Legislatura LIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19871207 - Número de Diario 35

(L53A3P1oN035F19871207.xml)Núm. Diario:35

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO de los DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D.F. lunes 7 de diciembre de 1987 NÚM.. 35

SUMARIO

APERTURA

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

Se da lectura.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Sin discusión, se aprueba.

MINUTAS DEL SENADO

LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS

Con proyecto de ley, Se recibe y se turna a la Comisión de Educación Pública.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Por el que se concede permiso a la C. Silvia González Socorro, para prestar servicios en la Embajada de la República Islámica de Irán, en México. Se recibe. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

La presidencia notifica los nombres de los diputados inscritos.

INICIATIVAS DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El diputado Gonzalo Castellot Madrazo, presenta iniciativa de reforma al artículo 80. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

TRIBUNALES DE JUSTICIA DEL FUERO COMÚN DEL DISTRITO FEDERAL

El diputado Gonzalo Altamirano Dimas, presenta iniciativa de reforma y adición a los artículos 11 y 53, de la Ley Orgánica. Se turna a la Comisión de Justicia.

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONGRESO

El diputado Nabor Camacho Nava, presenta iniciativa de reforma al artículo 196. Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

ARTICULO 108 CONSTITUCIONAL

El diputado Jaime Castellanos Franco, presenta iniciativa para modificarlo. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

FOMENTO A LA MICROINDUSTRIA

De las comisiones de Comercio con proyecto de ley federal. Intervienen los diputados Héctor Pérez Plazola, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Javier Garduño Pérez, y Ricardo García Cervantes. En votación se dispensa la lectura al dictamen.

Se abre registro de oradores para su discusión en lo general. Intervienen

los diputados José Angel Aguirre Romero, Oswaldo Harris Muñoz, Ricardo Pascoe Pierce, Adner Pérez de la Cruz, Héctor Pérez Plazola, Javier Vega Camargo. Se considera suficientemente discutido. Se aprueban en lo general y en lo particular, los artículos no impugnados.

El diputado Héctor Pérez Plazola, propone reformas a los artículos 6o, y al segundo transitorio. Son aceptadas. El diputado Javier Vega Camargo propone adicionar un artículo más en el lugar del 31. Se acepta y se adiciona el articulado. Se aprueban. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que el C. Enrique Camargo Baltazar preste sus servicios en la Embajada de Suiza, en México. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que la C. Josefa Guadalupe Antonina Abaunza Portocarrero de Escoto, preste sus servicios en el Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que las CC. Ana Eva del Rosario Cárdenas y María Isabel Ramírez Oseguera, preste sus servicios en el Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

La presidencia informa a la asamblea.

DENUNCIA DE PROFESORES

El diputado Víctor Manuel Jiménez Osuna, presenta denuncia que firman profesores del colegio "Lauriana Ray González", la que asienta violaciones al artículo 3o. constitucional; propone puntos de acuerdo. Se turna a la Comisión de Educación.

SOLIDARIDAD AL PUEBLO DE HAITÍ

El diputado Héctor Morquecho Rivera presenta punto de acuerdo para que la Cámara de diputados le reitere su solidaridad. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

PESCA ILEGAL

El diputado José Felipe Flores Gutiérrez, propone se investigue la noticia que el periódico Excélsior publicó el día cinco refiriéndose al hecho, en el estado de Campeche, Campeche. Se turna a las comisiones de Pesca y a la de Marina.

RECESO

La presidencia declara receso. A las 16:40 horas, se reanuda la sesión.

ELECCIONES EN YUCATÁN

El diputado Xavier Abreu Sierra, narra sucesos electorales en Chemax. Debaten los diputados José Nerio Torres Ortiz y Juan de Dios Colli Mas. 44

EFEMÉRIDES

DON FRANCISCO GARCÍA SALINAS

El diputado Manuel Monreal Zamarripa, a nombre de las secciones y

fracciones del sistema minero, hace remembranza a la vida del ilustre zacatecano.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

La presidencia informa haber recibido dos dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Se dispensa su lectura. La asamblea aprueba el envío de dichos dictámenes a las fracciones parlamentarias.

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

A solicitud del diputado Pedro José Peñaloza, el diputado Miguel Osorio Marbán da lectura al informe sobre la situación en ese instituto. Hacen comentarios los diputados Javier Abreu Sierra, Gabriela Guerreo, Efraín Calvo Zarco y Gerardo Unzueta Lorenzana.

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DAVID JIMÉNEZ GONZÁLEZ

(Asistencia de 243 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. Presidente (a las 11:50 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Yrene Ramos Dávila:

«Cámara de Diputados. - Tercer Período Ordinario de Sesiones. - LIII Legislatura.

Orden del día

7 de diciembre de 1987.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Minutas

Con proyecto de Ley General de Bibliotecas.

Con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la ciudadana Silvia González Socorro, para prestar servicios en la Embajada de la República Islámica de Irán, en México.

Iniciativa de CC. diputados del sector obrero

De reformas a la Ley Federal del Trabajo.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Comercio, con proyecto de Ley Federal para el Fomento de la Microindustria.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso al C. Enrique Camargo Baltazar, para prestar servicios en la Embajada de Suiza, en México.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. Josefa Guadalupe Antonina Abaunza Portocarrero de Escoto, para que pueda prestar servicios en el Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a las CC. Ana Eva del Rosario Cárdenas González y María Isabel Ramírez Oseguera, para que puedan prestar servicios en el Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

La misma C. Secretaria:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura al honorable Congreso de la Unión, efectuada el día cuatro de diciembre de mil novecientos ochenta y siete.

Presidencia del diputado David Jiménez González

En la ciudad de México, a las once horas y treinta minutos del día cuatro de diciembre de mil novecientos

ochenta y siete, la presidencia declara abierta la sesión, una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de doscientos treinta y siete ciudadanos diputados.

Lectura del orden del día.

Sin discusión se aprueba el acta de la sesión celebrada el día tres de los corrientes.

El Congreso del Estado de Coahuila informa del inicio de su tercer período ordinario de sesiones.

De enterado.

El Congreso del Estado de Veracruz informa del cambio de su Mesa Directiva. De enterado.

El diputado José Luis Galaviz Cabral, del Partido Revolucionario Institucional, da lectura a una iniciativa para adicionar el capítulo XVIII de la Ley Federal del Trabajo. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El diputado Alejandro Cañedo Benítez del Partido Acción Nacional, formula una iniciativa de modificación a diversos artículos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos. Se turna a la Comisión de Educación.

El diputado Nabor Camacho Nava del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, presenta una iniciativa para reformar el artículo 190 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Se turna a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

El diputado Jaime Delgado Herrera, del Partido Acción Nacional, formula una iniciativa para reformar el artículo 201 de la Ley Federal de Reforma Agraria, la cual se turna a la Comisión de Reforma Agraria.

El diputado Eduardo Turati Alvarez, del Partido Acción Nacional, presenta una iniciativa para adicionar los artículos 83 y 84 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, turnándose a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

La secretaría da cuenta de tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en los que concede permiso para que ciudadanos mexicanos puedan prestar servicios en embajadas de países extranjeros. Son de primera lectura.

La asamblea dispensa la segunda lectura del dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma y adiciona disposiciones a la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, el cual se pone a discusión.

Para razonar su voto en pro. hace uso de la palabra el diputado Vicente Calvo Vázquez, del Partido Popular Socialista, y a petición del mismo, la presidencia exhorta a la Comisión de Hacienda para que dictamine la propuesta de reformas a la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito presentada por el Partido Popular Socialista. En contra del dictamen habla el diputado Juan de Dios Castro, del Partido Acción Nacional. En pro hace uso de la palabra el diputado Amado Llaguno Mayaudón, del Partido Revolucionario Institucional. Para hechos relacionados con este tema, hacen uso de la palabra los diputados Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista, y Juan de Dios Castro Lozano de Acción Nacional. El diputado Santiago Oñate Laborde, del Partido Revolucionario Institucional, propone que al inicio del segundo párrafo del artículo 82 de la ley se diga: "En este caso y cumpliendo con las formalidades esenciales del procedimiento...etcétera". Puesta a votación la propuesta, a solicitud del diputado Rafael López Zepeda, del Partido Revolucionario Institucional, es aceptada por la asamblea, la cual aprueba el proyecto de decreto en lo general y en lo particular, por 240 votos en pro y tres abstenciones, pasando al Senado para sus efectos constitucionales.

Enseguida, la secretaría da cuenta del dictamen relativo al proyecto de decreto que establece las características de la moneda conmemorativa del L aniversario de la Expropiación Petrolera, al cual se le dispensa la Segunda lectura y se pone a discusión. Hablan en pro los diputados Adner Pérez de la Cruz, del Partido Popular Socialista y Angel Aguirre Romero, del Frente Cardenista. Puesto a votación en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, con excepción de su artículo 5o., que fue reservado para su discusión, se aprueba por 257 votos.

El diputado Rubén Rubiano Reyna, del Partido Acción Nacional, hace uso de la palabra en contra del artículo 5o. y en pro utiliza la tribuna el diputado Rafael López Zepeda, del Partido Revolucionario Institucional. Para hechos toman la palabra los diputados Consuelo Botello, Pablo Alvarez Padilla y Manuel Bribiesca, del Partido Acción Nacional. El diputado Luis Orcí Gándara, del Partido Revolucionario Institucional, pide a nombre de la comisión que se acepte el dictamen. Puesto a votación el artículo a debate, se aprueba por 235 votos en pro y 22 en contra, pasando al Senado para sus efectos constitucionales.

A solicitud de la presidencia, la asamblea autoriza continuar la sesión.

La presidencia da cuenta con el dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma las leyes de Obras Pública, de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados con Bienes Muebles; General de Bienes Nacionales y General de Deuda Pública, al cual se le dispensa la segunda lectura. El diputado Roberto Calderón Tinoco, del Partido Demócrata Mexicano, habla en contra del dictamen por lo que se refiere exclusivamente a la Ley General de Deuda Pública. Puesto a votación en lo general, se aprueba por 210 votos en pro, nueve en contra y seis abstenciones.

El diputado Santiago Oñate Laborde, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la palabra para proponer una adición al artículo 42, de la Ley de Obras Públicas y modificaciones al artículo segundo transitorio del proyecto de decreto. El diputado Jorge Alcocer, del Partido Mexicano Socialista, propone una nueva redacción del referido artículo 42. El diputado Genaro José Piñeiro López, del Frente Cardenista, habla en pro de la propuesta del diputado Oñate Laborde y puestas a votación, la asamblea acepta las propuestas del diputado Santiago Oñate Laborde y desecha la del diputado Jorge Alcocer. Con las modificaciones anteriores, la asamblea aprueba en lo particular el proyecto de decreto por 205 votos en pro, tres en contra y 10 abstenciones, pasando al Senado para sus efectos constitucionales.

La secretaría da cuenta de siete dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por medio de los cuales, en uno concede permiso al ciudadano Roberto Encinas Ripa, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Canadá, en Tijuana, Baja California; en tres, a ciudadanos mexicanos para aceptar y usar condecoraciones que les confieren gobiernos extranjeros; y en otros tres, permiso para que ciudadanos mexicanos puedan prestar servicios en embajadas de países extranjeros. Puestos a votación, la asamblea los aprueba por 230 votos y pasan al Ejecutivo y al Senado para sus efectos constitucionales.

Enseguida, hace uso de la palabra el diputado Hildebrando Gaytán Márquez, del Partido Popular Socialista, y expone argumentos para solicitar que esta representación cite al Secretario de Comercio y Fomento Industrial, a fin de que explique el alcance de las acciones tomadas el pasado 3 de diciembre. En pro de la propuesta hacen uso de la palabra los diputados Genaro José Piñeiro López, del Frente Cardenista, Jorge Alcocer, del Partido Mexicano Socialista y Héctor Morquecho, del Partido Popular Socialista. La presidencia concede una moción suspensiva.

El diputado Pablo Alvarez Padilla, del, Partido Acción Nacional, propone que se cite al Secretario de la Defensa Nacional, para que explique la ampliación de cuatro mil plazas en el ejército. En pro, hace uso de la palabra la diputada María del Carmen Jiménez de Avila, del Partido Acción Nacional, y puesta a votación es aceptada por la asamblea y turnada a la Comisión de la Defensa Nacional.

El diputado Jesús Galván Muñoz, del Partido Acción Nacional, a nombre de los grupos parlamentarios, con excepción del que forman los diputados del Partido Revolucionario Institucional, solicita se apruebe un punto de acuerdo para que comparezcan ante esta representación los secretarios de Trabajo y Previsión Social y de Comercio y Fomento Industrial, pidiendo que se tome este asunto como de urgente y obvia resolución. En favor de esta propuesta, hacen uso de la palabra los diputados Pablo Pascual Moncayo, del Partido Mexicano Socialista; Roberto Calderón Tinoco, del Partido Demócrata Mexicano; Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista; Jorge Alcocer, del Partido Mexicano Socialista; Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, del Partido Acción Nacional; Genaro José Piñeiro López, del Frente Cardenista, y Pedro Peñaloza, del Partido Revolucionario de los Trabajadores. Puesta a discusión la propuesta, se admite por la asamblea sin que se considere de urgente y obvia resolución, por lo que se turna a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Comercio.

El diputado Pablo Pascual Moncayo, del Partido Mexicano Socialista, pide se exhorte a las comisiones de Previsión Social y de Derechos Humanos, para que presenten su dictamen en torno a la propuesta para que las mismas investiguen las condiciones de vida de los trabajadores oaxaqueños en el valle de Mexicali la presidencia efectúa dicha exhortación.

La misma presidencia informa haber recibido de la Comisión de Comercio, el dictamen relativo al proyecto de Ley Federal para Fomento de la Microindustria.

Es de primera lectura.

La secretaría da cuenta de una propuesta de la Gran Comisión, para que en los términos del Reglamento Interior se designe a los diputados Néstor Luna Hernández y Juan Manuel Cruz Acevedo, presidente y secretario de la Comisión de Justicia por el mes de diciembre en curso. La asamblea aprueba esta solicitud.

El diputado Héctor Morquecho, del Partido Popular Socialista, hace un balance de lo que considera ha logrado la Revolución Mexicana a

más de setenta y cinco años de haberse promulgado el Plan de Ayala.

El diputado Jesús Siller Rojas, rinde homenaje a la memoria de Fray Servando Teresa de Mier, en el ciento sesenta aniversario de su fallecimiento, solicitando se ponga su nombre en los muros de este recinto. El diputado Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista, habla en pro de esta última propuesta.

Agotados los asuntos en cartera, se procede a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

A las dieciocho horas con cincuenta minutos se levanta la sesión, y se cita para la que tendrá lugar el próximo lunes siete de diciembre a las diez horas.»

Está a discusión el acta. No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba... Aprobada, señor presidente.

MINUTAS DEL SENADO

LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D.F.

CC. secretarios de la honorable Cámara de Diputados. - Presente.

Para sus efectos correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de Ley General de Bibliotecas.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 4 de diciembre de 1987. - Senadores: Perfecto Arredondo Valdez, secretario; Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.»

«MINUTA PROYECTO DE LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. Esta ley es de observancia general en toda la República; sus disposiciones son de orden público e interés social, y tiene por objeto:

I. La distribución y coordinación entre los gobiernos Federal, estatales y municipales, de la función educativa y cultural que se lleva a cabo mediante el establecimiento, sostenimiento y organización de bibliotecas públicas;

II. El señalamiento de las normas básicas para la configuración de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas;

III. El establecimiento de las bases y directrices para la integración y el desarrollo de un Sistema Nacional de bibliotecas, y

IV. La determinación de lineamientos, para llevar a cabo la concertación con los sectores social y privado en esta materia.

Artículo 2o. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por biblioteca pública todo establecimiento que contenga un acervo de carácter general superior a 500 títulos, catalogados y clasificados, y que se encuentre destinado a atender en forma gratuita a toda persona que solicite la consulta o préstamo del acervo en los términos de las normas administrativas aplicables.

La biblioteca pública tendrá como finalidad ofrecer en forma democrática los servicios de consulta de libros y otros servicios culturales complementarios, que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento en todas las ramas del saber.

Su acervo podrá comprender colecciones bibliográficas, hemerográficas, auditivas, visuales, audiovisuales y, en general cualquier otro medio que contenga información afín.

Artículo 3o. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública proponer, ejecutar y evaluar la política nacional de bibliotecas, atendiendo al Plan Nacional de Desarrollo y programas correspondientes.

Artículo 4o. Los gobiernos Federal, estatales y municipales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, promoverán el establecimiento, organización y sostenimiento de bibliotecas públicas y los servicios culturales complementarios que a través de éstas se otorguen.

CAPITULO II

De la Red Nacional de Bibliotecas Públicas

Artículo 5o. Se integra la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, con todas aquellas constituidas y en operación dependientes de la Secretaría de Educación Pública, y aquellas creadas

conforme a los acuerdos o convenios de coordinación celebrados por el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública con los gobiernos de los estados y del Departamento del Distrito Federal.

Para la expansión de la red, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública celebrará con los gobiernos estatales y los ayuntamientos, los acuerdos de coordinación necesarios.

Artículo 6o. La Red Nacional de Bibliotecas Públicas tiene por objeto:

I. Integrar los recursos de las bibliotecas públicas y coordinar sus funciones para fortalecer y optimizar la operación de éstas, y

II. Ampliar y diversificar los acervos y orientar los servicios de las bibliotecas públicas.

Artículo 7o. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública;

I. Efectuar la coordinación de la red;

II. Establecer los mecanismos participativos para planear y programar la expansión de la red;

III. Emitir normatividad técnica bibliotecaria para las bibliotecas de red, y supervisar su cumplimiento;

IV. Seleccionar, determinar y desarrollar las colecciones de cada biblioteca pública, de acuerdo con el programa correspondiente;

V. Dotar a las nuevas bibliotecas públicas de un acervo de publicaciones informativas, recreativas y formativas, así como de obras de consulta y publicaciones periódicas, a efecto de que sus acervos respondan a las necesidades culturales, educativas y de desarrollo en general de los habitantes de cada localidad;

VI. Enviar periódicamente a las bibliotecas integradas a la red, dotaciones de los materiales señalados en la fracción anterior;

VII. Recibir de las bibliotecas que integran la red, las publicaciones obsoletas o poco utilizadas, y redistribuirlas, en su caso;

VIII. Enviar a las bibliotecas integrantes de la red, los materiales bibliográficos catalogados y clasificados de acuerdo con las normas técnicas bibliotecológicas autorizadas, a efecto de que los servicios bibliotecarios puedan ofrecerse con mayor eficiencia;

IX. Proporcionar el servicio de catalogación de acervos complementarios de las bibliotecas integrantes de la red;

X. Proporcionar entrenamiento y capacitación al personal adscrito a las bibliotecas públicas de la red;

XI. Proporcionar asesoría técnica en materia bibliotecaria a las bibliotecas incluidas en la red;

XII. Registrar los acervos de las bibliotecas en un catálogo general, que permita la articulación de los servicios;

XIII. Difundir a nivel nacional los servicios bibliotecarios y actividades afines a las bibliotecas públicas;

XIV. Coordinar el préstamo interbibliotecario a nivel nacional e internacional, vinculando a las bibliotecas integrantes de la red entre sí, y con la comunidad bibliotecaria, en programas internacionales;

XV. Llevar a cabo o patrocinar investigaciones encaminadas a fomentar el uso de los servicios bibliotecarios y el hábito de la lectura, y

XVI. Realizar las demás funciones que sean análogas a las anteriores y que le permitan alcanzar sus propósitos.

Artículo 8o. Corresponderá a los gobiernos de los estados, en los términos de las disposiciones locales y los acuerdos de coordinación que se celebren: I. Integrar la Red Estatal de Bibliotecas Públicas;

II. Participar en la planeación, programación del desarrollo, y expansión de las bibliotecas públicas a su cargo;

III. Coordinar, administrar y operar la Red Estatal de Bibliotecas Públicas, y supervisar su funcionamiento;

IV. Reparar los acervos dañados;

V. Asegurar de modo integral y conservar en buen estado las instalaciones, el equipo y acervo bibliográfico;

VI Designar al coordinador de la red estatal, quien fingirá como enlace con la coordinación de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas;

VII. Nombrar, adscribir y remunerar al personal destinado a la operación de sus bibliotecas públicas;

VIII. Difundir a nivel estatal los servicios bibliotecarios y las actividades afines a sus bibliotecas públicas, y

IX. Dotar a sus bibliotecas de los locales y del equipo necesarios para la prestación de los servicios bibliotecarios.

Artículo 9o. Se crea el Consejo de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, con carácter de órgano consultivo, el que a solicitud expresa, llevará a cabo las siguientes acciones:

I. Presentar propuestas para mejorar los servicios que prestan las bibliotecas integrantes de la red, y

II. Formular recomendaciones para lograr una mayor participación de los sectores social y privado, comunidades y personal interesadas en el desarrollo de la red.

Artículo 10. El Consejo de la Red Nacional de Bibliotecas estará integrado por:

I. Un presidente, que será el titular de la Secretaría de Educación Pública o quien éste designe;

II. Un secretario ejecutivo, desempeño que recaerá en el titular de la unidad de la Secretaría de Educación Pública que tenga a su cargo ejecutar los programas en materia de bibliotecas, y

III. Hasta seis vocales invitados a participar por su presidente, conforme a los siguientes criterios de representación:

a) El presidente del Colegio Nacional de Bibliotecarios.

b) El presidente de la Cámara Nacional de la Industria Editorial.

c) El titular de la unidad vinculada con la labor editorial de la Secretaría de Educación Pública.

d) Tres representantes de los gobiernos de los estados.

Artículo 11. Las bibliotecas pertenecientes a los sectores social y privado que presten servicios con características de biblioteca pública en los términos de la presente ley y que manifiesten su disposición de incorporarse a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, celebrarán con la Secretaría de Educación Pública o con los gobiernos de los estados, según sea el caso, el correspondiente compromiso de adhesión.

CAPITULO III

Del Sistema Nacional de Bibliotecas

Artículo 12. Se declara de interés social la integración de un Sistema Nacional de Bibliotecas, compuesto por todas aquellas escolares, públicas, universitarias y especializadas pertenecientes a dependencias, entidades y personas físicas o morales de los sectores público, social y privado.

La responsabilidad de coordinar el sistema recaerá en la Secretaría de Educación Pública.

La Secretaría de Educación Pública organizará la Biblioteca de México con el carácter de biblioteca central, para todos los efectos del Sistema Nacional de Bibliotecas.

Artículo 13. El Sistema Nacional de Bibliotecas, tendrá como propósito conjuntar los esfuerzos nacionales para lograr la coordinación dentro del sector público, y la participación dentro del sector público, y la participación voluntaria de los sectores social y privado a través de la concertación, a fin de integrar y ordenar la información bibliográfica disponible en apoyo a las labores educativas, de investigación y cultural en general, para el desarrollo integral del país y de sus habitantes.

Artículo 14. Para el cumplimiento de sus propósitos, el Sistema Nacional de Bibliotecas promoverá el desarrollo de las siguientes acciones:

I. Elaborar un listado general de la bibliotecas que se integren al sistema;

II. Orientar a las bibliotecas pertenecientes al sistema, respecto de los medios técnicos en materia bibliotecaria y su actualización, para su mejor organización y operación;

III. Configurar un catálogo general de acervos de las bibliotecas incorporadas al sistema, conforme a las reglas de catalogación y clasificación bibliográfica que adopte el sistema, para lograr su uniformidad;

IV. Operar como medio de enlace entre los participantes, y entre éstos y las organizaciones bibliotecológicas internacionales, para desarrollar programas conjuntos;

V. Apoyar programas de capacitación técnica y profesional del personal que tenga a su cargo servicios bibliotecarios, tendiendo a la optimización de éstos y al apoyo de las labores en la materia;

VI. Proporcionar servicios de catalogación y clasificación a solicitud de los interesados en general, mediante el pago de las cuotas a que haya lugar, y

VII. Las demás que sean análogas a las anteriores que le permitan alcanzar sus propósitos.

Artículo 15. El Sistema Nacional de Bibliotecas contará con un consejo de carácter consultivo, el que se integrará y funcionará de manera participativa conforme a las normas que emita la Secretaría de Educación Pública.

Artículo 16. Las bibliotecas cuyas características sean diferentes a las de biblioteca pública señalada en esta ley, podrán ser incorporadas al Sistema Nacional de Bibliotecas mediante el correspondiente compromiso de integración que celebren sus titulares con la Secretaría de Educación Pública.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Primero. Esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan a las normas previstas en la presente ley.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. - México, D.F., a 4 de Diciembre de 1987. - Senadores: Armando Trasviña Taylor, presidente; Perfecto Arredondo Valdez, secretario; Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Educación Pública.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos:

«Escudo Nacional. - Estados Unidos Mexicanos. - Cámara de Senadores. - México, D.F.

CC. secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. - Presente.

Para los efectos constitucionales, nos permitimos remitir a ustedes expediente con minuta proyecto de decreto aprobado en esta fecha por la Cámara de Senadores, por el que concede permiso a la ciudadana Silvia González Socorro, para que pueda prestar sus servicios como secretaria ejecutiva bilingüe en la Embajada de la República Islámica de Irán en esta ciudad.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra consideración atenta y distinguida.

México, D.F., 4 de diciembre de 1987. - Senadores: Perfecto Arredondo Valdez, secretario; Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.»

«MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Silvia González Socorro, para que pueda prestar sus servicios como secretaria ejecutiva bilingüe en la Embajada de la República Islámica de Irán en esta ciudad.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores. - México, D.F., 4 de diciembre de 1987. - Senadores: Armando Trasviña Taylor, presidente; Perfecto Arredondo Valdez, secretario; Alberto E. Villanueva Sansores, secretario.»

Trámite: - Recibo, y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

El C. Presidente: - Se han inscrito para presentar diversas iniciativas los siguientes ciudadanos diputados: Gonzalo Castellot Madrazo, Gonzalo Altamirano Dimas, Nabor Camacho Nava, Juan Alcocer Bernal y Jaime Castellanos Franco.

INICIATIVAS DE DIPUTADOS

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Gonzalo Castellot Madrazo, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Gonzalo Castellot Madrazo: - Compañeros diputados: «Los diputados de la Confederación de Trabajadores de México, que forman parte de la fracción parlamentaria del sector obrero en esta LIII Legislatura Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de La Constitución Federal, y del 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, presentan a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa de reformas al artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, en lo relativo al pago de la prima vacacional.

CONSIDERANDO

I. Que el aumento desorbitado en los costos de habitación y comida en los centros vacacionales de los que pueden hacer uso los trabajadores, han hecho imposible el que acudan a los mismos en unión de sus familias;

II. Que el aumento en el precio de los pasajes, aun a sitios cercanos a los lugares de recreación,

también dificultan cada día el goce del período de vacaciones al núcleo familiar de los trabajadores;

III. Lo anterior impide que aquéllos preserven la salud con un razonable descanso anual, mismo que también sirve para evitar los riesgos laborales que alarmantemente merman el proceso productivo nacional, y

IV. Que muchos empleadores eluden la obligación de pagar el porcentaje de prima vacacional correspondiente al séptimo o más días de descanso semanal u obligatorios que ocurren en el período destinado para vacacionar.

En consecuencia, se propone la reforma al artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, para que quede su redacción como sigue:

Artículo 80. Los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional del 100% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Se entiende por período de vacaciones, los días que el trabajador debe descansar anualmente. La prima incluirá el importe de los séptimos días comprendidos en el período vacacional. En caso de que la jornada semanal sea menor, también la prima comprenderá el importe de los días de descanso semanal; en ambos casos se agregará también el importe de los días de descanso semanal; en ambos casos se agregará también el importe de los días de descanso obligatorios.

Atentamente.

México, D.F., 10 de noviembre de 1987. - Por la diputación priísta de la Confederación de Trabajadores de México: Alfredo González González, Rogelio Preciado Cisneros, Pedro López Vargas, Gaspar Valdés Valdés, Alfonso Santos Ramírez, Jorge Doroteo Zapata García, Humberto Andrés Zavala Peña, José Herrera Arango, Armando Lazcano Montoya, Joaquín López Martínez, Federico Durán y Liñán, Javier Pineda Serino, Alfonso Godínez López, Luis Manuel Altamirano Cuadros, Alfonso Reyes Medrano, Agustín Bernal Villanueva, Juan Moisés Calleja García, Gonzalo Castellot Madrazo, Cristóbal García Ramírez, Héctor Hugo Varela Flores, José Jesús Gutiérrez Segoviano, Alberto Fabian Carrillo Flores, Porfirio Camarena Castro, Félix Liera Ortiz, Justino Delgado Caloca, Samuel Orozco González, Eduardo Lecanda Lujambio, Alberto Rábago Camacho, Heriberto Serrano Moreno, José Delgado Valle, Juan Carlos Velasco Pérez, Abimael López Castillo, Raúl Ramírez Chávez, Leobardo Ramos Martínez, Pedro Ortega Chavira, Gloria Josefina Mendiola Ochoa, Alfredo López Ramos, Oney Cuevas Santiago, Blas Chumacero Sánchez, José Manuel López Arroyo, Ezequiel Espinoza Mejía, Antonio Sandoval González, Salvador Esquer Apodaca, María Luisa Solís Payán, Francisco Villanueva Castelo, Homero Pedrero Priego, Emilio Jorge Cordero García, Diego Navarro Rodríguez, Luis Nájera Olvera, Emérico Rodríguez García, Carlos Roberto Smith Veliz, Sebastián, Guzmán Cabrera, Rafael García Anaya, José Nerio Torres Ortiz, y José Luis Galaviz Cabral.»

Trámite: - Túrnese a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

TRIBUNALES DE JUSTICIA DEL FUERO COMÚN DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa, el diputado Gonzalo Altamirano Dimas, del Partido Acción Nacional.

El C. Gonzalo Altamirano Dimas: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: «El texto constitucional del artículo 73, fracción VI, base cuarta, primer párrafo, que precedió al vigente en lo referente a la designación de magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, disponía: "Los nombramientos de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Serán hechos por el Presidente de la República y sometidos a la aprobación...etcétera".

El artículo anteriormente fue modificado según reforma publicada en el Diario Oficial del 10 de agosto de 1987, correspondiente actualmente a la fracción VI, base quinta, párrafo quinto, cuyo tenor expresa: "...Los nombramientos de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia serán hechos por el Presidente de la República, en los términos previstos por la ley orgánica, misma que determinará el procedimiento para su designación y las responsabilidades en que incurren quienes toman posesión del cargo o llegaren a ejercerlo, sin contar con la aprobación correspondiente".

Conforme a lo expuesto y atendiendo al precepto constitucional transcrito, es necesario que la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Distrito Federal se adecúe al mismo, de manera que contenga las nuevas normas que deben de crearse para establecer los términos que habrán de seguirse para el nombramiento de magistrados por el Presidente de la República, y los procedimientos para su designación y las responsabilidades inherentes de quienes llegasen a ejercer el cargo en contravención a la ley, motivo por el que propone la presente iniciativa de reformar al artículo 11 de la citada ley, cuyo texto debe estar acorde al vigente texto constitucional.

La reforma que se propone, fue formulada sobre la base de respetar la prerrogativa que la Constitución de la República establece en su artículo 35, fracción II en favor del ciudadano mexicano para ser nombrado en todo cargo, empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley.

Asimismo, se contempla la posibilidad de que el ciudadano pueda intervenir e involucrarse, como debe corresponder dentro de un régimen democrático, en una cuestión pública tan fundamental como lo es la constitución e integración de un poder de Estado, para lo cual se le otorga el derecho a cuestionar a los aspirantes a una magistratura.

Se precisan además, acordes al proyecto constitucional recientemente reformado, las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial que no se ajusten a la ley en lo referente al nombramiento de magistrados y al ejercicio de la magistratura.

Por otra parte, con el propósito de precisar, reforzar y ampliar las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Distrito Federal publicadas en el Diario Oficial de la Federación de 21 de enero de 1985 y 13 de enero de 1987, en lo concerniente a la designación de jueces, reformas que se llevaron a cabo con el propósito de lograr la profesionalización de los encargados de impartir justicia, y su permanente y constante actualización buscando que se designe a los juristas y profesionales del derecho más aptos y capaces para ejercer tan alta responsabilidad mediante concurso de oposición en que así lo demuestren, se adiciona el inciso d) del artículo 53 de la ley orgánica, en los términos que lo propone esta iniciativa, otorgando a todos los ciudadanos mexicanos que satisfagan los requisitos legales, la oportunidad y las garantías para poder ejercer la judicatura, respetándose de esta manera su derecho público a ser nombrados, consignando en el artículo 35, fracción II de la Constitución de la República, que debe ser reivindicada en pro de una integración democrática del Tribunal de Justicia del Distrito Federal.

