/79; 30A./4744/80; 24/1432/985; 30a./752/985.

C) Elaboración de matriz: como principio de investigación metodológica, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal formuló un documento de trabajo donde se acumularon las características del modo de perpetuar los robos por asalto, las peculiaridades personales de los sujetos que en ellos intervenían, así como las particularidades socioeconómicas de las víctimas, derivado todo ello de los testimonios de los ofendidos (anexo 2).

D) Establecimiento de operativo específico: las denuncias presentadas ante el Ministerio Público, motivaron que esta autoridad ordenara a la Policía Judicial del Distrito Federal una investigación exhaustiva en cada uno de los casos de que tomó conocimiento, considerando para el desarrollo de sus investigaciones los antecedentes que se derivaron del documento de trabajo (matriz), avocándose a la identificación de los sujetos que correspondieran a la descripción realizada.

En estricto cumplimiento a las órdenes de intervención dadas a la Policía Judicial por el Ministerio Público, de conformidad con las disposiciones constitucionales, la Policía Judicial llevó a cabo sus investigaciones en torno al esclarecimiento de todos y cada uno de los ilícitos denunciados.

II. Acciones de Investigación

Como acciones específicas de investigación, la Policía Judicial del Distrito Federal diseñó técnicamente un operativo con la participación de todas las comandancias de la corporación, consistente:

A) La distribución de retratos hablados entre los agentes de la Policía Judicial;

B) Consulta de los archivos de antecedentes penales, conforme al modus operandi y reseñas fotográficas;

C) Las vigilancias en lugares públicos para identificación de personas que correspondieran a las características de los retratos hablados, principalmente en restaurantes, hoteles y centros nocturnos, así como terminales de autobuses, estación de ferrocarriles, accesos a carreteras y aeropuertos, dada la presunción que se tenía, derivada de los datos proporcionados, por los ofendidos, en el

sentido de que pudiera tratarse de personas de origen extranjero o no residentes en el Distrito Federal.

El primer paso del operativo consistió, de acuerdo con las instrucciones, en tratar de identificar a la persona, hacer su seguimiento y ubicar su domicilio o el lugar donde se hospedara, para con posteridad, como segundo paso, establecer la estrategia idónea, con el personal necesario, que permitiera la detención del grupo o la mayor parte de la banda, tomando en consideración su peligrosidad y las noticias que se tenían en el sentido de que contaban con armas de alto poder y la resistencia consecuente que opondrían.

III. Identificación de los autores

A) Origen: El operativo de referencia tuvo su primer fruto con la detención en un centro nocturno de una persona que coincidía con algunos de los retratos hablados, elaborados por los peritos en la materia con base en la descripción de las personas ofendidas. Asimismo, esta persona incurrió en múltiples contradicciones acerca de su origen, nacionalidad, ocupación y participación en una riña colectiva afuera de ese centro nocturno, donde se produjeron diversos disparos de arma de fuego, con motivo de los cuales resultó lesionada una persona, pero ante la escasez de elementos probatorios que permitieran fincar su presunta responsabilidad en esos hechos, el Ministerio Público, en la averiguación previa 25/805/985, iniciada a propósito de esos acontecimientos, ordenó su libertad con las reservas de ley; sin embargo, tomando en cuenta el notable parecido de esta persona con uno de los sujetos de los retratos hablados, la Policía Judicial, en cumplimiento a lo ordenado por el Ministerio Público en las averiguaciones previas iniciadas por asaltos a casas habitación, continuó practicando sus investigaciones relativas al esclarecimiento de estos delitos, así como la probable participación que esta persona, pudiera haber tenido en los mismos, para lo cual se estableció un operativo que permitiera:

- Determinar su origen.

- Identificar sus amistades, familiares o personas con las que se reunía con frecuencia.

- Ubicar domicilios que visitaba con regularidad.

B) Seguimiento de la investigación.

- En primer lugar, la Policía Judicial del Distrito Federal estableció diferentes vigilancias las 24 horas del día en los domicilios de los individuos a los cuales llegó a visitar la persona cuyo nombre era Juan Antonio Hernández Valencia (a) "El Johny", encontrándose con la circunstancia de que algunos de ellos coincidían en sus rasgos físicos con otros de los retratos hablados de los participantes en los robos por asalto a casa habitación, lo que provocó mayor cuidado en las investigaciones por los antecedentes existentes hasta ese momento, razón por la cual intervinieron más elementos de la Policía Judicial, en las vigilancias a domicilios y personas relacionadas con Juan Antonio Hernández Valencia.

- En segundo término, la Policía Judicial advirtió que por la forma de actuar de las personas a las cuales se estaban vigilando, existía la posibilidad de que se tratara de un grupo de gentes organizadas para delinquir.

C) Resultados: Localización y presentación de los atracadores.

El día 10 de septiembre de 1985, durante la vigilancia que se realizaba en el domicilio ubicado en Río Amazonas 57, Colonia Cuauhtémoc, la Policía Judicial del Distrito Federal se percató de la presencia de una persona que llevaba una maleta en actitud sospechosa, advirtió, además, que se encontraba armada, razón por la cual se procedió a marcarle el alto, pero éste, percatándose de que se trataba de la policía, dejó abandonada la maleta y trató de darse a la fuga para lo cual regresó al edificio de donde había salido, siendo perseguido por los elementos de la Policía Judicial, y al intentar escapar, se precipitó por una ventana, desde un tercer piso, y cayó a la calle, de donde fue recogido por los propios elementos, y remitido al Hospital de Traumatología de Xoco para su atención médica, quedando en calidad de detenido a disposición del Ministerio Público. La maleta que en los momentos de su detención llevaba esta persona que se identificó como Manuel Jiménez Uribe, contenía un lote de relojes de diferentes marcas y estilos, así como diferentes alhajas, además de cuatro pistolas de diversos calibres y cajas con cartuchos para armas de distintos tipos y calibres.

A partir de este momento y derivado de los objetos y armas que se encontraron en posesión del lesionado Manuel Jiménez Uribe, la Policía Judicial tuvo la certeza de que se encontraba sobre la pista correcta en la investigación respecto de una banda de delincuentes, pues este mismo confesó su participación en dos asaltos a casa habitación y proporcionó los nombres de las personas con quienes cometió dichos atracos y los lugares donde podrían ser localizados, datos que correspondían a algunos de los domicilios que habían sido visitados por Juan Antonio Hernández Valencia (a) "El Johny" en los días anteriores.

Derivado de lo anterior, una vez en conocimiento del Ministerio Público, éste ordenó la presentación de Juan Antonio Hernández Valenacia (a) "El Johny", de quien para este momento ya se tenían datos firmes de su participación dentro de este grupo de delincuentes y quien consecuentemente debería manifestarse respecto de los asaltos a casa habitación en los que había intervenido. Así pues, el día 11 siguiente, se logró la presentación de esta persona al momento en que pretendía llegar a su domicilio en la Colonia Narvarte.

persona a la que se hizo de su conocimiento el motivo de esta nueva comparecencia y los elementos que en su contra tenía la Policía Judicial, derivados de lo declarado por Manuel Jiménez Uribe, y los objetos que le habían sido recuperados a éste, siendo de observarse que al momento de su detención este individuo portaba su arma de las reservadas al uso exclusivo del Ejército y la Armada. con lo que incurría en un delito más, relativo al de portación de arma de fuego, pistola con la que pretendió hacer frente a los elementos para evitar su detención.

Ante la serie de evidencias en su contra. aceptó su participación dentro de esta banda de delincuentes e hizo entrega de un rifle, seis pistolas y una metralleta de diferentes calibres y marcas. Así como distintos objetos, entre ellos una bolsa de plástico con marihuana, una cámara fotográfica, alhajas varias, relojes, cajas de cartuchos de varios calibres.

Al manifestarse en acta de Policía Judicial el asaltante Juan Antonio Hernández Valencia, informó a los elementos de esa corporación, los nombres de las personas que con él habían participado en diferentes asaltos.

corroboró su ubicación en los domicilios que había visitado los días anteriores y la forma en que cada uno de sus cómplices se desenvolvían. De la misma manera, manifestó que su señora madre, Miriam Valencia Giraldo, conservaba en su poder diferentes objetos producto de los robos y que era ella la que se encargaba de venderlos. encontrándose enterada del origen de los mismos y de la actividad delictiva de la banda.

El propio "Johny" mencionó también que muchos de los objetos producto de los asaltos, eran sacados del país y trasladados a la República de Colombia por algunos de los integrantes de la banda que viajaban frecuentemente a dicha nación y que seguramente regresarían de un momento a otro.

Dadas las manifestaciones de Juan Antonio Hernández Valencia, el Ministerio Público ordenó la presentación de su señora madre Miriam Valencia Giraldo, persona que al ser requerida para que devolviera los objetos que conservaba en su poder, producto de los asaltos, hizo entrega a los elementos de la Policía Judicial de varios relojes y alhajas.

Miriam Valencia Giraldo accedió a colaborar con la Policía Judicial y les acompaño al aeropuerto de esta ciudad de México, Distrito Federal, donde identificó al momento de llegar en vuelo procedente de Colombia, a Héctor José Montoya Gómez, de quien su hijo "Johny" había dicho participado en los asaltos, lográndose de la misma manera la detención de Jaime Andrés Ruiz Quintero y Diego Julián Ruiz Quintero, cuando ya se encontraban hospedados en el Hotel "De Carlo", lugar que según "El Johny" era donde llegaban las personas que no tenían domicilio establecido en esta ciudad. De acuerdo con el dicho de Juan Antonio Hernández Valencia (a) "El Johny", estas personas habían salido a la República de Colombia con objetos producto de lo robado y recientemente habían regresado a este país para continuar con su actividad delictiva, en la inteligencia de que respecto de Diego Julián Ruiz Quintero, es de señalarse que ya contaba con ingresos anteriores a prisión: uno de ellos en el año de 1980 y el otro en el año de 1981, ambos por los delitos de asociación delictuosa y robo.

Derivado igualmente de lo informado por Juan Antonio Hernández Valencia, el Ministerio Público ordenó la localización y presentación de Manuel Ramos Gutiérrez, de quien aquel informó tenía su domicilio en la Avenida de las Flores en Villa de las Flores Coacalco, Estado de México. Para dar cumplimiento a la orden recibida, y previa colaboración solicitada a la Policía Judicial de esta entidad, de conformidad con el acuerdo de coordinación celebrado con la Procuraduría General de Justicia del propio Estado, se instrumentó el operativo tendiente a su presentación, con el conocimiento de la peligrosidad de este sujeto, quien de acuerdo con los archivos de la institución contaba igualmente con ingresos anteriores a prisión.

Al momento de realizar la vigilancia correspondiente en el domicilio indicado, los elementos de Policía Judicial fueron detectados por Manuel Ramos Gutiérrez, quien llegaba acompañado por José Eduardo del Prado Sánchez, otra persona que también había sido mencionada por el "Johny" como integrante de esta banda perfectamente organizada para delinquir y quien de la misma manera contaba con ingresos anteriores a prisión.

Al momento de llegar, detectaron la presencia de los elementos de Policía Judicial y de inmediato abrieron fuego en contra de ellos, pero fueron sometidos por éstos, recogiéndoseles 9 armas cortas de diferentes marcas y calibres, una metralleta calibre 45, 4 escopetas, 12 rifles, 7 cargadores para armas de diferentes tipos y calibres, 3 cuchillos para rifles, un radio transmisor, varias cajas, estuches y maletas con cartuchos de diferentes tipos y calibres, una computadora. un costal con marihuana. 6 artefactos explosivos de fabricación casera, así como un lote de joyas y pieles y las pelucas y un pasamontañas que utilizaban para disfrazarse u ocultar su identidad al momento de cometer los robos.

La resistencia opuesta para ser detenidos por parte de estos dos sujetos, el gran número de armas que les fueron encontradas, así como los artefactos explosivos de fabricación casera, denotaron la alta peligrosidad de la banda relacionada con esta investigación y la necesidad de continuar con la localización y presentación del resto de los integrantes de la misma.

En una buena parte, los objetos recuperados corresponden a la denuncia que se contiene en la Averiguación Previa............................................

10/3404/85, por el delito de robo, cometido en las calles de Providencia número 928.

En su comparecencia ante la Policía Judicial, el delincuente Manuel Ramos Gutiérrez, sin tener noticias de la detención previa de Manuel Jiménez Uribe, informó a la Policía Judicial que en el domicilio de Clara o Clarisa Katz Jinish, ubicado en Río Amazonas número 57, departamento 303, se encontraba un buen número de objetos producto de los asaltos y que ella misma participaba en éstos en compañía de los demás integrantes de la banda, razón por la cual resultaba procedente su presentación ante el Ministerio Público como consecuencia de las órdenes de investigaciones exhaustivas giradas por éste a propósito de las diferentes averiguaciones iniciadas.

La Policía Judicial, previas vigilancias que para el caso se requería, logró la presentación de Clara o Clarisa Katz Jinish, amiga de Manuel Jiménez Uribe, misma que una vez enterada del motivo de su detención hizo entrega a los agentes de la Policía Judicial de diferentes objetos entre los que se destacan pistolas, joyería y artículos domésticos de plata, cristal cortado y porcelana, al igual que tres artículos de piel para dama, los que según manifestó, eran producto de los robos por asalto cometidos a casa habitación. En su comparecencia en acta de Policía Judicial, esta persona informó que su participación en los diferentes robos consistía en que era ella quien tocaba a la puerta de los domicilios y cuando le abrían, irrumpían a estos sus demás compañeros. Habiéndose solicitado a la Dirección General de Servicios Periciales sus antecedentes respecto de ingresos anteriores a prisión, se pudo corroborar que en seis ocasiones había estado sujeta a proceso por diferentes ilícitos.

De igual forma la señora Clara o Clarisa Katz Jinish informó de la posibilidad de ubicar a otro de los integrantes de la banda que respondía al nombre José Menchaca Sánchez, persona que también había sido mencionada por Juan Antonio Hernández Valencia y por Manuel Ramos Gutiérrez; habiéndose citado en un café de la colonia Cuauhtémoc, se logró la presentación de José Menchaca Sánchez, quien portaba una pistola calibre 380, con la que pretendió evitar su detención, pero no tuvo oportunidad de usarla. Enterado del motivo de su detención, se le requirió también para que devolviera los objetos producto de lo robado que conservaba, haciendo entrega de tres aparatos eléctricos y dos maletas que contenían marihuana, un teléfono inalámbrico y una pistola calibre 25, armas que según su dicho eran utilizadas para amagar y someter a los moradores de los domicilios que asaltaban, siendo de mencionarse igualmente que este sujeto contaba también con un ingreso anterior a prisión por los delitos de lesiones y daño en propiedad ajena, como se acredita con las hojas de antecedentes penales que se agregan.

En su comparecencia, la señora Miriam Valencia Giraldo manifestó a la Policía Judicial encontrarse enterada de la ilícita actividad de la banda en la que participaba su hijo Juan Antonio Hernández Valencia y manifestó que ella también colaboraba en algunos asaltos, además de que le correspondía vender los objetos que conservaban en el país para su manutención y que buena parte de esos objetos se los había vendido a un joyero de nombre Felipe de Jesús Degollado Robles y que algunos otros se los había dado al licenciado Ernesto Corona Rodríguez a cuenta de honorarios por la defensa de su esposo Miguel Moriones Espinoza, que se encuentra en el Reclusorio Norte, y quienes lo recibían a un menor valor a sabiendas de que eran objetos robados. Por estrategia policial, la presentación de estos últimos se dejó para el final, dado el conocimiento de que el primero de ellos era fácilmente ubicado por ser "coyote del monte de piedad" y, por cuanto al segundo, por su calidad profesional.

Por otra parte, Juan Antonio Hernández Valencia informó a la Policía Judicial de la existencia de diferentes personas que, inicialmente dijo, pertenecían a este grupo de asaltantes a casa habitación y proporcionó los domicilios donde éstos podrían ser ubicados, lo que habiendo sido comunicado al Ministerio Público motivó que éste ordenara su presentación. Por esta causa, la Policía Judicial incrementó el número de agentes destacados en la investigación y haciendo las vigilancias que el caso requería logró las presentaciones de Adrián Gutiérrez Torner, persona que contaba con antecedentes como asaltante de instituciones bancarias, Pablo Gutiérrez Cano, Jaime Cuéllar Arévalo, Víctor Ivette Ramos Gutiérrez y Marco Antonio Cruz Espinoza, personas que en sus comparecencias manifestaron no dedicarse al robo por asalto a casas habitación, sino exclusivamente al asalto de instituciones bancarias, aunque Jaime Cuéllar Arévalo reconoció haber participado en una y otra actividad, incluso, en una de las comparecencias de los ofendidos de robos por asaltos a casa habitación, se identificó por vía fotográfica, entre otros a Jaime Cuéllar Arévalo; empero, como esta identificación se realizó el día 9 de octubre del presente año con la imputación que le hizo Román Silvestre Mazutti en la Averiguación Previa 10a./4139/985, relacionada con la TLA/1/2972/985, se ejercitará

acción penal oportunamente ante la autoridad judicial competente, ya que a pesar de que se tenía su confesión, no se procedió penalmente en su contra junto con las personas consignadas al juzgado 31o. penal, porque era insuficiente esa probanza para procesarlo penalmente.

D) Identificación fotográfica de los delincuentes por parte de las víctimas. Con el objeto de contar con mayores elementos probatorios, los integrantes de esta banda de delincuentes fueron fotografiados para que con dichas impresiones se visitara a cada uno de los ofendidos y testigos de los asaltos a casa habitación y, con ello, obtener la identificación correspondiente y la certeza de quien o quienes habían participado en cada uno de ellos, en la inteligencia de que en muchos de los casos habían sido vistos porque al estar ante la presencia de las personas ya se habían puesto pasamontañas o pelucas para evitar ser reconocidos; sin embargo, en muchas de las averiguaciones previas, los ofendidos y/o testigos sí lograron identificar con base en dichas fotografías a Juan Antonio Hernández Valencia (a) "Johny", a Clara o Clarisa Katz Jinish, a Manuel Ramos Gutiérrez y a los hermanos Jaime Andrés y Julián Ruiz Quintero, a unos en un evento delictivo y a otros en diferentes, por las razones expresadas. La identificación previa por vía fotográfica, como parte de la investigación policial, reportó inicialmente por quejosos el reconocimiento de la mayoría de los presentados, pero aquellos externaron que ante la agresividad de que habían sido objeto en los momentos del atraco y por las posibles represalias del resto de los delincuentes aun sin detener, optaban por abstenerse de comparecer ante el Ministerio Público, más aún en los casos de violaciones y ultrajes a personas del sexo femenino, que, por argumentos estrictamente personales, prefirieron quedar en el anonimato.

E) Práctica de diligencias en Policía Judicial y Ministerio Público.

El día 16 de septiembre del presente año, se hizo del conocimiento de la titular de la institución el avance de la investigación y los resultados obtenidos hasta el momento, informándosele de manera global la serie de asuntos en los que los detenidos habían participado, con las circunstancias de que una parte del grupo se dedicaba a los asaltos a casa habitación y la otra a asaltos a instituciones bancarias. La señora procuradora ordenó que de inmediato se diera el trámite formal a las averiguaciones previas relacionadas con estos individuos, que se procediera a practicar las diligencias necesarias para poner a disposición de la Procuraduría General de la República a las personas involucradas en robos por asaltos a bancos y citar a todos los denunciantes en las averiguaciones previas relativas a los asaltos a casa habitación para que identificaren, teníendolas a la vista, a las personas responsables de los atracos a sus domicilios.

En cumplimiento a las instrucciones de la titular, los días 17 y 18 de septiembre del mismo año, el Ministerio Público recibió las declaraciones de Pablo Gutiérrez Cano, Adrián Gutiérrez Torner, Jaime Cuéllar Arévalo, Victoria Ivette Ramos Gutiérrez y Marco Antonio Cruz Espinoza, y realizó las diligencias necesarias para ponerlos a disposición de la Procuraduría General de la República, como presuntos responsables de los delitos de asalto a instituciones bancarias, por tratarse de asuntos cuyo conocimiento corresponde a dicha dependencia, mientras que, por otra parte, se destinó un gran número de gentes de la Policía Judicial para que solicitara la presencia en la institución de todos los ofendidos y testigos en las averiguaciones previas que se habían detectado, para que compareciera el día 19 de septiembre a identificar a las personas integrantes de esta banda y para que ampliaran sus declaraciones en lo que ello fuera necesario.

El mismo día 17 de septiembre, la Policía Judicial logró la presentación de Felipe de Jesús Degollado Robles, quien como antes se dijo había comprado objetos producto de lo robado a la señora Miriam Valencia Giraldo, de acuerdo con el dicho de ésta; sin embargo, no obstante que se tenían suficientes elementos para ponerlos a disposición del Ministerio Público, se dejó en libertad una vez que emitió su declaración en Acta de Policía Judicial en virtud de que exhibió una orden de suspensión provisional emitida a su favor por el juez octavo de Distrito del Distrito Federal en materia penal en el juicio de amparo número 560/85 - C.

F) Consecuencia de los sismos.

El día 19 de septiembre, como consecuencia del primero de los sismos que se suscitaron en la ciudad de México, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, resultó afectada en su edificio central así como en el edificio principal de la Dirección General de Policía Judicial, pues esos inmuebles que se vinieron por tierra como resultado del sismo sepultaron un gran número de documentos, dentro de los cuales se encontraba toda las actuaciones relativas a este grupo de peligrosos asaltantes.

En el edificio de Policía Judicial se encontraban dentro de las instalaciones del gimnasio ubicado en el cuarto piso, las personas de nacionalidad colombiana Juan Antonio Hernández Valencia (a) "El Johny", Héctor José Montoya Gómez, Diego Julián Ruiz Quintero, Jaime Andrés Ruiz Quintero y Miriam Valencia Giraldo, así como los mexicanos José Menchaca Sánchez, Manuel Ramos Gutiérrez y José Eduardo del Prado Sánchez, quienes habían sido trasladados a ese lugar en virtud del fácil acceso que se tenía para llevarlos a la cámara de gesel, la cual se encontraba instalada en el tercer piso del propio edificio, donde habrían de ser identificados esa mañana por los ofendidos y testigos en las averiguaciones previas con las que se encontraban relacionados, mientras

que Clara o Clarisa Katz Jinish había sido trasladada al edificio de doctor Liceaga número 103, con el objeto de que tratara de aclarar las ubicaciones de los domicilios correspondientes a algunos objetos recuperados.

Por lo que se refiere a Pablo Gutiérrez Cano, Adrián Gutiérrez Torner, Victoria, Ivette Ramos Gutiérrez, Jaime Cuéllar Arévalo y Marco Antonio Cruz Espinoza, que se encontraban en la guardia de agentes de la Policía Judicial esto es, en la planta baja del edificio de Policía Judicial, también a disposición del Ministerio Público, resultaron igualmente ilesos de la misma manera que todos los demás detenidos que se encontraban en esa área, ya que en el mismo momento del temblor los elementos de Policía Judicial encargados de su custodia los trasladaron al estacionamiento de la institución y posteriormente al edificio ubicado en doctor Liceaga número 106, de donde fueron enviados a sus correspondientes destinos.

Una vez iniciadas las labores de rescate en lo que fuera el edificio de la Policía Judicial, se logró extraer de entre los escombros a Miriam Valencia Giraldo, de nacionalidad colombiana, y a José Eduardo del Prado Sánchez, quienes salieron levemente lesionados por los golpes recibidos por la caída de los muros y las lozas de las instalaciones, no habiendo sido posible hacer lo mismo con los colombianos Héctor José Montoya Gómez, Diego Julián Ruiz Quintero, Jaime Andrés Ruiz Quintero y Juan Antonio Hernández Valencia, ni con los mexicanos José Menchaca Sánchez y Manuel Ramos Gutiérrez, quienes desafortunadamente perdieron la vida junto con cuatro elementos de la Policía Judicial que se encontraban custodiándolos y otros que estaban de servicio en sus respectivas áreas de trabajo.

La confusión originada por el sismo, el trabajo extraordinario a que se vio sometida la institución, para dar atención a los problemas de su competencia, puesto que le correspondió la identificación y entrega a sus familiares de todas las personas que fallecieron con motivo del movimiento telúrico, pero sobre todo la falta inicial de las averiguaciones previas con las que estos sujetos se encontraban relacionados, trajo como consecuencia que no se pudiera dar un trámite ágil para la consignación de estos delincuentes y su puesta a disposición del órgano jurisdiccional correspondiente. Las averiguaciones previas que ya se tenían detectadas quedaron bajo los escombros y sujetas a su localización posterior, al igual que las actas de Policía Judicial que se habían levantado con motivo de las declaraciones emitidas por estas personas, aunque parte de las diligencias practicadas tanto por una como por otra autoridad se evidencian con la Averiguación Previa número 35/1376/85, las aclaraciones producidas por Felipe de Jesús Degollado Robles, de fecha 17 de septiembre del presente año las constancias de antecedentes penales de cada uno de los presentados de fecha 18 de septiembre e 1985.

G) Declaración de incompetencia respecto de los asaltabancos.

Los detenidos Pablo Gutiérrez Cano, Adrián Gutiérrez Torner, Victoria Ivette Ramos Gutiérrez, Jaime Cuéllar Arévalo y Marco Antonio Cruz Espinoza, todos de nacionalidad mexicana, ese mismo día, previa declaración de incompetencia emitida por el Ministerio Público, fueron instalados a las instalaciones del Ministerio Público Federal, donde la Procuraduría General de la República estableció su base de emergencia para el trámite de averiguaciones previas con detenidos, en Tlalnepantla, estado de México, en relación a las indagatorias números: 10a./2948/85, por robo a Banamex 10a./2525/85, por robo a Multibanco Comermex; 10a./3430/83 y PGR/2161/83, por robo al Banco Continental Ganadero; .............. PGR/8969/83, por robo a otra sucursal del Banco Continental Ganadero; 10a./2360/82, por robo a Bancomer; 10a./2205/85, y. ... PGR/3943/85, por robo a Bancomer; .......PGR/15/84, por robo a Bancomer; .. .PGR/24/85, por robo a Bancomer, entre otras, pero lo fundamental de este grupo y su detención se debió a la relación que guardaba Juan Hernández Valencia con ellos, como se demostró de manera específica respecto a Jaime Cuéllar Arévalo, pero aún más porque Román Silvestre Mazutti identificó también a Héctor José Montoya Gómez, José Menchaca Sánchez, José Eduardo del Prado Sánchez y, por supuesto, como se dijo, a Jaime Cuéllar Arévalo.

H) Consignación a juez penal de los sobrevivientes integrantes de la banda. No obstante la situación de emergencia por la que se atravesaba, se hizo especial énfasis en el rescate de la documentación relacionada a este asunto, no siendo posible obtener los primeros días sin tres de las averiguaciones previas relacionadas con estas personas, las que se procedió a integrar con la práctica de las diligencias necesarias para la debida configuración de los delitos que se les imputaban. Se encontraron elementos suficientes para proceder penalmente en contra de Miriam Valencia Giraldo, José Eduardo del Prado Sánchez, Manuel Jiménez Uribe y Clara o Clarisa Katz Jinish y fueron consignados ante el juez trigésimo primero de lo Penal del Distrito Federal, que se encontraba de guardia, como presuntos, responsables de diversos robos calificados por haberse cometido con violencia y asociación delictuosa, por tratarse de un grupo de sujetos organizados específicamente para delinquir, al igual que se hizo con el licenciado Ernesto Corona Rodríguez, quien fue detenido el día 27 anterior, como presunto responsable del delito de encubrimiento.

Independientemente del ejercicio de la acción penal, en contra de las personas anteriormente mencionadas, exclusivamente por tres de las averiguaciones previas en las que

estaban involucrados, el Ministerio Público ordenó que con una copia de la misma averiguación se formara desglose para proseguir la investigación respecto de los demás sujetos integrantes de la banda y por los asaltos a casa - habitación que no lograron integrarse al no haberse podido recuperar de momento las averiguaciones correspondientes, y que una copia más fuese enviada a la Procuraduría General de la República, para que ésta determinara lo conducente a propósitos de los ilícitos que son de su competencia, como es el caso de los relativos a la portación de armas reservadas al uso exclusivo del Ejército y la Armada, para quien había sido detenido portando alguna de ellas, el de acopio de armas configurable cuando una persona se hace de dos o más armas que conserva en su poder y lo relativo a la tenencia de explosivos para utilizarlos en sus atracos, lo cual dio una magnitud de la peligrosidad de la banda de referencia.

En el mismo pliego de consignación, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ejercitó acción penal en contra de Felipe de Jesús Degollado Robles, como presunto responsable del delito de encubrimiento, misma orden de aprehensión que el juez del conocimiento se sirvió obsequiar y la Policía Judicial cumplimentó en su oportunidad encontrándose igualmente sujeto a proceso este individuo.

I) Auto de formal prisión.

El C. juez trigésimo primero de lo Penal del Distrito Federal, una vez que dio cumplimiento a lo ordenado por la disposición constitucional de tomar a los detenidos su declaración preparatoria durante el término de las 48 horas siguientes a su consignación, dentro de las 72 horas que igualmente le establece nuestra Carta Magna para determinar su situación jurídica, emitió auto de formal prisión en su contra por los delitos por los que fueron consignados, sujetándose por consecuencia, al proceso penal correspondiente.

J) Práctica de necropsias.

No obstante que se tomó la determinación de dispensar la necropsia de ley correspondiente a todas las personas que hubiesen fallecido con motivo del siniestro del día 19 de septiembre próximo pasado, la titular de la institución ordenó, para dar una transparencia absoluta a este asunto, que a los cadáveres de las personas que se encontraban detenidas en el edificio de la Policía Judicial, relacionadas con esta investigación les fuese practicada una minuciosa necropsia para determinar las causas de su muerte, y además se cuenta con los dictámenes de necropsia de cada una de estas personas, emitidos por los peritos médico - forense, adscritos al Servicio Médico Forense del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, mismos en los que se determinó que las personas que en vida respondían a los nombres de Juan Antonio Hernández Valencia, Héctor José Montoya Gómez, José Menchaca Sánchez y Manuel Ramos Gutiérrez fallecieron como consecuencia de los traumatismos producidos por las lesiones que recibieron con la caída de los muros y las losas del edificio donde se encontraban.

Por otra parte y ante la serie de rumores que se desataron en el sentido de que los detenidos que se encontraban en el cuarto piso del edificio de la Policía Judicial habían sido torturados en el curso de la investigación, la titular de la institución se dirigió por escrito al doctor Mario Alva Rodríguez, director del servicio Médico Forense, para solicitarle emitiera opinión específica respecto de si en los cadáveres de referencia se encontraba alguna huella de tortura, habiéndose obtenido respuesta negativa de parte de dicho servidor público. Igual solicitud hizo al doctor Rafael Moreno González, asesor de la institución y profesionista altamente reconocido por su solvencia moral y gran capacidad en materia de criminalística y medicina forense, quien emitió opinión de la misma manera en el sentido de que no se observaba huella alguna de tortura.

Por otra parte, es de señalarse que en reunión sostenida con personal de la Embajada de Colombia en México, encabezado por el señor ministro consejero doctor Luis Antonio Alvarado Pantoja, éste manifestó al personal de esta procuraduría que la Embajada de Colombia había enviado un perito médico a reconocer el cadáver de Juan Antonio Hernández Valencia, por la versión surgida en el sentido de que había sido víctima de tortura y ese profesionista les comunicó que no había observado ninguna huella de esa naturaleza; que también se entrevistaron con Manuel Jiménez Uribe quien les confesó su participación el los ilícitos de ese grupo de atracadores había realizado entre los que destaca el robo por asalto y les externo que sus lesiones se las había provocado el mismo al tirarse al vacío, para tratar de huir de la acción de la justicia.

Intervención de la H. Cámara de Diputados:

Con posterioridad a los sismos que resintió nuestra ciudad capital el pasado 19 de septiembre, la opinión pública manifestó una gran inquietud en torno a que en los escombros de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, se habían encontrado cadáveres con supuestas huellas de tortura, al parecer de sujetos de nacionalidad colombiana, que se encontraban a disposición de esta autoridad, y que entre los mismos escombros, dijeron se había localizado el cuerpo del licenciado Saúl Ocampo Abarca, quien al parecer se había encontrado en la cajuela de automóvil de su propiedad, igualmente, en las instalaciones que resultaron destruidas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

El seno de la H. Cámara de Diputados, se planteó la propuesta de solicitar la comparecencia de la procuradora general de

justicia del Distrito Federal, para que explicara los hechos mencionados.

El pleno acordó turnar para su estudio esta propuesta, a la Comisión de justicia de ese H. Cuerpo Colegiado, en dicha comisión se designó un grupo de trabajo encargado de recabar información sobre esta materia directamente de la titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de que el pleno determinase si había o no lugar a solicitar la comparecencia de la titular.

Fue así como en dos ocasiones la procuradora se reunió con los representantes populares, a quienes explicó los pormenores de estos dos casos, corroborando sus aciertos con testimonios fehacientes que constan en los expedientes que se instruyeron en ambos casos, acreditando en primer término que se trataba de dos casos totalmente distintos, sin ninguna conexión entre sí.

Los representantes de dicha subcomisión, solicitaron a la procuradora, que tuviera una reunión con un mayor número de compañeros diputados, miembros de la Comisión de Justicia, para abundar en estas consideraciones y hacer de su conocimiento dichos elementos, tendientes a poner de manifiesto: si los cuerpos de los nacionales colombianos que fallecieron en las instalaciones de la procuraduría derrumbadas éstas a consecuencia del sismo, presentaban huellas de tortura; y, segundo, explican lo relativo al caso del abogado Saúl Ocampo Abarca, quien según versiones había sido encontrado en el edificio de la procuraduría, al remover los escombros.

Durante el desarrollo de esta reunión, en primer término se acreditó con pruebas documentales, que los cuerpos de los nacionales colombianos no presentaban huellas de tortura, que las causas de su muerte fueron consecuencia directa del derrumbe según se asienta en los certificados de necropsia de cada uno de ellos. Complementariamente se puso de manifiesto que dada la trascendencia de estos hechos, la titular de la institución, en forma personal, solicitó por escrito al director general del Servicio Médico Forense, orgánica y funcionalmente independiente de la procuraduría, dependiente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, que emitiera su opinión razonada y fundada sobre las neocropsias de los fallecidos, especialmente precisando en primer término las causas reales de la muerte y en segundo, si sus cuerpos representaban huellas de tortura. Por escrito, el director del Servicio Médico Forense, doctor Mario Alva Rodríguez, dio respuesta precisando: que las causas de la muerte habían sido asfixia por compresión u lesiones propias de quienes quedan atrapados bajo escombros y respecto de las torturas, que esos cuerpos no presentaban huellas de tortura. (Anexos.)

En relación con este mismo asunto de los colombianos, los señores legisladores expresaron su inquietud acerca de la detención y el tiempo de la misma, se puso de manifiesto que la detención, como se ha precisado con todo detalle en los antecedentes de este documento, se llevó a cabo como resultado de una intensa labor de investigación policial, si bien sin orden de aprehensión dictada por autoridad judicial competente como lo previene la primera parte del artículo 16 constitucional, se realizó en fragante delito, como lo constituye la portación de un sinnúmero de armas de fuego de alto poder, que al momento de la detención llevaban consigo, como lo previene y faculta la segunda parte de dicho precepto.

Es por ello que la Policía Judicial, en cumplimiento a las órdenes de investigación del Ministerio Público, llevó a cabo dichas detenciones de los integrantes de esta banda de asaltantes a casa habitación.

