DIARIO de los DEBATES

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Héctor de Antuñano y Lora

PRESIDENTE
Diputado Juan Miguel Alcántara Soria

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO I                 México, D.F., miércoles 25 de noviembre de 1977          No. 32

S U M A R I O



ASISTENCIA

Pág.

2357

ORDEN DEL DIA

2357

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

2358

ESTADO DE TABASCO

2360

Oficio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto al emplazamiento de controversia constitucional, presentada por el Congreso de dicha entidad, ante el Poder Judicial de la Federación. Se turna a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

2360

ESTADO DE SONORA

2360

Comunicación del Congreso estatal, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

2360

ESTADO DE NUEVO LEON

2361

Comunicación del Congreso estatal, con la remite propuestas respecto a modificaciones en el cobro del impuesto al valor agregado. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

2361

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

2378

El diputado Benjamín Gallegos Soto, presenta iniciativa de reformas a dicho ordenamiento, con respecto a la seguridad jurídica en materias de fiscalización, caducidad, prescripción y extinción de obligaciones fiscales. Se turna a la comisión de Hacienda y Crédito Público.

2378

LEY PARA RESCATAR A LOS DEUDORES DE LA BANCA

2382

El diputado José Ricardo Ortiz Gutiérrez del Partido Acción Nacional, presenta iniciativa sobre dicha ley. Se turna a la comisión de Hacienda y Crédito Público.

2382

LEY FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA, LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

2390

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de Ley Federal de Defensoría Pública y de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Se turna la Comisión de Justicia.

2390

GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO

2399

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite minuta proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que le ciudadano José Luis Ponce García, pueda desempeñar el cargo de consul honorario de Luxemburgo en Mérida, Yucatán. Se turna a la Comisión de Gobernación y Puntos constitucionales.

2399

REPUBLICA DE VENEZUELA

2399

Tres dictámenes de la Comisión de Gobernación y Puntos constitucionales con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: María Esther de Jesús Schernan Leaño, Rodolfo Díaz Navarro y Jesús Federico Reyes Heroles González Garza, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de dicha nación. Es de primera lectura.

2399

REPUBLICA FRANCESA

2401

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: José Angel Gurría Treviño, Roberto Miranda Sánchez, Jorge Eduardo Chen Charpentier, Emilio José Gily Hernández, Herminio Alonzo Blanco Mendoza, Pedro José González-Rubio Sánchez y Rafael Tovar y de Teresa, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de dicha nación. Es de primera lectura.

2401

REPUBLICA DE PARAGUAY

2402

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con los que se conceden los permisos constitucionales necesarios para que los ciudadanos: Herminio Alonzo Blanco Mendoza, Juan Antonio Mateos Cicero, Roberto Miranda Sánchez, Enrique Juárez Ortega, Enrique Aranda Salamanca y Alonso Sánchez Montiel, puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de dicha nación. Es de primera lectura.

2402

Se les dispensa la segunda lectura a los dictámenes presentados. Aprobados, pasan al Ejecutivo Federal y al Senado de la República, como corresponda, para los efectos constitucionales.

2403

RICARDO FLORES MAGON

2403

El diputado Jorge Durán Chávez , a nombre del Partido Revolucionario Institucional, presenta excitativa para que se dictaminen iniciativas sobre la inscripción en letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón, presentadas el 15 de octubre de 1963, el 21de febrero de 1972 y el 30 de diciembre de 1979. Se turna a la comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

2403

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

2405

La diputada Patricia Espinosa Torres, solicita excitativa para que sea dictaminada iniciativa de reformas a dicho ordenamiento, presentada el 13 de noviembre de 1996, respecto a la mujer en su calidad de trabajadora asalariada. Se turna a la comisión de Trabajo y Previsión Social.

2405

DIA MUNDIAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA

2408

El diputado Marco Antonio Adame Castillo, se refiere a dicha conmemoración.

2408

Sobre el mismo tema, las diputadas:

2410

Aurora Bazán López

2410

María Mercedes Maciel Ortiz

2412

Alma Angelina Vucovich Seele, quien solicita minuto de silencio en memoria de Jessica Yadira, víctima de la violencia.

2413

María del Refugio Calderón González

2415

COMISIONES ESPECIALES DE FISCALIZACIÓN

2419

La Secretaria da lectura a una comunicación de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, con punto de acuerdo con el que se solicita evitar la creación de comisiones especiales de fiscalización. Se turna a la comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

2419

FERRICARRILES NACIONALES DE MÉXICO

2420

Sobre la situación de trabajadores ferrocarrileros jubilados, se concede el uso de la palabra a los diputados:

2420

Jesús José Villalobos Sáenz

2420

Rosalío Hernández Beltrán, quien presenta propuesta.

2422

Rectifican hechos, los diputados:

2423

Jesús José Villalobos Sáenz

2423

Javier Paz Zarza

2424

Diego Aguilar Acuña

2424

Aprobada la propuesta

2425

JUVENTUD

2425

La diputada Lenia Batres Guadarrama, presenta punto de acuerdo para incrementar el presupuesto para los programas destinados a la juventud. Se turna a la Comisión de Asuntos de la Juventud.

2425

ORDEN DEL DIA

2428

De la próxima sesión.

2428

CLAUSURA Y CITATORIO

2429

RESUMEN DE TRABAJOS

2430

 

Presidencia de la diputada
Elba Margarita Capuchino Herrera

ASISTENCIA

La Presidenta:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia del registro de firmas de los diputados, para conocer si existe el quorum reglamentario.

La secretaria Rocío del Carmen Morgan Franco:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 322 diputados, por lo tanto hay quorum, señora Presidenta.

La Presidenta (a las 10

Se abre la sesión.

ORDEN DEL DIA

La secretaria Rocío del Carmen Morgan Franco:

Se va a dar lectura al orden del día.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias-Primer Año-LVII Legislatura.

Orden del día

Martes 25 de noviembre de 1997.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Emplazamiento de controversia constitucional, presentada por el Congreso del Estado de Tabasco, ante el Poder Judicial de la Federación.

Comunicación del Congreso del Estado de Sonora.

Oficio del Congreso del Estado de Nuevo León, con el que se remiten iniciativas relativas a la modificación del cobro del impuesto al valor agregado.

Iniciativas de diputados

De ley por la que se modifica el Código Fiscal de la Federación, para propiciar la pronta seguridad jurídica, en materias de fiscalización, caducidad, prescripción y extinción de obligaciones fiscales, a cargo del diputado Benjamín Gallegos Soto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

De ley para rescatar a los deudores de la banca, a cargo del diputado José Ricardo Ortiz Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Minutas

Proyecto de Ley Federal de Defensoría Pública y de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano José Luis Ponce García, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Luxemburgo en Mérida, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán.

Dictámenes de primera lectura

Tres, de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos María Esther de Jesús Scherman Leaño, teniente coronel de infantería Rodolfo Díaz Navarro, Jesús Federico Reyes Heroles González Garza, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República de Venezuela. (Dispensa segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos José Angel Gurría Treviño, Roberto Miranda Sánchez, Jorge Eduardo Chen Charpentier, Emilio José Gilly Hernández, Herminio

Alonzo Blanco Mendoza, Pedro José González-Rubio Sánchez y Rafael Tovar y de Teresa, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de la República Francesa. (Dispensa segunda lectura, discusión y votación.)

De la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos: Herminio Alonzo Blanco Mendoza, Juan Antonio Mateos Cícero, Roberto Miranda Sánchez, Enrique Juárez Ortega, Enrique Aranda Salamanca y Alfonso Sánchez Montiel, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el gobierno de Paraguay. (Dispensa segunda lectura, discusión y votación.)

Excitativas

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para que se dictamine la iniciativa sobre la inscripción del nombre de Ricardo Flores Magón, en los muros del salón de sesión de la Cámara de Diputados, a cargo del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para que se dictamine la iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo, a cargo de la diputada Patricia Espinosa Torres, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Agenda Política

Comentarios de la Comisión de Equidad y Género, sobre el Día Internacional de la Lucha Contra la Violencia. (Deliberación.)

Solicitud de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, para que la Secretaría de la mesa directiva evite la creación de comisiones especiales de fiscalización.

Comentarios sobre la situación de los jubilados de Ferrocarriles, a cargo del diputado Jesús José Villalobos Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Deliberación.)

Propuesta para solicitar se incremente el presupuesto para los programas destinados a la juventud, a cargo de la diputada Lenia Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)»

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Presidenta:

El siguiente punto del orden del día es la discusión del acta de la sesión anterior.

Sírvase la Secretaría dar lectura de la misma.

El secretario José Octavio Díaz Reyes:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y siete, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Séptima Legislatura.

Presidencia del diputado

Francisco Agustín Arroyo Vieyra

En la capital de los Estados Unidos Mexicanos, a las nueve horas con cincuenta y nueve minutos del miércoles diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y siete, con una asistencia de trescientos setenta y un diputados, el Presidente declara abierta la sesión

La Secretaría da lectura al orden del día y, tomando en consideración que copias del acta de la sesión anterior fueron distribuidas entre los coordinadores de los grupos parlamentarios, la Asamblea le dispensa la lectura a este documento y, posteriormente, lo aprueba en sus términos en votación económica.

Para recordar el octagésimo séptimo aniversario del inicio de la Revolución Mexicana, se concede el uso de la palabra a los diputados: Ricardo Cantú Garza, del Partido del Trabajo; José Espina von Roehrich, del Partido Acción Nacional; Miguel Angel Solares Chávez, del Partido de la Revolución Democrática y Salvador Ordaz Montes de Oca del Partido Revolucionario Institucional.

Al término de la intervención del diputado Espina von Roehrich, el Presidente explica que, aun cuando según el acuerdo parlamentario, los oradores tienen hasta veinte minutos para sus exposiciones, en tratándose de efemérides, la mesa directiva acordó que, para ajustar los tiempos del orden del día, se concederán diez minutos para cada uno de ellos en esta ocasión.

Desde su curul, el diputado Contreras Velázquez solicita el uso de la palabra para presentar una propuesta y, conforme al acuerdo parlamentario, el Presidente le solicita que se dirija al coordinador de su grupo parlamentario.

La Secretaría da cuenta con una invitación del Departamento del Distrito Federal, al acto cívico conmemorativo del septuagésimo quinto aniversario luctuoso de Ricardo Flores Magón. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Se da lectura a diversas comunicaciones del Congreso del Estado de Morelos, con las que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Un oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite los informes sobre la situación económica, las finanzas y la deuda pública, correspondientes al tercer trimestre de mil novecientos noventa y siete. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública.

Primera lectura a un dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores, con proyecto de decreto que concede el permiso constitucional necesario para que el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, pueda ausentarse del territorio nacional del veintidós al veintiséis de noviembre de mil novecientos noventa y siete, para participar en la Quinta Reunión de Líderes del Mecanismo de Cooperación Económica de Asia-Pacífico, que se llevará a cabo en Vancouver, Canadá.

La Asamblea le dispensa la segunda lectura y, para expresar los criterios de sus respectivos grupos parlamentarios, hacen uso de la palabra los diputados: Javier Algara Cossío, del Partido Acción Nacional; Carlos Antonio Heredia Zubieta, del Partido de la Revolución Democrática, y Orlando Arvizu Lara, del Partido Revolucionario Institucional.

Antes de otorgar el uso de la palabra al diputado Heredia Zubieta, el Presidente solicita a la Asamblea que se eviten las entrevistas de prensa en el salón de sesiones y se refiere directamente al diputado Manríquez Guluarte, como, explicó, lo hará con cualquier otro diputado sin diferencias de grupo parlamentario.

Suficientemente discutido, la Secretaría recoge la votación nominal respectiva, misma que resulta aprobatoria por cuatrocientos cuarenta y cuatro votos en pro y uno en contra. Se turna al Poder Ejecutivo Federal, para los efectos constitucionales.

El Presidente informa que, a solicitud de los coordinadores de los grupos parlamentarios, se guardará un minuto de silencio en memoria de los desaparecidos en los lamentables acontecimientos del diecinueve de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, en San Juan Ixhuatepec, México y así se hace.

Tomando en consideración que el siguiente punto del orden del día es la comparecencia del secretario de Hacienda y Crédito Público, licenciado Guillermo Ortiz Martínez, a fin de ampliar la información respecto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de mil novecientos noventa y ocho, el Presidente designa una comisión que lo introduzca y lo acompañe hasta el lugar designado y otra que acompañe a los senadores invitados.

Conforme al acuerdo parlamentario que norma las actividades de esta comparecencia, se concede el uso de la palabra al Secretario de Hacienda y Crédito Público y, posteriormente, en un primer turno de oradores, contesta a las interrogantes de los diputados: Aurora Bazán López, del Partido Verde Ecologista de México; Gerardo Acosta Zavala, del Partido del Trabajo; Javier Castelo Parada, del Partido Acción Nacional; Jesús Cuauhtémoc Velasco Oliva, del Partido de la Revolución Democrática, y José Luis Flores Hernández, del Partido Revolucionario Institucional.

El Presidente solicita a los presidentes de comisiones y comités, a que, por ningún motivo, inicien reuniones de trabajo, hasta haber terminado con los asuntos del orden del día y, a los coordinadores de los grupos parlamentarios a que colaboren en mantener el número de legisladores necesario para desahogar los trabajos de esta sesión.

Se inicia el segundo turno de preguntas y respuestas y el Presidente concede el uso de la palabra a los diputados: Marcelo Luis Ebrard Casaubón, en su calidad de independiente; María Mercedes Maciel Ortiz, del Partido del Trabajo; María Beatriz Zavala Peniche, del Partido Acción Nacional; Sergio Benito Osorio Romero, del Partido de la Revolución Democrática, y Manuel Angel Núñez Soto, del Partido Revolucionario Institucional.

Al término de la intervención de la diputada Zavala Peniche, el Presidente informa que han transcurrido las cinco horas a que se refiere el acuerdo de práctica parlamentaria aprobado el seis de noviembre y acuerda prorrogarla hasta el término de los asuntos en cartera.

A todos ellos hace comentarios y responde preguntas el Secretario de Hacienda y Crédito Público.

Conforme al acuerdo parlamentario, fincan los criterios de sus grupos parlamentarios, los diputados: Jorge Emilio González Martínez, del Partido Verde Ecologista de México; Luis Patiño Pozas, del Partido del Trabajo; Carlos Medina Plascencia, del Partido Acción Nacional; Pablo Gómez Alvarez, del Partido de la Revolución Democrática, y Guillermo Barnés García, del Partido Revolucionario Institucional.

Durante la intervención del diputado Barnés García, se produce desorden en la sala y el Presidente pide a todos los legisladores que guarden el orden y respeto que merece el recinto legislativo.

Al término de su comparecencia y acompañado de la comisión designada, se retira del salón el Secretario de Hacienda y Crédito Público y, agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las diecisiete horas con dieciséis minutos, citando para la que tendrá lugar el martes veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y siete, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señora Presidenta.

ESTADO DE TABASCO

El secretario Alfredo Villegas Arreola:

Se va a dar lectura a varias comunicaciones.

«Escudo Nacional-Poder Judicial de la Federación-Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión-Palacio Legislativo. Avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, Distrito Federal.

En el expediente que se indica al rubro, formado con el escrito del Presidente de la Gran Comisión del Poder Legislativo, en representación del Estado Libre y Soberano de Tabasco, por el que promovió controversia constitucional contra actos de esa autoridad, el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, instructor designado para conocer del presente asunto, en esta fecha dicto un acuerdo cuya copia certificada me permito remitirle para los fines legales pertinentes, acompañándole copia autorizada del auto de presidencia de radicación y turno, y copia simple del escrito de demanda.

Sin otro particular, reitero a usted las seguridades de mi atenta consideración.

México, Distrito Federal, a 17 de noviembre de 1997-El subsecretario general de acuerdos, licenciado Alfredo Villeda Ayala.»

La Presidenta:

Túrnese a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

ESTADO DE SONORA

El secretario Francisco Javier Reynoso Nuño:

«Escudo Nacional-Congreso del Estado Libre y Soberano de Sonora.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-Presentes.

La LV Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, en sesión celebrada el día de hoy, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 del Reglamento Interior de este órgano legislativo, previas las formalidades de estilo, procedió a la designación de la mesa directiva que funcionará durante el presente mes, habiendo quedado integrada de la siguiente manera: diputados, presidente, Olegario Carrillo Meza; vicepresidente, José Inés Palafox Núñez; secretarios, Juan de Dios Castro Pacheco, Ofelia González Miranda, José Luis Barcelo Moreno.

Lo que nos permitimos comunicar a usted para su conocimiento y demás fines.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Hermosillo, Sonora, a 3 de noviembre de 1997-Diputados secretarios: Juan de Dios Castro Pacheco y Ofelia González Miranda.»

De enterado

ESTADO DE NUEVO LEON

La secretaria Blanca Rosa García Galván:

«Escudo-Honorable Congreso de Nuevo León-Oficialía Mayor.

Honorable Congreso de la Unión-Presente.

En sesión extraordinaria constituida en permanente de fecha 25 de septiembre de 1997, se presentó dictamen de las comisiones unidas de Legislación y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado de la LVII Legislatura de este honorable Congreso del Estado, cuyo objeto es la aprobación de diversas propuestas relativas a la modificación del cobro del impuesto al valor agregado, mismo que fue aprobado por unanimidad, bajo el acuerdo siguiente:

"Primero. La LVII Legislatura al honorable Congreso del Estado debe remitir al Congreso de la Unión diversas propuestas relativas a la modificación del monto del impuesto al valor agregado, a fin de que sean valoradas y de considerarlo procedente, se tomen en cuenta al momento de dictaminar sobre la legislación fiscal vigente a partir de 1998.

Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a los promoventes, como lo señala el artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del honorable Congreso del Estado.

Tercero. Téngase por despachado el asunto y archívese el expediente como concluido."

Por lo anterior, adjunto se servirán encontrar los documentos en copia certificada, siguientes:

a) Diario de los Debates de la sesión extraordinaria constituida en permanente, de fecha 25 de septiembre de 1997, en la que se trató el asunto objeto de este oficio.

b) Dictamen de fecha 25 de septiembre de 1997, aprobado en la sesión referida.

c) Iniciativa de reforma a los artículos 2o. y 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

d) Iniciativa de reforma para modificar el monto del impuesto al valor agregado del 15% al 10%, en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

e) Escrito presentado el 28 de noviembre de 1996 por organizaciones ciudadanas no gubernamentales, dirigido a la LXVII Legislatura, adjuntando su propuesta de iniciativa para reformar la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Lo anterior es con el propósito de que sean analizadas dichas propuestas y en caso de considerarlo procedente actuar en los términos que la Constitución les otorga facultades, comunicando a este honorable Congreso el resultado de la valoración que realicen.

Quedo a sus apreciables órdenes para cualquier información que requieran.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección

Honorable Congreso del Estado-Oficial mayor, Pablo Rodríguez Chavarría.»

«Escudo-Honorable. Congreso de Nuevo León-LXVII Legislatura-Diario de los Debates.

En la ciudad de Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, siendo las 11:25 horas del día 22 de septiembre de 1997, reunidos en el recinto oficial del Palacio Legislativo, los integrantes del la diputación permanente del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, llevaron a cabo sesión extraordinaria presidida por el diputado Jesús Javier Ayala Villarreal y con la asistencia del vicepresidente Isaías Vázquez Mendoza, primer secretario diputado Juan de Dios Esparza Martínez y segundo secretario diputado Jorge Heriberto Salazar Salazar, tal como lo dispone la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León.

Existiendo el quorum legal, el Presidente solicitó al Secretario diera lectura al orden del día a que se sujetará esta sesión, de conformidad con el acuerdo tomado en la sesión anterior.

Habiéndose cumplido con los primeros puntos del orden del día el Presidente solicitó al Secretario se sirva dar lectura al acta celebrada por la diputación permanente el día 19 de septiembre de 1997.

Terminada que fue la lectura del acta, fue puesta a*

Siendo las 11:40 horas del día 25 de septiembre de 1997, el Presidente Jesús Javier Ayala Villarreal, procedió a reanudar la sesión extraordinaria constituida en permanente el día 22 de septiembre, dentro del receso del segundo periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al tercer año de ejercicio constitucional, solicitando al Secretario se sirva pasar lista de asistencia, para verificar el quorum legal. Encontrándose presentes en el recinto oficial, los integrantes de la LXVII Legislatura: Matilde Olivares Rojas, Carlos A. Ramírez Campos, Julián Jara Aguilar, Jorge Maldonado Monte- mayor, Luis Carlos Montemayor Garza, Marco A. García Villarreal, María de los Angeles García Cantú, María Concepción Sarmiento Salinas, José Esteban Mata González, Alicia González Ruiz, Joel González Villarreal, Antonio Ortiz Hernández, Heriberto Cano Quintanilla, José Urbano Villanueva Macías, Horacio de Jesús del Bosque Dávila, Margarito Muñoz Garza, Bernardo Barragán Salas, Rubén Martínez Seca, Amilcar Aguilar Mendoza, Héctor Mario Sánchez Serna, Juventino González Ramos, Valentín Támez Enríquez, Jorge Heriberto Salazar Salazar, Alfredo Gerardo Garza de la Garza, Evelio Mata Contreras, Armando Leal Ríos, Juana María Martínez Galván, Isaías Vázquez Mendoza, Paulino Santillán Torres, María Concepción Hinojosa Velasco, Gloria Mendiola Ochoa, Alfonso González Ruiz, Secundino Treviño Correa, Susana González Zambrano, Rogelio Torres Maldonado, Juan de Dios Esparza Martínez, Arturo Fuentes Benavides, José Luis Mesta Coello, Arturo Espinosa Torres, César Gerardo de la Rosa Fernández y Gilberto Garza Vielma.

Existiendo el quorum reglamentario, el Presidente procedió a reanudar la sesión extraordinaria, continuando en el punto de informe de comisiones, solicitando a los diputados integrantes de las diversas comisiones de dictamen legislativo, si tienen algún informe que presentar, se sirvan manifestarlo en la forma acostumbrada.

Se le concedió el uso de la palabra a la diputada Matilde Olivares Rojas, quien dio lectura al dictamen relativo al oficio de fecha 18 de julio de 1997, presentado por Isaías Rodríguez Martínez, secretario del R. Ayuntamiento de Hidalgo, Nuevo León, solicitud para incrementar las *

«Escudo-H. Congreso de Nuevo León-LXVII Legislatura-Diario de los Debates.

En la ciudad de Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, siendo las 11:25 horas del día 22 de septiembre de 1997, reunidos en el recinto oficial del Palacio Legislativo, los integrantes del la diputación permanente del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, llevaron a cabo sesión extraordinaria presidida por el diputado Jesús Javier Ayala Villarreal y con la asistencia del vicepresidente Isaías Vázquez Mendoza, primer secretario diputado Juan de Dios Esparza Martínez y segundo secretario diputado Jorge Heriberto Salazar Salazar, tal como lo dispone la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León.

Existiendo el quorum legal, el presidente solicitó al Secretario diera lectura al orden del día a que se sujetará esta sesión, de conformidad con el acuerdo tomado en la sesión anterior.

Habiéndose cumplido con los primeros puntos del orden del día, el presidente solicitó al Secretario se sirva dar lectura al acta celebrada por la diputación permanente el día 19 de septiembre de 1997.

Terminada que fue la lectura del acta, fue puesta a *

De esta iniciativa por lo tanto yo pido su aprobación a este pleno.

El Presidente:

"quiero nada más hacer una aclaración en el primer punto del acuerdo dice, sexagésima legislatura, debe decir: sexagésima sexta legislatura habría de agregar.

No habiendo ninguna otra intervención sobre el dictamen, el C. Presidente lo sometió a la consideración del pleno, solicitando a los diputados, manifestar el sentido de su voto.

Hecha que fue la votación correspondiente, fue aprobado el dictamen por unanimidad.

Por lo que el C. Presidente solicitó al C. Secretario, se sirva elaborar el acuerdo correspondiente y girar los avisos de rigor.

Continuando en el punto de informe de comisiones se le concedió el uso de la palabra al diputado C. Rubén Martínez Seca, quien dio lectura a dictamen con proyecto de acuerdo, relativo a cuatro iniciativas presentadas por el grupo legislativo del Partido Acción Nacional, en donde solicitan modificar el monto del impuesto al valor agregado del 15% al 10%. La primera de ellas es la iniciativa de reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para modificar el monto del impuesto del 15% al 10%, presentada en fecha 8 de mayo de 1995.

En la exposición de motivos manifiestan que con la reciente modificación a la Ley del IVA determinada por el honorable Congreso de la Unión, se dio un gran golpe a la economía y bienestar familiar y que dicho incremento al impuesto representó el 50%, lo que propició a su vez una baja directa en poder adquisitivo de los mexicanos, además de que con dicha reducción al poder adquisitivo, se redujeron drásticamente las ventas de bienes y servicios, afectando al sector comercial, dando como consecuencia directa la baja en las ventas, por lo que el sector industrial se vio obligado a reducir la planta productiva, en resumen, consideran que el incremento al IVA originó una contracción de mercado que convirtió la economía en una economía decreciente. Finalmente presentan un proyecto de decreto para reformar los artículos 1o., segundo párrafo, 2o.-A, fracción I, inciso B, subinciso 2; 2o.-B; 3o. segundo párrafo; 25 fracción III, 32 primer párrafo y fracción III, último párrafo; adicionando los artículos 2o. y 4o., con un último párrafo, así como la derogación de los subincisos 3 a 7 inclusive del inciso B de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Por otra parte, la diputada Susana González Zambrano con fecha 16 de mayo de 1995, hizo uso de la tribuna para insistir en la propuesta presentada por el grupo legislativo de Acción Nacional, sobre la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado para modificar del 15% al 10%. El tercer asunto a tratar se refiere a la iniciativa de reforma a los artículos 2o.-A y 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a efecto de que esta soberanía, en su caso lo apruebe y la eleve al honorable Congreso de la Unión, en los términos de la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el grupo legislativo del Partido Acción Nacional.

Manifestando que nuestro país atraviesa por una situación sumamente difícil en materia economía y que la economía familiar es agobiada por una escalada de precios que parece no tener fin, además que los ingresos de los jefes de familia caen de una manera alarmante, todo esto como consecuencia indeseable de la crisis económica que actualmente atraviesa el país. Por lo que proponen reformas al artículo 2o.-A por adición de un prrafo y por modificación el artículo 17, ambos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

El cuarto asunto es el ocurso suscrito por varias asociaciones civiles del Estado, el cual contiene la iniciativa de adición al artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, dirigida a los secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para el efecto de que los servicios de energía eléctrica, gas natural, agua potable y drenaje no causen dicho impuesto.

Los integrantes de las comisiones ponentes manifiestan que en estos momentos existe un respetuoso debate a nivel nacional, respecto de la política fiscal a partir del año de 1998, que debe seguir la Federación. En este intercambio de ideas participan los legisladores federales de las distintas fracciones parlamentarias; diversos servidores públicos del Gobierno Federal, principalmente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; dirigentes nacionales de partidos políticos; un buen número de especialistas en la materia y colaboradores de los medios de comunicación. Sabemos que invariablemente las instancias federales intervienen en este tema, en donde la población se encuentra democráticamente representada y en las que participan los partidos políticos con mayor presencia a nivel nacional, tomarán una decisión consciente de la alta responsabilidad que implica el mandato que el pueblo les ha conferido.

Los integrantes de las comisiones, hemos analizado las iniciativas presentadas y considerando que su contenido se relaciona directamente con los temas que se debaten en el seno del honorable Congreso de la Unión, hemos tomado en cuenta la polémica existente a nivel nacional para emitir este dictamen transitorio: Unico. Envíese el presente acuerdo al Ejecutivo del Estado para su publicación en el periódico oficial del Estado y remítase junto con el expediente completo de la iniciativa a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Firman en forma unánime a favor del dictamen los integrantes de las comisiones unidas de Legislación y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado.

Terminada que fue la lectura del dictamen, el Presidente lo puso a la consideración del pleno, solicitando a los diputados, si tenían algún comentario sobre el particular, lo manifestaran en la forma acostumbrada.

Se le concedió el uso de la palabra al diputado Carlos A. Ramírez Campos, quien desde su lugar apoyó en todos sus términos el dictamen, presentado por el diputado Rubén Martínez Seca.

Se le concedió el uso de la palabra al diputado Juventino González Ramos, quien desde su lugar expresó: "esta iniciativa que contiene cuatro iniciativas, todas van con el deseo de modificar el monto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15% al 10%. Vuelvo a insistir que de todas las fracciones políticas que conforman esta legislatura están de acuerdo en ello; hay que mandar al Congreso de la Unión estos puntos de vista, porque también es cuestión federal, allá en el Congreso, hay más modificaciones al grado que la fracción del PRD, ha dado a conocer que debe de ser cero, no 10 el valor agregado, para aquellas clases sociales, de aquellas personas que no tienen arriba de uno o dos salarios mínimos y aumentar en vez del 15% al 20% o más, a las personas que pueden y tienen la forma de pagar artículos costosos, carros último modelo etcétera; en fin, vamos a enviar todo esto para que el Congreso de la Unión decida qué es lo que se va a hacer".

No habiendo ninguna otra intervención sobre el dictamen, el Presidente lo sometió a la consideración del pleno, solicitando a los diputados manifestar el sentido de su voto.

Hecha que fue la votación correspondiente, fue aprobado el dictamen por unanimidad.

Por lo que el Presidente solicitó al Secretario, se sirva elaborar el acuerdo correspondiente y girar los avisos de rigor.

