Legislatura LIV - Año I - Período Extraordinario - Fecha 19891016 - Número de Diario 9

(L54A1P1eN009F19891016.xml)Núm. Diario:9

ENCABEZADO

LIV LEGISLATURA

PODER LEGISLATIVO FEDERAL

DIARIO DE LOS DEBATES

DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Registrado como artículo de segunda clase en al Administración de Correos, el 21 de septiembre de 1921

PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Dip. Mauricio Valdez Rodríguez

PALACIO LEGISLATIVO

DIRECTOR DEL DIARIO DE LOS DEBATES

Lic. Benjamín Martínez Martínez

Año I México, D. F., lunes 16 de octubre de 1989 No. 9

PERÍODO EXTRAORDINARIO

SUMARIO

ASISTENCIA

La secretaría notifica que hay quórum.

APERTURA

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

Se da lectura.

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

Con dos aclaraciones, se aprueba.

COMUNICACIONES

DE LA HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE

Donde se notifica que se prorroga la licencia al ciudadano Jorge Constantino Barba Islas, para continuar separado de sus funciones. De enterado.

Donde se notifica que se concedió licencia a la ciudadana Paula Vargas Florencio, para separarse de sus funciones. Llámese al suplente.

DEL DIPUTADO HUMBERTO URQUIZA MARÍN

Donde notifica que se reincorpora a sus funciones, como diputado federal por el II Distrito de Michoacán. De enterado.

El ciudadano Alexandro Martínez Camberos hace una observación, relativa a la Comisión Permanente y para aclaración de este asunto interviene el ciudadano Miguel Montes García.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que modifica el artículo 614, fracción IV. Se dispensa la segunda lectura. a este dictamen.

La presidencia abre el registro de oradores para discutir en lo general y en lo particular.

Intervienen los ciudadanos: Juan Jaime Hernández, con un voto particular de modificación; Carlos Vega Memije, a favor; Alexandro Martínez Camberos, en contra y Arturo Armendáriz Delgado, en pro.

Debaten los ciudadanos: Leonel Godoy Rangel, en contra; Hiram Escudero Alvarez, para hechos; nuevamente Leonel Godoy Rangel, para alusiones personales.

Por parte de la Comisión de Justicia habla el ciudadano Napoleón Cantú Cerna y, para hechos, interviene el ciudadano Oscar Mauro Ramírez Ayala.

Se aprueba en lo general y en lo particular la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En consecuencia se aprueba en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

RECESO

La presidencia lo declara a las 13.00 horas

La presidencia reanuda la sesión a las 15.05 horas.

PARA HECHOS

La ciudadana Juana García Palomar hace uso de la tribuna en relación al Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ELECTORAL

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto respecto a las iniciativas suscritas por los legisladores de diversos grupos parlamentarios.

A solicitud de la presidencia se consulta si se le dispensa la segunda lectura al dictamen.

Intervienen los ciudadanos Pablo Gómez Alvarez, en contra y Dionisio Pérez Jácome, a favor de que se dispense la segunda lectura.

Debaten los ciudadanos Pablo Gómez Alvarez y Dionisio Pérez Jácome, para ratificar sus razonamientos.

Continúa el ciudadano Rubén Venadero Valenzuela, para que se considere un día más, para discutir la reforma electoral.

Hacen uso de la palabra los ciudadanos Leonel Godoy Rangel, Ismael Yañez Centeno y Pedro René Etienne Llano, para que se dispense la segunda lectura.

Continúan el debate los ciudadanos Mario Ruíz de Chávez, para sugerir que el ciudadano Pablo Gómez Alvarez presente su voto particular, por escrito para el día de mañana; Alfredo Reyes Contreras comenta sus razonamientos para no apresurar este dictamen y Alexandro Martínez Camberos señala la urgencia de la resolución.

Intervienen los ciudadanos Miguel Montes García, para solicitar se dé inicio al debate; Patricia Olamendi Torres, para que se conceda hasta el día de mañana la discusión y presenten su voto particular.

Nuevamente el ciudadano Miguel Montes García hace algunas aclaraciones; la ciudadana Celia Torres Chavarría solicita se proceda a votación y el ciudadano Pablo Gómez Alvarez, manifiesta que la propuesto no fue presentada por él, sino por la Presidencia.

Para que se retire la propuesta, habla el ciudadano Alfredo Reyes Contreras; para presentar una moción de orden interviene el ciudadano Mario Ruíz de Chávez y para que se dé la discusión, con otras alternativas, habla el ciudadano Juan García Villa.

El ciudadano Jesús Ortega Martínez, a nombre de su partido, manifiesta el rechazo a las sugerencias presentadas por los partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional.

Se dispensa la segunda lectura a este dictamen.

A solicitud del ciudadano Jesús Ortega Martínez, se rectifica la votación de acuerdo al artículo 151 del reglamento.

La Presidencia abre el registro de oradores, para discutir en lo general dictamen presentado.

Por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, hablan los ciudadanos José Trinidad Lanz Cárdenas y Abel Vicencio Tovar, para expresar sus razonamientos y se apruebe el dictamen.

Intervienen los ciudadanos Humberto Esqueda Negrete, en contra; Javier López Moreno, en pro; Ignacio Castillo Mena, en Contra; Juan Miguel Alcántara Soria, en pro; Román Ramírez Contreras, en contra y Rodolfo Duarte Rivas, en pro del dictamen.

Continúan la discusión los ciudadanos Pedro López Díaz, en contra; Juan Antonio García Villa, en pro; Pablo Gómez Alvarez, en contra; Dionisio Pérez Jácome, en pro; Enrique Rojas Bernal, en contra y Jaime Aviña Zepeda, en pro.

Debaten el dictamen los ciudadanos Armando Ibarra Garza y Juan Guerra Ochoa, en contra; Fernando Córdoba Lobo, en pro.

En un solo acto se aprueba en lo general y en lo particular el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a las reformas Constitucionales en materia electoral.

ORDEN DEL DÍA

De la próxima sesión. Se levanta la sesión.

DEBATE

PRESIDENCIA DEL CIUDADANO MAURICIO VALDEZ RODRÍGUEZ

(Asistencia de trescientos veintisiete ciudadanos diputados)

ASISTENCIA

El C. Secretario José Murat C.: - Hay una asistencia de 327 ciudadanos diputados hasta este momento. Hay quórum.

APERTURA

El C. Presidente (a las 10.07 horas): - Se abre la sesión.

ORDEN DEL DÍA

El C. Secretario José Murat C.:

«Cámara de Diputados. - Primer Período Extraordinario de Sesiones. - Primer Receso. - LIV Legislatura.

Orden del día

16 de octubre de 1989.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de la honorable Comisión Permanente.

Comunicación del ciudadano diputado Humberto Urquiza Marín.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común, y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código de Procedimientos Penales.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a las reformas constitucionales en materia electoral.»

ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

El C. Secretario José Murat C.:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados, correspondiente al Primer Período Extraordinario de Sesiones del Primer Receso de la Quincuagésima Cuarta Legislatura del honorable Congreso de la Unión, celebrada el día diez de octubre de mil novecientos ochenta y nueve.

Presidencia del diputado Mauricio Valdez Rodríguez

En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las diez horas con diez minutos del día diez de octubre de mil novecientos ochenta y nueve, con una asistencia de trescientos once diputados, el presidente declara abierta la sesión.

La secretaría da lectura al orden del día y posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que sin motivar discusión, se aprueba en sus términos en votación económica.

La misma secretaría da cuenta con un oficio de la honorable Cámara de Senadores, por el que informa que en relación con la hipótesis prevista en la última parte del artículo sesenta y ocho constitucional, en votación económica la asamblea del Senado otorgó el consentimiento de referencia. De enterado.

Otro oficio de la colegisladora, por el que informa, para los efectos de la última parte del artículo sesenta y ocho constitucional, que suspenderá sus sesiones a partir del día siete de octubre y hasta que la Cámara de Diputados turne materia que permita reanudarlas y, por lo tanto, solicitan que se les otorgue el consentimiento constitucional al que hacen referencia. En votación económica se aprueba. Comuníquese a la honorable Cámara de Senadores.

La secretaría continúa con el orden del día y da cuenta con la minuta proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código del Procedimientos Penales para el Distrito Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Recibo y turno a la Comisión de Justicia.

Se da lectura a una comunicación de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, referente a las iniciativas de reformas constitucionales en materia político - electoral y a su solicitud para que se autorice que se dé cuenta con el dictamen en la sesión que proponen que se convoque par el próximo día dieciséis.

Se produce desorden en las galerías y el presidente les recuerda que por reglamento no deben participar con ninguna demostración en los asuntos que discute la Cámara. Pide silencio y respeto para los trabajos.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría consulta a la asamblea sobre la autorización solicitada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, y en votación económica la asamblea otorga su consentimiento.

Solicita y se le concede el uso de la palabra al diputado Carlos Enrique Castillo Peraza, del Partido Acción Nacional, quien pide que se guarde un mínimo de silencio en memoria del ingeniero Manuel J. Clouthier, ex candidato a la presidencia de la República de su partido.

Para hablar sobre esta proposición, suben a la tribuna los diputados Jesús Antonio Carlos Hernández, del Partido Popular Socialista, en contra; Eugenio Ortíz Walls, del Partido Acción Nacional, quien retira la proposición de su partido y solicita que se otorgue un minuto de aplausos a la memoria del ingeniero Clouthier, Teodoro Altamirano Robles, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, quien a nombre de su partido solicita el minuto de silencio; Isidro Aguilera Ortíz, del Partido de la Revolución Democrática, para solidarizarse con la proposición; Jaime Castrejón Díez, del partido Revolucionario Institucional, quien por humanidad, también se solidariza con la propuesta; Alfredo Reyes Contreras, del Partido Popular Socialista, para reiterar la posición de su partido en contra de la proposición, y finalmente, Enrique Rojas Bernal, quien apoya la solicitud hecha por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría consulta a la asamblea, la que en votación económica acepta la propuesta y se guarda un minuto de silencio como condolencias por la muerte del ingeniero Clouthier.

Para expresar sus opiniones respecto a la reforma político - electoral y a la solicitud de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales ya aprobada hacen uso de la palabra los diputados Carlos Navarrete Ruíz, del Partido de la Revolución Democrática y Antonio García Villa, del Partido Acción Nacional.

Presidencia del diputado Carlos Rubén Calderón Cecilio

Continúan en el uso de la palabra los diputados Rubén Venadero Valenzuela y Jesús Luján Gutiérrez, del Partido Popular Socialista.

Presidencia del diputado Mauricio Valdez Rodríguez

Y para abundar sobre el mismo tema con las opiniones de sus partidos, hacen uso de la palabra los diputados Javier López Moreno, del Partido Revolucionario Institucional y Octavio Moreno Toscano, del Partido de la Revolución Democrática.

Se concede el uso de la palabra al diputado Manuel Marcué Pardiñas, del Partido de la Revolución Democrática, quien solicita se guarde un minuto de silencio por quienes fallecieron el dos de octubre de mil novecientos sesenta y ocho.

El presidente consulta a la asamblea, misma que en votación económica aprueba la proposición.

Agotados los asuntos en cartera, la secretaría da cuenta con el orden del día de la próxima sesión el presidente clausura la de hoy a las trece horas con diez minutos, citando para la que tendrá lugar el próximo lunes dieciséis de octubre a las nueve horas.»

Está a discusión el acta...

El C. Gerardo Medina Valdez (desde su curul): - Señor presidente, quiero hacer dos observaciones.

El C. Presidente: - Dígame, diputado.

El C. Gerardo Medina Valdez (desde su curul): - La primera, es que el diputado Eugenio Ortíz Walls no reiteró la proposición del diputado Castillo Peraza, sino que la retiró y la sustituyó por un minuto de aplausos en memoria del ingeniero Clouthier; la segunda observación, es que no aparece la mención de que el diputado Castrejón Díez, a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, se sumó al homenaje de un minuto de silencio en memoria del ingeniero Clouthier.

El C. Presidente: - Está incluido en el acta correspondiente, señor diputado Medina; para su aclaración por favor la Secretaría dé lectura en la página número tres, en donde se refiere a la intervención del diputado Eugenio Ortíz Walls.

El C. Secretario José Murat C.: - Esta secretaría toma nota y hace las correcciones como las propone el ciudadano diputado Gerardo Medina.

El C. Presidente: - Dé lectura la secretaría en la página tres, a partir del segundo renglón, donde se refiere al diputado Eugenio Ortíz Walls.

El C. Secretario José Murat C.: - El diputado Eugenio Ortíz Walls, del Partido Acción Nacional, quien retira la proposición de su partido...

El C. Presidente: - Correcto.

El C. Secretario José Murat C.: - Y solicita que se le otorgue un minuto de aplausos a la memoria del ingeniero Clouthier.

EL C. Presidente: - Y en relación al diputado Jaime Castrejón, también en el mismo párrafo, dé lectura la secretaría.

El C. Secretario José Murat C.: - Para solidarizarse con la proposición, el diputado Isidro Aguilera Ortíz, después dice: Jaime Castrejón Díez, del Partido Revolucionario Institucional, quien por humanidad también se solidariza con la propuesta.

El C. Presidente: - Gracias, señor secretario. Está aclarado, señor diputado. Continúe la secretaría.

El C. Secretario José Murat C.: - Con las aclaraciones, está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando la mano... Aprobada, señor.

COMUNICACIONES

DE LA HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto:

«Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados. - Presentes.

En sesión de esta fecha de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con la solicitud de prórroga del ciudadano Jorge Constantino Barba Islas, y se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

"Único. Se prorroga por 10 días la licencia concedida el 30 de agosta al ciudadano Jorge Constantino Barba Islas, para continuar separado de sus funciones como diputado federal por el II distrito del estado de Tamaulipas."

La secretaría dictó el siguiente trámite: "Aprobado. Comuníquese a la honorable Cámara de Diputados".

Lo que hacemos de su conocimiento, para los efectos a que haya lugar.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Palacio Legislativo, Distrito Federal, a 11 de octubre de 1989. - Secretarios: senador Alonso Aguirre Ramos y senadora Idolina Moguel Contreras.»

Trámite: - De enterado.

El mismo C. Secretario:

«Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados. - Presentes.

En sesión de esta fecha de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con la solicitud de licencia de la ciudadana diputada Paula Vargas Florencio, y se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

"Único. Se concede licencia por 45 días a partir del 15 de octubre, a la ciudadana Paula Vargas Florencio, para separarse de sus funciones como diputada federal electa en la V circunscripción plurinominal, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional."

La secretaría dictó el siguiente trámite: "Aprobado. Comuníquese a la honorable Cámara de Diputados".

Lo que hacemos de su conocimiento, para los efectos a que haya lugar.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

Palacio Legislativo, Distrito Federal, a 11 de octubre de 1989. - Secretarios: Senadora Idolina Moguel Contreras y senador Alonso Aguirre Ramos.»

Trámite: - Llámese al suplente.

DEL DIPUTADO HUMBERTO URQUIZA MARÍN

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto:

«Ciudadanos secretarios de la honorable Cámara de Diputados. - Presentes.

Por este conducto, comunico a ustedes que con esta fecha reasumo las funciones constitucionales como diputado del II distrito de Michoacán, de las que me había retirado con licencia otorgada a partir del 1o. de octubre del presente año, por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión.

Notifico lo anterior para los efectos consiguientes.

Atentamente.

México, Distrito Federal, a 10 de octubre de 1989. - Humberto Urquiza Marín, diputado federal.»

Trámite: - De enterado.

El mismo C. Secretario: - Se va a dar lectura al dictamen relativo al artículo 614, fracción IV del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal...

El C. Presidente: - Permítame, diputado Orozco. Dígame, diputado.

EL C. Alexandro Martínez Camberos (desde su curul): - En relación con esas comunicaciones.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra, en relación con esas comunicaciones, por cinco minutos, el diputado Alexandro Martínez Camberos.

El C. Alexandro Martínez Camberos: - Compañeras y compañeros: Es un hecho que estamos sesionando en período extraordinario, es un hecho por tanto, que el receso de la Cámara de Diputados en sus sesiones ordinarias terminó el último día anterior al inicio de estas sesiones, es un hecho que todavía existe una Constitución General de la República, es un hecho que su artículo 78 expresa: "Durante los recesos del Congreso de la Unión, habrá una Comisión Permanente compuesta por 37 miembros, de los que 19 serán diputados y 18 senadores, nombrados por sus respectivas cámaras la víspera de la clausura de los periodos ordinarios de sesiones".

Mientras los asuntos que trata la Permanente sean como éstos que acabamos de oír, pudiera dejarse pasar esta anomalía, pero medítenlo los constitucionalistas, los abogados, los diputados enterados, que lo que nuestra Constitución establece en este artículo que acabo de leer, esto significa de acuerdo con la hermenéutica jurídica más estricta, que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión debió entrar en receso el día que se instituyó en este recinto el período extraordinario de sesiones.

El Artículo 88 de la propia Constitución establece: El Presidente de la República no podrá ausentarse del territorio nacional sin permiso del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente en su caso, o sea cuando la Cámara de Diputados estuviera en receso, eso no se cumplió, señores, por tanto, los permisos otorgados por la Comisión Permanente para la salida del licenciado Salinas del país, a mi parecer y lo pongo a la consideración de ustedes, son nulos.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Montes.

El C. Miguel Montes García: - Señor presidente; compañeros diputados: Las opiniones del maestro Martínez Camberos, lo digo con sinceridad, me merecen el mayor de los respetos y siempre me invitan a un análisis objetivo sobre lo que él señala, independientemente de que su persona merece también la atención de todos los diputados de esta Cámara; sin embargo, guardando ese comedimiento y ese respeto, difiero de la interpretación que le da al artículo 78 constitucional.

El y yo sabemos, como abogados, que ningún artículo de un cuerpo de normas debe ni puede ser interpretado de manera aislada, sino que tiene que interpretarse la institución y el conjunto de artículos que se ocupan del tema para poder sacar una conclusión válida desde el punto de vista jurídico; hay además una larga práctica mexicana, y no ignoro que no hay prácticas derogatorias en nuestro derecho.

La Comisión Permanente cubre, en efecto, los recesos del Congreso de la Unión, con las facultades estrictas que la propia Constitución señala, pero cuando se convoca por ella misma a un período extraordinario, el Congreso de la Unión, y éste es el sentido del artículo 67 de nuestra propia Constitución, el Congreso sólo se ocupa de los asuntos para los que expresamente fue convocado, no se ocupa de ningún asunto más; si el Congreso se ocupara de más asuntos de aquéllos para los que expresamente fue convocado, estaría violando nuestra norma máxima, al ocuparse sólo de estos asuntos, hay otra gran gama de los que no puede ocuparse el Congreso y continúa ocupándose la Comisión Permanente.

La Comisión Permanente, en consecuencia, válida y constitucionalmente sigue sesionando para ejercer sus facultades en todos aquellos temas de los que no se ocupan ninguna de las cámaras ni el Congreso de la Unión, esto es absolutamente correcto y constitucional.

Con esta claridad veo yo el problema y creo que lo analizamos, es absolutamente correcto que la Comisión Permanente siga sesionando y que ejerza las funciones que tiene señaladas en el propio texto constitucional. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL RELATIVO AL ARTÍCULO 614, FRACCIÓN IV

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto:

«Comisión de Justicia.

Honorable asamblea: En sesión del martes 10 de octubre del año en curso, la honorable Cámara de Diputados turnó a la Comisión de Justicia que suscribe este dictamen, la minuta proyecto de decreto enviada por la honorable Cámara de Senadores, para los efectos del inciso e, del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se refiere única y exclusivamente a la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En la sesión plenaria de esta honorable Cámara de Diputados celebrada en día 28 de septiembre del presente año, se procedió a la segunda lectura del dictamen de fecha 26 de septiembre del mismo año, elaborado y suscrito por la mayoría de los integrantes de esta Comisión de Justicia, en el que se propone la aprobación del proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales aprobado y enviado por la honorable colegisladora, que conoció, como Cámara de origen, de la iniciativa que sobre el particular presentó el ciudadano Presidente de la República.

En la misma sesión se procedió a su discusión en lo general y en lo particular, reservándose en esta última los artículos 97, fracciones I, II y III del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal y 614, fracciones IV y V del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. Nos ocuparemos del análisis de la fracción IV del artículo 614.

En la iniciativa del ciudadano Presidente de la República, se proponía lo siguiente:

"Artículo 614. El reconocimiento de inocencia del sentenciado, procede en los siguientes casos:

I a III.......................................................................

. IV. Cuando el reo hubiere sido condenado por los mismos hechos en dos juicios diversos. En este caso será nula la segunda sentencia."

La Cámara de Senadores modificó la última parte de dicha disposición, en los siguientes términos:

"Artículo 614. El reconocimiento de la inocencia del sentenciado, procede en los siguientes casos:

I a III.......................................................................

. IV. Cuando el sentenciado hubiese sido condenado por los mismos hechos en juicios diversos. En este caso prevalecerá la sentencia más benigna."

En la opinión de algunos diputados, la norma de referencia no era de aprobarse, porque supuestamente viola el artículo 23 constitucional, ya que éste señala expresamente que "nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene"; sin embargo, en opinión de la mayoría de los diputados presentes en la sesión ya citada, miembros de diversos grupos parlamentarios, la norma a estudio de ninguna manera contraría el texto constitucional.

Esto quedó claramente expresado por el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Miguel Montes García, en su intervención en la sesión de la honorable Cámara de Diputados del 28 de septiembre de este año, al indicar entre otras cosas, lo siguiente: "el artículo 23 constitucional señala que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos considerados delictuosos. Esta es la prohibición constitucional que constituye una garantía individual; la fracción IV del artículo 614 no viola la Constitución desde nuestro punto de vista, con ninguno de los textos que se proponen; al contrario, da una consecuencia al muy remoto supuesto de que prácticamente alguien sea sentenciado de manera condenatoria en dos juicios diversos, por los mismos hechos. Lo que viola la Constitución, es que se den dos juicios diversos por los mismos hechos, ése es el hecho violatorio".

Es pertinente, por lo tanto, precisar que para la mayoría de la Cámara de Diputados no existe violación al ya mencionado artículo 23 constitucional, ni en la iniciativa del titular del Poder Ejecutivo Federal ni en el texto modificado que propone la honorable Cámara de Senadores, respecto a la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal.

El artículo 118 del Código Penal, reitera la prohibición constitucional de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito y precisa las consecuencias en dos supuestos; el primero, cuando se hubiere dictado sentencia en un proceso y aparezca que existe otro en relación con la misma persona y por los mismos hechos considerados en aquél, concluirá el segundo proceso mediante resolución que dictará la autoridad que esté conociendo.

El segundo supuesto se refiere a la existencia de dos sentencias sobre los mismos hechos, en cuyo caso se extinguirán los efectos de la dictada en segundo término. Al advertir la contradicción existente entre la última parte de la disposición antes comentada y el texto propuesto por la honorable colegisladora para la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, se optó por modificarlo para dejarlo como aparece en la iniciativa del ciudadano Presidente de la República, estableciendo la nulidad de la segunda sentencia. Sin embargo se pasó por alto la reforma propuesta para la fracción V del artículo 560 del Código Federal de Procedimientos Penales, que establece para el mismo supuesto la aplicación de la sentencia más benigna para el sentenciado.

Esta Comisión de Justicia sostiene y reitera el criterio de que ambas propuestas, es decir, que la segunda sentencia sea nula o que se aplique la sentencia más benigna, de ninguna manera violan el artículo 23 constitucional, siendo por lo tanto válidas y admisibles.

Ante esta situación, la comisión que suscribe acepta y comparte plenamente los razonamientos y criterios expuestos por las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia de la honorable Cámara de Senadores en su dictamen de fecha 4 de octubre del año en curso, y considera que es de aprobarse el texto propuesto por la honorable colegisladora respecto a la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En efecto por elementales razones de justicia y cuando una persona sufre una violación en su garantía individual de seguridad jurídica al ser procesada y sentenciada dos veces por los mismos hechos, cabe resarcirla, aunque sólo sea en parte, del agravio que con ello le causaron, aplicándole la sentencia más benigna. Se cumple así también

con postulados básicos del derecho penal de estar siempre a lo más favorable al reo, sin que de ninguna manera se incurra en violaciones de carácter constitucional o legal.

Se acepta también y se comparte el criterio de que el artículo segundo transitorio ya aprobado, deroga la última parte del artículo 118 del Código Penal para oponerse a la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y la fracción V del artículo 560 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Finalmente, algunos diputados que se oponen a la aprobación de la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal argumentan también la probable liberación, en el proceso penal, de quien pueda ser responsable de la reparación del daño. Este argumento no es aceptable, ya que en todo caso, la parte que pueda haber sufrido un daño, tiene expedita la acción y la vía civiles para reclamar los derechos que le puedan corresponder, en los términos del artículo 34 del Código Penal.

Por lo expuesto, la comisión que suscribe somete a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

«PROYECTO DE DECRETO

Se reforma el artículo 614, fracción IV del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 614.................................................................

. IV. Cuando el sentenciado hubiere sido condenado por los mismos hechos en juicios diversos. En este caso prevalecerá la sentencia más benigna."

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - Palacio Legislativo, Distrito Federal, a 15 de octubre de 1989. - Miguel Montes García, presidente; Napoleón Cantú Cerna, secretario; Gerardo de Jesús Arellano Aguilar, Donaciano Ambrosio Velasco, Arturo Armendáriz Delgado, Heberto Barrera Velázquez, Bernardo Bátiz Vázquez, Ignacio Castillo Mena, Fernando Córdoba Lobo, María Teresa Chagoya Méndez, Francisco Chávez Alfaro, Miguel Díaz Muñoz, Socorro Díaz Palacios, Hiram Escudero Alvarez, José Zeferino Esquerra Corpus, Jaime Fernández Sánchez, Rubén García Farías, Patricia Garduño Morales, Benigno Gil de los Santos, Leonel Godoy Rangel, Margarita Gómez Juárez, Guadalupe Gómez Maganda, Graciela P. Gómez Rodríguez, Jesús Armando Hernández Montaño, J. Enrique Ibarra Pedroza, Luis Jacobo García, Juan Jaime Hernández, Jiménez Mendoza, José Natividad Jiménez Moreno, José Trinidad Lanz Cárdenas, Fernando Antonio Lozano Gracia, José Nelson Madrigal Gómez, Magdaleno Luis Miranda Reséndiz, Alexandro Martínez Camberos, Miguel Martínez Castro, Enrique Martínez y Martínez, Edmundo Martínez Zaleta, Gilberto Ortíz Medina, Fernando Palacios Vela, Dionisio E. Pérez Jácome, Humberto Pulido García, Oscar Mauro Ramírez Ayala, María Estela Rojas de Soto, Sergio Alfonso Rueda Montoya, Romero Ruíz Armento, Pedro Alberto Salazar Muciño, José Luis Salcedo Solís, Leopoldo Homero Salinas Gaytán, Reyes Antonio Silva Beltrán, Alvaro Uribe Salas, Silviano Urzúa Ochoa, Yolanda Vargas García Treviño, Carlos Javier Vega Memije, Gaudencio Vera Vera, César Humberto Vieyra Salgado y Miguel Ángel Quiroz Pérez.»

Trámite: - Primera lectura.

El C. Presidente: - Esta presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen que se le dio primera lectura.

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto: - Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión y votación de inmediato.

Los ciudadano diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la segunda lectura, señor presidente.

El C. Presidente: - En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el dictamen relativo al artículo 614, fracción IV del Código de Procedimientos Penales para el distrito Federal.

Se abre el registro de oradores...

Esta presidencia informa que se han inscrito para hablar en contra, los siguientes ciudadanos diputados: Juan Jaime Hernández, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana; Martínez Camberos, del Partido de la Revolución Democrática; Leonel Godoy, también del Partido de la Revolución Democrática; para hablar en pro, los diputados Arturo Armendáriz, Carlos Vega Memije y por la comisión: Napoleón Cantú y Miguel Montes.

Tiene el uso de la palabra en contra, el ciudadano diputado Juan Jaime Hernández.

El C. Juan Jaime Hernández: - Ciudadano presidente; ciudadanos diputadas y diputados:

Expectetur sicut pluvia cloquium meum, sea esperado como la lluvia mi voto particular...

(Voces.)

El C. Presidente: - Silencio en las galerías.

El C. Juan Jaime Hernández: - El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana es sumamente cuidadoso de que las leyes en materia penal no afecten a las garantías individuales de quienes, a pesar de haber cometido actos punibles por la sociedad; sin embargo, como seres humanos, amen de que como individuos, deban de gozar de las prerrogativas que señala la Constitución General de la República, y nuevamente proponemos la modificación al último párrafo de la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, que en dicho párrafo, al señalar que en la segunda sentencia se esté a lo más favorable al reo, esto es violatorio de la garantía contenida en el artículo 23 constitucional; en tal precepto, se prohibe ser juzgado dos veces por el mismo delito y el haber dos sentencias que causen ejecutoria para su aplicación, en esto que se atengan a las más benignas, se produce una verdadera aberración jurídica, puesto que el artículo 23 de la Constitución General de la República, otorga la garantía en la que se prohibe que una persona pueda ser juzgada dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene.

El Senado de la República, en forma curiosa, enmendó la plana de quienes en forma extraprocesal y en forma directa emitimos, por conducto de esta comisión y ante esta asamblea, la opinión en el sentido de que la fracción IV quedara en los términos de la iniciativa, aunque ésta no fuera muy explícita: sin embargo, no sería contradictoria ni provocaría una aberración jurídica como es en lo términos en que nos la presenta, y que demuestra su incapacidad jurídica y falta de sentido común del Senado.

El artículo 23 tiene como objetivos lograr que el derecho penal liberal prohibiera que alguien pueda ser juzgado dos veces; esta norma otorga seguridad jurídica a los procesados, pues una vez emitida la sentencia en un sentido o en otro, no podrá dar marcha atrás a la justicia y comenzar un nuevo juicio sobre los mismos hechos.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, nos permitimos proponer a la elevada consideración de los señores diputados, en estos términos, el siguiente:

«VOTO PARTICULAR

Artículo primero. Se reforma el último párrafo de la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 614. Cuando el sentenciado hubiere sido condenado por los mismos hechos en juicios diversos, en este caso será nula la segunda sentencia.

TRANSITORIO

Artículo único. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Lo suscriben los diputados Juan Jaime Hernández, Oscar Mauro Ramírez Ayala, Ernesto Jiménez Mendoza y Gilberto Ortíz Medina.»

En el caso de que esta asamblea aprobara este voto particular de modificación a esta fracción del artículo 614, podríamos et anuntiabunt coeli iustitiam cius y entonces "los cielos anunciarán su justicia". Gracias

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Carlos Vega Memije.

El C. Carlos Javier Vega Memije: - Ciudadano presidente; honorable asamblea: Ocupa nuestra atención en esta oportunidad, el proyecto de dictamen que presenta la Comisión de Justicia sobre la minuta que la colegisladora remite con apoyo en el artículo 72, inciso e, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente por lo que respecta al artículo 614, fracción IV, que a la letra señala: "el reconocimiento de la inocencia del sentenciado procede en los siguientes casos: fracción IV. Cuando el sentenciado hubiere sido condenado por los mismos hechos en juicios diversos, en este caso, prevalecerá la sentencia más benigna".

Hemos escuchado en esta tribuna censuras por la actividad que ha venido desempeñando la colegisladora, sin duda alguna se han hecho con un absoluto desconocimiento de su función y de su participación en el proceso legislativo; bastaría recordar algunas ideas que campeaban en 1874 sobre la Cámara Alta, entonces se decía que "asegura las mejores deliberaciones y los más provechosos resultados en la legislación; contiene la excesiva facilidad de expedir leyes y garantiza la lentitud de las reformas; es el freno más fuerte que puede oponerse contra los arranques de una legislación precipitada y opresiva, resistiendo los ímpetus, las irritaciones e impaciencia de las asambleas que suelen dejarse arrastrar por el calor y la violencia de las pasiones".

Las deliberaciones en un sistema bicameral como el nuestro, dan tiempo a la reflexión y permiten

reparar los errores antes de que causen un perjuicio irreparable; es mucho más difícil que divaguen dos cuerpos políticos que uno solo.

Legislar es obrar sobre la comunidad entera, abarca intereses difíciles y complicados, y debe ser ejercida con serenidad, y es de suma trascendencia contar en el análisis de las leyes, con todas las opiniones y sentimientos, aun los más discrepantes y antagónicos.

Por el ánimo de corporación, impulso y el afán de sus propias prerrogativas, la colegisladora ha servido de garantía al reiterar que la manera de reparar, en algún sentido, el daño que se infiere al condenado al ser juzgado dos veces por los mismos hechos, sea el que deba subsistir la sentencia más benigna, sin detenerse a ver si ésta se emitió en el primero o segundo proceso penal, ya que el sentenciado sólo tendrá que cumplir una condena como lo ordena la Constitución, pero se habrá atendido al principio de que en la interpelación de la legislación penal, debe estarse siempre a lo más favorable del reo.

Es inexacto que la segunda garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo 23 constitucional, como aquí se ha asentado por el diputado que me antecedió en el uso de la palabra, y que está referida en los siguientes términos: "nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene", quebrante en el proyecto que se somete a la consideración de esta asamblea, derechos subjetivos públicos.

El ordenamiento constitucional efectivamente expresa una garantía individual, y ahí está, pero no señala cual sería y a través de qué medio, con qué ordenamiento legal se va a restituir, en algún sentido, el daño que se infiere a este gobernado que sufre, remoto el caso pero no imposible de darse, de una segunda sentencia condenatoria.

Se recuerda que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido, que por juzgado se entiende a un individuo que haya sido condenado o absuelto por una sentencia firme e irrevocable, o sea, contra lo que no procede legalmente recurso, contra la que sea ejecutoriada legal o declarativamente; por ello, exploramos con la colegisladora la pertinencia de profundizar en uso de nuestras facultades, en el caso lejano, es cierto, pero no, insistimos, imposible de darse en el supuesto que nos ocupa.

Lo que transgrede la Carta Magna es que se den estos dos juicios diversos por los mismos hechos, ése y no otro es el hecho violatorio; en esa hipótesis, la infracción ya se ejecutó, nos enfrentamos a un suceso que debemos resolver, que debemos darle una respuesta.

El proyecto de dictamen sobre la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, que se somete a la consideración de esta asamblea, no viola la Carta Magna, como ya lo hemos apuntado.

El sostener una posición rigorista, formal, técnico - jurídica, de que un segundo juicio deberá ser declarado nulo porque ya existía cosa juzgada, en ese mismo orden de ideas expresaríamos que la legislación, como sucede, establece los casos de excepción y así acontece, ya lo pudimos apreciar desde esta misma tribuna cuando hablamos del indulto y de la amnistía, donde no obstante haberse dictado sentencia condenatoria, se perdona o se olvida, según el caso, en beneficio del sentenciado; por eso insistimos en alejarnos del rigorismo jurídico formal. En este supuesto, en beneficio del gobernado para buscar los juicios de valor para ascender hacia la perfectibilidad de la norma, escudriñar la que sea más equitativa, la que produzca efectivamente un clima de justicia.

El derecho es una forma del deber ser, ya que todo precepto de derecho significa que la acción caiga bajo tal regla, habrá de ser en la forma prevista por tal precepto; precisar que tal precepto, que es jurídico, manda algo que en justicia es debido o si es un proyecto que no debiera ser derecho aun cuando es derecho, ¿cómo debe ser la conducta para que sea jurídica y adecuada a las normas vigentes?, ¿las normas de derecho vigentes que son lo jurídicamente debido deben ser lo jurídicamente debido?, ¿esto que es actualmente derecho está bien que sea derecho o debe ser reformada la ley? Hay en juego dos planos en la conformación de los deberes:

Uno. Lo que es debido en la formalidad de los dos preceptos de derecho, y dos. Si lo que es debido en las formalidades de los preceptos de derecho, debe ser debido o no, según los fines y valores que impidan a las instituciones.

En la materia que nos ocupa, su representación práctica la encontramos en los jueces y en los legisladores. ¿Los jueces tienen que oír el sentimiento ideológico de su conciencia para aplicar las leyes o habrán de aplicarla tal como se encuentran formuladas por encima de sentimientos de justicia o injusticia?

En realidad, el problema de si lo que es derecho debe ser derecho, no le corresponde al juzgador, ya que todos sabemos está obligado a juzgar de acuerdo con los mandamientos jurídicos existentes, teniendo el deber, por otra parte , aun en los

casos de laguna del derecho, de fallar conforme a los principios generales del mismo; mas si el juez no le toca variar el contenido de las leyes, al legislar sí puede hacerlo, puede darle al derecho un sentido distinto al formularlo, modificándolo conforme a un deber de justicia o de seguridad o de bien común, y ese es el papel que tenemos todos nosotros por desarrollar.

El diputado Juan Jaime, que nos antecedió en el uso de la palabra, viene a hacer también una propuesta de voto particular, el cual, como todos conocemos, éste debe hacerlo 24 horas antes y por escrito ante la presidencia y no en el momento de darse el debate, por ello también rechazamos la presentación de este supuesto voto particular.

Compañeros legisladores, al solicitar a ustedes la reflexión sobre la decisión que tomen al emitir su voto sobre este proyecto de dictamen sometido a su consideración, estamos seguros que se escudriñará que el precepto constitucional 23 que resguarda una garantía individual ahí está, no se toca, efectivamente prohibe dos juicios por los mismos hechos para una persona, no se toca; el hecho violatorio está, repetimos, en que se den estos dos juicios; no hay una disposición ordinaria, reglamentaria que señale qué autoridad es la que va a asumir la responsabilidad para anular esta sentencia como se encuentran actualmente nuestras disposiciones.

Por ello, es que la Comisión de Justicia, haciendo suyo el dictamen, la minuta que envía la colegisladora, se presenta a la consideración de ustedes para que de alguna manera se restituya, en este caso remoto, lejano si se quiere, pero no imposible, se restituya a ese sentenciado, a ese condenado, a ese gobernado, a ese afectado, al aplicársele la sentencia que más le favorezca, atendiendo a la equidad, atendiendo a la justicia, atendiendo al espíritu que campeó en el legislador de 1916 y 1917, en donde en los principios constitucionales como en los principios generales de derecho debe prevalecer la idea, el ordenamiento que más beneficie al reo.

Por ello, al hacer ustedes ese análisis, esa reflexión sobre esa reforma que se somete a la consideración de esta asamblea, den ustedes su voto favorable a esta reforma, para estar en posibilidad de apoyar a los gobernadores que en este difícil supuesto incurran. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Alexandro Martínez Camberos.

El C. Alexandro Martínez Camberos: - Con el mismo respeto y estimación personal que mucho agradezco, ha expresado el diputado Montes, presidente de la Comisión de Justicia, me permito discrepar una vez más del dictamen, con la circunstancia que no es ocioso agregar, de que en la anterior exposición mía al respecto, sabía que no procedía el voto particular por extemporáneo, pero lo importante para nosotros es hablarles a los compañeros de la Cámara directamente, sin las cortapisas metodológicas que pudieran significar el que si se presenta a tiempo un escrito.

Pero permítame usted, licenciado Montes, que le recuerde que hasta donde yo entendí, en aquella ocasión usted había reconocido el error que se había cometido en la comisión; quiero recordar que el maestro Martínez Báez expresó su opinión, en el sentido de que era claramente inconstitucional este nuevo precepto que se trata de aplicar ahora.

El dictamen de la comisión está bien hecho, pero está bien hecho al estilo en que ustedes acostumbran manejarse política y jurídicamente; se habla aquí por el compañero que me antecedió, de equidad, se trata lo más favorable al reo, y yo pregunto ¿dónde está lo más favorable al reo?, si esto que estamos tratando está incluido en el caso, fíjense ustedes por favor, de que se declare, se reconozca la inocencia del reo.

Reconocida la inocencia del reo, no sólo se viola la Constitución en su artículo 23, se viola el más elemental juicio lógico a un inocente, fijarse bien compañeros, por favor, en el pasillo por favor les pido atención; a un inocente, independientemente de que ya decía yo que la palabra inocencia se usa en las películas que vemos por televisión de Estados Unidos: "inocente o culpable", pero en el derecho penal ha sido añejada completamente esa definición o esa expresión de inocencia.

A una persona que ha sido declarada no penalmente responsable de un delito, se le va a aplicar una pena, pero de regla, así fuera un solo día de prisión, así fuera una sola multa, contraviene los principios más elementales de justicia y la propia Constitución nuestra; no hay salida lógica y menos jurídica a ese problema, más que la declaración de que es nula la segunda sentencia, y lo curioso es que aquí lo propuso el señor Presidente, así venía la proposición, pero a los señores del Senado hay que mandarlos a la escuela, no sólo a la Escuela de Derecho, sino a la escuela primaria.

El artículo 23 constitucional dice: "Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito,

ya sea que en juicio se le absuelva o se le condene", esto inclusive lo acaba de leer el diputado del Partido Revolucionario Institucional que me antecedió, o sea que la Constitución prohibe inclusive que se absuelva, habiendo una sentencia anterior.

Cómo no va a prohibir la Constitución, el espíritu de la Constitución del que ahora se pretende ser intérprete, si se impone una pena, por benigna que sea, a una persona que ha sido declarada inocente, inclusive ya en la legislación actual en el artículo 118 que repite lo del artículo 23, por lo cual no lo leeré, pero al final dice:" si existen dos sentencias sobre los mismos hechos, se extinguirá los efectos de las dictadas en segundo término", sencillamente, y esto ya está previsto y es vigente.

Aunque parezca reiterativo, pero por lo visto hay que machacar y machacar en puntos tan claros como éste, no para que se nos entienda; yo estoy seguro que los abogados que integran la Comisión de Justicia están convencidos de que cometieron un error, pero no pueden dar su brazo a torcer, están sujetos a una disciplina que ya está siendo tiempo de que traten de evitar al grado a que los conduce esta situación, que como decía yo la vez pasada, en los medios universitarios, inclusive entre la gente más o menos enterada de la situación legal en que se encuentran los procesados y los condenados, vamos a ser objeto de burla, de escarnio y desprecio.

Invoco la conciencia de la mayoría de la Comisión de Justicia para que recupere su entera personalidad y convencida, como se cometió un error, cambien el sentido de esta parte del dictamen. Gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Arturo Armendáriz.

El C. Arturo Armendáriz Delgado: - Señor presidente; honorable asamblea: Vengo a esta tribuna a hablar en pro del dictamen que se presenta.

Queremos señalar en primer lugar, el compañero Jaime Hernández en un pretendido voto particular, pero lo más importante en su intervención en tribuna, considera una aberración que frente al supuesto de la existencia de dos juicios y de dos condenas no se esté al hecho de que la segunda sentencia, sea nula sino al principio del derecho moderno del derecho penal de que la sentencia a aplicar sea en este caso la más benigna.

Por otra parte, el maestro....

El C. Alexandro Martínez Camberos (desde su curul): - ¿Me permite una interpelación?

El C. Arturo Armendáriz Delgado: - ¡Al concluir, compañero!

El C. Alexandro Martínez Camberos: - (desde su curul): ¿En qué parte de...

El C. Presidente: - Permítame, déjeme preguntar. Diputado Armendáriz, acepta usted una interpelación del diputado Martínez Camberos.

El C. Arturo Armendáriz Delgado: - Como ya lo señale, con todo gusto.

El maestro Martínez Camberos, señala que si es más benigna la absolución o la sentencia más benigna. Yo quiero señalarle que el hecho de que se declare nula la segunda sentencia no quiere decir que la primera sea más benigna o sea más beneficiosa para el reo; es posible que sea la más dañina, la más grave; es posible que sea la que contiene un mayor número de años en su sentencia e indiscutiblemente que con el segundo principio, el principio de la más benigna, habrá la garantía de que independientemente de la existencia de dos sentencias, será la que más le favorece la aplicable. Ese es el concepto.

Por otra parte, el maestro Martínez Camberos, por estas razones que estamos platicando y que él ya expuso, discrepa del dictamen y atribuye al compañero Miguel Montes haber admitido situaciones que la versión estenográfica no revela.

La versión estenográfica señala y está incluso transcrita parcialmente en el texto del dictamen de la Comisión de Justicia, y señala claramente el criterio del presidente de la Comisión de Justicia que dice, y dijo en aquella reunión: "El artículo 23 constitucional señala que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos considerados delictuosos. Esta es la prohibición constitucional, que constituye una garantía individual, la fracción IV del artículo 614 no viola la Constitución, desde nuestro punto de vista, o ninguno de los textos que se proponen. Al contrario, da una consecuencia al muy remoto supuesto de que prácticamente alguien sea sentenciado de manera condenatoria en dos juicios diversos por los mismos hechos. Lo que viola la Constitución es que se den los dos juicios diversos por los mismos hechos. Este es el hecho violatorio".

Estas son las palabras textuales transcritas de la versión estenográfica de lo expresado en la reunión por el presidente de la Comisión de Justicia.

Ahora bien, el compañero diputado, el maestro que hizo uso de la palabra con antelación a esta intervención, hace una referencia en la cual podemos situarnos y desprender de ahí ¿cuál es el sentido y el contenido y la teología del artículo lo que estamos hablando? Dice: En la televisión norteamericana, siempre se habla de inocente o culpable. Entendimos que el maestro lo presente como un término rabón, corto en la expresión que no va al fondo, y es precisamente lo que queremos señalar expresamente.

Aquí hay dos criterios, el letrista, el que dice: Hay dos juicios no podrá haber más que el reconocimiento de la nulidad de la segunda sentencia, el letrista que no va al contenido de la ley, que no va al sentido de la aplicación real y humana en la persona del sentido o del reo; y la otra del derecho penal moderno, que dice; no solamente en el caso de dos sentencias, sino en el de cualquier disposición que vaya a restringir la libertad de un hombre, siempre se estará a lo más benigno.

Es precisamente un contenido más allá del mero sentido gramatical de las palabras, es un concepto que va más allá de la mera expresión gramatical, es un concepto que entiende que el derecho penal es, ante todo, el derecho más humano y el que tiene más relación con el humano mismo.

Y por otra parte, queremos agregar que ésta es una solución del tipo jurídico, por estas razones expuestas. Y queremos dejar constancia en esta tribuna, que la aprobación del dictamen en la Comisión de Justicia, no sólo está realizada por un grupo parlamentario, concurren en su mayoría, en su casi totalidad, otros grupos, aprobando precisamente lo que la Comisión de Justicia propone.

No es el criterio sólo del Partido Revolucionario Institucional, sino además de otros grupos y fracciones parlamentarias y de otras personas en lo personal, en lo individual, que señalan que éste es el criterio y la posición correcta. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Leonel Godoy.

El C. Leonel Godoy Rangel: - Con su permiso, señor presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados: La fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, no puede eludir este debate, que aunque en su aspecto político o trascendental ya fue votado por una mayoría que no escuchó la opinión de voces importantes de esta Cámara.

Por ese motivo y por esa necesidad de congruencia, vengo a solicitar que reflexiones en este proyecto de dictamen que nos presenta la Comisión de Justicia, que reflexionen todos los diputados aquí presentes, y que de esta reflexión voten en contra del proyecto de dictamen. Debemos de hacerlo, tenemos la obligación como legisladores, como poder independiente, de razonar nuestro voto, de escuchar razonamientos estrictamente jurídicos. No estamos ideologizando el problema ni lo haremos. Deben de votar en contra por las siguientes razones: Uno a nivel constitucional; otro, a nivel técnico jurídico y un último de tiempos políticos.

Ya se ha dicho aquí en esta tribuna, por compañeros diputados de la oposición que me precedieron en el uso de la palabra, en señalar lo anticonstitucional de esta reforma a la ley penal adjetiva.

El artículo 23 constitucional es muy claro; sólo aquéllos que no quieran escuchar, razonar jurídicamente, no podrán entender el contenido del artículo 23 constitucional. No es rigorismo formal y tampoco se trata de sostener principios generales de derecho, no se trata de hacer interpretaciones en beneficio del reo en este momento, que ya lo señalamos en nuestra anterior intervención y creo que lo hemos señalado siempre, nunca estaremos en contra de sentencias y de leyes que beneficien al reo, pero hay otras figuras jurídicas y en este caso de rango constitucional, que deben de tomarse en cuenta; la seguridad jurídica es una garantía de rango constitucional que está por encima de un principio de derecho penal de interpretar a favor del reo; las garantías procesales constitucionales que tiene nuestro texto, nuestra Carta Magna, van por encima de esa figura, benigna si, pero que debe de hacerse siempre en relación directa y congruente con el texto constitucional.

Aunque ya el maestro Martínez Camberos leyó lo dicho en el artículo 23 constitucional, yo quiero subrayar, porque es necesario para este debate, su contenido; nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, esa es la primer premisa; la segunda es que ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene, aquí no importa si la sentencia fue condenatoria, y la segunda posiblemente sea absolutoria o en los términos de la reforma vaya a reducir la pena, y que en su momento nos referiremos a ella. Eso no importa, el Constituyente, congruente con su sistema de garantías procesales quiso preservar la seguridad jurídica por sobre todas las cosas, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene, esa es la premisa constitucional. ¿Qué puede ser violada en los hechos esta disposición constitucional?, pues claro, todas las disposiciones constitucionales pueden ser violadas, pero existe en nuestro propio

sistema jurídico constitucional procedimientos ya establecidos, plenamente probados, jurídicamente aceptados, de formas de corregir las violaciones a la Constitución, a la Constitución en este caso una garantía procesal. Esta es una garantía procesal que no puede estar por encima de ella la figura de la interpelación a favor o en beneficio del reo.

Pero no es nada más el problema, en nuestra opinión, de una reforma que violenta el artículo 23 constitucional y que además así está establecido precisamente en congruencia con este artículo 23 constitucional, el 118 del Código Penal que también el licenciado Martínez Camberos ya leyó aquí.

En nuestra opinión, este proyecto de dictamen sigue adoleciendo de faltas técnico - jurídicas que no pueden ser soslayadas por legisladores responsables y por abogados conocedores del derecho. Estas fallas técnico - jurídicas se mantienen y aquí no creo yo que alguien pueda sostener y que no esté en la versión estenográfica de la intervención del diputado Miguel Montes, de la antinomia que él señalo y que existe, que le indicamos que existe la antinomia, ésta es la primer falla técnico - jurídica que tiene este dictamen, entre el artículo 118 que sigue en el texto, donde se señala que la segunda sentencia será nula. Ese es el artículo 118 del Código Penal, y una ley adjetiva señala que se tomará la sentencia más benigna. Esto es un problema de deficiencia técnico - jurídica. Aquí no vale el argumento que el artículo transitorio equis deroga todas las disposiciones penales que se le opongan. Eso no es técnica jurídica.

Claro, claro, es cierto, dirán: "Bueno ya no se pueden hacer la corrección porque aprobamos dentro de la técnica que nos señala el artículo 72 constitucional, ya las otras disposiciones. Bueno, pero la falla existe; la antinomia existe; está ahí presente. Y sólo por un problema de otra índole y además por un obstáculo constitucional no se pueden corregir y no se quiere señalar y reconocer que subsiste.