Las detenciones de los integrantes de la banda tuvieron lugar en forma escalonada, el día 10 de septiembre, se detuvo a Manuel Jiménez Uribe, quien fue hospitalizado por los motivos que se han señalado. Con posterioridad se detuvo a los demás integrantes de la banda en los días que se precisa en apartados anteriores.

Durante el lapso comprendido entre los días 11 y 19 de septiembre, se procedió a integrar el mayor número posible de averiguaciones previas en las que estas personas se encontraban involucradas, fue así como el día 19 de septiembre al tener lugar el sismo en la ciudad capital, se trabaja en la parte final del perfeccionamiento de las averiguaciones previas, en los términos que se han mencionado con antelación, para proceder al ejercicio de la acción penal correspondiente.

Esta fue la explicación de que manera detallada se dió a los señores legisladores durante el desarrollo de la reunión de trabajo. En lo relativo al asunto del abogado Saúl Ocampo Abarca, se reiteró a los señores legisladores los pormenores de la investigación, que se derivó en el homicidio perpetrado en su contra por asesino a sueldo contratados por el señor Rafael Castañeda Ceballos, por motivos de orden profesional, y la actitud vertical y honesta de parte del abogado a los ofrecimientos de encubrir malos manejos en la Sociedad Agropecuaria "López Portillo", de la cual la víctima era el apoderado legal y el victimario el presidente del Consejo de Administración, así también de intereses de naturaleza económica en un juicio sucesorio en el que la víctima representaba a los legítimos herederos de un hermano del victimario, de quien este pretendía se coludiera con él, para hacer negatorios sus derechos hereditarios, para lo cual llegó a ofrecer la cantidad de diez millones de pesos, y al no obtener respuesta positiva, en varias ocasiones amenazó de muerte al abogado Saúl Ocampo Abarca, según se acredita con documentos dirigidos a diversas autoridades solicitando garantías y protección. (Anexos.)

Fue así como al desaparecer el abogado Saúl Ocampo Abarca, su esposa la señora Yolanda Raya de Ocampo se presentó ante

la Agencia de Ministerio Público a formular su denuncia, lo que motivo la intervención del Ministerio Público y la orden de investigación para la Policía Judicial.

El cuerpo del abogado Saúl Ocampo Abarca, según se demostró con testimonios de vecinos del lugar donde fue encontrado, se hallaba a bordo del automóvil de su propiedad, amordazado y maniatado en la cajuela del mismo, y fue localizado en las calles de Puebla frente al número 204 en la colonia Roma.

En ningún momento el automóvil del abogado fue rescatado de los escombros de la procuraduría, las fotografías que fueron tomadas al cuerpo y al mencionado vehículo hacen prueba plena por sí mismas.

La Policía Judicial continuo con sus investigaciones a la detención de Rafael Castañeda, quien confesó plenamente su participación en este homicidio.

Rúbrica. Jorge Unzueta Montoya.»

El mismo C. diputado Baeza Meléndez:

«Comisión de Justicia.

Honorable Asamblea: A la Comisión de Justicia fue turnado para su estudio y dictamen la propuesta de solicitud para la comparecencia ante la Cámara de Diputados de la C. Procuradora de Justicia del Distrito Federal, Victoria Adato de Ibarra, presentada por el C. diputado Manuel Terrazas Guerrero, miembro del grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México.

ANTECEDENTES

En la propuesta se afirma textualmente que: "el domingo 21 fueron encontrados entre los escombros de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal los cadáveres de varios detenidos, algunos de ellos colombianos, que según el Servicio Médico Forense presentaban señales de tortura. También se ha tenido noticia de que otra persona, el abogado penalista, Saúl Abarca Ocampo, fue encontrado muerto, en el interior de un automóvil, maniatado y, con evidencias de torturas. De acuerdo al Servicio Médico Forense la causa de su muerte fue la estrangulación y una herida de arma blanca. El abogado Saúl Abarca Ocampo había sido detenido según lo declarado por su viuda, el 13 de septiembre por agentes de la Policía Judicial".

La Comisión de Justicia, recogiéndolo la preocupación de todos los integrantes de la Cámara de Diputados por la plena vigencia de las garantías individuales y sociales que en su conjunto contienen los derechos humanos, decidió avocarse al conocimiento de los hechos de que el Partido Socialista Unificado de México fundó la solicitud de comparecencia de la C. Procuradora de Justicia del Distrito Federal.

Al efecto, la comisión acordó la integración de un grupo de trabajo con representantes de diversos partidos que procedió a la investigación de los hechos antes mencionados.

Después de efectuar diversos trabajos entre los que se incluyeron reuniones con la C. procuradora y servidores públicos de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 89 y 90 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, fue presentado por el grupo de trabajo mencionado, un detallado informe ante el pleno de la comisión referente a los hechos en cuestión y el cual, por acuerdo de la misma, sirve como base al presente dictamen.

CONSIDERADOS

Por lo que hace a los sujetos que perdieron la vida en el derrumbe del edificio de la Procuraduría, José Héctor Montoya Gómez, Manuel Ramos Gutiérrez, Juan Antonio Hernández Valencia, Jaime Ruiz Quintero y Diego Julián Ruiz Quintero, el grupo de trabajo creado por la Comisión de Justicia, fue informado de que los mismos, se encontraban en lo que fue la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en virtud de la investigación que de múltiples denuncias de robo con violencia en casa habitación se habían presentado, señalándoles como probables responsables.

En la noche de día 18 se les transfirió al cuarto piso de las oficinas de la Procuraduría para de ahí ser trasladados, a primera hora del día 19, a la Cámara de Gesel, en donde habrían de ser identificados por varios de los denunciantes.

Los sujetos mencionados perdieron la vida al producirse el terremoto del 19 de septiembre y sus cadáveres fueron recuperados, los unos, al día siguiente y los otros el día 10 de octubre. A la totalidad de los cadáveres se les práctico necropsia por parte del Servicio Médico Forense del Distrito Federal, dependiente del Tribunal Superior de Justicia.

Copias de los certificados de las necropsias practicadas fueron proporcionadas a los diputados integrantes del grupo de trabajo por la C. Procuradora General de Justicia el pasado 11 de octubre.

De la lectura de los certificados (anexo I). se desprende que la muerte de los sujetos en cuestión se debió a varios traumatismos producidos por el derrumbe del edifico en que se encontraban. En ninguna de las necropsias de referencia se asienta información alguna que permita afirmar, como se hace en la propuesta presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por el Partido Socialista Unificado de México, que los detenidos hubiesen sido torturados.

Igualmente, el grupo de trabajo conoció de los análisis que de las necropsias practicó el director del Servicio Forense (anexo II) en los que en forma concluyente se sostiene que los cadáveres de los detenidos no muestran lesiones características de tortura. Es de hacer notar que dichas interpretaciones fueron solicitadas por la propia procuradora con el propósito de disipar toda duda que al respeto pudiese existir.

Por lo que hace el abogado Saúl Ocampo Abarca, el grupo de trabajo se allego diversos elementos que permiten afirmar que el mencionado abogado no fue detenido por agentes de la Policía Judicial como se afirma en la propuesta, sino que fue secuestrado por un particular la noche del 12 de septiembre, según se desprende indudablemente de la denuncia presentada el día 13 de septiembre por su hoy viuda, en la que señala expresamente al señor Rafael Castañeda como posible responsable de la desaparición de su marido, ya que tenía antecedentes de amenazas de muerte proferidas por Castañeda en contra de su marido. Igualmente, de la declaración rendida por Rafael Castañeda (anexo III) se desprende su responsabilidad como autor intelectual del homicidio.

De la averiguación previa instruida con motivo de la desaparición del abogado Ocampo se desprende igualmente que el vehículo que contenía en la cajuela el cuerpo del profesionista, fue encontrado por elementos de la Dirección General de Protección y Vialidad, estacionado frente al número 204 de las calles de Puebla, colonia Roma, y de las fotografías del mencionado automóvil se desprende que no mostraba ningún daño externo (anexo IV), esto es, no reflejaba haber estado en algún lugar en el que hubiese ocurrido derrumbe alguno. Aparecen igualmente declaraciones de vecinos de las calles de Puebla, en las que expresan que el vehículo para el día 22 de septiembre, en que fue recogido por los agentes de Protección y Vialidad, tenía ya cinco o seis días allí abandonado y despedía un olor fétido.

Por todo esto, resulta que los hechos establecidos con motivo de la investigación difieren totalmente de lo afirmado en apoyo a la propuesta de comparecencia presentada por el Partido Socialista Unificado de México.

Al analizar un primer informe rendido por el grupo de trabajo, la comisión de Justicia decidió ampliar la investigación en lo tocante a las circunstancias de la detención de los indicados. Al efecto, se acordó realizar una segunda visita a la C. procuradora.

En ella, se informó a los legisladores que en la Procuraduría General de Justicia existía un centenar de denuncias por el delito de robo con violencia a casas habitación, perpetrado no sólo durante la noche sino también en horas del día, sumando los diversos apoderamientos un monto considerable en efectivo, además de joyas, armas y otros objetos de valor.

Las investigaciones permitieron establecer la operación de una de las bandas más peligrosas que han centrado su actividad en la ciudad de México y que además de los robos con violencia en casa habitación, acopio de armas de alto poder, realizaban con ocasión de la comisión de estos delitos, el de violación a menores y mujeres indefensas, llegando en ocasiones a torturar y a privar de la vida a sus víctimas de estos hechos, ampliamente difundidos por los medios de comunicación social, como expresión del reclamo de numerosas víctimas, se convirtió en una demanda imperiosa de la población capitalina.

Las características de las acciones realizadas por los delincuentes revelaron la alta peligrosidad de dichos sujetos y llevaron a establecer que se trataba de un grupo bien organizado. Con la intervención de ofendidos y testigos se logró formular retratos hablados de varios de los integrantes de la mencionada banda. Uno de estos integrantes, Juan Antonio Hernández Valencia, alias "Johny", fue protagonista de un escándalo en un centro de vicio, motivo por el cual fue detenido, ya que disparaba su arma de fuego y protagonizaba una riña.

Al ser detenido por este motivo, los agentes de la Policía Judicial cotejaron con los retratos hablados que poseían y se percataron que su fisonomía coincidía con uno de dichos retratos.

Posteriormente, Juan Antonio Hernández Valencia, hizo imputaciones a diversos ciudadanos colombianos y mexicanos, entre otros a su propia madre Miriam Valencia Giraldo la cual fue citada a la Procuraduría, aceptando en su comparecencia tener en su poder muchos y diversos objetos producto de lo robado, mismos que devolvió y que consisten en relojes, joyas y prendas de vestir. Igualmente depuso sobre cuál había sido su participación en los hechos que se investigaban, proporcionando los nombres de las personas a las que había vendido objetos robados.

Dentro de las personas señaladas como coparticipes en los ilicitos por Juan Antonio Hernández Valencia, Esteban José Eduardo del Prado Sánchez y Manuel Ramos Gutiérrez, de quienes proporcionó el domicilio. Al establecer vigilancia los policías en el domicilio de estos sujetos, fueron detectados por los mismos, los cuales abrieron fuego contra los agentes de la autoridad, siendo sometidos por éstos, recogiéndoseles nueve armas cortas de diferentes calibres, una metralleta calibre 45, cuatro escopetas, 12 rifles, así como un costal de marihuana, un radio transmisor, seis explosivos de fabricación casera; joyas, pieles, pelucas y pasamontañas. La acción, armas y demás objetos encontrados en poder de estos sujetos, confirmaron la alta peligrosidad de la banda.

Los dos últimos individuos mencionados, indicaron que en el domicilio de Clarisa Katz Jinish, se encontraban gran cantidad de objetos producto de los robos y que ésta, y Manuel Jiménez Uribe, formaban parte de la banda y habían participado en los diferentes robos.

Efectivamente, se estableció que Manuel Jiménez y Clarisa Katz tenían al igual que los anteriores, pistolas, joyas, artículos de plata, cristal cortado, porcelana y abrigos de piel para dama.

Resultaron mencionados y detenidos en los mismos términos que los anteriores indicados, Diego Julián Ruiz Quintero, Jaime

Andrés Ruiz Quintero y Héctor José Montoya Gómez, quienes transportaban los objetos robados, para venderlos en Colombia. Asimismo, el mexicano José Menchaca Sánchez a quien le recogieron objetos robados, armas y dos maletas que contenían marihuana.

El día 1o.de noviembre, con el objeto de que todos los miembros de la Comisión de Justicia pudieran aclarar cualquier duda en relación con los hechos planteados en el informe, a la C. procuradora invitó a través de la presidencia de la comisión, a una reunión. En el curso de la misma, los diputados asistentes tuvieron oportunidad de ampliar su información sobre los hechos. En particular, la C. procuradora expresó que si bien no todas las detenciones se habían realizado mediante la correspondiente orden de aprehensión, otras lo habían sido en condiciones de flagrancia y algunas más por exigencias de la investigación.

Igualmente ratificó la voluntad inalterable de la institución para recibir las denuncias, integrar las averiguaciones correspondientes y proceder en consecuencia respecto a hechos concretos que pudiesen ser constitutivos de delito.

A mayor abundamiento, la Comisión de justicia conoció en su sesión celebrada el 6 de noviembre de un informe preparado por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y que fue presentado ante la Secretaría de Gobernación quien lo remitió a ésta para su conocimiento. Por su importancia en relación con los hechos contemplados en la propuesta de comparecencia, la comisión acordó integrar dicho informe como anexo a este dictamen (anexo V).

La propuesta de comparecencia formulada por el Partido Socialista Unificado de México, objeto el presente dictamen pretende fundarse en el artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso y en las Facultades constitucionales de la Cámara.

Sin embargo, el artículo 53 del Reglamento establece:

"Los secretarios del despacho, los jefes de departamentos administrativos, los directores y administradores de los organismos descentralizados federales o de las empresas de participación estatal, mayoritaria, asistirán a las sesiones siempre que fueren enviados por el Presidente de la República o llamados por acuerdo de la Cámara, en los términos que dispone la segunda parte del artículo 93 de la Constitución sin perjuicio de la libertad que tienen de asistir, cuando quisieren, a las sesiones, y si se discute un asunto de su dependencia, tomar parte en el debate".

Por su parte el artículo 93 de la Constitución Política a que remite el artículo 53 del Reglamento establece:

"Cualquiera de las cámaras podrá citar a los secretarios de Estado y a los jefes de los departamentos administrativos, así como a los directores y administradores de los organismos descentralizados federales o de las empresas de participación estatal mayoritaria, para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades."

La Cámara de Diputados debe ceñir sus actuaciones al principio de legalidad según el cual sólo puede realizar aquellos actos para los cuales está expresamente facultada por la Constitución Federal y por las leyes sin poder ampliar arbitrariamente el marco de sus atribuciones. En términos del artículo 93, no se advierte la facultad para citar al Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

En conclusión y tomando como base el informe que en su oportunidad fue aprobado por la Comisión de Justicia debe establecerse que:

1o. De las documentales exhibidas y que suscriben los peritos médicos forenses se desprende que las muertes de Héctor José Montoya Gómez, Jaime Andrés y Diego Julián Ruiz Quintero, Juan Antonio Hernández Valencia y Manuel Ramos Gutiérrez se deben a causas comunes en las personas que sucumben bajo los escombros de un derrumbe. Por otra parte, no se apreciaron lesiones que pudieran atribuirse a maniobras de tortura,

2o. El secuestro del abogado Saúl Abarca no se imputó por su viuda a la Policía Judicial del Distrito Federal, sino a Rafael Castañeda Ceballos, quien confeso fue puesto a la disposición de la autoridad judicial y contra quien se decreto auto de formal prisión como presunto responsable del homicidio del abogado Ocampo Abarca.

3o. Los hechos denunciados son ya del conocimiento de la autoridad judicial correspondiente. En el caso de José Eduardo del Prado Sánchez, Clarisa Katz Jinich, Ernesto Corona Rodríguez, Miriam Valencia Giraldo y Manuel Jiménez Uribe, el juez XXXI de lo penal decretó con fecha del 1o. de octubre del año el auto de formal prisión.

Igualmente, es preciso insistir que quienes suscriben el presente dictamen rechazan del modo más enérgico todo acto contrario a las garantías individuales. En particular, reiteran que la investigación llevada a cabo por la Comisión de Justicia atendió a la prominencia que dentro de todo estado de derecho posee la salvaguarda de los derechos de las personas y la necesidad de sancionar cualquier práctica de tortura o incomunicación mediante los procedimientos y por las autoridades al efecto establecidas por la Ley Suprema.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 88 y 92 del Reglamento, se somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único: No ha lugar a solicitar la comparecencia ante esta Cámara de Diputados de la ciudadana Victoria Adato de Ibarra, procuradora general de Justicia del Distrito Federal.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de México, D, F., a 6 de noviembre de 1985.

Baeza Meléndez Fernando, Berlín Valenzuela Francisco, Araujo Urcelay Juan Antonio, Camarena Flores Santiago, Castillo Gamboa Rolando, Castro Lozano Juan de Dios, Castillo Mora Juan José, Corona del Rosal Germán, Fernández Fariña Federico, García Cervantes Ricardo Francisco, Hernández Juárez Francisco, Herrerías Alvarado Miguel, Jiménez González David, Jiménez Remus Gabriel, Ibarra de Piedra Rosario, Lastras Ramírez Alfonso, Lugo de Vera Elvia, Luna Hernández Néstor, Macías Rodríguez Gregorio, Mendiola Ochoa Gloria. Monsivais Ramírez Antonio, Morales Flores Melquiades, Oñate Laborde Santiago, Pavón Jaramillo Laura, Piñero López Genaro José, Quiroz de la Vega Samuel, Ramos Dávila Irene, Robledo Catalán José Rubén, Robles González Gustavo, Salinas Navarro José, Sánchez González Luis, Solís Avilés Renán, Torres Corzo Teófilo, Valdespino Castillo Roberto, Vallejo Martínez Demetrio, Velasco Pérez Juan Carlos, Zavala Peña Humberto Andrés, Regulado Ricardo.»

Este dictamen, señor presidente, honorable asamblea, fue aprobado por mayoría de votos de los integrantes de la Comisión de Justicia con el voto particular del compañero Piñeiro del PST.

El C. Presidente: -Se le concede el uso de la palabra al diputado Genaro Piñeiro López, del Partido Socialista de los Trabajadores, para presentar el voto particular.

El C. Genaro Piñeiro López: -Señor presidente: compañeros diputados: Tuve a bien presentar y entregar a esta secretaría un voto particular en contra del dictamen que me voy a permitir dar lectura para conocimiento de la soberanía de este pleno.

"C. diputado Blas Chumacero, presidente de la LIII Legislatura. Presente.

Por medio del presente escrito, me permito suscribir voto particular en contra del dictamen que la Comisión de Justicia ha tenido a bien presentar de este pleno y que se refiere a la propuesta del diputado Manuel Terrazas Guerrero, para que comparezca la C. procuradora de Justicia del Distrito Federal, licenciada Victoria Adato de Ibarra.

Es de considerar que ciertamente en los casos señalados en la propuesta, que son el de los colombianos y del occiso, licenciado Saúl Ocampo Abarca, la procuradora presentó elementos jurídicos aclaratorios de la no existencia de muestras de tortura en los cuerpos de los mencionados, documentos tales como el resultado de las necropsias de cada uno de los cuerpos de los colombianos, donde se detallan las causas que produjeron la muerte y se señala la no existencia de marcas en los cuerpos que demostraran la aplicación de tortura.

Se presentó el resultado de la necropsia realizada al cuerpo de quien en vida fuera el licenciado Saúl Ocampo Abarca, que de igual manera describe las causas de la muerte y señala la no existencia de marcas que denoten tortura, así como copia de un acta levantada en la Agencia del Ministerio Público, en donde la hoy viuda de Abarca, denuncia el secuestro o desaparición de su marido y a la vez señala la presunción de que éste pudo haber sido raptado o secuestrado por un sujeto de apellido Castañeda, quien ya venía amenazando a su marido desde hace tiempo. Nunca en el cuerpo de la denuncia señala la presunción de que agentes judiciales hayan sido los autores del secuestro.

Antes estos hechos formales en mi criterio entender que en si los argumentos de la propuesta del compañero Terrazas, quedaría desechados ante las pruebas formales y legales presentadas por la procuradora y dejaría, por lo tanto, sin peso la petición de comparecencia.

Lo que a mi criterio y el del grupo parlamentario del PST es de gran consideración, es nuestro voto en contra del dictamen y nuestra exigencia porque la titular de la Procuraduría del Distrito Federal comparezca ante esta Cámara de Diputados, porque si bien formalmente se da contestación a los puntos en cuestión, que se señalan en la propuesta, hay que señalar que cuando tuvimos la primera entrevista con la C, procuradora, a mi criterio, quedó a la vista de la actitud prepotente asumida por ella, en su afán inalcanzable de perfeccionabilidad en la procuración de justicia, ya que de la investigación de los hechos en mención, se denota la violación a los preceptos constitucionales en cuanto al procedimiento en la detención de los colombianos, violándose garantías individuales y atribuciones señaladas en lo que se refiere al artículo 16 en relación al 107, fracción 18. párrafo tercero de la Constitución General de la República.

Y lo más importante, lo que es de fondo es la innegable existencia de métodos violatorios a los derechos humanos, que infinidad o miles de casos denunciados por particulares y organizaciones, desde antes y después del sismo evidencian con seguridad a expresar que es obvio la existencia de la tortura como método cotidiano que los cuerpos policiacos ejercitan.

Es de interés nuestro manifestar que estamos por la comparecencia de la titular de la Procuraduría, pero que está no puede suscribirse a la aclaración de tan solo los hechos mencionados, tiene que haber una comparecencia donde se de explicaciones a los cuestionamientos generales que sobre la política

de procuración de justicia existan, donde quien nada debe nada teme, exprese y explique directamente ante esta soberanía su proceder como titular en la investigación de otros hechos, casos que parecen estar empolvados en algún escritorio de la Procuraduría, y dicho empolvamiento no es causa del terremoto, sino evidente decisión burocrática y política de cancelar toda investigación sobre los mismos. Un caso de gran trascendencia es el de periodista Manuel Buendía que entre otros casos son causa que justifican, y por salud pública debieran animar a la licenciada Victoria de Ibarra a comparecer ante este pleno.

El grupo parlamentario del PST por mi conducto, como miembro de la Comisión de Justicia, manifiesta su exigencia de comparecencia de la procuradora, pero aún más, por respeto a la responsabilidad que se le confirió y de que el ejercicio de ese cargo ha dejado mucho que desear, que en un acto moral de justicia y de conciencia renuncie a dicho cargo. Atentamente. Diputado Piñeiro López."

Quiero señalar que este asunto, sin duda, por la importancia va a traer a esta tribuna un debate profundo y serio que argumenten, y que hagan posible someter a esta soberanía la política que en la procuración de justicia se ha venido dando en el Distrito Federal.

Quiero reservarme, como miembro de la comisión, para toda vez realizada la lista, participar para comentar y fundamental más los hechos que ameriten el que la procuradora comparezca ante nosotros. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Conocido el voto particular, se somete a discusión el dictamen y se abre el registro de oradores...

Estamos tomando nota de los oradores en pro y en contra. En contra: se han inscrito los diputados Manuel Terrazas, Pablo Alvarez Padilla, del Partido Acción Nacional: José Luis Díaz Moll, del Partido Mexicano de los trabajadores; Luis Sánchez, del PSUM; Jorge Eugenio Ortiz, de acción Nacional; Pedro Peñaloza, del PRT; Demetrio Vallejo, del PSUM; Ricardo García Cervantes, de Acción Nacional; Rosario Ibarra de Piedra, del Partido Revolucionario de los Trabajadores; Juan de Dios Castro, de Acción Nacional; Gabriel Jiménez Remus, de Acción Nacional; Magdalena Yañez. del Partido Demócrata Mexicano; Danzos palominos, y Piñeiros.

En pro: Francisco Berlín Valenzuela, María Luisa Mendoza, Santiago Oñate, Juan Antonio Arroyo, Elvia Lugo de Vera, Néstor Luna Hernández, Federico Fernández Fariña, Melquiades Morales Flores, David Jiménez González, Renán Solís y Castillo Mota.

Ahora, en contra, tiene la palabra José Luis Sánchez, del PSUM.

El C. José Luis Sánchez González: - Señor presidente: Lo primero que queremos dejar establecido en esta ocasión, es nuestra protesta por la forma en que se está procediendo para la discusión del presente dictamen, acerca de la propuesta de comparecencia de la procuradora del Distrito Federal, presentada por nuestra fracción parlamentaria.

Primero, se lee el informe que envía la Secretaría de Gobernación, mismo que se recibió de la Procuraduría del Distrito Federal y después se lee el dictamen, todo con el afán de predisponer a este cuerpo legislativo para que se crea que los que impugnamos a la procuradora, somos defensores de delincuentes, lo cual es absolutamente falso.

Señoras y señores diputados: nadie niega la caballerosidad y el trato amable de que hemos sido objetos por parte del presidente de la Comisión de Justicia, licenciado Fernando Baeza. La atención y diferencias han sido tales que si lo que se estuviera calificando fueran las normas de urbanidad y los buenos modales, yo francamente no vacilaría en ponerle 10 e integrarlo al cuadro de honor.

Pero, desgraciadamente no es eso lo que está en el tapete de las discusiones, y en el centro de nuestra atención ahora. Lo que nos preocupa a muchos mexicanos patriotas y revolucionarios y a la ciudadanía en general, es la violación flagrante, sistemática e impune de la Constitución General de la República y de los derechos humanos. Es la existencia de cárceles clandestinas; son las detenciones ilegales; es la extorsión y las vejaciones constantes a que es sometida la ciudadania; y, sobre todo, la existencia y práctica de la tortura por parte de quien más obligados están a velar por la procuración de justicia, el cumplimiento de las garantías individuales y el respeto a la dignidad y a la integridad física y moral del pueblo mexicano. En honor a la verdad, tenemos que reconocer públicamente que fueron múltiples las reuniones y los esfuerzos aparentemente imparciales y dirigidos a esclarecer los hechos denunciados que esta comisión realizó.

Sin embargo, todo nos lleva a la conclusión de que tanto los saludos, sonrisas y apapachos, así como la supuesta apertura y dinamismo de esta comisión formaban parte de una estrategia de oídos sordos y ojos ciegos. En la que al final de cuentas sólo se escucharía y recogería la versión de la procuradora, no obstante ser ella la institución a su cargo la directamente involucrada en los hechos en cuestión. Mejor hubiera sido que el trato no fuera tan cariñoso y las reuniones tan frecuentes, pero que el dictamen se formulara no solo en base a la verdad oficial, sino también tomando en consideración todos los testimonios existentes que deliberadamente ahora se ignoran.

Nosotros estamos en contra de este dictamen, no porque el presidente de la Comisión de Justicia, el licenciado Fernando Baeza haya sido subprocurador segundo de la Procuradora General de la República y en consecuencia pensemos que hay complicidad. Lo rechazamos categóricamente por considerar que el mismo ha sido formulado y está concebido para encubrir las violaciones a la Constitución y los derechos humanos que se

han registrado, así como para proteger a la procuradora del Distrito Federal.

Lo reprobamos porque sólo recoge la versión oficial, soslayando las evidencias, testimonios y declaraciones de periodistas honestos, así como de familiares de las víctimas que tuvieron los cuerpos torturados.

Impugnamos esté dictamen porque intencional e irresponsablemente pasó por alto la existencia de tortura y las demás violaciones a la Constitución en sus artículos 13, 16, 19 y 107, fracción 18 de la Constitución General de la República. Nos oponemos a este dictamen porque mañosa y malintencionadamente se circunscriben a los hechos denunciados en la solicitud de comparecencia a pesar de que es evidente la comisión de otros delitos y no obstante no ser el espíritu de la propuesta, cuyo alcance es en realidad mayor. Y también porque al rechazar la comisión la solicitud de comparecencia de la procuradora, se está cancelando en la práctica la posibilidad de saber cual es el estado que guardan las investigaciones en torno al asesinato del periodista Manuel Buendía y cuál es, también, la situación por la que atraviesa la Procuraduría de Justicia en el Distrito Federal.

Ni en el texto ni en los puntos resolutivos del dictamen que ahora se somete a nuestra consideración, se hace referencia al reconocimiento expreso por parte de la procuradora de que los colombianos habían sido detenidos sin orden de aprehensión, lo que en un estado de derecho y en un régimen de justicia sería motivo más que suficiente, no para una comparecencia, sino para destituirla y deslindar responsabilidades en consecuencia.

En el informe que sirvió de base para la elaboración del dictamen y en el dictamen mismo no se da cuenta siquiera del testimonio presentado por la revista Proceso, el cual evidencia que la colombiana Miriam Valencia Giraldo fue objeto de vejaciones y torturas, tampoco se dice que un grupo de cuatro diputados del PAN, y el que habla, intentaron entrevistar en el Centro de Rehabilitación Femenil a Miriam Valencia, habiéndosenos negado el acceso, lo que nos hace suponer fundadamente que se pretendía evitar que comprobáramos las huellas de tortura que presentaba la colombiana.

Me permito afirmar categóricamente, en base a lo difundido por la revista Proceso y a lo que escuchamos y vimos durante la visita a este centro penitenciario, que Miriam Valencia si fue torturada, y para comprobarlo propongo al pleno la formulación inmediata de una comisión pluripartidista que en este momento se traslade al reclusorio a verificar lo anterior.

La comisión no tomó en consideración las declaraciones de cinco periodistas de diversos diarios, del Uno más Uno, de Universal y del Heraldo, que vieron los cuerpos de los colombianos, los cuales, afirman, presentaban huellas de tortura y manifestaron su disposición a ratificar su dicho ante la propia Comisión de Justicia. No se menciona el hecho de que el doctor Luna, médico legista de la Procuraduría, había elaborado inicialmente dictámenes que certificaban la práctica de la tortura: dictámenes que posteriormente fueron revocados y sustituidos por otros elaborados por el SEMEFO, dependiente del Tribunal de Justicia de donde la señora Victoria Adato de Ibarra fue magistrada de la séptima sala.

El médico, Rafael Moreno González, que también expidió certificado, en los que se consignaba la ausencia de tortura, es asesor de la procuradora y anteriormente fue director de los servicios periciales de la propia Procuraduría; y no es que se dude de su honorabilidad, pero siempre es el patrón el que manda y el subalterno el que obedece, le guste o no a menos que esté dispuesto a perder su empleo.

El dictamen no toma en consideración una serie de elementos que surgieron a raíz del desayuno de trabajo con la procuradora y que de ser tomados en cuenta reafirmarían la necesidad de comparecencia de dicha funcionaria ante este pleno.

En esta reunión la procuradora aceptó que no se puso a disposición del juez a los colombianos detenidos, como lo marca el artículo 107, fracción XVIII de la Constitución; aceptó que no existió orden de aprehensión contra los mismos como lo establece el artículo 16 constitucional, y lo que es más grave, aceptó que estas violaciones constituyen la línea de conducta general de la Procuraduría del Distrito Federal e inclusive le trató de dar a esa conducta un supuesto fundamento jurídico a todas luces falso.

Se argumenta en el dictamen que la procuradora no puede comparecer, toda vez que el artículo 93 constitucional no establece expresamente la obligación de la funcionaria para informar al pleno de la Cámara sobre un negocio concerniente a su ramo; se dice que hacerla comparecer implicaría violar la Constitución. Si esa tesis fuera válida, entonces el Senado de la República acaba de violar la Constitución, cometió la grave falta de hacer comparecer al procurador general de la República para que informara de sus asuntos concernientes al ramo, siendo que dicho funcionario no está contemplado tampoco de manera expresa en el artículo 93 constitucional.

La procuradora de Justicia de Distrito Federal depende directamente del Ejecutivo de la Nación, de acuerdo a lo establecido por el artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública, dicha funcionaria es la encargada de atender la procuración de justicia en el Distrito Federal, por delegación

de facultades correspondientes al titular del Ejecutivo; toda vez que no existe legislatura en el Distrito Federal, en el Congreso de la Unión quien tiene la facultad de discutir sobre asuntos relacionados con la procuración de justicia en este distrito.

Por lo anterior, es evidente la incongruencia que existe en la interpretación que hace

la Comisión de justicia sobre el artículo 93 constitucional, incongruencia que resalta, aún más, con el hecho de que el procurador general de la República haya comparecido ante la Cámara de Senadores, con fundamento en la misma norma constitucional.

La delincuencia es un fenómeno de patología social, tiene raíces económicas y sociales muy claras; la combatimos y la condenamos, pero exigimos a la vez la adopción de medidas de justicia social como forma para prevenirla y enfrentarla. Nosotros ni somos promotores de la delincuencia ni defensores de delincuentes. En el caso de los colombianos que infringieron nuestras leyes y observaron una conducta antisocial, exigimos que se aplique todo el peso de la ley, pero también demandamos que se castigue a quienes so pretexto de combatir la delincuencia, pisotean la Constitución General de la República y violentan los derechos humanos.

Estamos consientes de que las renuncias o destituciones por sí solas no resuelven nada, por lo que los cambios de funcionarios, si no se opera una modificación en su conducta y valores, no son más que movimientos diversionistas. De ahí que se requiere que la sustitución de funcionarios, se haga sobre la base de reorientar su proceder y la política que guía sus acciones para que esta sea en función de los intereses del pueblo, pero sobre todo, se necesita un cambio estructural que permitan el reemplazo del actual sistema socioeconómico que ha fracasado y la llegada al poder de una nueva clase social.

La Cámara de Diputados acordó la creación de la Comisión de los Derechos Humanos; al hacerlo reconocer implícitamente que existe la tortura y la violación a los derechos humanos. Lo que se pretende negar ahora por el dictamen en el caso de los colombianos.

Nosotros no negaremos a ser cómplices de estos hechos que constituyen una vergüenza nacional y un atentado a la dignidad humana. Por ello rechazamos el dictamen pronunciándonos no sólo por la comparecencia de la procuradora, sino también por su destitución. Hay pruebas suficientes para que el Presidente de la República actúe en consecuencia. Dejamos a su conciencia y en sus manos esta responsabilidad.

El C. Presidente: -En pro, el C. diputado Francisco Berlín Valenzuela, tiene la palabra.

El C. Francisco Berlín Valenzuela: -Honorable asamblea: Nuevamente algunos partidos minotarios han manifestado su deseo apoyados pretendidamente en la normatividad constitucional de que comparezca ante esta soberanía algunos funcionarios del Poder Ejecutivo, a fin de que informen sobre asuntos de su competencia.

Pienso que es de estimarse el propósito de los diputados de esas fracciones porque quiero pensar que los anima un interés que va más allá de las puras ambiciones partidistas y que no existe el propósito aviezo ni oculto, de pretender mermar el prestigio del régimen político que vivimos.

La Constitución de la República efectivamente como dice el artículo 93, autoriza a cualquiera de las cámaras a citar a los secretarios de Estado y a los jefes de los departamentos administrativos, así como a los directores y administradores de los organismos descentralizados federales, o de las empresas de participación estatal mayoritaria, para que informen cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades.

No obstante que deseo suponer la buena fe en quienes han venido insistiendo en la comparecencia de funcionarios, en las últimas sesiones me han provocado algunas dudas las actitudes de los diputados que no sólo se conforman con citar a los servidores públicos mencionados para discutir una ley o que se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos como lo establece la Carta Magna, sino también para que informen sobre asuntos específicos de interés general, llegando incluso al extremo de abarcar en sus demandas de comparecencia a funcionarios que no prevé la propia Constitución que puedan ser citados por esta Cámara como es el caso del procurador general de Justicia del Distrito Federal.

