Legislatura LIII - Año III - Período Ordinario - Fecha 19871226 - Número de Diario 48

(L53A3P1oN048F19871226.xml)Núm. Diario:48

ENCABEZADO

LIII LEGISLATURA

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de 2a. clase en la Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

AÑO III México, D. F., sábado 26 de diciembre de 1987 NÚM. 48

SUMARIO

APERTURA

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

Se da lectura.

ACTA DE LA SESIÓN

ANTERIOR

Con aclaraciones, se aprueba.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

La presidencia la notifica a la asamblea.

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

El diputado Manuel Terrazas Guerrero, propone adicionar con un párrafo el artículo 64 de la ley. Se turna a la Comisión de Justicia.

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

El diputado Nabor Camacho Nava, propone adicionar el artículo 267. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El diputado Raúl Ramírez Chávez, propone reforma al artículo 279. Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

ARTICULO 89 CONSTITUCIONAL

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que reforma

la fracción X del artículo.

El diputado Fernando Ortiz Arana, propone enmendar error mecanográfico. Se aprueba.

Registro de oradores.

Para razonar el voto del diputado Jesús González Schmal. Debaten los diputados Martín Tavira Urióstegui y José Luis Díaz Moll.

Continúan el debate los diputados Arturo Whaley Martínez, José Ángel Aguirre Romero y Carlos Palafox Vázquez.

Para hechos los diputados José Trinidad Cervantes Aguirre, Juan José Bremer Martino, Leopoldo Arturo Whaley Martínez y José Luis Díaz Moll.

Se ponen a consideración de la asamblea las propuestas. Se desecha la del diputado Whaley Martínez.

En pro de la proposición interviene el diputado Hildebrando Gaytán Márquez. Para hechos el diputado Juan José Bremer Martino. Se desecha la proposición del diputado José Ángel Aguirre Romero.

Se aprueba el proyecto de decreto. Pasa a las legislaturas de los Estados.

RECESO

La presidencia declara receso. A las 16.50 horas se reanuda la sesión.

DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES

Dictamen de la Comisión de Hacienda que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación. Sin discusión se aprueba. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

La presidencia la notifica a la asamblea.

REDUCCIÓN DE SALARIOS A FUNCIONARIOS

El diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, propone se reduzcan a la mitad los salarios de los funcionarios gubernamentales. Se desecha.

CONTROL GENERALIZADO DE CAMBIOS

El diputado Francisco Hernández Juárez, propone solicitar al Ejecutivo restablezca el control generalizado de cambios. Se desecha.

MUSEO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

El diputado Héctor Calderón Hermosa, propone se informen los resultados de las investigaciones, por el robo del 24 de diciembre de 1985, en ese museo. Aceptada. Se turnan oficios a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Educación Pública.

DE LA DEUDA EXTERNA

El diputado Héctor Morquecho Rivera, propone la suspensión del pago por intereses y servicios de la deuda externa. Se desecha.

REDUCCIÓN DE TASAS DE INTERÉS

El diputado Hildebrando Gaytán Márquez, propone se decrete la reducción de las tasas de interés internas del país, para que se ubiquen en el 25% anual. Se desecha.

SOLICITUD DE EMPLAZAMIENTO A COMISIÓN

El diputado Manuel María Bribiesca Castrejón, propone se emplace a la comisión que no ha dictaminado sobre reformas a las fracciones II y III del apartado B), del artículo 37 constitucional. La presidencia excita a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

ANEXO A DENUNCIA

El diputado Javier Paz Zarza, narra hechos de caciquismo en el Estado de México, y solicita se anexe al expediente de denuncia anterior. Se turna a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

El diputado Héctor Pérez Plazola, se informe de las modificaciones que se decretaron el 15 de diciembre, por el Ejecutivo, a los impuestos a exportación y a la importación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

EFEMÉRIDES

LEYES DE REFORMA

El diputado Joel Ramírez Díaz, conmemora el aniversario de la promulgación de las leyes de reforma.

ANTONIO GÓMEZ RODRÍGUEZ

El diputado Eliseo Rodríguez Ramírez, narra los logros del autor

del escudo nacional. Propone se inhumen sus restos en la Rotonda de los Hombres Ilustres. Se acepta. Se turna a la Comisión de Educación.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL

Dictamen de la Comisión del Distrito Federal que crea la ley orgánica.

INSCRIPCIÓN EN LETRAS DE ORO

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que propone la inscripción del capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda en el recinto de la Cámara de Diputados.

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL C. DAVID JIMÉNEZ GONZÁLEZ

(Asistencia de 208 ciudadanos diputados)

APERTURA

El C. Presidente (a las 12.15 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Se va a dar lectura al orden del día.

«Cámara de Diputados. - Tercer Período Ordinario de Sesiones. - LIII Legislatura.

Orden del día

26 de diciembre de 1987.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma la fracción X, del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

Efemérides

Intervenciones de los ciudadanos diputados Joel Ramírez Díaz y Eliseo Rodríguez Ramírez.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El mismo C. secretario: - Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Tercera Legislatura del honorable Congreso de la Unión, efectuada el día veintitrés de diciembre de mil novecientos ochenta y siete.

Presidencia del diputado David Jiménez González

En la ciudad de México, a las doce horas cuarenta minutos del día veintitrés de diciembre de mil novecientos ochenta y siete, la presidencia declara abierta la sesión, una vez que la secretaría manifiesta una asistencia de doscientos cincuenta y cinco diputados.

Se da lectura al orden del día.

Se da lectura al acta de la sesión anterior, que se aprueba sin discusión.

El diputado Jesús González Gortázar, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la palabra para presentar una iniciativa de reformas a los artículos 247, 248, 252, 254, 258 - A de la Ley del Seguro Social. Se turna a la Comisión de Seguridad Social.

El diputado Jesús Gutiérrez Segoviano, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la palabra para presentar una iniciativa de reformas al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

El diputado Nabor Camacho Nava, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, hace uso de la palabra para presentar una iniciativa para reglamentar el ejercicio de la prostitución. Se turna a la Comisión de Salubridad y Asistencia y de Seguridad Social.

Hace uso de la palabra el diputado Renán Solís Avilés, del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa de Ley Federal de Protección Integral de las Personas con Requerimientos Especiales. Se turna a la Comisión de Salubridad y Asistencia.

La presidencia manifiesta que se han recibido dos iniciativas, una con proyecto de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y otra relacionada con el Reglamento para el Gobierno Interior y de Debates de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. En atención a que estos documentos ya han sido distribuidos entre los diputados, se turna a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias.

El diputado Oswaldo Harris Muñoz, del Partido Mexicano Socialista, hace uso de la palabra para indicar que hoy aparecen en los diarios declaraciones del Secretario de Agricultura y Recursos Hidráulicos, relacionados con el Presupuesto de Egresos de la Federación y propone un punto de acuerdo para que esta Cámara censure las mencionadas declaraciones del titular de esa dependencia del Ejecutivo, acerca de las reducciones presupuestales del sector agropecuario para 1988 y se le recomiende se abstenga de asumir compromiso alguno, en tanto a la honorable Cámara de Diputados en cumplimiento de sus facultades soberanas y constitucionales culmina el proceso de discusión, dictamen y aprobación del Presupuesto de Egreso de Egresos de la Federación para 1988. Dicha Propuesta se hace a nombre de los partidos Mexicano Socialista y Revolucionario de los Trabajadores.

En apoyo del punto de acuerdo propuesto hacen uso de la palabra los diputados José Luis Díaz Moll, del Partido Revolucionario de los Trabajadores; Jaime Delgado, del Partido Acción Nacional; Roberto Calderón Tinoco, del Partido Demócrata Mexicano, y Alejandro Encinas, del Partido Mexicano Socialista. El diputado Jesús Murillo Karam, del Partido Revolucionario Institucional, habla en contra de la proposición, porque, dice, sería coartar la libertad de expresión.

La presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición del diputado Oswaldo Harris Muñoz.

Se desecha por mayoría de votos.

El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1988. En virtud de que el mismo ha sido distribuido entre los señores diputados, se solicita a la asamblea le dispense la lectura. La asamblea dispensa la lectura. Es de segunda lectura.

Hacen uso de la palabra para presentar votos particulares en contra del dictamen, la diputada Beatriz Gallardo Macías, por el Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional y el diputado Efraín Calvo Zarco, por el Partido Revolucionario de los Trabajadores.

El diputado Manuel Monarres Valenzuela, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la palabra para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, antes aclara que en el dictamen de referencia aparece la firma del diputado Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista, por una mera confusión.

La presidencia pone a discusión en lo general el proyecto de decreto. Hace uso de la palabra para hablar en contra el diputado Jesús Galván Muñoz, del Partido Acción Nacional.

A las quince horas, la presidencia solicita la autorización de la asamblea para continuar los trabajos sin receso, para no violar el acuerdo parlamentario que se tiene. La asamblea autoriza que continúe la sesión.

Hacen uso de la palabra para hablar en contra del dictamen, el diputado Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista; Héctor Morquecho Rivera, del Partido Popular Socialista; José Trinidad Cervantes Aguirre; del Partido Demócrata Mexicano y Efraín Calvo Zarco, del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

En favor del dictamen hace uso de la palabra el diputado Rafael López Zepeda, del Partido Revolucionario Institucional.

Para hechos relacionados con el tema, hacen uso de la palabra los diputados Beatriz Gallardo Macías, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional; Jesús Galván Muñoz, del Partido Acción Nacional y Pablo Alvarez Padilla, del Partido Acción Nacional.

La presidencia, por conducto de la secretaría , consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Se considera suficientemente discutido. En consecuencia

se procede a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, emitiéndose ciento ochenta y cinco votos en pro, cuarenta y cinco en contra y dos abstenciones. La presidencia declara: Aprobado en lo general y en lo particular las fracciones no impugnadas del artículo 1o. del decreto, por ciento ochenta y cinco votos.

En lo particular hace uso de la palabra el diputado Héctor Pérez Plazola, del Partido Acción Nacional, para hablar en contra del artículo 1o. del dictamen en su fracción I, inciso 6 y del artículo 2o., previamente autorizado por la asamblea para que en una sola intervención aborde los dos preceptos. Propone que en el artículo 1o. se suprima el concepto seis, sobre nóminas y en el artículo 2o. que se agregue al texto que dicha autorización sea en los términos que expresa la Constitución general de la República en la fracción VIII del artículo 74.

El diputado Homero Díaz Córdova, del Partido Revolucionario Institucional, propone una modificación al dictamen que en el rubro diez, otros ingresos, apartado 2, transferencia del gobierno federal, reportará un ingreso de 1 billón 22 mil 993 pesos. Por lo que el monto del rubro será 1 billón 559 mil 226; y por lo que respecta al concepto octavo, participación de impuestos federales, se incrementó el concepto uno por el fondo general y por el fondo financiero complementario en 137 mil millones de pesos, dando un total de 2 millones 336 mil 100; y para el rubro octavo será un nuevo monto de 2 millones 404 mil 600. Solicita también que se modifique el texto y lugar del párrafo segundo que actualmente aparece inserto en la hoja octava del dictamen, para que en congruencia con el contenido de esta parte, dicho párrafo pase a ocupar el tercer lugar dentro de la citada hoja con la siguiente redacción: "Con el fin de coadyuvar al logro de los objetivos perseguidos en el Pacto de Solidaridad Económica, se aprobaron ajustes por estas comisiones a los conceptos de ingresos contenidos en las fracciones VIII y X, que corresponden a participaciones y de impuestos federales".

Por la comisión, el diputado Jorge Montúfar, señala que la misma está de acuerdo con la proposición del diputado Homero Díaz Córdova.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría pone a votación de la asamblea, las propuestas de modificación a los artículos 1o., fracción I inciso 6 y 2o. del proyecto de decreto, formuladas por el diputado Héctor Pérez Plazola, del Partido Acción Nacional, las cuales son desechas por mayoría de votos, considerándose suficientemente discutidos dichos preceptos.

Igualmente se ponen a votación las propuestas hechas por el diputado Homero Díaz Córdova, del Partido Revolucionario Institucional, y aceptadas por la comisión, las cuales son aprobadas.

La secretaría procede a recoger la votación nominal de los artículos 1o. fracción I, inciso 6 y 2o. del proyecto de decreto, emitiéndose ciento sesenta y siete votos en pro, treinta y seis en contra y dos abstenciones. La presidencia declara: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Ley de Ingresos del Departamento del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 1988. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal. En atención a que este dictamen se encuentra distribuido entre los señores diputados, la presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa su lectura. Dispensada su lectura. Es de segunda lectura.

Hacen uso de la tribuna para leer el voto particular de sus fracciones parlamentarias en contra del dictamen, los diputados Beatriz Gallardo Macías, del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional y Efraín Calvo Zarco, del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

Para fundamentar el dictamen, hace uso de la palabra a nombre de la comisión el diputado Juan José Castillo Mota, del Partido Revolucionario Institucional.

Se pone a discusión en lo general. Para hablar en contra del dictamen hacen uso de la palabra los diputados Cecilia Romero Castillo, del Partido Acción Nacional y Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista. Para hablar a favor del dictamen, hace uso de la palabra el diputado Homero Díaz Córdova, del Partido Revolucionario Institucional, quien da respuesta a dos interpelaciones que le formuló el diputado Manuel Terrazas Guerrero.

El diputado Magdaleno Yáñez Hernández, del Partido Demócrata Mexicano, también hace uso de la palabra en contra del dictamen. Después de una aclaración de la presidencia, la cual solicita a la secretaría consulte a la asamblea si el dictamen se considera suficientemente discutido en lo general. La asamblea lo considera suficientemente discutido y se procede a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, emitiéndose ciento cincuenta y seis votos en pro, cuarenta y cinco en contra y una abstención. La presidencia declara:

Aprobados en lo general y en lo particular los artículos no impugnados, por ciento cincuenta y seis votos.

En lo particular, hace uso de la palabra la diputada Cecilia Romero Castillo, del Partido Acción Nacional, y propone que en el artículo 23 de la Ley de Hacienda se elimine el párrafo que dice: "En el mes de enero del año en que el impuesto se cause" para que sea equitativo con los demás artículos de esta ley. Por la comisión hace uso de la palabra el diputado Alfonso Reyes Medrano, del Partido Revolucionario Institucional, para señalar los argumentos de la comisión en torno al artículo 23 y sostiene que su redacción es la correcta. La presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se admite o no la proposición de la diputada Cecilia Romero Castillo para eliminar un párrafo del artículo 23. Se desecha por mayoría de votos, considerándose suficientemente discutido el artículo 23, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Hace uso de la palabra el diputado Jesús González Schmal, del Partido Acción Nacional, y expone sus puntos de vista para proponer que se suprima del dictamen el artículo 45 - G. 45 - H y 45 - I. La diputada Beatriz Gallardo Macías, del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, hace uso de la palabra para proponer que en el inciso H) del artículo 45, se agregue un párrafo que diga: "Estarán exentos de este pago, las pequeñas empresas familiares, las artesanas y los establecimientos de propiedad social".

El diputado Javier Garduño Pérez, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la palabra por la comisión para fijar los argumentos de la propia comisión, sosteniendo que el impuesto a que se refiere el artículo 45, no lo pagarán los trabajadores, solicitando que se apruebe como se encuentra en el dictamen.

Para hechos hacen uso de la palabra los diputados Jorge Eugenio Ortiz Gallegos y Jesús González Schmal, del Partido Acción Nacional.

La presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se acepta o no la proposición hecha por el diputado Jesús González Schmal. Se desecha por mayoría de votos. Igualmente consultada a la asamblea sobre si se admite o no la propuesta formulada por la diputada Beatriz Gallardo Macías, por mayoría de votos queda desechada. La asamblea considera suficientemente discutido el artículo 45 en sus incisos G), H) e I), reservándolos para su votación nominal en conjunto.

Hace uso de la palabra el diputado Jesús Galván Muñoz, del Partido Acción Nacional, para hablar en contra de los artículos 98, 99 y 104 - C de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal y del séptimo transitorio, porque considera que los aumentos que se establecen en dichos artículos, son desmedidos. El diputado Federico Durán, y Liñán, por la comisión, hace uso de la palabra para solicitar que los artículos impugnados por el diputado Galván sean aprobados en sus términos.

El diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, del Partido Acción Nacional, hace uso de la palabra para hechos y solicita que se haga constar en el Diario de los Debates una declaración del licenciado Antonio Ortiz Mena, aparecida en la prensa, en el sentido de que todos los incrementos de los servicios en las grandes urbes, en el caso específico de México, recrudecerán el proceso inflacionario y señala que eso es lo que va a suceder con este aumento en los impuestos.

La presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si los artículos 98, 99 y 104 - C se encuentran suficientemente discutidos. La asamblea los considera suficientemente discutidos y los reserva para su votación nominal en conjunto.

Hace uso de la palabra el diputado Francisco Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista, para hablar en contra de los artículos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo transitorios, autorizándolo la asamblea para tratarlos en conjunto. Propone que se modifique el texto del artículo cuarto transitorio, se supriman los artículos quinto y sexto y se le dé una nueva redacción a los artículos séptimo y octavo. Con la autorización de la asamblea hace uso de la palabra el diputado Joel Rosas Torres, del Partido Acción Nacional, quien también solicita que se suprima el artículo sexto transitorio.

Por la comisión hace uso de la palabra el diputado Lulio Valenzuela, del Partido Revolucionario Institucional, y señala que el dictamen tiende precisamente a la aplicación de los principios de legalidad y de equidad consignados en el artículo 31 de la Constitución general de la República, solicitando por lo tanto que se vote en sus términos. Por instrucciones de la presidencia, la secretaría da lectura a la proposición del diputado Francisco Hernández Juárez para modificar el artículo cuarto transitorio y se consulta a la asamblea si se acepta dicha proposición. La asamblea, por mayoría de votos, la desecha.

Igualmente puesta a consideración de la asamblea la proposición del diputado Hernández Juárez de que se suprima el artículo quinto transitorio. Es desechada por mayoría de votos.

Con relación al artículo sexto transitorio, la asamblea, en votación económica, desecha las

propuestas de que se suprima formuladas por los diputados Francisco Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista y Joel Rosas Torres, del Partido Acción Nacional.

Asimismo, quedan desechadas por la asamblea, las propuestas de los diputados Francisco Hernández Juárez y Jesús Galván Muñoz, del Partido Acción Nacional este último, con relación al artículo séptimo transitorio. Finalmente, la asamblea desecha, por mayoría de votos, la propuesta del diputado Hernández Juárez respecto del artículo octavo transitorio del proyecto de decreto.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría consulte a la asamblea si considera suficientemente discutidos los artículos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo transitorios. Se consideran suficientemente discutidos. Se procede a recoger la votación nominal de estos últimos artículos y los anteriormente reservados, emitiéndose por los artículos 23, 45 - G, 45 - H, 45 - I, 98, 99 y 104 - C, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo transitorios, ciento setenta y dos votos en pro, treinta en contra y una abstención. La presidencia declara: Aprobamos los artículos 23, 45 - G, 45 - H, 45 - I, 98, 99 y 104 - C, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo transitorios del decreto. Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal. Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

La presidencia comunica que en el transcurso de la sesión, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales entregó el dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En atención a que este dictamen ha sido distribuido entre los señores diputados, se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura. Dispensada su lectura. Es de primera lectura.

La presidencia comunica que también, en el transcurso de la sesión, la . Comisión de Hacienda y Crédito Público ha hecho entrega del dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación. En atención a que este dictamen ha sido distribuido entre los señores diputados, la presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa su lectura. Dispensada la lectura. Es de primera lectura.

Igualmente la presidencia informa que en el transcurso de la sesión la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias entregó un dictamen relativo a la iniciativa para que se inscriba con letras de oro en el recinto de la Cámara de Diputados el nombre de Plutarco Elías Calles y solicita a la secretaría dar lectura al mismo.

La secretaría inicia su lectura y la presidencia pide a la asamblea su atención.

El diputado José Genaro Piñeiro, desde su curul, dice que no han recibido este dictamen. El diputado Gonzalo Altamirano Dimas pide que se entregue a todos. La presidencia ordena que se entreguen copias del dictamen a los señores diputados y que la secretaría continúe la lectura.

El diputado Cuauhtémoc Amezcua, solicita una moción de orden porque dice que la comisión no se ha reunido para elaborar este dictamen. La presidencia señala que para tal efecto, debe darse oportunidad a la comisión, a fin de que un miembro de ella venga a la tribuna y nos dé una explicación a todos de este asunto.

El diputado Gerardo Unzueta, reitera que la comisión no se ha reunido para tratar este asunto. El diputado Altamirano Dimas dice que no hay dictamen legal. El diputado José Genaro Piñeiro, solicita a la presidencia que se aplique correctamente el Reglamento.

El presidente afirma que no se violentará ningún trámite ni se va a pasar por alto el Reglamento. Sugiere al presidente de la comisión que explique a la asamblea si efectivamente existe el dictamen.

El diputado Píndaro Urióstegui Miranda, del Partido Revolucionario Institucional, hace uso de la tribuna y entrega a la secretaría documentos relacionados con la formulación del dictamen, señalando que al mismo se le está dando primera lectura, no está a discusión todavía y pode se concluya su lectura.

El diputado Piñeiro solicita que también se dé lectura a los documentos presentados por el diputado Píndaro Urióstegui. El diputado Gerardo Unzueta insiste en que esta cuestión no ha sido tratada por la comisión. El diputado Jorge Alcocer pide que la secretaría lea bien el dictamen y así lo ordena la presidencia.

Una vez terminada la lectura del dictamen, el diputado Unzueta pide que se lea la lista de los miembros de la comisión que no firmaron el dictamen. Se da lectura a dicha lista.

Para hacer aclaraciones hablan desde su curul los diputados Jorge Alcocer Villanueva, Gerardo Unzueta y Manuel Terrazas Guerrero. La presidencia

solicita a la Oficialía Mayor la lista de quienes integran la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias y se da lectura a la misma. La Presidencia aclara que son treinta y un diputados, de los cuales diecisiete firmaron el dictamen.

El diputado Alcocer pide se exhiba el acta de la reunión en donde se aprobó el dictamen y el presidente le señala que los artículos 93, 87 y 88 del Reglamento, indican el procedimiento a seguir, dándose lectura a los mismos. Afirmando el presidente que de conformidad con tales preceptos se está dando curso a este dictamen.

El diputado Gonzalo Altamirano Dimas solicita que se lea el acta donde se diga qué diputados votaron a favor y quiénes en contra del dictamen. La secretaría da lectura a dicha acta. También, a solicitud del diputado Jorge Alcocer, se da lectura al citatorio enviado por la comisión para celebrar la pendiente reunión respectiva.

Para expresar sus puntos de vista en torno a este dictamen, hacen uso de la tribuna el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, del Partido Popular Socialista, quien es interrumpido por el diputado Armando Lazcano Montoya, del Partido Revolucionario Institucional, al cual le llama la atención la presidencia. El diputado Jorge Amador Amador, del Frente Cardenista; el diputado Gerardo Unzueta Lorenzana, del Partido Mexicano Socialista; el diputado Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista; el diputado Jorge Alcocer Villanueva, del Partido Mexicano Socialista; el diputado Jesús González Schmal, del Partido Acción Nacional, y el diputado José Genaro Piñeiro, del Frente Cardenista.

El diputado González Schmal, en su intervención solicita que la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias retire el dictamen y lo devuelva a la comisión para su revisión o supresión.

Una vez que se agotó la lista de oradores, la presidencia declara: Es de primera lectura este dictamen. Túrnese a la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias la solicitud del diputado Jesús González Schmal.

El diputado Píndaro Urióstegui Miranda hace uso de la palabra para hechos. También hacen uso de la palabra, el diputado Martín Tavira Urióstegui para contestar alusiones personales y el diputado Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, del Partido Acción Nacional, para hechos.

El diputado Manuel Terrazas Guerrero hace uso de la palabra y solicita que antes de iniciarse la discusión de este dictamen en segunda lectura, se lea el texto completo de la entrevista que concedió el presidente Cárdenas a los corresponsales extranjeros y a los periódicos de México. "Y que motivó precisamente su salida del país". La presidencia aclara al diputado Manuel Terrazas que cuando se inicie el debate en segunda lectura, podrán argumentar todo lo que consideren conveniente. El diputado Terrazas pide que su propuesta se ponga a discusión de la asamblea como cuestionamiento de obvia y urgente resolución.

La presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si acepta la proposición que formula el diputado Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista. La asamblea, por mayoría de votos, desecha la proposición del diputado Terrazas.

En el uso de la palabra el diputado José Ángel Aguirre, del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para exhortar a los diputados de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, para que soliciten que este dictamen se devuelva a la comisión para que sea debidamente discutido y aprobado y después se traiga a esta asamblea. El diputado Martín Tavira, del Partido Popular Socialista, formula la misma exhortación.

El diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo solicita a la presidencia una declaración en torno al dictamen y el presidente de la mesa directiva le aclara que se dio lectura y quedó como de primera lectura. A otra interrogación del diputado Amezcua, la presidencia le aclara que los asuntos a tratar en la próxima sesión, serán los contenidos en la orden del día a la cual se va a dar lectura.

Agotados los asuntos en cartera, la secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión.

A las veintitrés horas con diez minutos se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo sábado, veintiséis de diciembre, a las diez horas.»

Está a discusión el acta...

El C. Manuel Terrazas Guerrero (desde su curul): - Para una aclaración compañero presidente. Me referí a las declaraciones de Plutarco Elías Calles y no a las de Lázaro Cárdenas. Declaraciones que motivaron la expulsión de Calles del país. Gracias.

El C. Presidente: - Se toma nota y también el cambio de nombres, es Manuel Terrazas y no Martín Terrazas; Martín Tavira es compañero del

Partido Popular Socialista y Manuel Terrazas del Partido Popular Socialista.

Sí señor diputado Cuauhtémoc.

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo (desde su curul): - Para aclarar que el compañero diputado Gerardo Unzueta no pertenece a la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista.

El C. Presidente: - Sí, también se toma nota y por favor que... Sí, señor diputado Unzueta.

El C. Gerardo Unzueta Lorenzana (desde su curul): - Para un elemento más aparte de que también no pertenezco a esa fracción, mi nombre es Gerardo y no Genaro, aparte de eso yo propongo que el orden del día de esta sesión sea incluido en el acta.

El C. Presidente: - Así, es, como lo pidió el diputado Amezcua, en su oportunidad y usted lo está refrenando el día de hoy, aparecerá la orden del día en la acta de la sesión anterior. Están ustedes servidos señores diputados.

Han pedido hacer uso de la palabra, compañeras y compañeros diputados, los...

El C. Nicolás Reynés Berezaluce (desde su curul): - No se ha votado, señor presidente.

El C. Presidente: - Ah, no se procedió a la votación de ustedes diputados, entonces por favor consulte la secretaría, si la aprueba la asamblea con las correcciones ya apuntadas.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Pon instrucciones de la presidencia, se pregunta a la asamblea si se aprueba el acta con las correcciones señaladas.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor presidente.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

El C. Presidente: - Esta presidencia informa que han sido inscritos para presentar unas iniciativas, los siguientes compañeros diputados: El diputado Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista y el diputado Nabor Camacho Nava, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

El C. Presidente: - Por consiguiente, le pedimos a nuestro compañero diputado Terrazas Guerrero, que tenga la amabilidad de subir a esta tribuna.

El C. Manuel Terrazas Guerrero: - Gracias compañero presidente por su amabilidad; compañeras y compañeros diputados: Todos sabemos que se ha realizado, terminó apenas la semana pasada su tercera sesión, al Foro sobre los Problemas de la Vivienda en Arrendamiento, cuya proposición fue turnada por esta soberanía a las comisiones correspondientes.

Resultó un foro interesante, importante, y el grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista se propone recoger, para traducirlas, primero en acción política, simultáneamente en medidas legislativas como proposiciones, las demandas que hicieron los inquilinos, las organizaciones representativas de las organizaciones urbano - populares del Distrito Federal. Una de esas proposiciones es la que tratamos de recoger en esta iniciativa de ley. Dice así:

«En ejercicio de las facultades que nos confiere la fracción II del artículo 71 constitucional, el grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista, presenta a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que adiciona un párrafo al artículo 64 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El problema de vivienda, sobre todo en arrendamiento, para los habitantes del Distrito Federal, presenta características alarmantes. Cada día son menores las posibilidades de conseguir un espacio para vivir. El mercado de locales destinado al arrendamiento de bienes inmuebles para habitación es insuficiente. Es mayor, en cantidad alarmante, la demanda que la oferta. Este fenómeno social está íntimamente ligado con la crisis económica que ha propiciado el gobierno de la República y los especuladores de la burguesía nacional.

A la escasez de vivienda se suma la voracidad de los arrendadores de inmuebles destinados a la habitación, quienes utilizando todo su poderío económico, influencia política y aprovechándose de una legislación que les es favorable, han logrado que los jueces del arrendamiento inmobiliario, en franco contubernio, dicten medidas judiciales tendientes a que los inquilinos desocupen los bienes arrendados.

Es vergonzante que los jueces del arrendamiento inmobiliario autoricen la habilitación de horas y días inhábiles para la práctica de lanzamientos y desahucios. En nuestros días, es práctica, cada vez

más común, que los inquilinos sean lanzados de sus hogares a avanzadas horas de la noche, o en las primeras de la mañana, cuando por las circunstancias de tiempo en que se practican estas diligencias, se hallan en estado de total indefensión.

Para el Partido Mexicano Socialista esa situación es preocupante, y considera que es un caso que entraña una verdadera injusticia. Para este partido se hace necesaria una política estatal que resuelva los problemas relativos a las exigencias mínimas del bienestar social, como son la alimentación, la salud, la educación y la vivienda. Y particularmente estima que mientras no se expida una legislación que tienda a proteger los intereses de la mayoría de los mexicanos que necesitan un espacio donde vivir en condiciones de dignidad humana, tiene el propósito de eliminar prácticas judiciales que la ley actual permite, mediante las cuales son desalojados de sus hogares, millones de mexicanos en días y horas que nos parecen aberrantes.

En este orden de ideas, esta iniciativa de decreto pretende impedir que los jueces de arrendamiento inmobiliario habiliten días y horas inhábiles para la práctica de diligencias en materia de arrendamiento, motivos por los cuales proponemos la siguiente

INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA AL ARTÍCULO 64 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Artículo único. Se adiciona al artículo 64 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal el siguiente párrafo:

Artículo 64 ..................................................................

Para la práctica de diligencias judiciales, en los juicios que versen sobre arrendamiento de bienes destinados a habitación, los jueces no habilitarán horas, ni días que este código determina como inhábiles.

TRANSITORIOS

Único. Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 19 de diciembre de 1987. - Por el grupo parlamentario del Partido Mexicano Socialista, diputado Manuel Terrazas Guerrero.»

El C. Presidente: - Con fundamento en el artículo 56 del Reglamento Interior del Congreso, túrnese a la Comisión de Justicia, la iniciativa presentada por el compañero diputado Manuel Terrazas Guerrero, del Partido Mexicano Socialista.

CÓDIGO FEDERAL ELECTORAL

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el señor diputado Nabor Camacho Nava, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, para presentar otra de sus iniciativas.

El C. Nabor Camacho Nava: - Ciudadano diputado presidente; compañeras y compañeros diputados: "La iniciativa de ley, que el día de hoy presentamos a la amable consideración de ustedes, deberá aprobarse y dictaminarse a la mayor brevedad posible, se trata de hacer congruente lo ordenado por el artículo 265, con el 267 del Código Federal Electoral, pues, como se encuentran estipulados, en el primero citado, permite la injerencia de los electores y en el segundo artículo citado, los deja fuera. Veamos el texto de ambos artículos y establezcamos la comparación para detectar la falla, la cual debe corregirse de inmediato, pues ocasionará problemas sin duda alguna, el día del proceso electoral.

Artículo 265. Los electores, los representantes de los partidos políticos y comunes de los candidatos, y los candidatos, podrán presentar escritos ante la directiva de la casilla, durante el curso de la votación.

El secretario deberá:

I. Recibir esos escritos;

II. Hacer, en el acta de cierre de la votación, una relación pormenorizada de ellos, y

III. Integrarlos al paquete electoral de la elección de diputados. Los integrantes de la mesa directiva de casilla se abstendrán de discutir sobre el contenido de esos escritos y de emitir juicio alguno al respecto.

Artículo 267. Concluida la votación se levantará el acta de cierre de votación, de acuerdo con el modelo aprobado por la Comisión Federal Electoral, la que será firmada, sin hacer excepción, por todos los funcionarios y representantes.

Obsérvese que en el artículo 267, el acta sólo es firmada por los funcionarios y representantes. Ergo y porque no puede ser firmada por los electores que presentaron escritos. Por simple lógica debe concluirse que si a los electores y candidatos se les permitió presentar escritos en el curso de la

votación, igualmente debe permitírseles firmar el acta de cierre de votación. Hacerlo así, haría más democrática la elección, impedirlo, viciaría el evento electoral.

En ejercicio de la facultad que me confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, contando además con el consenso del resto de los integrantes de la fracción parlamentaria de mi Partido, el Auténtico de la Revolución Mexicana, proponemos a esta honorable soberanía, la siguiente iniciativa de ley que adiciona el artículo 267 del Código Federal Electoral, para quedar como sigue:

CAPITULO II

De la votación y cierre de la votación

Artículo 267. Concluida la votación, se levantará el acta de cierre de votación, de acuerdo con el modelo aprobado por la Comisión Federal Electoral, la que será firmada, sin hacer excepción, por todos los funcionarios, representantes y aquellos electores o candidatos que hubiesen presentado escritos ante la mesa directiva de casilla y que desearen firmar.

Sala de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 26 de diciembre de 1987. - Nabor Camacho Nava, Carlos Enrique Cantú Rosas, Jorge Cárdenas González, Reyes Fuentes García, Enrique Bermúdez Olvera, Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Héctor Manuel Calderón Hermosa, Juan Manuel Lucia Escalera y María de la Luz Gama Santillán.«

El C. Presidente: - Con fundamento en el artículo 56, túrnese la iniciativa del diputado Camacho Nava, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

El C. Presidente: - También ha pedido hacer el uso de la palabra, para presentar una iniciativa de ley, el ciudadano diputado Raúl Ramírez Chávez, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Raúl Ramírez Chávez: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Los diputados de la Confederación de Trabajadores de México que conforman parte de la fracción parlamentaria del sector obrero de la LIII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Federal y del 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, inician reformas al artículo 279 de la Ley del Seguro y la adición de otra disposición a esta misma ley, configurada en el artículo 279 - bis; a fin de fortalecer el derecho a la seguridad social de la clase trabajadora; basándose para ello en lo siguiente:

El derecho a la seguridad social, surgió inicialmente como una necesidad del derecho del trabajo y con ello nacieron los seguros sociales; mismos que van enfocados primeramente al sector ocupacional, es decir, a la clase trabajadora.

Y siguiendo las premisas establecidas en el artículo 123 constitucional, en donde nos consigna todas las garantías sociales que deben gozar los trabajadores y tomando en consideración ese espíritu, mismo que prevalece en los artículos 6o. y 17 de la Ley Federal del Trabajo y en el artículo 133 constitucional, de que serán aplicables todas las leyes y normas que más favorezcan a los trabajadores independientemente de su rango. En consecuencia, toda disposición que implique una mejor condición sobre la que establezca otra norma, cualquiera que sea su jerarquía será aplicable preferentemente.

Ante este principio, la Ley del Seguro Social, en su artículo 4, dice:

"Artículo 4. El Seguro Social es un instrumento básico de la seguridad social, establecido como servicio público de carácter nacional en los términos de esta ley, sin perjuicio de los sistemas instituidos por otros ordenamientos."

A estos ordenamientos de orden público emanados de un precepto constitucional en su esencia, la Ley del Seguro Social establece en su artículo 279:

"Artículo 279. Prescribe en un año la obligación del instituto de pagar a los interesados:

I. ............................................................................

II. Los subsidios por incapacidad para el trabajo;

III y IV. .....................................................................

Una prescripción extintiva, cuando se reclama el pago de derechos derivados como consecuencia de una enfermedad profesional o de un riesgo profesional. Omitiendo con ello, al señalar el término de un año, la responsabilidad o términos establecidos

entre las relaciones laborales de empresa y trabajadores que están comprendidos en la Ley Federal del Trabajo en el Título Noveno, de riesgos de trabajo, y título décimo que habla de prescripción, artículo 519. "Cuando señala que las acciones de los trabajadores así como de sus familiares para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo, como de muerte; prescriben a los dos años".

Entendiendo por el pago de indemnizaciones a todas aquellas prestaciones que el instituto absorbe, como son las que señalan en los artículos 484 al 487; del 490 al 496, 500, 502, y 506 de la ley laboral y que consecuentemente están en relación directa con los artículos 48 al 52; del 54 al 57, 59, 60, 62, 63, del 65 al 71, 74 y 76 de la Ley del Seguro Social, en donde asume el instituto la calidad de deudor directo al asumir la responsabilidad de cubrir todas las obligaciones inherentes de los patrones o empresas, a los trabajadores por concepto de riesgos de trabajo, tal como está establecido en el artículo 60 de la ley última mencionada.

Con estos principios o bases, el instituto asume una responsabilidad frente a los trabajadores que original y preferentemente les corresponden a los patrones o a las empresas mismas, que deben ser siempre en beneficio de los que la reciben.

De lo que deriva lógicamente que el Seguro Social como institución pública al asumir una responsabilidad social ante los trabajadores, de subrogar una carga económica, deberá ser siempre:

En primer término, con la protección y garantías de los derechos de los trabajadores.