Por lo anteriormente manifestado y con fundamento en lo establecido por el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar la siguiente:

INICIATIVA QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DEL FUERO COMÚN DEL DISTRITO FEDERAL EN SUS ARTÍCULOS 11 Y 53

Artículo 11. Los nombramientos de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, serán hechos por el Presidente de la República, en los términos previstos por esta ley, la que determina el siguiente procedimiento para su designación:

Los ciudadanos mexicanos que satisfagan los requisitos señalados en los artículos 95 de la Constitución de la República, y 26 de esta ley, y aspiren a ser magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, deberán hacerlo saber por escrito al propio tribunal por conducto de su presidente, cada dos años y dentro de los 10 primeros días hábiles del mes de enero, acompañando los documentos que acrediten dichos requisitos y los que consideren convenientes para abundar en su idoneidad. La solicitud contendrá el domicilio preciso del interesado, quien podrá expresar los antecedentes profesionales o de cualquier naturaleza que se estimen pertinentes.

Dentro de los tres días hábiles siguientes, concluido el término antes señalado, se publicarán en el Boletín Judicial y en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal, los nombres de quienes hayan elevado su solicitud y satisfecho los requisitos legales al presentarla.

El tribunal hará del conocimiento del Presidente de la República, la lista que contenga el nombre de los aspirantes que hubieren satisfecho los requisitos y copia de sus expedientes, a más tardar el día último del mismo mes de enero, con el objeto de que elija dentro de ellos a los magistrados que debe nombrar conforme a la Constitución de la República y esta ley, en los dos años que correspondan, posteriormente a la recepción de la lista.

Para acreditar los supuestos en la fracción IV del artículo 95 de la Constitución, y 26 de esta ley, deberá exhibir por el interesado lo siguiente:

a) Constancia de antecedentes no penales o penales, expedidos por las autoridades competentes del Distrito Federal, estado de México, estado de Morelos y del estado del que sea originario el aspirante o en el que haya residido en los últimos cinco años antes de la presentación de su solicitud.

b) Dos cartas de buena conducta o de servicios, o sobre ambos puntos, expedidas por instituciones de cualquier índole, pública o privada, o por ciudadanos

que no sean parientes del aspirante. En ambos casos, las cartas deberán contener los domicilios de quienes las expidan.

Los escritos que eleven los aspirantes deberán presentarse bajo protesta de decir verdad, de que los hechos asentados en la solicitud son ciertos y los documentos son auténticos; se podrán presentar copias certificadas de los documentos que acrediten los requisitos legales y de las otras circunstancias hechas valer, o los originales, que se devolverán a los interesados previa copia cotejada y certificada, que quede en su expediente. Cualquier dato falso proporcionado por un aspirante en relación a los requisitos o a cualquier otro hecho que manifieste, lo inhabilitará para ser designado, sin perjuicio de cualquier responsabilidad en que pueda incurrir.

Toda solicitud que se hubiere presentado sin haberse acompañado los documentos que acrediten los requisitos constitucionales y legales para ser magistrado, deberá desestimarse para el efecto de que al interesado no se le incluya en la lista de aspirantes. De las solicitudes presentadas, deberá darse el recibo correspondiente con indicación de los documentos que se anexen.

El aspirante que por error u omisión no haya sido incluido en la lista correspondiente, podrá, dentro del término de tres días siguientes al de la publicación que se hubiere hecho en los términos anteriormente señalados, pedir que se le incluya en la lista de aspirantes y se haga la publicación del caso; el tribunal, después de examinar el asunto, resolverá lo conducente.

Cualquier ciudadano y los colegios de abogados constituidos conforme a la ley reglamentaria del artículo 5o. constitucional, tendrá el derecho público a consultar en cualquier tiempo el expediente que se integre de cada aspirante, e impugnar a éstos y objetar los documentos presentados. De toda impugnación y objeción conocerá el pleno del tribunal, en audiencia pública con participación de los interesados, quienes podrán desahogar las pruebas que se estimen pertinentes y alegar. La audiencia se celebrará dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se interponga la impugnación u objeción, y la resolución correspondiente deberá dictarse al término de la misma, pudiendo el pleno del tribunal deliberar en sesión secreta durante un lapso no mayor de una hora, antes de pronunciarla.

Los miembros del Tribunal Superior de Justicia, deberán de abstenerse de realizar actos que tiendan a ayudar de algún modo a cualquier aspirante, bajo pena de incurrir en responsabilidad.

Quienes tomen posesión y ejerzan el cargo de magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y los servidores públicos que intervengan en los procedimientos para su designación, sin ajustarse a lo dispuesto por esta ley, incurrirán en responsabilidad en los términos de los artículos 109 y 110 constitucionales, independientemente de la responsabilidad penal o administrativa en que incurran al infringir la ley.

Artículo 53. Para ser juez de primera instancia se requiere:

a) a d)......................................................................

Los exámenes de oposición satisfacerán los siguientes mínimos:

1o. Serán públicos.

2o. La convocatoria deberá publicarse en el Boletín Judicial, en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal, y en un periódico de los de mayor circulación en esta entidad, conteniendo, además de los requisitos que satisfacer los aspirantes, los juzgados cuya titularidad esté vacante, el período en el que se celebren los exámenes.

3o. Se dará a conocer el nombre de los concursantes y la fecha y el lugar del examen, mediante publicación en el Boletín Judicial, con 10 días hábiles de anticipación.

4o. Los expedientes de todos los aspirantes, una vez integrados, permanecerán abiertos a la consulta pública hasta que se hagan las designaciones. Todo ciudadano, incluyendo los opositores, tendrá el derecho público a impugnar a los candidatos u objetar los documentos aportados por éste, manifestando los motivos y ofreciendo las pruebas que estime pertinentes. El tribunal, en forma incidental, substanciará y resolverá los casos de impugnación planteados.

5o. Al término del examen se le otorgará al sustentante, en caso de aprobación, constancia relativa, sin perjuicio de la selección final que se haga cuando sean varios los concursantes.

6o. De ser varios los oponentes aprobados, se hará una selección final posterior a la celebración del último examen, debiéndose motivar y fundar debidamente, en todo caso, las designaciones. El reglamento deberá contener los criterios específicos y objetivos que habrán de seguirse para hacer cada elección definitiva.

7o. Los aspirantes aprobados y no elegidos podrán impugnar las designaciones hechas en

favor de sus oponentes, dentro de los cinco días de la publicación de la designación, que se sustanciará corriéndole traslado interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, en un término de 48 horas, debiéndose dictar la resolución que corresponda dentro de los tres días siguientes.

8o. Las designaciones se publicarán en el Boletín Judicial.

9o. Todas las sesiones del pleno del tribunal y de los magistrados de la sala, relacionados a los exámenes de oposición, serán públicas.

10. Los servidores públicos deberán abstenerse de realizar, con motivo del trámite para los nombramientos de jueces, actos que redunden en favor o en perjuicio de cualquier participante.

11. Los colegios de abogados constituidos conforme a la ley reglamentaria del artículo 5o. constitucional, podrán enviar un representante a presenciar los exámenes de oposición e intervenir en cualquier momento del trámite de las designaciones, de acuerdo a las atribuciones que dicha ley les confiera.

12. Los servidores públicos que intervengan en los procedimientos para la integración de los jueces y quienes tomen posesión y ejerzan el cargo de juez sin ajustarse a lo dispuesto por esa ley, incurrirán en responsabilidad en los términos de los artículos 109 y 110 constitucionales, independientemente de la responsabilidad penal o administrativa en que incurran al infringir la ley.

13. El pleno del tribunal formulará un reglamento para los exámenes de oposición que se ajuste a la presente ley, y contenga los requisitos mínimos antes mencionados.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Tomando en cuenta que la fecha de publicación de la reforma al artículo 11 a que se refiere este decreto, no hará posible cumplir dicho precepto en el próximo mes de enero de 1988, la primera lista de aspirantes para magistrados prevista en el precepto legal en cita, deberá formularse dentro de los 90 días posteriores al inicio de la vigencia de la reforma, debiéndose emitir la convocatoria respectiva del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; la lista siguiente deberá formularse en enero de 1990, y así sucesivamente cada dos años, como lo dispone el precepto legal reformado.

Palacio Legislativo, a 4 de diciembre de 1987. - Por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, diputado Gonzalo Altamirano Dimas. »

Trámite: - Túrnese a la Comisión de Justicia.

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONGRESO

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el compañero diputado Nabor Camacho Nava, para presentar una iniciativa de reforma al Reglamento Interior del Congreso.

El C. Nabor Camacho Nava: - «C. diputado presidente; compañeras y compañeros diputados: La iniciativa de ley que el día de hoy ponemos a la amable consideración de ustedes, tiene la finalidad de reformar el artículo 196 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pues se puede manejar tan interpretativamente como se quiera, dando lugar a incorrecta aplicación protocolaria. Veamos su contenido actual:

"Artículo 196. Cuando algún funcionario, representante diplomático o persona de relieve se presente en la Cámara a invitación de ésta o por sí, se nombrará una comisión que lo reciba a las puertas de la misma y lo acompañe hasta el lugar donde deba tomar asiento, que podrá ser en los palcos bajos, en las curules de los diputados o senadores, o bien en el estrado que ocupa la presidencia. "

Considero pertinente que aclaremos, en primer lugar, de qué clase de funcionario se debe tratar, qué clase de representante diplomático, y qué persona de relieve, pues de lo contrario, se nos podría colar el cartero de mi pueblo, que aunque servidor público honrado y cabal, es el encargado del correo y por lo mismo funcionario, de mínimo nivel pero funcionario.

También puede llegar por sí mismo hasta las puertas de nuestro recinto parlamentario, algún agregado de embajada extranjera de ínfimo nivel, de la República de Chile por ejemplo, o de Haití, y entonces, ¿cuál sería nuestra conducta? Y finalmente se habla de persona de relieve, aclaremos: hay personas de gran relieve positivo, pero también las hay de gran relieve negativo; triste sería para esta honorable Cámara, que libre bajo fianza Arturo Durazo o Rafael Caro Quintero llegaran hasta este recinto pidiendo entrar, y como

son personajes de relieve, quisieran se les permitiera el acceso.

Compañeros diputados, no se trata sólo de cuestiones de semántica o interpretativas, el articulado de nuestro reglamento normativo debe ser preciso y categórico y no dejar resquicios que lo dañen. Si alguna vez don Alfonso Guzmán Neyra le rindió honores al célebre Arturo Durazo Moreno, siendo el primero de los mencionados, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y otorgando toga y birrete al segundo; episodio tan lamentable no debe repetirse, por eso debemos precisar los términos.

En uso de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de nuestra Ley Suprema, y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, contando además con el consenso del resto de los integrantes de la fracción parlamentaria de mi partido, el Auténtico de la Revolución Mexicana, proponemos la siguiente iniciativa de ley que reforma el artículo 196 del Reglamento normativo de esta Cámara, para quedar como sigue:

CEREMONIAL

Artículo 196. Cuando algún funcionario federal de primer nivel, representante diplomático acreditado de país extranjero, como el cual nuestra República Mexicana mantenga relaciones cordiales por su probada vocación democrática y de respeto de los derechos humanos o personaje de gran relieve a nivel nacional, por su calidad moral eminentemente positiva, se presente en la Cámara a invitación de ésta o por sí, se nombrará una comisión pluripartidista que lo reciba a las puertas de la misma y lo acompañe hasta el lugar donde deba tomar asiento, que podrá ser en los palcos bajos, en las curules de los diputados o senadores o bien en el estrado que ocupa la presidencia.

Sala de sesiones de la Honorable Cámara de Diputados, a 7 de diciembre de 1987. - Diputados: Nabor Camacho Nava, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García, Héctor Manuel Calderón Hermosa, Juan Manuel Lucía Escalera, Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González, María de la Luz Gama Santillán. »

Trámite: - Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

ARTICULO 108 CONSTITUCIONAL

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para presentar una iniciativa, el diputado Jaime Castellanos Franco, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

El C. Jaime Castellanos Franco: - «Señor presidente; compañeros diputados: Con las facultades que me concede el artículo 71 constitucional fracción II, vengo ante esta honorable soberanía, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, para proponer una modificación al artículo 108 constitucional, por los motivos que a continuación se expresan:

Es del todo necesario que como legisladores y legítimos representantes de los intereses del pueblo, busquemos la forma de adecuar nuestro Código Penal, para tipificar mejor la pena capital y la confiscación de bienes para aquellos funcionarios del más alto nivel: presidentes, secretarios de Estado y directores de organismos y empresas descentralizadas, tanto de la Federación como de las entidades federativas, con el objeto expreso de que los funcionarios del más alto nivel, sean sujetos de nuestras leyes y paguen con todo rigor el patrimonio mal acumulado y que constituye en sí alta traición a la patria.

Para nadie es desconocida la dictadura y disciplina que se viene operando entre los funcionarios del más alto nivel, ya que tradicionalmente han detenido a toda costa la acción de la justicia que debió haberse ejercitado hace mucho tiempo contra presidentes de la República, gobernadores, senadores, diputados tanto federales como estatales, presidentes municipales y directores de empresas y organismos descentralizados que se han enriquecido en el desempeño de su cargo, y que incluso en esta actitud han puesto en serio y grave peligro la soberanía e independencia de nuestro país.

En México, actualmente y pese a los grandes esfuerzos del ciudadano presidente de la República, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, para erradicar la corrupción, han sido numerosos como inútiles, ya que, salvo muy honrosas excepciones que la historia registra, la actividad pública viene siendo como sinónimo de pronto e inexplicable enriquecimiento. Permítaseme recordar a algunos prominentes y destacados hombres del sexenio pasado dentro de la actividad pública, que se distinguieron dentro de la corrupción y el saqueo de los tesoros nacionales, como Eugenio Méndez Docurro, Fausto Cantú Peña, Oscar Flores Tapia, Alfredo Ríos Camarena, Felix Barra García, Jorge Díaz Serrano, Armando León Bejarano, Lidia Camarena Adame, Roberto Martínez Vara, López Portillo, Arturo Durazo Moreno, Leopoldo Ramírez Limón, y familiares del entonces presidente.

Compañeros diputados: recordemos los propósitos del señor Presidente de la República, sobre la "renovación moral", para recuperación de la credibilidad y quehacer públicos para salvaguardar al Estado mexicano, por medio de una serie de reformas a la Constitución general de la República en su título cuarto, que permitiera la edificación legal de las responsabilidades de los servidores públicos; por lo que, acorde en este propósito y por las razones expuestas, me permito proponer ante esta honorable soberanía la modificación al artículo 108 constitucional , que a la letra dice:

"Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este título, se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros de los poderes Judicial Federal y Judicial del Distrito Federal, a los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública Federal o en el Distrito Federal, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

Los gobernadores de los estados, los diputados a las legislaturas locales y los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.

Las constituciones de los estados de la República, precisarán en los mismos términos del primer párrafo de este artículo y para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios".

Modificación que se propone, para que quede de la siguiente forma:

"Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este título, se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros de los poderes Judicial Federal y Judicial del Distrito Federal, a los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal o en el Distrito Federal, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.

El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, podrá ser acusado por traición a al patria, delitos graves del orden común y también será responsable por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos de la nación; en igual forma, los secretarios de Estado, senadores, diputados federales y locales, directores de organismos y empresas descentralizadas tanto de la Federación como de los estados de la República Mexicana.

Los gobernadores de los estados, los diputados a las legislaturas locales y los magistrados de los tribunales superiores de justicia locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales.

Las constituciones de los estados de la República precisarán, en los mismos términos del primer párrafo de este artículo y para los efectos de sus responsabilidades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñan empleo, cargo o comisión en los estados y en los municipios".

Sala de sesiones de la H. Cámara de Diputados, diciembre 7 de 1987. - Diputados: Jaime Castellanos Franco, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García, Gregorio Macías Rodríguez, Nabor Camacho Nava, Héctor Manuel Calderón Hermosa, Juan Manuel Lucia Escalera, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González y María de la Luz Gama Santillán. »

Trámite - Túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley Federal de Fomento de la Microindustria. En atención a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos, ruego a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul): - Para una moción a ese respecto.

El C. Presidente: - Tiene usted la palabra, señor diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Estamos a

punto de entrar a lo siguiente, que es la discusión de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria.

Como integrante que soy de la Comisión de Comercio, asistí a la sesión de trabajo que se convocó para el miércoles pasado, en la cual, por cierto, nos ocupó bastante tiempo analizar y entrar en varios aspectos que discutimos, y que finalmente originaron un proyecto de dictamen, modificando en muchos aspectos la iniciativa presentada originalmente.

Al término de la sesión de ese miércoles, aproximadamente han de haber sido las diez y media de la noche, quedamos en que esto se turnaría a su reestructuración mecanográfica y se nos proporcionaría la copia de dicho dictamen para conocerlo y hacer nuestra última observación, antes de ser presentado al pleno dicho dictamen.

Hasta hoy por la mañana me fue posible obtener la copia del mismo, que estuve reclamando hasta el viernes entrada ya la tarde, y rápidamente, en los pocos momentos que hemos tenido oportunidad de analizarlo, francamente encontramos algo que definitivamente no comprendemos.

Una serie de artículos que habían sido modificados en la discusión de la comisión, vuelven a su texto original, otros han sido incorporados sin haber sido tomados en cuenta, y podemos hablar, por ejemplo, para especificar sólo algunos que en unos cuantos minutos nos hemos dado a la tarea de querer revisar rápidamente:

El artículo 5o. del proyecto original había sido eliminado del texto, y sin embargo, en el dictamen de hoy viene incorporado íntegramente.

El artículo 6o. se había modificado, y viene ahora tal y como había sido presentado originalmente.

En el artículo 30, se elimina la redacción total de lo que habíamos estado discutiendo.

Igual el 31, en fin, aproximadamente unos 10 ó 12 artículos, que son los que hasta este momento alcanzamos a advertir, vienen, o restableciendo redacción desechada por la comisión, o incorporando redacción nueva a algo que no había sido considerado.

Yo creo que esto merece definitivamente ser considerado muy en serio, y por lo consiguiente, podríamos argumentarlo todavía más, pero estimamos que vale la pena que este dictamen sea retirado de la discusión, puesto que, además, fue presentado, pero en fin, eso podría ser secundario, que haya sido presentado a última hora de la sesión del viernes, eso sería lo de menos.

Sin embargo, por una serie de cosas que podemos clarificar más ampliamente al volverse a discutir este dictamen, creemos que debe regresar a la comisión para volverlo a analizar y para saber si vamos a tomar en serio lo que ahí discutimos y aprobamos por toda la comisión, y en ese caso ahí se hagan de nuevo las modificaciones o se presente este dictamen que se pretende hoy poner a discusión, para ver si es aprobado.

Para no extenderme más, por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 109 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar la presente proposición de moción suspensiva a la discusión del presente dictamen sobre la Ley de Fomento a la Microindustria, y por lo consiguiente se difiera la discusión a fecha posterior en la que se vuelva a reunir la comisión y se discuta dicho dictamen.

Esta moción la presenta, además de un servidor, apoyada por el diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, la que dejo aquí en la secretaría para que sea considerada.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos (desde su curul): - Pido la palabra para hechos, señor presidente.

El C. Presidente: - ¿En relación con este mismo tema?

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Para hechos.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Ortiz Gallegos para hechos, por cinco minutos en los términos del artículo 102.

El C. Jorge Eugenio Ortiz Gallegos: - Con su venia, señor presidente: Ya nuestro Compañero Héctor Pérez Plazola, hizo explícito ante ustedes, que aquí hay una grave irregularidad en el trabajo de la comisión; que lo que se había acordado en una reunión de la comisión, ahora aparece borrado en el dictamen respectivo.

Señores, ésta es una situación muy grave, porque parece que estamos jugando a legislar, y luego se hace caso omiso de los que ya se acordó y simplemente el secretario de la comisión o presidente, saca un nuevo truco de una redacción diferente. Esta es una denuncia grave, que reclama que esta ley sea vuelta a revisar.

Pero al margen de los argumentos que ya presentó el diputado Héctor Pérez Plazola, yo quiero que me escuchen en este pleno de la asamblea quienes no hayan leído propuesta de ley, para que vean simplemente que hay absurdos tan graves en esta ley, que no pueden ponerse en el plan de que existan. Si ustedes son tan gentiles porque lo tengan a mano, y si no, se los haré dándoles lectura.

En el artículo 8o. , de esta ley dice: "Sólo las personas físicas de nacionalidad mexicana, pueden obtener la cédula de microindustria, etcétera, etcétera". Señores, esto es violatorio de la Constitución general de la República en su título primero, y en concreto en su artículo 1o. , donde se establece claramente que en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse sino en los casos y con las condiciones que la misma Constitución establece. De manera que, de aprobarse esta ley o ponerse a trabajar, es absurdo, se está yendo contra la Constitución.

Otras pequeñas complicaciones que tiene esta ley: en el artículo 13, se habla de una nueva denominación que se llama "Sociedad de Responsabilidad Limitada Microindustrial". Compete, queridos compañeros, a una ley diferente que es la Ley de Sociedades Mercantiles, establecer esta nueva figura o de lo contrario, se está creando un sistema diferente de sociedad que no se conlleva con la Ley de Sociedades Mercantiles; es necesario compaginar esto con aquello.

En la misma forma, en el artículo 14, se establece que en las áreas microindustriales, sólo podrán ser socios personas físicas de nacionalidad mexicana. Volvemos otra vez a quebrantar la Constitución en su artículo 1o. , que permite la libertad de trabajo a todo mundo.

Vamos a señalar una última inconveniencia brevemente, porque en el 16, se habla de que. . . en el 15, se habla de que la pequeña microindustria que se constituye con varios socios, deberá tener un contrato. Esto es otra vez el equivalente a la Ley de Sociedades Mercantiles, en lo que se llama las características del contrato, y aquí simplemente se le pasa la facultad a la Secretaría de Comercio, para que ella establezca una especie de normativa que le corresponde a una ley reglamentaria, a una ley como ésta, y ahora resulta que la Secretaría de Comercio va a hacer estatuto y se los va a imponer a esas microindustrias.

Otra laguna de carácter legal, y todavía habría que señalar una vez más, dice en el 16: "No se requerirá para su constitución y su registro, de la autorización previa de otras autoridades judiciales y administrativas". Y ahí mismo a continuación se dice: "La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y la Contraloría General de la Federación. . . " y se está metiendo a otra secretaría que intervenga. Son contradicciones que no caven en este asunto.

Pero hay otra invasión, otra complicación con otra ley en vigor, dice que "Cuando se trate de sociedades de tipo microindustrial, las sociedades ni sus socios podrán participar en otras sociedades microindustriales". Así es que si hay un pequeño soplador de vidrio que pone su microindustria y se asocia con unos cuantos para trabajar y quiere poner a su vez otra microindustria que no sea de soplar vidrio, sino sea de golpear el fierro como un herrero, al señor le prohibe esta ley que se dedique a dos tipos de sociedad diferente.

Compañeros, por todas estas mínimas objeciones consideren ustedes que a esta ley le falta mucha revisión, sin mengua de recordar lo que ya señaló desde el comienzo nuestro compañero. Aquí se alteró el texto aprobado en la sesión respectiva de la Comisión de Comercio; se presenta un dictamen que no fue el que se aprobó en la sesión respectiva; hay una grave irregularidad que compete regresar esta ley para que se vuelva a trabajar en comisiones. Muchas gracias por su atención. (Aplausos. )

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Javier Garduño Pérez, en los términos del artículo 110 para impugnar la moción.

El C. Javier Garduño Pérez: - Con su venia, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Yo creo que desgraciadamente este tercer período de la LIII Legislatura tiene mucho trabajo. Estoy totalmente consciente de que todos los diputados tenemos una gran tarea que cumplir en éste que es nuestro último período de sesiones ordinarias; que lo comprendemos y por eso hemos tratado de ser muy condescendientes las gentes que tenemos la oportunidad de coordinar alguna comisión, procurar que nuestros compañeros diputados tengan el tiempo suficiente para poder desempeñar su trabajo con toda la eficacia que todos queremos hacer, todos queremos impregnar a nuestro trabajo.

Efectivamente, se me solicitó el que fuera posible que esta ley entrara a primera lectura el día de hoy y mañana a debate; yo les prometí que iba a hacer lo posible porque así fuera, pero desgraciadamente el calendario de nuestra Cámara ya estaba decidido. Esto está también engranado con el calendario de la cámara alta, la Cámara de Senadores,

en fin: el viernes se distribuyó a todos ustedes, señores diputados, se distribuyó esta ley, esta iniciativa, se dispensó la lectura por el hecho de que ya estaba distribuyéndose en cada una de sus curules y esto fue lo que sucedió.

Creo que a todos nos dio tiempo de estudiar esto; hemos tenido tres sesiones.

Yo no acepto, de ninguna manera, el que estemos jugando a la legislación, y tampoco acepto, de ninguna manera no me lo permitirían los compañeros , que hayamos hechos cambios sin autorización de ustedes y tratar de hacer trampas; de ninguna manera.

Lo que acordamos, eso es lo que está: que sí había una propuesta para eliminar los artículos 5o. y 6o. , finalmente se quedaron señores, así fue lo que sucedió. La mayoría consideró conveniente que se dejaran, pero en fin, esto de cualquier forma puede ser tema de discusión en lo particular.

Yo les pido a todos ustedes, compañeras y compañeros diputados, su benevolencia para que, de ninguna manera este trabajo legislativo que han hecho la mayoría de ustedes que forman la Comisión de Comercio, regrese a comisiones.

Yo les pido a ustedes su atención y su autorización para que prosiga el debate de esta ley y cualquier duda, cualquier cuestión que quieran tratar en lo particular, pues yo creo que la comisión está abierta totalmente a llevar a cabo el debate y la discusión de esta importante iniciativa del Ejecutivo Federal. Muchas gracias por su atención.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul): - Pido la palabra, para hechos.

El C. Presidente: - Compañero diputado, le vamos a pedir, para ilustrar el criterio de esta asamblea, a la secretaría, que proceda a dar lectura al artículo 110 y al artículo 111, e inmediatamente le daremos la palabra compañero. Proceda la secretaría.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros:

"Artículo 110. En el caso de moción suspensiva, se leerá la proposición, y sin otro requisito que oír a su autor, si la quiere fundar, y a algún impugnador, si lo hubiera, se preguntará a la Cámara si se toma en consideración inmediatamente. En caso afirmativo se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar al efecto, tres individuos en pro y tres en contra; pero si la resolución de la Cámara fuese negativa, la proposición se tendrá por desechada. "

"Artículo 111. No podrá presentarse más de una proposición suspensiva en la discusión de un negocio".

El C. Presidente: - ¿A pesar de ello, usted quiere hacer uso de la palabra compañero?. . . Tiene usted el uso de la palabra, en los términos del 102 por cinco minutos.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Estoy de acuerdo en que tengamos prisa en sacar una ley que, en principio, manifestamos y lo ratificamos aquí, estamos de acuerdo en que vale la pena enfocarnos a progresar en este aspecto.

Quiero que quede claro que no estamos en contra de que exista una ley de este tipo, que no es el aspecto de fondo el querer desplazar el proyecto, sino que ciertamente podemos tener mucha prisa en querer sacar las cosas; sin embargo, materialmente del miércoles de la semana pasada a hoy, no volvimos a discutir absolutamente nada en comisiones a este respecto.

Solicité a la comisión que se nos proporcionara ya el proyecto en limpio de todo lo que habíamos estado trabajando, para inclusive firmarlo; ofrecí firmar ese dictamen, pero ya teniéndolo precisamente en limpio, porque había estado participando, y aun cuando no hubiera aceptado todo lo que habíamos propuesto, de cualquier manera todos estábamos de acuerdo en que se le había dado una transformación positiva, aunque no la óptima, pero sí positiva a dicho proyecto.

Entonces, creo que por ningún motivo puede justificarse que haya prisa para hacer algo que está mal hecho, a como se está presentando el dictamen. Vuelvo a repetir, discutimos un proyecto original, se modificó, se sacó un primer borrador al que todavía le estuvimos haciendo varias modificaciones y ese borrador final manuscrito, inclusive con las anotaciones de muchos de nosotros, ha sido totalmente modificado.

Al final de cuentas, el borrador es el que aprobó la comisión, y este proyecto que se presenta hoy se puede decir que es falso, porque restablece artículos que habían sido desechados por la comisión y modifica la redacción de muchos otros.

Nuestro compañero Jorge Eugenio, mencionó el artículo 8o. Les voy a decir a ustedes cómo venía el proyecto original, con toda la deficiencia de copiado de éste que me fue proporcionado, decía: "Sólo las personas físicas de nacionalidad mexicana y las extranjeras que radiquen en el país como inmigrados, si satisfacen los requisitos que se establecen en esta ley. . . etcétera, etcétera", así venía originalmente ese artículo.

Y esto es lo que en la comisión se aprobó: Las personas físicas que satisfagan los requisitos que se establecen en esta ley, podrán inscribirse en el padrón a que se refiere el capítulo III".

Y el proyecto de hoy dice: "Sólo las personas físicas de nacionalidad mexicana, si satisfacen los requerimientos". Esto es un ejemplo concreto de tres redacciones totalmente diferentes; la que se aprobó por la comisión no es el que contiene el dictamen, y así podemos irnos al artículo 30, que fue aprobado específicamente con una redacción especial en el proyecto discutido en la comisión, y aquí no aparece por ningún lado la redacción de este artículo, y podríamos entrar en más detalles.

Creo que vale la pena, con todo y prisas, carreras y demás, debemos abocarnos a hacer las cosas bien, y si no, pues ¿para qué se pasa a la comisión un proyecto? que después, no se por angas de quién, no creo que los que lo mecanografiaron hayan sido los que por su propia cuenta hayan hecho estas modificaciones. Debemos por lo consiguiente volver a discutir el proyecto completo en la comisión, y si dentro de la comisión lo gana la mayoría, a como venía originalmente con esa versión será otro boleto, pero creo que sí se justifica se regrese este dictamen a la comisión, para que nos aboquemos al nuevo estudio, análisis y su discusión para su relativa aprobación Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si se admite o se desecha la moción suspensiva.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta si se acepta o se desecha la moción suspensiva presentada por el diputado Héctor Pérez Plazola y diputado Eugenio Ortiz Gallegos. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. . .

Desechada, señor presidente.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes (desde su curul): - Pido la palabra señor presidente para hechos, en relación con esta votación.

El C. Presidente: Tiene usted el uso de la palabra, compañero diputado Ricardo García Cervantes.

El C. Ricardo Francisco García Cervantes: - Con su autorización, señor presidente: Hay que consignar con toda claridad, que el diputado Héctor Pérez Plazola estableció en esta tribuna la existencia de un dictamen conocido, discutido y votado en el seno de la comisión, distinto al que fue impreso, repartido, dispensada su primera lectura, y hoy se pone en segunda lectura a discusión.

Ya en periodos de sesiones anteriores hemos observado cómo han quedado en entredicho los dictámenes que presentan las comisiones. En aquel primer período en el que hubo una acusación seria y severa de haber sido suplantadas hojas de un dictamen. En el segundo período en el que fue también objeto de acusaciones de falsificación de dictámenes en la discusión de algunas leyes, y en este tercer período se dice que como hay prisa, que como hay calendario coordinado con la cámara alta, y que como todos tenemos trabajo, simple y sencillamente pueden evitarse, ahorrarse o brincarse pasos del proceso legislativo y modificar los dictámenes de como son aprobados en las comisiones, a través de una redacción que se pone después a consideración de diputados que no van a leer la cantidad de dictámenes que se nos entregan.

La acusación puntual del diputado Pérez Plazola, fue de haber falsificado el dictamen de la comisión que había sido aprobado por mayoría y que sólo faltaba su pasado en limpio, su transcripción a términos decorosos para ser presentado a la secretaría para ser puesto a consideración del pleno, y en ese ínter, en ese transcurso de su aprobación en la Cámara a su mecanografía, sufrió modificaciones sustanciales que son puntualmente señaladas por el diputado Pérez Plazola, como una falsificación del dictamen. Ahora procederá discutir sobre un dictamen nuevo y también con el estigma de ser falso. Muchas gracias.

El C. Javier Garduño Pérez (desde su curul): - Señor presidente, para hechos.

El C. Presidente: - Tiene usted la palabra, diputado Javier Garduño Pérez.

