PODER LEGISLATIVO FEDERAL
Diario de los Debates

DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio
Director General de
Crónica Parlamentaria
Héctor de Antuñano y Lora
Presidente

Diputado Pablo Moreno Cota
Director del
Diario de los Debates
Norberto Reyes Ayala
Año II
México, DF, jueves 26 de octubre de 1995
No. 14

SUMARIO





DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

Invitación al acto cívico conmemorativo del CXXII aniversario del natalicio de don Francisco I. Madero González. Se designa comisión.


ESTADO DE HIDALGO

Comunicaciones del Congreso estatal con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.


ESTADO DE VERACRUZ

Comunicación del Congreso estatal con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.


COMISIONES DE TRABAJO

Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, respecto de la integración de las comisiones de trabajo y la creación de la Comisión Especial de Apoyo a la Producción. Aprobada.


LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, presenta iniciativa de reformas a dicho ordenamiento. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



REPUBLICA DE ESTONIA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, para que pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de dicha República. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.


REPUBLICA DE FILIPINAS

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Vicente Luis Coca Alvarez, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de esa nación. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.


REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Marcela Lombardo Otero, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de esa República. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.


REPUBLICA ITALIANA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Perla Gutiérrez de Cavagna, pueda aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de esa nación en Acapulco, Guerrero. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.


REPUBLICA DE POLONIA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Alberto Gallatin Stebelski Orlowski, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario en Tulancingo, Hidalgo, con circunscripción consular en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.


ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos Juan Ignacio López Martínez y Pascual Vargas Lucio, puedan prestar sus servicios en la Embajada de ese país en México. Es de segunda lectura. Se reserva para su votación nominal en conjunto.

Aprobados los proyectos de decreto, los dos primeros se turnan al Poder Ejecutivo Federal y los restantes al Senado de la República, para los efectos constitucionales.


ESTADO DE MICHOACAN

Para comentar el proceso electoral de dicha entidad, hacen uso de la palabra los diputados:

Desiderio Camacho Garibo, quien presenta punto de acuerdo que se turna a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Fernando Orihuela Carmona

Ramón Cárdenas Gudiño


COMISION DE PESCA

El diputado Rafael Núñez Pellegrín, invita al homenaje póstumo que se rendirá al ex diputado Guillermo González y Guardado.


ESTADO DE YUCATAN

El diputado Lorenzo Duarte y Zapata hace comentarios sobre la situación política que prevalece en ese Estado.

Para rectificar hechos o contestar alusiones personales, hacen uso de la palabra los diputados:

Tuffy Gaber Arjona

Manuel Jesús Fuentes Alcocer

Tuffy Gaber Arjona

Luis Felipe Mena Salas

Eric Luis Rubio Barthell

Consuelo Botello Treviño, quien própone que la denuncia sea turnada a la Comisión de Derechos Humanos.

Eric Luis Rubio Barthell

Luis Felipe Mena Salas


ESTADO DE VERACRUZ-ESTADO DE PUEBLA

El diputado Eliseo Moyao Morales, realiza comentarios respecto a la construcción de la autopista que unirá dichas entidades.

Expresa sus opiniones el diputadoRicardo Luis Antonio Godina Herrera.


ESTADO DE PUEBLA

El diputado Ramón Sosamontes Herreramoro, presenta punto de acuerdo respecto al motín de presos en el Centro de Readaptación Social de dicha entidad. Se turna a las comisiones de Justicia y a la de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Expresa sus opiniones el diputadoRicardo Menéndez y Haces.


DERECHOS HUMANOS

La diputada Consuelo Botello Treviño, presenta punto de acuerdo, a fin de que se publiquen los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Asuntos Editoriales.

Para referirse al mismo tema, el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez.


EJERCITO ZAPATISTA DE LlBERAClON NACIONAL

El diputado Luis Sánchez Aguilar, comenta la aprehensión de Fernando Yáñez Muñoz.


ESTADO DE SINALOA

Para expresar sus opiniones respecto al proceso electoral en dicha entidad, hacen uso de la palabra los diputados:

Juan Nicasio Guerra Ochoa

Zenen Xochihua Valdez

José Luis Leyson Castro

Juan Nicasio Guerra Ochoa, para contestar alusiones personales.


PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PERMISO PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que envía minuta, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, pueda ausentarse del territorio nacional, del 16 al 20 de noviembre, a fin de asistir a la Tercera Cumbre Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, que se llevara a cabo en Osaka, Japón. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.


PARTIDO DEL TRABAJO

Comunicación de ese grupo parlamentario, informando de la elección como coordinador al diputadoAlfonso Primitivo Ríos Vázquez. Se turna a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.


TELMEX-CABLEVISION

El diputado Víctor Manuel Quintana Silveyra, presenta punto de acuerdo con el que solicita la comparecencia del Secretario de Comunicaciones y Transportes, a fin de explicar la situación de las tarifas y acciones de dichas empresas. Se turna a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.


ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

La diputada Ysabel Molina Warner, se refiere a los problemas habitacionales en Cabo San Lucas. Se turna a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y de Población y Desarrollo.


ORDEN DEL DIA

De la próxima sesión.





Presidencia del diputado Serafín Núñez Ramos



ASISTENCIA

El Presidente:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.

El secretario Hugo Fernando Rodríguez Martínez:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 260 diputados. Por lo tanto hay quorum.

El Presidente (a las 11:32 horas):

Se abre la sesión.



ORDEN DEL DIA

El secretario Hugo Fernando Rodríguez Martínez:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.- LVI Legislatura.

Orden del día.

Jueves 26 de octubre de 1995.

Lectura del acta de la sesión anterior.

El Departamento del Distrito Federal, invita al acto cívico que con motivo del CXXII aniversario del natalicio de don Francisco I. Madero González, tendrá lugar el 30 de octubre a las 10:30 horas.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Hidalgo y Veracruz.

Proposición de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Iniciativas de diputados

Sobre federalismo, a cargo del diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Dictamen de primera lectura

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley del Banco de México y Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Cruz de Maarjamaa, en grado de Collar, que le confiere el gobierno de la República de Estonia.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Vicente Luis Coca Alvarez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Sikatuna, que le confiere el gobierno de la República de Filipinas.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Marcela Lombardo Otero, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Amistad, que le confiere el gobierno de la República Socialista de Vietnam.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Perla Gutiérrez de Cavagna, para aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de Italia en Acapulco, Guerrero.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alberto Gallatin Stebelski Orlowski, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Polonia, en Tulancingo, con circunscripción consular en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Juan Ignacio López Martínez y Pascual Vargas Lucio, para que puedan prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Comentarios

Punto de acuerdo para publicar convenios internacionales sobre Derechos Humanos, a cargo de la diputada Consuelo Botello Treviño, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Sobre el proceso electoral en el Estado de Michoacán, a cargo del diputado Desiderio Camacho Garibo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre la construcción de la autopista Veracruz Puebla, a cargo del diputado Eliseo Moyao Morales, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre el motín de presos en el Cereso de Puebla, a cargo del diputado Ramón Sosamontes Herreramoro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Sobre la situación política del Estado de Yucatán, a cargo del diputado Lorenzo Duarte y Zapata, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.»



ACTA DE LA SESION ANTERIOR

El diputado Agustín Torres Delgado:

Se va a dar lectura al acta de la sesión anterior.

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y cinco, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Segundo Año de Ejercicio de la Quincuagésima Sexta Legislatura.

Presidencia del diputado
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las once horas con cincuenta y dos minutos del martes veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y cinco, con una asistencia de trescientos un diputados, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y posteriormente al acta de la sesión anterior, misma que sin discusión se aprueba en sus términos en votación económica.

Se da cuenta con diversas comunicaciones de los congresos de los estados de Baja California Sur, Hidalgo y Oaxaca, con los que informan de actividades propias de sus legislaturas. De enterado.

Se concede el uso de la palabra al diputado Rafael Jacobo García, del Partido de la Revolución Democrática, quien presenta iniciativa de reformas a la fracción decimaprimera del artículo séptimo de la Ley General de Educación. Se turna a las comisiones de Educación, de Asuntos Hidráulicos y de Ecología y Medio Ambiente.

Para presentar iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo quinto de la Ley de Cámaras de Comercio y de las Industrias, hace uso de la palabra el diputado César Raúl Ojeda Zubieta, del Partido Revolucionario Institucional.

Durante su intervención, es interrumpido por la diputada María Guadalupe Cecilia Romero Castillo, quien solicita se le indique en qué parte del orden del día se encuentra la sesión. El Presidente hace las explicaciones correspondientes.

La iniciativa se turna a la Comisión de Comercio.

Se da primera lectura a cinco dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos:

Vicente Luis Coca Alvarez, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República de Filipinas;

Marcela Lombardo Otero, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República Socialista de Vietnam:

Alberto Gallatin Stebelski Orlowski, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Polonia en Tulancingo, con circunscripción en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala:

Juan Ignacio López Martínez y Pascual Vargas Lucio, puedan prestar sus servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México:

Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, pueda aceptar y usar la condecoración que le confiere el gobierno de la República de Estonia.

Sube a la tribuna el diputado Jorge Efraín Moreno Collado, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta el informe de la Comisión Especial de Seguimiento de las Investigaciones en el caso del licenciado José Francisco Ruiz Massieu.

La Secretaría da lectura a un informe de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con puntos de acuerdo respecto a las iniciativas presentadas y cuyos planteamientos fueron resueltos; vinculadas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado cuyos planteamientos no proceden y en materia tributaria cuya discusión se pospone, para examinarlas en conjunto con las del Poder Ejecutivo Federal. De enterado.

Para normar el criterio de la Asamblea, el Presidente solicita a la Secretaría que dé lectura al acuerdo de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, aprobado el diecinueve de octubre de mil novecientos noventa y cinco.

Para rectificar hechos, se concede el uso de la palabra al diputado Francisco Antonio Tenorio Adame, del Partido de la Revolución Democrática y posteriormente, al diputado: Gustavo Gabriel Llamas Monjardín, del Partido Acción Nacional y para rectificar hechos o contestar alusiones personales, a los diputados: Oscar Guillermo Levín Coppel, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Gustavo Gabriel Llamas Monjardín, del Partido Acción Nacional; Juan Antonio García Villa, del Partido Acción Nacional; Luis Manuel Jiménez Lemus, del Partido Revolucionario Institucional; Saúl Alfonso Escobar Toledo, del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Jorge Andrés Ocejo Moreno, del Partido Acción Nacional; Roberto Rafael Campa Cifrián, del Partido Revolucionario Institucional; Jorge Humberto Padilla Olvera, del Partido Acción Nacional, quien acepta interpelaciones de los diputados: González Luna Mendoza y Soto Correa; José Mauro del Sagrado Corazón González Luna Mendoza, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en dos ocasiones; Francisco José Peniche y Bolio, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, del Partido de la Revolución Democrática; Gaspar Eugenio Ortiz Walls, del Partido Acción Nacional y Francisco Antonio Tenorio Adame, del Partido de la Revolución Democrática.

Presidencia del diputado
Pablo Moreno Cota

Para presentar un informe de la Comisión de Pesca, se concede el uso de la palabra al diputado Humberto Andrade Quezada, del Partido Acción Nacional y para rectificar hechos, a los diputados: Manuel de Atocha Chable Gutiérrez, del Partido de la Revolución Democrática; Jorge Abel López Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional; Adriana María Luna Parra y Trejo Lerdo, del Partido de la Revolución Democrática y Rafael Núñez Pellegrín, del Partido Acción Nacional.

Para denunciar hechos en el Estado de Durango, en los que fue víctima de un atentado un diputado local, hace uso de la palabra el diputado Andrés Galván Rivas, del Partido Acción Nacional.

Presidencia del diputado
Cuauhtémoc Sandoval Ramírez

El Presidente manifiesta su indignación, se une a la denuncia y posteriormente concede el uso de la palabra, para rectificar hechos, a los diputados: José Rosas Aispuro Torres, del Partido Revolucionario lnstitucional; Matías Salvador Fernández Gavaldón, del Partido Acción Nacional; José Luis Fernando González Achem, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones y Andrés Galván Rivas, del Partido Acción Nacional.

Para expresar sus opiniones respecto al proceso electoral en el Estado de Puebla, hacen uso de la palabra los diputados: María Rosa Márquez Cabrera, del Partido de la Revolución Democrática; Cándido Pérez Verduzco, del Partido Revolucionario Institucional y para rectificar hechos o contestar alusiones personales, los diputados: Apolonio Méndez Meneses, del Partido Acción Nacional, en dos ocasiones; Ricardo Luis Antonio Godina Herrera, del Partido Revolucionario Institucional; Manuel Beristáin Gómez, del Partido Acción Nacional; María Rosa Márquez Cabrera, del Partido de la Revolución Democrática; José de Jesús Sánchez Ochoa, del Partido Acción Nacional; Adrián Víctor Hugo Islas Hernández, del Partido Revolucionario Institucional, en dos ocasiones; Adolfo Miguel Aguilar Zinser, motu proprio; Francisco Antonio Tenorio Adame, del Partido de la Revolución Democrática y José Luis Galeazzi Berra, del Partido Acción Nacional, en su turno.

Por instrucciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura a un punto de acuerdo firmado por diputados de los cuatro grupos parlamentarios integrantes de la legislatura y por diputados independientes, en relación con acontecimientos relacionados con el proceso de paz, en el Estado de Chiapas.

Expresan sus opiniones al respecto, los diputados Juan Nicasio Guerra Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática y Carlota Angela Botey y Estape, del mismo partido.

Para rectificar hechos, suben a la tribuna los diputados: Alejandro González Alcocer, del Partido Acción Nacional; Edgard Sánchez Ramírez, Juan Nicasio Guerra Ochoa y Adriana María Luna Parra y Trejo Lerdo, del Partido de la Revolución Democrática y José Alejandro Zapata Perogordo, del Partido Acción Nacional.

Se da cuenta con un punto de acuerdo, relacionado con la disputa judicial entre las empresas Televisa y Multivisión, firmado por representantes de los cuatro grupos parlamentarios y un diputado independiente. Se turna a la Comisión Especial de Comunicación Social.

Solicita y se concede el uso de la palabra a la diputada Rosa María Cabrera Lotfe, del Partido de la Revolución Democrática, quien hace un pronunciamiento respecto a hechos acontecidos en el municipio de Martínez de la Torre, Veracruz.

Para expresar sus opiniones sobre el aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán, hacen uso de la palabra los diputados: José Luis González Aguilera, del Partido Revolucionario Institucional; José Alfonso Pascual Solórzano Fraga, del Partido de la Revolución Democrática y José de Jesús Sánchez Ochoa, del Partido Acción Nacional.

Se refieren a las tarifas de la compañía de Teléfonos de México, los diputados: Víctor Manuel Quintana Silveyra, del Partido de la Revolución Democrática; José Alberto Castañeda Pérez y Consuelo Botello Treviño, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos.

Comentan la elección de consejeros ciudadanos en el Distrito Federal, los diputados: Raúl Armando Quintero Martínez, del Partido de la Revolución Democrática; José Alejandro Zapata Perogordo, del Partido Acción Nacional, para rectificar hechos; Raúl Armando Quintero Martínez, del Partido de la Revolución Democrática, para rectificar hechos; Florentino Castro López, del Partido Revolucionario Institucional; Graciela Rojas Cruz, del Partido de la Revolución Democrática, para rectificar hechos; Jaime Mariano del Río Navarro, del Partido Revolucionario Institucional, quien acepta una interpelación del diputado Palacios Sosa y Francisco José Peniche y Bolio, del Partido Acción Nacional, quien presenta una propuesta que se turna a las comisiones de Justicia y del Distrito Federal.

Solicita y se concede el uso de la palabra a la diputada María del Rosario Robles Berlanga, quien, motu proprio, informa sobre la denuncia por discriminación en contra de aspirantes a la Universidad Nacional Autónoma de México, que se presentará ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Se turna a la comisión correspondiente.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las veintiún horas con veinticinco minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves veintiséis de octubre de mil novecientos noventa y cinco, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.



DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL

El secretario Francisco Martínez Rivera:

«Ciudadano diputado Pablo Moreno Cota.- Presidente de la Cámara de Diputados.- Presente.

El Departamento del Distrito Federal, a través de esta dirección general, ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del CXXII aniversario del natalicio de don Francisco I. Madero González, que tendrá lugar en el Monumento de la Revolución Mexicana, ubicado en Plaza de la República, delegación Cuauhtémoc, el día lunes 30 de octubre a las 10:30 horas.

Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones a efecto de que un representante de esa Cámara que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero con mi reconocimiento, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

El director general de Acción Social, Cívica y Cultural, licenciado Eduardo F. Sáenz Viesca

El Presidente:

Para asistir en representación de esta Cámara de Diputados, se designa a los siguientes diputados: José Sánchez Juárez, Martha Patricia Mendoza Peña y Rosa María Cabrera Lotfe.



ESTADO DE HIDALGO

La secretaria María Leticia Calzada Gómez:

«Escudo del Estado.- Poder Legislativo.- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Con toda atención, nos permitimos el honor de comunicar a ustedes, que la Comisión Permanente de la LV Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en sesión celebrada el día de hoy, clausuró los trabajos de dicha comisión; lo anterior se les comunica para los efectos procedentes.

Al hacer de su conocimiento lo anterior, nos es grato reiterarles las seguridades de nuestra atenta consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Pachuca, Hidalgo, 27 de septiembre de 1995.- Diputados: Jaime Costeira Cruz y Víctor Rosalino Zerón Amador, secretarios.»

De enterado.

La secretaria Alicia González Cerecedo:

«Escudo del Estado.- Poder Legislativo.- Gobierno del Estado de Hidalgo.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Con toda atención, nos permitimos el honor de comunicar a ustedes, que la LV Legislatura del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en junta preparatoria celebrada el día de hoy, dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para la elección de los miembros de la directiva que habrá de presidir los trabajos durante el mes de octubre del año en curso, correspondiente al segundo periodo de sesiones ordinarias del tercer año de ejercicio constitucional, quedando integrada de la siguiente forma:

Presidente: Leopoldo Rodríguez Murillo; vicepresidente: Gonzalo Rodríguez Anaya; secretarios propietarios: Daniel Ludlow Kuri, Alfredo Olvera Reyes; secretarios suplentes: Mario Vera Leyva y Alejandro Hernández Ballinas.

Al hacer de su conocimiento lo anterior, nos es grato reiterarles las seguridades de nuestra atenta consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Pachuca, Hidalgo, 27 de septiembre de 1995.- Diputados Jaime Costeira Cruz y Jorge Conde Gómez, secretarios.»

De enterado.



ESTADO DE VERACRUZ

El secretario Francisco Martínez Rivera:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo.- Estado Libre y Soberano de Veracruz Llave.

Ciudadano Presidente de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F.

Nos es grato informar a usted, que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3o. y 16 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Veracruz -Llave, en sesión celebrada el día de hoy, se declaró solemne y legítimamente instalada la LVII Legislatura y en aptitud para ejercer sus funciones, integrada por 24 diputados de mayoría relativa y 16 de representación proporcional, que fungirá durante el periodo constitucional comprendido del 1o. de octubre de 1995 al 30 de septiembre de 1998 y que a continuación se relacionan.

Por el sistema de mayoría relativa:

I distrito, Julio Alberto Contreras Herbert, PRI; II distrito, Oscar Alberto Herrera Torres, PRI; III distrito, Rufino Saucedo Márquez, PRI; IV distrito, Juan Bustillos Montalvo, PRI; V distrito, Roberto Rocha Monasterio, PRI, VI distrito, Marcos P. López Mora, PRI; VII distrito, Guadalupe Natalia Solarez Bauza, PRI; VIII distrito, Antonio Rodríguez Baranda, PRI; IX distrito, Celestino Ortiz Denetro, PRI; X distrito, Irán Suárez Villa, PRI; XI distrito, Manuel Fernández Avila, PRI; XII distrito, Conrado Rafael Arenas Contreras, PRI; XIII distrito, Joaquín Torres Reyes, PRI; XIV distrito, Ezequiel Cruz Arellano, PRI; XV Bernardo Cessa Camacho, PRI; XVI distrito, Mario Alberto Zepahua Valencia, PRI; XVII distrito, Arturo Mattiello Canales, PAN; XVIII distrito, Oswaldo G. Cházaro Montalvo, PRI; XIX distrito, Francisco Castro González; XX distrito, Francisco J. Mateu Sedas, PRI; XXI distrito, Omar Manzur Saad, PRI; XXII distrito, Víctor Manuel López Nasar, PRI; XXIII distrito, Roque Joaquín Gracia Sánchez, PRI; XXIV distrito, Ismael Carlos Pavón Leal, PRI.

Por el sistema de representación proporcional:

Pericles Namorado Urrutia, Edmundo Miranda Feria, Ignacia García López, Carlos Rodríguez Moreno y José Manuel Pozos Castro del PRI; Francisco Arano Montero, Agustín Basilio de la Vega, Roberto del Río Becerra, René Messeguer Elizondo, Jesús Moreno Frías y Bernardo Téllez Juárez del PAN; Arturo Herviz Reyes, Juana María Toriz Javier, Uriel Flores Aguayo y Fidel Robles Guadarrama del PRD y Juan Alfredo Santes Bautista del PT.

Así mismo, nos permitimos informarles que la mesa directiva que fungirá durante el primer periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al primer año de ejercicio constitucional, quedó integrada de la forma que sigue:

Presidente, Manuel Fernández Avila; vicepresidente, Arturo Mattiello Canales y secretario, Celestino Ortiz Denetro.

Sin otro particular, le reiteramos las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Xalapa, Veracruz, septiembre 30 de 1995.- LVII Legislatura del Estado.- Diputado secretario, Celestino Ortiz Denetro

De enterado.



COMISIONES DE TRABAJO

El secretario Joaquín Rodríguez Lugo:

«Honorable Asamblea: la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política de esta Cámara, en uso de las facultades que le otorgan los artículos: 42, 45, 46, 47 y demás relativos a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite proponer a la honorable Asamblea, a los siguientes diputados para adecuar las comisiones y comités para el desempeño de los trabajos de este cuerpo legislativo. Asimismo, la integración de "la Comisión Especial de Apoyo a la Producción".

Atentamente.

México, D.F., a 24 de octubre de 1995.- Diputados: Humberto Roque Villanueva, Presidente; Ricardo García Cervantes, coordinador del grupo parlamentario del PAN; Jesús Ortega Martínez, coordinador del grupo parlamentario del PRD; Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, coordinador del grupo parlamentario del PT; Juan José Osorio Palacios, Héctor Hugo Olivares V., José Ramírez Gamero y María del Rosario Guerra Díaz.

Modificaciones a comisiones y comités e integración de la Comisión Especial de Apoyo a la Producción.

Comisión de Agricultura: el diputado Flavio Sosa Villavicencio, sustituye al diputado Víctor Manuel Quintana Silveyra.

Comisión de Asuntos de la Juventud: el diputado Manuel Alberto Coronel Zenteno, sustituye a la diputada Rosa María Cabrera Lotfe.

Comisión de Desarrollo Social: el diputado Elías Miguel Moreno Brizuela, sustituye al diputado Eric Eber Villanueva Mukul.

Comisión de Fomento Cooperativo: el diputado Flavio Sosa Villavicencio, sustituye a la diputada Graciela Rojas Cruz.

Comisión de Información, Gestoría y Quejas: la diputada Victoria Eugenia Méndez Márquez, sustituye a la diputada Lidia Zarrazaga Molina.

Comisión Especial de Apoyo a la Producción, diputados: Alejandro Gutiérrez Gutiérrez, presidente; Macario Rodríguez Rivera, secretario; Javier Pineda y Serino, secretario; Ricardo Padilla Martín, secretario; Gustavo Cárdenas Monroy, Jorge Cejudo Díaz, Cristina Díaz Salazar, Gabriel Escalante Castillo, Luis Antonio Godina Herrera, César González Quiroga, Ricardo Menéndez y Haces, José de Jesús Padilla Padilla, Manuel Rubio y Ragazzoni, Alfredo Valdez Gaxiola, Humberto López Barraza, Edgar Román Benítez Gálvez, Juan Leyva Mendívil, Abelardo Carrillo Zavala, José Luis Mata Bracamontes, Guillermo Alberto Luján Peña, José Alberto Castañeda Pérez, Rafael Ayala López, Manuel Arciniega Portillo, David Vargas Santos, Hugo Meneses Carrasco, Elías Miguel Moreno Brizuela, Víctor Manuel Quintana Silveyra, Eric Eber Villanueva Mukul.

24 de octubre de 1995.»

En votación económica se pregunta si se aprueba la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada la proposición.



LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

El Presidente:

Señoras y señores diputados: vamos a proceder a escuchar las iniciativas de los diputados, por lo mismo esta Presidencia invita a todos los diputados a escuchar con atención la intervención de los oradores en turno.

Tiene la palabra el diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa sobre federalismo.

El diputado Alejandro Díaz y Pérez Duarte:

Con su permiso, señor Presidente; señoras y señores diputados al Congreso de la Unión:

«Los suscritos, diputados a la LVI Legislatura del Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario de Acción Nacional, con fundamento en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Cámara la siguiente iniciativa de reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

No por una dificultad coyuntural de una economía recesiva como la que sufre nuestro país en estos momentos, sino por una debilidad estructural ocasionada por las pocas fuentes de recaudación que tienen disponibles, así como por la reducida participación de los impuestos federales y locales que tienen asignados los ayuntamientos, los gobiernos de las entidades políticas más cercana a los ciudadanos, los municipios sufren desde hace muchísimos años de una falta aguda de recursos, lo que les impide llevar a cabo con suficiencia la atención de las responsabilidades que les asigna la propia Constitución en su artículo 115.

A través de distintas iniciativas y propuestas, los gobiernos locales han intentado elevar sus presupuestos para hacer rendir al máximo las tasas autorizadas, incluyendo recatastraciones frecuentes. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos que los, alrededor de los 2 mil 400 ayuntamientos realizan en todo el país, excepto en unos cuantos casos con condiciones excepcionales, los montos de gasto por habitante en la mayoría de los municipios se encuentran entre los 100 y los 200 nuevos pesos, lo que contrasta enormemente con el dinero gastado por la Federación que es de aproximadamente de 2 mil 000 nuevos pesos por habitante.

Con el conocimiento de que existe la promesa hecha por altos funcionarios del Poder Ejecutivo Federal para asignar más recursos a estados y municipios en los presupuestos de los próximos años, esta iniciativa es una proposición adicional a dicha promesa, en beneficio de esas entidades encargadas de proporcionar los servicios más indispensables a los ciudadanos y sus familias.

Muchos de los gastos e inversiones en que incurren los ayuntamientos al realizar sus trabajos son sujetos al impuesto al valor agregado (IVA), ya sea en pagos de energía eléctrica, rentas o compras de materiales y equipos, este impuesto supone un cargo importante al limitado presupuesto de los ayuntamientos, quienes no pueden trasladar este impuesto a sus causantes, pues la ley los considera con el carácter de consumidor final al declararlos exentos del impuesto. Sin embargo, si fueran considerados causantes del impuesto a tasa 0%, los ayuntamientos podrían solicitar la devolución del IVA que lleguen a pagar en sus compras.

La modificación propuesta no va a incrementar la capacidad de gasto de los ayuntamientos en el monto de la tasa general del IVA, pues muchos de sus gastos no causan este impuesto, como tampoco va a afectar a todos los municipios por igual, pero sí va a beneficiar a una mayoría de ellos en una parte importante de su gasto, lo que les permitirá dedicar un poco más de recursos a atender las necesidades municipales, con un sacrificio mínimo de los ingresos por concepto de este impuesto.

Hay dos beneficios adicionales con la medida propuesta: el primero es que obligará a los ayuntamientos a llevar un control administrativo más cuidadoso de sus gastos para poder hacer la reclamación de la devolución del IVA y la otra, es que los ayuntamientos tendrán un aliciente adicional para realizar inversiones en obra pública en vez de incrementar su gasto corriente.