En segundo, deberán ser siempre congruentes a los lineamientos que se estipulan en la Ley Federal del Trabajo, en virtud de que esta ley es la legitimada por establecer derechos a favor de los trabajadores y a cargo de patrones o empresas, en base a lo dispuesto en el artículo 123 constitucional.

Tercero, de no acatar los lineamientos que se señalan en la Ley Federal del Trabajo, preferentemente a la salvaguarda de los trabajadores, la Ley del Seguro Social, irá en contra del espíritu proteccionista que guarda el artículo constitucional y se estarán contraponiendo dos leyes sociales, dejando en un estado de indefensión a la clase trabajadora.

Por lo expuesto y fundado, se propone a esta honorable asamblea en pleno, la reforma al artículo 279 de la Ley del Seguro Social, el cual deberá quedar de la forma siguiente:

"Artículo 279. Prescribe en un año la obligación del instituto de pagar a los interesados:

I. Cualquier mensualidad de una pensión, asignación familiar o ayuda asistencial;

II. Los subsidios por incapacidad para el trabajo, derivada de un riesgo no profesional, los pagos por maternidad;

III. La ayuda para gastos de funeral, y

IV. Los finiquitos que establece la ley.

La obligación de pagar la dote matrimonial prescribe a los seis meses, contados a partir de la fecha de la celebración del matrimonio."

Y proponemos se adicione un artículo más del mismo artículo 279, que hablará de prescripción por riesgo de trabajo, y que será insertada en la Ley del Seguro Social de la siguiente forma:

"Artículo 279 - bis. Prescriben en dos años la obligación del instituto de pagar a los interesados los subsidios por incapacidad para laborar, derivada de un riesgo de trabajo, con base y en términos a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo".

Firman, el que suscribe y los diputados que a continuación se mencionan: Raúl Ramírez Chávez, Leobardo Ramos Martínez, Pedro Ortega Chavira, Gloria Mendiola Ochoa, Alfredo López Ramos, Oney Cuevas Santiago, Blas Chumacero Sánchez, José Manuel López Arroyo, Ezequiel Espinoza Mejía, Antonio Sandoval González, Salvador Esquer Apodaca, María Luisa Solís Payán, Francisco Villanueva Castelo, Homero Pedrero Priego, Emilio Jorge Cordero García, Diego Navarro Rodríguez, Luis Nájera Olvera, Emérico Rodríguez García, Carlos Roberto Smith Veliz, Sebastián Guzmán Cabrera, Rafael García Anaya, José Nerio Torres Ortiz, José Luis Galaviz Cabral Pedro López Vargas, Humberto Andrés Zavala Peña, José Herrera Arango, Armando Lazcano Montoya, Joaquín López Martínez, Federico Durán y Liñán, Javier Pineda Serino, Alfonso Godínez López, Luis Manuel Altamirano Cuadros, Alfonso Reyes Medrano, Agustín Bernal Villanueva, Juan Moisés Calleja García, Gonzalo Castellot Madrazo, Cristóbal García Ramírez, Héctor Hugo Varela Flores, J. Jesús Gutiérrez Segoviano, Alberto Carrillo Flores, Porfirio Camarena Castro, Félix Liera Ortiz, Justino Delgado Caloca, Samuel Orozco González, Eduardo Lecanda Lujambio, Alberto Rábago Camacho, Heriberto Serrano Moreno,

José Delgado Valle, Juan Carlos Velasco Pérez y Abimael López Castillo.»

El C. Presidente:- Con fundamento en el artículo 56 del Reglamento Interior del Congreso, túrnese esta iniciativa presentada por el ciudadano diputado Raúl Ramírez Chávez, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

DICTÁMENES A DISCUSIÓN

ARTICULO 89 CONSTITUCIONAL

El C. Presidente: - El siguiente punto de la orden del día, es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En atención a que este dictamen ya ha sido impreso y distribuido entre los compañeros diputados, consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones del ciudadano presidente, David Jiménez González, en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen, ciudadano presidente.

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada, para su estudio y dictamen, la minuta proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remitida a esta Cámara de Diputados por la Cámara de Senadores, con fundamento en lo dispuesto por el inciso a) del artículo 72 de la Carta Magna.

La comisión que suscribe ha examinado la minuta de referencia así como el dictamen rendido por las Comisiones Unidas Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores, Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Secciones del Senado de la República y también la exposición con que el ciudadano Presidente de la República acompaño la iniciativa presentada en ejercicio del derecho que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Carta Magna. Con apoyo en estos elementos, la comisión que suscribe formula las siguientes

CONSIDERACIONES

Esta comisión coincide con la iniciativa presidencial, en cuanto a que el perfeccionamiento de nuestra política internacional es un proceso permanente y dinámico, que nuestras normas constitucionales deben prever; situación jurídica que si es contraria, llevaría a dicha política, a mantenerse al margen del orden jurídico internacional.

De innegable validez los argumentos expuestos, tanto en la iniciativa remitida a la colegisladora por el ciudadano Miguel de la Madrid Hurtado, Presidente Constitucional; así como los expuestos por las comisiones respectivas de la honorable Cámara de Senadores, en el sentido de que nuestra historia, es la que ha marcado las pautas y normas que nuestra política internacional hasta la fecha ha mantenido.

De verdad es cierto, que desde el nacimiento de nuestra República, es nítida la situación, que, en las diversas etapas que han conformado al país, como es la etapa de Independencia, de la Reforma y de la Revolución Mexicana, tomando en gran consideración tanto lo expresado en la Constitución de 1857 y como en la de 1917, sendos documentos que denotan la gran importancia de las relaciones con otros países, como uno de los factores para estructurar nuestro orden jurídico dentro del concierto de naciones. En su fracción XI del artículo 16 del Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, fechada en la ciudad de México, el 31 de enero de 1824, que a la letra dice: "Dirigir las negociaciones diplomáticas, celebrar tratados de paz, amistad, tregua, neutralidad armada, comercio y otros más; para prestar o negar su ratificación a cualquiera de ellos deberá preceder la aprobación del Congreso General"; así como la fracción X del artículo 85 de la Constitución Política de la República Mexicana, sancionada por el Congreso General Constituyente el 5 de febrero de 1857 que manifiesta: "Dirigir las negociaciones diplomáticas, y celebrar tratados con las potencias extranjeras, sometiéndolos a la ratificación del Congreso Federal"; así como el texto original de la fracción X del artículo 89, que señala: "Dirigir las negociaciones diplomáticas conforme a las instrucciones que reciba del Congreso Federal y celebrar tratados con las potencias extranjeras, sometiéndolos a la ratificación del mismo Congreso".

De gran calidad el iniciador pretende consagrar de manera explícita en la Constitución, una práctica mexicana detallada tenazmente a través de su historia para la configuración de una política exterior que sostiene principios fundamentales, cuya observancia puede constituir la única garantía de un orden internacional más justo, pacífico y solidario.

La reflexión relativa a la lucha por alcanzar y mantener nuestra propia independencia, explica la intransigente defensa de la identidad mexicana ante el mundo y la del derecho que todos los pueblos tienen a defender y conservar la propia, vincula de modo inseparable la experiencia histórica que nutra la ideología de los mexicanos con los principios y la conducta que nos caracterizan como un pueblo respetado y respetable.

En Apatzingán, donde se sembró la semilla de la estructura jurídica y política de la que ahora nos sentimos orgullosos, se proclama ya la condena al derecho de conquista y a la fuerza como instrumento de sojuzgamiento e imposición.

En el artículo 9o. del decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana se lee: "Ninguna nación tiene derecho para impedir a otra el uso libre de su soberanía. El título de conquista no puede legitimar los actos de fuerza: el pueblo que le intente debe ser obligado por las armas a respetar el derecho convencional de las naciones".

La política exterior de nuestro país ha mantenido que el diálogo político y la solución de disputas al abrigo de las normas de derecho, son la única opción para garantizar una paz duradera en la comunidad de naciones. Las soluciones auspiciadas por la fuerza crean una relación de sometimiento, que rompe con el orden natural de la convivencia humana y sólo logra crear un entorno de respecto en el temor, que resulta falaz y efímero.

El Estado mexicano invariablemente ha puesto de manifiesto su auténtico espíritu pacifista. Esta afirmación adquiere validez plena con sólo mencionar la participación mexicana en la Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales de La Haya, en la cual México fue el primer país en adherirse en el año de 1901, o en el Pacto de Bogotá o Tratado de Soluciones Pacíficas, en el cual fue el primer estado miembro.

Es imprescindible para bien de las relaciones internacionales, que la fuerza de los intereses de los estados encuentre su respaldo en la legitimidad de sus causas, y no en el poderío de su maquinaria bélica o de su fortaleza económica.

México tiene esa convicción, y lo demuestran sus constantes pronunciamientos ante foros internacionales, que buscan reafirmar la vigencia del principio de la igualdad jurídica de los estados, como lo confirma la suscripción de las cartas de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, en cuyos textos se recoge el espíritu del principio de que todos los estados son iguales entre sí.

No existe campo de acción que tenga una mayor prioridad, que aquel que aspira a garantizar la supervivencia de la especie humana.

Asimismo, esta comisión ha estudiado y analizado la iniciativa presentada por el Partido Popular Socialista de fecha 2 de octubre de 1986, en la cual se propone adicionar un Título Séptimo, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del análisis realizado, esta comisión comparte los criterios en ella señalados, bien es de manifestarse en al iniciativa del Ejecutivo, así como en la minuta remitida por el Senado en lo que se refiere a la política internacional.

Los principios de la política exterior nacional constituyen base esencial del Estado mexicano, son parte representativa de los valores que han guiado al pueblo mexicano en la edificación de su proyecto como nación.

La política exterior de México, en su trayecto histórico, ha sufrido en su aplicación presiones que pretenden desviarla de sus objetivos primordiales, que son defender la soberanía y contribuir a la construcción del proyecto nacional. Empero, ante esos ataques provenientes de interés ajenos a la voluntad democrática y republicana de nuestro Estado, el gobierno de México ha mantenido, con firmeza, dignidad, orgullo y responsabilidad, los principios inmutables que han otorgado a nuestra nación el respeto de la comunidad de estados.

La autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la igualdad jurídica de los estados, la solución pacífica de las controversias, la cooperación internacional para el desarrollo, así como la lucha por la paz y la seguridad internacionales, son principios que no solamente responden a la defensa del interés nacional. Son, además, un compromiso con el nacionalismo y las causas que ha inspirado el pensamiento progresista. La política exterior ha resistido a aquellas presiones que lo que persiguen no es la salvaguarda del interés y la seguridad nacionales, sino la búsqueda del privilegio individual.

El mundo atraviesa una crisis económica derivada de insuficiencias y desequilibrios productos del actual.

marco de intercambio económico. El problema del pago de la deuda, el proteccionismo comercial que practican las economías más avanzadas, la disminución de flujos financieros para apoyar al mundo en desarrollo, son solamente parte de los obstáculos que México, en compañía de otras naciones, ha enfrentado. Asimismo, se ha observado una estrategia errónea por parte de los intereses económicos más poderosos que intentan concertar los sacrificios de ajuste en los países en desarrollo, lo que implica para éstos una cancelación de expectativas de progreso.

Nuestra política exterior se caracteriza por su dinamismo. Dinamismo inmerso en una labor diplomática cuya meta es prever, defender, negociar y convencer en beneficio del interés nacional. La política exterior es una política digna porque, a pesar de las presiones del exterior, no ha vacilado en sostener sus principios, lo que le ha asignado un lugar de respeto ante el mundo. México ha demostrado su decisión de solidarizarse con los pueblos que luchan por su libertad, de condenar todo acto intervencionista que lesione la soberanía de las naciones, y de aliarse con las causas que aspiran a ennoblecer y garantizar la supervivencia del ser humano.

La comisión dictaminadora estima que la iniciativa de reforma constitucional propuesta, reviste una importancia fundamental para el Estado Mexicano. Su contenido se refiere a principios estructurales que servirán para la buena marcha de la nación, es de la mayor relevancia dentro del proceso político - transformador no sólo hacia el exterior sino también en lo interno. Existe una vinculación innegable entre los principios políticos que el Estado mexicano sustenta en los asuntos internos y en los internacionales.

Los principios de política exterior del Estado mexicano, cuya elevación a rango constitucional ahora se propone corresponden cabalmente al desenvolvimiento de los postulados políticos que preconizan en lo interno los regímenes emanados de la revolución de 1910- 1917.

No hay ninguna incongruencia entre política interna y política exterior. No puede haberla porque ésta se nutre de aquélla y a ella sirve. Sirve a los intereses superiores de la nación.

Además, los principios que conforman la política internacional de México han sido reconocidas universalmente, por lo que se manera plena se justifica su elevación a rango constitucional. Serán norma y defensa para permitir que el pueblo de México que los ha creado, los preserve y los defienda.

Por otra parte, es del todo acertado, dentro del texto de la iniciativa que se analiza, modificar la expresión "Congreso Federal", consecuencia que correspondió a la etapa de un poder legislativo unicameral, por "Senado", para hacerla congruente con los artículos 76, fracción I y 133 de la propia Constitución.

Igualmente es pertinente modificar como lo hizo la colegisladora, la frase "negociaciones diplomáticas" por la de "política exterior", dada la mayor amplitud de este concepto.

Por lo expuesto, la comisión que suscribe propone a la honorable asamblea, la aprobación del siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 89 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo único. Se reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 89...................................................................

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndose a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.

...............................................................................

TRANSITORIOS

Único. Esta decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados.- México, Distrito Federal, a 23 de diciembre de 1987.- Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jaime Aguilar Alvarez Mazarrasa, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Belín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos Enrique Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Romero Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores

Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique Gabriel Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: - Segunda lectura.

El C. Presidente: - Gracias. En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Tenemos registrados en pro...

El C. Fernando Ortiz Arana (desde su curul): - Señor presidente: Quiero hacer una aclaración en el sentido de que se inicie la discusión por parte de la comisión.

El C. Presidente: - Con mucho gusto. Tiene usted la palabra, señor diputado Fernando Ortiz Arana, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Fernando Ortiz Arana: - Señor presidente, compañeras y compañeros diputados: Correspondió a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales dictaminar acerca de la propuesta de reformas a la fracción X del artículo 89 constitucional. La comisión, por las razones que se contienen en el cuerpo del dictamen, estimó mantener en sus términos la minuta que recibimos de la colegisladora; sin embargo, debo señalar que en el texto del dictamen que hoy habremos de discutir, se contiene un error de tipo mecanográfico que quiero hacer notar ante ustedes, y solicitar a la presidencia posteriormente consulte a la asamblea, a efecto de que la discusión la llevemos a cabo, del proyecto de dictamen, en los términos en que fue aprobado por la propia comisión.

La minuta del Senado en la primera parte de la fracción X del artículo 89, señala: Fracción X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales sometiéndolos a la aprobación del Senado.

El dictamen emitido por la comisión, en la que se consideró que la minuta considerara en sus términos dice en esta misma parte: Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales sometiéndose a la aprobación del Senado.

El término correcto es "sometiéndolos", los tratados, a la aprobación del Senado.

Hacemos esta aclaración de un error mecanográfico ocurrido en la comisión, rogando a la presidencia consulte a la asamblea respecto a esta corrección presentada por la comisión, previamente a que iniciamos la discusión en lo general y particular de esta fracción X, del artículo 89. Gracias, señor presidente.

El C. Presidente: - Consulte a la asamblea si este error mecanográfico se salva, cosa que ha sucedido ya en algunas otras ocasiones y se le ha dado el curso correspondiente, puesto que no afecta la sustancia misma de la reforma de la fracción X del artículo 89 constitucional. Siga el trámite, señor secretario.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, se consulta a la asamblea si es de aprobarse la proposición presentada por el señor presidente.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, ciudadano presidente.

El C. Presidente:- Salvado el error mecanográfico. Por consiguiente, han pedido hacer uso de la palabra respecto a la fracción X del artículo 89, los siguientes compañeros diputados: Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista en pro; el diputado José Luis Díaz Moll, del Partido Revolucionario de los Trabajadores, para razonar su voto; el diputado Arturo Whaley Martínez, del Partido Mexicano Socialista, en pro; José Ángel Aguirre Romero, del Frente Cardenista, en pro; diputado Juan José Bremer Martino, en pro; del Partido Revolucionario Institucional; para un voto razonado, el señor diputado Jesús González Schmal, del Partido Acción Nacional. También el diputado Carlos Palafox, antes del diputado Bremer.

Para dar su voto razonado, como se ha acostumbrado ya aquí en la Cámara, tiene el uso de la palabra el señor diputado Jesús González Schmal, del Partido Acción Nacional.

El C. Jesús Schmal: - Señor presidente; compañeros diputados: La iniciativa que hoy nos ocupa, la adición que se pretende consignar en el artículo relativo de nuestra Carta Magna, artículo 89, es, sin duda, una iniciativa de trascendencia. El consignar específicamente los principios normativos y los principios y valores en política internacional que sustenta la nación

para regir, para orientar sus actos en torno a sus relaciones con otros pueblos, con otras naciones, a sus relaciones con el orbe entero.

Los principios de la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza, las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz, y la seguridad internacionales, sin principios que suscribimos todos los mexicanos. Son principios que queremos ver vigentes y actuales en las relaciones en el mundo moderno.

Son principios que suprimen la amenaza de la guerra; son principios que garantizan la paz; son principios que, sin duda, consignan el pensamiento, el sentido y el espíritu de la humanidad en los tiempos actuales.

Y quisiéramos, con esta proclamación de principios y con su jerarquización a nivel constitucional, hacer que estos mismos valores y que este mismo sentido de la historia, de la norma jurídica, de las relaciones entre los hombres, también tuviera vigencia en nuestra propia casa.

Que nos empeñáramos por ser y hacer realidad la congruencia entre lo que decimos y lo que hacemos. Que hagamos un acto de fe, pero también un firme propósito por lograr que en México la soberanía popular de los mexicanos, esa gran posibilidad de que los mexicanos seamos los únicos titulares del derecho a la autodeterminación en nuestra propia patria, sea un principio que rija permanentemente en nuestras relaciones políticas.

Queremos vernos en realidad como mexicanos, dueños de nuestro destino, seguros de nuestro futuro, en la medida en que todos los mexicanos participemos en el destino de la patria y concurramos a la tarea política de decidir nuestras cuestiones más trascendentes.

Queremos también que el principio de paz, que no es sólo la ausencia de guerra, sino es la vigencia efectiva de la justicia, sea una norma perfectamente constatable en las relaciones entre los mexicanos.

Queremos que la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales sea proscrita, pero también en el seno interno, en las relaciones entre los mexicanos, tampoco exista esta posibilidad en nuestra convivencia nacional.

Por lo pronto, entonces, dejamos nuestro voto aprobatorio para esta reforma; pero también nuestro señalamiento fraternal, pero exigente, pero un señalamiento que haremos siempre, reclamando la congruencia, reclamando la consistencia entre lo que se dice y lo que se hace; reclamando que los valores que proclamamos hacia lo internacional lo vivamos en lo interno en nuestra propia casa.

Queremos, finalmente, con esta reforma, hacer otra vez un acto de fe, refrendar una posibilidad de que en México la autodeterminación a partir de un proceso electoral limpio, libre, impecable, sea también una garantía para los propios mexicanos y podamos así, ante el mundo, ante el orbe, ante la comunidad internacional, decir finalmente que México proclama los mismos principios que en su casa y su gobierno cumple para con los mexicanos. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Martín Tavira Urióstegui, del Partido Popular Socialista, en pro.

El C. Martín Tavira Urióstegui: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Iniciamos la sesión de esta mañana con un debate amable, relativo a un tema en el que en lo fundamental todos estamos de acuerdo, todos estamos de acuerdo en que ya era hora que la Carta Fundamental contuviera los principios cardinales que han orientado la política exterior de nuestro país. Podemos afirmar que en ese aspecto nuestra Constitución tenía un retraso muy grande; había habido documentos e inclusive hubo una Constitución, la de Apatzingán, que tenían consagrados principios muy precisos, orientadores sobre la política internacional.

México posee principios macizos, porque vienen desde muy lejos, desde sus luchas por la independencia nacional. Podemos decir que las grandes revoluciones históricas que ha realizado nuestro pueblo, al propio tiempo ha elaborado la tesis, los principios de nuestra Carta Política, la Constitución de 1917 tiene tesis en varios aspectos como ya lo hemos señalado aquí en la tribuna, tesis en materia de propiedad, tesis por lo que respecta a la distribución de la tierra, tesis en relación con los derechos de la clase trabajadora, tesis sobre educación pública, tesis sobre los derechos políticos, tesis, aunque limitadas, sobre el desarrollo económico del país; pero hacía falta una tesis o una serie de tesis sobre los principios de política internacional.

La Revolución de Independencia, configuró las primeras aportaciones de nuestro pueblo, a los principios de política internacional.

Recordamos ahora, con admiración, cómo el Padre de la Patria, Miguel Hidalgo y Costilla, sostuvo principios que 150 años después habían

de ser recogidos por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Hidalgo, en plena revolución, proclamó el principio de autodeterminación de los pueblos, independientemente del desarrollo económico y político de cada uno de ellos. Lo dijo en un manifiesto: "¿Por qué no se comprende que nosotros tenemos el derecho, como lo tienen todos los pueblos del mundo, de regir nuestro destino de acuerdo con nuestra voluntad?, ¿por qué España proclama su derecho a ser libre, frente a los franceses, pero no nos concede ése mismo derecho a los mexicanos"?

Y lo habría de decir 150 años después la famosa Resolución 15- 14 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la resolución típicamente anticolonialista que ha tomado esta organización internacional.

Morelos, en "Los Sentimientos de la Nación", en varios puntos, estableció principios nítidos de política internacional, tales como la autodeterminación, la no intervención, la prohibición para que aceptáramos la presencia de fuerzas extranjeras; la prohibición para que autorizáramos la salida de tropas nuestras a combatir hacia el exterior; en detrimento de la soberanía de otros pueblos; en fin.

La Constitución de Apatzingán, más avanzada inclusive en muchos aspectos que la Constitución de Cádiz, proclamó en su artículo 9o., de una manera muy clara, el principio de no intervención. Por otro lado, la gran Revolución de Reforma, nuestro movimiento liberal con Juárez a la cabeza, también fundó principios sustanciales en materia internacional. Fue Benito Juárez, a través de sus manifiestos, de sus cartas, de una serie de documentos públicos, quien trazó los lineamientos prístinos de la política internacional de México. Fijó los rumbos frente a las pretensiones de Estados Unidos, de ayudarnos a condición de entregar pedazos de nuestra soberanía, respondió con vehemencia a las pretensiones de las potencias intervencionistas y particularmente de Francia.

Cuando el presidente Johnson de Estados Unidos, sucesor de Lincoln, por ejemplo, hizo algunas apreciaciones de apoyo al gobierno de Juárez que luchaba en contra de la intervención, Juárez comentó: No debemos hacernos ilusiones sobre la ayuda de los poderosos, los poderosos siempre tienen algún interés, debemos acopiar nosotros toda nuestra fuerza y nuestra potencialidad para defendernos solos, porque una potencia fuerte como Estados Unidos no lo puede hacer de una manera desinteresada.

El gran principio que honra este recinto, compañeros, tantas veces invocado y tan pocas veces entendido, contiene los principios cardinales que ahora se pretende sean incorporados en el artículo 89 de la Constitución. Aquí están unidos, vinculados el principio de no intervención, como condición para mantener la paz, es decir, una convivencia pacífica entre todos los estados y todos los pueblos, sólo es posible cuando se da el respeto a la autodeterminación, cuando cada gobierno respeta el principio de no intervención. Ese es el gran significado del apotegma juarista, dicho en condiciones difíciles cuando nuestro pueblo acaba de derrotar a la intervención y acaba de liquidar los vestigios de la reacción mexicana.

Y, por supuesto, compañeros, la Revolución Mexicana no podía quedarse en proclamas simplemente superficiales sobre algunos cambios políticos, tenía que ir al fondo de la estructura económica del país, pero ese ir al fondo implicaba al poco tiempo diseñar los principios cardinales de la política exterior.

El artículo 27 le dio a México la posibilidad de rescatar sus riquezas, pero proclamó principios cardinales sobre que los extranjeros no deben de gozar de privilegios especiales ni de invocar la protección de sus gobiernos, tesis que después aparecieron en otras doctrinas como la de Calvo, conocidas popularmente como Cláusula Calvo, por eso inclusive las tesis de Venustiano Carranza, expresadas ante el Congreso el 1o. de septiembre de 1918, contienen los principios que le han dado el nombre de Doctrina Carranza, principios valerosos; cuentan sus colaboradores, los internacionalistas ya que el tiempo como algunas veces tuvieron que moderar el lenguaje dictado por Carranza para hacer proclamas o contestar a las políticas exteriores, a la política fundamentalmente de Estados Unidos.

Carranza podrá tener muchos errores en política interna, podrá ser moderado en el reparto de la tierra, podría haber puesto limitaciones en la Constitución originalmente, pero tratándose de política exterior, frente a las agresiones de afuera, Carranza obró con una gran energía y puso en su lugar a gobernantes imprudentes y abusivos, como el profesor de la Universidad de Treeston, Woodrow Wilson.

Carranza pues, es uno de los arquitectos de la política internacional de México, uno de los que fundaron cimientos macizos en el principio de autodeterminación, el de no intervención y otros muchos. La Doctrina Estrada, compañeros, recogida por muchos otros estados y pueblos, es de manufactura

mexicana si se me permite decirlo así. El principio contenido en la Doctrina Estrada, lleva hasta sus últimas consecuencias la no intervención; de acuerdo con esa doctrina, el Estado mexicano no juzga sobre la legitimidad o ilegitimidad de los gobiernos extranjeros, simplemente se concreta a mantener a sus representantes diplomáticos o a retirarlos, pero no hace pronunciamientos, porque eso equivale a interferir en la vida de los pueblos, en su voluntad soberana. Pero nosotros pensamos quien llevó hasta sus últimas consecuencias los principios cardinales que venían desde independencia es el presidente Cárdenas. No tan sólo porque él comenzó el proceso de descolonización aplicando el artículo 27 constitucional y decretando la nacionalización del petróleo. En una serie de problemas, Cárdenas fue firme y ayudó a los pueblos contra la intervención extranjera.

Estoy recordando ahora y es algo que no debemos olvidar, porque está perdido en los papeles de la historia, en los archivos. Cuando Cárdenas dejó el poder, el mismo día que Ávila Camacho protestó como Presidente de la República, de su puño y letra dejó un recado en la mesa del presidente, del nuevo presidente; diciendo: "Algo de lo muy importante que debemos tener siempre presente, es que mientras los extranjeros no cumplan con el requisito exigido en el artículo 27, de que renuncian a la protección de su gobierno, no podemos permitir que vengan a invertir capitales, porque eso constituye un grave peligro para la soberanía nacional". Si esto se hubiera cumplido, compañeros diputados, hubiéramos salvado a México de muchas presiones, de muchas intervenciones y la Ley de Inversiones Extranjeras fuera más categórica y más amplia.

Cárdenas defendió, ayudando inclusive con armas, a la República Española frente a la intervención de los nazifascistas, de los alemanes y los italianos. Y no se empantanó como las potencias europeas en el llamado Comité de no Intervención. Cárdenas fue concreto al respecto y siempre habló de la mártir República Española; defendió a Etiopía frente a la invasión de Italia, a China frente a la invasión japonesa, y la voz de Isidro Fabela, representante de México ante la Liga de las Naciones, resonó enérgica de acuerdo con las instrucciones del presidente Cárdenas. Pero, señoras y señores diputados, hay un hecho poco conocido, desgraciadamente, alguna vez lo mencionamos en la tribuna pero es necesario repetirlo para que el pueblo mexicano lo sepa: Cárdenas hizo el esfuerzo porque se derogara el artículo 8o. del Tratado de la Mesilla, que establecía una servidumbre por el Istmo de Tehuantepec en favor de Estados Unidos, le hizo la recomendación concreta al embajador Francisco Castillo Nájera, le dijo: "Usted me deroga este artículo a como dé lugar, no vamos a dormir tranquilos hasta el día en que México se libere de esta servidumbre". Eso es muy importante compañeros, porque si no se hubiera derogado el artículo 8o. del Tratado de la Mesilla, negociado por Santana en 1853, ya las tropas norteamericanas las tuviéramos en el Istmo de Tehuantepec y México estuviera en otra situación.

Cárdenas pues por eso está aquí; Cárdenas hizo grandes bienes a la nación compañeros, y naturalmente que México tiene una riquísima herencia en materia de política internacional; nosotros afirmamos, como lo hemos ya dicho en la tribuna y en todas partes, no compartimos de ninguna manera la política económica del gobierno de México, criticamos duramente las líneas que se han tomado en materia de deuda externa, en materia de desarrollo económico; hemos criticado acerbamente el Pacto de Solidaridad Económica; hemos dicho que México ha desandado el camino de la Revolución muy gravemente. Hemos sostenido que ahora el gobierno no comparte las tesis de nuestro gran movimiento social, y como en 1952, hemos de decir categóricamente, la revolución no está en Palacio Nacional, pero ¿por qué sin embargo vienen iniciativas para reformar la Constitución y elevar a alto rango los principios de política internacional?, tal pareciera que hay una contradicción, y sin embargo, compañeros diputados, lo que ocurre es que están el peso de los principios internacionales de México, está la riqueza histórica que nuestro pueblo ha dado, que ningún gobierno se pueda atrever a pasar por alto esa riqueza, esos mandatos de nuestra historia.

El día que un gobierno destruyera o tratara de destruir las tesis de Morelos, de Hidalgo, las tesis de Juárez, las tesis de Carranza, las tesis de Cárdenas en materia internacional, ese día el pueblo mexicano se levantaría como un solo hombre y tumbaría al gobierno que estuviera ahí. Por eso no hay contradicción.

Es grave la responsabilidad histórica y no se puede zafar ningún gobierno de esos compromisos con la historia revolucionaria de México.

Me comentaba un diputado, no sé si debo nombrarlo, como no me ha autorizado no lo nombro, pero me decía: En Estados Unidos están gravemente preocupados por esta reforma constitucional; los políticos norteamericanos se preguntan: ¿Qué es lo que está pasando?, ¿por qué, si la política internacional debe elaborarse de acuerdo con las circunstancias concretas que en un momento dado se dan, por qué el gobierno de México se va a atar las manos, por qué se va a

poner una camisa de fuerza elevando a rango constitucional unos principios? Porque Estados Unidos está muy preocupado por esos cambios, el gobierno norteamericano quisiera que no hubiera ningún mandato constitucional al respecto para poder presionar y doblegar al gobierno mexicano, someterlo a su propia política exterior.

Ellos no están acuerdo con esta reforma, por eso nosotros apreciamos en todo lo que vale la trascendencia de esta reforma. Ahora la política internacional no estará sometida a los caprichos de un gobierno; la política exterior obedecerá a la Constitución, a lo que la Constitución manda; ya no estará sujeta a las circunstancias internas o externas, el gobierno tendrá la obligación de respetar los principios de defender a los pueblos injustamente agredidos, de defender un nuevo orden económico internacional, de defender la soberanía de todos los pueblos sobre sus riquezas y recursos naturales, porque el principio de autodeterminación no se reduce sólo a la autodeterminación política, sino a la autodeterminación económica, a la autodeterminación social, a la autodeterminación cultural.

Compañeros, estos principios, además, han sido reconocidos por los organismos internacionales, la Carta de las Naciones Unidas firmada el 26 de junio de 1945 por 50 estados, pero además una serie de resoluciones históricas, resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que tienen el carácter de mandatos para todos los estados, las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas tienen carácter de normas de validez universal. Ningún gobierno, por poderoso que sea, puede ignorarlas y puede hacerlas a un lado.

Las resoluciones, por ejemplo, 375, 626 y 1803, que se refieren al derecho de cada estado a ejercer soberanía sobre sus riquezas y recursos naturales, que ha sido recogido además por la Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados, proclamada por México en Santiago de Chile, propuesta a las Naciones Unidas y ésta a través de su asamblea general aceptada en 1974, que también establece, reafirmar de una manera amplia, los derechos de los estados a ejercer soberanía sobre sus recursos y sus riquezas naturales, y otras resoluciones como la 1514 de marca anticolonialista, como ya lo mencioné, la típica 2131 que enumera los casos en que el principio de no intervención puede ser violado por cualquier estado, compañeros.

Y otras muchas conferencias, hay que recordar la historia, conferencia de Bandung de los pueblos del sureste asiático. Compañeros, en esa conferencia se reafirmaron principios, se establecieron principios que después había de recoger la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Por eso, ahora, nosotros afirmamos: Debió tener nuestra Constitución estas reformas. Pero ha llegado el bien, ha llegado a la Carta este catálogo de principios, y qué bueno que ahora nuestra Carta Fundamental tenga estos principios que no pueden ser desconocidos ni violados por ningún pueblo y ningún gobierno del mundo.

Si me permiten ustedes, compañeros diputados, y viendo la generosidad de nuestro presidente y la generosidad de ustedes, para informar.

Nuestro partido, a través de su fracción parlamentaria, el 2 de octubre del año pasado, propuso al pleno de la Cámara una reforma a la Constitución, un poco diferente a la que ahora estamos discutiendo.

Nosotros proponíamos un nuevo título sobre principios de política internacional y un catálogo bastante amplio; que estos principios están compactados, ahora, en la reforma al 89 que se propone.

Simplemente nosotros sugeríamos, proponíamos que estos principios fueran más explícitos. El catálogo que nosotros proponíamos, en un artículo 124, era éste:

Para que ustedes comparen, lo que nosotros proponíamos y lo que ahora aparece en el artículo 89.

1o. Igualdad soberana de todos los estados.

2o. Respeto a la soberanía, a la integridad territorial de todas las naciones y la inviolabilidad de sus fronteras.

3o. Robustecimiento de la seguridad de los pueblos.

4o. Derecho de los pueblos a su autodeterminación económica, social, política y cultural.

5o. No intervención de un estado en los asuntos internos de otro país.

6o. Derecho de cada nación a defenderse separada o colectivamente, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

7o. Renuncia recíproca al uso de la fuerza o de la amenaza de la agresión.

8o. Arreglo de todos los conflictos internacionales por medios pacíficos.

9o. Coexistencia pacífica de todos los estados, independiente del régimen social que adopten.

10. Cooperación internacional para el logro de la paz y el desarme general y completo, como bases para el desarrollo económico y social de los pueblos.

11. Cooperación internacional para eliminar el colonialismo, el apartheid, la discriminación racial, el neocolonialismo y todas las formas de agresión, ocupación y dominación, así como sus consecuencias económica y sociales.

12. El derecho de los pueblos a ejercer soberanía permanente sobre sus recursos naturales y su patrimonio nacional, conllevan a las siguientes prerrogativas y obligaciones esenciales:

a) Derecho inalienable de cada estado a la nacionalización de bienes extranjeros, con apego a las leyes propias y con sujeción a sus tribunales.

b) Derecho de todo estado a reglamentar y ejercer autoridad sobre las inversiones extranjeras, de acuerdo con sus normas e intereses nacionales.

c) Derecho de reglamentar y supervisar las actividades de las empresas transnacionales, con el fin de ajustarlas a las leyes del país que las admite y a evitar que intervengan en sus asuntos internos.

d) Ningún estado tiene derecho de promover o fomentar inversiones que pueden ser un obstáculo para la liberación de un país ocupado por la fuerza.

e) Derecho de los estados de practicar el comercio internacional, sin discriminación de ninguna especie, así como de adoptar las formas de organización para sus relaciones económicas con el exterior.

f) Derecho de los pueblos a la restitución y plena compensación por la explotación y agotamientos en sus recursos y la afectación de su patrimonio cultural, de parte de aquellos estados que hubieren ejercido las diversas formas de agresión, ocupación y dominación.

13. La cooperación económica e internacional implican los siguientes derechos y deberes fundamentales:

a) Derecho de los pueblos para asociarse en la defensa de sus intereses económicos, ningún estado podrá tomar medida alguna para obstaculizar o impedir ese derecho.

b) Como consecuencia del principio de la igualdad jurídica de los estados, todos ellos tienen el derecho de participar en la adopción de decisiones para la solución de los problemas económicos, financieros y monetarios.

c) Deber de los estados de cooperar, a fin de que los países en desarrollo logren el acceso a la ciencia y a la tecnología modernas y tengan la oportunidad de crear la suya propia, de acuerdo con sus metas de desarrollo.

d) Deber de los estados de colaborar para expandir y de diversificar el comercio, así como para adoptar medidas que permitan beneficios adicionales hacia los países en desarrollo.

e) Deber de los estados de cooperar para forjar un orden internacional justo en el cual los países en desarrollo obtengan los beneficios a que tienen derecho de intercambio económico.

Todo esto, compañeros, está en documentos de validez universal, lo que hemos hecho es recopilar las tesis y resumirlas en este nuevo capítulo que nosotros proponíamos, pero diríamos, sin temor de cometer un error, señoras y señores diputados, todos estos principios internacionales en materia económica, en materia política y en materia cultural, son la voz de los pueblos, de los pueblos que han estado dominados, sometidos al colonialismo y al neocolonialismo.

Podemos afirmar con énfasis, que el derecho internacional de nuestro tiempo, es el resultado del esfuerzo de la batalla permanente de los pueblos del tercer mundo, de los pueblos en desarrollo, de los pueblos que han estado sometidos al dominio extranjero y de los pueblos que han luchado con sacrificio por zafarse de la dominación.