Pero aún hay más. Hablamos de la antinomia que existe en el 118 con el 614 y el 520, si mal no recuerdo el 560 en su fracción V en relación con el 118. Existe más. El actual texto del 614 es el Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, habla del indulto, bueno, el 98 del Código Penal establece que el indulto en ningún caso, dice el texto vigente del Código Penal actual: "El indulto en ningún caso extinguirá la obligación de reparar el daño causado".

Se modifica el 614 que habla del indulto y ahora se señala la figura del reconocimiento de inocencia. Y se puede dar el caso que la segunda sentencia sea absolutoria. Y ¿qué sucede con la reparación del daño? Es lo que yo pregunto.

Yo creo que también aquí debe de prevalecer el sentido jurídico de defender los intereses del ofendido. Nuestro Código Penal, nuestras leyes adjetivas, hablan mucho y yo estoy de acuerdo, en la defensa del reo, en sentencias benignas, en medidas de readaptación social, en buscar todo aquello que beneficie al reo y que lo haga readaptable y regrese a la sociedad como un sujeto que sirva para ella misma y para su familia en su caso personal. Pero también nuestra Constitución, nuestro sistema jurídico penal, hace mención del ofendido como otra parte importante de la relación jurídica que se da cuando se comete un hecho delictuoso.

Yo planteo: ¿qué ocurre en el caso, en el muy remoto caso por cierto, que nos vamos a meter, nos vamos a evidenciar, nos vamos a desnudar, por este tipo de decisiones no sé si apresuradas? Nos vamos a desnudar como faltos de técnica legislativa, donde se dice que la primer sentencia no hay problema, si es absolutoria, para eso no se ocupaba reforma, ya está prevista en la Constitución. Yo entiendo que la preocupación, y que nunca hemos desestimado, se refiere a la segunda sentencia si es de una pena mayor.

Bueno, ¿qué sucede con la primer sentencia que señala una reparación del daño? que obviamente si es de menor pena privativa de la libertad, y la segunda es mayor de pena privativa de libertad; normalmente la reparación del daño es en relación directa al daño causado y a la peligrosidad del sujeto, y se le impone una reparación del daño mayor.

La primera sentencia, vamos a poner el ejemplo, tiene 20 años y 2 millones de pesos de reparación del daño; la segunda tiene 30 años y 3 millones de pesos de reparación del daño. El acusado pedirá que se le aplique esta reforma y que se le den los 20 años de la primera sentencia y no la de la segunda, y el ofendido ¿qué va a pedir?, que se le den los 2 millones de pesos de la primera sentencia o los 3 millones de pesos que están en la segunda. Fíjense que incongruencia, por un lado, el delincuente pide se le aplique la primera sentencia y el ofendido pide que se aplique la segunda sentencia. Algunos de ustedes, ya lo hemos discutido, me dirán: bueno, el ofendido no es sujeto del juicio de amparo y por lo tanto no va a haber recurso constitucional al que pueda apelar, pero nosotros no debemos de apelar a nuestra conciencia de legisladores, de ver los dos extremos del hecho delictuoso. La víctima del delito, el acusado y el delincuente.

Pero aún hay más en este sentido: el texto que se está discutiendo está técnicamente mal ubicado, porque el supuesto que están discutiendo aquí que es la figura de beneficiar al reo, se supone que se da en esas dos hipótesis de una sentencia mayor y una menor, no en los casos de sentencias absolutorias, porque evidentemente ahí apelamos al 23 constitucional, o ahí sí a las figuras de interpretar a favor del reo.

En el caso de dos sentencias condenatorias, el mismo ejemplo que yo pongo, una es de 20 años y la otra es de 30. El texto del 614 establece conocimiento de inocencia, pues en ninguno de los dos supuestos se da el reconocimiento de inocencia, simplemente disminución de la pena por la libre discreción que tiene el órgano jurisdiccional, de imponer de la mínima a la máxima una sentencia, en los dos casos es sujeto responsable de un delito. ¿Dónde está el reconocimiento de inocencia? Yo no puedo admitir que estas fallas técnico - jurídicas prevalezcan, y no lo puedo admitir porque yo entiendo que el problema es de tipo político; pero este enfoque político el problema en relación al famoso peloteo que se está dando ahora con la Cámara de Senadores, con la Cámara de origen, no tiene sustento real para que nosotros aprobemos esta reforma. Les voy a decir por qué: Me han contestado, efectivamente existe su incongruencia, pero vamos a modificarla en el período ordinario, que es cuando podemos destrabar el obstáculo constitucional que tenemos en este momento. Vamos en el período ordinario a hacer congruente toda la ley secundaria, tanto el 118 que hemos mencionado del Código Penal, el 98 del Código Penal, que por una mala lectura se les olvidó y se mantiene la antinomia que subsiste en relación al 614 y 560 de los códigos federales y del Distrito Federal en materia penal adjetiva.

Vamos haciendo esta reforma en el período ordinario, bueno, valdrá la pena que los estudiosos del derecho se pitorreen de una decisión de este tipo, por 20 días que pudiera durar la reforma. ¿Cuántos días faltan para el período ordinario y para poder hacer congruente este texto, cuando menos en su nivel secundario?, si no se desea, porque aquí hay mucho debate, si es anticonstitucional o no. Yo sostengo y para mí está muy claro el precepto constitucional, y ya lo dijo un constitucionalista de la talla del licenciado Martín Báez, yo también sostengo que es anticonstitucional. Bueno, pero aquí no se argumentan, no se dan argumentos constitucionales, sino se habla de que al reo hay que beneficiarlo, de que no es posible, de si hay un error, mano de hecho, el reo se puede ante esta imposibilidad de poder apoyarse en una figura que sea benéfica para él.

El problema político, en mi opinión, se puede resolver efectivamente en el período ordinario, modificaríamos y le quitaríamos toda incongruencia. Hemos sostenido así, que debe de empezarse con el texto constitucional, es nuestra primera objeción en relación a esta reforma, pero si no se quiere entrar a este debate, cuando menos hagan congruente el texto de las leyes secundarias penales.

Eso se los pedimos y eso se puede hacer dentro de 16 días, podemos presentar a la Comisión de Justicia una iniciativa que modifique totalmente ese texto de ley secundaria y lo haga congruente entre sí mismo y lo conecte jurídicamente pero no, aquí lo que se quiere es resolver en este momento, a pesar de que no se han quitado los errores que la Cámara de Senadores prometió, a pesar de ello y por un problema de tipo político.

Yo pienso que las prisas y las presiones son malos elementos para hacer buenas leyes, como ya desde el tiempo de Morelos se decía. No podemos aceptar, no podemos ni debemos aceptar esta modificación por el simple hecho de que la Cámara de Senadores está presionando para que sea aprobada.

Yo les recuerdo a todos los compañeros diputados, que se requiere mayoría absoluta en este momento para aprobar esta modificación que fue rechazada por el Senado. Y en mi opinión, si nosotros votamos en contra, estando en el supuesto del artículo 72 constitucional en su inciso e, esta ley tendrá que esperarse al período ordinario que empieza dentro de 15 días y ahí corregiríamos todas estas deficiencias de tipo cuando menos técnico - jurídicas.

Pido a esta honorable asamblea que recapaciten su voto, piensen que sólo nos separan 20 días de poderle dar la congruencia jurídica de aquéllos que alegan beneficiar al reo, y si se quiere ir más a fondo, el tocar el artículo 123 constitucional.

Pero si no, cuando menos de hacer congruente y de quitar las antinomias entre la ley penal y su ley instrumental.

Por lo tanto, solicito a mis compañeros diputados, que olviden las posiciones ideológicas las posiciones partidistas y voten en contra de este dictamen, por ser anticonstitucional, por falta de congruencia técnico - jurídica y porque los tiempos políticos no nos pueden vestir a nosotros de un ropaje que no es posible sostener con criterios jurídicos acertados. Muchas gracias.

El C. Presidente: - El diputado Hiram Escudero tiene el uso de la palabra, para hechos.

El C. Hiram Escudero Alvarez: - Señor presidente; señores diputados: He pedido hacer uso de la palabra para razonar el voto del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. En relación con el dictamen que se discute, debemos hacer algunas precisiones.

Al compañero diputado Godoy, recordarle que el ofendido, la persona que sufre el quebranto, que se ve afectada por los hechos delictuosos, no es parte en el proceso penal; que consecuentemente no tiene procesalmente ninguna acción que ejercitar en relación con la pena que es de carácter público que se impone al responsable y que tiene dos aspectos: el privado de libertad y el pecuniario, que implica la multa y la reparación del daño; que la reparación del daño no va en relación con la peligrosidad del delincuente, es otra imprecisión.

La reparación del daño va en relación con el perjuicio que sufre el ofendido o la víctima o sujeto pasivo del delito.

Coincido con el diputado Godoy en que la iniciativa tiene y adolece de fallas de carácter técnico. Y aquí debemos aclarar que la posición de Acción Nacional, es la exigencia de un nuevo código procesal penal completo, y de un código penal completo, porque el que actualmente nos rige data de 1931, que tiene su base en el de 1929 es, a todas luces, obsoleto y no corresponde a la realidad democrática, social, política, económica, cultural del México actual.

Debemos y exigimos un nuevo código penal y un nuevo código procesal. (Aplausos.)

Pero, además, ya conocemos algunos pre - proyectos en relación con esas legislaciones. Y ha habido la declaración de algunas autoridades relacionadas con la materia, en el sentido de que probablemente en el próximo período de sesiones, habrá de ser sometido a la consideración del Poder Legislativo esa nueva legislación; pero si el Ejecutivo no lo hace, en Acción Nacional estamos preparando ambos proyectos; presentaremos nosotros nuestras proposiciones.

En relación concreta al caso que nos ocupa, debemos reconocer que los parches y los zurcidos siempre quedan mal, porque generalmente desentonan con el color de la tela principal.

Pero esta reforma que va involucrada en un paquete, en el que en la Comisión de Justicia y los diputados que decidimos participar, porque nos interesaba hacerlo responsablemente, en la preparación del dictamen, tuvimos entrevistas con diputados, con senadores y con personas, funcionarios involucrados en esta actividad de la administración y de la procuración de justicia.

No nos satisface ciertamente la reforma, pero nosotros entendemos que es una reforma totalmente pasajera. Probablemente no vaya a durar sino unos cuantos meses, ése es nuestro deseo y así lo esperamos. Pero si esa reforma puede favorecer a un solo, individuo, que hayan sido violadas sus garantías individuales, injustamente sentenciado dos veces por el mismo hecho delictuoso, ¡enhorabuena!, que la aprobemos para que entre en vigor, desde luego. Por eso vamos a votar en pro del dictamen. (Aplausos.)

Pero a los destacados juristas que impugnan la constitucionalidad de la reforma, yo les haría solamente una pregunta. Esta es una vía alterna para que prevalezca la justicia, no es la única, toda vez que, efectivamente, el que es sentenciado dos veces por el mismo hecho, se le ha conculcado la garantía individual contenida en el 23 constitucional, tiene expedita la vía de amparo para que esa segunda sentencia sea nula.

Pero no se pierde nada señores, con que procesalmente se le confiere otra oportunidad de que se haga justicia mediante la reforma que estamos discutiendo en este momento.

Pero además, ¿quién pediría el amparo?, ¿el reo que se está viendo favorecido con que le pongan la sentencia más baja? Pues me parecería un absurdo. ¿El ofendido, como lo pretende el diputado Godoy? Al ofendió no se le viola ninguna garantía individual, porque el jus puniendi, la facultad del Estado, de penar, la pena no es una facultad que corresponda al ofendido, sino al Estado. Volveríamos a la etapa de la venganza privada, haríamos del derecho penal una institución de derecho privado, y eso señores, no es admisible.

El ofendido, en el supuesto que presenta el diputado Godoy, si lo absolvieron, pues las razones tuvo el juez para absolverlo y consecuentemente para absolverlo también de parte de la pena, que es la reparación del daño.

Pero tiene las vías civiles a su alcance para, a través de la responsabilidad objetiva, exigir, si con esos hechos se le produjo algún daño, los daños, las obligaciones, no solamente surgen de la comisión de delitos, sino también, hay inclusive la responsabilidad sin culpa, la responsabilidad objetiva, en donde se responde de los actos y los que ni siquiera se tiene a veces la voluntad de haber participado, como en el caso de la responsabilidad laboral, de los accidentes de trabajo.

Por estas razones, la diputación de Acción Nacional va a votar en contra de la proposición inicial del Ejecutivo, que fue corregida por el Senado de

la República y consecuentemente a favor del dictamen de la Comisión de Justicia para que desde luego, entre esta ley en vigor sin perjuicio y haciéndonos desde luego abanderados de la necesidad de una reforma profunda, a fondo y definitiva de la legislación penal en México. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Leonel Godoy, para contestar alusiones personales.

El C. Leonel Godoy Rangel: - Con su permiso, señor presidente; compañeras diputadas y diputados: Nada más me quiero referir a un solo hecho, porque creo que se reconoce que es anticonstitucional, creo que se reconoce que tiene fallas técnico - jurídicas y creo que se acepta que el tiempo político pueda ser superado a partir del 1o. de noviembre. Parece que ya el problema es sobre un solo punto que quisiera con el compañero Hiram Escudero, recalcar.

Nosotros nunca dijimos que el ofendido era parte en el proceso, jamás, nosotros incluso dijimos que apelábamos a esta Cámara para que no por una reforma de este tipo, se deje en mayor grado de indefensión a la víctima del delito, que constantemente ha sido olvidada por la ley penal, eso por una parte.

Por la otra, en relación a la reparación del daño; efectivamente el ofendido no tiene también lo dijimos, ahí está la versión estenográfica, no tiene derecho a ejercitar, por carecer de interés jurídico, el juicio de amparo, si un juez en una sentencia le dicta una más benigna al delincuente, porque es delincuente, o en su caso lo absuelve, no tiene ninguna figura jurídica a cual recurrir en relación a la pena privativa de la libertad; pero en relación a la reparación del daño, y ése fue el caso al que yo me referí y fundamentalmente en dos hipótesis de una sentencia, menor la primera y mayor la segunda, que es el caso que interesa a algunos legisladores, que se apruebe en este texto de modificación a la ley adjetiva.

Claro que el ofendido puede acudir al juicio de amparo, claro que lo puede hacer por distintas vías, tampoco hemos sostenido que la reparación del daño nada más surge de un hecho delictuoso, pero aquí nos estamos refiriendo al caso de que el origen de la reparación del daño es por un hecho delictuoso, ése es el caso. Yo plantee la hipótesis primero: 20 años 2 millones de pesos de reparación del daño; segunda: 30 años 3 millones de pesos de reparación del daño.

Conforme al texto y conforme a la vigencia del 98 del Código Penal, pues no solamente se le tiene que absolver en su caso, sino extinguir la reparación del daño; ustedes consideran que el ofendido del delito no tiene recursos legales a cuales acudir, claro y ya se señaló una, la vía de la responsabilidad objetiva que es de materia civil, pero también tiene el juicio de amparo, en mi opinión, y más si el propio acusado lo interpone, como tercer perjudicado el ofendido participaría en ese juicio de amparo, pero si no, tiene la vía, la vía civil, en virtud del origen que es un hecho delictuoso, ¿y qué va a ocurrir?, bueno, que un juez va a condenar, un juez civil va a condenar a que reparen los daños causados al acusado de un delito que se acogió a un beneficio que señala este texto, que en vez de expedir la primera pena de prisión y no la segunda del segundo juicio.

Aquí pueden darse dos hipótesis, si es absolutoria, el texto vigente del Código Penal le exime la responsabilidad de reparación del daño y si es condenatoria, pero reduce el monto de la primera o al revés, reduce el monto de la segunda, el ofendido o se queda con esa decisión, que a mí me parece extraña, porque se juntan dos posibilidades: una de una primera sentencia y otra de una en cuanto a la pena pecuniaria y otro, en la segunda sentencia, en relación a la pena privativa de libertad. Pero creo que en cualquiera de esos casos el ofendido, en esa vía que escogió, puede acudir al amparo y les aseguro que lo va a ganar.

¿Y qué va a ocurrir? Le van a dar la reparación del daño de la segunda sentencia y el acusado va a tener, se le va aplicar la pena de la primera sentencia. Esto quisiera señalarlo y subrayarlo, de que en mi opinión subsiste y yo a lo que me he referido, es que nosotros no debemos olvidar que en los hechos delictuosos hay dos extremos: la víctima del delito y el acusado. Aquí sólo se está en está Legislatura acordando del acusado y no del ofendido. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene la palabra el ciudadano diputado Napoleón Cantú Cerna.

El C. Napoleón Cantú Cerna: - Ciudadano presidente; honorable asamblea: Vengo, por parte de la Comisión de Justicia, a sostener y a apoyar el sentido del dictamen que ha sido elaborado en relación con la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

En primer término, quiero expresar que me adhiero y comparto los diversos puntos de vista que sobre el dictamen, de una manera muy clara y precisa, ha señalado aquí el diputado Hiram Escudero.

Se ha dicho y creo que ha sido el punto central del debate, que esta disposición contraría el sentido

del artículo 23 constitucional, Reiteramos, como claramente lo señale el dictamen, que de ninguna manera esta disposición viene a contrariar la norma fundamental, sino al contrario, viene a establecer una consecuencia, los efectos y los resultados que en su caso se darán precisamente, si esa norma constitucional que prohibe que una persona puede ser procesada dos veces por los mismo hechos, llega a presentarse en la práctica. En otras palabras, esta disposición viene a darle al gobernado un reforzamiento más en la seguridad jurídica que le corresponde una protección adicional en caso de que le sean vulneradas sus garantías individuales.

La Carta Magna no establece precisamente esa consecuencia por lo tanto, es conveniente, como se está estableciendo en el dictamen, que sea la ley secundaria, en este caso de naturaleza procesal, ya que nos encontramos frente a dos sentencias, sea entonces la norma procesal la que venga a establecer la consecuencia o efectos si se diera este supuesto.

La propuesta original establecía que para este caso se estaría a la nulidad de la segunda sentencia, el dictamen de la Comisión de Justicia se adhiere y propone que, como lo establece el dictamen de la Cámara de Senadores, se aplique la sentencia más benigna para el reo.

En nuestra opinión ambas posiciones del contenido de las dos propuestas cumplen y se ajustan a la técnica jurídica, una, la primera, con un sentido rigorista, posiblemente hasta de tipo civilista ortodoxo, en tanto que el segundo, que es el que proponemos, da un criterio también válido jurídicamente, pero ajustado y apegado a las normas modernas del derecho penal, al favorecer precisamente al reo, aplicándole la sentencia que le resulte más benigna.

Aunque este efecto no es necesario o plenamente restitutorio, produce un efecto que en parte compensa al sentenciado que ha sufrido la indebida carga de dos procesos, en franca violación de sus derechos constitucionales.

Si bien es cierto que se puede dar la nulidad de un acto cuando va en contra de la ley, también es cierto que la ley misma puede dotar de efectos y consecuencias a ciertos actos, aunque tengan una nulidad de origen.

Un caso que tiene cierta similitud como el que estamos discutiendo, es el relativo a la aplicación de la ley en el tiempo. El artículo 14 constitucional establece en su primer párrafo: "A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna". Sin embargo, siguiendo el mismo principio, de optar siempre por aquello que favorezca al reo, si se puede y se debe aplicar retroactivamente una ley, cuando así se dé ese resultado favorable para el procesado o sentenciado.

Así pues, sin apartarse del derecho, pero dándole un sentido más humanista y por ende acercando más la norma al acabar la consecución de la justicia, es que procede y pido la aprobación del dictamen en relación con la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

Se ha dicho que existe una antinomia entre esta disposición como se propone y el artículo 118 del Código Penal, desde luego rechazo esa aseveración y sostengo que el artículo segundo transitorio del proyecto de dictamen, de una manera clara, deroga toda aquella disposición que sea contraria a lo que es o sea aprobado y además es necesario recordar, que en esta materia estamos ante una materia de tipo procesal que deben de ser resuelto primordialmente y preferentemente por el propio código adjetivo, como lo está haciendo en este caso.

Por ello también y a mayor abundamiento, la parte final del artículo 118 del Código Penal resulta, además de derogado, totalmente inaplicable por carecer ya de eficacia jurídica, si se llegara a aprobar la reforma en los términos propuestos.

Por otra parte, para nosotros es completamente claro que subsisten los derechos del ofendido en aquellos casos en que tenga derecho a la reparación del daño en cualquiera de las hipótesis que aquí se han mencionado, ya que, como es bien sabido, tiene a su favor ejercer las acciones civiles en la vía que corresponda para obtener de esa manera aquello que le corresponda por el hecho que le haya causado aquel daño.

Por otra parte, considero que este tema y esta discusión es y debe de ser, como lo sostengo que lo es, un análisis y un debate de naturaleza típicamente jurídica. No acepto que se diga que es de naturaleza política, a menos que como política aceptemos que estamos precisamente con esta reforma, haciendo aquello que sea más favorable para el reo, cumpliendo con un principio humanista del derecho penal moderno y, como decía el diputado Hiram Escudero, si lo podemos hacer ya en este momento, independientemente de algunas imprecisiones, que para mí son irrelevantes y secundarias, hagámoslo de una vez, para que con esta norma podamos beneficiar de inmediato a aquellos reos o sentenciados que se encuentren en esta hipótesis.

Finalmente, está abierta la posibilidad, si todos nosotros tenemos el derecho constitucional de iniciativa, para que quienes estimen que esta disposición en alguna forma debe de ser reubicada o recibir una nueva denominación, lo pueden hacer con ese derecho que les corresponde.

Por lo tanto, solicito a los compañeros diputados que integran esta asamblea, la aprobación del dictamen en los términos propuestos por la Comisión de Justicia y le pido a la presidencia se proceda a la votación. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala, para hechos.

El C. Oscar Mauro Ramírez Ayala: - Señor presidente; compañeras y compañeros diputados: El voto razonado que emitió el compañero Juan Jaime Hernández, en torno al asunto que nos ocupa, literalmente señala como una proposición, que cuando el sentenciado hubiese sido consignado por los mismos hechos en diversos juicios, en su caso, será nula la segunda sentencia.

Esto indudablemente que se apega, de manera estricta, a lo establecido por el artículo 23 constitucional. Este precepto señala claramente que ningún ciudadano puede ser procesado en dos ocasiones por los mismos hechos.

Ahora bien, en la práctica jurídica hemos podido constatar que existen graves anomalías en la administración de la justicia. Graves anomalías en la administración de la justicia por algunos delitos, concretamente el día de antier acudí a algunos de los reclusorios de aquí del Distrito Federal, para conocer de viva voz de algunos procesados, la realidad jurídica que impera en torno a sus procesos; ahí pudimos constatar en algunos casos concretos, por ejemplo en los del delito de fraude, que existían situaciones jurídicas que van en torno a esta realidad. Había personas que estaban siendo procesadas por los mismo hechos en dos tribunales distintos y habían sido sentenciados, que es lo más grave, habían sido sentenciados por la misma pena y por el mismo hecho.

Entonces, se está dejando al ciudadano en condiciones de que el ministerio público o el Estado, en un momento determinado, acudan a manipular la ley para el efecto de utilizarla como un medio de represión en contra de algún ciudadano.

Sabemos, porque todos lo hemos constatado, aquí en el Distrito Federal es muy generalizado las denuncias de fraudes por cuanto hace a personas que prometen vender o conseguir viviendas. En esos casos, hay personas, hay familias que son defraudadas en dos o en tres ocasiones sobre la misma intención de conseguir una vivienda.

Por otro lado, también hay una situación jurídica que versa sobre los fraccionamientos clandestinos que no han cumplido con algunos requisitos del gobierno del Distrito Federal; ahí también, con una actitud de represión, el gobierno del Distrito Federal utiliza al ministerio público para condenar a una persona por un mismo delito en dos procesos distintos. Ahí estamos constatando que sí se está dejando al ministerio público y a la autoridad política presionar a un ciudadano para que sea procesado en dos ocasiones sobre los mismos hechos. Si bajo esas circunstancias se va a seguir o se va a permitir que reconozcamos que esta posibilidad quede como una norma legal, el reconocer que una de las sentencias, la más benigna, se le aplique al reo, automáticamente estamos reconociendo que a una persona se le pueda condenar y se le pueda procesar en dos o más ocasiones por los mismos hechos.

Por ello, el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana quiere acudir a la conciencia de los legisladores, a quienes tiene la obligación de hacer leyes equitativas y justas en favor de la comunidad. Acudir a los miembros del Partido Acción Nacional para que no sigan pensando en ilusiones, ni tampoco se sigan imaginando que hay buena voluntad por parte de los legisladores priístas. Ahí hay cientos de iniciativas de ustedes, por no hablar de millares de iniciativas de ustedes, congeladas, con fundamento, exigiendo modificaciones, no solamente al Código Penal, sino a un sinnúmero de leyes. ¿Y qué ha pasado?, ¿en unos meses se resolvieron?, no, no ha habido voluntad política para que se resuelvan esas proposiciones de ustedes.

Las leyes siguen ahí, durmiendo el sueño de los justos. Y ustedes ahora, a través del diputado Hiram Escudero, nos plantean que tal vez en unos meses va a haber posibilidades de que haya un nuevo código penal y un nuevo código procesal penal. Y yo les digo: ¿Se van a esperar otros 50 años como partido político para ver esa nueva realidad jurídica? por ello solicitamos de todos ustedes, de todos los diputados, de todas las fracciones parlamentarias de que mediten su voto y voten en contra de cualquier precepto que de alguna forma permita, permita que a un ciudadano se le procese en dos ocasiones por el mismo delito. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Consulte la secretaría si se encuentra suficientemente discutido el dictamen.

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto: - Por instrucciones de la presidencia y en votación económica, se pregunta a la asamblea si considera suficientemente discutido el dictamen.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Suficientemente discutido, señor presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del proyecto de decreto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor presidente, se emitieron 324 votos en pro, 73 en contra y 10 abstenciones.

El C. Presidente: - Aprobada en lo general y en lo particular la fracción IV del artículo 614 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto: - Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.

El C. Presidente: - Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

RECESO

El C. Presidente (a las 13.00 horas): - Se declara un receso de una hora.

(A las 15.05) Se reanuda la sesión.

La C. Juana García Palomares (desde su curul): - Pido la palabra para hechos.

El C. Presidente: - Tiene la palabra la diputada Juana García Palomares, para hechos, por cinco minutos.

La C. Juana García Palomares: - Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: El grupo parlamentario del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, por mi conducto, expresa esta representación nacional, nuestra opinión de un problema particular pero importante para la vida política y social del país.

Nuevamente miles de trabajadores ferrocarrileros se manifiestan el día de hoy en las calles de la ciudad de México, en protesta a la denegación de sus derechos laborales por parte de la administración de Ferrocarriles Nacionales de México y con la complaciente complicidad de sus dirigentes sindicales.

Desde el 16 de noviembre de 1986, los trabajadores al servicio de Ferrocarriles Nacionales de México han venido siendo víctimas de las directivas de la empresa, al escamotearles ilegalmente una buena parte del aumento salarial a que tienen derecho.

Con fecha 29 de noviembre de 1986, Ferrocarriles Nacionales de México convino con el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, el pago de un incremento del 20.3% a los salarios de los trabajadores a su servicio, como resultado de una negociación basada en el 23% de aumento de emergencia, recomendada en esas fechas por el gobierno federal a todas las paraestatales. Es el caso que la empresa, faltando a su compromiso pactado, solamente aplicó el 11.1% a los salarios tabulados y dejó de complementarlo con el 9.2% a prestaciones económicas relacionadas con el salario y prestaciones sociales.

En un intento absurdo para rechazar el reclamo justo de los trabajadores, los representantes de la empresa y los dirigentes nacionales del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, firmaron un nuevo convenio, supuestamente aclaratorio, el 11 de septiembre de 1987, que en el fondo modificaba el incremento salarial del 20.3% primeramente pactado y lo reducía únicamente al 11.1% ya aplicado; en un acto violatorio al principio jurídico laboral que expresa que los derechos de los trabajadores son irrenunciables y que cualquier estipulación en contra de este principio, es nulo en pleno derecho.

Ante la evidente colaboración de los dirigentes del sindicato ferrocarrilero a favor de la empresa, más de mil trabajadores de diversas categorías y secciones del país demandaron por su propia cuenta, en ejercicio de sus derechos laborales individuales, a Ferrocarriles Nacionales de México el incremento del 9.2% hasta la fecha aún no recibido, procediendo. Procedimiento que terminó dándole la razón a los trabajadores mediante laudos de fecha 16 de mayo de 1989, laudo que ha sido confirmado por el Quinto Tribunal Colegiado del primer circuito en materia laboral.

Compañeras y compañeros diputados: Ante el reclamo justo y legal de los trabajadores ferrocarrileros, con la actitud cerrada de la empresa y la conducta irresponsable de los dirigentes sindicales, tal parece que quisiera agravar aún más el problema y conducir a la violencia y a la ilegalidad a aquellos que se han atrevido a demandar el respeto a sus derechos laborales.

Mientras que los directivos de Ferrocarriles Nacionales de México lanzan una campaña de descrédito para condenar a los obreros y realizan los primeros despidos, en represalia, los dirigentes sindicales lanzan adjetivos de agitadores y divisionistas y amenazan aplicar la cláusula de exclusión y accionar penalmente en contra de sus compañeros sindicalizados, cuyo motivo principal ha sido no dejarse timar por la empresa.

La inconformidad generalizada de los trabajadores ferrocarrileros, tiene una base objetiva y no es producto de la actividad artificial de divisionistas o agitadores políticos, que se les pretende satanizar por parte de la empresa y dirigentes sindicales, con el fin de desorientar a la opinión pública nacional sobre las verdaderas causas del conflicto.

Los trabajadores ferrocarrileros no tienen ninguna intención de atentar contra los intereses de Ferrocarriles Nacionales ni de desestabilizar a su sindicato, sino lo único que pretenden legítimamente es que no se violenten sus derechos y se cumplan los compromisos económicos adquiridos por la empresa.

Ante este alto foro de la nación, el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional declara su total apoyo moral y político a los trabajadores ferrocarrileros, en sus justos y legítimos reclamos a la empresa Ferrocarriles de México y a su vez, demandamos la intervención de las altas autoridades competentes del gobierno federal, para que dentro del marco constitucional y de las leyes laborales, se haga justicia a este importante sector de la clase obrera mexicana. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Continúe la secretaría con los asuntos en cartera.

REFORMAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA ELECTORAL.

El C. Secretario Ismael Orozco Loreto:

«Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable asamblea: A la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fueron turnadas las iniciativas suscritas por legisladores pertenecientes a los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, del Partido Popular Socialista, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, del Partido de la Revolución Democrática y en su momento, por diputados que pertenecen al Partido Mexicano Socialista.

Con fundamento en los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta comisión somete a la consideración de esta asamblea el presente dictamen de acuerdo con los siguientes

1. Antecedentes.

A. Audiencias públicas y consultas:

A.1. Con fecha 26 de enero del año en curso, esta Comisión de Gobernación Puntos Constitucionales, acordó celebrar sesiones de audiencia pública, por conducto de la subcomisión creada para tal efecto, con el fin de recabar la más amplia información sobre los temas en materia político - electoral, necesaria para el dictamen de las iniciativas de reformas que sobre la materia fueran presentadas.

En los términos del referido acuerdo, las audiencias públicas se llevaron a cabo a partir del 14 de febrero del año en curso hasta el 28 de abril, con la participación de diputados federales y senadores, de los representantes de partidos políticos, de organizaciones políticas y sociales y de instituciones académicas y de educación superior, así como de especialistas en derecho público, ciencia política y derecho electoral, sujetándose al siguiente temario:

I. Las bases sociales, políticas y jurídicas para el desarrollo de las instituciones democráticas;

II. El sistema electoral de la Constitución;

III. El sistema de partidos políticos;

IV. Las organizaciones sociales, sindicatos y partidos políticos;

V. La democracia directa y la democracia representativa en la Federación, estados y municipios;

VI. El registro de los electores;

VII. El proceso electoral;

VIII. Lo contencioso electoral y sus órganos;

IX. La calificación de las elecciones;

X. Los medios de comunicación y la actividad político - electoral;

XI. La democracia y la desobediencia civil;

XII. La organización política del Distrito Federal, y

XIII. El Estado y las agrupaciones religiosas denominadas iglesias;

XIV. El Congreso de la Unión.

Las diversas posiciones, puntos de vista, proposiciones y sugerencias que se expresaron en las audiencias públicas, contribuyeron a ilustrar a esta representación nacional, a través de la subcomisión referida, sobre el sentir de importantes sectores de la sociedad mexicana respecto de una reforma a nuestras instituciones electorales.

Terminado el proceso de audiencias públicas, tal como estaba acordado, la subcomisión llevó a cabo sesiones en las que participaron sus integrantes, con el fin de deliberar en torno al contenido de las exposiciones presentadas en las audiencias públicas y respecto de las iniciativas de naturaleza político - electoral que se habían presentado, así como para analizar las propuestas que formulen los diputados miembros de los diversos grupos parlamentarios y definir puntos de consenso en torno a una posible reforma en esta materia.

Las reuniones de la subcomisión para la búsqueda del consenso se realizaron a partir del día 4 de mayo, dos veces por semana para concluir el 29 de junio. Las deliberaciones permitieron conocer las posiciones y las propuestas de los partidos políticos, representadas por sus respectivos diputados en el seno de la subcomisión, en torno a los diversos puntos de un temario más concentrado que el que sirvió de base a las audiencias públicas y que comprendió: Organismos electorales, contencioso, calificación y tribunal electoral, sistema electoral de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, régimen de partidos y derechos políticos e instituciones representativas del Distrito Federal.

A. 2. Por su parte, la Comisión Federal Electoral, en los términos del acuerdo que se público en el Diario Oficial de la Federación de fecha 13 de enero del presente año, creó una comisión especial que tendría a su cargo convocar a consultas públicas sobre los temas concernientes a la reforma electoral, de acuerdo con los siguientes enunciados generales: Derechos políticos y representación nacional; régimen de partidos y asociaciones políticas nacionales; política y medios de comunicación social; Registro Nacional de Electores, organismos procesos y contencioso electoral e instituciones políticas del Distrito Federal.

Las consultas públicas a que convocó la comisión especial de la Comisión Federal Electoral, al igual que las audiencias que realizó la Cámara de Diputados, recogieron una serie de planteamientos que reflejaron una amplia gama de posiciones doctrinarias y de intereses políticos que dieron cuenta de la diversidad de enfoques desde los cuales resulta posible abordar los complejos temas inherentes a la materia político - electoral.

Asimismo, la comisión especial celebró reuniones entre los integrantes, representantes de los diversos partidos políticos nacionales, para el logro de acuerdos y la identificación de discrepancias.

2. Convocatoria al período extraordinario.

Ante la Comisión Permanente, los diputados del Partido Acción Nacional, con fecha 15 de junio, solicitaron que ésta convocará a un período extraordinario de sesiones del Congreso General, con objeto de que conocieran de diversas iniciativas en materia político - electoral.

Con fecha 22 de junio el ciudadano Presidente de la República, con fundamento en los artículos 67, 79 fracción IV y 89 fracción XI de la Constitución, solicitó a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se sirviera convocar a un período extraordinario de sesiones con el objeto de conocer, entre otros asuntos, de las iniciativas de reformas a la legislación electoral que se presentasen de acuerdo con el artículo 71 constitucional.

Con fecha 27 de junio la Comisión Permanente emitió el decreto por medio del cual se convocó al presente período extraordinario, cuya apertura estuvo prevista para el día 28 de agosto pasado y que no podrá prolongarse más allá del 20 de octubre, y para ocuparse, además de otros asuntos, de las iniciativas de modificación constitucional y a la legislación secundaria que en materia electoral hubieren presentado desde el 1o. de septiembre de 1988 y antes del 15 de agosto de 1989, los sujetos con derecho constitucional de iniciativa.

Instalado el período extraordinario, la presente Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales comenzó a sesionar con el fin de examinar y rendir dictamen respecto de las iniciativas en materia político - electoral que le fueron turnadas en su oportunidad. Con la finalidad de precisar las

propuestas de reforma contenidas en las iniciativas que constituyen el objeto del presente período extraordinario, se integró una subcomisión que tendría a su cargo la encomienda de seleccionar, de entre las iniciativas de reformas constitucionales, las que debieran considerarse estrictamente comprendidas dentro de la materia electoral. En la sesión de esta comisión del pasado 5 de septiembre, fue aprobada la clasificación y selección realizada por la subcomisión en los términos referidos, de acuerdo con el siguiente temario:

I. Organismos electorales;

II. Clasificación y contencioso electoral;

III. Derechos políticos y responsabilidades;

IV. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados;

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores;

VI. Partidos políticos, y

VIII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac.

De igual manera siguiendo los lineamientos aprobados por la comisión, en el sentido de estudiar sólo aquellos artículos de las iniciativas propuestas por los seis partidos políticos y en su momentos las presentadas por el Partido Mexicano Socialista, se determinó que de las 29 iniciativas turnadas se considerarán 45 artículos de la Constitución y 17 transitorios para estudio y dictamen, reservándose 29 artículos de la Constitución y los transitorios relativos por ser ajenos a la materia Político - electoral.

3. Iniciativas de reformas constitucionales.

De acuerdo con lo anterior, forman parte del objeto del presente período extraordinario de sesiones, las propuestas de reforma presentadas por legisladores de los partidos que se describen a continuación, siguiendo el orden de los temas aprobados.

Partido Acción Nacional

I. Organismos electorales:

Iniciativa presentada el 21 de diciembre de 1988, mediante la cual se proponen adiciones al artículo 41 de la Constitución, reubicando en él, el cuarto, párrafo del artículo 60 vigente. Además, propone que la responsabilidad en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales corresponda por igual al gobierno, partidos políticos y ciudadanos remitiendo a la ley la creación de los organismos que tendrán a su cargo la función electoral.

Iniciativa presentada el 28 de diciembre de 1988 para adicionar la fracción I del artículo 36 constitucional con un segundo párrafo relativo a la organización y funcionamiento del Registro Nacional de Ciudadanos.

II. Clasificación y contencioso electoral:

Iniciativa presentada el 21 de diciembre de 1988, por lo cual se propone la adición de dos párrafos al artículo 41 constitucional, reubicando en él, el cuarto párrafo del artículo 60 vigente. Proponen en esta iniciativa:

a) Que el Tribunal Federal de Elecciones, controle la legalidad de todo el proceso electoral y califique las elecciones de diputados y senadores;

b) El establecimiento en ley de los medios de impugnación, sanciones y responsabilidades;

c) Acceso a toda documentación electoral por el tribunal y los colegios electorales en la etapa de calificación de las elecciones, y

d) Obligación de publicar el proceso en todas sus etapas.

Por otra parte, la misma iniciativa propone la reforma al artículo 60 constitucional para hacerlo congruente con la adición al 41 y estableciendo que el tribunal se integrará por insaculación de sus miembros; fijando limitaciones para el número de magistrados propuestos por un mismo partido, y señalando que los magistrados durarán en su cargo seis años pudiendo ser ratificados.

Finalmente, la misma iniciativa propone reformas a la fracción I del artículo 74 constitucional, con el objeto de que en la calificación de la elección presidencial, la Cámara de Diputados erigida en colegio electoral considere las resoluciones pronunciadas por el Tribunal Federal de Elecciones.

Iniciativa del 24 de mayo de 1989, que reforma el párrafo primero y adiciona uno décimo al artículo 94 constitucional, para que el Tribunal Federal de Elecciones forme parte del Poder Judicial Federal.

III. Derechos políticos y responsabilidades:

Iniciativa presentada el 6 de diciembre de 1988, por la cual se propone adicionar un párrafo tercero al artículo 9o. constitucional, que garantice los

derechos de los ciudadanos de carácter político electoral.

Iniciativa presentada el 15 de diciembre de 1988, para reformar o adicionar los artículo 5o. párrafo quinto y 35 fracción III constitucionales. La primera reforma propone incluir dentro de dicho párrafo la "afiliación política"; y la adición a la fracción III del artículo 35 que señala como prerrogativa de los ciudadanos asociarse "voluntariamente" para tratar los asunto políticos del país.

Iniciativa presentada el 15 de diciembre de 1988, para adicionar la propuesta anterior de reforma al artículo 41 constitucional, para establecer que la utilización indebida de recursos públicos, o asignación de servidores públicos en favor de partidos políticos o candidatos, será sancionada. De la misma forma, esta iniciativa propone la adición de un párrafo al artículo 109 constitucional para que se considere que incurren en responsabilidad los servidores públicos que utilicen indebidamente recursos públicos para fines político - electorales.

Iniciativa presentada el 21 de diciembre de 1988, para adicionar un segundo párrafo al inciso B, de la fracción XXIX del artículo 73 constitucional, por la cual se prohibe a los partidos y asociaciones políticas usar como emblema electoral la combinación de los colores de la bandera nacional.

Iniciativa presentada el 22 de diciembre de 1988, para reformar el artículo 97 en su párrafo tercero, por la cual se ampliarían las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para investigar hechos que constituyan violaciones al voto público.

Iniciativa presentada el 28 de diciembre de 1988, para reformar la fracción I del artículo 36 constitucional, estableciendo la obligación de los ciudadanos de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y la cédula de identidad ciudadana.

Iniciativa presentada el 28 de diciembre de 1988, para adicionar el artículo 107 constitucional con una fracción XIX que establezca la procedencia del juicio de amparo en materia política.

Iniciativa presentada el 31 de mayo de 1989, para reformar el artículo 81 constitucional, con el objeto de establecer que el Presidente de la República será electo por mayoría absoluta de los votantes para lo cual, de ser necesario, se celebraría elección de segunda vuelta.

IV. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados:

Iniciativa presentada el 7 de junio de 1989, por la cual se propone modificaciones a los artículos 52, al párrafo primero del 53 y 54, y derogación del segundo párrafo del 53 y segundo párrafo de la fracción III del artículo 55.

Se propone en la iniciativa:

a) Disminuir de 200 a 150 los diputados electos por el principio de representación proporcional.

b) Que se incluya como criterio para la demarcación de los 300 distritos uninominales el de "que cada distrito tendrá continuidad territorial y unidad geográfica", y

c) En las reglas propuestas para la asignación proporcional destacan:

1. Se requiere del 2.5% de la votación nacional efectiva para que un partido tenga derecho a la asignación.

2. Se establece como límite superior 300 diputados por ambos principios para cualquier partido político.

3. No se asignan diputados de representación proporcional al partido político cuyo número de constancias de mayoría relativa represente un porcentaje del total de la Cámara igual o superior a su porcentaje de la votación nacional efectiva.

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores:

Iniciativa presentada el 13 de diciembre de 1988, para reformar el artículo 56 constitucional, por la que se propone que la Cámara de Senadores se integre por seis miembros por cada entidad federativa, electos tres por el sistema de mayoría relativa y tres por el de representación de minoría; renovándose la Cámara por mitad cada tres años.

VI. Partidos políticos:

Iniciativa presentada el 27 de diciembre de 1988, para adicionar un párrafo al artículo 41 constitucional, en el que se establezcan prerrogativas de los partidos políticos para:

a) Derecho a que les otorguen concesiones gratuitas para el establecimiento y explotación de estaciones de radio y televisión, y

b) Autorizaciones para filmar, grabar, alquilar, comprar, exhibir y en general producir, adquirir o difundir el material respectivo, para lo cual contarán con las franquicias y facilidades que al efecto requieran.

VII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac:

No presentó iniciativa.

Partido Revolucionario Institucional

I. Organismos electorales:

Iniciativa de reformas presentada el 14 de agosto de 1989, donde se propone la adición de los párrafos séptimo y octavo al artículo 41 constitucional.

a) La organización de las elecciones es una función estatal que corresponde ejercer a los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión;

b) La ley puede establecer que dicha función se realice a través de un organismo público, profesional y autónomo;

c) Se fijan como principios rectores del organismo la certeza, imparcialidad y objetividad;

d) Se establese la estructura orgánica básica del organismo;

e) Se señala que el órgano superior de dirección se compondrá de consejeros y consejeros magistrados que serán designados por los poderes Ejecutivo y Legislativo y por representantes de los partidos políticos, y

f) Se señalan las funciones que el organismo público agrupará en forma integral: padrón electoral, derechos y prerrogativas de partidos políticos; preparación de la jornada electoral, cómputo y otorgamiento de constancias; educación cívica y capacitación en la materia e impresión de materiales electorales.

El artículo transitorio quinto de la iniciativa, señala que la Comisión Federal Electoral, seguirá ejerciendo sus funciones en tanto se expiden las normas reglamentarias por el Congreso de la Unión.

II. Calificación y contencioso electoral:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, por la cual se proponen reformas y adiciones a los artículos 41, 60 y base tercera de la fracción VI del 73, constitucionales.

Al artículo 41 se le adicionan los párrafos noveno y décimo para refrendar la existencia de un sistema de medios de impugnación, que dará definitividad y certeza a las distintas etapas del proceso electoral y garantizará que todos los actos se ajusten a derecho. Los medios de impugnación serán resueltos por el organismo electoral y por un tribunal que podrá funcionar en salas regionales y resolver en una sola instancia. Además se propone una integración con magistrados y con jueces instructores independientes y sólo responsables ante la ley.

Las resoluciones del tribunal serán definitivas e inatacables, pero las dictadas en las impugnaciones que se presenten con posterioridad a la jornada electoral sólo podrán ser modificadas por los colegios electorales en circunstancias calificadas. El artículo 60 propuesto, señala en este aspecto, que las resoluciones del tribunal dictadas por unanimidad, requerirán además para poder ser modificadas, de las dos terceras partes de los miembros del colegio.

La reforma propuesta para el artículo 60 constitucional mantiene el principio de autocalificación, pero aclaran en qué consiste, igualmente fija los miembros de los colegios electorales de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores en 100 y 64 presuntos diputados y senadores, respectivamente.

Finalmente señala una serie de reglas para los trabajos de los colegios electorales, cuyas resoluciones serán definitivas e inatacables.

En el artículo 73 fracción VI, base tercera, cuarto párrafo se hace la remisión al artículo 41 para lo referente a la organización y contencioso electorales de las elecciones de los representantes a la Asamblea del Distrito Federal.

III. Derechos políticos y responsabilidades:

La misma iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, propone la reforma al artículo 5o. constitucional, de manera que sea la ley la que establezca cuáles de las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito.

IV. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados:

La iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, propone reformas a los artículos 53 y 54 constitucionales.

El artículo 53 se modifica en su parte final para que en ningún caso la representación de un estado pueda ser menor de tres diputados de mayoría, en congruencia con la reforma propuesta para la integración de la Cámara de Senadores.

La reforma propuesta al artículo 54 constitucional establece como aspectos relevantes:

a) Para obtener el registro de sus listas regionales en la elección de diputados según el principio de representación proporcional, el partido político deberá acreditar que participa con candidatos de mayoría relativa en por lo menos 200 distritos uninominales;

b) Se mantiene el 1.5% del total de la votación para que un partido político tenga derecho a que le sean atribuidos diputados;

c) Cumplidas las reglas anteriores, a los partidos políticos les serán asignados el número de diputados de representación proporcional de su lista regional que les corresponda, en virtud del porcentaje de su votación en cada circunscripción plurinominal y de acuerdo a la fórmula de asignación que se establezca;

d) Ningún partido político puede tener más de 350 diputados mediante ambos principios, y

e) Si ningún partido obtiene más de la mitad de los miembros por ambos principios, a aquél que haya obtenido mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el 35% de la votación, se le asignarán diputados de representación proporcional hasta que alcance la mayoría.

El artículo transitorio tercero de la iniciativa, recoge lo señalado en el artículo vigente decimoséptimo transitorio de la Constitución; cuya derogación se propone en la misma iniciativa; manteniendo la duración del cargo de los diputados electos para la LIV Legislatura hasta el 31 de octubre de 1991.

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, por la cual se proponen reformas a los artículos 56, 57, 58 y 63 y fracción IV del 77 constitucionales.

La reforma al artículo 56 propone la integración de la Cámara de Senadores por 96 miembros electos según el principio de mayoría relativa, tres por cada entidad federativa y 32 miembros electos según el principio de representación proporcional. Esta última elección se haría según las reglas y bases siguientes:

a) Para participar en esta elección, los partidos políticos deberán acreditar que participan con candidatos a senadores de mayoría relativa en por lo menos 21 entidades federativas;

b) Para que le sean atribuidos senadores por este principio, el partido político deberá obtener por lo menos el 1.5% de la votación emitida para todas las listas nacionales;

c) Cumplidos los dos supuestos anteriores, le serán atribuidos a los partidos los senadores por este sistema según el porcentaje de votos obtenidos en la circunscripción plurinominal, y

d) En el otorgamiento de las constancias de asignación se observará que ningún partido político cuente con mas de 100 senadores electos por ambos principios; y que si ningún partido obtiene la mitad más uno de los miembros de la Cámara por ambos principios, a aquél que haya obtenido el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el 35% de la votación nacional, se le asigne senadores de representación proporcional hasta obtener dicha mayoría.

La reforma al artículo 57 propone la renovación de la Cámara de Senadores en su totalidad cada seis años; y al artículo 58 se le adiciona un segundo párrafo para fijar el requisito de residencia en el país para ser postulado como candidato a senador por el principio de representación proporcional.

La iniciativa propone la reforma al artículo 63 de la Constitución para que ambas cámaras puedan abrir sus sesiones y ejercer su cargo con la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros. Igualmente, atento al principio de congruencia, la fracción IV del artículo 77 se modifica para señalar la forma de cubrir las vacantes de los miembros electos por representación proporcional en ambas cámaras.

El artículo segundo de la iniciativa propone la derogación de los artículos transitorios decimoséptimo, decimoctavo y decimonoveno de la Constitución.

Finalmente, la iniciativa propone en los artículos segundo y cuarto transitorios, las fechas de entrada en vigor de las reformas relativas a la Cámara de Senadores y las reglas para la integración del Colegio Electoral para la elección de 1991.

VI. Partidos políticos:

No se propone nada en la iniciativa.

VII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac:

Iniciativa del 14 de agosto de 1989, por la que se propone la reforma y adición al tercer párrafo de la base tercera de la fracción VI del artículo 73 constitucional, para hacer las remisiones adecuadas para la elección de representantes a la Asamblea del Distrito Federal y fijar las reglas para el otorgamiento de las constancias de asignación.

Partido Auténtico de la Revolución Mexicana

Iniciativa sobre la integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores, presentada el 14 de agosto de 1989, que reforma y adiciona el artículo 56 de la Constitución, propone que:

a) La Cámara de Senadores se integre por dos miembros electos por mayoría relativa y uno de representación proporcional en cada entidad federativa;

b) La Cámara de Senadores se renueve en su totalidad cada tres años;

c) Ningún partido político tenga más de siete senadores por representación proporcional, y

d) La asignación de senadores por representación proporcional se haga en los términos que establezca la ley.

