Diario de los Debates

VOLUMEN II

CONTINUACION DE LA SESION No. 7 DEL 1º de abril de 2004


CREDITOS BANCARIOS
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Efectivamente, está registrado el señor diputado don Angel Pasta Muñúzuri, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito y el artículo 363 del Código de Comercio, se le concede el uso de la palabra.

El diputado Angel Pasta Muñúzuri:

Gracias, señor Presidente, con su venia:

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio del derecho que me conceden los artículos anteriormente citados, presento iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito y el 363 del Código de Comercio.

Exposición de Motivos

La presente iniciativa busca evitar abusos por parte de las instituciones bancarias al momento de firmar contratos de apertura de crédito, el contexto financiero del crédito bancario diseñado y definido por las instituciones crediticias como crédito adicional o refinanciamiento de intereses que se otorga mediante contrato de apertura simple entre otros.

También precisan el significado real de este concepto, es decir, el acto simulado que encierra un pacto de anatocismo, que al estar prohibido por la ley está afectando de nulidad, así pues es muy lamentable que las instituciones de crédito abusando de la extrema necesidad de los usuarios de este servicio, no expliquen de manera clara los avances y las consecuencias de cada una de las cláusulas contenidas en los contratos respectivos incluidos en lo relativo a los intereses.

Debemos de tomar en cuenta que el 98% de estos contratos, son contratos de adhesión disfrazados de contratos bilaterales, ya que las cláusulas no son negociadas por las partes y sí unilateralmente por las instituciones de crédito, ocasionando que a los particulares no les quede otra alternativa más que aceptar sus condiciones.

En el Codigo de Comercio en el artículo 363 se establece primero la prohibición y dice: ``los intereses vencidos y no pagados, no devengan intereses'', pero a renglón seguido disponen: ``los contratantes podrán, sin embargo, capitalizarlos''.

Como este código es del Siglo XIX en el periodo del Presidente Porfirio Díaz se agregó el término ``de antemano'', y se entiende que el pacto puede ser en el momento mismo de la celebración del acto jurídico generado de obligación de pagos.

Durante mucho tiempo hubo en México estabilidad política, económica y los bancos fueron instituciones si no queridas al menos respetadas por la ciudadanía, pero vino la crisis económica, nuestros gobernantes tomaron decisiones apresuradas y frívolas respecto a los bancos. Primero, los expropiaron sin muchos miramientos y después los regresaron a la iniciativa privada, con reglas poco claras y quienes no tenían, en muchos casos, el oficio de banqueros y los antiguos contratos de crédito a los que el deudor sabía con precisión cuánto tenía que pagar y por cuánto tiempo, quedaron realmente en la historia.

Con la inflación y por la variación internacional de los tipos de interés, los banqueros mexicanos tuvieron que inventar fórmulas para capitalizar intereses en los contratos claramente mercantiles, tenían ya la autorización del artículo 363 del Código de Comercio.

El alza desmesurada de intereses en los últimos años, provocó que los deudores de los bancos sintieran como una grave injusticia dos hechos: uno, que se les vinieran cargando intereses sobre intereses y desempolvaron entonces el término anatocismo y dos, que fueron aquéllos los únicos paganos en la crisis económica.

Los magistrados tuvieron que resistir presiones públicas y evidentes de los deudores y según se dice, otras no tan públicas de los banqueros. En su resolución final se dividieron pero la mayoría optó por reconocer la validez del acto del anatocismo.

Lo que se debate en este asunto del anatocismo que desde el punto de vista formal y judicial fue pues resuelto por la Corte, pero que socialmente sigue vivo, es si aceptamos como algo fatal nuestra inserción sin regreso al sistema liberal capitalista o a la llamada mundialización o si reconocemos como lo que hace el derecho social que existen desigualdades verdaderas e injusticias reales en lo relativo entre los integrantes de la sociedad y que en un imperativo a encontrarles soluciones basadas no sólo en la justicia formal, sino que en los principios más profundos de justicia distributiva, que reconozca y que es social y moralmente indebido, que unos cuantos tengan todo y pasen pantanos en las crisis, sin manchar sus alas, mientras que otros tienen que luchar a brazo partido por medio sobrevivir dentro de ella.

En este marco es indispensable corregir en la ley las anomalías que se producen y se traducen en desventajas en que se encuentran en términos generales los deudores y en especial los deudores en los bancos, en los contratos que celebran para obtener créditos. Entre las anomalías a corregir se haya el sistema de capitalización anticipada de intereses, comisiones y demás cargos pactados en cláusulas oscuras escritas con un lenguaje técnico que los particulares en ocasiones no entienden y no pueden cumplir con su cabalidad.

Y sobre todo por la incertidumbre respecto a lo que los deudores pagan en cada abono y ver que en el mismo no pueden efectuar al capital sino a los intereses que aumentan de una manera por demás desmedida, proceso que culmina generalmente con la pérdida de los propios bienes de los deudores por equívoco del legislador cuando estableció la norma en flagelante violación a la justicia.

Decreto que reforma la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito y el artículo 363 del Código de Comercio.

Artículo primero. Se adiciona un párrafo a la fracción VI del artículo 46 en la Ley de Instituciones de Crédito, para que pueda quedar como sigue:

Artículo 46. Las instituciones de crédito sólo podrán realizar las operaciones siguientes:

Fracción VI. Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos. En estas operaciones no podrán pactarse al momento de la celebración de la operación, el cobro de los intereses vencidos y no pagados oportunamente, y de hacerlo, la cláusula o contrato en este sentido serán nulos.

Artículo segundo. Se adiciona el párrafo al artículo 363 del código comercio, para que se quede de la siguiente manera:

Artículo 363. Los intereses vencidos y no pagados, no devengarán intereses. Los contratantes podrán sin embargo capitalizarlos siempre y cuando lo pacten en convenio posterior al acto jurídico que se origine en el adeudo. Por lo tanto serán nulas las cláusulas o contratos en que simultáneamente a la celebración del contrato inicial, se pacten intereses de que no pagarse causará a su vez interés.

Artículo Transitorio.

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo a 1o. del mes de abril del año 2004.

Señor Presidente, solicito se integre el texto íntegro de la presente iniciativa en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Iniciativa que reforma la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito y el artículo 363 del Código de Comercio, a cargo del diputado Angel Pasta Muñúzuri, del grupo parlamentario del PAN

C. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

Con fundamento en lo dispuesto por la fracción II, de los artículos 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado integrante del grupo parla- mentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio del derecho que me conceden los artículos anteriormente citados, presento iniciativa con proyecto de decreto que reforma a la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito; y 363 del Código de Comercio.

Exposición de Motivos

La presente iniciativa busca evitar abusos por parte de las Instituciones Bancarias al momento de firmar contratos de apertura de crédito, el contexto financiero del crédito bancario diseñado y definido por las instituciones crediticias como crédito adicional o refinanciamiento de intereses, que se otorga mediante contratos de apertura de crédito simple, entre otros; también precisan el significado real de este concepto, es decir, un acto simulado que encierra un pacto de anatocismo, que al estar prohibido por la ley está afectado de nulidad, así pues, es muy lamentable que las instituciones de crédito, abusando de la extrema necesidad y suma ignorancia de los usuarios de estos servicios, no expliquen de manera clara los alcances y consecuencias de cada una de las cláusulas contenidas en los contratos respectivos, incluidas las relativas a los intereses, Debemos tomar en cuenta que el 98% de estos contratos son contratos de adhesión disfrazados de contratos bilaterales, ya que las cláusulas no son negociadas por las partes, y sí unilateralmente por la institución de crédito, ocasionando que a los particulares no les quede otra alternativa más que aceptar sus condiciones.

En el Código de Comercio en su artículo 363 establece primero la prohibición, ``los intereses vencidos y no pagados no devengan intereses'' pero a renglón seguido dispone ``los contratantes podrán sin embargo capitalizarlos''. Como este código es del siglo XIX, en el periodo del Presidente Porfirio Díaz, no se agregó el término ``de antemano'' se entiende que el pacto puede ser en el momento mismo de la celebración del acto jurídico generador de obligaciones de pago.

Durante mucho tiempo, hubo en México estabilidad política y económica y los bancos fueron instituciones si no queridas, al menos respetadas por la ciudadanía, pero vino la crisis económica, nuestros gobernantes tomaron decisiones apresuradas y frívolas respecto de los bancos, primero, los expropiaron sin muchos miramientos y después los regresaron a la iniciativa privada con reglas poco claras y a quienes no tenían en muchos casos el oficio de banqueros y los antiguos contratos de crédito en los que el deudor sabía con precisión cuánto tenía que pagar y por cuanto tiempo, quedaron en la historia.

Por la inflación y por la variación internacional de los tipos de interés, los banqueros mexicanos tuvieron que inventar fórmulas para capitalizar intereses; en los contratos claramente mercantiles tenían ya la autorización del artículo 363 del Código de Comercio.

Pero ¿qué puede detener a los nuevos banqueros?, hombres avezados en responder ``retos'' difíciles; inventaron un sistema mediante el cual otorgaron dos créditos simultáneamente, uno que era la cantidad que el solicitante requería y otro mediante el cual, ponían a disposición del deudor una cuenta corriente, para ir tomando de ella los intereses que su cliente no pudiera pagar.

De esta manera, en la realidad esta cantidad que el banco ponía ``a disposición del deudor'', nunca entraba al patrimonio del deudor sino que pasaba de una cuenta del banco a otra, mediante un simple asiento contable pero automáticamente incrementaba el capital adeudado.

El alza desmesurada de los intereses en los últimos años, provocó que los deudores de los bancos sintieran como una grave injusticia dos hechos, uno que se les vinieran cargando intereses sobre intereses y desempolvaron entonces el término anatocismo y dos, que fueran ellos los únicos paganos de la crisis económica. Por ese motivo se agruparon en diversas asociaciones y se defendieron tercamente en los tribunales, llegaron inclusive a objetar la legítima existencia de los bancos reprivatizados y los jueces y tribunales tuvieron que ser los que estudiaran y resolvieran la difícil cuestión que de un simple problema de interpretación jurídica se convirtió como se decía también, en una ``cuestión social'', en un problema de Estado, en un problema social; hubieron entonces resoluciones contradictorias y con ese motivo el problema del anatocismo llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, uno de los tres poderes mediante los cuales el pueblo ejerce su soberanía y alteró las antes tranquilas aguas de ese sereno lago que era el máximo tribunal de justicia de la nación.

Los magistrados tuvieron que resistir presiones públicas y evidentes de los deudores y según se dice, otras no tan públicas de los banqueros; en su resolución final se dividieron, pero la mayoría optó por reconocer la validez del acto de anatocismo.

Lo que se debate en este asunto del anatocismo, que desde el punto de vista formal y judicial ya fue resuelto por la Corte, pero que socialmente sigue vivo, es si aceptamos como algo fatal nuestra inserción sin regreso al sistema liberal capitalista y a la llamada globalización, o si reconocemos como lo hace el derecho social, que existen desi-gualdades verdaderas e injusticias reales en las relaciones entre los integrantes de la sociedad y que es un imperativo encontrarles soluciones basadas no solo en la justicia formal, sino en principios más profundos de justicia distributiva, que reconozca, y que es social y moralmente indebido que unos cuantos tengan todo, pasen pantanos de las crisis sin manchar sus alas, mientras que otros tienen que luchar a brazo partido para medio sobrevivir dentro de ella.

En este marco es indispensable corregir en la ley las anomalías que se traducen en desventajas en que se encuentran, en términos generales, los deudores y en especial los deudores en los bancos en los contratos que celebran para obtener créditos. Entre las anomalías a corregir, se hayan el sistema de capitalización anticipada de intereses, comisiones y demás cargos pactados en cláusulas obscuras, escritas con un lenguaje demasiado técnico, que los particulares, difícilmente entienden y que no podrán cumplir en su cabalidad y sobre todo, por la incertidumbre respecto de lo que los deudores pagan en cada abono y ver que el mismo no puede efectuarse al capital sino a los intereses, que aumentan de una manera por demás desmedida, proceso que culmina generalmente en la pérdida de los propios bienes de los deudores, por equívoco del legislador cuando estableció la norma, en flagrante violación a la justicia.

Decreto que reforma a la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito; y el artículo 363 del Código de Comercio.

Artículo Primero.- Se adiciona un párrafo a la fracción VI del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 46.- Las instituciones de crédito sólo podrán realizar las operaciones siguientes:

VI. Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos.

En estas operaciones, no podrá pactarse al momento de la celebración de la operación, el cobro de intereses vencidos y no pagados oportunamente y de hacerlo, la cláusula o contrato en ese sentido, serán nulos.

Artículo Segundo.- Se adiciona un párrafo al artículo 363 del Código de Comercio, para que quede de la siguiente manera:

Artículo 363.- Los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses. Los contratantes podrán, sin embargo capitalizarlos, siempre y cuando lo pacten en convenio posterior al acto jurídico que dé origen al adeudo. Por lo tanto, serán nulas las cláusulas o contratos en que, simultáneamente a la celebración del contrato inicial, se pacten intereses, que de no pagarse, causen a su vez interés.

Transitorio

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a 1o. de abril de 2004.--- Dip. Angel Pasta Muñúzuri (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Gracias, señor diputado.

Como lo solicita, insértese el texto íntegro de la iniciativa en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria en el caso de que no haya sido publicada.

Túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Economía.


LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARA EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRESTAMO Y DE APOYO A SUS AHORRADORES
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

El siguiente punto del orden del día es la primera lectura de dictámenes.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público.

HONORABLE ASAMBLEA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el diputado Manuel Pérez Cárdenas del grupo parlamentario del Partido de Acción Nacional presentó la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

Esta comisión que suscribe realizó consultas y reuniones de trabajo con representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, elabora y expresa a esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

DESCRIPCIÓN DE LA INICIATIVA

Para atender la solución del problema social que viven miles de ahorradores en el País, se aprobó por el Congreso de la Unión la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2000.

Para apoyar a un mayor número de ahorradores defraudados, se reformó la Ley en los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002 y 28 de enero de 2004.

Si bien con las reformas se logró que el Fideicomiso pague a un mayor número de ahorradores, se procedió a un análisis más profundo y a propuesta de los propios ahorradores se consideró necesario realizar ciertas precisiones para permitir que los fines que se persiguen en la Ley del Fideicomiso Pago se puedan cumplir en un ámbito de mayor certeza y seguridad jurídicas, y a la vez se establezcan mecanismos que faciliten a los gobiernos de los estados para aportar lo que les corresponde.

Las reformas que se proponen tienen el siguiente objetivo:

1. Ampliar los plazos para que las sociedades acrediten haber iniciado los trámites para efectuar los Trabajos de Auditoría Contable del 1º de junio del 2004 al 1º de septiembre del 2004, y respecto a los Trabajos de Consolidación del 31 de marzo del 2004 al 30 de junio del 2004.

Esto permitirá que nuevas Sociedades puedan tener acceso a los recursos del Fideicomiso y cuenten con el marco jurídico idóneo que les permita tener mayor tiempo para llevar a cabo esos trabajos. Lo anterior, aunado a las demás reformas permitirá fortalecer la confianza y credibilidad a los ahorradores en sus autoridades e instituciones.

2. Hacer explícito que los bienes asegurados, decomisados o abandonados que se relacionen con el Fideicomiso Cajas de Ahorro se destinarán al mismo para el cumplimiento de su objeto, tal y como lo establece la reforma del 28 de enero de 2004.

Lo anterior, es importante toda vez que pareciera ser que con la reforma del 28 de enero de 2004 los bienes asegurados pudieran destinarse al Fideicomiso Cajas de Ahorro, cuando en estricto sentido, este tipo de bienes están sujetos a un proceso judicial y en tal virtud, no pueden afectarse en tanto no cambien su condición jurídica.

Con esta reforma se evitará la posibilidad de amparos que permitan a quienes abusaron de la confianza de los ahorradores mediante fraudes, puedan recuperar sus bienes.

3. Prever que, para el caso de que cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso Pago por parte de la Secretaría de Hacienda o de las relativas al producto de los bienes decomisados, puedan aplicarse, en primera instancia, a resarcir el monto aportado por el Fideicomiso y, en segunda instancia, se devuelvan a la Tesorería de la Federación.

Esta reforma prevé que ante la posibilidad de que, cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro, existan excedentes, éstos se entreguen al Fideicomiso y en segunda instancia a la Federación. Esto permitirá otorgar mayores certezas jurídicas para un manejo transparente de los recursos que se otorgaron para apoyar a los ahorradores defraudados y en general a quienes pudieron ser afectados.

CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN.

La que dictamina considera que de aprobarse las propuestas de reformas descritas se logrará dotar al Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores de las herramientas necesarias para que cumpla satisfactoriamente con el objeto para el cual fue creado y, en consecuencia, se canalice adecuadamente la oportunidad de desarrollo que representan las sociedades y agrupaciones de economía social y se fortalezca la defensa del patrimonio familiar con el fin de alcanzar la recomposición social.

No obstante, la que dictamina ha considerado necesario realizar algunas adecuaciones a la iniciativa de mérito. En primer lugar, no se considera conducente que en caso de que en el Fideicomiso cajas de ahorro existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso Pago por parte de la Secretaría de Hacienda o de las relativas al producto de los bienes decomisados, se apliquen, en primera instancia, a resarcir el monto aportado por el Fideicomiso y, en segunda instancia, se devuelvan a la Tesorería de la Federación, toda vez que los gobiernos de los Estados también tienen la obligación de aportar recursos, y, en consecuencia, también tienen el derecho de recibir el remanente en la parte que les corresponda.

Por ello, se adecua el párrafo cuarto del artículo segundo transitorio de la reforma del 28 de enero de 2004 para quedar como sigue:

``SEGUNDO.- ...

...

...

Adicionalmente, para garantizar la continuidad, sólo por lo que se refiere a los gastos de operación del Fideicomiso Cajas de Ahorro y para la recuperación de los bienes a que se refiere este Transitorio, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de acuerdo a sus disponibilidades, preverá en el presupuesto correspondiente los recursos cuando no sean suficientes los señalados en el segundo párrafo de este Transitorio.

Los bienes decomisados y abandonados, y/o el producto de éstos, relacionados con los procesos judiciales y administrativos que se han instaurado y que se instauren con motivo de ilícitos cometidos en perjuicio de los ahorradores de las 25 cooperativas Cajas Populares de Ahorro a que se refiere el Contrato de Fideicomiso Cajas de Ahorro, se destinarán al propio Fideicomiso Cajas de Ahorro para el cumplimiento de su objeto.

En caso de que cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o de las relativas a los bienes decomisados o abandonados y/o a su producto, se aplicarán en primera instancia a resarcir los montos aportados por el Fideicomiso así como sus productos financieros. En segunda instancia se destinarán a resarcir las aportaciones para el pago a ahorradores hechas por la Federación, a través del Fideicomiso, y por las Entidades Federativas, en las proporciones aportadas.

...''

Asimismo, se considera necesario modificar el artículo octavo transitorio de la reforma del 30 de diciembre de 2002, con el fin de ampliar los plazos para que las sociedades muestren haberse sometido a los Trabajos de Auditoría Contable y para que se inicien los procedimientos de quiebra a que se refiere dicho artículo. Asimismo, se establece la obligación de tomar en cuenta las pruebas ofrecidas y admitidas en los procedimientos derivados de denuncias penales contra los administradores y/o de quien tenga a su cargo funciones de dirección, administración y vigilancia al interior de las sociedades. Dichas pruebas se considerarán documentos idóneos para ser sujetos al beneficio de la Ley. Todo ello permitirá incluir a un mayor número de ahorradores en los beneficios de la Ley.

Por lo anterior, se modifica el artículo octavo transitorio de la reforma del 30 de diciembre de 2002 para quedar como sigue:

``OCTAVO.- ...

a) ...

b) Las sociedades en cuestión deberán haberse sometido a los Trabajos de Auditoría Contable a que se refiere esta Ley antes del 28 de enero de 2004, y como consecuencia de dichos trabajos comprobar su insolvencia; dicha insolvencia también podrá acreditarse, en virtud de encontrarse sujetas a un procedimiento de quiebra o a un proceso de concurso mercantil, iniciado con anterioridad al 28 de enero de 2004;

c) Los Ahorradores de dichas sociedades deberán haber sido reconocidos como acreedores de las mismas en el procedimiento de quiebra o concurso mercantil respectivo o, en su caso, encontrarse identificados de conformidad con los Trabajos de Auditoría Contable, en los que se tomarán en consideración las pruebas ofrecidas y admitidas dentro de los procedimientos derivados de las denuncias penales a que hace referencia el siguiente inciso. Dichas pruebas se considerarán documentos idóneos para ser sujetos al beneficio de la presente ley, de conformidad con los requisitos que la misma establece;

d) Los Ahorradores deberán haber presentado las denuncias penales correspondientes en contra de los administradores y/o de quien tenga a su cargo funciones de dirección, administración y vigilancia al interior de las ya mencionadas sociedades, y

e) ...

...''

Con todo ello, se pretende dotar de mayores elementos jurídicos al Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, para cumplir satisfactoriamente con los fines para los cuales fue creado y, en consecuencia, canalizar adecuadamente la oportunidad de desarrollo que representan las sociedades y agrupaciones de economía social y fortalecer así la defensa del patrimonio familiar, con el fin de alcanzar la recomposición de un tejido social solidario y democrático, refundador de una sociedad justa y equitativa.

Por lo anterior y en atención a lo expuesto esta Dictaminadora somete a la consideración del pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRARÁ EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO Y DE APOYO A SUS AHORRADORES

Artículo Único.- Se reforman el primer párrafo de la fracción V del artículo 8º; el párrafo cuarto incluidas sus fracciones I y II del SEGUNDO Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2004; los incisos b), c) y d) del artículo OCTAVO Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002, para quedar como sigue:

``Artículo 8o.- ...

I. a IV. ...........

V. Tratándose de sociedades cuyos Ahorradores sean sujetos de apoyo conforme a lo establecido en el artículo 1o, fracción lI, de esta Ley, éstas deberán acreditar haber iniciado los trámites para efectuar los Trabajos de Auditoría Contable con el propósito de determinar su insolvencia a más tardar el 1° de septiembre del 2004 en el caso de las sociedades señaladas en el artículo 7, fracción I; en el caso de las sociedades señaladas en la fracción II del citado artículo, éstas deberán acreditar haber iniciado los Trabajos de Consolidación antes del 30 de junio del 2004.

...

...

...

...

...

VI. ...

SEGUNDO.- ...

...

...

Adicionalmente, para garantizar la continuidad, sólo por lo que se refiere a los gastos de operación del Fideicomiso Cajas de Ahorro y para la recuperación de los bienes a que se refiere este Transitorio, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de acuerdo a sus disponibilidades, preverá en el presupuesto correspondiente los recursos cuando no sean suficientes los señalados en el segundo párrafo de este Transitorio.

Los bienes decomisados y abandonados, y/o el producto de éstos, relacionados con los procesos judiciales y administrativos que se han instaurado y que se instauren con motivo de ilícitos cometidos en perjuicio de los ahorradores de las 25 cooperativas Cajas Populares de Ahorro a que se refiere el Contrato de Fideicomiso Cajas de Ahorro, se destinarán al propio Fideicomiso Cajas de Ahorro para el cumplimiento de su objeto.

En caso de que cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o de las relativas a los bienes decomisados o abandonados y/o a su producto, se aplicarán en primera instancia a resarcir los montos aportados por el Fideicomiso así como sus productos financieros. En segunda instancia se destinarán a resarcir las aportaciones para el pago a ahorradores hechas por la Federación, a través del Fideicomiso, y por las Entidades Federativas, en las proporciones aportadas.

...''

OCTAVO.- ...

a) ...

b) Las sociedades en cuestión deberán haberse sometido a los Trabajos de Auditoría Contable a que se refiere esta Ley antes del 28 de enero de 2004, y como consecuencia de dichos trabajos comprobar su insolvencia; dicha insolvencia también podrá acreditarse, en virtud de encontrarse sujetas a un procedimiento de quiebra o a un proceso de concurso mercantil, iniciado con anterioridad al 28 de enero de 2004;

c) Los Ahorradores de dichas sociedades deberán haber sido reconocidos como acreedores de las mismas en el procedimiento de quiebra o concurso mercantil respectivo o, en su caso, encontrarse identificados de conformidad con los Trabajos de Auditoría Contable, en los que se tomarán en consideración las pruebas ofrecidas y admitidas dentro de los procedimientos derivados de las denuncias penales a que hace referencia el siguiente inciso. Dichas pruebas se considerarán documentos idóneos para ser sujetos al beneficio de la presente ley, de conformidad con los requisitos que la misma establece;

d) Los Ahorradores deberán haber presentado las denuncias penales correspondientes en contra de los administradores y/o de quien tenga a su cargo funciones de dirección, administración y vigilancia al interior de las ya mencionadas sociedades, y

e) ...

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a 31 de marzo de 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdéz de Anda, Jesús Vizcarra Calderón, Emilio Zebadúa González.»

Es de primera lectura.
LEY DE SUBSIDIOS PARA EMPRESAS DE AVIACION
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Diputado Francisco Arroyo Vieyra del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con Proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público el 25 de noviembre de 2003.

Asimismo, con fecha 18 de marzo de 2004, fue turnada a la Comisión de Hacienda, iniciativa para que mediante Decreto se abrogue la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación, presentada por diversos Diputados del Partido Verde Ecologista de México, ambas para su estudio y dictamen.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de las Iniciativas mencionadas y conforme a las deliberaciones y el análisis que de las mismas realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presentan a esta Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

Exposición de motivos

El antecedente de la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación, es el decreto publicado en el diario oficial el 30 de junio de 1932 por medio del cual la Cámara de Diputados otorgó al Ejecutivo Federal facultades extraordinarias en materia de egresos, cuya primera expresión fue la expedición de la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación promulgada por el entonces Presidente de la República General Abelardo L Rodríguez, el 31 de octubre de 1932.

La ley en cuestión refiere que la entonces Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, establecerá anualmente una partida presupuestal, la cual se destinará a cubrir los subsidios a la gasolina que consumen las empresas de aviación en cada ejercicio fiscal.

Esta Ley tenía un alcance hasta de cuatro años después del ejercicio fiscal de 1932, ya que el subsidio consistía en abonar a las compañías un porcentaje del impuesto pagado por la gasolina consumida por sus aviones, porcentaje que iba del 100 por ciento para el primer año, hasta el 25 por ciento al cuarto año. Estos recursos provenían del presupuesto de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

Agregaba la ley en comento que las empresas de aviación presentarán en los primeros diez días de cada mes, ante el Departamento de Impuestos Especiales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cifra de la gasolina consumida durante el mes anterior y junto con esta declaración, las facturas de compra expedidas por los proveedores donde constara el pago del impuesto al timbre, aplicándose penas de 50 hasta 1000 pesos en el supuesto de que no se presentara la documentación exigida, se hicieran mezclas prohibidas y expresaran datos falsos, llegando incluso a retirar el subsidio.

Cabe señalar que las facultades extraordinarias en materia de egresos otorgadas mediante decreto del 20 de junio de 1932 al Ejecutivo Federal, en base al cual se otorgaba una partida presupuestal para este propósito, fueron refrendadas en el Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 1932.

Consideraciones de la Comisión

Esta comisión considera que la creación y vigencia de una ley responde a las necesidades del momento histórico que vive un país; por lo que la normatividad en esta materia debe estar acorde con los avances tecnológicos en materia de aeronáutica y particularmente del tipo de combustible que utilizan los aviones en la actualidad, puesto que incluso, la actual Secretaría de Comunicaciones y Transportes no considera en su presupuesto partida alguna para este tipo de subsidios a la gasolina.

En el mismo sentido, la que dictamina coincide en la necesidad de que la legislación vigente debe adecuarse a los requerimientos que exige la actividad aeronáutica, por lo que coincide con las iniciativas del Diputado Arroyo Vieyra y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

A mayor abundamiento, a pesar de su temporalidad y a que la citada Ley no tiene ninguna aplicación en la actualidad, ésta continúa vigente ya que no ha existido disposición expresa que la abrogue.

En esta tesitura, la que dictamina estima que la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación, únicamente constituye una norma de carácter vigente y no en derecho positivo, por lo que no tiene aplicación y resulta procedente su abrogación de conformidad con el principio general jurídico denominado ``autoridad formal de la ley'' que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo Poder y siguiendo los mismos procedimientos que determinaron la formación de la resolución primitiva.

En este orden de ideas, esta dictaminadora, con fundamento en al artículo 72, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo texto señala que ``en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación'', somete a la consideración de esta soberanía el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ABROGA LA LEY DE SUBSIDIOS PARA EMPRESAS DE AVIACIÓN

ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación

Transitorio

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 30 de marzo de 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas, Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdez de Anda (rúbrica), Jesús Vizcarra Calderón y Emilio Zebadúa González.»

Es de primera lectura.
LEY SOBRE EL DESTINO DE LOS BONOS DEL ENEMIGO
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55 fracción II del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Diputado Francisco Arroyo Vieyra del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Abroga la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo, misma que fue turnada a esta Comisión de Hacienda y Crédito Público el 25 de noviembre de 2003, para su estudio y dictamen.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de la Iniciativa antes señalada y conforme a las deliberaciones y el análisis que de la misma realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en pleno, presenta a esta honorable asamblea el siguiente

DICTAMEN

Exposición de Motivos

La mencionada Ley sobre el destino de los bonos del enemigo tiene su antecedente en el Decreto sobre bonos del enemigo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1942 mediante el cual se trataba de evitar que el pago de la deuda externa favoreciera a las naciones con las que México se encontraba en estado de guerra.

Al respecto, se denominaban ``bonos del enemigo'' a aquellas emisiones que se encontraban en el país o territorio enemigo o dominado por el enemigo, cualquiera que fuera su nacionalidad, domicilio o residencia de los titulares; asimismo, las emisiones de los que fueran tenedores nacionales de país enemigo o personas equiparadas a nacionales de país enemigo cualquiera que fuera el lugar en que tales emisiones se hallaran.

Mas tarde, mediante decretos de modificaciones y de ampliación de plazos se permitió el registro de títulos de la Deuda Pública Exterior para excluir del régimen de los ``bonos del enemigo'' a aquellos títulos no registrados conforme al Decreto del 4 de agosto de 1942, el cual relacionaba las diversas emisiones consideradas como bonos del enemigo.

De esta forma, el 31 de diciembre de 1951 se expidió la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo por medio de la cual se señalaba que los títulos y demás documentos de que se ocupaba la Ley mencionada, no conferían a sus tenedores derecho alguno para exigir el cumplimiento de las obligaciones en ellos consignadas, ni sus intereses ni demás consecuencias.

Al respecto, la Iniciativa que presenta el Diputado Arroyo Vieyra señala que la Ley cuya abrogación plantea dejó de tener vigencia al no estar ya presentes las causas y argumentos que motivaron su creación, es decir, un estado de emergencia generado por el conflicto bélico de la Segunda Guerra Mundial, por lo cual solicita su abrogación.

Consideraciones de la Comisión

Esta Comisión de Hacienda y Crédito Público coincide con la propuesta del Diputado Arroyo Vieyra en el sentido de que el sistema jurídico debe corresponder a las exigencias y necesidades de la etapa económica, política y social que vive un país y el entorno internacional que lo rodea.

En este sentido la que dictamina considera que la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo ha perdido vigencia real al no existir el objetivo y situación que motivó su nacimiento y vigencia por lo que no tiene aplicación alguna en el momento actual.

En esta tesitura, la que dictamina estima que la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo, únicamente constituye una norma de carácter vigente y no es derecho positivo por lo que no tiene aplicación y resulta procedente su abrogación de conformidad con el principio general jurídico denominado ``autoridad formal de la ley'', que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo poder y siguiendo los mismos procedimientos que determinaron la formación de la resolución primitiva.

En este orden de ideas, esta dictaminadora, con fundamento en al artículo 72, inciso f), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo texto señala que ``en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación'', somete a la consideración de esta soberanía el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ABROGA LA LEY SOBRE EL DESTINO DE LOS BONOS DEL ENEMIGO

ARTÍCULO ÚNICO.- Se abroga la Ley sobre el destino de los Bonos del Enemigo.

Transitorio

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, a 30 de marzo de 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas, Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdez de Anda (rúbrica), Jesús Vizcarra Calderón y Emilio Zebadúa González.»

Es de primera lectura.
MONEDAS CONMEMORATIVAS
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público

HONORABLE ASAMBLEA

El pasado 11 de noviembre de 2003, le fue turnada a esta Cámara de Diputados la Minuta de la H. Cámara de Senadores con proyecto de decreto por el que reforma el diverso por el que se establecen las características de las monedas conmemorativas del 500 aniversario del Encuentro de dos culturas, la cual a su vez fue remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

De acuerdo con la minuta elaborada por las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público de Estudios Legislativos, esta Comisión procedió a su análisis y estudio, de conformidad con los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Para ello, también realizó consultas y reuniones de trabajo con representantes del Banco de México, con base en lo cual los miembros de esta Comisión elaboraron y presentan a esa Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

DESCRIPCION DE LA MINUTA

La Iniciativa propone la reforma de los artículos segundo y noveno del Decreto por el que se establecen las Características de las Monedas Conmemorativas del 500 Aniversario del Encuentro de Dos Culturas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1991, y reformado y adicionado el 25 de junio de 1993, 22 de mayo de 1996 y 6 de enero de 2000, donde se establecieron las características de las monedas conmemorativas, las cuales se pusieron en circulación en oro y plata, con motivos representativos de antiguas culturas mexicanas.

Estas monedas han sido comercializadas con gran éxito en el mercado numismático que ha implicado beneficios financieros para nuestro país, por lo que ha considerado conveniente modificar el diseño de tres monedas de las culturas prehispánicas como son la Mexica, Olmeca y Centro de Veracruz, para seguir promoviendo aspectos concernientes a las mismas.

La emisión de estas monedas de plata pudiera ser de hasta 15,000 piezas cada una; en cuyo caso el requerimiento de plata para la acuñación de dichas piezas sería de alrededor de 45,000 onzas de plata pura (Ley .999) equivalente a 1400 Kg; la acuñación de las monedas se realizaría en la Casa de Moneda de México; se pretende que la distribución de las piezas sea en el mercado nacional (40%) y en el extranjero (60%); su distribución y comercialización en el mercado nacional sería por medio de la banca comercial y en el mercado extranjero por distribuidores especializados.

El cambio en el diseño tiene el propósito de mejorar la composición visual de los elementos que se integran en los motivos que se representan en estas monedas. El nuevo diseño permitirá resaltar la importancia de las antiguas civilizaciones de México con lo que se reforzará la trascendencia de los antiguos pobladores.

Consideraciones de la Comisión

La que Dictamina concuerda con la Colegisladora en la aprobación de esta Minuta, tomando en cuenta los beneficios que se han tenido al comercializar estas monedas conmemorativas acuñadas en metales finos, con lo que se contribuye a la producción numismática nacional y se apoya a la industria minera nacional, tomando en cuenta la tradicional calidad de las monedas mexicanas que se colocan en los mercados mundiales por representar un atractivo para coleccionistas en el mercado internacional.

En virtud de lo anteriormente expuesto esta Dictaminadora, somete a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL 500 ANIVERSARIO DEL ENCUENTRO DE DOS CULTURAS.

ARTÍCULO PRIMERO. Se reforma el artículo Segundo del Decreto por el que se establecen las características de las monedas conmemorativas del 500 aniversario del encuentro de dos culturas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1991, reformado y adicionado mediante diversos publicados en el mencionado diario los días 25 de junio de 1993, 22 de mayo de 1996 y 6 de enero de 2000, para quedar como sigue:

ARTÍCULO SEGUNDO: . . .

a) a g) . . .

Los cuños serán:

I.- . . .

II.- Para la segunda moneda:

ANVERSO: . . .

REVERSO: Una reproducción del Brasero Efigie, pieza perteneciente a la Cultura Mexica y que se encuentra en el Museo del Templo Mayor, llevando debajo la leyenda ``Brasero Efigie'' y del lado izquierdo al centro, el símbolo de la Casa de Moneda de México y debajo de éste el número ``1993''. A este conjunto lo rodea una gráfila, cuyo diseño se basa en los ornamentos de la Piedra de Tizoc. En el exergo, la leyenda ``N$5''. El marco liso.

III. a VI. . . .

VII.- Para la séptima moneda:

ANVERSO: . . .

REVERSO: Una reproducción del Anciano con Brasero, pieza perteneciente a la Cultura Centro de Veracruz y que se encuentra en el Museo Nacional de Antropología e Historia, llevando debajo la leyenda ``Anciano con Brasero'' y del lado izquierdo al centro, el símbolo de la Casa de Moneda de México y debajo de éste el número ``1993''. A este conjunto lo rodea una gráfila, cuyo diseño se basa en entrelaces de relieves de la Zona de El Tajín. En el exergo, la leyenda ``N$5''. El marco liso.

VIII a XII ...

ARTÍCULO SEGUNDO: Se reforma el artículo Noveno del Decreto por el que se establecen las características de las monedas conmemorativas del 500 aniversario del encuentro de dos culturas, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1991, reformado y adicionado mediante diversos publicados en el mencionado diario los días 25 de junio de 1993, 22 de mayo de 1996 y 6 de enero de 2000, para quedar como sigue:

ARTÍCULO NOVENO: . . .

a) a g) . . .

Los cuños serán: . . .

I. a II. . . .

III.- Para la tercera moneda:

ANVERSO: . . .

REVERSO: Una reproducción de un hombre jaguar, pieza perteneciente a la Cultura Olmeca y que se encuentra en el Museo Nacional de Antropología, llevando debajo la leyenda ``Hombre Jaguar'' y del lado izquierdo al centro, el símbolo de la Casa de Moneda de México y debajo de éste el número ``1996''. A este conjunto lo rodea una gráfila, cuyo diseño se basa en elementos gráficos extraídos del tocado y pectoral de un hombre jaguar. En el exergo, la leyenda ``$5''. El marco liso.

IV a XII. . . .

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Las monedas cuyas características se modifican acuñadas en metales finos, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto continuarán en circulación.

SALA DE COMISIONES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- México, DF, a 30 de MARZO DE 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas, Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdez de Anda, Jesús Vizcarra Calderón y Emilio Zebadúa González.»

Es de primera lectura.
LEY MONETARIA
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público

HONORABLE ASAMBLEA

El pasado 9 de octubre de 2003, le fue turnada a esta Colegisladora la Minuta de la H. Cámara de Senadores con proyecto de ``Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4º y 5º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos'', la cual a su vez fue remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen.

De acuerdo con la Minuta elaborada por las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, de Estudios Legislativos, Primera, esta Comisión procedió a su análisis y estudio, de conformidad con los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Para ello, también realizó consultas y reuniones de trabajo con representantes del Banco de México, con base en lo cual los miembros de esta Comisión elaboraron y presentan a esa Honorable Asamblea el siguiente

DICTAMEN

DESCRIPCION DE LA MINUTA

El análisis de la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4º y 5º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, tiene su origen en la Iniciativa correspondiente que fue presentada por el Senador Adalberto Madero Quiroga, del Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, el día 17 de septiembre de 2003 y aprobada por el Pleno de la Colegisladora el 7 de octubre del mismo año.

En la Minuta se indica que la población en general utiliza en gran medida los billetes y monedas para hacer frente a sus obligaciones de pago, los cuales son identificables por su color, denominación y características físicas perceptibles a simple vista y toda vez que no todos los habitantes del país cuentan con el sentido de la vista, dichas personas se encuentran imposibilitadas para poder diferenciar los distintas denominaciones de billetes y monedas.

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI), existen más de doscientos cincuenta mil personas en nuestro país que padecen de ceguera total y se estima que el número asciende a medio millón que carecen o tienen disminuido el sentido de la vista.

Consideraciones de la Comisión

La que dictamina coincide con la propuesta de la Colegisladora para que el Banco de México emita billetes y monedas de curso legal que contengan elementos que las hagan identificables al tacto por personas invidentes o débiles visuales. Sin embargo como se requiere una nueva emisión y sustitución de aquellos que se encuentran en circulación, se considera conveniente que estas nuevas emisiones y sustituciones se realicen a partir del año 2006, por lo que se establece un artículo transitorio para que el presente Decreto entre en vigor hasta el 1° de enero de 2006, estableciéndose también que los signos monetarios fabricados con anterioridad a la fecha de entrar en vigor este Decreto, podrán ser puestos en circulación por el Banco de México con posterioridad a dicha fecha, conservando su poder liberatorio hasta que sean desmonetizados.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dictaminadora, somete a su consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 4° Y 5° DE LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ÚNICO.- Se reforma el artículo 4° y se adiciona un segundo párrafo al artículo 5°, de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4°.- Los billetes del Banco de México tendrán poder liberatorio ilimitado y deberán contener una o varias características que permitan identificar su denominación a las personas invidentes.

Artículo 5°.- ...

Las citadas monedas deberán ser acuñadas de manera tal que sean identificables por las personas invidentes.

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor el 1º de enero de 2006.

