Diario de los Debates

 

ORGANO OFICIAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DEL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Poder Legislativo Federal, LVIII Legislatura

Correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio

DIRECTOR GENERAL DE
CRONICA PARLAMENTARIA
Gilberto Becerril Olivares

PRESIDENTE

Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel.

DIRECTOR DEL
DIARIO DE LOS DEBATES

Norberto Reyes Ayala
AÑO III                     México, DF, jueves 24 de octubre de 2002                Sesión No. 19

S U M A R I O

       

ASISTENCIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9

ORDEN DEL DIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9

ACTA DE LA SESION ANTERIOR. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

12

PEDRO MORENO GONZALEZ

17

Comunicación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, con la que invita a la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXXV aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González. Se designa comisión para representar a la Cámara de Diputados. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

17

ESTADO DE GUERRERO

17

Comunicación del Congreso del Estado de Guerrero, con acuerdo por el que se pronuncia en contra de la descentralización de los institutos tecnológicos del país hasta en tanto no se acompañen de los recursos suficientes, y siempre y cuando se haga en acuerdo con los trabajadores. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

17

LEY DE COORDINACION HACENDARIA

19

Oficio de la Cámara de Senadores, con el que remite iniciativa con proyecto de dicha ley, presentada por el senador Jesús Ortega Martínez, del Partido de la Revolución Democrática. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. . . . .

19

ADOPCION

42

Cuatro oficios de la Secretaría de Gobernación con los que remite copias de los oficios de los congresos de los estados de: Jalisco, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; en relación con punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente sobre la actualización de la legislación en materia de adopción de menores. Remítanse copias al promovente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

42

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

46

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite copia del oficio del Director General de Radio, Televisión y Cinematografía, con el que acompaña el informe detallado y fundamentado de las sanciones, observaciones y extrañamientos aplicados a los concesionarios por posibles infracciones a dicha ley, correspondientes al mes de septiembre de 2002. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

46

SECRETARIA DE ECONOMIA

53

Oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite informe de evaluación correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de 2002 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos con base en los indicadores de los resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. . . . . . . . . . . . . . . . .

53

GANADO BOVINO

94

Oficio del Director en Jefe del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con el que remite copia del oficio del Secretario de Salud en relación con punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el 10 de octubre pasado, para solicitar se prohíba la utilización por parte de los ganaderos, de los productos betaagonistas, incluido el clorhidrato de zilpaterol, llamado comercialmente zilmax. Se turna a las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Salud. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

94

BANCO DE MEXICO

95

Oficio del Director General del Banco de México fiduciario en los fideicomisos instituidos en relación a la agricultura, con el que remite el resumen ejecutivo de la evaluación realizada por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Querétaro, de los programas de esos fideicomisos que canalizan subsidios, correspondiente al periodo enero-agosto de 2002. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública. . .

95

VOLUMEN II

113

NATALIA MERCADO VARGAS

113

La Presidencia expresa las condolencias al diputado Tomás Torres Mercado, por el fallecimiento de su madre, la señora Natalia Mercado Vargas, la Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria. . . . . . . . . . . . . . . . . .

113

VISITANTES DISTINGUIDOS

113

La Presidencia informa que la Comisión de Relaciones Exteriores y los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados recibirán el día de hoy, a las 16 horas, la visita del Presidente de la República del Perú, en el salón de protocolo, y hace extensiva la invitación a los diputados que deseen asistir. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

113

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

113

La diputada María Luisa Araceli Domínguez Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de dicha ley. Se turna a la Comisión de Seguridad Social, con opinión de las comisiones de Defensa Nacional y de Marina. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

113

LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

136

El diputado Armando Salinas Torre presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la mencionada ley. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. . . . . . . .

136

LEY FEDERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

148

La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal presenta iniciativa con proyecto de decreto que crea dicha ley. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

148

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

165

El diputado Arturo Escobar y Vega presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de dicha ley. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

165

LEY GENERAL DE EDUCACION

166

La diputada Maricruz Cruz Morales presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de dicha ley. Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos. . . . . . . . . . .

166

SISTEMA PENITENCIARIO

178

La diputada Hortensia Aragón Castillo presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 85 del Código Penal Federal y el artículo 16 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados. Se turna a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

178

AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

182

El diputado Narciso Alberto Amador Leal presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fiscalización. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Presupuesto y Cuenta Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

182

ARMAS DE FUEGO E IMITACIONES

190

El diputado Manuel Arturo Narváez Narváez presenta iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión, y adiciona la fracción V al artículo 3o. y la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía. . . . . . . . . . . . . . .

190

AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

194

El diputado Víctor Roberto Infante González presenta iniciativa con proyecto de decreto que deroga las fracciones I, IV, V, X y XI del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma los artículos 8o., 17, 18, 30 y 74 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. Se turna a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública. . . . .

194

REGISTRO DE ASISTENCIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

200

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

200

La diputada Genoveva Domínguez Rodríguez presenta iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción III del artículo 10 de dicha ley. Se turna a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública. . . . .

200

TURISMO

206

Segunda lectura a dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura. . . . . . . . .

206

Fundamenta el dictamen el diputado Jaime Arturo Larrazábal Bretón. . . . . . . . . .

208

Fijan la posición de su partido político o grupo parlamentario los diputados:

209

Norma Patricia Riojas Santana. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

209

Félix Castellanos Hernández. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

210

Rafael Servín Maldonado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

211

María Cruz Martínez Colín. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

212

Federico Granja Ricalde. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

214

Suficientemente discutido es aprobado. Pasa al Senado para los efectos constitucionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

215

SECTOR AGRICOLA

215

Dictamen de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con punto de acuerdo para solicitar al titular del Poder Ejecutivo Federal que en la reunión de líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, se busque con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y América Latina, un compromiso para promover que el gobierno de Estados Unidos de América reduzca los subsidios a sus productos agrícolas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

215

Intervienen los diputados:

217

María Miroslava García Suárez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

217

Moisés Alcalde Virgen. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

219

Jaime Rodríguez López. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

219

Suficientemente discutido es aprobado. Comuníquese al Poder Ejecutivo. . . . . . .

221

LEY DE COORDINACION FISCAL

221

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios solicita excitativa a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada el 10 de septiembre de 2002. La Presidenta hace la excitativa respectiva. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

221

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

224

El diputado Jaime Cleofas Martínez Veloz solicita excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, en relación con la proposición con punto de acuerdo para solicitar que la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a la tercera etapa del río Tijuana, presentada el 29 de abril de 2002. La Presidencia formula la excitativa que corresponde. . . . . . . . . . . . . . .

224

INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONADOS

225

El diputado José Manuel del Río Virgen solicita excitativa a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, en relación con la iniciativa para crear el Instituto Nacional de Pensionados de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el 24 de noviembre de 1992. La Presidencia formula la excitativa correspondiente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

225

CONSTITUCION DE APATZINGAN

227

Sobre el CLXXXVIII aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán, se concede la palabra a los diputados:

227

Manuel Duarte Ramírez. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

227

María Cruz Martínez Colín. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

228

Luis Eduardo Jiménez Agraz. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

229

ONU

230

Intervienen sobre el LVII aniversario de la Organización de las Naciones Unidas los diputados:

230

Erika Elizabeth Spezia Maldonado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

230

Sergio Acosta Salazar. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

231

Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

232

Víctor Emanuel Díaz Palacios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

233

SECTOR AGROPECUARIO

234

El diputado Rogaciano Morales Reyes presenta proposición con punto de acuerdo, en relación con el Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de la Actividad Agropecuaria de los estados. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Crédito Público. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

234

ESTADO DE SONORA

236

La diputada Petra Santos Ortiz presenta proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo Federal a que se otorguen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales al municipio de Empalme, Sonora. Se turna a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

236

CINTRA

239

El diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco presenta proposición con punto de acuerdo, para solicitar que en el proceso de venta de la Corporación Internacional de Transportación Aérea, se respeten los derechos laborales. Se turna a las comisiones de Comunicaciones y de Transportes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

239

DIGNA OCHOA

240

El diputado José Manuel del Río Virgen presenta proposición con punto de acuerdo, para que la titular de la Fiscalía Especial para el caso Digna Ochoa comparezca ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos e informe sobre los avances en el esclarecimiento de la muerte de la defensora de derechos humanos. Se turna a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

240

ORDEN DEL DIA

241

De la próxima sesión. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

241

CLAUSURA Y CITATORIO. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

242

RESUMEN DE TRABAJOS. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

243

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION. . . . . . . . . . . . . .

244

DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados            Año III, Primer Periodo, 24 de Octubre de 2002

 

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

ASISTENCIA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Ruego a la Secretaría haga del conocimiento de esta Presidencia el resultado del cómputo de asistencia de los diputados.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Se informa a la Presidencia que existen registrados previamente 284 diputados.

Por lo tanto, hay quórum.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel (a las 11:25 horas):

Se abre la sesión.

Proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día.

 

ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.— Tercer Año.—LVIII Legislatura.

Orden del día

Jueves 24 de octubre de 2002.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica, que con motivo del CLXXXV aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, tendrá lugar el 27 de octubre a las 10:00 horas, en la Columna a la Independencia.

Del Congreso del Estado de Guerrero.

De la Junta de Coordinación Política.

Oficio de la Cámara de Senadores

Con el que remite la iniciativa de Ley de Coordinación Hacendaria, presentada por el senador Jesús Ortega Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.(Turno a comisión.)

Oficios de la Secretaría de Gobernación

Cuatro con los que remite copia de los oficios de los congresos de los estados de Jalisco, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente, sobre la actualización de la legislación en materia de adopción de menores.

Con el que remite copia del oficio del director general de radio, televisión y cinematografía y el informe detallado y fundamentado de las sanciones, observaciones y extrañamientos, aplicados a los concesionarios por posibles infracciones a la Ley Federal de Radio y Televisión, correspondiente al mes de septiembre del presente año. (Turno a comisión.)

Con el que se remite el informe de evaluación correspondiente al tercer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2002, sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de los resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía. (Turno a comisión.)

Oficio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Con el que remite copia del oficio del director del servicio nacional de sanidad, inocuidad y calidad agroalimentaria, en relación al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados, para solicitar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, prohiba el uso total del producto comercialmente llamado Zilmax, a los engordadores de ganado. (Turno a comisión.)

Oficio del director general del Banco de México

Con el que remite el resumen ejecutivo de la evaluación, realizado por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey campus Querétaro de los programas de FIRA que canalizan subsidios, correspondiente al periodo enero-agosto del año en curso, para dar cumplimiento al artículo 63 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002. (Turno a comisión.)

Iniciativas de diputados

Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, a cargo de la diputada Araceli Domínguez Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

De Ley del Servicio Público de Carrera de la Administración Pública Federal, a cargo de la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, a cargo del diputado Arturo Escobar y Vega, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

De reformas a los artículos 94, 105 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Poder Judicial, a cargo del diputado Amador Rodríguez Lozano. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Maricruz Cruz Morales, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma y adiciona los artículos 6o. y 7o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos a la reforma de los medios dentro de la Reforma del Estado, a cargo del diputado Juan Carlos Pallares Bueno, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma el Código Penal Federal y la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo de la diputada Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sobre la Auditoría Superior de la Federación, a cargo del diputado Alberto Amador Leal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma el artículo 67 fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión y adiciona la fracción V al artículo 3o. la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta, a cargo del diputado Manuel Arturo Narváez Narváez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Que reforma los artículos 16, 17, 20 y 24 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, a cargo de la diputada Adela Cerezo Bautista, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Que reforma la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a cargo de la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Dictámenes a discusión

De la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con puntos de acuerdo en relación a la proposición por la que se solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal, que en la reunión de líderes económicos de la APEC, se busque promover que Estados Unidos de América, reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas:

Excitativas

A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, a cargo del diputado Salvador Cosío Gaona, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a cargo del diputado Martí Batres Guadarrama, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo, a cargo del diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y Derechos Humanos, a cargo del diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, a cargo del diputado Jaime Martínez Veloz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

A las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional.

 Efemérides

Sobre el aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán, a cargo de los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados.

Sobre el aniversario de la Organización de las Naciones Unidas, a cargo de los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados.

Proposiciones

Con punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, incluya en el fideicomiso correspondiente a otras cajas de ahorro que han caído en crisis, a cargo del diputado José Narro Céspedes, del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para establecer un fondo que los estados destinarán al renglón agropecuario, a cargo del diputado Rogaciano Morales Reyes, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que el titular de Banrural comparezca ante las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo Federal para que se otorguen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales, al municipio de Empalme, Sonora, a cargo de la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a la venta de Cintra, a cargo del diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la fiscalía especial para el caso Digna Ochoa, comparezca ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esta soberanía e informe sobre los avances del esclarecimiento de su muerte, a cargo del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación a los derechos laborales de los trabajadores del Inegi, a cargo de la diputada Lorena Martínez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en apoyo a la candidatura al Premio Nobel de la Paz del ciudadano cubano Oswaldo Payá Sardiñas, suscrita por los diputados José Luis Novales Arellano y Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que en los libros de texto gratuitos se incluyan reglas básicas para evitar y prevenir el delito de robo de menores, a cargo del diputado Alfredo Hernández Raigosa, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Semarnat a solicitar mayor vigilancia en las áreas naturales protegidas, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados exprese su posición respecto a la reunión de la APEC, a cargo del diputado José Narro Céspedes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución.)

Con punto de acuerdo para exhortar a las legislaturas locales para que se implementen las medidas necesarias de carácter legal que favorezcan un procedimiento expedito en materia de alimentos contra el deudor alimentario, a cargo de la diputada Silvia América López Escoffie, a nombre de integrantes de la Comisión de Equidad y Género. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo en relación al aumento anunciado a las tarifas eléctricas, a cargo del diputado Marco Antonio Dávila Montesinos, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar la conformación de un fideicomiso por parte de la Secretaría de Salud, para el pago de gastos de funeral de todos aquellos que donen sus órganos, a cargo del diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar al Ejecutivo Federal, información sobre el estado que guardan algunas áreas de la Administración Pública Federal, a cargo del diputado César Augusto Santiago Ramírez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considere la creación de un fondo de ejecución de obras y servicios metropolitanos, a cargo de la diputada Magdalena García González, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para solicitar a la Comisión Nacional del Agua que se realicen las obras de rehabilitación del distrito de riego 06, Palestina, Coahuila, sin condicionar las mismas a la entrega de agua de sus presas para cumplir compromisos internacionales, a cargo del diputado Armín José Valdés Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo para destinar recursos económicos en una partida específica a las universidades indígenas, a cargo del diputado Héctor Sánchez López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Con punto de acuerdo relativo a la Ley Federal de Radio y Televisión, a cargo del diputado Uuc-kib Espadas Ancona, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a comisión.)

Efemérides

Día Mundial de los Sin Techo, a cargo de la diputada Raquel Cortés López, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

El Derecho de Voto de la Mujer, a cargo de los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados.

Las mujeres rurales en el marco del Día Mundial de la Mujer Rural, a cargo de las diputadas: Silvia López Escoffie, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, Eréndira Olimpia Cova Brindis, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Aniversario luctuoso del general Lázaro Cárdenas del Río, a cargo del diputado Jesús Garibay García, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Día Mundial de la Alimentación, a cargo de la diputada Bea-triz Patricia Lorenzo Juárez, del Partido Alianza Social y del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.

Aniversario de la toma de posesión del general Guadalupe Victoria como primer presidente de México, a cargo de la diputada Olga Margarita Uriarte Rico, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Se consulta si hay observaciones sobre el orden del día.

No habiendo ninguna observación, pasamos a someter a consideración el acta de la sesión anterior.

 

ACTA DE LA SESION ANTERIOR

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Acta de la sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el martes veintidós de octubre de dos mil dos, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

En el Palacio Legislativo en San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con la asistencia de doscientos sesenta y un diputados, a las once horas con dieciocho minutos del martes veintidós de octubre de dos mil dos, la Presidenta declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día.

La Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en votación económica.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

• Baja California, con acuerdo por el que se adhiere al similar del Congreso del estado de Jalisco, relativo a buscar un mecanismo para estabilizar el precio del gas doméstico. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, para su conocimiento.

• Baja California, con acuerdo por el que se pronuncia a favor de restituir los subsidios a las tarifas eléctricas en las zonas del país que sufren temperaturas extremas. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, para su conocimiento.

• Querétaro, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

• Quintana Roo, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

• Sonora, con acuerdo por el que solicita a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía de la Cámara de Diputados, que en el análisis del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil tres, se rea-licen previsiones presupuestarias que permitan restablecer el subsidio a las tarifas eléctricas. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Energía.

• Tabasco, con la que informa de actividades propias de su legislatura. De enterado.

Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política:

• Con acuerdo por el que se prorroga la existencia de la Comisión Especial para el Seguimiento de las Investigaciones de los Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua. Se aprueba en votación económica.

• Con la que informa de cambios en la integración de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. De enterado.

Se concede la palabra a la diputada Martha Angélica Bernardino Rojas, del Partido de la Revolución Democrática, quien informa del sensible fallecimiento del diputado Rodrigo Carrillo Pérez y hace una semblanza de él. La Asamblea guarda un minuto de silencio en su memoria y la Presidencia expresa sus condolencias a la familia del diputado y al grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Comunicación de la Comisión de Cultura, en relación con el sensible fallecimiento de don Manuel Alvarez Bravo, y por la que deja constancia de su admiración por su obra y hace un exhorto para que las autoridades culturales promuevan su legado fotográfico. La Presidencia deja constancia de su respeto y aprecio por la obra de don Manuel Alvarez Bravo y se suma al exhorto de la Comisión de Cultura, para que las autoridades culturales realicen un rescate de sus fotografías y puedan incorporarse al patrimonio cultural de la nación.

Oficios de la Secretaría de Gobernación:

• Dos, con los que remite copias de los oficios de los congresos de los estados de Guanajuato y San Luis Potosí, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente sobre la actualización de la legislación en materia de adopción de menores. Remítanse copias a los promoventes.

• Uno, con el que remite copia del oficio del Congreso del Estado de San Luis Potosí, en relación con el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente sobre la problemática que se presenta en las unidades habitacionales del país. Remítase copia al promovente.

Sendos escritos de seis ciudadanos mexicanos por los que solicitan el permiso constitucional necesario para prestar servicios en la embajada de los Países Bajos en México. Se turnan a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

Presentan iniciativas con proyecto de decreto los diputados:

• Cutberto Cantorán Espinosa, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma el artículo veinticinco de la Ley General de Educación.

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Se turna a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

• Verónica Sada Pérez, del Partido Acción Nacional, que adiciona el artículo tercero y reforma y adiciona el artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cultura. Se turna a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Cultura.

• Manuel de Jesús Espino Barrientos, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona los artículos veintiséis y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión Especial para la Reforma del Estado.

• Justino Eduardo Andrade Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, que reforma y adiciona los artículos quince, dieciséis, veinticinco y cincuenta de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

A las doce horas con veinticuatro minutos la Secretaría informa del registro de cuatrocientos veintidós diputados y ordena el cierre del sistema electrónico de asistencia y votación.

• Beatriz Guadalupe Grande López, del Partido Acción Nacional, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión, en materia indígena. Se turna a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, con opinión de la Comisión de Asuntos Indígenas.

• José Antonio Magallanes Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática, que reforma y adiciona los artículos séptimo y noveno de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Se turna a la Comisión de Energía.

• Marcos Pérez Esquer, del Partido Acción Nacional, que reforma el artículo noventa y dos del Código Fiscal de la Federación. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Arcelia Arredondo García, del Partido Acción Nacional, que adiciona la fracción vigesimanovena-K al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de niños, personas con discapacidad y adultos mayores. Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que adiciona una fracción vigesima- novena al artículo setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo sesenta y tres y la fracción cuarta del artículo setenta y siete de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es de primera lectura.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

Tres dictámenes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

• Con punto de acuerdo para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional del Agua, tomen las medidas necesarias a fin de solucionar el problema ecológico provocado por las aguas negras en el Valle de Juárez, estado de Chihuahua.

• Con punto de acuerdo para que se lleve a cabo una auditoría al Centro Mexicano de la Tortuga y se le proporcionen los recursos necesarios para que continúe su labor de investigación y protección de los quelonios.

• Con punto de acuerdo para exhortar a Petróleos Mexicanos, a fin de que instrumente las medidas necesarias para determinar la viabilidad de sustituir el etermetilterbutílico por etanol u otras sustancias, en las gasolinas Magna y Premium y entregue la información respectiva.

Sin que motiven discusión, se aprueban los puntos de acuerdo respectivos por trescientos noventa y ocho votos en pro, ninguno en contra y tres abstenciones. Comuníquense.

Solicitan excitativas los diputados:

• Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo ciento quince de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el cuatro de abril de dos mil dos. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.

• Rodolfo Ocampo Velázquez, del Partido Acción Nacional, a la Comisión de Puntos Constitucionales, en relación con dos iniciativas con proyecto de decreto que reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de democracia participativa, presentadas el siete de septiembre de dos mil y el once de abril de dos mil dos. La Presidencia hace la excitativa que corresponde.

• Hortensia Aragón Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo veinticinco de la Ley General de Educación, presentada el catorce de septiembre de dos mil. La Presidencia solicita a las comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, de Cultura, de Ciencia y Tecnología y de Presupuesto y Cuenta Pública, para que a más tardar el doce de noviembre de dos mil dos, tengan una reunión de comisiones unidas para desahogar el dictamen respectivo.

• Narciso Alberto Amador Leal, del Partido Revolucionario Institucional, a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos sesenta y uno y sesenta y cinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el trece de noviembre de dos mil uno. La Presidencia hace la excitativa que corresponde y, en virtud de que es la segunda, solicita que a más tardar el veintidós de noviembre de dos mil dos se presente el dictamen respectivo ante la Asamblea.

• Francisco Patiño Cardona, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Salud y de Ciencia y Tecnología, en relación con la iniciativa con proyecto de Ley de Investigación, Fomento, Desarrollo, Control y Registro del Genoma Humano, presentada el veinticinco de septiembre de dos mil uno. La Presidencia formula la excitativa que corresponde.

• Víctor Emanuel Díaz Palacios, del Partido Revolucionario Institucional, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley de Coordinación Fiscal, presentada el ocho de noviembre de dos mil uno. La Presidencia formula la excitativa respectiva.

• Mario Cruz Andrade, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social, en relación con la proposición con punto de acuerdo sobre los créditos que otorga el Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, presentada el treinta de abril de dos mil dos. La Presidencia formula la excitativa correspondiente.

• Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, presentada el diez de septiembre de dos mil dos. La Presidencia formula la excitativa que corresponde.

• Elías Martínez Rufino, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, en relación con la iniciativa de Ley Federal de Archivos, presentada el veintitrés de abril de dos mil dos. La Presidencia formula la excitativa que corresponde.

• Adela del Carmen Graniel Campos, del Partido de la Revolución Democrática, a la Comisión de Salud, en relación con la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo ciento treinta y cinco-bis de la Ley General de Salud, presentada el veinticuatro de septiembre de dos mil dos. La Presidencia hace la excitativa respectiva.

Presentan proposiciones con punto de acuerdo:

• J. Timoteo Martínez Pérez, del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar al Poder Ejecutivo del estado de Querétaro la entrega inmediata de los recursos destinados a la Universidad Autónoma de Querétaro.

Por indicaciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura al artículo cincuenta y ocho del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Para hablar en pro de la proposición se concede la palabra al diputado José Ramón Soto Reséndiz, del Partido Acción Nacional.

Desde su curul el diputado Jorge Carlos Ramírez Marín solicita a la Presidencia que, en virtud de los argumentos del diputado Soto Reséndiz, se registre su intervención en contra de la proposición. La Presidencia atiende la solicitud.

Habla en pro el diputado Félix Salgado Macedonio, del Partido de la Revolución Democrática.

La Asamblea, en votación económica, admite para turno a comisiones la proposición y la Presidencia la turna a las de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Carlos Alberto Flores Gutiérrez, del Partido Acción Nacional, para solicitar a la Procuraduría General de la República analice la posibilidad de ejercer su facultad de atracción en relación con el incendio ocurrido en el centro nocturno Lobohombo.

Por indicaciones de la Presidencia, la Secretaría da lectura al artículo decimosegundo del Acuerdo Parlamentario Relativo a la Integración del Orden del Día, las Discusiones y las Votaciones de la Cámara de Diputados.

Hablan los diputados: Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, en contra, y Jorge Alberto Lara Rivera, del Partido Acción Nacional, en pro.

La Asamblea, en votación económica, admite para turno a comisiones la proposición y la Presidencia la turna a las de Justicia y Derechos Humanos y del Distrito Federal.

• Héctor Sánchez López, del Partido de la Revolución Democrática, en relación con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil ttres, destinado a las comunidades indígenas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Vitalico Cándido Coheto Martínez, del Partido Revolucionario Institucional, para incrementar los recursos del fondo indígena.

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Erika Elizabeth Spezia Maldonado, del Partido Verde Ecologista de México, para que en el presupuesto de la Cámara de Diputados para dos mil tres, se contemple un monto destinado a la conformación de un cuerpo técnico en materia económica. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• Jaime Cervantes Rivera, del Partido del Trabajo, en relación con el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de dos mil tres que enviará el titular del Poder Ejecutivo. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

• Jaime Cleofas Martínez Veloz, del Partido de la Revolución Democrática, para promover una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, contra el otorgamiento de permisos para la instalación de plantas de generación de energía eléctrica para exportación en el estado de Baja California. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

• José Rodolfo Escudero Barrera, del Partido Verde Ecologista de México, para exhortar al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, liquide sus adeudos que por concepto de predial, tiene con el municipio de Benito Juárez, estado de Quintana Roo. Se turna a la Comisión de Turismo.

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

• Hortencia Enríquez Ortega, del Partido Revolucionario Institucional, para la aportación de un subsidio a los precios del gas licuado de petróleo y del gasóleo en el estado de Chihuahua. Se turna a la Comisión de Energía.

• Martha Ruth del Toro Gaytán, del Partido Acción Nacional, para solicitar a la Procuraduría Federal del Consumidor y a la Comisión Federal de Telecomunicaciones, vigilen que no haya irregularidades en el cobro de llamadas telefónicas y servicios no requeridos por parte de Teléfonos de México. Se turna a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

• Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del Partido de la Revolución Democrática, para solicitar la aplicación de la tarifa uno-F para el suministro y venta de energía eléctrica en la zona sur del estado de Veracruz. Se turna a las comisiones de Energía y de Hacienda y Crédito Público.

Transcurrido el tiempo establecido para la duración de las sesiones, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y la Presidencia clausura la de hoy a las dieciséis horas con catorce minutos, citando para la próxima que tendrá lugar el jueves veinticuatro de octubre de dos mil dos, a las diez horas.»

Está a discusión el acta... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo...

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobada el acta.

Pasamos al capítulo de comunicaciones.

PEDRO MORENO GONZALEZ

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.— Presente.

La Secretaría de Cultura ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del CLXXXV (185) aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González para el próximo domingo 27 de octubre, a las 10:00 horas, en la Columna a la Independencia, ubicada en Paseo de la Reforma y Río Tíber, delegación Cuauhtémoc.

Por tal motivo, me permito solicitar muy atentamente se sirva girar sus respetables instrucciones, a efecto de que un representante de esa Cámara de Diputados, que usted preside, asista a la ceremonia de referencia.

Agradezco las atenciones que se sirva prestar a la presente y le reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

México, DF, a 24 de octubre de 2002.— El director general, Enrique Semo.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Para asistir a la ceremonia cívica con motivo del CLXXXV aniversario luctuoso del general Pedro Moreno González, se designa a los siguientes diputados: Jorge Carlos Ramírez Marín y Carlos Alberto Flores Gutiérrez.

 

ESTADO DE GUERRERO

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo.— Honorable Congreso del Estado de Guerrero.— LVI Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

La Comisión Permanente de la LVI Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero tuvo a bien aprobar el acuerdo parlamentario por el que se pronuncia en contra de la descentralización de los institutos tecnológicos del país hasta en tanto éstos no se acompañen de los recursos suficientes para que los estados los operen y atiendan, siempre y cuando se haga en acuerdo con los trabajadores de dicho sistema educativo.

Sin otro particular, reciban mi consideración distinguida.

Atentamente.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, octubre 2 de 2002.— Diputado Roberto Torres Aguirre, presidente de la Comisión Permanente del honorable Congreso del Estado.»

«Escudo.— LVI Legislatura.— Guerrero.— Honorable Congreso del Estado.

La Comisión Permanente de la LVI Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa y

CONSIDERANDO

Primero. Que en el sistema constitucional mexicano, específicamente en el artículo 3o., se otorga un lugar preponderante a la prerrogativa de las y los mexicanos a recibir educación y la obligación del Estado de atender y promover los diferentes tipos y modalidades necesarios para el desa-rrollo de la nación y la consecución de los fines propios de nuestro país.

Segundo. Que dentro de las modalidades educativas se encuentra como una parte especial la educación tecnológica que, impulsada en el sistema nacional de institutos tecnológicos, presta desde hace 53 años un servicio eficiente y altamente calificado en la formación de profesionistas, la investigación y el desarrollo tecnológicos, poniendo a disposición de todas las clases sociales un sistema educativo altamente competitivo.

Tercero. Que uno de los consensos que los más (sic) de 30 mil trabajadores que integran este sistema han logrado es el rechazo absoluto a la descentralización de este sistema educativo, por considerar que no existen las condiciones adecuadas para la transferencia de la Federación a los estados, lo que sin duda afectaría la calidad y la efectividad del sistema en mención.

Cuarto. Que, ante esta eventualidad, los congresos de los estados de: Morelos, Querétaro, Baja California y Quintana Roo, entre otros, se han pronunciado en contra de esta descentralización, en tanto ésta no se acompañe con los recursos económicos necesarios para su atención, siempre y cuando esta determinación se acuerde debidamente con los trabajadores de dicho sector, situación que, de darse, pondría en grave riesgo la viabilidad del desarrollo de este nivel educativo.

Quinto. Que en el estado de Guerrero, igual que en la mayoría de los estados de la República, no se cuenta con los recursos económicos propios para la atención de los institutos tecnológicos, ya que los presupuestos que actualmente ejercen se destinan casi en exclusiva al pago de salarios de docentes y personal administrativo de la Secretaría de Educación de Guerrero y ejercer un gasto en este rubro traería consigo un desequilibrio en las finanzas de dicha dependencia, por lo que se hace conveniente que esta soberanía, atendiendo la solicitud de los trabajadores de este sistema, organizados en la Unión Nacional de Delegados Sindicales de Institutos Tecnológicos, manifieste su rechazo a la aplicación de esta medida.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47 fracción I, de la Constitución Política local y 8o. fracción I, y 127 párrafos primero y cuarto, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor, la Comisión Permanente de la LVI Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en nombre del pueblo que representa, tiene a bien expedir el siguiente

ACUERDO PARLAMENTARIO

Unico. La Comisión Permanente de la LVI Legislatura al honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero se pronuncia en contra de la descentralización de los institutos tecnológicos del país hasta en tanto éstos no se acompañen de los recursos suficientes para que los estados los operen y atiendan, siempre y cuando se haga en acuerdo con los trabajadores de dicho sistema educativo.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su expedición.

Segundo. Publíquese el presente acuerdo y remítase al titular del Poder Ejecutivo de la Unión y a las cámaras que integran el honorable Congreso de la Unión para los efectos legales procedentes.

Salón de sesiones del Poder Legislativo, a 18 de mayo de 2002.— Diputados: Roberto Torres Aguirre, presidente; Ernesto Vélez Memije y Severiano P. Jiménez Romero, secretarios.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

LEY DE COORDINACION HACENDARIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Senado de la República.— LVIII Legislatura.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados.— Presentes.

Me permito informar a ustedes que en sesión celebrada en estas fecha, el senador Jesús Ortega Martínez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó iniciativa con proyecto de Ley de Coordinación Hacendaria.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se emitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, DF, a 22 de octubre de 2002.— Senador Carlos Chaurand Arzate, vicepresidente en funciones.»

«Iniciativa con proyecto de decreto de Ley de Coordinación Hacendaria.

Ciudadanos secretarios de la Mesa Directiva; compañeras y compañeros legisladores:

El que suscribe, senador de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y en ejercicio de la atribución que me confieren los artículos, 71 fracción II, 72, 73 fracciones XXIX y XXX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto de Ley de Coordinación Hacendaria, de conformidad con la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

El federalismo fiscal se relaciona con temas cruciales para el desarrollo del país, tales como la transparencia en el uso de recursos públicos, el proceso de descentralización, la política educativa, la pobreza e incluso la redefinición del pacto político, en un contexto de alternancia partidista a nivel federal. Las decisiones que se negocien y se tomen en este ámbito pueden facilitar cambios y contribuir a asegurar la gobernabilidad o provocar nuevas tensiones políticas.

La reforma al federalismo mexicano no es otra que pasar de un sistema que sólo se preocupa por los límites del poder central y el de los estados, a otro cuyo eje principal sea el pacto social entre una gran diversidad de mexicanos.

Cabe destacar que la concentración de la potestad tributaria en manos del Gobierno Federal en México es muy elevada. A diferencia de países como Estados Unidos, Alemania, Canadá o Suiza que concentran a nivel federal el 60% de los ingresos tributarios, México centraliza el 80% de los mismos. Por esta razón, cualquier propuesta de cambio deberá incluir la devolución de algunas fuentes impositivas a los estados y municipios.

Descentralizar y reducir la discrecionalidad del Ejecutivo en el ejercicio del gasto público es un elemento que ayudará a fortalecer la soberanía popular y la de los estados y municipios de la República. En este sentido, debemos resaltar que la política de transferencias de funciones y recursos en materia presupuestal, constituye una parte fundamental de una adecuada política de incentivos a la descentralización y por supuesto, contribuye a consolidar el sistema federal consagrado en nuestra Constitución Política.

Una descentralización equitativa, auténticamente federalista, requiere de esquemas de financiamiento que no se basen sólo en la recaudación local, sino que propicien la distribución nacional e interinstitucional de los recursos.

De este modo, la presente iniciativa tiene por objeto: coordinar el sistema hacendario de la Federación con las entidades federativas y los municipios; fijar las reglas de colaboración administrativa en las diversas autoridades competentes; establecer los lineamientos para la coordinación en la planeación, programación y el ejercicio de los recursos de origen federal que se transfiera con motivo de la descentralización de funciones y establecer las reglas para la afectación de los fondos participables y de aportaciones, con motivo de las obligaciones y empréstitos que contraigan las entidades y municipios, así como su registro.

En materia de ingresos se propone: incrementar el 24% al Fondo General de Participaciones; integrar a la recaudación federal participable de todos los derechos sobre la extracción de petróleo y minería, incluyendo los aprovechamientos y productos que obtenga Pemex y sus filiales; obligar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de informar mensualmente del comportamiento detallado de las participaciones y de los elementos que sirvieron de base para su determinación, así como instaurar el resarcimiento por parte de la Secretaría de Hacienda a las entidades federativas por los ingresos que éstas dejen de percibir por reformas, adiciones, derogaciones o abrogaciones a las leyes federales respectivas en relación con las cuales se haya convenido en administración y como incentivo un porcentaje de su recaudación a las entidades federativas.

Sobre el gasto, la iniciativa plantea: la creación de un fondo compensatorio para el gasto por funciones federales, transferidas a las entidades, que será determinado y aprobado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con la información que se obtenga de las cuentas públicas de las entidades; a fin de garantizar la insuficiencia de recursos y poder cumplir con las funciones delegadas; integrar del PAFEF como Fondo de Aportación para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, incluyéndose con un monto equivalente al 2.5% de la RFP; de los ingresos que obtenga la Federación por la explotación de las carreteras, se constituya un fondo equivalente al 25% de esos ingresos, que distribuirán entre las entidades conforme al coeficiente de distribución de la parte de coordinación en derechos del fondo general de participaciones y la supervisión, vigilancia y ejecución de los recursos de los fondos de aportaciones, se realizarán en apego a las legislaciones locales, sin que ello implique limitaciones ni restricciones en la administración y ejercicio de los fondos.

En lo que se refiere a la coordinación, se propone la integración de los organismos de coordinación hacendaria, tales como: la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios, así como los subsistemas de coordinación hacendaria de la Comisión Permanente.

Para el fortalecimiento de la recaudación fiscal la iniciativa declara: recaudar los ingresos suficientes para cubrir el gasto público, a través de una reforma que contemple los principios de generalidad, equidad y proporcionalidad, tratando de que no haya repercusiones en las clases más desprotegidas; no apartarse en lo esencial, de las normas internacionales de tributación; reducir, hasta abatir, la evasión y la elusión fiscales, a través de una mayor participación de las entidades federativas en los actos de fiscalización y lograr una simplificación administrativa, para el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Sobre el impuesto al valor agregado se plantea: minimizar el impacto en las clases desprotegidas e impulsar una ley federal que grave a las ventas finales, siendo un impuesto recaudado, administrado y fiscalizado por las entidades federativas durante dos años, para luego convertirse en un impuesto estatal, con una tasa cuyo porcentaje debe disminuirse de la tasa general del IVA.

En materia del impuesto sobre la renta la iniciativa propone: reestructurar algunos regímenes y actividades que cuentan con privilegios fiscales (consolidación fiscal, régimen simplificado, utilidades y capital especulativo que se origina en el mercado de valores); dotar de estímulos fiscales a contribuyentes con actividades agrícola, ganadera, pesquera y silvícola; otorgar la potestad de régimen de pequeños contribuyentes a las entidades federativas y lograr una revisión y reestructuración del actual esquema fiscal de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad.

Por todo lo anterior expuesto, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente

Ley de Coordinacion Hacendaria

CapItulo IDel Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria

Artículo 1o. Esta ley tiene por objeto establecer el Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria entre la Federación, las entidades y municipios el cual comprende:

I. Las reglas de adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

II. La constitución y distribución de los fondos de participaciones y de aportaciones que en ingresos federales, correspondan a entidades y municipios.

III. La colaboración administrativa entre las diversas autoridades.

IV. La planeación, programación y el ejercicio de los recursos de origen federal que se transfieran con motivo de la descentralización de funciones.

V. Las reglas para la afectación de los fondos a que se refiere esta ley con motivo de las obligaciones y empréstitos que contraigan las entidades y municipios, así como su registro.

VI. La constitución de los organismos en materia de Coordinación Hacendaria, su organización y funcionamiento.

Artículo 2o. Cuando en esta ley se utilice la expresión “Entidades”, ésta se referirá a los estados y al Distrito Federal. Asimismo, cuando se utilice la expresión “Autoridades Hacendarias” se referirá a aquellas que en términos de las legislaciones de las entidades estén señaladas como autoridades fiscales.

CapItulo IIDel Sistema Nacional de Coordinación Fiscal

Artículo 3o. Las entidades que deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal para recibir las participaciones que establezca esta ley, lo harán mediante convenio que celebren con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que deberá ser autorizado o aprobado por su legislatura. También, con autorización de la legislatura podrán dar por terminado el convenio.

Dichas entidades participaran en el total de los impuestos federales y en los otros ingresos que señale esta ley mediante la distribución de los fondos que en la misma se establecen.

Artículo 4o. La Secretaría de Hacienda y Crédito Publico y el gobierno de la entidad de que se trate, ordenarán la publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico oficial de la entidad, respectivamente, del convenio celebrado, por el cual la entidad se adhiera; del acto por el que se separe del sistema y de los decretos de la legislatura de la entidad por los cuales se autoricen o se aprueben dichos actos, que surtirán efectos a partir del día siguiente a la publicación que se efectúe en último lugar.

Las entidades que no deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participaran en los impuestos especiales a que se refiere el inciso 5o. de la fracción XXIX del artículo 73 constitucional, en los términos que establecen las leyes respectivas.

Artículo 5o. Las entidades que opten por coordinarse en derechos, no mantendrán en vigor derechos estatales o municipales por:

I. Licencias, anuencias previas al otorgamiento de las mismas, en general concesiones, permisos, autorizaciones, certificaciones o bien obligaciones y requisitos que condicionen el ejercicio de actividades comerciales o industriales y de prestación de servicios. Asimismo, los que resulten como consecuencia de permitir o tolerar excepciones a una disposición administrativa tales como la ampliación de horario, con excepción de las siguientes:

a) Licencias de construcción;

b) Licencias o permisos para efectuar conexiones a las redes públicas de agua y alcantarillado;

c) Licencias para fraccionar o lotificar terrenos;

d) Licencias para conducir vehículos;

e) Expedición de placas y tarjetas para la circulación de vehículos;

f) Licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales, cuyos giros sean la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan el expendio de dichas bebidas siempre que se efectúen total o parcialmente con el público en general;

g) Licencias, permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o la realización de publicidad excepto los que se realicen por medio de televisión, radio, periódicos y revistas;

h) Licencias, permisos o autorizaciones en materia de ecología y medio ambiente, seguridad y protección civil;

i) Licencias, permisos o autorizaciones para la prestación del servicio de transporte público o particular;

j) Autorizaciones o certificaciones de calidad a origen de productos y

k) Servicios públicos a cargo de entidades y municipios no previstos en los incisos que anteceden.

II. Registros o cualquier acto relacionado con los mismos, a excepción de los siguientes:

a) Registro Civil;

b) Registro de la Propiedad y el Comercio;

c) Registro por servicios en materia de notarías y

d) Registro de prestadores de servicios en materia de ecología y medio ambiente, inmobiliaria o construcción.

III. Uso de las vías públicas o la tenencia de bienes sobre las mismas. No se considerarán comprendidos dentro de lo dispuesto en esta fracción los derechos de estacionamiento de vehículos, el uso de la vía pública por comerciante ambulante o con puestos fijos o semifijos ni por el uso o tenencia de anuncios.

IV. Actos de inspección y vigilancia, a excepción de los siguientes: inspecciones, evaluaciones o verificaciones en materia de ecología y medio ambiente, seguridad y protección civil.

Los derechos locales o municipales no podrán ser diferenciales considerando el tipo de actividad a que se dedique el contribuyente, excepto tratándose de derechos diferenciales por los conceptos a los que se refieren los incisos del a a la j de la fracción I y la fracción III.

Las certificaciones de documentos, así como la reposición de éstos por extravío o destrucción parcial o total, no quedará comprendida dentro de lo dispuesto en las fracciones I y II de este artículo. Tampoco quedan comprendidas las concesiones por el uso o aprovechamiento de bienes pertenecientes a las entidades federativas o a los municipios.

En ningún caso lo dispuesto en este artículo, se entenderá que limita la facultad de los estados y municipios para requerir licencias, registros, permisos o autorizaciones, otorgar concesiones y realizar actos de inspección y vigilancia. Para el ejercicio de estas facultades no se podrá exigir cobro alguno, con las salvedades expresamente señaladas en este artículo.

Para los efectos de coordinación con las entidades, se considerarán derechos, aún cuando tengan una denominación distinta en la legislación local correspondiente, las contribuciones que tenga las características de derecho conforme al Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación.

También se considerarán como derechos para los efectos de este artículo, las contribuciones a otros cobros, cualquiera que sea su denominación, que tengan la característica de derecho de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aun cuando se cobren por concepto de aportaciones, cooperaciones, donativos, productos, aprovechamientos o como garantía de pago por posibles infracciones.

Artículo 6o. Las entidades podrán no coordinarse en derechos sin perjuicio de continuar adheridos al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público hará la declaratoria de las entidades que no tiene establecido o suspendan el cobro de los derechos a que se refiere el artículo anterior y que, por lo tanto, están coordinados en esta materia, la cual se publicará en el periódico oficial de la entidad y en el Diario Oficial de la Federación.

Cuando en la legislación de alguna entidad o municipio se establezcan derechos que contravengan lo dispuesto en el artículo que antecede, la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico hará del conocimiento de la entidad de que se trate la violación específica, para que en un plazo de cinco días manifieste lo que su derecho convenga. Transcurrido dicho plazo la Secretaría, en su caso, emitirá la declaratoria correspondiente, misma que se publicará en el Diario Oficial de la Federación y empezará a regir a partir del día siguiente al de su publicación, quedando sin efectos la coordinación en materia de derechos en esta última fecha. En el caso de que el Estado esté inconforme con esta declaratoria, podrá acudir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos de lo que establezca la ley.

Artículo 7o. Cuando alguna entidad que se hubiera adherido al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal viole lo previsto por los artículos 73 fracción XXIX, 117 fracciones IV a VII y IX ó 118 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o falte al cumplimiento de los convenios celebrados con la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, ésta podrá ejercitar la acción que en derecho corresponda en términos de lo dispuesto por la ley reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, demandando a la entidad presuntamente infractora a efecto de separarla del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria.

En el caso de que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación obligue a la entidad a devolver cantidades indebidamente cobradas o autorice que las mismas se reduzcan de sus participaciones, dichas cantidades incrementarán el Fondo General de Participaciones en el siguiente año, conforme a lo establecido en la fracción I del artículo 13 de esta ley.

Artículo 8o. Los particulares que resulten afectados por incumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, de las de coordinación en materia de derechos, podrán presentar en cualquier tiempo recurso de inconformidad ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El recurso de inconformidad, podrá presentarse por un conjunto de contribuyentes que tengan un representante común. Para estos efectos los sindicatos, las cámaras de comercio y de industria y sus confederaciones, podrán fungir como representantes.

El recurso de inconformidad se tramitará conforme a las disposiciones que sobre el recurso de revocación establece el Código Fiscal de la Federación, con las siguientes modalidades:

I. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público oirá a la entidad de que se trate.

II. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicitará un dictamen técnico a la Junta de Coordinación Fiscal

III. El plazo para resolver el recurso será de un mes a partir de la fecha en que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público reciba el dictamen a que se refiere la fracción anterior.

IV. La resolución deberá notificarse a la entidad, en términos de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación y la misma podrá ordenar a la Tesorería de la Federación la devolución de las cantidades indebidamente cobradas, con cargo a las participaciones de la entidad. A estas devoluciones les será aplicable lo que al respecto establece el Código Fiscal de la Federación.

La resolución podrá ser impugnada ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de la Federación por los promoventes del recurso en términos del referido código y por la entidad afectada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los términos establecidos en el artículo 9o. de la presente ley.

Artículo 9o. La entidad inconforme con la declaratoria por la que se considera que deja de estar adherida al Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria podrá ocurrir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación conforme al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, demandando la anulación de la declaratoria que se haya dictado conforme al artículo anterior de esta ley.

Desde la admisión de la demanda se suspenderán los efectos de la declaratoria impugnada por 150 días. El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación producirá efectos 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación, tanto de la suspensión de los efectos de la declaratoria impugnada, como de los puntos resolutivos del fallo.

En caso de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público infringiera las disposiciones legales y convenios relativos a la coordinación hacendaria, en perjuicio de una entidad federativa, ésta podrá reclamar su cumplimiento ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siguiendo, en lo aplicable el procedimiento establecido en la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

CapItulo IIIDe las Participaciones de las Entidades y Municipios en Ingresos Federales

Artículo 10. Se establece el Fondo General de Participaciones en Ingresos Federales, el cual se constituirá con el 24% de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio.

La recaudación federal participable será la que obtenga la Federación, sin excepción, por todos sus impuestos, así como por todos los derechos sobre la extracción de petróleo y minería, incluyendo los aprovechamientos y productos que obtenga de parte de Petróleos Mexicanos y sus filiales, disminuidos con el total de las devoluciones por los mismos conceptos.

Artículo 11. Las devoluciones que se disminuirán, serán únicamente las efectivamente pagadas que formaron parte de la recaudación federal participable, excepto aquellas que provengan de juicios, las cuales se consideraran a valores históricos.

Artículo 12. No se incluirán en la recaudación federal participable, los incentivos que se establezcan en esta ley y en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal y sus anexos; ni la parte de la recaudación correspondiente al impuesto especial sobre producción y servicios, en que participen las entidades en los términos del artículo 25 de esta ley, ni el excedente de los ingresos que obtenga la Federación por aplicar una tasa superior a los ingresos por la obtención de premios a que se refiere el artículo 163 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Artículo 13. El Fondo General de Participaciones se distribuirá conforme a lo siguiente:

I. El 45.17% del mismo, en proporción directa al número de habitantes que tenga cada entidad en el ejercicio de que se trate.

El número de habitantes se tomará de la última información oficial que hubiera dado a conocer el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, en el año que se publique.

II. El 45.17%, en los términos del artículo 18 de esta ley.

III. El 9.66% restante, se distribuirá en proporción inversa a las participaciones por habitante que tenga cada entidad, éstas son el resultado de la suma de las participaciones a que se refieren las fracciones I y II de este artículo en el ejercicio de que se trate.

Artículo 14. El Fondo General de Participaciones se adicionará con un 1% de la recaudación federal participable, en el ejercicio, que corresponderá a las entidades federativas y los municipios cuando éstas se coordinen en materia de derechos y previa comprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de que se ajustan estrictamente a los lineamientos establecidos en el artículo 5o. de esta ley. El porcentaje citado será distribuido entre las entidades mencionadas, conforme al coeficiente efectivo del Fondo General de Participaciones que les correspondan para el ejercicio en el que se calculan. El fondo no se adicionará con la parte que correspondería a las entidades no coordinadas en derechos. Asimismo, el fondo se incrementará en el porcentaje que representen en la recaudación federal participable, los ingresos en un ejercicio de las contribuciones locales o municipales que las entidades convengan con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en derogar o dejar en suspenso.

Artículo 15. Los ingresos que dejen de percibir las entidades por reformas, adiciones, derogaciones o abrogaciones a las leyes federales respectivas, respecto de las cuales se haya convenido sean administrados por las entidades y se haya establecido como incentivo un porcentaje de su recaudación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los resarcirá de la siguiente manera:

a) Los ingresos percibidos en el último ejercicio, serán medidos en términos porcentuales respecto a la recaudación federal participable del mismo ejercicio y los montos a resarcir se calcularán, aplicando dicho porcentaje a la recaudación federal participable del ejercicio de que se trate.

b) El monto determinado conforme al inciso anterior será distribuido entre las entidades en proporción a la recaudación que hubieran obtenido en el último año de aplicación del ingreso de que se trate.

Artículo 16. También se adicionará al fondo general un monto equivalente al 80% del impuesto recaudado en 1989 por las entidades federativas, por concepto de las bases especiales de tributación. Dicho monto se determinará con el porcentaje que representa en la recaudación federal participable de 1989, aplicado a la recaudación federal participable del ejercicio en que se efectúe la distribución. Este monto se distribuirá a las entidades, en la proporción que representa la recaudación de estas bases de cada entidad, respecto del 80% de la recaudación por bases especiales de tributación en el año de 1989.

Adicionalmente, las entidades participarán en los accesorios de las contribuciones que forman parte de la recaudación federal participable, que se señalen en los convenios respectivos. En los productos de la Federación relacionados con bienes o bosques, que las leyes definen como nacionales, ubicados en el territorio de cada entidad, ésta recibirá el 50% de su monto, cuando provenga de venta o arrendamiento de terrenos nacionales o de la explotación de tales terrenos o de bosques nacionales.

Artículo 17. Las entidades que estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria y que hubieran celebrado con la Federación convenios de colaboración administrativa en materia del impuesto federal sobre tenencia o uso de vehículos, donde se estipule la obligación de llevar un registro estatal vehicular, recibirán el 100% de la recaudación que se obtenga por concepto de este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 20% a los municipios de la entidad, que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la legislatura respectiva.

Asimismo, las citadas entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria podrán celebrar con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia del impuesto sobre automóviles nuevos, supuesto en el cual la entidad de que se trate recibirá el 100% de la recaudación que se obtenga por este impuesto, del que corresponderá cuando menos el 20% a los municipios de la entidad, que se distribuirá entre ellos en la forma que determine la legislatura respectiva.

Artículo 18. La cantidad que a cada entidad federativa corresponda en la parte del Fondo General de Participaciones a que se refiere la fracción II del artículo 13 de esta ley, se obtendrá mediante la aplicación del coeficiente de participación que se determinara conforme a la siguiente formula:

 i B

CP =—

 t TB

Donde:

CP i = Coeficiente de participación de la entidad i en el año para el que se efectúa

t el cálculo.

TB = Suma de B i

i = Cada entidad federativa.

B i = (CP i) (IA i)

t-1 t-1

________

IA i

 t-2

CP i

t-1 = Coeficiente de participación de la entidad i en el año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúa el cálculo.

IA i

t-1 = Impuestos asignables de la entidad i en el año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúe el cálculo.

IA i

t-2 = Impuestos asignables de la entidad i en el segundo año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúa el cálculo.

Los impuestos asignables a que se refiere este artículo, son los impuestos federales sobre tenencia o uso de vehículos, sobre automóviles nuevos y especial sobre producción y servicios.

Artículo 19. Los cálculos de participaciones a que se refieren los artículos 10, 18 y 29 se harán para todas las entidades federativas, aunque alguna o varias de ellas no estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Las participaciones que correspondan a las entidades que dejen de estar adheridas serán deducidas del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal.

Las participaciones serán cubiertas en efectivo, no en obra, sin condicionamiento alguno y no podrán ser objeto de deducciones, salvo lo dispuesto en el artículo 9o. de esta ley. Los gobiernos de las entidades, 15 días después de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publique en el Diario Oficial de la Federación el calendario de entrega, porcentaje y monto, estimados a que está obligada conforme al penúltimo párrafo del artículo 18 de esta ley, deberán publicar en el periódico oficial de la entidad los mismos datos antes referidos, de las participaciones estimadas que entregarán a los municipios o demarcaciones territoriales, derivadas de las participaciones que las entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus municipios o demarcaciones territoriales. También deberán publicar trimestralmente el importe de las participaciones entregadas y en su caso, el ajuste realizado al término de cada ejercicio fiscal. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación la lista de las entidades que incumplan con esta disposición.

Artículo 20. El Fondo General de Participaciones se determinará por cada ejercicio fiscal de la Federación, la cual en forma provisional hará un cálculo mensual considerando la recaudación federal participable obtenida en el mes inmediato anterior. En igual forma se procederá con las participaciones a que se refieren los artículos 25 y 29 fracciones I y III de esta ley.

Las entidades dentro del mismo mes en que se realice el cálculo mencionado en el párrafo que antecede, recibirán las cantidades que les correspondan conforme a esta ley, en concepto de anticipos a cuenta de participaciones.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Tesorería de la Federación cubrirá mensualmente a las entidades, los anticipos a cuenta de participaciones de la siguiente manera:

a) La cantidad se calculará aplicando a cada una de las entidades, un coeficiente de 1.1, sobre los montos de participaciones que le correspondieron, en el mes inmediato anterior, en los fondos general de participaciones y Fondo de fomento municipal, la cual pagará en dos partes iguales a más tardar los días 10 y 18 de cada mes o al día hábil siguiente si éstos no le fueran, excepto en el mes de diciembre, en cuyo caso se pagará el 100% a más tardar el día 10 de dicho mes o día hábil siguiente si éste no lo fuera.

b) A más tardar el 25 de cada mes o día hábil siguiente, se efectuará la compensación entre las participaciones del fondo general de participaciones del mes y el anticipo del mes inmediato anterior, a que se refiere el inciso anterior, con la finalidad de determinar los saldos correspondientes, que deberán cubrirse el mismo día, por la parte que resulte deudora.

Cada tres meses la Federación realizará un ajuste de las participaciones, efectuando el cálculo sobre la recaudación obtenida en ese periodo. Las diferencias resultantes serán liquidadas dentro de los dos meses siguientes.

A más tardar dentro de los 30 días posteriores a que el Ejecutivo Federal presente la Cuenta Pública del año anterior a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión para su revisión, la Federación determinará las participaciones que correspondan a la recaudación obtenida en el ejercicio, aplicará las cantidades que hubiera afectado provisionalmente a los fondos y formulará de inmediato las liquidaciones que procedan.

Durante los primeros cinco meses de cada ejercicio, las participaciones en el Fondo General de Participaciones a que se refiere la fracción II del artículo 13, así como las que se establecen en los artículos 25 y 29 fracciones I y III de esta ley, se calcularán provisionalmente con los coeficientes del ejercicio inmediato anterior, en tanto se cuente con la información necesaria para calcular los nuevos coeficientes.

Artículo 21. Para los efectos de las participaciones a que esta ley se refiere y de los incentivos que se establezcan en los convenios de colaboración administrativa, las entidades, los municipios y la Federación estarán al resultado de la determinación y pago, que hubieren efectuado de créditos fiscales derivados de la aplicación de leyes sobre ingresos federales.

Artículo 22. La Federación por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará mensualmente en el Diario Oficial de la Federación bajo los lineamientos que se establezcan, el comportamiento detallado de las participaciones que les correspondan a las entidades, así como todos los elementos que sirvan para su determinación.

Artículo 23. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación el calendario y montos a entregar, así como el porcentaje en cada uno de los meses del ejercicio, estimados, que recibirá cada entidad federativa del fondo general, del Fondo de Fomento Municipal y de la participación del impuesto especial sobre producción y servicios, para cada ejercicio fiscal a más tardar el ultimo día del mes de octubre del año anterior al ejercicio de que se trate.

Una vez aprobada la Ley de Ingresos de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación, los montos estimados en la forma y términos a que se refiere el párrafo anterior, que se deriven de los conceptos e importes contenidos en la misma.

Artículo 24. En los informes trimestrales sobre las finanzas públicas que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entrega a la Cámara de Diputados deberá incluir detalle por conceptos, según Ley de Ingresos, de la totalidad de los ingresos obtenidos en el periodo, así como un análisis de cada uno de los que conforma la recaudación federal participable y en su caso de las disminuciones que la hayan afectado. Deberá incluir además, el importe de las participaciones entregadas de cada fondo a las entidades en ese lapso y en su caso, el ajuste realizado al término de cada ejercicio fiscal.

Artículo 25. Las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participarán de la recaudación que se obtenga del impuesto especial sobre producción y servicios, por la realización de los actos o actividades gravados con dicho impuesto sobre los bienes que a continuación se mencionan, conforme a las proporciones siguientes:

I. El 20% de la recaudación si se trata de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas.

II. El 8% de la recaudación si se trata de tabacos labrados.

Esta participación se distribuirá en función del porcentaje que represente la enajenación de cada uno de los bienes a que se refiere este artículo en cada entidad federativa, de la enajenación nacional y se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 20 de esta ley.

Los municipios recibirán como mínimo el 20% de la participación que le corresponda al estado.

Artículo 26. Se crea una reserva de contingencia consistente en un monto equivalente al 0.25% de la recaudación federal participable de cada ejercicio. El 90% de dicha reserva será distribuido mensualmente y el 10% restante se entregará al cierre del ejercicio fiscal y se utilizará para apoyar a aquellas entidades cuya participación total en los fondos general y de fomento municipal a que se refieren los artículos 10 y 29 fracción III de esta ley, no alcance el crecimiento experimentado por la recaudación federal participable del año respecto a la de 1990.

La distribución de la reserva de contingencia comenzará con la entidad que tenga el coeficiente de participación efectiva menor y continuará hacia la que tenga el mayor, hasta agotarse.

El coeficiente de participación efectiva a que se refiere el párrafo anterior será el que resulte de dividir las participaciones efectivamente percibidas por cada entidad, entre el total de las participaciones pagadas en el ejercicio de que se trate.

De la reserva a que se refiere el primer párrafo de este artículo, los estados participarán a sus municipios, como mínimo, una cantidad equivalente a la proporción que represente el conjunto de participaciones a sus municipios del total de participaciones de la entidad. En el conjunto de participaciones a los municipios, no se incluirán aquéllas a que se refieren las fracciones I y II del articulo 29 de esta ley.

Artículo 27. Adicionalmente, se crea una reserva de compensación para las entidades federativas que sean afectadas con una disminución en sus ingresos en términos reales en un ejercicio, en comparación con el inmediato anterior. Esta reserva se formará con los recursos adicionales suficientes que aportará la Federación, para asegurarle a todas las entidades los ingresos que en términos reales les correspondan por concepto de participaciones.

Artículo 28. Se establece el fondo de fomento municipal, cuyo monto será el 1% de la recaudación federal participable.

Se distribuirá entre las entidades mediante la aplicación del coeficiente de participación que se determinará para cada uno de ellos conforme a la siguiente fórmula:

i Ai

CE= ——

t TA

Donde:

CE i

T = Coeficiente de participación en el fondo de fomento municipal de la entidad i en el año para el que se efectúa el cálculo.

TA = Suma de Ai

i = Cada Entidad.

      i         i

 (CE ) (IPDA )

             t-1 t-1

A i = ——————————-

 IPDA

             t-2

CE i

t-1 = Coeficiente de participación de la entidad i en el año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúe el cálculo.

IPDA i

t-1 = Recaudación local del predial y de los derechos de agua en la entidad i en el año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.

IPDA i

t-2 = Recaudación local del predial y de los derechos de agua en la entidad i en el segundo año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.

Para los efectos de este artículo se entenderá por:

• Impuesto predial; la cantidad efectivamente pagada en la entidad en el año de calendario de que se trate, independientemente del ejercicio fiscal en que se haya causado, así como los recargos, sanciones, gastos de ejecución, intereses a indemnizaciones que se apliquen en relación a este impuesto, excluyendo las contribuciones adicionales que recaigan sobre el mismo.

• Derechos de agua; los montos efectivamente pagados, independientemente del ejercicio fiscal en que se hayan causado, por su consumo, drenaje, alcantarillado, recargos, sanciones, gastos de ejecución, conexiones, reconexiones, intereses por mora o prórroga, indemnizaciones, excluyendo las contribuciones adicionales que recaigan sobre el mismo. Para los efectos de asignación, cuando los servicios de agua no sean prestados por las entidades o los municipios, los ingresos que obtengan los organismos operadores o concesionarios, se considerarán derechos de agua, en los términos que aquí se precisen.

Para los efectos de este artículo, se considerarán derechos, aun cuando tenga una denominación distinta en la legislación local correspondiente, las contribuciones que tengan las características de derecho conforme al Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación. También se considerarán como derechos, las contribuciones a otros cobros, cualquiera que sea su denominación, que tengan la característica de derechos de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aun cuando se cobren por concepto de aportaciones, cooperaciones, donativos, productos, aprovechamientos o como garantía de pago por posibles infracciones.

Los estados entregarán íntegramente a sus municipios las cantidades que reciban del fondo de fomento municipal, de acuerdo con lo que establezcan las legislaturas locales.

Las cantidades que correspondan a los municipios en los términos de las fracciones I y II se pagarán por la Federación directamente a dichos municipios.

Artículo 29. En el rendimiento de las contribuciones que a continuación se señalan, participarán los municipios, en la forma siguiente:

I. En la proporción de la recaudación federal participable que a continuación se señala:

0.136% de la recaudación federal participable, a aquellos municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que se realicen materialmente la entrada al país o la salida de él de los bienes que se importen o exporten.

La distribución entre los municipios se realizará mediante la aplicación del coeficiente de participación que se determinará para cada uno de ellos conforme a la siguiente formula:

CCiT = Bi / TB

Donde:

CciT es el coeficiente de participación de los municipios colindantes i en el año para el que se efectúa el cálculo.

TB es la suma de Bi.

i es cada entidad.

Bi = (CCiT-1) (IPDAiT-1) / IPDAT-2

Donde:

CCiT-1 = Coeficiente de participaciones del municipio i en el año inmediato anterior a aquél para el cual se efectúa el cálculo.

IPDAiT-1 = Recaudación local de predial y de los derechos de agua en el municipio i en el año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.

IPDAiT-2 = Recaudación local del predial y de los derechos de agua en el municipio i en el segundo año inmediato anterior para el cual se efectúa el cálculo.

II. -3.17% del derecho adicional sobre la extracción de petróleo, excluyendo el derecho extraordinario sobre el mismo, a los municipios colindantes con la frontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de dichos productos.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, por conducto de Petróleos Mexicanos, informará mensualmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los montos y municipios a que se refiere el párrafo anterior.

Artículo 30. Las participaciones federales que recibirán los municipios del total del fondo general de participaciones incluyendo sus incrementos, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades que correspondan al Estado, el cual habrá de cubrírselas. Las legislaturas locales establecerán su distribución entre los municipios mediante disposiciones de carácter general.

La Federación enterará las participaciones que le correspondan a los municipios por conducto de los estados, dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el estado las reciba; el retraso dará lugar al pago de intereses, a la tasa de recargos que establece el Congreso de la Unión para los casos de pago a plazos de contribuciones; en caso de incumplimiento la Federación hará la entrega directa a los municipios descontando la participación del monto que corresponda al Estado, previa opinión de la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios.

Los municipios recibirán como mínimo el 20% de la recaudación que corresponda al Estado en los términos del artículo 17 de esta ley.

CapItulo IVDe los fondos de aportación federal

Artículo 31. Adicionalmente a las participaciones que en ingresos federales corresponde a las entidades y a los municipios, con recursos que la Federación transfiera a éstas, se establecen los fondos de aportaciones federales que se destinarán a la consecución de y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esta ley, como sigue:

I. Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal;

II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud;

III. Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos;

IV. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social;

V. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal;

VI. Fondo de Aportaciones Múltiples;

VII. Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal;

VIII. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas y del Distrito Federal.

IX. Fondo Compensatorio del Gasto por las Funciones Federales descentralizadas a las Entidades Federativas y el Distrito Federal.

Artículo 32. Con cargo al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal que les correspondan, las entidades recibirán los recursos económicos suficientes que les permitan ejercer las funciones que con base en los acuerdos respectivos les fueron transferidas por la Federación.

Artículo 33. El monto del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal se determinará cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, a partir de los siguientes elementos:

I. El registro común de escuelas y de plantilla de personal, utilizado para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades con motivo de la suscripción de los acuerdos respectivos, incluyendo las erogaciones que correspondan por conceptos de impuestos federales y aportaciones de seguridad social y

II. Por los recursos presupuestarios que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal se hayan transferido a las entidades de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación durante el ejercicio inmediato anterior a aquel que se presupueste, adicionándole lo siguiente:

a) Las ampliaciones presupuestarias que en el transcurso de ese mismo ejercicio se hubieren autorizado con cargo a las previsiones para el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, contenidas en el propio Presupuesto de Egresos de la Federación;

b) El importe que, en su caso, resulte de aplicar en el ejercicio que se presupueste las medidas autorizadas con cargo a las citadas previsiones derivadas del ejercicio anterior y

c) La actualización que se determine para el ejercicio que se presupueste de los gastos de operación, distintos de los servicios personales y de mantenimiento, correspondientes al registro común de escuelas.

La actualización a que se refiere este inciso se realizará aplicando el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, considerando el Idice Nacional de Precios al Consumidor del mes de junio del año inmediato anterior a aquel al que se refiera el presupuesto y el índice nacional de precios al consumidor del mismo mes del segundo año anterior.

d) En general de los montos de aquellos conceptos que constituyan el gasto irreductible con base en el ejercicio inmediato anterior.

El ejercicio y aplicación de los recursos de este fondo, estará a cargo únicamente de las entidades, conforme al destino que esta ley le establece.

Artículo 34. Con cargo al Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud que les correspondan, las entidades recibirán los recursos económicos suficientes que les permitan ejercer las funciones que con base en los acuerdos respectivos les fueron transferidas por la Federación.

Artículo 35. El monto del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud se determinará cada año en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente, a partir de los siguientes elementos:

I. Por el inventario de infraestructura medica y las plantillas de personal, utilizados para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades federativas, con motivo de la suscripción de los acuerdos de coordinación para la descentralización integral de los servicios de salud respectivos, incluyendo las erogaciones que correspondan por concepto de impuestos federales y aportaciones de seguridad social;

II. Por los recursos que con cargo a las previsiones para servicios personales contenidas al efecto en el Presupuesto de Egresos de la Federación que se hayan transferido a las entidades federativas, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior a aquel que se presupueste, para cubrir el gasto en servicios personales, incluidas las ampliaciones presupuestarias que en el transcurso de ese ejercicio se hubieren autorizado por concepto de incrementos saláriales, prestaciones, así como aquellas medidas economicas que, en su caso, se requieran para integrar el ejercicio fiscal que se presupueste;

III. Por los recursos que la Federación haya transferido a las entidades, durante el ejercicio fiscal inmediato anterior a aquel que se presupueste, para cubrir el gasto de operación a inversión, excluyendo los gastos eventuales de inversión en infraestructura y equipamiento que la Federación y las entidades correspondientes convengan como no susceptibles de presupuestarse en el ejercicio siguiente y por los recursos que para iguales fines sean aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación en adición a los primeros.

Para los efectos de esta fracción, se incluirá la actualización que se determine para el ejercicio que se presupueste, de los gastos de operación a inversión.

La actualización a que se refiere el párrafo anterior, se realizará aplicando el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, considerando el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de junio del año inmediato anterior a aquel al que se refiera el presupuesto y el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mismo mes del segundo año anterior.

IV. Por los recursos que se requieran para cubrir el costo de las plantillas de personal y gastos de operación de las unidades medicas que se construyan bien sea de común acuerdo entre la Secretaría de Salud y las entidades o por decisión directa del Gobierno Federal, a partir de la fecha en que dichas unidades medicas inicien su operación.

V. Por otros recursos que, en su caso, se destinen expresamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación a fin de promover la equidad en los servicios de salud, mismos que serán distribuidos conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

El ejercicio y aplicación de los recursos de este fondo, estará a cargo únicamente de las entidades, conforme al destino que esta ley le establece.

Artículo 36. Para la distribución de los recursos a que se refiere la fracción V del artículo anterior, se aplicara la siguiente formula de asignación de recursos, donde S representa la sumatoria correspondiente a las entidades federativas y el subíndice i se refiere a la i-ésima entidad federativa.

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En donde:

M = Monto aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación a que se refiere la fracción IV del artículo 30.

Fi = Monto correspondiente a la i-ésima entidad federativa del monto total M.

Ti = Distribución porcentual correspondiente a la i-ésima entidad federativa del monto total M.

Para el cálculo de Ti de la i-ésima entidad federativa se aplicará el siguiente procedimiento:

Ti=Di / DM

En donde:

DM = Monto total del déficit en entidades federativas con gasto total inferior al mínimo aceptado.

Di = Monto total del déficit de la i-ésima entidad federativa con gasto total inferior al mínimo aceptado.

En donde:

Di = max[ (POBi * (PMIN * 0.5 * (REMi + IEMi)) - Gti), 0]

En donde:

POBi = Población abierta en i-ésima entidad federativa.

PMIN = Presupuesto mínimo per cápita aceptado.

REMi = Razón estandarizada de mortalidad de la i-ésima entidad federativa.

IEMi = Indice estandarizado de marginación de la i-ésima entidad federativa.

Gti = Gasto total federal que para población abierta se ejerza en las entidades federativas sin incluir M del ejercicio correspondiente.

La Secretaría de Salud dará a conocer anualmente, en el seno del Consejo Nacional de Salud, las cifras que corresponden a las variables integrantes de la formula anterior resultantes de los sistemas oficiales de información.

Artículo 37. Con cargo a las aportaciones del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos que les correspondan, las entidades, recibirán los recursos económicos complementarios para prestar los servicios de educación tecnológica y de educación para adultos, cuya operación asuman de conformidad con los convenios de coordinación suscritos con el Ejecutivo Federal, para la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para la prestación de dichos servicios.

Artículo 38. El monto del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, a partir de los siguientes elementos:

I. Los registros de planteles, de instalaciones educativas y de plantillas de personal utilizados para los cálculos de los recursos presupuestarios transferidos a las entidades federativas con motivo de la suscripción de los convenios respectivos, incluyendo las erogaciones que correspondan por conceptos de impuestos federales y aportaciones de seguridad social;

II. Por los recursos presupuestarios que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos se hayan transferido a las entidades federativas de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación durante el ejercicio inmediato anterior a aquel que se presupueste, adicionándole lo siguiente:

a) Las ampliaciones presupuestarias que en el transcurso de ese mismo ejercicio se hubieren autorizado con cargo a las previsiones para el Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos, contenidas en el propio Presupuesto de Egresos de la Federación.

b) El importe que, en su caso, resulte de aplicar en el ejercicio que se presupueste las medidas autorizadas con cargo a las citadas previsiones derivadas del ejercicio anterior.

c) La actualización que se determine para el ejercicio que se presupueste de los gastos de operación, distintos de los servicios personales, correspondientes a los registros de planteles y de instalaciones educativas.

La actualización a que se refiere el párrafo anterior, se realizará aplicando el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, considerando el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mes de junio del ano inmediato anterior a aquel al que se refiera el presupuesto y el Indice Nacional de Precios al Consumidor del mismo mes del segundo año anterior.

III. Adicionalmente, en el caso de los servicios de educación para adultos, la determinación de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos y su consiguiente distribución, responderán a formulas que consideren las prioridades especificas y estrategias compensatorias para el abatimiento del rezago en materia de alfabetización, educación básica y formación para el trabajo. Las fórmulas a que se refiere esta fracción deberán publicarse por la Secretaría de Educación Publica en el Diario Oficial de la Federación.

El ejercicio y aplicación de los recursos de este fondo, estará a cargo únicamente de las entidades, conforme al destino que esta ley le establece.

Artículo 39. El monto del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se fijará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 2.5% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 13 de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

Este fondo se dividirá en dos partes denominadas Fondo de Infraestructura Social Estatal y Fondo de Infraestructura Social Municipal. Del total de la recaudación federal participable el 0.303% corresponderá al Fondo para la Infraestructura Social Estatal y el 2.197% al Fondo para Infraestructura Social Municipal. Este fondo se enterará mensualmente en los primeros 10 meses del año por partes iguales a los Estados por conducto de la Tesorería de la Federación y a los municipios a través de los estados; de manera ágil y directa, sin mas limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 40 de esta ley.

Para efectos del entero de los recursos del fondo a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de esta ley.

Artículo 40. Los recursos que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban los estados y los municipios, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones, que beneficien directamente a sectores de su población, que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema, en los siguientes rubros:

a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización municipal, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica de salud, infraestructura básica educativa, mejoramiento de vivienda, caminos rurales, a infraestructura productiva rural y

b) Fondo de Infraestructura Social Estatal: obras y acciones de alcance o ámbito de beneficio regional o intermunicipal, en aquellos municipios que conforme al Fondo de Infraestructura Social Municipal hayan visto disminuida su participación.

En caso de los municipios, estos podrán disponer de hasta un 2% del total de recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal que les correspondan para la realización de un programa de desarrollo institucional. Este programa será convenido entre el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, el Gobierno Estatal correspondiente y el municipio de que se trate.

Adicionalmente, los estados y municipios podrán destinar hasta el 3% de los recursos correspondientes en cada caso, para ser aplicados como gastos indirectos a las obras señaladas en el presente artículo. Respecto de dichas aportaciones, los estados y los municipios deberán:

I. Hacer del conocimiento de sus habitantes, los montos que reciban las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios;

II. Promover la participación de las comunidades beneficiarias en su destino, aplicación y vigilancia, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones que se vayan a realizar;

III. Informar a sus habitantes, al termino de cada ejercicio, sobre los resultados alcanzados;

IV. Proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social, la información que sobre la utilización del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social le sea requerida. En el caso de los municipios lo harán por conducto de los estados y

V. Procurar que las obras que realicen con los recursos de los fondos sean compatibles con la preservación y protección del medio ambiente y que impulsen el desarrollo sustentable.

Artículo 41. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, determinará la distribución del monto del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social entre los estados, considerando criterios de pobreza extrema, conforme a la siguiente formula y procedimientos:

I. Formula:

IGPj= Pj1 ß1+Pj2 ß2+Pj3 ß3+Pj4 ß4+Pj5 ß5

En donde:

Pjw = Brecha respecto a la norma de pobreza extrema de la necesidad básica w para el hogar j en estudio;

ß1, ..., 5= Ponderador asociado a la necesidad básica w; y

j= Hogar en estudio.

Esta fórmula representa el índice global de pobreza de un hogar, IGPj, el cual se conforma con las brechas Pj1, Pj2, Pj3, Pj4 y Pj5 de las necesidades básicas a que se refiere la fracción II sus correspondientes ponderadores son ß 1=0.4616, ß 2=0.1250, ß 3=0.2386, ß 4=0.0608 y ß 5=0.1140.

II. Las necesidades básicas, en el orden en el que aparecen en la formula anterior, son las siguientes:

w1= Ingreso per capita del hogar;

w2= Nivel educativo promedio por hogar;

w3= Disponibilidad de espacio de la vivienda;

w4= Disponibilidad de drenaje;

w5= Disponibilidad de electricidad-combustible para cocinar.

III. Para cada hogar se estiman las cinco brechas respecto a las normas de pobreza extrema que corresponden a cada una de las necesidades básicas, con base en la siguiente fórmula:

Pj= (ZW-XjW)

____________

ZW

En donde:

ZW= Norma establecida para la necesidad básica w.

Xjw= Valor observado en cada hogar j, para la necesidad básica w.

IV. Los resultados de cada una de estas brechas se ubican dentro de un intervalo de –0.5 a 1. Cada brecha se multiplica por los ponderadores establecidos en la fracción I de este artículo para una vez sumadas obtener el índice global de pobreza del hogar que se encuentra en el mismo intervalo. Cabe señalar que para los cálculos subsecuentes sólo se consideran a los hogares cuyo valor se ubique entre 0 y 1, que son aquellos en situación de pobreza extrema.

V. El valor del IGP del hogar se eleva al cuadro para atribuir mayor peso a los hogares más pobres. Después se multiplica por el tamaño del hogar, con lo cual se incorpora el factor poblacional. Con lo anterior se conforma la masa carencial del hogar, determinada por la siguiente fórmula:

MCHi= IGJP2i*T i

En donde:

MCHj= Masa carencial del hogar j;

Tj= Número de miembros en el hogar j en pobreza extrema.

Al sumar el valor de MCHj para todos los hogares en pobreza extrema de un Estado, se obtiene la masa carencial estatal, determinada por la siguiente fórmula:

d241002-8b.pcx (49234 bytes)

En donde:

MCEk= Masa carencial del estado k;

MCHjk= Masa carencial del hogar j en pobreza extrema en el Estado k; y,

jk = Número total de hogares pobres extremos en el Estado.

k. Una vez determinada la masa carencial estatal, se hace una agregación similar de todos los estados para obtener la masa carencial nacional.

Cada una de las masas carenciales estatales se divide entre la masa carencial nacional, MCN, para determinar la participación porcentual que del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social le corresponde a cada Estado, como lo indica la siguiente fórmula:

PEk= MCEk *100

_______________

MCN

En donde:

PEk = Participación porcentual del Estado k;

MCEk = Masa Carencial del Estado k y

MCN = Masa Carencial Nacional.

Así, la distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se realiza en función de la proporción que corresponda a cada Estado de la pobreza extrema a nivel nacional, según lo establecido.

Para efectos de la formulación anual del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, publicará, en el mes de octubre de cada año, en el Diario Oficial de la Federación las normas establecidas para necesidades básicas (Zw) y valores para el cálculo de esta fórmula y estimará los porcentajes de participación porcentual (Pek) que se asignará a cada Estado.

Artículo 42. El Fondo de Aportaciones Múltiples se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto equivalente cuando menos, sólo para efectos de referencia, al 0.814% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 13 de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base a lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Para el entero de estos recursos, no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de esta ley.

Artículo 43. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los estados de la Federación y el Distrito Federal se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica y superior en su modalidad universitaria.

Artículo 44. El Fondo de Aportaciones Múltiples se distribuirá entre las entidades federativas de acuerdo a las asignaciones y reglas que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Artículo 45. El Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal se constituirá con cargo a recursos federales, mismos que serán determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. La Secretaría de Gobernación formulará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una propuesta para la integración de dicho fondo.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal se hará la distribución de los recursos federales que integran este fondo entre los distintos rubros de gasto del Sistema Nacional de Seguridad Pública aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

Artículo 46. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entregará a las entidades federativas el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, con base en los criterios que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, a propuesta de la Secretaría de Gobernación, determine, utilizando para la distribución de los recursos, criterios que incorporen el número de habitantes de los estados y del Distrito Federal; el índice de ocupación penitenciaria; la tasa de crecimiento anual de indiciados y sentenciados; así como el avance en la aplicación del Programa Nacional de Seguridad Pública en materia de profesionalización, equipamiento, modernización tecnológica e infraestructura.

La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución y el resultado de su aplicación que corresponderá a la asignación por cada Estado y el Distrito Federal, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal de que se trate.

Este fondo se enterará mensualmente por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante los primeros 10 meses del año a los estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo aquellas de carácter administrativo.

Para los efectos del entero a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de esta ley.

Artículo 47. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal reciban dichas entidades se destinarán exclusivamente al reclutamiento, selección, depuración, evaluación y formación de los recursos humanos vinculados con tareas de seguridad pública; a complementar las dotaciones de: agentes del Ministerio Público, los peritos, los policías judiciales o sus equivalentes de las procuradurías de Justicia de los estados y del Distrito Federal, de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores; al equipamiento de las policías judiciales o de sus equivalentes, de los peritos, de los ministerios públicos y de los policías preventivos o de custodia de los centros penitenciarios y de menores infractores; al establecimiento y operación de la red nacional de telecomunicaciones e informática para la seguridad pública y el servicio telefónico nacional de emergencia; a la construcción, mejoramiento o ampliación de las instalaciones para la procuración a impartición de justicia, de los centros de readaptación social y de menores infractores, así como de las instalaciones de los cuerpos de seguridad pública y sus centros de capacitación; al seguimiento y evaluación de los programas señalados.

Los recursos para complementar las dotaciones de los agentes del Ministerio Público, los policías judiciales o sus equivalentes, los policías preventivos y de custodia y los peritos de las procuradurías de justicia de los estados y del Distrito Federal, tendrán el carácter de no regularizables para los presupuestos de egresos de la Federación de ejercicios subsecuentes y las responsabilidades laborales que deriven de tales recursos estarán a cargo de los gobiernos de los estados y del Distrito Federal.

Dichos recursos deberán aplicarse conforme a los programas estatales de seguridad pública derivados del Programa Nacional de Seguridad Pública, acordado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, de acuerdo a la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Serán materia de anexos específicos entre la Federación y los estados y el Distrito Federal, los programas de la red nacional de telecomunicaciones a informática y el servicio telefónico nacional de emergencia del sistema nacional de información.

Los estados y el Distrito Federal proporcionarán al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la información financiera, operativa y estadística que le sea requerida.

Artículo 48. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas y Distrito Federal se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente cuando menos, sólo para efectos de referencia, al 2.5% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 10 de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

Este fondo se ejercerá libremente por las entidades y se enterará mensualmente en partes iguales durante los primeros 10 meses del año por la Tesorería de la Federación de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo.

Para efectos del entero a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 20 de esta ley.

Artículo 49. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas y Distrito Federal se distribuirá, con base en la proporción de asignación por entidad resultante de la distribución del monto considerado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, correspondiente al Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las entidades federativas.

Artículo 50. El monto del Fondo Compensatorio para el Gasto de Funciones Federales transferidas a las entidades, será determinado y aprobado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación, de conformidad con la información que se obtenga de las cuentas públicas de las entidades, a fin de garantizar la suficiencia de recursos para cumplir con las funciones delegadas en materia de educación y salud.

La distribución de este fondo se realizará en proporción directa al monto erogado por cada entidad, con cargo a sus propios recursos, en relación con el monto total erogado por la totalidad de las entidades, en exceso a los montos transferidos para la función, tomando como referencia, el cierre del ejercicio 2002.

Artículo 51. De los ingresos que obtenga la Federación por la explotación de las carreteras, se constituye un fondo por el equivalente al 25% de dichos ingresos, que se distribuirá entre las entidades federativas conforme al coeficiente con el que se distribuye la parte relativa a la coordinación en derechos del Fondo General de Participaciones.

Los recursos de este fondo deberán ser destinados al fortalecimiento de la infraestructura carretera estatal.

Artículo 52. Los estados distribuirán entre los municipios los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, con una fórmula igual a la señalada en el artículo 41 de esta ley, que considere el carácter redistributivo de estas aportaciones, hacia aquellos municipios con mayor índice de pobreza extrema. Para ello, utilizarán la información estadística más reciente de las variables de rezago social a que se refiere el artículo anterior, publicada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía a Informática. En aquellos casos en que la disponibilidad de información no permita la aplicación de la fórmula antes señalada, se utilizarán las siguientes cuatro variables sumadas y ponderadas con igual peso cada una de ellas:

a) Población ocupada del municipio que perciba menos de dos salarios mínimos respecto de la población del Estado en similar condición;

b) Población municipal de 15 años o más que no sepa leer y escribir respecto de la población del Estado en igual situación;

c) Población municipal que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de drenaje conectado a fosa séptica o a la calle, respecto de la población estatal sin el mismo tipo de servicio y

d) Población municipal que habite en viviendas particulares sin disponibilidad de electricidad, entre la población del Estado en igual condición.

Con objeto de apoyar a los estados en la aplicación de sus fórmulas, la Secretaría de Desarrollo Social publicará en el Diario Oficial de la Federación, en los primeros 15 días del ejercicio fiscal de que se trate, las variables y fuentes de información disponibles a nivel municipal para cada Estado.

Los estados, con base en los lineamientos anteriores y previo convenio con la Secretaría de Desarrollo Social, calcularán las distribuciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal correspondientes a sus municipios, debiendo publicarlas en sus respectivos órganos oficiales de difusión, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable, así como la fórmula y su respectiva metodología, justificando cada elemento.

Artículo 53. Los estados deberán entregar a sus respectivos municipios los recursos que les corresponden a más tardar dentro de los cinco días siguientes al que se reciban, conforme al calendario de enteros en que la Federación lo haga a los estados, en los términos del penúltimo párrafo del artículo 32 de la presente ley. Dicho calendario deberá comunicarse a los gobiernos municipales por parte de los gobiernos estatales y publicarse por estos últimos a más tardar del día 31 de enero de cada ejercicio fiscal, en su respectivo órgano de difusión oficial.

Artículo 54. El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales, por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, como sigue:

a) Con el 2.35% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 2o. de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio. Este fondo se enterara (sic) mensualmente por partes iguales a los municipios, por conducto de los estados, de manera ágil y directa sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo aquellas de carácter administrativo, que las correspondientes a los fines que se establecen en el artículo 37 de este ordenamiento y

b) Al Distrito Federal y a sus demarcaciones territoriales, los fondos correspondientes les serán entregados en la misma forma que al resto de los estados y municipios, pero calculados como el 0.2123% de la recaudación federal participable, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio.

c) La entrega de los recursos de este fondo a los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, deberá efectuarse dentro de los cinco días siguientes al día que la entidad federativa lo reciba de la Federación.

Al efecto, los gobiernos estatales y del Distrito Federal deberán publicar en sus respectivos órganos oficiales de difusión los montos que corresponda a cada municipio o demarcación territorial por concepto de este fondo, así como el calendario de ministraciones, a más tardar el 31 de enero de cada año.

Para efectos del entero a que se refiere el párrafo anterior no procederán los anticipos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 7o. de esta ley.

Artículo 55. Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los municipios a través de los estados y las demarcaciones territoriales por conducto del Distrito Federal, se destinarán exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes. Respecto de las aportaciones que reciban con cargo al fondo a que se refiere este artículo, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal tendrán las mismas obligaciones a que se refieren las fracciones I y III del artículo 33 de esta ley.

Artículo 56. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, distribuirá el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a que se refiere el inciso a del artículo 36 de esta ley, en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada entidad federativa, de acuerdo con la información estadística más reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estadística, Geografía a Informática.

Para el caso de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, su distribución se realizará conforme al inciso b del artículo 36 antes señalado; el 75% correspondiente a cada demarcación territorial será asignado conforme al criterio del factor de población residente y el 25% restante al factor de población flotante de acuerdo con las cifras publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

Las entidades a su vez distribuirán los recursos que correspondan a sus municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada uno de los municipios y demarcaciones territoriales antes referidos.

Artículo 57. Las aportaciones y sus accesorios que con cargo a los fondos a que se refiere este capítulo reciban las entidades y, en su caso, los municipios no serán embargables ni los gobiernos correspondientes podrán, bajo ninguna circunstancia, gravarlas, afectarlas en garantía ni destinarlas a fines distintos a los expresamente previstos en esta ley.

Dichas aportaciones serán administradas y ejercidas por los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios que las reciban, conforme a sus propias leyes. Por lo tanto, deberán registrarlas como ingresos propios destinados específicamente a los fines establecidos en los citados artículos.

Artículo 58. El control y supervisión del manejo de los recursos a que se refiere este capítulo quedará a cargo de las siguientes autoridades, en las etapas que se indican:

I. Desde el inicio del proceso de presupuestación, en términos de la legislación presupuestaria Federal y hasta la entrega de los recursos correspondientes a las entidades, corresponderá a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo;

II. Recibidos los recursos de los fondos de que se trate por las entidades y los municipios, hasta su erogación total, corresponderá a las autoridades de control y supervisión interna de las entidades y autoridades de los gobiernos municipales según corresponda.