Por otro lado, para evitar que el público resulte pagando un precio mayor por servicios municipales, esta consideración también debe ser extendida a los cargos por la contraprestación de servicios de aquellas responsabilidades de los ayuntamientos que ahora son realizadas por entidades descentralizadas que sirven a uno o varios municipios en varios estados, especialmente el suministro de agua potable y la recolección de basura. Los cargos por estos servicios deben ser equiparados a los correspondientes, a los servicios proporcionados directamente por los propios ayuntamientos y por tanto se propone que también estén considerados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado como causantes sujetos a tasa 0%.

En base a estas consideraciones, nos permitimos presentar el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Unico. Se adiciona una fracción V al artículo 2-A al tiempo que se suprimen las expresiones referentes a los municipios de los dos primeros párrafos del artículo 3o., ambos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue: "Artículo 2-A. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley la tasa del 0%, siempre que...

I a IV.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. Los gravámenes que legalmente impongan los ayuntamientos, así como los cargos por consumo de agua que cobren las juntas suministradoras de agua potable o los cargos por recolección y disposición de basura.

Artículo 3o. La Federación, el Distrito Federal, los estados, los organismos descentralizados, las...

La Federación, el Distrito Federal, los estados, así como sus organismos descentralizados................................"

TRANSITORIO

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Diputados que presentan la iniciativa de ley para beneficiar a municipios: Alejandro Díaz y Pérez Duarte, David Vargas Santos, Eduardo Arias Aparicio, Cristian Castaño Contreras, Agustín Torres Delgado, Ramón Cárdenas Gudiño, Ma. Elena Alvarez B, Eusebio Moreno, Gerardo de los Cobos, Apolonio Méndez Meneses y Lorenzo Duarte y Zapata

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.



LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, LEY DEL MERCADO DE VALORES, LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO, LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, LEY DEL BANCO DE MEXICO Y LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION

El Presidente:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura al dictamen relativo al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley del Banco de México y Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

En atención a que este dictamen ha sido impreso y se está distribuyendo entre los diputados, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

La diputada María Leticia Calzada Gómez:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sirvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura al dictamen.

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

El Ejecutivo Federal, con fundamento en el artículo 71 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió al honorable Congreso de la Unión la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley del Banco de México y Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

Esta Comisión de Hacienda y Crédito Público procedió a su estudio y análisis en los términos de los artículos 43, 48 y 56 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, realizando varias reuniones para ello, incluyendo una de conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Senado de la República.

Por lo anterior, con fundamento en las disposiciones citadas, la Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a la consideración del pleno de esta Cámara de Diputados, el siguiente

DICTAMEN

En la iniciativa turnada a esta Cámara de Diputados, el Ejecutivo Federal establece que: "la constante evolución de la economía mexicana demanda una modernización continua de su sistema financiero, basada en la creciente competitividad entre los intermediarios y en una relación sana y equilibrada entre todos los participantes".

Para impulsar ese proceso de modernización, el Ejecutivo ha considerado necesario adoptar un conjunto de medidas que permitan actualizar las acciones que el Estado tiene que realizar en materia financiera y fortalecer el desarrollo de los intermediarios, para responder a los problemas y a las necesidades actuales a que se enfrenta este sector; tales medidas, a juicio de esta dictaminadora, habrán de contribuir a fortalecer su operación y supervisión y dar seguridad y protección a los usuarios de los servicios bancarios.

El análisis de la iniciativa permite apreciar que la misma propone modificaciones en los siguientes aspectos:

A. Avances en los esquemas de protección a los intereses del público, fortaleciendo las facultades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

B. Propuestas de modificación a las estructuras accionarias de diversos intermediarios financieros con el propósito de alentar la capitalización de las instituciones con recursos internos y externos.

C. Facultar a las autoridades para adoptar distintas medidas que permitan coadyuvar a la prevención y detección del delito de "lavado de dinero".

D. Actualizar el régimen legal de la Tesorería de la Federación, que requiere disponer de nuevas facultades para modernizar su operación y actuar más eficazmente, así como realizar ajustes en la propia operación, ya que no es compatible con la autonomía y la nueva legislación del Banco de México.

E. Finalmente la iniciativa propone una adecuación para resolver el problema que se plantea por la terminación del plazo que se había otorgado al Banco de México para operar como fiduciario de distintos fideicomisos públicos de fomento económico.

Por tratarse de temas que ameritan un análisis individual, la comisión procedió a estudiar la iniciativa referida dando consideración a cada una de las distintas leyes que son motivo de propuestas de modificación:

A. Avances en los esquemas de protección a los intereses del público fortaleciendo las facultades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

La iniciativa que se presenta es particularmente oportuna. Una de las cuestiones recurrentes en las relaciones entre los diputados y sus representados es la relativa a los problemas bancarios en todas sus manifestaciones, en especial, solicitando su intervención para defender sus intereses ante los intermediarios financieros.

Esta problemática recogió también las dificultades entre los usuarios de crédito y las instituciones bancarias en una relación que es particularmente desigual. De ahí la importancia de fortalecer las facultades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de conferirle la de hacer efectiva la suplencia en la deficiencia de la queja en favor de los usuarios, medida que contribuirá a dar mayor equidad a esta compleja relación.

Todo ello permeó las discusiones de la comisión que dictamina y, a la luz de estas consideraciones se analizaron en detalle las modificaciones propuestas en la iniciativa.

La protección de los intereses de los usuarios de los servicios de banca y crédito ha cobrado creciente relevancia y ha sido objeto de atención especial. El pasado 27 de abril se aprobaron modificaciones para transformar a la actual Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fortaleciendo su capacidad de supervisión y control.

Las circunstancias derivadas de la experiencia bancaria reciente y de la propia crisis económica han sugerido la necesidad de fortalecer esas facultades y, para ello, la iniciativa recoge principalmente las siguientes acciones orientadas a proteger mejor los intereses del público vinculado al sistema financiero:

1o. Nueva facultad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para revisar los modelos de contrato de adhesión a los que la iniciativa define como aquellos elaborados unilateralmente por un institución en documentos de contenido uniforme que establecen los términos y condiciones aplicables a las operaciones activas (Ley de Instituciones de Crédito, se adiciona el artículo 118-A.)

2o. La comisión deberá cuidar que los modelos de contratos se ajusten a la presente ley y a las disposiciones y ordenamientos aplicables, verificando que no contengan estipulaciones confusas o que no permitan a la clientela conocer claramente el alcance de las obligaciones de los contratantes.

La comisión incluso puede ordenar que se modifiquen los modelos y suspender su utilización y que se publiquen las características de los mismos, en términos suficientemente claros (Ley de Instituciones de Crédito, se adiciona el artículo 118-A.)

3o. Se propone facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para suplir las deficiencias en las reclamaciones, en beneficio del usuario y a rechazar las notoriamente improcedentes (Ley de Instituciones de Crédito, se adiciona un cuarto párrafo al artículo 119.)

4o. Se precisan los términos en que la comisión interviene para conciliar intereses y buscar avenencia en la resolución de los problemas, incluyendo el que la comisión pueda emitir un dictamen técnico si la institución de crédito declina el arbitraje y se considera que la reclamación del usuario es fundada. Este dictamen se podrá hacer valer en los tribunales competentes e implica, en la práctica, una prueba pericial de gran trascendencia por haber sido emitida por la propia comisión (Ley de Instituciones de Crédito, se reforma el artículo 120.)

5o. Otra innovación importante es que se pueda acudir a un árbitro distinto de la propia Comisión que, sin duda, permitirá acudir con mayor frecuencia a esta forma de solución de controversias (Ley de Instituciones de Crédito fracción ll artículo 120.)

Esta dictaminadora coincidió en la procedencia de las propuestas presentadas y en sus modificaciones legales, en virtud de las siguientes razones:

1o. Refuerza las facultades de supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para actuar en defensa de los intereses de los usuarios de la banca y promover un sistema financiero más profesional.

2o. Se preserva desde luego el derecho constitucional de acudir a los tribunales inclusive con mejores posibilidades de fortalecer la defensa al contar con un dictamen técnico de autoridad.

3o. Parte del supuesto de que el ciudadano es quien puede defender mejor sus intereses si conoce el contenido de las operaciones en forma transparente, pudiéndolas comparar. Este es uno de los propósitos fundamentales de la Iniciativa.

Avanzamos de acuerdo a tendencias mundiales, ya que en la mayor parte de los países industriales la legislación que procura la verdad y transparencia en las operaciones activas ha sido un elemento clave en la protección a los intereses de los consumidores.

Esta dictaminadora destaca que con la adición de la facultad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para revisar los modelos de contratos de adhesión, se establece la posibilidad de que dicha comisión pueda exigir que los modelos de contrato de las instituciones de crédito se ajusten a las disposiciones que emita el Banco de México, relativas a los costos reales de los créditos y, en general, a la transparencia en la determinación de las tasas de interés.

En este mismo sentido esta dictaminadora destaca que también, al amparo del artículo 118A, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores queda facultada para ordenar la publicación de las características generales de las operaciones activas que celebren las instituciones de crédito, haciendo con ello explícito su contenido, permitiendo a los usuarios del crédito tener mayores elementos para realizar las comparaciones que consideren pertinentes al momento de elegir la institución de crédito con la cual deseen contratar.

Por otra parte, esta dictaminadora consideró necesaria la creación de una nueva figura que permitiera a los usuarios del crédito disponer de una instancia efectiva para presentar sus reclamaciones a las instituciones de crédito. En este sentido propuso la adición de un artículo 118B a la Ley de Instituciones de Crédito, que disponga que tales intermediarios deberán establecer unidades cuya función exclusiva sea la atención al público. Dichas unidades tendrán personal con poder de decisión sobre las reclamaciones que les presenten sus clientes. Las unidades deberán estar localizadas cuando menos en cada entidad federativa en la que tengan sucursales. Las autoridades financieras deberán supervisar el correcto funcionamiento de las mismas. Así, el texto de dicho precepto, que permitiría dejar a los usuarios adecuadamente atendidos en el planteamiento de sus consultas y reclamaciones, quedaría en los siguientes términos:

"Artículo 118-B. Las instituciones de crédito deberán contar con unidades especializadas que tengan por objeto atender consultas y reclamaciones de sus usuarios.

Las unidades a que se refiere el párrafo anterior se sujetarán a lo siguiente:

I. El titular de la unidad deberá tener facultades para representar y obligar con su firma a la institución:

II. Contarán con personal en cada entidad federativa en que la institución tenga sucursales u oficinas, de acuerdo al programa de distribución regional que deberá ser aprobado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

III. Deberán responder por escrito al usuario dentro de un plazo de 30 días hábiles, contado a partir de la fecha de recepción de la consulta o reclamación:

IV. La documentación e información correspondiente a las consultas o reclamaciones y el plazo que deban ser conservadas por la institución, se regirán por las disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

V. El titular de la unidad deberá presentar semestralmente al consejo de administración de la institución, un informe de las consultas o reclamaciones recibidas y atendidas, en el que se identifiquen las operaciones o áreas de la institución que registren el mayor número de consultas o reclamaciones, así como las causas que las motivan, a fin de que se adopten las medidas que corresponda. La institución deberá proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores copia simple del citado informe, a más tardar dentro de los 30 días hábiles posteriores a su presentación en el consejo de administración.

Las instituciones deberán informar mediante aviso colocado en lugar visible en todas sus sucursales la ubicación y horarios de servicio de las unidades previstas en este artículo.

Los usuarios del servicio de banca y crédito podrán, a su elección, presentar su consulta o reclamación ante las unidades respectivas en forma personal o por escrito.

Lo establecido en el presente artículo es sin perjuicio de que los usuarios puedan proceder en los términos del artículo siguiente."

Asimismo, es conveniente indicar en un artículo transitorio el plazo en el cual las instituciones estarán obligadas a instrumentar esta medida, adicionando para ello un tercer numeral transitorio y recorriendo en su orden los siguientes propuestos, de esta forma:

"Tercero. Las instituciones de crédito deberán establecer las unidades especializadas a que se refiere el artículo 118-B de la Ley de Instituciones de Crédito, en un plazo máximo de 90 días contado a partir del inicio de la vigencia del presente decreto."

Esta iniciativa es congruente con los avances que se han dado en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para establecer representaciones en cada una de las entidades de la República, conforme lo había recomendado en su oportunidad esta comisión dictaminadora.

Ahora bien, en el caso de las reclamaciones que presenten los usuarios del servicio de banca y crédito con objeto de reforzar el cumplimiento en la presentación de los informes a que se refiere el párrafo segundo de la fracción ll del artículo 120, esta dictaminadora estima adecuado modificar la fracción VIII del artículo 120 de la iniciativa para que también se prevea una sanción por la falta de presentación de los referidos informes, quedando en los siguientes términos:

"Artículo 120. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a VII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

VIII. El incumplimiento o desacato por parte de las instituciones de crédito a los requerimientos, solicitudes de informes, acuerdos o resoluciones dictados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el curso de los procedimientos establecidos en el presente artículo, serán castigados con multa administrativa que imponga la propia comisión, por cantidad equivalente de 100 a 1 mil veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal:

IX a XI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . ."

B.Propuestas de modificación a las estructuras accionarias de diversos intermediarios financieros con el propósito de alentar la capitalización de las instituciones con recursos internos y externos.

Como lo dictaminó esta comisión, al analizar las modificaciones a las leyes para regular las agrupaciones financieras, de instituciones de crédito y del mercado de valores, el pasado mes de enero:.. "Resulta de vital importancia impulsar la capitalización de nuestro sistema financiero con el propósito de incrementar la solidez de los intermediarios financieros y proporcionar una mayor seguridad a los ahorros del público y a los servicios que se presten a un mayor número de mexicanos."

Resulta pertinente que estas modificaciones se extiendan también a la operación de otros intermediarios financieros, tales como: sociedades financieras de objeto limitado, organizaciones auxiliares del crédito y afianzadoras, de ahí que esta dictaminadora considere congruente que se homologuen estas medidas para aplicarlas a las otras instituciones del sistema financiero.

A partir de que entraron en vigor las disposiciones citadas se han apreciado algunas movilizaciones de recursos, incluso algunos con inversión extranjera, que han fortalecido la posición de capital de distintas instituciones de crédito y se han beneficiado del apoyo tecnológico que han traído consigo. Además la medida coadyuva al establecimiento de confianza en los mercados nacionales e internacionales.

Para tales efectos se propone modificar las leyes de Instituciones de Crédito, General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y Federal de Instituciones de Fianzas.

Las principales propuestas consisten en lo siguiente:

1o. Aumentar el porcentaje máximo de acciones de voto limitado integrantes del capital social, que puedan emitir organizaciones auxiliares del crédito, instituciones de seguros y fianzas, del 25% al 30% de su capital pagado, lo que les permitiría captar recursos a través de mecanismos de capital neutro. Estas adquisiciones no se sujetarán a límites individuales de tenencia accionaria establecidos para las acciones ordinarias ni computarían para efectos de determinar el porcentaje máximo de inversión extranjera ya que se trata de acciones que no otorgan derechos de voto sobre las decisiones ordinarias de la sociedad.

2o. Se suprime el requisito de autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la inversión extranjera cuando no sea por montos significativos, pero quedando sujeta a los límites individuales que se describen en el siguiente punto.

3o. Para las instituciones de seguros y de fianzas se está de acuerdo en incrementar los límites máximos de tenencia accionaria individual, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, del 15% al 20% del capital social. En el caso de organizaciones auxiliares del crédito se mantendría el régimen actual, en el cual no existe límite máximo siempre y cuando exista autorización de la referida Secretaría.

4o. Se elimina la obligación de que los tenedores de acciones de afianzadoras y aseguradoras obtengan certificados de participación accionaria de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, atento a la existencia del requisito de autorización ya expresado.

5o. Se propone establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pueda autorizar la adquisición de acciones por arriba de los límites previstos como regla general para la tenencia individual, con la finalidad de que los intermediarios con capital mayoritariamente mexicano puedan convertirse en filiales de aseguradoras, afianzadoras y organizaciones auxiliares del crédito.

6o. Finalmente, para propiciar un mayor número de alianzas estratégicas entre inversionistas nacionales y extranjeros, se propone reducir de 99% a 51% la proporción accionaria de las filiales constituidas como sociedades financieras de objeto limitado, organizaciones auxiliares del crédito e instituciones de fianzas, que obligatoriamente debe ser propiedad de una institución financiera del exterior directa o indirectamente. En tal caso, se propone que el capital social ordinario quede integrado por dos series de acciones, así como el establecimiento de normas relativas a la designación de consejeros y comisarios para salvaguardar los derechos de las minorías.

Al analizar estas propuestas vale la pena considerar que el sector de seguros y fianzas por diversas causas ha estado rezagado en tecnología y productos. Nuestro país está claramente subasegurado. No se cuenta con una fuente importante de ahorro y recursos de largo plazo. La nueva legislación debe impulsar no sólo el aspecto de capitalización, sino promover alianzas estratégicas y la participación en nuestro sistema de instituciones y productos que pueden aportar mayores elementos de competencia, dinamismo y modernización del sector.

Con este propósito se propone otorgar facultades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que de manera discrecional autorice una mayor proporción de capital extranjero en las instituciones de seguros. Esto implicaría adelantar el calendario de participación de inversión extranjera en el sector que habría sido convenido en el Tratado de Libre Comercio. Vale la pena señalar que pasando el periodo de transición, la inversión extranjera en materia de seguros no tiene límite, no así tratándose de bancos.

Esta dictaminadora acordó proponer que a la facultad que tiene la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de autorizar la adquisición de organizaciones auxiliares del crédito y aseguradoras nacionales por parte de inversionistas extranjeros sin que les sean aplicables los límites establecidos en el Tratado de Libre Comercio, se le acote en el texto legal para que dicha dependencia esté obligada a preservar la preeminencia de las organizaciones auxiliares del crédito y aseguradoras nacionales sobre las extranjeras. Al efecto se propone agregar un último párrafo a los artículos 45-bis 9 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y 33-1 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, los cuales quedarían en los siguientes términos, respectivamente:

"Artículo 45-bis-9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el otorgamiento de las autorizaciones a que se refiere este artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá preservar la preponderancia de la inversión nacional sobre la inversión extranjera.

Artículo 33-Y. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I a III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el otorgamiento de las autorizaciones a que se refiere este artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá preservar la preponderancia de la inversión nacional sobre la inversión extranjera."

Esta dictaminadora recomienda que las autorizaciones respectivas se otorguen únicamente en casos excepcionales, cuando en virtud de los requerimientos de capital resulte necesario, tomando en cuenta el profesionalismo de la propia entidad financiera extranjera adquirente así como la aportación tecnológica que pudiera hacer la misma en la materia correspondiente.

Las modificaciones a este apartado quedan plasmadas en las propuestas de reforma a las siguientes disposiciones:

Ley de Instituciones de Crédito:

Artículo 45-G

Artículo 45-H

Artículo 45-I

Artículo 45-K

Artículo 45-M

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito:

Artículo 8o.

Artículo 45-bis-7

Artículo 45-bis-8

Artículo 45-bis-9

Artículo 45-bis-11

Artículo 45-bis-13

Artículo 82

Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros:

Artículo 29 Artículo 33-G

Artículo 33-I

Artículo 33-K

artículo 33-M

Ley Federal de Instituciones de Fianzas:

Artículo 15

Artículo 15-G

Artículo 15-H

Artículo 15-I

Artículo 15-K

Artículo 15-M

C. Facultar a las autoridades para adoptar distintas medidas que permitan coadyuvar a la prevención del delito de "lavado de dinero".

Se introducen facultades discrecionales para la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que dicte lineamientos, medidas y mecanismos para prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que representen el producto de un delito; en términos más simples, que constituyan "lavado de dinero". Estas disposiciones deberán ser observadas por empleados y funcionarios de los citados intermediarios (Ley de Instituciones de Crédito, artículo 115 cuarto párrafo, adicionado).

Una disposición similar se propone en la Ley del Mercado de Valores, en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.

A pesar de la complejidad que reviste normar un asunto tan delicado, esta dictaminadora concluyó que las medidas propuestas en términos generales son las más convenientes para otorgar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los elementos para normar la lucha contra el "lavado de dinero", sin dejar de proteger el secreto bancario. Justamente, la discrecionalidad permite enfrentar las muchas facetas que puede presentar este ilícito. Se tomó nota de que la lucha contra estas acciones involucra la participación de distintas dependencias y que, en la mayoría de los casos, el ejercicio de las nuevas atribuciones se hará en coordinación con las que tienen las demás dependencias para combatir "el lavado de dinero".

Ahora bien, esta comisión, con objeto de precisar las consecuencias que se generarían por el incumplimiento de las disposiciones de carácter general dictadas para prevenir y detectar en los diversos intermediarios, la realización de los actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito, así como especificar las multas aplicables y los sujetos que deberán pagarlas, propone que se ajusten los artículos 115, cuarto párrafo, de la Ley de Instituciones de Crédito; 52-bis-3, último párrafo, de la Ley del Mercado de Valores; 95, último párrafo, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; 140, último párrafo, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; y 112, segundo párrafo, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la manera que a continuación se indica:

Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados.

Artículo 52-bis-3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las casas de bolsa y especialistas bursátiles, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados.

Artículo 95. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representan el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados.

Artículo 140. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a los intermediarios financieros mencionados.

Artículo 112.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones de fianzas, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a los intermediarios financieros mencionados."

D. Actualizar el régimen legal de la Tesorería de la Federación, que requiere disponer de facultades para modernizar y hacer más eficaz su operación y permitir que se ajuste a la nueva legislación y a la autonomía del Instituto Central.

Las modificaciones cubren los siguientes aspectos principales:

1o. Ampliar las alternativas para que la Tesorería de la Federación pueda efectuar sus pagos a través de las instituciones de crédito, habida cuenta de que a partir de abril de 1997, ya no podrá librar cheques a favor de terceros contra la cuenta corriente que el Banco de México le maneje.

2o. Optimizar la concentración e inversión de los recursos públicos, con esquemas de inversión que aseguren la óptima administración de los recursos del Gobierno Federal.

3o. Dar transparencia a la figura de dación en pago, a través de un régimen que dé más seguridad jurídica tanto al Estado como a los particulares.

4o. Abrogar la Ley Sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación, que ha sido rebasada en la práctica, pero cuyas disposiciones aplicables se incorporan a la propia Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

Esta comisión dictaminadora encontró convenientes los planteamientos de la iniciativa, por lo que propone la aprobación de estas medidas. Sin embargo, considera adecuado aclarar en el régimen de dación en pago, que la facultad para determinar el destino de los bienes o servicios corresponde a la Tesorería de la Federación cuando se trate de bienes muebles o de servicios. A su vez, cuando se trate de bienes inmuebles, dicha facultad debe de corresponder a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo una vez que haya transcurrido el plazo de 18 meses a que se refiere el artículo 29, puesto que dicha dependencia es quien administra los inmuebles federales de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. En tal sentido, se proponen los siguientes textos para que los artículos 28 y 29 queden como sigue:

"Artículo 28. Los bienes y servicios recibidos en dación en pago, quedarán en custodia y administración de la Tesorería o de sus auxiliares correspondientes, a partir de que ésta se formalice. La propia Tesorería tendrá plenas facultades para proceder a su venta o bien, tratándose de bienes muebles o de servicios, para determinar su destino de conformidad con lo establecido en el reglamento de esta ley, debiendo tramitar la afectación correspondiente en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Para los efectos del párrafo anterior, la Tesorería, directamente o por conducto de sus auxiliares, podrá enajenar por medio de licitación pública o subasta, los bienes recibidos para el pago de créditos a favor del fisco federal, siempre que el precio no sea en cantidad menor al del valor en que fueron recibidos, con adición de los gastos de administración y venta generados, excepto cuando el valor del avalúo actualizado sea menor, en cuyo caso éste será el precio mínimo de venta.

Artículo 29. Cuando en un plazo de 18 meses, a partir de formalizada la dación en pago, los bienes no se hubieren enajenado o no se les hubiere determinado destino cuando procediere, la Tesorería o sus auxiliares los pondrá a disposición de la dependencia que corresponda conforme a las atribuciones señaladas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que éstos sean incorporados al inventario de bienes o al patrimonio inmobiliario del Gobierno Federal, debiendo dicha dependencia tramitar la afectación en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Igual procedimiento se seguirá en el caso de adjudicaciones de bienes por crédito a favor del fisco federal."

Por lo que hace a la aceptación de la dación en pago por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, esta dictaminadora propone que se elimine del artículo 25 la palabra "excepcionalmente", habida cuenta de que se encuentra debidamente señalado el ejercicio discrecional de dicha facultad. Por ello, este artículo quedaría como sigue:

"Artículo 25. A fin de asegurar la recaudación de toda clase de créditos a favor del Gobierno Federal, la Secretaría, por conducto de la Tesorería o de los auxiliares legalmente facultados para ello, podrá aceptar la dación de bienes o servicios en pago total o parcial de créditos, cuando sea la única forma que tenga el deudor para cumplir con la obligación a su cargo y éstos sean de fácil realización o venta o resulten aprovechables en los servicios públicos federales, a juicio de la propia Tesorería o de los auxiliares de referencia.

La aceptación o negativa de la solicitud de dación en pago, será facultad discrecional de la Tesorería o de sus auxiliares y no podrá ser impugnada en recurso administrativo, ni en juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación."

En relación a los fondos de la Tesorería, en moneda nacional o extranjera, que podrán ser invertidos en el Banco de México o en las instituciones de crédito autorizadas, esta dictaminadora acordó acotar la iniciativa del Ejecutivo para indicar que se trata de los fondos disponibles, en la forma que a continuación se expresa en el párrafo tercero del artículo 35.

"Artículo 35. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los fondos disponibles de la Tesorería, en moneda nacional o extranjera, podrán ser invertidos en el Banco de México o en las instituciones de crédito autorizadas. La Tesorería podrá realizar las operaciones que señale el reglamento de esta ley de conformidad con las políticas y directrices que emita el comité técnico que para tal efecto se constituya por acuerdo de la Secretaría."

E. La iniciativa propone una adecuación para resolver el problema que se origina por la próxima terminación del plazo que se había otorgado al Banco de México para operar como fiduciario de distintos fideicomisos públicos de fomento económico hasta el 31 de marzo de 1996. (Artículo décimo transitorio de la Ley del Banco de México).

El Banco de México ha venido actuando como fiduciario con gran eficacia de diversos fideicomisos públicos de fomento económico: FIRA, FIDEC y Fovi, que han brindado importante apoyo a los sectores productivos correspondientes y que históricamente no habían sido atendidos adecuadamente por la banca comercial.

La nueva Ley del Banco de México, publicada el 23 de diciembre de 1993, establece en su artículo décimo transitorio que en dos años, los cuales vencen en marzo de 1996, dicha institución ya no debería operar como fiduciario en los citados fideicomisos.

Esta dictaminadora es de la opinión de que dicho plazo debe eliminarse y que es deseable que el instituto central siga desempeñándose como fiduciario en los fideicomisos públicos de fomento económico que actualmente administra, dado que su manejo ha sido adecuado y transparente. Ello, sin perjuicio de que en los comités técnicos de los fideicomisos siempre estén representadas las autoridades financieras que dictan las políticas conforme a las cuales deben operar. Consideramos que actuar como fiduciario no es incompatible con la autonomía que se ha otorgado a la institución. Por ello se propone modificar la iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal, eliminando dicho plazo, para lo cual se propone modificar el párrafo segundo del artículo décimo transitorio de la Ley del Banco de México, que quedaría en los siguientes términos:

"Décimo. El banco podrá seguir desempeñando el cargo de fiduciario en los fideicomisos que actualmente maneja, que no estén previstos en el artículo 7o. fracción XI, pudiendo recibir de dichos fideicomisos depósitos bancarios de dinero.