Segundo.- Los signos monetarios fabricados con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Decreto, podrán ser puestos en circulación por el Banco de México con posterioridad a dicha fecha, conservando su poder liberatorio hasta que sean desmonetizados.

Sala de comisiones de la Honorable Cámara de Diputados.--- México, DF, a 30 de marzo de 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez, secretarios; José Alarcón Hernández (rúbrica), José Arturo Alcántara Rojas (rúbrica), Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón, Mario Moreno Arcos, José Adolfo Murat Macías, José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas, Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), María Esther de Jesús Scherman Leaño (rúbrica), Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdéz de Anda, Jesús Vizcarra Calderón, Emilio Zebadúa González.»

Es de primera lectura.
LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MEXICO
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Marina de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa de Ley de Ascensos de la Armada de México, presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue recibida por este Órgano Legislativo de la LIX Legislatura como asunto pendiente de estudio y dictamen.

De conformidad con los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, 60, 62 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Marina, previo estudio y análisis de la iniciativa en comento, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de acuerdo a la siguiente:

Competencia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 fracción XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión tiene facultad para levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio.

Metodología

i) En el apartado denominado ``Antecedentes'', se da cuenta del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno de la iniciativa para su dictamen y de los trabajos llevados a cabo por la Comisión de Marina.

ii) En el apartado correspondiente a ``Consideraciones'', se delimitan los alcances del dictamen de la iniciativa y se ponderan las bondades del mismo respecto de la ley que abroga.

Antecedentes

1.- El día 29 de abril de 2003, el Ciudadano Licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 72 fracción I de la Cons- titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Honorable Congreso de la Unión, la iniciativa de Ley de Ascensos de la Armada de México.

2.- Mediante oficio número CP/2R/2AE.-1880 del 21 de mayo de 2003, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, turnó a la Comisión de Marina de la LVIII Legislatura la iniciativa de referencia para su estudio y dictamen.

3.- Al inicio de la presente legislatura, se recibió de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados la multicitada iniciativa como asunto pendiente de estudio y dictamen.

4.- Mediante acuerdo de fecha 29 de octubre de 2003, la Junta Directiva de este Organo Legislativo, creó la Subcomisión de dictamen de la iniciativa de Ley de Ascensos de la Armada de México.

5.- La Comisión de Marina de la LIX Legislatura después de un detallado análisis de las atribuciones que a la Armada de México le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la normatividad que aplica a dicha dependencia, así como de un amplio debate cuya característica principal fue la pluralidad política de sus integrantes y del intercambio de opiniones con funcionarios de la Secretaría de Marina, valoró los motivos y fundamentos de la iniciativa que se dictamina, estimando procedente su aprobación.

Consideraciones

I. En el área de Orden y Respeto, el Plan Nacional de Desa-rrollo 2001-2006 establece como objetivo prioritario la defensa de la independencia, la soberanía e integridad del territorio nacional.

II. La Armada de México es una institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, y dentro de las atribuciones de ese instituto armado, además de la de organizar, adiestrar, alistar, equipar y operar a las fuerzas que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus funciones, cooperar con el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano, realizar acciones para salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva, proteger el tráfico marítimo, fluvial y lacustre en el área de jurisdicción federal, salvaguardar la vida humana en la mar y en las aguas interiores, proteger instalaciones estratégicas del país, auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, proteger los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales, garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas coadyuvando con las autoridades competentes en el combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones pesqueras, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos, realizar actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica, biológica y de los recursos marítimos, prevenir y controlar la contaminación marítima, vigilando y protegiendo el medio marino etcétera.

III. Para el adecuado y eficaz cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones, la Armada de México se integra con recursos materiales, financieros y humanos; sin embargo es su personal el que constituye la esencia y fortaleza de ese Instituto Armado y sin el cual definitivamente no podrían cumplirse la tareas que se le han encomendado a esa dependencia.

Por lo anterior debemos reconocer lo invaluable que resulta el recurso humano de la Armada de México, el cual día a día contribuye con oportunidad y eficiencia en el desa-rrollo de sus actividades.

IV. Desde el inicio del presente sexenio, la Armada de México se ha visto inmersa en un profundo proceso de reestructuración que le ha permitido modernizarse, fortaleciendo con ello sus estructuras a fin de optimizar los recursos que tiene asignados.

V. El presente dictamen de la Ley de Ascensos de la Armada de México contribuye a la reestructuración de este Instituto Armado, adecuando el marco jurídico que lo rige a sus necesidades, además, da certidumbre y seguridad jurídica al personal ante la posibilidad de un acto de la autoridad naval que pueda vulnerar su derecho a ser ascendido.

El ascenso en el medio naval constituye un avance del personal en su carrera militar, representa un logro más en su trayectoria dentro de servicio activo, y por ende se esfuerza día a día para que el Mando en reconocimiento de esa dedicación y perseverancia le confiera un grado mayor al que ostenta, lo cual le representa además un beneficio en el aspecto económico.

En la iniciativa que se dictamina, se precisan los requisitos que para cada grado el personal debe reunir para ser convocado a promoción, así como los mecanismos y procedimientos para seleccionar al individuo más apto e idóneo, con más competencia profesional y mayores méritos para desempeñar las tareas que le imponen una jerarquía superior, anteponiéndose esas características a la antigüedad en el grado.

Se confiere al Estado Mayor General de la Armada la responsabilidad de efectuar el estudio correspondiente para determinar la procedencia de las propuestas que hagan los Mandos, para que el personal sea ascendido en tiempo de guerra como premio a actos de reconocido valor o extraordinario mérito en el desarrollo de operaciones de guerra o para cubrir necesidades operativas o vacantes, o bien, para ser ascendido por méritos especiales por haber desarrollado un invento que beneficie a la nación o a la institución, por haber efectuado un acto que salve vidas humanas o bienes materiales de la nación con riesgo de su vida o por haber realizado actos que demuestren un alto valor, espíritu de cuerpo o amor a la patria.

En la nueva Ley Orgánica de la Armada de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 2002, se creo como órgano asesor del Alto Mando el Consejo del Almirantazgo reducido y ampliado, como órgano de análisis para la concertación, acuerdo y toma de decisiones sobre asuntos trascendentes para esa Institución, y en la iniciativa de Ley de Ascensos de la Armada de México, se le faculta para resolver los desacuerdos del personal con los dictámenes que emita la Junta Naval resolviendo la inconformidad que promovieron por sentir que se afectaba su derecho a ascender, por haber sido excluido del concurso de selección o por haber sido postergado.

VI. Del estudio y análisis de la iniciativa presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal, se derivaron modificaciones a diversos artículos, algunos de ellos con el fin de dar mayor claridad a la disposición contenida.

Destaca la modificación que sufrió el artículo 6º, el cual establecía que el personal de Oficiales de la milicia auxiliar no ascendería mientras tuviera esa clasificación, sin embargo en virtud de que la Ley Orgánica de la Armada de México en su artículo 40 dispone que el personal de la milicia auxiliar puede ser ascendido por adecuación de grado, ahora el artículo en comento establece la posibilidad de ascenso para dicho personal.

Otra modificación significativa es la que se hizo al texto del artículo 14, facultándose a los órganos asesores, Consejo del Almirantazgo, Estado Mayor General y Comisión Coordinadora para ascensos, para auxiliar al Alto Mando en el proceso para calificar, seleccionar y proponer al personal naval para ascenso desde la jerarquía de Marinero hasta la de Capitán de Corbeta y de ésta última a la de Capitán de Fragata; asimismo se precisa de manera puntual los mecanismos que deberán observarse para integrar el expediente y reunir los elementos de juicio a considerar por el Mando Supremo para el ascenso a las jerarquías de Capitán de Navío, Contralmirante, Vicealmirante y Almirante.

Asimismo es de destacarse la modificación al artículo 26, el cual solamente establecía el ascenso de Guardiamarina a Teniente de Corbeta, esto es, respecto del personal egresado de la Heroica Escuela Naval Militar, sin establecer nada respecto del personal que egresa de las otras escuelas de formación; y con la nueva redacción ya se comprende a todo ese personal, estableciéndose que el ascenso de cadetes y alumnos será regulado por el Reglamento para prácticas y examen profesional de cada escuela.

Finalmente con las modificaciones a los artículos 32 y 33, se precisa la información que se proporcionará al Mando Supremo para el ascenso a las jerarquías de Capitán de Navío, Contralmirante, Vicealmirante y Almirante.

Conclusión

La iniciativa de la Ley de Ascensos de la Armada de México es el resultado de un proceso de estudio y análisis minucioso de las condiciones actuales de ese Instituto Armado, y de las proyecciones para su desarrollo y el de su personal, además, recoge adecuadamente aquellos planteamientos de la normatividad vigente y que a lo largo de su aplicación se han consolidado como principios propios del régimen naval militar.

Con base en las consideraciones expuestas en el presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Marina determinamos que es necesario continuar con la reestructuración del marco jurídico que rige a la Armada de México, a fin de que siga fortaleciendo sus estructuras y optimizando el empleo de los recursos humanos materiales y presupuestarios que tiene asignados.

Por lo anterior, exhortamos a esta Honorable Asamblea a que apruebe el siguiente proyecto de:

LEY DE ASCENSOS DE LA ARMADA DE MÉXICO.

TITULO PRIMERO

Generalidades

CAPITULO UNICO

Bases generales

ARTICULO 1º.- Ascenso es el acto mediante el cual el Mando promueve al militar en servicio activo al grado superior en el orden jerárquico dentro de la escala que fija la Ley Orgánica de la Armada de México.

ARTICULO 2°.- Es facultad del Mando Supremo ascender a los Vicealmirantes, Contralmirantes, Capitanes de Navío y Capitanes de Fragata, así como a los demás Oficiales de la Armada de México, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 89 fracciones IV y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la presente Ley.

ARTICULO 3º.- El Alto Mando ascenderá al personal de Oficiales y Capitanes de Corbeta previo acuerdo del Mando Supremo, según lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

ARTICULO 4°.- Los ascensos para el personal de clases y marinería se otorgarán según lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables, de la forma siguiente:

I.- Por el Alto Mando para el personal de clases y marinería, y

II.- Por los Mandos Superiores en Jefe y Mandos Superiores, previo acuerdo del Alto Mando, para el personal de cabos y marinería en las unidades y establecimientos de su jurisdicción.

ARTICULO 5°.- Los ascensos a que se refiere el artículo 3º. de la presente Ley, serán conferidos de acuerdo a los resultados obtenidos en el concurso de selección para ascenso.

ARTICULO 6º.- El personal de Oficiales de la milicia auxiliar solamente podrá ser ascendido por adecuación de grado en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Armada de México, por méritos especiales o en los supuestos a que se refiere el artículo 37 de la presente Ley.

ARTICULO 7°.- Los ascensos del personal de clases y marinería serán otorgados previa selección rigurosa que se efectuará de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

ARTICULO 8°.- Los ascensos serán otorgados observando los procedimientos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias para las situaciones siguientes:

I.- Tiempo de paz;

II.- Tiempo de guerra, y

III.- Por méritos especiales.

ARTICULO 9°.- Cuando se obtenga un ascenso por méritos especiales o por las causas establecidas para tiempo de guerra, el ascendido deberá cumplir con lo previsto en el Plan General de Educación Naval para esa jerarquía. Sin este requisito no podrá tomar parte en promociones posteriores.

ARTICULO 10.- Cuando dos o más miembros de la Armada de México del mismo cuerpo o servicio tengan despacho o nombramiento con antigüedad de igual fecha, deberá considerarse como más antiguo aquel que hubiere servido por más tiempo en el grado anterior, en igual circunstancia, al que tuviere mayor tiempo de servicio, y si aún este fuere igual, al de mayor edad.

ARTICULO 11.- En igualdad de competencia profesional determinada por el promedio de las calificaciones obtenidas en el concurso de selección, será ascendido el de mayor antigüedad.

ARTICULO 12.- El personal naval que sea ascendido por haber obtenido alguna de las vacantes existentes, ocupará su nuevo lugar escalafonario atendiendo a la prelación que ocupaba en la jerarquía anterior.

ARTICULO 13.- El Alto Mando ordenará al Estado Mayor General de la Armada y a la unidad administrativa correspondiente, la formulación y publicación anual del escalafón de Almirantes, Capitanes y Oficiales de la milicia permanente, así como el del personal de la milicia auxiliar, respectivamente.

ARTICULO 14.- Los órganos asesores auxiliarán al Alto Mando en el proceso para calificar, seleccionar y proponer al personal naval para ascenso, desde la jerarquía de Marinero hasta la de Capitán de Corbeta, y de este último a la de Capitán de Fragata.

Para los ascensos de la jerarquía de Capitán de Fragata a Capitán de Navío, de éste a Contralmirante, de éste a Vicealmirante y de este último a Almirante, el Alto Mando se auxiliará de los órganos asesores designados para integrar el expediente y reunir los elementos de juicio relativos a los aspectos que determina el artículo 18 de está Ley, los que serán sometidos a la consideración del Mando Supremo.

Los órganos asesores serán el Consejo del Almirantazgo, el Estado Mayor General y la Comisión Coordinadora para ascensos en términos de la Ley Orgánica de la Armada de México y el Reglamento Interior de la Secretaría de Marina.

TITULO SEGUNDO

De los ascensos en tiempo de paz

CAPITULO I

Generalidades

ARTICULO 15.- Los ascensos en tiempo de paz tienen por objeto cubrir las vacantes de la Armada de México con personal apto e idóneo para desempeñar las labores de la jerarquía inmediata superior.

El número de vacantes a cubrir por ascenso, será determinado por la unidad administrativa correspondiente o el Mando Territorial respectivo, de acuerdo a la planilla orgánica de personal autorizada y a los planes y programas en aplicación, tomando en cuenta las propuestas del Estado Mayor General de la Armada.

El número de elementos convocados será determinado de acuerdo al procedimiento establecido por el Estado Mayor General de la Armada.

ARTICULO 16.- Para determinar su derecho al ascenso, desde Marinero hasta Capitán de Corbeta, se convocará a concurso de selección al personal de un mismo escalafón y jerarquía.

ARTICULO 17.- Los requisitos indispensables para ser convocado al concurso de selección para ascenso, en lo conducente, serán los establecidos en los capítulos II, III y IV de este Título, además de buena conducta militar y civil, así como no encontrarse comprendido en los supuestos que prevé el artículo 51 de está Ley.

El Reglamento de esta Ley establecerá las bases para definir la comprobación de estos requisitos.

ARTICULO 18.- Los ascensos a las jerarquías de Capitán de Navío, Contralmirante, Vicealmirante y Almirante, serán conferidos por el Mando Supremo, atendiendo preferentemente al mérito, aptitud, competencia profesional y conducta militar y civil, así como antigüedad en el grado, a juicio del propio Mando Supremo.

ARTICULO 19.- Cuando un miembro de la Armada sea excluido por estar imposibilitado para participar en el concurso de selección, por enfermedad u otras causas de fuerza mayor comprobadas ajenas a su voluntad, será convocado para determinar su derecho al ascenso al desaparecer las causas que motivaron la exclusión, siempre y cuando pueda concursar dentro del período que al efecto se establezca.

ARTICULO 20.- Cuando un miembro de la Armada, se encuentre en cualquiera de los supuestos siguientes se considerará la jerarquía que ostente, como grado tope:

I.- Haber sido convocado por tres veces al concurso de selección para ascenso y renunciar a ellos;

II.- No haber sido convocado tres veces al concurso de selección para ascenso por no reunir los requisitos establecidos en esta ley;

III.- Haber sido convocado y participado en tres concursos de selección para ascenso sin obtener el promedio de calificación aprobatorio que lo hubiere colocado entre el número de vacantes existentes, y

IV.- Cualquier combinación de las fracciones I, II y III anteriores que sumen tres de los supuestos indicados, ostentando el militar una misma jerarquía.

ARTICULO 21.- El grado tope se comunicará por escrito, por el Estado Mayor General de la Armada al personal núcleo del cuerpo general, y por la unidad administrativa correspondiente al personal núcleo de los servicios y las escalas del cuerpo general y los servicios.

CAPITULO II

De los ascensos de las clases y marinería

ARTICULO 22.- Para ascender de Marinero a Cabo, se requerirá:

I.- Tener como mínimo un año de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante un año, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio en unidades o establecimientos de la Armada, y

III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 23.- Para ascender de Cabo a Tercer Maestre o sus equivalentes se requerirá:

I.- Tener como mínimo dos años de antigüedad en el grado;

II.- Tener como mínimo tres años de servicios continuos en la Armada,

III.- Haber desempeñado mínimo durante un año, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y

IV.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 24.- Para ascender de Tercer Maestre a Segundo Maestre o sus equivalentes se requerirá:

I.- Tener como mínimo un año de antigüedad en el grado;

II.- Tener como mínimo cuatro años de servicios continuos en la Armada;

III.- Haber desempeñado mínimo durante un año, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada; y

IV.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 25.- Para ascender de Segundo Maestre a Primer Maestre o sus equivalentes se requerirá:

I.- Tener como mínimo un año de antigüedad en el grado;

II.- Tener como mínimo cinco años de servicios continuos en la Armada;

III.- Haber desempeñado mínimo durante un año, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada;

IV.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

CAPITULO III

De los ascensos de Oficiales

ARTICULO 26.- El personal de las Escuelas de la Armada de México egresará con la jerarquía que establezca su reglamento correspondiente.

El personal que satisfaga los requisitos establecidos en el Reglamento respectivo para prácticas y examen profesional ascenderá a la jerarquía que le corresponda.

ARTICULO 27.- Para ascender de Primer Maestre, o sus equivalentes, a Teniente de Corbeta, se requerirá:

I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y

III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 28.- Para ascender de Teniente de Corbeta a Teniente de Fragata se requerirá:

I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y

III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 29.- Para ascender de Teniente de Fragata a Teniente de Navío, se requerirá:

I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada, y

III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 30.- Para ascender de Teniente de Navío a Capitán de Corbeta se requerirá:

I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada,

III.- Presentar a indicación del Mando, un trabajo de investigación tipo tesis y obtener resultado aprobatorio, tratándose de personal núcleo del cuerpo general y servicios, y

IV.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

CAPITULO IV

De los ascensos de Capitanes

ARTICULO 31.- Para ascender de Capitán de Corbeta a Capitán de Fragata, se requerirá:

I.- Tener como mínimo tres años de antigüedad en el grado;

II.- Haber desempeñado mínimo durante dos años, las funciones inherentes a su cuerpo o servicio, en unidades o establecimientos de la Armada; y

III.- Obtener en el concurso de selección para ascenso un promedio de calificación aprobatorio que lo coloque entre el número de vacantes existentes.

ARTICULO 32.- Para el ascenso de Capitán de Fragata a Capitán de Navío, se le informará al Mando Supremo lo siguiente:

I.- Vacantes existentes en el grado;

II.- Personal de la jerarquía de Capitán de Fragata que no se encuentra en los supuestos que prevé el artículo 51;

III.- La lista de los Capitanes de Fragata se integrará conforme a los criterios establecidos en el artículo 18 de esta Ley. Dicha lista deberá reflejar la apreciación del Consejo del Almirantazgo para el desempeño de las obligaciones que la nueva jerarquía le impondrá, así como la valoración objetiva de la trayectoria profesional proporcionada por el Estado Mayor General de la Armada.

CAPITULO V

De los ascensos de Almirantes

ARTICULO 33.- Para el ascenso a Contralmirantes, Vicealmirantes y Almirantes, se le informará al Mando Supremo lo siguiente:

I.- Vacantes existentes en cada grado;

II.- Personal de la jerarquía de Capitán de Navío, Contralmirante y Vicealmirante que no se encuentren en los supuestos que prevé el artículo 51;

III.- La lista de los Capitanes de Navío, Contralmirantes y Vicealmirantes se integrará conforme a los criterios establecidos en el artículo 18 de esta Ley. Dicha lista deberá reflejar la apreciación del Consejo del Almirantazgo para el desempeño de las obligaciones que la nueva jerarquía impondrá; así como la valoración objetiva de la trayectoria profesional proporcionada por el Estado Mayor General de la Armada.

CAPITULO VI

Del concurso de selección para ascenso de Marinero a Capitán de Corbeta

ARTICULO 34.- El concurso de selección para ascenso tiene por objeto determinar el orden de prelación de los convocados.

I.- Para Clases y Marinería se determinará de acuerdo a los resultados de los exámenes que menciona el artículo 35 y conforme al manual de procedimiento correspondiente.

II.- Para Oficiales, incluyendo el ascenso de Capitán de Corbeta a Capitán de Fragata, se llevarán de acuerdo con el manual de procedimientos correspondiente. En el establecimiento del orden de prelación en cada jerarquía, núcleo y escala, se atenderán los siguientes conceptos:

a) Mérito; mediante el análisis objetivo de su trayectoria en el servicio naval, formación académica, cargos y comisiones y tiempo en el grado;

b) Aptitud; mediante la apreciación de la Comisión Coordinadora para Ascensos para el desempeño de las obligaciones que la nueva jerarquía le impondrá y el conocimiento del idioma inglés u otro idioma, según corresponda.

c) Competencia profesional; mediante el análisis de sus hojas de actuación;

d) Conducta militar y civil; mediante el análisis de este concepto asentado en sus hojas de actuación; y

e) Resultados de los exámenes que establece el artículo 35.

ARTICULO 35.- El concurso de selección para ascenso estará integrado por los siguientes exámenes:

I.- Examen médico;

II.- Examen de capacidad física;

III.- Examen de conocimientos teóricos o académico;

IV.- Examen de conocimientos prácticos, de acuerdo a la reglamentación correspondiente;

V.- Examen de lengua extranjera, únicamente para Oficiales y Capitanes núcleo del Cuerpo General y servicios, y

VI.- Trabajo de investigación tipo tesis, únicamente para Tenientes de Navío núcleo del Cuerpo General y servicios.

ARTICULO 36.- Las normas para el concurso de selección para ascenso se harán del conocimiento del personal oportunamente.

TITULO TERCERO

De los ascensos en tiempo de guerra

CAPITULO UNICO

ARTICULO 37.- Los ascensos en tiempo de guerra se otorgarán a los miembros de la Armada de México, para:

I.- Premiar actos de reconocido valor o de extraordinarios méritos en el desarrollo de operaciones de guerra;

II.- Cubrir necesidades operativas, y

III.- Cubrir vacantes.

ARTICULO 38.- Las propuestas para ascenso en los supuestos mencionados en el artículo anterior, serán formuladas por el Mando de quien dependa el personal considerado, fundamentando las causas de la mencionada propuesta.

ARTICULO 39.- El Mando Supremo determinará a propuesta del Alto Mando, el procedimiento que deba seguirse para otorgar los ascensos en tiempo de guerra establecidos en el artículo 37 de la presente Ley.

ARTICULO 40.- Para ascender en tiempo de guerra, no se requiere que el personal reúna los requisitos establecidos para los ascensos en tiempo de paz.

TITULO CUARTO

De los ascensos por méritos especiales

CAPITULO UNICO

ARTICULO 41.- El Mando Supremo a propuesta del Alto Mando podrá ascender al personal de la Armada de México, por méritos especiales cuando realice cualquiera de los hechos siguientes:

I.- Desarrollar un invento que beneficie a la nación o a la institución;

II.- Efectuar un acto que salve vidas humanas con riesgo de la propia;

III.- Efectuar un acto que salve bienes materiales de la nación, con riesgo de su vida, y

IV.- Efectuar actos en los que se demuestre un alto valor, espíritu de cuerpo o amor a la patria.

ARTICULO 42.- Las propuestas para ascensos en los casos mencionados en el artículo anterior, serán formuladas por el Mando de quien dependa el personal considerado, fundamentando las causas que las justifiquen.

ARTICULO 43.- El Estado Mayor General de la Armada efectuará el estudio para determinar si proceden o no la propuestas a que se refieren los artículos 38 y 42 de la presente ley.

ARTICULO 44.- Para ascender por méritos especiales no se requiere que el personal reúna los requisitos establecidos para el ascenso en tiempo de paz.

TITULO QUINTO

Despachos y Nombramientos

CAPITULO I

Despachos

ARTICULO 45.- La jerarquía que ostente el personal de la milicia permanente será acreditada con la expedición del despacho correspondiente, y a falta de este, con el documento oficial por el que se haya comunicado el ascenso al grado respectivo.

ARTICULO 46.- En los despachos se harán constar los datos siguientes:

I.- Nombre y apellidos paterno y materno;

II.- Matrícula;

III.- Jerarquía, fecha de ascenso y motivo del mismo;

IV.- Cuerpo o servicio al que pertenezca, y

V.- Pertenencia a la milicia permanente.

ARTICULO 47.- Los despachos de los Almirantes y Capitanes serán legalizados con las firmas del Mando Supremo y del Alto Mando y llevarán el gran sello de la Nación.

ARTICULO 48.- Los despachos de los Oficiales serán legalizados con las firmas del Alto Mando y de los funcionarios públicos de las unidades administrativas correspondientes.

CAPITULO II

Nombramientos.

ARTICULO 49.- La jerarquía que ostente el personal de la milicia auxiliar será acreditada por el nombramiento que se les expida firmado por el Alto Mando.

ARTICULO 50.- En los nombramientos se harán constar los datos siguientes:

I.- Nombre y apellidos paterno y materno;

II.- Matrícula;

III.- Jerarquía, fecha de ascenso o nombramiento y motivo del mismo;

IV.- Cuerpo o servicio a que pertenezca, y

V.- Pertenencia a la milicia auxiliar.

TITULO SEXTO

Complementario.

CAPITULO I

Situaciones que impiden el ascenso.

ARTICULO 51.- En ningún caso serán conferidos ascensos al personal de la Armada de México que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

I.- En uso de licencia ilimitada o extraordinaria;

II.- En trámite de retiro;

III.- Excedido de la edad límite en su jerarquía;

IV.- Con prórroga o retenido en el servicio;

V.- Sujeto a averiguación previa, proceso, prófugo o cumpliendo sentencia condenatoria del orden penal.

VI.- A disposición por resolución de organismo disciplinario;

VII.- En depósito;

VIII.- Cuando no reúnan los requisitos establecidos por esta Ley para cada jerarquía;

IX.- Inhabilitado por resolución de órgano competente, y

X.- Suspenso en sus derechos escalafonarios para fines de ascenso determinado por órgano disciplinario.

CAPITULO II

Inconformidades.

ARTICULO 52.- Inconformidad es la acción que ejerce el militar ante la Junta Naval por sentirse afectado en sus derechos por exclusión del concurso de selección para ascenso o por postergación.

ARTICULO 53.- El personal de la Armada de México tendrá un plazo de 30 días naturales siguientes a la fecha de recepción del documento por el que se le comunique la exclusión o la postergación, para manifestar su inconformidad. Las formalidades esenciales para substanciar el procedimiento de la inconformidad se sujetará a lo dispuesto en las disposiciones reglamentarias que se emitan.

ARTICULO 54.- En caso de procedencia de la inconformidad por exclusión, el Mando ordenará la evaluación del interesado colocándolo en el orden de prelación que le corresponda. Si ya fue efectuada la promoción y hubiere obtenido un lugar con derecho a alguna de las vacantes existentes, la situación de exclusión del concurso de selección para ascenso, será considerada como postergación.

ARTICULO 55.- En caso de procedencia de la inconformidad por postergación, se ordenará el ascenso del postergado conservando sus derechos de antigüedad y lugar escalafonario, debiendo retribuírsele las diferencias de haberes y demás percepciones que haya dejado de recibir.

ARTICULO 56.- Cuando la Junta Naval emita dictamen de no procedencia, se le hará comunicación debidamente fundada y motivada al que se inconformó, si persistiera la inconformidad, la resolución emitida por la Junta Naval será analizada por el Consejo del Almirantazgo Reducido, sin que proceda en este caso, recurso posterior.

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y abroga la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada el 14 de enero de 1985.

ARTICULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

ARTICULO TERCERO.- El personal que al momento de entrar en vigor la presente Ley ostente la categoría de Capitán de la milicia auxiliar, continuará sujeto a las disposiciones aplicables de la Ley de Ascensos de la Armada de México publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre del 1984, y la Ley Orgánica de la Armada de México reformada y adicionada el 24 diciembre de 1993 y el 12 de diciembre de 1995, hasta pasar a situación del retiro o causar baja en los términos que establecen las disposiciones aplicables.

Diputados: Sebastián Calderón Centeno (rúbrica), Angel Pasta Muñúzuri (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica), Francisco Juan Avila Camberos (rúbrica), José Antonio de la Vega A. (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores M., Alejandro Higuera Osuna (rúbrica), Homero Ríos Murrieta, Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Salvador Vega Casillas (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu, Rafael Alejandro Moreno C., Carlos Blackaller Ayala, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón, Héctor Pablo Ramírez Puga, Sofía Castro Ríos (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Rómulo Israel Salazar M. (rúbrica), Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Félix Arturo González C., Irma Figueroa Romero (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Israel Tentory García (rúbrica), Sergio Magaña Martínez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Raúl Piña Horta (rúbrica) y Rafael García Tinajero P. (rúbrica).»

Es de primera lectura.
LEY PARA LA COMPROBACION, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS DE LA ARMADA DE MEXICO
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Marina de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su estudio y dictamen, la iniciativa de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México, presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual fue recibida por este Organo Legislativo de la LIX Legislatura como asunto pendiente de estudio y dictamen.

De conformidad con los artículos 39 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, 60, 62 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión de Marina, previo estudio y análisis de la iniciativa en comento, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen de acuerdo a la siguiente:

Competencia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 fracción XIV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión tiene facultad para levantar y sostener a las instituciones armadas de la Unión, a saber: Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea Nacionales, y para reglamentar su organización y servicio.

Metodología

i) En el apartado denominado ``Antecedentes'', se da cuenta del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo y turno de la iniciativa para su dictamen y de los trabajos llevados a cabo por la Comisión de Marina.

ii) En el apartado correspondiente a ``Consideraciones'', se delimitan los alcances del dictamen de la iniciativa y se ponderan las bondades del mismo respecto de la ley que abroga.

Antecedentes

1.- El día 29 de abril de 2003, el Ciudadano Licenciado Vicente Fox Quesada, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 72 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó ante el Honorable Congreso de la Unión, la iniciativa de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México.

2.- Mediante oficio número CP/2R/2AE.-1881 del 21 de mayo de 2003, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, turnó a la Comisión de Marina de la LVIII Legislatura la iniciativa de referencia para su estudio y dictamen.

3.- Al inicio de la presente legislatura, se recibió de la Secretaría General de la Cámara de Diputados la multicitada iniciativa como asunto pendiente de estudio y dictamen.

4.- Mediante acuerdo de fecha 29 de octubre de 2003, la Junta Directiva de éste Órgano Legislativo, creó la Subcomisión de dictamen de la iniciativa de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México.

5.- La Comisión de Marina de la LIX Legislatura después de un detallado análisis de las atribuciones que a la Armada de México le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la normatividad que aplica a dicha dependencia, así como de un amplio debate cuya característica principal fue la pluralidad política de sus integrantes y del intercambio de opiniones con funcionarios de la Secretaría de Marina, valoró los motivos y fundamentos de la iniciativa que se dictamina, estimando procedente su aprobación.

Consideraciones

I.- En el área de Orden y Respeto, el Plan Nacional de Desa-rrollo 2001-2006 establece como objetivo prioritario la defensa de la independencia, la soberanía e integridad del territorio nacional.

II. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Armada de México, ésta, es una institución militar nacional de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior y coadyuvar en la seguridad interior del país, que cuenta con las siguientes atribuciones: organizar, adiestrar, alistar, equipar y operar a las fuerzas que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus funciones, cooperar con el mantenimiento del orden constitucional del Estado Mexicano, realizar acciones para salvaguardar la soberanía y defender la integridad del territorio nacional en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes, vigilar los derechos de soberanía en la zona económica exclusiva, proteger el tráfico marítimo, fluvial y lacustre en el área de jurisdicción federal, salvaguardar la vida humana en la mar y en las aguas interiores, proteger instalaciones estratégicas del país, auxiliar a la población en los casos y zonas de desastre o emergencia, proteger los recursos marítimos, fluviales y lacustres nacionales, garantizar el cumplimiento del orden jurídico en las zonas marinas mexicanas coadyuvando con las autoridades competentes en el combate al terrorismo, contrabando, piratería en el mar, robo de embarcaciones pesqueras, artes de pesca o productos de ésta, tráfico ilegal de personas, armas, estupefacientes y psicotrópicos, realizar actividades de investigación científica, oceanográfica, meteorológica, biológica y de los recursos marítimos, prevenir y controlar la contaminación marítima, vigilando y protegiendo el medio marino, etcétera.

III. Para el adecuado y eficaz cumplimiento de su misión y ejercicio de sus atribuciones, la Armada de México se integra con recursos materiales, financieros y humanos; sin embargo, es su personal el que constituye la esencia y fortaleza de ese Instituto Armado y sin el cual definitivamente no podrían cumplirse la tareas que se le han encomendado a esa dependencia.

IV. Desde el inicio del presente sexenio, la Armada de México se ha visto inmersa en un profundo proceso de reestructuración que le ha permitido modernizarse, fortaleciendo con ello sus estructuras a fin de optimizar los recursos que tiene asignados.

V. El presente dictamen de Ley para la Comprobación, Ajuste y Computo de Servicios de la Armada de México forma parte del marco jurídico que regula la actuación del personal de la Armada de México y tiene como finalidad darle certidumbre y seguridad jurídica a través del establecimiento de normas perfectamente definidas, a fin de evitar errores por desconocimiento, faltas por mala fe o una deficiente actitud de quien ostenta el Mando.

El establecimiento de un marco normativo claro y preciso permitirá acabar con las decisiones discrecionales y una interpretación equivoca o parcial que no corresponda al sentido de la ley.

Como se anotó con anterioridad, el personal es el recurso más valioso con que cuenta la Armada de México, el cual esta sujeto a un constante cambio de comisión, e inevitablemente algún día su situación cambiará de la de servicio activo a la de retiro, lo cual ocurrirá por diferentes causas-voluntariamente, por edad límite, por inutilidad en actos fuera o dentro del servicio-, por el que deberán hacerse las previsiones necesarias para poder establecer de forma precisa la manera en que se le comprobará, ajustará y computará el tiempo que prestó sus servicios a esa Institución, entregando su vida al servicio de la patria.

Los integrantes de la Comisión de Marina estamos ciertos de que resulta necesario precisar y clarificar el marco legal que regirá la comprobación, el ajuste y el computo de servicios del personal naval, modificándolo a fin de que vaya acorde con otros ordenamientos legales, tales como la Ley de Recompensas de la Armada de México y la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

VI. En la iniciativa que se dictamina, se precisan los conceptos de ``tiempo de servicio efectivo'' y ``tiempo de servicios'', salvándose con ello la confusión de interpretación que se presentaba en la ley que se abroga, la cual no establecía la definición del primero de estos conceptos.

Asimismo se excluye al Estado Mayor General de la Armada de la formulación de las hojas de servicio del personal, quedando únicamente encargada de ello la Oficialía Mayor a través de la unidad administrativa que la Ley Orgánica de la Armada de México le encomienda esa tarea, y se establece que tratándose de Almirantes, Capitanes y Oficiales a dicho documento se le denominará hoja de actuación, en tanto que para el personal de clases y marinería será memorial de servicios.

En el artículo 5º se establece la expedición de un documento denominado ``extracto de antecedentes'', en el cual se contendrán los cambios de situación del personal naval dentro de ese Instituto Armado, acorde a lo establecido en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

Asimismo observamos las modificaciones a diversos numerales, las cuales tienen como finalidad adecuar las disposiciones contenidas en la nueva estructura orgánica de la Armada de México.

Por otra parte, se señala en el artículo 22, que el control del cómputo de tiempo doble se hará en términos del reglamento que para tal fin se expida, precisándose además que las horas de servicios a que se hace mención en ese precepto, se refieren al tiempo en que el personal durante una jornada se encuentra expuesto a un riesgo.

Conclusión

La iniciativa de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México es el resultado de un proceso de estudio y análisis minucioso de las condiciones actuales de ese Instituto Armado, y de las proyecciones para su desarrollo y el de su personal, además, recoge adecuadamente aquellos planteamientos de la normatividad vigente y que a lo largo de su aplicación se han consolidado como principios propios del régimen naval militar.

Con base en las consideraciones expuestas en el presente dictamen, los integrantes de la Comisión de Marina determinamos que es necesario continuar con la reestructuración del marco jurídico que rige a la Armada de México, a fin de que siga fortaleciendo sus estructuras y optimizando el empleo de los recursos humanos, materiales y presupuestarios que tiene asignados.

Por lo anterior exhortamos a esta Honorable Asamblea a que apruebe el siguiente proyecto de:

LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y COMPUTO DE SERVICIOS DE LA ARMADA DE MEXICO.

Capitulo I

Generalidades

ARTICULO 1.- Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

I.- Tiempo de servicio efectivo; aquel que se le contará al personal a partir del día de su ingreso a la Armada de México hasta su separación definitiva de la misma, haciéndole las deducciones establecidas en esta Ley, y

II.- Tiempo de servicios, aquel que comprende el tiempo del servicio efectivo del personal más los abonos de tiempo establecidos en esta Ley.

ARTICULO 2.- Los servicios prestados por el personal de la Armada de México serán comprobados, ajustados y computados de conformidad con la documentación que obre en los expedientes respectivos, formados en el Archivo General de la Armada, y a falta de éstos, con los documentos certificados que aporten los interesados.

ARTICULO 3.- Los servicios prestados por el personal de la Armada de México se anotarán en un documento denominado hoja de servicios, que será formulada por la Oficialía Mayor, a través de la unidad administrativa correspondiente, conforme a la reglamentación respectiva.

ARTICULO 4.- La actuación del personal de la Armada de México durante su permanencia en unidades o establecimientos navales, se asentará en los documentos siguientes:

I.- Hoja de actuación; es el documento en el cual se conceptúa la actuación de los Almirantes, Capitanes y Oficiales, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada, y

II.- Memorial de servicios; es el documento en el cual se conceptúa la actuación del personal de clases y marinería, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada.

ARTICULO 5.- Los extractos de antecedentes son los documentos que contienen los cambios de situación del personal naval dentro de la Armada de México y serán formulados por la unidad administrativa correspondiente, conforme a lo ordenado en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

ARTICULO 6.- La unidad administrativa correspondiente, se encargará de:

I. Formular los extractos de antecedente del personal naval, conforme a lo ordenado en el artículo 180 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

II. Formular las hojas de servicios, así como el cómputo y ajuste de tiempo de servicios correspondientes en los siguientes casos:

a.- En los señalados en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

b.- Cuando lo ordene el Alto Mando o lo requiera una autoridad competente;

c.- Para su remisión al Senado de la República en los casos en que deba intervenir para la ratificación de jerarquías militares, y

d.- Cuando lo solicite el interesado.

ARTICULO 7.- Cuando el personal naval desee conocer o consultar los datos y constancias relacionados con su actuación militar, la unidad administrativa correspondiente dará las facilidades necesarias para ello, permitiéndoles que hagan las observaciones que juzguen pertinentes.

ARTICULO 8.- Al personal de la Armada de México se le harán los abonos y deducciones de tiempo conforme a lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la presente Ley, respectivamente.

Capítulo II

Comprobación y Ajuste de Servicios

ARTICULO 9.- En la hoja de servicios se anotará:

I.- Síntesis biográfica;

II.- Jerarquías y fechas en que las obtuvo;

III.- Unidades o establecimientos en que ha servido;

IV.- Conocimientos que posea con anotación de constancias, títulos, diplomas y calificaciones obtenidas;

V.- Participación en campañas y acciones de guerra;

VI.- Cargos y comisiones desempeñados;

VII.- Hechos meritorios realizados;

VIII.- Premios y recompensas;

IX.- Castigos sufridos;

X.- Licencias que ha disfrutado, y

XI.- Conceptos militares conforme a sus hojas de actuación o memoriales de Servicio.

ARTICULO 10.- La antigüedad en el empleo para los miembros de la Armada de México, se contará a partir de la fecha que se fije en el nombramiento o despacho respectivos, teniéndose en cuenta las deducciones que procedan de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley y ordenamientos aplicables. El personal que pase a diferente escalafón, entrará al nuevo con la fecha del cambio, a menos que éste sea ordenado por el Alto Mando, en cuyo caso mantendrá la antigüedad del escalafón que abandona.

La antigüedad en el grado para efectos de ascenso, se computará de acuerdo a lo establecido en la Legislación correspondiente.

ARTICULO 11.- Los certificados que comprueben servicios, estancia en campaña, hechos de armas, cargos, comisiones u otros que guarden relación con la historia militar de los interesados; serán expedidos por los Almirantes, Capitanes y Oficiales bajo cuyas órdenes se encontraban al verificarse los hechos, siempre que les consten personalmente, o por oficiales de cualquier graduación a quienes consten los servicios que tratan de comprobarse, cuando en la época a que hagan referencia hayan sido de igual o superior jerarquía al del que pida el certificado.