Sin embargo, no obstante esas limitaciones constitucionales, la Comisión de Justicia encargada por esta H. asamblea para avocarse al conocimiento de la propuesta hecha por el Partido Socialista Unificado de México, en torno a la solicitud de comparecencia de la ciudadana procuradora de Justicia del Distrito Federal, a fin de proceder a su estudio y dictamen, ha realizado su tarea integrando el grupo de trabajo correspondiente, dialogando en repetidas ocasiones con la propia titular de la Procuraduría, en reuniones de trabajo en donde, incluso, estuvieron representadas todas las fracciones parlamentarias, en donde en sesión con ella durante tres horas se explicaron muchos de los cuestionamientos a que fue sometida, y escuchando el informe que la propia Procuraduría de Justicia envió a esta Cámara de Diputados.

Al valorar los informes proporcionados por las autoridades competentes, llegó así a la conclusión que por las razones apuntadas en el dictamen aprobado por mayoría en la Comisión de Justicia, no hay lugar a la comparecencia de la expresada funcionaria.

Como se dice en el dictamen, puesto a la consideración de ustedes, señores diputados, esta Cámara debe ceñir sus actuaciones al principio de legalidad ajustando su actividad al marco constitucional, sin tomarse más atribuciones que las expresamente señaladas con respecto a los otros poderes. De ahí que se afirme que de acuerdo al artículo 93. no está facultado este poder para citar a comparecer a la ciudadana procuradora, y que si la colegisladora invito a comparecer al procurador

general de la República, no fue seguramente, como aquí se ha pretendido, para sentarlo en el banquillo de los acusados.

Saludable es repetir entonces que la Cámara de Diputados es un órgano político fundamentalmente, no una agencia del Ministerio Público encargada de la investigación de los delitos, ni mucho menos una comisaría que pretenda asumir la defensa de presuntos delincuentes. Quienes así piensan de este alto cuerpo están equivocados y están en un error. Tales actitudes de hacer comparecer a numerosos funcionarios, nos motivan a algunas reflexiones en torno a las relaciones que deben existir en un régimen presidencialista como el nuestro, entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, a fin de que el pueblo de México pueda, con toda objetividad, meditar sobre los alcances de este asunto, que tiene profundas raíces históricas, doctrinarias, jurídicas y políticas, las cuales no pueden ser ignoradas en aras de una supuesta práctica parlamentaria, que la oposición pretende se siga aquí, y que por simple limitación extralógica no puede tener cabida en México, por ser contraria a nuestro ser político nacional.

El Estado Mexicano, señores diputados, se ha venido estructurando históricamente bajo la inspiración doctrinaria de la teoría de la división de poderes del Barón de Montesquieu, que desafortunadamente algunos miembros de esta Cámara parecen entender aquí como teoría de oposición de poderes, porque quisieran que el Poder Legislativo estuviera constantemente frenando las acciones del Poder Ejecutivo, impidiéndole de esta manera el cabal cumplimiento de sus funciones constitucionales, para lograr así sus encubiertos objetivos políticos y de otra índole, con la finalidad de descreditar nuestro sistema federalista y presidencialista que han hecho posible los largos años de paz institucional que los mexicanos hemos venido disfrutando.

El principio de la división de poderes, compañero Juan de Dios, que espero haya usted aprendido en la Universidad surgido en una época como respuesta necesaria al ejercicio su implementación teórica y práctica a las circunstancias sociológicos y políticas de cada uno de los países que lo ha venido adoptando.

No podría por consiguiente permanecer inmutable en el tiempo ni inspirar de igual manera a todas las naciones, pues la dinámica misma en que ellas se han desenvuelto le fue imprimiendo al mencionado principio de división de poderes diversas modalidades.

En la teoría política contemporánea, y eso no puede ignorarse aquí, se reconoce plenamente el valor y significando que para la integración de los gobiernos tienen los partidos políticos, como canales que conducen a la integración de los órganos del Estado.

Su presencia en el escenario político introdujo algunas variantes a la doctrina de la división de poderes, haciéndola funcionar de distinta manera, de acuerdo con su intervención y fortaleza de los propios partidos en la conformación de los poderes Legislativo y Ejecutivo, observándose que en aquellos países en donde un partido dominaban en el Poder Legislativo y otro distinto lo hacía en el Ejecutivo, el funcionamiento de la división de poderes es notoriamente diferente y la separación entre ambos tienden a ser más acentuada, a comparación de lo que sucede en aquellas naciones en donde un mismo partido es el que mantiene la mayoría y el control en los dos poderes, existiendo una mayor cercanía que se exprese en una relación de colaboración.

En México se da el caso de que la misma corriente política que constituye mayoría en el Congreso de la Unión, es la misma que ha resultado abrumadoramente victoriosa en las elecciones presidenciales, por que resulta lógico y explicable, desde todos los puntos de vista, que existe al mismo tiempo que una delimitación constitucional de atribuciones y facultades de cada uno de los poderes, una relación de colaboración respetuosa producto de la afinidad ideológica que entre ambos poderes existe.

No es de extrañar entonces la franca, leal y patriótica colaboración de poderes que existen en nuestro país, inspirada en el anhelo político de hacer realidad el programa y la doctrina constantemente enriquecida de la Revolución Mexicana.

Históricamente, la adopción de la doctrina de la división de poderes condujo a la conformación de los sistemas parlamentarios y presidencialistas; la diferencia más notoria que entre ellos existe estriba en el sistema parlamentario, la supremacía corresponde al Poder Legislativo, además de ser menos drástica la separación de poderes.

Nadie ignora que en México nuestro sistema es presidencialista y que por ello se caracteriza por la existencia de un Ejecutivo fuerte. Sin embargo, frecuentemente parece confundirse el papel de un Poder Legislativo en un sistema presidencialista al pretender atribuirle facultades y prácticas que son propias de un sistema parlamentario, poniendo en peligro el equilibrio de poderes.

Por esta razón creo pertinente precisar aquí en forma comparativa, cuales son las características de uno y otros sistemas, a fin de no incurrir en práctica que invadan las atribuciones del Poder Ejecutivo y con ello entorpezcan la marcha institucional del Estado.

1o. En el régimen presidencialista, el Poder Ejecutivo es unitario, se deposita en un solo hombre al que se denomina Presidente y que es jefe de Estado y jefe de Gobierno. En tanto en el régimen parlamentario, el Ejecutivo recae en un jefe de Estado que tiene su representación y en un jefe de Gobierno que conduce la administración y el gobierno, además de que los miembros del gabinete son parte del Poder Ejecutivo por su corresponsabilidad política.

2o. En el régimen presidencialista, el titular del Poder Ejecutivo, el Presidente es electo

por sufragio popular directo o indirecto, en tanto que en el régimen parlamentario es el órgano legislativo o parlamento el que designa a los integrantes del Ejecutivo que ya por solo esta circunstancia guarda una relación de subordinación.

3o. En el régimen presidencialista, el Presidente nombra y remueve libremente a los secretarios de Estado, en tanto que en el parlamentario, el gobierno está integrado por los jefes del partido mayoritario o por los jefes de los partidos que por coalición forman mayoría.

4o. En el régimen presidencialista el Presidente y sus colaboradores que se denominan secretarios de Estado son políticamente responsables, el primero frente al pueblo y los segundos frente al Presidente, no siéndolo ninguno de ellos frente al órgano legislativo; mientras que en el sistema parlamentario el primer ministro, cotitular del Poder Ejecutivo y sus colaboradores llamados ministros del gabinete son responsables políticamente frente al órgano legislativo que es quien los designó.

5o. En el régimen presidencial los secretarios de Estado y el Presidente no pueden formar parte del órgano legislativo, en tanto que en el régimen parlamentario el primer ministro y todos los miembros del gabinete son también miembros del parlamento u órgano legislativo.

6o. En el régimen presidencial el titular del Ejecutivo puede pertenecer a un partido político diverso del que que tenga la mayoría en el órgano legislativo, en tanto que en el sistema parlamentario el jefe de gobierno pertenece al partido o coalición de partidos que constituyen mayoría en el órgano legislativo.

Por último, en el régimen presidencial el titular del Ejecutivo carece de facultades para disolver al órgano legislativo mientras que en el régimen parlamentario el jefe de Estado, ante una divergencia seria entre el jefe de Gobierno y el parlamento, puede disolver a este último para que mediante nuevas creaciones el pueblo dirima la divergencia.

Y todavía podríamos agregar que en el régimen presidencial el Presidente puede ser llevado a un juicio de responsabilidad por violaciones graves al orden jurídico, pero jamás podrá ser removido por divergencia política con el órgano legislativo, en tanto que en el régimen parlamentario el jefe de Gobierno y el Gabinete pueden ser puestos por el voto de censura del parlamento, y aún hay algo más que es interesante, en un régimen presidencialista los integrantes del Poder Legislativo pueden hacer imputaciones políticas al Ejecutivo, sin arrostrar responsabilidades ni consecuencias por sus actos; en cambio, señores diputados, en un régimen parlamentario la equivocación en sus apreciaciones políticas les genera responsabilidad a los miembros del parlamento, pudiendo originar inclusive la disolución del mismo órgano.

De lo antes expuesto resulta evidente que la disposición constitucional contenida en el artículo 93, en virtud de la cual las cámaras de Diputados y Senadores puedan citar a los secretarios de Estado y otros funcionarios, constituye tan solo un matiz parlamentario dentro de un contexto de régimen presidencialista, que si no se usa con mensura y sobre todo si se abusa de él llevándolo más de los términos constitucionales, puede generar una actividad del Poder Legislativo que acabaría resultando estéril o rompiendo el equilibrio de poderes.

En relación a esto, resultan ilustrativos los conceptos que al respecto tenía el Presidente Benito Juárez quien partiendo de un Poder Ejecutivo fuerte pensaba que el parlamento se concibe en Inglaterra y España, cito textualmente o se aplica en Francia por sus antecedentes monárquicos, pues significa un triunfo para el pueblo, pero de ninguna manera conviene a un régimen democrático en el que la soberanía sea popular en ese caso la autoridad no se le quita al rey, sino que la autoridad del Presidente se entorpece dándosela al Poder Ejecutivo que es ejercida por el parlamento y también quiero recordar porque forma parte todo lo que ha expresado de este tema de las comparecencias, que el Constituyente Hilario Medina expresó al discutir el Título III de la Constitución, que lo que se requería no era una diversión de poderes, sino una ponderación de poderes que les permitirá actuar unificadamente para lograr los intereses nacionales.

Por todo lo anterior, cabe expresar enfáticamente que los miembros de esta H. Cámara de Diputados debemos ponderar el ejercicio de las autoridades constitucionales en lo que concierne a la situación de funcionarios del Poder Ejecutivo, para hacer de esta facultad lo que se encuentra implícito en el espíritu del Constituyente, que es el de propiciar una real colaboración entre los poderes y no un instrumento para hostilizar las labores del Poder Ejecutivo, en detrimento de su eficacia, pues el interés de la sociedad y del Estado requieren no de un gobierno débil, sino de un gobierno que por su fortaleza, autonomía y actividad, sea apto para lograr y consolidar los supremos intereses nacionales.

Señores diputados de la mayoría, con todo respeto ruego a ustedes que al formular sus iniciativas y presentar sus propuestas, para evitar en lo futuro disquisiciones estériles, se sirvan tener presente que en México no se busca fortalecer al Ejecutivo a costa de los otros poderes; nada más lejano de nuestra evolución jurídico - política que esta pretensión, queremos y luchamos los representantes de la mayoría, porque el Presidente Miguel de la Madrid dentro de los cánones constitucionales sigue ejerciendo el liderazgo nacionalista y revolucionario para el que fue ungido por la voluntad democrática de la Nación. Aquí a fin de que continúe como valladar de resistencia y rechazo a las fuerzas

imperialista que amenazan nuestra soberanía e independencia y que aliados con los grupos retardatorios del interior, pretenden impedir el avance social de nuestro pueblo. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: -Señores del presidium; compañeras y compañeros diputados: Cuando el viernes pasado en San Angel, se iniciaba el desayuno con la procuradora Victoria Adato, la contaminación del aire no había llegado a esta zona. Por una excepción la mañana estaba clara y transparente, verde la arboleda y las flores daban su aroma. Cuando terminamos el desayuno poco después del mediodía, otra vez la armonía de la naturaleza se había roto y respirábamos la contaminación del aire.

Esa armonía con la que llegamos creyendo que íbamos a encontrar respuestas claras, abiertas, a la cooperación que el diputado Berlín dice que debe existir en este Congreso, junto con el Ejecutivo o, no tuvo lugar.

Dice le Plan Nacional de Desarrollo que son tres fundamentos del trabajo del Ejecutivo: Conservar y acrecentar el estado de derecho, mantener el orden jurídico y realizar la democracia. De la democracia hemos hablado muchas veces en esta tribuna. ¿Dónde está el orden jurídico y el estado de derecho que fuimos a tratar de conocer por voz de la procuradora?

Las respuestas de la procuradora ya han comenzado aquí a denunciarse; no respondieron absolutamente nada respecto a los problemas que se le plantearon. Pero es preciso señalar al diputado Berlín antes de entrar en materia, que su versión y su disquisición sobre la historia del Derecho Constitucional Mexicano y sus ocho puntos resolutivos a su manera, nada tiene que ver con el texto de la Constitución que dice claramente que los secretarios del despacho y los jefes de los departamentos administrativos darán cuenta al Congreso del Estado de que guardan sus respectivos ramos.

Quiérase o no, con presidencialismo o no, aquí está la norma de la Constitución. Que no vengan a confundirnos o a tratar de entretener el tiempo con disquisiciones de carácter histórico y profunda teoría constitucional.

La norma es muy clara, y la señora procuradora no supo responder las preguntas relacionadas con el estado que guarda su departamento.

Hay, pues, fundamento para insistir en el planteamiento que se ha hecho respecto de que ella venga y responda ante este Congreso de cuál es el estado que guarda su departamento.

Y que no se diga que la división de poderes va a amparar al Presidente de la República o a sus ejecutivos miembros del despacho frente a la información que requiere la Cámara de Diputados como órgano supremo de legislación y vigilancia.

Si lo que se pretende es que con la teoría de que aquí existe un partido mayoritario vamos a seguir conservando las islas de poder, una es la isla del Poder Ejecutivo, otra es la isla del Poder Legislativo, otra isla es la del Poder Judicial, lo único que se está tratando de representar una vez es que el presidencialismo sí significa una dictadura de oligarquía porque no podemos ocultarlo ni ustedes negarlo: Legisladores y jueces dependen del Ejecutivo Federal y por eso se están oponiendo a llamar a la procuradora aquí a que presente su información.

El dictamen peca porque no fue una relatoría, como se dice en los términos jurídicos. El dictamen pecó de terribles omisiones en cuanto a las conversaciones y los temas tocados con la procuradora. Se transfirió el informe de la procuradora que había presentado a sus jefes -se llamará jefes de la Secretaría de Gobernación-, para justificar todas las respuestas de la procuradora. Pero no se dijo aquí, y no voy a enumerarlos todos, algunos puntos que la procuradora no supo contestar o contestó en defecto.

El primero de ellos: Cuando se le preguntó por qué, a través del licenciado Rubén Anguis o Angis, como quiera que se pronuncie, se había negado a recibir a los diputados de Acción Nacional y a otros diputados de la oposición que querían tener con ella una entrevista, no contestó que ella no aceptaba entrevistas con los diputados, si la petición no se le presentaba a través del Presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Otra vez se vuelve a representar la misma imagen. Tiene razón Berlín en sus teorías, cuando dice que es un problema de sociología y de costumbres. Está tan acostumbrado el sistema del Ejecutivo a manejar a todos los personajes, incluyendo a los diputados, como parte del sistema del partido único, que nos confundió. Y creyó, y nos subrayó que nosotros teníamos que pedirle permiso al presidente de la comisión para pedirle una cita a la procuradora. Eso se llama una falta de conocimiento absoluto de la voz del pueblo, representada en los diputados.

También nos dijo que la reorganización y moralización de la procuraduría se estaba basando en que había organizado un sistema de tres gafetes de diferentes colores: El verde, para que se identifiquen los judiciales, el azul, que algún diputado del PRI me señaló que se trataba de un azul muy obscurito para que no se confundiera con Acción Nacional en su color, se reservaba al ministerio público; y el rojo eran gafetes para personal de apoyo. Y resulta que un diputado de la fracción mayoritaria del nombre Juan Antonio Araujo, le dijo: "Señora procuradora, acabo de andar por las diferentes agencias del ministerio Público y las oficinas y no encontré un solo gafete. Y la señora procuradora dijo: "Ah, pues es que algunos no se lo ponen"

De modo que la justicia aquí se trabaja y las medidas administrativas judiciales se trabajan de esa manera. Basta con no ponérselo y la Justicia sigue violentada.

Pero no quisiera llamar más la atención sobre muchos otros asuntos de mayor profundidad que aquí se van a señalar, y sólo recordar que no se hace mención ninguna de las expresiones públicas que un diputado de la fracción del PRI hizo antes de terminar la sesión. Un diputado al que yo he aprendido a admirar y a respetar por su gran capacidad de trabajo y que se llama el licenciado David Jiménez. El licenciado David Jiménez le se señaló a la procuradora que efectivamente a lo largo de las conversaciones que habíamos tenido toda la mañana, se traslucía que seguían en México todos los sistemas de violación de los derechos humanos, de torturas humanas, de falsificación de las fórmulas, de modo que se aprehendía sin órdenes de aprehensión, que la infragancia no se practicaba de acuerdo con los textos de la ley, todo eso señaló y por supuesto que le dio la salida que ahora el dictamen da a aquí, diciendo: Estoy seguro, señora procuradora, que sus segundos subordinados son quienes desacatan la ley.

Pero lo mínimo que puedo decir este dictamen en sus consideraciones es señalar que efectivamente ahí se subrayó por los diputados que estábamos presentes, que éramos testigos y estábamos informados de que había violaciones de los derechos humanos de que hay torturas y que hay violación del orden constitucional y del orden jurídico que es el requisito y el programa del Presidente Miguel de la Madrid, y que la procuradora está echando por los suelos.

El C. Presidente: Tiene la palabra la C. diputada María Luisa Mendoza, en pro. La C. María Luisa Mendoza Romero: -Con su venia, señor presidente; señoras diputadas y diputados: He pedido la palabra para exponer ante la alta tribuna camaral los resultados de mi interés e investigación sobre los hechos relacionados con el edificio derrumbado la mañana del 19 de septiembre pasado, cuando simbróse la tierra provocando la tragedia nacional que aún nos atormenta y acongoja. El edificio de la Procuraduría del Distrito Federal, en donde estaba como corresponde a las circunstancias, detenidos ciudadanos y policías, muchos de los cuales perdieron la vida y muchos más sufrieron la posibilidad de salvarla dada la prematura con la cual actuaron los guardianes de la ley.

No pretendo defender a ningún funcionario, que conste, no es esta una defensa a priori y a ultranza de un funcionario, de una funcionaria pública contra la cual se han vertido los más duros epítetos acusándola de no encaminar, ella que ha sido juez de lo penal durante seis años, la justicia por el cauce democrático y legal que se le exige. Solamente considero que debo dejar el fruto de muchas horas de inquirir, oír, leer sobre la impartición de la justicia la cual a mi entender es igual para todos y en la equidad se imparte. Defensa de la sociedad, defensa del individuo, dos lógicas al servicio del país.

La sociedad debe contar con mecanismos que garanticen su persistencia, que la continúen, es por ello que uno de los ataques más brutales, atentatorios contra la sociedad, es aquel en que el domicilio de las personas es violado y esto debe de detenerse, la sociedad se forma con individuos y la suma de esos individuos que se reúnen en un estadio superior, es la que llega a integrarse bajo la forma jurídica de Estado o Nación, es reclamable la seguridad en aquellos valores fundamentales para dicha convivencia armónica, productiva, basada en la tranquilidad social, uno de los mecanismos con que cuenta la sociedad organizada para su defensa, es la persecución de quienes atacan los valores del hombre elevados en bienes jurídicos en la ley, como la inviolabilidad domiciliaria, la seguridad de su vida misma, por la integridad física y sexual la seguridad de patrimonio, por ende no sólo debe quedar aquí inscrito en el Código Penal, que señale la necesidad de garantizar el disfrute de esos bienes jurídicos, sino que debe trascender y hacerse efectiva dicha protección con la captura de quienes hostigan el patrimonio familiar, los bienes jurídicos de la colectividad y amenazan con destruirla frente a las garantías individuales, existe la necesidad de preservar la sociedad. Es por ello que, sin renunciar al respecto de las mismas, el Estado debe perseguir a quienes la cometen.

Y en el caso que nos ocupa y a él en concreto, se presentaron un sinnúmero de denuncias de personas que acudían ante el Ministerio Público para hacer de su conocimiento hechos graves que trastocaban y trastornaban su vida cotidiana, tal la irrupción brutal de individuos que usaban a una mujer llevando un regalo, flores, frutas para lograr el acceso a la intimidad del hogar, y recibir la amenaza de ser baleados si no indicaban el lugar en que se encontraban objetos de valor, el ser atacados, amordazados, injuriados y vejados, y en no pocos casos agredidos con lesiones o recibiendo el ultraje del uso de su cuerpo frente a la familia, lastimando su psicología y propio respeto para siempre.

¿Cómo curar estas heridas? ¿Sólo con un frío artículo de la ley donde se señala la penalidad a la que se hacen acreedores a los que actúan con un desprecio total de la vida, insisto, de la dignidad, el patrimonio, la casa, cédula donde la familia es y existe? ¿Sólo con las disposiciones imperativas de la ley? No, con el cumplimiento de las mismas se hace necesaria una acción que lleve directo a la captura de los transgresores del orden, de la paz y de la tranquilidad social reclamada y exigida por el clamor popular.

Al igual que ustedes también acudo a la prensa en donde aparecen un sinnúmero de

notas periodísticas haciendo referencia a hechos lamentables, hechos de grupo organizados para delinquir que provocaron gran desazón en la comunidad del Distrito Federal y que por ende ordenaban a las autoridades que cumplieran con su responsabilidad específica de investigar y de capturarlos.

Es así como se inició la investigación por la Procuraduría del Distrito Federal, el primer paso consistió y aquí parece que, insisto e insisto, por lo tanto luego existo, en identificar la forma de actuar, el método de los presuntos culpables, de los sospechosos, su personalidad, su edad, su origen, su identificación, tomando como base los relatos de los ofendidos, acciones que tuvieron como resultado la detención por mandato del Ministerio Público, de quienes resultaron dentro del perfil de las descripciones de los testigos y que correspondían a la filiación, amén de que se les encontró en su poder gran cantidad de objetos que habían sido detallados por las víctimas en el momento de denunciar las experiencias sufridas.

Con motivo de una riña, se tuvo la oportunidad de detener a Juan Antonio Hernández Valencia, alias el Johny, y de allí en adelante a los demás integrantes de la que era una asociación delictuosa de la cual también formaba parte Miriam Valencia Giraldo, madre de el Johny, en la actualidad formalmente presa . La familia delincuencial en toda su expresión negativa.

El desastre del 19 de septiembre segó vidas de muchos mexicanos, la Procuraduría del Distrito Federal no escapó del siniestro, como es sabido, y en el cuarto piso donde se encontraban los que resultaron ser integrantes de la multicitada banda formada por nacionales y colombianos, la transnacional delictiva, que esperaban desde la noche anterior la identificación necesaria por las víctimas acusadoras, al sobrevenir el temblor y desplomarse el edificio quedaron atrapados junto con los cuatro policías que los custodiaban quienes sí perdieron la vida en el cumplimiento de su deber.

Es necesario una vez más aclarar a los compañeros diputados de la LIII Legislatura de la cual me honro en formar parte, que no es mi intención externa defensa alguna a la policía, que existe sin duda, como hay malos doctores, malos ingenieros, malos maestros, etcétera, el mundo está apretado de maldades y mediocridades, no es este el caso que toco y explico, simplemente trato de aclarar algunos ángulos referentes a lo ocurrido al temblor y sus consecuencias de muerte y tergiversación de conductas; debo insistir en la ausencia de la retórica a la cual se me avienta irremisiblemente si alzo la voz; tampoco deseo que mis palabras sean sacadas del contexto en cuanto a tales, estoy aquí para dar a conocer mi propia investigación somera, es cierto, pero dentro de mi derecho ciudadano y legislativo -y prosigo entonces- se generó un rumor que dio paso a una afirmación como siempre sin pruebas; los detenidos habían sido torturados, díjose, y el rumor tomó naturaleza de verdad ante la evidencia de los dictámenes de las autopsias que precisan las causas de la muerte y la ausencia de huellas de tortura no se acepta la verdad, se cuestiona, el Servicio Médico Forense dependiente del Poder Judicial dio su veredicto y sobre la misma evidencia se instala el rumor como un valor abstracto y obtiene el rango de verdad, son las plumas echadas a volar, imposible recogerlas todas, es un rumor y lo lamentable es que neguemos como ciudadanos la defensa de la sociedad misma poniendo en entredicho documentos respaldados por especialistas en la materia. Es un rumor sensacionalista que conduce al escepticismo y a la reacción. Mi investigación es somera, repito, pero dentro de mi derecho ciudadano.

Por supuesto es obvio, repruebo, rechazo la tortura y quiero creer que no la hubo en los colombianos. Tengo en mis manos información en la que me baso; de médicos legistas que emitieron su fallo. No veo por qué a ellos no les voy a dar crédito. No encuentro la justificación para faltarles al respecto, ni a ellos ni a la procuradora a quien no conocía hasta el mismo ejercicio de mi indagación. Soy mujer de palabras y de palabra. Es exaltante por supuesto, ver el celo de los señores diputados de la oposición. Igual celo me embarga y conmueve y por ello mismo lo estoy dando a conocer. Toda mi vida periodística ha estado entregada a la defensa de las mejores causas de mi pueblo, de mi país; no tengo otro. Ahora como diputada federal, no voy a comprometer ni un ápice la limpidez de mi existencia profesional.

Por último, el abogado Saúl Ocampo Abarca, penalista cuyo cadáver fue hallado según rumor, en los escombros de la procuraduría, es pertinente dejar bien claro que el mismo se localiza frente al número 204 de las calles de Puebla, según dan cuenta de ello los vecinos de ese lugar, así como el conocimiento que recogió el personal de la policía preventiva, al ser avisado por transeúntes que percibían un horrible olor de ese vehículo. Tal lo corroboraban las declaraciones de los policías que notificaron al Ministerio Público de la octava agencia investigadora.

Tengo en mi poder, y entrego a la presidencia de esta H. Cámara de Diputados, aunque a decir verdad ignoro con qué objeto, puesto que creo que no es la mesa de una agencia del Ministerio Público, las declaraciones de los vecinos de las calles de Puebla, alrededor del auto, el pestilente olor del mismo y el desconocimiento que causaba su presencia.

Asimismo la declaración de la hoy viuda del abogado Ocampo Abarca, quien al darse cuenta de la ausencia de su marido, ante el Ministerio Público expresó que tenía sospechas de que había sido secuestrado su esposo, y que el secuestrador era Rafael Castañeda. En ningún momento hizo referencia a la Policía Judicial del Distrito Federal. Otros integrantes de la Unidad de Producción Agropecuaria

de la cual formaba parte Castañeda, cuyas declaraciones constan de las diligencias practicadas por el ministerio público señalan que pidieron protección a las autoridades del estado de Jalisco ante las amenazas recibidas de parte de Rafael Castañeda, de que si continuaba sus investigaciones en torno a un fraude que el mismo Castañeda comentó en contra de la Unidad de Producción Agropecuaria por 150 millones de pesos, les haría daño capital.

Asimismo Consta en la declaración del licenciado Francisco Solórzano Avila, persona a la que Rafael Castañeda comentó que había privado de la vida, precisamente a Saúl Ocampo Abarca: Larga la lengua echadora, suelda la lengua acusadora, bastante pues la palabra investigadora; su peso exacto, su valor de evidencia, su limpieza la he encontrado a lo largo del cumplimiento de mi deber el que juzgué inevitable, situar a los delincuentes, la naturaleza de su detención, su muerte y entre tanto la aclaración de dónde y cómo un vehículo abandonado en la colonia Roma, es al ser remolcado piedra fundamental de los rumores que tanto dañan a México, dándole vuelta a la irresponsabilidad.

Como en todas las historias del hombre, esta es otra historia. Siempre ocurre lo mismo. Es necesario desbrozar los asuntos para ver en ellos la verdad. Esta vez la polvareda se levantó de una desgracia, y la criminología responde con minucia a la categoría del daño que causa.

No podemos seguir dudando de todo lo que pasa en este país nuestro, o podemos por supuesto, nada más que si oscurecemos, repito, nuestros aconteceres, nuestras respetables dudas nacidas dentro de nosotros, por la historia misma, individual e irrepetible que conforma la conciencia, puédese sembrar el escepticismo en los demás, esa sí, dolencia irreparable porque cuartea civilidades y empobrece aún más a la nación.

Un país fuerte es aquél que cree y apoya a sus gobernantes: Un país inválido el que componen masas de amorfos desdeñosos que denigran al suelo donde nacieron y van perdiendo los ojos para ver, los oídos para oír, la boca para hablar. Y no todos esos órganos precisos los usan nada más para distorsión, el escándalo y el rumor que desgasta individuos dignidades y deshonra muchas veces a quien a lo largo de su vida no han hecho otra cosa que honrarse y honrar.

Y por último, muchas familias tuvieron que tolerar el asalto, robo, ultraje y violación de la banda de malhechores transnacionales. Familias mexicanas de las que somos todos nosotros integrantes, mi propia familia que amo, vivió un asedio criminal de características parecidas a las de quienes hemos hoy hablado en esta tribuna; tampoco veo por qué esos mexicanos no van a ser dignos de respeto y defensa, cada día de mi vida me levantaré contra la tortura. Soy mujer de bien, pero cada día de mi vida defenderé a los mexicanos que no tienen voz para ser ellos mismos, para decirlo ellos mismos.

Para eso estamos aquí, señores legisladores. Gracias.

El C. Presidente: -En uso de la palabra el C. diputado José Luis Díaz Moll, del PMT.

El C. José Díaz Moll: -Con el permiso de la presidencia: Después de las dos últimas intervenciones por parte de la mayoría, han venido a mi mente las palabras de un compañero de esta Legislatura quien planteaba que esto le parecía como una escuela de tres años. Realmente no se equivocó, sobre todo se nos ha documentado tan estrictamente en un régimen presidencialista, realmente nadie, también ya se dijo aquí nos habíamos hecho ilusiones de lo contrario.

Se quiere cubrir con palabras y con lo formal, lo esencial de los problemas nacionales. Quiero decirle, sin ser tan versado como el señor diputado Berlín Valenzuela, que no es un problema de división de poderes el que estamos discutiendo aquí, no es un problema en que tengamos que discutir si vivimos en un régimen presidencialista o parlamentario.

El Estado se divide sólo para su ejercicio y el que estamos tratando aquí es un problema de Estado. Y en este caso, es el Estado el responsable del cumplimiento de la vigencia de las garantías individuales en nuestro país. Es esa la esencia del debate que nos trae hoy aquí.

Pero vamos a los hechos: Se dice que no hay motivo para que comparezca la Procuradora Victoria Adato. Además se emite un dictamen que más que de análisis y de crítica a la gestión de un funcionario, más parece una exoneración y justificación de errores y fallas que son inocultas ante la opinión pública.

También se nos plantea que esto no es una agencia de ministerio público y se nos entrega un dictamen que no es otra cosa que eso, un acta de ministerio público o un acta de comisaría.

Resulta curioso también cómo Gobernación protege a la procuradora, y en boletín aparecido el día de ayer por la noche basta la defensa de ella en la opinión de un conocido abogado de quien no dudamos de su intachable conducta, pero cabe informar que el doctor Rafael Moreno González es jefe de asesores de la procuraduría, lo cual lo hace juez y parte en lo que respecta al problema no sólo de los colombianos, sino en lo que respecta a todos los problemas de violación de las garantías individuales de nuestro país.

Queremos aclarar, partiendo de las intervenciones anteriores, que no estamos aquí para calificar delitos, no estamos aquí para decir si los inculpados son culpables o no; la presencia nuestra y nuestros cuestionamientos surgen de la inquietud de la opinión.

pública en torno a hechos que se han expresado reiteradamente. El primero es la existencia de violaciones a los derechos humanos. El segundo es un sinnúmero de casos no resueltos de los cuales sólo se habla de los más famosos, como el del periodista Manuel Buendía.

Pero hay miles de casos de ciudadanos mexicanos pobres, de trabajadores que no tienen la posibilidad de ser escuchados o de que sus casos sean conocidos por todo los mexicanos.

Y tercera preocupación que nos trae aquí es la existencia inclusive reconocida de que hay tortura y que la tortura se práctica cotidianamente por parte de las autoridades policíacas.

Mientras tanto se nos responde con cátedras y con discursos adornados de frases literarias.

Hay una serie de contradicciones en el dictamen de los cuales plantearemos tres, se dijo que Juan Antonio Hernández fue detenido en la colonia Narvarte por parte del documento de Gobernación. Y la procuraduría dijo en un inicio que el inculpado fue detenido en un centro nocturno de la calle de San Luis Potosí en la colonia Roma, ¿qué pasa con esto?

También se nos informó que el inculpado fue detenido el 10 de septiembre y este murió el 19 de septiembre, ¿qué pasa con las 24 horas constitucionales que marca la fracción XVIII del artículo 107 de nuestra Carta Magna? y por ahí se habló también de las órdenes de intervención, quisiera que se me ilustrara en ese sentido, realmente no sé dónde estipula la ley que hay órdenes de intervención.

La procuradora reconoció que no había existido orden de aprehensión, esto es un reconocimiento táctico a una violación a las garantías individuales.

Finalmente creemos que los hechos son contundentes y marcan no sólo como necesaria la comparecencia de la procuradora, por lo cual nos adherimos a la propuesta que plantea la destitución de la misma en términos del artículo 5o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública. Creemos también que esto es responsabilidad del Ejecutivo y nos atrevemos a afirmar que marcaría un precedente en la llamada renovación moral.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Marco Antonio Araujo.

El C. Juan Antonio Araujo Urcelay: -Diputado presidente, con su permiso.

Honorable asamblea; diputadas y diputados: Dese, en honor a su paciencia, hacer una apretada síntesis de los hechos que se llevaron a conocimiento de la Comisión de Justicia, de la cual formo parte, y tratar de fundamentarles jurídicamente porqué apoyamos el dictamen.

Quiero pedir permiso a la presidencia para que la secretaría dé lectura a un artículo periodístico que integra 64 fojas útiles de denuncias de compañeros periodistas a los que el diputado de la fracción parlamentaria, José Luis Sánchez González, hizo alusión de que no queríamos atender las denuncias de los periodistas.

Ruego, señor presidente.

El C. Presidente: -Sírvase la secretaría dar lectura al documento que solicita.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: -"Niña de 10 años tomó parte en mortal asalto: Una niña de 10 años de edad integrante de una peligrosa banda de asaltantes y homicidas perpetraron un asalto a una casa - habitación donde mataron de varios balazos a un menor; golpearon a los familiares y obtuvieron 6 millones de pesos.