Los créditos que el Banco de México haya otorgado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente ley a los fideicomisos públicos de fomento económico que administra, podrán mantenerse hasta su vencimiento e incluso renovarse una o más veces por un plazo conjunto no mayor de 20 años.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

En virtud de que los objetivos y acciones de estas reformas se enmarcan plenamente dentro del Plan Nacional de Desarrollo en el sentido de modernizar y fortalecer la regulación del sector financiero y a los organismos supervisores de manera que se aliente la capitalización de las instituciones financieras con capitales internos y externos; así como que se fortalece el marco jurídico para la solución justa y expedita de controversias y conflictos, esta comisión dictaminadora aprobó las modificaciones y se permite formular las siguientes

RECOMENDACIONES

Primera. Por la importancia que el sistema financiero ocupa dentro de la actividad económica, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incorpore en la información periódica que remite a esta soberanía, un apartado sobre su evolución y desarrollo, en particular sobre las instituciones bancarias.

Segunda. Que en las autorizaciones que otorgue la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la adquisición de organizaciones auxiliares del crédito y aseguradoras nacionales, tome en cuenta las necesidades reales de capital, así como la capacidad profesional y el aporte tecnológico de los posibles adquirentes.

Tercera. Que el comité técnico que se establezca para efectos de determinar el régimen de inversión de los recursos de la Tesorería de la Federación, asegure en todo momento el manejo transparente de los mismos, evitando otorgar privilegios indebidos a algún intermediario.

Cuarta. Que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ejerza con todo rigor la facultad prevista en el artículo 94 de la Ley de Instituciones y Crédito, que le permite suspender la publicidad de las instituciones de crédito que de alguna forma induzca al error o cause confusión a los usuarios del crédito.

Con base en las consideraciones anteriores, esta comisión dictaminadora presenta a su consideración el siguiente

DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, LEY DEL MERCADO DE VALORES, LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO, LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, LEY DEL BANCO DE MEXICO Y LEY DEL SERVICIO DE TESORERIA DE LA FEDERACION

Artículo primero. Se reforman los artículos 45-G, primer, segundo y tercer párrafos; 45-H, primer párrafo; 45-I fracción I; 45-K, penúltimo párrafo; 45-M y 120, fracciones II a IX, se adicionan los artículos 45-K con un quinto párrafo, recorriéndose del quinto al último, en su orden; un cuarto párrafo al artículo 115; 118-A; 118-B; un cuarto párrafo al artículo 119 y las fracciones X y XI al artículo 120 y se deroga el último párrafo del artículo 45-G, de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

"Artículo 45-G. El capital social de las filiales estará integrado por acciones de la serie "F", que representarán cuando menos el 51% de dicho capital. El 49% restante del capital social podrá integrarse indistinta o conjuntamente por acciones serie "F" y "B".

Las acciones de la serie "F" solamente podrán ser adquiridas por una sociedad controladora filial o, directa o indirectamente, por una institución financiera del exterior, salvo en el caso a que se refiere el último párrafo del artículo 45-H, tratándose de acciones representativas del capital social de las instituciones de banca múltiples filiales.

Las acciones de la serie "B" de las instituciones de banca múltiple filiales se regirán por lo dispuesto para esta serie de acciones en los demás artículos de esta ley. La institución financiera del exterior, propietaria de las acciones serie "F" de una institución de banca múltiple filial, no quedará sujeta a los límites establecidos en el artículo 17 de esta ley, respecto de su tenencia de acciones serie "B".

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Ultimo párrafo. (Se deroga.)

Artículo 45-H. Las acciones serie "F" representativas del capital social de una filial, únicamente podrán ser enajenadas previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 45-I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. La institución financiera del exterior, la sociedad controladora filial o la filial, según sea el caso, deberá adquirir acciones que representen cuando menos el 51% del capital social:

II a V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 45K. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el caso de las sociedades financieras de objeto limitado filiales, el número de consejeros en ningún caso podrá ser inferior a cinco. Los propietarios de la serie "B", en su caso, tendrán derecho a nombrar por lo menos un consejero. Sólo podrá revocarse el nombramiento de los consejeros de minoría, cuando se revoque el de todos los demás de la misma serie.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el caso de las instituciones de banca múltiple filiales en las cuales cuando menos el 99% de los títulos representativos del capital social sean propiedad, directo o indirectamente, de una institución financiera del exterior o una sociedad controladora filial, podrá determinar libremente el número de consejeros, el cual en ningún caso podrá ser inferior a cinco.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 45-M. El órgano de vigilancia de las filiales, estará integrado por lo menos por un comisario designado por los accionistas de la serie "F" y, en su caso, un comisario nombrado por los accionistas de la serie "B", así como sus respectivos suplentes.

Artículo 115. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados.

Artículo 118-A. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá revisar los modelos de contrato de adhesión utilizados por las instituciones de crédito.

Para efectos de este artículo se entenderá por contrato de adhesión aquel elaborado unilateralmente por una institución, que conste en documentos de contenido uniforme en los que se establezcan los términos y condiciones aplicables a las operaciones activas que celebre la institución.

La revisión tendrá por objeto determinar que los modelos de contrato se ajusten a la presente ley, a las disposiciones emitidas conforme a ella y a los demás ordenamientos aplicables, así como verificar que dichos instrumentos no contengan estipulaciones confusas o que no permitan a la clientela conocer claramente el alcance de las obligaciones de los contratantes.

La comisión podrá ordenar que se modifiquen los modelos de contratos de adhesión y, en su caso, suspender su utilización hasta en tanto sean modificados.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá ordenar a las instituciones de crédito que publiquen las características de las operaciones que formalicen con contratos de adhesión, en los términos que la propia comisión indique.

Artículo 118-B. Las instituciones de crédito deberán contar con unidades especializadas que tengan por objeto atender consultas y reclamaciones de sus usuarios.

Las unidades a que se refiere el párrafo anterior, se sujetarán a los siguientes:

I. El titular de la unidad deberá tener facultades para representar y obligar con su firma a la institución:

II. Contarán con personal en cada entidad federativa en que la institución tenga sucursales u oficinas, de acuerdo al programa de distribución regional que deberá ser aprobado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

III. Deberán responder por escrito al usuario dentro de un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la consulta o reclamación:

IV. La documentación e información correspondiente a las consultas o reclamaciones y el plazo que deban ser conservadas por la institución, se regirán por las disposiciones de carácter general que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores:

V. El titular de la unidad deberá presentar semestralmente al consejo de administración de la institución, un informe de las consultas o reclamaciones recibidas y atendidas, en el que se identifiquen las operaciones o áreas de la institución que registren el mayor número de consultas o reclamaciones, así como las causas que las motivan, a fin de que se adopten las medidas que correspondan. La institución deberá proporcionar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores copia simple del citado informe, a más tardar dentro de los 30 días hábiles posteriores a su presentación en el consejo de administración.

Las instituciones deberán informar mediante aviso colocado en lugar visible en todas sus sucursales, la ubicación y horarios de servicio de las unidades previstas en este artículo.

Los usuarios del servicio de banca y crédito podrán, a su elección, presentar su consulta o reclamación ante las unidades respectivas, en forma personal o por escrito.

Lo establecido en el presente artículo es sin perjuicio de que los usuarios puedan proceder en los términos del artículo siguiente.

Artículo 119. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores estará facultada para suplir la deficiencia en las reclamaciones en beneficio del usuario. Asimismo desechará las reclamaciones que sean notoriamente improcedentes y aquéllas de las que esté conociendo la autoridad judicial, de lo cual se notificará al usuario.

Artículo 120. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. En la junta a que se refiere la fracción anterior, La comisión exhortará a las partes a conciliar sus intereses.

Si la institución de crédito no presenta el informe en la junta de avenencia o no lo rinde en la forma señalada en la fracción anterior, la comisión podrá diferir la junta y solicitarle las aclaraciones que estime necesarias.

En caso que el reclamante no comparezca, ni justifique su ausencia en un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la fecha fijada para la celebración de la junta de avenencia, se entenderá que no desea la conciliación, dándose por concluido el procedimiento respectivo, quedando a salvo sus derechos para hacerlos valer ante los tribunales competentes.

Si en la junta no se logra la conciliación de las partes, la comisión las invitará a que de común acuerdo designen árbitro, ya sea a la propia comisión o a quien ésta les proponga, quedando a elección de las mismas que el juicio arbitral sea en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho. El compromiso correspondiente se hará constar en el acta que al efecto se levante.

III. En el evento de que sea la institución de crédito la que decline el arbitraje y siempre que del contenido del escrito de reclamación y del informe que dicha institución presente, se desprendan elementos que a juicio de la comisión permitan suponer la procedencia de lo reclamado, la propia comisión podrá emitir un dictamen técnico que contenga su opinión.

La comisión entregará al reclamante copia certificada del dictamen técnico, a efecto de que lo pueda hacer valer ante los tribunales competentes, los que deberán tomarlo en cuenta para mejor proveer en el procedimiento respectivo.

IV. La comisión tendrá la facultad de allegarse todos los elementos que juzgue necesarios para procurar la conciliación o resolver las cuestiones que se le hayan sometido en arbitraje, así como para formular el dictamen técnico a que se refiere la fracción anterior, pudiendo al efecto requerir a la institución de que se trate los datos, informes, registros, auxiliares, correspondencia y demás documentación relativa, así como practicar las visitas de inspección que se requieran.

V. Las delegaciones regionales podrán tramitar la etapa conciliatoria y, en su caso, el procedimiento arbitral escogido.

VI. En la amigable composición se fijarán las cuestiones que deberán ser objeto del arbitraje y la comisión tendrá libertad de resolver en conciencia y a buena fe guardada, sin sujeción a las reglas legales, pero observando las formalidades esenciales del procedimiento. No habrá términos ni incidentes y la resolución correspondiente sólo admitirá aclaración de la misma.

VII. En el juicio arbitral de estricto derecho las partes formularán compromiso en el que fijarán igualmente las reglas del procedimiento que convencionalmente establezcan, aplicándose supletoriamente el Código de Comercio, con excepción de los artículos 1217, 1235 y 1296.

Las resoluciones en el juicio arbitral de estricto derecho, dictadas en el curso del procedimiento admitirán como único recurso el de revocación y el laudo dictado sólo podrá ser impugnado en juicio de amparo.

VIII. El incumplimiento o desacato por parte de las instituciones de crédito a los requerimientos, solicitudes de informes, acuerdos o resoluciones dictados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el curso de los procedimientos establecidos en el presente artículo, serán castigados con multa administrativa que imponga la propia Comisión, por cantidad equivalente de 100 a un mil veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal:

IX. El laudo que en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho condene a una institución, le otorgará para su cumplimiento un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación; si no lo efectuare, sin perjuicio de lo señalado en la fracción siguiente, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores impondrá a la institución una multa de hasta tres veces el importe de la condena, si éste fuera cuantificable o hasta 5 mil veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, si no lo fuere:

X. Cuando se faltare al cumplimiento voluntario de lo convenido en la conciliación o al laudo en la amigable composición o en el juicio arbitral de estricto derecho, la parte afectada deberá acudir a los tribunales competentes para efecto de ejecución de una u otra resolución:

XI. Las notificaciones en el juicio arbitral de estricto derecho se harán a las partes por cédula fijada en los estados de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o de la delegación regional correspondiente, excepción hecha del traslado de la reclamación, de la demanda, de la citación a la junta conciliatoria y del laudo, que tendrán que hacerse personalmente o por correo certificado con acuse de recibo. Las notificaciones surtirán efecto al día siguiente a aquél en que se efectúen."

Artículo segundo. Se adiciona un último párrafo al artículo 52-bis-3 de la Ley del Mercado de Valores, para quedar como sigue:

"Artículo 52-bis-3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las casas de bolsa y especialistas bursátiles, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10%hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados."

Artículo tercero. Se reforman los artículos 8o. fracción I cuarto párrafo y fracción III, numeral 1; 45bis-7; 45bis-8, primer párrafo; 45-bis-9 fracción i; 45-bis-11 y 45-bis-13, se adicionan un numeral 6 a la fracción IV del artículo 8o; un último párrafo al artículo 45-bis-9 y un último párrafo al artículo 95 y se deroga la fracción III del artículo 82, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, para quedar como sigue:

"Artículo 8o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El capital social de las sociedades podrá integrarse con una parte representada por acciones de voto limitado hasta por un monto equivalente al 30% del capital pagado, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La adquisición de acciones de voto limitado no estará sujeta al límite establecido en la fracción IV de este artículo. Estas acciones no computarán para efecto del límite establecido en el tercer párrafo del numeral 1, fracción III de este artículo.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II y III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1. Personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad.

Las entidades financieras del exterior, así como las personas físicas y morales extranjeras, podrán participar en el capital pagado de los almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero y casas de cambio.

La inversión mexicana en todo caso deberá mantener la facultad de determinar el manejo y control efectivo de la empresa. La inversión extranjera deberá hacerse constar en una serie especial de acciones y en ningún caso podrá rebasar el 49% del capital pagado de la sociedad.

2 y 3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1 a 5. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6. Las instituciones financieras del exterior, directa o indirectamente o las sociedades controladoras filiales que adquieran acciones de cualquier serie, conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de convertir a la respectiva organización auxiliar del crédito o casa de cambio, en una filial.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V a XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 45-bis-7. El capital social de las filiales estará representado por dos series de acciones. Cuando menos al 51% del capital social de la filiales se integrará por acciones de la serie "F". El 49% restante del capital social podrá integrase indistinta o conjuntamente por acciones serie "F" y "B".

La totalidad de las acciones serie "F" deberán ser propiedad en todo momento de una institución financiera del exterior, directa o indirectamente o de una sociedad controladora filial. Las acciones serie "B" que no sean propiedad de dicha institución financiera del exterior o sociedad controladora filial, estarán sujetas a lo dispuesto por las fracciones III y IV del artículo 8o. de esta ley.

Las acciones deberán pagarse íntegramente en el acto de ser suscritas.

Las filiales no podrán emitir acciones de voto limitado.

Artículo 45-bis-8. Las acciones serie "F" de una filial sólo podrán ser enajenadas previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 45-bis-9. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. La institución financiera del exterior, la sociedad controladora filial o la filial, según sea el caso, deberá adquirir acciones que representen cuando menos el 51% del capital social:

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el otorgamiento de las autorizaciones a que se refiere este artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá preservar la preponderancia de la inversión nacional sobre la inversión extranjera.

Artículo 45-bis-11. El consejo de administración de las filiales estará integrado por lo menos por cinco consejeros, de entre los cuales la mayoría deberá residir en territorio nacional. Su nombramiento deberá hacerse en asamblea especial para cada serie de acciones. A las asambleas que se reúnan con ese fin, así como aquellas que tengan el propósito de designar comisarios por cada serie de acciones, les serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones para las asambleas generales ordinarias previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Los propietarios de las acciones serie "B", en su caso, tendrán derecho a nombrar cuando menos un consejero. Sólo podrá revocarse el nombramiento de los consejeros de minoría cuando se revoque el de todos los demás de la misma serie.

El presidente del consejo deberá elegirse de entre los propietarios de la serie "F" y tendrá voto de calidad en caso de empate. Por los propietarios se nombrarán suplentes, los cuales podrán suplir indistintamente a cualesquiera de los propietarios, en el entendido de que dentro de cada sesión un suplente sólo podrá representar a un propietario.

Artículo 45-bis-13. El órgano de vigilancia de las filiales estará integrado por lo menos por un comisario designado por los accionistas de la serie "F" y, en su caso, un comisario nombrado por los accionistas de la serie "B" y sus respectivos suplentes.

Artículo 82. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. (Se deroga.)

Artículo 95. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las organizaciones auxiliares del crédito y casas de cambio, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a los intermediarios financieros mencionados."

Artículo cuarto. Se reforman los artículos 29 fracción I octavo párrafo; el segundo y tercer párrafos del numeral 1 de la fracción II, así como el primer párrafo del numeral 2 de la misma fracción; 33-G; 33-K y 33-M, se adiciona un inciso i al numeral 2 de la fracción II del artículo 29, un último párrafo al artículo 33-I y un último párrafo al artículo 140 y se derogan el último párrafo de la fracción II y el inciso c de la fracción III del artículo 29, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para quedar como sigue:

"Artículo 29. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El capital social de las instituciones de seguros podrá integrarse con una parte representada por acciones de voto limitado hasta por un monto equivalente al 30% del capital pagado, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La adquisición de acciones de voto limitado no estará sujeta a los límites establecidos por el artículo 15 y el numeral 2 de la fracción II de este artículo. Estas acciones no computarán para efecto del límite establecido en el tercer párrafo del numeral 1 fracción II de este artículo.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I-bis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las entidades aseguradoras, reaseguradoras o reafianzadoras del exterior, así como las personas físicas o morales extranjeras distintas de las excluidas en el párrafo anterior, podrán adquirir acciones representativas del capital de estas instituciones de seguros. La inversión mexicana siempre deberá mantener la facultad de determinar el manejo de la institución y su control efectivo.

A tal efecto, la inversión extranjera deberá hacerse constar en una serie especial de acciones representativas del capital de la sociedad correspondiente, misma que en ningún caso podrá rebasar el 49% del capital pagado de la sociedad.

2. Ninguna persona física o moral podrá ser propietaria de más del 20% de su capital pagado, excepto:

a) a h). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

i) Las instituciones financieras del exterior, directa o indirectamente, o las sociedades controladoras filiales que adquieran acciones de cualquier serie, conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de convertir a la respectiva institución de seguros en una filial.

Ultimo párrafo. (Se deroga.) III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) y b). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c). (Se deroga.) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

IV a XI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 33-G. El capital social de las filiales estará representado por dos series de acciones. Cuando menos el 51% del capital social de las filiales se integrará por acciones de la serie "E". El 49% restante del capital social podrá integrarse indistinta o conjuntamente por acciones serie "E" y "M".

La totalidad de las acciones serie "E" de una filial deberán ser propiedad en todo momento de una institución financiera del exterior, directa o indirectamente o de una sociedad controladora filial. Las acciones serie "M" que no sean propiedad de dicha institución financiera del exterior o sociedad controladora filial, estarán sujetas a lo dispuesto en los artículos 15 y 29 fracción II de la presente ley.

Las acciones deberán pagarse íntegramente en el acto de ser suscritas.

Las filiales no podrán emitir acciones de voto limitado.

Artículo 33-I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. a III. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En el otorgamiento de las autorizaciones a que se refiere este artículo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá preservar la preponderancia de la inversión nacional sobre la inversión extranjera.

Artículo 33-K. El consejo de administración de las filiales estará integrado por lo menos por cinco consejeros, de entre los cuales la mayoría deberá residir en territorio nacional. Su nombramiento deberá hacerse en asamblea especial para cada serie de acciones. A las asambleas que se reúnan con ese fin, así como aquellas que tengan el propósito de designar comisarios por cada serie de acciones, les serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones para las asambleas generales ordinarias previstas en la Ley General de sociedades Mercantiles.

Los propietarios de las acciones serie "M" en su caso, tendrán derecho a nombrar cuando menos un consejero. Sólo podrá revocarse el nombramiento de los consejeros de minoría, cuando se revoque el de todos los demás de la misma serie.

El presidente del consejo deberá elegirse de entre los propietarios de la serie "E" y tendrá voto de calidad en caso de empate. Por los propietarios se nombrarán suplentes, los cuales podrán suplir indistintamente a cualesquiera de los propietarios, en el entendido de que dentro de cada sesión un suplente sólo podrá representar a un propietario.

Artículo 33-M. El órgano de vigilancia de las filiales estará integrado por lo menos por un comisario designado por los accionistas de la serie "E" y, en su caso, un comisario nombrado por los accionistas de la serie "M" y sus respectivos suplentes.

Artículo 140. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a los intermediarios financieros mencionados."

Artículo quinto. Se reforman los artículos 15 fracción II séptimo párrafo y fracción III, primer y tercer párrafos; 15-G; 15-H, primer párrafo; 15I, fracción I; 15-K y 15-M se adiciona un inciso i a la fracción III del artículo 15 y un segundo párrafo al artículo 112, y se derogan el segundo párrafo de la fracción III y el inciso c de la fracción IV, del artículo 15, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para quedar como sigue:

"Artículo 15. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. y 1-bis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El capital social de las instituciones de fianzas podrá integrarse con una parte representada por acciones de voto limitado hasta por un monto equivalente al 30% del capital pagado, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La adquisición de acciones de voto limitado no estará sujeta a los límites establecidos por el artículo 8o. y la fracción III de este artículo. Estas acciones no computarán para efecto del límite establecido en el último párrafo de la fracción III de este artículo.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II-bis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Tratándose de las instituciones a que se refiere el inciso a de la fracción I-bis, de esta ley, ninguna persona física o moral podrá ser propietaria de más del 20%, de su capital pagado, excepto:

a) a h). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

i) Las instituciones financieras del exterior, directa o indirectamente o las sociedades controladoras filiales que adquieran acciones de cualquier serie, conforme a programas aprobados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la finalidad de convertir a la respectiva institución de fianzas en una filial.

Segundo párrafo de la fracción. (Se deroga.)

Las entidades afianzadoras, aseguradoras, reaseguradoras o reafianzadoras del exterior y las personas físicas o morales extranjeras distintas de las excluidas en el penúltimo párrafo de la fracción Ibis, podrán adquirir acciones representativas del capital de estas instituciones de fianzas. La inversión mexicana siempre deberá mantener la facultad de determinar el manejo de la institución y su control efectivo. A tal efecto, la inversión extranjera deberá hacerse constar en una serie especial de acciones representativas del capital de la sociedad correspondiente, misma que en ningún caso podrá rebasar el 49% del capital pagado de la sociedad:

IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

a) y b). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

c). (Se deroga.) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

V. a XII. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 15-G. El capital social de las filiales estará representado por dos series de acciones. Cuando menos el 51% del capital social de las filiales se integrará por acciones de la serie "F". El 49% restante del capital social podrá integrarse indistinta o conjuntamente por acciones serie "F" y "B".

La totalidad de las acciones serie "F" de una filial deberá ser propiedad en todo momento de una institución financiera del exterior, directa o indirectamente o de una sociedad controladora filial. Las acciones serie "B" que no sean propiedad de dicha institución financiera del exterior o sociedad controladora filial, estarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 8o. y en las fracciones II-bis y III del artículo 15 de la presente ley.

Las acciones deberán pagarse íntegramente en el acto de ser suscritas.

Las filiales no podrán emitir acciones de voto limitado.

Artículo 15-H. Las acciones serie "F" de una filial únicamente podrán ser enajenadas previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 15-I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I. La institución financiera del exterior, la sociedad controladora filial o la filial, según sea el caso, deberá adquirir acciones que representen cuando menos el 51% del capital social:

II a IV. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 15-K. El consejo de administración de las filiales, estará integrado por lo menos por cinco consejeros, de entre los cuales la mayoría deberá residir en territorio nacional. Su nombramiento deberá hacerse en Asamblea especial para cada serie de acciones. A las asambleas que se reúnan con ese fin, así como aquellas que tengan el propósito de designar comisarios por cada serie de acciones, les serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones para las asambleas generales ordinarias previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Los propietarios de las acciones serie "B", en su caso, tendrán derecho a nombrar cuando menos un consejero. Sólo podrá revocarse el nombramiento de los consejeros de minoría, cuando se revoque el de todos los demás de la misma serie.

El presidente del consejo deberá elegirse de entre los propietarios de la serie "F" y tendrá voto de calidad en caso de empate. Por los propietarios se nombrarán suplentes, los cuales podrán suplir indistintamente a cualesquiera de los propietarios, en el entendido de que dentro de cada sesión, un suplente sólo podrá representar a un propietario.

Artículo 15-M. El órgano de vigilancia de las filiales estará integrado por lo menos por un comisario designado por los accionistas de la serie "F" y, en su caso, un comisario nombrado por los accionistas de la serie "B" y sus respectivos suplentes.

Artículo 112. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, dictará disposiciones de carácter general para prevenir y detectar en las instituciones de fianzas, actos u operaciones con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de un delito. Estas disposiciones deberán ser observadas por los empleados y funcionarios de los citados intermediarios. La violación de las mismas será sancionada con multa equivalente del 10% hasta el 100% del monto del acto u operación de que se trate, la cual será impuesta por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas a los intermediarios financieros mencionados."

Artículo sexto. Se reforma el artículo décimo transitorio, segundo párrafo, de la Ley del Banco de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1993, para quedar como sigue:

"Décimo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los créditos que el Banco de México haya otorgado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la presente ley a los fideicomisos públicos de fomento económico que administra, podrán mantenerse hasta su vencimiento e incluso renovarse una o más veces por un plazo conjunto no mayor de 20 años.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo séptimo. Se reforman los artículos 1o., 2o., 5o. fracción III; 10, 11, 24 primer párrafo; 25, 26, 27, 28, 29, el rubro del Capítulo III del Título Segundo; 30 segundo párrafo; 32; 34 segundo párrafo; 35, 40, 42, 64, 65 cuarto párrafo; 83 fracción III, 84 primer párrafo y se adiciona un artículo 20-bis y un Título Octavo que se denominará de la vigilancia de fondos y valores, que comprende los artículos 93 a 109 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 1o. Esta ley regula los servicios de Tesorería de la Federación, conforme a la Ley de Ingresos y al Presupuesto de Egresos de la Federación y a las demás disposiciones aplicables.

Artículo 2o. Los servicios de Tesorería de la Federación y la vigilancia de fondos y valores, que se regulan en esta ley, estarán a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Tesorería de la Federación. Sus disposiciones se observarán por la propia Secretaría y por las unidades administrativas de las dependencias y entidades de la administración pública federal y los órganos de gobierno estatales y municipales que presten alguno de los referidos servicios, en forma permanente o transitoria, así como por los servidores públicos y por los particulares que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que se regulan en los casos en que les sean aplicables.

Artículo 5o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. El Banco de México, las instituciones de crédito autorizadas y las entidades de la administración pública paraestatal:

IV a VI. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 10. Siempre que durante la prestación de sus servicios se encuentren fondos y valores en poder de los servidores públicos que manejen fondos o valores del Gobierno Federal o al cuidado del mismo y su tenencia no se justifique, serán registrados en la oficina cuentadante y no podrá disponerse de ellos hasta que resuelva la Contraloría Interna de la Secretaría, conforme a sus atribuciones, con la intervención que corresponda a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Artículo 11. La tesorería tendrá a su cargo la emisión, guarda, custodia, control y distribución de las formas numeradas y valoradas que señale el reglamento de esta ley e intervendrá en su destrucción, cuando así proceda, junto con los materiales empleados en su producción.

Artículo 20-bis. La tesorería podrá realizar los actos necesarios para la recuperación de todo tipo de créditos distintos de los fiscales que tenga radicados. Para estos efectos podrá reestructurar o bien ceder a título oneroso los créditos respectivos, así como contratar los servicios de cobranza de personas físicas o morales.

Artículo 24. Los bienes que se embarguen por autoridades distintas de las fiscales conforme a las leyes administrativas federales, los decomisados por autoridades judiciales federales, los que sin estar decomisados no sean recogidos por quien tenga derecho en el lapso que señala el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal y los abandonados expresa o tácitamente en beneficio del Gobierno Federal, se pondrán a disposición de la tesorería por conducto de las administraciones locales de recaudación junto con la documentación que justifique los actos, para su guarda, administración, aplicación, adjudicación, remate o venta, donación o destrucción, según proceda conforme al reglamento de esta ley.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 25. A fin de asegurar la recaudación de toda clase de créditos a favor del Gobierno Federal, la Secretaría, por conducto de la tesorería o de los auxiliares legalmente facultados para ello, podrá aceptar la dación de bienes o servicios en pago total o parcial de créditos, cuando sea la única forma que tenga el deudor para cumplir con la obligación a su cargo y éstos sean de fácil realización o venta o resulten aprovechables en los servicios públicos federales, a juicio de la propia tesorería o de los auxiliares de referencia.