Continuando en el punto de informe de comisiones se le concedió el uso de la palabra a la diputada María Concepción Hinojosa Velasco, quien dio lectura a dictamen con proyecto de decreto, que presentan las comisiones unidas, primera de Hacienda Municipal y la de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano, relativo a solicitud de José Martínez González, secretario del ayuntamiento de *

«Escudo Nacional-H. Congreso de Nuevo León-Sala de Comisiones.

Honorable Asamblea: a las comisiones unidas de Legislación y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado de esta LXVII Legislatura, nos fueron turnados para su estudio y dictamen cuatro iniciativas en donde solicitan modificar el monto del Impuesto al Valor Agregado del 15% al 10%.

El primero de ellos es la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para modificar el monto del impuesto del 15% al 10%, presentada en fecha 8 de mayo de 1995, por los diputados del grupo legislativo del Partido Acción Nacional e integrantes de la LXVII Legislatura del Congreso del Estado, en uso de las facultades contenidas en los artículos 68 y 69 de la Constitución Política local y 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.

La iniciativa de mérito se basa en la siguiente exposición de motivos: manifiestan que con la reciente modificación a la Ley del IVA determinada por el honorable Congreso de la Unión, se dio un gran golpe a la economía y bienestar familiar, y que dicho incremento al impuesto representó el 50%, lo que propició a su vez una baja directa en el poder adquisitivo de los mexicanos, además de que con dicha reducción al poder adquisitivo, se redujeron drásticamente las ventas de bienes y servicios, afectando al sector comercial, dando como consecuencia directa la baja en las ventas, por lo que el sector industrial se vio obligado a reducir la planta productiva, en resumen consideran que el incremento al IVA originó una contracción de mercado que convirtió la economía en una economía decreciente.

Asimismo señalan que el impuesto referido es el más regresivo de todos los impuestos, que un Gobierno podría aplicar, pues se aplica, sin excepción a todas las personas independientemente de su nivel social, económico, de ingresos, de religión o cualquier característica aplicable a los mexicanos.

Igualmente manifiestan que con la reducción propuesta al impuesto al valor agregado la recuperación será más rápida, puesto que se brindará una mayor dinámica económica que generará, a su vez, un incremento en la planta productiva, el comercio, el empleo y, por ende, el nivel de vida de los mexicanos.

Finalmente presentan un proyecto de decreto para reformar los artículos 1o. segundo párrafo, 2o.-A fracción I inciso b, subinciso 2; 2o.-B; 3o. segundo párrafo; 25 fracción III, 32 primer párrafo y fracción III último párrafo; adicionando los artículos 2o. y 4o con un último párrafo, así como la derogación de los subincisos 3 a 7 inclusive del inciso B, de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

II.

Por otra parte y, tratando sobre el mismo tema la diputada Susana González Zambrano, en fecha 16 de mayo de 1995, hizo uso de la tribuna para insistir en la propuesta presentada por el grupo legislativo de Acción Nacional, sobre la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para modificar del 15% al 10%.

III.

El tercer asunto a tratar se refiere a la iniciativa de reforma a los artículos 2o-A y 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; a efecto de que esta honorable soberanía, en su caso, la apruebe y la envíe al honorable Congreso de la Unión, en los términos de la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; presentada por el grupo legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXVII Legislatura del Congreso del Estado, sustentando dicha iniciativa en la siguiente exposición de motivos.

Manifiestan que nuestro país atraviesa por una situación sumamente difícil en materia económica y que la economía familiar es agobiada por una escalada de precios que parece no tener fin, además que los ingresos de los jefes de familia caen de una manera alarmante, todo esto como consecuencia indeseable de la crisis económica que actualmente atraviesa el país.

Señalan que es urgente llevar a cabo medidas que alivien la carga económica de las familias mexicanas, a fin de que éstas dispongan de más recursos para subvenir sus necesidades más apremiantes, además recalcan que el pueblo de México siempre ha cumplido con su obligación de aportar vía impuestos los recursos necesarios para el gasto público; sin embargo, existen algunas disposiciones fiscales que consideran deben ser adecuadas, a fin de lograr aliviar la carga impositiva de los contribuyentes.

Por lo expuesto anteriormente, terminan proponiendo la iniciativa de reforma al artículo 2o.-A por adición de un párrafo y por modificación el artículo 17; ambos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

IV.

El cuarto asunto turnado a estas comisiones, es el ocurso suscrito por varias asociaciones civiles del Estado, el cual contiene la iniciativa de adición al artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, dirigida a los señores secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para el efecto de que los servicios de energía eléctrica, gas natural, agua potable y drenaje no causen dicho impuesto.

Compañeros diputados: en estos momentos existe un respetuoso debate a nivel nacional, respecto de la política fiscal a partir del año de 1998, que debe seguir la Federación. En este intercambio de ideas participan los legisladores federales de las distintas fracciones parlamentarias; diversos servidores públicos del Gobierno Federal, principalmente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; dirigentes nacionales de partidos políticos; un buen número de especialistas en la materia y colaboradores de los medios de comunicación.

A este respecto, los temas a discusión no se limitan a la tasa que debe imperar en materia del impuesto al valor agregado, sino en general se estudia el sistema tributario nacional, destacando, entre otros temas, el impuesto sobre la renta, el impuesto al activo, el sistema de distribución de participaciones federales a los estados y municipios, la ampliación a las potestades tributarias a nivel local y por razones obvias, la forma en que se distribuirá la recaudación de los ingresos públicos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

En el caso concreto, el impuesto al valor agregado, la polémica surge respecto de si esta contribución debe mantenerse a las tasas actuales o debe efectuarse un cambio en las mismas.

Hay voces que señalan que una reducción en la tasa de este impuesto incrementa el nivel adquisitivo de la población, aunado a que produce por consecuencia necesaria un aumento en el gasto de los particulares, lo que trae un verdadero incremento en la recaudación fiscal. En contrapartida, se dice que resulta demasiado obvio que una baja en la tasa del impuesto ocasiona naturalmente una reducción en su recaudación, lo cual implica una reducción en el gasto federal, en perjuicio de los beneficiarios de los programas sociales, que son principalmente los que tienen mayores carencias económicas y quienes no tendrían beneficio alguno en la reducción en la tasa de este impuesto.

Sabemos que invariablemente las instancias federales intervinientes en este tema, en donde la población se encuentra democráticamente representada y en las que participan los partidos políticos con mayor presencia a nivel nacional, tomarán una decisión conscientes de la alta responsabilidad que implica el mandato que el pueblo les ha conferido.

Debemos tener la confianza, en que, una vez analizadas con profundidad y en su conjunto las propuestas que en las materias fiscales y presupuestaria se ventilen ante el honorable Congreso de la Unión, los participantes a nivel nacional en este proceso legislativo sabrán tomar la decisión que resulte más acertada para nuestro país y sea más benéfica para la población.

Los integrantes de las comisiones unidas de Legislación y Puntos Constitucionales y de Hacienda del Estado, hemos analizado las iniciativas presentadas a este honorable Congreso del Estado y considerando que su contenido se relaciona directamente con los temas que se debaten en el seno del honorable Congreso de la Unión, hemos tomado en cuenta la polémica existente a nivel nacional para emitir este dictamen. Estamos convencidos de que la cuestión fiscal federal requiere ser analizada en forma integral y no sólo respecto de un impuesto en lo particular. Una modificación fiscal, por sus implicaciones, conlleva necesariamente el análisis del esquema tributario y financiero en su conjunto.

Por lo anterior, nos permitimos sugerir al pleno de esta Asamblea, que las propuestas presentadas ante este honorable Congreso del Estado, se envíen a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con la finalidad de que el contenido de dichos documentos sea conocido y, en su caso, considerado por los legisladores federales en la discusión y aprobación de las disposiciones fiscales vigentes a partir de 1998.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos permitimos solicitar al pleno su voto en favor del siguiente

PROYECTO DE ACUERDO

Primero. La LXVII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, decide remitir al Congreso de la Unión diversas propuestas relativas a la modificación del monto del impuesto al valor agregado, a fin de que sean valoradas y, de considerarlo procedente, se tomen en cuenta al momento de dictaminar sobre la legislación fiscal vigente a partir de 1998.

Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a los promoventes, como lo señala el artículo 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del honorable Congreso del Estado.

Tercero. Téngase por despachado el asunto y archívese el expediente como asunto concluido.

Monterrey, Nuevo León a de septiembre de 1997-Legislación y Puntos Constitucionales-Diputados: Evelio Mata Contreras, presidente; Luis Carlos Montemayor Garza, vicepresidente; Jesús Javier Ayala Villareal, secretario; César Gerardo de la Rosa Fernández, Horacio del Bosque Dávila, Juventino González Ramos, Jorge Maldonado Montemayor, Juan de Dios Esperanza Martínez y Alicia González Ruiz, vocales.

Hacienda del Estado, diputados: Horacio del Bosque Dávila, presidente; José Esteban Mata González, vicepresidente; Jorge Salazar Salazar, secretario; Alfredo G. Garza de la Garza, Antonio Ortiz Hernández, Alfonso González Ruiz, María de los Angeles García Cantú, Rogelio Torres Maldonado Rodríguez y Luis Carlos Montemayor Garza, vocales.»

«Escudo Nacional-H. Congreso de Nuevo León-Sala de Comisiones.

Honorable Congreso del Estado: los diputados integrantes del grupo legislativo del Partido Acción Nacional de la LXVII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo establecido en los artículos 68 y 69 de la Constitución Política del Estado, así como los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, ocurrimos formulando iniciativa de reforma a los artículos 2o.-A y 17 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; a efecto de que el Congreso del Estado, en su caso la apruebe y la eleve al honorable Congreso de la Unión en los términos de la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sustentamos la iniciativa en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Actualmente, nuestro país atraviesa por una situación sumamente difícil en materia económica, la economía familiar es agobiada por una escalada de precios que parece no tener fin y los ingresos de los jefes de familia caen de una manera alarmante, todo esto como consecuencia indeseable de la crisis económica que nos agobia; sin embargo estamos seguros que con acciones firmes del gobierno y con el trabajo decidido y constante de todos los mexicanos habremos de salir adelante, como ya lo hemos hecho en múltiples ocasiones a lo largo de la historia de nuestro país.

No obstante que estamos plenamente convencidos que esta crisis es pasajera, vemos con gran tristeza y preocupación, el hecho de que precisamente sean las clases más necesitadas la que sufran los peores estragos de la crisis por la que hoy atravesamos, además de ser estos sectores de la sociedad los que más sacrificios y trabajos pasan para salir adelante; en efecto, día a día en el seno de los hogares de una gran parte del pueblo de México, se libra una lucha sin cuartel en contra de la carestía y en contra del fantasma del desempleo; lucha, la cual se ve agravada por la insuficiencia de los salarios para satisfacer las necesidades básicas de una familia y que desgasta día a día la fuerza de voluntad de los jefes de familia que miran impotentes como sus ingresos no son suficientes para cubrir sus necesidades; que miran impotentes como su patrimonio se diluye en la nada por causa de la crisis económica.

Ante esta situación, es urgente llevar a cabo medidas que alivien la carga económica de las familias mexicanas, a fin de éstas dispongan de más recursos para subvenir sus necesidades más apremiantes; en efecto, el pueblo de México siempre ha cumplido con su obligación de aportar vía impuestos, los recursos necesarios para el gasto público; sin embargo, existen algunas disposiciones fiscales que consideramos deben ser adecuadas, a fin de lograr aliviar la carga impositiva de los contribuyentes. Concretamente la Ley del Impuesto al Valor Agregado, grava diversos actos de las personas físicas y morales tales como la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, el uso y goce temporal de bienes y la importación de bienes. Dicha ley sigue un criterio que en parte nos parece acertado, en el sentido de que en virtud de la misma se gravan bienes y servicios que no son de primera necesidad, incluso podríamos decir que la gran mayoría de los actos o bienes gravados constituyen lujos que la mayoría del pueblo no utiliza, sin embargo y es aquí donde radica nuestro desacuerdo con dicha ley, la misma establece un gravamen a los servicios de agua, energía eléctrica y gas en clara contravención al criterio antes señalado, toda vez que los servicios de agua, energía eléctrica y gas no son artículos de lujo.

A juicio de los que suscribimos la presente iniciativa, los servicios de agua y drenaje, energía eléctrica y gas son de primera necesidad y debe gravarse con tasa cero para los efectos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que resulta muy oneroso para los particulares pagar el 15% de IVA en estos servicios prestados por el Estado; además con una tasa de 0% en estos bienes es indudable que la economía de las familias mexicanas se verá favorecida. Por tal motivo la presente iniciativa propone reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta, incluyendo en el artículo 2o.-A los servicios suministro de agua, energía eléctrica y gas, a fin de que se constituyan como operaciones afectas a tasa de 0%; esta medida permitirá que los particulares utilicen los recursos que antes gastaban en impuestos, en la compra de satisfactores básicos como alimento, vestido o calzado.

Por los motivos antes expuestos y en base a los ordenamientos constitucionales que se invocan, presentamos a consideración de esta Asamblea la presente iniciativa de

REFORMAS A LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

DECRETO

Artículo único: Se reforma el artículo 2o.-A por adición de un párrafo y por modificación al artículo 17; ambos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

Artículo 2o-A Dice:

Artículo 2o.-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Artículo 2o.-A. Debe decir:

Artículo 2o.-A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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h) Los de agua, energía eléctrica y gas proporcionados por el Distrito Federal, estados municipios, organismos descentralizados, así como por concesionarios, permisonarios y autorizados para proporcionar dichos servicios, siempre y cuando éstos sean para uso doméstico.

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Artículo 17 Dice:

Artículo 17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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Artículo 17 Debe decir:

Artículo 17. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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En el caso de servicios personales independientes, así como en el caso de los servicios de recolección de basura proporcionados por el Distrito Federal, estados, municipios, organismos descentralizados, así como por concesionarios, permisionarios y autorizados para proporcionar dichos servicios, se tendrá obligación de pagar el impuesto en el momento que se paguen las contra prestaciones a favor de quien los preste y sobre el monto de cada una de ellas.

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ARTICULO TRANSITORIO

Artículo único: El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Monterrey, Nuevo León, a noviembre de 1995-Firmas que acompañan la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado-Grupo legislativo del Partido Acción Nacional-Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Juan de Dios Esparza Martínez, Marco Antonio García Villarreal, Joel González Villarreal, Susana González Zambrano, Pablo Gutiérrez Jiménez, Israel Hurtado Acosta, Julián Jara Aguilar, Jorge Maldonado Montemayor, Rubén Martínez Seca, José Esteban Mata González, José Luis Mesta Coello, Roberto Ramírez Villarreal, Secundino Treviño Correa, Baldemar Tudón Martínez, Juan Enrique Viera Ramírez y José Urbano Villanueva Macías.»

«Honorable Congreso del Estado

Joel González Villarreal, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Juan de Dios Esparza Martínez, Marco Antonio García Villarreal, Susana González Zambrano, Pablo Gutiérrez Jiménez, Israel Hurtado Acosta, Julián Jara Aguilar, Jorge Maldonado Montemayor, Ruben Martínez Seca, José Esteban Mata González, José Luis Mesta Coello, Roberto Ramírez Villarreal, Secundino Treviño Correa, Baldemar Tudón Martínez, Juan Enrique Viera Ramírez, José Urbano Villanueva Macías, diputados miembros del grupo legislativo del Partido Acción Nacional e integrantes de la LXVII Legislatura del honorable Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 68 y 69 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y los artículos 102 y 103 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, presentamos a este cuerpo legislativo la propuestas de iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para modificar el monto del impuesto del 15% al 10%.

En esta iniciativa, de aprobarse por esta legislatura, se presentaría al honorable Congreso de la Unión para su aprobación, por tratarse de una ley de carácter federal y precisamente como parte integrante de la Federación es que nuestro Estado de Nuevo León ha de promover este cambio que daría un alivio a sus habitantes e instituciones.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con la reciente modificación a la Ley del IVA determinada por el honorable Congreso de la Unión, se dio un gran golpe a la economía y bienestar familiar, pues dicho incremento al impuesto representó el 50%, lo que propició a su vez una baja directa en el poder adquisitivo de los mexicanos.

Conjuntamente con la reducción del poder adquisitivo, se redujeron drásticamente las ventas de bienes y servicios, afectando al sector comercial y, como consecuencia directa de la baja en las ventas, el sector industrial se vio obligado a reducir la planta productiva. En resumen el incremento al IVA originó un contracción de mercado que convirtió nuestra economía en una economía decreciente.

Como efecto inmediato de las medidas económicas adoptadas por el régimen federal, se suscitó una abrumadora opinión de repudio social, naturalmente respaldada en la reducción de la liquidez y del empleo, colocando a nuestra estructura política y social al borde de los desmanes callejeros que podrían desembarcar en un estallido social.

Se ha visto durante los meses de marzo y abril una gran cantidad de manifestaciones y de marchas con las cuales se exige dar marcha atrás al incremento del IVA y por supuesto, a las condiciones implantadas por el Gobierno Federal, lo anterior, no sólo en la circunscripción de la capital de la República y del Estado de Nuevo León, sino que se repite en cada comunidad, en cada ciudad y en cada entidad de la República Mexicana.

Ahora bien, con motivo del esquema financiero vivido en los años 1991-1994, se dieron amplias facilidades a la comunidad entera para la adquisición de créditos a través de instituciones bancarias, arrendadoras bancarias y uniones de crédito, lo cual ha reducido principalmente a la liquidez con que contaban los bancos, a las bajas tasas de interés así como a la aparente estabilidad de mercado y la competencia entre las instituciones privadas de banca y crédito.

Como consecuencia de esta facilidad para la obtención de créditos, gran parte de la población adquirió casas, vehículos y bienes diversos que ahora lamentan haber adquirido, pues resultan prohibitivas las cantidades que mensualmente tienen que pagar para sostener dichos pagos mensuales. Esto por si sólo provoca una presión extraordinaria sobre la economía familiar.

Adicionalmente, es conocido que la disputa de la paternidad de la crisis económica en la que México entero está inmerso, se da entre quienes dirigieron al país en el sexenio de Carlos Salinas de Gortari y el que recién comienza, el de su ex colaborador y ahora presidente Ernesto Zedillo Ponce de León. Pero, independientemente de la responsabilidad directa de los "guía financieros", es evidente que el pueblo no es el responsable de la mala administración económica de sus gobernantes. Sin embargo, hoy nos encontramos ante innumerables sacrificios por parte de la población en un plan de choque seleccionado por el presidente Zedillo. El plan de choque económico prevee aumentos en prácticamente todos los servicios que presta el Estado, así como los productos monopolizados como la gasolina y diesel, la energía eléctrica, entre otros, además de haberse establecido el incremento bárbaro al impuesto al valor agregado.

Los suscritos consideramos que los artífices de la crisis han dejado a un lado uno de los principales factores de incidencia en la propia crisis como es la reducción del gasto público, el cual parece permanecer intocable y muestra la poca voluntad del Gobierno Federal para sacrificar su enorme y obeso aparato económico central e incluso del aparato descentralizado.

Creemos que falta un sentimiento de solidaridad con los más golpeados por la crisis, que a la vez son los menos responsables de la misma.

En diversos países se han aplicado planes de choque, entre los que recordamos el del Austral en Argentina y el Cruzado en Brasil los cuales finalmente no dieron buenos resultados por el desorden generado y el clamor social que pedía desesperadamente evitar el severo sacrificio del nivel de vida de su familia y de su comunidad. El Gobierno mexicano, requiere más que nunca no cometer errores adicionales a los que ya se cometieron y creemos que con la reducción propuesta al impuesto al valor agregado la recuperación será más rápida puesto que brindará una mayor dinámica económica que generará a su vez un incremento en la planta productiva, el comercio, el empleo y, por ende, el nivel de vida de los mexicanos.

Es conveniente recalcar que el impuesto aquí referido es el más regresivo de todos los impuestos que un gobierno podría aplicar, pues se aplica, sin excepción, a todas las personas independientemente de su nivel social, económico, de ingresos, de religión o cualquier característica aplicable a los mexicanos.

En la iniciativa que presentamos a continuación, las reformas son muy sencillas y, una vez que se aprobaran darían un respiro inmediato a la deteriorada economía de todos los mexicanos.

En este momento, la reducción en el IVA auxiliará el incremento en la demanda de bienes y servicios, provocando el establecimiento de piso de apoyo a las empresas que tienen ya serios problemas para mantener ventas suficientes que les permita sobrevivir.

La decisión de reducir el impuesto, por otra parte, contribuirá a que el Gobierno de la República recupere la posibilidad de que la población respalde el enorme esfuerzo que requiere la estabilización de la economía.

Es por lo anterior que exhortamos a los integrantes de este honorable cuerpo legislativo para que aprueben la iniciativa, para que a su vez, suscrita unánimemente y sea enviada posteriormente para su aprobación a la Cámara de Diputados en el honorable Congreso de la Unión.

REFORMAS A LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo primero. Se reforman los artículos 1o., segundo párrafo; 2o.-A fracción I, inciso b, subinciso 2; 2o.-B; 3o., segundo párrafo; 25, fracción III; 32, primer párrafo y fracción III, último párrafo; y 41 fracción II; se adicionan los artículos 2o.; y 4o., con un último párrafo; y se derogan los subincisos 3 a 7 inclusive del inicio b, de la fracción I, del artículo 2o.-A de y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como siguen:

"Artículo 1o.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley, la tasa del 10%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 2o. El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% a los valores que señala esta ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza y siempre que la entrega material de los bienes o la presentación de servicios se lleve a cabo en le citada región fronteriza.

Tratándose de importación, se aplicará la tasa del 10%, siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en le mencionada región fronteriza.

Tratándose de la enajenación de inmuebles en la región fronteriza, el impuesto al valor agregado se calculará aplicando al valor que señala esta ley la tasa del 10%.

Para efectos de esta ley, se considera como región fronteriza, además de la franja fronteriza de 20 kilómetros paralela a las líneas divisorias internacionales del norte y sur del país, todo el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur y Quintana Roo, el municipio de Cananea, Sonora, así como la región parcial del Estado de Sonora comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el del cause del río Colorado hasta el punto situado en esa línea de 10 kilómetros al oeste del municipio Plutarco Elías Calles; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa, a un punto situado a 10 kilómetros al este del Puerto Peñasco; de ahí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Artículo 2o.-A.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

b.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2.- Leche y huevo, cualquiera que sea su presentación.

3 a 7.- (Se derogan.)

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 2o.-A. El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta ley, la tasa del 0%, siempre que se trate de la enajenación de bienes que se realice al público en general en locales fijos de ventas al menudeo, que dichos locales no tengan servicio de entrega a domicilio de los bienes enajenados, distintos a las medicinas de patente y sean cualquiera de los siguientes bienes:

1. Productos destinados a la alimentación a excepción de:

a). Bebidas, distintas de la leche, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos.

b). Jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos, utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos.

c). Aquéllos a los que les sea aplicable el artículo

2o.- A.

d). Caviar, salmón ahumado y angulas.

II. Medicinas de patente.

Se aplicará la tasa que establece el artículo 1o. a la enajenación de los alimentos a que se refiere la fracción I de este artículo, preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos.

Artículo 3o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La Federación, el Distrito Federal, estados, los municipios, así como sus organismos descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, tendrán la obligación de pagar el impuesto únicamente por los actos que realicen que no den lugar al pago de derechos, salvo que se trate de derechos estatales o municipales por el servicio o suministro de agua potable.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 4o.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Para acreditar el impuesto al valor agregado en la importación de bienes tangibles, cuando se hubiera pagado la tasa del 10%, el contribuyente deberá poder comprobar que los bienes fueron utilizados o enajenados en la región fronteriza.

Artículo 25.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Las de bienes cuya enajenación en el país y las de servicios por cuya prestación en territorio nacional no den lugar al pago del impuesto al valor agregado o cuando sean de los señalados en el artículo 2o.-A de esta ley.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 32. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refieren los artículos 2o.-A y 2o.-B tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta ley, las siguientes:

I-II. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En todo caso, los contribuyentes estarán obligados a trasladar el impuesto en forma expresa y por separado en la documentación a que se refiere esta fracción, cuando el adquirente, el prestatario del servicio o quien use o goce temporalmente el bien, así lo solicite. Lo

dispuesto en este párrafo no se aplicará tratándose de los contribuyentes a que e refieren los artículos 2o.-A, 2o.-B y 2o.-C de esta ley.

V-I. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Artículo 41. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. La enajenación de bienes o prestación de servicios cuando una u otras se exporten o sean de los señalados en los artículos 2o.-A, 2o.-B, 2o.-C de esta ley.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE ESTA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo quinto. Para efectos de lo dispuesto en el artículo cuarto de esta ley, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Se deroga a partir del 1o. de septiembre de 1995, el artículo octavo de la Ley que Reforma, Deroga y Adiciona Diversas Disposiciones Fiscales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1994.

Las reformas al subinciso 2 del inciso b de la fracción I del artículo 2o.-A; al primer párrafo y los incisos c y d de la fracción I del artículo 2o.-B; a la fracción III del artículo 25; al primer párrafo del artículo 32 y al último párrafo de la fracción III del propio artículo 32 y la fracción II del artículo 41, y la derogación de los subincisos 3 a 7 del inciso b, de la fracción I del artículo 2o.-A, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, entrarán en vigor el 1o. de septiembre de 1995.

II. Se condona totalmente el impuesto al valor agregado y sus accesorios que hubieran causado el Distrito Federal, los estados, los municipios, así como sus organismos descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, por los actos o actividades que hayan realizado del 1o. de enero de 1995 al 31 de marzo del mismo año y por los cuales se hubieren causado derechos locales, estatales o municipales, excepto aquellos que se hubieran causado por concepto de derechos por el servicio, uso, suministro o aprovechamiento de agua.

Los sujetos a que se refiere el párrafo anterior, para efectos de acogerse a lo dispuesto por el mismo, no podrán efectuar el acreditamiento del impuesto al valor agregado que se les hubiera trasladado o que hubiesen pagado con motivo de la importación de bienes o servicios durante el citado periodo, destinados a la realización de cualquiera de los actos o actividades por los que se condona el impuesto al valor agregado de conformidad con esta fracción.

III. El contribuyente que reciba la devolución de bienes enajenados u otorgue descuentos o bonificaciones con motivo de la realización de actos gravados por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, deducirá en la siguiente o siguientes declaraciones de pagos provisionales el monto de dichos conceptos del valor de los actos o actividades por los que deba pagar el impuesto a la tasa vigente al momento de efectuar el acto gravado por dicha ley, siempre que expresamente se haga constar que el impuesto al valor agregado que se hubiere trasladado se cancela o se restituye, según sea el caso.

El contribuyente que reciba el descuento, la bonificación o devuelva los bienes enajenados, disminuirá, con la tasa que estuvo vigente al momento de efectuar el acto gravado por la citada ley, el impuesto cancelado o restituido de las cantidades acreditables o que tuviere pendientes de acreditamiento. Si no tuviere impuesto pendiente de acreditar del cual disminuir el impuesto cancelado o restituido, lo pagará al presentar la declaración de pago provisional que corresponda al periodo en que reciba el descuento, la bonificación o efectúe la devolución.

IV. Los contribuyentes que estén sujetos a lo dispuesto por la fracción III del artículo 4o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado procederán a efectuar el acreditamiento o traslado del impuesto, a las tasa vigente al momento de efectuar el acto gravado por la citada ley.

Tratándose de enajenaciones que en los términos del Código Fiscal dela Federación se consideren a plazos y en las cuales el bien enajenado hubiere sido entregado o enviado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley y por las que el contribuyente en los términos del artículo 12 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado hubiere optado por deferir dicho impuesto hasta que efectivamente reciba los pagos, el diferimiento será considerado que el impuesto sobre el precio pactado se causó a la tasa vigente en la fecha en que se expidió el comprobante de la enajenación de que se trate. En el caso de los intereses que se causen sobre la parte del precio no percibido efectivamente al momento de entrar en vigor esta ley, por las enajenaciones a plazos, así como tratándose de intereses derivados de los contratos de arrendamiento financiero, el impuesto sobre los mismos se causará a la tasa vigente en el mes en que dichos intereses sean exigibles.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. La presente ley entrará en vigor el día inmediato posterior a aquél en que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Monterrey, NL, a 24 de abril de 1995-Joel González Villarreal, Felipe de J. Cantú R., Juan de Dios Esparza Martínez, Marco A. García V., Susana González Zambrano, Pablo Gutiérrez J., Israel Hurtado Acosta, Julián Jara Aguilar, Jorge Maldonado Montemayor, Rubén Martínez Seca, José Esteban Mata González, José Luis Mesta C., Roberto Ramírez Villarreal, Secundino Treviño C., Baldemar Tudon Martínez, Juan E. Viera Ramírez, José Urbano Villanueva Macías.»

«Ciudadanos diputados que integran la LXVII Legislatura Constitucional del Estado-Presentes.

Por medio de este escrito hacemos de su conocimiento que las organizaciones ciudadanas no gubernamentales que se mencionan al calce, presentaremos legal y formalmente ante el honorable Congreso de la Unión el día de mañana, la iniciativa que se adjunta. En ella demostramos la inconstitucionalidad del cobro del impuesto al valor agregado en el suministro de la energía eléctrica, gas y agua, por lo que consideramos importante que esa legislatura estatal analice la propuesta para derogar el IVA en los servicios aludidos y se pronuncie al respecto, ya que sería de gran utilidad contar con su apoyo en esta causa que, sin duda alguna, beneficiaría a todos los habitantes del Estado.

Atentamente.