El C. Javier Garduño Pérez: - Señor presidente; compañeras y compañeros:

Simplemente para dejar muy claro ante esta soberanía, que este dictamen fue discutido por todos los integrantes de la Comisión de Comercio y su aprobación de la mayoría de la misma quienes conocieron, estudiaron, analizaron y decidieron el dictamen que les estamos sometiendo a su consideración.

Desgraciadamente, ni el compañero Ortiz Gallegos ni el compañero Cervantes son miembros de la comisión. Efectivamente, Pérez Plazola es miembro de la comisión, con él estuvimos platicando, me extraña sobremanera su actitud, pero en fin, eso queda también registrado. Muchas gracias.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul): - Señor presidente, para hechos, para alusiones.

El C. Presidente: - Tiene usted el uso de la palabra, para hechos.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente, señoras y señores diputados: Definitivamente no voy a estar de acuerdo ni voy a permitir que se considere, que se juzgue que estamos falseando aquí lo que estamos diciendo.

No podría haber un miembro de la comisión, ni el señor presidente, y era lo que quería preguntar al señor diputado Javier Garduño, si se había vuelto a citar a alguna otra sesión de la comisión del miércoles pasado que terminábamos alrededor de las diez y media de la noche, y si había sido vuelto a considerar el proyecto del dictamen.

No hubo ninguna otra reunión de trabajo, y lo último en lo que quedamos fue que visto el borrador ya pasado en limpio, lo volveríamos a analizar, si era necesario nos reuniríamos otra vez para verificar y para dar inclusive nuestra aprobación. Insisto, yo ofrecí firmar el dictamen, pero en estas condiciones, es absurdo que se pretenda dar a entender que es falso lo que yo estoy diciendo.

No hay verdad contra verdad, sino simplemente el hecho tal cual es. No ha habido otra reunión de comisión y este dictamen es diferente al que estuvimos discutiendo, habíamos varios miembros de esa comisión y quiero que me vengan a desmentir.

Esto es falso porque se ha modificado en redacción y en intención, porque varias cosas de las que aquí se están presentando son diferentes a lo que había aprobado la comisión. Entonces, me extraña también a mí que el señor diputado Javier Garduño, con quien he tratado de colaborar en los trabajos de la comisión a la que he tratado de integrarme al máximo de lo posible, creo que no habré faltado, excepcionalmente a alguna reunión.

Creo que no viene pues al caso el extrañamiento hacia mí, porque he tratado de cumplir y pienso que no se me puede desmentir tal cosa. (Aplausos. )

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo. (Votación. )

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo. . . Se dispensa la lectura al dictamen, señor presidente.

«Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Honorable asamblea: A la Comisión de Comercio de esta H. Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa que el C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Miguel de la Madrid Hurtado, somete a la soberanía del H. Congreso de la Unión, de Ley Federal para el Fomento de la Microindustria.

En cabal cumplimiento de sus atribuciones, la comisión convocó a sus miembros a diversas reuniones y además, para ilustrar su juicio, invitó a diversos servidores públicos, en uso de las facultades que le otorga el artículo 62, de la Ley Orgánica del Congreso General.

La comisión que suscribe analizó las razones y fundamentos expuestos en la iniciativa del Ejecutivo Federal y después de amplia discusión, sus integrantes formulan el presente dictamen con apoyo en los siguientes

CONSIDERANDOS

Por decreto presidencial se declaró de interés público el desarrollo integral de las industrias pequeñas y medianas, con la participación coordinada y concertada de los sectores público, privado y social, con el propósito de apoyar y promover la instalación y operación de las empresas que integran dichas industrias, aprovechando su potencialidad y aptitudes para la generación de empleo, producción de bienes prioritarios, integración industrial y desarrollo regional.

Congruente con la disposición presidencial, se aprobó el Programa para el Desarrollo Integral de la Industria Mediana y Pequeña elaborado por la Secretaría de Industria y Comercio, que partiendo de un diagnóstico, y de acuerdo a los propósitos y objetivos establecidos y señalando prioridades y criterios generales, determina instrumentos y acciones de fomento para las industrias mencionadas.

Hasta ahora, el Poder Ejecutivo Federal ha diseñado y puesto en ejecución diversas medidas tendientes a fortalecer las industrias pequeñas y mediana, por cierto demasiado generales para atender las particulares características y necesidades de los diferentes estratos y ramas que las integran, y que son dictadas por las dependencias y organismos involucrados y que actúan escasamente coordinados, lo que implica falta de consistencia de criterios. En el aspecto legal, no se ha logrado un esquema global y unitario que ordene y jerarquice los diferentes elementos de una política específica e integral para estas empresas.

El diagnóstico base del programa actualizado en 1986, arrojo datos de lo más interesante:

La microindustria se integra con empresas manufactureras de capital mayoritariamente mexicano, que ocupan hasta 15 trabajadores, y sus ventas no exceden de 80 millones de pesos al año (tomando en consideración que esta cifra se revisa periódicamente por la Subcomisión de Industrias Mediana y Pequeña).

Es de gran importancia social y económica, sobre todo en las condiciones actuales, en que se hace necesario la creación de fuentes de trabajo y la producción de bienes básicos; participa ampliamente en el sector manufacturero; ha tenido un desarrollo y evolución reciente; enfrenta problemas por su reducida capacidad de gestión y organización; alta rotación de mano de obra e insuficiente especialización; obsolescencia de equipos y ausencia de controles de calidad; altos costos de operación; inestable y oneroso abasto de insumos; dificultades para la obtención de financiamiento en la banca; situaciones desventajosas frente a la competencia; y excesiva y compleja tramitación y reglamentación para instalación, operación y acceso a incentivos.

Por lo anterior, se hace necesaria la intervención del Poder Legislativo Federal, para elevar a rango de ley el fomento de la microindustria y obligar a las dependencias involucradas, mediante una actuación coordinada integrada en una comisión intersecretarial de la que emanen resoluciones obligatorias a instrumentar en sus respectivas áreas de competencia; hacer responsable de la ley a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; y procurar la acción concertada de los tres niveles de poder: Federal, estatal y municipal, para lograr los objetivos.

La exposición de motivos de la iniciativa presidencial es explícita; aborda fundada y razonadamente el estrato microindustrial, su problemática y perspectiva y concluye soluciones.

Cabe distinguir los siguientes criterios fundamentales que la orientan:

Elevar al rango de ley el fomento de la microindustria; establecer las acciones de simplificación administrativa, estímulos y asistencia; obligar al Ejecutivo Federal a dicho fomento, creando para ello una comisión intersecretarial y demás organismos involucrados, encargada de acordar las medidas específicas que a su vez deberán instrumentar las secretarías correspondientes; crear un padrón nacional de la microindustria, que permita a los microindustriales la obtención de los beneficios que se conceden; y estimular la coordinación de las acciones del gobierno federal con las de los estados y municipios, para propiciar el fomento de la microindustria, unidad productiva que se da precisamente en el interior del país.

Los objetivos coinciden con los enunciados en el Programa Nacional de Fomento Industrial y Comercio Exterior, y específicamente en el marco del programa para el desarrollo integral de la industria mediana y pequeña aprobado por decreto del Ejecutivo Federal.

Ha sido política permanente de los gobiernos mexicanos, fomentar el establecimiento de este tipo de industrias, porque representan un sector importante para el desarrollo de la planta productiva del país, la cual es una fuente valiosa de trabajo y gran consumidora de insumos nacionales.

Se reconoce en las estadísticas oficiales del año de 1986, que la microindustria ocupa el 35% de la fuerza laboral nacional, y dentro de la industria manufacturera representó el 15% en su participación en el valor de la producción del sector manufacturero.

Estos indicadores evidencian en el mencionado sector se caracteriza por la utilización de procesos productivos intensivos en mano de obra y por lo tanto, un elevado índice de empleo por capital invertido, de ahí que con montos reducidos de inversión se consigue casi de inmediato un fuerte y positivo impacto en los actuales niveles de empleo y producción.

Sin embargo, también muestra su pequeña participación en el valor de la producción industrial, ya que existen fundamentalmente tres factores que limitan la creación de nuevas empresas y el desarrollo de las existentes y que son de carácter técnico, administrativo y financiero.

Precisamente la iniciativa objeto de este dictamen constituye la base por la cual se ha de favorecer el impulso y organización de la microindustria, que requiere para su eficiente operación de técnicas industriales modernas, de apoyos crediticios y de

un marco jurídico simple, de fácil acceso para las personas dueñas de este tipo de empresas, que elimine requisitos oficiales diseñados para negocios de mayor capacidad económica. Existen miles de microindustrias afectadas por la crisis actual, al margen de los beneficios de la política de fomento, y agobiadas por la complejidad de los trámites ante las dependencias oficiales.

Este proyecto constituye el reconocimiento de una realidad, que es la necesidad de la incorporación de un núcleo de la economía que se ha mantenido relativamente al margen del desarrollo nacional, y que sin embargo, ha demostrado que es capaz de desarrollar una variedad de actividades que se manifiestan en la producción de insumos para la industria y bienes para el consumo directo de la producción.

La iniciativa recoge la experiencia de muchos años de apoyos y estímulos a la pequeña y mediana industrias, que con esquemas reglamentarios del Ejecutivo la ha instrumentado.

Desde el año de 1975, en que se abroga la ley de Fomento de Industrias Nuevas y Necesarias, no se había legislado en favor de la pequeña y mediana industrias a nivel de ley aprobada por el Congreso de la Unión.

Es muy importante, por la prioridad que representa, el que se establezcan instrumentos específicos para alentar a las unidades productivas nacionales de menor tamaño, con la expedición de una ley que defina con claridad los límites y alcances de una adecuada intervención oficial que estimule el proceso y desarrollo de la planta industrial.

En esta iniciativa se establecen dos medios o instrumentos que conllevarán a establecer todo un sistema de apoyo a la microindustria.

Se crea un Padrón Nacional de la Microindustria que distinguirá a los integrantes de este sector, los cuales, a través de una cédula trianual podrán exigir los beneficios a que son acreedores.

Igualmente, esta iniciativa crea la Comisión Intersecretarial, Seguro Social e Infonavit, a fin de que sea este órgano, a través de resoluciones ejecutivas y mandatarias suscritas por el titular de la dependencia cabeza de sector que corresponda, el que concrete, especifique y precise los apoyos, estímulos y asistencia técnica a que sean acreedoras las microindustrias.

En estas condiciones por imperio de ley, el gobierno reconoce la necesidad existente en apoyar y estimular la creación y existencia de la microindustria, como una importante célula del sector industrial para multiplicar la creación de nuevos empleos y la seguridad y permanencia de los existentes.

Los beneficios a que se harán merecedores los empresarios de la microindustria son de cuatro clases:

Primero. Los que se refieren a la simplificación de los trámites que cualquier industrial debe realizar para mantener en funcionamiento su empresa.

Segundo. Los relativos a estímulos fiscales, por medio de descuentos o certificados fiscales para hacer frente a sus obligaciones con el fisco.

Tercero. Aquellos que consisten en apoyos financieros a través de créditos de habilitación o avío y refaccionarios en condiciones muy especiales en monto, tasa de interés, plazo y periodos de gracia; y

Cuarto. Los que se refieren a la asistencia que se establezca en un programa que llevará a cabo la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, orientado a satisfacer los requerimientos de la microindustria, que permitan derivar soluciones técnicas acordes con las posibilidades reales y escalas de producción de estas unidades productivas.

En términos generales, la presente iniciativa contiene medidas concretas que apuntan a la simplificación administrativa de los trámites y procedimientos, para la constitución y operación de las funciones públicas.

Así, el fin fundamental de esta iniciativa es promover el desarrollo de la microindustria, con el objetivo de que participe plenamente en el avance y consolidación del aparato productivo del país, en forma más activa y profunda .

La comisión que suscribe, está de acuerdo con la iniciativa presidencial en su concepción integral, pero considera conveniente introducir los siguientes cambios en su articulado:

Se suprime el segundo párrafo del artículo 3o. , con el propósito de dejar clara la definición de microindustria para los fines de la presente iniciativa.

Suprimir en el artículo 8o. , la posibilidad de que los inmigrados puedan obtener la cédula de microindustria que les permita gozar de los beneficios que la ley concede exclusivamente a sus titulares. Las actividades del empresario

microindustrial, deben estar reservadas de manera exclusiva a personas físicas de nacionalidad mexicana.

Suprimir toda referencia a supuestos de cuya realización deriven actos sancionadores o de control por parte de la autoridad, así como las consecuencias que de ellos deriven. Por ello, se suprimen los artículos 12, 22, 23, 24 y 25 y adecúan los textos de los artículos 9, 10, 40 y segundo transitorio. No es congruente con el propósito de fomentar, que por su naturaleza debe ser atractivo, introducir elementos restrictivos o sancionadores. Esto último, desalentaría la actividad microindustrial, lo que es contrario al objetivo de estímulo y protección que caracteriza a la Ley de Fomento para la Microindustria. De este modo y al establecer una vigencia de tres años a la cédula de microindustria, se permitirá gozar de los beneficios obtenidos sin riesgo alguno, por el tiempo señalado, de tal manera que sólo al vencimiento de aquél, se requerirá la subsistencia de los elementos esenciales(número de personas, monto de inversión y actividad transformadora de bienes y otros), para otorgar el refrendo, haciendo en su caso la modificación del beneficiario.

Reubicación de los artículos 23, 24 y 25, para hacerlos congruentes y apropiados con las demás disposiciones de la iniciativa.

Finalmente, mejorar el texto de los artículos 10, 40 y segundo transitorio.

En atención a las razones que se señalan en este dictamen y con los cambios introducidos por esta comisión, debe aprobarse la iniciativa del Ejecutivo Federal.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54, 56 y 64, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Comercio somete a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente ley es de orden público y de interés social; sus disposiciones se aplican en toda la República y tienen por objeto fomentar el desarrollo de la microindustria, mediante el otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado y asistencia técnica, así como a través de facilitar la constitución y funcionamiento de las personas morales correspondientes, simplificar trámites administrativos ante autoridades federales, y promover la coordinación con autoridades locales o municipales para este último objeto.

Artículo 2o. La aplicación de esta ley en la esfera administrativa, correspondiente a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, sin perjuicio de las atribuciones que las demás leyes otorguen a otras autoridades federales, en cuanto no se prevean en forma expresa en esta propia ley. Cuando en el presente ordenamiento se mencione a "la Secretaría", se entenderá que se trata de la citada Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Artículo 3o. Para los efectos de esta ley, se consideran empresas microindustriales las unidades económicas que, a través de la organización del trabajo y bienes materiales o incorpóreos de que se sirvan, se dediquen a la transformación de bienes, ocupen directamente hasta 15 trabajadores, y cuyas ventas anuales estimadas o reales no excedan de los montos que determine la Secretaría, los cuales se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 4o. Los empresarios de las microindustrias, pueden ser personas físicas o personas morales que se constituyan con apego a las disposiciones de esta ley, así como de otras leyes en cuanto les sean aplicadas sin contravenir a la primera.

Artículo 5o. El domicilio de las empresas microindustriales será el local donde se ubique el establecimiento en que realicen sus actividades industriales, si se trata de empresarios personas físicas; tratándose de empresarias personas morales, será el local donde se encuentre ubicada su administración, o en su defecto el del establecimiento en que lleven a cabo sus actividades industriales.

Artículo 6o. Sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones fiscales, los empresarios de las microindustrias sólo están obligados a llevar su contabilidad en un libro diario de ingresos y egresos, tratándose de personas físicas; y en libros diario mayor y de inventarios y balances, cuando se trate de personas morales.

Artículo 7o. La Secretaría, con la participación, en su caso, de las demás dependencias y entidades

competentes de la administración pública federal, así como de los gobiernos de los estados y municipios, procurará la aplicación y vigilará el cumplimiento de esta ley, y en particular, realizará lo siguiente:

I. Determinar las actividades que sean más convenientes, desarrollen las microindustrias y señalar las zonas prioritarias para su instalación, a fin de otorgar mayores estímulos;

II. Fomentar la agrupación de empresas de microindustrias para obtener financiamiento, establecer sistemas de ventas y compras en común de materias primas y productos y, en su caso, prestación de servicios de subcontratación y maquila, y

III. Elaborar programas de difusión, gestión, formación y capacitación empresarial, así como de servicios de extensionismo, para identificar y resolver problemas relacionados con la organización, producción y mercado de las microindustrias.

CAPITULO II

De los empresarios personas físicas

Artículo 8o. Sólo las personas físicas de nacionalidad mexicana, si satisfacen los requisitos que se establecen en esta ley, pueden obtener la cédula de microindustria que les permita tener reconocido para sus unidades económicas de producción, el carácter de empresas de microindustria y gozar de los beneficios que éste u otros ordenamientos les otorguen.

Artículo 9o. Los empresarios deberán indicar su nombre, o en su caso, la denominación comercial de la empresa, seguidos de las palabras "empresa microindustrial" o las siglas "MI" , para su fácil identificación y distinguirlos en el otorgamiento de los beneficios a que se refiere esta ley.

Artículo 10. Cuando un empresario desee transmitir la empresa a otra persona, se deberá solicitar previamente de la Secretaría la inscripción del nuevo empresario en el padrón y el consecuente otorgamiento de la nueva cédula, para que el adquirente pueda disfrutar de los beneficios establecidos para las microindustrias.

Artículo 11. Al cancelarse la inscripción y la cédula, el empresario no podrá seguir utilizando el término "empresa microindustrial" o su sigla "MI", ni solicitar y obtener los beneficios que se conceden a las empresas microindustriales, quedando obligado a devolver la cédula a la Secretaría dentro de un plazo de 15 días hábiles.

La propia Secretaría comunicará a las autoridades correspondientes la cancelación de la inscripción y la cédula, a fin de que se dejen sin efecto, a partir de la cancelación los beneficios que se hayan otorgado.

CAPITULO III

De las empresas microindustriales

personas morales

Artículo 12. Los individuos de nacionalidad mexicana que deseen asociarse para constituir una persona moral que, como se prevé en el artículo 4o. , pueda ser considerada como empresa microindustrial, podrán hacerlo adoptando la forma de sociedad de responsabilidad limitada que regula la Ley General de Sociedades Mercantiles, con las modalidades que prevé el presente capítulo, sin perjuicio de que puedan adoptar otra forma legal.

Artículo 13. Las sociedades de que trata el artículo anterior, existirán bajo una denominación o una razón social que se formará con el nombre de uno o más socios. La denominación o la razón social irán inmediatamente seguidas de las palabras "sociedad de responsabilidad limitada microindustrial" o de su abreviatura "S. de R. L. M. I. ". La omisión de este requisito, sujetará a los socios a la responsabilidad que establece el artículo 25, de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Artículo 14. Las sociedades de responsabilidad limitada microindustriales sólo podrán tener como socios, a personas físicas de nacionalidad mexicana y no podrán admitir al constituirse o con posterioridad, socios extranjeros, directa o indirectamente, lo cual deberá hacerse constar expresamente en el contrato social y en el Registro de Comercio. Cualquier acto que viole esta disposición será nulo, y el extranjero que hubiere participado en él sólo podrá reclamar los daños y perjuicios que los socios le hubieren causado.

Artículo 15. El contrato por el que se constituye una sociedad de responsabilidad limitada microindustrial y sus modificaciones, deberán constar por escrito.

La Secretaría podrá proporcionar a quienes lo soliciten, modelos de contrato social o formularios en que los interesados sólo aporten los datos particulares de quienes deseen asociarse y de la persona moral que se pretenda constituir.

Una vez formulado y firmado por los socios el contrato social, la Secretaría o las autoridades en quienes delegue esa función, lo examinarán y harán constar su visto bueno sobre su forma y contenido, u orientarán, en su caso, a los

interesados sobre los elementos que se hayan omitido o deban subsanarse.

Artículo 16. Una vez obtenido el visto bueno a que se refiere el artículo anterior, los socios acreditarán su identidad y ratificarán su voluntad de constituir la sociedad y ser suyas las firmas que obren en el contrato social, ante el personal autorizado del Registro Público de Comercio del lugar que corresponda al domicilio social, el que procederá a inscribir sin más trámite a la sociedad a la brevedad posible.

No se requerirá para su constitución y registro, de la autorización previa de otras autoridades judiciales o administrativas. Las secretarías de Comercio y Fomento Industrial y de la Contraloría General de la Federación, vigilarán se cumpla lo dispuesto en este artículo y que el registro se efectúe cuanto antes.

Artículo 17. Las sociedades constituidas e inscritas en el Registro Público de Comercio, podrán obtener de la Secretaría o de las autoridades en quienes hubiere delegado esa función, la inscripción en el Padrón Nacional de Microindustria, así como la cédula que las acredite como empresas microindustriales y, consecuentemente, alcanzar los beneficios cuyo otorgamiento proceda conforme a esta ley u otras disposiciones.

Artículo 18. Las sociedades a que se refiere este capítulo ni sus socios, podrán participar en otras sociedades microindustriales, sin perjuicio del agrupamiento de éstas para los fines que se prevén en el artículo 7o., fracción II.

Artículo 19. Las modificaciones acordadas por los socios al contrato social, deberán constar por escrito y hacerse del conocimiento de la Secretaría o de las autoridades en quienes delegue esa función, con el fin de que se examine si no implican alteraciones a las condiciones para que la sociedad siga siendo considerada empresa microindustrial. La Secretaría emitirá su visto bueno a las modificaciones o, en su caso, dará a los interesados las orientaciones que correspondan.

Una vez obteniendo el visto bueno, las modificaciones deberán ser inscritas en el Registro Público de Comercio en que obre la inscripción de la sociedad, previa su ratificación ante el encargado de dicho registro.

CAPITULO IV

Del padrón nacional de la microindustria

Artículo 20. La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial integrará el Padrón Nacional de la Microindustria con los datos de estas empresas. En la elaboración y manejo del padrón, podrán participar las autoridades estatales y municipales, en los términos de los acuerdos de coordinación que se celebren conforme al capítulo VII, de la presente ley.

Artículo 21. Las empresas microindustriales que figuren en el padrón, recibirán los apoyos y estímulos que corresponda otorgárseles conforme a esta ley, a la Ley de Ingresos de la Federación y a las demás disposiciones legales y administrativas que los establezcan.

Artículo 22. La cédula de microindustria que expida la Secretaría o las autoridades en las que tal atribución se delegue, acreditará que la empresa, persona física o moral microindustrial, figura en el padrón y que se encuentran satisfechos los requisitos relativos a registros, licencias o autorizaciones que en la propia cédula o en sus anexos se indiquen.

A las personas que soliciten la inscripción en el Padrón Nacional de la Microindustria se les otorgará, una vez satisfechos los requisitos, la cédula correspondiente.

Artículo 23. La expedición de la cédula de microindustria será completamente gratuita.

Artículo 24. El padrón consignará la información actualizada de las empresas microindustriales, las actividades que desarrollan, el número de trabajadores, las inversiones realizadas, y demás datos necesarios para su fomento.

En el Padrón Nacional de la Microindustria se tomará nota de la terminación, disolución y liquidación de las sociedades de microindustria, y se realizarán los demás actos que determine esta ley y demás disposiciones derivadas de ella.

Artículo 25. La Secretaría procederá a concentrar y sistematizar los logros obtenidos sobre simplificación, a través de los mecanismos de coordinación con las entidades federativas, particularmente sobre los datos relativos a registros, licencias, permisos, y autorizaciones. Respecto de los trámites pendientes de cumplirse para la instalación o funcionamiento de la microindustria, se dará la orientación correspondiente, bastará la presentación de la cédula para que al trámite respectivo se le dé la máxima celeridad conforme a esta ley.

Artículo 26. De conformidad con los datos del padrón, la Secretaría procederá a refrendar, modificar y, en su caso, cancelar la cédula de microindustria, dando los avisos correspondientes a las dependencias competentes.

Artículo 27. La Secretaría o las autoridades competentes en el manejo del padrón, proporcionaran información a las microindustrias que lo soliciten, con relación al cumplimiento de trámites y obligaciones, así como sobre los apoyos e incentivos que puedan obtener.

Artículo 28. La Secretaría emitirá y distribuirá gratuitamente a los interesados, las formas oficiales sobre la realización de trámites y otorgamiento de apoyos a las empresas que figuren en el padrón.

Artículo 29. La cédula de microindustria deberá contener por lo menos los siguientes datos: nombre, denominación o razón social de la empresa; domicilio; actividad; monto de la inversión o del capital social; número de registro y fecha de expedición de la cédula.

La cédula de microindustria tendrá una vigencia de tres años, y consignará los refrendos de que sea objeto. Antes del vencimiento de cada lapso de vigencia, deberá solicitarse el refrendo correspondiente.

Cuando las personas físicas o las sociedades de responsabilidad limitada microindustriales, dejen de reunir los requisitos que establece esta ley para ser consideradas microindustrias, darán el aviso correspondiente y remitirán la cédula para su cancelación , a la Secretaría o a la autoridad en la que delegue esa función, a más tardar dentro de los 15 días hábiles siguientes a que esto ocurra.

Artículo 30. En los casos en que la empresa microindustrial deba, por la naturaleza de su objeto, acreditar que reúne las condiciones sanitarias, de seguridad u otras que requieran verificaciones especiales, la Secretaría orientará a los interesados sobre la forma de obtener las autorizaciones respectivas.

La Secretaría también orientará al interesado sobre la forma de satisfacer los requisitos pendientes de cumplirse para la operación de la empresa.

Artículo 31. En los casos en que proceda la cancelación de la cédula, se notificará por oficio al microindustrial el motivo y fundamento correspondientes, por correo certificado con acuse de recibo o personalmente, dándole un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación, a fin de que exponga las razones y ofrezca las pruebas que a sus intereses convengan.

La autoridad competente dictará, dentro de los 15 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo o de su ampliación para el desahogo de pruebas, la resolución que proceda, con base en las manifestaciones y elementos de convicción correspondientes, y la notificará por escrito al interesado en la forma dispuesta en el párrafo anterior.

Artículo 32. Cuando se cancele la inscripción de la sociedad microindustrial en el padrón, la cédula que le hubiere sido expedida deberá devolverse dentro del término de 15 días siguientes a la notificación de la cancelación, a la Secretaría o a la autoridad en quien dicha Secretaría hubiere delegado la función correspondiente en la circunscripción del domicilio social.

Si la cancelación no implicare al mismo tiempo impedimento para que la sociedad subsista y continúe operando, ésta deberá, dentro del término de 60 días naturales, proceder a modificar su contrato social, a fin de eliminar en él toda referencia a su condición de microindustria, salvo el caso de que adoptare por su disolución y liquidación; asimismo, suprimirá de su anuncio y publicidad la referencia a microindustria.

Artículo 33. La Secretaría comunicará a las autoridades correspondientes de la cancelación de la inscripción y la cédula, a fin de que no se continúen otorgando a la microindustria los beneficios de que, en su caso, estuviere disfrutando.

CAPITULO V

De la comisión intersecretarial para el fomento de la microindustria

Artículo 34. Se crea la Comisión Intersecretarial para el Fomento de la Microindustria, que tendrá por objeto impulsar el desarrollo de las empresas microindustriales a través de las acciones previstas en la presente ley, especialmente las que consistan en la simplificación de trámites administrativos para obtener registros y autorizaciones y para cumplir obligaciones. La comisión se encargará de estudiar y analizar las necesidades y la problemática que enfrenta la planta microindustrial del país, para proponer medidas que alienten su crecimiento y consoliden sus niveles productivos.

La comisión será el conducto a través del cual las dependencias y entidades de la administración pública federal coordinen su actuación para el otorgamiento de los beneficios y facilidades que se determinen conforme a esta ley. El Ejecutivo Federal proveerá lo conducente para que las secretarías de Estado y departamentos administrativos, en el ejercicio de sus atribuciones, realicen los actos y adopten las medidas que permitan alcanzar los fines y objetivos mencionados.

Artículo 35. La Comisión Intersecretarial para el fomento de la microindustria se integrará por sendos representantes propietarios de las secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito Público, de Programación y Presupuesto, de la Contraloría General de la Federación, de Energía, Minas e Industria Paraestatal, de Comercio y Fomento industrial, de Desarrollo Urbano y Ecología, de Educación Pública, de Salud, de Trabajo y Previsión Social y del Departamento del Distrito Federal, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores.

La presidencia de la comisión corresponderá a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Por cada representante propietario deberá nombrarse además un suplente, que participará en las sesiones en ausencia de aquél.

A propuesta de cualquiera de los integrantes de la comisión, podrá invitarse a participar en sus sesiones, a representantes de otras dependencias, de entidades paraestatales, de gobiernos de los estados y de los municipios, así como de los sectores social y privado.

Artículo 36. Para lograr los objetivos y finalidades establecidos en este ordenamiento, la comisión realizará las siguientes funciones:

I. Acordar la coordinación de trámites y despacho de los asuntos relacionados con las microindustrias a cargo de las diversas dependencias del Ejecutivo Federal y del Departamento del Distrito Federal, con el fin de simplificar trámites administrativos, eliminar los innecesarios, así como en general, para conceder facilidades para la operación de estas microindustrias;

II. Realizar estudios sobre la regulación jurídica relativa a la constitución, instalación y funcionamiento de las microindustrias, así como proponer las medidas administrativas o modificaciones a disposiciones legales tendientes a alcanzar los fines a que se refiere esta ley;

III. Proponer la forma y términos para el otorgamiento y aplicación de los apoyos y estímulos a que se refiere esta ley;

IV. Opinar y, en su caso, recomendar lo que considere conveniente, sobre las consultas que le formulen las diversas dependencias de la administración pública federal;

V. Ser el conducto por medio del cual se definan por las dependencias y entidades de la administración pública federal, las materias cuya coordinación debe promoverse ante las entidades federativas y sus municipios, para la obtención de los apoyos a que se refiere esta ley, especialmente para alcanzar los fines señalados en la fracción I;

VI. Evaluar la política de apoyos a que se refiere esta ley;

VII. Formular las recomendaciones pertinentes a las dependencias involucradas, para consolidar y ampliar los niveles de adquisiciones del sector microindustrial, así como para facilitarles el abastecimiento de insumos para su actividad, y

VIII. En general, proponer las medidas que se estimen apropiadas para el fomento y desarrollo de las microindustrias, y sobre los conductos legales que procedan para la atención de consultas, quejas y reclamaciones que se presenten.

La comisión podrá crear grupos de trabajo a nivel nacional o regional, para el estudio y análisis de temas relacionados con el fomento de la microindustria.

Artículo 37. La comisión se reunirá mediante convocatoria de su presidente; sus decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros asistentes, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate.

La comisión contará con un secretario técnico cuyas atribuciones son las siguientes:

I. Formular los proyectos de convocatoria y orden del día que le encomiende el presidente de la comisión, y ejecutar las resoluciones de la comisión cuyo cumplimiento se le asigne;

II. Formular el proyecto de reglamento interno de la comisión y someterlo a la aprobación de ésta;

III. Realizar los estudios que le encomiende la comisión;

IV. Efectuar el seguimiento de la instrumentación y ejecución de los acuerdos que adopte la comisión, y rendir a ésta un informe de las actividades realizadas, y

V. Las demás que le correspondan conforme a esta ley y al reglamento interno de la comisión.

CAPITULO VI

De la simplificación administrativa, estímulos y asistencia a la microindustria

Artículo 38. Las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán:

I. Otorgar a las microindustrias las facilidades necesarias, a fin de agilizar los trámites y procedimientos para el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la obtención de los apoyos a que se refiere esta ley;

II. Revisar, simplificar y, en su caso, adecuar los trámites y procedimientos que incidan en la instalación, funcionamiento y fomento de las microindustrias en tanto basten para ello disposiciones administrativas o resoluciones de los titulares respectivos, y

III. Cuando dichos trámites deban cumplirse en varias unidades administrativas de una misma dependencia, ésta adoptará las medidas para establecer un sólo canal para su atención y despacho.

Artículo 39. Las dependencias del Ejecutivo Federal deberán instrumentar, en el ámbito de su competencia, las recomendaciones que hayan sido acordadas por la comisión, así revisar las disposiciones legales que apliquen y los procedimientos para ello, con el fin de simplificar trámites o eliminar los innecesarios que se refieran al recibo de solicitudes para obtener permisos, licencias o autorizaciones.

La Secretaría de la Contraloría General de la Federación vigilará el cumplimiento de lo previsto en este artículo y, en su caso, propondrá la simplificación correspondiente.

Artículo 40. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y según se prevea en la Ley de Ingresos de la Federación, considera a los empresarios de microindustrias los estímulos fiscales correspondientes. Al efecto se integrará un paquete especializado, adecuado a sus necesidades y características particulares.