La aceptación o negativa de la solicitud de dación en pago, será facultad discrecional de la tesorería o de sus auxiliares y no podrá ser impugnada en recurso administrativo, ni en juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

Artículo 26. Las daciones en pago de bienes muebles o inmuebles a que se refiere el artículo anterior, se recibirán al valor del avalúo emitido, según corresponda, por institución de crédito, por la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales, por corredor público o por perito autorizado.

Tratándose de servicios, en la notificación de la aceptación de la dación en pago, la tesorería determinará el valor y los demás términos y condiciones en que éstos se reciban. Dicho valor no podrá ser superior al de mercado en el momento de la aceptación.

Aceptada la dación en pago se suspenderán provisionalmente todos los actos tendientes al cobro del crédito respectivo.

De no formalizarse la dación en pago, en los términos del artículo siguiente, quedará sin efecto la suspensión del cobro del crédito, debiendo actualizarse las cantidades desde la fecha en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, conforme a las disposiciones fiscales.

Artículo 27. La dación en pago quedará formalizada y el crédito extinguido de la siguiente manera:

I. Tratándose de bienes inmuebles a la fecha de firma de la escritura pública en que se transfiera el dominio del bien al Gobierno Federal a través de la tesorería, misma que se otorgará dentro de los 45 días hábiles siguientes a aquél en que se haya notificado la aceptación. Los gastos de escrituración y las contribuciones que origine la operación, serán por cuenta del deudor al que se le haya aceptado la dación en pago:

II. Tratándose de bienes muebles, a la fecha de firma del acta de entrega de los mismos que será dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se haya notificado la aceptación.

Cualquier gasto que resulte de la entrega del bien que corresponda, correrá por cuenta del deudor:

III. Tratándose de servicios, en la fecha de su aceptación por la tesorería o sus auxiliares, sujeta a la condición de que se cumplan todos los términos y condiciones establecidos. En caso de cumplimiento parcial, se extinguirá proporcionalmente el crédito siempre y cuando hayan sido aprovechados o resulten aprovechables para el Gobierno Federal.

Artículo 28. Los bienes y servicios recibidos en dación en pago, quedarán en custodia y administración de la tesorería o de sus auxiliares correspondientes, a partir de que ésta se formalice. La propia tesorería tendrá plenas facultades para proceder a su venta o bien, tratándose de bienes muebles o de servicios, para determinar su destino de conformidad con lo establecido en el reglamento de esta ley, debiendo tramitar la afectación correspondiente en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Para los efectos del párrafo anterior, la tesorería, directamente o por conducto de sus auxiliares podrá enajenar por medio de licitación pública o subasta, los bienes recibidos para el pago de créditos a favor del fisco federal, siempre que el precio no sea en cantidad menor al del valor en que fueron recibidos, con adición de los gastos de administración y venta generados, excepto cuando el valor del avalúo actualizado sea menor, en cuyo caso éste será el precio mínimo de venta.

Artículo 29. Cuando en un plazo de 18 meses, a partir de formalizada la dación en pago, los bienes no se hubieren enajenado o no se les hubiere determinado destino cuando procediere, la tesorería o sus auxiliares los pondrán a disposición de la dependencia que corresponda conforme a las atribuciones señaladas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que éstos sean incorporados al inventario de bienes o al patrimonio inmobiliario del Gobierno Federal, debiendo dicha dependencia tramitar la afectación en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Igual procedimiento se seguirá en el caso de adjudicaciones de bienes, por créditos a favor del fisco federal.

CAPITULO III

De la concentración y operación de los fondos federales

Artículo 30. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las instituciones de crédito y los auxiliares autorizados a que se refiere la fracción VI del artículo 5o. de esta ley, deberán pagar intereses en caso de concentración extemporánea, de conformidad con la tasa que al respecto fije el reglamento.

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Artículo 32. El servicio de concentración de fondos podrá efectuarse por conducto de las instituciones de crédito que autorice la tesorería, en los casos que determine el reglamento de esta ley.

Artículo 34. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La recolección de fondos se llevará a cabo por los manejadores de fondos, por empresas especializadas en estos servicios y por instituciones de crédito que autorice la tesorería, en los casos que señale el reglamento de esta ley.

Artículo 35. Los fondos recaudados directamente por la tesorería, los que reciba de los auxiliares y de las oficinas señaladas en el artículo 33, así como los que se concentren en la misma por conducto del Banco de México, serán depositados diariamente en este último para que se abonen en la cuenta corriente que lleva a la tesorería o en cualquier institución de crédito autorizada, con excepción de aquellos fondos que por acuerdo de autoridad competente o por disposición de la tesorería, deban mantener en disponibilidad la tesorería o los auxiliares.

A fin de constituir los depósitos en el Banco de México, a que se refiere el párrafo anterior, las instituciones de crédito que los efectúen deberán remitir al citado banco, un aviso con un mínimo de un día hábil bancario de anticipación.

Los fondos disponibles de la tesorería, en moneda nacional o extranjera, podrán ser invertidos en el Banco de México o en las instituciones de crédito autorizadas. La tesorería podrá realizar las operaciones que señale el reglamento de esta ley de conformidad con las políticas y directrices que emita el comité técnico que para tal efecto se constituya por acuerdo de la Secretaría.

Artículo 40. Los pagos y ministración de fondos a que se refiere el artículo anterior podrán efectuarse por conducto del Banco de México y de las instituciones de crédito que autorice la tesorería, para cuyo efecto convendrá la prestación de los servicios correspondientes, excepción hecha de los conceptos que la propia tesorería resuelva pagar directamente o a través de los auxiliares que autorice.

Artículo 42. Los pagos que deba efectuar directamente la tesorería y los correspondientes a remuneraciones al personal federal, se harán por los medios de pago que determine el reglamento de esta ley o en su defecto, autorice la propia tesorería.

Artículo 64. La tesorería depositará el importe del fondo en la cuenta corriente que le lleva el Banco de México, subcuenta "Fondo de Garantía para Reintegros al Erario Federal" y podrá acordar su inversión parcial o total en valores gubernamentales de alto rendimiento e inmediata realización. Los ingresos que se obtengan por este concepto se destinarán a incrementar el propio fondo.

Artículo 65. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cuando no se satisfaga alguno de los requisitos, la tesorería en forma motivada y fundada devolverá la documentación para que se subsanen las omisiones, sin perjuicio de que la dependencia respectiva dé cuenta a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Artículo 83. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

I y II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Vincular la contabilidad, con la información que registre el Banco de México del movimiento de fondos en la cuenta corriente de la tesorería.

IV y V. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 84. Los ingresos resultantes de la recaudación deberán reflejarse de inmediato en los registros de la oficina receptora, salvo que se trate de instituciones de crédito autorizadas, las que efectuarán el registro en los plazos establecidos en las autorizaciones relativas.

.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

TITULO OCTAVO

De la vigilancia de fondos y valores

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 93. La tesorería vigilará y comprobará el funcionamiento adecuado de las oficinas que recauden, manejen, administren o custodien fondos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal y el cumplimiento de las obligaciones que a este respecto incumben a los auxiliares de dicha tesorería y a los servidores públicos, a efecto de que se ajusten a las disposiciones legales relativas.

Las atribuciones de vigilancia de fondos y valores que confiere esta ley a la tesorería, se ejercerán sin perjuicio de las que en materia de control corresponden a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Artículo 94. La tesorería deberá vigilar que los actos realizados por los sujetos mencionados en el artículo anterior, relacionados con la recaudación, manejo, custodia y administración de fondos y valores propiedad o al cuidado del Gobierno Federal, en el territorio nacional o en el extranjero, se ajusten a las disposiciones legales respectivas, evitando que se cause perjuicio al erario federal. Para ello, tendrá las facultades siguientes:

I. Efectuar visitas, inspecciones y auditorías que tengan por objeto la revisión de operaciones de ingreso y egreso, examinando los aspectos contables y legales correspondientes:

II. Examinar si los remanentes presupuestarios, ingresos propios, disponibilidades financieras, contratación de servicios bancarios, cuentas bancarias y sus rendimientos, se ajustan a lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones que para el efecto expida la Secretaría y la tesorería en el ámbito de su competencia:

III. Comprobar la existencia de los fondos y valores que obren en poder de las oficinas de la Federación:

IV. Participar con carácter obligatorio en los actos relacionados con la instalación, entrega y clausura de oficinas de la Federación, que administren fondos y valores en la destrucción de valores que deban consumar las autoridades administrativas de la Federación y en las demás que fije la Secretaría:

V. Informar a las autoridades competentes acerca de las anomalías o deficiencias que se observen y recomendar las medidas preventivas y correctivas necesarias:

VI. Formular pliegos de observaciones y responsabilidades.

Los pliegos de observaciones tendrán por objeto consignar y subsanar las irregularidades encontradas al realizar algún acto de vigilancia, que no impliquen daños y perjuicios al erario federal.

Los pliegos preventivos de responsabilidades tendrán por objeto consignar las violaciones a las disposiciones aplicables en que pudieren incurrir los servidores públicos y los auxiliares que tienen a su cargo la recaudación, manejo, custodia o administración de fondos o valores, en donde dichas irregularidades se traduzcan en daños y perjuicios al erario federal:

VII. Proceder al embargo precautorio de bienes de los responsables de irregularidades, para asegurar los intereses del erario federal:

VIII. Suspender o separar provisionalmente de sus funciones cuando proceda con arreglo a la ley, a los servidores públicos y los auxiliares que recauden, manejen, custodien o administren fondos o valores, cuidando que sean sustituidos y hagan entrega formal:

IX. Imponer sanciones administrativas a los servidores públicos y los particulares que resulten infractores en los términos de esta ley:

X. Coadyuvar con las dependencias del Ejecutivo Federal, cuando soliciten el auxilio de la tesorería en materia de vigilancia de fondos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal:

XI. Las demás que de manera expresa determinen ésta u otras leyes.

CAPITULO II

Procedimientos de vigilancia de fondos y valores

Artículo 95. Cuando en el curso de una investigación se descubra la existencia de alguna responsabilidad que origine daño o perjuicio al erario federal y no se solvente en el acto, se procederá de inmediato al embargo precautorio de bienes del responsable en cantidad suficiente para garantizar los intereses del propio erario, si de momento puede precisarse el monto de la responsabilidad, sin perjuicio de que dicho embargo se amplíe o reduzca en la medida que sea necesario, una vez que se determine en forma definitiva el monto de la responsabilidad.

Practicado el embargo, se turnará la documentación correspondiente y se pondrán a disposición de la oficina recaudadora federal más cercana los bienes embargados para los efectos que procedan conforme a la ley.

Artículo 96. Si las irregularidades que se descubran revisten gravedad que lo justifique, podrá el personal de la tesorería que practique la diligencia suspender provisionalmente en su cargo al servidor público o auxiliar responsable, previo acuerdo superior.

Artículo 97. Las consignaciones a las autoridades que deban fincar las responsabilidades descubiertas por el personal de la tesorería se harán con sujeción a las reglas siguientes:

I. Si se trata de responsabilidades administrativas derivadas de la recaudación, manejo, custodia o administración de fondos y valores, una vez formado el expediente se turnará a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

II. Cuando se trate de responsabilidades que por su naturaleza requieran la intervención de las autoridades judiciales del orden penal, el personal de la tesorería formará el expediente de la investigación administrativa con todas las actuaciones que se relacionen con los hechos descubiertos y que tiendan a comprobar los elementos que acrediten el tipo penal y la probable responsabilidad del indiciado, turnándolo a la Procuraduría Fiscal de la Federación para que previo estudio presente la denuncia o querella ante el Ministerio Público Federal si procediere.

Artículo 98. Siempre que en una diligencia se encuentren fondos o valores sobrantes o faltantes, la tesorería procederá como sigue:

I. Si es sobrante, ordenará su registro en la contabilidad haciendo del conocimiento de la tesorería para que lo concentre de inmediato y de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Ingresos de la Federación.

II. Cuando sea faltante, requerirá al responsable para que efectúe el reintegro en el acto; si lo hace y justifica satisfactoriamente la razón del mismo, únicamente dará cuenta pormenorizada a la tesorería. Si no lo justifica debidamente o no lo restituye, independientemente de cuidar que en el primer supuesto se dé entrada a las cantidades o valores faltantes, practicará las investigaciones necesarias, hará del conocimiento de la Procuraduría Fiscal de la Federación o de la autoridad competente los ilícitos encontrados, de acuerdo con lo que disponga la ley y formulará los pliegos preventivos de responsabilidades y en su caso, procederá a realizar el embargo precautorio correspondiente.

CAPITULO III

Infracciones y Sanciones

Artículo 99. Son infracciones administrativas de los servidores públicos y los auxiliares que recauden, manejen, custodien o administren fondos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal que establece esta ley, las siguientes:

I. No dar o presentar los avisos, datos, informes, libros, registros, padrones y demás documentos que se les exijan durante las diligencias de vigilancia:

II. Asentar hechos falsos o alterar los libros y documentos a que se refiere la fracción anterior o coludirse con otras personas, aun cuando no estén sujetas a la vigilancia, con la mira de obtener algún beneficio para sí o para tercero:

III. Dar en forma dolosa o irregular los avisos, datos e informes a que se refiere la fracción I:

IV. No acatar las observaciones que legalmente les notifique el personal de la tesorería:

V. Resistirse a la práctica de las visitas y demás actos de vigilancia:

VI. No prestar la colaboración que solicite el personal de la tesorería ni proporcionarle las facilidades necesarias para el ejercicio de sus funciones, cuando sean requeridos para ello:

VII. Faltar en cualquier otra forma a las obligaciones que les impongan esta ley y sus disposiciones reglamentarias.

Artículo 100. Serán consideradas también como infracciones de los particulares, personas físicas o morales, las siguientes:

I. Negarse a aportar los datos, informes o declaraciones que estén obligados a ministrar al personal de la tesorería o se opongan a mostrar los libros o documentación, cuya exhibición se les exija legalmente y que estén a su disposición:

II. Proporcionar en forma dolosa o irregular los datos, informes o declaraciones de que trata la fracción anterior:

III. No comparecer ante el personal de la tesorería en los casos en que sean citados para diligencia del propio servicio:

IV. Resistirse a la práctica de visitas y demás actos de vigilancia que deban entenderse con ellos, de acuerdo con lo establecido en esta ley.

Artículo 101. El personal de vigilancia incurrirá en infracción grave:

I. Por no cumplir oportunamente las órdenes de movilización:

II. Por salir del lugar que tenga señalado para su radicación o regresar a él sin orden expresa:

III. Por no rendir los datos, informes y demás avisos en la forma y términos que señalen las disposiciones reglamentarias:

IV. Por no integrar, en la forma señalada por las disposiciones reglamentarias, los expedientes que deba formar con motivo de su actuación:

V. Por no remitir o distribuir en la forma y términos que fijen las disposiciones reglamentarias los expedientes a que se refiere la fracción anterior:

VI. Por obrar con negligencia o descuido en el desempeño de sus funciones:

VII. Por no llevar a cabo los actos de vigilancia que deba efectuar:

VIII. Por proceder dolosamente en el desempeño de su cargo, ejecutando actos indebidos u omitiendo los que legalmente procedan:

IX. Por asentar hechos falsos en la documentación, informes o avisos que deba producir con motivo de su actuación:

X. Por alterar los libros y documentos que examine en el ejercicio de su cargo:

XI. Por coludirse con otras personas, aun cuando no estén sujetas a la vigilancia, con la mira de obtener algún beneficio para sí o para tercero:

XII. Por no guardar la reserva debida respecto de las órdenes que reciba o de los actos de vigilancia en que intervenga:

XIII. Por faltar al cumplimiento de las demás obligaciones que le imponga ésta u otras leyes o sus disposiciones reglamentarias.

Artículo 102. Los sujetos a los actos de vigilancia establecidos por esta ley deberán comunicar a la tesorería a más tardar a los 30 días siguientes de haber concluido la visita, todos los casos en que el personal de la tesorería se exceda de sus facultades legales a fin de que se impongan las sanciones correspondientes.

Artículo 103. Quienes cometan las infracciones previstas en los artículos 99 a 101, podrán ser sancionados por la tesorería con multa de 100 a 200 días de salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal.

Artículo 104. Los servidores públicos que infrinjan las disposiciones de esta ley y su reglamento serán sancionados en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siempre y cuando no hubieren sido sancionados conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 105. Tratándose de la aplicación de multas se tendrá en consideración la gravedad del hecho que constituya la infracción, los beneficios económicos obtenidos por el responsable y los daños y perjuicios patrimoniales causados al erario federal, de acuerdo con lo que establece la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Artículo 106. Las sanciones administrativas a que se refieren los artículos anteriores, se aplicarán sin perjuicio de exigir las responsabilidades que lleguen a contraerse por los daños o perjuicios que se ocasionen al erario federal así como las de carácter penal en que se incurra.

CAPITULO IV

Disposiciones Complementarias

Artículo 107. Las autoridades federales prestarán al personal de la tesorería la colaboración que requiera para el desempeño de sus funciones.

Igual colaboración deberán prestar las autoridades de los estados, Distrito Federal y municipios como auxiliares de la Federación, cuando sean requeridas al efecto.

Artículo 108. Los servidores públicos y los auxiliares de las oficinas en que deba practicarse alguna diligencia, así como los particulares, personas físicas o morales con los que directamente haya de entenderse, deberán dar toda clase de facilidades para su desahogo, proporcionar los datos e informes que se les solicite por escrito o en los interrogatorios que se les practiquen y mostrar los libros, registros, padrones y documentación que legalmente se requiera, sin que puedan oponerse a la práctica de las diligencias que previene este título.

En la práctica de estos actos de vigilancia las personas físicas y morales a que refiere este artículo, deberán exhibir en su domicilio los libros de contabilidad y documentación que se les pida.

Asimismo, cuando el acto de vigilancia lo amerite, el tesorero queda facultado para solicitar de las instituciones bancarias por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, los estados de cuenta y cualquier otra información relativa a las cuentas personales de los servidores públicos, auxiliares y, en su caso, particulares relacionados con la investigación de que se trate.

Artículo 109. Los servidores públicos de la tesorería y los auxiliares a quienes se encomienden las diligencias relacionadas con la vigilancia y el personal administrativo que conozca de las mismas, deberá guardar reserva acerca de los informes y datos que reciban, recaben, rindan o lleguen a su conocimiento con tal motivo. Esta obligación subsistirá aun cuando el funcionario o empleado se separe del servicio."

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Lo dispuesto en el artículo 118-A de la Ley de Instituciones de Crédito se aplicará a los modelos de contratos de adhesión que sirvan de base para la celebración de contratos a partir del inicio de la vigencia del presente decreto.

Tercero. Las instituciones de crédito deberán establecer las unidades especializadas a que se refiere el artículo 118B de la Ley de Instituciones de Crédito, en un plazo máximo de 90 días contado a partir del inicio de la vigencia del presente decreto.

Cuarto. Las reclamaciones presentadas por los usuarios del servicio de banca y crédito ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con anterioridad al inicio de la vigencia del presente decreto, continuarán su trámite hasta su conclusión en los términos establecidos por los artículos 119 y 120 de la Ley de Instituciones de Crédito, que se encontraban vigentes al momento de su presentación.

Quinto. Lo establecido en los artículos segundo y tercero transitorios del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para Regular las Agrupaciones, financieras, Ley de Instituciones de Crédito, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley de Sociedades de Inversión, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y Ley Federal de Instituciones de Fianzas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1993, no es aplicable a las sociedades financieras de objeto limitado, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero e instituciones de seguros, filiales, que resulten de las adquisiciones que sean autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Sexto. Las sociedades financieras de objeto limitado, organizaciones auxiliares del crédito, casas de cambio, instituciones de seguros e instituciones de fianzas, deberán efectuar, en su caso, los actos corporativos necesarios para ajustar sus estatutos a lo dispuesto por el presente decreto, dentro de un plazo máximo de 120 días contado a partir del inicio de la vigencia del mismo.

Séptimo. Se abroga la Ley sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de diciembre de 1959; sin embargo, seguirá siendo aplicable en lo referente a las infracciones y faltas que se hubiesen cometido durante la vigencia del referido ordenamiento.

Octavo. Las disposiciones del Reglamento de la Ley sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación, continuarán vigentes en tanto no se reforme, en lo conducente, el Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

Noveno. Lo dispuesto por los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, se aplicará a las solicitudes de dación de bienes o servicios en pago que se presenten a partir de la fecha de inicio de la vigencia de este decreto.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 25 de octubre de 1995.- Diputados: Francisco Suárez y Dávila, presidente; Mónica Leñero Alvarez, Alfonso Reyes Medrano, Jorge Padilla Olvera, Saúl Escobar Toledo, secretarios; Manuel Beristáin Gómez, Tonatiuh Bravo Padilla, Roberto Campa Cifrián, Jorge Adolfo Cejudo Díaz, Daniel Covarrubias Ramos, Víctor Cruz Ramírez, Gabino Fernández Serna, Alejandro Higuera Osuna, Manuel Jiménez Lemus, Heriberto Galindo Q., Sebastián Lerdo de Tejada, Oscar Levín Coppel, Raúl Livas Vera, Gabriel Llamas Monjardín, Ifigenia Martínez Hernández, Salvador Mikel Rivera, Alfonso Molina Ruibal, Dionisio Pérez Jácome, José de Jesús Preciado Bermejo, Jesús Rodríguez y Rodríguez, Dulce María Sauri Riancho, Antonio Sánchez Gochicoa, Carlota Vargas Garza, David Vargas Santos y Joaquín Vela González

Es de primera lectura.



REPUBLICA DE ESTONIA

La secretaria Alicia González Cerecedo:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Cruz de Maarjamaa, en Grado de Collar, que le confiere el gobierno de la República de Estonia.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Cruz de Maarjamaa, en Grado de Collar, que le confiere el gobierno de la República de Estonia.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, D.F., a 20 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.

Es de segunda lectura.



REPUBLICA DE FILIPINAS

El secretario Joaquín Rodríguez Lugo:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al embajador Vicente Luis Coca Alvarez, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Sikatuna, que le confiere el gobierno de la República de Filipinas.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano embajador Vicente Luis Coca Alvarez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Sikatuna, que le confiere el gobierno de la República de Filipinas.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 23 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.



REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM

El secretario Francisco Martínez Rivera:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con el oficio de la Secretaría de Gobernación, por el que se solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Marcela Lombardo Otero, pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Amistad, que le confiere el gobierno de la República Socialista de Vietnam.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado B del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Marcela Lombardo Otero, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de Amistad, que le confiere el gobierno de la República Socialista de Vietnam.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Es de segunda lectura.

No habiendo quien haga uso de la palabra se reserva para su votación nominal en conjunto.



REPUBLICA ITALIANA

La secretaria María Leticia Calzada Gómez:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 29 de septiembre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que la ciudadana Perla Gutiérrez de Cavagna, pueda aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de Italia en Acapulco, Guerrero.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 17 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo

CONSIDERANDO

a) Que la peticionaria acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento:

b) Que los servicios que la interesada prestará en el consulado de Italia en Acapulco, Guerrero, serán de carácter estrictamente consular:

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana Perla Gutiérrez de Cavagna, para aceptar y desempeñar el cargo de vicecónsul honorario de Italia en Acapulco, Guerrero.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 18 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, José Ramírez Gamero, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.



REPUBLICA DE POLONIA

La secretaria Alicia González Cerecedo:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficio fechado el 10 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Alberto Gallatin Stebelski Orlowski, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Polonia en Tulancingo, con circunscripción consular en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 19 de octubre, se turnó a la comisión que suscribe para su estudio y dictamen, el expediente relativo

CONSIDERANDO

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento:

b) Que los servicios que el propio solicitante prestará en el consulado de Polonia en la ciudad de Tulancingo, con circunscripción consular en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, serán de carácter estrictamente consular:

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Alberto Gallatin Stebelski Orlowski, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de Polonia en Tulancingo, con circunscripción consular en los estados de Hidalgo, México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, D.F., a 20 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Es de segunda lectura.

Está a discusión el proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se reserva para su votación nominal en conjunto.



ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

El secretario Agustín Torres Delgado:

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: en oficios fechados el 6 y 11 de octubre del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la de Gobernación, solicitan el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Juan Ignacio López Martínez y Pascual Vargas Lucio, puedan prestar sus servicios de carácter administrativo, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 19 de octubre, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo

CONSIDERANDO

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de sus actas de nacimiento:

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de los Estados Unidos de América en México, serán de carácter administrativo:

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado B del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Juan Ignacio López Martínez, para prestar servicios como asistente de visas, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Pascual Vargas Lucio, para prestar servicios en intendencia/mantenimiento, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. -México, D.F., a 20 de octubre de 1995.- Diputados: Dionisio Pérez Jácome, presidente; Fructuoso López Cárdenas, Gerardo Arellano Aguilar, J. de Jesús Zambrano Grijalva, secretarios; Armando Ballinas Mayes, Salvador Beltrán del Río, José Castelazo y de los Angeles, Eduardo Escobedo Miramontes, Ricardo García Cervantes, Juan Antonio García Villa, Luis Garfias Magaña, Leonel Godoy Rangel, Augusto Gómez Villanueva, Saúl González Herrera, José Mauro González Luna Mendoza, Ignacio González Rebolledo, Juan Nicasio Guerra Ochoa, Franciscana Krauss Velarde, Ernesto Luque Feregrino, José Antonio Martínez Torres, Jorge Moreno Collado, José Narro Céspedes, Eugenio Ortiz Walls, Ignacio Ovalle Fernández, Víctor Samuel Palma César, Francisco José Peniche y Bolio, Fernando Pérez Noriega, Javier Pineda y Serino, Píndaro Urióstegui Miranda y Oscar Villalobos Chávez

Es de segunda lectura.

Está a discusión el presente proyecto de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, se va a proceder a recoger la votación nominal de éste y los anteriormente reservados.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

El secretario Agustín Torres Delgado:

Señor Presidente, este es el resultado de la votación:

Por el dictamen de condecoración al doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, Presidente constitucional: 327 votos en pro.

Por el dictamen del embajador Vicente Luis Coca Alvarez: 212 votos en pro y 114 en contra.

Y por los demás dictámenes que se emitieron: 328 votos en pro.

El Presidente:

Aprobado el dictamen del señor doctor Ernesto Zedillo Ponce de León, por 327 votos.

Aprobados todos los demás proyectos de decreto, por 328 votos, a excepción del dictamen del embajador Vicente Luis Coca, que fue aprobado por 212 votos a favor y por 114 en contra.

El secretario Agustín Torres Delgado:

Pasan al Senado y al Ejecutivo, para los efectos constitucionales.



ESTADO DE MICHOACAN

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre el proceso electoral en el Estado de Michoacán, tiene la palabra el señor diputado Desiderio Camacho.

El diputado Desiderio Camacho Garibo:

Compañeras y compañeros diputados:

Se han discutido, analizado y debatido en este honorable recinto Legislativo, varios asuntos de relevante importancia para el pueblo de México. Todos ellos, en mi opinión, con el mayor sentido patriótico o al menos por parte de algunos diputados y con la apreciación equivocada e impuesta de otros.