Monterrey, NL, a 28 de noviembre de 1996-Defensa Ciudadana Movimiento Cívico Nicolaíta, Unión Patriótica de Mexicanos Libres, Comités Civiles del Diálogo Nacional del FZLN, Coordinación Nacional de extrabajadores y Jubilados de la Industria del Acero Regeneración, AC, Corriente Democrática Universitaria, y Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C., del Estado de Nuevo León (CADHAC).»

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-Presentes.

Los abajo firmantes, mexicanos, mayores de edad, pertenecientes a las organizaciones ciudadanas no gubernamentales que se citan al calce, pero sobre todo, ciudadanos con libertad plena para ejercitar nuestros derechos políticos, tal y como acreditamos esto último adjuntando copia certificada de nuestra credencial de elector correspondiente y señalando como domicilio convencional para los efectos del presente escrito el de Platón Sánchez número 1210 Norte, colonia Terminal en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, respetuosamente acudimos ante ustedes para manifestar:

Que con el derecho de petición que nos concede el artículo 8o. de la Constitución Política Federal, relacionado con la fracción V del artículo 35 de dicho ordenamiento, por este conducto nos permitimos presentar formal y legalmente una iniciativa para reformar la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a fin de que sea aprobada por el honorable Congreso de la Unión en el presente periodo de sesiones ordinarias, al tenor de las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. Que el artículo 8o. de nuestra Constitución Política Federal establece el derecho subjetivo público que tenemos los gobernados para solicitar a cualesquier autoridad del país cualquier petición, siempre y cuando ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa.

Por otro lado, de forma correlativa, el precepto citado impone a las autoridades la obligación de respetar tal derecho y de resolver en breve término, la petición que sea planteada.

Segunda. Que la fracción V del artículo 35 de nuestra Carta Magna estipula como una de las prerrogativas de los ciudadanos mexicanos, "el ejercicio en toda clase de negocios el derecho de petición", sin señalar limitación o condición alguna a la materia o al contenido de lo que se solicite.

Tercera. Que de acuerdo a la organización política de nuestro país, corresponde al honorable Congreso de la

Unión la responsabilidad de la función legislativa, es decir, del establecimiento de las normas legales, obligatorias, abstractas, impersonales y de aplicación general, que integran la parte más importante de nuestro sistema jurídico.

Cuarta. Que los artículos 71 y 72 de la Constitución Federal regulan el procedimiento para la formación de leyes, en la inteligencia de que las únicas autoridades públicas facultadas para iniciar leyes o decretos son el Presidente de la República, los diputados y senadores del honorable Congreso de la Unión, así como las legislaturas de los estados.

Quinta. Que en virtud de que para los gobernados, soberanos del poder político, resulta aplicable la máxima jurídica que señala que "lo que no está prohibido, está permitido", no existe imposibilidad legal para que cualquier ciudadano u organización política integrada por éstos, presente al Poder Legislativo cualquier iniciativa para crear, modificar, derogar o abrogar cualesquier ley. En efecto, en concordancia con el artículo 8o. y la fracción V del artículo 35 constitucionales, los ciudadanos mexicanos nos hemos reservado el ejercicio del derecho fundamental de petición para toda clase de negocios, incluyendo, claro está, la posibilidad legal para formular iniciativas que detonen el procedimiento legislativo.

Lo anterior se deduce de la propia Constitución Política Federal que reconoce, en el artículo 39, que "la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo" y "que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste". En tal sentido, todos los ciudadanos no sólo tenemos la prerrogativa y la obligación de elegir a nuestros gobernantes, sino que también tenemos el derecho fundamental de participar en el proceso creador de las normas legales que tales gobernantes deben aplicar a los gobernados. En contrario, la facultad para iniciar leyes o decretos en favor de las autoridades públicas ha sido conferida a única y exclusivamente a aquellas que se mencionan en el artículo 71 constitucional y que ya se han citado.

Sexta. Que la obligación legal para los gobernados de pagar contribuciones fiscales a la Federación se establece en la fracción IV del artículo 31 de la ley fundamental, de la que se desprenden, según la doctrina y la jurisprudencia predominante, cinco principios constitucionales en materia tributaria referentes a:

a) La generalidad;

b) La obligatoriedad;

c) La vinculación con el gasto público;

d) La proporcionalidad y equidad y

e) La legalidad.

Séptima. Que el denominado principio de vinculación con el gasto público es de suma trascendencia en la relación jurídica-tributaria entre la autoridad hacendaria y el contribuyente, puesto que constituye la razón fundamental para la justificación de la obligación de pagar contribuciones fiscales. En este sentido, el maestro Adolfo Arrioja Vizcaíno opina que:

"Los ingresos tributarios tienen como finalidad costear los servicios que el Estado presta, por lo que tales servicios deben representar para el particular un beneficio equivalente a las contribuciones efectuadas, ya que resultaría ilógico e infundado que el Estado exigiera en forma permanente de sus súbditos, una serie de contribuciones sin entregarles nada a cambio. Por el contrario, es una verdad fácilmente comprobable que en aquellos países en donde se disfruta de mejores servicios públicos, los ciudadanos pagan con mayor regularidad y seriedad sus impuestos que en aquéllos en donde tales servicios resultan deficientes e inconstantes en cuanto a su prestación.

De igual forma lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en jurisprudencia definida, según la siguiente tesis:

Impuestos, destino de los, en relación con los obligados a pagarlos. De acuerdo con el artículo 31fracción IV de la Carta Magna, para la validez constitucional de un impuesto se requiere la satisfacción de tres requisitos fundamentales: primero, que sea proporcional; segundo, que sea equitativo y tercero, que se destine al pago de los gastos públicos. Si falta alguno de estos requisitos, necesariamente el impuesto será contrario a lo estatuido por la Constitución, ya que ésta no concedió una facultad omnímoda para establecer las exacciones que, a juicio del Estado, fueren convenientes, sino una facultad limitada por esos tres requisitos."

Tomo LXV, Arrigunaga Peón Manuel de, pág. 2723; tomo LXIX, Cabezut Alberto M. y coagraviados, pág. 398 y 5432; tomo LXXIII, Bolaños García Fulgencio, pág. 813; tomo LXXV, Mora Manuel F., pág. 3603.

Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1954 tesis 541, pág. 1000.

De lo anterior se desprende que nuestra Constitución Federal ha establecido una limitación a los gobernantes en beneficio de los gobernados, por virtud de la cual los primeros deben justificar la utilización de los ingresos públicos al gasto público. Esta relación fundamental y correlativa, contribución-gasto público, resulta indisoluble y no admite excepción alguna: Toda contribución fiscal debe apoyarse en el gasto público y viceversa, ya que para efectuar este último se requiere del establecimiento de impuestos y otras contribuciones fiscales.

En consecuencia, nuestra obligación constitucional de pagar impuestos está constreñida única y exclusivamente a aquéllas que cumplan con todos y cada uno de los requisitos que marca nuestra Constitución Federal. Por otro lado, corresponde a las autoridades hacendarias respetar la esfera jurídica de los gobernados y demostrar que los ingresos que perciban serán empleados para el gasto público sin que valga desviación alguna.

Octava. En cuanto al concepto de gasto público, fin primordial de las contribuciones fiscales, podemos afirmar con certeza que su objeto principal lo constituyen tanto la función pública como los servicios públicos; es decir, la satisfacción de las necesidades colectivas de todos los gobernados. Nuevamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es la máxima autoridad en la interpretación de las leyes, ha formulado el siguiente criterio:

"Tesis 118. Gastos públicos. Por gastos públicos no debe entenderse todos los que pueda hacer el Estado, sino aquellos destinados a satisfacer las funciones y servicios públicos."

Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, año 1965, 1a. parte.

En este orden de ideas, podemos concluir que el Estado no puede legalmente establecer contribuciones con un destino distinto al ejercicio propio de sus atribuciones y a la satisfacción de los servicios públicos. De ahí que anualmente, le corresponde a la Cámara de Diputados aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación vigilando que su aplicación cumpla con el "gasto público." Así, con fecha de 22 de diciembre de 1995, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal l996" aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Dicho presupuesto de egresos incluyó, en su artículo 12, una partida destinada para la Comisión Federal de Electricidad por un monto de $36,190'591,500.00 así como otra partida por la suma de $5,136'183,100.00 para la entidad Luz y Fuerza del Centro, en la inteligencia de que ambos organismos públicos se dedican a la prestación del servicio público de energía eléctrica.

Novena. Resulta inobjetable que tanto el suministro de energía eléctrica como de gas natural, deben considerarse como "servicios públicos". En efecto, basta recordar de la existencia de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica o la nacionalización de la industria eléctrica en septiembre de 1960 para observar que el tema del suministro de este tipo de energía ha sido considerado de interés nacional. También es innegable que actualmente la energía eléctrica representa para todos los mexicanos, una necesidad colectiva básica cuya satisfacción no debe ser soslayada por el Gobierno en ningún momento ni bajo ninguna circunstancia.

Décima. Ahora bien, sucede que en nuestro país, como seguramente ha de ser en todo el mundo, el consumo la energía eléctrica y otro tipo de servicios públicos que presta el Gobierno, directamente o a través de organismos públicos descentralizados pertenecientes al final de cuentas a la administración pública, requieren de una contraprestación económica adicional al pago de las contribuciones. Es claro que por la magnitud de la prestación de este tipo de servicios públicos, en los que se requiere de esfuerzos y recursos humanos, técnicos, económicos en gran cantidad y calidad, se justifica establecer contraprestaciones económicas que eviten el consumo desmedido e irresponsable. Sin embargo, cabe aclarar que esto no faculta al establecimiento de tarifas deshumanizadas y exageradas.

Decimaprimera. Siguiendo en el mismo contexto, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (en lo sucesivo IVA), se desprende que los gobernados tenemos la supuesta obligación de pagar dicho tributo por el consumo de energía eléctrica, gas y hasta el año pasado por el consumo de agua para uso doméstico. En el caso del agua, por una disposición transitoria de la denominada Miscelánea Fiscal para 1996, durante este año, el IVA se causa a "la tasa del 0%". De esta manera, todos los particulares, personas físicas o morales, sean familias mexicanas, industrias, comercios, prestadores de servicios o en general todos los que realicen una actividad económica o no, "debemos" pagar el 15% (quince por ciento) por el consumo de la energía eléctrica que suministra una entidad oficial, sin que el Gobierno tome en consideración lo siguiente:

1o. Lo necesario que representa la utilización de la energía eléctrica para el desarrollo de todo tipo de actividades y para la subsistencia misma del ser humano;

2o. Que la situación económica actual de la gran mayoría de la población no permite tarifas elevadas ni incrementos desmedidos e insensibles;

3o. Que en caso de no pagar el consumo correspondiente, se corta el suministro irremediablemente, de tal suerte que la forma del cobro del IVA por parte del Gobierno Federal es por demás ventajista y repugnante;

4o. Que para la prestación de este servicio público ya se ha efectuado el pago de otras contribuciones fiscales.

Decimasegunda. El último punto mencionado en el párrafo inmediato anterior amerita un análisis especial. En efecto, hemos asentado con antelación que:

1o. Según la Constitución Federal, toda contribución debe destinarse al gasto público.

2o. El gasto público se realiza con las contribuciones pagadas por los contribuyentes y comprende tanto la función pública propiamente dicha como la satisfacción de los servicios públicos.

3o. El suministro de energía eléctrica constituye un servicio público.

4o. Los organismos públicos descentralizados encargados de tal servicio público federal reciben anualmente una partida del Presupuesto de Egresos de la Federación para lograr su cometido.

5o. Cuando dichos organismos públicos descentralizados suministran la energía eléctrica, los consumidores, que también somos contribuyentes, pagamos el 15% del valor de consumo de la energía eléctrica por concepto del impuesto al valor agregado.

Bajo este orden de ideas, sucede entonces que por la prestación del servicio de energía eléctrica, se está en presencia de una doble tributación inconstitucional, puesto que los contribuyentes pagamos impuestos para la satisfacción de dicho servicio público y pagamos el IVA cuando recibimos el servicio, que como ya apuntamos, es imprescindible para el desarrollo de toda actividad incluso para la propia sobrevivencia de los mexicanos. Aquí, la hipótesis de la doble tributación inconstitucional radica fundamentalmente en dos hechos incuestionables vinculados entre sí: que por una parte, el Gobierno Federal percibe ingresos fiscales justificando su cobro en el gasto público (función pública servicios públicos) pero luego, al aplicarse dicho gasto público, en este caso prestando el servicio público de energía eléctrica, el Gobierno Federal vuelve a cobrar una contribución, el IVA, que ya no tiene vinculación directa con el gasto público, violentándose de esta forma la limitación constitucional consagrada en la fracción IV del artículo 31 de la Carta Magna y que se refiere al "principio de vinculación con el gasto público".

Argüir que el IVA que se cobra por el consumo de la energía eléctrica también tiene como destino el gasto público, equivale a desconocer, injustificadamente, el origen económico y tributario de la prestación del servicio, y desvirtuar así, la norma constitucional que establece una esfera mínima de protección jurídica en contra de injustas exacciones.

Decimatercera. Al mismo tiempo, no podemos dejar de señalar enfáticamente la desconsideración del Gobierno Federal en cuanto al procedimiento de cobro del IVA por el consumo de la energía eléctrica, mismo que podemos calificar como inhumanamente recaudatorio. Por una parte, es clara e innegable la necesidad que tenemos todos los mexicanos, en general, de consumir energía eléctrica y por otro lado, resulta lamentablemente cierto que cuando un usuario del servicio público no paga el importe total de su consumo, incluyendo el IVA, la Comisión Federal de Electricidad no tiene el menor recato en "cortar" el suministro de la energía. Esto nos deja en un estado de indefensión tal, que el Gobierno Federal al obligarnos irremediablemente a pagar el IVA ni siquiera tiene que iniciar los procedimientos administrativos previstos en el Código Fiscal de la Federación para el cobro de las contribuciones en general. Simplemente y debemos expresarlo con toda claridad: el Gobierno Federal se hace justicia por su propia mano, procedimiento que es, a todas luces, inconstitucional.

Decimacuarta. Seguramente la administración pública federal explicará que en términos de las teorías económicas de pizarrón que aplica, debemos de pagar el referido impuesto, por ser un "rubro" importante para las finanzas públicas. En ese sentido, puede ser que a nivel de laboratorio económico el IVA tenga que pagarse por el consumo de bienes y servicios, pero eso no significa que deba permitirse violaciones constitucionales graves en perjuicio de los gobernados, que somos, a fin de cuentas, quienes debemos beneficiarnos por los servicios públicos que merecemos por el pago de las contribuciones.

Decimaquinta. Además de todo lo anteriormente expuesto, recientemente se han "pactado" incrementos a las tarifas de energía eléctrica para el año de 1997. Si consideramos que al aumento de las tarifas, igualmente se le aplica el IVA, el Gobierno Federal aumenta automáticamente la recaudación de dicho impuesto, sin que haya habido un incremento en el consumo.

Nuestro país requiere de cambios sociales, políticos y económicos de manera profunda. Estamos conscientes de ello, pero creemos que la enmienda a leyes injustas e inconstitucionales constituye una significativa muestra de avance en la relación de los gobernantes con sus gobernados.

Atendiendo a las anteriores consideraciones y en base al derecho constitucional de petición ya citado, por este escrito solicitamos formalmente al honorable Congreso de la Unión la aprobación de la siguiente iniciativa a fin de reformar el artículo 3o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, adicionando un tercer párrafo, para quedar como sigue

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

"Artículo 3o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Tratándose del servicio o suministro de energía eléctrica, gas natural, agua potable y drenaje, que presten la Federación, el Distrito Federal, los estados, los municipios directamente o a través de organismos descentralizados o instituciones públicas, no se causará este impuesto.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "

Justa y legal nuestra petición, esperamos que sea proveída conforme a derecho, en el presente periodo de sesiones ordinarias de esa representación popular.

Atentamente.

Monterrey, Nuevo León, a 28 de Noviembre de 1996-Comité Causa Justa del FZLN: Juan Carlos Rodríguez A-Comités Civiles del Diálogo Nacional, Monterrey del FZLN: Juan Aguado Franco, Homobono Aguilar Saldaña y María de la Paz Quintanilla V.»

La Presidenta:

Túrnense a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Benjamín Gallegos Soto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de ley por la que se modifica el Código Fiscal de la Federación, para propiciar la pronta seguridad jurídica en materias de fiscalización, caducidad, prescripción y extinción de obligaciones fiscales.

El diputado Benjamín Gallegos Soto:

Por mandato del pueblo y por el pueblo. Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Hago uso nuevamente de esta alta tribuna para manifestar ante ustedes que en ejercicio y debido cumplimiento de mi función representativa, he presentado una iniciativa de reformas al Código Fiscal de la Federación, iniciativa que recoge diversos reclamos que los distintos sectores de contribuyentes han venido formulando desde hace ya algunos ayeres; iniciativa que de ninguna manera compite con la ya leída en esta tribuna y que fuera presentada por compañeros diputados pertenecientes a la fracción parlamentaria de la que soy integrante.

Esta iniciativa, ante todo, busca que el Poder Legislativo reforme diversos preceptos del Código Tributario Federal, con objeto de perfeccionar el marco normativo fiscal vigente en la República, ello con la finalidad de hacer efectivas ante todo las garantías de legalidad, de seguridad jurídica y de impartición de justicia pronta y expedita, derechos fundamentales que consagra nuestra Carta Magna.

Además, con esta iniciativa se pretende mejorar el marco normativo para que en relación al ámbito de la administración tributaria se eviten la ineficiencia fiscalizadora y sus consecuencias, tanto en perjuicio de los gobernados como del propio Estado, buscándose además propiciar el establecimiento de un marco normativo acorde a las actuales situaciones y condiciones de la vida nacional.

Efectivamente, compañeras y compañeros diputados, en los términos de esta iniciativa se pretende la readecuación de las normas tributarias para hacer factible de una mejor manera el acceso a los gobernados, a la impartición de justicia en materia fiscal. Ello mediante la modificación de los textos jurídicos vigentes que constituyen verdaderos obstáculos para que los contribuyentes opten por ejercer su derecho a controvertir las resoluciones de las autoridades hacendarías.

Se propone que la indexación de las contribuciones pendientes de pago y la generación de los recargos respectivos, no se produzcan durante el tiempo que transcurra en la tramitación de los procedimientos de defensa que entablen los particulares, lo que es equitativo y corresponde con el actual esquema de que durante dicha tramitación no corre en perjuicio del fisco, la caducidad de sus facultades para afectar al contribuyente.

En lo tocante al plazo de conservación de la contabilidad al plazo de extinción de las facultades de las autoridades fiscales para afectar a los contribuyentes, se propone una nueva mecánica para computar el plazo respectivo, mecánica que elimina las desventajas del actual sistema que previene una multiplicidad de supuestos, mismos que generan varios problemas para la interpretación y aplicación, tanto administrativa como jurisdiccional, de las normas conducentes.

Compañeras y compañeros: es nuestro deber dar cauce y satisfacción al sentido reclamo de la población contribuyente, por cuanto a darle agilidad, así como pronta y absoluta definición a las popularmente llamadas auditorías, que si bien tienen una válida e indiscutible justificación, deben originar las menores molestias posibles al gobernado.

Por ello, en esta iniciativa se propone que si la autoridad no concluye con el procedimiento de fiscalización en un plazo de un año a partir de iniciado, todo lo actuado queda sin efecto sin que pueda volver a ser materia de nueva revisión.

Por otra parte, es de descartarse de la iniciativa promovida por el de la voz, que a efecto de evitar múltiples y graves confusiones que actualmente generan las normas correspondientes a la caducidad de las facultades hacendarías y que además se generarían por cualquier reforma que al respecto se realizara, se propone en tal proyecto legislativo que respecto a situaciones anteriores a su eventual vigencia la reforma opere retroactivamente, con la finalidad de que ninguna situación fiscal correspondiente al ejercicio de 1992 o anteriores, produzca efectos jurídicos en perjuicio de los gobernados, a partir de la entrada en vigor de la propia reforma.

Colegisladores: el marco jurídico tributario federal ha venido evolucionando con el devenir de los años, buscando perfeccionarse y adaptarse a los dinámicos cambios de la vida nacional y desde luego a las situaciones concernientes a la materia tributaria. La realidad que se vive en esta materia en tiempos presentes no escapa a la necesidad de cambios y adecuaciones.

La población contribuyente reclama seguridad y agilidad en la aplicación de las normas fiscales. Es por ello que tenemos el deber ineludible como legisladores, de formular las readecuaciones pertinentes con la finalidad de que los preceptos jurídicos tributarios respondan a los postulados de nuestra Constitución Federal, los que fueron establecidos sabiamente por los constituyentes, quienes dispusieron la proporcionalidad y la equidad para los tributos, así como la seguridad, la certeza y la legalidad estricta en el ámbito de las relaciones jurídicas entre el Estado como fisco y los gobernados como contribuyentes.

Respondamos entonces a los reclamos y cumplamos con nuestra obligación representativa; así y sólo así estaremos acatando al mandado popular que nuestros compatriotas ciudadanos nos impusieron el pasado 6 de julio.

Muchas gracias.

La   Presidenta:

Como lo ha solicitado el diputado Benjamín Gallegos Soto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, insértese la iniciativa en el Diario de los Debates.

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El suscrito, en mi calidad de diputado federal integrante de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, en uso de las facultades que me otorga el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para los efectos del artículo 72 de la propia Carta Magna, así como en relación y para los fines de los artículos 14, 16, 17, 31 fracción IV y 73 fracción VII, todos de la misma Ley Fundamental, me permito someter a esta soberanía la siguiente iniciativa para modificar el Código Fiscal de la Federación en sus disposiciones conducentes en materia de extinción de las obligaciones fiscales y de las facultades de fiscalización de las autoridades tributarias.

Iniciativa de ley por la que se modifica el Código Fiscal de la Federación, para propiciar la pronta seguridad jurídica, en materias de fiscalización, caducidad, prescripción y extinción de obligaciones fiscales.

La presente iniciativa se somete al conocimiento de esta soberanía, en consideración a los argumentos que se expresan en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Garantizada por la Constitución Federal la seguridad jurídica, según lo preceptuado por los artículos 14 y 16 de dicha ley fundamental y teniendo además en consideración que es postulado constitucional, conforme al artículo 17, el que en nuestra República, la impartición de justicia debe ser pronta y expedita, debemos evidentemente colegir que de tales postulados se desprende el imperativo constitucional de una pronta definición, para efectos jurídicos, de todas las eventualidades, conductas y acontecimientos que surgen de la vida en comunidad, lo que expresado en otros términos significa o implica que debe darse a los hechos y actos que acontecen, así como a los supuestos normativos que los regulan, una definición en cuanto a sus efectos, que sea de tal manera pronta, a fin de no generar consecuencias inconvenientes y producir ante todo incertidumbre e inseguridad jurídicas.

En relación a lo anterior, es de considerarse que el esquema normativo vigente en la actualidad en materia fiscal federal, referente a la caducidad de las facultades fiscalizadoras hacendarias, a la prescripción de los créditos fiscales y, en general, a la extinción de las obligaciones tributarias, por cuanto establece plazos de hasta 10 años, produce efectos notoriamente inconvenientes y propicia, por sobre todo, la incertidumbre jurídica, de la que a su vez se deriva la inseguridad jurídica, situaciones éstas contrarias a los referidos postulados constitucionales que contemplan los artículos 14, 16 y 17 del pacto federal.

La prescripción de cinco años para los créditos fiscales y la caducidad de hasta 10 años respecto de las facultades hacendarias, conforman plazos que prolongan de manera innecesaria y sobre todo inconveniente la indefinición, imprecisión e incertidumbre de las obligaciones fiscales, propiciando que la seguridad jurídica se pretenda o se pueda alcanzar hasta concluidos tales lapsos de extensión imprudente.

Además, es de considerarse que los referidos plazos pueden constituir o alentar la ineficiencia fiscalizadora, ello con graves perjuicios tanto para la hacienda pública como para los gobernados, además de que la realidad fiscal de la nación nos ha enseñado en estos últimos años que los lapsos tan prolongados para la extinción de los efectos de los eventos tributarios vienen realmente a generar efectos desmedidos y deudas a la postre impagables, situaciones que redundan en perjuicio de una sana política económica ya que en última instancia, tales efectos o situaciones tienen una trascendencia tal, que son atentatorias contra la generación y conservación de empleos, contra la inversión productiva y en general contra el deseable desarrollo tanto del comercio, como de la industria, de los servicios y de las actividades que realizan los contribuyentes.

También se pueden apuntar entre los efectos inconvenientes de los referidos prolongados plazos, los costos y situaciones que generan tanto para los contribuyentes como para el fisco federal las disposiciones conducentes en materia de conservación de documentación, registros y demás elementos de información tributaria, no perdiendo de vista tampoco que tales elongados plazos de por sí dificultan la actuación de la autoridad administrativa fiscalizadora, puesto que facilitan o propician el que la misma, al llevar a cabo la revisión o comprobación de las obligaciones fiscales, pueda perderse en un cúmulo de disposiciones variantes con el transcurso de los años, según evolucionan las leyes tributarias.

En virtud de las consideraciones precedentes, se hace indispensable modificar el Código Fiscal de la Federación, ello con el ánimo de sustituir sustancialmente las aludidas disposiciones, por nuevos textos normativos cuyos mandatos propicien efectivamente la realización de los invocados postulados constitucionales y que sean además acordes a las actuales situaciones y condiciones de la vida nacional, además de que es pertinente destacar que la actual situación económica nacional y los actores de ella, demandan y reclaman facilidades de parte del Estado, que les resultan imperiosas e indispensables a efecto de llevar a cabo sanamente las actividades económicas que el país requiere; en tal virtud, ante tales realidad y reclamos, no se puede soslayar la necesidad de adecuación en lo conducente, de la legislación tributaria federal, por lo que en consecuencia me permito someter a esta soberanía el siguiente proyecto

INICIATIVA DE LEY

POR LA QUE SE MODIFICA EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, EN MATERIAS DE FISCALIZACION, CADUCIDAD, PRESCRIPCION Y EXTINCION DE OBLIGACIONES FISCALES

Artículo único. Se reforman los artículos 21 primero y segundo párrafos, 22 sexto y octavo párrafos, 30 tercer párrafo, 46-A, 67, 100, 133 último párrafo, 146 primero y segundo párrafos, 207 tercer párrafo y 239 segundo párrafo, todos del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

"Artículo 21. Cuando no se cubran las contribuciones en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, el monto de las mismas se actualizará y además deberán pagarse recargos, en concepto de indemnización al fisco federal, por la falta de pago oportuno.

La actualización se realizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, excluyendo el periodo o periodos en que según lo dispuesto por los artículos 67 y 146, en su caso, se encuentren suspendidas las facultades de las autoridades hacendarias en los términos de los propios artículos. En el caso de que conforme a tales preceptos se tengan por no suspendidos los plazos respectivos, la suspensión prevalecerá y operará en relación a la actualización y los recargos se generarán a partir del día siguiente al en que se debió hacer el pago y hasta que el mismo se efectúe, excluyendo el mismo o mismos periodos en que según lo dispuesto en este párrafo, haya operado la suspensión de la actualización. Los recargos se calcularán sobre el monto de las contribuciones omitidas actualizadas, aplicando a dicho monto la tasa que resulte de sumar las aplicables para cada uno de los meses por los que se generan los recargos en los términos de esta disposición. En ningún caso se aplicarán recargos sobre conceptos distintos a la contribución actualizada o a cantidades dejadas de pagar correspondientes a actualización de contribuciones. La tasa de recargos para cada uno de los meses de mora, será la que resulte de incrementar en un 50% a la que mediante ley fije anualmente el Congreso General.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

"Artículo 22. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

En ningún caso los intereses a cargo del fisco federal excederán de los que se causen en cinco años.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La obligación de devolver a cargo del fisco federal prescribe en el plazo de cinco años, contado a partir del día siguiente al en que el crédito sea exigible.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

"Artículo 30. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

La documentación a que se refiere el párrafo anterior de este artículo y la contabilidad, deberán conservarse durante el plazo de cinco años, contado a partir del último día del año de calendario correspondiente al ejercicio fiscal a que se refieran. Cuando se trate de documentación correspondiente a aquellos conceptos respecto de los que se hubiera promovido algún recurso o juicio, el plazo para conservarla se suspenderá con la notificación del acto impugnable y se reanudará con la notificación al contribuyente de la resolución definitiva que ponga fin al procedimiento respectivo.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

"Artículo 46-A. Las autoridades fiscales están obligadas a emitir resolución sobre la situación fiscal del contribuyente, a más tardar en el plazo de un año, contado a partir del inicio de las facultades de comprobación ejercitadas para los efectos respectivos. Transcurrido dicho plazo sin haberse emitido resolución, quedarán sin efecto las actuaciones que se hubieren practicado, sin que las obligaciones respectivas puedan ser objeto nuevamente de las facultades de comprobación. El plazo a que se refiere este artículo concluirá anticipada y de manera coincidente con el plazo a que se refiere el artículo 67."

"Artículo 67. Las facultades de las autoridades tributarias, para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales, determinar su existencia, fincarlas en cantidad líquida, para imponer sanciones administrativas por infracciones fiscales, así como investigar hechos constitutivos de delitos fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años, que comprenderá del 1o. de enero del año de calendario siguiente al ejercicio a que correspondan las obligaciones de que se trate, a aquél con el que se relacione la infracción o al en que se haya cometido o consumado el delito. Este plazo no está sujeto a interrupción y sólo se suspenderá cuando se interponga recurso administrativo o juicio, suspensión que se iniciará con la notificación del acto impugnable y terminará con la notificación al contribuyente de la resolución definitiva que ponga fin al procedimiento, pero en todo caso, si con motivo de la impugnación se deja sin efectos o se declara la nulidad del acto impugnado, se tendrá por no suspendido el plazo.