"Guillermo Ortiz Maldonado, de 14 años de edad, fue el jovencito que murió víctima de tres balazos en el tórax al tratar de impedir un asalto en su domicilio ubicado en Miravalle número 309, colonia Portales. "Pablo Enrique Mata, de 33 años de edad, familiar del hoy occiso, manifestó que el día 30 de abril, como a las 22: horas, tocaron el timbre de la casa y por el interfón una mujer dijo traer un recado del dueño del inmueble. Fue el propio Guillermo quien acudió a abril la puerta y se encontró con dos sujetos armados, una mujer y una niña de aproximadamente 10 años de edad. Obligaron a Guillermo a que los llevara hasta el interior de su hogar; ya adentro amagaron también a Pablo Enrique a quien obligaron a que dijera en donde se guardaban las cosas de valor; éste aseveró que en ningún lugar en especial ya que había caja fuerte; de inmediato, mientras que uno de los individuos amagaba a las víctimas el otro sujeto, la mujer y la niña se dedicaron a saquear la residencia. Guillermo trató de impedírselo y fue cuando el que estaba armado disparó en tres ocasiones sobre el menor, quien cayó muerto instantaneamente. Cuando Pablo Enrique, primo de Guillermo intentó prestarle ayuda, fue golpeado, fue atacado a golpes con la pistola. El delincuente le asestó varios golpes en la cabeza hasta dejarlo inconsciente. Cuando recobró el conocimiento los hampones ya se habían ido y entre joyas y artículo de ornato y aparatos eléctricos se llevaron seis millones de pesos. De inmediato dio aviso por teléfono a la policía y minutos más tarde llegó la patrulla 05973, quienes a su vez pidieron la presencia de socorristas del ERU y abordo de la ambulancia 390-10, trasladaron al lesionado al Hospital de los Venados del Instituto Mexicano del Seguro Social.

El C. Juan Antonio Araujo Urcelay: -Gracias.

El C. José Luis Sánchez González: -Diputado, ¿me permite una interpelación?

El C. Juan Araujo Urcelay: -No, cuando termine, señor diputado.

Así como este nefasto asalto se comprobó en las averiguaciones previas de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, que la banda de colombianos y mexicanos que azotaban desde hacía varios meses a toda la ciudadanía del Distrito Federal, eran los responsables de varios delitos, robos, violencia, violación, homicidio y oprobiosos actos que tenían ofendida a la sociedad y que permanentemente estaban pidiendo a través de los medios de comunicación, de los partidos políticos del país, que se hiciera justicia, que la Procuraduría de Justicia y la Policía Preventiva dieran fin a esta oleada de delitos y de inseguridad jurídica que había en toda la ciudad de México. Hay aquí 100 denuncias que los periodistas de los diversos diarios hicieron de la opinión pública; la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal se abocó al inicio de las averiguaciones previas; los delitos perpetrados por la banda de colombianos y de nacionales mexicanos que perecieron con motivo del sismo, se dedicaron a la realización de hechos delictuosos que nuestro Código Penal para el Distrito Federal modificado en 1984, considera como delitos continuos en los que con el propósito de delinquir se llevan a cabo conductas antijurídicas y culposas que tienden a la repetición continuada de violación a tipos de homicidio, violencias, asalto a mano armada, violación, etcétera.

Apoyamos el Dictamen de la Comisión de Justicia porque estimamos que la petición original formulada por la fracción parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México fundó su requerimiento en que había existido en la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, violación a los derechos humanos y violación a las garantías constitucionales. Se formó un grupo de trabajo y abogados integrantes de la Comisión de Justicia, ese grupo de trabajo indagó, obtuvo documentales fue a las averiguaciones, se interrogó al subprocurador, se interrogó a la Procuradora, se interrogó al Director de averiguaciones previas, al Director de la Policía y al Director de Control de Procesos.

De ello se desprende que en la averiguación previa se siguieron los trámites previstos por el artículo 21 de la Constitución y que con estricto apego a los mandamientos del 16 constitucional, se fundaron y motivaron las órdenes de presentación y las investigaciones que arrancaron en la fecha de la detención de Juan Antonio Hernández Valencia. De ahí, del arranque de la investigación, el Ministerio Público perfectamente fundado en las atribuciones constitucionales y en el principio de legalidad que nuestra Carta Magna le otorga, realizó una investigación que a todas luces presentaba una dificultad. El señor diputado que me antecedió en el uso de la palabra, Díaz Moll preguntaba que había contradicciones en que fue detenido primero en un centro nocturno el delincuente colombiano "El Johny", y que después aparecía como detenido en su domicilio de la Col. Narvarte. Sencillamente no se detuvo a analizar el informe que la Procuraduría nos manda, para que se viera que la primera detención y la similitud de este delincuente con los asaltantes de bancos y de domicilios particulares, originó que la policía lo soltara en esa averiguación en la que hubo riña y lesiones, con las reservas de la ley. Afán de perfeccionar una investigación policíaca que en Ministerio Público dirigía y que llevó al feliz término de la investigación y de la detención de los responsables de sinnúmero de delitos que tenían azotada a nuestra sociedad.

¿Por qué no se viene aquí a reconocer cuando un clamor popular y un clamor social que pide seguridad jurídica para nuestras familias, se logra a través de la intervención de la policía, de la Procuraduría y de las Instituciones de la República tiene para presentar el orden y la paz social? ¿Por qué se viene a a acusar de violación de derechos humanos, cuando con falaces argumentos se dijo que los colombianos habían sido torturados y después muertos?

Los colombianos según obra en la verdad legal que la Comisión de Justicia tuvo a la vista, los que murieron junto con los policías, fue a causa del derrumbe del edificio de la policía judicial.

El abogado al que se imputaba haber muerto también en la cajuela torturado por la policía y secuestrado por ellos, resultó que fue secuestrado y muerto por un delincuente homicida ya que se encuentra sujeto a proceso y formalmente preso.

Entonces, si los dos supuestos que motivaron la petición del Partido Socialista Unificado de México para hacer comparecer a la procuradora no se dan, ¿por qué ha de la Comisión de Justicia, atender un llamado en el que no se comprobó que hubo violación a los derechos humanos y que hubo violación a la Constitución?

Quiero a fin de ilustrar a algunos de los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra, y que en el voto particular que formuló la fracción parlamentaria del Partido Socialista de los Trabajadores, argumentan que hubo violación a la fracción XVIII del artículo 107 de nuestra Constitución. La Procuradora, en efecto, reconoció que no hubo orden de aprehensión para detener a Juan Antonio Hernández Valencia, alias El Johny, y no la hubo porque fue motivada por la investigación policíaca y la detención de los otros individuos que finalmente al haber comprobado la presunta responsabilidad y haber comprobado también el cuerpo del delito, se hizo la consignación de los detenidos que quedaron con vida y de Miriam Valencia.

Antes la Procuraduría obró con estricto apego a derecho, con base a las facultades constitucionales que le confiere el 21, y no sólo aquí en nuestro país se da esa facultad que tiene el Ministerio Público de la detención en casos urgentes y de flagrante delito. Hay en todas las constituciones del mundo

dos preceptos que difieren entre aprehensión y detención. La aprehensión le está otorgada estricta y exclusivamente a la autoridad judicial, y las facultades de presentar a los delincuentes en caso de flagrante delito se le otorga a las autoridades persecutorias o investigadoras del Ministerio Público.

En las constituciones latinoamericanas de Brasil, en el artículo 20, se prevé sin que haya violación de derechos humanos y violación de garantías, que todo delincuente puede ser detenido por particulares o por las autoridades en tratándose de delitos cometidos a infraganti. En El Salvador lo mismo ocurre en el artículo 166 de la Constitución; en Guatemala, en Nicaragua en el artículo 39, en Venezuela en el artículo 60, inciso primero, en Colombia según el artículo 384 del Código de Procedimientos Penales, cualquier particular puede aprehender a la persona sorprendida infraganti y también a los delincuentes cuya captura hubiere sido publicada por las autoridades persecutorias de los delitos.

En Europa, en Francia, que es un país liberal, en Bélgica, en Suecia se da el mismo contexto que contiene nuestro artículo 16 de la Constitución. No somos un país que viole los derechos individuales, y no somos un país en el que no se respeten las garantías y los derechos humanos.

Quiero finalmente decirles que, en la verdad legal del trabajo de la Comisión de Justicia, no se comprobó que la Procuraduría hubiere violado los derechos humanos. Que, si bien es cierto, nuestro texto constitucional, el 16, prevé las dos posibilidades de aprehensión y detención, y que en las leyes secundarias no se contempla el término que el Ministerio Público tiene para la integración para la averiguación previa, eso nos corresponde a nosotros aquí como iniciativa corregirlo y enmendarlo. Pero dado el derecho vigente, dado el texto del artículo 16 constitucional, no se vio, en la Comisión de Justicia, que se comprobaran los supuestos fundamentales que la fracción parlamentaria del Partido Socialista Unificado de México fundara para la comparecencia de la Procuradora.

Y para terminar, voy a hacer mención a una iniciativa que el pasado 3 de octubre, los distinguidos juristas de la Fracción Parlamentaria de Acción Nacional presentaron para modificar el artículo 16 constitucional, y en el que en uno de sus párrafos dicen que en la forma como está actualmente redactado el artículo 16 de la Constitución establece el principio general de que sólo la autoridad judicial puede librar una orden de aprehensión o de detención, en el caso en que sean satisfechos los requisitos que el propio dispositivo constitucional menciona. La función investigadora de los delitos y sus posibles autores, no está sujeta a término, pues el Ministerio Público de la Policía Judicial, bajo su mandato directo, disponen de un término indefinido para preparar debidamente la consignación judicial de una persona sin que a dicha institución social le sea permitido restringir ni afectar la libertad de nadie, aunque se trate del presupuesto responsable.

Y en la proposición concreta, hacen la excepción de que en los casos de flagrante delito cualquier persona pude detener al responsable y, por supuesto, en este casi sí se puede practicar la detención con detenido.

A la procuradora se le acusó de que desde el inicio de las investigaciones habían permanecido comunicados los colombianos y mexicanos que fueron presuntamente responsables de la comisión de los delitos que posteriormente comprobó. Ellos estuvieron detenidos el tiempo en el que la investigación, la averiguación previa y la comprobación de delitos tan difícilmente comprobables por la consecución y la continuidad de los mismos como lo prevé el Código Penal, fueron puestos a disposición de la autoridad judicial.

Yo me pregunto que si alguno de los ilustres juristas impugnan la actuación de la Procuraduría de Justicia proponen ante este pleno una investigación previa a una investigación delictiva de esos delincuentes tan peligrosos con mayor brevedad, con mayor expedición y sin tomar el lapso de 10 días que se llevó integrar la averiguación previa y consignar a los detenidos con la misma. Esta es la razón por la que venimos a apoyar el voto de la Comisión de Justicia. Venimos a firmar que no hubo violación de derechos y que no hubo violación a las garantías individuales.

Señor presidente le voy a entregar a la secretaría la comprobación.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Manuel Terrazas, del PSUM.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: -Compañero presidente; compañeras y compañeros diputados: Cambié un poco el orden de la intervención para hacer unas 2 breves sugerencias o señalamientos si se quiere, la primera tal parece que estamos juzgando, cuestionando a muertos y no cuestionando las responsabilidades de una persona viva. Las intervenciones de muchos de los compañeros que intervinieron antes que el que habla están indicando que tal parece que ese es el propósito de este debate.

La segunda, consideramos que estamos obligados a responder, a contestar a la exhortación, al llamamiento vehemente que nos hizo de esa tribuna, agradeciendo de antemano por supuesto los otros aspectos docentes de la intervención del compañero diputado y amigo Francisco Berlín Valenzuela.

Las proposiciones que ha presentado, sin ninguna excepción el grupo parlamentario del Partido Socialista Unificado de México y el resto de la oposición, sin considerar términos peyorativos que se emplean ahora con un sentido muy condenable, pero que no viene al caso referir, y que no nos llevan por

buen camino, compañero Berlín Velenzuela, la insistente que me hace recordar algunas cosas, grupos minotarios, etcétera, tienen el carácter de ser profundamente fructíferas y no estériles y esta discusión en torno a una proposición del Partido Socialista Unificado de México, a través de su Fracción Parlamentaria, es ya y va a ser profundamente fructífera y útil para el presente de nuestro país y el futuro de muchas cosas que van a ser debatidas y a trascender de esta LIII Legislatura del H. Congreso de la Unión.

Rechazamos totalmente, es así insinuación o afirmación categórica, infundada de parte del diputado Berlín Valenzuela que hace cuestionar qué propósito se persigue al considerar señalamientos, proposiciones o iniciativas de tipo político estéril, que están llevando a la Cámara seguramente a discusiones sin ninguna utilidad.

Yo quisiera decir en todo caso que aquellos que constantemente alegan que esta tribuna política, que esta Cámara Legislativa, que este poder popular no puede convertirse en barandilla de demarcación política, cuando precisamente todos sus alegatos están encaminados y sustentados en este mismo sentido. Al contrario. Y habría que decir también que venimos aquí a cuestionar muchas cosas.

El compañero diputado Berlín Valenzuela, y perdonen tantas referencias a él, y quizá habría que hacer muchas más porque esta intervención es de época y seguramente va a ser debatida muchas veces como otras más, que se trata de establecer un cuestionamiento de la Constitución o de la división de poderes de la República, y él ha venido a defender la división de poderes establecida en la Constitución, y nosotros queremos decir que no hay tal división de poderes, no existe la división de poderes rigurosamente hablando en nuestro país. Ese es un hecho; y venimos a cuestionar también el sistema actual imperante, venimos a cuestionar y asumimos plenamente las responsabilidades necesarias de estructura política actual de nuestro país porque deseamos y estamos luchando por una estructura distinta, independientemente que para nosotros el marco en que nos movemos es la Constitución General de la República y defendemos la Constitución de hecho y de palabra, no solamente de palabra cuando de hecho la violan sistemáticamente, como es el caso de la tortura, como son los procedimientos para las aprehensiones, como son tantas arbitrariedades que se siguen cometiendo y que han sido motivo también para precisamente abordar esta tribuna el día en que la fracción parlamentaria del PSUM hizo la proposición, la proposición de que se llamara a la Procuradora General de la República en el Distrito Federal, para que viniera a aclarar una serie de hechos, para que esclareciera hechos.

Sí, cuestionamos el actual sistema legislativo en nuestro país; cuestionamos cómo funciona hasta ahora la Cámara de Diputados; venimos nosotros a declarar aquí como lo han demostrado iniciativas presentadas por la fracción parlamentaria ahora o en la Legislatura pasada del PSUM y anteriormente por la fracción comunista de izquierda, que quedamos un sistema parlamentario, efectivamente demandamos, luchamos por un sistema parlamentario, recogiendo la más profunda tradición de nuestro pueblo y las luchas ancestrales de nuestro pueblo, desde la época de la independencia hasta el presente.

Sí, cuestionamos el actual sistema y pedimos que se reforme, pero nuestra proposición se apega estrictamente a las determinaciones, a las normas establecidas ahora en la constitución de la República, precisamente en función de lo que es ahora dentro de este sistema que debe ser modificado, el funcionamiento de la Cámara de Diputados y los criterios con que funciona la Cámara de Diputados y apenas cumplimos con nuestro deber. Debemos decir que el pueblo mexicano tiene una profunda tradición, vocación de lucha por las democracias y no vamos a ceder y consideramos que luchar por un sistema distinto es actuar en función de un proceso de renovación democrática, profunda de nuestro pueblo.

Venimos a cuestionar aquí no solamente, compañeras y compañeros diputados, las responsabilidades en que ha incurrido la Procuradora de Justicia en el Distrito Federal; efectivamente, venimos a cuestionar las relaciones políticas establecida hasta entre el poder público y el pueblo de México y los gobernados: venimos a demandar nuevas relaciones entre el poder público y los gobernados; Venimos a luchar porque se establezca un régimen democrático profundo que tiene que ser sobre bases distintas, porque ya no se puede gobernar al país en la misma manera y una prueba de que ya no se puede violar la Constitución tan flagrantemente, ya no se puede torturar tan impunentemente, ya no se pueden realizar aprehensiones a la usanza antigua, ya no se puede hacer lo que hacen otros regímenes negando al carácter mismo, negando el signo fundamental de la Constitución de la República, ya no se puede y lo prueba este debate y lo va a probar este debate todavía más, que va a tener alcances muy importantes para el destino de esta Cámara de Diputados y para el futuro también de nuestro país.

Queremos afirmar que esta Cámara de Diputados tiene memoria y tiene memoria política que no hay ningún diputado, a no ser que se aclare lo pertinente, que carezca de memoria política y nosotros presentamos la proposición que ahora reafirmamos en su sentido esencial de pedirle a la Procuradora, de demandar la comparecencia de la procuradora para que establezca hechos que fueron del dominio público, que fueron planteados aquí en distintas comisiones. Recuerdo que lo planteamos en la Comisión Especial ¿por qué? porque fue un resultado del temblor, así como el temblor, el gran temblor

del 19 puso al descubierto muchas cosas, puso al descubierto métodos ilegítimos, puso al descubierto métodos ilícitos seguidos inclusive en lo que se refiere a las órdenes de aprehensión, porque ¿por qué no se presentó en todo caso a las 24 horas como señala la ley a los detenidos? Se nos viene a decir aquí, no desconocíamos los alegato, las cuestiones que se señalaron a detener a mexicanos y a colombianos, no los desconocíamos. Nosotros no venimos a defender a los colombianos, pero se ha hecho aquí una relación tal que solamente llevan a una conclusión, compañeros diputados, compañeras diputadas, a los delincuentes de este tipo tan brutal, horrorosa, horripilantemente delincuentes como yo creo que no hay ningún otro caso, hay hacer con ellos lo que quieran, bien hecha la tortura, ¿por qué? porque fueron violadores, asaltantes porque fueron asesinos, etcétera. Hay que percatarnos de la gravedad de ese alegato. Ese alegato se tiene derecho a hacerlo, pero también se tiene derecho a cuestionarlo muy seriamente, como seguro será en esta Cámara de Diputados. A los delincuentes que no defendemos, han equivocado el camino compañeros que han venido a ultranza a defender el dictamen de la Comisión de Justicia. Profundamente lo han equivocado compañeras y compañeros. Ese no es el camino. No es por ahí. Es otro el camino para en última instancia frente a un hecho político de más envergadura, que justificar en última instancia a como dé lugar, la responsabilidad de la Procuradora, se hubiera resultado de manera muy sencilla. Si nuestra proposición planteada que venga la señora Procuradora a esclarecer los hechos. ¿Por qué se ha agrandado ese problema? ¿quién lo ha agrandado? Yo quiero decir: Se ha planteado aquí de manera no justa, no adecuada, propósitos perversos, nebulosos, de desprestigiar a la Procuradora o al Secretario de Gobernación o al Presidente de la República. ¿Qué ha hecho de este problema un problema que precisamente lleva a eso mismo?

Queremos plantearlo categóricamente con responsabilidad, porque ese no es nuestro método. Nuestro método es el planteamiento político de las cuestiones, directo, derecho, extenso de equivocaciones. Claro, quién, solamente algunos. Ojalá que realmente la historia o el presente de nuestro país les haga el mérito necesario que nunca se equivocan y son justos, sabios intérpretes de la ley, o tienen formación política o han pasado por las iniversidades y se han graduado en el conocimiento estricto de la ley.

Este es el problema que nosotros queremos señalar, porque de otra manera, compañeras y compañeros, de otra manera, hubiéramos pedido, como vamos a pedir, enjuiciamiento político de la Procuradora. Enjuiciamientos político de la señora Adato, aunque haya este propósito de defenderla a como dé lugar, por la responsabilidad evidente como funcionaria pública, en que ha incurrido la señora Adato de Ibarra en el caso del asesinato de Manuel Buendía. Y aquí nos vamos a enfrentar también con otro reto para esta LIII Legislatura. Y no para venir a desprestigiar a la Procuradora. Después al final vamos a referirnos a otras de las cuestiones que planteó alguno de los compañeros, pero queremos también señalar de manera clara nuestro juicio lo que está en el fondo precisamente de este debate, no solamente es la responsabilidad de una funcionaria, no solamente las violaciones a la Constitución, evidentes y flagrantes, sino lo que está cuestionado aquí es que si la Cámara va a seguir permitiendo que se le vaya despojando de derechos y de obligaciones, que tiene; se está advirtiendo claramente que al Senado sí se le deja la posibilidad de que vaya el Procurador Sergio García Ramírez a exponer sus tesis, a informar, a sustentar su política y la política del gobierno. ¡A!, pero la Cámara de Diputados no tiene ningún derecho a convocar, a pedir a la Procuradora que venga aquí.

Pero no es el caso de la Procuradora, son otros casos también estrictamente como marca la ley o una interpretación muy discutible de la ley, porque si en el Senado se invocó al artículo 93, aquí también nosotros sostenemos que el espíritu del legislador, del constituyente, fue precisamente cuando se establece o estudiar cualquier otro aspecto o materia de su ramo, de su jurisdicción correspondiente, y así lo estamos haciendo.

Queremos decir también compañeras y compañero, y lo vamos a tratar de desarrollar en esta LIII Legislatura, no importan los calificativos, no importan los enojos, no importan los enjuiciamientos; aquí vamos a cumplir honradamente un deber político, y a lo que queremos referirnos es a un hecho muy grave, de gravedad suma, que es el que se refiere a que en la práctica, de hecho, se trata de despojar aún sin querer, queremos suponerlo, aun sin querer, queremos suponerlo, de despojar a la Cámara de Diputados de su derecho a enjuiciar la impartición de justicia en nuestro país y fundamentalmente, a controlar, a vigilar la impartición de justicia en nuestro país. Este es el significado que tiene. Muy respetable y admirable por muchos conceptos, la intervención, aun con desacuerdo, de María Luisa Mendoza, cuya presencia, yo quiero decir, cuya presencia tiene que ser vista como un hecho positivo, como quisiéramos ver a muchas ilustres periodistas, honradas periodistas, que vengan a hacer uso de su libertad de crítica, de su derecho a enjuiciar y a señalar por lo que han venido luchando a lo largo de toda su vida. Pero hay que decir, hay que decir que precisamente el problema fundamental, es que se niegue a la Cámara de Diputados, en este caso que no debiera de ser así, su derecho a impartir, su derecho a controlar, desde el ángulo de sus funciones, la justicia y el derecho del pueblo mexicano a una justicia, una justicia rápida, expedita y que vaya de acuerdo con las ley. Que

realmente se vele en México por la justicia así como por la democracia, por la soberanía nacional, por la independencia de México.

Nosotros queremos plantear, con toda claridad, queremos hacerlo. Se ha hablado del liderazgo del Presidente de la República. Aquí han venido muchos a actuar en contra de ese liderazgo. Y vamos, vamos a decir algunas palabras, aunque a veces sea tabú, aquí se puede decir todo lo que se quiera. ¡Ah! pero tocar a ciertos funcionarios o tocar al Presidente de la República, no se puede. Y nosotros tenemos que decir aquí que el liderazgo de una nación, independientemente del papel que tenga el Presidente de la República, derivado de la Constitución y que tenemos derechos a que sea precisamente fortalecido, desde el punto de vista de la democracia y no del presidencialismo, como hasta ahora se impone en México, deriva de la política del Presidente de la República.

De una política popular, de una política democrática, de una política de defensibilidad, de una política de cambios profundos, de una política que vaya de acuerdo con las necesidades maduras de la situación actual de nuestro país, de una política precisamente de congruencia, de una política que recoja las ansiedades, las demandas del pueblo de México y una demanda del pueblo de México es justicia; justicia sin reservas, justicia pronta y lo que hacen algunos diputados es precisamente tirarle la cuerda al Presidente de la República para que vaya por el camino que muy torcidamente, torcidamente cree en ellos, que es fortalecer el liderazgo.

El País necesita democracia, verdadera democracia pasiva. Eso es lo que se está con mucha más fuerza que nunca y parte de la democracia no solamente es la democracia política, parte de la democracia no solamente son las cuestiones que aquí ya se han señalado con relación al cambio de la línea del Gobierno en materia económica, sino también el saneamiento, la renovación de la justicia en nuestro país y esto es precisamente; y por eso decimos que va a ser útil, va a ser fructífero, va a ser no estéril.

Se equivocan aquellos que traten en última instancia de defender un estado caduco que ya no puede seguir subsistiendo. Ese es el punto de vista nuestro y para eso queremos contribuir aquí con todos, con todas las fracciones parlamentarias, porque sabemos que ahora en esta LIII Legislatura se va a dar la batalla de México, la batalla por la democracia, por la democratización del sistema político en nuestro país que ya no puede seguir igual para el bien de la soberanía de la independencia, de los intereses fundamentales, del pueblo mexicano y no de ningún otro. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra la C. diputada Elvia Lugo de Vera, en pro.

La C. Elvia Lugo Becerril de Vera: -Con su permiso, señor Presidente; honorable asamblea: La fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, ratifica su pleno y absoluto respeto a la garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las garantías individuales y los derechos sociales que gozamos, son frutos de las aspiraciones del pueblo de México a través de su historia y el Estado Mexicano las preserva para nombrar la convivencia social dentro del marco de derecho.

En México a diferencia de otros países no es la represión ni la tortura, el fundamento de las acciones gubernativas, sino el respeto a la ley y a las libertades, sin las cuales no podríamos estar haciendo uso de esta elevada tribuna, sin embargo, que hoy nos ocupa, se ha partido de un supuesto para poner en evidencia lo anterior.

Consideramos, en consecuencia, que no por un requisito de forma que este honorable cuerpo legislativo descienda al grado de defender delincuentes, porque para nosotros son más importantes los derechos y la seguridad de la sociedad, pero la sociedad en su conjunto, que defender a delincuentes.

Existen en su contra, y esto es un hecho cierto, un sinnúmero de asaltos, violaciones y robos en casas habitaciones y efectivamente, ha habido tortura y violencia, pero por parte del delincuente, que muchos se han subido aquí a defenderlos, porqué estos violaban y vejaban y torturaban a sus víctimas y lo que quizás pueda ser peor aún, la utilización de menores de edad para facilitarles sus atracos, con los cuales llegaron a conformar una escuela de la delincuencia.

En lo referente al caso del licenciado Saúl Ocampo Arana, el autor intelectual del crimen, se encuentra detenido y confeso, con lo que se han venido abajo las dolosas versiones que se manejaron, para poner entre dicho la impartición de justicia, y prueba de ello aquí están unas fotografías.

Mucho se cuestionó y se dijo que el vehículo había sido completamente aplastado.

Aquí están las fotografías; asimismo, se dijo que se había encontrado en otro lugar a este licenciado. No, señores diputados, estaba en el interior de su vehículo, y aquí están también las fotografías a su disposición.

Si aún con esos elementos algunos todavía persisten en tergiversar los hechos, los invito a que integren una comisión para informarle a su viuda, para informarle a sus hijos, para decirle: "Señora , nosotros defendemos al delincuente que mató a su esposo; niños, nosotros defendemos al que mató a su padre".

Pero, por favor, háganlo a título personal para no involucrar y manchar a esta honorable Cámara.

Como madre de familia, me aterra pensar que mi hija pueda ser víctima de estas torturas de las que se han narrado en los periódicos, porque han abusado de menores de edad, inclusive, de una paralítica la maniataron y la amordazaron; me da miedo, sí les digo, miedo de que esto llegue a suceder no

solamente en una hija mía, sino en algún familiar.

Como ciudadana y como diputada manifiesto que en México continúan vigentes las garantías individuales, que la seguridad de la sociedad en su conjunto está garantizada por el imperio de la ley y que la dignidad de esta Cámara de Diputados está intacta porque no es defensora de criminales. Muchas Gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Pablo Alvarez Padilla, del PAN.

El C. Pablo Alvarez Padilla: -Señores diputados: Yo creo que existe una grave confusión de parte de muchos de los que han intervenido en está tribuna, al no centrarse precisamente en el tema y en el asunto a debate. No se está debatiendo en esta tribuna la culpabilidad o inculpabilidad de los colombianos ni de ninguna otra persona, el asunto a debate es precisamente el dictamen propuesto por la Comisión de Justicia, con el voto particular negativo de uno de los integrantes, que fue precisamente el diputado que esta aquí presente y ese es el asunto en cuestión.

El asunto en cuestión, pues, es analizar el dictamen y ver si existen los elementos suficientes para dictaminar la proposición resolutiva que en el dictamen se pone a consideración nuestra, que es precisamente que la señora procuradora no debe comparecer a esta Cámara por los considerandos que en ese mismo dictamen se presentan.

Entonces, tratando de centrar un poco mi intervención en este sentido y de absoluta y de total buena fe, quiero decir lo siguiente: Estamos en contra del dictamen porque consideramos que en sus considerandos y en su integración es incompleto; estamos en contra del dictamen porque consideramos que en el resolutivo se toma una actitud de carácter abusivo, más allá de donde es posible llegar, de las conclusiones a que se debe llegar en los considerandos que se tienen.

Trataré de demostrar lo aseverado por mí, tanto en relación de la integración de los antecedentes, como en el resolutivo que se propone. Digo que es incompleto el dictamen porque los únicos elementos que la comisión tuvo a la mano fueron precisamente aquellos elementos que la procuradora quiso allegar a la comisión, incluyendo las intervenciones que en los desayunos, sin desayunar, les fueron proporcionados a los elementos que integraban esa Comisión de Justicia. Y digo que no tuvieron todos los elementos a la mano, porque precisamente el jueves de la semana pasada, cuatro diputados de Acción Nacional y un compañero del PSUM, que también hizo uso de esta tribuna en forma inicial de este debate, fuimos al Reclusorio de Tepepan, al reclusorio femenil, pedimos se nos permitiera, se nos franqueara el paso, queríamos hablar precisamente con la detenida Miriam Valencia para ver físicamente las condiciones en las cuales se encontraba y ver si era posible el dictamen que aseveraba en qué considerandos estaba en cuestión de salud.

Después de habernos franqueado el paso, previa identificación nuestra, fuimos atendidos por la directora jurídica y por la subdirectora jurídica del penal. Inmediatamente buscó al director penal para ver si consentía en que tuviéramos el acceso que habíamos perdido, tener a la vista a la reo que estaba procesada en ese lugar y curiosamente después de decir que estaba hablando con el director dijo que siempre no era el director y que sin su orden y permiso no podía dar el consentimiento que la entrevistáramos. Por lo tanto parte de la Comisión de Justicia que eran los compañeros Gabriel Jiménez Remus, diputado federal y el compañero licenciado Juan de Dios Castro y el compañero Ricardo García Cervantes y el compañero del PSUM, no tuvieron, incluyéndome a mí, no tuvimos la posibilidad de allegar a la comisión elementos de juicio que permitieran considerar que no había habido la tortura en relación a esta persona llamada Miriam Valencia Gallardo Gallardo.

Todos ustedes lo saben, de alguna manera lo hemos escuchado en diversas ocasiones, existen entre los tipos de conocimiento el conocimiento vulgar y el conocimiento científico; el conocimiento vulgar es un conocimiento primario un poco rudimentario que se tiene del acceso inmediato de los hechos, pero sin buscar de ello ninguna explicación ni lógica ni científica, simplemente se ven los hechos y se saca de cualquier manera una conclusión. Y el conocimiento científico y lo es tal que porque es el conocimiento que está apegado, que está ceñido a una metodología, una sistemática y permite sacar conclusiones y permite hacer de él aseveraciones válidas que puedan en un momento dado comprobarse. Y eso señores es precisamente lo que pedíamos nosotros a la Comisión de Justicia, que fuera técnicamente científica en buscar allegarse los elementos necesarios para ver si había elementos para pedir que viniera la señora procurara a esta Cámara de Diputados o no lo sabía. De manera que creyendo haber demostrado que es incompleto, que es incompleta la averiguación, es incompleta la instrucción, es incompleta la integración de los antecedentes de que nos habló aquí el licenciado Baeza, creyendo también de que los antecedentes no se puede concluir que venga o no venga o que si es conveniente que venga o no venga la procuradora, es abusiva la forma de interpretar los hechos que nos han mencionado diciendo que no es oportuno que venga la procuradora. A lo más que se pudo llegar es que en base a los pobres elementos de que se disponía, algunos de los integrantes de la Comisión de Justicia, creían inoportuna la venida de la procuradora a esta sala de sesiones del Congreso de la Unión en su modalidad de Cámara de Diputados.

Señores diputados: Que esta intervención sea un llamado a la responsabilidad, al sentido común y al apego al derecho y que este

dictamen sea devuelto a la comisión, para que complete su investigación de manera científica, de manera lógica, a punto de hacerla convincente para todos nosotros y de esa manera obrar cuerdamente. Muchas Gracias. El C. Presidente: -En uso de la palabra el C. diputado Néstor Luna Hernández, en pro.

El C. Néstor Raúl Luna Hernández: -Señor presiente; honorable asamblea:

Es necesario comprender que como seres humanos participantes de un conjunto social, estamos obligados a conducirnos acordes con factores morales que tienden a normar nuestra conducta, para propiciar la convivencia, algo también importante, el cumplimiento de nuestros deberes individuales y grupales.

Deber se relaciona con la práctica de la verdad. Verdad, es la correspondencia de lo que se piensa y se dice, con la realidad. Verdad es transparencia, claridad del pensamiento y de la acción.

Quisiera aclarar que tengo una información universitaria de jurista, por eso me voy a referir a algunos aspectos que han sido tocados y creo necesario se puntualicen.

La Norma Jurídica ciertamente debe ser interpretada; esto no es otra cosa sino un encuentro con la verdad, es decir con su auténtico sentido. Por eso cuando tocamos un tema como el actual nos llega a la mente lo que realmente dispone el artículo 19 y que puede ser motivo de la valoración de la actitud de la conducta de las personas encargadas de la procuración de justicia. Me refiero al artículo 19 constitucional que desde mi punto de vista es claro y preciso en sus términos si es que no utilizamos posturas demagógicas o muy personales, sino que atendemos realmente a los términos que se contienen en las disposiciones de la Ley Procesal Penal que lo puntualiza a la voluntad del legislador que lo creó y a las reiteradas prácticas jurídicas o a las interpretaciones y tesis de la Suprema Corte de Justicia la Nación.

De lo que resulta que el término de tres días, 72 horas que al precepto hace referencia, es sólo operante para el juez ante quien ha ejercitado la acción penal por el Ministerio Público y comienza a contar precisamente desde el momento del ejercicio de esa acción penal. Sólo así el funcionario judicial está en aptitud de cumplir los mandamientos de nuestras leyes, que dentro de las 72 horas no solamente se resuelva sobre la formal prisión o libertad del acusado, sino también de la realización de otros actos procesales, por ejemplo, el dar a conocer la acusación, designada de defensor, declaración preparatoria, recibimiento o recepción de pruebas.

A mayor abultamiento, si entenderemos que el término de 3 días, 72 horas, a que se hace referencia en el artículo 19 constitucional, es el mismo que menciona la fracción 18 del artículo 107 de la misma ley fundamental, lo señalado es una interpretación verdadera, cuando este último dispositivo, en forma expresa, habla en término de 3 días, 72 horas, contadas desde que el detenido quede a disposición de su juez.

Por su parte el artículo 16 constitucional fija los casos y condiciones en que puede aprehenderse a una persona. Incluso se prevé la detención proveniente de autoridad administrativa, con la obligación ciertamente de ponerlo de inmediato a disposición de la autoridad judicial.

Ahora bien, hay que entender que la tarea persecutoria del Ministerio Público comprende determinaciones de hechos delictivos que se denuncien, conjuntar pruebas del propio delito y de la responsabilidad del acusado.

Todas estas diligencias lo llevarán a una terminación sobre el ejercicio o no de la acción penal. Todo esto implica una actividad persecutoria que la ley le encomienda y que debe realizarse con la prontitud que el término inmediato lo exige.

Que no se diga que la fracción 18 del artículo 107 impone un término de 24 horas a la autoridad administrativa para detener, pues el dispositivo no sujeta plazo, simplemente indica que se realice; que el que realice una aprehensión será consignado a la autoridad o agente de ella, para el único fin de que se castigue si la detención del detenido por más de 24 horas configura algún delito.