La supervisión, vigilancia y ejecución de los recursos de los fondos a que se refiere este capítulo, se realizará de conformidad con las disposiciones legales de las entidades y no podrán implicar limitaciones ni restricciones, de cualquier índole, en la administración y ejercicio de dichos fondos.

III. La fiscalización de las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios, será efectuada por el congreso local que corresponda, por conducto de su Contaduría Mayor de Hacienda conforme a sus propias leyes, a fin de los municipios, dependencias del Ejecutivo local y de los municipios, respectivamente aplicaron los recursos de los fondos para los fines previstos en esta ley y

Las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que incurran los servidores públicos federales o locales por el manejo o aplicación indebidos de los recursos de los fondos a que se refiere este capítulo, serán determinadas y sancionadas por las autoridades federales o locales, según corresponda conforme a las etapas a las que se refiere este artículo, de conformidad con sus propias legislaciones.

Artículo 59. El monto de los fondos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VIII del artículo 31 de esta ley, no podrán ser disminuidos una vez que hayan sido aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

CapItulo VDe la colaboración administrativa entre las entidades y la Federación

Artículo 60. El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los gobiernos de las entidades, que se hubieran adherido al Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria, podrán celebrar convenios de coordinación en materia de administración de ingresos federales, que comprenderán las funciones de Registro Federal de Contribuyentes, recaudación, fiscalización y administración, que serán ejercidas por las autoridades fiscales de las entidades o de los municipios cuando así se pacte expresamente.

En los convenios a que se refiere este artículo se especificarán los ingresos de que se trate, las facultades que ejercerán y las limitaciones de las mismas. Dichos convenios se publicarán en el periódico oficial de la entidad y en el Diario Oficial de la Federación y surtirán sus efectos a partir de las fechas que en el propio convenio se establezcan o, en su defecto, a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La Federación o la entidad podrán dar por terminados parcial o totalmente los convenios a que se refiere este precepto, terminación que será publicada y tendrá efectos conforme al párrafo anterior.

En los convenios señalados en este precepto se fijarán las percepciones que recibirán las entidades o sus municipios, por las actividades de administración fiscal que realicen.

Artículo 61. Las autoridades fiscales de las entidades que se encuentren adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y las de sus municipios, en su caso, serán consideradas, en el ejercicio de las facultades a que se refieren los convenios o acuerdos respectivos, como autoridades fiscales federales. En contra de los actos que realicen cuando actúen de conformidad con este precepto, sólo procederán los recursos y medios de defensa que establezcan las leyes federales.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público conservará la facultad de fijar a las entidades y a sus municipios los criterios generales de interpretación y de aplicación de las disposiciones fiscales y de las reglas de colaboración administrativa que señalen los convenios y acuerdos respectivos.

Artículo 62. La recaudación de los ingresos federales se hará por las oficinas autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las oficinas autorizadas por las entidades, según se establezca en los convenios o acuerdos respectivos.

Cuando la entidad recaude ingresos federales, los concentrará directamente a dicha Secretaría y rendirá cuenta pormenorizada de recaudación. La Secretaría, también directamente, hará el pago a las entidades de las cantidades que les correspondan en el fondo establecido en el artículo segundo de esta ley y pondrá a su disposición la información correspondiente. Se podrá establecer, si existe acuerdo entre las partes interesadas, un procedimiento de compensación permanente.

Las entidades coordinadas con la Federación en materia de tenencia o uso de vehículos o de automóviles nuevos o en ambos, deberán rendir cuenta comprobada por la totalidad de la recaudación que efectúen de cada uno de estos impuestos.

La falta de entero en los plazos establecidos dará lugar a que las cantidades respectivas se actualicen por inflación y a que se causen, a cargo de la entidad o de la Federación, intereses a la tasa de recargos que establezca anualmente el Congreso de la Unión para los casos de autorizaciones de pago a plazo de contribuciones.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá compensar las cantidades no concentradas por la entidad, con las cantidades que a ésta correspondan en los fondos de participaciones establecidos por esta ley.

CapItulo VIDe la planeación, programación y ejercicio de losrecursos de origen federal que conforman los fondos

Artículo 63. Durante el mes de enero de cada ejercicio, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicará en el Diario Oficial de la Federación los montos calendarizados que correspondan a cada una de las entidades, así como los datos oficiales, factores y variables tomados en cuenta para la asignación a cada uno de fondos previstos en el artículo 31 de esta ley.

Artículo 64. Las autoridades federales y de las entidades, tanto en materia educativa como las responsables del ejercicio presupuestario, se reunirán con una periodicidad no mayor de un año, con el fin de analizar alternativas y propuestas que apoyen una mayor equidad e impulsen la mejor utilización de los recursos transferidos a las entidades federativas para la educación básica y en su caso, normal.

Para tal efecto, los gobiernos estatales y del Distrito Federal proporcionarán al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Educación Pública, la información financiera y operativa que les sea requerida para el mejor cumplimiento de las atribuciones que en materia de planeación, programación y evaluación del Sistema Educativo Nacional, correspondan a la Federación.

Capítulo VIIDe la afectación de los fondos

Artículo 65. Los fondos de participaciones y aportaciones federales que correspondan a las entidades y municipios son inembargables; no pueden afectarse a fines específicos ni estar sujetas a retención, salvo para el pago de obligaciones contraídas por las entidades o municipios, con autorización de las legislaturas locales a inscritas a petición de dichas entidades ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios, a favor de la Federación, de las instituciones de crédito que operen en territorio nacional, así como de las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana.

Las obligaciones de los municipios se registraran cuando cuenten con la garantía solidaria del Estado, salvo cuando a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tengan suficientes participaciones para responder a sus compromisos.

Las entidades y municipios efectuarán los pagos de las obligaciones garantizadas con la afectación de sus participaciones, de acuerdo con los mecanismos y sistemas de registro establecidos en sus leyes estatales de deuda. En todo caso las entidades federativas deberán contar con un registro único de obligaciones y empréstitos, así como publicar en forma periódica su información con respecto a los registros de su deuda.

No estarán sujetas a lo dispuesto en el primer párrafo de este artículo, las compensaciones que se requieran efectuar a las entidades como consecuencia de ajustes en participaciones o de descuentos originados del incumplimiento de metas pactadas con la Federación en materia de administración de contribuciones.

Asimismo, procederán las compensaciones entre las participaciones federales e incentivos de las entidades y de los municipios y las obligaciones que tengan con la Federación, cuando exista acuerdo entre las partes interesadas o esta ley así lo autorice.

Artículo 66. Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pretenda realizar descuentos de las participaciones de las entidades, deberá notificarlo por escrito y no podrá realizar el descuento, hasta en tanto no haya transcurrido el término de 30 días, sin que se haya interpuesto el medio de defensa que establece la ley reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La interposición del medio de defensa previsto en la ley antes citada, suspenderá la aplicación del descuento, para lo cual, las entidades deberán informar de su interposición a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los cinco días siguientes a la presentación del mismo.

De haberse realizado el descuento en contravención a lo señalado en los dos párrafos anteriores y obtener la entidad resolución favorable, la devolución del mismo deberá efectuarse de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17-A, 17-B, 20-B y 22 del Código Fiscal de la Federación.

El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y los gobiernos de las entidades que se hubieren adherido al Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria podrán celebrar convenios de coordinación en materia de información de finanzas públicas.

En el reglamento que expida el Ejecutivo Federal se señalaran los requisitos para el registro de las obligaciones de entidades y municipios.

Artículo 67. La Federación, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los estados y los municipios en donde existan puentes de peaje operados por la primera, podrán convenir en crear fondos cuyos recursos se destinen a la construcción, mantenimiento, reparación y ampliación de obras de vialidad en aquellos municipios donde se ubiquen dichos puentes o en su caso, a la realización de obras de infraestructura o gasto de inversión, sin que en ningún caso tales recursos se destinen al gasto corriente. La aportación a los fondos mencionados se hará por el Estado, por el municipio o cuando así lo acordaren, por ambos, en un 20% del monto que aporte la Federación, sin que la aportación de ésta sea inferior al 50 % del monto total de los ingresos que obtenga por la operación del puente de peaje de que se trate.

La aportación Federal se distribuirá en partes iguales entre el Estado y el municipio correspondiente, destinando el Estado al mismo fin estos recursos en cualquiera de los municipios de la entidad.

CapItulo VIIIDe los organismos en materia de coordinación

Artículo 68. El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los gobiernos de las entidades, por medio de su órgano hacendario, participarán en el desarrollo, vigilancia y perfeccionamiento del Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria, a través de:

I. La Comisión Permanente de funcionarios hacendarios.

II. Los subsistemas de coordinación hacendaria de la Comisión Permanente;

III. El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (INDETEC).

IV. La Junta de Coordinación Fiscal.

Artículo 69. La Comisión Permanente de funcionarios hacendarios se integrará por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y por los titulares de los órganos hacendarios de las entidades. La reunión será presidida conjuntamente por el Secretario de Hacienda y Crédito Público y el funcionario de mayor jerarquía presente en la reunión, de la entidad en que ésta se lleve a cabo.

A las sesiones de la Comisión Permanente, tendrán la obligación de asistir el Secretario de Hacienda y Crédito Público y los subsecretarios con que cuente dicha Secretaría, cuando menos dos veces en cada año, así como los titulares de los órganos hacendarios de las entidades.

Artículo 70. La Comisión Permanente de funcionarios hacendarios sesionará, cuando menos, cuatro veces al año en el lugar del territorio nacional que elijan sus integrantes. Será convocada por el Secretario de Hacienda y Crédito Público o por cuando menos una tercera parte de los secretarios de finanzas de las entidades.

En la convocatoria se señalarán los asuntos de que deba ocuparse la reunión.

Artículo 71. Serán facultades de la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios:

I. Aprobar los reglamentos de funcionamiento de la propia Comisión Permanente de funcionarios hacendarios, de los subsistemas de Coordinación Hacendaria de la Comisión Permanente, del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Publicas y de la Junta de Coordinación Fiscal.

II. Establecer, en su caso, las aportaciones ordinarias y extraordinarias que deban cubrir la Federación y las entidades, para el sostenimiento de los órganos citados en la fracción anterior.

III. Fungir como asamblea general del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Publicas y aprobar su presupuesto anual, que será financiado como sigue:

a) El 60% por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico.

b) El 40% por parte de la entidades, que se cubrirá el 50% en partes iguales y el restante en proporción al coeficiente efectivo de distribución del Fondo General de Participaciones recibidas en el año anterior a aquél en que se apruebe el presupuesto correspondiente.

IV. Proponer al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a los gobiernos de las entidades por conducto del titular de su órgano hacendario, las medidas que estime convenientes para actualizar o mejorar el Sistema Nacional de Coordinación Hacendaria.

V. Nombrar o remover en su caso, el nombramiento del director del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Publicas.

El director general, será designado de entre aquellos que como aspirantes al puesto, haya obtenido mejor calificación en el examen de oposición que para este fin se realice.

VI. Elegir de entre los titulares de los órganos hacendarios de las entidades al coordinador de la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios. En esta elección no participará la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

VII. Vigilar la creación e incremento de los fondos señalados en esta ley, su distribución entre las entidades y las liquidaciones anuales que de dichos fondos formule la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como vigilar la determinación, liquidación y pago de participaciones a los municipios que de acuerdo con esta ley deben efectuar la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las entidades.

VIII. Formular los dictámenes técnicos a que se refiere el artículo 11 de esta ley.

IX. Crear los grupos de trabajo que considere conveniente, indicando a cual subsistema habrán de pertenecer.

X. Aplicar el examen de oposición, a los aspirantes al cargo de director general del Instituto para el desarrollo técnico de las haciendas públicas.

XI. Las demás que le encomienden la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y los titulares de los órganos hacendarios de las entidades.

Artículo 72. La Comisión Permanente de funcionarios hacendarios operará conforme a las siguientes reglas:

I. Será presidida conjuntamente por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, que podrá ser suplido por el subsecretario de ingresos de dicha Secretaría y por el coordinador de la Comisión Permanente.

II. Las entidades estarán representadas a través del titular de su órgano hacendario o por la persona que éste designe para suplirlo.

III. Los grupos de trabajo que se constituyan por la Comisión Permanente serán integrados por un coordinador de cada uno de los grupos de las entidades que a continuación se expresan debiendo estar representados en forma rotativa:

Grupo uno: Baja California, Baja California Sur, Sonora y Sinaloa.

Grupo dos: Chihuahua, Coahuila, Durango y Zacatecas.

Grupo tres: Hidalgo, Nuevo León, Tamaulipas y Tlaxcala.

Grupo cuatro: Aguascalientes, Colima, Jalisco y Nayarit.

Grupo cinco: Guanajuato, Michoacán, Querétaro y San Luis Potosí.

Grupo seis: Distrito Federal, Guerrero, México y Morelos.

Grupo siete: Chiapas, Oaxaca, Puebla y Veracruz.

Grupo ocho: Campeche, Quintana Roo, Tabasco y Yucatán.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público designará cuando menos un representante en cada grupo y subsistema.

En los grupos de trabajo que se creen, podrán participar aquellas entidades que así lo deseen, con voz, pero sin voto.

IV. De entre los representantes de las entidades, se elegirá al secretario técnico, en cada ocasión en que se reúna, quien tendrá la obligación de levantar las actas correspondientes, circular los acuerdos y recabar las firmas de los participantes.

Artículo 73. La Comisión Permanente de funcionarios hacendarios contara con tres subsistemas para la coordinación hacendaria, conforme a las siguientes reglas:

I. Existirán los subsistemas de ingresos, de deuda y de gasto descentralizado.

II. En cada subsistema, se nombrara un coordinador, que será nombrado por los representantes de entidades que conforman la Comisión Permanente.

III. Los subsistemas, serán parte de la Comisión Permanente.

IV. Cada subsistema se conformara con los grupos de trabajo que determine la Comisión Permanente.

Artículo 74. Son atribuciones y obligaciones de los subsistemas:

I. Coordinar los grupos de trabajo que lo conformen;

II. Recibir, tramitar y difundir la información y acuerdos que se generen al seno de los grupos de trabajo;

III. Presentar ante la Comisión Permanente, toda la información de las funciones y acuerdos de los grupos de trabajo, para su conocimiento y acuerdos que correspondan.

Artículo 75. Los acuerdos y resoluciones dictadas por los grupos de trabajo y los subsistemas, tendrán el carácter de obligatorios para las entidades y la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público, una vez que sean aprobados por la Comisión Permanente.

Artículo 76. El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas (Indetec), es un organismo público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con las siguientes funciones;

I. Realizar estudios relativos al sistema nacional de coordinación fiscal.

II. Hacer estudios permanentes de la legislación tributaria vigente en la Federación y en cada una de las entidades, así como de las respectivas administraciones.

III. Sugerir medidas encaminadas a coordinar la acción impositiva federal y local, para lograr la más equitativa distribución de los ingresos entre la Federación y las entidades.

IV. Actuar como consultor técnico de las haciendas publicas.

V. Promover el desarrollo técnico de las haciendas publicas estatales y municipales.

VI. Capacitar técnicos y funcionarios fiscales.

VII. Desarrollar los programas que apruebe la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios.

VIII. Asistir como consultor a las sesiones tanto de la Comisión Permanente de funcionarios hacendarios, subsistemas y grupos de trabajo.

Para el desempeño de las funciones indicadas el Instituto podrá participar en programas con otras instituciones a organismos que realicen actividades similares.

Artículo 77. Los órganos del Instituto a que se refiere el artículo anterior, serán:

I. El director general, que tendrá la representación del mismo.

II. La asamblea general que aprobará sus estatutos, reglamentos, programas y presupuesto.

Artículo 78. La Junta de Coordinación Fiscal se integra por los representantes que designe la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico y los titulares de los órganos hacendarios de las entidades que forman la Comisión Permanente de funcionarios fiscales. Las entidades, elegirán a ocho de ellas para que conformen la junta, debiendo ser de cada uno de los grupos a que se refiere el artículo 72 de esta ley.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la sede del Senado de la República, a 22 de octubre de 2002.— Senador Jesús Ortega Martínez.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público

ADOPCION

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Presente.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.—

Presentes.

En atención al oficio número CP/2R/2AE.-1723 de fecha 28 de agosto del año en curso, suscrito por el senador Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 4537-/VI, signado por el oficial mayor del honorable Congreso del Estado de Jalisco, Leonardo García Camarena por el que comunica que el punto de acuerdo relativo a la actualización de la legislación en materia de adopción de menores, de conformidad a los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, promovido por la diputada Beatriz Grande López, fue turnado a la Comisión de Estudios Legislativos, Puntos Constitucionales y Reglamentos, para su conocimiento.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 18 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Jalisco.— Poder Legislativo.— Secretaría del Congreso.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario den Enlace Legislativo.— Secretaría de Gobernación.— México, DF.

El Congreso del Estado de Jalisco en sesión verificada el día de hoy, fue enterado de su oficio número SEL/238/02, de fecha que presentó 17 de septiembre del presente año, mediante el cual remite copia de un punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, al cual recayó el siguiente trámite:

“Enterado con acuse de recibo y remítase copia a la Comisión de Estudios Legislativos, Puntos Constitucionales y Reglamentos, para su conocimiento.”

Lo que hago de su conocimiento, para los efectos legales procedentes.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Guadalajara, Jalisco, a 24 de septiembre de 2002.— Leonardo García Camarena, oficial mayor.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. — Presentes.

En atención al oficio número CP/2R/2AE-1723 de fecha 28 de agosto del año en curso, suscrito por el senador Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 1444/2002, signado el 8 del presente mes, por el licenciado José Alejandro Rivera Avila, director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Gobierno del estado de San Luis Potosí, por el que da contestación al punto de acuerdo relativo a la actualización de la legislación en materia de adopción de menores, de conformidad a los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, promovido por la diputada Beatriz Grande López.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México DF, a 14 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Poder Ejecutivo del Estado San Luis Potosí.

Licenciado M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Con relación al oficio número 2644/2002 de fecha 23 de septiembre de los corrientes, que remite el secretario general de gobierno a esta dirección, adjuntando el punto de acuerdo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante el cual se invita al gobierno estatal a actualizar la legislación en materia de adopción de menores de acuerdo a los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, me permito manifestarle:

A la fecha México figura como parte en dos convenciones relativas a la adopción:

Convención Interamericana sobre Conflicto de Leyes en Materia de Adopción de Menores: realizada en la ciudad de La Paz, Bolivia, el 24 de mayo de 1984. Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, entre otros, son países miembros. Se aplicará a la adopción menores bajo la forma de adopción plena, legitimación adoptiva y otras instituciones afines, cuando el adoptante tenga su domicilio en un estado y el adoptado su residencia habitual en otro; fija las competencias de las autoridades entre las cuales se dé el supuesto materia de la convención; se establece que instituciones públicas o privadas acrediten la aptitud física, moral, económica y sicológica de los adoptantes.

2. Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional: realizada en La Haya, el 29 de mayo de 1993, ratificada por México el 14 de septiembre de 1994, con vigencia desde el 1o. de mayo de 1995; señala como objetivos el establecimiento de garantías para que las adopciones internacionales tengan en consideración el interés superior del niño, instaurar un sistema de cooperación entre los países que asegure el respeto a dichas garantías y asegurar el reconocimiento en los estados contratantes de las adopciones realizadas de acuerdo al convenio; se regulan las competencias de las autoridades de los estados miembros, las condiciones de procedimiento, reconocimiento y efectos de la adopción; además, cabe destacar que México realiza varias reservas al tratado, entre las cuales declara que sólo podrán ser trasladados fuera del país los menores que hayan sido previamente adoptados a través de los tribunales familiares nacionales.

Ante las obligaciones impuestas en dichas convenciones, entre otras condiciones, el Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a través de su Poder Legislativo, reformó, adicionó y derogó, mediante decreto 573, de fecha 3 de octubre del 2000, diversas disposiciones del Código Civil del Estado, entre las cuales se encuentran, en el Título Sexto Capítulo VIII, las relativas a la adopción internacional, por lo que se considera que el punto de acuerdo relativo a la invitación de la Cámara de Diputados a los gobiernos de los estados en materia de adopción internacional, carece de efecto para el estado de San Luis Potosí.

Por último, le informo que actualmente los tres poderes constitucionales del Estado se encuentran trabajando en el anteproyecto de la iniciativa del Código Familiar del Estado, mismo que, una vez que esté debidamente integrado será analizado, discutido y en su caso aprobado por el Legislativo estatal.

Sin otro particular, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente.

San Luis Potosí, San Luis Potosí, a 8 de octubre de 2002.— Licenciado José Alejandro Rivera Avila, director general de Asuntos Jurídicos.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número CP/2R/2AE.-1723 de fecha 28 de agosto del año en curso, suscrito por el senador Diego Fernández de Cevallos Ramos, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar No. 001413, signado el 25 de septiembre próximo pasado, por los secretarios de la mesa directiva del honorable Congreso del Estado de Tamaulipas, por el que comunican que el punto de acuerdo relativo a la actualización de la legislación en materia de adopción de menores, de conformidad a los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, promovido por la diputada Beatriz Grande López, fue turnado a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos y Reglamentos, para su análisis.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente

México, DF, a 18 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, licenciado M. Humberto Aguilar Coronado »

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Gobierno de Tamaulipas.— Poder Legislativo.

Ciudadano subsecretario de Enlace Legislativo.— Secretaría de Gobernación.— Presente.

En la sesión pública ordinaria celebrada por el pleno del Congreso del Estado en esta fecha se recibió oficio número SEL/252/02, fechado el 30 de agosto del año en curso, remitiendo copia del punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en el sentido de invitar a los gobiernos de los estados y en particular a las legislaturas estatales, a actualizar su legislación en materia de adopción de menores, de acuerdo con los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, para que ésta sea cada vez más eficiente, expedita y con criterios uniformes.

Al respecto, el presidente de la mesa directiva dictó el siguiente acuerdo:

Esta Presidencia determina que por oficio se acuse recibo y se agradezca la información comunicada por el subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación; al tiempo de turnar la comunicación del caso a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos y Reglamentos para su análisis.

Sin otro particular me es grato reiterarle las seguridades de mi consideración más distinguida.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad Victoria, Tamaulipas; a 25 de septiembre de 2002.— Los secretarios de la mesa directiva, diputados: Jesús Juan de la Garza Díaz del Guante y Andrés Alberto Compeán Ramírez.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.—Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención al oficio número CP/2R/2AE-1723 de fecha 28 de agosto del año en curso, suscrito por el senador Diego Fernández de Cevallos Ramos, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar número 2701, signado el 3 del mes en curso, por los secretarios del honorable Congreso del Estado de Zacatecas, por el que comunican que el punto de acuerdo relativo a la actualización de la legislación en materia de adopción de menores, de conformidad a los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país, promovido por la diputada Beatriz Grande López, fue turnado a la Comisión de Atención a Menores de esa legislatura local, para su atención procedente.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 18 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— LVII Legislatura.— Zacatecas.

Ciudadano M. Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— México, DF.

Por este conducto nos permitimos acusar recibo de su atento oficio número SEL/256/02 de fecha 30 de agosto del año en curso y recibido el pasado 17 de septiembre del mismo año, mediante el cual se anexa el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, invitando a los gobiernos de los estados y en particular a las legislaturas estatales, a actualizar la legislación en materia de adopción de menores, de acuerdo con los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país.

Lo anterior fue turnado a la Comisión de Atención a Menores de esta legislatura local, para su atención procedente.

Nos es grato reiterarle las seguridades de nuestra distinguida consideración.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Zacatecas, Zacatecas, a 3 de octubre de 2002.— Honorable LVII Legislatura del Estado.— Diputados: Miguel Rivera Sánchez y Filomeno Pinedo Rojas, secretarios.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Remítanse copias al promovente.

LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISION

El secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

En atención a su oficio número DGPL58-II-4-918 de fecha 30 de abril del año en curso, con el presente les acompaño para los fines que estimen procedentes, copia del similar DG/818/02, signado por el licenciado Manuel Gómez Morín Martínez del Río, director general de Radio, Televisión y Cinematografía de esta Secretaría, con el que acompaña el informe detallado y fundamentado de las sanciones, observaciones y extrañamientos aplicados a los concesionarios por posibles infracciones a la Ley Federal de Radio y Televisión, correspondiente al mes de septiembre del presente año.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 14 de octubre de 2002.— El subsecretario M. Humberto Aguilar Coronado.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía.

Licenciado Gonzalo Altamirano Dimas, titular de la Unidad de Gobierno.— Presente.

Me refiero al oficio DGG/211/1596/02 enviado el 3 de mayo próximo pasado, por la Dirección General ahora Unidad de Gobierno, mediante el cual se hizo del conocimiento de esta dependencia, los puntos de acuerdo aprobados por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en sesión celebrada el 25 de abril del año en curso.

Con objeto de dar cumplimiento al tercero de los puntos de acuerdo antes mencionados, con el presente remito a usted informe detallado y fundamentado de las sanciones, observaciones y extrañamientos aplicados a los concesionarios por posibles infracciones a la Ley Federal de Radio y Televisión, correspondiente al mes de septiembre del presente año.

Reitero a usted, la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 7 de octubre de 2002.— El director general, Manuel Gómez Morín Martínez del Río.»

VER DOCUMENTO 1

SECRETARIA DE ECONOMIA

El secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Gobernación.— Subsecretaría de Enlace Legislativo.

Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes

Se recibió en esta Secretaría el oficio número STPCE/819/2002, de fecha 21 del presente mes, signado por el licenciado Gerónimo Gutiérrez Fernández, secretario técnico de Planeación, Comunicación y Enlace de la Secretaría de Economía, en el que solicita que por este conducto se les haga llegar el informe de evaluación correspondiente al tercer trimestre del ejercicio fiscal de 2002, sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de los resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía señalados en el artículo 64 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2002.

Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con el presente les acompaño copia del oficio de referencia, así como los documentos que en el mismo se citan, para los fines procedentes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente.

México, DF, a 22 de octubre de 2002.— El subsecretario de Enlace Legislativo, M. Humberto Aguilar Coronado

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Economía.

Licenciado Humberto Aguilar Coronado, subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación.— Presente.

Por instrucciones del doctor Luis Ernesto Derbez Bautista, titular de la Secretaría de Economía, le solicito atentamente su valiosa intervención con el fin de que se sirva hacer llegar a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el informe de evaluación correspondiente al tercer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2002 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía señalados en el artículo 64 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 (PEF). Los fondos y programas son:

1. Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes).

2. Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur).

3. Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario.

4. Programa Marcha Hacia el Sur.

5. Fondo de Fomento a la Integración de Cadenas Productivas.

6. Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

7. Centro para el Desarrollo de la Competitividad Empresarial y Centros Regionales para la Competitividad Empresarial.

8. Programa de Centros de Distribución.

9. Fondo de Apoyo para el Acceso al Financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

10. Fideicomiso de Fomento Minero.

Cabe señalar que de acuerdo con el artículo 63 del PEF los resultados deben presentarse a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre, fecha que se cumple el 21 de octubre, en lo relativo al tercer trimestre de 2002.

Lo anterior toda vez que de conformidad con el artículo 27 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Gobernación el conducir las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros poderes de la Unión.

Aprovecho la ocasión para expresarle mi más distinguida y atenta consideración.

Atentamente.

México, DF, a 21 de octubre de 2002.— El secretario técnico Gerónimo Gutiérrez Fernández

«Informe de Evaluación, correspondiente al tercer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2002 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos con base en los indicadores de resultados establecidos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía, señalados en el artículo 64 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

Secretaría de Economía.— Octubre 21 de 2002.

Luis Ernesto Derbez Bautista, secretario de Economía, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 63 fracción V inciso a del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2002; 5o. fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y

CONSIDERANDO

Que el 14 de marzo de 2002 fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos por los que se dan a conocer las Reglas de Operación del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes), del Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur), del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim), del Programa Marcha Hacia el Sur, del Fondo de Fomento a la Integración de Cadenas Productivas (Fidecap), del Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FAMPYME), del Programa de Centros de Distribución, del Centro para el Desarrollo de la Competitividad Empresarial (Cetro) y de la Red Nacional de Centros Regionales para la Competitividad Empresarial (Crece), del Fondo de Apoyo para el Acceso al Financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Foafi) y del Fideicomiso de Fomento Minero (Fifomi).

Que los recursos de dichos fondos y programas son públicos y en su calidad de subsidios deben destinarse a actividades prioritarias de interés general con criterios de objetividad, equidad, transparencia, selectividad y temporalidad, para la promoción del desarrollo económico y la generación de ingresos y empleos y

Que para dar seguimiento a la aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2002, es necesario que se reporten trimestralmente el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los fondos y programas, a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, así como a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, por tal motivo se presenta el siguiente:

Informe de Evaluación correspondiente al tercer trimestre del Ejercicio Fiscal de 2002 sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de metas y objetivos con base en los indicadores de resultados establecidos en las reglas de operación de los fondos y programas a cargo de la Secretaría de Economía, señalados en el artículo 64 del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

1. Introducción

El Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 (PND) establece como uno de los propósitos centrales del Gobierno Federal el logro de un crecimiento con calidad, a través de cinco grandes objetivos: conducción responsable de la economía, aumentar y extender la competitividad del país, generar un desarrollo incluyente, lograr un desarrollo regional equilibrado y establecer las condiciones para alcanzar un desarrollo sustentable.

La Secretaría de Economía (SE) desempeña una función estratégica en el logro de esos objetivos dada su injerencia en la promoción del desarrollo económico. En cumplimiento de sus atribuciones y en el desempeño de dicha función estratégica la SE realiza un conjunto de acciones orientadas a consolidar un sector productivo amplio, moderno y competitivo, a través de la operación de un conjunto de programas de apoyo productivo que buscan imprimir un mayor impulso a la actividad económica en todas las regiones del país.

Para propósitos estratégicos, los esquemas de promoción y apoyo empresarial están organizados en dos vertientes que atienden necesidades específicas y se articulan entre sí. La primera de ellas contempla a un conjunto de programas que apoyan las iniciativas productivas de individuos y grupos sociales de bajos ingresos, mediante la instrumentación de acciones orientadas a facilitar el acceso a servicios de financiamiento y de capacitación a los emprendedores con pequeños proyectos productivos viables que tradicionalmente han carecido de acceso a los mismos.

La segunda vertiente se encuentra delineada en el Programa Nacional de Desarrollo Empresarial 2001-2006, el cual se constituye como el eje que articula el conjunto de políticas, programas y acciones que permitirán cumplir con el objetivo de incrementar la competitividad de las empresas del país, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas. Al consolidar a las empresas de menor tamaño, se apoya la formación de una plataforma económica fuerte y sólida, que contribuye al desarrollo económico del país en el mediano y largo plazo, y que al mismo tiempo hace frente a los requerimientos de una economía integrada al mercado mundial.

La articulación de estas dos vertientes tiene el propósito de generar una secuencia continua y articulada de apoyos para las empresas de todas las dimensiones y alcances, pertenecientes a todos los sectores económicos, que se inicia con los apoyos a las iniciativas productivas de las personas de bajos ingresos, continúa con los apoyos a las micro, pequeñas y medianas empresas y culmina con el impulso a la actividad exportadora. El propósito central es lograr que los esfuerzos de los emprendedores mexicanos, independientemente de su grado de desarrollo, encuentren un respaldo institucional que favorezca la consolidación y crecimiento de sus proyectos, con el fin de que adquieran la capacidad de enfrentar con éxito retos mayores.

Primera vertiente estratégica: el apoyo y fomento al microemprendedor y a la empresa social.

En esta vertiente la SE apoya las iniciativas productivas de los emprendedores de bajos ingresos mediante un modelo integral y articulado de programas de fomento que atienden la demanda de apoyos mediante una serie de instrumentos adecuados a cada tipo de necesidades productivas. En esta demanda de recursos para crear o consolidar proyectos productivos se identifican fundamentalmente dos tipos de apoyos: aquellos destinados a proyectos individuales o grupales que surgen como una alternativa de autoempleo, y los que se dirigen a crear o consolidar proyectos productivos que tratan de darle impulso al esfuerzo colectivo de grupos sociales organizados.

Durante el año 2002 dichos apoyos se otorgan a través de tres programas: Fommur, Fonaes y el Pronafim.

Tanto el Pronafim como el Fommur apoyan esquemas de apoyo que funcionan con base en la metodología de microfinanzas, que consiste en el otorgamiento de una secuencia de préstamos con montos inicialmente reducidos pero crecientes en el tiempo y con tasas de interés de mercado, a personas en lo individual u organizadas en grupos solidarios que asumen un compromiso colectivo de pago.

El préstamo a personas que se organizan en grupo para garantizar solidariamente el pago proporciona los incentivos para que estos se constituyan con individuos que son buenos pagadores, es decir, el esquema logra que aquellos individuos con bajo riesgo de incurrir en incumplimiento de pago se autoseleccionen para formar parte del grupo. Al mismo tiempo, se genera un monitoreo entre los miembros del grupo que reduce al mínimo el riesgo de selección adversa, dado que cada uno de ellos tiene buena información respecto a las características reales de los otros miembros y existe el incentivo para hacer un uso provechoso de esa información debido a que la permanencia de cada uno en el programa depende del éxito de los demás.

El otorgamiento de créditos por ciclos en montos crecientes genera incentivos dinámicos que ayudan a propiciar conductas de pago, ya que se genera el aliciente para cumplir con el compromiso contraído y así poder acceder a créditos mayores.

Adicionalmente, ambos programas coadyuvan en la creación de un sistema de instituciones de microfinanciamiento, sólidas y financieramente autosustentables, a través de apoyos directos para actividades de capacitación, asistencia técnica y adquisición de infraestructura.

Asimismo, el Fonaes otorga aportaciones de recursos financieros para el fortalecimiento patrimonial de fondos de fomento que aplican la tecnología de microcrédito.

Por otra parte, el Fonaes otorga apoyos financieros en condiciones preferenciales (montos suficientes para cubrir altos requerimientos de capital, tasas blandas, plazos de recuperación acordes con la maduración de los proyectos) para la creación y consolidación de proyectos productivos propuestos por grupos sociales en los ámbitos rural y urbano, cuyo objetivo sea darle impulso al esfuerzo colectivo y la organización en la producción. En la empresa social, el grupo asume la responsabilidad y la toma de decisiones y los beneficios son propiedad de los socios que a su vez son dueños y trabajadores de la empresa. En general, las ganancias no son distribuidas sino reinvertidas para alcanzar el objetivo social de la empresa. Los apoyos se otorgan bajo las siguientes modalidades: crédito para gastos de inversión y de inicio de operación, así como para capital de trabajo, capacitación, asistencia técnica y aportaciones para la constitución de fondos y cajas solidarias de ahorro.

Segunda vertiente estratégica: impuso a la micro, pequeña y mediana empresa y al desarrollo regional.

El Ejecutivo Federal, a través de la SE implementa una política integral para el desarrollo de las empresas, la cual promueve la intensa participación de las entidades federativas, de los municipios e instituciones educativas y de investigación, así como la acción comprometida de los organismos empresariales, de los empresarios y emprendedores: los empresarios y sus organizaciones, desde sus regiones, municipios y entidades, promueven los proyectos que reciben apoyos de la SE y, con base en la vocación productiva, así como las perspectivas y tendencias sectoriales de cada entidad, inciden directamente en la formulación de los mismos.

La política integral para el desarrollo de las empresas articula, a través del Programa de Desarrollo Empresarial 2002-2006 (PDE), un conjunto de políticas, estrategias, acciones e instrumentos de corto, mediano y largo plazos que apoyan a las empresas y a los emprendedores de las diversas regiones y sectores económicos del país, y propone la participación activa y corresponsable de los actores y la acción subsidiaria de las instancias de Gobierno.

En este esfuerzo, la participación de los tres órdenes de Gobierno, las organizaciones empresariales, los centros de educación superior y empresarios propician el establecer acuerdos para apoyar financieramente a las empresas establecidas y crear el entorno favorable para creación de nuevas empresas.

En correspondencia con la demanda social se ha continuado apoyando a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) del país con diversos servicios a los que tradicionalmente no tenían acceso y que resultan determinantes para su éxito: capacitación empresarial, asesoría, asistencia técnica, consultoría, formación de emprendedores, desarrollo de oferta exportable, centros de vinculación; fondos de garantía y bancos de datos. Todo ello a través de los programas: FAMPYME, Fidecap y Foafi.

A su vez el Programa Marcha Hacia el Sur continuó apoyando la atracción de proyectos de inversión en las zonas de mayor rezago económico del país, mediante el compromiso de generar empleos que contribuyan al crecimiento de las regiones atendidas. Asimismo, a través de los apoyos brindados a la Red CETRO-CRECE, se ha brindado un apoyo importante al desarrollo de la competitividad empresarial de las PYME a través de la identificación de sus necesidades y del acercamiento de las herramientas apropiadas para ser productivas y competitivas

Finalmente, como parte del conjunto de acciones que tienen por objeto desarrollar una infraestructura para la distribución y comercialización de productos mexicanos en distintas regiones del mundo, consolidando la presencia de las Pymes en los mercados internacionales, se operó el Programa de Centros de Distribución.

VER DOCUMENTO 2

3. Principales acciones de los fondos y programas

En la presente sección de este informe al tercer trimestre de 2002 se destacan las principales acciones desarrolladas por los fondos y programas para operar y asegurar la mayor eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus objetivos. En el Anexo I del presente documento (página 34) se reporta el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en sus reglas de operación para el presente ejercicio fiscal.

La información relativa al impacto económico y social generado por estos programas, así como el análisis de su relación costo-beneficio, es materia de la evaluación de resultados de los programas en el ejercicio fiscal del año 2002, la cual actualmente realizan diversas instituciones académicas y de investigación de reconocido prestigio, quienes han entregado un reporte preliminar que abarca el periodo enero-agosto de 2002, mismo que fue enviado a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, el 15 de octubre del año en curso. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el inciso b de la fracción J del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación.

I. Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (Fonaes)

Objetivo. Buscar el facultamiento empresarial integral de las personas de bajos ingresos a través de la prestación de diversos servicios orientados a facilitar el acceso de las mismas al crédito, al microcrédito, a capital de riesgo y a la formación de habilidades empresariales y administrativas básicas.

Características: El Fonaes promueve, desarrolla y consolida vocaciones y capacidades empresariales de personas, familias o grupos de personas que viven en condiciones de pobreza, con un enfoque de desarrollo regional, productivo y sustentable para mejorar su calidad de vida. Sus objetivos y acciones se encaminan a facilitar el proceso de desarrollo económico a partir del apoyo a proyectos productivos, afirmando su vocación social mediante el apoyo a la población en situación de pobreza, mediante el impulso a la operación de pequeños negocios viables. Así, el Fonaes tiene una importante participación en las acciones que impulsan el desarrollo incluyente y participativo, generando oportunidades de acceso al financiamiento y la formación empresarial para la competitividad.

Durante el tercer trimestre del año sobresale dentro del trabajo institucional la participación en diferentes eventos que permiten la consolidación del esquema de trabajo del Fonaes. En este marco, se participó en el Primer Encuentro Nacional y Asamblea Constitutiva organizado por la Asociación Nacional de Microfinancieras y Fondos AC.; y en el Taller de Análisis de la Situación de las Cooperativas en México, organizado de manera conjunta con la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la Cámara de Diputados.

Por otro lado, a fin de dar cumplimiento a la disposición sobre la realización de la evaluación externa, conforme quedó establecido en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio y en las Reglas de Operación Fonaes 2002, el mes de septiembre la Universidad Autónoma de Chapingo concluyó la primera parte de dicha evaluación conforme a los requisitos establecidos por las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo. En el proceso de evaluación, que incluyó diversas actividades, la institución brindó a los evaluadores los elementos cuantitativos y cualitativos útiles para su análisis.

En el marco de los apoyos y estímulos para la promoción y comercialización de los productos y servicios de los empresarios sociales y por cuarta ocasión consecutiva, Fonaes se abocó a la tarea de organizar la IV Feria Nacional de Empresas Sociales, a verificarse del 3 al 6 de octubre del presente año; asimismo, se ha trabajado en la organización de cinco muestras estatales y tres ferias sectoriales que se llevarán a cabo de octubre a diciembre de 2002.

En materia de capacitación interna y a fin de fortalecer y eficientar el desempeño del personal en cada una de sus áreas de trabajo, se llevó a cabo el curso sobre “Diseño de Programas de Microfinanzas” impartido a personal del Fonaes por el Consorcio Latinoamericano para Capacitación en Microfinanciamiento (Colcami).

Asimismo y dentro del Programa Institucional de Capacitación, se dio inicio a un programa dirigido al personal de las representaciones estatales que busca facultar al personal de estas oficinas para fungir como facilitador del fortalecimiento y consolidación de las empresas y grupos sociales, con base en las necesidades identificadas en el diagnóstico integral a grupos sociales, en las evaluaciones y en las reuniones de trabajo con las representaciones estatales.

Cumplimiento de metas

El avance en metas de los diferentes tipos de apoyo del Fonaes muestra un comportamiento heterogéneo que responde en buena medida al tiempo que tienen operando cada uno de ellos y el conocimiento que la población objetivo tiene de los mismos; así como a decisiones operativas adoptadas para eficientar la operación de ciertos instrumentos y evitar duplicidad de esfuerzos.

Las acciones ejercidas por instancias apoyadas por el Fonaes, caso específico de los microcréditos, muestran un avance del 100%.

Los instrumentos de apoyo que muestran avances significativos son: capital de trabajo solidario, capital de riesgo solidario, apoyo financiero a microempresas, impulso productivo de la mujer y apoyo al desarrollo empresarial.

Los tipos de apoyo que surgen con las Reglas de Operación 2002, caso específico del instrumento: apoyo y estímulos para la comercialización, en su modalidad de mercadeo, comenzaron a ejercerse durante el tercer trimestre de manera paulatina, por lo que de manera acumulada han tenido que remontar las metas de los trimestre anteriores.

Por lo que respecta al apoyo a empresas comercializadoras, el cumplimiento de las metas programadas ha estado sujeto a la demanda de la población objetivo, la cual se ha concentrado hacia los meses de octubre, noviembre y diciembre.

Con relación a las instituciones de microcrédito y fondos, se han tomado decisiones que conllevan el ajuste de metas.

En el caso de las cajas solidarias, si bien Fonaes ha avanzado en la constitución de estas entidades, el ritmo de cumplimiento se ha visto afectado por problemas intrínsecos a su mecánica de trabajo.

Cumplimiento de objetivos

Los objetivos generales del Fonaes, que se plasman en sus Reglas de Operación 2002, son:

• Otorgar financiamiento a la población objetivo para proyectos productivos viables y sustentables;

• Alentar la formación empresarial en los sujetos de apoyo y

• Promover la organización empresarial de las personas y grupos en torno a sus actividades productivas.

En cumplimiento a éstos, durante el periodo enero-septiembre de 2002 se otorgaron apoyos para la constitución de 252 empresas sociales, se apoyaron 29 empresas comercializadoras y 520 microempresas; asimismo, se apoyó la constitución de seis cajas solidarias que propician el financiamiento y ahorro entre sus beneficiarios, se participó en la constitución de nueve fondos, que prestan servicios crediticios a la población objetivo del Fonaes y a través de los fondos que operan la tecnología del microcrédito se otorgaron durante el periodo 74 mil 629 microcréditos, avanzando en el objetivo de otorgar financiamiento a la población objetivo para proyectos productivos viables y sustentables.1

A fin de alentar la formación de los beneficiarios del Fonaes, se apoyó la realización de 5 mil 784 acciones de desa-rrollo empresarial y se realizaron 431 acciones de apoyo y estímulo a la comercialización.

Con relación a la promoción de la organización empresarial de las personas y grupos en torno a sus actividades productivas, se dieron apoyos en capital de trabajo solidario para la ejecución de 547 proyectos productivos y 219 apoyos de impulso productivo de la mujer, que permiten la asociación de los productores en torno a actividades tendientes a una organización con características empresariales. Asimismo, se realizaron diversas acciones para avanzar en el proyecto de constitución de la Federación de Cajas Solidarias, como parte del proceso organizativo de este sector.

Cabe resaltar durante el tercer trimestre, la constitución de dos fondos agrícolas a través del apoyo para el Fortalecimiento Empresarial de Capitalización (FEC), con base en las recuperaciones efectuadas por las empresas sobre apoyos anteriores.

Cumplimiento de estrategias

La estrategia de desconcentración del Fonaes se desarrolla en tres etapas: el diagnóstico de la situación prevaleciente, la definición del modelo de funcionamiento desconcentrado y la ruta de implementación del modelo. En el primer semestre se avanzó en la desconcentración del personal, permitiendo pasar de una relación del 53% en oficinas centrales y 47% en oficinas estatales, a una del 45% en las primeras y 55% en las segundas; se incrementó la capacidad de autorización y de toma de decisión administrativa en el ámbito de las representaciones estatales del Fonaes, con el objeto de mejorar la calidad de los servicios que se prestan a la población objetivo, y se emitieron diversos ordenamientos para sustentar normativamente el proceso.

Durante el tercer trimestre se llevaron a cabo diversas acciones para avanzar en la redistribución del personal entre representaciones estatales con objeto de realizar las transferencias, promociones, contrataciones y bajas necesarias para funcionar de acuerdo al nuevo modelo; en este sentido, se ha realizado el 93% de los cambios requeridos a la fecha, con lo que se ha logrado una estructura homogénea con definiciones funcionales.

Asimismo, se ha trabajado en el modelo de evaluación de proyectos a fin de institucionalizar la experiencia Fonaes, actualizando el manual de evaluación de proyectos. Se tiene ya concluido el modelo y está en revisión para su autorización y difusión.

Se definió igualmente el esquema de tablas paramétricas de evaluación para contar con parámetros regionales por actividad, que faciliten la evaluación de proyectos y la transparencia en el proceso de autorización. Se cuenta ya con estas tablas y han sido enviadas para su utilización.

En cuanto a la actualización y sistematización del procedimiento de gestión y autorización de apoyos para eliminar duplicidad de procesos entre representaciones estatales y oficinas centrales, se concluyó el nuevo procedimiento y está en proceso su implementación, contándose ya con este módulo para todos los tipos de apoyo en el sistema informático de la institución.

Por último, cabe señalar acciones previstas para los meses de septiembre-diciembre en las cuales ya existe un avance. Es el caso del desarrollo de un programa amplio de capacitación que soporte la desconcentración de funciones a las representaciones, a la fecha se han desarrollado reuniones regionales, semana nacional de capacitación, diplomado de evaluación de proyectos, computación, etcétera, incluyendo a todas las representaciones estatales.

Para la actualización y sistematización de los procedimientos de reprogramaciones, reestructuraciones y bajas contables que permitan actualizar los procedimientos y mejorar la administración de cartera, se han iniciado los trabajos en el comité de cartera.

Con relación a la estrategia de promoción de la equidad de género y en seguimiento a las acciones realizadas durante el primer semestre en el que se trabajó con diversas instituciones a fin de intercambiar experiencias para reforzar el quehacer institucional en materia de apoyo a las mujeres, durante el tercer trimestre Fonaes coordinó y realizó diversas actividades a través de su Coordinación de Desarrollo Productivo de la Mujer, con la finalidad de promover y fortalecer una mayor participación de las mujeres en actividades productivas, de capacitación y desarrollo empresarial, favoreciendo la complementariedad de acciones con otras instancias públicas y privadas.

En coordinación con instancias de la SE, Sagarpa, STPS, el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura y el Instituto de Liderazgo “Simone de Beauvoir”, se han llevado a cabo acciones de formación y seguimiento en beneficio de empresarias sociales y personal de la institución. Cabe resaltar que varios de los talleres y jornadas de desarrollo empresarial, se llevaron a cabo en sedes estatales fortaleciendo el trabajo y presencia del Fonaes al interior de la República.

Otro eje de trabajo ha sido la realización, consolidación y seguimiento de enlaces interinstitucionales que favorecen la inserción de las mujeres en otros esquemas y programas de apoyo. Se ha trabajado de manera permanente con la Coordinación del Proyecto Generosidad del Instituto Nacional de las Mujeres y se han promovido Convenios de Colaboración con diversos organismos como EDUCAFIN, el Sistema de Desarrollo Integral para la Familia y el SEEVyF.

De esta forma, Fonaes ha potenciado sus recursos y acciones generando la vinculación con instancias que favorecen el desarrollo de las mujeres, en busca de la equidad.

Para la instrumentación y consolidación de la estrategia de fondos macro en las entidades federativas, y en seguimiento a las acciones ya realizadas en el primer semestre de 2002, se ha avanzado en la concertación de acciones con gobiernos estatales, municipales, cámaras y organizaciones, que permitan identificar y conformar los fondos macro en las entidades federativas.

Así, durante el tercer trimestre de 2002 se concertaron acciones con los gobiernos de Chiapas, Campeche, Colima, Durango, Guanajuato, Michoacán, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas, orientadas a la definición o precisión de la estrategia de fondo macro en cada una de esas entidades.

En el estado de Morelos se logró la estructuración de una propuesta de apoyo que implica la atención de las solicitudes de tres ayuntamientos, del Gobierno del Estado y de la Canacintra, con objeto de que sus aportaciones confluyan todas en el fondo FFESOL que actúa como fondo macro en el Estado.

En el estado de Puebla se logró el diseño y definición del fideicomiso Fincopame, el cual actuará como fondo macro en esa entidad federativa. Adicionalmente, durante el trimestre se logró la aprobación de un apoyo por parte del Fonaes para complementar el patrimonio del fideicomiso antes citado, mismo que se entregará en los primeros días de octubre.

Por lo que corresponde a la estrategia de desarrollo regional y en el sentido de los trabajos realizados durante el primer semestre para propiciar que los grupos sociales apoyados o susceptibles de serlo, adopten esquemas de trabajo y organización con impacto regional, como una alternativa de desarrollo a las condiciones sociales y económicas prevalecientes en la región donde se ubican, se encuentran en elaboración los estudios estratégicos para el desarrollo local y regional que permitirán aprovechar el potencial productivo de las empresas del sector primario apoyadas por la institución.

Los estudios se dividieron en dos fases: La primera considera 98 estudios que cuentan con una base más sólida de grupos Fonaes, en tanto que la segunda fase está compuesta por otros 99 estudios. El colegio de posgraduados de la Universidad Autónoma de Chapingo lleva a cabo estos trabajos de los que se espera obtener alrededor de 100 proyectos de inversión que impulsarán el desarrollo de las regiones donde se pongan en marcha.

En el marco de la estrategia de desarrollo empresarial y en seguimiento a las acciones tendientes a promover y fortalecer este aspecto entre los grupos beneficiados por la institución realizadas durante el primer semestre, se han apoyado acciones para el acompañamiento, la asistencia técnica y el desarrollo empresarial, así como para la realización de estudios especializados en el marco del desarrollo regional, buscando la integración vertical y horizontal de las empresas como opción para consolidar economías de escala, dar un mayor valor agregado a su producción, integrar tecnologías de productos y procesos que sean compatibles con el medio ambiente y los recursos naturales, lo anterior con la finalidad de participar de manera más competitiva en los mercados.

También se busca propiciar la interrelación de los grupos o empresas sociales que capitalice su base productiva y que además integre a otros grupos de una misma región y los inserte en una cadena de valor. De igual manera se busca identificar de manera clara y objetiva las oportunidades de mejoras en los aspectos de organización, producción, selección, empaque, transformación y comercialización, para cada caso.

Por otro lado, se dio inicio al Programa de Pasantes y Becarios, cuyo objetivo principal es desarrollar las capacidades de los grupos beneficiados a través de la participación de estudiantes de nivel medio y superior.

Asimismo, se llevaron a cabo en cinco estados de la República las jornadas estatales de formación de empresarias sociales, cuyo objetivo principal es el brindar las herramientas necesarias para realizar de manera óptima procesos de administración, control de inventarios, contabilidad y mercadotecnia, con lo cual se ha beneficiado a grupos o empresas integradas exclusivamente por mujeres.

Finalmente, las conclusiones relativas al impacto del Fonaes en el periodo enero-agosto de 2002 que se desprenden de la evaluación de resultados que lleva a cabo la Universidad Autónoma de Chapingo en el marco del artículo 63 del decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2002, indican que casi la totalidad de los beneficiarios del Fonaes identifican al programa como su única fuente de financiamiento, por lo que se encuentran satisfechos con su funcionamiento y consideran que gracias al financiamiento del Fonaes se ha reducido su dependencia respecto a las fuentes informales de crédito.

II. Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales (Fommur).2

Objetivo. Establecer un mecanismo de microfinanciamiento a favor de las mujeres rurales por conducto de organismos intermediarios, para fomentar la inversión productiva, impulsar el ahorro y propiciar la capitalización del sector rural.

Características. Estos microfinanciamientos se caracterizan por ser accesibles y oportunos a fin de impulsar proyectos de inversión productiva, generadores de autoempleo e ingresos, rentables y recuperables a corto y mediano plazos.

La mecánica del programa tiene dos etapas, en la primera de ellas el Fommur otorga a los OI apoyos de dos tipos:

1. Líneas de crédito para otorgar microcréditos, recuperables a una tasa de interés positiva en términos reales.

2. Recursos no recuperables, pero decrecientes en el tiempo, para actividades de promoción, capacitación, asistencia técnica y adquisición de infraestructura, con objeto de favorecer su desarrollo.

Estos apoyos son por un monto de hasta 20% del total de las líneas de crédito otorgadas en el primer año de operaciones con el Fommur y del 15% en el segundo año, 10% en el tercero y 5% a partir del cuarto año.

En la segunda etapa los OI otorgan microcréditos a las mujeres rurales bajo la siguiente mecánica:

1. Los microcréditos se otorgan a mujeres que viven en el medio rural en condiciones de pobreza y se organizan en grupos solidarios.

2. Estos grupos se forman con mujeres que habitan en una misma localidad y aceptan obligarse colectivamente a responder por los préstamos de toda integrante del grupo que no cumpla con el pago de su crédito.

3. Por lo anterior no se requiere entregar garantías para respaldar el pago de los microcréditos.

4. Al constituirse un grupo solidario las mujeres que lo integran asumen un compromiso de ahorro semanal cuyo monto lo fijan ellas mismas. Las propias mujeres del grupo recaban los recursos ahorrados y deciden el uso que darán a los mismos.

5. El financiamiento se otorga como una secuencia de cuatro préstamos con un monto inicialmente reducido, pero que crece en cada préstamo posterior. La devolución de los préstamos se realiza a corto plazo y el acceso a préstamos sucesivos está condicionado a que se pague el que se haya contratado previamente.

VER DOCUMENTO 3

6. La tasa de interés que se paga por los microcréditos es determinada por cada OI, en un nivel que le permita recuperar sus costos y que además tome en cuenta las condiciones de su mercado.

Así pues, el esquema operativo del Fommur constituye un mecanismo que induce el desarrollo de una oferta de servicios financieros en beneficio de las mujeres de bajos recursos que viven en el medio rural. Dicho esquema busca que la prestación de tales servicios sea rentable para un conjunto de instituciones dispuestas a asumir el riesgo, y que el contar con esos servicios sea beneficioso para los grupos de población que tradicionalmente han carecido de acceso a los mismos. Es decir, el Fommur hace posible que las motivaciones de los OI para ofrecer microcréditos y de las mujeres rurales para solicitarlos sean compatibles, de modo que el resultado final es que una parte importante de la población menos favorecida hace uso de tales servicios financieros y se beneficia con ello.

Al final del tercer trimestre de 2002 se otorgaron 100 mil 294 microcréditos, lo cual representa un avance del 89% respecto a lo programado para el año 2002, con un monto de recursos equivalente a 130 millones 700 mil pesos que incluye 17 millones 100 mil para capacitación y asistencia técnica: Tales recursos permitieron apoyar las actividades productivas de más de 92 mil mujeres rurales y apoyar el desarrollo institucional de los organismos intermediarios.

Las organizaciones que prestan sus servicios como intermediarios de este fondo han mantenido una satisfactoria recuperación de cartera.

Finalmente, la evaluación de resultados del Fommur, a cargo de la Universidad Autónoma de Chapingo, generó las siguientes conclusiones correspondientes a la operación de este programa durante el periodo enero-agosto de 2002:

Acerca de la operación del Fommur

El Fommur es un programa al cual todas las mujeres que soliciten participar en él tienen la misma posibilidad de ser beneficiarias, esto en opinión del 95% de las entrevistadas, quienes consideran que no existen privilegios de clase social, partido político o de amistad con las autoridades en la elección de las participantes en el programa.

El 83% considera que la atención que le brinda el Organismo Intermediario es muy buena.

Acerca de los resultados e impactos del Fommur

Un logro importante del programa es el reconocimiento de un aumento en los ingresos de la familia debido a la aplicación del apoyo; el 78% de las entrevistadas consideró que experimentó un cambio positivo en sus ingresos. El incremento en el promedio anual de ingresos por socia beneficiaria fue de $3,458.16.

Entre los beneficios no monetarios se encuentran los siguientes: facilidad en la gestión por tramitar en grupo, mayor convivencia con otras mujeres, incremento de la autoestima y mayor reconocimiento dentro de la familia. Cada uno de estos beneficios se manifestaron en más del 23% de las entrevistadas. Los menores impactos se manifestaron en la mejora de la vivienda, educación, salud y vestido, debido a que estos aspectos sólo se modificaran en el mediano y largo plazos.

La población potencial a ser atendida por el Fommur, considerando la población femenina mayor de 18 años que habita en las zonas rurales de los estados mencionados es de 1,205,507. Con las acciones del Fommur desde su fundación hasta agosto de 2002, el Fommur había apoyado al 8% del total de la población potencial.

III. Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim)3

Objetivo. Crear las condiciones adecuadas que permitan el acceso a servicios de financiamiento a individuos de escasos recursos con capacidad e iniciativa productiva a fin de otorgarles la oportunidad de alcanzar, por sí mismos, mejores condiciones de vida en forma permanente al incorporarse a la actividad productiva del país.

Características. Para lograr su objetivo, el programa apoya la conformación de un sistema nacional de instituciones microfinancieras que otorgan directamente microcréditos a las personas de bajos ingresos que tienen un proyecto productivo viable pero carecen de acceso a los servicios de la banca comercial. Los apoyos consisten en líneas de crédito y asistencia técnica, así como acciones de capacitación en las áreas de sistemas de información gerencial, desarrollo de tecnologías y habilidades especializadas para atraer ahorro y manejo eficiente del portafolio.

En forma previa a recibir apoyos del programa las instituciones de microcrédito deben acreditar solvencia y capacidad técnica y operativa, debido a lo cual tales instituciones pueden aplicar su propia metodología para el otorgamiento de microcréditos. A partir de la experiencia de funcionamiento del programa se sabe que el monto promedio de los microcréditos que otorgan las microfinancieras asciende a $2,348.00.

El microcrédito se distingue de los servicios financieros tradicionales en los siguientes puntos: emplea garantías no tradicionales, como el compromiso moral y social, los préstamos tienen un monto reducido y son recuperables a corto plazo mediante pagos parciales a una tasa de interés que permite la sustentabilidad del programa, establece una relación de largo plazo con el beneficiario a partir de préstamos pequeños, subsecuentes y crecientes y se complementa con metodologías educativas de acompañamiento a la producción y desarrollo del individuo.

El propósito central del Pronafim lo constituye el fortalecimiento y consolidación del sector microfinanciero en nuestro país. Las estrategias orientadas al cumplimiento de ese objetivo se cristalizan en dos grandes rubros: apoyos financieros y de capacitación y asistencia técnica. En el primer caso, el Pronafim otorga líneas de crédito a instituciones microfinancieras con tasas preferenciales que corresponden a Cetes (28 días), con un plazo de recuperación de tres años, efectuándose la amortización del capital hasta el segundo año.

El Pronafim responde a una necesidad fundamental para la promoción del desarrollo incluyente en nuestro país, al apoyar a instituciones microfinancieras cuya acción repercute positivamente en el fortalecimiento y la consolidación del sector de la microempresa. Según la encuesta nacional de micronegocios 1998 del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), el universo de empresas consideradas micro, pequeñas y medianas representa más del 95% del total de las unidades económicas establecidas y contribuye con más del 50% del empleo.

En el periodo comprendido entre el 1o. de julio y el 30 de septiembre de 2002, el Pronafim ha operado de acuerdo a las previsiones de avance. Se ha logrado sumar a las operaciones del programa a ocho nuevas microfinancieras, dos más de las previstas para el periodo julio-septiembre, teniendo a la fecha un total de 44 instituciones incorporadas. A casi tres meses para el final del ejercicio 2002, el pronafim presenta un avance del 96% con respecto a la meta programada para este año. Las 43 IMF incorporadas al Programa tienen influencia en 23 estados de la República (Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Chihuahua, Distrito Federal, estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tampico, Veracruz y Yucatán), restando nueve estados para alcanzar la cobertura total del territorio del país.

Dado que se tiene el objetivo de expandir la metodología del microfinanciamiento en nuestro país, resulta importante el proceso de incubación de nuevas instituciones microfinancieras que se sumen a las ya existentes. En este sentido el Pronafim se había fijado como meta la incubación de dos instituciones para el trimestre de julio-septiembre. Sin embargo, a partir del análisis técnico de las áreas implicadas en el proceso de diseño y ejecución de la metodología de incubación se determinó la conveniencia de iniciar una sola incubación para este trimestre, con el objetivo de afinar aspectos de la estrategia técnica que permita asegurar el éxito de las incubaciones. El acumulado al 30 de septiembre en el rubro de incubaciones arroja un resultado de tres instituciones de las cuatro programadas para el 2002.

De igual trascendencia para el programa es la apertura de nuevas sucursales de las microfinancieras que reciben apoyos del Pronafim en localidades que actualmente no están siendo atendidas por ellas. Nuestra meta de apertura de 11 sucursales en el trimestre julio-septiembre, ha sido superada, dado que se logró abrir 12 sucursales, para un avance del 80% de lo programado para el 2002.

Todas estas acciones nos permiten vislumbrar el logro de la meta anual de otorgamiento de 140 mil 451 microcréditos. El menor número de microcréditos en el tercer trimestre con respecto a lo programado, de 14 mil 470 microcréditos en lugar de los 22 mil 284 previstos, podrá ser suplido con una actividad más consolidada, por lo que se refiere a la apertura y la incubación de nuevas instituciones de microfinanciamiento. Los datos de avance acumulado al 30 de septiembre reportan un total de 111 mil 369 microcréditos otorgados, lo cual nos sitúa en un favorable 80% de avance respecto al total esperado para diciembre del presente año.

Si bien es importante trabajar en esta estrategia consolidada de expansión del programa, igualmente importante es el logro de su estabilidad. Este objetivo se consigue mediante la capacitación técnica y operativa de las instituciones de microfinanciamiento. En el periodo de referencia se realizaron 83 acciones de capacitación y de asistencia técnica que permitieron capacitar a 1 mil 669 personas, integrantes de las instituciones que tienen líneas de crédito con el Pronafim. Las acciones de capacitación comenzaron en el mes de junio, de tal forma que para el último trimestre del año se estará en posibilidad de reportar un acumulado que evidencie el ritmo de avance hacia el logro de la meta pactada en esta materia.

Por último, la evaluación de resultados del Pronafim, que realiza la Universidad Autónoma de Chapingo, generó las siguientes conclusiones correspondientes a la operación de este programa durante el periodo enero-agosto de 2002:

El año 2002 es el segundo año de operación del programa y se encuentra en su fase de consolidación.

Se ha buscado mejorar la prestación los servicios del programa y sus procedimientos, en particular hay que destacar el diseño de un Manual de Procedimientos y de Procesos de Crédito del Programa, donde se especifican criterios y trámites rigurosos para la selección de las IMF que pretenden acceder a los apoyos del programa. También puede observarse un mejoramiento en el seguimiento de los créditos y en mantener una base de datos actualizada sobre las IMF que apoya, con objeto de monitorear el desempeño de las IMF y detectar rápidamente los riesgos de recuperación de los préstamos.

En el periodo enero-agosto de 2002 la cobertura de apoyos del programa ha crecido rápidamente en comparación con lo ocurrido el año anterior. Desde el inicio de su operación hasta el mes de julio de 2002 se han incorporado al programa 35 IMF, se han otorgado 84 mil 768 microcréditos para igual número de beneficiarios finales y se ha ampliado la cobertura geográfica a 21 entidades federativas del país. Se estima que el programa podrá cumplir satisfactoriamente las metas que se propuso para el año 2002.

La operación del programa se realiza apegada a sus reglas de operación. Las IMF autorizadas no sólo cumplen con los requisitos de elegibilidad, sino que presentan una situación financiera que asegura la recuperación de los créditos otorgados y que los apoyos serán canalizados efectivamente hacia la población objetivo del programa. Los factores que se toman principalmente para seleccionar a las IMF son la experiencia de trabajo en la regiones, su profesionalismo, su solvencia financiera y si usan la metodología de las microfinanzas. Entrevistas realizadas a una muestra de clientes o socios de las IMF apoyadas por el programa confirman que los beneficiarios finales tienen el perfil que corresponde a la población-objetivo definida por el programa.

Las IMF tienen un elevado grado de conocimiento del programa, valoran muy positivamente el apoyo que les da ya, que contribuye a consolidar su IMF y a mejorar su competitividad en el mercado; consideran que el programa opera en forma adecuada y encuentran muchas ventajas en el esquema de usar intermediarios para otorgar los microcréditos. El Pronafim es un programa pertinente en el contexto actual, representa una opción interesante para las IMF, pues les permite solventar diversos tipos de necesidades tanto de financiamiento como de capacitación y consolidación de sus actividades.

La gran mayoría de los beneficiarios finales del programa, que son los clientes o socios de las IMF, manifiestan una valoración positiva y muestran un elevado grado de satisfacción con el apoyo que les proporcionaron. El financiamiento recibido ha sido muy importante para desarrollar sus actividades productivas. Además gracias al apoyo pudieron realizar inversiones que complementaron sus negocios o que ampliaron su planta productiva.

El Pronafim está generando beneficios positivos en las IMF. Las IMF muestran diferentes características jurídicas y operativas, se diferencias por el tiempo en que llevan trabajando como entidades microfinancieras, el número de empleados, el tamaño de su cartera y el monto de su patrimonio y por la metodología que utilizan para la asignación de sus préstamos. Aunado a ellos las IMF no han propiciado el uso de indicadores financieros estandarizados debido a que históricamente han dependido del financiamiento otorgado por donantes o por recursos internos. Por ello la evaluación del impacto del programa en las IMF no es sencilla y no es posible aún mostrar evidencia de que el de-sempeño de las IMF ha mejorado como resultado del apoyo del programa. No obstante y aunque la proporción del crédito otorgado por el programa dentro del total de su cartera es diferente en cada una de ellas, prevalece la opinión en el sentido de que los apoyos del programa representan una valiosa contribución del Gobierno a la consolidación de sus operaciones de microfinanzas y al mejoramiento de su competitividad en el mercado.

IV. Programa Marcha Hacia el Sur

Objetivo. El propósito fundamental del programa se inscribe en el objetivo del Gobierno Federal de impulsar vigorosamente el desarrollo de las regiones con mayores rezagos y en asegurar un desarrollo regional y nacional más equilibrado. En tal sentido, su objetivo es generar las condiciones para alcanzar mayores niveles de desarrollo en los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Tabasco y Veracruz, que constituyen la región sur-sureste, así como municipios con altos índices de marginación en los estados de: Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, Puebla, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas.

Características. El programa se propone enfrentar dichos rezagos a través del fomento a la inversión nacional y extranjera por medio del estímulo al establecimiento de plantas productivas que generen empleos permanentes y bien remunerados, así como impulsar el desarrollo regional y fomentar una cultura industrial y empresarial entre los habitantes de la región.

Parte fundamental del desarrollo regional lo constituyen las estrategias regionales de impulso a la inversión productiva que se reflejan en las acciones y resultados alcanzados por el Programa Marcha hacia el Sur, el cual tiene por objeto establecer proyectos de inversión, generadores de empleos permanentes de calidad para contribuir al desarrollo económico y regional de las entidades federativas del sur-sureste y a partir del presente año, de aquellos municipios que han observado mayores niveles de rezago.

Al cierre del tercer trimestre el Programa Marcha Hacia el Sur ha atendido 66 proyectos de inversión, de los cuales 32 están comprometidos, los cuales contemplan un compromiso de 26 mil 472 empleos, una inversión privada superior a los 1 mil 550 millones de pesos y apoyos por parte del programa de poco más de 102 millones.

Durante el tercer trimestre del año se llevaron a cabo 40 vinculaciones y 49 gestiones. Además de que se llevó a cabo la firma de convenio de colaboración entre Bancomext y el Programa Marcha Hacia el Sur, el cual contempla que Bancomext promueva los beneficios que otorga el programa en los foros que organiza y en los que participa, así como entre potenciales inversionistas interesados en establecerse en el país.

VER DOCUMENTO 4

Resultados al cierre del tercer trimestre

Al mes de septiembre se tienen 26 mil 472 empleos comprometidos, cifra que representa un 77.4% de lo proyectado. Sobre el indicador de proyectos de inversión atendidos se tiene un avance, conforme a lo proyectado, del 75%. En cuanto a proyectos de inversión comprometidos se refiere se cuenta con un avance del 38.1%. Lo anterior se ha logrado mediante el ejercicio de recursos por un monto de 125.7 millones de pesos.

VER DOCUMENTO 5

V. Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresas (Fampyme).

Objetivo. Incrementar la competitividad de las Pymes, en el ámbito del desarrollo empresarial y del conocimiento, para que generen, adopten o mejoren sus procesos operativos, administrativos y de gestión para fortalecer su participación en los mercados nacional e internacional.

Características: el programa está orientado a brindar herramientas a las Pymes para impulsar su competitividad desde el ámbito del desarrollo de sus procesos, operación y formación de habilidades empresariales de sus operadores, para consolidar así su crecimiento y productividad, así como favorecer una adecuada inserción en las cadenas productivas industriales, comerciales y de servicio.

El fortalecimiento de la capacidad competitiva de las empresas y el apoyo a la formación de nuevos emprendedores con estándares de calidad internacional se basa en el desa-rrollo de habilidades y competencias orientadas a la productividad, el servicio, la mejora e innovación de procesos, productos y tecnología, desarrollo sustentable, gestión del conocimiento, administración del cambio y cultura informática.

Acciones en el periodo enero-septiembre de 2002.

• Al mes de septiembre se han firmado convenios de colaboración con 29 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, así como 19 convenios de colaboración: Instituto Politécnico Nacional, la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, Servicio y Turismo, la Fundación Mexicana para la Innovación y Transferencia de Tecnología en la Pequeña y Mediana Empresas, el Fideicomiso de Apoyo a la Vinculación de la Universidad Nacional Autónoma de México, Cámara Nacional de Empresas de Consultoría, Cámara Nacional de la Industria Panificadora, Cámara Nacional de Industria Farmacéutica, Confederación Nacional Campesina, Fundación para el Desarrollo Empresarial Sostenible de América Latina, Cámara Nacional de Artes Gráficas, Cámara Nacional de la Industria del Vestido, Asociación Nacional de Universidades e Institutos de Educación Superior, Cámara Nacional de Autotransporte de Carga, Asociación Mexicana de Directivos de la Investigación Aplicada y el Desarrollo Tecnológico, Instituto Autonómo de México y la Fundación México-Estados Unidos para la Ciencia, mediante los cuales se ha comprometido el apoyo a 284 proyectos que beneficiarán a 36 mil 685 Pymes con acciones de capacitación, asesoría y consultoría básica y especializada, elaboración de metodologías para brindar capacitación y consultoría. Así como para la formación y especialización de capacitadores y consultores especialistas en atención a las Pymes.

• De los 284 proyectos, 140 corresponden a capacitación, 102 a consultoría básica y especializada, 15 a elaboración de metodologías para brindar capacitación y consultoría y 27 para la formación y especialización de capacitadores y consultores especialistas en atención a las Pymes.

• De las 36 mil 685 empresas que se beneficiarán 25 mil 850 son micro, 8 mil 135 pequeñas y 2 mil 700 medianas.

Para apoyar la realización de estos 284 proyectos, Fampyme tenía recursos programados durante los primeros nueve meses del año por un total de 238.4 millones de pesos, de los cuales se han erogado 41.6 al cierre de septiembre, y 9.6 millones adicionales al 10 de octubre, además de que están ya comprometidos recursos por 122.2 millones cuya erogación se estima quede concluida en el mes de octubre de 2002. De los recursos del Fampyme se transfirieron 50 millones al FOAFI y 70 millones de pesos al Fondo Sectorial para el Desarrollo Económico.

VI. Centro para el Desarrollo de la Competitividad Empresarial(Cetro) y centros regionales para la competitividad empresarial (Crece).

Objetivo. Apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas mexicanas para que por sí mismas logren su desa-rrollo a través de la identificación de sus necesidades y el acercamiento de las herramientas apropiadas para ser competitivas.

Características. Este programa ofrece servicios de consultoría por medio de la realización de un diagnóstico integral y la formulación de un plan de acción y su seguimiento. Los servicios de capacitación empresarial consisten en la transmisión de conocimientos, experiencias y metodologías que permiten al participante resolver problemas en el manejo de los negocios y plantear alternativas de solución más adecuadas.

La red de centros regionales para la competitividad empresarial se caracteriza por ser la más grande del país, con presencia en todos los estados de la República y 105 oficinas a lo largo de la República Mexicana. Cuenta con la certificación de calidad ISO 9001-2000, así como con una plantilla de 220 consultores certificados por la norma Conocer.

Los consultores de la red se distinguen por ofrecer excelencia en el servicio, creatividad y habilidad para vislumbrar alternativas de solución a los problemas de las empresas en el corto plazo. Actualmente, la red se encuentra en un proceso de consolidación de los servicios ofrecidos e incremento de los mismos, para ofrecer a las empresas del país una mayor gama de oportunidades para su desarrollo y competitividad que le permitan hacer frente al entorno en el que se encuentran, además de proporcionarle herramientas para su autosuficiencia.

A continuación se presentan los resultados obtenidos durante el último trimestre de actividades, incluyendo el acumulado durante el presente año y desde el inicio de actividades de la RED.

Captación de empresas en atención y perfil de los beneficiarios.

Durante el tercer trimestre de 2002, los Centros Regionales para la Competitividad Empresarial atendieron a 2 mil 664 empresas, lo que significó el 90% de la meta establecida para este trimestre (2 mil 968 empresas). En el periodo enero-septiembre del presente año se atendieron 7 mil 154 empresas, alcanzando con esto, el 91% de la meta del mismo (7 mil 826).

En el tercer trimestre, la mezcla de la cartera atendida se compone de 86% empresas micro, 10% pequeñas y 4% medianas. Por lo que a sector se refiere, el 39% corresponde a comercio, a servicios el 32% y el 29% restante, pertenece a industria.

Capacitación empresarial

En el periodo julio-septiembre del presente año, los Crece impartieron capacitación a 6 mil 433 empresarios, lo que significó el 82% de la meta del periodo (7,824 participantes), pertenecientes a 1 mil 131 empresas. Acumulado durante estos nueve meses del año, se ha impartido este servicio a 20 mil 200 personas de 4 mil 601 empresas, lo que significó el 97% de la meta del periodo, establecida en 20 mil 763 participantes. Desde que se incorporó la capacitación empresarial (enero de 1999) como un servicio adicional, suman ya 70 mil 728 capacitados que laboran en 15 mil 057 empresas del país.

Ejemplos de las estrategias seguidas por estos centros son la realización de cursos a escala masiva y la participación con expositores en foros del sector de las Pymes organizados en conjunto con organismos y cámaras empresariales, además de la impartición conjunta con instituciones académicas de algunos seminarios y diplomados en las áreas de interés detectadas en las comunidades empresariales de sus respectivas localidades.

Casos de éxito y relación beneficio-costo

En el periodo julio-septiembre, se evaluaron 1 mil 900 casos de éxito (81% de la meta del periodo fijada en 2 mil 355 empresas). De enero a septiembre se han evaluado 5 mil 383 empresas como casos de éxito, lo que representó el 91% de la meta del periodo (5 mil 910). En forma acumulada se han resuelto 21 mil 023 casos desde el inicio de la RED.

Para incrementar el número de casos de éxito y elevar el nivel de satisfacción de nuestros clientes, se está trabajando en nuevos procesos y en el desarrollo e implementación de herramientas tecnológicas que permitan disminuir los tiempos de atención, en beneficio de un mayor seguimiento, lo que va a permitir un mejor desarrollo y mayor supervisión a las tareas establecidas en el plan de acción.

La forma de evaluar la efectividad de la intervención del personal de los Crece en las empresas, es a través de la generación adicional de ingresos en éstas. Los casos evaluados como exitosos en el periodo septiembre de 1998 a septiembre de 2002, reportaron un incremento promedio del 36% en sus ingresos, lo que significó un aumento de $27.7 pesos en ventas por cada peso invertido en su atención por la RED.

Derivado de la intervención de los Crece en las empresas, se apoyó a la conservación de 8 mil 290 empleos durante el trimestre julio-septiembre. Cantidad que sumada a la obtenida desde el inicio del año 2002 totaliza 28 mil 783 empleos apoyados en su conservación al cierre del tercer trimestre, que a su vez suman 164 mil 893 desde el inicio de actividades de la RED.

Los casos de éxito en el mismo trimestre han apoyado a la generación 481 empleos y de enero a septiembre de 2002 se contribuyó a la generación de 1 mil 714, lo que nos da una participación de la red en apoyo a la generación de empleos de 12 mil 261 desde su inicio.

Vinculación a consultoría externa y financiera

Gracias al trabajo de los Crece en las empresas, se ha detectado la necesidad de estudios profundos en áreas específicas, para lo cual se requieren los servicios de consultores especializados (consultores externos). En el periodo julio-septiembre 2002, se registraron 316 vinculaciones con consultoría externa (90% de la meta para este lapso establecida en 352 empresas). De enero a septiembre de 2002 se registraron 909 vinculaciones, 108% de la meta para este lapso (839 empresas). Acumulado desde el inicio de la RED, se han vinculado 3 mil 784 empresas.

Con objeto de complementar el proceso de consultoría en las empresas en que se detecta necesidad de recursos, los Crece realizan acciones de vinculación con instituciones financieras locales y nacionales. En el tercer trimestre de 2002, fueron vinculadas 249 empresas al sistema financiero nacional, lo que representa el 74% de la meta establecida para el trimestre (337casos). En el periodo enero-septiembre del 2002 fueron vinculadas 654 empresas (87% de la meta establecida en 753 empresas). En forma acumulada desde el inicio de la red, la canalización con instituciones financieras suma 3 mil 334 empresas.

VII. Programa de centros de distribución en Estados Unidos.

Objetivo. Incrementar la presencia de las Pymes mexicanas en los mercados internacionales y su participación en los montos totales de exportación, a través de un esquema de apoyos temporales en promoción, comercialización y distribución de productos nacionales.

Características. La estrategia para consolidar la oferta exportable de las Pymes incluye el establecimiento de espacios de promoción y comercialización de productos mexicanos en el exterior. Para ello se considera la participación, directa o indirecta, de multiplicadores de apoyo en el fomento de la competitividad de las empresas, como dependencias de gobiernos estatales y municipales, cámaras, asociaciones, confederaciones, consejos y organismos empresariales e instituciones educativas, entre otros.

El Programa de Centros de Distribución tiene como objetivo principal constituir una fuerza importante para la comercialización de productos mexicanos en el extranjero, en este sentido el Gobierno de la República decidió llevar a cabo a través de la Secretaría de Economía una estrategia para aprovechar el potencial del mercado estadounidense en beneficio de la micro, pequeña y mediana empresas mexicanas con potencial exportador.

Derivado de la operación de los centros instalados en Estados Unidos de América localizados en Santa Ana, California; Dallas, Texas y Nueva York, Nueva York, hasta el 30 de septiembre dichos centros han atendido a 198 empresas con proyectos de exportación de 17 estados de la República.

Como resultado de esta actividad, 60 empresas han consolidado exportaciones y 134 se encuentran en proceso. El monto de ventas alcanzado es superior a los 2.4 millones de dólares.

En las reglas de operación del programa, se da participación y facultades a la oficina de representación para mexicanos en el extranjero y México-americanos de la Presidencia de la República, sin embargo, esta oficina dejó de funcionar en fecha reciente, por lo que resulta necesario hacer un replanteamiento en el funcionamiento y operación del programa, así como la modificación a las reglas de operación debido a que éstas han dejado de ser operativas.

En este sentido es que se han iniciado una serie de acciones tendientes a obtener la autorización de modificación a las reglas de operación y junto con ello se ha iniciado la adecuación del programa al nuevo esquema que se plantea, siempre teniendo en cuenta que para la aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados por el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2002, es necesario que el Programa de Centros de Distribución se sujete a reglas de operación adecuadas y congruentes con la actualidad, que permitan ampliar y diversificar sus horizontes de atención, servicios y cobertura, así como aprovechar las ventajas económicas de los mercados de países incorporados en los acuerdos comerciales internacionales suscritos por México, y aquellos países que ofrezcan posibilidades de negocio para nuestros productos.

Debido a lo anterior es que sólo se han ejercido 7 millones de pesos de los 21.9 millones que se tenían programados, teniéndose estimado ejercer la totalidad de los recursos del programa durante el cuarto trimestre del año en curso.

VIII. Fondo de Fomento a la Integración de Cadenas Productivas.

Objetivo. Establecer un mecanismo de apoyo financiero para impulsar la integración de las micro, pequeñas y medianas empresas a la cadena productiva nacional, comercial y de servicios, promoviendo y facilitando la identificación de oportunidades de negocio, fomentando la consti- tución de fondos de garantías y apoyando proyectos de alto impacto para diversos sectores o regiones productivas del país.

Características. Entre sus propósitos se encuentran contribuir a la generación de empleos permanentes y bien remunerados, integrar eficientemente las cadenas productivas, facilitar el acceso de las Pyme a esquemas financieros en apoyo a dichas cadenas, fomentar la integración o la asociación empresarial y la creación de nuevas empresas.

Fortalecer los eslabones que integran las cadenas productivas del tejido industrial del país es una de las más altas prioridades del Programa de Desarrollo Empresarial, con el fin de convertirlas en detonadores del desarrollo regional, del mercado interno y de la generación de más y mejores empleos.

Al cierre del tercer trimestre se reportan los siguientes resultados:

• Se firmaron un total de 47 convenios de coordinación, 30 con entidades federativas y 17 con otros organismos intermedios (cámaras, asociaciones y organizaciones empresariales y productivas).

• Los convenios celebrados con las entidades federativas amparan 458 proyectos, 141 productivos, 97 de infraestructura, 124 centros de atención empresarial, 76 estudios y 20 bancos de información.

• Los convenios celebrados con organismos intermedios contemplan un total de 44 proyectos presentados por otros organismos intermedios, siete productivos, 20 centros de atención empresarial, 11 estudios y seis bancos de información.

Para apoyar los 502 proyectos aprobados se cuenta con un presupuesto programado en los primeros nueve meses del año de 348.9 millones de pesos, de los cuales se ejercieron al 30 de septiembre 147.9 millones y 33.0 millones adicionales al mes de octubre, además de 90 millones que ya se han comprometido y está en proceso la conformación de cédulas y elaboración de convenios. Se estima que los recursos se ejerzan en su totalidad durante el cuarto trimestre.

IX. Fondo de Apoyo para el Acceso al Financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (Foafi).

Objetivo. Fomentar y constituir esquemas e instrumentos que apoyen el acceso de las Pymes a los servicios del Sistema Financiero Nacional.

Características. El Foafi tiene como propósito generar las condiciones para el acceso al crédito y el financiamiento de las Pymes, apoyándolas en su viabilidad financiera y proveyendo instrumentos que les permitan el acceso al financiamiento.

Así, podrá instrumentar acciones para que la banca de desa-rrollo y la banca comercial realicen en forma más expedita la tramitación del crédito para que todas aquellas Pymes que requieran financiamiento lo puedan obtener con mayor facilidad.

Resultados al tercer trimestre.

Al cierre del tercer trimestre se firmaron cinco convenios de colaboración a fin de fortalecer y constituir fondos de garantía para facilitar el acceso al financiamiento a las Pymes del país.

• Convenio de concertación con el gobierno de Quintana Roo, suscrito el 4 de julio de 2002, con el propósito de constituir un fondo de garantía recíproca con la Cámara Nacional de la Industria de las Construcción Delegación Quintana Roo, dicho fondo es el primero que se operará en el país y tiene como principal característica la aportación de los particulares para la constitución del fondo, quienes además evaluarán la viabilidad de otorgar la garantías a sus agremiados bajo la propia experiencia y conocimiento de ellos. Con este nuevo instrumento se desarrollará una nueva cultura financiera en donde la participación de los empresarios permitirá reestructurar la red sistema financiero-actividad productiva. La SE aporta al fondo 1.5 millones de pesos y se espera una derrama crediticia de 12 millones de pesos.

• Convenio de concertación con el gobierno de Sinaloa, suscrito el 11 de julio de 2002, con uno de los principales fondos de fomento que operan en el país, el Fondo Sinaloa (Fosin), que por su operación y expectativa de crecimiento en apoyo a las Pymes de esa entidad será apoyado por la SE por 3.5 millones de pesos para otorgar garantía liquida a las que soliciten crédito a las instituciones financieras. Es importante resaltar que el Fosin ha adoptado el mecanismo de los extensionistas financieros y negociado con instituciones financieras la aceptación de este fondo como garantía de pago en caso de quebranto de las empresas, lo que asegura la mejor utilización de los recursos asignados por la SE.

• Convenio de concertación con el gobierno de Baja California, suscrito el 15 de julio de 2002, a través del cual se establece un nuevo fondo de garantías recíprocas con la industria de la construcción. Este fondo otorgará garantías a los asociados a la Cámara en una primera etapa y posteriormente a las empresas de la región. La SE aportó al fondo alrededor de 3 millones de pesos con los cuales se pretende alcanzar una derrama crediticia de 15 millones.

• Convenio de concertación con la Fundación para el Desa-rrollo Sostenible en México (Fundes) y el Grupo Financiero BBVA Bancomer, suscrito el 22 de julio de 2002, con  objeto de facilitar el acceso al crédito a las Mpymes a través de la adquisición de equipo electrónico. En tal sentido se acordó el otorgamiento de garantía para la compra de computadoras y la instalación de terminales punto de venta. Este es un mecanismo novedoso dado que la aportación de la SE, 10 millones de pesos, cubre únicamente el 20% de una eventual pérdida en estos productos. Bajo este esquema se estima una derrama crediticia de 100 millones de pesos., beneficiando a 6 mil micro, pequeñas y medianas empresas.

• Convenio de concertación con el gobierno del estado de Tabasco, suscrito el 19 de agosto de 2002, con el cual se constituye el fondo de garantías de este Estado para avalar en una primera 150 créditos de Pymes del Estado. La aportación de la SE es de 2 millones de pesos.

Resultado de lo anterior y de los compromisos generados durante el primer semestre, el Foafi ha comprometido para todo el año la entrega de recursos por un total de $99,925,450, de los cuales 83.9 millones están programados para ejercerse al 30 de septiembre; al cierre del mes se ministraron 59 millones de pesos, restando 24.9 millones de pesos por entregar, de los cuales se tramitaron 7.5 millones durante los primeros 10 días de octubre y se espera que en el transcurso de este mes se radique la totalidad de los recursos programados.

Adicionalmente el FOAFI ha recibido solicitudes para apoyar proyectos por un monto de $50.074,550.00, que de acuerdo con el consejo directivo del fondo son viables y debido a que cumplen con los criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación, ya que tienen como propósito incrementar la competitividad de las Pymes. Derivado de lo anterior, se solicitó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la aprobación para realizar la transferencia de 50 millones de pesos del FAMPYME para atender los requerimientos planteados.

VER DOCUMENTO 6

X. Fideicomiso de Fomento Minero (Fifomi).

El Fideicomiso de Fomento Minero (Fifomi) es una entidad pública del Gobierno Federal coordinada por la Secretaría de Economía, encargada de conducir la política de fomento minero del país. No recibe aportaciones del erario y su finalidad es fomentar el desarrollo de la minería nacional mediante apoyos financieros y asistencia técnica para los pequeños productores y las empresas dedicadas a las actividades de exploración, explotación, beneficio, comercialización, industrialización y consumo de minerales y sus derivados.

Objetivo. Fomentar el desarrollo de la minería nacional y su cadena productiva, mediante apoyos de asistencia técnica y financiera a personas físicas y morales, dedicadas a la explotación, beneficio, comercialización y consumo de minerales y sus derivados, así como a los prestadores de servicios relacionados con el sector minero

Características. Las principales actividades a financiar mediante la operación de los diferentes tipos de crédito que otorga el Fifomi son: extracción, beneficio, fabricación, industrialización, distribución, comercialización y prestación de servicios a la minería nacional. Asimismo, el Fifomi considera sujetas de apoyo a las personas físicas o empresas de la cadena productiva de la minería, en cuyo proceso productivo utilicen insumos de origen mineral, así como la comercialización y distribución de sus productos.