No han sido propiamente las grandes potencias ni han sido los teóricos del derecho internacional. El derecho internacional contemporáneo, señoras y señores diputados, no es el fruto de sabios de gabinete; es el resultado de mil proclamas, por las voces de los pueblos del mundo que han reclamado sus derechos y estas voces y estas tesis, han sido recogidas por los teóricos revolucionarios, progresistas y antiimperialistas; y nuestros pueblos y los gobiernos revolucionarios, han hecho el esfuerzo por incorporar estos principios en los instrumentos internacionales más importantes, fundamentalmente, de las Naciones Unidas.

Pero qué bien, no podemos estar en contra de esta reforma constitucional, que se histórica, óigase bien, señoras y señores diputados, es una reforma histórica, marcamos un hito en la historia de nuestra patria. Nuestra patria sale hoy, como dijo

Morelos, con voz propia, en el escenario internacional, como nación respetada y respetable que hace oír su voz, que lucha, que batalla por sacar adelante estos principios para que la convivencia internacional se base en el respeto a la soberanía de todos los pueblos del mundo, sobre sus riquezas, sobre su cultura, sobre el derecho de cada pueblo de trazar su destino, sin interferencias extrañas. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, el señor diputado José Luis Díaz Moll, del Partido Revolucionario de los Trabajadores.

El C. José Luis Díaz Moll: - Con permiso de la presidencia: Es importante para nosotros dejar sentada nuestra posición en este tema que consideramos de suma importancia, por la trascendencia que implica el elevar a rango constitucional una serie de principios que han sido sustento de la política exterior de nuestro país. No haré una reseña histórica de las razones por las cuales se justifica dicha inclusión, creo que el diputado Tariva lo ha hecho bastante bien, sería repetitivo y reiterativo volver a los hecho que él expresó en esta tribuna.

Sin embargo, daremos a conocer nuestra posición en lo que se refiere a la correlación entre los principios y lo que ha sido la política exterior de nuestro país en los hechos, además de su correlación con la política interna en nuestra nación.

Hay una visión por parte del gobierno que no existe la posibilidad de hacer un análisis crítico de lo que ha sido la actuación del Estado mexicano en este rubro. Desde nuestro punto de vista esto es equivocado, nada más alejado de la realidad, el que no exista la posibilidad de cuestionar inclusive algunos de los hechos de política exterior de nuestro país. Esto sería desde nuestra perspectiva condenar a la política exterior a la inmovilidad, sería guardarla en un nicho como si ésta no fuera producto de la actividad de seres humanos, de un sistema económico, político y social y que por lo tanto está sujeta a aciertos y a errores, como toda actividad del ser humano.

La política exterior mexicana es bajo esta perspectiva que nosotros la debemos analizar. La experiencia histórica, efectivamente, como se decía anteriormente, ha permitido que el pueblo de México se dé principios que rigen la actuación del Estado hacia el exterior, dichos principios han sido respetados o no en mayor o menor medidas por los diferentes gobiernos de la República, desde su independencia hasta nuestros días.

Se puede, en el caso de los principios que nos ocupan hoy, cambiar el gobierno, cambiar el sistema económico, pero los principios ahí están. Y efectivamente, como se dijo anteriormente, ya son patrimonio de la humanidad, son patrimonio de la declaración universal de los derechos humanos y es en esa perspectiva que lo debemos de ver.

Nosotros queremos dejar clara una diferencia en este sentido, una cosa son los principios y otra cosa muy diferente es el gobierno que en un momento dado puede aplicar o no estos principios. No es aceptable que el gobierno actual, por ejemplo, se quiera abrogar, se quiera apropiar como patrimonio particular, la existencia de una serie de principios como el que nos ocupa hoy.

Efectivamente, nosotros tenemos que revisar los antecedentes históricos que fundamentan estos principios. Yo sólo mencionaré dos que merecen atención especial, desde nuestro punto de vista. Primero, la visión patriótica de Morelos plasmada en la Constitución de Apatzingán y segundo, la actitud de Juárez frente a la invasión extranjera, actitud que lo llevó inclusive a declarar una moratoria, cuando intereses extranjeros amenazaban la soberanía de nuestro país.

Son estos hechos históricos, junto con otros que se han planteado anteriormente, los que dan razón de ser a los principios que hoy agregaremos y que elevaremos a rango constitucional. Sin embargo, nosotros queremos dejar clara nuestra fundamentación política: En el Partido Revolucionario de los Trabajadores, estamos por la defensa de los principios que hoy se integran a la Constitución; pero queremos dejar bien claro que esto no implica estar de acuerdo con lo que es la política exterior del actual régimen, la cual ha venido perdiendo, desde nuestra perspectiva, legitimidad en algunos de sus hechos, sobre todo en lo que se refiere a aspectos de la política económica exterior de nuestro país.

También cuestionamos la fundamentación del dictamen cuando dice lo siguiente, cito textualmente, el dictamen dice en su fundamentación lo siguiente: "No hay incongruencia entre política interna y política exterior. No puede haberla porque ésta se nutre de aquélla y a ella sirve. Sirve a los intereses superiores de la nación".

Señores, nosotros aceptamos la inclusión de estos principios a la Constitución, pero no aceptamos que subrepticiamente se nos metan juicios sobre política interior como se está haciendo en este párrafo. No se vale, desde nuestra perspectiva, utiliza la política exterior para avalar la política interior. No está por demás, refrendar que para nosotros, su política interior tanto en lo económico como en lo político y en lo social, desde

nuestro punto de vista, no sirve a los intereses superiores de la nación.

Por lo tanto, queremos dejar constancia de nuestro desacuerdo con ese juicio emitido en la fundamentación del dictamen que hoy nos ocupa.

Se nos va a decir ¿por qué?, pues a la realidad es a la que nos tenemos que remitir. En lo externo: Firmas de convenio con el Fondo Monetario Internacional; convenios comerciales desventajosos para nuestro país; se abren las puertas a la inversión extranjera de manera indiscriminada.

En lo interno: Fraude electoral; represión y un Pacto de Solidaridad Económica que condena y que violenta los derechos más elementales de sobrevivencia del pueblo mexicano. Sin duda que hay una correlación estrecha entre política interna y externa, aunque esto no implique necesariamente que haya congruencia entre uno u otro sector de lo que es la situación del gobierno mexicano.

También percibimos en el dictamen del Senado, que anuncia, no es materia de discusión el día de hoy, la intención de reformar el artículo 39 de la Constitución que consagra el derecho del pueblo de México a darse el gobierno que mejor convenga a sus intereses. Por ahí anuncian una reforma para el futuro, en la cual el gobierno, el Estado, se abroga la posibilidad de limitar este derecho que tiene el pueblo de México, de quitar o transformar el gobierno, si así conviene a sus intereses. Esto seguramente será materia de discusión de alguna otra legislatura, si así se hiciere.

En lo que se refiere a la forma en particular, queremos sentar nuestra atención en tres aspectos: El primero, en lo referente a la participación de las dos Cámaras en la política exterior. No es posible admitir que la representación popular más plural que es esta cámara, quede fuera de las decisiones de política exterior. ¿De qué sirve, nos preguntamos nosotros, que en la glosa del Informe Presidencial nosotros analicemos lo referente a la política exterior, si no se tiene la capacidad de decisión cuando así lo requieran las necesidades y los hechos? No existe justificación ni política, ni histórica, que justifique la exclusión de la Cámara de Diputados en el análisis y la posibilidad de decidir sobre política exterior. Existe argumentos al contrario de lo que hoy nos dice la comisión.

En el pasado, la Cámara de Diputados ya ha tenido la atribución de poder intervenir y decidir en lo que se refiere a política exterior y en la actualidad la responsabilidad compartida con el Senado, durante el funcionamiento de la Comisión Permanente, en lo que se refiere a política exterior.

Lo menos que podemos decir el cambio del término "Congreso" por el de "Senado", es que éste es desafortunado y que limita la posibilidad de participación democrática de uno de los organismos más plurales que existen en nuestro país. Vamos como los cangrejos, para atrás.

Desde nuestro punto de vista, hay que quitarle como atribución exclusiva al Senado, lo referente a política exterior y ésta ha de ser una atribución para las dos Cámaras. Se nos pone como fundamentación los artículos 76 y 113 constitucionales, aunque cabe aclarar que el 76 en su fracción I habla de, cito: "Los informes anuales que el Presidente de la República y el secretario de despacho correspondiente rindan al Congreso"; el Congreso son las dos Cámaras, esto significa que las Cámaras de Diputados puede escuchar, ser informada, participar en la glosa del informe, pero queda fuera de toda posibilidad de decisión. Desde nuestro punto de vista, esto resulta absurdo.

Creemos que se puede ser más explícito en lo que se refiere a alguna serie de conceptos y de principios más, en lo que se refiere a la inclusión de conceptos como anticolonialismo, no alineamiento, soberanía sobre los recursos naturales, etcétera. El diputado Whaley tiene una propuesta más acabada en este sentido y él la expresará. En este sentido, lo que nosotros hacemos es manifestar nuestra coincidencia con esta propuesta.

En lo que se refiere, por último, al principio de seguridad internacional, hay toda una fundamentación sobre seguridad internacional, ¿para quién, si se plantea como un acto antiimperialista o como un principio antiimperialista, ante el concepto de seguridad nacional de los norteamericanos?

Lo que yo preguntaría es si se puede reivindicar esta seguridad internacional perteneciendo a un organismo como el TIAR, Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, que tiene precisamente un objetivo contrario a un principio como el que se está reivindicando el día de hoy. Esto desde nuestro punto de vista es una contradicción y una incongruencia en los hechos.

¿Cuáles podrían ser nuestras conclusiones de esto?

Primera. La fortaleza de los principios que en la política exterior se ha dado la nación tienen su origen en las gestas heroicas del pueblo mexicano en mantener nuestra independencia.

Segunda. Una cosa son los principios y otra el gobierno; no se vale apropiarse de luchas heroicas que ha dado el pueblo de México y que pueden ser respetadas o no por un gobierno determinado.

Tercera. Debemos eliminar la búsqueda de la conservación del privilegio de clase sobre el interés nacional.

Cuarta. Existen estrechos vínculos entre política económica interna y política exterior.

Señores diputados: Estamos de acuerdo en que tenemos que defender los principios, lo que nos preguntamos es: ¿Qué pensaría Juárez de los convenios firmados con el Fondo Monetario Internacional?, ahí no se es muy congruente con los principios. ¿Qué pensaría Morelos del aval dado por el Procurador de Justicia de la Nación, Sergio García Ramírez, a los convenios firmados con el Fondo Monetario Internacional? Esos son los hechos. Una cosa son los hechos de los actos del gobierno y otros son los principios.

Sí, defendamos los principios. Por principios los mexicanos planteamos que una agresión a Nicaragua es una agresión a nosotros mismos. A Nicaragua le regateamos la venta de petróleo por razones económicas. Por otro lado, al agresor estadunidense se lo vendemos barato para que llene sus cavernas de petróleo que usa en la agresión a Nicaragua. Aquí la pregunta podría ser: ¿Dónde terminan los principios y empiezan las razones económicas?, que parece ser, son la principal preocupación que ha tenido en los últimos sexenios el gobierno de México; los principios, la política exterior del gobierno de México, no. Gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el señor diputado Arturo Whaley Martínez, del Partido Mexicano Socialista.

El C. Leopoldo Arturo Whaley Martínez: - Señor presidente, compañeras y compañeros diputados: Nuestro grupo parlamentario votará a favor de este dictamen, en primer lugar, porque efectivamente se recogen algunos de los principios fundamentales de la política exterior que ha configurado la lucha de nuestro pueblo. Y, en segundo lugar, porque esta reforma introduce un marco jurídico, un marco constitucional que forzosamente debe respetar el Ejecutivo Federal.

Sin embargo, a pesar de estar a favor, nosotros consideramos por la importancia de esta reforma, que deberían agregarse otros principios que den sustento, que den cohesión a los que ya se enuncian en este dictamen.

Lo señalamos en la Comisión de Gobernación y lo queremos reiterar aquí en el pleno, que nuestra política exterior es el resultado de la lucha del pueblo mexicano por afirmar su proyecto nacional, por afirmar su soberanía, por ampliar sus márgenes de independencia.

Nuestra historia debe entenderse como una larga marcha por la desaparición de todas las formas de colonialismo, sea éste político, económico o cultural.

Por todo esto, nosotros queremos hacer una propuesta en lo particular, a la que me voy a referir sustancialmente en la intervención.

En primer lugar, propondríamos agregar en el segundo renglón, después de "tratados", la expresión" y convenios". En segundo lugar, proponemos que se agregue al final de la fracción X, que viene en el dictamen: "La lucha contra toda forma de colonialismo y el no alineamiento a bloque militar alguno".

En tercer lugar, planteamos que se sustituya la expresión "Senado", por la de "Congreso de la Unión".

De esta manera, la fracción X del artículo 89 constitucional quedaría como sigue:

"Artículo 89..................................................................

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados y convenios, sometiéndolos a la aprobación del Congreso de la Unión. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: La autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de la amenaza o uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo, la lucha por la paz y la seguridad internacionales, la lucha contra toda forma de colonialismo y el no alineamiento a bloque militar alguno".

En las discusiones en la comisión se nos planteaba que ya estaban estos principios integrados, tal como lo aprobó el Senado, en la minuta que envió a esta Cámara de Diputados.

Sin embargo, compañeras y compañeros diputados, nosotros queremos insistir, por varias razones. Nosotros pensamos que en materia de relación con el exterior, el gobierno mexicano no ha actuado en base a los principios que hoy proponemos; que efectivamente, sobre todo en la relación económica, ha actuado, aceptando, como

dado, como un hecho, que no se puede cambiar el colonialismo financiero que se ha impuesto sobre nuestro pueblo. En materia de deuda externa, México ha actuado simple y sencillamente aceptando los designios de la internacional y del Fondo Monetario Internacional.

En materia de relaciones comerciales, el gobierno mexicano ha ido cediendo a las presiones de los poderosos.

En materia, incluso mucho más sutilmente por ejemplo, en la visión que se tiene del conflicto centroamericano, el gobierno mexicano ha perdido ese filo, el filo que le dio una consistencia revolucionaria a nuestra política exterior.

Cuando el gobierno de Cárdenas, de don Lázaro Cárdenas, México tuvo una posición digna y gallarda, ahí Cárdenas en las instrucciones que dio a don Isidro Fabela para su actuación ante la Liga de las Naciones, de puso como principio fundamental, cito textualmente: "Que México se constituirá en todo momento que sea necesario, en defensor de cualquier país que sufre una agresión exterior de cualquier importancia.,,

Qué diferente visión la que tenía Cárdenas, el gobierno de Cárdenas, respecto a la lucha del pueblo español, de la que hoy tenemos o que tiene el gobierno mexicano, respecto a la lucha del pueblo nicaragüense y de los pueblos centroamericanos.

Qué diferente actitud del gobierno de Cárdenas, enviando petróleo, enviando hombres a luchar al lado del pueblo español en defensa de la República, de la que hoy tenemos o tiene el gobierno mexicano, regateando una entrega de petróleo que para México no significa gran cosa y que para Nicaragua es vital.

Qué diferencia del gobierno cardenista, cuando dice que el principio de no intervención, que se ha consagrado como universal, puede ser usado para intervenir en los asuntos internos de otros países; así lo interpretó Cárdenas cuando vio que el conflicto, que la lucha en España, que la guerra en España no era una guerra civil solamente, sino era una agresión de los Estados fascistas de Alemania e Italia, contra un pueblo que buscaba su derecho a construir una sociedad democrática, y como Cárdenas señaló que precisamente en base, argumentando o poniendo como pretexto el principio de no intervención, Francia e Inglaterra que además de estar comprometidos en la Liga de las Naciones, tenían un pacto de defensa con España y no intervinieron, dejando que interviniera nada más el poder de los fascistas, con lo que significó eso de atraso para el pueblo español y con lo que significó después en vidas en la Segunda Guerra Mundial.

Hoy, creemos que es indispensable que quede incluido el principio de la lucha en contra de toda forma de colonialismo, porque eso señalaría un rumbo claro, un rumbo Revolucionario, para las acciones que el Ejecutivo tienen que llevar adelante en política exterior.

También planteamos la necesidad de que quede establecido el no alineamiento a bloque militar alguno.

El mundo de hoy, efectivamente, no es el de la Guerra Fría; hoy, los bloques ideológicos, lo que entonces eran bloques ideológicos y militares, han venido transformándose. Evidentemente, las posiciones del bloque capitalista, se han venido matizando en los diferentes países.

Los países capitalistas avanzados tienen diferencias de matices, en relación a los diferentes problemas que aquejan al mundo.

Lo mismo ha pasado en el mundo socialista y lo mismo ha pasado en lo que se llama el tercer mundo.

Sin embargo, lo que mantiene una situación bélica, lo que mantiene una situación que pone en peligro la paz, es el mantenimiento de los bloques militares.

La OTAN, por un lado, el Pacto de Varsovia, por el otro, pero también el Tratado Interamericano de Defensa Recíproca, que ha sido usado siempre para que Estados Unidos intervenga en los países latinoamericanos y cuando se trató de una agresión de una potencia extranjera, de Inglaterra contra Argentina, en el conflicto de las Malvinas, Estados Unidos no sólo no ayudó a un país americano, sino puso a disposición de Inglaterra toda su infraestructura militar, para que pudiera agredir al pueblo argentino.

Nosotros formamos parte de este tratado y deberíamos estar fuera y revisar lo que esto significa.

Como deberíamos revisar también el Tratado de Tlatelolco, que no prohibe el tránsito de armamento nuclear por el subcontinente latinoamericano y que incluso permite expresamente, el que en territorio de Latinoamérica, se hagan explosiones nucleares con fines de prueba.

Esto debería, con esta reforma y con estos planteamientos que estamos haciendo, debería quedar revocada la firma de nuestro país en ambos tratados y plantear su mejoramiento en el caso del de Tlatelolco.

Finalmente, estamos proponiendo que sea el Congreso de la Unión, el que ratifique no sólo los tratados, sino también los convenios que México realice con otros países o que realice hacia el exterior. Ya los compañeros lo han señalado, pero nosotros, el compañero Martín Tavira, del Partido Popular Socialista y el compañero del Partido Revolucionario de los Trabajadores, queremos dejar sentado que los principios de la política exterior mexicana, constituyen una parte muy importante de la lucha del pueblo mexicano, el que la menudo ha sido víctima de amenazas bélicas y hasta de invasiones. Hoy, las amenazas no son claramente bélicas y no se intenta invadirmos, pero se nos agrede económica y financieramente.

La búsqueda de la paz mundial y el diálogo entre las potencias como el medio fundamental de la convivencia, es uno de los elementos consustanciales a las más altas dignidades de nuestro pueblo, a su tenacidad y entrega, debemos lo que en esta materia hemos logrado y por él tenemos la obligación de actuar en todos los niveles de manera congruente.

Resulta paradójico, con la propia exposición de motivos del Presidente, el hecho de que la iniciativa en cuestión, no busque más que una, digamos, adecuación de otros artículos de la Constitución en lo que a la primera modificación que se propone se refiere, es decir, como se expresa en la exposición de motivos de la iniciativa del Presidente, en un caso se trata solamente, cito textualmente: "Un ajuste en la expresión correspondiente a la ratificación de los tratados por el Congreso General, para hacerla congruente con los artículos 76 fracción I y 133 de la propia Constitución".

Resulta contradictorio, porque después de reconocer en el pueblo el inspirador y gestor de nuestra patriótica política exterior, se salta sin más dejando de lado a la Cámara de Diputados, el órgano legislativo, representativo del elemento popular.

Como ustedes deben saber muy bien, una vez que se instauró el sistema bicameral en 1874, lo que resultó fue la división de las facultades que hasta entonces había tenido la Cámara Única, en la que como decía el artículo 51 de la Constitución de 1857 se deposita el supremo Poder Legislativo.

No se trata aquí de reproducir el intenso debate que durante casi diez años se desarrolló en torno a la división del Poder Legislativo en dos cámaras, pero sí de tener presente que los principios generales fundamentadores de cada una de ellas y sus funciones, nos imponen la conveniencia y la necesidad de hacerlas copartícipes, sin excepción, en la ratificación de la política exterior.

El principio teórico de la distribución de facultades fue, en términos generales, dotar a la Cámara de Diputados de aquellas que de manera inmediata y directa afectan al individuo como individuo, que es lo que constituye el elemento popular; en tanto a la de Senadores, aquellas que inmediata y directamente afectan el interés colectivo de los estados, que es lo que constituye el elemento federativo. De estos criterios fue que se trato de derivar las funciones encomendadas a cada una de ellas.

Ahora nos preguntamos, compañeras y compañeros diputados, ¿si los convenios que firma el Ejecutivo Federal con el Fondo Monetario Internacional no afectan a todos y cada uno de los mexicanos? , ¿si los convenios que firma con la banca internacional para renegociar la deuda, afectan o no afectan a todos los individuos que componemos esta nación o si sólo afectan a la Federación?, y aún más, nos preguntamos: ¿Por qué el absurdo de que un tratado de intercambio cultural con cualquier país tenga que ser ratificado por el Congreso Federal, como decía la Constitución o como doce la Constitución, y convenios tan importantes como los que me he referido no pasen por el Congreso de la Unión?, ¿porqué convenios, como el convenio bilateral de comercio que acaba de firmar el Ejecutivo con Estados Unidos, no tengan que ser analizados y en su caso ratificados o rectificados por este Congreso?, ¿por qué se niega que efectivamente las relaciones internacionales conllevan no sólo obligaciones para el Estado, sino también afectan de manera directa, clara, a todos los mexicanos? Este es el asunto que intentamos debatir en la comisión, pero que no pudo llevarse a la práctica porque se trataba de una minuta y la práctica política desgraciadamente impone que no pueda ser revisada ni una coma de lo que viene como minuta.

Dejamos a la secretaría la propuesta y también queremos proponer, en términos del artículo 148, que estas propuestas en lo particular sean votadas nominalmente para diferenciar el voto en lo general de estas propuestas por tratase de un artículo único. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Con mucho gusto señor diputado, se dará lectura en su momento nuevamente a la asamblea de las propuestas, una vez que los demás compañeros en pro hayan terminado su turno.

Tiene su turno el señor diputado José Ángel Aguirre Romero, del Frente Cardenista, en pro.

El C. José Ángel Aguirre Romero: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: La minuta proyecto de decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, enviada por el Senado y dictaminada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de esta honorable Cámara de Diputados, constituye para nosotros un paso acertado, porque nuestra política exterior no es expresión de la voluntad de las minorías dirigentes, sino voluntad del pueblo todo, de autodeterminarse como nación soberana en un mundo libre de intervencionismo de las potencias y el saqueo sobre los pueblos.

Porque incita en la Constitución la preserva de claudicaciones y la fortalece frente a los chantajes del imperialismo, que tasa todo, la libertad, la dignidad de los pueblos y las naciones, en términos de los tan devaluados dólares. Porque siendo expresión de las necesidades y los anhelos del pueblo de México en la lucha por su emancipación nacional y social, independientemente de la voluntad de los gobernantes en turno, su práctica consecuente favorece los procesos de insurgencia de los pueblos hermanos de América Latina y del tercer mundo, convirtiéndose en un recurso revolucionario que pesa a favor del proceso de liberación nacional que viven decenas de pueblos y por lo mismo en contra del imperialismo que nos oprime; porque el reclamo de fondo que alienta los principios de nuestra política exterior, es el de la justicia social, que postulado y defendido en el exterior, se vuelve imperativo, ineludible para los gobernantes en el interior por poderosos que sean los intereses oligárquicos que la resistan.

Decía que la minuta constituye un paso acertado, apoyándome en la declaración de principios de mi partido que en su artículo 24, a la letra dice: "Al luchar por una patria nueva en un mundo diferente, unimos nuestros esfuerzos al de los pueblos que luchan contra la guerra injusta. Somos partidarios de la paz mundial, de la solidaridad internacional, de la autodeterminación de los pueblos, de que el hombre se hermano, amigo y camarada del hombre, de que ningún hombre esclavice a otro hombre, de que ningún pueblo domine a otro pueblo".

Por lo anterior, la fracción parlamentaria del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional votará en favor del dictamen aunque con las reservas del caso, pues el mismo para adecuarse a los establecido por los artículos 76 fracción I, y 133 de la propia Constitución, otorga al Senado funciones exclusivas en materia del política exterior.

No quiero ser reiterativo en este aspecto, en virtud de que otro diputado ha fundamentado perfectamente esta idea, lo que sí, estamos en contra de que al Senado se le den funciones exclusivas en materia de política exterior. Bien sabemos que este asunto no podemos tratarlo en este momento, pero queremos dejar clara nuestra opinión en el sentido de que estos asuntos deben ser motivo de análisis, estudio y aprobación, en su caso, de todo el Congreso Federal.

Si bien es cierto, en Estados Unidos el Senado realiza estas funciones exclusivas, pero no estamos en Estados Unidos, estamos en México y en este momento, en el que en un país en el que debemos reforzar cada vez más la representación popular que significa la Cámara de Diputados, y queremos darle al gobierno tres fracciones de las representadas en esta Legislatura, la oportunidad de practicar los principios que se insertan en la Constitución a partir de hoy, para lo cual nos permitimos proponer, a fin de que se discuta en el momento oportuno, el siguiente

«PUNTO DE ACUERDO

Único. Exhórtese al Ejecutivo para que a la brevedad posible, en cumplimiento de los altos principios de nuestra política exterior, particularmente los que se refieren a la cooperación internacional para el desarrollo y a la lucha por la paz y seguridad internacional, organice la solidaridad inmediata de la nación mexicana al pueblo de Nicaragua, sobre todo en materia de petrolero y alimentos, para que nuestros hermanos de Centro América puedan sostener su autodeterminación política en medio de las adversidades de la naturaleza y al acoso de la contrarrevolución dirigida por el imperialismo norteamericano.

Firman esta propuesta por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el diputado Carlos Cantú Rosas; por el Partido Popular Socialista, el diputado Indalecio Sáyago Herrera: por el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, el diputado Jorge Amador Amador, y este servidor, diputado José Ángel Aguirre Romero.»

Dejo nuestra propuesta en la secretaría.

El C. Presidente: - Se reserva para someterlo a consideración de la asamblea su punto de acuerdo, señor diputado Aguirre Romero.

Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Palafox Vázquez del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Carlos Palafox Vázquez: - Ciudadano diputado presidente; compañeras y compañeros

diputados: Nos ocupa hoy al analizar esta iniciativa, una reforma constitucional que es tan relevante como todo lo que se refiere al texto fundamental de nuestro orden jurídico y porque su contenido procura consagrar en la Carta Magna de la nación los principios fundamentales que integran el esquema de la Política de nuestro país en materia internacional.

Por esto resulta destacada la oportunidad de sumarse a interesantes comentarios formulados en esta tribuna, sobre las aportaciones de todos los mexicanos, a través de nuestra historia patria en el orden internacional para hacer sólo algunas consideraciones.

De todos nosotros es bien conocida la historia del Poder Legislativo de la Unión y en especial los antecedentes de esta disposición constitucional que contiene las facultades y obligaciones del Presidente de la República. Al titular del Ejecutivo corresponde dirigir la política del país, en materia internacional, y como consecuencia de la reinstalación del sistema bicameral a partir de 1874, al Senado del República se le faculta para analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal y para aprobar los tratados internacionales que celebre el Ejecutivo de la Unión, conforme a los términos de la fracción I del artículo 76 constitucional.

En la reforma propuesta, conforme a lo preceptuado por la disposición constitucional en cita, se reconoce que el Senado es el órgano de control de las relaciones exteriores de México, sin afectar en nada las facultades de la facultades de la Comisión Permanente, como en su caso aquí se ha mencionado.

Esta disposición es además congruente con el contenido del artículo 133 de la Constitución federal que consagra que esta Constitución. las Leyes del Congreso de la Unión que emanen de ellas y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la unión.

Estamos, por tanto, moviéndonos en el esquema de integración de este Poder Legislativo, en facultades exclusivas de la Cámara de Senadores.

Por otra parte, en el mismo dictamen a discusión se destacan avances que son acordes con la situación internacional, ya que no es posible seguir hablando de negociaciones diplomáticas y tratados sólo con las potencias.

La política exterior contemporánea demanda, como concepto global, la relación, el trato, la solidaridad entre todas las naciones. Y ése es el amplio campo en el que México ha manejado sus acciones en materia internacional.

Los convenios internacionales, atendiendo a su naturaleza, deben obedecer a la agilidad que demanda la dinámica de las relaciones de nuestro tiempo, por lo que es necesario que se ajusten de manera plena al principio de ejecutividad que tiene su base también en la Constitución.

Es a través de los tratados, como compromisos con validez plena y reconocimiento jurídico de las naciones o de los organismos que los celebran, como se ha logrado, como se debe lograr, el llevar a la práctica todo tipo de acuerdo de voluntades, derivado de una negociación que busque prever un conflicto o lograr su solución, para evitar el uso de la fuerza y propiciar una verdadera cooperación internacional.

Compañeros diputados: Es a través del derecho, como nuestra patria ha renovado y renueva su organización y régimen interno para ajustarlo a los grandes requerimientos de la época. De igual manera, los mexicanos estamos conscientes de que en el orden jurídico, se logrará alcanzar una relación internacional que responda a las justas demandas de los pueblos de orbe.

Formulo, por tanto, una respetuosa exhortación para que en cumplimiento de la responsabilidad de legisladores, aprobemos, como integrantes del Constituyente Permanente, el texto constitucional que se propone, que resume todos los principios presentados por los distintos compañeros que se han referido al tema en esta tribuna, como una aportación más de todos los mexicanos para garantizar que la vida de las futuras generaciones supere a la actual y logren así formarse y desarrollarse en un mundo de libertad, de dignidad, de justicia, de respeto, de independencia, de soberanía, de solidaridad y de paz. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Trinidad Cervantes Aguirre, para hechos.

El C. José Trinidad Cervantes Aguirre: - Con su venia, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Cinco minutos le bastan y sobran al Partido Demócrata Mexicano para razonar su voto aprobatorio de estas reformas, de estas iniciativas.

Dejamos constancia para empezar, que el presidente de la República, Miguel de la Madrid, en sus informes rendidos ante esta soberanía, reiterativamente han señalado que la política exterior no es sino continuación de la política interior de nuestro país; y eso justamente es lo que nos da motivos para aprobar esta iniciativa, pidiendo y

esperando que seamos congruentes en nuestra política exterior, con la política interior y viceversa; que no vayamos a predicar lo que no sepamos aplicar entre nosotros; que lo mismo que vamos a reclamar en la convivencia internacional, lo reclamemos y lo apliquemos en nuestra convivencia interna y en nuestra convivencia nacional.

Eso constituye la esencia del pensamiento nuestro, del pensamiento del Partido Demócrata Mexicano, en materia internacional y testimonio de ello, está impreso en las bases programáticas de nuestro partido, para la elección de 1985, que es confirmación de lo mismo que ha sostenido nuestro partido desde su fundación.

Es su Título Séptimo, dicho documento, que contiene las bases programáticas del Partido Demócrata Mexicano, se dice, sobre democracia y comunidad internacional, lo que son los principios rectores: "Propugnamos por un orden internacional en que se apliquen los principios de la justicia social internacional, la solidaridad y la caridad aplicada en el ámbito universal, caridad que no es limosna, caridad que es amor el género humano del que formamos parte. Caridad aplicada en el ámbito universal, complementado por el respeto a la autodeterminación de los pueblos, de las formas de gobierno que quieran darse, en la no intervención de un estado de los asuntos internos de otros, y la solución pacífica de los conflictos".

De acuerdo con lo anterior, sostenemos que México debe de mantener relaciones con todos los gobiernos de la Tierra, mientras no se ataque nuestra soberanía o se vulnere nuestra dignidad.

El tipo de intensidad de las relaciones debe sujetarse a las siguientes normas:

a) Deben ser estrechas e intensas con los países con que se practique la democracia, se respeten los derechos humanos y en que los intercambios de todo tipo, económicos o culturales, sean claramente complementarios de nuestro desarrollo.

b) Deben ser meramente formales, distantes y limitadas, a lo indispensable con los gobiernos totalitarios que violen los derechos humanos y que pretenden imponer su sistema a otras naciones.

Estamos refiriéndonos pues a que no haya interferencia, injerencia de poderes extraños en cada país.

Consideramos que las gestiones que se efectúen para que se respeten los derechos humanos, gravemente violados en otros estados, si aquéllas se realizan dentro de las normas del derecho internacional, no violan el principio de la nueva intervención, pues la violación de la dignidad humana en cualquier rincón de la Tierra afecta a todos los habitantes del planeta y por lo tanto es un problema nuestro, del Partido Demócrata Mexicano.

En consecuencia, nuestro partido, el Demócrata Mexicano, da su voto aprobatorio a esta iniciativa. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el señor diputado Juan José Bremer Martino, del Partido Revolucionario Institucional.

El C. Juan José Bremer Martino: - Señor presidente; compañeros diputados: Es natural que en esta Cámara pluripartidista hayamos escuchado hoy distintos análisis en torno a una reforma constitucional que estimo de gran trascendencia. Es natural, porque los partidos políticos conforman su propia visión de las relaciones internacionales y tienen, en consecuencia, argumentos propios y un propio análisis que hacer.

Sin embargo, creo que hay que significar, porque no se da con frecuencia en esta Cámara, que la iniciativa que aquí se ha analizado, que aquí se está discutiendo, cuenta con la firma de diputados de todas las fracciones parlamentarias que constituyen a la actual legislatura. Y esto creo es algo de lo que hay que dar testimonio, porque es un signo de madurez política.

En el frente externo los partidos políticos no renuncian a sus propias visiones, no renuncian a la crítica que es esencial para el funcionamiento de la democracia, pero tienen la capacidad de coincidir en lo fundamental; es en este mismo espíritu de coincidencia en lo fundamental que doy respuesta a algunos de los planteamientos que aquí se han formulado, la damos con el mayor respeto, pero también con las más arraigada convicción.

No hay contradicciones, no hay ambigüedades en nuestra política exterior. Esta iniciativa no es un acto de apropiación, es un acto de reconocimiento a una tradición política de lucha que recibe hoy el respaldo de todos los partidos activos en política en nuestro país.

No estamos viviendo etapas para el autoelogio, no es la avocación del autoelogio lo que nos hace decir aquí, sin embargo, que solamente intereses o perspectivas de corto plazo pueden negar validez a una política reconocida por la comunidad de naciones y que cuenta con el respaldo de las grandes mayorías nacionales, nuestra política exterior. Creo firmemente que la autodenigración, es decir,

el no reconocimiento a avances positivos e innegables es la otra cara de la autocomplacencia, ambas convocan a la confusión, ambas invitan al engaño; creo que es maduro que en una sociedad democrática tengamos, quienes contendemos y argumentamos, el derecho de diferir con respeto y el derecho de coincidir con respeto.

Nuestra política exterior no ha caído ni en la precipitación, ni ha caído en el oportunismo. Desechamos por igual los consejos del cinismo político y los consejos del aventurerismo. Es una política basada en certidumbre. Es una política basada en un análisis sereno de perspectiva histórica. Es una política formulada con madurez, con serenidad y con consistencia. Por eso México se ha abierto y pocas naciones pueden dar cuenta de este resultado en un mundo a veces zigzagueante, en un mundo variable sin haber alterado en esencia, repito, su adhesión a ciertas convicciones fundamentales.

Nuestra política exterior no surgió del vacío; no ha sido formulada, como aquí bien se ha dicho, con un afán meramente intelectual, por un afán meramente académico. Desde su origen, nuestro país ha vivido en carne propia a la política del poder como expresión cruda de las relaciones internacionales.

Nuestro pueblo es consciente del surgimiento violento y doloroso de nuestro ser nacional. La conquista, la colonias, la lucha en contra de la colonia y la búsqueda afanosa en contra de presiones de adentro y presiones de afuera, de nuestro propio camino, constituyen experiencias todas intransferibles que nutren conciencia colectiva.

Ya la Constitución de Apatzingán reconoce en su artículo 9o. que ninguna nación tiene derecho a interferir a otra el uso libre de su soberanía, y que el título de la conquista no puede legitimar los actos de fuerza.

En los primeros años de vida independiente, las relaciones de México con el mundo de nuestro alrededor no fueron fáciles. Apenas concluida la dura batalla, nos vimos envueltos en ásperos conflictos y negociaciones para alcanzar el reconocimiento internacional. Tuvimos inmediatamente después que enfrentar la agresión externa, que culminó con la pérdida de más de la mitad de nuestro territorio nacional. La secuela de intervenciones de que fuimos objeto y la observación de un mundo amenazado e incierto, fue fraguando nuestra convicción de que nuestra supervivencia como nación y la de la comunidad internacional en su conjunto, dependería de la evolución de nuestro sistema de convivencia para que esté regulado por normas civilizadas. Se fue integrando así, a lo lago de nuestro siglo XIX, una solida tradición política internacionalista que contrastaba con el lenguaje y la mentalidad de los imperios de la época. Supimos desde entonces que el apego al derecho, la negociación política y la acción de la diplomacia serían nuestras mejores armas; el triunfo de Juárez y la restauración de la República expresó al mundo el vigor de la conciencia antiintervencionista de México, la convicción de que el respeto al derecho ajeno es la única fórmula de paz, y el principio de no intervención en los asuntos internos de las naciones estaban ya en esas fechas profundamente arraigadas en nuestra conciencia histórica.

La Revolución Mexicana planteó, junto con las reivindicaciones de clase de campesinos y obreros, la necesidad de reafirmar frente a presiones internas y externas, la soberanía del Estado y la independencia de la nación.

El presidente Carranza sostuvo con firmeza, el rechazo a la intervención de un país en los asuntos internos de otro, la igualdad jurídica de los estados y la igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros.