La extinción a que se refiere este artículo será declarada por la autoridad, a petición fundada de parte interesada."

"Artículo 100. La acción penal en los delitos fiscales prescribe en el plazo de tres años, computado en los términos del artículo 67, en relación al año de calendario o ejercicio fiscal en que se haya cometido o consumado el delito."

"Artículo 133. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si la resolución ordena realizar un determinado acto, en todo caso deberá estarse respectivamente a la consumación del plazo según lo previsto en el artículo 67 o de los plazos para los casos previstos en el artículo 146."

"Artículo 146. El crédito fiscal determinado en cantidad líquida, se extingue por prescripción en un plazo de seis meses contado a partir del día en que el crédito sea exigible.

El procedimiento de ejecución no podrá exceder de un año a partir de la notificación de la orden por la que el mismo se inicie. Este plazo no está sujeto a interrupción y sólo se suspenderá cuando se interponga recurso administrativo o juicio contra actos del propio procedimiento, suspensión que se iniciará con la notificación del acto impugnable y terminará con la notificación al contribuyente de la resolución definitiva que ponga fin al procedimiento de impugnación, pero en todo caso, si con motivo de la impugnación se deja sin efectos o se declara la nulidad del acto impugnado, se tendrá por no suspendido el plazo. Se podrán practicar actos de ejecución hasta por un año más, siempre y cuando de la realización de los bienes del deudor, no se hubiere alcanzado a cubrir el crédito fiscal.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

"Artículo 207. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Las autoridades hacendarias podrán presentar la demanda dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha en que se haya notificado la resolución, cuando se pida la modificación o nulidad de un acto favorable a un particular.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . ."

"Artículo 239. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Si la sentencia obliga a la autoridad a realizar un determinado acto, en todo caso deberá estarse respectivamente a la consumación del plazo según lo previsto en el artículo 67 o de los plazos para los casos del artículo 146.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ."

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 1998 y sus prevenciones serán aplicables retroactivamente para las obligaciones fiscales referentes a los ejercicios de 1997, 1996, 1995, 1994 y 1993, así como para los delitos fiscales cometidos, consumados o relacionados con los mismos ejercicios. Ninguna obligación fiscal generada o correspondiente al ejercicio de 1992 o anteriores, podrá ser exigida o tener efectos en perjuicio de los contribuyentes.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a los términos de este decreto.

Tercero. Las autoridades administrativas, jurisdiccionales o judiciales, de oficio o a petición de parte interesada, mediante resolución fundada y motivada, sobreseerán todos los procedimientos que se refieran a obligaciones fiscales generadas o relativas al ejercicio de 1994 y anteriores, solamente cuando ello sea en beneficio del contribuyente.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que en materia de caducidad y prescripción existan en las leyes fiscales federales que regulen contribuciones específicas.

Lo que se somete al conocimiento y trámite constitucional previsto y aplicable, reiterando a ustedes señores secretarios, mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Palacio Legislativo, a 4 de noviembre de 1997-Benjamín Gallegos Soto, diputado federal.»

La Presidenta:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

LEY PARA RESCATAR A LOS DEUDORES DE LA BANCA

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado José Ricardo Ortiz Gutiérrez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa de Ley para Rescatar a los Deudores de la Banca.

El diputado José Ricardo Ortiz Gutiérrez:

Con el permiso de la señora Presidenta; señoras y señores diputados:

Con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos: 55, 56, 57, 58 y relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, José Ricardo Ortiz Gutiérrez, diputado federal integrante de la LVII Legislatura y miembro del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, atento a las demandas y necesidades de los ciudadanos mexicanos que enfrentan deudas impagables derivadas de contratos de crédito con instituciones bancarias nacionales, presento a la consideración de esta Cámara de Diputados la iniciativa de Ley para el Rescate de los Deudores de Créditos Hipotecarios, de conformidad con la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Mucho se ha escrito acerca de la crisis de México y más puede aún decirse respecto al origen de los problemas económicos que padecemos a partir del denominado "error de diciembre", crisis que si bien irrumpe en la vida nacional el último mes de 1994, su gestación se sitúa a lo largo del anterior sexenio.

Uno de los tantos errores cometidos por el equipo que nos gobernó la pasada administración fue la toma de decisiones de la esfera económica atendiendo a criterios de conveniencia política e intereses oscuros, decisiones no supeditadas al interés superior de la nación; tal situación nos condujo fatalmente a la devaluación de 1994, ahora conocemos con mayor precisión la dependencia que tiene la economía mexicana de la política.

Nuestra crisis hizo sentir sus efectos en el mundo entero, sin embargo, al interior del país no todos perciben la extensión y profundidad de los problemas, por tratarse no solamente de una crisis económica, sino también política, social y de valores, que nos impide ver con claridad lo que es prioritario para el país: redefinir de manera autónoma y soberana un proyecto nacional, que sea congruente con nuestra historia, tradiciones, necesidades y aspiraciones y que atienda al mismo tiempo las promesas de bienestar tantas veces negado a nuestro pueblo. Iniciar un nuevo tiempo mexicano implementando soluciones de consenso entre todos los actores nacionales, para los grandes problemas del país.

Los mexicanos hemos sido muy crédulos y pacientes con nuestros gobernantes, hemos confiado una y otra vez en sus promesas; creímos cuando se nos ofreció llevar al país al primer mundo; creyó el sector productivo de México y contrató créditos para incrementar la planta productiva de frente a un futuro halagueño; creyeron los jefes de familia y se endeudaron para adquirir una vivienda o para conseguir bienes que permitieran a sus familias contar con una mejor calidad de vida.

Los empresarios que para el mes de diciembre de 1994 se encontraban endeudados en moneda extranjera vieron con la devaluación incrementados sus pasivos y con la recesión diminuidos sus ingresos, de tal forma que muchos hasta el momento se encuentran imposibilitados para cumplir sus compromisos y otros tantos se fueron a la quiebra.

La situación para los adquirientes de créditos para la vivienda no fue distinta, sufrieron también una severa diminución de sus ingresos en términos reales y muchos perdieron sus trabajos al cerrar las empresas que los ocupaban y la mayoría son ahora insolventes.

No obstante lo anterior, para los deudores de casas-habitación, existe un problema mayor, los esquemas financieros aplicados por los bancos desde los años ochenta y los que siguieron aplicando después de 1988 por la banca ya privatizada, parecían ser una opción conveniente, pero finalmente resultaron una trampa para los acreditados.

Las instituciones de crédito con la complacencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y contando con la tolerancia del órgano regulador, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, permitieron la firma de contratos de crédito que estimamos violatorios de la legislación al incluir cláusulas de refinanciamiento que contemplan anticipadamente la capitalización de los intereses futuros, en otras palabras se trata de la aplicación de tasas de interés compuesto con fórmulas claramente inmorales que ocasionaron el crecimiento indiscriminado y sin límite de los saldos deudores, lo cual ha quedado demostrado con numerosas sentencias, resoluciones y tesis que los tribunales han emitido en todo el país, en los cuales se reconoce un anatocismo encubierto y la inviabilidad de las operaciones.

Hoy las instituciones de crédito enfrentan un serio problema de cartera vencida que dificulta su operación, algunos bancos se hayan en quiebra técnica y otros más ya fueron adquiridos por inversionistas extranjeros. El Gobierno Federal ha instrumentado diversos programas para rescatar a la banca nacional, que a resultado un pozo sin fondo a donde van a parar cuantiosos recursos que tanta falta hacen al país.

Los programas de apoyo y rescate a los deudores, las Udis, el Ade, el Programa de Alianza para la Vivienda y otros, han resultado insuficientes y poco efectivos, los ciudadanos que firmaron contratos de reestructuración están cayendo nuevamente en cartera vencida y ven incrementar día a día sus adeudos sin posibilidad alguna de evitarlo. Tal parece que los programas hasta ahora aplicados tienen un enfoque centrado en la búsqueda de soluciones para las instituciones de crédito y no para los deudores.

Y es que dichos programas contemplan la permanencia de los mismos vicios que dieron origen al problema, nos referimos a la capitalización de intereses activa en las unidades de inversión, ya que mientras los deudores cobran sus salarios en pesos, se les obliga a firmar contratos de reestructuración en Udis.

Debemos reconocer que existen tres actores implicados en la contratación de un crédito: las autoridades, los bancos y los usuarios del crédito o deudores; de alguna forma los tres juntos hicieron una apuesta al formalizar el contrato, apostaron al futuro y perdieron, en un juego donde el conocimiento de las variables estaba sólo en manos de dos de ellos. Ahora resulta que la parte más débil, el ciudadano solicitante del crédito, ha de perder más que sus otros dos socios; perdió el poder adquisitivo de su salario, el enganche que representaba un porcentaje significativo, los pagos ya efectuados y en muchos de los casos el predio adquirido previamente, debido a que los saldos deudores superan con mucho el valor real de la garantía.

Bancos y autoridades ofrecen al deudor una reestructuración del adeudo en forma también impagable, lo que se demuestra con una simple corrida financiera aplicando parámetros históricos tales como tasa de interés, inflación y salarios.

DESCRIPCION DE LA INICIATIVA

La presente iniciativa, que surge del trabajo del ciudadano José Alberto Castañeda Pérez, integrante de la LVI Legislatura, pretende ser una opción viable para

resolver en definitiva la problemática planteada con ventajas sobre los programas aplicados a la fecha.

El Capítulo I de la iniciativa señala como objetivo a cumplirse la solución definitiva de las deudas derivadas de créditos contratados con esquemas de capitalización de intereses, cuidando la viabilidad del sistema financiero que los otorgó.

El Capítulo II explica el tratamiento que deberá darse a los saldos de los créditos sujetos a la legislación, contrarrestando el efecto de la capitalización de intereses.

El Capítulo III señala las bases a las que deberán sujetarse los contratos de reestructuración de pasivos al amparo de la presente iniciativa.

El Capítulo IV establece la obligación del Banco de México para operar un subsidio temporal y con carácter devolutivo a los ciudadanos beneficiados por la presente iniciativa. Los fondos requeridos para ello son los mismos que se están utilizando y se utilizarán en los programas del Fobaproa y del Procapte que se aplicarán a través de la cuenta corriente que el Banco de México tiene establecida a cada institución de crédito. En caso de requerirse fondos adicionales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá disponer de recursos provenientes de la privatización de empresas paraestatales.

El Capítulo V finalmente establece las sanciones que habrán de imponerse a las personas o instituciones que violen la presente ley en caso de ser aprobada por el honorable Congreso de la Unión.

A continuación, se enumeran algunas de las ventajas a considerar de aprobarse la presente ley:

a) Permitirá la viabilidad financiera de las instituciones de crédito al cobrar intereses por arriba de la inflación, limitando al mismo tiempo el margen de intermediación.

b) Combatirá la cultura del "no pago", ya que fomenta la responsabilidad personal del deudor al establecer un esquema viable de devolución del crédito.

c) Establecerá un mecanismo antídoto a la capitalización de intereses que dio origen al crecimiento indiscriminado de los adeudos.

d) El Gobierno Federal a través del Banco de México proporcionará el apoyo directo a los deudores e indirectamente rescatará a las instituciones de crédito.

e) Los recursos presupuestales que se utilizarán se repartirán a lo largo de varios años, a fin de no impactar las finanzas nacionales en un solo ejercicio.

f) El subsidio se otorgará con carácter devolutivo y su monto será mayor cuanto mayor sea la inflación y la tasa de interés, por lo que el Gobierno Federal tendrá el aliciente de menores costos en la medida que su gestión económica mejore.

g) Será posible elevar la autoestima y fe de los deudores en sí mismos y permitirá la restitución de la confianza ciudadana en las autoridades que la gobiernan.

Como anexo se presenta una corrida financiera tipo que demuestra con números la viabilidad del esquema financiero propuesto; esta iniciativa es compatible y complementaria con otras propuestas y es susceptible de adecuaciones en las variables consideradas para la selección de alternativas, acordes con la situación económica del deudor.

Desde la óptica del Partido Acción Nacional, el rescate de los deudores de la banca es una acción de la más alta prioridad, de interés general y de orden público, se trata de resolver un problema que en su origen fue económico, pero con el devenir del tiempo se transformó en un conflicto social y político.

En virtud de lo anterior, con objeto de conseguir certidumbre para las familias mexicanas y con base en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración del honorable Congreso de la Unión, la presente iniciativa de

«LEY PARA EL RESCATE DE LOS DEUDORES DE CREDITOS HIPOTECARIOS

CAPITULO I

Objeto, sujeto y autoridades competentes

Artículo 1o. La presente ley es considerada de orden público, interés general y de observancia obligatoria para las instituciones de crédito y para todas aquellas personas físicas o morales que bajo cualquier forma o esquema adquieran derechos sobre las carteras de crédito de dichas instituciones.

Artículo 2o. La presente ley, tiene por objeto el establecimiento de un programa transitorio para resolver en forma definitiva los problemas derivados del otorgamiento de créditos hipotecarios con esquemas de refinanciamiento o capitalización de intereses contratados en el periodo de tiempo comprendido entre el 1o. de enero de 1980 y hasta el 31 de diciembre de 1996, cuidando al mismo tiempo la conservación del patrimonio de los deudores y la viabilidad de las instituciones u organismos que otorgaron los créditos.

Artículo 3o. Son sujetos de los beneficios que establece la presente legislación las personas físicas o morales que contrataron créditos en moneda nacional de cualquier tipo y otorgaron garantía hipotecaria durante el periodo mencionado en el artículo 2o. y se encuentran en los supuestos siguientes:

a) Los que a la fecha de entrada en vigor de la presente ley, tengan créditos vigentes con cualesquiera de las instituciones de crédito que operan en territorio nacional;

b) Los que hubiesen suscrito contratos, donde mediante la aplicación de cualquier mecanismo se pacta el refinanciamiento de intereses;

c) Los que debido a la aplicación de fórmulas financieras se les incrementa el monto nominal de sus adeudos a pesar de la eventual aplicación de los pagos mensuales y

d) Aquellos que presenten su solicitud por escrito ante el banco u organismo que otorgó el crédito.

Artículo 4o. El Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria, cada una en su esfera de competencia son las autoridades encargadas de vigilar el estricto cumplimiento de esta ley y en su caso aplicar las sanciones que correspondan.

CAPITULO II

Tratamiento para los saldos deudores

Artículo 5o. Para determinar el saldo del adeudo, a partir del cual se aplican los esquemas de reestructuración descritos en el Capítulo III, se calculan los siguientes parámetros:

a) Crédito Inicial (CI), entendiendo por esto la cantidad líquida en moneda nacional que recibió al acreditado.

b) Valor Original de la Garantía (VOG), entendiendo por esto el importe del avalúo bancario practicado sobre el bien ofrecido en garantía por la institución que otorgó el crédito al momento de la contratación.

c) Valor Actual de la Garantía (VAG), importe del avalúo bancario que deberá de practicarse en fecha actual para determinar el valor comercial de la garantía.

d) Por ciento de Propiedad Original (PPO), es la cantidad que se obtiene de restar al VOG el importe del CI y el resultado dividirlo entre el Crédito Inicial al (CI) (expresando la operación en por ciento %).

Fórmula: PPO=VOG-CI

CI

e) Propiedad Actual Ajustada (PAA), es la cantidad que se obtiene de multiplicar el Valor Actual de la Garantía, (VAG), por el por ciento de Propiedad Original (PPO).

Fórmula: PM = VAG x PPO

f) Monto Ajustado del Crédito (MAC), es la cantidad que resulta de restar al Valor Actual de la garantía (VAG), la Propiedad Actual Ajustada (PM).

Fórmula: MAC = VAG-PAA

Artículo 6o. La Comisión Nacional Bancaria supervisará que el importe del avalúo bancario para determinar el valor comercial actual de los bienes ofrecidos en garantía, se realice con apego a las normas vigentes y servirá de árbitro en caso de controversia sobre su resultado.

CAPITULO III

Procedimiento de reestructuración

Artículo 7o. Entre las partes sujetas a la presente ley, firmarán un nuevo contrato de crédito denominado en la moneda nacional "peso", cuyo importe total será la cantidad que resulte de restar al Monto Ajustado del Crédito (MAC), el valor presente de los pagos efectuados por el deudor actualizados, según el índice nacional de precios al consumidor, sin considerar los abonos efectuados por conceptos de seguro de vida o daños.

Artículo 8o. Las cláusulas del nuevo contrato de crédito se sujetarán a las siguientes reglas de operación:

a) Las instituciones de crédito aplicarán una tasa de interés con importe máximo mensual de 10% superior a la inflación del mes inmediato anterior, según la determine el Banco de México.

b) El pago mensual inicial para aplicarse a capital e intereses, lo constituye la cantidad correspondiente al 2% del valor del nuevo contrato valuado en los términos del artículo 6o., entendiéndose este porcentaje como valor máximo que disminuirá en función de la capacidad de pago del deudor hasta el 1%.

c) Del pago mensual efectuado por el deudor, la institución de crédito aplicará la cuarta parte del pago mensual inicial como abono directo al capital y el resto como abono a los intereses devengados y/o al pago de las primas de seguros de vida o daños que procedan.

d) En caso de que el monto de los intereses devengados y de los seguros cubiertos sean inferiores al pago realizado para tal efecto, la diferencia a favor del deudor será aplicada al pago del capital insoluto.

e) En caso que el importe de los intereses devengados y los seguros cubiertos excedan al pago mensual efectuado por el deudor, la diferencia será contabilizada en cuenta aparte, para la aplicación del subsidio gubernamental.

f) Las instituciones de crédito informarán mensualmente al Banco de México, con objeto de que éste realice la afectación que corresponda en la cuenta corriente que le tiene establecida.

g) El deudor incrementará cada año el importe de sus pagos mensuales en un porcentaje del 50% de la inflación, ocurrida el año anterior, de acuerdo con las estimaciones del Banco de México.

h) Una vez que el deudor hubiere cubierto el monto del crédito original, los pagos subsiguientes se aplicarán a cubrir sin intereses el subsidio gubernamental hasta su total liquidación, misma que podrá hacerse a través de un fideicomiso que restituya el costo financiero del Gobierno.

i) Durante la vigencia de este nuevo contrato, por ninguna circunstancia se permitirá la aplicación de esquemas de crédito que incluyan explícita o implícitamente el refinanciamiento y/o la capitalización de intereses.

CAPITULO IV

Del subsidio gubernamental operado por el Banco de México

Artículo 9o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se encargará de tomar las previsiones necesarias para el financiamiento del subsidio a los deudores, utilizando inicialmente los fondos existentes en los programas del Fobaproa y del Procapte.

Artículo 10. El Banco de México vigilará la aplicación del subsidio a los deudores de conformidad con lo estipulado en la presente ley y deberá realizar mensualmente los asientos contables que correspondan en la cuenta corriente de la institución de crédito.

CAPITULO V

Sanciones

Artículo 11. Las instituciones de crédito y las personas físicas o morales sujetas a la presente ley deberán firmar los contratos de reestructuración previstos en la misma en un plazo que no excederá de 90 días naturales a partir de que reciba la solicitud por escrito.

Artículo 12. De no dar cumplimiento al plazo señalado en el artículo anterior, la institución de crédito responsable se hará acreedora a una sanción de 500 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y otorgará un nuevo plazo de 60 días para atender la solicitud.

Artículo 13. De no dar cumplimiento a los plazos señalados en el artículo 11, la institución de crédito responsable se hará acreedora a una nueva sanción correspondiente a 1 mil salarios mínimos del Distrito Federal y se le otorgará un nuevo plazo de 30 días para atender la solicitud.

Artículo 14. De no dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 10, 11 y 12 de este capítulo, la institución de crédito responsable será sancionada con la cancelación del adeudo en beneficio del deudor no atendido, para lo cual la Comisión Nacional Bancaria notificará por escrito a la institución, a fin de que otorgue sin costo alguno el finiquito correspondiente y la liberación del gravamen aplicado sobre la o las garantías. Para el ejercicio de esta acción, el deudor deberá presentar solicitud por escrito ante la Comisión Nacional Bancaria.

INICIATIVA DE LEY PARA EL RESCATE DE DEUDORES DE CREDITOS HIPOTECARIOS

Como demostración de la viabilidad del esquema financiero que proponemos, ofrecemos la presente corrida financiera tipo, elaborada a partir de los parámetros indicados en los estudios de Ciemex-Weffa con fecha del mes de marzo de 1997, utilizando las tasas promedio de inflación contendida en la alternativa dos escenario de riesgo.

Partiremos de una supuesta deuda ya ajustada de $ 100,000.00 y considerando los siguientes datos de inflación media anual:

Inflación 1995 35.00%; inflación 1996 34.40%; inflación 1997 24.00%; inflación 1998 26.10%; inflación 1999 21.90%; inflación 2000 18.80%; inflación 2001 17.00%

Tasas de interés de 10% por arriba de la tasa inflacionaria aplicada en cada periodo mensual.

El pago mensual al inicio es el 2% del adeudo, o sea, la 100,000.00 x 0.02 = $2,000.00

El abono mensual directo es la cuarta parte del pago inicial, o sea 2,000/4 = $ 500.00

Cada 12 meses el deudor incrementa su pago mensual en un 50% de la inflación acumulada en el año inmediato anterior.

El subsidio por el primer mes es la cantidad de $ 1,708.33, el cual disminuye progresivamente en su monto mensual, pero el acumulado crece durante 24 meses hasta dar un total de.......... $31,770.25

A partir de la mensualidad 25 ya no se requiere del subsidio gubernamental y se comienza a pagar hasta su total liquidación el mes 61.

El mes 61 una vez cubierto el subsidio, el deudor incrementa sus pagos al capital y consigue liquidar su pasivo totalmente para el mes 82.

Comentarios finales:

1) Es posible elaborar otras muchas corridas financieras en ambientes de mayor o menor tasa de inflación, el resultado será finalmente la liquidación total del adeudo, debido al mecanismo de abono mensual a capital. En ese caso los plazos y meses pueden aumentar o disminuir.

2) El abono mensual directo al capital puede aumentar o disminuir lo que incide en el plazo para la liquidación del crédito y del subsidio.

3) El subsidio mensual está considerado libre del pago de intereses.

TRANSITORIO

Unico. La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

México, D.F., a 25 de noviembre de 1997-Diputado J. Ricardo Ortiz Gutiérrez.»

Como queda demostrado en la corrida financiera, es factible diseñar un mecanismo matemático o financiero para dar solución definitiva al problema de las carteras hipotecarias siempre y cuando cada una de las partes involucradas en el problema, Gobierno, bancos y deudores aporten cada uno lo que le corresponde para resolver un error cometido por los tres. Lo único que falta es la voluntad política para aprobar la iniciativa de Ley para el Rescate de los Deudores de Créditos Hipotecarios.

Esta iniciativa es uno de esos caminos. La dejo a la consideración y responsabilidad de esta soberanía.

Muchas gracias.

La   Presidenta:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Le damos la bienvenida a los alumnos de la Escuela de Derecho y Ciencias Políticas de Sinaloa, del quinto semestre y también a los de la preparatoria anexa a la Normal de Atizapán. Bienvenidos.

LEY FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA, LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

La secretaria Irma Chedraui Obeso:

«Escudo Nacional-Cámara de Senadores-México D.F.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados-Presentes.

Para los efectos correspondientes, nos permitimos remitirle a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de Ley Federal de Defensoría Pública y de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 18 de noviembre de 1997-Senadores: Raúl Juárez Valencia, Ana Rosa Payán Cervera, secretarios.

MINUTA

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se aprueba la Ley Federal de Defensoría Pública, con base en las iniciativas presentadas por los senadores Amador Rodríguez Lozano y José Natividad Jiménez Moreno, para quedar como sigue:

LEY FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA

TITULO PRIMERO

De la defensoría pública

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1o. La presente ley tiene por objeto regular la prestación del servicio de defensoría pública en asuntos del fuero federal, a fin de garantizar el derecho a la defensa en materia penal y el acceso a la justicia mediante la orientación, asesoría y representación jurídica en los términos que la misma establece.

Sus disposiciones son de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.

Artículo 2o. El servicio de defensoría pública será gratuito. Se prestará bajo los principios de probidad, honradez y profesionalismo y de manera obligatoria, en los términos de esta ley.

Artículo 3o. Para la prestación de los servicios de defensoría pública, se crea el Instituto Federal de Defensoría Pública, como órgano del Poder Judicial de la Federación. En el desempeño de sus funciones gozará de independencia técnica y operativa.

Artículo 4o. Los servicios de defensoría pública se prestarán a través de:

I. Defensores públicos, en los asuntos del orden penal federal, desde la averiguación previa hasta la ejecución de las penas y

II. Asesores jurídicos, en asuntos de orden no penal, salvo los expresamente otorgados por la ley a otras instituciones.

Artículo 5o. Para ingresar y permanecer como defensor público o asesor jurídico se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano en ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II. Ser licenciado en derecho, con cédula profesional expedida por la autoridad competente;

III. Tener como mínimo tres años de experiencia profesional en las materias relacionadas con la prestación de sus servicios;

IV. Gozar de buena fama y solvencia moral;

V. Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes y

VI. No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año.

Artículo 6o. Los defensores públicos y asesores jurídicos están obligados a:

I. Prestar personalmente el servicio de orientación, asesoría y representación a las personas que lo soliciten en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta ley y las demás disposiciones aplicables;

II. Representar y ejercer ante las autoridades competentes los intereses y los derechos jurídicos de los defendidos o asistidos, a cuyo efecto harán valer acciones, opondrán excepciones o defensas, interpondrán incidentes o recursos y realizarán cualquier otro trámite o gestión que proceda conforme a derecho que resulte en una eficaz defensa;

III. Evitar en todo momento la indefensión de sus representados;

IV. Vigilar el respeto a las garantías individuales de sus representados y formular las demandas de amparo respectivas, cuando las garantías individuales se estimen violadas;

V. Llevar un registro y formar un expediente de control de todos los procedimientos o asuntos en que intervengan, desde que se les turnen hasta que termine su intervención;

VI. Atender con cortesía a los usuarios y prestar sus servicios con diligencia, responsabilidad e iniciativa y

VII. Las demás que se deriven de la naturaleza de sus funciones y de las disposiciones legales aplicables.

Artículo 7o. A los defensores públicos y asesores jurídicos les está prohibido:

I. Desempeñar otro empleo, cargo o comisión en alguno de los tres órdenes de gobierno, salvo el desempeño de actividades docentes;

II. El ejercicio particular de la profesión de abogado, salvo que se trate de causa propia, la de su cónyuge o su concubina, concubinario, así como parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de grado y colaterales hasta el cuarto grado, por afinidad o civil y

III. Actuar como mandatarios judiciales, tutores, curadores o albaceas, depositarios judiciales, síndicos, administradores, interventores en quiebra o concurso ni corredores, notarios, comisionistas, árbitros ni ser mandatarios judiciales ni endosatarios en procuración o ejercer cualquier otra actividad cuando ésta sea incompatible con sus funciones.

Artículo 8o. El servicio civil de carrera para los defensores públicos y asesores jurídicos comprende la selección, ingreso, adscripción, permanencia, promoción, capacitación, prestaciones, estímulos y sanciones. Este servicio civil de carrera se regirá por esta ley, por las disposiciones generales que dicte el Consejo de la Judicatura Federal y por las bases generales de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública.

Artículo 9o. El director general, los defensores públicos, asesores jurídicos y el personal técnico del Instituto Federal de Defensoría Pública, serán considerados servidores públicos de confianza.

CAPITULO II

De los defensores públicos

Artículo 10. Los defensores públicos serán asignados inmediatamente por el Instituto Federal de Defensoría Pública, sin más requisitos que la solicitud formulada por el indiciado en la averiguación previa, el inculpado en el proceso penal, el sentenciado y el agente del Ministerio Público o el órgano jurisdiccional, según sea el caso.

Artículo 11. El servicio de defensoría pública ante el Ministerio Público de la Federación, comprende:

I. Atender inmediatamente las solicitudes formuladas por el indiciado o el agente del Ministerio Público necesarias para la defensa;

II. Solicitar al agente del Ministerio Público de la Federación correspondiente la libertad caucional, si procediera o el no ejercicio de la acción penal en favor de su defendido, cuando no existan elementos suficientes para su consignación;

III. Entrevistar al defendido para conocer de viva voz la versión personal de los hechos que motivan la averiguación previa en su contra, así como los argumentos y pruebas que le sirvan para tratar de justificar o explicar su participación en los mismos hechos, con el propósito de que pueda hacerlos valer ante la autoridad del conocimiento;

IV. Asistir jurídicamente al defendido en el momento en que rinda su declaración ministerial, así como en cualquier otra diligencia que establezca la ley;

V. Informar al defendido o a sus familiares del trámite legal que deberá desarrollarse en todo el proceso, para establecer con ellos una comunicación estrecha sobre el particular;

VI. Analizar las constancias que obren en el expediente a fin de contar con mayores elementos para la defensa;

VII. Procurar la continuidad y uniformidad de criterios en la defensa y

VIII. Las demás promociones necesarias para realizar una defensa conforme a derecho y que propicie una impartición de justicia expedita y pronta.