De igual manera, por acuerdo de la comisión que suscribe el presente dictamen, el contenido de la iniciativa presentada por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana el 30 de agosto de 1989, fue analizado en el seno de la subcomisión con el carácter de propuestas alternas y de enmiendas de los artículos de otras iniciativas.

Partido Popular Socialista

I. Organismos electorales:

No presentó iniciativa.

II. Calificación y contencioso electoral:

No presentó texto sobre este tema en la iniciativa.

III. Derechos políticos y responsabilidades:

Iniciativa presentada el 27 de septiembre de 1988, para reformar el artículo 69 de la Constitución en el sentido de que el Presidente de la República al rendir por escrito su informe en la apertura de sesiones del Congreso, conteste verbalmente las preguntas que en el mismo acto le formulen los miembros del Congreso de la Unión.

VI. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, que adiciona el artículo 51.

Iniciativa presentada el día 14 de agosto de 1989, que propone que se derogue el artículo 56 constitucional, y la modificación a la fracción III, del párrafo 40 inciso c, del artículo 115 constitucional para que diga: " Los diputados a las legislaturas de los estados podrán ser reelectos para el período inmediato".

En la misma iniciativa se propone la reforma al artículo 50 para que el Poder Legislativo se deposite en una sola Cámara, la de Diputados.

Otra iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, en la que se proponen reformas a los artículos 52, 53, 54, 55, 60 y 115 constitucionales.

a) La reforma propuesta al artículo 52 señala que la Cámara de Diputados se integre por 500 miembros electos por el principio de representación proporcional;

b) La reforma al artículo 53 es para que exista una sola circunscripción plurinominal, y

c) La reforma al artículo 54 establece las reglas para la elección señalando que a todo partido que obtenga el 1.5 % de la votación le serán asignados el número de diputados que corresponda a su porcentaje de votos válidos obtenidos.

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, por la que se propone la derogación del artículo 56 y todos los relativos al Senado.

VI. Partidos políticos:

No presentó iniciativas.

VII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac:

Iniciativa presentada el 28 de diciembre de 1988, para reformar los artículos 43 y 44 constitucionales con el objeto de crear el Estado de Anáhuac en el que residirían los Poderes de la Unión.

La misma iniciativa propone la derogación de la fracción VI del artículo 73 y la fracción XVII del artículo 89 ambos de la Constitución y todas las menciones y referencias al Distrito Federal y sus funcionarios en los artículos constitucionales.

Igualmente, la misma iniciativa incluye 12 artículos transitorios para la reforma propuesta.

Partido Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional

I. Organismos electorales:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para reformar el artículo 60 constitucional. Señala que la preparación y vigilancia de los procesos electorales compete a los ciudadanos, partidos políticos y gobierno mediante los organismos y procesos que marque la ley.

II. Calificación y contencioso electoral:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que reforma el artículo 60 constitucional, proponiendo que sea el Tribunal Federal Electoral, quien califique las elecciones de diputados y senadores y el que tendrá a su cargo la vigilancia de los procesos electorales; igualmente, prevé la existencia de medios de impugnación para garantizar que los actos de los organismo se ajusten a la ley.

III. Derechos políticos y responsabilidades:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que propone las siguientes reformas y adiciones en este tema:

a) Reforma el segundo párrafo del artículo 9o. constitucional en relación a la ilegalidad de asambleas, reuniones o manifestaciones;

b) Reforma al texto del artículo 34 constitucional para considerar ciudadanos a los mexicanos que hayan cumplido 16 años;

c) Reforma al párrafo segundo del artículo 41 y adición de dos párrafos al mismo, para definir a los partidos y asociaciones políticas, como agrupaciones autónomas del poder público, prohibir cualquier intervención en sus asuntos internos, y regular sus derechos. Igualmente, propone la posibilidad de que se postulen candidatos independientes;

d) Reformas a las fracciones I y II y adición de una IV al artículo 71 constitucional, para que la primera fracción se refiera a los diputados y senadores y la segunda al presidente. La fracción IV otorga la facultad de iniciar leyes a los ciudadanos, y

e) Reformas a las fracciones III, IV y V y adición de tres párrafos al artículo 55 constitucional:

La reforma a la fracción III establece el requisito de una residencia efectiva de tres años.

La reforma a la fracción IV aumenta de 90 días a un año el requisito de no estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o en la gendarmería rural en el distrito en donde se haga la elección.

La reforma a la fracción V es para aumentar de 90 días a un año el requisito de elegibilidad consistente en no ser secretario o subsecretario de Estado ni magistrado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los párrafos que se adicionan se refieren respectivamente a que los gobernadores de los estados no puedan ser electos diputados en las entidades de sus jurisdicciones durante el período de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos; que los secretarios de gobierno de los estados, los magistrados y jueces federales o del estado no puedan ser electos diputados si no se separan definitivamente de sus cargos un año antes de la elección; y que todo miembro de la Cámara de Diputados o de Senadores que sea postulado a cualquier cargo de elección popular deberá presentar previamente su renuncia como miembro de la Cámara de su procedencia;

f) Adición de un artículo 75 - bis constitucional, para establecer la iniciativa popular respecto a las materias que son competencia de la Cámara de Diputados;

g) Reforma al artículo 81 constitucional relativo a la elección del presidente. Establece que para ser electo se requiere la mitad más uno de los votos válidos, y en caso necesario, recurrir a una segunda ronda electoral entre los dos candidatos que hubieren obtenido el mayor número de votos;

h) Reforma a las fracciones III y IV del artículo 82 constitucional exigiendo residencia de seis años anteriores al día de la elección para ser candidato a la Presidencia; haber sido candidato a un puesto de elección popular, y no estar en servicio activo en el ejército por lo menos un año antes de la elección;

i) Reforma a los artículos 108, 110 y 111 constitucionales para establecer supuestos en que el Presidente de la República puede ser acusado durante su encargo; para que sea sujeto de juicio político, y para poder proceder penalmente en contra del Presidente de la República, y

j) Reformas al artículo 135 constitucional para que las adiciones o reformas a la Constitución se sometan a referendum.

IV. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, que propone reformas a los artículos 52, 53, 54 y 89 fracción II constitucionales para:

a) Que la Cámara de Diputados se integre con 500 miembros electos por el principio de

representación proporcional, mediante sistema de lista única votada en secciones electorales;

b) Las demarcaciones de las sesiones electorales se harán con los datos de población actualizados;

c) La elección se sujeta a que los partidos políticos acrediten que participan con, por lo menos la mitad más uno de candidatos; la lista de candidatos debe representar por lo menos las dos terceras partes de las entidades federativas. Al partido que cumpla con ello, le son asignados el número de diputados que correspondan al porcentaje de su votación, y

d) La fracción II del artículo 89 se modifica para someter a la aprobación de la Cámara de Diputados los nombramientos de los secretarios de despacho y del Procurador General de la República.

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989, para reformar el artículo 56 constitucional, para que la Cámara de Senadores se integre por tres miembros por cada estado, electos según el principio de representación proporcional.

La misma iniciativa propone:

a) La adición de un párrafo al artículo 65 constitucional, para que las iniciativas que emanen del Poder Legislativos tengan prioridad, frente a las de los otros poderes;

b) La derogación del segundo párrafo del artículo 66 constitucional, y

c) Reforma al artículo 69 constitucional, estableciendo la obligación de que el Presidente envíe con 15 días de anticipación el informe que rendirá y las fracciones parlamentarias puedan debatir y exponer sus opiniones en el acto del informe.

VI. Partidos políticos.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para modificar el segundo párrafo y adicionar un párrafo al artículo 41 constitucional, en la cual se define, en el segundo párrafo, a los partidos políticos como asociaciones libres y voluntarias de individuos y como agrupaciones autónomas del poder público. Se establece la prohibición para los poderes federales y de las entidades federativas de intervenir en la vida interna de las organizaciones políticas; propone también el derecho de los partidos políticos de revocar a sus representantes; incluye la prohibición a los organismos políticos de hacer uso indebido de los recursos públicos, así como forzar la participación partidaria de la ciudadanía, y el impedimento para los gobiernos federales y estatales de conceder trato preferencial a los organismos políticos.

VII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para reformar los artículos 43 y 44 y derogar las fracciones VI del 73 y XVII del 89.

Las reformas a los artículos 43 y 44 se refieren a la creación del Estado de Anáhuac.

Partido de la Revolución Democrática

I. Organismos electorales:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 por la que se adiciona tres párrafos al artículo 41 constitucional, para establecer el Consejo Federal Electoral, que haría la declaratoria de los ciudadanos electos y que se integraría por el número de ciudadanos que señale la ley, elegidos por la Cámara de Diputados, por voto de las dos terceras partes de sus miembros; para otorgar el control de la legalidad al Tribunal Federal Electoral, el cual resolvería en forma definitiva e inacatable; y finalmente, para establecer que los estados instauren un organismo y tribunal similares.

La misma iniciativa propone derogar el artículo 60 constitucional.

II. Calificación y contencioso electoral:

Iniciativa del Partido Mexicano Socialista presentada el 8 de diciembre de 1988 para reformar el tercer párrafo del artículo 60 constitucional, sobre la integración del Colegio Electoral de la Cámara de Senadores, proponiendo que se forme con los presuntos senadores que hubieren obtenido la declaratoria de la legislatura de cada estado, como con los senadores de la anterior legislatura que seguirán en su cargo.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para derogar el párrafo segundo del artículo 56, el artículo 60, la fracción I del 74 y el tercer párrafo del artículo 97; y para adicionar el artículo 41 para que corresponda al Consejo Federal Electoral la calificación y al Tribunal Federal Electoral el control de la legalidad de los procesos electorales.

III. Derechos políticos y responsabilidades:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que adiciona el artículo 41 constitucional. Señala que

los procesos electorales serán públicos y que la ley garantizará la objetividad e imparcialidad de los medios informativos; así como para prohibir tratos preferenciales por los órganos del poder público respecto de ningún partido político y el uso directo o indirecto de recursos públicos en apoyo de algún partido al margen de las prerrogativas legales.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que reforma la fracción I del artículo 34 constitucional, reduciendo la edad ciudadana de 18 a 16 años.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que reforma la fracción III del artículo 35 constitucional para considerar el ejercicio del derecho de asociación en materia política individual e intransferible.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para adicionar la fracción III del artículo 36 constitucional, para que los ciudadanos mexicanos que residan en el extranjero puedan votar.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 por la que se adiciona una fracción VIII al artículo 82 constitucional, para establecer como requisitos para ser Presidente haber sido electo y cumplido una función de elección popular.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 por la que se adicionan el primer párrafo del artículo 108 y el primer párrafo del 110 constitucionales para incluir a los miembros del Consejo Federal Electoral y a los magistrados del Tribunal Federal Electoral como sujetos de juicio político.

Iniciativa presentada por el Partido Mexicano Socialista el 8 de diciembre de 1988 para modificar la fracción XIV del artículo 89 constitucional, con el siguiente texto: "Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales".

IV. Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 que reforma los artículos 52, 53 y 54 constitucionales, proponiendo:

a) Que la Cámara de Diputados se integre por 250 diputados electos por mayoría relativa y 250 por representación proporcional;

b) Que la distribución de los 250 distritos electorales se haga teniendo en cuenta el registro de electores, y

c) Fijar las bases para la elección de representación proporcional.

V. Integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores:

Iniciativa presentada por el Partido Mexicano Socialista el 8 de diciembre de 1988 para derogar el segundo párrafo del artículo 56 constitucional.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para reformar los artículo 56 y 57 constitucionales y que propone:

a) Que la Cámara de Senadores se integre por cuatro senadores por cada entidad, electos cada seis años, y

b) Que la elección de los 128 senadores se realice según el principio de representación proporcional.

La misma iniciativa propone la adición del artículo vigésimo transitorio de la Constitución para que en la LV Legislatura se elijan tres senadores por cada estado y cuatro para el Distrito Federal.

La misma iniciativa propone reformas a los artículos 65, 66 y 69 constitucionales para:

a) Hacer un solo período de sesiones del Congreso, del 1º. de noviembre al 31 de julio;

b) Que las mesas directivas duren en su cargo un año, y

c) Suprimir la referencia en el artículo 69 al "primer periodo".

VI. Partidos políticos:

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para adicionar un párrafo al artículo 41 en que se prohiba dar trato preferencial o discriminatorio a partido político alguno; y se prohiba el uso de recursos públicos para apoyo de algún partido al margen de las prerrogativas legales.

Iniciativa presentada el 14 de agosto de 1989 para reformar la fracción XVI del artículo 123 de manera que se prohiba que las organizaciones obreras puedan intervenir en las funciones electorales o afiliarse a partidos políticos.

VII. Distrito Federal o Estado de Anáhuac:

Iniciativa presentada por el Partido Mexicano Socialista el 8 de diciembre de 1988 para reformar los artículos 43, 44 y 74 fracción IV y 89 fracción II, asimismo para derogar las fracciones VI

del artículo 73 y XVII del 89; además propone 12 artículos transitorios, que complementan la propuesta para la creación del Estado de Anáhuac.

En virtud de los antecedentes expuestos, la comisión formula el presente dictamen con base en las siguientes

4. Deliberaciones y discusiones

Esta Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales emprendió el análisis y la deliberación de las propuestas de reforma contenidas en las iniciativas conforme al agrupamiento por temas que en su oportunidad se aprobó Para tal efecto, se creó una subcomisión que, una vez que realizara sus deliberaciones, tendría a su cargo la preparación del anteproyecto de dictamen .

La subcomisión se organizó en dos secciones de trabajo para el examen inicial de las propuestas, de acuerdo con los temas que a cada una le fueron asignados. La deliberación general correspondió realizarla al pleno de la propia subcomisión, hasta agotar la totalidad del temario.

Esta asamblea ha sido informada oportunamente del desarrollo de los trabajos de esta comisión en las sesiones plenarias llevadas a cabo los días 4, 21 y 28 del mes de septiembre. Ha quedado constancia de la asiduidad y del rigor con que se ha procedido en el análisis y en la discusión, así como de los puntos en que han existido aproximaciones y de aquéllos en los que prevalecen discrepancias y posiciones variadas.

En el primero de los informes citados, se señalo que se había celebrado una sesión previa al período extraordinario, el día 25 de agosto, con el propósito de hacer una evaluación general de las circunstancias en que habrían de desarrollarse los trabajos. Entre el 30 de agosto y el 3 de septiembre se celebraron cuatro sesiones con la presencia de la casi totalidad de sus miembros, pertenecientes a los diversos grupos parlamentarios de la Cámara.

Los temas de trabajo asignados a cada una de las secciones fueron los siguientes: A la primera sección le quedaron asignados los de organismos electorales, calificación y contencioso electoral, y derechos políticos y responsabilidades; encargándose los restantes cuatro temas a la segunda sección. En el lapso comprendido del 13 al 19 del mes de septiembre, las secciones celebraron reuniones por separado los días 13, 14, 18 y 19 por las mañanas, mientras que la subcomisión en pleno se reunió durante las tardes los días 13, 14 y 18.

En el informe del 28 de septiembre, se comunicó a la asamblea que la subcomisión había sesionado el 22 de septiembre por la tarde y que los días 25 y 27 se celebraron dos reuniones cada día, una en la mañana y otra por la tarde.

Tomando como base los trabajos de las secciones, en el pleno de la subcomisión se deliberó conforme a un procedimiento en el que inicialmente se dio lectura a las minutas de los trabajos de las respectivas secciones para pasar después a las intervenciones de los diputados, los que expusieron y desarrollaron los fundamentos de sus respectivas propuestas para finalizar con la deliberación general sobre cada uno de los puntos.

El día 29 de septiembre, la subcomisión se ocupó del análisis de las propuestas y enmiendas alternas que durante las sesiones previas presentaron conjunta o separadamente los distintos grupos parlamentarios.

Finalmente, en la misma sesión del 29 de septiembre, la subcomisión aprobó la integración de un grupo de trabajo para la redacción del proyecto de dictamen conforme a las instrucciones que fueron aprobadas en la misma.

En el desarrollo de sus trabajos esta comisión ha mantenido la premisa de la necesidad e importancia de una reforma constitucional que permita responder a los requerimientos de la realidad política presente y que establezca las nuevas reglas de la democracia mexicana. Las iniciativas presentadas por los legisladores de partidos políticos que forman parte del objeto del presente período extraordinario de sesiones, tienen ese propósito. Sin embargo, las diversas propuestas plantean instituciones, reglas y mecanismos con enfoques que en algunos casos se aproximan pero que en otros divergen.

Para que esta comisión esté en posibilidad de formular un texto normativo de reformas, ha sido necesario realizar una selección a fin de circunscribir aquellos temas que se consideren viables para lograr el acuerdo que permita obtener la mayoría calificada que prevé la Constitución.

Esta valoración consideró la dirección lógica de la reforma que se estimó como posible, dado el sentido que fueron cobrando las deliberaciones en la subcomisión, el discernimiento que hicieron los diputados miembros de la misma sobre las iniciativas originales, así como las posteriores propuestas, alternativas y enmiendas que se formularon durante el debate y búsqueda de coincidencias.

Para formular el presente dictamen, la comisión adoptó decisiones para escoger, de entre la amplia

gama de alternativas de propuestas, aquellas que fueran válidas para conformar un proyecto de decreto, que se considera satisface, en el momento presente de la vida del país, los reclamos para el mejoramiento de las instituciones y los procedimientos democráticos.

El no haber incluido determinadas propuestas no implica su rechazo ni su exclusión definitiva. Algunas de ellas constituyen planteamientos importantes que, sin duda, seguirán alentando el debate futuro respecto de la democracia mexicana. Sin embargo, las circunstancias en que se realizó este proceso de reformas no propiciaron al análisis en detalle de ciertas alternativas ni se pudo contar, respecto de otras, con la adecuada información para poder dictaminar su viabilidad. Esta comisión consideró pertinente no formular sobre ellas pronunciamiento alguno para dejar a momentos futuros el análisis y dictamen de las mismas.

Existe otro tipo de proposiciones que fueron desestimadas, sin que implique un desconocimiento de los valores que eventualmente representen; la comisión resolvió su improcedencia.

Se estimó pertinente, para los efectos del presente dictamen, no formular juicios respecto del total de las iniciativas y de su contenido, sólo se mencionarán algunas de ellas.

La introducción de los mecanismos de la democracia directa como el referendum, el plebiscito y la revocación, tal como lo proponen las iniciativas de reformas a los artículos 115, 116 y 135, que aluden a un marco más amplio de la democracia política, son estimadas como de gran importancia; sin embargo, se requiere un examen más prolongado que permita considerar la oportunidad de la inserción de estas instituciones en nuestra vida política y las fórmulas que posibiliten su implantación a fin de lograr una mejor y más amplia participación ciudadana.

Por lo que respecta a la integración y funcionamiento de la Cámara de Senadores, según reformas propuestas a los artículos 56, 57 y 58 encaminadas a propiciar el pluripartidismo en la composición de dicha Cámara, las deliberaciones se centraron en los diversos sistemas que podrían adoptarse, unos de índole mixta con senadores de mayoría y de minoría, otros con la totalidad de los miembros de la Cámara conforme a la representación proporcional, y un tercero con senadores de mayoría relativa y de representación proporcional con arreglo a determinadas bases de asignación. Se debatió, asimismo, sobre la renovación parcial o total de la Cámara y la duración del cargo de senador de la República. Esta comisión considera que por la trascendencia de este tema y las implicaciones de diversa índole que pueden significar para la vida republicana de nuestro país, debe ser objeto de mayor maduración y análisis para ser abordado en otra oportunidad.

Por cuanto a las reformas relativas a los artículos 43, 44, 73 fracción VI, 89 fracción XXVII, 104 fracción I y 134, que plantean la erección del Estado de Anáhuac en el territorio que actualmente ocupa el Distrito Federal, esta comisión estima que se trata de un tema complejo, que ha sido objeto de grandes debates desde la fundación de la República en 1824, por sus implicaciones políticas, económicas y sociales. Por una parte, se trata del propósito de establecer un nuevo estado de la Federación en una zona regida por un orden jurídico - político particular en tanto sede de los poderes federales y, por la otra, de propuestas relativas a la participación de los ciudadanos de dicha entidad, así como de la configuración de instituciones que permitan, a la vez, fortalecer el principio democrático y propiciar la eficacia del gobierno, que haga posible la solución de los problemas del más importante centro político y económico del país.

La comisión estima este asunto de tal magnitud, que considera que los planteamientos relativos deben tratarse en forma independiente y no en el actual período, en que se están tratando otros temas por igual importantes para la democracia mexicana. Por tal motivo, no ha lugar a desechar las iniciativas presentadas sobre esta materia, sino a reservar su examen y discusión para un momento posterior.

El desarrollo de las deliberaciones sostenidas en el seno de la subcomisión llevaron a precisar los aspectos básicos para una reforma electoral centrados en los siguientes temas: Organismos electorales, calificación y contencioso electoral; integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados.

a) Organismos electorales. Este tema se refiere a la propuesta de adiciones al artículo 41 y hace referencia, también al artículo 5o.

Las deliberaciones sustentadas en el seno de esta comisión permitieron establecer 11 puntos de coincidencia entre los diputados de los diversos partidos. Estos puntos son los siguientes:

1) En el artículo 41 deben contenerse las bases normativas que regirán los organismos y funciones electorales;

2) El proceso electoral es una función estatal y pública;

3) Los responsables de la organización y vigilancia del proceso electoral son los órganos del Estado con la intervención de los partidos políticos y de los ciudadanos en los términos que precise la ley;

4) El organismo de este proceso debe ser de carácter público;

5) Dotado de autoridad;

6) Debe ser un organismo profesional;

7) Autónomo en sus decisiones;

8) Los principios rectores de los procesos electorales deben incluir la certeza, la imparcialidad y la objetividad, así como la publicidad de las sesiones de los organismos con las salvedades que señale la ley;

9) La integración del organismo será con personal profesional y calificado;

10) Las funciones electorales deberán ser remuneradas, salvo en los casos y niveles que señale la ley, y

11) Debe encontrarse un sistema confiable que proporcione un padrón electoral cierto.

Deben destacarse los puntos divergentes en este tema, fundamental para todos, a efecto de lograr una cabal reforma electoral. La discusión se centró en lo relativo a las condiciones necesarias para asegurar la imparcialidad en la toma de decisiones de los órganos electorales. Al respecto, una línea de argumentación se basó en el número de integrantes de los órganos y la forma de su designación como requisito de imparcialidad. Otra línea diferente planteó el imperativo de la certeza en la conformación de los órganos electorales y que para asegurar imparcialidad debe consagrarse dicho principio en la Ley Suprema como requisito fundamental para el desarrollo de la función electoral, así como establecerse y propiciarse la profesionalización de los órganos electorales. También como garantía de imparcialidad fue planteada la creación de nuevas figuras para conformar los órganos electorales, sujetos a requisitos expresos y estrictos de probidad, experiencia y conocimientos, así como la reducción en la ley de los márgenes de discrecionalidad de los órganos electorales y el estímulo a la participación ciudadana en las casillas electorales.

Se argumentó sobre el particular que la fórmula para la composición del órgano colegiado superior del organismo electoral debía concebirse de manera tal que asegurara un equilibrio adecuado en el ejercicio de la función electoral y esté en posibilidad de cumplir con los principios de certeza, imparcialidad y objetividad.

Respecto de los partidos políticos estuvo presente el enunciado vigente en el propio artículo 41 constitucional, en el segundo párrafo, en el sentido de que su participación en el proceso electoral será determinada por la ley, reconociéndose la necesidad de regular, en la misma, diversos aspectos, entre ellos, lo relativo al financiamiento destinado por el Estado a estas entidades de interés público.

También se valoró la presencia de los representantes de los partidos en el organismo electoral como contribuyentes a la legalidad electoral y a la autenticidad y respeto del sufragio, pero sin desconocer que su función fundamental estará en la defensa de los derechos e intereses de sus respectivas organizaciones. Lejos de considerar que actuarían con espíritu faccioso, se reconoce la validez de las razones que deben llevarlos, por necesidad, a expresar la voz del las fuerzas políticas que representan.

Se alegó como elemento fundamental que debe introducirse a la organización electoral, como principio rector, el profesionalismo. Se reconoció que nuestra evolución electoral no había generado las condiciones para propiciar que el desempeño de esta funciones se hicieran con la debida especialización, ineludible para la ejecución de las diversas actividades y operaciones electorales, pues había dominado la improvisación de los cuadros electorales y la no existencia de un cuadro permanente de funcionarios profesionales de la materia electoral.

Por eso se concluyó que las instancias ejecutivas y técnicas de los organismos deben estar a cargo de personal calificado para propiciar un servicio electoral imparcial, considerándose que ello otorga una nueva configuración a la organización electoral, distinta a la que había prevalecido.

Las discusiones coincidieron en que el organismo electoral debe agrupar integralmente el ejercicio de las funciones electorales, de manera que las mismas no aparezcan disgregadas en instancias administrativas diversas. Ello generará la coherencia y la unidad indispensables para imprimir a todas las tareas las virtudes que se reconoce debe cumplir la nueva organización electoral. Por eso deben enunciarse en la propuesta, las funciones básicas que tendrá a su cargo el organismo, en forma integral y directa; tanto las relativas al padrón electoral, como a la preparación de la jornada electoral, materiales electorales, cómputo y otorgamiento de constancias, capacitación

electoral y educación cívica, así como las relacionadas con los derechos y prerrogativas de los partidos políticos.

Asimismo, se enfatizó que contribuirá a la transparencia de los procesos electorales, el incluir en la norma constitucional el principio de publicidad para las sesiones de los órganos electorales colegiados.

Esta comisión estima que la deliberación sostenida sobre la organización electoral contiene de manera relevante los lineamientos que responden a las demandas de la realidad política presente, y los reclamos de imparcialidad en los procesos electorales.

b) Calificación y contencioso electoral. Este tema se encuentra comprendido y desarrollado en los diversos textos de las iniciativas que proponen reformas a los artículos 41 y 60.

En las distintas sesiones celebradas sobre el particular, se pudo llegar a ocho puntos de coincidencias básicas que juntamente con los resultados de las deliberaciones posteriores en el seno de la subcomisión constituyen las bases que se contienen en este dictamen.

Estos puntos son los siguientes:

1) Existencia de un tribunal federal con suficiente competencia y atribuciones;

2) Actuación de dicho tribunal en salas regionales con el concurso de jueces instructores;

3) Resoluciones del tribunal con carácter obligatorio y vinculante;

4) La calificación electoral debe ser jurídico - política;

5) Existencia de medios de impugnación administrativos y jurisdiccionales respecto de los diferentes actos del proceso electoral;

6) Principio de definitividad en las etapas electorales;

7) Imperio del derecho en los procesos electorales, y

8) Dictamen inmediato por el órgano calificador de aquellas constancias que no hubiesen sido impugnadas.

Sin embargo, prevaleció una diferencia fundamental entre quienes argumentan que la calificación debería hacerse por el tribunal y entre quienes sostienen el principio de autocalificación.

La subcomisión pudo concluir en esta cuestión el establecimiento de un sistema de recursos de los que conocerán el organismo electoral y un tribunal, los cuales otorgarán definitividad a las diversas etapas del proceso electoral.

Estrechamente vinculado con lo anterior, esta comisión destaca el tema del tribunal cuyas resoluciones únicamente podrán ser revisadas y, en su caso, modificadas por las dos terceras partes de los miembros de los colegios electorales. Sobre este punto existieron argumentos a favor y frontalmente en contra.

Respecto al tribunal, hubo coincidencias sobre la necesidad de que para su organización y funcionamiento independientemente de los magistrados a quienes corresponderá resolver en forma colegiada, se requería de jueces instructores los cuales tendrían a su cargo, atender las diversas fases previas de la instrucción, recibir y desahogar pruebas, integrar los expedientes y poner los asuntos en estado de resolución para poder cumplir con los fines de una justicia electoral segura y pronta y contribuir al cumplimiento de los apretados términos del proceso electoral, que garantice la continuidad de las instituciones.

De igual manera se estimó que el sistema de recursos y el tribunal serían la garantía de que los actos y resoluciones electorales deberían someterse al principio de legalidad.

Se coincidió, asimismo, que en la hipótesis de prevalecer el sistema de autocalificación, los colegios electorales se integrarán con un menor número de miembros.

c) Integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados. Este tema se encuentra comprendido y desarrollado en los diversos textos de las iniciativas en los artículos 53, 54 y 63 constitucionales.

Durante las prolongadas discusiones sobre este tema, se lograron ciertas convergencias referentes a conservar el número actual de integrantes de la Cámara; fijar en 200 el número mínimo de candidatos de mayoría relativa que deben registrar los partidos políticos para tener derecho a la asignación de diputados por representación proporcional y en lo referente a conservar como requisito de 1.5% de la votación para que un partido político tenga derecho a que le sean atribuidos diputados por representación proporcional.

Si bien es cierto que de la deliberación surgieron las mencionadas convergencias, también de ellas se desprenden discrepancias que se refieren a otros elementos del sistema electoral.

En este orden de ideas, cabe referirse a la propuesta de que el total de los integrantes de esta Cámara sea electo por el principio de representación proporcional.

Sobre esta propuesta, se tuvo en cuenta que históricamente el sistema conocido y aplicable fue el de mayoría relativa; y que fue a partir de 1963 que se introdujo el sistema de diputados de partido, según fórmula acertadamente calificada como aportación mexicana a los sistemas electorales del mundo; que después en 1977 se fomentó el pluralismo a fin de favorecer la incorporación de los partidos minoritarios a la contienda electoral y se aprobó un sistema de 300 diputados de mayoría relativa y hasta 100 diputados de representación proporcional; y que en 1986 se modificó el sistema ampliando a 200 el número de los diputados de representación proporcional, pero manteniendo el carácter de dominante mayoritario del sistema.

Asimismo, durante las deliberaciones se valoraron los argumentos expuestos sobre los problemas de la sub y sobrerepresentación, sobre lo cual también se manifestaron puntos de vista encontrados al examinar el sistema electoral mixto para integrar la Cámara, que permite igualdad de oportunidades para todos los partidos políticos en los dos principios.

En la deliberación se consideró el tema de los llamados candados o límites en cuanto al número superior o inferior de curules obtenidos en la elección y se expresaron pronunciamientos para suprimirlos, variarlos o para mantenerlos.

Por otra parte, se deliberó hasta el detalle sobre la llamada cláusula de gobernabilidad, aspecto sobre el cual, si bien se coincidió en la necesidad de establecer una cláusula de esta naturaleza, surgieron también posiciones diferentes.

A partir del día 11 hasta el 14 de octubre se llevaron a cabo reuniones entre los coordinadores de los grupos parlamentarios para intercambiar puntos de vista y posibles estrategias que permitieran mayores acercamientos. En su desarrollo se hizo un análisis general de las cuestiones pendientes y se presentaron propuestas alternas que propiciaron un enfoque diverso sobre determinados puntos y alentaron mayores coincidencias en temas sobre los que había prevalecido el desacuerdo.

Como resultado del análisis detallado de las iniciativas, de las modificaciones y de las diversas propuestas alternativas, así como de las deliberaciones y debates en torno a los mismos, esta comisión posee los elementos para proponer a esa asamblea un texto de reformas a la Constitución General de la República, al tenor de los siguientes

CONSIDERANDOS

Que para propiciar el avance democrático del país resulta conveniente reformar las normas relativas al régimen electoral federal y la integración y composición de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, previstas en la Constitución General de la República.

Que es necesario sustentar nuevas bases para el ejercicio de la función estatal electoral, ya sea en forma directa por los poderes Legislativo y Ejecutivo o a través de un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propios, debiendo dicha función estatal estar regida por los principios de certeza, imparcialidad, objetividad y profesionalismo.

Que, en su caso, el órgano superior de dirección del organismo deberá estar integrado por consejeros de los poderes Legislativos y Ejecutivo y por consejeros magistrados que por sus características aportarán un mayor grado de imparcialidad a los procesos electorales, así como por representantes de los partidos políticos.

Que para el logro de los principios rectores de la función estatal es necesario que el organismo cuente, en su caso, con el personal calificado para prestar el servicio electoral profesional.

Que es necesario que exista unidad y coherencia en el desarrollo de las actividades y operaciones electorales, por lo que resulta indispensable que el organismo público agrupe para su desempeño, en forma integral y directa, las diversas funciones electorales.

Que para lograr la mayor transparencia en los procesos electorales, las sesiones de los órganos colegiados electorales deben ser públicas.

Que es conveniente, conforme a lo que la ley determine, establecer un sistema de medios de impugnación, que tendrá por objeto garantizar que los actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente al principio de legalidad.

Que es necesario el establecimiento de un tribunal electoral que, para los efectos de una justicia inmediata y expedita, pueda funcionar en salas regionales y resolver en una sola instancia y cuyas resoluciones tengan el carácter de definitivas, salvo en los supuestos de los artículos 60 y 74, en que podrán ser modificadas por el colegio electoral respectivo.

Que resulta necesario conservar el principio de autocalificación, pero estableciendo reglas a las cuáles habrán de sujetarse los colegios electorales en el desempeño de sus funciones e integrando el Colegio Electoral de la Cámara de Diputados con un número representativo del total de los presuntos diputados.

Que para garantizar la integración oportuna y el cumplimiento responsable de sus atribuciones, así como la participación de la Cámara de Diputados, en la confirmación del órgano superior de dirección del organismo electoral y del tribunal electoral, conviene que, a propuesta del Ejecutivo, esta Cámara, por mayoría calificada elija a los integrantes de ambos cuerpos colegiados. Si en una primera votación no se logra esa mayoría, se procederá a la insaculación para determinar quiénes, de entre los propuestos, ocuparán esos cargos. Siempre los que resulten electos cumplirán los requisitos que la ley señale, nunca menores a los que se exigen para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Que teniendo en cuenta que no hubo consenso respecto a los planteamientos, a fin de introducir para la Cámara de Diputados la representación proporcional total, ni sobre los sistemas mixtos, particularmente, el que establecía la igualdad de condiciones de todos los partidos para participar bajo el principio de mayoría, como en el de representación proporcional, se ha optado por un procedimiento graduado que propicia mayor equidad en la asignación de curules, en pro de la efectividad en el ejercicio de las funciones de la Cámara.

Que resulta apropiado para la asamblea de Representantes del Distrito Federal regular de manera específica las normas para asignación de representantes y para la integración de su respectivo colegio electoral.

Por lo anterior y con fundamento en las anteriores consideraciones, la comisión que subscribe somete a la consideración de esta asamblea, el siguiente

DECRETO

Artículo primero. Se reforman y adicionan los artículos 5o., 35 fracción III, 36 fracción I, 41, 54, 60 y 73 fracción VI, base tercera de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 5o......................

La Ley...............................

Nadie podrá..........................

En cuanto a los servicios públicos, sólo podrán ser obligatorios, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el de las armas y los jurados, así como el desempeño de los cargos concejiles y los de elección popular, directa o indirecta. Las funciones electorales y censales tendrán carácter obligatorio y gratuito, pero serán retribuidas aquéllas que se realicen profesionalmente en los términos de esta Constitución y las leyes correspondientes. Los servicios profesionales de índole social serán obligatorios y retribuidos en los términos de la ley y con las excepciones que ésta señale.

El Estado............................

Tampoco..............................

El contrato..........................

La falta.............................

Artículo 35.........................

II...................................

III. Asociarse libre y pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país.

IV a V...............................

Artículo 36.........................

I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.

La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana, son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley;

II. a V..............................

Artículo 41.........................

Los partidos.........................

Los partidos.........................

Los partidos.........................

En los procesos......................

Los partidos.........................

La organización de las elecciones federales es una función estatal que se ejerce por los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, con la participación de los partidos políticos nacionales y de los ciudadanos, según lo disponga la ley. Esta función se realizará a través de un organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. La certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, serán principios rectores en el ejercicio de esta función estatal.

El organismo público será autoridad en la materia, profesional en su desempeño y autónomo en sus decisiones; contará en su estructura con órganos de dirección, así como órganos ejecutivos y técnicos. De igual manera, contará con órganos de vigilancia que se integrarán mayoritariamente por representantes de los partidos políticos nacionales. El órgano superior de dirección se integrará por consejeros y consejeros magistrados designados por los poderes Legislativo y Ejecutivo y por representantes nombrados por los partidos políticos. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio electoral profesional; los ciudadanos formarán las mesas directivas de casillas.

El organismo público agrupará para su desempeño, en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas al padrón electoral, preparación de la jornada electoral, cómputos y otorgamiento de constancias, capacitación electoral y educación cívica e impresión de materiales electorales. Asimismo, atenderá lo relativo a los derechos y prerrogativas de los partidos políticos. Las sesiones de todos los órganos colegiados electorales serán públicas en los términos que disponga la ley.

La ley establecerá un sistema de medios de impugnación de los que conocerán el organismo público y un tribunal autónomo, que será órgano jurisdiccional en materia electoral. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará que los actos y resoluciones electorales, se sujeten invariablemente al principio de legalidad.

El tribunal electoral tendrá la competencia y organización que determine la ley; funcionará en pleno o salas regionales, resolverá en una sola instancia y sus sesiones serán públicas. Los poderes Legislativo y Ejecutivo garantizarán su debida integración. Contra sus resoluciones no procederá juicio ni recurso alguno, pero aquéllas que se dicten con posterioridad a la jornada electoral, sólo podrán ser revisadas y en sus caso modificadas por los colegios electorales en los términos de los artículos 60 y 74, fracción I, de esta Constitución. Para el ejercicio de sus funciones, contará con cuerpos de magistrados y jueces instructores, los cuales serán independientes y responderán sólo al mandato de la ley.

Los consejeros magistrados y los magistrados del tribunal deberán satisfacer los requisitos que señale la ley, que no podrán ser menores a los que señala esta Constitución para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Serán electos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, de entre los propuestos por el Ejecutivo Federal. Si dicha mayoría no se lograra en la primera votación, se procederá a insacular de los candidatos propuestos, el número que corresponda de consejeros magistrados y magistrados del tribunal. La ley señalará las reglas y el procedimiento correspondientes.

Artículo 54. La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujetará a las siguientes bases y reglas y a lo que disponga la ley:

I. Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 200 distritos uninominales.

II. Todo partido político que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional;

III. Al partido político que cumpla con lo dispuesto por las dos bases anteriores, le serán asignados diputados por el principio de representación proporcional. La ley establecerá la fórmula para la asignación. A demás, en la asignación, se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes;

IV. En todo caso, para el otorgamiento de las constancias de asignación, se observarán las siguientes reglas:

a) Ningún partido podrá contar con más de 350 diputados electos mediante ambos principios;

b) Si ningún partido político obtiene por lo menos el 35% de la votación emitida, a

todos los partidos políticos que cumplan con lo dispuesto en las dos bases anteriores, les será otorgada constancia de asignación por el número de diputados que se requiera para que su representación en la Cámara, por ambos principios, corresponda, en su caso, al porcentaje de votos obtenidos;

c) Al partido político que obtenga el mayor número de constancias de mayoría y el 35% de la votación nacional, le será otorgada constancia de asignación de diputados en número suficiente para alcanzar la mayoría absoluta de la Cámara. Se le asignarán también dos diputados de representación proporcional, adicionalmente a la mayoría absoluta, por cada 1% de la votación obtenida por encima del 35% y hasta menos del 60%, en la forma que determine la ley, y

d) El partido político que obtenga entre el 60% y el 70% de la votación nominal, y su número de constancias de mayoría relativa represente un porcentaje del total de la Cámara inferior a su porcentaje de votos, tendrá derecho a participar en la distribución de diputados electos según el principio de representación proporcional hasta que la suma de diputados obtenidos por ambos principios represente el mismo porcentaje de votos.

Artículo 60. Cada Cámara calificará, a través de un colegio electoral, la elegibilidad y la conformidad a la ley de las constancias de mayoría o de asignación proporcional, a fin de declarar, cuando proceda, la validez de la elección de sus miembros.

El Colegio Electoral de la Cámara de Diputados se integrará por 100 presuntos diputados propietarios nombrados por los partidos políticos, en la proporción que les corresponda respecto del total de las constancias otorgadas en la elección de que se trate.

El colegio Electoral de la Cámara de Senadores se integrará, tanto con los presuntos senadores que hubieren obtenido la declaración de la legislatura de cada estado y de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en caso del Distrito Federal, como con los senadores de la anterior legislatura que continuarán en el ejercicio de su encargo.

Las constancias otorgadas a presuntos legisladores cuya elección no haya sido impugnada ante el tribunal, serán dictaminadas y sometidas desde luego a los colegios electorales, para que sean aprobadas en sus términos, salvo que existiesen hechos supervenientes que obliguen a su revisión por el colegio electoral correspondiente.

Las resoluciones del tribunal electoral serán obligatorias y sólo podrán ser modificadas o revocadas por los colegios electorales mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, cuando de su revisión se deduzca que existan violaciones a las reglas en materia de admisión y valoración de pruebas y en la motivación del fallo, o cuando éste sea contrario a derecho.

Las resoluciones de los colegios electorales serán definitivas e inatacables.

Artículo 73.........................

I. a V...............................

VI...................................

Primera y segunda....................

Tercera..............................

Los representantes...................

La elección de los 26 representantes según el principio de representación proporcional y el sistema de listas en una sola circunscripción plurinominal, se sujetará a las siguientes bases y a lo que en lo particular disponga la ley:

a) Un partido político, para obtener el registro de su lista de candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal, deberá acreditar que participa con candidatos por mayoría relativa en todos los distritos uninominales del Distrito Federal;

b) Todo partido político que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida para la lista de la circunscripción plurinominal, tendrá derecho a que le sean atribuidos representantes según el principio de representación proporcional, y

c) El partido político que cumpla con lo dispuesto por los dos incisos anteriores, le serán asignados representantes por el principio de representación proporcional. La ley establecerá la fórmula para la asignación tomando en cuenta las reglas establecidas en el artículo 54 para la Cámara de Diputados. Además, en la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en la lista correspondiente.

En todo caso, para el otorgamiento de las constancias de asignación, se observarán las siguientes reglas:

a) Ningún partido político podrá contar con más de 43 representantes electos mediante ambos principios;

b) Al partido político que obtenga el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el 30% de la votación en el Distrito Federal, le será otorgada la constancia de asignación por el número suficiente de representantes para alcanzar la mayoría absoluta de la asamblea.

Para la organización y contencioso electorales de la elección de los representantes a la Asamblea del Distrito Federal, estará a lo dispuesto por el artículo 41 de esta Constitución. El Colegio Electoral que califique la elección de los representantes a la asamblea del distrito federal, se integrará con los presuntos representantes que hayan obtenido constancias de mayoría o de asignación proporcional en su caso, siendo aplicables las reglas que para la calificación estable el artículo 60 de esta Constitución.

Los representantes....................................

(El resto del artículo queda igual.)

Artículo segundo. Se derogan los artículos transitorios decimoséptimo, decimoctavo y decimonoveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

TRANSITORIOS

Artículo primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. En tanto no se establezca el servicio del Registro Nacional Ciudadano, los ciudadanos deberán inscribirse en los padrones electorales.

Artículo tercero. Los diputados electos a la LIV Legislatura del Congreso de la Unión durarán en sus funciones hasta el 31 de octubre de 1991.

Artículo cuarto. Los senadores electos por tres años a la LIV Legislatura durarán en su cargo hasta el 31 de octubre de 1991. Los senadores electos por seis años a las LIV y LV legislaturas del Congreso de la Unión, durarán en funciones hasta el 31 de octubre de 1994.

Artículo quinto. La Comisión Permanente se integra con 37 miembros en los términos del artículo 78 de esta Constitución, a partir del primer receso de la LIV Legislatura al honorable Congreso de la Unión.

Artículo sexto. En tanto se expida por el Congreso de la Unión la nueva ley reglamentaria en materia electoral, seguirá en vigor el Código Federal Electoral.

Recinto oficial de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. - México, Distrito Federal, a 15 de octubre de 1989. - Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales: Diputados: Guillermo Jiménez Morales, presidente; José Luis Lamadrid Sauza, secretario; Augusto Gómez Villanueva, José Trinidad Lanz Cárdenas, Gonzalo Martínez Corbalá, Mario Vargas Saldaña, Fernando Córdoba Lobo, Fructuoso López Cárdenas, Dionisio E. Pérez Jácome, Mario Ruíz de Chávez y García, Javier López Moreno, J. Oscar Navarro Gárate, Enrique Martínez y Martínez, Armando López Nogales, Antonio Martínez Báez, Manuel Cavazos Lerma, Rogelio Montemayor Seguy, Jaime Rodríguez Inurrigarro, Pedro Alberto Salazar Muciño, Artemio Iglesias Miramontes, Ricardo Monreal Ávila, Napoleón Cantú Cerna, Vicente Fuentes Díaz, Alvaro Uribe Salas, Abel Carlos Vicencio Tovar, Bernardo Bátiz Vázquez, Juan José Medrano Castillo, Juan Miguel Alcántara Soria, Gildardo Gómez Verónica, Hiram Escudero Alvarez, Juan Antonio García Villa, Américo Alejandro Ramírez Rodríguez, Oscar Mauro Ramírez Ayala, Alberto Pérez Fontecha, Vicente Luis Coca Alvarez, Francisco Ortíz Mendoza, Jesús Luján Gutiérrez, Alfredo Reyes Contreras, Pedro René Etienne Llano, José Luis Alonso Sandoval, José Enrique Rojas Bernal, Ignacio Castillo Mena, Leonel Godoy Rangel, Pablo Gómez Alvarez y Reynaldo Rosas Domínguez.»

Trámite: - Primera lectura.

El C. Presidente: - Esta presidencia solicita a la secretaría consulte a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura la dictamen que se le dio primera lectura. Dígame, señor diputado.

El C. Pablo Gómez Alvarez (desde su curul): - Para hablar en contra.

El C. Presidente: - Adelante diputado.

Tiene el uso de la palabra el diputado Pablo Gómez.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Ciudadanas diputadas, ciudadanos diputados: Quisiera pedir, en primer lugar, al ciudadano presidente de la Cámara instruyera usted a la secretaría para que leyera el artículo 119 del reglamento.

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a atender la solicitud del diputado.

El C. secretario Sergio Alfonso Rueda Montoya: - "Artículo 119. Si desechado un proyecto en su totalidad, o alguno de sus artículos, hubiere voto particular, se pondrá éste a discusión, con tal de que se haya presentado a lo menos un día antes de que hubiese comenzado la

discusión del dictamen de la mayoría de la comisión".

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Solicita la presidencia de la Cámara que se dispense la segunda lectura y, que por lo tanto, se ponga a discusión en este momento el dictamen presentado por la Comisión de Gobernación.

Estamos hablando de reformas constitucionales, el día de ayer, mejor dicho, esta mañana, después de la una de la mañana, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, aprobó por mayoría de los votos de los diputados del Partido Revolucionario Institucional un dictamen, se propone, por parte de esa misma mayoría que presenta el dictamen a la asamblea plenaria, que se dispense la segunda lectura. Nosotros consideramos que este planteamiento es incorrecto, en primer lugar, porque se trata de una reforma constitucional, pero también para eso pedí que se leyera el artículo 119 del reglamento, porque imposibilita el que los diputados que votamos en contra del dictamen, tengamos el tiempo suficiente para presentar un voto particular.

Sabemos que un partido presentará un voto particular, un partido que se abstuvo el día de ayer en la votación, pero no ocurre así con otros grupos parlamentarios.

Sencillamente si hay que presentar de acuerdo con el reglamento el voto particular un día antes de la votación, se entiende que esto es posible por el mecanismo de primera y segunda lectura que existe en todas las cámaras legislativas del mundo. Este mecanismo es justamente el que permite que una asamblea plenaria de diputados conozca el proyecto de una comisión dictaminadora y tenga la oportunidad de preparar su impugnación, en el caso de no estar de cuerdo, y al otro día se lleve a cabo la discusión.

Siendo el asunto tan importante, de tanta trascendencia para el país, con mucha mayor razón se requiere que se cumpla el reglamento en la parte que indica que un día debe darse la primera lectura del dictamen y otro día diferente debe darse segunda lectura y ponerse a consideración de la asamblea.

Nosotros consideramos que además hay otro elemento, nosotros teníamos la información del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de que se iba a llevar a cabo el debate, que ésa era la intención el día martes, hasta esta mañana nos enteramos de la intención de ponerlo a discusión el día de hoy.

Quisiéramos, por estas razones, pedirle a la asamblea que rechace la solicitud del presidente de la Cámara y del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en el sentido de que sea dispensada la segunda lectura, a efecto de que el debate se pueda llevar a cabo el día de mañana, se abra la oportunidad de presentar los votos particulares de los partidos que así lo deseen y podamos realizar lo que está prescrito por el reglamento en toda su integridad, dando así también la oportunidad de poder debatir esto con la mayor seriedad, responsabilidad, y dándole la importancia que las expectativas que la opinión pública le han dado al tema de la reforma electoral. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Dionisio Pérez Jácome.

El C. Dionisio E. Pérez Jácome: - Con su venia, señor presidente; honorable miembros de esta Cámara de Diputados: La supuesta violación a la aplicación reglamentaria que ha aducido el anterior diputado que hizo uso de la palabra, no sería en su caso únicamente una violación o una práctica contraria al texto que él pidió que se leyera del artículo 119 del Reglamento, sino que en su caso, el Propio Reglamento Interior de la Cámara establecía la materia del voto particular a través del artículo 88 del Reglamento Interior al que después en efecto se correlacionaba el 119, pero refiriéndose a un caso especial e hipotético. El 119 tenía aplicación en el momento que desechado, parcial o totalmente un dictamen, procedía el estudio, la discusión, el análisis y, en su caso, la votación del voto particular propuesto, para lo cual el Reglamento Interior de la Cámara disponía el que éste se hubiera presentado, cuando menos 24 horas antes, evidentemente con el fin, así era el espíritu del reglamento en esa época, de que hubiera el tiempo oportuno, no tanto para elaborar el voto, como para que quienes iban a discutir el voto, lo conocieran y estuvieran en aptitud de rebatirlo o de apoyarlo.

Bueno, eso era cierto y tenía validez, pero hasta hace 10 años, eso era lo que se disponía en el marco reglamentario de los trabajos del Congreso de la Unión, antes de que el Congreso de la Unión votara su ley orgánica y específicamente el artículo 64, segundo párrafo que establece un régimen totalmente distinto, opuesto ciertamente en algunos conceptos, al establecido por el reglamento.