Las empresas que participan en la proveeduría de la minería y su cadena productiva también son sujeto de los apoyos financieros que ofrece el Fifomi a través del financiamiento a proveedores.

El Fifomi acepta la incorporación de la banca comercial y organizaciones auxiliares incorporadas a ella, banca de desarrollo, uniones de crédito, arrendadoras financieras y a sociedades financieras de objeto limitado, cuyo objetivo específico sea congruente con las actividades elegibles del Fifomi y los descuentos solicitados sean a favor de sujetos elegibles por la actividad que realizan, habilitándolas en su calidad de intermediarios financieros bancarios y no bancarios.

A su vez, las organizaciones auxiliares de crédito que cuenten con el respaldo de un banco o grupo financiero bancario, que garanticen la totalidad de las obligaciones crediticias contraídas con Fifomi a través de convenio de responsabilidad o mediante carta compromiso para respaldar financieramente las operaciones que realicen o mediante el otorgamiento de aval, gozarán del mismo tratamiento para la operación de los productos financieros que lo establecido para los intermediarios financieros bancarios, lo cual conlleva diversas ventajas en la mecánica de operación, supervisión y formalización crediticia, que agilizan la disposición de recursos.

Resultados obtenidos al tercer trimestre.

En cuanto a los resultados obtenidos en el tercer trimestre del año en curso, se consideran satisfactorios, dado que ya se cumplieron las metas y fueron rebasadas significativamente. Se han colocado 1 mil 319 descuentos de crédito, 26.8% superior a la meta de 1 mil 40. Asimismo se han generado 5 mil 719 empleos, se han realizado 24 eventos de difusión, se ha apoyado con asistencia técnica a 611 empresas y con acciones de capacitación a 1 mil 679 y, finalmente, se ha apoyado a más empresas que tienen un uso extensivo de mano de obra, lo cual se debe a la asistencia técnica colectiva que se viene otorgando.

Respecto a la recuperación de cartera, se recuperaron 1 mil 124 millones de pesos con lo que se superó la meta programada en el periodo.

ANEXO I

Informe al tercer trimestre de 2002 sobre el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación de los programas a cargo de la Secretaría de Economía señalados en el artículo 64 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

1. Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad

Indicadores de resultados

1. Nombre del indicador: apoyar con capital de trabajo a proyectos productivos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en proyectos productivos apoyados con capital de trabajo: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 235.8%.

2. Nombre del indicador: apoyar con capital de riesgo a empresas sociales.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en proyectos productivos apoyados con capital de riesgo: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 113%.

3. Nombre del indicador: financiar la constitución de microempresas.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en microempresas apoyadas: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 199.2%.

4. Nombre del indicador: otorgar microcréditos a la población objetivo.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en microcréditos otorgados: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 100.2%.

5. Nombre del indicador: promover la constitución y operación de instituciones de microcrédito.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en la constitución de instituciones de microcrédito: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 0%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: derivado del proceso de coordinación operativa con el Pronafim se determinó que el Fonaes no otorgue apoyos para constituir instituciones de microcrédito y que únicamente entregue apoyos para el fortalecimiento patrimonial de instituciones ya constituidas.

6. Nombre del indicador: apoyar la constitución de cajas solidarias.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en la constitución de cajas solidarias: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 15%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: el ritmo en la constitución de cajas solidarias ha sido paulatino debido a factores relacionados con problemas de recuperación del Programa de Crédito a la Palabra y con algunas dificultades para obtener apoyos de los gobiernos municipales.

7. Nombre del indicador: apoyar la consolidación de fondos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: Porcentaje esperado de avance en la consolidación de fondos: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 19.6%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: Fonaes dentro de la estrategia de fondos macro ha decidido no incrementar el número de fideicomisos sino consolidar los ya existentes, incrementando con ello los recursos asignados por fondo para lograr un manejo más eficiente y una mayor cobertura

8. Nombre del indicador: otorgar apoyos para la formación y el desarrollo empresarial.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en las acciones de apoyo al desarrollo empresarial: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 129.6%.

9. Nombre del indicador: brindar apoyos a empresas comercializadoras.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en el número de comercializadoras beneficiadas: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 28.7%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: el cumplimiento de las metas programadas ha estado sujeto a la demanda de la población objetivo, la cual se ha concentrado hacia los meses de octubre, noviembre y diciembre.

10. Nombre del indicador: otorgar apoyos y estímulos para la comercialización.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en el número de acciones realizadas de estímulo y apoyo a la comercialización: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 6.3%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: el cumplimiento de las metas programadas ha estado sujeto a la demanda de la población objetivo, la cual se ha concentrado hacia los meses de octubre, noviembre y diciembre. La realización de los eventos de promoción (ferias, tianguis, muestras etcétera) estaba programada originalmente a partir del mes de agosto. Por diversas razones estos eventos fueron reprogramados a partir del mes de octubre, razón por la que los resultados físicos se reflejarán durante el cuarto trimestre.

11. Nombre del indicador: apoyar proyectos productivos para mujeres.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en el número de proyectos apoyados: mayor o igual a 85% de lo programado. Porcentaje observado: 164.7%.

Metas y objetivos acumulados al tercer trimestre de 2002.

1. Apoyar con capital de trabajo a proyectos productivos:

Resultados: número y monto esperado: 232 ($18,187.3). (las cantidades monetarias están expresadas en miles de pesos). Número y monto logrado: 547 ($46,584.1).

Meta anual: 343 ($27,500).

2. Apoyar con capital de riesgo a empresas sociales:

Resultados: número y monto esperado: 223 ($88,772.8). Número y monto logrado: 252 ($88,299.2).

Meta anual: 260 (104,100).

3. Constitución de microempresas:

Resultados: número y monto esperado: 261 ($17,932). Número y monto logrado: 520 ($33,143.6).

Meta anual: 496 ($33,600).

4. Otorgar microcréditos a la población objetivo de Fonaes:

Resultados: número esperado: 74 mil 493. Número logrado: 74 mil 629.

Meta anual: 100,000

5. Constitución y operación de instituciones de microcrédito:

Resultados: número y monto esperado: 11 ($13,200). Número y monto logrado: 0 ($0.0).

Meta anual: 15 ($18,100).

6. Constitución de cajas solidarias:

Resultados: número y monto esperado: 40 ($6,000). Número y monto logrado: 6 ($585.7).

Meta anual: 50 ($7,500).

7. Consolidación de fondos:

Resultados: número y monto esperado: 46 ($78,000). Número y monto logrado: 9 ($54,700).

Meta anual: 65 ($114,000).

8. Acciones para la formación y el desarrollo empresarial:

Resultados: acciones y monto esperado: 4 mil 464 ($61,536.7). Acciones y monto logrado: 1 mil 758 ($24,469).

Meta anual: 6 mil 669 ($91,462.5).

9. Apoyar a empresas comercializadoras:

Resultados: número y monto esperado: 101 ($34,653.7). Número y monto logrado: 29 ($15,371.9).

Meta anual: 240 ($81,700).

10. Acciones de estímulo y apoyo a la comercialización: resultados: acciones y monto esperado: 6 mil 824 ($32,572.9). Acciones y monto logrado: 431 ($16,035.8).

Meta anual: 8 mil 326 ($43,400).

11. Apoyar proyectos productivos de mujeres:

Resultados: número y monto esperado: 133 ($13,307.2). Número y monto logrado: 219 ($16,089.9).

Meta anual: 199 ($19,900).

12. Apoyar la constitución de la federación de cajas solidarias:

Resultados: monto y número esperado: $22,487 (0). Monto y número logrado: $7,933.3 (0).

Meta anual: $32,500 (1).

2. Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales.

Indicadores de resultados.

1. Nombre del indicador: cobertura del programa.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: cobertura esperada: 100%, cobertura obtenida: 88.5%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: no se alcanzó la meta debido a que los organismos intermediarios no enviaron su documentación probatoria en forma completa, lo cual ha generado un diferimiento en la entrega de los microfinanciamientos hacia el cuarto trimestre del año. En cuanto dicha documentación sea enviada por los organismos intermediarios se cubrirá la meta al aplicar las liberaciones pendientes.

2. Nombre del indicador: porcentaje de recuperación de la cartera.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: recuperación esperada: 96%. Recuperación observada: 100%.

3. Nombre del indicador: avance de créditos otorgados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: tasa esperada 100%. Tasa observada: 88.5%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: no se alcanzó la meta debido a que los organismos intermediarios no enviaron su documentación probatoria en forma completa, lo cual ha generado un diferimiento en la entrega de los microfinanciamientos hacia el cuarto trimestre del año. En cuanto dicha documentación sea enviada por los organismos intermediarios se cubrirá la meta al aplicar las liberaciones pendientes.

4. Nombre del indicador: capacitación.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado 100%. Porcentaje observado: 125%.

Metas y objetivos en el tercer trimestre de 2002.

1. Capacitación:

Resultado: cursos esperados 4. Cursos logrados: 5

2. Mujeres beneficiarias:

Resultado: primer ciclo: esperado 16 mil. Logrado: 30 mil 781. Segundo ciclo: esperado: 33 mil 424. Logrado: 33 mil 523. Tercer ciclo: esperado: 47 mil 345. Logrado: 29 mil 900. Cuarto ciclo: esperado: 16 mil 553. Logrado: 6 mil 90

Explicación sobre la diferencia entre la meta esperada y la lograda: en el primer ciclo se sobrepasó la meta debido a que se decidió incorporar nuevas socias al primer ciclo. Con respecto al tercer y cuarto ciclo no se alcanzó la meta debido a que los organismos intermediarios no enviaron su documentación probatoria en forma completa, lo cual ha generado un diferimiento en la entrega de los microfinanciamientos hacia el cuarto trimestre del año. En cuanto dicha documentación sea enviada por los organismos intermediarios se cubrirá la meta al aplicar las liberaciones pendientes.

3. Créditos otorgados:

Resultado: créditos esperados: 113 mil 322. Créditos otorgados: 100 mil 294.

Explicación sobre la diferencia entre la meta esperada y la lograda: en tercer y cuarto ciclo no se alcanzó la meta debido a que los organismos intermediarios no enviaron su documentación probatoria en forma completa, lo cual ha generado un diferimiento en la entrega de los microfinanciamientos hacia el cuarto trimestre del año. En cuanto dicha documentación sea enviada por los organismos intermediarios se cubrirá la meta al aplicar las liberaciones pendientes.

3. Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario.

Indicadores de resultados.

1. Nombre del indicador: cobertura del programa.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de avance en el número de beneficiarios atendidos: 100% de lo programado. Porcentaje observado: 91.0%.

Explicación sobre la diferencia entre la meta esperada y la lograda: se estima que en el siguiente trimestre ingresen nuevas microfinancieras e inicien operaciones algunas sucursales que se están promoviendo, con lo cual se espera cubrir la meta.

2. Nombre del indicador: créditos otorgados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de créditos otorgados: 100% de los programado. Porcentaje observado: 107%.

4. Nombre del indicador: capacitación.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje esperado de individuos capacitados: 100% respecto a lo programado. Porcentaje observado: 56%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: el proceso de capacitación dio inicio en el mes de junio, no obstante lo cual se tiene previsto cumplir la meta mediante el programa de trabajo que se aplicará en el cuarto trimestre.

5. Nombre del indicador: monto promedio del microcrédito otorgado a cada beneficiario.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: monto esperado: $2,250.00. Monto observado: $3,389.00.

6. Nombre del indicador: plazo promedio ponderado de los microcréditos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: plazo promedio ponderado esperado: 180 días. Plazo observado: 168 días.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: el plazo promedio de recuperación que establecen las reglas de operación de las microfinancieras, va en función de los ciclos o proyectos de los usuarios finales, que les permiten tener revolvencia de los recursos en beneficio de su estructura financiera.

7. Nombre del indicador: plazo promedio para otorgar el microcrédito, reportado por la microfinanciera.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: plazo esperado: 10 días. Plazo observado: 8.5 días.

8. Nombre del indicador: visitas de seguimiento a las microfinancieras.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje de avance en el número de visitas a microfinancieras: 100% de lo programado. Porcentaje observado: 79%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: Debido a que se ha retrasado la disposición de algunos créditos autorizados ha existido un desfasamiento en el programa de visitas de seguimiento, sin embargo, conforme se realicen las ministraciones de recursos para las microfinancieras se llevarán a cabo las visitas.

Metas y objetivos al tercer trimestre de 2002.

1. Integrar al programa un total de 45 microfinancieras en el 2002.

Resultados: número esperado de microfinancieras: 40. Número obtenido: 43.

2. Incubación de 4 nuevas instituciones de microfinanciamiento:

Resultados: número esperado de incubaciones: 2. Número logrado: 3.

3. Apoyar la apertura de 14 sucursales de microfinancieras incorporadas al programa:

Resultados: número esperado de sucursales: 11. Número logrado: 12.

4. Cobertura del programa:

Resultados: número esperado de microcréditos: 122,942. Número logrado: 111,369.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: La desviación del 9% sobre lo esperado se debe a una readecuación del presupuesto y por tanto de las metas programadas para el segundo semestre del año.

4. Programa Marcha Hacia el Sur.

Indicadores de resultados.

1. Nombre del indicador: indice de proyectos de inversión atendidos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de proyectos que se esperaba atender: 88. Número de proyectos atendidos: 66.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos.

2. Nombre del indicador: indice de proyectos comprometidos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número esperado de proyectos: 84. Número observado de proyectos: 32.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos.

3. Nombre del indicador: índice de empleos comprometidos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número esperado de empleos: 34 mil 200. Número observado de empleos: 26 mil 472.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: Existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos mismos que se verán reflejados en el número de empleos comprometidos.

4. Nombre del indicador: indice de participación por tamaño.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: distribución de la atención entre empresas pequeñas medianas y grandes esperada: 10%, 70% y 20%, respectivamente. Distribución obtenida: 19%, 50% y 31% respectivamente.

5. Nombre del indicador: índice de participación por sector.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: participación esperada: 85%, 7.5% y 7.5% para los sectores: industria, comercio y servicios, respectivamente. Participación observada: 91%, 3% y 6% respectivamente.

Metas y objetivos al tercer trimestre de 2002.

1. Indice de proyectos de inversión atendidos:

Resultados: número de proyectos esperado: 88. Número de proyectos logrado: 66.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y las obtenidos: existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos.

2. Indice de proyectos comprometidos:

Resultados: número de proyectos esperado: 84. Número de proyectos logrado: 32.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos.

3. Indice de empleos comprometidos:

Resultados: número de empleos esperado: 34 mil 200. Número de empleos logrado: 26 mil 472.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: existen varios proyectos en proceso de evaluación, razón por la cual para el cuarto trimestre se espera comprometer un mayor número de estos mismos que se verán reflejados en el número de empleos comprometidos.

4. Indice de participación por tamaño:

Resultados: proporción esperada: pequeña 10, mediana 70 y grande 20. proporción lograda: pequeña 19, mediana 50 y grande 31.

5. Indice de participación por sector industrial:

Resultados: proporción esperada: industriales 85, comerciales 7.5 y servicios 7.5. proporción lograda: industriales 91, comerciales 3 y servicios 6.

5. Fondo de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresas.

Indicador de resultados.

No se programaron metas para el tercer trimestre de 2002. El avance está en función de la demanda de apoyos por parte de los beneficiarios.

1. Nombre del indicador: índice de proyectos apoyados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje observado de empresas atendidas con respecto a las potenciales: 0%.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: en el marco del Fampyme 2002, al mes de septiembre se han firmado convenios de colaboración con 29 entidades federativas, así como 19 convenios de colaboración con diversas instituciones académicas y cámaras empresariales, mediante los cuales se ha comprometido el apoyo a 284 proyectos que beneficiarán a las Pymes con acciones de capacitación, asesoría y consultoría básica especializada, elaboración de metodologías para brindar capacitación, y consultoría. Así como para la formación y especialización de capacitadores y consultores especialistas en atención a las Pymes.

6. RED CETRO-CRECE.

Indicadores de resultados.

Indicadores de evaluación.

1. Nombre del indicador: índice de empresas atendidas.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número esperado de empresas atendidas: 7 mil 826. Número observado: 7 mil 162.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la variación negativa del indicador se debe a que la economía del país se encuentra en fase de recuperación, lo que ha ocasionado que las empresas pospongan los servicios de consultoría en sus decisiones de inversión de corto plazo.

2. Nombre del indicador: índice de capacitación empresarial.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: se esperaba capacitar a 20 mil 763 personas. Se capacitó a 20 mil 500.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la variación negativa del indicador es resultado de la fuerte competencia que se ha presentado en algunas plazas, por política la RED no brinda este servicio sin tener un margen de recuperación, lo que ha dificultado la venta de este servicio en algunos mercados.

3. Nombre del indicador: índice de vinculación financiera.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 753. índice observado: 699.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la variación negativa del indicador es resultado de un mercado financiero contraído que no esta prestando recursos, las instituciones bancarias están preferenciando el crédito al consumo, ya que las garantías requeridas para solventar un préstamo para actividades productivas son elevadas.

4. Nombre del indicador: índice de vinculación a la consultoría externa.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 839. índice obtenido: 911.

5. Nombre del indicador: índice de empleos conservados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: empleos conservados: 28 mil 813.

6. Nombre del indicador: índice de empleos generados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: empleos generados: 1 mil 714.

Indicadores de gestión.

1. Nombre del indicador: índice de empresas atendidas.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: universo de empresas: 100%. Empresas atendidas: 1.30%.

2. Nombre del indicador: índice de participación por tamaño.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: micro empresa 88%, pequeña empresa 9% y mediana empresa 3%.

3. Nombre del indicador: índice de participación por sector.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: industria 29%, Comercio 38%, servicios 33%.

4. Nombre del indicador: índice de casos de éxito.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: 92% de efectividad en casos resueltos

5. Nombre del indicador: índice de incremento en la productividad, en tiempo de atención por caso.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: incremento en la productividad: 1%.

6. Nombre del indicador: índice de incremento de casos de éxito.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: 39% de incremento en casos de éxito en relación con el mismo periodo del año anterior.

7. Nombre del indicador: índice de participación de los ingresos propios, con respecto al gasto de operación.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje de participación: 13%.

8. Nombre del indicador: índice de incremento en los ingresos propios, con respecto al año anterior

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: incremento: 25%.

9. Nombre del indicador: índice de incremento en ventas en casos de éxito.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: variación: 36%.

10. Nombre del indicador: índice de costo- beneficio.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: $27.7.

11. Nombre del indicador. índice de casos resueltos por consultor.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador casos resueltos por consultor: 14.5.

12. Nombre del indicador: índice de consultores certificados

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: consultores certificados: 215.

Metas y objetivos al tercer trimestre de 2002.

1. Captación de empresas:

Resultados: número de empresas esperado: 7,826. Número de empresas logrado: 7,162.

Explicación sobre los avances esperados y los obtenidos: la variación del indicador se debe a la fase de recuperación de la actividad económica, lo que ha ocasionado que las empresas pospongan los servicios de consultoría en sus decisiones de inversión de corto plazo.

2. Capacitación de empresarios:

Resultados: número de empresarios esperado: 20,763. Número de empresarios logrado: 20,500.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: la variación negativa del indicador es resultado de la fuerte competencia que se ha presentado en algunas plazas, por política la red no brinda este servicio sin tener un margen de recuperación, lo que ha dificultado la venta de este servicio en algunos mercados

3. Ingresos:

Resultados: monto esperado: $37,535,728. Monto logrado: $28,137,985.

Explicación sobre los avances esperados y los obtenidos: la variación negativa es resultado del atraso en la captación de empresas para los distintos servicios que generan una recuperación de costos, adicionalmente la mezcla de atención empresarial por tamaño no se ha logrado, lo que representa menores ingresos.

7. Programa de centros de distribución.

Indicadores de evaluación.

1. Nombre del indicador: empresas atendidas

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de empresas atendidas esperado: 100. Número observado: 60.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se atendieron 198 empresas de las cuales 60 consolidaron exportaciones y 134 están en proceso de exportar.

2. Nombre del indicador: rentabilidad del proyecto.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: porcentaje de exportaciones esperado: 0.25%. Porcentaje observado: 350%

3. Nombre del indicador: empresas o estados apoyados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de empresas o estados apoyados esperado: 24. Observado: 17.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se han apoyado a 198 empresas de 17 estados de la República.

4. Nombre del indicador: promoción nacional e internacional.

Periodicidad: Trimestral.

Resultado del indicador: número de acciones de promoción esperado: 2. Observado: 2.

5. Nombre del indicador: contactos comerciales

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de contactos comerciales esperado: 400. Observado: 198.

6. Nombre del indicador: capacitación empresarial

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de acciones de capacitación esperado: 2. Observado: 2.

Metas y objetivos al tercer trimestre de 2002.

1. Empresas atendidas:

Resultados: número de empresas esperado: 100. Número de empresas logrado: 60.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se atendieron 198 empresas de las cuales 60 consolidaron exportaciones y 134 están en proceso.

2. Centros de distribución instalados:

Resultados: número de centros instalados esperado: 5. Número logrado: 0.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se están analizando alternativas viables para la apertura de nuevos centros de distribución.

8. Fondo de fomento a la integración de cadenas productivas.

Indicadores de resultados

1. Nombre del indicador: índice de proyectos apoyados.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 0.58. Indice obtenido: 0.54.

2. Nombre del indicador: índice de complementariedad.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 0.55. Indice obtenido: 33.50.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: Entre menor sea el valor del índice obtenido con respecto a la meta es mejor porque ello indica que se están consiguiendo recursos de los gobiernos estatales y municipales, así como del sector privado para detonar los proyectos apoyados.

3. Nombre del indicador: indice de asignación de recursos por organismo intermedio.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: indice esperado con gobiernos estatales y municipales y con otros organismos públicos o privados: 0.95 y 0.05, respectivamente. Indice obtenido: 0.97 y 0.03, respectivamente.

4. Nombre del indicador: índice de proyectos apoyados por línea de apoyo.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado en “proyectos productivos”: 0.40. índice obtenido: 0.31. Indice esperado en infraestructura industrial, comercial o de servicios: 0.40. Indice obtenido: 0.18. índice esperado en “centros de atención empresarial”: 0.10. índice obtenido: 0.28. Indice esperado en “elaboración de estudios”: 0.05. Indice obtenido: 0.17. Indice esperado en “bancos de información”: 0.05. índice obtenido: 0.05.

Metas y Objetivos al Tercer Trimestre de 2002.

1. Apoyo de proyectos relacionados con la integración de cadenas productivas:

Resultados: avance esperado: 256 proyectos, 266,436 millones de pesos. Avance logrado: 241 proyectos, 147,932 millones de pesos.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: las desviaciones registradas se deben a dos causas principalmente: 1. La firma de convenios sufrió retrasos sobre lo programado y 2. La falta de informes de los proyectos apoyados durante el 2001 por parte de las entidades federativas originó la suspensión de los depósitos correspondientes al periodo que se reporta.

9. Fondo de Apoyo para el acceso al Financiamiento de las Micro, Pequeña y Mediana Empresas (FOAFI).

Indicadores de Resultados.

1. Nombre del indicador: índice de fondos de garantía constituidos

Periodicidad: trimestral.

Resultado del Indicador: índice esperado: 0.5. Obtenido: 3.

2. Nombre del indicador: índice de empresas atendidas.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 0.5. Obtenido: 9.24.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: este resultado se debe a que hasta el momento se han atendido 924 empresas, cuando lo programado al tercer trimestre eran 100 empresas.

3. Nombre del indicador: índice de proyectos apoyados por línea de apoyo.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido: 1.0.

4. Nombre del indicador: factor de multiplicación del recurso.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido: 0.1939.

5. Nombre del indicador: impacto del programa de garantía.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice obtenido: 0.66.

6. Nombre del indicador: financiamiento por tipo de institución.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido: 1.0.

7. Nombre del indicador: planes de negocios atendidos.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido: 0.28.

8. Nombre del indicador: presupuesto ejercido.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 0.46. Obtenido: 0.66.

9. Nombre del indicador: eficiencia del fondo.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido: 0.14.

10. Nombre del indicador: empresas beneficiadas periodicidad: trimestral resultado del indicador: índice esperado: 1.0. Obtenido:

Metas y Objetivos al Tercer Trimestre de 2002.

1. Conformación de fondos de garantía:

Resultados: Avance esperado: 2 fondos. Avance logrado: 6 fondos.

2. Beneficiar a empresas en el acceso al financiamiento:

Resultados: Avance esperado: 150 empresas ($83,900,000 pesos). Avance logrado: no disponible ($66,500,000 pesos).

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: aun cuando ya están operando los fondos de garantía con el Grupo Financiero Santander, Serfín y Nafín en el estado de Tabasco todavía los responsables de estos fondos no han generado reportes de las MPYMES beneficiadas. El padrón de empresas beneficiadas se entregará en el siguiente informe.

10. Fideicomiso de Fomento Minero (FIFOMI).

Indicadores de evaluación.

1. Nombre del indicador: recuperación de cartera.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del Indicador: recuperación esperada: 1 mil 99 millones de pesos.

Obtenida: 1 mil 124 millones de pesos.

2. Nombre del indicador: colocación de descuentos de crédito.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: colocación esperada: 1 mil 040 millones de pesos. Colocación obtenida: 1 mil 319 millones de pesos.

3. Nombre del indicador: empleo generado.

Periodicidad: Trimestral.

Resultado del Indicador: número esperado de empleos generados: 696. Número obtenido: 5 mil 719.

4. Nombre del indicador: empresas apoyadas.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número esperado de empresas apoyadas: 290. Número obtenido de empresas apoyadas: 241.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: se tiene un avance del 83%, se espera lograr la meta con el incremento de presupuesto autorizado por el comité técnico.

5. Nombre del indicador: programas de difusión.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: número de programas de difusión esperados: 9. Obtenidos: 24.

6. Nombre del indicador: asistencia técnica por empresa.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: empresas apoyadas esperadas: 154. Obtenidas: 611.

7. Nombre del indicador: capacitación por empresa.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: esperadas: 409. Realizadas: 1 mil 679.

Indicadores de Gestión.

1. Nombre del indicador: tiempo de respuesta en descuento automático.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: tiempo esperado: 24 horas. Tiempo de respuesta observado: 24 horas.

2. Nombre del indicador: tiempo de respuesta en descuento facultativo con intermediarios bancarios y empresas del grupo financiero bancario.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: tiempo de respuesta esperado: 7 días hábiles. Tiempo de respuesta observado: 6 días hábiles.

3. Nombre del indicador: tiempo de respuesta en línea de descuento con intermediarios no bancarios.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: tiempo de respuesta esperado: 15 días hábiles. Tiempo de respuesta observado: No disponible.

Explicación sobre la diferencia entre los resultados esperados y los obtenidos: aún no se cuenta con líneas de descuento con intermediarios financieros no bancarios.

4. Nombre del indicador: importe descontado con intermediarios financieros bancarios y no bancarios.

Periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: importe esperado: 979 millones. Importe observado: 1,257 millones.

5. Nombre del indicador: importe derramado, créditos directos periodicidad: trimestral.

Resultado del indicador: importe esperado: 61 millones de pesos. Importe obtenido: 62 millones de pesos.

Metas y objetivos al tercer trimestre de 2002.

1. Recuperación de cartera:

Resultados: monto esperado: 1,099 millones de pesos. Monto logrado: 1,124 millones de pesos.

2. Colocación de descuentos de crédito:

Resultados: monto esperado: 1,040 millones de pesos. Monto logrado: 1,319 millones de pesos.

3. Empresas apoyadas:

Resultados: número de empresas esperado: 563. Número de empresas logrado: 2,290.

Anexo II

Informe sobre los procedimientos de aprobación de las instituciones que otorgan apoyos a través de intermediarios que aplican la tecnología de microcrédito, así como sobre las instituciones que actualmente canalizan apoyos de los programas: Pronafim, Fommur y Fonaes.

Procedimiento de autorización para las instituciones microfinancieras del Pronafim.

El microcrédito es el financiamiento otorgado por una institución de microfinanciamiento para apoyar un proyecto productivo de un pequeño empresario, por un monto de entre 500 y 20 mil pesos, a un plazo que va desde 12 hasta 26 semanas. Su amortización se realiza en pagos semanales, quincenales o mensuales y los recursos se destinan a capital de trabajo. Cada microfinanciera aplíca su propia metodología, aunque en términos generales los préstamos se caracterizan por conformar una secuencia con montos inicialmente reducidos pero crecientes en el tiempo, por utilizar garantías no convencionales y recuperarse en pagos pequeños a una tasa de interés de mercado.

Las microfinancieras reciben apoyos para los siguientes conceptos:

1. Capacitación.

2. Asesoría.

3. Sistemas para la administración.

4. Asistencia técnica.

5. Gastos preoperativos e inversión en activos.

6. Apertura de sucursales.

7. Líneas de crédito y otros servicios financieros.

Los criterios que se aplican a las microfinancieras solicitantes son los siguientes:

Criterios de selección.

a) Ser persona moral lealmente constituida conforme a la legislación mexicana y relacionada con el microfinanciamiento, que cuente con capacidad operativa y técnica para canalizar los apoyos del Profafim.

b) Comprobar estar en funcionamiento activo durante un año anterior a la fecha de la solicitud de participación en el Pronafim, con un capital y/o patrimonio suficiente para el desarrollo de su actividad, instalaciones y personal operativo; en una zona de atención de acuerdo a la población-objetivo del Profafim. El Comité Técnico del Pronafim considerara para su aprobación la situación financiera y de desarrollo de la institución solicitante.

c) Contar con reconocimiento social en su zona de influencia, tener capacidad operativa y viabilidad financiera para atender los compromisos que contraiga con el Pronafim.

d) Aceptar las normas y disposiciones establecidas por el Pronafim.

e) Tener reglas de operación claras y de acuerdo a los objetivos del Pronafim.

Requisitos

a) Solicitud acompañada de un programa operativo y financiero, con una propuesta detallada del uso que se les dará a los recursos del Pronafim, la cual deberá incluir la siguiente información:

b) Cartas de recomendación de programas estatales y/o federales, organismos o instituciones bancarias y/o entidades financieras con las que han contratado servicios financieros.

c) Acta constitutiva, modificaciones y poder notarial del representante legal.

Métodos y procesos.

Una vez cumplido con los requisitos para solicitar financiamiento, el área de apoyos financieros del Pronafim realiza visitas de campo en las cuales verifica:

• Criterios de selección.

• Cumplimiento de los requisitos.

• Antecedentes de la microfinanciera.

• Consejo y principales directivos.

• Estructura organizacional.

• Organización, instalaciones y equipo. Infraestructura por adquirir y plazos para su adquisición.

• Metodología para el otorgamiento y recuperación de sus créditos.

• Acciones de promoción, asistencia técnica y capacitación.

Al concluir la visita de campo se prepara el informe correspondiente y un resumen ejecutivo para el comité técnico del PRONAFIM, el cual analiza las solicitudes y las evalúa en aspectos cualitativos y financieros, otorgando una calificación al respecto (de acuerdo al Manual de Apoyos Financieros diseñado para tal fin). Con base en lo anterior, se autoriza la asignación del crédito y el monto del mismo. Posteriormente se procede a la firma del acuerdo con tres años de plazo, donde la amortización del capital se da a partir del segundo año con una tasa de interés de Cetes a 28 días.

VER DOCUMENTO 7

Procedimiento de Autorización para los Organismos Intermediarios del Fommur.

Los organismos intermediarios del Fommur son instituciones de carácter privado y social que acreditan capacidad operativa y financiera para incursionar en la aplicación de la metodología de microcrédito del Fommur a favor de las mujeres que viven en condiciones de pobreza en el medio rural. Los organismos intermediarios reciben apoyos para los siguientes conceptos:

a) Apoyos directos para que por su conducto se otorguen los microfinanciamientos a las mujeres rurales organizadas en grupos solidarios que realicen actividades productivas y de autoempleo.

b) Apoyos para actividades de promoción, asistencia técnica, capacitación y adquisición de infraestructura y equipo informático, a efecto de que se fortalezcan en su papel de conducto de los apoyos del Fommur.

Los criterios que se aplican a los organismos intermediarios son los siguientes:

Criterios de elegibilidad.

a) Ser personas morales legalmente constituidas como sociedades o asociaciones civiles, cajas solidarias, cajas de ahorro y préstamo, cooperativas y uniones de crédito del sector social entre otras, relacionadas con el desarrollo rural o el financiamiento a proyectos productivos de este sector y con capacidad operativa y técnica para canalizar los apoyos del Fommur.

b) Comprobar haber estado en funcionamiento activo durante los tres años anteriores a la fecha de solicitud de participación en el Fommur, en la zona de atención del programa operativo-financiero que presente para su aprobación al comité técnico por conducto del Secretario Técnico del Fommur.

c) Tener una base social de por lo menos 200 mujeres en su zona de influencia, que justifique el apoyo financiero del Fommur.

d) Gozar de solvencia moral y reconocimiento social en su zona de influencia y tener capacidad operativa y financiera razonable para atender los compromisos que contraiga con el Fommur.

e) Aceptar las normas y disposiciones establecidas por el Fommur.

Requisitos.

a) Solicitud de participación que se acompañe de un programa operativo- financiero en que se incluya una propuesta detallada del uso que se dará a los recursos recibidos del Fommur.

b) Estados financieros de los últimos tres años, preferentemente dictaminados.

c) Unicamente para el caso de la primera solicitud de apoyos del Fommur, deberá presentar cartas de recomendación que avalen su solvencia moral y financiera, expedidas por organismos o instituciones bancarias o financieras o bien por personas físicas o morales de reconocido prestigio en el área de operación del organismo intermediario, con quienes éste haya mantenido relaciones comerciales.

Métodos y procesos.

Una vez que la institución acredita cumplir con los requisitos de elegibilidad y presenta los requisitos al secretario técnico, éste somete la solicitud a la autorización del comité técnico del Fommur. Posteriormente a la autorización de dicho comité se procede a la firma del contrato y a la suscripción de los pagarés que antecede a la entrega de los recursos. La recuperación de los apoyos del tipo a) arriba especificado se realiza en pagos semanales aplicando una tasa de interés equivalente a la tasa de Cetes a 28 días más un punto porcentual.

VER DOCUMENTO 8

Procedimiento de autorización para los fondos del Fonaes que operan la tecnología de microcrédito

Fonaes participa en el otorgamiento de microcréditos a través de fondos de inversión y reinversión que cuentan con aportaciones de dicho programa. Estos fondos se constituyen por instancias del Gobierno Federal, los estados y municipios, las entidades financieras e instituciones de carácter privado y social.

La participación del Fonaes en estos fideicomisos debe representar en todo momento menos del 50% del patrimonio fideicomitido. El monto máximo de aportación al patrimonio es de 20 millones de pesos.

Los criterios que se aplican a los fondos solicitantes son los siguientes:

Criterios de Elegibilidad.

a) Ser una instancia con solvencia económica y moral, representativa del sector que se propone beneficiar.

b) Estar constituidos como fideicomisos.

c) Atender a la población objetivo del Fonaes.

d) Tener un comité técnico u órgano colegiado de decisión en el que participe al menos un representante del Fonaescon voz y voto.

e) Contar con lineamiento o reglas de operación.

Requisitos.

a) Solicitud que incluya un plan de trabajo en el que se justifique la necesidad de ampliar el patrimonio del fondo.

b) Copia del contrato constitutivo del fideicomiso y sus modificaciones, en su caso.

c) En su caso, copia del acta en que se autoriza a los representantes del fondo a solicitar el apoyo del Fonaes.

d) En su caso, el acuerdo del Congreso local o del cabildo.

e) Ejemplar de las reglas de operación del fondo o bien el proyecto respectivo.

f) En el caso de las solicitudes para el fortalecimiento patrimonial de fondo en operación, los documentos que demuestren que el fondo posee indicadores de operación y financieros aceptables.

g) Nombramiento de los representantes legales de la instancia solicitante.

h) El fondo solicitante deberá contar con recursos líquidos propios que le permitan realizar aportaciones al patrimonio del fideicomiso, en los términos que convenga con el Fonaes.

Métodos y procesos.

Las aportaciones a los fideicomisos que constituyan o modifiquen personas privadas, en términos de las disposiciones legales vigentes, serán autorizadas por el representante estatal del Fonaes, previa validación de la Dirección General de Fondos y Microempresas.

VER DOCUMENTO 9

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

GANADO BOVINO

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.— Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Diputados Adela Cerezo Bautista y Adrián Rivera Pérez, secretarios de la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados.

Me refiero al oficio número DGPL58-II-2-936 del 10 de octubre del presente año, turnado al secretario de Gobernación, licenciado Santiago Creel Miranda, mismo que fue remitido al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Javier Usabiaga Arroyo, mediante oficio número SEL/300/849/02, por el subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, conteniendo el punto de acuerdo aprobado en sesión que dice: "Unico. Se solicita a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, que prohíba el uso total del producto comercialmente llamado zilmax a los engordadores de ganado, hasta en tanto no se compruebe científicamente la inocuidad para salvaguardar la salud del ser humano".

Sobre el particular y en atención al punto de acuerdo mencionado, le adjunto oficio número 02177, de fecha 19 de septiembre del presente año, dirigido al Secretario del ramo y signado por el Secretario de Salud, definiendo su posición respecto a los productos zilmax y ractopamina, registrados por la Sagarpa.

Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, DF, a 21 de octubre de 2002.— El director en jefe, Javier Trujillo Arriaga.»

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Secretaría de Salud.

Ciudadano Javier Usabiaga Arroyo, secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.- Presente.

Estamos enterados que este año, la Dirección General de Sanidad Animal de la Sagarpa implementó una norma de emergencia respecto a los betaagonistas y no se autoriza el registro de ningún producto nuevo que contenga clenbuterol, cuyo propósito sea promover el crecimiento del ganado. Por otra parte, a partir de diciembre de 2001, todo clenbuterol que ingresa a México requiere permiso sanitario previo a la importación expedido por la Dirección General de Medicamentos y Tecnologías para la Salud de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y no se autoriza para otro fin más que el farmacéutico humano. Ahora bien la Sagarpa tiene aprobados dos productos betaagonistas con actividad anabólica muscular: el zilmax (clorhidrato de zilpaterol) de Intervet México, S.A. de C.V., para ganado bovino y el paylean (clorhidrato de ractopamine) de Laboratorio Elanco de Ely Lilly, siendo este último de uso exclusivo en ganado porcino.

Los límites de consumo diario permitido en el humano de zilpaterol son 30 mcg/día. Para pasar de esta cantidad, se requeriría la ingestión de 30 kg de hígado o 900 kg de carne de bovino en un día, por debajo de ese consumo el producto es inocuo.

El paylean es seguro aún con la ingestión de 15 kg de hígado de cerdo (aproximadamente siete hígados enteros) o 350 kg de carne de cerdo por día.

Estos productos son de uso exclusivo en veterinaria; sin embargo en el caso del zilpaterol, se sujetará también por la Cofepris a aviso previo para un mejor control sanitario.

Atentamente.

México, DF, a 19 de septiembre de 2002.— El secretario de Salud, Julio Frenk Mora

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Salud.

BANCO DE MEXICO

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

«Banco de México.— Fiduciario del Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura.— Dirección General

Diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Anexo se envía para su conocimiento resumen ejecutivo de la evaluación realizada por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Querétaro de los programas de FIRA que canalizan subsidios correspondiente al periodo enero-agosto del año en curso, conforme con lo dispuesto en el artículo 63 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de enero del presente. Adicionalmente, se envía un disco compacto con la versión completa de dicha evaluación y su soporte metodológico.

Cabe señalar que la reglas de operación de estos programas fueron publicadas el 15 de marzo del presente en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo, se informa que el evaluador de los programas de FIRA fue seleccionado por medio de licitación pública.

Quedo a sus órdenes para cualquier comentario al respecto.

Atentamente

México, DF, a 15 de octubre de 2002.— Banco de México Fiduciario en FIRA.— Francisco Meré Palafox, director general.»

«Diario Oficial del martes 1o. de enero de 2002.

CAPITULO VIII

De las reglas de operación para programas

Artículo 63. Con objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos, los programas a que se refiere el artículo 64 de este decreto, se sujetarán a reglas de operación conforme a lo siguiente:

I. Las dependencias o tratándose de entidades, las coordinadoras sectoriales respectivas, serán responsables de emitir las reglas de operación o en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización de la Secretaría.

Las dependencias al emitir las reglas o modificaciones deberán observar los criterios generales que establezcan la Secretaría y la Contraloría, en el ámbito de sus respectivas competencias, a más tardar el 15 de enero;

II. Será responsabilidad de los titulares de las dependencias presentar a más tardar el 8 de febrero ante la Secretaría, sus proyectos de reglas o modificaciones para que ésta emita su autorización antes del 28 de febrero. La Secretaría enviará a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara, copia de las autorizaciones a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a su emisión.

Para emitir la autorización, la Secretaría deberá verificar que los proyectos que se presenten cumplan con los criterios generales a que se refiere la fracción anterior, promuevan la transparencia en la aplicación de los recursos públicos y no impliquen trámites o procedimientos que impidan la ejecución ágil, oportuna y eficiente de los programas;

III. Las dependencias, una vez que cuenten con la autorización a que se refiere la fracción II de este artículo, publicarán las reglas de operación o en su caso las modificaciones en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 15 de marzo. Asimismo, deberán poner dichas reglas a disposición de la población en sus oficinas estatales y a la población en general, en los términos del artículo 76 de este decreto.

Los recursos correspondientes a los programas incluidos en el referido artículo, que inician su operación en el presente ejercicio fiscal, no podrán ejercerse hasta que sean publicadas sus respectivas reglas de operación. Por ello, en estos casos los proyectos de reglas de operación deberán presentarse en la fecha más próxima posible a autorización de la Secretaría, la cual dará respuesta dentro de los 15 días naturales siguientes. Una vez que se cuente con la autorización correspondiente, las dependencias publicarán de inmediato dichas reglas en el Diario Oficial de la Federación, así como procederán a su difusión, en los términos del párrafo anterior.

Los recursos correspondientes a programas incluidos en el referido artículo que continúan su operación en el presente ejercicio, podrán ejercerse conforme a sus reglas vigentes, independientemente de que se promuevan modificaciones o la emisión de nuevas reglas, en los términos de este ar- tículo;

IV. Una vez publicadas las reglas de operación o modificaciones en los términos de la fracción anterior, no procederán modificaciones durante el ejercicio, salvo en los casos que por circunstancias extraordinarias o no contempladas al principio del ejercicio se presenten problemas en la operación de los programas. Dichas modificaciones deberán sujetarse al procedimiento previsto en el segundo párrafo de la fracción anterior, excepto por el plazo de respuesta para la Secretaría que en este caso será a más tardar de cinco días hábiles;

V. En los programas a que se refiere el artículo 64 de este decreto, las dependencias y las entidades a través de su coordinadora sectorial, deberán cumplir con los siguientes requisitos de información:

a) Enviar a la Cámara por conducto de las comisiones correspondientes y a la Secretaría y Contraloría, informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos, con base en los indicadores de resultados previstos en las reglas de operación. Dichos informes se deberán presentar a más tardar a los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre. La Contraloría será responsable de difundir la evaluación de resultados a la población, en los términos del artículo 76 de este decreto;

b) Presentar la evaluación de resultados de cada programa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara, a más tardar el 15 de octubre, a efecto de que los resultados sean considerados en el proceso de análisis y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el siguiente ejercicio fiscal. Dicha evaluación deberá cubrirse con cargo a sus respectivos presupuestos y realizarse por instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas.

En el caso de los programas que inician su operación en el presente ejercicio fiscal, se podrá presentar una evaluación parcial en la medida que sea factible reportar resultados, siempre que esta situación se justifique ante dicha comisión.

La Secretaría y la Contraloría, con el apoyo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, deberán emitir a más tardar el 15 de febrero, los requisitos mínimos que deberán cumplir las instituciones académicas y de investigación u organismos especializados a que se refiere este inciso. Las dependencias y entidades deberán informar a la Cámara, por conducto de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, sobre las instituciones que llevarán a cabo las evaluaciones, a más tardar el 30 de abril y

VI. Las dependencias y entidades que celebren convenios con personas morales sin fines de lucro consideradas organizaciones no gubernamentales, para la consecución de los objetivos de los programas a que se refiere este artículo, deberán presentar a más tardar el 28 de febrero, los proyectos de convenio a autorización de la Secretaría, en el cual se establecerá el monto máximo de recursos que se asignará a los programas a través de dichos convenios y la forma en que se dará seguimiento al ejercicio de los recursos.»

«FIRA.— Documento 1.— Resumen Ejecutivo.— Evaluación de los programas que canalizan subsidios para el ejercicio fiscal de 2002.— Banco de México.

Este documento forma parte de un conjunto de 17 documentos que integran la primera etapa (enero-agosto) de la evaluación de los programas de FIRA que canalizan subsidios para el ejercicio fiscal 2002.

Evaluación realizada por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Querétaro.

Doctores: Irma de la Torre Lozano, directora general; Manuel Espinosa Pozo, líder de proyecto; ingeniero Alejandro Cervantes MacSwiney, evaluador del fondo; doctor Sergio Antonio Enríquez Reyes, evaluador del FEFA; licenciadoAlejandro Ardila Manzanera, evaluador del FEGA; licenciado Alejandra Noriega Vázquez, co-evaluador del FEGA y M.C. Ignacio Espinosa de los Reyes Bolaños, evaluador del Fopesca.

Equipo de apoyo documental y de trabajo de campo: ingeniera Klelia Eugenia Silva Arteaga e ingeniero José Manuel Ramos Nieves.

Colaboradores: Francisco Guillén Rovelo, ingeniero Ivonne Contreras Preciado,  ingeniero Esteban A. Araujo Vázquez,  ingeniero Luis Gerardo Arredondo Flores,  ingeniero Alma Karina Pérez Moedano, Miguel Angel Murguía Motta,  ingeniero Elvia Olvera Olvera, Alejandra Martínez Nieto,  ingeniero María Teresa Iñiguez Partida e  ingeniero Marco Aurelio López Sanciprián..

ANTECEDENTES

A partir del ejercicio fiscal 2001, el Ejecutivo Federal estableció que, "con objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos", los programas que canalicen subsidios se sujeta- rían a "reglas de operación claras y específicas". Esta disposición fue refrendada en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, que en su artículo 63 cita: "las dependencias o tratándose de entidades, las coordinadoras sectoriales respectivas serán responsables de emitir las reglas de operación o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización de la Secretaría". Adicionalmente, el mismo decreto refiere que las entidades a cargo de los programas "deberán presentar la evaluación de resultados de cada programa a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara..."

Atendiendo a este decreto, los fideicomisos instituidos en relación con la agricultura (FIRA): Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (Fondo), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (Fopesca), publicaron el 15 de marzo de 2002 las modificaciones a las reglas de operación para programas que canalizan subsidios para el ejercicio fiscal de 2002.

Objetivo

Evaluar los programas de FIRA que canalizan subsidios en apoyo a productores del sector rural y pesquero en los siguientes aspectos: eficiencia, eficacia, costo-beneficio, calidad, impacto social, distribución equitativa y transparente de los recursos públicos que la institución opera a través de los fideicomisos Fondo, FEFA, FEGA y Fopesca.

Objetivos específicos

De conformidad con los criterios establecidos en el artículo 59 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, la evaluación atiende a los siguientes objetivos específicos:

a. Con respecto de las reglas de operación, se evalúa:

• el porcentaje de cumplimiento de los objetivos generales y particulares de cada programa,

• la identificación de la población objetivo,

• la penetración sobre los productores,

• el grado de satisfacción de la población objetivo y la participación de los agentes financieros,

• la suficiencia de los montos crediticios y plazos, considerando los criterios operacionales establecidos por FIRA.

b. Evaluación del impacto, los beneficios económicos y sociales que resultan de la aplicación de los recursos asignados a cada programa.

c. Evaluación de la relación costo-beneficio de los recursos asignados a cada programa en función de lo siguiente:

• costo-beneficio en los intermediarios financieros,

• costo-beneficio en los sujetos de crédito,

• costo-beneficio en las comunidades.

d. Evaluación de la calidad en los programas considerando la suficiencia, oportunidad y grado de satisfacción de la población objetivo de los mismos.

e. Evaluación de la cobertura alcanzada de cada programa en el ejercicio fiscal 2002 y su variación a la obtenida en el año anterior, por tipo de apoyo otorgado:

• al nivel nacional,

• por entidad federativa,

• por núcleo de población y

• por tipo de empresa.

f. Conclusiones y recomendaciones, incluyendo una prospectiva en relación con la conveniencia de que continúe el programa y cómo mejorarlo.

Programas operados por FIRA

FIRA tiene establecidos diversos programas de apoyo al sector rural y pesquero, dentro de los cuales maneja algunos programas que canalizan subsidios a través del otorgamiento de créditos de avío en moneda nacional a productores de bajos ingresos (excepto créditos para comercialización) y créditos refaccionarios en moneda nacional para todo tipo de productores, así como subsidios para la formación de sujetos de crédito y actividades de fomento tecnológico que fortalezcan proyectos de inversión de los productores.

Los sujetos de apoyo financiero o tecnológico están clasificados en tres estratos, de acuerdo con su nivel de ingreso. De esta forma, se define como PD1 a los productores en desarrollo con ingresos netos anuales que no rebasen el equivalente a 1 mil veces el salario mínimo diario de la zona en la que realiza sus inversiones. Los productores con ingresos netos anuales de entre 1 mil y 3 mil salarios mínimos diarios de la zona son clasificados como PD2. Por último, productores con ingresos netos anuales superiores a 3 mil veces el salario mínimo diario de la zona son considerados como PD3.

Los fideicomisos que canalizan los subsidios que otorga FIRA son los siguientes:

FONDO Financiamiento a la actividad agrícola, forestal o pecuaria.

Su función consiste en que los productores en desarrollo PD1 del sector rural que sean sujetos de crédito de la banca múltiple reciban financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de avío (excepto créditos para comercialización). Asimismo, que los productores que sean sujetos de crédito de la banca múltiple reciban financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de refaccionario.

FEFA: Fomento financiero y tecnológico.

A través de este fideicomiso, los productores PD1 que sean sujetos de crédito de las instituciones de banca múltiple y del Banrural podrán recibir financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de avío (excepto créditos para comercialización). Además, que los productores que sean sujetos de crédito de la banca múltiple y el Banrural reciban financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de refaccionario. Adicionalmente, los productores PD1 y PD2 que por su nivel de desarrollo no reciben financiamiento de las instituciones de banca múltiple tengan acceso al crédito formal a través del Programa de Crédito por Administración (Procrea).

Fomentar y promover que los productores rurales y pesqueros del país adopten y adapten tecnologías de éxito que coadyuven a incrementar la productividad y competitividad de sus empresas mediante subsidios al fomento tecnológico a través del Programa de Apoyo a la Adopción Tecnológica (PAAT) y el Programa de Capacitación Empresarial.

FEGA: Formación de sujetos de crédito

Este fideicomiso facilita el acceso al financiamiento formal a productores de los sectores rural y pesquero que, por su requerimiento de crédito de hasta 33 mil Udis, bajo nivel de desarrollo y altos costos de transacción que implica atenderlos, no son financiados por las instituciones de banca múltiple.

A su vez, FEGA promueve el desarrollo del mercado financiero rural que facilite la distribución de productos y servicios financieros y la formación de nuevos sujetos de crédito a través del otorgamiento de subsidios a las uniones de crédito y agentes Procrea.

Adicionalmente, se consideran subsidios para el desarrollo de los servicios de asistencia técnica integral (SATI) enfocados a mejorar la competitividad y la rentabilidad de las empresas de los productores.

Fopesca: Financiamiento a la actividad pesquera

Este fideicomiso promueve que los productores PD1 en desarrollo del sector pesquero que sean sujetos de crédito de las instituciones de crédito reciban financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de avío (excepto créditos para comercialización). Asimismo, que los productores que sean sujetos de crédito de las instituciones de crédito reciban financiamiento en condiciones preferenciales para conceptos de refaccionario.

Metodología de evaluación

La evaluación de cada programa en el Ejercicio Fiscal 2002 se separó en dos periodos:

i. Evaluación parcial de resultados alcanzados durante el periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 15 de agosto de 2002.

ii. Evaluación integral de los resultados alcanzados en el ejercicio fiscal 2002.

Definición de los criterios empleados para la definición de indicadores específicos de evaluación:

a) Eficiencia.

Se considera la cantidad de recursos empleados en función de los productos generados por la aplicación de los mismos en cada programa.

b) Eficacia.

Se refiere a que los recursos aplicados deben ser destinados a lo que marque el objetivo de cada programa.

c) Costo-beneficio.

Estimar, en la medida de lo posible, el beneficio que genera la aplicación del subsidio y compararlo con el costo del mismo.

d) Calidad.

Atiende los diferentes objetivos de los distintos grupos de clientes y se centra en la población que verdaderamente necesita los subsidios, considerando que los recursos tienen que ser aplicados en el tiempo en que son demandados y en la forma en que son requeridos por el beneficiario directo o indirecto del subsidio, de tal forma que se logren los objetivos propuestos en cada programa y las expectativas de la población objetivo.

e) Impacto social.

Considera la mejora en el bienestar de los grupos sociales que conforman la población objetivo de cada programa.

f) Distribución equitativa y transparente de los recursos públicos.

Todos los integrantes de la población objetivo, en función de su actividad y perfil socioeconómico, deben tener las mismas oportunidades de acceso a los recursos (equidad). Asimismo, la forma en que dichos recursos pueden estar a disposición de la población objetivo deberá ser clara y objetiva, de tal forma que el beneficiario potencial pueda optar por seguir el procedimiento que le permita tener acceso a los mismos.

Indicadores para la evaluación

Para cada uno de los fideicomisos (Fondo, FEFA, FEGA y Fopesca) fueron evaluados sus programas con subsidio conforme a los indicadores siguientes:

1. Indicadores para evaluar las reglas de operación.

1.1. Elementos generales.

• Porcentaje de cumplimiento de los objetivos generales y particulares de cada programa.

• Identificación de la población objetivo.

• Penetración sobre los productores.

• Grado de satisfacción sobre la población objetivo.

• Participación de los agentes parafinancieros.

• Suficiencia de los montos crediticios y plazos.

• Suficiencia de los apoyos para fomento tecnológico y formación de sujetos de crédito.

1.2. Administración del crédito.

• Promoción del crédito: difusión y penetración de los distintos tipos de productores.

• Selección de los sujetos de crédito y validación de los proyectos que presenten, así como sus tipos de organización (individual o colectiva).

1.3. Aspectos financieros.

• Suficiencia de los montos otorgados en relación con las necesidades de los productores.

• Esquema de garantías solicitadas; por ejemplo, la limitación para acceder o no al crédito.

• Monto total de subsidios canalizados a productores y agentes financieros.

2. Indicadores para la evaluación de la eficiencia en términos de los beneficios económicos y sociales.

2.1. Impactos productivos.

• Se evaluarán los cambios en la productividad que resulten de la canalización de subsidios a los acreditados.

• Se evaluará la asimilación de nuevas tecnologías, tanto productivas como administrativas, que FIRA promueve.

2.2. Impactos económicos y sociales.

• Generación de jornales agrícolas.

• Impacto en los ingresos de los sujetos que recibieron crédito.

• Generación de utilidades netas en los productores sujetos de crédito frente a los que no lo tuvieron.

• Cambios en las condiciones de bienestar de los individuos y de las comunidades, en la distribución del ingreso y en la integración familiar, entre otros.

• Integración de los productores a los mercados y sistemas de comercialización.

• Modalidades de integración de los sujetos acreditados a las redes de valor.

3. Indicadores para medir la eficiencia en términos de costo-beneficio.

3.1. Costo-beneficio de los subsidios en los intermediarios financieros o agentes parafinancieros.

• Costo-beneficio de los subsidios en la administración y difusión del crédito.

• Costo-beneficio de los subsidios en la penetración de los créditos en agentes finales.

• Evaluación del costo de los subsidios a la tasa de interés, en función de su repercusión en los aspectos de aprovechamiento de los recursos fiscales.

• Costo de los subsidios a la cartera vencida y su recuperación.

• Monto del subsidio a los costos de transacción.

3.2. Costo-beneficio de los subsidios en los sujetos de crédito.

• La relación de los subsidios con los cambios en las estructuras productivas.

• La relación de los subsidios con los cambios en los niveles de ingreso de los acreditados.

• La relación de los subsidios con los cambios en los niveles de bienestar.

3.3. Costo-beneficio de los subsidios en las comunidades.

• El impacto en el desarrollo de los mercados locales o regionales.

• El impacto en los canales de comercialización y distribución de los productos.

• El impacto en la integración de cadenas productivas locales.

4. Indicadores para medir la calidad en los programas que otorgan subsidio.

4.1. Calidad de los programas.

• La suficiencia de los programas desde el punto de vista de los intermediarios financieros bancarios y no bancarios y productores.

• Frecuencia con que los acreditados recurren a fuentes alternativas de financiamiento.

• Oportunidad en el otorgamiento del crédito.

• Acceso al crédito por primera vez de pequeños productores.

• Grado de satisfacción de la población objetivo de cada programa.

COLECTA DE INFORMACION

La primera etapa de la evaluación se realizó bajo los rubros siguientes:

Trabajo de Gabinete

A partir de la información documental aportada por FIRA, se procedió a identificar los aspectos siguientes:

• La instrumentación de cada programa con base en las reglas de operación y demás aspectos normativos.

• Las diversas líneas de intervención del programa, su planeación, organización operativa y su ejecución.

• Los factores externos al programa, como la relación con otros intermediarios financieros, productores participantes en actividades de difusión tecnológica o administrativa, asistentes técnicos etcétera.

• La forma en que se desempeñan los diversos agentes descritos en las reglas de operación.

Trabajo de Campo

Con la finalidad de lograr eficiencia en costo, precisión y relevancia en la información por ser generada y analizada, así como la representatividad nacional, por entidad federativa y por núcleo de población o tipo de empresa, partiendo de la información proporcionada sobre los beneficiarios de cada uno de los programas con subsidio, se realizó una selección aleatoria de una agencia FIRA por estado y, al interior de dicha agencia, una selección estratificada de beneficiarios bajo los criterios siguientes:

• Un mínimo de 10 beneficiarios por agencia.

• Un máximo de 20 beneficiarios por agencia.

• La diferencia entre el número mínimo y el máximo de beneficiarios será distribuida con base en la proporción de éstos en cada estado con relación al total de beneficiarios atendidos durante el periodo sujeto a evaluación, de tal forma que el número total de beneficiarios encuestados corresponda a 480, lo que permitirá cumplir con los criterios de confiabilidad y precisión necesarios para validar la evaluación (confiabilidad del 95%, precisión del 95%, con un coeficiente de variabilidad del 30%).

Asimismo, al interior de cada agencia se seleccionó a los beneficiarios con base en un muestreo estratificado, tomando el número total de beneficiarios por tipo de programa, el tipo de beneficiario y la modalidad de apoyo, de tal forma que la muestra final fuera representativa de la población objetivo de los programas con subsidio.

Debido a que la evaluación tendrá que ser realizada en dos etapas, se implementó la estrategia siguiente de trabajo de campo:

• Para el informe preliminar por ser presentado en octubre de 2002, el cual incluye información de los meses de enero a agosto del mismo año, se realizó el trabajo de campo con todas las agencias seleccionadas en la muestra, para obtener un mínimo de 320 beneficiarios (proporción de 8/12 con respecto al tamaño de la muestra). Una vez concluido el trabajo se logró colectar 307 cuestionarios. Los faltantes serán incluidos en la segunda etapa de la evaluación.

• Para el informe final por ser presentado en febrero de 2003, el cual incluye toda la información del ejercicio fiscal 2002, se seleccionarán del total de beneficiarios del periodo septiembre-diciembre los restantes 160 beneficiarios que comprende la muestra y se procederá nuevamente a rea-lizar el trabajo en una agencia por entidad federativa.

Previendo los problemas inherentes a la ausencia de productores en sus núcleos de población o en sus áreas de trabajo, se diseñaron dos muestras de reemplazo, siguiendo la misma metodología indicada anteriormente, de tal forma que aquel beneficiario que no pudo ser localizado se reemplazó por otro que haya sido sujeto de apoyo por el mismo programa y con características similares, teniendo la opción de un tercero en la segunda muestra de reemplazo.

Con la finalidad de guardar las proporciones en relación con el número de beneficiarios de los programas de crédito con subsidio y aquellos beneficiados de los programas para el fomento tecnológico, la muestra final atendió las proporciones siguientes:

• Un mínimo de 75% de los beneficiarios corresponde a aquellos que recibieron crédito con subsidio, indistintamente si recibieron otro tipo de apoyos. Adicionalmente, se buscó que la muestra guardara la proporción de beneficiarios de cada uno de los programas de crédito con subsidio.

• Un máximo de 35% de los beneficiarios corresponde en forma proporcional a los que recibieron apoyos de los programas de fomento tecnológico (capacitación, transferencia de tecnología y asistencia técnica).

Fuentes de Información

Para determinar los indicadores antes señalados se utilizaron las fuentes de información que se listan a continuación:

• Documentación normativa y operativa de los programas de FIRA.

• Cuestionarios a beneficiarios.

• Se diseñó un cuestionario para la obtención de la información directa por parte de los beneficiarios.

• Entrevistas semiestructuradas a miembros de las siguientes instancias:

• Agentes Procrea.

• Responsables de la gestión de financiamiento dentro de la estructura de los intermediarios financieros.

• Responsables de la gestión de apoyos al fomento tecnológico.

• Agentes de FIRA.

La información obtenida mediante encuestas se consideró como complementaria a la proporcionada por FIRA.

Con base en la información anterior, se desarrollaron los indicadores particulares por programa, considerando, en la medida de lo posible, para cada uno de éstos su aplicación por tipo de programa, por sistema productivo y por estado a través de la estrategia de evaluación. La estrategia se presenta en seguida:

VER DOCUMENTO 10

Debido a problemas primordialmente de índole climática, en algunos estados no fue posible cumplir con el 100% de los cuestionarios previstos. En total, se recolectaron 307 de los 320 considerados para la primera etapa. Los faltantes serán incorporados en la segunda etapa de trabajo de campo, por realizarse en enero de 2003.

Con el propósito de garantizar la confidencialidad de la información proporcionada por cada uno de los beneficiarios participantes en el trabajo de campo, se incluyó en el cuestionario un espacio para el nombre del beneficiario, el cual será desprendido del mismo cuando toda la documentación sea entregada a FIRA.

Se llevaron a cabo 100 entrevistas, de las cuales 31 correspondieron a agentes de FIRA, 21 a agentes del Procrea, 25 a intermediarios tecnológicos y 23 a intermediarios financieros, lográndose la representatividad deseada de la muestra.

Análisis de la información

La información obtenida mediante las encuestas y las entrevistas fue capturada y procesada a través de bases de datos Microsoft Excel, con la finalidad de permitir el manejo de la información y la generación de los indicadores necesarios para la evaluación.

Con el propósito de asignar una calificación en el rango de cero a 100 para cada indicador de evaluación, se desarrolló un conjunto de fórmulas que permitieran obtener indicadores de desempeño asociados con las respuestas y comentarios proporcionados por los beneficiarios de subsidio, intermediarios financieros, agentes del Procrea, agentes de FIRA e intermediarios tecnológicos. El resultado de estas calificaciones se muestra en el anexo del resumen ejecutivo.

Evaluación parcial de resultados alcanzados durante el periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 15 de agosto de 2002

Evaluación de las reglas de operación

Cada uno de los programas cuenta con manuales de operación desarrollados en donde se describen de manera particular los objetivos, las características de los sujetos de crédito o beneficiarios para cada uno de los programas con subsidio, las políticas, normas y procedimientos que permiten al personal de la institución y a los intermediarios financieros o tecnológicos, atender la operación de los mismos. Los documentos consultados se listan a continuación:

a) Modificaciones a las reglas de operación de los programas que canalizan subsidios para el Ejercicio Fiscal 2002.

b) Normas de operación de crédito con recursos de FIRA.

c) Manual de normas y procedimientos del Programa de Crédito por Administración (Procrea).

d) Manual de normas de operación de subsidios a los Intermediarios financieros.

e) Procedimiento para el trámite y autorización de eventos de capacitación empresarial.

f) Manual del Programa de Apoyo a la Adopción Tecnológica (PAAT).

g) Manual de Servicios de Asistencia Técnica Integral (SATI).

h) Esquema de subsidios para el diagnóstico y calificación de uniones de crédito y agentes del Procrea.

Adicionalmente, se consultaron diversas circulares técnicas emitidas durante el ejercicio 2002, a través de las cuales FIRA notifica a los intermediarios financieros, bancarios y no bancarios, sobre los cambios o ajustes en diversas disposiciones, con la finalidad de actualizar la información contenida en los manuales de acuerdo a lo establecido en las reglas de operación, lo que permitió observar que la aplicación de los subsidios se hace en estricto apego al contenido de las reglas.

Los programas con subsidio sujetos a evaluación se resumen en los siguientes:

a) Financiamiento al productor o a intermediarios financieros con tasas de interés preferenciales, es decir, por debajo de la tasa del mercado, la cual se define como la tasa de Cetes a 28 días más dos puntos porcentuales. Los fideicomisos asociados a estos programas son Fondo, FEFA y Fopesca.

b) Estímulos o reembolsos a intermediarios financieros con la finalidad de que promuevan el fortalecimiento o la formación de nuevos sujetos de crédito. Estos subsidios forman parte de los programas del FEGA.

c) Apoyos, cuotas o reembolsos otorgados en forma gratuita a productores o al personal de las estructuras especializadas que ofrecen capacitación, asistencia técnica, transferencia de tecnología o facilitan la administración de los recursos financieros a la población del sector rural o pesquero. Estos conceptos están incluidos en los programas con subsidio del FEFA y FEGA.

Características de los programas FIRA con subsidio

Con base en el análisis de la información proporcionada por FIRA, durante el periodo de la primera etapa de la evaluación, el total de operaciones realizadas con subsidios en tasas de interés a través de fondo para productores PD1 y PD2 fue del 74.9% y 25.1%, respectivamente y ninguna con PD3, proporciones que difieren con respecto a 2001, donde se realizaron el 78% para PD1 y 22% para PD2. FEFA destinó el 77.3%, 15% y 7.7% para PD1, PD2 y PD3, respectivamente, cuando en 2001 fueron 84%, 10.5% y 5.5% para cada uno de los tipos de productores. Para el caso de Fopesca la distribución de los créditos en 2002 fue del 68.3% para PD1, 20.3% para PD2 y 11.4% para PD3, siendo que en 2001 se asignó el 69.1%, 10.3% y 20.6% para PD1, PD2 y PD3, respectivamente. El promedio de los tres fideicomisos para 2002 fue del 77%. 16.2% y 6.8% y para 2001 del 83.3%, 11.8% y 4.9%, respectivamente para PD1, PD2 y PD3 en ambos casos.

En relación con el tipo de crédito, el Fondo manejó el 99.8% de créditos de avío, 0.1% de refaccionarios y 0.1% de otro tipo. En 2001 las proporciones habían sido 99.9% de avío y 0.1% de otro tipo. FEFA operó un 67.9% en avíos, 29.6% de refaccionarios y 2.5% de otro tipo, cuando en 2001 fueron distribuidos con el 76.3% para avíos, 23.6% de refaccionarios y 0.1% de otro tipo. En el caso de Fopesca, del total de créditos, el 51.9% fueron avíos y el 48.1% refaccionarios, comparativamente con el 2001 donde el 44.1% correspondió a avíos y el 55.9% a refaccionarios. Los porcentajes anteriores representan en promedio para todos los fideicomisos el 71.6%, 26.2% y 6.8%, respectivamente para avíos, refaccionarios y otro tipo de créditos, mientras que en 2001, dichos porcentajes fueron del 78.9% 21% y 0.1%.

El análisis de los porcentajes anteriores permite considerar que los tres fideicomisos han estado cumpliendo satisfactoriamente con el objetivo de otorgar crédito de avío en condiciones preferenciales a los productores en desarrollo PD1, así como tratamiento preferencial en las tasas de interés para aquellos productores en el medio rural o pesquero, que sean sujetos de crédito refaccionario.

Al 15 de agosto de 2002 el importe total de los programas de crédito a tasas preferenciales mostró un avance de 8 mil 947 millones de pesos por créditos en moneda nacional, de un estimado anual de 14 mil 634.1 millones1, lo que representa el 61.1%, quedando por ejercer durante la segunda quincena de agosto y los meses de septiembre a diciembre de 2002, el 39.9% restante. El programa de formación de sujetos de crédito mostró un avance del 26.8% con respecto al monto total presupuestado por $643.5 millones y el de fomento tecnológico reporta un 27.4% de avance en relación con los $203.4 millones estimados en las reglas de operación.

El 68% del total de los beneficiarios encuestados que recibieron crédito durante el 2002, consideraron que éste fue suficiente y oportuno; el 84% opinó que los trámites para la obtención del mismo fueron fáciles, indicando el 16% de ellos que los principales problemas con los que se enfrentaron, tenían relación con la falta de documentación para las garantías y desconocimiento del procedimiento para solicitar el crédito. En comparación con 2001, donde se observó que el 51% de los beneficiarios comentaron que el crédito fue suficiente, y un 78% consideró que los trámites fueron fáciles. Se aprecia que en este año 2002 ha mejorado la percepción de la población objetivo en todos estos indicadores.

En los casos de beneficiarios que experimentaron el rechazo de una solicitud de crédito, los cuales representaron el 8.2% del total de la muestra, las causas descritas por ellos fueron: falta de garantías de acuerdo al monto y tipo de crédito solicitado, la documentación de las garantías no estaba en orden y el destino del financiamiento, el cual debe ser dirigido a actividades económicas en el sector rural o pesquero.

Durante las entrevistas no se identificaron problemas asociados con actos de corrupción o coerción propiciados por los intermediarios.

Producto de la revisión de las normas y procedimientos de los programas de fomento tecnológico, se concluye que su contenido es consistente con lo declarado en las reglas de operación.

En relación con la distribución de los apoyos entre los beneficiarios que integraron la muestra, el 57.1% sólo recibió crédito, el 22.1% recibió únicamente algún tipo de apoyo tecnológico, y el 20.7% fue beneficiario de ambos.

El análisis de la información documental indica que a través del PAAT se otorgaron 399 apoyos, de los cuales el 57.1% fueron relacionados con la rama agrícola, el 31.6% a la ganadera, el 9.5% a la forestal, 1.3% a la pesca y 0.5% en áreas de formación administrativa. El 70.2% correspondió a la modalidad de demostraciones, 18% al establecimiento de Unidades de Transferencia de Tecnología (UTT), 9.5% a la promoción tecnológica, 1% en transferencia de tecnología, 0.5% para elaboración de diagnósticos tecnológicos y 0.3% para estudios de inversión y adiestramiento, respectivamente. Del total de recursos destinados a apoyar la adopción tecnológica, el 53.7% fue para diagnósticos, 30.3% en UTT y las demás modalidades con porcentajes menores al 2.5%. Las proporciones de los apoyos en relación con el tipo de actividad económica fueron muy similares a los observados en 2001, donde el 61.7% de los apoyos PAAT correspondieron a la rama agrícola, 31.8% a la rama ganadera, a la forestal el 3.4% y la pesquera con 3%.

El Programa de Capacitación Empresarial atendió durante el periodo a 32 mil 21 beneficiarios a través de sus distintas modalidades, con una cantidad de subsidio ejercida a la fecha por $24 millones 404 mil 96 y un presupuesto comprometido para estos eventos por $37 millones 640 mil 360. De la cantidad comprometida, el 47.6% corresponde a cursos, 46.2% a becas de inducción a emprendedores, 5.7% para viajes de observación y una proporción menor al 1% para becas bipartitas.

Con un padrón de más de 600 empresas reconocidas por FIRA para ofrecer Servicios de Asistencia Técnica Integral (SATI), durante el periodo de evaluación se atendió a 39 mil 145 beneficiarios, un promedio mensual de 5 mil 2192, lo cual, comparado con el promedio mensual en 2001 de 10 mil 3463 indica una disminución del 49.6% en beneficiarios participantes.

El programa de fomento a la formación de sujetos de crédito reportó un total de 6 mil 123 estímulos a los intermediarios financieros que participaron en el mismo, de los cuales se destaca que el 98.9% fueron dirigidos a beneficiarios organizados en grupos para administrar el financiamiento, el 85.9% de los créditos con estímulo se canalizó a avíos, el 10.7% a refaccionarios y el 3.4% a otro tipo de crédito. El 64.6% del importe de estos créditos se destinaron a productores u organizaciones de los mismos en el área agrícola, 11.9% en la ganadera, 2.3% para los que rea-lizan actividades forestales, 1.8% para acuacultura o pesca y un 19.4% para otras actividades del sector rural.

A partir del cuarto trimestre de 2001 entró en operación el esquema de subsidios para la evaluación y calificación de uniones de crédito y agentes Procrea. A la fecha de la primer etapa de la evaluación, se contaba con 35 intermediarios financieros adheridos al convenio, de los cuales cuatro ya recibieron calificación, dos están en proceso de elaboración y la diferencia está preparando su documentación para ser evaluados y posteriormente calificados.

Finalmente, en relación con el conocimiento de los objetivos de los distintos programas con subsidio, intermediarios tecnológicos, intermediarios financieros y agentes Procrea; mostraron un conocimiento aceptable de casi todos ellos, destacando que en el caso de los objetivos de los programas del Fopesca, como era de esperarse, se tiene un conocimiento limitado de los mismos, principalmente por los intermediarios financieros localizados en los estados de la República Mexicana que no disponen de litorales.

Eficiencia en términos de los beneficios económicos y sociales de los subsidios

Con base en la información proporcionada por los beneficiarios de subsidios que conformaron la muestra, el 70% reportó al menos un cambio económico favorable atribuible a cambios en la tecnología, los rendimientos, la calidad, los costos o los ingresos y el 80% consideró haber tenido un cambio favorable en lo social, definido por el cambio en su nivel de bienestar, particularmente en su aprendizaje, las posibilidades de acceso a su educación y la de su familia y la calidad de vida medida en términos de salud y alimentación.

Los estados en los que se destaca el mayor impacto social son Guerrero, Puebla, Baja California Sur, Morelos, México, Colima, Hidalgo, Jalisco, Tlaxcala, Campeche, Michoacán y Guanajuato.

Del total de beneficiarios que integraron la muestra y que recibieron apoyo de alguno de los programas de fomento tecnológico, el 93.4% ha adoptado o piensa adoptar la tecnología. El 67% recibió el apoyo en forma individual y el 33% lo hizo a través de algún grupo de productores. Se identificó que los principales factores limitantes para aquellos productores que no han adoptado o no piensan adoptarla, son atribuibles en un 41.5% de los casos a falta de recursos financieros, en un 29.3% a la falta de infraestructura para aplicar la tecnología y el 29.3% a diversas causas entre las que se cuenta: no haberla entendido o requerir mayor capacitación para hacer uso de la misma.

El impacto sobre las comunidades se refleja en que el 88.1% de los que han adoptado tecnología, han notado interés de sus vecinos en lo que están haciendo, el 85.6% han enseñado a otros productores cómo utilizar la tecnología, y el 96.6% estimó que gracias a lo aprendido mejorará su bienestar en el futuro. Al comparar estos porcentajes con los obtenidos con la muestra de la evaluación de 2001, se observa un aumento generalizado en todos ellos, destacando que éste fue superior al 20% en la proporción de productores con disposición a enseñar a sus vecinos el uso de lo aprendido con los apoyos que ofrece FIRA.

En relación con el empleo, el grupo de beneficiarios en la muestra que recibió subsidio en tasa de interés y apoyo de alguno de los programas con subsidio de Fomento Tecnológico, indicaron que el número de trabajadores contratados de manera permanente aumentó en 21.5%, comparativamente con los que sólo recibieron el apoyo tecnológico, cuyo incremento fue del 8.3% y los que sólo recibieron crédito el 1.4%. Adicionalmente, el 72.3% opina que el uso de la tecnología adoptada requiere de mano de obra más capacitada y el 74.3% considera que la mano de obra necesita un mejor sueldo como consecuencia de la especialización que demanda la tecnología. Estos dos últimos porcentajes aumentaron en comparación con lo reportado en la evaluación de 2001.

De los productores que recibieron subsidio, el porcentaje que ha percibido un cambio en el ingreso fue del 90.7%, atribuible principalmente a tres factores: mejoras en el rendimiento, cambios en la calidad de sus productos y acceso a mejores mercados, siendo el primero de estos factores el que incidió de manera más significativa. Como consecuencia de lo anterior, y a pesar de que algunos reportaron aumentos en sus costos como consecuencia de las innovaciones tecnológicas o la incorporación del crédito, la mayoría consideró haber registrado un cambio favorable en sus utilidades netas.

No se observaron cambios significativos en relación con el destino de los productos de los beneficiarios de algún tipo de subsidio. La producción para autoconsumo familiar pasó de 6.8% en 2001 a 7.2% en 2002, el autoconsumo para la producción bajó ligeramente del 7.3% a 6.6%, la proporción que destinan al mercado nacional fue un 81.8% en 2001 y un 81.7% para 2002, mientras que para la exportación pasó del 4% al 4.5% de 2001 a 2002, respectivamente. Sin embargo, el 84% de los entrevistados opinaron que el apoyo recibido les ha permitido hacer cambios en la forma de comprar sus insumos y vender sus productos, destacando principalmente el mayor poder de negociación que tienen cuando han sido beneficiados por algún tipo de crédito. Las principales modalidades de integración a las redes de valor que dijeron emplear los acreditados consistieron en la elaboración de contratos o convenios con sus clientes, lo que les permitía asegurar la venta de sus productos, por lo que ellos podían dedicar más tiempo a la atención de sus actividades productivas.

Eficacia en términos del costo-beneficio de la aplicación de los subsidios

El saldo de créditos con subsidio al 31 de agosto de 2002 fue de $6,337,161,439.70 para productores PD1 del sector rural y $47,381,165.55 del pesquero, para los productores PD2 y PD3 del sector rural fue de $8,123,593,070.45 y del pesquero $60,294,584.29. Comparativamente con el saldo al 31 de agosto de 2001, para PD1 del sector rural disminuyó un 8.8%, PD1 del sector pesquero también disminuyó 51.2%, PD2 y PD3 del sector rural mostró un saldo menor en 19.1% y para este mismo nivel de productores del sector pesquero aumentó en 3.8%.

Los subsidios a la tasa de interés al 31 de agosto de 2002 sumaron $550,108,071.43, distribuidos de la siguiente forma, $335,377,276.39 para PD1 del sector rural, $5,198,075.97 en el caso de PD1 en el sector pesquero, $208,583,952.38 para los productores PD2 y PD3 con actividades rurales y $948,766.69 para PD2 y PD3 en el sector pesca. Estas cantidades representan un aumento del 3.4% y 103.4% del subsidio a PD1 en el sector rural y el pesquero, respectivamente, así como una disminución del 2.4% y 10.9% para los productores PD2 y PD3 de dichos sectores. En total, se tiene un apoyo 1.63 veces mayor para los productores de menores niveles de ingresos en comparación con los de mayores ingresos, índice superior al obtenido en 2001, el cual fue de 1.54, lo que permite confirmar que la aplicación de los subsidios se enfoca hacia la población objetivo a ser favorecida con éstos, tal y como se establece en las reglas de operación.

La proporción que representa el subsidio con respecto al saldo del crédito ha disminuido comparativamente con el mismo periodo en 2001. Así, con las cifras reportadas al 31 de agosto de 2001, se tenía un 3.71%, mientras que para el mismo periodo en 2002, esta relación disminuyó a 3.2%, lo que implica una mayor eficacia en el uso de los recursos FIRA en la medida en que el crecimiento en los saldos de la cartera de crédito ha crecido por arriba de la inflación entre dichos periodos.

El importe promedio de cada crédito otorgado a la fecha fue de $430,064.75, donde Fopesca en dólares muestra el promedio más alto por $1,050,000 US dll, Fopesca en moneda nacional con $1,755,322.19, Fondo $1,238,059.05 y FEFA con el promedio más bajo por $317,324.76.

El total de créditos otorgados durante el periodo fue de 20 mil 809, Fondo operó 2 mil 423, FEFA 18 mil 305 y Fopesca 81. De acuerdo al nivel de agrupación de los beneficiarios de crédito, en total se otorgaron 12 mil 130 en forma individual y 8 mil 679 a grupos. Fondo prácticamente registró financiamientos en forma colectiva (2 mil 252 comparado con 171 individuales), FEFA descontó una mayor cantidad de operaciones individuales (11 mil 940 contra 6 mil 365) y Fopesca tuvo 62 en forma agrupada y 19 personales. En total, el crédito canalizado en forma individual fue por $1,403,831,286 y en el dirigido a grupos, la cantidad correspondió a $7,545,385,998. Este mismo comportamiento se observó en la evaluación de 2001.

Los créditos de avío con subsidio a la tasa de interés fueron 14 mil 887, los refaccionarios 5 mil 458 y los clasificados como otro tipo de crédito 464. El importe de cada uno de estos tipos de crédito fue por $4,927,444,276 para avíos, $3,903,699,263 en el caso de refaccionarios y $118,073,745 con otro tipo. Esto representa un promedio por crédito de avío de $330,989.74, para refaccionario es de $715,225.22 y otro tipo $254,469.28. El promedio general correspondió a $430,064.75 para todos los créditos con subsidio descontados a través de alguno de los fideicomisos Fondo, FEFA y Fopesca.

La comparación entre la proporción que representan los estímulos a los intermediarios financieros bancarios y no bancarios y lo que ellos mismos consideraron que son sus costos asociados a la atención de los sujetos de crédito en desarrollo, muestran valores similares, por lo que se considera que dichos subsidios son suficientes. Adicionalmente, se observa que al nivel de la banca múltiple, hay tres bancos que operan más del 97% del total de créditos que se canalizan a la población con el apoyo del estímulo a estos intermediarios. El importe promedio de los créditos con este programa de subsidio es de $942 mil, lo que representa una media por estímulo de $39 mil 714, equivalente al 4.2% sobre el monto del crédito.

El número de operaciones realizadas a través de los agentes Procrea ha aumentado en el programa de formación de sujetos de crédito, pero no así la cantidad total de financiamiento a su cargo. Durante el periodo de evaluación colocaron 3 mil 362 préstamos, por un monto total de $913.5 millones, y un estímulo de $62.6 millones, cantidad que representa el 6.9% del valor de los créditos administrados por ellos. Sin embargo, su participación en el total del subsidio otorgado por el programa, pasó de un 53% en 2001 a un 36.4% en 2002. Lo anterior se fundamenta en lo siguiente: primero, el promedio por crédito manejado directamente por la banca múltiple es mayor que el de los agentes Procrea; segundo, la banca mostró un mayor crecimiento relativo en comparación con los agentes, tanto en número de operaciones como en el valor promedio por crédito operado; y tercero, esta reducción en la dinámica que habían presentado los agentes Procrea en años anteriores tiene su origen en la implementación, por parte del FIRA, de una estrategia de disminución de su exposición al riesgo en sus operaciones de descuento, la cual implica que los intermediarios financieros no bancarios que administran crédito con recursos FIRA, tienen la obligación de someterse a un proceso de evaluación y calificación de riesgos a través de la contratación de empresas privadas acreditadas para ello. Mientras el intermediario financiero no disponga de su evaluación y calificación, su techo de operación con FIRA quedará restringido a los créditos que actualmente maneje, limitándoles la posibilidad de nuevos financiamientos a la recuperación de su cartera actual. El techo operativo para cada intermediario financiero se fija con base en el resultado de la evaluación y calificación de riesgo y mientras los agentes Procrea no se sometan a este proceso, no podrán incrementar su nivel de operación.

Del total de beneficiarios entrevistados, el 3.6% declaró haber tenido problemas para el pago de algún crédito. Las causas principales por las que se retrasan en el pago se atribuyen a factores externos como los eventos climáticos que afectan la producción, bajos precios de los productos en el mercado, problemas de cobro a sus clientes y defunciones o enfermedad del titular del crédito. Los efectos que estas causas tienen sobre la capacidad de pago de los productores pueden ser minimizados a través de la contratación de pólizas de seguro, organización para la venta de sus productos y manejo de instrumentos de cobertura de riesgos. El bajo porcentaje de acreditados con problemas para liquidar sus créditos muestra que el proceso de selección de sujetos de crédito está siendo efectivo, generando una mayor calidad de sujetos de crédito en la cartera total de operaciones con descuento realizadas con recursos FIRA.

En relación con los niveles de bienestar de los acreditados, el 80.7% consideró haber experimentado un cambio en sus conocimientos como consecuencia del subsidio recibido. El 56.9% estima que han mejorado las posibilidades de educación de su familia, el 51.3% la calidad de vida de su familia y cerca del 40% han experimentado mejoras en su salud y alimentación, su posibilidad de invertir en nuevos negocios, su capacidad para ahorrar, su capacidad de compra de bienes duraderos y la posibilidad de hacer mejoras en su vivienda. Sólo un 19% opinó haber tenido un impacto negativo en su capacidad de recreación y esparcimiento, como consecuencia de que tiene que dedicar más tiempo a sus actividades productivas.

Se observaron algunos cambios importantes en las estructuras productivas de ciertos grupos de beneficiarios. En relación con la intención de los beneficiarios por integrarse con otros productores para desarrollar actividades de industrialización de sus productos, la proporción es baja, pero con casos que declararon ser exitosos gracias a los apoyos recibidos. La mayor preocupación de los entrevistados se orienta hacia el valor agregado que genera organizarse para la compra de insumos y la venta de sus productos, motivo por el cual la formación de clubes de productores viene a ser una forma apropiada mediante la cual satisfacen sus inquietudes. A pesar de que se expusieron algunos ejemplos de integración de grupos para la producción, a diferencia de la evaluación de 2001, éstas no fueron reportadas como el factor más importante de integración de acreditados o productores que recibieron apoyos de fomento tecnológico a las redes de valor.

Calidad de los programas

La suficiencia de los programas desde el punto de vista de los intermediarios financieros bancarios y no bancarios, se considera buena. Para cada uno de los programas FIRA con subsidio las opiniones favorables fueron mayores al 50%. En promedio, los estímulos a intermediarios financieros fueron considerados en un 73.2% como suficientes, 68.7% para el caso de los créditos a tasas de interés preferenciales y el 64.2% para los apoyos de fomento tecnológico ofrecidos a través del PAAT, Capacitación Empresarial y SATI. Sin embargo, hay que destacar que algunas modalidades de subsidio fueron consideradas por cerca del 50% de los intermediarios con niveles de insuficiencia, por lo que se tienen como áreas de oportunidad los siguientes tipos de apoyos: promoción de productos con valor agregado, viajes de observación, becas bipartitas y apoyos para la difusión tecnológica.

La proporción con la que los acreditados recurren a fuentes de financiamiento distintas a las que descuentan sus recursos con el FIRA es relativamente baja, con base en la opinión de éstos durante las entrevistas. El 4.2% del total ha tenido que recurrir a otras fuentes para financiar su capital de trabajo, el 0.8% para sus proyectos de inversión y el 2.3% para otro tipo de financiamiento. Al revisar la lista de fuentes alternativas que mencionaron los beneficiarios, se identificó que algunas de ellas descuentan recursos con el FIRA, pero el entrevistado no tiene conocimiento de que así lo hace el intermediario financiero.

Los acreditados consideran que los recursos del crédito les son entregados con oportunidad en el 71.3% de los casos, sin encontrarse diferencias significativas entre los tipos de crédito a los que tienen acceso éstos. En cuanto a los estímulos para la formación de sujetos de crédito, y la evaluación y calificación de riesgos, el 78.1% de los intermediarios opinaron que los recibieron con oportunidad. Los apoyos tecnológicos mostraron el mayor índice de oportunidad, con el 90.2% de los beneficiarios entrevistados. En relación con el crédito, se sugiere trabajar en los procedimientos de entrega de los recursos, ya que para el 29.7% de los beneficiarios, la falta de oportunidad, puede representarles problemas para el adecuado desempeño de sus procesos productivos.

El 37% de los beneficiarios entrevistados respondieron que por primera vez tenían acceso al crédito a través de recursos de FIRA. La mayor proporción de éstos solicitó financiamiento para capital de trabajo (avío). Los principales motivos expuestos por ellos se basan en la búsqueda de una mayor eficiencia en sus procesos productivos, por lo que requieren de financiamiento para poder adquirir todos los insumos y tecnología necesaria para la producción y en algunas ocasiones mencionaron la oportunidad de crecimiento de su empresa.

El grado de satisfacción expuesto por la población-objetivo de cada programa se muestra a continuación.