ARTICULO 12.- Cuando los documentos existentes en el expediente de un miembro de la Armada no justifiquen su tiempo de servicios, se le concederá un plazo que no será menor de dos meses ni mayor de cuatro, contados a partir de la fecha en que oficialmente se le haga la comunicación respectiva, para que aporte las pruebas necesarias. Si en el plazo concedido no aportare las pruebas requeridas, sólo se le reconocerá el tiempo de servicios del que haya elementos justificados legalmente.

ARTICULO 13.- En el caso de que, en los expedientes específicos no exista comprobación alguna o se presuman datos falsos, se recurrirá a la documentación existente en los archivos; cuando la comprobación de estancias en campaña, no esté debidamente aclarada se recurrirá al historial de la unidad o establecimiento a que el interesado perteneció.

ARTICULO 14.- Al cerrarse las hojas de servicios, la unidad administrativa correspondiente, las certificará, expresando el motivo que originó el trámite.

ARTICULO 15.- El personal de la Armada de México, comprobará su edad:

I.- Con copia certificada del acta del Registro Civil que consigne su nacimiento;

II.- A falta del documento anterior, con copia certificada de la fe de bautismo del interesado, cotejada por Notario Público o por autoridad que legalmente los sustituya, y

III.- A falta de los anteriores, con prueba documental consistente en la constancia que obre en el expediente oficial, relacionada con la edad que manifestó el interesado al ingresar a la Armada de México, aunada en caso necesario a la pericial que permita determinar su edad clínica.

ARTICULO 16.- A todo individuo de la Armada al causar alta en alguna unidad o establecimiento deberá abrírsele una hoja de actuación o memorial de servicios, según corresponda, que fundamentalmente contendrán los siguientes datos:

I.- Generales del militar;

II.- Ascensos obtenidos;

III.- Premios y recompensas;

IV.- Campañas y acciones de guerra;

V.- Castigos que ha sufrido;

VI.- Faltas temporales y sus causas;

VII.- Conocimientos especiales;

VIII.- Cargos y comisiones desempeñados;

IX.- Conceptos del organismo disciplinario;

X.- Cómputo total de servicios;

XI.- Cómputo anual de servicios, y

XII.- Conceptos particulares del Comandante, Director o del Superior que corresponda.

ARTICULO 17.- Al cerrarse las hojas de actuación y memoriales de servicio, el Jefe del Detall de la unidad o establecimiento que corresponda certificará los datos asentados.

ARTICULO 18.- Los procedimientos para formular, calificar y tramitar las hojas de actuación y memoriales de servicios se especificarán en el reglamento correspondiente.

Capítulo III

Computo de Servicios

ARTICULO 19.- Los abonos y las deducciones de tiempo a que se refiere esta Ley, se anotarán en las hojas de servicios y extractos de antecedentes al cerrarse estos documentos.

ARTICULO 20.- De acuerdo a lo dispuesto en este capítulo, el tiempo de servicios puede estar sujeto a deducciones o abonos, a la antigüedad en la jerarquía sólo lo será en deducciones.

ARTICULO 21.-El tiempo de servicios prestado por un elemento de la Armada de México, se abonará de la forma siguiente:

I.- Se computará tiempo doble, la duración de:

a) Campañas u operaciones de guerra;

b) Singladuras;

c) Horas de servicios en áreas de radiología o nucleares;

d) Vigilancia y protección de instalaciones núcleo-eléctricas, y

e) Horas de servicios en atención a enfermos infectocontagiosos.

II.- Con tiempo extra de un día por cuatro horas en:

a) Vuelo, y

b) Inmersión.

El control del cómputo de doble tiempo, se realizará sujetándose a los manuales de procedimientos específicos.

Las horas de servicios a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se refieren al tiempo en que el personal durante una jornada, se encuentra expuesto a riesgos.

ARTICULO 22.- A los miembros de la Armada de México que se hayan encontrado en cualquiera de las situaciones siguientes, se les harán las deducciones en el tiempo de servicios y de la antigüedad en la jerarquía, de acuerdo a lo siguiente:

I.- A los que hubieren estado separados del servicio activo por licencia ilimitada, así como por haber permanecido sustraídos del servicio por cualquier causa no imputable a la Armada de México, el tiempo que dure la licencia o substracción;

II.- A los que hayan sido sentenciados con pena privativa de la libertad, se les deducirá:

a) Del tiempo de servicios, todo el de la sentencia, con excepción del que hayan prestado en el servicio activo ya sea porque hayan obtenido su libertad preparatoria o se les haya sustituido la pena por amonestación, y

b) De la antigüedad, todo el tiempo de la sentencia, excepto cuando se les sustituya la pena por amonestación.

En caso de inhabilitación, se deducirá de uno y de otra todo el tiempo de esta, así como el de la duración en caso de suspensión.

III.- A los que hayan disfrutado de retiro, se les descontará de la antigüedad y tiempo de servicios todo el que duró esta situación;

IV.- A los que hayan hecho uso de licencia con motivo de enfermedad contraída por el alcoholismo o por el uso de estupefacientes se les deducirá de la antigüedad y tiempo de servicios, todo el que dure la licencia;

V.- A los que hayan estado sujetos a proceso en el que se dicte resolución de sobreseimiento, por retiro de acción penal, se le deducirá en el tiempo de sus servicios y antigüedad todo el de la duración del procedimiento;

VI.- A los que hayan estado sujetos a proceso en el que se pronuncie sentencia que declare extinguida la acción penal por prescripción o extinguida la pena por el mismo motivo, se les deducirá en la antigüedad y tiempo de servicios, en el primer caso, el tiempo marcado para la prescripción del delito; y en el segundo, todo el tiempo requerido para realizar esa prescripción, más el que transcurra en presentarse, y

VII.- A los que hubieren disfrutado de licencia extraordinaria para asuntos particulares.

ARTICULO 23.- No se deducirán del tiempo de servicios, ni de la antigüedad en la jerarquía el de la duración de un proceso cuando haya recaído sentencia absolutoria.

ARTICULO 24.- A quien se le hubiere concedido licencia extraordinaria para el desempeño de algún cargo de elección popular o pasare a situación de depósito, no se le deducirá del tiempo de servicios ni de la antigüedad en la jerarquía.

ARTICULO 25.- El tiempo de servicios se perderá totalmente:

I.- Por sentencia del juez competente que imponga como pena la destitución de empleo e inhabilitación para volver al servicio, y

II.- Por baja que haya sido motivada por resolución de organismo disciplinario.

TRANSITORIO

ÚNICO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y abroga la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México publicada el 24 de diciembre de 1984 y sus reformas del 26 de diciembre de 1997.

Diputados: Sebastián Calderón Centeno (rúbrica), Angel Pasta Muñúzuri (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Rogelio Rodríguez Javier (rúbrica), Francisco Juan Avila Camberos (rúbrica), José Antonio de la Vega A. (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores M., Alejandro Higuera Osuna (rúbrica), Homero Ríos Murrieta, Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Salvador Vega Casillas (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu, Rafael Alejandro Moreno C., Carlos Blackaller Ayala, Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón, Héctor Pablo Ramírez Puga, Sofía Castro Ríos (rúbrica), Sergio Arturo Posadas Lara (rúbrica), Rómulo Israel Salazar M. (rúbrica), Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Félix Arturo González C., Irma Figueroa Romero (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Israel Tentory García (rúbrica), Sergio Magaña Martínez (rúbrica), Emilio Serrano Jiménez (rúbrica), Raúl Piña Horta (rúbrica) y Rafael García Tinajero P. (rúbrica).»

Es de primera lectura.
LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Justicia y Derechos Humanos.--- LIX Legislatura.

HONORABLE ASAMBLEA:

Con fecha 6 de Noviembre de 2003, se turnó para su estudio y dictamen, a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la Minuta con Proyecto de Decreto que Reforma la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Artículos 39, numerales 1, 2, fracción XIX y 3; 45, numeral 6, inciso f, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 55, 57, 63, 64, 65, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde a esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, someter a la consideración del Pleno de esta Honorable Asamblea la Minuta con Proyecto de Decreto, de conformidad con los siguientes antecedentes y consideraciones:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 30 de Abril de 2002, un grupo de ciudadanos diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentaron Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los Artículos 2, fracción I, y 3 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

II.- En sesión celebrada el 30 de Abril de 2002, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la iniciativa que reforma los Artículos 2, fracción I, y 3 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para su estudio y dictamen con la opinión de las Comisiones de Cultura y de Hacienda y Crédito Público.

III.- Con fecha 26 de Noviembre de 2002, se sometió a consideración el proyecto de dictamen de la iniciativa a los integrantes de Comisión de Justicia y Derechos Humanos, quienes lo aprobaron por la mayoría de sus integrantes.

IV.- El 3 de Diciembre de 2002, se presentó el Proyecto de Dictamen que reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el cual fue aprobado por la mayoría de sus integrantes.

V.- Con fecha 5 de Diciembre de 2002, el Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Senadores turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera, para su estudio y dictamen, la minuta con proyecto de decreto que Reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

VI.- El 30 de Octubre de 2002, los Presidentes de las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos presentaron el proyecto de dictamen que modifica el originario proveniente de la Cámara de Diputados, a los integrantes de dichas comisiones, mismo que fue aprobado por la mayoría de sus integrantes.

VII.- Con fecha 4 de Noviembre de 2003 se presentó al Pleno de la H. Cámara de Senadores, el Dictamen con Proyecto de Reforma a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, el cual fue aprobado por 84 votos.

VIII.- En Sesión celebrada el 6 de Noviembre de 2003 por la H: Cámara de Diputados, se dio cuenta con un oficio de la H. Cámara de Senadores, por el que remite, para efectos del Artículo 72, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el expediente de la Minuta Proyecto de Decreto que Reforma la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, la cual, en la misma fecha fue turnada a esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos. En consecuencia, con la finalidad de emitir el Dictamen correspondiente, se exponen las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA.- La producción y reproducción de fonogramas y de videos, entre otros productos, sin la autorización correspondiente, se ha convertido en un negocio internacional; a tal grado, que se han formado redes de organizaciones ilegales con sistemas de financiamientos cuantiosos, que les permite acceder a las tecnologías más avanzadas. En nuestro país, ha crecido a tal grado esta actividad, que se ha convertido en una industria paralela e ilegítima que afecta a nuestra economía, y que produce cuantiosas ganancias económicas obtenidas por grupos bien estructurados que utilizan equipos de vanguardia para fabricar copias de artículos en forma ilícita. Esta conducta, les permite impulsar una actividad comercial paralela e ilegal, que afecta al Estado, al no generarle los impuestos correspondientes, y frena de manera directa el desarrollo de las industrias legalmente establecidas, sobre todo, de aquellas que tienen la autorización de los autores para la reproducción legal de sus obras. Además, esta actividad es reconocida como el más importante negocio delictivo después del narcotráfico y el robo de vehículos. Sin duda, la comisión de ese delito implica necesariamente la existencia de un sistema de delincuencia organizada que ha crecido de manera desmesurada, por no existir un mecanismo más efectivo para su combate. Ello ha propiciado serios problemas tanto para la industria, como para quienes legalmente comercializan los productos antes mencionados, pues han visto reducidas sus utilidades, desalentado su crecimiento y, en consecuencia, se ha afectado el surgimiento de nuevas fuentes de empleo. De esta forma, por todos los efectos negativos que impactan, sobre todo en el sector industrial que tiene como actividad preponderante la producción de artículos, actualmente de fácil reproducción o plagio, a través de esta iniciativa, se proponen reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

SEGUNDA.- El proyecto en estudio, tiene el propósito de incluir a la piratería como un delito de la delincuencia organizada, para que, además, en su combate, se investigue, persiga y procese a sus autores, de la misma forma en que actualmente sanciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. En este sentido, se pretende atacar e inhibir la constante comisión de estos delitos, que afectan a la propiedad intelectual y ocasionan grandes daños al sector público en materia de ingresos y al sector privado en sus utilidades.

TERCERA.- Con base en lo expuesto la Comisión de Justicia y Derechos Humanos coincide con la Propuesta de la Cámara Revisora, en el sentido de que con la modificación enviada, la comisión del delito previsto en el Artículo 424 Bis del Código Penal será investigada, perseguida, procesada y sancionada con una penalidad más severa, siempre y cuando se trate de tres o más sujetos que acuerden organizarse o se organicen para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tengan como fin o resultado perpetrar tal delito y en consecuencia, se incluyó lo relativo al Artículo 424 Bis mencionado en el Artículo 2 de la Ley Federal en comento.

Por todo lo anterior, esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos somete a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados, la aprobación del siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el Artículo 2, fracción I, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, para quedar como sigue:

Artículo 2. ...

I.- Terrorismo, previsto en el Artículo 139, párrafo primero; contra la salud, previsto en los Artículos 194 y 195, párrafo primero; falsificación o alteración de moneda, previstos en los Artículos 234, 236 y 237; operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el Artículo 400 Bis; y el previsto en el Artículo 424 Bis, todos del Código Penal Federal;

II. a V.- ...

TRANSITORIOS

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a veinticuatro de marzo de dos mil cuatro.--- La Comisión de Justicia y Derechos Humanos.--- Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Fidel René Meza Cabrera (rúbrica), secretario; Miguel Angel Llera Bello (rúbrica), secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Gilberto Ensástiga Santiago (rúbrica), secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica), secretario; Mario Carlos Culebro Velasco (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Marcelo Tecolapa Tixteco (rúbrica), Carlos Vega Bernardo (rúbrica), Miguel Angel Yunes Linares (rúbrica), Gustavo de Unanue Aguirre, Fernando Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García (rúbrica), Leticia Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Diana R. Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Víctor Manuel Camacho Solís y Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

Es de primera lectura.
CODIGO PENAL FEDERAL
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su discusión y resolución constitucional, la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 25; el artículo 55 y adiciona una parte final al párrafo segundo del artículo 64 del Código Penal Federal.

Esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 39 numeral 1 y 2, fracción XIX; 40, numeral 1; 45, numeral 6, incisos f) y g); y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y las que se deriven al caso, como son las contenidas en los artículos 55, 56, 60, 87, 88 y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someten a consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, bajo los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por esta H. Cámara de Diputados, el día 11 de diciembre de 2003, fue presentada al pleno la INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO QUE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 25; EL ARTÍCULO 55 Y ADICIONA UNA PARTE FINAL AL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 64 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, por el ciudadano Diputado Joel Padilla Peña, del Partido del Trabajo.

SEGUNDO.- Con esa misma fecha los ciudadanos Secretarios de la Mesa Directiva dieron cuenta al pleno con la Iniciativa de Decreto aludida, ordenando su turno a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, para su análisis y estudio.

TERCERO.- Los miembros integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura, procedieron al estudio de la Iniciativa aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la iniciativa que se discute, en el siguiente sentido.

VALORACION DE LA MINUTA

La iniciativa en estudio toca aspectos cruciales para la impartición de justicia en materia del fuero federal. Dos son las vertientes: La que se refiere a la prisión preventiva y a la aplicación de penas sustitutivas de prisión.

La propuesta de fondo está dirigida de manera directa al abatimiento de la sobrepoblación existente en la cárceles de nuestro país, al disminuir el número de internos y no creando y aumentando, consecuentemente, los centros de reclusión. Por lo tanto, una alternativa efectiva es la aplicación de penas sustitutivas así como la consideración de la prisión preventiva en los casos de delitos cometidos, por hechos anteriores al ingreso a prisión.

De acuerdo con la cifras presentadas en el Tercer Informe de Gobierno para el mes de julio de 2003, el Sistema Nacional Penitenciario reportó una sobrepoblación de 27.9%, 4.8 puntos porcentuales más que en diciembre de 2003, estas cifras muestran que en menos de 20 años, la población penitenciaria se ha triplicado.

En este contexto, la prisión preventiva debe ser totalmente excepcional y responder a motivos muy justificados. Los procesados gozan de una presunción de inocencia y deben ser tratados como tales. Sin embargo, en la mayoría de los centros y reclusorios se les trata como culpables.

Por otra parte, no todos los sentenciados deben ser condenados a penas de prisión. Los códigos penales de la mayoría de las entidades federativas establecen para los delitos de menor importancia, y que tienen las penas más bajas, la posibilidad de que el juez reemplace la pena de prisión por una pena sustitutiva que se cumple en libertad y consiste generalmente en trabajos a favor de la comunidad u otras similares.

Si se aplicaran estas penas sustitutivas en forma general y sin excepciones disminuiría en gran parte la sobrepoblación de los reclusorios y se resolverían muchos de los graves problemas del sistema penitenciario.

Sin embargo, esta Comisión ha considerado conveniente, realizar algunos cambios en la redacción propuesta en dos de los artículos que se pretenden modificar o adicionar a través de la Iniciativa analizada, que aclaramos, no tocan el fondo de los mismos, sino que precisan sus contenidos con la sintaxis propuesta. Por ejemplo, en el artículo 25, la iniciativa dice:

``El tiempo de privación de libertad sufrido preventivamente se abonará en su totalidad para el cumplimiento de la pena o penas impuestas, en la causa en que dicha privación haya sido acordada, o en su defecto de las que pudieran imponerse contra el reo en otras.....'' Esta Comisión propuso que quedara de la siguiente manera: ``La privación de libertad preventiva se computará para el cumplimiento de la pena impuesta así como de las que pudieran imponerse en otras causas....''

Asimismo, en relación al artículo 55, la iniciativa propone ``Cuando el mandato de captura solicitado por el ministerio publico se dicte en contra de una persona mayor de 78 años de edad, el juez ordenará que la prisión preventiva se lleve a cabo....''. La propuesta de esta Comisión quedó de la siguiente forma: ``Cuando la orden de aprehensión se dicte en contra de una persona mayor de 78 años de edad, el juez podrá ordenar que la prisión preventiva se lleve a cabo....''

También el segundo párrafo, del mismo artículo, recibió modificaciones, al eliminarlo y proponer una nueva redacción, pues se hacía referencia a los delitos graves y los enumeraba, cuando bastaba con señalar la presunta peligrosidad o su presumible sustracción a la acción de la justicia.

Por último, se respetó la redacción propuesta en el artículo 64.

Los integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos consideran que el objeto de la Minuta en comento es el de perfeccionar el marco jurídico en la materia penal federal con el fin de fortalecer la impartición de justicia.

Por lo anteriormente expuesto, los diputados integrantes de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, convencidos de la efectividad de la reforma y adición propuesta en la iniciativa en comento, sometemos a la consideración de la Asamblea el siguiente:

DECRETO QUE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 25; REFORMA EL ARTÍCULO 55 Y ADICIONA UNA PARTE FINAL AL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 64 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL

ARTICULO UNICO. Se reforma el párrafo segundo del artículo 25; el artículo 55 y se adiciona una parte final al párrafo segundo del artículo 64 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 25. La prisión consiste en la privación de la libertad corporal. Su duración será de tres días a sesenta años, y sólo podrá imponerse una pena adicional al límite máximo cuando se cometa un nuevo delito en reclusión. Se extinguirá en las colonias penitenciarias, establecimientos o lugares que al efecto señalen las leyes o la autoridad ejecutora de las penas, ajustándose a la resolución judicial respectiva.

La privación de libertad preventiva se computará para el cumplimiento de la pena impuesta así como de las que pudieran imponerse en otras causas, aunque hayan tenido por objeto hechos anteriores al ingreso a prisión. En este caso, las penas se compurgarán en forma simultánea.

Artículo 55. Cuando la orden de aprehensión se dicte en contra de una persona mayor de 70 años de edad, el juez podrá ordenar que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado bajo las medidas de seguridad que procedan de acuerdo con la representación social.

No gozarán de esta prerrogativa quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su peligrosidad.

En todo caso la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos.

Una vez dictada la sentencia ejecutoriada, la pena podrá ser sustituida por una medida de seguridad, a juicio del juez o tribunal que la imponga de oficio o a petición de parte, cuando por haber sufrido el sujeto activo consecuencias graves en su persona, o por su senilidad o su precario estado de salud, fuere notoriamente innecesaria o irracional que se compurgue dicha pena.

En los casos de senilidad o precario estado de salud, el juez se apoyará siempre en dictámenes de peritos.

Artículo 64. En caso de concurso ideal, se aplicará la pena correspondiente al delito que merezca la mayor, que se aumentará hasta una mitad del máximo de su duración, sin que pueda exceder de las máximas señaladas en el Título Segundo del Libro Primero.

En caso de concurso real, se impondrán las penas previstas para cada uno de los delitos cometidos, sin que exceda de las máximas señaladas en el Título Segundo del Libro Primero. Si las penas se impusieran en el mismo proceso o en distintos, pero si los hechos resultan conexos, o similares, o derivado uno del otro, en todo caso las penas deberán contarse desde el momento en que se privó de libertad por el primer delito.

En caso de delito continuado, se aumentará de una mitad hasta las dos terceras de la pena que la ley prevea para el delito cometido, sin que exceda del máximo señalado en el Título Segundo del Libro Primero.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a veinticuatro de marzo de dos mil cuatro.--- La Comisión de Justicia y Derechos Humanos.--- Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), secretaria; Fidel René Meza Cabrera (rúbrica), secretario; Miguel Angel Llera Bello (rúbrica), secretario; Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica), secretario; Gilberto Ensástiga Santiago (rúbrica), secretario; Félix Adrián Fuentes Villalobos (rúbrica), secretario; Mario Carlos Culebro Velasco (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Támez (rúbrica), José Rangel Espinosa (rúbrica), Gonzalo Ruiz Cerón (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Marcelo Tecolapa Tixteco (rúbrica), Carlos Vega Bernardo (rúbrica), Miguel Angel Yunes Linares (rúbrica), Gustavo de Unanue Aguirre, Fernando Guzmán Pérez Peláez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar, Sergio Penagos García (rúbrica), Leticia Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, Margarita Zavala Gómez del Campo (rúbrica), Diana R. Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez (rúbrica), Juan García Costilla (rúbrica), Víctor Manuel Camacho Solís, Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica).»

Es de primera lectura.
PRESTAR SERVICIOS EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 15 de marzo de 2004, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Juan Pablo Santana Valdez y Alicia Margarita de la Fuente Cruz, puedan prestar servicios de carácter administrativo en el Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, y en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el 23 de marzo del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en el Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, y en Monterrey, Nuevo León, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Juan Pablo Santana Valdez para prestar servicios como asistente cultural en el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Alicia Margarita de la Fuente Cruz para prestar servicios como empleada del departamento de ciudadanía en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.--- México, DF, a 24 de marzo de 2004.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Miguel Angel García Domínguez (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Avila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Alvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Fernando Fernández García, Patricia Garduño Morales (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Germán Martínez Cázares (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Wintilo Vega Murillo (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica).»

Es de primera lectura.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación que suscribe le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con los oficios de la Secretaría de Gobernación por los que se solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Luz Marina Frock Castillo, Juan Pablo Nieto Villarreal, Marina Martínez Benítez, Sihomara Zúñiga León, Jacqueline Itzel Solís González y Natania Swirski Roldán, puedan prestar servicios de carácter administrativo en los Consulados de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora, en Nuevo Laredo, Tamaulipas; y en el Consulado y en la Embajada de Canadá en Puerto Vallarta, Jalisco, y en México, y en la Embajada de Australia en México, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 30 de marzo del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en los Consulados de los Estados Unidos de América, en Hermosillo, Sonora, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, y en el Consulado y la Embajada de Canadá en Puerto Vallarta, Jalisco, y en México, y la Embajada de Australia, en México, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60, al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Luz Marina Frock Castillo, para prestar servicios como secretaria en el Consulado de Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Juan Pablo Nieto Villarreal, para prestar servicios como empleado de la Sección de Visas, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Marina Martínez Benítez, para prestar servicios como empleada de la Sección de Visas,, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nuevo Laredo, Tamaulipas.

Artículo Cuarto.- Se concede permiso a la ciudadana Sihomara Zúñiga León, para prestar servicios como asistente consular en el Consulado de Canadá en Puerto Vallarta, Jalisco.

Artículo Quinto.- Se concede permiso a la ciudadana Jacqueline Itzel Solís González, para prestar servicios como asistente del administrador de bienes en la Embajada de Canadá, en México.

Artículo Sexto.- Se concede permiso a la ciudadana Natania Swirski Roldán, para prestar servicios como oficial de Visas en la Embajada de Australia, en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.--- México, DF, a 31 de marzo de 2004.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle , David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Miguel Angel García Domínguez (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Avila (rúbrica), secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Alvarez Monje (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica), Manlio Fabio Beltrones Rivera, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Fernando Fernández García, Patricia Garduño Morales (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Germán Martínez Cázares (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Sergio Vázquez García (rúbrica), Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

Es de primera lectura.
CONSUL HONORARIO
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Gobernación.

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el 15 de marzo del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que el ciudadano Luis Carlos Astiazarán Orcí, pueda aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión el día 23 de marzo, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que el peticionario acredita su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento.

b) Que los servicios que el propio interesado prestará a la República de Finlandia serán de carácter estrictamente consular, y

c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción IV del apartado C) del artículo 37 constitucional.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Luis Carlos Astiazarán Orcí, para aceptar y desempeñar el cargo de cónsul honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.--- México, DF, a 24 de marzo de 2004.--- Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Miguel Angel García Domínguez (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Avila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Alvarez Monje (rúbrica), Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López (rúbrica), Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez (rúbrica), Fernando Fernández García, Patricia Garduño Morales (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jesús González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Germán Martínez Cázares (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Rubén Mendoza Ayala (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), María Sara Rocha Medina (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz, Sergio Vázquez García, Wintilo Vega Murillo (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, quedan de primera lectura.
LEY FEDERAL DE DERECHOS
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Los siguientes puntos del orden del día son dictámenes negativos a discusión.

En virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea si autoriza que sólo se dé lectura a los puntos de acuerdo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la Asamblea si se autoriza que solamente se dé lectura a los puntos de acuerdo, en virtud de que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano: Se autoriza.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- Comisión de Hacienda y Crédito Público.

HONORABLE ASAMBLEA

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, diversos diputados presentaron iniciativas de reformas y adiciones a la Ley Federal de Derechos, mismas que fueron turnadas a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para su estudio y dictamen, las cuales se relacionan a continuación:

a) Iniciativa que adiciona la Ley Federal de Derechos (en materia de hidrocarburos), del Diputado Manuel Medellín Milán del Grupo Parlamentario del PRI, de fecha 18 de abril de 2002.

b) Iniciativa que reforma el artículo 21 y se adicionan las fracciones I, II III, así como un último párrafo de la Ley Federal de Derechos, del Congreso del Estado de Baja California, de fecha 12 de febrero de 2003.

c) Iniciativa que reforma los artículos 231 y 2° Transitorio de la Ley Federal de Derechos, del Diputado Jaime Rodríguez López a nombre de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD, de fecha 01 de abril de 2003.

d) Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 238-B de la Ley Federal de Derechos, del Diputado Rigoberto Romero Aceves del Grupo Parlamentario del PAN, de fecha 28 de abril de 2003.

Esta Comisión que suscribe, con base en las facultades que le confieren los artículos 39, 44 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al análisis de las iniciativas antes señaladas y conforme a las deliberaciones y el análisis que de las mismas realizaron los miembros de esta Comisión de Hacienda y Crédito Público reunidos en Pleno, presenta a esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

DESCRIPCIÓN DE LAS INICIATIVAS

El Congreso del Estado de Baja California expone que, entre los requisitos que el Servicio de Inmigración y Naturalización exige para el otorgamiento de una visa, se encuentra el de que todo solicitante mexicano presente un pasaporte, extendiendo la necesidad de tal requisito no sólo a quien, con fines médicos, pretenda ingresar a Estados Unidos, sino que incluye, además, visitas de rutina al doctor, paseos escolares y eventos culturales transfronterizos.

En este orden de ideas, la iniciativa presentada por el Congreso de Baja California para reformar y adicionar el artículo 21 de la Ley Federal de Derechos tiene por objeto establecer una exención en el pago de derechos por la expedición de un pasaporte a quienes sean indigentes de nacionalidad mexicana, es decir, carezcan de recursos económicos para su pago; padezcan una enfermedad, que vaya a ser tratada en alguna clínica del extranjero, y tengan un promotor (persona física o moral) que garantice la gratuidad del servicio médico que prestarán en el extranjero.

El Diputado Jaime Rodríguez López, expone en su iniciativa que el municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, y particularmente la ciudad y puerto de Lázaro Cárdenas, incluidas sus zonas conurbadas que concentran 95% de la población total del propio municipio, presenta en materia de agua las siguientes características: alta precipitación media anual; aguas superficiales, que condicionan una elevada disponibilidad del recurso; y generación de energía eléctrica.

Es decir, no obstante la abundancia de recursos acuícolas con que cuenta el municipio de Lázaro Cárdenas, los criterios adoptados para el cobro de cuotas por el uso del agua, han sido inconsistentes, lo que ha conducido a conformar un clima de incertidumbre en tan importante materia.

El Diputado Rodríguez López, pone de relieve que en la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Derechos para el año 2003, se contemplaba ubicar al municipio de Lázaro Cárdenas en la zona 7, hecho que de haber ocurrido, se habría traducido en un incremento del 276% en los derechos por concepto de agua. No obstante y mediante disposición transitoria, el municipio de Lázaro Cárdenas, quedó ubicado en la zona de disponibilidad 9 a que se refiere el artículo 231 de la Ley Federal de Derechos en Materia de Agua.

A la luz de lo anterior y en apoyo a la ciudad de Lázaro Cárdenas, que por su infraestructura constituye un importante polo de desarrollo y en función de las amplias disponibilidades de agua con que cuenta el municipio, el Diputado Rodríguez pone a consideración la iniciativa de reforma que transfiere de la Zona 1 a la Zona 9 el municipio de Lázaro Cárdenas, estado de Michoacán y al municipio de Huayapan de Ocampo en el estado de Veracruz.

El Diputado Manuel Medellín Milán señala en su iniciativa que el actual régimen fiscal de PEMEX tiene, los siguientes problemas: es un sistema recaudatorio y confiscatorio; no deja margen para fondos de exploración; no incentiva la productividad; mantiene la petrolización de los ingresos públicos; es un diseño basado en la desconfianza; no permite justificar nuevos proyectos de inversión; varias operaciones y, algunos campos del sector extractivo no son redituables con los impuestos vigentes.

En la iniciativa busca rediseñar los derechos sobre hidrocarburos, que representan casi la totalidad de los ingresos petroleros, pues los impuestos especiales gravan al consumidor y los impuestos sobre rendimientos prácticamente no existen. Para ello, la iniciativa adiciona un Capítulo XII y los artículos 254, 255, 256, 257, 258, 259, 260 y 261 a la Ley Federal de Derechos en materia de hidrocarburos.

Esta iniciativa complementa las presentadas por el propio diputado Medellín el 8 de agosto y el 6 de diciembre de 2001 cuyo propósito general es: garantizar que el Estado mexicano siga recibiendo altos ingresos por la actividad petrolera extractiva, del orden de 170 mil millones por año; que las entidades federativas del país compartan mejor los beneficios de la recaudación petrolera ordinaria; y darle viabilidad de largo plazo a PEMEX.

La iniciativa propone la aplicación de los derechos sobre hidrocarburos de la siguiente manera: establece un derecho ordinario sobre extracción de petróleo y gas natural, un derecho extraordinario sobre remanentes de operación en petróleo y gas, y un derecho adicional que aplica cuando el petróleo tiene precios elevados.

La iniciativa incorpora además, a la recaudación participable el derecho extraordinario y el derecho adicional sobre hidrocarburos, y precisa algunas cuestiones, entre ellas: se establecen pagos provisionales mensuales a cuenta del derecho ordinario de petróleo; hay pagos provisionales a cuenta del derecho ordinario sobre extracción de gas; en el caso del petróleo se paga sobre el total de la extracción, incluida la que se destina al autoconsumo y las mermas, en el gas se paga también sobre el total, incluido el que se quema; para el derecho también se fijan pagos trimestrales; se establece un tope a los deducibles en la extracción de petróleo; se establecen fechas límite para las declaraciones anuales de PEMEX en cada derecho; los pagos diarios no se cuantifican.

Por su parte, el Diputado Rigoberto Romero Aceves, argumenta en su propuesta que el 25 de abril del año 2002, presentó una iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Federal de Derechos en la que se planteó adicionar un párrafo al artículo 238-B. Tal artículo definía los derechos que se deben pagar por las actividades de acercamiento y observación de ballenas.

Los motivos de esta adición, fueron respaldar una actividad naciente reduciendo el derecho por avistamiento y evitar un doble pago cuando tal acción se llevara a cabo en algún área natural protegida, toda vez que el artículo 198 de la Ley establece un pago por ingresar a las áreas naturales protegidas.

El Diputado Romero Aceves propone finalmente, incluir en el artículo 238-B un párrafo para evitar un doble pago y sugiere se condonen los pagos no realizados a la fecha en base al artículo 238-B, siempre que la observación haya sido efectuada en un área natural protegida y se haya realizado el pago especificado en el artículo 198.

CONSIDERACIONES DE LA COMISIÓN

PRIMERA.- Esta Comisión considera que no es procedente dictaminar favorablemente las iniciativas de mérito, ya que se refieren a diversos aspectos de un mismo ordenamiento, siendo que el mismo fue ya modificado y evaluado por la nueva legislatura en el período anterior de sesiones, aprobándose diversas reformas a dicho cuerpo legal, por lo que no se estima oportuno en este momento proceder a un nuevo examen de sus diversas disposiciones.

Por lo demás, dicho examen representaría un análisis fragmentado y sectorizado, ya que las iniciativas en cuestión, proponen reformas totalmente diversas y hasta contradictorias sobre un mismo ordenamiento legal; debiendo al respecto considerarse que los ordenamientos legales, en general y, con mayor razón, las leyes fiscales, deben respetar en todo caso, los principios fundamentales de la hermenéutica jurídica, por lo que no se considera conveniente que sean objeto de reformas o modificaciones parciales, que al no derivar de un examen general del sentido y espíritu que informa el cuerpo legal correspondiente, pudieran constituir ``parches legales'', es decir, modificaciones aisladas y fragmentarias que atentaran contra los principios referidos.

SEGUNDA.- Respecto a la propuesta del Congreso del Estado de Baja California en el sentido de exentar del pago de derechos por la expedición de un pasaporte, se considera que deberá analizarse a la luz de cada caso en lo particular, y en última instancia, la exención, en su caso, sea otorgada por el Ejecutivo Federal en uso de sus facultades que le otorga la normatividad correspondiente.

En cuanto a la propuesta del diputado Jaime Rodríguez López respecto a traspasar el municipio de Lázaro Cárdenas de la zona 1 a la zona 9, cabe señalar que desde el ejercicio 2001, se juzgó conveniente que conjuntamente con CONAGUA, las autoridades del municipio efectuaran los estudios técnicos definitivos para establecer al citado municipio en la zona de disponibilidad de agua que corresponda de acuerdo al artículo 231 y correlativos de la Ley.

El estudio no ha sido concluido, razón por la cual se previó mediante disposición transitoria que Lázaro Cárdenas, Michoacán, pague la cuota que corresponde a la zona 9.

La propuesta del diputado Medellín merece especial atención por tratarse de una propuesta fundamental para las finanzas de PEMEX, y por su propia relevancia es necesario que se analice el planteamiento en el contexto de una Reforma Fiscal Integral. De no hacerlo así, se podrían provocar vacíos al erario federal. Esta Comisión está de acuerdo con el legislador de hacer una revisión al régimen fiscal del organismo. Sin embargo, también considera que es necesario contemplar un nuevo sistema fiscal de los hidrocarburos para establecer la renta económica de los hidrocarburos. Actualmente ambos regímenes se encuentran en la Ley de Ingresos lo que no brinda certidumbre jurídica a la recaudación ni a PEMEX. En adición, se considera que la reforma también debe contemplar la revisión a la política de precios de los combustibles.

Finalmente, en cuanto a la propuesta del diputado Romero Aceves, debe recordarse que derivado de diversos problemas que se presentaron en el 2002, en el cobro por la observación de ballenas en zonas federales, se modificó el esquema en vigor para que su cobro durante la temporada activa fuera por persona y por día, conforme a la cuota de 15 pesos.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Comisión de Hacienda y Crédito Público somete a consideración de la Asamblea el siguiente:

RESOLUTIVO

PRIMERO.- Se declaran no aprobadas las Iniciativas materia de este Dictamen.

SEGUNDO.- Archívese el expediente.

Palacio Legislativo, Salón de Sesiones, a 3 de febrero de 2004.--- Diputados: Gustavo Madero Muñoz (rúbrica), Presidente; Francisco Suárez y Dávila (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), José Felipe Puelles Espina (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Alejandro Agundis Arias, Oscar González Yáñez, Jesús Emilio Martínez Alvarez (rúbrica), secretarios; José Alarcón Hernández, José Arturo Alcántara Rojas, Angel Buendía Tirado, Marko Antonio Cortés Mendoza (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Juan Francisco Molinar Horcasitas (rúbrica), Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), José Osuna Millán (rúbrica), María de los Dolores Padierna Luna, Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar, Luis Antonio Ramírez Pineda, Javier Salinas Narváez, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Miguel Angel Toscano Velasco (rúbrica), José Trejo Reyes, Francisco Javier Valdez de Anda (rúbrica), Jesús Vizcarra Calderón (rúbrica) y Emilio Zebadúa González (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Está a discusión el punto de acuerdo...

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Aprobado. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.

Continúe la Secretaría.


LEY AGRARIA
El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Reforma Agraria.

HONORABLE ASAMBLEA:

En los términos previstos por los artículos 39, numerales 1 y 3, y 45 numeral 6, incisos ``E'' y ``F'' de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 56, 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión que suscribe presenta a la consideración de esta H. Asamblea los siguientes:

I. ANTECEDENTES

En Sesión celebrada el 13 de diciembre de 2002, la Mesa Directiva de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, turnó a la Comisión de Reforma Agraria de esa legislatura, la ``Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman y adicionan los artículos 75 y 79 de la Ley Agraria'' presentada por el Diputado Augusto Gómez Villanueva. Durante los trabajos de la LVIII legislatura, la Comisión de Reforma Agraria no dictaminó la iniciativa de referencia, quedando pendiente su dictamen.

En fecha 12 de noviembre de 2003, la Junta Directiva de la Comisión de Reforma Agraria de la LIX Legislatura aprobó el acuerdo mediante el cual se establece el procedimiento para el estudio, análisis y dictamen del trabajo legislativo rezagado, correspondiente a la LVIII Legislatura; del cual se desprenden las iniciativas que habrán de dictaminarse de manera particular, siendo este el supuesto de la iniciativa en comento.

II. OBJETO DE LA INICIATIVA

Fundamentalmente, la iniciativa propone establecer a través de la reforma a los artículos 75 y 79 de la Ley Agraria, el requisito previo de aprobación, por parte de la Procuraduría Agraria, para que el núcleo de población ejidal pueda transmitir el dominio de tierras de uso común, a sociedades mercantiles o civiles en las que participen el ejido o los ejidatarios;

Asimismo, para el caso de que el ejidatario aporte los derechos de uso o usufructo sobre su parcela a terceros o para la formación de sociedades mercantiles como civiles, requerirá ``invariablemente'' de la autorización de la Procuraduría Agraria.

En su exposición de motivos, la iniciativa refiere que se hace necesario dotar de nuevos instrumentos jurídicos a los campesinos, a efecto de que a su favor se mantenga la seguridad jurídica de sus tierras con ejidos y comunidades.

La propuesta busca finalmente tutelar al amparo de la Procuraduría Agraria, los derechos de los ejidatarios cuando participen en la constitución de sociedades mercantiles o civiles, argumentándose en el cuerpo de la exposición de motivos de la iniciativa, que a través de este acto de aportación, las sociedades mercantiles se han apropiado de enormes superficies de tierras pertenecientes a ejidos o comunidades.

III. CONSIDERACIONES

PRIMERO. Según información estadística de la Secretaría de la Reforma Agraria, la superficie de tierra de ejidos y comunidades que ha salido del régimen de propiedad social, a través de la aportación a sociedades mercantiles, representa menos del 1 % del total de la superficie total ejidal o comunal del territorio nacional, por lo que se considera que no ha sido a través de esta vía como se ha abandonado el régimen de propiedad social de la tierra.

SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 135 de la Ley Agraria, si bien la Procuraduría Agraria esta encargada de la defensa de los derechos de los sujetos agrarios, dicha defensa la ejerce en el términos de sus atribuciones como la asesoría y representación, pero conforme al ordenamiento vigente la Procuraduría no tiene facultades de autoridad sobre las decisiones de la Asamblea de los ejidos o comunidades; por lo que la aprobación de la propuesta implicaría regresar a los supuestos normativos que bajo el argumento de protección, sometían la voluntad de los sujetos agrarios a las decisiones de órganos como la propia Procuraduría Agraria.

Aunado a lo anterior, cabe señalar, que en términos presupuestales, será difícil, que la Procuraduría Agraria pueda contar con recursos para realizar los estudios de viabilidad y ``certeza de la inversión proyectada, el aprovechamiento racional y sostenido de los recursos naturales y la equidad en términos y condiciones'' del proyecto de desarrollo.