Quisiera, en esta tribuna, aprovechar mi presencia para puntualizar estas consideraciones. Muchas Gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Pedro Peñaloza, del PRT.

El C. Pedro José Peñaloza: -Señor presidente, señoras y señores diputados:

La escenografía se ha montado; los priístas que han hablado aquí se han encargado de montar toda una escenografía en donde el denominador común de sus intervenciones, es que las personas que fueron torturadas eran peligrosos delincuentes.

Yo pregunto: ¿Con quién están polemizando, señores priístas?

Nosotros no estamos defendiendo a ningún delincuente para que los siguientes oradores se ciñan a discutir lo que querremos discutir.

Ya a esta tribuna, señores diputados, se ha venido a decir una constelación de tonterías, ahorita se anotan los que quieran, eh.

Por otro lado, les voy a demostrar por qué son constelación de tonterías, para que esos que chiflaron y despertaron de su largo sueño estén bien aquí.

Berlín Valenzuela, vino aquí a decir un discurso que atenta contra la mínima inteligencia de cualquier diputado. Desempolvó un discurso, no sé de donde, se equivocó de foro; seguramente en algún salón de la Facultad de Derecho hubiera tenido éxito ese discurso, pero aquí no. Y ese discurso que dijo Berlín

Valenzuela, además de este elemento a que he hecho referencia, mantiene la misma tesis tradicional de los priístas obtusos que dicen que siempre que la oposición plantea un cuestionamiento a funcionamiento de gobierno, hay intereses oscuros, encubiertos objetivos, esto dijo textualemente. Y esos discursos me recuerdan al que dijo un diputado por aquí, cuando se inauguró el Colegio Electoral, que ustedes conocen, pero yo digo que estamos discutiendo problemas que se han tratado de evadir, porque está a consideración de tonterías, vino aquí la diputada Mendoza, no a debatir, no a discutir política, vino a decir aquí un script televisivo nada más, qué es lo que vino a decir, no dijo nada del orden de aprehensión, no dijo nada de la tortura, con quién están debatiendo, ya hay puntos concretos que estamos planteando aquí, pero para continuar con esta constelación el diputado Araujo vino aquí a decir un magnífico ejemplo de lo que no debe decirse, vino aquí para reforzar su posición que en Brasil se puede detener sin orden de aprehensión, que en Venezuela se puede detener sin orden de aprehensión, yo le quiero decir al diputado Araujo que los militares en Argentina no necesitaban orden de aprehensión tampoco, ni Pinochet la necesita, si quiere seguir con los ejemplos, pero lo que estamos discutiendo no son esos países, estamos discutiendo México y aquí en este país, en esta ciudad existe una procuradora que ustedes defienden apasionadamente, no sé si la definen porque temen que venga a este pleno a decir las mismas incoherencias y a decir verdades bastante comprometedoras como las que dijo el viernes pasado o porque la defienden porque están convencidos de que hay que defender siempre a todos los funcionarios gubernamentales, porque siempre la oposición tiene intereses obscuros perversos para hacer quedar mal a nuestro gobierno.

Hay varias contradicciones que no se han dicho aquí por parte de esta Comisión de Justicia integrada y votada a este acuerdo por el PRI, otro partido que le gusta votar con el PRI, y otro que, bueno, se arrepintió. Primero dijeron, y nos dijo esto en la versión el subprocurador Paz Horta para hablar de hechos, de que se trataba de una banda peligrosísima integrada por 45 elementos, en esa ocasión le preguntamos al procurador Paz Horta, donde estaba el resto de la banda, si eran 45, donde están los demás, la respuesta del subprocurador Horta fue contundente, fue el silencio.

Los medios periodísticos señalaron en su oportunidad de que se trataba de una peligrosa banda de narcotraficantes; después la versión oficial no eran narcotraficantes, súbitamente se transformaron en asaltacasas, violadores y demás hechos delictivos. Otra contradicción.

La procuradora en aquel desayuno dijo, ya tortuoso para ella, dijo, y ahí tenemos la grabación para el día que desee oírla, que no hubo orden de aprehensión para detener a estas personas. Lo dijo y la prensa se ha encargado de difundirlo, yo creo que muy bien.

Entonces, señores diputados, todo este cuadro que se ha venido aquí preparando se trata de hacer aparecer que como son, y como decía la diputada que me antecedió en el uso de la palabra en un tono bastante dramático, peligrosísimos delincuentes a esos delincuentes no se les puede aplicar la ley, es el hecho concreto. Nosotros decimos que no, de ninguna manera, nosotros decimos que en efecto pueden o no pueden ser delincuentes, pero se les puede aplicar la ley como a cualquier ciudadano común y corriente y no como se aplicó.

Y se viene a decir aquí también que no existe tortura en discursos perfectamente preparados por algunos diputados priístas, se viene a decir que no existe tortura. Yo en aquel desayuno tortuoso para la procuradora le propuse muy respetuosamente, también está la grabación, sin atentar contra las instituciones, le dije que le proponía que en ese momento nos trasladáramos la comisión, sin llamadas telefónicas de avisos, a los separos de la policía judicial del distrito a ver si no había torturados. Y no aceptó la procuradora. ¿Qué teme la procuradora?

Es obvio que en los separos de la Policía Judicial hay muchos ciudadanos pobres que no tienen la posibilidad de que en su caso sea difundido, que son torturados, vejados. Eso es un hecho.

Entonces de qué se trata el planteamiento que viene a hacer aquí la Comisión de Justicia, viene a señalar aquí que no debe presentarse ante este pleno la procuradora porque no existe ninguna irregularidad.

Están protegiendo la ilegalidad, están teorizando la ilegalidad, y ustedes pueden mandar aquí a diputadas literarias o a diputados doctores en derecho, lo que ustedes gusten y manden, pero ninguno de ellos, por muy hábiles que sean, van, y lo han hecho, van a contradecir el hecho de que se violó la ley de detener a estos ciudadanos sin orden de aprehensión. Este es el hecho, quiero que debatamos sobres eso; invito a los priístas a que venga a debatir sobre esto, que me muestren, como lo pedí a la procuradora, la copia de la orden de aprehensión, ¿dondé está esa copia de esa orden de aprehensión? Pero nadie entra en ese terreno porque es indefendible, es indefendible la trayectoria de la procuradora del Distrito Federal; es indefendible la práctica de la tortura en la ciudad de México; es indefendible la práctica que hace la Policía Judicial del Distrito al detener a los ciudadanos mexicanos cotidianamente; eso es indefendible, entiéndanlo bien; pueden ustedes en este momento levantar su mano a la

hora de la votación y decir, vamos a votar por que no venga la procuradora, no importa lo que hagan, no nos importa lo que hagan, pero allá afuera, en donde la gente se rompe el alma para vivir en esta selva, ahí afuera el clamor popular es de que la procuradora es una cómplice de torturadores, de tal suerte que nosotros desde el PRT, no estamos pidiendo nada más que sea cesada, no, no se nos va, no se nos va, hay que pedir que sea castigada y este es el hecho.

Ya que no vino a comparecer, nosotros levantamos la idea de que sea castigada por sus prácticas ilícitas, junto con su grupo de bandoleros que la rodean. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Federico Fernández Fariña.

El C. Federico Fernández Fariña: -Señor presidente; señoras y señores diputados: Soy integrante del grupo de trabajo formado en el seno de la Comisión de Justicia de está Cámara, para investigar los hechos a los que se refiere la propuesta del Partido Socialista Unificado de México, motivo del dictamen leído en esta sesión.

Me correspondió la lectura del informe del grupo de los integrantes de la Comisión de Justicia, ahí manifesté algo que aquí quiero reiterar y ampliar. Animó en todo momento al grupo de trabajo, la convicción que en nuestro país debe existir un respeto irrestricto a los derechos humanos y a las garantías individuales de la Constitución. La convicción de que nuestro país existe y debe existir ese respeto a los derechos humanos proviene de la palpable vocación del pueblo mexicano, y del Estado mexicano también, por su salvaguarda y tutela.

El Estado mexicano demostró su interés por el respeto a los derechos del hombre al consagrarlos como garantías individuales en nuestra Carta Magna y ha reiterado su intención porque sean preservados al suscribir los documentos más importantes sobre la materia: La Convección Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Quiero insistir aquí precisamente porque los legisladores participamos con el pueblo y el Estado mexicano en su deseo por evitar que se conculquen los derechos humanos y en su condena por prácticas desviadas como lo es la tortura, es por lo que en la investigación de los hechos contenidos en la propuesta, se prolongó durante más de un mes y tanto el grupo de trabajo como la Comisión de Justicia, estuvieron abiertos a la recepción de elementos aprobatorios.

En la propuesta se manejó que según el servicio médico forense, de los escombros del edificio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, se extrajeron cadáveres de detenidos, algunos de ellos colombianos, que presentaban señales de tortura -repito, según el servicio médico forense, se afirmó en la propuesta-. El grupo de trabajo solicitó, obtuvo y revisó, los certificados de las necropsias practicadas a los detenidos, colombianos y mexicanos, que fallecieron con motivo del derrumbe en las instalaciones de la Procuraduría.

Un certificado de necropsia es en realidad, un dictamen de peritos médicos forenses, que describe las lesiones externas que presenta un cadáver; el estado en que se encuentran las grandes cavidades al abrirlas y si en ellas hay huellas de lesiones.

Describe el estado el cadáver, etc. y al final como conclusión, determina cuáles fueron las causas del fallecimiento de la persona. La Conclusión a la que llegaron los peritos médicos forenses, fue que los detenidos fallecieron como consecuencia de los traumatismos y la asfixia producidos por el derrumbe del edificio donde fueron encontrados. No se asienta en ninguno de los certificados, información alguna que permita afirmar que los detenidos fueron torturados.

Cabe aclarar que quienes practicaban las necropsias, son los peritos médicos forenses dependientes del Tribunal Superior de Justicia, no médicos de la Procuraduría, los legisladores deseamos que sea creada la Comisión de Derechos Humanos no porque en México se violen, sino por que precisamente compartimos con el pueblo mexicano, con el estado mexicano, su vocación porque el respeto a los mismos esté siempre vigente. Desde luego ya que mencionó el compañero que me antecedió en el uso de la palabra sobre el que no se había discutido el tema de la orden de aprehensión, quiero concluir diciendo que el tema a discutir aquí no es la orden de aprehensión, ese tema le corresponde al juez que conoce el asunto. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene el uso de la palabra el C. diputado Demetrio Vallejo, del PSUM.

EL C. Demetrio Vallejo Martínez: -Ciudadanos diputados: Me interesa profundamente el problema de las violaciones constitucionales y de las torturas que se realizan con los aprehendidos. Los ferrocarrileros hemos pasado por esa circunstancia; se puede decir que nosotros sabemos como actúan las autoridades judiciales y las no judiciales, incluso sabemos cómo alteran los certificados y también los procesos que se siguen; por eso en la Comisión de Justicia donde estoy, voté en contra del dictamen y voté en contra del dictamen por dos razones para mí fundamentales; que son : La violación a la Constitución y la tortura.

En ese dictamen realmente sólo se hace una historia prolija utilizando precisamente el informe del Secretario de Gobernación para tratar de desorientar incluso a la opinión pública y a los diputados con un relato de los

hechos que según este informe cometieron los delincuentes. Aquí ningún partido de la oposición no ha defendido a esos delincuentes, sean inocentes o culpables. Lo que estamos defendiendo aquí son las violaciones a la Constitución y a los derechos humanos. Eso es lo que defendemos, pero en el dictamen pecan de inocentes. Ahí se habla de que detuvieron a unos de los delincuentes, y por lo que se ve éste confesó todo, y ahora tal vez ya en la procuraduría o en algún otro lugar, ya tienen otros métodos para que confiesen los delincuentes, ya no usan la tortura.

Ese delincuente, según el informe, lo detuvieron el 10 de septiembre, y después detuvieron a otros, incluso uno declaró en contra de su propia madre.

¿Se puede aceptar eso? ¿Es creíble que los delincuentes incluso no denuncian a sus compañeros, van a denunciar a su propia madre así voluntariamente, espontáneamente? No es posible esto.

¿Quién cree en ese informe? Para mí me parece que esta Cámara debe de rechazar el informe o el dictamen, y acordar que venga la procuradora aquí a comparecer ante los diputados.

La otra cuestión que ellos plantean allí, que la comisión plantea es que no incluyeron las preguntas que al parecer algunos que participaron en la Comisión que entrevistó a la procuradora, le hicieron preguntas. No metieron ninguna pregunta. ¿Qué quiere decir esto? Quiere decir, en mi opinión, que la Comisión que redactó el dictamen ni fue el grupo investigador sino que fue el presidente de la Comisión. Desde allí tenemos ya el procedimiento torcido que ha seguido la Comisión en este problema.

La otra situación, señores diputados, es que estamos ventilando aquí un problema que en el país se ha practicado de una manera, se puede decir, por costumbre: La tortura, la aprehensión sin orden de un juez, de una autoridad competente. Y eso es tradición. Pero ahora nos hablan de que estamos dentro de un régimen de derecho, un régimen constitucional. Si así es, ¿por qué no comparece la procuradora? No comparece porque el 93 de la Constitución no figuran los procuradores para comparecer ante la Cámara, podría ser, es un motivo legal, o constitucional. ¿Pero quién se exhibe cuando no comparece un funcionario? Se exhibe el gobierno; se exhibe el Presidente de la República, porque el Presidente de la República designa a esos funcionarios, lo que demuestra que el Presidente de la República también es cómplice de lo que realizan esos funcionarios, puesto que no quieren que vengan a comparecer ante la Cámara. Es lo mismo que en el caso del Secretario de Hacienda. No viene a la Cámara de Senadores en donde no hay grupos de oposición, ahí van a informar lo aceptan todo como sea. Y no vienen aquí porque saben perfectamente que aquí se les va, realmente a hacer preguntas serias, y preguntas que no podrán contestar de ninguna manera.

Eso demuestra que tenemos que estar convencidos de que si no vienen esos funcionarios no es porque no figuren en la Constitución o porque otros si figuren en la Constitución. No vienen porque no tienen argumentos. No tienen cómo defender una política económica que están siguiendo en el país en contra de la absoluta mayoría de nuestro pueblo. No pueden, como la procuradora venir aquí para que justifiquen las aprehensiones y las torturas que realizan, no puede.

Sin embargo, yo propongo, nuevamente, que rechacemos el dictamen para que venga la procuradora. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Melquiades Morales Flores.

El C. Melquiades Morales Flores: -Señor presidente; señores diputados: Es grave que quienes tenemos responsabilidades públicas prodiguemos, alentemos la desconfianza hacia instituciones respetables, encargadas de la procuración y administración de la justicia, porque lo conducente es fortalecerlas porque se trata de preservar un valor fundamental para la convivencia pacífica.

Es ya sintomático el que algunas fracciones parlamentarias insistan en la comparecencia en esta Cámara de Diputados de los servidores del Gobierno Federal para inquirirlos y cuestionarlos sobre los más variados asuntos aún a aquellos en que esta representación no tiene competencia.

La proposición del Partido Socialista de México, para que la procuradora de Justicia del Distrito Federal comparezca al pleno de esta Cámara, tiene, bien es cierto, un trasfondo político, porque el jurídico ha quedado debidamente clarificado en el dictamen de la comisión, pues el artículo 93 de nuestra Carta Magna no considera en la hipótesis al procurador general de la República, ni al del Distrito Federal.

El trasfondo político consiste en que se trata de socabar la consistencia de las instituciones, principalmente del Ejecutivo Federal, para en última instancia desprestigiar al sistema político.

Se magnifica los problemas en grado de extremo sin ofrecer soluciones concretas, se emplea el método del golpeteo, del golpeteo permanente a los funcionarios públicos sin presentar alternativas viables, se confunde o se pretende desconocer que nuestro sistema político no es parlamentario, donde donde solamente basta la censura del parlamento para que dimita a un ministro o todo el gabinete que tiene precisamente su origen en la propia Cámara. Aquí en México, nuestro sistema, ya se ha dicho aquí, es eminentemente presidencialista, en el Poder Legislativo sólo interviene en determinados casos expresamente señalados en la Constitución; por otra parte refiriéndome al asunto que aquí se debate, es conveniente apuntar lo siguiente.

El Ministerio Público ha sido considerado como una magistratura para pedir y auxiliar la pronta administración de justicia en los casos y por los medios que señalan las leyes; es el artículo 21 de la Constitución el que concede al Ministerio Público el ejercicio de la acción penal, de ahí que la función persecutoria, la que tiene esta institución le señala dos actividades: La actividad investigadora y el ejercicio de la acción penal.

La primera entraña una labor ardua de investigación, la búsqueda constante de pruebas de la existencia del delito y de la responsabilidad de sujetos activos. La ley encomienda a esta investigación a la Policía Judicial que depende y actúa directamente bajo sus órdenes.

Esta actividad es presupuesto forzoso para el ejercicio de la acción penal, en cumplimiento al mandato establecido en el artículo 16 de nuestra Carta Magna y en función del principio de imprescindibilidad a virtud del cual ningún tribunal penal puede actuar.

La actividad investigadora se rige también por el principio de oficiosidad, o sea, que para la búsqueda de pruebas, no se necesita la solicitud de parte, basta que la representación social o la propia policía judicial tenga conocimiento de la existencia de delitos o de hechos con apariencia de tales para que se aboquen a la actividad investigadora, pues ésta tiene carácter de pública. De ahí la importancia de las diligencias de la Policía Judicial que en todos los códigos adjetivos, sobre la materia, adquiere el rango de prueba plena.

La misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, así lo ha sostenido.

Cuando está comprobada la existencia de diversas denuncias de robos y asaltos a casas habitación, con violaciones y homicidios y de otros diversos delitos cometidos por bandas durante el lapso de un año, bandas que acusaban un modus operandi similar, es cuando el Ministerio Público interviene a investigar.

La Policía Judicial con base en el principio de legalidad y las órdenes recibidas por éste, inicia sus investigaciones por medio de la distribución de retratos hablados, consultas en archivos, vigilancia de lugares públicos, etcétera, con la finalidad de lograr la identificación de sus autores, hasta lograr la localización y presentación de los presuntos responsables como se señala en el informe de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Esta intervención de la Policía Judicial en estricto acatamiento del principio de legalidad que rigen los actos del Ministerio Público es acorde con la función investigadora que se realizó no con acto preventivo, sino después de cometidos multitud de hechos delictuosos.

El Ministerio Público, pues, y la Policía Judicial cumplieron con su cometido puesto que esto último presentó a presuntos responsables, y aun cuando este acto se realizó sin que hubiese orden de aprehensión emanada de juez competente, cabe hacer notar que se hizo en flagrante delito por que a estas personas se les sorprendió portando un sinnúmero de armas de todo tipo, de manera que no hay pero qué poner a la actividad investigadora en el caso que nos ocupa y mucho menos a la actividad de la titular del órgano de persecución.

Se habla de violaciones a las garantías individuales de los detenidos, y aun cuando esta representación popular no es competente para conocer el medio de control de cuestionalidad a virtud del cual se reclaman violaciones a las garantías individuales, debe estimarse que la Policía Judicial utilizó los medios idóneos para la investigación.

Esta Cámara no puede conocer de violaciones a las garantías individuales, no puede por lo mismo citar a la señora procuradora, pues hacerlo sería contravenir el principio de legalidad y establecido por el artículo 93 de la Carta Magna.

Abundando en lo anterior, debemos manifestar que si las diligencias de la Policía Judicial tienen valor probatorio, más lo tienen las diligencias del Ministerio Público que es una institución de buena fe. Las necropsias practicadas por los médicos legistas de la Procuraduría y revisadas por el servicio médico forense del Tribunal Superior de Justicia tienen pleno valor probatorio por haberse practicado con las formalidades de ley y por peritos oficiales.

Por tanto, en ellas se determinó que las personas fallecieron como consecuencia de traumatismo producido por la caída de las lozas y los muros del edificio donde se encontraban, debe incluirse que es la verdad, tanto más cuando que el director del Servicio Médico Forense opinó acerca de los dictámenes de la autopsia que nos referimos en el sentido de que no había huellas de tortura lo mismo hizo un perito de la propia Embajada de Colombia.

A nada conduciría que ante esta representación popular acudiesen testigos y más testigos para delatar sus versiones, porque para las actuaciones judiciales no tendrían ningún valor. Es ante la autoridad competente donde en última instancia deben presentarse cualquier testimonio o cualquier prueba relacionada con los hechos. Aceptar lo contrario sería asumir funciones que este Cuerpo Legislativo no tiene, es querer convertir a esta Cámara, bien en órgano de persecución, bien en órgano de administración de justicia, o bien en órgano de control constitucional, lo que atentaría contra lo dispuesto en los artículos 21, 103 y 107 constitucionales.

No es, pues, la Cámara la que debe juzgar los hechos, y si alguna violación se cometió por los encargados de la actividad investigadora, que se sigan los cauces legales, que se esclarezcan los hechos, porque nosotros somos los primeros interesados en que no se conculquen las garantías individuales. Muchas gracias.

El C. José Luis Sánchez González: -Una interpelación, señor diputado.

¿El Senado de la República violó la Constitución al citar a comparecer al procurador general de la República?

El C. Melquiades Morales Flores: -El Senado de la República no violó la Constitución porque la comparecencia del señor procurador general de la República fue a invitación, que es muy distinto a lo que están solicitando aquí en esta Cámara.

El C. Presidente: -El C. diputado Alcocer tiene el uso de la palabra, para hechos, por cinco minutos.

El C. Jorge Alcocer Villanueva: -Señor presidente, compañeros diputados. He pedido la palabra para hechos, porque ya de por sí el discurso del diputado Melquiades estaba lleno de frases francamente provocadoras, pero esta respuesta final que dio, pues es francamente antología. El Senado no citó al procurador, lo invito; qué gran muestra de cortesía de la colegisladora, invitemos a la procuradora a ver si así la podemos tener aquí.

Dice el C. diputado Melquiades que aquí se viene a socavar, a desprestigiar a golpetear a funcionarios, sin alternativa, y quiere que comulguemos las ruedas de molino que aquí se han venido a decir. Cualquier ciudadano le puede decir al diputado Melquiades y a sus compañeros de partido, lo que es el terror que produce la policía judicial. Lo que es la inseguridad de los ciudadanos frente a la practica cotidiana de la violencia en contra de ciudadanos indefensos. No se pretenda venir aquí a justificar lo injustificable, porque al ratito nos van a proponer que puestos de pie felicitemos a la policía judicial.

Esta Cámara, dice el diputado Melquiades, no puede actuar frente a la violación de garantías individuales, ¿que más se nos va a pedir? ¿a qué más se nos va a pedir que renunciemos? Claro que tenemos la obligación de actuar. ¿Qué acaso no hemos por principio de cuentas, protestado cumplir y hacer cumplir la Constitución? Y entonces, ¿dónde queda esa facultad?, y finalmente, compañeros diputados, cuidado porque aquí se ha entrado por un terreno extraordinariamente peligroso. Se ha pretendido justificar el combate a la delincuencia, con la delincuencia se vale según lo que se desprende de lo dicho aquí por varios diputados priístas, combatir a los peores delincuentes usando sus mismos métodos. Y a eso nos negamos, porque aún los peores delincuentes tienen derecho al amparo de la justicia y al respeto de las garantías individuales. Sobre ese camino es que se ha avanzado en otros países y se empieza a justificando el combate a la delincuencia, y se termina justificando la delincuencia contra cualquier oposición y contra cualquiera que se atreva a lamentar la voz en contra de la autoridad.

En ningún país del mundo, esto está plenamente documentado, estados que recurren a la tortura lo reconocen. En caso extremo incluso como el de Argentina, los militares hoy sujetos a juicio siguen pregonando que defendían la justicia y la libertad. Tengamos cuidado, porque por ese camino podemos ir a cosas muy peligrosas.

El C. Presidente: -El C. diputado Gregorio Macías, para hechos, cinco minutos.

El C. Gregorio Macías Rodríguez: -Honorable Cámara: En el caso de esta mañana hemos caminado y hemos escuchado abogados constitucionalistas que para mí me parecen serlo, algunos procesalistas en materia penal y más que todo, encontré por ahí alguno que algo supo de un procedimiento penal en su averiguación previa y en su averiguación que se llama prejudicial o preproceso.

Alguien mencionó el auto de formal prisión.

Y dijo que había llegado a la verdad legal.

Eso es falso; completamente falso; porque la verdad legal es una sentencia ejecutoria.

Pero no voy a dar clases tampoco yo, por que tampoco sé nada.

Resulta que para terminar con este caso, será necesario indudablemente llevarlo al voto de ustedes. Pero yo, mi fracción, la del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, hemos estimado que hay serias dudas tanto en lo jurídico como en lo político para que esta señora tan discutida, nos haga el favor o comparezca, de acuerdo a la Constitución, y si es que la Constitución así lo ordena, y hay dudas jurídicas por lo que les he manifestado. Pero hay dudas políticas. He escuchado cinco horas y fracción todas las fracciones, desde luego que la fracción priísta con más interés, lo lleva a cabo con un interés demasiado político, de las que no nos ocupamos nadie de nosotros.

Por lo tanto, la fracción del PARM, si es que el voto, llegamos a esta etapa del voto, se nos solicita, nos abstendremos, porque no hemos llegado a ninguna conclusión. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Continuemos con el rol de oradores. Tiene la palabra el

C. diputado Ricardo García Cervantes, de Acción Nacional.

El C. Ricardo García Cervantes: -Con el permiso de la presidencia: Señores diputados, de la mayoría señores diputados de la minoría, señores diputados revolucionarios, señores diputados de reacción, señores diputados progresistas, señores diputados retardatarios, señores diputados todos: Ha venido a esta tribuna, de manera paralela un debate interesante: La intención política, la voluntad política de un régimen, y debemos, señores

diputados todos, aceptar el debate paralelo entre la voluntad política de un régimen y la procedencia de la comparencia de la señora procuradora. No podemos evadirlo.

Después de varias horas de debate compañeros diputados, y con la reciente intervención del orador que me antecedió en el uso de la palabra, tengo que manifestar dos cosas: Que justificada su confusión y su falta de decisión en este momento, y la esperanza de que en las próximas horas de debate lleguen a una convicción para que tomen una posición definida por que refleja esa misma posición, la que muy probablemente tenga cientos de miles de ciudadanos que no sepan si lo que aquí se dice es verdad o es mentira, si convence o no convence; si les a verdad jurídica o es la verdad oficial o es simplemente la verdad. El hecho es que palabras ha habido muchas y hay que atenderlas.

Ciertamente, ante un turno de oradores tan prolongado, he tenido que reestructurar en varias ocasiones ya el contenido de mi intervención, para solamente ser reiterativo, en aquello que valga la pena ser reiterativo, y evitar las repeticiones en respeto a los diputados todos, porque evidentemente debemos estar cansados. Sin embargo, es un tema de interés internacional y tendremos que sobreponernos al cansancio.

¿Cuál es el debate? Podría ser una pregunta interesante en este momento.

Si el que están teniendo entre sí los diputados del Partido Revolucionario Institucional o el debate que se está teniendo en torno a un dictamen; o el debate que se quiere generar en cuanto a la defensa de delincuentes?

Empezaremos por puntualizar el debate que se da en el seno del Revolucionario Institucional.

Con mucho interés, tengo que decir que con profundo agrado, por el estilo y el recipiente motivo con el que la diputada Mendoza hizo uso de esta tribuna, yo me congratulo de que haya quien maneje con floritura y con corrección el lenguaje, y tengo que reconocer que en lo particular quedé muy agradado de su intervención. En cuanto al recipiente emotivo y del reconocimiento de la ley. Pero en ese recipiente, encuentro un contenido que vale la pena señalar.

De la versión taquigráfica entregada por el departamento de Taquigrafía Parlamentaría, en la hoja 2, en la primera parte de la

hoja, se recogen las palabras que dicen textualmente: "frente a las garantías individuales, existe la necesidad de preservar a la sociedad". En el último párrafo de esa misma hoja de la versión de taquigrafía, ¿Cómo curar esas heridas? Sólo con un frío artículo de la ley, donde se señala la penalidad a la que se hacen acreedores los que actúan con desprecio total de la vida, insistió de la dignidad al patrimonio, la casa célula donde la familia es y existe sólo con las disposiciones imperativas de la ley. No, con el cumplimiento de las mismas se hace necesaria una acción que lleve directo a la captura de los transgresores del orden de la paz y de la tranquilidad social, reclamada y exigida por el clamor popular.

No basta, desde este concepto aquí vertido, no basta la fría garantía consagrada en la Constitución y en la carta de los derechos humanos. Se justifica entonces una acción que además de esa simple expresión y fría de la ley, garantice la captura y la eliminación de esos factores de amenaza social.

Otra compañera diputada, realmente con emotividad y con razón, repito en varias ocasiones en la tribuna que tiene temor. Pues cómo no, si hay que recordar que el mismo comandante de la policía o secretario Mota, en su momento reconoció que realmente en nuestra sociedad hay inseguridad, que la criminalidad ha aumentado. Y ciertamente cuando ella se preguntaba con una voz que realmente conmueve, si iba alguien a suscribir una defensa de quienes aun golpeado y ultrajado a personas inválidas, estaba en el mismo contexto de decir: No basta que haya garantías individuales consagradas en una Constitución. No basta que haya un reconocimiento de los derechos humanos y ahora, por esa peligrosidad, aunque sea con las mismas armas, como ya aquí lo han dicho muchos compañeros diputados que han utilizado la tribuna, aunque sea con el mismo carácter de peligrosidad y de reacción que hay que atajar a esos delincuentes, hay que olvidarse entonces. Pero luego resulta que el diputado, varios porque ya son varios los que han venido a la tribuna a decir, por parte del Revolucionario Institucional, que su postura es estrictamente de respeto a las garantías individuales. Y entonces ahí se está dando un debate entre ellos mismos. Entre quienes dicen que no basta que existan las garantías individuales entonces sí es necesario, en un momento dado, hay que transgredirlas para combatir el mismo grado o con el mismo grado de eficiencia a la delincuencia.

Si la delincuencia corrompe, si la delincuencia desquebraja el orden y la tranquilidad social, por su peligrosidad, entonces combatamos a la delincuencia desquebrajándola y negando la posibilidad de que sean sujetos de un trato conforme a derecho y conforme a la declaración universal de derechos humanos.

Y creo que ya quedó claro que no está en la mesa del debate la defensa a delincuentes. Si lo que se está pidiendo es, precisamente, la aplicación de la ley. Desde la persecución de los delitos hasta la sanción de los delitos, que se aplique la ley, que la norma sea vigente que la norma sea conservada desde la Constitución hasta todos, absolutamente todos los procedimientos que sea la procuración de la justicia.

Resulta que el artículo 93 constitucional ha sido sujeto a una interpretación extricto - sensu: textualmente quiere circunscribirse el derecho que tiene esta Cámara de Diputados a aquellos funcionarios que están precisamente

señalados en el texto del artículo constitucional y tengo que recordar que he hecho uso en otras ocasiones y con objeto de otros debates semejantes a este, he tenido que hacer uso de la tribuna, cuando un dictamen de la Comisión de la Defensa Nacional, por ejemplo, señalaba que no se estaba en un asunto relativo a esa dependencia cuando la comparecencia de Silva Herzog, se señalaba que 2 comparecencias en un lapso de 15 o 20 días era mucho pedir, ahora se señala que no viene textualmente el nombre de la procuradora de justicia en seno del artículo 93 constitucional; vamos a hacer una reflexión sobre la voluntad política del régimen, vamos a suponer sin conceder, es más vamos a conceder la argumentación de la Comisión de Justicia, resulta entonces que lo que procede no es negar la comparencia de la Procuradora sin solicitar al Ejecutivo que ordene a la Procuradora que comparezca ante esta representación, esa sería una interpretación constitucional, sin embargo, yo podría suponer con voluntad política de abrirse a la democracia, yo podría suponer que tratándose de derecho los abogados de la Comisión de justicia pueden atender que quien tiene derecho a lo más, tiene derecho, a lo menos en tratándose de derechos y es un derecho de esta Cámara de Diputados solicitar la comparencia de los funcionarios que esta representación considere que su comparencia sea de utilidad para la buena relación entre el gobierno y nuestros representados, el pueblo de México.

Hay sin embargo, mucha más materia a discusión, hay algunos compañeros diputados que están gritando tiempo, les sugeriría que lean el reglamento; tengo derecho a 30 minutos sin embargo, este debate continúa y todavía tendremos, como miembro de la Comisión, tengo derecho a participar cuantas veces se requiera y aceptamos entonces el debate paralelo entre la voluntad política de un régimen y la argumentación jurídica con la cual quiere desecharse la comparecencia de la procuradora. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Reyes Fuentes García.

El C. Reyes Fuentes García: -Con su permiso, señor presidente. Es saludable que en esta Cámara, que en esta LIII legislatura se presente a debate un problema fundamental para la vida democrática de nuestro país. Es saludable propuesta del compañero Manuel Terrazas, del PSUM, en el sentido de que se investigase la tortura o la supuesta tortura aplicada a delincuentes venezolanos y aun profesionista abogado. Es saludable porque esto demuestra una inquietud en la práctica de todos los diputados de esta LIII legislatura en su proposición correspondiente.

Hemos sido víctimas, lo ha dicho aquí el compañero Vallejo, hemos sido víctimas en casos específicamente señalados, hemos sido víctimas de actos de tortura y represión a lo largo de la historia de nuestro país, pero señalamos algunos casos concretos.

Como dijo el compañero Vallejos: En la represión ferrocarrilera, haya en Monterrey, Román Guerra Montemayor fue aprehendido y torturado siendo dirigente de la sección ferrocarrileros y fue torturado y muerto y hasta la fecha nunca se consignó a los responsables. Un hecho de tortura y de represión condenable.

Prohibida por el artículo 19 Constitucional la tortura y el maltrato, pero un hecho condenable.

Posteriormente también podemos señalar varios hechos: El caso de Hilario Moreno que fue detenido miembro del PCM, en aquellos años fue detenido y que apareció muerto en las cárceles del Distrito Federal; también posteriormente al caso de Rafael Torres Plata, en el manto del 77, del PARM, que fue torturado contrariamente a la disposición legal y muerto debido a la tortura.

Entonces profundamente en nuestra carne y en nuestra sangre están estos hechos más que son condenables, por eso la tortura es condenable estamos en contra de que se aplique y por eso la inquietud es correcta cuando aquí se plantea a debate. Sin embargo, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana considera, y no porque hay aquí algún partido que le guste votar al lado siempre de Acción Nacional o que le guste votar constantemente al lado del PRI, no por eso, sino porque tiene principios políticos y porque tiene actitudes políticas y manera de pensar políticamente, independientemente.

Por esa razón en este caso concreto tiene dudas en cuanto, no dudas, considera que en esta ocasión la comparencia política de la procuradora del Distrito Federal.

Esta es la posición del partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

El C. Presidente: -Tiene la palabra para hechos, Heberto Castillo.

El C. Heberto Castillo Martínez: -Me quiero referir a declaraciones muy precisas hechas por diputados de esta LIII Legislatura, sobre todo a este planteamiento de algunos diputados y de dos diputadas, respecto a que estamos defendiendo o queremos defender a delincuentes cuando exigimos el respeto de las garantías individuales de todo mexicano en territorio nacional y de todo individuo nacional.

Creo que a los expertos en derecho constitucional de la mayoría, se les olvida que hay un artículo en la Constitución, es el primero, no hay que ir muy lejos en su lectura para conocerlo, que dice: En los Estados Unidos

Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, y tal parece que a los señores diputados de la mayoría que han prejuzgado, que han condenado a los colombianos que aparecieron muertos en el derrumbe del edificio de la Procuraduría y que a estas personas no las consideran individuos.