Artículo 41. De acuerdo con el Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo, el sistema financiero, a través de mecanismos crediticios, fomentará el desarrollo microindustrial a nivel nacional, para que las microindustrias cuenten con liquidez suficiente y puedan realizar las inversiones necesarias.

Artículo 42. Con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo, se establecerán las acciones programáticas para apoyar el desarrollo de las microindustrias, acorde con sus características y posibilidades. Asimismo, se diseñarán mecanismos que propicien una eficiente vinculación entre la microindustria y el sector educativo y de investigación tecnológica.

Entre otras acciones se impulsarán las siguientes:

I. En el Distrito Federal tendrá validez para los efectos procedentes, la presentación en la microindustria del servicio social obligatorio de las profesiones que se determinen, de conformidad con las disposiciones aplicables.

El Ejecutivo Federal promoverá, en el marco del Sistema Nacional de Planeación, la adopción de mecanismos análogos en las entidades federativas;

II. Se alentará y facilitará el uso de instalaciones públicas especializadas en normalización y metrología, a fin de ejercer el control de calidad sobre los productos;

III. Se apoyarán los proyectos de reconversión, adecuación, asimilación y desarrollo tecnológicos, y se impartirán cursos de gestión para los empresarios;

IV. Se promoverá la formación de agrupaciones de empresarios de microindustrias, para facilitar la solución de sus problemas comunes y mejorar su capacidad de negociación en los mercados financieros, de insumos y para la venta de sus productos en el país o en el extranjero, y

V. Se fortalecerá la labor de promoción y extensionismo en los ámbitos financieros, administrativo y técnico industrial.

CAPITULO VII

De la coordinación con las entidades federativas

Artículo 43. Dentro del marco del Sistema Nacional de Planeación, y de conformidad con los acuerdos que se celebren, se establecerán las bases de coordinación entre la Federación, los estados y municipios, a fin de impulsar el establecimiento y apoyar el fortalecimiento de empresas microindustriales, orientado hacia una eficiente descentralización de la planta productiva y un desarrollo más equilibrado.

Cuando para impulsar y apoyar a las empresas microindustriales, se requieran adecuaciones a las disposiciones legales o administrativas locales, se recomendarán las modificaciones por los conductos correspondientes.

Artículo 44. La Secretaría podrá celebrar acuerdos de coordinación con las entidades federativas, para promover la descentralización de actividades y funciones que corresponden al Padrón Nacional de la Microindustria.

En dichos acuerdos se establecerán las acciones, mecanismos y procedimientos que podrán llevar a cabo las entidades federativas para el logro de lo

señalando en el párrafo anterior, de manera que las empresas microindustriales puedan realizar sus trámites con mayor agilidad.

TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las microindustrias en operación podrán inscribirse en el Padrón Nacional de la Microindustria y obtener la cédula que acredita tal inscripción, para obtener los beneficios a que se refiere esta ley. Las dependencias y entidades paraestatales, en su respectiva esfera de competencia, darán las facilidades necesarias a las microindustrias que las requieran para su incorporación al régimen establecido por esta ley.

Tercero. El Ejecutivo Federal dispondrá lo necesario para que se proceda a convocar a la primera sesión de la Comisión Intersecretarial para el Fomento de la Industria, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que entre en vigor esta ley. La propia comisión, dentro de un plazo que no excederá de 90 días contados a partir de su primera sesión, formulará su reglamento interior.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. -Palacio Legislativo, D. F., a 4 diciembre de 1987.- Diputados: Javier Garduño Pérez, presidente; Alfonso Reyes Medrano, secretario; Amílcar Aguilar Mendoza, Marciano Aguilar Mendoza, Jesús Alcántara Miranda, Graciano Bortoni Urteaga, José Rodolfo Budib Lichtle, Roberto Calderón Tinoco, Porfirio Camarena Castro, Jorge Cárdenas González, Francisco Contreras Contreras, Justino Delgado Caloca, María Soledad del Río Herrera, Homero Díaz Córdova, Edeberto Galindo Martínez, Alejandro Gascón Mercado, Javier Lobo Morales, Rodolfo Antonio Menéndez Menéndez, Janitzio Múgica Rodríguez Cabo, María Aurora Munguía Archundia, Pastor Murguía González, Pedro Ortega Chavira, José de Jesús Padilla Padilla, Carlos Palafox Vázquez, Héctor Pérez Plazola, Adner Pérez de la Cruz, Luis Pérez Díaz, Humberto Enrique Ramírez Rebolledo, Cirilo José Rincón Aguilar, Arturo Ruiz Morales, Rafael Sainz Moreno, David Serrano Acosta, Lorenzo Serrano Gutiérrez, Germán Sierra Sánchez, María Luisa Solís Payán, José Félix Torres Haro, Juan Manuel Pablito Tovar Estrada, José Camilo Valenzuela, Juan Carlos Velasco Pérez, Pedro Zamora Ortiz, Javier Vega Camargo, Gerardo H. Fernández Casanova, y Jesús Siller Rojas.»

Trámite: - Segunda lectura.

El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión el dictamen en lo general. Se abre el registro de oradores.

Se han inscrito los siguientes oradores: el compañero diputado Aguirre Romero, para razonar su voto; en contra los diputados Oswaldo Harris Muñoz, Ricardo Pascoe y Héctor Pérez Plazola; y para razonar su voto, el compañero diputado Adner Pérez de la Cruz; por la comisión, el diputado Vega Camargo.

Tiene el uso de la palabra el compañero José Angel Aguirre Romero.

El C. José Angel Aguirre Romero: - Con su permiso, señor presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados: Según el dictamen, la microindustria se integra con empresas manufactureras de capital mayoritariamente mexicano que ocupan hasta 15 trabajadores y sus ventas no exceden de 80 millones de pesos al año.

Hace un año, a esta tribuna compareció el licenciado Alfredo del Mazo, quien nos explicó ampliamente el plan que tenía el Ejecutivo, de reconversión de las industrias paraestatales. Ahora, el candidato del PRI habla de la modernización de la planta industrial en general, de estímulos fiscales para lograrlo, de financiamiento, de asesoría, etcétera. De materializarse todo esto, pronto tendremos una planta industrial moderna, competitiva y eficaz; pero esas grandes empresas modernas, irremediablemente, porque eso es una ley de la economía capitalista, se comerán a las empresas pequeñas manufactureras de capital mayoritariamente mexicano que ocupan hasta 15 trabajadores y sus ventas no exceden de 40 millones de pesos al año.

La Ley Federal para el Fomento de la Microindustria, es una ley que no estorba para nada, pero tampoco ayuda para nada; el proceso de monopolización no se detiene con esta ley. La ley pretende salvar algo históricamente insalvable: la microindustria.

La propia reconversión industrial cancela el futuro de la microindustria.

Sólo hay tres industrias con futuro: la gran industria privada; la gran industria pública y la gran industria social. Esta Ley, desde nuestro punto de vista, no pasa de ser un catálogo de 44 buenas intenciones, buenas intenciones cuyos destinatarios son los pequeños industriales y los trabajadores, sólo por eso, porque son buenas intenciones en favor de los trabajadores, votaremos en favor. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para hablar en contra, el diputado Oswaldo Harris Muñoz.

El C. Oswaldo Harris Muñoz: - Con su permiso, señor presidente: Bueno, voy a partir de un supuesto de que en la comisión se trabajó como debería ser y que este dictamen representa realmente el trabajo, de acuerdo con el Reglamento y con la Ley Orgánica, para su aprobación; y también de que hay buenas intenciones por parte del gobierno de promover a esta parte de la actividad económica catalogada ahora como microindustria.

Nosotros en el Partido Mexicano Socialista definitivamente defendemos a esta actividad económica, consideramos que es mucho muy importante, que efectivamente se le debe apoyar, debe ser una de las ramas, pues me atrevería a llamar "consentidas", dentro del desarrollo económico de nuestro país. Sin embargo, creo que estas buenas intenciones pueden quedar en demagogia cuando la ley realmente no manifiesta claramente dichos apoyos.

Las modificaciones que se hicieron del articulado original propuesto por el Ejecutivo, al que se nos plantea en este dictamen, eliminan algunos artículos: 12, 22, 23, 24, y 25, que según el dictamen, obstaculizarán en cierta forma el registro de microempresas.

Si nos fijamos en la redacción del articulado original, lo que realmente están haciendo, es no precisamente permitir que haya una facilidad en el registro de las microempresas, sino el permitir que los grandes industriales de alguna manera se cuelen y logren los beneficios que esta ley podría permitir.

Lo que realmente está sucediendo es eso con la eliminación de cierto tipo de características, no me voy a meter al detalle porque creo que eso inclusive pasa a segundo plano, hay otros aspectos que son muchísimo más importantes que éste.

Esta ley, prácticamente para lo que va a servir es para crear un inventario de microindustrias y una Comisión Intersecretarial omnipotente. Esta Comisión Intersecretarial omnipotente va a ser la que va a decidir qué tipo de apoyos se les van a dar a las microindustrias y a aquellas otras industrias que sin ser micro van a colarse dentro de este inventario.

No se habla de apoyos específicos en ningún artículo de esta ley, de las 44 "buenas intenciones", como las llamó el compañero que me precedió en el uso de la palabra, existen apoyos específicos. Y podemos analizar cuál es la situación de estas microempresas.

Por ejemplo, es en este tipo de actividad industrial donde probablemente se cree la mayor cantidad de tecnología nacional; es ahí, en estas microempresas, donde se hacen invenciones, desarrollo tecnológico, que quedan ahí únicamente para esa pequeña microempresa. Las patentes son prácticamente algo fuera del alcance de las microempresas porque no tienen las posibilidades de poder acceder a registrar una patente con las condiciones económicas con las que trabajan.

Para nosotros, yo creo que el facilitarles directamente el acceso a registrar sus patentes, sería ya un muy fuerte apoyo a estas microindustrias para que puedan tener otro tipo de ingresos y puedan desarrollarse mejor.

Otro de los problemas que tienen las microindustrias, es el problema por ejemplo de la seguridad social de sus trabajadores; las cuotas al seguro social que deben pagar estos microempresarios, van a representar realmente erogaciones adicionales fuertes para estas microempresas. Nosotros creemos que si se les quisiera apoyar, el gobierno federal debería absorber el pago de estas cuotas de seguro social para que todos los trabajadores de las microempresas tengan seguridad social, y los microempresarios no tengan una carga adicional en sus gastos.

Se habla por ejemplo de que se les van a simplificar los trámites administrativos, pero en ningún momento se específica cuales son esos trámites que se van a simplificar, no existen aspectos específicos en donde digan: tal trámite no va ser necesario, para que las microindustrias puedan acceder a formar parte del directorio de microempresas, de microindustrias que este proyecto de ley contempla.

Estos hechos, que sí se nos hacen graves, el que no especifiquen los apoyos que se les van a dar a las microempresas, que todo a decisión de esta comisión intersecretarial, hace que, en lugar de ser apoyo real a las microindustrias, puede convertirse en un mecanismo de control político para la industria nacional.

Es por eso que consideramos que con o sin la existencia de esta ley, las microindustrias seguirán igual si no se especifican los apoyos que se les van a dar.

Consideramos que mientras este aspecto no esté contemplado en esta ley, la ley resulta totalmente demagógica, resulta inocua, no va a ayudar en nada al desarrollo de la microindustria y sí va a servir como un elemento demagógico para que el gobierno diga que se está ya legislando para apoyar a las microempresas.

Es por esta razón que el Partido Mexicano Socialista, votará en contra de esta ley. Ya basta de hacer demagogia y hagamos leyes que efectivamente apoyen al desarrollo de este país. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Ricardo Pascoe Pierce.

El C. Ricardo Pascoe Pierce: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Se ha planteado en esta tribuna que la iniciativa a discusión refleja los buenos propósitos del gobierno frente a la microindustria, y sin embargo, por el otro lado hemos escuchado conclusiones radicalmente diferentes. Algunas a favor y otras en contra.

Yo quisiera plantear la discusión, en todo caso, en otro terreno. Esta iniciativa trata al fenómeno de la microindustria inicialmente como una concepción equivocada, en la medida que la trata como si fuera cualquier otro tipo de industria en el país, con una capacidad de organización, inclusive se mencionan las posibilidades de reconversión industrial, y no atiende al verdadero fenómeno de la microindustria.

Es necesario, por tanto, hacer una brevísima reflexión acerca de lo que es en realidad la microindustria, para llegar a una conclusión determinante acerca de si esta iniciativa favorece o no el impulso y fomento a la industria mencionada.

La microindustria es producto fundamentalmente del fenómeno de la crisis que estamos viviendo; o dicho de otra manera, la multiplicación extraordinaria de la microindustria en el país es producto de la crisis.

Como también el fenómeno de la concentración de la producción industrial en el país y, por tanto, la concentración de la fuerza de trabajo empleada, de las utilidades generadas, son fenómenos también de un proceso natural de concentración de la riqueza, fenómeno que ha surgido al calor de la crisis que tiende a empobrecer más a grandes capas y concentrar la riqueza en determinados sectores.

Por tanto, la microindustria debe verse en otra óptica, es un espejo, es un reflejo de la naturaleza del empobrecimiento del proceso productivo, en donde lo que se busca, en todo caso, es apaciguar o amortiguar algunos de los efectos de la crisis económica en su expresión actual.

El surgimiento y la multiplicación de un gran número de microindustrias, dice aquí que emplea hasta 15 personas, que la gran mayoría de las microindustrias no emplean a 15 personas sino a menos, a mucho menos. Llega de hecho el gran bloque de la microindustria, se ubica entre uno y cinco trabajadores empleados. Esto por cierto lo tiene sistematizado en su información la Secretaría de Programación y Presupuesto.

Y además, es una muestra de la información estadística disponible de que en los últimos 10 años ha habido lo que podríamos llamar un extraordinario auge en todo este llamado sector de la industria nacional.

El problema es que estamos ante un reflejo de la crisis, no estamos ante un sector tal como se le quiere tratar en esta iniciativa, un sector que debe empadronarse, que debe emitirse la cédula de identidad de cada empresa para fines fiscales, para propósitos posibles de adjudicación, de apoyos financieros, administrativos y tecnológicos.

Nosotros creemos que hay que enfocar el problema de la microindustria de una manera total y radicalmente distinta. El enfoque es que hay que impulsar a la organización de los empresarios, los dueños de la microindustria, para crear el incentivo a mayor reinversión de utilidades, si es que se puede hablar realmente de utilidades en la microindustria; nosotros creemos todo lo contrario, el problema en realidad, es que hay que buscar la posibilidad de incentivar y de crear condiciones para que los trabajadores mismos puedan aglutinarse y organizarse en unidades de producción, en la posibilidad de crear alternativas propias de fuentes de ingreso y que no dependen de esta lógica del empresario que está tan reiterado en la iniciativa, del empresario que va a participar junto con la comisión intersecretarial tratando de definir cuál es su acceso a fuentes de financiamiento, elementos de adiestramiento administrativo, de contabilidad, de materia tecnológica etcétera. Esto es, creemos nosotros, no simplemente un sueño de buena fe, sino que es realmente una ingenuidad frente al proceso de desarrollo de lo que es la microindustria en el país.

Por tanto, nosotros nos oponemos a la iniciativa, no solamente por ociosa, sino porque realmente ni comprende, ni entiende, ni engloba el fenómeno de la microindustria en el país donde está el verdadero problema de la microindustria, de los pequeños productores; está precisamente en la posibilidad de organizar a los trabajadores no en torno a un empresario, dizque empresario, sino en torno a una iniciativa propia de los trabajadores, y es iniciativa en una expresión más cooperativa de producción, debe ser efectivamente objeto de financiamiento, pero en esta iniciativa no es así, esta iniciativa, es más, ni contempla ni entiende este problema; el enfoque debe ser totalmente distinto y yo reitero apreciación de que está, como iniciativa, bateando simplemente fuera del campo de juego; ni ha estudiado a fondo el fenómeno de la microindustria, ni entiende el fenómeno, ni responde a lo que realmente sucede en el país.

Por lo tanto, nosotros llamamos a desechar por ociosa y equivocada la iniciativa, y en todo caso llamaríamos a la comisión, efectivamente, a discutir a fondo cuál es el problema verdadero de la microindustria y a buscar una alternativa que responda a los intereses de las amplias masas de trabajadores que se encuentran en ese sector. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para razonar su voto, el diputado Adner Pérez de la Cruz.

El C. Adner Pérez de la Cruz: - Compañeras y compañeros diputados: En la discusión de esta ley, que ya algunos compañeros han expresado la forma en que se ha presentado, y no tiene caso insistir en ello, porque no es fundamental, sino que eso es de forma, por eso no planteamos muchas inquietudes que tenemos al respecto.

Se contemplan en los considerandos de la iniciativa, algunas cuestiones que es necesario resaltar, comentar, podríamos decir. Por ejemplo, se dice que hasta ahora el Poder Ejecutivo Federal ha diseñado y puesto en ejecución, diversas medidas tendientes a fortalecer las industrias pequeña y mediana, por cierto, demasiado generales para atender las particularidades, características y necesidades de los diferentes estratos y ramas que las integran, y que son dictadas por las dependencias y organismos involucrados y que actúan, óigase bien, escasamente coordinados, lo que implica falta de consistencia de criterios.

En el aspecto legal, no se ha logrado un esquema global y unitario que ordene y jerarquice los diferentes elementos de una política específica e integral para estas empresas. Esto es necesario comentarlo, tiene una gran verdad. Sin embargo, las disposiciones generales también de esta ley de la microindustria, tienen por objeto fomentar el desarrollo de la microindustria mediante el otorgamiento de apoyos fiscales, financieros, de mercado, de asistencia técnica, así como de facilitar su constitución, simplificar trámites administrativos ante autoridades federales y locales, y la coordinación con autoridades municipales. Y contempla otra serie de cuestiones. Para no entrar en minucias, porque no es el objeto ni de la ley ni de nosotros, sí quisiéramos plantear cuestiones de fondo:

El Partido Popular Socialista, ha sostenido permanentemente, acerca de lo que debe ser el desarrollo industrial en nuestro país. Por ejemplo, nosotros hemos sostenido que debe ser responsabilidad del Estado, la creación de una poderosa industria pesada y de tecnología de punta para producir máquinas, y máquinas computadoras como los robots, etcétera, sin lo cual, es prácticamente imposible hablar de una verdadera industrialización independiente de nuestro país.

Crear los laboratorios químico - farmacéuticos y el banco de materias primas del estado, para elaborar medicinas baratas y de alta calidad para el pueblo y las instituciones estatales de salud, como pasos orientados a nacionalizar la industria químico farmacéutica.

Hemos manejado también que se debe nacionalizar la industria de los alimentos para los humanos, y de forrajes, particularmente la que produce alimentos para niños, para ganado, y para aves de corral.

Nacionalizar y organizar un complejo industrial que abarque todos los aspectos de la industria y beneficio de la caña de azúcar y sus derivados, modernizando, reorganizando y reubicando los ingenios del país, creado empresas que formen parte de ese complejo y se aproveche la caña en industrias tales como el papel, fertilizantes, forrajes, etcétera.

Nacionalizar la industria del algodón, y quede una empresa descentralizada que cubra todo lo relativo a la explotación y beneficio del algodón.

Eliminar la política del contratismo en las empresas estatales, a efecto de generar en esas empresas sus propias compañías constructoras, de abastecimiento, de bienes y de servicios.

Nacionalizar la industria siderúrgica para hacer posible el desarrollo industrial independiente de nuestro país.

Y así podríamos seguir y seguir planteando todo lo que mi partido desde esta tribuna y en todas las que tiene oportunidad de intervenir, ha venido sosteniendo acerca del desarrollo industrial de nuestro país.

Sin embargo, hoy que discutimos esta ley de la microindustria es necesario plantear algunas cuestiones, como por ejemplo, el hecho de que el desarrollo de la microindustria tiene una estrecha relación con el fortalecimiento del mercado interno, y este mercado interno sólo crecerá en la medida en que el salario recupere su real poder de compra; mientras se mantenga la austeridad salarial, de acuerdo con los lineamientos del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, no podemos hablar de una política correcta en materia de mercado interno.

Desgraciadamente la política económica del gobierno ha privilegiado al comercio para la exportación, así se ha dicho en muchas ocasiones y se ha implementado la política de racionalización, entre comillas, del comercio exterior; parece que todo estuviese enfocado hacia allá, sobre todo después de que ingresamos, sobre que nuestro país ingreso al Gatt. Ahora todos los afanes del Estado están dirigidos al estímulo con miras a la explotación de productos no petroleros, dicen.

Lo que hay que destacar y hay que analizar, es que quienes hacen ese comercio de productos no petroleros son precisamente, en su inmensa mayoría, compañías extranjeras que están utilizando a nuestro país como una gran nación de maquilas. Es muy importante una política de buscar buenas balanzas comerciales y de pago; en esta hora, parece que el hambre de divisas es natural, es lógica, pero una política realmente popular y revolucionaria se mide por la atención que se da al mercado interno, a la demanda popular, una política que mire más bien hacia el fortalecimiento del mercado interno, tendrá que conllevar una política justa en el terreno salarial, de tal manera que el poder de compra de la clase trabajadora no quede rezagado en relación con la inflación, sino al contrario, y podríamos seguir y seguir hablando de otra serie de cuestiones, pero creo que no es ése el objeto de la discusión de esta ley.

Sin embargo, tenemos alguna preocupación particular, señor Javier Garduño, presidente de la comisión: por ejemplo, en el sentido de que en la ley se contempla de que esta microindustria será dedicada a la transformación y tiene un monto parece ser que de 80 millones en este año, y que para el próximo, salvo las oscilaciones de la inflación, podrá llegar a 180, 200. Y también contempla que el número de trabajadores que podrá tener la microindustria es de 15; si alguna preocupación tuviéramos, se la dejamos aquí en tribuna, sería en el sentido de cómo proteger a los trabajadores, que solamente serán en número de 15 y la Ley Federal del Trabajo autoriza, prevé, que para poder formar un sindicato, sería de 21 trabajadores el mínimo.

Dejo esta preocupación, y por lo demás, la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, votaremos a favor de esta ley de la microindustria. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra para hablar en contra, el diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Quiero rectificar mi posición en cuanto al sentido para tomar la palabra en esta discusión, para evitar cualquier mala interpretación.

Como miembro de la comisión tengo, en dado caso, derecho tanto a fundamentar nuestro voto, como a establecer juicios al respecto, y digo esto porque definitivamente lamento mucho tener que venir a esta tribuna en este momento, a tomar esta posición contraria al dictamen que aquí ha sido presentado, y no a la intención de una Ley de Fomento a la Microindustria.

Creemos que es positivo, que podía haber reflejado muchos aspectos de beneficio para el pequeño industrial, y lo manifestamos inclusive en la comisión, que esto no debería circunscribirse tan sólo a quien desarrollara una actividad productiva de carácter industrial, sino en general a la microempresa, a todo aquel pequeño empresario, como aquí se establece y se enuncia, que puede proteger, desde la actividad que desarrolle una persona o hasta empresas de 15 elementos que laboren, esto debería extenderse a todo tipo de empresa productiva y no tan sólo a lo industrial. Por eso digo que lamento tener que tomar esta posición, porque estábamos nosotros en la intención de apoyar definitivamente el proyecto; apoyamos entonces, y que quede bien claro, la intención de una Ley para el Fomento de la Microindustria, y tenemos que hacer esta intervención para volver a recalcar que hemos vuelto totalmente atrás en lo positivo que se estaba presentando el dictamen, para dejarlo en muchos aspectos peor que como había sido presentada la iniciativa.

¿Cómo es posible que se hable en esta ley, de fomentar la simplificación administrativa y apoyar todo el aspecto fiscal que es una de las situaciones que más reprimen, que más imposibilitan el desarrollo normal de una pequeña empresa en el aspecto fiscal, cuando un artículo 6o. de esta misma ley fue modificado para dejarlo estableciendo las obligaciones que tendrían los empresarios de microindustria, pero de todos modos dejándole la posibilidad de que se le establezcan las disposiciones fiscales de otro tipo en términos generales? Entonces, ¿para qué hablamos de que se pretende la simplificación fiscal y facilitar el trabajo y el cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente, cuando de todos modos se les remite a la vez a que sea sujeto de toda la maraña fiscal del resto de las empresas? ¿Cómo es posible que hasta en lo transitorio que se había festinado en la comisión, el aspecto de señalar los términos en los cuales se iba a exigir que se incorporaran a un padrón todos los de microindustria, y digo que se festinó porque a todos los ahí presentes se estuvo insistiendo constantemente en que era una ley que

debería ser, no de control, no de represión, sino al contrario, de verdadero impulso y fomento al desarrollo de este tipo de empresas?

Y digo que hasta a los transitorios, habiendo quedado específicamente en que el artículo segundo debería especificar que todos los trámites que hicieron los microidustriales para su registro en el padrón que se iba a establecer para el caso, estos trámites deberían ser gratuitos. ¿Por qué este dictamen elimina la palabra "gratuito" y deja al arbitrio la interpretación de la Secretaría cómo se va a aplicar este tipo de registros? Llegar hasta esos grados, pienso que pueden demostrar precisamente que no ha habido el consenso ni ha habido la aprobación expresa de los miembros de la comisión.

Iba a solicitar que se nos informara ¿quiénes de los diputados habían firmado este dictamen?, pero por ahí encontré una copia fotostática en la que aparecen aproximadamente unos 20 ó 22 que ciertamente darán mayoría, pero aquí planteada esta situación: ¿en qué sesión se aprobó este dictamen por los miembros de la comisión? En ninguna, señores diputados. Podrán tal vez haber recabado la firma en lo individual, pero creo que muchos de mis compañeros estarán de acuerdo en que, volvemos al punto que mencionamos antes, este dictamen no debería estarse discutiendo, porque no es el que aprobó la comisión en la sesión de trabajo que se tuvo al respecto.

(Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra en pro, el ciudadano diputado Javier Vega Camargo.

El C. Javier Vega Camargo: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: El hacer uso de esta tribuna, la más alta de la nación, representa para mí el honor más grande que jamás haya tenido, y el compromiso de brindar a esta tarea legislativa, el mejor de mis esfuerzos sin más límite que mi capacidad.

Doble honor cuando hago uso de la palabra a nombre de la Comisión de Comercio, para sustentar la necesidad, importancia y cabal procedencia de esta iniciativa de Ley para el Fomento de la Microindustria, convencido de la especial relevancia de establecer un marco jurídico que garantice el fomento y el apoyo a este tipo de industrias, industrias que representan una valiosa fuente de trabajo para miles de mexicanos, y se constituyen como un sector importante para el desarrollo de la planta productiva del país.

Y aquí quizá estaría contestando alguna cuestión del diputado, en el sentido de que las empresas grandes se comen a las chicas; lo que se pretende con las microindustrias, son de particular interés y tienen particular valía, porque sirven para integrar precisamente la planta productiva del país. Se trata pues, con esta ley, de promover la creación de nuevas microindustrias y de fortalecer las ya existentes, como un imperativo social y económico; significa reconocer los esfuerzos que realizan miles de microempresarios del país, una realidad que debe atenderse con audacia para romper prácticas obsoletas y erradicar vicios.

Desde 1975, que se abroga la Ley de Fomento a las Industrias Nuevas y Necesarias, no se había legislado en favor de micropequeña o mediana industria a nivel ley. Y es precisamente aquí lo valioso de esto:

La iniciativa parte de la premisa de que la microindustria, más que un estrato, es un fenómeno de gran importancia social y económica; recoge además, la experiencia de muchos años de apoyos y estímulos a la pequeña y mediana empresas y el resultado de programas, en este sentido, de otros países con diferentes grados de desarrollo.

Se habla, los diputados que me precedieron en el uso de la palabra hablan de que no se establecen los instrumentos para su apoyo, que sólo son buenos propósitos, sin embargo, esta iniciativa fundamentalmente lleva, en primer lugar, a nivel ley, la voluntad política obligatoria para el Poder Ejecutivo, de fomento a la microindustria. Esto es de la más importante relevancia.

En segundo lugar, lleva a rango de ley por primera vez, la integración de una Comisión Intersecretarial de Fomento a la Microindustria, cuyos acuerdos supervisará la Secretaría de la Contraloría.

En tercer lugar, lleva a nivel ley sus mecanismos de simplificación administrativa, estímulos fiscales, apoyos financieros, así como de asistencia técnica para la microindustria. Establece el Padrón Nacional de la Microindustria y, finalmente, lleva a nivel ley la coordinación con estados y municipios para el fomento de la microindustria, es decir, ¿por qué no se establecen en esta ley criterios específicos de tasas de interés, de plazos de pago? porque al hacerlo así, estaríamos siendo limitativos al establecer en ley cuestiones muy rígidas frente a una economía tan dinámica como la que vivimos; estaríamos simplemente frenando las bondades de una ley federal que se está proponiendo se apruebe en esta materia.

A este efecto, se crea a nivel ley por esta iniciativa, la comisión intersecretarial, una comisión intersecretarial que tendrá que reunirse, y que establecerá

los criterios específicos de plazos de interés, de tasas, y de los apoyos "aterrizados" para cada una de las microindustrias.

Con respecto de alguna preocupación en el sentido de que esta ley, más que ser una ley de fomento era una ley de control, que pretendía control; creo que es exactamente lo contrario, se trata de transformar el espíritu, de cambiar la función de regulación por una de fomento, para constituir en esta simplificación administrativa, para poder constituir una sociedad de responsabilidad limitada microindustrial, bastará llenar un formato y y presentarlo en el Registro Público de Comercio, un contrato social en donde se está depositando confianza, toda la confianza al público en general, para que con los datos que ellos menciones se integren y puedan constituir esta sociedad.

Se trata pues, de una confianza de ambas partes y no se trata de establecer ningún tipo de control, sino establecer un sistema integral de apoyo a la microindustria que nos permita poder estarla apoyando.

En relación también a una duda en relación a que los trabajadores tendrían que constituirse forzosamente en torno a un empresario, no hay tal cosa. Los trabajadores pueden constituirse como ellos quieran constituirse, siempre y cuando establecimiento un límite de que sea hasta 15 trabajadores para constituirlos como microindustria.

Adicionalmente, tampoco es cierto que no pueden constituir un sindicato. Si bien es cierto que la ley establece que se requiere un mínimo de trabajadores, y precisamente la clasificación de la microindustria no llega a este límite, se pueden integrar, agrupar varias microindustrias para integrar un sindicato de rama.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul):-Quisiera hacerle una interpelación, con su permiso señor presidente, al señor diputado.

El C. Presidente: - Señor diputado Javier Vega Camargo, ¿acepta usted la interpelación?

El C. Javier Vega Camargo: - Sí, la acepto.

El C, Héctor Pérez Plazola (desde su curul):-Usted acaba de mencionar que la ley contempla recursos para asociarse con varias empresas y constituirse un sindicato, ¿podría decirme en qué artículo de esta ley queda establecido el punto, y en qué participó usted para aprobar este dictamen?

El C. Javier Vega Camargo: - Con mucho gusto. En referencia al primer punto le contestaría, señor diputado, que en ningún artículo se establece claramente de que los trabajadores de varias microindustrias podrán reunirse para integrar un sindicato, pero en ningún artículo también de la ley, está por escrito, está establecido, que no lo puedan hacer.

La segunda pregunta, debo decirte que es una lástima que exista una piedra en el camino: en esta ley de fomento, que recuerdo que usted en las reuniones de comisiones tuvo participaciones muy valiosas que se recogieron y que están en este dictamen.

Estas aportaciones, que como dije fueron muy valiosas y que se encuentran comprendidas acá, en la reunión última contestamos su pregunta concreta; el punto final de acuerdo fue el de que se aprobaba el dictamen y de que si había usted, si mal no recuerdo dijo que sí tenía alguna duda, si tenía algún punto adicional que iba a estudiar sobre eso, se lo haría saber al diputado Garduño; en este momento se aprobó el dictamen y usted simplemente quedó, en caso de que tuviera alguna duda, pasársela al diputado Garduño, al presidente de esta comisión, para que nos volviéramos a juntar y en ese momento volver a hacer una aprobación, en su caso, pero de que se aprobó, se aprobó, señor diputado. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen en lo general. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor presidente.

El C. Presidente: - Para efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Tiene el uso de la palabra el compañero Javier Vega Camargo por la comisión, para presentar una propuesta.

El C. Santiago Oñate Laborde (desde su curul):-Señor presidente, que se recoja la votación de los artículos no impugnados.

El C. Presidente: - Un momento diputado Camargo. Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados, en un solo acto.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículo no impugnados, en un solo acto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor presidente, aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados. Se emitieron 225 votos en pro, 11 votos en contra, y 24 abstenciones.

El C. Presidente: - Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por 225 votos.