Cabe, por la mención que el anterior señor diputado en el uso de la palabra, hizo, del marco jurídico que regula nuestra actividad, mencionar ante ustedes que éste tiene un fundamento constitucional, el artículo 70, en su párrafos segundo, tercero y cuarto de la Constitución, precisamente establece la posibilidad, la atribución para el

Congreso de la Unión de darse su ley orgánica. Así lo hizo y así se promulgó precisamente en mayo de 1979, en el caso, tratándose de esta ley de las que, como alguna vez se ha expuesto ya es esta tribuna, no se requiere más que la decisión del Congreso de la Unión para emitirla, puesto que regula, estatuye exclusivamente en términos de la responsabilidad y de los procedimientos de trabajo del propio Congreso de la Unión.

En esta ley, en el artículo segundo transitorio, se dispone que sólo seguirá aplicándose el Reglamento Interior de la Cámara, pero aquello en que no se oponga a la ley orgánica, y es el caso que en la hipótesis que estamos contemplando, hay precepto expreso de la ley que sí se opone.

Si tuviéramos, pediría la secretaría oportunidad de examinar el segundo párrafo del artículo 64, podría tener ya fundamento en la mente de ustedes y posteriormente, en mis razonamientos, si éstos fuesen necesarios para mayor aclaración, del tema que estamos tratando.

El C. Presidente: - Atienda la secretaría la petición del diputado.

El C. secretario Sergio Alfonso Rueda Montoya: - Artículo 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, segundo párrafo: Cuando Alguno de los miembros de una comisión disienta de la resolución adoptada, podrá expresar su parecer por escrito firmando como voto particular y dirigirlo al líder de su grupo parlamentario con copia para el presidente de la comisión, para que aquél, si lo estima conveniente, lo remita al presidente de la mesa directiva de la Cámara, a fin de que ésta decida si se pone a consideración de la asamblea.

El C. Dionisio E. Pérez Jácome: - Muchas gracias, señor secretario.

Como podrán ustedes advertirlo, este segundo párrafo del artículo 64, establece nuevas condiciones totalmente diversas a las establecidas por el reglamento.

Por una parte, dispone que el voto obviamente se elabore y ya no menciona un término previo de 24 horas a que condicionaba el reglamento en su vigencia anterior.

En segundo lugar, establece, sí, un conducto necesario, y esto es muy importante por la opinión del señor diputado que me antecedió. El voto particular tiene que pasar por la aceptación del líder de su grupo parlamentario. Los votos particulares, en este caso, tienen que ser para estos efectos, sancionados por el líder de este grupo parlamentario que, si lo estima conveniente, lo remitirá al presidente de la mesa directiva, y, ojo, una nueva atribución o facultad; la directiva de la Cámara decidirá si se pone a consideración de la asamblea.

Estamos, pues, ante la posibilidad y lo recomendaría así, si es que el diputado o el grupo parlamentario que represente, es de la opinión de presentar un voto particular, que el voto como tal se elaborara, que sancionado por el líder del grupo parlamentario, se presentara a la mesa directiva. Y aquí, definitivamente, apoyo, como diputado, en lo particular, y creo que el grupo parlamentario del que soy miembro respaldaría también el que, en su caso y para la hipótesis de que fuera desechado parcial o totalmente el dictamen, la mesa directiva determinara con base en esas facultades del artículo 64, que es oportuno y conveniente, dada la actualización del supuesto de la ley, el discutir el voto particular elaborado.

Bata pues, señor diputado, que el voto se elabore, que su líder, que el líder de su grupo parlamentario, si lo considera oportuno, lo apruebe y lo envíe a la directiva, dado el caso supuesto de que se desechara el dictamen, lo someta a la consideración de esta asamblea.

No estamos, pues, ante ninguna violación de procedimiento; pido por tanto a la asamblea, se autorice en su momento y si el voto de esta asamblea lo confirma así, la dispensa de la segunda lectura para proseguir en términos de ley, bajo el procedimiento aprobado por los diputados en su oportunidad, el conocimiento y la decisión de este asunto. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Pablo Gómez.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Lamento mucho que una vez más se establezca un diálogo absolutamente superfluo, sin importancia, sin base y sin conocimiento de lo que es una asamblea parlamentaria.

La ley orgánica establece que cuando se presenta el voto parlamentario debe trasladarse al presidente de la Cámara y la directiva debe considerar si lo pone a consideración o no en la asamblea, pero no estamos hablando de ese momento.

Cuando yo señalo lo que dice el artículo 119 que está vigente en el reglamento, y que no puede derogarse simplemente porque lo quiera el diputado Pérez Jácome, porque es una de las cuestiones esenciales del mecanismo parlamentario de todas las cámaras legislativas del mundo, estoy diciendo sencillamente que como no ha habido

tiempo para presentar nuestro voto particular, en el caso de que el proyecto de dictamen no fuera aprobado por la asamblea no habría entonces, pudiéndolo haber, voto particular que se pusiera a consideración de la misma como una especie de dictamen alterno, que ésta es la función básica del mecanismo parlamentario existente desde el siglo XVIII para hacer leyes en todas partes, de los votos particulares, de la posición de la minoría en las comisiones dictaminadoras.

Como no hemos tenido el tiempo, porque el dictamen se aprobó a la una y media de la mañana, en este momento se está pidiendo que se dispense la segunda lectura, decimos entonces, por lo tanto, que a la minoría o a una de las minorías de la comisión dictaminadora, se le deja sin posibilidad de presentar un voto, que llegado el caso de que fuera rechazado el proyecto de la mayoría, se tendría que poner a discusión de la asamblea.

Entonces no se puede, porque un diputado venga aquí a derogar olímpicamente el procedimiento más elemental de la discusión legislativa durante siglos, en todo el mundo, ya estuvo bueno, sencillamente. (Aplausos.)

Entonces, en todas las cámaras del mundo las minorías tienen ese derecho, en ésta lo sigue teniendo, no está derogado el artículo 119 del reglamento, el de la ley que pretende, en efecto, poner todo a consideración del grupo mayoritario a través del presidente o de la directiva de la Cámara, se refiere en todo caso a un momento anterior, al momento en el cual se presenta el voto particular, pero no al momento en el cual se ha desechado el dictamen de la mayoría, en cuyo caso pasa a ser discutido el voto particular, dictamen alterno para esas funciones y llegado el caso.

En tal virtud, además no es la discusión la cuestión del derecho parlamentario, que además discutirlo con el diputado que me antecedió en la palabra, es una perdedera de tiempo... (Aplausos.)

Lo que yo digo es que se discuta mañana, que se discuta el día de mañana como corresponde, como está en el sistema de primera y segunda lectura en el reglamento de esta Cámara, en el Congreso Mexicano desde el siglo XIX, el texto el dictamen que presenta la mayoría priísta de la Comisión de Gobernación, con el propósito de realizar debidamente el debate. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Pérez Jácome.

El C. Dionisio E. Pérez Jácome: - Con su venia, señor presidente: Probablemente para quien me antecedió sea perder el tiempo discutir conmigo; yo creo que podría aprovechar mejor el tiempo estudiando derecho y entendiendo (Aplausos.)

Y examinando cuál es en la jerarquía, en la prevalencia de las disposiciones, mayor: si la ley o el reglamento.

No se si hace 200 y pico de años a los que aludía, si en efecto una disposición de esta naturaleza regía o no; cuando menos no en México, ya que no teníamos un Poder Legislativo de esta naturaleza. Lo que sé muy claramente independientemente de que en todos los derechos parlamentarios del mundo exista la posibilidad de abreviar trámites por decisión soberana de la asamblea y sujeta a las reglas de votación calificada que en la mayor parte de las disposiciones normativas se establece, lo que sí sé, definitivamente, es que una decisión emanada de la autoridad soberana para regular, para reglamentar a nivel de ley la vida interna de la institución, que abierta, directa, totalmente enfrenta o se opone a la disposición previa de un ordenamiento de rango inferior, tiene que prevalecer y como tal que regular y en torno a la cual decidir nuestros actos.

Es pues solamente, señor presidente, muy honorables compañeros de asamblea, mi exposición para ratificar lo que ya solicité: que se resuelva en términos de ley la procedencia de la proposición hecha por la presidencia de la Cámara. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Venadero.

(Desorden.)

¡Silencio en las galerías! ¡Silencio en las galerías!

Adelante, diputado Venadero.

El C. Rubén Venadero Valenzuela: - Con su permiso, señor presidente: compañeros legisladores: Respetando y reconociendo la importancia que tiene la norma jurídica en al regulación de cualquier conflicto o discusión, yo creo que entrar a una discusión meramente jurídica, es en realidad atacar la forma y no la raíz del problema.

A mí me parece que de ningún modo podemos encontrar salida en términos de lo que dice una ley o un reglamento. Yo aquí sí quiero llamar a la responsabilidad que tenemos frente a un hecho tan trascendental, como es el de la reforma electoral.

Me parece que es una misión equivocada considerar que se trata de un mero trámite; yo creo

que en realidad esto es empequeñecer el problema, yo creo que en realidad es no entender la dimensión de la responsabilidad que tenemos frente al pueblo de México en relación a la reforma electoral.

Yo creo que existen los tiempos necesarios para que en todo caso el dictamen de ser aprobado pase al Senado, que de nuevo no es un problema de dispensar o no el trámite, si no de reconocer cuál es la dimensión de la problemática a la que nos enfrentamos, y cuál es el mejor método, compañeros diputados, para afrontarla. Yo creo que el mejor método para afrontarla es tener el tiempo mínimo indispensable como para poder conocer, reflexionar acerca del dictamen, prepararnos con calma para discutir de una manera seria, profunda, respetuosa y tranquila, una cuestión que no es una cuestión de trámite, que es una cuestión que interesa a toda la nación.

Yo creo que no podemos tenerle miedo al debate, yo creo que en todo caso lo menos que podemos hacer como legisladores y como representantes del pueblo de México, es asumir nuestra tarea e independientemente del punto de vista que prevalezca, si las distintas fracciones consideran tener la razón, seguramente tendrán la argumentación para además de tener el número, tengan la legitimidad frente a la nación de presentar su proyecto y de presentar su propuesta.

Yo los exhorto, compañeros diputados de las distintas fracciones, ha asumir el problema en su verdadera dimensión, que es un problema político y no se trata de rehuir la discusión a través de una fórmula jurídica, no es un problema de mero trámite, se trata de una reforma que interesa a la nación y en todo caso lo que la nación espera de nosotros es seriedad, responsabilidad y en este sentido esta tribuna debe de ser usada el día de mañana con toda tranquilidad, con todo respeto y con toda profundidad, para discutir un problema que no es de nosotros, que es el país y concluyo con lo siguiente.

Yo pongo a consideración de todos ustedes, el que mañana discutamos con toda seriedad el problema de la reforma electoral. Gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Leonel Godoy.

El C. Leonel Godoy Rangel: - Con su permiso señor presidente; señoras diputadas y señores diputados: Creo que la intervención del diputado Gómez en representación parlamentaria, tenía dos argumentos para señalar nuestro rechazo a la propuesta de la presidencia de esta honorable asamblea, a fin de dispensar la lectura del dictamen que se nos está presentando y que obviamente nosotros estamos en contra.

Uno era sí, el aspecto jurídico, pero otro el fundamental, el planteamiento esencial, el de fondo nuestro, es que un debate de la trascendencia histórica que representa un reclamo popular por contar con un sistema electoral democrático, no puede dársele un trato ordinario y para ello se requiere cubrir todas las formas parlamentarias que en este caso la ley nos posibilite. Hay necesidad, por lo ofensivo del planteamiento del compañero Pérez Jácome, porque descalifica todo aquel que no sepa derecho de poder apelar a su propia interpretación de un conjunto de normas que en este caso regulan el debate parlamentario de hacer uso de la palabra, como miembro del Partido de la Revolución Democrática, como abogado ¡haber si a mí me quiere dar clases el compañero diputado! (Aplausos.)

Y en ese sentido y en ese tenor, le quiero dar respuesta en relación al punto jurídico, que no es el que nos interesaba, ni nos interesa fundamentalmente. Queremos que estos se debata de cara a la nación, lo estamos diciendo y estamos de acuerdo con el compañero Rubén Venadero. Este no es un problema jurídico, sino es un problema político, históricamente trascendental para la nación mexicana.

Pero yo le quiero recordar al compañero Pérez Jácome lo que dice el artículo 71 de la Constitución, haber si tiene algo que decir en, contra de la Constitución en relación a su ley orgánica.

Dice el último párrafo del artículo 71, en relación a las iniciativas: "Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designe el reglamento de debates".

Obviamente que el Constituyente, a pesar de que la mayoría nunca han sido abogados, doctores en derecho, es hábil su planteamiento, pero aún hay más, dice el artículo 72 constitucional también: "Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose el reglamento de debates otra vez sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones".

Esto está muy claro: bueno, y ahora vamos a una clase de derecho administrativo. Las leyes orgánicas tienen una función distinta a un reglamento que regula la vida y el debate parlamentario. Evidentemente que el artículo 119, ¡claro que sí tienen aplicación! Claro que sí tiene aplicación y es vigente, y en eso, en ningún momento, aceptaremos que está derogado, porque sería aceptar

que de aquí en adelante ya no tenemos posibilidad de debatir. Yo creo que el problema reside en que nosotros, fundamentalmente, estamos planteando que sería atropellar la voluntad...

El C. Ignacio Castillo Mena (desde su curul): - Señor presidente, por favor ponga orden en la sala.

El C. Presidente: - Permítame el orador.

Ciudadanos diputados, se les conmina a guardar silencio y mantener el orden y escuchar con atención al orador.

Se pide atentamente a quienes no sean diputados, sean tan amables en desalojar los pasillos.

Continué, diputado Godoy.

El C. Leonel Godoy Rangel: - Es que nadie le ha hecho caso, señor presidente.

El C. Presidente: - La asamblea está esperando, diputado.

El C. Leonel Godoy Rangel: - ¿Perdón?

El C. Presidente: - La asamblea está esperando que usted continúe:

El C. Leonel Godoy Rangel: - Hay una petición de usted que le hizo un ciudadano diputado, que yo avalo, señor presidente.

El C. Presidente: - La presidencia le solicita atentamente continuar con su intervención, diputado.

El C. Leonel Godoy Rangel: - Deseo concluir, señalando entonces, que a nosotros lo que nos interesa es el debate parlamentario, en relación a una modificación de la Constitución que para nosotros es una contrarreforma; y eso lo queremos hacer de cara a la nación, pero queremos hacerlo con todo el tiempo que las leyes y los reglamentos parlamentarios nos lo permitan; para ello pedimos que la nación se entere de este debate, no queremos que nos llegue la madrugada discutiendo y que nos quieran ganar por cansancio, debemos de darnos el tiempo y si la ley lo permite, no queremos que se dispense la lectura de este dictamen, porque deseamos preparar con seriedad y con la altura que se requiere el debate parlamentario al respecto. Por eso solicitamos a la asamblea que debe de rechazar esta propuesta, por ser contraria al espíritu democrático que nos tiene en este momento reunidos y por ser contraria a los intereses de la nación que esta al pendiente de lo que aquí se debate. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Yañez Centeno.

El C. Ismael Yañez Centeno: - Compañeros diputados: No por arrogarse, como siempre la diputación priísta lo ha hecho, digo, no por arrogarse la última palabra, se pueden apropiar de la verdad y menos de la verdad jurídica.

Un hecho indiscutible es que todas las legislaciones del mundo otorgan plazos para el ejercicio de los derechos y sobre todo de aquéllos que se hacen valer para las defensas de los mismos.

No es con galimatías ni con sofismas como se contestarán estas dos preguntas que la ley y el reglamento responden textualmente de manera afirmativa. Se pregunta: ¿Existe o no el derecho de oponerse a un dictamen mediante el voto particular? Claro que sí señores; está en la ley. Y segunda pregunta señores: ¿Otorga o no el reglamento un plazo de 24 horas para hacerlo valer? Claro que sí señores: está en el reglamento, está en el reglamento el plazo de 24 horas, y no se requiere ser jurisperito para deducirlo de la simple lectura de la ley, de la ley señores diputados, y con mayor razón del reglamento.

Por lo demás, el artículo 14 constitucional establece como garantía para los ciudadanos, y con mayor razón para los ciudadanos que representamos a la nación, que se cumplan con las formalidades de los procedimientos. Y yo les vuelvo a preguntar a ustedes: ¿No es elemental, en la defensa de los derechos, los plazos para que se entere de aquellos elementos que están siendo violados, de aquellas garantías que están rompiendo el orden constitucional?, ¿por qué se nos quiere negar este derecho?, ¿por qué esa falta de respeto a toda la diputación?, ¿Por qué no se les permite el estudio, el análisis detallado, para que a través de sus coordinadores hagan valer las objeciones de fondo a este dictamen?, ¿cuál es la prisa? Está allí el pueblo esperando afuera que nosotros le entreguemos una reforma auténtica, no cosas hechas al vapor.

Vuelvo a dar lectura a la ley que no admite, repito, ni galimatías ni sofismas jurídicos. Respetémonos entre nosotros. Cuando algún miembro de la comisión párrafo segundo del 64 de la ley, cuando alguno de los miembros de una comisión disienta de la resolución adoptada, podrá expresar su parecer por escrito, firmando como voto particular y dirigirlo al líder de su grupo parlamentario, con copia para el presidente de la comisión, para que aquél, si lo estima

conveniente, lo remita al presidente de la mesa directiva de la Cámara, a fin de que ésta decida si se pone a consideración de la asamblea. Existe el derecho al voto particular.

Artículo 119 del reglamento. Si desechado un proyecto en su totalidad o alguno de sus artículos hubiere voto particular, se pondrá éste a consideración con tal de que se haya presentado a lo menos un día antes de que hubiese comenzado la discusión del dictamen de la mayoría de la comisión. Tenemos el plazo de 24 horas para presentarlo, ¿cómo se quiere eludir el plazo y darlo por terminado con esta votación absurda que se propone?, ¿cómo es posible que se haga valer ese derecho una vez votada esta proposición?, ¿dónde está la lógica jurídica, señores? Respóndanlo. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra el ciudadano diputado Pedro Etienne.

El C. Pedro René Etienne Llano: - Compañero presidente; compañeros legisladores: Nos encontramos sin duda alguna ante una de las iniciativas de mayor trascendencia que tendremos en la LIV Legislatura; decía que nos encontramos sin duda ante la discusión de una de las iniciativas de mayor, trascendencia que será sometida a la consideración de esta asamblea.

Hemos conocido el día de ayer en la noche, un dictamen que plantea una iniciativa de reforma constitucional, en condiciones tales, en las que durante las últimas semanas hemos conocido varias iniciativas, las iniciativas de cinco partidos políticos y ésta que hoy conocemos en la forma en que se presenta, apenas el día de ayer a las nueve de la noche fue dada a conocer a los miembros de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Nosotros consideramos que si esta iniciativa de reforma constitucional se presenta y logra tener las dos terceras partes de los votos de los diputados, será norma y tendrá la fuerza de ley; más aún, si ahorita se somete a votación la dispensa de la segunda lectura, es probable que también se cuente con las dos terceras partes para dispensar esta lectura. Pero la pregunta es otra, ¿es correcto apresurar los tiempos, es correcto que la discusión sobre un asunto de tanta trascendencia se haga a matacaballo?, ¿cuál es el problema de preparar todas nuestras ideas y argumentos a profundidad? Y si la ley va a ser aprobada, que lo sea con un debate de altura, que lo sea con un debate que dignifique en su procedimiento a esta Legislatura, pero que no sea un debate subrepticio, que no sea un debate apresurado; que se tenga por lo menos la altura y la inteligencia para que aquí, además de la fuerza de los votos, se exprese la fuerza de las ideas y que quede constancia pública de las razones y argumentos de cada fracción.

Si en ese debate de altura se logran las dos terceras partes, habrá habido una reforma en donde cada fuerza asumirá su responsabilidad; pero la responsabilidad de todos nosotros, independientemente del partido y de la posición, es el de dar un debate de altura. Por eso pedimos que se respeten los tiempos y que ese debate se dé el día de mañana con las mejores luces y con toda la inteligencia de que seamos capaces. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano Diputado Mario Ruíz de Chávez.

El C. Mario Ruíz de Chávez y García: - Con su venia, señor presidente...

(Desorden.)

El C. Presidente: - ¡Silencio en las galerías! ¡Silencio en las galerías!

El C. Mario Ruíz de Chávez y García: - Ciertamente, compañeros legisladores, este debate nos permite insistir en nuestras tesis expresada respetuosamente a todos ustedes en nuestra intervención anterior.

Tenemos problemas de hermenéutica jurídica e interpretación de las leyes frente a los reglamentos, y discusión de su jerarquías, pero lo que es indudable, es que si un reglamento postula una regla en ausencia de una ley que se decreta con posterioridad, la jerarquía de la ley sobre el reglamento es indiscutible. Pero yo quisiera ofrecerle a nuestro compañero Pablo Gómez con todo respeto, una solución que deriva no solamente de una interpretación auténtica, porque somos los legisladores los que debemos proponer la interpretación auténtica.

Ciertamente el artículo 119 establecía el procedimiento para el voto particular que ahora se regula en la fracción II del artículo 64. Y yo creo que la regla que plantea el 119, establece en su primer renglón, la presunción de que un proyecto haya sido ya desechado, y este proyecto de dictamen no ha sido ni siquiera discutido. Me voy a permitir dar lectura al artículo 119.

"Si desechado un proyecto en su totalidad, o alguno de sus artículos, hubiere voto particular, se pondrá éste a discusión con tal de que se haya presentado a lo menos un día antes de que hubiese comenzado la discusión del dictamen de la mayoría, de la mayoría de la comisión."

El artículo 94 de la ley orgánica, que es mucho más amplio y mucho más generoso, elimina el requisito de haber sido ya desechado el proyecto y también elimina el término de las 24 horas. El 94, señor diputado Gómez, no establece la regla de haber sido desechado el proyecto; dice: Las comisiones tomarán sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros. Cuando alguno de los miembros de una comisión disienta de la resolución adoptada, podrá expresar su parecer sin término por escrito firmando como voto particular y dirigido al líder de su grupo parlamentario, porque ya desde la fecha de redacción de este artículo, se proponía y se insistía en la necesidad de fortalecer el régimen de los partidos políticos, para que fuera a través del líder del grupo parlamentario que por primera vez establece la ley orgánica que comentamos, la posibilidad de los grupos parlamentarios. Se pretende darles fuerza.

Pero independientemente de una discusión de hermenéutica jurídica, yo quisiera proponer a la consideración de ustedes una solución que pudiera conciliar los extremos de interpretación jurídica de una ley de un reglamento. Lo que se está proponiendo a la asamblea por parte de la directiva, es que iniciemos la discusión, una discusión que sea amplia, que será de altura seguramente, Pedro Etienne, porque la experiencia que se ha tenido desde el Colegio Electoral del 15 de agosto pasado a la fecha, ciertamente nos ha ido enseñando a unos de otros y hemos ido aprendiendo, y me alegra muchísimo esta propuesta suya de que tengamos un debate de altura, un debate informado, un debate sereno, porque esto es lo que esperan de nuestros representantes.

Yo le pediría a nuestro compañero Pablo Gómez que preparara, sin el apremio de esas 24 horas, que preparara su voto particular con objeto de que lo diera a conocer por conducto de su líder parlamentario, el día de mañana. Pudiéramos iniciar la discusión el día de hoy, y si como supone el artículo 119, este proyecto fuera desechado o no, no tiene importancia, no tiene la mayor importancia, podíamos conocer de su voto particular el día de mañana, si es que así lo considera conveniente esta asamblea. Gracias por su atención

(Desorden.)

El C. Presidente: - ¡Silencio en las galerías! ¡Silencio en las galerías! El diputado Guerra desea hacer una interpelación al diputado Mario Ruíz de Chávez Le consulto si la acepta.

El C. Mario de Ruíz de Chávez y García: - Sí, señor presidente, con mucho gusto.

El C. Presidente: - Adelante, diputado Guerra.

El C. Juan Nicasio Guerra Ochoa (desde su curul): - Señor diputado, quisiera aclararle antes de hacerle una pregunta, que es poco atractivo para nosotros presentar un voto particular sólo para que quede constancia de ello; lo que nos interesa evidentemente en influir en este debate tan importante y de ahí que se cuente con el voto particular en la forma y en las condiciones que pueda influir en el debate. Por demás, la pregunta es la siguiente: nos ha expuesto razones jurídicas para fundar su propuesta. ¿Qué opina, señor diputado, de la prisa con la que su partido quiere arreglar este asunto tan importante, y cuáles son las razones esenciales en esa prisa justamente? Muchas gracias.

El C. Mario Ruíz de Chávez y García: - Yo creo que el voto particular cuando expresa evidentemente un disentimiento y un disentimiento fundado, es muy valioso y no va a quedar en el anecdotario, porque quedará registrado en la historia de este parlamento, señor diputado, es el Diario de los Debates, donde todos, tarde o temprano, tendremos que responder, me refiero a nuestra responsabilidad histórica.

Yo pienso que el voto particular es muy importante y creo que por eso estoy proponiendo que prescindamos de este término de 24 horas a que nos hace el artículo 119 y que se presente el día de mañana.

Respecto de la prisa, señor diputado, ¡pero si tenemos 10 meses trabajando en este proyecto!...

El C. Presidente: - ¡Silencio en las galerías! ¡Silencio en las galerías!

El C. Mario Ruíz de Chávez y García: - Finalmente, señor diputado, decirle con todo respeto que he participado, como miembro de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, desde el principio de sus trabajos, desde la convocatoria, las audiencias públicas, posteriormente en la segunda sección de la subcomisión, creo que el esfuerzo que se ha realizado y que repito, ha sido fructífero, porque nos ha hecho aprender a todos de todos y que yo conozco ya desde el día de ayer, desde anoche, desde esta madrugada, el voto particular del señor diputado Pablo Gómez, por quien guardo un profundo respeto.

En la discusión en lo general que pudiéramos empezar a borrar, si así lo aprueba esta soberanía, desde el día de hoy, tendría la mayor importancia

el conocer los argumentos que seguramente ustedes tienen ya preparados, porque tienen 10 meses trabajando también en esto y será muy interesante escucharlos simplemente en la formalidad del voto escrito, es lo que yo estoy sugiriendo respetuosamente que pudiera ser considerado para el día de mañana, si esta asamblea así se sirve aprobarlo. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Alfredo Reyes Contreras.

¡Silencio en las galerías! ¡Silencio en las galerías!

El C. Alfredo Reyes Contreras: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Para el Partido Popular Socialista la iniciativa o el proyecto de iniciativa que vamos a examinar, es de la mayor trascendencia para la vida política de México, de su aprobación o no dependerá el futuro inmediato de nuestro país en este campo.

Nos parece que por su importancia, por su trascendencia, se requiere la suficiente sensibilidad de los diputados aquí presentes para que abordemos su estudio y su debate en el nivel en que el pueblo lo está esperando.

No es este, evidentemente, no es este un caso de simple interpelación o hermenéutica, como dijo el diputado que me precedió en el uso de la palabra, no se trata exclusivamente de esto, se trata fundamentalmente de las sensibilidad, de la decisión de abordar este proyecto en un nivel de alto debate.

Tampoco vamos a discutir en este momento cuál tiene más jerarquía, si la ley o el reglamento, porque eso lo sabemos elementalmente, no lo vamos a discutir; se requiere voluntad política, se requiere decisión política para que este proyecto de dictamen sea examinado con toda responsabilidad, con toda calma. En el supuesto de que este proyecto se aprobara, inclusive repercutiría en la elaboración de un nuevo código federal o ley electoral; es de gran importancia, es de suma trascendencia.

Estamos, señoras y señores diputados, ante un hecho objetivo, ante un hecho real, no ante una ficción jurídica. Entonces, el Partido Popular Socialista pregunta: ¿por qué precipitarse en el examen de este proyecto de ley, en este proyecto de iniciativa? Si requerimos el suficiente tiempo para que nosotros podamos abordar con amplio tiempo, con suficiente tiempo esto que va a afectar evidentemente la vida política del país. Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al señor diputado Alexandro Martínez Camberos.

(Desorden.)

El C. Presidente - ¡ Silencio en las galerías! Adelante, Señor Diputado.

El C. Alexandro Martínez Camberos: - Nosotros no discutimos algunos aspectos de lo que han tratado los oradores en pro de que se pase a la segunda lectura. Ya se ha dicho mucho al respecto, por lo tanto, yo solamente me voy a permitir leer el artículo 59 del reglamento, que no me vayan a decir ahora que tampoco esto está vigente.

Dice: "Artículo 59. En los casos de urgencia u obvia resolución, calificados por el voto de las dos terceras partes de los individuos de la Cámara que estén presentes, podrá ésta, a pedimento de algunos de sus miembros, dar curso a las proposiciones o proyectos en hora distinta de la señalada y ponerlos a discusión inmediatamente después de su lectura".

Señor presidente, yo pregunto con todo respeto: ¿Usted considera que éste es un caso de urgente o de obvia resolución?

El C. Presidente: - Así es, señor diputado.

El C. Alexandro Martínez Camberos: - Frente a eso, no hay nada que decir.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Miguel Montes García

El C. Miguel Montes García: - Señor presidente; compañeros diputados: En las voces de los diferentes diputados que en función de esta discusión, sobre un trámite solicitado por la presidencia se ha dado en la asamblea, creo que se ha expresado la verdadera dimensión del problema.

Efectivamente, con el pretexto válido, creo que el señor diputado Gómez diría que es un arma parlamentaria lícita el solicitar la aplicación estricta de lo que se considera en su opinión, que dice el reglamento, con ese pretexto válido, se ha señalado por Reyes Contreras, por Venadero, la verdadera dimensión del problema.

Se trata de discutir de la manera mejor para la Cámara y para la opinión pública, una iniciativa, un dictamen sumamente importante. Entonces, analicemos el problema en esa dimensión.

No es sólo el cumplimiento o incumplimiento de un artículo reglamentario, no es sólo la

interpretación adecuada o no adecuada o la diferencia en esa interpretación de un artículo reglamentario. Se trata un interés, de diferir el debate por un día, por varios días, por horas, lo ignoro, pero hay un interés de un grupo parlamentario o de varios grupos parlamentarios, de diferir la iniciación del debate.

Y hay interés de otros grupos parlamentarios de que el debate inicie de inmediato. ¿De qué debate?, ¿un debate novedoso en donde de pueda decir que se está sorprendiendo a alguien con el contenido de un dictamen o sobre un tema no previsto? Definitivamente no. Es curioso que quienes antes exigían una decisión y han anunciado por distintos medios su elaboración de un dictamen alterno, ahora señalen que están ante un tema nuevo y que no han tenido tiempo de preparar un dictamen.

Yo quisiera, con toda claridad, señalar lo que se está diciendo en el reglamento y en la ley orgánica. Veámoslo con la serenidad de que seamos capaces.

Hay tres artículos que se ocupan de los votos particulares, sólo tres artículos; uno de ellos en la ley orgánica y dos en el reglamento. En la ley orgánica, el artículo que se ocupa de los votos particulares, en el artículo 64, que con toda claridad señala: "Las comisiones tomarán sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros, y sus presidentes tendrán voto de calidad en caso de empate."

Y en el segundo párrafo: "Que cuando alguno de los miembros de una comisión disienta de la resolución adoptada, podrá expresar su parecer por escrito; firmando como voto particular y dirigirlo al líder de su grupo parlamentario con copia para el presidente de la comisión, para que aquél, si lo estima conveniente, el líder de su grupo parlamentario, lo remita al presidente de la mesa directiva de la Cámara , a fin de que ésta decida si se pone a consideración de la asamblea."

Ya hay un voto particular, hecho llegar a la presidencia de esta Cámara, por un grupo parlamentario; se entregó y lo tiene en su poder la presidencia.

Otro artículo que se ocupa del voto particular, es el artículo 88 del reglamento. El artículo 88 del reglamento señala: "Para que haya dictamen de comisión, deberá éste presentar por la mayoría de los individuos que la componen. Si alguno o algunos de ellos disintiesen del parecer de dicha mayoría, podrán presentar voto particular por escrito" No señala tiempo.

Y el artículo aquí ya leído desde el inicio de este debate, el 119, que señala que si es desechado un proyecto en su totalidad o alguno de sus artículos y si hubiere voto particular se pondrá a discusión, con tal de que se haya presentado a lo menos un día antes de que hubiese comenzado la discusión del dictamen de la mayoría de la comisión.

El 119 establece en caso necesario de poner a discusión un voto particular si se ha desechado un dictamen en todo o en parte y el voto particular existe. El 74 establece la posibilidad de que independientemente de que se dé el supuesto del 119 o no y existen votos particulares, a juicio de la asamblea se pongan a discusión, aunque no se haya cumplido el supuesto del 119 y aquí ha ocurrido, leámoslo con calma.

Independientemente de esta interpretación, que desde mi punto de vista particular, es la correcta, como el asunto va más allá y en esto coincido con el diputado Venadero, con el diputado Reyes Contreras, de un mero trámite parlamentario y como se trata de sentar bases para dar un debate de altura y un debate civilizado, como se trata que la asamblea ordene su debate y se ocupe del tema que a todos los mexicanos preocupa, yo ruego a la presidencia y me hago eco de la petición de los diputados de otros grupos parlamentarios, que hagamos el esfuerzo de serenidad que este tema requiere, que nadie quiere lesionar el derecho de un grupo parlamentario de presentar su voto particular, que nadie quiere que los votos particulares no se conozcan, que si el voto particular se presenta hoy o mañana, en el curso de los debates y la Cámara misma determina que debe ser discutido, así se haga, independientemente de que se cumpla o no se cumpla el supuesto estricto del artículo 119 y que estemos a lo más amplio y generoso del artículo 64 de la ley orgánica, pero que también renunciemos a esa idea de retardar el debate unas cuantas horas y lo iniciemos con esa altura de miras que todos deseamos. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Señor diputado Montes, esta presidencia le consulta si acepta usted una interpelación del diputado Carlos Navarrete.

El C. Miguel Montes García: - Sí acepto, señor presidente.

El C. Carlos Navarrete Ruíz (desde su curul ): - Señor diputado: Se señala que hay interés de un grupo parlamentario por retrasar el inicio del debate. También dijo que hay el interés de otros grupos parlamentarios que el debate se inicie.

Sin embargo, el dictamen a que hace referencia, viene de la Comisión de Gobernación, y no lo firma un solo grupo parlamentario.

Mi pregunta es: ¿Puede usted informar a esta asamblea si esos grupos parlamentarios tienen interés?

El C. Miguel Montes García: - Desde luego, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional tiene interés en que se inicie el debate de inmediato y es notorio que el grupo parlamentario en el que usted milita, no tiene interés en que inicie el debate de inmediato. (Aplausos.)

En ese sentido mi expresión fue apropiada, yo le ruego a usted con respeto, que de el empleo del plural yo no represento ni puedo hablar a nombre de ningún otro grupo parlamentario que no sea en el que milito, pero la asamblea, puesto que se está pidiendo a la asamblea un trámite, se le está diciendo a la asamblea que sea ella la que dispense o no dispense la segunda lectura y en esa, en la emisión de su voto, puesto que esta dispensa requiere de las dos terceras partes de los diputados presentes, dos terceras partes que no cumple sólo el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, usted verá si hay algunos otros grupos parlamentarios que tengan interés en la iniciación de un debate que a todos nos urge y que es necesario que aquí, por eso es urgente resolución, se le dé una salida para que lo reciba la Cámara revisora.

Estamos a cuatro días de que termine el período extraordinario y no somos la Cámara revisora, somos la Cámara de origen. Todavía falta que el Senado de la República, como Cámara revisora, se ocupe de este tema, de ahí la urgencia real de que se inicie y se adelante en el debate del mismo. Muchas gracias.(Aplausos.)

El C. Carlos Navarrete Ruíz (desde su curul ): - Pido la palabra.

El C. Presidente: - Diputado Navarrete, el orador ya terminó. No le puedo preguntar.

(Desorden.)

¡Silencio en las galerías!

Tiene el uso de la palabra la diputada Patricia Olamendi.

La C. Patricia Olamendi Torres: - Reconozco en el diputado Montes para enredar las cosas.

Quiero decirle al diputado Montes, que, si mal no recuerdo, hace uno días se puso a discusión en esta asamblea la ley del indulto. Durante el transcurso de la discusión, mi partido. el de la Revolución Democrática, trató de presentar su voto particular, que por alguna razón no había podido ser presentado con anterioridad al presidente de la comisión. En esa ocasión, usted diputado Montes, se levantó y aclaró, que en términos del reglamento no podíamos presentar en la discusión nuestro voto particular, que éste debería haber sido presentado con anterioridad al presidente de la comisión.

Yo le preguntaría: ¿El dictamen de la Comisión de Gobernación y puntos Constitucionales se nos fue entregado en la mañana, tiene el Partido de la Revolución Democrática derecho a no a presentar su voto particular, diputado Montes?

(Voces) - ¡Sí!

Lo que pedimos es que se nos dé ese derecho a presentar nuestro voto particular, para que pueda iniciarse la discusión.

Por lo tanto, solicitamos que se nos conceda hasta el día de mañana para presentar con anterioridad nuestro voto particular.

(Voces) - ¡No!

¡No rehuimos a la discusión? ¡A nosotros no nos espanta la discusión política! ¡Tal vez a ustedes sí, por eso las galerías llenas del Partido Revolucionario Institucional y por eso su urgencia! Muchas gracias.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Miguel Montes.

El C. Miguel Montes García: - Con su permiso, señor presidente: Agradezco de verdad, con sinceridad, la generosidad de la compañera Olamendi, de por lo menos concederme alguna capacidad. Eso ya es mucho para su personalidad, compañera. (Aplausos.)

(Desorden.)

El C. Presidente: - ¡Silencio en las galerías!

El C. Miguel Montes García: - Quiero aclarar que mi intención en este debate y en los anteriores es colocar las situaciones de manera objetiva ante la asamblea. Este es el esfuerzo que pretendo cumplir, tal vez no siempre lo logre, y quiero recordar con ustedes lo que pasó en el planteamiento que hizo el maestro Martínez Camberos, cuando la discusión del indulto: El maestro

Martínez Camberos subió a la tribuna expuso lo que quiso exponer y después de su inversión en tribuna dijo: Quiero que mi intervención se considere como voto particular "Es una situación entonces muy distinta a lo que estamos señalando.

Pero entonces y ahora siempre que se presente por escrito el voto, como se señala en la ley orgánica, cualquier diputado o cualquier grupo parlamentario tiene el derecho de hacerlo y no es ninguna concesión el que lo presente, es simple y sencillamente el ejercicio de un derecho que nadie concede, que ya está establecido en la ley orgánica. La situación entonces es distinta a aquélla, está y no existe contradicción alguna entre mi postura de aquella ocasión y la que asumo ahora con toda responsabilidad. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra la diputada Celia Torres. Silencio en las galerías, por favor.

La C. Celia Torres Chavarría: - Con esta altura de parlamentarios donde se están discutiendo los destinos de la patria y de esta reforma política de fondo, de la que hemos hecho méritos como representantes populares, solamente pido una cosa: Que se vote.

(Desorden.)

El C. Presidente: - Proceda la secretaría a consultar a la asamblea si es de aprobarse la propuesta del diputado Pablo Gómez en el sentido de que la discusión del dictamen que se presentó en primera lectura sea realizada en la siguiente sesión.

El C. Pablo Gómez Alvarez (desde su curul): - Señor presidente: Una votación, la propuesta por usted, que fue presentada en primer término.

El C. Presidente: - Con mucho gusto diputado. Esta presidencia, después de escuchar sus argumentos, ha considerado conveniente que la asamblea resuelva en primer término la propuesta que usted ha hecho.

El C. Pablo Gómez Alvarez (desde su curul): - Pido la palabra.

El C. Presidente: - Tiene la palabra diputado.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Señores diputados: Yo le agradezco mucho al ciudadano presidente de la asamblea la diferencia, pero quiero subrayar que yo no hice propuesta alguna, yo me pronuncie en contra de la propuesta que el hizo, hable como orador en contra de una propuesta para considerar el dictamen que se ha dado en primera lectura, como una cuestión de urgente resolución.

Si yo hubiera hecho una propuesta, se requeriría simplemente la mayoría simple de los votos, pero la propuesta del ciudadano presidente requiere de los tercios, entonces, lo que se debe poner a consideración de la asamblea, es la única propuesta que hay aquí, que es la de que se considere de urgente resolución y se pase a discusión desde luego, el dictamen de la mayoría de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Yo no tengo ninguna propuesta, simplemente he hablado en contra; si se rechaza la propuesta del presidente, entonces vendremos mañana a discutir el dictamen.

(Desorden.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Reyes Contreras.

El C. Alfredo Reyes Contreras: - Señor presidente: En ese momento son más de las 18.00 horas; si vamos a una votación nominal, y en el supuesto de que las dos terceras partes se pronunciaran a favor de la proposición que usted hizo, iniciaríamos el debate más allá de las siete y media de la noche.

Con todo respeto, el grupo parlamentario del Partido Popular Socialista, le pide a usted que reitere su proposición, que nos vayamos y que mañana iniciemos el debate.

(Desorden.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano Mario Ruíz Chávez.

El C. Mario Ruíz de Chávez y García: - Con su permiso, señor presidente: Quisiera presentar una breve moción para ordenar nuestra discusión. El señor presidente propuso la dispensa de la segunda lectura y pasar a la discusión y debate del dictamen.

El señor diputado Pablo Gómez, se opone a la propuesta y a su vez propone que se difiera la discusión para el día de mañana, con objeto de dar tiempo a presentar un voto particular. ¿No es así?

(Voces) - ¡No!

Bien, yo propuse, frente a esta discusión, la posibilidad de acogernos en una interpretación real de 64 de la ley, que pudiera conciliar ambas posiciones. Mi propuesta concreta, y sí suplico al señor presidente que se ponga a votación, es que iniciemos nuestras discusiones del día de hoy en lo general hasta agotarla, y mañana pasemos a la discusión en lo particular, que seguramente done el voto particular del señor diputado Pablo Gómez va a tener lo que él pretende; la discusión de hoy será en lo general, es decir, ésta es mi propuesta concreta, señor presidente, y que mañana discutamos en lo particular los artículos del dictamen, y de esta manera, demos tiempo al señor diputado Pablo Gómez, para que nos haga el favor de presentarse su voto particular, al que tiene todo el derecho, eso no es discute, simplemente lo que él requiere es tiempo, y lo que requerimos nosotros también es tiempo, con objeto de dar cumplimiento a los plazos constitucionales para obtener un resultado que ofrecer al pueblo de México, antes del día 20 de octubre, si esto es posible. Gracias.

El C. Juan Antonio García Villa (desde su curul): - Pido la palabra.

El C. Presidente: - Adelante, diputado García Villa.

El C. Juan Antonio García Villa: - Señor presidente; señoras y señores diputados: En su ya larga historia parlamentaria, el Partido Acción Nacional ha considerado indispensable que la discusión se dé y que cuando haya votos que disienten de la mayoría, independientemente de las interpretaciones literales de la ley y del reglamento, tenemos todo el derecho a que se considere como tales; no sólo como voto particular, que disiente de la mayoría, sino como acertadamente se ha señalado aquí, ese voto particular eventualmente debe ser considerado como un dictamen alterno.

Queremos señalar, que efectivamente esta fórmula que ha sido aquí propuesta, recoge uno y otro de los propósitos planeados. Consideramos que entrar a la discusión en lo general durante esta jornada, con la reversa de que si eventualmente el proyecto de decreto fuera rechazado, para lo cual se tendría que tomar la votación en esta misma jornada, el voto o los votos particulares que se presentaran hasta el día de mañana, antes del inicio de la discusión en lo particular, se considerarán como votos particulares en caso de que el dictamen hubiera sido aprobado por la mayoría calificada, por tratarse de una reforma constitucional.

En el caso de que el dictamen fuera rechazado, se admitiera no sólo como voto particular, sino como dictamen alterno, para entrar mañana mismo a la discusión de él en lo general y posteriormente en lo particular.

A los diputados miembros del Partido Acción Nacional, que como aquí se ha señalado, tampoco rechazamos la discusión, nos parece razonable esta propuesta. Muchas gracias.

El C. Presidente: - El diputado Jesús Ortega tiene el uso de la palabra.

El C. Jesús Ortega Martínez: - Gracias, señor presidente: Simplemente compañeras y compañeros diputados para decirles que los diputados del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática rechazamos la sugerencia que ha venido a hacer aquí el diputado del Partido Revolucionario Institucional, como de la misma manera rechazamos la sugerencias que ha venido a decir a la tribuna el diputado del Partido Acción Nacional.

El señor presidente pidió a la asamblea que se le dispensara la segunda lectura al proyecto de dictamen; un compañero diputado del Partido de la Revolución Democrática le preguntó al señor presidente en qué artículo del reglamento basaba su solicitud y el señor presidente afirmó, lo oímos todos, que basaba su solicitud en el artículo 59 del reglamento.

Por ello, señor presidente, le ruego que ponga a votación su solicitud sin mayor trámite y no aceptamos sugerencias de los diputados que aquí han venido a hacer uso de la palabra.

El C. Presidente: - Sin embargo, señor diputado Ortega, esta presidencia acepta la sugerencia del diputado Mario Ruíz de Chávez y el diputado García Villa para corregir y se consulte a la asamblea si se le dispensa la segunda lectura al dictamen que se le dio primero lectura, para iniciar al discusión en lo general el día de hoy, y en la siguiente sesión realizar la discusión en lo particular.

El C. secretario Ismael Orozco Loreto: - Por instrucciones de la presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea en votación económica, si se le dispensa la segunda lectura y se pone a discusión en lo general, de inmediato, y en lo particular para el día de mañana y para su votación en lo general también de inmediato.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo levantando su mano y poniéndose de pie... Dispensada la segunda lectura.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Jesús Ortega.

El C. Jesús Ortega Martínez: - La secretaría dio cuenta del resultado de la votación económica; sin embargo, compañeras y compañeros, como para que se dispense el trámite de la segunda lectura basada en el artículo 59 se requieren dos terceras partes de la votación, solicito, porque tengo dudas de si se cumplieron las dos terceras partes, que se aplique por favor el artículo 151 del reglamento.

El C. Presidente: - Ciudadano diputado Ortega: Fue evidente para esta presidencia y para todos los aquí presentes...

(Desorden.)

Permítanme diputados, todo el tiempo que ustedes hablan se les escucha con atención y así procura hacerlo la presidencia, se les pide corresponder de esa misma manera cuando la presidencia está haciendo uso de la palabra. (Aplausos.)

Voy a pedir a la secretaría proceda a dar lectura al artículo 19 del reglamento, en virtud de que el diputado Jesús Ortega ha reclamado respecto al trámite que se ha dado a este asunto.

El C. Jesús Ortega Martínez (desde su curul): - Sólo solicito, señor presidente, que se le dé lectura al artículo 151, porque ése fue el que solicité yo.

El C. Presidente: - Correcto, perdón. Corrige esta presidencia: Dé lectura primero al artículo que está solicitando el ciudadano diputado Ortega.

El C. secretario Juan Miguel Alcántara Soria: - "Artículo 151. Si al dar la secretaría cuanta del resultado de la votación económica algún miembro de la Cámara pidiere que se cuenten los votos, se contarán efectivamente. A este fin se mantendrán todos, inclusive el presidente y los secretarios, en pie o sentados, según el sentido en que hubieren dado su voto. Dos miembros que hayan votado, uno en pro y otro en contra, contaran a los que aprueben y otros dos de la misma clase a los que reprueban. Estos cuatro individuos que nombrará el presidente, darán razón al mismo, en presencia de los secretarios, del resultado de su cuenta y hallándose conforme se publicará la votación".

El C. Presidente: - En esos términos, proceda la secretaría, para satisfacción del ciudadano diputado Jesús Ortega.

El diputado Ortega y el diputado Rojas, contarán los votos en contra. La secretaría contará los votos a favor.

Esta presidencia, para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el reglamento, solicita atentamente a todas las personas que no sean diputados, desalojar las curules y los pasillos, a fin de que se pueda proceder a la cuenta de esta votación económica. Se pide a la Oficialía mayor, auxilie a esta presidencia, a fin de dar cumplimiento a lo solicitado.

Diputado Roque, ¿quisiera usted auxiliar a la secretaría a llevar la cuenta de los votos a favor? Si es usted tan amable.

Diputada Teresa Ortuño, ¡quisiera ayudar también a la secretaría? Si es tan amable.

El C. secretario José Murat C.: - La diputado Claudia Esqueda y el diputado Humberto Roque, el diputado Sergio Rueda y el diputado Mario Rojas, tomarán la votación de los que estén por la negativa.

En consecuencia, se pide a los ciudadanos diputados que estén porque se dispense la segunda lectura, sírvanse ponerse de pie. Para hacer más operativa esta votación, los ciudadanos diputados que están auxiliando a la secretaría, plantean que se haga la votación fila por fila, así la vamos a tomar.

(Votación.)

Señor presidente, dispensada la segunda lectura.

El C. Presidente: - Está a discusión el dictamen en lo general... Se abre el registro de oradores...

Por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se han inscrito los ciudadanos diputados Trinidad Lanz Cárdenas y Abel Carlos Vicenio Tovar.

En contra, están inscritos los ciudadanos diputados: del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el ciudadano diputado Humberto Esqueda; por el Partido de la Revolución Democrática, el diputado Ignacio Castillo Mena; por el Partido Popular Socialista, el diputado Román Ramírez; por el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, el diputado Pedro López Díaz; por el Partido de la Revolución Democrática, el diputado Pablo Gómez; por el Grupo Independiente, el diputado Rojas Bernal; por el Partido Popular Socialista, el diputado Armando Ibarra, y por el Partido de la Revolución Democrática, el diputado Juan Guerra.

En pro, se han inscrito los siguientes ciudadanos diputados: del Partido Revolucionario Institucional, el diputado Javier López Moreno; del Partido de Acción Nacional, el diputado Juan Miguel Alcántara; por el Partido Revolucionario Institucional, el diputado Rodolfo Duarte; por el Partido de Acción Nacional, el diputado Juan Antonio García Villa; por el Partido Revolucionario Institucional, el diputado Dionisio E. Pérez Jácome; por el Partido de Acción Nacional, el diputado Jaime Aviña; por el Partido Revolucionario Institucional, el diputado Fernando Córdoba Lobo y por el Partido Revolucionario Institucional también el diputado Lanz Cárdenas.

En consecuencia, tiene el uso de la palabra el diputado Trinidad Lanz Cárdenas.

(Desorden.)

Silencio en las galerías. Tiene usted el uso de la palabra por la Comisión de Gobernación, ciudadano diputado.

El C. José Trinidad Lanz Cárdenas: - Con el premiso de la presidencia; señores diputados; público que nos acompaña; opinión pública nacional: Hemos sido protagonistas de hechos trascendentes para la historia de este país. Considero en lo personal, como así también me lo han manifestado algunos compañeros diputados de diferentes partidos, un auténtico privilegio el formar parte de esta Legislatura. Sabemos todos las luchas que se han dado en esta tribuna y en la de San Lázaro, y todas ellas están animadas de un propósito común, fortalecer la democracia en este país.