En el régimen del presidente Cárdenas se reafirma con la expropiación petrolera la base económica de nuestra independencia y se inicia una fase más activa de nuestra política exterior.

Después de la Segunda Guerra, compañeros diputados, se abre una nueva etapa en las relaciones internacionales, la transformación del mundo generada por la revolución de las comunicaciones, genera nuevas realidades y nuevos peligros por la interdependencia. A estas realidades y peligros no es posible darles respuesta mediante el aislamiento, la tendencia a la bipolaridad del poder y la abierta confrontación entre las potencias que caracterizan estos últimos años, erosiona las bases del incipiente espíritu internacionalista que surge de las cenizas de las grandes guerras. Hay una clara interacción entre los problemas que vive nuestro tiempo: La injusticia económica internacional, el desequilibrio en las relaciones comerciales y financieras, la concentración del poder militar, científico y tecnológico en una cuantas naciones, el dispendio armamentista y el intervencionismo como expresión predominante en las relaciones internacionales; son todos ellos fenómenos que integran una sola realidad. Así lo ha entendido nuestro país en estas últimas décadas.

No coincidimos con quienes piensan que en estos años solamente se ha mantenido una tradición, o que ésta ha palidecido; en estos años México ha participado con imaginación y creatividad en la configuración tanto de los cambios a las instituciones

internacionales como en los grandes retos de nuestro tiempo.

Frente a la inequidad de las relaciones económicas norte - sur y la confrontación política militar este - oeste, en Centroamérica, en lo más cercano de nuestro territorio y en lo más remoto, México ha actuado conforme a una limpia tradición, ha actuado con coherencia y ha sabido agregar a las condiciones de nuestro tiempo los requerimientos de política que han sido necesarios.

Hemos actuado en el escenario mundial con la madurez y la experiencia que nos confiere nuestra historia. Nuestra visión del mundo no está obnubilada por intereses hegemónicos; hemos defendido hoy, como ayer, las causas correctas, y en su oportunidad hemos señalado peligros, denunciado abusos y violaciones al derecho internacional.

Los principios que orientan nuestra política exterior: La autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de las controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo y la lucha por la paz y la seguridad internacionales, recogen la mayor parte de los principios en los que ha actuado nuestro país; echan raíces profundas en nuestra historia y, al mismo tiempo, constituyen ya parte esencial del patrimonio moral, del patrimonio político del mundo civilizado.

La iniciativa del presidente Miguel de la Madrid, para incorporar estos principios al texto de nuestro Constitución, reconoce el valor de este acervo para las batallas del presente y para las batallas del porvenir. Ahí reside, compañeros diputados, su gran significado. Con la reforma a la fracción X del artículo 89 de la Constitución, nuestro texto fundamental se ve enriquecido y la lucha que debemos librar cada generación de mexicanos para afirmar nuestra independencia y fortalecer nuestra soberanía, encuentra un nuevo y vigorozo respaldo.

La Constitución que prevé las formas de organización política y jurídica de los mexicanos, que consagra los derechos individuales y los derechos sociales, los límites del poder y las facultades de la sociedad, incluye ahora las normas que el pueblo de México, a lo largo de su historia ha encontrado para orientar su conducta con valor, con dignidad, en un mundo azaroso e incierto.

Esta reforma tiene especial sentido, compañeros, en tiempos en que presiones poderosas han querido alterar el rumbo de nuestra política exterior.

Hoy reiteramos que no hay ventajas transitorias que puedan compensar a una nación la aplicación de sus principios fundamentales, la lucidez, la fuerza de carácter, la consistencia y la perseverancia han sido en momentos definitivos las mejores armas de México y lo deberán seguir siendo.

No hay, en esencia, contradicción entre la observancia de nuestros principios y la defensa de nuestros intereses, tenemos dentro de nosotros mismos la fuerza suficiente para negociar con otras condiciones que no dobleguen nuestra voluntad ni afecten nuestras potencialidades. La reforma al artículo 89 constitucional, que independientemente de los juicios respetables particulares que aquí se han expresado cuenta con el consenso de esta Cámara, es un paso guiado por la coherencia histórica y la visión del porvenir.

El C. Presidente: - Para hechos y hasta por cinco minutos, el diputado Arturo Whaley Martínez, del Partido Mexicano Socialista.

El C. Leopoldo Arturo Whaley Martínez: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: En este semidiálogo que estamos estableciendo en torno a los diferentes puntos de vista de los grupos parlamentarios, sí quisiera rectificar algunas de las cuestiones que señalaron los dos compañeros del partido mayoritario en esta Cámara, porque la tradición de los constituyentes en nuestro país no ha reservado, en exclusiva para el Senado el análisis y la ratificación de los tratados que México realice hacia el exterior.

Como dice el dictamen de la comisión, tanto el acta constitutiva de la Federación Mexicana del 31 de enero de 1924, señala que es el Congreso General el que debe ratificar los tratados.

La Constitución de 1857 de la facultad al Ejecutivo para dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las potencias extranjeras, sometiéndolos a la ratificación del Congreso Federal.

Pero el texto original de la Constitución de 1917 va mucho más allá. La fracción X del artículo 89 original, señalaba como facultades del Ejecutivo: "Dirigir las negociaciones diplomáticas, conforme a las instrucciones que reciba del Congreso Federal, y celebrar tratados con las potencias extranjeras, sometiéndolos a la ratificación del mismo Congreso".

No ha sido el espíritu de los constituyentes en nuestro país, el que ha quitado facultades al Poder

Legislativo para tener que ver con la política exterior de México, ha sido el afianzamiento del presidencialismo el que ha venido quitando facultades al Poder Legislativo para actuar en esta materia, en primer lugar.

En segundo, nosotros pensamos que es importante que se integre el principio de lucha contra toda forma de colonialismo.

En la reciente reunión de los ocho presidentes latinoamericanos, en Acapulco, por primera vez el gobierno mexicano acepta como una verdad lo que es realidad. Se señala en el comunicado conjunto, que es la pesada carga que representa la deuda externa, la que limita las posibilidades del desarrollo y el afianzamiento de la democracia en América Latina y no como se había venido diciendo en el discurso oficial, que es por algo etéreo como la crisis.

Nosotros pensamos y no nos han rebatido compañeros de la mayoría, que estos principios que ahora proponemos y estas adiciones al texto de la minuta enviada por el Senado, son los que le dan consistencia revolucionaria a la reforma, al artículo 89 en su fracción X y que precisamente las desviaciones que ha habido en los hechos del gobierno mexicano en su política exterior, se deben a el intento por quitarle el filo revolucionario a nuestra política exterior.

Carranza decía, y creo que los suscribiríamos todos ahora, refiriéndose a lo que sucedía en 1915, en el subcontinente latinoamericano, decía: "Si las demás naciones latinoamericanas no obran en el mismo sentido que nosotros, tendrán que hacerlo más adelante por fuerza, puesto que llegarán a encontrarse en una situación que las obligará a conquistar sus libertades.

La lucha nuestra será comienzo de una lucha universal que dé paso a una era de justicia en que se establezca el principio del respeto que los pueblos grandes deben tener con los pueblos débiles".

Esta es la revolución señores, esto es lo que regirá a la humanidad más tarde como un principio de justicia, esto es lo que está haciendo Nicaragua y nuestro papel no es de una neutralidad jurídica, sino de una solidaridad activa con los pueblos, que con la rebelión, que con la revolución buscan reconstruir su propio futuro, y a eso es a lo que no nos ha contestado la mayoría de esta Cámara. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado José Luis Díaz Moll, para hechos.

El C. José Luis Díaz Moll: - Con el permiso de la presidencia: Dos aclaraciones, antes de entrar a la discusión. En lo que se refiere al término, cuando yo hablaba de que el gobierno se quería arrogar un serie de atribuciones que no le correspondían, hubo quien entendió que yo había dicho abrogar, que es una cosa completamente diferente. Primera aclaración.

Y cuando hablaba de la Carta de la ONU, me refería a aquella que se incluye posteriormente en la Declaración de Principios de Derecho Internacional.

Una vez hechas estas aclaraciones, en el mismo sentido que el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, efectivamente, no hay debate. No hay debate en lo que se refiere a las acciones concretas de política exterior. Creo que hasta ahora nadie nos hemos opuesto a que se incluyan estos principios en nuestra Carta Magna.

Pero hay una confusión en lo que se refiere a mezclar, perdón, o a poner el paralelo entre lo que es la crítica a una acción de gobierno, y lo que es la autodenigración. Se puede hacer critica a la política exterior, si partimos del hecho, de la visión de que esto es perfecto, pues ya la amolamos, porque entonces no hay nada que cambiar. Ahí está, si es perfecta, si no hay errores, entonces no hay nada que cuestionar.

La política exterior no es algo abstracto, es algo que está conectado a un contexto económico, político y social; que está íntimamente relacionado a decisiones de gobierno, a decisiones que indudablemente van a determinar si una decisión es correcta o no en mayor o menor medida. En este sentido, tenemos que debatir, tenemos que discutir, lo que implica para nosotros esta práctica de política exterior.

¿Por qué?, porque ahí están los hechos. No voy a repetir de manera profunda lo que hemos dicho anteriormente. Ahí están los convenios con el Fondo Monetario Internacional, Ahí está la apertura a la inversión extranjera. Estos son hechos de la política exterior también porque estas decisiones de carácter económico, no pueden estar desligadas de la política exterior, necesariamente una condiciona a otra y se interrelaciona. Entonces nosotros no podemos, como lo hace el diputado Bremer, hablar de la política exterior en abstracto como si ésta estuviera completamente desligada de lo que es la actitud del gobierno mexicano en política interior y en política económica.

Nosotros pusimos el ejemplo de la venta de petróleo en Nicaragua y preguntábamos: ¿Por qué

se les malbarata el petróleo a los norteamericanos y se regatea en un momento dado el petróleo a Nicaragua?, yo cuestioné: ¿Dónde terminan los principios y empiezan las razones económicas? Y eso es lo que se tiene que contestar, y parece ser que para el gobierno de México, en un momento dado, las razones económicas de su política, son las que se sobreponen muchas veces sobre los principios. Y allí están los ejemplos y allí están los hechos.

Sobre la participación de las dos cámaras en política exterior, nada se responde nada se dice, no porque no se tenga nada que decir seguramente no se quiere decir o no se quiere entrar a debatir. Es todo.

El C. Presidente: - Por consiguiente, consulte la secretaría a la asamblea si después de dar lectura a las proposiciones que se han hecho por los diputados Arturo Whaley Martínez y después por Jesús Díaz Moll, La primera proposición para orientar a la asamblea pidió el diputado Arturo Whaley que se fundamentara en el artículo 148 para que ésta fuera nominal, cosa que vamos a proceder a hacerlo.

Por consiguiente, señor secretario, ruego a usted dé lectura a la proposición del diputado Arturo Whaley Martínez, del Partido Mexicano Socialista.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Propuesta en lo particular del diputado Arturo Whaley, de la fracción parlamentaria del Partido Mexicano Socialista:

«Primera. Agregar en el segundo renglón, después de tratados, la expresión " y convenios".

Segunda. Agregar al final: "Luchas contra toda forma de colonialismo y el no alineamiento a bloque militar alguno".

Tercera. Que sustituya la expresión Senado por la de "Congreso de la Unión".

Por consiguiente, la fracción X del artículo 89 constitucional quedaría: "Artículo 89, fracción X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados y convenios, sometiéndolos a la aprobación del Congreso de la Unión, en la conducción de tal política el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacifica de controversias, la proscripción de la amenaza o uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los estados, la cooperación internacional para el desarrollo, la lucha por la paz y la seguridad internacionales, la lucha contra toda forma de colonialismo y el no alineamiento a bloque militar alguno.»

El C. Presidente: - Proceda a recoger la votación nominal de la proposición hecha por el diputado Whaley Martínez.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones de la presidencia, en votación nominal se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento.

(Votación.)

Ciudadano diputado, se emitieron 57 votos en pro, 189 votos en contra de la proposición.

El C. Presidente: - Desechada la proposición.

Consulte a la asamblea, en votación económica, la proposición de punto de acuerdo del diputado José Ángel Aguirre Romero, del Frente Cardenista.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones de la presidencia, se va a dar lectura a la proposición del diputado José Ángel Aguirre Romero. "Único. Exhórtese al Ejecutivo para que a la brevedad posible, en cumplimiento a los altos principios de nuestra política exterior...

El C. Presidente: - ¿Usted quería hablar en pro de la proposición diputado Hidebrando?... Correcto, tiene usted la palabra.

El C. Hidebrando Gaytán Márquez: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Queremos hacer nuestro más ferviente llamamiento para que esta proposición sea aceptada. Pensamos que ahora que se ha discutido en favor de que la Carta Magna contenga los principios que ha formulado el pueblo mexicano en las relaciones internacionales, es un marco extraordinario para que esta Cámara de Diputados apruebe esta proposición de solidaridad con el pueblo de Nicaragua.

La política internacional de pueblos como el nuestro, que han venido enriqueciendo los principios de la convivencia mundial, tienen como uno de sus objetivos corregir las situaciones que en hechos de fuerza, en hechos de atropello, han cometido los países imperialistas.

Años atrás, con el imperialismo de la época estalla o viene la época contemporánea, particularmente el imperialismo norteamericano.

Compañeros diputados: La proposición que se ha hecho es para que, en apoyo y de acuerdo con estos principios de solidaridad, de cooperación internacional para el desarrollo, el gobierno de México vea la forma para que de inmediato acuda en ayuda del pueblo de Nicaragua, en lo que se refiere a energéticos y alimentos.

Ya la Carta Magna establece el principio de la solidaridad entre los pueblos en el artículo 3o. y cuándo se va a dar la solidaridad entre los pueblos. No se está en la forma en que aquí lo requieren estas condiciones, cuando se tiene una vida normal tanto en la producción como en la vida política y social interna. Pero, como sucede ahora con Nicaragua, en que no existe esta vida normal, porque vive una situación de guerra promovida desde el exterior, una situación de bloqueo económico promovido también desde el exterior, una situación de agresión promovida por el imperialismo norteamericano, la producción agrícola de Nicaragua ha caído y este pueblo requiere de alimentos, la vida toda de Nicaragua requiere de energéticos. Por eso, en estas condiciones anormales, precede ver la relación de México con Nicaragua; en el caso de alimentos y energéticos no desde el plano de la relación comercial, sino desde el nivel político que se apoya en la solidaridad, en la colaboración para que este pueblo lleve adelante su política soberana y de independencia. Tenemos que recordar, además, que Nicaragua, el gobierno sandinista, ha llevado adelante una política externa ajustada a las normas del derecho; apelando al Tribunal de La Haya, y apelando recientemente a la concertación primero mediante el Acta de Contadora y luego con el Tratado de Esquipulas II, que resume en buena parte los principios de Contadora y que traslada en Esquipulas II muchas de las injerencias y atribuciones que deben tener los firmantes de esta acta para llevar adelante la solución del problema centroamericano.

Creemos que es el mejor marco ahora que se ha discutido la política exterior de México, para que esta Cámara de Diputados inaugure, bajo principios que van a quedar ya establecidos en nuestra Carta Magna, su inclinación, su decisión de cómo deben aplicarse estos principios, y qué mejor que aprobando que esta proposición, que tenemos entendido es de acuerdo con el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, sea aprobada, y de esta manera haya una congruencia entre los principios de política externa, los anhelos de solidaridad del pueblo mexicano, y nuestro respaldo y ayuda a un pueblo de Nicaragua que lucha por su desarrollo e independencia con soberanía. Muchas gracias.

El C. Juan José Bremer Martino: - Señor presidente, pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: - Tiene usted el uso de la palabra, diputado Juan José Bremer.

El C. Juan José Bremer Martino: - Señor presidente: Muy brevemente para informar al pleno que hemos conversado con los autores de esta iniciativa, Coincidimos con el fondo de la preocupación, no con los términos en que está planteada, y hemos quedado en que esto se retrabaje, se reformule en el seno de la Comisión de Relaciones Exteriores si el pleno está de acuerdo. Nada más, señor presidente.

El C. Presidente: - De todas manera nosotros tenemos que someter a consideración de la asamblea si acepta o no el punto de acuerdo, ya la situación interna de la comisión será el resultado de las platicas que ustedes lleven a cabo, y podrán presentar otro a la asamblea. Ahorita consulte, en votación económica, una vez que haya leído usted la proposición, si se acepta o se desecha la proposición del punto de acuerdo.

El C. secretario Marco Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, se va a dar lectura a la proposición del diputado José Ángel Aguirre Romero: "Único. Exhórtese al Ejecutivo para que a la brevedad posible, en cumplimiento de los altos principios de nuestra política exterior, particularmente los que se refieren la cooperación internacional para el desarrollo y a la lucha por la paz y seguridad internacional, organice la solidaridad inmediata de la nación mexicana al pueblo de Nicaragua, sobre todo en materia de petróleo y alimentos, para que nuestros hermanos de Centroamérica puedan sostener su autodeterminación política en medio de las adversidades de la naturaleza y el acoso de la contrarrevolución dirigida por el imperialismo norteamericano".

En votación económica, se pregunta si se admite o no discusión la proposición.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, ponerse de pie... Desechada, ciudadano presidente.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría si se encuentra suficientemente discutido el artículo único del proyecto de decreto.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Por instrucciones del ciudadano presidente David Jiménez González, en votación económica se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el proyecto de decreto.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, ciudadano presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de decreto.

Se ruega a la Oficialía Mayor, haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor presidente, se emitieron 245 votos en pro.

El C. Presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto por 245 votos.

Aprobado el decreto que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El C. secretario Marco Antonio Espinoza Pablos: - Pasa a las legislaturas de los estados.

RECESO

El C. Presidente (a las 15:35 horas): - Compañeras y compañeros diputados: Vamos a hacer uso del receso para darnos una hora y poder subir al nuevo comedor de los diputados que ya está abierto y está a nuestra disposición para que todos lo conozcan y aquí a las 16:30 exactamente reanudaremos la sesión. Muchas gracias por su comprensión.

El C. Presidente (16.50 horas): - Se reanuda la sesión.

DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES

El C. Presidente: - El siguiente punto del orden del día es la segunda lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

Atendiendo a que este dictamen ha sido ya impreso y distribuido entre los ciudadanos diputados, consulte la secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia. en votación económica se pregunta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo Se dispensa la lectura al dictamen.

«Comisión de Hacienda.

Honorable asamblea: A la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y de la ley Federal de Instituciones de Fianzas, enviada por la honorable Cámara de Senadores, motivada por la iniciativa que propone el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución federal.

La comisión que suscribe, previo análisis y estudio que se realizaron del proyecto de decreto, materia del presente dictamen, elaborado por la honorable colegisladora, con fundamento en los artículos 56 párrafo segundo y 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea este dictamen con las siguientes

CONSIDERACIONES

Al reconocer que la Constitución es el ordenamiento fundamental y supremo que recoge la teleología del Estado y establece la normatividad esencial que enmarca la actividad del poder público, es evidente que las reformas al Pacto Federal entrañan un imperativo que perfecciona el orden jurídico básico, y ello, consecuentemente, sugiere reordenar oportunamente las leyes que en lo conducente normen algún precepto de la Ley Suprema, a fin de conferirles la validez que requieren.

En efecto, las recientes reformas a la Constitución Política de los Estados Únicos Mexicanos a sus artículos 17, 94, 107 y 116 son la piedra de toque que persigue como propósito primordial tutelar los mecanismos que aseguren

el cumplimiento y vigencia de la efectiva protección y salvaguarda de las garantías individuales, especialmente el relativo a la impartición de justicia, así como la independencia e imparcialidad de los tribunales.

La pronta y expedita impartición de justicia fiscal ha sido propósito principal que cobra vigor con la iniciativa propuesta por el Ejecutivo Federal y se propone dar realización efectiva a los postulados constitucionales, mediante un sistema eficaz que acorde a las formalidades esenciales del procedimiento, permita una descentralización regional del Tribunal Fiscal de la Federación y acceso directo a los contribuyentes de la garantía de impartición de justicia.

Ciertamente, el diseño y funcionamiento del sistema de impartición de justicia en materia fiscal federal debe ser ponderado con el contexto del sistema nacional de contribuciones, el cual a su vez se explica y justifica por el imperativo de expensar los gastos públicos.

Esta comisión coincide con la colegisladora en que la modernización y regionalización integral del sistema de administración de justicia fiscal incide fundamentalmente en el desarrollo del sistema hacendario y en el mejoramiento del proceso de administración de justicia.

De especial relevancia resulta la reasignación de competencias en el Poder Judicial de la Federación, prevista en los artículos 94 y 107 constitucionales, al reserva a la Suprema Corte de Justicia de manera privativa el conocimiento de los amparos contra leyes, reglamentos y otros ordenamientos generales, así como de los asuntos en que se requiera fijar la interpretación directa de un precepto constitucional; y permitiendo asimismo que los tribunales colegiados de circuito conozcan, en exclusiva, de los amparos en que se cuestione la legalidad de los actos de autoridad, incluyendo por cierto, las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación y consecuentemente las revisiones que en su caso interponga la autoridad.

Lo anterior fundamenta el examen de la estructura competencial del Tribunal Fiscal, puesto que con las modificaciones al Pacto Federal, se presenta la oportunidad de erradicar la bifurcación de vías que en materia de recursos tienen actualmente el particular y la autoridad, postergando con ello la pronta resolución de los asuntos.

La justicia fiscal debe ser impartida, necesariamente, por un tribunal eficiente, de manera pronta y expedita; la resolución de los asuntos, por tanto, ha de ser única, clara y ajustada a la ley.

Se debe preservar la supremacía del Poder Judicial de la Federación, para garantizar el cumplimiento de los postulados constitucionales que dan sustento a la división de los supremos poderes de la Federación.

El sistema de impartición de justicia fiscal, producto de la constante preocupación y experiencia de destacados juristas, de diversas época, exige de nueva cuenta modernizar, dentro de un ámbito de simplificación, diversos procedimientos y disposiciones que hagan viable la efectiva impartición de justicia en materia fiscal, en toda la extensión territorial del país.

La característica básica de las reformas es fortalecer las formalidades esenciales del procedimiento en las defensas de los particulares, suprimiendo instancias y procesos repetitivos y dilatorios.

La agrupación de las reformas que contiene la iniciativa del Ejecutivo federal, que acertadamente distingue la colegisladora en la minuta que nos ocupa, se refiere a los siguientes rubros:

Resulta congruente la supresión del ciclo procesal de la impugnación de las notificaciones de créditos fiscales, que dilata por sí innecesariamente el proceso y suspende sin razón el conocimiento del litigio sobre la contribución, mediante la fusión de ésta al medio de defensa principal que puede ser el recurso administrativo contra la resolución que determine o ejecute un crédito fiscal o, incluso, el juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación, con el propósito de simplificar procedimientos, acortado el tiempo de resolución del asunto principal, al mismo tiempo que se da seguridad al particular de ser notificado con certidumbre de la resolución de que se trata en el mismo procedimiento.

De igual tenor resulta la supresión de la instancia de inconformidad contra actas parciales en la fase administrativa, ya que ello no limita el derecho del particular de inconformarse contra los hechos u omisiones consignados en el acta final.

Destacada importancia tendrá la fusión de los recursos de revisión ante la Sala Superior del Tribunal Fiscal y el de revisión fiscal ante los tribunales colegiados de circuito, que toca interponer a la autoridad fiscal, en un solo recurso, propiciando de esta forma que la impugnación relativa se ventile ante el mismo tribunal que conozca del juicio de amparo, que en su caso, haya promovido el contribuyente, lo que evitará la bifurcación de vías, y eliminará el riesgo de contradicción en los fallos. Simultáneamente, se logra la desconcentración de la justicia hacia los diferentes circuitos de jurisdicción que tienen encomendados los tribunales colegiados.

Esta comisión coincide con la iniciativa del Ejecutivo Federal, en el sentido de que la sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación pueda, en primera instancia, siguiendo los lineamientos de la facultad de atracción en el juicio de amparo, resolver aquellos asuntos que por sus características especiales deban ser examinados con mayor individualidad y cuidado. Se toma nota de que la instrucción en estos casos se llevará en las salas regionales.

En cuanto a las reforma planteadas en la iniciativa que se analiza, relacionadas con la modificación en la regulación de la jurisprudencia del Tribunal Fiscal, señalando las vías y el procedimiento para establecerla, resulta apropiado el sistema de precedentes que se propone, pues ello es acorde con la facultad de resolver en definitiva por las salas regionales de dicho tribunal.

La propuesta del Ejecutivo Federal de suprimir el recurso de queja, para evitar que los litigios se concentren en la ciudad de México, es congruente con los propósitos de descentralización y permite por otra parte la uniformidad definitiva de criterios, a través de la jurisprudencia del Poder Judicial de la Federación.

Esta comisión dictaminadora se pronuncia favorablemente por la supresión en los casos de autos admisorios, del recurso de reclamación, toda vez que si hubiera habido violación, ésta podrá ser corregida al dictar sentencia o, en su caso, ser objeto de agravio posterior.

De beneficios innegables será para el contribuyente y para la propia autoridad fiscal la norma que establece la obligación de las salas regionales del Tribunal Fiscal de la Federación, de examinar y resolver todos y cada uno de los diversos conceptos de nulidad que se hagan valer por omisión de formalidades o por violaciones de procedimiento, no obstante que hayan considerado fundado uno de ellos, pues con dicha obligación se evita el reenvío, que es causa de retardo injustificado en la resolución de los asuntos y que implicaría labor injustificada para la justicia federal.

En cuanto a las reformas incorporadas por la colegisladora en la minuta que se dictamina, de manera general se coincide con las mismas pues es evidente su propósito de dar claridad y precisión a las disposiciones que se reforman. En efecto, el plazo establecido para que la afianzadora dé cumplimiento a su obligación es conveniente que sea el mismo que el propio Código Fiscal señala de manera general para el pago de créditos fiscales a cargo de particulares, esto es, dentro del mes siguiente a la fecha en que surta efectos la notificación del requerimiento.

Asimismo, esta comisión estima conveniente que el proyecto especifique que el recurso de oposición al procedimiento administrativo de ejecución en contra del requerimiento de pago hecho a la afianzadora, no procederá contra todos los actos de dicho procedimiento que tengan por objeto hacer efectiva esta clase de fianzas. La justificación de la honorable Cámara de Senadores, obedece a que la afianzadora tiene como medio de defensa principal el juicio fiscal ante el Tribunal Fiscal de la Federación, impugnando el requerimiento de pago.

Por lo que ve a la fijación del monto máximo de la multa aplicable a quien promueve un incidente frívolo e improcedente, es adecuado incrementar su monto hasta cincuenta veces el salario mínimo diario del Distrito Federal, por lo cual se coincide con la colegisladora al igual que en su modificación al artículo 266, con el objeto de simplificar los trámites correspondientes a la recaudación de magistrados y peritos, especialmente en cuanto a la agilización en su sustanciación al regionalizar su interposición.

No puede soslayarse la modificación propuesta por la colegisladora al fijar en tres mil quinientas veces el salario mínimo general diario del Distrito Federal, como requisito formal para la interposición del recurso de revisión, ya que los asuntos de cuantía inferior a la señalada, atinadamente se estimó insuficiente y permitía prever un incremento de este medio de impugnación, recargando con ello el trabajo del Poder Judicial Federal.

Resulta pertinente la adecuación a la estructura orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, así como la consiguiente competencia de la sala superior, ya que ello es congruente con las reformas señaladas anteriormente. Destaca por cierto el establecimiento de la inamovilidad de los magistrados, lo que seguramente contribuirá a acrecentar la independencia e imparcialidad del tribunal.

Esta comisión estima procedentes las reformas propuestas por la colegisladora al aclarar que al término de un primer período, un magistrado podrá ser nuevamente designado si tiene más de sesenta y cinco años de edad, sin exceder de setenta, ya que de otra suerte se le excluye del beneficio de la inmovilidad, desaprovechando una experiencia acumulada en un primer período.

En lo concerniente a las reformas en materia de fianzas, la regulación para hacer efectivas éstas a favor de la Federación permitirá una mayor prontitud en el trámite y jurídicamente resulta más apropiada la inclusión del procedimiento correspondiente, en el Código Fiscal de la Federación.

Las modificaciones introducidas por la colegisladora en este apartado son acertadas, pues aclaran que tratándose de fianzas otorgadas para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, se exigirán aplicando el procedimiento administrativo de ejecución, el cual es regulado con las modalidades que establece el Código Fiscal. Igualmente se coincide en la ampliación del plazo a seis meses para que las afianzadoras adopten las medidas conducentes a regionalizar mediante representaciones las actividades que realizan.

Por lo que ve a la multa establecida hasta de noventa veces el salario mínimo general diario del área geográfica del Distrito Federal, a quienes promueven una queja frívola e improcedente con fundamento en el artículo 239 - ter de la iniciativa analizada; esta comisión, atendiendo al propósito que se pretende con la reforma propuesta de dar mayor jurisdicción a las salas regionales del Tribunal Fiscal, si bien la considera muy elevada, se pronuncia por aceptar a fin de que una vez que entre en vigor dicho precepto, pueda ponderarse con toda objetividad y en su caso, posteriormente proponer alguna adecuación.

Asimismo, respecto a los montos que determina el Código Fiscal de la Federación para el otorgamiento de las garantías fiscales, esta comisión dictaminadora, considera pertinente analizar a la luz de las reformas propuestas, la conveniencia de ajustar dichos montos, así como sugerir a las autoridades hacendarias un estudio detallado para que de ser procedente, en un próximo futuro se promuevan las reformas correspondientes.

Esta comisión considera finalmente, que con esta modernización del sistema de justicia fiscal cristaliza en sus varios postulados, la filosofía de justicia del nuevo artículo 17 constitucional; y que se abre para la justicia administrativa en México una nueva etapa de avance, acorde a los tiempos de las instituciones de la República y de las circunstancias del país, etapa tan importante como el propio establecimiento del Tribunal Fiscal de la Federación y de su regionalización.

Está segura la comisión que con la participación responsable y solidaria de los contribuyentes, del foro, de la administración tributaria y de los integrantes del mismo tribunal, la impartición de justicia fiscal en nuestro país seguirá mereciendo la confianza y respeto que ha sabido ganarse.

En virtud de lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN, DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

CAPITULO I

Código Fiscal de la Federación

Artículo primero. Se reforman los artículos 21, segundo párrafo; 53, fracción I; 120, primer párrafo; 127, primer párrafo; la denominación actual de la Sección Cuarta del Título Quinto por "De la impugnación de las notificaciones"; 129; 133, fracción I; 197; 198, fracción III; 200, tercer párrafo; 202, primer párrafo; 203, primer párrafo; 204, fracción II; 206; 207, primer párrafo; 208 último párrafo; 210; 211, primer párrafo; 214, fracción I; 217, primero y último párrafo; 223, último párrafo; 224; 226; 227; 228; 235; 236; 242; la denominación de la Sección Tercera del Capítulo X, del Título Sexto, por Sección Segunda "De la revisión"; así como los artículos 248; 249; 253; fracción IV; 259; 260 y 261 del Código Fiscal de la Federación; se adicionan los párrafos tercero, cuarto y quinto del artículo 21, pasando los actuales párrafos tercero a sexto a ser los párrafos sexto a noveno respectivamente; 117, con un último párrafo; 124, con las fracciones VI y VII; 126, con un segundo párrafo; 138; 143, con un párrafo final y los incisos a) y b); 202, con un último párrafo; 204, con un último párrafo; 209 - bis; 217, con una fracción V; 228 - bis; 237, con un segundo párrafo, pasando los actuales párrafos segundo y tercero a ser los párrafos tercero y cuarto de dicho artículo; 239 - bis y 239-ter, del citado Código Fiscal de la Federación; y se derogan los artículos 53, fracción II; 116, fracción III; 119; 198, último párrafo; 213, fracción VI; 220; los rubros de la secciones Segunda y Cuarta del Capítulo X, del Título Sexto; así como los artículos 245; 246; 247; 250; y 254, segundo párrafo del propio Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 21..................................................................

Los recargos se causarán hasta por cinco años y se calcularán sobre el total del crédito fiscal, excluyendo los propios recargos, la indemnización a que se refiere el párrafo séptimo de este artículo, los gastos de ejecución y las multas por infracción a disposiciones fiscales.

En los casos de garantía de obligaciones fiscales a cargo de terceros, los recargos se causarán sobre el

monto de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, cuando no se pague dentro del plazo legal.

Cuando el pago hubiera sido menor al que corresponda, los recargos se computarán sobre la diferencia.

Los recargos se causarán por cada mes o fracción que transcurra a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe.

..............................................................................

" "Artículo 53.................................................................

. Se tendrán los siguientes plazos para su presentación:

a) a c).......................................................................

. II. (Se deroga)."

"Artículo 116................................................................

. I a II........................................................................

. III. (Se deroga)."

"Artículo 117................................................................

. I a III.......................................................................

. No procederá el recurso de revocación contra las resoluciones que decidan el procedimiento administrativo de investigación y audiencia."

"Artículo 119. (Se deroga)."

"Artículo 120. La interposición del recurso de revocación será optativa para el interesado antes de acudir al Tribunal Fiscal de la Federación. El de oposición al procedimiento administrativo de ejecución deberá agotarse previamente a la promoción del juicio ante dicho tribunal.

..............................................................................

. "Artículo 124................................................................

. I a V.........................................................................

. VI. En caso de que no se amplíe el recurso administrativo o si en la ampliación no se expresa agravio alguno, tratándose de lo previsto por la fracción II del artículo 129 de este código.

VII. Si son revocados los actos por la autoridad".

"Artículo 126................................................................

. Lo procederá este recurso contra actos que tengan por objeto hacer efectivas fianzas otorgadas en garantía de obligaciones fiscales a cargo de terceros."

"Artículo 127. Cuando el recurso de oposición al procedimiento administrativo de ejecución se interponga porque éste no se ajustó a la ley, las violaciones cometidas antes del remate sólo podrán hacerse valer hasta el momento de la convocatoria en primera almoneda, salvo que se trate de actos de ejecución sobre bienes legalmente inembargables, de actos de imposibles reparación material o de lo previsto por el artículo 129, casos en que el plazo para interponer el recurso se computará a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación del requerimiento de pago o del día siguiente al de la diligencia de embargo.

..............................................................................

" "SECCIÓN CUARTA

De la impugnación de las notificaciones"

"Artículo 129. Cuando se alegue que un acto administrativo no fue notificado o que lo fue ilegalmente, siempre que se trate de los recurribles conforme a los artículos 117 y 118, se estará a las reglas siguientes:

I. Si el particular afirma conocer el acto administrativo, la impugnación contra la notificación se hará valer mediante la interposición del recurso administrativo que proceda contra dicho acto, en el que manifestará la fecha en que lo conoció.

En caso de que también impugne el acto administrativo, los agravios se expresarán en el citado recurso, conjuntamente con los que se formulen contra la notificación.

II. Si el particular niega conocer el acto, manifestará tal desconocimiento interponiendo el recurso administrativo ante la autoridad fiscal competente para notificar dicho acto. La citada autoridad le dará a conocer el acto junto con la notificación que del mismo se hubiere practicado, para lo cual el particular señalará en el escrito del propio recurso, el domicilio en que se le debe dar a conocer y el nombre de la persona facultada al efecto. Si no hace alguno de los señalamientos mencionados, la autoridad citada dará a conocer el acto y la notificación por estrados.

El particular tendrá un plazo de cuarenta y cinco días a partir del siguiente al en que la autoridad se los haya dado a conocer, para ampliar el recurso administrativo, impugnando el acto y su notificación o sólo la notificación.

III. La autoridad competente para resolver el recurso administrativo estudiará los agravios expresados contra la notificación, previamente al examen de la impugnación que, en su caso, se hayan hecho del acto administrativo.

IV. Si se resuelve que no hubo notificación o que fue ilegal, tendrá al recurrente como sabedor del acto administrativo desde la fecha en que manifestó conocerlo o en que se le dio a conocer en los términos de la fracción II, quedando sin efectos todo lo actuado en base a aquélla, y procederá al estudio de la impugnación que, en su caso, hubiese formulado en contra de dicho acto.

Si resuelve que la notificación fue, legalmente practicada y, como consciencia de ello, la impugnación contra el acto se interpuso extemporáneamente, desechará dicho recurso.

En el caso de actos regulados por otras leyes federales, la impugnación de la notificación efectuada por autoridades fiscales se hará mediante el recurso administrativo que, en su caso, establezcan dichas leyes y de acuerdo con lo previsto por este artículo."

"Artículo 133................................................................

. I. Desecharlo por improcedente o sobreseerlo, en su caso.

II a V........................................................................

" "Artículo 138. Cuando se deje sin efectos una notificación practicada ilegalmente, se impondrá al notificador una multa de diez veces el salario mínimo general diario de área geográfica correspondiente al Distrito Federación."

"Artículo 143................................................................

. Tratándose de fianza a favor de la Federación, otorgada para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, al hacerse exigible, se aplicará el procedimiento administrativo de ejecución con las siguientes modalidades:

a) La autoridad ejecutora requerirá de pago a la afianzadora, acompañando copia de los documentos que justifiquen el crédito garantizado y su exigibilidad. Para ello la afianzadora designará, en cada una de las regiones competencia de las salas regionales del Tribunal Fiscal de la Federación, un apoderado para recibir requerimientos de pago y domicilio para dicho efecto, debiendo informar de los cambios que se produzcan dentro de los quince días siguientes al en que ocurran. La citada información se proporcionará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, misma que se publicará en el Diario Oficial de la Federación para conocimiento de las autoridades ejecutoras. Se notificará el requerimiento por estrados en las regiones donde no se haga alguno de los señalamientos mencionados.

b) Si no se paga dentro del mes siguiente a la fecha en que surta efectos la notificación del requerimiento, la propia ejecutora ordenará a la autoridad competente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que remate, en bolsa, valores propiedad de la afianzadora bastante para cubrir el importe de lo requerido y hasta el límite de lo garantizado, y le envíe de inmediato su producto."