El partido Mexicanos de los Trabajadores, sí defiende a los delincuentes, porque son individuos y son individuos que merecen las protección de nuestra Constitución General de la República. Estamos a favor de que al peor delincuente se le respeten sus garantías individuales y estamos en contra de que aquí, sin juicio; los diputados hayan condenado a estos colombianos. (Chiflidos.)

Yo soló quisiera decirles a los compañeros que chiflan y que todavía tienen boca para chiflar, porque para hablar con claridad, con honestidad y con valor no civil la tienen, pero sí pudieron chiflar para defender sus derechos lo harían. (Aplausos.)

Yo le quisiera decir al diputado Antonio Arroyo Araujo, que es un grave precedente decir en esta tribuna que se puede mantener secuestrado a un individuo, porque eso sea un presunto delincuente, que se le puede mantener secuestrado mientras se compone el expediente para que demuestre su presunta responsabilidad; un grave precedente.

Le quiero decir a la compañera diputada Elvia Lugo de Vera, que tiene razón en tener miedo que una hija suya caiga en manos de estos delincuentes, pero yo le diría que también debe tener miedo a que esta hija suya caiga en poder de los perjudiciales como les dice el pueblo y quienes hemos caído en poder de los policías hemos sufrido la agresión y hemos sufrido los golpes, sabemos que a veces es preferible sacarle la vuelta a uno de esos automóviles sin placas que garantizan la impunidad de los agentes federales por los agentes judiciales que caer en manos de delincuentes, porque tienen más sentido de la humanidad muchos delincuentes que se ganan la vida así, delinquiendo a la brava, que delinquiendo desde los puestos de responsabilidad oficial, como lo esta haciendo la señora procuradora cuando confiesa, porque a confesión de parte, relevo de pruebas, cuando confiesa que estos colombianos fueron secuestrados, fueron detenidos sin orden de aprehensión. Yo no sé cómo le van a hacer señores Diputados, para borrar esta declaración de la procuradora de que fueron detenidos sin orden judicial y cuando el diputado Arroyo dice que se puede, la verdad que recordamos también, pues gente neófita en este oficio legislativo, simples ingenieros despistados, pero que hemos leído artículos los creemos y defendemos y vamos a defender no ante los chifliditos así de gente que no tiene valor civil para enfrentar y para dar la cara, sino para enfrentarlo a los agentes de la dizque autoridad y como lo hemos demostrado a lo largo de nuestra vida.

Pero en el artículo 16, se dice "que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles y posesiones, sino en virtud de mandamiento judicial de la autoridad competente".

Y acá adelante dice: "hecha excepción de los casos de flagrante", pero aquí los diputados de la mayoría confunden el flagrante delito como los flagrantes delincuentes; entonces ya cuando ven a su flagrante delincuente, y esto bueno, pues, los policías suelen hacerlo cuando ven transitar a un joven por las calles, a éste hay que aplicarle todo el rigor de la ley.

Se dice, "solamente en casos urgentes, cuando no hay en el lugar ninguna autoridad judicial y tratándose de delitos que se persiguen de oficio, podrá la autoridad administrativa, bajo su más estrecha responsabilidad, decretar la detención de un acusado, poniéndolo inmediatamente a disposición de la autoridad judicial".

Estuvieron secuestrados varios días y a causa del secuestro perdieron la vida al menos en el terremoto. Quizá los golpes que tenían fueran sólo de la caída de las lozas encima de ellos. Pero quien los secuestró es responsable de la vida de estos individuos, presuntos delincuentes y quizá delincuentes en otros delitos. Entonces, cuando oímos estas afirmaciones, nos preocupa algo que quizá no han tomado en cuenta los compañeros diputados de la mayoría. Y es que no se puede decir, no se puede en esta Cámara, que no podemos nosotros conocer de las violaciones a las garantías individuales. No es admisible. Estamos aquí para defender los derechos constitucionales de nuestro pueblo, de nuestros hermanos. Estamos aquí para hacerlo. Así, un día de estos lleguen a esta Cámara, como en otros tiempos, miembros de las fuerzas armadas a pretender a aprehendernos. Aun en esos casos . Vamos a defender la Constitución desde esta tribuna y no permitiremos, al menos con el silencio, que un diputado venga aquí a decir que no podemos siquiera conocer de estas violaciones.

Solamente quisiera señalar esto: La señora procuradora ha confesado que hubo aprehensión sin orden de aprehensión. Y esto es un delito. Esto es una violación a la Constitución. La misma Constitución establece aquí quiénes son responsables de que esta violación se haga. Los infractores del artículo citado y de esta disposición, serán consignados inmediatamente a la autoridad competente. Los que fuesen, los que detengan sin orden de aprehensión por más de 72 horas y luego de 24 horas más.

Y dice: También será consignada a la autoridad o agente de ella, el que realizada una aprehensión no pusiere al detenido a disposición de un juez dentro de las 24 horas siguientes. Pero, ¿quién es el responsable aquí?; bueno, la procuradora. Pero ante el anuncio que hace ella en La Prensa y ante los diputados, ¿quién es responsable?, su jefe.

Y si, diputados, la procuradora no es destituida

y consignada, yo ya no diría que venga aquí a decirnos lo mismo que ya dijo, la responsabilidad no será nada más de la procuradora. Yo por eso les quiero decir, sólo que conste, señores diputados, que al negar la comparecencia de la procuradora, ante esta Cámara, están dejando ustedes todo el peso de las responsabilidad de los ilícitos cometidos por la señora Adato, en su jefe: El Presidente de la República Mexicana. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Continuemos en el orden que llevamos de oradores. Tiene la palabra el C. diputado Renán Solís Avilés.

El C. Renán Solís Avilés: -Señor presidente; señores diputados. Después de haber escuchado las intervenciones de los que me procedieron en el uso de la palabra para hacer consideraciones al dictamen emitido por la Comisión de Justicia de esta H. Cámara Legislativa, y en relación a la solicitud hecha por el compañero Manuel Terrazas Guerrero, diputado del grupo parlamentario del Partido Socialistas Unificado de México, para que compareciera ante el Pleno de esta misma Cámara la señora Procuradora licenciada Victoria Adato viuda de Ibarra, he subió a esta tribuna para hacer también unas consideraciones que serán breves.

Pero deseo desde luego señalar algunos puntos que considero bastante importantes. La solicitud del Partido Socialista Unificado de México la hizo consistir en que el domingo 21 de septiembre fueron encontrados entre los escombros de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal los cadáveres de varios detenidos, algunos de ellos colombianos que según el servicio médico forense presentaban señales de tortura.

También se había tenido noticia de que otra persona, el abogado penalista Saúl Abarca Ocampo fue encontrado muerto en el interior de un automóvil, maniatado, y con evidencias de tortura.

De acuerdo al servicio médico forense la causa de su muerte fue la estrangulación y una herida de arma blanca. El abogado Saúl Abarca Ocampo había sido detenido según lo declarado por su viuda el 13 de septiembre por agentes de la Policía Judicial.

Esto dio motivo a que esta denuncia presentada ante el Pleno de esta Cámara Legislativa se turnara a la Comisión de Justicia. La Comisión de Justicia inmediatamente, formó un grupo de trabajo en el que entraron a formar parte de él los diputados de los diversos partidos, de casi todos.

Apoya la Comisión -y sobre esto realmente estudió la Comisión, sobre el planteamiento hecho por el compañero diputado Terrazas-, apoya la Comisión su dictamen en documentos aportados u obtenidos de las mismas oficinas, digamos Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de donde se pide a la dirección médico forense del tribunal superior de justicia un informe de necropsia. Estos documentos oficiales tienen pleno valor probatorio mientras realmente no sea probada su falsificación.

Con base en los documentos, se dictó el dictamen, y además hubo otros elementos de prueba que mostraron, por ejemplo: Que el automóvil donde se encontró el cadáver del abogado, fue en otro lugar que no había sufrido ningún daño. Ante esta situación, la Comisión de Justicia desde luego, emitió un dictamen en el que considera que por estos motivos no debería comparecer la procuradora. Pero además de eso, desde un punto de vista jurídico, se basó en el artículo 93 constitucional, que expresamente señala qué personas deberán comparecer cuando sean citados, ante esto poder de autoridad. Y este artículo 93, ha sido voluntad del Constituyente. Viene desde 1917. Y ha sido reformado posteriormente y esa reforma que se hizo, se agregó únicamente a los jefes de departamento y directores de organizaciones paraestatales, es decir, que es claro que no se ha pretendido, en momento alguno, que con apoyo en este artículo se haga comparecer a los Procuradores General de la República y General de Justicia del Distrito Federal.

Pero el planteamiento ha estado cambiando, y ahora se ha señalado que la procuradora ha violado las garantías individual, por haber detenido a personas sin orden de aprehensión y por haberlos conservado detenidos por más de 24 horas.

Desde luego, mi partido y yo en lo particular, no estamos de acuerdo con las violaciones a las garantías individuales y debemos en todo tiempo procurar de luchar contra esas arbitrariedades.

Pero es necesario analizar lo siguiente: Existe también un derecho para los habitantes de esta ciudad de México, para todos los individuos: La seguridad jurídica. Es la seguridad respecto a su persona, su vida, sus bienes, su patrimonio; es la seguridad que en una parte debe darle la autoridad, pero otra debe ser respetada también por lo demás individuos que conviven con ellos.

La Policía Judicial, según los informes obtenidos, accidentalmente detuvo a uno de los colombianos. De ahí fue investigado y reuniendo pruebas y se encontró ante un problema: O dejar libre y dejar de investigar, o continuar investigando si en esos momentos en México existía mucha inquietud y sosobra por tantos delitos cometidos contra sus habitantes.

Esta situación quizá obligó a continuar con la averiguación estando la persona detenida. Pero y aquí viene lo grave: Todos los que han intervenido han insistido mucho en que hay que combatir la ilegalidad. Y la ilegalidad, en este caso, que acusan de la Procuradora. Pero, se hace una proposición, también ilegal, también ilegal digo porque se pretende que la hagamos comparecer sin tener el apoyo jurídico necesario que haría que el poder que nosotros representamos se saliera de su órbita, fuera de las facultades que

nos han concedido, que haría esto un desequilibrio entre los poderes y sería realmente perjudicial, traería anarquía, nadie creería en la ley, entonces se violaría constantemente el artículo 17 constitucional, y todos volverían a la venganza privada.

Yo quiero, señores diputados, y como les ofrecí ser breve, que ustedes piensen honestamente; que examinen la realidad de lo que se les está presentando y que, respecto a esto, emitan luego su voto. Señor presidente, creo yo que se ha discutido suficientemente este asunto. Ya han intervenido todos los partidos y en su oportunidad se lleve a votación Gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. Diputado Gabriel Jiménez Remus.

El C. Enrique Gabriel Jiménez Remus: -Señoras diputadas; señores diputados:

En la pasada reunión con la señora Procuradora doña Victoria Adato viuda de Ibarra, EL 1o. de noviembre, tuve la oportunidad de intervenir y hacerle en mi primera intervención una serie de preguntas y posteriormente una serie de peticiones.

Le pregunté concretamente si en el caso del señor Rafael Castañeda señalado como presunto responsable en la comisión del delito de homicidio en agravio del señor licenciado Ocampo Abarca, se había detenido con orden de aprehensión, me contestó categóricamente que había sido detenido sin orden de aprehensión y en otro estado de la República.

Le señalé a la señora procuradora, que de acuerdo con el artículo 16 constitucional, la excepción era flagrancia y el caso urgente y que yo tenía entendido del momento en que se descubre el cadáver del señor licenciado Abarca Ocampo, al momento de la detención, habían pasado o transcurrido varios días y que en mi concepto no estaba contemplada la flagrancia y menos aún el caso urgente.

La señora procuradora me contestó que respecto de Rafael Castañeda, los autores materiales del homicida lo señalaban como autor intelectual y que el el autor intelectual les quedó debiendo a los autores materiales una suma de dinero respecto del precio que había pagado para la ejecución del homicidio y que precisamente en ese contenido se encontraba la flagrancia del autor intelectual Rafael Castañeda.

Yo quiero resumir la tesis de la señora procuradora en los siguientes términos: Hay flagrancia respecto del autor intelectual cuando este debe parte del precio a los autores materiales y no lo ha pagado.

Yo ya no insistiría en la comparecencia de doña Victoria Adato, pero sí quiero hacer una última exhortación para que meditemos que este criterio sustentado por la procuradora puede llevarnos a situaciones peligrosas de repudio al precepto del 16 constitucional.

Advierto a ustedes, amigos diputados, que estas pequeñas reflexiones, no diré nada nuevo, en algunos, en la mayoría, existirá el conocimiento previo y en otros la intuición y el sentido común.

¿Qué es flagrancia? Viene del latín flagrare, que significa arder o resplandecer como fuego o llama.

Y aquí voy a citar a un brillante jurista jalisciense que afortunadamente vive, don Julio Acedo y dice que emitológica y pintorescamente flagrante delito equivale a delito flameante o resplandeciente. Precisamente para dar una idea de un hecho vivo y palpable cuya realidad se impone claramente y subsiste ante los ojos del observador.

Para que esto suceda, amigos diputados, es menester, entonces, que el hecho delictuoso perdura o no haya concluido en el momento en que se descubre, es decir, que se sorprenda su misma ejecución. Esta es la acepción jurídica estricta de flagrante delito.

Entonces debemos concluir que delincuente infraganti es sólo aquel que es descubierto durante la comisión misma del hecho punible.

La doctrina en este sentido amplía más el concepto de flagrancia y se ha dado en llamar la cuasi flagrancia. Esto quiere decir, la cuasi flagrancia, que es la captura de delincuentes sin intervención judicial cuando los delitos se acaban de cometer; ya no cuando se comete, sino cuando se acaba de cometer.

Este principio lo recoge nuestra legislación en el artículo 267 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal. Pero surge una duda, la primera pregunta natural:

¿Qué tiempo, en qué tiempo se acaba entonces la cuasi flagrancia? Yo creo, y vuelvo a citar al ilustre maestro don Julio Acebedo: La racional proximidad del tiempo de la ejecución del delito para que se considere que su impresión subsiste integra y clara como tema de estricta actualidad que no ha podido borrarse ni alterarse. Yo me pregunto entonces: ¿existe la prudente vecindad entre el homicidio de Abarca y la detección de Castañeda, 15 días? ¿Es lícito invocar que porque existe un saldo proveniente de un contrato inmoral e ilícito de delincuentes porque no ha pagado parte del precio al autor material, se puede hablar de flagrancia con seriedad? Yo creo que no.

Y si bien es cierto por el estricto respeto que tenemos a la división de poderes, yo creo que algo tenemos que hacer para tratar de definir claramente el sentido del 16 constitucional y de las leyes secundarias establecidas en los códigos, tanto del Distrito Federal como del 194 del Federal. Porque esta interpretación, amigas y amigos diputados, para mi, con todo respeto y así se lo hice ver a la señora procuradora, es una interpretación alusiva para justificar, cuando menos por ahora, atropellos violentando el contenido y el sentido del artículo 16 constitucional, y lo grave y lo urgente de nuestra intervención para tratar de evitar entonces que esta interpretación se convierta en regla general, porque es una interpretación a capricho de la

procuradora en este caso, la interpretación de la flagrancia.

Yo creo entonces que yo por lo pronto ya no insisto en la presentación de la procuradora porque parece que este va a ser el sentido de la comparecencia, pero así llamar la atención de la conciencia, al sentido común de esta legislatura para que tratemos en alguna forma, usando nuestra imaginación legislativa para que esto se constriña al auténtico sentido de flagrancia porque para mi parece que fue una salida fácil el hablar de un contenido de un contrato inmoral e ilícito que afecta la circunstancia de la flagrancia. Muchas Gracias.

El C. José Angel Conchello Dávila: -Pido la palabra, para hechos señor presidente, basado en las circunstancias.

El C. Presidente: -Tiene usted la palabra, diputado Conchello.

El C. José Angel Conchello Dávila: -Señor presidente; señores diputados: Me veo obligado a romper el orden porque al parecer los miembros de la Comisión del Foro tenemos algunos que retirarnos, pero vengo a destacar ante ustedes la peligrosidad que existe en la idea de translancia que ha introducido la procuradora en la interpretación de sus actos ilegales; si dijo que hay flagrancia de delito cuando el crimen intersicario permanece cuando el autor intelectual y ordenador de delito no haya cumplido todo o parte de lo ofrecido, estamos frente a una interpretación que mañana puede revertirse en contra de la mayoría misma.

En el dictamen se habla, por ejemplo, de que uno de los detenidos fue sorprendido en flagrante delito por poseer armas que son de uso exclusivo del Ejército, y resulta que esas armas las llevaba por cuenta de un tercero y fue aprehendido y lo encierran 15 años o 10 años o 15 días o 10 meses, resulta que el flagrante delito puede durar, según la procuradora, tanto tiempo como dure la condena puesto que sólo cuando salga le va a pagar lo que le debe; pero hay algo más.

Cuando en una elección municipal el chofer de una pesera se roba una ánfora porque el líder le promete un juego de placas o un permiso de ruta para que cometa el delito, pudiera decirse que mientras no le entregue ese juego de placas el líder está en flagrante delito por el robo de ánforas, aun cuando el Colegio Electoral haya desechado esas pruebas. Entiéndase también que cuando el presidente de un comité del Distrito Federal falsifica una acta de escrutinio bajo la promesa de que le va a dar una chamba en el Departamento, podrá decirse que hay flagrante delito de falsificación de instrumentos públicos mientras no le haga efectiva la chamba y si aceptan esa interpretación, esperamos que se aplique en las próximas reuniones del Colegio Electoral.

Finalmente, señores diputados, quiero hacer una observación; la mención de los discursos tan emotivos y la reacción tan emotiva de ustedes, cuando se habló de las torturas que perpetraron o perpetran en contra de sus víctimas, y esa emoción contrasta por otro lado con la total insensibilidad, con la indiferencia a las torturas que la policía de Cananea por orden del procurador de Justicia del estado de Sonora, un señor Lostanou, perpetró contra 20 jóvenes no delincuentes por el delito de ser panistas que exigían el respeto de la voluntad ciudadana.

Finalmente, señores, para retirarme quiero decirles que al parecer esto se está convirtiendo en un debate sin quererlo de mucha altura, entre los que defienden el estado de derecho y los que defienden sólo el derecho del estado. Nosotros estamos por el primero. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene el uso de la palabra el C. diputado Juan José Castillo Mota.

El C. Juan José Castillo Mota: -Con su permiso, señor presidente; honorable Cámara de Diputados: Al subir a esta tribuna, la más alta del pueblo y por ello la que más debemos honrar, lo hago plenamente convencido de que con ello no pretendo justificar ni solapar posibles violaciones o irregularidades cometidas en agravio de auténticos mexicanos, sino muy por el contrario, pues ha sido y seguirá siendo preocupación permanente de todos mis compañeros de la fracción parlamentaria mayoritaria, combatirlas con todo rigor. Pero en el caso que nos ocupa, después de haber escuchado con detenimiento todas las intervenciones de algunos representantes de las fracciones parlamentarias de la oposición, por cierto algunas muy respetadas y respetables para el que habla en defensa de los derechos humanos de delincuentes colombianos que desde hace algún tiempo venían vejando y ultrajando a diversas familias mexicanas en nuestra propia patria, mediante el robo con violencia de sus propiedades.

La violación de jóvenes y mujeres, lesiones y en algunas ocasiones hasta privando de la vida a miembros de la misma por oponerse a sus ilícitas acciones, como consta en las copias de las diversas averiguaciones previas que se formulan con motivo de esos hechos, que hoy se anexan al dictamen de la Comisión de Justicia, yo me pregunto; si esta honorable tribuna debe ser utilizada para so pretexto de combatir la violación de preceptos constitucionales sagrados para todos los mexicanos, porque se lograron a sangre y fuego con la Revolución Mexicana debemos defender a delincuentes que jamás se preocuparon de los derechos humanos de las familias que dejaron ¿Qué acaso debemos premiarlos por tan valerosa hazaña?, ¿Qué acaso los derechos humanos de esas familias mexicanas no merecen ser respetados y defendidos con calor y decisión por todos los diputados que integran esta LIII Legislatura? ¿Acaso no hemos preguntado o hemos indagado

los traumas que padecen esas familias con motivo de acciones tan deleznables cometidas por esos delincuentes que aprovechándose de nuestras leyes hicieron de esta capital y de otras más su modus vivendi, su modus operandi? Para ello basta leer todas las notas periodísticas y las copias de las averiguaciones previas que hoy se ponen a nuestra disposición como anexos del dictamen que hoy discutimos, que hablan del calvario que han vivido y siguen sufriendo diversas familias de compatriotas.

No, señores diputados, no hagamos la defensa de criminales que han violentado y ultrajado a nuestras familias. Nuestro deber es defender con decisión y entrega los derechos humanos de todos los mexicanos, padres, esposas e hijos que hicieron posible nuestra presencia en esta Cámara de Diputados. Esto fue y es un compromiso que adquirimos durante nuestras campañas y con motivo de nuestra vida personal, en la que desgraciadamente algún partido manifiesta en las bardas de nuestro distrito que las bandas unidas jamás serían vencidas.

No permitamos con nuestra acciones que proliferen hechos como los que hoy motivan esta modesta intervención en esta tribuna honorable del pueblo mexicano. Que no ocurran masacres como las de Veracruz en el que 24 agentes federales y estatales perdieron la vida a manos de narcotraficantes. ¿Qué acaso sus familias no tienen derecho a ser defendidas? ¿Qué acaso sus familias deben quedar en la horfandad y olvidarlas por esta Cámara de Diputados por el solo hecho de ser policías judiciales?

Comprometámonos a luchar por los intereses del pueblo que hoy representamos. Yo estoy en contra también de quien afirma que este sistema es un sistema caduco. Gracias a este sistema que llaman caducó están aquí todas las fracciones parlamentarias de los partidos que exigen, cómo no, cómo no, gracias a la democracia que existe en este país, pueden subirse a este tribuna a enjuiciar, sin saber trabajar, sin saber luchar, por lo intereses de este pueblo mexicano.

Y yo a eso los invito, a todos ustedes, a sumar esfuerzos a luchar por este pueblo que en alguna ocasión les dio la oportunidad de venir a esta Cámara. No me vengan ustedes a decir que ustedes son los representantes de este pueblo mexicano...

(Voces desde una curul): -¡Que se lave la boca...!

El C. Juan José Castillo mota: -Se la voy a lavar a usted, porque usted necesita muchas cosas de estas, necesita usted lecciones, necesita salirse a la calle, y no solamente basarse en notas periodísticas. Necesita salirse a luchar en defensa de los intereses de este pueblo, de este pueblo mexicano que merece nuestro respeto, que merece nuestra admiración y por el que estamos aquí, dispuestos a luchar. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Hará uso de la palabra, para el hecho el C. diputado Gascón Mercado, cinco minutos.

El C. Alejandro Gascón Mercado: -Señoras y señores diputados: Yo creo que nosotros estamos obligados a ubicar las cosas. Yo vengo a esta tribuna en defensa de cualquier terrícola que pase por nuestro país porque si vamos nosotros a enfrentar los derechos de los mexicanos contra los derechos de los colombianos y de otras nacionalidades, este país está retrocediendo siglos. Creo que nosotros aquí tenemos un ordenamiento jurídico que establece claramente cuáles son las normas a las que debemos ceñirnos todos.

Y el hecho de que extranjeros cometan delitos en el país, no califica a sus compatriotas, porque con este criterio todos los extranjeros aquí que vengan a México ya son sospechosos, y tenemos que aislarnos y vamos directo a la vida de las cavernas. Y si aquí se sigue utilizando el lenguaje de que nos han hecho el favor a estas minorías de que estemos en la Cámara, estamos retrocediendo también. La verdad es que nosotros tenemos una representación auténtica en esta Cámara, porque representamos a miles de mexicanos que piensan como nosotros, todos. Y yo creo que no hay equidad en la representación inclusive Lo que debería haber es una auténtica representación proporcional para que aquí hubieran la cantidad de diputados de los distintos partidos, según la votación que tuvieron; y esos no se da, porque aquí hay diputados de 20 mil votos y hay otros de 70 mil.

Yo entiendo que seguir utilizando ese lenguaje de la época anterior a 1917, carece de sentido. Nosotros estamos luchando desde hace tiempo porque esta Cámara represente no sólo a determinadas cantidades, sino represente el pensamiento realmente plural de nuestro país.

Y ahora en el afán de defender algo indefendible, se está retrocediendo aquí todo, porque de veras estamos retrocediendo. La señora procuradora ya compareció ¿Qué más comparecencia que esta? ¿Que no esté físicamente? Bueno, pues, eso no tiene la menor importancia. No solamente compareció, ya está enjuiciada.

Pues, eso está muy claro. Para qué manejar nosotros malabarismos. La preocupación ya no es nuestra, es de otros francamente. Es como aquel que dijo: Yo estoy muy preocupado por las deudas que tengo, si tienes ese problema te lo resuelvo, a quién le debes, a fulano de tal, le habló por teléfono y le dijo -quien te debe no te puede pagar- ya te resolví el problema, le digo por qué, porque ahora el preocupado es el otro, ahora ya sólo hay una preocupación aquí, la del Presidente de la República, realmente él es el que debe de estar preocupado, porque todas las defensas que se han hecho aquí han sido contrarias a la procuradora del Distrito Federal, yo creo que eso es evidente, está muy claro, que vamos a continuar de

esta manera, bueno yo entiendo que en nuestro país después del terremoto ya no se vale andar matando gente, fuera de los terremotos, porque ya los terremotos son de por sí serios y si a eso le vamos a agregar las malas autoridades y a los torturadores oficiales, bueno, no creo que ese sea el debate, vamos aprovechando esos momentos de pena realmente para que nosotros demos otros cauces y no revivir polémicas que pertenecen a la época de las cavernas.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Juan de Dios Castro.

El C. Juan de Dios Castro Lozano: -Señor presidente; señoras y señores diputados: En este debate ha habido de todo, desde la afirmación hecha por una muy estimable compañera y respetable compañera diputada, que manifestó que frente a las garantías individuales, está el mandato de preservar el orden social.

La cita que el diputado Araujo hizo de la iniciativa de ley que presenté en esta Cámara a propósito del artículo 16 constitucional y que espero que cuando se discuta en comisiones o entre a discusión en este pleno, el señor diputado Araujo pueda sustentar el mismo criterio que sustentó hoy, pero un criterio torcido jurídicamente hablando, en el sentido de decir cosas que yo no dije en la exposición de motivos de tal iniciativa.

Bien, es cierto que la gente del Ministerio Público no tiene límite en cuanto al tiempo para integrar una averiguación previa, así está en la iniciativa, pero sin detenido, no con detenido. Y esto último se le olvidó al señor diputado Araujo.

Y aquí está en conflicto también la afirmación hecha, tremendista, y aplaudida por ustedes también, de que esta Cámara no tiene facultades para conocer de los casos de violación de garantías individuales, desde el punto de vista jurídico y que pretender que está Cámara conozca de casos sistemáticos de violación de garantías, implica reducir la función de esta colegisladora a la función de una agencia del Ministerio Público o de una Comisaría. Voy a plantear el debate en el aspecto plenamente jurídico.

Tal parece que el señor diputado Juan José Castillo Mota, no entendió la aclaración precisa de nuestra postura y de nuestra posición que hizo el diputado Heberto Castillo. No se trata aquí de ubicarnos a los que estamos en la postura del contra, de estar por la posición de defensa de la delincuencia o de protección a la delincuencia, negando la facultad del Estado y la facultad del Ministerio Público, contenidos en el artículo 21 constitucional de perseguir los delitos, indagar, investigar, integrar la averiguación previa y consignar al juez penal.

Esa postura que nos achaca, nos han achacado varios diputados, o una de dos, o no estaban aquí cuando escucharon la postura del contra, o dolosa, malintencionadamente no han querido entender esa postura por falta de una argumentación racional.

Ya se habló de los casos que el artículo 16 constitucional prevé en que se puede detener a una persona sin orden judicial. El caso de urgencia, que no es el que alegó la señora procuradora, y el caso de flagrante que sí fue el que alegó la señora procuradora.

Cuando en las reuniones de la Comisión de Justicia adelantamos nuestros argumentos, sirvió como para que la subcomisión que elaboró un informe tuviera elementos de juicio para tratar de encuadrar el artículo 16 constitucional la postura de la procuradora o de los agentes bajo sus órdenes que ordenaron la detección de los que se ha dicho han sido delincuentes colombianos.

Nosotros planteamos en las primeras reuniones esos dos casos de excepción y dijimos: dígasenos en qué condiciones fueron detenidos, con el objeto de que se pueda determinar si encuadran dentro de los casos de excepción del artículo 16 o en este caso una evidente situación de responsabilidad oficial, el artículo 108 de la Constitución General de la República.

Quiero plantear que la propuesta era hacer comparecer a la procuradora para que aclarara, contestara algunos cuestionamientos, no iba a venir, como decía uno de los señores diputados del pro, como acusada. Si viniera a sentarse en el banquillo, de los acusados no se habría hecho una proposición para que compareciera, sencillamente, señores diputados, se habría presentado en esta Colegisladora una demanda de juicio político para la procuradora de Justicia del Distrito Federal.

Quiero plantear esa situación del contra, no se trataba de la imputación a la procuradora de un delito oficial, de una falta que la Ley de Responsabilidades estableciera como argumento suficiente para ser sujeta a juicio político. Pero, ¿qué se hizo en la Comisión de Justicia? Y más grave, ¿qué hizo la señora procuradora ante la presencia de los diputados de la Comisión de Justicia que tuvieron este cambio de impresiones el viernes anterior? Señores diputados, para empezar, la señora procuradora en su comparencia dio elementos, con las grabaciones que existen, para que se le pueda procesar por las faltas que son causas suficientes para que se instaure el juicio político en los términos del artículo 108 de la Constitución General de la República. ¿Por qué razón? Porque admitió la violación de garantías.

Y aquí entramos en el terreno jurídico. ¿Por qué afirmó que admitió, la violación de garantías? Yo quiero suponer que es cierto lo que dice el informe que fue rendido ante la comisión y que fue dado a conocer a ustedes, de que en el caso de uno de los colombianos detenidos con fecha 9 o 10 de septiembre, se le detuvo, con motivo del disparo de arma que fue realizado en un cabaret; ahí se me dirá, por eso afirmamos que no se violó la Constitución porque ahí no se requería

la orden judicial de aprehensión, se estaba ante un caso evidente de flagrante delito, porque era detenido en el momento de la comisión del delito de disparo de arma de fuego, posesión ilegal de arma de fuego y los que pudieran resultar. Por lo tanto, no hubo violación a la Constitución en su detención.

Y puedo aceptarlo, pero fue detenido el 9 o 10 de septiembre, señores diputados. Y aquí no reza lo que decía el diputado Araujo, que 10 días y puede confirmarse en la transcripción taquígrafia aceptando el hecho por parte del diputado Araujo, 10 días era un fortísimo tiempo y debiéramos estar agradecidos de que fueran tan diligente la agencia del Ministerio Público para poder integrar la averiguación, 10 días detenido y aquí entramos en algo que es tremendo para que lo diga el actual subprocurador de Justicia del Distrito Federal, Paz Horta. En la comparecencia dijo: -ah, es que las 72 horas de que habla el artículo como garantía en todo juicio criminal, la Constitución lo precisa, es en el juicio criminal, y aquí no había juicio, por lo tanto no son aplicables las 72 horas y para el agente investigador no hay términos. Que lo diga el subprocurador, pero voy más allá señores diputados; en una obra; en el capítulo de acerca de la detención por acuerdo del Ministerio Público, se lee lo siguiente:

"Evidentemente no son infrecuentes las arbitrariedades cometidas al amparo de este objetivo; el que el Ministerio Público ordene la detención de una persona a la que considere probable responsable en la comisión de un delito."

Está diciendo que es tan evidente las arbitrariedades en todo el país de que el Ministerio Público detenga, quebrantando los principios del artículo 16 constitucional, y esto, señores diputados, contra lo que dice la mayoría, que no hay violación de garantías en México, lo dice el asesor jurídico del Presidente de la República, Sergio García Ramírez procurador general de la República, el asesor jurídico de la Presidencia y dice más, dije que la Constitución para el Ministerio Público en los términos en que está redactada, constituye un estorbo para la realización de las averiguaciones previas y para la función investigadora del Ministerio Público. Es cierto, dice él, que resulta en extremo difícil observar los requerimientos legales para la detención de un individuo, así existan pruebas fehacientes. Cambien la Constitución, pero no la violen. Aquí una diputada a la que no he tratado pero en lo personal me parece respetable, señaló frente a las garantías individuales, está el mandato de preservar el orden social. La Corte ha indicado que las garantías individuales no son un derecho de una persona en particular; que atentar contra las garantías individuales es atentar contra los intereses de la comunidad, de tal manera que si atenta contra las garantías individuales, se atenta contra todos y cada uno de los individuos de la comunidad; se atenta contra el orden social. Y no me vengan a decir que no hay violación. No habrá habido violación de la procuradora formalmente, a la luz del informe que ella misma rindió, en la detención del primer colombiano el día 10 de septiembre. Pero, pero, el artículo 107 constitucional en su fracción XVIII, establece que también será consignado a la autoridad o a gente de ella, al que realizara una aprehensión no pusiera al detenido a disposición de su juez dentro de las 24 horas siguientes. Y pasaron 10 días dice el diputado Araujo y luego me dice que no hay violación a la Constitución. Pero voy con otro caso, una dama nos mostró en su intervención , me referiré exclusivamente a sus conceptos, como dama me merece todo mi respeto, fotografías del fallecido abogado Saúl Abarca Alarcón. ¿Que dijo la procuradora respecto de esto?, o una de dos, o la procuradora ignora que existe la Ley Reglamentaria del artículo 119 constitucional, o dio la respuesta pensando que los diputados ignoraban su existencia, o dio la respuesta porque no tenía otra salida.

Se le dijo: Señora procuradora, ¿por qué fue detenido por agentes judiciales del Distrito Federal el que según el expediente resulta ser autor intelectual de la muerte del abogado Saúl Abarca Alarcón? Y dijo: Ah, porque hay convenios entre procuradurías hermanas.

Qué tremendo que la procuradora con seis años de juez, magistrada en el tribunal, ahora representante de los intereses de la sociedad haya dicho eso. La Ley Reglamentaria del artículo 119 constitucional, para aclararles, regula la extradición entre entidades, extradición de reos de una entidad a otra, y dice el artículo 3o. de esa Ley Reglamentaria del artículo 119 de la Constitución General de la República: "corresponde requiere la entrega del inculpado: fracción primera: a la autoridad judicial." ¿Dónde está, dónde quedó el exhorto de la autoridad judicial del Distrito Federal donde requería la entrega del inculpado en diversas entidad en que fue detenido?

"Fracción segunda; a la autoridad administrativa sólo cuando haya sido sentenciado", y aquí no había habido sentencia.

Pero la procuradora dice que en todo el país los agentes de la Policía Judicial del Distrito Federal pueden detener inculpados porque hay convenios entre procuradurías hermanas.

Señores diputados, por último, para quien dijo que no éramos competentes para conocer de la violación de garantías, artículo séptimo de la Ley de Responsabilidades: "redundan en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, las violaciones graves y sistemáticas a las violaciones graves y sistemáticas a las garantías individuales." Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado David Jiménez González.

El C. David Jiménez González: -Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros

diputados: En primer término quiero hacer una pertinente aclaración a mi compañero y amigo diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, respecto a lo que dije en la reunión de trabajo con la señora procuradora de Justicia del Distrito Federal.