Artículo 12. El servicio de defensoría pública, ante los juzgados y tribunales federales comprende:

I. Atender inmediatamente las solicitudes que les sean formuladas por el inculpado o por el juez de la causa;

II. Solicitar al juez de la causa la libertad caucional, si procediera;

III. Hacer valer los medios que desvirtúen los elementos del tipo penal o la probable responsabilidad del defendido, en cualquier etapa del proceso, ofreciendo las pruebas y promoviendo los incidentes, recursos, alegatos y demás diligencias que fueren necesarias para una eficaz defensa;

IV. Asistir jurídicamente al defendido y estar presente en el momento en que rinda su declaración preparatoria y hacerle saber sus derechos;

V. Formular las conclusiones a que se refiere el Código Federal de Procedimientos Penales, en el momento procesal oportuno;

VI. Informar al defendido o a sus familiares, del trámite legal que deberá desarrollarse en la fase de apelación, para establecer con ellos una comunicación estrecha sobre el particular;

VII. Analizar las constancias que obren en autos a fin de contar con mayores elementos para la formulación de los agravios respectivos en el momento procesal oportuno, durante la tramitación de la segunda instancia;

VIII. Practicar las visitas que sean necesarias a los centros de reclusión, con el objeto de comunicar a su defendido el estado procesal en que se encuentra su asunto, informar los requisitos para su libertad provisional bajo caución, así como aquellos para obtener los beneficios preliberacionales que en su caso correspondan;

IX. Vigilar el adecuado cumplimiento de las sentencias, procurando para sus representados los beneficios que, en su caso, establezcan las disposiciones legales aplicables y

X. Las demás promociones que sean necesarias para una adecuada defensa conforme a derecho.

Artículo 13. Las quejas que formulen los defensores públicos, los detenidos o internos de establecimientos de detención o reclusión por falta de atención médica; por tortura; por tratos crueles, inhumanos o degradantes, por golpes y cualquier otra violación a sus derechos humanos que provengan de cualquier servidor público, se denunciarán ante el Ministerio Público, a la autoridad que tenga a su cargo los reclusorios y centros de readaptación social y a los organismos protectores de derechos humanos, según corresponda. Esto con el fin de que las autoridades adopten las medidas que pongan fin a tales violaciones, se prevenga su repetición y en su caso, se sancione a quienes las hubiesen cometido, de conformidad con la legislación aplicable.

CAPITULO III

De los asesores jurídicos

Artículo 14. Para gozar de los beneficios de la asesoría jurídica, se llenará solicitud en los formatos que para tal efecto elabore el Instituto Federal de Defensoría Pública y se deberán cumplir con los requisitos previstos en las bases generales de organización y funcionamiento.

En la asignación de un asesor jurídico se dará preferencia a la elección del usuario, a fin de lograr mayor confianza en la prestación del servicio.

En caso de que el servicio de asesoría sea solicitado por partes contrarias o con intereses opuestos, se prestará a quien lo haya solicitado primero.

Artículo 15. Los servicios de asesoría jurídica se prestarán, preferentemente a:

I. Las personas que estén desempleadas y no perciban ingresos;

II. Los trabajadores jubilados o pensionados, así como sus cónyuges;

III. Los trabajadores eventuales o subempleados;

IV. Los que reciban, bajo cualquier concepto, ingresos mensuales inferiores a los previstos en las bases generales de organización y funcionamiento;

V. Los indígenas y

VI. Las personas que por cualquier razón social o económica tengan la necesidad de éstos servicios.

Artículo 16. Para determinar si el solicitante de los servicios de asesoría jurídica reúne los requisitos establecidos para que se le otorgue el servicio, se requerirá un estudio social y económico, elaborado por un trabajador social del Instituto Federal de Defensoría Pública.

En los casos de urgencia previstos en las bases generales de organización y funcionamiento, se deberá prestar de inmediato y por única vez, la asesoría jurídica, sin esperar los resultados del estudio socioeconómico.

Artículo 17. Se retirará el servicio de asesoría jurídica cuando:

I. El usuario manifieste de modo claro y expreso que no tiene interés en que se le siga prestando el servicio;

II. El usuario del servicio incurra dolosamente en falsedad en los datos proporcionados;

III. El usuario o sus dependientes económicos cometan actos de violencia, amenazas o injurias en contra del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública y

IV. Desaparezcan las causas socioeconómicas que dieron origen a la prestación del servicio.

Artículo 18. En caso de retiro, el asesor jurídico correspondiente deberá rendir un informe pormenorizado al director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, en el que se acredite la causa que justifique el retiro del servicio. Se notificará al interesado el informe, concediéndole un plazo de cinco días hábiles para que, por escrito, aporte los elemento que pudieren, a su juicio, desvirtuar el informe.

Una vez presentado el escrito por el interesado o bien, transcurrido el plazo de cinco días, el expediente se remitirá a la unidad interna correspondiente, para que resuelva lo que corresponda, haciéndolo del conocimiento del interesado.

En caso de retiro, se concederá al interesado un plazo de 15 días naturales para que el asesor jurídico deje de actuar.

Artículo 19. Los asesores jurídicos, realizarán sus funciones de acuerdo a las bases generales de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública y en función de la naturaleza de cada uno de los asuntos para los cuales se prestará la asesoría jurídica.

CAPITULO IV

De los servicios auxiliares

Artículo 20. Cuando las necesidades del servicio lo requieran y para la eficaz atención de los asuntos de su competencia, el Instituto Federal de Defensoría Pública podrá contratar los servicios de personas e instituciones de reconocida probidad, capacidad y experiencia, de acuerdo con los criterios siguientes:

I. La contratación será para desempeñar funciones de consultoría externa en la etapa del proceso ante los tribunales y para proveer de servicios periciales para una mayor eficacia en la defensa;

II. La contratación se efectuará para apoyar las funciones de los defensores públicos y asesores jurídicos en los asuntos que determine el Instituto Federal de Defensoría Pública y

III. Los abogados correspondientes, en solidaridad con las finalidades sociales del Instituto Federal de Defensoría Pública, podrán hacer donación a éste, de los honorarios que les corresponda percibir por su actuación profesional. Dichas donaciones serán deducibles de impuestos en los términos que establezcan las disposiciones fiscales.

Artículo 21. Para promover la participación de estudiantes de la licenciatura de derecho en las universidades públicas y privadas en los servicios de defensoría pública, el Instituto Federal de Defensoría Pública, podrá celebrar convenios con éstas, para que aquéllos puedan prestar su servicio social, de conformidad con los requisitos que al efecto establezcan las bases generales de organización y funcionamiento.

Artículo 22. Los servicios que se realicen por prestadores de servicio social en todo momento estarán supervisados por un defensor público o asesor jurídico.

TITULO SEGUNDO

Del Instituto Federal de Defensoría Pública

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 23. El Instituto Federal de Defensoría Pública contará con una junta directiva, un director general y las unidades administrativas y personal técnico que para el adecuado desempeño de sus funciones se determinen en el presupuesto.

Artículo 24. El Instituto Federal de Defensoría Pública, designará por cada unidad investigadora del Ministerio Público de la Federación, tribunal de circuito y por cada juzgado federal que conozca de materia penal, cuando menos a un defensor público y al personal de auxilio necesario.

Artículo 25. Las unidades investigadoras del Ministerio Público de la Federación, los juzgados y tribunales del Poder Judicial Federal deberán proporcionar en sus locales, ubicación física apropiada y suficiente para la actuación de los defensores públicos y asesores jurídicos.

Artículo 26. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones, el Instituto Federal de Defensoría Pública promoverá la celebración de convenios de coordinación con todos aquellos que puedan coadyuvar en la consecución de los fines de esta ley.

CAPITULO II

De la junta directiva

Artículo 27. La junta directiva estará integrada por el director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, quien la presidirá y por seis profesionales del derecho de reconocido prestigio, nombrados por el Consejo de la Judicatura Federal, a propuesta de su presidente.

Los miembros de la junta directiva realizarán sus funciones de manera personal e indelegable. Durarán en su cargo tres años y podrán ser reelectos por una sola ocasión.

Artículo 28. La junta directiva sesionará con un mínimo de cuatro miembros y tomará sus decisiones por mayoría de votos de los miembros presentes. En caso de empate el director general tendrá voto de calidad.

Las sesiones ordinarias se verificarán cuando menos cada seis meses, sin perjuicio de que puedan convocarse por el director general o mediante solicitud que a éste formulen por lo menos tres miembros de la junta directiva, cuando se estime que hay razones de importancia para ello.

Artículo 29. La junta directiva tendrá las facultades siguientes:

I. Fijar la política y las acciones relacionadas con la defensoría pública, considerando las opiniones que al respecto se le formulen;

II. Promover que las instituciones, organismos y asociaciones públicas y privadas contribuyan a la elevación del nivel profesional de los defensores públicos y asesores jurídicos, e igualmente se proporcione a la junta asesoramiento técnico en las áreas o asuntos específicos en que ésta lo requiera;

III. Propiciar que las diversas instancias públicas y privadas apoyen las modalidades del sistema de libertad provisional de los defendidos que carezcan de recursos económicos suficientes para el pago de la caución que se les fije;

IV. Promover la realización de estudios tendientes a perfeccionar el servicio de defensoría pública;

V. Impulsar la celebración de convenios con los distintos sectores sociales y organismos públicos y privados;

VI. Aprobar los lineamientos para la selección, ingreso y promoción de los defensores públicos y asesores jurídicos;

VII. Aprobar las bases generales de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública;

VIII. Aprobar la propuesta de anteproyecto de presupuesto que se someta a la consideración del Consejo de la Judicatura Federal;

IX. Aprobar los lineamientos generales para la contratación de abogados particulares en los casos a que se refiere esta ley, atendiendo los criterios presupuestales y de administración que determine el Consejo de la Judicatura Federal;

X. Aprobar el Plan Anual de Capacitación y Estímulos del Instituto Federal de Defensoría Pública;

XI. Examinar y aprobar los informes periódicos que someta a su consideración el director general y

XII. Las demás que le otorgue esta ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.

CAPITULO III

Del director general

Artículo 30. El director general del Instituto Federal de Defensoría Pública será nombrado por el Consejo de la Judicatura Federal, a propuesta de su presidente y durará tres años en su cargo, pudiendo ser reelecto.

Artículo 31. El director general del instituto deberá reunir para su designación, los requisitos siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, no haber adquirido otra nacionalidad y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Tener cuando menos 30 años de edad, el día de su designación;

III. Acreditar experiencia de tres años en el ejercicio de la abogacía, relacionada especialmente con las materias afines a sus funciones y poseer, al día de la designación, título y cédula profesional de licenciado en derecho, expedido por la autoridad o institución legalmente facultada para ello con antigüedad mínima de cinco años computada al día de su designación y

IV. Gozar de buena reputación, prestigio profesional y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año. Empero, si se tratare de ilícitos como robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lesione seriamente la buena fama de la persona en el concepto público, inhabilitará a ésta para ocupar el cargo, cualquiera que haya sido la penalidad impuesta.

El Consejo de la Judicatura Federal procurará preferir, en igualdad de circunstancias, a quien haya desempeñado el cargo de defensor público o similar

Artículo 32. El director general del Instituto Federal de Defensoría Pública tendrá las atribuciones siguientes:

I. Organizar, dirigir, evaluar y controlar los servicios de defensoría pública que preste el Instituto Federal de Defensoría Pública, así como sus unidades administrativas;

II. Dar seguimiento a los asuntos penales que se estén asistiendo a efecto de conocer, entre otras cosas, si los procesados con derecho a libertad caucional están gozando de ese beneficio, si cumplen con la obligación de presentarse en los plazos fijados, así como si los procesos se encuentran suspendidos o ha transcurrido el término de prescripción de la acción penal;

III. Conocer de las quejas que se presenten contra los defensores públicos y asesores jurídicos y, en su caso, investigar la probable responsabilidad de los empleados del Instituto Federal de Defensoría Pública;

IV. Vigilar que se cumplan todas y cada una de las obligaciones impuestas a los defensores públicos y asesores jurídicos, determinando si han incurrido en alguna causal de responsabilidad por parte de éstos o de los empleados del Instituto Federal de Defensoría Pública;

V. Proponer a la junta directiva las políticas que estime convenientes para la mayor eficacia de la defensa de los inculpados;

VI. Proponer a la junta directiva las bases generales de organización y funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública;

VII. Proponer al Consejo de la Judicatura Federal las sanciones y correcciones disciplinarias que se deban imponer a los defensores públicos y asesores jurídicos;

VIII. Promover y fortalecer las relaciones del Instituto Federal de Defensoría Pública con las instituciones públicas, sociales y privadas que por la naturaleza de sus funciones puedan colaborar al cumplimiento de sus atribuciones;

IX. Proponer a la junta directiva el proyecto de Plan Anual de Capacitación y Estímulos del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como un programa de difusión de los servicios del instituto.

X. Elaborar un informe anual de labores sobre las actividades integrales desarrolladas por todos y cada uno de los defensores públicos y asesores jurídicos que pertenezcan al Instituto Federal de Defensoría Pública, el cual deberá ser publicado;

XI. Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto que se someta a la consideración de la junta directiva y

XII. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de esta ley.

CAPITULO IV

De las unidades administrativas

Artículo 33. Los titulares de las unidades administrativas deberán reunir para su designación, los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Ser mayor de 30 años de edad, el día de su nombramiento;

III. Tener título profesional legalmente expedido y registrado y experiencia en la materia, de acuerdo con las funciones que deba desempeñar, cuando menos con cinco años de antigüedad y

IV. Gozar de buena reputación, prestigio profesional y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año o cualquier otro delito que dañe la buena fama de la persona, cualquiera que haya sido la pena.

CAPITULO V

De los impedimentos

Artículo 34. Los defensores públicos deberán excusarse de aceptar o continuar la defensa de un inculpado cuando exista alguna de las causas de impedimento previstas en las fracciones I, II, IX, XIII, XIV y XV del artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Artículo 35. Los asesores jurídicos deberán excusarse de aceptar un asunto cuando:

I. Tengan relaciones de parentesco, afecto o amistad con la parte contraria al solicitante del servicio y

II. Sean deudores, socios, arrendatarios, herederos, tutores o curadores de la parte contraria al solicitante del servicio o tengan algún interés personal del asunto.

El asesor jurídico expondrá por escrito su excusa a su superior jerárquico, el cual, después de cerciorarse que es justificada lo expondrá al solicitante designando a otro defensor.

CAPITULO VI

Del plan anual de capacitación y estímulo

Artículo 36. Para el mejor desempeño del personal del Instituto Federal de Defensoría Pública se elaborará un plan anual de capacitación y estímulo, de acuerdo con los criterios siguientes:

I. Se recogerán las orientaciones que proporcione la junta directiva del instituto;

II. Se concederá amplia participación a los defensores públicos y asesores jurídicos en la formulación, aplicación y evaluación de los resultados del plan;

III. Se procurará extender la capacitación a los trabajadores sociales y peritos, en lo que corresponda y para interrelacionar a todos los profesionales del Instituto Federal de Defensoría Pública y optimar su preparación y el servicio que prestan y

IV. Se preverán estímulos económicos para el personal cuyo desempeño lo amerite.

CAPITULO VII

De la responsabilidad de los defensores públicos y asesores jurídicos

Artículo 37. Además de las que se deriven de otras disposiciones legales, reglamentos o acuerdos generales expedidos por el Consejo de la Judicatura Federal o de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, serán causas de responsabilidad de los servidores públicos del Instituto Federal de Defensoría Pública:

I. Inmiscuirse indebidamente en cuestiones que competan a otros órganos del Poder Judicial de la Federación o actuar indebidamente cuando se encuentren impedidos por alguna de las causales previstas por las fracciones I, II, IX, XIII, XIV y XV del artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; precisamente en contravención con lo dispuesto por el artículo 148 del ordenamiento jurídico en cita;

II. Descuidar y abandonar injustificadamente el desempeño de las funciones o labores que deban realizar en virtud de su encargo;

III. No poner en conocimiento del director y éste del Consejo de la Judicatura Federal, cualquier acto tendiente a vulnerar la independencia o autonomía de sus funciones;

IV. No preservar la dignidad, imparcialidad, ética y profesionalismo propios del ejercicio de sus atribuciones;

V. Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su competencia;

VI. Negarse injustificadamente a patrocinar la defensa de los indiciados que, no teniendo defensor particular ni los recursos económicos suficientes para cubrir los honorarios de alguno, sean designados por éstos, el Ministerio Público de la Federación o por el órgano jurisdiccional correspondiente;

VII. Dejar de interponer en tiempo y forma los recursos legales que procedan, desatender su trámite, desistirse de ellos o abandonarlos en perjuicio de su defendido o asistido;

VIII. Aceptar dádivas o cualquier remuneración por los servicios que prestan a sus defendidos o asistidos o solicitar a éstos o a las personas que por ellos se interesan, dinero o cualquier otra retribución para cumplir con las funciones que gratuitamente deban ejercer y

IX. Dejar de cumplir con cualquiera de las demás obligaciones que, en virtud de la existencia de la institución, se les ha conferido.

Artículo 38. También serán causas de responsabilidad para cualquier servidor de los sistemas de procuración y administración de justicia federales, realizar conductas que atenten contra la autonomía e independencia de los defensores públicos o asesores jurídicos o cualquier otra acción que genere o implique subordinación indebida de estos servidores públicos respecto de alguna persona o autoridad.

Artículo 39. El procedimiento para determinar la responsabilidad del director general y demás miembros del Instituto Federal de Defensoría Pública, así como las sanciones aplicables, será el previsto en el Título Octavo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y su conocimiento será de la exclusiva competencia del Consejo de la Judicatura Federal.

Artículo segundo. Se reforman los artículos 88, 148, 149 y 181 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se derogan los artículos 89, 90 y 91 de la propia ley, para quedar como sigue:

"Artículo 88. Para su adecuado funcionamiento, el Consejo de la Judicatura Federal contará con los siguientes órganos: el Instituto de la Judicatura, la Visitaduría Judicial, la Contraloría del Poder Judicial de la Federación y el Instituto Federal de Defensoría Pública.

Con excepción del director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, cuyos requisitos para ser designado se mencionan en la ley de la materia, los demás titulares de los órganos del Consejo de la Judicatura Federal deberán tener título profesional legalmente expedido, afín a las funciones que deban desempeñar, experiencia mínima de cinco años, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año. Los órganos contarán con el personal que fije el presupuesto.

El Instituto Federal de Defensoría Pública estará vinculado al Consejo de la Judicatura Federal, exclusiva, administrativa y presupuestalmente.

Artículo 89. Se deroga

Artículo 90. Se deroga

Artículo 91. Se deroga.

Artículo 148. Los visitadores y los peritos estarán impedidos para actuar cuando se encuentren en alguna de las causales de impedimento previstas por las fracciones I, II, IX, XIII, XIV y XV del artículo 146 de esta ley o en las leyes de la materia, siempre que pudieran comprometer la prestación imparcial de sus servicios. La calificación del impedimento corresponderá, en todo caso, al órgano jurisdiccional ante el cual debieran ejercer sus atribuciones o cumplir sus obligaciones.

Artículo 149. Además de los servidores públicos previstos en el artículo 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los actuarios, los visitadores, no podrán aceptar o desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los estados, del Distrito Federal o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.

Artículo 181. También tendrán el carácter de servidores públicos de confianza, los secretarios ejecutivos, los secretarios de comisiones, los secretarios técnicos, los titulares de los órganos, los coordinadores generales, directores generales, directores de área, visitadores, defensores públicos, asesores jurídicos y personal técnico del Instituto Federal de Defensoría Pública, de la Visitaduría Judicial y de la Contraloría del Poder Judicial de la Federación, subdirectores, jefes de departamento, oficiales comunes de partes, el personal de apoyo y asesoría de los servidores públicos de nivel de director general o superior, cajeros, pagadores y todos aquellos que tengan a su cargo funciones de vigilancia, control, manejo de recursos, adquisiciones o inventarios."

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La Ley Federal de Defensoría Pública y las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se abroga la Ley de la Defensoría de Oficio Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de febrero de 1922.

Tercero. Todos los recursos humanos y materiales adscritos a la Unidad de Defensoría del Fuero Federal, pasarán al Instituto Federal de Defensoría Pública. Los derechos laborales del personal que preste sus servicios en la citada unidad, serán respetados en todos sus términos. Los asuntos que estén a cargo de la Unidad de Defensoría pasarán al Instituto Federal de Defensoría Pública.

Cuarto. El Consejo de la Judicatura Federal nombrará al director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, en un plazo de 30 días y en un plazo de 60 días a las personas que integrarán la junta directiva del propio instituto; ambos plazos contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

Quinto. Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley Federal de Defensoría Pública, todos los miembros del Instituto Federal de Defensoría Pública deberán estar ejerciendo sus funciones y brindando los servicios previstos en esta ley.

Sexto. Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley, la junta directiva del Instituto Federal de Defensoría Pública deberá aprobar las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del propio instituto.

Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores-Senadores: Fernando Solana Morales, presidente; Raúl Juárez Valencia, y Ana Rosa Payán Cervera, secretarios.

Se remite a la Cámara de Diputados, para los efectos constitucionales-México, D.F., a 18 de noviembre de 1997-Mario Alberto Navarro Manrique, oficial mayor.»

La Presidenta:

Recibo y túnese a la Comisión de Justicia

GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO

La secretaria Fabiola Gallegos Araujo:

«Escudo Nacional-Cámara de Senadores-México, D.F.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados-Presentes.

Para los efectos legales correspondientes, nos permitimos remitir a ustedes el expediente que contiene minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano José Luis Ponce García, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Luxemburgo en Mérida, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, D.F., a 13 de noviembre de 1997-Senadores Raúl Juárez Valencia y Ana Rosa Payán Cervera, secretarios.

MINUTA

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano José Luis Ponce García, para desempeñar el cargo de cónsul honorario de Luxemburgo en Mérida, con circunscripción consular en los estados de Campeche, Quintana Roo y Yucatán.

Salón de sesiones de la Cámara de Senadores-México, D.F., a 13 de noviembre de 1997-Senadores: Fernando Solana, presidente; Raúl Juárez Valencia y Ana Rosa Payán Cervera, secretarios.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales-Mario Alberto Navarro Manrique, oficial mayor.»

La Presidenta:

Recibo y túrnese a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

REPUBLICA DE VENEZUELA

La secretaria Rocío del Carmen Morgan Franco:

«Escudo Nacional-Poder Legislativo Federal-Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con minuta proyecto de decreto, que concede permiso a la ciudadana María Esther de Jesús Scherman Leaño, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso a la ciudadana María Esther de Jesús Scherman Leaño, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-México, D.F., a 14 de octubre de 1997-Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Ricardo Monreal Avila, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Roberto Armando Albores Guillén, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez, Fidel Herrera Beltrán, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Antonio Benjamín Manríquez Guluarte, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Arturo Núñez Jiménez, Gil Rafael Oceguera Ramos, Mariano Palacios Alcocer, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Miguel Quiroz Pérez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Javier Sodi de la Tijera.»

Es de primera lectura.

El secretario Alfredo Villegas Arreola:

«Escudo Nacional-Poder Legislativo Federal-Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al teniente coronel de infantería Rodolfo Díaz Navarro, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al teniente coronel de infantería Rodolfo Díaz Navarro, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-México, D.F., a 14 de octubre de 1997-Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Ricardo Monreal Avila, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Roberto Armando Albores Guillén, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez, Fidel Herrera Beltrán, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Antonio Benjamín Manríquez Guluarte, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Arturo Núñez Jiménez, Gil Rafael Oceguera Ramos, Mariano Palacios Alcocer, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Miguel Quiroz Pérez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Javier Sodi de la Tijera.»

Es de primera lectura.

La secretaria Blanca Rosa García Galván:

«Escudo Nacional-Poder Legislativo Federal-Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto, que concede permiso al ciudadano Jesús Federico Reyes Heroles González Garza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Gran Cordón, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo único. Se concede permiso al ciudadano Jesús Federico Reyes Heroles González Garza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Libertador, en grado de Gran Cordón, que le confiere el gobierno de la República de Venezuela.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-México, D.F., a 14 de octubre de 1997-Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Ricardo Monreal Avila, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Roberto Armando Albores Guillén, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez, Fidel Herrera Beltrán, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Antonio Benjamín Manríquez Guluarte, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Arturo Núñez Jiménez, Gil Rafael Oceguera Ramos, Mariano Palacios Alcocer, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Miguel Quiroz Pérez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Javier Sodi de la Tijera.»

Es de primera lectura.

REPUBLICA FRANCESA

El secretario José Octavio Díaz Reyes:

«Escudo Nacional-Poder Legislativo Federal-Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con los oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: José Angel Gurría Treviño, Roberto Miranda Sánchez, Jorge Eduardo Chen Charpentier, Emilio José Gilly Hernández, Herminio Alonzo Blanco Mendoza, Pedro José González-Rubio Sánchez y Rafael Tovar y de Teresa, puedan aceptar y usar las condecoraciones de la Orden de la Legión de Honor y Orden del Mérito, que en diferentes grados les confiere el gobierno de la República de Francia.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano José Angel Gurría Treviño, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo segundo. Se concede permiso al general de brigada Diplomado de Estado Mayor Roberto Miranda Sánchez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo tercero. Se concede permiso al embajador Jorge Eduardo Chen Charpentier, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo cuarto. Se concede permiso al ciudadano Emilio José Gilly Hernández, para aceptar y usar la condecoración de la Orden de la Legión de Honor, en grado de Caballero, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo quinto. Se concede permiso al ciudadano Herminio Alonzo Blanco Mendoza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo sexto. Se concede permiso al embajador Pedro José González-Rubio Sánchez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Artículo séptimo. Se concede permiso al ciudadano Rafael Tovar y de Teresa, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Francia.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-México, D.F., a 31 de octubre de 1997-Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Ricardo Monreal Avila, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Roberto Armando Albores Guillén, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez, Fidel Herrera Beltrán, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Antonio Benjamín Manríquez Guluarte, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Arturo Núñez Jiménez, Gil Rafael Oceguera Ramos, Mariano Palacios Alcocer, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Miguel Quiroz Pérez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Javier Sodi de la Tijera.»

Es de primera lectura.

REPUBLICA DE PARAGUAY

El secretario Francisco Javier Reynoso Nuño:

«Escudo Nacional-Poder Legislativo Federal-Cámara de Diputados.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con los oficios de la Secretaría de Gobernación, por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos: Herminio Alonzo Blanco Mendoza, Juan Antonio Mateos Cícero, Roberto Miranda Sánchez, Enrique Juárez Ortega, Enrique Aranda Salamanca y Alfonso Sánchez Montiel, puedan aceptar y usar las condecoraciones de la Orden Nacional del Mérito, en diferentes grados que les confiere el gobierno de Paraguay.

La comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C del artículo 37 constitucional y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. Se concede permiso al ciudadano Herminio Alonzo Blanco Mendoza, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Artículo segundo. Se concede permiso al ciudadano Juan Antonio Mateos Cícero, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Gran Cruz, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Artículo tercero. Se concede permiso al general de brigada Diplomado de Estado Mayor Roberto Miranda Sánchez, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Gran Oficial, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Artículo cuarto. Se concede permiso al capitán naval IM Enrique Juárez Ortega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Artículo quinto. Se concede permiso al coronel de infantería Enrique Aranda Salamanca, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Comendador, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Artículo sexto. Se concede permiso al mayor de infantería Alfonso Sánchez Montiel, para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional del Mérito, en grado de Caballero, que le confiere el gobierno de la República de Paraguay.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión-México, D.F., a 7 de noviembre de 1997-Diputados: Santiago Creel Miranda, presidente; Felipe Urbiola Ledesma, Ricardo Monreal Avila, Alvaro Arceo Corcuera, Jorge Emilio González Martínez, secretarios; Roberto Armando Albores Guillén, Juan Miguel Alcántara Soria, Francisco Agustín Arroyo Vieyra, Bernardo Bátiz Vázquez, Ricardo Cantú Garza, Ricardo Castillo Peralta, Juan José García de Quevedo Baeza, Pablo Gómez Alvarez, José Luis Gutiérrez Cureño, Tulio Hernández Gómez, Fidel Herrera Beltrán, José Luis Benjamín Lamadrid Sauza, Antonio Benjamín Manríquez Guluarte, José de Jesús Martín del Campo Castañeda, Carlos Medina Plascencia, Porfirio Muñoz Ledo, Armando Neyra Chávez, Arturo Núñez Jiménez, Gil Rafael Oceguera Ramos, Francisco José Paoli y Bolio, Abelardo Perales Meléndez, Miguel Quiroz Pérez, Juan José Rodríguez Prats y Demetrio Javier Sodi de la Tijera.»

Es de primera lectura.

La Presidenta:

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura a los dictámenes con los que acaba de dar cuenta y se ponen a discusión y votación de inmediato.

El secretario Francisco Javier Reynoso Nuño:

Por instrucciones de la Presidencia, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se consulta a la Asamblea si se le dispensa la segunda lectura y se ponen a discusión y votación de inmediato.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se les dispensa la segunda lectura.

La Presidenta:

En consecuencia están a discusión los proyectos de decreto... No habiendo quien haga uso de la palabra, proceda la Secretaría a recoger la votación nominal.

El secretario Francisco Javier Reynoso Nuño:

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los proyectos de decreto.

Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Se emitieron 406 votos en pro y ninguno en contra.

La Presidenta:

Aprobados los proyectos de decreto por 406 votos.