Algunas fuentes de opinión, tal vez desacostumbradas a la lucha plural, han interpretado de una manera peyorativa las pasiones con que se han pretendido defender las razones. A la postre, debemos hacer imperar las razones sobre las pasiones.

"Nada tiene sentido para el hombre sino en función del porvenir". En esta bella frase de Ortega y Gasset, prácticamente estaba refiriéndose al trabajo constructivo de la ley. La ley fundamentalmente es para el porvenir. Y nosotros hemos estado trabajando para darle sentido a nuestra democracia, en una ley que fortalezca nuestras instituciones, clarifique nuestros procesos, robustezca nuestros principios y haga la paz más armónica y equilibrada en este país.

Los que hemos trabajado, los que nos hemos esforzado en esta labor incruenta pero positiva, estamos viendo resultados. No puede decirse que esta reforma que ocupa este período extraordinario, haya surgido por simple generación espontánea, es un reclamo de la nación y éste es el sentido fundamental de la ley. La ley obedece a las realidades, la ley es a posteriori y nunca a priori, la ley debe ser congruente con la realidad y cuando la realidad y la ley discrepan qué es lo que debemos cambiar, ¿la realidad o la ley?

Así como he expresado el privilegio de formar parte de esa Legislatura, considero también un privilegio el haber formado parte de los grupos de trabajo de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Los esfuerzos desarrollados por este grupo plural, animado con el propósito común de fortalecer a la democracia nacional, aun cuando con diferentes planteamientos, ha llegado a una etapa decisiva de su proceso legal y natural.

Se ha elaborado un dictamen que los conocedores del parlamentarismo y particularmente los que han vivido otras etapas parlamentarias de nuestro país, debemos calificarlo y considerarlo como un hecho significativo. Es el rescate en la historia de este país del ejercicio de las facultades del Poder Legislativo.

Las iniciativas que se han presentado y que han motivado nuestro análisis, reflexión, estudio y conclusiones, fueron presentadas por legisladores de los seis partidos políticos representados en esta Cámara plural. Se analizaron 30 iniciativas, se ponderaron más de 70 artículos y se ha llegado a una conclusión que es no solamente el resultado de un estudio de gabinete, sino el resultado de un análisis político, el resultado de una constante aunque difícil concertación entre posiciones contrarias en ideologías, en principio y tal vez hasta en propósitos.

Pero creo que por encima de los intereses particulares de los partidos, debe prevalecer el interés superior de la nación. Y en este sentido la propuesta que venimos a presentar a la consideración de esta asamblea plenaria, está animada no sólo de un profundo sentido partidista, sino también de un profundo sentido político.

En esta propuesta que es producto del trabajo de los partidos, de los legisladores que nos representan en esta Cámara de Diputados, se viene dando el sentir aquél al que se refería el politólogo mexicano Reyes Heroles, cuando decía...

(Desorden.)

El C. Presidente: - Silencio en las galerías.

El C. José Trinidad Lanz Cárdenas: - Cuando sostenía este sabio político mexicano...

El C. Presidente: - Señor diputado Lanz Cárdenas, permítame. Esta presidencia llama la atención a las galerías para que guarden silencio y respeto para el orador y a este recinto, de lo contrario, serán desalojadas. Continúe por favor diputado.

El C. José Trinidad Lanz Cárdenas: - Gracias, señor presidente. Decíamos que Reyes Heroles, al calificar a los partidos políticos, decía y sostenía que son los grupos de los menos por los más. Y efectivamente, los partidos políticos cumplen un propósito de interés público, de intermediación entre los ciudadanos y las decisiones legislativas de las cámaras, En este sentido, los grupos políticos han planeado sus verdades en esta Cámara, sus verdades han sido analizadas, ponderadas y ampliamente discutidas por los diversos grupos representados y los diversos representantes.

No podemos afirmar de ninguna manera, que sea producto de una precipitación lo que es el producto de meses de estudio, de reflexión y de discusión. En el dictamen se hace un análisis de las diferentes iniciativas; se presenta una síntesis de todas ellas, y se concluye con una propuesta definitiva a la consideración de la plenaria, que abarca fundamentalmente los tres principios fundamentales de los organismos electorales: de la calificación, y contencioso electoral, y de la integración de la Cámara de Diputados.

Contra lo que se ha dicho de que es una contrarreforma, es una auténtica reforma, porque en la política todo avance significa reforma. Y aun cuándo será debatido ampliamente por los oradores que me seguirán en el uso de la palabra, cabe señalarlo como carácter de rúbrica fundamental, los avances logrados en esta propuesta que se somete a la consideración de esta plenaria, no para el beneficio de un solo partido, sino para el beneficio general de la nación.

Se habla de los organismos electorales basados en su funcionamiento, en principios rectores; se establecen reglas para la integración de los mismos; se establecen sistemas coherentes entre el artículo relativo a la regulación de este importante aspecto en función primordial de la legalidad, la certeza, la objetividad, la imparcialidad, el profesionalismo y la publicidad. Se establece, por primera vez en la historia legislativa de ese país, un sistema de contencioso electoral con la existencia de un tribunal vinculatorio y obligatorio, con funciones de carácter expedito. Se aceptan normas de equidad en cuanto a la asignación de los diputados para la integración de la Cámara. Me pregunto a mí mismo y pregunto a los demás: ¿Puede ser contrarreforma lo que es avance?

(Desorden.)

El C. Presidente: - ¿Silencio en las galerías!

El C. José Trinidad Lanz Cárdenas: - Recapitulando, para concluir, esta breve justificación: Estamos ante una reforma trascendente, ante un avance fundamental en la historia de este país. Las reglas de la prudencia y de la sensatez aconsejan despojarse de los intereses personales y privados y ver por encima de ellos el beneficio de la nación.

Es cierto, y así se ha establecido de manera reiterada en la historia del dinámico acaecer del derecho, no conviene introducir modificaciones a las leyes a menos que existan razones suficientes. Pero en este caso, el capítulo relativo a la Constitución, en cuanto al proceso electoral del país, es un reclamo que se satisface en esta propuesta que contiene la iniciativa que ha sido ponderada y analizada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y, por tanto, para beneficio de todos, se solicita su aprobación. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene uso de la palabra el ciudadano Abel Vicencio Tovar.

El C. Abel Carlos Vicencio Tovar: - Señor presidente; señoras y señores diputados: La decisión legislativa que venimos hoy a comentar, no es por parte del Partido Acción Nacional, el resultado de una iluminación pasajera o de un entusiasmo transitorio. Es, para nosotros, el resultado lógico de todo un proceso social, político y electoral, que se inicia cuándo mi partido presenta en la campaña de 1988 a la opinión pública, una plataforma en donde se señalan los fundamentales objetivos de un partido al servicio de su pueblo.

Se continúa el proceso en la misma campaña, en la campaña presidencial, con todas las proposiciones del que fuera nuestro candidato a la Presidencia; se continúa el proceso cuando ya dentro del período legislativo mi partido, Acción Nacional, presenta 14 iniciativas de reforma constitucional y todo un código federal electoral con más de 500 artículos.

No venimos pues a improvisar, no venimos a manifestar entusiasmos pasajeros, y la actitud que ahora asumimos y la que asumiremos con nuestro voto es simplemente consecuencia de un proceso que lógicamente se ha venido desenvolviendo.

Esta es una parte de la historia política de nuestro tiempo, en ella, el Partido Acción Nacional, partidos independientes y los ciudadanos, han escrito lo que tenían que escribir con experiencias, con ideas y con planteamientos.

La presencia nuestra en este momento, eso sí quisiera destacarlo, no es mérito ni de un hombre ni de un grupo, es en todo caso también el resultado lógico del esfuerzo sostenido por decenas de miles de mexicanos durante muchos años, para arrebatar el poder, el derecho de poder expresarse frente a sus contemporáneos. (Aplausos.)

Estamos aquí como en la culminación del encuentro, encuentro violento si es necesario, entre dos corrientes que se han movido en la contemporaneidad de México, la corriente de un pueblo que quiere acceder con libertad, con el derecho natural que le asiste a sus cuadros de gobierno para ser dueños de su propio destino y la corriente que significa el oligopolio, monopolio político que hace 60 años se inicia y en cuyas venas corre la sangre de la permanencia; no podía ser que estas fuerzas se encontraran como se están encontrando en este momento.

Digan ustedes: ¿qué grupo político, cualquiera que sea el nombre del partido que lo patrocine, está dispuesto a organizarse, cuando ya tiene el poder?, ¿qué grupo político en estas condiciones está dispuesto a ofrecer el poder a quien se lo disputa?

Yo creo señores que sería verdaderamente ingenuo pretender que el partido oficial, en esta ocasión o en otras similares, entregue en bandeja de plata el poder a la oposición. Yo sé que ustedes están conviniendo conmigo y que cuales quieran que fueran las palabras que vengan a pronunciar frente a esta tribuna, no destruyan la íntima convicción que tienen, no vamos a entregar el poder por modificación a las leyes, por cláusulas, artículos o demás, no, porque nosotros nacimos, piensan ustedes para determinar el poder por la vida misma.

Yo siento que ya están nadando, yo siento señores, que ustedes ya están nadando contra la corriente, que están de espaldas a la historia, que su tiempo se les acorta. Pensarán: hay que sacarle provecho al tiempo que nos queda. Y ahí está Pesqueira y ahí están todos estos que llenan las páginas de los diarios, sacando provecho al tiempo que les queda.

Pero es natural, pues, que en algún momento de la historia de estas dos corrientes, éstas tengan que enfrentarse y ésta es una de esas oportunidades: la corriente de un pueblo en pos de su libertad y la corriente de un gobierno que quiere mantenerse eternamente, contra todo y contra todos, en el poder; cualquiera que sea el signo social, económico y político que forma las características de nuestra sociedad contemporánea.

Si es así, si así es, habría que preguntarse con toda honradez: ¿tienen entonces sentido estos esfuerzos que hemos realizado, para realizar algo que se está llamando reforma política?, ¿si hemos admitido previamente que el poder no lo va a soltar con reformas legales, tiene sentido el esfuerzo de 500 diputados durante muchas y muchas horas de estudio, de controversia y de presencia política?, ¿tiene sentido, preguntaría nuestro pueblo, el gasto que significa una Cámara de Diputados que tiene que pagar el sueldo de 500 personas y toda la estructura que sostiene el trabajo camaral?, ¿tendría sentido la esperanza del pueblo, cuando alguna vez el Presidente de la República dijo que sí habría período extraordinario para que se debatiera sobre la reforma política?

Tal parece, señores, que no tendría ningún sentido todo lo que acabo de decir, pero, ¡ay de aquellos que han perdido la esperanza, porque han dejado de luchar!, ¡ay de aquellos que han perdido su naturaleza humana, enfrentada a la piedra de la incomprensión oficial!, ¡ay de aquellos que se olvidan que nacieron no sólo para el presente, sino también y sobre todo para el porvenir!

(Voces) - ¡Duro! ¡Duro!

A pesar de todo y como una expresión concreta de que un esperanza que se finca y un futuro mejor para la nación, no es ilusión vana, yo podría decirles que tiene mucho sentido la lucha. ¡Cuál es la intención del partido oficial y el gobierno al promover esta reforma política?

Si soy congruente con lo que acabo de afirmar, y creo que lo soy, la intención es: simplemente afianzar las riendas del poder. Y ahí tenemos esos artículos en que se perfeccionan ciertas formas de sobrerrepresentación, y ahí tenemos también la insistencia de los miembros del partido oficial para no quitar un ápice, ni de este tamaño, al poder del Presidente de la República.

Pero señores, en política, en política los actos de los hombres que tiene conciencia de lo que son y no simplemente por el grupo al que pertenecen, los hombres que tienen conciencia de lo que pueden hacer, provocan en la sociedad resultados que no estaban incluidos en el plan inicial, que no querían, pero que de todos modos serán aunque no quieran: son las fuerzas de la sociedad que chocan, son las corrientes de la opinión que van recorriendo las redes sociales y contagiando a todos los que forman parte de esa sociedad. Es la decisión de un gobierno en pos de su legitimidad

que logra en alguna medida legitimarse y en esa forma fortalecerse, pero que no puede evitar los resultados que se dan en la ciudadanía y tras ésos vamos, porque tenemos conciencia clara de que éstos se producen y se van a producir independientemente de los objetivos del régimen. En política todos los actos son plurivalentes y se produce cada una de ellos, produce muchos más efectos de los que estaban en el plan del que la inició. No nos chupamos el dedo, sabemos perfectamente lo que el régimen quiere, pero sabemos también perfectamente lo que el pueblo quiere cuando no da la espalda a la batalla que todos los días tiene que sostener.

(Desorden.)

Esta reforma electoral no es por supuesto la salvación, esta reforma electoral, como otras, va a dejar su huella y va a pasar a la historia, por muy importante que consideremos el tiempo en que vivimos, por mucha que sea la magnitud de un gobierno y de quien lo encabeza, que quisieran tener los del partido oficial, esta reforma es parte de la historia.

Y sin embargo, tenemos que exponer, en este momento histórico que estamos viviendo, todo nuestro valer como seres humanos, como si ésta fuera la última oportunidad que tiene el pueblo de México, como si después de lo que viene ya no viniera una oportunidad más, por eso no entiendo cómo se da la espalda a la lucha para debatir y para llegar a avances positivos para el pueblo de México.

Que abrimos simplemente un resquicio, sí es cierto, es simplemente un resquicio, pero los resquicios, las hendiduras que se abren permiten que los que están luchando metan las manos en ellos y abran la puerta a la libertad, al aire, al sol, y a la luz.

(Desorden.)

No vamos a obtener los objetivos que le pueblo de México ha anhelado con esta reforma electoral, sabemos perfectamente, y que quede definido, que con reforma a las leyes el pueblo no va a acceder a su libertad, pero si estas reformas, a pesar de lograr para el partido que las propone, alguno de los propósitos que acaricia, logra abrir un poco más esta fuerza que algún día caerá por el ímpetu de la ciudadanía, entonces se justifica el esfuerzo y se justifica a la aprobación de lo que es, no un avance como quisiéramos, pero una nueva oportunidad para el pueblo que no tenemos derecho a hacer a un lado.

Por algo, por algo la maledicencia ya está formando parte de esta guerra sucia a la que se nos quiere invitar, que hicimos cochupos, que rompimos alianzas y otras cosas por el estilo, el celo partidista, sobre todo de algunos, que van formando coro y esta maldicencia, este chisme político es todavía mas grande que el chisme familiar y que el chisme de vecindad, porque ese chisme pequeño, el de la vecindad que se arrincona en los quicios de las puertas para hablar mal de las personas, puede deberse simplemente a una incultura o a una posición muy superficial que no cale en lo profundo de la responsabilidad personal; pero el chisme político, señores, ése sí tiene un objetivo; el chisme y los chismosos que gritan tienen un objetivo muy claro y un interés muy claro, a veces ése es el mezquino objetivo de la posición del ingreso; y en otras simplemente el chisme inmoral para acabar a un adversario al que no se le quiere enfrentar como los hombres y se andan inventando cuentos para derrotarlo. (Aplausos.)

Ni hemos hecho alianzas, ni mucho menos hemos roto alianzas. Desde hace tiempo hemos manifestado reiteradamente, porque creemos que el diálogo es fructífero y el monólogo estéril, porque respetamos la aportación de todos los que piensan como nosotros y de todos los que piensan en contra de nosotros, porque tenemos profunda confianza y en la inteligencia y en el valor humano, hemos estado siempre abiertos a platicar, a parlamentar, a tratar con los diputados y compañeros de todos los grupos parlamentarios. ¡Claro, hay alguno por ahí que se asustó y nos cerró las puertas de la casa! (Aplausos.)

Entonces, está muy claro, hemos platicado, hemos seguido platicando, hemos procurado llegar a acuerdos concretos. Pero vean ustedes cómo la experiencia de la historia contemporánea, la de estos días, nos da la razón.

Alguna vez decía, y lo sostengo: no estamos dispuestos a hacer alianzas, como las entiende mucha gente, comprometen, enlazan la voluntad y la decisión, independientemente del juicio personal o de grupo que se puede hacer, y cuando por no estar con uno o estar con otro, somos de los buenos o somos de los malos, según el grupo que grite su epíteto. Cuando somos de los traidores o somos los patriotas; cuando somos los inteligentes o somos los tontos, simplemente porque diferimos en la posición política de algún grupo, la experiencia nos da la razón.

El Partido Acción Nacional tiene suficiente historia, tiene suficiente doctrina, tiene suficiente capacidad para marchar sin alianzas... (Aplausos.)

Pero también tiene el conocimiento y el respeto del hombre y, si es necesario, la humildad suficiente para tratar con todos y aprender de todos para caminar mejor en esta histórica batalla. (Aplausos.)

Ya es tiempo que quisiera dejar esta invitación a los compañeros de todos los grupos parlamentarios. El maniqueísmo hace mucho tiempo que desapareció de la faz de la tierra; la Edad Media quedó muy atrás, y eso de que nos estemos calificando los unos a los otros, de los buenos o los malos, de los inteligentes o de los tontos, de los patriotas o de los traidores, simplemente por el grupo al que pertenecemos, ya debe acabar para bien de los mexicanos.

Por eso, señoras y señores, por eso, porque a pesar de las clarísimas intenciones del régimen al promover esta reforma, porque tenemos y sentimos junto con muchos mexicanos, que no pertenecen a nuestro partido, la fortaleza suficiente para hacer más fuerte la corriente, que retrocede en el tiempo a aquellos que insisten en nadar en contra de ella; porque sabemos que esa corriente pronto habrá de imponerse porque tenemos conciencia clara de nuestro papel en el tiempo que estamos viviendo, porque tenemos la decisión definitiva de defender lo que tenemos y de rescatar lo que se nos ha arrebatado; porque sabemos que independientemente de consignas del partido o de partidos, el hombre puede acceder al cumplimiento de su destino. Por todo eso votaremos en favor y pido a mis compañeros que consideren esas expresiones. Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Humberto Esqueda, en contra.

El C. Humberto Esqueda Negrete: - Con su permiso, señor presidente.

«Compañeros legisladores; señor presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la honorable Cámara de Diputados; diputado licenciado Guillermo Jiménez Morales: la fracción parlamentaria del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, integrante de esta Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en mi calidad de diputado de dicha fracción, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por este conducto emitiremos nuestro voto particular en relación a las reformas y adiciones a los artículos 5o., 35 fracción III, 36 fracción I, 41, 54, 60, y 73 fracción VI base tercera de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos fundamentamos para ello en los siguientes

ANTECEDENTES

El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, en su nueva era y atento a las necesidades y clamores del pueblo mexicano para que se fortalezca la democracia mediante proceso limpios y claros y que el voto del ciudadano sea respetado a fin de abatir con esto el abstencionismo, atento a lo anterior, las diversas diputaciones federales del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, y en especial la de los integrantes de la LIV. Legislatura, presentaron diversas iniciativas de reforma constitucional en materia política - electoral, como consta en la exposición de motivos, cuando se señala que el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana propone reformas al artículo 56 constitucional en relación a la integración del Senado y por un gracioso acuerdo de la comisión que suscribe y que el contenido de la iniciativa presentada por nuestra instituto político a la reforma y adiciones de los artículos 36, 41, 71, 82 y 123, que analizados en el seno de la subcomisión con el carácter de propuestas alternas y de enmiendas a los artículos de otras iniciativas, a tal violación del artículo 71 fracción II 79 fracción III y IV de la Constitución general y 55 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, hicimos valer nuestro voto particular para que tales reformas propuestas se tomen en consideración en el pleno de la asamblea y por lo mismo la directiva de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales ha hecho caso omiso del referido voto, pues no aparece ni se ha dado lectura ante esta asamblea.

Hemos examinado en forma cuidadosa, atenta y con el escaso tiempo a que nos han obligado, la presentación festinada de la iniciativa de reforma y, en forma por demás curiosa, del proyecto que pareciera que fue elaborado por personas ajenas a este Congreso y atribuida su paternidad a la directiva de esta comisión, sin tomar en cuenta que el pleno de la misma encomendó la elaboración del referido proyecto a la subcomisión, por lo que además de ilegal y antijurídico, encontramos fundamentado para lo particular y lo que en general señalemos nuestra posición, cuando los elementos de juicio y al texto nos presenta la referida directiva, como dictamen de la comisión en cuanto a la reforma constitucional.

No consideramos necesaria la reforma al artículo 5o., en cuanto a que se establezca la remuneración a los profesionales en materia electoral, toda vez que en la actualidad no existen graduados de Harvard que por un sueldo burocrático desciendan de su torre de marfil para convertirse en alquimistas de toga y birrete; por lo que es costumbre en nuestro país el principio de improvisación haría que se les otorgue diplomas y títulos profesionales y que se incluyan en las nóminas de quienes en forma por demás artística y superando a los falsificadores profesionales en oscuros laboratorios y que perpetran hoy sin título y con un

puesto por debajo de la mesa que les reditúa pingües ganancias realizando el frente electoral.

No tiene trascendencia la reforma al artículo 36, que tal parece ser la panacea de la libertad y garantía del sufragio, puesto que los artículos transitorios segundo y sexto, están garantizando al sistema político mexicano que las cosas seguirán por secula seculorum, ya que los transitorios no señalan la perentoria para la aplicación de la referida reforma a la Constitución.

En la exportación de motivos, se dice que en la reforma al artículo 41 se garantiza la libertad, la equidad y la justicia al establecer los organismos electorales en que al final de cuentas resulta ser la misma gata, la misma gata revolcada; nada más que con diferente harina. Pues tales organismos son designados por el Ejecutivo, ya que es quien propone y el Legislativo le da el visto bueno, sin que para ello puedan intervenir los organismos políticos entre partidos y los ciudadanos. La falta de paridad y de igualdad de estos organismos constituye el meollo de la cuestión, puesto que con ello el gobierno se sigue garantizando la manipulación de organismos electorales, resoluciones que con un fundamento constitucional, hacen que jurídica y legalmente se realice el fraude de la voluntad popular contenida en el sufragio del ciudadano.

La reforma propuesta al artículo 54 constitucional no sólo constituyen una contrarreforma luterana, sino que en tal artículo se expresa el gran temor del partido mayoritario al establecimiento y florecimiento de un pluripartidismo benéfico para la nación. Por tal, parece que esta contrarreforma se quiere establecer en un bipartidismo aberrante en perjuicio de los ciudadanos a quienes con forma, señala la exposición de motivos, ya que se consumieron más de 260 días entre partidos políticos, organizaciones gremiales, colegios de abogados, profesionistas, institutos, colegios y universidades, integrantes de las cámaras locales de esta Legislatura, así como del Senado, en donde se vertieron opiniones sabias, discretas, bien intencionadas, y que en realidad representaron el sentir del pueblo de México y en su oportunidad a quienes representan los intereses de la contrarreforma.

Sabios antediluvianos, mejor conocidos en la jerga política como dinosaurios al servicio del mejor postor, tomaron las opiniones del pueblo, los cientos de miles de palabras, de cuartillas y ponencias, como lo hiciera en la propuesta el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el día 30 de agosto de 1989, las arrojaron sin ningún respeto para con el pueblo México, al bote de la basura, quedando una vez más de manifiesto para que el partido en el poder sólo palabras que pueden acomodar con demagogia pura sus reales intereses, como se demuestra en la iniciativa de reforma al artículo 54, en el que se considera como imperante la necesidad de establecer dos candados, no de gobernabilidad sino de mayoría absoluta en la Cámara de Diputados, al establecer la escala móvil ascendente, con los porcentajes necesarios para obtener una mayoría absoluta hasta llegar a tener 350 diputados por ambos principios, haciendo nugatoria por una parte la voluntad ciudadana y por otra la pluralidad partidista, puesto que con ello se crea un bipartidismo artificial y cibernético, al que nunca han aspirado ni aspiran los mexicanos.

Y del mismo tenor, en la desigualdad manifiesta en la calificación a través del Colegio Electoral en sus artículos 60 y 73, en lo referente a al elección y calificación de los representantes a la Asamblea del Distrito Federal, congruentes con la nueva era y la dirigencia del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, propuesta por la directiva de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, suscrita exclusivamente por aquellos que en su actuar son los más grandes enemigos de México y de su pueblo, y que esas propuestas no constituyen una verdadera reforma seria, congruente y a fondo con el clamor ciudadano.

Para obtener la libertad de darse su gobierno como lo enmarca la propia Constitución, mediante el sufragio libre y transparente, que ése se ha respetado en todas las instancias y por todos los organismos electorales, y toda vez que nuestro instituto político a través de sus iniciativas realizó las propuestas que a su juicio de los enemigos de la patria no tuvieron cabida en nuestra reforma constitucional, en sus 22 puntos con los que el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana desde los pasados comicios federales ha hecho público compromiso con los ciudadanos de la República entera, ello nos obliga a rechazar con toda la energía de nuestra representatividad ante esta asamblea las reformas que se proponen del dictamen.

Por todo lo anterior expuesto y fundado, nos permitimos proponer a la elevada consideración de esta asamblea, nuestro voto particular en relación a las reformas constitucionales propuestas en el dictamen de los artículos 5o., 53 fracción III, 36 fracción I, 41, 54, 60 y 73 fracción VI, base tercera de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los siguientes términos:

«Único. El Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, por conducto de su fracción parlamentaria, encontrando que la reforma constitucional propuesta no se apega a los lineamientos

marcados por el pueblo de México en las consultas habidas a partir de febrero de este año y de no ser la expresión de la ciudadanía, y esta reforma con algún avance no representa el sentir de México entero, en lo general y en lo particular nuestro voto es en contra, porque tenemos el tiempo suficiente para medir y proponer al primer período ordinario de 1990 las reformas que el pueblo reclama.

Lo firman el coordinador del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, diputado Oscar Mauro Ramírez Ayala y los diputados Juan Jaime Hernández, Vicente Luis Coca Alvarez, María Teresa Dorantes Jaramillo, Marco Antonio Castellanos López, Teodoro Altamirano Robles, Alberto Bernal González, J. Alfredo Monsreal Walkinshaw, Lorenzo Treviño Santos, Juan José Terrazas, Francisco Melo Torres, Erasmo López Villarreal, y el de la voz, Humberto Esqueda Negrete.» Muchas gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabras al licenciado Javier López Moreno, en pro.

El C. Javier López Moreno: - Señores diputados; señor vicepresidente en funciones de presidente de esta Cámara: Paradojas de la vida y de la historia, si hace años se hubiera presentado una propuesta de esta naturaleza casi no tendría yo ninguna duda en que se recibiría como una propuesta esperanzadora y ademas no se dudaría, ni de la buena fe ni de los propósitos y metas históricas plausibles por alcanzar.

Sin embargo, ese proyecto de reforma electoral, suscrito no exclusivamente por el Partido Revolucionario Institucional, debatido y examinado con todos los grupos parlamentarios aquí representados, pero no representativo, no de todos de los puntos de vista y ni siquiera de algunos de los más importantes puntos de vista de todas las fracciones parlamentarias, se recibe hoy en ciertos círculos con suspicacia, con reticencia, cuando no se le pone bajo sospechas.

Es también materia de rechazo abierto, sin disimulo y hasta de repulsa y, sin embargo, todo se vale en la liza política a condición de que las cosas se planteen primero con absoluta claridad y segundo de que haya correspondencia - consecuencia, entre aquellos que proclaman una cosa y que hacen o procuran hacer lo mismo, de tal manera pues que para mi partido, aunque no resulta sorprendente es ciertamente en alguna medida desconsolador que éste sea el efecto inmediato que provoque en algunos círculos.

Confiamos, sin embargo, en que por las directrices que están contenidas en este proyecto de dictamen, más allá de las circunstancias y de la coyuntura, que por desgracia todavía nos divide en algunos aspectos que debiera encontrarnos convergentes, insistimos, tenemos confianza en que en mediano y en largo plazo, se diga que aquellos legisladores que pactaron en esos términos la reforma, tuvieron razón porque le hicieron bien al país, y voy a explicar, si ustedes me lo permiten, algunas de las razones de carácter general que asisten a los diputados priístas que presentan este proyecto de decreto.

Pero antes me voy a sumar a algunas voces de inconformidad por lo que este proyecto de dictamen no pudo alcanzar. Coincido con José Trinidad Lanz Cárdenas, quien ha sido un esforzado promotor de la siguiente idea: mientras menos se toque a la Constitución es mejor. Y no porque la erijamos en un objeto totémico o de tabú, cuando que es ciertamente el eje rector de nuestro actos públicos cotidianos, sino sencillamente porque la Constitución como suma de las decisiones políticas fundamentales de la nación, debiera ser un conjunto de normas sustraídas a cierto impulso reformista que sobre todo se hace presente en materia electoral, cuando hay victorias súbitas o descalabros no previstos, cuando existen coyunturas que a veces obligan a darle o proyectarle vida a organismos políticos que de otro modo no lo podrían tener. O bien, cuando por alguna otra circunstancia, no mezquina, valedera en materia política, hay que reformar a la Constitución por que en ella está todo lo que es prácticamente electoral.

En esta ocasión no pudimos alcanzar el propósito de dejar incólume a la Constitución y ni siquiera pudimos situar ahí algunas directrices que nos prevengan de esto en el futuro. Hemos escriturado en el proyecto de dictamen, que en la Constitución deben aparecer varias declaraciones que no tanto en escrupuloso y estricto derecho, sino en buena lógica jurídica, deberían aparecer en la legislación ordinaria.

Pero tiempo habrá, quizá para otros mexicanos, para que le den el cambio definitivo a la Constitución, insisto, que nos preserve y la preserve a ella, de esta voluntad manifestada tan reiteradamente de amor a las reformas.

Otra insatisfacción. La intervención de los partidos políticos en los organismos electorales, indica el sentido común que los partidos por ser parcialidades interesadas, porque lo que a ellos se les debe exigir no es más que la visión de mundo y de la vida y la defensa de sus intereses específicos no deberían participar en funciones electorales. Pero hace muchos años que cometimos el error consciente e inconsciente de incorporarlos o de

incorporarnos a estas funciones, y ahora a lo más que hemos podido llegar, es a conferir una representación moderada, proporcional a los partidos políticos.

Pero la búsqueda de la imparcialidad choca casi inevitablemente, con la presencia de los partidos políticos; sin embargo, no se me escapa que por otro lado hay una contradicción que han planeado muy bien otros estudiosos de la materia y otros protagonistas políticos.

Muy bien, y si los partidos políticos no intervienen en las funciones electorales que intervengan entonces los representantes de los ciudadanos y aquellos que se distingan por no haber hecho política, no haber militado en un partido, no haber desempeñado ningún cargo de elección popular, no haber desempeñado ningún puesto en el gobierno municipal, estatal o federal, como si hacer todo esto, de por sí representara una prenda virtuosa o de una ausencia de defectos. Como si estuviéramos reivindicando a los supuestamente puros de la sociedad, que vienen a hacer aseo y limpieza en el mundo de por sí corrupto de los políticos.

No hemos, insisto, acabado de resolver esta contradicción. Por ahora, el Partido Revolucionario Institucional está de acuerdo en que un cierto número de magistrados que estarán en los organismos electorales y en el nuevo tribunal electoral, efectivamente blasonen de estas prendas; pero, insisto, en que a título personal, hay un cierto rescoldo de insatisfacción porque no se han acabado de equilibrar ambos intereses.

Una última.: La complejidad de la legislación. El nuestro es un país que difícil, azarosamente tiene en promedio, el cuarto o con mucho optimismo el quinto año de primaria.

Tenemos una legislación que pareciera...

(Desde una curul): - Pugnada por el Partido Revolucionario Institucional.

El C. Javier López Moreno: - Efectivamente, propugnada por el Partido Revolucionario Institucional, acepto la parte de auto crítica y de corresponsabilidad, que pareciera a una sociedad, al menos distinta a ésta.

En este proyecto de reforma electoral no hemos avanzado tampoco de manera medular para simplificar las cosas, y a pesar de todo esto, yo pienso que se trata de un mínimo de acuerdos políticos que le van a hacer bien a los que lo aprueben, a los que lo rechacen, o a la sociedad en su conjunto.

No se me escapa que acaso algunas agrupaciones políticas paguen supuestamente facturas relativas a su presencia política nacional. Tampoco se me escapa que otras agrupaciones políticas pueden usufructuar el resultado de esta reforma electoral, siendo sus opositores.

Es absolutamente válido que así ocurra y sin embargo, coincido con el señor representante del Partido Acción Nacional, en que aquí se trata de coincidencias fundamentales sobre asuntos específicos; no hay ni atrás ni a los lados ni arriba ni abajo alianzas de otro tipo.

Pero vayamos pues a explicar algunas de las razones concretas, específicas, que mueven al Partido Revolucionario Institucional, a refrendar no solamente su apoyo en esta propuesta, sino a pedirlo a los demás señores diputados aquí presentes.

Se ha dicho que el Partido Revolucionario Institucional presentó una propuesta electoral y prácticamente se petrificó porque no se movió nunca. Voy a demostrar con ocho ejemplos, que los voy a enumerar, de qué manera el Partido Revolucionario Institucional transitó de su posición original, a la que ahora presenta a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados.

Primera. en el proyecto original de mi partido, se decía, como se dice ahora, que la organización de las elecciones es una función estatal que se ejerce por los poderes Legislativo y Ejecutivo. Hasta ahí.

En el Proyecto que ahora se presenta como resultado de la búsqueda del consenso, de los planteamientos válidos aceptables de otras agrupaciones políticas, estimamos conveniente y así lo escrituramos ahora, que se diga que esta organización debe de contar con la participación de los partidos políticos nacionales y de los ciudadanos. No se trata de una adición de carácter gramatical nada más, es una adición que compromete, que tiene y que tendrá efectos obligados, casi podría decirse fatales, en cuanto que serán necesarios. Este será un tema de mucho debate a la hora de que entremos a la redacción de la legislación ordinaria en su puesta al día.

Pero vayamos al ejemplo número dos. ¿Cuáles decíamos incluso en la pasada intervención mía que eran las características que permitirían darle satisfacción a la urgencia de la transparencia electoral? Dijimos que eran tres: la imparcialidad, la objetividad y la certeza.

Ahora vamos más allá, con el mas allá planteado por partidos oposicionistas que enriquecieron este

proyecto. Y explicamos que serán características, no nada más estas tres, sino también la legalidad y podría yo decir la nueva legalidad y el profesionalismo.

Me detengo nada más en una cuestión por si acaso sería abusar demasiado en entrar en explicaciones prolijas.

¿Cómo se satisface al interés de la objetividad? Si decimos que cómo se satisface, es porque no se acaba de satisfacer lo contrario, la subjetividad que priva en muchos organismos electorales.

La fuente de la subjetividad es la discrecionalidad, el libre arbitrio establecido legalmente para muchos órganos electorales en la actualidad e incluso para titulares de órganos electorales que indebidamente ejercen funciones colegiadas, que deberían de pertenecer por antonomasia al órgano como tal.

Si nosotros establecemos una reglamentación precisa de las funciones, de las atribuciones de los organismos electorales y de sus titulares, diferenciando muy bien cuáles corresponden a unos y cuáles corresponden a otros, veremos que le vamos a taponear los resquicios a la subjetividad, es decir, a la discrecionalidad y con eso también estaremos obturando las posibilidades de las arbitrariedades.

Tercero. Se dice en la nueva propuesta de quienes suscriban este proyecto, que el organismo político de que se habla contará con órganos de vigilancia que se integrarán mayoritariamente, subrayo esta nota típica "mayoritariamente", por representantes de los partidos políticos nacionales. Esto tampoco estaba, pero satisface a la necesidad y al imperativo de contar con un sistema sólido, afianzado, de partidos políticos que así sea, y por eso no sólo estamos de acuerdo en defenderlo sino que así lo postulamos.

Cuarto. El hecho de que las sesiones de todos los órganos colegiados electorales se llevaran a cabo a la luz pública y esto lo vinculo con el siguiente punto, el quinto, que se refiere también a la necesidad del carácter público de las actuaciones del tribunal electoral.

No es porque se quiera hacer casi en la clandestinidad, en lo privado, lejos de las candilejas o de los medios de comunicación, que el legislador en ocasiones determina que algunos actos de carácter público o de interés social se lleven a cabo de manera privada, en ocasiones, incluso, establece la protesta de los órganos o fija condiciones en las cuales es posible hacer público; sin embargo, como hay una demanda generalizada de que se abata toda barrera y todo velo de suspicacia en la materia político- Electoral, aun y cuando el Partido Revolucionario Institucional no coincida del todo con el origen de esta demanda, estuvo de acuerdo con que sus repercusiones serán altamente saludables para el país y por eso así lo estableció.

Sexto. El tribunal electoral será de carácter autónomo, eso tampoco esta previsto en la propuesta del Partido Revolucionario Institucional.

Séptimo. Cuáles son las características que deben llenar aquellos que sean magistrados del tribunal o lo que la ley llama consejeros magistrados del organismo superior electoral.

Estuvimos de acuerdo, incorporamos la demanda de que cuando menos llenen los requisitos que ahora se demandan o exigen para ser ministros de la Suprema Corte de Justicia.

Se ha preguntado y se ha planteado aquí cuál es el requisito que alude al profesionalismo, no tiene caso significarlo, basta con señalar que atañe al conjunto, de conocimientos, habilidades y destrezas, propias para ejecutar un encargo de esa naturaleza; pero tratándose de otro tipo de actitudes, éstas las estamos refiriendo, sobre todo, al sustrato ético y soslayable que debe tener todo legislador en materia electoral.

Octavo, y último. Hemos aceptado lo que no queríamos aceptar y nos negábamos a aceptar porque no encontrábamos razones convenientes o suficientes en la oposición: el que las resoluciones de este tribunal electoral requiera por fuerzas de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara.

Sé que se podrá decir que hay sus bemoles o sus asegunes, porque en la legislación se deja la puerta entreabierta a que si no hubiera una decisión de esta naturaleza, por la vía de la insaculación se resolviera el asunto. Pero ciertamente confío en que como lo han de creer y atender los demás señores diputados, el hecho de haber abierto la legislación a esta demanda dotar de mayor fuerza jurídica las resoluciones del tribunal, es un paso adelante.

Quiero concluir con lo siguiente: Quisiera que pudiéramos apartarnos de los extremos. Quien lea el artículo 60 de la Constitución, párrafo cuarto, y lo haga con cuidado, advertirá que en estos dos párrafos que atañen a la regulación de los organismos electorales y del tribunal electoral, había ya un avance. Pero esto es, a pesar de que era un gran avance, ahora un pequeño avance en

comparación no nada más con el número de resguardos y de garantías de las que ahora se rodea a estos organismos, sino también con relación al sistema electoral en su conjunto y en la nueva mecánica de recursos electorales.

Ojalá que nos podamos apartar de los extremos. He escuchado opiniones públicas, en el sentido de que esto es una contrareforma. Y no nada más eso; que es práctica o realmente una agresión. No puedo coincidir en calificativo de esta naturaleza.

Tampoco quemaría incienso diciendo que se trata de la última y la gran oportunidad histórica de este sistema político y que no tiene precedente. El sistema político mexicano ha hecho cosas, algunas que han resistido al tiempo, pero ciertamente algunas de las que ahora incorporamos va a mejorar el estatu quo. Tampoco me gustaría atribuir el mérito de esta reforma electoral, como aquí se planteaba a quien se le refiere, a un solo hombre. Creo que en ese tiempo que nos demanda mayor madurez y sensatez política, podríamos decir que "si no nos es dable ya humanizar a los dioses, al menos no endiosemos a los hombres". Y que los que aquí pacten la reforma y no la pacten pero la sepa defender en su momento, sean los merecedores del crédito correspondiente. Muchas gracias (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene la palabra el diputado Ignacio Castillo Mena, quien hablará en contra del dictamen.

(Desorden.)

Se suplica a las galerías guarden orden y respeto al orador.

El C. Ignacio Castillo Mena: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Finalmente venimos a la discusión en este día aunque estábamos seguros que no iba a ser así, se nos afirmó el día de ayer que sería hasta mañana cuando se haría la discusión del proyecto de dictamen, pero a última hora se cambió de fecha y yo le veo dos posibilidades a este cambio; una, que el Partido dela Revolución Democrática no estuviera presente en la discusión del dictamen y la otra que los nuevos aliados del Partido Revolucionario Institucional pudieran arrepentirse de su alianza.

(Desorden.)

Quiero decir que hemos escuchado la lectura del dictamen, ayer en la sesión de la Cámara de Gobernación y Puntos Constitucionales, hoy aquí en la Cámara carece de exactitud y de verdades desde el principio, se dice que solicitó el coordinador de la fracción del Partido Acción Nacional el día 15 de junio que se convocara a un período extraordinario y que en respuesta a ello la Comisión Permanente ya lo había hecho. Eso es falso de toda falsedad.

En diciembre, unos días después de que el Ejecutivo había tomado posesión de su cargo, el grupo del Partido Acción Nacional visitó al Ejecutivo y éste prometió que el 1o. de junio habría un período extraordinario de sesiones para la reforma electoral y tuvo que ir el Partido Acción Nacional a la tribuna de la Comisión Permanente a exigir que se cumpliera con la palabra de invitar a la Comisión Permanente para que convocara a ese período extraordinario de sesiones y pongo como testigos a los propios panistas.

(Voces.)

Nosotros, a partir del 28 de agosto que asistimos confiados a la inauguración de este período extraordinario de sesiones, nos dedicamos a prepararnos, a estudiar, a ver las posibilidades de cambio, hicimos alianzas con Acción Nacional, con el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, con la fracción parlamentaria de diputados independientes y dimos a conocer por todos los medios de comunicación cuáles eran nuestras proposiciones, fundamentalmente la existencia y la creación de un órgano el que controlara los procesos electorales, imparcial, equitativo, autónomo, en el que estuvieran representadas todas las corrientes políticas e ideológicas y eso, ¿qué sucedió, señores?

Yo voy a contestarle al señor diputado López Moreno, que ese órgano no responde a lo que nosotros propusimos, Acción Nacional y nosotros, es un órgano que está constituido en mayoría predeterminada en favor del Partido Revolucionario Institucional, del gobierno, por 13 a ocho y antes, señores, en el código federal actual en vigor, la diferencia es de tres, había 16 representantes del Partido Revolucionario Institucional gobierno y 13 de la oposición, ¿díganme ustedes si se ha avanzado, cuando ahora la diferencia es de cinco? Hay la predeterminada configuración de 13 contra ocho de la oposición y de esos ocho, seguramente el partido del gobierno va a trabajarlos para que se reduzcan a media docena o menos.

Hicimos pacto, lo sostuvimos hasta el último momento, hemos recibido dos albazos continuos, el del viernes para el sábado con la noticia de que nuestro antiguo aliado había dejado de serlo para convertirse en el aliado del Partido Revolucionario Institucional y el día de hoy, con la noticia de que íbamos a discutir el documento que sabíamos que sería mañana, esa es la estrategia del Partido Revolucionario Institucional, la mentira,

el engaño, por eso, señores panistas, yo les hago la exhortación más cordial, de amigos que hemos sido y seguiremos siendo, yo hago una exhortación a los compañeros panistas, antes de dar su voto, hagan la reflexión, el costo político es muy alto, el Partido Revolucionario Institucional ha llegado a su decadencia, está integrado por la ultraderecha.

(Desorden.)

Lo conducen y lo representan los miembros de la ultraderecha y no queremos ser testigos de la alianza de los neoconservadores con los viejos conservadores, de las ultraderechas con las añejas derechas, repudiamos la conducta del Partido Revolucionario Institucional como la repudia el pueblo de México.

(Desorden.)

La reforma que presenta el Partido Revolucionario Institucional a la consideración de la asamblea, es una contrarreforma que, de siete grandes temas que señalamos conjuntamente aborda tres y sin satisfacer los deseos de todos los partidos políticos independientes: "se cree un órgano el que maneje los procesos electorales, como ya lo he afirmado, que no está integrado equitativamente, que no puede ser imparcial y que no va a funcionar libremente"; se cree un tribunal integrado por magistrados que solamente deben reunir requisitos constitucionales, pero no como pedíamos Acción Nacional y nosotros, con requisitos de idoneidad, sin antecedentes de desempeño de cargos públicos sin antecedentes de militancia en cargos políticos, sin antecedentes de militancia en los diferentes partidos, porque queríamos a los mejores hombres para que hicieran justicia en los procesos electorales, ahí fuimos burlados el Partido Acción Nacional y todos los partidos políticos independientes y a pesar de eso se fusionan para aprobar lo que no querían.

Estamos viviendo una etapa de dolor y de vergüenza para el pueblo, los conservadores de antaño y los conservadores de la tecnocracia agreden al pueblo y a la democracia manchando la constitución; no nos vamos a prestar a ese juego, porque queremos conservarnos limpios; no estamos dispuestos a avalar...

(Desorden.)

Por favor, señor presidente.

El C. Presidente: - Permítame, señor diputado. Se le ruega a las galerías guardar orden y evitarle a esta presidencia tomar la decisión de cumplir con el reglamento y mandarla desalojar.

Continúe, señor orador.

El C. Ignacio Castillo Mena: -Repito, no estamos dispuestos a suscribir un documento, la reforma al documento máximo, a la Carta Magna, cuando sabemos que no lleva el propósito de servir realmente a los intereses de los electores, no lleva el propósito de hacer una reforma constitucional que garantice el ejercicio del sufragio, el respeto a los derechos políticos, la justicia en los procesos electorales que no representan la libertad ciudadana, no está integrado debidamente ninguno de los órganos que se proponen y, es más, de los siete que propone el Partido Revolucionario Institucional, se reduce a tres: o sale ofreciendo la apertura del Senado, se lo decía yo al líder personalmente, den una muestra de apertura, abran las puertas del Senado de la República, que es un cuerpo casi muerto y entonces estarán diciéndole al pueblo: "ahí está la vía para representar al pueblo".

(Desorden.)

Yo quiero recordar a ustedes, señores, a los que van a suscribir las reformas a la Constitución Política, que en 1986, José Ángel Conchello y Juan de Dios Castro, líderes respetables de Acción Nacional, combatieron la reforma electoral precisamente por la integración de la Cámara, precisamente por la sobrerrepresentación del electorado en la Cámara de Diputados, precisamente porque sabían que estaban creando un órgano que no representaba lealmente a la ciudadanía; esos paladines de Acción Nacional dijeron su verdad en su tiempo y, vuelvo a repetir, señores, antes de suscribir ese documento piensen en el costo político que esto puede representar el día de mañana. Conchello Juan de Dios Castro fueron limpios luchadores, hay que seguir su ejemplo y evitar que el Partido Revolucionario Institucional consume una contrarreforma electoral.

(Desorden.)

Es muy cómodo, señores, ser espectadores, abrir las puertas de las galerías que ex profeso trae el Partido Revolucionario Institucional para burlar a los oradores de la oposición. Y luego, cuando en nuestro libre ejercicio del derecho venimos a la tribuna y decimos nuestras verdades, entonces nos dicen: ¿que por qué provocamos esos zafarranchos en la Cámara de Diputados?, ¿por qué permitimos que en las galerías vengan hombres libres y no adoctrinados como los que traen ustedes?; ¿porque tenemos la seguridad de que venimos a cumplir con nuestro deber, porque venimos a decir la verdad de los mexicanos? La Constitución de México no debe ser parchada, porque no es posible que una reforma constitucional tan traída y tan llevada por el propio Presidente de la República por las cámaras, simplemente se hagan ajustes de última

hora para poder justificarse ante la opinión pública, el Secretario de Gobernación y los líderes de las cámaras, que sí hubo reforma electoral y mienten, porque ésa no es reforma electoral, ésos son parches a la Constitución, porque temen a que rueden sus cabezas si no cumplen con el señor que está en Los Pinos.

(Desorden.)

Yo voy a concluir esta intervención porque no es posible continuar adelante, solamente a la gente decente, a la gente capaz, a Acción Nacional le digo: no se fusionen con el Partido Revolucionario Institucional, porque se van a arrepentir toda la vida.

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Juan Miguel Alcántara Soria.

El C. Juan Miguel Alcántara Soria: - Ciudadano presidente; señoras y señores legisladores: Al proclamar nuestra norma constitucional, que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, federal, resulta indudable que la participación de los ciudadanos en la formación de la voluntad estatal se convierte imperativamente en una de las características determinantes de nuestro sistema político: todo poder público emana del pueblo y se instituye para beneficio de éste.

Acción Nacional, que es una asociación libre de ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos cívicos constituidos en partido político nacional, con el fin de intervenir orgánicamente en todos los aspectos de la vida pública de México, tener acceso al ejercicio democrático del poder y lograr insertar en la plural cultura nacional sus principios y los valores políticos que proclama, comparece ante esta representación nacional para exponer las razones del voto del grupo parlamentario del Partido acción Nacional.

Esta asociación libre de ciudadanos ha participado con seriedad y con responsabilidad en todas las etapas de los procesos de reforma electoral desde hace más de 40 años y hasta el que en esta jornada y desde hace meses nos ocupa, encaminados a encontrar la definición común de reglas, claras del juego electoral aplicables a todos, búsqueda que tiene por objeto sobre todo evidenciar la voluntad política del gobierno federal, de su partido y de los otros agentes políticos y ayer como hoy, cuando ha encontrado posibilidades de voluntad política, ha tratado de lograr los máximos avances consciente de que la instauración de la democracia como forma de gobierno y como sistema de convivencia, es en todas partes un proceso dinámico jamás perfectamente alcanzado, siempre parcialmente realizado, pero consciente también de que en México el ideal revolucionario de sufragio efectivo aun no ha sido alcanzado.

Hemos analizado el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales votado la madrugada de hoy, al que formulamos las consideraciones que desde la perspectiva de los siguientes criterios políticos y jurídicos nos merece.

Primero. Afirmamos que la participación política se encuentra indudablemente unida a la idea de representación, asimismo, que las normas que rigen el proceso de representación política configuran, por su propia naturaleza, las bases para el desarrollo democrático del sistema político y, por ende, de la comunidad política, por eso todo régimen democrático debe respetar, promover y garantizar mediante procedimientos electorales imparciales y objetivos, la expresión y la representación de las minorías, los derechos del ciudadano para intervenir en el proceso de integración del gobierno al que vive sujeto y a formar parte de del propio gobierno y debe asegurar a los ciudadanos la libertad de información y su libertad de criticar a quienes ejercen el poder.

Así, las elecciones sí son auténticas, cumplen esencialmente el papel de legitimar el sistema político y el gobierno de un partido, cuando probadamente falta este requisito de la autenticidad, los procesos electorales se reducen a simples formalismos vacíos.

Los artículos 9o., 35, 39 y 41, de la Constitución, consagran los derechos de participación y de asociación políticas como auténticos derechos fundamentales que afectan al propio principio de legitimidad del sistema democrático, pero esos derechos políticos no cuentan para su garantía con mecanismos jurídicos y materiales idóneos; la efectividad del sufragio es uno de los temas fundamentales de nuestro constitucionalismo histórico en el que se concibe al sufragio como un derecho, una obligación, una función y un servicio.