"Artículo 197. Los juicios que se promuevan ante el Tribunal Fiscal de la Federación se regirán por las disposiciones de este título. A falta de disposición expresa se aplicará supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles, siempre que se refiera a instituciones previstas en este código y que la disposición supletoria se avenga al procedimiento contencioso que el mismo establece."

"Artículo 198. ..............................................................

. I a II........................................................................

. III. El titular de la dependencia o entidad de la administración pública federal, Procuraduría General de la República o Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de la que dependa la autoridad mencionada en la fracción anterior. En todo caso, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público será parte en los juicios en que se controviertan actos de autoridades federativas coordinadas, emitidos con fundamento en convenios o acuerdos en materia de coordinación de ingresos federales. Dentro del mismo plazo que corresponda a la autoridad demandada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá apersonarse como parte en los otros juicios en que se controvierta el interés fiscal de la Federación.

IV. ..........................................................................

. Ultimo párrafo. (Se deroga)."

"Artículo 200................................................................

. La representación de las autoridades corresponderá a la unidad administrativa encargada de su defensa jurídica, según lo disponga el Ejecutivo Federal en el reglamento o decreto respectivo; o conforme lo establezcan las disposiciones locales, tratándose de las autoridades de las entidades federativas coordinadas.

..............................................................................

.

"Artículo 202. Es improcedente el juicio ante el Tribunal Fiscal de la Federación en los casos, por las causales y contra los actos siguientes:

I a XII.......................................................................

. La procedencia del juicio será examinada aún de oficio."

"Artículo 203. Procede el sobreseimiento:

I a V.........................................................................

" "Artículo 204. ..............................................................

. I.............................................................................

. II. Sean parientes consanguíneos, afines o civiles de alguna de las partes o de sus patronos o representantes, en línea recta sin limitación de grado y en la línea transversal dentro del cuarto grado por consanguinidad y segundo por afinidad.

III a VII.....................................................................

. Los peritos del tribunal estarán impedidos para dictaminar en los actos a que se refiere este artículo."

"Artículo 206. Manifestada por un magistrado la causa de impedimento, el presidente de la sala regional turnará el asunto a la superior, que calificará la excusa y, de ser fundada, designará a quien deba sustituir al magistrado impedido."

"Artículo 207. La demanda se presentará por escrito directamente ante la sala regional en cuya circunscripción radique la autoridad que emitió la resolución impugnada, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación de ésta.

..............................................................................

" "Artículo 208................................................................

. I a VII.......................................................................

. Cuando se omitan los datos previsto en las fracciones II, III, y VII, el magistrado instructor requerirá mediante notificación personal al demandante para que los proporcione en el plazo de cinco días, apercibiéndolo que de no hacerlo en tiempo se tendrá por no presentada la demanda. Si se omiten los datos de la fracción I, el requerimiento se hará mediante notificación por lista."

"Artículo 209 - bis. Cuando se alegue que el acto administrativo no fue notificado o que lo fue ilegalmente, siempre que se trate de los impugnables en el juicio contencioso administrativo, se estará a las reglas siguientes:

I. Si el demandante afirma conocer el acto administrativo, la impugnación contra la notificación se hará valer en la demanda, en la que manifestará la fecha en que lo conoció.

En caso de que también impugne el acto administrativo, los conceptos de nulidad se expresarán en la demanda, conjuntamente con los que se formulen contra la notificación.

II. Si el actor manifiesta que no conoce el acto administrativo que pretende impugnar, así lo expresará en su demanda, señalando la autoridad a quien atribuye el acto, su notificación o su ejecución. En este caso, al contestar la demanda, la autoridad acompañará constancia del acto administrativo y de su notificación, mismo que el actor podrá combatir mediante ampliación de la demanda.

III. El tribunal estudiará los conceptos de nulidad expresados contra la notificación, previamente al examen de la impugnación del acto administrativo.

Si resuelve que no hubo notificación o que fue ilegal, considerará que el actor fue sabedor del acto administrativo desde la fecha en que se le dio a conocer en los términos de la fracción II, quedando sin efectos todo lo actuado en base a aquélla, y procederá al estudio de la impugnación que, en su caso, se hubiese formulado contra dicho acto.

Si resuelve que la notificación fue legalmente practicada, y como consecuencia de ello la demanda fue presentada extemporáneamente, sobreserá el juicio en relación con el acto administrativo combatido."

"Artículo 210. Se podrá ampliar la demanda, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al en que surta efectos la notificación del acuerdo que admita la contestación de la misma, en los casos siguientes:

I. Cuando se impugne una negativa ficta:

II. Contra el acto principal del que derive el impugnado en la demanda, así como su notificación, cuando se den a conocer en la contestación;

III. En los casos previstos por el artículo 209 - bis."

"Artículo 211. El tercero, dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que se corra traslado de la demanda, podrá apersonarse en juicio, mediante escrito que contendrá los requisitos de la demanda o de la contestación,

según sea el caso, así como la justificación de su derecho para intervenir en el asunto.

..............................................................................

" "Artículo 213................................................................

. I a V.........................................................................

. VI. (Se deroga).

..............................................................................

" "Artículo 214................................................................

. I. Copias de la misma y de los documentos que acompañe para el demandante y para el tercero señalado en la demanda.

II y VI.......................................................................

" "Artículo 217. En el juicio contencioso administrativo sólo serán de previo y especial pronunciamiento:

I a IV........................................................................

. V. La recusación por causa de impedimento.

Cuando la promoción del incidente se frívola e improcedente se impondrá a quien lo promueva una multa hasta de cincuenta veces el salario mínimo general diario vigente en el área geográfica correspondiente al Distrito Federal."

"Artículo 220. (Se deroga)."

"Artículo 223................................................................

. Si se declara la nulidad, la sala ordenará reponer la notificación anulada y las actuaciones posteriores. Asimismo, se impondrá una multa al actuario, equivalente a diez veces el salario mínimo general diario del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, sin que exceda del 30% de su sueldo mensual. El actuario podrá ser destituido de su cargo, sin responsabilidad para el Estado en caso de reincidencia."

"Artículo 224. La interrupción por causa de muerte o disolución procederá y se tramitará, conforme a lo previsto en el Código Federal de Procedimientos Civiles."

"Artículo 226. La recusación de magistrados se promoverá ante la sala superior, mediante escrito que se presente en la sala regional respectiva, al que se acompañaran las pruebas que se ofrezcan. El presidente de ésta, dentro de los cinco días siguientes, enviará a la sala superior el escrito de recusación, junto con un informe que el magistrado recusado debe rendir. A falta de informe se presumirá cierto el impedimento. Si la sala superior declara fundada la recusación, el magistrado será sustituido en los términos de la Ley Orgánica del tribunal Fiscal de la Federación.

Los magistrado que conozcan de una recusación son irrecusables para ese solo efecto.

La recusación del perito del tribunal se promoverá ante el magistrado instructor, dentro de los seis días siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acuerdo por el que se le designe.

El instructor pedirá al perito recusado que rinda un informe dentro de los tres días siguientes. A falta de informe se presumirá cierto el impedimento. Si la sala encuentra fundada la recusación subsistirá al perito."

"Artículo 227. Los particulares podrán promover el incidente de suspensión de la ejecución, cuando la autoridad ejecutora niegue la suspensión rechace la garantía ofrecida o reinicie la ejecución, ante el magistrado instructor de la sala regional que conozca del asunto o que haya conocido del mismo en la primera instancia, acompañado copia de los documentos en que se haga constar el ofrecimiento y, en su caso, otorgamiento de la garantía, así cono de la solicitud de suspensión presentada ante la ejecutora y, si la hubiere, la documentación en que conste la negativa de la suspensión, el rechazo de la garantía o el reinicio de la ejecución.

Con los mismos trámites del incidente previsto en el párrafo anterior, las autoridades fiscales podrán impugnar el otorgamiento de la suspensión cuando no se ajuste a la ley.

El incidente previsto en este artículo podrá promoverse hasta que se dicte sentencia o resolución firme de la sala regional, de la sala superior o del Tribunal Colegiado de Circuito, en su caso. Mientras no se dicte la misma, la sala regional podrá modificar o revocar el auto que haya decretado o negado la suspensión, cuando ocurra un hecho superviviente que lo justifique."

"Artículo 228. En el auto que admita el incidente a que se refiere el artículo 227, el magistrado instructor ordenará correr traslado a la autoridad a quien se impute el acto, pidiéndole un informe que deberá rendir en un plazo de tres días. Asimismo, podrá decretar la suspensión provisional de la ejecución. Si la autoridad ejecutora no rinde el informe o si éste no se refiere específicamente a los hechos que le impute el promovente, se tendrán éstos por ciertos.

Dentro del plazo de cinco días a partir de que haya recibido el informe, o de que haya vencido el término para presentar lo, la sala dictará resolución en la que decrete o niegue la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución o decida sobre la admisión de la garantía ofrecida.

Si la autoridad no da cumplimiento a la orden de suspensión o de admisión de la garantía, la sala regional declarará la nulidad de las actuaciones realizadas con violación a la misma e impondrá a la autoridad renuente una multa de uno a tres tantos del salario mínimo general del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, elevado al mes.

Si el incidente es promovido por la autoridad por haberse concedido indebidamente una suspensión, se tratará lo conducente en los términos de este precepto."

"Artículo 228 - bis. Cuando se promueva alguno de los incidentes previstos en el artículo 217, se suspenderá el juicio en el principal hasta que se dicte la resolución correspondiente.

Los incidentes a que se refieren las fracciones I, II, IV y V de dicho artículo, únicamente podrán promoverse hasta antes de que quede cerrada la instrucción, en los términos del artículo 235 de este código.

Cuando se promuevan incidentes que no sean de previo y especial pronunciamiento, continuará el trámite del proceso.

Si no está previsto algún trámite especial, los incidentes se sustanciarán corriendo traslado de la promoción a las partes por el término de tres días. Con el escrito por el que se promueva el incidente o se desahogue el traslado concedido, se ofrecerán las pruebas pertinentes y presentarán los documentos, los cuestionarios e interrogatorios de testigos y peritos, siendo aplicables para las pruebas pericial y testimonial las reglas relativas del principal.

Los autos que admitan la demanda, la contestación, la intervención del tercero perjudicado o alguna prueba, podrán ser objetados por las partes, mediante escrito que presentarán en el plazo de cinco días; objeción que se decidirá en la resolución que ponga fin al juicio o en la sentencia respectiva."

"Artículo 235. El magistrado instructor, diez días después de que haya concluido la sustanciación del juicio y no existiere ninguna cuestión pendiente que impida su resolución, notificará por lista a las partes que tienen un término de cinco días para formular alegatos por escrito. Los alegatos presentado en tiempo deberán ser considerados al dictar sentencia. Al vencer el plazo de cinco días a que se refiere el párrafo anterior, con alegatos o sin ellos, quedará cerrada la instrucción, sin necesidad de declaratoria expresa."

"Artículo 236. La sentencia se pronunciará por unanimidad o mayoría de votos de los magistrados integrantes de la sala, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que se cierre la instrucción en el juicio. Para este efecto, el magistrado instructor formulará el proyecto respectivo dentro de los cuarenta y cinco días siguientes al cierre de la instrucción. Para dictar resolución en los casos de sobreseimiento por alguna de las causas previstas en el artículo 203 de este código, no será necesario que se hubiese cerrado la instrucción.

Cuando la mayoría de los magistrado estén de acuerdo con el proyecto, el magistrado disidente podrá limitarse a expresar que vota en contra del proyecto o formular voto particular razonado, el que deberá presentar en un plazo que no exceda de diez días.

Si el proyecto no fue aceptado por los otros magistrados de la sala, el magistrado instructor engrosará el fallo con los argumentos de la mayoría y el proyecto podrá quedar como voto particular."

"Artículo 237.................................................................

Cuando se hagan valer diversos conceptos de nulidad por omisión de formalidades o violaciones de procedimientos, la sentencia o resolución de la sala deberá examinar y resolver cada uno, aun cuando considere fundado alguno de ellos.

.............................................................................."

"Artículo 239 - bis. La Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, de oficio o a petición fundada de la sala regional correspondiente o de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá resolver los juicios que por sus características especiales así lo ameriten.

Revisten estas características los juicios en que:

I. El valor del negocio exceda de cien veces el salario mínimo general vigente para el área geográfica del Distrito Federal, elevado al año.

II. Para su resolución sea necesario establecer, por primera vez, la interpretación directa de una ley o fijar el alcance de los elementos constitutivos de una contribución.

Si la sala superior decide ejercer de oficio la facultad a que este artículo se refiere, lo comunicará a la sala regional antes de que ésta admita la contestación de la demanda.

La petición de la citada Secretaría podrá presentarse antes de que se acuerde dicha admisión, en escrito dirigido a la sala superior, por conducto de la sala regional respectiva, y acompañado de las constancias necesarias.

Cuando la sala regional proponga que un asunto sea resuelto por la sala superior, acordará enviar a ésta la petición, en el auto que admita la contestación de la demanda.

Los acuerdos de la sala superior que admitan la petición o que de oficio decidan resolver el juicio, serán notificados personalmente a las partes por la sala regional. Al efectuar la notificación, se les requerirá que señalen domicilio para recibir notificaciones en la sede de la sala superior, así como que designen persona autorizada para recibirlas o, en el caso de las autoridades, que señalen a su representante en dicha sede, apercibiendo a las propias partes que de no hacerlo, la resolución que dicte la sala superior les será notificada por lista.

Una vez cerrada la instrucción del juicio, la sala regional remitirá el expediente original a la sala superior. Recibido éste, el presidente de la sala superior designará magistrado ponente."

"Artículo 239 - ter. En los casos de incumplimiento de sentencia firme, la parte afectada podrá ocurrir en queja, por una sola vez, ante la sala regional que instruyó en primera instancia el juicio en que se dictó la sentencia, de acuerdo con las siguientes reglas:

I. Procederá contra la indebida repetición de un acto o resolución anulado; así como cuando en el acto o resolución emitido para complementar una sentencia, se incurra en exceso o defecto en su cumplimiento. No procederá respecto de actos negativos de la autoridad administrativa.

II. Se interpondrá por escrito ante el magistrado que actuó cono instructor, dentro de los quince días siguientes al día en que surta efectos la notificación del acto o resolución que la provoca. En dicho escrito se expresarán las razones por las que se considera que hubo exceso o defecto en el cumplimiento de la sentencia, o bien repetición del acto o resolución anulado.

El magistrado instructor pedirá un informe a la autoridad a quien se impute el incumplimiento de la sentencia, que deberá rendir dentro del plazo de cinco días, en el que, en su caso, se justificará el acto o resolución que provocó la queja. Vencido dicho plazo, con informe o sin él, el magistrado instructor dará cuenta a la sala, la que resolverá dentro de cinco días.

III. En caso de que haya repetición del acto anulado, la sala hará la declaratoria correspondiente, dejando sin efectos el acto repetido, y la notificará al funcionario responsable de la repetición, ordenándole que se abstenga de incurrir en nuevas repeticiones.

La resolución a que se refiere esta fracción se notificará también al superior del funcionario responsable, para que proceda jerárquicamente y la sala impondrá a éste una multa hasta de noventa veces el salario mínimo general diario vigente en el área geográfica correspondiente al Distrito Federal.

IV. Si la sala resuelve que hubo exceso o defecto en el cumplimiento de la sentencia, dejará sin efectos el acto o resolución que provocó la queja y concederá al funcionario responsable veinte días para que dé el cumplimiento debido al fallo, señalando la forma y términos, precisados en la sentencia, conforme a los cuales deberá cumplir.

V. Durante el trámite de la queja se suspendiera el procedimiento administrativo de ejecución, si se solicita ante la oficina ejecutora, y se garantiza el interés fiscal en los términos del artículo 144.

A quien promueva una queja frívola e improcedente se le impondrá una multa hasta de noventa veces el salario mínimo general diario vigente en el área geográfica correspondiente al Distrito Federal."

"Artículo 242. El recurso de reclamación procederá ante la sala regional, en contra de las resoluciones del magistrado instructor que desecha la demanda, la contestación o alguna prueba, que decreten el sobreseimiento del juicio o aquellas que rechacen la intervención del tercero. La reclamación se interpondrá dentro de los cinco días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación respectiva."

"Sección Segunda. (Se deroga el rubro)"

"Artículo 245. (Se deroga)"

"Artículo 246. (Se deroga)"

"Artículo 247. (Se deroga)"

"SECCIÓN SEGUNDA"

De la revisión

"Artículo 248. Las resoluciones de las salas regionales que decreten o nieguen sobreseimientos

y las sentencias definitivas, podrán ser impugnadas por la autoridad, a través de la unidad administrativa encargada de su defensa jurídica, interponiendo el recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado de Circuito competente en la sede de la sala regional respectiva, mediante escrito que presente ante esta última dentro del término de quince días siguientes al día en que surta efectos su notificación, por violaciones procesales cometidas durante el juicio, siempre que afecten las defensas del recurrente y trasciendan al sentido del fallo, o por violaciones cometidas en las propias resoluciones o sentencias; cuando la cuantía del asunto exceda de tres mil quinientas veces el salario mínimo general diario del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, vigente en el momento de su emisión.

En el caso de contribuciones que deban determinarse o cubrirse por periodos inferiores a doce meses, para determinar la cuantía del asunto se considerará el monto que resulte de dividir el importe de la contribución entre el número de meses comprendidos en el período que corresponda y multiplicar el cociente por doce.

Cuando la cuantía sea inferior a la que corresponda conforme al primer párrafo o sea indeterminada, el recurso procederá cuando el negocio sea de importancia y transcendencia, debiendo el recurrente razonar esa circunstancia para efectos de la admisión del recurso. En materia de aportaciones de seguridad social, se presume que tienen importancia y trascendencia los asuntos que versen sobre la determinación de sujetos obligados, de conceptos que integran la base de cotización y del grado de riesgo de las empresas para los efectos del seguro de riesgos del trabajo.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá interponer el recurso, cuando la resolución o sentencia afecte el interés fiscal de la Federación y, a su juicio, el asunto tenga importancia, independientemente de su monto, por tratarse de la interpretación de leyes o reglamentos, de las formalidades esenciales del procedimiento, o por fijar el alcance de los elementos constitutivos de una contribución.

El recurso de revisión también será procedente contra las resoluciones o sentencias que dicte la sala superior del tribunal, en los casos a que se refiere el artículo 239 - bis.

En los juicios que versen sobre resoluciones de las autoridades fiscales de las entidades federativas coordinadas en ingresos federales, el recurso sólo podrá ser interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."

"Artículo 249. Si el particular interpuso amparo directo contra la misma resolución o sentencia impugnada mediante el recurso de revisión, el Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del amparo resolverá el citado recurso, lo cual tendrá lugar en la misma sesión en que decida el amparo."

"Sección Cuarta. (Se deroga el rubro)"

"Artículo 250. (Se deroga)"

"Artículo 253.................................................................

I a III........................................................................

IV. El auto de la sala regional que dé a conocer a las partes que el juicio será resuelto por la sala superior.

V a VII......................................................................."

"Artículo 254.................................................................

Segundo párrafo. (Se deroga)"

"Artículo 259. Las tesis contenidas en las sentencias que dicten las salas regionales del Tribunal Fiscal de la Federación constituirán precedente para la sala haya sustentado, así como para las otras que conozcan de casos iguales, cuando hayan sido publicadas en la Revista del Tribunal.

Las tesis que sustente la sala superior al resolver los juicios con características especiales, a que se refiere el artículo 239 - bis, constituirán precedente para el tribunal, a partir de su publicación en la citada revista.

La sala de que se trate aprobará la tesis que constituye precedente, la síntesis y el rubro, así como la numeración que le corresponda en el orden de los que haya dictado, hecho lo cual la sala superior ordenará su publicación en la Revista del Tribunal."

"Artículo 260. Cuando las salas regionales sustenten un criterio distinto al de un precedente, expresarán en la sentencia las razones por las que dejan de aplicarlo y enviarán a la sala superior copia de la misma para que resuelva el que deba prevalecer.

En caso de contradicción de sentencias, cualquiera de los magistrados del tribunal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las partes en los juicios en que tales tesis se sustentaron, podrán

denunciarla ante la sala superior para que ésta decida cuál tesis debe prevalecer.

La resolución que pronuncie la sala superior en los casos a que este artículo se refiere, sólo tendrá efectos para fijar jurisprudencia y no afectará las resoluciones dictadas en los juicios correspondientes."

"Artículo 261. AL recibir la sentencia que deje de aplicar algún precedente o la denuncia de contradicción, la sala superior establecerá la tesis que deba prevalecer, misma que constituirá jurisprudencia obligatoria para el tribunal, siempre que se apegue a la jurisprudencia que, en su caso, hayan formado los tribunales del Poder Judicial de la Federación.

También constituirá jurisprudencia la tesis sostenida por la sala superior al resolver los juicios con características especiales, previstos en el artículo 239 - bis, siempre que se sustente en tres resoluciones no interrumpidas por otra en contrario y cumpla con el requisito señalado por el párrafo anterior.

La sala superior deberá aprobar la tesis jurisprudencial, la síntesis y el rubro que corresponda, y ordenará su publicación en la Revista del Tribunal. Una vez formada la jurisprudencia respectiva señalar también la numeración progresiva que le corresponda.

Los magistrados de la sala superior podrán proponer a ésta que modifique su jurisprudencia, cuando haya razones fundadas que lo justifiquen. Las salas regionales también podrán proponer la modificación, expresando a la sala superior los razonamientos que sustenten la propuesta.

Cuando una sala regional dicte una resolución o sentencia contraviniendo la jurisprudencia del tribunal, la sala superior solicitará a los magistrados que hayan votado a favor de dicha resolución o sentencia que le rindan un informe y, una vez confirmado el incumplimiento, los apercibirá y, en caso de reincidencia, les aplicará la sanción administrativa que corresponda, en los términos de la ley de la materia.

Disposiciones transitorias

Para efectos de lo establecido por el artículo primero de este decreto , se estará a las siguientes disposiciones transitorias:

Primera. Las recargos previstos en el párrafo tercero adicionado al Artículo 21 del Código Fiscal de la Federación, en los casos de garantía de obligaciones fiscales a cargo de terceros, se causarán respecto de aquellas que se otorguen a partir de la vigencia de este decreto.

Segunda. Los procedimientos, trámites y recursos administrativos, así como los incidentes, recursos de reclamación y trámites en el juicio contencioso administrativo, que se hubieren iniciado antes de la vigencia de este decreto, continuarán su sustanciación y se resolverán conforme a las disposiciones legales vigentes a la fecha en que se iniciaron.

Cuando antes de la vigencia de este decreto haya comenzado a correr el plazo para la interposición de algún medio de defensa, éste se interpondrá, sustanciará y resolverá conforme a las disposiciones vigentes en la fecha en que dichos plazos se iniciaron.

Tercera. en los juicios en trámite a la fecha de la vigencia de este decreto, podrá interponer el recurso de revisión la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica de la autoridad, que tenga reconocida la presentación en el juicio correspondiente o que haya venido actuando en el mismo con dicha representación.

Cuarto. La sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación continuará el trámite y resolverá los recursos de revisión que las autoridades hubieren interpuestos con anterioridad a la vigencia de este decreto.

Contra las resoluciones definitivas que dicte la sala superior en los recursos de revisión a que se refiere el párrafo anterior, procederá el recurso de revisión fiscal conforme a lo ordenado por el Código Fiscal de la Federación en las disposiciones que por virtud de este decreto se reforman, el que será resuelto por los tribunales colegiados de circuito conforme al procedimiento previsto para la revisión en amparo indirecto.

Quinta. La sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación continuará el trámite hasta la resolución definitiva de los recursos de queja interpuestos con anterioridad a la vigencia de este decreto, concretándose, al resolver, a decidir si son o fundados los agravios, pero sin la resolución forme jurisprudencia.

Sexta. Los juicios en que, a la fecha de iniciación de vigencia de este decreto, no hubiere concluido el término para la interposición del recurso de revisión o el de revisión fiscal, previstos por las disposiciones que se reforman, y éstos no se presentaron, las autoridades interpondrán el recurso de revisión establecido por el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, reformado por este decreto, ante el tribunal

Colegiado de Circuito que corresponda, antes del vencimiento.

Séptima. La representación de las autoridades en todas las instancias del juicio se tendrán por acreditada, si habiéndose iniciado éste antes de la vigencia de este decreto, al presentarse la contestación de la demanda, se satisfacen los requisitos que con anterioridad fueron exigidos para acreditarla. En estos casos, si de conformidad con las disposiciones legales, surgiere otro representante con posterioridad, la sustitución se acreditará en el juicio por la autoridad.

Octava. La jurisprudencia que haya establecido la sala superior del Tribunal Fiscal de la Federación antes de la fecha en que rija este decreto, conservará su vigencia, pero podrá ser modificada en los casos y términos que señalan las leyes.

CAPITULO II

Ley Orgánica de Tribunal Fiscal de la Federación

Artículo 2o. Se reforman los artículos 3o.; 4o; 13; 15, fracción II; 19, fracciones V, VI y XV; 22; 23, fracción VIII; 27; 28; 29, fracción VII; y 30, fracción III de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación; se adicionan, un párrafo segundo al artículo 4o; las fracciones III, IV y V al artículo 16, cambiando la numeración de las actuales fracciones III a XIII que pasan a ser las fracciones VI a XVI de dicho artículo, y además se reforman las disposiciones que, conforme a la numeración modificada, quedan contenidas en las fracciones VI, VIII, IX y X del propio artículo 16; una fracción IX al artículo 23, pasando la actual fracción IX a ser la fracción X de dicho artículo 23; y un párrafo tercero al artículo 24, pasando los actuales párrafos tercero y cuarto a ser los párrafos cuarto y quinto, respectivamente, de dicho artículo 24, a la citada Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 3o. El Presidente de la República, con la aprobación del Senado, nombrará a los magistrados del Tribunal Fiscal de la Federación para integrar la sala superior o las salas regionales. También designará hasta tres magistrados supernumerarios, quienes suplirán las ausencias de los magistrados de las salas regionales.

Los magistrados del tribunal durarán seis años en el ejercicio de su encargo, los que se contarán a partir de la fecha de su designación.

Si el término del citado período, los magistrados de la sala superior o los de las salas regionales fueren designados nuevamente, sólo podrán ser privados de sus puestos en los casos y de acuerdo con el procedimiento aplicable para los magistrados y jueces inamovibles del Poder Judicial de la Federación. Cuando antes de que concluya el período de su encargo, un magistrado de sala regional sea designado magistrado de sala superior o viceversa, el término se contará a partir de la nueva designación.

En los recesos de la Cámara de Senadores, los nombramientos que haga el Presidente de la República se someterán a la aprobación de la Comisión Permanente."

"Artículo 4o. Para ser magistrado del Tribunal Fiscal de la Federación se requiere ser mexicano por nacimiento, mayor de treinta y cinco años y sin exceder de sesenta y cinco años de edad al día de la designación, de notoria buena conducta, licenciado en derecho con título registrado, expedido cuando menos seis años antes de dicha fecha y con cinco años de práctica en materia fiscal. Al término de un primer período, un magistrado podrá ser nuevamente designado si tiene más de sesenta y cinco años, sin exceder de setenta.

Es causa de retiro forzoso de un magistrado, haber cumplido setenta años de edad o padecer incapacidad física o mental para desempeñar el cargo."

Artículo 13. Para fijar o modificar jurisprudencia se requerirá que voten en igual sentido, cuando menos seis de los magistrados de la sala superior. Cuando no se logre esta mayoría en dos sesiones, se tendrá por desechado el proyecto y el presidente del tribunal designará otro magistrado distinto del ponente para que en el plazo de quince días formule nuevo proyecto."

"Artículo 15..................................................................

I..............................................................................

II. Resolver los juicios con características especiales, en los casos establecidos por el Código Fiscal de la Federación.

III a VI......................................................................"

"Artículo 16..................................................................

I a II.........................................................................

III. Dirigir la buena marcha del tribunal y la pronta impartición de justicia;

IV. Evaluar el funcionamiento de las salas regionales y dictar las medidas que sean necesarias para mejorarlo;

V. Dictar las medidas que sean necesarias para investigar las responsabilidades de los servidores públicos establecidas en la ley de la materia; aplicar a los magistrados, secretarios, actuarios, peritos y demás servidores públicos del tribunal, las sanciones administrativas correspondientes, y proponer a la autoridad competente su aplicación, en el caso de destitución de magistrado;

VI. Fijar y cambiar la adscripción de los magistrados de las salas regionales, de los secretarios, de los actuarios y de los peritos del tribunal;

VII...........................................................................

. VIII. Nombrar al secretario general de acuerdos, al oficial mayor, a los secretarios y actuarios del tribunal y a los peritos del mismo, así como acordar lo que proceda respecto a su remoción;

IX. Acordar el nombramiento, cambio de adscripción y la remoción de los empleados administrativos del tribunal, cuando proceda conforme a la ley;

X. Conceder licencias a los magistrados, hasta por un mes cada año con goce de sueldo, siempre que exista causa justificada para ello y no se perjudique el funcionamiento del tribunal y, en los términos de las disposiciones aplicables, a los secretarios, actuarios, peritos y personal administrativo del tribunal;

XI a XVI......................................................................

" "Artículo 19.................................................................

. I a IV........................................................................

. V. Someter al conocimiento de la sala superior las contradicciones de sentencias dictadas por las salas regionales;

VI. Dar cuenta a la sala superior de las excitativas de justicia y tramitar los demás asuntos competencia de la misma hasta ponerlos en estado de resolución;

VII a XIV......................................................................

XV. Publicar los precedentes y la jurisprudencia del tribunal."

"Artículo 22. En cada una de las regiones habrá una sala regional, con excepción de la metropolitana, y de la Hidalgo - México, donde habrá seis y dos salas regionales, respectivamente."

"Artículo 23..................................................................

I a VII........................................................................

VIII. Las que constituyen créditos por responsabilidades contra servidores públicos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal o de los organismos públicos descentralizados federales o del propio Departamento del Distrito Federal, así como en contra de los particulares involucrados en dichas responsabilidades;

IX. Las que requieran el pago de garantías de obligaciones fiscales a cargo de terceros , y

X............................................................................."

"Artículo 24..................................................................

Será competente para conocer de los juicios que se promuevan contra el requerimiento de pago de las garantías de obligaciones fiscales a cargo de tercero, en la sala en cuya circunscripción territorial tenga su sede la autoridad que haga dicho requerimiento.

............................................................................. "

"Artículo 27. Las diligencias o audiencias previstas por las leyes para ser practicadas por las salas regionales, serán públicas, salvo los casos en que la moral, el interés público o la ley exijan que sean secretas."

"Artículo 28. Son también atribuciones de las salas regionales:

I. Designar anualmente a su presidente, quien podrá ser reelecto, y

II. Las demás que establezcan las leyes."

"Artículo 29..................................................................

I a VI..........................................................................

VII. Rendir oportunamente a la sala superior, con la periodicidad que ésta acuerde, los informe sobre el funcionamiento de la sala regional y, al presidente del tribunal, un informe anual de las labores de la sala regional y de los principales precedentes dictados por ella, a fin de que prepare el informe que debe rendir a la citada sala superior."

"Artículo 30..................................................................

I y II.........................................................................

III. Admitir o rechazar la intervención del tercero;

IV a IX.............."

Disposiciones transitorias

Para efectos de lo establecido por este artículo, se estará a las siguientes disposiciones transitorias:

Primera. Entrarán en vigor el 1o. de enero de 1991, la reforma al artículo 3o. y la adición del segundo párrafo del artículo 4o., de y a la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación.

Segunda. El Presidente de la República, a solicitud de la sala superior, dictará al acuerdo de iniciación de actividades de a segunda sala regional Hidalgo - México, cuando así lo exija el número de juicios que se promuevan en la región.

CAPITULO III

Ley Federal de Instituciones de Fianzas

Artículo tercero. Se reforma el primer párrafo del artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para quedar como sigue:

"Artículo 95. Las fianzas que las instituciones otorguen a favor de la Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, se harán efectivas conforme a las reglas que a continuación se señalan, excepto las que se otorguen a favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, caso en que se estará a lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación.

I a VI................................"

Disposición transitoria

Para efectos de lo dispuesto por este artículo, se estará a la siguiente disposición transitoria:

Única. Los procedimientos de ejecución de fianzas otorgadas a favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, que se hubieren iniciado antes de la vigencia de este decreto, continuarán su trámite hasta su conclusión en los términos establecidos por el artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

TRANSITORIOS

Artículo único. El presente decreto entrará en vigor el 15 de enero de 1988, excepto las adiciones de un segundo párrafo al artículo 126 de un párrafo final y los incisos a) y b)al artículo 143 del Código Fiscal de la Federación, establecidas por el artículo primero, así como lo dispuesto por el artículo tercero de este decreto, que entrará en vigor el 30 de junio de 1988.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, Distrito Federal, a 23 de diciembre de 1987.- Luis Manuel Orcí Gándara, Porfirio Camarena Castro, Hesiquio Aguilar de la Parra, Amíclar Aguilar Mendoza, Oscar Aguirre López, Jorge Alcocer Villanueva, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Rebeca Arenas Martínez, Carlos Barrera Auld, J. Eduardo Beltrán Hernández, Roberto Calderón Tinoco, Carlos Enrique Cantú Rosas, Gonzalo Castellot Madrazo, Heberto Castillo Martínez, José Ángel Conchello Dávila, Luis Donaldo Colosio Murrieta, Jesús Alcántara Miranda, Carlos Palafox Vázquez, Jorge Antonio Díaz de León Valdivia, Máximo de León Garza, Blanca Esponda de Torres, Félix Flores Gómez, Jorge Flores Solano, Oswaldo García Criollo, José Ramón García Soto, Javier Garduño Pérez, Alejandro Gascón Mercado, Ángel Sergio Guerrero Mier, Luis Ignacio López Moctezuma y Torres, Rafael López Zeda, Amado Llaguno Mayaudón, Alberto Mercado Araiza, Adrián Mora Aguilar, Alejandro Ontiveros Gómez, Humberto Rice García, Jesús Ricardo Canavati Tafich, Alma Guadalupe Salas Montiel, Jorge Eugenio Ortiz Gallegos, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, Graco Ramírez Garrido Abreu, Alfonso Reyes Medrano, Eduardo Robledo Rincón, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Héctor Terán Terán, Fernando Ulibarri Pérez, Roberto Valdespino Castillo, Francisco Javier Morales Aceves, Ricardo Regalado Hernández, Sócrates Rizzo García, Arturo Alvarez Márquez, Javier Vega Camargo y Agustín Nieto Suárez.»

Trámite: - Segunda lectura.

El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión en lo general.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, especificando el artículo de la ley que desea impugnar, y el artículo del decreto que lo contiene...

Atendiendo a que no hay ningún diputado que quiera inscribirse en lo general y en lo particular y no se ha reservado artículo ninguno, vamos a proceder, de inmediato, a tomar la votación nominal en lo general y en lo particular.

El C. secretario Antonio Sandoval González: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en un solo acto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Señor presidente, se emitieron 215 votos en pro y ocho abstenciones.

El C. Presidente: - Aprobado en lo general y en lo particular el decreto, por 215 votos, que reforma, adiciona y deroga diversos disposiciones del Código Fiscal de la Federación, de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

INSCRIPCIÓN PARA INTERVENCIONES

El C. Presidente: - Compañeras y compañeros diputados: Se han inscrito nueve compañeros para hacer proposiciones; esta presidencia va a dar lectura a cada uno de ellos: Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Partido Popular Socialista; Gonzalo Altamirano Dimas, Partido Acción Nacional; Francisco Hernández Juárez, Partido Popular Socialista; Héctor Calderón Hermosa, Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Héctor Morquecho Rivera, Partido Popular Socialista; Beatriz Gallardo Macías, Frente Cardenista; Hildebrando Gaytán Márquez, Partido Popular Socialista; Manuel Bribiesca, Partido Acción Nacional y Javier Paz Zarza, Partido Acción Nacional.

Tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

REDUCCIÓN DE SALARIOS A FUNCIONARIOS

El C. Cuauhtémoc Amezcua Dromundo: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: Luego de que en condiciones de seria irregularidad, la Cámara de Diputados y el Senado han aprobado la Ley de Ingresos de la Federación, Ley de Ingresos a la que se han reducido 27 billones de pesos, sobre lo que era el proyecto inicial, que ya de suyo era sumamente reducción, para atender las necesidades de inversión productiva y de atención social adecuada a las necesidades de la población, estamos ante el problema de ver cómo se van a manejar esos exiguos recursos para atender todas estas necesidades.

En esa virtud y frente a la tremenda injusticia con que se distribuye la renta nacional; frente a la insuficiencia del salario de los trabajadores, en todos sus niveles, o casi en todos y sobre todo el salario mínimo que está ya muy lejos de cumplir con la norma constitucional, tres fracciones parlamentarias presentes en esta LIII Legislatura de la Cámara de Diputados, la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, la fracción parlamentaria del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional y la fracción parlamentaria de mi partido, el Partido Popular Socialista, someterán a la consideración de ustedes, el siguiente.