El secretario Francisco Javier Reynoso Nuño:

Pasan al Senado y al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

RICARDO FLORES MAGON

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Jorge Durán Chávez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una excitativa a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

El diputado Jorge Durán Chávez:

Señora Presidenta; honorable Asamblea:

Ricardo Flores Magón fue en efecto el precursor ideológico por antonomasia de la revolución social en México, todos los movimientos de reivindicación social que surgieron en nuestro país, antes del que determinó la revolución de 1910, llevan su marca. Así la primera huelga revolucionaria que desafió a la dictadura, la de Cananea, de 1906 y la de Río Blanco un año después y los brotes insurgentes de Acayucan, Valladolid, Las Vacas y tantos otros, en los que se mueve la inconformidad del pueblo mexicano, frente al cerrado estatuto medieval de la oligarquía porfirista.

Ricardo Flores Magón aparece en la historia de la gran reclamación social mexicana en 1900, en plena juventud entre el grupo de estudiantes, que acaudilló en San Luis Potosí con el ingeniero Camilo Arriaga.

En la Ciudad de México lanzó a la circulación el periódico, en cuyas ideas abrevaría la generación revolucionaria: Regeneración; sus páginas se escribieron frecuentemente en las galeras de prisión.

La vida del protomártir de la causa social de México, transcurrió con una frecuencia dramática en la prisión. La probó tempranamente y fraguó en ella su temple, uno de los más singulares temples del apostolado revolucionario de nuestra patria.

En el exilio al que lo arrojó la persecución de la dictadura, Ricardo Flores Magón hizo de Regeneración el numen del movimiento social de México.

Entre los cuadros humanos de Regeneración, esparcidos en todos los rincones de la república, figuró Francisco I. Madero, a quien destinaría la historia años después, a encabezar la justa protesta de 1910.

En el año de 1906, cuatro años antes de su estallido, Ricardo Flores Magón hizo público el histórico manifiesto y programa del Partido Liberal Mexicano, en el cual, junto a la reclamación política del más impecable orden democrático liberal, campeaban las ideas sociales de justicia agraria y obrera que habrían de fundar en el transcurso de la lucha armada, los nervios fundamentales de la Carta Constitucional de 1917.

"Aún no se levantaba en el sur el grito de Emiliano Zapata, el de Flores Magón era ya en 1906, "Tierra y Libertad". Su vida fue guerra sostenida y sacrificio extremoso contra la injusticia y no conoció un solo instante de éxito.

Ricardo Flores Magón pasó de prisión en prisión en los Estados Unidos y su doctrina fue identificada con el anarquismo y los extremos del radicalismo. Nunca, sin embargo, escribió o predicó, nada que atentase contra los intereses para él sagrados, de su patria que identificó los intereses con la suya una vida de apóstol. En el más intenso sentido del vocablo, vivió en condiciones de pobreza. Hubiese podido alcanzar el éxito con sólo deponer la fiera intransigencia de su actitud, si hubiera aceptado alguna de tantas invitaciones que se le hicieron.

Si vivir es transigir en aras de la realidad política, él no transigió jamás. Hecho prisionero por última vez en los Estados Unidos, pesaron sobre él terribles acusaciones que dimanaban de su inquebrantable antiimperialismo.

Las patrias han menester de los temples extraordinarios para alcanzar sus más altos acentos."

Lo anterior son partes medulares del texto de la iniciativa presentada por la Cámara de Senadores, el 15 de octubre de 1963 ante esta Cámara de Diputados, para que inscribiera con letras de oro en el recinto de nuestra Cámara, el nombre de Ricardo Flores Magón.

Esta iniciativa fue firmada por personajes de la política nacional y escritores como Manuel Moreno Sánchez, Mauricio Madaleno, Guillermo Ramírez Valadez, Abel Huitrón, Fernando Lanz Duret, Natalio Vázquez Pallares y otros senadores.

Posteriormente, ante la XLVIll Legislatura, se presentó la iniciativa de fecha de 21 de febrero de 1972, proponiendo se inscribiera con letras de oro en el recinto de la Cámara de Diputados, el nombre de Ricardo Flores Magón y se promoviera un homenaje a su memoria en todo el país, el 21 de noviembre, aniversario de su muerte. Turnada la iniciativa a la Gran Comisión, se elaboró un punto de acuerdo consistente en rendir un homenaje al ilustre revolucionario Ricardo Flores Magón, se advierte que la proposición relativa a inscribir con letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón, fue pospuesta y sólo se dio cumplimiento al homenaje que debía celebrarse el 1o. de diciembre de 1975.

Otra propuesta más, presentada en el primer periodo ordinario de sesiones de la Ll Legislatura, con fecha 30 de diciembre de 1979, tiene una bondad y justicia indiscutible: la exaltación que en forma particular se señaló en ella, relacionada con la vida ejemplar de Ricardo Flores Magón es correcta, ya que tiene excepcionales merecimientos como precursor ideológico de la Revolución Mexicana.

Destacó además, que la lucha social de Ricardo Flores Magón, vinculada con la de su hermano Enrique, demuestra la intensa actividad de estos precursores en la publicación del periódico Regeneración, la fundación del Partido Liberal Mexicano y en las múltiples detenciones y procesos penales de que fueron objeto, con las consiguientes sentencias compurgadas, en Belén, Yuma, las penitenciarias de Florence, Arizona, en la isla de Neil, en la de Levenworth, Kansas, en los Estados Unidos de América .

Y resalto con justicia que al lado de Ricardo Flores Magón, también participaron otros ilustres luchadores sociales, tal es el caso de Práxedis G. Guerrero, Librado Rivera, Camilo Arriaga, Juan Sarabia, Antonio I. Villarreal, Manuel Sarabia, Rosalío Bustamante y muchos otros más.

Sobre la vida y obra de Ricardo Flores Magón, la Ll Legislatura aceptó las partes medulares del texto de la iniciativa presentada por la Cámara de Senadores, el 15 de octubre de 1963 ante esta Cámara de Diputados, para que se inscribiera con letras de oro en nuestro recinto el nombre de Ricardo Flores Magón.

En virtud de lo que se hace constar, por los antecedentes legislativos citados y consideraciones formuladas sobre la vida y obra del prócer revolucionario, se exhorta al pleno de esta Cámara para aceptar y hacer suyo el sentido afirmativo sustentado por las legislaturas aludidas, para inscribir con letras de oro el nombre de Ricardo Flores Magón y exaltar así su vida egregia y sus heroicas luchas por alcanzar un nuevo mundo de armonía, paz, igualdad, trabajo, libertad y justicia para todos los diputados.

Por todo lo anterior se propone la siguiente

EXCITATIVA

Uno. La Presidencia de esta Honorable Cámara de Diputados se sirva exhortar a la comisión correspondiente para que en los términos del artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presente el dictamen relacionado con esta excitativa.

Muchas gracias.

La Presidenta:

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a fin de que emita el dictamen correspondiente.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

La Presidenta:

Tiene la palabra la diputada Patricia Espinosa Torres, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para presentar una excitativa a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

La diputada Patricia Espinosa Torres:

Con el permiso de la Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

La suscrita, en mi calidad de diputada federal de la LVII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, por medio de este escrito, con fundamento en lo dispuesto por el inciso m del artículo 27 y párrafo III del artículo 48 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, promuevo esta excitativa en virtud de que el grupo parlamentario del Partido de Acción Nacional, presentó una iniciativa que a la fecha no ha sido dictaminada por la comisión correspondiente, basándome en los siguientes:

ANTECEDENTES

1o. Con fecha 13 de noviembre de 1996, la ciudadana María Elena Alvarez de Vicencio, en su calidad de diputada de esa legislatura, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó ante el pleno de esta Cámara de Diputados, una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Federal del Trabajo, que en lo conducente pretende buscar un apoyo a la mujer en su calidad de trabajadora asalariada, tomando en cuenta el papel que desempeña en la familia, al tener que contribuir al ingreso económico de la misma.

La ley debe de garantizar a la mujer total igualdad de circunstancias laborales con respecto al varón, para poder cumplir con su trabajo sin tener que estar sujeta a condiciones o privilegios especiales a la que se hace merecedora por su calidad, ya que estas situaciones agravan más las prácticas discriminatorias para la mujer.

Tradicionalmente la división de roles masculinos y femeninos, en relación con el tipo de trabajo que se asignaba a la pareja se encontraba claramente definida: el hombre, encargado de proveer los recursos y cuya esfera de acción se circunscribía primordialmente al mundo fuera de la familia y la mujer, responsable de los quehaceres domésticos, de la crianza de los hijos y de la confección de alimentos, así como de conservar y promover las relaciones dentro de la familia.

Durante las últimas décadas se ha vuelto más común que la mujer se incorpore a la fuerza laboral, abarcando así múltiples papeles. Siendo el factor económico resultado de las principales causas donde residen los problemas familiares.

Es importante señalar que la participación de la mujer en la actividad económica del país como fuerza de trabajo remunerado, ha sido creciente durante las últimas décadas. En 1990, esta cifra se incrementa a un 35% de la población económicamente activa, si bien pudiera estar subestimada ya que un alto porcentaje de mujeres se emplea en el sector informal.

Por otro lado, han aumentado a más de 3 millones los hogares con jefatura femenina, quienes perciben menores ingresos en general, lo que repercute en precarias condiciones de vida.

Si bien en los años ochenta, se revaloró el significado y la contribución del trabajo realizado por las mujeres, ahora en los años noventa todavía falta una mejor comprensión de la importancia de ese trabajo en términos de aportación a la economía nacional, lo que se refleja en los escasos programas dedicados al estimulo de las actividades productivas y en el poco valor que aún se da en el núcleo social a la inversión en capital humano de mujeres.

En general hay una crisis de productividad en el ámbito laboral, pero esta crisis afecta principalmente a las mujeres, quienes además de verse obligadas a ser más productivas en todas sus actividades, se enfrentan a la doble jornada: el trabajo remunerado y el no remunerado, para acceder a condiciones que les permitan mejorar resultados en sus actividades, incrementar sus ingresos y facilitar su desarrollo personal y profesional.

La política que ha impulsado Acción Nacional en materia laboral, enfatiza que no pueden ser los sectores más desposeídos y marginados los que deben cargar con el peso del mal manejo de los recursos nacionales, por lo que manifiesta la necesidad de reformar la Ley Federal del Trabajo, en función de adecuarla a la realidad actual de las mujeres asalariadas de nuestro país.

El PAN, ha impulsado reformas e iniciativas que a la larga quedan como las más avanzadas en materia de derecho laboral y de dignificación del trabajo humano. Por eso, su preocupación por los derechos de las trabajadoras, por el avance y desarrollo de un crecimiento con equidad que permita mejores condiciones para el ejercicio del trabajo, por un desarrollo que permita el aumento de la producción y la generación de mayores utilidades, llevó a los panistas y a las panistas a presentar la iniciativa en cuestión y consecuentemente ahora su excitativa.

La iniciativa panista de reforma a la Ley Federal del Trabajo no sólo busca justicia y equidad, sino que es consecuente con su planteamiento histórico. El derecho y el respeto al trabajo es un punto fundamental del respeto a la dignidad de la persona y es pilar de la convivencia en comunidad, base del desarrollo personal, familiar y nacional.

Queremos que la naturaleza misma de la mujer no sea causa para continuar con su discriminación laboral. Por ello, es necesario establecer mecanismos dentro de la Ley Federal del Trabajo para erradicar esa situación.

Insistimos en la necesidad de que se consignen las normas protectoras de la organización y desarrollo de la familia, a fin de que las madres trabajadoras y los padres trabajadores puedan asumir la responsabilidad que tienen de asistir y amparar a sus hijos.

La familia es el centro vital de la educación, en ella los hijos aprenden la jerarquía de las cosas. Es verdadera y principal escuela de humanismo y ayuda a armonizar los derechos personales con las demás exigencias de la vida social. Es vínculo necesario para el cultivo del hombre.

En ese sentido se hace importante que la ley deba ser dinámica, es decir, se vaya adecuando a la realidad de la sociedad para la que fue creada.

Nuestra realidad es que la mujer en la sociedad actual se ha convertido en una parte importante del sector laboral, en especial como trabajadora asalariada. Sin embargo, la actual situación económica ha venido a perturbar a esta institución, por lo que debe ser digna de atención el velar y contribuir a su fortalecimiento y al de los vínculos de cariño y respeto entre sus componentes, al cumplimiento de obligaciones por los padres con respecto a los hijos.

La familia debe ser el elemento de orden y equilibrio en la sociedad. Por eso mismo reiteramos la necesidad de que exista dentro de la Ley Federal del Trabajo, un capítulo especial que observe la protección a la organización y al funcionamiento de la familia.

Es el caso que una vez presentadas las iniciativas señaladas, el Presidente de la Cámara la turnó para su estudio, análisis y dictamen a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

«CONSIDERACIONES

1o. Desde el 13 de noviembre de 1996 a la fecha, han transcurrido más de los cinco días que como plazo concede el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para que las comisiones de la Cámara presenten su dictamen en los negocios de su competencia dentro de dicho plazo al de la fecha en que los hayan recibido.

2o. El constitucionalista don Manuel Herrera y Lazo, señalaba que el Congreso es y debe ser la Asamblea de libre discusión, en la que se tratan los asuntos públicos en voz alta y a la luz pública para generar bienes públicos. Por ello son parlamentos, porque parte de su misión es parlar, dialogar, debatir, ratificar, orientar. Sin embargo, el rezago, la omisión, el silencio, la falta de eco y de respuesta a las propuestas de las y los legisladores, en nada favorecen al ejercicio de nuestra tarea y ésta sólo puede lograrse si el propio Poder Legislativo asume cabalmente su responsabilidad.

3o. En tal virtud, es procedente que el Presidente de la Cámara de Diputados, en cumplimiento de su obligación, expresada en el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a fin de emitir el dictamen correspondiente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, señora Presidenta de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión, muy atentamente pido se sirva:

Unico. Realice la excitativa a las comisiones, para que presenten el dictamen correspondiente a la propuesta de reformas a la Ley Federal del Trabajo, presentada por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el pasado 13 de noviembre de 1996.

Por una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos. Dado en el Palacio Legislativo el día 25 de noviembre de 1997.

Atentamente.

Patricia Espinosa Torres.»

Hago entrega a la Secretaría de la excitativa correspondiente.

La Presidenta:

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se excita a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, a fin de que emita el dictamen correspondiente.

DIA MUNDIAL DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA

La Presidenta:

Se concede el uso de la palabra al diputado Marco Antonio Adame Castillo, de la Comisión de Equidad y Género, para referirse al Día Internacional de la Lucha Contra la Violencia, hasta por 10 minutos.

El diputado Marco Antonio Adame Castillo:

Con el permiso de la Presidencia; distinguidos miembros de la Cámara de Diputados:

Ante el avance sistemático y creciente de la violencia, lenguaje de los que no tienen la razón y cáncer social del Siglo XX, los organismos internacionales y nuestro país unido a ellos, declaró el Día Mundial de la Lucha Contra la Violencia, resaltando, por un lado, la neceéis

dad de recordarle al ser humano lo pernicioso de una conducta que denigra y destruye a la persona, por el otro, la evidencia de que en esta lucha la humanidad está perdiendo la batalla ante el embate de las fuerzas del odio, del crimen organizado, de la impunidad de los que tienen poder y lo usan para abusar y denigrar a quienes están bajo su mando; presas de la enfermedad física o síquica usan la fuerza para someter a sus víctimas en forma recurrente, lesionándolas o no y cobrando en no pocas ocasiones el caro precio de la vida humana.

Al hacer un repaso sobre la violencia en las sociedades contemporáneas, debemos reafirmar que no es una exageración llamar a ésta: el cáncer del Siglo XX, pues aunque este fenómeno no es privativo de este periodo, sí lo es el que en la presente centuria es donde han ocurrido el mayor número de muertes violentas de la historia, de tal forma que estamos en el ocaso del siglo de la megamuerte. Un recuento del número de víctimas de asesinatos por motivos políticos es apenas un aspecto para definir el legado y el significado de este siglo. Nos preceden dos guerras mundiales y no menos de 30 importantes guerras civiles o internacionales, entre las que se incluye las guerras mexicanas.

Millones de víctimas, especialmente mujeres, ancianos y niños vinculadas con genocidios para hacer viables los intentos totalitarios para crear utopías coercitivas. Esto es, sociedades perfectas basadas en la eliminación física de los señalados como inadaptados sociales o enemigos de los paraísos terrenales.

En fin, 167 millones de vidas perdidas por la vía violenta que se dicen fácil, sin contar a los heridos, mutilados o afectados sicológicamente y la consecuente pérdida masiva del talento, la energía y la herencia genética que esto engendra. Esta realidad histórica pareciera lejana en el tiempo y distante en el espacio, más no olvidemos que éste es nuestro siglo y que aún no termina.

En la actualidad nos enfrentamos a formas más sofisticadas y sutiles, aunque no menos graves de violencia física y moral; los móviles siguen siendo los mismos, han cambiado las armas y los destinatarios, México sufre el flagelo de la violencia, en la persona de los más débiles quienes, producto de una cultura de dominación y de abuso sexual, han llevado la mayor carga.

Destacan: la violencia contra la mujer, contra los menores, contra los ancianos y los discapacitados en el seno del hogar, pero también sufren violencia quienes se oponen a los sistemas dominantes, ante quienes se enfilan las plumas, se organizan costosas campañas publicitarias y se ordenan sanciones administrativas para intimidarlos o acotarlos, ahí están como soporte los primeros estudios sobre conflictividad social en México, que de 1994 a 1997 reflejan el costo humano de las luchas sociales en 28 mil registros.

Víctimas de este cáncer social, son también los que nada tienen, los amplios sectores marginados que sufren la impunidad de quienes instrumentan el poder, corrompen la autoridad y explotan, lastiman y violentan los más elementales derechos humanos.

Por todo lo anterior, Acción Nacional participa activamente en los esfuerzos para que nuestro país cuente con un marco legal actualizado que garantice la seguridad y el bienestar personal, familiar y social. En suma, que promueva y respete los derechos de los mexicanos y que sancione a quienes hacen de la violencia su modo de vida.

Una clara muestra de nuestro interés político en este tema, es el haber incluido prioritariamente dentro de la agenda legislativa de nuestro grupo parlamentario para el primer periodo de sesiones, la iniciativa de Ley Contra la Violencia Intrafamiliar y el amplio respaldo que hemos expresado a la iniciativa que sobre este tema recientemente envió el Ejecutivo junto con las legisladoras de todas las fracciones políticas de ambas Cámaras.

Estamos convencidos de que no hay mejor estrategia ni mejores políticas públicas que aquellas que fortalecen y garantizan el desarrollo de las personas en el seno familiar, pues resulta indudable que la familia es la institución básica de la sociedad.

La familia es y ha de ser el espacio para que sus miembros se desarrollen como seres humanos, de tal forma que la violencia que se dé en el ámbito familiar es un elemento deteriorante e incluso destructivo de su unidad esencial.

Por ello creemos que a la restauración, fortalecimiento y promoción de la familia deben concurrir todas las fuerzas sociales y políticas y los esfuerzos gubernamentales y no gubernamentales por encima de cualquier protagonismo político. En este sentido, secundamos los acuerdos internacionales que México ha firmado con el exterior y que han sido ratificados por el Senado de la República, tal es el caso de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, convención de Belem Dopará, donde de manera contundente se exhorta a los países a crear o en su caso, modificar todos los instrumentos legales y mecanismos necesarios para erradicar y detener la violencia contra las mujeres, incluyendo por supuesto la violencia que en su perjuicio pudiera ejercerse dentro del hogar.

De igual forma, se da la Convención de los Derechos del Niño y la convención sobre aspectos Civiles de Sustracción Internacional de Menores.

En apoyo de estas disposiciones normativas, exhortamos a multiplicar las opciones de atención y los programas de atención a víctimas de la violencia intrafamiliar; suscribimos la necesidad de modificaciones al Código Penal concientes de que si no atacamos la agresión en el interior de la familia, formaremos generaciones de mexicanos con baja autoestima y problemas sicológicos y emocionales que impedirán su pleno desarrollo humano y que comprometerán el desarrollo del país.

Para Acción Nacional, tiene primacía la prevención y concientización de la población sobre la violencia, acciones que se lograrán con la educación y con la implementación de una política social, humanista, federalista, temporal, integradora y participativa, orientada a apoyar a los grupos sociales con altas carencias. Consideramos que la iniciativa sobre violencia intrafamiliar es un primer paso de un largo camino de transformación que cuenta con gran respaldo social, por lo que urgimos la aprobación de esta iniciativa.

Creemos que para que este esfuerzo no quede incompleto, debe inscribirse dentro de un contexto más amplio y contundente: el de la reforma del Estado, que hoy se debate en el país y que involucra a la reforma del Poder Judicial; al saneamiento de los cuerpos de seguridad y las corporaciones policiacas; a la lucha contra la impunidad que tanto ha lastimado a la sociedad; a la reforma del Poder Legislativo para que en una sana división de poderes sea el derecho y la ley el sendero por donde transite la solución a este grave problema social.

Conscientes de que la solución al caer sobre la violencia no se resuelve con una modificación de ley, hoy queremos poner de manifiesto la cuidadosa atención que tendremos sobre el presupuesto para 1998, exigiendo que no se comprometa, antes se incremente, el gasto en educación, en salud y seguridad pública, pues son éstos los ejes sobre los que corre la lucha contra la violencia y la conflictividad social.

Para quienes perversos o ignorantes pretenden descalificar violentamente la postura de Acción Nacional, hoy queremos reafirmar que es uno de los más altos y delicados deberes del legislador cuidar porque los dineros del pueblo y los recursos legales se orienten a la solución de grandes necesidades sociales; que nuestra representación no es espuria como la han querido calificar quienes enfermos de poder imaginan tener el monopolio de la representatividad social; que un esfuerzo de esta magnitud involucra al consenso de todas las fuerzas sociales, sin falsos rencores, sin falsos rubores ni complicidades vergonzantes; que nuestras propuestas no son retóricas ni pirotécnicas como las califican quienes rebajan el debate parlamentario y carecen de propuestas para construir una política económica y social de Estado.

Que la medida de su negación irreflexiva es la medida de su incapacidad para imaginar y desarrollar una política económica-social con rostro humano y con responsabilidad social.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta:

Le damos la bienvenida a los alumnos del Colegio Partenón, del segundo de secundaria, que se encuentran allá arriba.

Se han inscrito para hacer uso de la palabra sobre el mismo tema, las diputadas Aurora Bazán López, María Mercedes Maciel Ortiz, María del Refugio Calderón González y Laura Iztel Castillo Juárez.

En ese orden, por favor, la diputada Aurora Bazán López, tiene la palabra hasta por 10 minutos.

La diputada Aurora Bazán López:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Quiero llamar su atención para que recapacitemos sobre lo que acontece en las calles de nuestra ciudad, hoy que es el Día de la No Violencia, y que hagamos algo para impedir que la población joven de nuestro país tenga que pagar las consecuencias de los problemas económicos, sociales, que genera intolerancia.

Quiero contarles una historia, como miles que podrían suceder hoy mismo, pero que no por ser muchas deja de ser real.

Omar era un niño de 10 u 11 años, que como muchos trabajaba en los cruceros de San Antonio y periférico, que había empezado a recuperarse en la escuela con la ayuda de algunos de sus vecinos de Jalapa, uno de tantos asentamientos irregulares de esta ciudad, por lo

que salía a trabajar por las tardes, en compañía de sus tres hermanos, uno de los cuales era mujer, dos años mayor que él y que había sido violada poco antes de que sucediera lo que les estoy relatando.

Pues bien, como hoy es muy difícil que los automovilistas tengamos la ventanilla abierta, Omar tocaba el vidrio de los coches, para llamar la atención y como la chamba esta muy difícil, se trabaja hasta tarde, ya pasadas las 10:30 de la noche y no es que Omar no tuviera hogar, sino que como muchos, su hogar está formado por la mamá que vive con un señor que no es su papá y sus hermanos que son de otros papás y que por lo regular es la madre quien trabaja, pero que son los hijos quienes aportan el dinero que sirve para comprar lo indispensable para subsistir y que la misma madre de él exige. Hasta aquí tal vez nuestra historia no tenga nada de especial.

Pero quiero decirles que Omar salió un día a trabajar, ya tarde seleccionó un crucero, el mejor, y como algunos automovilistas ya no se detienen, este pequeño se cruzaba frente a ellos para solicitar su ayuda y ese día lo hizo del mismo modo que siempre, pero por su ceguera, consecuencia de una aguda diabetes infantil, Omar no alcanzó a esquivar al microbús que le cortó la vida de un tajo.

El drama familiar no se hizo esperar y entre gritos lacerantes de dolor y un frustrado intento de dar cariño, la mamá de Omar mostraba así su desesperación por haber perdido a su hijo y no queriendo reconocer con ello que ella es la responsable de la muerte de su pequeño y que al final, después del entierro de Omar, la vida seguiría su curso, enviando a sus hijos con una advertencia de que se cuidasen más al trabajar en el crucero, pues ya ven lo que le pasó a Omar.

Existen demasiadas historias tristes acerca de menores que sufren todo tipo de lesiones de distinta índole, niños que tienen que aprender a sobrevivir, sorteando los obstáculos más difíciles, sin tener más recompensa que una parte de lo obtenido durante un día de andar mendigando; niños que no tienen la capacidad física para defenderse de la gente que se aprovecha de ellos para explotarlos.

Estas historias son tal vez verídicas, como el resultado arrojado por una encuesta realizada por la Organización Internacional del Trabajo, la cual ha calculado que existen en el mundo 73 millones de niños que son explotados en la actualidad y, peor aún, si se tomara en cuenta a todos los niños menores de 14 años económicamente activos, el resultado alcanzaría más de 250 millones.

Cabe mencionar que un alto porcentaje de esta población son víctimas de padres o parientes explotadores, que ejercen amenazas y abuso físico; muchos otros son víctimas de gente perversa que tiene como labor lucrar a través de redes establecidas internacionalmente, con el sexoservicio infantil.

México, por su pobreza y la corrupción de sus autoridades, se ha convertido en un atractivo país para extender esa organización criminal. Autoridades de las Naciones Unidas reconocen que nuestro país se encuentra entre los cinco con las más altas incidencias en materia de delitos sexuales contra niños.

Del mismo modo, el informe-estado mundial de la infancia en 1997 de la UNICEF, señala que millones de niños están expuestos a serios riesgos por la explotación y trabajo peligroso. Una de las razones de esta situación es que la sociedad, los sistemas y algunos individuos, han bloqueado otras opciones para los pobres, pero sobre todo para los niños.

Las circunstancias extremas de una familia sin recursos coinciden con la extrema codicia de empleadores sin escrúpulos y prestamistas viles, que unidos a la falta de oportunidades y alternativas de los pobres, conducen a un trabajo servil y a la explotación física y, lo que es más, a una especie de esclavitud en pleno siglo XX, que parece recrudecerse con los infantes...

La Presidenta:

Permítame la oradora, por favor.

Nuevamente hacemos un llamado a todos los diputados que se encuentran en el pasillo central, a los medios de difusión y a las personas ajenas que están en este recinto, que por favor despejen el área, y a los diputados que pasen por favor a ocupar sus curules.

Gracias.

Continúe, por favor.

La diputada Aurora Bazán López:

... Mismos que en algunas ocasiones llegan a engrosar el número de gente desaparecida.

La explotación infantil, desde el punto de vista laboral, contraviene básicamente todos los derechos consagrados desde nuestro Constitución Política, pasando por la Ley Federal del Trabajo, hasta los derechos presentados en la convención de los decretos del niño declarados a nivel mundial.

En nuestro país, para los trabajadores mayores de 18 años, la Ley Federal del Trabajo previene en su artículo 56 acerca de las condiciones laborales, indicando que en ningún caso serán menores que las expresadas en la misma. Habla de los días de descanso, de las vacaciones. En el artículo siguiente señala el salario mínimo que debe percibir un trabajador, menciona las obligaciones y los derechos de los trabajadores y patrones, y dice en el artículo 513 que se adopta una tabla de las llamadas enfermedades del trabajo, ocupando más de 160 apartados y hasta 409 valuaciones de incapacidades, en 87 páginas, culminando con el artículo 515, que a la letra dice:

"La Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizará las investigaciones y estudios necesarios, a fin de que el Presidente de la República pueda iniciar ante el Poder Legislativo la educación periódica de las tablas a las que se refieren los artículos 513, 514, y al proceso de la medicina del trabajo."

Sin embargo, para la ocupación laboral del niño, sólo le otorga el derecho de no laborar jornadas mayores a ocho horas, como si muchos menores no fueran expuestos a los efectos de las sustancias químicas, al manejo de equipo peligroso y el riesgo permanente de accidentes laborales, por no tener un desarrollo total de su cuerpo y de su habilidad psicomotriz.

Según la UNICEF, debe denunciar como peligroso para un niño, todo trabajo que resulte perjudicial para el desarrollo físico, mental y espiritual, con el fin de lograr su eliminación hacia el final del presente decenio.

Nuestro ámbito legal carece de justicia respecto a los derechos del menor, ya que no protege cabalmente a quienes, según decimos con orgullo, son el futuro de México. Este es el origen real de todo abuso perpetrado en contra de este sector de nuestra sociedad, ya que los deja desamparados bajo la mirada codiciosa de quienes buscan abusar.

Es, pues, nuestra obligación elevar el nivel de vida de nuestros menores, no solamente denunciando atropellos, sino también protegiendo a esta parte vulnerable de nuestra estirpe, sin distinguir clases sociales ni etnias, como lo marca el artículo 1o. constitucional.