En la sesión del martes pasado, se habló de las próximas elecciones que habrán de llevarse a cabo en el Estado de Puebla. Asimismo se ha hablado de las elecciones efectuadas para la renovación de los ayuntamientos y el Congreso local del multicitado y marginado Estado de Chiapas. En este caso, legisladores del PRD y PAN, pasaron a esta tribuna para denunciar que en esa entidad hubo serias irregularidades, entre las que destacan: la iniquidad en el proceso electoral, los votos inducidos, el acostumbrado acarreo, entre otras muchas más. Irregularidades que no dudo que hayan ocurrido. Sobre este mismo tema, los compañeros diputados del partido oficial ocuparon esta misma tribuna para defender unas elecciones, según los compañeros, ejemplares, transparentes, donde reinó la paz, donde los chiapanecos dejaron atrás el abstencionismo, a pesar de que paradójicamente sólo votaron aproximadamente 30% y decidieron que por el que habrían de votar sería por el que prometía un "bienestar para la familia" y ése sería el PRI.

Considero que a lo que se llega en esta discusión, en este debate, a toro pasado, es simple y sencillamente a nada.

Una vez que se informa que se realizan elecciones en condiciones de iniquidad, entre otras irregularidades y se discuten en el Congreso, se pasa de la información sobre los procesos de elección, a la ofensa personal, al insulto, degradando con esto la función misma de los legisladores y ofendiendo gravemente a las funciones del Congreso mismo y con esto, al pueblo de México.

El próximo 12 de noviembre se realizarán elecciones en varios estados, como son: Oaxaca, Puebla, Sinaloa, Tamaulipas y Tlaxcala, donde se renovarán ayuntamientos, congresos locales, así como en el Distrito Federal se elegirán consejeros ciudadanos. En esa misma fecha, a escasos 17 días, en el Estado de Michoacán, por primera vez se renovarán de manera conjunta los 113 ayuntamientos, el Congreso local y además se elegirá al Ejecutivo estatal.

Esto representa para el Gobierno y para los órganos responsables de la conducción de las elecciones en el Estado, una muy alta responsabilidad, por los antecedentes mismos ya obtenidos en procesos electorales pasados.

Michoacán requiere ya, urgentemente, el respeto a la voluntad popular, que se acabe con aquellos oportunistas que apuestan a los interinatos y esperan agazapados, sin participar en la democracia, rogando a Dios que existan conflictos posteriores.

Estoy completamente seguro de que todos o al menos la mayoría, deseamos la paz, el respeto y sobre todo democracia y transparencia en los procesos electorales para elegir a nuestro gobierno. A nadie más que a los michoacanos nos debe interesar que estas elecciones del 12 de noviembre sean pacíficas, creíbles y respetuosas de la voluntad del pueblo, para que el Gobierno que resulte cuente con el respaldo decidido de los ciudadanos y se edifique una estructura sólida que permita el progreso y por ende mejores condiciones de vida para los miles de habitantes del Estado que se encuentran con grandes rezagos sociales. Pero que quede claro: ¡que sea con apego estricto a la legalidad y a la misma Constitución Política:

Los michoacanos conocemos los problemas más sentidos de la comunidad. Nadie mejor que nosotros sabe como se cuecen las habas en vísperas de elecciones y por tal razón nos preocupa que un sinnúmero de irregularidades, entre las que destacan violaciones al código electoral de Michoacán, deparen un futuro de inconformidades, conflictos, intrigaciones, amenazas etcétera.

Por lo anterior me permito proponer, sin que exista ningún interés personal de grupo o de partido, por encima del interés prioritario de los michoacanos, lo siguiente:

UNICO

"La formación de una comisión plural de diputados, integrada por miembros de las diferentes fracciones parlamentarias representantes en los 13 distritos electorales de Michoacán, cuyo objetivo sería:

a) Participar como observadores del proceso electoral.

b) Coincidir en los señalamientos que se puedan realizar respecto a la aplicación tan tendenciosa de los diferentes programas de carácter social y que se apliquen con fines electorales.

Cabe hacer mención en este sentido, que tendríamos la oportunidad en esta comisión, de recomendar o sugerir al gobernador del Estado, licenciado Ausencio Chávez Hernández, que con el objeto de crear un clima propicio suspenda por estos días que faltan la intensa gira que realiza por todo el Estado, inaugurando obras, algunas incluso sin terminar y colocando primeras piedras, que tal vez quede en eso: en primeras."

"Acciones que tienden definitivamente a favorecer a los candidatos del partido oficial o bien que el delegado de pesca en el Estado, un tal señor Díaz Toledo, aproveche un fideicomiso de creación reciente para comprometer a pescadores con su voto a cambio de beneficios en equipos de pesca.

Puede darse el caso también que los funcionarios responsables del Procampo, en el mes de noviembre precisamente otorguen créditos a los productores del campo, a sabiendas que esos importantes apoyos para este sector se requieren antes de la siembra y no ahora que están en plena cosecha."

c) Hacer observancia al funcionamiento de los municipios gobernados por el PRI, por el PRD y por el PAN, para tratar de evitar que los recursos económicos y humanos del erario público se dispongan descaradamente al servicio de los candidatos. Esta puntualización es directamente a las autoridades municipales, minimizarían en un gran porcentaje el manejo de programas como el Pronasol, que es el de repartir despensas, cemento, pacas de lámina, entre otros y que son canalizados por los gobiernos de los ayuntamientos para apoyo a la comunidad y que en procesos precisamente electorales, en forma indigna e irresponsable se utilizan para inducir al voto.

d) Como primera etapa, estos objetivos de esta comisión, sería buscar puntos de coincidencia apoyada por subcomisiones acordadas previamente y conjuntamente emitir un informe sustentado con los argumentos al seno de esta Cámara de Diputados, a más tardar el jueves próximo del mes de noviembre, es decir, tres días antes de las elecciones en Michoacán.

e) Elaborar una agenda de trabajo para el 12 de noviembre, día de las elecciones, dicha agenda sería condensada y aprobada por todos los integrantes de esta comisión, con el objeto de poder coadyuvar con las autoridades correspondientes unas elecciones limpias, democráticas, apegadas a derecho, para evitar que Michoacán vuelva a ser laboratorio de alquimistas, de la voluntad del pueblo.

"Finalmente, emitir a juicio de esta comisión un informe que revista veracidad en este proceso de los michoacanos, aun cuando el consejo general del instituto electoral de Michoacán, vía el clásico acostumbrado mayoriteo de sus integrantes, decidió determinar el tope máximo de gastos de campaña que pueden erogar los partidos políticos en ese proceso de elección y cuyo total aproximado asciende a los 28 millones de nuevos pesos, cantidad que representa una ofensa más a los ciudadanos del Estado, debido a la situación angustiosa de crisis económica nacional que ha ocasionado en esta entidad más de 450 mil desempleados, tope de campaña que seguramente el partido oficial o tal vez el Partido Acción Nacional pueda erogar. Esto representa un campo propicio para efectuar acciones ilegales, para hacerse llegar votos en un Estado que ocupa el sexto lugar en analfabetismo, un Estado de los principales exportadores de mano de obra a Estados Unidos y el primer lugar en la urgencia de tener un gobierno legítimo, capaz de resolver los enormes rezagos que por décadas se han tenido y ya no más interinatos que tanto daño le han hecho a México en un esfuerzo por avanzar a la democracia."

"Compañeros diputadas y diputados: este 12 de noviembre acudirán a las urnas, eso esperamos, aproximadamente 2 millones de michoacanos. Contribuyamos para que elijan libremente el gobierno que deseen. Basta ya de manipuleos, basta de fraudes, basta de ilegalidades."

"Por lo anteriormente expresado, compañeros diputados y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a la acreditada práctica parlamentaria correspondiente, propongo el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

"Primero. Con el afán de contribuir a la fortaleza, la certidumbre del sufragio que emitirá el pueblo michoacano el próximo 12 de noviembre del presente año, se acuerda que un grupo de diputados integrados por distintos miembros de los grupos parlamentarios aquí representados, acudan como observadores del proceso y las condiciones políticas en que se lleve a cabo a la brevedad posible, con el fin de constatar que:

a) Los programas y actos de los gobiernos locales y municipales se utilizan para los fines legales y no como un modo de incidir o condicionar la voluntad de los electores:

b) Los actos de ejecución del Programa de Apoyo Directo al Campo, el Procampo, incluida la entrega de los recursos públicos, se hará objetiva e imparcialmente y sin constituir un medio o un instrumento para favorecer a algún candidato o partido político en la contienda electoral en curso:

c) Las condiciones en que se desarrollará el proceso electoral en sus bases preparatorias y de jornada electoral.

Segundo. La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales acordará el calendario y programa a desarrollar.

Atentamente.

Palacio Legislativo, D.F., octubre 26 de 1995.- Diputado Desiderio Camacho Garibo."

Muchas gracias.

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Para hablar sobre el mismo tema tiene la palabra el diputado Fernando Orihuela Carmona, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Fernando Orihuela Carmona:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

He pedido hacer uso de la palabra en esta ocasión para referirme al mismo tema que ha abordado mi amigo, mi amigo el diputado Desiderio Camacho Garibo, del PRD.

Y lo he hecho consciente de que justamente coincido yo en que Michoacán está viviendo un momento político de excepción, un momento político que puede ser trascendente no sólo para la vida de los michoacanos, sino para México en general.

Yo quisiera, antes de iniciar el tema de mi exposición, decirle con todo respeto a nuestro amigo el diputado, que nos podríamos sumar a sus puntos de acuerdo si en nuestro concepto no consideráramos que pudieran ser atentatorios o pudieran vulnerar de alguna manera la soberanía estatal de Michoacán. Decirle también con mucho respeto, que justamente el día de ayer, toda la prensa michoacana consigna justamente que el Congreso del Estado en una comisión plural, a propuesta del titular del Poder Ejecutivo, ha integrado una comisión que dará seguimiento de manera puntual a todos estos aspectos que él ha mencionado; los recursos de Procampo, los recursos de Pronasol, así como todo lo inherente a lo que pudiéramos llamar recursos económicos.

Pero también quisiera decirle que en nuestro concepto este proceso electoral que estamos por vivir y que son escasos 15 días para ello, tiene una página interesante que apenas se cerró en el proceso electoral de 1994, un proceso en donde por primera vez se dio una votación sumamente copiosa, un proceso en donde tan sólo dos casillas del total de las casillas instaladas en Michoacán no pudieron instalarse, un proceso en donde los partidos políticos con una voluntad inmejorable, la ciudadanía igual, votó en favor de quien así lo consideró.

Es pues en mi concepto un antecedente muy importante que me hace pensar el que justamente en Michoacán estamos viviendo tiempos diferentes, que Michoacán y los michoacanos entendemos hoy que es la civilidad política, que es la madurez, que es la propositividad lo que nos puede ayudar a salir adelante y quisiera también hoy en esta enorme oportunidad de usar la más alta tribuna del país, hacer una pequeña referencia de lo que en mi concepto puede venir a constituir este proceso electoral del 12 de noviembre y que tiene en su sustento una serie de consideraciones muy importantes.

Decía nuestro amigo el diputado Desiderio Camacho Garibo que por primera vez y así es, se van a renovar las 113 planillas municipales, los 18 distritos electorales al Congreso del Estado y la gubernatura. Esto tiene su origen justamente en la voluntad política de todos los partidos, del propio titular del Poder Ejecutivo por llevar a cabo la reforma política constitucional que permita justamente ser ahora la piedra angular y el marco jurídico y legal que dé cabida a este nuevo proceso y a este proceso excepcional en Michoacán.

Así, de esa misma forma, a propuesta del titular del Ejecutivo y con la participación de todas las fuerzas políticas de Michoacán, se llevó a cabo una reforma electoral que podemos decir con suma satisfacción que va a la vanguardia hoy de la política nacional.

Una reforma electoral en donde desde el nombramiento del presidente del órgano electoral, así como de los consejeros ciudadanos propietarios y suplentes, como de los magistrados del tribunal electoral, se dio en un seno de una alta participación de todas las fuerzas políticas de Michoacán, pero lo más importante no es eso, lo más importante es que después de una serie innumerable de sesiones al interior de la Cámara, justamente con esa voluntad política que hoy tienen los partidos en Michoacán, de manera unánime, y esto es algo que yo quiero recalcar en esta oportunidad, de manera unánime se nombraron todos estos órganos que hoy componen precisamente lo que va a calificar el proceso electoral.

Pero más aún, más aún: los partidos políticos en ese exceso de voluntad política porque las cosas en Michoacán avancen de mejor manera, renunciaron prácticamente a su participación al seno, al seno de este órgano electoral, dejando propiamente en manos de los ciudadanos, ciudadanos probos, ciudadanos de alta capacidad moral y de reconocida honestidad, las decisiones de este órgano electoral.

Y justamente al interior de esta decisión, hemos visto como la propia comisión ha ido tomando una serie de acuerdos tendientes siempre a ir buscando la equidad, a ir buscando que todos los partidos tengan los mismos espacios de participación y las mismas, las mismas oportunidades y, bueno, yo aquí también quisiera hacer un señalamiento, decirle a nuestro amigo diputado Camacho Garibo, que en el proceso electoral de 1994 hubo, como es de todos sabido, una autorización hasta N$8.80 por elector; esto en su momento se analizó, se discutió y permítame decirle que el instituto electoral justamente tomando en consideración algunos aspectos que él mencionaba y otros más, determinó bajar este porcentaje prácticamente casi al 50% y sobre de él todavía tuvo un ajuste de 13 centavos para quedar finalmente en un gasto total de N$4.84 por elector.

Pero bueno, aun así podríamos decir que pudiera ser un gasto excesivo, sin embargo yo quiero informarle que al día de ayer, a escasos 12 días de que terminen los tiempos electorales para hacer campaña, nuestro partido, el candidato de nuestro partido, Víctor Manuel Tinoco Rubí, tiene apenas ejercido alrededor de un 50% del tope de gasto de campaña autorizado.

Finalmente, finalmente yo quisiera en esta oportunidad hacer una exhortación.

Primero, manifestar mi enorme júbilo porque finalmente todos los partidos políticos hayan ido al diálogo nacional, que estén de manera activa participando en las decisiones del país, en las decisiones de los mexicanos, pero sobre todo yo quiero hacer una exhortación hoy a los candidatos de las tres fuerzas políticas más importantes de nuestro Estado: al candidato de nuestro partido, a Víctor Manuel Tinoco Rubí; al candidato del Partido de la Revolución Democrática, Cristóbal Arias Solís, y al candidato del Partido Acción Nacional, Felipe Calderón Hinojosa, tres michoacanos distinguidos, tres michoacanos de excepción que hoy buscan, en un marco de tranquilidad, de armonía, de lucha electoral equitativa, la más alta representación de nuestro Estado, exhortarles a que sigan en la propositividad de sus campañas, en el trabajo político de respeto entre ellos y entre los partidos, porque nosotros pensamos que es la única manera con la que el pueblo de Michoacán justamente legitimará estos cargos.

Y bueno, por último mi intervención yo quisiera cerrarla diciendo que es muy difícil que el titular del Poder Ejecutivo pudiera suspender el intenso trabajo que realiza, eso sería coartar un derecho constitucional muy importante, sería en mi concepto incluso frenar la marcha intensa, la marcha en ascenso que tiene Michoacán, a pesar de la crisis, a pesar de los tiempos difíciles que todos estamos viviendo.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para hablar sobre el mismo tema tiene la palabra el diputado Ramón Cárdenas Gudiño, del Partido Acción Nacional.

El diputado Ramón Cárdenas Gudiño:

Gracias, señor Presidente; señoras y señores legisladores:

Efectivamente el proceso electoral de Michoacán se ha conducido hasta ahorita dentro de la normalidad y sin motivos graves que exponer ante esta honorable Asamblea; queremos sin embargo hacer de su conocimiento que el tope de gastos de campaña sí fue indebidamente aprobado con el mayoriteo del Partido Revolucionario Institucional y por supuesto que nos opusimos como Partido Acción Nacional y también se opuso el Partido de la Revolución Democrática y ello por motivos de sobra conocidos, como es la situación por la que atraviesa el país en general y los michoacanos en particular.

Sin embargo quiero informar a ustedes que al 30 de septiembre, el Partido Acción Nacional únicamente ha gastado 1 millón 250 mil nuevos pesos y nuestros adeudos son de 380 mil pesos en gastos de campaña. Creemos que difícilmente llegaremos a los 2 millones de nuevos pesos.

Aunque el artículo 47 fracción VI nos otorga un plazo legal para justificar la aplicación de dichos recursos ante el consejo general, estamos dispuestos a entregar cuentas el mismo 13 de noviembre, un día después de que termine el proceso electoral.

Hacemos un llamado al candidato del Partido Revolucionario Institucional, para que por el bien del pueblo michoacano, se someta a un debate público, porque insistentemente el Partido Acción Nacional lo ha estado pidiendo. De esa manera demostraremos ante el pueblo de México que estamos dispuestos a acatar el veredicto de los michoacanos, el 12 de noviembre.

Muchas gracias.



COMISION DE PESCA

El Presidente:

Esta Presidencia concede el uso de la palabra, para hacer una breve comunicación, al señor diputado Rafael Núñez Pellegrín, de la Comisión de Pesca.

El diputado Rafael Núñez Pellegrín:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El propósito de mi muy breve intervención es hacer extensiva a los miembros de la Comisión de Pesca y a todos ustedes, la invitación para participar el día de hoy, a las 14:00 horas, en el patio central de este honorable Congreso, a un breve homenaje póstumo para nuestro ex compañero diputado Guillermo González y Guardado. No obstante que con anterioridad la fracción del Partido de la Revolución Democrática le hizo un homenaje al compañero Guillermo González, los integrantes de la Comisión de Pesca acordamos hacer este merecido homenaje, como muestra de afecto a un legislador de nuestra comisión, caído en cumplimiento de sus tareas de representante popular y en respeto a su apreciable familia, por lo que esta comisión les agradece de antemano su asistencia.

Salón de sesiones del Palacio Legislativo, a 26 de octubre de 1995. Firma el de la voz.

Gracias.



ESTADO DE YUCATAN

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre la situación política del Estado de Yucatán, tiene la palabra el diputado Lorenzo Duarte y Zapata, del Partido Acción Nacional.

El diputado Lorenzo Duarte y Zapata:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores diputados:

Quienes ilegítimamente ocupan el gobierno del Estado de Yucatán, después del atraco electoral del 28 de mayo, continúan haciendo de las suyas.

No contentos con haber burlado la voluntad de los yucatecos mediante la utilización de fondos y recursos de programas gubernamentales para comprar y atemorizar a los estamentos más marginados, no contentos con haber recurrido a maniobras ilegales para sabotear la voluntad popular, recurren ahora, ya gobierno, a las prácticas y procedimientos más incivilizados y antidemocráticos, para hostilizar a varios ayuntamientos ganados y administrados por partidos diferentes al oficial.

Cuando los presidentes municipales panistas de diversas localidades yucatecas sólo esperaban cerrar filas ante la contingencia de los fenómenos naturales que han azotado a la península, se toparon con la cerrazón y la suficiencia de que quien ni siquiera aspira a legitimarse mediante un buen gobierno. Pero no es de extrañar, no se le puede pedir peras al olmo.

¿Cómo va a comprender el conocido prepotente gobernador, señor Víctor Cervera Pacheco, que ya no está tratando con adversarios o con enemigos, sino con autoridades electas por su pueblo y dispuestas a trabajar en su beneficio, al margen de banderías y también de partidismos.

En Tekax, Celestún, Ticulumán, Hunucmá, municipios de Yucatán, ha habido una evidente irregularidad en la repartición de los recursos enviados a los damnificados y afectados, que no son canalizados a través de las autoridades municipales constitucionalmente reconocidas, sino entregados para su repartición sesgada a quienes fueron los candidatos del partido oficial en los pasados comicios de mayo o bien a dirigentes de los comites municipales del Partido Revolucionario Institucional, todos ellos conocidos caciques y tapiches locales, hechos a la imagen y semejanza del señor gobernador.

Esta actitud de ignorar a las autoridades constituidas ya se daba desde antes, cuando paquetes de útiles escolares, bombas extractoras de agua, mangueras, hortalizas y otras ayudas compradas con nuestros impuestos, con los de todos ustedes, eran entregadas a los beneficiados por los diputados locales o por empleados de dependencias del Estado, sin la participación de sus autoridades legítimas municipales.

Preocupado el alcalde de Hunucmá por esta iniciativa impuesta por el gobierno del Estado, al cumplimiento de sus obligaciones, se reunió en la noche del día 12 del actual con el señor gobernador, acompañado de seis de sus nueve regidores. Después de plantear su inconformidad con los procedimientos para la repartición de la ayuda a los damnificados, terminó la reunión con esta frase del señor gobernador: "No te equivoques, presidente, que aún no sientes lo más duro".

Independientemente de la falta de respeto a una autoridad legítima, es evidente que Cervera Pacheco no está de acuerdo con el presidente Zedillo o con el Secretario de Hacienda, quienes han afirmado que lo peor ya pasó, a no ser que ese sublenguaje críptico significara que su intención de hostigar y agredir a los ayuntamientos procedentes de la oposición será todavía mayor en el futuro.

El pasado día 9 del mes de octubre un grupo de individuos encabezados por un regidor priísta de la ciudad de Mérida y por el comisario de la localidad de Caukel, aledaña y perteneciente a Mérida, ocuparon por la fuerza, por espacio de varias horas y con violencia que lesionó a varios empleados del ayuntamiento e incluso al mismo presidente municipal, señor Patricio Patrón Laviada, el palacio municipal de la ciudad de Mérida.

El pasado sábado 21, el mismo grupo atacó y causó destrozos en el local y mobiliario de la mencionada comisaría de Caukel, descontentos porque el cabildo de Mérida, en uso de sus facultades y al encontrar irregularidades administrativas y en el manejo de los fondos, destituyó al comisario agresor.

En ambos casos la solicitud de intervención de la fuerza pública, de la cual carece el ayuntamiento, se dio con demora y en forma limitada.

El sábado 14 de octubre la vecina del municipio de Oxkutzcab, señora Ancelma Zapata Tse, fue detenida por órdenes del alcalde, señor Juan Martín Briseño, quien en compañía del secretario de la comuna y de cinco agentes de la policía y a puerta cerrada de la cárcel municipal, la ultrajaron, golpearon y vejaron.

Cabe mencionar que el susodicho sujeto, Martín Briseño, ocupó la alcaldía después de que el tribunal electoral del Estado desconociera la constancia de mayoría que la comisión electoral municipal le había otorgado al aspirante panista a ese municipio.

En su momento, y posteriormente, ha habido gran reticencia de las autoridades a una investigación clara y apegada a la ley del delito tipificado, dándose la incongruencia de que han detenido y denunciado a la ultrajada porque supuestamente intentó agredir o asesinar al alcalde con una botella.

Señores diputados, éste es el estado de derecho que se vive en el Estado de Yucatán.

Estas son algunas de las más graves agresiones a la justicia, a la tranquilidad y al orden en el Estado de Yucatán, de parte del titular del Ejecutivo y de sus colaboradores.

Creo que es procedente preguntarles a ustedes, compañeros diputados, si es éste el ambiente que debe de propiciar y alentar los acercamientos entre los partidos políticos con fines de aclarar y asegurar el horizonte de nuestro país.

Yo creo que estos eventos contradicen el espíritu que debe de alentar el éxito del diálogo nacional para la reforma electoral y para la reforma integral del Estado.

Lo que es evidente, compañeros, es que en diversos lugares de México persisten interesados en sabotear los intentos de los buenos mexicanos por alcanzar la democracia como una forma permanente de vida y de hacer política.

Pero, compañeros, ellos no triunfarán si encontramos a las suficiente gente de buena voluntad y con espíritu de justicia y de equidad para construir el México del futuro.

Muchísimas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Tuffy Gaber Arjona, para hablar, por cinco minutos, sobre el mismo tema.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Como hemos escuchado la intervención de nuestro compañero yucateco, el doctor Duarte, quiero dejar claras algunas precisiones en cuanto a su intervención, que dista mucho de ser algo objetivo para lograr la realidad de lo que está sucediendo en Yucatán.

Las elecciones del 28 de mayo en Yucatán son ya cosa juzgada por los propios yucatecos, ya que en manos de ellos se manejó el proceso en Yucatán.

Consideramos que volver ahora a retomar estas cosas no debemos hacerlo sino debemos pugnar y trabajar en beneficio de los yucatecos.

En relación a la denuncia que presenta el doctor Duarte, que según ha expresado se realizó en Oxkutzcab, quiero dejar sentado que tengo aquí a la mano el acta del presidente municipal de Oxkutzcab, de su denuncia puesta ese mismo día ante el Ministerio Público, en el cual denuncia que ese día, cuando se dirigía a las oficinas del agua potable en el extremo sur del palacio municipal, se acercó la señora Zapata Tse, y tuvo discusiones con unas personas que andaban con él, y agredió al presidente municipal y a otra persona. Esto fue interpuesto en Tekax, en el Ministerio Público ese mismo día, y dejamos constancia de ello para considerar que la denunciante agredió a estas personas y a la autoridad ese mismo día.

En relación a la violación que se dice que sufrió esta persona, tenemos aquí a la vista y voy a dejar a la Secretaría el parte médico, donde se manifiesta que esta persona no sufrió ninguna violación y que en ese día, según el parte médico, en donde refiere que tuvo relaciones sexuales, el parte médico determina que no fue así.

En nombre de los diputados priístas por Yucatán, queremos dejar bien clara la posición de los diputados y los yucatecos en torno a estos problemas, que según se nos ha dicho tienen en Yucatán.

El Presidente:

¿Acepta usted una pregunta.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

No, no la acepto.

El Presidente:

No, no la acepta, señor diputado.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

Es necesario... traen porra efectivamente, pero estas cosas se demuestran con hechos...

El Presidente:

Continúe con su discurso, señor diputado, por favor.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

...Y aquí tenemos las pruebas. En el caso de Caukel, efectivamente de unos años para atrás, cuando un servidor estuvo al frente de la presidencia municipal se realizaron elecciones en las comisarías, ahora se siguen realizando precisamente en el mes de noviembre, han de realizarse elecciones en las 44 comisarías de Mérida.

El problema en Caukel ha sido falta de claridad política del presidente municipal, en la cual consideramos que no ha querido atender algunos problemas de las comisarías de Mérida y esto ha violentado las cosas en las comisarías de Caukel y otras del municipio de Mérida.

Considero que estas discusiones y debates deben concretarse para lograr sacar de ello en favor de nuestro pueblo acciones que beneficien ahora al Estado de Yucatán, que tanto necesita de la ayuda de los mexicanos.

En relación al problema del huracán, que de alguna forma lastimó las playas de Yucatán, se están atendiendo en cuanto asignar ayudas que se han recibido y que aprovecho recalcar han sido insuficientes, para lograr resarcir el daño que han tenido los yucatecos.

Quiero dejar claro que los yucatecos queremos trabajar en paz, trabajar con nuestras autoridades constituidas, para lograr el beneficio de todos los yucatecos. Dejo con la Secretaría los documentos que he hecho notar.

El Presidente:

El señor diputado de Acción Nacional quiere hacer usted una pregunta. ¿Acepta usted.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

Sí.

El Presidente:

Adelante señor diputado.

El diputado Manuel Jesús Fuentes Alcocer (desde su curul):

Sólo quiero preguntarle si usted considera adecuado que los candidatos que perdieron por el PRI en algunas de las poblaciones, repartan las despensas a la gente necesitada que fue afectada por los huracanes.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

Diputado Fuentes Alcocer, las ayudas al pueblo deben llegar por los conductos adecuados, no nos consta que hayan sido los candidatos perdedores como usted dice, mas sin embargo consideramos que estas ayudas que han sido escasas, porque no se ha podido dar más, han estado llegando de acuerdo a las disposiciones del Gobierno del Estado con los presidentes municipales.

Gracias.

El Presidente:

Para rectificar hechos tiene la palabra el diputado Manuel Fuentes Alcocer, de Acción Nacional.