Esta presidencia informa que ha sido reservado para su discusión, el artículo 6o. Tiene el uso de la palabra en contra, el diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul):-Transitorio dos, como miembro de la comisión, no en contra.

El C. Presidente: - Tiene usted la palabra, diputado Héctor Pérez Plazola.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados:

Dos aspectos mínimos, pero creemos que son importantes, necesarios, para cumplimentar aquello a lo que nos referíamos. Pensamos debe ser lo más accesible para el microindustrial, en lo que se refiere a su simplificación administrativa fiscal.

En el artículo 6o., ya habíamos hecho referencia en lo general hoy, precisamos dice así: "Que sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones fiscales, los empresarios de las microindustrias sólo están obligados a llevar su contabilidad en un libro diario de ingresos y egresos tratándose de personas físicas, y en libros diario mayor, inventarios y balances, cuando se trate de personas morales".

Creemos que la intención está perfectamente clara, y para no redundar más en argumentación, pienso que todos estamos de acuerdo que el pequeño industrial sufre problemas y dificultades para cumplimentar todo el conjunto que se establece en la legislación fiscal, que requiere fundamentalmente de la asistencia, de asesoría de contadores públicos especializados, y que esto definitivamente en ocasiones es más gravoso el costo de esas asesorías que otros elementos más importantes dentro del desarrollo de su empresa.

Entonces, para que esto represente definitivamente una ventaja, una facilidad, un camino a la regularización de tantas pequeñas empresas que al encontrar la facilidad y la simplificación, puedan incorporarse el régimen fiscal inclusive, y regularizar las demás, propongo que se eliminen las primeras palabras del artículo 6o. en lo que se refiere a cuando dice: "Sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones fiscales". Eliminar esto para quedar como inclusive ya lo habíamos comentado; que el artículo 6o. parta de la siguiente redacción: "Los empresarios de las microindustrias sólo estarán obligados a llevar su contabilidad en un libro diario de ingresos y egresos, tratándose de personas físicas, y en libro diario mayor, de inventarios y balances, cuando se trate de personas morales".

Ya se harán las adecuaciones necesarias en lo fiscal, precisamente para encuadrar dentro de este régimen específico al microindustrial. Entonces propongo, como miembro de la comisión, que el artículo 6o. quede en esos términos, y aprovechando el viaje, el transitorio: mencioné que hablábamos de que ésta, cuando discutíamos el fondo de la ley, de que esta ley debería encaminarse fundamentalmente al fomento, al impulso, al asesoramiento, a la asistencia, y que la participación de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, debería quedar manifiesto en muchos aspectos y entre ellos, en la forma de operar el Padrón Nacional de la Microindustria; y hacíamos ya la argumentación de la ventaja que esto representaría para que el microindustrial pudiera hacer todo este tipo de trámites sin costos.

A la Secretaría no le va a representar ningún esfuerzo ni mayor trabajo el poder atender esto, puesto que se está creando una ley para obtener resultados positivos, y que este tipo de trámites, por lo consiguiente, quede especificado, como ya se había enunciado antes, que en sus trámites, de los que habla el transitorio segundo, para inscribirse en el Padrón Nacional de la Microindustria sean gratuitos, sin costo.

Entonces, estas dos proposiciones fundamentalmente son las que hago propuesta a ustedes, confiando en que la comisión esté de acuerdo y todos los demás señores diputados aprueben finalmente las modificaciones. Muchas gracias, es todo, aquí dejo las proposiciones.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si se aceptan las propuestas

presentadas por el diputado Héctor Pérez Plazola... Un momento, señorita secretaria.

El C. Javier Garduño Pérez (desde la curul): - Señor presidente, si me permite. En una sola votación votamos todo lo demás.

El C. Presidente: -Primero, consulte a la asamblea si se acepta la modificación presentada por el diputado Héctor Pérez Plazola, señorita secretaria.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -En votación económica, se pregunta si se acepta la modificación propuesta por el diputado Pérez Plazola. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: -Consulte la secretaría si se encuentra suficientemente discutida esta propuesta.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -En votación económica se pregunta si está suficientemente discutida esta propuesta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutida, señor presidente.

El C. Presidente: -Se reserva para su votación en conjunto. Tiene el uso de la palabra el diputado Javier Vega Camargo, para hacer una propuesta por la comisión.

El C. Javier Vega Camargo: -Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: A nombre de la Comisión de Comercio, me permito presentar a esta soberanía una propuesta para adicionar en un solo artículo, los supuestos o causas generales de cancelación, para quedar en su caso comprendido dentro del capítulo IV del Padrón Nacional de la Microindustria como artículo 31, y recorrer la numeración del articulado subsecuente, para que a la letra diga:

"Artículo 31. Procederá la cancelación de la inscripción de las microindustrias en el Padrón Nacional de la Microindustria y consecuentemente de la cédula que se les haya expedido, cuando se incurra en violaciones a la presente ley o a las disposiciones que de ella emanen."

Muchas gracias, dejo la propuesta en la secretaría.

El C. Presidente: -Gracias, compañero diputado. Consulte la secretaría a la asamblea, si se acepta la adición al articulado propuesta por el diputado Javier Vega Camargo, que formaría parte del texto del cuerpo legal, después del artículo 30.

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -En votación económica se pregunta si se acepta la adición del diputado Vega Camargo. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: -Está a discusión el texto del artículo adicionado...

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se acepta. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: -Proceda la secretaría a recoger la votación del artículo 6o., con la modificación propuesta por el diputado Pérez Plazola y aceptada por la asamblea, así como el texto del nuevo artículo presentado por el diputado Javier Vega Camargo.

la C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -Se va a proceder a recoger la votación nominal del artículo 6o., con la modificación propuesta, presentada por Pérez Plazola y aceptada por la comisión y la modificación que presentó el diputado Vega Camargo. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 171 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor presidente, se emitieron 255 votos en pro y cinco abstenciones.

El C. Presidente: -Aprobados los artículos 6o., y 31, recorriéndose el numeral de los siguientes artículos; y segundo transitorio, de conformidad con las modificaciones aceptadas por la asamblea. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley Federal para el Fomento de la Microindustria.

La C. Secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El C. Presidente: -Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: En oficio fechado el 19 de noviembre del año en curso, la Secretaría de Relaciones

Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Enrique Camargo Baltazar, pueda prestar servicios como chofer, en la Embajada de Suiza, en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el día 3 de diciembre, se turnó a la comisión que suscribe para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de acta de su nacimiento;

b) Que los servicios que el interesado prestará en la Embajada de Suiza en México, serán como chofer, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Enrique Camargo Baltazar, para prestar servicios como chofer, en la Embajada de Suiza, en México. Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, D.F., a 4 de diciembre de 1987.- Diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gárdaro, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: -Segunda lectura.

El C. Presidente: -Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, consulte la secretaría a la asamblea si autoriza que se reserven los asuntos a discusión para su votación nominal en un solo acto.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si se autoriza que se tome la votación de este asunto y los siguientes, en un solo acto. Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se autoriza que se reserven para su votación nominal en conjunto, ciudadano presidente.

EL C. Presidente: -Continúe la secretaría.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: En oficio fechado el 1o. de diciembre, la Cámara de Senadores remite el expediente con minuta proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Josefa Guadalupe Antonina Abaunza Portocarrero de Escoto, para prestar servicios como empleada de visas al Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el día 3 de diciembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que la interesada prestará en el Consultado de Estados Unidos de América, serán como empleada de visas, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Josefa Guadalupe Antonina Abaunza Portocarrero de Escoto, para que pueda prestar sus servicios como empleada de visas al Consulado de los Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, D.F., a 4 de diciembre de 1987.- Diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: -Segunda Lectura.

El C. Presidente: -Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: En oficio fechado el 1o. de diciembre del año en curso, la Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto, por el que concede permiso a las ciudadanas Ana Eva del Rosario Cárdenas González y María Isabel Ramírez Oseguera, para prestar servicios en el Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

En sesión efectuada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el 3 de diciembre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

CONSIDERANDO

a) Que las peticionarias acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que las interesadas prestarán en el Consulado de Estados Unidos de América, serán de carácter administrativo, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso a la ciudadana Ana Eva del Rosario Cárdenas González, para que pueda prestar sus servicios como auxiliar de contabilidad al Consulado de Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

Artículo segundo. Se concede permiso a la ciudadana María Isabel Ramírez Oseguera, para que pueda prestar sus servicios como empleada de visas al Consulado de los Estados Unidos de América, en Guadalajara, Jalisco.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, D.F., a 4 de diciembre de 1987.- Diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Juan Moisés Calleja García, Carlos Enrique Cantú Rosas, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce

Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: -Segunda lectura.

El C. Presidente: -Está a discusión el dictamen en lo general... No habiendo quien haga uso de la palabra, para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular...

En virtud de que no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular, proceda la secretaría a recoger la votación de éste y los anteriormente reservados, en un solo acto.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Por instrucciones de la presidencia, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y los anteriores reservados, en un solo acto. Se ruega a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Se emitieron 236 votos en pro para el primer decreto, y 232 votos a favor para el segundo; y el tercero con cuatro votaciones en contra.

El C. Presidente: -Aprobados los proyectos de decreto por 236 y 232 votos.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Pasan al Senado y al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

El C. Presidente: -Se han inscrito para el efecto de presentar diversas proposiciones, en los términos del artículo 30 del Reglamento, varios compañeros diputados.

DENUNCIA DE PROFESORES

El C. Presidente: -Tiene el uso de la palabra con este objeto, el compañero diputado Víctor Manuel Jiménez Osuna, del Partido Popular Socialista.

El C. Víctor Manuel Jiménez Osuna: -Con su permiso, señor presidente; señoras y señores diputados: Por todos nosotros es conocido de que algunos artículos de la Constitución Política de nuestro país, han venido siendo impugnados, refutados, han buscado hasta su cancelación por las fuerzas reaccionarias de nuestro país.

Entre esos artículos se encuentra el 3o., el 27, el 123 y el 130 constitucional, fundamentalmente.

Hoy nos ocupa manifestar a ustedes, en la forma en que ha venido siendo golpeado por las fuerzas reaccionarias, el artículo 3o. constitucional.

Vemos cómo actúan ya a lo largo y ancho de nuestro país, sectas religiosas cuyas bases se encuentran en el enemigo histórico fundamental del desarrollo independiente de nuestro país.

Las sectas religiosas que actúan por las costas, la sierra, las zonas urbanas de nuestro país, tratando de influir para desmerecer la conciencia histórica de nuestro país; olvidar de que se olvide el concepto de patria; olvidar de que nos olvidemos de los forjadores de este país, de sus ideas, de su pensamiento.

En muchos planteles educativos se viola flagrantemente el artículo 3o. constitucional, fundamentalmente en los planteles educativos particulares no se llevan a cabo los planes como está planteado en el artículo 3o.; no se hacen honores a nuestra enseña nacional, es decir, quieren olvidar todo lo que ha forjado esta patria.

Tenemos a la vista una denuncia hecha por algunos maestros que tuvieron el valor civil de hacerlo. Voy a permitirme darle lectura al respecto:

«H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.- Presente.

Los suscritos CC. profesores Francisco Javier González Cholapa, Zenaido Sánchez Martínez, Aurora Salvador Feliciano, Silvia García y María de los Angeles Nieto González, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la calle de Macario Manzano 579, Lote 11, Colonia Santa Ursula Coapa, Coyoacán, D.F., hemos creído un deber cívico denunciar a la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la flagrante violación al artículo 3o. de nuestra Constitución Política, en el colegio particular "Lauriana Ray González", ubicado en la calle de Tenorio número 80, colonia Ramos Millán, Coapa, Tlalpan, D.F.

1o. En el colegio "Lauriana Ray González", por instrucciones de la propietaria, señora María de la Luz Calderón Félix, se violan flagrantemente las

fracciones I, III y IV del artículo 3o., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2o. En el mencionado colegio particular, no se cumple con los planes y programas que la Secretaría de Educación Pública establece, violando la fracción III del artículo 3o., constitucional.

3o., En este colegio particular se sustituyen los libros de texto gratuito por libros comerciales que son rentados por la propietaria del colegio, además de que no se realizan los honores cívicos a nuestra bandera nacional.

4o. Los que hemos realizado el fiel cumplimiento de los planes y programas oficiales, utilizando los libros de texto gratuitos, cumpliendo todos los lunes con los honores a nuestra bandera, se nos ha despedido arteramente de las actividades docentes.

Por lo anterior, pedimos al H. Congreso de la Unión que intervenga en la aplicación de la fracción II del artículo 3o. constitucional, y se le revoque la autorización al colegio "Lauriana Ray González".

Atentamente.

Profesores: Francisco Javier González Cholapa, Zenaido Sánchez Martínez, Aurora Salvador Feliciano, Silva García y María de los Angeles Nieto González."

Por lo anteriormente expuesto, proponemos a esta H. Cámara de Diputados el siguiente

«PUNTO DE ACUERDO

Único. Que las comisiones camerales a las que corresponda, reúnan la información relativa a los hechos que se denuncian en la carta que se acompaña y, de resultar verídicos, lo hagan saber así a las autoridades competentes, en demanda de que se aplique la sanción prevista en el artículo 3o. de la Constitución.

H. Cámara de Diputados, a 7 diciembre de 1987.- Por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, su servidor.»

El C. Presidente: -En los términos del artículo 58, fracción III del Reglamento, consulte la secretaría a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición presentada por el diputado Víctor Manuel Jiménez Osuna.

Los que estén porque se acepte esta proposición, ponerse de pie.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche la proposición, ponerse de pie... Se acepta, señor presidente.

Trámite: -Túrnese a la Comisión de Educación.

SOLIDARIDAD AL PUEBLO DE HAITI

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra para hacer una proposición, el diputado Héctor Morquecho Rivera.

El C. Héctor Morquecho Rivera: -Señor Presidente, con su permiso; compañeras y compañeros diputados: Antes de hacer la proposición que nos ocupa, queremos hacer una serie de reflexiones importantes.

La política exterior de nuestro país, es una política tradicional positiva, revolucionaria, progresista; que ha sido muy definida ante las demás naciones del mundo. Largos años, muchos años hace que nuestra política exterior ha sido esgrimida por nuestro país.

Precisamente desde la lucha por nuestra Independencia, José María Morelos y Pavón estableció estos postulados fundamentales, con lo cual precisamos que la lucha de México por su Independencia respecto de la corona española, nace con la propia política exterior que hoy tenemos; pero además, nuestra política exterior ha sido enriquecida, México ha vivido, ha sentido las invasiones del exterior. En el año de 1847, la invasión Norteamericana; en el año de 1860, la invasión Francesa; después, en este seguimiento de nuestro país por mejorar sus condiciones de vida, tuvo para el año de 1910, una grave penetración económica del imperialismo, y el imperialismo norteamericano tuvo en el testaferro Henry Lane Wilson, su mejor artífice para combatir a nuestro país.

En el año de 1938, la lucha del pueblo mexicano fue también esgrimida con el interés de buscar la autonomía económica, la autodeterminación, y logramos un triunfo en contra de las Compañías petroleras extranjeras.

Es importante dejar establecido que los años de 1910-1917, cuando nuestro país lleva a cabo su revolución democrático, burguesa antiimperialista, antifeudal, México no tuvo ninguna solidaridad del exterior y, sin embargo, se reiteró siempre, por parte del Constituyente, la necesidad de reiterar precisamente nuestra política internacional.

A raíz de eso, de estas largas luchas del pueblo mexicano, los gobiernos han mantenido una actitud patriótica de solidaridad internacional; hemos sido solidarios con Vietnam, con Chile, con Cuba, con la República de Granada, con Nicaragua.

La política de estos países por su independencia económica, esa lucha es la común con nuestro país para enfrentarnos con decisión al enemigo número uno de la humanidad: el imperialismo norteamericano.

En efecto, después de la segunda guerra mundial, México, nuestros gobiernos, lucharon contra la política de las administraciones norteamericanas, contra Harry S. Truman, contra Eisenhower, contra Kennedy, contra Nixon, contra Gerald Ford, contra Jimmy Carter, y hoy estamos precisamente imbuidos en un enfrentamiento con la administración de Ronald Reagan.

Y estos países con los que hemos sido solidarios: Vietnam, Chile, Cuba, etcétera, se enfrentan también a esta política de la administración de Ronald Reagan.

Este presidente, de una manera cínica, de una manera arbitraria, sigue impulsando el anticomunismo, sigue con su política guerrerista de armamentismo, de provocación, de invasiones y de impulso al cuerpo de inteligencia policiaca y militar, que es Agencia Central de Inteligencia, La CIA.

Hoy ciudadanos, esta administración de Ronald Reagan a través de la CIA, enfila sus baterías contra el pueblo de Haití; el pueblo de Haití que lucha por su democracia, que lucha por sus derechos humanos. Haití, ciudadanos diputados, quiere dejar de ser el pueblo más miserable del mundo, porque es el pueblo con mayor desempeño, con mayor pobreza, con mayor insalubridad y con más bajos salarios de todos los países del mundo.

Haití lucha contra la reacción entronizada en un gobierno represivo y antipopular, hoy encabezada por el llamado Consejo Nacional de Gobierno, que continúa con el terrorismo de Estado, auspiciada por la Agencia Central de Inteligencia; pero hay un hecho muy grave ciudadanos, terriblemente grave: hoy la prensa nacional informa que un funcionario del gobierno de Estados Unidos, ha pedido la intervención militar de este país imperial, para intervenir en Haití, tal y como ya lo hicieron hace 22 años en la República Dominicana y hace algunos años en la República de Granada; es decir, ciudadano diputados, se están cumpliendo las amenazas establecidas desde septiembre de este año, en el que el Departamento de Estado de Estados Unidos de América autorizó mayor asistencia militar al llamado Consejo Nacional de Gobierno y Haití que sólo es un títere de Estados Unidos.

Por eso ciudadanos, por todas estas consideraciones, nuestro país, la clase obrera, nuestro pueblo, el gobierno, todos tenemos que mantener una actitud vigilante, una actitud vigilante ante estas amenaza de las fuerzas más retardatarias y gorilescas de la administración del presidente norteamericano Ronald Reagan.

Consideramos que cada agresión que reciba Haití, debemos sentirla una agresión a nuestro país; por eso es necesario detener esta política de agresiones del Gobierno norteamericano. En esta virtud, ciudadanos diputados, presentamos a esta honorable asamblea esta proposición del Partido Popular Socialista, que dice así:

«PUNTO DE ACUERDO

Único. Que esta representación nacional reitere su solidaridad al pueblo de Haití.

Atentamente.

Palacio Legislativo, a 7 de diciembre de 1987.- Por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, diputado Héctor Morquecho Rivera.»

Dejo a la secretaría dicha proposición.

El C. Presidente: -En los términos del artículo 58, en su fracción II, se solicitan oradores en pro o en contra de la propuesta presentada por el compañero diputado Morquecho Rivera.

Consulte la secretaría a la asamblea en votación económica, si se acepta o se rechaza la proposición del diputado Héctor Morquecho Rivera. La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: -En votación económica se pregunta si se acepta o se rechaza la proposición del diputado Héctor Morquecho Rivera. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

El Presidente: -Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

PESCA ILEGAL

El C. Presidente: -Tiene el uso de la palabra la C. diputada Beatriz Gallardo Macías... No encontrándose presente, se cede el turno al C. diputado José Piñeiro López ¿se encuentra el diputado Felipe Flores Gutiérrez? Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Felipe Flores Gutiérrez.

El C. José Felipe Flores Gutiérrez: -Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: He venido a esta tribuna para hacer del conocimiento de esta honorable asamblea lo publicado el sábado 5 de diciembre próximo pasado, en el periódico Excélsior, en la sección correspondiente a los estados. La noticia está fechada en Ciudad del Carmen, Campeche, y dice lo siguiente:

"Cooperativas acusan a Ocean Garden de operar ilegalmente, viola disposiciones de Sepesca y propicia la irracional captura de camarón. Firma Enrique Díaz."

La paraestatal Ocean Garden viola disposiciones de Sepesca, propicia la captura ilegal de camarón y compra directamente a los pescadores sin informar a la Federación de Sociedades Cooperativas Pesqueras del Estado, afirmó Enrique Díaz, presidente del organismo. Indicó que se comunicó lo anterior al delegado estatal de Sepesca, Ocasis Zolaineta Gutiérrez, sin embargo no interviene, lo que provoca inconformidad entre las cooperativas que puede desembocar en mayores repercusiones.

El camarón blanco, agregó, del cual existe veda permanente a menos de 10 brazas de profundidad, Ocean Garden lo compra directamente a los lancheros desde hace unos 10 meses, violando la orden de que el producto debe ser visado por la federación a su cargo, acción que impide controlar la captura del crustáceo e impide generar fuentes de empleo.

Advirtió que si las autoridades no intervienen a su debido tiempo, tomarán drásticas medidas, aunque no anticipó en qué consistirían tras recordar que hace un mes se planteó el problema al vicepresidente de Ocean, Garden, ciudadano Gabriel Leyva, quien ofreció intervenir, pero aún continúa la misma situación.

"Finalmente, dijo: que las autoridades serán las responsables de cualquier posible enfrentamiento con quienes pescan ilegalmente el crustáceo blanco".

Por lo indicado anteriormente, es necesario investigar si los pescadores a los que hace mención el ciudadano Enrique Díaz, presidente de la Federación de Cooperativas Pesqueras, son cooperativados y si tienen el permiso correspondiente para la captura del camarón, pues este crustáceo únicamente puede ser capturado por las sociedades cooperativas, por ser una de las especies reservadas para el sector social, siempre que exista la autorización de las autoridades correspondientes.

Yo considero que acusar a la empresa Ocean Garden de operar ilegalmente, al mismo tiempo se está acusando también a los pescadores y a la Secretaría de Pesca, porque se da a entender que se captura fuera de control de la Secretaría.

En el segundo párrafo de la noticia que el periódico Excélsior da, se dice que el delegado de pesca en el estado de Campeche, ciudadano Ocasis Zonalineta Gutiérrez, ha sido comunicado del caso, y que no ha intervenido. Yo creo prudente que se haga la investigación, como indico anteriormente, para acabar de una buena vez con el problema que se viene manejando.

También se hace referencia de la captura del camarón blanco, pero no asegura el lugar del que se extrae, pues este producto está en veda permanente hasta 10 brazas de profundidad.

A mí lo que más me preocupa, es que la captura ilegal genera desorden, sea de camarón blanco, rosado o café u otras especies, y si no se controla la captura, no se podrá saber la cantidad que rinde cada pesquería, pues en el desorden podrá sacarse producto ilegalmente hacia otros lugares, y esto variará la estadística de producción.

No debemos olvidar que el país necesita ingresos, y si no ayudamos a controlar los productos del mar destinados a la exportación, no estamos cumpliendo con nuestro país.

Para terminar, lo que sugiero en un plan muy serio para acabar con los problemas es lo siguiente:

"Que la Comisión de Pesca de esta Cámara examine esta denuncia y, junto con los representantes de la Secretaría de Pesca y Marina se trasladen a Ciudad del Carmen, Campeche, a resolver el problema que se ha planteado públicamente a través del periódico Excélsior.

José Felipe Flores Gutiérrez".

Muchas gracias por su atención.

El C. Presidente: -¿Oradores en pro y oradores en contra?

No existiendo ningún orador que se llegue a pronunciar en pro o en contra, consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica, si se admite o no a discusión la proposición.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición presentada por el diputado José Felipe Flores Gutiérrez.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche la proposición, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor presidente.

El C. Presidente: -Vuelva a consultar a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición presentada por el diputado José Felipe Flores Gutiérrez.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche la proposición, ponerse de pie... Aceptada, señor presidente.

Trámite: -Túrnese, a la Comisión de Pesca y a la Comisión de Marina.

RECESO

El C. Presidente: -En virtud de ser las 15:00 horas, con fundamento en el acuerdo de práctica parlamentaria suscrito por las diferentes fracciones representadas por esta Legislatura, se declara un receso de 60 minutos.

El C. Presidente (siendo las 16:40 horas): -Se reanuda la sesión.

ELECCIONES EN YUCATÁN

El C. Presidente: Tiene el uso de la palabra el compañero diputado Xavier Abreu Sierra, del Partido Acción Nacional.

El C. Xavier Abreu Sierra: -Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Chemax es una de las comunidades mayas de Yucatán que conservan todavía su espíritu autóctono; es un municipio con más de 15 mil habitantes, y ha sido en los últimos años un centro de la disputa política en Yucatán.

En 1981, el PAN abanderó la planilla que triunfó que encabezaba el señor Gumercindo Quiché, y que realizó un estupendo trabajo en beneficio de todos los habitantes del municipio.

En 1984, el Partido Acción Nacional, volvió a triunfar en las elecciones; en ese entonces, la Comisión Electoral estatal se llevó las ánforas a la capital del estado, impidiéndose que el recuento de votos se hiciera en la comisión municipal, y decretando el triunfo del partido oficial.

La población de Chemax comenzó desde entonces con una serie de actos de protesta que, entre otros estuvo la toma del palacio, la marcha de 100 chemaxenios a la capital, ciudad de Mérida, y actos que también se desarrollaron con cierta violencia, que dejaron dos muertos y dos inocentes que fueron condenados durante más de dos años a prisión injusta.

Con este preámbulo, durante tres años y a casi 24 días para concluir el actual trienio, el presidente municipal del gobierno del estado de Chemax, jamás pudo poner un pie en el palacio municipal; al faltar 24 días para que acabe, sigue despachando en su casa.

En los procesos electorales que están por concluir, porque aun todavía no se califican las elecciones por el Colegio Electoral en el estado de Yucatán, y cuyo dato generalizado fue la abstención comprobada en un 70% y presumible en un 85%, además de un proceso lleno de irregularidades, en Chemax el PAN volvió a ganar.

Las votaciones del día 22 de noviembre, en el municipio de Chemax, fueron expulsados cinco representantes de casillas del Partido Acción Nacional, en cinco comisarías de ese mismo municipio.

El día 29, la Comisión Electoral municipal confirmó como válidas las imputaciones del Partido Acción Nacional y entregó constancia de mayoría al candidato del Partido Acción Nacional.

Desde una semana antes, más de 200 personas estuvieron en guardia permanente en la Comisión Electoral municipal, con el objeto de que las ánforas no fueran sustraídas de la Comisión Municipal electoral y fueran llevadas a la capital Mérida.

El día del cómputo municipal, estuvieron también presentes cerca de 2 mil chemaxenios esperando

el cómputo, y además numerosos policías de la brigada de antimotines comandada por el capitán Barraza, para garantizar el orden público.

Concluido el cómputo, que comenzó a las diez de la mañana y acabó a las cinco de la tarde, con todas las tácticas dilatorias habidas y por haber, que fueron orquestadas por un licenciado llamado Roger Briseño, concluido el computo a las cinco de la tarde, se entregó el acta de constancia de mayoría al Partido Acción Nacional.

Cuatro horas después, el mencionado licenciado Roger Briseño, en compañía del presidente de la Comisión Municipal electoral, apersonaron al Ministerio Público de la ciudad de Valladolid para poner una demanda, para decir que habían sido presionados por los simpatizantes y militantes del Partido Acción Nacional, para entregar el acta de mayoría. Contra esta calumnia, consta en los diarios de Yucatán la reseña de los hechos que fueron en forma pacífica y además consta el testimonio del capitán Barraza, que se encontraba presente en el lugar de los hechos y que dijo nunca fue requerido porque el recuento se había hecho en forma sensiblemente pacífica.

El pasado viernes, la Comisión Electoral del estado hizo de nuevo el recuento, invalidó las imputaciones del Partido Acción Nacional y desconoció de nueva cuenta la constancia de mayoría que había expedido el Comité Municipal electoral a favor del Partido Acción Nacional.

Sabemos que el proceso aún no termina, sabemos que todavía falta en la próxima sesión del Colegio Electoral, donde el partido Acción Nacional, ha puesto los recursos de queja procedentes, de acuerdo con la ley; sin embargo, de nueva cuenta caben a la vista reflexiones que son importantes constatar acá, tampoco pretendo hacer que esta cámara intervenga en estos momentos, porque este proceso se tiene que llevar de manera clara, primero en el Estado de Yucatán y después veremos lo que se puede hacer a través de esta Cámara.

Pero hay reflexiones muy claras: tal parece que este matiz político de este municipio maya parece ser una piedra más que se pone en el sendero para la democracia de México, pero no sólo eso, hay también en pugna intereses entre el grupo gobernante y el grupo que va a entrar a gobernar en el Estado de Yucatán, y de alguna manera parece que también se quiere que el clima de intranquilidad permanezca en el estado.

A mí no me preocupa en lo más mínimo lo que vaya a decir la Comisión Electoral, conozco al pueblo de Chemax, conozco a su gente y sé que finalmente, si en tres años se han gobernado sin presidente municipal, si la Comisión Electoral no da el fallo, si el Colegio Electoral no da el fallo a su favor, tampoco habrá problema porque se seguirán gobernando con esa táctica, con esa estrategia y con ese espíritu del pueblo Maya, que es persistente, trabajador, a pesar de las injusticias.

Por eso, amigos diputados, aprovecho esta tribuna para hacerles un llamado y para que veamos en los próximos días cómo se desarrollan los recursos y los actos dentro del Colegio Electoral, porque en Yucatán, como en todas partes, hay gente dispuesta a entregar con prisión, con su vida y con su ejemplo, un triunfo, una lucha para que sea más democrática nuestra patria. Muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el diputado Nerio Torres Ortiz.

El C. José Nerio Torres Ortiz: -Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Hemos escuchado una vez más, con toda atención, los planteamientos que ante esta soberanía ha venido a denunciar nuestro compañero y amigo Xavier Abreu, del Partido Acción Nacional.

Con el objeto, mi presencia aquí no obedece más que a hacer alguna aclaración a esas supuestas denuncias; de ninguna manera tratamos de hacer una polémica sobre un caso que, como ya dijimos la semana pasada, no es competencia de esta Cámara, la resolución de los problemas de elecciones en un estado libre y soberano como es el de Yucatán o como son todos los de la República Mexicana, pero con el objeto de no dejar en entredicho de que el que calla otorga, vengo a hacer algunas aclaraciones de las supuestas denuncias que acaba de venir a hacer nuestro compañero Abreu Sierra.

En Chemax, efectivamente como en todo el interior del estado de Yucatán, el día 22 de noviembre se celebraron elecciones. Desde un principio, los compañeros de Acción Nacional, manifestaban que había habido irregularidad en algunas casillas electorales, nunca reconocieron o dijeron haber obtenido el triunfo, sino pedían la anulación de cinco casillas electorales.

El mismo, el compañero Abreu Sierra, acaba de manifestar que durante la celebración del cómputo, había un numeroso grupo de panistas apoderándose prácticamente del lugar donde se iba a realizar el cómputo.

La policía guardaba afuera del local, desde luego el orden, y es cierto, la policía no interviene, porque

dentro del local es donde se celebran algunos incidentes y que constan en las denuncias interpuestas frente al Ministerio Público de la agencia de Valladolid, en la cual se asientan las denuncias por amenazas y ataques peligrosos en contra de los panistas Pedro Mass, Guillermo Puc, Virginio Chi, Medardo Uc, Genaro Camal, Elías Chan, Juan Chi, Ariel Kinil y Roger Cicero Maquine, este último candidato al gobierno del estado de Acción Nacional, que no tenían nada que hacer en el lugar donde se estaba celebrando el cómputo de esas elecciones.

El mismo redacta un acta que obligan a firmar al del comité municipal electoral, donde se le reconocía el triunfo al de Acción Nacional, pero claro, quién se negaría a firmar si están amenazados con cuchillos y cuellos de botella, un acta en la cual no se computaron cinco casillas, las mismas que ellos manifestaban impugnaban; esas cinco casillas no se contabilizaron.

Mi partido, el Revolucionario Institucional, interpuso ante la Comisión Electoral una apelación para que se hiciera el recuento como debe de ser en la Comisión Electoral, y esto dio como resultado el triunfo de mi partido, aún así, anulando una casilla, por más de mil votos se llevó la votación.

Yo considero que como él mismo acaba de reconocer, éstas son acciones que no nos compete a nosotros juzgar, pero definitivamente hay un Colegio Electoral y yo me uno al compañero Xavier Abreu en ver que las denuncias que pusieron ellos, el Colegio Electoral las analice y dé la razón al que verdaderamente la obtenga. Muchas gracias compañeros.

El C. Presidente: -Tiene usted la palabra para hechos, compañero Xavier Abreu Sierra.

El C. Xavier Abreu Sierra: -Así le damos oportunidad a que alguna comisión termine su dictamen.