Tipo de programa                                Porcentaje                                                                satisfecho

Por la cantidad de crédito recibida                           80.2%

Por la oportunidad con que le otorgaron el crédito                                                  73.4%

Por los beneficios generados por el uso del crédito                                                 93.2%

Por el costo pagado por el crédito                         86.8%

Por la calidad de los eventos o apoyos             94.0%

Por los beneficios generados por la tecnología aprendida                                 92.9%

Por la organización de los eventos                   95.5%

El personal de FIRA                           95.1%

El personal del banco                          88.7%

Otros intermediarios financieros                    85.2%

Los organizadores de eventos tecnológicos                                     98.2%

Los aspectos relacionados con los beneficios generados por el uso del crédito, la calidad de los eventos o apoyos, los beneficios generados por la tecnología aprendida, la organización de los eventos, la forma en que fueron atendidos por el personal de FIRA y los organizadores de eventos tecnológicos, muestran un índice de satisfacción elevado. Las áreas de oportunidad de mejora se identifican en la cantidad de crédito y la oportunidad con la que éste es entregado a los acreditados.

Conclusiones

Los diversos programas FIRA que canalizan subsidios operados por los fideicomisos Fondo, FEFA, FEGA y Fopesca, cuentan con manuales de operación y procedimientos que se apegan a lo establecido en las modificaciones a las reglas de operación de los programas que canalizan subsidios para el ejercicio fiscal 2002. La actualización de estos documentos se realiza con oportunidad y se notifica mediante circulares técnicas a las entidades a través de las cuales FIRA canaliza los subsidios.

En relación con el cumplimiento de los objetivos de cada uno de los programas y la atención a la población-objetivo, ambos descritos en las reglas de operación, se identificó que existe prioridad para canalizar subsidios a la población con menores niveles de ingreso a través de créditos a tasas preferenciales, estímulos a los intermediarios financieros para la formación de sujetos de crédito y apoyos de carácter tecnológico.

Con base en estimaciones realizadas por la entidad evaluadora, se estima que el monto presupuestado para el ejercicio 2002 será cubierto durante la segunda quincena de agosto y los meses de septiembre a diciembre, ya que falta un poco menos del 40% por ejercerse. El programa de formación de sujetos de crédito se encuentra rezagado y es poco probable que al término del año se cumpla con el 100% de las metas financieras establecidas, misma situación que ocurre con los programas de fomento tecnológico. Sin embargo, con base en el número de apoyos ofrecidos en ambos programas, se estima que las metas físicas se logren antes de finalizar el año.

Los resultados del trabajo de campo permiten concluir que durante el periodo de evaluación, los programas FIRA con subsidio han impactado de manera favorable, en lo económico y social a los beneficiarios de estos apoyos. Los niveles de adopción de tecnología son altos, particularmente cuando los costos de este proceso está soportado a través de las diversas clases de crédito. En el renglón de ingresos, éstos han sido mejorados debido a aumentos en rendimientos, mejora en la calidad de los productos y acceso a nuevos mercados.

A nivel comunitario, se identificó un efecto favorable de difusión tecnológica, el cual consiste en que los beneficiarios directos de apoyo muestran una alta disposición por enseñar a sus vecinos la tecnología aprendida a través de los programas de apoyo a la adopción tecnológica y los de capacitación empresarial. Asimismo creció el número de empleos requeridos al interior de las unidades de producción, con trabajadores mejor calificados y con la disposición de los productores a pagar mejores sueldos.

El impacto que han tenido los subsidios sobre los esquemas de comercialización empleados por los beneficiarios de los mismos, muestra un primer nivel de integración para realizar actividades de compraventa, particularmente en aquellos que fueron sujetos de crédito en el año. Sin embargo, no se identificó que exista una tendencia hacia la asociación con otros productores, con la finalidad de generar mayor valor agregado a través de la industrialización.

La tasa de crecimiento mostrada por los intermediarios financieros no bancarios, particularmente los agentes del Procrea en su función de formación de sujetos de crédito, disminuyó en comparación con lo mostrado en 2001. Esta situación es atribuible a la necesidad de controlar y supervisar el nivel de riesgo crediticio con el que estos intermediarios operan.

La proporción que representa el subsidio a tasas de interés con respecto a los saldos de crédito vigentes, mostró un estricto apego a las reglas de operación, en la medida en que los mayores porcentajes corresponden a los financiamientos con tasa preferencial dirigidos a la población-objetivo ubicada en el nivel de más bajos ingresos. En relación con los estímulos a los intermediarios financieros bancarios y no bancarios, éstos muestran ser suficientes para cubrir los costos adicionales que implica atender a la población que tradicionalmente no tiene acceso al crédito.

Se identificó como área de oportunidad la revisión de los procedimientos, de tal forma que permitan a los acreditados tener conocimiento de los tiempos en que una solicitud de crédito será atendida y, en su momento, le será otorgado el financiamiento.

Las principales causas por las que los nuevos sujetos de crédito acceden a financiamiento a través de los recursos FIRA, tienen relación, primordialmente, con las necesidades de liquidez para invertir en capital de trabajo y, en segundo término, con su intención de crecer en su actividad económica.

Finalmente, el grado de satisfacción expresado por los beneficiarios directos de los subsidios otorgados por FIRA, es calificado como excelente para la mayoría de los programas.

Recomendaciones

Sobre los programas con subsidio a la tasa de interés y el fomento tecnológico, se sugiere revisar las estrategias relacionadas con la atención de la población-objetivo en el sector pesca y de acuacultura. Se tiene un nivel reducido de operación de créditos, con pocas actividades o eventos de apoyo a la adopción tecnológica y capacitación. Al respecto, hay que tomar en consideración la dimensión de los litorales del país para las actividades de pesca y acuacultura, así como las áreas que cuentan con cuerpos de agua dulce susceptibles de explotación acuícola comercial. De igual forma, se sugiere aumentar el número de apoyos dirigidos a actividades económicas en el área forestal, dada su importancia estratégica en la conservación del medio ambiente, el recurso agua y el potencial productivo de muchas zonas en México, que actualmente están siendo subutilizadas con cultivos tradicionales con impactos negativos en la sustentabilidad de las regiones que disponen de estos recursos naturales.

La participación de la banca múltiple en los programas con subsidio para la formación de sujetos de crédito se limita principalmente a tres instituciones, a pesar de que en los programas de crédito convencional y los que sólo canalizan subsidio a la tasa de interés, se observa un mayor número de bancos participantes. Al respecto cabe mencionar que en los últimos años el sistema financiero mexicano se ha estado consolidando, disminuyéndose el número de bancos y surgiendo una nueva estructura y filosofía de operación, en la que los bancos consolidados no muestran vocación por atender al sector rural ni al pesquero. Esta situación requiere ser atendida a través de la revisión de los esquemas de estímulo ofrecidos, de tal forma que se pueda ampliar la cobertura de estos intermediarios en la atención a la población-objetivo que requiere crédito para incorporar innovaciones tecnológicas y administrativas en sus actividades económicas; cuidando que no se incremente el costo del subsidio a los bancos participantes ni el riesgo inherente a este tipo de operaciones financieras.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública.

DIARIO de los DEBATES

Diario de los Debates de la Cámara de Diputados                                Año III, Primer Periodo, 24 de Octubre de 2002

 


VOLUMEN II

CONTINUACION DE LA SESION DEL 24 DE OCTUBRE DE 20002

DEL DIARIO No. 19

 

NATALIA MERCADO VARGAS

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Estimadas compañeras y compañeros legisladores: distraigo su atención para expresar las más sentidas condolencias de esta Mesa Directiva y de la Cámara de Diputados, a nuestro colega el diputado Tomás Torres Mercado, legislador distinguido que prestigia a esta Legislatura por su comportamiento responsable y profesional, quien ha sufrido la dolorosa pérdida de su señora madre, la señora Natalia Mercado Vargas.

Les ruego nos pongamos de pie y guardemos un minuto de silencio.

(Minuto de silencio.)

VISITANTES DISTINGUIDOS

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Esta Mesa Directiva desea informar al honorable pleno que la Comisión de Relaciones Exteriores y los órganos de gobierno de esta Cámara tendremos el honor de recibir al señor Presidente de la República de Perú, el doctor Toledo, el día de hoy en la tarde, a las 16:00 horas, en el salón de Protocolo y hacemos extensiva la invitación a los legisladores que deseen asistir a recibir tan importante y distinguida presencia. Les rogamos puedan comunicar a la Mesa Directiva qué legisladores van a asistir a esta reunión, a efecto de poder prever su atención pertinente y el espacio requerido en el salón de Protocolo.

LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Pasamos al capítulo de iniciativas de diputados.

Se ofrece el uso de la palabra a la diputada Araceli Domínguez Ramírez, del grupo parlamentario del PRI, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

La diputada María Luisa Araceli Domínguez Ramírez:

Con su permiso, señora Presidenta:

Con el debido fundamento legal los legisladores suscritos sometemos a consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de reformas, modificaciones y adiciones a diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas en razón de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

La principal fortaleza de las fuerzas armadas la constituye su capital humano, de ahí la necesidad de que las instituciones militares no solamente otorguen importancia a la formación y capacitación del personal inculcándoles los principios de deber, lealtad, honor y espíritu de sacrificio para afrontar con éxito las misiones encomendadas en sus ámbitos de competencia respectivos o donde así se requiera, sino que traten como objetivo primordial el incremento de los estímulos y reconocimientos a su esfuerzo y dedicación en el desarrollo de cada una de sus actividades.

En correspondencia el Estado mexicano asume como su responsabilidad proporcionar las prestaciones de seguridad social al personal perteneciente a las Fuerzas Armadas Mexicanas, lo cual lleva a cabo con muchos esfuerzos, ya que los escasos recursos financieros que se destinan para tal fin repercuten en el hecho de que el bienestar social que se requiere dista mucho de ser el demandado por el personal militar en activo, retirados, derechohabientes y pensionados, al considerar que este personal aspire a incrementar sus ingresos en pro de una solvencia económica que le permita mejorar e igualar sus condiciones de vida, comparables con los de aquellos que tienen igualdad de responsabilidades en el ámbito civil. Estas aspiraciones insatisfechas, aunado a los servicios de guardia militar, disciplina y rigor del servicio, propician desaliento cuando no son satisfechas y pueden llegar al extremo de dar origen a deserciones o separaciones del servicio activo para emigrar en busca de oportunidades mejor remuneradas, lo cual puede ser un beneficio para la sociedad, pero que va en perjuicio para las Fuerzas Armadas al tener la continua fuga del personal capacitado.

Resulta imprescindible la necesidad de efectuar reformas y adiciones a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, con la finalidad de que los beneficios que la misma otorga se ajusten a las exigencias de la realidad económica actual, ya que dicha ley entró en vigor desde el año de 1976, sin que se hayan efectuado modificaciones sustanciales tendientes a la actualización de las prestaciones tanto económicas como en especie que contempla, dando origen a un constante rezago en la protección de seguridad social que se les brinda a las mujeres y a los hombres integrantes de las Fuerzas Armadas y de sus familias.

Aunado a lo anterior, los bajos salarios que percibe el personal de las Fuerzas Armadas ha dado lugar a que el nivel de vida de los militares que se encuentran en situación de retiro sea precaria, por lo que es preciso otorgarles las prestaciones a que tienen derecho, acordes a los nuevos tiempos que vive el país, con el fin de que puedan allegarse de los bienes necesarios para que puedan vivir con dignidad.

En lo que se refiere a la administración de los recursos financieros, humanos y materiales para brindarles la seguridad social a las Fuerzas Armadas Mexicanas a través del IFAM, en un gesto de equidad y justicia se incluyen en su estructura orgánica a todos los militares en una proporción acorde a cada una de las fuerzas. Es indispensable que se incrementen los montos de las prestaciones económicas que otorga la Ley de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas respecto a los pagos de defunción y ayuda para los gastos de sepelio, con objeto de que sus deudos estén en posibilidad de solventar los gastos mínimos de un funeral digno de un ser humano, al que todos los mexicanos tenemos derecho, sin que se vea afectada la economía de su familia, toda vez que los costos de este concepto se han incrementado notablemente en las últimas dos décadas debido a los altos índices inflacionarios.

De igual forma resulta imperioso que en lo referente a la prestación económica que contempla la ley en comento, relativo al fondo de trabajo que se otorga al personal de tropa, no se limite únicamente a cotizarlo en función del haber que perciben, sino que se incluyan las demás percepciones, debido a los mencionados haberes que son muy bajos.

Con relación a la prestación denominada Seguro de Vida Militar, que tiene fundamento legal en el Convenio para el Mejoramiento del Servicio, Operación y Administración del Seguro de vida, suscrito el 18 de agosto de 1995 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, se requiere y proponemos incorporarlo a la presente iniciativa, con la finalidad de darle el sustento de ley.

Con el propósito de darle el enfoque de equidad y género en los tiempos actuales, se incorpore en esta iniciativa al concubinario de la mujer militar, con derecho a todas las prestaciones, tanto económicas como médicas.

En estos tiempos modernos no es posible aceptar que se proporcione la atención médica al padre del militar hasta que sea mayor de 55 años de edad, como actualmente lo establece la ley, por lo que proponemos se les brinde sin restricciones.

También establece nuestra propuesta de modificaciones se le otorgue el derecho al servicio médico a los hijos de los militares que sean mayores de edad, con límite de 25 años, pero que demuestren que están estudiando en un nivel medio superior en instituciones educativas oficiales o incorporadas.

Se considera como militar muerto en activo a los miembros de las Fuerzas Armadas que fallezcan en el trayecto de las instalaciones de su centro de trabajo donde estén adscritos, a su domicilio o viceversa y por lo tanto proponemos se le brinde el derecho a todas las prestaciones establecidas para estos últimos.

Se clarifique el artículo de la ley actual, donde se otorga la prestación de un mes a disfrutar anterior al parto y de dos meses posteriores al mismo, para que puedan atender el estado de maternidad de la mujer militar, estableciendo que en caso de que se adelante el pacto se les compensarán con los días correspondientes posteriores al mismo.

Se precisan los requisitos para tener derecho a un crédito a la vivienda, estipulando su acceso a éste sin importar estado civil o sexo, pero considerando que tengan un mínimo de aportaciones al fondo para la vivienda.

Con la finalidad de actualizar la ley en lo relativo a los nombres y a las dependencias federales involucradas, es recomendable modificar lo referido a las funciones señaladas para la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto, expresando en su lugar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por ser la dependencia que actualmente tiene bajo su cargo dichas atribuciones.

Considerando que actualmente existen aproximadamente unos 275 mil militares en activo, como es en retiro, de los cuales casi el 80% pertenece a la tropa y que en promedio cada uno de ellos tiene tres derechohabientes, la presente iniciativa de reformas, modificaciones y adiciones a la Ley del IFAM, beneficiará a 1 millón 100 mil mexicanos, por ello los legisladores que suscribimos la presente iniciativa, desde este momento exhortamos a esta soberanía para emitir su voto a favor.

Anexo a la presente se incluye la iniciativa íntegra y un comparativo de la ley actual, las reformas y modificaciones propuestas, mismos que le servirá de apoyo durante el análisis de la iniciativa y de gran sustento para la elaboración del dictamen.

Solicito que la presente iniciativa se publique íntegra en la Gaceta Parlamentaria y se turne a las comisiones de Seguridad Social, con opinión de las comisiones de Marina y Defensa Nacional.

Es cuanto, señora Presidenta.

«Diputada Beatriz Elena Paredes Rangel, Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los legisladores suscritos, en voz de la que habla, Araceli Domínguez Ramírez, sometemos a la consideración de esta Cámara de Diputados, la presente iniciativa de reformas, modificaciones y adiciones a los artículos 1o.-bis, 5o., 7o., 10, 13, 14, 15, 16, 20, 22, 23, 29, 31, 33, 34, 36, 37, 39, 44, 47, 48, 51, 54, 56, 57, 68, 77, 78, 85, 86, 93, 100, 107, 120, 140, 152, 153, 154, 162, 170, 172, 191, 197, 198, 199, 203, 204 bis, 207, 208, 212, 216, 221, 227, 228, 229 y 235 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y a sus tablas anexas, en razón de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Como consecuencia de la globalización de las economías, los cambios revolucionarios en los sistemas de transporte y comunicaciones, las amenazas emergentes al medio ambiente y los cambios en el enfoque de los temas que afectan a la seguridad nacional, hoy más que nunca, México requerirá que las Fuerzas Armadas salvaguarden los intereses nacionales en la tierra, en el aire y en el mar. Conscientes de estas responsabilidades, las Fuerzas Armadas se han embarcado en un plan ambicioso para modernizar sus recursos materiales e incrementar sus capacidades, dotando a su personal con tecnología y equipamiento moderno, con la correspondiente capacitación, adiestramiento y especialización, manteniéndose siempre listas para vencer los retos presentes y futuros. Históricamente nuestra sociedad ha demandado a los integrantes de las Fuerzas Armadas mantenerse alertas, ser flexibles y dedicados al servicio, de ahí que cada día las mujeres y los hombres del Ejército, Armada y Fuerza Aérea mexicanos, entre otras acciones, empeñan con profesionalismo sus esfuerzos para:

• Defender la independencia, soberanía e integridad del territorio nacional.

• Proteger las instalaciones estratégicas y el patrimonio nacional.

• Ejercer el Estado de Derecho en el territorio nacional para garantizar el uso seguro del espacio en la tierra, en el aire y en el mar.

• Salvaguardar la vida humana.

La principal fortaleza de las Fuerzas Armadas la constituye su capital humano, de ahí la necesidad de que las instituciones militares no solamente otorguen importancia a la formación y capacitación de su personal, inculcándoles los principios de deber, lealtad, honor y espíritu de sacrificio, para afrontar con éxito las misiones encomendadas en sus ámbitos de competencia respectivos o donde así se requiera, sino que se tracen como objetivo primordial el incremento de los estímulos y reconocimientos a su esfuerzo y dedicación en el desarrollo de cada una de sus actividades.

En correspondencia, el Estado mexicano asume como su responsabilidad proporcionar las prestaciones de seguridad social al personal perteneciente a las Fuerzas Armadas Mexicanas, lo cual lleva a cabo con muchos esfuerzos ya que los escasos recursos financieros que se destinan para tal fin, repercuten en el hecho de que el bienestar social que se requiere dista mucho de ser el demandado del personal militar en activo, retirados, derechohabientes y pensionados, al considerar que este personal aspira a incrementar sus ingresos en pro de una solvencia económica que le permita mejorar e igualar sus condiciones de vida comparables con las de aquellos que tienen iguales responsabilidades en al ámbito civil; estas aspiraciones insatisfechas, aunado a los servicios de guardia militar, disciplina y rigores del servicio, propician desaliento cuando no son satisfechas y pueden llegar al extremo de dar origen a deserciones o separaciones del servicio activo para emigrar en busca de oportunidades mejor remuneradas, lo cual puede ser un beneficio para la sociedad, pero que va en perjuicio para las fuerzas armadas, al tener la continua fuga de personal capacitado.

Para alcanzar el objetivo de brindar una seguridad y bienestar social que vaya de acuerdo con las necesidades actuales de los integrantes y derechohabientes de la milicia nacional y que sea compatible con el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, el cual establece entre sus objetivos esenciales, el fortalecimiento del ejercicio pleno de la soberanía nacional como valor supremo de nuestra nacionalidad y como responsabilidad de primer orden del Estado mexicano, en este documento se exponen los motivos que justifican los procedimientos equitativos para mejorar las prestaciones que por ley, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) ofrece a sus miembros.

Resulta imprescindible la necesidad de efectuar reformas y adiciones a la Ley del instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, con la finalidad de que los beneficios que la misma otorga, se ajusten a las exigencias de la realidad económica actual, ya que dicha ley entró en vigor desde el año de 1976, sin que se hayan efectuado modificaciones sustanciales tendientes a la actualización de las prestaciones tanto económicas como en especie, que contempla, dando origen a un constante rezago en la protección de seguridad social que se les brinda a los hombres y mujeres integrantes de las Fuerzas Armadas Mexicanas y de sus familias.

Aunado a lo anterior, los bajos salarios que percibe el personal de las Fuerzas Armadas Mexicanas, ha dado lugar a que el nivel de vida de los militares que se encuentran en situación de retiro, sea precaria, por lo que es preciso otorgarles las prestaciones a que tienen derecho, acordes a los nuevos tiempos que vive el país, con el fin de que puedan allegarse de los bienes necesarios para que puedan vivir con dignidad.

En lo que se refiere a la administración de los recursos financieros, humanos y materiales para brindar la seguridad social a las Fuerzas Armadas Mexicanas a través del ISSFAM, en un gesto de equidad y justicia, se incluyen en su estructura orgánica a todos los militares, en una proporción acorde a cada una de las fuerzas.

Es indispensable que se incrementen los montos de las prestaciones económicas que otorga la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, respecto de pagas de defunción y ayuda para gastos de sepelio, con objeto de que sus deudos estén en posibilidad de solventar los gastos mínimos de un funeral digno del ser humano, al que todos los mexicanos tenemos derecho, sin que se vea afectada la economía de su familia, toda vez que los costos por este concepto se han incrementado notablemente en las últimas dos décadas, debido a los altos índices inflacionarios.

De igual forma resulta imperioso que en lo referente a la prestación económica que contempla la ley en comento, relativo al fondo de trabajo que se otorga al personal de tropa, no se limite únicamente a cotizarlo en función del haber que perciben, sino que, se incluyan las demás percep- ciones, debido a que los mencionados haberes son demasiado bajos.

Con relación a la prestación denominada seguro de vida militar, que tiene fundamento legal en el convenio para el mejoramiento del servicio, operación y administración del seguro de vida militar, suscrito el 18 de agosto de 1995 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; se requiere y proponemos incorporarla a la presente iniciativa con la finalidad de darle el sustento de ley.

Con el propósito de darle el enfoque de equidad y genero de los tiempos actuales, se incorpora en esta iniciativa, al concubinario de la mujer militar, con derecho a todas las prestaciones tanto económicas como médicas.

En estos tiempos modernos, no es posible aceptar que se proporcione la atención médica al padre del militar, hasta que sea mayor de 55 años de edad, como actualmente se establece en la ley, por lo que proponemos se le brinde sin restricciones.

También establece nuestra propuesta de modificaciones, se le otorgue el derecho al servicio médico a los hijos del militar, que sean mayores de edad, con límite de 25 años, pero que demuestren que están estudiando en nivel medio superior o superior, en instituciones educativas oficiales o incorporadas.

Se considera como militar muerto en activo, a los miembros de las Fuerzas Armadas que fallezcan en el trayecto de las instalaciones de su centro de trabajo donde estén adscritos, a su domicilio o viceversa y por lo tanto proponemos se le brinde el derecho a todas las prestaciones establecidas para estos últimos.

Se clarifica el artículo de la ley actual, donde se otorga la prestación de un mes a disfrutar, anterior al parto y de dos meses posteriores al mismo, para atender el estado de maternidad de la mujer militar, estableciendo que en caso de que se adelantara el parto, se le compensarán los días correspondientes, posterior al mismo.

Se precisan los requisitos para tener derecho a un crédito para vivienda, estipulando su acceso a éste, sin importar estado civil o sexo, pero considerando que tenga un mínimo de nueve años de aportaciones al fondo para la vivienda.

Con la finalidad de actualizar la ley en lo relativo a los nombres de las dependencias federales involucradas, es recomendable modificar lo referido a las funciones señaladas para la entonces Secretaría de Programación y Presupuesto, expresando en su lugar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por ser la dependencia que actualmente tiene bajo su cargo dichas atribuciones.

Finalmente, cabe destacar que dentro de las reformas y modificaciones que proponemos a este ordenamiento, que se relacionan directamente con el bienestar del militar y de sus familiares, se ha considerado que en la época actual el avance tanto científico como tecnológico de las diferentes áreas médicas, ha permitido el tratamiento favorable de algunas de las enfermedades o padecimientos del personal de las Fuerzas Armadas, por ello, consideramos necesario y proponemos reformar las tablas anexas a la Ley del ISSFAM, considerando que por el hecho de que éstas fueron elaboradas hace 26 años, hoy en día algunos padecimientos estipulados en ellas, ya son curables o tratables y las hacen obsoletas. Por ejemplo: la hipoacusia profunda de un oído y superficial del otro, que actualmente es considerada como padecimiento de segunda categoría de acuerdo con las tablas vigentes, es decir se considera una causal de retiro por inutilidad para el servicio de las armas; en la actualidad, con el avance de la ciencia y el mejoramiento de las perspectivas de vida del mexicano, dicho padecimiento puede ser tratado quirúrgicamente o por medio de prótesis, dejando de ser causal de retiro y ampliando con esto el tiempo de servicios del personal para beneficio propio y de las instituciones militares.

Considerando que actualmente existen aproximadamente unos 275 mil militares tanto en activo, como en retiro, de los cuales casi el 80% pertenece a la tropa y que en promedio cada uno de ellos tiene tres derechohabientes, la presente iniciativa de reformas, modificaciones y adiciones a la Ley del ISSFAM, beneficiará a 1 millón 100 mil mexicanos, por ello, los legisladores que suscribimos la presente iniciativa, desde este momento exhortamos a esta soberanía para que emita su voto a favor.

Anexo a la presente, se incluye un comparativo de la ley actual y las reformas y modificaciones propuestas, mismo que servirá de apoyo durante el análisis de la iniciativa y de gran sustento para la elaboración del dictamen correspondiente.

Solicito que la presente iniciativa se publique íntegra, en la Gaceta Parlamentaria y se turne a la Comisión de Seguridad Social, con opinión de las comisiones de Marina y de Defensa Nacional.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo de legisladores suscritos, quienes respaldamos con nuestra firma, sometemos a consideración de esta soberanía la presente

iniciativa

Con proyecto de decreto de reformas, modificaciones y adiciones a diversos artículos de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y a sus tablas anexas, para quedar como sigue:

“Artículo 1o.-bis. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:

Instituto. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Banco. Banco Nacional del Ejercito, Fuerza Aérea y Armada S. A. de C.V.

Junta del Instituto. Junta directiva del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Militares. Miembros del Ejército, Fuerza Aérea y de la Armada de México.

Atención médica-quirúrgica. Es el sistema por el cual se trata de conservar la salud de las personas, entendiéndose por este concepto no sólo la ausencia de enfermedad, sino también el bienestar físico y mental.

Artículo 5o. La junta directiva se compondrá de nueve miembros, tres designados por la Secretaría de la Defensa Nacional, tres por la de Marina y tres por la de Hacienda y Crédito Público.

El Ejecutivo Federal designará un presidente y un vicepresidente de los propuestos por la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina.

Cuando el presidente sea de los propuestos por la Secretaría de la Defensa Nacional, el vicepresidente será de los propuestos por la Secretaría de Marina o viceversa.

Por cada uno de los miembros de la junta directiva y en los términos del primer apartado de este artículo, se designarán los suplentes respectivos, sin que ellos puedan desempeñar, por suplencia, los cargos de presidente o vicepresidente de dicha junta.

Artículo 7o. El Ejecutivo Federal designará al director general y al subdirector general, debiendo tener el primero, de preferencia, la jerarquía de general de división o almirante.

Cuando el director general sea de los propuestos por la Secretaría de la Defensa Nacional, el subdirector general será de los propuestos por la Secretaría de Marina o viceversa. En ningún caso podrán pertenecer los dos simultáneamente a la misma Secretaría.

Los demás funcionarios y empleados serán designados por la junta directiva, a propuesta del director general del instituto, en una proporción acorde a los efectivos de cada fuerza armada.

Serán considerados trabajadores de confianza los que desempeñen funciones similares a las señaladas para los del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mencionadas en la fracción II del artículo 5o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Artículo 10. Son atribuciones de la junta directiva:

I. Planear las operaciones y servicios del instituto;

II. Decidir las inversiones del instituto;

III. Dictar los acuerdos necesarios para satisfacer las prestaciones establecidas por esta ley;

IV. Otorgar, negar, modificar, suspender y dejar insubsistentes los haberes de retiro, pensiones y compensaciones, en los términos de esta ley;

V. Dictar las normas generales para determinar las cantidades globales que se asignen a las distintas regiones y localidades del país, respecto a los créditos y financiamientos con cargo al fondo de la vivienda para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada;

VI. Determinar los montos máximos de los créditos que se otorguen, la relación de dichos montos con el haber y en su caso, asignación de técnico y de vuelo de los acreditados, la protección de los préstamos, así como los precios máximos de venta de las habitaciones cuya adquisición o construcción pueda ser objeto de los créditos que se otorguen con cargo al fondo de la vivienda para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada;

VII. Autorizar créditos a plazo mayor de 10 y hasta 20 años, con cargo al fondo de la vivienda, para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada cuando se destinen a la adquisición o construcción de casas habitación.

La junta directiva tendrá también facultad para autorizar créditos a plazo menor de 10 años cuando se destinen a la reparación, ampliación o mejoramiento de las casas habitación o al pago de los pasivos en los términos del inciso c de la fracción II del artículo 99 de esta ley;

VIII. Aprobar y poner en vigor los reglamentos interiores;

IX. Establecer o suprimir delegaciones del instituto en los estados;

X. Discutir anualmente, para su aprobación o modificación, los presupuestos, la memoria y los planes de inversiones y de labores;

XI. Discutir, para la aprobación, en su caso, el balance anual;

XII. Vigilar que las inversiones se hagan de acuerdo con las disposiciones de esta ley y sus reglamentos;

XIII. Conceder licencias a los miembros de la junta directiva;

XIV. Proponer al Ejecutivo Federal los proyectos de reformas a esta ley;

XV. Ordenar se practique auditoria, cuando lo estime conveniente, para determinar la exactitud o inexactitud de los estados financieros y comprobar los avalúos de los bienes, materia de operaciones del instituto;

XVI. Nombrar, remover y destituir a propuesta del director general al personal de base y de confianza, así como a los delegados de los estados;

XVII. En general, realizar todos aquellos actos y operaciones legalmente autorizados y los que fuesen necesarios para la mejor administración o gobierno del instituto.

Artículo 13. El instituto enviará para los efectos de ley, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los planes y programas de inversión, los presupuestos de ingresos y egresos y las modificaciones a los mismos.

Artículo 14. Las remuneraciones de los miembros de la junta directiva, del director general, del subdirector general, de los directores de área y de los demás funcionarios y empleados del organismo, serán fijados en su presupuesto anual de egresos.

Artículo 15. El subdirector general, además de suplir al director general en sus ausencias temporales y de desempeñar las funciones propias o en las cuales le delegue facultades, autorizará las certificaciones que haya de expedir el instituto y fungirá además como secretario de la junta directiva.

Presentará a la Secretaría de la Defensa Nacional, a la Secretaría de Marina y en su caso, a la de Hacienda y Crédito Público los programas anuales de operación.

Artículo 16. Las prestaciones que se otorgarán con arreglo a esta ley, son las siguientes:

I. Haberes de retiro;

II. Pensiones;

III. Compensaciones;

IV. Pagas de defunción;

V. Ayuda para gastos de sepelio;

VI. Fondo de trabajo;

VII. Fondo de ahorro;

VIII. Seguro de vida;

IX. Venta de casas y préstamo temporal de departamentos;

X. Préstamos hipotecarios y a corto plazo;

XI. Tiendas, granjas y centros de servicio;

XII. Hoteles de tránsito;

XIII. Casas hogar para retirados;

XIV. Centros de bienestar infantil;

XV. Servicio funerario;

XVI. Escuelas e internados;

XVII. Centros de alfabetización;

XVIII. Centros de adiestramiento y superación para esposas e hijas de militares;

XIX. Centros deportivos y de recreo;

XX. Orientación social;

XXI. Servicio médico integral y

XXII. Servicio médico subrogado y de farmacias económicas.

XXIII. Becas y créditos de capacitación científica y tecnológica.

Artículo 20. Tienen derecho a las prestaciones que establece el presente capítulo, únicamente en los casos y condiciones que se especifican:

I. Los militares que encontrándose en situación de activo, pasen a la de retiro por órdenes expresas de las secretarías de la Defensa Nacional o de Marina;

II. Los familiares de los militares que fallezcan en activo o estando en situación de retiro, siempre que en este último caso se les haya concedido haber de retiro o no hayan cobrado la compensación acordada;

III. Los miembros de los cuerpos de defensas rurales inutilizados en actos del servicio o a consecuencia de ellos y los familiares de los que mueran en las mismas circunstancias. Fuera de estos casos los miembros de los cuerpos de defensas rurales sólo tendrán derecho a las retribuciones, prestaciones o estímulos que se establezcan en los términos del artículo 121 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y

IV. Los soldados y cabos o sus equivalentes de nivel jerárquico en la Armada de México o en la Fuerza Aérea Mexicana, que no sean reenganchados y pasen a la reserva.

Artículo 22. Son causas de retiro:

I. Llegar a la edad límite que fija el artículo 23 de esta ley;

II. Quedar inutilizado en acción de armas o como consecuencia de lesiones recibidas en ella;

III. Quedar inutilizado en otros actos del servicio o como consecuencia de ellos, incluyendo la inutilización que se produzca al trasladarse directamente del domicilio particular del militar a la unidad, dependencia o instalación militar a que pertenezca o el retorno de éstas a su domicilio.

IV. Quedar inutilizado en actos fuera del servicio;

V. Estar imposibilitados para el desempeño de las obligaciones militares, por enfermedad que dure más de seis meses, pudiendo el Secretario de la Defensa Nacional o en su caso, el de Marina, prorrogar este lapso hasta por tres meses más, con base en el dictamen expedido por dos médicos militares en activo, en el que se establezca la posibilidad de recuperación en ese tiempo y

VI. Solicitarlo después de haber prestado por lo menos 20 años de servicios efectivos o con abonos.

Artículo 23. La edad límite de los militares para permanecer en el activo, es la siguiente:

                                                                      Años

I. Para el personal de tropa .........…....................   50

II. Para los subtenientes ..........……....................              51

III. Para los tenientes ...........................................             52

IV. Para los capitanes segundos .. ........................              53

V. Para los capitanes primeros ............................        54

VI. Para los mayores.................….…..................   56

VII. Para los tenientes coroneles...........................             58

VIII. Para los coroneles.............….…..................     60

IX. Para los generales brigadieres.........................              62

X. Para los generales de brigada...........................              63

XI. Para los generales de división..........................              65

Artículo 29. Para calcular el monto de los haberes de retiro, de las compensaciones o de las pensiones, se sumarán al haber del grado con el que vayan a ser retirados o les hubiere correspondido en caso de retiro, las primas complementarias de ese haber por condecoraciones de perseverancia ya otorgadas, así como las asignaciones de técnico, técnico especial, de vuelo y de paracaidistas, cuando las estén percibiendo los militares en el momento en que ocurra alguna de las causales de retiro señaladas en las fracciones I, II, III y IV del artículo 22 de esta ley o bien al cumplirse el plazo a que se refiere la fracción V del mismo precepto o a la fecha en que se formuló la solicitud mencionada en la fracción VI del artículo citado anteriormente o el fallecimiento. A los militares que pasen a situación de retiro con más de 45 años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro que ya se indicó en este párrafo, aumentado en un 10%.

Para los efectos del párrafo anterior, los haberes y las asignaciones que deban servir de base en el cálculo, serán los fijados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, vigente en la fecha en que el militar cause baja en el activo.

Las pensiones a familiares de militares muertos en situación de retiro, serán iguales en su cuantía al haber de retiro percibido en el momento del fallecimiento.

Artículo 31. Tienen derecho al haber de retiro íntegro calculado en la forma establecida en el artículo 29 de esta ley:

I. Los militares inutilizados en acción de armas o a consecuencia de lesiones recibidas en ella;

II. Los militares que tuviesen las asignaciones de técnico, técnico especial, de vuelo y de paracaidistas, que se inutilicen en actos propios de su servicio;

III. Los militares inutilizados en otros actos del servicio o a consecuencia de éstos, siempre que su inutilización se clasifique en la primera categoría, conforme a las tablas anexas a esta ley. También tienen derecho al mismo beneficio, los comprendidos en la segunda categoría de inutilización, si tienen 14 o más años de servicios.

IV. Los militares que hayan cumplido 30 o más años de servicios;

V. Se deroga.

VI. Se deroga

VII. El personal que constituyó orgánicamente la Fuerza Aérea Expedicionaria Mexicana que participó en la Segunda Guerra Mundial, formando parte de unidades que combatieron en el lejano oriente, en el periodo comprendido entre el 16 de julio de 1944 al 1o. de diciembre de 1945, siempre que figure en la relación oficial y

VIII. El personal de la Armada de México, embarcado en la flota de Petróleos Mexicanos durante el tiempo de la Segunda Guerra Mundial, siempre que figure en la relación oficial. El personal de la Armada de México embarcado en las unidades a flote de la misma que, en cumplimiento de órdenes de operaciones, escoltaron a embarcaciones de la citada flota de Petróleos y de la Marina Mercante Nacional, durante el mismo periodo de guerra.

Artículo 33. Los militares que hayan llegado a la edad límite que fija el artículo 23 de esta ley; los que se hayan inutilizado fuera de actos del servicio, los imposibilitados para el desempeño de las obligaciones militares a causa de enfermedad que dure más de seis meses y los que soliciten su retiro voluntariamente, siempre que en todos los casos anteriores se les computen cuando menos 20 años de servicios, tienen derecho a un haber de retiro, en cuya cuota se tomarán en cuenta los años de servicios, en la forma siguiente:

Años de servicios                        tanto por ciento

            20                                             60%

            21                                             62%

            22                                             65%

            23                                             68%

            24                                             71%

            25                                             75%

            26                                             80%

            27                                             85%

            28                                             90%

            29                                             95%

Los militares con padecimientos catalogados en la tercera categoría o con trastornos funcionales de menos del 20% que ameriten cambio de arma, rama, cuerpo o servicio, podrán ser cambiados del que pertenezcan, a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina en su caso, de la siguiente manera:

I. Para el personal del activo del Ejército y Fuerza Aérea, se estará a lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos;

II. El personal del activo de la Armada, podrá ser cambiado de un cuerpo a un servicio; de un servicio a otro, de una rama y especialidad a otra, debiendo recibir un curso de capacitación. Su nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que tenga el interesado en su empleo.

Cuando se trate de padecimientos señalados en la tercera categoría y la secretaría correspondiente opte por retirar del activo al militar, el cálculo de su beneficio se hará con base en lo dispuesto para los de segunda categoría de inutilización.

Artículo 34. Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a 20, que se encuentren comprendidos en los siguientes casos.

I. Haber llegado a la edad límite que fija el artículo 23 de esta ley;

II. Haberse inutilizado en actos fuera de servicio;

III. Estar en el caso previsto por la fracción V del artículo 22 de esta ley.

IV. Haber causado baja en el activo y alta en la reserva, los soldados y cabos o sus equivalentes de nivel jerárquico en la Fuerza Aérea Mexicana o la Armada de México, que no hayan sido reenganchados.

Artículo 36. Se deroga.

Artículo 37. Se consideran familiares de los militares para los efectos de este capítulo:

I. La viuda sola, el viudo solo o cualesquiera de ellos en concurrencia con los hijos o éstos solos, siempre que las mujeres sean solteras y los varones menores de edad o mayores incapacitados o imposibilitados para trabajar en forma total y permanente si son solteros; o si son mayores y solteros, si comprueban anualmente mediante la presentación del certificado de estudios correspondiente, que se encuentran estudiando en instituciones oficiales o con reconocimiento de validez oficial, de nivel medio superior o superior, con límite de edad hasta los 25 años; que no se encuentren casados, que no estén viviendo en concubinato, que no tengan descendencia y que no tengan un trabajo remunerativo.

II. La concubina o el concubinario, solos cualesquiera de los dos o en concurrencia con los hijos o éstos solos que reunan las condiciones a que se refiere la fracción anterior, siempre que existan las siguientes circunstancias:

a) Que tanto el militar como la concubina o el concubinario hayan permanecido libres de matrimonio durante su unión;

b) Que haya habido vida marital durante los cinco años consecutivos anteriores a la muerte;

III. La madre.

IV. El padre.

V. Los hermanos o hermanas menores de edad, los mayores incapacitados y los imposibilitados para trabajar en forma total y permanente si son solteros; se requiere, además, que el o los beneficiarios hayan dependido económicamente del militar.

Artículo 39. Los familiares del militar muerto en el activo, tienen derecho a una pensión equivalente al 100% del haber de retiro que le hubiere correspondido en la fecha de su fallecimiento o, en su caso, a una compensación de igual cuantía a la que le hubiere correspondido al militar en la misma fecha.

Los familiares del militar muerto en situación de retiro y a quien se le hubiere otorgado haber de retiro, tienen derecho a una pensión equivalente al 100% del importe de dicho haber.

Para los efectos de este artículo, también se le considerará como militar muerto en el activo, al militar que fallezca al trasladarse directamente de su domicilio particular a la instalación militar a que pertenezca o viceversa.

Artículo 44. Las pensiones fijadas en esta ley, serán pagadas a partir del día siguiente de la muerte del militar.

Artículo 47. El derecho para recibir haber de retiro o compensación se origina por la resolución definitiva dictada por el instituto y aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El haber de retiro se cubrirá a partir de la fecha de alta en situación de retiro.

Artículo 48. El derecho para percibir pensión o compensación en favor de familiares de los militares, se origina por la resolución definitiva dictada por el instituto y aprobada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 51. Los derechos a percibir compensación o pensión, se pierden para los familiares por alguna de las siguientes causas:

I. Renuncia;

II. Sentencia ejecutoriada dictada en contra del titular del derecho;

III. Se deroga.

IV. Llegar a la mayoría de edad los hijos pensionados, siempre que no estén incapacitados legalmente o imposibilitados de una manera permanente y total para ganarse la vida; o estudiando. En este último caso se pierde hasta los 25 años, siempre y cuando anualmente se presente el certificado de estudios correspondiente que compruebe que está estudiando en una institución oficial o con reconocimiento de validez oficial de nivel medio superior o superior; que no se encuentren casados, que no estén viviendo en concubinato, que no tengan descendencia y que no tengan un trabajo remunerativo.

V. Porque el cónyuge pensionado viva en concubinato;

VI. Contraer matrimonio el cónyuge supérstite, la concubina, el concubinario, las hijas y hermanas solteras;

VII. Dejar de percibir una pensión o una compensación ya otorgada y sancionada, por no hacer gestión de cobro en un lapso de tres años.

VIII. Por no hacer trámite alguno de la pensión o compensación a que se tenga derecho durante los cinco años siguientes al fallecimiento del militar.

Artículo 54. Al fallecimiento de un militar, sus deudos tendrán derecho a que se les cubra por concepto de pagas de defunción, el equivalente a cuatro meses de haberes o de haberes de retiro, más cuatro meses de gastos de representación y asignaciones que estuviere percibiendo en la fecha del deceso para atender los gastos de sepelio.

Esta prestación será cubierta por la unidad ejecutora de pagos correspondiente o quienes haga sus veces, que también será donde se cubran los haberes o haberes de retiro y demás emolumentos del militar de que se trate, en los términos que señala el artículo 228 de esta ley, debiendo darse aviso de inmediato al instituto.

Artículo 56. Los generales, jefes y oficiales tendrán derecho a que se les otorgue el equivalente a 20 días de haberes o haberes de retiro más gastos de representación y asignaciones que estuvieren percibiendo, como ayuda para los gastos de sepelio, en caso de defunción del cónyuge, del padre, de la madre o de algún hijo. El personal de tropa, en los mismos casos, tendrá derecho a que se le otorgue el equivalente a 40 días de haberes o haberes de retiro para igual fin, sumadas las asignaciones que estuviere percibiendo.

En el caso de padres que tengan varios hijos militares, la ayuda para gastos de sepelio se le cubrirá al hijo que los haya efectuado.

Esta prestación será cubierta por la unidad ejecutora de pagos correspondiente o quien haga sus veces, que también será donde se cubran los haberes o haberes de retiro y demás emolumentos del militar de que se trate, en los términos que señala el artículo 228 de esta ley, debiendo darse aviso de inmediato al instituto.

Artículo 57. El fondo de trabajo estará constituido con las aportaciones que el Gobierno Federal realice a favor de cada elemento de tropa, el cual será del 10% de los haberes y demás percepciones, a partir de la fecha en que cause alta o sea reenganchado hasta que obtenga licencia ilimitada, quede separado del activo o ascienda a oficial. Este fondo será administrado por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.A., conforme a su ley orgánica.

Artículo 68. Para constituir el fondo del ahorro, los generales, jefes y oficiales en servicio activo, deberán aportar una cuota quincenal equivalente al 6% de sus haberes y para el mismo fin, el Gobierno Federal efectuará una aportación de igual monto. Este fondo será administrado por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.A., conforme a su ley orgánica.

Artículo 77. El importe del seguro de vida para el militar en activo será de 40 meses de haber y el sobrehaber mínimo vigente para las fuerzas armadas en la República Mexicana actualizado de su grado; y para el militar en situación de retiro será de 40 meses de haber de retiro.

Cada seis años se hará una revisión tanto de la suma asegurada como de las primas del seguro. Y en caso de que proceda modificarlas se requerirá la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 78. Las primas para el seguro de vida obligatorio serán las que mediante estudios y cálculos actuariales fije la junta directiva del instituto con la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las primas para el seguro de vida obligatorio serán sobre la base de una prima mensual, ésta se cubrirá por los militares en activo, hasta por la cantidad que resulte de sumar un día de haber y sobrehaber mínimo vigente para las Fuerzas Armadas en la República Mexicana actualizado de su grado; y para los que se encuentren en situación de retiro, de un día de haber de retiro y si el importe llegare a rebasar esta cantidad, la diferencia será pagada íntegramente por el Gobierno Federal.

Artículo 85. El instituto, al tener conocimiento del fallecimiento del militar, deberá notificar de inmediato al o los beneficiarios designados, o en su caso, a los familiares de esta determinación.

Cuando proceda el pago del seguro a la esposa, los hijos, los padres, la concubina o el concubinario del militar fallecido, el instituto cubrirá su importe sin más requisitos que la presentación de la credencial correspondiente de afiliación. En cualquier otro caso se comprobará la personalidad a satisfacción del propio instituto.

Artículo 86. El importe del seguro de vida potestativo y el de las primas serán los mismos que se fijen para el seguro de vida obligatorio. La prima del seguro de vida potestativo, será cubierta íntegramente por el militar asegurado.

Artículo 93. Cuando con motivo de la reclamación de la suma asegurada surja alguna controversia entre el instituto y los presuntos beneficiarios, se podrá ocurrir ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en inconformidad.

Artículo 100. Los recursos del fondo de la vivienda para los miembros del Ejército, Fuerza Aérea, y Armada se integrarán:

I. Con las aportaciones del 6% sobre los haberes y asignaciones de técnico, técnico especial, de vuelo y de paracaidistas, de los militares en activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada que los estén percibiendo y que continúe proporcionando el Gobierno Federal.

II. Con los bienes y derechos adquiridos por cualquier título y

III. Con los rendimientos que se obtengan de las inversiones de los recursos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo.

Artículo 107. Para otorgar y fijar los créditos para vivienda a los militares en activo, se tomarán en cuenta:

I. Tiempo de servicios, sin importar estado civil ni sexo.

II. Tener depósitos al fondo de por lo menos nueve años a su favor.

III. En el caso de que ambos cónyuges sean militares, se otorgará únicamente al de mayor grado o antigüedad.

Artículo 120. Con el fin de que los recursos del fondo se inviertan de conformidad con lo que dispone la presente ley, el Gobierno Federal tendrá las siguientes facultades:

I. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público aprobará y vigilará que los programas financieros anuales con recursos del fondo no excedan a los presupuestos de ingresos corrientes y de los financiamientos que reciba el instituto y

II. La Comisión Nacional Bancaria y de Seguros aprobará los sistemas de organización de la contabilidad y de auditoría interna del fondo y tendrá acceso a dicha contabilidad, pudiendo verificar los asientos y operaciones contables correspondientes. La propia comisión vigilará que las operaciones del fondo se ajusten a las normas establecidas y a las sanas prácticas, informando al instituto y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las irregularidades que pudiera encontrar, para que se corrijan.

En virtud de lo anterior, no son aplicables al fondo de la vivienda las disposiciones de la ley para el control por parte del Gobierno Federal, de los organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

Artículo 140. El instituto establecerá sistemas para la venta a bajo precio, de artículos de consumo necesario, de acuerdo con un cuadro básico, tanto de alimentos como de vestido y de otros artículos necesarios para el hogar. Para este efecto, podrá celebrar convenios con instituciones públicas especializadas que puedan ofrecer estos artículos a precios más bajos que los que priven en el mercado. Cuando esto no sea posible, convocará a los particulares que puedan prestar satisfactoriamente dichos servicios, para que mediante concurso, se celebre el contrato respectivo, previo el otorgamiento de las garantías adecuadas.

También establecerá sistemas para la explotación de granjas que tiendan a mejorar la alimentación del militar y la de sus familiares.

Artículo 152. La atención médica-quirúrgica será proporcionada por el instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado, a los militares con haberes, haberes de retiro y a sus familiares; con excepción de los derechohabientes del militar que al ser sentenciado se le haya destituido de su empleo.

La atención médico-quirúrgica a los militares con haber de retiro y a los familiares de los militares que perciban haberes y haberes de retiro, se prestará por el instituto en sus propias instalaciones o como servicio subrogado, con base en la aportación del Gobierno Federal especificada en el artículo 229 de esta ley.

Los familiares de militares que tienen derecho a esta prestación son:

I. El cónyuge o en su defecto la concubina o concubinario con quien haga vida marital;

II. Los hijos solteros menores de 18 años.

III. Los hijos mayores de 18 años que se encuentren estudiando en planteles oficiales o incorporados, en nivel medio superior y superior con límite hasta de 25 años de edad, que anualmente lo comprueben mediante el certificado de estudios correspondiente; que no se encuentren casados, que no estén viviendo en concubinato, que no tengan descendencia y que no tengan un trabajo remunerativo.

IV. Los hijos de cualquier edad incapacitados o imposibilitados para trabajar en forma total y permanente;

V. El cónyuge supérstite del militar fallecido.

V. El padre y la madre.

Artículo 153. Para los efectos del artículo anterior:

Para que la concubina o concubinario con quien el militar haga vida marital tenga derecho a la atención médico-quirúrgica, será indispensable que haya sido designada o designado como tal por el militar ante este instituto o las secretarías de la Defensa Nacional o de Marina y ambos estén libres de matrimonio. No podrá designar a otra u otro antes de tres años, salvo el caso de muerte de la primera o primero.

Artículo 154. Los familiares sólo podrán gozar del servicio médico cuando estén en situación de dependencia económica respecto del militar, con excepción del cónyuge, concubina o concubinario, en cuyo caso no será necesario.

No se considerará que hay dependencia económica, cuando el familiar perciba una pensión militar.

Artículo 162. El personal militar femenino tendrá derecho a disfrutar de un mes de licencia anterior a la fecha probable del parto, que se fijará de acuerdo con la consulta prenatal, y de dos meses posteriores al mismo para la atención del infante. En ambos casos con goce de haberes.

En el caso de que el parto se adelantara y el personal militar femenino no disfrutara del mes de licencia anterior al parto o lo disfrutara incompleto, los días faltantes se le compensaran posterior al parto.

Artículo 170. La relación de concubinato será acreditada necesariamente, y en todo caso, con la designación que el militar haya hecho de la persona interesada, como cónyuge, concubina o concubinario ante el instituto o la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina, sin que sea admisible otro medio de prueba. La designación posterior anula la anterior. Las circunstancias del concubinato, indicadas en los incisos a y b de la fracción II del artículo 37 de esta ley, se acreditarán con los medios de prueba establecidos por el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Artículo 172. La muerte de un militar en acción de armas, cuando no se hubiere levantado el campo, será probada:

I. Con el parte que rinda el comandante de la fuerza;

II. En defecto del parte, con las demás pruebas que establece el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Para los efectos de esta ley, se considerará como muerto al militar cuando desaparezca en una acción de armas o en actos de servicio en los ámbitos terrestre, aéreo o en aguas jurisdiccionales, con o sin el uso de aeronaves, embarcaciones y vehículos. La declaración respectiva será hecha por la Secretaría de la Defensa Nacional o la de Marina, en su caso, después de 60 días de acaecida la desaparición, con vista del acta que se levante sobre los hechos y de la demás documentación que se acompañe.

Mientras se hace esta declaración, el 75% de los haberes del militar serán entregados a sus familiares, en el orden preferente establecido en el artículo 37.

En caso de que el militar aparezca posteriormente con vida y justifique plenamente el motivo de su ausencia, se le reintegrará al activo cancelándose de inmediato la percepción a los familiares.

Si se tiene conocimiento de que el militar es prisionero de guerra, los haberes a que tenga derecho serán entregados a sus familiares en el orden preferente que establece el artículo 37.

Artículo 191. La junta directiva del instituto acordará cuando menos un mes anterior a la baja del militar en activo, el beneficio de retiro, y fijará su cuantía ampliando hasta la fecha de baja, el cómputo del tiempo de servicios del militar.

Artículo 197. Con apoyo en las pruebas reunidas, la Secretaría de la Defensa Nacional o la de Marina declarará la procedencia del retiro, por estimar comprobada la personalidad militar del interesado, encontrarse en el activo y estar demostrada una o varias causas de retiro. De lo contrario, declarará la improcedencia del retiro fundándola y motivándola debidamente.

Estas declaraciones se notificarán al militar, dándosele a conocer, en su caso, el cómputo de sus servicios y el grado con el que serán retirados; para que dentro de un plazo de 15 días, manifiesten su conformidad o formulen su inconformidad expresando objeciones, las cuales solo podrán referirse a la procedencia o improcedencia del retiro, a la jerarquía militar con que debe ser retirado el interesado y al cómputo de sus servicios.

Si lo estimare pertinente, en el mismo escrito de inconformidad ofrecerá pruebas, las cuales se le recibirán en un plazo de 15 días siguientes a la terminación del plazo anterior.

Artículo 198. Si la Secretaría respectiva, estimare la procedencia del retiro, pero el Presidente de la República o la propia Secretaría consideraren necesarios los servicios del militar conforme a lo establecido en esta ley, podrán ejercitar su derecho de retención en el activo, girando las órdenes conducentes. Este derecho de retención podrá ser ejercitado en tanto no se giren las órdenes de baja en el activo y alta en situación de retiro.

Declarada la retención, se interrumpirá el trámite de retiro, dándose aviso al instituto y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que den por concluidos los trámites que se hubieren realizado y en su caso, dejen sin efecto las resoluciones de otorgamiento de beneficio y su aprobación.

Artículo 199. En caso de retiro voluntario, el militar podrá desistirse de su solicitud desde la declaración de procedencia de retiro que formule la Secretaría respectiva, hasta antes de que le sea comunicada por el instituto la aprobación del beneficio de retiro emitida por la junta directiva. El desistimiento sólo será denegado si aparece comprobada alguna causa de retiro forzoso.

Artículo 203. Cuando en las declaraciones de las secretarías se reconociere la procedencia del retiro del militar interesado o se tuviere por probada la personalidad militar de la persona de que hacen derivar sus derechos los peticionarios, y el hecho de que su muerte haya ocurrido en el activo o en situación de retiro, se remitirá el incidente de retiro y el expediente militar al instituto. En los casos en que la declaración fuere adversa, se notificará ésta a los interesados, dando aviso al instituto y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 204-bis. En tanto se llevan a cabo los trámites a que se refieren los artículos anteriores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, indicará a la oficina pagadora correspondiente, se continúen cubriendo el 50 % de los haberes o haberes de retiro que percibía el militar fallecido, a los familiares que se acrediten con la credencial de afiliación respectiva, sin perjuicio de que posteriormente se establezca en definitiva a quienes corresponde este derecho, de acuerdo a lo dispuesto por el articulado de esta ley.

Una vez dictada la resolución definitiva; al efectuarse la liquidación correspondiente, de la cantidad que debe percibirse, se descontará la cantidad que les ha sido cubierta.

Artículo 207. Agotado el procedimiento a que se refieren los artículos precedentes, para el efecto de su sanción y a fin de que puedan ser ejecutados, el instituto remitirá de oficio a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los acuerdos de la junta directiva que concedan, nieguen, modifiquen, suspendan o declaren insubsistentes los haberes de retiro, las pensiones o las compensaciones.

Para que los acuerdos mencionados puedan ser ejecutados, es indispensable que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los sancione.

Artículo 208. La aprobación o denegación será comunicada de inmediato al instituto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El instituto notificará a la Secretaría de la Defensa Nacional o a la de Marina, en su caso, así como al militar o a los familiares del militar, tanto la resolución definitiva de su junta directiva, como la aprobación o negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, devolviendo a la Secretaría de origen la documentación enviada.

Artículo 212. Si durante la tramitación del retiro o del beneficio de retiro, el militar en servicio activo pasare a gozar de licencia ilimitada, extraordinaria o especial, no se suspenderá el procedimiento, pero sí se dará aviso inmediatamente al instituto y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los cambios de destino dentro del servicio activo serán comunicados al instituto por la Secretaría que corresponda.

Artículo 216. Para los efectos de esta ley, se entiende por militares a los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de México, y cuando se señalen jerarquías, las disposiciones son aplicables a los grados equivalentes en las fuerzas armadas y establecidas en la Ley Orgánica del Ejercito y Fuerza Aérea Mexicanos.

Artículo 221. Los derechos fijados en esta ley, sólo se modificarán o declararán insubsistentes por la junta directiva del instituto en los casos y con los requisitos expresamente señalados en el propio ordenamiento o por sentencia ejecutoriada.

Las anteriores resoluciones, junto con toda la documentación del caso, serán remitidas, de oficio a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para los efectos de su aprobación y ejecución correspondiente.

Artículo 227. Las responsabilidades de los funcionarios y empleados del instituto, se normarán por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Artículo 228. El Gobierno Federal aportará al instituto y al Banco Nacional del Ejército y la Armada, S.A. de C.V., las cantidades necesarias para cumplir las obligaciones que impone esta ley, respecto a las siguientes prestaciones: seguro de vida, pagas de defunción, ayuda para gastos de sepelio, fondo de trabajo y fondo de ahorro, a cuyo efecto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuidará que en el Presupuesto de la Federación correspondiente se incluyan las partidas respectivas.

Artículo 229. El Gobierno Federal destinará anualmente una cantidad equivalente al 12% de los haberes y haberes de retiro para las siguientes prestaciones:

Para el servicio médico integral que el instituto debe prestar gratuitamente a los militares con haberes de retiro, a los familiares de los militares en activo y en retiro y a los familiares de los militares sentenciados en el fuero de guerra que no hayan sido condenados a la destitución de empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 152 de esta ley;

Artículo 235. La contabilidad del instituto queda sujeta a la revisión y glosa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante una auditoría de carácter permanente.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de las demás funciones de vigilancia que establezcan otras disposiciones legales.”

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Estas reformas, modificaciones y adiciones a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y a sus tablas anexas, entrarán en vigor, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputados: Jaime Alcántara Silva, María Luisa Araceli Domínguez Ramírez, Narciso Alberto Amador Leal, Cutberto Cantorán Espinosa, José Melitón Morales Sánchez, Benito Vital Ramírez, Víctor Díaz Palacios, Concepción González Molina y Adela Cerezo Bautista

«Propuesta a las tablas anexas a la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas

Primera categoría

1. La pérdida anatómica o funcional, total e irreparable, de ambos globos oculares.

2. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables, de ambos ojos que provoquen que la visión central, aún después de corregir los vicios de refracción, alcance a lo sumo, en cada ojo, 20/200 de la agudeza visual normal.

3. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión periférica, se encuentre restringida a tal grado que los campos visuales de cada ojo, tomados aisladamente, conserven a lo sumo 10% de su extensión normal (visión tubular) y que dificulte el sentido de orientación.

4. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión central de uno de ellos, aún después de corregir los vicios de refracción, alcance a lo sumo 20/200 y que a la vez, en el otro ojo existan limitaciones de la visión periférica y que el campo visual conserve como máximo una décima parte de su amplitud normal (visión tubular).

5. La pérdida anatómica o funcional, total e irreparable, de uno de los ojos, con trastornos en el otro.

6. La hemianopsia bilateral permanente.

7. La diplopía de cualquier origen rebelde al tratamiento.

8. La pérdida del maxilar superior, parte de la arcada dentaria, bóveda palatina y esqueleto nasal; o bien de la pérdida total o parcial de la mandíbula con su respectiva porción dentaria, que en ambos casos no pueden ser reemplazadas con prótesis maxilofaciales.

9. La anquilosis total unilateral o bilateral de las articulaciones temporomandibulares que no sean quirúrgicamente corregibles.

10. La falta total o parcial de la lengua con pérdida de funciones.

11. La parálisis o falta de movilidad de la lengua que dificulta grandemente la fonación y la deglución.

12. La parálisis de los músculos del paladar blando y de la faringe que dificulten la deglución con repercusión en el estado nutricional.

13. La disminución incorregible de los arcos de movilidad o bien la imposibilidad de abrir la boca.

14. Las deformaciones faciales adquiridas de tipo grotesco o las muy amplias que no puedan ser corregidas mediante procedimientos quirúrgicos.

15. La hipoacusia profunda bilateral, irreversible o intratable quirúrgicamente o por medio de prótesis.

16. La hipoacusia profunda de un oído y media del otro, irreversibles o intratables quirúrgicamente o por medio de prótesis.

17. El vértigo de cualquier etiología, permanente y rebelde a tratamiento.

18. La parálisis motora bilateral permanente de las cuerdas vocales.

19. La limitación de la apertura mandibular permanente, menor de 15 mm medida desde los bordes incisales de los dientes superiores a los de los inferiores, que dificulte la masticación y la fonación.

20. La tuberculosis laríngea rebelde a tratamiento y/o con secuelas de mal funcionamiento.

21. La pérdida total o parcial de la laringe, que afecte la función.

22. La estenosis laríngea o traqueal irreparable que origine insuficiencia respiratoria.

23. El escleroma que deja secuelas cicatrisales severas.

24. Las bronquiectasias que afectan más de un lóbulo y que no respondan al tratamiento.

25. La tuberculosis pulmonar evolutiva rebelde a tratamiento.

26. La insuficiencia respiratoria irreversible del 50% o más, de acuerdo a la espirometría.

27. El empiema crónico rebelde a tratamiento.

28. La pérdida anatómica o funcional de un pulmón.

29. Las cardiopatías congénitas que aún tratadas quirúrgicamente manifiesten cardiomegalia, insuficiencia cardiaca, hipertensión arterial, hipertensión pulmonar y/o trastornos del ritmo.

30. Las lesiones valvulares con cardiomegalia, insuficiencia cardiaca, hipertensión pulmonar y/o arritmias crónicas, aún tratadas quirúrgicamente.

31. La insuficiencia coronaria aguda o crónica incluyendo el infarto del miocardio, no susceptible de tratamiento de revascularización y/o rebelde al tratamiento.

32. Los bloqueos aurículoventriculares completos y permanentes, aun cuando hayan sido tratados.

33. El corpulmonale crónico con insuficiencia cardiaca.

34. La endocarditis de cualquier etiología que deje como secuelas cardiomegalia o insuficiencia cardiaca rebeldes a tratamiento.

35. La insuficiencia cardiaca crónica con fracción de expulsión por ecocardiografía menor del 50%.

36. Las enfermedades de la aorta, de cualquier etiología, sintomáticas y no susceptibles de tratamiento.

37. El aneurisma de un gran vaso, de cualquiera etiología y no susceptible de tratamiento.

38. La pericarditis constrictiva y la pericarditis crónica, aún cuando hayan sido tratadas quirúrgicamente.

39. La hipertensión arterial sistémica complicada y/o mal controlada, con daño avanzado en “órganos blanco” y con insuficiencia cardiaca crónica.

40. Los tumores y las enfermedades miocárdicas de cualquier etiología, que produzcan cardiomegalia o insuficiencia coronaria o insuficiencia cardiaca crónica o trastornos permanentes del ritmo, que tengan fracción de expulsión menor de 50% por ecocardiografía, aún después de haber sido tratadas.

41. Las fístulas arteriovenosas que aún tratadas quirúrgicamente provoquen cardiomegalia, insuficiencia cardiaca o insuficiencia arterial distal.

42. Las fístulas arteriovenosas intracerebrales, intratables o que dejen secuelas.

43. La insuficiencia renal crónica con reserva funcional menor del 20%.

44. Las derivaciones urinarias permanentes no corregibles.

45. La vejiga neurogénica no rehabilitable.

46. Las cistitis severas rebeldes a tratamiento.

47. Riñón único con patología.

48. La pérdida anatómica o la exclusión de la uretra o la vejiga.

49. La tuberculosis urinaria o genital rebelde a tratamiento.

50. La incontinencia urinaria o del esfínter anal en cualquier grado, que no haya remitido después de seis meses de su aparición o rebelde al tratamiento.

51. La enfermedad de Paget no susceptible de tratamiento.

52. La acalasia que no responde al tratamiento.

53. La esofagitis con estenosis incapacitante sin respuesta al tratamiento.

54. La esofaguectomía total.

55. La gastrectomía total.

56. Las resecciones amplias del intestino delgado, que ocasionen un síndrome de intestino corto.

57. La ileostomía permanente.

58. La enfermedad inflamatoria crónica intestinal con manifestaciones intra o extra intestinales severas, sin respuesta al tratamiento.

59. La colectomía total o de más del 60% que curse con diarrea crónica intratable.

60. La colostomía permanente.

61. La cirrosis hepática de cualquier etiología.

62. La hepatitis crónica de cualquier etiología.

63. La enfermedad hepática por depósito de cobre (enfermedad de Wilson)

64. La pancreatitis crónica y la litiasis pancreática, sin respuesta al tratamiento.

65. La pancreatoduodenectomía total.

66. Quistes y tumores del páncreas que no respondan al tratamiento.

67. Las fístulas biliares y pancreáticas que no responden al tratamiento.

68. La peritonitis crónica y las adherencias peritoneales recurrentes, que no respondan a tratamiento.

69. El síndrome de absorción intestinal deficiente, sin respuesta al tratamiento.

70. El síndrome de Zollinger Ellison, que no responde a tratamiento.

71. Los trastornos congénitos del metabolismo de los pigmentos biliares, excepto la enfermedad de Gilbert y la de Dubin Johnson.

72. La diabetes mellitus tipo 1.

73. La diabetes mellitus tipo 2, con dos o más complicaciones crónicas avanzadas.

74. La diabetes insípida

75. El hipotiroidismo resistente a la terapia sustitutiva.

76. La obesidad de 40 o más de indice de masa corporal (de acuerdo a la formula: IMC=PESO ACTUAL /TALLA al cuadrado).

77. Las alteraciones orgánicas o funcionales permanentes de cualquiera de las glándulas de secreción interna, que produzcan hiper o hipofunción no controlable, que repercuta en la actividad del individuo.

78. La artritis reumatoide con lesiones permanentes que impiden las actividades de la vida diaria, no susceptible de tratamiento médico o quirúrgico.

79. Los padecimientos de origen inmunológico que afecten la función cardiaca, rebeldes al tratamiento.

80. La gota que incapacita frecuentemente al individuo para el desempeño de las actividades militares o con lesiones permanentes no susceptibles de tratamiento médico o quirúrgico.

81. Los padecimientos de origen inmunológico rebeldes al tratamiento y de difícil control.

82. Los estados de inmunodeficiencia de cualquier etiología, con susceptibilidad a infecciones recurrentes.

83. La seropositividad a los anticuerpos contra los virus de la inmunodeficiencia humana, confirmada con pruebas suplementarias más infecciones por gérmenes oportunistas y/o neoplasias malignas.

84. Las secuelas no tratables de la enfermedad injerto contra huésped.

85. Los individuos en quienes se haya realizado trasplante de un órgano o tejido cuya función sea vital y quede con disfunción de más del 60%.

86. La anemia aplástica y los síndromes dismielopoyéticos refractarios al tratamiento.

87. La hemocromatosis.

88. Las anemias hemolíticas de cualquier etiología, dependientes de transfusiones sanguíneas.

89. Los trastornos de coagulación, de cualquier etiología, sintomáticos y resistentes a tratamiento.

90. La lipodistrofia progresiva.

91. La enfermedad de cadenas pesadas y la amiloidosi.

92. La esclerosis sistémica progresiva.

93. Las enfermedades infecciosas o de origen inmunológico con manifestaciones cutáneas de tipo crónico, altamente incapacitantes (mayor del 60%) y rebeldes al tratamiento.

94. Las monoplejia, paraplejia, hemiplejia y/o cuadriplejias definitivas.

95. Las hemiparesias, paraparesias y/o cuadriparesias definitivas.

96. La afasia permanente.

97. La espasticidad generalizada.

98. La miastenia gravis.

99. Las atrofias y distrofias musculares de carácter progresivo.

100. La cisticercosis cerebral y espinal que no respondan al tratamiento y que produzcan incapacidad permanente.

101. El síndrome de hipertensión intracraneana.

102. El síndrome talámico o estados afines, con déficit sensitivo extenso, que produzcan incapacidad funcional severa.

103. Los movimientos involuntarios anormales de tipo temblor, corea, atetosis, parkinsonismo, la ataxia o la incoor-dinación motora que imposibiliten la marcha o la prehensión de objetos.

104. Las distonías neurovegetativas de cualquier etiología, con manifestaciones del sistema nervioso, central y periférico.

105. Las neoplasias benignas del sistema nervioso central y periférico, no susceptibles de tratamiento.

106. La epilepsia y otras formas de crisis convulsivas o equivalentes.

107. La deficiencia mental de cualquier origen con coeficiente intelectual menor al 80%.

108. Los trastornos mentales orgánicos, con o sin psicosis asociada.

109. Los trastornos psicóticos: esquizofrenia, esquizotípicos, esquizoafectivos y trastornos de ideas delirantes.

110. Los trastornos del humor (afectivos): maniaco, bipolar y depresivos graves y rebeldes a tratamiento.

111. La pérdida anatómica o funcional permanente:

a. De una extremidad.

b. De una mano; o de un pie.

c. De dos dedos de la mano dominante que incluyan el pulgar.

d. De tres dedos de la mano dominante que no incluyan el pulgar.

112. La tuberculosis de la columna vertebral deformante y/o con parálisis no susceptible de tratamiento.

113. Las lesiones de cadera o rodilla que ameriten dos o más artroplastias totales o parciales, con deformidad notoria y claudicación.

114. La diferencia de más de 5 centímetros de longitud en las extremidades pélvicas no susceptibles de corrección.

115. Las espondilitis anquilosantes resistentes al tratamiento médico o no corregibles con tratamiento quirúrgico.

116. Los padecimientos de naturaleza congénita descubiertos tardíamente, no susceptibles de corrección y que produzcan incapacidades orgánicas o funcionales graves del aparato locomotor.

117. Las lesiones cicatriciales no corregibles, que den lugar a deformaciones notables o por su naturaleza retráctil o dolorosa, dificulten la movilidad de algún miembro u órgano del cuerpo.

118. Los padecimientos del esqueleto axial, de cualquier etiología, que limiten severamente su función y sean rebeldes a tratamiento.

119. Las alteraciones permanentes, orgánicas, metabólicas o funcionales de los diversos aparatos y sistemas, que disminuyen la capacidad funcional del individuo en más del 60% y que no han quedado comprendidas en esta categoría.

120. Todas las neoplasias malignas que no son susceptibles de control ni curación.

121. Las hernias o eventraciones que no respondan al tratamiento quirúrgico.

122. Otras alteraciones o estados que se constituyen con la suma de diversas categorías o trastornos funcionales y que a criterio médico ocasionen incapacidades mayores al 60% de función en relación a la actividad del sujeto.

Respecto del personal técnico aeronáutico de la Fuerza Aérea Mexicana (personal de pilotos aviadores, de los servicios y especialistas), los especialistas en medicina de aviación, apoyados por especialistas del área médica que implique la patología de que dicho personal pudiera ser portador, serán los responsables de clasificarlos en esta categoría.

Segunda categoría

1. Las alteraciones orgánicas o funcionales e irreparables de ambos ojos que provoquen que la visión central de cada uno de ellos, aún después de corregir los vicios de refracción, esté comprendida entre 20/100 a 20/70 de la agudeza visual normal.

2. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión periférica se encuentre restringida a tal grado, que los campos visuales de cada ojo, tomados aisladamente, conserven una amplitud comprendida entre el 10 y el 20% de la normal.

3. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión central de uno de ellos, aún después de corregir los vicios de refracción, esté comprendida entre 20/100 a 20/70 de la agudeza visual normal, con limitaciones de la visión periférica del otro ojo que circunscriban su campo visual entre 10 y el 20% de su amplitud normal.

4. La afaquia bilateral, aun cuando se obtenga una agudeza visual comprendida entre 20/100 y 20/70, mediante el uso de cristales correctores, lentes de contacto o lentes intra-oculares.

5. La subluxación bilateral del cristalino (no corregible).

6. La pérdida anatómica o funcional, total e irreparables de uno de los ojos, sin trastornos en el otro.

7. Las alteraciones del cinetismo (estrabismo) ocular no corregibles quirúrgicamente.

8. El glaucoma en cualquiera de sus variantes, rebelde al tratamiento.

9. La hipoacusia profunda de un oído y superficial del otro, irreversible o intratable quirúrgicamente o por medio de prótesis.

10. La hipoacusia media bilateral irreversible o intratable quirúrgicamente o por medio de prótesis.

11. Padecimientos laríngeos que aún tratados dejen una incapacidad respiratoria calculada entre el 40 y el 50%.

12. Las lesiones traumáticas de laringe y de los nervios recurrentes, con disnea de esfuerzo.

13. La insuficiencia respiratoria irreversible de entre 40 y 50%, de acuerdo a espirometría, consecutiva a padecimientos broncopulmonares, pleurales, mediastinales o diafragmáticos, aun cuando estos padecimientos hayan sido llevados hasta su curación real o aparente.

14. La sinusitis crónica inespecífica que incapacite severamente para el desempeño de la vida militar.

15. El escleroma respiratorio en etapa granulomatosa, que no responda al tratamiento.

16. El asma bronquial rebelde al tratamiento.

17. Las arritmias, las taquicardias paroxísticas y los bloqueos aurioculoventriculares incompletos y rebeldes al tratamiento cuando causen incapacidad entre el 40 y el 60%.

18. La insuficiencia renal crónica con reserva funcional entre 20 y 50% de función renal.

19. La vejiga neurogénica rehabilitada con secuelas.

20. Las estenosis uretrales recidivantes rebeldes al tratamiento.

21. Las mutilaciones genitales que provoquen trastornos de la función y/o psicológicos.

22. La diabetes mellitus tipo 2 con dos o más complicaciones crónicas moderadas.

23. La obesidad comprendida en el índice de masa corporal entre 35 a 39.9%.

24. Las hipoglucemias rebeldes a tratamiento.

25. La sarcoidosis con manifestaciones sistémicas.

26. Las lesiones ulcerosas cutáneas, de cualquier etiología, rebeldes al tratamiento y que impidan la actividad militar.

27. Los padecimientos con fotosensibilidad rebelde al tratamiento.

28. La neurofibromatosis (enfermedad de Von Recklinghausen), con alteraciones y manifestaciones neurológicas.

29. El síndrome nefrítico crónico, sin insuficiencia renal.

30. Las xenodermatosis que provoquen incapacidad funcional del 40 al 60%.

31. Trastornos de la personalidad y del comportamiento del adulto, severos y rebeldes a tratamiento.

32. Trastornos neuróticos, trastornos secundarios a situaciones estresantes y trastornos sematomorfos severos y rebeldes a tratamiento.

33. Enfermedad alcohólica (consumo perjudicial rebelde a tratamiento y adicción con o sin psicosis asociada).

34. La farmacodependencia (a drogas e inhalantes, consumo perjudicial rebelde a tratamiento y adicción con o sin psicosis asociada).

35. Trastornos del humor moderados recurrentes o persistentes y rebeldes a tratamiento.

36. Las neuroartropatías de cualquier etiología que imposibiliten para actos del servicio.

37. La pérdida anatómica o funcional permanente:

a) Del pulgar de la mano dominante.

b) De dos dedos de la mano no dominante que incluyan al pulgar.

c) De tres dedos de la mano no dominante que no incluyan el pulgar.

d) De todos los dedos de un pie.

38. La osteomielitis crónica que produzca incapacidad funcional severa.

39. La rigidez o la anquilosis de ambos tobillos que dificulten o impidan la estancia de pie o la marcha.

40. La insuficiencia arterial de los miembros pélvicos que no mejore con tratamiento.

41. Los síndromes postflebíticos severos.

42. Las úlceras en los miembros pélvicos de etiología vascular que no responden al tratamiento médico.

43. El linfedema severo.

44. Las alteraciones permanentes, orgánicas o funcionales, de los diversos aparatos y sistemas que disminuyen la capacidad del individuo entre el 40 y el 60% y que no han quedado comprendidas en esta categoría.

45. La seropositividad a los anticuerpos contra los virus de la inmunodeficiencia humana confirmada con pruebas suplementarias.

Respecto del personal técnico aeronáutico de la Fuerza Aérea Mexicana (personal de pilotos aviadores, de los servicios y especialistas), los especialistas en medicina de aviación, apoyados por especialistas del área médica que implique la patología de que dicho personal pudiera ser portador, serán los responsables de clasificarlos en esta categoría.

Tercera categoría

Padecimientos que permiten desempeñar solamente actividades administrativas para el Ejército y Fuerza Aérea. Administrativas en tierras para la Armada.

1. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos que provoquen que la visión central de cada uno de ellos aún después de corregir los defectos de refracción, esté comprendida entre 20/70 y 20/50 de la agudeza visual normal.

2. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión periférica se encuentre restringida a tal grado, que los campos visuales de cada ojo tomados aisladamente, conserven una extensión comprendida entre el 20 y el 40% de la normal.

3. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables de ambos ojos, que provoquen que la visión central, aún después de corregir los defectos de refracción, alcance como máximo, una cifra comprendida entre 20/70 y 20/50 en un ojo y limitación del campo visual del otro ojo comprendida entre 20 y 40% de lo normal.

4. Queratocono bilateral.

5. La subluxación monolateral del cristalino, no corregible.

6. La afaquia monolateral, que corrija menos de 20/70 y mediante el uso de cristales correctores, lentes de contacto o intraoculares.

7. Las cuadrantanopsias permanentes.

8. El nistagmus permanente, rebelde al tratamiento.

9. Las alteraciones de la musculatura intrínseca ocular que no cedan a la terapéutica establecida y que ocasionen trastornos graves en el sistema de enfoque o en el mecanismo fotorregulador.

10. La desviación ocular paralítica que no ceda al tratamiento establecido, cuando el ángulo de desviación en el sentido de acción de alguno de los músculos paralizados sea de 5 a 20 dioptrías prismáticas.

11. Las alteraciones orgánicas o funcionales de los párpados que no cedan al tratamiento establecido y que dificulten ostensiblemente la función visual.

12. Los procesos patológicos de índole benigno de las estructuras anatómicas que circundan el globo ocular, que no cedan a la terapéutica establecida y que dificulten ostensiblemente la función visual.

13. La incapacidad para discernir colores y tonalidades (discromatopsia) siempre y cuando no exista un mecanismo compensador que permita la identificación correcta de los objetos.

14. La hipoacusia profunda de un lado irreversible o intratable quirúrgicamente o por medio de prótesis y con audición normal del otro oído.

15. La hipoacusia media de un lado irreversible o intratable quirúrgicamente o por medio de prótesis y superficial en el otro oído.

16. La rinitis atrófica que no responda al tratamiento.

17. La parálisis del velo del paladar.

18. Las disfonías permanente.

19. La insuficiencia respiratoria entre el 20 y el 40%, consecutiva a padecimientos pulmonares, pleuropulmonares, mediastinales, diafragmáticos o de la pared torácica, aun cuando estos padecimientos hayan sido tratados hasta su curación.

20. El escleroma respiratorio en etapa catarral, rebelde al tratamiento.

21. La hipertensión arterial con hipertrofia ventricular izquierda o daño a “órganos blanco” sin insuficiencia cardiaca.

22. Las lesiones valvulares sin cardiomegalia, insuficiencia cardiaca ni trastornos permanentes del ritmo.

23. La taquicardia paroxística recurrente o cualquier trastorno del ritmo irrebeldes a tratamiento y que causen incapacidad funcional entre el 20 y 40%.

24. La hipotensión arterial y el síndrome carotideo que lleguen a producir estados sincopales, rebeldes al tratamiento.

25. La insuficiencia coronaria crónica o aguda, incluyendo al infarto del miocardio no complicado, tratado pero con isquemia residual ligera y que a juicio del médico cause incapacidad funcional entre el 20 y 40% en el individuo.

26. La insuficiencia renal crónica con reserva funcional mayor del 50%.

27. Los síndromes de Gilbert y Dubin Johnson.

28. Los procesos inflamatorios crónicos del aparato genitourinario, rebeldes a tratamiento.

29. Las fístulas biliares y/o pancreáticas que se rehabiliten con tratamiento.

30. La glomerulonefritis crónica sin datos de insuficiencia renal.

31. La hernia o eventración que no responda al tratamiento quirúrgico.

32. La diabetes mellitus tipo 2 con una sola complicación crónica.

33. La obesidad con un índice de masa corporal entre 30 a 34.9.

34. La artritis de cualquier etiología que produzca incapacidad funcional entre el 20 y el 40%.

35. Los padecimientos de etiología inmunológica sin evidencia clínica de actividad controlables.

36. La aplasia medular y las anemias crónicas controladas.

37. Los padecimientos de naturaleza displásica tisular sin evidencia clínica de actividad y que sean controlables.

38. La lepra controlada sin secuelas.

39. Las dermatosis de origen inmune, infeccioso o metabólico que estén diseminadas u ocasionen deformidad visible.

40. Las dermatosis hereditarias crónicas que no dan lugar a incapacidad funcional y en partes no descubiertas del cuerpo.

41. La parálisis facial completa, unilateral o bilateral, rebelde al tratamiento.

42. Las monoparesias.

43. Los trastornos de la articulación del lenguaje que lo hagan incomprensible.

44. Las neuralgias permanentes y neuropatías que por su localización y extensión produzcan incapacidad funcional.

45. Las migrañas y/o cefaleas de cualquier etiología y rebeldes al tratamiento.

46. El vértigo de carácter recurrente.

47. La pérdida anatómica o funcional permanente:

a) Del pulgar de la mano no dominante.

b) Del cuarto y quinto dedos de la mano dominante.

48. La rigidez o anquilosis de muñeca, codo, hombro, cadera, rodilla o de un tobillo, que mantenga su posición funcional.

49. Las lesiones de la rodilla o de la cadera que ameriten hasta 2 artroplastías totales o parciales, sin deformidad ni claudicación.

50. El acortamiento de 3 a 5 centímetros de longitud entre ambos miembros pélvicos no susceptible de corrección.

51. Los trastornos vasoespásticos secundarios a un padecimiento sistémico, rebeldes al tratamiento.

52. La insuficiencia venosa crónica aun tratada quirúrgica y médicamente.

53. Las alteraciones permanentes anatómicas o funcionales de los diversos aparatos o sistemas, que disminuyan la capacidad funcional del individuo entre el 20 y el 40% y que no han quedado comprendidas en esta categoría o que se constituyan con los diversos grados de ella.

Respecto del personal técnico aeronáutico de la Fuerza Aérea Mexicana (personal de pilotos aviadores, de los servicios y especialistas), los especialistas en medicina de aviación, apoyados por especialistas del área médica que implique la patología de que dicho personal pudiera ser portador, serán los responsables de clasificarlos en esta categoría.

Lista de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos del 20% ameritan cambio de arma o servicio a petición del medico que examine a los interesados.

1. Las alteraciones orgánicas o funcionales irreparables que provoquen que la visión central en cada ojo, aún después de corregir los vicios de refracción, alcance a lo sumo 20/40.

2. El desprendimiento de la retina tratado, cuando a juicio del médico limite la actividad física.

3. Los procesos patológicos de la conjuntiva que tengan tendencia a la cronicidad, que no cedan a la terapéutica habitual y que constituyan causa de disfunción visual.

4. La hipoacusia media de un lado con audición normal del otro.

5. La hipoacusia superficial.

6. Las alteraciones alérgicas o vasomotoras de vías respiratorias que requieren que el individuo cambie de medio ambiente.

7. Las insuficiencias respiratorias menores del 20%, valoradas por espirometría consecutivas a padecimientos pulmonares, pleurales, mediastinales, diafragmáticos o de pared torácica, aun cuando estos padecimientos hayan sido tratados hasta su curación.

8. La insuficiencia coronaria crónica o aguda, incluyendo al infarto del miocardio, no complicado y sin isquemia residual.

9. La hipertensión arterial no complicada.

10. La litiasis renal unilateral recidivante.

11. La resección parcial del esófago, sin trastornos de la deglución.

12. La gastrectomía subtotal.

13. La obesidad con un índice de masa corporal entre 28 a 29.9.

14. La diabetes mellitus tipo 2 con complicación crónica.

15. Las lesiones permanentes orgánicas o funcionales de cualquiera de los tejidos o glándulas del sistema endocrino, que ocasionen hiperfunción o hipofunción de menos del 20%.

16. Los individuos en quienes se haya realizado trasplante de un tejido, que queden con trastornos funcionales mínimos.

17. Las dermatosis crónicas rebeldes al tratamiento o de forma recidivante.

18. La pérdida anatómica o funcional permanente o las deformaciones de:

a) Pérdida parcial o incompleta de dos o más dedos de una mano.

b) De falange distal de uno o de ambos pulgares.

19. Las alteraciones permanente, anatómicas o funcionales, de los diversos aparatos y sistemas, que disminuyen la capacidad funcional del individuo entre el 10 y el 20% y que no han quedado comprendidas en esta categoría.

Respecto del personal técnico aeronáutico de la Fuerza Aérea Mexicana (personal de pilotos aviadores, de los servicios y especialistas), los especialistas en medicina de aviación, apoyados por especialistas del área médica que implique la patología de que dicho personal pudiera ser portador, serán los responsables de clasificarlos en esta categoría.

Diputados: César Patricio Reyes Roel, Julio César Lizárraga López, José Alvaro Vallarta Ceceña, Martha Silvia Sánchez González, Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, Angel Artemio Meixueiro González, Rufino Rodríguez Cabrera, Eréndira Olimpia Cova Brindis, Manuel Braulio Martínez Ramírez, Gustavo Adolfo González Balderas, Héctor Esquiliano Solís, Manuel Arturo Narváez Narváez, José Tomás Lozano y Pardinas, Alfredo Ochoa Toledo, Adolfo Zamora Cruz, Andrés Carballo Bustamante, Jesús Alejandro Cruz Gutiérrez, César Horacio Duarte Jáquez, Santiago López Hernández, Nicolás Lorenzo Alvarez Martínez, Guillermo Díaz Gea, Marcos Paulino López Mora, Raúl Cervantes Andrade, Ildefonso Nahum Zorrilla Cuevas, Vicente Pacheco Castañeda, Julieta Prieto Fuhrken

La Presidenta diputada. Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señora diputada.

Túrnese a las comisiones de Seguridad Social, con opinión de las comisiones de Defensa Nacional y de Marina.

LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Armando Salinas Torre, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

El diputado Armando Salinas Torre:

Con su venia, diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Los suscritos, diputados federales integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, ponemos a consideración de ustedes el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los diputados del Partido Acción Nacional hemos hecho nuestra una propuesta de los miembros del Poder Judicial de la Federación para reformar la Ley Orgánica que los rigen y hacen las modificaciones consecuentes con la reforma constitucional de junio de 1999 a los artículos 94, 97, 100 y 107.

El Poder Judicial de la Federación es la entidad jurisdiccional que la Constitución Federal ha creado para impartir justicia y lograr mediante las instancias de control constitucional que los órganos del Estado ejerzan, el poder público dentro del marco constitucional de legalidad y respeto a las instituciones fundamentales en que descansa nuestro sistema jurídico.

Dicho poder está depositado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el Tribunal Electoral, en los tribunales colegiados y unitarios de circuito y en los juzgados de distrito.

La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal quien ejerce su gestión con independencia técnica de gestión para emitir sus resoluciones.

El Poder Judicial de la Federación en el marco de sus atribuciones constitucionales es el custodio de nuestra Ley Fundamental y garante del Estado de Derecho. Como Tribunal Constitucional, además de ser el árbitro máximo de la nación, tiene la misión y enorme responsabilidad de dirimir las controversias entre los poderes de la Unión entre éstos y los órganos estatales y municipales con estricto apego a criterios jurisdiccionales.

Por ello, para encarar con energía los retos del Gobierno de la República resulta necesario actualizar el marco jurídico que regula la organización y el funcionamiento del Poder Judicial de la Federación con la finalidad de afrontar con eficacia los contrastes y constantes desafíos que requiere el desarrollo y progreso sostenido de México.