PUNTO DE ACUERDO

«Único; La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en uso de sus facultades constitucionales, acuerda recomendar al ejecutivo, las siguientes medidas, dada la difícil situación económica por la que atraviesa la nación el violento empobrecimiento a que ha sido sometido el pueblo:

a) Se reduzca el suelo del Presidente de la República a la mitad del actual, para quedar en 6 millones 767 mil 396 pesos con 50 centavos, mensuales.

b) Se reduzcan los sueldos de los secretarios de despacho a la mitad de los vigentes, para quedar en 3 millones 642 mil 66 pesos con 50 centavos, mensuales.

c) Se reduzca los salarios de los subsecretarios de despacho a la mitad de los actuales, para quedar en 3 millones 216 mil 721 pesos mensuales.

d) Se reduzcan los sueldos de los oficiales mayores a la mitad de los actuales para quedar en 2 millones 632 mil 20 pesos mensuales.

e) Se reduzcan los sueldos de los coordinadores generales de secretarías de Estado a la mitad de los actuales, para quedar en 2 millones 71 mil 985 pesos mensuales.

f) Se reduzcan los sueldos de los directores generales y secretarios encargados de despacho a la mitad de los actuales, para quedar en un millón 677 mil 327 pesos.

Esos volúmenes de salario para estos funcionarios serían más que suficientes para mantener un nivel de vida no sólo decoroso sino holgado, y si así lo aprueba esta Legislatura y el Ejecutivo acata la recomendación podría recuperar la credibilidad que ha perdido cuando habla de concertación y de solidaridad frente a los grandes problemas económicos de la nación.»

Dejo la proposición en manos de la secretaría. Muchas gracias por su atención.

El C. Presidente: - Oradores en pro, de conformidad al artículo 58 fracción II... Oradores en contra...

Consulte la secretaría, de acuerdo con lo que establece la fracción III del mencionado precepto, si se admite o no a discusión la proposición hecha por el ciudadano diputado Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - En votación económica se pregunta si se admite a discusión la proposición.

Los que estén por la afirmativa, ponerse de pie.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, ponerse de pie... Desechada, señor presidente.

CONTROL GENERALIZADO DE CAMBIOS

El C. Presidente: - Ha pedido hacer el uso de la palabra el ciudadano diputado Gonzalo Altamirano Dimas, del Partido Acción Nacional, para hacer una proposición.

Declina el diputado Gonzalo Altamirano Dimas.

El C. Presidente: - Le corresponde el turno al ciudadano diputado Francisco Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista, para hacer una proposición.

El C. Francisco Hernández Juárez: - Señor presidente; señoras y señores diputados: La libertad de cambio representa una puerta ancha para la fuga de capitales y de saqueo de divisas, representa también una actividad ilícita, especulativa, que debe ser sanciona da enérgicamente con cárcel y sanciones económicas y que debe ser condenada además moral y políticamente, por las graves consecuencias económicas que genera. En esta actividad ilícita nada tiene que ver los trabajadores del campo y la ciudad, que son lo que realmente crean la riqueza y sólo la practican un pequeño número de personas que generalmente actúan subrepticiamente, a escondidas y en forma fraudulenta.

Esta política libre cambista y de especulación, ha tenido que ver en gran medida en la grabación de la crisis económica de nuestro país, por la descapitalización y especulación de divisas. Con las últimas devaluaciones queda claro que la especulación en la bolsa de valores y de dólares ha acabado la expectativa de recuperación económica.

Hay visibles conexiones entre la tasa de devaluación y la tasa de inflación, es decir, es evidente que uno de los factores fundamentales de orden objetivo y de orden especulativo que alimentan la inflación, es la devaluación. La devaluación agrede con mayor violencia a los pobladores de la zona fronteriza, particularmente a los trabajadores, obreros y campesinos, empleados y amplios sectores de la población empobrecida.

El descontrol de la paridad cambiara brutal del actual sexenio ha incidido en el desplome del salario del trabajador mexicano, que en lo que va del sexenio ha caído en la tabla comparativa internacional, superándolo alrededor de 40 países, es decir, 40 naciones cuyos salarios comparativos estaban por debajo de los vigentes en nuestro país en 1982, ahora están arriba, entre ellos algunos que son verdaderos enclaves coloniales como Singapur, Taiwán, Hong - kong y Corea.

El control de cambio generalizado en los últimos meses en que tuvo vigencia adoleció de algunas deficiencias por errores de carácter técnico y de aplicación, podría haber sido mejoradas pero no solamente no se corrigieron esas deficiencias, sino que hubo un verdadero sabotaje, sobre todo en el primer mes del actual gobierno, ya que dentro de los cuadernos de dirección del Banco de México había muchos enemigos de la política del control de cambios y que a partir del primero de diciembre de 1982, se designó como director del Banco de México, precisamente al más connotado enemigo de la política de control de cambios que ha habido en México, que es el licenciado Miguel Mancera Aguayo; cuya familia por cierto figura de manera destacada entre los treinta mayores especuladores de la bolsa y sacadólares.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este pleno el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

control generalizado de cambios, método que la experiencia demostró fehacientemente es el más adecuado para defender las reservas federales de divisas extranjeras, sin dejarlos al arbitrio de intereses extranjeros o de grandes capitales especulativos.

Sala de sesiones del honorable Congreso de la Unión, a 26 de diciembre de 1987.- Firmar por la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista, los diputados Indalecio Sáyago Herrera y Francisco Hernández Juárez; por la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el diputado Carlos Enrique Cantú Rosas; por la fracción parlamentaria del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, el compañero Jorge Amador Amador.»

Muchas gracias.

Solicito que se le dé el trámite correspondiente.

El C. Presidente: -Con mucho gusto señor diputado.

Por consiguiente y de acuerdo con la fracción II del 58 del reglamento, se abre el registro de oradores.

¿En pro?...¿En contra?...

Consulte, de acuerdo con la fracción III, si la proposición hecha por el compañero diputado Francisco Hernández Juárez, del Partido Popular Socialista, se admite o no a discusión.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta la proposición.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

MUSEO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA

El C. Presidente: -Ha pedido hacer uso de la palabra el compañero diputado Héctor Calderón Hermosa, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, para una proposición.

El C. Héctor Manuel Calderón Hermosa: - "Señor presidente, compañeras y compañeros diputados: Se han cumplido dos años del más notorio robo de joyas arqueológicas que ha sufrido el Museo Nacional de Antropología e Historia y, en ese breve lapso, un espeso velo de olvido ha cubierto el incidente, como si nada hubiese pasado.

Voz aislada, la mía, hoy vengo ante esta soberanía para pedir una vez más que se solicite a las autoridades competentes, que son la Secretaría de Educación Pública y al Instituto Nacional de Antropología e Historia, que informen a esta honorable Cámara y al pueblo, en general, los avances que se hayan logrado en la investigación del robo y en las medidas de prevención que se dijo serían tomadas, hace dos años.

Tengo pruebas de que el tráfico de joyas arqueológicas sigue prosperando y que en la cuenca alta del Usumacinta penetran desde Guatemala grupos de saqueadores, guiados por expertos extranjeros, para llevarse valiosas piezas, con la complicidad de mexicanos. Por eso deseo hoy referirme a este problema y, de paso, al que provocó a principios de este años muchos comentarios, en ocasión del viaje del ciudadano Presidente de México a la vecina República de Guatemala: Las presas sobre el río Usumacinta y la amenaza de que quedasen inundadas las zonas arqueológicas del Piedras Negras, Yaxchilán, Planchón de las Figuras, Altar de Sacrificios y muchas otras más.

Con tal motivo, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana desea plantear las siguientes

CONSIDERACIONES

Lo que el Río Nilo fue para los egipcios, el Usumacinta lo fue para los mayas del período clásico. No solamente se constituyó en el vivificante proveedor de caudales ilimitados para la irrigación de los fértiles limos de la cuenca, sino que también fue la vía de comunicación más importante para el comercio local y para la ruta terrestre y fluvial que unía el altiplano mexicano con el corazón de la confederación maya. Las caravanas de mercaderes procedentes de Teotihuacán hacían, por tierra, el recorrido hasta Coatzacoalcos y, de ahí, navegaban en parte por el mar y, en parte, por los canales y lagunas de la costa, hasta alcanzar la red fluvial del sistema Grijalva Usumacinta, la cual conectaba entre sí a los millares de pueblos de la planicie tabaqueña y se prolongaba, precisamente ascendiendo por el Río Usumacinta, hasta Piedras Negras, Yaxchilán y el Petén, ramificándose de allí hacia los altos de Guatemala y al Caribe.

A pesar de que el alto Usumacinta cruza las estribaciones de la sierra de Chiapas, y que algunos

tramos de raudales o rápidas hacen penosa y riesgosa la navegación, la realidad es que este río fue el eje troncal de la región y que impulsó el desarrollo y prosperidad de muchas de las naciones más importantes del preclásico y clásico mayas, por espacio de dos o tres milenios. No es de extrañar, por lo tanto, la altísima densidad de sitios arqueológicos que allí se dan y la necesidad de declarar a toda la cuenca, con las ramificaciones de Chiniquijá, Chancalá, Lacanjá, Chixoy, la Pasión y Jataté, como una sola zona arqueológica, amenazada por el saqueo clandestino y expuesta a la extinción ante la irresponsable acción del hombre.

Las dificultades propias del ambiente tropical, unidades a la falta de comunicaciones y a la miseria presupuestal, han dado por resultado que la cuenca del Usumacinta permanezca hasta la fecha prácticamente inexplorada, a pesar de su reconocida abundancia de restos arqueológicos. El abandono de ninguna manera ha significado la conservación de este patrimonio cultural que no solamente pertenece a los mexicanos, sino a toda la humanidad. El saqueo empezó con las chiclerías y la explotación del caucho, se intensificó con el comercio ilícito de armas y drogas, y hoy se ha generalizado al arrancar la selva para explotar sus recursos maderables y propiciar la colonización por parte de campesino y ganaderos mexicano y también guatemaltecos. En un corto lapso de veinte años, la presencia del hombre ha causado más estragos que los atribuibles al intemperismo milenario de la propia naturaleza.

Ahora se plantea. por lo menos como una posibilidad, la construcción de presas, carreteras y asentamientos humanos que, si no se toman las providencias indispensables, pueden darle el tiro de gracia a la región y a los tesoros que aún oculta.

El progreso jamás se ha detenido por respeto a los venerables vestigios de un pasado remoto, por importantes que éstos sean para conocer y apreciar las raíces de nuestra nacionalidad. La potencialidad hidroeléctrica y agrícola de la cuenca del Usumacinta, el río más caudaloso del territorio nacional, no puede desperdiciarse en estos momentos en que México requiere un aumento sustancia de generación eléctrica a bajo de costo. Resulta ilógico que el Grijalva, con un caudal mucho menor, cuente ya con tres grandes presas: Angostura, Chicoasén y Malpaso, en tanto que el Usumacinta, con gastos de más de 5 mil metros cúbicos por segundo, no tenga una sola.

Tampoco se puede ofrecer como explicación de esta omisión, la circunstancia de que el río sea frontera; también lo es el Río Grande del Norte y, precisamente mediante convenios internacionales, se han construido en él las presas de Falcón y de La Amistad.

Del estudio que el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana ha hecho, se desprende que hay en el Usumacinta, varios sitios que, indudablemente, ya han sido estudiados por la Secretaría de Agricultura y Recurso Hidráulicos. Los más obvios son los de Boca del Cerro, a menos de un kilómetro aguas arriba del puente de Ferrocarril del Sureste. La cortina y el vaso quedarían comprendidos en territorio nacional y no tocarían tierras guatemaltecas. Las segunda posibilidad es el cañón de Héroes de Chapultepec, 28 kilómetros más arriba del mencionado cruce, también en territorio exclusivamente mexicano, pero con un embalse que sí se extendería hasta tierras guatemaltecas. Más arriba hay otros lugares que ofrecen buenas perspectivas como los raudales de Anaité; pero mucho antes de pensar en otras presas sobre el Usumacinta, tendremos que enfocar nuestra atención hacia las caudalosas corrientes del Pichucalco, Teapa, Tacotalpa, Tulijá, Yajalón, Jataté, etcétera.

Estamos seguros de que la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos y el grupo asesor y auxiliar de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Guatemala, ya han hecho profundos estudios de todas estas posibilidades y que existen, por lo menos, anteproyectos de las obras hidráulicas y viales de la región. De no ser así, las declaraciones oficiales que niegan la existencia de tales proyectos nos causarían una preocupación todavía más grande: La de que se carezca de una planeación racional y moderna para el aprovechamiento eficaz de las riquezas de la cuenca del Usumacinta y de que continuarán en ella, sin control, el saqueo y destrucción de nuestro patrimonio arqueológico y el deterioro de sus recursos perecederos y del medio ecológico.

Por eso el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana manifiesta ante esta soberanía su convicción de que ha llegado el momento de incrementar sustancialmente la exploración y rescate de la riqueza arqueológica de la cuenca del Usumacinta, con miras de ponerla a salvo de posibles afectaciones por las obras que indudablemente deben realizarse, aun en el caso de que algunas construcciones y estelas mayas tuviesen que transladarse a tierra firme, como hicieron los ingenieros egipcios con Abú Simbel, por la presa de Assuán.

Lo importante es que, con motivo de las posibles presas, o aun sin ese apremio, se logre la exploración sistemática y exhaustiva de la región y que no solamente logremos con ello documentar más ampliamente el conocimiento de nuestra

prehistoria, sino que se otorgue al turismo nacional extranjero la posibilidad de visitar bellísimas ciudades mayas que hasta hoy permanecen inaccesibles y ofrecer al visitante atractivos culturales y deportivos que en ninguna otra región del planeta se pueda conjuntar.

Así el pasado no interferirá con el futuro y, por lo contrario, permitirá que se generen y actualicen los beneficios económicos que hicieron posible el auge secular de las cultas naciones mayas que nos antecedieron.

Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento Interior de la Cámara de Diputados, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, por mi conducto, propone el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

«Único. Diríjase una comunicación a la Secretaría de Educación Pública y a la Procuraduría General de Justicia de la República Mexicana, para que informen a estas soberanía sobre los resultados que haya tenido la investigación del robo del 24 de diciembre de 1985 que se perpetró en el Museo Nacional de Antropología e Historia.

Por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana: Héctor Manuel Calderón Hermosa, Carlos Enrique Cantú Rosas, Reyes Fuentes García, Gregorio Macías Rodríguez, Jaime Castellanos Franco, Juan Manuel Lucia Escalera, Enrique Bermúdez Olvera, Jorge Cárdenas González, Nabor Camacho Nava y María de la Luz Gama Santillán.»

El C. Presidente: -¿Oradores en pro?... ¿Oradores en contra?... Consulte la secretaría, de acuerdo con la fracción III del artículo 58 del Reglamento, si se admite o no a discusión la proposición.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se admite o no a discusión esta proposición.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...Aceptada, señor presidente.

El C. Presidente: - Túrnense los oficios que solicitó el diputado Héctor Calderón Hermosa, a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Educación Pública.

DE LA DEUDA EXTERNA

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Héctor Morquecho Rivera, del Partido Popular Socialista, para hacer una proposición.

El C. Héctor Morquecho Rivera: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: La fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista quiere hacer una proposición, respeto de los pagos intereses y el servicio de la deuda externa, con el fin de que sea valorada esta proposición por la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública; las consideraciones son las siguientes:

A raíz de la modificación que se hizo al Presupuesto de Ingresos, a la Ley de Ingresos Nacional y que ya fue aprobada por esta Cámara; se nos entregó en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública una serie de consideraciones en los que establecen que haya un nuevo entorno económico, que hay una serie de aspectos que han evolucionado y que han hecho necesario considerar dicho nuevo entorno económico, particularmente a partir del mes de octubre que se han venido suscitando estos cambios en la economía de nuestro país, y precisamente en el documento que se nos entregó, se establece que los acontecimientos económicos y financieros han cambiado con gran celeridad en las siguientes semanas a la presentación de la iniciativa del Presupuesto de Egresos, razón por la cual se alteró la situación cambiaria y la dinámica del proceso inflacionario, es decir, que con base a esas observaciones, se reduce el monto y, por lo tanto, al reducirse el monto de ingresos, se reduce el monto del presupuesto.

El recorte que se ha comunicado y que ya todos tenemos noticia de él, es por la cantidad de 27 billones de pesos.

Quiero precisar que hay una serie de contradicciones en cuanto a las razones por las cuales se hace dicha reducción presupuestal. Primero se dijo que teníamos, a principios de este sexenio, una inflación debido a la demanda agregada, una inflación por demandada.

Posteriormente, a mediados del 1986, se dijo que se había controlado la inflación por la vía de la demanda, y que ahora teníamos una inflación de costos, derivados de los costos.

Y en este año, se ha expresado que tenemos no una inflación por demanda ni por costos, sino inercial, es decir, por la expectativa de que cada sector tiene la tendencia de ganar la carrera de los precios, es decir, así se ha expresado.

Pero nosotros afirmamos que conforme a estos nuevos formulamientos, a estos nuevos planteamientos de recorte presupuestal entendemos y comprendemos y se sobreentiende, que de hecho se está haciendo el recorte presupuestal para que

se pueda digamos debilitar o reducir la demanda agregada y de esa manera reducir también la inflación.

En consecuencia, esta cuestión que para nosotros es profundamente grave, que demuestra que se insiste en atender los lineamientos que las cartas de intención que el gobierno mexicano ha hecho con el Fondo Monetario Internacional, se están cumpliendo, es decir, no hay ninguna novedad, no hay, después del reconocimiento de la situación grave y difícil por la evolución reciente de la economía, no hay el interés, pues, de poder, digamos tomar un sentido más positivo, más valioso, para poder controlar la inflación con medidas positivas, revolucionarias, progresistas y democráticas.

En este mismo contexto de la reducción de la demanda agregada que se está haciendo, es la noticia que da hoy El Excélsior, una noticia mucho muy lamentable, muy negativa, que nos da la razón de que se insiste en la misma tesis negativa de política económica, que está a la venta la empresa Varita de Sonora. Varita de Sonora, que posiblemente conozcan algunos diputados el tipo de producto que es, tiene gran mercado, tiene buena aceptación este producto que produce la empresa. Tiene mercado, es una planta rentable, es de gran utilidad ese producto y se informa que en el año de 1986 obtuvo utilidades de 790 millones de pesos, además que es una planta que se ha modernizado, que está dentro del contexto de la llamada reconversión o modernización industrial como se ha estado llamando a estos procesos.

Entonces nosotros consideramos que se insiste, repito nuevamente, en que se está reduciendo la participación del Estado en la economía con el pretexto de que tenemos un Estado obeso y se está reduciendo su fuerza frente al sector privado, fundamentalmente, de las empresas transnacionales.

Por esta razón, en las comisiones nosotros hemos planteado que la reducción presupuestal, y otros partidos también lo han hecho de manera muy valiosa, que afecte el sector de los pagos sobre la deuda externa. Es decir, que se vea afectado ese rubro con el fin de ver si es posibles ampliar la cantidad que no se va a pagar por la deuda externa, la diferencia que se pudiera lograr frente a los 27 billones de pesos que según el texto del anexo de las variables macroeconómicas estimado para 1988, ascienden en el caso del endeudamiento a 34 billones, pero en el caso del pago por concepto de deuda externa asciende a casi el 45% del Presupuesto de Egresos.

Entonces de esta manera nosotros pensamos que debe haber mayor sensibilidad, debe haber una actitud con un sentido sobre los problemas que padece nuestro pueblo, sobre el agravamiento de las condiciones que perjudican a las mayorías.

El diputado Jorge Flores Solano, hoy en la mañana había planteado una reducción en el ramo de deuda pública a poco más de 94 billones, pero por intereses y gastos se van a pagar, según el planteamiento, 54, casi 55 billones y por amortización un poco más de 37 billones. Consideramos que sigue siendo, repito, un renglón muy negativo, nuestro país no puede crecer, no puede atender las necesidades ingentes de nuestro pueblo y por eso consideramos, reiteramos aquí en la tribuna, como lo hemos planteado también en las comisiones, que en lugar de pagar la deuda externa, que en vez de pagar esas cantidades que ya he señalado, se dediquen estos recursos, ya liberados del compromiso con el exterior, hacia el gasto social, educación, salud; por una mayor inversión pública productiva y para que se amplíe también la participación para los estados y los municipios, o sea el desarrollo regional.

En esta virtud, señor presidente, vamos a solicitar que se le trámite conforme al artículo 58 del Reglamento, a esta proposición del Partido Popular Socialista que dice

PUNTO DE ACUERDO

«Único. Que esta soberanía decrete la suspensión de pagos por intereses y servicios de la deuda externa.

Palacio Legislativo, 26 de diciembre de 1987.- Diputado Héctor Morquecho Rivera.»

Dejo a la secretaría la propuesta.

El C. Presidente: - Gracias diputado. De acuerdo con el artículo 58, fracción II, ¿oradores en pro?... ¿Oradores en contra?...

Consulte la secretaría a la asamblea si se admite o no a discusión la proposición del diputado Héctor Morquecho Rivera, del Partido Popular Socialista.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta la proposición de diputado Morquecho.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor presidente.

REDUCCIÓN DE TASAS DE INTERÉS

El C. Presidente: - Ha pedido hacer uso de la palabra la compañera diputada Beatriz Gallardo Macías del Frente Cardenista, para hacer una proposición.

La C. Beatriz Gallardo Macías Gallardo Macías (desde su curul): - Declino.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el compañero diputado Hildebrando Gaytán Márquez, del Partido Popular Socialista, para hacer una proposición.

El C. Hildebrando Gaytán Márquez: - Gracias señor presidente: honorable asamblea: En esta sesión, en esta parte de las proposiciones., compañeros de mis partido han presentado a esta soberanía algunas que se refieren al problema económico y que lamentablemente han sido desechadas. Las dos proposiciones anteriores, la de establecer el control generalizado de cambios y la de suspender el pago del servicio de la deuda y destinar esos montos al gasto del sector público, complementan, junto con la que me voy a permitir una concepción para hacer frente a la situación económica del país. Es más, se complementan estas proposiciones, la que ahora ocupa mi atención es sobre las tasas de interés interno que existen en el país y que han influido en dos aspectos: Por un lado, por el alto monto de la deuda interna del Estado, año con año y en sus últimos años ha sido muy elevado lo que se ha destinado al pago de la deuda interna, a causa de las altas tasas de interés.

Por otra parte, estas altas tasas de interés están influyendo como un obstáculo que está limitando el desarrollo económico. En el propio informe que rindió el Presidente de la República, en septiembre pasado, se establece por ejemplo que el déficit financiero del sector público en 1986 su porcentaje aumentó nuevamente debido al mayor pago nominal de intereses. Este aumento fue ocasionado por el mayor nivel de las tasas de interés internas, impactadas por la evolución de la inflación, elevando al servicio de la deuda pública interna, aumento del ritmo de deslizamiento cambiario, que incrementó el valor en moneda nacional de los intereses de la deuda pública externa.

Como puede verse, el enfoque que con estas tres proposiciones tiene el Partido Popular Socialista, es el de combatir a la inflación mediante un impulso a las fuerzas productivas y en primer lugar con una mayor intervención del sector público en las ramas de la producción.

Por otro lado, es también nuestra concepción de combate a la inflación mediante la disminución del margen de utilidades, por un lado con una reforma fiscal profunda que grave a las utilidades de los monopolios y, por otro, mediante un enérgico control de precios. De esta manera pensamos nosotros que debe cambiarse la inflación. Las otras medidas que se han tomado, que se han puesto en práctica, las de disminuir la intervención del gasto público, ya se ve que han fracasado, porque no constituyen el camino correcto.

Por eso, con el deseo de que se incrementen las fuerzas productivas, que el Estado sea quien lleve adelante impulso, es por lo que nuestra posición de destinarle mayor monto al presupuesto del Estado que se canalice a la producción.

Ya señalábamos tres caminos: Uno, suspender el pago de la deuda externa; el otro, establecer el control generalizado de cambios, que está íntimamente relacionado con la propuesta que voy a hacer enseguida, y que es la de que se vea, se decrete la reducción de las tasas de interés internas de nuestro país, para que se ubiquen en el 25% anual como máximo.

Con estas proposiciones, pensamos que se diría un nuevo rumbo a la marcha económica por el lado realmente efectivo de impulsar la producción y de disminuir y de anular la inflación.

Dejo pues a la secretaría la proposición. Muchas gracias.

El C. Presidente: - De conformidad a la fracción II del artículo 58, ¿oradores en pro?... ¿Oradores en contra?...

Consulte la secretaría, de acuerdo con la fracción III del mencionado precepto, si se admite o no a discusión la proposición del diputado Hildebrando Gaytán Márquez, del Partido Popular Socialista.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se...

El C. Juan Maldonado Pereda (desde su curul): - Señor presidente, por favor que den lectura de nueva cuenta a la proposición.

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a dar lectura a la proposición del diputado Gaytán Márquez.

El C. secretario Antonio Sandoval González: -Proposición del Partido Popular Socialista «Punto de acuerdo. Único. Que esta Cámara de Diputados decrete la reducción de las tasas de interés internas de nuestro país para que se ubiquen en el 25% anual.

Atentamente, Poder Legislativo.- Diputado Hildebrando Gaytán Márquez.»

El C. Presidente: - Por consiguiente, consulte a la asamblea si admite o no a discusión la proposición.

El C. secretario Antonio Sandoval González: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se acepta la proposición del diputado Hildebrando Gaytán, del Partido Popular Socialista.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor presidente.

SOLICITUD DE EMPLAZAMIENTO A COMISIÓN

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el señor diputado Manuel Bribiesca, del Partido Acción Nacional.

El C. Manuel María Bribiesca Castrejón: - Corto y suavecito.

«C. Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.

En los términos de la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en vista de que con fecha 17 de diciembre del año en curso solicité a usted que se hiciera excitativa a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para que dictaminara la iniciativa de reformas a las fracciones II y III del apartado b)del artículo 37 constitucional y que ya han transcurrido más de cinco días hábiles sin ningún resultado, ahora pido a usted, de la manera más atenta, que emplace a dicha comisión para que el día 27, a mas tardar el 28 de este mes y año en curso, presente el dictamen sobre la mencionada iniciativa.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 26 de diciembre de 1987.- Atentamente, diputado y doctor Manuel María Bribiesca Castrejón.»

El C. Presidente: - Por consiguiente, con fundamento en el artículo 21, fracción XVI del Reglamento Interior del Congreso, se excita a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para que a la mayor brevedad posible resuelva ya mediante un dictamen la iniciativa del señor doctor Manuel Bribiesca.

ANEXO A DENUNCIA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el señor diputado Javier Paz Zarza, del Partido Acción Nacional.

El C. Javier Paz Zarza: - Señor presidente: señoras y señores diputados: El Constituyente de 1917, haciéndose eco del anhelo popular, estableció en el texto constitucional mexicano, además del Poder Constituyente, tres competencias definidas: La del estado federal, la del estado miembro de la Unión y la del municipio.

Y a éste, al municipio, lo hizo la base, el centro de todo el sistema jurídico político, pues lo proclamó elemento fundamental de la estructura geográfica, administrativa y política de la nación, como de manera expresa lo dice el texto vigente del artículo 115.

Es, pues, el municipio, la base de la estructuración política nacional, y como desde 1939, el Partido Acción Nacional ha señalado que la comunidad municipal es fuente de apoyo de la libertad política y eficacia en el gobierno y de la limpieza de la vida pública.

El gobierno municipal ha de ser autónomo, responsable permanente sujeto a la voluntad de los gobernados y a su vigilancia.

Es el caso, que la triste realidad de nuestro país, es la falsificación del municipio; a su absorción por los gobiernos locales; a la sustitución de sus funciones de servicio, por la explotación política; a su carencia de recursos; a la burla de su autonomía y, finalmente, a la entronización del caciquismo.

Este, el caciquismo, es la lacra que subsiste y prospera en México, como elemento de soporte al sistema de corrupción y falsificación. Y el caciquismo en el estado de México, sobre todo en este período gubernamental, ha recibido pleno espaldarazo para continuar con su impunidad.

En las pasadas elecciones locales, con la venta de alcaldías, los caciques lograron consolidar su poder y han implantado un clima de terror ante la complicidad del gobernador en turno, que sabiendo

que carece de apoyo popular alguno, se sostiene en los caciques.

En esta tribuna, hemos denunciado los hechos sucedidos en varios municipios. Pero lo que hoy priva en Los Reyes, La Paz y en Nicolás Romero, que puede desembocar en violencia el próximo primero de enero, desde ser una llamada de atención a esta Cámara y a la opinión pública.

En Los Reyes, La Paz, desde hace 16 años, nació un grupo que se hizo llamar "Unificación de Pueblos y Colonias", al que posteriormente el pueblo llamó "Las Cochambres".

Entre sus principales dirigentes se encuentran Gabriel Alcántara Pérez, Víctor Corona Arrieta, los hermanos Luis, Margarita y Marcela Cerón Equis y Ana, María Castillo Neira. Luis Cerón Equis fue el primero que alcanzó la Presidencia Municipal, apoyado por el grupo de " Las Cochambres" y desde entonces se han rolado la alcaldía con Martínez Arrieta, Gabriel Alcántara y Luis Cerón, este último, alcalde recientemente fallecido; todos ellos dirigentes originales de "Las Cochambres", el grupo caciquil nefasto que se empeña en retener el poder, reprimiendo cualquier inconformidad con mano de hierro, este cacicazgo golpea, encarcela, presiona, acosa y mata, con lo que tiene aterrorizada a la población con la abierta complicidad de las autoridades judiciales, administrativas y políticas.

Los pobladores de Los Reyes, La Paz, en desesperada lucha contra el cacicazgo, han tocado a todas las puertas, el gobierno estatal la prensa regional y nacional e incluso, han ido a la Presidencia de la República positivo alguno.

Víctor Corona Arrieta, por ejemplo, tiene giradas en su contra dos órdenes de aprehensión, una, la que se desprende del acta LR - II - 286 - 83, por el delito de lesiones causadas a Juan Jaime de la Rosa González; y otra, la que se desprende del acta TEXI363-87 - 1, radicada en la Subprocuraduría de Justicia con sede en Texcoco; otra orden de aprehensión, la número 1436, girada el 11 de agosto pasado por los delitos de lesiones causadas a Juan Jaime de la Rosa González y otra, la que se desprende del acta TEX1363-87 - 1, radicada en la Subprocuraduría de Justicia con sede en Texcoco; otra orden de aprehensión, al número 1436, girada el 11 de agosto pasado por los delitos de lesiones graves e intento de homicidio. La Dirección de Quejas de la Presidencia de la República, atendiendo el clamor de la población de Los Reyes, La Paz, con fecha 11 de agosto pasado, giró el oficio número 97453 al entonces gobernador del estado de México, Alfredo Baranda, pidiéndole agilizar la averiguación previa citada, y proporcionar a dicha oficina información sobre el caso; el 9 de octubre del presente año, volvió a reiterar con un nuevo oficio su requerimiento, es fecha que el gobierno estatal no contesta; la única respuesta fue el registro de Víctor Corona Arrieta y sus " cochambres", para las elecciones del 8 de noviembre.

El día de las elecciones, como la opinión pública lo sabe, el cacicazgo golpeó y encarceló a los ciudadanos que se organizaron para protestar por la postulación de Corona Arrieta. Ese día, hubo la quema de las ánforas en las casillas 3, 2-A, 4,5-B 6,9 Y 13; aunado a ello, el saldo fue de once heridos y un muerto, más diecisiete ciudadanos detenidos momentáneamente y liberados posteriormente.

Fueron tantas y tan graves irregularidades, que la Comisión Municipal Electoral le negó el registro de la mayoría a Corona Arrieta, pero "Las Cochambres" lograron finalmente, con su presión que la Comisión Estatal Electoral, que dirige el señor Emilio Choufey, le reconociera un triunfo que evidentemente no lograron.

Es el caso, señoras y señores, que el pasado miércoles 24, los vecinos organizaron una vez más una manifestación por las calles de Los Reyes, La Paz, y la respuesta del gobierno estatal fue la represión y hoy día en Los Reyes, La Paz, se vive un clima de zozobra y de tensión, por la presencia de decenas de policías antimotines que se han apoderado literalmente de la población.

Este caso de Los Reyes, La Paz, no es la excepción en el estado de México, porque también el mismo miércoles 24, a las 11 horas, la policía estatal prácticamente copó las calles de Nicolás Romero, otro municipio, como muchos más donde el pueblo no está dispuesto a permitir que el próximo primero de enero, tomen posesión de las presidencias municipales, quienes no han sido electos por el mismo.

Señoras y señores diputados, esos caciques denunciados, deben de ser erradicados de nuestro país, por el perjuicio evidente que ocasionan.

El caciquismo es un remedo de solidarismo, en su esencia es antidemocrático, es avasallador de la dignidad humana y negador de la capacidad del hombre para decidir su propio destino.

Esos caciques en el estado de México, y en otros lados del país, no quieren ciudadanos, sino quieren súbditos o siervos. Estos caciques sustituyen la voluntad popular con su propia voluntad y la generalidad de la ley con su arbitrio personal, su voluntad es ley, su arbitrariedad se rige en norma, su decisión unilateral en sistema.

Con su actitud, estos caciques que violentan los derechos humanos, provocan un clima de neopotismo, de prebendas, de rapacidad abierta o disimulada, de barbarie manifiesta o latente.

Al denunciar estos hechos es: Primero, para exigir respeto al municipio como institución fundamental de la sociedad; y en segundo término, para que las autoridades correspondientes tomen conocimiento de los mismos hechos y se evite el próximo primero de enero la imposición de quienes no han sido electos por la voluntad popular.

Por lo tanto, solicito que esta denuncia, señor Presidente, se anexe al expediente que se turnó a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas de esta Cámara respecto al mismo asunto tratado el 3 de diciembre próximo pasado.

Atentamente, por el grupo parlamentario de Acción Nacional, diputado Javier Paz Zarza». Gracias.

El C. Presidente: - ¿Oradores en pro?... ¿Oradores en contra?... Consulte la secretaría a la asamblea, de acuerdo con la fracción III del 58, si admite o no discusión la proposición del señor diputado Javier Paz Zarza.

El C. Javier Paz Zarza (desde su curul): - Le solicité en sus facultades se anexe al expediente que ya existe en la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

El C. Presidente: - Se autoriza de inmediato, señor diputado. Túrnase a la Comisión de Información, Gestoría y Quejas.

SOLICITUD DE INFORMACIÓN

El C. Presidente: - Ha solicitado hacer uso de la palabra el diputado Héctor Pérez Plazola, de Acción Nacional.

El C. Héctor Pérez Plazola: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Un punto que no por breve deja de ser importante en nuestra opinión, dado que de no cumplimentarse podría correrse el riesgo de que la ley de ingresos que ustedes aprobaron en días pasados pudiera quedar un tanto invalidada.

En concreto, me refiero al artículo segundo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación, en la que se autorizó al Presidente de la República como válidas las modificaciones que hizo en las tarifas al impuesto de exportación e importación.

Como el señor Presidente nada más ha enviado informes hasta sus actos de noviembre y en la Ley de Ingresos habla de que se autorizan todas las modificaciones que hizo sobre tarifas, creo que procede solicitar, por lo consiguiente, al Presidente de la República, que informe respecto a las modificaciones que hizo a dichas tarifas de los impuestos generales a la exportación, según el decreto que publicó el 15 de diciembre próximo pasado o sea, fecha posterior a cuando él envió el informe de noviembre, que por lo tanto no quedaron comprendidas en dicho informe, para poder dar cumplimiento cabalmente lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 constitucional y su Ley Reglamentaria.

En su caso, pues darle el trámite que corresponda al recibirse dicho informe, que tendría que estar aquí en esta Cámara antes del día último de este mes, puesto que la Ley de Ingresos de la Federación tendrá que entrar en vigor a partir del primero de enero próximo. Entonces, pienso que es obvio, no creo que sea necesario tomar votación, simplemente que se corran los tramites que deban de ser y lo dejo aquí en representación de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Con mucho gusto, de acuerdo con lo que ha pedido el señor diputado Héctor Pérez Plazola, gírense a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para que se remita a esta Cámara, a la mayor brevedad posible, la documentación que se solicita.

EFEMÉRIDES

LEYES DE REFORMA

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Joel Ramírez Díaz, para referirse al aniversario de la promulgación de las Leyes de Reforma.

El C. Joel Ramírez Díaz: - Con su permiso señor presidente; compañeras y compañeros diputados: El desarrollo actual de México finca en la sólida plataforma edificada con el esfuerza, con el apego al derecho y con el ideal de la magra obra realizada por el benemérito de la paz, de la libertad y la justicia, don Benito Juárez García.

A ciento veintisiete años, aquí en esta tribuna, unimos nuestra presencia y pensamiento y conmemoramos un aniversario más de la promulgación de las Leyes de reforma, por el ilustre mexicano que hizo frente al reto de la vida llevando a la República por el camino del derecho, marcando nuestros derroteros históricos, ejemplo continental merecedor a los vítores de las naciones y y aclamado Benemérito de la América.

Señores diputados: ¡Qué mejor sitio que éste para recordar el movimiento que destruyó las formas de

vida colonial y dio paso a las estructuras del México de hoy. A ciento cincuenta años de distancia, los gobiernos de la revolución mantienen tendencias similares. Nunca se ha rehuido al debate ni al examen de su proceder político. Esta es una de las razones que explica la vitalidad y permanencia del programa revolucionario. Siempre será preservada una estabilidad invariablemente abierta al diálogo y la renovación.