TERCERO. El supuesto normativo contenido en la fracción II del artículo 75 vigente, tiene como fin dar certeza a la viabilidad del acto de asociación de los ejidos con sociedades mercantiles; para ello, establece la participación de la Procuraduría Agraria la cual habrá de emitir su opinión. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 22 y 23 fracción IX de la Ley Agraria, el texto vigente del artículo 75 respeta la facultad de decisión del ejido a través de su asamblea y no se sobrepone a su voluntad, de aprobarse la propuesta, estos supuestos serían rebasados.

CUARTA. Respecto de la necesidad de dotar de nuevos instrumentos jurídicos a los campesinos para mantener la seguridad jurídica de sus tierras; cabe señalar, que el artículo 75 señala lo siguiente:

La transmisión de dominio de tierras de uso común a sociedades mercantiles o civiles será sólo en caso de manifiesta utilidad para el núcleo de población.

El Proyecto de Desarrollo, será sometido a la opinión de la Procuraduría Agraria.

El valor de las acciones que correspondan al ejido por la aportación de sus tierras deberá ser cuando menos igual al precio de referencia que establezca la CABIN o cualquier institución de crédito.

En caso de liquidación de la sociedad, el núcleo de población y los ejidatarios, tendrán preferencia respecto de los demás socios para recibir tierra en pago.

Los ejidatarios, tendrán derecho de preferencia para la adquisición de tierras que aportaron a la sociedad.

En el caso de que el proyecto de desarrollo sobre el que habrá de pronunciarse la Procuraduría Agraria llegase a fracasar, ésta tendría responsabilidad respecto de las consecuencias que surgieren por la inviabilidad del proyecto que ella misma aprobó, pudiéndose argumentar errores o vicios en el estudio de viabilidad.

No obstante lo anterior, esta comisión, coincide en la necesidad de fortalecer los mecanismos jurídicos de protección de los ejidatarios frente a su participación en sociedades mercantiles o civiles.

Sin embargo, por los argumentos descritos con anterioridad, se considera que la propuesta contenida en la iniciativa que se dictamina, no es viable para el logro del fin que persigue.

Por lo anterior expuesto, la Comisión de Reforma Agraria:

RESUELVE

ÚNICO.- No es de aprobarse la Iniciativa con Proyecto de Decreto que Reforma los artículos 75 y 79 de la Ley Agraria, presentado durante la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados.

Así se acordó y votó en Sesión Plenaria de la Comisión de Reforma Agraria, realizada en fecha 21 de enero de 2004. Con fundamento en el artículo 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se emite el sentido de la votación:

Diputados: T. Manuel García Corpus (rúbrica), Presidente; Rubén Alfredo Torres Zavala (rúbrica), Margarito Fierros Tano (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), secretarios; Margarita del Sagrado Corazón Chávez Murguía (rúbrica), Luis Andrés Esteva Melchor (rúbrica), Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica), Ramón González González (rúbrica), Rocío Guzmán de Paz, Ruth Trinidad Hernández Martínez (rúbrica), Ernesto Herrera Tovar, José Jesús Vázquez González, Francisco Chavarría Valdeolivar (rúbrica), Ana Lilia Guillén Quiroz (rúbrica), Marcelo Herrera Herbert (rúbrica), Javier Manzano Salazar, Enrique Torres Cuadros (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández, Juan Bustillos Montalvo, Elpidio Desiderio Concha Arellano (rúbrica), Heliodoro Carlos Díaz Escárraga (rúbrica), Oscar Félix Ochoa, Juan Antonio Gordillo Reyes (rúbrica), Enrique Guerrero Santana (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Eviel Pérez Magaña (rúbrica), Esteban Valenzuela García (rúbrica), Luis Antonio González Roldán (rúbrica).»

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Está a discusión el punto de acuerdo... No habiendo quien haga uso de la palabra, en votación económica se pregunta si se aprueba el punto de acuerdo.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Aprobado. Archívese el expediente como asunto totalmente concluido.
ESTADO DE JALISCO
El Presidente diputado Juan de Dios Castro Lozano:

Tiene el uso de la palabra la diputada Marisol Urrea Camarena, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proposición con punto de acuerdo para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que lleve a cabo las verificaciones necesarias al Aeropuerto Internacional Miguel Hidalgo, de Guadalajara, y en caso de que no se cumplan por parte del grupo concesionario las obligaciones de conservación y mantenimiento en este aeropuerto, se le sancione o en su caso revoque la concesión conforme a derecho.

La diputada Marisol Urrea Camarena:

Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

``La que suscribe, diputada federal por el estado de Jalisco, Marisol Urrea Camarena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento el siguiente punto de acuerdo para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que lleve a cabo las verificaciones necesarias al Aeropuerto Internacional Miguel Hidalgo, de Guadalajara, y en caso de que no se cumplan las obligaciones de conservación y mantenimiento de dicho aeropuerto por parte del grupo concesionario, se sancione o revoque la concesión conforme a derecho bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Con la Ley de Aeropuertos publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 1995, inició la participación de la inversión privada en el Sistema Aeroportuario Mexicano.

En esta ley se establece que para la administración, operación y explotación de aeropuertos, se requiere de la concesión otorgada por la Secretaría de Comunicaciones y Trans- portes conforme a los lineamientos generales para la apertura a la inversión en el Sistema Aeroportuario Mexicano.

El Gobierno Federal abrió este sector a la inversión privada mediante el esquema de concesiones, con los objetivos de conservar, modernizar y ampliar la infraestructura aeroportuaria, elevar los niveles de seguridad y eficiencia y mejorar la calidad de los servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales.

Esta fue la razón por la cual se le otorgó al Grupo Aeroportuario del Pacífico, la concesión de 12 centrales aéreas del Centro Pacífico y Centro Norte, entre las cuales se encuentra el Aeropuerto Internacional Miguel Hidalgo, de Guadalajara.

En virtud de que los aeropuertos son de gran importancia para el desarrollo económico y turístico del país, es necesario que éstos cuenten con infraestructura, tecnología y métodos de gestión y operación adecuados para elevar los niveles de eficiencia y operatividad acordes con los estándares internacionales.

En el caso del Aeropuerto de Guadalajara, uno de los más importantes del país, con un aforo promedio de 20 mil pasajeros diarios, existen serias deficiencias en la conservación y mantenimiento de sus instalaciones, así como una funcionalidad y operatividad poco eficaz.

En este aeropuerto se detectan las siguientes deficiencias:

Desprendimiento del asfalto en la plataforma general y en las calles de rodaje.

Insuficiencia de puertas de contacto y salas de acceso.

Falta de una calle de rodaje extra para alimentar la pista de aterrizaje.

Infraestructura insuficiente de carga dentro del área de operaciones del aeropuerto.

Escasez e ineficiencia de filtros de seguridad para el número de pasajeros que circulan dentro de dicho inmueble.

Necesidad de ampliar la sala nacional e internacional.

Suciedad en áreas interiores del aeropuerto y aduanas.

Y falta de infraestructura vial para el ingreso al aeródromo, entre otras.

Adicionalmente, no se observan proyectos de ampliación del aeropuerto, lo que indica que en el corto plazo la capacidad instalada de la terminal será rebasada.

Con base en lo observable, puede determinarse que el concesionario, Grupo Aeroportuario del Pacífico, no está cumpliendo con los compromisos adquiridos mediante la concesión ni con las obligaciones que señala la Ley de Aeropuertos.

Es por estas consideraciones, siendo la Secretaría de Comunicaciones la autoridad responsable de vigilar, supervisar, inspeccionar y verificar el funcionamiento del Sistema Aeroportuario Mexicano, someto a la consideración de esta Asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que se lleven a cabo las verificaciones necesarias al aeropuerto internacional de Guadalajara Miguel Hidalgo y en caso de que no se cumplan las obligaciones de conservación y mantenimiento de dicho aeropuerto por parte del grupo concesionario, se sancione o revoque la concesión conforme a derecho.

Salón de sesiones de la Cámara de Diputados el 1º de abril de 2004.''

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a llevar a cabo las verificaciones necesarias al Aeropuerto Internacional de Guadalajara ``Miguel Hidalgo'' y, de no cumplir el grupo concesionario las obligaciones de conservación y mantenimiento en esa central aérea, sancionarlo o, en su caso, revocarle la concesión conforme a derecho, presentada por la diputada Marisol Urrea Camarena, del grupo parlamentario del PAN.

La que suscribe, diputada federal por el estado de Jalisco, Marisol Urrea Camarena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente punto de acuerdo para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que lleve a cabo las verificaciones necesarias al aeropuerto internacional de Guadalajara ``Miguel Hidalgo'' y, en caso de que no se cumplan las obligaciones de conservación y mantenimiento de dicho aeropuerto por parte del grupo concesionario, se sancione o revoque la concesión conforme a derecho, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Con la Ley de Aeropuertos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 1995, inició la participación de la inversión privada en el sistema aeroportuario mexicano. En esta Ley se establece que, para la administración, operación y explotación de aeropuertos, se requiere de la concesión otorgada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes conforme a los Lineamientos Generales para la Apertura a la Inversión en el Sistema Aeroportuario Mexicano, publicados oficialmente el 9 de febrero de 1998.

El Gobierno Federal abrió este sector a la inversión privada mediante el esquema de concesiones, con los objetivos de conservar, modernizar y ampliar la infraestructura aeroportuaria; elevar los niveles de seguridad y eficiencia; y mejorar la calidad de los servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales.

De esta manera, los títulos de concesión aeroportuaria contienen compromisos de inversión para modernizar y ampliar el sistema aeroportuario mexicano. Esta fue la razón por la cual se le otorgó al Grupo Aeroportuario del Pacífico la concesión de 12 centrales aéreas del centro pacífico y centro norte, entre las cuales se encuentra el aeropuerto internacional ``Miguel Hidalgo'' de Guadalajara, Jalisco.

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley de Aeropuertos, ``corresponderá a los concesionarios o permisionarios, conforme a las disposiciones aplicables y con base en el título de concesión o permiso respectivo, asegurar que los aeródromos civiles cuenten con la infraestructura, instalaciones, equipo, señalización, servicios y sistemas de organización, adecuados y suficientes para que la operación se lleve a cabo sobre bases de seguridad, eficiencia y calidad''.

La ley también señala que los permisionarios y concesionarios podrán prestar servicios aeroportuarios, como el uso de pistas, calles de rodaje, plataformas, ayudas visuales, iluminación, edificios terminales de pasajeros y carga, abordadores mecánicos; así como los que se refieren a la seguridad y vigilancia del aeródromo civil, y a la extinción de incendios y rescate, entre otros; servicios complementarios, los de rampa, tráfico, suministro de combustible a las aeronaves, avituallamiento, almacenamiento de carga y guarda, mantenimiento y reparación de aeronaves; y servicios comerciales, que se refieren a la venta de diversos productos y servicios a los usuarios del aeródromo.

En principio, el permisionario o concesionario de un aeródromo de servicio al público deberá elaborar un programa indicativo de inversiones en materia de construcción, conservación y mantenimiento.

En virtud de que los aeropuertos son de gran importancia para el desarrollo económico y turístico del país, es necesario que cuenten con infraestructura, tecnología y métodos de gestión y operación adecuados para elevar los niveles de eficiencia y operatividad acordes con los estándares internacionales.

En el caso del aeropuerto internacional ``Miguel Hidalgo'' de Guadalajara, uno de los más importantes del país, con un aforo promedio de 20 mil pasajeros diarios, existen serias deficiencias en la conservación y mantenimiento de sus instalaciones, así como una funcionalidad y operatividad poco eficiente.

En este aeropuerto se detectan las siguientes deficiencias: desprendimiento del asfalto en la plataforma general y en las calles de rodaje; insuficiencia de puertas de contacto y salas de acceso; falta de una calle de rodaje extra para alimentar la pista de aterrizaje; infraestructura insuficiente para carga dentro del área de operaciones del aeropuerto; filtros de seguridad insuficientes e ineficientes para el número de pasajeros que circulan en el aeropuerto; necesidad de ampliar las salas de espera nacional e internacional; suciedad en las áreas interiores del aeropuerto y aduanas; e insuficiente infraestructura vial para el ascenso y descenso de personas, entre otras.

Adicionalmente, no se observan proyectos de ampliación del aeropuerto, lo que indica que en el corto plazo la oferta de servicios será insuficiente, o la existente será extremadamente ineficiente.

Con base en lo observable, puede determinarse que el concesionario Grupo Aeroportuario del Pacífico no está cumpliendo con los compromisos adquiridos mediante la concesión, ni con las obligaciones que señala la Ley de Aero- puertos.

De acuerdo con el artículo 27, fracción X, de esta ley, no cumplir con las obligaciones de conservación y mantenimiento del aeródromo civil es una causa de revocación de las concesiones y permisos.

Adicionalmente, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes puede sancionar a los concesionarios que no presten los servicios en la forma convenida en la concesión, así como por no cumplir con las obligaciones de conservación y, mantenimiento, según lo dispuesto en las fracciones VIII y XV del artículo 81 de la ley en comento.

Es por estas consideraciones, siendo la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la autoridad responsable de vigilar, supervisar, inspeccionar y verificar el funcionamiento del sistema aeroportuario mexicano, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Se exhorta al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que se lleven a cabo las verificaciones necesarias al aeropuerto internacional de Guadalajara ``Miguel Hidalgo'' y, en caso de que no se cumplan las obligaciones de conservación y mantenimiento de ese aeropuerto por parte del grupo concesionario, se sancione o revoque la concesión conforme a derecho.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados el 1o. de abril de 2004.--- Dip. Marisol Urrea Camarena (rúbrica).»

Presidencia del diputado Francisco Arroyo VieyraEl Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Gracias, diputada Marisol Urrea.

Túrnese a la Comisión de Transportes.
BENITO JUAREZ GARCIA
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Santiago Cortés Sandoval, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo para crear la comisión especial para los festejos del bicentenario del natalicio de don Benito Juárez.

El diputado Santiago Cortés Sandoval:

Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Usted lo tiene diputado, adelante.

El diputado Santiago Cortés Sandoval:

Con su permiso, compañeros diputadas y diputados.

``El que suscribe, Santiago Cortés Sandoval, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23, inciso f; 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se crea la comisión especial para los festejos del bicentenario del natalicio de Benito Juárez, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Que con fecha 30 de septiembre de 2003 los integrantes de la Junta de Coordinación Política presentaron ante la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura, la propuesta de proyecto de acuerdo para la integración de las comisiones ordinarias, la cual se presentó al pleno y fue aprobada por mayoría, dando origen a las comisiones ordinarias conocidas hasta ahora conforme a las cuales funciona esta honorable Cámara de Diputados, dejando pendiente la constitución de comités y comisiones especiales.

Que el año de 1972 fue declarado por el Ejecutivo Federal ``Año de Juárez'', por motivo del CL aniversario luctuoso del prócer benemérito, conmemorándolo con festejos, ediciones y emotivas ceremonias en todo el territorio nacional, cumpliendo los objetivos de arraigar e incrementar la figura y doctrina juarista, como una bandera de soberanía nacional y de fervor patrio.

Que la historia de México fue construida por la unidad, el esfuerzo, el intelecto y la sangre de muchos mexicanos, quienes sin titubear con el valor y la entereza que caracteriza y debe caracterizar a los mexicanos, iniciaron una lucha libertaria. Ellos vivieron y se entregaron por heredarnos un país libre, democrático, republicano y soberano.

Que estos hombres y mujeres, héroes de la más genuina entraña popular, no mueren para la historia; por el contrario, crecen ante nosotros como un ejemplo de grandeza y pensamiento que trasciende a las personas. Es Benito Juárez hombre de acción, de lucha, desde el gobierno de su estado Oaxaca, en la Suprema Corte de Justicia, en la Cámara de Diputados y en la Presidencia de la República.

Que en el contexto nacional de los momentos actuales nos impulsa a retomar los principios de la doctrina juarista y sus ejemplares formas y prácticas del quehacer político para coadyuvar en el cumplimiento de las acciones legislativas de gobierno honestas que tanto clama nuestra sociedad, hoy más que nunca debe ser ejemplo para todos, especialmente para quienes aspiran y ocupamos un cargo público para servir a México y no servirnos de él.

Que el espíritu de las Leyes de Reforma y el Estado laico, consolidados por el prócer Benemérito de las Américas, son principios fundamentales vigentes que debemos defender como piedra angular que se construye la soberanía nacional. No olvidemos sus palabras al señalar: ``mexicanos: Encaminemos ahora nuestros esfuerzos a obtener y consolidar los beneficios de la paz. Bajo sus auspicios será eficaz la protección de las leyes y de las autoridades para los derechos de todos los habitantes de la República. Que el pueblo y el Gobierno respeten los derechos de todos. Entre los individuos como entre las naciones el respeto al derecho ajeno es la paz''.

Que el próximo 21 de marzo de 2006 se cumplen 200 años del nacimiento del gran estadista mexicano Benito Juárez, quien fuera Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y es reconocido internacionalmente como Benemérito de las Américas.

Por lo expuesto y mediante el presente, me permito someter a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se crea la comisión especial de los festejos del bicentenario del natalicio del Benemérito de las Américas de la H. Cámara de Diputados.

Segundo. La comisión especial para los festejos del bicentenario del natalicio de Benito Juárez, estará integrada por 13 diputadas y diputados pertenecientes a los grupos parlamentarios que integran esta Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con las siguientes funciones:

a) Impulsar y proponer la realización de actos públicos, conferencias, publicaciones y eventos conmemorativos que se desarrollen durante el 2006.

b) Convocar a los gobiernos de los estados, a los ayuntamientos y a todas las entidades públicas a participar armónica o coordinadamente en todas las celebraciones alusivas al natalicio de Benito Juárez.

c) Promover la conmemoración nacional en el año 2006 como Bicentenario del natalicio de Benito Juárez y ser el vínculo de la Cámara con los órganos de estados y asociaciones para el impulso de los festejos.

Artículo tercero. La comisión especial para los festejos del bicentenario del natalicio de Benito Juárez, contará con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para la realización de sus atribuciones, de conformidad con la normatividad aplicable de la Cámara de Diputados.''

Es cuanto, señor Presidente.

Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de crear la Comisión Especial Para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de don Benito Juárez, a cargo del diputado Santiago Cortes Sandoval, del grupo parlamentario del PRD

C. Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presente.

El que suscribe profr. Santiago Cortés Sandoval, diputado federal a la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 23 inciso f), 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, así como el 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente Proposición con punto de acuerdo por el que se crea la Comisión Especial para los festejos del Bicenternario del natalicio de Benito Juárez, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Que con fecha 30 de septiembre de 2003, los integrantes de la Junta de Coordinación Política presentaron ante la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura la propuesta de proyecto de acuerdo para la integración de las comisiones ordinarias, la cual se presentó al Pleno y fue aprobada por mayoría, dando origen a las comisiones ordinarias conocidas hasta ahora y conforme a las cuales funciona esta H. Cámara de Diputados, dejando pendiente la constitución de comités y comisiones especiales.

Que el año 1972, fue declarado por el Ejecutivo Federal ``AÑO DE JUAREZ'', por motivo del CL Aniversario luctuoso del Prócer Benemérito, conmemorándolo con festejos, ediciones y emotivas ceremonias en todo el territorio nacional, cumpliendo los objetivos de arraigar e incrementar la figura y doctrina juarista como una bandera de la soberanía nacional y fervor patrio.

Considerando

Que la historia de México fue construida con la unidad del esfuerzo, el intelecto y la sangre de muchos mexicanos, quienes sin titubear, con el valor y la entereza que caracteriza y debe caracterizar a los mexicanos iniciaron una lucha libertaria, ellos vivieron y se entregaron por heredarnos un país libre, democrático, republicano y soberano.

Que estos hombres y mujeres, héroes de la más genuina entraña popular no mueren para la historia, por el contrario crecen ante nosotros, como un ejemplo de grandeza y pensamiento que trasciende a la persona es Benito Juárez, hombre de acción y de lucha, desde el gobierno en el estado de Oaxaca, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Cámara de Diputados y en la Presidencia de la República.

Que el contexto nacional de los momentos actuales, nos impulsan a retomar los principios de la doctrina juarista y sus ejemplares formas y prácticas del quehacer político, para coadyuvar en el cumplimiento de las acciones legislativas y de gobierno honestas que tanto reclama nuestra sociedad; hoy, más que nunca, debe ser ejemplo para todos, especialmente para quienes aspiran y ocupamos un cargo público, para servir a México y no ``servirse de México''.

Que el espíritu de las Leyes de Reforma y el Estado Laico, consolidados por el prócer Benito Juárez, son principios fundamentales vigentes que debemos defender como piedra angular en que se construye la soberanía nacional, no olvidemos sus palabras al señalar:

``Mexicanos, encaminemos ahora nuestros esfuerzos a obtener y consolidar los beneficios de la paz. Bajo sus auspicios será eficaz la protección de las leyes y de las autoridades para los derechos de todos los habitantes de la República. Que el pueblo y el gobierno respeten los derechos de todos. Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz''

Que en países como Colombia y República Dominicana la obra de Benito Juárez ha sido reconocida a través de decretos por sus Congresos en los años de 1865 y 1867 respectivamente, expidiendo decretos en los que lo declaran: ``Benito Juárez, Benemérito de las Américas''.

Que el próximo 21 de marzo del año 2006, se cumplen doscientos años del nacimiento del gran estadista mexicano Lic. Benito Juárez, quien fuera Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y es reconocido internacionalmente como Benemérito de las Américas.

Que la etapa de transición democrática en que vivimos, nos obliga a reflexionar y divulgar nuestra historia patria, para conservar un rumbo de progreso sostenido que haga de nuestro México, el país líder entre las naciones que buscan el desarrollo del género humano. Y

Que Benito Juárez y nuestros próceres sabían que el destino de nuestro país es el de una República libre, soberana y democrática, hoy urge que la sigamos construyendo con la misma decisión; ellos ya cumplieron con su parte, nos heredaron un país libre y digno. No olvidemos que los héroes son la conciencia de la nación, su escudo contra la adversidad y su lanza para empujar el destino.

Hay de aquel pueblo que olvida que los héroes son conciencia de la Nación, porque un pueblo sin memoria histórica es un pueblo condenado a morir.

Por lo expuesto y mediante el presente me permito someter a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados, el siguiente

Punto de Acuerdo

Artículo Primero.- Se crea la Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez, en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en la LIX Legislatura; con las facultades de organizar, impulsar, coadyuvar y dar seguimiento, en el ámbito de las competencias del Poder Legislativo federal, todas las actividades conmemorativas, de divulgación y de edición que se realicen en honor de este prócer dentro del territorio nacional y en el ámbito internacional.

Artículo Segundo.- La Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez estará integrado por 13 diputadas y diputados, pertenecientes a los grupos parlamentarios que integran LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión y funcionará hasta el término de la misma. Con las siguientes funciones:

A) Impulsar y proponer la realización de actos públicos, conferencias, publicaciones y eventos conmemorativos que se desarrollen durante el año 2006.

B) Convocar a los gobiernos de los estados, a los ayuntamientos y a todas las entidades públicas a participar armónica y coordinadamente en todas las celebraciones alusivas al natalicio de Benito Juárez.

C) Promover la conmemoración nacional en el año 2006 como Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez y ser el vínculo de la Cámara con los órganos del Estado y asociaciones para el impulso de los festejos.

Artículo Tercero.- La Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez, impulsará la organización, participación y coadyuvancia en la realización de todos aquellos actos que contribuyan a fortalecer nuestro sentimiento de respeto, nacionalismo e independencia.

Artículo Cuarto.- La Comisión Especial para los Festejos del Bicentenario del Natalicio de Benito Juárez contará con los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para la realización de sus atribuciones, de conformidad con la normatividad aplicable de la Cámara de Diputados.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de marzo de 2004.--- Diputados: Santiago Cortés Sandoval, Horacio Duarte Olivares, Gerardo Ulloa Pérez, Rosa María Avilés Nájera, Miguel Angel García Domínguez, Alfonso Ramírez Cuéllar, Marcela González Salas y Petricoli, Marbella Casanova Calam, Marcos Morales Torres, Lizbeth Rosas Montero, Angélica de la Peña Gómez, Dolores Padierna Luna, María Guadalupe Morales Rubio y Omar Ortega Alvarez (rúbricas).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Muchas gracias diputado Cortés Sandoval.

Túrnese a la Junta de Coordinación Política.
DAÑOS AMBIENTALES
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

En el uso de la palabra el señor diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, para presentar proposición con punto de acuerdo para recomendar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que a través de sus órganos desconcentrados exista una mayor coordinación en el diseño, propuesta de instrumentos económicos, fiscales, financieros y del mercado, destinados a apoyar la internalización de daños ambientales.

El diputado Raúl Piña Horta:

Con su permiso, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Adelante, diputado.

El diputado Raúl Piña Horta:

Compañeras y compañeros legisladores:

De conformidad al Plan Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2001 y 2006, uno de sus objetivos para la presente administración, es hacer que los agentes económicos incorporen en sus decisiones los costos ambientales de sus acciones, logrando así detener y revertir la pérdida del capital natural de una manera eficiente y descentralizada.

Uno de los medios para lograr la protección ambiental es la creación de instrumentos económicos que contribuyan a un proceso de desarrollo sustentable como herramienta para una mejor gestión ambiental, vinculándolo con objetivos comunes para que integren efectivamente políticas económicas y ambientales, es decir, eliminación de subsidios, reestructuración de impuestos existentes e introducción de nuevos impuestos ambientales.

El diseño e implementación de políticas ambientales es una condición importante para lograr un crecimiento económico sustentable junto con la protección del medio ambiente, principalmente en países que se encuentran en proceso de desarrollo.

La política ambiental debe reflejar las condiciones sociales, económicas y políticas del país, tomando en cuenta tanto al sector público como al privado y más allá. La política ambiental debe caracterizarse por consistente, estable y permanente en las instituciones.

El éxito de la política se debe basar en una clara definición de objetivos y prioridades que pueden ser alcanzables y sujetas a medición, permitiendo con ello una planeación avanzada para dar soluciones cuantitativas en materia de depredación de recursos naturales, contaminación y concentración urbana.

Bajo estas circunstancias, una estrategia de administración ambiental debe fortalecerse para incluir elementos esenciales en legislación, institucionalización, marco conceptual, herramientas de regulación ambiental, apuntalamiento, seguimiento y mejora continua.

Un elemento indispensable para las instituciones es la coordinación y la comunicación, las cuales deben ser a nivel regional, local, nacional e internacional, para continuar creando una imagen ambiental sólida y consistente en las demandas de una economía abierta y de consumidores cada vez más educados.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Ingresos, tiene entre otras la facultad para proponer la política de ingresos, incluyendo la política fiscal y aduanera, la de estímulos fiscales para el desarrollo de la economía nacional, la referente a productos, aprovechamientos, precios y tarifas de la Federación, en coordinación con otras unidades administrativas competentes a la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, así como de otras dependencias y entidades de la Administración Publica Federal, en su caso con las entidades federativas y municipios.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del Instituto Nacional de Ecología está facultado, entre otros, para participar en el diseño de instrumentos económicos, fiscales, financieros y de mercado vinculados a la política ambiental con la finalidad de que las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los operen en el ámbito de su competencia así como crear metodologías y procedimientos para evaluar económicamente al capital natural a través de los bienes y servicios ambientales que prestan y cooperar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para desarrollar un sistema integrado de contabilidad ambiental y económico.

En este sentido, una política ambiental que integra los elementos descritos anteriormente será efectiva solamente si se toma en consideración el papel fundamental de la participación interinstitucional entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, misma que, a través del Instituto Nacional de Ecología, cuenta con investigación realizada durante varios años que puede servir de base para la aplicación de los instrumentos económicos mencionados.

Por lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a consideración, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. Se recomienda a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que a través de sus órganos desconcentrados, exista una mayor coordinación en el diseño de propuestas e instrumentos económicos, fiscales, financieros y de mercado, destinados a apoyar la internalización de costos ambientales.

Es cuanto, señor Presidente.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Poder Legislativo Federal.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.

Proposición con punto de acuerdo, para recomendar a las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público que, mediante sus órganos desconcentrados, exista mayor coordinación en el diseño y la propuesta de instrumentos económicos fiscales, financieros y de mercado, destinados a apoyar la internalización de daños ambientales, presentada por el diputado Raúl Piña Horta, del grupo parlamentario del PVEM.

Jorge Antonio Kahwagi Macari, Manuel Velasco Coello, Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo, Jacqueline Argüelles Guzmán, María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo, Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán, Jorge Legorreta Ordorica, Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez, Raúl Piña Horta, diputados de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la siguiente proposición con punto de acuerdo.

Conforme al Plan Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2001-2006, uno de los objetivos de la presente administración es hacer que los agentes económicos incorporen en sus decisiones los costos ambientales de sus acciones, logrando así detener y revertir la pérdida del capital natural de una manera eficiente y descentralizada.

Uno de los medios para lograr la protección ambiental es la creación de instrumentos económicos que contribuyan a un proceso de desarrollo sustentable como herramientas para una mejor gestión ambiental, acompañados de objetivos comunes para una integración efectiva entre políticas económicas y ambientales, como son: eliminación de subsidios, reestructuración de impuestos existentes e introducción de nuevos impuestos ambientales.

El diseño e implementación de políticas ambientales es una condición importante para lograr un crecimiento económico sustentable junto con la protección del medio ambiente, principalmente en países que se encuentran en un proceso de desarrollo.

La política ambiental debe reflejar las condiciones sociales, económicas y políticas del País, tomando en cuenta tanto al sector público como al privado y, más allá, la política ambiental debe caracterizarse por consistente, estable y permanente en las instituciones.

El éxito de la política se debe basar en una clara definición de objetivos y prioridades que puedan ser alcanzables y sujetos a medición, permitiendo con ello una planeación avanzada para dar soluciones cuantitativas en materia de depredación de recursos naturales, contaminación y concentración urbana, bajo estas circunstancias una estrategia de administración ambiental debe fortalecerse para incluir elementos esenciales en legislación, institucionalización, marco conceptual de aplicación, herramientas de regulación ambiental, apuntalamiento, seguimiento y mejora continua.

Un elemento indispensable para las instituciones es la coordinación y la comunicación, mismas que deben ser a nivel local, regional, nacional e internacional para continuar creando una imagen ambiental sólida y consistente con las demandas de una economía abierta y de consumidores cada vez más educados.

La base conceptual que permite la operación de una gestión ambiental es la internalización de los costos ambientales y el grupo de instrumentos económicos que ha probado ser más efectivo por su confiabilidad, duración, adaptación, crecimiento, capacidad de generar incentivos, eficiencia económica y atractivo político es el de mecanismos de mercado como cuotas, impuestos y subsidios.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Ingresos, tiene entre otras, la facultad para proponer la política de ingresos, incluyendo la política fiscal y aduanera, la de estímulos fiscales para el desa-rrollo de la economía nacional, la referente a productos, aprovechamientos, precios y tarifas de la Federación, en congruencia con la política de la hacienda pública y la política económica y social del país, en coordinación con otras unidades administrativas competentes de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, así como de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, en su caso, con las entidades federativas y municipios; así como evaluar el efecto recaudatorio de las reformas que en las materias fiscal y aduanera se propongan. También, participar con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y otras dependencias de la Administración Pública Federal, en la formulación para aprobación superior del programa, los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, por áreas y sectores de la actividad económica, asegurando su congruencia con otros apoyos financieros del Gobierno Federal y evaluar sus resultados conforme a sus objetivos, escuchando a las dependencias coordinadoras de los sectores correspondientes; así como en la elaboración de acuerdos de concerta- ción, programas de fomento y medidas para inducir la acción de los particulares, en lo que concierne a estímulos fiscales, y estudiar y proyectar sus efectos en los ingresos de la Federación.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través del Instituto Nacional de Ecología, está facultada, entre otros, para participar en el diseño de instrumentos económicos fiscales, financieros y de mercado vinculados a la política ambiental, con la finalidad de que las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal los operen en el ámbito de su competencia, así como crear metodologías y procedimientos para evaluar económicamente al capital natural, a través de los bienes y servicios ambientales que, presta, y cooperar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para desarrollar un sistema integrado de contabilidad ambiental y económico.

En este sentido, una política ambiental que integra los elementos descritos anteriormente será efectiva solamente si se toma en consideración el papel fundamental de la participación interinstitucional entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, misma que a través del instituto Nacional de Ecología cuenta con investigación realizada durante varios años que puede servir de base para la aplicación de los instrumentos económicos mencionados.1

Por lo anterior, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico: Se recomienda a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que, a través de sus órganos desconcentrados, exista una mayor coordinación en el diseño y propuesta de instrumentos económicos fiscales, financieros y de mercado, destinados a apoyar la internalización de costos ambientales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, a los 23 días del mes de marzo de 2004.--- Diputados: Jorge A. Kahwagi Macari, coordinador; Manuel Velasco Coello, vicecoordinador; Alejandro Agundis Arias, Francisco Xavier Alvarado Villazón, Leonardo Alvarez Romo (rúbrica), Jacqueline Argüelles Guzmán (rúbrica), María Avila Serna, Fernando Espino Arévalo (rúbrica), Maximino Fernández Avila, Félix Adrián Fuentes Villalobos, Luis Antonio González Roldán (rúbrica), Jorge Legorreta Ordorica (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, Alejandra Méndez Salorio, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, Javier Orozco Gómez (rúbrica), Raúl Piña Orta (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Muchas gracias, diputado Raúl Piña Horta.

Túrnese a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN JESUS POSADAS OCAMPO
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una proposición con punto de acuerdo a efecto de solicitar a la Junta de Coordinación Política, se integre una comisión especial de seguimiento al caso del señor cardenal Posadas Ocampo.

El diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez:

Con su venia, señor Presidente:

Los suscritos, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Germán Martínez Cázares y José Antonio de la Vega Asmitia, con fundamento en nuestra Ley Orgánica sometemos a su consideración el siguiente punto de acuerdo.

Es de señalarse que con fecha 21 de noviembre de 2003, la Conferencia del Episcopado Mexicano dirigió una petición a cada uno de los seis coordinadores de los grupos parlamentarios de esta Cámara de Diputados, para solicitar la creación de una comisión especial de seguimiento a las investigaciones del crimen del cardenal Posadas Ocampo e incluso, de considerarse oportuno, de solicitar la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a efecto de revisar el proceso de las investigaciones con la finalidad de conocer la verdad y de que prevalezca en todo momento el Estado de Derecho, demostrándonos así, el Episcopado Mexicano, la confianza que se tiene en que nosotros, los representantes populares, señores y señoras legisladores, podamos contribuir eficazmente al esclarecimiento de este crimen y a levantar el velo de impunidad que se ha tendido sobre el mismo.

En tal virtud, el 15 de diciembre del 2003 su servidor presentó en esta tribuna, con el respaldo de aproximadamente cien compañeros legisladores, el 20% de esta Cámara, el mayor apoyo que se haya recibido para alguna de las comisiones especiales solicitadas, la proposición para crear esta comisión.

La Junta de Coordinación Política ha dictaminado favorablemente la creación de diversas iniciativas para comisiones especiales solicitadas; sin embargo no dictaminó favorablemente la creación de la comisión para el seguimiento del caso Posadas, situación a nuestro juicio inexplicable, toda vez que es indudable la trascendencia de este caso y su esclarecimiento para la justicia de nuestro país, además de que la averiguación previa y otras se encuentran abiertas y se han denunciado graves irregularidades en las mismas, que fundamentan precisamente la necesidad y la oportunidad de crear esta comisión de seguimiento y por otro lado también el asunto en los tribunales no ha sido resuelto en definitiva.

La negativa así a establecer una comisión especial en esta Cámara para el seguimiento del caso Posadas, puede dar la impresión, compañeros, de que se quiere esconder el tema bajo la alfombra de este Congreso o en el archivo muerto de la Cámara, cuando existen precedentes importantes del ejercicio legislativo responsable de las facultades que tiene esta Cámara para la creación de comisiones especiales de seguimiento, siendo el más reciente caso el de la Comisión de Seguimiento de los Feminicidios de Ciudad Juárez.

Toda vez que la seguridad, la justicia y la transparencia constituyen algunas de las trascendentales obligaciones del Estado para con la sociedad mexicana, es necesario que nuestras instituciones encargadas de procurar justicia actúen con la debida responsabilidad y eficacia, hasta llegar al fondo de este asunto para conocer la verdad y el motivo real de este magnicidio.

Convencidos de la necesidad de coordinar esfuerzos en nuestros distintos ámbitos de competencia para esclarecer este asunto, insistimos en la imperiosa necesidad de crear esta comisión especial.

Compañeros: debemos recordar la trascendencia de la justicia en el orden social, pues como sostenían los autores del derecho romano, la justicia es un bien general antes que el pan, puesto que sin justicia el pueblo no puede digerir el trigo; antes que el arte, puesto que sin justicia no puede apreciarse la belleza; y antes que el éxito y los triunfos militares, porque sin justicia no puede haber orden.

Esperamos que pueda lograrse la voluntad política necesaria para la aprobación de esta comisión que no tiene otro objetivo que contribuir en el ámbito de nuestra competencia y con el respeto a las facultades constitucionales y otras instancias al esclarecimiento de este crimen.

Por ello insistimos en la proposición de este punto de acuerdo, para crear la comisión especial y se solicita a la Mesa Directiva la inserción íntegra de este texto en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

«Proposición con punto de acuerdo para solicitar a la junta de Coordinación Política que integre una comisión especial de seguimiento al caso del cardenal Posadas Ocampo, presentada por el diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del PAN.

Los suscritos, Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, Germán Martínez Cázares y José Antonio de la Vega Asmitia, en su calidad de diputados federales a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 58, 59 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta honorable Asamblea punto de acuerdo, al tenor de los siguientes

Antecedentes

Como todos sabemos, el crimen del cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo y de seis personas más, ocurrido el 24 de mayo de 1993, conmocionó a los mexicanos y hoy, a más de una década, sigue indignando a la sociedad ya que, tras una investigación tan larga como ineficaz y plagada de irregularidades, no ha podido ser resuelto.

Es de señalarse que, con fecha 21 de noviembre de 2003, la Conferencia del Episcopado Mexicano dirigió una petición a cada uno de los coordinadores de los grupos parlamentarios en la H. Cámara de Diputados, suscrita por su Presidente, el obispo de León, José Guadalupe Martín Rábago, y su secretario, el obispo de Texcoco, Carlos Aguiar Retes, en representación de los obispos católicos de México, a efecto de solicitar la creación de una comisión especial de seguimiento del caso Posadas Ocampo o, de considerarse oportuno, solicitar la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que revise el proceso de las investigaciones, con la finalidad de conocer la verdad y de que prevalezca en todo momento el Estado de derecho, demostrándonos con ello la confianza que se tiene en que nosotros, señoras y señores legisladores, podamos contribuir eficazmente al esclarecimiento de este crimen y a levantar el velo de impunidad que se ha tendido sobre él.

En tal virtud, con fecha 15 de diciembre de 2003 su servidor presentó en esta tribuna, con el respaldo de aproximadamente 100 compañeros legisladores del PAN, del PRI y del PRD, equivalentes a 20 por ciento de esta Cámara, por cierto el mayor apoyo que haya recibido alguna de las comisiones especiales ya aprobadas, una proposición con punto de acuerdo para crear la comisión especial encargada de dar seguimiento exhaustivo a las investigaciones realizadas por las autoridades competentes en el caso del asesinato del cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo, proposición que en su momento fue turnada a la Junta de Coordinación Política.

La Junta de Coordinación Política ha dictaminado favorablemente la creación de diversas comisiones especiales solicitadas durante el primer periodo ordinario del primer año de la LIX Legislatura, entre las que se encuentran la Comisión para la Concordia y Pacificación, la del Canal de Televisión del Congreso, la de Bibliotecas, la de Seguimiento a los Feminicidios de Ciudad Juárez, la relativa a la Región Sur-Sureste, la de Reforma del Estado, la de la Niñez, Adolescencia y la Familia, la de Caña de Azúcar, la del Café, la de Seguimiento del Acuerdo Nacional para el Campo, la de Ganadería, la de la Cuenca Lerma-Chapala y la de los Fondos de Trabajadores Migrantes.

Sin embargo, no se dictaminó favorablemente la creación de la comisión para el seguimiento del caso Posadas Ocampo, situación a nuestro juicio inexplicable, toda vez que es indudable la trascendencia de este caso y su esclarecimiento para la justicia en nuestro país, además de que la averiguación previa y las investigaciones se encuentran abiertas y se han denunciado graves irregularidades en las mismas, que fundamentan precisamente la necesidad y la oportunidad de crear esta comisión de seguimiento; y, por otro lado, el asunto en los tribunales no ha sido resuelto en definitiva.