Para el próximo año se realizará una marcha sin precedentes en la historia de la defensa de los derechos humanos, pues entre enero y marzo, cientos de miles de personas se movilizarán en cuatro continentes para denunciar el trabajo peligroso, la esclavitud y la prostitución a que son sometidos más de 250 millones de niños en el mundo, en distintas naciones, unas con arraigo cristiano, otras musulmanas, otras más sintoístas, en todas las experiencias es la misma, industrializadas o no, con distintos niveles culturales. Lo cierto es que el drama que viven realmente estos millones de niños es alarmante.

Esta gigantesca manifestación internacional, que también pasará por México, tiene la intención de recorrer más de 80 mil kilómetros. Los activistas de diversas organizaciones de las llamadas no gubernamentales, iniciarán su caminar en tres puntos simultáneamente, Brasil, Filipinas y Sudáfrica, para finalmente reunirse en Ginebra.

México no puede quedar al margen de esta acción, pero tiene que participar planteando soluciones reales.

Nuestro trabajo hoy es realizar acciones contundentes, que pongan en práctica patentemente aquellas consignas que manifestamos en nuestras campañas electorales, convencidos de que el momento de llegar a ésta, la máxima tribuna de la nación, levantaríamos la voz en favor de nuestro pueblo, que es nuestra responsabilidad ante el Dios en que seguramente todos creemos y ante la ley, motivo medular de nuestra labor legislativa.

Gracias, compañeros.

La Presidenta:

Tiene la palabra la diputada María Mercedes Maciel Ortiz, del Partido del Trabajo, hasta por 10 minutos.

La diputada María Mercedes Maciel Ortiz:

Con su venia, diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Hoy, que es el Día Internacional de la No Violencia Contra la Mujer, nos permitimos manifestar nuestro más amplio reconocimiento a sus promotores.

Este día, en nuestra opinión, debe ser dedicado a la reflexión crítica para eliminar toda forma de agresión hacia la parte femenina de la especie humana.

En este sentido, estimamos que la institucionalización de esta fecha no fue una decisión obligada por el destino ni por una decisión unilateral, sino para reconocer que la violencia expresa un problema social crónico que han padecido y padecen las mujeres en forma generalizada.

Por tanto, este día es una respuesta que busca contrarrestar el hostigamiento cotidiano en el plano social y familiar. Es el producto de una larga lucha de las instituciones que han coartado las oportunidades y derechos de la mujer. En suma, es un esfuerzo por erradicar todo lo que limita la creatividad y la libre participación de las mujeres.

La violencia que se ejerce sobre la mujer no es homogénea, sino que se presenta con distinta frecuencia y asume formas específicas entre los pueblos.

Tenemos, por ejemplo, un pequeño grupo de naciones que sin haber erradicado totalmente la violencia contra la mujer, han forjado ciertas estructuras legales contra la violencia, medida que también va acompañada de principios moralmente más solidos y de una mayor equidad en el plano económico y en las oportunidades laborales.

Pero, por otra parte, también existen naciones con menor grado de desarrollo donde los espacios laborales y las remuneraciones son reducidas para la mujer; son pueblos donde la violencia contra las mujeres está al orden del día, en casi todos los niveles de la estructura social.

En estos países, por las escasas oportunidades económicas y el débil sistema institucional, propician con mayor frecuencia la violencia contra la mujer.

México, no obstante los recientes avances en el plano legal, como es la recientemente presentada Ley en Contra de la Violencia Intrafamiliar, padece aún del hostigamiento físico, moral y sexual en contra de la mujer.

Los datos a ese respecto pueden constatarse en el número creciente de demandas en la Procuraduría, aunque existe también una buena parte de delitos que no son denunciados.

México, en el mediano plazo, debe mejorar las condiciones de la mujer, en el plano de la escolaridad, del empleo y de oportunidades laborales, pero también debe mejorar la impartición de justicia, desde los elementos que configuran la estructura jurídica, hasta la depuración del sistema de justicia; en particular, evitar la corrupción de los jueces.

Compañeras y compañeros diputados: en el Partido del Trabajo reconocemos que todavía falta un buen trecho para lograr la igualdad del género. Nos enfrentamos a una cultura machista, muy arraigada en la sociedad, sin embargo, creemos que todos los pasos que demos para lograr la igualdad entre la mujer y el hombre, serán pasos hacia la emancipación social y económica de nuestro país.

La liberación de la mujer es también la liberación de nuestra patria.

La Presidenta:

Tiene la palabra la diputada Alma Angelina Vucovich, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

La diputada Alma Angelina Vucovich Seele:

Con su venia, señora Presidenta; señoras legisladoras y señores legisladores:

Antes de iniciar mi intervención en esta tribuna, ruego a todos los presentes guardar un minuto de silencio en memoria de Jéssica Yadira y de miles de mujeres víctimas de violencia.

La Presidenta:

Se acepta por esta Presidencia el minuto de silencio solicitado por la diputada Alma Vucovich.

Se ruega a todos los presentes ponerse de pie.

(Minuto de silencio.)

La diputada Alma Angelina Vucovich Seele:

Gracias, señora Presidenta:

El día de hoy, 25 de noviembre de 1997, hasta diciembre de 1998, da inicio la campaña mundial por los derechos humanos de las mujeres.

En el marco de esta campaña serán realizados diversos eventos encaminados a reivindicar la promoción y el respeto de los derechos fundamentales de nosotras, las mujeres, de todo el mundo, ya que sin el respeto a los derechos de las mujeres, no hay derechos humanos.

En este sentido, exhorto a quienes integran esta soberanía, a que reflexionemos seriamente en torno a la proliferación, cada día mayor por cierto, de acciones violentas que atentan contra los derechos humanos de las mujeres mexicanas y que se presentan tanto en los hogares como en las instituciones públicas de nuestro país, convirtiendo el problema de la violencia en un problema público y no privado, como hasta hace unos años se le consideraba.

En estos días las diputadas y diputados de esta legislatura hemos estado trabajando con la iniciativa de Ley en Contra de la Violencia Intrafamiliar, un asunto que tiene qué ver directamente con la violación a los derechos humanos de las mujeres, toda vez que del total de la población que sufre algún tipo de agresión, entre un 90% y un 95% son mujeres.

La importancia de trabajar en la aprobación de una iniciativa de ley como el caso que nos ocupa, no es materia solamente de un interés malsano por intervenir en las relaciones de pareja o en el llamado espacio doméstico; se trata en el fondo de esclarecer el tipo de proyecto de nación que las mexicanas y los mexicanos queremos construir de cara al nuevo siglo y al nuevo milenio; se trata en esencia de contribuir a crear desde este órgano legislativo las condiciones necesarias para hacer de la sociedad mexicana una sociedad cuyas relaciones se basen en la equidad, el respeto y sobre todo en la tolerancia, en la diferencia, sea ésta de género, de pensamiento o de ideología.

Hoy que nos encontramos en medio del debate en torno a la reforma del Estado, es oportuno que no nos olvidemos de considerar que un verdadero proyecto de nación debe comenzar por revisar la manera en que se ejercen las relaciones de poder desde el ámbito familiar, desde las relaciones de pareja, desde la violencia cotidiana que padecen millones de mujeres en nuestro país.

Solamente así estaremos en posibilidad de detener toda la secuencia de maltrato, abuso de poder, negligencia, control y dominio hacia la mujer, que si bien es cierto tiene sus inicios en los núcleos privados, llega a las instituciones del Estado y fomenta situaciones denigrantes donde las mujeres son excluidas y discriminadas de los ámbitos académico, laboral, económico y político.

Para quien suele anteponer los intereses económicos por encima de la problemática social, sólo quisiera acotar que los actos de violencia cometidos en contra de las mujeres, representan un serio obstáculo para el desarrollo económico en México.

Simplemente pensemos en el número de mujeres que por una actitud de prepotencia de los varones de su familia, como el padre o el esposo, no les ha sido permitido hasta hoy trabajar y producir para sí mismas, para la economía nacional.

De igual manera imaginemos las enormes pérdidas de recursos que representa la incapacidad laboral que se tiene que otorgar a las mujeres que han sido victimas de maltrato dentro de sus hogares, junto con las erogaciones presupuestales destinadas a la atención de mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.

De acuerdo con datos proporcionados por la Organización Panamericana de la Salud, algunos países de América latina, entre ellos México, gastan alrededor del 20% de sus presupuestos de salud en atención médica por cuestiones en caso de emergencia producidos por actos de violencia.

México actualmente vive momentos inéditos en su historia, momentos de significativas transformaciones políticas en las que la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y ¿por qué no decirlo?, también el Poder Legislativo, nos hemos fijado la meta de alcanzar la tan anhelada democracia. Sin embargo, mientras no exista una real democratización de las relaciones íntimas de pareja y familiares, mientras no avancemos en la reivindicación de la igualdad de los derechos de las mujeres en todos y cada uno de los ámbitos del quehacer humano, no podremos hablar ni de voluntad ni de convicciones políticas de respeto a la diversidad del señalamiento de la resolución no violenta de los conflictos.

De esta posibilidad de reconocer la diversidad y de no confundir con la desigualdad.

Un ejemplo de la forma en que la violencia intrafamiliar es reflejo de la violencia social...

La Presidenta:

Permítame, señora diputada: le rogamos que concluya, ya que su tiempo se ha agotado.

La diputada Alma Angelina Vucovich Seele:

Con su permiso, señora Presidenta:

Me cedió sus cinco minutos la compañera.

... Lo es la denuncia que presenté en esta tribuna hace unos días, referente al caso de las 97 mujeres asesinadas en condiciones de agresión sexual, sumamente violentas, de mutilaciones, en Ciudad Juárez, Chihuahua, sin que hasta la fecha ninguno de estos homicidios se haya aclarado. Y lo más lamentable es que van aumentando, sumando hoy 98.

En respuesta a la campaña mundial por los derechos humanos de las mujeres, las autoridades de Ciudad Juárez deben atender el clamor de los grupos de mujeres y de la sociedad civil de esta entidad, quienes han demandado la creación de una fiscalía especial fundamentada en el artículo 4o. fracción VII de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Chihuahua, pidiendo la investigación de dichos actos de violencia, solicitud que la Comisión de Equidad y Género apoya.

La tolerancia y la impunidad son las armas que utilizan las autoridades para no aplicar la ley cuando así les conviene, por ser ellos mismos, las autoridades, cómplices en tantos crímenes sin castigo.

Qué fácil resulta cerrar los oídos y el corazón ante el dolor de quienes se han visto ultrajadas, vejadas, humilladas, golpeadas o asesinadas.

¿Por qué no preguntamos a María Eugenia Cázares, madre de Jéssica Yadira, víctima de las autoridades de Durango...

La Presidenta:

Permítame la oradora, por favor.

Señores diputados: la diputada Laura Itzel Castillo, cedió sus otros cinco minutos a la diputada que tiene la palabra. Permítanle, por favor, que continúe.

La diputada Alma Angelina Vucovich Seele:

... Quien se encuentra presente en este recinto, qué piensa, pero principalmente, qué siente ante tanta injusticia e insensatez? ¿Seremos capaces de quitarnos nuestras máscaras ante el cúmulo de evidencias y humanizarnos al menos por un instante para exigir a Maximiliano Silerio Esparza, gobernador de Durango, castigo para los funcionarios que con su indiferencia, hostigamiento y prepotencia, empujaron a un ser inocente al suicidio?

Señor gobernador de Durango: éste no es un caso concluido. Exigimos se castigue a los culpables de ejercitar coacción moral sobre Jéssica, para que se desistiera de su demanda, orillándola en su impotencia al suicidio.

Jessica: en tu nombre exigiremos se haga justicia para tu caso y el de tantas mujeres que valientemente denuncian los atropellos de que son víctimas, topándose con la insensibilidad y morbosidad de aquellos hombres convertidos en jueces y verdugos de las víctimas de su propia abyección.

Quisiera solicitar a esta Presidencia que sea conformada una comisión del seguimiento al caso de Jéssica Yadira, con integrantes de las comisiones de Justicia, Derechos Humanos y de Equidad y Género.

Asimismo, que con relación al asunto de las edecanes, se proceda en consecuencia y se informe a este pleno del estado que guarda el caso referido.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Con base en el artículo 27, su petición no es procedente en este momento. Le rogamos que lo presente por escrito.

Tiene la palabra la diputada María del Refugio Calderón González, hasta por 10 minutos.

La diputada María del Refugio Calderón González:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Día Internacional de la no Violencia Contra la Mujer.

La declaración universal de los derechos humanos establece muy claro que todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad; y para que esto se cumpla, no deberán influir diferencias de edad, de sexo, de estrato social o nivel económico; aunque sí, estas diferencias nos hagan más débiles o vulnerables a unos que a otros.

La sentencia aristotélica dice que el hombre es un animal social, por lo que el ser humano, en términos generales, siguiendo su instinto gregario, ha ido construyendo la sociedad a base de la cooperación y la ayuda mutua en la tarea común; condiciones que han constituido los aspectos más importantes de una verdadera organización social, porque así se ha engendrado el sentimiento de pertenencia que, lejos de implicar que la socialización tenga que ver con el conformismo social, es la vía de la aculturización y el desarrollo normal del carácter social de este ser humano.

Sin embargo, aunque es válida la premisa de la igualdad de todos los integrantes de un grupo social, así sea dentro del núcleo familiar u otro tipo de organización, siempre, en todas las épocas y en todos los pueblos, se han dado conductas individuales y sociales que han puesto de manifiesto el abuso y prepotencia del más fuerte sobre el más débil; surgiendo así la lucha por el sustento o el espacio, hasta llegar a la lucha por el poder, que no siempre representa el imperativo de la supervivencia mediante la satisfacción de alguna necesidad primaria.

Esto ha dado origen a conductas humanas violentas, cuyo denominador común es la agresividad y la fuerza como principios básicos de dominación; lo cual, lamentablemente, ubica al hombre en el plano de un dudoso desarrollo como ser civilizado, pues en las especies animales, el instinto de agresión no se manifiesta en cualquier momento ni de cualquier manera, sino únicamente cuando está en riesgo el equilibrio de grupo o peligra su especie.

El hombre es el único ser que deliberada e intencionalmente, daña a las demás especies de seres vivos y a la propia; el hombre, con todo su desarrollo intelectual y con toda su civilización tecnológica y aculturización, es el único ser que mata por el simple placer de matar; el hombre, "la creación superior de la naturaleza", a pesar de sus normas de convivencia, a pesar de sus intentos por mantener el equilibrio que se requiere para la convivencia pacífica, es el único ser que actúa en contra de las reglas, en contra de las formas regulares de conducta; en contra de lo justo. Porque el hombre, presa de su propia cólera, es lobo del hombre.

La violencia, como la manifestación del genio arrebatado e irascible, como la aplicación de la coerción para vencer alguna resistencia, es en nuestros días síntoma común a la convivencia en la sociedad y ha sido producto de la conducta del hombre desde tiempos inmemoriales; su desarrollo ha ido de la mano con la evolución de la sociedad, de igual manera como mitológicamente la diosa violencia lo hiciera con su hermana, la Victoria; pues ha sido tal la necedad del hombre en este aspecto, que ha llegado a promover la guerra, en nombre de un Dios de Paz. No sólo se ha llegado a matar en nombre de valores tan altos como la libertad y la justicia, sino que también se ha hecho invocando el amor de dios, de cualquier dios, a los hombres.

Como por miedo a perder la guerra, al hombre no le ha importado perder la paz, la violencia ha sentado sus reales en nuestra sociedad: hay violencia en la familia, hay violencia en la escuela o en el centro de trabajo, en las calles. Hay violencia en todas partes y en cualquier momento de la convivencia cotidiana. Ocurre todo esto a tal grado, que nos hemos inmunizado ante la agresividad no con valor ni con resignación; nos hemos ido inmunizando con indiferencia.

Mas la violencia más triste y más lamentable, es la que se manifiesta de manera intrafamiliar; es decir, no siempre es un extraño el agresor. Muchas de las veces la violencia en las calles es resultado de la desintegración familiar y del abuso del fuerte por medio de la agresión física, la agresión verbal, abandono o cualquier práctica que cause daño físico o emocional mediante la aplicación de la fuerza o la intimidación.

La mayoría de las veces la familia donde tienen lugar este tipo de hechos, es caldo de cultivo para una sociedad donde prevalecen el abuso, la injusticia y la impunidad y ocurre que extramuros del hogar los niños, las mujeres, los ancianos y los discapacitados, son golpeados, amenazados y humillados. Denigrados, en una palabra.

Los medios masivos de comunicación, privilegiando el mercadeo por encima de lo conveniente para la sociedad, han sido un vehículo perfecto para que, hasta el más remoto lugar, se difundan la página roja de los medios escritos, la noticia alarmista, los cómics y películas en donde se estimulan la agresividad y el morbo, la prostitución, la pornografía, el consumo de alcohol y de drogas; lo mismo que el uso de armas como medios seguros para llegar al estado de tensión donde se ha entorpecido la interacción de intereses, porque el mantenerse siempre a la defensiva, impide la comunicación; existe siempre un temor mudo y todos sospechan de todos con mutua hostilidad.

Lo que se logra así, es una sociedad en conflicto consigo misma, porque la violencia, engendra violencia.

En esta conmemoración del Día Internacional de la no Violencia Contra la Mujer, creo conveniente hacer mención al derecho de igualdad de la mujer ante el hombre, a la necesidad de que sean reconocidos, en la práctica, sus derechos y obligaciones en lo social, lo económico y lo político, pues en la que ha sido tradicionalmente una sociedad preponderantemente masculinista, ha sido relegada en los espacios mencionados merced a una cultura de conformismo, inducida generalmente por una educación familiar y religiosa afines a prácticas machistas que de alguna manera le mantuvieron en un estado de sometimiento que debe ser, por dignidad humana, desterrado de todo círculo social, para siempre.

No olvidemos que el matriarcado fue en sus orígenes el sustento principal de la familia y con ello, de la humanidad entera; es indispensable, urgente, que las instituciones, de estructura preponderantemente masculina, propicien que la mujer obtenga plenas facultades para aportar su contribución al desarrollo de la sociedad y al adelanto de la civilización; siempre y cuando se sienta y esté libre de las manifestaciones de la violencia doméstica o fuera del hogar, cuando es agredida en lo físico y sufre del acoso, hostigamiento o abuso sexual y es intimidada moral o sicológicamente.

En materia de política social, el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, mediante el Programa Nacional de la Mujer, prevé la realización de acciones en favor de la mujer, a fin de lograr su integración a la vida económica, social, política y cultural del país y pueda participar en la toma de decisiones, responsabilidades y beneficios del desarrollo en igualdad de posibilidades y oportunidades que el hombre.

En este propósito, la realización de acciones en educación y comunicación que permitan crear una conciencia nacional acerca de la condición de la mujer, la implementación de planes y programas por parte de legisladores y funcionarios públicos, lo mismo que la actualización y fortalecimiento de mecanismos jurídicos y administrativos para que el ejercicio de los derechos ciudadanos de la mujer sea seguro y reducir la brecha entre la igualdad que el derecho le brinda y las condiciones de hecho que vive efectivamente.

De manera específica, con relación al combate a la violencia contra la mujer, el propósito es prevenir y erradicar la violencia en su contra, en todas sus formas de expresión, con acciones prioritarias que podemos sintetizar así:

Revisión y actualización de códigos, leyes y reglamentos para prevenir y castigar los delitos de violencia contra la mujer:

Fortalecer el desarrollo de instancias oficiales donde la mujer, en condiciones de seguridad, confidencialidad y sin temor a represalias y castigos, pueda denunciar actos de violencia en su contra;

Proporcionarle asistencia y orientación jurídico-social:

Desarrollar mecanismo que permitan la realización de procesos justos y eficaces, lo mismo que protección a las mujeres víctimas de la violencia;

Revisar y actualizar el marco legal para sancionar con mayor rigor al personal de instituciones gubernamentales que cometa actos de violencia contra la mujer, en el desempeño de sus funciones;

Fortalecer el programa de asesoramiento , rehabilitación y apoyo terapéutico a las mujeres víctimas de la violencia;

Sensibilizar a la población mediante campañas de educación y comunicación acerca de la violencia contra la mujer, en todas sus formas;

Impulsar las acciones educativas que contribuyan a prevenir la violencia y fortalezcan en los menores, adolescentes y jóvenes, una cultura de respeto a la dignidad de la mujer;

Difundir por los medios de comunicación, mensajes dirigidos a prevenir la violencia en el seno de las familias,

Apoyar el papel de los centros primarios de salud en sus labores de información relativa a los actos de violencia contra la mujer;

Difundir cuáles son las instancias de asistencia y apoyo a las cuales se pueda acudir en casos de violencia;

Establecer un sistema que permita recolectar información relacionada con la naturaleza, causas gravedad y consecuencias, así como la efectividad de las medidas aplicadas en eventos de violencia y Promover la investigación acerca de la labor desempeñada por los medios de comunicación masiva en la formación de valores, actitudes y creencias de la población frente a hechos de violencia contra la mujer, así como el debate público sobre este problema social.

Acciones todas que han propiciado trabajos concretos de las diversas dependencias involucradas, entre las que destacamos, de parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos:

La coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales para ayudar a las mujeres bajo cualquier situación de violencia;

El cotejo de las normas de los 31 estados de la República y del Distrito Federal, que contienen disposiciones relativas a las mujeres y a la niñez, con las de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer;

Así como el diseño y distribución de una guía para la defensa de quienes han sido víctimas de la violencia intrafamiliar y

La organización de la segunda promoción del Diplomado sobre Violencia Intrafamiliar, en colaboración con la Universidad Autónoma Metropolitana.

Por parte de las procuradurías generales de justicia, tanto la de la República, como la del Distrito Federal:

Se han constituido juzgados especializados en algunas materias de gran impacto social, como la violencia intrafamiliar y la de tipo sexual;

El fortalecimiento de la reparación del daño como mecanismo jurídico, mediante acciones concertadas entre la Sociedad Civil y el Estado, para que se constituya en un verdadero apoyo para las personas afectadas;

La asignación de recursos para el Plan Nacional de Acción en favor de las víctimas, así como de apoyos didácticos, técnicos e informáticos a todas y cada uno de los miembros de la red de establecimientos de atención especializada.

Se está dando atención en las agencias especializadas de delitos sexuales; se han proporcionado sesiones sicoterapéuticas a las victimas y a sus familiares y se ha dado seguimiento de casos a través de los centros de Atención a la Violencia Intrafamiliar.

En colaboración con el INEGI, se han elaborado las estadísticas con los datos proporcionados por las víctimas y sus familiares durante la atención que reciben en el Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales.

Por otra parte, quiero destacar, de la propuesta de trabajo de la Comisión de Equidad entre los géneros de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura, el propósito de colaborar con otras comisiones de la Cámara en el dictamen de iniciativas de ley y decretos que contengan elementos de iniquidad entre varones y mujeres; asimismo, promover reuniones de las integrantes de la comisión con especialistas en violencia intrafamiliar, derechos reproductivos, derechos laborales, equidad y género.

Convocar, además, a conferencias y foros para el análisis y discusión de temas específicos cuya complejidad lo amerite.

Lo hasta aquí mencionado indica que, a la vez que se reconoce la existencia del problema, y ante la posibilidad de una proliferación incontrolable, pues la Organización Mundial de la Salud ubica en un 65% el porcentaje de mujeres del mundo que sufren algún tipo de maltrato en su domicilio (en México, una de cada tres mujeres sufre algún tipo de violencia) se han realizado, se realizan y continuaremos realizando esfuerzos por disminuir los efectos y prevenir las causas de la violencia en contra de la mujer, pues se reconoce que uno de los deberes de los estados es prevenir, sancionar y erradicar la violencia mediante prácticas jurídicas, penales, civiles y administrativas que actúen y respalden el respeto a la integridad, la dignidad, la igualdad y la equidad de las mujeres.

La IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, llevada a cabo en China, en Septiembre de 1995, estableció que la violencia contra las mujeres es materia de discusión en todos los ámbitos: el público, el privado, el urbano y el rural; así se trate de niñas, jóvenes o ancianas; indígenas, discapacitadas, migrantes o en situación de conflicto armado; de aquí que en nuestro país el prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que forman la mitad de nuestra población, sea elemento estructural para su desarrollo.

Pero todo esfuerzo del Estado de cualquier nivel, todo propósito de las organizaciones nacionales o internacionales; todo trabajo que se emprenda con el fin de superar el problema social de la violencia en contra de la mujer, serían en vano sin el convencimiento y la participación de la propia afectada; en todo esto, ella es la pieza clave.

En la dignidad de la mujer se resume la dignidad del género humano, porque la mujer es garantía de continuidad de la humanidad y nuestra misión en la vida, es trascender como especie, como especie humana.

He aquí la necesidad de que hagamos de nuestra convivencia, una convivencia sana y pacifica; de que antepongamos, cada uno y cada una, la prudencia a la violencia. La paz, es responsabilidad de todos.

Hagamos de nuestro mundo, sin mojigaterías, un mundo de paz y armonía; hagamos de nuestro mundo, el mejor de los posibles.

Muchas gracias, señoras y señores diputados.

La Presidenta:

Tiene el uso de la palabra el diputado Fauzi Hamdan Amad...

En virtud de no estar presente el señor diputado Fauzi Hamdan Amad, proceda la Secretaría, a dar lectura a un documento.

COMISIONES ESPECIALES DE FISCALIZACION

La secretaria Rocío del Carmen Morgan Franco:

«Ciudadano Presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados-LVII Legislatura-Presente.

En virtud de las propuestas de integración de comisiones especiales que se han presentado al pleno de esta Cámara de Diputados, tomando en consideración que, salvo aquellas que se integren para investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria en términos del artículo 93 constitucional, algunas de ellas tienen relación con el ámbito competencial de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, así como con las atribuciones de la Contaduría Mayor de Hacienda.

Toda vez que el propósito que persiguen en muchas ocasiones es fiscalizar e inspeccionar cuestiones relacionadas con la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y el debido cumplimiento de las disposiciones aplicables a la utilización de los recursos públicos, por lo que se ha considerado conveniente evitar, en la medida de lo posible, la creación de comisiones especiales pudiendo ser turnadas las propuestas que se hagan en tal sentido, a las comisiones ya existentes, como lo es la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, o bien, según el caso, atendiendo a la materia de los hechos que motiven las propuestas a comisiones unidas, dando intervención que corresponda a la citada Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, toda vez que es la encargada de vigilar al órgano técnico de esta Cámara en lo relativo a las auditorías, fiscalizaciones, inspecciones de las dependencias y entidades de la administración pública federal evitando así la existencia de múltiples comisiones y la duplicidad de funciones en este órgano legislativo.

Por las anteriores razones, los integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, con fundamento en los artículos 57 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 9o. del Acuerdo Parlamentario Relativo a las Sesiones, Integración del Orden del Día, los Debates y las Votaciones de la Cámara de Diputados, a fin de que se le dé el turno que corresponda, presentan al pleno el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Unico. Se evite, en la medida de lo posible, la creación de comisiones especiales que dupliquen funciones de fiscalización, salvo aquellas que se integren para investigar el funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de participación estatal en términos del artículo 93 constitucional, dando la intervención que corresponda, a las comisiones ya existentes en la Cámara de Diputados, así como a la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda en el ámbito de sus atribuciones, a fin de que se giren las instrucciones correspondientes a la Contaduría Mayor de Hacienda, órgano técnico de esta Cámara de Diputados o, en su caso, cuando los hechos que motiven la propuesta de que se trate, debe intervenir una comisión en especial por razón de la materia y se turne a la comisión de que se trate en unión de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda.

Firman los diputados: Fauzi Hamdan Amad, presidente de la comisión; Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, Jorge Silva Morales y Charbel Jorge Estefan Chidiac, secretarios.

Dado en la Cámara de Diputados, a los 11 días del mes de noviembre de 1997.»

La Presidenta:

De enterado y túrnese a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO

La Presidenta:

Se concede el uso de la palabra al diputado Jesús José Villalobos Sáenz, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para referirse a la situación de los jubilados ferrocarrileros.

El diputado Jesús José Villalobos Sáenz:

Con su venia, señora Presidenta; diputados:

Acudo a esta tribuna por considerar injustas las manifestaciones vertidas por los integrantes de esta legislatura, con respecto a la situación de los ferrocarrileros jubilados antes del 1o. de enero de 1982, las cuales fueron externadas en forma unilateral proporcionando informaciones parciales y más aún, imponiendo personales y sesgadas interpretaciones que poco contribuyen al conocimiento de la verdad y la razón que debe privar en los trabajos de esta LVII Legislatura.

Por lo anterior, los integrantes de la diputación del sector obrero del Partido Revolucionario Institucional, nos dimos a la tarea de investigar, analizar y documentar la problemática presentada sobre los trabajadores ferrocarrileros jubilados, a partir de las exposiciones hechas durante la Asamblea, el pasado 13 de noviembre del año en curso, habiendo llamado poderosamente la atención la afirmación de que habrá sido aportada por parte del Gobierno Federal la cantidad de 12 mil 500 millones de viejos pesos, para liquidar los capitales constitutivos al incorporar a los trabajadores ferrocarrileros al régimen de seguridad social del IMSS.

Encontramos que dicha aseveración resulta falsa, toda vez que en los convenios suscritos para la incorporación no aparece esta cantidad. De las investigaciones realizadas se desprende que las aportaciones reales fueron de 2 mil 039 millones de viejos pesos por concepto de pago de capitales constitutivos efectivamente equivalentes a 150 semanas de cotizaciones convenidas técnica y jurídicamente por el Instituto Mexicano del Seguro Social y la cantidad de 4 mil 456 millones de viejos pesos que posteriormente a la incorporación fueron determinados por el IMSS como la cantidad necesaria para otorgar los servicios médicos a 21 mil 500 jubilados de Ferrocarriles Nacionales de México y del Ferrocarril del Pacífico, incluyendo a sus familiares.