Benito Juárez, enfrentó las exigencias de pago de las naciones poderosas. En la actualidad, nuestro país cruza una ruta parecida para superar la deuda externa y la crisis financiera. De hecho no parece haber avenidas francas o soluciones inequívocas para enfrentar las crisis financieras. Ciertamente, los ajustes internos que han tenido que aplicarse, traen consigo el sufrimiento social infortunadamente. La solución a este problema, no tiene panacea. Todo el esfuerzo y sacrificio hasta ahora realizados por el pueblo de México. tiene finalmente un objetivo definido: Superar la actual crisis y sentar las bases para un crecimiento sano y sostenido que ofrezca mejores condiciones de vida. A semejanza de los liberales de 1859, desde Veracruz tenían su mirada fija a la inmediatez del triunfo, hoy abrimos caminos para una sociedad más productiva, más ilustrada, mejor organizada y, más equitativa. Las enseñanzas que hemos recogido de estos liberales ante las acciones de los representantes de privilegios y de aquellos que sueñan con servir a intereses ajenos.

Francisco Zarco, el cronista de la Reforma, periodista y legislado, protagonista y observador acucioso de su tiempo, bien podría narrarnos lo que un ciudadano puede hacer por su patria en los momentos de crisis y de definición histórica y de hecho lo hizo desde las páginas de El Siglo XIX, el periódico más prestigiado desde la historia del Congreso de 1856, crisol de la Constitución que conformó el rostro de la nueva República y le permitió subsistir y vencer frente a las fuerzas del oscurantismo interno del imperialismo exterior. De los diversos confines de la patria surgieron héroes, todos nacieron en la última década del siglo XVIII y en las primeras décadas del siglo XIX, formando de tres generaciones cronológicas y que se integran en la generación histórica de la Reforma.

José María Luis Mora, teólogo, abogado periodista, legislador nacido en las postrimerías de la colonia, es uno de los más sólidos ideológicos y precursor intelectual del movimiento reformista; es público su célebre discurso sobre la naturaleza y aplicación de las rentas y bienes eclesiásticos, que es el mejor antecedente de la legislación reformista. Intenta llevar acabo sus ideas apoyado por el Vice Presidente Valentín Gómez Farías, hasta que su plan queda frustrado por la reacción conservadora de Santa Anna; aún sirviendo al país desde el extranjero, donde escribe "México y sus Revoluciones", muriendo en París sin ver el triunfo de las ideas que él inició.

Por los excesos del déspota y la necesidad de cambio en el villorrio de Ayutla, se incendió la primera flama que habría de conducirlos a la Constitución de 1857, al aglutinamiento definitivo de las dos fuerzas antagónicas y, finalmente, al triunfo de la República y la reforma de la sociedad global.

Recordar a la reforma es rememorar la lucha por la unidad nacional frente a todo tipo de agresiones, batallar fundado en el reclamo al respeto de la autodeterminación en la igualdad. La diplomacia de Juárez se dirigió a todos aquellos sitios a donde fue necesario. Jesús Terán en el viejo continente y Matías Romero con Margarita Maza de Juárez en Norteamérica, hicieron saber nuestros propósitos y buscaron con dignidad la no interferencia de las decisiones libres de los mexicanos. Entonces, como ahora, sostenemos nuestro deseo de establecer relaciones con todos los pueblos del mundo dentro del marco del respeto mutuo.

Si bien bajo la filosofía liberal el empeño mexicano se limitaba a la exigencia de la no intervención, hoy, bajo la concepción revolucionaria y siguiendo nítidamente el espíritu reformista, en un planeta cuya economía es innegablemente interdependiente, nuestra bandera se escucha a la manda de la justicia económica y social a nivel internacional que no va dirigida contra ninguna nación en particular. Los mexicanos, como otros 3 mil millones de hombres que pueblan los países periféricos, estamos en contra de toda forma de imperialismo y de neocolonialismo, cualquiera que sea su signo ideológico y la fuente de que proceda.

Con el triunfo de la República, Juárez vence también la ambición desleal de los reaccionarios y conservadores, consolida la soberanía nacional frente a los embates de presiones externas e internas, haciendo prevalecer al gobierno republicano con la ideología liberal y con los principios de 1857, en defensa de un pueblo que ha defendido celosamente y por sí mismo su propio camino. El y su generación fueron ejemplo para hacer frente a posteriores pretensiones intervencionistas y seguirán siendo ante cualquier amenaza de menoscabo de nuestra libertad y nuestra soberanía.

Todos los días triunfa la República, porque hoy, como en su tiempo lo hizo el Presidente Juárez, se le conduce con dignidad y patriotismo; triunfa la República cuando todos los días se abren nuevos caminos a un diálogo, y permanente por todos los rumbos de la patria; triunfa la República cuando se promueve el incremento de la economía nacional, se pone la cultura al servicio del pueblo, se superan obstáculos y se unifican esfuerzos, cuando con reflexión serena y constructiva se revisan actitudes, se escucha la crítica y se practica la autocrítica, cuando se respetan los derechos de los demás y se cumple con las obligaciones.

Sale victoriosa la República cuando se realiza con renovada continuidad la Revolución Mexicana, y se cumple la Constitución.

Persiste triunfante la República cuando permanentemente, y junto al pueblo se honra el pensamiento de Juárez. pensemos en Juárez y volvamos la mirada a Guelatao. Por ello y siguiendo el ejemplo del patricio que nos libero de las cadenas de la conciencia, legándonos el derecho de creer o no creer, a quienes piensen que Juárez está ausente y quieran aprovecharse de circunstancias para pretender recuperar los privilegios que desde la reforma le fueron negados por el pueblo de México, les decimos que la nación los derrotó con Juárez, marcando el rumbo en la libertad y la democracia, y que si pretenden intentar engañar al pueblo y acudir nuevamente al extranjero a ofrecer la soberanía de México encontrarán en cada unos de los mexicanos la llama inextinguible del espíritu y pensamiento de Juárez que alumbra nuestra lucha.

Los mexicanos, herederos de la independencia, de la reforma y de la revolución, mantenemos firme nuestra decisión de salvaguardar los intereses de la patria desde nuestros centros de actividades; que lo sepan todos, porque así es. Benito Juárez preside permanentemente el destino de México, marcándonos que contra la patria nadie tiene razón.

Por ello, sólo luchando con unidad y patriotismo, lograremos cristalizar la verdadera independencia económica, factor siguiente para la total autonomía nacional.

Hoy es día para ratificar compromisos y afrontar retos. Por eso reiteramos a México nuestro compromiso de permanecer atentos a los grandes problemas y como siempre participar en las grandes soluciones de nuestros gobiernos revolucionarios, entendiendo al Estado como el único poder emanado de la voluntad popular, rechazando en todo momento los intentos de supremacía de poder económico sobre el poder político; nadie tiene derecho a pasar por encima de las instituciones, apoyadas en la fuerza económica, pretextando el ejercicio de derechos políticos.

En México no hay más poder que la soberanía del pueblo.

Benito Juárez, caso ejemplar de la perseverancia y fe en los ideales democráticos, admirable defensor de la libertad y del espíritu de las instituciones republicanas, impulsó, como todo buen gobernante, la base fundamental del pueblo, que es la educación; combatiendo la peor miseria, que es la ignorancia. Estos sentimientos juristas son seguidos en nuestra patria con la obra popular, patriótica, nacionalista y revolucionaria del gobierno dirigido por el Presidente de los mexicanos, Miguel de la Madrid.

Esa voz inmortal del patriarca don Benito Juárez, que es la voz del heroico pueblo de México, sigue vibrando en los foros nacionales e internacionales, voz sentida y vigorizada por nuestro presidente, Miguel de la Madrid, como alternativa y camino a seguir para consolidar la armonía mundial: Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz. Gracias.

ANTONIO GÓMEZ RODRÍGUEZ

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Eliseo Rodríguez Ramírez, para referirse al pintor Antonio Gómez Rodríguez.

El C. Eliseo Rodríguez Ramírez: - Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros diputados: "El Escudo Nacional, en su forma de águila de perfil, cumplió 70 años, el 15 de septiembre de este año de 1987, de haber, aparecido, por primera vez, en la bandera que se izó en el asta de Palacio Nacional.

"El escudo, la bandera y el himno nacionales, son los símbolos patrios de los Estados Unidos Mexicanos", según lo define el artículo 1o. de la ley sobre las características y el uso de los precitados símbolos".

Los colores verde, blanco y colorado de nuestra enseña patria, todos sabemos que se derivan del Plan de Iguala, en el que se consuma la Independencia de México el 24 de febrero de 1821 al amparo de las tres garantías. No es el motivo de este estudio el porqué de los colores, el orden que guardan y su significado, porque el objetivo que se persigue es, concretamente, resaltar la figura y personalidad del autor del Escudo Nacional en su forma nueva y actual: El pintor Antonio Gómez Rodríguez.

En cuanto al Himno Nacional, sólo diremos que don Miguel Lerdo de Tejada, convocó el 14 de noviembre de 1853 a un concurso ganado por el inspirado joven poeta Francisco González Bocanegra, autor de la letra; la cual motivó un segundo concurso para determinar la música, cuyo autor triunfante es el eminente director general de bandas militares don Jaime Nunó.

Francisco González Bocanegra y Jaime Nunó, se encuentran en la Rotonda de los Hombres Ilustres, que es el altar sagrado, regazo en el que los mexicanos veneramos a nuestros mejores hombres y mujeres que han brindado servicios eminentes a la patria, o que se han distinguido en la cultura, en las artes o en cualquiera otra actividad, en bien de la patria.

Antonio Gómez Rodríguez, es le autor del Escudo Nacional, porque como pintor, tuvo el talento, la inteligencia, el estudio, capacidad y sobre todo el poder de captar y penetrar en el conocimiento de los colores de la naturaleza, para transportar a lo objetivo, la figura viva, el audaz colorido de las aves y la actitud bizarra, altiva y señorial de la reyna del espacio: "El águila".

Antes de hablar concretamente de don Antonio Gómez Rodríguez, haré una síntesis de la historia del águila como ha aparecido en diferentes épocas de nuestra vida nacional.

El águila, animal universal, ha formado con su magia y grandeza una nación azteca, hoy nación mexicana.

El águila, señal que funda una patria; título que estimula al soldado azteca y símbolo del ser nacional.

Es el águila de Huitzilopochtli narrada por Tenoch.

Es el águila adoptada como escudo por la suprema Junta Nacional Americana en Zitácuaro el año de 1811, usado por Ignacio López Rayón y José María Morelos y Pavón.

Es el águila del perfil del Ejército Trigarante.

Es el escudo del Congreso Constituyente, instituido en sesión de fecha 14 de abril de 1823, una águila mexicana parada sobre un nopal que nace de una peña entre las aguas de la laguna.

Es el Escudo Nacional, el águila que con diversas variantes hacía el artista Torre Blanca para sellos de varias dependencias gubernativas con las alas desplegas, como queriendo volar.

De esta manera, a partir de 1828, se registraron otras variantes del águila, ignorándose quién autorizó estas modificaciones, pero en las banderas de diversos batallones, incluso en banderas gloriosas se aprecian dichas variantes.

Entre estas banderas citaremos las siguientes: Banderas del Batallón Cívico de Nuevo León, en el que comenzó su carrera militar don Mariano Escobedo; bandera del Cuartel General del Cuerpo del Ejército del Norte; bandera gloriosa del Cuerpo de Cazadores de Galeana; bandera del Segundo Batallón de Artillería Permanente, gloriosa en numerosas acciones de armas de 1862 y 1867. En todas ellas existen variantes del águila.

El pintor don Antonio Gómez Rodríguez, autor del dibujo del águila del Escudo Nacional Mexicano, recibió un homenaje, en el año de 1967, del gobierno del estado de Michoacán, dedicándole el cuaderno de Cultura Popular número 43, del cual sacamos los siguientes datos.

El pintor Antonio Gómez dijo en notas autobiográficas lo siguiente:

Nació en Ecuandureo, Michoacán, el lo de junio de 1888, fueron sus padres Ignacia Rodríguez Solís y don J. Jesús Gómez Sánchez.

En México, las primeras nociones de dibujo las tomó de don Adolfo Tenorio, que era un notable paisajista.

Ingresó a la Academia de San Carlos en 1901. Según el programa de estudios, el primer año se copiaban estampas con el profesor Ramírez.

Al año siguiente, y por medio año solamente, recibió las clases de los maestros Mateo Herrera y Mateo Saldaña.

El resto de ese año pasó a las clases que daban en el mismo salón los maestros Julio Ruelas y el maestro catalán don Antonio Fabrés. En esa clase se tenía por modelo a la estatua de Venus de Milo, pero colocada de cabeza, él dibujó solamente la cabeza, ese dibujo gustó mucho a los maestros que lo felicitaron por haber superado a los dibujos de los demás alumnos. Por este motivo lo pasaron a la clase superior que era la copia de modelos vivos, vestidos y desnudos , clase exclusiva de don Antonio Fabrés.

También pasó a la clase del maestro Germán Gedovius; sus clases se impartían en las Galerías de Escultura, donde dibujó el pintor la estatua del Gladiador Moribundo, recibiendo las felicitaciones de dicho maestro.

Al año siguiente siguió en la clase del maestro Fabrés copiando figuras vestidas y desnudas. Desaparecía de la clase para ir a los establos y dibujar toros, vacas y becerros. En el zoológico de Chapultepec a dibujar leones y otros animales que tanto le gustaba tener por modelos.

Las vacaciones las pasaba en su pueblo, Ecuandureo, tomando apuntes de bueyes, carretas y objetos de labranza. Al regresar a la clase del maestro Fabrés, le presentaba un buen número de trabajos, los que él veía con mucho entusiasmo; ésto le servía de estímulo y así logró hacer unos magníficos dibujos de animales; en la biblioteca de la Academia de San Carlos hay archivados algunos.

Al finalizar el año, el maestro Fabrés organizó una exposición con los trabajos de todos los alumnos. El jurado que se nombró para calificar y premiar los trabajos, resolvió darle el primer premio que consistió en 200 pesos; el segundo premio de 100 pesos fue para Diego Rivera, y el tercero y cuarto premio de 50 pesos fueron para Alberto Garduño y Francisco de la Torre; dichos premios les fueron entregados por don Justo Sierra, que era el ministro de Educación.

Después de esto, su lucha por la vida.

Fue maestro de dibujo en la Academia de San Carlos.

En la época de la entrevista Díaz - Taft trabajó como dibujante en el periódico El Diario. Siendo el presidente de la República don Francisco I, Madero, dibujaba para el semanario el Hijo del Ahuizote que dirigía don José Ugarte.

Para el periódico El Monitor en la convención, su trabajo consistía en ir a la Cámara de Diputados y tomar apuntes de los oradores, tanto los que representaban al sur como los del norte.

Se casó en 1915 con la señorita María Trinidad Reyes N., tuvo un hijo que actualmente es pintor como él.

Trabajó como dibujante y pintor en el Museo de Historia Natural y en el Museo de Arqueología.

Trabajando ahí lo vió Jorge Enciso, quien tenía la comisión de que se modificara el Escudo Nacional según deseos de don Venustiano Carranza, y por este motivo le presentó una moneda de le época de la Independencia, donde figuraba el águila de perfil; pero como era una mala interpretación, le pidió hiciera un águila embellecida y que se encerrara en un círculo.

La idea de don Venustiano Carranza era cambiar el águila de frente, por la de perfil, como se representa en los códices.

Se dedicó a hacer dibujos y estudios de águilas, para así ir haciendo bocetos para el Escudo Nacional; trabajos que después presentaba don Alfonso Cravioto a don Venustiano Carranza, así lo hacía también el licenciado Luis Manuel Rojas.

El señor licenciado Natividad Macías fue quien lo llevó con don Venustiano Carranza para presentarle una de sus pinturas sobre el escudo, para el cual pidió se le hicieran unas correcciones, para esto solicitó le fuera facilitara un águila viva que había en el museo y con gusto ordenó que dicha águila fuera llevada a su casa en la que estuvo un tiempo para hacer estudios con ella.

Con el licenciado Macías fue a otra entrevista con el señor Presidente y presentarle otro escudo más, al que volvió a pedir más correcciones, pues el deseo de él, era que el águila debía tener más realismo, que pareciera viva.

En otra entrevista con el señor Carranza, él personalmente le hizo un dibujo de un nopal.

Hizo un escudo que quedó en la Presidencia de la República y otro en la Secretaría de Gobernación.

Debo aclarar que hizo un estudio más para nuestro Escudo Nacional, estudio que es muy original, donde figura el águila más erguida, más altiva, movida y combativa y encerrada dentro de un perfecto círculo.

Este estudio es para él, el indicado para ser nuestro Escudo Nacional.

Pero por algunas maniobras de Jorge Enciso este estudio de ocultó y no fue nunca presentado a don Venustiano Carranza; conservó todos los estudios que hizo para el Escudo Nacional, una vez los facilitó al maestro Julio Adeath para que les sacaran fotografías, para el archivo de la Secretaría de Marina.

Después, hizo un escudo estilizado que se usa en los sellos oficiales de nuestro gobierno.

Por los años de 1932 a 1933 lo volvió a ver Jorge Enciso, para que arreglara el águila estilizada, en óvalo para que figurara como escudo en las embajadas de nuestra nación y otros en círculo, para las banderas que usa actualmente nuestro Ejército Nacional.

En 1928, cuando hizo el vuelo a la Habana el entonces coronel Roberto Fierro, llevó dos pergaminos

ejecutados por él; uno del Presidente Plutarco Elías Calles y otro del general José Luis Amezcua, en los cuales mandaban un saludo al general Gerardo Machado.

Fue ilustrar del libro de texto que editaba la casa Bouret para don Gregorio Torres Quintero; sus libros "Mitos y Leyendas Mexicanas", su "Historia Patria"; para el señor Pérez y Soto un libro de poesías, al señor Juan Salazar, una historia natural "Animales Mexicanos", dibujó también para la revista el maestro editada por la Secretaria de Educación.

Finalmente, se dedicó a la obra artística comercial para "La enseñanza objetiva" y "Galas de México".

El pintor Antonio Gómez Rodríguez, falleció el 21 de junio de 1970, a la edad de 82 años de un paro cardiaco, sus restos se encuentran en el panteón de Pénjamo, Guanajuato.

El pintor José Juan Tablada, condiscípulo de Antonio Gómez, narra en el mismo cuaderno, un pasaje en la vida de ellos en la Academia de Bellas Artes de San Carlos y dice que cuando lo alumnos del maestro Febrés celebraron su exposición inaugurada por el ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, estaban contemplando dibujos de Antonio Gómez y escuchó a dos profesores que al platicar, uno de ellos exclamó: "Este muchacho nos gana a dibujar a todos", y agregó, el lote de dibujos que Gómez presentó era sencillamente admirable; por las facultades excepcionales que revela, por el trabajo amoroso, por la justa notación del menor detalle que no daña a la gran armonía del conjunto; por la relación de tonos y el valor de las más vagas medias tintas, por el fuerte carácter, por el sentimiento de la línea, por la atmósfera, ¿por todo en fin!

En este cuaderno de cultura popular a que nos referimos, aparece también transcrito un artículo de El Universal de fecha 14 de julio de 1918, el cual se intitula "Antonio Gómez, caballero águila".

En este mismo cuaderno aparece un artículo del ilustre y ameritado historiador general de división Manuel de J. Solís, del cual sacamos los siguientes comentarios.

Dice el general Manuel de J. Solís que dedica sus breves renglones como justo homenaje al reputado pintor, quien diseño y ejecutó el actual escudo de armas Nacional de México 1916 - 1917. Correspondió ese hermoso trabajo histórico al conocido y famoso pintor michoacano don Antonio Gómez, quien hizo estudios en el arte pictórico en la Academia de San Carlos de esta ciudad de México.

A mediados del año de 1916, cuando el artista contaba con 28 años de edad, era dibujante en el Museo Nacional de Arqueología e Historia, en las calles de Moneda en la capital mexicana. Entonces fue presentado ante el señor don Jorge Enciso, quien a la sazón era jefe del departamento de inspección de monumentos artísticos; al llegarle una orden para la ejecución de un diseño para el escudo de armas Nacional Mexicanas, fue seleccionado el artista Gómez, a fin de llevar al cabo tan valiosa encomienda. Dicho diseño debería ejecutarse a un modelo de águila real de perfil, tal como se suponía haber sido encontrada por los antiguos indios mexicanos, por cuyo hallazgo se denominó el lugar Tenochtitla, el 18 de julio de 1325.

Para el efecto, y por acuerdo del ciudadano Jefe de la Nación, el señor Enciso entregó al artista Gómez una moneda de a peso de las que circularon durante el gobierno del primer Presidente de México 1824-1829.

Cuando daba principio el laborioso trabajo del pintor michoacano, su incumbencia pasó a depender de la Dirección General de Bellas Artes, entonces ubicada en la primera calle de la Academia, a cuyo cargo se hallaba el señor licenciado don Luis Manuel Rojas. Estos ilustres caballeros eran quienes se encargaban de hacer llegar hasta el señor Carranza los dibujos, bocetos y proyectos ejecutados por el mencionado artista Gómez. Por tan honorables conductos, el ciudadano Primer Magistrado ordenaba hacerse las correcciones que juzgaba pertinentes; el pintor tenía entrevistas con el ciudadano Jefe de la Nación.

Por fin, el encargado de hacer el boceto del nuevo escudo pasó a depender de la Universidad Nacional de México, siendo su ilustre rector el señor licenciado don José Natividad Macías, y secretario encargado de Instrucción Pública, el señor ingeniero don Félix F. Palavicini, el licenciado Macías fue el más entusiasta y quien tomara mayor interés en el asunto, al encargarse de hacer conducir al artista a la presencia del señor Carranza, una vez por semana. En una de tantas entrevistas, el pintor manifestó al mandatario que para poder ejecutar tal trabajo, se hacía de absoluta necesidad tener a la vista uno o dos ejemplares de águilas vivas del país; agregó que había encontrado dos hermosísimas en el Museo de Historia Natural, ubicado en las calles de Chopo, de la capital mexicana, que le habían interesado sobremanera. Un ejemplar era de cabeza blanca y provenía de exuberantes montañas de

Durango, la otra de cabeza dorada y era de las escarpas serranías de Chihuahua, respectivamente, Expresó, además, que no le había sido posible obtener el permiso correspondiente para tomar dichos ejemplares y llevar a cabo tan reiterada encomienda. Entonces, el Primer Jefe hizo girar órdenes terminantes a fin de que se dieran al artista Gómez, toda clase de facilidades para el feliz término de su cometido.

Sigue diciendo el historiador y general Manuel de J. Solís. "El reputado pintor logró ejecutar su primer boceto, una pequeña y bellísima pintura, la que al ser presentada al ciudadano Jefe de la Nación, tomó tanto interés y el complació tanto el dibujo, que al llenar de merecidos elogios al artista, le felicitó calurosamente. Este primer trabajo, que mucho había agradado a don Venustiano, de manera misteriosa desapareció del despacho presidencial del inolvidable caudillo coahuilense, pues lo tenía para mostrarlo a sus ministros, altas personalidades y personajes extranjeros.

Por tan lamentable extravió, se ordenó se repitiera la figura en la misma forma y estilo de águila de perfil, ejecutándose la que por mucho tiempo se exhibió en el gran Salón Colonial, y que fue considerada como la de tipo real del águila azteca.

El pabellón mexicano en que por primera vez aparecía la nueva águila de perfil, ondeó en el asta bandera del Palacio Nacional el 15 de septiembre de 1917. El pueblo metropolitano pasaba frente al Palacio Nacional, lleno de entusiasmo y desconcertante admiración, levantaba la mirada para contemplar reverente la novedosa águila azteca, mecida suavemente por los vientos de gloria del mes de septiembre, en aquella mañana radiante de sol y esplendor.

Por último, desde la orden recibida por el artista don Antonio Gómez, así como por el tiempo empleado en proyectos, pruebas, consultas, etcétera, transcurrió un año y medio. Mientras tanto, el artista estaba a sueldo de la nación, a razón de cinco pesos diarios. A la conclusión de la obra memorable, el señor Carranza ordenó fuese entregada al citado artista la cantidad de cinco mil pesos, como compensación a su magnifico trabajo. El tiempo pasó, lamentables acontecimientos de orden político - armados que sobrevinieron en el país, impidieron cumplirse dicho superior acuerdo. Por fin, la cantidad correspondió cubrirla a la administración del interinato de don Adolfo de la Huerta, como Presidente de la República, en el período del 1o. de junio al 30 de noviembre de 1920.

Creemos que el emérito pintor Antonio Gómez Rodríguez es un personaje eminente por sus virtudes cívicas y sus aportaciones destacadas en el campo de las artes, en los términos de las bases que establece el decreto para que el Poder Ejecutivo Federal ordene la inhumación en la Rotonda de los hombres Ilustres publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 1986.

En virtud de lo anterior, vengo ante nuestra soberanía a proponer que al autor del Escudo Nacional, Antonio Gómez Rodríguez, se le rinda un homenaje nacional similar al que se ha rendido a los autores de letra y música del himno patrio y, en consecuencia, propongo al pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Único. Solicítese comedidamente al titular del Poder Ejecutivo, gire sus instrucciones a quien corresponda, a fin de que se exalte la figura del pintor michoacano Antonio Gómez Rodríguez, autor del Escudo Nacional, en los términos del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de marzo de 1986, por el que se establecen las bases y procedimientos para que el Poder Ejecutivo Federal, ordene la inhumación en la Rotonda de los Hombres Ilustres, del Panteón Civil de Dolores.

Salón de sesiones de la honorable Cámara de Diputados, a 26 de diciembre de 1987.- Licenciado Eliseo Rodríguez Ramírez.»

El C. Presidente: -Consulte la secretaría, de conformidad a la fracción II del artículo 58, si hay oradores en pro. Oradores en contra.

Fracción II, si se admite o no a discusión la proposición del ciudadano diputado Eliseo Rangel Ramírez.

La C. secretaria Patricia Villanueva Abrajam: - Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se pregunta a la asamblea si se admite a discusión la proposición presentada por el diputado licenciado Eliseo Rodríguez Ramírez.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se acepta, señor presidente.

El C. Presidente: -Túrnese a la Comisión de Educación.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL

El C. Presidente - En el transcurso de esta sesión, la Comisión del Distrito Federal ha entregado a esta presidencia el dictamen relativo al proyecto de Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. Atendiendo a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre todos ustedes, consulte la secretaría si se le dispensa la primera lectura al dictamen.

La C. secretaria Patricia Villanueva Abrajam: -Por instrucciones de la presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(Votación.)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

«Comisión del Distrito Federal.

Honorable asamblea: A la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados, fue turnada para su estudio y dictamen la iniciativa de Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, presentada por el ciudadano Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en ejercicio de la facultad que el confiere la fracción I del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al cual fue enviada a esta soberanía el 9 de noviembre del año en curso.

En los términos previstos por la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la comisión que suscribe, habiendo estudiado la iniciativa de referencia, presenta a la consideración de la asamblea el siguiente

DICTAMEN

La iniciativa a que se hace mención tiene por objeto, como lo apunta en el artículo 1o., reglamentar la base tercera de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la cual se consigna la creación de un órgano de representación ciudadana en el Distrito Federal integrado por 40 representantes electos según el principio de votación mayoritaria relativo y 26 representantes electos de acuerdo al principio de representación proporcional.

La comisión considera que la iniciativa de Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, viene a satisfacer una necesidad jurídica para hacer posible la organización y funcionamiento de la mencionada asamblea de representantes, posibilitando al mismo tiempo la expedición del respectivo reglamento que en su oportunidad deberá aprobar una vez que sea instalada.

En sus diversos capítulos, la iniciativa comprende las disposiciones generales que le dan sentido y sustento jurídico; la naturaleza y atribuciones propias en este órgano; su elección e instalación; las reglas concernientes a su integración; las normas que rigen el procedimiento para la elaboración de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno; así como las funciones que tendrá la nueva institución de gestoría ciudadana creada por las reformas constitucionales que hiciera el Constituyente Permanente en el pasado período extraordinario de sesiones.

Analizadas por los miembros de la comisión, dentro de un marco de apertura plena, se estudiaron diversas proposiciones formuladas por las diferentes fracciones parlamentarias que la integran, aceptándose aquellas que se consideran enriquecen la iniciativa de referencia y que son las siguientes:

En el artículo 3o., se suprimió la distinción de ciudadanos que se hace en la iniciativa de varones y mujeres, con el propósito de una mejor técnica jurídica, en virtud de que el artículo 34 de la Constitución general de la República ya establece que son ciudadanos de la República los varones y mujeres que teniendo la calidad de mexicanos, reúnen además los requisitos que en el propio precepto se contienen.

Por lo que se refiere al artículo 4o., se consideró conveniente darle mayor claridad a su redacción con la finalidad de hacer más comprensible las facultades de la asamblea, por lo que se propone queda de la siguiente manera:

Artículo 4o. La asamblea está facultada para expedir normas de observación general obligatoria en el Distrito Federal con el carácter de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno en las materias expresamente determinadas por la Constitución general reiteradas en el artículo 7o. de esta ley. También lo está para realizar funciones de consulta, promoción, gestoría,

evaluación y supervisión de las acciones administrativas y de gobierno encaminadas a satisfacer las necesidades de la población de la entidad y sobre la aplicación de los recursos presupuestales disponibles en los términos del artículo 8o. de este ordenamiento.

En cuanto al artículo 6o., se aceptó la propuesta de sustituir la expresión de "servidor público" por el término de "autoridad" para hacerlo congruente con el vocablo empleado en la propia Constitución general de la República, eliminando el término "escrito" por estimarse redundante, toda vez que la lectura de un texto supone que está escrito.

En los artículos 8o., párrafo primero y segundo y en el artículo 10 fracción V, se estimó adecuado suprimir la referencia a "ciudadanos" dejando solamente el vocablo "habitantes" por considerar que es el género dentro del cual los primeros se consideran incluidos. También se aceptó la proposición de sustituir la palabra "denuncias" por la de "queja" contenida en el artículo 8o., en virtud de que podría interpretarse que la asamblea tiene facultades de contraloría si se acepta el término empleado en la iniciativa, ya que tales facultades no están contenidas en el artículo 73 de la Constitución general de la República.

En el artículo 12, se eliminaron las palabras "cualquiera de" por considerarlas innecesarias en el contexto en que son utilizadas.

Para dar mayor claridad al contenido del artículo 13 se consideró más adecuada la redacción siguiente: "La asamblea podrá convocar a consulta pública sobre los asuntos de su competencia. La convocatoria determinará la materia objeto de consulta, los ciudadanos y organizaciones convocadas, las fechas y lugares en que habrán de celebrarse las audiencias, así como las normas que regirán su conducción. Una vez concluida la consulta, se procederá a evaluar sus resultados en las comisiones respectivas, sometiéndolas a la consideración del pleno de la asamblea, con la finalidad de que resuelva lo procedente".

El párrafo primero del artículo 9o. fue modificado atendiendo a la propuesta hecha por los miembros de la comisión para mejorar su redacción, quedando de la siguiente manera:

Artículo 9o. Son facultades de la asamblea en materia de promoción y gestoría:

I. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos por conducto del titular del órgano de gobierno del Distrito Federal, la atención de problemas prioritarios, a efecto de que, tomando en cuenta la previsión de ingresos y los programas a realizar, los considere en el proyecto de presupuesto de egresos de la entidad.

Asimismo, en el último párrafo de este artículo se sustituyó la palabra "preverá" por "determinará".

En el artículo 19, donde se establecen las obligaciones de los miembros de la asamblea en su fracción II, se propone suprimir las palabras "y eficacia" por ser redundante en relación al propósito perseguido en esta fracción; asimismo, se propone para la fracción III una nueva redacción que diga: "Ser gestor y promotor de las peticiones formuladas por los habitantes del Distrito Federal".

Al igual que un agregado a la fracción V que deje a salvo el derecho a disentir políticamente de los representantes pertenecientes a los partidos minoritarios en el seno de la asamblea, por lo que se propone que diga: fracción V. "Cumplir las disposiciones y acuerdos de la asamblea adoptadas en ejercicio de sus atribuciones".

En la parte final del artículo 23 se propuso una nueva redacción, para quedar como sigue:

Artículo 23. La asamblea estará integrada por 40 miembros electos según el principio de votación mayoritaria relativa mediante el sistema de distritos uninominales y por 26 electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de lista votada en la circunscripción plurinominal única...".

En el artículo 24 se observó que era necesario cambiar la palabra "de" por la palabra "a", por significar algo distinto de lo que se pretende indicar, dado que son representantes a la asamblea y no de la asamblea, por lo que su redacción debe ser:

"Artículo 24. Los representantes a la Asamblea del Distrito Federal se elegirán cada tres años y por cada propietario se elegirá un suplente...".

En la parte final del artículo 26 se estimó adecuado sustituir la expresión "serán las contenidas en la legislación expedida al efecto por le Congreso de la Unión", por "serán las contenidas en el Código Federal Electoral".

En el artículo 29 se observó el cambio de la palabra "diputados" en la iniciativa, por lo que es de considerarse adecuada su sustitución por la de "representantes", que es el término apropiado de acuerdo con la Constitución general de la República.

Asimismo, se propone sustituir la palabra "compelerlos" por la de "exhortarlos", en el texto del segundo párrafo del artículo 34.

Con el propósito de clarificar la redacción del artículo 35, se propone que ésta quede en los siguientes términos:

Artículo 35. Se entiende que los miembros que falten a cinco sesiones consecutivas sin causa justificada en los términos del reglamento de la asamblea, o sin previa licencia de su presidente que se haya comunicado a la misma, renuncian a concurrir hasta el período inmediato, procediéndose a llamar a su suplente.

A fin precisar cuáles deberán ser las funciones de los miembros de la mesa directiva de la asamblea, se estableció en el artículo 39 una nueva redacción en que se menciona que corresponderá al reglamento para su gobierno interior determinarlas, habiendo quedado de la siguiente manera:

"Artículo 39. La asamblea elegirá entre sus miembros un presidente y un secretario de la mesa directiva, así como el número de vicepresidentes y prosecretarios con sus respectivos suplentes que determine el reglamento para su gobierno interior, en el cual se precisarán las funciones de cada uno de ellos. El tiempo de duración de los cargos será de un mes".

En el reglamento mencionado se establecerán los procedimientos a seguir para comunicar los nombramientos a que se refiere el párrafo anterior, a las autoridades, organizaciones ciudadanas y vecinales, a al población en general, con las que daba mantener relaciones la asamblea en el ejercicio de sus atribuciones. El comunicado será publicado en la gaceta del órgano de gobierno del Distrito Federal".

En el artículo 41 se propuso por los miembros de la comisión, incluir a los partidos políticos como organismos ante los cuales el presidente de la asamblea tendrá funciones de representación, habiéndose modificado para quedar como sigue:

"Artículo 41. El presidente de la asamblea tendrá entre otras funciones la de representarla ante toda clase de autoridades civiles y militares, ante el titular del órgano de gobierno, los partidos políticos registrados y las organizaciones vecinales del Distrito Federal".

También fue propuesta la modificación al artículo 44, a fin de suprimir las palabras "con la mayor aproximación posible", por considerarse innecesarias, debiendo quedar el nuevo texto como sigue:

"Artículo 44. Las comisiones se integran de forma que reflejen la integración plural de la asamblea y permitan la participación de los partidos minoritarios en el estudio y resolución de las iniciativas así como de los asuntos que se remiten a las mismas".

Por lo que se refiere al artículo 47, se aceptó la propuesta de darle una nueva redacción para definir mejor a los grupos de representantes, remitiendo al reglamento del gobierno interior de la asamblea la fijación de sus prerrogativas, por lo que quedó de la siguiente forma:

"Artículo 47. Los representantes con igual filiación partidaria o pertenecientes a una misma coalición de partidos podrán integrar un grupo de representantes, estos grupos serán las formas de organización para realizar en los términos que establezca el reglamento del gobierno interior de la asamblea, las tareas específicas de sus miembros, en el cual se establecerán las prerrogativas necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones que les competen".

En cuanto al artículo 48, se encontró que no contempla la posibilidad de que el representante a la asamblea solicite una licencia para ocupar una nueva comisión, de tal suerte que el representante que la aceptara infringiría por esta razón este artículo, en cuyo caso sería castigado irremediablemente con la pérdida del cargo de representantes. Asimismo, los representantes suplentes se convertirían automáticamente en propietarios, pues al no poder disfrutar el titular de una licencia, la frase "cuando estuvieran en ejercicio", los convertiría en propietarios.

Para corregir tal omisión, se le dio una nueva redacción para quedar como sigue:

"Artículo 48. Los miembros de la asamblea durante el período de su cargo, no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo de la Federación, de los estados o del Distrito Federal, por los cuales se disfrute sueldo, sin licencia previa del pleno de la asamblea, cesando en sus funciones representativas, mientras dure la nueva ocupación. La misma regla se observará respecto de los representantes suplentes, cuando estuviesen en ejercicio.

La infracción de esta disposición será castigada con la pérdida del carácter de representantes".

En el artículo 56 se consideró conveniente una nueva redacción que amplía su significado y sentido y que es la siguiente:

"Artículo 56. Cada representante será gestor y promotor ante las autoridades administrativas de

los derechos sociales de los electores, con quienes procurará tener una comunicación permanente.

Las demandas que éstos le presenten serán llevadas ante el pleno de la asamblea cuando afecten el interés general".

En la parte final del artículo 59 se sugiere cambiar las palabras "hará circular" por la de "divulgará".

Por todo lo anteriormente expuesto y con base en las disposiciones reglamentarias y legales que corresponda, la Comisión del Distrito Federal que suscribe se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

PROYECTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES DEL DISTRITO FEDERAL

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto reglamentar la base tercera de la fracción VI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2o. La organización y funcionamiento de la asamblea se regirán por la Constitución general y por las disposiciones de esta ley, así como por el reglamento para su gobierno interior, que la propia asamblea expedirá sin intervención de ningún otro órgano. Dicho reglamento entrará en vigor, a partir de su aprobación por la asamblea, la que lo deberá remitir a las autoridades competentes para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en la gaceta oficial del Distrito Federal.