La negativa a establecer una comisión especial en la Cámara para el seguimiento del caso Posadas Ocampo puede dar la impresión de que se quiere esconder el tema bajo la alfombra o en el archivo muerto de la Cámara, cuando existen precedentes legislativos del ejercicio responsable de las facultades de la Cámara de Diputados para la creación de comisiones especiales de seguimiento, siendo el más reciente de los casos precisamente la Comisión de Seguimiento a los Feminicidios en Ciudad Juárez.

El caso del cardenal Posadas Ocampo, hoy todavía, se encuentra abierto, por lo que la comisión especial de seguimiento que se propone es sin duda oportuna, conveniente y procedente.

Consideraciones

Toda vez que la seguridad, la justicia y la transparencia constituyen algunas de las más trascendentales obligaciones del Estado para con la sociedad mexicana, es necesario que nuestras instituciones encargadas de procurar justicia actúen con la debida responsabilidad y eficacia, hasta llegar al fondo de este asunto para conocer la verdad y el motivo real del magnicidio.

Convencidos de la necesidad de coordinar esfuerzos en nuestros diversos ámbitos de competencia para esclarecer este asunto, insistimos en la imperiosa necesidad de crear la comisión especial de seguimiento del caso del cardenal Juan Jesús Posadas Ocampo.

Compañeros diputados y diputadas: debemos recordar la trascendencia de la justicia en el orden social, pues, como sostenían los autores del derecho romano, la justicia es un bien general antes que el pan, pues sin justicia el pueblo no puede digerir el trigo; antes que el arte, pues sin justicia no puede apreciarse la belleza; y antes que el éxito y los triunfos militares, porque sin justicia no puede haber orden.

Esperamos que pueda lograrse la voluntad política necesaria para la aprobación de la comisión de seguimiento, que no tiene otro objetivo que contribuir, en el ámbito de nuestra competencia y con el respeto de las facultades constitucionales conferidas a otras instancias, al esclarecimiento de este crimen que conmocionó a nuestra patria y es una cuenta pendiente de la justicia con la nación.

Por lo antes expuesto y fundado, solicitamos a la Presidencia dé trámite inmediato a la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Unico. Con fundamento en lo previsto en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 21, fracción XVI, 58, 59 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sírvase enviar la presente proposición con punto de acuerdo a la Junta de Coordinación Política, a efecto de determinar la creación de la comisión especial que dé seguimiento exhaustivo a las investigaciones realizadas por las autoridades competentes en el caso del asesinato del cardenal Posadas Ocampo.

Se solicita a la Mesa Directiva la inserción íntegra de este texto en la Gaceta Parlamentaria y en el Diario de los Debates.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de abril de 2004.--- Dip. Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates y publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

Túrnese a la Junta de Coordinación Política.


DERECHOS CIVILES Y POLITICOS
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Tiene el uso de la palabra la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo a efecto de exhortar al Ejecutivo Federal para que retire las reservas impuestas al Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos.

La diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero:

Con su permiso, señor Presidente:

Los derechos humanos constituyen uno de los temas de mayor relevancia hoy día. El Estado mexicano debe considerar que tiene hoy la obligación de cumplir con los compromisos contractuales y convencionales que tiene en materia de derechos humanos, como en el caso del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, instrumento jurídico de la mayor relevancia, pues es importante recordar que se incluye dentro de la Carta de los Derechos Humanos.

El citado pacto fue aprobado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el día 18 de diciembre de 1980; el Estado mexicano planteó reservas al pacto internacional de derechos civiles y políticos, a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la Convención sobre Condiciones de los Extranjeros de 1928.

Las reservas mexicanas a estos tratados, contemplan que la expulsión de extranjeros se producirá de acuerdo a las leyes nacionales refiriéndose al artículo 33 de la Constitución que permite al Poder Ejecutivo Federal hacer abandonar el territorio nacional inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente.

Al hacerlo, el Gobierno realiza una acción fundada en una norma constitucional que hoy día carece de sustento y que vulnera principios elementales de justicia, además de que se contradice con las normas universalmente aceptadas en materia de protección y defensa de los derechos humanos.

La existencia en el cuerpo normativo constitucional del numeral 33, es abiertamente contradictorio con las garantías del debido proceso legal plasmadas en el derecho internacional de los derechos humanos, en particular de los instrumentos internacionales antes referidos.

Adicionalmente, estudiosos como Santiago Corcuera refieren, que es un caso extraordinario en el mundo, porque afecta los derechos de cualquier persona sin que tenga derecho a defenderse; es la legalización de la arbitrariedad o una arbitrariedad soportada en la ley. Una vez que un extranjero se encuentra legalmente en un país, puede ser expulsado, sin que se le permita ser oído o escuchado, porque ni siquiera se le brinda el básico derecho constitucional de la audiencia.

A pesar de que los tratados internacionales establezcan la posibilidad para cualquier persona de ser escuchada ante un órgano imparcial que conozca del caso, la reserva relacionada con el contenido del artículo 33 de la Constitución, resulta no sólo improcedente, sino plenamente contraria a las medidas garantizadas que deben prevalecer en todo proceso legal, es decir, el fundamental derecho del acusado a defenderse.

Además, como es el caso de los defensores de derechos humanos y los trabajadores sociales de diversas nacionalidades que han prestado sus servicios en el estado de Chiapas, tal disposición propicia distorsiones y arbitrariedades al conceder al Ejecutivo Federal facultades sumamente discrecionales para expulsar del país, con fundamento jurídico o sin él, a ciudadanos extranjeros.

La facultad del Ejecutivo Federal establecida en el artículo 33, es contraria a los derechos humanos, porque es totalmente discriminatoria y resulta contradictoria con el actual artículo 1º de la Constitución; de tal manera que resulta inaceptable e incongruente sostener la vigencia de una norma de cuyo sustento se trasgreden los derechos humanos de las personas que tienen la condición migratoria de extranjeros, además es insostenible una disposición como la que comentamos, dado el espíritu renovador de la Carta Magna, a la luz de las propuestas de reforma constitucional en materia de derechos humanos que ha enviado el Ejecutivo a esta Cámara.

Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 5o. del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, pongo a consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que se retiren todas las reservas hechas al artículo 13 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

Segundo.- De igual manera, se exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que retire la excepción a la declaración para el reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos derivados de la aplicación del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por su atención, gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo Federal a retirar las reservas impuestas al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, a cargo de la diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero, del grupo parlamentario del PRD

Los derechos humanos constituyen uno de los temas de mayor relevancia hoy día. El Estado mexicano debe considerar que tiene el compromiso de cumplir con los compromisos contractuales y convencionales que tiene en materia de derechos humanos como en el caso del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, instrumento jurídico de la mayor relevancia pues es importante recordar que se incluye dentro de la Carta de Derechos Humanos.

El citado pacto fue aprobado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión el día 18 de diciembre de 1980.

El Estado mexicano planteó reservas al pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre Condiciones de los Extranjeros de 1928.

Las reserva mexicanas a estos tratados contemplan que la expulsión de extranjeros se producirá de acuerdo a las leyes nacionales, refiriéndose al Artículo 33 de la Constitución, que permite al poder ejecutivo federal hacer ``abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente''. Al hacerlo el gobierno realiza una acción fundada en una norma constitucional que hoy día carece de sustento y que vulnera principios de elemental justicia, además de que contradice normas universalmente aceptadas en materia de protección y defensa de los derechos humanos

La existencia en el cuerpo normativo constitucional del numeral 33, es abiertamente contradictorio con las garantías del debido proceso legal plasmadas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en particular de los instrumentos internacionales antes referidos. Adicionalmente, estudiosos como Santiago Corcuera refieren que: ``es un caso extraordinario en el mundo porque afecta los derechos de cualquier persona sin que tenga derecho a defenderse, es la legalización de la arbitrariedad o una arbitrariedad soportada en la ley, una vez que un extranjero se encuentre legalmente en un país, pueda ser expulsado sin que se le permita ser oído'', porque ni siquiera se les brinda el básico derecho constitucional de audiencia, a pesar de que los tratados internacionales establezcan la posibilidad para cualquier persona de ser escuchada ante un órgano imparcial que conozca del caso.

La reserva relacionada con el contenido del articulo 33 de la Constitución resulta no sólo improcedente, sino plenamente contraria a las mínimas garantías que deben prevalecer en todo proceso legal, es decir, el fundamental derecho a del acusado a defenderse. Además, como es el caso de los defensores de derechos humanos y los trabajadores sociales de diversas nacionalidades que han prestado sus servicios en el estado de Chiapas, tal disposición propicia distorsiones y arbitrariedades al conceder al ejecutivo federal facultades sumamente discrecionales para expulsar del país, con fundamento jurídico o sin él, a ciudadanos extranjeros.

La facultad del ejecutivo federal establecida en el artículo 33 es contraria a los derechos humanos porque es totalmente discriminatoria y resulta contradictoria con el actual artículo 1º de la Constitución, de tal manera que resulta ina-ceptable e incongruente sostener la vigencia de una norma que de suyo transgrede los derechos humanos de las personas que tienen la condición migratoria de extranjeros, además es insostenible una disposición como la que comentamos, dado el espíritu renovador del carta magna a la luz de las propuestas de reforma constitucional en materia de derechos humanos ha enviado el ejecutivo a esta Cámara,

Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que retire las reservas hechas al Artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Segundo. De igual manera se exhorta al Poder Ejecutivo Federal para que retire la excepción a la Declaración para el Reconocimiento de la Competencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos derivados de la aplicación del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de marzo de 2004.--- Dip. Lizbeth Rosas Montero (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Gracias, diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero.

Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

El siguiente punto del orden del día ha sido retirado por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y por su autor el señor diputado don Miguel Luna Hernández Luego.


DEPORTE
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que de los ingresos de Pronósticos Deportivos que se enteran a la Tesorería de la Federación, el 8% se destine para el fomento al deporte en los municipios del país.

El diputado José Manuel Carrillo Rubio:

Muchas gracias, señor Presidente. Con su permiso.

Nuevamente con fundamento en las disposiciones que nos marca tanto la Constitución como la Ley de nuestra Cámara, presento a la consideración de ustedes el siguiente punto, bajo el tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica propia y patrimonio, creado mediante decreto presidencial expedido el día 24 de febrero de 1978. Su creación se justificó en el hecho de que ante el crecimiento demográfico del país era preciso recurrir a los medios que, sin elevar las cargas fiscales, se obtuvieran más recursos para una mayor y más amplia satisfacción de los requerimientos de las clases desamparadas, procurando sobre todo mejorar su salud, alimentación y educación, por lo que hacer frente a estas necesidades se resolvió con la conveniencia de establecer en México un sistema de pronósticos deportivos con base a concursos sobre resultados de las competencias, con premios en efectivo.

Actualmente el organismo contribuye a los programas de desarrollo social, de atención a grupos vulnerables, de salud y de seguridad social, de empleo y productividad. Es por ello que el deporte no puede ser tratado como algo secundario; el deporte trae consigo grandes oportunidades de desarrollo humano, económico para una gran nación como es México, y es importante que el Estado amplíe el flujo de financiamiento para el deporte nacional, sobre todo en la célula municipal, por lo que propongo incluir también un porcentaje para el Programa de Apoyos al Deporte, con el objetivo de fomentar e el deporte en sus municipios del país, apoyado en las siguientes consideraciones:

Primera. El decreto de creación de Pronósticos Deportivos, en su artículo 11, establece que de los recursos que se obtengan una vez deducidas las erogaciones e inversiones contenidas en su presupuesto anual y las cantidades que se destinan a formar la reserva de contingencia, así como las demás que se acuerde constituir su Consejo Directivo, se enterará a la Tesorería de la Federación, a fin de que se destine a la asistencia pública a través de las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación que correspondan, para programas de desarrollo social.

Los argumentos iniciales para la creación de Pronósticos para la Asistencia Pública, fueron legalizar, ordenar, instrumentar, regular y controlar los juegos y sorteos clandestinos ya existentes en esa época y destinar los recursos generados a beneficio de la sociedad.

De los tres niveles de gobierno, los entes más olvidados son los municipios, siendo éstos los que menores recursos en materia del deporte y promoción del mismo, así como su desarrollo, tienen en su haber, al no contar con recursos e infraestructura necesaria. Le restamos prioridad e importancia al deporte; no obstante, son ellos los que más reclamos y demandas tienen de la ciudadanía que constantemente atrae.

Es de gran relevancia el brindar el apoyo necesario para que desde el municipio se incremente y se desarrolle el deporte, ya que si bien es cierto que los municipios cuentan con recursos para sus funciones, también lo es que los mismos no cuentan con el presupuesto necesario para su promoción y desarrollo. Por ello considero de suma importancia que brindemos cuando menos el 8% del presupuesto que se obtiene de Pronósticos Deportivos, al deporte en su escala municipal, ya que es esencial para su integración social, elemento indispensable en el desarrollo integral del individuo y generaría mayor inversión en una población tan exigente en materia del deporte.

Muchas gracias.

«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Juventud y Deporte.

Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a que, de los ingresos netos de Pronósticos Deportivos que se enteran a la Tesorería de la Federación, el 8% se destine al Fomento del Deporte en los municipios del país, a cargo del diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del PRI

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que, de los ingresos netos de Pronósticos Deportivos que se enteran a la Tesorería de la Federación, el 8% se destine para el fomento al deporte en los municipios del país.

Exposición de Motivos

Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante decreto presidencial expedido el 24 de febrero de 1978.

Su creación se justificó en el hecho de que, ante el crecimiento demográfico en el país, era preciso recurrir a medios que sin elevar la carga fiscal, se obtuvieran recursos para una más amplia satisfacción de los requerimientos de las clases desamparadas, procurando mejorar su salud, alimentación y educación, por lo que para hacer frente a estas necesidades se resolvió la conveniencia de establecer en México un sistema de pronósticos deportivos con base en concursos sobre resultados de las competencias, con premios en efectivo.

Actualmente, el organismo contribuye a los programas de desarrollo social, de atención a grupos vulnerables, de salud y seguridad social, de empleo y productividad.

Es por ello que el deporte no puede ser tratado como algo secundario. El deporte trae consigo grandes oportunidades de desarrollo humano y económico para una nación y es importante que el Estado amplíe el flujo de financiamiento para el deporte nacional.

Por lo que propongo incluir también un porcentaje para programas de apoyo al deporte, con el objetivo de fomentar el deporte en los municipios del país, apoyado en las siguientes

Consideraciones

1. El decreto de creación de Pronósticos Deportivos, en su artículo 11, establece que de los recursos que se obtengan, una vez deducidas las erogaciones e inversiones contenidas en su presupuesto anual y las cantidades que se destinen a formar la reserva de contingencia, así como las demás que acuerde constituir su Consejo Directivo, se enterarán a la Tesorería de la Federación, a fin de que se destinen a la asistencia pública, a través de las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación, que correspondan a programas de desarrollo social.

2. Los argumentos iniciales para la creación de Pronósticos para la Asistencia Pública fueron el legalizar, ordenar, instrumentar, regular y controlar los juegos y sorteos clandestinos existentes, y destinar los recursos generados a beneficio de la sociedad.

3. Por lo que propongo incluir un 8% para programas de apoyo al deporte, ya que es esencial para la integración social, elemento indispensable del desarrollo integral del individuo y valioso instrumento de promoción de la salud, por lo que se ha de fomentar su práctica en todos y cada uno de los municipios del país, ya que trae consigo grandes oportunidades de desarrollo humano y económico para una nación y es importante que desde el nivel federal se impulse el financiamiento necesario para que se convierta en un hábito en todo el territorio nacional.

4. La distribución de este 8% entre los municipios será con base en densidad poblacional, creación y cumplimiento de proyectos deportivos viables y resultados deportivos a corto, mediano y largo plazo.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, elevo a la consideración de esta soberanía, para que se dicte el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorte a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, de los ingresos netos de Pronósticos Deportivos que se enteran a la Tesorería de la Federación, el 8% se destine para fomento al deporte en los municipios del país.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 18 de marzo de 2004.--- Dip. José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Muchas gracias a usted, diputado José Manuel Carrillo Rubio.

Túrnese a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
ESTADO DE COLIMA
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

En el uso de la palabra, el señor diputado don Antonio Morales de la Peña, para presentar una proposición con punto de acuerdo para ordenar a la Auditoría Superior de la Federación, audite los fondos federalizados asignados al estado de Colima, con objeto de transparentar el ejercicio de su gasto y en especial a los destinados al pago electrónico de la nómina, suscrita por el propio diputado Morales de la Peña y por el señor diputado Jorge Luis Preciado Rodríguez, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

El diputado Antonio Morales De la Peña:

Con la venia de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

«Proposición con punto de acuerdo, para ordenar a la Auditoría Superior de la Federación audite los fondos federalizados asignados al estado de Colima, con objeto de transparentar el ejercicio de su gasto, y en especial los desti- nados al pago electrónico de la nómina, suscrita por los diputados Antonio Morales de la peña y Jorge Luis Preciado Rodríguez, del grupo parlamentario del PAN

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.--- Presentes.

Los suscritos diputados federales a la LIX Legislatura, integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten, con carácter de obvia y urgente resolución, a la consideración de esta soberanía, un punto de acuerdo, de conformidad con las siguientes

Consideraciones

1. Que la transparencia y la rendición de cuentas de los recursos públicos deben ser una constante en un Estado que se precie de ser democrático. Como representantes populares e integrantes del Poder Legislativo, debemos poner atención en la fiscalización de dichos recursos para vigilar su correcta aplicación y, en su caso, determinar las responsabilidades correspondientes de comprobarse irregularidades en su aplicación. Los ciudadanos que representamos, y a quienes nos debemos, tienen el derecho de saber en qué se gasta cada peso de los impuestos que recauda el gobierno y qué beneficios públicos concretos trae consigo la inversión de dichos recursos.

2. Que el pasado 11 de marzo, elementos de la Policía Federal Preventiva detuvieron en la ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco, al C. Manuel Mejía Rosas, quien traía consigo 82 tarjetas bancarias de Pagomático Internacional, de Banamex, que utiliza el gobierno del estado de Colima para el pago de la nómina de los trabajadores a su servicio.

3. Que el detenido, Manuel Mejía Rosas, declaró ante los elementos de la Policía Federal Preventiva que trabajaba en el gobierno del estado y que un empleado lo instruía o le ordenaba hacer retiros de aproximadamente 15 mil pesos quincenales de cada tarjeta y que el monto total de los retiros ascendía aproximadamente a entre 800 mil y 1.5 millones de pesos quincenales, siendo que se trasladaba a Puerto Vallarta para realizar más retiros.

4. Que en la agencia del Ministerio Público de Puerto Vallarta, el indiciado declaró que la licenciada Concepción Llerenas Tejada, coordinadora administrativa de la Secretaría de Administración del gobierno del estado de Colima, con quien laboraba, era quien le ordenaba sacar el dinero de las tarjetas, que al reverso tenían anotado con bolígrafo el NIP para acceder a los cajeros automáticos donde sacaba el dinero y quien le dijo que no le pasaría nada, ya que el secretario de Finanzas y el gobernador sabían de todo esto, realizando esto desde julio o agosto de 2003.

5. Que sin duda, esas declaraciones demuestran que, por lo menos desde mediados de 2003, se han presentado serias irregularidades, desvíos de recursos públicos y hechos delictuosos que dañan gravemente las finanzas públicas del estado de Colima.

6. Que el gobierno del estado de Colima funciona en mayor parte por los recursos recibidos de la Federación, por lo que no es válido que éstos sean sustraídos para destinarlos a fines no públicos y presupuestados o para favorecer de manera ilegal a determinadas personas.

7. Que ante esos acontecimientos, es urgente y necesario que la Auditoría Superior de la Federación practique una revisión a los recursos federales asignados al gobierno del estado de Colima, poniendo especial atención a los utilizados en el pago electrónico de la nómina.

Por las consideraciones expuestas, sometemos, con carácter de obvia y urgente resolución, a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

``Unico. Se instruye a la Auditoría Superior de la Federación para que realice con la mayor brevedad una revisión a los recursos de origen federal otorgados al estado de Colima, a fin de trasparentar el gasto y fiscalizar el destino y la aplicación de dichos recursos públicos, sobre todo practicando una revisión exhaustiva a los recursos destinados al pago electrónico de la nómina y, en su caso, se deslinden las responsabilidades que correspondan.''

Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de marzo de 2004.--- Diputados: Antonio y Morales de la Peña, Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbricas).»

Compañeras y compañeros legisladores: ante estos hechos sin duda hay fundamento para suponer que nos encontramos ante un fuerte caso de corrupción, que debe ser investigado para que no quede impune, por lo menos estaríamos hablando de un desfalco a las arcas públicas de 36 millones de pesos al año.

Si bien es cierto que el gobernador Gustavo Vázquez ha declarado que ha dado órdenes precisas a la Procuraduría para investigar a fondo, con el ya clásico ``caiga quien caiga'', en los hechos vemos una actitud de encubrimiento por parte de la Procuraduría Estatal.

Por esto, termino, señor Presidente...

...Es importante que una entidad ajena al gobierno del estado, pueda investigar este caso, como la Auditoría Superior de la Federación, como esperamos que también lo haga la Procuraduría General de la República ante una denuncia penal que presentaremos.

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Gracias, diputado Morales de la Peña.

En virtud de que este asunto está listado como de urgente y obvia resolución, rogamos a la Secretaría consulte a la Asamblea si así se considera.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Con todo gusto, diputado Presidente.

En votación económica, se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa...

Señor Presidente, como se trata de un punto de acuerdo que se requiere de las dos terceras partes, tengo duda en la votación. Si usted lo dispone, que pueda ser por medio del tablero electrónico.

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde su curul):

Señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

¿Diputado Wintilo Vega?

El diputado Wintilo Vega Murillo (desde su curul):

En términos del artículo 148, le solicito, a nombre propio y de los compañeros que están levantando la mano, pueda hacerse esta votación nominal.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

¿Quiénes lo apoyan?..

Instruya la Secretaría, a efecto de que se abra el sistema electrónico de votación, hasta por cinco minutos.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Abrase el sistema electrónico por cinco minutos, para proceder a la votación nominal de la proposición, para saber si se considera de urgente resolución.

(Votación.)

De viva voz:

El diputado Rafael Candela Salinas (desde su curul):

A favor.

El diputado Hinojosa (desde su curul):

En contra.

El diputado Jaime Miguel Moreno Garavilla (desde su curul):

En contra.

El diputado Rafael Galindo Jaime (desde su curul):

En contra.

La diputada María Angélica Díaz del Campo (desde su curul):

A favor.

El diputado J. Irene Alvarez Ramos (desde su curul):

A favor.

El diputado Miguel Angel García Domínguez (desde su curul):

Rectificación de voto a favor.

El diputado Carlos Osvaldo Pano Becerra (desde su curul):

En contra.

El diputado Roberto Aquiles Aguilar Hernández (desde su curul):

En contra.

El diputado Fermín Trujillo Fuentes (desde su curul):

En contra.

El diputado Félix Fuentes (desde su curul):

En contra

El diputado Francisco Grajales (desde su curul):

En contra.

El diputado Héctor Bautista (desde su curul):

A favor

El diputado Jorge Martínez (desde su curul):

A favor.

La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

Señor presidente, se emitieron 211 votos a favor y 182 en contra.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

No ha lugar la urgente resolución.

Túrnese a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
MIGRANTES
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

En el uso de la palabra la diputada María Guadalupa Morales Rubio, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo para solicitar a las Secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, investiguen e informen a esta soberanía acerca de la continuación del Programa de Deportación Lateral puesto en marcha por el Gobierno de Estados Unidos de América y que es violatorio de los derechos humanos los migrantes mexicanos según decir de la iniciante.

La diputada María Guadalupe Morales Rubio:

Con el permiso de la Presidencia; honorable Asamblea:

«Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a las secretarias de Gobernación y de Relaciones Exteriores, así como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que investiguen e informen a esta soberanía acerca de la continuación del Programa de Deportación Lateral, puesto en marcha por el Gobierno de Estados Unidos de América, que es violatorio de los derechos humanos de los migrantes mexicanos, a cargo de la diputada Maria Guadalupe Morales Rubio, del grupo parlamentario del PRD

Honorable Asamblea:

Ma. Guadalupe Morales Rubio, diputada a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de este órgano colegiado, la Proposición con Punto de Acuerdo de Urgente y Obvia Resolución, para solicitar a la Secretaría de Gobernación, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, investiguen e informen a esta soberanía acerca de la continuación del Programa de Deportación Lateral puesto en marcha por el Gobierno de los Estados Unidos y que es violatorio de los Derechos Humanos de los Migrantes Mexicanos, bajo las siguientes

Consideraciones

1. Que el 8 de septiembre de 2003 de forma unilateral, el gobierno de Estados Unidos inició el Programa de Repatriación Lateral, el cual consiste en un Plan a Gran Escala que incluye agentes, aviones y medidas de seguridad como el uso de esposas en los migrantes y el traslado de la zona de Arizona a Texas alejándolos de puntos más cercanos para su deportación.

2. En aquel mes de septiembre el Senado de la República elevó un punto de acuerdo para reclamar irregularidades del Programa, así como violaciones a los Derechos Humanos de los migrantes mexicanos.

3. Derivado de lo anterior y de diversas negociaciones entre el gobierno mexicano y el estadounidense se celebró la firma del Memorando de Entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones de México y el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos.

4. A pesar de que en su momento se elogió este acto, hemos tenido conocimiento que la práctica aún se sigue llevando a cabo por parte de las autoridades Americanas, como es el caso de José Oscar Orozco, migrante de Zapopan, Jalisco, cuya deportación fue dada a conocer por los medios de comunicación el pasado 5 de marzo de los corrientes.

5. Estamos preocupados por esta situación, estamos preocupados porque el documento a que he hecho mención quede sólo en el papel, es importante para nuestros migrantes y para nosotros como Legisladores, conocer los alcances y los avances del Memorando de Entendimiento sobre la repatriación digna, segura ordenada y humana de nacionales mexicanos, del Plan de Acción entre México y Estados Unidos para la Cooperación sobre Seguridad Fronteriza 2004, especialmente en lo referente a repatriaciones, violencia fronteriza, medidas de protección y todo aquello que afecte a los migrantes mexicanos.

Urgimos a la parte mexicana de la Comisión Coordinadora representada por la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores, a que se concluyan las tareas pendientes derivadas de la firma del Memorando de Entendimiento, específicamente la parte final del inciso C del artículo 1º, el inciso C del artículo 3º, el artículo 5º y todas aquellas Líneas de Acción del Plan de acción entre México y Estados Unidos para la Cooperación sobre Seguridad Fronteriza 2004.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de este Pleno el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Que la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, informen a esta soberanía si tienen conocimiento de algún incidente que pudiera implicar maltrato o posibles violaciones a los Derechos Humanos de los migrantes y que se investigue a fondo la continuación total o parcial del Programa de Deportación Lateral de Estados Unidos.

Segundo. Solicitamos de la Secretaría de Gobernación y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en su carácter de integrantes de la Comisión Coordinadora del Plan de Acción para la Seguridad Fronteriza, se den a conocer los avances de las negociaciones sobre el artículo 5º del Memorando de Entendimiento que refiere a los mecanismos de repatriación de nacionales a sus lugares de origen, mejor conocido como repatriación interna.

Solicito a la Presidencia de la Mesa Directiva dar trámite a la presente proposición con punto de acuerdo como urgente y obvia resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de nuestro Reglamento Interior.

Recinto Legislativo de San Lázaro, a los 23 días del mes de marzo de 2004.--- (Rúbrica).»

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Gracias diputada María Guadalupe Morales Rubio.

Túrnese a las comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Relaciones Exteriores.
GAS NATURAL
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Tiene el uso de la palabra el señor diputado don Fernando Perdomo Bueno, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Energía, para que a través de la Comisión Reguladora, de acuerdo con sus facultades, establezca mecanismos de coordinación para prevenir accidentes de las compañías que tienen a su cargo la concesión de la distribución de gas natural en el Distrito Federal.

El diputado Juan Fernando Perdomo Bueno:

Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros:

«Los que suscriben, diputados federales del grupo parlamentario de Convergencia, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora a que, de acuerdo con sus facultades, se establezcan mecanismos de coordinación a fin de prevenir accidentes por parte de las compañías que tienen a su cargo la concesión de la distribución de gas natural en el Distrito Federal, sobre la base de los siguientes

Antecedentes y Consideraciones

1.- La Ley de la Comisión Reguladora establece en su artículo segundo que dicha Comisión tendrá por objeto promover el desarrollo eficiente de la distribución del gas natural, así como la protección de los intereses de los usuarios, atendiendo a la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y prestación de los servicios.

2.- Para el cumplimiento de su objetivo, la Comisión Reguladora tiene la facultad de solicitar a las autoridades competentes, de acuerdo a la fracción XVIII del artículo tres, la aplicación de medidas de seguridad cuando tenga noticia de un hecho que pueda poner en peligro la salud y seguridad públicas.

3.- Sin embargo, las empresas que tienen la concesión en las 16 delegaciones políticas del DF no han instalado adecuadamente sus sistemas de distribución, ni tampoco han instalado las suficientes señalizaciones para evitar que otras empresas que operan otros sistemas de redes no provoquen accidentes. Esta falta de coordinación e información ha provocado problemas a la hora del desplazamiento de tuberías. Asimismo, las empresas telefónicas, al utilizar herramientas cortantes, han roto ductos de polietileno, sobreviniendo con ello fugas en las tuberías de gas natural.

4.- Por otro lado, los propios trabajadores del Distrito Federal o de empresas contratadas que hacen reparaciones en el sistema hidráulico de la ciudad, han dañado otros sistemas de redes, incluidas las de gas, provocando con ello fugas del líquido y alarmas en zonas densamente pobladas. De acuerdo a reportes del gobierno del DF, en el año 2003 ocurrieron seis fugas y dos explosiones de gas natural. También es de resaltar las repetidas quejas de los vecinos porque las cepas permanecen abiertas durante días, sin contar estos lugares con los señalamientos respectivos.

5.- Las investigaciones que se han hecho de los accidentes, por parte de la Comisión Reguladora de Energía, no han convencido ni a las autoridades del DF ni a los afectados. Los resultados de la investigación sobre la fuga de gas en la colonia Tepepan, en Xochimilco, por poner un ejemplo, han puesto en evidencia las probables componendas entre las empresas y la propia Comisión de Energía, en virtud que los peritajes realizados no se han hecho con el suficiente profesionalismo. Por principio las irregularidades que se han detectado van desde instalaciones que no cumplen con la normatividad correspondiente, defectos en los ductos, la instalación de los mismos a profundidades no adecuadas y cercanos a otros sistemas de redes o estructuras, empaques mal hechos y, desde luego, la falta de señalizaciones.

6.- Esta situación obliga a que todas las dependencias involucradas en el sistema de protección civil tengan que coordinarse con la Comisión Reguladora y establecer, de manera conjunta, un sistema de información, colaboración y prevención que corte de raíz los riegos fatales para los habitantes de la Ciudad de México. No debemos escatimar esfuerzos en materia de prevención y seguridad de los capitalinos; todos los que habitamos esta ciudad merecemos contar con sistemas de información eficaces y con la seguridad de que no están en riesgo nuestras familias y nuestra integridad física. Es el momento y la hora de reforzar la cultura de la prevención.

Por lo anteriormente expuesto, el grupo parlamentario de Convergencia propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Que esta soberanía exhorte a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora a que, de acuerdo con sus facultades, se establezcan mecanismos de coordinación necesarios, a fin de prevenir accidentes por parte de las compañías que tienen a su cargo la concesión de la distribución de gas natural en el Distrito Federal.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de marzo de 2004.--- Diputados: Jesús Martínez Alvarez, Luis Maldonado Venegas (rúbrica), Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica), Jesús P. González Schmal (rúbrica), Juan Fernando Perdomo Bueno (rúbrica).»

Es cuanto, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Muchas gracias, diputado Perdomo Bueno.

Túrnese a la Comisión de Energía.
ESTADO DE CHIHUAHUA
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

En el uso de la palabra el señor diputado Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo gire sus instrucciones a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, para que se establezcan nuevas tarifas al suministro y venta de electricidad a los productores agropecuarios del estado de Chihuahua y se cree una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en el mismo Estado.

El diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera:

Con su permiso, señor Presidente:

Señor Presidente, por respeto al tiempo de los diputados que integran esta soberanía y en razón de que la proposición que estoy presentando se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, procederé a leer un extracto de la misma, solicitando que se integre la proposición completa en el Diario de Debates.

Jorge Castillo Cabrera, diputado federal a 59 Legislatura por el estado de Chihuahua e integrante del grupo parlamentario del PRI de la Cámara de Diputados, los demás diputados integrantes de la coordinación del estado de Chihuahua del mismo grupo parlamentario y los diputados de los diversos grupos parlamentarios que suscriben, sometemos este documento con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo:

Que de nueva cuenta el campo de Chihuahua se está convulsionando, dada la falta de cumplimiento del acuerdo para el campo y de la Ley de Energía para el Campo;

Que las autoridades federales han optado por proceder judicialmente antes de concluir las negociaciones para la solución de los problemas del campo chihuahuense;

Que el sistema de tarifas eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad es un serio problema para el desarrollo del campo, ocasionando que una gran cantidad de campesinos se encuentren con enormes adeudos por este concepto, motivando el cierre de los pozos por parte de dicha comisión.

En mérito de lo expuesto, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se someten a la consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que dé las instrucciones correspondientes a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Energía, a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, para adoptar las medidas necesarias para establecer tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica a los productores agropecuarios del estado de Chihuahua y en cuanto sea aplicable, para todo el país, que constituyan un verdadero apoyo y estímulo para la realización de sus actividades en mejores condiciones de competitividad y rentabilidad, atendiendo a principios y objetivos establecidos en la Ley de Energía para el Campo. Consecuentemente las nuevas reglas y tarifas deben sustituir a las que se han venido aplicando hasta ahora, denominadas: 9C-1, 9-N9 y 9-N, así como la fórmula designada como límite de energía anualizada.

Segundo. Igualmente se exhorta al titular del Poder Ejecutivo para que instruya a las dependencias indicadas en el punto anterior a efecto de que se establezca y aplique una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en el estado de Chihuahua.

Tercer. Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que proceda con la colaboración que corresponda a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a abrogar el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2003 y a la consecuente publicación, entrada en vigor y aplicación del Reglamento aprobado en el marco del Acuerdo Nacional para el Campo.

Cuarto. Se solicita de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de Energía, así como de la Comisión Federal de Electricidad, de Luz y Fuerza del Centro, el que se establezca una mesa de diálogo y concertación para que dichas entidades, con la participación de los representantes de las organizaciones y movimientos sociales, involucrados en el conflicto busquen una solución adecuada y equitativa al problema de las tarifas eléctricas en los pozos agrícolas de Chihuahua.

Quinto. De la Comisión Federal de Electricidad se solicita la supresión inmediata de los cortes de energía eléctrica y en su caso la inmediata reconexión de dicha energía a los pozos de uso agrícola.

Sexto. Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que se sirva girar instrucciones a las autoridades mencionadas en el punto anterior y al Procurador General de la República, para que en la búsqueda de la solución del problema, materia de este acuerdo, se privilegie el diálogo y los acuerdos que permitan el impulso a la productividad y rentabilidad de las actividades del campo, procediendo en consecuencia al cese inmediato de todo lo relacionado con denuncias o querellas en contra de usuarios de energía eléctrica que se han manifestado en contra de la aplicación de las tarifas de energía eléctrica en la entidad. Lo anterior incluye las órdenes de aprehensión y de presentación, pues ambas son medidas de intimidación que interfieren con el diálogo y la concertación.

Séptimo. Exhortar al titular del Poder Ejecutivo y a las dependencias y entidades que se mencionan en estos puntos de acuerdo, para que den debido cabal y oportuno cumplimiento a la Ley de Energía para el Campo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre del 2002.

Octavo. Que las dependencias y entidades que se mencionan en el punto primero de este acuerdo, informen a esta Cámara de Diputados sobre las propuestas que las legislaturas estatales y de...

Termino, señor Presidente...

Y de la Cámara de Diputados, los informes sobre las tarifas eléctricas.

Por su atención, gracias, compañeras y compañeros diputados.

«Proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Titular del Poder Ejecutivo a instruir a las secretarias de Hacienda y Crédito Publico, y de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, para establecer nuevas tarifas al suministro y venta de electricidad a los productores agropecuarios del estado de Chihuahua y crear una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en la misma entidad federativa, a cargo del diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera, del grupo parlamentario del PRI

C. Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

El suscrito, Jorge Castillo Cabrera, diputado federal a la LIX Legislatura por el estado de Chihuahua e integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo el tenor de lo siguiente:

El punto de acuerdo que el día de hoy presento ante esta Asamblea, tiene su sustento, en el artículo 27 constitucional en su párrafo sexto, el cual dice de manera textual: ``Corresponde exclusivamente a la Nación, generar, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares, la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines''.

El estancamiento económico no sólo reduce los recursos del gobierno sino que, además, disminuye la capacidad del Estado para fijar metas en el desarrollo social. Las actuales circunstancias por las que atraviesa el país, han provocado la disminución de la capacidad del gobierno, para responder a sus múltiples tareas. La distribución de la riqueza puede ser canalizada a través del sector público. Esto implica una gran responsabilidad: esta asignación del ingreso puede tener y de hecho tiene, un gran impacto sobre el nivel de pobreza y el bienestar social de nuestro país.

Establecer recursos y objetivos implica la capacidad de redistribuir el ingreso para incidir en el bienestar social y proveer servicios básicos de una manera equitativa. El Estado influye de manera directa sobre el bienestar colectivo a través de la política de subsidios. Los subsidios están dirigidos a determinados bienes, mediante ellos, el Estado provee un bienestar colectivo y coadyuva al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.

Lo anterior se da, cuando el modelo de Estado se fundamenta en asumir el rol de ser el garante de las necesidades básicas de los ciudadanos, es decir velar por la seguridad jurídica de todos sus actores, educar a sus ciudadanos y ser solidario con aquellos que no tienen recursos. Cuando esto pasa, los servicios que la población recibirá serán lógicamente mejores. Entre esos servicios encontramos precisamente, los de la energía eléctrica.

En el Diario Oficial de la Federación del 30 de diciembre de 2002, fue publicada la Ley de Energía para el Campo que tiene el objeto expreso de coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países. Es decir, para contrarrestar, entre otros, algunos efectos del Tratado del Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) para los productores agrícolas mexicanos.

Las medidas de apoyo al campo previstas en la Ley antes citada son a través del establecimiento de precios y tarifas de estímulo, entre otros, de los energéticos agropecuarios, entre los que se incluye la energía eléctrica.

No obstante que la Ley de Energía para el Campo fue votada por unanimidad por el Congreso de la Unión, la misma no ha sido cumplida cabalmente y no ha producido los beneficios que de ella se esperaban, por parte de los productores del campo.

Es preciso destacar que en el Artículo Segundo Transitorio de la Ley de Energía para el Campo se previó un plazo de 75 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de dicha Ley para que el Ejecutivo Federal expidiera el Reglamento de dicho cuerpo normativo y demás disposiciones administrativas. El Poder Ejecutivo no cumplió en tiempo con dicho mandato legal.

Fue hasta el 4 de diciembre de 2003, fecha en el que apareció publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo. Este reglamento señala a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) como la responsable de establecer los mecanismos necesarios para determinar los estímulos en materia de energéticos agropecuarios. La aplicación de este Reglamento contradice el texto y el espíritu de la Ley de Energía para el Campo y ha producido más problemas de los que ha resuelto.

Por otro lado, recordemos que en el Acuerdo Nacional para el Campo, los productores convinieron con los representantes de la Federación en un proyecto de Reglamento de la Ley de Energía para el Campo que no afecta ni técnica ni económicamente a Pemex ni a la Comisión Federal de Electricidad y establece apoyos y estímulos reales a los productores agropecuarios, por lo cual fue firmado por el Presidente de la república y las asociaciones de productores del país. Se reclama la abrogación del Reglamento publicado el 4 de diciembre de 2003 y la publicación, entrada en vigor y aplicación del Reglamento aprobado en el marco del Acuerdo Nacional para el Campo.

Independientemente de lo anterior, al margen de la Ley de Energía para el Campo, la Secretaría de Hacienda emitió varios acuerdos con los cuales creó las tarifas para uso agrícola llamadas 9CU y 9N, con las cuales fijaba el precio de la energía eléctrica, pero ligando el precio a la extracción del agua del subsuelo estrictamente autorizados en los títulos de concesión otorgados por la Conagua para uso agrícola.

Para tal fin, en los acuerdos de la Secretaría de Hacienda se incluyó una fórmula denominada Límite de Energía Anualizada (LEA), que una vez agotada, provocaría que el cobro de energía eléctrica se cobre mucho más caro, por considerarse como excedente. Hay que hacer notar que la mayoría de los títulos de concesión otorgados por Conagua fueron elaborados sin criterios claros y uniformes provocando desigualdades en cuanto en la aplicación tarifaria, porque mientras un agricultor agotaría su LEA en un día de bombeo, otro lo haría en 8 días, otro en 15, otro en un mes y en el mejor de los casos en 2 meses y medio, pero en ningún caso el LEA alcanzaría para tener una energía barata en el proceso de producción agropecuaria que va de la siembra a la cosecha, lo que resulta en el encarecimiento de la producción agropecuaria, volviéndola una actividad sin rentabilidad ni competitividad.