El diputado Manuel Jesús Fuentes Alcocer:

Con su permiso, señor Presidente:

Señor diputado Tuffy Gaber: las elecciones de mayo fueron juzgadas, fueron juzgadas por un grupo de yucatecos en contubernio con el señor Cervera Pacheco, y en ese tribunal, usted lo sabe muy bien, formaba parte también la esposa del señor Cervera Pacheco. Juzguen ustedes, compañeros diputados, cómo fueron calificadas esas elecciones. Realmente Tuffy, porque nos conocemos desde hace tiempo, es una lástima que vengas aquí a la tribuna a defender a una persona que está malgobernando a nuestro Estado, cuando tú mismo y un grupo de personas muy cercanas a ti tuvieron que claudicar de manera vergonzosa a sus legítimas aspiraciones de llegar a puestos de elección popular y por cuestiones partidistas tuvieron que aceptar, por unanimidad, la candidatura de Cervera Pacheco.

Realmente es vergonzoso también que vengas aquí a defender a violadores. Quiero decirte que esto se va a saber en Yucatán, esto va a pasar a la historia y los yucatecos sabemos muy bien cómo se manejan los certificados médicos en nuestro Estado, se han inventado certificados constantemente y no nos extraña que ya ahorita el señor alcalde ya haya puesto una denuncia en contra de esta señora. Resulta que ahora los patos le tiran a las escopetas, los agraviados, los vejados, la gente violada en sus derechos es la denunciada.

Ya sabíamos que así venía, ya sabíamos que el señor Cervera Pacheco ésa era su manera de actuar. Espero, Tuffy, que recapacites y que más adelante puedas volver a regresar a algún cargo si te lo deja el señor Cervera Pacheco.

El Presidente:

Para contestar alusiones personales tiene la palabra el señor diputado Tuffy Gaber Arjona.

El diputado Tuffy Gaber Arjona:

Quiero hacer notar a mi amigo el diputado Fuentes Alcocer, de algunas referencias que hizo en razón de la forma en que se resolvieron las cosas en Yucatán por nuestro partido. Yo quiero decirle que nuestro partido determinó quién sería su candidato y para ello nosotros, los que de alguna forma aspiramos a serlo, reconocimos que inclusive vimos la necesidad de que el candidato fuera el gobernador del Estado, Cervera Pacheco.

Ahora, en relación a que vengo a defender a violadores, quiero recalcar que en esta tribuna nunca vendré a defender nada que estuviera fuera de la ley y mucho menos a violadores o asesinos. Precisamente porque tenemos a la mano algunas constancias de las cuales usted tiene duda, precisamente por eso estamos aquí haciendo no una defensa de a quien ustedes acusan; estamos poniendo sobre la mesa los datos, poniendo sobre la mesa los papeles para poder juzgar las cosas como se han dado.

Y quiero también decir que el Tribunal Superior Electoral que determinó como última instancia las elecciones en Yucatán, en todos los ámbitos municipales y federal, no estaba o no estuvo el licenciado Hernández de Guerra, como tú haces notar.

Con esto quiero que quede claro que las cosas hay que decirlas tal cual son y poder dejar y aportar lo que fuera necesario para lograr que la verdad salga a la luz y con esto determinar y pedir que la autoridad haga lo consecuente.

Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra para rectificación de hechos, el diputado Luis Felipe Mena.

El diputado Luis Felipe Mena Salas:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Me llama la atención el hecho de que en muchas ocasiones acuden a esta tribuna compañeros del Partido Revolucionario Institucional a defender lo indefendible, a soslayar lo que no puede ser soslayado.

Las elecciones en el Estado de Yucatán no son cosa juzgada; el pueblo dará su veredicto, el pueblo está dando la batalla porque sus derechos democráticos sean respetados.

A muchas instituciones no gubernamentales, a muchas organizaciones de ciudadanos les consta que en el Estado de Yucatán el proceso electoral que se realizó el 28 de mayo, fue un procedimiento irregular y por eso decimos aquí en esta tribuna, que el señor Cervera Pacheco ni siquiera ha intentado legitimarse en algo que es ilegítimo. Ilegítimo porque las irregularidades que se cometieron fueron muchas: la compra de conciencias, la compra de votos con algunos artículos, incluidos materiales de construcción y aprovechándose de la miseria que en estos momentos agobia a cerca de 52 municipios del Estado de Yucatán, que conforman la zona henequenera, a muchos de ellos les cambió su voto por un mísero kilo de carne para muchos de nosotros, pero quizá muy valioso para la alimentación de ellos.

También es cierto que una serie de irregularidades en algunos procesos municipales le dieron la victoria al PRI, arrebatándosela a nuestro partido, como es en el caso de Oxkutzcab que es el que ha generado mayores inconformidades.

Porque el consejo municipal electoral otorgó constancia de mayoría al candidato que representaba al Partido Acción Nacional. Posteriormente un tribunal formado por personas muy cercanas al partido oficial, echa para abajo la constancia en un veredicto irracional y le otorga la victoria al PRI. Esto ha generado muchísimas inconformidades en ese municipio donde también se sostiene un alcalde ilegítimo que no fue electo por el pueblo de Oxkutzcab.

Esto ha orillado a una serie de movilizaciones de la ciudadanía en contra de este candidato ahora presidente municipal por decisión del tribunal. El hecho de que Anselma Zapata haya ido a reclamar derechos ciudadanos y fue vejada en su persona, que inclusive se le ocasionaron algunas lesiones que en el certificado presentado aquí por el compañero diputado Tuffy Gaber, dicen que no fue nada. Sabemos perfectamente cómo se manejan las cosas bajo el gobierno de Cervera. El le ordenó, muy sencillo, al procurador, que inventara ese certificado, porque Anselma jamás fue sometida a una revisión y mucho menos se dictaminó acerca de algo que no obtuvo revisión.

También es de mencionarse que sabemos cómo gobierna Cervera Pacheco. Siendo gobernador interino del Estado de Yucatán, también por conflictos electorales en el municipio de Chamacho, inventó un expediente a José Domingo Camalbe, por la muerte del compañero que tenía al lado, porque supuestamente éste le sacó un arma y Benito jamás tuvo oportunidad de tener un arma. Los que tuvieron armas de fuego fueron precisamente los miembros de la policía del Estado y de la Policía Judicial que fueron con lujo de violencia a...

El Presidente:

Señor diputado Mena, su tiempo se ha terminado.

El diputado Luis Felipe Mena Salas:

Concluyo... a tratar de desocupar el palacio municipal y un precedente que se sentó; se comenzó a luchar por este asunto y a final de cuentas, llevándose a todas las instancias jurídicas correspondientes. El Tribunal Superior de Justicia del Estado, en una decisión salomónica, en materia de apelación de este procedimiento, dictaminó que hasta ese día en que dictaban y resolvían acerca de la apelación, Benito había cumplido su sentencia.

Estas son las cosas que pasan en Yucatán.

También he de mencionar que esperamos que un gobierno ilegítimo se pueda legitimar mediante acciones conscientes que permitan el respeto a los funcionarios y alcaldes emanados de un partido de oposición. Esperemos que las cosas vayan por buen camino.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para rectificación de hechos, el diputado Rubio Barthell.

El diputado Eric Luis Rubio Barthell:

Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

Hemos escuchado aquí una historia muy interesante. En Yucatán estamos verdaderamente preocupados por el futuro de los yucatecos. Las elecciones se llevaron a cabo después de múltiples discusiones en esta Cámara, en el Senado, en Yucatán y en todos lados y se determinaron válidas y tan válido y tan legal y tan legítimo es Víctor Cervera Pacheco, como gobernador constitucional del Estado de Yucatán, como lo es, ¿por qué no?, también Patricio Patrón Lariaga, alcalde de la ciudad de Mérida.

Creo que esta discusión podría quedar ya en los anales de la historia de nuestro Estado.

En el caso que se ha mencionado en estos momentos, de Oxkutzcab, en este caso la señora Anselma Zapata, quien estoy seguro que es una muy distinguida persona del municipio de Oxkutzcab, tuvo anteriormente a este problema, una denuncia del 8 de agosto de 1995, por Fernando Chanco Yi, en donde se giró por obviedad en las acusaciones, orden de aprehensión y detención el 23 de agosto de 1995, por ataques peligrosos, amenazas, portación de armas e instrumentos prohibidos e injurias. Cuando posteriormente el alcalde de Oxkutzcab presentó una demanda, con una botella rota agredió e hirió, vale la pena recalcar, hirió a un policía del ayuntamiento de Oxkutzcab. Por esta razón fue detenida.

Luego ella puso contrademanda contra el alcalde por violación y golpes. Después cuando se llevó a cabo el estudio médico al respecto, vale la pena apuntar esto, compañeros paisanos de Acción Nacional, para que esto definitivamente se lleve a su resolución en las instancias que le compete. Unicamente hago la mención de que ahí estuvo la señora, en el examen médico, la señora Silvia López de Sauri, quien estuvo presente en ese examen ginecológico y es una activista del Partido de Acción Nacional.

También estuvieron presentes en el examen médico porque aquí se dijo que ya se sabe cómo se manejan, tendríamos que dudar de todos ellos: la doctora Olga Reyes Romero y el doctor Haddad, quien es presidente del Colegio de Médicos del Estado de Yucatán. Todos ellos estuvieron presentes en ese examen.

Podemos tener todas las dudas, pero creo realmente, compañeros de Acción Nacional, que debemos dejar a que esas controversias se ventilen en las instancias adecuadas. Estos son datos exclusivamente.

En el caso de la comisaría de Caukel, haremos un poco de historia también, porque tenemos derecho a hacerla los diputados priístas desde Yucatán.

Desde la época en que el compañero Tuffy Gaber Arjona, quien pasó a la tribuna anteriormente, instituyó las elecciones democráticas en las aproximadamente 45 comisarías de Mérida, se fueron llevando a través de los gobiernos priístas a la alcaldía, estas elecciones de esa forma. El señor...

El diputado Manuel Baeza González (desde su curul):

¡Pido la palabra:

El Presidente:

¿Con qué objeto, señor.

El diputado Manuel Baeza González (desde su curul):

Deseo hacer una pregunta al orador.

El Presidente:

¿Acepta usted una pregunta.

El diputado Eric Luis Rubio Barthell:

Sí.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Manuel Baeza González (desde su curul):

Señor diputado: usted menciona que le fue practicado un examen pericial, por médicos yucatecos. Quiero que me diga la fecha en que se efectuó la supuesta violación y quiero que me diga la fecha en que fue efectuado el examen médico. Porque sabemos bien que si pasan más de 48 ó 72 horas, no se va a poder encontrar nada. Una prueba definitiva de una violación es encontrar líquido seminal en la vagina y este líquido se va a eliminar en poco tiempo.

Le suplico que me dé las fechas, tanto de la supuesta violación como del examen, para ver si hay concordancia.

Muchas gracias.

El diputado Eric Luis Rubio Barthell:

Mire usted, yo entiendo que todos los que practicaron el examen y al hacerlo válido, independientemente de que yo le dé la fecha exacta de uno y otro evento, es parte del mismo dictamen que tienen que dar. Sería ilógico y falso si dan un dictamen fuera de las horas que realmente ellos saben que tiene que ser y el examen no lo hice yo, señor diputado y además me parece que este tema, hablar de una muy distinguida abuelita del municipio de Oxkutzcab, pues debemos dejarlo a que sean las autoridades.

Si está fuera de fecha, el examen sería inválido. La fecha exacta de la violación sería también muy atrevido en estos momentos decirla en esta tribuna, ¿verdad? Por eso no le puedo decir la fecha exacta de la violación. Pero un examen que está debidamente válido por las autoridades médicas y usted me parece que es médico, ¿verdad?, bueno, pues si es médico entonces si está fuera de tiempo pues no es un examen válido. Correcto.

Entonces continuamos con el caso de Caukel, para que no me saquen del tema. El caso de Caukel. Posteriormente el alcalde de Acción Nacional anterior, llevó a cabo elecciones, compañeros, en la misma forma en que lo venían haciendo los alcaldes priístas. Se ganaron en ese entonces 41 comisarías por elementos del Partido Revolucionario Institucional, que en esa época yo tuve el honor y el privilegio de dirigir y se perdieron tres.

En aquella ocasión igualmente el de San José Tzal fue destituido sin ninguna razón. En aquel entonces hubo una revuelta en San José Tzal. Hubo un problema que hubiera derivado en violencia si no fuera porque en el partido detuvimos y finalmente tuvimos que "apechugar" que haya un cambio del que habían elegido democráticamente y entrara uno de extracción panista.

Ahora en Caukel ha sucedido lo mismo. Ese comisario elegido por el pueblo fue destituido. Que tiene realmente el alcalde la facultad de hacerlo, efectivamente. Pero yo quisiera pedirle inclusive al mismo alcalde, que se vean esas cosas de una forma política y evitar en Yucatán esos conflictos.

Al quitar al comisario y meter a uno de extracción panista el pueblo entero está en desacuerdo; ha habido trifulcas, no ha habido lesionados, no queremos que haya lesionados. ¿Por qué no esperar unos 15 días y esperar las elecciones democráticas a que ya convocó el alcalde panista y en ese momento el pueblo defina quién quiere que sea su comisario de Caukel y dejemos que los yucatecos en esta comisaría definan su situación.

Me pasan que el examen fue a las 20:30 horas del día 14, señor diputado, del mismo día, eso es lo que tenemos.

Y finalmente, compañeros, lo que el doctor Duarte en su intervención dijo que queremos todos estar coadyuvando a un Yucatán mejor, estamos en un momento de verdadera miseria en nuestro Estado; tanto el Gobierno del Estado como los gobiernos municipales, incluyendo el de Mérida, están pasando una serie de problemas muy graves.

Yo invito a que todos, todos aquí, hagamos y conjuntemos, en lugar de hacer esa división, hacer un llamado a las autoridades federales a que apoyen más a nuestro Estado en los momentos en que tantos damnificados tenemos. Todas las costas, Celestún, en donde el alcalde es de Acción Nacional, ha recibido una gran cantidad de apoyos; pero no sólo esos municipios. En Yucatán, aparte de los dos huracanes, estamos en una verdadera situación de pobreza y somos responsables también o corresponsables los diputados federales de todos los partidos, incluyendo al compañero Eric Villanueva, de que hagamos un esfuerzo ante las autoridades y trabajemos por Yucatán en forma unida y por esa gente que está verdaderamente pasándola muy mal.

Muchas gracias, señores.

El Presidente:

Tiene la palabra, para rectificación de hechos, la diputada Consuelo Botello, de Acción Nacional.

La diputada Consuelo Botello Treviño:

Ciudadano Presidente; ciudadanos diputados:

Yo vengo a defender a Anselma Zapata y digo todo su nombre porque aquí en México por falsas vergüenzas, porque ella no tiene ninguna culpa de lo que pasó, quedan impunes muchísimas violaciones y quedan como héroes los hombres, yo diría los machos que las causaron.

Al diputado que me antecedió en el uso de la palabra lo traicionó su buena conciencia y no quiso de pronto decir la fecha, porque esa fecha puesta ahí fue posterior al examen, el examen se le hizo muchos días después a exigencia de algunos diputados de Acción Nacional.

¡Y yo vengo a defenderla, señores, porque aquí hablamos de tantas injusticias, mencionamos a tanta gente que sufre injusticias de alguna manera o de otra y quedan en eso, son nombres, son nombres que están ahí en el Diario de los Debates, que pasan por nuestra conciencia como un número y que no nos ponemos a reflexionar que son seres humanos, personas concretas que tienen una vida cotidiana, que tienen una vida familiar, que tienen sentimientos, afectos y dignidad y que, sin embargo, los tomamos como algo anecdótico, sin que le pongamos atención a su tristísimo caso, porque para esa mujer es toda una tragedia lo que le debe haber ocurrido en ese nefasto día 14!

¡Eso es lo que pasa entre nosotros y por eso yo tomé la palabra y alzo la voz contra esa negligencia que muchas veces nosotros mismos, queriendo defender a la gente, se nos olvida que aunque seamos muchos y cuando salimos de los metros de las grandes ciudades parecemos hormiguitas, somos cada uno de nosotros un ser humano, con una personalidad intransferible, incambiable y como decimos en el lenguaje común: "cada quien tiene su corazoncito y sabe de su valor y de su dignidad".

¡Así que esto no puede quedar impune! ¡Una pobre mujer, ¿quién le cree a ella?, si el alcalde y los policías del municipio de Yucatán afirman que ella miente, pues no es cierto, mienten ellos porque abusando de su autoridad y de sus bajos instintos contra una mujer indefensa, actúan como animales y eso no es justo:

Allá no le van a hacer justicia, por eso yo quiero hacer una propuesta aquí para que esta denuncia de la señora Anselma Zapata se turne a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara; que investigue realmente y se castigue a los culpables. Estas cosas no pueden quedar impunes. Los seres humanos, las personas humanas, tenemos una dignidad por encima de cualquier pobreza, miseria o de cualquier carencia, por eso pido a esta Presidencia que esta denuncia con el expediente que agregará el doctor Duarte, sea turnado a la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara.

Muchas gracias.

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Derechos Humanos esta solicitud.

Para contestar alusiones personales, el diputado Rubio Barthell.

El diputado Eric Luis Rubio Barthell:

Con su permiso, señor Presidente:

Estoy de acuerdo con la compañera diputada, de todo el apoyo a una, no sólo Anselma, sino a cualquier mujer que sufra una violación que estoy convencido por todos mis principios es uno de los actos más viles que pueden llevarse a cabo en una sociedad, pero creo también que esta situación debe ser sustentada en el derecho y debe ser única y exclusivamente definido si esta violación existió o no por los jueces correspondientes del Estado y con las pruebas que las autoridades son, sólo que no es esto, este recinto el lugar adecuado para que definamos si a doña Anselma la violaron o no.

Creo que aquí estamos haciendo una situación que debe afectar inclusive a la misma dignidad de la persona. Dejemos a los jueces esto y apoyo la moción de la compañera diputada de que este proceso con toda la documentación se lleve a la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para rectificar hechos y hasta por cinco minutos, tiene la palabra el diputado Luis Felipe Mena, del Partido Acción Nacional.

El diputado Luis Felipe Mena Salas:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Acudo a esta tribuna para rectificar hechos y sostengo que los compañeros que me han antecedido en el uso de la palabra quieren defender lo indefendible. Tengo en estos momentos algunos documentos fotográficos que nos permiten ver con claridad que el ayuntamiento de Mérida, que en los últimos cuatro años ha efectuado más obras en las comisarías del municipio de Mérida que en los últimos 20 años, gobernados por el Partido Revolucionario Institucional.

Y ahí están los datos estadísticos que en determinado momento podemos presentar a esta tribuna, de las obras realizadas en los municipios.

En el municipio de Mérida en especial, está conformado por 14 comisarías y 29 subcomisarías, en donde se ha llevado a efecto un proceso electoral para que los habitantes de cada localidad puedan elegir libremente a sus comisarios. En algo concuerdo con el diputado que me antecedió en el uso de la palabra.

En Caukel, el Partido Acción Nacional fue respetuoso con el triunfo de un candidato que emana del Revolucionario Institucional, porque en Acción Nacional, por costumbre tenemos la obligación de realizar comicios para que el pueblo se pueda manifestar libremente.

En ese municipio triunfó, en esa localidad triunfó el señor Canúl, que fue electo como comisario municipal, sin embargo se tomó una serie de atribuciones fuera de la Ley Orgánica de los municipios del Estado de Yucatán. Violando esta ley y contra la recomendación del cabildo en pleno, comenzó a cobrar impuestos, a maltratar a la gente que iba a vender al mercado de esa localidad y esto orilló a que fuera severamente llamado en la atención de su conducta.

El no respetó y con el auxilio de un regidor que es al mismo tiempo presidente del comité municipal del PRI, con lujo de violencia se introdujo al palacio municipal y aquí están las gráficas, las fotografías, copias de las fotografías donde se acredita este hecho. Esto originó un repudio general de la comunidad del municipio de Mérida y también por parte de la autoridad municipal una respuesta conforme a derecho. La facultad que le correspondía de poder destituir aquellos malos funcionarios que única y exclusivamente enturbian la paz en los municipios, la paz precisamente en la localidad de Caukel.

Y en este sentido queremos nosotros, los diputados federales de Acción Nacional al mismo tiempo, pedir a la autoridad estatal que cumpla con la responsabilidad que tiene de saber justipreciar las acciones que se realizan en los municipios no poniendo más obstáculos a través de las personas que emanan precisamente del partido oficial.

Yo creo que en este sentido hay que rectificar hechos, como lo estamos haciendo aquí con estas gráficas, que voy a entregar a la Secretaría de esta Cámara para los efectos legales que correspondan.

Muchas gracias.



ESTADO DE VERACRUZ-ESTADO DE PUEBLA

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre la construcción de la autopista Veracruz - Puebla, tiene la palabra el diputado Eliseo Moyao Morales, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Eliseo Moyao Morales:

Gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Por nuestro conducto, pobladores de los ejidos y las comunidades de Santa Cruz Tehuizpango, Santa María Magdalena Atzocopan y San Jerónimo Coyula, del municipio de Atlixco; de San Juan Tejupa, San Francisco Xochitiopan, San Mateo Coatepec y San Juan Amecac, del municipio de Atzizihuacán; de San Francisco Huilango, municipio de Tochicuilco y San Felipe Coapexco y San Andrés Ahueutelco, del municipio de San Bartolo Cohuecán, todos ellos en el Estado de Puebla, denuncian los daños que en su patrimonio ha causado la construcción de la carretera Veracruz-Puebla-Acapulco, en el tramo Atlixco-San Marcos Acteopan, según los siguientes hechos:

Por acuerdo de fecha 16 de enero de 1995, el licenciado Manuel Bartlett Díaz, gobernador del Estado de Puebla, declaró de utilidad pública la construcción del tramo carretero que nos ocupa al igual que la procedencia de la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de la obra.

Los ejidatarios y comuneros que se consideran afectados por esta resolución, promovieron ante el Ministerio Público de Atlixco, Puebla, con fecha 7 de abril, una denuncia por despojo y los que resulten en contra de la compañía constructora Triturados Basálticos y Derivados, SA de CV y del señor Manuel Gordoa, que se sigue como averiguación previa 521/95 y con fecha 7 de junio del mismo año, se abrió la averiguación previa 818/95.

En el mismo tenor, con fecha 19 de julio, los afectados promovieron denuncia ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en contra de los funcionarios involucrados en la toma de decisiones. De tales denuncias sobresalen los siguientes hechos:

Los habitantes de los poblados citados no fueron consultados en la toma de decisiones, a pesar de que la construcción de la autopista les afecta en su principal y casi único patrimonio que es la tierra, en donde producen los bienes que les permiten sobrevivir.

Es importante señalar que los afectados no se oponen a la construcción de tales obras, pero consideran que tendrían mayor beneficio para ellos si las autoridades tuvieran el sentido común de tomar su parecer. Más aun, a pesar de la inquietud social que se ha generado, es fecha que no se conoce en el proyecto ejecutivo de la autopista.

Es dudosa la calificación de utilidad pública empleada por el Ejecutivo estatal, a que no se origina en un juicio comparativo entre el beneficio que supone la vía de comunicación referida y aquella que presta a los campesinos afectados, al surtir de alimentos a las comunidades de toda esa zona.

No existe expediente expropiatorio en los términos dispuestos por el artículo 27 de la Constitución Mexicana, además de que no se ha notificado en forma personal a los afectados sobre la expropiación que por la vía de hecho les afecta.

Así las cosas, los afectados hicieron uso de su derecho de manifestación, otorgado constitucionalmente, con el objeto de reclamar atención y justa solución a su demanda. De ello derivaron diversas órdenes de aprehensión en su contra, razón por la cual el 24 de agosto promovieron ante el juez de distrito correspondiente, la demanda de amparo y protección de la justicia federal, en contra de los actos cometidos por diferentes funcionarios públicos del gobierno de Puebla y por tanto la suspensión provisional y, en su caso, definitiva, de las órdenes de aprehensión.

Además no existen contratos de compra-venta en forma legal y tampoco se han establecido en términos de ley indemnizaciones justas, por los daños a las cosechas y bienes de los afectados.

Puede deducirse, en suma, que estamos frente a los delitos de despojo y daño en propiedad ajena.

Por si fuera poco, no existe manifestación o estudio de impacto ambiental alguno y con respecto a los daños ecológicos, se abrió en la Procuraduría Federal del Medio Ambiente, el expediente 86/95, con oficio de fecha 29 de agosto. El delegado de dicha dependencia en el Estado de Puebla, solicitó al Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología de la entidad, la manifestación ambiental que por ley debió realizarse para avalar la construcción de la obra.

Los pagos que mediante engaños o presiones han recibido algunos ejidatarios y comuneros, además de ridículos pueden considerarse ilegales, ya que no existe una base legal adecuada y toda vez que las asambleas ejidales y comunales, con sustento en el marco jurídico que la rige, han rechazado como válidas tales operaciones de compra-venta.

El 16 de octubre, tuvo lugar en la Secretaría de Gobernación del país, una reunión presidida por el director general de la subsecretaría "A", con el propósito de encontrar vías de solución al conflicto, en donde además de los afectados participaron funcionarios del gobierno de Puebla y de diversas dependencias federales.

La reunión resultó singular y reveladora, si consideramos que tanto el Instituto Nacional de Ecología como la Procuraduría Federal del Medio Ambiente, aceptaron desconocer el proyecto de construcción de la carretera, razón por la cual no han emitido dictamen o autorización alguna para la ejecución de la obra.

Por su parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, si bien aceptó conocer la existencia del proyecto, declaró no haber intervenido en modo alguno en su ejecución, lo cual resulta por lo menos extraño, ya que se trata de una vía-carretera de enormes dimensiones y de gran importancia nacional.

En esa reunión se acordó realizar otra sesión de trabajo el 23 de octubre en la ciudad de Puebla y para la cual la representación del gobierno de la entidad se obligó a convocar a todos los involucrados. No obstante, las autoridades poblanas no convocaron a nadie y además desconocieron las negociaciones llevadas a cabo en la Ciudad de México.

Fue de nueva cuenta necesario que la Secretaría de Gobernación tomara cartas en el asunto para convocar a dicha reunión, misma que no estuvo a la altura de las expectativas de los demandantes.

De ahí la importancia de la denuncia ante esta legislatura federal y la precisión de las demandas de los afectados que son las siguientes: la presentación del proyecto ejecutivo para la construcción de la carretera, la realización de la manifestación de impacto ambiental correspondiente, la intervención para que en un acto de buena voluntad, el gobierno de Puebla suspenda provisionalmente la obra, en tanto no se cumpla con todos los requisitos legales, un expediente expropiatorio apegado a la ley, una evaluación de los daños para fijar los montos de una indemnización justa para los afectados, una actuación expedita de la Procuraduría de Justicia del Estado de Puebla, en relación a las averiguaciones previas interpuestas por los afectados y en su caso para que proceda penalmente contra los responsables, ofrecer garantías por escrito en su integridad física y moral a las personas y comunidades que han intervenido en la defensa de sus derechos.

Quiero dejar señor Presidente como constancia de esta denuncia presentada por estas comunidades, ante la Secretaría, un expediente que sustenta lo dicho en esta tribuna.

Muchas gracias, por su atención.

El Presidente:

Gracias señor diputado.

Ahora en el uso de la palabra el diputado Luis Antonio Godina, para referirse al mismo tema, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Ricardo Luis Antonio Godina Herrera:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Seré muy breve y tan solo informaré a esta honorable Asamblea las características de este proyecto que se lleva a cabo en el Estado de Puebla.

En primer término quiero señalar que se trata de una carretera estatal que fue evaluada por la Secretaría de Ecología del Estado de Puebla y que consta de 42 kilómetros, de los cuales se han construido hasta el momento 30 kilómetros y en los 12 kilómetros restantes se ha tomado la decisión de no continuar con ellos hasta en tanto no se concluya la negociación con los campesinos afectados.