Dije, y lo sostengo que todos los presentes en esa reunión del 1o. de noviembre, y que nuestros partidos políticos condenábamos con energía cualquier tipo de violación a los derechos humanos y a las garantías constitucionales que pudieran presentarse, y que estábamos atentos a que los actos de las autoridades se ajustaran a las leyes. Pero nunca manifesté que se hubieran presentando tales violaciones. Así lo dije delante de todos los que asistimos, y quiero reiterar que mi partido y nuestro gobierno, todos los que estamos aquí, estamos conscientes de ello, y se ha caracterizado por la enjundia con que se han defendido los derechos humanos a nivel internacional, y la voluntad manifiesta de nuestro gobierno en apegar su conducta a la Constitución y a las leyes.

El fin del derecho en general es la protección de la vida y de los intereses de la persona humana, es decir, de los bienes jurídicamente tutelados. En el campo del Derecho Penal, el Estado actúa dentro del poder coercitivo, mirando a la defensa social frente a un daño no sólo individual sino también social.

Coincidimos todos que en la vida social exige necesariamente limitaciones a nuestros intereses sólo regulables por medio de normas jurídicas. Desde el punto de vista objetivo, o sea, mirando a los fines, la norma es la que hace posible la convivencia social. Desde el punto de vista subjetivo, es la garantía de esa convivencia para cada uno.

Todo aquello que ponga en peligro la convivencia deberá ser salvaguardada por el Estado, persona jurídicas mediante la cual actúa la sociedad.

El Estado tiene el deber de defender y el poder de hacerlo, a la sociedad entera, contra toda suerte de enemigos, de los de afuera y de los de adentro.

Así el Estado como organización jurídica de la sociedad tenga en sus manos el poder de castigar a lo que los romanos y los tratadistas han denominado el jus pudiente.

Ante la necesidad por una pare, de sancionar el delito, y la otra de dar satisfacción a los intereses lesionados y legítimamente protegidos, en lo social.

En una palabra, la existencia de un derecho concedido formalmente como un conjunto dispositivo.

No carece de validez y verdad universales el proverbio sociológico que dice; "Hube homing societas. Hube societs Jus". Pues el derecho es inseparable de toda convivencia humana que sin el sería imposible.

Aquí en diferentes aspectos, se han tratado el problema del dictamen de la Comisión de Justicia... Los que subscribimos y apoyamos el dictamen nos manifestamos que nunca aprobaremos ni aceptaremos que se violen las garantías constitucionales ni tampoco los derechos humanos.

Nuestro partido sería el primero en alzar su voz para condenar todo tipo de actos de esa naturaleza. Ahora bien, se ha manejado la Constitución en diversos preceptos, el 1o., el 16, el 19, el 21, el 93, el 107, el 108 y el 110 aquí en esta tribuna y pienso yo que para que podamos entender y comprender todas esas gamas de disposiciones jurídicas que garantizan la libertad y la seguridad de todos aquellos que vivimos y que aquellos que no lo sean nacionales, transitan por nuestro país, están también jurídicamente protegidos por nuestro orden constitucional.

Sabemos pues que en la Constitución, se establecen sendas garantías de protección al ciudadano o al gobernador como me lo mencionaba alguno de los tratadistas de derecho constitucional, pero estamos conscientes también que en esa Constitución se establece el procedimiento por el cual deben de actuar las autoridades respetando estas disposiciones constitucionales, cuando las disposiciones constitucionales llegasen en un momento dado a ser violadas existe también un procedimiento por medio del cual hay un órgano que los obliga a que ajusten a la Constitución sus actos esas autoridades, ¿a qué me lleva esta reflexión?, me lleva a una situación jurídica y de carácter constitucional, si hubo detenciones ilegales como afirman muchos de los compañeros de aquí de la oposición que han levantado en su contra su opinión del dictamen que elaboramos nosotros en la Comisión de Justicia, queremos decirles que también se establece en la propia Constitución, el artículo 103 en donde los tribunales federales conocen de las violaciones a las garantías constitucionales y en el seno de la Comisión de Justicia no se presentó ningún documento que nos pudiera dar luz que alguno de estos detenidos haciendo uso de esos derechos que establece la Constitución, hayan recurrido a los tribunales federales para que la autoridad, en este caso el Ministerio Público pudiera ajustar sus actos o su acciones.

No encontramos ninguna actuación de esa naturaleza, hay un dispositivo constitucional que garantiza y preserva los derechos no solamente de los mexicanos sino también de los extranjeros.

Respecto al artículo 93 creo yo que muchos de nosotros ya hemos hablado, dialogado inclusive en el mismo seno de la comisión respecto al alcance de este precepto constitucional, que tiene inclusive sus orígenes en su primera parte en la Constitución de 1857 y con posterioridad, lo sabemos perfectamente bien, debido a las reformas de 1974, llega y se incluyen los departamentos y los organismos descentralizados; en donde nos podrían dar luz inclusive de que si los legisladores de 1917 al tener un Estado que se está formando después de la Revolución de 1910, no habían conocido o no se había todavía concebido los organismos descentralizados o en un momento dado, el mismo Departamento

del Distrito Federal. Sino fue hasta la reforma de 1974, en donde se incluyen por parte de los legisladores para que también estén sujetos a la disposición de este precepto constitucional.

Por consiguiente, no era desconocido para los que establecieron esta reforma al artículo 93 que existía al procurador general de la República y al procurador general de Justicia del Distrito Federal.

Si hubiera estado en el ánimo de ellos, también como en los jefes de departamento y los organismos descentralizados hubieran quedado comprendidos dentro del artículo 93 constitucional.

Nosotros pensamos y lo seguiremos manteniendo, que cuando exista algunas manifestaciones o algunos actos que atenten contra los derechos o violen las garantías individuales, seguiremos velando porque esto no sea así y pueda respetarse la constitución, pero mientras no esté demostrado fehacientemente este aspecto, nosotros debemos de ajustar nuestras acciones y nuestras conductas a lo que establece nuestra Carta Magna. Por eso hemos querido subir a la tribuna y decir que el dictamen que ha elaborado la Comisión de Justicia sea apegado estrictamente a la ley y sea apegado estrictamente a toda esa serie de diálogos, de entrevista de comparecencias en el seno de esta comisión, de la procuradora Adato.

Por eso, compañeros, todos de la Cámara de Diputados, pensamos que nuestro dictamen de la Comisión de Justicia sea ajustado estrictamente a derecho.

El C. Presidente: -Diputado, hay una interpelación, ¿la acepta usted?

El C. David Jiménez González: - Le rogaría al compañero Eduardo Valle, que una vez que termine, con mucho gusto podremos dialogarlo en su curul. Por eso quiero decirles a todos ustedes: Estamos aquí efectivamente analizando una serie de acontecimientos y de casos en donde la voluntad de esta Cámara de Diputados amplió absolutamente, como lo hizo dentro del seno de la Comisión de Justicia, de agenciarse todos los datos que nos pudieran dar luz sobre los hechos denunciados por el compañero Manuel Terrazas, del PSUM.

Por todo ello pensamos nosotros que el dictamen elaborado en la comisión y los que suscribimos este dictamen, podemos decirlo, no se violaron ningún derecho humano, ninguno de los derechos humanos fueron violados y tampoco podemos nosotros aceptar de que sí existe en la disposición conciliar del 103 un medio de impugnación, un medio de constreñir a las autoridades a que ajusten sus actos a la Constitución, deben de hacerlo de acuerdo con lo que marca el propio precepto, el artículo 103 constitucional.

El C. Presidente: -El C. diputado Eduardo del Valle tiene la palabra, para hechos, cinco minutos.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa: -Con su autorización, señor presidente:

El negarme la interpelación el amigo y compañero David Jiménez, me obliga a subir para hechos.

Seguramente David conoce muy bien, al señor diputado Jiménez, la historia del artículo 92 de nuestra Constitución. Dice a la letra:

"Todos los reglamentos de crédito acuerdos y órdenes del presidente deberán estar firmados por el secretario de Estado o Jefe del Departamento Administrativo a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos".

Los constituyentes de 1917, cuando establecieron este artículo, lo establecieron con una misión política y jurídica muy precisa. No se puede acusar al Presidente de la República más que del delito de traición a la patria y de delitos graves de orden común.

¿Qué pasaba si había inconstitucionalidad en una orden del Presidente? entonces se consignan en el Diario del Constituyente de 1917?, se dijo que firme el secretario del despacho o que firme el jefe administrativo, precisamente para reclamarle a él la falta constitucional y no poder ir entonces contra el Presidente. Ahí está el Diario de los Debates y seguramente, por los amplios conocimientos de David, esto lo sabe él mucho mejor que yo.

En función de esta situación y en función de que mi compañero David Jiménez, se niega sistemáticamente a concederme al menos alguna vez una interpelación me permito preguntarle a los compañeros de la mayoría y en particular, por supuesto, a David Jiménez, ¿no le parece en exceso cargarle políticamente al Presidente de la República la defensa de la violación a la legalidad y a las garantías constitucionales que muchos de sus compañeros han hecho aquí? Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra la C. diputada Rosario Ibarra de Piedra.

La C. Rosario Ibarra de Piedra: -Señor presidente; señoras y señores diputados: En 1979, el entonces procurador Oscar Flores Sánchez, presentó a la prensa un informe sobre desaparecidos políticos, sobre detenidos desaparecidos, lo ayudó el licenciado Fernando Baeza, varias de mis compañeras hablaron con él y ellos decían que obscuros designios nos movían para tratar de desprestigiar al sistema, que nosotros hablábamos porque sí de la desaparición y la tortura.

Hacía mucho tiempo que estábamos nosotros denunciado la desaparición y la tortura y nunca, hay que decirlo, nos dieron respuesta a nosotros, la respuesta fue dada a la prensa porque estaba cercana la visita del Papa a nuestro país y se quería darle una chantajeada a la imagen del gobierno mexicano, y porque tenía claro está, que nosotros lleváramos nuestra petición de justicia al Pontífice.

Ese recurso del procurador Flores Sánchez y el licenciado Fernando Baeza, y que fue utilizado también con anterioridad por el señor ex procurador Pedro Ojeda Paullada, es el mismo que utilizan hoy aquí los diputados Melquiades Morales Castillo Mota y tantos otros, que nosotros tratamos de desprestigiar al sistema y nosotros queremos decirles que el sistema se desprestigia sólo se le olvidan al señor Melquiades Morales los asesinatos, los secuestros, las violaciones y las garantías individuales de los campesinos y los indígenas de Puebla, se le olvidan también al diputado que acaba de hablar todas las violaciones a los derechos humanos en Morelos, en Chihuahua, en toda la República; parece que los señores diputados del PRI no se acuerdan de ninguna de estas cosas. En nosotros no hay ningún interés de desprestigiar a nadie, nosotros exigimos los derechos que nos asisten, nosotros exigimos que sean devueltos los desaparecidos, los detenidos desaparecidos, y hay también de este sexenio y son responsabilidad de la procuradora Victoria Adato de Ibarra. El profesor Ramón Monroy Olivar, Candelario Campos Ramírez, Eduardo Vargas Alcalá, Manuel Islas, Celestino Acevedo Ortiz son desaparecidos en esta etapa de gobierno y fueron secuestrados por policías de la Procuraduría del Distrito Federal. Entonces no hay por que afirmen los señores diputados que queremos desprestigiar a las personas, ellas solas se desprestigian en el desempeño de sus funciones. No se trata ya, señores diputados, de probar en este país si la práctica de la tortura es cotidiana, todos lo saben, que no lo quieran reconocer aquí es otra cosa, pero todos lo saben. Amnistía internacional lleva años denunciando en su informe que la tortura se practica en todos los cuerpos policiacos de México, del país entero, la extorsión a los extranjeros y a los nacionales, las policías ilegales y dígalo si no la tenebrosa Dirección Federal y de Seguridad; hay asesinatos también, como ya se dijo aquí que han quedado impunes el del periodista Manuel Buendía que es de esta época, por no hablar ya de todos los demás de la historia de este país. No vale la pena discutir aquí lo que parece que no se quiere oír. Con la excepción digna de los compañeros de la oposición de un lado y del otro el PRI parece que se tapa los oídos ante estas cosas.

Nosotros lo discutimos a dario en ese conocimiento vulgar al que hacia referencia un diputado panista. Lo discutimos a dario con el pueblo. El pueblo lo sabe; lo siente porque lo vive y porque lo sufre. Por eso creemos que no vale la pena discutirlo aquí. Sin embargo queremos decir algo: Es sorprendente que una señora diputada que vino aquí, estuviera al borde de las lágrimas al imaginar el dolor, la pena, el sufrimiento y las vejaciones de esas personas que fueron supuestamente maltratadas por los supuestos delincuentes colombianos Nosotros hace días dijimos aquí mismo muchas cosas acerca de los desaparecidos y de la tortura y ninguna de las diputadas priístas y en especial la compañera diputada de la Comisión de Justicia se conmovió.

Nosotros si nos conmovemos. Nos conmovemos con el sufrimiento de esa gente si es que fue vejada por esos supuestos delincuentes colombianos. Y nos conmovemos también con el sufrimiento de los miles de familias en este país, que han sufrido torturas, vejaciones, humillaciones y cárcel injusta de parte de este gobierno, de parte del poder público que es el que tiene el deber de hacer valer la Constitución y que es el primero que la viola.

Nosotros no defendemos los derechos humanos de unos y no los de otros. Y que bien que lo dijo el ingeniero Heberto. Nosotros defendemos los derechos humanos, de todos los seres humanos.

Señores conozco a los judiciales que secuestraron y torturaron a mi hijo: Juventino Romero, César Cortés, Manuel Negris, Donato Granados Cuevas, Ariel Salazar Castañeda, en cuyo rancho en el ejido de Los Remates, torturaron a mi hijo. Pero yo, señores, estoy en contra de que se pudiera torturar a esos señores torturadores. Esa es la diferencia señores. Esa es la diferencia entre los priístas y nosotros. (Aplausos.) Por eso señoras y señores diputados, nosotros vamos a luchar porque prevalezca este criterio y no el de ustedes, porque ustedes son cómplices, porque ustedes son torturadores en potencia, porque ustedes llevarían a un totalitarismo a este país y nosotros estamos en contra de esas cosas señores diputados.

Quiero que sepan, voy a abundar más todavía que nuestra listas tienen seis agentes judiciales de Sinaloa, dos soldados y un policía; sus madres tuvieron más confianza en nosotros que en aquellos para los cuales sirvieron, porque después de que los sirvieron como perros falderos, después de que se ensuciaron las manos con la sangre de sus jefes no quisieron tocar, los mandaron a las tinieblas de la desaparición. Y nosotros recogimos el clamor de esas madres y los estamos defendiendo, y lo vamos a seguir haciendo. Y nosotros pedimos también la destitución de la procuradora, su castigo y el de todos los delincuentes con placa de esa dependencia, y seguiremos luchando hasta que no se viole uno más de los derechos humanos en este país. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene la palabra el C. diputado Santiago Oñate.

El C. Santiago Oñate Laborde: -Señor presidente, con su venia, señores diputados: A lo largo del debate sostenido por algo ya más de cuatro horas sobre un dictamen presentado por la Comisión de Justicia de esta Cámara de Diputados, se han suscitado varios y variadas intervenciones sobre un buen número de asuntos de alguna manera concretados

con el punto de acuerdo propuesto por la comisión en el dictamen que hoy discutimos.

Qué bien que así sea, que hayamos tenido la ocasión de escuchar sin duda alguna importantes, bien fundadas intervenciones sobre problemas a los que ningún ciudadano, a los que ningún individuo puede llamarse ajeno. Qué bien, y lo digo convencido profundamente de la propuesta presentada por el diputado Terrazas, haya dado la ocasión para que en esta Cámara de Diputados se escuchen planteamientos de fondo y no todos, debo decirlo, de fondo, pero sí algunos, sobre el tema de la vigencia de los derechos humanos, sobre el problema del estado de derecho.

Sabemos que los dos puntos inicialmente mencionados en la propuesta de comparecencia que presentó el PSUM, han sido rebasados en el marco de esta situación. Se han abordado, repito, dos cuestiones a mi entender fundamentales: El de la justicia en México, y el de la vigencia de los derechos humanos en este mismo país.

Mejor administración de justicia, formas que aseguren una más plena vigencia de los derechos humanos, son uno y otro propósito, expresión cabal de los ideales del Estado de derecho y valores supremos de los pueblos civilizados a los que esta Cámara no debe permanecer ajena, a los que esta Cámara, hoy, por este debate, se ha puesto en el terreno de su deliberación y de su discusión.

En su carácter de ideales y valores orientadores de la acción política, porque esos son, orientadores de la acción política, no cabe afirmar que sean entidades respecto a las cuales puedan establecer que existen o que no existen. En tanto que valores o ideales son metas a las que debemos llegar; son metas a las que debemos encaminarnos, lo que está realmente en tela de juicio, en tela de discusión, en tela de este trabajo político que aquí se lleva a cabo, no es si existen o no, sino cómo estamos avanzando hacia los mismos, o cómo estamos retrocediendo para su alcance.

No podemos eludir estos dos puntos: El juicio político que aquí se haga sobre esta realidad, debe de ser un juicio en donde se ponderen y valoren las acciones concretas, que una administración, que un estado determinado, emprende para la consecución de los mismos.

El esfuerzo por alcanzar una mejor justicia; el esfuerzo por alcanzar una más plena vigencia de los derechos humanos, es, en suma, lo que debe ser valorado por esta asamblea en su carácter de cuerpo político en su carácter de representación nacional.

Porque es esa la preocupación que debe de guiarnos y no hechos aislados que pueden ser o no ser, que pueden estar sujetos a discusión o que se encuentran bajo la mira, bajo el escrutinio y bajo la decisión de otro poder.

A lo largo de la discusión, decía yo que se han hecho planteamientos de importancia para centrar el camino de esto. Uno primero que no debemos soslayar es el relativo a las atribuciones de esta Cámara de Diputados, a las atribuciones de esta representación nacional en materia de derechos humanos. Y las correspondientes responsabilidades en la misma, no sólo del cuerpo colegiado sino de mayoría y minoría, por que en última instancia, en este foro de deliberación y decisión democrática, es ese diálogo entre mayorías y minorías de lo de sus respectivos ámbitos y responsabilidades al que puede servir para dar cause, para brindar orientación hacia aquellas acciones estatales sobre las que espero y estoy seguro que no exista discrepancia: La mejor justicia y la vigencia de los derechos humanos.

Ha dicho un diputado, el diputado Humberto Castillo, con mucha precisión de que aquí no se trata de defender a criminales. La solicitud presentada no es una solicitud en la que se pretende defender a un criminal. No lo es por diversas razones, pero quizá hay una muy sencilla, porque esas personas hemos insistido y así lo recalca el debate, son sujetos de un juicio y no podemos aquí predicar su culpabilidad o su inocencia sin que con ello interfiramos en las acciones que al respecto se conducen.

Así pues que si vamos a hablar de defender a alguien, estamos hablando de defender a personas, de defender los derechos de las personas. Tampoco es válido, y esto debe de quedar claro también el sostener que aquí se viene a defender a ultranza a funcionarios del régimen.

No es ese el propósito que anima ni al dictamen ni a la intervención que quiero desarrollar ante ustedes. Porque no se trata, y que quede establecido con precisión aquí en una antesala de un juicio político, o de un juicio político o de la determinación de responsabilidades y la consecuente imposición de sanciones.

La deliberación que nos motiva es sobre una solicitud de comparecencia que ha traído aparejada la discusión de otro tema, algunos de ellos de un fino sabor jurídico, como las disquisiciones en torno a la flagrancia, en torno a la detención y que en su oportunidad encontrarán un cause y una sede adecuada, cuando en breve término esta Cámara habrá de analizar iniciativas de reformas a los códigos de procedimientos, códigos de procedimientos penales de los cuales aquí ya se ha hablado con suficiencia, códigos de procedimientos relativos a la justicia que como todo ideal que se persigue alcanzar son necesariamente perfectivos. Se han dicho también afirmaciones de un claro contenido político y bien que se hagan y que se abra la discusión sobre esos temas, muy en particular la formulada también por el señor diputado Terrazas, cuando él sin ningún ambaje y con toda claridad dice, aspiramos a un sistema parlamentario, esa afirmación abre la discusión acerca del régimen de gobierno que tenemos; en el mismo sentido se manifiesta el diputado

Conchello, no reclaman parlamentarismo pero sí haciendo una acusante pregunta, se trata de la defensa del estado de derecho o de la defensa de los derechos del Estado. Algunas otras afirmaciones también políticas, no tienen la misma riqueza que está, tal es la de aquellos que hablaron de totalitarismo o de aquellos que hablaron de dar oligarquía por la confusión entre el partido y el gobierno y su pretendida vinculación a esta Cámara de Diputados.

El tema común que nos une en esta disquisición jurídica y política, el tema en el cual encontramos el común denominador los distintos diputados que hemos hecho uso de esta tribuna no es sino uno, la defensa de la Constitución, esa es la preocupación central que debe de animarnos, no la defensa de un individuo en lo particular y concreto, ni tampoco la defensa de un funcionario en lo particular y específico, nuestra tarea es la de establecer las condiciones para la plena vigencia y el desarrollo del orden constitucional y son varias las formas a través de las cuales esta Cámara de Diputados, este Congreso con las leyes que nos rigen, se encamina a la búsqueda de ese fin; una, la más obvia, es la función legislativa, función que en todos los estados de derecho clásico, de división de poderes clásicos, si lo podemos llamar es la exclusiva de las cámaras pero también hay otras funciones que los estados modernos de derecho, como en el estado mexicano, asignan a sus Cámaras de Diputados y es la función de control. Es a esta función de control a donde parecería adscribirse, a donde parece encuadrarse, en mi opinión, el artículo 93 de la Constitución.

Quiero discutir ahora si este artículo 93 de la Constitución otorga facultades de control en materia de vigencia de los derechos humanos, en materia de vigencia de las garantías individuales. Estoy asentando ya que es función de esta Cámara el ocuparse de las garantías individuales, pero quiero ahora precisar en primer lugar, si es a través del 93 constitucional, si es a través de las comparecencias, como esa salvaguarda de los derechos humanos se logra.

Los puntos centrales planteados en el dictamen y planteados en la propuesta desde un punto de vista jurídico, son el solicitar la comparecencia de la procuradora general de Justicia del Distrito Federal, ante esta Cámara de Diputados y en virtud de lo dispuesto en el Reglamento y en lo dispuesto en la Constitución. Las referencias tanto del reglamento, las referencias, perdón, del Reglamento nos remiten necesariamente a este artículo 93 de la Constitución.

No quiero aquí abundar en disquisiciones históricas, sino simplemente apuntar que el artículo 93 de la Constitución de 1917 en su forma y estructura original impuso una obligación concreta y precisa a los secretarios de despacho, obligación similar o equivalente a la que se fija también al Presidente de la República: A saber la de rendir un informe al Congreso tan pronto como ese inicie sus labores. ¿Qué es lo que pretendió el Constituyente de 1917 con esta norma? Quien vea la exposición del motivo del primer jefe constitucionalista, quien se percate que no hubo debate al respecto, que fue aprobado por unanimidad, encontrará que se trataba fundamentalmente de obligar a que los diputados a que los miembros del Congreso conocieran la actividad realizada por los secretarios de Estado y no sólo la desplegada por el Presidente que de alguna manera condensaba y resumía particularidades realizadas por otro ramo.

Pero esta norma no se quedó inalterada a los largo de nuestra historia constitucional.

Hay dos momentos en los que es importante reflexionar: ¿Cuándo viene modificada? Viene modificada en primera oportunidad y en esa forma intervinieron muchos legisladores que se encuentran hoy aquí y que entonces estaban ya en el Senado como Barberena ya en esta Cámara, como el diputado Robles Quintero, con el objeto de que no sólo informasen los secretarios de Estado, sino que también los jefes de departamento administrativos, los directores y administradores de los organismos descentralizados federales. Se trataba aquí de ampliar la información, vuelvo a subrayar, la información que la Cámara requería sobre acciones del Estado importantes para la nación, importantes para la tarea legislativa, tales como las realizadas por los organismos descentralizados. Ese era el propósito que entonces se buscó. No hay otro elemento ni en el dictamen de esta Cámara, ni en el dictamen del Senado, ni en la iniciativa presidencial que nos permite inferir con validez que se buscaba algo más que una información precisa sobre asuntos en los cuales el Congreso debería de intervenir.

Con posterioridad esta reforma de 1974 viene la reforma de 1977 en el conjunto de reformas políticas que en el momento se realizan para introducir una figura más, aquí sí ya de control, una figura típica de investigación, y así se denomina, de investigación de determinadas empresas que en el mismo se señalan , a fin de que los legisladores pudiesen visitar, pudiesen allegarse elementos de juicio y pudieran conocer la gestión concreta que se realizaba en un determinado lugar, para qué, para una finalidad que la misma Constitución señala: Informar al Ejecutivo sobre la misma para que éste tome las providencias necesarias.

Pero que quede entendido pues que estos tres párrafos del artículo 93 constitucional se refieren, los dos primeros, a informaciones que los secretarios del despacho deben dar a la Cámara, y la otra a la facultad de la Cámara de crear comisiones de investigación sobre organismos específicos en los cuales la consecuencia no se limita ya a recibir información, sino a proponer acciones concretas al Ejecutivo, respecto a estas empresas u organismos ahí señalados.

Queda entonces bien claro, al menos así me lo parece, que la naturaleza de las comparecencias sobre las que tanto se ha venido deliberando en el curso de las últimas semanas, no es otro que el de proporcionar a los legisladores información sobre un asunto o materia que forma parte de una iniciativa que el Congreso habrá de discutir, o de un asunto sobre el cual el Congreso debe pronunciarse.

Estos son los parámetros a los que se concretan y a los que se ciñen las comparecencias; ésta es la materia propia de los mismos, la administración, la realización de tareas de la administración pública que el Congreso desea conocer a efecto de incidir sobre las mismas a través de leyes que remedien una situación o que procuren la obtención de determinados fines.

Esa es la tradición y el contenido del artículo 93 de la constitución.

Pero vamos al caso que nos ocupa. Se señala que no es válido el realizar una interpretación literal, una interpretación restringida de la norma constitucional que diga, toda vez que la Constitución no mencionó a los procuradores, los procuradores no deben de comparecer. Aparte de esta razón gramatical, existen otras varias y fundamentales razones, razones que se hacen muy evidentes, muy evidentes al menos para quienes intervenimos en la redacción del dictamen en la Comisión de Justicia, cuando se contempla el caso que motiva este dictamen.

¿Cuál es la tarea de los procuradores de justicia? ¿Cuál es la función constitucional que los mismos se les asigna? Independientemente de los enunciados normativos al respecto, la primera función que a todos viene a la mente es la de la persecución de los delitos; esa es la expresión que usó la Constitución, aun cuando en lo personal me opongo al uso de esa palabra "persecución de los delitos". Pero esa es su función y el ejercicio de la acción penal en los términos del artículo 21 constitucional; su función por excelencia como representante de la sociedad, aparte de funciones consultivas, funciones de asesoría en el caso de procurador federal, de intervención en juicios en protección de menores, etcétera. La función central es la persecución de los delitos.

Y esa, señores, no es sino formalmente una actividad administrativa, es en esencia una actividad pro o parajudicial; es en esencia una actividad de investigación que lleva a la iniciación de un proceso judicial; no es por tanto equiparable a la acción que realiza una empresa descentralizada o a la acción que conduce una determinada secretaría de Estado por ejemplo en materia de política energética, o a la que conduce en materia de provisión de servicios públicos, es una actividad específicamente normativa y que se concreta, repito en el ejercicio de la acción penal. Si nosotros pensásemos que el artículo 93 se aplica también a los procuradores y que la Cámara puede solicitar que comparezcan aquí para solicitar informes o para requerir informe sobre sus actuaciones, lo que de hecho tendríamos, es una extraña facultad o potestad de traer aquí al procurador en todas aquellas investigaciones o averiguaciones previas que deseásemos, a que nos esclareciesen los hechos. ¿Con qué objeto para la Cámara? ¿Cuál es, pregunto, señores legisladores, la acción que tomaría la Cámara a partir de estos informes? ¿Cuál es pregunto, señores, la decisión normativa que tomaríamos una vez que conocemos que se han investigado determinados hechos que es el sujeto fulano de tal es responsable de tal o cual delito? ¿Haríamos nosotros en vía de dictamen un auto de formal prisión? ¿Elaboraríamos un anteproyecto de resolución, de no ejercicio de la acción penal?

Creo que no es el caso, creo que no es el caso y esto queda demostrado con bastante claridad a lo largo del debate tenido el día de hoy queda demostrado también cuando se ve el informe rendido por la Procuraduría, queda demostrado también cuando se ven los hechos que en concreto se mencionaban en la propuesta de comparecencia.

La indagación de dichos hechos no tiene en sí misma, en cuanto a los hechos concretos, en cuanto a las personas directamente involucradas, un efecto directo e inmediato en las acciones de esta Cámara, supongamos sin conocer por un momento, que se aprecien, como algunos han sostenido aquí, con abundancia de argumentos, que ha habido detenciones en violación de la Constitución. Pregunto ¿se va a proponer que dictemos un auto de libertad? ¿vamos a dejar en libertad a esas personas como cuerpo legislativo? No, la comparecencia no es ese mecanismo para resolver estos graves, insisto, graves problemas que a la fracción mayoritaria , que el Partido Revolucionario Institucional, que a todas las fracciones y que a la sociedad en su conjunto preocupan, porque no podemos esconder, no podemos negar, no podemos pretender que afuera de este recinto y en ocasiones aquí mismo, no exista esa preocupación por las libertades, por la seguridad de las personas, por las condiciones en que se vienen dando determinados procesos. Esa es una preocupación general que debe de presidir los trabajos de nosotros como legisladores y que no podemos soslayar. Qué bueno que el debate, qué bueno que las intervenciones han pretendido confirmar esa voluntad de protección y de defensa a la Constitución. Pero también debo insistirlo, en el informe que hemos llevado a cabo, en las indagaciones que se llevaron a efecto, a juicio de quienes suscribimos el dictamen, no aparece violación en los términos previstos. No somos desde luego, ni autoridades del Ministerio Público, ni tampoco jueces. Los que estamos aquí, tanto los de mayoría como quienes se encuentran en la oposición, son simples afirmaciones , son simples afirmaciones que no deben tener un carácter concluyente sobre la suerte de esos procesos. Son opiniones hechas con algunos elementos de juicio y no con la

autoridad por un lado y con la competencia por el otro, para rendir un veredicto.

¿Qué es lo que hemos apreciado?, hemos conocido en detalle la acción de la procuraduría en materia de determinados delitos.

Hemos conocido el modus operandi, se ha dicho aquí, de ciertos sujetos que ponían en peligro bienes sociales. Hemos conocido también la reacción social que respecto a los mismos se ha tenido. Y todos son elementos que sin duda enriquecen el juicio de esta Legislatura para la adopción de acciones. Son elementos que permiten valorar por un lado las tareas realizadas y las tareas aún por hacer, en esa lucha por la moralización policíaca y por esa reforma jurídica integral que ha tenido inicio en el presente sexenio.

Son elementos de conocimiento utilísimos diría yo, casi insustituibles, para llevar a efecto en el futuro próximo, tareas de reforma normativa. Y esa es la riqueza que este debate nos ha proporcionado.

Así que ciñéndonos a los términos del punto resolutivo del dictamen, y atendiendo tanto a la materia como a la persona de los procuradores, es claro que los mismos no se encuentran comprendidos dentro de la hipótesis del artículo 93 que entraña, sino a una semilla de parlamentarismo como algunos tal vez quisieran, sí una figura típica de control del Legislativo sobre la administración, de control que la Constitución nos da, figura que normalmente se ignora cuando se afirma que no existe en este país facultades atribuidas a la Cámara para incidir sobre los trabajos del Ejecutivo.

Puede ser, y me atrevería yo a afirmarlo que lo que existe es un desconocimiento crónico de dichos mecanismos, pero la Constitución no es ayuna a ese respecto, porque vivimos, diputado Conchello, en un estado de derecho, en un estado en el cual compete al Congreso el llevar a cabo ciertos controles sobre la tarea del Ejecutivo. Esos controles propios de las formas democráticas de gobierno comprenden desde luego las comparecencias, pero no se agotan en ello, diríamos que tal vez son su expresión más pequeña dentro de nuestro orden constitucional. Tenemos otros, de los que habrá que ocuparse esta asamblea en breve: La revisión de la Cuenta Pública, la aprobación del Presupuesto, actos que son solo formalmente Legislativo, pero que en realidad entrañan, si bien se ve, la realización de funciones ejecutivas por esta Cámara, así que no se inculpe o no se diga que hay una impunidad, que hay una irresponsabilidad en función del presidencialismo.

Un subsecretario de Estado decía, según narra la prensa en una conferencia tenida hace un par de días, que el presidencialismo no es excusa para ineficiencias o abusos que permitan atribuir todo a una sola persona.

El presidencialismo es responsabilidad, y responsabilidad vivida a fondo en la cual el jefe del Ejecutivo Federal lleva sobre sí el peso de la administración, tarea que realiza con el concurso de los legisladores y también sujeta al control de los mismos, así como al control que sobre sus actos ejerce el Poder Judicial.

No vivimos en un sistema sin control, no vivimos en un sistema sin división de poderes; vivimos en un sistema en donde existen normas precisas de distribución de competencias.

Quizá los controles existentes puedan algunos no parecer suficientes, o los poderes demasiados, o quizás escasos. Y esa es la tarea política: El discutir dichas formas, el plantear nuevos sistemas como bien lo decía el compañero Terrazas.

Algunos afirmaron aquí que no existe división de poderes, porque se da entre nosotros, en este país, una identidad entre gobierno y mayoría en la Cámara identidad que se manifiesta por la pertenencia tanto de la mayoría como de la mayoría de los funcionarios de gobierno, a un mismo partido.

El C. Presidente: -Diputado Oñate, hay una interpelación del señor diputado Eduardo Valle. ¿La acepta usted?

El C. Santiago Oñate Laborde: -Preferiría terminar la intervención. Pido disculpas, compañero. Gracias, señor presidente.

Decía yo que algunos han confirmado que la pertenencia a un solo partido rompe con la división de poderes. Sí, señores. Rompe con la división de poderes en su sentido clásico, en un sentido que creo sólo existe en los libros, en los malos libros. La pertenencia a un mismo partido de gobierno y la mayoría legisladora, es un resultado histórico, es un resultado de nuestra evolución, y no capricho, como algunos quisieran sugerir. Pero tampoco anula el que los poderes se ejerzan sin control, porque esa mayoría y ese gobierno se someten, inexhorablemente cada seis años, a la realidad de una nueva elección, en la cual el pueblo habrá de decidir de nueva cuenta si quiere que la mayoría de las cámaras, si quiere que el gobierno y la mayoría de las cámaras, provengan todos de un solo partido.

Pero no se rompe con esto la división de poderes ni se anulan las facultades de control.

No se rompe porque en esa representación, al menos, se cuenta con la participación activa de las corrientes sociales más significativas. Y esta representación de las corrientes sociales es la que viene a dar carácter de control y carácter de actividad, de vigilancia, sobre las acciones de los demás poderes a las tareas de esta Cámara.