El principal compromiso del Poder Judicial de la Federación con la nación es salvaguardar el Estado de Derecho y asegurar mediante el ejercicio constante y eficaz de su imperio, que la actuación de los demás poderes y los servidores públicos se ajusten a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a las disposiciones legales que de ella emanen.

No debe olvidarse que la salvaguardia del Estado de Derecho depende en última instancia del Poder Judicial de la Federación. De tal suerte que consistentes y conscientes con nuestra posición y la trascendencia de esta función para la vida institucional de nuestro país, no debemos mantenernos indiferentes a la obtención de este objetivo ni eludir la parte de responsabilidad que nos atañe en la conquista del mismo, por lo que debemos unir todos los esfuerzos nuestros y de todos los que se puedan convocar en esta tarea que la sociedad y la historia han puesto en nuestras manos para contribuir con el logro de tan noble finalidad.

En todos los sistemas jurídicos el derecho evoluciona y está sometido a un cambio constante, por ende es indispensable ajustar las actuales estructuras legales a las exigencias de la nueva realidad social. En efecto, las leyes por su propia naturaleza tienen que reformarse para que su contenido sea acorde con la Constitución Federal a fin de adecuar sus contenidos a las demandas de la realidad imperante.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es el ordenamiento jurídico que sistematiza y confiere competencia a los órganos jurisdiccionales que lo integran, por ello requiere de modificaciones que respetando su estructura organizacional y funcional aseguran a los gobernados el acceso a la justicia pronta, completa e imparcial.

Estas medidas indispensables para satisfacer los requerimientos actuales del orden jurídico mexicano, se concretizan en la iniciativa de reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que, como podrá observarse, tiene su principal fundamento en el mandato obtenido y desprendido del artículo 17 de la Constitución.

La justicia es un anhelo constante de la sociedad y es a esta soberanía como depositaria de la confianza del pueblo de México, a quien corresponde la tarea histórica de satisfacerlo y la forma de lograr ese objetivo es a través de las reformas como la que hoy nos ocupa, en tanto que representan sin duda, una verdadera conquista para el pueblo de México, acrecentando la confianza en el Poder Judicial de la Federación y por vía de consecuencia de los demás poderes.

El adelanto y madurez política de la nación, es directamente proporcional al grado de efectividad de sus instituciones y a la solidez de los principios de justicia en que descansa su sistema jurídico.

Es por ello que, reconociendo la vital importancia de la función judicial en la consecución de cimientos sólidos en nuestro constante proceso de transformación nacional, deben adoptarse nuevas medidas que permitan al Poder Judicial de la Federación seguir avanzando con paso firme de la consolidación del Estado de Derecho y la preservación de la paz social.

Esta iniciativa tiene como propósito esencial dar satisfacción plena de los requerimientos de justicia de los mexicanos a través de reformas y adiciones a diversos preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación que conforme al avance de nuestro sistema jurisdiccional resultan necesarias para que el marco jurídico que regula la organización y funcionamiento de los tribunales federales sea acorde con las necesidades que en materia de justicia viene planteando la sociedad.

En vista de las anteriores consideraciones, haciendo una observación considero por demás pertinente, si bien es cierto el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional hace suya esta iniciativa de los integrantes del Poder Judicial de la Federación, también es cierto que su artículo 183 para nosotros es revisable en los términos presentados y es debatible en los términos presentados y eventualmente enriquecido; es decir que este artículo, los que lo suscribimos lo sostenemos sabiendo que debe de enriquecerse y así plantearlo con los integrantes del Poder Judicial de la Federación.

En tal virtud, ponemos a consideración de ustedes esta iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Por la extensión del documento solicito muy respetuosamente a la Presidencia de la Mesa Directiva instruya a la Secretaría a que se inserte en el Diario de los Debates como si a la letra se hubiera leído y formara parte, de manera íntegra.

Muchas gracias.

«Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes.

Los suscritos, diputados federales, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General; nos permitimos presentar la siguiente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los diputados del Partido Acción Nacional hemos hecho nuestra una propuesta de los miembros del Poder Judicial Federal para reformar la Ley Orgánica que los rige y hacer las modificaciones consecuentes con la reforma constitucional de junio de 1999 a los artículos 94, 97, 100 y 107.

El Poder Judicial de la Federación es la entidad jurisdiccional que la Constitución Federal ha creado para impartir justicia y lograr mediante las instancias de control constitucional, que los órganos del Estado ejerzan el poder público dentro del marco constitucional, de legalidad y respeto a las instituciones fundamentales en que descansa nuestro sistema jurídico.

Dicho poder está depositado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el Tribunal Electoral, en los tribunales colegiados y unitarios de circuito y en los juzgados de distrito.

La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, quien ejerce su función con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

El Poder Judicial de la Federación, en el marco de sus atribuciones constitucionales, es el custodio de nuestra Ley Fundamental y garante del Estado de Derecho. Como tribunal constitucional, además de ser el árbitro máximo de la nación, tiene la misión y enorme responsabilidad de dirimir las controversias entre los poderes de la Unión, entre éstos y los órganos estatales y municipales, con estricto apego a criterios jurisdiccionales.

Por ello, para encarar con energía los retos del Gobierno de la República, resulta necesario actualizar el marco jurídico que regula la organización y el funcionamiento del Poder Judicial de la Federación, con la finalidad de afrontar con eficacia los constantes desafíos que requiere el desarrollo y progreso sostenido de nuestro país.

El principal compromiso del Poder Judicial de la Federación con la nación, es salvaguardar el Estado de Derecho y asegurar, mediante el ejercicio constante y eficaz de su imperio, que la actuación de los demás poderes y los servidores públicos, se ajuste a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a las disposiciones legales que de ella emanan.

No debe olvidarse que la salvaguarda del Estado de Derecho depende, en última instancia, del Poder Judicial de la Federación, de tal suerte que conscientes de la trascendencia de esa función para la vida institucional de nuestro país, no debemos mantenernos indiferentes a la obtención de ese objetivo ni eludir la parte de responsabilidad que nos atañe en la conquista del mismo, por lo que debemos unir todos nuestros esfuerzos en esta tarea que la sociedad y la historia han puesto en nuestras manos, para contribuir con el logro de tan noble finalidad.

En todos los sistemas jurídicos, el derecho evoluciona y está sometido a un cambio constante, por ende, es indispensable ajustar las actuales estructuras legales a las exigencias de la nueva realidad social.

En efecto, las leyes, por su propia naturaleza, tienen que reformarse para que su contenido sea acorde con la Constitución Federal, a fin de adecuar sus contenidos a las demandas de la realidad imperante.

Las sociedades también han ido cambiando con el tiempo, tanto en su conformación como en su manera de expresarse. Esa transformación de la sociedad exige actualmente una impartición de justicia más ágil y, para satisfacer esas exigencias, se hace necesario reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es el ordenamiento jurídico que sistematiza y confiere competencia a los órganos jurisdiccionales que lo integran, por ello, requiere de modificaciones que, respetando su estructura organizacional y funcional, aseguren a los gobernados el acceso a una justicia pronta, completa e imparcial.

Esas medidas, indispensables para satisfacer los requerimientos actuales del orden jurídico mexicano, se concretizan en la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que como podrá observarse, tienen su principal fundamento en el mandato contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La justicia es un anhelo constante de la sociedad y es a esta soberanía, como depositaria de la confianza del pueblo mexicano, a quien corresponde la tarea histórica de satisfacerlo y la forma de lograr ese objetivo es a través de las reformas de que se trata, en tanto que representan, sin duda, una verdadera conquista para el pueblo de México, acrecentando su confianza en el Poder Judicial de la Federación y, por vía de consecuencia, en los demás poderes.

El adelanto y madurez política de una nación es directamente proporcional al grado de efectividad de sus instituciones y a la solidez de los principios de justicia en que descanse su sistema jurídico, es por ello que, reconociendo la vital importancia de la función judicial en la consecución de cimientos sólidos en nuestro constante proceso de transformación, deben adoptarse nuevas medidas que permitan al Poder Judicial de la Federación, seguir avanzando con paso firme, en la consolidación del Estado de Derecho y la preservación de la paz social.

Esta iniciativa tiene como propósito esencial dar satisfacción plena a los requerimientos de justicia de los mexicanos, a través de reformas y adiciones a diversos preceptos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que conforme al avance de nuestro sistema jurisdiccional, resultan necesarias para que el marco jurídico que regula la organización y funcionamiento de los tribunales federales, sea acorde con las necesidades que en materia de justicia viene planteando la sociedad.

En vista de las anteriores consideraciones y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente:

Iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Artículo único. Se reforman los artículos 4o., 6o., segundo párrafo; 7o., primer párrafo; 9o., tercer párrafo; 10, fracciones II inciso a, III, V, VII, VIII, IX actual para ser la XI, X actual para ser la XII, XI actual y pasa a ser la XIII y XII actual para ser la XIV; 11, fracciones VI, IX, XV actual y pasa a ser la XVII, XVI actual y pasa a ser la XX, XVII actual para ser la XXI, XVIII actual para ser la XXII, XIX actual y pasa a ser la XXIII, XX actual y pasa a ser la XXIV, XXI actual para ser la XXV, y XXII actual para ser la XXVI; 19; 20, primer párrafo; 21, fracciones II inciso a III, inciso a IV, V, VII actual y pasa a ser la VI, VIII, XI actual y pasa a ser la X y último párrafo que pasa a ser el penúltimo párrafo; 22; 29, fracción V y último párrafo 37 fracciones IV, VI, VII, IX actual y pasa a ser la XII y último párrafo 51, fracciones II y III; 68 primer párrafo, 77 segundo párrafo, 81 fracciones III, XXX y XXXIV; 85 fracción VII, 107 primero y segundo párrafos 109, primero y segundo párrafos, 115 párrafos primero, segundo y cuarto, 122; 123, fracciones I a la III; 125; 126; 127, primer párrafo; 128, primer párrafo; 150; 151; 152; 163 y 179; se adicionan los artículos 1o., con un segundo párrafo; 10, con las fracciones IX y X, así como con un último párrafo; 11 con las fracciones XV, XVI, XVIII y XIX; 21 con las fracciones VII y IX; 37, fracciones IX a XI; 51, con una fracción IV; 68, con un segundo párrafo, pasando a ser el tercero el actual segundo párrafo; 69, con un segundo párrafo 81, con una fracción VI-bis y con un cuarto párrafo el artículo 183 y se derogan la actual fracción VI del artículo 1o., por lo que se recorre la numeración de las actuales fracciones VII y VIII, para ser las fracciones VI y VII; las actuales fracciones VI, IX y X del artículo 21 y el actual quinto párrafo del artículo 115 todos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:

“Artículo 1o. ...

I. a la V. ...

VI. El jurado federal de ciudadanos y

VII. Los tribunales de los estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107 fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en los demás en que por disposición de la ley, deban actuar en auxilio de la justicia federal.

El Consejo de la Judicatura Federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

Artículo 4o. El pleno de la Suprema Corte de Justicia se compondrá de 11 ministros, pero bastará la presencia de siete miembros para que pueda funcionar, salvo cuando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la ley establezcan votación calificada, en cuyo caso, se requerirá la presencia mínima del número de ministros exigidos para la votación.

Artículo 6o. ..

Las sesiones que tengan por objeto tratar los asuntos previstos en el artículo 11 serán privadas por regla general y públicas cuando así lo disponga el propio pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Artículo 7o. Las resoluciones del pleno de la Suprema Corte de Justicia se tomarán por unanimidad o mayoría de votos de los ministros presentes, salvo cuando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la ley establezcan una votación calificada.

...

...

...

Artículo 9o. ..

...

Los secretarios de estudio y cuenta serán designados por la sala a la que esté adscrito el ministro correspondiente, a propuesta del mismo, previo examen de aptitud conforme a las reglas que emita el pleno de la Suprema Corte de Justicia.

Cuando menos dos terceras partes de las plazas de los secretarios de estudio y cuenta de cada ministro deberán ocuparse por personas que se hayan desempeñado durante dos años o más en alguna o algunas de las categorías especificadas en el artículo 110 fracciones VIII y IX, de esta ley.

...

Artículo 10...

I y II...

a) Cuando subsista en el recurso el problema de constitucionalidad de normas generales, si en la demanda de amparo se hubiese impugnado una ley federal o un tratado internacional, por estimarlos directamente violatorios de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o si en la sentencia se establece la interpretación directa de un precepto de la misma;

b) y c...

III. Del recurso de revisión contra sentencias que los tribunales colegiados de circuito pronuncien en amparo directo en los que se haya impugnado la inconstitucionalidad de una ley federal o un tratado internacional o cuando en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siempre que la resolución, conforme a acuerdos generales del pleno de la Suprema Corte de Justicia, entrañe la fijación de un criterio de importancia y trascendencia.

Sólo en estos supuestos procederá la revisión ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia, limitándose la materia del recurso exclusivamente a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales. En los demás casos, las sentencias de los tribunales colegiados de circuito quedarán firmes;

IV...

V. Del recurso de reclamación contra las providencias o acuerdos del presidente de la Suprema Corte de Justicia, dictados durante la tramitación de los asuntos jurisdiccionales de la competencia del pleno de la Suprema Corte de Justicia o del ministro instructor en controversias y acciones de inconstitucionalidad, salvo cuando las salas dese-chen el recurso en términos del artículo 21 fracción V de esta ley;

VI...

VII. De las propuestas de las salas para proceder a la separación del cargo de acuerdo con el artículo 107 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

VIII. De las denuncias de contradicción de criterios establecidos en tesis, aisladas o jurisprudenciales, sustentados por:

a) Alguna de las salas de la Suprema Corte de Justicia y la otra;

b) Alguna de las salas de la Suprema Corte de Justicia y alguna de las salas del Tribunal Electoral y

c) Alguno de los tribunales colegiados de circuito y otro u otros, cuando se trate de asuntos que por razón de la materia no sean competencia exclusiva de algunas de las salas;

IX. De las denuncias de contradicción de criterios establecidos en:

a) Tesis aisladas del pleno de la Suprema Corte de Justicia y tesis, jurisprudenciales o aisladas, de las salas;

b) Tesis aisladas del pleno de la Suprema Corte de Justicia y tesis, jurisprudenciales o aisladas, de las salas del Tribunal Electoral;

c) Tesis aisladas del pleno de la Suprema Corte de Justicia y tesis, jurisprudenciales o aisladas, de los tribunales colegiados de circuito y

d) Tesis aisladas de las salas y tesis, jurisprudenciales o aisladas, de los tribunales colegiados de circuito;

X. De los recursos que se interpongan contra las decisiones del consejo que se refieran a la designación, adscripción, ratificación o remoción de magistrados y jueces, únicamente para verificar que tales decisiones fueron adoptadas en términos del segundo párrafo del artículo 122 y con los efectos a que se refiere el artículo 128, ambos de esta ley;

XI. De los conflictos de trabajo suscitados con sus propios servidores en términos de la fracción XII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir del dictamen que le presente la Comisión Sustanciadora Unica del Poder Judicial de la Federación, en términos de los artículos 152 a 161 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo conducente;

XII. De los juicios de anulación de la declaratoria de exclusión de los estados del sistema nacional de coordinación fiscal y de los juicios sobre cumplimiento de los convenios de coordinación celebrados por el Gobierno Federal con los gobiernos de los estados o el Distrito Federal, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal, en términos de lo dispuesto por la ley reglamentaria del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo que hace a las controversias constitucionales;

XIII. De cualquier otro asunto de la competencia de la Suprema Corte de Justicia, cuyo conocimiento no corresponda a las salas o, correspondiéndoles, el pleno de la Suprema Corte de Justicia así lo determine y

XIV. De las demás que expresamente le confieran las leyes.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia no podrá remitir, a las salas ni a los tribunales colegiados de circuito, los asuntos a que se refieren las fracciones I, VII, VIII, IX, X y XII anteriores, por medio de acuerdos generales.

Artículo 11...

I a la V...

VI. Remitir para su resolución a los tribunales colegiados de circuito, con fundamento en los acuerdos generales que dicte, aquellos asuntos en que hubiere establecido jurisprudencia o en que así lo hubiere determinado para una mejor impartición de justicia. Si un tribunal colegiado de circuito estima que el asunto remitido debe ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia, lo hará de su conocimiento para que ésta determine lo que corresponda;

VII y VIII...

IX. Conocer y dirimir cualquier conflicto que surja entre las salas de la Suprema Corte de Justicia y los que se susciten dentro del Poder Judicial de la Federación en los casos en que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la ley no establezcan el órgano facultado para dirimirlos;

X a la XIV...

XV. Designar a los consejeros de la Judicatura Federal que le correspondan, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de circuito y jueces de distrito;

XVI. Con el consejo tomar protesta a los magistrados de circuito y jueces de distrito en los términos del artículo 97 párrafo final, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XVII. Solicitar la intervención del consejo siempre que sea necesario para la adecuada coordinación y funcionamiento entre los órganos del Poder Judicial de la Federación;

XVIII. Solicitar al consejo la expedición de acuerdos generales que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal.

En su solicitud, el pleno de la Suprema Corte de Justicia únicamente indicará el tema y los motivos de su petición. Corresponderá al consejo, si así lo estimare procedente, la expedición del acuerdo relativo.

El consejo estará obligado a comunicar al pleno de la Suprema Corte de Justicia las resoluciones que adopte sobre las solicitudes que éste le haya formulado;

XIX. Revisar, cuando así lo soliciten por lo menos tres ministros, alguno o algunos de los acuerdos generales del consejo.

La resolución del pleno de la Suprema Corte de Justicia podrá confirmar el acuerdo de que se trate o bien revocarlo, en cuyo caso, se requerirá la mayoría de cuando menos ocho votos.

Corresponde al consejo la elaboración y expedición, en su caso, de las modificaciones que el pleno de la Suprema Corte de Justicia proponga. El consejo estará obligado a comunicar al pleno de la Suprema Corte de Justicia las resoluciones que adopte sobre las modificaciones propuestas;

XX. Aprobar el proyecto del presupuesto anual de egresos de la Suprema Corte de Justicia que le someta su presidente, atendiendo a las previsiones del ingreso y del gasto público federal;

XXI. Apercibir, amonestar e imponer multas hasta de 180 días del importe del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al día de cometerse la falta, a los abogados, agentes de negocios, procuradores o litigantes, cuando en las promociones que hagan ante la Suprema Corte de Justicia funcionando en pleno falten al respeto o a algún órgano o miembro del Poder Judicial de la Federación;

XXII. Ejercer las facultades previstas en los párrafos segundo y tercero del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XXIII. Reglamentar:

a) El funcionamiento de los órganos que realicen las labores de compilación y sistematización de tesis y ejecutorias, publicación de las mismas y su agrupación cuando formen jurisprudencias;

b) La estadística e informática de la Suprema Corte de Justicia y

c) El centro de documentación y análisis que comprenderá la biblioteca central, el archivo histórico, el archivo central y los archivos de los tribunales federales, compilación de leyes y el archivo de actas.

Cuando lo estime conveniente podrá convenir con el consejo las medidas necesarias para lograr una eficiente difusión de las publicaciones;

XXIV. Para conocer sobre la interpretación y resolución de los conflictos que se deriven de contratos o cumplimiento de obligaciones contraídas por particulares o dependencias públicas con la Suprema Corte de Justicia o con el consejo;

XXV. Dictar los reglamentos y acuerdos generales en las materias de su competencia y

XXVI. Las demás que determinen las leyes.

Artículo 19. Las salas tendrán la facultad a que se refiere el artículo 11 fracción XXI de esta ley, siempre que las promociones se hubieren hecho ante ellas.

Artículo 20. Cada sala designará, a propuesta de su presidente, a un secretario de acuerdos y a un subsecretario de acuerdos, previo examen de aptitud conforme a las reglas que el pleno de la Suprema Corte de Justicia emita.

...

...

Artículo 21...

I y II...

a) Cuando subsista en el recurso el problema de constitucionalidad, si en la demanda de amparo se hubiese impugnado una ley local o del Distrito Federal o un reglamento federal expedido por el Presidente de la República o reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por el jefe de Gobierno del Distrito Federal, por estimarlos directamente violatorios de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o si en las sentencias se hubiese establecido la interpretación directa de un precepto de la misma en esas materias y

b)...

III...

a) Cuando se haya impugnado la inconstitucionalidad de una ley local o del Distrito Federal o cuando en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en estas materias, siempre que la resolución, conforme a acuerdos generales del pleno de la Suprema Corte de Justicia, entrañe la fijación de un criterio de importancia y trascendencia.

Sólo en estos supuestos procederá la revisión ante las salas, limitándose la materia del recurso exclusivamente a la decisión de las cuestiones propiamente constitucionales. En los demás casos, las sentencias de los tribunales colegiados de circuito quedarán firmes y

b)...

IV. Del recurso de queja interpuesto en los casos a que se refieren las fracciones V, VII, VIII y IX del artículo 95 de la Ley de Amparo, siempre que el conocimiento del amparo en que la queja se haga valer sea competencia de una de las salas, directamente o en revisión, en los términos del artículo 99 párrafo segundo así como en el caso previsto en el artículo 95 fracción X de la misma ley;

V. Del recurso de reclamación contra:

a) Acuerdos de trámite dictados por el presidente de la sala;

b) Acuerdos de trámite dictados por el presidente de la Suprema Corte de Justicia cuando, a propuesta del ministro ponente, el recurso resulte infundado. En el evento de que la sala considere fundado el recurso, deberá remitirlo al pleno de la Suprema Corte de Justicia para su resolución y

c) Acuerdos de trámite dictados por el ministro instructor en controversias y acciones de inconstitucionalidad cuando, a propuesta del ministro ponente, el recurso resulte infundado. En el evento de que la sala considere fundado el recurso, deberá remitirlo al pleno de la Suprema Corte de Justicia para su resolución;

VI. De los conflictos de competencia que se susciten, cualquiera que sea la materia, entre tribunales colegiados de circuito;

VII. De los demás conflictos de competencia a que se refieren los artículos 29 fracción V y 37 fracción VI de esta ley, cuando por su importancia y trascendencia, a juicio de alguna de las salas, deba conocer del conflicto;

VIII. De las denuncias de contradicción de criterios establecidos en tesis, aisladas o jurisprudenciales, que sustenten dos o más tribunales colegiados de circuito, en todo tipo de asuntos, de acuerdo con la competencia de cada una de las salas;

IX. De los incidentes de inejecución de sentencia y de repetición del acto reclamado, de las inconformidades en estas materias, así como de la aplicación del artículo 107 fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la competencia exclusiva de cada una de las salas. Cuando las salas consideren que procede la separación del cargo que establece dicha fracción, remitirá el asunto al pleno de la Suprema Corte de Justicia para que determine lo que corresponda y

X. Las demás que expresamente les encomiende la ley.

Si alguno de los ministros estima que un asunto debe ser del conocimiento del pleno de la Suprema Corte de Justicia, será remitido a éste para que determine lo que corresponda.

En los acuerdos generales emitidos por el pleno de la Suprema Corte de Justicia no podrán remitirse a los tribunales colegiados de circuito los asuntos a que se refieren las fracciones VI, VIII y IX de este artículo.

Artículo 22. En términos de los acuerdos generales expedidos por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, las salas podrán remitir para su resolución a los tribunales colegiados de circuito los amparos en revisión ante ellas promovidos. En los casos en que un tribunal colegiado de circuito estime que un asunto debe ser del conocimiento del pleno de la Suprema Corte de Justicia o de una de las salas, será remitido a los mismos para que determinen lo que corresponda.

Artículo 29...

I a la IV...

V. De los conflictos que se susciten entre los jueces de distrito sujetos a su jurisdicción, excepto en los juicios de amparo. Si aquellos conflictos se suscitan entre jueces de distinta jurisdicción, conocerá el tribunal unitario que tenga jurisdicción sobre el juez que previno, y

VI...

Los tribunales unitarios de circuito tendrán la facultad a que se refiere el artículo 11 fracción XXI de esta ley, siempre que las promociones se hubieren hecho ante ellos.

Artículo 37...

I a la III...

IV. Del recurso de revisión contra las sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los jueces de distrito, tribunales unitarios de circuito o por el superior del responsable, en los siguientes casos:

a) En los supuestos del artículo 85 de la Ley de Amparo, y

b) Cuando se reclame un acuerdo de extradición dictado por el Poder Ejecutivo, a petición de un gobierno extranjero;

V...

VI. De los conflictos de competencia que, con excepción de los previstos en los artículos 11 fracción IX, 21 fracciones VI y VII; 29 fracción V y 189 fracción XIII de esta ley, se susciten entre:

a) Algún tribunal de la Federación y otro tribunal de la Federación;

b) Algún tribunal de la Federación y un tribunal de un estado o del Distrito Federal;

c) Algún tribunal de un estado y un tribunal de otro estado o del Distrito Federal;

d) Alguno de los órganos del Poder Judicial de la Federación y alguno de los tribunales mencionados anteriormente, y

e) Alguno de los órganos del Poder Judicial de la Federación y otro del mismo poder.

Quedan comprendidos en los supuestos a que se refieren los incisos a al d las autoridades judiciales ordinarias así como cualquier tribunal u órgano jurisdiccional, ya sea administrativo, militar, laboral o algún otro especializado, cualquiera que sea su naturaleza.

Cuando el conflicto se suscite entre órganos de distinta materia o jurisdicción territorial, conocerá el tribunal colegiado de circuito que tenga competencia sobre el órgano que previno;

VII. De los impedimentos y excusas que en materia de amparo se susciten entre jueces de distrito, y en cualquier materia entre los magistrados de tribunales de circuito, o las autoridades a que se refiere el artículo 37 de la Ley de Amparo. En estos casos, conocerá el tribunal colegiado del mismo circuito y, de haber dos o más, el más cercano, tomando en cuenta la facilidad de las comunicaciones. En condiciones de igualdad conocerán por turno.

Cuando la cuestión se suscite respecto de un solo magistrado de tribunal colegiado de circuito, conocerá su propio tribunal, integrándose con el secretario de acuerdos en sustitución del magistrado de que se trate;

VIII...

IX. De las controversias que se susciten con motivo de los convenios a los que se refiere el segundo párrafo del artículo 119 constitucional;

X. Del reconocimiento de inocencia;

XI. De los asuntos que el pleno de la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de la facultad prevista en el séptimo párrafo del artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determine mediante acuerdos generales, y

XII. De los demás asuntos que expresamente les encomiende la ley.

Los tribunales colegiados de circuito tendrán la facultad a que se refiere el artículo 11 fracción XXI de esta ley, siempre que las promociones se hubieren hecho ante ellos.

Artículo 51...

I...

II. De los juicios de amparo que se promuevan conforme al artículo 107 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que sea procedente contra resoluciones dictadas en los incidentes de reparación del daño exigible a personas distintas de los inculpados, o en los de responsabilidad civil, por los mismos tribunales que conozcan o hayan conocido de los procesos respectivos, o por tribunales diversos, en los juicios de responsabilidad civil, cuando la acción se funde en la comisión de un delito;

III. De los juicios de amparo que se promuevan contra leyes y demás disposiciones de observancia general en materia penal, en los términos de la Ley de Amparo, y

IV. De los juicios de amparo que se promuevan contra la resolución del Ministerio Público en la que determine el no ejercicio de la acción penal.

Artículo 68. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal, en los términos que establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley.

La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial en el Tribunal Electoral corresponderán a la comisión de administración del consejo a que se refiere el artículo 205 de esta ley.

...

Artículo 69...

Los consejeros no representan a quien los designa, por lo que ejercerán su función con independencia e imparcialidad.

Artículo 77...

Cada comisión se formará por tres miembros.

...

Artículo 81...

I y II...

III. Conocer de las propuestas que el pleno de la Suprema Corte de Justicia le haga para la expedición de los acuerdos generales que la propia Corte considere necesarios para un adecuado ejercicio de la función jurisdiccional federal;

IV a la VI...

VI-bis. Determinar el número y límites territoriales de los tribunales colegiados, tribunales unitarios y juzgados de distrito especializados en materia penal que deban conocer de asuntos de delincuencia organizada, los cuales podrán comprender diversos circuitos y distritos y gozarán de la protección a que se refiere el artículo 34 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

El consejo determinará a qué jurisdicción de tribunales colegiados de circuito en materia de delincuencia organizada pertenecen los jueces de distrito y tribunales unitarios de circuito en esa materia;

VII a la XXIX....

XXX. Ejercer el presupuesto de egresos del Poder Judicial de la Federación, con excepción del de la Suprema Corte de Justicia. El presupuesto del Tribunal Electoral se ejercerá a través de la Comisión de Administración a que se refiere el artículo 205 de esta ley;

XXXI a la XXXIII...

XXXIV. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Poder Judicial de la Federación, cuidando su mantenimiento, conservación y acondicionamiento, a excepción de los que correspondan a la Suprema Corte de Justicia. La administración de los bienes muebles e inmuebles del Tribunal Electoral se llevará a cabo a través de la Comisión de Administración a que se refiere el artículo 205 de esta ley;

XXXV a la XLII...

Artículo 85....

I a la VI...

VII. Informar al pleno de la Suprema Corte de Justicia, al Senado de la República y al Presidente de la República de las vacantes que se produzcan en el consejo que deban ser cubiertas mediante sus respectivos nombramientos;

VIII a la X...

Artículo 107. Para ser secretario de tribunal de circuito se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento; que no se adquiera otra nacionalidad; estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; gozar de buena reputación; no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad; contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente; práctica profesional de cuando menos un año, y cumplir con los requisitos previstos en esta ley respecto de la carrera judicial.

Los actuarios deberán ser ciudadanos mexicanos; en pleno ejercicio de sus derechos; con título de licenciado en derecho expedido legalmente; gozar de buena reputación; no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año, y cumplir con los requisitos previstos en esta ley respecto de la carrera judicial.

...

Artículo 109. Para ser secretario de juzgado se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento; que no se adquiera otra nacionalidad; estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; gozar de buena reputación; no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de la libertad; contar con título de licenciado en derecho expedido legalmente; práctica profesional de cuando menos un año y cumplir con los requisitos previstos en esta ley respecto de la carrera judicial.

Los actuarios deberán ser ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos; con título de licenciado en derecho; gozar de buena reputación; no haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año, y cumplir con los requisitos previstos en esta ley respecto de la carrera judicial.

...

Artículo 115. La celebración y organización de los exámenes de aptitud para las categorías a que se refiere el artículo 110 fracciones VIII, IX y X, de esta ley, con excepción de actuarios de la Suprema Corte de Justicia, estarán a cargo del Instituto de la Judicatura en términos de las bases que determine el Consejo, de conformidad con lo que disponen esta ley y el reglamento respectivo.

Los exámenes de aptitud se realizarán a petición del titular del órgano que deba llevar a cabo la correspondiente designación, debiendo preferir a quienes se encuentren en las categorías inmediatas inferiores.

Igualmente, las personas interesadas en ingresar a las categorías señaladas en el primer párrafo de este artículo podrán solicitar que se practique un examen de aptitud; de aprobarlo, serán consideradas en la lista que deba integrar el consejo para ser tomadas en cuenta en caso de presentarse una vacante en alguna de las categorías contempladas en las propias fracciones VIII, IX y X del artículo 110.

...

Antes de designar a la persona que deba ocupar el cargo, el magistrado o juez respectivo deberá solicitar al consejo que le ponga a la vista la relación de las personas que se encuentren en aptitud de ocupar la vacante.

(Se deroga).

Artículo 122. Las decisiones dictadas por el consejo serán definitivas e inatacables y, por lo mismo, no procederá contra ellas juicio o recurso alguno, incluido el amparo, salvo las que se refieran a la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados de circuito y jueces de distrito, las cuales únicamente podrán impugnarse ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia mediante el recurso de revisión administrativa.

El recurso de revisión administrativa tendrá como único objeto que el pleno de la Suprema Corte de Justicia determine si el Consejo designó, adscribió, no ratificó o removió a un magistrado de circuito o juez de distrito, con estricto apego a:

I. Los requisitos formales previstos en esta ley;

II. Los reglamentos interiores y los acuerdos generales expedidos por el propio consejo, y

III. La jurisprudencia emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia al resolver estos recursos de revisión.

Artículo 123...

I. Tratándose de las resoluciones de designación o adscripción con motivo de un examen de oposición por cualquier persona que hubiere participado en él;

II. Tratándose de las resoluciones de no ratificación o de remoción, por el juez o magistrado afectado por la misma, y

III. Tratándose de las resoluciones de cambio de adscripción, por el funcionario judicial que lo hubiera solicitado y se le hubiere negado o por quien, sin haber hecho solicitud, se le cambie.

Artículo 125. En los casos en que el recurso de revisión administrativa se interponga contra las resoluciones de designación o adscripción, deberá notificarse también al tercero interesado, teniendo ese carácter las personas que se hubieren visto favorecidas con las resoluciones, a fin de que en el término de cinco días hábiles puedan alegar lo que a su derecho convenga.

Artículo 126. Tratándose de los recursos de revisión administrativa interpuestos contra las resoluciones de designación o adscripción, no se admitirán más pruebas que las documentales públicas, las cuales deberán ser ofrecidas por el promovente o el tercero interesado en el correspondiente escrito de recurso o contestación a éste.

Artículo 127. En caso de que el recurso de revisión administrativa se presente en contra de resoluciones de no ratificación o remoción, el ministro ponente podrá ordenar la apertura de un término probatorio hasta por el término de 10 días. En este caso, únicamente serán admisibles las pruebas documental y testimonial.

Artículo 128. Las resoluciones del pleno de la Suprema Corte de Justicia podrán reconocer la validez de la resolución impugnada o bien declarar su nulidad, en cuyo caso, únicamente podrán señalar al consejo que cuenta con un plazo no mayor a 30 días naturales para emitir una nueva resolución.

...

...

Artículo 150. Los miembros del consejo que fueren designados por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, por la Cámara de Senadores o por el Presidente de la República, otorgarán ante ellos la protesta constitucional.

Artículo 151. Los magistrados de circuito otorgarán la protesta constitucional ante la Suprema Corte de Justicia y el Consejo.

Artículo 152. Los jueces de distrito otorgarán la protesta constitucional ante la Suprema Corte de Justicia y el Consejo.

Artículo 163. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados por la ley.

Artículo 179. En términos del artículo 11 fracción XXIII de esta ley, la Suprema Corte de Justicia, cuidará que las publicaciones del Semanario Judicial de la Federación se realicen con oportunidad y llevará a cabo todas aquellas tareas que fueren necesarias para la adecuada distribución y difusión de las tesis y jurisprudencias que hubieren emitido los órganos competentes del Poder Judicial de la Federación.

Artículo 183...

...

...

Al retirarse del cargo los magistrados de circuito y jueces de Distrito, tendrán derecho a un haber por retiro, de carácter vitalicio, el cual será equivalente al 90% de los dos primeros años y al 70% durante el resto del tiempo, del ingreso mensual que corresponda a los jueces de Distrito o magistrados de circuito en activo, observándose en lo conducente lo que mencionan los párrafos segundo y tercero de este artículo.”

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor a los 30 días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo lo dispuesto en el artículo tercero transitorio siguiente.

Segundo. Cuando en otras leyes se haga referencia a la facultad de la Suprema Corte de Justicia para resolver conflictos de competencia, se entenderá que se refiere a los tribunales colegiados de circuito, en términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación reformado por el presente decreto.

Tercero. Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto, seguirán tramitándose hasta la terminación de la instancia respectiva, ante el órgano que esté conociendo de los mismos.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputado: Armando Salinas Torre y José Alfredo Botello Montes.»

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

LEY FEDERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa de Ley del Servicio Público de Carrera de la Administración Pública Federal.

La diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal:

Con el permiso de la Presidencia; honorable Asamblea:

La suscrita, diputada integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto por el que se expide la Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Por largos años, este país fue sometido a las arbitrariedades de sus autoridades, de sus gobernantes, a los abusos de quienes desde los puestos más modestos hasta los altos mandos de la Administración Pública se servían de los beneficios de su encargo para hacer e incrementar su fortuna material, su capital político y para hacer del espacio un terreno de complicidad e ineficiencia.

En México, operó un sistema que hizo de la función pública una veleta de azares políticos de quienes en ella iban encontrando acomodo más allá de programas y dirección estratégica.

La alternancia en el poder y la necesidad de programar a mediano y largo plazo políticas y estratégicas orientadas a atender urgentes necesidades de la población, requiere de una Administración Pública sólida encauzada al cumplimiento de metas de Gobierno que no sean interrumpidas por el cambio de quien encabece éste.

En las democracias más avanzadas del mundo, la alternancia en el poder no altera sustancialmente los programas que resultan estratégicos para el desarrollo de una nación. México, me parece, enfrenta el reto de sumarse a esa dinámica de estabilizar la actividad pública en sus diversas esferas.

No se trata de que quien detente el poder no pueda virar o priorizar en función de su postura ideológica el rumbo de un Gobierno, se trata de fortalecer las instituciones a través de un servicio público profesional que no se descomponga con los cambios políticos del país y, como consecuencia, preserve su misión fundamental.

En este orden de ideas y en el marco de la Reforma del Estado, es necesario introducir en el debate la concepción de éste y del reflejo de sus acciones de Gobierno a partir del contacto directo con la población en cuanto a los servicios que ofrece y el cumplimiento de las metas que se traza en todos sus ámbitos. Para ello es oportuno ocuparse del servicio público, de su profesionalización.

Las dependencias de la Administración Pública centralizada requieren revitalizarse, revalorar y redimensionar la función de sus cuadros técnicos y profesionales especializados en las diversas materias que comprenden los fines y obligaciones que la ley les impone, por lo que es indispensable el establecimiento del servicio profesional de carrera en cada una de ellas, de acuerdo con sus particulares características adecuadas en todo momento a las disposiciones que de carácter general comprende esta iniciativa de ley; establecer criterios de reclutamiento y selección del personal que integrará el servicio profesional de las dependencias del Poder Ejecutivo Federal, así como normar los mecanismos de su ingreso, promoción y retiro de servicio público son aspectos fundamentales contenidos en la presente iniciativa.

Siendo congruentes con el ánimo de plantear una renovación integral de la función pública en México, se propone que las plazas a ocupar por el personal que integre el servicio profesional de carrera sean a partir de la denominada Líder Coordinador de Proyecto, continuando con las de jefe de unidad departamental, subdirector, director de área, director general, hasta oficial mayor, con la características todas de dotar a quienes las ocupen de los beneficios constitucionales de seguridad social, protección al salario y estabilidad en el empleo, previéndose para este último aspecto mecanismos permanentes de evaluación, capacitación y especialización, siendo importante destacar que para la ocupación de tales puestos serán considerados ya no los elementos discrecionales y subjetivos vigentes en muchos casos, sino el mérito, el perfil, la formación académica, la experiencia, la contienda abierta a través de exámenes de ingreso objetiva y profesional que garantice efectivamente que quien ocupe la plaza sujeta a concurso sea el de mayor mérito.

Podrán acceder a tales concursos los trabajadores que laboren en las dependencias y el público en general interesado en participar, es decir, se está planteando la modalidad de concursos abiertos que pretenden la mayor participación posible, apoyadas para tal efecto las dependencias en un consejo consultivo coordinador que determinará, de acuerdo con los requerimientos del puesto y las necesidades planteadas por las mismas dependencias; el contenido de los exámenes y el perfil requerido en cada caso para, con auxilio de los consejos técnicos de cada Secretaría de Estado, llegar a la etapa de la asignación.

El servicio profesional de carrera representa la posibilidad de transformar desde sus raíces la Administración Pública en México. Dar una nueva vida y visión a la administración pública supone un reto formidable porque tiene que ver con la visión del país que se quiere; con la materialización de un Gobierno integrado por servidores públicos no sólo con vocación de servicio, sino profesionales en sus tareas.

Pensemos en objetivos tan importantes como el combate a la corrupción. La idea del servicio público de carrera debe basarse en principios sólidos que garanticen imparcialidad, legalidad, integridad, transparencia, confidencialidad, compromiso y lealtad de los servidores públicos inscritos en este plano.

Acceder a una visión integral de la Reforma del Estado requiere también pensar en el federalismo y en lo que el servicio profesional de carrera representaría instaurado en los tres órdenes de Gobierno: la enorme posibilidad de dotar a este país de órganos de gobierno institucionalizados y conformados de tal manera que nunca más seamos testigos de los excesos, los abusos y el cinismo de quienes desde esas esferas alejaron a la función pública de su originaria y trascendente finalidad; otorgar estabilidad en el empleo no es dar inamovilidad, es generar lealtad al servicio público, pero también es dejar claro a quienes pretendan conformarlo que se vigilará permanentemente su desempeño porque esos son los principios esenciales en que se funda el servicio profesional de carrera en la Administración Pública.

El servicio civil de carrera no debe concebirse sólo como un sistema regulatorio de ingreso, promoción, permanencia y retiro de personal calificado al servicio de la función pública, es sobre todo, la oportunidad de acceder a un servicio público transparente, eficaz, que permite y fortalece la gobernabilidad.

El servicio público da certeza en la conducción de acciones orientadas a combatir los excesos de quienes con una credencial de servidor público, se sirven para fines personales.

Pensar en un Estado con instituciones fortalecidas y eficaces, es proyectar la visión hacia un todo equilibrado que permite el movimiento armónico de sus componentes, es decir, de sus actores.

La permanente interacción de los tres poderes de la Unión, supone reglas claras, sí; pero ante todo, requiere de actitudes progresistas que acaben de una vez con la misión mediana y mediática del servicio público en México.

El Partido de la Revolución Democrática, convencido de la transcendencia del actuar de las instituciones del Estado, somete hoy al pleno de esta honorable Asamblea, este proyecto de decreto en el que estamos seguros se plasman las inquietudes de quienes miran en la función pública la oportunidad de desarrollar sus capacidades personales sin perder de vista el beneficio colectivo, sin filiaciones políticas de por medio, sin privilegios discrecionales con el empeño puesto sólo en el servicio público, en el cumplimiento de las metas trazadas.

Le pediría, señora Presidenta, se incluyera el texto completo y se turnara a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

«Iniciativa por la que se crea la Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.

Honorable Asamblea: la suscrita, diputada integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de decreto por el que se expide la Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Por largos años, este país fue sometido a las arbitrariedades de sus autoridades, de sus gobernantes, a los abusos de quienes, desde los puestos más modestos hasta los altos mandos de la administración pública, se servían de los beneficios de su encargo para hacer e incrementar su fortuna material, su capital político, y para hacer del espacio un terreno de complicidad e ineficacia.

En México operó un sistema que hizo de la función pública una veleta de azares políticos de quienes en ella iban encontrando acomodo, más allá de programas y dirección estratégica.

La alternancia en el poder y la necesidad de programar a mediano y largo plazo políticas estratégicas orientadas a atender urgentes necesidades de la población, requiere de una administración pública sólida, encausada al cumplimiento de metas de gobierno que no sean interrumpidas por el cambio de quien encabece éste.

En las democracias más avanzadas del mundo, la alternancia en el poder no altera sustancialmente los programas que resultan estratégicos para el desarrollo de una nación. México, me parece, enfrenta el reto de sumarse a esa dinámica de estabilizar la actividad pública en sus diversas esferas. No se trata de que quien detente el poder no pueda virar o priorizar, en función de su postura ideológica, el rumbo de un gobierno. Se trata de fortalecer las instituciones a través de un servicio público profesional que no se descomponga con los cambios políticos del país y como consecuencia, preserve su misión fundamental.

En este orden de ideas y en el marco de la Reforma del Estado, es necesario introducir en el debate la concepción de éste y del reflejo de sus acciones de gobierno a partir del contacto directo con la población en cuanto a los servicios que ofrece y el cumplimiento de las metas que se traza en todos sus ámbitos. Para ello, es oportuno ocuparse del servicio público, de su profesionalización.

Las dependencias de la administración pública centralizada requieren revitalizarse, revalorar y redimensionar la función de sus cuadros técnicos y profesionales especializados en las diversas materias que comprenden los fines y obligaciones que la ley les impone, por lo que es indispensable el establecimiento del servicio profesional de carrera en cada una de ellas de acuerdo con sus particulares características, adecuadas en todo momento a las disposiciones que de carácter general comprende esta iniciativa de ley.

Establecer criterios de reclutamiento y selección del personal que integrará el servicio profesional de las dependencias del Poder Ejecutivo Federal, así como normar los mecanismos de su ingreso, promoción y retiro del servicio público, son aspectos fundamentales contenidos en la presente iniciativa.

Siendo congruentes con el ánimo de plantear una renovación integral de la función pública en México, se propone que las plazas a ocupar por el personal que integre el servicio profesional de carrera, sean a partir de la denominada líder coordinador de proyecto, continuando con las de jefe de unidad departamental, subdirector, director de área, director general, hasta oficial mayor, con la característica, todas, de dotar a quienes las ocupen, de los beneficios constitucionales de seguridad social, protección al salario y estabilidad en el empleo, previéndose para este último aspecto, mecanismos permanentes de evaluación, capacitación y especialización, siendo importante destacar que para la ocupación de tales puestos, serán considerados ya no los elementos discrecionales y subjetivos vigentes en muchos casos, sino el mérito, el perfil, la formación académica, la experiencia, la contienda abierta (a través de exámenes de ingreso) objetiva y profesional, que garantice efectivamente que quien ocupe la plaza sujeta a concurso, sea el del mayor mérito.

Podrán acceder a tales concursos los trabajadores que laboren en las dependencias y el público en general interesado en participar, es decir, se está planteando la modalidad de concursos abiertos que pretenden la mayor participación posible, apoyadas para tal efecto las dependencias en un consejo consultivo coordinador que determinará de acuerdo con los requerimientos del puesto y las necesidades planteadas por propias las dependencias, el contenido de los exámenes y el perfil requerido en cada caso, para, con auxilio de los consejos técnicos de cada Secretaría de Estado, llegar a la etapa de la asignación.

El servicio profesional de carrera representa la posibilidad de transformar, desde sus raíces, la administración pública en México. Dar una nueva vida y visión a la administración pública supone un reto formidable, porque tienen qué ver con la visión del país que se quiere, con la materialización de un gobierno integrado por servidores públicos no sólo con vocación de servicio, sino profesionales en sus tareas.

Pensemos en objetivos tan importantes como el combate a la corrupción. La idea del servicio público de carrera debe basarse en principios sólidos que garanticen imparcialidad, legalidad, integridad, transparencia, confidencialidad, compromiso y lealtad de los servidores públicos inscritos en este plano.

Acceder a una visión integral de la Reforma del Estado, requiere también pensar en el federalismo y en lo que el servicio profesional de carrera representaría instaurado en los tres órdenes de gobierno, la enorme posibilidad de dotar a este país de órganos de gobierno institucionalizados y conformados de tal manera, que nunca más seamos testigos de los excesos, los abusos y el cinismo de quienes desde esas esferas alejaron a la función pública de su originaria y trascendente finalidad.

Otorgar estabilidad en el empleo no es dar inamovilidad, es generar lealtad al servicio público, pero también es dejar claro a quienes pretendan conformarlo, que se vigilará permanentemente su desempeño, porque esos son los principios esenciales en que se funda el servicio profesional de carrera en la administración pública.

El servicio civil de carrera no debe concebirse sólo como un sistema regulatorio de ingreso, promoción, permanencia y retiro de personal calificado al servicio de la función pública; es, sobre todo, la oportunidad de acceder a un servicio público transparente, eficaz, que permite y fortalece la gobernabilidad. El servicio público da certeza en la conducción de acciones orientadas a combatir los excesos de quienes con una credencial de servidor público se sirven para fines personales.

Pensar un Estado con instituciones fortalecidas y eficaces, es proyectar la visión hacia un todo equilibrado que permite el movimiento armónico de sus componente, es decir, de sus actores. La permanente interacción de los tres Poderes de la Unión supone reglas claras sí, pero ante todo requiere de actitudes progresistas que acaben de una vez con la visión mediana y mediática del servicio público en México.

El Partido de la Revolución Democrática, convencido de la trascendencia del actuar de las instituciones del Estado, somete hoy al pleno de esta honorable Asamblea este proyecto de decreto en el que, estamos seguros, se plasman las inquietudes de quienes miran en la función pública la oportunidad de desarrollar sus capacidades personales sin perder de vista el beneficio colectivo; sin filiaciones políticas de por medio, sin privilegios discrecionales, con el empeño puesto sólo en el servicio público, en el cumplimiento de las metas trazadas.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente

Iniciativa

Por la que se crea la Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue

TItulo PrimeroDisposiciones Generales

CapItulo UnicoDel objeto, ambito de aplicación, principios y sujetos de la ley

Artículo 1o. La presente ley es de orden público y de observancia general y tiene por objeto establecer el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada.

El Servicio Profesional de Carrera es el instrumento para la profesionalización de los servidores públicos de la Administración Pública Federal Centralizada. Se sustenta en el mérito, la igualdad de oportunidades y el desarrollo permanente, con el propósito de que la Administración Pública cumpla con sus programas y alcance sus metas con base en la actuación de personal calificado que preste servicios de calidad, con imparcialidad, objetividad y lealtad a la institución, de manera continua, uniforme, regular y permanente.

Artículo 2o. Esta ley es de aplicación obligatoria para la Administración Pública Federal Centralizada.

Las Entidades de la Administración Pública Paraestatal contarán con sistemas propios de Servicio Profesional de Carrera. Tales sistemas observarán en lo conducente, los principios generales establecidos en esta ley.

Artículo 3o. Para los efectos de la presente ley se entenderá por:

I. Administración Pública Federal Centralizada: la que como tal se encuentra definida en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

II. Administración Pública Paraestatal: la prevista como tal en Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

III. Catálogo: el Catálogo General del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada;

IV. Consejo: el consejo Consultivo Coordinador;

V. Comité: el comité Técnico que cada dependencia conforme para los efectos previstos en esta ley;

VI. Plaza: la posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público de carrera a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente;

VII. Principios: los principios generales que rigen el servicio profesional de carrera en la Administración Pública Federal, que son el mérito, la igualdad de oportunidades, la legalidad, la honradez, la lealtad, la imparcialidad, la eficiencia, la profesionalización y la eficacia;

VIII. Puesto: la unidad impersonal de trabajo que se caracteriza por tener tareas y deberes específicos, asignándosele un grado de responsabilidad. Pueden existir una o varias plazas que correspondan al mismo puesto;

IX. Servidor Público de Carrera: los servidores públicos que formen parte del Servicio Profesional de Carrera;

X. Sistema: El Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal;

XI. Tabulador: El Tabulador General del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.

Artículo 4o. El Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal se sustenta en los principios generales de mérito, igualdad de oportunidades, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, profesionalización y eficacia.

A través de reglas claras, justas y equitativas y de procedimientos transparentes, se determinará el ingreso, permanencia, promoción y retiro de los Servidores Públicos de Carrera, evaluando su capacidad, desempeño y méritos en igualdad de oportunidades.

Artículo 5o. Son Servidores Públicos integrantes del Servicio Profesional de Carrera, aquellos que, habiendo satisfecho los requisitos de ingreso previstos en la presente Ley, ocupen alguna plaza de los siguientes puestos:

I. Oficial mayor u homólogo;

II. Director general u homólogo;

III. Director de área u homólogo;

IV. Subdirector de área u homólogo;

V. Jefe de unidad departamental u homólogo y

VI. Personal de enlace y líder coordinador de proyecto u homólogo.

El desempeño de estos puestos implica requisitos de aptitud, habilidad, preparación académica y experiencia.

Se exceptúan de lo dispuesto en las fracciones II y III de este artículo los directores generales u homólogos, así como los directores de área u homólogos que desarrollen actividades de carácter político, los cuales serán considerados como cargos de libre designación, de conformidad con la lista de puestos que establezca el reglamento de la presente ley.

Artículo 6o. No serán considerados como servidores públicos de carrera de la Administración Pública Federal, los siguientes:

I. El personal que preste sus servicios en la Presidencia de la República, así como en la consejería jurídica de la misma;

II. Los secretarios de Estado;

III. El procurador General de la República;

IV. Los subsecretarios de Estado;

V. Los electos por vía de sufragio directa o indirectamente;

VI. Los de libre designación, entendiendo por éstos a los designados por el Presidente de la República o los titulares de las dependencias, en uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo dispuesto por la presente ley y por las disposiciones jurídicas y administrativas que de ella deriven;

VII. Los miembros de las Fuerzas Armadas, personal de seguridad pública, de la Procuraduría General de la República y del Servicio Exterior Mexicano;

VIII. Personal docente de los niveles preescolar, básico, media superior y superior inscritos al servicio de carrera magisterial;

IX. Personal de las ramas médica, paramédica y de enfermería;

X. El personal de base y sindicalizado que preste sus servicios en la Administración Pública Federal;

XI. Los que presten sus servicios a la Administración Pública Federal mediante contrato civil de servicios profesionales;

XII. Los que estén adscritos a un servicio civil y

XIII. Los que determine el consejo, en virtud de las funciones y responsabilidades inherentes al puesto, a solicitud de los comités técnicos de cada dependencia.

El personal sindicalizado, previa licencia, así como el personal técnico operativo y de confianza, podrán ocupar un puesto dentro del sistema del servicio profesional de carrera, sujetándose para tal efecto al procedimiento de ingreso establecido en el Título Tercero de esta ley.

Artículo 7o. En casos excepcionales y cuando se altere o peligre el orden público, la salubridad, la seguridad, el medio ambiente, la prestación de los servicio públicos, en casos de desastres naturales, fortuitos o de fuerza mayor o de costos adicionales importantes, el Presidente del consejo, previo acuerdo con el titular del Poder Ejecutivo Federal y mediante solicitud fundada y motivada del comité respectivo, podrá nombrar de manera provisional a los servidores públicos estrictamente necesarios para ocupar las plazas de los puestos descritos en el artículo 5o. de esta ley, sin sujetarse a los procedimientos de ingreso o promoción.

En el mismo acuerdo que expida el Presidente de la República autorizando los nombramientos provisionales, se señalará el plazo que tendrán los servidores públicos nombrados para cumplir con los procedimientos de ingreso y promoción previstos en esta ley.

Artículo 8o. El Plan Nacional de Desarrollo y los programas que de él deriven, deberán incluir un apartado relativo al Servicio Profesional de Carrera, como parte fundamental de la operación de las dependencias de la Administración Pública Federal.

Artículo 9o. El consejo podrá acordar la implementación de instrumentos de participación ciudadana que permitan diseñar y realizar acciones y políticas para mejorar el sistema.

TItulo SegundoDel Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal

CapItulo IDe las Bases de Organización del Servicio Profesional de Carrera

Artículo 10. La organización del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal se rige por las siguientes bases e instrumentos:

I. El sistema;

II. El Catálogo, que define los perfiles, niveles y puntuación de los puestos comprendidos en el sistema, que será expedido por el consejo, con base en la lista de puestos que para tal efecto establezca el Reglamento;

III. El tabulador, que es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por el nivel salarial las remuneraciones para los puestos señalados en el artículo 5o. de esta ley y descrito en el catálogo, con una estructura salarial equitativa, que ofrezca un esquema de remuneración acorde a las exigencias de profesionalización de los servidores públicos de carrera. Este tabulador será elaborado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y aprobado por el consejo, previa opinión de los consejos técnicos, con la lista de puestos que para tal efecto establezca el Reglamento;

IV. La estabilidad y seguridad administrativa de los Servidores Públicos de Carrera, así como el establecimiento de reglas claras, justas y equitativas para su ingreso, promoción, desarrollo y profesionalización, promoviendo la responsabilidad, eficiencia y eficacia en el servicio público;

V. El desarrollo de los servidores públicos de carrera que atienda a la capacidad, formación, evaluación del desempeño y mérito;

VI. El establecimiento de un régimen de estímulos y beneficios para los servidores públicos de carrera encaminado al desempeño de la función pública con calidad, lealtad, honradez, continuidad e imparcialidad y

VII. La profesionalización de los servidores públicos de carrera, que permita dignificar la función pública y elevar la calidad de los servicios que presta la Administración Pública Federal.

Artículo 11. El sistema se integra por esta ley y las normas que de ella deriven, los órganos que componen su estructura y los servidores públicos de carrera. Su propósito es asegurar que la Administración Pública Federal logre sus objetivos y metas oportuna y eficazmente.

CapItulo IIDel Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera

Artículo 12. El sistema se regirá por esta ley y las disposiciones jurídicas y administrativas que de ella deriven. A falta de disposición expresa, siempre que no contravengan lo dispuesto por esta ley y sus normas derivadas, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 13. Forman parte de la estructura del sistema, los órganos que se señalan en el Capítulo III de este Título, así como los que se establezcan en las disposiciones jurídicas y administrativas que de esta ley deriven.

Artículo 14. Los servidores públicos de carrera comprendidos en el sistema, son los señalados en el artículo 5o. de esta ley.

CapItulo IIIDe los Organos del Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera

Artículo 15. El Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal estará a cargo del consejo y de los comités técnicos de cada dependencia de la Administración Pública Federal.

SecciOn PrimeraDel Consejo Consultivo Coordinador del Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal

Artículo 16. El consejo es la instancia deliberativa, normativa y resolutiva de la Administración Pública Federal en materia de Servicio Profesional de Carrera y estará integrada por:

I. Una Presidencia, a cargo del Titular del Poder Ejecutivo Federal;

II. Una Secretaría técnica, a cargo del Servidor Público que apruebe el consejo a propuesta del Presidente;

III. Una comisión legislativa, que estará integrada por tres representantes de cada una de las cámaras del Congreso de la Unión y que serán designados de entre las fuerzas mayoritariamente representadas en el Congreso;

IV. Cuatro vocalías, a cargo de los titulares de las Secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito Público, Contraloría y Desarrollo Administrativo y Consejería Jurídica y

V. Las demás vocalías que el Presidente de la República determine conveniente para la prestación del Servicio Profesional de Carrera.

Las atribuciones de cada uno de los integrantes del consejo se establecerán en el Reglamento de esta ley.

Los integrantes del consejo no percibirán remuneración alguna por el desempeño de sus funciones en el mismo.

Artículo 17. Son atribuciones del consejo, las siguientes:

I. Aprobar el Programa Operativo Global del Sistema, verificar su observancia y el cumplimiento en las áreas de la administración;

II. Aprobar el programa de trabajo anual y calendario de sesiones del consejo y de los comités técnicos;

III. Aprobar la constitución, desaparición o fusión de los comités técnicos;

IV. Fijar lineamientos, políticas, estrategias y líneas de acción que aseguren y faciliten el desarrollo del Servicio Profesional de Carrera;

V. Validar el catálogo y el tabulador;

VI. Emitir las bases generales a las que se sujetarán las convocatorias de ingreso al Servicio Profesional de Carrera, así como aquellos que se emitan para ocupar vacantes;

VII. Aprobar los mecanismos y criterios de evaluación y puntuación;

VIII. Resolver las inconformidades a que se refiere el artículo 76 de esta ley;

IX. Aprobar los programas de capacitación, actualización y especialización, así como la implementación de seminarios, cursos, o diplomados;

X. Aprobar los convenios de colaboración con instituciones de educación superior que contribuyan a los fines del Servicio Profesional de Carrera;

XI. Acordar la participación de invitados en las sesiones y

XII. Aprobar el Reglamento Interior del consejo y de los comités técnicos.

Artículo 18. Los miembros del consejo, excepto la secretaría técnica, contarán con un suplente designado por cada uno de los titulares. El titular no podrá ausentarse de las sesiones en tres ocasiones seguidas, salvo que medie autorización expresa del Presidente de la República.

Artículo 19. Las sesiones del consejo serán ordinarias o extraordinarias; las primeras se fijarán en el calendario anual y las segundas atenderán la naturaleza urgente del asunto a tratar. El secretario técnico, a petición expresa del Presidente, convocará y notificará a los integrantes del consejo por lo menos con tres días hábiles de anticipación, si de ordinarias se trata y con veinticuatro horas de anticipación, si corresponde a sesiones extraordinarias.

Artículo 20. Los integrantes del consejo tendrán voz y voto, el secretario técnico sólo derecho a voz.

A las sesiones del consejo podrán ser invitados los titulares de las dependencias, así como los servidores públicos, que dada la naturaleza de los asuntos a tratar, se requiera de su presencia y participación. Los asistentes con este carácter sólo tendrán derecho a voz.

Artículo 21. Para que una sesión sea válida, deberá reunirse la mitad más uno de los integrantes con voz y voto, entre los que deberá estar el Presidente o su suplente.

Artículo 22. Los acuerdos o resoluciones se tomarán por unanimidad o por mayoría simple de los integrantes presentes.. En caso de empate resolverá el voto de calidad del Presidente.

SecciOn SegundaDe los comités técnicos

Artículo 23. Los comités técnicos son las instancias encargadas de la operación e implementación del Servicio Profesional de Carrera en cada dependencia de la Administración Pública Federal y se integra por:

I. Una Presidencia a cargo del titular de la dependencia de que se trate;

II. Una Secretaría técnica, a cargo del servidor público que apruebe el comité a propuesta del Presidente;

III. Un vocal a cargo del titular de la administración de los recursos humanos, financieros y materiales y

IV. Dos vocales que corresponderán a servidores públicos de carrera adscritos al área administrativa que corresponda al comité.

Artículo 24. Las disposiciones relativas a las suplencias, tipo de sesiones, notificaciones y convocatoria, acuerdos y resoluciones que se establecen para el consejo, serán aplicables, en lo conducente, a los comités técnicos.

Artículo 25. Los comités técnicos tienen las siguientes atribuciones:

I. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, el programa operativo del sistema;

II. Implementar el programa de trabajo anual fijado por el consejo;

III. Aplicar los lineamientos, políticas, estrategias y líneas de acción que haya aprobado el consejo;

IV. Informar trimestralmente al consejo el resultado de su gestión;

V. Poner a consideración del consejo, para su aprobación, los perfiles y requisitos de escolaridad que deben reunir los servidores públicos de carrera correspondientes al ámbito de actuación del comité, para ser considerados en el catálogo;

VI. Resolver sobre el ingreso y promoción de los servidores públicos de carrera y

VII. Evaluar, examinar y emitir la puntuación correspondiente a los servidores que participen en los cursos, seminarios y demás actividades que haya fijado el comité.

SecciOn TerceraDe la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo

Artículo 26. El sistema será coordinado en lo referente a su organización y operación por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, que tendrá las siguientes atribuciones generales:

I. Elaborar el proyecto de programa operativo general para someterlo a la aprobación del consejo;

II. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, las acciones establecidas en el programa operativo global, así como coordinar la implementación, operación y evaluación integral del sistema;

III. Difundir el contenido del programa operativo global entre los comités, para que con base en el mismo, elaboren sus programas operativos especiales;

IV. Recibir y registrar los programas operativos específicos que emitan los comités;

V. Integrar y analizar los informes que presenten los comités sobre la operación del sistema;

VI. Formular proyectos de políticas, normas estrategias y líneas de acción para la aprobación del consejo;

VII. Asesorar a los comités en la organización e instrumentación del sistema;

VIII. Presentar al consejo un informe anual del estado y operación del sistema, remitiendo una copia a los comités;

IX. Supervisar e informar al consejo del cumplimiento del programa operativo global, así como de las políticas, estrategias y líneas de acción que éste haya aprobado;

X. Integrar y presentar al consejo para su aprobación, los estudios de planeación y análisis prospectivo para el desa-rrollo del sistema;

XI. Proponer al consejo las bases a las que deberán sujetarse las convocatorias para los procesos de ingreso y promoción;

XII. Proponer al consejo los proyectos de acuerdo en los que se definan de manera excepcional los puestos que serán considerados como parte del sistema;

XIII. Presentar para la aprobación del consejo los lineamientos generales para la evaluación del desempeño de los servidores públicos de carrera;

XIV. Proponer para la aprobación del consejo los criterios de puntuación por desempeño de los servidores públicos de carrera;

XV. Elaborar los proyectos de catálogo para la aprobación del consejo, tomando como base el listado de puestos que para tal efecto establezca el Reglamento;

XVI. Autorizar el tabulador que elabore la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión del consejo y los comités;

XVII. Solicitar a los comités los informes, dictámenes, evaluaciones y opiniones relacionadas con la operación del sistema;

XVIII. Elaborar los estudios y opiniones, así como proporcionar la información necesaria para la toma de decisiones del consejo;

XIX. Vigilar que las plazas del sistema sean ocupadas conforme a las normas aplicables y a las políticas que defina el consejo;

XX. Sustanciar y elaborar los proyectos de resolución de los recursos de inconformidad que presenten los servidores públicos de carrera y

XXI. Las demás que establezca la presente ley y las disposiciones jurídicas y administrativas que de ella deriven.

Artículo 27. La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo llevará un registro de los servidores públicos de carrera con objeto de integrar y mantener actualizado el banco de datos que contenga la información relacionada con el sistema y tendrá el carácter de único y permanente.

Artículo 28. La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con los datos registrados, deberá:

I. Elaborar y mantener actualizado el padrón de los servidores públicos de carrera;

II. Recibir, revisar, registrar e integrar en un banco de datos la información referente a los servidores públicos de carrera, considerando los siguientes aspectos: perfiles académicos, ingreso, reingreso, nombramiento, profesionalización, licencias, desarrollo, evaluaciones, medidas disciplinarias, sanciones administrativas, así como los dictámenes correspondientes;

III. Elaborar los informes que le sean solicitados por los órganos del sistema;

IV. Expedir la información que le sea solicitada por los servidores públicos de carrera relacionada con su expediente;

V. Integrar y mantener actualizados los expedientes personales de cada uno de los servidores públicos de carrera;

VI. Expedir certificaciones de los documentos que obren en el registro a los órganos del sistema, a las autoridades facultadas para solicitarlas y a los servidores públicos interesados;

VII. Recibir y registrar los dictámenes y resoluciones que emitan el consejo y los comités y

VIII. Las demás que establezca la presente ley y las disposiciones jurídicas y administrativas que de ella se deriven.

Artículo 29. El consejo contará con un órgano de apoyo encargado de las siguientes funciones:

I. Diseñar e implementar los programas de profesionalización para los servidores públicos de carrera, de acuerdo con las necesidades de las dependencias, así como a las directrices que dicte el consejo y a las solicitudes de los comités;

II. Proponer al consejo para su aprobación los criterios de puntuación sobre la formación profesional de los servidores públicos de carrera;

III. Recibir de los comités las propuestas de los cursos que de acuerdo a sus necesidades requieran, a efecto de que sean considerados en los programas de profesionalización;

IV. Diseñar e implementar los cursos básicos y especiales, así como aplicar los exámenes en la etapa de selección dentro del proceso de ingreso al Servicio Profesional de Carrera;

V. Otorgar a los servidores públicos de carrera los puntos que por la aprobación de los cursos de actualización o especialización obtengan o bien por la certificación de estudios, investigaciones o aportaciones al desarrollo de la Administración Pública Federal;

VI. Suscribir con instituciones y organismos de educación superior nacionales o internacionales convenios de colaboración para la impartición de cursos, foros o cualquier evento de carácter académico para apoyar la profesionalización de los servidores públicos de carrera;

VII. Realizar estudios estadísticos y prospectivos sobre el perfil y desempeño de los servidores públicos de carrera;

VIII. Realizar investigaciones relacionadas con la Administración Pública Federal y

IX. Editar y publicar obras relacionadas con el desarrollo de la Administración Pública Federal.

TItulo TerceroDel ingreso al Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal

CapItulo IDel proceso de ingreso

Artículo 30. El ingreso a cualquier dependencia de la Administración Pública Federal para ocupar alguno de los puestos señalados en el artículo 5o. de la presente ley, únicamente procederá previo cumplimiento de lo dispuesto en este capítulo.

Artículo 31. El proceso de ingreso al Servicio Profesional de Carrera se integra por las siguientes fases:

I. Reclutamiento;

II. Selección;

III. Emisión del dictamen;

IV. Emisión del nombramiento y

V. Acreditar satisfactoriamente los cursos que previo convenio, tomarán los aspirantes a ocupar alguna de las plazas concursadas.

Artículo 32. Los aspirantes a ingresar al Servicio Público de Carrera, deberán cubrir los siguientes requisitos generales:

I. Ser ciudadano mexicano, en pleno uso de sus derechos, o extranjero con la documentación migratoria correspondiente;

II. No haber sido condenado por sentencia irrevocable por la comisión de delito doloso, calificado como grave por la ley ni estar sujeto a proceso penal;

III. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público;

IV. Cubrir los perfiles y requisitos que establezca la convocatoria correspondiente, de acuerdo al catálogo y

V. Aprobar todas las fases del proceso de ingreso y obtener dictamen favorable del comité correspondiente.

Artículo 33. El proceso de ingreso atenderá a los principios de igualdad de oportunidades y méritos de los aspirantes, para lo cual se considerarán invariablemente los conocimientos idóneos para el puesto y la experiencia administrativa, según el perfil de puesto que marque el catálogo. Para atender estos principios, el proceso de ingreso se realizará mediante concurso al que convocará el consejo en coordinación con el comité correspondiente.

SecciOn PrimeraDel reclutamiento

Artículo 34. Reclutamiento es la primera fase del proceso de ingreso y tiene por objeto captar a los aspirantes a ingresar al Servicio Profesional de Carrera.

Esta fase inicia con la expedición y publicación de la convocatoria correspondiente y concluye con la captación de los aspirantes que cumplan con los términos de la misma.

Artículo 35. Los comités, de acuerdo a la estructura de cada dependencia y considerando sus necesidades técnicas y operativas, así como las plazas vacantes, expedirán y publicarán las convocatorias correspondientes.

Las convocatorias para ingreso al Servicio Profesional de Carrera deberán precisar además de los requisitos generales señalados en la presente ley, el puesto, las plazas a concursar, el nivel, adscripción, remuneración y demás especificaciones que determine el comité correspondiente.

Artículo 36. Los comités, de acuerdo con los perfiles y requisitos establecidos en la convocatoria, determinarán qué aspirantes pasarán a la siguiente fase de selección.

SecciOn SegundaDe la selección

Artículo 37. Selección es la fase que permite determinar las capacidades, conocimientos, habilidades y experiencia de los aspirantes a ingresar al Servicio Profesional de Carrera. Esta fase se acreditará con:

I. Los exámenes de ingreso que al efecto se dispongan para la materia correspondiente;

II. Un curso básico de formación y las prácticas que determine el órgano auxiliar del consejo y

III. Los cursos especiales y exámenes específicos que se determinen.

Artículo 38. La implementación de la fase de selección estará a cargo del órgano auxiliar del consejo, previa solicitud del comité correspondiente.

Artículo 39. Los aspirantes que estén en la fase de selección podrán recibir un estipendio durante el tiempo de duración de esta fase, que en ningún caso excederá de seis meses.

El comité determinará si en un proceso de selección se otorgarán estipendios a los aspirantes y previo dictamen de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se establecerán los montos y condiciones, circunstancia que deberá fijarse desde la convocatoria respectiva.

Artículo 40. Una vez concluida esta fase, el órgano auxiliar del consejo remitirá los resultados al comité correspondiente para los efectos de su dictamen.

SecciOn TerceraDe la emisión del dictamen

Artículo 41. La emisión del dictamen es la fase en la que el comité, con base en los resultados que le remite el órgano auxiliar del consejo, decide sobre la idoneidad del aspirante o aspirantes que ocuparán la plaza o plazas vacantes.

Artículo 42. El dictamen que expida el comité, deberá contar por escrito y estar debidamente fundado y motivado. Dicho dictamen deberá expedirse en la siguiente sesión del comité, siempre y cuando entre la fecha que se recibieron los resultados por parte del órgano auxiliar del consejo medien cinco días hábiles. Comprenderá los antecedentes, considerandos y resolutivos que justifiquen su decisión.

Artículo 43. El comité deberá notificar de manera personal el dictamen que emita a los aspirantes que participaron en el proceso de selección, en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de su emisión.

Los resultados de los dictámenes serán públicos. El comité deberá remitir un ejemplar del dictamen a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo para su registro.

Artículo 44. De acuerdo a las necesidades de las dependencias y cuando así lo dictamine el comité correspondiente, se podrá expedir el nombramiento provisional, sin acreditar el curso básico de formación. El aspirante tendrá un plazo de seis meses contados a partir de la emisión del nombramiento, para acreditar dicho curso. Este plazo en ningún caso podrá prorrogarse.

SecciOn CuartaDe la emisión del nombramiento

Artículo 45. La emisión del nombramiento es la fase en la cual el comité, con base en su dictamen, solicita a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la expedición de los nombramientos respectivos. Para este efecto, deberá remitir un ejemplar del dictamen y una copia del expediente para el trámite respectivo.

Artículo 46. El nombramiento es el documento que expide la oficialía mayor de cada dependencia con el que se acredita el carácter de Servidor Público de Carrera de la Administración Pública Federal y puede ser provisional o definitivo. Este nombramiento es distinto del que se expide para efectos laborales.

El nombramiento provisional es aquel que se expide a todos los servidores públicos de carrera de nuevo ingreso al sistema y tendrá una vigencia de hasta seis meses contados a partir de la fecha de su expedición.

El nombramiento definitivo es el que se expide a solicitud del comité, tiene carácter permanente y otorga al Servidor Público de Carrera los derechos que establece la ley. Dicho nombramientos serán solicitados por el comité correspondiente a través de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y emitidos por la oficialía mayor de cada dependencia.

CapItulo IIDel reingreso

Artículo 47. Es el acto por el cual, quien habiendo obtenido un nombramiento definitivo en términos de la presente ley, se reincorpora a la Administración Pública Federal como servidor público de carrera y sólo procederá cuando se haya separado del sistema de manera voluntaria.

Artículo 48. Para el reingreso al Servicio Profesional de Carrera se tendrá que observar lo siguiente:

I. En el caso de los puestos que se señalan en la fracción IV del artículo 5o. de esta ley, se requerirá únicamente dictamen del comité que decida el reingreso, siempre y cuando desde la fecha de la separación voluntaria no hayan transcurrido más de dos años. Este tiempo será invariablemente en el nivel inicial de los puestos y

II. En los casos de los puestos señalados en las fracciones I, II y III del artículo 5o. de esta ley, aquellos que requieran reingresar deberán someterse al proceso de ingreso o promoción que para tal efecto se convoque. En estos casos, no será aplicable lo dispuesto por el artículo 37 fracción I de esta ley y si se obtuviera dictamen favorable para reingresar, se expedirá el nombramiento correspondiente.

TItulo CuartoDe la Profesionalización, Permanencia y Desarrollo en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal

CapItulo IDe los programas de profesionalización

Artículo 49. La profesionalización de los servidores públicos de carrera tiene por objeto fomentar su formación, a fin de que cuenten con aptitudes, conocimientos, habilidades y destrezas para desempeñar la función pública con calidad y eficiencia.

La profesionalización se llevará a cabo a través de los siguientes programas:

I. Actualización, y

II. Especialización.

Artículo 50. El diseño y la implementación de los programas de profesionalización estará a cargo del órgano auxiliar del consejo, atendiendo a las necesidades de la Administración Pública Federal, a las directrices que dicte el consejo y a las solicitudes de los comités.

Artículo 51. Los cursos que se realicen en el marco de los programas de profesionalización tendrán valor curricular y otorgarán los puntos correspondientes. Los cursos que los servidores públicos de carrera realicen en instituciones de educación superior, también podrán otorgar puntos, previa certificación que haga el consejo.

SecciOn PrimeraDel Programa de Actualización

Artículo 52. El programa de actualización es de carácter permanente y tiene por objeto asegurar que los servidores públicos de carrera adquieran la información actualizada en las materias directamente vinculadas con su función.

Artículo 53. El programa de actualización se integra con los cursos que al efecto establezca el órgano auxiliar del consejo. Dichos cursos de actualización podrán ser optativos u obligatorios y se otorgarán puntos a los servidores públicos de carrera que los acrediten.

Para este efecto, el órgano auxiliar del consejo definirá el alcance y contenido de los cursos de actualización.

Segunda SecciOnDel Programa de Especialización

Artículo 54. El programa de especialización es de carácter permanente y tiene como propósito que los servidores públicos de carrera profundicen en los conocimientos necesarios para el desarrollo de sus funciones, comprendiendo las materias específicas relacionadas con su puesto de trabajo. Dicho programa se integra con los cursos que al efecto establezca el órgano auxiliar del consejo, los que serán de carácter optativo.

Los servidores públicos de carrera que acrediten estos cursos obtendrán los puntos que al efecto se establezcan.

CapItulo IIDe la Permanencia y Desarrollo en el Servicio Público de Carrera

Artículo 55. La permanencia y desarrollo constituyen los ejes fundamentales del sistema, y tienen por objeto garantizar la estabilidad administrativa y la promoción de los servidores públicos de carrera sustentadas en la profesionalización y en la evaluación del desempeño.

Artículo 56. La permanencia es la prerrogativa de los servidores públicos de carrera para realizar las funciones de su puesto de manera continua y estable, con base en un adecuado desempeño que permita la consecución de los objetivos, metas y programas de gobierno y la prestación de servicios públicos de calidad.

Artículo 57. El desarrollo es el mejoramiento continuo en los niveles y percepciones de los servidores públicos de carrera y se sustenta en el reconocimiento a las capacidades, habilidades y méritos para realizar una carrera y obtener promociones dentro de la Administración Pública Federal.

Artículo 58. Los servidores públicos de carrera podrán solicitar licencias en las condiciones y términos que establece la presente ley, sin perjuicio de los beneficios que se deriven de su permanencia y desarrollo.

SecciOn PrimeraDe la Permanencia

Artículo 59. Los servidores públicos de carrera gozarán de estabilidad y permanencia en la realización de sus funciones y tendrán todos los beneficios y obligaciones que señala esta ley.

Para gozar de tales estabilidad y permanencia deberán observar un adecuado desempeño, de conformidad con el resultado de las evaluaciones a que para tal efecto estarán sometidos.

Sólo de manera voluntaria o mediante los procedimientos de despido justificado se podrá separar a un servidor público de carrera.

Artículo 60. Los comités evaluarán anualmente el desempeño de los servidores públicos de carrera de su dependencia, con base en los lineamientos que para tal efecto establezca el consejo.

Artículo 61. La evaluación que realicen los comités, comprenderá los siguientes aspectos:

I. Un diagnóstico general;

II. Consideraciones sobre el desempeño de sus servidores públicos de carrera; y

III. Recomendaciones generales y determinaciones individuales que califiquen con puntuación a cada uno de los servidores públicos de carrera.

También se podrá, como resultado de esta evaluación iniciar los procedimientos administrativos y laborales que correspondan.

Los resultados de estas evaluaciones deberán remitirse a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo para efectos de su registro y notificarse por lista a los servidores públicos de carrera evaluados.

Artículo 62. La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo podrá hacer observaciones respecto de las evaluaciones del desempeño que realicen los comités y las comunicará al consejo para los efectos procedentes.

SecciOn SegundaDel Desarrollo

Artículo 63. Para el desarrollo de los servidores públicos de carrera se tendrán en cuenta dos criterios fundamentales:

I. La evaluación de su desempeño, y

II. La profesionalización.

Artículo 64. Los servidores públicos de carrera obtendrán puntos por la evaluación de su desempeño y por su profesionalización, que servirán para determinar su promoción dentro del sistema.

Artículo 65. El órgano auxiliar del consejo otorgará los puntos por profesionalización que se asignarán por acreditar cursos en los programas de actualización o especialización que realiza él mismo, o bien, por certificación de estudios de nivel superior realizados en instituciones de educación nacionales o internacionales; o por estudios, investigaciones o aportaciones al desarrollo de la Administración Pública.

Artículo 66. Dentro del desarrollo de los servidores públicos de carrera las promociones pueden ser:

I. Horizontales, cuando ascienda de un nivel a otro dentro de su mismo puesto, y

II. Verticales, cuando ascienda a un puesto de jerarquía inmediata superior.

Artículo 67. En cada uno de los puestos que establece el artículo 5o. de esta ley, existirán los niveles que determine el reglamento. Dichos niveles deberán quedar comprendidos en el catálogo y en el tabulador.

Artículo 68. Para que un servidor público de carrera pueda obtener una promoción horizontal, deberá solicitarla a su comité, para lo cual tendrá que contar con el mínimo de puntos que al efecto establezca el catálogo para el nivel correspondiente. El comité, tomando en cuenta el desempeño y la profesionalización del servidor público solicitante, dictaminará si procede o no la promoción. Dicho dictamen deberá notificarse al servidor público de carrera y enviarse copia del mismo a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo para su registro.

Artículo 69. Toda promoción vertical deberá otorgarse por concurso, previa convocatoria del comité correspondiente. Estas convocatorias para ocupar plazas vacantes, reunirán en lo conducente las características señaladas en el artículo 34 de la presente ley y serán de carácter público.

El proceso de promoción vertical observará en lo conducente lo dispuesto por el Título Tercero de la presente ley, relativo al proceso de ingreso.

Para que un servidor público de carrera pueda obtener una promoción vertical, deberá contar con el mínimo de puntos que establezca el catálogo para el puesto vacante y ganar el concurso correspondiente.

SecciOn TerceraDe las Licencias

Artículo 70. La licencia es el acto por el cual un servidor público de carrera puede dejar de desempeñar las funciones propias de su puesto de manera temporal, sin perder los derechos y las prerrogativas que esta ley le otorga.

Artículo 71. Las licencias pueden ser de dos tipos:

I. Con goce de sueldo, por un periodo de hasta dos meses, y

II. Sin goce de sueldo, por un periodo de hasta un año.

Artículo 72. Las licencias podrán ser otorgadas por el comité, previa solicitud del servidor público de carrera, quien deberá además informar a su superior jerárquico de esta solicitud. El comité dictaminará la procedencia de la solicitud de licencia por escrito, de manera fundada y motivada, notificando este dictamen al servidor público de carrera solicitante. Una copia de este dictamen deberá remitirse a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo para su registro y demás efectos correspondientes.

Artículo 73. En ningún caso se otorgarán a un servidor público de carrera más de dos licencias en un periodo de cinco años. La suma de dichas licencias no podrá exceder de catorce meses. Ninguna licencia podrá ser prorrogable. Entre una licencia y otra deberá mediar un mínimo de doce meses.

Artículo 74. Para realizar las funciones de un servidor público de carrera que haya obtenido licencia, se nombrará un encargado. El superior jerárquico determinará si de dichas funciones se encargará un servidor público de carrera del mismo nivel al que obtuvo la licencia o un inferior jerárquico al mismo.

Aquellos servidores públicos de carrera que se hagan cargo de otra función, deberán recibir una puntuación adicional en su evaluación de desempeño.

TItulo QuintoDe los Beneficios y Causas de Baja de los Servidores Públicos de Carrera de la Administración Pública Federal

CapItulo UnicoDe los Beneficios y Causas de Baja

Artículo 75. Los servidores públicos que pertenezcan al servicio público de carrera, tendrán los siguientes beneficios:

I. De estabilidad en el cargo, empleo o comisión que ocupan, salvo que por motivos presupuestales desaparezcan las plazas, en cuyo caso deberán ser indemnizados conforme a la legislación laboral aplicable;

II. Participar en los procedimientos de promoción y ocupación de vacantes;

III. Participar en los cursos de actualización y especialización;

IV. Obtener autorización de reducción en sus jornadas de trabajo para asistir a cursos y demás actividades inherentes al servicio público de carrera;

V. Obtener constancia de la aprobación de los cursos y sus respectivas promociones;

VI. Evaluación a su desempeño y profesionalización de manera imparcial y objetiva, brindando oportunidades para mejorar en los casos de evaluaciones bajas;

VII. De adscripción a otras áreas de la administración pública;

VIII. De preservar la plaza originalmente asignada, sin demérito de que pueda ocupar cargos de estructura superiores a los señalados en el artículo 5o. de esta ley;

IX. Estar inscrito en el padrón de candidatos a vacantes; y

X. A la seguridad social y la jubilación en términos de lo previsto por el Apartado B del artículo 123 constitucional.

Artículo 76. Son causas de baja del servicio profesional de carrera:

I. Dejar de participar sin causa justificada en los cursos que al efecto se establezcan;

II. Dejar de prestar el servicio público sin causa justificada por más de seis meses;

III. La renuncia al cargo, empleo o comisión que ocupe;

IV. Dejar de obtener la puntuación mínima para su permanencia;

V. Haber sido condenado en sentencia irrevocable por la comisión de delito doloso, calificado como grave por la ley;

VI. Haber sido sancionado administrativamente, mediante resolución firme, con su suspensión, destitución o inhabilitación del empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal o con sanción económica que exceda de diez veces el salario mínimo mensual general vigente y

VII. Por despido justificado, de conformidad con la legislación laboral aplicable.

TItulo Sexto

CapItulo UnicoDel Recurso de Inconformidad

Artículo 77. El servidor público podrá interponer el recurso de inconformidad en contra de los siguientes actos:

I. La exclusión o limitación a participar en los beneficios señalados en el artículo 75 de esta ley.;

II. El resultado de la evaluación practicada a sus exámenes;

III. La resolución de baja del servidor público de carrera, y

IV. La resolución que niegue el ingreso al servicio profesional de carrera.

Artículo 78. El recurso de inconformidad se sustanciará y resolverá conforme a lo que establece la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en lo que sea aplicable. Para efectos de esta ley, le corresponderá a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo sustanciar el procedimiento del recurso, para lo cual los servidores públicos recurrentes deberán interponer su inconformidad ante la misma. Además, elaborará el proyecto de resolución correspondiente. Es atribución del consejo resolver los recursos de inconformidad.

En contra de las resoluciones del consejo en los recursos de inconformidad, procede el juicio de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. La presente ley entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Consejo Consultivo Coordinador del Sistema Integral del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal, deberá quedar instalado a más tardar 90 días después de la entrada en vigor de la presente ley. Los comités técnicos de las dependencias deberán quedar instalados a más tardar 60 días después de instalado el consejo. En la instalación, no será necesario que los servidores públicos que integren los comités sean de carrera, aunque sí deberán tener los puestos y funciones que se señalan en el artículo 23 de esta ley.

Tercero. El catálogo y tabulador a que aluden las fracciones II y III del artículo 10 de esta ley deberán presentarse para su opinión al Consejo Consultivo Coordinador a más tardar 90 días después de instalado el consejo.

Cuarto. Los servidores públicos que a la entrada en vigor de las disposiciones contenidas en la presente ley se encuentren desempeñando alguno de los puestos a que alude el artículo 5o. de esta ley, podrán cumplir con lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 37 y una vez satisfecho ese requisito, se les expedirá el nombramiento respectivo en términos de lo dispuesto por los artículos 45 y 46 párrafos primero y tercero. En estos casos no se exigirá lo requerido en el artículo 32 fracción IV de esta ley.

Quinto. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

México, DF, a 24 de octubre de 2002.— Diputada Magdalena Núñez Monreal.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Con gusto, señora diputada. Muchas gracias.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

 

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Arturo Escobar y Vega, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar una iniciativa que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

El diputado Arturo Escobar y Vega:

Gracias, señora Presidenta.

Solicitamos se turne a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su dictamen y posterior discusión en el pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa.

Al elaborar los tipos legales penales el legislador describe una parte de una actividad humana determinada contraria a derecho, señalando así las características que debe reunir tal acción para ser considerada delictuosa y para que el causante se haga acreedor a una pena.

Por una parte, en ese supuesto se encuentra el artículo 12 del Código Penal Federal que a la letra dice:

Existe tentativa punible cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían producir el resultado u omitiendo los que deberían evitarlo, si aquél no se consuma por causas ajenas a la voluntad de la gente.

Para imponer la pena de la tentativa el juez tomará en cuenta, además de lo previsto en el artículo 52 el mayor o menor grado de aproximación al momento consumativo del delito.

Si el sujeto desiste espontáneamente de la ejecución o impide la consumación del delito, no se impondrá pena o medida de seguridad alguna, por lo a que éste se refiere, sin perjuicio de aplicar la que corresponda a actos ejecutados u omitidos que constituyan por sí mismo delitos.

Este artículo corresponde al Código Penal Federal, mismo que es supletorio a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y en el cual se establece que si una persona se desiste espontáneamente de cometer un delito, éste no será castigado, la norma es clara.

Por ello, si bien la realización de la conducta delictiva es instantánea, su ejecución implica en la mayor parte de los casos, todo un proceso que se inicia con la toma de decisión por parte del sujeto o sujetos, y que culmina finalmente con la realización del hecho tipificado.

Por otra parte, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, establece en su artículo 2o., que cuando tres o más personas acuerdan organizarse o se organicen para realizar en forma permanente o reiterada, conductas que por sí unidas u otras, tienen como fin o resultado, cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por el solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada.

Este precepto de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, se estipula que basta que un determinado número de personas, acuerden organizarse, es decir, ni siquiera se organicen totalmente, serán sujetos activos del delito.

Lo anterior implica que cualquiera que acuerde con otras personas cualquier conducta delictiva y suponiendo que la autoridad tenga o pretenda tener conocimiento, ésta podría detener a estos sujetos, sin que ni siquiera hayan desplegado una conducta delictiva.