Señores diputados: No se trata de hacer aquí una reseña de todos los hechos habidos y por haber, ni de las historias de Walt Disney contadas en versiones particulares, lo único que sí es, es que a la puerta de la Comisión Electoral se encontraba la policía y la policía dio testimonio total de que esto se desarrolló con todo orden.

Durante el tiempo en que se llevó el cómputo, hubo mil y un problemas en el municipio de Chemax: de que no había máquina de escribir, de que no había acta, de que no había papel carbón, de que no había papel; uno por uno se fueron sucediendo los problemas, se fueron solucionando. El señor Roger Cicero sí estaba en Chemax, no entró jamás al local de la Comisión Electoral municipal y sí le interesaba definitivamente lo que ocurría, como a cualquier yucateco le interesaba definitivamente lo que ocurría en cualquier municipio, máxime siendo candidato a gobernador, tenía que estar presente en los municipios que para el partido eran principalmente importantes.

Entonces, que quede constancia que la gente del PAN no tenía nada que hacer allá, sí tenía que hacer, era candidato del partido, era un municipio en el partido, ganó, y por lo tanto tenía que estar presente, como tenemos que estar presentes todos y cada uno de los partidarios de un partido en los lugares donde consideremos importantes. Muchas gracias.

El C. Juan de Dios Colli Mas (desde su curul): -Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: -Tiene usted la palabra en relación con este asunto para hechos, compañero Juan de Dios Colli Mas.

El C. Juan de Dios Colli Mas: -Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: Vengo a esta tribuna, sintiendo una profunda tristeza al enterarme del resultado que se ha dado en el municipio de Chemax. Quiero aclarar que tenemos nuestras diferencias en el Partido Acción Nacional, pero que sin embargo, no por eso podemos dejar de ser justos.

Los hechos que el diputado Xavier Abreu acaba de narrar, me consta que son verídicos, me consta que desde antes de las elecciones, el partido oficial se valió de la Comisión Electoral estatal para preparar el fraude electoral. Yo soy representante de mi partido ante dicha comisión, y en esta comisión desde un principio se vio la tendencia a favorecer al partido oficial; desde un principio los representantes de la oposición pedimos que hubiera un número de representantes suficientes para cubrir y para constatar la limpieza del proceso electoral. Sin embargo, esta proposición se vino abajo, el PMS, el PAN y el Demócrata Mexicano, abandonamos la comisión electoral, debido a la cerrazón que existía y, sin embargo, nada de lo que se había tomado, de lo que se había decidido se pudo echar abajo.

Posteriormente vinieron las elecciones y nos enteramos de lo que había ocurrido en Chemax y veíamos que se empezaba a crear un nuevo conflicto como el que lamentablemente padecimos hace tres años, y por el cual algunos yucatecos tuvieron que dar la vida para defender este triunfo, y por el cual otros yucatecos tuvieron que pagar como precio su libertad para defender el triunfo en Chemax.

Posteriormente nos enteramos que parecía que alguna luz habría en este caso y de que se había reconocido el triunfo al Partido Acción Nacional. Sin embargo, el partido oficial siendo que hizo esto únicamente como una estrategia, porque ya veía yo también venir esta postura de echar abajo dichas elecciones. Creemos que es una injusticia a todas luces, la que se comete con este pueblo.

Creemos que el pueblo de Chemax no se merece esto y sentimos que los yucatecos tampoco lo merecemos, porque es claro que esto no va a quedar así; es claro que va a haber protestas, que van a haber denuncias y nosotros nos preguntamos y preguntamos a los diputados del partido oficial, con todo el respeto que me merecen: ¿Están esperando más vidas? ¿Quieren que mueran más yucatecos? ¿Quieren que más yucatecos sufran prisión para poder reconocer los triunfos electorales? Y si ni aún así logramos esto. ¿Qué camino nos dejan a la oposición? Los jóvenes yucatecos estamos definitivamente hartos de esta situación, y si queremos participar en el proceso electoral, es porque queremos cambiar las cosas por la vía civilizada, pero que no se equivoquen, no se equivoquen y esto va a cambiar y aunque tengan toda la fuerza y tengan todo el apoyo oficial y tengan todo el apoyo de su puesto público, esto en algún momento va a estallar y no sabemos cómo va a acabar y todos vamos a salir perjudicados.

Queremos hacer un llamado a la reflexión y que le hagan justicia al pueblo de Chemax. Definitivamente las acusaciones presentadas por los priístas son falsas, existen fotografías en las cuales consta que el presidente de la Comisión Municipal Electoral de Chemax estaba completamente tranquilo en el momento de firmar las actas, y el mismo capitán Barraza hace constar que en ningún momento requirió su presencia; esto es una prueba clara de que no hubo tal violencia ni hubo tal presión, entonces, cómo queremos, con pruebas absurdas, con acusaciones falsas, echar para abajo esto; por favor, yo creo que debemos ser los primeros, todos los diputados yucatecos, tanto los del partido oficial como los de la oposición, en exigir que se haga justicia al pueblo de Chemax, si no, pues no se qué caminos vayamos a tomar, porque definitivamente no los encontramos todavía, esperamos que no deriven de estos hechos que todos tengamos que lamentar. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Tiene el uso de la palabra el diputado Javier Paz Zarza, del Partido Acción Nacional.

El C. Javier Paz Zarza (desde su curul): -Declino, señor presidente.

El C. Presidente: -La diputada Beatriz Gallardo pidió la palabra para una proposición.

La C. Beatriz Gallardo Macías (desde su curul): -Declino, señor presidente.

EFEMÉRIDES

DON FRANCISCO GARCÍA SALINAS

El C. Presidente: -Para referirse a la figura histórica de don Francisco García Salinas, tiene la palabra el señor diputado Manuel Monreal Zamarripa, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Manuel Monreal Zamarripa: -Con su permiso, señor presidente: «Compañeras y Compañeros diputados: A nombre de las secciones y fracciones del sistema minero nacional al cual tengo el honor de pertenecer, hoy rendimos merecido homenaje, al hombre extraordinario don Francisco García Salinas, a un año más de su bicentenario; es el ilustre zacatecano conocido en todo el país bajo el tierno y cariñoso nombre de "Tata Pachito". Nació en la Hacienda de la Labor de Santa Gertrudiz (hoy Rancho de "La Gavia"), de la ciudad de Jerez, el 30 de noviembre de 1786; sus padres fueron don Víctor García y doña Blasa Salinas.

Aparecen en el mundo ciertos hombres cuya vida es marcada por una continuada serie de acciones benéficas, de actos de filantrópica abnegación, de patriotismo sin tacha, dejando por doquier, en pos de sí, como huella de su tránsito, el bienestar, la dicha, la felicidad de aquellos a quienes alcanzó su mano providencial: sin duda el cielo no envía tales seres, para demostrar a los incrédulos que el alma humana es en efecto un destello de la divinidad, o acaso para que su conducta sirva de ejemplo en la difícil senda de la virtud. Del número de estos hombres raros es, en mi concepto, el distinguido ciudadano cuyo nombre encabeza este artículo y de quien procuraré hablar los principales hechos y rasgos característicos.

Aún era muy niño "Tata Pachito", cuando sus cariñosos y excelentes padres confiaron su educación a dos frailes del Convento de Guadalupe, la cual terminó después, en el seminario conciliar de Guadalajara. Este apreciable educando que, como el ilustre Patricio Benito Juárez, fue guiado por sacerdotes en sus primeros pasos por la senda de la vida, como él, también llegó a ser un insigne liberal, lo cual prueba que en los carácteres enérgicos y resueltos, no pueden tener influencia alguna las ideas del maestro, por más instruido e insinuante que sea.

De vuelta de Guadalajara, se radicó en Zacatecas "Tata Pachito" ocupándose de preferencia en los trabajos mineros, tanto en su parte práctica como en la teórica o científica, pues siempre tuvo por las minas una predilección particular, a la cual

debió su prosperidad el estado de Zacatecas, durante la dichosa época en que fue tan sabiamente administrado por este notable estadista.

Aunque no es mi intención la de hablar de la aptitud y servicios políticos de este gran hombre, porque para esto sería preciso escribir una obra especial, tendré sin embargo necesidad de mencionar algunos hechos de este carácter, en la parte en que se relacionan con los sucesos mineros que voy a narrar. Así por ejemplo, no puedo dejar de decir que siendo tan popular "Tata Pachito" por sus ideas eminentemente liberales, y reuniendo a esta cualidad buen juicio, claro talento, grande actividad y acrisolada honradez; se fijó en él el pueblo zacatecano, a raíz de la Independencia Nacional y le nombro su representante al primer congreso general; mereció igual confianza para el Constituyente, y fue electo después miembro del Senado.

En sus trabajos parlamentarios se hizo notable por su elocuencia y fácil palabra y por la inflexible lógica de sus discursos. Fue autor del sistema rentístico que decretó para la República el Congreso Constituyente y de un escrupuloso y erudito análisis de la memoria presentada por el Ministerio de Hacienda. La justa fama de hábil político y preclaro hacendista que adquirió en estas asambleas por sus importantes trabajos rentísticos, obligó al presidente Victoria a encargarle la cartera de hacienda, la cual renunció poco después a causa de la resistencia que oponía el gabinete al nuevo sistema fiscal, en el que fundaba su autor la regeneración y prosperidad del país en el orden económico.

Coincidió la vuelta del distinguido ciudadano a Zacatecas con los trabajos electorales, y el pueblo zacatecano que tenía por él cordiales y merecidas simpatías, le eligió gobernador del estado en el año de 1828, felicísima elección que hizo aquella entidad federativa, la primera de la República, por sus abundantes recursos y su acendrado amor a la libertad.

Probado como está ya que "Tata Pachito" poseía una erudición pasmosa, es inútil decir que no era extremoso en sus doctrinas económicas, pues como buen gobernante buscaba siempre de preferencia la conveniencia pública para la aplicación de sus principios.

En la memoria que, conforme al artículo 74 de la Constitución local, presentó el Ejecutivo al Congreso con fecha 2 de enero de 1831, se dice lo siguiente al hablar de la minería; "Este es ahora y será por muchos siglos, el ramo más rico del estado, si se le fomenta como merece su incuestionable importancia. Sembrado, por decirlo así, de infinitos minerales, de los cuales apenas ha empezado a explotarse una parte muy pequeña, es capaz de producir por sí solo más riquezas metálicas que las que hasta ahora se han extraído de toda la América".

El gobernador del estado, solícito siempre por el bien público, y considerando que a consecuencia de la expulsión de los españoles quedarían abandonadas algunas minas de importancia, hizo los esfuerzos posibles para formar una compañía que continuase los trabajos de explotación de las minas, alcanzando más tarde resultados bonancibles, produciendo muchos millones de pesos de utilidades.

El mismo funcionario consiguió, con su merecida influencia, que se formase otra compañía para continuar los trabajos abandonados por los españoles, el año de 1829, en la mina de San Nicolás, en Sombrerete.

La tercera compañía zacatecana de las que se formaron por la influencia de "Tata Pachito", fue la que emprendió trabajos formales en las minas de Santa Rita y la "Palmita de Nieves", hoy general Francisco R. Murguía, minas que produjeron después muy buenos resultados.

Pero donde se muestra en toda plenitud el genio esclarecido y la excelencia de las doctrinas económicas de aquel ilustrado patriota, es en la iniciativa que presentó al Congreso sobre establecimiento de un presidio en Fresnillo para trabajar las minas de proaño, por cuenta del estado, cuya iniciativa fue elevada al rango de ley el 8 de noviembre de 1830.

Importante y trascendental disposición legislativa para Zacatecas.

Era preciso que un hombre entendido, laborioso y enérgico como "Tata Pachito", tuviese a su cargo la magna empresa de restaurar el mineral de Fresnillo para que saliera victorioso de su empeño; ya se sabe que el agua tenía invadidas todas las minas y que eran muy abundantes los veneros a esta dificultad, por sí sola era bastante para hacer fracasar los mejores cálculos, en una época en que los elementos empleados en el desagüe tenía un carácter completamente primitivo, hay que agregar los azolves y derrumbes inmensos ocurridos en las minas durante el largo tiempo que estuvieron abandonadas. Pero el ilustrado gobernador de Zacatecas era incansable en su afán por el servicio público, y no se daba tregua ni descanso en sus nobilísimas tareas; apenas habían

transcurrido tres meses desde la publicación de la ley que estableció el presidio, cuando inauguró personalmente aquel digno funcionario los trabajos mineros en Fresnillo, con una pompa y solemnidad propias de su andioso objeto, en medio de las aclamaciones entusiastas y sinceras de un pueblo agradecido.

En el mes de febrero de 1831 se dio principio a esta obra meritoria, luchando con innumerables dificultades que iba venciendo poco a poco la constancia inquebrantable de "Tata Pachito". La anterior paralización de las minas había reducido al último extremo la población de Fresnillo, por lo cual faltaron brazos para las multiplicadas labores de la empresa. Basta saber que era preciso montar 60 malacates en galeras.

Estos importantes trabajos se condujeron con la mayor actividad, a medida que se iban armando los malacates, se empleaban activamente en el desagüe sin que se hubiese podido extraer todavía el mineral rico que existía en los planes de las minas; un hombre solo, un ser extraordinario, "Tata Pachito", manifestaba plena confianza en el éxito de su colosal proyecto y con una entereza y una sangre fría bajaba a las minas con frecuencia, las recorría todas y daba las órdenes más acertadas para la dirección de los trabajos. Sus disposiciones eran siempre el resultado de estudios detenidos y concienzudos hechos durante las multiplicadas vigilias que dedicaba a estas delicadas labores. Tenía su habitación en la casa de gobierno, y siempre se veía luz en su despacho hasta las horas más avanzadas de la noche, de modo que, mientras los gobernados dormían con la plácida y tranquila confianza que inspira un buen gobernante, éste se desvelaba por el bienestar y la dicha de sus conciudadanos.

En abril de 1832, llegó a la Casa de Moneda de Zacatecas la primera conducta de plata de Fresnillo; con este suceso plausible que llenó de regocijo a los zacatecanos, cambió la opinión pública y se hizo plena justicia al ilustrado funcionario que concibió y puso en ejecución un proyecto destinado a producir los bienes más apreciables al pueblo zacatecano y la riqueza y prosperidad del estado.

Continuaron llegando mensualmente las conductas de Fresnillo a la Casa de Moneda, y su valor aumentando progresivamente; de manera que la empresa dejaba utilidades de consideración, concluía el año de 1832 de una manera feliz para la negociación de proaño, pues dejaba coronados del modo más satisfactorio los valiosos trabajos de aquel gobierno ilustrado, que dotaba al estado con una gran empresa minera, la primera de la República en aquella dichosa época.

Era "Tata Pachito" de estatura proporcionada, de facciones regulares y bien formadas, de movimientos graves y mesurados, y acaso por las frecuentes vigilias que pasaba y los trabajos morales que le rodeaban, su cabello había encanecido enteramente a los 48 años, dando a su noble y simpática fisonomía un aspecto venerable.

Al dejar este ilustre patricio el gobierno del estado que había hecho tan próspero y feliz, decía ante el Congreso: "Al descender por ministerio de ley del alto puesto en que me colocaron mis conciudadanos, sólo me resta tributarles las más cordiales y fervientes gracias por los favores inmensos de que me han colmado en el largo y borrascoso período de mi administración; ni los peligros, ni las desgracias, ni la seducción, fueron nunca capaces de hacerles perder la confianza que una vez depositaron en mí. Yo nada habría hecho, nada habría sido, si me hubiera tocado gobernar un pueblo menos virtuoso, sólo a él soy deudor de separarme con honor de la escena política.

Si Zacatecas es considerada dentro y fuera de la República, si su nombre se cita con decoro, si es feliz viviendo tranquilo en medio de las calamidades públicas, lo debe al buen comportamiento de todas las clases del estado".

Muchas gracias.(Aplausos.)

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

El C. Presidente: -Honorable asamblea: Durante el curso de la sesión, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales ha hecho llegar a esta presidencia dos dictámenes, mismos que ruego a la secretaría proceda a darles lectura para conocimiento de esta secretaría.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: -Honorable asamblea...

El C. Pedro José Peñaloza (desde su curul): - Señor presidente: Que les dispensen la lectura a los dictámenes, son muy largos, supongo yo.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea si la moción presentada por el diputado Pedro Peñaloza, en el sentido de que se les dispense la lectura a los dos dictámenes.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si se acepta la moción presentada por el diputado Pedro Peñaloza, de dispensar la lectura a estos dos dictámenes que acaban de ser presentados por la Comisión de Gobernación y Puntos constitucionales de esta Cámara de Diputados.

Los compañeros diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los compañeros diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Dispensada la lectura a los dictámenes, ciudadano presidente.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, fueron turnadas para su estudio y dictamen las siguientes iniciativas:

- Iniciativa para modificar las fracciones II y XII del artículo 9o. del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana;

- Iniciativa para derogar el artículo 343 del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Jaime Haro Rodríguez, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano;

- Iniciativa para reformar el artículo 4o. transitorio del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Juan de Dios Castro Lozano, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.

- Iniciativa para adicionar los artículos 59 bis, 170, fracción XXX y 151 bis del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Ricardo Francisco García Cervantes, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional;

- Iniciativa para adicionar al Código Federal Electoral cinco nuevos artículos, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana;

- Iniciativa para reformar la fracción VIII del artículo 171 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana;

- Iniciativa para adicionar el artículo 7o. del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana;

- Iniciativa para adicionar el artículo 154 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

- Iniciativa para reformar la fracción XI del artículo 9o. del Código Federal Electoral, presentada por los ciudadanos diputados Nicolás Reynés Berezaluce, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Monsiváis Ramírez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Gregorio Macías Rodríguez, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Amador Amador, Pedro José Peñaloza, a nombre de las fracciones parlamentarias de los partidos Revolucionario Institucional, Demócrata Mexicano, Popular Socialista, Auténtico de la Revolución Mexicana, Mexicano Socialista, Socialista de los Trabajadores y Revolucionario de los Trabajadores, respectivamente, e

- Iniciativa de reformas al artículo 270 del Código Federal Electoral inciso I, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

La comisión consideró que en virtud de que las 10 iniciativas con que se ha dado cuenta plantean reformas a diversos artículos, todos del Código Federal Electoral, resulta conveniente dictaminarlas en forma conjunta, acordando la propia comisión proceder en tal sentido.

La comisión, habiendo analizado la iniciativa de reformas a las fracciones II y XII del artículo 9o. del Código Federal Electoral, considera que a la propuesta de modificación a la fracción II del mencionado artículo a efecto de que se precise que para ser diputado es indispensable, entre otros

requisitos, tener 21 años como mínimo cumplidos el día de la elección, viene a dar mejor redacción al contenido de la fracción que se comenta, por lo que esta comisión participa del criterio en que se sustenta la propuesta de modificación en examen, y en consecuencia la aprueba y somete a la consideración del pleno. Por lo que toca a la fracción XII del propio artículo 9o. del Código Federal Electoral, que en su texto vigente establece como uno de los requisitos para ser diputado federal, contar con credencial permanente de elector o estar inscrito en el Padrón Electoral, la comisión considera que de aceptarse la modificación propuesta se establecería una exigencia mucho mayor al requerirse contar con la credencial y aparecer inscrito en el Padrón Electoral, pudiendo presentarse la eventualidad de que el ciudadano pudiera, no obstante, contar con su credencial, no aparecer en el padrón o bien, estar inscrito en el mismo y haber extraviado o no haber sido entregada oportunamente la credencial de elector. La comisión considera excesivo el requisito que se propone en la iniciativa de reforma a la fracción XII y se pronuncia por conservarla en los términos vigentes, desechando, en consecuencia, la modificación propuesta.

Del análisis que la comisión llevó a cabo de la iniciativa que para derogar el artículo 343 del Código Federal Electoral presentó el ciudadano diputado Jaime Haro Rodríguez en nombre de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano, considera que tal disposición no contraviene al artículo 130 constitucional y responde además, a la experiencia histórica que el pueblo de México ha vivido; por otro lado, el precepto no vulnera, de manera alguna, la libertad de conciencia vigente en la República ni se contrapone a lo previsto en el artículo 6o. constitucional.

La comisión estima, sin embargo, que los supuestos que previene el artículo 343 no deben ser constitutivos de un tipo delictivo, ni preverse la privación de libertad como pena aplicable a los infractores. Debe mantenerse la prohibición que los ministros de cualquier culto religioso induzcan al electorado a votar en favor o en contra de un partido o de un candidato, o que propicien la abstención; esto en razón de que el párrafo noveno del artículo 130 constitucional prohibe a los ministros de los cultos el asociarse con fines políticos.

Por las razones anteriores, la comisión se pronuncia por no derogar el artículo 343 del Código Federal Electoral y al mismo tiempo, propone a esta honorable asamblea, modificar su texto vigente para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 343. Se impondrá multa hasta de 1 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a los ministros de cultos religiosos, que por cualquier medio, induzcan al electorado a votar en favor o en contra de un candidato o partido político o a la abstención en los edificios destinados al culto o en cualquier otro lugar."

Del estudio de la iniciativa de reformas al artículo cuarto transitorio, presentada por el ciudadano diputado Juan de Dios Castro Lozano, miembro del Partido Acción Nacional, la comisión considera que corresponde a la Comisión Federal Electoral en los términos del Artículo 23 del Código Federal Electoral, ampliar los plazos fijados en el propio ordenamiento legal ajustando todas las etapas del proceso electoral cuando a su juicio haya imposibilidad material para realizar dentro de ellos los actos para los cuales se establecen. Por esto, la comisión considera que no ha lugar a establecer la excepción que propone en el artículo cuarto transitorio respecto al término para inscribirse en el Registro Nacional de Electores.

La comisión considera que es ante el organismo electoral federal de mayor jerarquía donde los partidos políticos nacionales, a través de sus comisionados, pueden presentar razonamientos como los considerados en la iniciativa que nos ocupa y que tal organismo tiene facultades expresas para ampliar si así lo determina el plazo del empadronamiento.

En razón de lo anterior, la comisión desecha la iniciativa de reformas al artículo cuarto transitorio.

Por lo que se refiere a la iniciativa para adicionar los artículos 59 - bis, 170 fracción XXX y 151 - bis, del Código Federal Electoral, la comisión, después de analizar las motivaciones contenidas en la iniciativa, estima que la primera parte del artículo 59 - bis que se propone, es del todo innecesaria, ya que no existe limitante alguna para que los partidos políticos por su cuenta contraten tiempos y espacios en los medios de comunicación social igual con empresas privadas o con las del Estado que presten estos servicios.

Por lo que toca a la segunda parte del artículo que se propone y con la que se pretende establecer una igualdad tarifaria de los medios de comunicación, la comisión considera que no ha lugar a aceptar tal iniciativa, en virtud de que en el caso de los medios de comunicación social, sea prensa escrita o medios electrónicos, son las reglas de libre

mercado las que privan, y la amplia libertad de los propietarios o concesionarios de los medios para determinar las tarifas, y menos aun establecer sanciones en el caso de que las tarifas que cubran los partidos políticos no resulten iguales a las comerciales.

Las propuestas de reformas al artículo 170 y la adición de un artículo 351 - bis siendo instrumentales al artículo 59 - bis, al pretender en el primero aplicar sanciones y en el segundo señalarlas, no son de considerarse en tanto no se apruebe el supuesto fundamental.

Por lo anterior, la comisión desecha la iniciativa de adición de los artículos 59 - bis, 170 fracción XXX y 151 - bis al Código Federal Electoral. Del estudio realizado por la comisión respecto a la iniciativa presentada por el diputado Nabor Camacho Nava, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, proponiendo adición al Código Federal Electoral para proscribir en definitiva las casillas electorales auxiliares, facilitar el cambio de casillas básicas y la creación de nuevas casillas para dar fluidez a la recepción del voto, así como la redefinición de la sección electoral se previene que todas las casillas que se instalen para recibir la votación serán básicas, por lo que no existe posibilidad alguna de instalar, como ocurrió en elecciones anteriores, casillas auxiliares.

El Código Federal Electoral vigente previene también los casos de cambio de ubicación de casillas, así como el procedimiento para determinar su número a fin de recibir con fluidez la votación.

En mérito a lo expuesto en los párrafos anteriores, la Comisión desecha la iniciativa presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, de adiciones al Código Federal Electoral.

Analizada la iniciativa de reformas a la fracción VIII del artículo 171 del Código Federal Electoral presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, se considera que a partir del supuesto de la responsabilidad que corresponde al gobierno en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral, deriva la facultad para que los representantes de la autoridad ante los organismos electorales, designen a los presidentes, y secretarios de las comisiones locales y de los comités distritales. El Código Federal Electoral previene ya que los escrutadores en las mesas directivas de casillas sean insaculados a partir de la lista que presenten los partidos políticos con lo que se alcanzan objetivos similares a los que la iniciativa propone.

En razón de lo expuesto, esta Comisión desecha la iniciativa de reformas a la fracción VIII del artículo 171 del Código Federal Electoral.

Estudiada la iniciativa para adicionar el artículo 7o. del Código Federal Electoral, presentada por el diputado Nabor Camacho Nava en nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana y toda vez que como se afirma en la iniciativa la adición que propone es congruente con los dispuesto en los artículos 36 y 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión considera que es de aprobarse la iniciativa, quedando el artículo en los siguientes términos:

"Artículo 7o. Son obligaciones de los ciudadanos mexicanos;

I. Inscribirse en el Padrón Electoral, en los términos que señalan los artículos del 108 al 116 de este código;

II. Votar en las elecciones federales en la casilla electoral que corresponda a su domicilio, salvo las excepciones que establece este código;

III. Desempeñar los cargos federales para los que sean electos popularmente;

y IV. Desempeñar en forma gratuita las funciones electorales para las que sean requeridos.

La falta de cumplimiento a lo preceptuado en las fracciones II, III y IV, sin causa justificada, será sancionado en los términos que establece el artículo 38 constitucional".

Del estudio de la iniciativa para adicionar al artículo 154 Código Federal Electoral, la comisión considera que el segundo párrafo que se propone para dicho artículo resulta innecesario, toda vez que como lo previene el Código Federal Electoral, los representantes de los partidos políticos ante los organismos técnicos y de vigilancia del Registro Nacional de Electores, tiene como finalidad tanto revisar los trabajos referidos al padrón electoral, como hacer valer ante tales organismos los derechos que les asisten a los partidos políticos y presentar todo tipo de observaciones a las irregularidades que a su juicio ocurran.

Por lo señalado en el párrafo que antecede, esta comisión desecha la iniciativa para adicionar el artículo 154 del Código Federal Electoral.

Respecto a la iniciativa para reformar la fracción XI del artículo 9o. del Código Federal Electoral en la que se propone reducir de seis a tres meses el tiempo que requieren los comisionados de los partidos políticos ante organismos electorales federales para poder ser elegibles como diputados federales, la comisión estima procedente los argumentos que se esgrimen en la iniciativa, por lo que la suscribe y aprueba.

Por lo anterior, la fracción XI del artículo 9o. del Código Federal Electoral debe quedar en los siguientes términos;

"Artículo 9o. Son requisitos para ser diputado federal...

XI. No ser miembro de la Comisión Federal Electoral, ni de las comisiones locales, ni de los comités distritales electorales, salvo que se separe de sus funciones tres meses antes de la fecha de la elección de que se trate y ..."

Finalmente, la comisión conoció y estudió la iniciativa de modificación al inciso I del artículo 270 del Código Federal Electoral presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, mediante la cual propone que concluida la votación en una casilla, las boletas sobrantes sean incineradas.

La comisión considera que para efectos de la claridad e indagación en su caso, del resultado de la votación en la casilla, es indispensable, como lo previene el Código Federal Electoral, que las boletas sobrantes sean inutilizadas una vez concluida la recepción de la votación y se incluyan en el paquete, lo que permite mayor certidumbre y da en su caso, la posibilidad comprobatoria del número de boletas utilizadas en la elección, las sobrantes, con las recibidas por la casilla.

Por lo anterior, la comisión desecha la iniciativa de modificaciones al inciso I del artículo 270 del Código Federal Electoral.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 72,73 fracción VI de la Constitución General de la República, 56 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 55 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que suscribe, somete a la consideración de esta asamblea lo siguiente:

Primero. No es de aprobarse la iniciativa de reformas al artículo 9o., fracción XII del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Segundo. No es de aprobarse la iniciativa presentada por el ciudadano diputado Juan de Dios Castro Lozano del Partido Acción Nacional, para reformar el artículo cuarto transitorio del Código Federal Electoral.

Tercero. No es de aprobarse la iniciativa para adicionar los artículos 59 - bis, 170 fracción XXX y 151 - bis del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Ricardo García Cervantes.

Cuarto. No es de aprobarse la iniciativa presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, adicionando diversos artículos al Código Federal Electoral.

Quinto. No es de aprobarse la iniciativa de reformas a la fracción VIII del artículo 171 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Sexto. No es de aprobarse la iniciativa de adiciones al artículo 154 presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Séptimo. No es de aprobarse, la iniciativa de modificaciones a la fracción I del artículo 270 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Octavo. No es de aprobarse la iniciativa que propone la derogación del artículo 343 del Código Federal Electoral presentada por el ciudadano diputado Jaime Haro Rodríguez, del Partido Demócrata Mexicano.

Noveno. La iniciativa presentada por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, a través

del ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, de modificaciones a la fracción II del artículo 9o. del Código Federal Electoral; la iniciativa de reformas a la fracción XI del artículo 9o. del mismo ordenamiento, presentada por los ciudadanos diputados Nicolás Reynés Berezaluce, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Monsiváis Ramírez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Gregorio Macías Rodríguez, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Amador Amador, Pedro José Peñaloza, a nombre de las fracciones parlamentarias de los partidos: Revolucionario Institucional, Demócrata Mexicano, Popular Socialista, Auténtico de la Revolución Mexicana, Mexicano Socialista, Socialista de los Trabajadores y Revolucionario de los Trabajadores respectivamente; así como las reformas al artículo 343 del Código Federal Electoral derivada del examen de la iniciativa presentada por el ciudadano diputado Jaime Haro Rodríguez y modificada por la comisión que suscribe; y la iniciativa para adicionar al artículo 7o. del Código Federal Electoral propuesta por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, se someten a la consideración de esta asamblea para su aprobación en los siguientes términos:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 9o., FRACCIONES II Y XI Y 343, Y QUE ADICIONA UN ULTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 7o. DEL CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

Artículo primero. Se reforman los artículos 9o., fracción II y XI y 343 del Código Federal Electoral para quedar en los siguientes términos:

Artículo 9o. Son requisitos para ser diputado...

II. Tener como mínimo 21 años cumplidos del día de la elección.

III a X.......................................................................

. XI No ser miembro de la Comisión Federal Electoral, ni de las comisiones locales, ni de los comités distritales electorales, salvo que se separe de sus funciones tres meses antes de la fecha de la elección de que se trate; y

XII...........................................................................

. Artículo 343. Se impondrá multa hasta de 1 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a los miembros de cultos religiosos, que por cualquier medio induzcan al electorado a votar en favor o en contra de un candidato o partido político, o a la abstención en los edificios destinados al culto o en cualquier otro lugar.

Artículo segundo. Se adiciona un párrafo final al artículo 7o. del Código Federal Electoral, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 7o. Son obligaciones de los ciudadanos mexicanos:

I a IV........................................................................

. La falta de cumplimiento a lo preceptuado en los incisos II, III y IV sin causa justificada será sancionada en los términos que establece el artículo 38 constitucional.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Único. El presente decreto entrará en vigor a día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de Comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 7 de diciembre de 1987.- Diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jaime Aguilar Alvarez Mazarrasa, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos Enrique Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Romeo Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Ángel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Arnoldo Martínez Verdugo, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: - Primera lectura.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de decreto que adiciona el Código Federal Electoral con un Libro Noveno, presentada por el ciudadano presidente de la República, Miguel de la Madrid, en ejercicio de las facultades que le confiere la fracción I, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La iniciativa a que se hace mérito, fue presentada el pasado 6 de octubre.

El 24 de noviembre del año en curso, el ciudadano diputado Manuel Terrazas Guerrero, miembro del grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista, presentó ante la propia Cámara de Diputados, la iniciativa de Ley Electoral para el Distrito Federal, misma que fue turnada para su estudio y dictamen a la comisión que suscribe.

El examen realizado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, permitió apreciar que la materia que una y otra iniciativas pretenden regular, es la relativa a la elección de los representantes a la Asamblea del Distrito Federal, cuya creación prevé el artículo 70., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que la comisión acordó dictaminar ambas iniciativas en forma conjunta.