Las medidas anteriores provocaron la respuesta inmediata de los diferentes congresos estatales, del Congreso de la Unión y comparecencias de los secretarios de Energía, de Hacienda y Crédito Público y de los directores de la Comisión Federal de Electricidad y de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro.

De nueva cuenta, el campo de Chihuahua se encuentra convulsionado. Sin embargo, los productores campesinos y las organizaciones que los representan han manifestado su decisión de privilegiar el diálogo y los acuerdos que permitan el impulso a la productividad y rentabilidad en las actividades del campo.

Considerandos

Que de nueva cuenta el campo de Chihuahua se está convulsionando, dada la falta de cumplimiento del Acuerdo para el Campo y de la Ley de Energía para el Campo.

Que las autoridades federales han optado por proceder judicialmente, antes de concluir las negociaciones para la solución de los problemas del campo chihuahuense.

Que el sistema de tarifas eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad es un serio problema para el desarrollo del campo, puesto que son aplicadas a discreción y no cuentan con una regulación adecuada, ocasionando que una gran cantidad de campesinos se encuentren con enormes adeudos por este concepto, motivando el cierre de los pozos por parte de dicha Comisión, con la molestia y el coraje de los productores del campo.

En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a la consideración de esta Soberanía, con el carácter de urgente resolución, por las características y circunstancias en los que se presenta el problema en cuestión, los siguientes:

Puntos de Acuerdo

Primero.- Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que dé las instrucciones correspondientes a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Energía, Comisión Federal de Electricidad y Compañía de Luz y Fuerza del Centro, para adoptar las medidas necesarias para establecer tarifas para el suministro y venta de energía eléctrica a los productores agropecuarios del Estado de Chihuahua y, en cuanto sea aplicable, para todo el país que constituyan un verdadero apoyo y estímulo para la realización de sus actividades en mejores condiciones de competitividad y rentabilidad, atendiendo a los principios y objetivos establecidos en la Ley de Energía para el Campo.

Consecuentemente, las nuevas reglas y tarifas deberán sustituir a las que se han venido aplicando hasta ahora, denominadas 9CU y 9N, 9 y 9M, así como la fórmula designada como Límite de Energía Anualizada (LEA), por ser inequitativas y contrarias a los objetivos establecidos en la Ley de Energía para el Campo.

Segundo.- Igualmente se exhorta al titular del Poder Ejecutivo para que instruya a las dependencias indicadas en el punto anterior a efecto de que se establezca y aplique una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en el estado de Chihuahua.

Tercero.- Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que proceda, con la colaboración que corresponda a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a abrogar el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2003, y a la consecuente publicación, entrada en vigor y aplicación del Reglamento aprobado en el marco del Acuerdo Nacional para el Campo.

Cuarto.- Se solicita de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía, así como de la Comisión Federal de Electricidad y de Luz y Fuerza del Centro, el que se establezca una mesa de diálogo y concertación para que dichas entidades, con la participación de los representantes de las organizaciones y movimientos sociales involucrados en el conflicto, busquen una solución adecuada y equitativa al problema de las tarifas eléctricas de los pozos agrícolas en el estado de Chihuahua.

Quinto.- De la Comisión Federal de Electricidad se solicita la supresión inmediata de los cortes de energía eléctrica y, en su caso, la inmediata reconexión de dicha energía a los pozos de uso agrícola.

Sexto.- Exhortar al titular del Poder Ejecutivo para que se sirva girar instrucciones a las autoridades mencionadas en el punto primero anterior y al procurador general de la República para que en la búsqueda de la solución del problema materia de este acuerdo, se privilegie el diálogo y los acuerdos que permitan el impulso a la productividad y rentabilidad en las actividades del campo, procediendo en consecuencia al cese inmediato de todas las gestiones relacionadas con denuncias o querellas en contra de usuarios de energía eléctrica que se han manifestado en contra de la aplicación de las tarifas de energía eléctrica en la entidad o de los cortes de la propia energía. Lo anterior incluye las órdenes de aprehensión y de presentación, pues ambas son medidas de intimidación que interfieren con el diálogo y la concertación.

Séptimo.- Exhortar al titular del Poder Ejecutivo y a las dependencias y entidades que se mencionan en estos puntos de acuerdo para que den debido, cabal y oportuno cumplimiento a la Ley de Energía para el Campo, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 30 de diciembre de 2002.

Octavo.- Que las dependencias y entidades que se mencionan en el punto primero de este acuerdo informen a esta Cámara de Diputados sobre las propuestas de las Legislaturas estatales y de la H. Cámara de Diputados, relacionadas con la aplicación de las tarifas eléctricas, a partir de la publicación de la Ley de Energía para el Campo en el Diario Oficial de la Federación de 30 de diciembre de 2002, que incluya las gestiones, resoluciones y acuerdos que se hayan adoptado sobre este particular.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2004.--- Dip. Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica).»

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Gracias a usted, diputado Jorge de Jesús Castillo Cabrera.

Túrnese a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Energía.
PEMEX
El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Señoras y señores legisladores: a esta Presidencia ha llegado una petición de la Junta de Coordinación Política, a efecto de adelantar el turno de la proposición con punto de acuerdo para la interposición de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la celebración de contratos de servicios múltiples por parte de Petróleos Mexicanos, a cargo del señor diputado don Pablo Gómez Alvarez.

Luego entonces consulta la Secretaría a la Asamblea si se adelanta el turno que la Junta de Coordinación Política ha propuesto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

Por instrucciones, de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si se autoriza que se adelante el turno respectivo.

Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

Luego entonces tiene el uso de la palabra el señor diputado Pablo Gómez Alvarez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo para la interposición de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la celebración de contratos de servicios múltiples por parte de Petróleos Mexicanos.

El diputado Pablo Gómez Alvarez:

Agradezco a la Asamblea se haya obsequiado esta posibilidad que solicité, debido a que el punto estaba agendado en el número 60 de la orden del día y probablemente hubiéramos tenido que esperar a que se instalara la Comisión Permanente del Congreso para poderla presentar. Pero hay un plazo fatal, que es el 15 de abril, para que la Cámara presente, si acaso lo considera conveniente, la controversia.

Señor Presidente:

Le solicito que, habida cuenta que ha sido publicada la proposición con punto de acuerdo en la Gaceta del día de hoy, simplemente le dé curso a la Comisión de Puntos Constitucionales y la demos por conocida, y espero que la Comisión de Puntos Constitucionales dictamine a la brevedad esta proposición con punto de acuerdo para que la Cámara pueda tomar una decisión.

Muchas gracias.

«Proposición con punto de acuerdo, para la interposición de controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la celebración de contratos de servicios múltiples por parte de Petróleos Mexicanos, a cargo del diputado Pablo Gómez Alvarez, del grupo parlamentario del PRD

El suscrito diputado federal Pablo Gómez Alvarez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la Cámara de Diputados a la LIX Legislatura del Congreso de la Unión y con fundamento en los Artículos 23, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Que el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su párrafo cuarto estipula que: ``Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas; de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria; los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos; los yacimientos minerales u orgánicos de materias susceptibles de ser utilizadas como fertilizantes; los combustibles minerales sólidos; el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos; y el espacio situado sobre el territorio nacional, en la extensión y términos que fije el Derecho Internacional''.

Que el párrafo sexto del mismo artículo establece que: ``En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.''

Que los argumentos que dieron origen al párrafo sexto del Artículo 27 Constitucional en el Dictamen de comisiones (de la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 1º de Octubre de 1959) establecen que:

``En relación con el petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, que constituyen recursos importantísimos del subsuelo para la Nación Mexicana, la Comisión Considera que debe asentarse de una vez por todas de manera indiscutible en el artículo 27 constitucional, que no se otorgarán concesiones ni contratos ni subsistirán lo que hayan otorgado y que sólo la nación podrá llevar a efecto la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva; porque no obstante que ha sido manifiesto el propósito del Constituyente, a partir de la reforma de diciembre de 1939, el de substraer totalmente la explotación petrolera del régimen de concesiones o contratos, en ocasión de que fue expedida a fines del año anterior la ley reglamentaria respectiva, volvió a suscitarse un debate jurídico sobre la subsistencia de algunas concesiones o derechos de los particulares a la explotación del petróleo; por lo que, para evitar cualquiera controversia, es procedente la reforma que propone la Comisión en la parte resolutiva de este dictamen.''

La intención del Legislador fue y ha sido muy clara: se tenía que asentar expresamente en la Constitución que no se podrá permitir la explotación de hidrocarburos por medio de concesiones ni contratos. La prohibición de contratar se impone expresamente para el caso de la explotación.

Como la reforma liga íntimamente las prohibiciones de otorgar concesiones y contratos con el término explotación, para continuar con la interpretación de la reforma de 1960 es conveniente acudir a los significados en conjunto de los términos explotación y contratos.

La prohibición de celebrar contratos no puede entenderse literalmente, es decir, es absurdo que se prohibiera por la Constitución la celebración de cualquier contrato. Por ello, para comprender los alcances del artículo comentado, debemos atender a una interpretación que integre todo el artículo.

Si vinculamos la prohibición de contratar con la exclusividad en la explotación, se obtiene que lo prohibido sea el otorgamiento de contratos por los cuales los particulares participen de alguna manera en la explotación de hidrocarburos. Por lo que queda subsistente la capacidad del Estado (y por lo tanto de Petróleos Mexicanos) para otorgar cualquier contrato que no tenga dicha implicación.

De esta forma es sencillo explicar porque la Ley Reglamentaria después de prohibir expresamente en sus artículos 2º y 3º la participación de particulares en cualquier fase de la exploración, explotación, transporte, almacenamiento, etc., en su artículo 6º permite expresamente que Petróleos Mexicanos realice contratos.

Dichos artículos, a la letra dicen:

Artículo 2º.- Sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria petrolera en los términos del artículo siguiente.

En esta Ley se comprenden con la palabra petróleo a todos los hidrocarburos naturales a que se refiere el artículo 1º.

Artículo 3º.- La industria petrolera abarca:

I. ...

II. La exploración, la explotación, la elaboración y las ventas de primera mano del gas, así como el transporte y el almacenamiento indispensables y necesarios para interconectar su explotación y elaboración, y

III. ...

Artículo 6º.- Petróleos Mexicanos podrá celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere. Las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan, serán siempre en efectivo y en ningún caso concederán por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos, ni participación en los resultados de las explotaciones.

De una interpretación sistemática de las hipótesis normativas transcritas, se desprende que no existe un conflicto normativo por contradicción, entendiéndose por tal, la incompatibilidad entre las normas contenidas en la Constitución por existir dos situaciones que no pueden ser verdaderas al mismo tiempo. Así, en la formulación contenida en el Artículo 6º no es contradictoria de los artículos 2º y 3º, debido a que Petróleos Mexicanos puede celebrar los contratos que sean necesarios para la mejor realización de sus actividades, siempre y cuando éstos no impliquen que los contratistas realicen en forma directa la exploración, explotación, transporte, entre otros.

Lo anterior se sustenta si observamos la discusión que se suscitó en el Legislativo cuando la modificación del párrafo sexto del artículo 27 constitucional en 1960, momento en el cual se introduce la prohibición de otorgar contratos.

Durante el debate en la Cámara Revisora se realiza una exposición completa sobre la conveniencia o no de la palabra ``contratos'' en el texto del artículo 27, pero únicamente en cuanto se refiere a la explotación minera, nunca se pone en duda la prohibición de otorgar contratos en materia de explotación petrolera, incluso se reitera en varias ocasiones por legisladores de partidos diversos el acuerdo con el texto del dictamen antes trascrito.

Ahora bien, la prohibición de contratar no se refiere a cualquier tipo de contrato, sino exclusivamente a los que permiten la explotación directa de los hidrocarburos por particulares. Al respecto, el C. Diputado Enrique Sada Baigts, durante las discusiones desarrolladas en la Cámara de Diputados, fungiendo como cámara revisora para la reforma constitucional en comento, y atendiendo a la preocupación del sector minero en cuanto a la prohibición de celebrar contratos para la explotación de recursos del subsuelo manifestada por el C. Diputado Arturo Llorente González, expuso:

``Nos encontramos, al hacer el estudio de esta situación, con que en la práctica la Secretaría correspondiente celebra contratos especiales para explotar aquellos recursos naturales que han sido constituidos en reservas. Indudablemente que esa facultad no puede ni podrá coartarse al Poder Público, por que se trata especialmente de casos en que lo señala el mismo interés público.

Desde luego, tiene sobrada razón el compañero Arturo Llorente González, cuando afirma que si mencionamos la palabra ``contratos'', y los convertimos en un acto unilateral, sujetos a determinadas reglas, vendría a crearse una figura jurídica, que es en otras palabras la misma de la concesión.

[...] la Comisión no tiene inconveniente, en aras de la tranquilidad de ese sector minero tan importante en la riqueza nuestra, en retirar tanto del párrafo sexto y en su oportunidad del séptimo, el término ``contratos''. Pero en lo que sí la Comisión no aceptará jamás, es que se abra la puerta, para que cuando se hable del petróleo nacional, se pueda dejar a la discusión del Poder Público la celebración de contratos. La Comisión únicamente acepta repito que se retire el término ``contratos'', cuando se hable de la forma de explotación de los recursos naturales, pero de ninguna manera cuando se trate de la facultad del Poder Público, para explotar el petróleo y sus derivados.''

Sin duda la intención del constituyente de 1960 era acabar con el problema de los contratos riesgo; sin embargo, el sentido que dio a la reforma constitucional es mucho más amplio. El Diputado Baigts advierte que no se trata de prohibir la celebración de contratos como actos unilaterales, sujetos a determinadas reglas, equiparables como figura jurídica a una concesión; lo que se entiende porque sería ocioso prohibir con otro nombre lo que ya está prohibido.

Y para ello se aclara que la intención es cerrar las puertas para que la celebración de contratos en materia de explotación del petróleo y sus derivados pueda dejarse a la discusión del Poder Público. La prohibición es expresa, no podrán realizarse contratos bilaterales con los particulares que les permitan a éstos la explotación de hidrocarburos; el otorgamiento de contratos unilaterales ya está prohibido porque se equiparan a la concesión.

Por ello, puede afirmarse que la intención del constituyente permanente concuerda con la explicación sobre la naturaleza de los contratos que prohíben la Constitución y su Ley Reglamentaria que se ha manifestado con anterioridad.

Reflejando el espíritu de consenso con el que fue aprobada la reforma, el Diputado Llorente expresó:

Lo que ha ocurrido en realidad, no es una discrepancia. Yo partí de la base de solicitar a esta H. Asamblea, que aprobará la supresión del término del concepto ``contratos'' en el contenido total del párrafo. En consecuencia, es obvio suponer que si eliminé el concepto y el término de ``contratos'' en la primera parte de este párrafo debatido, con mayor razón lo elimino tratándose de la posibilidad de explotar el petróleo y los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos y gaseosos.

Lo que en realidad ocurre es que la comisión redactora del dictamen, según advierto de la reiterada lectura de la parte final de este párrafo, ha deseado dar mayor énfasis y mayor vehemencia a su expresión, consignando que en tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos y gaseosos, no se otorgarán concesiones ni contratos. Y con ese énfasis y con esa vehemencia de la comisión, no puedo estar en desacuerdo, sino por el contrario, me adhiero totalmente a la redacción, porque adhiriéndome a ella soy congruente con el pensamiento expuesto con anterioridad, más aún, cuando el petróleo, una básica riqueza nacional, debe ser explotado única y exclusivamente por el Estado mexicano.

Es importante mencionar que los términos en los que está redactada la Ley Reglamentaria (1958) no fueron modificados después de la reforma constitucional de 1960; por ello se argumenta que la prohibición de la constitución se refiere en estricto sentido a los contratos riesgo, toda vez que la Ley Reglamentaria se elaboró bajo el marco Constitucional de 1938, en la que si se permitía la contratación. Sin embargo debemos considerar que en la Reforma Constitucional de 1958, de donde surge el texto del Artículo 6º de la Ley Reglamentaria, los argumentos del legislador fueron dirigidos a prohibir cualquier forma en la que pudiera otorgarse posibilidad de explotación de los hidrocarburos a los particulares.

En la reforma a la Ley Reglamentaria de 1958 la intención expresa del legislador se dirigió a sostener fundamentalmente tres premisas:

  • La explotación de los hidrocarburos es facultad exclusiva de la Nación: ... si por disposición constitucional han cesado las actividades productivas de los particulares y ha desaparecido el régimen de concesiones, no hay lugar para seguir concesionando los servicios de refinación, transporte, almacenamiento, distribución y elaboración de gas, toda vez que el único que requerirá de los mismos y que originalmente está obligado a prestarlos a la colectividad, es el Estado.*

  • La nación ha determinado la constitución de un organismo del Estado para tal propósito: La Nación ha adoptado, por lo tanto, como única forma de explotación del petróleo, el conducto de Petróleos Mexicanos, organismo descentralizado mediante el cual se han obtenido frutos ventajosos.*

  • El alcance que debe tener la participación de los particulares en las actividades del estado en cuanto a la explotación de hidrocarburos debe limitarse al desarrollo de trabajos técnicos especializados, sin que éstos puedan participar por ningún concepto en actividades directas de explotación, y sin que participen de utilidades resultantes de dicha actividad: Dentro de ese campo de acción del Estado, la nueva ley reglamentaria que se propone da acceso a la iniciativa privada, señalando la forma en que los particulares pueden prestar una eficaz colaboración en el aprovechamiento colectivo del petróleo nacional, en la medida en que constitucionalmente pueden tener intervención en las actividades de la industria petrolera. Para este efecto, podrán celebrar contratos con Petróleos Mexicanos, mediante los cuales desarrollen en favor de la Nación obras, trabajos o servicios, de índole material o de carácter técnico, recibiendo a cambio compensaciones determinadas en efectivo, sin que los particulares puedan participar en las utilidades de la institución ni obtener participaciones subor- dinadas al resultado de los trabajos o servicios que se les encomienden.*

    Que el petróleo y sus derivados son propiedad exclusiva de la Nación y que la expropiación de la industria petrolera fue el resultado de la lucha del pueblo mexicano por su soberanía e independencia.

    Que la industria petrolera nacionalizada representa el sentimiento arraigado del nacionalismo mexicano.

    Que la suscripción y ejecución de los Contratos de Servicios Múltiples se traduce en un ilícito Constitucional y legal, pues por una parte se infringen los artículos 25 y 28 de la Ley Fundamental, y por la otra, el contenido material de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo Petrolero, en razón de que el sector público ya no tendría a su argo, de manera directa, las dos áreas estratégicas asignadas, como son, en primer lugar, el petróleo, y todos los demás hidrocarburos, y en segundo lugar, los hidrocarburos naturales que las leyes mexicanas denominan ``petroquímicos básicos''.

    De igual manera se violaría la letra de los artículos 27 y 28 de la Constitución, porque se estarían otorgando contratos para explotar hidrocarburos (gas natural, líquido, condensado y crudo). Otorgar a empresas privadas exclusividad en una zona específica para desarrollar actividades petroleras a cambio de un ingreso garantizado para el Estado, es decir de una especie de regalía, equivale a otorgar una concesión.

    El artículo 2 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, porque ya no se cumpliría que sólo la nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos que constituyen la industria petrolera. Mediante los Contratos de Servicios Múltiples el sector privado estaría explorando y explotando gas natural (metano) y petroquímicos básicos (metano, etano, propano, butano, pentano, hexano, y heptano). Así mismo estaría realizando el transporte y el almacenamiento indispensables y necesarios para interconectar su explotación y elaboración.

    El artículo 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, porque la nación estaría llevando a acabo la exploración y explotación de hidrocarburos en sus actividades esenciales, a través de un organismo distinto a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios.

    El artículo 6 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, porque el contratista estaría teniendo una participación en los resultados de las explotaciones.

    Por otro lado es importante mencionar que los Contratos de Servicios Múltiples no son contratos de servicios. Son contratos de riesgo. Petróleos Mexicanos los disfraza para que la sociedad mexicana no se de cuenta de lo que significan y los acepte sin condición alguna.

    Que dentro de los textos de los Contratos de Servicios Múltiples encontramos el significado de ``hidrocarburos'' significa componentes de carbono e hidrógeno, incluyendo los elementos asociados que ocurren naturalmente, bien sea en la superficie terrestre o subterránea, en cualquier condición física.

    Que a través de los Contratos de Servicios Múltiples, las obras a contratar se agrupan en tres categorías: Desarrollo, Infraestructura y Mantenimiento.

    Encontrando que dentro de las obras de Desarrollo se incluye la realización de trabajos de sísmica, construcción de caminos de acceso, perforación y reparación de pozos, y construcción de líneas de recolección.

    En las Obras de infraestructura se incluye la construcción e instalación de compresores, equipo de medición, gasoductos, plantas y equipos para el acondicionamiento del gas y control de puntos de condensación.

    En las obras de mantenimiento, se consideran todas las actividades correspondientes relacionadas con los pozos, las instalaciones superficiales y los ductos.

    Si bien es cierto que estas obras y servicios siempre las ha contratado Petróleos Mexicanos en forma separada, también es cierto que dentro del texto de los Contratos de Servicios Múltiples, encontramos diversas situaciones que a continuación describimos para un mejor entendimiento:

    Las actividades de exploración, perforación, extracción y conducción que se realizan mediante los Contratos de Servicios Múltiples derivan en actividades de explotación; situación que a todas luces es contraria a la Constitución.

    Entendiendo por exploración el conjunto de tareas de campo y oficina cuyo objetivo consiste en descubrir nuevos depósitos de hidrocarburos o nuevas extensiones de los existentes.

    A lo largo del clausulado se advierte que el contratista realiza en sí las actividades reservadas y no únicamente la preparación de infraestructura en beneficio de Petróleos Mexicanos, como a continuación se demuestra:

    a) Exploración: La cláusula 9.1 (a) (i) (A) y (B) dispone que las Obras de Desarrollo que realizará el contratista consisten en servicios geológicos y geofísicos que incluyen la adquisición, procesamiento e interpretación de datos geofísicos y la elaboración de modelos geológicos; las cláusulas 10.6, establece que los contratistas podrán realizar trabajos de prospección sísmica, métodos que sirven para la localización de yacimientos, y la cláusula 10.12 establece que el programa anual de trabajo deberá contener, entre otras cosas, la Localización perforable, profundidad anticipada y tipo de pozos a ser perforados, etc.

    Todas las actividades anteriores se refieren a la exploración que generalmente se requiere para la explotación de pozos.

    b) Explotación: Dentro de las actividades de explotación que realiza Petróleos Mexicanos se encuentran la perforación y la extracción. Pues bien, en una gran variedad de cláusulas del modelo de Contratos de Servicios Múltiples, fundamentalmente en la 9.1 (a) (iii) (c), 9.2 y 9.3 se establece como actividad del contratista la perforación de pozos, así como la estimulación de los mismos. Cabe mencionar que el glosario de términos del propio modelo de Contratos de Servicios Múltiples establece los siguientes significados para ambas figuras:

    ``Perforación'' significa todos los servicios relativos a la perforación o profundización de un pozo, incluyendo los registros, testigos y pruebas del pozo.

    ``Estimulación'' significa una operación diseñada para incrementar la producción de un intervalo, arena, formación o Yacimiento, por medio de la inyección de ácido clorhídrico, propano o cualquier otro material.

    Por lo antes expuesto, puede concluirse que por estos contratos los particulares podrían realizar actividades propias de la explotación de yacimientos de gas.

    c) Transporte de primera mano: En cuanto a este punto, el modelo de los Contratos de Servicios Múltiples no es claro, toda vez que dentro de la cláusula 13.1 se establece: ``PEP tiene el derecho exclusivo de disponer de todo el gas y los Condensados producidos dentro del Area de Trabajo. El punto o puntos de comercialización donde PEP vende y transfiere a PGPB el gas y los Condensados serán los Puntos de Entrega. El punto o puntos donde PEP recibe del Contratista el gas y los Condensados producidos en el Área de Trabajo serán los Puntos de Transferencia, los cuales serán definidos por PEP a lo largo del Plazo''.

    Si a lo anterior añadimos, que en la cláusula 13.2 se habla del control de calidad que deberá pasar el gas transportado por el contratista en el Punto de Entrega (reiterando que se refiere expresamente a la calidad del gas no al volumen de transporte), puede inferirse que el contratista se obliga a proporcionar un cierto nivel de calidad sólo cuando él produce ese gas, por lo que se estaría en presencia de otra de las actividades citadas por el artículo 3º de la Ley de referencia.

    Por lo expuesto anteriormente, es notorio que los Contratos de Servicios Múltiples son instrumentos que violentan el sentido del párrafo sexto del artículo 27 constitucional, pues permite a los particulares realizar actividades propias de la explotación de hidrocarburos, mismas que están expresamente reservadas al Estado Mexicano, por medio del Organismo Público denominado Petróleos Mexicanos.

    Por otra parte, llama la atención el contenido de la cláusula 9.2 (b), en cuya última parte expone que para los fines de preservar la integridad del Contrato, Petróleos Mexicanos PEMEX Exploración y Producción (PEP) no reemplazará o duplicará las obras contratadas en virtud del Contrato. Lo anterior implica un derecho de exclusividad territorial del contratista que excluye a Petróleos Mexicanos de la posibilidad de realizar las tareas que ha contratado. Es decir, en tal caso el contratista estaría sustituyendo al Organismo Público en su obligación constitucional de llevar a cabo la explotación de los productos consagrados en la Constitución y en la Ley Reglamentaria.

    La Norma Fundamental utiliza la palabra ``explotación'' en un sentido amplio, por lo que la Ley reglamentaria del Artículo 27 Constitucional desarrolla los alcances del término en su propio artículo 3º, habilitado para ello el artículo 2º al exponer:

    Artículo 2º.- Sólo la Nación podrá llevar a cabo las distintas explotaciones de los hidrocarburos, que constituyen la industria petrolera en los términos del artículo siguiente.

    En esta Ley se comprende con la palabra petróleo a todos los hidrocarburos naturales a que se refiere el Artículo 1º.

    Según el artículo anterior, las ``distintas explotaciones'' constituyen lo que debe entenderse como ``la industria petrolera''. Así, cuando el artículo tercero habla de dicha industria, desarrolla con amplitud lo que la Constitución expresa cuando habla de ``explotación'':

    Artículo 3o.- La industria petrolera abarca:

    I. La exploración, la explotación, la refinación, el transporte, el almacenamiento, la distribución y las ventas de primera mano del petróleo y los productos que se obtengan de su refinación;

    II.- La exploración, la explotación, la elaboración y las ventas de primera mano del gas, así como el transporte y el almacenamiento indispensables y necesarios para interconectar su explotación y elaboración, y

    Considerando que el gas natural es una mezcla de diversos hidrocarburos gaseosos los cuales encontramos en el subsuelo (primordialmente metano, etano, propano y butano entre otros, y que dichos elementos se encuentran descritos en la fracción III del artículo 3º de la Ley Reglamentaria, el texto del párrafo sexto del artículo 27 Constitucional es muy claro al dictar que en dicha materia no podrán otorgarse concesiones ni contratos que impliquen permitir a particulares cualquier forma de explotación de los recursos descritos.

    Por último, el artículo 4º de la Ley citada establece que la explotación de petrolíferos en manos del Estado será desa-rrollada por Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, con lo que origina, al tiempo de una facultad exclusiva, una obligación del estado a la cual no puede renunciar y para la cual no puede ser sustituido.

    Como complemento de la exposición anterior, cabe citar fragmentos de una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que colabora en la aclaración del término explotación:

    Petróleo. Los aspectos que comprende y que sólo pueden ser gravados por la Federación, son los contenidos en el artículo 3o., de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73, fracciones X y XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, son atribuciones exclusivas del Congreso de la Unión legislar en materia de hidrocarburos e imponer contribuciones sobre aprovechamiento y explotación de los recursos naturales comprendidos en los párrafos 4o. y 5o. del artículo 27 constitucional, entre los que se encuentran el petróleo y todos los carburos de hidrógeno [...] únicamente el Gobierno Federal puede dictar las disposiciones técnicas o reglamentarias que la rijan, y establecer los impuestos que graven cualquiera de sus aspectos. De lo que se sigue que las legislaturas de los Estados están impedidos constitucionalmente para gravar los aspectos que comprende la industria petrolera, esto es, no podrán imponer contribución alguna sobre: [...] II.- La elaboración, el almacenamiento, el transporte, la distribución y las ventas de primera mano del gas artificial. [...] aspectos que de conformidad con el artículo 3o. de la Ley Reglamentaria en cita son los que abarca la industria petrolera.

    Esta tesis reconoce la exclusividad del Congreso Federal para imponer contribuciones sobre aprovechamiento y explotación de hidrocarburos, y con relación a esa facultad exclusiva es que prohíbe a las entidades federativas a imponer contribuciones sobre las actividades que establece el artículo 3º de la Ley Reglamentaria, entre las que se encuentra la elaboración, el almacenamiento, el transporte, la distribución y las ventas de primera mano del gas artificial. Si a ello añadimos que el congreso general dispuso en la Ley de Ingresos federal para el ejercicio 2002 contribuciones sobre la extracción de petróleo, además de aquellas dirigidas a los rendimientos petroleros y sus excedentes, es obvio inferir que la Suprema Corte reconoce que la facultad de imponer contribuciones sobre la explotación abarca también, cuando menos, a la extracción. Además, el propio Congreso General reconoce esta generalidad del término explotación, puesto que impuso las contribuciones a la extracción con fundamento en la fracción XXIX del artículo 73 que sólo habla de aprovechamiento y explotación.

    Ahora bien, por ``Múltiples'', debemos entender que se refieren a todas las actividades que se realizan en el proceso de extracción. Ahora, con los contratos de servicios múltiples será una empresa la que realice todas esas actividades y en este sentido es grave porque el Organismo Público pierde el control de todo lo que se haga al interior de ese bloque que se va a licitar en el sector de gas no asociado.

    Pero como las propias autoridades lo han mencionado, estos contratos no solamente están diseñados para la extracción de gas no asociado -como ahora son Cuenca de Burgos, etc.- sino que se van a ir dando posteriormente en petróleo y esto es un paso más allá en el proceso de privatización, porque entra al corazón de donde está la renta petrolera, que es en la extracción.

    Debemos tener claro que para Petróleos Mexicanos, los Contratos de Servicios Múltiples son simples contratos, y ahora en lugar de muchos sólo existirá uno. Pero también debemos tener claro que el contratismo es una actividad lucrativa de la industria privada. Pero, el asunto no es tan simple. En el caso de las industrias eléctrica y petrolera, la Constitución del país es muy clara: NO se otorgarán concesiones ni contratos. Esa disposición es aplicable al presente caso, porque el gas no asociado es un hidrocarburo a los que se refiere la Constitución y, su explotación y aprovechamiento, es parte del proceso de trabajo petrolero que corresponde realizar a Petróleos Mexicanos, de manera exclusiva, según lo indica la Constitución.

    Con la implantación de los Contratos de Servicios Múltiples se ha avanzado considerablemente en la indebida privatización de la petroquímica. Se trata de una privatización velada, silenciosa e inconstitucional.

    En virtud de lo anterior, considero que estamos en presencia de contratos, a través de los cuales Petróleos Mexicanos cederá al contratista la exploración, la prospección de zonas perforables, la perforación, la extracción, la conducción y la producción de gas natural, como actividades que realizará sustituyendo al organismo público y recibiendo un pago en montos diferidos que generan intereses y que, en algunas ocasiones, dependen de los niveles de producción a manera de regalías,poniendo en entredicho el beneficio económico que finalmente recibiría Petróleos Mexicanos y la propia Nación de este tipo de explotación de los hidrocarburos.

    Es evidente que, de generalizarse este tipo de contratos, las empresas públicas de energía transformarían su naturaleza industrial en simples administradoras de contratos, con las implicaciones tecnológicas y profesionales que sobrevendrían en el futuro.

    Es por esto que, nuestra fracción propone impugnar el acto administrativo que otorgaría eventualmente dichos contratos, para impedir por los medios necesarios la virtual privatización, así sea parcial, de las actividades de explotación de los hidrocarburos mexicanos. Para ello, la vía de impugnación jurídica idónea debe dar origen al análisis de la constitucionalidad del propio contrato que se pretende adjudicar mediante el concurso, la suscripción de los contratos, el que deberá ser siempre lícito y de posible realización o de lo contrario el procedimiento completo deberá ser inválido. La vía óptima es, entonces, la interposición de una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    La Controversia representa un instrumento de control amplio de la constitucionalidad de los actos del poder público de muy diversa índole. En efecto, el artículo 105 constitucional, en su fracción I, establece la facultad de la Suprema Corte para resolver las controversias constitucionales que se susciten entre dos Poderes de la Federación, sobre la constitucionalidad de sus actos o disposiciones generales. En este sentido, el Legislativo Federal estará facultado para interponer el recurso en contra del acto del Ejecutivo Federal que origina el contrato, pues dicho acto se estima inconstitucional.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a consideración y aprobación del pleno de esta honorable Cámara de Diputados el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- La Honorable Cámara de Diputados aprueba interponer Controversia Constitucional contra el Poder Ejecutivo Federal por la suscripción de los Contratos de Servicios Múltiples.

    Segundo.- El pleno de la Cámara de Diputados instruye al Presidente de la Mesa Directiva para que en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos interponga ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la Controversia Constitucional en contra de la suscripción de los Contratos de Servicios Múltiples, por ser violatorios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día primero de abril de dos mil cuatro.--- Dip. Pablo Gómez Alvarez (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    A usted, diputado Gómez.

    Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, habida cuenta que está publicado, como usted ya lo informó, en la Gaceta Parlamentaria y túrnese a la Comisión de Puntos Constitucionales.
    MIGRANTES
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene el uso de la palabra el señor diputado Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar una proposición con punto de acuerdo para hacer un atento exhorto a las Secretarías de la Función Pública y de Comunicaciones y Transportes y a la Procuraduría General de la República, a efecto de que en el ámbito de su competencia investiguen al Servicio Postal Mexicano por el presunto robo de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América a migrantes mexicanos por concepto de pensión y devolución de impuestos.

    El diputado Ramón Galindo Noriega:

    Ver a un mexicano migrar hacia otras tierras para conseguir el sustento familiar es algo que lastima a todos, pero verlo regresar para darse cuenta de que el producto de su esfuerzo enviado a su familia a través del Servicio Postal Mexicano nunca llegó, porque fue robado, eso es verdaderamente vergonzoso.

    Hace algunas semanas ante diversas denuncias y hechos contundentes en cuanto a la sustracción de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, vía Sepomex, por concepto de pensión o devolución de impuestos, decidí presentar este punto de acuerdo para solicitar a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de la Función Pública una investigación a fondo sobre este asunto.

    Como antecedentes ofrecí cifras del Consulado de Estados Unidos, en Juárez, en las que se establece que durante el 2002 fueron robados alrededor de 2000 cheques del Seguro Social americano, cuya cantidad oscila entre 400 y 600 dólares cada uno, dando un total aproximado de 6 millones de dólares.

    Dado que en México radican más de 66 mil beneficiarios del Seguro Social estadounidense, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos se vio obligado a buscar un convenio bancario para hacer la entrega de los recursos, ¡ante la poca confianza que se tiene en el correo público mexicano!

    Al mismo tiempo, solicité informes tanto a la SCT como a la Secretaría de la Función Pública sobre el asunto, dependencias que me hicieron llegar oficios al respecto, donde en primer lugar establecen que efectivamente existe un seguimiento por parte de las autoridades en este caso, aunque nada comparado con la gravedad que esos mismos datos dan a conocer en cuanto a lo grande que resulta la red delictiva involucrada.

    Sepomex aclaró que fueron 10 mil 167 los cheques robados en el 2002 y que en consecuencia nueve personas ajenas al organismo fueron detenidas, de las cuales seis bajo proceso. Además se comprometió a denunciar todas aquellas irregularidades que en materia postal ocurran ante las autoridades federales.

    Más alarmante resulta el oficio de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Función Pública, en el que establece que los robos se presentan desde 1998 y que sólo fue hasta el 2000 que se pidió la colaboración del Cisen, AFI y UEDO.

    Posteriormente, según informa, se detecta que la red de delincuencia organizada incluye a trabajadores de Sepomex, de la Policía Federal Preventiva, de la Policía Auxiliar de la Secretaría Pública del Distrito Federal, Aeropuertos y Servicios Auxiliares, Aeromexpress, servicios de apoyo en tierra, así como de líneas aéreas, seguridad privada y empleados de casas de cambio.

    Además ocho personas fueron detenidas conforme a la averiguación y se proyecta la participación del Sistema de Administración Tributaria y el establecimiento de otros mecanismos para la identificación de más funcionarios invo- lucrados.

    Evidentemente, amigos diputados, los informes recibidos hasta ahora son más preocupantes que la denuncia misma. Creo que nuestros connacionales e inclusive aquellos estadounidenses que reciben una prestación similar una vez que viven en México, vía Sepomex, tienen el derecho a saber con certeza que esos recursos estarán seguros y les llegarán a tiempo.

    Por todo lo anterior expuesto someto a la consideración el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero. Que se haga un atento pero urgente exhorto a los secretarios Pedro Cerisola, Eduardo Romero y Rafael Macedo de la Concha, para que a la brevedad posible amplíen e intensifiquen la investigación sobre el robo de cheques a migrantes en Sepomex que envía el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, por concepto de pensión o devolución de impuestos.

    Segundo. Se les fije un plazo prudente para enviarnos un informe sobre este asunto.

    Señor Presidente, solicito atentamente que se publique íntegramente este punto de acuerdo. Y a todos ustedes, amigos, les pido que le demos el trámite a este asunto como de urgente resolución por una razón. En este momento precisamente pueden estarse dando casos similares que afecten a los migrantes mexicanos y no puede esperar esta Cámara de Diputados para expresarse con energía, para que la investigación siga adelante y se amplíe hasta donde corresponda para sacar a la luz pública un hecho que nos llena a todos de vergüenza.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, para hacer un atento exhorto a las secretarias de la Función Publica, y de Comunicaciones y Transportes, y a la Procuraduría General de la Republica a efecto de que, en el ámbito de su competencia, investiguen el Servicio Postal Mexicano por el presunto robo de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América a migrantes mexicanos, por concepto de Pensión y Devolución de Impuestos, a cargo del diputado José Ramón Galindo Noriega, del grupo parlamentario del PAN

    El suscrito, en mi calidad de Diputado Federal integrante de la LIX Legislatura del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 58, 59, 60 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución para hacer un atento exhorto a la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y la Procuraduría General de la República, a efecto de que en el ámbito de su competencia, investiguen el Servicio Postal Mexicano por el presunto robo de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América a migrantes mexicanos, por concepto de pensión y devolución de impuestos, atendiendo a las siguientes

    Consideraciones

    Acudo a esta Honorable Soberanía a plantear un asunto importante y que no puede demorarse más. Tiene qué ver con aquellos trabajadores mexicanos que en algún momento formaron parte de la fuerza laboral permanente en Estados Unidos de América, y que por haber trabajado durante muchos años reciben hoy el pago de pensiones o la devolución de impuestos.

    Muchos de estos mexicanos se encuentran actualmente en nuestro país y reciben este tipo de beneficios a través de cheques que emite la Oficina de Seguridad Social de Estados Unidos de América, mismos que son entregados a sus destinatarios a través del Servicio Postal Mexicano, infortunadamente se han presentado algunos problemas en perjuicio de estas personas y que a continuación detallo:

    1. Según la Oficina de prensa del Consulado General de los Estados Unidos de América, en Ciudad Juárez, Chihuahua, mediante el boletín de prensa emitido el 25 de septiembre del año en curso, durante el 2002 fueron robados alrededor de 12,000 cheques emitidos por la Oficina de Seguridad Social de ese país y enviados vía el Servicio postal Mexicano, cuya cantidad oscila entre los 400 y 600 dólares cada uno.

    2. En dicho boletín de prensa se asegura que en México residen más de 66,000 beneficiarios del Seguro Social de los Estados Unidos de América, de los cuales 43,000 han sufrido un retraso en el envío de su dinero, lo anterior, por no contar con una tarjeta bancaria, que fue la solución que el Gobierno Estadounidense dio, ante la desconfianza que ha generado para funcionarios del Departamento del Tesoro la cantidad de robos al Servicio Postal Mexicano, cuestión que ha generado pérdidas multimillonarias para ese gobierno.

    3. Se presume que el personal del Servicio Postal Mexicano se encuentra involucrado o es cómplice de la sustracción de estos documentos, según diversas denuncias presentadas por nuestros paisanos.

    4. Sólo para ejemplificar, el 22 de agosto del 2003 la Policía Judicial del estado de Chihuahua capturó a un cartero que en complicidad con un particular, sustrajo 16 cheques cuyo monto ascendía a 8,000 dólares.