Esta carretera es de gran importancia como lo señaló atinadamente el diputado Eliseo Moyao, haciendo eco de los mismos pobladores de la zona. Es una carretera que continúa ya, una carretera existente entre Puebla y Atlixco y le da viabilidad a todo un corredor para conectar a la ciudad de Puebla con la "autopista del sol" y de ahí poder trasladarse a Acapulco, digamos sería un gran eje carretero combinado entre carreteras federales, otras carreteras estatales como el caso de la de Puebla y la "autopista del sol" que es una carretera concesionada.

Es un proyecto muy importante el que estamos llevando a cabo en la ciudad de Puebla, es un proyecto bien evaluado, un proyecto que cuenta con la aprobación de la mayoría de los habitantes de esa zona, porque precisamente al ser tan importante y tan relevante el desarrollo que se detonará en la misma, hará viable una zona que actualmente, por la crisis que vive el país y por una crisis ancestral de esa región, por una situación económica que no se puede caracterizar como buena de la región de Atlixco al caer la actividad textil, dará viabilidad a muchos proyectos que sin duda alguna redundarán en un mejor nivel de vida para los pobladores de Atlixco.

Recogemos la preocupación, la diputación poblana priísta representada en esta Cámara, recogeremos la preocupación del compañero Eliseo Moyao, lo estudiaremos con calma y lo estudiaremos con la calma y la prisa que sea necesaria para darle una respuesta justa a los campesinos y ojalá podamos trabajar juntos para construir una respuesta adecuada a este grave problema y que realmente esta carretera resuelva un problema y no cree otros.

Muchas gracias por su atención, compañeros.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.



ESTADO DE PUEBLA

El Presidente:

Ahora, para hacer comentarios sobre el motín de presos en el Cereso de Puebla, tiene la palabra el diputado Ramón Sosamontes Herreramoro, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Ramón Sosamontes Herreramoro:

Con su permiso, señor Presidente:

El pasado 24 de octubre en la ciudad de Puebla, en el Centro de Readaptación Social, ingresaron por la madrugada 800 soldados y 770 policías, para terminar con un motín que tenía varios días ya de llevarse a cabo.

Nos surgen dos preocupaciones importantes, incluso dos hechos que consideramos lamentables, tomando en cuenta la situación social por la que atraviesa nuestro país y en particular la situación política por la que atraviesa el Estado de Puebla.

El hecho de que se haya llevado este motín de reclusos, a decir de ellos mismos, es por los malos tratos y acciones corruptelas que sufrieron y sufren a partir de los actos ilegales que comete el director de ese Cereso, Javier Lobato Mendizabal y a decir también de ellos, protegido por el titular del sistema penitenciario estatal, Víctor Rubén Reyes Tapia.

Y efectivamente, este primer hecho de un motín con esas particularidades de agresividad con que se dio, tiene que ver con algo que aquí ya habíamos comentado en otro periodo de sesiones y es con la nula posibilidad de readaptación social que hay en nuestro sistema penitenciario nacional.

El hecho de que se hayan llevado simplemente entre enero a junio de este año 101 motines es alarmante, mucho más que en 1993 y 1994, en ese mismo periodo y todos debido a corrupción, tráfico de drogas, violencia, venta de privilegios, el sistema de ese falso autogobierno, hacinamientos, desempleo interno, sobrepoblación, segregación, fugas y complicidades.

Nos preocupa que no exista la posibilidad de readaptación en México y que sea una utopía, porque dentro de nuestro sistema de justicia, éste debe existir y garantizarse plenamente.

Por ello se aprobó en esta Asamblea hace unos meses, el poder examinar la situación penitenciaria y el poder pedirle a su Secretario de Gobernación que atiende este tema, una explicación, una información de lo que está haciendo el Gobierno, para poder tener esta posibilidad de readaptación social. No lo hemos podido hacer, hubo incluso, cambio de su Secretario de Gobernación y ahora por los hechos en Puebla, es urgente que esto nuevamente que lo podamos hacer. Pedirle una explicación al Secretario y al subsecretario de Gobernación, para que podamos saber si realmente existen planes para que haya esta readaptación social o no y seguirnos evitando esos actos tan bochornosos para nuestro país, y que indican que no hay ninguna posibilidad para poder rescatar nuevamente a los mexicanos que han tenido que delinquir por diferentes situaciones y hechos.

El otro hecho dentro de esta acción, de este asunto de Puebla, es algo que también nos alarma y nos debe poner en alerta a todos los diputados de la Cámara de Diputados en su conjunto, es el que haya tenido que intervenir el Ejército, el que hayan participado para tomar este centro 800 soldados, que entraron por delante, protegiendo incluso, a los policías judiciales y custodios de ese Cereso.

La preocupación que nos urge es porque nuevamente podemos quizá, ver un hecho ilícito y violatorio a la Constitución, cuando entran los soldados y son utilizados en asuntos policiacos, en asuntos que no son de la competencia constitucional que los marca.

Y esto también nos recuerda que ya en el Senado y en otros lugares se está discutiendo la propuesta de ley contra la delincuencia organizada y la ley al sistema nacional de seguridad pública, en donde de alguna manera con maquillajes para nosotros tratan de agredir, de insultar al Ejército, queriéndolo meter a asuntos policiacos, tareas totalmente distintas a la mejor tarea que tiene el Ejército, que es de proteger el de proteger nuestra soberanía nacional.

La preocupación es: ¿Quién autorizó? ¿Quién pidió la entrada del Ejército ahí? ¿Fue el gobernador? No lo creemos porque no tiene funciones, no tiene ese poder constitucional que sólo lo tiene el Presidente de la República. ¿Fue el Senado?, tampoco, que también tiene esas facultades, que sepamos nosotros no se ha aprobado ahí esta posibilidad.

¿Cómo puede un gobernador utilizar a los soldados para ese hecho? ¿Cómo fue que se dio?, porque nos preocupa que simplemente de un día a otro, de unas horas a otras haya acciones de este tipo. No puede ser así, porque sería ya darles posibilidad para que tuvieran otras soluciones distintas a las que, insisto, marcan la Constitución. Es un hecho violatorio a la Constitución esta acción que se llevó a cabo el 24 de octubre.

Son dos hechos que nos preocupan y que nos lleva a preguntarles si ya se están aplicando tanto la ley contra la delincuencia organizada o ya se está aplicando también la ley del sistema nacional de seguridad pública.

Nosotros queremos llamar la atención para que esto no sea así, para preguntar qué pasó ahí, qué sucedió y evitar que vuelva a suceder en cualquier otra parte del país. Hay que respetar la Constitución ante todo y nos preocupa mucho que el gobernador Manuel Bartlett también esté aquí ejerciendo una acción ilegal.

Por la preocupación de la situación que posibilita los motines y ahora más de 101 que se han realizado de enero a esta fecha, proponemos, el Partido de la Revolución Democrática, de acuerdo a nuestro Reglamento Interior, un

PUNTO DE ACUERDO

"Unico. Que en base al programa del Plan Nacional de Readaptación Social, las comisiones de Justicia y de Gobernación se reúnan a la brevedad con el subsecretario de Protección Civil y de Prevención y Readaptación Social, a fin de obtener la información necesaria y suficiente sobre los hechos ocurridos en el Cereso del Estado de Puebla."

El Presidente:

Túrnese a las comisiones de Justicia y de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Para hablar sobre el mismo tema, tiene la palabra el señor diputado Ricardo Menéndez Haces, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Ricardo Menéndez y Haces:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

El sábado 21 de octubre a las 10:30 horas de la mañana se inició un motín en el Cereso de la ciudad de Puebla de 76 reos, todos ellos del dormitorio "L" es decir, reos que están catalogados como altamente peligrosos, sentenciados muchos de éstos a más de 50 años. El mismo sábado a las 2: 00 de la tarde se recibió el primer pliego petitorio el cual fue atendido de inmediato. El sábado en la tarde hicieron otro pliego y para ello hubo dos reuniones más en este mismo sábado en la tarde.

Quien negoció por parte del Estado fue la Secretaría de Gobernación. El domingo llegaron a Puebla tres representantes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, junto con dichos representantes hubo cuatro reuniones más, dos en la mañana y otras dos en la tarde. El domingo en la tarde, en la cuarta reunión entregaron otro pliegro petitorio.

El lunes siguen las pláticas sin éxito y es cuando se detecta que hay un túnel a punto de terminarse por el cual planean hacer una evasión masiva y es el objetivo real y, repito, es el objetivo real de dicho motín.

El martes, a las 5:30 de la mañana entró un operativo de 800 personas de la policía estatal y judicial. Dicho operativo duró solamente 45 minutos, es así como se restablece el orden sin generar un solo herido. La policía entró al Cereso desarmado, sólo con equipo antimotín.

El túnel que se encontró fue de 11 metros de largo por 60 centímetros de diámetro, habían llegado ya a los cimientos de la barda limitante del Cereso, quiere decir que con seis horas que hubieran prolongado las pláticas, hubiera sido posible fugarse un número importante de reos.

La participación de 400 elementos del Ejército sólo fue para acordonar la zona y evitar una evasión de los reos multicitados por el túnel. La intervención del Ejército se limitó únicamente, y lo quiero repetir, a acordonar el Cereso, para impedir lo que presumía ser una inminente fuga.

El gobierno del Estado tiene facultades legales en funciones del peligro de una grave alteración del orden social y la paz pública, para solicitar la intervención del Ejército mexicano.

A ello se suma que el grupo de amotinados fue de 76% y la población de este Cereso es de 1800. Existiendo grandes presiones de los familiares de quienes no participaron en este intento de fuga por realizar sus visitas normales. Un riesgo muy delicado adicional fue que los reos tomaron áreas estratégicas, como las cocinas, las enfermerías.

Sin una acción firme para restablecer el orden, pudo haberse llegado a una situación extremadamente riesgosa.

Estamos de acuerdo que se debe revisar el sistema penitenciario; queremos en la República entera, no sólo en Puebla, en la República entera, que se revise. Hay escasez de recursos destinados para ello, estaremos pendientes para examinar la propuesta en esta materia. Pero sobre todo, para desarrollar nuevos mecanismos de financiamiento para construir espacios penitenciarios y cómo convertir en unidades productivas los centros de readaptación social.

Muchas gracias.



DERECHOS HUMANOS

El Presidente:

Para dar lectura a un punto de acuerdo para publicar convenios internacionales sobre derechos humanos, tiene la palabra la diputada Consuelo Botello Treviño, del Partido Acción Nacional.

La diputada Consuelo Botello Treviño:

Ciudadano Presidente; ciudadanos diputados y honorables curules, porque veo algunas muy vacías.

El Capítulo I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus 29 artículos las garantías individuales que tutelan los derechos más elementales de los ciudadanos de nuestro país.

Durante muchos años los mexicanos en su mayoría han permanecido desinformados acerca de sus derechos. La deficiente educación cívica que han padecido nuestros niños y jóvenes, ha formado adultos bastante indiferentes hacia sus obligaciones ciudadanas y desconocedores de sus garantías y derechos que el Estado debería proteger.

A medida que los problemas sociales, la marginación y la miseria fueron creciendo, aunados a algunos desastres naturales que aumentaron el desamparo y la pobreza, el pueblo de México fue tomando conciencia de la necesidad de participar más activamente en la vida del Estado y en la exigencia del cumplimiento y el respeto a sus derechos y a una vida más digna.

En los últimos meses, seguramente por orden gubernamental, la Comisión de Radio y Televisión ha pretendido que los ciudadanos conozcan sus derechos a través de spots de televisión donde personajes famosos, cantantes, artistas en general, hablan de algunas de las garantías individuales que señala la Constitución y orientan al televidente para que conociéndolos, defienda esos derechos.

También se han hecho tirajes de la Constitución, que se reparten entre los niños de las escuelas, estudiantes y en fin, entre un gran número de compatriotas. Sin embargo, los derechos personales de mexicanos no son sólo los que se plasman en la Constitución, hay una serie de tratados internacionales signados por un gran número de países y algunos de ellos cubren también los derechos humanos y garantías dentro y fuera de nuestro país, que sería muy conveniente fueran conocidos por nuestros conciudadanos.

Precisamente el artículo 133 de nuestra Carta Magna, nos dice que estos convenios se lograron por el Ejecutivo, con aprobación del Senado y forman parte de la Ley Suprema de nuestra nación. Hago énfasis en la conveniencia de que deberían ser conocidos por los mexicanos, pues la mayor parte de ellos se desconocen por la generalidad del pueblo de México.

Todo lo anterior, considero que una preocupación importante de nosotros que ostentamos la representación popular, sería la de buscar las instancias que pudieran darle a estos tratados una gran difusión popular, ni más ni menos que la que se le hace a las garantías individuales plasmadas en la Constitución.

Una opción adecuada sería, sin duda, el Comité de Asuntos Editoriales de nuestra Cámara de Diputados, que pudiera abocarse a la edición de alguno de esos convenios o tratados en tirajes abundantes y económicos que dieran gran difusión a esta materia. Como estos documentos de que hablo han sido descritos bilateral y multilateralmente con gran número de países y constituyen un número impresionante, me permito adjuntar a mi propuesta una lista de aquellos que pueden considerarse son de interés general y de necesario conocimiento de nuestros conciudadanos para sus propias salvaguardas y defensa en casos especiales.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a la consideración de esta soberanía, la siguiente

PROPUESTA

Artículo único. "Que la Cámara de Diputados, a través de su Comité de Asuntos Editoriales, realice o promueva la edición popular y económica de los convenios o tratados que en lista aparte adjunto a esta propuesta, para su amplia difusión y conocimiento de los ciudadanos mexicanos, ya que dichos documentos tutelan derechos individuales que complementan las garantías plasmadas en la Constitución".

Muchas gracias.

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Asuntos Editoriales.

Para hablar sobre este mismo tema, tiene la palabra el diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez.

El diputado Cuauhtémoc Sandoval Ramírez:

Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros legisladores:

Es muy oportuna la propuesta que ha hecho en esta tribuna la diputada Consuelo Botello Treviño, en relación a instar a la Comisión de Asuntos Editoriales, que haga un tiraje masivo sobre los convenios y tratados internacionales que nuestro país ha ratificado y que pasan a formar parte de la Ley Suprema de nuestra nación.

Yo quiero aprovechar la ocasión para comentar que en el periodo ordinario que tuvimos en este año, segundo periodo ordinario, me permití presentar ante esta plenaria, una propuesta, un punto de acuerdo que espero que ahora que estamos desempolvando y sacando de la congeladora iniciativas, pueda aprobarse. Presenté un punto de acuerdo en el cual se insta al Poder Ejecutivo a que ratifique el Protocolo II de los Convenios de Ginebra, que se refieren a refugiados en conflictos internos.

Como ustedes saben, el Protocolo I que sí ha sido firmado y ratificado por nuestro país, se refiere a la protección de refugiados en conflictos externos a los países y el Protocolo II se refiere a la protección de refugiados en conflictos internos, que es el caso del conflicto interno que tenemos en el Estado de Chiapas.

De la ratificación de este protocolo, se desprende la necesidad de elaborar un acuerdo con la Cruz Roja Internacional, que le permita su actuación legal y pacífica tal como es su misión, en este tipo de conflictos. Hasta ahora la Cruz Roja Internacional ha estado actuando en el Estado de Chiapas sin acuerdo, más bien, de facto, de hecho, más no de derecho.

Por lo tanto, es oportuno que aprobemos ese punto de acuerdo para que el Ejecutivo Federal firme este Protocolo II, después sea ratificado por el Senado. Es un trámite un poco largo, un poco engorroso, pero es necesario a fin de darle legitimidad a la presencia de la Cruz Roja en el conflicto chiapaneco.

Me parece que ahora uno de los temas que debe discutirse en esta reforma del Estado, es también la adecuación y la firma de los tratados internacionales y convenios en materia de derechos humanos, tema en el cual estamos bastante rezagados.

Quiero recordar también que en la reciente Conferencia Mundial de la Mujer que se celebró en Beijing, hubo una mesa sobre el tema de refugiados y nuestra delegación gubernamental suscribió éstos, el Protocolo II de los Convenios de Ginebra, tal como lo informó ante esta soberanía, en días pasados, la diputada María de la Luz Lima.

Me parece pues, compañeras y compañeros, oportuna la petición que ha hecho aquí la diputada Consuelo Botello, nos debemos sumar a ella y a su vez también instar para que esta soberanía inste, apruebe este punto de acuerdo donde se insta al Poder Ejecutivo a firmar el Protocolo II de los Convenios de Ginebra.



EJERCITO ZAPATISTA DE LIBERACION NACIONAL

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre la aprehensión del ciudadano Fernando Yáñez Muñoz, tiene la palabra el diputado Luis Sánchez Aguilar.

El diputado Luis Sánchez Aguilar:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

En días pasados estuvo en México el Secretario de la Defensa de los Estados Unidos, el señor William J. Perry. Es la primera vez que un titular de la defensa de aquel país viene a México. ¿Por qué nunca antes ocurrió tal cosa? ¿Por qué ahora? ¿A qué vino.

Vino desde luego a desencadenar los engranajes que habrán de sujetar cada vez más a nuestro país a los designios imperiales. Cosas de la unipolaridad y también gracias a la obsecuencia del gobierno zedillista.

Vino Perry, en primer lugar, a regalar 12 helicópteros para nuestras fuerzas de seguridad.

No se sabe aún si "el regalito" es a petición expresa de parte de algunas de las dependencias, Defensa, Marina, Aviación, procuradurías o si se trata de una ocurrencia generosa del señor Perry.

¡Si lo pedimos o no, es irrelevante; lo grave es que lo aceptamos! Porque el gobierno yanqui nada da gratis. Ya Virgilio en "La Eneida" dijo: "temo a los griegos, aunque nos den regalos", por aquello del caballo de Troya y los nuevos griegos desde luego son los gringos y la frase sigue siendo válida.

Es puro cuento que ese tipo de aparatos vaya a servir para prevenir la delincuencia, o combatir el crimen organizado. Este país mientras más fierros adquiere del ejército norteamericano, ve crecer aceleradamente precisamente el crimen y la delincuencia que se dice combatir a niveles cada vez más elevados.

Pero también vino el señor William J. Perry a dar información a nuestro aparato de seguridad sobre la guerrilla zapatista y desde luego vino a dar instrucciones. Así se explica el operativo policiaco que culminó el sábado pasado con la aprehensión de don Fernando Yáñez Muñoz, aquel que Ernesto Zedillo calificó como el jefe de la guerrilla zapatista bajo el nombre clave de comandante Germán.

Es el caso, compañeras y compañeros diputados, que habiendo solicitado el propio Zedillo Ponce de León orden de aprehensión contra Yáñez Muñoz, él mismo, como jefe supremo del Ministerio Público, ordenó se suspendiera, violando desde luego las leyes; una orden de aprehensión no puede suspenderse, debe ejecutarse. Debió desistirse de la acción penal.

Pero vamos a perdonarle la pifia, se suspendía la orden de aprehensión por un objetivo político supremo: la paz y es así que esta Cámara, compañeras y compañeros diputados, tuvo a bien aprobar la Ley para la Paz y la Concordia en Chiapas y quedó establecido que mientras las partes, como en toda negociación, se avienen, ellas deben respetarse y he aquí que de pronto el señor Zedillo no respeta su palabra, en un acto traicionero ordena la aprehensión de aquel que fue calificado como el jefe supremo de la guerrilla.

Imaginen ustedes qué hubiera ocurrido, compañeros legisladores, si cuando el doctor Kissinger y Le Dücto, negociaban la paz en Geneve, la paz de Vietnam, se le ocurre al general Griap del Vietcong, aprehender al general Westmoreland. Impensable cuestión de honor, es respetar los pactos y aquí los pactos se violentan, se vulneran por instrucciones de la Defensa y del Departamento de Estado americanos.

Es falso de toda falsedad aquello que ha dicho la Procuraduría respecto de la detención casual de don Fernando Yáñez, como que por ahí se lo encontró un policía de crucero cargando Yáñez un cañón tamaño "bertha", sobre la espalda. Los testigos presenciales, que son más de 80, ya dijeron que durante 15 días, compañeros, sucesivos, días naturales, no hábiles, más de 60 agentes de la Procuraduría, que comanda José Antonio González Fernández, peinaron la zona de la delegación Gustavo A. Madero esperando el pitazo final; estuvieron al acecho, ésa fue una celada, no la casual detención que concluye en la flagrancia de que encontraron al acusado en posesión de droga.

Estamos pues ante el consabido truco de inventar delincuentes, sembrar armas en los vehículos y colocar en los bolsillos gramos de cocaína base. Estamos frente a un operativo de seguridad nacional, así le llaman, basado en el espionaje político, en la delación y en la mentira. Pero no queda ahí la maniobra; el objetivo que el gobierno americano exige a Zedillo es mediante esta acción empujar al subcomandante insurgente Marcos a la montaña, es provocar nuevamente el estado de guerra, transitoriamente suspendido por las negociaciones de paz y obviamente lo que pretenden es el operativo militar de aplastamiento y escarmiento a los insurgentes.

El domingo pasado tuvimos la oportunidad de entrevistarnos en la realidad de Chiapas con el subcomandante Marcos. Ya advertía él sobre la posibilidad, sin conocer el arresto de Yáñez, de la ruptura de la tregua por una acción traicionera. Estamos ante la inminencia de un ataque feroz del Ejército a las posiciones zapatistas cuando teóricamente continúa la negociación por la paz e inexperto como es Zedillo no comprende que con esas acciones desestabilizadoras el único que pierde es él, el único que gana es el imperialismo, porque el negocio del imperialismo, el negocio del secretario Perry no es la paz, es hacer la guerra; no es vender alimentos, es vender armas no sólo a México, sino a Bosnia también.

La impericia zedillista hace que hoy mientras aquí están muchos diputados cómodamente sentados, allá afuera la bolsa vaya en caída libre. A estas horas, compañeras y compañeros, el dólar debe estar por los N$7.50 y sigue estando barato, compañeros. Yo recomendaría a los amigos diputados fronterizos, como Molina Ruibal de Sonora, Luis Rico, de Coahuila, pues que aprovecharan la ocasión y lo compraran todavía barato porque la próxima semana podría estar por la estratosfera.

Todo por acciones y decisiones erróneas en materia del manejo político, sin prejuzgar sobre la traición que significa apuñalar por la espalda a aquél con quien se está dialogando pero no termina ahí la ofensiva gubernamental. Antier fueron detenidos tres compañeros de la asamblea del Pueblo Chiapaneco; el mismo truco, no hay órdenes de aprehensión, se inventan delitos, la represión avanza; es el momento entonces de razonar de qué se trata.

Compañeros legisladores: estamos no en el umbral sino ya inscritos en el esquema de la doctrina de seguridad nacional que desde los tiempos de John Foster Dueles se ideó para los países periféricos, en particular de América latina.

Estamos, compañeras y compañeros, ya inscritos en el esquema de terrorismo de Estado, en donde no operan las garantías individuales, porque gracias a la ley panista para combatir el crimen organizado, en este país cualquier mexicano ya podrá ser detenido sin órdenes de aprehensión, sin órdenes de cateo y no sólo por agentes policiacos sino hasta por agentes del Ministerio Público Federal, por aquello de la urgencia o la gravedad del caso, con la agravante de que ellos juzgarán cuál es la gravedad de la situación y los ciudadanos estaremos indefensos y desamparados ante esa ley y la que ya viene, denominada de seguridad pública.

Esas leyes son del más puro corte fascista, son las leyes que hicieron posible la creación de aparatos de seguridad del Estado como la DINA en Chile, la DINCOTE de Perú, la DAS en Colombia, el G-2 en Guatemala y todas bajo la égida del Departamento de Estado, para proteger el modelo imperialista de dominación sobre países y gobiernos que obscecuentemente se doblegan ante las demandas norteamericanas.

Muy pronto con este tipo de leyes y también antes de que lo imaginemos, con este tipo de operativos, lo que pasó en la Guerra Sucia, lo mismo en Argentina que en Uruguay, lo mismo en Chile que en Perú, será cosa de caricatura comparado con lo que aquí hoy se prepara.

En esa tesitura, compañeras y compañeros diputados, desde esta tribuna la fracción Social Demócrata denuncia el aparato de espionaje que desde la oscuridad ha armado Zedillo Ponce de León para amenazar a todos los mexicanos en una nueva guerra sucia a la mexicana.

Debemos, compañeros legisladores, impedir que crezca esa estructura que amenaza con anular las pocas libertades que aún nos quedan a los mexicanos.

Esta fracción Social Demócrata exhorta asimismo a los partidos que se dejaron embaucar por el secretario Chuayffet, en una mesa mal llamada por el diálogo nacional, porque no es más que el monólogo del titular de Bucareli, a que la abandonen hasta en tanto el gobierno zedillista libere a todos los presos políticos de este país.

Y por último, compañeras y compañeros diputados, esta fracción exige concretamente la inmediata liberación del ciudadano Fernando Yáñez Muñoz, víctima de la represión selectiva de los procuradores fascistas de injusticia, Antonio Lozano Gracia y José Antonio González Fernández.

Muchas gracias.



ESTADO DE SINALOA

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre las elecciones en Sinaloa, tiene la palabra el diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa:

Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros:

Vengo a denunciar a esta tribuna hechos relacionados con las próximas elecciones en el Estado de Sinaloa y al pensar en esto creo por desgracia que la frase que le escuché por primera vez al diputado Graco Ramírez, va a ser demasiado socorrida y es la de que federalismo no es feudalismo y que no puede haber entidades ya no digo solamente por encima de las leyes y las garantías que tenemos los partidos, sino también opuestas a un proceso que a pesar de las vicisitudes y todo, está en marcha en este país, de transición a la democracia.

Me preocupa que en Sinaloa, una persona de quien en lo personal he tenido una buena impresión, en un carácter en lo que cabe dijéramos progresista dentro del PRI, como es el senador Juan Millán, ahora nos esté amenazando en declaraciones de que van por carro completo, porque no corresponde esto a la realidad del Estado.

Ha habido muchas encuestas, encuestas desde facultades o escuelas de la universidad, desde medios de comunicación, desde organismos especializados; no hay ninguna encuesta porque no corresponde a la realidad que vaya a apuntalar un carro completo por parte del PRI; más bien lo que se espera y esto es reconocimiento de analistas ligados al partido oficial, es que salvo en Badiraguato, en el resto de todos los municipios va a haber una confrontación dura, como es en una contienda competida.

Y a pesar de eso se hacen estas declaraciones triunfalistas que por demás, si la tomáramos como una mera declaración de un partido que hace propaganda, no tendrían trascendencia, pero pueden significar una amenaza también de la actitud con que pueden comportarse en este proceso electoral y más nos preocupa esto cuando en el municipio de El Rosario, justamente de donde es originario el senador Juan Millán, tenemos una guerra sucia contra nuestro candidato.

Nuestro candidato fue un luchador social; es ahora un empresario de la construcción. En aquellos años de principios de los años setenta, él fue preso político, de manera que fue detenido, procesado, encarcelado por delitos en primer lugar de disolución social y acusado también de robo y de robo con violencia y hoy la campaña que hace el PRI con el apoyo de la Procuraduría del Estado de Sinaloa, es la siguiente: la procuraduría facilita el expediente de nuestro candidato de nombre Aarón Flores Estrada y lo que se circula es este tipo de propaganda, es decir el PRI no hace labor y proselitismos a favor de su candidato, no hace campaña como partido; hace guerra sucia simple y sencillamente, tratando de descalificar y de confundir con estas imputaciones a nuestro candidato, como en el estilo y yo insisto en que cada vez pareciera ser más importante la estética incluso que la ética, las formas, como en el estilo se definen propósitos e intereses, yo creo que con la influencia que tiene el senador Juan Millán, si lo quisiera debió haber parado ya esta campaña, que incluso todavía el día de ayer se volvió a realizar.