Propusimos adiciones a los artículos 5o., 9o., 97, 107, 115, y 116, para dar garantías a estos derechos que no fueron recogidas en el dictamen a comento, salvo la iniciativa panista de considerar como prerrogativa del ciudadano el asociarse libre y pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país, que fue recogida no en el capítulo de garantías individuales, sino en el artículo 35.

Segundo. Por cuanto a la fórmula electoral se refiere, todos sabemos que nuestro sistema

electoral no ha ido evolucionando, de un sistema mayoritario simple, a un sistema mixto con preponderante mayoritario, pero lo característico de nuestro régimen electoral es el continuo falseamiento de las elecciones caracterizado por varias realidades: la implantación de diferentes técnicas de falseamiento electoral tendientes a asegurar una representación política determinada programada ya oficialmente; la existencia del corporativismo como elemento determinante de una pretendida representación política; en esta oportunidad, los legisladores del partido oficial tampoco han estado a la altura de las circunstancias, dando lugar a un agudo enfrentamiento entre el principio de legalidad y el principio de legitimidad.

Si bien se logra reformar y adicionar el artículo 36 para establecer la obligación ciudadana de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y la del Estado para expedir el documento que acredite la ciudadanía mexicana, el gobierno federal y su partido se han comprometido a implementarlos a la brevedad posible, ya que ciudadanos y partidos vigilaremos su correcta organización y funcionamiento. Nos ocuparemos de que así sea.

Sin embargo, no se satisfacen nuestros requerimientos en cuanto al consejo federal del sufragio, tribunal federal de elecciones y sistema de calificación electoral; distingamos:

a) Es positivo el dictamen por cuanto desecha la iniciativa priísta y conserva el derecho constitucional de los partidos y los ciudadanos, de participar en la organización de las elecciones federales, como lo proponía la iniciativa panista correspondiente;

b) Son positivos los criterios rectores de esta función estatal que se enuncian en la Constitución: certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y profesionalismo, pero éstos tendrán que ser completados de forma que se reduzca drásticamente la distancia entre normatividad constitucional y normatividad reglamentaria y entre éstas y la normalidad y, sobre todo, debemos resolver las crisis de incongruencia entre el decir y el hacer, entre el prometer y el cumplir, y

c) Sin embargo, nos parece deficiente y poco confiable el mecanismo de proposición y designación de los consejeros magistrados y de los magistrados del tribunal. Exigimos que las propuestas del Ejecutivo sean previamente concertadas con las fuerzas políticas nacionales, como nos fue asegurado, con el objeto de garantizar humanamente la objetividad e imparcialidad de esos organismos y en su oportunidad propondremos alternativas legales que sean satisfactorias para las partes.

Una ley electoral, para serlo realmente, debe contener por lo menos el núcleo central de la disposición referente al proceso electoral, materia que comprende lo relativo a quiénes pueden elegir, y a quiénes se puede elegir y bajo qué condiciones, para qué espacio de tiempo y bajo qué criterios organizativos y bajo qué punto de vista procedimental; toda norma electoral debe ser concebida como un instrumento para establecer las reglas del juego; ello significa que debió buscarse el máximo apoyo parlamentario posible, para que en aras de la estabilidad democrática no se cuestione su propia legitimidad; el compromiso de los diputados de Acción Nacional de lograr la legitimidad de la legalidad, subsiste hasta que encontremos esas reglas claras aplicables a todos y anteriores al acto de votar.

La consecución del consenso conlleva ineludiblemente a la renuncia de posiciones partidistas reprobamos que el partido revolucionario institucional haya renunciado más a aspectos formales que sustanciales, siempre supimos que el sistema electoral es una de las bases fundamentales de enfrentamiento entre los grupos políticos, pero los tiempos nuevos que la ciudadanía demandó exigen superar los miedos, las resistencias y los inmovilísticos.

Por cuanto hace el tribunal federal de elecciones y al sistema de calificación electoral, reconocemos ciertos avances. El dictamen, a nuestra consideración, se alejó parcialmente de la iniciativa del partido oficial para recoger criterios contenidos en las iniciativas de oposición, tendrá a su cargo el control jurisdiccional de la legalidad de todo el proceso electoral, será organismo autónomo y no administrativo, como el actual Tribunal de lo Contencioso Electoral, funcionará en pleno y en salas regionales y tendrá a su cargo actividades relativas a la calificación de las elecciones federales, sus resoluciones serán obligatorias para los colegios electorales.

La sobrevivencia innecesaria y hasta ahora perjudicial de los colegios electorales, es algo con lo que no podemos estar de acuerdo, pero en aras de seguir continuando y considerando que los colegios electorales sólo certificarán en principio, la elegibilidad de los candidatos y la conformidad a la ley de las constancias para hacer la proclamación de legisladores y presidente electos y que se reduce notoriamente la discrecionalidad de los mismos, reconocemos este avance e insistiremos en la adopción del sistema de heterocalificación judicial por las zonas contenidas en nuestra iniciativa.

También reconocemos la coincidencia del dictamen con nuestra propuesta constitucional en el sentido de que la ley establecerá los medios de

impugnación, sanciones y responsabilidades para garantizar que los actos de los organismos electorales, se sujeten a lo dispuesto por la Constitución y las leyes que de ella emanen.

Es también nuestra demanda que dicho sistema dé firmeza, definitividad, a las distintas etapas de los procesos electorales siempre que se garantice su sujeción invariable al principio de legalidad enunciado reiteradamente en el dictamen.

Por cuanto hace a las fórmulas de integración de la Cámara de Diputados y de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, sostenemos aquí y ahora, que las funciones que debe cumplir todo sistema electoral son las de producir representación, legitimación y gobierno, o sea, participación del pueblo, cesión voluntaria del derecho del mando que una parte del pueblo hace en favor de una fuerza y estabilidad con eficacia.

La función de gobernabilidad supone la realización previa de los otros dos supuestos: representatividad y legitimidad; sin embargo, al Partido Revolucionario Institucional como toda fuerza autoritaria, le preocupa sobre todo lograr la gobernabilidad, aun sin sus prerrequisitos de representación y legitimación; en este punto el dictamen se aleja diametralmente de la iniciativa panista y de las demás oposiciones.

En todos los momentos del diálogo y monólogos dijimos a los diputados del Partido Revolucionario Institucional que deberíamos producir las tres funciones y que podíamos entender estipulaciones de estabilidad como mecanismos transitorios; aún más, pensamos que en una posición madura y responsable, bajo condiciones legítimas y verificando la situación actual de nuestro subsistema de partidos, podemos encontrar procedimientos temporales que permitan al grupo en el poder planear, programar y efectuar un descenso pacífico, tranquilo y seguro para el país, puesto que un aterrizaje no programado, de emergencia, pudiera generar vacíos de poder o disputas por el mismo margen de la representatividad y de la legitimidad.

Convocamos a todos a encontrar fórmulas que produzcan menos sobrerrepresentación para uno en perjuicio de los otros, atendiendo a criterios de un sano realismo, de un realismo moderado y desechando posiciones racionalistas que desprecian las experiencias y vivencias familiares y hasta de los pueblos, así como escepticismos y pragmatismos.

Se reconoce que la adopción de un sistema electoral concreto no es decisión fácil ni neutra, sino una auténtica decisión política que trata de proteger determinados intereses pero también pensamos que éstos deben ser legítimos y estar subordinados en todo tiempo al interés nacional del cual se derivan y en el cual concurren.

El sistema electoral interacciona en particular con otro subsistema, el de partidos, con consecuencias sobre su estructura y número definido por otra parte el grado de representación y pudiendo influir sobre la formación de los gobiernos y sobre la eficacia de su acción.

Así, el sistema electoral puede incidir sobre la naturaleza y dinámica del sistema político en su conjunto, de ahí la exigencia de actuar con veracidad, justicia y prudencia.

Nuestra norma constitucional exige un sistema electoral democrático y libre, que cuente con mecanismos que aseguren el correcto desarrollo de la elección, de modo que culmine con la declaratoria de los preferidos por los electores; asumamos nuestra función de reglamentarla correctamente.

Hay que destacar la capacidad del subsistema electoral propuesto en el dictamen como elemento del sistema de dominación, donde se inserta para convertirse en una medida de obtención de rentas electorales, que en última instancia buscan facilitar la perpetuación en el poder de la fracción política dominante.

Esa potencialidad es injusta, ilegítima, antidemocrática; nos comprometemos a lograr con los demás la adopción de un sistema mixto en el que lo proporcional tienda, cualesquiera que sean sus modalidades, a la idea fundamental de asegurar a cada partido político una representación si no matemática, cuando menos sensiblemente ajustada a su impotencia real.

Se quedaron en las versiones estenográficas y en las minutas la mayor parte de las 19 instituciones y puntos constitucionales que razonablemente producirían un cambio democrático de las estructuras políticas; la adopción de los derechos políticos como garantías individuales, la procedencia del amparo en materia política, el control de la constitucionalidad en materia electoral por la Suprema Corte de Justicia, la participación responsable de los medios de comunicación social en los procesos electorales, la apertura al pluralismo del Senado, la consideración de que los símbolos nacionales son patrimonio común de todos los mexicanos, la iniciativa popular, la revocación y el referendum.

Dejamos a salvo nuestro derecho para reimpulsar estas iniciativas cuando exista una actitud más

democrática, más abierta y receptiva al pluralismo nacional; nuestro voto es razonado porque todos somos responsables, la reforma política tendrá la realidad y la calidad que todos queramos darle; nuestro voto es razonado porque tendremos que aprender a coexistir en el ejercicio del poder; nuestro voto es razonado porque somos y seremos un interlocutor serio, constructivo, racional.

Señoras y señores del Partido Revolucionario Institucional, no tengan miedo a abrir las puertas de par en par a la democracia. (Aplausos.)

(Voces.)

El C. Presidente: - Silencio en las galerías.

El C. Juan Miguel Alcántara Soria: -No tengan miedo a legitimarse, a pesar de que hayan jurado fidelidad a las leyes autoritarias no escritas, no tengan miedo a la transición democrática, pacífica y ordenada, no tengan miedo a la institucionalización del pluralismo político; mejor tengan miedo a seguir perdiendo la confianza de los mexicanos, tengan miedo a su incapacidad de renovación, tengan miedo de hacer a la media luz que hace un año crepúsculo, en lugar de reconocer que pudo ser el alba de un México distinto, nuevo, moderno, democrático; de eso tengan miedo.

Este es un pequeño paso en la marcha histórica del pueblo de México hacia la democracia, esta marcha continúa; demos este pase no como si estuviéramos de lejos satisfechos, sino como base necesaria para avances mayores e impostergables, hagamos hoy posible lo posible para que en el pronto mañana podamos entre todos construir lo deseable.

Finalmente, desde antes que algunos dejaran sus originales partidos, Acción Nacional ya estaba denunciado y reprobando la inmovilidad política, ahí está nuestra autoridad, desde allá, desde muy lejos viene, no hemos, insistimos en ello, no hemos hecho alianzas con nadie y en última instancia, no nos preocupa el costo político para el Partido Acción Nacional, lo que nos preocupa es el costo para el pueblo. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el diputado Román Ramírez Contreras.

El C. Román Ramírez Contreras: - Señor presidente; señoras y señores diputados: El Partido Popular Socialista ha pedido hacer uso de la tribuna para expresar su opinión en contra del proyecto de dictamen que se ha puesto a la consideración de esta soberanía.

A nuestro juicio, está a punto de consumarse una contrarreforma más, después de las aplicadas en el campo de la economía.

Las fuerzas democráticas deben advertir ese peligro y el riesgo que esto implica, pues las fuerzas de la derecha tienen el empeño de cancelar el camino soberano e independiente de México y enrumbar por la vía de una mayor dependencia del exterior.

En materia política, las fuerzas de la derecha impulsadas por los poderosos intereses económicos del exterior, han visto en el bipartidismo la posibilidad de reunir el poder económico y político, y hoy tratan de consumarlo.

Este camino es absolutamente contrario a los intereses del pueblo y de la nación. Una de las aspiraciones más sentidas del pueblo mexicano, durante su historia, ha sido la de tener un auténtico régimen democrático y fortalecerlo de manera permanente, para que sea el pueblo el que siendo soberano, decida su camino, organice sus instituciones y sea el único beneficiario del desarrollo económico; en todas las luchas de nuestro pueblo ha estado vigente el objetivo de tener un gobierno del propio pueblo, para que le sirva de manera incondicional este propósito, entre otros, explica la revolución de independencia, la revolución de reforma, y la de 1910, y explica también que después de cada uno de esos movimientos revolucionarios se hayan redactado los instrumentos jurídicos de orden constitucional que recogieron las aspiraciones del pueblo.

(Desorden.)

El C. Presidente: - Silencio en las galerías. Continúe, ciudadano diputado.

El C. Román Martínez Contreras: -Después de cada uno de esos movimientos revolucionarios se redactaron los instrumentos jurídicos de orden constitucional que recogieron las aspiraciones del pueblo y señalaron el camino a seguir, la Constitución de 1824, y la de 1857 y la de 1917.

Hoy mismo, el pueblo busca ampliar y perfeccionar la vida democrática de la nación en condiciones difíciles, pero hay fuerzas contrarias a ese propósito, hay quienes diciéndose promotores del cambio de la vida política del país lo estorban y a pretexto de una supuesta modernidad quieren regresar al pasado.

Ha sido lento y a veces accidentado el camino del pueblo y de sus fuerzas democráticas para avanzar, aun de manera insuficiente por la vía de la

democracia. Fue apenas en la década de los sesentas cuando reconocen en México a los partidos políticos como titulares de derechos electorales, que antes sólo se reconocían a los ciudadanos; en parte eso se debe a que los partidos como organizaciones políticas son recientes en el escenario nacional y de alguna manera son el reflejo del desarrollo general del país.

Los partidos políticos no podían existir en el siglo pasado por el desarrollo escaso de las fuerzas productivas y consecuentemente por la poca diferenciación de las clases sociales, por eso en México surgen y se desarrollan, sólo después de que tiene lugar el desarrollo económico acelerado, lo que en la historia nacional conocemos como el Partido Liberal y el Partido Conservador, que protagonizaron los principales hechos en el siglo pasado. Eran grandes corrientes políticas, tendencias políticas que ocuparon el escenario de las luchas y que dirimieron sus diferencias en el campo de batalla y en el campo de las ideas; con la victoria contundente de la corriente liberal, integrada por las fuerzas avanzadas que encabezó Benito Juárez.

No hubo tampoco partidos políticos durante la dictadura porfiriana, ni podía haberlos. Lo que los mexicanos denominamos, por ejemplo, Partido Liberal Mexicano y Partido Antirreeleccionista, eran las corrientes políticas predominantes del final del porfiriato, pero no partidos políticos, con las características que les conocemos en la etapa actual.

Entonces, los partidos políticos surgen en la fase constructiva de la Revolución Mexicana y poco a poco van ganado espacios, aunque no son suficientes en el momento actual.

Los partidos no son representantes de toda la sociedad ni de todas las clases sociales que la integran. Quienes hacen esa afirmación, mienten por conveniencia.

Los partidos políticos, aquí y en otras partes del mundo capitalista, son organizaciones representativas de clases sociales y en la medida en que estas clases se van diferenciando, también van diferenciando a los partidos.

Las sucesivas reformas políticas implementadas en el país, han ido reconociendo cada vez más derechos a los partidos. La existencia de las listas plurinominales postuladas para tener acceso a la Cámara de Diputados, significa el reconocimiento de que los ciudadanos votan no por individuos, sino por partidos políticos. Y mantener la vía de la mayoría relativa para elegir a los diputados, significa mantener en el liberalismo más atrasado en materia política, porque, aunque no se diga, se sigue pensando que el candidato, el individuo, es el que atrae al electorado, al margen del partido que lo postula. Esto no corresponde a la verdad, mucho menos después del 6 de julio de 1988.

Llegará el tiempo, y tendrá que llegar necesariamente, en que para elegir la Cámara de Diputados, tanto la federal como las locales y los ayuntamientos, se aplicará el principio de la representación proporcional. Lo que representará un avance en el régimen democrático, pero al mismo tiempo el reconocimiento de que los partidos políticos son los principales protagonistas de la vida política; se acrecentarán sus derechos y su fuerza en el país.

Todo intento de negar o retrasar el desarrollo de los partidos, todo obstáculo legal o administrativo que se ponga para impedir el avance y fortalecimiento de los partidos, se quiera o no, significa una actitud antidemocrática, que tarde o temprano será rebasada por la realidad.

Todo intento de sustituir a los partidos por los ciudadanos o de ubicarlos en el mismo nivel o rango de participación o responsabilidad, significa, aparte de una concepción anticientífica, un propósito de liberalismo y el abierto interés de detener el avance democrático.

El Partido Popular Socialista, desde el momento en que se convocó a las audiencias públicas para recoger opiniones sobre la reforma política, expresó claramente su opinión en el sentido de que ésta necesariamente pasa por el reconocimiento a nivel constitucional del papel fundamental que realizan los partidos, no sólo en el proceso electoral sino en la vida política de la nación y que por lo tanto se necesita aumentar en las leyes respectivas de los derechos de los partidos.

Para el Partido Popular Socialista, quienes deben integrar los órganos electorales fundamentalmente deben ser los partidos políticos y no dejarlos simplemente en un papel de meros observadores, como se pretende, o asignarles el papel de corresponsables, como establece la legislación electoral actual.

Los partidos deben seguir siendo los únicos que postulen candidatos a los diferentes puestos de elección popular, pero deben tener además el derecho de cancelar el registro de su o sus candidatos o de substituir a aquellos funcionarios que habiendo accedido a un puesto de elección se retiren de las filas del partido.

Los partidos políticos deben tener mayores recursos y mayor acceso a la Prensa, a la radio, a la

televisión, se les debe otorgar el derecho de establecer estaciones de radio y operar canales de televisión, se debe establecer como mandato legal la libre afiliación política individual y voluntaria de los ciudadanos, prohibiendo que partido alguno obligue a los ciudadanos a afiliarse en contra de su voluntad.

Señoras y señores diputados: El crecimiento y fortaleza de los partidos a pesar de las trabas que se pongan será inevitable, pero esa mayor presencia será automática. todavía hoy tenemos partidos débiles empezando por el del propio gobierno, que tiene innumerables contradicciones en su interior, que ha experimentado y sufrido mayores desprendimientos en la medida en que el breve grupo que gobierna, y que encabeza en su más alta dirección se aparte más de camino revolucionario.

Todavía hoy la mayoría de los mexicanos no pertenecen ni militan en ningún partido, muchos ciudadanos del país son rehenes de las presiones materiales y espirituales; sin embargo, vamos avanzando. En estas condiciones sería muy grave que las fuerzas democráticas se desorientaran y confundieran a los enemigos con los amigos y que se colocaran a la zaga de la derecha que no oculta su contento por esta posesión del Palacio Nacional. Sería peligroso no identificar en dónde, en qué lugar se encuentra la derecha y que por un afán antihistórico de conciliación que nada tiene que ver con las luchas del pueblo mexicano se hicieran concesiones a las fuerzas contrarrevolucionarias.

No hay que olvidar, diputados, que los héroes del pueblo no lo son de la derecha y los héroes de la derecha no lo son del pueblo, debe quedar claro que ningún personaje que goza de privilegios y de riqueza en ningún tiempo y en ninguna parte del mundo ha hecho nunca nada para hacer avanzar la rueda de la historia a favor de las grandes mayorías, por esto son héroes de la derecha Iturbide, Santana, Maximiliano, Porfirio Díaz y Huerta y ahora huérfana de líderes, busca crear como héroes de la patria a los entreguitas y antipatriotas, siempre ha sido así y así seguirá siendo. (Aplausos.)

Del otro lado verdaderos intérpretes de las inspiraciones populares se guardan en el recuerdo colectivo, quienes con desprendimiento entregaron su vida para forjar una patria libre, soberana, democrática y justa, son los héroes del pueblo, son los verdaderos héroes, en esto, señoras y señores diputados fincamos los revolucionarios nuestra lucha, su herencia y a su mandato queremos hacer honor. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: - Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Rodolfo Duarte Rivas.

El C. Rodolfo Duarte Rivas: - Ciudadano presidente; señoras y señores diputados: Creo que vale, en primer término, un reconocimiento a los esfuerzos de todos, tanto de los diputados pertenecientes a los diversos grupos parlamentarios, como a los representantes de los partidos políticos nacionales, que durante un proceso de 10 meses aportaron lo necesario para emprender un examen sin precedente sobre el Estado de la democracia mexicana y la posibilidad de emprender una reforma para renovar nuestras instituciones político- Electorales.

Antes de finalizar el pasado período ordinario de sesiones de la Cámara de Diputados, miembros de diversos partidos políticos sometieron a la consideración de esta Cámara, la posibilidad de convocar a los representativos de los sectores de nuestra sociedad, a los ciudadanos en general, a los especialistas, para que concurrieran a expresar su sentir, sus opiniones, sus puntos de vista y proposiciones para estar en condiciones de emprender una reforma a las normas que constituyen el régimen electoral federal y que sustentan nuestras instituciones representativas.

Se abrió durante prolongadas semanas un importante foro de consulta en esta Cámara de Diputados; tuvimos oportunidad de escuchar a representantes de organizaciones políticas y sociales, a representantes de partidos políticos, a diputados, a senadores, a especialistas en la materia electoral, a representantes de instituciones académicas y de educación superior; paralelamente en la Comisión Federal Electoral, por conducto de la comisión especial creada para este efecto, también se llevaron a cabo audiencias destinadas a recabar el sentir y la expresión de los diversos sectores de la sociedad mexicana, que permitieron considerar la posibilidad de emprender una reforma a nuestras instituciones político- Electorales.

Hubo asimismo posteriores reuniones, en las que los representantes de los partidos políticos nacionales, y en esta Cámara, de los diputados miembros de los diversos grupos parlamentarios, reuniones para tratar de definir coincidencias, clarificar divergencias y tratar de encontrar aproximaciones en esta dirección deliberada de construir una reforma para abordar el futuro de la democracia mexicana.

Fue un esfuerzo difícil, arduo, con la complejidad que representa el enfrentar posiciones variadas, enfoques diversos ante un tema de gran importancia. Pudo concluirse con la posibilidad de convocar a este período extraordinario.

Hubo en este período extraordinario, que estamos viviendo, también las circunstancias sin precedentes, que se presentaron iniciativas de reformas a un total de 72 artículos de la Constitución General de la República.

Jamás, las Cámaras del Congreso de la Unión habían estado presentes ante la necesidad de examinar, de analizar tal cúmulo de propuestas y sobre un tema de tanta y tan importante trascendencia.

Nuestro partido abordó el presente proceso con plena claridad y confianza, a fin de conformar una propuesta en la que prevalecía por encima de todo, el interés general de la nación.

Los priístas no estamos aquí compelidos por fuerzas ajenas, ni las circunstancias nos acorralan. Pensamos que la reforma es necesaria, y hemos puesto todo lo necesario para impulsar de acuerdo con lo que creemos que es válido y teniendo en cuenta los límites de lo posible.

Lo importante de este proceso no consiste en plasmar en una iniciativa todo aquello que el Partido Revolucionario Institucional considere que es válido y le produzca los mejores beneficios. Lo que interesa era lograr una propuesta, que además de promover el avance de la democracia y satisfacer el interés de nuestro partido, permitieran resolver importantes problemas de la democracia mexicana e intentar con éxito la negociación, de cuyo resultado dependía la reforma electoral.

Lo difícil no radicaba en expresar libremente lo que los priístas anhelamos en torno a las reglas para la contienda democrática futura, sino en saber conciliar nuestras posiciones y puntos de vista con las que presentaron otros partidos políticos. Lo decisivo era configurar una propuesta para lograr la adhesión de los votos que requería la reforma constitucional.

Partimos del supuesto de que todo sistema electoral, todo régimen electoral, es producto de condiciones históricas y sociales, así como el resultado de los compromisos entre las fuerzas políticas en un momento dado. Los sistemas electorales jamás son consecuencia de sofisticadas construcciones de ingeniería política, ni se les puede inventar en la teoría o construir artificialmente en las salas de trabajo.

El sistema electoral mexicano en sus distintas versiones, en el curso de las décadas anteriores, es producto de las realidades concretas. Las reformas que significaron avanzar en la democracia y regular mejor los términos de la contienda política, surgieron de las necesidades y circunstancias que se vivían en cada época.

Este proceso de reforma lo estamos abordando en la coyuntura de una realidad política renovada. No llegamos a este momento de nuestra evolución por obra de la casualidad. Este esquema de mayor pluralismo, de mayor competitividad política, es consecuencia de un proyecto deseado y querido; llegamos aquí por la decisión del pueblo mexicano, que siempre anheló y aspiró a una mejor y mayor democracia, porque nuestra sociedad en su desarrollo ha requerido gradualmente hacer más claras las reglas para la contienda electoral, porque las diversas fuerzas políticas se empeñaron siempre en este sentido, porque nuestro partido y el régimen emanado de nuestro partido supo entender las necesidades y promovió constantemente las reformas que dieron sustento a la evolución política y electoral que se ha concretado en este escenario que vivimos ahora.

La iniciativa que los legisladores priístas sometimos a la consideración del poder revisor de la Constitución para reformar diversos preceptos de la Constitución General de la República, a fin de establecer previsiones más claras, reglas que objetivicen de mejor manera los procesos electorales y mejoren la calidad representativa de las instituciones de la República, tuvo avances individuales que en el curso de su análisis en el seno de la comisión juntamente con las iniciativas y las propuestas de otros partidos se fue decantando para concluir después con las consideraciones que los miembros de la comisión y de los grupos de trabajo y subcomisiones en que se desdobló, tuvieron a bien introducirle para hacer posible un dictamen, el que se somete a la consideración de esa soberanía, a fin de poder de mejor manera sacar adelante una reforma que además fuera viable, no sólo para lograr los votos necesarios para que la reforma constitucional fuera posible, sino además porque una reforma electoral en temas de gran trascendencia como éste, requiere de un elevado grado de consenso entre las fuerzas políticas fundamentales de una nación.

La configuración de una nueva organización electoral estuvo presente en el interés de todos, no hubo iniciativa de las que presentaron los legisladores de los diversos partidos políticos, que no planeara reformas sustanciales para promover una nueva versión del aparato que hace posible los procesos electorales.

Era clara la importancia y el significado que todos le otorgaban a este tema, se llegó a considerar el nudo de la reforma, desatarlo era un objetivo. La iniciativa y las propuestas de los legisladores del Partido Revolucionario Institucional tuvieron un

decidido propósito para cambiar una organización electoral vetusta, impropia ya para las realidades y necesidades de nuestra democracia, altamente cuestionada en su misma concepción y en su propia estructura, en las regulaciones que norman su funcionamiento; había que dar el gran paso para generar conforme a nuestra iniciativa los órganos electorales que respondieran a los requerimientos de introducir la certeza necesaria a los procesos electorales y sus resultados.

Por eso es que los enunciados del texto constitucional, cuya aprobación pretendemos, considerar un nuevo esquema en lo relativo a la organización electoral. Hubo una cuestión que tuvimos que abordar en lo inmediato, nuestra organización electoral había venido derivando de manera en que la búsqueda obsesiva de equilibrio político se produzca distorsión tal que quedaba en manos de los participantes en las contiendas electorales también las decisiones relativas a la integración de los órganos, a la preparación de los comicios y a juzgar sobre sus resultados. Esta distorsión de dejar en manos de los involucrados el destino del proceso electoral, se hace posible a través de la presencia dominante que adquirieron los representantes de los partidos políticos en los órganos colegiados de dirección.

En nuestra iniciativa proponemos, y así lo recoge el dictamen, rescatar para el Estado su natural y obligada intervención de los procesos electorales. Pero sin considerar al Estado como una entidad metafísica, sino considerando que actúa a través de su personificación jurídica que es el poder estatal. Acudimos a las referencias del derecho comparado para dejar claro que no existe un país en el mundo en el que el poder del Estado por conducto de sus órganos, no intervenga en la puesta en operación de la organización electoral y decida también por órganos específicos, lo relativo a los resultados electorales y a las controversias que se susciten respecto de los mismos.

En las notas distintivas de los órganos del Estado, está el actuar con apego a la objetividad que caracteriza al estado de derecho. y el que las desviaciones e irregularidades constituyan excepciones susceptibles de ser corregidas por el mismo orden jurídico.

Nos negamos a reconocer la posibilidad de un Estado concebido estructuralmente para actuar por encima o al margen del orden jurídico que lo sustenta.

Nuestra iniciativa parte de ese supuesto para definir a la función electoral como propia del Estado, que se ejerce por conducto de los poderes Legislativo y Ejecutivo, responsabilidad originaria aunque ésta se ejerza por medio de un organismo público o autónomo, tal como lo expresa la iniciativa y lo recoge el dictamen.

La pretensión, que sería sacar al gobierno de las elecciones, sólo podía tener sustento, además de ser lógicamente parte de una estrategia partidaria, en la lucha política, sólo podía tener sustento en lo más obtuso de las ideologías del anarquismo.

Si se quería invocar posibles experiencias y ocasiones en que los órganos y funcionarios electorales no se apegaron a la imparcialidad y actúan con proclividad partidista, había que encontrar mecanismos y fórmulas y las estructuras, como lo propusimos en nuestra iniciativa, para acortar el margen de la actuación irregular y la comisión de ilícitos.

Yo siento naturales los cuestionamientos para la intervención del Estado en los procesos electorales. No a todos interesa ni beneficia la imparcialidad y la objetividad en el ejercicio electoral. A nosotros, como mayoría gobernante, nos movía por encima de todo el interés general de la nación, que estaba presente en este punto de la necesidad de contar con una organización electoral confiable, objetiva, cuyos resultados no pudieran ser objeto de cuestionamientos.

Es una reforma en que se establece como mandamiento en la ley suprema, toda una serie de definiciones para asegurar que la organización electoral se conduzca con apego a los principios de legalidad, de imparcialidad, de objetividad y de certeza, en que se estructuran las bases para un aparato que haga posible el que estos valores se cumplan, y que establece los medios para subsanar en la instancia correspondiente las irregularidades y para asegurar una justicia electoral efectiva.

No da lugar una actitud que descalifica de entrada la actuación de los órganos y representantes del Estado, al grado tal que ante la desconfianza con que ejercerán su responsabilidad, exista la necesidad de equilibrarlos con representantes de partidos políticos y con supuestos ciudadanos independientes.

Sería conforme a esta tesis, el que los representantes de estos órganos de los poderes Legislativo y Ejecutivo no tuvieran capacidad de historia para asumir las decisiones necesarias que ponen en marcha el proceso electoral y que juzgan respecto de sus resultados.

Esta posición enredó a quienes la sostenían en el juego aritmético, para que así supuestamente ninguna fuerza prevaleciera en la integración de

los órganos electorales y concediera ventajas a uno u otro partido; llevó a la contabilidad engañosa para sumar a los representantes oficiales con los representantes de algunos partidos. Sobre esta base no podía hacerse construcción alguna y nos colocaba más que en un juego conceptual, en la prevalesencia de unos argumentos partidarios contra otros.

Somos un partido político, el Partido Revolucionario Institucional, que desde su fundación ha sabido formular alianzas y establecer compromisos con otras fuerzas y corrientes; nosotros mismos, en nuestra versión originaria fuimos producto de un gran acuerdo nacional entre las principales fuerzas revolucionarias, tenemos una larga experiencia en materia de negociación y en la capacidad de formular acuerdos, de llegar a ellos y de saber cumplirlos.

En aras de la negociación acudimos a este proceso, la iniciativa que presentamos el 14 de agosto ya recogía de por sí preocupaciones importantes de los representativos de la sociedad respecto de nuestra democracia, contenía también algunas cuestiones que sabíamos interesaban a otras fuerzas y a otros partidos; era una iniciativa que llevaba ya a avances, no estaba concebida con espíritu faccioso ni formulada desde una óptica partidista únicamente.

En aras de la negociación tuvimos que ceder en algunas cuestiones respecto de ciertos temas y recoger propuestas y planteamientos de legisladores de otros partidos. Tal como se expresa en el dictamen de la comisión, tuvimos que aceptar puntos que no estaban originalmente en nuestra iniciativa ni en la línea de nuestro discurso, durante los acercamientos con representantes de otros partidos en el trabajo de comisión y subcomisión.

Negociar es aceptar cuestiones con las que no se está en completo acuerdo, pero tampoco en total desacuerdo, negociar es aveces tragar ruedas de molino; ninguna negociación es vergonzante, cuando ésta se asume en aras de los beneficios que pueda restar al pueblo.

Sin duda que el dictamen que se somete a la consideración de esta asamblea no resuelve todas las expectativas de nuestra sociedad sobre el asunto de la democracia; sin embargo, resulta definitivo que contiene avances que contribuirán al desarrollo de nuestra democracia futura.

El nuevo esquema que traza la reforma que se propone para nuestro régimen electoral, para la composición y funcionamiento de nuestras instituciones representativas, establece el marco para garantizar el respeto y la autenticidad del voto, para dirimir en términos de civilidad nuestras contiendas políticas y acotar en términos civilizados la lucha por el poder político.

Considero que no todo en nuestro sistema político significa un juego de suma cero, es decir, que lo que gane alguien tenga que ser a costa de otro; si se tiene en cuenta la evolución de nuestro desarrollo institucional, creo que hay mucho en lo que todos, partidos políticos, organizaciones sociales, grupos de la sociedad y los ciudadanos, todos podemos ganar y no en un juego de suma cero.

Creo y espero que así lo considere la mayoría de esta asamblea, que el dictamen propone avances que no se tienen en nuestro régimen electoral vigente; creo que pese a sus deficiencias, que no son muchas, propone algo mejor que lo que se tiene. Esta es la razón por lo que pido de todos los miembros de esta asamblea, el voto aprobatorio para el dictamen que ha sido sometido a su consideración, Gracias.

El C. Presidente: - Se concede el uso de la palabra al señor diputado Pedro López Díaz.

El C. Pedro Manuel Cruz López Díaz: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Para la fracción parlamentaria del Frente Cardenista, la reforma constituye una exigencia no sólo política sino también social, es una necesidad que se inscribe en un proceso global de reestructuración democrática de la nación mexicana, que tarde o temprano deberá abarcar al sistema de relaciones económicas, al Estado y sus vinculaciones con la sociedad civil.

Hablamos de la exigencia y necesidad de una democratización integral de México, ampliamente justificada por la necesidad de trascender un sistema político y una organización social que muestra evidentes elementos de una crisis estructural, dada la prevalencia de un injusto modelo capitalista dependiente, que nos aleja cada vez más del ideario de nación democrática independiente que definió el Constituyente de Querétaro, y por un sistema de relaciones políticas entre el Estado y la sociedad mexicana ampliamente cuestionado, entre otras razones, por décadas de ultraje al sufragio y por la existencia de un sistema político altamente corporativizado que ha conculcado derechos individuales y sociales.

El actual grupo gobernante nos promete una modernización productiva, dejando incólume el sistema de propiedad imperante, lo que a todas luces beneficiará a los grandes propietarios del capital privado nacional extranjero, y dejando en

el lugar de siempre a las grandes mayorías privadas de propiedad.

Nunca antes en la historia de la posrevolución, el poder del Estado le ha impuesto a todos aquellos que viven de su ingreso fijo, el férreo dictado de una política económica excluyente de la participación popular y en el alto grado condescendiente con los reducidos intereses de la clase dominante.

La coyuntura electoral y poselectoral de 1988, demostró a todas luces que la lógica de dominación y consenso del Estado mexicano ha llegado a límites históricos que se expresan individualmente en el surgimiento de una crisis de legitimidad y un estrechamiento de los márgenes sociales de consensualidad, y que arbitrariamente ha querido ser remontada por el gobierno federal a partir de la autoridad que deviene del Estado.

Esta situación se vuelve contrastante con la razón de estado que se ha expresado en la propuesta de reforma electoral, que la mayoría parlamentaria puso a la consideración del Congreso de la Unión y de toda la sociedad mexicana, propuesta parcial y limitada que ha sucumbido ante la tentación de una restauración que en los hechos contradice y niega el diálogo y la concertación con la oposición en su conjunto, para llevar a cabo una verdadera reforma política.

Ante el evidente resultado de la naturaleza restrictiva de la reforma, estamos obligados a puntualizar de cara a la nación la responsabilidad que tuvimos de presentar una iniciativa de reforma política, cuya realización pasa a ser responsabilidad del conjunto de la sociedad frente al dique que el grupo gobernante le ha impuesto al Congreso de la Unión como espacio de concertación, de aquí que en adelante otros serán los tiempos de la reforma y otras las circunstancias en que se realicen.

Entremos en materia. Las consideraciones y propuestas que la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales someten a la asamblea, reflejan una visión limitada de lo que significa una verdadera reforma política integral, que coadyuve a la reestructuración global de la nación.

No es exagerado afirmar que representa una frustración a las pretensiones democratizadoras de vastos sectores de la sociedad mexicana; podría afirmarse sin rubor, que las propuestas de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales no corresponden a las expectativas políticas de cambio abiertas en los últimos años, y en particular, en relación con la indulgencia cívico electoral de julio de 1988.

Por ello debe preocuparnos a todas las fuerzas políticas nacionales, y en especial a las progresistas, que los resultados de ese Congreso extraordinario sean no sólo magros, sino atentatorios a la esencia misma de la democracia representativa, como por ejemplo la pretensión de desequilibrar aún más los mecanismos integradores de la Cámara de Diputados, con el propósito de sobrerrepresentar aún más a ciertas fuerzas políticas.

Ante tales intenciones, reafirmamos el principio liberal democrático de Mariano Otero, de que el sufragio efectivo tiene de igual manera validez plena, cada uno de los votos mediante el principio justiciero de la cabal representación proporcional.

Resalta la contradicción en el proyecto de dictamen entre los antecedentes de la reforma político- Electoral y las propuestas de modificación constitucional; parto de los montes que no debe contentar a nadie.

No se reflejan a nuestro parecer en los resultados del proyecto de decreto, las ricas opiniones vertidas en los foros de la Comisión Federal Electoral y de esta Cámara.

La exposición de motivos del proyecto de dictamen aludido, integrada por antecedentes, precisiones de la convocatoria al período extraordinario, descripciones sumarias de las propuestas de las fracciones parlamentarias, según los criterios restringidos de la comisión en materia político - electoral, resumen de las deliberaciones, discusiones y consideraciones en las que sustenta el proyecto de decreto, reflejan para el Frente Cardenista un hecho incontestable; la restricción de lo político a cuestiones exclusivamente de lo estatal y las clases políticas y no como debería ser, supeditar lo político a los supremos intereses de la nación y sus ciudadanos

. Una reforma político- Electoral que no genere una mayor confianza cívica y no incremente la credibilidad ciudadana en los procesos electorales, no debería adquirir el estatuto de reforma, si cuando mucho adquiriría el rango de ejercicio ocupacional de ciertas clases políticas.

Repasemos solamente como la mera enunciación de los 14 tópicos de las audiencias públicas, dan cuenta de lo restringido y en ciertos casos lo regresivo de las propuestas que ahora nos presenta la comisión.

Se dice, con el fin de recabar la más amplia información sobre los temas en materia político - Electoral, reza el proyecto de dictamen en la primera página, necesaria para el dictamen de las

iniciativas de reformas que sobre la materia fueron presentadas, se presentó el siguiente temario:

Las bases sociales, políticas y jurídicas para el desarrollo de las instituciones democráticas, el sistema electoral de la Constitución, el sistema de partidos políticos, las organizaciones sociales, sindicatos y partidos políticos, la democracia directa y la democracia representativa de la Federación, estados y municipios, el registro de los electores, el proceso electoral y sus órganos, la calificación de elección, los medios de comunicación en las actividades político- Electorales, la democracia y la desobediencia civil, señores del Partido Acción Nacional, el Estado y las agrupaciones religiosas denominadas iglesias, el Congreso de la Unión.

Como se observa, el espectro de cuestiones vinculadas a la reforma político - electoral en los inicios de los trabajos de la comisión era muy amplio, por ello, aumenta nuestra extrañeza de restringir primero los debates en el Congreso extraordinario a un reducido número de temas; pero aún más nos sorprende la incongruencia en el amplio debate nacional organizado por esta Cámara, concebido como necesario para el dictamen de la iniciativa de reformas, según la propia Comisión de Gobernación y sus excesivos y contradictorios frutos.

La genérica afirmación contenida en el proyecto de dictamen, de que las consultas públicas convocadas tanto por la Comisión Federal Electoral como por esta Cámara, recogieron una serie de planteamientos que reflejaron una amplia gama de posibilidades y de posiciones doctrinarias y de intereses políticos que dieron cuenta de la diversidad de enfoques, nos permite preguntar a los redactores del tan señalado proyecto, ¡cuáles son los puntos de consenso de este importante problema nacional? ¿Qué razones de peso existieron para que los resultados de los trabajos del Congreso extraordinario no correspondan al debate mencionado, iniciado a principios de este año?

Dentro de las bases de acuerdo de este Congreso extraordinario, se precisó la conveniencia de discutir tanto las iniciativas de modificación constitucional y a la legislación secundaria que en materia electoral hubieran presentado desde el 1o. de septiembre de 1988 hasta el 15 de agosto de 1989 los sujetos de derecho constitucional de iniciativa.

La fracción parlamentaria del Frente Cardenista presentó 106 propuestas de modificación al Código Federal Electoral, que tienden a modificarlo en lo sustancial; ya sabemos que otra fracción parlamentaria, el Partido Acción Nacional, presentó una propuesta del nuevo código, por eso nos interesa conocer las razones por las cuáles en la comisión no se incluye el dictamen sobre nuestra propuesta.

El método seguido por la mayoría de los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en la clasificación y selección de los puntos de la reforma político- Electoral, reflejan una visión más parcial y restringida de la propuesta original con la que se inició el debate nacional; en dicha trampa, consideramos que cayeron diversas fracciones parlamentarias, contradiciendo incluso sus propios proyectos de reforma política.

La fracción parlamentaria del Frente Cardenista presentó en este Congreso extraordinario la propuesta más completa y profunda de reformas, 46 modificaciones en artículos constitucionales y 106 en el Código Federal Electoral, iniciativa inscrita en el propósito de la reconstrucción democratizadora de la nación mexicana, en una visión integral de la democracia, la democracia concebida como un orden social, verdaderamente justo, como sistema de participación política, que eleve el peso de los productores sociales, garantice derechos individuales y mejore los instrumentos ciudadanos de representación y de legitimación soberana, particularmente el sufragio efectivo.

En el resumen de las deliberaciones y discusiones que nos presenta el proyecto de dictamen, se exponen argumentos que suscitan a reflexionar y que dan cuenta de la inclinación del proyecto de decreto, paradójicamente se establece que la comisión ha establecido la necesidad e importancia de una reforma constitucional que permita responder a los requerimientos de la realidad política presente, y que establezca las nuevas reglas de la democracia mexicana, y cuando se proponen por el Frente Cardenista y otras fuerzas parlamentarias cuestiones vinculadas a las nuevas reglas como referendum, plebiscito, en la revocación, reconociendo su gran importancia, se habla de un examen más prolongado que permita la oportunidad de la inserción, ¿no será que aún prevalece en la clase dominante el viejo juicio porfiriano de que México aún no está preparado para la democracia? No ayudan ni al debate parlamentario ni al que se presenta en amplios sectores de la sociedad afirmaciones como las siguientes, contenidas en el proyecto de dictamen.

Se estimó pertinente no formular juicios respecto del total de las iniciativas y de su contenido, no da lugar a desechar las iniciativas presentadas sobre esta materia, sino a reservar su examen y discusión para un momento posterior

.

A nuestro parecer, la nación reclama de un debate transparente que le permita comprender consensos y disensos, proyectos alternativos de reforma política, y sobre todo, modelos de desarrollo nacional; la salud de la nación lo continúa demandando.

Los temas que motivaron la mayor atención del grueso de los integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, alguien inopinadamente llamó de los partidos grandes, fueron organismos electorales, calificación de lo contencioso electoral e integración y funcionamiento de la Cámara de Diputados, se abandonaron otras cuestiones significativas como derechos políticos, Distrito Federal, equilibrio de poderes, partidos políticos, por no mencionar los temas contenidos en las audiencias públicas; pero ciertos partidos políticos, autocensurándose, redujeron el debate a cuestiones electorales, permitiéndosele mayor margen a las fuerzas conservadoras.

En adelante, nos interesa detallar el carácter de las propuestas de enmienda constitucional para la reforma político- Electoral; procuraremos establecer hasta dónde el proyecto representa una verdadera reforma política y electoral.

El proyecto de decreto reforma y adiciona los siguientes artículos constitucionales: 5o., 35, fracción III, 36, fracción I, 41, 54, 60 y 73, fracción VI, base tercera.

En el artículo 5o. de la Constitución se reforma el párrafo cuarto, para establecer que dentro de las funciones electorales y censales, habrá algunas que por ser realizadas profesionalmente, serán retribuidas de acuerdo a lo estipulado por la Constitución.

En los hechos, lo único que se hace al reformar ese artículo es legalizar algo que sucede en la realidad cotidiana; esto es, la retribución a los funcionarios electorales y censados; si observamos esto en una perspectiva de reforma política, realmente no se está generando ningún cambio sustancial en relación a las garantías individuales o a la participación ciudadana, por lo que consideramos que la reforma a este artículo poco tiene que ver con la materia político- Electoral.

En el artículo 35 se reforma la fracción III, para estipular que los ciudadanos mexicanos pueden asociarse libre y pacíficamente para tratar los asuntos políticos del país.

En relación al texto original, sólo se agregan los adjetivos "libre" y "pacíficamente", que a nuestro entender definen el carácter de la asociación de los individuos; sin embargo, es interesante resaltar que al definir el carácter de la asociación entre los ciudadanos, se establece a priori la precisa de la voluntariedad de asociación, y por lo tanto, la posibilidad de una incorporación no forzada para participar en actividades políticas. También se cambia la palabra "tratar" del texto original por el de "tomar parte", sistema, concesión del Estado a la sociedad civil para que ya no sólo trate los asuntos políticos, sino que pueda tomar parte en ellos.

El condicionamiento impuesto a la libertad de asociación en su carácter pacífico, pero vuelve al debate el que determina lo pacífico de una asociación de individuos, y sobre todo, quién lo determina. Sistema de pesos y contrapesos, a través de los cuales el Estado sigue teniendo la última palabra en la definición de la participación política del ciudadano.

En al artículo 36 se reforma la fracción I, para estipular la creación de un registro nacional de ciudadanos, al que deberán inscribirse los ciudadanos; se explícita que dicho registro nacional, así como la expedición del documento que acredita la ciudadanía, fue un servicio de interés público que corresponde al Estado y a los ciudadanos, en los términos que establezca la ley.

Llama la atención que se instituya o en su defecto se reestructure una función que corresponde al Registro Nacional de Electores, sin que se especifique la proporción en que participarán tanto los ciudadanos como las instituciones del poder público; hemos de suponer que la función administrativa de este registro nacional, seguirá siendo coto de caza privado del poder público, en que la ciudadanía participará por un criterio de obligatoriedad en la aportación de los datos para quedar inscritos.

En el artículo 41 se agregan siete nuevos párrafos, en donde se estipula el carácter estatal de la organización de la elecciones federales y las características de la integración y funcionamiento que tendrán los organismos encargados de los procesos electorales.

Lo primero que salta a la vista, es la definición apriorística del carácter estatal de los procesos electorales, en tanto que funciona el que se ejerce fundamentalmente por los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, se indica ya un principio de exclusión tanto de partidos políticos como de ciudadanos, quienes participan de la organización de las elecciones federales en términos muy restringidos.

Se considera la creación de un organismo político público, cuyo órgano superior de dirección estará integrado por consejeros designados por el

Ejecutivo y el Legislativo y consejeros magistrados, estos últimos propuestos por el Ejecutivo Federal y electos o nombrados por insaculación en el Legislativo o por representantes de los partidos políticos.

Si hiciéramos un ejercicio sobre la conformación de este órgano de dirección, nos daríamos cuenta de que el partido oficial siempre garantiza la mayoría de ese órgano, además se centralizan las actividades relativas a todo el proceso electoral, dejando a la ciudadanía la opción de participar en las mesas directivas de casilla; esto no significa de modo alguno incorporar a la sociedad civil a la toma de decisiones, al contrario, el significado profundo de esto, es el de mantener alejados a los ciudadanos de los procesos directivos y festivos en materia política. Dicho de otra manera, la reforma propuesta al artículo 41, no sólo abre cauces democráticos a la participación ciudadana, sino que además, fortalece la presencia estatal en la dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales.

La propuesta del Tribunal Electoral, signada en el proyecto de decreto, determina su carácter estadista al establecer que serán el Ejecutivo y el Legislativo los encargados de garantizar su debida integración, además la innata cabalidad en sus resoluciones dan a pensar que más que una instancia de legalidad, el tribunal deriva en una instancia legitimista del poder público; cuando se habla de que las resoluciones dictadas con posterioridad a la jornada electoral, podrán ser revisadas y en su caso modificadas por hechos electorales, la reservas aumentan, pues es conocido por todos que la mayor parte de los recursos que se interponen son posteriores a la propia jornada electoral.

Es en el artículo 54 donde el carácter regresivo del proyecto de decreto se nota con mayor nitidez, en concreto, lo que se enuncia en el artículo ya no son bases generales sobre las cuales se construye la reglamentación, sino que en sí misma es una reglamentación para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional.

Lo primero que se propone, es el aumento de los requisitos que debe cubrir un partido político para inscribir sus listas regionales; en el texto constitucional vigente se debe acreditar que se participa en por lo menos la tercera parte de los 300 distritos uninominales, en el proyecto de decreto se establece que un partido político deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 200 distritos electorales uninominales.

Se aumenta el nivel de exigencia y proporcionalmente disminuyen las posibilidades de registro de listas regionales para varios partidos políticos; la tendencia es entonces, a que el sistema político y electoral se estreche dando sólo posibilidad de competencia a los partidos más grandes.

El criterio de que se sigue para que el otorgamiento de las constancias de asignación hacer crecer a nuestro parecer la sobrerrepresentación del partido oficial en la Cámara de Diputados y favorece al segundo en orden decreciente, esto es la asignación de escaños bajo el modelo propuesto, disminuirá la presencia de los partidos de oposición minoritario y fortalecería un modelo de sistema político muy próximo al bipartidismo, otras evidencias más de la no tan extraña significación que tiene el nuevo compromiso histórico del bloque gobernante en este país, que se va a firmar en poco tiempo más, el rechazo a la democracia integral.

Señores diputados, la iniciativa de reformas constitucionales que presentamos a partir de una concepción de democracia integral, fue mutilada al desechar la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales 28 propuestas de adición o reformas a otros tantos artículos de nuestra Carta Magna. El argumento básico era que no encajaban puntualmente en materia político- Electoral. Nosotros consideramos que ese argumento sólo refuerza la idea de lo que estamos presenciando, es una reforma restringida a lo electoral, que deja mucho qué desear frente a las ingentes necesidades de una verdadera reforma política.