    Como mexicano, y consciente de las necesidades de los migrantes, manifiesto mi especial interés en que se investigue a fondo si efectivamente existe una red organizada para robar los cheques que expide el Departamento del Tesoro por instrucciones de la Oficina de Seguridad Social del Gobierno de Estados Unidos y envía a nuestros connacionales. El robo de estos cheques a nuestro paisanos que desde hace muchos años dejan sus hogares y familias para emigrar al vecino país donde trabajan de sol a sol, con la única ilusión de poder dar a sus seres queridos mejores condiciones de vida, es algo imperdonable, esto es una afrenta para todos los mexicanos. Pero aún más grave es la presunta participación en este ilícito, de servidores y empleados públicos, por lo que es necesario investigar urgentemente y castigar a quien resulte responsable.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente resolución:

    Primero. Que esta H. Cámara de Diputados haga un respetuoso exhorto a los titulares de la Secretaría de la Función Pública y de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a efecto de que, en el ámbito de su competencia, investiguen sobre el presunto robo de cheques emitidos por la Oficina de Seguridad Social de Estados Unidos de América enviados a través del Servicio Postal Mexicano, por concepto de pensión o devolución de impuestos.

    Segundo. Que esta H. Asamblea exhorte a la Secretaría de la Función Pública y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que una vez hechas las investigaciones a que alude el punto anterior, se desprendan posibles hechos constitutivos de un delito, presenten la denuncia correspondiente ante la Procuraduría General de la República o ante las autoridades ministeriales competentes.

    Palacio de Lázaro, a 1o. de abril de 2004.--- Dip. Ramón Galindo Noriega.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Insértese el texto íntegro en el Diario de los Debates, publíquese en la Gaceta Parlamentaria y en virtud de que está listado como de urgente y obvia resolución, consulte la Secretaría a la Asamblea si así se considera.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Se considera de urgente resolución.

    En consecuencia, está a discusión la proposición...

    No habiendo registro de oradores, consulte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse la proposición que nos ocupa.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si es de aprobarse la proposición con punto de acuerdo para hacer un atento exhorto a las secretarías de la Función Pública y de Comunicaciones y Transportes y a la Procuraduría General de la República, a efecto de que en el ámbito de su competencia investiguen al Servicio Postal Mexicano por el presunto robo de cheques enviados por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos de América, a migrantes mexicanos, por concepto de pensión y devolución de impuestos.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Aprobada. Comuníquese.


    REINO DE ESPAÑA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    En el uso de la palabra el señor diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo para exhortar al pleno de la Cámara de Diputados a honrar la memoria de las víctimas de los atentados de Madrid y de la invasión a Irak, así como a exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal para que se adopte una política exterior activa, que contribuya al fin de la ocupación norteamericana y evite las guerras en el mundo.

    El diputado Víctor Suárez Carrera:

    Muchas gracias.

    Con su permiso, señor Presidente; compañeras legisladoras; compañeros diputados:

    El pasado 20 de marzo se cumplió un año de la invasión y ocupación del ejército estadounidense y sus aliados contra Irak. Dicha invasión se llevó a cabo violando flagrantemente el derecho internacional con la oposición explícita del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas y el rechazo de la comunidad mundial.

    Esta intervención unilateral representó uno de los acontecimientos más negros en la situación política internacional de las últimas décadas, el gobierno del Presidente George Bush emprendió una nueva invasión en forma ilegal e injusta contra un país soberano, Miembro de la Comunidad Internacional en el marco de una nueva estrategia de seguridad preventiva y de unilateralismo neoimperial. Para ello utilizó como pretexto la existencia de armas de destrucción masiva en manos de la dictadura de Sadam Hussein y los supuestos vínculos entre dicho régimen y el grupo terrorista de Al Qaeda.

    Sin disponer de información creíble al respecto, el Gobierno del Presidente Bush y sus aliados emprendieron una campaña de mentiras y manipulación de proporciones globales con la complicidad de los grandes consorcios de comunicación masiva para engañar a sus pueblos, a sus congresos y a la opinión pública. La invasión norteamericana en realidad buscaba el control del petróleo iraquí, fortalecer a su aliado israelí frente al problema palestino árabe, así como a implantar su dominio político y militar directo en el corazón de una de las regiones más estratégicas en el actual consenso de disputa por la hegemonía mundial debilitando de paso la influencia en dicha región de la Unión Europea y de Rusia.

    La guerra de Irak ha significado la muerte de aproximadamente 10 mil civiles iraquíes, ha destruido la economía de un país y buena parte de su patrimonio cultural y ha impuesto el control de las reservas y las exportaciones petroleras en manos de Estados Unidos.

    Irak se encuentra en una inestabilidad política en resistencia creciente y violenta contra las tropas invasoras y la población civil sufriendo en forma brutal las consecuencias de una dictadura sangrienta a la par de una ocupación no menos ofensiva.

    El mundo no es más seguro ahora, al contrario, la doctrina de Bush de guerra preventiva y de unilateralismo estadounidense han contribuido a empeorar la estabilidad mundial creando nuevos obstáculos para alcanzar los acuerdos políticos necesarios en muchas regiones del mundo. Con estos acontecimientos, el terrorismo, la carrera armamentista, la proliferación de armas nucleares han recibido un nuevo impulso, los atentados en Madrid del pasado 11 de marzo constituyen una terrible constatación de ello.

    Esta Cámara de Diputados debería guardar un minuto de silencio en homenaje a las víctimas españolas del terrorismo, así como también debería hacerlo por las víctimas iraquíes de la guerra, debemos reconocer que el Gobierno mexicano actuó correctamente para oponerse a la invasión estadounidense en Irak, no importa que lo hiciera bajo la presión de la opinión pública y de las fuerzas políticas del país, después de ello, sin embargo, el Gobierno del Presidente Fox ha adoptado una posición de culpa de su misión extrema a la política de Bush y de completa pasividad y complacencia respecto a la permanencia de las tropas de ocupación en Irak y frente a la continua violación de los derechos humanos y de la población, así como violación del derecho internacional.

    Por ello, la política exterior de México debería proponerse una estrategia para lograr el combate al terrorismo que sea llevado a cabo mediante acuerdos multilaterales alcanzados a partir de la discusión serena, desinteresada, crítica y profesional de las opciones disponibles.

    Por todo lo anterior, me permito poner a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo y de urgente y obvia resolución.

    Primera. Se propone a esta soberanía expresar su pesar y solidaridad por las víctimas de los atentados terroristas de Madrid, del 11 de marzo pasado, guardando un minuto de silencio y, al mismo tiempo, hacerlo también por las víctimas iraquíes de la invasión norteamericana.

    Segunda. Apoyamos las enérgicas manifestaciones en contra de la invasión norteamericana en Irak expresadas por la sociedad civil en todos los países del mundo.

    Tercera. La Cámara de Diputados expresa su condena a la invasión estadounidense en Irak y exhorta al Gobierno de dicho país que para que proceda al restablecimiento de la legalidad internacional, desocupe Irak, permita a ese pueblo ejercer su inalienable derecho a la autodeterminación y se abstenga de nuevas agresiones en el mundo. Y último,

    Cuarta. Se exhorta al Ejecutivo Federal para que emprenda una política exterior activa a favor del retiro de todas las fuerzas extranjeras de Irak y proponga nuevas fórmulas de combate al terrorismo basadas en acuerdos multilaterales en el marco de una reforma democrática de la Organización de las Naciones Unidas.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al pleno de la Cámara de Diputados a honrar la memoria de las victimas de los atentados de Madrid y de la Invasión de Irak, así como exhortar al Titular del Ejecutivo Federal a que se adopte una Política Exterior activa que contribuya al fin de la ocupación Norteamericana y evite las guerras en el mundo, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD

    El que suscribe, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con basé en los artículos 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

    Consideraciones

    Primera.- El pasado 20 de marzo se cumplió un año de la invasión y ocupación del ejército estadounidense y sus aliados contra Irak. Dicha invasión se llevó a cabo violando flagrantemente el derecho internacional, con la oposición explícita del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas y el rechazo de la comunidad mundial. Esta intervención unilateral representó uno de los acontecimientos más negros en la situación política internacional de las últimas décadas.

    Segunda.- El gobierno del presidente George W. Bush emprendió una nueva invasión en forma ilegal e injusta contra un país soberano; miembro de la comunidad internacional, en el marco de una nueva estrategia de seguridad ``preventiva'' y de unilateralismo neoimperial. Para ello utilizó como pretexto la existencia de armas de destrucción masiva en manos de la dictadura de Sadam Hussein y los supuestos vínculos entre dicho régimen y el grupo terrorista Al Qaeda. Sin disponer de información creíble al respecto, el gobierno del presidente Bush y sus aliados emprendieron una campaña de mentiras y manipulación de proporciones globales, con la complicidad de los grandes consorcios de comunicación masiva, para engañar a sus pueblos, a sus Congresos y a la opinión pública. Los autonombrados paladines de la democracia y los que invaden otros países para derribar una dictadura e imponer la ``democracia'', recurrieron sin rubor a prácticas típicas de gobiernos dictatoriales y fascistas.

    Tercera.- La invasión norteamericana, en realidad, buscaba el control del petróleo iraquí, fortalecer a su aliado israelí frente al problema palestino y árabe, así como implantar su dominio político y militar directo en el corazón de una de las regiones más estratégicas en el actual proceso de disputa por la hegemonía mundial, debilitando de paso la influencia en dicha región de la Unión Europea y de Rusia.

    Cuarta.- La guerra de Irak ha significado la muerte de aproximadamente diez mil civiles iraquíes, ha destruido la economía de un país y buena parte de su patrimonio cultural y ha impuesto el control de las reservas y exportaciones petroleras en manos de Estados Unidos. Irak se encuentra bajo una profunda inestabilidad política, en resistencia creciente y violenta contra las tropas invasoras y la población civil sufriendo en forma brutal las consecuencias de una dictadura sangrienta y de una ocupación no menos opresiva.

    Quinta.- El mundo no es más seguro ahora; al contrario. La doctrina Bush de ``guerra preventiva'' y el unilateralismo estadounidense han contribuido a empeorar la estabilidad mundial, creando nuevos obstáculos para alcanzar los acuerdos políticos necesarios en muchas regiones del mundo. Con estos acontecimientos, el terrorismo, la carrera armamentista y la proliferación de armas nucleares han recibido un nuevo impulso. Los atentados en Madrid del pasado 11 de marzo constituyen una terrible constatación de ello. Más de 200 inocentes españoles, la mayoría hombres y mujeres trabajadores y un buen número de inmigrantes, fueron asesinados por grupos terroristas de matriz islámica, en el contexto de una espiral de terror auspiciada por el unilateralismo neoimperial de Estados Unidos y sus aliados.

    Sexta.- Esta Cámara de Diputados debería guardar un minuto de silencio en homenaje a las víctimas españolas del terrorismo, como también debería hacerlo por las víctimas iraquíes de la guerra.

    Séptima.- Debemos reconocer que el gobierno mexicano actuó correctamente para oponerse a la invasión norteamericana en Irak; no importa que lo hiciera bajo la presión de la opinión pública y de las fuerzas políticas del país y en contra de las cúpulas empresariales. Después de ello, sin embargo, el gobierno del presidente Fox ha adoptado una posición de culpa, de sumisión extrema a la política de Bush y de la oligarquía texana y de completa pasividad y complacencia respecto a la permanencia de las tropas de ocupación en Irak y frente a la continua violación de los derechos humanos de la población iraquí y del derecho internacional. México, como lo sugiere Adolfo Aguilar Zinzer, ex representante mexicano en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ``debiera ahora hacer sentir su voz y su presencia en Naciones Unidas, incluso su cercanía y capacidad de diálogo con Estados Unidos, para proponer una revisión de fondo de la estrategia internacional de lucha contra el terrorismo. La política exterior de México debiera proponerse una estrategia para lograr que el combate al terrorismo sea llevado a cabo mediante acuerdos multilaterales alcanzados a partir de una discusión serena, desinteresada, crítica y profesional de las opciones disponibles. Sobre todo, la voz de México debe escucharse en contra de las acciones unilaterales de fuerza que no hacen más que hacer del mundo un lugar cada vez más propicio y vulnerable al terrorismo''.

    Octava.- El pasado 20 de marzo, cientos de miles de ciudadanos del mundo se manifestaron en innumerables ciudades, incluyendo la Ciudad de México, clamando por la verdad, por el fin de la ocupación norteamericana en Irak, por la paz y un mundo sin guerras. Esta H. Cámara de Diputados no puede permanecer al margen de este clamor mundial. Nosotros podemos y debemos decir también ``No a la guerra''.

    Por todo lo anterior, el que suscribe, diputado federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con base en los artículos 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución:

    Primera.- Se propone a esta soberanía expresar su pesar y solidaridad por las víctimas de los atentados terroristas de Madrid del 11 de marzo pasado guardando un minuto de silencio y al mismo tiempo hacerlo también por las víctimas iraquíes de la invasión norteamericana.

    Segunda.- Apoyamos las enérgicas manifestaciones de condena contra la intervención extranjera en Irak, expresadas en prácticamente todos los países del mundo. Dichos actos han sido una gran demostración del vigor, extensión y diversidad del movimiento pacifista en el mundo.

    Tercera.- La Cámara de Diputados expresa su condena a la invasión estadounidense de Irak y exhorta al gobierno de dicho país para que proceda al restablecimiento de la legalidad internacional, desocupe Irak, permita a ese pueblo ejercer su inalienable derecho a la autodeterminación y se abstenga de nuevas agresiones en el mundo.

    Cuarto.- Se exhorta al Ejecutivo Federal a que emprenda una política exterior activa en favor del retiro de todas las fuerzas extranjeras de Irak y proponga nuevas fórmulas de combate al terrorismo basadas en acuerdos multilaterales, en el marco de una reforma democrática de la Organización de las Naciones Unidas.

    Palacio Legislativo.--- San Láraro, a 1o. de abril de 2004.--- Dip. Víctor Suárez Carrera (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera el punto de acuerdo de urgente y obvia resolución.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Señor Presidente, no hay mayoría.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    No se considera de urgente y obvia resolución.

    Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores.

    El diputado Víctor Suárez Carrera (desde su curul):

    Señor Presidente, pido que se haga a una votación nominal para verificar el voto. Fue clara la mayoría afirmativa, por lo que pido que se haga la votación nominal.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    ¿Quiénes lo respaldan, señor diputado?..

    Abrase el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para obsequiar la petición del señor diputado iniciante.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    Abrase el sistema electrónico de conformidad con el artículo 161 del Reglamento del Congreso de la Unión. Háganse los avisos respectivos. Por cinco minutos.

    (Votación.)

    Ciérrese el sistema electrónico, por favor.

    De viva voz:

    El diputado Francisco Rojas (desde su curul):

    En contra

    El diputado Juan Antonio Gordillo Reyes (desde su curul):

    En contra

    El diputado Francisco Herrera (desde su curul):

    En contra

    El diputado Fermín Trujillo (desde su curul):

    En contra

    El diputado José María Ramón (desde su curul):

    En contra

    El diputado Francisco Rodríguez Ochoa (desde su curul):

    En contra.

    La diputada González Salas (desde su curul):

    Sí, a favor.

    El diputado Ortiz Pinchetti (desde su curul):

    A favor.

    El diputado Hernández García (desde su curul):

    En contra.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    Señor Presidente, a favor: 97, en contra 272 y abstenciones 10.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Esta Presidencia ratifica el turno a la Comisión de Relaciones Exteriores.


    LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    En el uso de la palabra el señor diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia, para presentar una proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Auditoría Superior de la Federación aplique una auditoría técnica y de desempeño a la investigación desa-rrollada por la Fiscalía Especial de la Procuraduría General de la República en el caso Colosio.

    El diputado Luis Maldonado Venegas:

    Con su permiso, señor Presidente:

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Usted lo tiene, señor diputado.

    El diputado Luis Maldonado Venegas:

    «El pasado 23 de marzo, al conmemorar el décimo aniversario luctuoso de Luis Donaldo Colosio Murrieta, la sociedad mexicana reiteró su demanda de justicia, ante el cobarde y artero crimen que hace una década impactó la vida política de México.

    Quizá la más importante reflexión que hoy podemos hacer es destacar la inconformidad de una sociedad agraviada por los resultados de una investigación penal que, desde el primer momento, anticipó conclusiones, cuando ni siquiera se habían iniciado y agotado las diversas líneas de investigación.

    Por todos son conocidas las investigaciones y conclusiones realizadas por la Subprocuraduría Especial de la Procuraduría General de la República para la investigación del homicidio de Colosio, un extenso y detallado informe que hoy continúa generando dudas en la sociedad, pues no ha logrado prevalecer la verdad histórica sobre la verdad jurídica.

    Vale la pena recordar desde esta tribuna al Presidente Vicente Fox que, en campaña, ofreció esclarecer lo que llamó un crimen de Estado, compromiso que hoy se contrapone con la posición asumida por las dependencias competentes de su gobierno, que han expresado su negativa a reabrir el expediente de una investigación errática en sus métodos y procedimientos.

    Y es que no basta honrar la memoria de Luis Donaldo Colosio con la develación de bustos de bronce, en los jardines de la Residencia Oficial de Los Pinos; se requieren acciones determinantes que contribuyan y esclarezcan su asesinato, por el bien de México y de las futuras generaciones de mexicanos.

    Para Convergencia, llegar al fondo de la investigación del homicidio de Colosio es el paso indispensable para forjar un México diferente, en el que no prevalezcan la impunidad y la violación sistemática de nuestro Estado de derecho.

    De ahí que, con fundamento en el artículo 79 de la constitución Política de los Estados y Unidos Mexicanos y con base en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, demandemos que se practique una auditoría técnica y de desempeño a la investigación desarrollada por la Fiscalía del Caso Colosio a través del órgano de fiscalización con que cuenta el Poder Legislativo.

    Asimismo, que en el ámbito de sus respectivas competencias, la Secretaría de la Función Pública y la Contraloría Interna de la Procuraduría General de la República practiquen en paralelo la auditoría de desempeño a la multicitada investigación.

    El resultado de las auditorías propuestas nos dará elementos suficientes para constatar que la investigación se haya ajustado estrictamente a la ley, así como determinar, con criterios técnicos, si los métodos y procedimientos aplicados por los subsecuentes fiscales del caso Colosio son los exigibles y pertinentes y, en caso contrario, nos proporcionará los elementos jurídicos indispensables para exigir la reapertura del caso.

    Con base en lo anteriormente expuesto, el grupo parlamentario de Convergencia propone el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Unico. Que esta soberanía, mediante la Auditoria Superior de la Federación, con la acción concurrente de la Secretaría de la Función Pública y la Contraloría de la PGR, en sus respectivos ámbitos de competencia, apliquen una auditoría técnica y de desempeño a la investigación desarrollada por la Fiscalía Especial el Caso Colosio y emitan el dictamen e informe procedentes.

    Palacio Legislativo, a 1o. de abril de 2004.--- Dip. Luis Maldonado Venegas (rúbrica).»

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Gracias, señor diputado Luis Maldonado Venegas.

    Túrnese a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
    ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    En el uso de la palabra el señor diputado don Raúl Pompa Victoria, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar una proposición con punto de acuerdo en relación a la instalación de plantas regasificadoras en Baja California.

    El diputado Raúl Pompa Victoria:

    Señor Presidente, con su permiso; integrantes de esta Cámara de Diputados:

    «Proposición con punto de acuerdo en relación con la instilación de plantas regasificadoras en Baja California.

    El que suscribe diputado federal Raúl Pompa Victoria, integrante de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión y del grupo parlamentario del PRI, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a este Pleno proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    Baja California es la entidad federativa que se encuentra en la parte más septentrional del territorio nacional, con características geográficas, estratégicas y económicas que la sitúan como una excelente opción para los negocios multinacionales.

    Además, en los litorales en ambos lados de su territorio, que es la parte norte de la Península que lleva el mismo nombre, cuentan, tanto en el Pacífico como en el golfo o mar de Cortés, con flora y fauna marinas únicas en el mundo.

    Uno de los atractivos de mayor fama mundial, entre muchas otras especies, es el tránsito de las ballenas, que en los meses de octubre y noviembre, viajan del Pacífico norte hacia la parte media de la península, por ser el lugar apropiado para reproducirse, siendo ahí la zona en donde las crías ven la primera luz.

    Así pues, en los meses de marzo y abril utilizan la misma ruta para regresar hacia el norte.

    Asimismo, se cuenta con un corredor turístico que abarca la costa del Pacífico, entre las ciudades de Tijuana y Ensenada, pues el turismo es una actividad natural de esta entidad, por encontrarse en vecindad con el estado de California, Estados Unidos; siendo ésta la entidad económica- mente más poderosa de la Unión Americana.

    Baja California ha sido uno de los Estados mexicanos más elegidos para el establecimiento de empresas extranjeras dedicadas a la actividad de maquilar productos que surten la gran demanda del mercado de consumo del vecino país del norte y, particularmente, de California, lo que nos ha permitido mantener desde hace más de tres décadas la suficiente oferta de trabajo para los connacionales que emigran de sus estados de origen, en busca de alternativas de empleo; el establecimiento de empresas nacionales que son orgullo del desarrollo y derrama económica local, con lo que se ha mantenido un bajo desempleo, pero siempre cuidando que la contaminación del medio ambiente, los riesgos de inseguridad y el impacto ecológico no sean factores que afecten al desmedido crecimiento poblacional.

    Recientemente, por esa ventaja que ofrece la ubicación geográfica, se han interesado en esa zona empresas trasnacionales regasificadoras de gas natural, para surtir ese producto desde ahí al estado de California, ya que en esa entidad no se les permite su instalación por las consecuencias ecológicas y riesgos propios del manejo y almacenamiento del combustible mencionado.

    El beneficio en favor de los habitantes de la zona costa del estado, no han convencido a los pobladores de la región, lo que provoca conflictos de intereses y prioridades que no logran conciliarse.

    Recientemente, el gobierno del estado de Baja California envió una invitación a la comunidad internacional para que todas las empresas que lo deseen se establezcan en el territorio estatal para realizar actividades de regasificación de gas natural para satisfacer las necesidades del estado de California, sin tomar en cuenta lo establecido en los artículos 27 y 28 de nuestra Constitución, además de la opinión de los pobladores de la zona en cuestión.

    Tomando en cuenta que los mandantes de cualquier gobierno son todos los habitantes del territorio que se deslinda constitucionalmente, los que por el poder que ejerce el Ejecutivo del estado, están en desventaja.

    Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta soberanía la siguiente proposición con

    Punto de Acuerdo

    Unico.- Se forme una comisión de diputados integrantes de comisiones afines a este propósito para investigar la factibilidad del establecimiento de empresas regasificadoras en la costa de Baja California con el océano Pacífico, apegándose a las disposiciones constitucionales, ecológicas y de riesgos para los habitantes de esa región.

    Solicito a la Presidencia se me incluya en dicha comisión y que este punto de acuedo se turne para su integración, a la Junta de Coordinación Política y no se someta a urgente resolución.

    Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a 1o. de abril de 2004.--- Diputado Raúl Pompa Victoria (rúbrica) y todos los diputados firmantes que cumplen el 25% de la LIX Legislatura.--- Diputados: Wintilio Vega Murillo (rúbrica), Roberto Antonio Marrufo Torres (rúbrica), Quintín Vázquez García (rúbrica), Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), David Hernández Pérez (rúbrica), Jorge Baldemar Utrilla Robles (rúbrica), Roberto Aquiles Aguilar Hernández (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), José Adolfo Murat Macías (rúbrica), Francisco Grajales Palacios (rúbrica), J. Jesús Lomelí Rosas (rúbrica), Mario Moreno Arcos (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Francisco Javier Guízar Macías (rúbrica), Florencio Collazo Gómez (rúbrica), Alejandro Saldaña Villaseñor (rúbrica), José Guillermo Aréchiga Santamaría (rúbrica), Rogelio Humberto Rueda Sánchez (rúbrica), Francisco Alberto Jiménez Merino (rúbrica), Manlio Fabio Beltrones Rivera (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ernesto Alarcón Trujillo (rúbrica), José Alberto Aguilar Iñárritu (rúbrica), Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Esthela de Jesús Ponce Beltrán (rúbrica), Ubaldo Aguilar Flores (rúbrica), Gonzalo Guízar Valladares (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos (rúbrica), José Alfonso Muñoz Muñoz (rúbrica), Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo (rúbrica), Concepción Olivia Castañeda Ortiz (rúbrica), Alfonso Sánchez Hernández (rúbrica), Luis Antonio Ramírez Pineda (rúbrica), Guillermo del Valle Reyes (rúbrica), Alfonso Ramírez Cuéllar (rúbrica), Salvador Pablo Martínez Della Rocca (rúbrica), Héctor Miguel Bautista López (rúbrica), Agustín Rodríguez Fuentes (rúbrica), Homero Días Rodríguez (rúbrica), Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), María Isabel Maya Pineda (rúbrica), Florentino Domínguez Ordóñez (rúbrica), José Luis Briones Briseño (rúbrica), Jesús Emilio Martínez Alvarez (rúbrica), Luis Maldonado Venegas (rúbrica); Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica), Alfonso Juventino Nava Díaz (rúbrica), Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica); Arturo Nahle García (rúbrica), Rafael Flores Mendoza (rúbrica); José Luis Medina Lizalde (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Antonio Mejía Haro (rúbrica), Mario Alberto Zepahua Valencia (rúbrica), Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica), José Mario Wong Pérez (rúbrica), Guadalupe de Jesús Vizcarra Calderón (rúbrica), Pedro Avila Nevárez (rúbrica), Rosario Sáenz López (rúbrica); Norma Elizabeth Sotelo Ochoa (rúbrica), Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Lorenzo Miguel Lucero Palma (rúbrica), Carmen Guadalupe Fonz Sáenz (rúbrica), Enrique Ariel Escalante Arceo (rúbrica), Oscar Rodríguez Cabrera (rúbrica), Rafael Alejandro Moreno Cárdenas (rúbrica), Martín Carrillo Guzmán (rúbrica), María Hilaria Domínguez Arvizu (rúbrica), Carlos Martín Jiménez Macías (rúbrica), Rómulo Isael Salazar Macías (rúbrica), Marco Antonio Torres Hernández (rúbrica), Esteban Valenzuela García (rúbrica), Angel Heladio Aguirre Rivero (rúbrica), Tomás Cruz Martínez (rúbrica), Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Enrique Burgos García (rúbrica), Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Carlos Flores Rico (rúbrica), Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica), José Luis Flores Hernández (rúbrica); Fernando Donato de las Fuentes Hernández (rúbrica), Sergio Armando Chávez Dávalos (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (rúbrica), Alfonso González Ruiz (rúbrica), Bernardo Vega Carlos (rúbrica), Ricardo Rodríguez Rocha (rúbrica), Jesús María Ramón Valdez (rúbrica), Jesús Zúñiga Romero (rúbrica), Eduardo Olmos Castro (rúbrica), Oscar Pimentel González (rúbrica), Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica), José Lamberto Díaz Nieblas (rúbrica), Rafael Galindo Jaime (rúbrica), Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez (rúbrica), Julio César Córdova Martínez (rúbrica), Francisco Cuauhtémoc Frías Castro (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), Juan Bustillos Montalvo (rúbrica), Guillermo Zorrilla Fernández (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Armando Neyra Chávez (rúbrica), Gaspar Avila Rodríguez (rúbrica), Pablo Bedolla López (rúbrica); Víctor Ernesto González Huerta (rúbrica), Abel Echeverría Pineda (rúbrica), Sofía Castro Ríos (rúbrica), Alvaro Burgos Barrera (rúbrica), Oscar Bitar Haddad (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), Angel Paulino Canul Pacab (rúbrica); Roger David Alcocer García (rúbrica), Jorge Romero Romero (rúbrica), Felipe Medina Santos (rúbrica); Gema Isabel Martínez López (rúbrica), Alfonso Rodríguez Ochoa (rúbrica), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), Teófilo Manuel García Corpus (rúbrica), Lino Celaya Luría (rúbrica), Paulo José Luis Tapia Palacios (rúbrica), Margarita Martínez López (rúbrica), Carlos Mireles Morales (rúbrica), Juan Carlos Pérez Góngora (rúbrica), Fernando Alberto García Cuevas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica); Fernando Fernández García (rúbrica), Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Adrián Villagómez García (rúbrica), Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Jorge Antonio Kahwagi Macari (rúbrica).»

    «Escudo.--- Poder Ejecutivo.--- Baja California.--- State Gobernment of Baja California.--- Office of the Secretary of Economic Development.

    To the international community:

    In an interconnected world, we are all dependent on strong, human, commercial and investment ties so that the comparative advantages of one marketplace may benefit a larger network of countries, companies and consumers. In this world, Baja California has a privileged place, offering investors a gateway both to Mexico and Latin American as well as to California and the United States.

    Our state is isolated from the National System of Gas Pipelines as well as the Federal Electric System. We therefore rely on the infrastructure and energy resources that are produced in our State as well as those imported from abroad.

    Baja California has a high demand for energy. It is the Mexican region with the second highest growth rate both in the demand and production of electricity. (Statistical data are available from the National Institute of Economic and Geographical Information (INEGI) and the Energy Regulatory Commission (CRE)).

    The State Government actively promotes investments in regasification terminals in our State. We support the establishment of companies that have met all the legal and technical requirements associated with LNG projects in Baja California. We recognize that difficulties will sometimes arise. We are committed to supporting companies in their due-diligence efforts, realizing that they have responsibilities to their shareholders as well as to the needs of our communities.

    Baja California is open to foreign investment that helps reassure long-term development in this competitive world and too find new opportunities that strengthen its infrastructure and that attract new investments that contribute to enhancing the quality of life of the people of Baja California.

    Over the years Baja California has encouraged and facilitated the establishment of new companies in our state, both Mexican and international. We have developed a business friendly environment that has contributed to making us one of the States with the highest economic growth rate.

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    March 12, 2004.--- Sergio Tagliapietra, (rúbrica).»

    Gracias.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Muchas gracias, señor diputado don Raúl Pompa.

    Y como lo solicita, túrnese a la Junta de Coordinación Política.

    Esta Presidencia informa a la Asamblea, que el punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo y a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados, a efecto de que se destinen los recursos necesarios para que se realicen los proyectos de riego de San Vicente Boquerón y los Zapotes del estado de Puebla, ha sido pospuesto por su iniciante.


    SENTENCIADOS A MUERTE
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    A esta Presidencia ha llegado una comunicación de la Junta de Coordinación Política, a efecto de que se adelante el turno en el orden del día, del punto de acuerdo respecto al caso que presentó México ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, por la situación de 52 mexicanos sentenciados a la pena de muerte en Estados Unidos de América.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Junta de Coordinación Política.

    Dip. Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados.--- Presente.

    Por este conducto, quienes suscribimos la presente, Coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD de esta H. Cámara de Diputados, nos permitimos solicitarle de la manera más atenta se sirva otorgarle un lugar prioritario en el Orden del Día de la Sesión del día de hoy, 10 de abril de los corrientes al Punto de Acuerdo denominado ``Punto de acuerdo, respecto al caso que presentó México ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya por la situación de 52 mexicanos sentenciados a la pena de muerte en Estados Unidos de América'', a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, suscrito por diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores. (Urgente resolución).

    Lo anterior, en virtud de considerar al Punto de Acuerdo en comento de la mayor importancia y ante la evidente necesidad de desahogarlo a la brevedad el día en curso.

    Sin otro particular, agradecemos la atención que le brinda a la presente.

    Palacio Legislativo, a 10 de abril de 2004.--- Dip. Emilio Chuayffet Chemor, Presidente de la Junta de Coordinación Política; Dip. Francisco Barrio Terrzas, coordinador del grupo parlamentario del PAN; Dip. Pablo Gómez Alvarez, coordinador del grupo parlamentario del PRD.»

    Por lo tanto, se ruega a la Secretaría, consulte en votación económica, si es de obsequiarse el adelanto de turno de este asunto planteado.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta si es de obsequiarse el adelanto del turno del punto referido.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Gracias.

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Luego entonces, tiene el uso de la palabra la diputada Adriana González Carrillo, para presentar una proposición con punto de acuerdo respecto al caso que presentó México ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, por la situación de 52 mexicanos sentenciados a la pena de muerte en Estados Unidos de América, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores.

    La diputada Adriana González Carrillo:

    Muchas gracias, señor Presidente.

    Primero que nada quisiera agradecer a los coordinadores parlamentarios que integran la Junta de Coordinación Política para que este punto pudiera ser presentado el día de hoy.

    Por acuerdo de la Comisión de Relaciones Exteriores, se presenta el siguiente

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Que la Cámara de Diputados salude el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el caso Avena y otros nacionales mexicanos contra Estados Unidos de América, donde se pronunció a favor de la argumentación mexicana al respecto de que en 51 de los 52 casos presentados por México, se violaron los derechos consulares de los detenidos y, por tanto, sus sentencias a pena de muerte fueron el resultado de un juicio injusto.

    Segundo. Que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, se pronuncie a favor de la tesis de la Corte Internacional de Justicia en el caso Avena y otros nacionales mexicanos en contra de Estados Unidos de América, según la cual, un Estado debe revisar y reconsiderar un proceso penal en contra de un ciudadano extranjero, especialmente cuando su resultado es la pena capital, cada vez que en su desahogo viole la norma que emana el artículo 36 de la Convención de Viena, sobre relaciones consulares.

    Tercero. Que se extienda un reconocimiento al equipo defensor de nuestros connacionales ante la Corte Internacional de Justicia, por su extraordinario desempeño en este juicio.

    La Cámara de Diputados desea extender un digno reconocimiento y sus más sinceras felicitaciones al equipo defensor de nuestros connacionales encabezado por los funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, bajo la dirección del Embajador Juan Manuel Gómez Robledo y el personal de la Embajada de México en los Países Bajos, y por el equipo de abogados lidereados por Carlos Bernal Verea, Donald Donovan, Pierre-Marie Dupuy y Sandra María Babcock, quienes han demostrado un profesionalismo y dedicación sin precedentes en el desarrollo de tan relevante asunto que deberá sentar un precedente de inmensa importancia para México.

    Cuarto. Que esta soberanía se manifieste a favor de la iniciativa del Gobierno mexicano, de acudir a la máxima instancia internacional en materia judicial, para la resolución de una controversia trascendental en apoyo de nuestros connacionales en el exterior.

    Quinto. Los diputados de esta legislatura, reconocemos la importancia que sienta este precedente como hecho histórico de suma relevancia, en beneficio de la protección de los derechos de nuestros ciudadanos migrantes en Estados Unidos de América, de la protección consular de toda la Comunidad Internacional en Estados Unidos y como una sustancial aportación de México al derecho internacional.

    Sexto. Esta honorable Cámara de Diputados, insta a las autoridades federales de Estados Unidos a respetar, como la propia Corte lo ha pedido, en lo sucesivo, los derechos consulares de todos los extranjeros migrantes en ese país y reitera su inconformidad ante la falta de observancia de dichos derechos en los procesos judiciales a los que han sido sujetos nuestros connacionales.

    Séptimo. Esta Cámara de Diputados solicita a nuestros homólogos del Congreso de Estados Unidos de América, a los gobernadores de los estados de ese país y en general a las distintas instancias del Gobierno Federal y local en el Poder Judicial y en el Poder Ejecutivo estadounidense, que acaten y soliciten respetar la sentencia de la Corte Internacional de Justicia, en el sentido de hacer una revisión y reconsideración efectiva de estos juicios y sus sentencias, a fin de que se tome en cuenta el importante impacto que en la mayoría de los casos causó la violación de los derechos consulares de nuestros connacionales sobre la severidad de las sentencias que recibieron.

    Octavo. Esta honorable Cámara de Diputados, reprueba enérgicamente las declaraciones hechas por los gobernadores del estado de Texas, señor Rick Perry y del estado de Oklahoma, señor Brad Henry, en relación a su intención de no acatar el fallo de la Corte Internacional de Justicia y solicita al Gobierno Federal de Estados Unidos de América, que observe el estricto cumplimiento de las jurisdicciones internas, con fundamento en los artículos 3º, sección segunda y 6º de la Constitución de los Estados Unidos de América para que su país cumpla con las disposiciones del fallo.

    Noveno. En congruencia con lo antes expuesto, esta honorable Cámara de Diputados se manifiesta en contra de la pena de muerte en México como en cualquier lugar del mundo.

    «Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.--- Cámara de Diputados.--- LIX Legislatura.--- Comisión de Relaciones Exteriores.

    Proposición con punto de acuerdo, respecto al caso que presento México ante la Corte Internacional de Justicia en la Haya por la situación de 52 mexicanos sentenciados a pena de muerte en Estados Unidos de América, a cargo de la diputada Adriana González Carrillo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores

    Quienes suscribimos, diputados federales de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de la Comisión de Relaciones Exteriores, de urgente u obvia resolución, con respecto al caso que presentó México ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya por la situación de 52 mexicanos sentenciados a pena de muerte en Estados Unidos de América, al tenor de las siguientes

    Consideraciones

    En un hecho inédito en la historia de las relaciones bilaterales entre México y Estados Unidos, el pasado 9 de enero de 2003, el Gobierno de México llevó ante los jueces de la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, un caso de su mayor interés, dado su compromiso ineludible con los mexicanos en el exterior.

    De acuerdo con el artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, en vigor desde el 19 de marzo de 1967, y de la cual ambos países son signatarios, las autoridades del país receptor deberán informar sin retraso alguno a la oficina consular competente en ese Estado cuando, en su circunscripción, un nacional del estado que envía sea arrestado de cualquier forma, detenido o puesto en prisión preventiva. Además, el artículo 36 sostiene que los funcionarios consulares tendrán derecho a visitar al nacional del Estado que envía que se halle arrestado, detenido o en prisión preventiva, a conversar con él y a organizar su defensa ante los tribunales.

    En permanente violación a la citada Convención, autoridades locales de Estados Unidos se han retrasado o han hecho caso omiso en estas 52 ocasiones, del cumplimiento a cabalidad de las obligaciones que de ella emanan.

    Aunque México no es el único país que ha presentado una situación similar ante la consideración de la Corte, es el primero en hacer esta denuncia buscando prevenir la repetición de los casos Breard y LaGrand, donde la ejecución vino antes de la sentencia de la Corte, para hacer valer el derecho que tienen nuestros connacionales, ya condenados, a un nuevo proceso penal, esta vez, respetuoso del derecho internacional.

    En este sentido, México apoya parte de su argumentación con la declaración de la Corte en el caso de la denuncia del gobierno paraguayo sobre la ejecución de Angel Breard en 1998 y la que reiteró en el caso de la denuncia del gobierno alemán sobre la ejecución de los hermanos LaGrand en 1999, pero busca que la Corte amplíe, con el caso mexicano, los alcances de esos precedentes. En aquellos litigios, la Corte Internacional de Justicia ordenó que Estados Unidos realizara ``una revisión y reconsideración efectiva'' de los casos en los que se violan los derechos consulares de los detenidos. En nuestro caso, buscamos que la Corte avale, con un precedente de gran importancia para el derecho internacional, la tesis mexicana de que un Estado debe reiniciar un proceso penal, en contra de un ciudadano extranjero, cuyo resultado es la pena capital cada vez que, en su desahogo, viole la norma que emana del artículo 36 de la Convención de Viena.

    Casi un mes después de la denuncia mexicana, el 5 de febrero de 2003, la Corte se pronunció a favor de este criterio, ordenando al Gobierno de Estados Unidos a dar los pasos necesarios para asegurar que los tres nacionales mexicanos en peligro inminente de ejecución, Osvaldo Nezahualcóyotl Torres Aguilera, César Roberto Fierro Reyna y Roberto Moreno Ramos, no fueran ejecutados antes de que la misma fallara sobre el caso ``Avena y otros nacionales mexicanos contra Estados Unidos de América''.

    Las autoridades consulares mexicanas conocieron sobre el caso de Moreno Ramos a través de la prensa, 11 meses después de su arresto; sobre el caso de Fierro Reyna, éstas se enteraron algunos días después de su detención, por comunicación de su madre; y en el caso de Torres Aguilera, el Consulado Mexicano sólo tuvo conocimiento de que estaba condenado a muerte hasta después de que fue sentenciado a ella.

    Sin embargo, y en abierto desafío a esta decisión, la Corte de apelaciones de Oklahoma ha fijado una fecha de ejecución para uno de ellos, Osvaldo Torres Aguilera, para el próximo 18 de mayo. A pesar de que el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, condenó enérgicamente la decisión de la Corte de apelaciones de Oklahoma, como se hace constar en el comunicado de prensa número 032 del 1 de marzo de 2004, las autoridades federales de Estados Unidos no han atendido esta inconformidad.

    El próximo 31 de marzo del presente año, la Corte Internacional de Justicia de La Haya emitirá su fallo sobre el caso ``Avena y otros nacionales mexicanos contra Estados Unidos de América'' el cual tendrá carácter de obligatorio e ina-pelable.