Pero me preocupa también que Acción Nacional se hace eco de esta misma campaña y trata de llevar agua a su molino, de manera que su propaganda, aunque la firman como Acción Nacional, dice así: "¿te has puesto a pensar quiénes son sus candidatos", se refiere al PRD "quiénes eran antes, dónde han trabajado, conoces su curriculum"?, o de ese estilo de llamados a la familia que ya conocemos le hacen un exhorto: "padres de familia, recapacita por favor, no optes por la inseguridad, vela por los intereses de tus hijos, no te dejes llevar por el ilusionismo".

Así las cosas, a pesar de que ahí muy cerca, en Mazatlán hay una contienda, una confrontación entre el PRI y el PAN, en El Rosario, municipio vecino de este anterior, tenemos una santa alianza y cruzada contra nuestro candidato.

Es un hecho reconocido ya por quienes han realizado encuestas, que el PRD ha remontado su situación, que la tenía de un partido marginal y estamos disputando importantes municipios y hasta los más pesimistas nos dan de que vamos a ganar al menos de los municipios ahí que no son muchos, dos, pero nuestras posibilidades incluso son mayores.

De manera que quiero dejar esto como una advertencia, en el sentido de que procuremos todos los partidos, pero también las instancias de gobierno, que en Sinaloa no vayamos a tener un proceso que nos afecte la paz en el Estado. La única forma de resolver las cosas en Sinaloa es permitir que el proceso electoral defina quiénes son sus gobernantes y que esto corra con la mayor transparencia.

Sin embargo, hasta en el órgano electoral ya hemos tenido intromisión; allá es un órgano electoral constituido por ciudadanos, no tenemos el mejor presidente y aquí digo por un acuerdo que hubo entre el PAN y el PRI, nosotros proponíamos a uno que estaba más cerca de Acción Nacional, pero hay un órgano ciudadano y una buena parte de ese órgano ha estado señalando la injerencia del Gobierno y del partido oficial en sus actividades.

Sinaloa no ha trascendido ahora, a veces en estos momentos tan turbulentos es bueno, pero sería muy grave que ahí nos estallara un conflicto por no tener las cosas cuidadas y me preocupa, lo digo sinceramente y expreso como alguien no solamente que es mi paisano, sino además que tengo entendido que su propia inserción en la diligencia del PRI tiene que ver con un espíritu más progresista dentro del PRI, que ahora está más preocupado por su municipio y lo quiera ver como un feudo, e incluso se realice este tipo de campaña, que realmente nada tiene qué ver con una contienda civilizada.

Dejo aquí evidentemente esta denuncia y esta preocupación, esperando que el senador Juan Millán reconsidere su propia actitud, que vea que si con esa mentalidad en Baja California el presidente Zedillo hubiese dicho: Es mi feudo, y entonces aquí hago en contra de la voluntad.

No están los tiempos para ese tipo de mentalidades y esperemos que corran las cosas como deben de correr, de acuerdo a la ley, una contienda limpia, pacífica y hago un llamado de atención a Acción Nacional, que exalte las virtudes de sus candidatos, que vayamos en esto, y no se sume a esa guerra sucia que en Sinaloa el partido oficial realiza contra el PRD.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para rectificación de hechos, sobre el mismo tema, el diputado Xochihua, de Acción Nacional.

El diputado Zenen Xochihua Valdez:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras, compañeros diputados.

A mi compañero paisano Juan Guerra le quiero ofrecer esto. Nosotros desconocemos el escrito de eso que se dice de su compañero candidato a diputado por El Rosario.

Nosotros en el norte nos ha llegado esa información, somos respetuosos hasta ahorita con todos los candidatos de todos los partidos; hemos estado llevando una campaña de altura y no hemos tenido problema y esperamos que el día 12 vamos a llegar todos los partidos para que la participación del pueblo de Sinaloa cumpla con un deber ciudadano.

Tenga la plena seguridad que voy a investigar este caso y a hacérselo saber a través de nuestro comité estatal en Sinaloa.

Muchas gracias.

El Presidente:

Para referirse a este mismo tema tiene la palabra el diputado José Luis Leyson Castro, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado José Luis Leyson Castro:

Honorable Asamblea:

Creo que la visión que debe pesar hoy sobre el escenario preelectoral de Sinaloa, dista mucho de tener elementos que muevan al desconcierto o a la preocupación por parte de la sociedad sinaloense.

Los sinaloenses hemos venido atestiguando un proceso electoral que se ha caracterizado sobre todo por la concertación de esfuerzos de todos los partidos políticos, por la participación social, participación que enriqueció los foros de consulta popular, a los que convocó el gobierno del Estado de Sinaloa, que encabeza Renato Vega Alvarado y que culminaron con la elaboración de una ley estatal electoral, considerada como una ley de avanzada.

Es una ley que garantiza la equidad, la limpieza de la competencia electoral y lo hemos visto porque desde que se inició el proceso electoral cada una de sus fases se ha ido desarrollando en estricto apego a derecho y no se ha generado un solo problema en el Estado de Sinaloa, por lo que no es extraño, por lo que no es raro que el proceso de Sinaloa no esté en los órganos periodísticos de difusión nacional porque ha sido un proceso limpio y apegado a la ley.

De esta ley electoral estatal yo quiero destacar que con ella se ciudadanizaron los órganos electorales, que tendrán bajo su responsabilidad la elección del día 12 de noviembre.

Aparece la figura de los consejeros ciudadanos y se crea un tribunal autónomo, cuyo objetivo es sancionar todo lo referente a esta materia.

Yo creo que por lo que se refiere a los hechos que ha denunciado nuestro compañero Juan Nicasio Guerra Ochoa, yo quiero decirles que conocemos desde hace muchos años al senador Juan Millán, quien actualmente es nuestro Secretario General del CEN del PRI, conocemos la forma en que él siempre se ha conducido, ha sido un político serio, un político de trabajo, serio, un hombre respetuoso de la ley, por lo cual ponemos en tela de duda que el senador, a través de terceras personas, esté llevando a cabo acciones de hostigamiento en contra del candidato del Partido de la Revolución Democrática, en el municipio de El Rosario.

Considero que si el PRD tiene elementos, en un momento dado lo conducente sería, si su candidato ha sido calumniado, que lo denuncie ante la Procuraduría General de Justicia del Estado para que se proceda en contra de quien resulte responsable.

Pero yo sí pongo a salvo la rectitud, la limpieza con que el senador Millán se ha venido conduciendo, ahora con mayor razón, cuando tiene un alta responsabilidad en el Comité Ejecutivo Nacional de nuestro partido.

El término de "carro completo" es un término que acuñaron periodistas de antaño, no es un término que exista en el lenguaje oficial de nuestro partido, pero en última instancia, como lo decía Juan Guerra, pues será el pueblo de Sinaloa el que decida con sus votos el resultado de esta lección.

Por lo que considero que a esta fecha del proceso electoral de Sinaloa, solamente existen suspicacias en aquellos que han quedado atados a esquemas que ya han sido totalmente superados.

La sociedad sinaloense observa hoy que cuenta con márgenes muy amplios de certeza y de seguridad, de que su voto va a ser respetado y estoy seguro de que vamos a tener elecciones tranquilas, elecciones pacíficas y los sinaloenses daremos una muestra de madurez y de civilidad política a todo el país.

Por lo anterior, compañero Juan Guerra, creo que solamente bastaría esperar el veredicto del pueblo el 12 de noviembre, fecha en que habremos de tener elecciones en Sinaloa y yo quisiera invitar, a los compañeros diputados...

El Presidente:

Señor diputado, le interrumpo, por favor. El señor diputado Juan Guerra quiere hacerle a usted una pregunta, ¿acepta.

El diputado José Luis Leyson Castro:

Sí, como no.

El Presidente:

Adelante, diputado Guerra.

El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa (desde su curul):

Señor diputado Leyson, quiero hacerle a usted dos preguntas.

El diputado José Luis Leyson Castro:

Sí adelante.

El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa (desde su curul):

La primera, es si el Secretario General del CEN del PRI tiene capacidad para detener en el municipio de El Rosario esta campaña sucia y que si es motivo de demanda y la vamos a hacer.

Y la segunda, es si podemos hacer un compromiso al respecto, justamente para no enturbiar el proceso electoral.

El diputado José Luis Leyson Castro:

Yo creo que le corresponde al comité directivo estatal de nuestro partido en todo caso intervenir en esta situación y desde luego, compañero Guerra, tenga usted la seguridad, de que si algún miembro del partido, de motu proprio, está llevando a cabo este tipo de acciones, que el comité directivo estatal de nuestro partido lo habrá de parar, siempre y cuando resulten ciertas sus afirmaciones.

Yo decía que en este proceso del 12 de noviembre, compañeros diputados, quiero hacerles una invitación, para que diputados de todas las fracciones partidistas acudan a Sinaloa, así como fuimos a Chiapas a atestiguar un proceso que se vaticinaba violento y los que predijeron esa violencia se equivocaron rotundamente, que vayamos, los diputados de las cuatro fracciones partidistas, para que veamos en los hechos lo que va a suceder en nuestro Estado de Sinaloa.

Este 12 de noviembre va a ser la verdadera encuesta. Nosotros no tenemos confianza en las encuestas que se realizan, con todo respeto, por muy serias que sean las organizaciones que las patrocinan, la verdadera encuesta es la que se va a celebrar el 12 de noviembre, el pueblo de Sinaloa no mentirá.

Yo creo que seguramente lo que ha pretendido el diputado Guerra con esa intervención, es como la crónica de una derrota anunciada, que le habrá de ocurrir seguramente al PRD el 12 de noviembre en Sinaloa.

El Presidente:

Para contestar alusiones personales tiene la palabra el diputado Juan Guerra.

El diputado Juan Nicasio Guerra Ochoa:

Muchas gracias, señor Presidente; compañeras y compañeros:

El motivo nuevamente de mi presencia en la tribuna, es que yo no acepto y estaría dispuesto a que investiguemos conjuntamente, que el diputado Leyson venga a poner aquí en tela de duda la opinión y la denuncia que he señalado respecto a esta campaña sucia que están realizando y yo creo que podemos salir de dudas, si estamos dispuestos a ir a fondo. Tampoco acepto porque salvo que la estructura del PRI sea la misma del Gobierno de que también aquí se hable de federalismo, que un secretario general del Comité Ejecutivo Nacional, no pueda intervenir en esta circunstancia. Creo que aquí hubo una confusión, está tan arraigado eso del federalismo que es casi igual a feudalismo, que pareciera que no puede el secretario del CEN y tendría que ser el estatal. Los dirigentes de todos los partidos pueden intervenir, a no ser que los estatutos ahí sean los mismos del Gobierno.

Pero no me gusta dejar las cosas sueltas y omito esa propaganda barata de lo que pasa que vamos a ganar. Eso es lo de menos, eso se puede hacer, la podría hacer yo, pero no deja de ser propaganda simple y sencillamente gratuita y barata. No, yo quisiera hacer compromisos con la bancada del PRI, si estamos dispuestos a investigar esto, qué participación está teniendo la Procuraduría porque lo que están manejando es el archivo que sólo tiene la Procuraduría. Si están dispuestos realmente a que investiguemos para ver un proceso electoral transparente, no son con frases aquí, buscando frase como vamos a resolverlo. Yo quiero saber si de la bancada del PRI hay compromisos realmente para investigar esta situación y parar esa campaña sucia y ahí no admito evasivas. Lo podemos hacer. Pero venir a poner en duda, bueno pues salgamos de dudas. Nosotros, afortunadamente como buenos sinaloenses, generalmente salimos, podemos verlo este mismo fin de semana y podemos acabar con estas cosas.

Lo que yo quiero es saber si va a haber voluntad y lo que estamos buscando es que haya voluntad y lo que queremos es que se paren estas campañas sucias y lo que queremos es que si hay dudas respecto a la participación de la Procuraduría se investigue esto. Si ustedes en verdad sienten que pueden salir adelante demuéstrenlo actuando correctamente, de eso es lo que se trata. Si lo que queremos es que las cosas corran correctamente.

Entonces éste es el emplazamiento que yo hago a la bancada del Estado de Sinaloa por parte del partido oficial, para tampoco no venir aquí nada más a salir al paso y es un compromiso aquí ante la Cámara. Yo por supuesto que si esto no existiese estaría dispuesto hasta pedirle una disculpa, pero si lo estamos diciendo es que porque usted también lo sabe, compañero diputado, como lo sé yo, que están haciendo esa propaganda sucia y que hay que pararlo para evitar que el ambiente se contamine y sí queremos saber los del PRD si tienen disposición para esto o no la tienen.

Muchas gracias.



PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PERMISO PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL

El Presidente:

Esta Presidencia acaba de recibir un oficio de la Cámara de Senadores. Ruego a la Secretaría dar cuenta de él.

La secretaria Alicia González Cerecedo:

«Escudo Nacional.- Cámara de Senadores.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene la minuta proyecto de decreto que concede permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos Ernesto Zedillo Ponce de León, para ausentarse del territorio nacional del 16 al 20 noviembre de 1995, a fin de que asista a la III Reunión Cumbre del Mecanismo de Cooperación Económica, Asia-Pacífico (APEC), que tendrá lugar en Osaka, Japón.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., 26 de octubre de 1995.-Senadores secretarios: Manuel Medellín Milán y Ricardo González Cruz.

MINUTA PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, para ausentarse del territorio nacional del 16 al 20 de noviembre de 1995, a fin de que asista a la III Reunión Cumbre del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), que tendrá lugar en Osaka, Japón.

TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrara en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores.- México, D.F., 26 de octubre de 1995.- Senadores: Eugenio Ruiz Orozco, presidente; Manuel Medellín Milán, secretario y Ricardo González Cruz, secretario.

Se remite a la Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales, México, D.F., 26 de octubre de 1995.- El Oficial Mayor, licenciado Mario Alberto Navarro Manrique

El Presidente:

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.



PARTIDO DEL TRABAJO

El Secretario Francisco Martínez Rivera:

«Escudo Nacional.- LVI Legislatura. Cámara de Diputados.- Partido del Trabajo.

Coordinación Parlamentaria del Partido del Trabajo.

Ciudadano diputado Pablo Moreno Cota. Presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- Presente.

Los suscritos integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo de la Cámara de Diputados de la LVI Legislatura constituido el 27 de octubre de 1994, nos dirigimos respetuosamente ante esa honorable mesa directiva a fin de notificarles que por acuerdo de este grupo parlamentario se decidió designar a partir de esta fecha, como coordinador al diputado Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, en sustitución del diputado Joaquín H. Vela González, lo anterior conforme a lo establecido por los artículos 70 de nuestra Carta Magna, así como los numerales 31, 32 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Comunicamos lo anterior a fin de que surtan los efectos legales a que hubiera lugar, reiterándoles a ustedes las seguridades de nuestra mas atenta y distinguida consideración.

Atentamente. ¡Todo el poder al pueblo:

Palacio Legislativo, 18 de octubre de 1995.- Unidad Nacional.- Grupo parlamentario del Partido del Trabajo.- Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez, Ezequiel Flores Rodríguez, César González Magallón, Oscar González Yáñez, Eduardo Guzmán Ortiz, Alejandro Moreno Berry, José Narro Céspedes, Serafín Núñez Ramos, Alfonso Primitivo Ríos Vázquez, Joaquín Humberto Vela González

Túrnese a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.



TELMEX-CABLEVISION

El Presidente:

Para hacer una proposición para que comparezca ante el pleno el Secretario de Comunicaciones y Transportes, tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Quintana Silveyra, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Víctor Manuel Quintana Silveyra:

Señor Presidente; escasos y pacientes compañeras y compañeros:

El martes pasado, por una confusión no presentamos aquí la propuesta de punto de acuerdo para que comparezca ante esta soberanía el Secretario de Comunicaciones y Transportes, ante la inminencia de la autorización de un incremento hasta de un 20% en las tarifas de Teléfonos de México.

Es por esto que estamos presentando hoy la siguiente propuesta de

«PUNTO DE ACUERDO

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso de la Unión, los diputados abajo suscritos presentamos la siguiente propuesta de

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Con base en el artículo 93 de la Constitución, deberá comparecer ante el pleno, el Secretario de Comunicaciones y Transportes a fin de que explique:

Uno: las razones que fundamentan la concesión del servicio telefónico en condiciones de monopolio, a la empresa Teléfonos de México, S.A.

Dos: las razones en que se base la autorización a la empresa de Telmex, para adquirir el 49% de las acciones de Cablevisión, empresa perteneciente a Televisa, hecho que favorece las prácticas monopólicas y obstruye cualquier competencia futura en el ramo.

Tres: las razones por las que se ha autorizado al monopolio de Telmex, el incremento de tarifas cercano al 20% que se dará a conocer en el Diario Oficial esta semana.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 26 de octubre de 1995.- Diputados: Jaime Martínez Veloz, del Partido Revolucionario Institucional, Miguel Hernández Labastida, vicecoordinador del Partido Acción Nacional, José Narro Céspedes, por el Partido del Trabajo, Desiderio Camacho y Víctor Manuel Quintana, del Partido de la Revolución Democrática.»

Muchas gracias.

El Presidente:

Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes.



ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

El Presidente:

Para hacer comentarios sobre sucesos acontecidos en Cabo San Lucas, tiene la palabra la diputada Ysabel Molina Warner, del Partido de la Revolución Democrática.

La diputada Ysabel Molina Warner:

Señoras diputadas; señores diputados:

En el Estado de Baja California Sur, se ha dado un alto crecimiento de la población, particularmente en la ciudad de Cabo San Lucas, debido al desarrollo turístico. Pero no existe la oferta de casa-habitación ni en venta o en renta de bajo costo, destinada a las familias de pocos ingresos económicos.

El ayuntamiento carece de reservas territoriales en Cabo San Lucas, sobre las cuales pueda proyectar o construir colonias populares con el fin de satisfacer las necesidades de habitación de los trabajadores de bajos recursos que han llegado a esa zona.

Para poder resolver su problema habitacional, los habitantes de esa región se han visto obligados a invadir diversos predios rústicos pertenecientes a particulares. Como resultado de las invasiones se han presentado diversos problemas que el ayuntamiento no ha resuelto ni ha podido resolver ni ha querido resolver.

En este contexto un grupo importante de familias ha sido víctima de manipulación y engaño por políticos deshonestos y ahora se encuentran en una situación de indefensión y de inseguridad.

En octubre de 1989, candidatos del Partido Revolucionario Institucional en plena campaña electoral para obtener la regiduría de la delegación municipal de Cabo San Lucas, promovieron la invasión de un terreno de 25 hectáreas, denominado: "Cerro de Los Venados"; 260 familias que no contaban con porción de terreno alguno para vivir, aceptaron la propuesta de los candidatos priístas. Esas familias de escasísimos recursos económicos, asumieron los riesgos que ello implicaba, pensando que así podrían acceder a constituir su patrimonio familiar y resolver su problema de vivienda. Sin embargo, días después de haber concluido la campaña electoral, ya que las 260 familias habían tomado posesión de sus respectivos lotes, los candidatos se olvidaron de las promesas de realizar las gestiones y trámites necesarios para otorgarles seguridad jurídica en su posesión. En cambio, obviamente los propietarios del "Cerro de Los Venados", no tardaron en reclamar su propiedad. Para ello fueron apoyados por las autoridades, las cuales desde entonces han amenazado con desalojo en varias ocasiones, han requerido judicialmente e incluso han recurrido a la fuerza pública para intentar desalojar a estos colonos.

Los posesionarios del "Cerro de Los Venados" han querido regularizar su situación jurídica y para ello han recurrido en repetidas ocasiones, a las autoridades municipales y estatales, así como directamente a los dueños del predio.

En un primer momento, intentaron dialogar con los propietarios del predio, con el fin de negociar la compra, pero los dueños les respondieron contratando a dos abogados que procedieran a desalojar a los invasores. Estos litigantes, aprovechando las facultades que les otorgaron, no las utilizaron para sacar a los colonos, sino para celebrar con ellos contratos firmados de compra-venta y en consecuencia, comenzaron a cobrar los lotes. Esto ocasionó que los propietarios les revocaran el poder para pleitos y cobranzas.

La situación de incertidumbre que ello trajo a los colonos, ocasionó que comenzaran otra vez a buscar entablar comunicación con los propietarios.

El 23 de enero de 1991, por fin los propietarios del "Cerro de Los Venados" enviaron un oficio a los representantes de los colonos, en el que manifestaban su voluntad y consentimiento expreso para realizar los trámites pertinentes a efecto de regularizar la tenencia de la tierra en favor de los actuales poseedores. Ello, no obstante, hasta la fecha no ha ocurrido.

Ahora, seis años después de la invasión de las 25 hectáreas, son ya más de 700 las familias que ocupan el terreno. Esas 700 familias viven en una situación de incertidumbre permanente. A diario reciben amenazas de desalojo y ahora se les exige que paguen otra vez sus lotes. El colmo es que algunos colonos ya han pagado hasta dos veces el terreno que ocupan. En algunos casos se les está pidiendo cubrir el monto en dólares estadounidenses.

Algunas veces se les ha prometido que sus lotes serán regularizados, pero no se precisan los términos y condiciones para ello. Como se aprecia de lo aquí expuesto, son precisamente los colonos quienes en todo tiempo han sido sorprendidos y sufrido las consecuencias del engaño, además han sido situaciones ajenas a la voluntad de ellos, las que han impedido resolver la regularización de la tenencia de la tierra.

A pesar de que el problema se ha vuelto cada vez mayor, las autoridades municipales han decidido permanecer prácticamente al margen del conflicto, no obstante reconocer que en la ciudad de Cabo San Lucas, Baja California Sur, como resultado del desarrollo turístico, se ha dado un alto crecimiento de la población y que en dicho Estado no existe oferta de casa-habitación en venta o renta a bajo costo, destinado a las familias de escasos recursos, el ayuntamiento ha informado que carece de reservas territoriales sobre las cuales pueda proyectar colonias populares, con el fin de resolver estas necesidades de habitación.

Por lo anterior, es evidente que los colonos se encuentran en un estado completo de indefensión, que no existe respuesta de los fraccionadores, que los propietarios se niegan a llegar a un acuerdo, que las autoridades estatales y municipales se hacen de oídos sordos para resolver el problema, pues lejos de buscar mecanismos para encontrar una solución favorable tanto para los propietarios como para los colonos, se limitan a declarar que carecen de reservas territoriales para satisfacer la demanda de habitación de las familias establecidas en Cabo San Lucas.

Olvidan las autoridades de Baja California Sur, que es deber del Estado contribuir a satisfacer las imperiosas necesidades populares, que es su deber indeclinable, intervenir con energía y rapidez para evitar conflictos de carácter social y pugnar porque prevalezca la paz pública. Lo menos que pudieron haber hecho ya, es haber atendido a las múltiples solicitudes que se les han presentado; pero han pasado seis años y no hay ninguna respuesta.

Debido a esta situación desesperante, de resistencia de los particulares para resolver el conflicto y de la falta de reservas territoriales en el Estado para resolver la necesidad, los colonos han solicitado que a través de esta honorable Asamblea se apoye la solicitud que recientemente presentaron ante el gobierno del Estado de Baja California Sur. Dicha petición consiste en que el gobierno expropie las tierras del "Cerro de Los Venados", del municipio Los Cabos.

Para realizar dicha solicitud los colonos de Cabo San Lucas han integrado un amplio expediente que documenta aquí lo expuesto, consideran que únicamente la expropiación puede satisfacer el interés social, pues de ese explorado derecho que si el Estado carece de reservas territoriales para satisfacer las necesidades de la colectividad, se deben expropiar bienes de propiedad particular para satisfacer las causas de utilidad pública. Desde luego, otorgando la respectiva indemnización en favor de la parte afectada.

Fundamentan su petición los colonos del "Cerro de Los Venados", en una destacada tesis de la honorable Suprema Corte de Justicia de la Nación, la máxima instancia judicial en nuestro país ha decidido que la utilidad pública en sentido genérico abarca tres causas específicas:

La utilidad pública en un sentido extracto, es decir, cuando el bien expropiado se destina directamente a un servicio público.

La utilidad social, que se caracteriza por la necesidad de satisfacer de una manera inmediata y directa a una clase social determinada y mediata a toda la colectividad.

Y la utilidad nacional, que exige se satisfaga la necesidad que tiene un país de adoptar medidas para hacer frente a situaciones que la acepten como entidad política o como entidad internacional.

En este caso se trata de la expropiación por utilidad social, que desde luego debe satisfacer de manera y directa a una clase social necesitada como son las 700 familias de escasos recursos económicos que habitan en el "Cerro de Los Venados".

La expropiación por razones de utilidad social se caracteriza, como menciona la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la tendencia a satisfacer de un modo directo o inmediato las necesidades de determinada clase social. Pero mediato o indirectamente las de la colectividad, sin que los bienes expropiados dejen de continuar bajo el régimen de propiedad privada.

Así acontece tanto en el fraccionamiento de los grandes latifundios o en su colonización en beneficio de las clases campesinas, como el fraccionamiento y urbanización de terrenos destinados a construir habitaciones baratas e higiénicas. En estos casos es indudable que los directamente beneficiados son los individuos pertenecientes a los dos grandes grupos sociales mencionados, pero a la postre la sociedad también resulta beneficiada por la interdependencia que la vida moderna ha establecido entre los grupos sociales y la colectividad total.

Los colonos no piden que se les regale nada ni solicitan actos fuera de la ley. Por el contrario, se basan en nuestras disposiciones legales para pedir que la autoridad competente realice, previos trámites legales a que haya lugar, la emisión de un decreto de expropiación ex profeso para que "Cerro de Los Venados" sea regularizado y se emita la titulación legal a favor de los actuales poseedores.

Creo que esta solicitud es justa, por ello solicito a la Presidencia de esta Asamblea, con base en el artículo 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos:

Unico. Que con el expediente que en este momento se entrega a la Presidencia y por medio de las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas, de Población y Desarrollo de esta Cámara de Diputados, se dé seguimiento a la petición de expropiación que los colonos residentes del "Cerro de Los Venados", Cabo San Lucas, municipio de Los Cabos, Baja California Sur, han presentado ante el gobernador de este Estado y se realicen las gestiones pertinentes para agilizar dicha expropiación en razón de la utilidad social.

Atentamente .

El Presidente:

Túrnese a las comisiones de Información, Gestoría y Quejas, de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y de Población y Desarrollo.

Continúe la Secretaría con los asuntos en cartera.



ORDEN DEL DIA

El secretario Agustín Torres Delgado:

Señor Presidente, se han agotado los asuntos en cartera y se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

De la próxima sesión

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.- Segundo Año.- LVI Legislatura.

Orden del día

Lunes 30 de octubre 1995.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones de los congresos de los estados de Chihuahua, Querétaro y Tabasco.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, Ley del Mercado de Valores, Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Ley Federal de Instituciones de Fianzas, Ley del Banco de México y Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.

Y los demás asuntos con los que la Secretaría dé cuenta.»



CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente (a las 15:55 horas):

Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo lunes 30 de octubre a las 10:00 horas.




NOTAS:

Siglas y abreviaturas incluidas en esta edición

APECConsejo Económico Asia-Pacífico (por las siglas en inglés)
CENComité Ejecutivo Nacional (PRI)
CeresoCentro de Readaptación Social
DAS(Sin aclaración)
D.F.Distrito Federal
DINA(Sin aclaración)
DINCOTE(Sin aclaración)
FIDEC(Sin aclaración)
FIRAFideicomisos Instituidos en Relación a la Agricultura
FoviFondo de Vivienda
G-2(Sin aclaración)
IVAImpuesto al valor agregado
PANPartido Acción Nacional
PRDPartido de la Revolución Democrática
PRIPartido Revolucionario Institucional
ProcampoPrograma de Apoyos Directos al Campo
PronasolPrograma Nacional de Solidaridad
PTPartido del Trabajo
S.A.de C.V. Sociedad Anónima de Capital Variable
TelmexTeléfonos de México. Sociedad Anónima