La comisión que suscribe ha tenido como elementos para el examen en que este dictamen se funda, la reforma que el Constituyente Permanente realizó al artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Federal Electoral aprobado por el Congreso de la Unión en 1986 y los antecedentes de una y otra reformas contenidos en la Consulta Popular sobre Renovación Política Electoral a la que el Ejecutivo convocó en junio de 1986.

Igualmente diputados integrantes de la comisión, miembros de los partidos Mexicano Socialista, Revolucionario de los Trabajadores, Popular Socialista y Acción Nacional, formularon distintas consideraciones para la preparación del presente dictamen.

La iniciativa presentada por el Presidente de la República, propone la adición de un nuevo libro al Código Federal Electoral, conteniendo los derechos y obligaciones de los ciudadanos residentes en el Distrito Federal; los requisitos de elegibilidad y la competencia de los organismos electorales federales a quienes corresponde la preparación, desarrollo y vigilancia de la elección de los representantes de la Asamblea prevista por el artículo 73 constitucional.

En razón de la naturaleza jurídica del Distrito Federal, como entidad en la que se asientan los poderes federales y de ser la Asamblea un órgano de representación de los ciudadanos del Distrito Federal, el proceso electoral necesario para su integración es de naturaleza federal, y su regulación no puede corresponder a normas de otra clase.

La vigencia de un Código Federal Electoral, en el que lo previsto por el artículo 73 constitucional en relación con la naturaleza jurídica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, determina que su ámbito de regulación deba ser precisamente, dicho ordenamiento normativo, como lo propone el titular del Poder Ejecutivo Federal en la iniciativa que nos ocupa.

Del examen del articulado que se propone en la iniciativa, se aprecia su congruencia con los dispositivos constitucionales así como las diversas disposiciones referidas a derechos ciudadanos, partidos políticos, asociaciones políticas nacionales, organismos electorales y contencioso electoral que previene la Ley Federal que norma las elecciones de tal naturaleza en la República.

Por otro lado, la iniciativa acredita la voluntad política el Ejecutivo Federal por otorgar a los ciudadanos del Distrito Federal normas precisas, que garanticen tanto la emisión de su voluntad política como que aseguren el respeto irrestricto a la misma.

La propuesta de adición de un nuevo libro al Código Federal Electoral, se inscribe puntualmente en la apertura y perfeccionamiento a los procesos democráticos del país que ha promovido el presidente Miguel de la Madrid.

Del estudio realizado por la comisión y de los debates y deliberaciones tenidos en su seno, resultan un conjunto de modificaciones a la iniciativa presidencial materia del presente dictamen, mismas de las que a continuación se da cuenta:

Se estima necesario adicionar con un párrafo segundo del artículo 369, a fin de prever que la demarcación de los distritos electorales uninominales en los que habrá de elegirse la representación a la Asamblea, deberán revisarse atendiendo a las fluctuaciones poblacionales de la

entidad a fin de distribuirlos adecuadamente, de acuerdo a los movimientos migratorios que se registren en la capital de la República, a fin de asegurar una mejor representación de los ciudadanos residentes en el Distrito Federal, y de hacer posible el que las tareas de gestoría que la Constitución impone a los representantes, puedan llevarse a cabo con mayor eficacia.

Para esto y atendiendo a los criterios que la Constitución Política fija en su artículo 53, y a la propuesta formulada ante esta comisión por diputados pertenecientes al grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista, esta comisión propone una adición al artículo 369 de la iniciativa, en los siguientes términos:

"Antes de cada elección de representantes a la Asamblea del Distrito Federal, la Comisión Federal Electoral, previo estudio que solicite al Registro Nacional de Electores, revisará la distribución y demarcación de los 40 distritos de mayoría relativa a la asamblea."

En segundo lugar y atendiendo a las propuestas de los partidos Revolucionario de los Trabajadores, Mexicano Socialista, Popular Socialista y Acción Nacional, la comisión estima que el artículo 372 de la iniciativa debe ser modificado, a fin de permitir que los candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal puedan figurar simultáneamente en el sistema de mayoría relativa y en el de representación proporcional, en forma análoga a lo previsto por el Código Federal Electoral para los diputados federales.

Con esto, se reconoce la libertad de los partidos políticos para buscar electoralmente la conformación de sus propios grupos ante los órganos representativos, se facilita su participación en los procesos electorales y finalmente se fortalece el sistema mixto de representación.

La comisión estimó que mantener una estricta proporcionalidad en los términos previstos por el artículo 10 del Código Federal Electoral, resultaría limitado en atención al número de integrantes de la Asamblea, por lo que se propone que los partidos políticos puedan registrar hasta 10 candidatos simultáneamente por mayoría relativa y representación proporcional, a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Igualmente, la comisión considera que el texto del artículo 372 de la iniciativa, debe ser modificada en la redacción a fin de dotarlo de mayor claridad, para quedar como sigue:

"Los partidos políticos podrán registrar simultáneamente un máximo de 10 candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal, por mayoría relativa y representación proporcional en la lista regional de la circunscripción.

Los ciudadanos que figuren como candidatos a diputado federal, senador o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, no podrán figurar como candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal."

La comisión estima que los requisitos de elegibilidad establecidos en el artículo 370, deben de modificarse en lo tocante a la fracción IX, para quedar expresada en los siguientes términos:

"IX. No ser miembro de la Comisión Federal Electoral o de la Comisión Local Electoral, ni de los comités distritales electorales, salvo que se separe de sus funciones tres meses de la fecha de la elección de que se trate, y"

La comisión ha examinado las diversas propuestas planteadas por el ciudadano diputado Ricardo García Cervantes, del Partido Acción Nacional, y estima conveniente introducir un nuevo párrafo al artículo 373 de la iniciativa, a fin de precisar el concepto del "vacante", para quedar en los siguientes términos:

"Artículo 373. En caso de vacantes de miembros electos por mayoría relativa, la Asamblea convocará a elecciones extraordinarias.

La vacante se producirá cuando el titular y el suplente respectivo, estén en imposibilidad de asumir sus funciones.

Las vacantes de los miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, se cubrirán con los candidatos del mismo partido que sigan en el orden de la lista respectiva, después de habérsele asignado los miembros que le hubiesen correspondido".

Igualmente, se hace necesario precisar la redacción del artículo 376, para quedar en los siguientes términos:

"Los partidos políticos y las asociaciones políticas nacionales que cuenten con registro, podrán participar en la elección de los miembros de la Asamblea en los términos de este código."

Atendiendo también a la propuesta del Partido Acción Nacional, la comisión estima procedente proponer reformas a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 392 de la iniciativa, para quedar como sigue:

"2) Si el elector se encuentra fuera de su sección y distrito, podrá votar únicamente para la elección de representantes por el principio de representación proporcional."

Con relación al artículo 397 de la iniciativa, la comisión coincide con la propuesta presentada por los diputados del Partido Acción Nacional, y propone el siguiente texto:

"La Comisión Local Electoral del Distrito Federal, procederá una vez concluidos los cómputos correspondientes, a las elecciones de senadores y diputados al Congreso de la Unión, a efectuar el cómputo de la elección de miembros de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal."

Atendiendo a la naturaleza federal de la elección de representantes a la Asamblea, esta comisión ha estimado conveniente precisar el papel que en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso corresponde a la Comisión Federal Electoral, por ello se proponen reformas a los artículos 375, 382, 389, 390, 396, 398, 399, 404 y 406 de la iniciativa, los que quedarán en los siguientes términos:

"Artículo 375. En el caso de elecciones extraordinarias para cubrir las vacantes de miembros de la Asamblea electos por el principio de mayoría relativa, la Comisión Federal Electoral ajustará los plazos conforme a la fecha señalada en la convocatoria respectiva."

"Artículo 382. La Comisión Federal Electoral y la Comisión Local Electoral, los Comités Distritales Electorales así como las mesas directivas de casillas que se integran en el Distrito Federal para la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso de la elección de diputados federales, senadores y Presidente de la República, en los términos de este Código tendrán a su cargo simultáneamente la preparación, desarrollo y vigilancia de la elección de los miembros de la Asamblea."

"Artículo 389. La Comisión Federal Electoral, aprobará el modelo de las actas de instalación, cierre de votación, finales de escrutinio y computación, y el acta de formación del paquete electoral, de la elección de los miembros de la Asamblea. Aprobará asimismo, el modelo de boletas para esta elección."

"Artículo 390. Las boletas para la elección de los miembros de la Asamblea, se imprimirán conforme al modelo que apruebe la Comisión Federal Electoral y contendrán los datos siguientes:

I. Distrito electoral uninominal;

II. Mención de que se trata de la elección para representantes de la Asamblea;

III. Color o combinación de colores y emblema del partido político;

IV. Nombres y apellidos de los candidatos;

V. Un solo círculo por cada partido político, para comprender la fórmula de candidatos por mayoría relativa y la lista de candidatos por representación proporcional, y

VI. Las firmas impresas del presidente y secretario de la Comisión Federal Electoral.

Las boletas llevarán impresas la lista de candidatos, propietarios y suplentes, que postulen los partidos políticos nacionales.

Los colores y emblemas de los partidos políticos, aparecerán en las boletas en el orden que les corresponde, de acuerdo a la antigüedad de su registro.

En el caso de existir coalición, la boleta contendrá el emblema o emblemas y el color y colores del partido político, bajo los cuales participarán los partidos coaligados."

"Artículo 396. Concluido el cómputo de los miembros de la Asamblea, los comités distritales electorales deberán:

I. Enviar a la Comisión Federal Electoral y a la Comisión Local Electoral, copia de las actas de la elección y de las actas de cómputo distrital, y un informe relativo a esta elección.

II. Formar un paquete de la elección con los paquetes de las casillas, copia de todas las actas de cómputo, y remitirlo al Colegio Electoral de la

Asamblea para su depósito y salvaguarda, en tanto se califica la elección, y

III. Enviar al Tribunal de lo Contencioso Electoral, los recursos de queja que se hubiesen interpuesto y la documentación relativa a los cómputos distritales respectivos."

"Artículo 398. La Comisión Federal Electoral, expedirá las constancias de mayoría a los miembros de la Asamblea, electos por mayoría relativa cuando:

I. No se hubiese interpuesto el recurso de queja, y

II. Así lo determine la resolución del Tribunal de lo Contencioso Electoral.

" "Artículo 399. La Comisión Federal Electoral, después de haber determinado la expedición de las constancias de mayoría, procederá a la asignación de miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, conforme a los dispuesto en los artículos 400 a 404 de este código."

"Artículo 404. En la elección de los miembros de la Asamblea, serán aplicables las normas relativas contenidas en el libro séptimo de este código, en lo que no se opongan a lo siguiente:

I. Procederá el recurso de revisión ante la Comisión Federal Electoral, respecto de las resoluciones de la Comisión Local Electoral del Distrito Federal;

II. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones dictadas por la Comisión Federal Electoral y la Comisión Local Electoral del Distrito Federal, al resolver los recursos de revisión, y

III. Es escrito de protesta se remitirá por los comités distritales electorales al Tribunal de lo Contencioso Electoral, conjuntamente con el recurso de queja."

"Artículo 406. El Colegio Electoral de la Asamblea, se integrará con todos los presuntos representantes que hubieren obtenido constancia de mayoría o de asignación, expedidas por la Comisión Federal Electoral, y será competente para calificar la elección de sus miembros. Sus resoluciones tendrán el carácter de definitivas e inatacables."

Esta comisión ha examinado en detalle la iniciativa de Ley Electoral para el Distrito Federal, presentada por el ciudadano diputado Manuel Terrazas Guerrero. Como ha quedado ya de manifiesto en párrafos anteriores, la Comisión que suscribe estima que la elección de los representantes a la Asamblea es un proceso electoral federal, y que siendo ésta la naturaleza del mismo, es necesario regularlo dentro del ordenamiento correspondiente que es el Código Federal Electoral.

Si bien es cierto, como se expresa en la iniciativa de referencia, que en los artículos transitorios 2o. y 5o. del decreto de reformas al artículo 73 de la Constitución, hacen referencia que las elecciones de los representantes se regirán en lo conducente, "y hasta en tanto se expida el ordenamiento correspondiente por las normas constitucionales y el Código Federal Electoral", esto no obsta para que el articulado correspondiente sea precisamente un nuevo libro dentro del Código Federal Electoral.

No puede colegirse con validez jurídica, que por el hecho de que el transitorio ya mencionado se determina la necesidad de un ordenamiento jurídico para la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso de elección a la Asamblea del Distrito Federal, ello signifique que habrá de expedirse una nueva ley ajena o diferente a la que regula las elecciones federales en el país. El mismo artículo transitorio que se invoca en la iniciativa, precisa que hasta en tanto se expiden las normas para regular la elección, serán aplicables las disposiciones del artículo 73 constitucional, así como el Código Federal Electoral.

Por otro lado, el Constituyente Permanente, al aprobar el artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece para varios efectos jurídicos la referencia de la Asamblea a todo lo relativo a las elecciones federales en el país.

En el argumento a que se ha dado respuesta por esta comisión, descansa de manera sustantiva toda la iniciativa de Ley Electoral para el Distrito Federal, que es también motivo del presente dictamen.

Así resulte redundante, hay que señalar que no se trata en el caso de las elecciones a la Asamblea en el Distrito Federal, de un proceso electoral local,

entendido éste en el aspecto jurídico, sino que es una elección federal que debe normarse por el ordenamiento correspondiente a tal naturaleza del proceso electivo.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 56, 62 y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 60,88 y demás relativos del Reglamento Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración de la Asamblea el presente dictamen.

Artículo primero. Por las razones y consideraciones anteriormente expresadas, no es de aprobarse la iniciativa de Ley Electoral para el Distrito Federal.

Artículo segundo. Se adiciona el Código Federal Electoral con un libro noveno, en los términos siguientes:

LIBRO NOVENO

TITULO ÚNICO

De la elección de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal

CAPITULO I

De los derechos y obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal

Artículo 363. Los actos de preparación, desarrollo y vigilancia del proceso de elección de los miembro de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, se rigen por las disposiciones aplicables de los libros anteriores de este código, en lo que no se oponga a lo dispuesto en el presente libro.

Artículo 364. Deberán ejercer el derecho de voto para la elección de los miembros de la Asamblea, los ciudadanos del Distrito Federal, varones o ellas, inscritos en el padrón electoral y que además, no se encuentren dentro de los supuestos enumerados por el artículo 5o. de este código.

Artículo 365. Son obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal, además de las enumeradas en los artículos 36 constitucional y 7o. de este Código, desempeñar el cargo de miembros de la Asamblea para el que sean electos.

CAPITULO II

De la integración de la asamblea

Artículo 366. La Asamblea es un órgano de representación ciudadana, dotado de autonomía y con facultades para dictar bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno, así como para realizar funciones de control de la administración pública del Distrito Federal, promover la participación ciudadana y realizar acciones de promoción y gestoría, en los términos establecidos en la respectiva ley.

Artículo 367. La Asamblea se integrará por representantes electos en votación directa y secreta, de los ciudadanos que residen en el Distrito Federal.

Artículo 368. La Asamblea estará integrada por 40 representantes electos, según el principio de votación mayoritaria relativa mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 28 representantes que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de lista votada en una circunscripción plurinominal.

Por cada representante de la Asamblea, se elegirá un suplente.

La totalidad de la Asamblea se renovará cada tres años.

Artículo 369. La demarcación de los 40 distritos electorales uninominales para la elección de los miembros de la Asamblea, será la misma en que se divide el territorio del Distrito Federal para la elección de los diputados federales al Congreso de la Unión, electos por el principio de mayoría relativa.

Para la elección de los 26 representantes de la Asamblea, por el principio de representación proporcional, se constituye una circunscripción plurinominal, que será el territorio del Distrito Federal.

"Antes de cada elección de representantes a la Asamblea del Distrito Federal, la Comisión Federal Electoral, previo estudio que solicite al Registro Nacional de Electores, revisará la distribución y demarcación de los 40 distritos de mayoría relativa a la Asamblea, tomando en cuenta el último censo nacional de población."

CAPITULO III

De los requisitos de elegibilidad

Artículo 370. Son requisitos para ser representantes de la Asamblea:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos;

II. Tener 21 años cumplidos al día de la elección;

III. Ser originario del Distrito Federal o vecino de él, con residencia efectiva de seis meses anteriores a la fecha de la elección.

IV. No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía, cuando menos 90 días antes de la elección;

V. No ser Secretario o subsecretario de Estado, Procurador General de la República o Procurador General de Justicia del Distrito Federal, a menos de que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección;

VI. No ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni magistrado de circuito o juez de distrito en el Distrito Federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección;

VII. No ser magistrado del Tribunal Superior de Justicia ni del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección;

VIII. No ser magistrado o secretario del Tribunal de lo Contencioso Electoral;

IX. No ser miembro de la Comisión Local Electoral ni de los comités distritales electorales del Distrito Federal, salvo que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la fecha de la elección;

X. No ser ministro de algún culto religioso;

XI. No ser titular del órgano de gobierno del Distrito Federal, ni titular de las unidades administrativas, órganos desconcentrados o entidades paraestatales de la Administración Pública del Distrito Federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección;

XII. No ser senador o diputado federal o local de alguna entidad federativa, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección, y

XIII. Contar con su credencial de elector o estar inscrito en el padrón electoral.

Artículo 371. Los representantes de la Asamblea no podrán ser reelectos para el período inmediato. Los representantes suplentes podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de propietarios, siempre que no hubiera estado ejercicio; pero los representantes propietarios no podrán ser electos para el período inmediato, con el carácter de suplentes.

Artículo 372. Los partidos políticos podrán registrar simultáneamente un máximo de 10 candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal, por mayoría relativa y representación proporcional en la lista regional de la circunscripción.

Los ciudadanos que figuren como candidatos a diputado federal, senador o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, no podrán figurar como candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal.

Artículo 373. En caso de vacantes de miembros electos por mayoría relativa, la Asamblea convocará a elecciones extraordinarias.

La vacante se producirá cuando el titular y el suplente respectivo estén en imposibilidad de asumir sus funciones.

Las vacantes de los miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, se cubrirán con los candidatos del mismo partido que sigan en el orden de la lista respectiva, después de habérsele asignado los miembros que le hubiesen correspondido.

Artículo 374. Las elecciones extraordinarias se sujetarán a lo dispuesto en este código, y a lo que en particular determina la convocatoria que al efecto expida la Asamblea.

Artículo 375. En el caso de elecciones extraordinarias para cubrir las vacantes de miembros de la Asamblea electos por el principio de mayoría relativa, la Comisión Federal Electoral ajustará los plazos conforme a la fecha señalada en la convocatoria respectiva.

CAPITULO IV

De los partidos políticos y de las asociaciones políticas nacionales

Artículo 376. Los partidos políticos y las asociaciones políticas nacionales que cuenten con registro, podrán participar en la elección de los miembros de la Asamblea, en los términos de este código.

Artículo 377. Los convenios de coalición celebrados por los partidos y las asociaciones políticas nacionales para participar en las

elecciones de diputados al Congreso de la Unión por el Distrito Federal, comprenderán también la elección de los miembros de la Asamblea.

Artículo 378. Los partidos políticos que participen en la elección de los miembros de la Asamblea, deberán presentar la plataforma electoral mínima a que se refiere el artículo 45, fracción VII de este código, relativa al Distrito Federal.

La falta de este requisito impedirá el registro de los candidatos de ese partido a las elecciones de la Asamblea, y la expedición de la constancia correspondiente.

CAPITULO V

Del registro de candidatos y de la elección

Artículo 379. La elección de los miembros de la Asamblea, se sujetará a las disposiciones previstas en el artículo 73 constitucional, fracción VI, base tercera, y a lo que en particular dispone este código.

Artículo 380. Las elecciones ordinarias de los miembros de la Asamblea, deberán celebrarse en la misma fecha de la elección de diputados federales.

Artículo 381. En elección de los miembros de la Asamblea, se observarán las normas contenidas en el libro tercero de este código, relativas al Registro Nacional de Electores y a sus atribuciones y funciones, y por lo mismo se utilizarán en esa elección, la credencial de elector y el padrón electoral único, elaborados por el propio Registro Nacional de Electores y las dependencias que lo estructuran.

Artículo 382. La Comisión Federal Electoral y la Comisión Local Electoral, los comités distritales electorales, así como las mesas directivas de casillas que se integran en el Distrito Federal para la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso de la elección de diputados federales, senadores y Presidente de la República, en los términos de este código, tendrán a su cargo simultáneamente la preparación, desarrollo y vigilancia de la elección de los miembros de la Asamblea.

Artículo 383. La solicitud de registro de los candidatos a miembros de la Asamblea por mayoría relativa, se podrá realizar ante los comités distritales electorales o ante la Comisión Local Electoral del Distrito Federal.

La solicitud de registro de la lista de candidatos a miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, se hará ante la Comisión Local Electoral del Distrito Federal, o ante la Comisión Federal Electoral.

Artículo 384. El término para el registro de candidatos en el año de la elección, será:

I. Para los miembros de la Asamblea electos por el principio de mayoría relativa, del 1o. al 15 de mayo, inclusive, y

II. Para los miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, del 15 al 30 de mayo, inclusive.

Artículo 385. La solicitud de registro de candidatos a miembros de la Asamblea, deberá contener los datos y requisitos enumerados en el artículo 218 de este código.

Artículo 386. Las candidaturas a miembros de la Asamblea por mayoría y por representación proporcional, serán registradas por fórmulas de candidatos compuestas cada una por un candidato propietario y un candidato suplente.

Artículo 387. Para obtener el registro de su lista de candidatos a miembros de la Asamblea por el principio de representación proporcional, los partidos políticos deberán acreditar ante la Comisión Local Electoral del Distrito Federal o ante la Comisión Federal Electoral, el registro de las 40 candidaturas a miembros de la Asamblea por el principio de mayoría relativa.

Artículo 388. Los representantes comunes de los candidatos, de los partidos políticos y los generales acreditados y registrados para las elecciones, ejercerán la función de representantes en las elecciones de miembros de la Asamblea, con los mismos derechos, obligaciones y responsabilidades que les atribuye este código.

Artículo 389. La Comisión Federal Electoral aprobará el modelo de las actas de instalación, cierre de votación, finales de escrutinio y computación, y el acta de formación del paquete electoral, de la elección de los miembros de la Asamblea; aprobará asimismo, el modelo de boletas para esta elección.

Artículo 390. Las boletas para la elección de los miembros de la Asamblea, se imprimirán conforme al modelo que apruebe la Comisión Federal Electoral, y contendrán los datos siguientes:

I. Distrito electoral uninominal;

II. Mención de que se trata de la elección para representantes de la Asamblea;

III. Color o combinación de colores y emblema del partido político;

IV. Nombres y apellidos de los candidatos;

V. Un solo círculo por cada partido político, para comprender la fórmula de candidatos por mayoría relativa y la lista de candidatos por representación proporcional, y

VI. Las firmas impresas del presidente y secretario de la Comisión Federal Electoral.

Las boletas llevarán impresas la lista de los candidatos, propietarios y suplentes, que postulen los partidos políticos nacionales.

Los colores y emblemas de los partidos políticos aparecerán en las boletas, en el orden que les corresponde de acuerdo a la antigüedad de su registro.

En el caso de existir coalición, la boleta contendrá el emblema o emblemas y el color o colores del partido político, bajo los cuales participarán los partidos coaligados.

Artículo 391. Para la elección de los miembros de la Asamblea, los comités distritales electorales proporcionarán a los presidentes de las casillas, en los términos de los artículos 247 y 248 de este código, las boletas, la documentación y formas aprobadas y las urnas correspondientes.

Artículo 392. En la elección de miembros de la Asamblea, cuando los electores del Distrito Federal de encuentren en los supuestos señalados por los incisos a), b),c)y d) de la fracción III, del artículo 257 de este código, se observarán las reglas siguientes:

1) Si el elector se encuentra fuera de su sección pero dentro de su distrito, podrá votar por miembros de la Asamblea por mayoría relativa y por representación proporcional.

2) Si el elector se encuentra fuera de su sección y distrito, podrá votar únicamente para la elección de representantes por el principio de representación proporcional.

En este caso, el presidente de la casilla le entregará la boleta única para la elección de los miembros de la Asamblea, anotándole la leyenda "sólo por la lista" o la abreviatura "RP".

3) El secretario de la mesa hará para cada uno de los apartados anteriores, una lista adicional de los electores comprendidos en ellos, anotando nombre y apellidos, domicilio, ocupación y número de la credencial de elector.

CAPITULO VI

De los resultados electorales

Artículo 393. Concluido el escrutinio y computación de las elecciones de diputados federales al Congreso de la Unión, senadores y Presidente de la República, la mesa directiva de la casilla realizará el escrutinio y computación de la elección de los miembros de la Asamblea, y anotará en actas separadas los votos obtenidos por el principio de mayoría relativa y los votos obtenidos por el principio de representación proporcional. En este escrutinio y computación, se observará lo dispuesto por los artículos 268 a 279 de este código.

Artículo 394. La recepción de los paquetes electorales de esta elección por el Comité Distrital Electoral, y la información de los resultados obtenidos en las casillas, se regirán por las reglas establecidas en los artículos 293 a 295 de este código.

Artículo 395. Concluidos los cómputos distritales de las elecciones de diputados federales al Congreso de la Unión, senadores y Presidente de la República, y conforme a las reglas establecidas para ellos en este código, los comités distritales electorales practicarán el cómputo distrital de la elección de los miembros de la Asamblea, y anotarán en el acta por separado los votos obtenidos por el principio de representación proporcional.

Artículo 396. Concluido el cómputo de los miembros de la Asamblea, los comités distritales electorales deberán:

I. Enviar a la Comisión Federal Electoral y a la Comisión Local Electoral y de las actas de cómputo distrital, y un informe relativo a esta elección;

II. Formar un paquete de la elección con los paquetes de las casillas, copia de todas las actas de cómputo, y remitirlo al Colegio Electoral de la Asamblea para su depósito y salvaguarda en tanto se califica la elección, y

III. Enviar al Tribunal de lo Contencioso Electoral los recursos de queja que se hubiesen interpuesto, y la documentación relativa a los cómputos distritales respectivos.

Artículo 397. La Comisión Local Electoral del Distrito Federal, procederá una vez concluidos los cómputos correspondientes, a las elecciones de senadores y diputados al Congreso de la Unión, a efectuar el cómputo de la elección de miembros de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

CAPITULO VII

De las constancias de mayoría y de las asignaciones por representación proporcional

Artículo 398. La Comisión Federal Electoral, expedirá las constancias de mayoría a los miembros de la Asamblea electos por mayoría relativa cuando:

I. No se hubiese interpuesto el recurso de queja, y

II. Así lo determine la resolución del Tribunal de lo Contencioso Electoral.

Artículo 399. La Comisión Federal Electoral, después de haber determinado la expedición de las constancias de mayoría, procederá a la asignación de miembros de la Asamblea electos por el principio de representación proporcional, conforme a lo dispuesto en los artículos 400 a 404 de este código.

Artículo 400. En los términos del artículo 73, fracción VI, base tercera y del artículo 54 de la Constitución. las normas para la aplicación de la fórmula electoral que se observarán en la asignación de representantes a la Asamblea, son las siguientes:

I. No tendrá derecho a participar en la distribución de representantes a la Asamblea, electos por el principio de representación proporcional, el partido que:

a) No obtenga por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para la elección de representantes en el Distrito Federal;

b) Obtenga el 51% o más de la votación efectiva en el Distrito Federal, y su número de constancias de mayoría relativa, represente un porcentaje del total de la Asamblea, superior o igual a su porcentaje de votos, y

c) Obtenga menos del 51% de la votación efectiva del Distrito Federal y su número de constancias de mayoría relativa, sea igual o mayor a la mitad más uno de los miembros de la Asamblea del Distrito Federal;

II. Si algún partido obtiene el 51% o más de la votación efectiva del Distrito Federal y el número de constancias de mayoría relativa, representan un porcentaje del total de la Asamblea, inferior a su referido porcentaje de votos, tendrá derecho a participar en la distribución de representantes a la Asamblea electos según el principio o de representación proporcional, hasta que la suma de representantes obtenidos por ambos principios represente el mismo porcentaje de votos;

III. Ningún partido político tendrá derecho a que le sean reconocidos más de 46 miembros, que representen aproximadamente el 70% de la integración total de la Asamblea, aun cuando hubiere obtenido un porcentaje de votos superior,

IV. Si ningún partido obtiene el 51% de la votación efectiva del Distrito Federal y ninguno alcanza, con sus constancias de mayoría relativa la mitad más uno de los miembros de la Asamblea, al partido con más constancias de mayoría le serán asignados miembros por representación proporcional, hasta alcanzar la mayoría absoluta de la Asamblea, y

V. En el supuesto anterior, y en caso de empate en el número de constancias, la mayoría absoluta de la Asamblea será decidida en favor de aquél de los partidos empatados, que haya alcanzado la mayor votación en el Distrito Federal, en la elección de representantes por mayoría relativa.

Artículo 401. Cuando se den los supuestos de la fracción I, del artículo anterior, se deducirán de la votación de la circunscripción plurinominal, los votos de los partidos que se encuentren dentro de alguno de los supuestos de la fracción referida. Para la asignación de miembros de representación proporcional a los demás partidos, se aplicará entre ellos la fórmula de primera proporcionalidad.

Artículo 402. Al partido comprendido en el supuesto de la fracción II, del artículo 400, se le asignarán miembros de representación proporcional, de acuerdo, al procedimiento siguiente:

a) Se determinará para ese partido, el número de representantes del total de la Asamblea que equivalga a su porcentaje de votos obtenido;

b) Si del cálculo anterior resultara un número fraccionario, se considerará el número entero más cercano, y en el caso específico de que la fracción resultante fuese exactamente la mitad de la unidad, se tomará el entero superior, y

c) Del número de representantes anterior, se restarán los representantes de mayoría relativa de ese partido, y el resultado será el número de miembros de representación proporcional, que le correspondan a ese partido. Para la asignación de representantes a los demás partidos, se aplicará la fórmula de primera proporcionalidad, considerando que:

1. De los 26 representantes asignables en la circunscripción, deberá de deducirse el número de representantes que ya fueron asignados, y

2. De la votación efectiva de la circunscripción, se deducirán los votos del partido al que ya se le asignaron representantes.

En todo caso, en la asignación de representantes, se seguirá el orden que tuviesen en la lista respectiva.

Artículo 403. Para la distribución de los miembros de representación proporcional, según el supuesto comprendido en la fracción IV, del artículo 400, se empleará el procedimiento siguiente:

a) Se determinará el partido con más constancias de mayoría, y se le asignarán miembros de representación proporcional, hasta alcanzar la mitad más uno de los miembros de la Asamblea;

b) En la asignación de representantes a los demás partidos, se aplicará la fórmula de primera proporcionalidad, considerando que:

1. De los 26 representantes asignables en la circunscripción, deberá deducirse el número de representantes que ya fueron asignados, y

2. De la votación efectiva de la circunscripción, se deducirán los votos del partido al que ya se le asignaron representantes.

En todo caso, en la asignación de representantes, se seguirá el orden que tuviese en la lista respectiva.

CAPITULO VIII

Del contencioso electoral y de la calificación de la elección

Artículo 404. En la elección de los miembros de la Asamblea, serán aplicables las normas relativas contenidas en el libro séptimo de este código, en lo que no se opongan a lo siguiente:

I. Procederá el recurso de revisión ante la Comisión Federal Electoral, respecto de las resoluciones de la Comisión Local Electoral del Distrito Federal;

II. Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones dictadas por la Comisión Federal Electoral y la Comisión Local Electoral del Distrito Federal, al resolver los recursos de revisión, y

III. El escrito de protesta se remitirá por los comités distritales electorales al Tribunal de lo Contencioso Electoral, conjuntamente con el recurso de queja.

Artículo 405. El Presidente del Tribunal de la Contencioso Electoral, remitirá la resolución emitida sobre el recurso de queja relativo a la elección de miembros de la Asamblea, con el expediente relativo, dentro de las 24 horas siguientes.

I. La Comisión Federal Electoral, para los efectos de la expedición de las constancia de mayoría, en la elección de los miembros de la Asamblea por mayoría relativa y

II. El Colegio Electoral de la Asamblea del Distrito Federal.

Artículo 406. El Colegio Electoral de la Asamblea, se integrará con todos los presuntos representantes que hubieren obtenido constancia de mayoría o de asignación, expedidas por la Comisión Federal Electoral, y será competente para calificar la elección de sus miembros. Sus resoluciones tendrán el carácter de definitivas e inatacables.