Lo anterior es contrario a nuestro derecho, ya que en el sistema penal mexicano, se sancionan las conductas no las ideas, y por consiguiente es inconstitucional castigar el simple acuerdo previo.

La pura idea o voluntad criminal no es posible de ser reprimida, sin recurrir a una nueva inquisición, pero aún se aplican, aun cuando este artículo de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, no lesiona o pone en peligro ningún bien jurídico.

Para castigar una conducta se requiere lesionar o por lo menos poner en peligro el bien jurídico, luego entonces se sugiere eliminar el acuerdo en organizarse, dado que no es una conducta en sí e impide el desistimiento espontáneo del sujeto activo, en contra de lo estipulado por el artículo 12 del Código Penal Federal.

Es completamente contrario la imposición de una pena al sujeto responsable de todo este proceso. El desistimiento del delito debe entenderse, como quien el intentar realizar un delito, rectifica su conducta voluntariamente, poniendo en práctica lo conducente, según las circunstancias del caso, para impedir los efectos de la actividad delictiva ya desarrollada.

Luego entonces se propone que el artículo debe quedar de la siguiente forma:

“Cuando tres o más personas se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí unidas a otras, tienen como fin el resultado de cometer algún delito o algunos de los delitos siguientes:

Serán sancionadas por ese sólo hecho como miembros de la delincuencia organizada.” Lo anterior con el fin de concederle al posible sujeto activo la factibilidad de que se desista de su acción antes de realizarla.

Visto lo anterior, resulta imperativo que, nosotros como legisladores, mantengamos nuestros ordenamientos, acorde a la teoría penal mexicana, y no establezcamos tipos punitivos que fomenten las dictaduras de extrema derecha, con el fin de evitar que el Estado sea causante de conductas delictivas o que ejercite acciones inconstitucionales.

Por ello, sometemos a esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, la presente

 iniciativa

De decreto mediante el cual se reforma el artículo 2o. de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Artículo único. Se reforma el artículo 2o. de dicha ley para que quedar como sigue:

Artículo 2o. Cuando tres o más personas se organicen para realizar en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado, cometer alguno o algunos de los delitos siguientes serán sancionadas por ese hecho como miembros de la delincuencia organizada.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

El siguiente punto agendado por el diputado Amador Rodríguez Lozano, se pospone para la siguiente sesión.

 

LEY GENERAL DE EDUCACION

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Maricruz Morales del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.

La diputada Maricruz Cruz Morales:

Con su permiso, señora Presidenta; señoras y señores legisladores:

He solicitado el uso de esta tribuna para presentar una iniciativa de reformas a la Ley General de Educación, que tiene por objeto promover una cultura de respeto y protección al medio ambiente y capacitar a la población para mejorar su nivel de vida y favorecer el desarrollo sustentable del medio rural.

Por razones de tiempo omitiré la lectura completa del documento que contiene la iniciativa con proyecto de decreto que presento ante esta soberanía, por lo que le solicito a la Presidencia tenga a bien ordenar que se inserte en el Diario de los Debates el texto íntegro que se entrega a la Secretaría.

La que suscribe, Maricruz Cruz Morales, diputada federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55 fracción II 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la siguiente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Educación, sustentada en la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las naciones, sus gobiernos y sus habitantes enfrentan en este naciente Siglo XXI graves problemas en todos los campos de la actividad humana; el nuevo orden mundial que se está consolidando ha dejado a la fecha profundas desigualdades en el desarrollo entre las naciones, entre las regiones de las naciones, entre los grupos sociales y entre las personas.

La complejidad de los problemas hace necesario que las nuevas generaciones reciban una educación que les proporcione los conocimientos e información suficiente para afrontar con éxito el reto de lograr un desarrollo armónico y equitativo. Sin embargo, en la educación la desigualdad también tiene anchos espacios, pues los grupos altamente capacitados cada vez son más pequeños, en tanto que amplios sectores de la población no tienen oportunidad para acceder a una educación de calidad.

Esta es la era del conocimiento y en el futuro sólo las naciones que logren aplicar programas educativos, amplios y eficientes, tendrán la capacidad de desarrollarse sostenida y sustentablemente.

Ante este panorama, los bajos niveles de aprovechamiento en la escuela pública mexicana son preocupantes. Consideramos que el Sistema Educativo Nacional no está operando eficientemente para educar a la población y que el actual modelo educativo es inadecuado e insuficiente para coadyuvar a resolver los problemas del medio rural mexicano y promover su desarrollo.

Durante muchos años se ha identificado a lo urbano con la modernidad y el bienestar, con la responsabilidad de acceder a una gran variedad de bienes y servicios, a una mayor oferta de empleo y mejores salarios con mayores responsabilidades de educación. Esto fue atrayendo cada vez más población a las ciudades.

Conforme se ha urbanizado el país, la oferta educativa se ha orientado hacia la formación de profesionistas y técnicos para la industria y los servicios; en contraparte, son muy pocos los que se preparan para trabajar en el campo.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Educación Pública, de los más de 2 millones 150 mil estudiantes inscritos en el ciclo escolar 2001-2002, sólo 49 mil 300 cursaban carreras relacionadas con el sector agropecuario.

En los últimos años, los planes y programas de estudio de la educación básica, han incorporado contenidos valiosos acerca de la protección del medio ambiente. Sin embargo, no se han acompañado de programas eficaces de capacitación del personal docente, ni de las técnicas y materiales adecuados para hacer prácticos los conocimientos adquiridos.

En el medio rural el bajo nivel educativo, la falta de o la mala información dan paso al uso inadecuado de los recursos naturales, a la contaminación de suelos y agua, a la erosión y desertificación de tierra, al uso impropio de especies de flora y fauna, a la falta de organización y cooperación entre sus habitantes. Situación que infaliblemente reproducen la pobreza y el atraso.

Producir de manera sustentable y participar en un mercado altamente competitivo, son atribuciones que obligan a dar capacitación a la participación de la institución educativa que tiene presencia en toda la superficie del territorio nacional y especialmente de los maestros de México, además de apoyarla con libros de texto en materias específicas tales como agricultura, ganadería, fruticultura, horticultura, entre otras.

Por lo anterior la iniciativa propone reformar la fracción XI del artículo 7o., para profundizar en la formación de la conciencia de los educandos sobre la protección al medio ambiente.

Se plantea reformar la fracción II del artículo 8o., para sustituir el término aprovechamiento de nuestros recursos naturales, que tiene la acepción de lucro.

Se propone la adición de la fracción V del artículo 20, con objeto de capacitar a los profesores en las áreas de conocimientos elementales para enseñar a sus alumnos a convivir con el entorno que habitan y a respetar, proteger, restaurar, el medio ambiente.

Para inculcar desde la temprana edad el aprecio a la naturaleza y despertar la vocación por los oficios y profesiones relacionadas con el sector agropecuario, se propone adicionar un segundo párrafo del artículo 38 que dispondría la obligación de las escuelas del Estado, de hacer prácticos los conocimientos sobre este tema.

Las instituciones educativas han hecho esfuerzos importantes para acendrar en la sociedad el valor de la equidad. Por ello, se propone adicionar un párrafo al artículo 48 para reforzar la adopción amplia de la equidad como política educativa.

La situación que priva en el sector rural, demanda capacitar a los trabajadores del campo para frenar el deterioro del medio ambiente, restaurar los recursos perdidos y la producción y productividad.

En este sentido se propone adicionar a los artículos 12, 13 y 45 y reformar el segundo párrafo del artículo 15, para establecer atribuciones de las diversas instancias de gobierno y determinar la obligación del Estado de realizar programas de capacitación para adultos, apoyándolos con la elaboración y distribución de libros de texto para trabajadores, que tienen como propósito dar dirección y coherencia a los programas que se instrumenten.

Con objeto de que los sectores sociales vinculados e interesados en la educación, participen apoyando los programas de formación y capacitación para el trabajo, se proponen adiciones a los artículos 69, 70, 71 y 72.

Finalmente, se proponen dos artículos transitorios para dar tiempo a las dependencias del Gobierno Federal, de elaborar los programas y libros de texto propuestos.

Compañeras y compañeros legisladores: día a día se pierden recursos naturales de gran valor económico, cultural y vital. Los hombres y las mujeres del campo empobrecen más cuanto más pobre es su medio ambiente.

Esta propuesta aspira a convertirse en parte de una gran voluntad nacional para revertir las condiciones de deterioro y atraso del medio rural. Necesitamos repensar y revalorar lo rural, contribuir con un nuevo modelo de campo mexicano que corresponda a las necesidades de la modernidad, pero que conserve sus riquezas como base fundamental de su desarrollo.

Ya no podemos aceptar que la modernidad sea alimento de nuestro patrimonio natural. No podemos aceptar que el desarrollo de algunos sectores se sustente en el atraso del medio rural.

Es impostergable dotar a la gente del campo de las herramientas para que construyan su propio progreso y esto, señoras y señores legisladores, empieza necesariamente por mejorar la educación, incluyendo a la de los adultos.

Muchas gracias.

«Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, presentada por la diputada Maricruz Cruz Morales, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Ciudadanos secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presentes:

Maricruz Cruz Morales, diputada federal de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 55 fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar la siguiente iniciativa de reformas y adiciones a la Ley General de Educación, de acuerdo con la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las naciones, sus gobiernos y sus habitantes, enfrentan en este naciente Siglo XXI, numerosos y graves problemas en todos los campos de la actividad humana. Un nuevo orden mundial se está consolidando y los primeros balances indican que el saldo inicial consiste en profundas desigualdades de desarrollo entre las naciones, entre las regiones de las naciones y entre los grupos sociales e individuos que las integran.

La profundidad y la extensión de los problemas económicos y sociales es tal, que para enfrentarlos se hace necesario formular y desarrollar planes y programas cada vez más complejos y costosos. Las nuevas generaciones que habrán de enfrentar problemas aún más agudos, no están siendo dotadas de los conocimientos teóricos y prácticos suficientes y adecuados para encontrar las soluciones más convenientes. En el campo educativo, la desigualdad también está ensanchando espacios: grupos cada vez más pequeños son los altamente capacitados, en tanto que amplios sectores de la población no tienen oportunidades para obtener una educación de calidad, como vía de acceso al conocimiento técnico y científico.

La ciencia y la técnica al servicio de la producción han permitido incrementar el volumen y mejorar los estándares de calidad de la producción, sin embargo, el no llevarlas a amplias capas de población, obstruye un desarrollo armónico y equitativo.

Los organismos internacionales, los gobiernos de la mayoría de los países y los especialistas en materia educativa, han señalado que ésta, es la era de la sociedad del conocimiento y que en el futuro, sólo las sociedades que logren aplicar programas educativos amplios y eficientes, tendrán la capacidad de enfrentar exitosamente los problemas que les aquejen. Ante este panorama, hoy más que nunca, la educación se reivindica como una función estratégica del Estado.

Y sí la educación en general, requiere atención prioritaria de parte del Estado, la que corresponde a los sectores de mayor rezago tanto económico, como social y productivo, reclaman una urgente y especial atención, toda vez que las brechas entre las naciones, las regiones, los sectores y los grupos de población, se ampliarán de no revertir los efectos negativos que la ausencia de una política educativa específica está generando.

Hoy más que nunca, educar para producir se ha convertido en una necesidad urgente. Sin embargo, la educación deberá ser factor esencial para el desarrollo humano.

México se ha insertado plenamente en los procesos de integración y apertura económica y de ello ha obtenido ventajas importantes en algunos sectores, pero está enfrentando severos problemas en algunos otros. Dado el modelo económico mundial, el sector rural mexicano está enfrentando agudos problemas como resultado de los cambios estructurales realizados en la década anterior.

Productores de todos los sectores económicos del medio rural y especialmente los productores del sector agropecuario, han manifestado su gran preocupación por los bajos niveles de aprovechamiento de los alumnos de la escuela pública mexicana. Lo anterior sumado a lo que indican las estadísticas nacionales sobre niveles educativos y niveles de producción y productividad, nos llevan a la conclusión de que el Sistema Educativo Nacional no está operando eficientemente en el ramo de la educación en el medio rural y que el actual modelo educativo es inadecuado e insuficiente para coadyuvar a resolver los problemas del medio rural mexicano y promover su desarrollo sustentable.

Los problemas centrales del medio rural mexicano

La economía mexicana enfrenta graves problemas en su sector rural, los principales son que la producción no es suficiente para cubrir la demanda interna de alimentos y materias primas y la baja rentabilidad de la actividad agropecuaria.

De acuerdo con estimaciones de la FAO, este año el país necesitará importar cerca de 15 millones de toneladas de cereales, cifra que seguramente se alcanzará, tomando en cuenta que durante el año 2001, se importaron más de 20 millones de toneladas de granos básicos y oleaginosas.

En cuanto al segundo aspecto, para la mayoría de los productores rurales, las actividades del sector son poco rentables y en algunos casos, inclusive representan pérdidas debido a los bajos niveles de productividad, los elevados costos de maquinaria, equipos e insumos en general y a los bajos precios internos e internacionales, éstos últimos, apoyados por fuertes subsidios en los países desarrollados, que son los principales productores de alimentos.

La desventaja competitiva para los productores mexicanos se verá acentuada en el año 2003, ya que a partir de ese año, con base en el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América y Canadá, se abrirán las fronteras para toda clase de productos agropecuarios, con excepción de maíz, frijol y leche. Además, el Congreso de los Estados Unidos de América, al aprobar la Ley Agraria que otorga mayores subsidios a los productores de ese país, acentuará las diferencias en los costos de producción, lo cual perjudicará aún más a los productores mexicanos.

Los problemas de carácter económico en el ámbito productivo ya empiezan a derivar en problemas de carácter social. Productores de café, piña y maíz, entre otros, han señalado que requieren del apoyo del Gobierno Federal para sostener sus actividades y ante la falta de solución a sus planteamientos, han realizado movilizaciones que van desde la manifestación pública de su inconformidad, hasta la comercialización directa de sus productos en la vía pública de la Ciudad de México.

A lo anterior se suma la pobreza que se extiende sobre la mayoría de las capas de la sociedad rural y junto con la problemática de origen agrario, están gestando un ambiente social y político altamente sensible a la aplicación de políticas gubernamentales y proclive a la adopción de medidas violentas para canalizar inconformidades.

Los problemas que enfrenta el medio rural mexicano también se componen por el acelerado deterioro de los recursos naturales que se ha dado en los últimos años, sin que su uso haya contribuido a mejorar el nivel de vida de la población. Por el contrario. De acuerdo con información publicada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, México pierde anualmente 1 millón 127 mil hectáreas de bosques y selvas, estimando que en los últimos 60 años, se ha perdido el 36% de su extensión. Ocupamos el deshonroso segundo lugar en deforestación, según fue informado por el PNUMA en su estudio Perspectivas del Medio Ambiente Mundial GEO3. El deterioro de los recursos naturales se suma a los factores que influyen en la disminución de la capacidad productiva de los productores del agro mexicano y es uno de los factores estrechamente ligados al crecimiento de la pobreza.

El modelo educativo

Los factores que determinan la situación crítica del campo mexicano son fundamentalmente de tipo económico, sin embargo, en la cultura y educación, sobre todo de las nuevas generaciones, se aprecia que se encuentra arraigado un sentimiento de menosprecio a lo rural, el cual es impostergable transformar. Es factible que el desinterés de la mayoría de la población por el cuidado, preservación y mejoramiento del medio rural y de la naturaleza en particular, se sustente en un modelo educativo y cultural orientado fundamentalmente al culto y preferencia por el modo de vida del medio urbano.

La estructura de la población de México se fue transformando en la medida en que se fue aplicando un modelo de desarrollo sustentado principalmente en los sectores económicos industrial y de servicios, pasando en la segunda mitad del siglo anterior de ser una sociedad agraria a una sociedad principalmente urbana. Actualmente, la población rural representa sólo el 25.33% de la población total.

De acuerdo con el Consejo Nacional de Población, las proyecciones sobre el crecimiento demográfico, si se cumplieran las premisas establecidas para la fecundidad, la mortalidad y la migración internacional, la población del país crecerá a tasas cada vez menores, hasta alcanzar una tasa negativa en el año 2050.

La población rural conservaría una tendencia decreciente con relación al total de la población, en función de los factores socioeconómicos que determinan tanto la urbanización de la población como la migración hacia los centros urbanos y hacia el exterior.

Como resultado de los cambios demográficos, el conjunto de actividades, forma de vida e intereses de la población también dio un giro hacia lo urbano.

Durante muchos años, se ha identificado al modelo de vida urbana con la modernidad y el bienestar. La posibilidad de acceder al disfrute de una gran variedad de bienes y servicios; la mayor oferta de empleo en las zonas urbanas, generalmente asociada a mejores niveles salariales; la concentración de las instancias gubernamentales, ligada a la solución de la problemática nacional; las mayores posibilidades de educación, entre otras razones, fueron atrayendo cada vez mayores cantidades de población a los centros urbanos.

Sin embargo, a medida que las zonas urbanas han crecido, han desarrollado problemas que inciden en el nivel de vida de la población: La contaminación, la falta de vivienda, la inseguridad, la delincuencia, la drogadicción y la corrupción, están desalentando el interés por vivir en los grandes centros urbanos y poco a poco numerosas familias han iniciado el retorno a las comunidades rurales, sin embargo, los individuos que regresan al medio rural, lo hacen formados culturalmente con las costumbres y actitudes adquiridas en el medio urbano, llegando a las comunidades rurales a trastocar el modo de vida del lugar.

Lo anterior implica la necesidad de revalorar y reformar los objetivos, contenidos y estrategias de la educación básica en la escuela pública para reforzar los valores y conocimientos indispensables para mejorar la cultura de protección a lo rural.

La cultura y educación para reproducir una sociedad principalmente urbana, es un factor determinante que genera desinterés por la naturaleza y los asuntos y cultura del medio rural. Tal desinterés tiene efectos negativos en el cuidado y mejoramiento del medio ambiente y en mejoras posibles de la producción agropecuaria y en el bienestar de la población rural.

La problemática productiva y social hace evidente la falta de educación, capacitación y organización social para la producción, industrialización y comercialización de los productos del campo, lo cual genera bajos ingresos y pérdida de recursos que se destinan a este sector, tanto por los propios productores, como por el Gobierno.

La educación técnica y profesional

Conforme se ha ido urbanizando el país, se ha ido transformando la cultura y la conciencia de la población y en consecuencia, la educación y el interés por aprender y ejercer determinados oficios y profesiones, los cuales se determinan en función de la oferta de empleo; que se determina por la capacidad de crear y conservar empleos que tiene cada rama o sector de la economía; capacidad que se determina principalmente por el tamaño de la rama o sector, el cual depende de su rentabilidad y tamaño en el mercado.

Las actividades económicas de mayor dinamismo y que absorbieron también a la mayor cantidad de trabajadores, pasaron a ser las de los sectores industrial y de servicios. Actualmente, sólo el 18.1% de la población total ocupada, se ubica en las actividades agropecuarias. En lo relativo a la participación en el Producto Interno Bruto, el sector Agropecuario, Silvícola y Pesquero, de acuerdo con las cifras estimadas a mediados del año anterior, dadas a conocer en el informe presidencial del año 2001, genera sólo el 4.23%, mientras que el sector industrial genera el 27.26% y el sector servicios el 68.51%.

Las mayores oportunidades de empleo, así como los mejores niveles salariales han determinado que tanto la demanda como la oferta educativa, se oriente principalmente a las profesiones y oficios que se ejercen en las ramas o sectores de mayor tamaño de la economía, en detrimento de la formación de profesionales y técnicos dedicados a las actividades del sector primario, capacitados para promover el desarrollo del medio rural bajo el principio de la sustentabilidad.

De acuerdo con datos de la Secretaría de Educación Pública, en el ciclo escolar 2001/2002, existían 2 millones 156.5 mil alumnos inscritos a nivel profesional, de los cuales, sólo 49.3 mil, cursaban carreras relacionadas con el sector agropecuario, lo cual significa sólo el 2.29% de la matrícula inscrita. Estas cifras nos revelan que el número de trabajadores del campo que cuenta con preparación técnica y profesional es muy bajo.

La educación superior se ha orientado en los últimos años a responder a las expectativas del mercado, más que a las necesidades sociales y a los intereses de los propios estudiantes. Esta situación es muy desfavorable para promover el desarrollo del medio rural, en el cual se ubican los sectores de población de menor desarrollo económico y social.

La educación básica

Los niveles básicos del sector educativo, cuya tarea fundamental es formar individuos capacitados para adquirir y aplicar conocimientos, adaptándose permanentemente al mundo cambiante que estamos viviendo, tiene entre sus tareas fundamentales la de forjar en los mexicanos una sólida conciencia sobre la importancia de proteger y restaurar a la naturaleza y dotar a quienes se dedicarán a las actividades agropecuarias, de los conocimientos elementales pero efectivos para mejorar su entorno y su nivel de vida.

Diversos factores han influido para generar en el medio rural mexicano un panorama de atraso, generalmente ligado a bajos niveles de educación. La escuela pública no ha logrado superar los retos que las actuales condiciones exigen al sistema educativo, al tiempo que un cúmulo importante de conocimientos tradicionales se han ido perdiendo, dando paso a la formación de generaciones de productores del campo mal informadas e insuficientemente educadas para desempeñarse en las actividades propias del medio.

El bajo nivel educativo, la falta de información o la información equivocada, dan paso al uso inadecuado de los recursos naturales, contaminación de suelos y aguas, erosión y desertificación de las tierras, uso impropio de especies animales y vegetales, falta de organización y cooperación en todos los niveles de las actividades del sector, entre otras situaciones que, infaliblemente reproducen las condiciones que determinan la pobreza y el atraso.

Los planes y programas para la educación básica han evolucionado también conforme se ha transformado la estructura económica del país, fortaleciendo imágenes favorables de la vida y el medio urbano y descuidando la promoción del medio rural.

La Secretaría de Educación Pública reconoció al reformar el Plan de Estudios de Educación Primaria en 1993, que si bien el Estado ha avanzado en lo cuantitativo en el área de educación básica, el siguiente paso debe ser de carácter cualitativo: las nuevas generaciones enfrentarán un mundo más complejo y competitivo en todas sus actividades, lo cual demandará una educación básica sólida y flexible en cuanto a la adquisición de nuevos conocimientos. Los procesos de trabajo son más complejos y cambiantes; se requiere mayor productividad y el uso de criterios racionales en el uso de los recursos naturales y protección del medio ambiente. Igual complejidad tendrá el medio social y el político.

Los planes y programas de estudio en tanto instrumentos fundamentales para organizar la enseñanza y establecer un marco común para todas las escuelas del país, han incorporado en los últimos años, contenidos valiosos tanto en los programas como en los materiales educativos, orientados a la protección del medio ambiente y al conocimiento diferenciado de las características específicas tanto del medio urbano como del medio rural. Sin embargo, estos programas no se han visto acompañados de los correspondientes programas de capacitación del personal docente, de las prácticas y materiales adecuados para el ejercicio de los conocimientos prácticos ni de los mecanismos de evaluación y seguimiento adecuados.

De acuerdo con la Secretaría de Educación Pública, con el plan 1993 se buscó fortalecer los conocimientos y habilidades básicos, entre los que destacan las capacidades de lectura y escritura, el uso de las matemáticas en la solución de problemas y en la vida práctica, la vinculación de los conocimientos científicos con la preservación de la salud y la protección del ambiente y un conocimiento más amplio de la historia y la geografía de nuestro país, incorporando el conocimiento de la localidad y municipio en donde vive el niño.

El objetivo general del Plan de Estudios 1993, plantea el organizar la enseñanza y el aprendizaje de contenidos básicos para asegurar que los niños:

1. Adquieran y desarrollen las habilidades intelectuales (la lectura, la escritura, la expresión oral, la búsqueda y selección de información, la aplicación de las matemáticas a la realidad) que les permitan aprender permanentemente y con independencia, así como actuar con eficacia e iniciativa en las cuestiones prácticas de la vida cotidiana.

2. Adquieran los conocimientos fundamentales para comprender los fenómenos naturales, en particular los que se relacionan con la preservación de la salud, con la protección del ambiente y el uso racional de los recursos naturales, así como aquellos que proporcionan una visión organizada de la historia y la geografía de México.

3. Se formen éticamente mediante el conocimiento de sus derechos y deberes y la práctica de valores en su vida personal, en sus relaciones con los demás y como integrantes de la comunidad nacional.

4. Desarrollen actitudes propicias para el aprecio y disfrute de las artes y del ejercicio físico y deportivo.

Lo anterior buscando una formación integral, adquirir, organizar y aplicar saberes de diverso orden y complejidad creciente. También, un aprendizaje permanente, ejercicio de habilidades intelectuales y la reflexión en relación con conocimientos fundamentales.

El plan prevé un calendario anual de 200 días laborales, de los cuales en el primero y segundo grados, sólo se le dedican 120 horas al año a la asignatura de Conocimiento del Medio, que integra conocimientos sobre Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Educación Cívica. Del tercero al sexto grados, se tienen programadas 280 horas para esas mismas asignaturas.

El plan y programas de estudio 1993, dan prioridad al estudio del lenguaje, seguido de matemáticas, a los cuales les dedican en los años iniciales en 45% y el 30% respectivamente del tiempo programado de estudios, en tanto que a las materias integradas a las asignaturas relacionadas con el conocimiento del medio, sólo se le destina el 15%. Del tercero al sexto grados, se destina el 30%, el 25% y el 35% del tiempo de clases respectivamente.

La enseñanza de las Ciencias Naturales, de Geografía y de Educación Cívica, es determinante para que la educación básica contribuya a formar individuos conscientes de la necesidad de promover el desarrollo del medio rural.

Los contenidos de los programas de las asignaturas de Conocimiento del Medio, Ciencias Naturales, Geografía y Educación Cívica, contemplan los temas básicos para transmitir a los alumnos los conocimientos que contribuyan a la formación de una conciencia favorable a la protección y regeneración del medio ambiente y al respeto y reconocimiento de la cultura rural, sin embargo, la falta de una adecuada capacitación del personal académico, la falta de espacios para la práctica y la experimentación y la inexistencia de un sistema específico de evaluación y aplicación de medidas correctivas, limita seriamente el cumplimiento de los objetivos que establece el Plan de Estudios.

La formación de una cultura general en los educandos sustentada en los planes y programas descritos en forma general en los párrafos anteriores, ha sido insuficiente para formar individuos capaces de proteger el entorno ecológico y para conocer y respetar el entorno y la cultura rural.

El modelo educativo pro-urbano desarrollado por el Sistema Educativo Mexicano, ha reforzado su implantación a través de los medios de comunicación (fundamentalmente el radio y la televisión), los cuales se han convertido en un instrumento eficaz para transmitir formas culturales y modas, llegando a convertirse en un sistema educativo paralelo e informal de gran influencia en la educación de la población. Los medios de comunicación han contribuido a la formación de una sociedad de consumo, en la que lo fundamental es poseer cada vez una mayor cantidad de cosas; sobre todo aquellas que se presentan como novedades. Las novedades han integrado toda una generación de nuevas mercancías tales como automóviles y aparatos electrodomésticos y electrónicos, todos vinculados a la vida urbana.

La gran influencia de los medios ha sido un obstáculo para la instauración de una cultura que promueva la equidad entre el medio urbano y el rural, no porque se denueste este último, sino porque se privilegia en exceso el primero y es en la población infantil en donde se inicia la promoción desmedida de la vida urbana, precisamente en la edad en la que se forjan los gustos y tendencias vocacionales.

Es por ello que además de reforzar la formación de técnicos y profesionistas para el medio rural, el Sistema Educativo Mexicano necesita fortalecer la conciencia de respeto y restauración de la naturaleza y de todo lo relacionado con el medio rural, reformando los planes y programas en los tres niveles de educación básica, vigilando y moderando la promoción de imágenes desfavorables al medio rural que se transmiten en los medios de comunicación masiva y estableciendo mecanismos de control y vigilancia que garanticen la observación de la políticas y disposiciones que se adopten para promover la equidad entre los medios urbano y rural del país.

Los organismos internacionales y los gobiernos de la gran mayoría de los países de todo el mundo, han declarado su preocupación por el retroceso que en los últimos años se ha observado en la educación. Grandes grupos de niñas y niños y adultos (principalmente mujeres), carecen de oportunidades educativas y de acceso al conocimiento impreso, a las nuevas capacidades y a las nuevas tecnologías, por lo cual se han manifestado por la reivindicación de la educación como derecho humano fundamental para todos.

Ante este panorama, los organismos internacionales de la educación y los gobiernos de los países que participan en ellos, han hecho compromisos, planes y programas en los que se establecen como líneas prioritarias, la atención a grupos vulnerables, a la educación para el trabajo y desa-rrollo de la juventud y a la formación de profesores y administradores de la educación.

En este sentido, México vive una situación especial, toda vez que las transformaciones estructurales de su economía, le han insertado en un mundo intensamente competitivo, en el que la educación en general y la capacitación para el trabajo son fundamentales para proteger los intereses de su población.

Transformar el modelo educativo en sus rubros fundamentales es una tarea que compete a todos los actores de la sociedad, los maestros y los padres de familia, a partir de la premisa de la construcción de una escuela que tenga la capacidad de brindar una educación acorde con los retos que la nueva estructura y dinámica de la sociedad moderna plantearán.

La educación para adultos

La situación que vive el medio rural del país demanda que se realicen esfuerzos en todos los ámbitos en los que se desenvuelven sus agentes activos, por ello, consideramos que es impostergable elaborar y aplicar programas de reeducación de los adultos del medio rural que se encuentran desarrollando labores del sector agropecuario, con el fin de capacitarlos para el desempeño de su trabajo.

Producir de manera sustentable y participar en el mercado en un entorno de economías de escala y apertura comercial, son actividades que requieren necesariamente de un proceso de capacitación para el trabajo, que tratándose del sector rural en donde la mayoría de los productores son autónomos y se encuentran dispersos en toda la geografía nacional, es necesaria la participación de la institución educativa que tiene presencia en toda la superficie del territorio nacional.

Es asimismo, necesario dotarles de los conocimientos e instrumentos que les permitan asumir nuevas y eficaces formas de organización en todas las áreas de la actividad agropecuaria, desde la producción hasta la comercialización, para, de esta manera, acceder a los sistemas de información y financiamiento que contribuyan a mejorar la productividad de sus unidades productivas y mejorar el nivel de vida de la población del medio rural.

Esta función necesita ser reforzada con materiales que extiendan el proceso de información y orientación más allá del contacto con la institución que promueva y desarrolle los cursos de capacitación. Para ello es conveniente elaborar y distribuir libros de texto en materias específicas tales como agricultura, ganadería, fruticultura, horticultura, entre otras.

El marco legal para una educación equitativa

Para reforzar la acción del Estado en la promoción de una educación que alcance metas cuantificables sobre la protección y mejoramiento del medio ambiente y que revalore las actividades humanas que tienen qué ver con el medio rural, se considera necesario fortalecer la Ley General de Educación, poniendo énfasis ahí en donde por diversas condiciones de orden económico, el sector se ha rezagado al grado de convertirlo en generador de conflictos sociales.

El artículo 3o. de la Constitución General de la República en su párrafo segundo, establece que la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Asimismo, en el inciso b de la fracción II del mismo artículo, establece que será nacional, en cuanto, sin hostilidades ni exclusivismos atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura.

La Ley General de Educación en su artículo 7o. fracción XI actualmente establece que además de lo establecido por el artículo 3o. párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particu-lares con autorización o con reconocimiento oficial de estudios, tendrá el fin de: “hacer conciencia de la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales y de la protección del ambiente”.

Las modificaciones propuestas

Es aceptable que se determine, que hacer conciencia, es un propósito de la educación, sin embargo, a la vista de los resultados sobre el deterioro del medio ambiente y la sobre explotación de los recursos naturales del país, es necesario promover una política educativa orientada a respetar, proteger y restaurar el medio ambiente, además de promover que el uso de los recursos naturales se haga de manera sustentable. Forjando sí la conciencia indispensable en el individuo, pero además, capacitándolo para llevarlo a la práctica.

Con la reforma de la fracción XI del artículo 7o., de la Ley General de Educación se busca que los planes y programas de estudio de los niveles básicos se adecuen y profundicen en la transformación de los valores y actitudes que los niños tienen respecto al medio ambiente y a la naturaleza, formando a individuos más conscientes de la necesidad de mejorar las condiciones que actualmente enfrentamos y con los conocimientos básicos para participar en el proceso de transformación del medio. Se busca además que esta reforma tenga un efecto favorable en la inclinación de los estudiantes por las profesiones y oficios vinculados con el medio rural.

Se plantea reformar la fracción II del artículo 8o., sin cambiar la esencia de su contenido, pero haciéndolo congruente con la reforma al artículo 7o. y para sustituir el término aprovechamiento de nuestros recursos naturales que generalmente tiene la acepción de lucro, lo cual, a pesar de que se acompañe con el adjetivo racional, no conlleva al implante de un criterio positivo en el educando, ya que un aprovechamiento racional, puede ser aquel que genere ganancia económica, no importando si el mismo, degrada o empobrece el medio ambiente del país.

En el caso del artículo 20 que establece la obligación de las autoridades educativas de constituir el sistema nacional de formación, capacitación y superación profesional para maestros, se propone la adición de la fracción V, cuyo objetivo es capacitar a los profesores tanto teórica como prácticamente, para que a su vez se conviertan en capacitadores de sus alumnos en las áreas de conocimientos básicos para que el individuo viva y conviva en el entorno que habita; y a su vez, aprenda a respetar, proteger y restaurar el medio ambiente.

Cabe señalar que actualmente, el sistema está enfocado a la superación de los profesores a través de conocimientos cada vez más especializados, amplios y profundos, sin embargo, es necesario que el sistema también considere el área de conocimientos elementales, tales como: características generales y específicas de las diversas especies animales y vegetales; su presencia en las regiones en las que prestan sus servicios; la técnica y cuidados para su reproducción y preservación en la zona; las acciones y actitudes indispensables para convivir y vivir en los diversos medios en que se habita; la información básica sobre alimentos, entre otros.

Para inculcar desde la temprana edad el aprecio a la naturaleza, la conciencia y los conocimientos para proteger y respetar el medio ambiente, así como para despertar la vocación por los oficios y profesiones relacionadas con el sector agropecuario, se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 38, que dispondría la obligación de las escuelas del Estado de hacer prácticos los conocimientos necesarios, llevando a cabo procesos completos. Se in- corporaría a la ley la figura de la parcela escolar.

Las instituciones educativas han hecho esfuerzos importantes para actualizar y mejorar los planes y programas de estudio, perfilando sus contenidos hacia la cristalización de una política educativa que contribuya a acendrar en la sociedad los valores de la equidad y el cuidado y mejoramiento del medio ambiente. Sin embargo, los resultados obtenidos a la fecha, son muy limitados. Por ello se propone adicionar un párrafo al artículo 48.

La situación que priva en el sector rural en lo general y en el sector agropecuario en lo particular, demanda una atención urgente por parte del Estado. Es necesario además de educar a las nuevas generaciones, capacitar a los trabajadores del campo, a efecto de detener el deterioro del medio ambiente y restaurar los recursos perdidos, preparando al mismo tiempo a los trabajadores del campo, a efecto de mejorar la eficiencia de su trabajo y elevar la producción y la productividad.

Este propósito requiere reformas a la ley que establezcan con precisión las atribuciones de las diversas instancias de gobierno y al mismo tiempo, se determine con claridad la obligación del Estado de realizar programas de capacitación para el trabajo, orientados a beneficiar a los actores de los sectores económicos más rezagados del país. Para ello se proponen adiciones a los artículos 12, 13 y 45 y reformar el segundo párrafo del artículo 15.

La formación y la capacitación para el trabajo orientada al sector agropecuario, conforme a lo dispuesto por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, está acotada a la demanda de la población rural y sus organizaciones y no a las necesidades reales del sector. Ello limita la posibilidad de promover el desarrollo del sector rural en un plazo relativamente corto, acorde con los problemas que actualmente enfrenta el sector y los que asimismo genera. Para garantizar que la población del sector rural acceda a conocimientos indispensables para mejorar su nivel de productividad y como una consecuencia de ello, mejorar su nivel de vida, se propone la participación directa de las dependencias del sector educativo en los tres órdenes de gobierno.

Es necesario apoyar los programas de formación y capacitación para el trabajo con la elaboración y distribución de libros de texto para trabajadores, los cuales tienen como propósito el dar dirección y coherencia a los programas que se instrumenten, motivo por el cual se establece como una facultad de las autoridades educativas a nivel federal.

Con objeto de que los sectores sociales vinculados e interesados en la educación participen también, apoyando los programas de formación y capacitación para el trabajo, se proponen adiciones a los artículos 69, 70, 71 y 72.

Las reformas propuestas, no modifican el espíritu central de la Ley General de Educación y son coherentes con la política educativa nacional.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito poner a consideración del honorable Congreso de la Unión, la siguiente

 iniciativa

Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Educación.

Artículo único. Se reforman los artículos 7o. fracción XI; 8o. fracción II; 15 párrafo segundo; 69 párrafo tercero; 70 párrafo segundo; 71 párrafo tercero y 72 párrafo segundo; se adicionan, la fracción II al artículo 12 y se recorre la numeración para las siguientes, asignándoseles del III al XIV; la fracción V al artículo 13 y se recorre la numeración para las siguientes, asignándoseles de la VI a la VIII; la fracción V, al artículo 20; un segundo párrafo al artículo 38; el párrafo segundo y un tercero del artículo 45; el párrafo segundo del artículo 48 y se recorren los cuatro párrafos vigentes de la Ley General de Educación, para quedar de la siguiente forma:

“Artículo 7o...

...

I. a la X...

XI. Desarrollar en el individuo la conciencia y la capacidad para respetar, proteger y restaurar el medio ambiente, así como, para usar de manera sustentable los recursos naturales.

Artículo 8o...

I...

II. Será nacional, en cuanto a sin hostilidades ni exclusivismos, atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al uso sustentable de nuestros recursos naturales, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura y

III...

Artículo 12…

I...

II. Determinar para toda la República la política, los planes y programas de formación para el trabajo a aplicar en los sectores de mayor rezago de la economía nacional y elaborar los libros de texto y demás materiales educativos para aplicar los programas.

III. a la XIV...

Artículo 13...

I. a la IV…

V. Prestar los servicios de formación y capacitación para el trabajo a aplicar en los sectores de mayor rezago económico del país.

VI. a la VIII...

Artículo 15...

El gobierno de cada entidad federativa promoverá la participación directa del ayuntamiento para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales. Asimismo, promoverá la participación directa del ayuntamiento en la detección de necesidades y en la provisión de instalaciones y equipo básico, para el desa-rrollo de los programas de formación y capacitación para el trabajo a aplicar en los sectores de mayor rezago de la economía del país. El gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.

Artículo 20...

I. a la IV...

V. La capacitación teórica y práctica de los maestros de educación inicial y básica en el conocimiento y enseñanza del respeto, protección y restauración del medio ambiente, el respeto y la protección de la vida en todas sus manifestaciones.

Artículo 38. La educación básica, en sus tres niveles, tendrá las adaptaciones requeridas para responder a las características lingüísticas y culturales de cada uno de los diversos grupos indígenas del país, así como la población rural dispersa y grupos migratorios.

Las instituciones educativas del Estado ubicadas en el medio rural, deberán impartir los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para proteger y restaurar el medio ambiente, así como, los conocimientos básicos sobre las actividades agropecuarias. Para realizar las prácticas referidas, la escuela dispondrá de la parcela escolar y de aquellas áreas que las autoridades de las comunidades les proporcionen.

Artículo 45...

El Estado, en los términos de la fracción VI del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, formulará, financiará y llevará al cabo, programas educativos de formación y capacitación para el trabajo, los cuales deberán atender a los sectores de mayor rezago económico y a los individuos que habiendo superado la edad para la educación básica, se desenvuelvan en dichos sectores.

Los programas de formación y capacitación para el trabajo comprenderán temas relacionados con la producción de bienes y servicios; su conservación y almacenamiento; comercialización y organización social de los productores.

Artículo 48...

Los programas de estudio deberán evitar en sus contenidos todo concepto o imagen de discriminación étnica, de género, regional y entre las formas de vida urbano y rural.

...

Artículo 69...

Promoverá la participación de los integrantes de la comunidad en los programas de formación y capacitación para el trabajo, aplicados a los trabajadores de los sectores de mayor rezago de la economía general.

Artículo 70...

Coadyuvará con las autoridades educativas a identificar las necesidades de formación y capacitación para el trabajo a aplicar a los sectores de mayor rezago económico y a proporcionar los recursos necesarios para el desarrollo de los programas respectivos;

Artículo 71...

Conocerá y opinará en la determinación de prioridades para formular y aplicar programas de formación y capacitación para el trabajo; …

Artículo 72...

Podrá emitir opiniones para la formulación de la política de formación y capacitación para el trabajo a aplicar en los sectores de mayor rezago de la economía nacional.”

TRANSITORIOS A LA REFORMA

Artículo primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo segundo. Los programas de formación y capacitación para el trabajo, señalados en el artículo 45, se iniciarán con el sector agropecuario, en el ejercicio fiscal inmediato posterior a la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo tercero. La Secretaría contará con un plazo de un año calendario para elaborar y distribuir los libros de texto señalados en la fracción II del artículo 12, a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputada Maricruz Cruz Morales.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

La siguiente iniciativa, agendada por el diputado Juan Carlos Pallares Bueno, a petición suya se pospone para la próxima sesión.

SISTEMA PENITENCIARIO

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma el Código Penal Federal y la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados.

La diputada Hortensia Aragón Castillo:

Gracias, señora Presidenta; compañeras diputadas; compañeros diputados:

Las sociedades se constituyen a la luz de un contrato social que garantiza la seguridad y la armonía de los colectivos humanos.

Este mismo contrato incluye un esquema de justicia con diversos matices y visiones, en los cuales las construcciones sociales y la infraestructura dan fondo y forma a su impartición, a los sistemas penitenciarios y a los proyectos de rehabilitación social.

Tanto los sistemas penitenciarios como los programas y proyectos de readaptación social que se desarrollan al interior de los centros carcelarios, sea cual sea su naturaleza y organización, encuentran su origen en dos principios esenciales y elementales: la protección de la sociedad y la atención y reintegración al seno social de aquellos integrantes que han roto el pacto social en perjuicio del colectivo.

Pero en la realidad, los establecimientos penitenciarios de México se encuentran lejos de contar con las condiciones idóneas para el tratamiento y rehabilitación de los presos y mucho menos si éstas son presas, mujeres.

En los centros carcelarios no se cuenta con la posibilidad de abocarse a un trabajo ni de continuar o iniciar estudios de ningún tipo. Tampoco se cuenta con la capacitación pertinente ni los servicios médicos adecuados ni el personal competente para la realización de los trabajos de custodia. No existen tampoco los reglamentos necesarios para la adecuada conducción de estos centros.

Los sistemas carcelarios mexicanos son un verdadero sistema de venganza y de olvido, son pequeños reinados del director del reclusorio, donde regularmente su voluntad es la única, donde prevalece también la ley del más fuerte, donde para sobrevivir hay que abusar o someterse, donde lo único que hace falta es lo que su nombre pondera: la rehabilitación.

A pesar de ser del dominio público la problemática de los reclusorios nacionales, es una situación poco atendida. Aún siendo reiterado el reconocimiento de que se trata de centros de corrupción, de drogadicción, de insalubridad, de hacinamiento, de abusos sexuales, de prostitución, de degradación, de comisión y planeación de nuevos ilícitos, a pesar de todo ello, no se proyectan ni mucho menos se ejecutan planes que resuelvan esta situación.

Si las condiciones materiales de los internos son gravemente ignoradas, más lo es el análisis profundo de los sistemas de ejecución de sentencias que prevalecen en estos centros y las perniciosas consecuencias sociales que arrojan estos deteriorados sistemas.

Existe, a la par de todas estas dificiencias, un elemento que difícilmente es considerado: la discriminación ejercida en contra de las mujeres, tanto en la impartición de justicia como en la otorgación de penas.

La reclusión de mujeres en centros penitenciarios de nuestro país se ha visto duplicada en menos de siete años. Hasta enero de este año, se contaban más de 7 mil mujeres purgando penas privativas de libertad, siendo el 61.5% de estas sentencias, de más de 10 años; la mayoría de ellas, por delitos contra la salud, específicamente por el denominado traslado de droga en cantidades pequeñas, es decir, lo que se conoce en nuestro país como: “burreras”.

El hecho de que la población femenina ascienda tan sólo al 4.4% de la población carcelaria, no es justificación para la negación de sus derechos humanos o para dar poca importancia a las condiciones específicas de la comisión del delito; son las construcciones culturales y estereotipadas las que alcanzan a las mujeres criminalizadas haciéndolas dentro de las cárceles más invisibles de lo que por sí ya son.

Un gran número de mujeres originarias de estados del sur de la República, son recluidas en centro de readaptación situados en la frontera norte de nuestro país, alejándolas de su seno social y familiar sin que la realidad de estas mujeres dedicadas, como ya se dijo, al traslado de drogas conocidas como: “burreras”, se conozca plenamente y menos aún sean consideradas como circunstancias específicas de comisión del delito por parte de juez alguno, quienes al parecer tienen la consigna de castigar más a quienes menos tienen posibilidades de defenderse.

Como señalamos anteriormente, la población femenina en los penales mexicanos, asciende al 4.4% de la población total de las cuales la mayoría cuenta tan sólo con las edades de entre 18 a 35 años; y el 86% de ellas son madres, madres de un promedio de tres a cuatro hijos, hijos que en la mayoría de los casos nacen y crecen en la cárcel.

El 70% de estas mujeres cursaron únicamente la primaria; el 20% son analfabetas; el 50% de ellas se dedican al hogar, se dedicaban al hogar antes de ingresar al penal y el otro 50% se reparten en actividades menores.

El mayor porcentaje respecto al delito por el cual fueron sentenciadas, se refiere a los delitos contra la salud. Eso es lo que sucede en las cárceles fundamentalmente me refiero a la de Ciudad Juárez.

En todo el territorio nacional, existen 446 centros carcelarios, de los cuales sólo 10 están destinados a mujeres. Las reclusas que no se encuentran en estos centros, se hallan diseminados en 220 centros varoniles en los cuales han sido dispuestos algunos anexos, en algunas pocas ocasiones, como lo hemos constatado, se les destina una sola celda para albergar a las mujeres de manera muy irregular y hacinadas en su mayoría.

Una enorme cantidad de “burreras” no son traficantes de drogas por elección, casi todas ellas son obligadas tanto por el uso de la violencia por parte de sus parejas como por la agresiva pobreza que pesa sobre ellas y su familia.

Me refiero a este tema porque siendo un tema que no es totalmente aceptable para su discusión, cuando se habla de narcotráfico, se pierde en la visión de este delito que tiene al menos tres dimensiones:

La primera que es la de posesión de la droga y en donde se localizan los cárteles y los grandes capos de la droga que regularmente no son a los que se les aplica la justicia.

La segunda que es el traslado y que mucho de este traslado se hace a través de mujeres impresionadas, fundamentalmente y

La tercera que es el consumo.

Y de estas tres etapas del proceso del delito, a la que más se carga la pena es precisamente a la modalidad de traslado y en esta modalidad de traslado es donde las cárceles de la frontera se encuentran saturadas por mujeres, mujeres que se encuentran en estas condiciones.

En los casos en que son juzgadas las mujeres, usadas como vehículo de drogas, no se consideran sus testimonios sobre el maltrato del cual son víctimas o de las graves necesidades familiares. Tampoco se cuestiona en su favor si se trata de primodelincuentes y es un hecho constante que la condena privativa de libertad es aplicada sólo por la falta de recursos económicos para cubrir la fianza que en casi todos los casos supera a las fianzas impuestas a hombres juzgados por el mismo delito.

La ignorancia, el sometimiento, la pobreza, la violencia física y sexual son factores comunes a estas mujeres sentenciadas por delitos contra la salud. Estas mujeres distan mucho de la imagen del traficante con poder que vende drogas en busca del enriquecimiento, no se trata de los cárteles que asolan regiones completas y compran cuerpos policíacos, no se trata de mujeres armadas con modernos instrumentos de combate, tampoco son mujeres que protagonicen balaceras ni enfrentamientos sangrientos, son mujeres fundamentalmente que acatan las exigencias de sus parejas con miedo y así con miedo, yo diría con terror, cruzan la frontera del país llevando entre sus ropas y con mucha frecuencia ocultas en su mismo cuerpo cantidades diversas de droga.

La captura de las mujeres que transportan drogas en pequeñas cantidades por lo general se debe a denuncias que son hechas por las mismas personas que las contratan u obligan a actuar delictuosamente, esto con la finalidad de cubrir los pactos que hacen con las autoridades de entregar a este tipo de delincuentes con la finalidad de decir que están actuando en contra del narcotráfico.

Actualmente 13 mil menores, hijos de estas mujeres, padecen el hecho de que sus madres se encuentren recluidas en algún centro penitenciario y casi 2 mil de ellos se encuentran viviendo al lado de sus madres al interior de las cárceles, por lo que el círculo de perdición iniciado por un abuso en el tratamiento de este delito que desecha a las mujeres de acuerdo a su conveniencia, se traslada también a sus hijos, a los hijos de ésta negándoles la posibilidad del crecimiento personal lícito y productivo.

Voy a solicitar que se incluya de manera completa esta iniciativa y leeré exclusivamente la parte que estamos solicitando que se modifique, que corresponde al artículo 85 y al artículo 16, para que sea turnada a la comisión correspondiente.

Muchas gracias.

«Iniciativa de reforma al artículo 85 del Código Penal Federal y el artículo 16 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, a cargo de la diputada federal Hortensia Aragón Castillo, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

En ejercicio de la facultad otorgada por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad a lo previsto por los artículos 55 fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, expongo ante el pleno de esta Cámara de Diputados la presente iniciativa de reforma al artículo 85 del Código Penal Federal y 16 de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, de conformidad a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

Las sociedades se constituyen a la luz de un contrato social que garantice la seguridad y la armonía de los colectivos humanos, este mismo contrato incluye un esquema de justicia con diversos matices y visiones, en el cual las construcciones sociales y la infraestructura dan fondo y forma a su impartición, a los sistemas penitenciarios y los proyectos de rehabilitación social.

Tanto los sistemas penitenciarios como los programas y proyectos de readaptación social que se desarrollan al interior de los centros carcelarios, sea cual sea su naturaleza y organización, encuentran su origen en dos principios esenciales y elementales: la protección de la sociedad y la atención y reintegración al seno social, de aquellos integrantes que han roto el pacto social en perjuicio del colectivo.

Pero la realidad de los establecimientos penitenciarios de México, lejos se encuentran de contar con las condiciones idóneas para el tratamiento y rehabilitación de los presos y mucho menos si éstas son mujeres, en los centros carcelarios no se cuenta con la posibilidad de abocarse a un trabajo ni de continuar o iniciar estudios de ningún tipo, tampoco se cuenta con la capacitación pertinente, los servicios médicos adecuados, el personal competente para la realización de los trabajo de custodia, no existen ni siquiera los reglamentos necesarios para la adecuada conducción de estos centros.

Los sistemas carcelarios mexicanos son un verdadero sistema de venganza y olvido, son pequeños reinados del director del reclusorio, donde su voluntad es la única, donde prevalece la ley del más fuerte, donde para sobrevivir hay que abusar o someterse, donde lo único que hace falta es lo que su nombre pondera: la rehabilitación.

A pesar de ser del dominio público la problemática de los reclusorios nacionales, es una situación poco atendida, aún siendo reiterado el reconocimiento de que se trata de centros de corrupción, de degradación, de insalubridad, de hacinamiento, de drogadicción, de abusos sexuales, de prostitución, de comisión y planeación de nuevos ilícitos a pesar de todo ello, no se proyectan y mucho menos se ejecutan planes que resuelvan esta situación.

Si las condiciones materiales de los internos son gravemente ignoradas, más lo es el análisis profundo de los sistemas de ejecución de sentencias que prevalece en estos centros y las perniciosas consecuencias sociales que arrojan estos deteriorados sistemas.

Existe a la par de todas estas deficiencias un elemento que difícilmente es considerado: la discriminación ejercida en contra de las mujeres, tanto en la impartición de justicia como en la compurgación de penas.

La reclusión de mujeres en centros penitenciarios de nuestro país se ha visto duplicado en menos de siete años, hasta enero de este año, se contaban más de siete mil mujeres purgando penas privativas de libertad, siendo el 61.5% de estas sentencias de más de 10 años, por delitos contra la salud; específicamente, por el traslado de droga en cantidades pequeñas, es decir lo que se conoce en nuestro país como burreras.

El hecho que la población femenina ascienda tan sólo al 4.4% de la población carcelaria no es justificación para la negación de sus derechos humanos o para dar poca importancia a las condiciones específicas de la comisión del delito, son las construcciones culturales y estereotipadas sobre el género las que alcanzan a las denominadas mujeres criminalizadas invisibilizándolas e impidiendo un trato justo para ellas

Un gran número de mujeres originarias de estados del sur son recluidas en centros de readaptación situados en el norte del país, alejándolas de su seno social y familiar sin que la realidad de estas mujeres dedicas al “burraje” traslado de drogas, se conozca plenamente y menos aún sea consideradas como circunstancias específicas de comisión del delito por parte de juez alguno, quienes al parecer tienen la consigna de castigar con mayor severidad a las mujeres que cometen un delito, por el simple hecho de su situación de género.

Como señalamos anteriormente, la población femenina en los penales mexicanos asciende al 4.4% de la población total de las cuales la mayoría tan sólo cuentan entre 18 y 35 años, el 86% son madres de un promedio de 3.5 hijos, la mayoría de ellos nacen y crecen en la cárcel.

El 70% cursaron únicamente la primaria, el 20% son analfabetas, el 50% se dedicaba al hogar antes de ingresar al penal y el otro 50% se reparte entre comerciantes en pequeño, empleadas domésticas, meseras, cajeras, prostitutas y en un pequeño porcentaje dedicadas al agro.

El mayor porcentaje respecto al delito por el cual fueron sentenciadas se refiere a los delitos contra la salud, seguido del 33% por robo o fraude

En todo el territorio nacional existen 446 centros carcelarios de los cuales sólo 10 están destinados a mujeres, las reclusas que no se encuentran en estos centros se hayan diseminadas en 220 centros varoniles, en las cuales ha sido dispuesto algún anexo y no en pocas ocasiones una sola celda para albergar a las mujeres recluidas.

Una enorme cantidad de “burreras” no son traficantes de drogas por elección, casi todas ellas son obligadas tanto por el uso de la violencia por parte de sus parejas como por la agresiva pobreza que pesa sobre ellas y su familia.

En los casos en que son juzgadas las mujeres usadas como vehículos de droga no se consideran sus testimonios sobre el maltrato del cual son víctimas o de las graves necesidades de sus familias, tampoco se cuestiona en su favor si se trata de primodelincuentes y es un hecho constante que la condena privativa de libertad es aplicada sólo por la falta de recursos económicos para cubrir la fianza que en casi todos los casos supera a las fianzas impuestas a hombres juzgados por el mismo delito.

La ignorancia, el sometimiento, la pobreza, la violencia física y sexual, son factores comunes a estas mujeres sentenciadas por delitos contra la salud, estas mujeres distan mucho de la imagen del traficante con poder que vende drogas en búsqueda del enriquecimiento, no se trata de los cárteles que asuelan regiones y compran cuerpos policiacos, no se trata de mujeres armadas con modernos instrumentos de combate, tampoco son mujeres que protagonicen balaceras y enfrentamientos sangrientos, son mujeres que acatan las exigencias de sus parejas con miedo y así con miedo, con terror realizan sus recorridos de traslado de estupefacientes, cruzan la frontera del país llevando entre sus ropas y con frecuencia ocultas en su mismo cuerpo cantidades diversas de droga.

La captura de mujeres que transportan drogas en pequeñas cantidades por lo general se debe a denuncias que son hechas por las mismas personas que las contratan u obligan a actuar delictuosamente, esto con la finalidad de cubrir los pactos que hacen con las autoridades de entregar a traficantes que puedan ser mostrados como producto de investigaciones policiacas serias, siendo abandonadas a su suerte o ignoradas por aquellos que les ordenaron trasladar la droga, sin que las autoridades se molesten en investigar su dicho, o correr averiguación sobre los verdaderos traficantes.

Una vez sentenciadas se enfrentan con un infierno distinto, pero al fin y al cabo infierno, cárceles saturadas, insalubridad, hacinamiento, promiscuidad, abusos sexuales, exigencias de dinero y trabajo, corrupción, discriminación, falta de espacio para la estancia de sus hijos que en un gran número de casos purgan a su lado la condena.

Actualmente 13 mil menores padecen el hecho de que sus madres se encuentren recluidas en algún centro penitenciario y casi 2 mil de ellos, se encuentran viviendo al lado de sus madres, por lo que el circulo de perdición iniciado por un abusivo traficante que usa y desecha a las mujeres de acuerdo a su conveniencia, se traslada a los hijos de éstas negándoles la posibilidad del crecimiento personal, lícito y productivo.

Sin posibilidad de defensa justa, de capacitación y de reinserción en la sociedad ¿cómo es posible negarles también la posibilidad de gozar de los beneficios de ley en el cumplimiento de su sentencia?

El actual artículo 85 del Código Penal Federal exige la concurrencia del atraso cultural, aislamiento social y extrema necesidad económica como requisito conjunto para la procedencia de la libertad preparatoria en los casos de sentencias para delitos contra la salud.

Esta concurrencia de elementos exigidos por la hipótesis legal limita sobremanera tanto la remisión de la pena como la libertad preparatoria que pudiese concedérseles a las mujeres recluidas en un alto porcentaje por delitos contra la salud, agravando las posibilidades presentes y futuras tanto de la mujer como de sus hijos.

El hecho de ignorar las condiciones sociales y la desigualdad en la impartición de justicia tan sólo da lugar a una justicia parcial que arraiga y extiende la contradicciones sociales.

Por lo que con fundamento en el artículo 71, fracción II y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55 fracción II; 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados:

Artículo primero. Se reforma el inciso b del artículo 85 del Código Penal Federal para quedar como sigue:

“Artículo 85.

No se concederá la libertad preparatoria a:

I. Los sentenciados por alguno de los delitos previstos en este Código que a continuación se señalan:

a). . .

b) Contra la salud, previsto en el artículo 194, salvo que se trate de individuos que presenten atraso cultural o marginación social o extrema necesidad económica;

c) y d). . .”

Artículo segundo. Se reforma la última parte del tercer párrafo del artículo 16 del Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados para quedar como sigue:

Artículo 16.

La autoridad al conceder la remisión parcial de la pena, establecerá las condiciones que deba cumplir el sentenciado, conforme a lo establecido en la fracción III y los incisos a al d del artículo 84 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la Republica en Materia de Fuero Federal. La remisión parcial de la pena no se concederá a los sentenciados que se encuentren en cualquiera de los casos a que se refiere el artículo 85 del citado Código Penal, salvo las propias excepciones previstas en el mismo artículo 85.

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo, a 24 de octubre de 2002.— Diputada Hortensia Aragón Castillo.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señora diputada.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación y Seguridad Pública.

 

AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Alberto Amador Leal, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma los artículos 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sobre la Auditoría Superior de la Federación.

El diputado Narcizo Alberto Amador Leal:

Muchas gracias, diputada Presidenta:

Quisiera pedirle que se integre al Diario de los Debates de manera íntegra esta iniciativa, que sólo explicaré de manera sucinta.

Las iniciativas que el diputado Víctor Infante y su servidor sometemos hoy a su consideración están enmarcadas por el propósito de robustecer a la Auditoría Superior de la Federación de esta asamblea popular.

Ha llegado el momento, compañeras y compañeros diputados, de adecuar el marco institucional que rige la separación y el equilibrio de poderes a la nueva realidad política que experimenta el país.

La revaloración del esquema de división de poderes debe tener como propósito esencial construir un régimen de rendición de cuentas mediante la vigilancia recíproca y efectiva entre los órganos del Estado.

En los regímenes que han adoptado el principio de la división de poderes, los congresos han desempañado una función de control y vigilancia sobre la actuación de los demás poderes. La responsabilidad política, el desafuero, la ratificación de nombramientos, la aprobación de los presupuestos públicos; la revisión de la Cuenta Pública y otros actos desempeñados por los congresos, permiten apreciar las funciones de control interorgánico que el Legislativo ha desarrollado sobre los poderes Ejecutivo y Judicial.

Sin equilibrios interorgánicos no puede existir una auténtica división de poderes y por tanto la democracia es imperfecta.

La incongruencia de nuestro actual esquema de control y evaluación de la Administración Pública Federal con el principio de división y equilibrio de poderes, ha sido abordada en diversas ocasiones por legisladores de otras fracciones parlamentarias.

El 24 de mayo de 1994 la diputada Liliana Flores Benavides, pro ejemplo, en representación de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, presentó un conjunto de iniciativas de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley Orgánica de la Contraloría Mayor de Hacienda, con el propósito de construir un órgano de Estado responsable de la rendición de cuentas.

Más recientemente, el 10 de diciembre de 1999, el diputado Adalberto Valderrama Fernández, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, propuso una iniciativa de reformas que adiciona los artículos 78, 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de la Ley General de Planeación, de la Ley Orgánica de la Administración Pública y del Código Penal, con el mismo propósito de eliminar a la Secodam y dar paso a un fortalecido órgano de Estado bajo el control de la Cámara de Diputados.

Esta iniciativa y la que presentará el diputado Víctor Infante, proponen entonces avanzar hacia el logro de un auténtico equilibrio de poderes, mediante un conjunto de reformas a la Constitución y a los ordenamientos legales, para fortalecer la Auditoría Superior de la Federación de esta Cámara de Diputados. Se trata, en efecto, de resolver esta incongruencia que aparece en el texto constitucional, respecto de que la Auditoría Superior sólo tiene qué ver con la vigilancia, el control, la auditoría, la revisión de cuentas, una vez que se haya ejercido el presupuesto.

Y, por otro lado, se propone igualmente modificar los plazos de la presentación de la Cuenta Pública a cargo del Ejecutivo, al tiempo que se amplían las facultades de la Auditoría Superior de la Federación.

En efecto, después de casi una década de reformas, la Secodam pasó a ser de una instancia de control preventivo a una poderosa agencia de control preventivo y correctivo. El control que ejerce la Secodam se practica tanto a priori como a posteriori, es decir, además de ejercer el control previo y simultáneo a la celebración del acto administrativo, la Secodam cuenta ahora con facultades para controlar de modo conclusivo o correctivo prácticamente todos los actos de la administración pública.

Este desequilibrio entre las facultades constitucionales de la Auditoría Superior y los recursos de que dispone, la invasión de funciones de control externo por parte de esa Secretaría y, en fin, la expansión desmedida de la misma, se han justificado hasta cierto punto y entre otras razones, por los prolongados periodos que actualmente se requieren para analizar, dictaminar y aprobar la Cuenta Pública de la Federación y el informe de avance de la gestión financiera.

En consecuencia de lo anterior, proponemos la siguiente reforma.

Artículo primero. Se reforma la fracción IV, párrafo sexto del artículo 74 y las fracciones I y II del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

“Artículo 74. La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, dentro de los 10 primeros días del mes de abril.

Artículo 79. Esta Entidad de Fiscalización Superior de la Federación tendrá a su cargo:

I. Fiscalizar en el año de su ejercicio y de manera posterior los ingresos y egresos, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los poderes de la Unión y de los entes públicos federales así como el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la ley.

En esta misma fracción se agrega un último párrafo en el sentido de que los órganos internos de control de los poderes de la Unión y de las entidades federativas y municipios coadyuvarán con la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación a la que comunicarán los resultados de las auditorías preventivas que hayan realizado.

En la fracción II, por último, se propone entregar el informe de resultados de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, esto es por parte de la Auditoría Superior el 31 de octubre del año en que la Cuenta Pública se presentó.”

Esta es, compañeras y compañeros diputados, la iniciativa que suscribimos su servidor, la diputada Adela Cerezo y el diputado Víctor Infante, hoy posiblemente se apruebe en la Cámara de Senadores una reforma que tiene qué ver con la Ley del Servicio Público, de la Ley de Servidores Públicos y que seguramente habrá de modificar, habrá de impactar a la estructura y las funciones de la Secodam de tal suerte que esta Secretaría sea un órgano de control interno y que los órganos de control de las dependencias y de los organismos descentralizados pasen a formar parte de la Auditoría como de manera complementaria lo proponemos en este conjunto de iniciativas.

Es decir, que la Secodam asuma una función propiamente administrativa y que sea esta asamblea popular la que asuma a plenitud la función constitucional que le compete respecto a la rendición de cuentas.

Muchas gracias.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Los suscritos, diputados federales, integrantes de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 70 y en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma a los artículos 74 fracción IV párrafo sexto y 79 fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El 13 de noviembre del año pasado presenté una iniciativa con proyecto de decreto que adicionaba los artículos 61 y 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y algunos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Con tales adiciones y reformas, la iniciativa perseguía el fortalecimiento del Poder Legislativo para hacer realidad el principio de equilibrio de poderes. En aquella ocasión mencioné que la revisión responsable de este principio deberá darse en relación con cuatro temas de la agenda nacional, y subrayé como tema central el fortalecimiento de las facultades de fiscalización y control del Poder Legislativo.

Las iniciativas que el diputado Víctor Infante y su servidor Alberto Amador Leal sometemos hoy a su consideración, están enmarcadas por el propósito de robustecer a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados (ASF). Ha llegado el momento de adecuar el marco institucional que rige la separación y equilibrio de poderes a la nueva realidad política que experimenta el país. La revaloración del esquema de división de poderes debe tener como propósito esencial construir un régimen de rendición de cuentas mediante la vigilancia recíproca y efectiva entre los tres órganos de gobierno.

México posee un sistema presidencial que durante varias décadas permitió al país avanzar en la elevación de sus niveles de vida en un contexto de estabilidad. Sin embargo, en las nuevas condiciones políticas, nuestro sistema presidencial puede representar obstáculos para la consolidación democrática, especialmente en lo que se refiere a lograr el equilibrio entre poderes.

En los regímenes que han adoptado el principio de la división de poderes, los congresos han desempeñado tradicionalmente una función de control y vigilancia sobre la actuación de los demás poderes. La responsabilidad política, el desafuero, la ratificación de nombramientos, la aprobación de los presupuestos, la revisión de la Cuenta Pública, y otros actos desempeñados por los congresos, permiten apreciar las funciones de control interorgánico que el Legislativo ha de-sarrollado sobre los poderes Ejecutivo y Judicial.

En el sistema constitucional mexicano corresponde a la Cámara de Diputados y a su Entidad de Fiscalización Superior; es decir, a la ASF, ejercer el control externo, posterior y definitivo sobre las acciones del Poder Ejecutivo y su administración pública. Estas facultades se desprenden de los artículos 74 y 79 constitucionales. Estos actos de control externo por parte del Congreso rigen su relación con los otros poderes y tienden a constituir el equilibrio que supone el principio de división de poderes. Por otra parte, los actos de control interno; es decir, de autocontrol o autorrevisión en cada uno de los poderes son de naturaleza preventiva y por esta razón deberá aplicarse al mismo tiempo que tiene lugar el acto administrativo y el ejercicio anual del gasto público.

Sin equilibrios interorgánicos, no puede existir una auténtica división de poderes. Tal equilibrio tiene que ver con las condiciones jurídicas y políticas para que cada uno de los poderes ejerza a plenitud sus facultades. Y éste es quizá el problema central de la ingeniería institucional del actual Estado mexicano. ¿Existe el equilibrio de poderes en México? Sólo parcialmente, pues el Poder Legislativo enfrenta obstáculos para ejercer plenamente sus facultades formales y desempeñar eficazmente su papel de control y vigilancia. En este renglón, la fiscalización del Poder Legislativo sobre el Ejecutivo está muy por debajo de lo que es en cualquier democracia consolidada.

La incongruencia de nuestro actual esquema de control y evaluación de la Administración Pública Federal con el principio de división y equilibrio de poderes ha sido abordado en diversas ocasiones por legisladores de otras bancadas parlamentarias. El 24 de mayo de 1994 la diputada Liliana Flores Benavides, por ejemplo, en representación de la fracción parlamentaria del PRD, presentó un conjunto de iniciativas de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la Ley Orgánica de la Contraloría Mayor de Hacienda. Entre otros considerandos expuso lo siguiente:

“Con la presente iniciativa se intenta restituir a la Cámara de Diputados las facultades inherentes a su naturaleza fiscalizadora de la gestión gubernamental hasta ahora severamente limitada.

Desde la perspectiva económica, el Poder Legislativo sólo valora parcialmente la actividad económica nacional a través de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, pero desconoce casi completamente las orientaciones y directrices particulares con que el Poder Ejecutivo opera el gasto aprobado. Así, sólo se aprueba una parte de la actividad gubernamental en materia económica, pero no se vigila ni conoce el resto de las operaciones del Gobierno.

La revisión del gasto público se realiza totalmente a través del análisis de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, la cual se estudia varios meses después de ejercido el gasto, con posibilidades casi nulas para sancionar y mucho menos detener el inadecuado uso de recursos públicos, en caso de detectarse irregularidades.

La revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal debería ser no sólo el ejercicio de discutir un documento, para checar que los saldos sean correctos. Esta revisión debería significar calificar los criterios que rigen la política económica y sus consecuencias para los ciudadanos, obligando al Ejecutivo a dar cuentas del manejo de los recursos que los contribuyentes le depositan.

Por medio de sus representantes, los ciudadanos deberían sancionar que este manejo se ejecute estrictamente apegado a los lineamientos de gasto que éstos aprobaron.

En la mayoría de los países democráticos el Legislativo conoce en cualquier momento del desarrollo de la ejecución del gasto público, así como de la recaudación de los ingresos en que éste se sustenta. Es decir, que desde el momento en que se comienza a aplicar el gasto, comienza su vigilancia, ya que resulta paradójico que mientras un poder de la Federación, en este caso el Ejecutivo, efectúa su tarea presupuestal, el poder encargado de regularlo encuentre su tarea suspendida. Tanto la ejecución del gasto como su supervisión deben ser acciones simultáneas, porque de lo contrario se inhabilita de hecho al Legislativo a cumplir su tarea constitucional de fiscalización.

Actualmente, por este proceso el Ejecutivo no cuenta en los hechos con ningún obstáculo político para la aplicación de los recursos que le han sido encomendados, de tal forma que el acrecentado presidencialismo cuenta en materia presupuestal con el más absoluto poder. En la práctica se ha demostrado que esta libertad sin vigilancia de otro poder, más que ayudar a realizar una conducción oportuna y eficiente del gasto público, ha sido el origen de múltiples desviaciones e ineficiencias en el manejo del gasto público. Asimismo se ha propiciado un manejo patrimonialista de los recursos públicos, lo cual debe evitarse, porque lo que se está manejando son recursos de la población mexicana y no recursos propiedad del Ejecutivo.

Por otra parte, es una incongruencia el que el Legislativo no vigile cómo se lleva a cabo el gasto del presupuesto aprobado por él, sino que el Ejecutivo se vigile asimismo en cuanto a la ejecución del gasto público a través de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación y esto por supuesto le permite manejar los recursos públicos sin restricciones. El Ejecutivo Federal funciona como juez y parte en la vigilancia del ejercicio de los recursos públicos, lo cual evita que haya una verdadera fiscalización del gasto público.

Más allá de la ideología política o económica, lo cierto es que esta deficiencia no beneficia a nadie, y a que esta situación podría ser válida si el dinero que se está manejando fuera propiedad de los funcionarios públicos, pero es dinero de terceros, de los contribuyentes, el cual está al arbitrio de los funcionarios sin que los representantes de los ciudadanos puedan hacer nada. Se requiere entonces, que el Legislativo realice las auditorías, visitas e inspecciones pertinentes cuando el gasto se está aplicando y no hasta que se recia el documento de cuenta pública, cuando los actos ya pasaron y no se les puede dar marcha atrás.

La Cámara de Diputados cuenta con el órgano y la comisión para esta tarea, de tal forma que sólo es necesario actuar consecuentemente con sus funciones. Lo anterior no es una pretensión del Legislativo para inmiscuirse en asuntos fuera de su competencia o de darle atribuciones que no le corresponde. Se trata de devolverle su atribución original.”

En consecuencia, esta iniciativa de la diputada Liliana Flores (mayo de 1994) propuso la derogación del artículo de la Ley Orgánica de la Administración Pública que en ese momento constituía la base legal de la hoy Secodam, así como reformas para fortalecer a la Contaduría Mayor de Hacienda haciendo énfasis en la vinculación entre los tiempos de fiscalización del ejercicio de los recursos y la aprobación del Presupuesto Federal.

Más recientemente, el 10 de diciembre de 1999, el diputado Adalberto Valderrama Fernández, integrante del grupo parlamentario de Acción Nacional, propuso una iniciativa de reforma que adiciona a los artículos 78, 108 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a diversos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de la Ley General de Planeación, de la Ley Orgánica de la Administración Pública y del Código Penal.

Entre los argumentos a favor de su iniciativa el diputado Valderrama señaló:

“El primer paso hacia el fortalecimiento de la actividad del Legislativo relativa a la revisión de la Cuenta Pública, se ha dado ya con los cambios aplicados a los artículos 73, 74 y 79 de nuestra Constitución Política. Mediante la aprobación de dichos cambios, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio del año en curso, se crea la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, la cual goza de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, otorgándole además facultades para: fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos de los poderes de la Unión y de los entes federales; así como el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la ley. Sin embargo, en este caso considero necesario fortalecer la atribución fiscalizadora de la EFSF, ya que limitando su operación a la revisión posterior de Ingresos y Egresos de la Federación queda un vacío administrativo en cuanto al órgano que efectuará la acción de prevención y la revisión simultánea, lo que puede redundar en una duplicidad de funciones entre esta entidad y Secodam. De la misma manera, considero que con las reformas actuales se limita la acción de la EFSF al fincar responsabilidades por irregularidades en el manejo de los recursos públicos quedando sin definir el régimen de las declaraciones patrimoniales, las revisiones de auditoría externa, el seguimiento de quejas y denuncias de ciudadanos, etcétera. Al respecto, se proponen algunas reformas al artículo 79 que le darían la congruencia y precisión al ámbito de competencia que requiere este órgano para actuar eficaz y eficientemente.

En este sentido, resulta de trascendental importancia la información que requiere el Congreso de la Unión, a través de sus comisiones y de la propia Entidad de Fiscalización Superior, a las dependencias, entidades y entes de la Administración Pública Federal, ya que sin datos confiables, veraces y oportunos no es posible desarrollar eficaz y eficientemente la actividad legislativa. Pero el gran problema radica en que existe una total discrecionalidad por parte de los servidores públicos para proporcionar la información requerida, aduciendo pretextos tan frágiles como el secreto bancario, la seguridad nacional, etcétera quedando ambas cámaras en total estado de desinformación e indefensión y por tanto, truncando los esfuerzos emprendidos para legislar en los diferentes ramos de la gestión pública. La presente iniciativa contempla, pues la obligación de suministrar la información requerida, tanto a las dos cámaras como a la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, además previendo su penalización, en caso de no ser de esta manera, en la Ley de Planeación y Código Penal.”

La parte medular de la iniciativa del diputado Valderrama (diciembre de 1999) tiene que ver con el establecimiento de la facultad constitucional a la entidad de Fiscalización Superior de la Federación de “fiscalizar en el año de su ejercicio los ingresos y egresos”. A diferencia del actual ordenamiento que se refiere a la fiscalización posterior al ejercicio de los recursos, esta iniciativa limita, a su vez, las facultades de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo y establece condiciones de subordinación de los órganos de control administrativos, de la auditoría externa, del Registro de Situación Patrimonial y de Quejas y Denuncias respecto de la Entidad Superior de Fiscalización, proponiendo el traslado de los recursos humanos materiales y financieros aplicados para este fin a la Auditoría Superior de la Federación.

Esta iniciativa y la que presentará el diputado Víctor Infante proponen avanzar hacia el logro de un auténtico equilibrio de poderes mediante un conjunto de reformas legislativas que fortalezcan a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

1. Fortalecimiento de la función fiscalizadora del Poder Legislativo.

La Auditoría Superior de la Federación está funcionando con evidentes limitaciones jurídicas y materiales, mientras que la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, órgano administrativo de autocontrol del Ejecutivo, posee numerosas ventajas para desempeñar sus funciones de control y evaluación. El tema es fundamental, pues los principios de transparencia y rendición de cuentas de la gestión gubernamental tienen en el control externo del Legislativo sobre el Ejecutivo uno de sus componentes fundamentales. Si el Congreso no asume a plenitud esta función, como sucede hoy, el equilibrio de poderes continuará siendo una mera aspiración, lo que afectará negativamente la consolidación democrática.

El control y la supervisión de la gestión financiera y administrativa de los recursos públicos son responsabilidad, según la Constitución, de la Cámara de Diputados. Entre las facultades exclusivas que le confiere el artículo 74 de la Constitución figura el de coordinar y evaluar el desempeño de las funciones de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, así como la de examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, y revisar la Cuenta Pública del año anterior a fin de conocer los resultados de la gestión financiera y comprobar si ésta se ha ajustado a los criterios enunciados en el Presupuesto de Egresos y si se han cumplido los objetivos de los programas.

La Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados es el órgano que posee la máxima jerarquía de fiscalización en nuestro país, pues su existencia deriva de un mandato constitucional. La ASF tuvo su origen con el decreto emitido por el Constituyente Permanente el 14 de julio de 1999, el cual fue promulgado por el Ejecutivo Federal el 30 de julio, que reformó los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución, con lo que estableció las bases para transformar y fortalecer el esquema de control y evaluación de la Cámara de Diputados.

Entre las facultades de la Auditoría Superior de la Federación enumeradas en el artículo 79 constitucional destacan las siguientes: fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos, el manejo, la custodia y la aplicación de los fondos y recursos de los poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como el cumplimiento de los objetivos de los programas federales. La ASF también fiscaliza los recursos federales que ejercen las entidades federativas, los municipios y los particulares. Por último, la ASF está facultada para determinar los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública federal o al patrimonio de las entidades federativas y puede fincar directamente las responsabilidades y aplicar las sanciones pecuniarias a que hubiera lugar.

2. Resolver el conflicto de intereses de la Secodam al incidir, como órgano de Gobierno, en tareas de control posterior y fiscalización externa.

En enero de 1983, por iniciativa del Ejecutivo, se creó la Secretaría de la Contraloría General de la Federación (Secogef). En sus inicios, esta dependencia estaba concebida como uno de los instrumentos básicos para dar cumplimiento a la “renovación moral de la sociedad”, uno de los lemas de campaña del presidente Miguel de la Madrid. La Secogef debía constituirse en un medio de control preventivo, nunca posterior ni correctivo, que evitara las conductas ilícitas y la corrupción al interior de la administración pública. Una de las principales atribuciones que asumió la Secogef fue la de organizar y coordinar el Sistema Nacional de Control y Evaluación Gubernamental, el cual se diseñó como una vía administrativa para la consecución de los objetivos establecidos por el Plan Nacional de Desarrollo.

En su concepción original, la Secogef era una dependencia de apoyo y vigilancia que no se involucraba directamente en la operación, sino que participaba en los procesos administrativos de todo el Gobierno Federal, a través de la opinión previa sobre las normas y lineamientos que expedían las otras dependencias globalizadoras y las coordinadoras de sector. Comprobaba su observancia y aportaba elementos de juicio para el control y seguimiento de los objetivos y prioridades nacionales, vigilaba la congruencia del ejercicio del gasto público con respecto a los presupuestos de egresos y, en su caso, proporcionaba elementos suficientes para la aplicación de medidas correctivas. La Secogef, en su carácter de instancia de control preventivo, fue una instancia abocada más al control normativo y a la evaluación, que al control programático y presupuestal.

Sin embargo, en diciembre de 1994, con una reforma efectuada a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) se ampliaron las funciones de la Secogef y cambió su denominación por la de Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (Secodam). Como resultado de esta reforma, la Secretaría asumió nuevas atribuciones en materia de control, además de que estaría también encargada de organizar y coordinar el desarrollo administrativo integral de las dependencias y entidades. En diciembre de 1996, septiembre de 1997 y mayo de 1998 entraron en vigor otros paquetes de reformas que fortalecieron las instancias de control interno del Ejecutivo Federal, mismas que tienen una dependencia jerarquica directa de la Secodam.

Específicamente, los cambios facultaron a la Secodam para nombrar y remover libremente a lo contralores y a los titulares de las áreas de quejas, auditorías y responsabilidades de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El carácter de autoridad administrativa que las reformas legales otorgaron a los contralores y a los titulares del área de responsabilidades, les permite hasta hoy aplicar todo tipo de sanciones administrativas y económicas (sin límite en el monto), resolver los recursos de revocación en contra de sus resoluciones, realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emiten en la esfera administrativa, y presentar directamente sus denuncias ante el ministerio público cuando presuman la existencia de un ilícito penal.

Por último, la Secodam resultó nuevamente fortalecida a partir del 14 de marzo de 2002, cuando entró en vigor la nueva Ley Federal de Responsabilidades Administrativas, a través de la cual se otorgan mayores facultades legales a tal Secretaría. La nueva ley otorga capacidad a esta Secretaría para atraer los expedientes de las contralorías internas cuando lo considere necesario por la gravedad del presunto ilícito. Asimismo, se le concede a la Secodam la facultad de realizar operativos específicos de verificación para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos. Además, la nueva ley de responsabilidades otorga al Secretario de la Contraloría y a los subsecretarios las facultades para solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información bancaria relacionada con los servidores públicos. Además, otorga la facultad a la Secodam de hacer investigaciones y auditorías durante el lapso que el servidor público desempeñe su cargo y hasta tres años después de haberlo concluido. La nueva ley señala también que cuando un servidor público no justifique la procedencia lícita del incremento de su patrimonio, la Secodam dará aviso al Ministerio Público y en el procedimiento penal respectivo será coadyuvante de éste por lo que aportará los elementos de prueba que considere necesarios para acreditar la responsabilidad del servidor público.

Después de casi una década de reformas, la Secogef, ahora Secodam, pasó de ser una instancia de control preventivo a ser una poderosa agencia de control preventivo y correctivo. El control que ejerce la Secodam se practica tanto a priori como a posteriori; es decir, además de ejercer el control previo y simultáneo a la celebración del acto administrativo, la Secodam cuenta ahora con las facultades para controlar de modo conclusivo o correctivo, lo cual debe ser una de las tareas fundamentales de la Cámara de Diputados según el esquema democrático-liberal de equilibrio de poderes. Por tanto, actualmente, el tramo de actuación que hoy abarca la función de autocontrol de la administración pública en el Ejecutivo Federal incluye desde los actos de verificación, vigilancia, recomendaciones y evaluación, hasta la imposición de sanciones correctivas. Con ello, la Secodam ha invadido la esfera de atribuciones que, en principio, correspondería a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.

3. Oportunidad en la revisión de la Cuenta Pública.

Este desequilibrio entre las facultades Constitucionales de la Auditoría Superior de la Federación y los recursos de que dispone; la invasión de funciones de control externo por parte de la Secodam y, en fin, la expansión desmedida de la misma Secodam, se han justificado hasta cierto punto por los prolongados periodos que actualmente se requieren para analizar, dictaminar y aprobar la Cuenta Pública de la Federación y el Informe de Avance de la Gestión Financiera.

En efecto, actualmente se establece que el Ejecutivo Federal entregará la Cuenta Pública del año anterior en los primeros días del mes de junio y que la Auditoría Superior entregará el informe del estado de la revisión de Cuenta Pública a más tardar el 31 de marzo del año siguiente a aquel en que la Cámara de Diputados recibió dicha cuenta, misma que es analizada y dictaminada antes de la aprobación del Presupuesto de Egresos para el año subsecuente, que por mandato constitucional es presentada a más tardar el 15 de noviembre o el 15 de diciembre en el año que se da el relevo en la jefatura del Ejecutivo. En términos prácticos esto significa que la Cuenta Pública del año 2000 será analizada y, en su caso, aprobada por el pleno en noviembre de 2002 y la de 2001, correspondiente al primer año del actual Gobierno, será analizada hasta finales de 2003, lo que dificulta acciones correctivas oportunas a las posibles transgresiones u omisiones a la ley. De ahí que se propongan modificaciones a los plazos para la presentación de la Cuenta Pública y del Informe de Avance de Gestión Financiera de acuerdo a lo siguiente:

• Fecha en que el Ejecutivo entrega la Cuenta Pública del año anterior a la Cámara de Diputados o si es el caso, a la Comisión Permanente:

Ahora: Dentro de los 10 primeros días de junio.

Con reforma constitucional propuesta: dentro de los 10 primeros días de abril.

• La Auditoría Superior entrega el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados:

Ahora: a más tardar el 31 de marzo del año siguiente a aquél en que la Cámara de Diputados recibió la Cuenta Pública.

Con reforma constitucional propuesta: a más tardar el 30 de septiembre del año en que la Cámara de Diputados recibió la Cuenta Pública.

Creemos que con estas modificaciones al calendario del trabajo tanto del Ejecutivo como del Legislativo y su ASF, se elevará considerablemente la eficiencia y oportunidad en la imposición de sanciones a posibles transgresiones u omisiones a la ley.

4. Consideraciones finales.

En términos generales, la reforma plantea trasladar los órganos internos de control (y todos los recursos humanos, materiales y presupuestales vinculados a ellos) de la Secodam a la ASF, para que la Secodam se aboque a cumplir con sus múltiples responsabilidades en la aplicación de la nueva Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal expedida hace apenas unos días por el Senado de la República. Estas responsabilidades tienen que ver con la implementación de controles preventivos y la profesionalización del servicio público.

En consecuencia de lo anterior, proponemos a esta Asamblea la siguiente

 iniciativa

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo primero. Se reforma la fracción IV párrafo sexto del artículo 74 y las fracciones I y II del artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 74.

...

...

...

...

...

La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 primeros días del mes de abril.

Artículo 79...

...

Esta Entidad de Fiscalización Superior de la Federación tendrá a su cargo:

I. Fiscalizar en el año de su ejercicio, y de manera posterior, los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la ley.

...

Los órganos internos de control de los poderes de la Unión y de las entidades federativas y municipios coadyuvarán con la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, a la que comunicarán los resultados de las auditorías preventivas que hayan realizado.

...

II. Entregar el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados a más tardar el 31 de octubre del año en que la Cuenta Pública se presentó. Dentro de dicho informe se incluirán los dictámenes de su revisión y el apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, que comprenderá los comentarios y observaciones de los auditados, mismo que tendrá carácter público.

...

III y IV...

ARTICULOS TRANSITORIOS

Artículo primero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido de este decreto.

Artículo segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputados: Alberto Amador Leal, Víctor Infante y Adela Cerezo Bautista.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Presupuesto y Cuenta Pública.

ARMAS DE FUEGO E IMITACIONES

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Manuel Arturo Narváez Narváez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional para presentar una iniciativa que reforma el artículo 67 fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión y adiciona la fracción V del artículo 3o. y la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta.

El diputado Manuel Arturo Narváez Narváez:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras diputadas y diputados:

Manuel Narváez Narváez, diputado federal integrante del grupo parlamentario del PAN, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea, la presente iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión y se adiciona la fracción V al artículo 3o. y la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta.

Solicito a la Presidencia se incorpore de manera íntegra el proyecto de iniciativa que presento, en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates por lo que haré solamente una síntesis bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En nuestro país varias son las formas en las que se intenta disminuir los actos de violencia por parte de delincuentes hacia los ciudadanos en general. Por ejemplo, se ha originado una serie de reformas a los ordenamientos de carácter penal en materia federal y del fuero común para agravar las sanciones respecto de aquellos delitos de mayor incidencia; no obstante, los responsables de la comisión de dichos delitos logran obtener su libertad en razón de que utilizan réplicas de armas de fuego de manera que la amenaza o amago que reciben las víctimas no representa una mayor sanción o impedimento para que estos alcancen su libertad bajo caución y puedan seguir delinquiendo.

Actualmente, la televisión y la radio son considerados como el medio de comunicación por excelencia y por tanto pueden jugar un papel en la vida de los individuos marcando pautas de comportamiento. Los mensajes en este medio se extienden desde cuestiones de supervivencia hasta cómo debemos comportarnos para llegar a ser personas socialmente aceptadas.

La televisión y más concretamente la publicidad, se vale de su gran poder de persuasión, de su sutil mensaje informativo para hacer de la persona un consumidor.

¿Dónde es donde esta influencia es más preocupante? Es en la población infantil pues a diferencia de los adultos, los niños no han desarrollado aún la capacidad crítica y valorativa para poder discernir entre la realidad y la fantasía presente en televisión. Mediante el juego y mediante determinados juguetes el niño asimila la realidad exterior y ello le ayuda a comprender y conocer los objetos y personas que le rodean, así como a manejar sus propios sentimientos, conocimientos y conflictos.