La cantidad correspondiente a los trabajadores en servicios, fue pagada por Ferrocarriles Nacionales de México al IMSS a través del sistema de compensación de adeudos entre dependencias y entidades del sector público federal, mediante avisos de adeudo en los ciclos compensatorios 12, 18 y 20, correspondientes a 1982.

En cuanto a la suma para la prestación de los servicios médicos para los jubilados y sus familias, consignados en la ley, los 4 mil 456 millones de pesos también fueron liquidados por Ferrocarriles Nacionales de México al IMSS mediante la dación en pago de los bienes inmuebles, muebles y equipo utilizado por las instalaciones médicas ferroviarias y, además, una aportación del Gobierno Federal por la cantidad de 133 millones de viejos pesos.

El Gobierno Federal apoya desde entonces la seguridad social de los ferrocarrileros jubilados, aportando al IMSS las cantidades necesarias para financiar los capitales constitutivos que permitan a los jubilados generar a su fallecimiento pensiones de viudez, orfandad y ascendencia en beneficio de sus familiares, tal como lo establecieron las partes en la base IV del documento de intenciones de fecha 30 de septiembre de 1981.

Este costo, se soporta en los capitales constitutivos anuales que el Gobierno Federal entrega al IMSS con cargo al ramo presupuestal 19, denominado aportaciones para la seguridad social.

Una vez incorporados los ferrocarrileros al Instituto Mexicano del Seguro Social, el personal jubilado y sus familias comenzaron a recibir los beneficios relacionados con este acto jurídico que prácticamente se tradujeron en lo siguiente: servicios médicos para el jubilado y sus familias, cuyo costo es financiado por los productos de la dación en pago al IMSS de los bienes muebles e inmuebles; pensión de viudez; orfandad y ascendientes en caso de fallecimiento; seguro de enfermedad y maternidad para familiares no contemplado en la ley, pero sí en el contrato colectivo de los trabajadores ferrocarrileros.

Por otra parte, 11 mil 233 jubilados por Ferrocarriles Nacionales de México antes de 1982 reciben de la empresa: pago de jubilación que en promedio a la fecha asciende aproximadamente a 1 mil 498; pago de prestaciones derivadas del contrato colectivo de trabajo como canasta básica, como apoyo de renta, como aguinaldo 15 días, como pago de marcha, mensualidades cuatro y apropiadamente 1 mil 500 pesos como apoyo para gastos funerarios.

Resulta claro que si se viene dando cumplimiento a lo convenido por el Gobierno Federal, las empresas ferroviarias, el IMSS y el Sindicato Ferrocarrilero, en el documento de intención suscrito el 30 de septiembre de 1981 y ratificado en el convenio general de incorporación el 29 de diciembre, los cuales no tuvieron otro propósito que proveer a los trabajadores ferrocarrileros de un servicio médico más amplio y que a su fallecimiento pudieran generar pensiones en favor de sus familiares, lo cual no ocurría antes de la incorporación.

De nuestras indicaciones se identifica también que este asunto ha sido ventilado ya y resuelto judicialmente por la honorable Suprema Corte de Justicia, a través de jurisprudencia firme, en la que se señala que los ferrocarrileros jubilados tienen derecho a: no obstante lo señalado a instancias del personal jubilado con anterioridad a la incorporación el día 29 de marzo del 1991, durante su informe de gestión el entonces Secretario Nacional del Sindicato de Ferrocarrileros, solicitó del Presidente de la República se diera atención a la demanda de los jubilados para recibir una pensión adicional al IMSS.

Lo anterior motivo que por gestiones del sindicato de Ferrocarriles Nacionales de México, con recursos propios, constituyera el 9 de mayo de 1991 el fideicomiso F-321068. Este fideicomiso vino a hacer una aportación inicial de 500 millones de pesos, más los bienes inmuebles que se vinieron vendiendo y fueron etiquetados a esta causa.

Los recursos del fideicomiso citados alcanzaron la suma de 7 millones 279 mil nuevos pesos, que junto con una aportación de 8 millones por parte del sindicato y otra, aproximadamente de 30 millones de nuevos pesos por parte de la empresa, permitieron repartir a los jubilados, aproximadamente la cantidad de 3 mil pesos para cada uno de ellos. Esto quiere decir que fueron entregados 3 mil pesos a los más de 15 mil ferrocarrileros jubilados para 1992.

Una nueva gestión del Sindicato Ferrocarrilero, ya bajo la actual dirigencia nacional que encabeza el compañero diputado Víctor Flores, logró que la pensión jubilatoria antes de 1982 fuera incrementada en 180 pesos a partir del 1o. de diciembre de 1985, lo que en los hechos representa un incremento del 22% a la jubilación promedio, que en adición a los incrementos logrados durante las tres últimas revisiones salariales del pacto laboral colectivo de ferrocarrileros arroja 19.1%, 23.4% y 20%, lo que en su conjunto representa en beneficio de este grupo de jubilados, un incremento global del 84.5% a sus pensiones jubilatorias en tan sólo dos años dos meses de trabajo sindical.

A la luz de lo aquí expuesto, no es posible afirmar, y es que coincidimos con los conceptos vertidos en esta tribuna el pasado 13 de noviembre, en el sentido de que el sindicalismo de los ferrocarrileros ha sido un pilar en la historia del movimiento obrero mexicano por alcanzar mejores condiciones de vida para los trabajadores.

Los trabajadores mexicanos organizados y estructuralmente formal y legalmente, sabemos reconocer la existencia de actores que pretenden eliminar los avances sociales que hemos alcanzado después de muchos años y varias generaciones de lucha. Por eso, hacemos entrega a la mesa directiva de esta Asamblea, de la documentación, producto de nuestra indagación, la que solicitamos sea turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, que ya conocen de este asunto y les sirva de apoyo a los integrantes de las mismas en las visitas que deberán realizar a las oficinas de los organismos y entidades involucradas, para constar la verdadera situación que actualmente viven los jubilados de ferrocarriles antes del 1998.

Señorita Secretaria, si es tan amable.

Concluyo. La bancada del sector obrero tiene y desea lograr que a través de la intención que debe de existir prevalezca realmente la verdad y que el convenio establecido en 1981 sea el que siga vigente y se cumpla, como ha sido establecido en aquel entonces.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Tiene el uso de la palabra el diputado Rosalío Hernández Beltrán, del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.

El diputado Rosalío Hernández Beltrán:

Con su permiso, diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Antes de leer un punto de acuerdo de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, permitanme leerles un párrafo de la revista número 10, con fecha octubre de 1981, suscrita por el entonces director de Ferrocarriles Nacionales de México.

Dice así: "el 30 de septiembre es una fecha que permanecerá perenne en el pensamiento de los trabajadores ferrocarrileros."

Efectivamente, en la fecha que menciono se llevó a efecto el acto de justicia social que tanto estuvimos anhelando, al incorporarnos al Instituto Mexicano del Seguro Social para garantizar la estabilidad social que beneficiará el futuro familiar de las viudas y huérfanos de nuestros compañeros.

Conjuntamente con el director del instituto, logramos amparar a todo el gremio, ya que al fallecimiento de un trabajador, los familiares quedaban sin auxilio. Los elementos jubilados a partir del momento en que se firma el convenio dan por pagadas las 500 semanas de cuotas y los trabajadores en activo 150. Esto se debió exclusivamente a la generosidad del señor, Presidente de la República, licenciado José López Portillo.

En esa misma revista, en la página 7, el entonces titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social señaló lo siguiente:

"Después de la firma de los convenios, tomaron la palabra los señores: Ojeda Paullada, Gómez Z. y Alba Zavala. Ojeda Paullada destacó el hecho de que pasaron muchos años para que los trabajadores ferrocarrileros lograran su anhelo de ingresar al IMSS. Esto fue posible, explicó, gracias al acuerdo del señor Presidente de la República, José López Portillo, para que el Gobierno Federal aportara 12 mil 500 millones de pesos, que equivalen al pago de 500 semanas de cuotas en favor de los jubilados y 150 semanas por cada uno de los trabajadores en servicio activo.

Con esta medida revolucionaria del Presidente José López Portillo se hace justicia a los viejos trabajadores ferrocarrileros y se beneficia a todos."

Conclusión: no se ha cumplido exactamente con el compromiso, como se establece en las mismas palabras del entonces Secretario de Trabajo y Previsión Social y el director de Ferrocarriles.

Congruente con esta conclusión, en la Comisión de Trabajo y Previsión Social hemos llegado al siguiente acuerdo que ponemos a consideración de esta plenaria y dice así:

La Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara, después de amplias deliberaciones en relación al cumplimiento cabal del convenio suscrito el 29 de diciembre de 1981, por los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el entonces director de Ferrocarriles Nacionales de México, hemos concluido lo siguiente:

Primero. Que, efectivamente, el convenio referido establece el compromiso de las partes involucradas de garantizar a los ferrocarrileros jubilados una pensión digna y equivalente a la recibida por todos los trabajadores beneficiados por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Segundo. Que a pesar de la insistencia oportuna del sindicato ferrocarrilero y jubilados involucrados, para que se cumpla cabalmente con lo convenido, las instituciones involucradas no han satisfecho plenamente lo establecido en el convenio referido.

Tercero. Que es de justicia elemental garantizar una vejez digna a los trabajadores que aportaron toda su vida laboral a una de las industrias más importantes de nuestro país y, en consecuencia, les proponemos suscribir el siguiente

"PUNTO DE ACUERDO

Unico. Que esta Cámara de Diputados exhorte a los titulares de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, al director de Ferrocarriles Nacionales de México y al director del Instituto Mexicano del Seguro Social, a que cumplan plenamente con lo establecido en el convenio suscrito el 29 de diciembre de 1981."

Compañeras y compañeros legisladores; señora Presidenta: en virtud de lo expuesto y en nombre de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta Cámara y en base a lo establecido en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le solicitamos, respetuosamente, dar curso a nuestra propuesta y ponerla a consideración de la plenaria inmediatamente, por ser un caso de urgencia y obvia resolución.

Muchas gracias.

El diputado Jesús José Villalobos Sáenz (desde su curul):

Señora Presidenta, pido la palabra.

La Presidenta:

¿Con qué objeto?

El diputado Jesús José Villalobos Sáenz (desde su curul):

Para rectificación de hechos.

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Jesús José Villalobos Sáenz, para rectificación de hechos, hasta por cinco minutos.

El diputado Jesús José Villalobos Sáenz:

Con su venia:

Quisiera volver nuevamente a mencionar al diputado, sin entrar en polémica, que los convenios establecidos en 1981 y luego ratificado en 1982, son muy claros y establecen las cantidades que fueron cubiertas, primero, por una parte los recursos que fueron para los trabajadores ferrocarrileros activos y después, los recursos que fueron entregados y éstos los recibió un compañero diputado del PRD, los bienes inmuebles, por la cantidad de más de 4 millones de pesos.

Si así hubiera sido, entonces debería de existir en la documentación, documentación que hace un momento entregué a la Secretaría, con la finalidad de que puedan ustedes ver realmente de que no fue el convenio inicial que establece los 12 mil 500 millones de pesos.

Hago esta aclaración y vuelvo nuevamente a exhortar que se haga una revisión con la finalidad de que mediante los documentos podamos observar y nos dé luz a la realidad del problema de los jubilados de antes de 1982.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Tiene la palabra el diputado Javier Paz Zarza, hasta por cinco minutos.

El diputado Javier Paz Zarza:

Con su permiso, señora Presidenta; señoras y señores diputados:

Considero que el punto puesto a consideración de esta legislatura, busca precisamente solucionar y que se cumpla cabalmente la situación que tienen los jubilados y los pensionados.

Yo creo que no debe ser motivo de discusión ni de debate, las informaciones que se tengan en su oportunidad por un diputado u otro, que fue un monto determinado o fuera otro, yo creo que lo fundamental es el espíritu que tiene el punto de acuerdo puesto a consideración de la legislatura.

Creo que es muy positivo que los compañeros del Partido Revolucionario Institucional, compañeros del Partido de la Revolución Democrática, también a nosotros los de Acción Nacional, lo que nos interesa es enfrentarnos al problema y darle salida a la medida de lo que esperan los jubilados y pensionados.

Ojalá que este precedente positivo, norme nuestra conducta y nuestro criterio en todos los actos de la legislatura. El pueblo de México espera por parte de la legislatura, pasos que demuestren que realmente las cosas están cambiando y creo que el punto puesto a consideración, firmado por todos los grupos parlamentarios, signan un presente muy positivo.

Muchas gracias.

La Presidenta:

Esta Presidencia, en el ánimo de construir los consensos necesarios para el desahogo de los asuntos que se abordan en las sesiones del pleno, característica de la LVII Legislatura, acepta la proposición presentada por el diputado Rosalío Hernández Beltrán y le pregunta a la Asamblea, si se considera de urgente y obvia resolución.

El diputado Diego Aguilar Acuña (desde su curul):

Pido la palabra.

La Presidenta:

¿Con qué objeto, señor diputado?

El diputado Diego Aguilar Acuña (desde su curul):

Para rectificar hechos.

La Presidenta:

Tiene la palabra hasta por cinco minutos, para rectificar hechos.

El diputado Diego Aguilar Acuña:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Habiendo escuchado las argumentaciones de quienes han hecho uso de la palabra, para debatir algo que no tiene discusión, a la luz de las pruebas documentales aportadas por el diputado Jesús José Villalobos y con la intención de reforzar su petición y para que la documentación sea turnada al análisis de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, quien ya tiene conocimiento sobre el particular, sinceramente creo se debe considerar la aportación del diputado.

Los hechos son irrefutables, la gestión del Sindicato Ferrocarrilero, bajo la actual dirigencia nacional que encabeza el diputado Víctor Flores, logró que la pensión jubilatoria para los jubilados de antes de 1982, fueran incrementadas a partir del 1o. de diciembre de 1995, lo que representó un incremento del 22% de la jubilación, promedio que en adición a los incrementos logrados durante las tres últimas revisiones salariales durante el pacto colectivo laboral, arrojó 19.1%, 23.4% y 20%, lo que en su conjunto representa en beneficio de este grupo de jubilados, un incremento global del 84%.

Con el objeto de que las personas que están jubiladas por el organismo, puedan recibir del propio instituto las pensiones de que actualmente disfrutan y además estar en posibilidades de derivar pensiones de viudez y orfandad o de ascendientes cuando fallezca el pensionado, el organismo y el instituto llevarán a cabo los estudios necesarios analizando las diversas alternativas que pueda presentar su costo y procedimiento, alcance sin tiempos para su perfeccionamiento a fin de que en todo caso, el instituto se haga cargo de inmediato de los servicios médicos de los jubilados, de sus familiares y que en el futuro al morir el pensionado, dichos familiares puedan disfrutar de las pensiones respectivas y atención médica.

Este caso nos da oportunidad para una reflexión de los logros y avances que han tenido en nuestro país donde existen asalariados, en los ayuntamientos, en los gobiernos estatales, en los organismos públicos descentralizados, empresas paraestatales y Gobierno Federal, empresas privadas y en general donde se dé la relación laboral y que por ende exista el derecho a la jubilación, no sólo en los ferrocarriles, sino para todos los trabajadores hombres y mujeres mexicanos que alcancen este derecho.

Ya es tiempo que se normalice y se legisle a favor de todos los jubilados del país. Podemos decir que ya es tiempo que se promulgue una ley nacional de jubilaciones y ojalá en esto todos podamos estar de acuerdo.

Concluyo, efectivamente los documentos de validez donde se fundamenta la garantía de los trabajadores, respetándose el derecho y garantizarles vejez digna a los pensionados, con vejez y respeto, reconozcamos la existencia de oportuna participación del Sindicato Ferrocarrilero, para que se cumplan cabalmente los convenios legalmente certificados por las autoridades competentes.

Por lo anterior compañeros diputados priístas, todos los aquí presentes, la fracción obrera, apoyamos el punto de acuerdo para que la Comisión de Trabajo y Previsión Social, se aboque de inmediato.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta:

Consulte la Secretaría a la Asamblea, si se considera de urgente resolución.

La secretaria Blanca Rosa García Galván:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, si se considera de urgente resolución la proposición.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se considera de urgente resolución, señora Presidenta.

En consecuencia, está a discusión la proposición.

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba..

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Aprobada señora Presidenta.

La   Presidenta:

Se dará el trámite, aprobado.

JUVENTUD

La   Presidenta:

Tiene la palabra la diputada Lenia Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una propuesta relativa al incremento del presupuesto para los programas destinados a la juventud.

La diputada Lenia Batres Guadarrama:

Gracias, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

De un análisis realizado de las políticas públicas orientadas a los jóvenes en nuestro país, hemos detectado una serie de puntos importantes. Es para este tema que solicitamos hacer uso de la palabra.

En el informe de la Cuenta Pública de 1996, entregado a esta soberanía, se muestra que de las 18 secretarías de Estado existentes, únicamente cinco destinaron recursos presupuestales para programas particulares de atención a los jóvenes durante 1996. Estas secretarías son:

La de Educación Pública que manejó 20 programas y subprogramas; las de Salud y Desarrollo Social que tuvieron a su cargo cinco cada una; la de Reforma Agraria, que tuvo dos y la Procuraduría General de la República, que encabezó uno.

Es por sí mismo alarmante el reducido número de programas públicos dirigidos a la juventud mexicana, según se muestra en la Cuenta Pública de 1996.

Aunado a esto la desarticulación con la que se ejercieron estos programas, reconocida por el propio presidente Zedillo en su informe de gobierno, llegó en algunos casos a ser incongruente.

Por ejemplo, la Secretaría de Educación Pública tuvo a su cargo el programa: "Recreación, Deporte y Esparcimiento". Pero en la Cuenta Pública aparece también el programa: "Recreación, Deporte y Esparcimiento", a cargo de la Secretaría de Salud, lo cual es incongruente, reiteramos.

Caso similar es el de los tres programas para el tratamiento de las adicciones, que realizan en total descordinación la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Salud.

Nosotros nos preguntamos: ¿para qué duplicó y triplicó el Gobierno Federal una misma actividad con los mismos objetivos, en secretarías distintas, con presupuestos y personal a cargos separados?

La falta de seriedad de las autoridades frente a la problemática de los jóvenes, ha llegado a tal grado que hemos encontrado programas como el de Educación Secundaria General, al que se asignaron alrededor de 337 millones de pesos; de los cuales sólo se ejercieron cerca del 30%. Los restantes, más de 200 millones, fueron transferidos a la Comisión Nacional del Deporte, argumentándose simplemente errores en la programación.

Esta situación nos habla de un total desconocimiento de las necesidades educacionales de los jóvenes.

Señor Presidente, hago una moción para el orden. Allá hay una conferencia de prensa.

Presidencia del diputado

Francisco Agustín Arroyo Vieyra

El Presidente:

Se ruega a los señores diputados guarden el orden debido, para que la diputada en el uso de la palabra pueda seguir con su exposición.

La diputada Lenia Batres Guadarrama:

Por otro lado, es importante mencionar que en los casos en que se realizó una asignación presupuestal para los distintos programas dirigidos hacia jóvenes, ésta no fue ejercida en algunos y en otros su aplicación fue totalmente ineficiente.

Notable es el caso de los centros de integración juvenil, cuya función de reinserción de jóvenes marginados es de vital importancia para la sociedad y que a pesar de haber recibido una transferencia de 10 millones de pesos, más de los originalmente presupuestados, registró una disminución de sus metas en 47% con relación a 1995.

Nosotros pensamos que a pesar de que los programas generales de otras secretarías podrían tener cierta incidencia hacia la juventud, no poseen un enfoque específico para este grupo poblacional.

Hasta ahora la respuesta gubernamental a la problemática de los jóvenes, ha quedado prácticamente reducida a la promoción de actividades deportivas. Tal parece que no existe interés en profundizar en el amplio espectro de nuestras necesidades y que la solución a todos los problemas de los jóvenes, se encuentra en el deporte.

Prueba de esto es que casi todas las dependencias sí asignan un presupuesto para el deporte, mismo que evidentemente no se refleja ni siquiera en los resultados que tenemos a nivel nacional.

Queremos, finalmente, destacar el caso del subsector laboral, al que se asignaron originalmente 2 mil 18 millones de pesos, de los cuales sólo se ejercieron 898 millones, según muestra la Cuenta Pública de 1996. Es decir, se ejercieron 1 mil 120 millones menos de los que fueron originalmente presupuestados. Esto resulta dramático, si consideramos que hasta 1995 el número de jóvenes sin oportunidad ocupacional, es decir, menores de 30 años que se encuentran desempleados o que reciben menos de un salario mínimo se ubicaba en 4 millones 909 mil 904, según muestran los datos oficiales disponibles. Esto es sólo hasta 1995.

Dada esta situación, no nos explicamos simplemente las razones del ahorro que tuvo la Secretaría del Trabajo en su presupuesto, dado que, entre otras cosas, se encarga de disminuir el desempleo de los mexicanos.

Por estas razones, compañeras y compañeros diputados, hemos promovido la siguiente propuesta de acuerdo parlamentario:

Los diputados abajo firmantes, miembros de distintos partidos representados en esta Cámara, con fundamento en lo dispuesto en el ar tículo 58 del reglamento que nos rige, sometemos a la consideración de este pleno la siguiente propuesta:

Consideramos de relevancia trascendental la atención que el Gobierno mexicano, a través de las distintas dependencias de la administración pública federal, debe brindar a los jóvenes mexicanos. Creemos que este sector no ha sido apoyado de manera suficiente por las políticas del Estado mexicano, lo que se refleja en los problemas de educación, salud, empleo y vivienda que padece actualmente la juventud mexicana, mismos que lejos de atenuarse se han ido agravando.

A excepción de los recursos destinados a la educación, el presupuesto para programas dirigidos a la juventud no se han incrementado significativamente, lejos de ello ha sido sacrificado a la hora de la realización de transferencias hacia otros programas, como se demuestra en la Cuenta Pública de 1996.

Además, existen programas homónimos encabezados por distintas dependencias dirigidos hacia los jóvenes, lo que hace suponer que no existe una completa racionalización de los fondos públicos en esta materia.

Por lo anterior, nos pronunciamos en favor de que se racionalice el presupuesto destinado a los programas de Gobierno, dedicados específicamente a coadyuvar, a resolver las distintas necesidades de los mexicanos entre 15 y 29 años de edad. Asimismo creemos que esos programas deben articularse y su presupuesto quedar circunscrito a la aplicación de los programas en cuestión, es decir, quedar etiquetado.

Paralelamente proponemos que se analice detenidamente la posibilidad de que se amplié el espectro de programas que las distintas secretarías de Estado mantienen actualmente en su seno para la atención a los jóvenes, así como su presupuesto a fin de proveer de soluciones a la problemática particular de este sector.

Igualmente creemos que deben de estudiarse las posibilidades presupuestales para la creación de un programa nacional de empleo juvenil, con su respectiva asignación, que se aboque a combatir el rezago que padecen más de 1 millón de jóvenes en desempleo abierto en el país, a cargo de la Secretaría del ramo, así como la formación de un programa específico dedicado a la formación de microempresas de jóvenes dentro de la Secretaría de Comercio.

Creemos que sólo a través de la ejecución coordinada y coherente de programas destinados a la atención de los jóvenes, se podrá impactar en el establecimiento de la igualdad de condiciones y oportunidades para la juventud mexicana. Independientemente de que insistiremos en que una entidad particular debe articular estas políticas, estamos convencidos de que el Estado mexicano debe responsabilizarse ahora del desarrollo social de los mexicanos, así como del respectivo de cada grupo que conforma nuestra sociedad, más aún cuando se trata de mirar en conjunto hacia cerca del 40% de nuestra población, un segmento cuyo desenvolvimiento repercute de manera trascendental en la salud de nuestra patria en general y de cada una de sus células en particular.

Por lo anteriormente expuesto, con base en el artículo 21 fracción III del reglamento que rige los trabajos de esta Asamblea, solicitamos:

"Unico. Se constituya una subcomisión de análisis del presupuesto de egresos en la Comisión Especial de Asuntos de la Juventud de esta Cámara para elaborar las propuestas de modificación a que haya lugar."

Firman los siguientes diputados: Victorio Montalvo Rojas; Lenia Batres Guadarrama; Alberto López Rosas; Leticia Robles Colín, del PRD; Gloria Lavara Mejía, del PVEM; Juan Carlos Espina von Roehrich, del PAN; Enrique Padilla Sánchez, del PRI; Víctor Alejandro Vázquez Cuevas; Israel Hurtado Acosta; Antonio Alvarez Hernández; Francisco Javier Salazar Díez; Francisco Berganza Escorza, del PAN; Omar Bazán Flores; Jacaranda Pineda Chávez; Jaime Castro López; Juan Manuel Félix León; Alejandro Guevara Cobos, del PRI; Cristina Portillo Ayala; Bernardo Segura Rivera; Primitivo Ortega Olays, del PRD; María Mercedes Maciel Ortiz; Luis Patiño Pozas; Juan Cruz Martínez, José Luis López López, del PT y Felipe Rodríguez, del PRD.

Presidencia de la diputada

Elba Margarita Capuchino Herrera

La   Presidenta:

Túrnese a la Comisión de Asuntos de la Juventud.

Continúe la Secretaría con los asuntos enlistados en cartera.

ORDEN DEL DIA

La secretaria Blanca Rosa García Galván:

Señora Presidenta, se han agotado los asuntos en cartera y se va a dar lectura al orden del día de la próxima sesión, que será la número 32.

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias-Primer Año-LVII Legislatura.

Orden del día

Jueves 27 de noviembre de 1997.

Efemérides

LXXV aniversario luctuoso del licenciado Ricardo Flores Magón.

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicación del Congreso del Estado de Guanajuato.

Iniciativas de diputados

De reformas y adiciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

De reformas a los artículos 70 y 70-bis, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

De adiciones al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de diputados integrantes de la Comisión del Deporte.

De diputados, de los diversos grupos parlamentarios, integrantes de la Comisión de Atención a Discapacitados.

De reformas a diversas disposiciones fiscales en materia de ciencia y tecnología, a cargo de diputados integrantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología.

Minuta

Proyecto de decreto, que concede permiso al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Ernesto Zedillo Ponce de León, para ausentarse del territorio nacional los días 18 y 19 de diciembre de 1997, a efecto de que realice una visita de Estado a la República de Nicaragua.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Salud, con proyecto de Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas o Tabletas. (Se dispensa la segunda lectura, discusión y votación).

De la Comisión de Justicia, con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal; del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal; del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal y del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal. (violencia intrafamiliar). (Dispensa la segunda lectura, discusión y votación).

De las comisiones unidas de Comercio y de Patrimonio y Fomento Industrial, con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de la Propiedad Industrial. (Se dispensa la segunda lectura, discusión y votación).

De la Comisión del Distrito Federal, con proyecto de decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servi dores Públicos; de la Ley de Expropiación y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (Se dispensa la segunda lectura, discusión y votación).

Tres de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos Luis Enrique Mateo Franco Díaz de León, Pedro José González-Rubio Sánchez y José Angel Gurría Treviño, para aceptar y usar las condecoraciones que les confiere el Gobierno de la República de Paraguay. (Se dispensa segunda lectura, discusión y votación).

Cuatro de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyectos de decreto que conceden permiso a los ciudadanos José Luis Castillo Torres, Margarita Osorio Salazar, Adriana Villatoro Gómez, Dolores Leticia Gómez Ayala y Victoria González Martínez, para prestar servicios en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y sus consulados generales en Tijuana, Baja California y en Ciudad Juárez, Chihuahua. (Se dispensa segunda lectura, discusión y votación).

Elección de la mesa directiva.»

CLAUSURA Y CITATORIO

La Presidenta (a las 13:40 horas) :

Agradecemos la presencia de la Escuela Bancaria Comercial del Tecnológico de Monterrey, de los ciudadanos del Estado de Hidalgo y de la Universidad Autónoma de Tamaulipas.

Se levanta la sesión y se cita para la próxima que tendrá lugar el jueves 27 de noviembre a las 9:00 de la mañana en el Salón Verde y a las 10:00 en el salón de sesiones.

                                                                                                                                             

 

 

 

RESUMEN DE TRABAJOS

* Tiempo de duración: 3 horas con 23 minutos

*Quorum a la apertura de sesión: 322

* Minuto de silencio: 1 ( en memoria de mujer víctima de violencia)

*Excitativas a comisiones: 2

* Temas de agenda política: 4

* Oradores en tribuna: 15
PRI-5; PRD-3; PAN-5; PT-1; PVEM-1

 

Se recibieron:

* 2 Comunicaciones de congresos estatales;

* 1 Iniciativa del Congreso de Nuevo León, para modificaciones al IVA;

* 1 Iniciativa del PAN, de reformas al Código Fiscal de la Federación, con respecto a la seguridad jurídica, en materias de fiscalización, caducidad, prescripción y extinción de obligaciones fiscales;

*1 iniciativa del PAN, sobre la Ley para Rescatar a los Deudores de la Banca;

* 1 minuta con proyecto de Ley Federal de Defensoría Pública y de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

* 1 minuta con proyecto de decreto, que concede el permiso para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de Luxemburgo en Mérida Yucatán.

Dictámen de primera lectura:

* 5, para que 16 ciudadanos puedan aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los gobiernos de venezuela , Francia y Paraguay, respectivamente.

Se aprobaron:

* 5 dictámenes presentados de primera lectura.