    En él, la Corte se pronunció a favor de la reconsideración y revisión de 51, de los 52 procesados judiciales llevados por México ante ella y cuya sentencia devino en pena de muerte. De acuerdo con el fallo de la Corte, esta reconsideración y revisión deberá hacerla el Poder Judicial estadounidense en observancia de que en estos 51 casos efectivamente se violaron los derechos consulares de los procesados y de que esto inició sobre la sentencia de muerte que les que dictada.

    No obstante el fallo histórico que la Corte ha prescrito en este caso, el gobernador del estado de Texas, el señor Rick Perry, ha sostenido que, dado que la Corte ``no tiene jurisdicción en Texas'' no acatará el fallo en lo que hace a los prisioneros que esperan su turno para ser ejecutados.

    Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, el siguiente:

    Punto de Acuerdo

    Primero.- Que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se pronuncie a favor de la tesis mexicana en el caso ``Avena y otros nacionales mexicanos contra Estados Unidos de América'', según la cual un Estado debe reiniciar un proceso penal en contra de un ciudadano extranjero, especialmente cuando su resultado es la pena capital, cada vez que, en su desahogo, viole la norma que emana del artículo 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

    Segundo.- Que se extienda un reconocimiento al equipo defensor de nuestros connacionales ante la Corte Internacional de Justicia por su extraordinario desempeño en este juicio.

    Tercero.- Que esta Soberanía se manifieste a favor de la iniciativa del gobierno mexicano de acudir a la máxima instancia internacional en materia judicial para la resolución de una controversia trascendental en apoyo de nuestros connacionales en el exterior.

    Cuarto.- Los diputados de la LIX Legislatura reconocemos la importancia que sienta este precedente como hecho histórico de suma relevancia, en beneficio de la protección de los derechos de nuestros ciudadanos migrantes en Estados Unidos, y como una substancial aportación de México al derecho internacional.

    Quinto.- Esta honorable Cámara de Diputados insta a las autoridades federales de Estados Unidos a respetar, en lo sucesivo, los derechos consulares de todos los extranjeros migrantes en ese país y reitera su inconformidad ante la falta de observancia de dichos derechos en los procesos judiciales a los que han sido sujetos nuestros connacionales.

    Sexto. Esta Honorable Cámara de Diputados insta a las autoridades federales de Estados Unidos a respetar, como la propia Corte lo ha pedido, en lo sucesivo, los derechos consulares de todos los extranjeros migrantes en ese país y reitera su inconformidad ante la falta de observancia de dichos derechos en los procesos judiciales a los que ha sido sujetos nuestros connacionales.

    Séptimo. Esta Honorable Cámara de Diputados solicita a nuestros homólogos del Congreso de Estados Unidos de América, a los gobernadores de los estados de ese país y, en general, a las distintas instancias del gobierno federal y local en el poder judicial y en el poder ejecutivo estadounidense que acaten y soliciten respetar la sentencia de la Corte Internacional de Justicia en el sentido de hacer una revisión y reconsideración efectiva de estos juicios y sus sentencias a fin de que se tome en cuenta el importante impacto que en la mayoría de los casos causó la violación de los derechos consulares de nuestros connacionales, sobre la severidad de las sentencias que recibieron.

    Octavo. Esta Honorable Cámara de Diputados reprueba enérgicamente las declaraciones hechas por los gobernadores del estado de Texas, señor Rick Perry, y el gobernador del estado de Oklahoma, señor Brad Henry, en relación a su intención de no acatar el fallo de la Corte Internacional de Justicia, y solicita al gobierno federal de los Estados Unidos de América que observe el estricto cumplimiento de las jurisdicciones internas con fundamento en los artículos tercero, sección 2, y sexto de la Constitución de los Estados Unidos de América para que su país cumpla con las disposiciones del fallo.

    Noveno. En congruencia con lo antes expuesto, esta Honorable Cámara de Diputados se manifiesta en contra de la pena de muerte en México como en cualquier parte del mundo.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de marzo de 2004.--- Diputados: Adriana González Carrillo (rúbrica), Presidenta; Gustavo Adolfo de Unanue, Carlos Jiménez Macías (rúbrica), Arturo Robles Aguilar (rúbrica), Jorge Martínez Ramos (rúbrica), secretarios, Dip. Rodrigo Iván Cortes Jiménez, Dip. Angel Juan Alonso Díaz Caneja, Dip. Humberto Cervantes Vega, Dip. José Alberto Aguilar Iñarritu, Dip. Sami David David, Dip. Homero Díaz Rodríguez, Dip. María Cristina Díaz Salazar, Dip. José Luis Flores Hernández, Dip. Rogelio Alejandro Flores Mejía, Dip. Carlos Flores Rico, Dip. Blanca Gámez Gutiérrez, Dip. Fernando Alberto García Cuevas, Dip. Juan José García Ochoa, Dip. Marcela González Salas y Petricoli, Dip. Alejandro González Yáñez, Dip. Francisco Javier Guízar Macías, Dip. Leticia Gutiérrez Corona, Dip. Francisco Xavier López Mena, Dip. Alejandra Méndez Salorio, Dip. Guadalupe Morales Rubio, Dip. Francisco Saucedo Pérez, Dip. Carlos Noel Tiscareño Rodríguez, Dip. Marco Antonio Torres Hernández, Dip. Sergio Penagos García.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Muchas gracias, diputada.

    El asunto está listado como de urgente y obvia resolución, pregunte la Secretaría a la Asamblea si se considera como tal.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    En votación económica, se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Se considera de urgente resolución.

    El asunto está a discusión... No habiendo oradores registrados, consulte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse el punto de acuerdo.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Aprobada. Comuníquese.


    PRESUPUESTO DE EGRESOS
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Tiene la palabra el señor diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que cumpla plena y oportunamente diversos aspectos del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

    El diputado Víctor Suárez Carrera:

    Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros:

    En uso de sus facultades constitucionales, esta Cámara de Diputados debe de velar por el pleno y oportuno cumplimiento de los mandatos establecidos en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación por parte del Ejecutivo Federal; en este sentido, está facultada para citar a comparecer ante el pleno de la Cámara de Diputados o ante comisiones legislativas, al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en adelante ``La Secretaría'', para informar y explicar respecto al cumplimiento del PEF, entre otros mandatos de ley.

    ``La Secretaría'', con la colaboración de la Secretaría de la Función Pública, tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal, las disposiciones del PEF y de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

    En el PEF 2004, se establecen una serie de mandatos respecto al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, que observamos con preocupación que están siendo incumplidas por el Ejecutivo Federal y que es imperativo que el titular de ``La Secretaría'' esclarezca con claridad, entre otros, los siguientes puntos:

    El Presupuesto de Aserca 2004, está siendo recortado cuando hay un mandato explícito en el programa de egresos de la Federación, para que no se recorte el presupuesto destinado al campo, particularmente a programas de apoyo a la comercialización de frijol, maíz, sorgo y arroz correspondiente a productores de diversas entidades federativas.

    Otro de los problemas centrales es la correcta y oportuna distribución y asignación por parte de la Secretaría de Hacienda, del presupuesto especial concurrente a dependencias, organismos y entidades federativas, a estas alturas tenemos mucha duda de que está siendo asignado oportu- namente el presupuesto a entidades federativas hacia dependencias del Ejecutivo Federal.

    Por otro lado, no se han publicado las reglas de operación, como lo manda el Presupuesto de Egresos de la Federación ni las modificaciones pertinentes, es otro incumplimiento. Y hay una serie de incumplimientos adicionales que es menester que se dé cuenta ante esta soberanía.

    Otro aspecto relevante del PEF 2004, que es importante que esta soberanía conozca a través de las comisiones legislativas correspondientes, se refiere al cumplimiento por parte del Ejecutivo Federal de las disposiciones establecidas en el artículo 31 relativo a los recursos presupuestales para las actividades relacionadas con la comunicación social a través de la radio y la televisión y que competen en la parte establecida en el PEP a la Secretaría de Hacienda.

    Por otro lado, es importante que el Secretario explique el incremento del peso promedio de la mezcla mexicana de petróleo respecto al presupuestado para 2004, respecto a las estimaciones de los excedentes de los derivados de este hecho y acerca del cumplimiento de los destinos de dichos excedentes establecidos en el PRP en el 2004.

    Por todo lo anterior, propongo con carácter de urgente y obvia resolución:

    Primero. Que se pronuncie este pleno de la Cámara de Diputados, para exhortar al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que cumpla, plena y oportunamente, diversos aspectos del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004 antes señalado, y

    Segundo. Se propone al pleno de la Cámara de Diputados acuerde citar a la brevedad posible al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a una reunión de trabajo con las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, Vigilancia y comisiones unidas del Sector Rural, para informar respecto al cumplimiento de diversos aspectos relevantes del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004 antes señalados.

    Es cuanto, señor Presidente.

    «Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico a que cumpla plena y oportunamente diversos aspectos del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004, a cargo del diputado Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD

    El que suscribe, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con base en los artículos 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

    Consideraciones

    Primera.- En uso de sus facultades constitucionales, la H. Cámara de Diputados debe velar por el pleno y oportuno cumplimiento de los mandatos establecidos en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) por parte de Ejecutivo Federal. En este sentido, está facultada para citar a comparecer ante el pleno de la H. Cámara de Diputados o ante comisiones legislativas al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en adelante la Secretaría, para informar y explicar respecto al cumplimiento de PEF, entre otros mandatos de Ley.

    Segunda.- La Secretaría, con la colaboración de la Secretaría de la Función Pública, tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal las disposiciones del PEF y de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

    Tercera.- En el PEF 2004 se establecen una serie de mandatos respecto al Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable que observamos con preocupación están siendo incumplidos por el Ejecutivo Federal y que es imperativo que el titular de la Secretaría esclarezca, tales como los siguientes:

    a) El PEF 2004 establece consistentemente que el presupuesto para el Programa Especial Concurrente para el Desa-rrollo Rural no podrá ser sujeto a recortes. Sin embargo, se tiene la información de que el presupuesto de Apoyos y Servicios a la Comercialización (Aserca), dependiente de la Sagarpa, ha sufrido un recorte de 800 millones de pesos, provisionados en el presupuesto de Adefas 2004, destinados al pago de apoyos directos a la comercialización de productores de frijol, maíz, sorgo y arroz de distintas entidades federativa correspondientes a los ciclos otoño-invierno 2002/2003 y primavera-verano 2003/2003. Es extremadamente relevante conocer el estado de ejercicio presupuestal del sector rural y si éste ha sufrido recortes en contraposición a lo establecido en el PEF 2004.

    b) Una de las demandas centrales de los actores sociales y productivos del sector rural así como de las propias dependencias y entidades y que está reflejado en mandatos concretos en diversos artículos del PEF 2004, está referida a la oportunidad en la distribución y asignación, por parte de la Secretaría, del presupuesto del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable en dependencias, organismos y entidades federativas. Es de vital importancia que esta soberanía conozca en forma precisa y detallada el calendario de asignaciones y distribución del presupuesto establecido en el PEF para el sector rural llevado a cabo por la Secretaría a la fecha.

    c) En diversos artículos del PEF 2004 se establece la obligatoriedad de la Secretaría y las dependencias de publicar todas las reglas de operación de los programas del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable que canalizan subsidios antes del 15 de febrero del año en curso, así como las modificaciones a las reglas de operación de los programas de las dependencias, a efecto de ajustarse a los mandatos y disposiciones del PEF 2004. Al respecto, es sumamente relevante que el titular de la Secretaría informe al respecto del cumplimiento de las disposiciones antes señaladas.

    d) Con relación a los programas derivados de la Ley de Energía para el Campo y los programas y presupuestos incluidos en el PEF 2004 para apoyo a los usuarios de electricidad para usos agrícolas, que el titular de la Secretaría explique las tarifas, criterios para determinar el Límite de Extracción de Agua (LEA) y los apoyos para usuarios de pozos para usos agrícolas.

    Cuarta.- Otro aspecto relevante del PEF 2004 que es importante que esta soberanía conozca a través de las comisiones legislativas correspondientes, se refiere al cumplimiento por parte del Ejecutivo Federal de las disposiciones establecidas en el artículo 31 relativo a los recursos presupuestales para actividades relacionadas con la comunicación social a través de la radio y la televisión. En este sentido, es importante que el titular de la Secretaría informe a esta soberanía los avances en el cumplimiento del citado artículo 31 en lo que le corresponde a la Secretaría y, en especial, respecto a lo establecido en el duodécimo párrafo del citado artículo del PEF 2004.

    Quinta.- Otro aspecto de suma trascendencia que es imperativo que informe el titular de la Secretaría a esta soberanía está referido al impacto del incremento del precio promedio de la mezcla mexicana de petróleo respecto al presupuestado para 2004, de las estimaciones de los excedentes derivados de este hecho y acerca del cumplimiento de los destinos de dichos excedentes establecidos en el PEF 2004.

    Por todo lo anterior, el que suscribe, diputado federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con base en los artículos 23, numeral 1, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58, 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, se permite poner a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución:

    Primera.- Se propone al Pleno de la H. Cámara de Diputados que acuerde exhortar al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que cumpla plena y oportunamente diversos aspectos del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004, antes señalados.

    Segunda.- Se propone al Pleno de la H. Cámara de Diputados que acuerde citar a la brevedad posible al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a una reunión de trabajo con las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Vigilancia, y Unidas del Sector Rural para informar respecto al cumplimiento de diversos aspectos relevantes del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2004 antes señalados.

    Palacio Legislativo.--- San Lázaro, a 1o. de abril de 2004.--- Dip. Víctor Suárez Carrera (rúbrica).»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Muchas gracias, diputado Herrera.

    Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Se considera de urgente resolución.

    Está a discusión la proposición. No habiendo oradores registrados, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si se aprueba la proposición.

    La Secretaria diputada Amalín Yabur Elías:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... La mayoría por la afirmativa, señor presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Aprobada. Comuníquese.


    AZUCAR
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    En el uso de la palabra el señor diputado Lázaro Arias Martínez, para presentar una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo Federal a través de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, investigue y proceda legalmente en el caso de importación de azúcar al país, imponiendo las sanciones que resulten aplicables a nombre de los diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería.

    El diputado Lázaro Arias Martínez:

    Buenas tardes. Con su permiso, señor Presidente.

    Propuesta con punto de acuerdo que presenta un servidor y a nombre de la Comisión de Agricultura y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta honorable Asamblea, la propuesta de punto de acuerdo, bajo los siguientes

    Antecedentes

    Primero. Como es de todos conocido la actividad de la industria azucarera está declarada como de interés público y constituye una parte importante en la vida económica nacional, pues dependen de ella aproximadamente 2 millones de personas. Además de ser un indispensable alimento en la dieta de los mexicanos.

    Segundo. También es público y notorio que actualmente esta actividad atraviesa por una difícil etapa ya que no obstante que nuestro país es superavitario en su producción endulzante, los precios en el mercado internacional son inferiores a los del mercado nacional y a los costos de produc- ción internos, por lo que la importación de nuestros excedentes afectan negativamente la liquidez y redituabilidad tanto del sector productivo agrícola como industrial.

    Tercero. Por si lo anterior fuera poco, durante el periodo de enero de 1999 a enero de 2004, se han introducido a nuestro país mediante contrabando técnico o documentado, 68 mil 677 toneladas de azúcar en las calidades de estándar, blanca y refinada, procedentes principalmente de Guatemala, Brasil y Colombia. Esta importación ha sido especialmente agresiva durante los meses de noviembre de 2003 a enero de 2004, en el que se ha introducido el 85% del total; lo que agrava la crítica situación de la industria azucarera nacional, pues este azúcar incrementa la existencia de inventarios en México; promueve un mercado especulativo y deprime los precios del mercado nacional.

    Según tenemos conocimiento que esta práctica de importación se realiza con apoyo de amparos otorgados por autoridades judiciales federales, sin apego, sin pago de aranceles al fisco federal, sino sólo garantizándolos a través de fianzas y sin cumplir la Norma Oficial Mexicana de etiquetado e incurriendo en el reenvase y redistribución de azúcar importada en sacos de ingenios nacionales y falsificación de documentación oficial.

    Como puede observarse esta práctica desleal del comercio constituye un daño a la economía nacional, pues para el fisco federal la internación de esta producción sin pago de aranceles representa un monto de 271 millones de pesos y, por otra parte, en forma directa ha quebrantado la industria azucarera mexicana por 1 mil 200 millones de pesos durante el último cuatrimestre y provocando desequilibrios en el mercado nacional, baja de los precios y riesgos de cierre de fuentes de trabajo de las zonas cañeras del país y, por ende, resulta perjudicial para la agroindustria de azúcar, así como para los más de 2 millones 500 mil dependientes económicos.

    El día 14 de marzo personal de la Agencia Federal de Investigaciones en coordinación con elementos de la Procuraduría General de la República, por esta criminal acción contra la economía nacional. Asimismo el día 16 de marzo en Monterrey se asegurarón 400 toneladas.

    Se consideran estas acciones, que están involucradas 11 agencias aduanales, 10 empresas importadoras, ocho juzgados de distrito; para que con ello la economía nacional, mientras que el Poder Judicial y el Ejecutivo mantienen a dirigentes sociales presos por delitos como el del sabotaje, fundados en daño de la economía nacional; sin duda y los criminales que hacen los daños más fuertes, se encuentran libres.

    Por lo anteriormente expuesto solicito que sea considerada como de obvia y urgente resolución esta propuesta de punto de acuerdo, para que se exhorte al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de Economía, para que lleven a cabo una minuciosa investigación e informen a este pleno de la Cámara de Diputados acerca de la importación de azúcares que causan daño a la economía nacional y procedan legalmente ante las instancias correspondientes, para que se impongan las sanciones que resulten aplicables y a la colegisladora para que dictamine la iniciativa de decreto por la que se reforma el artículo 135 de la Ley de Amparo y el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, presentado en su pleno en la sesión del día 9 de diciembre de 2003 por los senadores Dulce María Sauri Riancho y Fauzi Hamdam Amad, turnada a las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público.

    Es cuanto, señor Presidente.

    Muchas gracias.

    «Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo Federal a que, mediante las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, investigue y proceda legalmente en el caso de importación de azucar al país, imponiendo las sanciones aplicables, a cargo del diputado Lázaro Arias Martínez, en nombre de diputados integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería

    Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la presente propuesta, que tiene como fundamento los siguientes

    Antecedentes

    Primero. Como es por todos conocido, la actividad de la industria azucarera está declarada como de interés público y constituye una parte importante de la vida económica nacional, pues dependen de ella aproximadamente 2 millones 500 mil personas en nuestro país, además de ser un indispensable elemento en la dieta del mexicano.

    Segundo. También es público y notorio que actualmente esta actividad atraviesa por una difícil etapa, ya que, no obstante que nuestro país es superavitario en su producción de endulzante, los precios en el mercado internacional son inferiores a los del mercado nacional y a los costos de producción internos, por lo que la exportación de nuestros excedentes afectan negativamente en la liquidez y redituabilidad tanto del sector productivo agrícola como del in- dustrial.

    Tercero. Por si lo anterior fuera poco, durante el periodo enero de 1999-enero de 2004 se introdujeron en nuestro país, mediante contrabando técnico o documentado, 68 mil 677 toneladas de azúcar de las calidades de azúcar estándar, blanca y refinada, procedentes principalmente de Guatemala, Brasil y Colombia. Esta importación ha sido especialmente agresiva durante noviembre de 2003 a enero de 2004, en el que se introdujo 85 por ciento del total, lo que agrava la crítica situación de la agroindustria nacional, pues esta azúcar incrementa la existencia de inventarios en México, promueve un mercado especulativo y deprime los precios del mercado nacional.

    Cuarto. Según tenemos conocimiento, esta práctica de importación se realiza con apoyo de amparos otorgados por autoridades judiciales federales, sin pago de aranceles al fisco federal y sin cumplir la Norma Oficial Mexicana de etiquetado (NOM-051-SCFI-1994), e incurriendo en reenvase y distribución del azúcar importada, en sacos de ingenios nacionales.

    Quinto. Como puede observarse, esta práctica desleal de comercio constituye un daño a la economía nacional, pues para el fisco federal la internación de esa producción sin pago de aranceles representa un monto de 271 millones 865 mil pesos; y, por otra parte, para la economía nacional representa una afectación no cuantificada aún, pero que provoca desequilibrio en el mercado nacional, baja de los precios y riesgos de cierre de fuentes de trabajo en las zonas cañeras del país. Por ende, resulta prejudicial para la agroindustria del azúcar, así como para los más de 2 millones 500 mil dependientes económicos.

    Sexto. El 14 del presente mes, personal de la Agencia Federal de Investigación, en coordinación con elementos de la Procuraduría General de la República, aseguró un total de 2 mil 700 toneladas de azúcar (54 mil bultos), procedentes de Brasil y Guatemala, sin que se tengan detenidos ni señalados responsables por esta criminal acción contra la economía nacional. Asimismo, el 16 de marzo, en Monterrey, Nuevo León, también se aseguraron 400 toneladas.

    Séptimo. Se considera que en esas acciones se encuentran involucradas principalmente 11 aduanas, 11 agentes aduanales, 10 empresas importadoras nacionales y 8 juzgados de distrito ante los que se tramitan los juicios de amparo, sin que este caso atienda al carácter de interés público de la actividad de la agroindustria azucarera ni al daño que sufre la economía nacional, mientras que el Poder Judicial y el Ejecutivo mantienen a dirigentes sociales presos por delitos como el de ``sabotaje'', fundados en el daño a la nación por afectar el abasto y la seguridad nacional, cuando lo único que hacen es exigir respeto de derechos patrimoniales de los productores de caña, los verdaderos criminales que dañan el país están libres.

    Por lo expuesto, con la petición de que sea considerada de obvia y urgente resolución, por la afectación que sufre la economía nacional al dañarse la agroindustria del azúcar, presento a esta honorable soberanía para su aprobación la siguiente propuesta con

    Punto de Acuerdo

    Para que se exhorte al Ejecutivo Federal a llevar a cabo, mediante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía, una minuciosa investigación e informar al Pleno de la Cámara de Diputados acerca de la importación de azúcares que causan daño a la economía nacional, y procedan legalmente ante las instancias correspondientes para que se impongan las sanciones aplicables; y a la colegisladora, a dictaminar la iniciativa de decreto por la que se reforman el artículo 135 de la Ley de Amparo y el artículo 141 del Código Fiscal de la Federación, presentada a su pleno en la sesión del 9 de diciembre de 2003 por los senadores Dulce María Sauri Riancho y Fauzi Hamdan Amad, y turnada a las comisiones unidas de Justicia; de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.

    Es cuanto, señor Presidente.

    Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de marzo de 2004.--- Diputados: Cruz López Aguilar, Presidente, Juan Manuel Dávalos Padilla, Gonzalo Ruiz Cerón, Mario Ernesto Dávila Aranda, Diego Palmero Andrade, Antonio Mejía Haro, secretarios; Roger David Alcocer García, José Irene Alvarez Ramos, Lázaro Arias Martínez (rúbrica), Gaspar Avila Rodríguez, Isidro Camarillo Zavala, Javier Castelo Parada, José María de la Vega Lárraga, Guillermo del Valle Reyes, Rafael Galindo Jaime, Valentín González Bautista, Rocío Guzmán de Paz, Marcelo Herrera Herbert, Alberto Urcino Méndez Gálvez, Jesús Morales Flores, Gonzalo Moreno Arévalo, Julián Nazar Morales, Arturo Robles Aguilar, Alejandro Saldaña Villaseñor, Víctor Suárez Carrera, Enrique Torres Cuadros, Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, Esteban Valenzuela García, Regina Vázquez Saut, Juan Manuel Vega Rayet.»

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Consulte la Secretaría a la Asamblea si se considera de urgente resolución.

    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    Con todo gusto, señor Presidente.

    En votación económica se pregunta a la Asamblea, con fundamento en el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, si se considera de urgente resolución la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Luego entonces, está a discusión la proposición.

    A esta Presidencia ha llegado el registro de los diputados Rogelio Franco Castán, del Partido de la Revolución Democrática y Diego Palmero Andrade, del Partido Acción Nacional.

    Con ello se cierra la lista de oradores en virtud de lo dispuesto por el artículo 122 de nuestro Reglamento.

    Tiene el uso de la palabra, para hablar en pro, el señor diputado Rogelio Franco Castán.

    El diputado Rogelio Franco Castán:

    Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

    Las y los diputados del grupo parlamentario de la Revolución Democrática lo hacemos una vez más en defensa de los productores de la caña de azúcar, sumándonos y adhiriéndonos a la proposición presentada por el diputado Lázaro Arias Martínez y lo hacemos porque estamos convencidos no sólo de la oportunidad y pertinencia del punto de acuerdo, sino además porque tenemos la convicción de que ningún legislador o legisladora puede estar en contra de tomar todas las medidas que sean necesarias para impedir que continúe el largo y destructivo proceso que desde distintos flancos y por distintos medios afectan el desarrollo de la agroindustria azucarera y que es resultado de acciones u omisiones del Ejecutivo Federal, de las que también en otros y diversos momentos y circunstancias en esta tribuna se ha dado cuenta y hecho puntual recuento.

    Frenar las criminales importaciones de azúcar que se hacen al amparo del derecho, utilizando hábil pero dolosamente un resquicio legal en la Ley de Amparo, en contra de los productores mexicanos de azúcar, es una necesidad y un deber inexcusable del Gobierno Federal, que no puede y no debe seguir eludiendo el cumplimiento de ser garante del desarrollo económico, social y humano, con equidad y justicia para todos los que nacen, viven y trabajan en nuestro suelo.

    De igual manera lo es prevenir y combatir enérgica y decididamente el contrabando propiamente dicho de azúcar que al día de hoy representa un 50% de la producción anual de un ingenio mediano.

    Es mucha la información y son muchas las explicaciones debidas por parte del Ejecutivo Federal a esta soberanía y por nuestro conducto a los productores y empresarios mexicanos del sector cañero.

    Bien se ha dicho que quienes desde el Gobierno Federal proponen una reforma estructural dejando intactas las causas de la problemática de este sistema, deben voltear los ojos a las inconsistentes políticas públicas y de ajuste, al incumplimiento por parte de Estados Unidos de lo acordado en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte en materia de compra de excedentes de azúcar mexicana, a la falta de financiamiento para producir y a la inexistencia de instrumentos indispensables para darle orden y certidumbre al mercado.

    Por eso es que se requiere con verdadera urgencia el diseño y ejecución de una política integral de atención y de una verdadera estrategia de solución a los problemas que afectan a la producción, a la industrialización y al mercado del azúcar a partir de su carácter de industria estratégica y de interés público.

    No nos engañemos. Si bien la aprobación de este punto de acuerdo es necesaria, mal haríamos en darnos por satisfechos con su eventual aprobación y no señalar que la Comisión Especial para atender la problemática de la caña de azúcar tiene ante sí el reto de lograr los consensos legislativos necesarios para presentar a la brevedad la Ley de la Industria de la Caña de Azúcar que, entre otras disposiciones, plantea la modernización del sector, la obligación del Poder Ejecutivo de asumir una efectiva rectoría económica en materia azucarera, la libre asociación de los productores de caña, la uniformidad de los contratos de compra-venta, de crédito y del precio, así como la prevalencia del interés público de la actividad, reconociendo su profundo impacto social.

    Finalmente invito a todas las compañeras y compañeros legisladores a brindar este apoyo a favor de este punto de acuerdo. Y también los invito a conocer de cerca, lo más cerca que les sea posible, la amargura social, la desesperanza que aqueja y prevalece entre los productores e industriales de azúcar, que a merced del contrabando e importaciones ilegales, ven con impotencia cómo el fruto de su esfuerzo honrado se deprecia y no llega a los mercados del país ni a los mercados extranjeros que están violando el cumplimiento de los tratados internacionales firmados con México.

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Gracias, señor diputado. Tiene la palabra el señor diputado Diego Palmero Andrade, del grupo parlamentario de Acción Nacional.

    El diputado Diego Palmero Andrade:

    Con su venia, señor Presidente:

    Quiero sumarme a este punto de acuerdo del compañero Lázaro Arias Martínez, en el posicionamiento del grupo parlamentario de Acción Nacional, referente al contrabando de azúcar.

    Está por demás decir que la industria azucarera mexicana es un pilar importante para la economía del país, viéndose reflejada en la dieta de los mexicanos.

    De octubre a diciembre de 2003, han entrado cerca de 110 mil toneladas adicionales al cupo de importación autorizado en septiembre de 2003, por la Secretaría de Economía, abriéndose un exceso de endulzante que ha provocado que en los precios se registre una baja de hasta el 7%.

    Aunado a ello, los actos ilícitos del día 14 de marzo, del presente año donde se aseguraron 2 mil 700 toneladas de azúcar en la Ciudad de México y los decomisos del día 16 del mes pasado del año en curso, de 400 toneladas en la ciudad de Monterrey, ponen a prueba a las instituciones de nuestro país al ser tolerantes con el contrabando.

    No debemos seguir solapando estos actos que vulneran nuestra soberanía, pues en sí la producción de azúcar desde la materia prima hasta su transformación, resulta costosa.

    El contrabando en cambio, no reporta beneficio alguno para nuestra nación y sí para quienes lo realizan.

    Nosotros como legisladores tenemos la obligación de salvaguardar y velar por los intereses de todos los mexicanos.

    Compañeros diputados: no permitamos que cualquier persona por intereses personales no respete los acuerdos internacionales, pues como país México deja de recaudar alrededor de 272 millones de pesos debido al incumplimiento de los aranceles establecidos legalmente.

    La patria, la honestidad, no están fuera de nosotros, nos trascienden. Es por ello que rechazamos cualquier acto tendiente a defraudar el patrimonio nacional, ya sea por prácticas ilegales de comercio o por contrabando de cualquier tipo.

    No podemos dejar que estas prácticas de la vieja escuela política sigan en perjuicio de nosotros mismos.

    Debemos hacer que nuestras instituciones sean tan claras, tan limpias, tan armoniosas, tan justas, en donde no quede rastro de alguna corrupción.

    ¡Es por eso que quienes integramos el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional exhortamos al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Economía, para que investiguen el contrabando técnico y bronco que sufre la agroindustria mexicana!

    ¡Los diputados federales de Acción Nacional reprobamos tajantemente todo acto de contrabando, porque éste afecta no sólo a la estabilidad del Estado, sino además violenta y lesiona la integridad y dignidad de la persona humana! ¡Nosotros somos un partido que profesa la solidaridad y la subsidiaridad en la integración de las cadenas productivas del país, en beneficio de la sociedad!

    Es cuanto, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Muchas gracias, señor diputado.

    Pregunte la Secretaría a la Asamblea si el asunto se considera suficientemente discutido.

    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    En votación económica se pregunta a la Asamblea si se considera suficientemente discutida la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo, por favor... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Suficientemente discutido.

    Pregunte la Secretaría a la Asamblea si es de aprobarse la proposición.

    La Secretaria diputada María de Jesús Aguirre Maldonado:

    Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica se pregunta a la Asamblea si se aprueba la proposición.

    Las diputadas y diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, por favor...

    Las diputadas y diputados que estén por la negativa... Mayoría por la afirmativa, señor Presidente.

    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Aprobada. Comuníquese.

    Señoras y señores legisladores: en virtud de que ha transcurrido el tiempo correspondiente a la presente sesión, que dispone el artículo 1º del Acuerdo Parlamentario que Establece los Lineamientos para Acreditar las Asistencias a las Sesiones Plenarias, aprobado por el pleno el 9 de octubre de 2003, proceda la Secretaría a dar lectura al orden del día de la siguiente sesión, la cual incluirá los asuntos no abordados en la presente.


    ORDEN DEL DIA
    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    «Segundo Periodo Ordinario de Sesiones.--- Primer Año.--- LIX Legislatura.

    Orden del día

    Lunes 5 de abril de 2004.

    Lectura del acta de la sesión anterior.

    Comunicaciones

    La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, invita a la ceremonia cívica que con motivo del LXXXV aniversario luctuoso del general Emiliano Zapata Salazar, tendrá lugar el sábado 10 de abril a las 10:00 horas en la Alameda del Sur, ubicada en Canal de Miramontes y Calzada de las Bombas, delegación Coyoacán.

    Iniciativa de diputados

    Que reforma el artículo 112-bis de la Ley de Instituciones de Crédito, el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales y adiciona un párrafo al artículo 291 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para tipificar el delito de falsificación de tarjetas, títulos de crédito, cheques y otros documentos para el pago de bienes, servicios o para disposición de efectivo, a cargo del Dip. Manuel Ignacio López Villarreal, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a comisión.)

    Minuta

    Con proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Luis Ernesto Derbez Bautista y Orlando Ramos Guerrero, para aceptar y usar condecoraciones conferidas por el Gobierno de Perú y el Gobierno del Reino de España, respectivamente. (Turno a comisión.)

    Dictámenes a discusión

    De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.

    De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación.

    De la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo.

    De la Comisión de Marina con proyecto de Ley de Ascensos de la Armada de México.

    De la Comisión de Marina con proyecto de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México.

    De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

    Dictámenes negativos

    De la Comisión de Reforma Agraria con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa por el que se reforma el artículo 23 de la Ley Agraria.

    De la Comisión de Salud con punto de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa que reforma y adiciona los artículos 216 y 221 de la Ley General de Salud, en materia de regulación de los suplementos alimenticios.

    Y los demás asuntos con los que la Mesa Directiva dé cuenta.»


    REGISTRO DE ASISTENCIA FINAL
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra:

    Proceda la Secretaría a abrir el sistema electrónico por cinco minutos para verificar la asistencia.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

    Abrase el sistema electrónico por cinco minutos para verificar la asistencia.

    Activen el sonido en la curul 20 para que el diputado Rafael Candela Salinas registre asistencia.

    El diputado Rafael Candela Salinas (desde su curul):

    Candela Salinas, presente.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Por favor activen el sonido en la curul del diputado Velasco Coello.

    El diputado Manuel Velasco Coello (desde su curul):

    Diputado Velasco, presente.

    El diputado Adrián Chávez Ruiz (desde su curul):

    Diputado Adrián Chávez, presente.

    El Secretario diputado Marcos Morales Torres:

    Señor Presidente: Hay una asistencia de 384 diputadas y diputados.


    CLAUSURA Y CITATORIO
    El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra (a las 15: 51 horas):Se levanta la sesión y se cita para la que tendrá lugar el lunes 5 de abril, a las 10:00 horas.

    Se les informa que el sistema electrónico estará abierto a partir de las 08:30 horas.



    RESUMEN DE TRABAJOS

  • Tiempo de duración: 5 horas 11 minutos.

  • Quórum a la apertura de sesión: 312 diputados.

  • Asistencia al cierre de registro: 406 diputados.

  • Asistencia al final de la sesión: 384 diputados.

  • Comisiones reglamentarias y protocolarias: 1.

  • Acuerdo de la Junta de Coordinación Política aprobado: 1.

  • Diputada que solicita licencia: 1.

  • Diputado suplente que se incorpora: 1.

  • Puntos de acuerdo aprobados: 4.

  • Proposiciones con punto de acuerdo: 14.

  • Oradores en tribuna: 34

    PRI-8; PAN-11; PRD-10; PVEM-3; PC-2.

    Se recibió:

  • 2 comunicaciones de los Congresos de los estados de: Michoacán y Puebla;

  • 1 comunicación de la Junta de Coordinación Política con la que informa de cambios en la integración de las comisiones de Economía, de Vivienda, de Justicia y Derechos Humanos, de Defensa Nacional y de Seguridad Social, y del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias;

  • 1 acuerdo del Congreso del estado de Jalisco, en relación con el proyecto de Ley Reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer como zona de restauración ecológica y de reserva de aguas a la región Lerma - Santiago - Pacífico, y sobre el desarrollo sustentable de la Cuenca Lerma - Chapala - Santiago;

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite contestación de dependencia en relación con punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente;

  • 1 oficio de la Secretaría de Economía respecto a las evaluaciones de los programas a cargo de dicha Secretaría;

  • 1 oficio de la Secretaría de Gobernación con el que remite III Informe de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo 2001 - 2006;

  • 1 iniciativa de senador del PVEM;

  • 1 iniciativa del Ejecutivo;

  • 4 iniciativas del PRI;

  • 5 iniciativas del PAN;

  • 3 iniciativas del PRD;

  • 2 iniciativas del PVEM.

    Dictámenes de Primera Lectura:

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que abroga la Ley de Subsidios para Empresas de Aviación;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que abroga la Ley sobre el Destino de los Bonos del Enemigo;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma el diverso que establece las características de las monedas conmemorativas del D aniversario del Encuentro de dos Culturas;

  • 1 de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4 y 5 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos;

  • 1 de la Comisión de Marina con proyecto de Ley de Ascensos de la Armada de México;

  • 1 de la Comisión de Marina con proyecto de Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada;

  • 1 de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con proyecto de decreto que reforma los artículos 25, segundo párrafo; y 55, y adiciona el artículo 64 del Código Penal Federal;

  • 1 de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a 2 ciudadanos para prestar servicios en los consulados generales de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua, y en Monterrey, Nuevo León, respectivamente;

  • 1 de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso a 6 ciudadanos para prestar servicios en distintas representaciones diplomáticas de gobiernos extranjeros en México;

  • 1 de la Comisión de Gobernación con proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Luis Carlos Astiazarán Orcí, para desempeñar el cargo de Cónsul Honorario de la República de Finlandia en la ciudad de Tijuana, con circunscripción consular en el estado de Baja California.

    Dictámenes aprobados:

  • 1 de la negativo de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con punto de acuerdo por el que se declaran no aprobadas 4 iniciativas con proyectos de decreto que reforman y adicionan la Ley Federal de Derechos presentadas los días: 18 de abril de 2002; 12 de febrero, 1 y 28 de abril de 2003;

  • 1 de la negativo de la Comisión de Reforma Agraria con punto de acuerdo por el que resuelve que no es de aprobarse la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 75 y 79 de la Ley Agraria presentada el 13 de diciembre de 2002.



    DIPUTADOS QUE PARTICIPARON DURANTE LA SESION (en orden alfabético)
  • Alegre Bojórquez, Ricardo (PAN) Piratería: 71
  • Alvarado Villazón, Francisco Xavier (PVEM). . . . . .
  • Arias Martínez, Lázaro (PRI) Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público: 65
  • Carrillo Rubio, José Manuel (PRI) Azúcar: 207
  • Carrillo Rubio, José Manuel (PRI) Deporte: 168
  • Castillo Cabrera, Jorge de Jesús (PRI) Ley de Vías Generales de Comunicación: 68
  • Cortés Sandoval, Santiago (PRD) Estado de Chihuahua: 176
  • Franco Castán, Rogelio (PRD) Benito Juárez García: 157
  • Galindo Noriega, José Ramón (PAN) Azúcar: 210
  • Galindo Noriega, José Ramón (PAN) Artículo 104 constitucional: 99
  • Galindo Noriega, José Ramón (PAN) Código Federal de Procedimientos Penales: 57
  • Gómez Alvarez, Pablo (PRD) Migrantes: 188
  • Gómez Alvarez, Pablo (PRD) Pemex: 180
  • González Carrillo, Adriana (PAN) Servidores públicos: 61
  • González Roldán, Luis Antonio (PVEM) Sentenciados a muerte: 200
  • Guzmán Pérez Peláez, Fernando Antonio (PAN) Código Penal Federal: 80
  • Hernández Ramos, Minerva (PRD) Juan Jesús Posadas Ocampo: 163
  • Islas Hernández, Adrián Víctor Hugo (PRI) Artículo 74 constitucional: 91
  • Maldonado Venegas, Luis (PC) Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales, los Yacimientos de Uranio, Torio y demás Sustancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear: 85
  • Morales de la Peña, Antonio (PAN) Luis Donaldo Colosio Murrieta: 195
  • Morales Rubio, María Guadalupe (PRD) Estado de Colima: 170
  • Ordóñez Hernández, Daniel (PRD) Migrantes: 173
  • Palmero Andrade, Diego (PAN) Ministerio Público: 104
  • Pasta Muñúzuri, Angel (PAN) Azúcar: 211
  • Pasta Muñúzuri, Angel (PAN) Créditos bancarios: 111
  • Perdomo Bueno, Juan Fernando (PC) Ley de Instituciones de Crédito: 87
  • Piña Horta, Raúl (PVEM) Gas natural: 175
  • Pompa Victoria, Raúl (PRI) Daños ambientales: 160
  • Rosas Montero, Lizbeth Eugenia (PRD) Estado de Baja California: 196
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Derechos Civiles y Políticos: 166
  • Sandoval Figueroa, Jorge Leonel (PRI) Artículo 74 constitucional: 51
  • Suárez Carrera, Víctor (PRD) Código Fiscal: 95
  • Suárez Carrera, Víctor (PRD) Presupuesto de Egresos: 204
  • Suárez Carrera, Víctor (PRD) Reino de España: 191
  • Urrea Camarena, Marisol (PAN) Reino de España: 194 desde curul
  • Vega Murillo, Wintilo (PRI) Estado de Jalisco: 154