Lo que aquí sucede no es ajeno a lo que ocurre afuera, lo que aquí se discute y se plantea, no puede incidir sobre la voluntad política del gobierno, porque es una voluntad política democrática y es una voluntad política abierta a escuchar las distintas corrientes de opinión. Pero todo ello, insisto, dentro del contexto y dentro de la configuración que quiso imprimir a la configuración

tanto del gobierno como de la Cámara de Diputados. Y esta voluntad de confirmar a la mayoría priísta en la Cámara, como la mayoría priísta está en el gobierno se refrendó en tiempos recientes. Esto no incluye ni suprime concepto alguno de división de poderes.

En esta división se da en un nuevo contexto, en un contexto cameral en el cual son las distintas corrientes, son las distintas fracciones parlamentarias que intervienen en la determinación de voluntades generales.

Y al compañero Terrazas, autor de la propuesta, materia del dictamen, y que sostuvo la voluntad de evolucionar hacia un sistema parlamentario, y a todos nosotros interesados en profundizar las normas control, conviene que recordemos que las comparecencias no son las figuras típicas de control de los organismos parlamentarios en un sentido estricto.

Las comparecencias no privan dentro de los mismos. Sí existen, en cambio otros sistemas como los de preguntas, interpelaciones, mociones e investigaciones y todas ellas, compañeros, materia de los reglamentos parlamentarios, correspondientes, tienen por objeto el que.. .

Señor presidente, solicito permiso para continuar con la intervención.

El C. Presidente: -Continúe usted.

El C. Santiago Oñate Laborde (continúa su intervención: Todas estas funciones permiten mejorar las formas de control y todas ellas dan origen a que el parlamento cuente con mejor información a que razone y funde sus juicios. Y eso, señores, sin ser nosotros un parlamento, sin tener un régimen parlamentario es lo que hizo la Comisión de Justicia.

Que no se hable aquí de renuncia a nuestras facultades. A tener estricto el artículo 93 no había lugar a proceder a realizar investigación alguna, porque no había lugar a la comparecencia; pero dada la trascendencia de los hechos ahí mencionados, dada la importancia que tiene para todos nosotros, para la mayoría en que un legislador formule en esta tribuna afirmaciones que encierran la gravedad que encerraban las formuladas, ajenos a todo formalismo, ajenos a toda limitante con un espíritu abierto y con un espíritu amplio se procedió a llevar adelante una investigación, se procedió a estudiar constancias procesales, se procedió a estudiar documentos de necropsias, se procedió también a hablar con la titular de la dependencia, se habló con ella, se obtuvieron elementos de juicio y se llegó a un dictamen que esclarece hechos que tenían preocupada a la opinión pública, hechos de los cuales de los medios de comunicación se habían hecho eco, fueron esclarecidos por esta comisión y sin embargo ese ha permitido que algunos acusen al dictamen de ser un dictamen policíaco, no es ese el objeto del dictamen, fue llevar hasta sus últimas consecuencias dentro del marco de las atribuciones la indagación de hechos graves, pero conscientes de que los poderes federales sólo pueden realizar, si queremos esa plena vigencia de los derechos humanos, esa plena vigencia de las garantías individuales, las funciones que expresamente les otorga la constitución, es preciso señirnos al artículo 93 de la Constitución.

En ese sentido, señores legisladores, quiero solicitar al presidente que ordene a la secretaría consulte a la asamblea si está suficientemente discutido el presente debate y se proceda a su votación. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Hay una interpelación, señor diputado Oñate.

El C. Santiago Oñate Laborde: -Sí, la acepto.

El C. Miguel Eduardo Valle Espinosa (desde su curul): -En una intervención anterior usted hizo una pregunta muy importante que creo tiene que ver con la materia fundamental del largo debate en el que hemos estado inmersos.

En una intervención anterior hay un punto que creo que vale la pena esclarecer. Yo recurro a sus conocimientos; la primera parte sería: ¿qué pasa si hay elementos para probar violaciones constitucionales de un funcionario, que está precisamente encargado de la procuración de justicia que no con estos elementos habría suficiente materia para abrir un juicio político de este funcionario político?

Primer elemento.

Segunda cuestión. Esta es una pregunta sumamente sencilla, recurro a sus conocimientos.

En esta comparecencia en ausencia de la procuradora que pudiera significar el réquiem del proceso, del proceso de la renovación moral de la sociedad o como así lo llamaron, un elemento muy grave; se dijo en un momento, frente a cualquier violación de garantías individuales que recurren al 103 y por lo tanto al amparo de la justicia federal si fueron violaciones de garantías individuales. Yo quiero preguntarle, compañero Oñate, ¿cómo puede la justicia federal amparar y proteger a los muertos?

El C. Santiago Oñate Laborde: -Señor Eduardo Valle, empezaré por la segunda.

La protección de las garantías individuales que se otorga a través del juicio de amparo, que es el instrumento procesal por excelencia con que nuestro sistema cuenta para el amparo de los derechos humanos, no estoy diciendo el único, estoy diciendo el principal, tiene por objeto la salvaguarda del derecho de personas que pueden gozar de los mismos.

Con eso creo que queda contestada la segunda de sus consideraciones.

En cuanto a la primera, habla usted de si una violación constitucional es materia para iniciar un juicio político. Yo le diré que todo juicio político debe de iniciarse por denuncia

al efecto presentado y toca entonces a quien pretenda presentar la denuncia, el considerar en su fueron interno de responsabilidad absoluta, máxime si se trata de un parlamento, el de si la acusación encuadra dentro de los términos, de los términos de los artículos 5o. y 7o. de la Ley de Responsabilidades y asumiendo plenamente esa responsabilidad política que todos de iniciar ese juicio, decide hacerlo.

Es, en consecuencia, una pregunta de orden moral, de orden personal, de orden jurídico que el interesado de iniciar el juicio, bien valdría meditarse antes de tomar acciones precipitadas con uno de los instrumentos de control más importante que nos otorga la Constitución.

El C. Presidente: -El C. diputado Pablo Ventura, de Acción Nacional, hará uso de la palabra, para hechos, cinco minutos.

El C. Pablo Ventura López: -Señor presidente; señores diputados: Hace un momento el diputado Alejandro Gascón Mercado dijo que ya no tiene sentido que sigamos insistiendo en que la multicitada señora Victoria Adato de Ibarra comparezca ante esta soberanía nacional, y eso es verdad por las razones que dicho legislador expuso, y particularmente estoy de acuerdo con él, porque anoche alrededor de las 21:00 horas se dijo en canal 5 de televisión que la Cámara de Diputados había acordado que la procuradora no iba a comparecer ante este recinto, que es sagrado para el pueblo mexicano.

Qué tristeza que de esta manera tan vergonzante se burlen de los derechos del pueblo de México.

Sinceramente no quería hacer uso de la palabra, sin embargo, las circunstancias me obligaron a hacerlo. Seré breve. Y sólo quiero decirles que nadie puede hablar de injusticias y de miseria si no la ha vivido en carne propia.

Tal vez muchos de los que estamos aquí ni siquiera tienen la mínima idea de lo que significa injusticia en el campo, de lo que significa represión, de lo que significan torturas y de lo que significa violar las garantías a que tenemos derecho como seres humanos y como mexicanos.

Voy a concluir denunciando en esta Cámara el hecho ocurrido el día 19 de diciembre de 1983, cuando alrededor de las 14:00 horas fue secuestrado el indio chinanteco Aurelio Cabrera Anaya, quien fuera líder de campesinos de Ojitlán, Oaxaca. Posteriormente este líder indígena fue encontrado muerto en las márgenes del río Papaloapan, allá por Gabino Barrera, estado de Veracruz, se le encontró muerto, torturado con señales de torturas, el día 22 de diciembre de ese año. A pesar de que la viuda, de que los hijos presentaron sus denuncias ante el Ministerio Público, como correspondía, porque este líder indígena fue secuestrado por judiciales y las pruebas existen, el caso ha quedado impune.

Aparte de este hecho, el día 14 de julio de ese año, fue desaparecido otro indígena de nombre Rafael Fonseca Fonseca y el 22 de ese mismo mes apareció muerto, mutilado de los órganos genitales y con marcas de tortura en todo el cuerpo; fue sepultado como desconocido en el Panteón Municipal de Temascal, Oaxaca, no obstante que la esposa, hijos y amigos lo reconocieron que él era, que era Rafael Fonseca.

Que quede en el pensamiento de cada uno de los que estamos aquí, que si actuamos con mala fe, el pueblo de México tarde o temprano va a reconocer a sus enemigos. Muchas gracias.

El C. Presidente: -El señor diputado Piñeiro, para hechos.

El C. Genaro José Piñerio López: -Señor presidente; compañeros diputados: Después de haber sido leído el dictamen que ha sido bastantemente discutido y quedarían a lo mejor muchas horas para discutir si no persistiese la prisa en resolver y esclarecer lo concerniente a la procuración de justicia, nuestro partido y un servidor presentó un voto particular, donde claramente señalábamos que estamos por la comparecencia no suscribiéndola a esta a dos asuntos que venían plasmados en la proposición del compañero Manuel Terrazas, que demandábamos la comparecencia porque no son dos casos los que determinan toda una política general en la procuraduría de justicia. Cierto es, como decía el diputado Gascón Mercado, la señora procuradora ya compareció y no le fue muy bien en este pleno y en esta soberanía. Es nuestra preocupación sentar ante el pleno algunas consideraciones de la postura de nuestro partido y queremos decir no obstante a la interesante y clara exposición del diputado Oñate, porque antes hubo otras sumamente lamentables, que no es válido sostener aquí que quien solicite la comparecencia de la procuradora es defensor del hampa colombiano o de cualquier hampa. No tenemos interés especial en defender delincuentes o ciudadanos colombianos, unos y otros tienen sus recursos, sus abogados y sus autoridades; por más peligrosos que sean estos maleantes, ello no justifica la transgresión de parte de las autoridades al orden jurídico vigente. Sí tenemos un gran interés en que el orden constitucional tenga pena vigencia porque en este medio, en estas condiciones y en esta sociedad, el pueblo, los trabajadores pueden más y para nadie es secreto que hasta ahora la legalidad y la ilegalidad han sido instrumentos mejor aprovechados por patrones, por empresarios, por terratenientes y por políticos oligarcas.

A confesión de parte se dice, relevo de prueba. La procuradora, y esto es lo elemental, con todo y su resistencia, con su falta de autocrítica, reconoció la existencia de violaciones concretas en estos hechos.

Cierto es que los documentos formales, como los resultados de las necropsias y la argumentación o el estudio de un experto de estás, determinaba la no existencia visible de marcas que denotaran la tortura, en las comparecencias con la comisión, ella reconoció que había realizado aprehensiones sin la orden correspondiente y no nada más ella lo reconoció, sino que en el dictamen que presentaron la Comisión de Justicia, en la hoja número 10, transcriben directamente que la procuradora expresó que si bien no todas las detenciones se habían realizado mediante la correspondiente orden de aprehensión, otras sí lo habían sido. Y se señaló un hecho, un hecho que cierto es, después de toda esta discusión, después del ánimo que ha reinado en esta sesión con respecto a este tema, lo que es claro es que el juicio de la procuradora entre el pueblo, entre la opinión pública, entre los obreros, entre los jóvenes de los barrios, entre los cientos y miles de ciudadanos del Distrito Federal, ya está plenamente formado y no va a cambiar por la aprobación de un dictamen que pretende salvaguardar la posición de la licenciada Victoria Adato.

Flaco favor le hace al Presidente de la República quien encabeza los trabajos de renovación moral en la procuración de justicia y no reconoce o quiere a fuerza que sea reconocido por el solo hecho de su presencia, esta renovación ha sido lograda. Que ha desaparecido de la faz del Distrito Federal la corrupción, las componendas de los agentes con las mafias y de la mafia que forman esos propios agentes que son solapados directa o indirectamente por quien es responsable de la impartición o de la procuración de justicia.

Para nadie es secreto la existencia de las prácticas violatorias a los derechos humanos, aunque se justifique o aunque no se apruebe en el caso de la propuesta de Terrazas, se ha probado y es la voz del pueblo y es voz de la mayoría hasta de muchos de los que están aquí que así es esto.

Como también es necesario avalar el reconocimiento de la existencia de una actitud de política, de voluntad política de renovación, de cambios porque la propia Procuraduría lo había expresado con las listas, los enlistados de muchos funcionarios o agentes que están purgando en este momento sentencias por haber incurrido en estos actos violatorios, pero que para su desgracia ellos sí fueron descubiertos.

Que mejor manera que la comparecencia de la Procuradora para combatir el tremendo desprestigio nacional e internacional que los hechos discutidos están arrojando sobre el gobierno y el país que enfrentar con valentía los esfuerzos que el gobierno está haciendo para corregir las graves desviaciones de la policía, la procuraduría y la justicia mexicana sobre la base de reconocer realidades que ahora son problemas no sólo del pueblo, del pueblo trabajador sino es también un serio problema ya del propio gobierno.

Quiero culminar señalando que la postura de nuestra fracción será definitivamente en contra de este dictamen que por demás no podrá cubrir el sol de una gran realidad de injusticias en la procuraduría que tarde o temprano, esperamos más temprano, ante la razón de ustedes, encuentre la destitución o la salida inmediata de la Procuradora de esa Institución. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Hasta este momento, han hecho uso de la palabra 32 oradores, en pro, en contra y para hechos.

Y antes de consultar si se considera suficientemente discutido el dictamen que se ha presentado, hay un trámite pendiente, una moción suspensiva. Ruego a la secretaría dar cuenta de ella, para proceder como lo establece el reglamento.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: -Por instrucciones de la presidencia, se da cuenta con una moción suspensiva propuesta por el diputado Pablo Alvarez Padilla y otros diputados firmantes. Le vamos a dar lectura. "H. Presidencia de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Los firmantes diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de esta LIII Legislatura, en atención a que:

Primero. De todo lo escuchado en esta sesión y en relación al dictamen que está a nuestra consideración, se infiere que no existen elementos suficientes de juicio para dictaminar.

Segundo. Que por prestigio de este poder legislativo es conveniente proponer, para una integración más responsable, tanto el cuerpo de valoración de este dictamen propuesto como los correspondientes resolutivos del mismo, formulamos la siguiente proposición:

Único. Sea devuelto el dictamen a comisión para un nuevo estudio y resolución. Proponen los siguientes diputados: Pablo Alvarez Padilla, Cecilia Romero Castillo, Joel Rosas López, Humberto Reyes García, Jaime Delgado Herrera y Ricardo García Cervantes.

El C. Pablo Alvarez Padilla: -Aclaro a usted que es una proposición, no es una moción suspensiva.

El C. Presidente: -Tome nota la secretaría.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: -Tomamos nota de la aclaración donde se pide con toda claridad que se regrese a comisiones.

El C. Presidente: -Consulte la secretaría si es de aceptarse la proposición.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a esta

asamblea si es de aprobarse la proposición del diputado Pablo Alvarez Padilla, para que regrese el dictamen a comisión... Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Desechada la proposición, señor presidente.

El C. Presidente: -Proceda la secretaría a consultar si el asunto está suficientemente discutido.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica, se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen... Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. Presidente: -Hay una proposición por escrito de los partidos: PAN, PSUM y PRT, en el sentido de que la votación sea nominal. Proceda la secretaría.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Se va a proceder a recoger la votación nominal del dictamen.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

Señor presidente se emitieron 215 votos en pro; 52 en contra y 10 abstenciones.

El C. Javier Paz Zarza: -Moción de orden, señor presidente: Hay 149 y 61 en contra.

Se estuvo tomando por dos personas.

El C. Presidente: -Aprobado el dictamen.

Continúe la secretaría con el orden del día.

LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMO

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: «Comisiones Unidas de Marina y de Comercio.

Honorable asamblea: A las Comisiones Unidas de Marina y de Comercio, fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa que el Ejecutivo Federal, en su ejercicio constitucional, somete a la consideración de esta soberanía con el objeto de reformar el artículo 8o. de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos .

Una vez que ambas comisiones analizaron la iniciativa en cuestión, así como los fundamentos del C. Presidente de la República y la adaptación del ordenamiento a la realidad existente, los integrantes de estas comisiones unidas, hemos formulado el presente dictamen con apoyo en los siguientes

CONSIDERANDOS

La iniciativa citada pretende subsanar el problema de la obsolescencia de las sanciones pecuniarias establecidas en la vigente Ley de Navegación y Comercio Marítimos derivada o surgida como consecuencia de haber sujetado tanto al mínimo como al máximo de las referidas sanciones a una cantidad fija sin posibilidades de variar con la realidad cambiante monetaria del país producida por la inflación y otros fenómenos de naturaleza económica.

Que para disponer permanentemente de un ordenamiento legal dinámico y congruente con la actual situación económica nacional es conveniente establecer sanciones pecuniarias con bases móviles capaces de posibilitar la adecuación de dichos correctivos a las fluctuaciones monetarias para que no pierdan su carácter disuasivo, requerimiento que es posible conseguir si se toma como base el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, área metropolitana, pues por su naturaleza cambiante en el curso del tiempo, permite la actualización de las sanciones sin acudir a constantes reformas legislativas.

De acuerdo con los considerandos anteriormente expresados, las comisiones unidas que suscriben consideran conveniente y adecuada la iniciativa del Ejecutivo Federal para modificar el criterio conforme al cual deberá fijarse el monto de las sanciones económicas. Sin embargo, estas comisiones estiman pertinente dar a dicha iniciativa mayor claridad y precisión a fin de evitar posibles problemas de interpretación, por los que proponen a esta soberanía limitar hasta 45 días naturales el plazo en que el infractor tiene como máximo para ofrecer las pruebas que estime convenientes, en lugar de dejarlo abierto como aparece en la iniciativa.

Por otra parte, estas comisiones también proponen incluir un artículo transitorio en donde se disponga que seguirán vigentes, en todo lo que no se oponga a la presente reforma, las disposiciones que se contienen en el reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las comisiones Unidas de Marina y Comercio someten a la consideración y aprobación de esta H. asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO

MARÍTIMOS

Artículo único. Se reforma el artículo 8o. de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, para quedar como sigue:

Artículo 8o. Las infracciones a esta ley y sus reglamentos, excepto las que expresamente estén encomendadas a otras autoridades y que no constituyan delito, serán sancionadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, previa audiencia del infractor, con multa de diez hasta diez mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y área metropolitana en el momento en que se cometa la infracción. Al efecto, al tenerse conocimiento de una posible infracción se notificará debidamente al responsable, emplazándolo para que ofrezca las pruebas que estime convenientes, dentro de un término de 15 días, que puede ampliarse a juicio de la autoridad si la circunstancia así lo requiere, hasta un máximo de 45 días naturales. El monto de la multa será fijado teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos y las condiciones económicas del infractor.

En caso de reincidencia, que se considerará como la repetición de un acto de la misma naturaleza en un lapso de 6 meses, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes podrá imponer una multa equivalente hasta el doble de las cuantías señaladas.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Seguirán vigentes, en todo lo que no se oponga a la presente reforma, las disposiciones que se contienen en el Reglamento de la Ley de Navegación y Comercios Marítimos.

Artículo segundo. Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. México, D. F., a 4 de noviembre de 1985.

Comisión de Marina, diputados: Rafael García Anaya, presidente; Gerardo Gómez Castillo, secretario; Miguel Angel Barberena Vega, Héctor Sen Flores, Alonso Aguirre Ramos, Manuel Urrutia Castro, Manuel Terrazas Guerrero, José M. Lucia Escalera, Pedro López Vargas, Jesús Zamora Flores, José Felipe Flores Gutiérrez, Vicente Calvo Vázquez, Eduardo Hernández Mier, Alfredo López Ramos, Félix Liera Ortiz, Leobardo Ramos Martínez, Emérico Rodríguez García, Eugenio Rosales Gutiérrez, Carlos Smith Veliz, Héctor Yúnez Landa, Humberto Rice García, Humberto Ramírez Rebolledo, Héctor Pérez Plazola, Rodolfo Linares González.

Comisión de Comercio, diputados: Javier Garduño Pérez, presidente; Adolfo Reyes Medrano, secretario; Porfirio Camarena Castro, Janitzio Mújica Rodríguez, José de J. Padilla Padilla, Carlos Palafox Vázquez, Cirilo Rincón Aguilar, Rafael Sainz Moreno, David Serrano Acosta, Félix Torres Haro, Germán Sierra Sánchez, María Luisa Solís Payán, Amilcar Aguilar Mendoza, Justino Delgado Caloca, Marciano Aguilar Mendoza, Rodolfo Budib Lichtle, Homero Díaz Córdova, Javier Lobo Morales, Rodolfo Menéndez Menéndez, Pedro Ortega Chavira, Jesús Martínez Alvarez, Francisco Contreras C., Juan Manuel Tovar Estrada, Juan C. Velasco Pérez, Pedro Zamora Ortiz, Edeberto Galindo Martínez, Humberto Ramírez Rebolledo, Alejandro Gascón Mercado, Héctor Pérez Plazola, Jorge Cárdenas González, Roberto Calderón Tinoco, Lorenzo Serrano Gutiérrez, César del Angel Fuentes, Soledad del Río Herrera, Admer Pérez de la Cruz, Dante Delgado Rannauro, José Valenzuela Camilo, Graciano Bortoni Urteaga, Jesús Alcantara Miranda, Pedro Zamora Ortiz, Pastor Munguía González.»

Es de segunda lectura.

El C. Presidente: -Está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Se abre el registro de oradores.

En consecuencia se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de decreto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del reglamento interior.

(VOTACIÓN.)

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: -Se emitieron 223 votos en pro, cero en contra y cinco abstenciones.

El C. Presidente: Aprobado en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto 223 votos.

Aprobado el proyecto de decreto que reforma la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: -Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

LEY PARA EL DESARROLLO DE LA MARINA MERCANTE

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: «Comisiones unidas de Marina y de Comunicaciones y Transportes.

Honorable Asamblea: A las comisiones unidas de Marina y de Comunicaciones y Transportes, fue turnada para su análisis, estudio y dictamen, la iniciativa de decreto que remitió el C. Presidente de la República licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, para reformar el artículo 26 de la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana.

Después de haber analizado las razones y fundamentos del Ejecutivo Federal, así como

las opiniones de los diputados integrantes de ambas comisiones, se formula el presente dictamen con base en los siguientes

CONSIDERANDOS

La iniciativa citada pretende subsanar el problema de la obsolescencia de las sanciones pecuniarias establecidas en la vigente Ley para el desarrollo de la Marina Mercante Mexicana, derivada o surgida como consecuencia de haber sujetado tanto al mínimo como al máximo de las referidas sanciones a una cantidad fija sin posibilidades de variar con la realidad cambiante monetaria del país producida por la inflación y otros fenómenos de naturaleza económica.

Para disponer permanentemente de un ordenamiento legal dinámico y congruente con la actual situación económica nacional, es conveniente establecer sanciones pecuniarias con bases móviles capaces de posibilitar la adecuación de dichos correctivos a las fluctuaciones monetarias para que no pierdan su carácter disuasivo, requerimiento que es posible conseguir si se toma como base el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y área metropolitana, pues por su naturaleza cambiante en el curso del tiempo, permite la actualización de las sanciones sin acudir a constantes reformas legislativas.

En lo posible las leyes deben ser redactadas con la mayor claridad y precisión a fin de evitar problemas de interpretación. Al respeto, debe señalarse que la parte final del último párrafo del artículo 26 cuya modificación se propone, expresa... "En el momento de la ejecución de la infracción" y como jurídicamente el concepto ejecutar se emplea por lo general con otra connotación distinta a la de iniciativa, con el propósito de evitar problemas en la aplicación de un aspecto tan importante de la ley y para otorgar al citado vocablo un significado preciso, estas comisiones unidas estiman que esa parte del dispositivo debe modificarse de la siguiente manera:... "en el momento en que se cometa la infracción".

Por lo anterior expuesto y con base en los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General y 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, las comisiones unidas de Marina y Transportes someten a la consideración de la H. asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS PARA LA LEY DE DESARROLLO DE LA MARINA

MERCANTE MEXICANA

Artículo único. Se reforma el artículo 26 de la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante Mexicana quedando como sigue:

Artículo 26. Las infracciones a esta Ley, serán sancionadas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de la siguiente manera:

I. A quien encomiende cargas a buques no protegidos por las reservas de carga a que se refieren los artículo 14 y 15, con multa de veinte a quinientos días de salario, y hasta mil días de salario en caso de reincidencia.

II. La infracción al artículo 18 de la ley, con multa de diez días de salario.

III. La infracción al artículo 19, con multa de cincuenta a mil días de salario.

IV. La infracción a los artículos 22 y 23 con multa de cincuenta mil días de salario

Para la fijación de las sanciones económicas se tomará el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, área metropolitana, en el momento en que se cometa la infracción.

TRANSITORIO

Artículo único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

México, D. F., noviembre de 1985.

Comisión de Marina, diputados: Rafael García Anaya, presidente; Gerardo Gómez Castillo, secretario; Miguel Angel Barberena Vega, Héctor Sen Flores, Alonso Aguirre Ramos, Manuel Urrutia Castro, Manuel Terrazas Guerrero, José M. Lucia Escalera, Pedro López Vargas, Jesús Zamora Flores, José Felipe Flores Gutiérrez, Vicente Calvo Vázquez, Eduardo Hernández Mier, Alfredo López Ramos, Félix Liera Ortiz, Leobardo Ramos Martínez, Emérico Rodríguez García, Eugenio Rosales Gutiérrez, Carlos Smith Veliz, Héctor Yúnez Landa, Humberto Rice García, Humberto Ramírez Rebolledo, Héctor Pérez Plazola, Rodolfo Linares González.

Comisión de Comunicaciones y Transportes, diputados: Guillermo Fonseca Alvarez, Presidente; Oscar Aguirre López, secretario; Miguel Angel Barberena Vega, Manuel Monarrez Valenzuela, Humberto Cervantes Vega, Gonzalo Castellot Madrazo, Federico Durán y Liñán, Rodolfo Linares González, Rogelio Preciado Cisneros, Jacinto Gómez Pasillas, Jorge Acedo Samaniego, Jesús Alcántara Miranda, Esequiel Espinoza Mejía, Pedro Goytia Robles, Luis López Moctezuma, Alberto Mercado Araiza, Francisco Morales Aceves, Diego Navarro Rodríguez, Luis Pérez Díaz, Ignacio Ramos Espinoza, Serafín Roa Cortéz, José Nerio Torres Ortiz, Juan Manuel Tovar Estrada, Gaspar Valdez Valdez, Francisco Villanueva Castello, Arnulfo Villaseñor Saavedra, Alfonso Aguirre Ramos, Rafael Ruiz Béjar, Arturo Ruiz Morales, Víctor G. Alvarez Herrera, Demetrio Vallejo Martínez, Consuelo Botello de Flores, Enrique

Bermúdez Olvera, Alejandro Cañedo Benítez, Vicente Calvo Vázquez, Magdalena García García Rosas, Héctor Calderón Hermosa.»

Es de segunda lectura.

El C. Presidente: - Está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Se abre el registro de oradores... No habiendo quien haga uso de la palabra en pro o en contra, proceda la secretaría a tomar la votación.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez:

- Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo único del proyecto de decreto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos correspondientes a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

La C. secretaría Rebeca Arenas Martínez: - Señor presidente, se emitieron 227 votos en pro, cero en contra y dos abstenciones.

El C. Presidente: - Aprobado el proyecto de decreto que reforma la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

RESOLUCIÓN RELATIVA A COMPARECENCIA

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza:

Señores diputados, se ha recibido un dictamen que contiene un punto resolutivo de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, mismo que con la venia de la presidencia, le dará lectura esta secretaría.

«Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

Honorable asamblea: A esta Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas fue turnado, para su estudio y dictamen, la proposición del ciudadano diputado Carlos Arturo Acosta González de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, a fin de que, con fundamento en el artículo 93 constitucional, comparezca ante esta honorable Cámara de Diputados el ciudadano arquitecto Guillermo Carrillo Arenas, Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología, con objeto de que informe "sobre las causas técnicas de los derrumbes, sobre la situación legal de los copropietarios de Tlaltelolco, sobre las acciones que se van a tomar a estos respectos y sobre la relación existente de esta secretaría y otros organismos gubernamentales".

Habiéndose efectuado el estudio del contenido de dicha proposición, se formula el presente dictamen de conformidad con los siguientes considerandos y punto resolutivo.

CONSIDERANDO

Que en base a la proposición formulada por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, los miembros de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas de la LIII Legislatura decidieron la integración de un grupo pluripartidista de trabajo que se encargará de entrevistar al titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a fin de obtener información amplia y pormenorizada sobre los puntos señalados y respecto de todos aquellos que fueren de interés para el conocimiento del pleno de la honorable Cámara de Diputados.

Que el pasado día primero del mes en curso, el arquitecto Guillermo Carrillo Arena se reunió con los miembros del referido grupo de trabajo, en el que participan diputados de distintas fracciones parlamentarias integrantes de la Comisión de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.

Que en dicha reunión el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología, primeramente dio una amplia explicación sobre las acciones tomadas por esa secretaría, con motivo de la secuela de los sismos de los días 19 y 20 de septiembre pasado y, posteriormente, a preguntar que fueron formuladas por los ciudadanos diputados, abordó diversos asuntos relacionados con las actividades de esa dependencia para enfrentar, dentro de su competencia, los problemas ocasionados por los referidos sismos; y en relación con los programas normales que la misma dependencia esté ejecutando, destacando su intervención.

En el programa de reconstrucción de las zonas afectadas. En la evaluación de la magnitud del daño sufrido por oficinas públicas y en la implementación de las acciones relacionadas con su restitución.

En la determinación de los daños en sitios y monumentos históricos y culturales.

En materia de vivienda, para determinar la oferta disponible y establecer los mecanismos necesarios para el pago de seguros y para que los habitantes de conjuntos habitacionales, damnificados en su morada, tuviesen opción a nuevas viviendas. En actividades realizadas en coordinación con la Comisión Metropolitana de Emergencia, relativas a la instalación y atención de albergues y a la identificación de daños en viviendas. En la elaboración de peritajes en colaboración con el Departamento del Distrito Federal. En las visitas a talleres, industrias y centros de trabajo en coordinación con otras dependencias, para verificar sus condiciones de operatividad.

En el programa denominado Zona Centro que dio como resultado la expropiación de inmuebles y baldíos y que busca la mejoría

de la vivienda de la zona y la complementariedad de los servicios necesarios.

En materia de ecología.

En materia de regeneración urbana.

Que en virtud de que los CC. diputados de los diferentes partidos manifestaron que la información satisfacía ampliamente los requerimientos planteados no solamente respecto de las acciones de emergencia que está ejecutando la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, sino también en relación con los programas que esa dependencia está desarrollando de acuerdo a la competencia que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Que de la exposición que realizó el ciudadano Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que en la mayoría de los casos, los resultados de las acciones que se están ejerciendo no se darán a corto plazo, por lo que resultaría útil que en el pleno de la propia comisión se ampliaran estos temas y se fortaleciera el intercambio de opiniones. Independientemente de lo anterior, la minuta de dicha reunión se encuentra a disposición de los ciudadanos diputados que tengan interés en conocerla.

En mérito a lo expuesto y fundado, esta comisión somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

PUNTO RESOLUTIVO

Único. Con base en lo expuesto y fundado, la Comisión decide realizar en lo inmediato, un cambio de impresiones con el C. Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología en el pleno de la misma.

Salón de sesiones de la H. Cámara de Diputados.

México, D.F., 7 de noviembre de 1985.

Diputado licenciado Sergio Valls Hernández, presidente; diputada licenciada Jarmila Olmedo de Garcilita, secretaria; Arturo Acosta Carlos, Rubén Aguilar, Aureliano Caballero González, Héctor Calderón Hermosa, Ricardo Canavati Tafich, Rolando Castillo Gamboa, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Justino Delgado Caloca, Homero Díaz Córdoba, Leonardo Durán Juárez, Gerardo Fernández Casanova, Cristóbal García Ramírez, Enrique González Isunza, Jesús Gutiérrez Segovia, Eduardo Hernández Mier, Miguel Ángel Herrerías Alvarado, Luis López Moctezuma. Joel Lleverino Reyes, Javier Michel Díaz, Heriberto Noriega Cantú, Margarita Ortega de Romo, Homero Pedrero Priego, Adner Pérez de la Cruz, Guadalupe Ponce Torres, Leobardo Ramos Martínez, Oscar Rivas, Gustavo Robles González, Rubén Román Sánchez, José Salinas Navarro, José Luis Sánchez González, Manuel Terrazas Guerrero, Manuel Urrutia Castro, Lulio Valenzuela Herrera, Héctor Ximénez González.»

El C. Presidente: - Está a discusión el dictamen. Se abre el registro de

oradores.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Para una aclaración simplemente.

El C. Presidente: -Terrazas, para una aclaración, en el uso de la palabra.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Compañeras y compañeros, nosotros hemos firmado el dictamen. Lo hemos firmado porque se hizo un importante debate en la propia Comisión, y se adoptó un Punto de Acuerdo por unanimidad sin entrar en materia ni juzgar lo que se menciona en cuanto a la entrevista del grupo de trabajo, en el que no participamos nosotros, no viene el caso señalar por qué no participamos en ese grupo de trabajo, y se concluía en que sin decidir respecto a la comparecencia o no, ese es un problema que queda en pie y que oportunamente tendrá que decidirse, nos orientamos para que de inmediato venga el Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología a comparecer ante el Pleno de la Comisión de Asentamientos Humanos y de Obras Públicas.

En ese sentido, pues es nuestra firma y el punto de acuerdo unánime de todos los miembros de la comisión. Muchas gracias.

El C. Presidente: - No habiendo oradores en contra, proceda la secretaría.

El C. secretario Reyes Rodolfo Flores Zaragoza: - Por instrucciones de la presidencia y no habiendo oradores en contra ni en pro, se pregunta, en votación económica, si se aprueba el punto resolutivo a que se ha dado lectura... Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo... Aprobado el punto resolutivo, señor presidente.

La C. secretaria Rebeca Arenas Martínez: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura el orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DÍA

La misma C. Secretaria:

«Primer Período Ordinario de Sesiones.

LIII Legislatura.

Orden del día

12 de noviembre de 1985.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación de la Comisión especial Pluripartidista.

El Congreso del Estado de Coahuila, invita a la sesión solemne en la que el C. licenciado José de las Fuentes Rodríguez, Gobernador del Estado rendirá su Cuarto Informe de Gobierno, la que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre.

El Congreso del Estado de Sinaloa, invita a la sesión solemne en la que el C. Antonio Toledo Corro, Gobernador Constitucional

del Estado, rendirá el Quinto Informe de Gobierno, la que tendrá lugar el próximo 15 de noviembre.

Comunicaciones de la H. Cámara de Senadores.

Iniciativas del Ejecutivo

De Ley de la Casa de Moneda de México.

De Decreto que reforma, adiciona y deroga Diversas Disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.

De Ley Orgánica del Sistema Banrural.

De Ley Orgánica del Banco Nacional Pesquero y Portuario.

Minuta

Con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Oficio de la Secretaría de Gobernación

Con el que se remite el Informe sobre la Operación de las Sociedades Nacionales de Crédito, correspondiente a 1985.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto por el que se concede permiso al C. Miguel Ángel Quintana Morales, para aceptar y usar la Condecoración por Servicios Meritorios, que le confiere el Gobierno de los Estados Unidos de América.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a los CC. Rafael Leyva Leyva y Sandra Luz Franco Orozco, para que puedan prestar servicios en los consulados de los Estados Unidos de América, en Hermosillo, Sonora y en Ciudad Juárez, Chihuahua, respectivamente.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto por el que se concede permiso al C. José Rafael Sánchez, para que pueda prestar servicios en la Embajada de Venezuela en México.»

El C. Presidente (a las 20:30 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el martes próximo, 12 de noviembre, a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y DIARIO DE LOS DEBATES