CAPITULO II

De la naturaleza y atribuciones de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal

Artículo 3o. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal es un órgano de representación ciudadana que se integrará por 66 miembros electos en votación directa y secreta de los ciudadanos del Distrito Federal, en los términos de la ley respectiva.

Artículo 4o. La asamblea está facultada para expedir normas de observancia general y obligatoria en el Distrito Federal, con el carácter de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno, en las materias expresamente determinadas por la Constitución general reiteradas en el artículo 7o. de esta ley. También no está para realizar funciones de consulta, promoción, gestoría, evaluación y supervisión de las acciones administrativas y de gobierno encaminadas a satisfacer las necesidades sociales de la población de la entidad y sobre la aplicación de los recursos presupuestales disponibles en los términos del artículo 8o. de este ordenamiento.

Artículo 5o. La Asamblea del Distrito Federal celebrará dos periodos ordinarios de sesiones. El primero se iniciará el 15 de noviembre y podrá prolongarse hasta el 15 de enero de año siguiente. El segundo período dará principio el 16 de abril y concluirá a más tardar el 15 de julio del mismo año. Durante los recesos, la asamblea estará representada por su comisión de gobierno, la cual podrá convocar a sesiones extraordinarias, a petición del Presidente de la República o por excitativa de la mayoría de los representantes. En ambos casos deberá precisarse, por escrito, el asunto o asuntos que deba resolver el pleno de la asamblea y las razones que justifiquen la convocatoria.

Artículo 6o. A la apertura del segundo período ordinario de sesiones concurrirá la autoridad que el Presidente de la República designe, para dar lectura a un informe en el que conste el estado que guarde la administración pública del Distrito Federal.

El reglamento para el gobierno interior de la asamblea determinará el trámite que deberá seguir el informe a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 7o. La asamblea tiene facultades para dictar los bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno, para el Distrito Federal, en las siguientes materias:

I. Educación;

II. Salud y asistencia social;

III. Abasto y distribución de alimentos, mercados y rastros;

IV. Establecimientos mercantiles;

V. Comercio en la vía pública;

VI. Recreación, espectáculos públicos y deporte;

VII. Seguridad pública;

VIII. Protección civil;

IX. Servicios auxiliares a la administración de justicia;

X. Prevención y readaptación social;

XI. Uso del suelo;

XII. Regularización de la tenencia de la tierra, establecimiento de reservas territoriales y vivienda;

XIII. Preservación del medio ambiente y protección ecológica;

XIV. Explotación de minas de arena y materiales pétreos;

XV. Construcciones y edificaciones;

XVI. Agua y drenaje;

XVII. Recolección, disposición y tratamiento de basura;

XVIII. Tratamiento de aguas;

XIX. Racionalización y seguridad en el uso de energéticos;

XX. Vialidad y tránsito;

XXI. Transporte urbano y establecimientos;

XXII. Alumbrado público;

XXIII. Parques y jardines;

XXIV. Agencias funerarias, cementerios y servicios conexos;

XXV. Fomento económico y protección al empleo;

XXVI. Desarrollo agropecuario;

XXVII. Turismo y servicios de alojamiento;

XXVIII. Trabajo no asalariado y previsión social, y,

XXIX. Acción cultural.

Artículo 8o. Son facultades de la asamblea en materia de supervisión de la administración pública del Distrito Federal, atender las peticiones y quejas que formulen los habitantes del Distrito Federal, respecto del cumplimiento, por las unidades centrales, los órganos desconcentrados y las entidades paraestatales del Distrito Federal, de las obligaciones que les señalan las disposiciones jurídicas en materia administrativa, de obras y servicios.

Por acuerdo de la asamblea, se podrán dirigir peticiones y recomendaciones a las autoridades competentes, tendientes a satisfacer los derechos e intereses legítimos de los habitantes del Distrito Federal y a mejorar la utilización y aplicación de los recursos disponibles.

La asamblea está facultada para participar, en los términos previstos por el artículo 73, fracción VI, base tercera, de la Constitución, en la vigilancia de la administración presupuestal y contable del Distrito Federal.

Una vez discutida la Cuenta Pública del Distrito Federal, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, comunicará a la asamblea, las consecuencias que derivaron de sus observaciones.

La asamblea podrá citar a los servidores públicos de la administración pública del Distrito Federal, a que se refiere el artículo 11 de esta ley, para que informen sobre el desarrollo de los servicios y la ejecución de las obras encomendadas a la administración pública del Distrito Federal.

Artículo 9o. Son facultades de la asamblea en materia de promoción y gestoría:

I. Proponer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto del titular del órgano de gobierno del Distrito Federal, la atención de problemas prioritarios, a efecto de que, tomando en cuenta la previsión de ingresos y los programas a realizar, los considere en el proyecto de presupuesto de egresos de la entidad.

II. Formular al titular del órgano de gobierno del Distrito Federal, la peticiones que acuerde el pleno de la asamblea, para la solución de los problemas que planteen sus miembros, como resultado de su acción de gestoría ciudadana;

III. Analizar los informes semestrales que deberán presentar sus miembros, para que el pleno tome las medidas que correspondan dentro del ámbito de sus facultades de consulta, promoción, gestoría y supervisión;

IV. Los demás que le otorgue la presente ley.

El reglamento para el gobierno interior de la asamblea determinará los órganos y mecanismos necesarios para garantizar que las funciones de promoción y gestoría pueden ser cumplidas con la mayor eficacia, tanto durante los periodos de sesiones como en los recesos.

Artículo 10. Son facultades de la asamblea en materia de participación ciudadana:

I. Convocar a consulta pública sobre las materias de su competencia y determinar las bases a las que estará sujeta la consulta en la convocatoria respectiva;

II. Publicar los resultados de la consulta y dar a conocer las acciones que, con esa base, llevará a cabo la asamblea;

III. Establecer los medios y mecanismos necesarios para mantener una constante comunicación con sus representados;

IV. Orientar a los habitantes del Distrito Federal acerca de los medios jurídicos y administrativos de que pueden disponer para hacer valer sus derechos ante las autoridades de la entidad, así como respecto de los requisitos y procedimientos para que ejerzan ante la asamblea el derecho de iniciativa popular;

V. Orientar a los habitantes del Distrito Federal acerca del régimen jurídico del uso y destino del suelo dentro del mismo.

Artículo 11. La asamblea podrá citar a los titulares de las unidades centralizadas, órganos desconcentrados y entidades paraestatales del Distrito Federal, en los casos siguientes:

I. Cuando se encuentre en estudio una iniciativa para la expedición o reforma de un ordenamiento relacionado con la competencia específica del servidor público que deba comparecer, y

II. Cuando exista la necesidad de conocer información sobre el desarrollo de los servicios públicos o la ejecución de obras correspondientes al ámbito de competencia del servidor público que deba ser citado.

Artículo 12. Toda propuesta para citar a los servidores públicos mencionados por el artículo anterior, deberá ser aprobada por la asamblea. El conducto para solicitar la comparecencia será, en todos los casos, el titular del órgano de gobierno del Distrito Federal.

Artículo 13. La asamblea podrá convocar a consulta pública sobre los asuntos de su competencia. La convocatoria determinará la materia objeto de consulta, los ciudadanos y organizaciones convocadas, las fechas y lugares en que habrán de celebrarse las audiencias, así como las normas que regirán su conducción. Una vez concluida la consulta, se procederá a evaluar sus resultados en las comisiones respectivas, sometiéndolas a la consideración del pleno de la asamblea, con la finalidad de que resuelva lo procedente.

Artículo 14. Tanto las peticiones que formule la asamblea a las autoridades administrativas, para la solución de problemas sociales y urbanos que correspondan a su esfera de competencia, como otras medidas encaminadas a hacer efectivas sus facultades de consulta, promoción, gestoría y supervisión, deberán ser objeto, en todos los casos, de un acuerdo de la propia asamblea.

Artículo 15. Los nombramientos de magistrados del Tribunal Superior de Justicia que haga el Presidente de la República, en los términos del artículos 73 constitucional, deben ser sometidos a la aprobación de la asamblea.

El mismo procedimiento se observará para los nombramientos de los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

Artículo 16. La asamblea podrá iniciar, por acuerdo del pleno, ante el Congreso de la Unión, las leyes o decretos en materia del Distrito Federal.

Artículo 17. La asamblea elaborará su propio proyecto de presupuesto anual de gastos y lo remitirá al Ejecutivo Federal, por conducto del titular del órgano de gobierno, para que, atendiendo a las previsiones de ingresos, lo incorpore al proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal que debe enviar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

La asamblea administrará de manera autónoma y responsable su presupuesto de gastos.

Artículo 18. Las propuestas a que se refiere la fracción I del artículo 9o. deberán acompañarse de la información que las fundamente y que hubiere obtenida por la asamblea en su carácter de cuerpo colegiado o por los representantes miembros de la misma, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales.

Artículo 19. Son obligaciones de los miembros de la asamblea:

I. Representar los intereses de los ciudadanos;

II. Cumplir con eficiencia sus funciones;

III. Ser gestor y promotor de las peticiones formuladas por los habitantes del Distrito Federal;

IV. Realizar audiencias en su distrito o circunscripción cuando menos una vez al mes;

V. Cumplir las disposiciones y acuerdos de la asamblea, adoptados en ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 20. Los representantes ante la asamblea son inviolables por las opiniones que manifiestan en el desempeño de sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos o enjuiciados por ellas. El presidente de la asamblea estará investido de la autoridad necesaria para velar por el respeto al fuero constitucional de sus miembros.

Artículo 21. El recinto en que sesione la asamblea de representantes será inviolable. Ninguna fuerza pública podrá tener acceso a él, salvo con la autorización del presidente. En este caso, la fuerza pública quedará bajo el mando y autoridad de éste, quien será responsable ante la propia asamblea por el uso que hubiere hecho de estas facultades.

Ninguna autoridad podrá ejecutar mandamientos judiciales o administrativos sobre los bienes de la asamblea de representantes, ni sobre las personas o bienes de sus miembros en el interior del recinto.

Artículo 22. Los miembros de la asamblea son responsables, en los términos del Título Cuarto de la Constitución Política y de su ley reglamentaria, por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo y por las faltas u omisiones en que incurran en el ejercicio de ese mismo cargo.

CAPITULO III

De la elección e instalación de la asamblea

Artículo 23. La asamblea estará integrada por 40 miembros electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos uninominales y por 26 electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de lista votada en la circunscripción plurinominal única. La demarcación de los distritos se establecerá como lo determine la ley correspondiente.

Artículo 24. Los representantes a la Asamblea del Distrito Federal se elegirán cada tres años y por cada propietario se elegirá un suplente.

La asignación de los representantes electos según el principio de representación proporcional, se sujetará a las normas que la Constitución y la ley correspondiente dispongan.

Artículo 25. La asamblea expedirá la convocatoria para elecciones extraordinarias con el fin de cubrir las vacantes de sus miembros electos por el principio de mayoría relativa.

Las vacantes de representantes electos según el principio de representación proporcional serán cubiertas por aquellos candidatos del mismo partido que sigan en el orden de la lista plurinominal, después de hebérsele asignado los representantes que le hubieren correspondido.

Artículo 26. Las normas sobre elegibilidad para ser miembros de la asamblea, las relativas al ejercicio del sufragio, a los partidos políticos con derecho a participar en las elecciones respectivas, así como las demás disposiciones de naturaleza electoral, serán las contenidas en el Código Federal Electoral.

Artículo 27. La comisión instaladora de la asamblea tendrá a su cargo las funciones previas que conducen a la constitución del colegio electoral y a la elección de su mesa directiva. El reglamento para el gobierno interior de la asamblea regulará su integración y atribuciones.

Artículo 28. Las sesiones del colegio electoral se iniciarán quince días antes de la instalación de la asamblea. Las constancias que no fueren calificadas en este período lo serán una vez instalada la asamblea.

Artículo 29. El colegio electoral de la asamblea será competente para calificar la elección de sus miembros y se integrará por el total de los presuntos representantes que hubieran obtenido su constancia de mayoría o de asignación proporcional de la Comisión Local Electoral. La decisión del colegio electoral calificando la elección de los representantes será definitiva y en su contra no procederá recurso alguno.

Artículo 30. El colegio electoral no podrá abrir sus sesiones ni ejercer sus funciones sin la concurrencia de más de la mitad del número de sus miembros. El reglamento para el gobierno interior de la asamblea regulará el procedimiento a seguir para que el colegio electoral cumpla con sus funciones.

Artículo 31. Los trabajos del colegio electoral serán conducidos por una mesa directiva integrada por cinco miembros, electos por el propio colegio, por mayoría de votos.

El reglamento para el gobierno interior determinará el número e integración de las comisiones dictaminadoras, que a propuesta de la mesa directiva, deberán integrarse.

Artículo 32. Cada asamblea, antes de clausurar el último período de sesiones de su ejercicio trianual, nombrará de entre sus miembros una comisión encargada de instalar el colegio electoral de la siguiente.

Artículo 33. La instalación de la asamblea se verificará el día 14 de noviembre y será presidida por la mesa directiva del colegio electoral. Durante el acto se hará la lista de los representantes electos y el presidente del colegio electoral tomará la protesta de ley a los representantes presentes. Acto seguido se elegirá a la mesa directiva de la asamblea, en escrutinio secreto y por mayoría de votos. La mesa directiva pasará a presidir la sesión y el presidente de la asamblea la declarará legalmente constituida.

Artículo 34. La asamblea no podrá abrir sus sesiones ni ejercer sus facultades sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros.

Los representantes deberán reunirse el día señalado para la iniciación del primer período ordinario de sesiones de cada asamblea y, en caso de que haya ausentes, los presentes deberán exhortarlos a que concurran dentro de los diez días siguientes, apercibiéndolos que de no hacerlo se entenderá que no aceptan el cargo, procediéndose a llamar a los suplentes para que se presenten en un plazo igual y, si éstos tampoco lo hicieren, se declarará vacante el puesto y se procederá a cubrirla en los términos de ley.

Si no hubiese quórum para instalar la asamblea o para ejercer sus facultades una vez instalada, se convocará inmediatamente a los suplentes para que se presenten a la mayor brevedad a desempeñar su cargo, entre tanto transcurren los diez días mencionados.

Artículo 35. Se entiende que los miembros que falten a cinco sesiones consecutivas, sin causa justificada en los términos del reglamento de la asamblea, o sin previa licencia de su presidente que se haya comunicado a la misma, renuncian a concurrir hasta el período inmediato, procediéndose a llamar a su suplente.

Artículo 36. Será aplicable el régimen de responsabilidades, en los términos previstos por el Código Federal Electoral para diputados, senadores y partidos políticos, a los representantes de la asamblea y a los partidos que los postulen.

Artículo 37. La asamblea residirá en el Distrito Federal, sesionará en un mismo recinto y no podrá trasladarse a otro sin acuerdo previo de la mayoría de sus miembros, señalando el tiempo y modo de verificarlo. La asamblea no podrá suspender sus sesiones por más de tres días hábiles salvo por caso fortuito o fuerza mayor y siempre que así lo acuerde la mayoría de sus integrantes.

CAPITULO IV

De la organización de la asamblea

Artículo 38. La asamblea contará con una mesa directiva a la que corresponderá el manejo de la agenda y la conducción del debate. Asimismo, bajo la autoridad de su presidente, le competerá la preservación de la libertad y el orden de las deliberaciones, cuidar de la efectividad de los trabajos y aplicar con imparcialidad las disposiciones de esta ley, el reglamento para el gobierno interior de la asamblea, así como los acuerdos que emanen del pleno de la propia asamblea.

Artículo 39. La asamblea elegirá de entre sus miembros un presidente y un secretario de la mesa directiva, así como el número de vicepresidentes y prosecretarios con sus respectivos suplentes que determine el reglamento para su gobierno interior, en el cual se precisarán las funciones de cada uno de ellos. El tiempo de duración de los cargos será de un mes.

En el reglamento mencionado se establecerán los procedimientos a seguir para comunicar los nombramientos a que se refiere el párrafo anterior, a las autoridades, organizaciones ciudadanas y vecinales, a la población en general , con las que deba mantener relaciones la asamblea en el ejercicio de sus atribuciones. El comunicado será publicado en la gaceta oficial del órgano de gobierno del Distrito Federal.

Artículo 40. Los integrantes de la mesa directiva sólo podrán ser removidos de sus cargos por las causas y con los requisitos y formalidades que estén previstos en el reglamento para el gobierno interior de la asamblea, que determinará los casos en que sea indispensable nombrar el o los sustitutos que correspondan y la forma de su designación.

Artículo 41. El presidente de la asamblea tendrá entre otras funciones la de representarla ante toda clase de autoridades civiles y militares, ante el titular del órgano de gobierno, los partidos políticos registrados y las organizaciones vecinales del Distrito Federal.

Artículo 42. La asamblea contará con un oficial mayor y un tesorero, nombrados por el pleno, a propuesta de la comisión de gobierno, además de los funcionarios que disponga su reglamento y los empleados que permita su presupuesto.

Los trabajadores y empleados al servicio de la asamblea de representantes, regirán sus relaciones laborales con ésta, de conformidad con las

disposiciones contenidas en el artículo 123, apartado b) de la Constitución y de su ley reglamentaria.

Artículo 43. La asamblea contará con las comisiones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus atribuciones. El reglamento para el gobierno interior de la asamblea regulará la organización y funcionamiento de las mismas.

Artículo 44. Las comisiones se integrarán de forma que reflejen la integración plural de la asamblea y permitan la participación de los partidos minoritarios en el estudio y resolución de las iniciativas así como los asuntos que se remitan a las mismas.

Artículo 45. La comisión de gobierno estará integrada por siete representantes, electos por el voto mayoritario del pleno de la asamblea y será presidida por quien designen sus miembros.

Artículo 46. La comisión de gobierno de la asamblea tendrá como función proponer el nombramiento de los servidores públicos de la asamblea y de los integrantes de las comisiones. Asimismo, le corresponderá coadyuvar con la mesa directiva en las actividades que sean de su competencia y apoyar el trabajo de las comisiones.

Artículo 47. Los representantes con igual filiación partidaria o pertenecientes a una misma coalición de partidos podrán integrar un grupo de representantes, estos grupos serán las formas de organización para realizar en los términos que establezca el reglamento del gobierno interior de la asamblea, las tareas especificas de sus miembros en el cual se establecerán las prerrogativas necesarias para el mejor cumplimiento de las funciones que les competen.

Artículo 48. Los miembros de la asamblea, durante el período de su cargo, no podrán desempeñar ninguna otra comisión o empleo de la Federación, de los estados o del Distrito Federal, por los cuales se disfrute sueldo, sin licencia previa del pleno de la asamblea, cesando en sus funciones representativas, mientras dure la nueva ocupación. La misma regla se observará respecto de los representantes suplentes, cuando estuviesen en ejercicio.

La infracción de esta disposición será castigada con la pérdida del carácter de representante.

Artículo 49. El reglamento para el gobierno interior de la asamblea, regulará su estructura, funcionamiento interno, debates, sesiones, votaciones y demás trámites del proceso de emisión de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno.

CAPITULO V

De la elaboración de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno

Artículo 50. El derecho de iniciar bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno compete:

I. A los miembros de la asamblea;

II. A los representantes de los vecinos organizados en los términos establecidos por la ley correspondiente, y

III. A los ciudadanos que presenten por escrito una iniciativa acompañada de la firma de diez mil ciudadanos, en los términos del artículo 52.

Artículo 51. Toda iniciativa pasará a la comisión respectiva para que se dictamine. El modo, forma y término para las discusiones y votaciones se establecerá en el reglamento para el gobierno interior de la asamblea.

Artículo 52. Los ciudadanos del Distrito Federal tienen el derecho de iniciativa popular respecto de las materias que son competencia de la asamblea

. La iniciativa popular es un procedimiento de participación de los ciudadanos del Distrito Federal, para proponer la creación, reforma, derogación o abrogación de bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno, relativos al propio Distrito Federal.

Este derecho sólo podrá ser ejercido conjuntamente por un mínimo de diez mil ciudadanos que, a la fecha de la iniciativa, sean residentes del Distrito Federal.

Una vez verificados el número y la identidad de los ciudadanos que suscriban una iniciativa, por los medios y procedimientos previstos en el reglamento para el gobierno interior de la asamblea, aquélla será turnada a la comisión que corresponda, la cual tendrá la obligación de presentar su dictamen a la consideración del pleno en el mismo período ordinario de sesiones, salvo que la presentación se hubiere hecho en los últimos quince días hábiles de dicho período, en cuyo caso el dictamen podrá ser presentado en el período inmediato siguiente.

Artículo 53. Aprobado un proyecto por la asamblea, se remitirá debidamente firmado para su publicación en la gaceta oficial del Distrito Federal.

Artículo 54. Las iniciativas desechadas por la asamblea, no podrán volver a discutirse, sino hasta el siguiente período ordinario de sesiones.

Artículo 55. En la reforma, derogación o abrogación de los bandos, ordenanzas y reglamentos de policía y buen gobierno se observarán los mismos trámites que para su formación.

CAPITULO VI

De las funciones de gestoría ciudadana

Artículo 56. Cada representante será gestor y promotor ante las autoridades administrativas de los derechos sociales de los electores con quienes procurará tener una comunicación permanente. Las demandas que éstos le presenten serán llevadas ante el pleno de la asamblea cuando afecten el interés general.

Artículo 57. Los representantes someterán a la consideración del pleno de la asamblea, la solución de carácter general que propongan al caso planteado para los efectos de las fracciones II y III del artículo 9o. de esta ley. Las autoridades competentes considerarán las peticiones o recomendaciones que formule el pleno de la asamblea.

Artículo 58. Los representantes deberán presentar individualmente un informe semestral por escrito, al pleno de la asamblea, en el que asienten los resultados de su acción, en materia de consulta, promoción, gestoría y supervisión que hayan desarrollado, en favor de sus electores.

En dicho informe se podrán incluir recomendaciones de carácter general con el propósito de mejorar o ampliar los servicios, así como para fortalecer la participación ciudadana y comunitaria.

Artículo 59. La asamblea formulará un informe anual de la labor de gestoría y promoción ciudadana prestada por sus integrantes, en el que se incluirán las propuestas de solución y la respuesta de las autoridades involucradas. Dicho informe será de carácter general y se divulgará ampliamente en el Distrito Federal.

Artículo 60. La asamblea podrá en todo momento y considerando los informes a que se refiere el artículo 58 de este ordenamiento, formular a las autoridades administrativas las peticiones que acuerde el pleno para la solución de los problemas que conozcan sus miembros.

TRANSITORIOS

Primero. Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En tanto se expidan las normas que regulen la organización interna y el funcionamiento de la asamblea, se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones que contienen la Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General.

Tercero. Por única vez, para la constitución de la primera asamblea, la mesa directiva de la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión fungirá como comisión instaladora. Una vez que se elegida la mesa directiva del colegio electoral de la asamblea cesará en sus funciones.

Cuarto. Las primeras elecciones para integrar la Asamblea de Representantes del Distrito Federal se verificarán el primer miércoles del mes de julio de 1988 y se calificarán durante la primera quincena del mes de octubre del mismo año, para iniciar sus sesiones en la fecha prevista en el artículo 5o. de esta ley.

Quinto. La asamblea podrá dictar los acuerdos necesarios a fin de resolver las cuestiones que no estén previstas por ésta y las demás leyes aplicables, o por el reglamento para su gobierno interior, siempre y cuando no desborde sus atribuciones constitucionales y legales.

Sexto. En la instalación de la primera asamblea de representantes, la mesa directiva del colegio electoral nombrará no menos de tres comisiones dictaminadoras, integradas cada una de ellas con un mínimo de cinco representantes.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Palacio Legislativo, Distrito Federal, 26 de diciembre de 1987.- Comisión del Distrito Federal: Presidente, Gilberto Nieves Jenkin; secretario, Manuel Gurría Ordóñez; Jaime Aguílar Alvarez, Homero Díaz Córdova, Luis Manuel Altamirano Cuadros, Federico Durán y Liñán, Gonzalo Altamirano Dimas, Manuel Fernández flores, Francisco Berlín Valenzuela, Guillermo Fonseca Alvarez, Agustín Bernal Villanueva, Beatriz Gallardo Macías, Juan Moisés Calleja García, Jesús Galván Muñoz, Efraín Jesús Calvo Zarco, Javier Garduño Pérez, Rodolfo Mario Campos Bravo, Alfonso Godínez López, Carlos Enrique Cantú Rosas, Federico Granja Ricalde, Ofelia Casillas Ontiveros, José Herrera Arango, Gonzalo Castellot Madrazo, Manuel Jiménez Guzmán, Juan José Castillo Mota, Armando Lazcano Montoya, Juan José Castro Justo, Héctor Ling Altamirano, José Trinidad Cervantes Aguirre, Joaquín López Martínez, Rafael López Zepeda, Rafael Lozano Contreras, Manuel Monarres Valenzuela, Adrián Mora Aguilar, Jarmila Olmedo de Garcilita,

Santiago Oñate Laborde, Manuel Germán Parra Prado, Javier Pineda Serino, Antonio Punzo Gaona, Alfonso Reyes Medrano, Sócrates Rizzo García, Lorenzo Silva Ruiz, Manuel Terrazas Guerrero, Fernando Ulibarri Pérez, Lulio Valenzuela Herrera, Miguel Eduardo Valle Espinoza y Leopoldo Arturo Whaley Martínez.»

Trámite: Primera lectura.

INSCRIPCIÓN EN LETRAS DE ORO

El C. Presidente: - En el transcurso de esta sesión también la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales entregó a esta presidencia el dictamen relativo para que se inscriba con letras de oro el nombre del capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda, en el recinto de la honorable Cámara de Diputados. Ruego a la secretaría que dé cuenta de él.

El C. secretario Antonio Sandoval González:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada, para su estudio y dictamen, la iniciativa de decreto presentada por el honorable Congreso del Estado de Campeche a través del ciudadano Secretario de Gobernación, licenciado Manuel Bartlett Díaz, con la finalidad de que sea inscrito con letras de oro en los muros interiores del salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el nombre del insigne marino de guerra mexicano el capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda, consolidador de la independencia de México y forjador de nuestra armada nacional.

El estudio acucioso y preciso realizado por la comisión, nos identificó plenamente con la figura de tan ilustre marino mexicano y nos ayudó a entender el porqué del espíritu de sacrificio por su patria y de servicio a la libertad e independencia de su pueblo, que lo hacen merecedor a ser considerado como uno de los grandes héroes que escribieron nuestra historia de dignidad, de libertad y se soberanía.

La comisión estudió todas las bases que hacen meritoria la labor al servicio de la República de un mexicano nacido en el puerto de Campeche, Campeche, el 13 de marzo de 1787, que caracterizado de una vocación propia del arraigo de su población natal hacia las artes marítimas y no disponiendo en su país donde estudiar y capacitarse en la carrera naval, optó por marchar a España, viajando como grumete en un barco mercante, a fin de pagar su viaje e irse familiarizando con los menesteres de tan difícil profesión, logrando obtener su título como guardia marina en el Departamento de Ferrol, España, a los 16 años de edad el 18 de noviembre de 1803, cumpliendo su servicio obligatorio en las fuerzas navales españolas para luego regresar y poner su capacidad y experiencia naval al servicio de su país, regresando a Campeche el 8 de agosto de 1808.

A través del estudio de la comisión, en la vida y hechos del primer marino naval mexicano, que hace posible organizar una flotilla de embarcaciones de guerra, la cual da lugar al origen de nuestro honorable instituto armado nacional, la Armada de México, logrando esto a pesar de grandes dificultades económicas, logísticas y de recursos humanos, conforma con 200 marinos y 100 artilleros campechanos la flotilla integrada por una fragata y ocho corbetas adquiridas por órdenes de Antonio de Medina, titular de despacho de Guerra y Marina, esta flotilla fue sumamente importante para el destino independiente de nuestra patria, porque a pesar del esfuerzo y valor de las diversas estrategias para vencer el último reducto de la dominación española, la única solución para lograrlo era organizar el ataque por mar, ya que la posición estratégica del castillo de San Juan de Ulúa así lo exigía, diciéndose entonces que: Sólo a la marina toca consumar esta gran obra y consolidar para siempre la independencia nacional.

Al consumarse la independencia de México después de tres siglos de dominación española, ya habían capitulado las fortalezas de San Diego de Acapulco y San Carlos en Perote, persistiendo los afanes de continuar sometiendo la dignidad y libertad de nuestro pueblo, con la presencia de tropas españolas en el puerto de Veracruz y en la fortaleza de San Juan de Ulúa, en donde finalmente el 26 de octubre de 1821 se guarnecieron 200 soldados al mando del general José María Dávila, quien al recibir por mar refuerzos de La Habana logró reunir una fuerza de 2 mil hombres y un armamento con poder suficiente para resistir y superar cualquier intento bélico proveniente de tierra en clara actitud violatoria a la proclamación de nuestra independencia, en necia resistencia a entregar la plaza, no dejando otro camino a México que tomar el castillo por la fuerza, dado que habían fracasado todos los intentos de gestión diplomática, los que se desdeñaban o desviaban con descaro y seguían pretextando una y mil razones que según ellos fundamentaba la necesidad y convivencia de mantener su presencia en San Juan de Ulúa, es decir, imponiendo la fuerza a la razón trataban de disfrazar sus intenciones de conservar las fuerzas como símbolo de sometimiento

y base para el reinicio de un dominio, que el pueblo de México ya consideraba superado y no estaba por razón alguna dispuesto a retroceder y volver a calzar cadenas y perder derechos, libertad y soberanía, no había en los mexicanos otro sentimiento que no fuera morir de ser necesario para hacer respetar nuestra independencia.

Siendo permanente preocupación del gobierno mexicano la permanencia obstinada y mal intencionada de los españoles, ante los repetidos fracasos de entendimiento diplomático, así como los fracasos de los intentos bélicos desde tierra hasta la fortaleza de San Juan de Ulúa, que aparte de estar suficientemente parapetada, su ubicación geográfica se hacia inexpugnable antes esas estrategias, determinó reunir un grupo decidido, valiente y bien capacitado en las artes del mar, para fortalecer la Marina Nacional y ésta resolviera la rendición del fuerte.

A pesar de adquirir embarcaciones en Estados Unidos de América, hubo repetidos fracasos en los intentos de someter a la fortaleza debido a su poder de respuesta y la falta de experiencia de nuestra gente en la guerra naval, por lo que el gobierno de México ordenó al estado de Yucatán, que gozaba de tradición marítima y en donde coincidentemente se encontraba al capitán de fragata Sainz de Baranda como comandante de Marina en el estado y capitán del puerto de Campeche, que se reuniera un grupo de marinos para concentrarlos en Alvarado, esta orden tuvo problemas económicos y logísticos para cumplirse y asegurar el bienestar de los marinos y de sus familias, por lo que Sainz de Baranda tramitó y obtuvo del Congreso del Estado la autorización de utilizar los fondos que disponía en depósitos para resolver la situación y logrando por fin que las tripulaciones campechanas se concentran en el puerto de Alvarado.

Reconociendo sus grandes cualidades y experiencia en guerra naval adquiridas en la batalla de trafalgar y otras batallas donde se distinguió y fue concentrado por su disciplina, valor y destreza, se le designó comandante general de marina en Veracruz, posición que asume el 16 de agosto de 1825, abocándose de inmediato a reorganizar la escuadrilla y trazar los planes y estrategias, iniciando a su mando el bloqueo de San Juan de Ulúa, para no permitir arribo de refuerzos, víveres y medicinas, suplió con espíritu decidido y con acción febril, pero serena, la insuficiencia de nuestros recursos por la eficiencia en la aplicación de los mismos, logrando vencer día a día la resistencia de los españoles que se debilitaban por la falta de alimentación y las enfermedades que diezmaban sus fuerzas.

Los españoles cifraban sus esperanzas en recibir apoyo desde La Habana, los mexicanos veíamos cada vez más cerca el momento de su libertad definitiva, no retrocederíamos ante nada, nuestra voluntad y espíritu nacionalista acrecentaba nuestras fuerzas y nos dispusimos a luchar ante la flotilla de cuatro buques de guerra españoles que se avistaron el día 5 de octubre de 1825 y zarpó la escuadra mexicana aplicando la estrategia naval de su comandante general el capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda, pero el encuentro se retrasó hasta el día 11 de octubre, cuando se reorganizaron las fuerzas a causa de un fuerte temporal que dispersó todas las naves, pudiendo empezar a reunirse el día 10 de octubre.

La flota mexicana se situó estratégicamente en el canal de entrada en espera del ataque, los españoles hicieron varios intentos por lograr confundir a nuestros buques y dispersarlos, pero sus ardides no dieron resultado, los marinos navales mexicanos al mando de Sainz de Baranda estaban firmes y dispuestos a morir por su patria, a luchar hasta el último aliento de su existencia, su espíritu acrecentaba su estrategia y su fuerza, ahí nacía el espíritu de servicio y sacrificio de la Armada de México, así se gestaba una cuna de héroes como José Azueta, Manuel Azueta y Virgilio Uribe, en el ambiente flotaba el ánimo patriótico de cada mexicano dispuesto a todo por defender su libertad y su soberanía, ésa era la gran fuerza de la flota mexicana, éste era el gran mérito del marino naval que comandaba la fuerza marítima y con su ejemplo imbuía fuerza y valor en cada uno de su tripulación, eso era lo que los españoles percibieron y al medir sus fuerzas consideraron que ahí nacía una nación orgullosa que había que respetar y optaron por enfilar en clásico hacia boga, hacia La Habana para lograr refuerzos que nunca llegaron, porque la fortaleza al mando de brigadier Coppinger, capituló el día 5 de noviembre, abandonando el día 23 de noviembre de 1825, firmando el inicio de nuestra independencia al ondear orgullosamente por primera vez nuestro pabellón nacional.

Por todo esto recordaremos por hoy y por siempre, con admiración y respeto, al capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda y Borreyro, su recuerdo nos orgullece y sirve de ejemplo a las generaciones del presente y futuro de nuestra nación, sólo podremos expresar nuestro reconocimiento agradecido, honrado su nombre y qué mejor forma que inscribirlo en estos muros donde eternizamos los nombres de los héroes que nos dieron patria, libertad y soberanía. Pedro Sainz de Baranda sin duda alguna fue un héroe que hace posible el inicio de una vida nacional libre y soberana, que hace nacer una armada nacional, inculcando en

cada uno de sus miembros su espíritu de sacrificio por su patria y servicio a su pueblo.

Por todos estos méritos, este ejemplo esplendoroso de nacionalismo patriótico, el capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda merece ser recordado cada vez que veamos su nombre inscrito en las columnas del recinto de esta representación del pueblo de México, por lo que la comisión se pronuncia en este dictamen a favor de la iniciativa presentada por el Congreso Estatal de Campeche y solicita el apoyo y aprobación de esta soberanía.

Por lo anterior y con fundamento en los artículos 71 fracciones II y III constitucional y 56, 65, 87, 93, 97 y además relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se propone a esta honorable asamblea el siguiente

PUNTO RESOLUTIVO

Único. Se inscriba con letras de oro el nombre del capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda en el recinto de la honorable Cámara de Diputados.

Sala de comisiones de la honorable Cámara de Diputados, a 26 de diciembre de 1987.- Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales: Nicolás Reynés Berezaluce, presidente; Santiago Oñate Laborde, secretario; Jaime Aguilar Alvarez Mazarrasa, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Juan Antonio Araujo Urcelay, José Gonzalo Badillo Ortiz, Francisco Berlín Valenzuela, Antonio Brambila Meda, Carlos Enrique Cantú Rosas, Juan Moisés Calleja García, Heberto Castillo Martínez, Juan José Castillo Mota, Juan de Dios Castro Lozano, Germán Corona del Rosal, José Luis Díaz Moll, Romeo Flores Caballero, Reyes Rodolfo Flores Zaragoza, Guillermo Fonseca Alvarez, Oswaldo García Criollo, Jesús González Schmal, Miguel Ángel Herrerías Alvarado, David Jiménez González, Enrique G. Jiménez Remus, Juan Maldonado Pereda, Arnoldo Martínez Verdugo, Jorge Masso Masso, Antonio Monsiváis Ramírez, Jorge Montúfar Araujo, Melquiades Morales Flores, Alejandro Ontiveros Gómez, Luis Manuel Orcí Gándara, Fernando Ortiz Arana, Pablo José Pascual Moncayo, Pedro José Peñaloza, María Guadalupe Ponce Torres, Graco Ramírez Garrido Abreu, Ignacio Ramos Espinosa, Humberto Salgado Gómez, César Augusto Santiago Ramírez, Píndaro Urióstegui Miranda y Sergio Armando Valls Hernández.»

Trámite: -Primera lectura.

ORDEN DEL DÍA

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

La C. secretaria Patricia Villanueva Abrajam: -Señor presidente, se han agotado los asuntos en cartera.

Se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

«Cámara de Diputados.- Tercer Período Ordinario se Sesiones.- LIII Legislatura.

Orden del día

27 de diciembre de 1987.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictámenes a discusión

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro el nombre del capitán de fragata Pedro Sainz de Baranda en el recinto de la honorable Cámara de Diputados.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto por el que se concede permiso al ciudadano Francisco Haces Villar, para desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de España en Tampico, Tamaulipas.

Y los demás asuntos con los que la secretaria dé cuenta.»

El C. Presidente (a las 18.50 horas): - Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el día de mañana, domingo 27 de diciembre, a las 10 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y

DIARIO DE LOS DEBATES