TRANSITORIOS

Artículo primero. El presente decreto por el que se adiciona el Código Federal Electoral con el libro noveno, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. En la elección de los miembros de la Asamblea para el período de 1988 a 1991, se observará lo dispuesto por los artículos tercero y cuarto transitorios, del decreto de promulgación del Código Federal Electoral del 9 de enero de 1987, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de Febrero de 1987.

Sala de Comisiones de la honorable Cámara de Diputados, diciembre de 1987.- Por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jaime Aguilar Alvarez Mazarrasa, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos Enrique Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Romeo Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Ángel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinoza, Humberto Salgado Gómez César Agusto Santiago Ramírez Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: - Primera lectura.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

El C. Héctor Pérez Plazola (desde su curul): - ¿Podríamos por lo menos saber de qué dictámenes se trata?

El C. Presidente: -Informe la secretaría a la asamblea.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Es un dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que se refiere a la iniciativa para modificar las fracciones II y XII del artículo 9o. del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Sobre la iniciativa para derogar el artículo 343 del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Jaime Haro Rodríguez, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Demócrata Mexicano.

Sobre la iniciativa para reformar el artículo cuarto transitorio del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Juan de Dios Castro Lozano, a nombre de la fracción parlamentaria de su partido. Iniciativa para adicionar los artículos 59 bis; 170, fracción XXX; y 151 bis del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Ricardo Francisco García Cervantes, a nombre de la fracción parlamentaria de su partido.

Iniciativa para adicionar al Código Federal Electoral cinco nuevos artículos, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Iniciativa para reformar la fracción VIII del artículo 171 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Iniciativa para adicionar el artículo 7o. del Código Federal Electoral, presentada por el ciudadano diputado Nabor Camacho Nava, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Iniciativa para adicionar el artículo 154 del Código Federal Electoral, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Iniciativa para reformar la fracción XI del artículo 9o. del Código Federal Electoral, presentada por los ciudadanos diputados: Nicolás Reynés Berezaluce, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Moisiváis Ramírez, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Gregorio Macías Rodríguez, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Amador Amador, y Pedro José Peñaloza, nombre de la fracciones parlamentarias de los partidos Revolucionario Institucional, Demócrata Mexicano, Popular Socialista, Auténtico de la Revolución Mexicana, Mexicano Socialista de los Trabajadores y Revolucionario de los Trabajadores, respectivamente.

E iniciativa de reformas al artículo 270 del Código Federal Electoral, inciso primero, presentada por la ciudadana diputada María de la Luz Gama Santillán, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Autentico de la Revolución Mexicana.

El C. Presidente: - Continúe.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - El otro segundo dictamen, compañero diputado, es de la misma Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que versa sobre la iniciativa de decreto que adiciona el Código Federal Electoral con un libro noveno, presentada por el ciudadano Presidente de la República, Miguel de la Madrid, en ejercicio de las facultades que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución

. El C. Presidente: - ¿Está debidamente informado?

El C. Héctor Pérez Plazola: - Si, compañero.

El C. Santiago Oñate Laborde (desde su curul): - Señor presidente, falta igualmente el dictamen del que acaba de dar cuenta, se refiere a la iniciativa del Partido Mexicano Socialista de Ley Electoral del Distrito Federal, en segundo término señor presidente, toda vez no se han distribuido las copias de dichos dictámenes entre los señores miembros de la asamblea, pero obsequiando a lo solicitado por el señor Peñaloza, yo quiero consultar a usted si los compañeros están de acuerdo en que se envíen las copias correspondientes a cada una de las fracciones en los próximos minutos.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría a la asamblea, si está de acuerdo en esta propuesta

que hace el diputado Santiago Oñate, secretario de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en el sentido de que en los minutos siguientes se haga llegar a las respectivas fracciones parlamentarias, copias de los ejemplares de estos dictámenes elaborados por la propia comisión.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si es de aprobarse la propuesta hecha por el diputado Santiago Oñate, en el sentido de que se acepta que en los próximos minutos, se haga llegar a las fracciones parlamentarias las copias de estos dos dictámenes.

Los compañeros diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo

. (Votación.)

Los compañeros diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aceptado, ciudadano presidente.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con el desahogo de los asuntos en cartera.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

El C. Presidente: - Se va a dar lectura por la compañera secretaria, al orden del día de la próxima sesión.

INFORME DE LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

El C. Pedro José Peñaloza (desde su curul): - Había una moción. La Comisión de Educación quedó de presentar en la sesión de hoy un punto de acuerdo y un informe de la situación del Politécnico; entonces, no puede terminar la sesión porque hay un compromiso de la Comisión de Educación.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el compañero diputado Miguel Osorio Marbán, en torno a este asunto al que se refiere el diputado Pedro Peñaloza.

El C. Miguel Osorio Marbán: - Con permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: La Comisión de Educación Pública, tal como lo ofreció, presenta a ustedes un punto de acuerdo en el que la totalidad de las fracciones parlamentarias han estado de acuerdo, en principio, subrayo este en principio porque no tenemos todavía la firma de dos partidos políticos.

Pero en términos generales, obedece este pronunciamiento, este informe, a la decisión de todos y cada uno de los grupos parlamentarios: primero, de haber analizado con cuidado el problema que nos encomendó el pleno de esta Cámara, referente a los acontecimientos que se han venido suscitando en el Instituto Politécnico Nacional.

Este día se nos ha informado que por fortuna siguen avanzando los acuerdos, las negociaciones que se llevan a cabo entre los representantes de las escuelas del instituto que están en paro y las autoridades de este centro educativo.

Creemos que la comunidad politécnica con toda la seriedad nos está demostrando que es responsable del destino del Politécnico, y que todos y cada uno de los acuerdos que ahí se están tomando, han sido con el propósito de elevar institucionalmente su vida académica y el desarrollo de las actividades en el marco del proyecto para el que fue creado el Instituto Politécnico Nacional.

El informe es breve, voy a suplicar su benevolencia por unos minutos y repito, esperamos presentarlo, firmado ya, a consideración de este pleno por la totalidad de las fracciones parlamentarias, y por la totalidad también de los integrantes de la Comisión de Educación Pública. Dice así:

"Informe que rinde la Comisión de Educación Pública al pleno de la H. Cámara de Diputados. El Instituto Politécnico Nacional, significa la más alta expresión de la educación popular en México y al él ha confiado el pueblo mexicano la rectoría de nuestra enseñanza técnica. En sus 50 años de vida, ha proporcionado al país los profesionistas que con un claro sentido nacionalista han impulsado el desarrollo de México y contribuido a su industrialización. Gracias al instituto, cientos de miles de hijos de campesinos, obreros, maestros, empleados públicos y de la gran masa de nuestro pueblo, han podido acceder a la enseñanza superior y prestar su concurso en las tareas nacionales, sin olvidar su origen y trabajando siempre por un México soberano e independiente, libre y justo.

En un mundo de constante transformación, corresponde al Instituto Politécnico Nacional tomar su lugar de vanguardia para proporcionar al país la alta tecnología que reclama, y para imbuir en sus educandos el arraigo necesario para evitar la fuga de cerebros nociva a los intereses nacionales.

La Comisión de Educación Pública de esta Cámara, ha visto con profunda preocupación los problemas que se han suscitado en esta casa de estudios, y acorde con el mandato expreso de este pleno, se ha mantenido atenta al desarrollo de los acontecimientos, considerando que en nuestra Cámara se ventilan los grandes problemas nacionales y sin que en ningún momento la comisión se haya atribuído funciones que no le corresponden, ni a ella ni a la Cámara; ha recibido en este recinto, y únicamente a petición de parte, a distintas comisiones de alumnos, maestros y directivos, como consta a las distintas comisiones de alumnos, maestros y directivos, como consta a las distintas fracciones parlamentarias que participan en esta LIII Legislatura.

Abundante ha sido la documentación escrita que se nos ha entregado, y que esgrime diversas argumentaciones en favor o en contra de la suspensión de labores, o bien propone diversas alternativas para elevar y mejorar la vida interna de la institución.

La Comisión de Educación Pública se ha reunido para analizar la información recibida y profundizar en el problema, por lo que después de escuchar las opiniones de sus integrantes, resuelve presentar a consideración de esta soberanía las siguientes conclusiones:

1o. A través de los órganos de la comunidad politécnica, debe procurarse la mejoría en los planes de estudio, la excelencia en la enseñanza, y el cumplimiento de metas y objetivos que permitan al instituto fijar los alcances de la educación técnica, que las circunstancias de una sociedad en constante cambio exigen al país.

2o. La Cámara de Diputados considera de primera importancia estudiar y adecuar las previsiones presupuestarias que se examinan actualmente para el sector educativo en lo general, y en particular para el instituto, convencida de que la educación es el mejor instrumento para superar rezagos, transformar la sociedad y alcanzar estratos de vida cada vez más justos.

3o. Condenamos enérgicamente la intervención de los grupos porriles que obstruyen las actividades normales del instituto; los llamados porros, patrocinados por cualquier tendencia política o social, deben ser erradicados de la vida de este centro de estudios superiores.

4o. La Cámara de Diputados, hace un llamado respetuoso a autoridades, maestros, alumnos y egresados integrantes todos de la comunidad politécnica, para que sean ellos la instancia que resuelva soberanamente sus problemas en un clima de diálogo permanente y de trabajo, segura como está de que el Instituto Politécnico Nacional no ha de perder el rumbo y destino que le fue encomendado por nuestro pueblo en el momento que se instituyó. Los representantes populares nos seguiremos obligando para que en el marco de nuestras responsabilidades, ayudemos, impulsemos y fortalezcamos las actividades de este centro de enseñanza superior.

Palacio Legislativo, a 6 de diciembre de 1987.- Firman los integrantes de la comisión y de las fracciones parlamentarias".

Muchas gracias, señores diputados.

El C. Presidente: - Para el mismo tema, tiene la palabra el diputado Xavier Abreu Sierra.

El C. Xavier Abreu Sierra: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Nada más para hacer algunos comentarios sobre el problema del Politécnico, una vez que la Comisión de Educación ha emitido un documento con espíritu conciliador, donde trata de analizar algunos de los aspectos y dar alguna postura sobre los acontecimientos del Instituto Politécnico Nacional. Yo quiero hacer algunas reflexiones que caben todavía aún en tiempo.

En primer lugar, como Cámara de Diputados que somos y que tenemos la responsabilidad de analizar todos los problemas del país, porque somos representantes de la nación. De alguna manera se argumenta a veces, que aquí tratamos temas que no tenemos por qué tratar; en cierta manera, todos los problemas de México son problemas de la Cámara de Diputados, porque esta es la más alta Cámara de Diputados, porque esta es la más alta tribuna de la nación.

En segundo lugar, queremos decir que sabemos que hubo el propósito, en la Comisión de Educación, de ir analizando este problema del Politécnico, pero es importante también que las reuniones que se realizan en el seno de estos problemas sean todas ellas pluripartidistas, para que podamos estar enterados todos los partidos en las negociaciones, cómo van avanzando; porque resulta que a veces se avanza y luego nos informan.

En tercer lugar, condenamos la actuación de algunas autoridades educativas, concretamente de la del ingeniero Raúl Talán, que a través de la actividad de porros ha ido amedrentando la actuación de los estudiantes y de los maestros dentro del Instituto Politécnico Nacional.

Asimismo, aplaudimos la heróica lucha que varios maestros, jóvenes, alumnos, exalumnos, padres de familia, han hecho a propósito de este problema

del Politécnico, lucha en muchas de las veces por algunos bien entendida, y en otras ocasiones mal entendida; pero a nuestro punto de ver con los cimientos de una lucha de reclamar derechos, de abrir las instituciones de educación superior y de hacer que la enseñanza superior sea algo que dignifique a nuestra patria.

Insistimos que necesitamos una mayor apertura en nuestras instituciones de enseñanza superior. Consideramos que como Cámara de Diputados a la hora de estudiar las previsiones presupuestarias, tenemos en nuestras manos parte de la solución del problema del Politécnico, y por lo tanto, les exhortamos a un estudio responsable al respecto de este tema.

Y por último, haremos llegar más adelante, porque creo que se están dando las condiciones, nuestra propuesta para proclamar la autonomía del Instituto Politécnico Nacional. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Para hechos, la diputada Gabriela Guerrero Oliveros por cinco minutos.

La C. Gabriela Guerrero Oliveros: - Con su permiso, señor presidente; señoras y señores diputados: La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, saluda el informe de la Comisión de Educación Pública rendido a esta plenaria de la Cámara de Diputados, en relación al acuerdo de la propia Cámara, de que recabara información en torno al conflicto que tiene paralizadas parcialmente las actividades académicas y de investigación del Instituto Politécnico Nacional.

El trabajo de la comisión tuvo el mérito y alto significado, de propiciar que se tratara, por segunda vez en esta Legislatura, los problemas de fondo del Instituto Politécnico Nacional.

En esta ocasión, al recibir a comisiones de profesores, investigadores, científicos, dirigentes sindicales, autoridades y alumnos de la institución, cuyos puntos de vista e información proporcionada permitieron la conformación del informe que se nos acaba de presentar, en donde la comisión hace suya una reiterada demanda de los sectores más avanzados de la comunidad politécnica, que desde hace algunos años, en distintos foros y por diferentes medios, ha demandado a las más altas autoridades del país, el aumento creciente del presupuesto al Instituto Politécnico Nacional.

Reconoce que es la propia comunidad la que debe plantearse en un clima de diálogo respetuoso y de trabajo, los cambios necesarios para que su institución haga frente a los retos que se le presentan en el marco de la nueva realidad en los campos de la ciencia y la técnica.

Finalmente, ubica en su justa dimensión el actual conflicto que afecta a la institución, al condenar de manera enérgica y pronunciarse por la erradicación de la vida del Politécnico de grupos de seudoestudiantes, de los llamados "porros" o de aquellos agrupados bajo una u otra sigla, que hacen uso de la violencia y que atentan contra la vida académica de la institución; y afirmamos que quedó ubicado en su verdadero nivel el actual conflicto que afecta al Politécnico, puesto que permitió conocer de manera directa, contrariamente a lo que se ha propalado, que poco más del 80% de los estudiantes de la institución están trabajando de manera normal, sin considerar que varias de las escuelas paralizadas fueron obligadas por la fuerza a tal situación, o que han sido impedidas de reanudar sus actividades mediante este mismo método.

Otra cuestión que los trabajos de la comisión permitió conocer, es que la auténtica representación del magisterio del Instituto Politécnico Nacional, en forma unánime ha condenado con toda energía las acciones antipolitécnicas de los grupos que hacen uso de la violencia para alcanzar objetivos, las más de las veces contrarios al Instituto Politécnico Nacional, ya sean los llamados "porros" u otros que emplean métodos semejantes, y al mismo tiempo han descalificado públicamente a uno que otro pequeño grupo de compañeros maestros del Instituto Politécnico Nacional que intentaron arrogarse tal representación.

Pero lo que más importa, señoras y señores diputados, es que tanto la representación magisterial del Politécnico como los investigadores científicos de la institución, muchos de los cuales se presentaron a la comisión para expresar directamente sus juicios, mientras que otros lo hicieron a través de documentos elaborados expresamente, lo mismo que consejos consultivos de escuelas pusieron de manifiesto que son otros los problemas fundamentales de la institución, mismos que han sido motivo de preocupaciones, demandas y luchas de la comunidad de la misma durante los últimos años. Estos problemas expuestos por la comunidad politécnica, expresados en apretada síntesis son los siguientes:

1o. La necesidad urgente de abordar las nuevas tecnologías que están cambiando radicalmente los métodos de producción frente a la escasez de sus recursos materiales y humanos.

2o. La necesidad de dar vigoroso y acelerado impulso a la investigación aplicada y tecnológica, frente a la insuficiencia e incluso obsolencia de parte de su acervo de equipos, aparatos de investigación y de enseñanza.

3o. La necesidad de asimilar e incorporarse a los cambios vertiginosos de los conocimientos científicos y técnicos, frente a pesados mecanismos democráticos de ejercicio de su presupuesto.

4o. La necesidad urgente de retener a sus mejores investigadores y aún contratar a otros nacionales o extranjeros, frente a los bajos salarios que actualmente puede otorgar la institución.

5o. La necesidad de formar una mayor cantidad de científicos e ingenieros de alto nivel, frente a su incapacidad de otorgar apoyos suficientes y eficaces a un número creciente de sus mejores estudiantes, ya que la institución sabe bien que estos son hijos de trabajadores de la ciudad o del campo.

6o. La necesidad de proporcionar a sus investigadores y profesores, información científica en forma rápida y fluida, frente a sus actuales métodos obsoletos de acumulación bibliográfica.

7o. La urgencia e interés de contribuir a la modernización tecnológica de las empresas e instituciones estatales, frente a la necesidad de que sus logros tecnológicos encuentren aplicación en el sistema productivo y se desarrolle así a plenitud su capacidad de generación de tecnología nacional.

8o. La necesidad de investigar nuevas formas de aplicación de nuestros recursos naturales, para atacar de frente a la baja en demanda y precios de nuestras tradicionales materias primas, frente a la inexistencia de un plan nacional con tal propósito, en el que el Instituto Politécnico Nacional puede y debe dar un aporte de considerable valor.

9o. Finalmente, la necesidad de fortalecer al Instituto Politécnico Nacional, como la máxima institución del Estado en materia de educación e investigación tecnológica y como rector efectivo del sistema correspondiente, frente al crecimiento de instituciones estatales de carácter tecnológico y la conveniencia de su actividad planificada y coordinada.

Todo ello, señoras y señores diputados, en un marco de principios que parten del origen revolucionario del Instituto Politécnico Nacional, de su carácter de máxima obra de la Revolución Mexicana en el campo de la educación superior y de la investigación científica y tecnológica, con un contenido profundamente popular y nacionalista, tal como se puede comprobar en los documentos que la comunidad politécnica hizo llegar a la Comisión de Educación Pública de esta Cámara.

Por lo que hace a la necesidad de cambios internos para resolver estos problemas, la comunidad politécnica no ha manifestado en ningún momento que carece de capacidad para ello, por lo cual este problema no ha sido motivo de debate en el presente conflicto, cuestión que acertadamente reconoce la comisión, al poner de relieve que es a través de los órganos de la comunidad politécnica, donde debe procurarse la mejoría en planes y programas y el cumplimiento de objetivos de carácter académico, de acuerdo a las circunstancias actuales de México y del mundo.

De manera lateral, los sectores representativos de la comunidad politécnica han desmentido con hechos contundentes la calumnia difundida por autonombrados voceros de la misma, en el sentido de que el Instituto Politécnico Nacional está en el peor momento de su historia en cuanto a su nivel académico. Por el contrario, han venido a informar que precisamente está el Politécnico en una etapa ascendente de su vida académica, y que paros parciales como el actual no los había padecido la institución en los últimos cuatro o cinco años.

Nos informaron de los éxitos a nivel internacional de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas; nos hicieron ver que el Departamento de Física del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados de la institución, es considerado desde hace algunos años como el mejor centro de preparación de físicos del país a nivel de posgrado.

Que la Escuela Superior de Física y Matemáticas, en estadísticas realizadas por la Sociedad Mexicana de Física, ocupó el año de 1986 el segundo lugar nacional en cuanto a calidad y eficiencia de investigación y docencia, sólo detrás de la Facultad de Ciencias de la UNAM, institución que cuenta con mucho mayores recursos humanos, materiales y económicos.

Nos han informado que en el concurso nacional para elegir a los estudiantes mexicanos de nivel medio superior para participar en la olimpiada de matemáticas, que en su versión vigésima se celebró en La Habana, Cuba, los primeros lugares fueron ocupados por estudiantes del Instituto Politécnico Nacional de diversas vocacionales, y que el mejor mexicano ubicado en aquella olimpiada, en el 40 lugar, era uno de los estudiantes del Instituto Politécnico Nacional.

Estos y otros éxitos más que sería largo enumerar, fueron expuestos por la comunidad del Politécnico, ante lo cual cae por su propio peso la calumnia del actual bajo nivel general de su institución profanada por quienes quisieran que el

Politécnico adoleciera como un todo de los problemas que una u otra de sus escuelas en lo particular padece.

Como pueden ver, señoras y señores diputados, la comunidad politécnica no ha estado ni está dormida frente a los problemas que enfrenta el país, ni ante los formidables retos que se plantean hoy en el marco de la revolución científica o técnica, tal como ha venido a afirmar desde esta tribuna un señor diputado, que seguramente sólo conoce superficialmente a la comunidad del Instituto Politécnico Nacional.

No, señoras y señores diputados, desde su nacimiento mismo, la comunidad politécnica no ha dejado de luchar para obtener reconocimiento a sus tareas y para procurar mejores condiciones para el cumplimiento de sus objetivos. Basta recordar la enérgica lucha que dio en 1968 contra el intento de apartarla de la línea revolucionaria del Estado, al pretender imponerle la autonomía que maestros y alumnos rechazaron con toda energía, autonomía que ahora sin que la comunidad politécnica lo mencionara siquiera, incluida la misma Coordinadora Estudiantil Politécnica, un diputado de la derecha ha venido a plantear desde esta tribuna, movido quizá por cuestiones de carácter electoral, o también la lucha que a principios de este año dieron maestros, investigadores, dirigentes sindicales y asociaciones de egresados contra la intención de eliminar el Instituto Politécnico Nacional, como rector de la educación técnica, con la creación de un centro de educación superior tecnológica de nuevo tipo.

Qué bien poco se valora la convicción y las raíces revolucionarias de la comunidad politécnica, cuando se le pretende adjudicar el planteamiento de que el porrismo es su principal problema, y que en consecuencia ha logrado una gran victoria con la expulsión de 27 delincuentes ahora, y de otros 20 dentro de unos días, así como el cese de tres funcionarios menores que prohijaban estos últimos, que se afirma son los que trataban la vida académica de una institución de más de 150 mil estudiantes y de más de 15 mil profesores.

Al contrario, señoras y señores diputados, nosotros como la comunidad politécnica, consideramos que los problemas que traban la vida académica del Instituto Politécnico Nacional, son de carácter objetivo, determinado por el grado de dependencia económica del país y por el nivel alcanzado por la técnica y la ciencia a nivel internacional, y que sus objetivos están ligados a la lucha contra el dominio de las trasnacionales y por el desarrollo de las empresas estatales, así como por las preevidencia y ampliación de la educación popular.

Sobre esta base, consideramos que la superación de los problemas del Instituto Politécnico Nacional con que se dará el fin de conflicto, será cuestión de luchas continuas, enérgicas, de varios años, dadas, esos sí en plena actividad académica, sistemática y creativa, condición básica para que esas luchas no caigan en el campo de la demagogia; sin embargo, si la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública recoge las demandas de la comunidad politécnica y hace suya la consideración de la Comisión de Educación Pública, de adecuar las previsiones presupuestarias relativas al Instituto Politécnico Nacional, se estará dando un paso de gran trascendencia en el camino de consolidar el Politécnico como auténtico rector de la enseñanza y la investigación tecnológica, y como sólido instrumento para liberar al país del atraso científico y la dependencia tecnológica, a fin de avanzar con optimismo objetivo en la lucha por la independencia económica de la nación. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Efraín Calvo Zarco; enseguida le tocará su turno al diputado Gerardo Unzueta Lorenzana.

La presidencia hace un ruego atento, de que nos sujetemos al Reglamento.

El C. Efraín Calvo Zarco: - Señoras y señores diputados: Es evidente que el documento leído por el diputado Osorio Marbán por parte de la Comisión de Educación, suscrito por las más diversas fracciones parlamentarias, es un acierto y un avance para la institución, y ayuda a pavimentar el camino de la vía para la solución del conflicto generado en el Instituto Politécnico Nacional.

Es evidente que estamos discutiendo hoy este punto, precisamente por ese gran movimiento generado en la institución, no solamente por el estudiantado que hoy se encuentra en paro, no solamente por los compañeros que se encuentran a las puertas del Palacio Legislativo y que están en huelga de hambre, sino por un conjunto de profesores, autoridades intermedias que desde hace tiempo se vienen manifestando por el conflicto del IPN.

Ha habido muchos momentos ciertamente de esta lucha del Politécnico, como aquél en que los profesores protestaron públicamente contra la creación de un nuevo instituto de educación tecnológica, que diera respuesta a las necesidades de desarrollo y modernización de la planta productiva.

Ha habido también numerosas reuniones de académicos y de autoridades para analizar la problemática de nuestro Instituto Politécnico Nacional, pero hay una cosa que es un hecho; la lucha y el interés nacional por el IPN se intensificó de una manera muy significativa a partir de la lucha de consejo de los estudiantes politécnicos.

Precisamente por el hecho de que los compañeros empezaron a luchar contra los vicios más duros de la institución, como son el porrismo y que de ahí fueron derivando su lucha a la solicitud y exigencia de un aumento del presupuesto a la institución, precisamente porque de ahí derivaron también la lucha para que se establecieran mecanismos que controlen la aplicación del presupuesto en la institución, y que de ahí derivaron a la exigencia de que se resuelvan pliegos petitorios de las escuelas, entre los que se contempla la revisión de los programas de estudio intocados durante muchos años, que se discuta y se resuelva acerca de problemas añejos no resueltos, relativos a las carreras, a los medios técnicos para la implementación de mejores técnicos, para la formación de mejores técnicos en el país; precisamente a raíz de esta lucha es que se empezaron a levantar más voces y se empezó a discutir con más fuerza el problema de Instituto Politécnico Nacional y eso no lo puede nadie soslayar.

Por esta razón, amén de ser una conquista de todo el IPN, el tipo de acuerdo parlamentario que se llega a esta Cámara de Diputados, más los acuerdos que están ya llegando finalmente entre la Coordinadora Estudiantil Politécnica y las autoridades, nosotros sí queremos reconocer en esta tribuna públicamente, en especial a la Coordinadora Estudiantil Politécnica, porque gracias a su lucha, a su movilización estamos seguros que estamos discutiendo y estamos avanzando en la solución de los problemas del Politécnico, y es momento, señoras y señores diputados también, de hacer una reflexión sobre uno de los ataques más arteros que se han lanzado contra la comunidad politécnica que en su momento se lanzaron contra el movimiento estudiantil universitario del año pasado.

Se ha mencionado, y eso todos lo sabemos, se ha dicho aquí clara y públicamente, que los partidos políticos no deben intervenir en este conflicto. Nosotros públicamente queremos decir aquí que quien ha conquistado las demandas de los estudiantes y la comunidad politécnica, es la comunidad politécnica misma; que sería insulso que alguien pretendiera manejar un conflicto de esa naturaleza y de estas proporciones. No habría partido, primero, que se atreviera, y segundo, que pudiera controlar, así como se maneja vulgarmente, un movimiento de esta naturaleza.

Los movimientos de este tipo sólo triunfan por su independencia, por su autonomía, por su fuerza propia, y rechazamos entonces tajantemente que algún partido o cualquier organismo político, esté tratando de aprovechar problemas que son reales de una comunidad, para hacer proselitismo político en tiempo de campaña electoral.

Insistimos, esto es un insulto para la propia Coordinadora Estudiantil Politécnica y para el conjunto de la comunidad estudiantil politécnica, para todo el Politécnico, así como también lo fue en su momento para los estudiantes universitarios. Sabemos que esta es una táctica de ataque que se utiliza por quienes están en contra del avance de este tipo de movimientos para tratar de desprestigiarlos.

Nos da mucho gusto sin embargo, que este tipo de ataques no hayan prosperado en el pasado, tampoco hayan prosperado ahora, y estamos seguros que no van a prosperar más tarde, porque en la medida en que los movimientos sean auténticos, podrán dar respuesta con el silencio y haciendo a un lado estas acusaciones a quienes las hacen.

Sabemos perfectamente también, que sin embargo las instituciones de educación superior así como cualquier colonia, cualquier fábrica, cualquier sindicato o cualquier ejido, no son entes aislados de la sociedad; reclamamos que se respete el derecho de toda organización política, llámese como se llame, sea del signo que sea, para participar activamente en las escuelas, en las fábricas y en todos lados.

Estamos en contra de los señalamientos hipócritas que dicen que los partidos se deben de retirar de las universidades o del Instituto Politécnico Nacional, o de las escuelas a cualquier nivel que se presente, porque simple y sencillamente pedir una cosa de esta naturaleza, sería tratar de aislar a esas escuelas y universidades de la vida política nacional, de la realidad misma, y nosotros estamos convencidos que eso atentaría directamente contra el corazón de estas instituciones, cuya única de sus finalidades importantes es que los estudiantes, las jóvenes conciencias precisamente tomen contacto con la realidad nacional mientras que están siendo educados, por eso rechazamos también esa peregrina idea de que los partidos deban de salir del Instituto Politécnico Nacional o de la Universidad, y hemos señalado en infinidad de ocasiones, que son aquellos que reclaman en

primer lugar este planteamiento, quienes precisamente pertenecen a partidos que no son ya, precisamente, de lo más populares en este país.

Una vez hecha esta aclaración, reiteramos nuestra felicitación al movimiento estudiantil politécnico y a la comunidad politécnica toda. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, para hechos por cinco minutos, el diputado Gerardo Unzueta Lorenzana.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana: - Compañeros diputados: A mi parecer, lo que ahora hemos escuchado como informe de la Comisión de Educación, marca un hecho de mucha importancia: los estudiantes en lucha fueron escuchados por la Cámara de Diputados, con ellos se trabajó detalladamente la solución de los problemas que planteaban; los estudiantes en lucha lograron romper la indiferencia que durante un tiempo largo se mantuvo por parte de nuestra Cámara y lograron finalmente, que establecieran las condiciones precisas en las que es posible llegar a soluciones reales.

Se necesita aumento de presupuesto, sí, pero eso lo hicieron oír los estudiantes en lucha; se necesita controlar la aplicación del presupuesto, sí, pero eso lo hicieron notar los estudiantes en lucha; se necesita excluir a los grupos gangsteriles, en buena parte manejados por las autoridades, y eso lo hicieron oír los estudiantes en lucha.

Yo creo compañeros, que esta es una buena conducta por parte de los diputados: escuchar a quienes luchan, escuchar a quienes incluso acuden a medidas desesperadas como es la huelga de hambre que aquí tenemos a la puerta, y por cierto, yo quisiera decir que hay varios promedios de excelencia entre esos muchachos que ahora están sufriendo de hambre. Tienen hambre de democracia y tienen hambre de enseñanza científica, y esa hambre la han traído a las puertas de la Cámara de Diputados; nosotros, compañeros, creemos que aún hay camino largo que andar en relación al Politécnico Nacional.

Sí, tenemos que examinar ahora el presupuesto, tenemos que ver que hayan los medios necesarios para que el Instituto Politécnico Nacional cumpla sus funciones de investigación, de estudio, de preparación de los técnicos que hacen falta en México; sí, pero también tenemos que examinar la necesidad de dar vida democrática a esa institución.

Y la actual ley orgánica, y esto debe ser pensado, discutido, analizado por los diputados, la actual ley orgánica, es una ley verticalista, y si esa ley orgánica no es democratizada, si la institución no logra que en el Politécnico exista una ley orgánica participativa, el porrismo es una forma de allegarse apoyos cuando no hay democracia en una institución.

Creo compañeros, que aún nos falta también cambiar algunos criterios que en algún momento aquí se expresaron. Los estudiantes lograron que la denuncia del porrismo dejara de ser asunto de comisaría para convertirse en asunto de vida democrática de vida institución y de vida científica, y los estudiantes lograron que en unos cuantos días, en un mes, estuviera presente aquí la necesidad de que el politécnico con todas sus fuerzas, con las fuerzas de los maestros, con las fuerzas de los administrativos, pero especialmente con quienes han demostrado entereza y unidad para sacar adelante los problemas principales del politécnico.

El Politécnico tiene que cambiar, el Politécnico va a cambiar para mejorar va a cambiar para superarse, va a cambiar para garantizar ser la vanguardia tecnológica en nuestro país. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

ORDEN DEL DÍA

La C. secretaria Ofelia Casillas Ontiveros: - Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera. Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Tercer Período Ordinario de Sesiones.- LIII Legislatura.

Orden del día

8 de diciembre de 1987.

Iniciativa de CC. diputados del sector obrero

De reformas a la Ley Federal del Trabajo.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Ecología, con proyecto de Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso a la C. Silvia González Socorro,

para prestar servicios en la Embajada de la República Islámica de Irán, en México.

Dictámenes a discusión

Dos de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativos a reformas al Código Federal Electoral.

Y los demás asuntos con los que la secretaría de cuenta.»

El C. Presidente (a las 18 : 00 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar mañana martes 8 de diciembre a las 10:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA

Y DIARIO DE LOS DEBATES