Los juguetes permiten potenciar la inteligencia, la creatividad, la sociabilidad, la afectividad y la habilidad manual, así como a ofrecer otras facetas de la personalidad y motricidad, pero por desgracia, algunos juguetes como las réplicas de armas de fuego en cualquiera de sus modalidades también pueden provocar que se incite a la violencia e incluso que estos juguetes al ser tan parecidos a los originales sean utilizados con fines delictivos.

Es de resaltar que es una tendencia mundial la atención de la prohibición de la publicidad televisiva dirigida a las niñas y a los niños y aún más en países del primer mundo como Suecia, se ha tratado de protegerlos de la influencia comercial por otros medios. Por ejemplo, en 1989 se firmó un acuerdo entre el Consejo de Protección del Entorno del Niño, la Dirección Sueca de Protección de los Consumidores, la Federación de Comerciantes de Juguetes de Suecia y la Asociación de Suministradores de Artículos de Juguete y para Actividades de Afición.

El acuerdo comprendió la prohibición de toda publicidad y comercialización de violencia y guerra consistentes en representación de armas modernas u otros objetos bélicos. En Suecia no hay ninguna mercadotecnia para juguetes de Guerra y en España también hay una regulación tajante al respecto.

Por otra parte, consideramos necesario reformar la Ley de Imprenta toda vez que tan importante son la radio y la televisión como son los medios impresos, ya que a través de estos medios se acumula la problemática planteada.

El pasado miércoles 16 de octubre de 2002, salió publicado en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de emergencia referente a los juguetes, réplicas de armas de fuego, especificaciones, prácticas comerciales e información comercial. En ella el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Economía plasma como su finalidad el contar con regulaciones de carácter federal y obligatorio que permitan regular de manera eficiente la fabricación, la importación y la comercialización de los juguetes que imiten armas de fuego, es decir, que tenga la apariencia, forma y configuración de éstas.

El Partido Acción Nacional considera que el Poder Legislativo también debe hacer su parte en esta política criminal y es así como estamos convencidos de que a través de esta iniciativa cerramos otra de las aristas del problema social que vivimos y que es competencia de nosotros el reformar las leyes conducentes para plasmar como premisa fundamental de los legisladores del PAN el de adecuar el derecho a la realidad y no la realidad al derecho.

En suma, los anuncios comerciales no deben atentar contra la información de la infancia y el lucro familiar. Estamos convencidos que también debe prohibirse que se trasmitan a través de la radio, televisión o cualquier medio publicidad que fomente a la violencia a través de la publicidad de armas de fuego de cualquier tipo, que en muchos de los casos son idénticas a las originales y que llegan al extremo de ser utilizadas incluso por asaltantes sabedores de los escollos procesales que en nuestra legislación penal existen.

Con las reformas propuestas tenemos como objetivo claro el de prohibir la publicidad de cualquier tipo de arma o sus imitaciones, ya sea en televisión, en radio o en cualquier medio impreso o electrónico. Por tal virtud, creemos que el medio idóneo para prohibir la publicidad es reformando el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión, así como la adición de una fracción V al artículo 3o. y una fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta, para que de manera puntual no se desvían las conciencias de las niñas y los niños y en su caso los adultos a través de una difusión de productos que pueden incitar a la violencia y que además no generan ningún beneficio productivo a nadie.

Señora Presidenta, solicito sea turnada la presente iniciativa a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para su estudio y dictamen correspondiente.

Muchas gracias.

«Con su permiso, señora Presidenta; compañeras diputadas y diputados:

Manuel Arturo Narváez Narváez, diputado federal e integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la presente iniciativa de decreto por el que se reforma el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión y se adiciona la fracción V al artículo 3o. y la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta.

Solicito a la Presidencia se incorpore de manera integra el proyecto de iniciativa que presento, en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates, por lo que haré solamente una síntesis bajo la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

En nuestro país, varias son las formas en que se intentan disminuir los actos de violencia, por parte de delincuentes a los ciudadanos en general, por ejemplo, se ha originado una serie de reformas a los ordenamientos de carácter penal en materia federal y del fuero común para agravar las sanciones respecto de aquellos delitos de mayor incidencia, no obstante, los responsables de la comisión de dichos delitos logran obtener su libertad en razón de que utilizan réplicas de armas de fuego de manera que la amenaza o amago que reciben las víctimas no representa una mayor sanción o impedimento para que éstos alcancen su libertad bajo caución y puedan seguir delinquiendo.

Actualmente, la televisión y la radio son considerados como el medio de comunicación por excelencia y, por tanto, pueden jugar un importante papel en la vida de los individuos marcando pautas de comportamiento. Los mensajes en este medio se extienden desde cuestiones de supervivencia, hasta cómo debemos comportarnos para llegar a ser personas socialmente aceptadas.

La televisión y más concretamente la publicidad, se vale de su gran poder de persuasión, de su sutil mensaje informativo, para hacer de la persona, un consumidor. Donde esta influencia es más preocupante, es en la población infantil, pues a diferencia de los adultos, los niños no han desarrollado aún la capacidad crítica y valorativa para poder discernir entre la realidad y la fantasía presente en televisión.

Mediante el juego y mediante determinados juguetes el niño asimila la realidad exterior y ello le ayuda a comprender y conocer los objetos y personas que le rodean, así como a manejar sus propios sentimientos, conocimientos y conflictos. Los juguetes permiten potenciar la inteligencia, la creatividad, la sociabilidad, la afectividad y la habilidad manual, así como ofrecer otras facetas de la personalidad y motricidad, pero por desgracia algunos juguetes, como las réplicas de armas de fuego en cualquiera de sus modalidades, también pueden provocar que se incite a la violencia e incluso que estos juguetes al ser tan parecidos a los originales sean utilizados con fines delictivos.

Es de resaltar, que es una tendencia mundial la atención de la prohibición de la publicidad televisiva dirigida a las niñas y niños y aún más, en países de primer mundo como Suecia se ha tratado de protegerlos de la influencia comercial por otros medios, por ejemplo en 1989 se firmó un acuerdo entre el Consejo de Protección del Entorno del Niño, (actualmente defensor de menores), la Dirección Sueca de Protección de los Consumidores, la Federación de Comerciantes de Juguetes de Suecia y la Asociación de Suministradores de Artículos de Juguete y para Actividades de Afición.

El acuerdo comprendió la prohibición de toda publicidad y comercialización de juguetes de violencia y guerra consistentes en representación de armas modernas u otros productos bélicos. En Suecia no hay ninguna mercadotecnia para juguetes de guerra. En España también hay una regulación tajante al respecto.

Por otra parte, consideramos necesario reformar la Ley de Imprenta, toda vez que tan importantes son la radio y la televisión, como lo son los medios impresos, ya que a través de estos medios, se acumula la problemática planteada.

El pasado miércoles 16 de octubre de 2002, salió publicado en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-008-SCFI-2002, “Juguetes. Réplicas de Armas de Fuego, Especificaciones, Prácticas Comerciales e Información Comercial”, en ella el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Economía, plasma como su finalidad, el contar con regulaciones de carácter federal y obligatorio que permitan regular de manera eficiente la fabricación, la importación y la comercialización de los juguetes que imitan armas de fuego, es decir, que tengan la apariencia, forma y configuración de éstas.

Acción Nacional, considera que el Poder Legislativo, también debe hacer su parte en esta política criminal y es así como estamos convencidos de que a través de esta iniciativa, cerramos otra de las aristas del problema social que vivimos y que es competencia de nosotros el reformar las leyes conducentes, para plasmar como premisa fundamental de los legisladores de Acción Nacional, el de adecuar el derecho a la realidad y no la realidad al derecho.

En suma, los anuncios comerciales no deben atentar contra la formación de la infancia y el núcleo familiar, estamos convencidos que también debe prohibirse que se transmitan a través de la radio, televisión o cualquier medio, publicidad que fomente la violencia, a través de la publicidad de armas de fuego de cualquier tipo, que en muchos de los casos son idénticas a las originales y que llegan al extremo de ser utilizadas incluso por asaltantes, sabedores de los escollos procesales que hay en nuestra legislación penal.

Con las reformas propuestas tenemos como objetivo claro el de prohibir la publicidad de cualquier tipo de arma o sus imitaciones ya sea en televisión, radio o en cualquier medio impreso o electrónico.

Por tal virtud, creemos que el medio idóneo para prohibir la publicidad, es reformando el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión, así como la adición de una fracción V al artículo 3o. y una fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta, para que de manera puntual, no se desvíen las conciencias de las niñas y niños y en su caso de los adultos, a través de una difusión de productos que pueden incitar a la violencia y que además no generan ningún beneficio productivo a nadie.

Señora Presidenta, solicito sea turnada la presente iniciativa a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para su estudio y dictamen correspondiente.

Muchas gracias.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración ante esta Cámara de Diputados, la presente

 iniciativa

De decreto por el que se reforma el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión y se adicionan la fracción V al artículo 3o. y la fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta.

Artículo primero. Se reforma el artículo 67 en su fracción IV de la Ley Federal de Radio y Televisión para quedar como sigue:

“Artículo 67. La propaganda comercial que se transmita por la radio y la televisión se ajustará a las siguientes bases:

I a la III...

IV. No deberá hacer, en la programación referida por el artículo 59-bis, publicidad que incite a la violencia, quedando además prohibida la publicidad de las armas de fuego o de sus imitaciones, cualquiera que sea su tipo, forma o presentación, así como aquella relativa a productos alimenticios que distorsionen los hábitos de la buena nutrición.”

Artículo segundo. Se adiciona una fracción V al artículo 3o. y una fracción X al artículo 33 de la Ley de Imprenta, para quedar como sigue:

“Artículo 3o...

I a la IV...

V. Toda manifestación o expresión hecha verbalmente o por señales, en presencia de una o más personas o por medio de manuscrito o de la imprenta, del dibujo, litografía, fotografía o de cualquiera otra manera que expuesta o circulando en público o transmitida por correo, correo electrónico, telégrafo, teléfono, radiotelegrafía o por mensaje o de cualquier otro modo, con las que se hagan publicidad a las armas de fuego o de sus imitaciones, cualquiera que sea su tipo, forma o presentación.

Artículo 33...

I a la IX...

X. Con una pena de dos a cinco años de prisión y multa de hasta por 3 mil salarios mínimos vigentes para el Distrito Federal.”

ARTICULO TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Señora Presidenta, solicito sea turnada la presente iniciativa a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, para su estudio y dictamen correspondiente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, México, DF, a 24 de octubre de 2002.— Diputado Manuel Arturo Narváez Narváez.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias, señor diputado.

Túrnese la iniciativa a la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía.

El siguiente punto agendado para la presentación de la iniciativa a cargo del diputado Tomás Torres Mercado se pospone para próxima sesión.

 

AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra el diputado Víctor Roberto Infante González, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

El diputado Víctor Roberto Infante González:

Con su permiso, estimada Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

Los suscritos, diputados federales, integrantes de esta legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 70 y en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma, que deroga el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma los artículos 5o., 8o., 17, 18 y 30 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

Compañeras y compañeros diputados: en el marco de la propuesta de reformas constitucionales presentada con antelación en esta tribuna por mi compañero, el diputado Alberto Amador Leal y por la diputada Adela Cerezo, procede la revisión de las leyes secundarias, tanto para modificar el calendario de trabajo de la Auditoría Superior de la Federación y los poderes de la Unión en relación a la Cuenta Pública, como para reorientar el trabajo de la Secodam hacia acciones de carácter preventivo como lo sugiere el principio de división y equilibrio de poderes.

Por lo que se refiere a la modificación de calendarios, el diputado Alberto Amador ha propuesto dos reformas constitucionales concernientes a la fecha en que el Ejecutivo debe entregar la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados o a la Comisión Permanente y a la fecha en que la Auditoría Superior entregue el informe de resultado de la revisión de la Cuenta Pública a esta Cámara de Diputados. Para complementar tales modificaciones, es necesario reformar también varias fechas y plazos establecidos en la Ley de Fiscalización Superior.

Las reformas que proponemos en esta iniciativa son las siguientes:

Respecto a la duración de la prórroga a la presentación de la Cuenta Pública cuando medie una solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, la legislación señala que no podrá exceder 45 días naturales. Estamos proponiendo con la reforma propuesta, que no podrá exceder 21 días naturales.

Respecto a las fechas en que la Auditoría Superior de la Federación deberá notificar sus observaciones al informe de avance de gestión financiera a los poderes de la Unión y a los entes públicos federales, como ustedes saben en la actual legislación se señala que es a más tardar el 31 de enero del año siguiente al de la presentación de dicho informe. Estamos proponiendo que con esta reforma a más tardar el 31 de octubre de año en que se presentó dicho informe, para que sus comentarios se integren al informe de resultados de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente; es decir, para que sean coincidentes y sea incluido este informe de avance de gestión financiera.

En relación al número de días de que disponen los poderes de la Unión y los entes públicos federales para formular los comentarios que procedan a la Auditoría Superior de la Federación, respecto a las observaciones de ésta al informe de avance de gestión financiera, cuando la Auditoría Superior de la Federación únicamente, sabemos, podrá auditar los conceptos reportados en él como procesos concluidos por los poderes de la Unión y los entes públicos federales. El número de días de que disponen es de 45 días según la legislación actual y estamos proponiendo que sólo sean 21 días.

Nos parece que con estas reformas se elevará considerablemente la eficiencia y oportunidad en la imposición de sanciones a posibles transgresiones u omisiones de la ley, que se sancionen a los corruptos y con las reformas ya referidas en esta misma tribuna por el compañero diputado Amador Leal, permitirá que no se apruebe fast track la Cuenta Pública, porque así de grave es ese precedente, que pudiéramos aprobar en marzo del próximo año, de manera inmediata, sin mayor revisión, la Cuenta Pública de la administración del presidente Vicente Fox.

Por lo que atañe a la reorientación del trabajo a la Secretaría de la Contraloría, acciones de carácter preventivo, es necesario aclarar que tales acciones consisten en identificar las causas de comportamientos ilegales por parte de los servidores públicos, intentar suprimirlas mediante la capacitación y la reorientación, la revisión del marco normativo, la atención a las quejas ciudadanas y la evaluación de los resultados de la gestión, resultados de la gestión que hoy día son más que nunca fundamentales, porque tan lamentable es el manejo corrupto de los recursos, como son criminales y deshonestos el manejo de los subejercicios para un país que tiene gravísimas necesidades.

Adicionalmente la Secodam deberá hacerse cargo del establecimiento de un Sistema Integral de Actualización, Información del Servidor Público que garantice la adecuada selección, eso es desarrollo administrativo, no simplemente el papel que hasta ahora, tan triste, ha desarrollado la actual Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Es pues necesario, que se instrumente el desarrollo profesional, un esquema de control de los servicios públicos que atienda aspectos de responsabilidad en el cargo, la prevención de la corrupción y el abuso del poder, tal y como lo señala la nueva Ley del Servicio Profesional de Carrera, expedida por el Senado de la República.

Como lo hemos demostrado y se ha señalado en múltiples ocasiones en debates en el seno de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, es necesario que este órgano superior de fiscalización se fortalezca, es así como tiene el mandato constitucional de ejercer el control posterior o correctivo sobre la gestión programática y presupuestal de los tres poderes de la Unión.

La práctica reciente de divulgar información sobre asuntos que por su naturaleza deben mantenerse reservados, la generación de escándalos políticos por estas filtraciones informativas y el ambiente generalizado de hostigamiento y acosos políticos, hacen más apremiante la necesidad de que sea justamente este poder, el Poder Legislativo, el órgano que asuma plenamente las facultades inherentes a la rendición de cuentas, pues la Secodam, como se ha señalado, no cumple satisfactoriamente con las funciones de control posterior, por su falta de autonomía, pues su titular puede ser nombrado y removido libremente por el titular del Ejecutivo.

Además existe un serio desequilibrio entre las amplias y numerosas atribuciones y facultades que ha adquirido la Secodam a lo largo de los últimos años, con aquellas de la recientemente creada Auditoría Superior de la Federación.

Otro desequilibrio que hay entre ambas instancias, es el relativo a los recursos presupuestales, materiales y humanos y lo decimos en esta tribuna, justamente a unos días de que se apruebe el presupuesto para el próximo año, en donde debemos prestigiar el presupuesto de la Auditoría Superior de la Federación y por qué no, a futuro incluso, hablar de la independencia de la autonomía presupuestal de este órgano superior de fiscalización.

Les doy cifras, la Secodam cuenta con un presupuesto para este año de alrededor de 1 mil 200 millones de pesos, contrasta con el de la Auditoría, que es de apenas 550 millones de pesos y ustedes recordarán que en diciembre pasado, en la propuesta de la Secretaría de Hacienda, venía recortado; es decir, había esa intención de la Secretaría de Hacienda, de limitar las posibilidades de consolidar y fortalecer al órgano de fiscalización.

La razón de la falta de autonomía es muy sencilla, un funcionario que ha sido nombrado por el Presidente y que puede ser removido libremente por él, no puede actuar contra miembros del equipo de trabajo presidencial o contra sus aliados políticos de su jefe jerárquico.

El mismo Presidente de la República está consciente de esta situación. Hay que recordarle al presidente Vicente Fox, que en julio de 2000, siendo candidato electo a la presidencia, Vicente Fox optó por una vía extrema y propuso incluso la desaparición de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo.

Dijo, que las labores que realizaba esa dependencia, serían encargadas a la Contaduría Mayor de Hacienda de la entonces Contaduría de la Cámara de Diputados. Señalo textualmente lo que dijo Vicente Fox: “para que sea el Poder Legislativo, el que se encargue de auditar, fiscalizar, supervisar y exigir”. Seguramente el entonces candidato fue persuadido, después de las grandes y muy lamentables y deshonestas ventajas político-partidistas que le acarreaba, no sólo conservar la Secodam, sino fortalecerla.

Esto lo que ha terminado por hacer el Ejecutivo, en detrimento de las facultades del órgano superior de fiscalización de este órgano del legislativo y en perjuicio también del equilibrio de poderes.

El asunto es preocupante, porque además en condiciones de alternancia, la Secodam ha sido y podrá seguir siendo en el futuro, en caso de que no realicemos las reformas pertinentes, un instrumento de persecución política y de ajuste de cuentas.

Qué bueno que en este momento estamos coincidiendo, el Senado de la República y la Cámara de Diputados, en reformas al marco legal constitucional, al marco de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la propia Ley de Fiscalización, para fortalecer a la Auditoría Superior de la Federación.

Es importante, compañeros diputados, que en la historia moderna de México, los poderes de la Unión, tengan hoy una oportunidad, quizá irrepetible: impulsar una cultura de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión gubernamental que refleje genuinamente la aspiración común de hacer valer una nueva ética pública.

Vamos pues por el fortalecimiento de la Auditoría Superior de la Federación, con esta iniciativa de reformas que hemos presentado a su consideración la diputada Adela Cerezo, el diputado Amador Leal y su servidor.

Ruego a la Presidencia se inserte el texto íntegro de esta iniciativa porque, hoy más que nunca, que se discuten los recursos del Gobierno Federal y los estados y municipios y que hay un fuerte debate respecto a estos recursos en su ejercicio en los gobiernos estatales, es importante que un árbitro, que un órgano distinto como la Auditoría Superior de la Federación, señale cuál es el manejo de estos recursos y si hay responsabilidad en la manipulación política de los mismos.

Por ello, solicito a la Presidencia que el texto íntegro quede inserto en el debate parlamentario.

Muchas gracias, señora Presidenta.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Los suscritos, diputados federales, integrantes de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 70 y en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción II del artículo 55 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que deroga el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y reforma los artículos 5o., 8o., 17, 18 y 30 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

Compañeras y compañeros diputados: en el marco de la propuesta de reformas constitucionales presentada con antelación por mi compañero el diputado Alberto Amador Leal y Adela Cerezo procede la revisión de las leyes secundarias tanto para modificar el calendario de trabajo de la Auditoria Superior de la Federación y los poderes de la Unión en relación a la Cuenta Pública, como para reorientar el trabajo de la Secodam hacia acciones de carácter preventivo, como lo sugiere el principio de división y equilibrio de poderes.

Por lo que se refiere a la modificación de calendarios, el diputado Alberto Amador ha propuesto dos reformas constitucionales concernientes a la fecha en que el Ejecutivo entrega la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados o a la Comisión Permanente y a la fecha en que la Auditoria Superior entrega el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados.

Para complementar tales modificaciones, es necesario reformar también varias fechas y plazos establecidos en la Ley de Fiscalización Superior. Las reformas que proponemos en esta iniciativa son las siguientes:

• Duración de la prórroga a la presentación de la Cuenta Pública, cuando medie una solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente:

Ahora: no podrá exceder 45 días naturales.

Con reforma propuesta: no podrá exceder 21 días naturales.

• Fecha de entrega del Informe de Avance de Gestión Financiera (sobre los resultados físicos y financieros de los programas a su cargo, por el periodo comprendido del 1o. de enero al 30 de junio del ejercicio fiscal en curso) por parte de los poderes de la Unión y a los entes públicos federales:

Ahora: a más tardar el 31 de agosto en que se ejerza el presupuesto respectivo.

Con reforma propuesta: a más tardar el 31 de agosto en que se ejerza el presupuesto respectivo (no hay cambio).

• Fechas en que la Auditoría Superior de la Federación deberá notificar sus observaciones al Informe de Avance de Gestión Financiera a los poderes de la Unión y a los entes públicos federales:

Ahora: a más tardar el 31 de enero del año siguiente al de la presentación de dicho informe para que sus comentarios se integren al informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente.

Con reforma propuesta: a más tardar el 31 de octubre del año en que se presentó dicho informe, para que sus comentarios se integren al informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente.

• Número de días de que disponen los poderes de la Unión y los entes públicos federales para formular los comentarios que procedan a la Auditoría Superior de la Federación respecto a las observaciones de ésta al Informe de Avance de Gestión Financiera (la Auditoría Superior de la Federación únicamente podrá auditar los conceptos reportados en él como procesos concluidos por los poderes de la Unión y los entes públicos federales).

Ahora: 45 días

Con reforma propuesta: 21 días

Nos parece que con estas reformas, se elevará considerablemente la eficiencia y oportunidad en la imposición de sanciones a posibles transgresiones u omisiones a la ley y con las reformas referidas en esta tribuna por el diputado Amador Leal permitirá que no aprobemos de fast track la Cuenta Pública.

Por lo que atañe a la reorientación del trabajo de la Secodam a acciones de carácter preventivo, es necesario aclarar que tales acciones consisten en identificar las causas de comportamientos ilegales por parte de los servidores públicos e intentar suprimirlas mediante la capacitación, la revisión del marco normativo, la atención a las quejas ciudadanas y la evaluación de los resultados de la gestión como son los criminales subejercicios. Adicionalmente, la Secodam deberá hacerse cargo del establecimiento de un sistema integral de actualización y formación del servidor público que garantice la adecuada selección, el desarrollo profesional y un esquema de control de los servicios públicos que atienda aspectos de responsabilidad en el cargo, la prevención de la corrupción y el abuso del poder, tal y como lo señala la nueva Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, expedida en días pasados por el Senado de la República.

Como lo hemos demostrado y señalado en multiples debates en la Comisión de Vigilancia de la ASF, la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados es la que tiene el mandato constitucional de ejercer el control posterior o correctivo sobre la gestión programática y presupuestal de los tres poderes de la Unión.

La práctica reciente de divulgar información sobre asuntos que por su naturaleza deben mantenerse reservados, la generación de escándalos políticos por estas filtraciones informativas y el ambiente generalizado de hostigamiento y acoso políticos, hacen más apremiante la necesidad de que sea el Poder Legislativo el órgano que asuma, plenamente, las facultades inherentes a la rendición de cuentas.

La Secodam no cumple satisfactoriamente con las funciones de control posterior, posiblemente inconstitucionales, por su falta de autonomía, pues su titular puede ser nombrado y removido libremente por el titular del Ejecutivo. Además, existe un serio desequilibrio entre las amplias y numerosas atribuciones y facultades que ha adquirido la Secodam a lo largo de los últimos 10 años, con aquellas de la recién creada Auditoria Superior de la Federación. Otro desequilibrio se refiere a los recursos presupuestales, materiales y humanos, con que cuentan cada una de estas dos agencias. Por ejemplo, la Secodam cuenta con un presupuesto para este año de alrededor de $1 mil 200 millones, el cual contrasta con el de la Auditoría Superior de la Federación que es de apenas $550 millones. Pero cuando sumamos a la Secodam los recursos con que cuentan las órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los de las áreas de auditoria, quejas y responsabilidades de tales órganos, dependientes jerárquica y funcionalmente de la Secodam, el monto de recursos que el Ejecutivo Federal destina a las funciones de control asciende a aproximadamente 6 mil millones, por lo menos. Como lo hemos manifestado reiteradamente, esta dramática disparidad presupuestal entre ambas agencias afecta, como ya se dijo, negativamente la separación y el equilibrio entre poderes.

Vale la pena ampliar nuestro argumernto sobre por qué la Secodam no posee la autonomía necesaria para ejercer con imparcialidad y eficacia tareas de control externo o posterior. La facultad del Presidente de la República para nombrar y remover libremente al Secretario de la Secodam suprime la posibilidad que este funcionario actúe contra miembros de la alta burocracia en caso de que cometan actos ilícitos. La razón de la falta de autonomía es sencilla: un funcionario que ha sido nombrado por el Presidente y que puede ser removido libremente por él, no puede actuar contra miembros del equipo de trabajo presidencial o contra los aliados políticos de su jefe jerárquico. El mismo Presidente de la República está consciente de esta situación. En julio de 2000, el entonces candidato electo a la presidencia, Vicente Fox, optó por una vía extrema y propuso la desaparición de la Secodam. Dijo que las labores que realizaba esa dependencia serían encargadas a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, “para que sea el Poder Legislativo el que se encargue de auditar, fiscalizar, supervisar y exigir”.1 Seguramente el candidato fue persuadido después de las grandes y deshonestas ventajas político-partidistas que acarreaba, no sólo conservar la Secodam, sino fortalecerla. Esto es lo que ha terminado por hacer el Ejecutivo en detrimento del Legislativo y del equilibrio de poderes.

El asunto es preocupante porque, además, en condiciones de alternancia la Secodam ha sido y podría seguir siendo en el futuro en caso de que no realicemos las reformas pertinentes, un instrumento de persecución política y de ajuste de cuentas. A través de acusaciones infundadas, de corte sensacionalista, que son objeto de amplia difusión en los medios, el Ejecutivo ha optado por desprestigiar a la oposición como estrategia político-partidista. Y es en esta estrategia propagandística en la que se inscriben los recientes escándalos políticos.

Compañeras y compañeros: en la historia moderna de México, los poderes de la Unión tienen hoy una oportunidad quizá irrepetible: impulsar una cultura de la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión gubernamental que refleje, genuinamente, la aspiración común de hacer valen una nueva ética pública. La intensa competencia política que se ha registrado desde hace más de una década ha impulsado avances en esta materia que se inscriben en tres grandes vertientes: la activación del sistema de pesos y contrapesos (con lo que los tres poderes han empezado a vigilarse mutuamente), el fortalecimiento del control interno o autocontrol en cada una de las agencias de la administración pública centralizada y paraestatal y el avance en la capacidad de los ciudadanos para acceder a la información y en la capacidad de los medios para divulgarla.

Por lo que toca a la primera vertiente, México todavía necesita avanzar mucho más en el fortalecimiento del Legislativo frente al Ejecutivo. Un punto central en la fragilidad del Congreso es que sus instrumentos de vigilancia externa y control posterior son aún insuficientes, como lo hemos intentado de demostrar el diputado Alberto Amador y yo y con la cual coincide la diputada Adela Cerezo, de aquí que haya que limitar las acciones de los órganos de control interno a la esfera de las medidas preventivas y, en el caso de la Secodam, a las materias de modernización administrativa y fortalecer y consolidar a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados las facultades preventivas y correctivas que originalmente le corresponden, para que las ejerza a cabalidad. Hoy se discuten los recursos del Gobierno Federal a los estados y municipios. Hay un fuerte debate y enfrentamiento entre el Ejecutivo y los gobernadores y urge un tercero un arbitro que precise si se manipulan políticamente estos recursos. La instancia es la Auditoría, por ello urge fortalecer el Organo Superior de Fiscalización

En consecuencia de lo anterior se propone el siguiente proyecto de decreto que deroga el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 8o., 17, 18 y 30 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, al tenor del siguiente:

Decreto

Artículo primero. Se derogan las fracciones I, IV, V, X, XI del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo segundo. Se reforman los artículos 8o., 17, 18, 30 y 74 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, para quedar como sigue:

“Artículo 8o. …

La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada por el Ejecutivo Federal a la Cámara, y en sus recesos, si es el caso, a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dentro de los 10 primeros días del mes de abril. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el secretario del despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven. En ningún caso la prórroga excederá de 21 días naturales…

Artículo 17. …

Al efecto, la Auditoría Superior de la Federación podrá realizar observaciones, disponiendo los poderes de la Unión y los entes públicos federales de 21 días para formular los comentarios que procedan.

Artículo 18....

Las observaciones a que se refiere el artículo anterior, deberán notificarse a los poderes de la Unión y a los entes públicos federales a más tardar el 31 de octubre del año en que se presentó dicho informe, con el propósito de que sus comentarios se integren al informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente…

Artículo 30....

La Auditoría Superior de la Federación, tendrá un plazo improrrogable que vence el 30 de septiembre del año en que la Cámara o en su caso, la Comisión Permanente, reciba la Cuenta Pública, para realizar su examen y rendir en dicha fecha a la Cámara, por conducto de la Comisión, el informe del resultado correspondiente, mismo que tendrá carácter público y mientras ello no suceda, la Auditoría Superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones e informaciones.

Resulta fundamental acortar los periodos tanto para que los poderes de la Unión y los entes públicos federales rindan cuentas a la Auditoría Superior de la Federación, como para que la Auditoría Superior entregue los resultados de su revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados. Los prolongados periodos que la ley tiene contemplados actualmente para ambas actividades aumenta la probabilidad de que aquellos servidores públicos o representantes populares que han cometido un ilícito puedan evadir la ley.

Artículo 74...

El Auditor Superior tendrá las siguientes atribuciones:

I...

II…

III…

IV…

V…

VI…

VII. Nombrar al personal de mandos superiores de la Auditoría Superior de la Federación; nombrar a los auditores externos de las entidades, así como normar y controlar su desempeño; nombrar delegados de la propia Auditoría Superior ante las dependencias y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal centralizada y comisarios en los órganos de gobierno o vigilancia de las entidades de la Administración Pública Paraestatal; y designar y remover a los titulares de los órganos internos de control de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, así como a los de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades de tales órganos, quienes dependerán jerárquica y funcionalmente de la Auditoría Superior de la Federación, tendrán el carácter de autoridad y realizarán la defensa jurídica de las resoluciones que emitan en la esfera administrativa y ante los Tribunales Federales, representando al titular de dicha Auditoría Superior.

ARTICULOS TRANSITORIOS

Primero. Los recursos humanos, financieros y materiales de los Organos Internos de Control y de las dependencias y de los Organismos Descentralizados, Empresas Paraestatales u Organismos Desconcentrados; así como los relativos a quejas y denuncias, y delegados, comisarios y auditores externos serán transferidos en un periodo de 180 días a la Auditoría Superior de la Federación.

Segundo. Las funciones de modernización de la Administración Pública Federal, de capacitación y regulación de percepciones del personal y de coadyuvancia en el diseño y ejecución de la política económica serán asumidas, plenamente, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Tercero. Se derogan todas las disposiciones y decretos que se opongan al contenido de este decreto.

Cuarto. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputados: Víctor R. Infante González, Alberto Amador Leal, Adela Cerezo Bautista y José Manuel del Río Virgen.»

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Gracias a usted, señor diputado.

Insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria...

El diputado José Manuel del Río Virgen (desde su curul):

Víctor, me uno a tu iniciativa.

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

El diputado Del Río se suma a la iniciativa, puede pasar a firmar.

Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública.

REGISTRO DE ASISTENCIA

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Se pide a la Secretaría dar cuenta del registro electrónico de asistencia e instruya a su cierre.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Se informa a la Presidencia que hasta el momento el sistema registra la asistencia de 398 diputados.

Ciérrese el sistema electrónico.

 

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

La Presidenta diputada María Elena Alvarez Bernal:

Tiene la palabra la diputada Genoveva Domínguez Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una iniciativa que reforma la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La diputada Genoveva Domínguez Rodríguez:

Con su venia, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Presente esta iniciativa que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con el propósito de impulsar el desarrollo de la industria nacional del mercado interno y el fomento al empleo y la competitividad de las empresas.

Señoras y señores legisladores, es para el Partido de la Revolución Democrática una prioridad la defensa de los trabajadores, es por eso que consideramos de vital importancia el desarrollo y fortalecimiento del sector empresarial, el sector comercial e industrial, como una de las principales fuentes de generación de empleos, de riquezas y bienestar nacional, máxime ante el actual contexto por el que atraviesa la economía nacional que expone a las empresas ubicadas en el territorio nacional a la cruda competencia internacional, sin la existencia de una política industrial de fomento por parte del Ejecutivo Federal.

Es por eso que hacemos de su conocimiento la presente iniciativa que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con objeto de fomentar la reinversión, la generación de “cluster”, conglomerados, cadenas productivas, las exportaciones, la reinversión y la inversión extranjera directa, así como el fortalecimiento de las finanzas públicas en el mediano plazo.

Señoras y señores legisladores: en el Partido de la Revolución Democrática consideramos que el combate a la pobreza, al comercio y a la economía informal, sólo se lograrán generando fuentes de empleo bien remuneradas en el sector de la economía formal; para ello, ante el adelgazamiento del aparato estatal corresponde al sector privado, al empresariado nacional y ¿por qué no?, a la inversión extranjera directa, el generar dichas fuentes de empleo.

Si bien estamos conscientes de la problemática que representan los bajos niveles de recaudación respecto a otros países incluso de igual desarrollo que el de México y la necesidad de fortalecer las finanzas públicas a fin de incrementar el gasto social, es decir el gasto en educación, salud y vivienda, al mismo tiempo que se hace necesario romper y terminar con el círculo vicioso que implica menor recaudación, menor gasto; menor gasto, menor inversión e incremento en el desempleo y agudización de la recesión.

En ese sentido consideramos pertinente implementar medidas que al mismo tiempo que fortalezcan el sector empresarial, fortalezcan las finanzas públicas a fin de mantener los equilibrios macroeconómicos que tanto se requieren para mantener la endeble estabilidad nacional en que nos encontramos. Obviamente no existen recetas mágicas, pero consideramos que el desarrollo no se puede seguir postergando.

Por el bien del país, no podemos depender de lo que suceda con la economía de nuestro principal socio comercial para solucionar nuestros problemas internos. La salud, la educación, la vivienda y el empleo son derechos constitucionales que ahora más que nunca nos corresponde hacer realidad ante la pasividad y parálisis del jefe del Ejecutivo y su gabinete.

Necesitamos, señoras y señores legisladores, implementar políticas y medidas inteligentes antes de que sea demasiado tarde, antes de que las crisis de las finanzas públicas nos explote en las manos debido a la fuga de divisas que representa para el país el pago del servicio de la deuda pública externa, interna y pasivos contingentes que suman más de 2 billones 809 mil 107 millones de pesos, lo que representa el 49% del PIB. El problema de las finanzas públicas es tal, que siendo honestos con nosotros y con la sociedad, bien podríamos hablar de la quiebra y el estrangulamiento en las finanzas públicas.

Tal como lo ha reconocido el Presidente, el futuro que tanto temían los tecnócratas que se hace patente en el fin de la “venta de garaje” de los activos públicos y que servían como colchón o caja chica para el Gobierno Federal, cuyos ingresos extraordinarios servían para financiar el pago del servicio de la deuda así como para amortizar parte de la misma se ha agotado, ya no queda más que ofertar más que la industria eléctrica y petrolera. No por nada la propuesta de privatizar la industria eléctrica por parte del Presidente.

Ante la crisis, quiebra o estrangulamiento de las finanzas públicas que en el futuro tiende a agudizarse debido a la restricción de los ingresos y a las crecientes necesidades y requerimientos del financiamiento de la deuda, tarde que temprano se proyecta un futuro gris para nuestra economía que de no solucionarse, bien podríamos seguir el camino de la “argentinización”. Sin embargo todavía estamos a tiempo de corregir el rumbo del país y de las finanzas públicas, todavía es tiempo de presentar alternativas viables ante dicho futuro.

De nosotros depende el rumbo de la nación, no podemos seguir esperando que sea el Ejecutivo inmerso en la inmovilidad y en la indiferencia, el que dicte las medidas necesarias para lograrlo. Es tiempo de que el Congreso de la Unión asuma su función histórica y que mandate al jefe del Ejecutivo sobre las políticas que éste deberá implementar.

Visto de forma dinámica, el problema de los ingresos y la caída en la recaudación, se debe más que nada a la caída en el crecimiento. Es obvio que ante un contexto recesivo y de caída en las utilidades, los empresarios optarán por evadir al fisco o falsear sus declaraciones, además de que por lógica al reducirse las ventas y utilidades, se reducirán los impuestos recaudados.

El problema de los ingresos se deriva de una caída en el crecimiento al fomentar y reactivar el crecimiento sano y sostenido, reactivando la oferta pero al mismo tiempo la demanda, se provocará un círculo virtuoso entre mayor crecimiento, mayor recaudación. La relación que se encuentra plenamente constatada con la base de datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Para lograrlo, para estimular el desarrollo, deberemos implementar una política industrial con visión de corto, mediano y largo plazo. Una política que genere expectativas de crecimiento y dinamice los sectores productivos.

Para ello, una de las herramientas o políticas paralelas, lo constituye la política fiscal, dejando de lado la clásica discusión acerca de si los impuestos por ISR y la recaudación en nuestro país es menor o mayor que la de otros países, debemos y tenemos que implementar nuestras propias medidas y fórmulas fiscales a nuestro contexto.

La política fiscal adecuadamente utilizada puede generar una dinámica de crecimiento endógeno que al mismo tiempo que promueve el desarrollo, fomente la inversión y la generación de empleo productivo. No me refiero a las clásicas medidas de corte populista de incrementar el déficit a proporciones semejantes a las de los años ochenta, porque con ello se enviarían señales negativas que generarían expectativas de mayor inflación y devaluación para los inversionistas extranjeros, para los señores dueños de los capitales “golondrinos” anidados en la Bolsa de Valores y en papel gubernamental, en Cetes, que les otorga atractivos rendimientos.

Al generar fuentes de empleo promoviendo la reinversión, la exportación y la generación de cadenas productivas, estaremos generando más y mejores fuentes de empleo y atraeríamos mayores montos de inversión extranjera directa.

Para ello se requiere dinamizar la actividad productiva y el mercado interno. Es obvio que las medidas de combate a la inflación a través de ajustes fiscales, a través de recortes constantes al gasto y monetarios, con la aplicación del corto, si bien han logrado abatir la inflación y reducir las tasas de interés, también han generado una condición de estancamiento, recesión e incertidumbre para el sector real de la economía.

En materia de empleos vale mencionar que del 1o. de diciembre de 2000 al 31 de julio del 2002, se han perdido medio millón de empleos formales, de los cuales 439 mil corresponden a ocupaciones permanentes.

No podemos seguir manteniendo la posición y los lineamientos de la ortodoxia neoliberal que se opone a la intervención del estado en la economía, no así cuando se trata de rescatar a un grupo de grandes empresarios corruptos que especulan con recursos públicos.

Se requiere pues, de un paquete de estímulos e incentivos fiscales y monetarios encaminados a fortalecer nuestra planta industrial y generar empleos productivos.

En conclusión, la presente iniciativa pretende en concreto, alcanzar los siguientes objetivos: promover la reinversión, atraer mayor flujo de inversión extranjera directa, promover la generación de cadenas “cluster” y conglomerados productivos, fortalecer y dinamizar nuestras exportaciones.

Es por todo lo antes expuesto que con fundamento en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 73, fracción VII y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que la suscrita diputada integrante del PRD, propone la siguiente

 iniciativa

Que adiciona la fracción III del artículo 10, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR):

Unico. Se adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue

“Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando el resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 32%.

III. Se compensará la tasa sobre la renta que corresponda, por el ejercicio, de acuerdo con este artículo, los montos que correspondan según los siguientes porcentajes: el porcentaje de las utilidades que hayan destinado a la reinversión las empresas productivas. El porcentaje de las ventas de los productos destinados a la exportación y el porcentaje que corresponda a las erogaciones realizadas en la sustitución de insumos y bienes intermedios sobre las ventas.”

Es cuanto, señora Presidenta.

Suplico se turne la presente a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, así como a la de Programación y Presupuesto, para su análisis y dictamen.

Muchas gracias.

«Iniciativa que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), con el propósito de impulsar el desarrollo de la industria nacional, del mercado interno y el fomento al empleo y la competitividad de las empresas.

Señoras y señores legisladores, es para el Partido de la Revolución Democrática, una prioridad la defensa de los trabajadores, es por eso es que consideramos de vital importancia el desarrollo y fortalecimiento de los sectores empresarial, comercial e industrial como una de las principales fuentes de generación de empleos, de riqueza y de bienestar nacional. Máxime ante el actual contexto por el que atraviesa la economía nacional, que expone a las empresas ubicadas en el territorio nacional a la cruda competencia internacional, sin la existencia de una política industrial de fomento por parte del Ejecutivo Federal.

Es por eso que hacemos de su conocimiento la presente iniciativa que adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con objeto de fomentar la reinversión nacional, la generación de conglomerados, cadenas productivas, las exportaciones, la inversión y reinversión extranjera directa, así como el fortalecimiento de las finanzas públicas en el mediano plazo.

Señoras y señores legisladores, en el Partido de la Revolución Democrática consideramos que el combate a la pobreza, al comercio y economía informales sólo se logrará con la generación de fuentes de empleo bien remuneradas en la economía formal, para ello, ante el adelgazamiento del aparato estatal corresponde al sector privado, al empresariado nacional y, ¿por qué no?, a la inversión extranjera directa, generar dichas fuentes de empleo.

Si bien estamos conscientes de la problemática que representan los bajos niveles de recaudación respecto de otros países, incluso con similar desarrollo económico que el de México y la necesidad de fortalecer las finanzas públicas, para estar en condiciones de incrementar el gasto social, es decir el gasto en educación, salud y vivienda, al mismo tiempo se hace necesario romper con el círculo vicioso que implica menor recaudación, menor gasto; menor gasto menor inversión e incremento en el desempleo y agudización de la recesión.

En ese sentido, consideramos pertinente instrumentar medidas que al mismo tiempo que fortalezcan al sector empresarial, fortifiquen las finanzas públicas, a fin de mantener los equilibrios macroeconómicos que tanto han costado y tanto se requieren, para mantener la endeble estabilidad nacional en que nos encontramos. Obviamente no existen recetas mágicas, pero nosotros consideramos que el desa-rrollo no se puede postergar más, por el bien del país. No podemos depender de lo que suceda con la economía de nuestro principal socio comercial para solucionar nuestros problemas internos, la salud, la educación, la vivienda, el empleo son derechos constitucionales que ahora más que nunca nos corresponde hacer realidad, ante la pasividad y parálisis del jefe del Ejecutivo y su gabinete.

Necesitamos, señoras y señores legisladores, elaborar políticas y medidas inteligentes antes de que sea demasiado tarde, antes de que la crisis de las finanzas públicas nos explote en las manos, debido al pago del servicio de la deuda pública externa, interna y pasivos contingentes, que suman más de 2 billones 809 mil 107 millones de pesos, lo que representa el 49% del PIB. El problema de las finanzas públicas es tal, que, siendo honestos con nosotros y con la sociedad, bien podríamos hablar de la quiebra y el estrangulamiento en las finanzas públicas.

Tal como lo ha reconocido el presidente Vicente Fox, el futuro que tanto temían los tecnócratas se vuelve presente y se patenta con el fin de la venta de garaje de los activos públicos y que servían como colchón, o caja chica, para el Gobierno Federal, y cuyos ingresos extraordinarios servían para financiar el pago del servicio de la deuda así como para amortizar parte de la misma, se han agotado, ya no queda nada más que ofertar, más que la industria eléctrica y petrolera, no por nada la propuesta de privatizar la industria eléctrica por parte del señor Presidente.

Ante la crisis, quiebra y/o estrangulamiento de las finanzas públicas que tiende a agudizarse, debido a la restricción en los ingresos y a las crecientes necesidades y requerimientos de financiamiento de la deuda, tarde que temprano se proyecta un futuro gris para nuestra economía, tarde que temprano, que de no solucionarse, bien podría ponernos en el camino de la argentinización.

Sin embargo, todavía estamos a tiempo de corregir el rumbo del país y de las finanzas públicas; todavía es tiempo de presentar opciones viables ante dicho futuro, de nosotros depende el rumbo de la nación, no podemos continuar a la espera de que sea el Ejecutivo, inmerso en la inmovilidad y en la indiferencia, el que dicte las medidas necesarias para lograrlo. Es tiempo, de que el Congreso de la Unión asuma su función histórica y que disponga sobre las políticas que el jefe del Ejecutivo deberá instrumentar.

Visto de forma dinámica, el problema de los ingresos y la caída en la recaudación se debe más que nada a la caída en el crecimiento. Es obvio que ante un contexto recesivo y de caída en las utilidades los empresarios optarán por evadir al fisco y/o falsear sus declaraciones. Además, al reducirse las ventas y utilidades se reducirán los impuestos recaudados. El problema de los ingresos se deriva de una caída en el crecimiento. Al fomentar y reactivar el crecimiento sano y sostenido, al reactivar la oferta, pero al mismo tiempo la demanda se generará un circulo virtuoso: entre mayor crecimiento mayor recaudación, la relación que se encuentra plenamente constatada con la base de datos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para lograrlo, para estimular el desarrollo, deberemos aplicar una política industrial con visión de corto, mediano y largo plazos, una política que genere expectativas de crecimiento y dinamice los sectores productivos, para ello una de las herramientas que tenemos a la mano lo constituye la política fiscal. Dejando de lado la clásica discusión acerca de si la recaudación en nuestro país, incluidos los impuestos por ISR, es menor o mayor que la de otros países, debemos instrumentar nuestras propias medidas y fórmulas fiscales, acordes a nuestro contexto.

La política fiscal adecuadamente utilizada puede generar una dinámica de crecimiento endógeno que al mismo tiempo que promueva el desarrollo, fomente la inversión y la generación de empleo productivo. No me refiero, a las clásicas medidas de corte populista de incrementar el déficit a proporciones semejantes a las de los años ochenta, porque con ello se enviarían señales negativas, que generarían expectativas de mayor inflación y devaluación para los inversionistas extranjeros, para los señores dueños de los capitales golondrinos anidados en la bolsa de valores y en papel gubernamental, en Cetes que les otorga atractivos rendimientos. Lo que en el corto plazo provocaría una estampida de capitales hacia el exterior, una fuerte crisis devaluatoria y elevadas presiones en la tasa inflacionaria. Suceso que de todas formas ocurrirá de no actuar ante la asfixia de las finanzas públicas.

Es por eso señoras y señores diputados que tenemos la necesidad de reactivar la planta productiva a través de estímulos fiscales, no obstante que exista la necesidad que de forma paralela se atenúen el gasto corriente del sector público, a fin de compensar en el corto plazo la posible caída en los ingresos, por la aplicación de dichos estímulos. Aunque tal situación sería atenuada por un incremento en la recaudación por otros conceptos como el IVA al expandirse la demanda agregada.

Al generar fuentes de empleo promoviendo la reinversión, la exportación y la creación de cadenas productivas generaremos más y mejores fuentes de empleo y atraeremos mayores montos de inversión extranjera directa lo cual, por supuesto, estimulará el consumo es decir incrementará el mercado interno y propiciará una mayor recaudación a través del impuesto al valor agregado, para evitar así una crisis mayor a la que se prevé en las finanzas públicas.

Para ello se requiere dinamizar la actividad productiva y el mercado interno. Es obvio que las medidas de combate a la inflación han logrado “abatir la inflación” y “reducir” las tasas de interés, pero también han generado estancamiento, recesión e incertidumbre para el sector real de la economía. Lo cual se refleja en una sobrevaluación de la moneda de alrededor del 35% y en la salida de más de 500 maquiladoras del país, cuyo resultado implica para el país un escaso crecimiento este año del 1.5% del PIB y prácticamente un crecimiento nulo del PIB per capita.

En materia de empleos vale mencionar que del 1o. de diciembre de 2000 al 31 de julio del 2002 se han perdido medio millón de empleos formales, de los cuales 439 mil corresponden a ocupaciones permanentes.

Señoras y señores, diputadas y diputados, es de todos conocida la necesidad y requerimientos que en materia de desarrollo se requieren, y las debilidades que se pueden desarrollar de un endeble desarrollo, hoy señoras y señores diputados nuestro país no obstante de encontrarse y ser miembro del grupo de los países más desarrollados de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, es uno de los que más atraso tiene en materia de bienestar y seguridad social.

No podemos seguir manteniendo la posición de los defensores de la ortodoxia neoliberal que se oponen a la intervención del Estado en la economía, no así cuando se trata de rescatar a un grupo de grandes empresarios corruptos que especulan con recursos públicos. Ni mucho menos, cuando vemos que tal doctrina no la aplica el país que la pregona, no por nada los multimillonarios subsidios que otorga Estados Unidos a la agricultura. Señoras y señores diputados, requerimos que se generen cadenas, “clusters” y conglomerados productivos, así como que se amplíen y se implementen líneas de créditos preferenciales para las pequeñas y medianas empresas por parte de Nafin.

Para promover la generación de empleos productivos requerimos poner en línea la política industrial, fiscal, y comercial, a fin de presentar un marco de fomento al desa-rrollo productivo nacional.

Se requiere pues de un paquete de estímulos e incentivos fiscales y monetarios encaminados a fortalecer nuestra planta industrial y generar empleos productivos. Un elemento condicionante del fortalecimiento a la inversión y generación de empleos lo representa el impuesto sobre la renta, por cuyo concepto se recaudan anualmente cerca de 356 mil millones de pesos, lo que representa el 24% del total de los ingresos recaudados del Gobierno Federal, según la Ley de Ingresos para el Ejercicio 2002. El ISR es el impuesto por el que más se recauda y cuyos efectos e impactos en la estructura productiva tiene elevadas implicaciones, de tal manera que se puede utilizar para inhibir, frenar o fortalecer y dinamizar la inversión y el desarrollo.

En conclusión, la presente iniciativa pretende alcanzar los siguientes objetivos:

1. Promover la reinversión.

2. Atraer mayor flujo de inversión extranjera directa.

3. Promover la generación de cadenas, “clusters” y conglomerados productivos.

4. Fortalecer y dinamizar nuestras exportaciones.

Es por todo lo antes expuesto que con fundamento en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 73 fracción séptima y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que la suscrita diputada integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática propone la siguiente

 iniciativa

Que adiciona la fracción tercera del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, (ISR).

Unico. Se adiciona la fracción III del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:

“Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 32%.

III. Se compensará la tasa sobre la renta que corresponda por el ejercicio de acuerdo con este artículo, los montos que correspondan según los siguientes porcentajes:

a) El porcentaje de las utilidades que hayan destinado a la reinversión las empresas productivas.

b) El porcentaje de las ventas de los productos destinados a la exportación.

c) El porcentaje que corresponda a las erogaciones realizadas en la sustitución de insumos y bienes intermedios sobre las ventas.”

Es cuanto señora Presidenta.

Suplico se turne la presente, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, así como a la de Presupuesto y Cuenta Pública, para su análisis y dictamen.

México, DF, a 24 de octubre del 2002.— Diputada Genoveva Domínguez Rodríguez.»

Presidencia de la diputada Beatriz Elena Paredes Rangel

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias diputada.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública.

 

TURISMO

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

El siguiente punto del orden del día, es la segunda lectura del dictamen con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Le ruego a la Secretaría consultar con la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

El secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se dispensa la lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura.— Comisión de Puntos Constitucionales.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXVIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 40 y 44 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 56, 60, 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta Asamblea el siguiente

dictamen

I. Del proceso legislativo.

A) En sesión celebrada el 28 de noviembre de 2000 por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, la diputada María Cruz Martínez Colín, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXVIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

B) En reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales, celebrada el 14 de diciembre del año 2000, se dio trámite de recibo correspondiente a la iniciativa referida en el inciso anterior.

C) Con fecha 17 de octubre del año 2002, en sesión de la comisión, existiendo el quórum reglamentario, fue aprobado el presente dictamen, por lo que se pone a consideración de esta soberanía para su discusión y resolución constitucional.

II. Materia de la iniciativa.

La iniciativa propone mediante la adición a la fracción XXVIII del artículo 73 de la Norma Suprema, ahora derogada, darle facultades al Congreso de la Unión de legislar en materia de turismo, demandando para tal hecho, el que la legislación secundaria establezca las bases de coordinación de la facultad concurrente entre la Federación, estados, municipios, Distrito Federal, así como la participación de los sectores privado y social.

III. Valoración de la iniciativa.

Para los iniciadores es de vital importancia concretar la reforma constitucional dada la importancia que el turismo ha tomado en México, basta decir que en un principio fue una actividad meramente comercial, convirtiéndose en la actualidad en una de las actividades económicamente prioritarias por ser uno de los países que más destinos turísticos ofrece, tanto a nacionales como a extranjeros.

Los autores de la iniciativa recalcan la importancia económica que tiene el turismo en México, ya que para el periodo 1998-1999 aportó al Producto Interno Bruto el 8.2%, lo que representó el 3.1% de la captación mundial por concepto de turismo, hecho significativo ya que para dicho periodo el país obtuvo el decimotercer lugar en cuanto a ingresos captados, superando el lugar 17 obtenido en 1995.

México además, ha venido ocupando la séptima posición mundial en llegada de turistas, para 1998 y parte de 1999, los ingresos captados por concepto de visitantes internacionales fueron superiores a los del petróleo y sólo superados por exportaciones manufactureras.

Quienes expresan su voluntad de que se reforme la Ley Suprema en materia de turismo, establecen, que no obstante la existencia de programas, objetivos estratégicos, consejos consultivos, convenios de coordinación, planes de promoción, de desarrollo y de servicios turísticos, etcétera, el turismo requiere de una base que establezca los lineamientos generales para regular esta actividad, potencializando los esfuerzos de los diversos órdenes de gobierno en los que participen los sectores público, privado y social, con el fin de que los municipios y estados, sean los que definan el destino que se debe dar a aquellos bienes susceptibles de ser utilizados dentro de su territorio para el turismo.

Consideran que al establecer las bases constitucionales para la participación concurrente entre la Federación, las entidades federativas y los municipios, en materia de turismo, se impulsaría un auténtico federalismo, entendido este como una forma de movilizar y amalgamar esfuerzos entre los diversos órdenes de gobierno, mediante la diversificación o descentralización de las políticas públicas.

Los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales consideramos oportuno reformar la Ley Suprema incorporando como facultad del Congreso de la Unión, legislar en materia de turismo, bajo la condicionante expresa de que tal legislación deberá incorporar las bases generales de coordinación de una facultad que será concurrente entre la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal; así como la manera que para tal efecto deberán participar los sectores social y privado.

La exigencia cada vez más activa de los estados y municipios de la República sobre su participación en rubros económicos de trascendencia nacional como lo es el turismo, y el impulso que actualmente requiere el sector para aumentar sus ingresos, que en el año 2002 representó el 8.40% del Producto Interno Bruto, según datos del Banco de México, requiere de la participación activa y coordinada de los distintos niveles de gobierno, bajo el esquema de un federalismo activo y horizontal.

No obstante lo anterior, los integrantes de esta comisión, consideramos oportuno precisar los siguiente:

1. En el marco jurídico federal vigente encontramos la Ley Federal de Turismo publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de diciembre de 1992; misma que fue aprobada por el Congreso de la Unión con fundamento en la fracción X del artículo 73 de la Constitución Federal, que establece como facultad de dicho poder, legislar en materia de comercio, siendo, pues que el turismo es considerado un acto de comercio, lo cual se ve reflejado en el artículo 75 fracción VIII del Código de Comercio, que atribuye actos de comercio a las empresas de turismo.

Asimismo, encontramos la tesis P. XLII/90, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, octava época, tomo V, enero-junio de 1990 primera parte, que a la letra dice:

“Turismo: el Congreso de la Unión tiene facultades constitucionales para expedir la Ley de la Materia, por lo que sus artículos 57 y 60 no son inconstitucionales al regir la actividad de los prestadores de servicios turísticos.

“El artículo 25 constitucional establece el principio de la rectoría del Estado en el desarrollo económico nacional, otorgándole las atribuciones que le permitan planear, conducir, coordinar y orientar la actividad económica, así como impulsar el movimiento empresarial de los sectores social y privado dentro del marco de libertades que otorga la Constitución; por su parte, la fracción XXIX-E del artículo 73 constitucional, otorga al Congreso de la Unión la facultad de expedir leyes relacionadas con acciones de orden económico, especialmente las que le tenga como fin la producción de bienes y servicios social y nacionalmente necesarios; en consecuencia, como el turismo es una actividad cuya promoción conviene el desarrollo nacional por ser de sustancial importancia económica, dado que es notable como fuente de divisas y como creador de empleos, ha de concluirse que su regulación compete al Congreso de la Unión. Por ello, los artículos 57 y 60 de la Ley Federal de Turismo, que imponen a los prestadores de servicios turísticos diversas obligaciones mediante las cuales quedan sujetos al control administrativo de la Secretaría del ramo, no son inconstitucionales, puesto que la Federación tiene facultades, tanto para legislar sobre la materia, como para vigilar la actividad económica a que se dedican.

“Amparo en revisión 9665/84. Margarita Domínguez Junco. 17 de enero de 1990. Mayoría de 18 votos...”

2. La iniciativa propone que el precepto normativo a incorporar en la Constitución, se establezca en la fracción XXVIII del artículo 73, la cual se encuentra derogada.

Al respecto los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, consideramos que es conveniente preservar la tradición del poder de revisión de la Constitución, al no utilizar una fracción derogada puesto que de esta manera se hace del conocimiento de los ciudadanos que esa fracción derogada tenía una materia particular, por lo que consideramos adicionar una fracción XXIX-K al artículo 73, a fin de ubicar la facultad de legislar del Congreso en materia de turismo en esta nueva fracción. Por lo anterior los diputados integrantes de esta comisión compartimos la idea que el Constituyente Permanente tiene la facultad exclusiva de adicionar y reformar la Constitución; por lo que, tomando en cuenta que adicionar es agregar algo nuevo a lo ya existente, es decir, toda adición supone la supervivencia íntegra del texto antiguo y, reformar es también la supresión de un precepto de la ley sin sustituirlo por ningún otro.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales nos permitimos someter a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente

DECRETO

Mediante el cual se adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I a la XXIX-J...

XXIX-K. Para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado.

TRANSITORIO

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 17 de octubre de 2002.— Comisión de Puntos Constitucionales. Diputados: Salvador Rocha Díaz, PRI, presidente; Juan Manuel Carreras López, PRI, Martha Patricia Martínez Macías, PAN, Ramón León Morales, PRD, secretarios; Roberto Aguirre Solís, PAN; Cuauhtémoc Cardona Benavides, PAN; Raúl Cervantes Andrade, PRI; Jaime Cervantes Rivera, PT; Tomás Coronado Olmos, PAN; Eréndira Olimpia Cova Brindis, PRI; Oscar Alfonso del Real Muñoz, PRI; Arturo Escobar y Vega, PVEM; Uuc-kib Espadas Ancona, PRD; María Eugenia Galván Antillón, PAN; Javier García González, PRI; Alfredo Hernández Raigosa, PRD; José de Jesús Hurtado, PAN; Oscar Maldonado Domínguez, PAN; Fernando Pérez Noriega, PAN; Rafael Rodríguez Barrera, PRI; José Elías Romero Apis, PRI; Mónica Leticia Serrano Peña, PAN; Felipe Solís Acero, PRI; Agustín Trujillo Iñiguez, PRI; José Velázquez Hernández, PRI; Alejandro Zapata Perogordo, PAN e Ildefonso Zorrilla Cuevas, PRI.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se concede el uso de la palabra, por las comisiones, al diputado Jaime Larrazábal Bretón.

El diputado Jaime Arturo Larrazábal Bretón:

Gracias, señora Presidenta; compañeras diputadas, compañeros diputados:

El turismo constituye una palanca estratégica para el desarrollo nacional. Es factor determinante en el ámbito económico y social gracias a su capacidad para captar divisas y generar y empleos.

Es, además, un elemento fundamental de identidad nacional que propicia el entendimiento cultural de los mexicanos, fortalece el sentido de pertenencia e identidad y fomenta la convivencia.

Desde hace tiempo la actividad turística emerge como alternativa para el desarrollo de nuestro país; así debe de considerársele por lograr hacer de ella una actividad altamente competitiva, puntual del crecimiento nacional.

Por ello se requiere seguir desarrollando una labor enfocada a promover reformas legales, así como facilidades fiscales y financieras tendientes a estimular el turismo nacional y extranjero e impulsar la coordinación entre el Poder Legislativo y los distintos sectores relacionados con el turismo y fortalecer la organización de la actividad.

Es obligación del Estado crear o modificar, entre otros instrumentos importantes, leyes que den agilidad, eficacia y orientación al sector turístico. En este contexto la Comisión de Turismo de esta LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión se propuso seguir impulsando una reforma constitucional para otorgarle al Congreso la facultad de legislar en toda la República en materia de turismo, misma que recoge el sentir y los reclamos del sector turístico nacional.

Es por ello que es de reconocer el esfuerzo realizado por la anterior legislatura que inicialmente propuso una iniciativa, así como el esfuerzo que encabezó una compañera de esta Legislatura. Y fue a través de la Comisión de Turismo y de la de Puntos Constitucionales que estamos impulsando esta iniciativa.

Debo mencionar también el trabajo eficiente de la Comisión de Puntos Constitucionales por dictaminar tan importante reforma.

Es de destacar que con dicha reforma se establecen las bases de coordinación de la facultad concurrente entre la Federación, estados, municipios, Distrito Federal, así como la participación de los sectores privado y social.

Con ella se propiciará la actualización de toda la legislación en la materia, mucha de la cual ya no responde a las necesidades actuales de la industria turística nacional.

Para ello se requerirá del trabajo legislativo de los congresos locales y de la participación de los distintos sectores involucrados en el desarrollo del turismo nacional.

Se pretende dar sustento a las leyes estatales y propiciar la elaboración y promulgación en aquellas entidades donde no existe; asimismo, la reforma fortalecerá la autonomía de las entidades federativas y los municipios, estableciendo las bases generales y lineamientos sobre los cuales la Federación, los estados y los municipios coadyuven con una legislación de beneficio común y que derrame de manera equitativa los beneficios económicos que arroja el turismo.

No se trata de imponer un criterio centralista, sino por el contrario, con dicha iniciativa se definen los alcances del concepto turismo, respetando los ámbitos en los que las legislaturas y organismos públicos estatales son los principales promotores e impulsores de la actividad turística en sus respectivos territorios.

Al establecer las bases constitucionales para la participación concurrente entre la Federación, las entidades federativas y los municipios en dicha materia, se impulsa un auténtico federalismo.

También se definirán con mayor precisión los lineamientos para regular esta actividad con la finalidad de potencializar los esfuerzos que realizan los estados y los municipios y definan el destino que se deba de dar a aquellos bienes susceptibles de ser utilizados dentro de su territorio para beneficio del turismo.

Debemos mencionar que esta nueva reforma traerá como consecuencia, muy probablemente la elaboración de una nueva Ley General del Turismo, la cual dará certidumbre y transparencia a las acciones programas del sector en los tres órdenes de gobierno.

Señoras diputadas, señores diputados: los integrantes de la Comisión de Turismo nos congratulamos por la presentación del dictamen y o dudamos que su aprobación redundará en beneficio del turismo nacional y del país.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Se han registrado, para fijar la posición de sus grupos parlamentarios, los siguientes diputados:

Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, el diputado Félix Castellanos Hernández; por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el diputado Rafael Servín Maldonado;por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, la diputada María Cruz Martínez Colín; por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el diputado Federico Granja Ricalde; por el Partido de la Sociedad Nacionalista, la diputada Norma Riojas.

En el caso de que nos llegue el registro del Partido Verde Ecologista, lo incorporaremos en el orden acostumbrado.

Se ofrece el uso de la palabra a la diputada Norma Riojas, del Partido de la Sociedad Nacionalista.

La diputada Norma Patricia Riojas Santana:

Gracias, señora Presidenta; con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

En el Partido de la Sociedad Nacionalista reconocemos que el turismo es y ha sido una de las actividades económicas más dinámicas y con mayor potencial de crecimiento a nivel mundial.

Es uno de los pilares de nuestra economía y una actividad prioritaria en los programas de desarrollo económico, político y social.

Sin embargo, la falta de planeación integral y de coordinación con las entidades federativas, los municipios y los sectores públicos y social, ha provocado una falta de visión global que permita la optimización entre los mercados internacionales y en consecuencia propicia un desarrollo sustentable generador de empleos, que mejore la calidad de vida de todos los mexicanos, que impulse el crecimiento y desarrollo de nuestra economía, el turismo interno y principalmente el social.

El proyecto de reforma constitucional que hoy nos presenta la Comisión de Puntos Constitucionales para otorgar al Congreso de la Unión la facultad para legislar en materia de turismo y establecer las bases de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado, representa la mejor herramienta para seguir impulsando este sector y convertirlo en una verdadera prioridad nacional.

Además es una reforma necesaria para seguir y consolidar el federalismo mexicano, pues representa una opción para descentralizar la administración del país y acabar con las antiguas políticas centralistas que tanto han lacerado la autonomía de los estados y de los municipios.

Los nacionalistas nos manifestamos a favor de modificar la Constitución para establecer la concurrencia en materia de turismo a los tres órdenes de gobierno. Esta modificación en la Ley Suprema, implicará que federación, estados y municipios realicen de manera armónica acciones y estrategias para plantear y fomentar y proporcionar actividad al turismo. Con un equipo capaz y comprometido que a su vez se coordinará con los sectores involucrados para asegurar la rentabilidad y competitividad, proporcionando el desarrollo sustentable en beneficio de la sociedad y eficientizando la función pública.

Si bien es cierto, la Ley Federal de Turismo resulta un buen intento para descentralizar las decisiones que sobre esta actividad se realizan, no menos cierto es que su contenido y aplicación resultan incongruentes con su espíritu, pues los proyectos, planes y programas se seguirán decidiendo desde el centro del país, sin tomar en cuenta las voluntades de entidades federativas y municipios.

El espíritu que impera en el dictamen para establecer las bases de coordinación de la facultad concurrente entre las federaciones, entidades federativas y municipios encuentra su fundamento en la actuación de las células básicas de la organización política de nuestro país, es decir, los estados y los municipios para que sean éstos que definan sus propios destinos y la mejor forma de desarrollar de manera sustentable los atractivos turísticos con los que cuentan.

Compañeras y compañeros legisladores: hoy es el momento de erradicar todas aquellas tendencias y leyes que reflejen este centralismo aberrante que tanto daño ha hecho a México. Hoy es el momento que todos los actores involucrados con el turismo nos comprometamos a fomentar una industria turística sin chimeneas, conservarla como un sector de punta y consolidarla como la actividad económica más importante del Siglo XXI.

Motor de impulso del desarrollo y proyección nacional que requiere nuestro país, debe ser el turismo una verdadera prioridad nacional a través de una política de Estado en la que participemos todos de manera plural e incluyente, que integre al resto de los sectores a la economía, generando oportunidades de empleo y desarrollo económico y social para todos los mexicanos. Esto es, en medio de un clima de oportunidades empresariales con un marco de libre competencia de tener presente en todo momento el espíritu nacionalista para incentivar el crecimiento del sector turismo.

Por lo anterior expuesto, el Partido de la Sociedad Nacionalista y como integrante de la Comisión de Turismo votará a favor del dictamen con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a favor.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias diputada, muy amable.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado Félix Castellanos Hernández, del grupo parlamentario del PT, hasta por 10 minutos.

El diputado Félix Castellanos Hérnández:

Muchas gracias, con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo acude a esta tribuna con el propósito de fijar su posición acerca del dictamen que nos presenta la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso el k a la fracción XXIX del artículo 73 de nuestra Constitución General de la República.

El propósito de la adición planteada es el de establecer la facultad expresa del Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de turismo y para establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado.

Indudablemente nuestro país cuenta con todos los elementos naturales para ser un importante destino turístico tanto para nacionales como para extranjeros. México cuenta con hermosas playas en ambos litorales, con ciudades coloniales que conservan su estilo arquitectónico original con modernas ciudades, con espectáculos artísticos del primer orden, con una cocina rica en su variedad y en su sabor, con importantes destinos para la práctica del ecoturismo y con reserva de la biosfera internacionalmente reconocida.

No obstante contar con todos los elementos anteriores, nuestro país no ha sido capaz de instrumentar una política eficiente que atraiga a nuestro territorio al turismo europeo, asiático, norteamericano, en tiempos de invierno. Estas visitas se dan más por el interés que se tiene de conocer México que por una adecuada política pública en el sector.

A la actividad turística se le ha denominado “La Industria sin Chimeneas”, esto en virtud de que en términos generales la actividad es no contaminante. Desde luego que no podemos soslayar el hecho de la importante derrama económica que esta actividad trae aparejada. Los cuantiosos ingresos que en moneda extranjera se reciben deben ser orientados a dinamizar este sector.

Es por ello que el dictamen que se nos presenta tiene el propósito de que a través de la facultad legislativa del Congreso en este sector con la correspondiente ley que en su oportunidad se expida, se contará con una base normativa que establezca las directrices para regular esta actividad. Pero también resulta importante el que se cuente con la coordinación necesaria entre los tres niveles de gobierno: la Federación, los estados, los municipios y el Distrito Federal, así como la participación de los sectores social y privado.

Potenciar la actividad turística es responsabilidad de los tres niveles de gobierno, así como de los sectores social y privado.

Es necesario fortalecer la infraestructura turística, generar mayores empleos en este sector y que México sea un destino turístico permanente y no de temporada.

El grupo parlamentario del Partido del Trabajo considera pertinente el establecimiento de la facultad expresa del Congreso de la Unión para legislar en esta materia, ya que ello permite superar el criterio de que al contar el Congreso con la facultad para legislar en materia de comercio, prevista en la fracción X del artículo 73 constitucional, se puede usar para legislar prácticamente sobre cualquier materia.

Es cierto que la actividad turística es comercial, pero el mérito de la reforma propuesta es superar los criterios de remisión a la fracción X del artículo citado.

Compañeras y compañeros legisladores: el grupo parlamentario del Partido del Trabajo apoya en lo general y en lo particular el dictamen que hoy se somete a nuestra consideración.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señor diputado.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado Rafael Servín Maldonado, del grupo parlamentario del PRD, hasta por 10 minutos.

El diputado Rafael Servín Maldonado:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros:

Finalmente votaremos la reforma al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que este Congreso de la Unión pueda legislar en materia de turismo.

Las cifras nos marcan que el turismo en nuestro país, en el primer semestre del presente año, arribaron más de 10 millones 294 mil turistas internacionales, dejando ingresos por 4 mil 500 millones de dólares y se recuperaron 23 mil 565 empleos en el sector, lo que significó compensar parte de la pérdida de los trabajos que se registraron en el año 2001.

Es el sector más dinámico en la economía de nuestro país, las expectativas son amplias, sin embargo, era urgente la consolidación de esta reforma que hoy seguramente con el voto mayoritario de todas las fracciones parlamentarias lograremos su aprobación.

Hoy damos muestra que a esta Cámara de Diputados nos interesa aprobar por consenso las reformas trascendentales para que ahora sí el turismo sea prioridad nacional.

México requiere una política definida que sea agresiva y de largo alcance, que los planes y programas generen certidumbre a los inversionistas, que se estimule en todos los aspectos la diversidad del mercado turístico, abriendo nuevas alternativas y programar una verdadera capacitación y educación turística.

No podemos quedar relegados ante la apertura de nuevos mercados turísticos. Es urgente una política de fortalecimiento de la actividad, ya que México ofrece una diversidad de atractivos para el turismo cultural, el de aventura, el ecoturismo y el de convenciones.

Hace más de 15 años se creó el último centro turístico integralmente planeado. En la actualidad se impulsan cinco megaproyectos turísticos en diferentes partes de la República, que por cierto algunos no cuentan aún con el permiso de la Semarnat para desarrollarlos.

Pero no hay que soslayar que el turismo interno ha generado la mayor parte de ingresos, que asciende a 53 mil millones de dólares, por eso es urgente el apoyo a medianos y pequeños empresarios que se ven prácticamente abandonados dentro del Plan Nacional de Desarrollo Turístico y también de las instituciones como el Fondo Nacional de Fomento al Turismo.

Hace algunos años había la propuesta de la desaparición de la Secretaría de Turismo, Secretaría que hoy debería de ser uno de los pilares fundamentales del desarrollo económico de nuestra nación, con un presupuesto suficiente para impulsar los diferentes destinos turísticos que hoy por hoy mantienen a México en la octava posición de captación de turismo a nivel mundial.

Desde esta soberanía hemos dotado en el Presupuesto de Egresos de la Federación a la Secretaría de Turismo de mayores recursos y en la etiquetación del 50% del cobro de derechos a no inmigrantes al Consejo de Promoción Turística, recursos en mi concepto insuficientes para generar el impulso de la oferta turística de México para que pueda acceder a una mejor posición en la captación de turismo a nivel mundial y así tener una verdadera derrama económica que redunde en el bienestar de la mayoría de los mexicanos.

Existe ahora una gran preocupación del sector restaurantero de nuestro país por el impuesto suntuario y por la falta de credibilidad del 100% del consumo en los restaurantes, que nosotros como legisladores debemos atender estos reclamos de este sector tan importante para el turismo que se encuentra en serios y graves problemas.

Con esta reforma, ahora sí los legisladores podemos legislar en todo el país sobre turismo y es una obligación de nosotros fortalecer esta industria, por eso el Partido de la Revolución Democrática pide su voto a favor de esta reforma constitucional.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señor diputado.

Se ofrece el uso de la palabra a la diputada María Cruz Martínez Colín, del grupo parlamentario de Acción Nacional.

La diputada María Cruz Martínez Colín:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

En representación del grupo parlamentario de Acción Nacional en esta LVIII Legislatura, hago uso de esta máxima tribuna para expresar nuestro posicionamiento en torno al dictamen que hoy está a discusión sobre la adición de una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En materia de facultar al Congreso de la Unión para legislar sobre turismo, compañeros legisladores, el grado de participación que el turismo tiene en la economía y el desa-rrollo comercial y social de nuestro país, en diversas ocasiones ha sido objeto de innumerables intervenciones en esta tribuna de compañeros diputados de los diferentes grupos parlamentarios.

En incontables veces se han expresado ya los beneficios que ha generado el sector turístico en nuestro país, no obstante en este momento es nuevamente oportuno hacer mención de las bondades que esta actividad le ha dado a México, pese a que los últimos 12 meses han sido difíciles para el desarrollo del sector turístico en todo el mundo, los resultados del turismo en México son razonablemente buenos. El turismo nacional contribuye con más del 8.3% del producto interno bruto, participa con el 18.3% del consumo privado del país y genera aproximadamente 1 millón 900 mil empleos directos.

En el entorno internacional, México ocupa el octavo lugar en llegada de turistas y el doceavo en captación de divisas.

Durante los primeros siete meses de este año, se observó una tendencia positiva y sostenida de recuperación, eso lo demuestra el cierre estimado para el 2002 con un flujo de 20 millones de turistas internacionales hacia nuestro país y una derrama estimada del orden de los 8 mil 400 millones de dólares.

Esto demuestra, compañeros diputados, sin duda alguna, la fortaleza que tiene el sector turístico mexicano y da muestras de que esta actividad es una gran partícipe en el desa-rrollo nacional.

Sin embargo, los diputados del grupo parlamentario del PAN consideramos que estas cifras pueden mejorar de forma tal que el turismo se convierta en una verdadera fuente de ingresos para nuestro país.

Creemos que es necesario diversificar las fuentes de ingresos que nuestro país requiere y que dejemos de depender de los ingresos petroleros.

México es un país con una gran diversidad biológica, ecológica, climatológica y cultural; goza de una gran variedad de tradiciones y costumbres que permiten ofrecer al público nacional e internacional una amplia gama de destinos turísticos.

Si esto es así, compañeros legisladores, entonces, ¿por qué no llevar a cabo las medidas necesarias para convertir a la actividad turística en una piedra angular para el desarrollo nacional?

Durante muchos años se han venido desarrollando programas, convenios de coordinación, planes de promoción, de desarrollo y de servicios turísticos, consejos consultivos y planes de objetivos estratégicos entre muchas otras medidas con el afán de verdaderamente desarrollar esta actividad.

Observamos que existe una diversa gama de opiniones sobre el cual debe ser la política turística que nuestro país debe seguir, lo que ha redundado en un sinnúmero de programas, proyectos y convenios tanto federales como de gobiernos locales esto ha sido resultado de las facultades exclusivas de la Federación y de los gobiernos locales; ciertamente esto ha originado que muchos programas y proyectos presenten políticas distintas, divergentes y hasta en ocasiones contrapuestas que generan un gran obstáculo para el desarrollo del turismo nacional.

Los diputados del grupo parlamentario del PAN consideramos que el turismo mexicano requiere urgentemente sentar la base que establezca los lineamientos generales para regular esta actividad; es necesario construir una política de mediano y largo plazos en la que estén alineados los diversos intereses. Debemos ya de tener una ley de turismo que implique el desarrollo conjunto de las conductas y de las actividades del Gobierno Federal y de los gobiernos locales.

En Acción Nacional creemos que es hora de potencializar y conjuntar los esfuerzos de los diversos órdenes de gobierno que hasta ahora se han venido realizando en forma individualizada, debemos tomar conciencia de que sólo uniendo trabajo y esfuerzo podemos lograr que el turismo se convierta en una verdadera fuente de ingresos para nuestro país.

En este sentido, el dictamen en discusión sobre la iniciativa para reformar el artículo 73 de nuestra Carta Magna y que facultaría al Congreso de la Unión para legislar en materia de turismo, es una verdadera expresión de federalismo. Qué mejor lugar para dejar expresa la concurrencia de los órdenes de gobierno que nuestra Carta Magna.

Compañeros diputados, aprobar esta reforma significa dar oportunidad de que se desarrollen las potencialidades de los diferentes órdenes de gobierno; de igual manera esta reforma permite una clara distribución de competencias, atribuciones, recursos y responsabilidades en materia turística y a la vez evita la dispersión de normatividad y criterios de política para este sector.

La aprobación de esta reforma permitirá también que los agentes directamente involucrados en el turismo, esto es, los sectores social y privado por ley, sean tomados en consideración en la elaboración de las políticas públicas para el desarrollo de la actividad turística.

Dicho lo anterior, colegas legisladores, no podemos dejar pasar este momento tan oportuno para incorporar los intereses de los gobiernos locales para incidir en el desarrollo nacional a través de la política turística.

Demos pues nuestro voto a favor de este dictamen en discusión, no condenemos al sector turístico a mantenerse estancado en un desarrollo prematuro.

Los diputados del grupo parlamentario del PAN y los integrantes de la Comisión de Turismo de esta Cámara, estamos seguros de que aprobar este dictamen significará el inicio de una nueva etapa para el desarrollo de la industria turística en México.

Quiero aprovechar para agradecer a la Comisión de Puntos Constitucionales y a todos los compañeros de la Comisión de Turismo para que esta iniciativa, en este día de hoy tan importante para el sector turístico y para los diputados de esta comisión sea dictaminado.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada. Se ofrece el uso de la palabra al diputado Federico Granja Ricalde, del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Federico Granja Ricalde:

Compañeras y compañeros diputados; señora Presidenta; Mesa Directiva:

Hoy venimos en unidad, en consenso y con una gran emoción a un evento en donde la reforma que hoy se presenta es de una gran trascendencia para el turismo nacional. Se cumple así un anhelo de muchos años gracias a la solidaridad de esfuerzo de la Comisión de Puntos Constitucionales y al voto unánime de la Comisión de Turismo, porque con esta reforma se faculta al Congreso Federal para legislar concurrentemente con estados, municipios y hacer y escuchar donde realmente se debate esta actividad, el sentir en cada región de lo que nos corresponde.

Por esa razón, por primera vez esta actividad va a enlazar a todos los niveles de gobierno y al Distrito Federal; hace copartícipe a los congresos estatales, porque los involucra y creo que es urgente que se vaya viendo la adecuación en el marco aquellas que ya lo tienen e integrar una nueva aquella a aquellos estados que aun con vocación turística, no tienen este marco jurídico.

Debemos pronto también adecuar nuestra ley federal para estar acorde a la actualidad turística, a la demanda, con una actividad que aquí ya se manifestó es generosa; crea empleos y mantiene la unidad cultural de este país. De esta manera se orillará a trabajar más unidos en torno no a un marco centralista, sino en el marco del federalismo en esta actividad, que estoy seguro que la industria sin chimeneas es una actividad muy generosa y que tiene que ponerse a los niveles mundiales para poder en este marco que tenemos en México de bellezas, de cultura, de gastronomía, de educación, de industria; crear esta actividad y consolidarla para que sea una fuente económica no sólo a nivel nacional, sino a nivel regional y municipal.

Lo anterior fue una gran demanda de amplios sectores que se dedican y se han dedicado por siempre a dedicada entrega, capacidad y su patrimonio en esta actividad. Hoy se les hace justicia.

Por esa fracción, la fracción parlamentaria del PRI respalda unánimemente esta iniciativa para aprobar la adición a la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una adición al texto, no modifica, que amplía facultades y hace realmente justicia y respaldo a quienes están dedicados a esta actividad. Por lo anterior expuesto, votaremos unánimemente los priístas en torno a esto, como espero que así lo haga todo el pleno.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, señor diputado.

Está a discusión en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

En virtud de que no hay registro de oradores, consulte la Secretaría a la Asamblea si el artículo único del proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentra suficientemente discutido el artículo único del proyecto de decreto, en lo general y en lo particular.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Se pide a la Secretaría se abra el sistema electrónico hasta por 10 minutos, para proceder a la votación del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Adrián Rivera Pérez:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación del proyecto de decreto.

(Votación.)

Se emitieron 344 votos en pro, cero en contra una abstención.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado el proyecto de decreto por 344 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

 

SECTOR AGRICOLA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

El siguiente punto del orden del día, es el dictamen a discusión de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, en relación a la reunión de la APEC.

Les informo a nuestros colegas diputadas y diputados que habrá votación con tablero electrónico sobre este dictamen.

Le ruego a la Secretaría dé lectura al mismo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.— Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

Honorable Asamblea: a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal, que en la reunión de líderes económicos del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico se busque, con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y de América Latina, un compromiso para promover que Estados Unidos reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas, presentada el 10 de octubre de 2002 por la diputada Heidi Storsberg Montes, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, que, en ejercicio de la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 párrafo sexto,incisos d, e y f, así como en el tercero transitorio fracción IV inciso a, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo descrito, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Primero. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados el día 10 de octubre de 2002, los secretarios de la misma dieron cuenta al pleno de la proposición presentada por la diputada Storsberg.

Segundo. La Presidenta de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: “túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial”.

Tercero. Mediante oficio número CCFI/002028/2002, de fecha 20 de octubre de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la comisión del contenido del mencionado punto de acuerdo.

Cuarto. El punto de acuerdo establece lo siguiente:

“El proyecto de ley agrícola conocido como “Farm Bill”, que otorgará 180 mil millones de dólares para apoyar a agricultores y ganaderos estadounidenses, en un periodo de 10 años, es una medida que no sólo resulta atentatoria contra el mismo espíritu de la cooperación internacional y los principios que pregona el regionalismo abierto que distingue a APEC, sino cuestiona los acuerdos alcanzados en la Cuarta Reunión Ministerial de Doha, Qatar, para eliminar los subsidios agrícolas y pone en peligro el éxito de la próxima reunión ministerial de la Organización Mundial de Comercio (OMC), por celebrarse el próximo septiembre de 2003, en Cancún.

“Es menester que, como legisladores, exhortemos al Poder Ejecutivo Federal a no priorizar una agenda de APEC sesgada al tema de la seguridad y del terrorismo internacional, sino colocar el tema del desarrollo en un orden de primera importancia. Es en este sentido que el Poder Ejecutivo Federal, responsable de dirigir la política exterior de México y las negociaciones económicas y comerciales internacionales, promueva un diálogo abierto y franco entre las naciones integrantes de APEC, a propósito de propiciar mejores condiciones para fomentar el desarrollo en la región.”

CONSIDERANDO

Primero. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas, se abocó a dictaminar el punto de acuerdo de referencia.

Segundo. El Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, mejor conocido como APEC, fue creado en el año de 1989. Actualmente, está integrado por 21 economías: Australia, Brunei, Darussalam, Canadá, Chile, China, Corea, Estados Unidos, Filipinas, Hong Kong, Indonesia, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Papua, Nueva Guinea, Perú, Rusia, Singapur, Tailandia, Taipei; China y Vietnam. Nuestro país ingresó en APEC en 1993, con el propósito de intensificar sus relaciones con los países de Asia-Pacífico.

Tercero. APEC representa para nuestro país un espacio de cooperación que abarca desde la concertación de una liberalización y facilitación de comercio e inversiones hasta la formación de una nueva concepción de la cooperación para el desarrollo. Esta se basa en un esquema de identificación de oportunidades y concertación de proyectos que serán puestos en práctica por los agentes económicos privados. Se trata de ayudar, a través del diálogo y la cooperación intergubernamental, a que los mercados de la región de bienes y servicios, incluyendo los mercados de factores, como son el capital, la fuerza de trabajo y la tecnología, tengan la infraestructura suficiente y los elementos de estabilidad, transparencia y confianza necesarios para florecer.

Cuarto. En la reunión de líderes de APEC de 1998 en Kuala Lumpur, Malasia, México anunció formalmente su compromiso de ser anfitrión de APEC en el año 2002. Esto significa que nuestro país deberá organizar y definir el contenido de las más de 100 reuniones que se celebrarán a lo largo del año.

Quinto. La apertura para los productos sensibles del TLCAN se pactó a 10 años y, a partir del 1o. de enero de 2003, estarán exentos de arancel. En todos los casos, la liberación fue gradual. En algunos productos, la gradualidad de la apertura fue menor y habrá un impacto en el último año por una reducción significativa de la protección; entre éstos destacan, en el caso agrícola, la cebada, malta, papa fresca y papa procesada; y, en el caso pecuario, el pollo, pastas de ave, trozos de pavo, grasas animales y huevo.

Sexto. Estados Unidos promulgó en mayo de este año la Ley Agrícola, la cual contempla las siguientes líneas de acción:

• Uso más eficiente y una posible ampliación de los recursos fiscales destinados al apoyo de los ingresos de los productores del campo.

• Ejecutar acciones concretas para elevar la productividad del sector primario y eficientar los esquemas de comercialización de sus productos, lo cual implicará mayores ingresos para las familias que habitan en las zonas rurales.

• Hacer uso del marco legal disponible para evitar una competencia desleal de las importaciones con la producción nacional, sin que ello atente contra la viabilidad de las cadenas agroalimentarias.

• Pugnar en los foros internacionales por la eliminación de los subsidios al sector primario, ya que ello impacta principalmente en los ingresos de los productores primarios de los países con menores ingresos.

Séptimo. Durante la última reunión ministerial de la OMC, en noviembre de 2001, nuestro país promovió entre los países miembros la posición de aceptar una nueva ronda de negociaciones únicamente con el compromiso de los países desarrollados de la eliminación de subsidios a la producción y exportación. En la declaración ministerial se incluyeron, por primera vez, dos disposiciones de la mayor importancia: un compromiso explícito sobre la eliminación gradual de los subsidios a la exportación agrícola por parte de los países desarrollados; y, segunda, un trato especial y diferenciado a los países en desarrollo como parte integrante de negociaciones futuras.

Octavo. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictamina consideran que este proceso será lento y complicado, por lo que es de suma importancia para nuestro país que durante el evento de APEC se procuren reuniones con el fin de sensibilizar a Estados Unidos sobre la problemática del subsidio por parte de Estados Unidos a sus productos agrícolas.

RESULTANDOS

Primero. Ser sede de APEC en 2002 constituye para México una gran oportunidad para buscar un compromiso para promover que Estados Unidos reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas, por lo que se aprueba el punto de acuerdo motivo del presente dictamen.