Fuimos convocados a deliberar en torno a una reforma política, y ese enunciado abarca mucho más que un sistema de transparencia y de eficiencias electorales

. Para nosotros, una reforma política en las actuales circunstancias, indica la posibilidad de una democratización integral de la sociedad, del gobierno y de la economía; el tránsito a la modernización está signado necesariamente por la realización de estos criterios.

Deseamos enfatizar que el dictamen a nuestra consideración, contiene un rumbo de contrarreforma político- Electoral, está asignada por los vientos de las fuerzas conservadoras, contribuye a generar condiciones más favorables a una democratización, a una modernización capitalista atentatoria a los intereses de la nación y a sus clases laborales; tiende a la conformación de un sistema bipartidista, extraño a un proyecto de democracia plural y similar a la existente a Estados Unidos de América. Sus consecuencias para el desarrollo cabal de la nación, serán desastrosas.

En consecuencia, la fracción parlamentaria del Frente Cardenista rechaza el dictamen que nos presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. De los cantos de victoria, de los partidos del retroceso se eleven sobre su propio desierto de espejos. Muchas gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente:- Tiene el uso de la palabra el ciudadano diputado Juan Antonio García Villa.

El C. Juan Antonio García Villa: - Señor presidente; señoras y señores diputados: Ya hemos señalado aquí con insistencia que este proceso de reforma político- Electoral es, para el Partido Acción Nacional, limitado, insuficiente, parcial.

Sin embargo, consideramos que el proceso comprende claramente tres etapas: La primera, la de reforma al marco constitucional en que ahora nos encontramos. La segunda, la de reforma a la legislación secundaria en materia electoral. Y una tercera, que es para Acción Nacional, tan o más importante que cualquiera de las otras dos: el cambio en la práctica política hacia la civilidad y el respeto.

No estamos sin duda, satisfechos con lo que hoy se logra, pero queda reservado nuestro derecho para insistir en la reforma al propio texto constitucional.

Ya se mencionó aquí por un diputado del Partido Revolucionario Institucional, algunos datos en relación con algo que no aparece expresamente contenido en el texto de reforma que ahora discutimos, a la Constitución, pero que recoge un acuerdo al que hemos llegado las dos fuerzas políticas que estamos en favor del dictamen y del proyecto de reforma. Y sobre esto, señoras y señores diputados, voy a referirme en mi intervención.

No se ha dicho hasta ahora, pero es una realidad, que hemos convenido una serie de propuestas que significan avance en la reforma a la ley secundaria en materia electoral. Lo decimos de frente a la nación, frente a nuestros interlocutores, que hemos legítimamente llegado a una serie de propuestas que es necesario mencionar para que se vea el alcance de la reforma considerada como un paquete, porque ciertamente así se debe considerar.

En este compromiso que está perfectamente precisado, aunque reconocemos que no se ha afirmado, pero que confiamos y esperamos que no nos defrauden, en la palabra de nuestros interlocutores. En primer lugar, está adquirido el compromiso explícito, que tenemos la obligación de atender a la reglamentación en materia electoral con fidelidad absoluta, clara, sin subterfugios a los principios de legalidad, de imparcialidad, de certeza y de objetividad, que ahora se incorporan al texto de la Constitución.

Hemos establecido, además, una serie de requisitos que deben reunir para ser elegibles los magistrados del tribunal federal de elecciones y los consejeros magistrados del órgano superior de dirección. Además de establecer estas cualidades, queremos dejar establecido que en la comparación que ahora se hace entre la diferencia de los votos oficiales tal como se ha mencionado que son tres por arriba de los no oficialistas en la conformación del órgano superior de acuerdo a la legislación vigente, nosotros queremos establecer que con las cualidades que se han convenido para los magistrados consejeros, hay, no una garantía absoluta de imparcialidad, porque como bien se ha dicho, es casi imposible encontrar en cualquier sociedad a alguien que esté por completo desvinculado de la pasión política, pero si no se atiende al compromiso de cumplir con esos requisitos y de establecer en conjunto las propuestas que hará el Ejecutivo como ha sido el ofrecimiento, tendremos al menos ahora a quien señalarle su responsabilidad si en los cuerpos electorales se integran de manera facciosa; de manera que no hay comparación, no puede haberla entre la actual conformación de la Comisión Federal Electoral y la eventual conformación del órgano superior del organismo electoral.

Además, se ha conservado en la Constitución la exigencia de que los partidos políticos se integren a los organismos electorales de los cuales como ya se ha mencionado aquí, pretendía excluirlos la iniciativa del Partido Revolucionario Institucional.

Hemos también acordado que para mayor garantía de un correcto desempeño del órgano superior de dirección, las sesiones de este organismo recibirán amplia difusión, incluso por transmisiones de televisión; hemos acordado y es un compromiso, que los presidentes de las mesas directivas de casilla, serán nombrados a propuesta de los partidos políticos de entre ciudadanos residentes en las respectivas sesiones electorales y que no tengan militancia ni antecedentes de militancia en partido político alguno. Y aunque se teche de electorera una reforma, en este sentido, señores de todos los grupos parlamentarios, en los sucesivo si este acuerdo se cumple como debe cumplirse, ya no habrá 70 mil jefes de sección electoral del Partido Revolucionario Institucional habilitados como presidentes de casillas. (Aplausos.)

Es cierto que se adquiere un gran compromiso también por parte de los partidos políticos; tenemos que localizar desde ahora en todas las secciones electorales del país, a los ciudadanos que reúnan los requisitos adecuados para proponerlos como presidentes de mesas directivas de casilla. Hemos propuesto y también se ha aprobado, que los secretarios y estructuradores de las casillas que sí pueden tener militancia política, se designarán por el procedimiento de insaculación entre las propuestas que hagan los partidos políticos.

De esta manera también, en forma automática disminuye notoriamente el personal que hasta ahora ha servido en forma incondicional los días de elecciones, no para cumplir con limpieza un trabajo que debe exigir honorabilidad, dignidad y transparencia. De esta manera, la sociedad civil se incorpora en mayor medida, a los procesos electorales.

Hemos también convenido que en los 300 comités distritales electorales y en las 32 comisiones locales electorales, además de la participación ya asegurada en estos organismos de los partidos políticos, el resto de los funcionarios se designará también, a propuesta de los partidos políticos, de ciudadanos idóneos que no tengan militancia partidista.

Se ha propuesto y aprobado, que en la legislación secundaria se deberá contemplar que el Tribunal Federal Electoral, contará con fundamentos legales y mecanismos adecuados, para tener acceso a toda la documentación electoral que requiera consultar o revisar para la resolución de los casos que se planteen. Con esto, se da un grave avance para que el tribunal no tenga por ejemplo, la limitación en el futuro, de revisar los famosos paquetes electorales.

Hemos convenido también que en lo sucesivo, los partidos políticos habrán de tener mucho mayor espacio en los medios de comunicación, en forma gratuita, con cargo al tiempo que por ley dispone el Estado.

En resumidas cuentas, señores diputados, hemos establecido el compromiso que al abordar, y tendrá que ser cuanto antes, la reforma a la legislación secundaria, será punto de partida y referencia en lo conducente, la iniciativa de Código Electoral, que la diputación de Acción Nacional presentó el pasado 3 de mayo.

Y además, se ha adquirido el compromiso de que tendrá que ser ciertamente en esta LIV Legislatura, cuando se aborde ese segundo tramo de este actual proceso de reforma político- Electoral.

Hemos dicho, señores diputados y además practicado en forma sistemática, que la buena fe es el sustento del diálogo; que éste, el dialogo es el camino para encontrar soluciones, así sean graduales, por el interés superior de México. Por eso, hemos hecho un compromiso adicional que nosotros vamos a cumplir y exigiremos a nuestros interlocutores que también cumplan. Acción Nacional ha cumplido su palabra, si el gobierno y su partido se niegan a cumplir la suya, será entonces responsabilidad de ambos de resembrar de nuevo la desconfianza y propiciar eventualmente la violencia en este país.

No queremos entrar a la transición por otro camino. El de la mala fe no conducirá a nada; el de la buena fe que nosotros seguimos, y ciertamente no por ingenuidad, en la búsqueda de la reconciliación, de la unidad y de la paz nacionales; camino que lo reconocemos ahora, tiene un costo para nosotros. No tenemos, señores diputados, por qué pagar ese costo, lo hemos pagado siempre y gracias a esta primacía que le damos al bien de México, no sólo hemos avanzado nosotros, han avanzado incluso hasta quienes en el pasado se negaron a seguir estos caminos y que seguramente nos pasarán después la factura. No tememos decirles: pásenos esa factura, la pagaremos por nosotros, por ustedes y por los mexicanos de hoy y de mañana, asumimos, sin temor a nadie nuestra responsabilidad y nuestro compromiso. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Tiene el uso de la palabra el ciudadano Pablo Gómez Alvarez.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Ciudadanas diputadas; ciudadanos diputados: Cuando se inició el presente período extraordinario de sesiones y al analizar las iniciativas de reformas constitucionales presentadas por el Partido Revolucionario Institucional, consideramos que este partido acudía al debate parlamentario y de alguna manera al debate nacional, con dos objetivos fundamentales: establecer un nuevo sistema de organización electoral bajo control moderado, pero efectivo del oficialismo sobre los diversos organismos de la gestión electoral.

Así se conformó la idea de que se creara un nuevo organismo que tuviera órganos diversos, cuya base, decía la iniciativa de reformas del Partido Revolucionario Institucional, serían los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión.

El segundo objetivo era lograr una sobrerrepresentación del partido que obtuviera la mayoría relativa a la mayoría absoluta de los votos, para que en la Cámara de Diputados contara con un número desproporcionado respecto de sus votos

que le permitiera aplicar el programa legislativo del gobierno actual.

Ambos objetivos están estrechamente vinculados, pero quizá el segundo era más importante si y sólo si se mantuviera la hegemonía de los poderes Ejecutivo y Legislativo en su connotación mayoritaria de este segundo, dentro de la organización electoral.

No eran éstas las expectativas abiertas en el país después del 6 de julio; no era esto lo que ninguna fuerza política, auténtica fuerza política debería plantearse después de las enseñanzas del fenómeno del 6 de julio de 1988. Eran objetivos de facción, eran objetivos de partido en el sentido más restringido, no en el sentido de objetivos partidistas de carácter general, de carácter nacional, de clase, o aún de carácter democrático de la manera más difusa, sino eran objetivos del partido en el sentido más estrecho, en el sentido de que el grupo gobernante reclamaba después del 6 de julio no conceder a la aspiración democrática, sino pasar una factura falsa de un bien inexistente, fortalecer su posición.

Esto está vinculado con la idea de que la política económica y algunas acciones que se han presentado de manera desplegada en las primeras planas de los periódicos, generan una situación nueva, diferente de la que se expresó el 6 de julio. Es un problema que tiene que ver también con el programa legislativo del actual gobierno, la utilización de las leyes actuales que le otorgan al Presidente de la República facultades discrecionales en muchos aspectos, son aún esas insuficientes para aplicar el programa del gobierno actual.

Un elemento es entrar en esto, el reglamento de la ley de inversiones extranjeras que contradice completamente y muy a las claras, el texto de la ley expedida por el Congreso en la materia.

Ese reglamento fue parte de un pacto, de una negociación no pública, entre México, el gobierno mexicano, el Fondo Monetario Internacional y el gobierno de Estados Unidos. Es el reclamo de capital financiero internacional de que para empezar las nuevas negociaciones sobre la cuestión de la deuda, México debería dar pasos también, no sólo en el plano de la apertura comercial, sino también en la apertura de capitales.

Se requiere entonces una mayoría más fácilmente manejable, más cómoda, menos encajonada en ciertas penurias circunstanciales y momentáneas, que permita con entera libertad aplicar un programa legislativo que apenas se alcanza a percibir, programa legislativo que será la expresión de un nuevo modelo económico y social que no ha sido consultado al pueblo mexicano; que existe como programa, pero que no se ha confrontado mediante el procedimiento del curso democrático.

No es factible pensar que el grupo gobernante actual, que procede de esta manera, que tiene que recurrir en sus "planes modernizadores", a la cancelación de libertades fundamentales, como la libertad de huelga, y ahí está el caso de Cananea y de Sicartsa, con el propósito de aplicar su programa. No es éste un programa de desarrollo de las libertades, es un programa que de alguna manera, y creo que de muchas maneras, se confronta con los requerimientos y aspiraciones democráticas del pueblo mexicano.

Desarrollar el marco de nuestras libertades, y lograr el desarrollo de mecanismos democráticos a través de los cuales, cualquier política o decisión de los órganos del Estado deban tener un sustento, es uno de los mayores requerimientos del país. Contrastemos esto con el programa en materia político- Electoral que nos presentó el Partido Revolucionario Institucional al inicio del período extraordinario de sesiones.

Frente a esa situación, el Partido de la Revolución Democrática definió una táctica que tenía dos objetivos y un medio de acción parlamentaria. Los dos objetivos íntimamente vinculados eran: tratar de que no se produjera una contrarreforma electoral y, dos, buscar crear las condiciones para introducir verdaderas modificaciones democráticas en el sistema electoral.

El medio de acción fue la búsqueda de las convergencias entre los diversos grupos parlamentarios que pudieran, por un lado, oponerse al planteamiento del Partido Revolucionario Institucional y, por el otro, tratar de crear la fuerza y las condiciones políticas propicias para que el Partido Revolucionario Institucional cediera, no sólo en cuanto a sus aspiraciones de contrarreforma, sino en lo relativo a los necesarios cambios carácter democrático. Esta política ha sido criticada y también ha sido olvidada por quienes en algún momento formaron parte de un esquema de esta naturaleza.

Las críticas son muy diversas pero tienen un punto, que no era posible una convergencia de fondo, segura, entre el Partido Revolucionario Democrático y el Partido de Acción Nacional, de que no era confiable este segundo partido.

No es eso lo que nosotros consideramos entonces. Yo creo que un partido no tiene derecho siquiera a considerar a una convergencia parlamentaria el grado de confiabilidad del grupo con el que se

establece un pacto, una relación o una convergencia, porque son los hechos los que tienen que tomar la palabra.

En un momento determinado, cuando estaba terminando el primer período de sesiones de esta legislatura, la oposición se unió y obligamos al Partido Revolucionario Institucional a una convergencia para eliminar el cheque en blanco que por décadas se le dio al Ejecutivo y con el cuál se endeudó a este país hasta el tope. Y firmamos y pactamos, aún con el Partido Revolucionario Institucional en una acción de esta naturaleza, independientemente del juicio que nos merezca ese partido, porque sobre la base de la consideración que cada quien tiene del otro, no puede haber una relación política y menos una relación parlamentaria, aunque la actividad política sea tan cruda como eso. Si, pero ésa es una de sus características y cuando uno está en esto, hay que asumir esa y otras plenamente.

Pero la línea del Partido de la Revolución Democrático es la búsqueda de la convergencia, del acuerdo parlamentario en la materia del Congreso, pero la convergencia requiere también la aplicación de los límites del programa de cada quien y los pactos se van dando sucesivamente.

El Partido de la Revolución Democrática no reclama títulos históricos ni a nadie le reclama títulos históricos, reclama los títulos actuales, los de hoy, los que implican la consecuencia con un compromiso democrático para el presente; no hemos pedido ni podemos pedir a nadie ni admitimos tampoco actitudes presuntuosas de lo que antes hicieron y que no son ahora capaces de hacerlo. (Aplausos.)

Lo hemos dicho en relación con el Partido Revolucionario Institucional, no es a los títulos históricos como se pude gobernar un país, no es tampoco a los títulos históricos como se demuestra la consecuencia democrática en cada momento. Eso hay que hacerlo a cada paso.

(Voces.)

Yo vengo del partido comunista y fui a la cárcel por defender la democracia en este país que tu partido la aplastó. ¡Esa es la verdad! Sí, señor. (Aplausos.)

Y no niego, el Partido de la Revolución Democrática no es un partido de individuos arrepentidos, al contrario, es un partido de hombres dignos. (Aplausos.)

El resultado de este proceso lo tenemos a la vista en el dictamen, pero también en los acuerdos que están detrás del dictamen y que aquí ya se han mencionado y no seré yo el primero en mencionar.

Un organismo electoral integrado por 21 personas, 13 de procedencia oficialista, ocho de procedencia no oficialista, de los consejeros, uno del Ejecutivo, uno del Senado, uno de la Cámara de procedencia oficialista, uno de la Cámara y otro del Senado de procedencia no oficialista; consejeros magistrados, seis en su totalidad, propuestos a la Cámara de Diputados en propuesta cerrada y excedida, para que ésta nombre en primera vuelta a dos terceras partes y si no hay ese nivel, entonces en insaculación exclusivamente de los propuestos por el Poder Ejecutivo; 10 representantes de los partidos, cuatro de ellos del partido oficial, éste es el organismo que se nos presenta, un organismo profesional, se dice, no estamos en contra de la profesionalidad de un organismo electoral, siempre y cuando sea imparcial; los alquimistas en este país son altamente profesionales y muy bien pagados, pero no son imparciales, desde luego, la cuestión no está en el profesionalismo, el profesionalismo se puede desarrollar y puede haber una carrera de la cuestión electoral y de la organización de las elecciones, siempre y cuando esa estructura sea imparcial.

¿Cómo se puede lograr el requisito mínimo de la imparcialidad?, el requisito mínimo de la imparcialidad al que aspiramos, porque admitimos que no existe la posibilidad del máximo en la materia de la imparcialidad, ¿no es lo que hemos venido a buscar en el debate?, ¿no es eso lo que hemos ido a buscar a la negociación?, sino el mínimo requisito de la imparcialidad que tiene que darse a partir de que la parte fundamental de la organización electoral está a cargo de individuos que surjan del consenso, del acuerdo de la negociación de entre las partes.

Esos son los únicos individuos que pueden considerarse como elementalmente imparciales o como teóricamente imparciales, no los que proponga el Poder Ejecutivo, y menos en México, porque aquí no haré sino recordar lo que es parte esencial de la ideología de la práctica del partido oficial; el Presidente de la República es en México el priísta número uno, el jefe de un partido, ésta es la realidad, no hay en México un jefe de Estado que asuma unas funciones por encima de los partidos y de acuerdo con un pacto entre ellos, con un pacto de concurrencia interpartidista, esa figura no existe en este país.

Durante muchísimos años, esto es parte de un sistema, el jefe del Ejecutivo era el jefe del partido oficial, el partido oficial es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, no hemos inventado

esto, no es una apreciación hecha en medio de las nubes, de la pasión política, sino un hecho completamente contrastable y aceptable por la oposición y por los miembros del partido oficial; éste es el modus operandi del sistema actual, el Presidente va a proponer en propuesta cerrada aunque excedida, a la parte profesional, a la magistratura del órgano de dirección de toda la organización electoral. ¿Requisitos?, pongan los que quieran, no es un problema de requisitos, nunca lo ha sido y ahí está la Suprema Corte de Justicia.

Para ser Secretario de Estado, por cierto, también se requiere un requisito y se requiere probidad, ante todo, en el desempeño de la función pública, y algunos han pasado por las cárceles del país y otros no, porque han sido simple y sencillamente "protegidos". Esta es la realidad, no es un problema de requisitos.

Se ha dicho que los colegios electorales han disminuido sus funciones. Nosotros no hemos estado de acuerdo con los colegios electorales, porque es una forma absolutamente obsoleta en que una junta de partidos califica las elecciones, no. Pero bien se dice que a los colegios electorales se les disminuyó sus facultades para aumentárselas al tribunal. ¡Si, ganaron la disminución de las funciones de los colegios y entregaron todo al tribunal! Este es el problema.

Todos los magistrados serán propuestos por el Ejecutivo, y podrá la Cámara escoger entre Juan y Pedro; pero la misma condición tendrá uno y el otro, la misma condición fundamental. Este es el problema.

¡No estamos pidiendo máximos de imparcialidad, sino mínimos!, ¡mínimos elementales, que por ser mínimos para este país que nunca los hemos conocido, son máximos! En este sentido, somos maximalistas, pero lo vamos a seguir siendo, porque no queremos engañarnos a nosotros mismos para poder engañar a los demás. No hay mejor engaño público, que el engaño de uno mismo. Y éste es un problema muy serio sobre el cual hay que reflexionar.

¿Pero que hay también en el fondo de todo esto? Un fortalecimiento del presidencialismo. Cuántos años, hablando de los títulos históricos, se ha luchado por las oposiciones en México contra el presidencialismo excesivo, para venir ahora, no podríamos, a votar el fortalecimiento de facultades presidenciales.

Hay que disminuir las facultades del Presidente, no sólo las facultades meta constitucionales, sino también aquellas que están en la ley y que muchas veces contradice la Constitución, y habría que revisar las propiamente constitucionales. Porque sobre la base de un Presidente que pone y dispone, la sociedad no tiene las mejores posibilidades de expresión democrática.

Eso que es parte de la ideología oficial en nuestro país, es también una de las formas en las que se encubre el atraso político y la antidemocracia. Es el factótum. ¿Un factótum qué es? El Ejecutivo Federal, el titular del Poder Ejecutivo, el que puede ser árbitro.

La sociedad mexicana tiene una popularidad...

(Desde una curul): - ¡Ya está bueno!

El bar está allá afuera, señor diputado. Vaya usted allá, a donde tiene que estar.

(Voces): - ¡Silencio!

¡Déjalo!, ¡déjalo! Igual va a seguir.

(Voces):- Lajous, ponlo en su lugar.

¡No se les va a quitar!, aunque nos lo prometan. Vean ustedes.

(Desorden)

(Voces): - ¡Tiempo!

Trate usted un tema, pero no es el momento, cuando se trata de abrir cauces democráticos nuevos, justamente de tratar de desarrollar aquellos elementos que han impedido el avance democrático del país. Hay una contradicción profunda en este sentido.

La otra cuestión de la sobrerrepresentación, pues es todavía más sencilla de entender. Un partido con el 40% tendría lo que tiene hoy el Partido Revolucionario Institucional en esta Cámara. Pero además tiene errores técnicos. Un partido con la mayor parte o con una mayoría, aunque fuera relativa, de constancias de mayoría y mínimo 35%, tiene derecho al "candado" de gobernabilidad. Otro partido que tenga una constancia de mayoría menor y un poco más en la votación general o sea más votos en total, no tiene derecho al candado de gobernabilidad.

El día que una cosa de éstas se presente en este país, vamos a tener un problema bastante serio, más serio de los que hemos visto hasta hoy, porque es una contradicción absurda que un partido con menos votos vaya hasta la mayoría absoluta de la Cámara y el partido que tiene más votos se queda exactamente como está, no tiene esto

sentido, entonces es absolutamente irracional, desde un punto de vista mínimamente democrático.

¿No son los votos de los mexicanos los que deben determinar? Se ha olvidado todo eso, un partido con el 52% que fue lo que se asignó asimismo el Partido Revolucionario Institucional en la última elección federal para diputados, tendría 285 diputados y tal vez alguna situación diferente en esta Cámara, sobrerrepresentación, sobrerrepresentación ha sido siempre una idea de sobrerrepresentación la que ha estado en este concepto de reformas y se nos dijo claramente, el Senado olvidado no lo sostenemos porque eso nos crea problemas internos, pero la cuestión de la Cámara es irrenunciable, a eso se le llamó las reforma integral, pero ya aquí varios diputados han venido a demostrar que de integral no fue, porque de los siete temas que había me parece que tres o cuatro se quedaron fuera.

Ahora bien, este debate pues, evidentemente no sólo es con el Partido Revolucionario Institucional con el que lo hemos hecho durante mucho tiempo, es también con el Partido de Acción Nacional. Dice él a través del señor diputado Juan Antonio García Villa, que Acción Nacional ha cumplido su palabra en relación con este dictamen y con las cosas que se han convenido fuera del dictamen y que esperan que el Partido Revolucionario Institucional cumpla.

Aquí hay un texto que dice: son cinco líneas: "Los organismos electorales en todos los niveles deben ser imparciales y autónomos de cualquier fuerza política y de los poderes públicos, ninguna de ellas debe prevalecer mediante mayoría directa o indirecta o de cualquier otro modo ni a través de frentes, coaliciones o alianzas políticas. "Y tiene la firma de Abel Vicencio Tovar, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Nosotros sí tomamos muy en serio esto, muy en serio, cuando nosotros estampamos nuestras firmas en este acuerdo lo asumimos como una responsabilidad, con la que había que cumplir. ¿Cómo podemos admitir que estos organismos del acuerdo sean imparciales, sean autónomos? Ninguna fuerza política va a tener mayoría en ellos, no se puede.

Acción nacional ha venido a la tribuna hablar en contra del dictamen y a declarar que votará a favor, eso no se puede, eso es lo que no se puede, hablan de insuficiencias de que no se han logrado la mayor parte de las cosas, etcétera. Pero advierten que votarán a favor, no nos extraña del Partido Revolucionario Institucional, el Partido Revolucionario Institucional modificó algunas de las posiciones originales que tuvo para lograr a través de la negociación el pacto, sin perder los objetivos fundamentales, sus dos objetivos principales que tenían desde el principio de la reforma los asume en el texto del dictámen, en el texto que va a ser de la Constitución si éste se aprueba. Pero el otro objetivo, el objetivo que hicimos común, Partido de la Revolución Democrática, Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, Partido Acción Nacional y Grupo Independiente, no está reflejado en el dictámen.

En el dictamen se está cediendo entonces en lo fundamental; se podrá estar ganando algo, ¿Registro Nacional Ciudadano, con un transitorio para que siga funcionando el padrón? Y el Registro Nacional Ciudadano puede venir para el próximo siglo, legalmente incluso hay esa posibilidad. Se cede en lo fundamental, pues en la medida en que se está apoyando el planteamiento fundamental, en este caso, del Partido Revolucionario Institucional.

En esta circunstancia, yo quisiera aclarar lo siguiente: Dice el diputado Vicencio Tovar, que sería ingenuo considerar o pensar que el partido oficial va a entregar el poder a la oposición. Estoy de acuerdo con eso; no es eso lo que pedimos. No hemos venido a pedir en este proceso de reforma sobre la materia electoral "el poder"; hemos venido a pedir que el voto se respete. Si el Partido Revolucionario Institucional considera que al respetarse el voto se está cediendo el poder, eso ya nos habla de la conciencia que él mismo tiene de las bases de sustentación de su poder actual, pero no lo hagamos desde la oposición; eso no se vale. No nos hagamos eco de la ideología del actual poder contra el cual se dice que combatimos, o decimos nosotros que combatimos, y eso no se vale.

(Desorden.)

El C. Presidente: - Diputado Pablo Gómez, permítame el uso de la palabra.

Esta presidencia quisiera informarle que se han cumplido los 30 minutos de acuerdo con el artículo 103 del reglamento. Le quiero pedir muy atentamente, en virtud de que han hecho uso de la palabra, con usted, 11 ciudadanos diputados para este tema y todavía quedan 15 diputados inscritos para el mismo, le quiero pedir sea tan amable en concluir su intervención.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Con mucho gusto.

(Voces.)

El C. Presidente: - Con mucho gusto le informo, diputado; en todos los casos esta

presidencia ha ido tomando en cuenta la media hora que señala el artículo 103 del reglamento y sólo en este caso estoy avisando cuando ya se están cumpliendo los 30 minutos.

El C. Pablo Gómez Alvarez: - Está bien, está bien; yo estoy por concluir, si me permite usted solamente redondear por último lo que tengo que decir.

Nosotros también presentamos conjuntamente con Acción Nacional una enmienda negociada, nosotros no estábamos de acuerdo en que los poderes públicos tuvieran representantes en los organismos electorales ni estamos de acuerdo, pero en una negociación se tiene que ceder inevitablemente; nosotros aceptamos el planteamiento, firmamos o presentamos conjuntamente una propuesta el artículo 41, donde todas las definiciones son la búsqueda de las mínimas garantías para la integración de los organismos y del tribunal.

No sé qué papel jugó en la negociación este documento, lo desconozco sinceramente, pero, desde nuestro punto de vista, para nosotros no jugó ningún papel, quedó simplemente a un lado en el momento en que todas las cosas cambiaron.

Nosotros desde luego recordamos en otros debates de reformas constitucionales, donde Acción Nacional planteó la necesidad de la imparcialidad auténtica en la organización y calificación de los comicios y en general la necesidad de establecer procedimientos de representación que permitan que cada partido u organización política tenga en los órganos colegiados la representación que le corresponde de acuerdo con el peso específico expresado en votos, si como planteamiento programático se puede y se debe ceder en una negociación, pero cuando se cede el punto fundamental, en el fondo ya no hay nada que defender, en el fondo es la otra parte la que se ha llevado la parte fundamental que defendía.

Podíamos haber llegado quizá a una negociación con el Partido Revolucionario Institucional, pero sobre la base de una condición: mantener la consecuencia en la defensa de los postulados y de los planteamientos democráticos, no ceder en las cuestiones fundamentales a un poder que no va a cambiar, porque no está arrepentido, porque está orgulloso de ser lo que es, aunque sepa que lo que es no es la democracia, porque tiene profundo desprecio por la democracia; pero para mantener arriba la bandera de la lucha de la democracia en este país, hay que tener la consecuencia.

Yo creo, ciudadanos diputados, que el Partido de la Revolución Democrática la ha mantenido, pasennos la factura que nos quieran pasar, la vamos a mantener.

El C. Presidente:- Tiene el uso de la palabra el diputado Dionisio Pérez Jácome.

El C. Dionisio E. Pérez Jácome: - Con la venia de la presidencia de la Cámara; compañeras y compañeros diputados: Hoy en la mañana, entre otras noticias que a la opinión pública del país atraen o interesan, entre noticias financieras internacionales preocupantes o tranquilizantes, frente a la propia noticia de nuestro intento de reforma política, que ojalá podamos consumar, hoy me desayuné con la noticia de que un alpinista mexicano había conseguido una de las hazañas más difíciles que en el deporte puede lograrse: conquistó el Everest y se me ocurrió precisamente plantear a ustedes en lo que intentará ser una cuando menos más breve intervención que algunas otras en tribuna, plantearme el escenario que podía observar, que podía avizorar en este realmente portentoso trabajo de reforma política que a todos los señores diputados, compañeros míos para fortuna propia, nos ha tocado enfrentar, en otras palabras, intentar advertir, como si estuviéramos en la montaña cerca ya del final, ¿dónde estamos?, ¿qué dejamos atrás y qué nos falta aún? Ese es mi propósito.

En primer lugar, creo que con el dictamen que se presenta a la consideración de ustedes, estamos en un momento muy avanzado de nuestra jornada, cerca ya de la cima, que cuando menos estaba en nuestra posibilidad física alcanzar con un dictamen que sí responde, en la medida de lo posible, a la exigencia nacional de ampliación de la vida democrática, pero que sobre todo es ya un principio de justificación de la Cámara de Diputados, tanto como Poder Legislativo que es nuestra función, como creadores de derecho, como también escenario de concertación política y aquí me surge una interrogante, ¿por qué aún existirá entre ameritados parlamentarios teóricos de la convergencia, fanáticos, inclusive de la alianza política entre fracciones para lograr la vida productiva en términos legislativos, en términos políticos?, ¿por qué existirá ese principio de reaccionar cuando la convergencia se da sin ellos, de una manera hostil?, ¿cómo postular, cómo preceptuar, cómo sugerir o recomendar ese principio de gobernar mediante concentraciones y mediante alianzas, cuando no somos capaces de reconocer las virtudes que esas alianzas tienen para lograr si, no todo lo que queremos, cuando menos un principio ya común de ventajas recíprocas en una meta beneficiosa para todos?

Allí estamos y hemos dejado atrás ya muchas cosas, todos los estudios, los análisis, las

discusiones sobre derechos, aspiraciones que hemos ido recogiendo e interpretando, todos los trabajos parlamentarios previos de redacción de iniciativas, de trabajos de comisiones, de debates en mesas, de debates en tribuna, pero sobre todo, hemos dejado atrás una aparentemente irreductible posición de intransigencia de la frugalidad política actual de nuestro país, aceptando y demostrando en cambio que puede haber dictámenes, probablemente pueda haber así reformas constitucionales y legales cuando los partidos están dispuestos a aceptar no sólo sus proporciones originales, sino modificarlas y enriquecerlas con las proposiciones de los demás.

Que las reformas propuestas definitivamente y éste es el mayor de los méritos, de poder observar hacia atrás, no se conquistan en una noche, en una jornada o en un período extraordinario que vamos, dentro de la reforma misma, pero que ésta no se agota aquí; que no se agote en el dictamen, sino que esto es simplemente un principio en la ampliación de la vida democrática que todos deseamos para bien de nuestros partidos, para bien de los ciudadanos y para bien de México.

¿Que nos falta, como el alpinista se preguntaría también? Todavía algo nos falta; en primer lugar, si es que este dictamen se aprueba y si tenemos gracias a él reformas constitucionales, el aterrizar la reforma en un nuevo Código Federal Electoral y el proyectarla también a las legislaciones de los estados, respetando evidentemente su soberanía, pero influyendo a través de nuestra calidad de partidos nacionales y nos falta proseguir esa reforma, esa reforma que apenas, repito, ahora iniciamos, conciliando las divergencias que quedan, como se ha dicho aquí en muchos de los temas pendientes, pero advirtiendo la validez de la tesis que ya también aquí se ha expuesto, que no debemos simplemente aspirar a reformar por reformar la Constitución, que si tenemos una Constitución rígida, debemos intentar controlar la fórmula de ajustarnos en lo más posible a su texto, de interpretar sus alcances, de interpretar las aspiraciones del pueblo y de utilizar la ley para hacer factible ese anhelo democrático a que todos aspiramos.

Creo que debo expresar el reconocimiento a estas alturas, no sólo a mis compañeros de partido, sino a todos los que han contribuido a través de los trabajos de comisión, particularmente a quienes con sus iniciativas han permitido la integración de este dictamen y, sobre todo, para el caso de que por mayoría calificada el dictamen se convierta en reformas, en principio de reformas constitucionales sujeto después al tránsito por las legislaturas de los estados para obtener la conformación del Constituyente Permanente y la confirmación de las reformas, reconocer pues que el mérito no es indudablemente sólo nuestro.

Pero ello no nos debe llevar a despojarnos de un legítimo reclamo de reconocimiento por lo que nuestro partido está aportando en esta reforma por la iniciativa, por la proposición de nuestro presidente y lo digo aquí si con mucho orgullo, compañeros, si; el primer priísta de México, como Miterrand seguramente en Francia es el primer miembro de su partido, como Bush puede aspirar a serlo del suyo o Gorbachov del propio, el primero pero respetuoso evidentemente de un mandato que le obliga a gobernar a Gorbachov, a Bush, a Miterrand, a Felipe González y, a Salinas de Gortari para todos los mexicanos, no es eso de ninguna manera una etiqueta desagradable o de desprestigio, al comentario, es una nota que nos llena de orgullo y aquí el aplauso que se ganó una mención de la oposición a este respecto y algo que nos obliga, como obliga a Salinas de Gortari a interpretar no sólo nuestras preocupaciones, sino las de todos los partidos y a propiciar, en lo factible, que pueda lograrse esa aspiración común de todos por un México más democrático y más plural.

Pero en ese reclamo a nuestro Presidente por el llamado al acuerdo nacional, está también por la consulta de la Comisión Federal Electoral, por la proposición que sí hizo a la Comisión Permanente, a petición indudablemente del pueblo y de los partidos políticos, para este período extraordinario y el reconocimiento al respeto que tuvo a los partidos políticos, al dejar incluido el suyo, que fuéramos nosotros los protagonistas integrales de esta reforma que ojalá obtenga consumación a través del voto calificado.

Reconocimiento también, claro, para mis compañeros, por participar desde la consulta, la redacción de iniciativas, los trabajos y, sobre todo, por dar una lección de disciplina partidaria respetando los términos escritos del artículo 67 constitucional y, una vez más, contra quizá nuestro deseo expreso de contestar toda argumentación, todo elemento de crítica, despojado de la naturaleza misma del período extraordinario al que se nos convocó pero que se vertió en esta tribuna, que se afirmó, que se alegó, simplemente limitándonos a contestar lo mínimo posible, para tratar de evitar distraer esfuerzos en el propósito básico de llegar a esta reforma.

Se han hecho algunas críticas, las que, evidentemente tienen que contestarse; se ha hablado de una contrarreforma, como se habló antes de un supuesto inmovilismo de un partido que ahora curiosamente, al parecer, fue acusado de querer ser demasiado móvil para sacar una reforma, creo que la respuesta dada ya por algunos de los oradores que me antecedieron, simplemente queda evidente a través de la relación de los principios

fundamentalmente a que el dictamen hace referencia, que inspiran, que apoyan, que proyectan la reforma.

En primer lugar, la instauración de un verdadero organismo electoral autónomo y la instauración de una institución que nos ha sido propuesta, del Registro Nacional Ciudadano, que claro, mientras no se instaure tendrá que subsistir, por ello la existencia de un artículo transitorio, un registro de electores, no podemos de un plumazo, so pretexto de que es reforma constitucional, desaparecer uno de los mecanismos esenciales para que el sistema electoral funcione, ante la posibilidad de mejorarlo, de perfeccionarlo, de llevarlo a términos que seguramente a través de los trabajos legislativos que realicemos más adelante podremos alcanzar.

En segundo lugar, por el fortalecimiento evidente del Contencioso Electoral, por el perfeccionamiento del sistema dual de representación parlamentaria, porque una vez más, por si no se hubiera entendido cabalmente, debo repetirlo, tenemos en nuestra Constitución consagrado y es nuestro propósito, perfeccionar tal principio, tal sistema, un mecanismo por el que los diputados llegan al Congreso, a la Cámara, a través de dos medios o de dos formas, de dos procedimientos distintos: por la votación de mayoría relativa en su distrito y por la representación proporcional, pero exigir o interpretar como quizá en el Código Federal Electoral actualmente se interpreta, que finalmente es la representación proporcional la que priva para la integración definitiva de la Cámara, no es de ninguna manera hacer honor al principio dual de esa representación por dos caminos o pistas diversas.

Comprendimos la crítica que se nos hizo, que a través de una ortodoxia plena, a través de la exigencia, del respeto al sistema dual absoluto, alcanzaríamos una sobrerrepresentación excesiva en las condiciones actuales del equilibrio político del país y por eso aceptamos, fue una proposición también ajena que hicimos nuestra en el dictamen, un mecanismo que atenúe esos excesos, pero que también respete y postule el que se trata de dos mecanismos, de dos procedimientos, de dos sistemas por el que el sufragio popular hace a los ciudadanos diputados.

Finalmente, es innegable cómo un resultado de esta reforma que se propone, el fortalecimiento del pluralismo en la Cámara de Diputados, qué es si no el reconocimiento de la exigencia de las dos terceras partes de los votos de los miembros presentes en la Cámara de Diputados para ratificación, para la confirmación de los nombramientos de consejeros magistrados y de magistrado y para la modificación eventual en el Colegio Electoral de las resoluciones del Tribunal de los Contencioso Electoral.

Definitivamente en ambos casos se avanza en el reconocimiento de ese pluralismo político del que nosotros somos parte, del que nosotros somos protagonistas, pero a la vez se avanza en algo quizá más trascendente, aunque no seamos capaces en este momento de enfrentamiento, aún en materia de partidos políticos, de avizorar; se intenta lograr avanzar en el logro, al menos por ahora, de ese equilibrio entre los poderes de la Unión, entre el Poder Ejecutivo, aún en un régimen presidencial como es el nuestro y el Congreso de la Unión representado de manera tan auténtica por este pluralismo.

Si uno de los poderes propone y el otro es el que dispone a través de un nombramiento, evidentemente al equilibrio puede asentarse sobre bases más firmes y que no se diga o que no se sostenga que existe a través de la proposiciones, de una canal único: la manera irreducible de que la voluntad presidencial impere; existen y nos encarguemos de ello seguramente a través de las disposiciones, de los acuerdos y de las normas del Código Federal Electoral, de cuidar que junto a los requisitos ya establecidos en el propio texto que proponemos, de condiciones, de capacidad profesional, de antecedentes, de título, etcétera, se una los que garanticen la idoneidad de los candidatos, no podrá una voluntad arbitraria, así sea del Presidente de la República, proponer a quien no tenga los méritos, las cualidades, las condiciones, las características para aspirar a ese puesto tan digno como puede y debe ser el de consejero - magistrado o el de magistrado y nosotros tendremos la palabra a través de esa legislación secundaria.

Asumo evidentemente el compromiso propio de respaldar cualquier iniciativa para garantizar en el texto de la ley secundaria, que este principio siga sustentándose para bien de la imparcialidad, de la imparcialidad objetiva de los procesos.

Han habido otras críticas que a este respecto se hicieron, creo que el de la mayoría predeterminada ya lo hemos comentado, lo han hecho otros expositores, para tener que volver sobre el mismo, sin embargo, se mencionó también el de la no apertura del Senado de la República y creo que a través del Diario de los Debates y de los trabajos de las comisiones ha quedado muy claro que el Partido Revolucionario Institucional en su iniciativa lo propuso así, que otros partidos políticos propusieron ideas similares y divergentes, que no pudimos llegar por ahora a una concertación, pero es evidentemente un tema que queda como materia de trabajo, como materia de

reflexión, de análisis y, espero, confío así, de futura reforma que nos permita llegar también en este órgano del Poder Legislativo a la pluralidad de que nosotros disfrutamos.

Lo importante, en conclusión, es advertir que donde ahora hay una coincidencia en todos los partidos, una coincidencia que está más allá del propio dictamen que se presenta, es en el hecho de que esta reforma, de que estos trabajos que emprendimos y que espero estemos a pocas horas de culminar, constituyen simplemente un principio, que éste es en sí el mejor elemento de prueba de voluntad política del gobierno de México por ampliar la vida democrática de nuestro país.

No estamos, definitivamente, concluyendo un proceso, quizá como el alpinista que desde lo alto de la cumbre que escala ve montañas todavía más altas, quizá estamos apenas al principio, pero confío en que si logramos sacar adelante ya este primer acuerdo de concertación de partidos que se da en el sistema parlamentario moderno en nuestro país, podremos enfrentar los retos futuros y podremos colmar las nobles aspiraciones de muchos de nuestros compañeros con los que podemos tener divergencias ideológicas de normatividad, de reglamentos, pero con los que tenemos también coincidencia y reconocimiento en su propósito tantas veces reiterada de contribuir a la vida pública de nuestro país. Eso es todo, señor presidente. Muchas gracias.

El C. Presidente:- Tiene el uso de la palabra el diputado Enrique Rojas Bernal.

El C. Enrique Rojas Bernal:- Señor presidente; ciudadanos diputados: Los tiempos están cambiando, en 1988 empezó a cambiar el pulso y el rumbo del país; 1988 marca el término de una etapa que se abría 20 años antes y 20 años antes significo fundamentalmente la lucha de una generación y la lucha de hombres consecuentes con sus principios que fueron capaces de entregar lo mejor de si a la lucha política y a la lucha social.

Hago esta mención, porque no fue un hecho voluntario ni de los comunistas ni de los socialistas, ni de los hombres democráticos, estar al margen de la actividad electoral, fue un hecho político que representó lo peor del autoritarismo y de la autocracia, la cerrazón del gobierno priísta, lo que puso al margen de la lucha electoral a estos organismos y a una gran cantidad de hombres, pero estos hombres maduros y jóvenes lucharon en consecuencia con su idea del país y con su propuesta política para nuestra nación.

Y fue la lucha en el campo y en la ciudad, en las universidades y en las calles, lo produjo la necesidad de transformar el sistema político electoral después de 1968, no fue gratuito y su inicia, como lo denominó un Presidente de la República, el parteaguas en la historia de México; se abre la posibilidad para que los partidos políticos se formen y entren a participar en las lides electorales, se abren las posibilidades para la representación en la Cámara de Diputados y para la representación en los ayuntamientos y para la representación en las cámaras locales.

Esa lucha y ese carácter que se le dio a esa época, de correspondencia a las demandas del movimiento democrático y de la población trabajadora ha terminado, desgraciadamente ha terminado y espero que sea por un breve tiempo, porque la característica de la situación política nacional ahora está relacionado con el dictamen que estamos discutiendo, la características y la situación nacional es una expresión negativa para el movimiento popular y para el conjunto de las fuerzas democráticas.

Lo que ahora se está planteando y no debemos evadir su caracterización, es una estrecha alianza entre dos fuerzas políticas partidarias que representan los mismos intereses de clase, lo que está planteándose, señores, es abiertamente la coincidencia, la coincidencia política y la coincidencia en el trabajo legislativo y va a ser el inicio de toda una rutina de trabajo al futuro de coincidencia entre quienes representan el interés de la clase propietaria, de la burguesía empresarial unida a la burguesía política y ambos, ambos agrupamientos que tienen ahora expresión en el grupo tecnocrático que gobierna en estos momentos y que tiene expresión en las cúpulas de partidos que proponiendo un lenguaje democratizante, en el momento decisivo en que se discute el paso consecuente para la democratización del país, optan por la alianza de acuerdo a los intereses de la clase propietaria

. Los agrupamientos de la izquierda, los agrupamientos y formaciones partidarias progresistas, democráticos y revolucionarios, tenemos la tarea de caracterizar correctamente el momento, no es fortuito ni lo va a ser en el futuro del trabajo legislativo, se van a expresar de nueva cuenta una serie de dictámenes similares al que ahora discutimos, cuando venga la discusión sobre la Ley Federal del Trabajo nos veremos aquí y veremos cómo se va a concretar de nueva cuenta esa alianza.

Cuando entremos, si es que las fuerzas que representan el movimiento campesino no logran evitar ese hecho, cuando estemos aquí discutiendo la privatización del ejido, se va a dar de nueva

cuenta esa alianza y por esa razón decimos que los tiempos están cambiando.

Lo que abrimos en 1968 con la lucha estudiantil y popular, se cierra en 1988 con la lucha político - electoral, porque ahora, señores, no se trata de hacer concesiones mínima para que los partidos políticos existan, porque ahora no se trata de hacer concesiones a los solicitantes de lotes en las colonias populares, porque ahora no se trata de hacer concesiones de entrega de tierras a los jornaleros agrícola, ahora, señores, lo que está planteado a partir de julio de 1988 es la lucha por el poder y la lucha por el poder político no va, de ninguna manera, a negociarlo, el que lo tiene en este momento no lo va a negociar con el movimiento popular, no lo va a negociar con las organizaciones populares y partidarias, lo puede negociar y se ha hecho, con una parte, con una fracción de la burguesía que sí puede coincidir del planteamiento de un esquema de país, que trazando el desarrollo capitalista pueda complementarse a la economía norteamericana y proceder a la entrega de las riquezas naturales, de la fuerza de trabajo, de la planta industrial, incluso, que ya empezó a ponerse en venta a partir de la planta paraestatal.

En ese proyecto de país sí puede haber coincidencia, pero no va haber coincidencia ni negociación con las organizaciones de la izquierda, no nos engañemos, la sobrada y sobada palabra de concertación, la terrible palabra ahora de negociación debe ser vista con mucho cuidado por las organizaciones populares y democráticas.

La negociación a partir de estos meses es totalmente negativa para el movimiento popular y democrático y, en el mejor de los casos, es mediatizadora, debemos de cobrar conciencia que los tiempos están cambiando y no, por cierto, en favor del movimiento democrático y popular; vamos a prepararnos, el dictamen nos está diciendo con toda claridad, señores representantes de los partidos y organizaciones de la izquierda, de las fuerzas progresistas, el tipo de la negociación no es ahora, son ustedes, no es ahora con el movimiento popular ni es para abrir las puertas de la democratización popular en el país.

Porque también debemos de dejar claro que democracias hay de diferente tipo, hay democracia burguesa y hay democracia popular, hay democracia formal y hay democracia real, lo que lo caracteriza es el contenido de clase etcétera.

El contenido de clase que adoptan las fuerzas que hegemonizan un camino, son los que marcan el tipo de democracia que se está peleando, no es nuevo en la historia de la humanidad. Grecia, que había sido y se proclama paradigma de la democracia, es una democracia de los atenienses, donde no están considerados los silotas, es una democracia que representa las decisiones políticas de un grupo superior en donde no se consideran los movimientos populares.

Por esa razón, la Fracción Parlamentaria Independiente caracteriza este dictamen como un dictamen antidemocrático, como un dictamen que en su perfil fundamental demuestra un retroceso y lo demuestra con hechos que todos aquí hemos venido discutiendo desde hace rato, todos los que nos anotamos en contra del dictamen y si no, ¿cómo podemos entender este problema que ya ha sido discutido, que ya ha sido expuesto? La sobrerepresentación, que es una respuesta a la sorpresa electoral que el pueblo mexicano le propinó al sistema político en julio del año pasado, si tomamos en cuenta que de acuerdo a los datos obtenidos del Partido Revolucionario Institucional, que obtuvo 260 diputados en la elección de julio, aplicando la contabilidad del nuevo 54 obtendría 294 diputados, esto es, 34 diputados más con el mismo porcentaje de votos y si el partido mayoritario, en este caso el Partido Revolucionario Institucional obtuviera tres puntos menos en la votación, si tuviera un 49% de la votación, en lugar de corresponderle 251 diputados de acuerdo a la legislación vigente, obtendría 28 diputados más, 279 diputados de acuerdo a la propuesta que presenta el dictamen.

Y si vemos o analizamos el funcionamiento selectivo que tendrá el Colegio Electoral, reducido de 500 a 100 presuntos diputados, veremos de qué manera se va a proceder: de la misma forma selectiva popular como viene implementándose el trabajo de esta reforma electoral, con los mismos criterios, porque también en la formulación de la ley hay dos criterios diferentes para legislar: el criterio autocrático, que decide de arriba a abajo, en forma vertical políticamente determinante, y el criterio democrático, que pasa por la discusión y que pasa por el compromiso de las fuerzas o bien por la decisión de las fuerzas populares y el sistema de legislar que estamos aquí implementando es un sistema legislativo selectivo.

El dictamen, señores, lo dijimos en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, es un dictamen producto de un grupo muy reducido, ni siquiera cupular, siendo la comisión la encargada, porque ésa es la función de la comisión, discutir y preparar y proponer un dictamen, no fue la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales la que elaboró el dictamen, porque la primera propuesta que se hace por la directiva es reducir la comisión a 21 miembros y luego esa subcomisión de 21 miembros dividirla en dos

secciones y luego, no conformes aún con este procedimiento de trabajo, se designa un grupo en forma totalmente unilateral: lo designa la secretaría de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, un grupo de seis legisladores, cuatro de los cuales son priístas y dos representantes, uno de Acción Nacional y otro del Partido de la Revolución Democrática.

Pero el dictamen ni siquiera lo trabaja ese grupo, ese grupo de seis no trabaja el dictamen, el dictamen se procede a consensarlo entre dos partidos: entre el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Acción Nacional y quedan excluidos de hecho el resto de las fuerzas que representan, cualitativamente hablando, representan el peso político popular y eso no está contemplado, esa fuerza está excluida.

Y ese dictamen consensado, discutido en puntos, no es tampoco el dictamen que estamos aquí leyendo, porque este dictamen, como lo asegurara el secretario de la Comisión de Gobernación, lo asume la directiva, esto es, el presidente y el secretario, de tal manera que este dictamen, en el mejor de los casos, en el caso de que o hubiera sido elaborado fuera de la esfera legislativa, en el mejor de los casos fue elaborado por un grupo reducido, elitista, antidemocrático en su concepción, en su estilo de trabajo y en su propuesta final, porque aquí lo que está contenida es una contrarreforma y decimos, diputados Pérez Jácome, que es una contrarreforma y la caracterizamos como contrarreforma, porque la primera reforma político - electoral fue producto del movimiento de masas, fue producto de la lucha política de mexicanos que se expresaron y manifestaron en diferentes momentos antes de 1979 y ésa es una legislación que tiende a anular, que tiende a evitar que continúe vigente esa reforma político - electoral que posibilitó la participación de las fuerzas políticas democráticas, de las fuerzas políticas populares.

En ese sentido, la Fracción Parlamentaria Independiente, como anoche lo hizo en la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, rechaza el dictamen y propondrá a las fuerzas políticas, populares y democráticas, que analicemos con justeza nuestro trabajo legislativo, ratificando la opinión que como hecho prioritario realicemos la unidad, el bloque parlamentario de las fuerzas progresistas y democráticas, ésta es la unidad que debemos de consensar, ésta es la unidad que va a potenciar la fuerza popular y hacer que el peso político popular se haga sentir en la Cámara, porque si nosotros equivocamos la política de alianzas dentro del trabajo legislativo, vamos a continuar permitiendo que el bloque de clase se imponga contra los intereses populares y eso es lo fundamental a considerar ahora, lo más importante para las fuerzas democráticas, progresistas, patrióticas, es abordar el trabajo legislativo con una nueva perspectiva política y hacer sentir el peso del pueblo de México que está defendiéndose frente a la entrega de la nación, frente a la derechización del país y ahora tendrá que defenderse también del trabajo legislativo, que de acuerdo a la clase burguesa dominante, habrá de concretarse en una alianza Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional. (Aplausos.)

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al señor diputado Jaime Aviña Zepeda.

El C. Jaime Guillermo Aviña Zepeda:- Con su permiso, señor presidente; compañeros diputados: Seriedad, responsabilidad, compromiso son palabras que hemos oído esta noche en repetidas ocasiones, son palabras que a fuerza de oírse a veces parece que ya suenan huecas y que no tienen contenido.

Sin embargo, es importante señalar que esta seriedad, responsabilidad y compromiso es algo que los miembros de Acción Nacional hemos tenido desde el principio como identidad propia; que en este compromiso y en esta lucha fue Acción Nacional el primero que en tiempo y forma propuso una ley electoral completa, con más de 400 artículos y que además, como propuesta para discusión en este Congreso, buscamos por sobre todo el bien de México.

Es indudable que nuestra propuesta, dentro de todo, fue la primera; y es también un hecho que en torno a esta propuesta se formaron, hubo un concurso de compañeros diputados que empezaron a abordar sus propias propuestas.

Existe también un hecho innegable. Fuimos abiertos para la discusión y desde el principio hicimos llegar nuestros ejemplares de esta propuesta a todos los grupos parlamentarios, con el objeto de que esto se debatiera. Se nos acusa a veces de que en algunas cosas cedimos; nosotros hubiéramos querido que nuestra propuesta de ley fuera la que se aprobara en su totalidad, nosotros hubiéramos querido que todo esto que hoy se discute hubiera quedado a nuestra propuesta. Se nos acusa de que cedimos en muchas cosas. Señores, ¿ustedes no cedieron? Señores, ¿no hay en la búsqueda de consenso la necesidad de aceptar lo que los demás plantean? ¿No estamos buscando nosotros un acuerdo democrático, en el cual fundamentalmente tenemos que oír a nuestros adversarios y llevar el debate a la línea en el cual se aceptan las verdades y se aceptan también las presuntas verdades de otros?

Recogimos en el período de campaña presidencial, previo a la elecciones de 1988, una serie de reclamos populares, una serie de peticiones que llegaron a nuestros candidatos y que hicieron necesaria y urgente la reforma electoral; una reforma en la cual nos empeñamos, una reforma que plantea modificaciones constitucionales y reglamentarias que mejoren las perspectivas de apertura democrática para los mexicanos.

Nuestra única alianza y compromiso es con el pueblo de México y con la nación mexicana y sus valores actuales y eternos. Circunstancialmente llegamos a acuerdos con todos los demás partidos, no en exclusiva con ninguno, circunstancialmente estamos de acuerdo en algunos puntos con otros, porque no pudimos hacer prevalecer ante la cerrada mayoría, nuestro puntos de vista. Pero esto no quiere decir claudicar; hemos avanzado, porque una cuestión es lo posible y otra cuestión es lo deseable.

No obstante, el resto de los partidos, al hacer sus propias propuestas, no todas por supuesto, coincidentes con la nuestra, propiciaron el debate y la discusión de la reforma electoral que en algunos momentos se vio obstaculizada por posiciones contradictorias y de choque.

Llegamos a plantear y se nos reclama que hayamos echado para atrás acuerdos o compromisos. Insisto, nuestro compromiso y nuestro único acuerdo es con el pueblo de México.

No aceptamos que la reforma sea perfecta, al contrario. Junto con todos los que han propuesto aquí sus defectos, nos sumamos a ese coro que dice que esto no es lo ideal. No podemos decir que la reforma a la Constitución, en lo que se refiere a la ley electoral, sea lo mejor, pero es indudablemente un avance, un avance en lo posible no en lo deseable. ¿Qué desearían ustedes, compañeros, que su propia propuesta hubiera sido recibida por todos con benevolencia y que ésa hubiera sacado el 100% de calificación?

Igualmente lo deseamos nosotros, pero estamos en un congreso abierto, donde se oye la disidencia y estamos en un proceso de pluralismo que empieza a hacer despertar a este México.

No estamos conformes, estamos muy inconformes, estamos muy descontentos y somos los primeros en aceptarlo. Pero ese descontento, señores, no puede cristalizar en rechazo y en abandono de posiciones porque no logramos el todo o nada. Tenemos que plantear lo posible frente a lo deseable.

De una cosa estamos seguros en Acción Nacional, que podemos enfrentar a la ciudadanía con la satisfacción del que ha hecho el esfuerzo posible para lograr algo que por momentos pareció imposible.

Las modificaciones constitucionales y la posterior reglamentación a la misma, en la que ya han insistido mis compañeros de partido que me precedieron en el uso dela palabra, nos plantean el siguiente reto:

Hemos tomado una posición, hemos llegado a una situación en la cual nuestras propuestas son un avance democrático que tiene que cristalizar en las leyes reglamentarias secundarias.

Sin embargo, señores, esta posterior reglamentación, de cara a la nación y al pueblo de México, nos hace a los miembros de Acción Nacional asumir una vez más un papel protagónico en el presente entorno político, sentando las bases de un futuro mejor para México y los mexicanos; con un marco legislativo más propio para el desarrollo democrático y un compromiso de incursar en este marco el paso indispensable de la democracia puramente representativa a esa democracia participativa e integral de la que varios han hablado, una democracia en la que todos los mexicanos busquemos el bien común y el desarrollo colectivo en la realización personal.

Ese desarrollo que implica que cada uno de nosotros, asumiendo su responsabilidad, lo mismo dentro de esta Cámara de Diputados, que en el trabajo diario de cada mexicano implique ese necesario desarrollo que nos haga pasar de habitantes a ciudadanos.

No estamos conformes, queremos más cambios en favor de México, pero el tiempo, señores, va en nuestro favor, porque el reclamo de una patria ordenada y generosa es imposible de detener. Dentro de esta Cámara, fuera de esta Cámara, en todos los ámbitos de la nación ese reclamo se hace sentir cada día con más fuerza, es un reclamo al que nadie puede sustraerse y Acción Nacional menos que nadie, porque ha encabezado desde hace 50 años este reclamo.

Al fijar nuestra postura, desde un principio no nos comprometemos con ningún partido, somos nosotros los que en un momento dado hemos puesto por delante los intereses de México al plantear la ley electoral; somos nosotros los que desde hace muchos años hemos planteado la necesidad de cambiar nuestra leyes fundamentales, para dar a nuestro pueblo un auténtico ámbito de desarrollo democrático.

Cincuenta años de lucha no se tiran por la borda; no estamos renunciando hay a nada, hemos

avanzado hasta donde ha sido posible, pese a la cerrazón oficial, hemos avanzado no todo cuanto hubiéramos querido, pero sabemos que hemos hecho nuestro esfuerzo, este esfuerzo que no ha sido solamente nuestro, también compañeros de otras corrientes y de otros partidos son participantes. No se puede llegar a consenso cuando simplemente se busca que mi verdad prevalezca sobre las de todos los demás.

Señores, en un ámbito democrático tenemos que plantear cada vez más que la disidencia es posible en un ámbito democrático, tenemos que plantear que nuestro puntos de vista son tan debatibles como los puntos de vista de los demás, pero también tenemos que plantear que estamos firmes y seguros de que el camino que hemos emprendido es el camino adecuado, que si se hubiere aceptado nuestra propuesta democrática de cambio de Ley Federal Electoral, México hubiera dado un paso mucho más grande que el que está, que este pequeño salto que se ha permitido dar con lo aprobación de esta ley.

No estamos conformes y no estaremos conformes, pero se ha abierto una puerta, se ha abierto una puerta y por esta puerta insistimos, va a llegar tarde que temprano la posibilidad de penetrar a un marco nuevo de representación del pueblo de México en el Poder Legislativo.

Estamos a favor de los cambios, pero no de cualquier cambio; pedimos cambios que tengan una orientación participativa de la sociedad mexicana, se nos reclama que en un momento dado nos hemos echado pata atrás en algunas cosas; no nos hemos echado para atrás, por nuestra parte hubiéramos querido llegar a todos; sin embargo, insisto, el todo o nada no nos conduce sino a la misma cerrazón que estamos combatiendo. Si nosotros vamos a cerrarnos totalmente no podemos tampoco avanzar.

Hemos avanzado poco, pero hemos avanzado, hemos logrado cosas sustanciales y si ustedes analizan algunas de las posibilidades aquí sostenidas, vemos que a cambio de algo, hemos dado también algo: La asociación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, a título personal, es un avance extraordinario. Muchos avances más hay, quisiera yo ser reiterativo en lo que ya se ha dicho muchas veces, sólo quiero decir una cosa: La viene y nadie la detiene.

El C. Presidente:- Se concede el uso de la palabra al señor diputado Armando Ibarra Garza.

El C. Armando Ibarra Garza:- Señor presidente; señoras y señores legisladores: La experiencia histórica nos ha enseñado que cuando las fuerzas democráticas progresistas, de dentro y fuera del poder público, nos unimos para ampliar el régimen democrático, mejorar el nivel de vida de nuestro pueblo y fortalecer nuestra independencia económica, avanzamos. Cuando estas fuerzas se dividen se dan los retrocesos. De ahí que es completamente falso que cuando las fuerzas de dentro del poder público se unen con las fuerzas de la derecha, traigan avances democráticos. Jamás la reacción ha proyectado su acción en favor del progreso y de la independencia.

Yo quiero señalar en esta tribuna que frente a lo que aquí se ha afirmado respecto a las reformas electorales, yo quiero señalar que la primer reforma política avanzada que se dio, fue aquélla en la que por primera vez en la historia de la vida parlamentaria, llegan los partidos, los diputados de los partidos de la clase obrera. Me refiero a la reforma electoral, a la reforma política del año de 1963, en la cual se da por primera vez la presencia de los partidos, del partido marxista - leninista en aquel tiempo; y hoy, que ha mantenido firmes sus principios el Partido Popular Socialista. El dictamen que hoy está a discusión, a juicio nuestro tiene un sentido de una profunda contrarreforma política, acordada por la derecha de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional y por la fracción parlamentaria de Acción Nacional; una contrarreforma que con lleva al bipartidismo y a la alternancia del poder político entre estas dos fuerzas contrarrevolucionarias, a fines hoy ya no solamente en el aspecto programático sino también en el aspecto ideológico.

Al Partido Popular Socialista no le causa sorpresa esta alianza de estas dos fuerzas, más bien nos causa preocupación de que las fuerzas de derecha de dentro del gobierno se hayan impuesto sobre las fuerzas progresistas. Estamos convencidos los miembros del Partido Popular Socialista, que esta aparente victoria de las fuerzas contrarrevolucionarias es coyuntural y que estamos también seguros que en otras batallas, las fuerzas democráticas del Partido Revolucionario Institucional sabrán imponerse frente a las fuerzas que se oponen al progreso y a la independencia nacional.

El Partido Popular Socialista manifestó en esta tribuna también, al inicio de este período extraordinario, que si el partido oficial tenía interés en avanzar en el progreso, en la ampliación del régimen democrático, tendría que buscar la alianza con las fuerzas democráticas de esta Cámara; tenía que buscar los puntos de avance que nos hicieran ampliar el régimen democrático.

Nosotros lo sostuvimos aquí conscientes del momento histórico en que vivimos, porque frente a una política económica de concesiones a la derecha, a los grupos económicamente fuertes ligados al imperialismo, era evidente y era peligroso que las fuerzas de dentro del Partido Revolucionario Institucional, buscaran una alianza con la derecha. El reflejo de lo que señaló el Partido Popular Socialista, se ha manifestado hoy en el dictamen que está a discusión.

Nosotros sostenemos que ésta es una contrarreforma política la que se pretende hoy legitimizar en este período extraordinario. Nosotros, el Partido Popular Socialista, se pregunta: ¿por qué se insiste en seguir dándole mayor preponderancia al sistema electoral de mayoría relativa para la composición de los cuerpos colegiados como es la Cámara de Diputados?, medida que por sí misma tiende a sobrerrepresentar al Partido Revolucionario Institucional y favorecer también al Partido de Acción Nacional con una representación que no corresponde a los sufragios obtenidos en la elección.

El sistema mixto para conforma la Cámara de Diputados, que nos presenta el dictamen y que sostienen los diputados de las fracciones que apoyan al dictamen, sostienen que esto es un avance, que esto demuestra que con este proyecto de reforma demuestra que no está en una posición contraria al avance democrático.

El sistema de mayoría relativa, señores legisladores, nos ha demostrado que este sistema tiende a sobrerrepresentar a un partido, y como ejemplo tenemos el caso de la Cámara de Senadores, una cámara en la que predomina el sistema de mayoría relativa. En ese caso veamos cifras de las elecciones del año anterior, vemos cómo con el 52% de la votación el partido oficial alcanza una representación del 94% del Senado. Esto nos demuestra que mediante ese sistema de votación concentra una sobrerrepresentación en un partido a costa de la sobrepresentación de otros partidos.

En el sistema de mayoría relativa se sigue dándose la sobrerrepresentación como lo hemos señalado aquí, ¿en base a qué razones de carácter político e histórico, se insiste en la sobrerrepresentación de uno o dos partidos políticos en la Cámara de Diputados que contravienen la voluntad de los electores? Voluntad que no se ve reflejada en estos órganos colegiados, con el realismo que se da en las elecciones.

Nosotros hemos planteado que frente al argumento nuestro de que la representación en la Cámara, en los congresos locales y en los ayuntamientos, se dé bajo el sistema de la representación proporcional, se nos ha querido rebatir con el argumento de que el sistema mixto es un sistema sui generis de la política mexicana, y que este sistema garantiza la presencia de los partidos minoritarios.

No se quiere reconocer en el fondo de esta tesis falsa que sostienen algunos teóricos del Partido Revolucionario Institucional y de la derecha, de que ellos dicen que si se adopta el sistema de la representación proporcional, el Poder Legislativo se convertiría en un órgano de ingobernabilidad. Han olvidado que nuestro régimen político no es el parlamentario, y que con una verdadera representación de los partidos políticos en la Cámara de Diputados mediante la prepresentación proporcional, que refleje la fuerza de cada partido en la Cámara, no pone en riesgo el Poder Ejecutivo, pues el Poder Legislativo en nuestro país únicamente se orienta en la elaboración y aprobación de las leyes; no es como los gobiernos parlamentarios donde el Congreso designa a los funcionarios, a los ministros, como sucede en los países que tienen este sistema político.

Lo que se quiere desconocer, es que hoy hemos entrado a la etapa de los partidos políticos y que éstos, como tales, actúan como fuerzas representativas de las distinta clases sociales de nuestro país, los cuales, en base a su programa, son representados en mayor o menor grado de los electores en los distintos cuerpos colegiados del poder poder público.

El Partido Popular Socialista ha sostenido permanentemente que para ampliar el régimen democrático a otras formas más avanzadas de democracia, solamente se logrará mediante el sistema de representación proporcional, y no es como lo pretende la propuesta hecha por el Partido Revolucionario Institucional y apoyada por el Partido de Acción Nacional, el sistema mixto, donde están la mayoría relativa y la representación proporcional, con predominio del primero sobre el segundo.

Estamos plenamente convencidos que mediante el sistema de representación proporcional se puede ir a la verdadera democracia, mientras que en la imposición mayoritaria excesiva, hay el peligro de retroceder al absolutismo. Estos son los argumentos que ha sostenido permanentemente el Partido Popular Socialista cuando hemos puesto a discusión sobre la integración de los cuerpos colegiados del poder público.

La representación proporcional abre el camino a un verdadero avance de la vida democrática de nuestro país. Por eso nosotros no coincidimos con lo que aquí se ha afirmado de que el sistema

mixto para integrar la Cámara de Diputados es un avance democrático; sino que hoy se requiere más que nunca clases y ante la agudización de la lucha de clases y ante la definición de las distintas clases sociales que son representadas en esta Cámara, es urgente que se implemente este sistema electoral para avanzar en la vida democrática de nuestro país.

Es indiscutible, señoras y señores legisladores, que a través de la lucha política de los partidos hemos tenido avances. Se ha pasado de los diputados de partidos a la representación proporcional en parte en la Cámara de Diputados, en las cámaras locales y en los ayuntamientos.

Pero esta forma de representar a los poderes, hoy es demasiado reducida para que estén debidamente representadas las distintas fuerzas. Por eso, a nuestro juicio, el seguir sosteniendo esta forma solamente puede llevar al bipartidismo entre dos fuerzas, dos fuerzas económicamente identificadas; a través de dos partidos que tienden a aglutinar la mayor parte de la representación en las cámaras.

Señoras y señores legisladoras: La lucha permanente de nuestro pueblo ha sido por lograr la plena independencia nacional, por la superación del nivel de vida de nuestro pueblo y por el fortalecimiento de la vida democrática. Estos han sido los móviles permanentes que han motivado la lucha de nuestro pueblo en los tres grandes movimientos armados.

Hoy, siguen siendo vigentes estos móviles, precisamente en esta etapa difícil en la que las fuerzas de la derecha han desviado el rumbo de la Revolución Mexicana desde el Palacio Nacional.

Aprobar reformas constitucionales que no vayan más allá de una reforma electoral, que les permita a las fuerzas de la contrarrevolución, la mayoría necesaria para llevar a cabo las contrarreformas que hoy exige la corriente neoliberal de dentro y de fuera del gobierno significa complicidad con las fuerzas conservadoras que se aprestan a compartir el poder con los tecnócratas que hoy están al frente del gobierno.

Ç Hacemos un llamado a los diputados progresistas de esta Cámara, a los diputados de la clase obrera, a los diputados del sector campesino, a los diputados del magisterio, los exhortamos a oponerse a la consumación de esta contrarreforma política que hoy se pretende realizar.

Recordemos, compañeros legisladores, en estos momentos, en que tal parece que se han ablandado las fuerzas progresistas de dentro del poder público, que es necesario recordar el ejemplo de Benito Juárez que jamás transigió frente a la derecha, que siempre se mantuvo firme, firme frente a quienes pretendían hacer regresar la rueda de la historia; y queremos recordarle a los diputados de la derecha, a los diputados de Acción Nacional, que no canten victoria, que si bien hoy por coyuntura han logrado el apoyo de las fuerzas del partido del gobierno, recuerden ustedes también aquella frase que el Benemérito de las Américas señaló, que el triunfo de la reacción es moralmente imposible.

El C. Presidente:- Tiene la palabra el diputado Juan Guerra Ochoa.

El C. Juan Nicasio Guerra Ochoa:- Muchas gracias, señor presidente: Finalmente, ciudadanos legisladores, estamos frente a un dictamen que como nos pronosticaron algunos diputados priístas, no iba a ser unilateral; de igual manera, ante un dictamen, que como nos dijeran algunos dirigentes de Acción Nacional, nosotros tendríamos que estar presentes, en un sentido o en otro, pero no podrá haber cambios sin Acción Nacional.

Aparentemente, entonces el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Acción Nacional logran algún propósito, aunque me refiera más que nada a la forma y sin embargo no estamos ante ningún acuerdo nacional, de verdaderas pretensiones históricas a pesar de que lo quisieran así algunos diputados, que con afanes históricos nos han dicho que quizá pasarán a la historia por estos cambios. Y no lo estamos, porque este dictamen ha tenido argumentaciones a favor por parte del partido oficial y Acción Nacional más bien nos ha venido insistiendo en que está en contra, pero que de los males, éste es el menor; es decir, no es el acuerdo, el pacto nacional buscado entre los partidos para transitar a la democracia, no sólo porque las fuerzas de izquierda no se sientan representadas en este proyecto de dictamen, sino tan siquiera porque Acción Nacional más bien nos viene a querer convencer con actitudes morales, porque no les quedaba de otra.

Y así, es hasta cierto punto entendible que se le salga al paso a esta discusión con verdaderas generalidades, con participaciones que van de una gran generalidad a lo abstracto, y de ahí todavía a lo más abstracto. ¿Cuáles son realmente, yo preguntaría para Acción Nacional, estos resquicios concretos que valoran y hacían necesario realmente apoyar este proyecto de dictamen? Hasta ahora no nos pueden seguir saliendo con criterios como que "nuestro compromiso es fundamentalmente con el pueblo", porque ello también esconde la necesidad en

cualquier parlamento del mundo y en cualquier país, en la vida política de los partidos de trabar compromisos entre los partidos para la democracia, que en efecto vayan a fortalecer al pueblo.

¡Es malo que en las metamorfosis hasta los lenguajes se empiecen a copiar! Pero además, y éste es otro asunto, aunque no hemos tenido las grandes movilizaciones que presionen justamente por una verdadera y auténtica reforma electoral. solamente ciegos no podríamos ver que el gran abstencionismo, por ejemplo, que se está dando y nada más hay que revisar las últimas elecciones estatales, es esencialmente una desconfianza hacia órganos electorales parciales. ¡ Es una desconfianza justamente porque la gente no cree que se respete su voto!

Este en un reclamo, tal vez no con el estruendo de las grandes movilizaciones, pero persistente, constante. Es también evidentemente un menosprecio al sistema político, donde con estas bases tan sólo de forma de consideraciones, podríamos hablar de ese acuerdo nacional que todos dijimos buscar justamente para transitar a la democracia.

Y sin embargo, todo esto también oculta cuáles son los verdaderos propósitos que entraña ese dictamen: quien gana y quien no.

Quiero, para ese efecto, recordar una participación que hacía el diputado Javier López Moreno, no en esta maratónica sesión, sino en la anterior. Explícitamente nos decía: "Acepte la oposición modificar la Cámara de Diputados y podrá haber reforma!"

En efecto, desde entonces, se establecía uno de los propósitos claros que buscaba el partido oficial y el gobierno, en el marco justamente de las modificaciones a la Constitución. Y así es entendible que en alguna mente, que no le encuentro un calificativo, encontró que tal vez sería correcto irnos por dos pistas en la integración de la Cámara.

Todo mundo sabe que las legislaciones que existen en el mundo, en otros países, podemos encontrarlas, aquellas que evidentemente son por mayoría o bien aquellas que son de representación proporcional, y que en ese sentido se pueden encontrar fórmulas mixtas. Pero divorciar esos dos sistemas, sólo fue producto de alguna mente priísta, que en un afán de buscar esa sobrerrepresentación intentó evidentemente avanzar.

No fue posible esta situación, y nos han presentado ahora una propuesta de un ingenio no menor, una escala donde es claro también los temores que son del Partido Revolucionario Institucional, temores a tener mucho menos, incluso a poderse adjudicar más de la mayoría en la Cámara, temores que establece que con un 35% se tendrá evidentemente la mayoría en la Cámara, temores que reflejan que esta Cámara si hubiese estado en vigencia la legislación que se pretende llevar a cabo, sería otra la composición de la Cámara, evidentemente habría una mayor sobrerrepresentación y bien, ¿quién es en este país el más interesado en que la Cámara no presente las características de pluralidad y de representatividad, que a pesar de todo y lo que se diga actualmente tiene y que si hay hechos y a veces desaguisados son normales en todas las Cámaras del mundo? ¿Quién ha promovido sino es el Ejecutivo, campaña justamente para desprestigiar al Legislativo? ¿A quién le incomoda justamente las características de una Cámara aguerrida, luchona?, sino al Presidente hoy en turno, por vías y por hechos que ya conocemos.

Quieren una Cámara sobrerrepresentada y siempre que haya sobrrepresentación de alguna fuerza no quiero saber cuál sea, habrá sobrepresentación de otras fuerzas, pero en sus propósitos eso es lo que buscan. Otro tipo de Cámara que les resulte más cómodo, más a tono, más en idea de sus pretensiones y si esto no fuera cierto, ahí tenemos la misma propuesta para la integración de la Asamblea del Distrito Federal con una variante, ahí se pretende que la mayoría no esté siquiera sobre el 35% sino sobre el 30%, bien que saben y no pueden ocultar el temor, porque el pueblo aquí en el Distrito Federal les ha dado la espalda.

Así es que aquí el pueblo, a veces yo pregunto, invocamos, ¿Acaso el pueblo está realmente interesado en estos retrocesos? Y digo retrocesos, porque la Cámara actual, pese a lo que se diga, caso concreto el Partido Revolucionario Institucional, se adjudico el 52%, tiene 260 diputados, aparte los comprados, que es exactamente la relación directa en el porcentaje de sus votos.

La representación proporcional busca ante todo que nadie se sobrerrepresente, porque siempre reitero, que alguien se sobrepresente evidentemente entraña en sobrepresentar y todavía más, ¿cuáles son las criterios que vienen en este proyecto de dictamen? ¿Se habla algo de las minorías? Y no tengo vocación de minoría, luchamos también por ser mayoría, pero es evidente aquí el carácter que se le da, ¿se habla algo de las minorías?, no. Todo el articulado en relación por ejemplo a la Cámara está hecho para garantizar la sobrerrepresentación de la mayoría y ni siquiera en el texto, vamos, en la forma se encontrara una alusión a votaciones minoritarias.

Y bien, también podemos además de la Cámara señalar otros aspectos: Ya otros compañeros míos

han señalado la que significará la integración del tribunal a propuesta del Ejecutivo, de una u otra manera serán a propuesta del Ejecutivo, me recuerda esto las famosas ternas que todavía quizá alguien presuma de democráticas, esas ternas que se usan por ejemplo en algunas instituciones de educación superior, donde se tiene la posibilidad de elegir por un determinado órgano colegiado, pero en función de esa terna, aquí no será una terna, pero no nos podremos mover; el juego de la democracia aquí en la Cámara, en la integración de este órgano, no va más allá de las propuestas que nos haga el Ejecutivo. ¿Y no es esto evidentemente también ese peso, que busca sobre todo tener el señor Salinas de Gortari.

Y si vemos lo del colegio, el Colegio Electoral fue incómodo, lo resultó no sólo en la autocalificación de los diputados; lo resultó también en la calificación presidencial, fue un órgano incómodo, numeroso, aguerrido, nuevamente vuelvo a señalar esto, se busca un órgano que no vuelva a presentar esas características; ni siquiera se piensa, como se dice, en el futuro, se piensa en función de este Presidente y de la situación actual, y hacer las cosas a su modo, incluso como si se volviera a reelegir.

Tenemos el tono de una serie de propuestas que no van más allá de seguir fortaleciendo el Ejecutivo, y vámonos también al órgano electoral. Quisiera, sin embargo, aquí por lo que se ha señalado, hacer una especie de paréntesis; En el proyecto de dictamen, a pesar de lo que aquí se ha hablado de los consejeros, de los magistrados, no encontramos ninguna alusión directa de ello. Se supone, y nos lo han informado nuestro coordinadores, que esto es un compromiso, ¿entre quiénes? ¿Quienes firmarían finalmente este compromiso?

De entrada, aunque sea un compromiso entre los coordinadores, yo lo quiero decir: No es correcto, no se pueden hacer compromisos a espaldas de la Cámara, a espaldas del pueblo, mucho menos porque cada quien puede darle su interpretación y cada quien nos lo puede presentar aquí como desee.

El texto no señala; señala por ejemplo, el órgano superior de dirección, se integrará por consejeros y consejeros magistrados, designados por los poderes Legislativo y Ejecutivo y por representantes nombrados por los partidos políticos.

¿Cómo se piensa evitar el predominio de una fuerza? ¿Cómo se nombrarán estos consejeros? Es algo que no viene y aquí a veces se da como una verdad entendida que todo mundo debe saber, supongo que la Cámara y supongo el pueblo que representa esta Cámara de Diputados, también lo debe de dar como algo entendido, aunque no hay nada escrito, aunque no hay nada explícito ni nada siquiera compartido y cada quien nos presenta su versión.

O tal vez en un extremo, creamos que en el párrafo anterior de este mismo dictamen es suficiente. Un diputado, si no mal recuerdo Alcantara nos decía: que hemos conquistado aquí cosas que viene justamente en el texto, la imparcialidad, la autonomía, etcétera.

Compañeros, no son estas palabras, por desgracia, en México, ninguna garantía, no lo son. ¿Acaso el fraude es constitucional? ¿Y, sin embargo, se podría negar que se siga cometiendo? ¿Qué garantía puede darse si no se adentra más en la materia sobre algunas propuestas que si bien son válidas, y hemos venido insistiendo el ello, al no adentrar más en las cosas, no se establece ninguna garantía?

Pero aún en el caso de que todo el mundo compartiera la propuesta que ha sido señalada aquí por diputados de Acción Nacional, por Pablo Gómez, persiste el mismo hecho. Estaríamos hasta en un órgano electoral dominado por el oficialismo en donde las circunstancias sería que el Ejecutivo nos hace propuestas para elegir de la que él nos hace; es decir, a diferencia de hoy, donde el Ejecutivo puede nombrar de manera directa, hoy habría incluso que involucrar a la Cámara, para demostrarle que tiene el valor la Cámara y que no se puede mover de las propuestas que el Ejecutivo hace.

Por donde se le busque, todo el texto del proyecto de dictamen no apunta más que a seguir exacerbando el presidencialismo, presidencialismo que por cierto en este país se ha hecho y se sigue haciendo aún mas intolerable, porque asistimos a un presidencialismo no sólo que busca menoscabar, denigrar a la Cámara de Diputados, a un presidencialismo que ha dado muestras; ni siquiera el partido le interesa. Y aquí vale recordar que analistas famosos del sistema político mexicano, han establecido como dos elementos fundamentales del mismo, el presidencialismo y el partido de estado. Sin embargo, a como pintan las cosas con el señor Salinas, ¿qué podemos hablar ya de esos dos pilares fundamentales? Hay al parecer todo un ceder, incluso funciones desde este órgano que se consideraba pilar, en ese sistema que se analiza que muchos hemos criticado, todo hacia el Ejecutivo.

Señores diputados, por eso en verdad a veces hasta irrita, cuando nos vienen a decir loas a una cosa. Y yo bien puedo pensar que como nos la dicen a esto, no las podrían decir a cualquier otro proyecto. Lo malo de todo esto, lo que tiene

necesariamente que observarse, es que no solamente sean los diputados del Partido Revolucionario Institucional los que así nos hablan, si no que también sean otros diputados.

Sin duda alguna, si se conservan esos dos tercios, esa alianza; este proyecto de dictamen será aprobado, y tal vez entonces, a futuro o seguramente los fraudes; que no se ve ningún seguro para que se sigan cometiendo, habrá que decirlo, son responsabilidad ya no sólo del partido oficial del gobierno, son responsabilidad de todos los diputados que estén dispuestos a avalar este dictamen. Ese es el costo político, y todavía no lo entiendo, a cambio de que Acción Nacional va a pagar ese costo político, no frases, de que no nos importa esos costos políticos, estamos dispuestos a pagarlos, ¿a cambio de qué realmente?, en un balance mínimo, pragmático de costos y ganancias, ¿cuáles serían las ganancias de avalar un ditamen?, que no lo digo yo, lo dijo Abel, no tiene nada o mucho perdón, que alabarse, sólo algunos resquicios que hasta ahorita, por cierto, no nos dicen cuáles son, ni unos ni otros. Es todo y muchas gracias.

El C. Presidente: -Tiene la palabra el ciudadano diputado Fernando Córdoba Lobo.

El C. Fernando Córdoba Lobo: -Señor presidente; compañeros diputados: Hace unos minutos, el diputado Jaime Guillermo Aviña Zepeda mencionaba aquí tres de las palabras que con más frecuencia, en el curso de este debate, se han mencionado reiteradamente. Yo escojo una, porque me parece que es la palabra fundamental, la palabra responsabilidad.

En este debate, que quisimos desde un principio que fuera la gran oportunidad de que las fracciones parlamentarias que componen esta honorable Cámara, expusieran sus tesis vertebrales de orden político, sus perspectivas en cuanto a programa, la palabra responsabilidad viene a la medida exacta del comportamiento político de los compañeros legisladores. Porque no podemos negar que al venir a esa tribuna, lo hacemos en una triple condición, no podemos prescindir en ningún momento de nuestra condición de miembros de un partido. Nadie, creo yo, se atrevería a negar aquí su filiación partidista, pero somos también representantes de la nación y en tercer término representamos lo que cada quien por mérito y por esfuerzo propio es en sí mismo; su preparación, su capacidad, sus ideas, su formación política, su convicción en una palabra.

Yo quiero recordar aquí una extraordinaria aseveración de alguien que fue un gran Secretario de Educación Pública de México, uno de los tres grandes secretarios de Educación Pública que ha tenido nuestro país: don Justo Sierra, José Vasconcelos y Jaime Torres Bodet; puedo haber un cuarto gran secretario de Educación fallecido lamentablemente. Decía Jaime Torres Bodet, que entre más firme y sólida sea nuestra convicción, más obligados nos hallamos a enfrentarla con la convicción de los demás.

Por esta misma convicción yo afirmo aquí, muy a título personal, que en una democracia moderna un partido no puede ni debe existir solo, es la existencia de partidos opuestos lo que le otorga legitimidad política y razón de ser. Bien que se expongan los puntos de vista, las ideas, las convicciones y que el debate se arme sobre esta gran base tan consistente y tan sólida por auténtica. Pero alcanzar un consenso a plenitud creo que estaría deformando lo que es la estructura democrática de un cuerpo legislativo. Disentir de la opinión ajena, expresarlo y debatir las ideas es también una prueba de democracia.

Hace poco estuvo en México un miembro de la escuela de Turín que decía que la verdadera medida del consenso es el dicenso; desde el momento en que es imposible que los individuos siempre estén de acuerdo en todas las decisiones, la libre manifestación del dicenso, es por lo menos un indicio, si no una prueba de credibilidad de consenso y por tanto de la legitimidad democrática de la decisión colectiva.

Al analizar el proyecto de decreto que nos ocupa, he atendido con mucho cuidado las expresiones que aquí se han vertido, ya desde la madrugada de este día en el seno de la Comisión de Gobernación, me llamó la atención la expresión de Abel Vincencio Tovar y del ingeniero Francisco Ortíz Mendoza, porque creo que convergen de alguna manera, a pesar de desistir, convergen en puntos de vista que vale la pena reiterar.

Hablaba Abel Vicencio Tovar de la necesidad de estudiar minuciosa, detenida, concienzudamente el proyecto de iniciativa de decreto que se presentó a la consideración de la Comisión de Gobernación, y decía el ingeniero Francisco Ortíz Mendoza, que no era posible ver nada más en un ángulo reducido, angostado, lo que constituye una reforma electoral sin tener en cuenta todos los grandes problemas del país, todas las grandes cuestiones de la nación. Creo que es así como debemos llegar a conclusiones, si no de un consenso absoluto, sí aquellas que sean puntos de coincidencia como aquí se han establecido de manera muy clara.

Los oradores del Partido Acción Nacional lo han dicho, a mi modo de ver y de entender, de manera

transparente y sumamente clara. No hay una alianza; hay puntos de coincidencia. Pero tal parece que coincidir con los puntos expresados por el Partido Revolucionario Institucional, es malo; tal parece que alcanzar puntos de consenso con mi partido, es negativo. No lo es, en tanto se tengan coincidencias con cualquier otra fracción parlamentaria. Y esto señores, es fanatismo; y es algo de lo que debemos desprendernos en un debate ideológico, si queremos que este debate tenga la altura que merece no sólo la integración de este honorable cuerpo legislativo, sino el pueblo que está atento a este mismo debate.

Decía Abel Vicencio Tovar en su intervención del día de hoy en esta tribuna, sentando una tesis valedera para él, que nosotros los priístas, parece ser que nacimos para detentar el poder. No es así. Luchamos por el poder y trabajamos y luchamos por mantenernos en él. Los avatares de la vida política en la evolución de todo país, pueden transformar las condiciones, de tal manera que en una circunstancia determinada llegue al poder otro partido político. Si la vía es legítima y democrática, enhorabuena. Pero los términos de la lucha están planteados, y no tenemos nosotros los priístas, el fanatismo de una convicción que nos haga sentir que nacimos para eso: para detentar el poder.

Decía que si se trata de consolidar la legitimidad mediante diversos actos; que se trata de adquirir legitimidad mediante diversos actos de gobierno; no es exactamente así. La legitimidad está dada de origen, los actos de gobierno lo que hacen, es consolidar la autoridad moral del gobernante, y esto es innegable, tanto dentro de lo que es el perímetro nacional, como fuera de nuestras fronteras. Se consolida no la legitimidad que ya está dada, sino la autoridad moral del gobierno del presidente Carlos Salinas de Gortari.

Ya señalaba minuciosamente también Javier López Moreno, los puntos de coincidencia, de consenso, que nos acercan a una decisión común con la fracción parlamentaria de Acción Nacional. Y sería prolijo abundar en ello. Mi viejo amigo, mi estimado amigo, Ignacio Castillo Mena, hablaba en esta tribuna de que insistimos en tener una mayoría predeterminada en el organismo electoral y se lamentaba de que no se satisfacían los deseos de los partidos políticos independientes.

Yo siento que la reforma político - electoral va mucho más allá de satisfacer deseos de partidos políticos, independientes o no; porque estimo que la reforma electoral no es para beneficiar en exclusiva a tal o cual partido o a todos en su conjunto.

La reforma electoral es para ampliar los cauces de la democracia que no debemos confundir con la democracia misma. La estructura de la República está dada; la democracia es una corriente, es un impulso, es una vehemencia popular, y de lo que se trata es de ampliar los cauces por los que transcurra esta corriente impetuosa de la voluntad nacional.

El diputado Juan Miguel Alcántara Soria hablaba de estas palabras que mencionaba el diputado Martín Gavica Garduño: seriedad y responsabilidad, y con responsabilidad y con seriedad es como debemos trascender de este debate, para dar satisfacción a quienes de una o de otra forma nos acompañan en la lucha y en la contienda política, porque aquí, compañeros diputados, valga hacer una reflexión de la mayor honestidad, cuando no sólo en este día, sino en otras sesiones se ha hablado de que allá afuera el pueblo está pendiente de qué es lo que vamos a lograr aquí nosotros y de que no podemos defraudarlo y se nos criticaba a los miembros el Partido Revolucionario Institucional que no tuviéramos con la premura del tiempo ya alguna propuesta concreta que hacer de dictamen, yo pregunto, ¿qué parte del pueblo, honestamente, señor diputado, qué parte del pueblo es la que está pendiente, la que tiene filiación partidista con cualquiera de los partidos aquí representados?, ¿la del pueblo que es potencialmente elector?, ¿la del pueblo que siendo elector vota?, ¿cuál de estas fracciones populares es la que está esperando y reclamando que aquí salgan resoluciones definitivas y concretas?

En afán de honestidad, a lo que tenemos que enfrentarnos todos en igualdad de condiciones, es a la indiferencia y al abstencionismo que ya mencionaba Juan Guerra hace un momento, ahí si hay igualdad formal de los partidos políticos para enfrentar esta gran parte del pueblo que no decide por diversas razones, las que se quiera mencionar pero hecho concreto es que no decide políticamente ante ello sí tenemos una igualdad formal que enfrentar, que a través de la creación de organismos electorales cuya característica esencial sintetizó las cinco de que aquí se ha hablado, sea la imparcialidad, se pueda mover, hacer saltar de su indiferencia al pueblo que no participa en las grandes decisiones político - partidistas, ése es un propósito común que estimo que nadie se atrevería a negar como característico de los propósitos de los partidos políticos: imparcialidad que es indudablemente justicia.

Decía el diputado Alcántara, que nos obcecamos en la supervivencia innecesaria y perjudicial de los colegios electorales; yo quiero coincidir en parte con él, probablemente el Colegio Electoral que califica, que autocalifica las elecciones de los

diputados pueda sufrir modificaciones y trasladar parte de esta responsabilidad, parte nada más, a un órgano colegiado de una gran cantidad moral esencialmente, independientemente de su calidad profesional.

Pero por cuanto al Colegio Electoral, que garantiza, que establece más bien para la Cámara de Diputados erigirse en Colegio Electoral y calificar la elección presidencial, debemos de ser muy cuidadosos porque son atribuciones legislativas que no podemos conceder si no vamos, si no queremos alterar el equilibrio de poderes, hay que verlo con mucho detenimiento y esto seguramente será materia de serias, si y responsables discusiones cuando atendamos las propuestas para la conformación de la ley secundaria.

Y, finalmente, Juan Miguel Alcántara decía que no debemos tener miedo a abrir las puertas a la democracia; nada más lejos de la realidad que enfrentamos, no sólo abrir las puertas a la democracia, sino provocar el cambio y hasta donde ello sea posible, encabezarlo y conducirlo con fundamento en comportamientos nobles y estrictamente democráticos.

Se habla de los organismos, de un nuevo padrón electoral que nosotros promovemos también, de la confiabilidad de que deben ser sujetos quienes conformen los organismos electorales que van adelante, si se cuenta con la aprobación del Congreso de la Unión, a regir en materia electoral todo el proceso.

Pero se censura de antemano que la propuesta provenga del titular del Poder Ejecutivo, simplemente porque proviene de él, aquellos sujetos que sean propuestos están descalificados de antemano y yo me pregunto, señores diputados, con ustedes cuando se designa un juez, ¿puede haber desconfianza en la fabilidad de la naturaleza humana? Pero si desconfiamos de antemano, ni la estructura jurídica, política y social, ni las instituciones de este país podrían haberse realizado ni estar firmemente asentadas con profundas raíces históricas, ni servir bien, o mal que bien, algunas que merecen transformación, a la sociedad nacional.

No se puede desconfiar de antemano, simplemente porque una propuesta venga del Poder Ejecutivo de la República, aquí podemos mencionar esa variante de la teoría de la división de poderes que es la colaboración entre los mismos, no necesariamente los poderes de la Unión tienen que ser antagónicos, cuidar celosamente su integridad, su dignidad, mantener inalterable su respeto, pero tampoco entrar en un antagonismo tan estéril como innecesario.

Yo no sé por qué razón, ni quiero imaginar ni aventurar teorías, sino para ser precisos, decir solamente que estos puntos de coincidencia entre dos partidos, un partido con el nuestro, Acción Nacional, con mi partido, causa un gran escozor, lo dijo aquí hace un instante el diputado Juan Guerra y lo dijo bien y qué bueno que así sea, dijo que ellos luchan por ser mayoría; pues qué bien lo hagan, no tendría sentido la existencia de un partido que no luchara por ser mayoría, pero así como es de legítimo que luchen por esto, también es legítimo que el partido en el poder luche por conservarse en él y por seguir siendo mayoría. (Aplausos.)

Tenemos que analizar, tenemos que ver con todo detenimiento y con todo cuidado las palabras, porque las palabras se pueden desgastar, sí, pero son como los principios, como los grandes principios ideológicos, un gran principio ideológico finalmente decide su destino por el comportamiento y por la conducta de los hombres; las palabras son igual que los principios, valen tanto en cuanto el hombre que las pronuncia sea en su conducta fiel a esas palabras, no las podemos descalificar por sí mismas y las palabras, cuando denotan con toda claridad hechos y modos de conducta, merecen todo respeto, aunque no se compartan las convicciones políticas.

Yo rechazo aquí, de manera enérgica, muy respetuosa pero muy enérgica, que el presidente de la República, Carlos Salinas de Gortari, se comporte con un profundo desprecio por la democracia; como aquí se ha afirmado, su comportamiento como gobernante al servicio del país prueba totalmente lo contrario, pero hay un hecho relevante: no existe distorsión alguna entre las ideas políticas y los hechos, las acciones, el comportamiento y las grandes decisiones de gobierno, asentadas en un gran consenso popular, hay un hilo conductor que enhebra las palabras y las acciones de Carlos Salinas de Gortari y lo hacen un político y un gobernante con una profunda y rectilínea convicción democrática y esto de "y rectilínea" no es para mí una disgresión geométrica, simple y sencillamente porque un hombre y por eso vale, alguna vez lo dijo Narciso A. Bassols y quienes lo han estudiado, los compañeros de la fracción de izquierda seguramente que recuerdan, deben de haberlo estudiado a conciencia, decía Narciso A. Bassols que ser revolucionario es trazarse a los 20 años una línea de conducta y no apartarse de ella jamás, en ningún momento, para él es una fe revolucionaria y yo comparto la tesis con esta variante, una convicción democrática rectilínea es la que se traza un político y no se aparta de ella en la palabra ni en la acción y ése es para mí el comportamiento de Carlos Salinas de Gortari. (Aplausos.)

Finalmente, compañeros diputados, al pedir a ustedes con todo comedimiento su aprobación en lo general para el proyecto de decreto que aquí se ha presentado, quiero llamar la atención sobre un aspecto que para mí es, en lo personal, sumamente importante, ¿qué es lo que vamos a decidir en última instancia?, ¿una nueva estructura legal de tipo electoral, o vamos a ir más allá?

Lo dijo aquí también, por cierto y es otra coincidencia que yo encuentro con las palabras de Vicencio Tovar, aquí se expresan términos jurídicos y legales, pero que provienen de una realidad que ya está dada, que ya está ahí, ha predeterminado de alguna forma, de alguna manera, lo que después se va ha convertir en legislación; yo pienso que el derecho es algo mucho más complejo que el conjunto monótono de normas en que se concreta, el derecho va mucho más allá de la norma en que se expresa.

La realidad jurídica se nos escapa si pretendemos captarla únicamente a través de las normas, vamos a legislar, sí, en materia electoral, pero hay que contemplar todo un universo de necesidades, de inquietudes, de afanes, de inconformidades, de irritaciones populares que deben ser canalizadas en su momento y aquí es donde debemos nosotros mantener ese difícil equilibrio de las tres representaciones que tenemos, sin prescindir de nuestra condición de miembros de un partido, atender a nuestra noble condición de representantes de la nación y de legisladores, para darle curso, forma a estas rebeldías, a estas inquietudes, a estas inconformidades, que tengan una expresión legal finalmente, porque los derechos asegurados por la justicia no están sujetos a regateos políticos y al cálculo de injerencias sociales.

Yo creo que si sabemos mantener en conjunción armónica esta triple característica de representación que todos sin excepción tenemos, cada quien, según sus capacidades y su estilo personal de comportarse políticamente, si podremos darle a la nación una respuesta positiva y responder, entonces sí, a lo que la población sin filiación política o partidista o teniéndola la sociedad en su conjunto no espera, exige de nosotros para que sepamos contribuir con ellos y renovar la fe y la esperanza del pueblo en la eficacia de la ley, en el valor del derecho como ordenador de una convivencia política y como garantía esencial de libertad.

Señor presidente: Considero que ha sido suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general y pido a usted, con todo respeto, consulte a la asamblea si está suficientemente discutido y, en su caso, se proceda a la votación. Gracias. (Aplausos.)

El C. Presidente: -Esta presidencia informa a la asamblea que hasta el momento han hecho uso de la palabra 17 oradores; en consecuencia, consulte la secretaría si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El C. secretario Ismael Orozco Loreto: -Se pregunta a la asamblea si se considera suficientemente discutido el dictamen.

Los ciudadanos que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie... Suficientemente discutido el dictamen en lo general.

El C. Presidente: -Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso General, se consulta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

Esta presidencia ha recibido ya la reserva de artículos para discusión en lo particular por el Partido de la Revolución Democrática, por el Partido Popular Socialista, por el Partido Acción Nacional, por el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana y por el Grupo Independiente.

El C. Jesús Ortega Martínez (desde su curul): -Por favor, ¿quisiera usted decir a la asamblea cuáles son los artículo reservados?

El C. Presidente: -Con mucho gusto. El Partido de la Revolución Democrática ha reservado los artículos 41, 54, 60, 73 y segundo transitorio; el Partido Popular Socialista, 41, 54, 60, 73; el Partido Auténtico de la Revolución Mexicana, el 5o., 41, 54, 60 y 73; el Partido Acción Nacional, 54, 60 y 41; el Grupo Independiente, 41, 54, 60 y 73.

Proceda la secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular, de los artículos no impugnados, en un solo acto.

(Voces.)

En lo general y en los no reservados.

El C. secretario José Murat C.: -Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, en un solo acto. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Los que no están a discusión, señores diputados, son el 35, fracción III y 36, fracción I; el

primero, el tercero, el cuarto, el quinto y el séptimo transitorios.

(Votación.)

Señor presidente, se emitieron 346 votos en pro, 70 en contra y una abstención.

El C. Presidente: -Aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, el dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a las reformas constitucionales en materia electoral, por 346 votos.

ORDEN DEL DÍA

El C. Presidente: -Proceda la secretaría a dar lectura a la orden del día de la próxima sesión.

El C. secretario José Murat C.:

«Cámara de Diputados.- Primer Período Extraordinario de Sesiones.- Primer Receso.- LIV Legislatura.

Orden del día

17 de octubre de 1989.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a las reformas constitucionales en materia electoral. En lo particular.»

El C. Presidente (a la 1.45 horas): -Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar hoy martes, 17 de octubre, a las 11:00 horas.

TAQUIGRAFÍA PARLAMENTARIA Y DIARIO DE LOS DEBATES