Segundo. Envíese el presente dictamen al Ejecutivo Federal, de manera urgente, para su desahogo en la reunión correspondiente.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 22 de octubre de 2002.— Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, presidente; José Ramón Mantilla y González de la Llave, Ildefonso Guajardo Villarreal, Reyes Antonio Silva Beltrán y, Francisco Agundis Arias, secretarios; José Bañales Castro, Orlando Alfonso García Flores, Moisés Alcalde Virgen, Jaime Salazar Silva, Francisco Javier Ortiz Esquivel, María Teresa Tapia Bahena, Jorge Urdapilleta Núñez, Carlos Nicolás Villegas Flores, Samuel Yoselevitz Fraustro, Francisco Luis Treviño Cabello, Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame, María Luisa Domínguez Ramírez, Rubén Benjamín Félix Hays, Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras, Hermilo Monroy Pérez, Manuel Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles, Jorge Schettino Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez, Rafael Servín Maldonado, Gregorio Urías Germán y Norma Patricia Riojas Santana.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputada.

Está a discusión el punto de acuerdo...

Se abre el registro de oradores.

Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La diputada María Miroslava García Suárez (desde su curul):

Presidenta, quiero hacer uso de la palabra.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Perdón, Miroslava, disculpe. La diputada Miroslava ha pedido hacer uso de la palabra.

La diputada María Miroslava García Suárez (desde su curul):

Para hacer un posicionamiento del PRD.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Va a hacer un posicionamiento la diputada Miroslava García Suárez, del PRD.

¿Alguna otra inscripción?

Tiene el uso de la palabra la diputada Miroslava García Suárez, del grupo parlamentario del PRD.

La diputada María Miroslava García Suárez:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros legisladores:

Quiero pedirles un poco de su atención para poder analizar, todos, este punto de acuerdo que presenta la Comisión de Comercio, pero que habría que decir varias cosas sobre el mismo para que todos estemos informados y enterados de los efectos que puede tener esta posición de México respecto a los subsidios.

En primer lugar, pues me parece bastante sorpresivo que un punto de acuerdo que se presentó recientemente, hace poco menos de una semana, haya sido arropado por la Comisión de Comercio para dictaminarse inmediatamente.

Quiero destacar que en la Comisión de Comercio, pues también hay muchos otros puntos de acuerdo y muchas otras iniciativas que se han presentado hace más de dos años y que todavía esperan dictamen.

Pero quisiera entrar en el tema de los subsidios y quisiera, compañeras y compañeros, que entendamos qué es lo que está pasando en el mundo globalizado donde México está compitiendo, por cierto, con reglas bastante asimétricas, con condiciones que nos ponen en desventaja en este comercio de la aldea global, en este comercio con muchos países del mundo en diferentes acuerdos y tratados económicos.

¿Qué pasa cuando hablamos de subsidios, si lo hacemos desde un punto de vista ideológico-económico, ignorando lo que realmente está pasando en el mundo y en nuestro país?

Lo digo porque finalmente hoy, lo que estamos padeciendo en el campo mexicano, el grave rezago de inversión que hay, la poca ayuda o la escasa política que hay para impulsar el desarrollo agrícola y agropecuario en nuestro país, habla de que desde el mismo momento en que se firmaron los acuerdos comerciales y el más importante y el primero, que es el Tratado de Libre Comercio con América del Norte, se suscribió en condiciones de gran desventaja para nuestro país, aceptando situaciones que ya veíamos como un desequilibrio en las relaciones económicas y comerciales con Estados Unidos y con Canadá y a esto se refiere el tema de los subsidios.

¿Qué pasa cuando México tiene un campo descapitalizado, un campo sin inversión a pesar de la contrarreforma constitucional que se hizo en el sexenio del usurpador Salinas de Gortari? ¿Qué pasa cuando México está tratando de ignorar su realidad económica y financiera, en un área tan importante y que para el PRD es estratégica, como es el campo mexicano?

¿Qué pasa cuando si observamos que la política internacional de nuestros principales socios comerciales, como son Estados Unidos de América, tienen una política fuertemente subsidiada para su campo?

Es decir, ¿cómo le estamos reclamando a nuestros socios los apoyos que están dando para el crecimiento, el desarrollo y la producción agrícola y agropecuaria en su país, cuando discúlpenme, compañeras y compañeros, ese énfasis, esos recursos nuestro Gobierno mexicano debiera estar pensando en otorgarlo al desarrollo de nuestro campo.

Es muy contradictorio que, por un lado, Estados Unidos de América, en el discurso diga estar en contra de los subsidios y sea a nivel mundial el principal promotor para no subsidiar ningún sector productivo. Pero, ¿qué pasa cuando en los hechos que es el país más proteccionista de su economía y que sabemos que es finalmente una política incongruente, entre lo que dice y promueve para con sus socios comerciales y lo que dice y promueve al interior de su país?

En ese sentido, compañeras y compañeros, me parece que nosotros no debiéramos caer en una trampa discursiva, y no debiéramos caer en una trampa de únicamente de exigir una reducción de subsidios en el mundo, sin ver lo que está pasando en nuestra casa, sin ver lo que está pasando precisamente por la falta de políticas y de apoyos a nuestro campo mexicano.

Nosotros, venimos hoy, a poner énfasis en esa contradicción mundial, en esa contradicción del discurso estadounidense, y me parece que sería bastante maniqueo poner las cosas en blanco y negro y decir: cualquier política de subsidios en el mundo, es negativa.

Compañeros esa posición el PRD no la puede compartir, porque precisamente estamos reclamando la atención del Gobierno Federal, para apoyar, invertir y sí subsidiar al campo mexicano.

Es por eso que esta diputada decidió tomar el micrófono y plantear que una verdadera política económica, con seriedad se tiene que dar a partir de un análisis de nuestra realidad, y que en todo caso me parece que un punto de acuerdo presentado recientemente, pues se dictaminó al vapor y se dictaminó con excesiva rapidez en la comisión, y yo no sé si esto tenga que ver particularmente, con el hecho de hoy en nuestro territorio mexicano, está por realizarse una importante cumbre que están agrupados en este bloque de APEC.

Esto es lo que queremos decir, no podemos condenar en lo general los subsidios en nuestro país ni en el mundo, y por otro lado sí estamos realmente preocupados por buscar condiciones equitativas de comercio y en la economía entre México y sus socios, tenemos que revisar muy puntualmente el capítulo, por ejemplo, del sector agrícola y agropecuario en el TLCAN y en ese sentido es que el PRD se pronuncia por una revisión integral de las políticas económicas y públicas para nuestro sector del campo para rescatarlo, para hacerlo productivo y por lo tanto no podemos estar a favor de esta proposición de punto de acuerdo.

Es cuanto, señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputada.

Me parece oportuno, para ilustrar la discusión y recogiendo una observación que nos hiciera el compañero diputado del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista, que el punto de acuerdo que se está sometiendo a votación es el que dice lo siguiente: “se solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal que en la reunión de líderes económicos de Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, se busque, con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y de América Latina, un compromiso para promover que Estados Unidos reduzca los subsidios que otorga a sus productos agrícolas”.

Es un planteamiento tal y como lo he leído textualmente. Eso es lo que se somete a votación y desde luego, el segundo que es “envíese el presente dictamen al Ejecutivo Federal de manera urgente para su desahogo en la reunión correspondiente”.

Tiene la palabra el diputado Moisés Alcalde Virgen, en pro.

El diputado Moisés Alcalde Virgen:

Buenas tardes, con el permiso de la Presidencia:

He deseado pasar a esta tribuna, por supuesto para apoyar el punto de acuerdo y clarificar el tema de discusión.

En meses pasados, el Congreso de Estados Unidos de América aprobó, en su cuenta de apoyo al campo llamada “Farm Bill”, el otorgamiento de 180 mil millones de dólares para apoyo al campo y a ganaderos estadounidenses por el periodo de los próximos 10 años.

Creemos que en términos de la discusión que hoy se presenta del Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico, dentro del cual uno de sus tres pilares fundamentales es la apertura y el libre comercio, esta medida es atentatoria contra tal foro que hoy se está realizando en nuestro país.

En tal virtud y entendiendo que las discusiones que se están llevando en Cabo San Lucas pueden tomar como tema fundamental la seguridad y la lucha contra el terrorismo, creemos urgente y congruente con la postura de nuestro país y con la postura del propio Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico, que se privilegie el tema en comento; es decir, la violación a los principios del Mecanismo de Cooperación Asia-Pacífico, de libre comercio por este subsidio que Estados Unidos han hecho de 180 mil millones de dólares por los próximos 10 años.

Es por tal motivo que la bancada de Acción Nacional apoya el punto de acuerdo para solicitar, en términos de urgencia al Ejecutivo, que suba este tema como prioritario en dicha reunión en Cabo San Lucas.

De tal manera, compañeras y compañeros legisladores, que no es por supuesto nuestro afán discutir ni politizar el tema de los subsidios, que por supuesto tiene mucho por delante de discusión en las diferentes comisiones que integran esta Cámara, sino solicitar de manera urgente, repito, al Ejecutivo, privilegie el tema del libre comercio en el Foro de Cooperación del Mecanismo Asía-Pacífico.

En tal virtud, yo les solicitaría a todos el apoyo a este punto de acuerdo y quedo a sus órdenes para lo que se ofrezca.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias.

Tiene la palabra en pro el diputado Jaime Rodríguez, del grupo parlamentario del PRI.

El diputado Jaime Rodríguez López:

Con su permiso señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

Iniciaría comentando que en esta reunión Asia-Pacífico, que se celebra hoy en México, ciertamente no es la instancia en la que habremos de resolver el problema de fondo que tiene qué ver con los apoyos que se dan al campo en las naciones.

La OMC tiene una instancia en la que México habrá de asistir con energía a exigir que no podrán los países en de-sarrollo y en el caso particular México, no podrán avanzar en su agricultura, de seguir Estados Unidos de América y Europa, de manera agresiva, apoyando a sus campos.

La APEC es una reunión en la que sobre todo Estados Unidos, está buscando plantear el tema del terrorismo.

El Partido Revolucionario Institucional está de acuerdo en que el Ejecutivo Federal debe de aprovechar esta instancia para que con las demás naciones, le exijan a Estados Unidos, que tenga una actitud más responsable. De otra manera, seguirán erosionando no sólo la agricultura de México, sino la agricultura de los países en desarrollo.

El 2003 marca para México sin duda alguna, una situación por demás difícil para su campo, no sólo por los apoyos que ha decidido Estados Unidos dar a su campo, de los 118 mil millones de dólares que aquí ya se expuso por otros legisladores, sino también por la apertura que se va a dar y que bueno, para nadie es aquí un secreto a voces, que en el caso del campo de México tenemos problemas muy graves: manifestaciones de porcicultores, de ganaderos, de productores de granos etcétera.

Bien, también aquí en el país se requier y es algo en lo que hemos coincidido no sólo la fracción del PRI sino otras fracciones, de que urge que en México se instaure una política de Estado que le dé certeza a nuestro campo, una política de Estado en la cual que de definido con certeza, qué productos del campo de México, serán opción en el futuro nuestro.

Con qué programas, con qué acciones y con qué apoyos también nuestros agricultores nacionales van a contar para poder seguir en su entorno trabajando y generando su agricultura.

Por ello pues, la fracción del PRI en este punto estuvo firmando con Acción Nacional, pero dejamos claro también que el Ejecutivo Federal debe hacer uso no de este foro en APEC solamente; se requiere que se haga el uso del derecho internacional, sobre todo en la OMC, que es a donde tenemos que ir a exigir que este giro de 360 grados que dio Estados Unidos no ayuda en nada a la construcción de las agriculturas que logren una estabilidad para todos y donde todos ganen, por supuesto y no solamente en su nación, en este caso.

Esta sería nuestra expresión y ojalá, ojalá porque también todavía dudamos, que ganemos en esta reunión esta batalla. Qué bueno que el Ejecutivo esté preocupado, ya lo expresaron los medios, de que hará uso legal en cuanto vean agredida la agricultura nacional por la entrada de productos.

Bueno, pues ya ahorita lo están haciendo, están entrando muchos agroproductos. Con ello nuestro país está ayudando a su economía. Lo que exigimos es que haya paridad en la acción tan erosionadora que Estados Unidos está generando no sólo con México, repito, sino con los países en desarrollo en sus agriculturas.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Esta Presidencia pregunta si hay algún otro orador.

Le ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutido el punto de acuerdo.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Le ruego a la Secretaría girar las comunicaciones correspondientes para recabar la votación por medio del sistema electrónico, el que se instruye se abra hasta por 10 minutos.

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación del proyecto de decreto.

(Votación.)

No se recibió ningún reporte de falla en el sistema. Se emitieron 323 en pro, seis en contra y 19 abstenciones.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Aprobado el punto de acuerdo. Comuníquese al Ejecutivo.

Pasando al siguiente punto del orden del día, continuamos con excitativas.

El diputado Salvador Cosío Gaona ha solicitado se posponga para la siguiente sesión.

El diputado Martí Batres Guadarrama ha solicitado se posponga para la siguiente sesión.

 

LEY DE COORDINACION FISCAL

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios, del grupo parlamentario del PRI, en consecuencia tiene el uso de la palabra para presentar una excitativa a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo.

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios:

Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

El 11 de septiembre de este año se presentó una iniciativa a nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante esta honorable Cámara a la iniciativa de reforma al artículo 1o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal y hasta la fecha no se ha emitido el dictamen correspondiente.

¿Cuál es el espíritu de esta iniciativa? Es reformar el artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, promoviendo la incorporación de una nueva fórmula para la distribución del 1% de la recaudación federal participable que ya en este momento está estipulado en la fracción III.

Ojalá y los compañeros de la Comisión de Hacienda pudiesen entender cuál es el motivo de esta fundamental iniciativa.

Primero, que tendremos la oportunidad de realmente crear una infraestructura hidráulica.

La Federación tiene en este momento una bolsa que incentiva a todos y cada uno de los municipios por su recaudación fiscal en agua potable y también en el predial. Sin embargo cuando llegan estos incentivos a los municipios, éstos los aprovechan en otras obras. Yo no quiero decir que no sean importantes, lo que tenemos que pensar es a dónde nos va a llevar con esa escasez de agua.

Hay que recordar que uno de nuestros principales socios comerciales dentro de su legislatura prohibe la exportación de ese líquido. Yo no entiendo entonces cómo no podemos darle la atención que se requiere.

Por lo antes expuesto y siempre rogando a la Presidencia que se inserte en el Diario de los Debates en su totalidad este documento, así como en la Gaceta Parlamentaria, hago un exhorto muy respetuoso a esta Presidencia para que a su vez exhorte a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a la de Fortalecimiento del Federalismo para que presente el dictamen respectivo a la iniciativa de reformas del artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal que fue presentada el 11 de septiembre.

Por su atención, muchísimas gracias.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LVIII Legislatura.

Excitativa a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo, para que dictamine la iniciativa de reforma al artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Ciudadana diputada Beatriz Paredes Rangel, Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.— Presente.

El que suscribe, en mi calidad de diputado federal a la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87, 21, fracción XVI, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente de esta Presidencia tenga a bien formular una excitativa a la Comisión de Hacienda y Crédito Publico y a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo a efecto de que se dictamine a la brevedad, para su presentación ante el pleno de este órgano legislativo, la iniciativa de reforma al artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Antecedentes.

El día 11 de septiembre de 2002, en nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, se presentó ante el pleno de esta Cámara la iniciativa de reforma al artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal y es fecha en que no se ha emitido el dictamen correspondiente.

Primero. Reformar el artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal proponiendo la incorporación de una nueva fórmula para la distribución del 1% de la Recaudación Federal Participable estipulado en la fracción III de dicho ordenamiento, proponiendo la incorporación de conceptos más actualizados en beneficio de todos los habitantes del país, ya que, de aprobarse la reforma propuesta, se garantizaría el crecimiento de la infraestructura hidráulica para la dotación permanente del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales en toda la nación, razón por la que quedaría incluida en el Capítulo I de dicha ley, que corresponde a la materia “de las participaciones de los estados, municipios y Distrito Federal en ingresos federales”.

La iniciativa en comento pretende:

• Primero. Aumento inmediato en cobertura de los servicios a la población.

• Segundo. Reforzamiento o sustitución de la infraestructura hidráulica existente.

• Tercero. Incremento de la eficiencia en la recaudación y, con ello, incremento del Fondo de Fomento Municipal.

• Cuarto. Minimización de subsidios a los organismos.

• Quinto. Cambio de números rojos a números negros en los balances económicos de los organismos.

• Sexto. Mayor cantidad de obra pública.

• Séptimo. Pago de adeudos y cuenta corriente a la Federación, que finalmente podrá lograr el pago de todos los organismos del país, en lugar de tener organismos irregularmente fiscales.

• Octavo. La reforma se podría convertir en el motor para acabar con el rezago de agua potable en el país y de sus servicios conexos vitales: drenaje y saneamiento.

CONSIDERACIONES

La presente reforma pretende, además de actualizar este cuerpo normativo, precisar el destino de los recursos del Fondo de Fomento Municipal que en la aplicación de la ley vigente se ha venido realizando y que, por ende, las modificaciones que se proponen tienen como objetivo esencial perfeccionar los niveles de eficacia y eficiencia en la asignación de recursos financieros hacia los ayuntamientos o, en su caso, a los organismos operadores para incrementar y mejorar la infraestructura hidráulica y, con ello, atender de manera eficiente y oportuna los requerimientos de la población.

Todos los municipios del país, así como los organismos operadores de los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado, enfrentan un alarmante y creciente rezago en materia de infraestructura hidráulica, que ha puesto en riesgo todos los proyectos de desarrollo urbano comercial e industrial por la falta y calidad de estos servicios.

También es conocido que sólo unos cuantos organismos operadores trabajan con números negros; la mayoría de estos organismos operadores carece de recursos económicos para sufragar los gastos de extracción, conducción, almacenamiento, rebombeo, distribución, captación y conducción de aguas residuales y de su saneamiento.

Para agravar esta situación, el decreto presidencial, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 21 de diciembre de 2001, que condona adeudos impagables por concepto de extracción de aguas nacionales también obliga a los ayuntamientos y a los organismos operadores al pago de sus derechos a partir de enero de 2002.

Esta fue una excelente oportunidad para los ayuntamientos y para los organismos operadores que tienen números negros, pero para quienes no tienen recursos es una oportunidad que no podrán aprovechar si antes no se modifican algunos ordenamientos legales, como es el caso de la Ley de Coordinación Fiscal, y aplicar adecuadamente la Ley Federal de Derechos en sus artículos 224-A y 231-A por parte de la Comisión Nacional del Agua.

Esta carencia de recursos ha creado un círculo vicioso adicional, que se presenta a nivel nacional: ni los municipios ni los organismos operadores tienen recursos económicos para incrementar su eficiencia e infraestructura ni la calidad de sus servicios; consecuentemente, el usuario se niega a pagar por un servicio que no recibe adecuada o eficientemente y, por tanto, los organismos no tienen recursos para crecer ni, mucho menos, para pagar sus derechos fiscales a la Federación.

La Ley de Coordinación Fiscal, en su artículo 2o.-A, establece actualmente que 1% de la recaudación federal participable se destine a la creación del Fondo de Fomento Municipal.

La distribución del fondo a cada uno de los estados se realiza mediante una fórmula en que se involucran dos parámetros sustanciales: la eficiencia de la recaudación por predial, a cargo de los ayuntamientos; y la eficiencia de la recaudación por derechos de agua, a cargo de los ayuntamientos o de los organismos operadores.

Esto implica que, en la actualidad, los ayuntamientos se quedan con más de 70% de los recursos generados por los organismos operadores, sin que los recursos de este fondo lleguen a los mismos para poder incrementar la infraestructura hidráulica, la dotación de un buen servicio y, con esto, su recaudación.

Toda esta fuente de recursos que se otorga a los ayuntamientos sin un fin determinado en la actualidad, a través del artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, debe ser destinada a los municipios, específicamente para incrementar la infraestructura hidráulica y, con ello, la cobertura, calidad, frecuencia y continuidad del servicio y, en caso de que existan organismos operadores, deberá ser destinada a ellos directamente a través del municipio, para que incluso puedan además pagar los derechos a la Comisión Nacional del Agua.

El mecanismo propuesto es relativamente simple; es seguir el viejo dicho de “lo del agua al agua” o, en forma jurídica, significa modificar el artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal de forma tal, que a través del Fondo de Fomento Municipal se destinen los recursos generados por la eficiencia de la recaudación por derechos de agua a los ayuntamientos o, en caso de existir, a los organismos operadores del país, recursos que ellos mismos generaron, para incrementar la infraestructura hidráulica y, con ello, la cobertura, calidad, frecuencia y continuidad del servicio.

A los ayuntamientos deberá integrarse la parte correspondiente por la recaudación en predial, mediante una adecuación de la formula con que se calcula actualmente el Fondo de Fomento Municipal y una adecuación de su texto, propuesta que se expone.

Si logramos hacer que esto funcione, tanto los propios municipios como sus organismos operadores podrían abatir el rezago en la infraestructura hidráulica que se presenta en todo el país y, al mismo tiempo, podrían consolidarse programas como el Promagua y tener acceso a los recursos fiscales que se ofrecen a través del Finfra.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, señora Presidenta de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:

Unico. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Hacienda y Crédito Público y a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa de reformas al artículo 2o.-A de la Ley de Coordinación Fiscal, presentada el 11 de septiembre de 2002 en nombre del grupo parlamentario el Partido Revolucionario Institucional.

Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 24 de octubre de 2002.— Diputado Víctor E. Díaz Palacios, grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se realiza una excitativa a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo, para que emitan el dictamen correspondiente.

La excitativa agendada por el diputado Tomás Torres Mercado, del grupo parlamentario del PRD, ha solicitado se posponga para la siguiente sesión.

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Jaime Martínez Veloz, para presentar una excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

El diputado Jaime Cleofas Martínez Veloz:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras diputadas; compañeros diputados:

El día 16 de abril del presente año, presenté a esta Cámara de Diputados, a este pleno, un punto de acuerdo acerca de un asunto que es de vital importancia para la ciudad de Tijuana.

Los tijuanenses durante años han luchado porque la tercera etapa del río sea una zona destinada a construir un área verde. Tijuana requiere y reclama áreas que puedan ser impulsadas como bosques, con el propósito de eliminar o de combatir la alta contaminación y la suciedad que ahora nos ha indicado, nuevas mediciones nacionales, que Tijuana es una ciudad sumamente sucia. Limpia por la actitud de sus habitantes, pero con mucha basura por la gran desatención que de la misma han hecho sus autoridades.

El decreto de donación del presidente Zedillo, del 27 de enero de 1998, en ninguna parte de su texto permite al gobierno estatal el pretexto para que las 350 hectáreas que comprende el volumen de donación, pueda, ninguna porción de las mismas, ser comercializada o vendida o transmitida la propiedad a terceros o a cualquier otra noción jurídica que pudiese implicar que el Gobierno del Estado de Baja California tuviere el derecho de enajenar la propiedad donada por la Federación.

No obstante lo anterior, las autoridades estatales se dieron el lujo de desviar la atención que pudiese haber provocado que el patrimonio en cuestión fuese debidamente discutido y aprobado por el Congreso del Estado en concordancia con la legislación estatal.

Los legisladores locales no tuvieron conocimiento de la incorporación oficial de tal patrimonio al activo del gobierno y menos aprobaron la pertinente desincorporación del dominio público del estado para que dichas donaciones fuesen incorporadas al dominio privado del estado para poder ser vendidas.

Por lo tanto, en estricto cumplimiento de la ley, todas las ventas realizadas hasta hoy en la segunda y tercera etapas del río Tijuana por las diversas entidades paraestatales, de acuerdo a la ley son nulas de pleno derecho.

Asimismo está comprobado de manera fehaciente que en dichos terrenos se realizaron de manera importante ventas a empresas ligadas a lavar dinero proveniente del narcotráfico, lo cual está ampliamente documentado en medios de comunicación nacionales y locales.

Junto a ello anexo a la presente el dictamen 146 del Congreso del Estado, donde se aprueba la solicitud de un crédito a Banobras y eso con el propósito de que si hubiere alguna discrepancia, de que no es válida una auditoría a un asunto de esta naturaleza porque supuestamente hay recursos de carácter federal, anexo este dictamen donde se aprueba la solicitud a Banobras de un crédito por 130 millones de pesos.

Además, anualmente se han dedicado recursos del Ramo 33 a las obras de urbanización de esta importante zona de Tijuana. Junto a ello también anexo un excelente reportaje de la periodista Adela Navarro, del periódico Zeta de Tijuana, donde documenta a cabalidad operaciones fraudulentas, acciones en donde se demuestra que esta urbanización se utilizó para beneficiar a funcionarios, amigos y compadres de quienes administran a este estado.

Por lo tanto, señora Presidenta, hago una excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de Fiscalización, con el propósito de que a la brevedad se pueda impulsar una auditoría a esta importante zona de Tijuana.

Es cuanto.

«Excitativa del diputado Jaime Martínez Veloz, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación con respecto a la realización de una auditoría de la tercera etapa del río en el municipio de Tijuana.

El 16 de abril de este año presenté un punto de acuerdo con el propósito de que se revisaran las acciones relacionadas con los terrenos que en Tijuana se conocen como los de la “Tercera etapa del río”, que fueron donados por el Gobierno Federal al Gobierno del estado de Baja California.

En el decreto de donación del presidente Ernesto Zedillo, del 27 de enero de 1998, en ninguna parte de su texto permite al gobierno estatal el pretexto para que de las 350 hectáreas que comprende el volumen de donación, pueda ninguna porción de las mismas ser comercializada o vendida o transmitida la propiedad a terceros, o cualquier otra noción jurídica que pudiese implicar que el Gobierno del Estado de Baja California tuviere el derecho legítimo de enajenar la propiedad donada por la Federación.

No obstante lo anterior, las autoridades estatales se dieron el lujo de desviar la atención que pudiese haber provocado que el patrimonio en cuestión, fuese debidamente discutido y aprobado por el Congreso del Estado en concordancia a la legislación local, pues los legisladores locales no tuvieron conocimiento de la incorporación oficial de tal patrimonio al activo del gobierno y menos aprobaron la pertinente desincorporación del dominio público del estado, para que dichas donaciones fuesen incorporadas al dominio privado del estado, para poder ser vendidas.

Por tanto en el estricto cumplimiento de la ley, todas las ventas hasta ahora realizadas en la segunda y tercera etapas de río Tijuana, por las diversas entidades paraestatales, de acuerdo con la ley, son nulas de pleno derecho.

Al mismo tiempo está comprobado de manera fehaciente, que en dichos terrenos se realizaron de manera importante, ventas a empresas ligadas a lavar dinero proveniente del narcotráfico, lo cual está ampliamente documentado, en los medios de comunicación nacionales y locales.

Junto a ello anexo a la presente excitativa, el dictamen 146 del Congreso del Estado de Baja California, donde se aprueba la solicitud de un crédito a Banobras, por la cantidad de más de 130 millones de pesos, para obras de urbanización de dichos terrenos, el cual entrego a la Secretaría de la Mesa Directiva. Al mismo tiempo podemos señalar que de la revisión de los recursos aplicados en esta propiedad podrá comprobarse la aplicación de recursos federales en estos terrenos donados por la Federación.

Estos terrenos sirvieron como negocio personal para las autoridades del estado, incluso el actual presidente municipal se benefició como comisionista en la venta de estos terrenos. Es decir el fideicomiso de la tercera etapa del río Tijuana se constituyó en la caja chica de los funcionarios, de sus amigos y compadres. Dejo en la Secretaría de la Mesa Directiva un excelente reportaje de la periodista Adela Navarro del semanario Zeta de Tijuana, que documenta lo que he planteado.

Por ello solicito que los documentos entregados a la Mesa Directiva, sean distribuidos entre cada uno de los integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con el propósito de que valoren y reflexionen sobre la urgencia de auditar estos terrenos que en Tijuana se convirtieron en un excelente negocio para unos cuantos.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 25 de octubre de 2002.— Diputado Jaime Martínez Veloz.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se realiza una excitativa a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación para que emita el dictamen correspondiente.

 

INSTITUTO NACIONAL DE PENSIONADOS

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, para presentar una excitativa a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social.

El diputado José Manuel del Río Virgen:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

Con fecha 24 de noviembre de 1992 se presentó ante el pleno de esta Cámara una iniciativa de Ley Sobre la Creación del Instituto Nacional de Pensionados, con la que se pretende mejorar la calidad de vida de los trabajadores pensionados mediante el incremento de su poder adquisitivo para bienes y servicios indispensables para ellos y para sus familias.

1. Independientemente de la entidad pública que les haya dado ese carácter, sean pensionados del IMSS o del ISSSTE o de cualquier otra institución.

2. Que dicha iniciativa fue turnada para su dictamen a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, sin que a la fecha se haya producido éste, no obstante que ha transcurrido en exceso el término que para el caso tenían, pues están por cumplirse ya casi 10 años.

Con la creación de ese instituto se pretende coadyuvar con las instituciones preexistentes, a efecto de que los trabajadores pensionados obtengan beneficios generales, equitativos y de manera oportuna, sin que representen una carga para los trabajadores en activo.

Los jubilados y pensionados, los dirigentes de los jubilados y pensionados, tienen la convicción de reconocer e impulsar este instituto. Los jubilados y pensionados, la gran mayoría quiere este instituto, porque nosotros tenemos la obligación de reconocerles que ellos han construido este México del que ahora gozamos nosotros.

Estos jubilados y pensionados dejaron su vida, dejaron su salud en las oficinas públicas, en las empresas; merecen nuestro respeto, merecen vivir mejor.

Los jubilados y pensionados ya no deben ser considerados como una molestia, pues esta iniciativa contempla el autofinanciamiento de una institución que los beneficia con recursos propios, dignificando y enalteciendo la experiencia y el talento que algunos se han empeñado en menospreciar.

La creación del Instituto Nacional de Pensionados es una solución viable que ha dormido el sueño de los justos, casi una década en la congeladora legislativa; hay que desempolvarla compañeras y compañeros diputados, para favorecer a los pensionados y jubilados de todo nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto, compañeras y compañeros que también serán jubilados y pensionados, les pido de favor, sobre todo a los compañeros de las comisiones que estoy aludiendo, que dictaminen esta iniciativa.

A usted, señora Presidenta, le ruego se sirva excitar a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para que presenten el dictamen de la iniciativa de ley a la que he hecho referencia, en el término que les sea señalado.

Gracias, señora Presidenta, gracias compañeras y compañeros.

«Excitativa a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social

El suscrito diputado integrante de Convergencia por la Democracia Partido Político Nacional, con fundamento en lo previsto por el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a esta Presidencia se excite a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, al tenor de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 24 de noviembre de 1992 se presentó ante el pleno de esta Cámara, una iniciativa de Ley Sobre la Creación del Instituto Nacional de Pensionados, con la que se pretende mejorar la calidad de vida de los trabajadores pensionados, mediante el incremento de su poder adquisitivo para bienes y servicios indispensables para ellos y sus familias, independientemente de la entidad pública que les haya dado ese carácter, sean pensionados del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución.

Segundo. Que dicha iniciativa fue turnada para su dictamen a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, sin que a la fecha se haya producido éste, no obstante que ha transcurrido en exceso el término que para el caso tenían, pues están por cumplirse casi 10 años de su presentación.

Con la creación de este instituto se pretende coadyuvar con las instituciones preexistentes, a efecto de que los trabajadores pensionados obtengan beneficios generales, equitativos y de manera oportuna, sin que representen una carga para los trabajadores en activo.

En Convergencia por la Democracia tenemos la convicción de reconocer e impulsar a los pensionados y jubilados que han dejado parte de su vida y de su salud, en sus fuentes de trabajo.

Los jubilados y pensionados ya no deben ser considerados como una molestia, pues esta iniciativa contempla el autofinanciamiento de una institución que los beneficia con recursos propios, dignificando y enalteciendo la experiencia y el talento que algunos se han empeñado en menospreciar.

La creación del Instituto Nacional de Pensionados es una solución viable que ha dormido el sueño de los justos casi una década en la congeladora legislativa.

Hay que desempolvarla para favorecer a los pensionados y jubilados de todo nuestro país.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se solicita a la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara:

Unico. Se sirva excitar a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para que presenten el dictamen de la iniciativa de ley a que se ha hecho referencia, en el término que les sea señalado.

Palacio Legislativo, a 24 de octubre de 2002.— Diputado José Manuel del Río Virgen, Partido Social de Convergencia por la Democracia.»

La Presidenta, diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

De conformidad con lo que establece el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; se realiza una excitativa a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, para que emitan el dictamen correspondiente.

 

CONSTITUCION DE APATZINGAN

La Presidenta, diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Continuando con el orden del día, compañeras y compañeros legisladores, pasamos al capítulo de efemérides. En ese sentido, para rememorar el aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán, se han registrado por los grupos parlamentarios los siguientes diputados; Manuel Duarte Ramírez, del grupo parlamentario del PRD, María Cruz Martínez Colín, del grupo parlamentario de Acción Nacional y Luis Eduardo Jiménez Agraz, del grupo parlamentario del PRI.

Tiene la palabra el diputado Manuel Duarte Ramírez, del grupo parlamentario del PRD, hasta por cinco minutos.

El diputado Manuel Duarte Ramírez:

Gracias, diputada Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

El día 22 de octubre se celebró el CLXXXVIII aniversario de la promulgación de la Constitución de Apatzingán. El 22 de octubre de 1814 en la ciudad de Apatzingán, Michoacán, se promulgó la primera Constitución de México, que se tituló: Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana.

Ese documento está basado en la Constitución de Cádiz, pero a diferencia de ésta preveía la institución del régimen republicano de gobierno, la soberanía popular y el derecho del pueblo a cambiar su forma de gobierno. Reconoce la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial destacando como poder supremo al Congreso compuesto por 17 diputados de las provincias con facultades legislativas, políticas y administrativas destacando entre ellas la facultad de nombrar a los miembros del Gobierno o Poder Ejecutivo del Supremo Tribunal de Justicia.

Proclama igualmente la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la libertad de palabra y de prensa, la inviolabilidad del domicilio, ideas que han sido recogidas e incorporadas en nuestros textos constitucionales y que se encuentran contenidas en nuestra Constitución vigente.

La Constitución de Apatzingán se inspiró en mayor medida en el modelo liberal democrático de las constituciones francesa y española que en las ideas políticas y sociales de Morelos promulgadas en el documento Sentimientos de la Nación.

No obstante sus avances no instrumentó medidas para moderar la opulencia de los ricos y la indigencia de los pobres, pensamiento central de Morelos plasmado en Los Sentimientos de la Nación.

En la Constitución de Apatzingán de 1814, al depositar el Poder Ejecutivo en tres personas en vez de una sola, propiciaba la anarquía del movimiento insurgente que Morelos había tratado de evitar y limitaba su papel como líder revolucionario y su actuar como militar y político.

La división de poderes ha sido una de las piezas maestras de la doctrina constitucionalista moderna al igual que la doctrina de la soberanía popular, de los derechos del hombre y del régimen representativo. La exigencia de dividir el ejercicio de las potestades del Estado fue técnica obligada en la elaboración de las constituciones que surgieron de las revoluciones democrático liberales en América y Europa.

El ideario político del movimiento mexicano de Independencia adquirió congruencia doctrinal y sistema en su formulación bajo el liderazgo de don José María Morelos y Pavón. Fue entonces cuando el ideal de una independencia completa se manifestó con toda claridad y fuerza.

Uno de los grandes méritos del cura Morelos fue haber planteado la preocupación constitucional en la historia política de México, convocando a la reunión del primer Congreso constitucional mexicano. Es a Morelos a quien se atribuye fundamentalmente el primer ensayo constitucional. La Constitución de Apatzingán representan el adelanto del ideario que había de configurar la estructura política en la nueva nación soberana, dentro de los modelos doctrinales del Estado liberal democrático.

Como ha dicho el maestro Jesús Reyes Heroles, representa el primer planteamiento radical del liberalismo mexicano y no obstante de que esta Constitución no llegó a regir la vida política de un Estado que para entonces no acababa de surgir, constituyó un documento ejemplar para comprender la evolución posterior de las ideas y de las instituciones políticas mexicanas.

Muchas gracias compañeros diputados, muchas gracias señora Presidenta.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, compañero diputado.

Para presentar el posicionamiento en torno a esta efemérides del grupo parlamentario del PAN, tiene la palabra la diputada María Cruz Martínez Colín.

La diputada María Cruz Martínez Colín:

Con su permiso señora Presidenta; señoras y señores diputados:

La soberanía popular, la división de poderes y los derechos del hombre fueron algunos de los principios fundamentales plasmados el 22 de octubre de 1814 en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, mejor conocido como la Constitución de Apatzingán, principios básicos que hoy más que nunca a 188 años de su promulgación, encuentran vigencia.

Más que un código político la Constitución de Apatzingán resumía la ideología del proyecto insurgente y era el fruto de arduas labores de las expresiones independentistas, el pensamiento de Hidalgo llegó a vislumbrar un Congreso que se compusiera de representantes de todas las ciudades, villas y lugares del entonces reino que dictara leyes suaves, benéficas y acomodadas a las circunstancias de cada pueblo.

Los elementos constitucionales elaborados en agosto de 1811 por Ignacio López Rayón y la Junta de Zitácuaro, órgano que unió a los principales caudillos insurgentes fueron el primer intento de regular con leyes constitucionales los ideales emancipadores.

Para unificar la acción insurgente y ante la incapacidad de la junta para hacerlo, se contempló la necesidad de crear un Congreso y con ello iniciar una etapa constructiva dentro del movimiento independentista.

Con tal motivo, Morelos convocó en Oaxaca, en abril de 1813 para que se instalara en Chilpancingo, un Congreso Nacional; el 14 de septiembre de este mismo año, se instauró formalmente el Supremo Congreso Nacional de América.

Durante la primera sesión pública del Congreso, Morelos dio a conocer sus Sentimientos de la Nación que contemplaba el establecimiento de un gobierno propio demandando al Congreso que declarara que la América era libre e independiente y que la organización política del Gobierno estuviera dividida en tres funciones; asimismo, la obra se pronunciaba por la abolición de la esclavitud, la desaparición de las castas, el respeto a la propiedad y la inviolabilidad del domicilio, entre otros ideales de igualdad.

Así, el 6 de noviembre de 1813 al concluir las sesiones del Primer Congreso Constituyente se expidió el acta solemne de la declaración de la Independencia de América Septentrional en la que se declaró la disolución definitiva del vínculo de dependencia con el trono español.

Desde esa fecha el Congreso ante la persecución realista recorría de un lado a otro el territorio de Michoacán, dirigiendo desde Tiripetio el 15 de junio de 1814 un manifiesto a la nación en el que se informaba sobre la elaboración de un proyecto de Constitución.

Fue hasta el 22 de octubre que el Congreso de Anáhuac redactó el decreto constitucional de Apatzingán por haber sido en esta población donde se sancionó.

La Constitución de Apatzingán se conformó por dos partes fundamentales: la parte dogmática consignaba garantías individuales como la igualdad social, el derecho de la propiedad, el derecho de elección, la inviolabilidad del domicilio, el derecho al trabajo y a la educación, así como el derecho a la libertad de expresión y de pensamiento.

La parte orgánica del texto fijaba las bases y atribuciones de la forma de gobierno y establecía la división de poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial no debiendo éstos ejercerse ni por una sola persona ni por un único cuerpo. Esos poderes operarían en forma autónoma, aunque con supremacía del Poder Legislativo sobre los otros dos.

Era también este documento fundamental un instrumento de lucha que buscaba reemplazar a la monarquía por la República, el despotismo por la libertad, la sujeción por la independencia, la conquista por la reivindación y la sucesión de la corona por nacimiento, por la elección democrática.

A pesar de que el gobierno nombrado por el Congreso no ejerció ningún poder efectivo y la Constitución misma no llegó a tener vigencia real ya que en el año de promulgada, Morelos fue hecho prisionero y la administración virreinal se había restablecido en la mayor parte del territorio de la Nueva España.

El decreto constitucional de Apatzingán representó un gran avance social, los conceptos democráticos y liberales contenidos en aquél texto con el que se intentaba fundamentar la existencia de la nación, son de tal importancia jurídica y política que hoy en parte están presentes en nuestra Carta Magna.

Es innegable que aquél orden constitucional de 1814 fundado en la igualdad social, fue producto de la tarea de hombres con un amplio sentido de civismo; así, la tarea central obligatoria e inaplazable de nosotros los legisladores es ahora, como lo fue antes y lo seguirá siendo, cada vez con mayor exigencia, la de instaurar, cumplir y perfeccionar cada vez más la Ley Fundamental y los principios básicos que en ella se encuentran consagrados en aras de un desarrollo armonioso y equilibrado de nuestra patria.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputada.

Se ofrece el uso de la palabra al diputado Luis Eduardo Jiménez Agraz, del grupo parlamentario del PRI, para referirse al mismo tema.

El diputado Luis Eduardo Jiménez Agraz:

Con el permiso, señora Presidenta; con el permiso de las señoras y señores diputados:

Hace solamente unos cuantos días la Cámara de Diputados rindió homenaje a la memoria de don José María Morelos y Pavón. Todas las fracciones parlamentarias sin distinción de siglas que le dan su identidad e ideología a los partidos, coincidió en reconocer no solamente en el héroe su condición de líder social. Conductor de hombres, en este caso de campesinos, mineros, labradores que ante la convocatoria para iniciar el gran movimiento de la Independencia Nacional de 1810, por voz de don Miguel Hidalgo y Costilla, llevarse a cabo una de las más grandes hazañas para lograr la liberación de los mexicanos frente al imperio español.

Don José María Morelos y Pavón no sólo fue un fiel continuador de la lucha iniciada por el “Padre de la Patria”, Morelos, héroe legendario por su mérito propio, defendió con su vida la causa suprema de la Independencia, desafió la inquisición y de las fuerzas y las armas imperiales.

Básicamente su gran capacidad de conductor de ejércitos populares y su fortaleza de héroe le dan una dimensión universal, porque Morelos era un gran pensador, sin dimensión temporal porque la vigencia de su pensamiento trascendió con todos los tiempos para delinear con la República, una nación y una organización del Estado, sustentado en su propio pensamiento expresado en Los Sentimientos de la Nación.

En 1814, previo al Congreso de Apatzingán, en el cual considera Morelos que había que darle fin a la guerra y abrir el amplio cauce de la formación de la República, bajo los principios de respeto a la soberanía popular y territorial. Al mismo tiempo trazar las bases del nacimiento del Estado sustentado en una división de poderes, en los cuales el poder supremo fuera el Poder Legislativo como constructor del nuevo Estado de Derecho que había de privilegiar a la justicia en su contenido social, a partir de lograr una nación en la cual la igualdad fuera sus bases en el derecho, que trascendiera a la igualdad de los individuos y a la igualdad de las naciones.

Desde 1814 hasta estos días, han transcurrido dos siglos de la vida independiente de la nación mexicana, en la cual sus instituciones son el reflejo del pensamiento de Morelos y de las bases trazadas por él para la Constitución de Apatzingán.

Después del asesinato de Morelos se pensó que con su muerte física habían de desaparecer los ideales y había de desaparecer su pensamiento y aquí está en los muros de la Cámara, en el homenaje sucesivo a las grandes gestas que en dos siglos le han dado fuerza y fisonomía a la nación, en la cual las gestas sangrientas y dramáticas tienen un denominador común: la lucha por el respeto a la soberanía de nuestro pueblo y a su voluntad de construir la nación que hoy vivimos.

Por esa razón, hoy viene el Partido Revolucionario Institucional a rendirle homenaje a un héroe entrañablemente nuestro en estos tiempos en que la soberbia de los gobernantes se pretende ubicar por encima de la lección suprema de Morelos, de que siendo el depositario de la voluntad popular, prefirió antes de incurrir a la tentación de la dictadura y la intolerancia, transformarse en el “Siervo de la Nación”.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, diputado.

 

ONU

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Pasamos a la efemérides sobre el aniversario de la Organización de las Naciones Unidas.

Se han registrado con este propósito, los diputados: Erika Elizabeth Spezia Maldonado, Sergio Acosta Salazar, Tarcisio Navarrete Montes de Oca y Víctor Emanuel Díaz Palacios.

Tiene la palabra la diputada Spezia Maldonado, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hasta por cinco minutos.

La diputada Erika Elizabeth Spezia Maldonado:

Muchas gracias. Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

El día de hoy, al conmemorar un aniversario más de la Organización de las Naciones Unidas, los legisladores del Partido Verde Ecologista de México, observamos que ante los vertiginosos cambios en la conformación político-social del mundo, las Naciones Unidas tienen nuevos e importantes retos que deben enfrentar, solamente una profunda reforma podrá garantizar hacer frente con éxito a los retos que enfrenta la humanidad.

El terrorismo está aumentando en su destructividad, en su amplitud y en su dificultad de prevenir. Además, la severidad de los conflictos étnicos y religiosos también está aumentando, así como el número de países que cuentan con armas de destrucción masiva.

Hoy en día, existen millones de refugiados en distintas regiones del orbe y cualquier grupo extremista es capaz de generar armas químicas o biológicas.

Ante este panorama, deben surgir nuevas estrategias para lograr la paz y la seguridad mundial, así como para estimular el respeto por la diversidad y compartir valores éticos globales.

En este sentido, la Asamblea General de la ONU constituye la mayor personificación del carácter democrático y entraña los esfuerzos por emprender una misión global. Sin embargo, esta Asamblea ha sido progresivamente marginada y degradada tanto dentro de la ONU como en la escena mundial.

Frecuentemente ha abdicado su responsabilidad y ha actuado como si fuera impotente e inferior, de manera que no ha ejercido efectivamente sus atribuciones de amplio alcance.

Por ello, uno de los principales desafíos es permitir que la Asamblea General adopte su lugar central en los procesos de decisión global. Esto requerirá darle apoyo institucional financiero y de personal adecuado, así como extender su calendario de trabajo.

Sin estos cambios, la Asamblea General no podrá abordar de manera total e integrada la agenda global relacionada con temas políticos, económicos, sociales y ambientales.

En este contexto, será de especial importancia reafirmar las atribuciones y funciones de la Asamblea General con respecto a las cuestiones de mantenimiento de la paz y humanitarias, tantos temas que han surgido como preocupaciones centrales de la organización.

Existe la necesidad de ampliar los métodos de solución de estos problemas y sus causas subyacentes, así como de asegurar que exista mayor participación democrática en las deliberaciones y toma de decisiones en este campo.

De igual manera, el surgimiento del Consejo de Seguridad refleja no solamente la gran cantidad de crisis que afectan a muchas partes de mundo, sino también el hecho de que unos pocos países poderosos actúen en gran medida, de forma dominante y antidemocrática.

La naturaleza de las reformas del Consejo de Seguridad son, por lo tanto, de fundamental importancia y deberán concentrarse en ampliar la representatividad del Consejo de Seguridad, poner fin al poder de veto y eliminar los escaños permanentes.

La población mundial, requiere que las Naciones Unidas tomen el liderazgo que le corresponde en esta nueva época de gobernabilidad mundial y que se convierta en una organización más efectiva, con una capacidad de respuesta más rápida, flexible pero enfocada, más delgada y productiva.

Hoy, en el aniversario LVII de la Fundación de la Organización de las Naciones Unidas, hacemos votos para que todos los países miembros de la organización, retomen el espíritu que le dio vida y se comprometan a trabajar más duro, para aliviar el sufrimiento que pudiera existir en cualquier parte del mundo.

Las Naciones Unidas son ahora, más que nunca, imprescindibles en la creación de un mundo mejor y más seguro para todos.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señora diputada.

Para referirse al mismo tema tiene la palabra el diputado Sergio Acosta Salazar, del grupo parlamentario del PRD.

El diputado Sergio Acosta Salazar:

Con su permiso, señora Presidenta:

Las Naciones Unidas fue un nombre concebido por el presidente de Estados Unidos, Franklin Roosevelt y se dio por primera vez en la Declaración de las Naciones Unidas, el 1o. de enero de 1942, durante la Segunda Guerra Mundial, cuando los representantes de más de 26 naciones, estableció el compromiso, a nombre de sus gobiernos, de proseguir juntos a la lucha contra la potencia del eje.

La Carta de las Naciones Unidas fue redactada por los representantes de más de 50 países reunidos en San Francisco, del 25 de abril al 26 de junio de 1945, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional, los delegados basaron sus trabajos en las propuestas formuladas por los representantes de China, Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Soviética.

La Carta fue firmada el 26 de junio de 1945 por los representantes de 50 países, Polonia que no estuvo representada en la conferencia la firmó más tarde, convirtiéndose en uno de los estados miembros fundadores.

Las Naciones Unidas adquirieron existencia oficial el 24 de octubre de 1945, al quedar ratificada la Carta por China, Estados Unidos, Francia, el Reino Unido y la Unión Soviética y por la mayoría de los demás signatarios.

Las Naciones Unidas son un noble experimento en cooperación humana, en un mundo que sigue dividido por muchos y diversos intereses y atributos. Las Naciones Unidas tratan de dar sentido a una visión de unificación, la comunidad de las naciones, la humanidad común de los pueblos y la singularidad del planeta que es uno solo. Aún más la misión histórica de las Naciones Unidas, no consiste tan sólo en actuar con lo que ya existe, sino ampliar los elementos que conforman la base común de las naciones, cruzar espacio para alcanzar y mejorar un número mayor de vidas humanas y transcender el tiempo para entregar a las generaciones futuras la herencia material y cultural, que custodiamos en bien suyo.

No hay ninguna organización internacional, que pueda compararse con la Organización de las Naciones Unidas, en cuanto a su capacidad para determinar las nuevas cuestiones que se plantean en el horizonte político y para idear planes y acciones, que permitan hacerle frente en particular a las esferas del medio ambiente y las cuestiones de de-sarrollo social, además de los fenómenos tan perturbadores de la sociedad civil mundial, como son el tráfico de drogas, las redes criminales transnacionales y terrorismo.

Sin embargo, sigue siendo una sensible diferencia entre las aspiraciones y los logros a pesar de la prosperidad sin precedente de que disfrutan muchos países, gracias al avance tecnológico y a la mundialización de la producción y las finanzas.

Y, ¿qué ocurre con la organización internacional? Mientras que para bien o mal, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, tratan de apagar los incendios financieros del mundo, en la mayoría de sus conflagraciones políticas, el más importante de los organismos internacionales, la ONU, virtualmente se limita a hacerla de espectador; la ONU ha sabido conjugar su idealismo con cierto cinismo. Sin embargo, la organización se fundamenta en un criterio realista: el mundo la necesita o necesita de algo similar a ella para tratar de prevenir que las disputas internacionales se conviertan en guerras y para detenerlas cuando éstas se produzcan.

La liga de las Naciones Unidas, predecesora de la ONU, fracasó porque nunca incorporó a más de cuatro de las siete mayores potencias de su época; notablemente Estados Unidos, la elección fue que es una organización de tal naturaleza y será eficaz sólo si cuenta con el apoyo de las grandes potencias, la más importante razón, aunque no la única por la que la ONU no está actuando hoy día, porque las grandes potencias no le permiten que siga el funcionamiento.

Podemos hablar más acerca de la situación histórica de la ONU, pero refiriéndonos al tema actual, podemos decir que la ONU precisamente fue creada como un organismo pacifista, no como un organismo donde se permita y que juegue un papel como la arena política mundial a los intereses del primer mundo o del primer país, que es Estados Unidos.

La ONU ha sido utilizada para que ahí se mancille el nombre de Cuba, para que ahí, con respecto a los derechos humanos, sirva de una manera tajante en contra de este país caribeño; la ONU ha servido para que Estados Unidos diga quién y a dónde y a quiénes debe atacar, como es el caso de Irak, que está en su mente; es el conflicto de Palestina-Israel que no se ha podido detener, porque no le interesa a Estados Unidos. Es decir, la ONU poco a poco ha perdido el sentimiento pacifista; la ONU, después de 50 años, aún sigue siendo manipulada por Estados Unidos.

Sabemos bien que este organismo debe de existir porque debe de haber un organismo internacional que marque la pauta para la paz mundial y que no se rompan los equilibrios, pero también sabemos que la ONU no debe de estar supeditada a ningún interés de carácter internacional ni a ninguna potencia. Su representante realmente no ha sabido ni ha podido contener las miles de violaciones de los derechos humanos en todo el mundo, principalmente en Estados Unidos.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Diputado, nada más recordarle que ha concluido su tiempo.

El diputado Sergio Acosta Salazar:

Termino, termino diciendo: organismos como éstos, realmente son los que se necesitan, pero se necesita que se democraticen y que realmente cumplan su función pacificadora; no que permita intervenciones ni expansionismos y que no se convierta como un “ring” político internacional que beneficie únicamente a Estados Unidos.

Gracias, muy amable.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del grupo parlamentario de Acción Nacional, para referirse al mismo tema.

El diputado Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca:

Muchas gracias, gracias, señora Presidenta.

A nombre de mi grupo parlamentario, deseo expresar nuestra alegría por un aniversario más de las Naciones Unidas, porque es el instrumento civilizado que ha creado la comunidad internacional y debemos preservarlo. Sus propósitos no pueden ser más elevados, refinados y humanistas.

Por supuesto que tiene deficiencias, tiene debilidades, pero también una sabiduría que se expresa en múltiples tratados internacionales que hoy funcionan por todo el mundo.

Mi partido y México siempre han contribuido a su engrandecimiento y al desarrollo del derecho internacional. Pero no cabe duda y coincidimos en que urge su democratización y la ampliación del Consejo de Seguridad, para que pueda tener mayor representatividad de todas las regiones del mundo y particularmente nos interesa, de América Latina.

Hoy que el Consejo de Seguridad en estos días, vive una de sus etapas más delicadas, ya que habrá de tomar una difícil decisión en el caso de Irak, hacemos votos para que el contenido de esta decisión, vaya encaminada a la protección y al desarrollo de las instituciones de la Naciones Unidas.

También tenemos que insistir en que la Asamblea General tenga más facultades y esté dotada de los elementos puesto que ahí están todos los miembros de la ONU representados.

Señoras y señores diputados: el tamaño de su misión no corresponde hoy a los medios que tiene. Se le exige demasiado pero los estados no están dispuestos a dar los recursos y las facultades que tiene.

Sin embargo, innumerables son los logros, solamente citaré uno, el mayor proceso de descolonización que se ha hecho en la historia de la humanidad ha sido impulsado por las Naciones Unidas. Por eso hoy, impulsamos la solidaridad para que sus propósitos cobren vida y tengan mayor fuerza las Naciones Unidas. Hoy es el único instrumento que puede mitigar las acciones unilaterales y las violaciones al derecho internacional.

Termino diciendo, la celebración de las Naciones Unidas, debería ser la celebración de la esperanza, del optimismo, de la confianza en la racionalidad humana y por eso para confiar en el mañana, permítanme recordar al poeta, al cantautor español Labordeta, que dice que: “habrá un día en que todos al levantar la vista, veremos una tierra que ponga libertad. Tal vez será posible que esta hermosa mañana ni tú ni yo ni otro, la lleguemos a ver, pero habrá que forzarla para que pueda ser, que sea como un viento que arranque los matojos, que limpie los caminos de aquéllos que murieron gritando libertad”.

¡Vivan las Naciones Unidas!

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Víctor Díaz Palacios, del grupo parlamentario del PRI, para referirse al mismo tema.

El diputado Víctor Emanuel Díaz Palacios:

Con la venia de la Presidencia; señores legisladores:

Hoy 24 de octubre de 2002, la Organización de las Naciones Unidas ha hecho madura; ha cumplido 57 años; fecha emblemática para la organización, ya que en alguna medida es un ser vivo.

Así, se plantea un problema de definición a la organización y a la Carta, tanto estético como ético. Estético porque hay que tener en cuenta el que el nacimiento de la organización se da con anterioridad al fin de la guerra y que la Carta de las Naciones Unidas ignora un hecho tan elemental como por ejemplo la bomba atómica.

El LVII aniversario nos plantea la pregunta de si verdaderamente la organización necesita una actualización y en efecto, desde hace 10 años se están llevando a cabo trabajos preparatorios consistentes en el envío a todos los estados miembros, los formularios para la posible modificación a la carta.

Hay que tener en cuenta que el LVII aniversario de esa organización ha llegado a una edad madura, se enfrenta prácticamente con el cambio de siglo y del milenio. Muy significativamente, de forma especial, de 1989 y 1990, por la acentuación de su carácter de organización internacional que debe garantizar la paz y la seguridad internacional, propósito que tuvo la carta desde 1945, pero que apenas empezó a protagonizar en los últimos años.

La demanda de las Naciones Unidas cada vez es mayor para garantizar la existencia de un nuevo orden económico internacional; para establecer una dialéctica de los flujos y reflujos económicos norte-sur, de manera diferente a la actual. La Organización de las Naciones Unidas adquiere así un dimensión eminentemente social de mecanismo de distribución de las riquezas mundiales. Pero la organización está muy poco dotada para esta segunda demanda o requiere actualmente de mecanismos eficaces.

Hoy las guerras a las que se refería la Carta de 1945 en cuanto a expresión de una gran confrontación de bloques han dejado de existir. En la actualidad son localizadas y responden a crisis derivadas de la necesidad de cambiar el esquema económico internacional.

La guerra, en última instancia, no es otra cosa que una manifestación externa de una injusticia de base; la injusticia de base es económica, por consiguiente se piensa –así lo ha externado el Consejo de Seguridad y el Secretario General de las Naciones Unidas en su Programa para la Paz— que la acción de la organización debe volcarse fundamentalmente en misiones preventivas y éstas implican la ruptura del actual modelo de distribución de riqueza.

La guerra es consecuencia de la injusticia social; previniendo el hambre existirán menos expresiones posibles de guerra. Esta es la idea que preside el programa para la paz.

Por otra parte, la Carta de las Naciones Unidas exige algunos cambios en sus artículos, principalmente el 106 y 107 y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, en el artículo 38 Apartado primero utilizan expresiones tales como estados civilizados, estados enemigos. Pero cabe decir que en la actualidad estos conceptos han cambiado.

En el sentido de 1945 y el que la organización distinga entre ellas responde a las características de un periodo bélico y resultan en nuestra época inadmisibles o así debería de ser.

Por ello estas referencias deberán desaparecer de la Carta, pero ésta es una cuestión menor sobre la cual no existiría ningún problema para llegar, en caso de conflictos internacionales, a una solución concreta y rápida.

México ha contribuido con algunas de las grandes causas de la ONU, como el desarme, los derechos humanos y el combate al narcotráfico y al crimen organizado y la codificación de derechos internacionales.

Desde la creación de la ONU en 1945 México ha presentado diversas iniciativas que hablan de una diplomacia coherente, firme, imaginativa y congruente con los principios, propósitos y compromisos entonces adoptados.

Con la cooperación internacional en la solución de los problemas internacionales de carácter económico, social y cultural y humanitario en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, seguro estoy que la ONU podrá cumplir su cometido.

Por su atención, muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

El siguiente punto del orden del día es el relativo a proposiciones.

La proposición con punto de acuerdo registrada por el diputado José Narro Céspedes en torno a solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incluya en el fideicomiso correspondiente a otras cajas de ahorro que han caído en crisis, se pospone para próxima sesión.

SECTOR AGROPECUARIO

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Rogaciano Morales Reyes, del grupo parlamentario del PRD, para presentar una proposición con punto de acuerdo para establecer un fondo que los estados destinarán al renglón agropecuario.

El diputado Rogaciano Morales Reyes:

Con permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros diputados:

El suscrito, integrante de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados de este honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 numeral 1 inciso f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior, someto a la consideración de esta Asamblea el siguiente punto de acuerdo.

El contexto internacional se caracteriza por la presencia dinámica del proceso de globalización y regionalización, simultáneamente. En la actualidad, la globalización ha sobrepasado las fronteras de los estados nacionales y para hacer frente a ese fenómeno económico los países han emprendido un proceso de regionalización mediante la conformación de mercados comunes.

Estos mercados han resaltado la presencia de tres potencias mundiales, quienes han establecido una franja de influencia con los países cercanos a su ubicación geográfica y que se ha denominado el poder de la triada.

El liderazgo en la Unión Europea ha sido tomado por Alemania; en la cuenca del Pacífico lo ha hecho Japón y en América lo ha asumido Estados Unidos.

Es lógico visualizar que la verdadera competencia comercial en el nuevo contexto globalizador del Siglo XXI, se dará entre estas tres regiones.

El liderazgo de estas potencias se ha establecido bajo condiciones y procesos diferentes.

En el caso de Japón, éste promovió primeramente el crecimiento económico en los países asiáticos para dar surgimiento a los denominados “tigres asiáticos”.

En el caso de Alemania éste promovió la creación de la Comunidad Europea con rasgos de confederación y accionar federalista para lograr incorporar por igual a países unitarios y federales; y por su parte Estados Unidos promovió la firma de un Tratado de Libre Comercio en América del Norte.

Es importante resaltar que de estos tres procesos de integración regional la diferencia en su proceso de integración la han marcado Alemania y Japón, ya que éstos han promovido, apoyado, fomentado facilitado el despegue económico de sus socios comerciales en su franja de influencia. Por su parte Estados Unidos presionó la firma del Tratado de Libre Comercio con América del Norte en condiciones de desventajas comparativas para México.

Con la firma de la Ley Agrícola por parte del Ejecutivo Federal de Estados Unidos, la brecha comercial comparativa con México aún se hace más grande.

Nuestro socio comercial norteamericano debe entender que México es el aliado estratégico para hacer frente a la verdadera competencia comercial que representan la Unión Económica y la Cuenca del Pacífico.

Si con la firma de esta ley el gobierno norteamericano nos manifiesta que el sector agropecuario representa para ellos un sector estratégico que debe de ser promovido mediante una política de estado a costa de afectar directamente a sus socios comerciales de la región, entonces nosotros no debemos atenernos al liderazgo comercial que Estados Unidos defina en la zona de influencia regional de América.

Para Estados Unidos el sector agropecuario es un sector estratégico; para México también lo debe ser y por ende si el Gobierno Federal mexicano lo está atendiendo mediante programas de apoyo y la emisión de una nueva ley de capitalización al campo, entonces aún falta incorporar la visión regional para empezar a dar forma a una política de estado en materia agropecuaria, es decir, en una perspectiva federalista deberán ser los estados quienes asuman la responsabilidad del desarrollo regional del campo en su competencia.

Cuando hablamos del fortalecimiento del federalismo en México, al resaltar los avances en materia de descentralización de facultades, responsabilidad y recursos del Gobierno Federal hacia los estados y uno analiza por ejemplo los fondos del ramo 33, se da uno cuenta que los apoyos se enfocan principalmente a la creación de infraestructura o bien en el caso del Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), éstos se destinan al saneamiento financiero.

Y la pregunta que surge entonces es: ¿qué el desarrollo regional sustentable no incorpora el desarrollo del campo?

Por lo expuesto y fundado someto a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Primero. Que en el Presupuesto de Egresos de la Federación de este año se incorpore al ramo general 23 provisiones salariales y económicas, el Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de la Actividad Agropecuaria de los Estados.

Segundo. Que el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2003 contemple en el artículo correspondiente que los ingresos extraordinarios provenientes de la venta del petróleo se distribuyan de la siguiente manera:

1. El 33 % para mejorar el balance económico del sector público.

2. El 33 % para el Fondo de Estabilización, Ingresos Petroleros.

3. El 34 % para el Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de la Actividad Agropecuaria de los Estados.

Firman esta propuesta además del suscrito, los diputados: Manuel Duarte Ramírez, del PRD, Rafael Servín Maldonado, coordinador de la diputación michoacana, Jaime Rodríguez López, presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería, Alfonso Oliverio Elías Cardona, del PRD y presidente de la Comisión de Desarrollo Rural, Jaime Cervantes Rivera, del PT y Félix Castellanos Hernández, del PT, que es presidente de la Comisión de Reforma Agraria.

Muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, diputado.

Túrnese a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y Hacienda y Crédito Público.

El siguiente punto del orden del día, ha solicitado el grupo parlamentario del Partido del Trabajo se posponga para siguiente sesión.

ESTADO DE SONORA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del PRD, para presentar una proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo Federal para que se otorguen recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales al municipio de Empalme, Sonora.

La diputada Petra Santos Ortiz:

Con permiso, señora Presidenta:

Proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que el Gobierno Federal apoye al municipio de Empalme, Sonora, que presenta.

CONSIDERACIONES

El pasado mes de septiembre se cumplió ya un año de que el huracán “Juliette” azotara la costa del estado de Sonora, provocando innumerables problemas tanto en lo que corresponde a los daños ocasionados a la infraestructura de una parte importante del estado como a los daños de su economía, han tenido los habitantes de esta región del país.

El huracán “Juliette” impacto la geografía sonorense, provocando fuertes vientos y precipitaciones pluviales, principalmente en el municipio de Empalme, en donde se presentaron fuertes avenidas de agua a lo largo y ancho del mismo, que en su punto más extremo formaron un espejo de agua de 4 kilómetros de ancho por 90 kilómetros de largo.

La fuerza del huracán rompió los bordes de protección ubicados en la comisaría de Ortiz, del municipio de Guaymas y los bordos de uno y dos de la ciudad de Empalme, así como los principales caminos vecinales, el libramiento de la carretera internacional, ubicado al sur de esta ciudad, así como tramos importantes de dicha carretera que comunica a Empalme con Ciudad Obregón.

Otros efectos del huracán lo fueron la destrucción de innumerables puentes pluviales y del ferrocarril, así como la inundación de gran número de colonias y fraccionamientos que obligó al desalojo de sus habitantes, ya que los niveles del agua alcanzaron una altura superior a un metro durante varios días.

Ante los efectos del huracán los gobiernos Federal y estatal acudieron con prontitud, como lo hicieron ahora en Yucatán hace unos días llevando unas despensitas ahí para tomarse la foto, como lo hicieron Martita y Fox hace unos días, así fueron también allá, con apoyo para las víctimas del meteoro, atendiendo principalmente la situación de sobrevivencia que ameritaba la condición de los damnificados.

Sin embargo, aunque es justo reconocer estas acciones de llevar la despensita pero era muy poco. También es necesario destacar que hace un año de este fenómeno natural no se ha podido tener acceso y obtener los recursos necesarios para reconstruir y rescatar la infraestructura pública estatal y municipal relacionado con los diversos daños ocurridos, donde se incluyen las numerosas carreteras dañadas, los bordos destruidos, así como las innumerables pérdidas ocurridas en bienes inmuebles.

Hace un año las familias viven todavía en campamentos, en lugares que no tienen las condiciones para sobrevivir estas familias como deben o vivir como deben de hacerlo. La importancia de desburocratizar las reglas de operación del Fondem se convierte en un imperativo para que esta institución flexibilice sus acciones y pueda resolver realmente los problemas que justifican su creación y no suceda lo que ocurra ahora en Empalme y que en esta tribuna exponemos, donde todavía esta institución no contribuye en nada para la resolución de los daños ocurridos el año pasado en dicho lugar.

Si esto sucede en Empalme, pues qué podemos esperar para los otros estados como Yucatán y Campeche. ¿Acaso debemos esperar un año para que esta institución tome cartas en el asunto y participe en la superación de los problemas que afecta a estos estados con motivo de los daños causados por el huracán en días pasados?

También recordemos que en Baja California Sur el “Juliette” dejó desbaratado el estado, pero como se tenía el compromiso ahora de la APEC, fue al que le llegó todo el dinero para que lo vieran los que van a llegar dentro de unos días y ahí se vea realmente que como contribuye el Gobierno Federal. Hay que invitar que la APEC o los que vengan de otros lugares se vengan a los estados con desastres.

Por lo anteriormente expuesto proponemos el siguiente

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haga un llamado al Gobierno Federal para que se sensibilice de la situación que prevalece en el municipio de Empalme, Sonora, a partir del desastre natural que priva en dicha población a consecuencia del huracán “Juliette” y por conducto de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social y Desarrollo Administrativo y de Trabajo y Previsión Social, que conforman las comisiones Intersecretarial, de Gasto y Financiamiento, modifique temporalmente y sólo por esta situación, con la validación de las terceras, las reglas de operación del Fondo de Desastres Naturales, de tal suerte que fluyan los recursos de esto para la etapa de rescate y reconstrucción en el municipio de Empalme”.

Si me permite nada más un minuto para terminar el segundo, al cabo tengo mucho público escuchándome.

Segundo. Que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haga un llamado al Gobierno del estado de Sonora y exhorte al honorable Congreso del Estado para que de inmediato planté al Ejecutivo que aporte y deposite en el fideicomiso estatal los recursos que le corresponden para aplicar el gasto necesario para cubrir la cobertura de restauración y reconstrucción de todos los daños causados por el fenómeno natural en los términos y condiciones en que aceptó hacerlo el gobernador del estado, al solicitar la operación del Fonden en Sonora y en el municipio de Empalme, pues no hay justificación alguna para que esto no se haga.

Este es el punto de acuerdo para que lleguen los recursos del Fonden a todos los estados.

Gracias compañeros.

«Proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para que el Gobierno Federal apoye al municipio de Empalme, Sonora con recursos del Fondo de Desastres Naturales, que presenta la diputada Petra Santos Ortiz, del grupo parlamentario del PRD.

La suscrita, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar ante esta honorable Asamblea una proposición con punto para apoyar al municipio de Empalme, Sonora, con recursos del Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden), al tenor de las siguientes

CONSIDERACIONES

El pasado mes de septiembre se cumplió ya un año de que el huracán “Juliette” azotara la costa del estado de Sonora, provocando innumerables problemas tanto por lo que corresponde a los daños ocasionados a la infraestructura de una parte importante del estado, como a los daños que en su economía han tenido los habitantes de esta región del país.

El huracán “Juliette” impactó la geografía sonorense, provocando fuertes vientos y precipitación pluvial atípica, principalmente en el municipio de Empalme, donde se presentaron fuertes avenidas de agua a lo largo y ancho del mismo, que en su punto más extremo formaron un espejo de agua de cuatro kilómetros de ancho por 90 kilómetros de largo.

La fuerza del huracán rompió los bordes de protección ubicados en la comisaría de Ortiz, del municipio de Guaymas y los bordos uno y dos de la ciudad de Empalme, así como los principales caminos vecinales, el libramiento de la carretera internacional, ubicado al sur de esta ciudad y tramos importantes de dicha carretera, que comunica Empalme con Ciudad Obregón. Otros efectos del huracán fueron la destrucción de innumerables puentes pluviales y del ferrocarril, así como la inundación de gran número de colonias y fraccionamientos, que obligó al desalojo de sus habitantes, ya que los niveles del agua alcanzaron una altura superior a un metro durante varios días.

Ante los efectos del huracán, los gobiernos Federal y estatal acudieron con prontitud con apoyo para las víctimas del meteoro, atendiendo principalmente la situación de sobrevivencia que ameritaba la condición de los damnificados. Sin embargo, aunque es justo reconocer estas acciones, también es necesario destacar que, a un año de ocurrido este fenómeno natural, no se ha podido tener acceso y obtener los recursos necesarios para reconstruir y rescatar la infraestructura pública estatal y municipal en lo relacionado con los diversos daños ocurridos, donde se incluyen las numerosas carreteras dañadas, los bordos destruidos y las innumerables pérdidas ocurridas en bienes inmuebles y muebles públicos, donde se incluyen infinidad de escuelas y centros de salud, además de infraestructura urbana, social, productiva, pesquera y acuícola, que hasta el momento no se han podido reponer de los efectos producidos por “Juliette”.

El evidente retardo en la reconstrucción de la infraestructura dañada y la profundización en la sociedad de la secuela de destrucción producida por dicho fenómeno son producto directo tanto de las altamente burocráticas reglas de operación del Fondo Nacional de Desastres Naturales (Fonden) como de la falta de recursos que, como partícipe del fideicomiso estatal, ha dejado de aportar el Gobierno del estado de Sonora.

Esta inoperancia para resolver los problemas que les atañen, tanto del Gobierno estatal como del Fonden, deja bien claro no sólo la escasa vocación de servicio de ambas instituciones sino, también, lo alejadas que están éstas de responder a los reclamos de quienes se amparan en ellas por resultar afectados por cualquier tipo de fenómenos naturales.

La importancia de desburocratizar las reglas de operación del Fonden se convierte en un imperativo para que esta institución flexibilice sus acciones y pueda resolver realmente los problemas que justifican su creación y no suceda lo que ahora ocurre en Empalme y que en esta tribuna exponemos, donde todavía esta institución no contribuye en nada para la solución de los daños ocurridos el año pasado en dicho lugar. Si esto sucede en Empalme, ¿qué podemos esperar del apoyo del Fonden para Yucatán y Campeche? ¿Acaso debemos esperar un año para que esta institución tome cartas en el asunto y participe en la superación de la problemática que afecta estos estados con motivo de los daños causados por el huracán en días pasados?

La difícil situación por la que actualmente atraviesan los moradores de Empalme, así como las actividades productivas y el Gobierno municipal, requiere una solución integral que vaya más allá de los programas de empleo temporal e incluso de los recursos del Fonden que, por la tardanza de su aplicación, no contribuyen efectivamente a la solución real de los problemas ocasionados por el fenómeno natural antes mencionado.

Hasta el momento, en el municipio de Empalme no ha bastado la declaratoria de desastre natural fundada en los daños ciertos a los bienes de las personas y entidades públicas para que la Comisión Intersecretarial de Gasto-Financiamiento modifique temporalmente las reglas del Fonden para disponer de recursos para la atención de desastres y para que el Gobierno del estado de Sonora aporte la parte que le corresponde para liberar los recursos del fideicomiso, no obstante que el Ejecutivo estatal aceptó expresamente aportar al fideicomiso estatal los recursos estatales y municipales de acuerdo con el calendario preliminar de aportaciones establecido.

Los desastres naturales, como imponderables de la vida diaria, requieren ser atendidos con toda la fuerza del Estado, no sólo con medidas de corta duración y muchas veces ineficaces sino, también, con políticas integrales donde participe la totalidad de la administración pública, el Poder Legislativo y los diversos actores de la sociedad, principalmente los afectados. No podemos concebir un apoyo real a los damnificados si no vamos más allá de la mercadotecnia y si no superamos la visión limitada de considerar a cada afectado como contribuyente de los efectos del fenómeno natural, al no reaccionar como emprendedor ante la ruina y miseria que dicho fenómeno ha provocado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ante esta tribuna recojo la voz de los sonorenses, particularmente de los habitantes de Empalme, para proponer a esta soberanía el siguiente

PUNTO DE ACUERDO

Primero. Que la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haga un llamado al Gobierno Federal para que se sensibilice de la situación que prevalece en el municipio de Empalme, Sonora, a partir del desastre natural que priva en dicha población a consecuencia del huracán “Juliette”; y, por conducto de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, y de Trabajo y Previsión Social, que conforman la Comisión Intersecretarial de Gasto-Financiamiento, modifiquen temporalmente y sólo para esta situación, con la validación de la tercera, las reglas de operación del Fondo Nacional de Desastres Naturales, de tal suerte que fluyan los recursos de éste para la etapa de rescate y reconstrucción en el municipio de Empalme.

Segundo. Que la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haga un llamado al Gobierno del estado de Sonora y exhorte al honorable Congreso del estado para que de inmediato plantee el Ejecutivo que aporte y deposite en el fideicomiso estatal los recursos que le corresponden para aplicar el gasto necesario para cubrir la cobertura de restauración y reconstrucción de todos los daños causados por el fenómeno natural, en los términos y condiciones en que aceptó hacerlo el gobernador del estado al solicitar la operación del Fonden en Sonora y en el municipio de Empalme, pues no hay justificación alguna para que esto no se haga.

Tercero. Que la Honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haga un llamado a los gobiernos Federal y estatal para que los recursos del Fonden sean solamente complementarios para atender de manera adecuada los efectos ocasionados por el huracán, instruyendo a los titulares del ramo correspondiente para que los programas normales de las dependencias y entidades federales y estatales apliquen los recursos necesarios para restituir los daños a los activos públicos, privados, productivos, de vivienda, de infraestructura urbana e industrial y toda aquella obra dañada, ya que, de acuerdo con las reglas de operación del Fonden, todas las dependencias públicas, federales y estatales, deben incluir en su presupuesto recursos para su aplicación en los estados donde se considere estado de emergencia o reconstrucción.

Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 24 de octubre de 2002.— Diputada Petra Santos Ortiz.»

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Muchas gracias, diputada.

Túrnese a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

CINTRA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco, del grupo parlamentario del PRD, para presentar una proposición con punto de acuerdo en relación con la venta de Cintra.

El diputado Víctor Manuel Ochoa Camposeco:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

En el contexto de la actual mundialización de la economía, el transporte aéreo representa un medio insustituible para el movimiento de pasajeros y el intercambio de bienes y servicios. Además, esta industria por sí misma genera innumerables empleos directos además de muchos indirectos en la industria turística, el transporte terrestre y demás sectores.

La Corporación Internacional de Transporte (Cintra), creada como una medida de emergencia ante la crisis de la industria en 1994, es la controladora que posee las líneas aéreas nacionales Mexicana y Aeroméxico y sus filiales, que conforman el sector más moderno y eficiente de la industria y está contabilizada en los recursos del Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB).

Actualmente las condiciones para participar en la compra de Cintra son difíciles, debido a que la industria aeronáutica mundial aún no se recupera de la crisis provocada por la recesión del sistema económico global de la economía estadounidense y por los efectos provocados por los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001.

En nuestro país se estima que hacia mediados del presente año, el volumen de pasajeros se redujo en 12% y los ingresos de las aerolíneas nacionales un 15%. En este mismo periodo Cintra reportó pérdidas por 1 mil 123 millones de pesos y sus ingresos totales cayeron un 11%.

La prisa por vender Cintra enfrenta otras presiones, por un lado la Comisión Federal de Competencia Económica determinó que la venta de Cintra se realizaría separando a las compañías aéreas que la integran, lo que hace más difícil su liquidación y representa una significativa pérdida de valor, pasando de un precio estimado en 1 mil 200 millones de dólares en el año 2000, a 393 millones de dólares actualmente, sin que hasta el momento exista algún interesado en su compra.

En este complejo escenario puede existir la tentación de abaratar más el corporativo, vía la reducción de los costos laborales, sacrificando la plantilla y los derechos de los trabajadores del sector para hacer más atractiva su venta.

La industria aérea nacional genera unos 25 mil empleos directos, de los cuales se han perdido en dos años alrededor de 6 mil puestos de trabajo.

La experiencia en las privatizaciones en nuestro país reporta saldos muy negativos para los trabajadores y prácticas antilaborales como la que señalamos. Basta recordar la quiebra de Aerovías de México en 1988, que significó el despido de 12 mil trabajadores que recibieron un 60% de sus derechos adquiridos en su contrato colectivo de trabajo.

El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, se pronuncia porque el proceso de venta de Cintra incluya la garantía del respeto a la plantilla laboral, los derechos de los trabajadores conforme a las leyes vigentes, a su contratación colectiva y a los convenios laborales vigentes.

En otros casos como Telmex y Ferronales, se han incluido cláusulas que garantizan la plena vigencia de los derechos de los trabajadores en los instrumentos de venta, lo que nos parece lo más adecuado para el caso.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el suscrito somete a la consideración de esta honorable Asamblea, los siguientes

PUNTOS DE ACUERDO

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión demanda a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al Instituto de Protección al Ahorro Bancario se incluya en los contratos de compraventa de la Corporación Internacional de Aviación (Cintra), la obligación de respetar los derechos de los trabajadores que prestan sus servicios a las empresas del corporativo, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, los contratos colectivos de trabajo vigentes y demás acuerdos laborales y normas aplicables.

Segundo. Asimismo se pide a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social que en el marco de sus atribuciones garantice el respeto a dichos derechos laborales.

Es cuanto, muchas gracias.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a las comisiones de Comunicaciones y de Transportes.

DIGNA OCHOA

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Tiene la palabra el diputado Del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, para presentar una proposición con punto de acuerdo para que la fiscalía especial para el caso Digna Ochoa comparezca ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esta soberanía e informe sobre los avances del esclarecimiento de su muerte.

El diputado José Manuel del Río Virgen:

Con su permiso, señora Presidenta; compañeras y compañeros legisladores:

A más de un año del crimen de la luchadora social y defensora de los derechos humanos Digna Ochoa, los ciudadanos exigen de la fiscalía especial para este caso su esclarecimiento pleno e imparcial llevándose a la justicia a los autores intelectuales y materiales de su muerte para que no quede impune.

Muchas líneas de investigación se han establecido respecto a este crimen, pero a un año ésos son sólo líneas que parecen ser que se encuentran en un círculo vicioso que lleva la investigación nuevamente al principio.

No es desconocido que un crimen de esta magnitud tenga dificultades para su esclarecimiento pero tampoco lo es que no se mantenga informada a la opinión pública y a esta soberanía respecto a las investigaciones realizadas.

Durante mucho tiempo, los crímenes políticos o perpetrados sobre luchadores de los derechos humanos quedaron en la impunidad, se dijo que con la llegada de nuevos aires al poder público ya no pasaría o se esclarecerían y ni una ni otra cosa se ha dado.

Hoy demandamos del Gobierno del Distrito Federal y del Gobierno de la República, informen a la opinión pública sobre los avances o retrocesos que las investigaciones de este artero crimen mantienen.

La desesperación de los familiares de Digna Ochoa ha llegado a tal grado que ya solicitaron el apoyo de organizaciones internacionales a fin de presionar al gobierno del Distrito Federal y de la República para que esclarezcan el crimen a la brevedad posible, ello sólo demuestra la desconfianza aún de los mexicanos por la procuración de justicia a cargo del Ministerio Público y la falta de seguridad pública de la cual carece aún el país.

Los familiares y abogados de Digna Ochoa expresan que el crimen nos hace retroceder 30 años, a la época de la guerra sucia supuestamente ya superada y que la nueva fiscal Margarita Guerra y Tejada no ha tenido ningún avance sustancial en las investigaciones y no está investigando todas y cada una de las líneas que nunca han sido trabajadas por la Procuraduría.

Exigen además que se informe cuáles son las líneas de investigación en las que están trabajando y cuáles son las que han desechado pues esto es lo mínimo que esperamos después de un año del asesinato.

Por tal motivo, es de urgencia que el crimen de Digna Ochoa sea esclarecido ya porque el asunto es considerado de importancia internacional; por ello:

Unico. Solicitamos la comparecencia ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la fiscal especial para el caso Digna Ochoa a cargo de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal conjuntamente con las autoridades o fiscal federal que en su calidad de coadyuvante tenga conocimiento del caso para que informen ambas autoridades sobre los avances en las investigaciones que se han realizado hasta el momento.

Gracias, compañeras y compañeros legisladores.

La Presidenta diputada Beatriz Elena Paredes Rangel:

Gracias, señor diputado.

Túrnese a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el punto de acuerdo presentado por el diputado Del Río Virgen.

Le ruego a la Secretaría dar lectura al orden del día de la próxima sesión.

ORDEN DEL DIA

La Secretaria diputada Adela Cerezo Bautista:

«Primer Periodo de Sesiones Ordinarias.— Tercer Año.— LVIII Legislatura.

Orden del día

Martes 29 de octubre de 2002.

Acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los congresos de los estados de Jalisco y Tamaulipas.

Dictámenes de primera lectura

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adrián Franco Zevada, para prestar servicios en la Embajada de Bulgaria en México.

De la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadano Verónica Elizabeth Avilés Lobato, Alexander Alberto Michael Braune Magallón, Jorge Hefferan Romero, Carlos Hernández Muñoz, Arturo Carreón Cura y Mario Alberto Martínez Rojas, para prestar servicios en la Embajada de los Países Bajos en México.

Dictamen a discusión

De la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 63 y la fracción IV del artículo 77 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»

Presidencia del diputado Jaime Vázquez Castillo

CLAUSURA Y CITATORIO

El Presidente diputado Jaime Vázquez Castillo (a las 16:08 horas):

Gracias, diputada Secretaria.

Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el próximo martes 29 de octubre a las 10:00 horas.

 

 


RESUMEN DE TRABAJOS


• Tiempo de duración: 4 horas 43 minutos.
• Quórum a la apertura de sesión: 284 diputados.
• Asistencia al cierre de registro: 398 diputados.
• Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.
• Minuto de silencio: 1.
• Excitativas a comisiones: 3.
• Efemérides: 2.
• Proposiciones con punto de acuerdo: 4.
• Oradores en tribuna: 33
PRI-10; PAN-6; PRD-11; PVEM-2; PT-1; PSN-1; CDPPN-2.
Se recibió:
• 1 comunicación de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal;
• 1 comunicación del Congreso del estado de Guerrero;
• 4 oficios de la Secretaría de Gobernación, con los que remite copias de oficios en relación con puntos de acuerdo;
• 2 oficios de la Secretaría de Gobernación;
• 1 oficio de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en relación con punto de acuerdo;
• 1 oficio del Director General del Banco de México;
• 1 iniciativa de senador del PRD;
• 4 iniciativas del PRI;
• 2 iniciativas del PAN;
• 3 iniciativas del PRD.
• 1 iniciativa del PVEM.
Dictámenes aprobados:
• 1 de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto que adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
• 1 de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial con punto de acuerdo para solicitar al titular del Poder Ejecutivo Federal que en la reunión de líderes del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico, se busque con base en convergencias y puntos de vista compartidos con los países de Asia y América Latina, un compromiso para promover que el gobierno de Estados Unidos de América reduzca los subsidios a sus productos agrícolas.

 

DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION
( en orden alfabético )

 

• Acosta Salazar, Sergio (PRD). . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ONU: 231

• Alcalde Virgen, Moisés (PAN). . . . . . . . . . . . . . . . . .

Sector agrícola: 219

• Amador Leal, Narciso Alberto (PRI). . . . . . . . . . . . .

Auditoria Superior de la Federación: 182

• Aragón Castillo, Hortensia (PRD). . . . . . . . . . . . . . .

Sistema Penitenciario: 178

• Castellanos Hernández, Félix (PT). . . . . . . . . . . . . . .

Turismo: 210

• Cruz Morales, Maricruz (PRI) . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Ley General de Educación: 166

• Del Río Virgen, José Manuel (CDPPN). . . . . . . . . . .

Instituto Nacional de Pensionados: 225

• Del Río Virgen, José Manuel (CDPPN). . . . . . . . . . .

Digna Ochoa: 240

• Díaz Palacios, Víctor Emanuel (PRI) . . . . . . . . . . . . .

Ley de Coordinación Fiscal: 221

• Díaz Palacios, Víctor Emanuel (PRI). . . . . . . . . . . . .

ONU: 233

• Domínguez Rodríguez, Genoveva (PRD). . . . . . . . . .

Ley del Impuesto Sobre la Renta: 200

• Domínguez Rodríguez, María Luisa Araceli (PRI) . . .

Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas: 113

• Duarte Ramírez, Manuel (PRD). . . . . . . . . . . . . . . . .

Constitución de Apatzingán: 227

• Escobar y Vega, Arturo (PVEM) . . . . . . . . . . . . . . . .

Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada: 165

• García Suárez, María Miroslava (PRD). . . . . . . . . . .

Sector agrícola: 217

• Granja Ricalde, Federico (PRI). . . . . . . . . . . . . . . . . .

Turismo: 214

• Infante González, Víctor Roberto (PRI) . . . . . . . . . . .

Auditoria Superior de la Federación: 194

• Jiménez Agraz, Luis Eduardo (PRI). . . . . . . . . . . . . .

Constitución de Apatzingán: 229

• Larrazábal Bretón, Jaime Arturo (PRI). . . . . . . . . . . .

Turismo: 208

• Martínez Colín, María Cruz (PAN). . . . . . . . . . . . . . .

Turismo: 212

• Martínez Colín, María Cruz (PAN). . . . . . . . . . . . . . .

Constitución de Apatzingán: 228

• Martínez Veloz, Jaime Cleofas (PRD) . . . . . . . . . . . .

Estado de Baja California: 224

• Morales Reyes, Rogaciano (PRD) . . . . . . . . . . . . . . .

Sector agropecuario: 234

• Narváez Narváez, Manuel Arturo (PAN) . . . . . . . . . .

Armas de fuego e imitaciones: 190

• Navarrete Montes de Oca, Ricardo Tarcisio (PAN). . .

ONU: 232

• Núñez Monreal, Magdalena del Socorro (PRD) . . . . .

Ley Federal del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal: 148

• Ochoa Camposeco, Víctor Manuel (PRD) . . . . . . . . .

Cintra: 239

• Riojas Santana, Norma Patricia (PSN). . . . . . . . . . . .

Turismo: 209

• Rodríguez López, Jaime (PRI). . . . . . . . . . . . . . . . . .

Sector agrícola: 219

• Salinas Torre, Armando (PAN) . . . . . . . . . . . . . . . . .

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: 136

• Santos Ortiz, Petra (PRD) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Estado de Sonora: 236

• Servín Maldonado, Rafael (PRD). . . . . . . . . . . . . . . .

Turismo: 211

• Spezia Maldonado, Erika Elizabeth (PVEM). . . . . . .

ONU: 230